La Gaceta Nº 44
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES
A LOS PROGRAMAS
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Nº 33599-COMEX
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
De conformidad con las atribuciones que les confieren los incisos 3) y 18), del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política; el artículo 28, párrafo 2, inciso b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978; los artículos 1, 3, 6, 7, 13, 14, 15, 22 y 23 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, Ley Nº 6986 del 3 de mayo de 1985, los artículos 1, 6, 10, 15, 36, 37, 38, 46, 52 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, Ley Nº 7629 del 26 de setiembre de 1996.
Considerando:
I.—Que el Consejo de Ministros de Integración Económica, mediante Resolución Nº 183-2006 (COMIECO-XL) del 29 de noviembre del 2006, aprobó modificaciones al Arancel Centroamericano de Importación.
II.—Que en cumplimiento de lo indicado en el ordinal
anterior, procede la publicación de dicha resolución. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Publíquese la Resolución Nº 183-2006 (COMIECO-XL) del 29 de noviembre de 2006, que a continuación se transcribe:
RESOLUCIÓN Nº 183-2006 (COMIECO XL)
EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN
ECONÓMICA
CONSIDERANDO:
I.—Que de conformidad con el artículo 38 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-; y, 7 y 22 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, es competencia del Consejo de Ministros de Integración Económica modificar los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI), contenidos en el Arancel Centroamericano de Importación.
II.—Que en el proceso de establecimiento de la Unión Aduanera Centroamericana, el Comité de Política Arancelaria en sus reuniones celebradas el 8 y 9; y, 27 de noviembre del 2006, ambas en la ciudad de San José, Costa Rica, alcanzó acuerdos sobre armonizaciones arancelarias.
III.—Que el Gobierno de El Salvador ha manifestado que por tener algunos de estos productos en la parte III del Anexo “A” del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, para modificar la tarifa de ellos deberá ajustarse a los procedimientos internos.
IV.—Que en base a los acuerdos indicados, el Comité de Política Arancelaria elevo a la consideración y aprobación de este foro, la correspondiente propuesta de modificación del Arancel Centroamericano de Importación. Por tanto:
Con fundamento en los artículos 1, 3, 4, 6, 7, 13, 14, 15, 22 y 23 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano; y, 1, 6, 10, 15, 36, 37, 38, 46, 52 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana-Protocolo de Guatemala-.
RESUELVE:
1º—Aprobar las modificaciones a los Derechos Arancelarios a la Importación de los incisos arancelarios que aparecen en el Anexo de la presente resolución, de la forma que se indica en el mismo, el cual forma parte integrante del Anexo “A” del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.
2º—La presente resolución entrará en vigencia el 1 de febrero del 2007, y será publicada en los Estados Parte.
San José, Costa Rica, 29 de noviembre del 2006
Marco
Vinicio Ruiz Yolanda
Mayora de Gavidia
Ministro de
Comercio Exterior Ministra
de Economía
de
Costa Rica de
El Salvador
Marcio
Cuevas Jorge
Alberto Rosa Zelaya
Ministro
de Economía Viceministro,
en representación de la
de
Guatemala Ministra
de Industria y Comercio
de
Honduras
Alejandro
Argüello Ch.
Ministro
de Fomento, Industria y Comercio
de
Nicaragua
ANEXO Resolución Nº 183-2006
Rubros que alcanzarán el DAI en la fecha indicada en la columna 4 de este anexo:
Fecha
de
entrada
en
Código Descripción DAI
% vigencia
27.07 ACEITES
Y DEMÁS PRODUCTOS DE
LA
DESTILACIÓN DE LOS ALQUITRA-
NES
DE HULLA DE ALTA TEMPERATU-
RA;
PRODUCTOS ANÁLOGOS EN LOS
QUE
LOS CONSTITUYENTES AROMÁ-
TICO
PREDOMINEN EN PESO SOBRE
LOS
NO AROMÁTICOS
2707.99 -
- Los demás:
2707.99.90 -
- - Otros 5* 1 de enero 2017
27.10 ACEITES
DE PETRÓLEO O DE MINERAL
BITUMINOSO,
EXCEPTO LOS ACEITES
CRUDOS;
PREPARACIONES NO EXPRE-
SADAS
NI COMPRENDIDAS EN OTRA
PARTE,
CON UN CONTENIDO DE ACEI-
TES
DE PETRÓLEO O DE MINERAL BI-
TUMINOSO
SUPERIOR O IGUAL AL 70%
EN
PESO, EN LAS QUE ESTOS ACEITES
CONSTITUYAN
EL ELEMENTO BASE;
DESECHOS
DE ACEITES
2710.19.91 -
- - - Aceites y grasas lubricantes 5* 1 de enero 2017
39.20 LAS
DEMÁS PLACAS, LÁMINAS, HOJAS
Y
TIRAS, DE PLÁSTICO NO CELULAR Y
SIN
REFUERZO, ESTRATIFICACIÓN NI
SOPORTE
O COMBINACIÓN SIMILAR
CON
OTRAS MATERIAS
3920.4 -
De polímeros de cloruro de vinilo:
3920.49 -
- Las demás:
3920.49.3 -
- - Flexibles, de espesor inferior o igual
a
400 micras:
3920.49.33 -
- - - Con impresión, sin metalizar 10 1 de enero 2017
3920.49.34 -
- - - Con impresión, metalizadas 10 1 de enero 2017
39.23 ARTÍCULOS
PARA EL TRANSPORTE
O
ENVASADO, DE PLÁSTICO; TAPO-
NES, TAPAS, CÁPSULAS Y DEMÁS
DISPOSITIVOS
DE CIERRE, DE PLÁS-
TICO
3923.90 -
Los demás:
3923.90.30 -
- Contenedores de moldeo y empaque de
supositorios 10 1 de enero 2017
58.01 TERCIOPELO
Y FELPA, EXCEPTO LOS
DE
PUNTO, Y TEJIDOS DE CHENILLA,
EXCEPTO
LOS PRODUCTOS DE LAS
PARTIDAS
58.02 ó 58.06
5801.22.00 -
- Terciopelo y felpa por trama, cortados,
rayados
(pana rayada, “corduroy”) 10 1 de enero 2017
5801.32.00 -
- Terciopelo y felpa por trama, cortados,
rayados
(pana rayada, “corduroy”) 10 1 de enero 2017
70.10 BOMBONAS
(DAMAJUANAS), BOTELLAS,
FRASCOS,
BOCALES, TARROS, ENVA-
SES
TUBULARES, AMPOLLAS Y DEMÁS
RECIPIENTES
PARA EL TRANSPORTE
O
ENVASADO, DE VIDRIO; BOCALES
PARA
CONSERVAS, DE VIDRIO; TAPO-
NES,
TAPAS Y DEMÁS DISPOSITIVOS
DE
CIERRE, DE VIDRIO
7010.90 -
Los demás:
7010.90.2 -
- De capacidad superior a 0.33 l pero
inferior
o igual a 1 l:
7010.90.21 -
- - Envases cilíndricos de color ámbar, de
embocadura
inferior o igual a 32 mm, de los
tipos
utilizados para medicamentos 10 1 de enero 2012
7010.90.3 -
- De capacidad superior a 0.15 l
pero
inferior o igual a 0.33 l:
7010.90.32 -
- - Envases cilíndricos de color ámbar, de
embocadura
inferior o igual a 32 mm, de los
tipos
utilizados para medicamentos 10 1 de enero 2012
Fecha
de
entrada
en
Código Descripción DAI
% vigencia
76.12 DEPÓSITOS,
BARRILES, TAMBORES,
BIDONES,
BOTES, CAJAS Y RECIPIEN-
TES
SIMILARES, DE ALUMINIO (INCLUI-
DOS
LOS ENVASES TUBULARES RÍGI-
DOS
O FLEXIBLES), PARA CUALQUIER
MATERIA
(EXCEPTO GAS COMPRIMIDO
O
LICUADO), DE CAPACIDAD INFERIOR
O
IGUAL A 300 I, SIN DISPOSITIVOS
MECÁNICOS
NI TÉRMICOS, INCLUSO
CON REVESTIMIENTO INTERIOR O
CALORÍFUGO
7612.90 -
Los demás:
7612.90.90 -
- Otros 5 1 de enero 2012
83.11 ALAMBRES,
VARILLAS, TUBOS, PLA-
CAS,
ELECTRODOS Y ARTÍCULOS SI-
MILARES,
DE METAL COMÚN O DE
CARBURO
METÁLICO, RECUBIERTOS
O
RELLENOS DE DECAPANTES O DE
FUNDENTES,
PARA SOLDADURA O DE-
PÓSITO
DE METAL O DE CARBURO
METÁLICO;
ALAMBRES Y VARILLAS,
DE
POLVO DE METAL COMÚN AGLO-
MERADO,
PARA LA METALIZACIÓN
POR
PROYECCIÓN
8311.10 -
Electrodos recubiertos para soldadura de
arco,
de metal común:
8311.10.10 -
- Para hierro o acero 0 1 de febrero 2007
93.01 ARMAS
DE GUERRA, EXCEPTO LOS
REVÓLVERES,
PISTOLAS Y ARMAS
BLANCAS
9301.1 -
Piezas de artillería (por ejemplo: caño-
nes,
obuses y morteros):
9301.11.00 -
- Autopropulsadas 15* 1 de enero 2013
9301.19.00 -
- Las demás 15* 1 de enero 2013
9301.20.00 -
Lanzacohetes; lanzallamas; lanzagranadas;
lanzatorpedos
y lanzadores similares 15* 1 de enero 2013
9301.90.00 -
Las demás 15* 1 de enero 2013
9307.00.00 SABLES,
ESPADAS, BAYONETAS, LAN-
ZAS
Y DEMÁS ARMAS BLANCAS, SUS
PARTES
Y FUNDAS 15* 1 de
enero 2013
* El
Salvador en Parte III
Artículo 2º—De conformidad con la Resolución N° 48-94 (CONSEJO-XII) de fecha 23 de febrero de 1994, que autoriza a Costa Rica para que las tarifas de 10% y 15% incluyan el gravamen del 1% de la Ley Nº 6946, a los incisos que aparecen en el anexo de la presente resolución con tarifas 10% y de 15%, aplicar un arancel de 9% y de 14%, respectivamente.
Artículo 3º—Hasta la fecha en que entre en vigencia la meta arancelaria aprobada en el anexo de esta resolución, Costa Rica aplicará a los siguientes incisos arancelarios el DAI de conformidad con las disposiciones de la Resolución Nº 180-2006 (COMIECO-XXXIX), publicada mediante Decreto Ejecutivo Nº 33464-COMEX del 22 de noviembre del 2006, como se indica a continuación:
Código Descripciones DAI
%
2707.99.90 -
- - Otros 0
3923.90.30 -
- Contenedores de moldeo y empaque de supositorios 0
5801.22.00 -
- Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana
rayada,
“corduroy”) 0
5801.32.00 -
- Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana
rayada,
“corduroy”) 0
7010.90.21 -
- - Envases cilíndricos de color ámbar, de embocadura
inferior
o igual a 32 mm, de los tipos utilizados para medi-
camentos 0
7010.90.32 -
- - Envases cilíndricos de color ámbar, de embocadura
inferior
o igual a 32 mm, de los tipos utilizados para medi-
camentos 0
9301.11.00 -
- Autopropulsadas 5
9301.19.00 -
- Las demás 5
9301.20.00 -
Lanzacohetes; lanzallamas; lanzagranadas; lanzatorpedos
y
lanzadores similares 5
9301.90.00 -
Las demás 5
9307.00.00 SABLES,
ESPADAS, BAYONETAS, LANZAS Y DE-
MÁS
ARMAS BLANCAS, SUS PARTES Y FUNDAS 5
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, a los ocho días del mes de enero del dos mil siete.
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(Solicitud Nº 05659).—C-196975.—(D33599-16422).
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Nº 168-P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en las
facultades y atribuciones que le confiere el artículo 139 de la Constitución
Política y 47 de la Ley General de la Administración Pública.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al
señor Guillermo Zúñiga Chaves, Ministro de Hacienda, con cédula de identidad
número cuatro-cien-doscientos sesenta y tres, para que viaje a Washington D.C.,
del 28 de diciembre del 2006 al 3 de enero del 2007.
Artículo 2º—Todos los gastos por
concepto de estadía, manutención y otros gastos, e impuestos o cánones que se
deban pagar en las terminales de transporte aéreo, serán cubiertos por el
funcionario Zúñiga Chaves.
Artículo 3º—En tanto dure la ausencia
del señor Guillermo Zúñiga Chaves, se encargará la atención de esa cartera
ministerial en la Licenciada Jenny Phillips Aguilar, cédula número
uno-quinientos ochenta y nueve-seiscientos cuatro, Viceministra de Hacienda.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a
partir del 28 de diciembre del 2006 al 3 de enero del 2007.
Dado en la Presidencia de
la República a los diecinueve días del mes de diciembre del dos mil seis.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1
vez.—(Solicitud Nº 36988).—C-11495.—(15761).
Nº 180-P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
En uso de las facultades
que le confiere el artículo 139, inciso 1), de la Constitución Política.
Considerando:
Único.—Que con motivo de
la renuncia del señor José Lino Rodríguez Jiménez, al cargo de Viceministro
Administrativo de Educación Pública, a partir del dos de enero del dos mil
siete, y dadas las responsabilidades que tiene a cargo ese ministerio, se
requiere contar con los servicios de una persona que desempeñe las tareas que
corresponden a ese puesto.
ACUERDA:
Artículo 1º—Aceptar la
renuncia del señor José Lino Rodríguez, Jiménez, al cargo de Viceministro
Administrativo de Educación Pública, a partir del dos de enero del dos mil
siete, y agradecer sus valiosos y oportunos servicios al país.
Artículo 2º—Nombrar a la señora Silvia
María Víquez Ramírez, cédula de identidad número nueve-cero cuarenta y
cuatro-seiscientos veintinueve, en el cargo de Viceministra Administrativa de
Educación Pública.
Artículo 3º—Rige a partir del día
veintitrés de enero del dos mil siete.
Dado en la Presidencia de
la República, a los veintitrés días del mes de enero del dos mil siete.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1
vez.—(Solicitud Nº 44341-MEP).—C-10890.—(14286).
Nº 192-P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
De conformidad con lo que
establece 139 de la Constitución Política y el artículo 47, inciso 3) de la Ley
General de la Administración Pública.
Considerando:
1º—Que de conformidad con
el Acuerdo Nº 001-P, publicado en La Gaceta Nº 101 del 26 de mayo del
2006, se nombra al señor Alfredo Volio Pérez, como Ministro de Agricultura y
Ganadería y de Economía, Industria y Comercio.
2º—Que mediante el Acuerdo de Viaje
con fecha 24 de enero del 2007, se autoriza al señor Alfredo Volio Pérez, como
Ministro de Agricultura y Ganadería para que viaje a Phoenix, Arizona, Estados
Unidos de América, con motivo de atender asuntos personales del 25 al 28 de
enero del 2007. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Encargar la
atención de la cartera de Economía, Industria y Comercio, durante la ausencia
del señor Ministro, al señor Jorge Woodbridge González, portador de la cédula
de identidad número 1-312-990, Viceministro de Economía, Industria y Comercio.
Artículo 2º—Rige a partir del día 25 y
hasta el 28 de enero del 2007.
Dado en la Presidencia de
la República, a los veinticuatro días del mes de enero del año dos mil siete.
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 46765).—C-10890.—(14338).
Nº 193-P.—San José, 8 de
febrero de 2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
De conformidad con lo que
establece el artículo 139 de la Constitución Política y el artículo 26, inciso
e) de la Ley General de la Administración Pública.
ACUERDA:
Artículo I.—Designar al
señor Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior, portador de
la cédula de identidad número 1-455-128, para que viaje en delegación oficial a
Los Ángeles, California, Estados Unidos de América partiendo a las 08:18 horas
del 14 de febrero y regresando a las 20:33 horas del 15 de febrero ambas fechas
del presente año. Ello con el objeto de participar como orador principal en la
feria Medical Devices & Manufacturing-MD&M West 2007, a realizarse en
Los Ángeles, California en el Anaheim Convention Center, en la cual participa
la Coalición Costarricense de Iniciativas de Desarrollo (CINDE), promoviendo a
Costa Rica como destino competitivo para la industria médica.
Artículo II.—Los gastos de viaje del
señor Ministro serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501,
10503 y 10504 del programa 792. El transporte aéreo de ida y de regreso será
cubierto con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza
para realizar llamadas telefónicas, envío de documentos vía Internet al
Ministerio de Comercio Exterior y para realizar escala en Phoenix, Estados
Unidos de América; así como también para que se le aplique diferencia de
hospedaje según el artículo 41 del Reglamento de Gastos de Viaje para
Funcionarios Públicos, en el evento de que proceda.
Artículo III.—En tanto dure la
ausencia se le encarga la atención de la cartera al señor Rodrigo Arias
Sánchez, Ministro del Ministerio de la Presidencia, a partir de las 08:18 horas
del 14 de febrero y hasta las 09:55 horas del 14 de febrero de 2007 y a la
señora Amparo Pacheco Oreamuno, Viceministra de Comercio Exterior, a partir de
las 09:55 horas del 14 de febrero y hasta las 20:33 horas del 15 de febrero de
2007.
Artículo IV.—Rige desde las 08:18
horas del 14 de febrero y hasta las 20:33 horas del 15 de febrero de 2007.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los ocho días del mes de febrero de dos mil siete.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1
vez.—(Solicitud Nº 5663).—C-22400.—(14339).
Nº 194-P.—San José, 19
de febrero del 2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
En uso de las facultades
que le confiere el artículo 47, inciso 3) de la Ley General de la
Administración Pública y el inciso 1), artículo 139 de la Constitución Política
y
Considerando:
Que con motivo del viaje
de la Ministra de Cultura, Juventud y Deportes, se hace imperativo la
designación de uno de los Viceministros como titular a. í. de esa Cartera. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—En tanto dure
la ausencia de la señora María Elena Carballo Castegnaro, Ministra de Cultura,
Juventud y Deportes, nombrar a la señora Aurelia Garrido Quesada, Ministra a.
í.
Artículo 2º—Rige a partir del 25 de
febrero y hasta el 4 de marzo del 2007.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1
vez.—(Solicitud Nº 41743).—C-7885.—(15764).
Nº 195-P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en el
artículo 139 de la Constitución Política
Considerando:
1º—Que la señora María
Elena Carballo Castegnaro, viajará a Florencia, Italia, para participar en
reuniones con el Concejal de Cultura de Florencia, con el Director de Orquesta
Gustavo Dudamel y realizar visita y conversaciones con personeros del Centro
Cultural Leopolda.
2º—Que la participación de la señora
María Elena Carballo Castegnaro en las reuniones responde a las funciones que
realiza como Ministra de Cultura, Juventud y Deportes. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora María Elena Carballo Castegnaro cédula Nº 1-503-416, Ministra de Cultura,
Juventud y Deportes, para que viaje a Florencia, Italia para participar en
reuniones con el Concejal de Cultura de Florencia, con el Director de Orquesta
Gustavo Dudamel y, realizar visita y conversaciones con personeros del Centro
Cultural Leopolda, del 27 de febrero al 04 de marzo de 2007.
Artículo 2º—El Ministerio de Cultura,
Juventud y Deportes en el Programa 749-Actividades Centrales, Subpartida 10503-
Transporte en el Exterior cubrirá los gastos de transporte internacional por un
monto de ¢820.527,75 (ochocientos veinte mil quinientos veintisiete colones con
setenta y cinco céntimos) y en la Subpartida 10504- Viáticos en el Exterior
cubrirá la alimentación por un monto de ¢546.006,99 (quinientos cuarenta y seis
mil seis colones con noventa y nueve céntimos). Los gastos de hospedaje serán
cubiertos por la Señora Ministra.
Artículo 3º—Rige del 25 de febrero al
4 de marzo de 2007.
Dado en la Presidencia de
la República a los 19 días del mes de febrero del 2007.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1
vez.—(Solicitud Nº 27551).—C-15750.—(15766).
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Nº 132-PE.—San José, 6 de febrero del
2007
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en el
artículo 141 de la Constitución Política, artículo 34 del Reglamento de Gastos
de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General
de la República, y el artículo 28 de la Ley Nº 6227, Ley General de
Administración Pública.
ACUERDA:
Artículo 1º—Se designa al
señor Gerardo Alpízar Gamboa, cédula de identidad Nº 2-340-628, funcionario de
la Unidad Especial de Intervención (U.E.I.), para que participe en el
“Seminario de Respuestas Cívico Militares ante eventos de Terrorismo”, a
celebrarse en San Salvador, del 23 al 27 de abril del 2007.
Artículo 2º—Los gastos de tiquetes
aéreos, hospedaje y alimentación serán cubiertos por el Comando Sur de los
Estados Unidos.
Artículo 3º—Rige a partir del 21 al 29
de abril del presente año.
Rodrigo Arias Sánchez,
Ministro de la Presidencia.—1 vez.—(Solicitud Nº 49073-Unidad Especializada de
Intervención).—C-9095.—(15713).
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Nº 049-2006-GRH-DGME
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACION Y
POLICÍA,
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, incisos 2) y 20), 146, 191 y 192 de la
Constitución Política, 2 y 12 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil, Ley
número 1581 del 30 de mayo de 1953 y sus reformas, 15 del Reglamento del
Estatuto de Servicio Civil, Decreto Ejecutivo Nº 21 del 14 de diciembre de 1954
y sus reformas y nómina número 182106, confeccionada por la Dirección General
de Servicio Civil,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar en
propiedad en la Dirección General de Migración y Extranjería, órgano del
Ministerio de Gobernación y Policía, al señor Omar Gutiérrez Miranda, cédula Nº
1-1093-0353, puesto Operador de Computador 2, Nº 107664.
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de
enero del 2007.
Dado en la Presidencia de
la República, a los 14 días del mes de diciembre del 2006.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal
Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 0020).—C-10300.—(16244).
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Nº 256-2006-RE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y
Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la
República.
Considerando:
1º—Que se realizará la
VII Reunión del Foro de Dialogo y Cooperación entre los Gobiernos de la
República de Corea y los países miembros del Sistema de Integración
Centroamericana (SICA), en el mes de noviembre del 2006.
2º—Que es importante la participación
del Gobierno de Costa Rica, ya que se abordarán temas de tipo económico y
político, los cuales son de gran interés para la región.
3º—Que en el marco de la VII Reunión
del Foro de Diálogo y Cooperación entre los Gobiernos de la República de Corea
y los países miembros del Sistema de Integración Centroamericana (SICA), se
efectuará en Seúl, una reunión bilateral con funcionarios de alto nivel del
Gobierno de la República de Corea.
4º—Que la VII Reunión del Foro de
Diálogo y Cooperación entre los Gobiernos de la República de Corea y los países
miembros del Sistema de Integración Centroamericana (SICA), se efectuará a un
nivel Viceministerial, por lo que es fundamental la participación del señor
Edgar Ugalde Álvarez, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al
señor Edgar Ugalde Álvarez, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto,
cédula 2-189-241, a participar en la VII Reunión del Foro de Diálogo y
Cooperación entre los Gobiernos de la República de Corea y los países miembros
del Sistema de Integración Centroamericana (SICA), la cual se realizará en la
ciudad de Seúl, Corea del 17 al 28 de noviembre del 2006.
Artículo 2º—Los pasajes aéreos y los
gastos por concepto de hospedaje serán cubiertos por el Gobierno de la
República de Corea. Excepto los días 20, 21 y 25 de noviembre del 2006. El
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto cubrirá los gastos por concepto de
hospedaje y alimentación en Seúl, bajo el programa 079-Actividad
Central-Despacho del Viceministro, los días 20, 21 y 25 de noviembre del 2006,
se le adelanta la suma de US$ 270.00 diarios, para un total de US$ 810.00.
Además se le autoriza un monto de US$ 500.00 por concepto de gastos de
representación para cubrir el costo de atenciones de desayuno, almuerzo y cena
que se tendrá con funcionarios de alto nivel del Gobierno de Corea, sujeto a
liquidación. Se le autoriza al señor Viceministro realizar llamadas
internacionales.
Artículo 3º—Rige del 17 al 28 de
noviembre del 2006.
Dado en el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, a los diez días del mes de noviembre del dos mil
seis.
Publíquese.—Bruno Stagno
Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº
05803).—C-19985.—(16245).
Nº 258-2006-RE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y
Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la
República.
Considerando:
1º—Que se realizará en
Managua, Nicaragua, un Encuentro Técnico Nicaragua-Costa Rica, con el fin de
dar inicio a la ejecución del Proyecto Codesarrollo, desarrollado por la
Agencia Española de Cooperación Internacional.
2º—Que es importante la participación
del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, ya que el objetivo de dicho
encuentro es que las instituciones implicadas en el tema migratorio de
Nicaragua y Costa Rica se pongan de acuerdo en las primeras actividades del
Proyecto y que de manera conjunta se establezca el procedimiento de
implementación del mismo.
3º—Que es importante la participación
del señor Ricardo Otárola Pacheco, Jefe de Gabinete del señor Viceministro de
Relaciones Exteriores y Culto, debido a que es Miembro del Consejo de Migración
y tiene amplio conocimiento sobre temas migratorios.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al
señor Ricardo Otárola Pacheco, Jefe de Gabinete del Viceministro de Relaciones
Exteriores y Culto, cédula 1-726-598, a participar en Encuentro Técnico
Nicaragua-Costa Rica para la ejecución del Proyecto Codesarrollo, el cual se
realizará en la ciudad de Managua, Nicaragua del 15 al 18 de noviembre de 2006.
Artículo 2º—Los pasajes aéreos y los
gastos por concepto de hospedaje y alimentación serán cubiertos por la Agencia
Española de Cooperación Internacional.
Artículo 3º—Rige del 15 al 18 de
noviembre del 2006.
Dado en el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, a los catorce días del mes de noviembre del dos
mil seis.
Publíquese.—Bruno Stagno
Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº
05803).—C-14570.—(16246).
MINISTERIO DE HACIENDA
N° 126-H.—San José, 24 de noviembre
del 2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Considerando:
1º—Que mediante Acuerdo
Ejecutivo Nº 331 de fecha 28 de octubre de 1936, el entonces Presidente de la
República y el Ministerio de Hacienda de conformidad con lo dispuesto en las
Leyes números 2722 de fecha 20 de febrero de 1961 y 5 de fecha 15 de octubre de
1934, autorizaron a la empresa Depósito Agrícola de Cartago, para establecer en
la Ciudad de Cartago, un Almacén de Depósito (Folio 28).
2º—Que mediante Contrato de
Arrendamiento sin número, de fecha 3 de enero del 2006, el señor Luis Fernando
Salas Madrigal, Apoderado General sin límite de suma del Almacén Fiscal
Agrícola de Cartago S. A., cédula jurídica N° 3-101-002100 arrendó por un plazo
de un año, a partir del tres de enero del dos mil seis al señor Adolfo Jiménez
Aguilera, en su condición de Gerente General con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma de la empresa Corporación Ganadera Interamericana S. A. cédula jurídica N°
3-101-013947, el inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad,
matrícula de Folio real número ochenta y cuatro mil novecientos catorce-cero
cero cero, ubicada en la Lima de Cartago, y que se describe así: a)
Construcción destinada a bodega, con un área de ochocientos cuarenta metros
cuadrados. b) Una Zona destinada a estacionamiento, carga y descarga con un
área de cuatrocientos setenta metros, c) Una Zona de aceras y retiros, con un
área de cuatrocientos veintinueve metros cuadrados. Área total arrendada de mil
setecientos treinta y nueve metros cuadrados. Ubicada en la parte posterior del
terreno, colindante con la sociedad arrendataria (Folios 8 al 10).
3º—Que según consulta realizada en la
página electrónica del Registro Nacional de la Propiedad, el inmueble en donde
se encuentra el Almacén Fiscal Agrícola de Cartago S. A., matrícula de folio
real número ochenta y cuatro mil novecientos catorce- cero cero cero, ubicada
en la Lima de Cartago, se describe de la siguiente forma: colinda al norte con
Michelle Trezza Trezzi, al sur con Exclusiv S. A., Doble L S. A.; al este, con
la Carretera Interamericana, y al oeste, con Carlos Alvarado Mora.
4º—Que mediante escrito N° AF-3612006
de fecha 13 de julio del 2006, presentado ante la Asesoría Jurídica de este
Ministerio, el día 17 del mismo mes y año, el señor Luis Fernando Salas
Madrigal, portador de la cédula de identidad Nº 4-122-770, en su condición de
apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa Depósito Agrícola de
Cartago Sociedad Anónima, solicitó a este Ministerio: a) Proceder a habilitar a
la empresa dicha, para que opere como Almacén General de Depósito en las
instalaciones que se ubican en la Lima de Cartago, en el inmueble inscrito en
el Registro Público de la Propiedad, matrícula de Folio real número ochenta y
cuatro mil novecientos catorce- cero cero cero. b) Realizar la inhabilitación
de una parte del Almacén General, que en la actualidad está fungiendo como tal
en las instalaciones de la bodega principal en Cartago (Folio 04).
5º—Que mediante oficio N°
AJMH-1992-2006 de fecha 9 de agosto del 2006, la licenciada Sylvia Calvo Sáenz,
Coordinadora de Área de la Asesoría Jurídica, le previno al señor Luis Fernando
Salas Madrigal, de calidades indicadas, varios documentos que no habían sido
presentados con el escrito inicial (Folio 6).
6º—Que mediante escrito N° DA-65/2006
de fecha 11 de agosto del 2006, el Licenciado Luis Fernando Salas Madrigal,
cumplió en tiempo con la prevención supra citada (Folio 24).
7º—Que mediante oficio número
AJMH-1274-2006 de fecha 29 de agosto del 2006, la Asesoría Jurídica de este
Ministerio, le solicitó a la Dirección de Edificaciones Nacionales del
Ministerio de Obras Públicas y Transportes, rendir un dictamen en torno a la
solicitud de habilitación de las instalaciones antes citadas, como Almacén
General de Depósito, interpuesta por la empresa Almacén Fiscal de Cartago S. A.
(Folio 29).
8º—Que mediante oficio número
AJMH-1947-2006 de fecha 27 de setiembre del 2006, la Asesoría Jurídica de este
Ministerio, le solicitó al Departamento de Almacenes Generales de Depósito del
Banco Nacional de Costa Rica, de conformidad con lo establecido en la Ley de
Almacenes Generales de Depósito, rendir el respectivo dictamen en tomo a la
solicitud de habilitación antes señalada. (Folio 32).
9º—Que el Departamento de Almacenes
Generales del Banco Nacional, mediante oficio sin número de fecha 11 de octubre
del 2006, señala: (Folio 33)
“(...) Las bodegas se componen de varias
naves. El área en mención es de 840 m², la bodega se encuentra separada del
resto de la operación, está construida básicamente por concreto y metal, con
planche de cemento en sus pisos, vigilancia las 24 horas del día y cuenta
además con sistemas contra incendios, constituidos por extintores ubicados en
área específicas, posee iluminación y ventilación adecuadas.
Por lo
anterior y basados en el Reglamento a la Ley 5 del 5 de octubre de 1934,
Artículo 8. Esta dependencia, procede a emitir dictamen positivo, a la solicitud
de habilitación de esta área para ser operada bajo régimen de Almacén General
de Depósito. (...)”
10.—Que la
Dirección de Edificaciones del Ministerio de Obras Públicas y Transportes,
mediante oficio número DGEN-PD-06-513 de fecha 18 de setiembre del 2006, señala
en lo que resulta de interés, lo siguiente: (Folio 31).
“(…) La
estructura de la bodega está constituida, básicamente, por concreto metal y el
piso por un planche de concreto, cuenta con iluminación y ventilación
adecuadas. Las áreas de circulación están bien demarcadas a nivel del piso. La
bodega se encuentra separada totalmente del resto de la operación. Cuneta con
sistema contra incendios, constituido por extintores ubicados en diferentes
lugares del área de la misma.
La bodega
se encuentra bien protegida en su parte exterior ya que se ubica dentro de un
complejo de bodegas, el cual es protegido por guardas las 24 horas del día.
Sobre la
base de dicha inspección y basados en el Reglamento a la Ley 5 del 15 de
octubre de 1934, Artículo 8, esta dependencia, procede a emitir dictamen
positivo, a la solicitud de operación como Almacén General de Deposito.
(...).”
11.—Que
habiéndose comprobado que la empresa Depósito Agrícola de Cartago Sociedad
Anónima desea ampliar la capacidad de almacenamiento a través de la bodega que
alquiló para los efectos, de ahí que al haber tanto la Dirección de
Edificaciones Nacionales del Ministerio de Obras Públicas y Transportes como el
Departamento de Almacenes Generales del Banco Nacional emitido sus respectivos
dictámenes positivos en torno a la habilitación como Almacén General de
Depósito de las instalaciones que se ubican en la Lima, Provincia de Cartago, y
que se encuentran inscritas en el Partido de San José, matrícula de Folio Real
N° 84.914-000, en criterio de este Despacho resulta procedente dar curso a
dicha gestión, autorizando la misma. Así las cosas, en observancia de lo
dispuesto en la normativa vigente sobre Almacenes Generales de Depósito,
artículos 5º siguientes y concordantes de la Ley Nº 5 del 15 de octubre de 1934
y sus reformas y de acuerdo con lo ordenado por los artículos 11 de la
Constitución Política, 11 y 28 inciso 2), numeral b) de la Ley General de la
Administración Pública, se procede a acoger la pretensión de la gestionarte y a
habilitar para ser utilizadas como Almacén General de Depósito la instalación
anteriormente descrita, a fin de que sea ampliada su capacidad de
almacenamiento. Asimismo se autoriza la deshabilitación del Almacén de General
que funge como bodega principal en Cartago.
12.—Que de conformidad con el artículo
140 inciso 20) de la Constitución Política en concordancia con el artículo 146
del mismo texto legal, los decretos, acuerdos, resoluciones y órdenes del Poder
Ejecutivo, requieren para su validez de las firmas del Presidente de la
República y del Ministro del ramo. Por tanto,
ACUERDAN:
Autorizar la ampliación
de almacenamiento del Depósito Agrícola de Cartago S. A., para que opere como
Almacén General y la inhabilitación de una parte del Almacén General, que en la
actualidad está fungiendo como tal en las instalaciones de la bodega principal
en Cartago, que se ubican en la Lima, provincia de Cartago, y que se encuentran
inscritas en el Partido de San José, matrícula de Folio Real N° 84.914-000.
Rige a partir de su publicación. Comuníquese a la Dirección General de Aduanas
y al Departamento de Almacenes Generales de Depósito del Banco Nacional.
Notifíquese a la empresa Depósito Agrícola de Cartago S. A.
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo E. Zúñiga Chaves —1 vez.—(15783).
Nº AH-004-2007
EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 25, inciso 1), artículo 28, incisos 1) y 2), acápite
a) de la Ley General de la Administración Pública o Ley Nº 6227 del 2 de mayo
de 1978, así como lo dispuesto en la Ley Nº 8562 o Ley de Presupuesto Ordinario
para el Ejercicio Económico del 2007 y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento
de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República, reformado
mediante la resolución Nº R-CO-71-2006, publicada en La Gaceta Nº 184
del 26 de setiembre del 2006.
Considerando:
I.—Que la Reunión del
Consejo Directivo del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias
(CIAT) es de gran interés para el Ministerio de Hacienda, debido a que en la
misma se tratarán aspectos de gran relevancia para la Administración
Tributaria.
II.—Que la participación en este
evento de Francisco Fonseca Montero, cédula de identidad Nº 2-382-660, Director
General de Tributación, del Ministerio de Hacienda, responde a que el señor
Fonseca Montero es miembro y representante de Costa Rica en el CIAT. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Francisco Fonseca Montero, cédula de identidad Nº 2-382-660, Director General
de Tributación, del Ministerio de Hacienda, para que viaje y participe en la
Reunión del Consejo Directivo del Centro Interamericano de Administraciones
Tributarias (CIAT), a celebrarse del 15 al 16 de febrero del 2007, en Ciudad de
Panamá.
Artículo 2º—Los gastos del señor
Fonseca Montero, por concepto de hospedaje, alimentación, traslado
hotel-aeropuerto e impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las
terminales de transporte y otros gastos, a saber $344,00 serán cubiertos con
recursos de la subpartida 105-04 “Viáticos en el exterior” del Subprograma
134-02 Gestión de ingresos internos. Los gastos de transporte aéreo, a saber
$683,00 serán cubiertos con recursos de la subpartida 105-03 “Transporte en el
exterior”, del mismo subprograma.
Artículo 3º—Que durante los días del
14 al 17 de febrero del 2007, en que se autoriza el viaje y la participación
del funcionario Fonseca Montero en la actividad, devengará el 100% de su
salario.
Artículo 4º—El presente acuerdo rige a
partir del 14 al 17 de febrero del 2007.
Dado en el Ministerio de
Hacienda, a los veintiséis días del mes de enero del dos mil siete.
Guillermo E. Zúñiga
Chaves, Ministro de Hacienda.—1 vez.—(Solicitud Nº 26486).—C-18170.—(16243).
MINISTERIO DE SALUD
Nº DM-8862-06
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE SALUD
En uso de las facultades
que les confieren los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución
Política; 28 de la Ley Nº 6227 de 2 de mayo de 1978 “Ley General de la
Administración Pública”, 1 de la Ley Nº 5412 de 8 de noviembre de 1973, “Ley
Orgánica del Ministerio de Salud”; y 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33271-S de 20
de junio del 2006, publicado en La Gaceta Nº 175 de 12 de setiembre del
2006.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar como
miembros del Consejo Nacional de Cáncer a las siguientes personas
representantes de las instituciones que se indican:
Dr. Gonzalo Vargas Chacón, portador de
la cédula de identidad número 4-069-505, Especialista en Oncología, quien
presidirá;
Dr. Adolfo Ortiz Barboza, portador de la cédula de identidad número
1-966-528 del Registro Nacional de Tumores del Ministerio de Salud;
Dr. Rodrigo Cedeño Gómez, portador de
la cédula de identidad número 1-334-456 del Instituto Costarricense contra el
Cáncer;
Dr. Carlos Muñoz Retana, portador de
la cédula de identidad número 1-404-1007 de la Gerencia Médica de la Caja
Costarricense de Seguro Social;
Dr. Joao Baptista Da Palma, portador
de la cédula de identidad número 8-055-172 de la Universidad de Costa Rica;
Dr. José Carlos Barrantes Zamora,
portador de la cédula de identidad número 2-316-652 del Hospital Nacional de
Niños;
Dr. Hugo Recinos Pineda, portador de
la cédula de identidad número 8-062-074 del Hospital San Juan de Dios;
Dra. Marjorie Obando Elizondo,
portadora de la cédula de identidad número 2-411-988 del Hospital México;
Dr. William Hernández Rojas, portador
de la cédula de identidad número 1-310-337 del Hospital Dr. Rafael Ángel
Calderón Guardia;
Dra. María Rodríguez Sevilla,
portadora de la cédula de identidad número 1-784-756 de la Asociación
Costarricense de Hematología;
Dra. Nuria Murillo Umaña, portadora de
la cédula de identidad número 1-420-433 de la Dirección de Medicamentos y
Terapéutica de la Caja Costarricense de Seguro Social.
Artículo 2º—Rige a partir
de su publicación.
Dado en la Presidencia de
la República, a los dieciocho días del mes de diciembre del dos mil seis.
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—La Ministra de Salud Dra. María Luisa Ávila Agüero.—1 vez.—(Solicitud
Nº 043-07).—C-21780.—(15892).
Nº DM-1311-07.—San José, 8 de febrero
del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; y el artículo 34 del Reglamento de
Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—En vista de que este
Despacho desea implementar en Costa Rica un Programa para la Detección Temprana
de la Sordera en Neonatos, se considera importante que el Dr. Daniel Salas
Peraza, cédula de identidad número 1-962-826, funcionario de la Dirección de
Vigilancia de la Salud de este Ministerio, realice una visita de observación al
modelo que se desarrolla en la ciudad de Saint Louis, Missouri, Estados Unidos
de América, del 19 al 23 de febrero del 2007. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
Doctor Daniel Salas Peraza, cédula de identidad número 1-962-826, funcionario
de la Dirección de Vigilancia de la Salud de este Ministerio, para que realice
una visita de observación del Programa para la Detección Temprana de la Sordera
en Neonatos que se desarrolla en la ciudad de Saint Louis, Missouri, Estados
Unidos de América, del 19 al 23 de febrero del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte (US$744.00) y alimentación y hospedaje (US$900.00), del Dr. Daniel
Salas Peraza, serán cubiertos por el Programa 622.03, Fideicomiso, partidas
105.03 y 105.04, respectivamente.
Artículo 3º—Que del 19 al 23 de
febrero del 2007, días durante los cuales se autoriza la visita del Dr. Daniel
Salas Peraza, a la ciudad de Saint Louis, Missouri, Estados Unidos de América,
devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 19 al 23 de
febrero del 2007.
Publíquese.—Dra. María
Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº
045-07).—C-16960.—(15886).
Nº DM-1314-07.—San José,
8 de febrero del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; y el artículo 34 del Reglamento de
Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que del 19 al 23 de
febrero del 2007 tendrá lugar en Guatemala, la Reunión de la Unión Aduanera
Centroamericana, y este Despacho considera importante la participación de la
Dra. María de los Ángeles Morales Vega, cédula de identidad número
04-0100-1276, Lic. Jennifer Lee Alvarado, cédula de identidad número
01-0519-0808, Dra. Guiselle Rodríguez Hernández, cédula de identidad número
02-0312-0640, Dra. Sonia Sequeira Martínez, cédula de identidad número
01-0380-0220 y Msc. Eduardo Madrigal Abarca, cédula de identidad número
01-0429-0527, todos funcionarios de la Dirección de Registros y Controles del
Ministerio de Salud, en la actividad de cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
Dra. María de los Ángeles Morales Vega, cédula de identidad número
04-0100-1276, Lic. Jennifer Lee Alvarado, cédula de identidad número
01-0519-0808, Dra. Guiselle Rodríguez Hernández, cédula de identidad número
02-0312-0640, Dra. Sonia Sequeira Martínez, cédula de identidad número
01-0380-0220 y Msc. Eduardo Madrigal Abarca, cédula de identidad número
01-0429-0527, todos funcionarios de la Dirección de Registros y Controles del
Ministerio de Salud, para que asistan y participen en la Reunión de la Unión
Aduanera Centroamericana, que tendrá lugar en Guatemala del 19 al 23 de febrero
del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte aéreo (US$460.00), alimentación y hospedaje (US$600.00), para cada
uno de los citados funcionarios, serán cubiertos por el Programa 622.03,
Fideicomiso de la Dirección de Registros y Controles, partidas 105.03 y 105.04,
respectivamente. Asimismo, los gastos por concepto de impuestos, tributos o
cánones que deban pagar en las terminales de transporte los Sres. Eduardo
Madrigal Abarca y Sonia Sequeira Martínez (US$35.00 cada uno) serán cubiertos
por el Programa 622.03, Fideicomiso de la Dirección de Registros y Controles,
partida 109.99.
Artículo 3º—Que del 19 al 23 de
febrero del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación de la
Dra. María de los Ángeles Morales Vega, Lic. Jennifer Lee Alvarado, Dra.
Guiselle Rodríguez Hernández, Dra. Sonia Sequeira Martínez y Msc. Eduardo
Madrigal Abarca, en la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 18 al 23 de
febrero del 2007.
Publíquese.—Dra. María
Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº
044-07).—C-16960.—(15887).
Nº DM-1328-07.—San José,
9 de febrero del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; y el artículo 34 del Reglamento de
Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que del 11 al 14 de
febrero del 2007 tendrá lugar en la Ciudad de Santa Fe de Bogotá, Colombia, la
Reunión de Preparación de la Segunda Fase del Proyecto Mesoamericano de
Atención Integral a ITS/VIH/SIDA, y este Despacho considera importante la
participación de la Dra. Guiselle Lucas Bolívar, cédula de identidad número
07-0130-892, Asesora del Despacho de la Señora Viceministra de Salud, en la
actividad de cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
Dra. Guiselle Lucas Bolívar, cédula de identidad número 07-0130-892, Asesora
del Despacho de la Señora Viceministra de Salud, para que asista y participe en
la Reunión de Preparación de la Segunda Fase del Proyecto Mesoamericano de
Atención Integral a ITS/VIH/SIDA, que tendrá lugar en la Ciudad de Santa Fe de
Bogotá, Colombia, del 11 al 14 de febrero del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, de la Dra. Guiselle Lucas Bolívar,
serán cubiertos con recursos del Instituto Nacional de Salud Pública de México (INSP).
Artículo 3º—Que del 11 al 14 de
febrero del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación de la
Dra. Guiselle Lucas Bolívar en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 11 al 14 de
febrero del 2007.
Publíquese.—Dra. María
Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº
044-07).—C-16960.—(15888).
Nº DM-1335-07.—San José,
15 de febrero del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 y el artículo 34 del Reglamento de
Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que del 18 al 24 de
febrero del 2007 tendrá lugar en la Ciudad de Guatemala, la reunión de
Aplicación del Modelo de Control de la Malaria sin el uso del DDT, y este
Despacho considera importante la participación de los Dres. Willy Carrillo
Ángulo, cédula de identidad número 05-0133-0666, Director de Vigilancia de la
Salud, Róger Brown Stamp, cédula de identidad número 07-0046-0160, Director de
la Región Huetar Atlántica y Carlos Villalobos Mora, cédula de identidad número
03-0341-0806, Director del Área Rectora de Salud de Matina, en la actividad de
cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
los Dres. Willy Carrillo Ángulo, cédula de identidad número 05-0133-0666,
Director de Vigilancia de la Salud, Róger Brown Stamp, cédula de identidad
número 07-0046-0160, Director de la Región Huetar Atlántica y Carlos Villalobos
Mora, cédula de identidad número 03-0341-0806, Director del Área Rectora de
Salud de Matina, para que asistan y participen en la reunión de Aplicación del
Modelo de Control de la Malaria sin el uso del DDT, que tendrá lugar en la
Ciudad de Guatemala, del 18 al 24 de febrero del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que deban
pagar los citados funcionarios en las terminales aéreas, serán cubiertos por la
Organización Panamericana de la Salud.
Artículo 3º—Que del 18 al 24 de
febrero del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación del Dr.
Willy Carrillo Angulo, el Dr. Róger Brown Stamp y el Dr. Carlos Villalobos Mora
en la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 18 al 24 de
febrero del 2007.
Publíquese.—Dra. María
Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº
044-07).—C-16960.—(15889).
Nº DM-1338-07.—San José,
15 de febrero del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; y el artículo 34 del Reglamento de
Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que del 21 al 22 de
febrero del 2007 tendrá lugar en la Ciudad de Guatemala, la Reunión del Grupo
Técnico Integrado de Procedimientos en los Puestos Fronterizos y este Despacho
considera importante la participación del Dr. Enrique Jiménez Aragón, cédula de
identidad número 07-0053-0784, Director de la Región Chorotega del Ministerio
de Salud, en la actividad de cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
Dr. Enrique Jiménez Aragón, cédula de identidad número 07-0053-0784, Director
de la Región Chorotega del Ministerio de Salud, para que asista y participe en
la Reunión del Grupo Técnico Integrado de Procedimientos en los Puestos
Fronterizos, que tendrá lugar en la Ciudad de Guatemala, del 21 al 22 de
febrero del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte (US$443,00), alimentación y hospedaje (US$360,00), impuestos,
tributos o cánones que se deban de pagar en las terminales de transporte, del
Dr. Enrique Jiménez Aragón, serán cubiertos por el Programa 622-03,
Fideicomiso, partidas 105.03 y 105.04, respectivamente.
Artículo 3º—Que del 21 al 22 de
febrero del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación del Dr.
Enrique Jiménez Aragón, en la actividad, devengará el 100 % de su salario.
Artículo 4º—Rige del 20 al 23 de
febrero del 2007.
Publíquese.—Dra. María
Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº 045-07).—C-16960.—(15890).
Nº DM-RM-1348-07.—San
José, 16 de febrero del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la
Contraloría General de la República.
Considerando:
I.—Que del 15 al 19 de
marzo de 2007 tendrá lugar en Toronto, Canadá, la reunión del Comité Directivo
de la Red CARMEN de las Américas y la reunión del
Observatorio de Políticas Públicas, y este Despacho considera importante la
participación en dichas actividades, de la Dra. Rossana García González,
Directora General de Salud y del Dr. Luis Tacsan Chen, Director de la Dirección
de Investigación y Desarrollo Tecnológico en Salud, ambos del Ministerio de
Salud. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
Dra. Rossana García González, Directora General de Salud, portadora de la
cédula de identidad Nº 1-0533-0531, y al Dr. Luis Tacsan Chen, Director de la
Dirección de Investigación y Desarrollo Tecnológico en Salud, portador de la
cédula de identidad Nº 5-122-155, ambos del Ministerio de Salud, para que
asistan y participen en la reunión del Comité Directivo de la Red CARMEN de las Américas y la reunión del Observatorio de
Políticas Públicas, que tendrán lugar en Toronto, Canadá, del 15 al 19 de marzo
del 2007.
Artículo 2º—Los gastos de transporte,
hospedaje y alimentación de la Dra. Rossana García González, Directora General
de Salud y del Dr. Luis Tacsan Chen, Director de la Dirección de Investigación
y Desarrollo Tecnológico en Salud, serán cubiertos por la Organización
Panamericana de la Salud.
Artículo 3º—Que del 15 al 19 de marzo
del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación en las
actividades de cita, de la Dra. Rossana García González, Directora General de
Salud y del Dr. Luis Tacsan Chen, Director de la Dirección de Investigación y
Desarrollo Tecnológico en Salud, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 15 al 19 de marzo
del 2007.
Publíquese.—Dra. María
Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº
045-07).—C-17565.—(15891).
MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA
Nº 219
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 incisos 1) y 20) de la Constitución Política y
el artículo 28 Ley General Administración Pública.
ACUERDAN:
Artículo Único.—César sin
responsabilidad patronal a Carlos Enrique Mora Ardón, cédula de identidad
número 7-066-730, del puesto trabajador especializado 3, Nº 076189, de
conformidad con resolución de las 9:00 horas del 20 de setiembre del 2006, suscrita
por el Director General de Adaptación Social por ausencias injustificadas al
trabajo, la cual se encuentra en firme. Rige a partir del 5 de octubre del
2006.
Dado en la Presidencia de
la República, en la ciudad de San José, el día 30 de octubre del dos mil seis.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La
Ministra de Justicia y Gracia, Laura Chinchilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº
23496).—C-8490.—(14708).
Nº 241
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA
Con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 140 inciso 1)
y 146 de la Constitución Política; artículos 53 inciso a) y 65 de la Ley
General de Policía (Ley Nº 7410) y los artículos 115 y 117 del Reglamento
General de la Policía Penitenciaria (Decreto Ejecutivo Nº 26061-J).
Considerando:
I.—Que los servidores que
se dirán cumplen con los requisitos
establecidos en el artículo 65 de la Ley General de la Policía y en los
artículos 21, 115 y 117 del Reglamento General de Policía Penitenciaria;
ocupando actualmente puestos en propiedad en la Policía Penitenciaria.
II.—Que tales servidores aprobaron
satisfactoriamente el curso Básico Policial, de conformidad con los artículos
117 y 119 del Reglamento General de Policía Penitenciaria.
III.—Que en las Sesiones número: 28-06
del 5 de octubre del 2006, 02-2006 del 12 de enero del 2006, 03-06 del 26 de
enero del 2006, 32-06 23 de noviembre del 2006, y 34-06 del 14 de diciembre del
2006, del Consejo de Personal de la Policía Penitenciaria, refrendaron la
elegibilidad de los siguientes funcionarios:
ACUERDAN:
Artículo 1º—Incluir
dentro del régimen del Estatuto Policial a los siguientes funcionarios:
Funcionario Nº de Cédula
Godínez Méndez Ana Isabel 9-089-342
Herrera
Calderón Henry Josué 6-322-400
Monge
Araya Héctor 4-135-805
Mora
Arce Wilberth 2-440-544
Mora
Campos Marcos 1-1062-910
Morales
Solano Pablo César 3-371-294
Navarro
Castro Elizabeth 1-558-792
Pérez
Durán Liz Yuleiny 2-520-213
Rodríguez
Leal Julio César 5-204-387
Segura
Arias Allan Amabilio 1-857-672
Zamora
Brenes Israel Alberto 1-894-561
Artículo 2º—Rige a partir
de la fecha de su publicación.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los 20 días del mes de diciembre del dos mil seis.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La
Ministra de Justicia y Gracia, Laura Chinchilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº 23495).—C-20590.—(14710).
MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES
Nº
DM-023-2007.—Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes. Despacho de la Señora
Ministra. San José, a las diez horas, veinte minutos del día dieciséis de
febrero del dos mil siete. Nombramiento de la señora Ana Victoria Carboni
Méndez, cédula de identidad Nº 1-0556-0956, como Directora Ejecutiva del Teatro
Popular Melico Salazar.
Resultando:
1º—Que la Ley Nº 7023 del
13 de marzo de 1986, creó al Teatro Popular Melico Salazar como ente adscrito
al Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes.
2º—Que el artículo 7 de dicha Ley,
establece que el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, nombrará al
Director Ejecutivo del Teatro, de una terna presentada por la Junta Directiva
del Teatro Popular Melico Sálazar.
3º—Que por Resolución Administrativa
Nº 118-2006 del 30 de mayo del 2006, se nombró al señor Giancarlo Protti
Ramírez, cédula de identidad Nº 1-632-510, como Director Ejecutivo del Teatro
Popular Melico Salazar.
4º—Que el señor Protti Ramírez
presentó su renuncia a dicho cargo, por lo que debe solventarse la vacante, con
la finalidad de no afectar las labores ordinarias del Teatro Popular Melico
Salazar.
Considerando:
1º—Que la Junta Directiva
del Teatro Popular Melico Salazar, por Acuerdo Nº 3 de la Sesión Ordinaria Nº
473, celebrada el día 16 de enero de 2007, acordó presentar a este Despacho, la
terna para la elección del Director Ejecutivo del Teatro.
2º—Que este Despacho, de la terna
propuesta, elige a la señora Ana Carboni Méndez, cédula de identidad Nº
1-0556-0956, como Directora Ejecutiva del Teatro Popular Melico Salazar, a
partir del día 15 de febrero _de 2007. Por tanto,
LA MINISTRA DE CULTURA, JUVENTUD
YDEPORTES, RESUELVE:
Artículo 1º—Agradecer los
valiosos servicios prestados por el señor Giancarlo Protti Ramírez, cédula de
identidad Nº 1-632-510, como Director Ejecutivo del Teatro Popular Melico
Salazar, y nombrar a la señora Ana Victoria Carboni Méndez, cédula de identidad
Nº 1-0556-0956, en dicho cargo.
Artículo 2º—Rige a partir del 15 de
febrero del 2007.
María Elena Carballo
Castegnaro, Ministra de Cultura, Juventud y Deportes.—1 vez.—(Solicitud Nº
47577).—C-19985.—(16247).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
N° 05-2007.—El señor
Héctor A. Cruz Molina, cédula 3-192-308. En calidad de presidente de la
compañía: Maquinaria Agrícola de Costa Rica S. A. Cuyo domicilio fiscal se encuentra
en la ciudad de San José. Solicita la inscripción del equipo Tolva Granalera y
abastecedora de fertilizantes. Marca: Jan. Modelo Tanker 10300. Conforme a lo
que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037-
MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante
el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles,
contados a partir de la última
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 12
de febrero del 2007.—Ing. Emmanuel Villalobos Sánchez, Programa de Equipos y
Fiscalización.—(14420).
DIRECCIÓN DE SALUD
ANIMAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
El señor Luis Guillermo
Muñoz con cédula N° 2-312-141, vecino de
Alajuela, en calidad de Apoderado Legal de la Compañía Droguería Luis Muñoz con
domicilio en Alajuela. Solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: Vacuna contra la enfermedad New Castle, Bronquitis
tipo Mass Arkansas Virus. Fabricado por: Laboratorio Lohmann Animal Helath
International, USA, con los siguientes principios activos: Virus de la
enfermedad de New Castle, virus de la bronquitis infecciosa tipo Mass Tipo
Arka, y las siguientes indicaciones terapéuticas: Ayuda en la prevención de la
enfermedad de New Castle y la bronquitis infecciosa (tipo Mass y Ark). Con base
en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia, a las 10:00 horas del día 15 del
mes de enero del 2007.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos
Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(14384).
La señora Una Aine Ni Fhiachain, con número de cédula residencia
0034231752010000013, vecina de San José, en calidad de apoderada legal de la
compañía Ayurveda Centroamericana S. A. (Productos Himalaya), con domicilio en
San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo
3: Erina- EP- shampoo. Fabricado por Laboratorios Himalaya Drug Company de
India, con los siguientes principios activos: cada ml contiene: acorus calamus
8mg., thephrosia purpurea 6.5 mg., melia azadirachto 6.50 mg., eucalyptus
globulus 9 mg. y las siguientes indicaciones terapéuticas: coadyuvante en las
infestaciones por pulgas, piojos y garrapatas en caninos y felinos. Con base en
el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 15 de diciembre del
2006.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr.
Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(15878).
DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD Y
MACROEVALUACIÓN
DEL SISTEMA EDUCATIVO
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 82, asiento 7, título Nº 1553, emitido por el Liceo de San Carlos, en el año dos mil dos, a nombre de Mora Gómez Norberta Elena. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 13 de febrero del 2007.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—Nº 5615.—(15073).
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 93, título Nº 412, emitido por el Liceo de Alajuelita, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Díaz Valverde Dersu. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, catorce de febrero del dos mil siete.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(15126).
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Medía, inscrito en el tomo 2, folio 9, título Nº 905, emitido por el Colegio María Inmaculada, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Carolina Mayela Del Valle Méndez. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 4 de octubre del 2006.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—Nº 5815.—(15254).
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 15, título Nº 1410, emitido por el Colegio Claretiano, en el año dos mil dos, a nombre de Salas Kopper Danny. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 9 de febrero del 2006.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(15273).
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 120, título Nº 1816, emitido por el Liceo Ing. Samuel Sáenz Flores, en el año dos mil, a nombre de Barrios Ureña Silvia Elena. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 19 de febrero del 2007.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(15283).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Subdirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 182, título Nº 1688, emitido por el Liceo
Ing. Carlos Pascua Z., en el año dos mil seis, a nombre de Solano Quesada
Yendry Joanna. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de diciembre del
2006.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Carmen Martínez Cubero,
Subdirectora.—(14330).
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 163, título Nº 3139, emitido por el Instituto de Alajuela, en el año dos mil cuatro, a nombre de Quesada Alvarado Heber Luis. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los catorce días del mes de febrero del dos mil siete.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(15733).
Ante esta Supervisión, se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 17, título Nº 27, emitido por el Sistema Educativo Whitman, en el año dos mil cuatro, a nombre de Susan Melissa González Rodríguez. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Susan Melissa Calvo González. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José,12 de junio del 2006.—Departamento de Supervisión Nacional.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(17510).
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE
HUMANO
San José, a los treinta días del mes
de enero del dos mil siete.—De conformidad con lo establecido en el artículo 4
inciso b) de la Ley Nº 8220, publicada en el Alcance Nº 22 a La Gaceta Nº
49 del 11 de marzo del 2002 “Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de
Requisitos y Trámites Administrativos”, se comunica a los interesados, que la
siguiente es la Guía de Inspección en Granjas Porcinas, Control de Visitas y
Procedimiento Técnico para Realizar Trámites de Clausura de Granjas Porcinas,
Decomiso de Cerdos y Donación de Carne.
MINISTERIO DE SALUD
MS-DPAH-UTE-GIGP-081
GUÍA INSPECCIÓN GRANJAS PORCINAS
A. GENERALIDADES:
Fecha de
inspección:______________________________________________________
Región:______________________ Área Rectora de Salud:_______________________
Nombre de la
Porcina:_____________________________________________________
Años de funcionar en el sitio:______ PSF Nº_______ Fecha vencimiento___________
1. UBICACIÓN:________________ ___________________ __________________
Provincia Cantón Distrito
4. ZONA: ( ) Habitacional (
) Comercial ( ) Industrial ( ) Rural
Dirección exacta:______________________________________________________
2. PROPIETARIO:_____________________ Telef.:___________________________
Representante Legal:___________________________________________________
Arrendatario:________________________________________________________
Correo electrónico:____________________________________________________
B. INSPECCIÓN:
3. ASUNTO: ( ) Ubicación ( ) Denuncia ( ) Valoración
( ) PSF ( ) 1era vez ( ) Renovación
4. CERTIFICACIÓN USO DEL SUELO: (
) SI ( ) NO ( )NA
Observaciones:_______________________________________________________
___________________________________________________________________
5. TERRENO: Topografía:
( ) Plana ( ) Quebrada
Área:__________ m² Área
construida:________ m²
6. RETIROS A: Vías públicas:____________ m
Distancia a propiedades vecinas: Norte:___________________________________ m
Sur:_____________________________________ m
Este:____________________________________ m
Oeste:___________________________________ m
Distancia a fuentes de agua (ríos,
quebradas, nacientes, otros) m
Centros de Salud, educativos, Centros
atención adulto mayor: m
7. ACTIVIDAD PRINCIPAL: ( ) Maternidad ( ) Lactancia
( ) Desarrollo ( ) Engorde
8. CANTIDAD DE CERDOS:
Verracos:________________ Cerdas no preñadas:_______ Cerdas preñadas:_____
Cerdas en lactancia:________ Camada:________________ Desarrollo:__________
Engorde:________ TOTAL:___________
9. TIPO DE ALIMENTACIÓN: (
) Concentrado ( ) Otro:
Observaciones:_______________________________________________________
___________________________________________________________________
10. GALPONES
Nº:____________________ Área de construcción:_____________ m²
Condición de la estructura:
Parte |
Techo |
Columnas |
Divisiones |
Piso |
Material: |
|
|
|
|
Estado |
£B £M |
£B £M |
£B £M |
£B £M |
Observaciones:__________________________________________________________
______________________________________________________________________
11. DISPONIBILIDAD DE AGUA: ( ) A y A ( ) Acueducto ( ) Naciente
( ) Pozo ( ) Manantial ( ) Río
Consumo de agua:_____________ m³
12. NÚMERO DE TRABAJADORES:______________ Hombres_____________ Mujeres
13. FACILIDADES SANITARIAS:
Mujeres: Inodoros Nº:________ Lavamanos Nº:________ Duchas Nº:__________
Hombres: Inodoros Nº:_______ Lavamanos Nº:________ Duchas Nº:__________
Orinales: Nº:_______________
Observaciones:_______________________________________________________
___________________________________________________________________
14. VESTIDORES: ( ) Si ( ) No
15. COMEDOR: ( ) Si ( ) No
Observaciones:_______________________________________________________
___________________________________________________________________
16. CONTROL DE VECTORES: ( ) Si ( ) No
Observaciones:_______________________________________________________
___________________________________________________________________
17. TÉCNICA DE DISPOSICIÓN DE ANIMALES MUERTOS:_____________________
___________________________________________________________________
18. PLAN DE MANEJO DE CERDAZA APROBADO POR EL M.
S: ( ) SI ( ) NO
Nº de oficio y fecha de aprobación:________________________________________
Volumen o peso diario de la cerdaza:_______________________________________
Disposición final de la cerdaza:___________________________________________
Transporte___________________________________________________________
19. TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES:
Aprobado por M. S: ( ) Si ( ) No
Nº de oficio y fecha de aprobación:________________________________________
Partes del sistema de tratamiento:
Primario:
Bueno ( ) Malo (
)
Secundario:
Bueno ( ) Malo (
)
Terciario:
Bueno ( ) Malo (
)
Tratamiento
y disposición de lodos: Si ( ) No ( ) NA (
)
Observaciones:_______________________________________________________
___________________________________________________________________
20. DISPOSICIÓN DE AGUAS RESIDUALES:
(
) Vertido: Caudal:____________ m³/día Cuerpo receptor:___________________
(
) Reuso (tipo):______________________________________________________
(
) Otro:____________________________________________________________
21. REPORTES OPERACIONALES:
Presentación de reportes
operacionales: ( ) Si ( ) No
Fecha del último reporte:___________________ Cumplió con la norma: ( ) Si (
) No
Fecha en que se debe presenta el
próximo reporte operacional:____________________
22. BITÁCORA:
Cuenta con la bitácora al día: ( ) Si ( ) No
Observaciones:_______________________________________________________
23. FUNCIONARIO QUE REALIZA LA INSPECCIÓN:__________________________
24. PERSONAL QUE LO ATENDIÓ:________________________________________
25. FECHA DE LA PRÓXIMA VISITA:_______________________________________
26. OBSERVACIONES GENERALES:_______________________________________
___________________________________________________________________
___________________________________________________________________
____________________________ ____________________________
Firma
funcionario Firma
persona que atendió
MINISTERIO DE SALUD
MS-DPAH-UTE-CVGP-082
CONTROL DE VISITA GRANJAS PORCINAS
Fecha de
inspección:______________________________________________________
Región_________________________ Área Rectora de Salud:____________________
Nombre de la
Porcina:_____________________________________________________
1. UBICACIÓN:________________ ___________________ __________________
Provincia Cantón Distrito
Dirección exacta:______________________________________________________
2. PROPIETARIO:______________________ Telef.:________________________
Representante Legal:___________________________________________________
Arrendatario:________________________________________________________
Correo electrónico:____________________________________________________
3. MOTIVO DE INSPECCIÓN:
(
) Ubicación ( ) Denuncia ( ) Valoración ( ) Seguimiento
(
) PSF ( ) 1era vez
( ) Renovación Nº
PSF Anterior:__________________
OBSERVACIONES:______________________________________________________
______________________________________________________________________
______________________________________________________________________
______________________________________________________________________
____________________________ ____________________________
Nombre
y firma funcionario Nombre
y firma persona que atendió
MINISTERIO DE SALUD
MS-DPAH-UTE- BDCC-083
BOLETA DONACIÓN DE CARNE DE CERDOS
Fecha:_________________________________________________________________
Región:______________________ Área Rectora de Salud_____________________
Institución
que recibe:_____________________________________________________
Dirección:______________________________________________________________
Producto donado:______________ Cantidad:______________________________
Transportado por:_______________ Vehículo placa:__________________________
Recibido por:
Nombre:______________________________ Nº de cédula______________________
Firma:________________________
MINISTERIO DE SALUD
MS-DPAH-UTE-HDCC-084
HOJA DISTRIBUCIÓN DE CARNE DE CERDO
Región:______________________ Área Rectora de Salud:_____________________
INSTITUCIÓN QUE RECIBE |
DIRECCIÓN |
PESO (kg) |
CANTIDAD (Nº animales) |
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____________________________ ____________________________
Director
Regional Director
Área Rectora de Salud
MINISTERIO DE SALUD
MS-DPAH-UTE-PCGPDCDC-085
PROCEDIMIENTO TÉCNICO PARA REALIZAR
TRÁMITES
DE CLAUSURA DE GRANJAS PORCINAS,
DECOMISO
DE CERDOS Y DONACIÓN DE CARNE
Este documento se elabora como guía
práctica para llevar a cabo la clausura de granjas porcinas, previo al decomiso
de cerdos y donación de carne. Ha sido elaborado con la finalidad de lograr que
los procedimientos y trámites que se realicen se ajusten al debido proceso y
siguiendo los lineamientos de rectoría que tiene establecidos el Ministerio de
Salud.
Corresponde al Nivel Regional y Local respectivo, girar
la notificación de la orden sanitaria previo al decomiso y a la clausura de la
granja porcina, para su posterior donación de la carne y demás subproductos.
Una vez girada la orden sanitaria previa a la clausura,
le corresponderá en forma coordinada a la Dirección Regional y Local
correspondiente, iniciar los trámites y preparativos necesarios para ejecutar
la misma; considerando la coordinación de todos aquellos aspectos relativos al
decomiso: financiamiento, lugar donde se sacrificarán los animales, personal
que realiza la manipulación de animales, arreo, transporte de animales
decomisados en pie y en canal, servicios veterinarios, pesaje, empaque, destino
o distribución del producto y subproductos.
El acto administrativo de clausura (acta de clausura)
se aplica en aquellas granjas porcinas cuando los procedimientos
administrativos (técnico-legal) así lo determinen.
Para ejecutar la clausura, se llevará a cabo un
procedimiento técnico-legal, que consistirá en establecer plazos para desalojar
la población porcina, tomando en cuenta las diferentes etapas de producción de
la actividad. En casos de riesgo inminente a la salud pública, el Director
Regional en coordinación con los diferentes niveles definirá las acciones
inmediatas a seguir para dicho establecimiento.
Aquellas granjas porcinas que no cuenten con el
respectivo permiso de funcionamiento se procederá conforme lo establece el
artículo 363 de la Ley General de Salud.
El procedimiento técnico-administrativo-legal, se
aplicará en aquellas actividades porcinas cuyas condiciones físico-sanitarias
sean deficientes, y constituyan riesgo para la salud pública. Sustento legal:
- Ley General de Salud.
- Reglamento de Granjas Porcinas.
- Reglamento de Vertido y Reuso de Aguas
Residuales.
- Reglamento de Aprobación y Operación de
Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales.
- Otras Leyes y Reglamentos relacionadas.
I. PROCEDIMIENTO A SEGUIR PREVIO A EJECUTAR
UN DECOMISO:
1. El Área Rectora de Salud respectiva, por medio
de sus funcionarios, deberá efectuar un censo de la población porcina al
momento de girar la orden sanitaria, con el propósito de clasificar y
determinar la cantidad de animales que tiene disponible la actividad y la
condición de los mismos, considerando el caso de las hembras preñadas al
momento de hacer el levantamiento.
2. Al propietario e arrendatario se le deberá
apercibir en la orden sanitaria, que no podrá aumentar la población censada. En
caso de hacerlo, obligará al Ministerio al decomiso de los animales previo al
vencimiento del plazo.
3. El Área Rectora de Salud correspondiente
indicará en la orden sanitaria el plazo y la población de animales que deberá
el propietario e arrendatario ir retirando, considerando las siguientes
prioridades:
En 8 días, el interesado deberá
retirar de sus instalaciones los verracos.
A los 15 días las cerdas no preñadas.
A los 20 días los cerdos en etapa de
engorde.
A los 30 días todos los cerdos en
etapa de desarrollo.
A los 40 días las cerdas en período de
lactancia y camada.
A los 45 días todas las cerdas
preñadas.
Lo que se pretende con esta
clasificación es evitar el aumento de la población porcina e ir minimizando el
grado de contaminación al ambiente que se encuentre generando la actividad en
protección de la salud pública.
4. Los funcionarios del Área Rectora de Salud
respectiva, deberán realizar visitas durante los plazos señalados en la orden
sanitaria, con el fin de verificar el grado de cumplimiento de los mismos y en especial
con la reducción de la población porcina.
5. Para evitar malentendidos entre las partes,
las órdenes sanitarias deberán ser explicativas e indicar claramente los plazos
y condiciones que se deben cumplir y al menos deberá contener lo siguiente:
5.1. Los plazos deberán estar indicados en días
naturales y rigen a partir del día siguiente a la notificación.
5.2. Debe incluirse detalladamente los días de
vencimiento de cada etapa, conforme la clasificación indicada en el punto 3 del
presente documento.
5.3. Indicar claramente el motivo o razón que
obliga al cierre del establecimiento.
5.4. Indicar el contenido y el fin que se quiere
alcanzar con la emisión de la orden sanitaria (protección de la salud pública).
5.5. En los casos donde procede la demolición de
las instalaciones físicas, deberá indicarse en la orden sanitaria dicha acción.
5.6. El respectivo apercibimiento en caso de
incumplimiento.
5.7. Trascripción del artículo 52 de la Ley
Orgánica del Ministerio de Salud.
II. DECOMISO:
Se entenderá como decomiso, tal y como
lo define la legislación en sus artículos 359, 360 y 361 de la Ley General de
Salud como la “pérdida de la propiedad que experimenta el dueño a favor del
estado que han sido causa o instrumento de una infracción sanitaria o que sean
nocivos o peligrosos para la salud humana”.
El mismo se hará efectivo una vez vencido el plazo de
la orden sanitaria o bajo el incumplimiento de la misma.
El procedimiento de decomiso será realizado por el
Nivel Regional y el Área Rectora de Salud respectiva.
El decomiso incluye las siguientes etapas:
a) Apropiación del bien por parte del Estado.
b) Arreo, matanza, deshuese, pesaje, empaque y
distribución.
c) Disposición del producto y subproductos.
III. PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA EJECUTAR UN
DECOMISO, DONACIÓN Y LA RESPECTIVA CLAUSURA DEL ESTABLECIMIENTO:
1. La Dirección Regional respectiva en
coordinación con su Unidad de Protección al Ambiente Humano y el Área Rectora
de Salud correspondiente, presupuestarán anualmente el monto necesario para
efectuar el decomiso y la contratación de los servicios de arreo, matanza,
deshuese, pesaje, empaque y distribución del producto y subproducto, por medio
de los procedimientos de contratación administrativa.
2. En el contrato administrativo que se suscriba
con el matadero, se considerarán aspectos relacionados con el arreo,
transporte, manejo de animales, valoración en pie y en canal, inspección
ante-mortem y post-mortem, deshuese, pesaje, empaque y distribución del
producto y subproductos.
3. Podrán celebrarse acuerdos de colaboración
entre el Ministerio de Salud y organizaciones o entidades que colaboren con las
actividades señaladas en punto anterior.
4. Todo procedimiento de decomiso deberá contar
con la participación de un Médico Veterinario, el cual debe ser funcionario del
Ministerio de Salud, con quien se debe coordinar previamente. Dicho funcionario
participará en la valoración sanitaria de los animales (ante y post mortem)
verifica el manejo de cerdos dentro de la granja, supervisa el traslado de los
cerdos y el recibimiento en el matadero, así como verifica las guías de
transporte y guías sanitarias y supervisa la manipulación del producto final,
acción que podrá realizarse en conjunto con personal del matadero.
5. El abogado regional debe verificar si existe
algún impedimento jurídico para proceder con el decomiso.
6. Todos los trámites que se ejecuten para llevar
a cabo el decomiso (transporte, matanza y distribución de la carne) y donación
de carne deberá quedar registrados en actas y se utilizarán las boletas de
donación.
7. La donación del producto (carne) y
subproductos se hará en los diferentes establecimientos de salud del Estado,
bajo plan de distribución y donación; debiendo quedar en la “boleta de
donación”, claramente especificada la cantidad del producto entregada o
recibida.
7.1 La boleta de donación de contener la
siguiente información:
- Nombre y dirección de la institución que recibe la donación.
- Nombre, firma y número cédula de la persona
que recibe la donación.
- Cantidad del producto entregado.
- Fecha de la donación.
- Región y Área de Salud que realiza la
donación.
8. Los animales que no sean aptos para consumo
humano serán sacrificados y dispuestos conforme a lo establecido en el artículo
138 del Reglamento Sanitario y de Inspección Veterinaria de Mataderos,
Producción y Procesamiento de Carnes, Decreto Ejecutivo Nº 29588-MAG-S y los
gastos que genere esta acción serán sufragados por el Ministerio de Salud.
9. Una vez decomisado todo el producto o bien, se
procederá a realizar la clausura del establecimiento.
9.1 La clausura consiste en el cierre del
local, con la colocación de sellos impidiendo su funcionamiento, y su
respectiva acta de clausura, tal y como lo establece la Ley General de Salud,
la que se notificará en el momento al propietario o arrendatario del inmueble.
10. En los casos donde proceda la demolición de
las instalaciones de la granja porcina, así notificado en la orden sanitaria
supracitada, tanto al propietario como al arrendatario, deberá la autoridad de
salud dar seguimiento verificando el cumplimiento del acto administrativo de
marras.
San José, diecinueve de febrero del
dos mil siete.—Ing. Eugenio Androvetto Villalobos, Director a. í.—1
vez.—(Solicitud Nº 046-07).—C-156090.—(15893).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES
SOCIALES
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada Unión de Empleados del Banco de Costa Rica, siglas: UNEBANCO, acordada en asamblea celebrada el 16 de diciembre del 2006. Expediente Nº B-18. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los Libros de Registro que al efecto lleva este Registro, mediante tomo: 15, folio: 489 asiento: 4422, del día 14 de febrero del 2007. La reforma afecta el artículo 7 del Estatuto.—San José, 14 de febrero del 2007.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(15742).
De
conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y
Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social
denominada; Cooperativa de Servicios Múltiples Alternativos para la
Agroindustria R. L., siglas COOPEFIN R. L., acordada en asamblea celebrada el
30 de noviembre del 2006. Resolución 1395. En cumplimiento con lo dispuesto en
el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica
del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se
envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.
Consejo de
Administración:
Presidente: William Betancourt Arguedas
Vicepresidente: Rodolfo Pacheco Cascante
Secretario: Manuel Carrillo Pacheco
Vocal 1: Marvin Víquez Brenes
Vocal 2: Wassel Khider Naeeb
Suplente 1: Doxy Elena Navarro Padilla
Suplente 2: Eduardo Carrillo Pacheco
Gerente: Erick Ching Barrios
San José, 22 de febrero
del 2007.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(15906).
De
conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y
Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social
denominada: Cooperativa Nacional de Recreación y Servicios Múltiples de
Pensionados R. L., siglas COONAPEN R. L., acordada en asamblea celebrada el 24
de junio del 2006. Resolución 1394. En cumplimiento con lo dispuesto en el
artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un
extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.
Consejo de
administración:
Presidente: Julio César Marenco Marenco
Vicepresidenta: Emilce Rojas Román
Secretaria: Irma Gutiérrez Jiménez
Vocal 1: Manuel Antonio Cascante
Hernández
Vocal 2: Ceiris Navarro Esquivel
Suplente 1: Ramón Castro Solís
Suplente 2: Luz Marina Mora Smith
Gerente: Virginia Gutiérrez Juárez
San José, 15 de febrero
del 2007.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(16141).
De
conformidad con la autorización extendida por el Ministro de Trabajo y
Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que
acordó introducir a su estatuto social la organización social denominada:
Cooperativa de Autogestión de Transporte Colectivo R., siglas COOPATRAC L,
acordada en asamblea celebrada el 9 de abril del 2005. Resolución 704. En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la
inscripción correspondiente y se envía un extracto de su inscripción para su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta la
totalidad de los artículos del Estatuto.—San José, 22 de noviembre del
2006.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(16375).
DIRECCIÓN NACIONAL DE
PENSIONES
En sesión celebrada en
San José, a las nueve horas del día 18 de octubre del 2006, se acordó conceder
Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPA-6683-2006, del día 18 de octubre
del 2006, al (a la) señor (a) Alvarez Villalobos María Cecilia, cédula de
identidad 4-078-420, vecino (a) de Heredia; por un monto de treinta y un mil
ochocientos setenta y nueve colones con siete céntimos (¢31.879,07), con un
rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo
del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista
el contenido presupuestario correspondiente.—Lic. Jeremías Vargas Chavarría,
Director Ejecutivo.—1 vez.—(14344).
En sesión
celebrada en San José, a las nueve horas del día 25 de octubre del 2006, se
acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPA-6678-2006, del
día 25 de octubre del 2006, al señor Morales Arias Jorge, cédula de identidad
Nº 2-205-975, vecino de Puntarenas; por un monto de sesenta y cinco mil cuatrocientos
treinta y cuatro colones con trece céntimos (¢65.434,13), con un rige a partir
de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero
Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido
presupuestario correspondiente.—Lic. Jeremías Vargas Chavarría, Director
Ejecutivo.—1 vez.—(15718).
REGISTRO NACIONAL
CIRCULAR Nº DRPI-001-2007
PARA: Funcionarios y usuarios del Registro
de Propiedad Industrial
DE: Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez
Director
Registro de
Propiedad Industrial
FECHA: 15 de febrero del 2007
ASUNTO: Procedencia de la
inscripción de expresiones o señales de publicidad comercial
En jurisprudencia
reciente y reiterada el Tribunal Registral Administrativo ha resuelto:
“...el artículo 40 del
Reglamento a la Ley de Marcas (Decreto Ejecutivo Nº 30233-J, del 20 de febrero
del 2002), estipula que en la solicitud de registro de una expresión o
señal de publicidad comercial, debe
especificarse la marca o el nombre comercial solicitados o registrados, a los que se mantendrán
ligada, necesariamente, la expresión o señal, que dicho sea de paso, y de conformidad con el artículo 63 de la
citada Ley de Marcas, existirán dependiendo de la suerte que corran, según
el caso, la marca o el nombre comercial al que se estén
refiriendo. Esto se debe, a no dudarlo, a que permitir el registro
indiscriminado de expresiones o señales de publicidad comercial, sin el apoyo de una marca o nombre comercial de
base, atentaría contra la prohibición general del artículo 8º de la Ley de
Marcas, de inscribir signos desprovistos de distintividad, es decir, de
carácter distintivo...” (Voto Nº 231-2005, de las 9 horas con 15 minutos del 30
de setiembre del 2005, del Tribunal Registral Administrativo).
Asimismo, el Tribunal se
ha referido al tema de la complementariedad y la accesoriedad entre la marca o
nombre comercial y la expresión o señal de publicidad comercial, de la
siguiente manera:
“...Es en este mismo
sentido que debe entenderse la disposición del artículo 63 de la Ley de
Marcas, según el cual, una vez inscrita, una expresión o señal de
publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido; pero su
existencia depende, según el caso, de la marca o el nombre comercial a que se
refiera; y si la señal no puede subsistir sin esa marca o nombre comercial a
que se refiere, ello quiere decir, entonces, que al solicitar su registro se
debe hacer referencia expresa al signo con el cual será empleado, dada,
precisamente, esa complementariedad y accesoriedad del lema comercial...” (Voto
Nº 63-2006, de las 9 horas del 17 de marzo del 2006, del Tribunal Registral
Administrativo).
Por consiguiente, a
efecto de que las disposiciones de este Registro, en relación con la
inscripción de expresiones o señales de publicidad comercial, resulten acordes
con lo señalado por el Tribunal Registral Administrativo y las normas legales aplicables,
en beneficio de los intereses de los usuarios y de esta forma ajustar las
actuaciones de la Administración a derecho y evitar posibles futuras nulidades,
este Registro procede a establecer las siguientes pautas a seguir por los
señores Registradores para la correspondiente inscripción de expresiones o
señales de publicidad comercial:
1) Para la correspondiente inscripción de una
expresión o señal de publicidad comercial debe estipularse obligatoriamente en
la solicitud de registro la especificación de
la marca o el nombre
comercial solicitados o registrados, a los
que se mantendrán ligada, necesariamente, la expresión o señal, que dicho sea de paso, y de conformidad con el
artículo 63 de la citada Ley de Marcas, existirán dependiendo de la suerte que
corran, según el caso, la marca o el nombre comercial al que se
estén refiriendo. Se aclara que dicha marca o nombre comercial pueden
encontrarse tanto en proceso de solicitud de inscripción o ya registrados; pero
en el primer caso, la inscripción de la expresión o señal de publicidad
comercial queda sujeta a la inscripción de la marca o nombre comercial.
2) La recomendación principal a los
Registradores de Marcas, es que al momento de efectuar calificaciones de
expresiones o señales de publicidad comercial verifiquen en la solicitud de
inscripción respectiva el cumplimiento de dicha indicación o requisito de
admisibilidad y en el supuesto de que falte se haga la correspondiente
prevención en ese sentido; para finalmente en caso de incumplimiento de dicho
requisito dentro del plazo otorgado en la prevención de mérito, procedan al
rechazo de plano de tales solicitudes.
Se recuerda que las
disposiciones contenidas en esta circular son de acatamiento obligatorio.
Rige a partir de su publicación en el
Diario Oficial La Gaceta.
San José, 19 de febrero
del 2007.—Dirección Propiedad Industrial.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—Dirección Administrativa.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo,
Director.—Departamento Financiero.—Lic. Irene Espinoza Alvarado, Jefa.—1
vez.—(Solicitud Nº 09032).—C-25430.—(15714).
CIRCULAR Nº
DRPI-002-2007
PARA: Funcionarios y usuarios del Registro
de Propiedad Industrial
DE: Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez
Director
Registro de
Propiedad Industrial
FECHA: 15 de febrero del 2007
ASUNTO: Plazo para determinar la
caducidad o vencimiento de las marcas y su correspondiente procedimiento y
plazo de renovación (artículos 20 y 21 de la Ley de Marcas y Otros Signos
Distintivos, Ley Nº 7978).
Inscripción de
marcas idénticas o semejantes a otras que han caducado o vencido y no han sido
renovadas durante el plazo de gracia de seis meses o han sido canceladas a
solicitud de su titular (artículo 7º, inciso k), ibídem).
Los artículos 20 y 21
párrafo segundo, en relación con el artículo 7º, inciso k) de la Ley de Marcas
y Otros Signos Distintivos, Ley Nº 7978, son las bases legales que permiten
determinar el plazo de caducidad o vencimiento de las marcas y su
correspondiente procedimiento y plazo de renovación, así como la inscripción de
marcas idénticas o semejantes a otras que han caducado o vencido y no han sido
renovadas durante el plazo de gracia de seis meses o han sido canceladas a
solicitud de su titular.
Las normas anteriores, vale decir las
dos primeras, sean los artículos 20 y 21, párrafo segundo se encuentran ubicadas dentro
del título II denominado “Marcas”, en el capítulo III denominado “Duración,
Renovación y Modificación del Registro”, artículos que se refieren por su
orden al Plazo y renovación del registro y, al Procedimiento de renovación
del registro.
Por otra parte, la norma del artículo 7º, inciso k), la podemos encontrar
dentro del mismo Título II, pero en su Capítulo I denominado “Marcas
en General”, artículo que se refiere a las Marcas inadmisibles por
razones intrínsecas, haciendo la excepción el inciso k), para marcas que se
encuentren en las condiciones supracitadas.
Se hace la anterior ubicación
normativa, a efectos de tener claro primero, cual es el plazo de
vencimiento o caducidad de las marcas y cual es su correspondiente
procedimiento y plazo de renovación (artículos 20 y 21, párrafo segundo), y segundo,
determinar cual es el plazo que debe haber transcurrido, para que se pueda
inscribir una marca idéntica o semejante a otra que ha vencido y no ha sido
renovada durante el plazo de gracia de seis meses o haya sido cancelada a
solicitud de su titular (artículo 7º, inciso k)).
Por consiguiente, a efecto de que las
disposiciones de este Registro, en relación con el plazo de caducidad o
vencimiento de las marcas y su correspondiente procedimiento y plazo de
renovación, resulten acordes con lo señalado por las normas legales aplicables,
en beneficio de los intereses de los usuarios y de esta forma ajustar las
actuaciones de la Administración a derecho y evitar posibles futuras nulidades,
este Registro procede a establecer las siguientes pautas a seguir por los
señores Registradores para la correspondiente inscripción de marcas idénticas o
semejantes a otras que han caducado o vencido y no han sido renovadas durante
el plazo de gracia de seis meses o han sido canceladas a solicitud de su
titular (artículo 7º, inciso k)):
1) El artículo 20 supracitado, establece el plazo
de vencimiento de las marcas, sea a los 10 años a partir de su concesión
(fecha de registro); fijando además que dichas marcas podrán ser renovadas
indefinidamente por períodos del mismo lapso, a contar desde la fecha del
vencimiento precedente.
2) El artículo 21 párrafo segundo
además de establecer en que momento debe presentarse la renovación de una
marca, sea dentro del año anterior a la fecha de vencimiento del registro, da
la posibilidad al titular de poder renovar su marca dentro de un llamado “plazo
de gracia de 6 meses”, posteriores a la fecha de vencimiento, y gozando
además durante este plazo dicho registro de su vigencia plena; y acorde con ese
mismo artículo párrafo tercero, produciendo dicha renovación sus efectos
desde la fecha de vencimiento del registro anterior, aunque tal renovación
se haya pedido dentro del plazo de gracia antes aludido.
3) Por su parte, el artículo 7º,
inciso k), establece el plazo para poder registrar una marca que sea idéntica o
semejante, de manera que pueda causar confusión con una marca cuyo registro
haya vencido y no haya sido renovado durante el plazo de gracia de 6 meses luego
de su vencimiento, o haya sido cancelado a solicitud de su titular y que era
usada en el comercio para los mismos productos o servicios u otros que, por su
naturaleza, puedan asociarse con aquellos, es de 6 meses transcurridos a
partir del vencimiento o la cancelación. Asimismo, establece el mismo
artículo que para marcas colectivas procede su registro en las anteriores
condiciones, si ha transcurrido un año desde la fecha de vencimiento o
cancelación.
4) En los casos en que se presenten
solicitudes de inscripción de marcas en las condiciones detalladas en el
artículo 7º, inciso k) de la Ley de repetida cita, se debe proceder a realizar
el proceso de inscripción a partir del plazo de 6 meses contado desde el
vencimiento o cancelación (finalizado el plazo de gracia de seis meses
para poder realizar la renovación de la marca); y en tratándose de marcas colectivas a partir del plazo de 1
año contado desde la fecha de vencimiento o cancelación. Y en el caso de
que la solicitud sea presentada sin que haya vencido el plazo de gracia de seis
meses para poder efectuar la renovación, procedan a rechazar de plano tales
solicitudes. Lo anterior con fundamento, en el derecho otorgado por la ley al
titular de una marca de poder realizar su renovación en ese llamado plazo de
gracia, gozando durante este, en caso de presentar la renovación, de la
total y plena vigencia de su marca.
Se recuerda que las
disposiciones contenidas en esta circular son de acatamiento obligatorio.
Rige a partir de su publicación en el
Diario Oficial La Gaceta.
San José, 19 de febrero
del 2007.—Dirección Propiedad Industrial.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—Dirección Administrativa.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo,
Director.—Departamento Financiero.—Lic. Irene Espinoza Alvarado, Jefa.—1 vez.—(Solicitud
Nº 09032).—C-33295.—(15716).
CIRCULAR Nº RPI-003-2007
PARA: Funcionarios del Registro de la
Propiedad Industrial y usuarios de nuestros servicios
DE: Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez
Director
Registro de
Propiedad Industrial
FECHA: 15 de febrero del 2007
ASUNTO: Solicitud de calificación
/ Calificación unitaria
A. SOLICITUD DE CALIFICACIÓN
A efecto de maximizar los
recursos disponibles en aras de brindar un servicio más eficiente, se
implementa el Procedimiento interno de solicitud de calificación, con el fin de
agilizar la tramitación de los expedientes, de conformidad con los criterios de
eficacia, celeridad y seguridad registral que rigen el actuar del Registro
Nacional.
Según lo dispone el artículo 1º,
párrafo 2º y 3º de la Ley de Inscripción de Documentos en el Registro Público,
Nº 3883, “Es de conveniencia pública simplificar y acelerar los trámites de recepción e inscripción de documentos,
sin menoscabo de la seguridad registral.
Son contrarios al interés público las
disposiciones o los procedimientos que entorpezcan esos trámites o que, al ser
aplicados, ocasionen tal efecto”. (El subrayado es propio).
Por otra parte, el Reglamento de la
Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Nº 30233-J, en su artículo 52, inciso
a), dispone: “El Registro es la autoridad administrativa adscrita al
Registro Nacional, responsable de la inscripción de los derechos en materia de
Propiedad Industrial y tiene a su cargo: a) Organizar y administrar el registro
de los derechos de Propiedad Industrial, en particular lo relacionado a los procedimientos para la adquisición y mantenimiento
de los derechos relativos a marcas y otros signos distintivos...”. (El
subrayado no corresponde al original). Asimismo, dicho reglamento establece en
el artículo 54, incisos c), f) y h), respecto a las funciones del Director: “Funciones
del Director. El Director del Registro de la Propiedad Industrial, o el
funcionario que legalmente le sustituya, tendrá a su cargo las siguientes
funciones: (...) c) Organizar y dirigir el trabajo y actividades que
correspondan al Registro, (...) f) Emitir acuerdos internos, circulares,
instrucciones administrativas relacionados con sus actividades, (...) h)
Cualesquiera otras que sean necesarias o convenientes a una buena y eficaz
administración”.
Procedimiento interno: Se llevará a cabo aplicando los
siguientes lineamientos:
a) El registrador asignado procederá a efectuar
la calificación de la solicitud por la forma y fondo, según lo establecido en
la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, procediendo a firmar las
resoluciones que emita, sean prevenciones de forma, de acuerdo a los
requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley Nº 7978, sean objeciones de
fondo de conformidad con el artículo 14 de la ley de cita; así como otras
resoluciones propias de la admisibilidad, trámite, rechazos de plano,
resoluciones de archivo, denegatorias, objeciones y desistimientos. Lo
anterior, utilizando los formatos, que para tales efectos, se generan en el
“Sistema de Marcas”. Dichas resoluciones deberán fundamentarse en forma clara,
concreta y congruente. (Artículo 22 de la Ley de Inscripción de Documentos en
el Registro Público, Nº 3883).
b) En virtud de que la calificación
realizada por el registrador no tiene carácter de definitiva, el solicitante
podrá presentar solicitud de calificación, con el fin de que el mismo
registrador reconsidere su resolución, de manera que analizará la solicitud
para determinar si revoca la objeción y continúa el trámite sin mayor
formalidad. En caso de que considere mantener la objeción, lo elevará a
conocimiento del Jefe de Registradores. (Artículo 38 del Reglamento del
Registro Público, Nº 26771). Para elevar la solicitud a su conocimiento, deberá
remitir el expediente por medio de una boleta, en la cual justificará la
valoración efectuada.
c) El Jefe de Registradores
procederá a conocer la solicitud y resolverá. Si considera que la objeción
observada por el calificador carece de fundamento jurídico, revocará la misma,
girando instrucción de trámite, la cual es de
carácter obligatorio para el registrador. En caso contrario, siendo que el
Jefe estime que la objeción es procedente, mantendrá la misma mediante
resolución razonada y elevará el expediente a conocimiento de la Dirección o
Subdirección de este Registro.
d) La Dirección o Subdirección
entrará a conocer la calificación, y en caso de revocar la objeción, ordenará
se continúe con el trámite de la solicitud. Si por el contrario coincide
con el criterio que señalaron el registrador y el Jefe, emitirá una
resolución final fundamentada, la cual será elaborada por los funcionarios
asignados para tal efecto. Dicha resolución admitirá el recurso de revocatoria
y apelación, y en caso de este último, se elevará el expediente al Tribunal
Registral Administrativo. (Artículo 25 de la Ley de Procedimientos de
Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, Nº 8039). El trámite de oposición seguirá siendo de
conocimiento de esta Dirección.
B. CALIFICACIÓN UNITARIA
Igualmente, de
conformidad con el artículo 1º de la Ley de Inscripción de Documentos en el
Registro Público, supracitado, con el fin de acelerar los trámites de
inscripción de documentos y en acatamiento a lo establecido por los artículo 6º
y 6bis del mismo cuerpo legal, que en lo que interesan rezan:
“Artículo 6º—No podrá
objetarse la inscripción de documentos en el Registro, alegando otros defectos
que no sean los derivados del incumplimiento de requisitos que exija la ley o
el reglamento de esta Oficina.... Todos los defectos deberán indicarse de una
vez; subsanados estos, deberá inscribirse el documento...”.
“Artículo
6 bis.—Los funcionarios de las dependencias de los registros que reciban
documentos para su inscripción, una vez que los califiquen, indicarán los
defectos en un solo acto. El incumplimiento hará incurrir al funcionario
público en responsabilidad disciplinaria, con la sola denuncia del notario o
del interesado...”.
En este mismo sentido, el
artículo 2º de la Ley de Protección al ciudadano del exceso de requisitos y
trámites administrativos, Nº 8220, establece:
“Artículo
2º—Presentación única de documentos. La información que presenta un
administrado ante una entidad, órgano o funcionario de la Administración
Pública, no podrá ser requerida de nuevo por estos, para ese mismo trámite u otro
en esa misma entidad u órgano....”.
Es criterio de esta
Dirección que la calificación de solicitudes de inscripción de marcas
industriales y marcas de ganado, así como de sus movimientos; deberá hacerse de
forma unitaria, es decir deberá calificarse la totalidad de la forma (artículo
13 en relación con el 9º de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos) y el
Fondo (artículo 14 en relación con 7º y 8º misma ley), debiéndose señalar las
prevenciones de una sola vez, de manera que se individualice cada error u
omisión, se fundamente jurídicamente y se establezcan los plazos para su
corrección. En cuanto a problemas de forma se concederá un plazo de quince días
hábiles y con respecto a los de fondo un plazo de treinta días hábiles. De no
corregirse la forma dentro del plazo concedido, independientemente del fondo,
se procederá a archivar la solicitud por considerarse abandonada de acuerdo al
numeral 13 mencionado.
Se revoca y deja sin efecto la
Directriz Interna Nº RPI-004-2006, de fecha 23 de febrero del 2006.
Lo dispuesto en esta circular es de
acatamiento obligatorio.
Rige a partir de su publicación en
Diario Oficial La Gaceta.
San José, 19 de febrero
del 2007.—Dirección Propiedad Industrial.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—Dirección Administrativa.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo,
Director.—Departamento Financiero.—Lic. Irene Espinoza Alvarado, Jefa.—1
vez.—(Solicitud Nº 09032).—C-45980.—(15717).
DIRECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
EDICTOS
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Pro Vivienda de San Francisco de Goicoechea, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Buscar una solución al problema de vivienda de cada uno de sus asociados. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Clarita de los Ángeles Hernández Solano. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 569, asiento: 79701).—Curridabat, a los diez días del mes enero del dos mil siete.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 5474.—(14638).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Damas Voluntarias de la Clínica Integrada de Tibás, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: La consecución de recursos de toda clase para realizar obras de carácter social. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Flor de María Sandí Azofeifa. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 569, Asiento: 37744; Adicional: 569-82294).—Curridabat, 15 días del mes diciembre del año 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 5902.—(15616).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación de Profesionales en Seguridad Laboral e Higiene Ambiental para que en adelante se lea Asociación de Ingenieros en Seguridad Laboral e Higiene Ambiental. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 569, Asiento: 18577.—Curridabat, 8 días del mes de febrero del año 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 5934.—(15617).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Productores Orgánicos Tenorio Miravalles, con domicilio en la provincia de Alajuela. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover la agricultura orgánica como una herramienta para conseguir el desarrollo sostenible de las comunidades de la zona. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Luis Ángel Marín Céspedes. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 570, Asiento: 04648).—Curridabat, 29 días del mes enero del año 2007.—Lic. Grace Lu Scout Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 6047.—(15618).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Vivienda Pro Construcción Urbanización Cristo Rey, con domicilio en la provincia de: Cartago, Ocho Mogo de la estación de Pesaje cuatrocientos metros al sur oeste. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: el de vivienda, sus diligencias, formalización construcción y mantenimiento de la Urbanización Cristo Rey. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Noemi Aguirre Rodríguez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 570, Asiento: 35119).—Curridabat, a los 14 días del mes de febrero del año 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 6053.—(15619).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Costarricense de Registradores Sanitarios, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: contribuir a los objetivos nacionales e institucionales de asegurar la calidad, seguridad, eficacia y acceso a los medicamentos que requiera la población tanto a nivel público como privado. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Rodrigo Mardoqueo Salas Sánchez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 568, asiento 81094, adicional tomo 570, asiento 15043).—Curridabat, 24 de enero del 2007.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—(15920).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Padres de Familia del Colegio Técnico Profesional de San Pablo de León Cortés, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover la relación de los padres de familia con el personal docente y administrativo del colegio. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Ivania Cordero Valverde. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 568, asiento: 52866; adicional tomo: 569, asiento: 12109).—Curridabat, 10 de octubre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 6221.—(16136).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Norteña de Empresarios Turísticos, con domicilio en la provincia de Alajuela. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: unir esfuerzos para posicionar la imagen de la Unidad de Planeamiento Turístico Llanuras del Norte como destino, tanto para los visitantes nacionales como internacionales. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma de un millón de colones y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Francisco Sánchez Jiménez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 569, asiento: 68641).—Curridabat, 14 de diciembre del 2006.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 6225.—(16137).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Orquídeas del Miravalles, con domicilio en la provincia de Guanacaste, cantón Bagaces. Cuyos fines principales entre otros es el siguiente: desarrollar y promover actividades para el estudio, cultivo, reproducción y conservación de toda clase de orquídeas. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma lo es el presidente: Olivier Rojas Palacios. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 569, asiento: 66414 ).—Curridabat, 14 de febrero del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 6392.—(16138).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Pacientes con Enfermedad de Meniére Incapacitante y Afines, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: a las personas que padecen el mal de Meniére y afines, implementar, mejorar y en cualquier forma promover el conocimiento de la enfermedad. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Alejandra Thompson Carballo. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 568, asiento: 80172; adicional: 569-93562).—Curridabat, 9 de enero del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 6425.—(16139).
REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Luis Salazar
Villalobos, mayor, casado, abogado, cédula Nº 1-626-751, en su condición de
apoderado especial de Mabe S. A. de C.V., de México, solicita la Patente de
Invención denominada ARTÍCULO ABSORBENTE DESECHABLE CON BARRERAS INTERNAS.
La presente invención se refiere a un artículo absorbente desechable tal como
pañales desechables para bebés, pañales desechables para adultos incontinentes
o toallas sanitarias femeninas, que tiene barreras anti-escurrimientos internas
consistentes en dos tiras de material que puede ser impermeable, hidrófono,
resistente al paso de los líquidos, etc., colocadas adyacentes a las orillas
longitudinales del núcleo absorbente al menos en la región de entrepierna entre
la capa interna y la capa externa del artículo absorbente de manera que se
evita cualquier tipo de escurrimientos a partir de las orillas laterales del
núcleo absorbente. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es
A61F 13/15, cuyos inventores son: Alberto Corona Carlos, Carlos Canales
Espinosa de los Monteros, Lucía Sánchez Fernández. La solicitud correspondiente
lleva el número 6094 y fue presentada a las 14:08:00 del 23 de agosto de 1999.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera
publicación, de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 7 de diciembre del 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº
5369.—(14631).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, casado, abogado, cédula Nº 1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado de Esperion Therapeutics Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada FORMULACIONES FARMACÉUTICAS, PROCEDIMIENTOS Y PAUTAS DE DOSIFICACIÓN PARA EL TRATAMIENTO Y PREVENCIÓN DE SÍNDROMES CORONARIOS AGUDOS. La invención proporciona nuevas formulaciones y procedimientos para tratar o prevenir síndromes coronarios agudos. En una realización preferida, las formulaciones son dosis unitarias únicas que tienen un pH, osmolalidad y pureza especificadas. En un procedimiento preferido, la formulación se administra semanalmente, mensualmente o anualmente en un intervalo de dosis aproximadamente 1 mg/kg a aproximadamente 100 mg/kg por administración. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K /, cuyos inventores son Charles L. Bisgaier, Wendi V. Rodrigueza, Narendra D. Lalwani, Daniel Hartman, Jan Johansson. La solicitud correspondiente lleva el número 8352 y fue presentada a las 14:20:36 del 20 de abril del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de enero del 2007.—Lic. Ana Catalina Monge R., Registradora.—Nº 5372.—(14632).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, casado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-669-228, en su condición de apoderado general de Pfizer Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE PIRIDINA.
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La presente invención se refiere a compuestos de la fórmula y sales y solvatos farmacéuticamente aceptables de los mismos, a procedimientos para la preparación de, intermedios usados en la preparación de, y composiciones que contienen tales compuestos y los usos de tales compuestos para el tratamiento de dolor. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 213/81, cuyos inventores son Charlotte Alice Louise Lane, Graham Nigel Maw, David James Rawson, Lisa Rosemary Thompson. La solicitud correspondiente lleva el número 8859 y fue presentada a las 14:51:19 del 15 de enero del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de enero del 2007.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 5373.—(14633).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, casado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-669-228, en su condición de apoderado general de Pfizer Products Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada NUEVOS DERIVADOS PIPERIDILO DE QUINAZOLINA E ISOQUINOLINA. La invención se refiere a nuevos derivados de quinazolina e isoquinolina sustituidos con piperidilo que sirven como eficaces inhibidores de la fosfodiesterasa (PDE). La invención también se refiere a compuestos que son inhibidres selectivos de la PDE-10. La invención además se refiere a productos intermedios para la preparación de dichos compuestos; composiciones farmacéuticas que comprenden dichos compuestos y al uso de dichos compuestos en procedimientos para tratar ciertos trastornos del sistema nervioso central (SNC) u otros. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 401/04, cuyos inventores son Thomas Allen Chappie, John Michael Humphrey, Spiros Liras. La solicitud correspondiente lleva el número 8861 y fue presentada a las 10:09:26 del 18 de enero del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de enero del 2007.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 5374.—(14634).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, casado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-669-228, en su condición de apoderado especial de Incyte Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE 3-CICLOALQUILAMINOPIRROLIDINA COMO MODULADORES DE RECEPTORES DE QUIMIOCINA.
Para ver las imágenes solo en Gaceta de Formato PDF
La presente invención trata sobre derivados de 3-cicloalquiminopirrolidina de fórmula I: (en donde R1, R2, R3, R4, R5, R6, R7, X, Y y Z son tal y como se define en este documento), los cuales son útiles como moduladores de la actividad del receptor de quimiocinas. En particular, estos compuestos son útiles como moduladores de los receptores de quimiocinas y más específicamente como moduladores del receptor CCR2 y/o el receptor CCR5. Los compuestos y composiciones de la invención pueden unirse a los receptores de quimiocinas (como por ejemplo, los receptores de quimiocinas CCR2 y/o CCR5), y son útiles para el tratamiento de enfermedades asociadas con la actividad de las quimiocinas (por ejemplo, CCR2 y/o CCR5), tal como la ateroesclerosis, la restenosis, el lupus, el rechazo de órganos transplantados y la artritis reumatoide. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/44, cuyos inventores son Xue Chu-Biao, Brian Metcalf, Amy Qi Han, Darius J. Robinson, Changshen Zheng, Anlai Wang, Yingxin Zhang. La solicitud correspondiente lleva el número 8455 y fue presentada a las 14:54:11 del 14 de junio del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 24 de enero del 2007.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—Nº 5375.—(14635).
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente Nº 12437-Monsetierra S. A., solicita en concesión 0,5 litros por segundo de nacimiento uno y 0.5 litros por segundo de nacimiento dos que afloran en su propiedad, Para uso doméstico, en Jesús, Vázquez de Coronado. Coordenadas aproximadas 225.300 / 544.450 / 224.900- 544.150 Hoja Carrillo. Propietarios de predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de enero del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(15179).
Expediente Nº 12451.—Agrop. Jiménez y Alpízar S. A., solicita concesión 34 lps del, efectuando la captación en finca de el mismo en Santiago (San Ramón), Alajuela, para uso doméstico, abrevadero. Coordenadas 228.300 / 482.600 hoja San Ramón 34 lps del, efectuando la captación en finca de el mismo en Santiago (San Ramón), Alajuela, para uso. Coordenadas 228.300 / 482.600 hoja San Ramón. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de febrero del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(15195).
Expediente Nº 12443-P.—Plantaciones Forestales y Frutales Groenewoud S. A., solicita en concesión 0,05 litros por segundo del pozo MQ-21, perforado en su propiedad en Los Chiles, para usos domésticos y riego. Coordenadas 314.719 / 474.590 Hoja Medio Queso. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de febrero de 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 5832.—(15256).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. 12444-P.—Álvaro Morera Bolaños, solicita en concesión 2.11 litros por segundo de pozo NA-256, perforado en propiedad de José Efraín Ramírez Salazar en San José, Atenas, Alajuela para usos domésticos. Coordenadas aproximadas 223.75 / 491.95, Hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de febrero de 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(14398).
Exp. 12445-P.—José Efraín Ramírez Salazar, solicita en concesión 1.06 litros por segundo de pozo NA-256, perforado en su propiedad en San José, Atenas, Alajuela para usos domésticos. Coordenadas aproximadas 223.75 / 491.95, Hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de febrero del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(14399).
Expediente Nº 11787-P.—Hoy Yung Fung Sien, solicita concesión de 1.5 litros por segundo del pozo BA-749 perforado en su propiedad en Alajuela, para usos domésticos y lavado de autos. Coordenadas: 221.175-517.000, hoja Barba. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de marzo del 2005.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 5256.—(14639).
Exp. Nº 12456.—Ronald Valverde Vargas y Ana Mariel Salas Barrientos, solicitan en concesión 0,05 litros por segundo de nacimiento sin nombre captado en propiedad de Víctor Valverde Mesa, para uso doméstico, en Palmichal, Acosta, San José. Coordenadas aproximadas 201.950 / 514.550 Hoja Craigres. Propietarios de predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de febrero del 2007.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(15897).
Expediente Nº 12455.—Herie Isaac Guzmán Murillo, conocido como Eddier Isaac Guzmán Murillo, solicita en concesión 0.5 litros por segundo de nacimiento sin nombre captado en propiedad de Instituto Costarricense de Electricidad, para uso doméstico, en Fortuna, Bagaces, Guanacaste. Coordenadas aproximadas 298.450 / 405.800 Hoja Miravalles. Propietarios de predios inferiores: Ananías Arias Arguedas, José Antonio Álvarez Alfaro, José Joaquín Álvarez Alfaro, Rigoberto Arias Arias. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de febrero del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 6476.—(16145).
Expediente Nº 12436-P.—Inversiones Avenida de las Américas S. A., solicita en concesión de pozos perforados AB-279, 17 litros por segundo, AB-333,35 litros por segundo, AB-334,35 litros por segundo en su propiedad en Asunción, Belén, Heredia, para usos doméstico, industria. Coordenadas aproximadas: 218.000 / 518.100 / 217.800 - 518.000 / 217.850 - 518.000 respectivamente, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de febrero del 2007.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(16231).
DIRECCIÓN GENERAL
TRANSPORTE
Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLE
EDICTO
011-PTDH-2007-DGTCC.—San
José, a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil siete, se tiene
presentada la solicitud por parte del señor Geovanny Pacheco Mora, mayor,
casado una vez, contador público, cédula de identidad Nº 1-526-778 y vecino de
La Unión de Tres Ríos, provincia de Cartago, en su condición de Apoderado
Generalísimo de la sociedad denominada Gas Nacional Zeta Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-0114502, quien solicita autorización para la entrada
en operación del vehículo placa C-139165, para el transporte de gas licuado de
petróleo en cilindros, el cual prestará el servicio dentro del Área
Metropolitana a los diversos clientes de la empresa. Se otorga un plazo de ocho
días hábiles a partir de la publicación que resulte, en uno de los diarios de
mayor circulación en el país y en el Diario Oficial La Gaceta, para que
cualquier persona natural o jurídica, que tenga interés o pueda resultar
afectada con la operación de los nuevos vehículos, haga llegar a esta Dirección
su criterio, opinión u oposición al respecto, aportando toda la prueba que la
sustente.—San José, a las 11:00 horas del día 31 de enero del 2007.—Msc. Óscar
Porras Torres, Director General.—1 vez.—(15749).
DIRECICÓN NACIONAL DE NOTARIADO
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Katya Valle Tello, cédula de identidad Nº 1-818-384, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Exp. 06-737-624-NO.—San José, 16 de enero del 2007.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—Nº 6028.—(15620).
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Edwin Ricardo Arce González, cédula de identidad Nº 2-0284-0705, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 06-001053-624-NO.—San José, 14 de febrero del 2007.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—(16227).
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. Nº
13196-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San
José, a las catorce horas, treinta y seis minutos del dieciocho de enero del
dos mil siete. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de
nacimiento de Miriam del Carmen Salazar Rodríguez, que lleva el número ciento
cuarenta y dos, folio setenta y uno, del tomo setecientos veinticuatro, de la
provincia de San José, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrita como
Miriam del Carmen Guerrero Rodríguez, en el asiento número ciento setenta y
cuatro, folio ochenta y siete, del tomo setecientos veintiocho, de la provincia
de San José, Sección de Nacimientos y rectificación del precitado asiento de
nacimiento, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Joaquín
Salazar Arias y María Rosa Rodríguez Cordero, costarricenses”, y no como se
consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal
Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces
en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a
partir de la primera publicación a la señora Miriam del Carmen Salazar
Rodríguez o Miriam del Carmen Guerrero Rodríguez, con el propósito que se
pronuncie con relación a la presente gestión. Se previene a las partes
interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic.
Ligia María González Richmond, Jefa.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora
General.—(Nº 146-2007).—C-36320.—(14796).
Exp. Nº
26763-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección deActos Jurídicos. San
José, a las once horas treinta y seis minutos del veintidós de enero del dos
mil siete. Procedimientos administrativos de cancelación del asiento de
nacimiento de Juan Carlos Solís González, que lleva el número trescientos
cuarenta y uno, folio ciento setenta y uno, del tomo setecientos treinta y
siete, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, por aparecer
inscrito como Juan Carlos Badilla González, en el asiento número novecientos
diecisiete, folio cuatrocientos cincuenta y nueve, del tomo setecientos noventa
y seis, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos y de rectificación
del precitado asiento de nacimiento, en el sentido que el mismo nació en
“Hospital, Central, San José, hijo de Miguel Ángel Solís Jiménez y María
González Porras, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el
artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro
Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta,
se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor
Juan Carlos Badilla González o Juan Carlos Solís González, con el propósito que
se pronuncie con relación a la presente gestión. Se previene a las partes
interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic.
Marisol Castro Dobles, Directora General.—Msc. Ligia María González Richmond,
Jefa.—(Nº 146-2007).—C-36320.—(14797).
Exp. Nº
26773-04.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San
José, a las ocho horas, diez minutos del veintidós de enero del dos mil siete.
Proceso administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Luis Ángel
Solís González, que lleva el número cuatrocientos setenta y ocho, folio
doscientos treinta y nueve, tomo setecientos sesenta y cuatro, de la provincia
de San José, Sección Nacimientos, por aparecer inscrito como Luis Ángel Badilla
González, en el asiento número novecientos dieciocho, folio cuatrocientos
cincuenta y nueve, tomo setecientos noventa y seis, de la provincia de San
José, Sección de Nacimientos y de rectificación del anterior asiento de
nacimiento en el sentido que el lugar de nacimiento de la persona ahí inscrita
es “Hospital Central San José” y es hija de “Miguel Ángel Solís Jiménez y María
Leonor González Porras, costarricenses” Conforme lo señalan los artículos 64 y
66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil,
publíquese el edicto por tres veces en el
Diario Oficial La Gaceta. Se confiere audiencia dentro del
término de ocho días, a partir de la primera publicación en el mismo Diario al
señor Luis Ángel Badilla González o Luis Ángel Solís González, con el propósito
de que se pronuncie en relación a este proceso administrativo. Se previene a
las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término
señalado.— Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Msc. Ligia María
González Richmond, Jefa.—(N° 146-2007).—C-36320.—(14798).
Exp. Nº 26834-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos. San José a las ocho horas, treinta y cuatro minutos del veintiséis
de enero del dos mil siete. Procedimiento administrativo de rectificación del
asiento de nacimiento de Jorge Arturo Apuy Ulate que lleva el número
setecientos diez, folio trescientos cincuenta y cinco, del tomo setecientos
veintiuno, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, en el sentido
que es hijo de “Bernardo Navarro Martínez y María Eugenia Ulate Bolívar,
costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la
Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se
confiere audiencia dentro del término de ocho días posteriores a la primera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta, al señor Bernardo Navarro
Martínez, para que se pronuncie en relación con la presente gestión.—Lic.
Marisol Castro Dobles, Directora General.—Msc. Ligia María González Richmond,
Jefa.—(N° 146-2007).—C-25430.—(14799).
Expediente Nº
6959-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las doce horas treinta y cinco minutos del dos de febrero del dos mil
siete. Silvia Patricia Vargas López, divorciada, oficios del hogar,
costarricense, cédula de identidad número dos-quinientos cincuenta-setecientos
diecisiete, vecina de Grecia, Alajuela, solicita la rectificación del asiento
de nacimiento de su hijo Joseph Portuguez Vargas... en el sentido que el mismo
es hijo de “Randol Alberto Astorga Castro y Silvia Patricia Vargas López,
costarricenses”. Se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir
de la primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta a los señores
Exar Antonio Portuguez Ávila y Randol Alberto Astorga Castro, con el propósito
que se pronuncien en relación a la presente gestión. Conforme lo establece el
artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro
Civil, publíquese este edicto por tres veces en el mismo Diario y se previene a
las partes interesadas, para que hagan valer sus derechos dentro del término
señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María
González Richmond, Jefa.—(15722).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº
24809-02.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos, María
Yesenia González Molina, mayor, divorciada, ama de casa, costarricense, cédula
de identidad número uno-ochocientos cincuenta y siete-cuatrocientos sesenta y
nueve, vecina de Carrillos Poás; solicita la rectificación del asiento de
nacimiento de su hijo Kevin Enrique Barrantes González... en el sentido de que
el mismo es hijo de “Enrique Daniel Núñez Vargas y María Yesenia González
Molina, ambos de nacionalidad costarricense” y no de “Donald Barrantes Arce y
María Yesenia González Molina, ambos de nacionalidad costarricense”; como se
consignó. Publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial conforme
lo establece el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de
Elecciones y Registro Civil y se previene a las partes interesadas para que
hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera
publicación.—San José, 5 de noviembre del 2002.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas,
Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—(14709).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Natalia del Rosario Espinoza Cisneros, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: N° 406-2007. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José a las nueve horas veinticuatro minutos del diecinueve de enero del dos mil siete. Ocurso. Exp. N° 23190-2006. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Jairo Antonio Zamora Guillén con Nathalia del Rosario Espinoza Cisneros, en el sentido que el primer nombre de la cónyuge es “Natalia” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(14269).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Juan Carlos González Sánchez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 586-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas quince minutos del treinta y uno de enero del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 26156-2006. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Juan Carlos González Sánchez con Arlen Patricia Hernández Largaespada, en el sentido que el nombre del padre y de la madre de la cónyuge son “Presentación” y “Nellys” respectivamente y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(14298).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María del Carmen Cerón Silva, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 364-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas y seis minutos del diecisiete de enero del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 13699-05. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Adolfo Enrique Mendoza Oporto con María del Carmen Cerón Silva..., en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de la cónyuge son “Rosina Silva Lozano” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(14299).
Se hace saber que, este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por, David Pérez Padilla, en Exp. Nº 5502-99, ha dictado una resolución, que en lo conducente dice: Nº 1091-99.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas treinta minutos del cinco de agosto de mil novecientos noventa y nueve. Diligencias de ocurso incoadas por, David Pérez Padilla, mayor, soltero, comerciante, costarricense, cédula de identidad número cuatro-ciento setenta y cuatro-novecientos treinta y dos, vecino de Puerto Viejo Sarapiquí. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados..., II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de Nacimiento de, David Pérez Padilla, que lleva el número novecientos treinta y dos, folio cuatrocientos sesenta y seis, tomo ciento setenta y cuatro, de la Sección de Nacimientos de la provincia de Heredia, en el sentido de que, el nombre y apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son: “María Silvinia Badilla Fonseca”. Publíquese esta resolución una vez en el Diario Oficial.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(14336).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yorleny Hernández Elizondo conocida como Yorleny Elizondo Umaña, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 357-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas, treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 26061-2006. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Deivid Jesús y Ashley Dayanna, ambos de apellidos Campos Elizondo y de Ronaldo Alberto Porras Elizondo, en el sentido que los apellidos de la madre de las personas ahí inscritas son “Hernández Elizondo” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(14345).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Roberto Antonio Montalvan Barrios, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 378-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de enero del dos mil siete. Ocurso. Exp. N° 25658-2006. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Jaison Ernesto y Jean Carlo, ambos de apellidos Montalbán Santamaría, en el sentido que el primer apellido del padre de las personas ahí inscritas es “Montalvan” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 5244.—(14659).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Esaim López Rivas, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 0332-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cinco minutos del dieciséis de enero del dos mil siete. Exp. Nº 25623-06. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados..., II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo...; Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Isain López Rivas con Ana Lorena Rivera Chaves... en el sentido que el nombre del cónyuge y el nombre de la madre del mismo son “Esaim” y “Aguedita” respectivamente.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—MSc. Ligia María González Richmond, Jefe.—1 vez.—Nº 6086.—(15621).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Darlyn Isabel Mejía Gutiérrez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 352-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y cincuenta minutos del diecisiete de enero del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 23802-2006. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Sven Elliott Algaba Mejía, en el sentido que el nombre de la madre es “Darlyn Isabel” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(15743).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Esteban José Chávez Vargas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 2844-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta minutos del veinticinco de setiembre del dos mil seis. Expediente Nº 17884-06. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Esteban José Chávez Vargas... en el sentido que el nombre de la madre... es “Margoth”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(15745).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Óscar Alfredo Chaves Vargas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 2911-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas veinte minutos del dos de octubre del dos mil seis. Expediente Nº 17876-06. Resultando: 1º—…, 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Óscar Alfredo Chaves Vargas... en el sentido que el primer apellido del padre y el nombre de la madre... son “Chávez” y “Margoth”, respectivamente.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(15746).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Diego Alberto Chaves Vargas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 2830-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintidós de setiembre del dos mil seis. Expediente Nº 17888-06. Resultando: 1º—…, 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:… III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Diego Alberto Chaves Vargas... en el sentido que el primer apellido del padre y el nombre de la madre... son “Chávez” y “Margoth”, respectivamente.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—1 vez.—(15747).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jorge Andrés Chávez Vargas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 2747-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas quince minutos del diecinueve de setiembre del dos mil seis. Expediente Nº 17869-06. Resultando: 1º—…, 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Jorge Andrés Chávez Vargas... en el sentido que el nombre de la madre... es “Margoth”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—1 vez.—(15748).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
Programa de compras para 2007
UEN CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE
ENERGÍA
Descripción Tipo Fecha de Monto en Fuente
del bien o Programa de inicio de miles de de
servicios o proyecto concurso trámite colones financiamiento
Modernización Adquisición
del tablero activos Licitación I Fondos
mímico UEN Abreviada trimestre 250.000.000,00 BCIE
San José, 27 de febrero del 2007.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjo Rivera, Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-8195.—(17164).
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000073-DI
Diseño y construcción del puente sobre
el Río Jiménez, ruta
nacional Nº 248, sección: Río
Jiménez-Villa Franca
Se comunica a las
empresas interesadas en la licitación en referencia, que este Consejo recibirá
ofertas, de conformidad con los términos cartelarios, hasta las 10:00 horas del
día 17 de abril del 2007, en las oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la
rotonda de la Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.
Asimismo, se estará efectuando reunión
de preoferta el día 9 de marzo del 2007, a las 10:00 horas, en las oficinas de
la Proveeduría del CONAVI.
Los interesados en participar en este
concurso deberán adquirir los documentos en las oficinas de la Unidad de
Proveeduría y Suministros del CONAVI, previo depósito no reembolsable por la
suma de ¢3.000,00 (tres mil colones con 00/100), en la cuenta corriente Nº
001-215447-1 del Banco de Costa Rica y la entrega del recibo de depósito
correspondiente. Asimismo, se les informa que podrán revisar los documentos de
licitación en las oficinas de la Unidad de Proveeduría y Suministros del
CONAVI.
San José, 26 de febrero del 2007.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 15020).—C-10285.—(17048).
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2007LN-001858-01
Remodelación y ampliación del edificio
de la Agencia
del Banco Nacional de Costa Rica en
Puerto Viejo de Sarapiquí
La Proveeduría General
del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las 10:00
horas del 30 de marzo del 2007, para la “Remodelación y ampliación del edificio
de la Agencia del Banco Nacional de Costa Rica en Puerto Viejo de Sarapiquí”
El cartel puede ser retirado en la
Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Bienes del
Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca, previo pago de la suma de ¢30.000,00
(treinta mil colones con 00/100).
La Uruca, 2 de marzo del 2007.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(Nº 1742-2007).—C-6070.—(17084).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2007LN-001859-01
Construcción del nuevo edificio para
el
Banco Nacional en Río Claro de
Puntarenas
La Proveeduría General
del Banco Nacional de Costa Riba, recibirá ofertas por escrito, a las 14:00
horas del 30 de marzo del 2007, para la “Construcción del nuevo edificio para
el Banco Nacional en Río Claro de Puntarenas”.
El cartel puede ser retirado en la
Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Bienes del
Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca, previo pago de la suma de ¢30.000,00
(treinta mil colones con 00/100).
La Uruca, 2 de marzo del 2007.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(Nº 1743-2007).—C-6070.—(17085).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL NACIONAL PSIQUIÁTRICO
ÁREA GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREAVIADA Nº
2007LA-000007-2304
(Contratación por un año prorrogable a
cuatro periodos iguales)
Bolsas plásticas
La Subárea de
Contratación Administrativa del Hospital Nacional Psiquiátrico, recibirá
ofertas hasta las 10:00 a. m., del 2 de abril del 2007.
Bolsas plásticas.
Los interesados retirar
el cartel en la Subárea de Contratación Administrativa de este Hospital.
San José, 27 de febrero del 2007.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Tatiana López Quesada, Jefa.—1 vez.—(17053).
LICITACIÓN ABREAVIADA Nº
2007LA-000006-2304
(Contratación por un año prorrogable a
cuatro periodos iguales)
Jabón líquido, controlador de malos
olores,
desengrasante, cera y otros
La Subárea de
Contratación Administrativa del Hospital Nacional Psiquiátrico, recibirá
ofertas hasta las 11:00 a. m., del 2 de abril del 2007.
Jabón líquido,
controlador de malos olores, desengrasante, cera y otros.
Los interesados retirar el cartel en
la Subárea de Contratación Administrativa de este hospital.
San José, 27 de febrero del 2007.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Tatiana López Quesada, Jefa.—1 vez.—(17056).
LICITACIÓN ABREAVIADA Nº
2007LA-000004-2304
(Contratación por un año prorrogable a
cuatro periodos iguales)
Papel higiénico pequeño y jumbo
La Subárea de
Contratación Administrativa del Hospital Nacional Psiquiátrico, recibirá
ofertas hasta las 9:30 a. m., del 3 de abril del 2007.
Papel higiénico pequeño y
jumbo.
Los interesados retirar
el cartel en la Subárea de Contratación Administrativa de este hospital.
San José, 27 de febrero del 2007.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Tatiana López Quesada, Jefa.—1 vez.—(17057).
LICITACIÓN ABREAVIADA Nº
2007LA-000008-2304
(Contratación por un año prorrogable a
cuatro periodos iguales)
Vajilla descartable
La Subárea de
Contratación Administrativa del Hospital Nacional Psiquiátrico, recibirá
ofertas hasta las 9:00 a. m., del 2 de abril del 2007.
Vajilla descartable.
Los interesados retirar
el cartel en la Subárea de Contratación Administrativa de este hospital.
San José, 27 de febrero del 2007.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Tatiana López Quesada, Jefa.—1 vez.—(17059).
ÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA
2007LA-000009-1142
Detergente simple en polvo
El Área de Adquisiciones
con la autorización de la Dirección de Recursos Materiales, recibirá ofertas
por escrito hasta 8:00 horas del día 30 de marzo del 2007.
Ítem
único: 180.000 KG. Detergente simple en
polvo.
Rigen para este concurso:
Las especificaciones técnicas, administrativas, las condiciones generales
(publicadas en La Gaceta Nº 6 del 9 de enero del 2006) y addendum
de fecha 9 de febrero de 2007. El cartel consta de 64 páginas, incluyendo las
condiciones generales, el costo por página es de 12 colones, el cual se
encuentra disponible en la fotocopiadora del edificio Jenaro Valverde, piso
comercial oficinas centrales de la CCSS, ubicada costado sureste del Teatro
Nacional (avenidas 2 y 4, calles 5 y 7), en el horario de 7:00 a. m. a 3:00 p.
m. de lunes a viernes.
San José, 26 de febrero del 2007.—Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—(U. E. Nº 1142).—C-8490.—(17080).
LICITACIÓN ABREVIADA
2007LA-000010-1142 (Invitación)
Venda elástica de 10CMS ±1MM
El Área de Adquisiciones
con la autorización de la Dirección de Recursos Materiales recibirá ofertas por
escrito hasta 9:00 horas del día 30 de marzo 2007.
Ítem único: 60000 UD Venda elástica de 10cms ±1mm.
Rigen para este concurso:
Las especificaciones técnicas, administrativas, las condiciones generales
(publicadas en La Gaceta Nº 6 del 9 de enero del 2006) y addendum de
fecha 9 de febrero de 2007. El cartel consta de 65 páginas, incluyendo las
condiciones generales, el costo por página es de ¢12 colones, el cual se
encuentra disponible en la fotocopiadora del edificio Jenaro Valverde, piso
comercial oficinas centrales de la CCSS, ubicada costado sureste del Teatro
Nacional (Avenidas 2 y 4, calles 5 y 7), en
el horario de
lunes a viernes de 7:00 a. m. a
3:00 p.m.
San José, 26 de febrero del 2007.— Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—(U E Nº 1142).—C-8490.—(17083).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2007LA-000001-PROV
Adquisición de tarjetas y fuentes de
alimentación para soportar
los servicios 110 y 199 de la
plataforma OMNIVOX
en la plataforma APEX-AES instalada en
el SNT
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba
mencionada que se estarán recibiendo ofertas hasta las 9:00 horas del día 9 de
abril del 2007 para lo siguiente:
Requerimiento:
Adquisición de tarjetas y fuentes de
alimentación para soportar los servicios 110 y 199 de la plataforma OMNIVOX en
la plataforma APEX-AES instalada en el SNT.
El cartel se puede
adquirir por medio de fotocopias cancelando el costo de las mismas en la
Dirección de Proveeduría sita 400 metros norte del edificio central o en
nuestra dirección electrónica www.grupoice.com.
San José, 27 de febrero del 2007.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjo Rivera, Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-9095.—(17166).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000001-PROV
Alquiler ocho recolectores
El Departamento de
Proveeduría, Área de Licitaciones, ubicado en el sótano del Edificio Municipal
“José Figueres Ferrer”, avenida 10, comunica a los interesados en el presente
concurso, que el cartel estará a su disposición a partir de la presente
publicación, en el sótano en el Área de Licitaciones, o bien puede accesar a la
página www.msj.co.cr,.
Licitación Pública: Nº
2007LN-000001-PROV. Objeto contractual: Alquiler 8 recolectores. Fecha 29 de
marzo 2007. Hora: 9:00 a. m.
San José, 27 de febrero de 2007.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 3523).—C-5465.—(17528).
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE
COLORADO
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000001-01
Contratación de servicios
profesionales de abogado y notario
en cobros administrativos y
judiciales, defensa del Concejo
Municipal de Distrito o su representante
en procesos
laborales y cualquier otro asunto
administrativo
de carácter legal y/o judicial y
asesorías
La administración del
Concejo Municipal de Distrito de Colorado, informa a todos los interesados a
participar en la contratación de servicios profesionales de abogado y notario
en cobros administrativos y judiciales, defensa del Concejo Municipal de
Distrito o su representante en procesos laborales, y cualquier otro asunto
administrativo de carácter legal y/o judicial y asesorías. La fecha máxima para
recepción de ofertas se establece para el día lunes 2 de abril del 2007, a las
catorce horas en las oficinas del Concejo Municipal de Distrito de Colorado.
El cartel queda a disposición de los
interesados sin costo alguno en las oficinas del Concejo Municipal de Distrito
de Colorado, la entrega del mismo se hará de forma personal.
Proveeduría.—Manuel E. Porras Ruiz.—1 vez.—(O. C. Nº 9004).—C-10285.—(17136).
MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000002-01
Camino Brujo las Brisas para la
colocación de alcantarillas,
limpieza de pasos de alcantarillas y
construcción de cabezales
La Proveeduría de la
Municipalidad de Buenos Aires, avisa a los interesados que mediante acuerdo del
Concejo Municipal en sesión ordinaria 08-2007, del 24 de febrero del 2007,
recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del 16 de marzo del 2007, en la
Proveeduría de este Municipio, de conformidad con las condiciones solicitadas
en el cartel, el cual se encuentra a disposición de los interesados únicamente
en el Departamento de la Proveeduría Municipal y tiene un costo de ¢5.000.00
(cinco mil colones). Más información al telefax 730-0050.
Buenos Aires, 26 de febrero del 2007.—Domitila Bermúdez Elizondo, Proveedora.—1 vez.—(Nº 000979).—C-9095.—(17126).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-01
Compra de back hoe
La Proveeduría de la
Municipalidad de Buenos Aires, avisa a los interesados que mediante acuerdo del
concejo Municipal en sesión ordinaria 08-2007 del 24 de febrero del 2007,
recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del 23 de marzo del 2007, en la
proveeduría de este municipio, de conformidad con las condiciones solicitadas
en el cartel, el cual se encuentra a disposición de los interesados únicamente
en el Departamento de la Proveeduría Municipal y tiene un costo de ¢10.000,00
(cinco mil colones). Más información al telefax 730-0050.
Buenos Aires, 26 de febrero del 2007.—Domitila Bermúdez Elizondo, Proveedora.—1 vez.—(O. C. Nº 000979).—C-7885.—(17128).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000002-01
Contratación de tratamiento superficial
Bituminoso 3 (TSB 3)
y colocación de alcantarillas y
construcción de
cabezales camino Peje Volcán
La proveeduría de la
Municipalidad de Buenos Aires, avisa a los interesados que mediante acuerdo del
Concejo Municipal en sesión ordinaria 08-2007, del 24 de febrero del 2007,
recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del 12 de abril del 2007, en la
Proveeduría de este Municipio, de conformidad con las condiciones solicitadas
en el cartel, el cual se encuentra a disposición de los interesados únicamente
en el Departamento de la Proveeduría Municipal y tiene un costo de ¢5.000,00
(cinco mil colones). Más información al telefax 730-0050.
Buenos Aires, 26 de febrero del 2007.—Domitila Bermúdez Elizondo, Proveedora.—1 vez.—(O. C. Nº 000979).—C-8490.—(17129).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
ÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA 2006LN-000008-1142
Equipos de tomografía
A los interesados en el
presente concurso se les comunica que por resolución de la Junta Directiva, de
fecha 22 de febrero de 2007, se adjudica a:
Elvatron S. A.
Ítem
único: Equipos de tomografía
Monto total adjudicar:
$2.408.114,31 dólares.
San José, 26 de febrero del 2007.—Subárea de Adjudicaciones.—Luz Mary Hidalgo Hernández, Jefa.—1 vez.—(U E Nº 1142).—C-4255.—(17082).
GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONES
DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN PROYECTOS
ESPECIALES
ÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2005-002
Construcción y equipamiento C.A.I.S.
Puriscal
A los interesados en el
presente concurso, se les hace saber que por resolución de la Junta Directiva
en sesión 8133, artículo 15 del 22 de febrero del 2007, se adjudica a:
Constructora Gonzalo Delgado S.
A.—Oferta 01.
Ítem Nº 01
construcción edificio principal ¢
3.008.001.385,62
Ítem Nº 02 Construcción Obras
Exteriores ¢ 109.998.614,38
Monto total en
colones: ¢
3.118.000.000,00
(tres mil ciento dieciocho millones de colones
exactos)
Ítem Nº 03 equipo
básico $ 585.612,60
Ítem Nº 04 equipo especializado $
1.446.270,24
Monto total en
dólares: $
2.031.882,84
(dos millones treinta y un mil
ochocientos ochenta
y dos dólares con ochenta y cuatro
centavos)
Plazo de entrega: 72 semanas
San José, 27 de febrero del 2007.—Área de Contratación Administrativa.—Lic. Helen Noelia Godfrey Leal, Coordinadora.—1 vez.—(17152).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
LICITACIÓN POR REGISTRO
Nº 2006LG-000044-PROV
Contratación de servicios de limpieza
y mantenimiento zonas verdes en la agencia telefónica, el CAIC y las
subestaciones de Alajuela
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba
mencionada, que la Dirección Administrativa Logística, mediante nota
5800-0110-2007 del 21 de febrero de 2007, acordó adjudicar la Licitación por
Registro Nº 2006LG-000044-PROV de la siguiente manera:
Nombre Artículos Monto
Oferta del
oferente adjudicados total
¢
2 Servicios
de Fórmula 1: Servicios de
limpieza
Consultoría de Área Mantenimiento en Cebadilla
Occidente S. A. y Subestación Planta La Garita
Alajuela. 4.080.000,00
Fórmula
2: Servicios de limpieza
en
Subestación Toro, Subestación Peñas
Blancas
y caseta de vigilancia. 5.160.000,00
Fórmula
3: Servicios de limpieza
en
área de mantenimiento de subestaciones
y
subestación Ciudad Quesada. 3.576.000,00
Fórmula
4: Servicios de limpieza
agencia
telefónica de Alajuela, caseta
de
vigilancia y mantenimiento de
zonas
verdes. 16.620.000,00
Fórmula
5: Servicios de limpieza en
Oficinas
Administrativas del CAIC
en
Alajuela. 8.124.000,00
Gran total: 37.560.000,00
Período del contrato
inicio y finalización (en caso de servicios).
Los servicios deberán
iniciarse 8 días hábiles posteriores a la notificación de la orden de servicio.
La contratación será por un período de un año a partir del inicio del servicio,
prorrogable por períodos iguales hasta completar cuatro años (tomando en cuenta
el primer año de servicio).
Modalidad y forma de
pago: 30 días naturales por mes vencido, contra presentación de facturas.
Garantía de cumplimiento:
(porcentaje y vigencia)
10% con una vigencia
mínima de 14 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación.
Todo de acuerdo con las
condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.
Nota: Presentar
Garantía de Cumplimiento, Certificación CCSS, personería jurídica actualizada,
a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de
adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de
especies fiscales equivalente a ¢ 2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con
cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 27 de febrero del 2007.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjo Rivera, Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-40335.—(17163).
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
INVITACIÓN AL REGISTRO DE PROVEEDORES
El Patronato
Nacional de la Infancia, comunica a todos sus proveedores interesados, que a
partir de la fecha de publicación de este aviso, el trámite para pago de
facturas ha sufrido cambios. Para las mercaderías recibidas en la bodega
institucional, las facturas se entregarán para trámite en la misma bodega. Para
los servicios o insumos recibidos en las oficinas locales, los pagos se
tramitarán hasta que el coordinador de la oficina otorgue el recibido conforme
y lo notifique a este Departamento, mediante oficio. El Departamento de
Suministros Bienes y Servicios recibirá proveedores para cualquier tipo de
trámite únicamente los días lunes y miércoles de 7:00 a.m. hasta mediodía. Los
cheques los seguirá entregando la tesorería, los días martes y jueves de 7:00 a
2:30 p.m. Para mayor información comunicarse con José Bonilla al teléfono
523-0766.—Departamento Suministro de Bienes y Servicios.
San José, 21 de febrero del 2007.—Maureen Arias Aguilar, Coordinadora.—1 vez.—(15771).
El Patronato Nacional de
la Infancia, comunica a todas las personas interesadas, que en cumplimiento con
el artículo 108 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 116 del
Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, invita a personas físicas
y jurídicas interesadas en formar parte del registro de proveedores. En
especial a proveedores de servicios de vigilancia y limpieza, mantenimiento de
vehículos, litografías, construcción y mantenimiento de edificios. El
formulario puede ser solicitado vía correo electrónico a mnavarro@pani.go.cr
pero la documentación debe presentarse en original, en las oficinas de este
departamento ubicadas en avenida 10-12, calle 21, barrio Luján, San José. Las
empresas o personas físicas que ya están inscritas, deberán presentar un
documento con los datos básicos y confirmar que toda la información que se
encuentra en el registro se mantiene invariable. Si ha cambiado alguna de los
datos de inscripción, deberá comunicarlo por escrito. Para mayor información
comunicarse con la Licda. Marisol Navarro al teléfono 523-0767.
San José, 21 de febrero del 2007.—Departamento Suministro de Bienes y Servicios.—Maureen Arias Aguilar, Coordinadora.—1 vez.—(15774).
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000004-DI
Contratación de servicios
profesionales para la realización de la
supervisión y verificación de la
calidad del proyecto: nueva
carretera a San Carlos, sección:
Sifón-Ciudad Quesada
(La Abundancia)
Se comunica a las
empresas interesadas en participar en la Licitación en referencia, que pueden
retirar enmienda del cartel en la Proveeduría del CONAVI, ubicada de la rotonda
de la Betania, 50 metros este, 10 metros norte, carretera a Guadalupe.
Asimismo, se informa que el plazo para
la recepción de ofertas se extenderá, por lo tanto este Consejo recibirá
ofertas, hasta las 10:00 horas del día 26 de marzo del 2007, en las oficinas de
la Proveeduría del CONAVI.
San José, 26 de febrero del 2007.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 15022).—C-6675.—(17049).
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº
2006LG-000072-DI
Compra de pantallas luminosas para las
estaciones de peajes
Se comunica a las
empresas interesadas en participar en la Licitación en referencia, que pueden
retirar enmienda del cartel en la Proveeduría del CONAVI, ubicada de la rotonda
de la Betania, 50 metros este, 10 metros norte, carretera a Guadalupe.
Asimismo, se informa que el plazo para
la recepción de ofertas se extenderá, por lo tanto este Consejo recibirá
ofertas, hasta las 11:00 horas del día 23 de marzo del 2007 en las oficinas de
la Proveeduría del CONAVI.
San José, 26 de febrero del 2007.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 15021).—C-6675.—(17050).
LICITACIÓN POR REGISTRO
2006LG-000067-DI
(Enmienda y prórroga)
Auscultación y caracterización de la
estructura de pavimento
de la Ruta Nacional Nº 1, Carretera
Interamericana Norte,
Secciones: Barranca-Arizona y
Liberia-Peñas Blancas
El Consejo Nacional de
Vialidad (CONAVI), comunica a todos los interesados en el concurso en
referencia, que al cartel de licitación; en la parte correspondiente, se le
hace la siguiente modificación para que en lo sucesivo se lea:
En el numeral 4.5 de la Enmienda Nº 1,
donde dice:
El oferente deberá
cumplir con los requisitos técnicos que se detallan en el Anexo A.
En la eventualidad de que el oferente
no cumpla con los requisitos técnicos que se detallan en el Anexo A, a la fecha
de presentación de la oferta, deberá aportar certificación del ECA, de que
tiene presentada la documentación para la acreditación de por lo menos un
ensayo de los requeridos para el cumplimiento del objeto de esta contratación.
El resto permanece igual.
Debe decir
En la eventualidad de que
el oferente a la fecha de presentación de ofertas, no cumpla con todos los
requisitos técnicos que se detallan en el Anexo A, debe presentar evidencia de
que en el Alcance de Acreditación al menos tiene acreditados los ensayos
definidos en la tabla A-1, artículo a) del Anexo A.
Los demás términos del acuerdo se
mantienen invariables.
Se fija fecha de apertura para las
11:00 horas del 9 de marzo del 2007.
San José, 27 de febrero del 2007.—Proveeduría y Suministros.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 15023).—C-12120.—(17162).
BANCO DE COSTA RICA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 4770
Contratación de servicios
profesionales de notarios
externos para oficinas
descentralizadas
Se informa a los
interesados en la licitación en referencia, que la recepción de las ofertas se
ha trasladado para las diez horas con treinta minutos del martes 17 de abril
del 2007.
El resto del cartel se mantiene igual.
San José, 26 de febrero del 2007.—Oficina Contratación Administrativa.—Osvaldo Villalobos González, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 56232).—C-4860.—(17135).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL NACIONAL PSIQUIÁTRICO
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIONES ABREVIADAS:
2007LA-000001-2304
2007LA-000002-2304
2007LA-000005-2304
La Subárea de
Contratación Administrativa del Hospital Nacional Psiquiátrico, informa a todos
los interesados que por error en La Gaceta Nº 40 del 26 de febrero del
2007, se indica:
Licitaciones Abreviadas:
2007LR-000001-2004 (bebidas misceláneos y otros), 2007LR-000002-2304
(leguminosas varias) y 2007LR000005-2304 (condimentos y aditivos). Siendo lo
correcto:
1. Las nomenclaturas 2007LA-000001-2304,
2007LA-000002-2304, 2007LA-000005-2304.
2. Contrataciones por un año, prorrogables a
cuatro periodos iguales.
San José, 27 de febrero del 2007.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Tatiana López Quesada, Jefa.—1 vez.—(17061).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2006LI-000048-PROV (Modificación Nº 3)
Instalación de cable OPGW en líneas de
transmisión energizadas
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba
mencionada que se está efectuando la siguiente modificación:
En el Capítulo 5, Partida
III se deben efectuar los siguientes cambios:
1- En el apartado 5E3.4 de página 58 del cartel,
el primer párrafo debe leerse de la siguiente manera:
• Deben utilizarse hilos de acero aluminizado para la constitución
del cable. Los hilos deben estar de acuerdo con las especificaciones IEC 1232,
clase 20 SA, tipo A. No se acepta cable con hilos mixtos que produzcan efectos
de corrosión galvánica.
Esta enmienda deja sin efecto lo
publicado en la modificación Nº 2 del cartel.
2- En el apartado 5N- Especificaciones técnica
particulares del cable OPGW, página 75 del cartel, el punto 5N2, debe leerse de
la siguiente manera:
5N2. Características Eléctricas
- Máxima energía de corto circuito: (kA2 sec): 88
mínimo.
- Corriente de corto circuito: 9.4 kA. (valor
RMS en 1 segundo)
Esta enmienda deja sin efecto lo
publicado en la modificación Nº 2 del cartel.
3- En el Capítulo 6. Partida IV en el apartado
6B.1 Cuerda Guía Sintética, página 78 del cartel, el punto “b” debe leerse de
la siguiente manera:
b- La cuerda guía sintética debe tener un máximo
de 15.9 mm de diámetro.
Fecha de apertura 9:00
horas del 19 de marzo del 2007.
San José, 27 de febrero del 2007.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjo Rivera, Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-9095.—(17165).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2006LI-000043-PROV (Prórroga Nº 2)
Compra de energía de bloques
de potencia hidroeléctricos de hasta
50 mw
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba
mencionada que la misma se está prorrogando para el 28 de junio del 2007.
Fecha de apertura
anterior: 10:00 horas del día 9 de mayo del 2007.
San José, 27 de febrero del 2007.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjo Rivera, Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-5465.—(17167).
MUNICIPALIDAD DE LIMÓN
MODIFICACIÓN REGLAMENTO PARA OTORGAR
BECAS
A ESTUDIANTES DE LIMÓN
El honorable Concejo de
la Municipalidad de Limón, en su sesión ordinaria Nº 42, artículo IV, inciso
a), del lunes 19 de febrero del 2007, tomó por acuerdo definitivamente aprobado
por unanimidad en base al informe de la Comisión de Becas de la Municipalidad,
hacer adiciones a los artículos 1.3 y 1.4 del Reglamento citado, los cuales
dirán lo siguiente:
“Artículo 1.3.—Los
integrantes de la Comisión designarán un coordinador y secretario quienes
convocarán a reuniones para tratar los asuntos que le fueran sometidos por el
Concejo Municipal, así como promover la mayor participación y cantidad posible
de elegibles a becas de las escuelas, colegios y universidades públicas
emplazadas en el cantón.
Artículo 1.4.—La
comisión recomendará, según el monto de presupuesto asignado anualmente, la
cantidad de becas para estudiantes de escuela, colegio y universidad para cada
caso y el monto de dinero a recibir por modalidad.”
De conformidad con el
artículo 43 de la Ley 7794 (Código Municipal) del 30 de abril de 1998,
publicado en La Gaceta Nº 94 del 18 de mayo de 1998, se somete la
presente, a consulta pública por un plazo de diez días hábiles.
Limón, 21 de febrero del 2007.—Apolonio Palacio C., Proveedor Municipal.—1 vez.—(16380).
MUNICIPALIDAD DE CORREDORES
La Municipalidad de
Corredores comunica a todos los interesados que se procederá a sacar a remate
el alquiler de locales comerciales en el Mercado Municipal de Corredores, que
se detalla a continuación:
Local N° 10 área
32.8 m² Base: 83.234.50
Local N° 13 area 11.04 m² Base:
20.832.20
Local
N° 14 área 11.04 m² Base: 20.832.20
Local
N° 21 área 11.04 m² Base: 20.832.20
Local
N° 22 área 11.84 m² Base: 21.832.20
Local
N° 24 área 11.20 m² Base: 22.365.70
Local
N° 25 área 11.84 m² Base: 21.138.90
Local
N° 27 área 11.04 m² Base: 22.554.50
El remate se realizará a
las 10:00 horas del día 21 de marzo del año 2007 en el Mercado Municipal.
Los participantes deben estar al día
con los impuestos municipales. Depositar el 50% del monto de la base antes del
remate.
Cancelar en el momento de la
adjudicación la diferencia entre el monto depositado y el precio de la
adjudicación.
Dentro de los ocho días siguientes a
la fecha del remate la Municipalidad reintegrará el monto depositado a aquellos
participantes que no resultaron adjudicados.
Corredores, 23 de febrero del 2007.—Gerardo Ramírez Barquero, Alcalde Municipal.—1 vez.—(16689).
AVISO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El Banco Nacional de Costa Rica, hace del conocimiento del público en general que la señora Ligia Céspedes Chinchilla, cédula Nº 102120881, ha solicitado la reposición por motivo de extravío del certificado de ahorro a plazo 400-01-091-00 4125-2, por un monto de seiscientos mil colones netos y un cupón del mismo por treinta y cinco mil quinientos sesenta y ocho colones. Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.—Ligia Céspedes Chinchilla, Solicitante.—(14707).
CENTRO DE SERVICIOS FINANCIEROS PAVAS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
AVISO
El Banco Popular y de
Desarrollo Comunal de este domicilio hace del conocimiento del público en
general, que el señor Rafael Gilberto Navarro Quesada, cédula 01-0302-0876.
Solicita que no se hagan efectivo los siguientes títulos valores:
Fecha Cupón Monto Fecha
Certificado Monto ¢ vencimiento número cupón
¢ vencimiento
1610516021019606-1 500.000,00 30/03/2007 006
al 007 10.166,70 28/02/2007
y
30-03-2007
1610516021018913-6 2.000.000,00 30/03/2007 008 al 009 40.666,80 28-02-2007
y
30-03-2007
1610516021018063-2 3.500.000,00 30/03/2007 011 al 012 71.166,90 28-02-2007
y
30-03-2007
Lo anterior debido al
siguiente motivo: pérdida
Es entendido que el Banco
no será responsable del pago de los valores indicados, si este se ejecuta antes
de que se registre en el Sistema en línea la solicitud de no pago. Si no
obstante, esta solicitud, el banco pagará los títulos valores indicados
anteriormente, sin malicia o negligencia, quedará exento de toda
responsabilidad.
Si dentro de los quince días
siguientes: no son presentadas las diligencias para la reposición de los
títulos valores citados en la referencia el Banco Popular podrá hacerlos
efectivos sin incurrir en ninguna responsabilidad.
San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Hazel Jiménez Vilegas, Coordinadora de Plataforma.—(14706).
PLATAFORMA DE AHORRO A PLAZO
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El Banco Popular y de
Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento del público en
general, el extravío del siguiente certificado y cupones de ahorro a plazo fijo
a la orden de Benavides Gamboa Juan Bautista, cédula N° 1-332-567.
Certific. Fecha Cupón Fecha
núm. Monto ¢ vencimiento núm. Monto vencimiento
16108460211000321 10.583.141,40 10-02-2007 Capitalizable Capitalizable Capitalizable
Lo anterior para efectos
de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
San José, 12 de febrero del 2007.—Lic. José Francisco Jiménez Cascante, Coordinador.—(13143).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ORI-R-40-2007.—García Quirós Christian Eduardo, R-253-2006, costarricense, cédula 1-1063-218, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de enero del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-16355.—(15354).
ORI-R-44-2007.—Rojas Porras Isaac, R-241-2006, costarricense, cédula 2-290-1179, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina Natural con Énfasis en Homeopatía, Universidad de Medicina Natural, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de enero del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-16355.—(15355).
ORI-R-46-2007.—Navarro Sánchez José Paulo, R-258-2006, costarricense, cédula 1-1083-128, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de enero del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-16355.—(15356).
ORI-R-48-2007.—Flores García Karol, R-263-2006, costarricense, cédula 1-993-841, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de enero del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-16355.—(15357).
ORI-R-50-2007.—Mena Selles Gonzalo Enrique, R-254-2006, costarricense, cédula 1-1056-0676, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de enero del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-16355.—(15358).
ORI-R-53-2007.—Grimon Muñoz Bray, R-256-2006, cubano, residente permanente 119200151126, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Cultura Física, Instituto Superior de Cultura Física “Manuel Fajardo”, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de enero del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-16355.—(15359).
ORI-R-55-2007.—Maestri Sandra Milena, R-257-2006, colombiana, pasaporte 871630, ha solicitado reconocimiento del diploma de Odontóloga, Colegio Universitario Colombiano, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de enero del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-16355.—(15360).
ORI-R-58-2007.—Pacheco Rodríguez Gloriana, R-252-2006, costarricense, cédula 1-1066-379, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Endodoncia, Pontificia Universidad Javeriana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de enero del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-16355.—(15361).
ORI-R-60-2007.—Noriega Tamayo Guillermo Augusto, R-259-2006, colombiano, pasaporte 91.278.704, ha solicitado reconocimiento del diploma de Arquitecto, Universidad Santo Tomas, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de enero del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-16355.—(15362).
ORI-R-62-2007.—Ricaurte Navarro María Angélica, R-260-2006, colombiana, residente permanente 117000461418 ha solicitado reconocimiento del diploma de Psicóloga, Pontificia Universidad Javeriana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 19 de enero del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-16355.—(15363).
ORI-R-68-2007.—Solís Moya José Arturo, R-58 B-2006, costarricense, cédula 1-692-793 ha solicitado reconocimiento del diploma de Capacitación en Medicina Respiratoria Pediátrica, Real Hospital de Niños, Universidad de Liverpool, Inglaterra. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 19 de enero del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-16355.—(15364).
ORI-R-70-2007.—Velásquez Ramírez Juan Pablo, R-262-2006, venezolano, pasaporte C1462990 ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Computación, Universidad Nueva Esparta, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 19 de enero del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-16355.—(15365).
ORI-R-72-2007.—Donato Mata Juan Manuel, R-220-2006 B, costarricense, cédula 1-878-097 ha solicitado reconocimiento del diploma de Postgrado en Cirugía y Traumatología Bucomaxilofacial, Universidad Favaloro, Argentina. Cualquier persona Interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 19 de enero del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-16355.—(15366).
ORI-R-81-2007.—Rodríguez Sánchez César Augusto, R-255-2006, costarricense, cédula 4-169-447 ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Ciencias Naturales (Dr. rer. nat.), Universidad Osnabuck, Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 19 de enero del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-16355.—(15367)
ORI-R-83-2007.—Guillén Murillo Sergio Guillermo, R-8236B, costarricense, cédula 9-026-553 ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestro en Ciencias Sociales con Mención en Desarrollo Económico Local, Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, Costa Rica. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 19 de enero del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-16355.—(15368).
ORI-R-85-2007.—Herrera Carrera Indalecio, R-251-06, panameño residente permanente 159100019618 ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Contabilidad, Universidad Autónoma de Chiriquí, Panamá. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 19 de enero del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-16355.—(15369).
ORI-R-138-2007.—Solano Laclé Vania, R-001-2007, costarricense, cédula 1-966-507, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Estudios Avanzados (DEA) en Estudios de las Sociedades Latinoamericanas, Universidad Paris III, Sorbonne Nouvelle, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 2 de febrero del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-16355.—(15370).
ORI-R-140-2007.—Bolaños Esquivel Christian Gerardo,
R-002-2007, costarricense, cédula 4-170-544, ha solicitado reconocimiento del
diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba.
Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del
solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta
Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 2 de febrero del 2007.—Oficina de
Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-16355.—(15371).
ORI-R-318-2007.—Sierra Dorado Óscar, R-003-2007, cubano, pasaporte O225142, ha solicitado reconocimiento del Doctor en Medicina, Instituto Superior de Ciencias Médicas de Villa Clara, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 19 de febrero del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-16355.—(15372).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A Ricardo Zúñiga Reyes, se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia de las ocho horas del cinco de enero del año en curso, en la que se resuelve: 1- Se le ordena al IMAS brindarle ayuda económica a la señora María Marta Castro Ferreto en beneficio de sus hijos Katherine Zúñiga Castro y Jean Carlos Castro Ferreto, quienes residen en la zona de Grecia, San Isidro, San Francisco, 600 metros norte de la pulpería Las Brisas dada la difícil situación económica que atraviesan en este momento. 2- Continuar brindando atención psicológica a la situación familiar. 3- Que la señora María Marta Castro Ferreto se incorpore en el mes de enero en el grupo de “Crecimiento Personal” del Hospital San Francisco de Asís. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución; se podrá interponer en forma verbal o escrita dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Expediente Nº 245-00045-2007.—Oficina Local de Grecia, 10 de enero del 2007.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 714).—C-7040.—(14014).
A Sergio Treminio Balmaceda, se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia de las once horas del diez de enero del año en curso, en la que se resuelve: 1- Se dicta medida de protección de cuido provisional del niño Sergio Alexander Treminio Flores en el hogar de su tía materna la señora Urania Margarita Flores Benavides. 2- Autorizar el egreso del niño Sergio Alexander Treminio Flores con su tía materna la señora Urania Margarita Flores para que esta traslade al niño a Nicaragua, en condiciones de repatriación y para ser asumido por ella en dicho país. 3- Ordenar al Departamento de Migración y Extranjería de Costa Rica autorizar la salida del país del niño por ser su interés superior. 4- Solicitar al Ministerio de la Familia de Nicaragua, se brinde seguimiento a la situación del niño el cual va a residir en Nicaragua, Residencial Brisas del Xolothan, de la Antena del Belsau, 6 cuadra al lago, casa A 77 y se nos reporte las conclusiones del mismo. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución; se podrá interponer en forma verbal o escrita dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Expediente Nº 245-00001-2007.—Oficina Local de Grecia, 10 de enero del 2007.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 714).—C-8210.—(14015).
Se le comunica a la señora Blanca Arias Quirós, la resolución de las veintiún horas del día veintisiete de diciembre del año dos mil seis, mediante la cual se dictó medida de protección en sede administrativa para el Tratamiento de Desintoxicación y Rehabilitación de Drogas, contemplado en el inciso e) del artículo 135 del Código de la Niñez y la Adolescencia a favor de la persona menor de edad Fabiola Arias Quirós, lo cual implica orden de ingreso inmediato al Hospital Nacional Psiquiátrico para la fase de desintoxicación. El plazo de la medida será hasta por seis meses, siendo que la fase de desintoxicación no deberá exceder el plazo de seis semanas, por lo que una vez culminado ésta deberá las instituciones responsables del tratamiento remitir a la persona menor de edad a las fases subsiguiente de la rehabilitación en el lugar y forma que éstas designen. Se le hace saber que debe señalar un medio para recibir notificaciones. Además, que contra la presente resolución, procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse dentro del plazo de cuarenta y ocho horas, a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto, ante esta unidad o bien ante la Presidencia Ejecutiva. Corresponde a esa instancia jerárquica resolver el recurso interpuesto. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Publíquese.—Unidad de Atención Inmediata.—Lic. Francela Rivera López, Representante Legal.—(Solicitud Nº 714).—C-7820.—(14016).
Se le comunica a la señora Cecilia Yamileth Zúñiga Calderón la resolución de las nueve horas del nueve de diciembre del año dos mil seis, mediante la cual se dictó medida de protección en sede administrativa para el Tratamiento de rehabilitación para toxicómano contemplado en el inciso e) del artículo 135 del Código de la Niñez y la Adolescencia a favor de la persona menor de edad Heriberto de Jesús Salazar Zúñiga , lo cual implica orden de ingreso inmediato al Hospital Nacional Psiquiátrico para la fase de desintoxicación. El plazo de la medida será hasta por seis meses, siendo que la fase de desintoxicación no deberá exceder el plazo de seis semanas, por lo que una vez culminado esta deberán las instituciones responsables del tratamiento remitir a las personas menores de edad a las fases subsiguientes de la rehabilitación en el lugar y forma que éstas designen. Se le hace saber que debe señalar un medio para recibir notificaciones. Además, que contra la presente resolución, procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse dentro del plazo de cuarenta y ocho horas, a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto, ante esta unidad o bien ante la Presidencia Ejecutiva. Corresponde a esa instancia jerárquica resolver el recurso interpuesto. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Publíquese.—Unidad de Atención Inmediata.—Lic. Francela Rivera López, Representante Legal.—(Solicitud Nº 714).—C-7820.—(14017).
Se le comunica al señor Heriberto Salazar Granados, la resolución de las nueve horas del nueve de diciembre del año dos mil seis, mediante la cual se dictó medida de protección en sede administrativa para el tratamiento de rehabilitación para toxicómano contemplado en el inciso e) del artículo 135 del Código de la Niñez y la Adolescencia a favor de la persona menor de edad Heriberto de Jesús Salazar Zúñiga, lo cual implica orden de ingreso inmediato al Hospital Nacional Psiquiátrico para la fase de desintoxicación. El plazo de la medida será hasta por seis meses, siendo que la fase de desintoxicación no deberá exceder el plazo de seis semanas, por lo que una vez culminado esta deberán las instituciones responsables del tratamiento remitir a las personas menores de edad a las fases subsiguientes de la rehabilitación en el lugar y forma que éstas designen. Se le hace saber que debe señalar un medio para recibir notificaciones. Además, que contra la presente resolución, procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse dentro del plazo de cuarenta y ocho horas, a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto, ante esta unidad o bien ante la Presidencia Ejecutiva. Corresponde a esa instancia jerárquica resolver el recurso interpuesto. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Publíquese.—Unidad de Atención Inmediata.—Lic. Francela Rivera López, Representante Legal.—(Solicitud Nº 714).—C-7820.—(14018).
Se le comunica a la señora Sirlene Rivera Zeledón, la resolución de las catorce horas del dieciocho de enero del año dos mil siete, mediante la cual se dictó medida de protección en sede administrativa para el Tratamiento de rehabilitación para toxicómano contemplado en el inciso e) del artículo 135 del Código de la Niñez y la Adolescencia a favor de la persona menor de edad Edgar Antonio Rivera Zeledón, lo cual implica orden de ingreso inmediato al Hospital Nacional Psiquiátrico para la fase de desintoxicación. El plazo de la medida será hasta por seis meses, siendo que la fase de desintoxicación no deberá exceder el plazo de seis semanas, por lo que una vez culminado esta deberán las instituciones responsables del tratamiento remitir a las personas menores de edad a las fases subsiguientes de la rehabilitación en el lugar y forma que éstas designen. Se le hace saber que debe señalar un medio para recibir notificaciones. Además, que contra la presente resolución, procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse dentro del plazo de cuarenta y ocho horas, a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto, ante esta unidad o bien ante la Presidencia Ejecutiva. Corresponde a esa instancia jerárquica resolver el recurso interpuesto. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Publíquese.—Unidad de Atención Inmediata.—Lic. Francela Rivera López, Representante Legal.—(Solicitud Nº 714).—C-7820.—(14019).
Al señor Edgar Gerardo Granados Calderón de domicilio desconocido se le comunica la resolución de las nueve horas con cincuenta minutos del día tres de enero del dos mil siete a favor de las personas menores de edad Catherine, María Fernanda, Yendry Pamela, Morelia y Douglas Alberto todos Granados Torres. Contra esta resolución procede el recurso de apelación dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto, correspondiendo a la Presidencia Ejecutiva resolver dicho recurso. Debiendo señalar lugar para atender notificaciones dentro del perímetro de la Oficina Local de Cartago. En caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Expediente administrativo Nº 331-00305-91.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Lidiette Calvo Garita, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(Solicitud Nº 714).—C-7430.—(14020).
Al señor Ismael de Jesús Argüello Arce, domicilio actual desconocido se le comunica la resolución de las diez horas del día cinco de enero del dos mil siete, donde se dicta medidas de protección de la persona menor de edad Miguel de Jesús Argüello Noguera contra esta resolución procede el recurso de apelación dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la publicación de este edicto, correspondiendo a la Presidencia Ejecutiva resolver dicho recurso. Debiendo señalar lugar para atender notificaciones dentro del perímetro de la Oficina Local de Cartago. En caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Expediente Administrativo Nº 331-00001-07.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Lidiette Calvo Garita, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(Solicitud Nº 714).—C-7040.—(14021).
A Julio César Pérez Polanco, se le comunica la resolución de las doce horas y quince minutos del trece de noviembre de dos mil seis, en la cual se revoca la medida de cuido provisional dictada a favor de la joven Ana Yustin Pérez Álvarez mediante resolución de esta Oficina Local de las quince horas y quince minutos del doce de julio del dos mil seis, en cuanto a lo demás se mantiene incólume dicha resolución contra esta resolución procede el recurso de apelación que deberá interponer dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de esta resolución ante el Órgano Director que la dicta para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Debiendo señalar lugar para oír notificaciones, en caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Publíquese. Expediente administrativo Nº 112-00005-01.—Oficina Local de Los Santos.—Lic. Ingrid Iriana Quesada Rodríguez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 714).—C-7430.—(14022).
A Mario Vega Piedra, se le comunica la resolución de las ocho horas y treinta minutos del diez de noviembre de dos mil seis, en la cual se modifica parcialmente la resolución de las diez horas del veintidós de junio de dos mil seis, en el sentido de que se revoca la medida de protección en la que se ordena la inclusión del joven José Mario Vega Jiménez al programa de rehabilitación de la Asociación Comunidad Encuentro, en cuanto a lo demás se mantiene incólume dicha resolución. Contra esta resolución procede el recurso de apelación que deberá interponer dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de esta resolución ante el Órgano Director que la dicta para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Debiendo señalar lugar para oír notificaciones, en caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Publíquese. Expediente administrativo Nº 144-00023-06.—Oficina Local de Los Santos.—Lic. Ingrid Iriana Quesada Rodríguez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 714).—C-7820.—(14023).
Oficina Local de Golfito, notifica mediante el presente edicto al señor Luis Vásquez Blanco, la resolución administrativa de las ocho horas cuarenta y nueve minutos del día tres de agosto del año dos mil seis, dictada a favor del adolescente Warner Vásquez Ramírez, la cual en su parte resolutiva dispone lo siguiente: I.- Si bien es cierto que todas las personas menores de edad, poseen derecho de vivir al lado de sus padres, excepto en los casos que la separación sea necesaria para el interés superior de los niños, es que se hace necesario iniciar Proceso de Protección en Sede Administrativa mediante el dictado de Medida de Protección de Cuido Provisional a favor del niño Warner Vásquez Ramírez, con el fin de que el mismo permanezca en el hogar de su hermana Alice Vásquez Ramírez, la cual se encuentra dispuesta a brindarle los elementos necesarios para que su hermano alcance a plenitud su normal desarrollo. II.- Procédase por parte de la Licenciada Lorelly Araya Oviedo, a iniciar tratamiento psicológico con el niño Warner para que este pueda modificar las conductas que atentan contra su normal desarrollo y la buena dinámica familiar, abordando con los mismo temas como: Manejo de conflictos, Límites, Manejo de la Ira, Valores, Buena Comunicación, entre otros. III.- Refiérase el siguiente proceso a las Licenciadas Mayra Segura García y Lorelly Araya Oviedo, con el fin de que le brinden seguimiento a lo ordenado en la presente resolución administrativa. IV- Notifíquese la presente resolución administrativa al Juez de Familia de esta localidad así como también a las demás partes involucradas. Recurso: apelación dos días hábiles siguientes al de la segunda publicación. Ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este Despacho y de alzada, en San José, de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Expediente Nº 641-057-2006.—Oficina Local de Golfito, 10 de enero del 2007.—Lic. Enrique Gómez Rosales, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 714).—C-7410.—(14024).
Oficina Local de Golfito, notifica mediante el presente edicto al señor Jorge Argüello Bejarano, la resolución administrativa de las siete horas treinta minutos del día dieciséis de octubre del año dos mil seis, dictada a favor del niño Irvin Fabián Argüello Castillo, la cual en su parte resolutiva dispone lo siguiente: I.- En vista de que todas las medidas respecto a las Personas Menores de Edad deben estar basadas en la consideración del Interés Superior de los mismos corresponde al Estado asegurar una adecuada protección y cuidados, cuando sus progenitores o personas responsables no tienen capacidad para hacerlo, es que se procede a iniciar Proceso de Protección en Sede Administrativa mediante el dictado de Medida de Protección de Cuido Provisional, con el fin de que el niño Irvin Fabián Argüello Castillo, permanezca en el hogar de la señora Isabel González González, la cual se encuentra anuente a brindarle al niño protección y los elementos necesarios que le permitan alcanzar su normal desarrollo a nivel biosicosocial. II.- En vista de que es obligación del estado proteger a las Personas Menores de Edad de todo acto que atente contra su normal desarrollo perpetrado por sus progenitores o cualquier otra persona responsable de su guarda, crianza y educación y establecer medidas preventivas y de tratamiento al respecto, es que se le ordena a los señores Seidy María Castillo Castillo y Santos Vásquez Castillo, lo siguiente: Se le ordena someterse ante esta Oficina Local por el plazo de SEIS MESES a tratamiento terapéutico, con el fin de abordar con los mismos los temas que a continuación se detallarán: Rasgos Necesarios para Educar, amor, cariño, afecto, compresión, alegría, buen humor, paz, serenidad, autoridad, firmeza y temple. Rasgos que favorecen la comunicación educativa: confianza mutua, calor humano, sinceridad transparencia. Rasgos que ha de tener la disciplina: disciplina no es castigo, tolerancia y flexibilidad, orden, deseos de superación, armonía entre la exigencia y respeto a la persona. Valores familiares: alegría, respeto, amor, honradez, valentía y valores, esperanza, generosidad, dar sentido a la vida y la sagacidad. Pautas para educar: dar sentido a los acontecimientos de la vida y ayudarle a entender sus motivaciones apelando a sus propias convicciones; ofrecer modelos de comportamiento para imitar los valores que se consideren razonables III.- Procédase a iniciar tratamiento psicológico con el niño Irvin, con el fin de que se le brinde las herramientas necesarias para que pueda superar los episodios de violencia vividos al lado de su familia y además para que modifique los trastornos de conductas que atentan contra su normal desarrollo. IV- Remítase el presente proceso a las licenciadas Mayra Segura García y Lorelly Araya Oviedo, con el fin de que se le brinde seguimiento a lo ordenado en la presente resolución administrativa. V.- Se dicta la presente Medida de Protección por el plazo de seis meses, prorrogables en sede administrativa o judicial en caso de resultar necesario en Pro del Interés Superior de la Persona Menor de Edad Involucrada. VI.- Notifíquese la presente resolución administrativa al Juez de Familia de esta localidad, así como también a las demás partes involucradas. Recurso: Apelación dos días hábiles siguientes al de la segunda publicación ante este Organo Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este Despacho y de alzada, en San José, de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Expediente Nº 641-005-2001.—Oficina Local de Golfito, 10 de enero del 2007.—Lic. Enrique Gómez Rosales, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 714).—C-12870.—(14025).
Oficina Local de Golfito, notifica mediante el presente edicto al señor Joaquín Guillén Atencio, la resolución administrativa de las nueve horas treinta y dos minutos del día veintidós de agosto del año dos mil seis, dictada a favor de la niña Yamileth Guillén Montezuma, la cual en su parte resolutiva dispone lo siguiente: I.- Todas las personas menor de edad tendrá el derecho de crecer y ser educados en el seno de una familia; siempre se les aseguran la convivencia familiar y comunitaria. Cuando el cumplimiento de este derecho peligre por razones socioeconómicas, educativas y ambientales, las instituciones públicas competentes brindarán las oportunidades que se requieran para superar la problemática familiar, así como la capacitación y orientación laboral a los padres y madres de los progenitores, de acuerdo al siguiente postulado que el presente caso interesa: El Instituto Mixto de Ayuda Social brindará la asistencia integral requerida y las oportunidades para la promoción y desarrollo de la familia, incorporándola a procesos de participación y capacitación para facilitar la inserción de los padres y madres en el mercado laboral, por medio de programas que coadyuven a la creación de microempresas u otros. Lo anterior siempre que se comprometan a respetar los derechos de sus hijos e hijas, en especial con su mantenimiento tanto en el sistema educativo formal, como en los programas de salud y no registren casos de maltrato, abuso ni explotación sistemáticos. Ante tal circunstancia se le ordena al Instituto Mixto de Ayuda Social, que incluyan en un Programa de Auxilio Económico a la persona menor de edad Yamileth Guillén Montezuma, a su hermana Jessenia Guillén Montezuma y su progenitora Elvia Montezuma Rodríguez, y a la vez la incluyan en Proceso de Capacitación con el fin de que la misma aprenda un oficio, y de esta manera lograr que sus hijos posean una mejor calidad de vida. Dicha familia es localizada en la localidad de Progreso de Comte, 700 metros oeste de la Escuela del lugar, camino hacia Alto de Comte, casa color azul. II: Se ordena al el Instituto Mixto de Ayuda Social, que deberá informar a esta Oficina Local de las gestiones realizadas a favor de la persona menor de edad referida y su progenitora, con el fin de constatar de manera fehaciente el cumplimiento o no de lo ordenado en la presente Medida de Protección. III.- Se le ordena a la señora Elvia Montezuma Rodríguez, que deberá someterse por el plazo de seis meses ante esta Oficina Local con la Licenciada Mayra Segura García, a tratamiento con el fin de abordar con la misma los temas que a continuación se detallarán: Comunicación Asertiva, Toma de Decisiones Seguras, Cumplimiento del rol materno, Abuso Sexual. IV.- Procédase de inmediato a brindar tratamiento psicológico a la niña Yamileth, por el plazo de Seis Meses, con el fin de abordar con la misma los temas de: Odio, Agresividad, Aislamiento, Impulsividad, Miedo, Abuso Sexual. Lo anterior con el fin de brindarle las herramientas necesarias para que pueda superar las secuelas del abuso sexual del cual fue víctima. V.- Procédase por parte de la Licenciada Mayra Segura García, a determinar las condiciones actuales de Yamileth dentro de su núcleo familiar. VI.- Remítase el presente expediente a las Licenciadas Mayra Segura García y Lorelly Araya Oviedo, con el fin de que se cumplan con lo plasmado en la presente resolución, así como también le brinden seguimiento a lo ordenado. VII.- Se dicta la presente Medida de Protección por el plazo de seis meses, prorrogables en instancia administrativa. VIII.- Comuníquese la presente Medida de Protección al Juez de Familia de esta localidad, así como también a las demás partes involucradas. Recurso: Apelación dos días hábiles siguientes al de la segunda publicación ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este Despacho y de alzada, en San José, de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Expediente Nº 641-060-2006.—Oficina Local de Golfito, 10 de enero del 2007.—Lic. Enrique Gómez Rosales, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 714).—C-13650.—(14026).
Oficina Local de Golfito, notifica mediante el presente edicto al señor Albergue Manos Lodge, la resolución administrativa de las once horas cuarenta y cuatro minutos del día veintitrés de octubre del año dos mil seis, dictada a favor de la niña Angélica María Montoya González, la cual en su parte resolutiva dispone lo siguiente: I.- En vista de que todas las Personas Menores de Edad poseen el derecho de conocer a sus progenitores, así como también crecer, y desarrollarse a su lado, y además ser cuidados por ellos, y no podrán ser expulsados de su hogar ni impedidos de regresar al mismo salvo decisión que así lo determine, es que se procede a Revocar Medida de Protección de Abrigo Temporal dictada mediante el auto administrativo de las trece horas treinta y cinco minutos del día diecisiete de mayo del año dos mil seis, y se ordena el egreso de la niña Angélica María Montoya González del Albergue Manos Lodge, con el fin de que retome inmediatamente al lado de su madre la cual asumirá nuevamente la guarda, crianza y educación de su hija. II.- Continúese tratamiento psicológico con la niña Angélica María Montoya González, con el fin de abordar con la misma los temas que a continuación se detallarán: Adicción, Protección, Responsabilidad, Auto Control, Comunicación, Secuelas del abuso sexual. III.- Toda persona menor de edad tendrá el derecho de crecer y ser educado en el seno de una familia; siempre que les aseguran la convivencia familiar y comunitaria. Cuando el cumplimiento de este derecho peligre por razones socioeconómicas, educativas y ambientales las instituciones públicas competentes brindarán las oportunidades que se requieran para superar la problemática familiar, así como la capacitación y orientación laboral a los padres y madres de los progenitores, de acuerdo al siguiente postulado que el presente caso interesa: el Instituto Mixto de Ayuda Social brindará la asistencia integral requerida y las oportunidades para la promoción y desarrollo de la familia, incorporándola a procesos de participación y capacitación para facilitar la inserción de los padres y madres en el mercado laboral, por medio de programas que coadyuven a la creación de microempresas u otros. Lo anterior siempre que se comprometan a respetar los derechos de sus hijos e hijas, en especial con su mantenimiento tanto en el sistema educativo formal, como en los programas de salud y no registren casos de maltrato, abuso ni explotación sistemáticos. Ante tal circunstancia se le ordena al Instituto Mixto de Ayuda Social, que incluyan en un Programa de Auxilio Económico a la niña Angélica María Montoya González, así como también a su progenitora, Judith González Quirós, y a la vez la incluyan en un Proceso de Capacitación con el fin de que la misma aprenda un oficio, y de esta manera lograr que sus hijas, posean una mejor calidad de vida. Dicha familia es localizada en la localidad de río Claro de Golfito, Barrio El ICE, casa Nº 21. IV.- Se ordena al el Instituto Mixto de Ayuda Social, que deberá informar a esta Oficina Local de las gestiones realizadas a favor de la persona menor de edad referida y su progenitora, con el fin de constatar de manera fehaciente el cumplimiento o no de lo ordenado en la presente Medida de Protección. V.- Comuníquese la presente Medida de Protección al Juez de Familia de esta localidad, así como también a las demás partes involucradas. VI.- Se dicta la presente Medida de Protección por el plazo de seis meses. Recurso: apelación dos días hábiles siguientes al de la segunda publicación ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este Despacho y de alzada, en San José, de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Expediente Nº 641-001-1998.—Oficina Local de Golfito, 10 de enero del 2007.—Lic. Enrique Gómez Rosales, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 714).—C-13650.—(14027).
Al señor Yader Mauricio
Amador López, se le comunica que tanto la Dirección General de Migración y
Extranjería y la señora Diana Patricia Illescas Blandón, madre en ejercicio de
la patria potestad, ha solicitado la intervención del Patronato Nacional de la
Infancia a fin de que la institución de la recomendación para poder sacar
pasaporte y la salida del país de la niña Jeychsa Marcela Amador Illescas.
Conforme a lo dispuesto en el reglamento de salida del país de personas menores
de edad, artículo tercero, se otorga el plazo de ocho días a partir de la
última publicación a fin de que quien tenga derecho o interés pueda manifestar
su oposición o asentimiento. Publíquese dos veces en el Diario Oficial La
Gaceta, y una vez en un diario de circulación nacional a costa de la parte
interesada.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada,
Representante Legal.—(16219).
2 v. 1.
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
Para exponer sobre los
aspectos técnicos, económicos y financieros de la solicitud presentada por la
empresa de Transportes Vargas Rojas S. A., con el fin de que se ajusten las
tarifas de la ruta 100. Además se solicita que en el mismo acto se aprueben las
mismas tarifas establecidas para la Empresa MUSOC S. A., como prestataria del
servicio en la misma ruta. La solicitud tarifaria se tramita bajo el expediente
ET-204-2006, y descritas según se detallan:
Tarifas
en colones
Vigentes Solicitadas Incremento regular
Adulto Adulto
Descripción Regular mayor Regular mayor Absoluto Porcentual
100 San José-San Isidro
San José-San Isidro 1.735 1.300 2.050 1.535 315 18.16
San José-Ojo de Agua 1.085 815 1.290 970 205 18.89
San José-La Trinidad 975 730 1.160 870 185 18.97
San José-El Empalme 840 630 1.000 750 160 19.05
San José-Cruce la Sierra 780 390 930 700 150 19.23
San Isidro-San José (1) 1.735 1.300 2.050 1.535 315 18.16
San Isidro-Villa Mills 780 390 930 700 150 19.23
San Isidro-Nivel 730 365 870 650 140 19.18
San Isidro-División 580 290 690 520 110 18.97
San Isidro-El Jardín 580 0 690 520 110 18.97
100 San José-San Isidro
(Directo) 1.735 1.300 2.050 1.535 315 18.16
(1) Nuevo fraccionamiento
solicitado por la empresa.
El 12 de marzo del 2007,
a las diecisiete horas se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Complejo
Cultural Municipal, ubicado contiguo a la Biblioteca Municipal, San Isidro de
Pérez Zeledón. El plazo para recibir posiciones vence el 7 de marzo del 2007, a
las dieciséis horas.
Se hace saber a los interesados que
pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de
Protección al Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de
la Contraloría General de la República, San José. La petición tarifaria se
puede consultar además en la siguiente dirección electrónica www.aresep.go.cr.
Cualquier interesado, con interés
legítimo o derecho subjetivo, puede participar en la audiencia y quien desee
hacer uso de la palabra, debe formular por escrito, en original, su posición
ante esta Autoridad Reguladora, sustentando su pretensión con las pruebas que
sean pertinentes. En el documento debe indicar lugar dentro del perímetro de
San José o número de fax donde ser notificado en el caso de una persona física
deberá aportar fotocopia de su cédula; y en el caso de las personas jurídicas
la posición deberá estar suscrita por el representante legal de dicha entidad y
aportar certificación de personería vigente.
Dentro del plazo legal otorgado se
recibirán posiciones mediante el facsímile 290 20 10, mismas que deberán estar
firmadas y debiendo presentar el original a más tardar el día de la celebración
de la audiencia. Se informa que el Consejero del Usuario para estas solicitudes
es el Lic. Daniel Fernández Sánchez. Para cualquier información adicional a los
teléfonos 800-827-3737 ó 220-0102 extensión 135.
Dirección de Protección al Usuario.—Lic. Xinia Herrera Durán.—1 vez.—(Solicitud Nº 41239).—C-28155.—(16369).
DURMAN ESQUIVEL SOCIEDAD ANÓNIMA
Convoca a asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios a celebrarse en las oficinas de
Durman Esquivel S. A. en Calle Blancos de Goicoechea, San José, a las nueve (9)
horas del martes veintisiete (27) de marzo del dos mil siete (2007).
Si a la hora indicada no hubiere el
quórum de ley, la asamblea se celebrará una hora después con el número de
socios presentes. Los asuntos a tratar son los siguientes:
1) Informe de la Presidencia.
2) Informe de la Fiscalía.
3) Conocimiento y aprobación de los Estados
Financieros del período fiscal 2006.
4) Reforma a la cláusula novena de la
administración y nombramiento de administradores y fiscal.
5) Otorgamiento de poder a la Junta Directiva
para incorporación, ampliación o desinscripción de la compañía como ente
inscrito en Bolsa.
6) Declaratoria de dividendos.
San José, 21 de febrero del 2007.—Francis Durman Esquivel, Presidente.—1 vez.—(16429).
DESARROLLO DE RECURSOS INDÍGENAS TZUKUT
S. A.
Se convoca a los
accionistas de esta empresa, a la asamblea general anual ordinaria y
extraordinaria, que se celebrará en las oficinas del bufete Quesada Madrigal,
sito en San Pedro de Montes de Oca, 100 metros sur y 150 metros este del Banco Nacional,
a las 10:00 a. m. del día martes 20 de marzo del año 2007. Se conocerá de los
siguientes puntos:
a) De los puntos incluidos en el artículo 156 del
Código de Comercio.
b) Reforma parcial de los estatutos
sociales.
c) Otros asuntos de carácter
ordinario o extraordinario que los accionistas presentes o representados
propongan.
De no haber quorum a la hora y fecha indicadas; se deja hecha una segunda convocatoria para el mismo lugar y fecha, pero una hora después, formando quorum cualquier número de socios que asistan en virtud de esa segunda convocatoria.—Ing. Francisco Castro Lara, Presidente.—1 vez.—Nº 6923.—(16968).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
BANK OF AMERICA
Lilliana Gambassi Muñoz ha solicitado en San Jose Costa Rica la reposición del cheque Nº 259 del Banco Bank of América por la suma de $22.000 dólares americanos del día 12 de octubre del 2006 a favor de City Card.—San José, 20 de febrero del 2007.—Lilliana Gambassi M.—(14716).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
Se comunica pérdida de
cuaderno de bitácora de los siguientes contratos de consultoría:
1. Contrato OC-375665, propiedad del Ing. Didier
Quirós Alpízar (IC-8416).
El Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora,
correspondiente al contrato de consultoría OC-375665, propiedad del Ing. Didier
Quirós Alpízar (IC-8416).
2. Contrato OC-374941-EX, propiedad del Ing. José
Madrigal Morales (ICO-6660).
El Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora,
correspondiente al contrato de consultoría OC-374941 propiedad del Ing. José
Madrigal Morales (ICO-6660).
3. Contrato SC-388277-EX, propiedad del Ing.
Víctor Hugo Paniagua García (ICO-7774).
El Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora,
correspondiente al contrato de consultoría SC-388277-EX, propiedad del Ing.
Víctor Hugo Paniagua García (ICO-7774).
4. Contrato OC-374651, propiedad del Arq. José
Enrique Chaves Alvarado (A-14640).
El Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora,
correspondiente al contrato de consultoría OC-374651, propiedad del Arq. José
Enrique Chaves Alvarado (A-14640).
Extravío de Protocolo de
Agrimensura:
El Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Protocolo
de Agrimensura Nº 14332, propiedad del profesional TA-Javier Ignacio Briceño
Chacón, (TA-4165).
San José, 9 de febrero del 2007.—Ing. Olman Vargas Zeledón.—Arq. Luis Albán Apuy Herrera, Jefe Departamento de Registro de Responsabilidad Profesional.—(Nº 4326).—C-59895.—(12952).
PRODUCTOS FLORALES DE CENTROAMÉRICA
Productos Florales de Centroamérica, Proflor S. A., cédula jurídica Nº 3-101-165809, ha solicitado paro de pago del cheque Nº 58643 de Bank of América, por un monto de $18.038 dólares americanos, girado a favor de Smithers Oasis de México S. A. de C. V. Quien se considere afectado dirigirse a la Dirección Ejecutiva de Proflor.—San José, Costa Rica, 15 de febrero del 2007.—Roberto Altamirano Guraieb, Presidente.—(13194).
EISENHOWER REALTY
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Eisenhower Realty Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres- ciento dos- trescientos setenta y cinco mil cuatrocientos setenta y dos, domiciliada en San José Urbanización Tournón, ciento cincuenta metros al oeste de BICSA. Solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los libros contables, actas de asamblea general, registro de accionistas que fueron extraviados, quien se considere afectado puede oponerse ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación de este aviso.—Lic. María Auxiliadora Alfaro Chacón, Notaria.—(13223).
PICKERING REALTY
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Pickering Realty Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-trescientos noventa y un mil setecientos cuatro, domiciliada en San Rafael de Heredia, setenta y cinco metros al sur de la Clínica de la Caja Costarricense de Seguro Social, apartamentos a mano derecha, número uno. Solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros contables actas de asamblea general, registro de accionistas que fueron extraviados, quien se considere afectado puede oponerse ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación de este aviso.—Lic. María Auxiliadora Alfaro Chacón, Notaria.—(13224).
FLORES DE LA CASCADA SOCIEDAD ANÓNIMA
Flores de la Cascada Sociedad Anónima, 3-101-228060, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los seis libros de la sociedad (diario, mayor, inventario y balances, actas de asamblea general, actas de junta directiva y registro de accionistas). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente Administración (Legalización de Libros) Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de diciembre del 2006.—Fernando Arturo Oreamuno Blanco.—(13289).
Yo María Auxiliadora Vargas Morera, cédula Nº 4-145-205, solicito ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes tres libros: Mayor, Diario e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—María Auxiliadora Vargas Morera.—(13340).
CORPORACIÓN AGROPECUARIA SANHER S. A.
Corporación Agropecuaria Sanher S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y seis mil doscientos cuarenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Actas de Asambleas Generales número uno, Actas de Junta Directiva número uno, Registro de Accionistas número uno, Mayor número uno, Diario número uno e Inventario y Balances número uno. Quien se considere afectado puede dirigir la (s) oposición (es) al Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Regional de San José en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Gerardo Sandí Sandí, Presidente.—Nº 4662.—(13561).
AFD DE CENTROAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA
AFD de Centroamérica, Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-ciento cincuenta y nueve mil ochocientos, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Libro Mayor número uno, Libro de Diario número uno y Libro de Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Duncan Henderson, Representante Legal.—Nº 4725.—(13562).
MONTE LOURDES S. A.
Monte Lourdes S. A., cédula jurídica 3-101-15236, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea General de Socios, Actas de Junta Directiva y Registro de Accionistas número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente (Legalización de libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Jacqueline SotoHarrison Brullard.—Nº 4840.—(13563).
CB CABO BLANCO PRODUCCIONES S. A.
CB Cabo Blanco Producciones S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-dos tres siete siete nueve seis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de un libro de Actas de Asamblea de Socios de la sociedad, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 15 de febrero del 2007.—Lic. Rafael Ángel Araya Cordero, Notario.—(13656).
CONESUP
Se hace saber que se ha iniciado ante el CONESUP, trámite
de reposición del Título Universitario a nombre de Max Paguaga López, cédula de
identidad número ocho-cero setenta y dos-ciento noventa y dos, correspondiente
al grado de Licenciatura en Psicología, obtenido ante la Universidad Autónoma
Monterrey.—Max Paguapa López.—(13771).
CORPORACIÓN LULINKA S. A.
Corporación Lulinka S. A., cédula jurídica 3-101-232477, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros número uno de: diario, mayor, inventario y balances, actas de junta directiva, actas de asamblea de socios y registro de accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Alexandra Soto.—(14062).
ASESORAC S. A.
Yo, Álvaro Batalla Esquivel, mayor, casado dos veces, empresario, cédula 1-197-951 vecino de Los Ángeles, San Rafael de Heredia, en mi condición de presidente de la compañía Asesorac S. A., cédula jurídica 3-101-18382 hago constar que se solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros de actas: asamblea general, diario, mayor, inventario y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de su localidad en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Álvaro Batalla Esquivel, Presidente.—Nº 5060.—(14225).
LANGEL DISGN GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA
Derick Cario Langel Silva, como Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad con domicilio social en Zapote - diagonal a la esquina sureste de la iglesia católica Centro Comercial Arvicentro local número diez, denominada Langel Disgn Group Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y nueve mil seiscientos noventa y siete, ha solicitado al Departamento de Legalización de Libros de Tributación Directa, la reposición de los libros actas de asamblea general, registro de accionistas, actas de junta directiva, mayor, diario e inventarios y balances, extraviados en el domicilio social en el mes de marzo del año dos mil tres. Cualquier persona con interés opuesto en la reposición, podrá hacerlo por escrito entre los quince días siguientes a esta publicación.—San José, 9 de febrero de 2007.—Derick Cario Langel Silva, Presidente.—Nº 5198.—(14226).
DYNERZON S. A.
Dynerzon S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento treinta y tres mil cuatrocientos noventa, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los tres libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances y Actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Harry Wohlstein R., Notario.—(14346).
FINIKE S. A.
Finike S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y dos mil quinientos noventa y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los tres libros: Mayor, Diario, Inventarios y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Harry Wohlstein R., Notario.—(14347).
FILOVITA S. A.
Filovita S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y un mil ochocientos sesenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los tres libros: Mayor, Diario, Inventarios y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Harry Wohlstein R., Notario.—(14348).
SAJIPLAST S. A.
Sajiplast S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento diecisiete mil setecientos veintinueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los tres libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances y Actas Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Harry Wohlstein R., Notario.—(14349).
MOSADY S. A.
Mosady S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento veinticuatro mil cero sesenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los tres libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances y Actas Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Harry Wohlstein R., Notario.—(14350).
SERVICIOS DE CONSULTORÍA S. A.
Servicios de Consultoría S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero dos dos tres tres siete-cero tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los tres libros: Mayor y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—(14351).
AMERICAN BUSINESS ACADEMY
Ante la Dirección de la American Business Academy se ha presentado la solicitud de reposición de título de Secretariado inscrito en el libro de Actas de esta Institución bajo el Tomo 2, Folio 53, número 4057 y en el Ministerio de Educación Pública bajo el Tomo 1, Folio 14, número 211 emitido el 24 de julio de 1987 a nombre de Ana Isabel Montero Martínez. Se solicita la reposición del título por haberse extraviado el original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación.—San José, 6 de febrero del 2007.—Lic. Mª. Cecilia Méndez S., Directora.—(14356).
REPUESTOS MUNDIALES SOCIEDAD ANÓNIMA
Repuestos Mundiales Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cero ochenta y ocho mil ochocientos ochenta y ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro Actas Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación.—San José, 12 de febrero del 2007.—Lic. Carlos Mauricio Vargas Caravaca, Abogado y Notario.—(14386).
MARINA DEL COCO SOCIEDAD ANÓNIMA,
Marina del Coco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y seis mil veintinueve, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros siguientes: Libro de Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta. Presidente: Kenneth George (nombre) Flynn (apellido), único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, soltero, empresario, portador del pasaporte de su país número uno uno tres uno siete uno seis ocho uno, con domicilio en Playas del Coco, Guanacaste.—Catorce de febrero del dos mil siete.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—Nº 5248.—(14647).
COCO PARADISE SOCIEDAD ANÓNIMA
Coco Paradise Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos trece mil doscientos treinta, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros siguientes: Libro de Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Presidente: Kenneth George (nombre) Flynn (apellido), único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, soltero, empresario, portador del pasaporte de su país número uno uno tres uno siete uno seis ocho uno, con domicilio en Playas del Coco, Guanacaste.—Catorce de febrero del dos mil siete.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—Nº 5249.—(14648).
ESTRELLA DE LA PLAYA DE POCHOTE S. A.
Estrella de la Playa de Pochote S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y nueve mil ochocientos dieciséis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Diario, Mayor e Inventarios y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Randell Nathan Smith, Presidente.—Nº 5363.—(14649).
PRADERAS DE COSTA RICA SOCIEDAD
ANÓNIMA
La sociedad Praderas de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-076383 solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, actas del Consejo de Administración, Actas de Asambleas de Socios, y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. José Manuel Llibre Romero, Notario.—Nº 5263.—(14650).
CLÍNICA DE ESPECIALIDADES PSICOLÓGICAS
RRB SOCIEDAD ANÓNIMA
Clínica de Especialidades Psicológicas RRB Sociedad Anónima, cédula número tres-ciento uno-tres cinco cuatro dos uno siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: un libro de Diario (DI), un libro Mayor (MY), un libro de Inventario y Balances (IB), un libro de Actas de Consejo de Administración (ACA), un libro Actas de Asamblea de Socios (AAS) y un libro de Registro de Socios (RS). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de febrero del 2007.—Roberto Rodríguez Portuguez.—Nº 5448.—(14655).
SISTEMAS TECNOLÓGICOS DE RECICLAJE Y
PROCESAMIENTO DE DESECHOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Sistemas Tecnológicos de Reciclaje y Procesamiento de Desechos Sociedad Anónima, cédula número tres-ciento uno-tres tres ocho nueve siete seis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: un libro de Actas de Consejo de Administración (ACA) y un libro de Registro de Socios (RS). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de febrero del 2007.—Jaime Cabezas Peterson, Representante Legal.—Nº 5449.—(14656).
BIENES COTO Y CARRANZA S. A.
Bienes Coto y Carranza S. A., cédula jurídica N° 3-101-065690. Solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición del Libro de Actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado, manifieste su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de Cartago, en el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Cartago, 16 de febrero del 2007.—Hilda Carranza Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 5451.—(14657).
GODO BEBIDAS CENTROAMERICANAS S. A.
Godo Bebidas Centroamericanas S. A., cédula jurídica N° 3-101-353918, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición del siguiente libro: Actas de Asambleas de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Jorge Sibaja Alfaro, Apoderado Especial.—Nº 5475.—(14658).
INVERSIONES KOO DEL ATLÁNTICO S. A.
Inversiones Koo del Atlántico S. A., C. J. 3-101-105497, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los siguientes seis libros: Libro de Actas de Asamblea General de Accionistas, Libro de Registro de Accionistas, Libro de Junta Directiva, Libro Mayor, Libro de Diario, Libro de Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de Limón, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Guo Pei Gu, Presidente.—(14700).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A las dieciocho horas con treinta minutos del ocho de febrero de dos mil siete, ante esta notaría, mediante instrumento público número ciento ochenta y siete, el señor Ángel Edmundo Ramírez Caqueo, cédula de residencia número cuatrocientos cincuenta y cinco - ciento sesenta y tres mil quinientos ocho - cero cero dos mil ciento cuarenta y seis, vende Negocio Mercantil Restaurante Peru Cheff Express a los señores Luis Fernando Torres Porras, cédula de residencia número cuatro cinco cinco cero dos uno ocho tres dos nueve cero cero cero tres cinco seis cinco y Eimer Anthony Figueroa Víctor, cédula de identidad número uno -mil doscientos veinte - cero ciento cincuenta y cinco.—San José, 8 de febrero de 2007.—Lic. Alejandra Irene Aguilar Delgado, Notaria.—Nº 5142.—(14227).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Ante mi notaría, mediante escritura número 268 de las 18:00 horas del 16 de febrero de 2007, se ha constituido la sociedad denominada Inversiones Raices Cercamar Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Orotina, Centro, con un capital social de cien mil colones.—Orotina, 16 de febrero del 2007.—Lic. Douglas Marín Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 5464.—(14589).
Ante mi notaría, mediante escritura número 267 de las 17:30 horas del 16 de febrero de 2007, se ha constituido la sociedad denominada Rancho Fondomar Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Orotina, Centro, con un capital social de diez mil colones.—Orotina, 16 de febrero del 2007.—Lic. Douglas Marín Orozco, Notaria.—1 vez.—Nº 5465.—(14590).
Ante esta notaría el catorce de febrero del dos mil siete comparecieron Miryam Astrid Bernal Orozco y Carlos Eduardo Bolívar Lozano, constituyen Comerjean Limitada, capital social de cien mil colones.—San José, dieciséis de febrero del dos mil siete.—Lic Erick Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—Nº 5466.—(14591).
Ante esta notaría el día de hoy a las nueve horas y quince minutos: Ariel Ramírez Martínez y Erick Esquivel Carvajal, constituyen Quiros Properties, Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social diez mil colones, representación gerente.—San José, 15 de febrero del 2006.—Lic. Ricardo Rodríguez Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 5467.—(14592).
Ante esta notaría el día de hoy a las nueve horas: Ariel Ramírez Martínez y Erick Esquivel Carvajal, constituyen K.E.Q. Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social diez mil colones, Representación gerente.—San José, 15 de febrero del 2006.—Lic. Ricardo Rodríguez Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 5468.—(14593).
Ante esta notaría el día de hoy a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos: Ariel Ramírez Martínez y Erick Esquivel Carvajal, constituyen Playa Bajamar Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social diez mil colones, representación gerente.—San José, 15 de febrero del 2006.—Lic. Ricardo Rodríguez Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 5469.—(14594).
Por escritura pública otorgada ante la suscrita notaria, a las 13:00 horas del 23 de enero del año en curso, se constituyó: Arte y Construcción Diseño Arquitectura e Inspección Técnica S. A.—San José, catorce horas del veintitrés de enero de dos mil siete.—Lic. María Gabriela García Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 5470.—(14595).
Por la escritura otorgada ante mí hoy, protocolicé acuerdo de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Pocamar S. A., por la que se procede reformar las cláusulas segunda y sétima.—Heredia diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Miguel Alberto Campos Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 5472.—(14596).
Por acuerdo de asamblea general ordinaria y extraordinaria, de socios de la sociedad Efficiently Smarter Homes And Businesses Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101.452529, celebrada en su sede social en Curridabat, a las 18:00 horas del 16 de febrero del 2007 se acordó entre otros acuerdos disolver la sociedad, se prescindió del nombramiento de liquidador en virtud de no haber bienes que repartir ni deudas que pagar. Acuerdo protocolizado en escritura autorizada ante el notario Carlos Luis Segura González, en La Unión, San Rafael, a las 10 horas del 19 de febrero del 2007.—Lic. Carlos Luis Segura González, Notario.—1 vez.—Nº 5473.—(14597).
Por escritura otorgada en mi notaría a las doce horas del diecinueve de febrero del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Servicios Especiales Aduaneros Sociedad Anónima, con domicilio social en Alajuela, cantón Central, de la iglesia Corazón de Jesús, setenta y cinco metros al sur. Capital social cien mil colones representados por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad.—Lic. Enrique Montero Gamboa, Notario.—1 vez.—(14698).
Por escritura otorgada en mi notaría a las ocho horas del nueve de febrero del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Inversiones Noemí Sociedad Anónima, con domicilio social en Alajuela, cantón central, Pueblo Nuevo, Residencial Alajuela, ciento cincuenta metros al norte de escuela San Gerardo. Capital social cien mil colones representados por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad.—Lic. Enrique Montero Gamboa, Notario.—1 vez.—(14699).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 8:15horas del quince de febrero del 2007, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Acobo Puesto de Bolsa S. A. Se hacen los siguientes nombramientos Presidente: Orlando Soto Enríquez, vicepresidente: Manuel Francisco Umaña Soto, secretario: Julio César Soto Enríquez, Tesorero: Orlando Soto Solera.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Enrique Rojas Solís, Notario.—1 vez.—(14702).
Por escritura ante esta notaría, se constituyó la empresa Grafideas APR Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma, para cualquier acto o contrato.—San José, a las dieciséis horas del nueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—(14703).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 9:15 horas del quince de febrero del 2007, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Financiera Acobo S. A. Se hacen los siguientes nombramientos Presidente: Orlando Soto Enríquez, Vicepresidente: Manuel Francisco Umaña Soto, secretario: Julio César Soto Enríquez, tesorero: Orlando Soto Enríquez.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Enrique Rojas Solís, Notario.—1 vez.—(14704).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:40 horas del quince de febrero del 2007, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Vista Sociedad de Fondos de Inversión S. A. Se hacen los siguientes nombramientos Presidente: Orlando Soto Enríquez, vicepresidente: Manuel Francisco Umaña Soto, secretario: Julio César Soto Enríquez, Tesorero: Orlando Soto Solera.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Enrique Rojas Solís, Notario.—1 vez.—(14705).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas quince minutos del cinco de enero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Castillo Camacho de Tres Ríos S. A. Domicilio: Tres Ríos, La Unión de Cartago. Capital social: ciento veintiséis mil colones totalmente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Representación: presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Mario Alberto Sánchez Hernández, Notario.—1 vez.—(14713).
En mi notaría a las 17:00 horas de hoy, se modificó Estructuras Metálicas de Centroamérica Sociedad Anónima, se modificó las cláusulas primera, sétima, cambio de Junta Directiva, domicilio Sabanilla, San José, Presidente: Elgin Bermúdez González.—San José, 19 de febrero de 2007.—Lic. Sugeily Celenia Hernández Azofeifa, Notaria.—1 vez.—(14717).
Se hace saber que en mi notaría, a las dieciocho horas del diez de febrero de dos mil siete, se constituyó la sociedad Grupo de Seguridad Euro GSE S. A.; capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 12 de febrero del 2007.—Lic. Monique Zeller van Engelen, Notaria.—1 vez.—(14719).
Por escritura otorgada a las 14 horas del 16 de febrero del 2007, se constituyó Construcciones y Multiservicios Fronteras Sociedad Anónima. Capital social: 100000, domiciliada en San José, Alajuelita, presidente Eddy Rafael Álvarez Sibaja.—Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, Notaria.—1 vez.—(14767).
Ante esta notaría por escritura dada a las once horas cincuenta minutos del día dieciséis de febrero del dos mil siete, se modifica la cláusula de la administración del pacto constitutivo de Sebolianne International S.I. S. A.—San José, 19 de febrero del dos mil siete.—Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(14769).
Ante esta notaría por escritura dada a las once horas treinta minutos del día dieciséis de febrero del dos mil siete, se modifica la cláusula de la administración del pacto constitutivo de Colorado Big River Corporation S. A.—San José, 19 de febrero del dos mil siete.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(14770).
Ante esta notaría por escritura dada a las once horas cuarenta minutos del día dieciséis de febrero del dos mil siete, se modifica la cláusula de la administración del pacto constitutivo de Seals And Investments Of Sakon S. A.—San José, 19 de febrero del dos mil siete.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—(14771).
Por escritura otorgada hoy ante el suscrito notario, el señor Federico Tinoco Brenes y la señora Natalie Joseph Kada, constituyen la sociedad Natfed Ciento Setenta Mil Doscientos Seis S. A., para dedicarse por cien años, a la industria y comercio en general y con domicilio en la ciudad de San José, capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, quince de febrero del dos mil siete.—Lic. José Pablo Arauz Villarreal, Notario.—1 vez.—(14774).
Gabriel Delgado Calvo y Édgar Javier Delgado Villalobos, constituyen Corporación D Y D S. A. En la ciudad de San José, a las quince horas del cinco de febrero del dos mil siete, en tomo décimo octavo del notario Luis Marino Castillo López, capital social suscrito y pagado en su totalidad.—Lic. Luis Marino Castillo López, Notario.—1 vez.—(14775).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en esta ciudad el día de hoy se constituyó la sociedad Forestales de Lagunilla Don Diego Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Grettel Pérez Quesada.—Barva de Heredia, 16 de febrero del 2007.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 5492.—(14804).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en esta ciudad el día de hoy se constituyó la sociedad Corporación Artes Florales Don Rodolfo Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Grettel Pérez Quesada.—Barva de Heredia, 16 de febrero del 2007.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 5493.—(14805).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en esta ciudad el día de hoy se constituyó la sociedad Inversiones Fonseca Camacho de Los Higuerones Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Grettel Pérez Quesada.—Barva de Heredia, 16 de febrero del 2007.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 5494.—(14806).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en esta ciudad el día de hoy se constituyó la sociedad Corporación Jorge Andrey de Barva Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Grettel Pérez Quesada.—Barva de Heredia, 16 de febrero del 2007.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 5495.—(14807).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en esta ciudad el día de hoy se constituyó la sociedad Servicios Odontológicos Kemly de San Carlos Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Grettel Pérez Quesada.—Barva de Heredia, 16 de febrero del 2007.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 5496.—(14808).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en esta ciudad el día de hoy se constituyó la sociedad Inversiones Cultivos Zona Norte Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Grettel Pérez Quesada.—Barva de Heredia, 16 de febrero del 200.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 5497.—(14809).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en esta ciudad el día de hoy se constituyó la sociedad Agropecuaria José Mari de Barva Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Grettel Pérez Quesada.—Barva de Heredia, 16 de febrero del 200.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 5498.—(14810).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en esta ciudad el día de hoy se constituyó la sociedad Corporación Luz y Bendición Doña Albina Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Grettel Pérez Quesada.—Barva de Heredia, 16 de febrero del 2007.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 5499.—(14811).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en esta ciudad el día de hoy se constituyó la sociedad Inversiones Famocaro de Heredia Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: Arnoldo Ocampo Ardón.—Barva de Heredia, 19 de febrero del 2007.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 5500.—(14812).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyó Vina & Luxi S. A.—San Pablo de Heredia, 19 de febrero del 2007.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 5501.—(14813).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las quince horas del catorce de diciembre del dos mil seis, se constituyó Automotores Asiáticos de Costa Rica ASIATEC S. A., cuyo presidente es Humberto Vargas Barrientos.—Heredia, 16 de febrero del 2007.—Lic. Enrique Azofeifa Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 5502.—(14814).
Por escritura otorgada a las once horas del día de hoy, se constituyó la sociedad anónima, de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo 31171-J, del Reglamento de Inscripción de Constitución de Empresas Comerciales.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Nidia Murillo Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 5503.—(14815).
Que mediante escritura número 35-1, de las 19:00 horas del 9 de octubre del 2006, ante el notaria Lic. Evelin Pereira González, se constituye la sociedad denominada Koyfer Azul 002 S.R.L. Gerente: Olga Marta Fernández Mora. Subgerente: Steven Kogel Hughes. Plazo: social: 99 años. Capital social: 10 mil colones.—Cartago, 15 de febrero del 2007.—Lic. Evelin Pereira González, Notaria.—1 vez.—Nº 5505.—(14816).
Por escritura otorgada a las quince horas de hoy, se constituyó en mi notaría la sociedad de esta plaza Comercial Junio Seis K & S S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años. Domicilio: San José, San Pedro de Montes de Oca, frente al Mas x Menos. Presidente y secretario y tesorero con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, actuando conjunta o separadamente. Objeto: industria, comercio, agricultura, ganadería, minería y pesca en general. En forma especial, a la venta, reparación de electrodomésticos, venta de material eléctrico y al equipamiento y reparación de artículos de oficina.—San José, 7 de febrero del 2007.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—Nº 5506.—(14817).
Hoy he protocolizado acuerdos de la sociedad Noche Sin Fin S. A., por la que se modifica el domicilio y se nombra directiva.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—Nº 5507.—(14818).
Hoy los señores César Borge Alvarado y Eduardo Marquez Fernández, constituyen la sociedad Tropica Developments and Realty SRL. Capital: 120.000,00. Domicilio: San Pedro, Montes de Oca San José. Otorgada en San José, a las 14:00 horas del 19 de febrero del 2007.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—Nº 5508.—(14819).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Del Sueño Pacífico Uno S. A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo y se hace nombramiento de agente residente.—San José, 8 de febrero del 2007.—Lic. Mario Baltodano Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 5519.—(14820).
Yo, Selene María Camacho Quesada, Notaria Pública con oficina abierta al público en Barva, hago constar que mediante escrituras número ciento cinco y ciento seis otorgadas ante esta notaría, el día doce de febrero del dos mil siete, a las diecisiete y treinta horas y diecisiete y cincuenta horas, se constituyeron las sociedades denominadas L R Setenta y Nueve Sociedad Anónima y R M J H Sociedad Anónima.—Barva, 12 de febrero del 2007.—Lic. Selena Camacho Quesada. Notaria.—1 vez.—Nº 5520.—(14821).
Yo, Selene María Camacho Quesada, Notaria Pública con oficina abierta al público en Barva, hago constar que mediante escritura número 104 otorgada ante esta notaría, el 9 de febrero del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Universidad Libre de Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Barva, 12 de febrero del 2007.—Lic. Selena Camacho Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 5521.—(14822).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:30 horas del 4 de diciembre del 2006, se constituyó la sociedad Cape Junquillal Sociedad Anónima. Plazo: 50 años. Domicilio social: San José, avenida 10 bis, calles 21 y 23, número 2180. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 4 de diciembre del 2006.—Lic. Juan Francisco Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—Nº 5524.—(14823).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el 18 de febrero del año 2007, Blue Aligator S. A., modifica cláusulas 2º y 6º de los estatutos. Se nombran directivos y fiscal.—Lic. Gonzalo Monge Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 5525.—(14824).
Por escritura de las 8:00 horas se reforma Vichido Sociedad Anónima, cláusula sétima de la junta directiva. Presidente: Vinicio Doninelli Siverio.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. María Elena González Larrad, Notaria.—1 vez.—Nº 5526.—(14825).
Por escritura de las 8:00 horas se constituye Lechería La Magnificat Sociedad Anónima. Presidente: José Manuel Losilla Colombari.—San José, 26 de enero del 2007.—Lic. María Elena González Larrad, Notaria.—1 vez.—Nº 5527.—(14826).
El suscrito notario hace constar y da fe, que mediante escritura número treinta y siete, a las once horas del doce de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Sole Sociedad Anónima. Capital: debidamente suscrito y pagado. Es todo.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Juan José Aguilar Moya, Notario.—1 vez.—Nº 5530.—(14827).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la empresa Mediempresa S M C Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del día diecisiete de enero del 2007.—Lic. Fabián Fernández Faith, Notario.—1 vez.—Nº 5532.—(14828).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la empresa Sojo C. A. Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del treinta y uno de enero del 2007.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—Nº 5533.—(14829).
Ante mi notaría se constituyó la empresa denominada Sibü Conceptual Sociedad Anónima. Presidente: Óscar Andrés Calderón Mejías, es apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura otorgada a las nueve horas del doce de febrero del dos mil siete.—San José, 17 de febrero del 2007.—Lic. Dámaso Ruiz Carrión, Notario.—1 vez.—Nº 5534.—(14830).
Ante esta notaría se protocolizó acta de Valores Comerciales de Costa Rica Valco S. A., mediante la cual se aumentó su capital a ciento treinta y tres millones doscientos mil colones representado por mil trescientos treinta y dos acciones de cien mil colones cada una.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Guillermo Hernández Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 5535.—(14831).
Por escritura de las quince horas de hoy, se constituyó ante esta notaría la sociedad Multiservicios Jormar G G C M S. A. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, 22 de noviembre del 2006.—Lic. Gloria Vega Chávez, Notaria.—1 vez.—Nº 5537.—(14832).
Por escritura de las veinte horas de hoy, se constituyó ante esta notaría la sociedad Facaro CR del Sur S. A. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, 19 de setiembre del 2006.—Lic. Gloria Vega Chávez, Notaria.—1 vez.—Nº 5538.—(14833).
Por escritura número ciento sesenta y nueve, de las quince horas, treinta minutos del cinco de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Inversiones Quirós y Esquivel de Sarchí Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio: San Juan de Valverde Vega, en Calle Bambú, ochocientos metros sur de Tortas Bar. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: dieciocho mil colones.—Lic. Marconi Salas Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 5539.—(14834).
Por escritura número ochenta y seis, de las doce horas, del doce de enero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Corporación Torres Vargas de Sarchí Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio: San Pedro de Valverde Vega, Calle Cinco Manzanas, trescientos metros suroeste de la entrada principal. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: veinte mil colones.—Lic. Marconi Salas Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 5540.—(14835).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas, veinte minutos del veintidós de noviembre del año dos mil seis, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada Auto Transportes Baco Hermanos S. A., en la cual se procede a revocar los nombramientos del presidente y vicepresidente de la junta directiva y el nombramiento de nuevo presidente y vicepresidente.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Minor Gómez Goicoechea, Notario.—1 vez.—Nº 5543.—(14836).
Por escritura número cincuenta y siete-doce, de las trece horas del dieciséis de febrero del año dos mil siete, se constituyó sociedad anónima Polígono del Sur EMM Sociedad Anónima. Capital social: es de diez mil colones. Plazo social: es de noventa y nueve años. Presidente: Luis Edwin Mora Mena.—San Isidro de Pérez Zeledón, 14 de febrero del 2007.—Lic. Patricia Chanto Venegas, Notaria.—1 vez.—Nº 5544.—(14837).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del dos de febrero del dos mil siete, se constituyó una sociedad anónima denominada Terra Asociados Ambientales S. A., Domicilio: Heredia. Plazo: cien años. Objeto: la industria, el comercio, agricultura y ganadería en general todo lo relacionado con el giro de actividades agrícolas, industriales y comerciales en general. Capital: totalmente suscrito y pagado. Se nombra junta directiva.—Lic. Luis Enrique Gómez Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 5545.—(14838).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del diecinueve de febrero del dos mil siete, protocolicé acta de Hot Springs of Puerto Viejo S. A., de las once horas del trece de febrero del dos mil siete, mediante la cual se reforma la cláusula sétima.—Lic. Luis Enrique Gómez Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 5546.—(14839).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del diecinueve de febrero del dos mil siete, protocolicé acta de Kola Nuts Ltda., de las catorce horas del trece de febrero del dos mil siete, mediante la cual se reforma la cláusula sexta.—Lic. Luis Enrique Gómez Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 5547.—(14840).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día dieciséis de febrero del dos mil siete, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de asociados de Unión de Hogarcitos, mediante la cual se reforma artículo veintitrés inciso a) punto uno de los estatutos.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Ana Lucía Truque Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 5549.—(14841).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las quince horas del diecinueve de febrero del dos mil siete, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Quesada Vindas de Pérez Zeledón Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta mil quinientos cuarenta y cuatro, por medio de la cual se nombra presidente.—San Isidro de Pérez Zeledón, veinte de febrero del dos mil siete.—Lic. Ileana Hidalgo Somarribas, Notaria.—1 vez.—Nº 5550.—(14842).
Por escritura de las 8:00 horas del 15 de febrero del 2007, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Frutas y Verduras E H S. A., mediante la cual se modifica la cláusula sexta de los estatutos (administración), se nombra nueva junta directiva y agente residente.—San José, 15 de febrero del 2007.—Lic. José Pablo Fernández Narváez, Notario.—1 vez.—Nº 5552.—(14843).
En mi notaría, a las 8:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Four Comers S.A. mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo, se revocan y se hacen nombramientos.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Mayela Morales Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 5554.—(14844).
Ante esta notaría se modifica cláusula primera de escritura otorgada a las ocho horas con treinta minutos del veintiséis de enero del dos mil siete, donde cambia nombre a la sociedad para que se denomine así: R. y K. Mundo de la Impresión S. A.—San José, veinte de febrero del dos mil siete.—Lic. Luis Gonzalo Cortés Enríquez, Notario.—1 vez.—Nº 5555.—(14845).
Por escritura número ochenta y cuatro-tres, otorgada hoy ante mí, se modificaron las cláusulas primera, segunda y sexta del pacto constitutivo de la sociedad Inmobiliaria Jimco Sociedad Anónima.—San José, 16:30 horas del 29 de enero del 2007.—Lic. Kathia Valverde Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 5556.—(14846).
Por escritura número ochenta y tres-tres, otorgada hoy ante mí, se modificaron las cláusulas primera, segunda y sexta del pacto constitutivo de la sociedad Peligro Precios Bajos Sociedad Anónima.—San José, 16:00 horas del 29 de enero del 2007.—Lic. Kathia Valverde Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 5557.—(14847).
Ante esta notaría a las 16:00 horas del 16 de agosto del 2006, se constituye la sociedad denominada Audio Alarmas Monge S. A., capital social: 10.000 colones, plazo: 100 años. Presidente: Freddy Monge Padilla. Escritura 336, tomo 32.—Lic. Alberto Jiménez Picado, Notario.—1 vez.—Nº 5559.—(14848).
Ante esta notaría, al ser las 17:00 horas del 19 de febrero del 2007, se constituyó Natural Spa Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial estará a cargo del presidente de la junta directiva, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 20 de febrero del 2007.—Lic. Viviana Marcela Sandí Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 5560.—(14849).
Ante esta notaría, al ser las 17:00 horas del 12 de febrero del 2007, se constituyó Inside Markets Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial estará a cargo del presidente de la junta directiva, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 20 de febrero del 2007.—Lic. Viviana Marcela Sandí Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 5561.—(14850).
Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría a las 11:00 horas del día 16 de febrero del 2007, se constituyó la sociedad Inversiones Martínez Maroto S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente: Enrique Martínez Arias, secretaria: Ligia Maroto Guzmán, tesorera: Natali Martínez Maroto.—16 de febrero del 2007.—Lic. Juan Carlos Villasuso Morales, Notario.—1 vez.—Nº 5562.—(14851).
Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría a las 14:00 horas del día 16 de febrero del 2007, se constituyó la sociedad Gamba Manfis S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente: Juan Carlos Villasuso Morales y tesorero: Pablo Antonio Villasuso Morales.—16 de febrero del 2007.—Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 5563.—(14852).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del trece de febrero del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general de la sociedad anónima denominada Propiauto Diez Púrpura P Sociedad Anónima. Se cambia junta directiva. Presidenta: Lorena Chavarría Alvarado.—Lic. Jéssica Margot Barboza Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 5564.—(14853).
Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas del trece de febrero del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general de la sociedad anónima denominada Propiauto Diez Púrpura P Sociedad Anónima. Se cambia junta directiva. Presidente: Luis Alberto Arias Solano.—Lic. Jéssica Margot Barboza Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 5565.—(14854).
Protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Motos Suki Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman administración y representación de la sociedad, escritura otorgada en San José, a las dieciocho horas del dieciséis de febrero del dos mil siete.—Lic. María Marta Badilla Córdoba, Notaria.—1 vez.—Nº 5566.—(14855).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Automotores Livianos de Centroamérica Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman domicilio, administración y representación de la sociedad. Escritura otorgada en San José, a las siete horas del diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. María Marta Badilla Córdoba, Notaria.—1 vez.—Nº 5567.—(14856).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:05 horas del día 3 de febrero del 2007 se constituyó la sociedad denominada Hectáreas Verdes del Sur Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. Capital suscrito y pagado. Domicilio: cantón primero San José.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Augusto José Rojas Trejos, Notario.—1 vez.—Nº 5568.—(14857).
A las 10:25 horas del día de hoy, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Colina Danpur Nueve Sociedad Anónima, mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y sétima de los estatutos y se revocó el nombramiento de todos los miembros de la junta directiva y del fiscal y se hicieron nombramientos en todos esos cargos.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Augusto José Rojas Trejos, Notario.—1 vez.—Nº 5569.—(14858).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del día 3 de febrero del 2007 se constituyó la sociedad denominada Adiungere Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. Capital suscrito y pagado. Domicilio: cantón primero San José.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Augusto José Rojas Trejos, Notario.—1 vez.—Nº 5570.—(14859).
Por escritura número ochenta, del tomo tres, otorgada ante esta notaría a las quince horas del día catorce de febrero del dos mil siete, Alexander González Badilla, cédula número tres-doscientos ochenta y tres-setecientos ochenta y tres y Ramón González Álvarez, cédula número uno-ciento sesenta y seis-trescientos setenta y dos, constituyen la sociedad denominada A G B Construcciones Técnicas Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, capital social de cien mil colones, presidente: Alexánder González Badilla, cédula número tres-doscientos ochenta y tres-setecientos ochenta y tres, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Guápiles, quince de febrero del dos mil siete.—Lic. José Fco. Fallas González, Notario.—1 vez.—Nº 5572.—(14860).
En esta notaría al ser las catorce horas con quince minutos del diecisiete de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social será su cédula jurídica. Gerente: Yerimy Andrés Moya Bermúdez, capital: doce mil colones.—San José, diecisiete de febrero del dos mil siete.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—Nº 5573.—(14861).
En esta notaría al ser las catorce horas del diecisiete de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social será su cédula jurídica. Gerente: Yerimy Andrés Moya Bermúdez, capital: doce mil colones.—San José, diecisiete de febrero del dos mil siete.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—Nº 5574.—(14862).
En esta notaría al ser las catorce horas con treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil siete se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social será su cédula jurídica. Gerente: Yerimy Andrés Moya Bermúdez, capital: doce mil colones.—San José, diecisiete de febrero del dos mil siete.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—Nº 5575.—(14863).
En esta notaría al ser las catorce horas con cuarenta minutos del diecisiete de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social será su cédula jurídica. Gerente: Yerimy Andrés Moya Bermúdez, capital: doce mil colones.—San José, diecisiete de febrero del dos mil siete.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—Nº 5576.—(14864).
Por escritura otorgada ante mi notaría, se protocolizó acta número uno de asamblea extraordinaria de accionistas de la empresa de esta plaza, denominada San Rafael Tropical Forest Sociedad Anónima, siendo su nombre en español Bosques Tropicales San Rafael Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula novena, sobre la representación de dicha sociedad.—San José, 16 de febrero del 2007.—Lic. Ana Lorena Ramírez González, Notaria.—1 vez.—Nº 5577.—(14865).
Por escritura otorgada a las 14:00 horas del día 14 de febrero del 2007, se constituyó Grupo Inbrisa Agroindustrial S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: cien mil colones.—San José, 14 de febrero del 2007.—Lic. Catalina Pujol Rueda, Notaria.—1 vez.—Nº 5578.—(14866).
Por escritura otorgada a las 14:00 horas del día 24 de enero del 2007, se constituyó Biosoul Cosmetics S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: cien mil colones.—San José, 14 de febrero del 2007.—Lic. Catalina Pujol Rueda, Notaria.—1 vez.—Nº 5579.—(14867).
Ante mí, Lenin Segura Bolaños, notario público de Guápiles, se constituyó la sociedad denominada Odonto S.P.A. Sociedad Anónima. Las representantes con las calidades de apoderadas generalísimas con límite de suma hasta tres millones de colones lo son su presidenta, Marta Carrillo Ugalde, cédula siete-ciento veintiuno-trescientos noventa y dos, y su secretaria Milagro Barquero Arce, cédula tres-cero veintitrés-mil cuatrocientos ocho. El capital es la suma de diez mil colones. El plazo es de noventa y nueve años. Constitución a las quince horas del diecinueve de febrero del dos mil siete. Es todo.—Guápiles, diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Lenin Segura Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 5580.—(14868).
Ante esta notaría se constituyó Valca D. R. B. A. Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, Jenny Alejandra Víquez Rockbrand, gerente.—Cartago, 7 de febrero del 2007.—Lic. Jorge Eduardo Sanabria Rosito, Notario.—1 vez.—Nº 5582.—(14869).
Carlos Emilio Fonseca Gutiérrez y Guiselle Durán Campos, constituyen la empresa Initiative Media Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las diez horas del día trece de febrero del dos mil siete.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Freddy Mora Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 5583.—(14870).
Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, se reformaron las cláusulas segunda, quinta, sexta y se agregó la cláusula décima primera al pacto social, además se nombró presidenta a la señora Ligia María Acuña Arias, cédula número uno-dos tres cuatro-setecientos setenta, mayor, viuda una vez, ama de casa, como nueva presidenta de junta directiva de la compañía Varacú S. A.—San José, 23 de noviembre del 2006.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 5585.—(14871).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria en la ciudad de San José a las diecinueve horas, del día cinco de febrero del dos mil siete, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Constructora Ramírez Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula segunda del pacto. Domicilio: Limón, Pueblo Nuevo, de la Iglesia Católica, doscientos metros sur.—San José, veinte de febrero del dos mil siete.—Lic. Mónica Patricia Umaña Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 5586.—(14872).
Por escritura otorgada en mi notaría, se constituyó la sociedad Rodríguez y Bravo del Roble Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: cien mil colones. Apoderada generalísima sin límite de suma: Sonia Rodríguez Soto.—Puntarenas, 19 de febrero del 2007.—Lic. Fernando Vanderlucht Vanderlucht, Notario.—1 vez.—Nº 5587.—(14873).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del 19 de febrero del 2007, Fulvio Gamboa Mora y Olga Mora Goldoni, constituyen Agro Santos Fagamo Sociedad de Responsabilidad Limitada. Representación judicial y extrajudicial corresponden al gerente y subgerente. Gerente: Olga Mora Goldoni.—San Marcos de Tarrazú, 19 de febrero del 2007.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 5588.—(14874).
Por escritura otorgada ante los notarios Hugo Alberto Corella Agüero y Marco Antonio Vargas Valverde, a las diecisiete horas del 12 de febrero del dos mil siete, Lázaro Alberto Bernal y Kattia Vanessa Vega Betancourt, constituyen Inversiones Queen Creek Sociedad de Responsabilidad Limitada, que en español significa Inversiones El Riachuelo Reina Sociedad de Responsabilidad Limitada. Representación judicial y extrajudicial corresponden al gerente y subgerente. Gerente: Lázaro Alberto Bernal.—San Marcos de Tarrazú, 19 de febrero del 2007.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 5589.—(14875).
Por escritura otorgada por el suscrito Omar Ayales Adén, a las doce horas del doce de febrero del dos mil seis, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Golden Cadillac Limitada, por lo que se reforma cláusula octava del pacto social, a la representación social.—San José, doce de febrero del dos mil siete.—Lic. Omar Ayales Adén, Notario.—1 vez.—Nº 5590.—(14876).
Por escritura otorgada por los suscritos Orlando López Pacheco y Carlos Esteban Rodríguez Varela, a las doce horas veinte minutos, del veintidós de enero del dos mil siete, protocolizamos acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía North and South of the River Sociedad Anónima, por lo que se procede a realizar nuevos nombramientos de presidente, secretario, tesorero y fiscal, se nombra agente residente. Se modifica la cláusula vigésima del pacto constitutivo.—San José, catorce de febrero del dos mil siete.—Lic. Carlos Esteban Rodríguez Varela, Notario.—1 vez.—Nº 5591.—(14877).
Vilma Murillo Hernández y Marcos Fonseca Murillo, constituyeron la empresa denominada Savirmar S. A. Domiciliada en Guápiles, Pococí, Limón, trescientos setenta y cinco metros al oeste del Hospital de Guápiles, con fecha diecinueve de febrero del dos mil siete, ante el notario Lic. Esequías Lobo Chaves.—Guápiles, 20 de febrero del 2007.—Lic. Esequías Lobo Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 5592.—(14878).
Asamblea extraordinaria de accionistas de La Apoteosis del Mar S.R.L. Se reforma la cláusula primera de la denominación: Arbonne International S.R.L. Se nombra gerente. Escritura otorgada en San José, a las dieciocho horas, del seis de febrero del dos mil siete.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—Nº 5593.—(14879).
Asamblea extraordinaria de accionistas de Greenville Vacation Hill S. A. Se reforma la cláusula sexta de la administración. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Se nombra presidente, secretario y tesorero. Escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas del seis de febrero del dos mil siete.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—Nº 5594.—(14880).
Por escritura de las 9:00 horas del 9 de febrero del 2007, se constituye ante esta notaría la sociedad MYM Asociados del Sur S. A. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Frank Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 5595.—(14881).
Por escritura número treinta y tres, otorgada en San José, a las trece horas cincuenta minutos del doce de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Consultores Tai Shan JMM Sociedad Anónima.—Lic. Julio Armando Castellanos Villanueva, Notario.—1 vez.—Nº 5596.—(14882).
Por escritura otorgada ante el notario Eric Quesada Arce, a las 8:00 horas del 19 de febrero del 2007, se constituyó la empresa Riachuelos La Carpintera C. R Sociedad Anónima, domiciliada en Tres Ríos, Cartago. Representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Lilliana Calderón Montero, presidenta.—19 de febrero del 2007.—Lic. Eric Quesada Arce, Notario.—1 vez.—Nº 5599.—(14883).
Por escritura otorgada ante el notario Eric Quesada Arce, a las 10:00 horas del 19 de febrero del 2007, se constituyó la empresa Hotel Santana Gte. Sociedad Anónima, domiciliada en Liberia, Guanacaste. Representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. William Arias Alfaro, presidente.—19 de febrero del 2007.—Lic. Eric Quesada Arce, Notario.—1 vez.—Nº 5600.—(14884).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 11 de enero del 2007, se constituyó la sociedad anónima denominada Zamora y Barboza Zabar Enterprise S. A., capital suscrito y pagado.—Lic. William Muñoz Bravo, Notario.—1 vez.—Nº 5601.—(14885).
Karen Laureana Arce López y Fernando Mora Ulloa constituyen empresa denominada Corporación Kaferflores Dos Tres Dos Cinco Sociedad Anónima. Capital social: ¢ 10.000. Presidenta: Karen Arce López.—Lic. Neftalí Madrigal Chaverri, Notario.—1 vez.—Nº 5602.—(14886).
Karen Laureana Arce López y Fernando Mora Ulloa constituyen empresa denominada Grupo Renando Siete Tres Ocho Cero de San Agustín Sociedad Anónima. Capital social: ¢ 10.000. Presidenta: Karen Arce López.—Lic. Neftalí Madrigal Chaverri, Notario.—1 vez.—Nº 5603.—(14887).
Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general de Inversiones Atlas S. A., por lo que se reforman las cláusulas segunda y tercera de la escritura social.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Irene Mendieta Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 5609.—(14888).
Mediante escritura otorgada en San José ante los notarios Pablo Peña Ortega y Carlos Gutiérrez Font, se protocolizaron acuerdos de la empresa La Estefania Lote Cuatro IV S. A., mediante el cual se modificó la cláusula primera, administración y nombró junta directiva.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—Nº 5616.—(17889).
Mediante escritura otorgada en San José ante los notarios Carlos Gutiérrez Font y Pablo Peña Ortega, se protocolizaron acuerdos de la empresa La Estefania Lote Ocho VIII S. A., mediante el cual se modificaron las cláusulas primera y sexta y nombra junta directiva.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—Nº 5617.—(17890).
Mediante escritura protocolizada ante los notarios Carlos Gutiérrez Font y Pablo Peña Ortega, se protocolizaron acuerdos de la empresa La Estefania Lote Cinco V EEE S. A., mediante el cual se modificó las cláusulas primera, sexta y nombró junta directiva.—Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—Nº 5618.—(14891).
Ante mi notaría, en fecha quince de febrero del dos mil siete, por medio de la escritura número cincuenta y ocho se constituye la sociedad Inversiones de Babilonia Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones, domicilio en Tibás, plazo noventa y nueve años, representante legal presidente.—San José, quince de febrero del dos mil siete.—Lic. Rebeca Flores Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 5619.—(14892).
Ante mi notaría, en fecha quince de febrero del dos mil siete, por medio de la escritura número sesenta, se constituye la sociedad Inversiones del Caribe Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones, domicilio en Tibás, plazo noventa y nueve años, representante legal presidente.—San José, quince de febrero del dos mil siete.—Lic. Rebeca Flores Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 5620.—(14893).
Ante mi notaría, en fecha quince de febrero del dos mil siete, por medio de la escritura número cincuenta y nueve, se constituye la sociedad Inversiones Agora Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones, domicilio en Tibás, plazo noventa y nueve años, representante legal presidente.—San José, quince de febrero del dos mil siete.—Lic. Rebeca Flores Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 5621.—(14894).
Ante mi notaría, en fecha quince de febrero del dos mil siete, por medio de la escritura número sesenta y uno, se constituye la sociedad Proyectos y Desarrollos Maxim Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones, domicilio en Tibás, plazo noventa y nueve años, representante legal presidente.—San José, quince de febrero del dos mil siete.—Lic. Rebeca Flores Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 5622.—(14895).
Ante mi notaría, en fecha quince de febrero del dos mil siete, por medio de la escritura número sesenta y dos, se constituye la sociedad Transportes Nuevos Horizontes Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones, domicilio en Tibás, plazo noventa y nueve años, representante legal presidente.—San José, quince de febrero del dos mil siete.—Lic. Rebeca Flores Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 5623.—(14896).
A efecto de publicación del edicto, informo que el día quince de enero del año en curso, en la escritura número sesenta y dos, visible a folio treinta frente del tomo dos de mi protocolo, procedí a protocolizar el acta número dos de la asamblea extraordinaria, de la sociedad Constructora Pérez Lacayo y Zúñiga Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - cuatrocientos cuarenta y un mil seiscientos sesenta y tres, en dicha acta se modificó la cláusula novena en cuanto a la representación social.—San José, 20 de febrero del 2007.—Lic. Deyanira Chinchilla Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 5624.—(14897).
Se constituye la firma de esta plaza Río Celeste de Costa Rica S.A. Presidenta: Kari Eleanor Meyers Skredsvig, portadora de la cédula de residencia número uno siete cinco-seis cinco ocho seis tres-seis ocho cinco cero. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. Agente residente: Gerardo Vargas Rojas.—San José, nueve de febrero de dos mil siete.—Lic. Gerardo Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 5625.—(14898).
Mediante escritura otorgada, a las once horas del día quince de febrero del dos mil siete, ante esta notaría, se sustituye miembro de la junta directiva de J & C Development Group S. A., nombrando tesorera a María Adilia Guerrero Mora, cédula de identidad número uno-quinientos seis-ochocientos diecinueve.—San José, dieciséis de febrero del dos mil siete.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 5626.—(14899).
Mediante escritura otorgada, a las ocho horas del día quince de febrero del dos mil siete, ante esta notaría, se sustituye miembro de la junta directiva de Desarrollos Turísticos del Pacífico Varcas S. A., nombrando tesorera a María Adilia Guerrero Mora, cédula de identidad número uno-quinientos seis-ochocientos diecinueve.—San José, dieciséis de febrero del dos mil siete.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 5627.—(14900).
Por escritura otorgada ante mí, Marta María Vinocour Fornieri, a las 18:00 horas del día 9 de febrero del año 2007, se constituyó la empresa Inversiones Inmobiliarias Amca del Oeste Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos, sin límite de suma. Capital social íntegramente pagado y suscrito por los socios. Plazo 99 años. Domicilio Social: Bello Horizonte, Escazú, San José.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Marta María Vinocour Fornieri, Notaria.—1 vez.—Nº 5628.—(14901).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, Gary Richard Flood, Leslie Alexander Sánchez Houed constituyen la sociedad denominada Lomas de Sartell Treinta y Uno Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—San José, dieciséis de febrero del dos mil siete.—Lic. Gerardo Castillo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 5629.—(14902).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, Gary Richard Flood, Leslie Alexander Sánchez Houed constituyen la sociedad denominada Sierras de Scandia Treinta y Dos Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—San José, dieciséis de febrero del dos mil siete.—Lic. Gerardo Castillo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 5630.—(14903).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, Gary Richard Flood, Leslie Alexander Sánchez Houed constituyen la sociedad denominada Vistas de Sebeka Treinta y Tres Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—San José, dieciséis de febrero del dos mil siete.—Lic. Gerardo Castillo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 5631.—(14904).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, Gary Richard Flood, Leslie Alexander Sánchez Houed constituyen la sociedad denominada Alturas de Taylors Treinta y Cuatro Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—San José, dieciséis de febrero del dos mil siete.—Lic. Gerardo Castillo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 5633.—(14905).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, Gary Richard Flood, Leslie Alexander Sánchez Houed constituyen la sociedad denominada Lomas de Slayton Treinta y Cinco Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—San José, dieciséis de febrero del dos mil siete.—Lic. Gerardo Castillo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 5634.—(14906).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, Gary Richard Flood, Leslie Alexander Sánchez Houed constituyen la sociedad denominada Sierras de Savage Treinta y Seis Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—San José, dieciséis de febrero del dos mil siete.—Lic. Gerardo Castillo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 5635.—(14907).
Ante esta notaría, a las 8:00 horas del 19 de febrero del 2007, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Villas Real Tagami Sociedad Anónima, con un capital social de 1.000.000,00 de colones por un plazo de noventa y nueve años, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Alberto González Quiroga, mediante la escritura número 105-9, del tomo nueve de mi protocolo.—Cartago, 19 de febrero del 2007.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 5636.—(14908).
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó la compañía denominada T.R.M. Arenal Moran Real Estate S. A. Capital totalmente suscrito y pagado.—San José, 26 de enero del 2007.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—Nº 5637.—(14909).
Por escritura número ciento diecisiete-dos, otorgada ante la suscrita notaria, a las dieciséis horas del siete de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Producciones Binaural S. A. Capital social: doce mil colones exactos. Plazo: noventa y nueve años. Representación judicial y extrajudicial: presidente, secretario y tesorero.—San José, 8 de febrero del 2007.—Lic. Ingrid Marcela Fallas Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 5638.—(14910).
Ante esta notaría, por escritura sesenta y cinco-dos, de las 10:00 horas del 19 de febrero del 2007, se procedió a protocolizar en lo conducente acta de asamblea extraordinaria de socios de Central de Seguros G. F. Q. Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-168632, en la cual se reforman las cláusulas segunda y novena del pacto social en cuanto al domicilio y la representación social y se nombra tesorero.—San José, 20 de febrero del 2007.—Lic. Óscar Eddy Trejos Monge, Notario.—1 vez.—Nº 5640.—(14911).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada International Sweet Business S. A. Capital social debidamente pagado.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Ana Carolina Benavides Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 5642.—(14912).
Por escritura otorgada ante la notaria Rita María Herrera Durán, a las once horas del dieciséis de febrero del dos mil siete, se modificó la cláusula número tres del pacto constitutivo de Plenitudio Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-229470, por lo que se emplaza a interesados para hacer valer sus derechos.—Ciudad Quesada, 16 de febrero del 2007.—Lic. Rita María Herrera Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 5643.—(14913).
Por escritura número trescientos dieciséis, otorgada en San Ramón, a las diez horas del diecisiete de febrero del dos mil siete, Iván José, Mario Gustavo, José David, Silvia Elena, todos Rodríguez Morera y María Benilda Morera Ávila, constituyeron la sociedad cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número: treinta y tres mil ciento setenta y uno, del veintinueve de mayo del dos mil seis. Duración: noventa y nueve años. Presidente: Jorge Arturo Castro Cruz. Domicilio: Centro, San Ramón, Alajuela, costado norte de la Delegación Policial.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—Nº 5645.—(14914).
Por escritura número doscientos ochenta y tres, otorgada a las doce horas del dieciocho de enero del dos mil siete, Hernán Orozco Salas, Félix Orozco Retana, Carlos Adrián Orozco Retana, y Henry Alberto Orozco Retana, constituyeron la sociedad denominada Génesis Car Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Presidente: Félix Orozco Retana. Domicilio: Potrerillos de Piedades Sur, San Ramón, Alajuela, costado norte de la plaza de deportes.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—Nº 5646.—(14915).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día dieciséis de febrero del dos mil siete, se constituyó la empresa denominada Gar Auto Partes Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Lic. Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 5647.—(14916).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del trece de febrero del dos mil siete, en asamblea general extraordinaria de cuotistas, por unanimidad de votos, se acuerda reformar la cláusula sétima de la administración de la sociedad Columbus Heights Number One Hundred and Fifty Six Llautureo Ltda.—Lic. Carlos Hernández Aguiar, Notario.—1 vez.—Nº 5654.—(14917).
Mediante escritura pública número sesenta y dos, otorgada a las ocho horas del nueve de febrero del dos mil seis, en la ciudad de Santa Cruz de Guanacaste, se constituyó Property Management del Pacífico HCRPM Sociedad Anónima. Presidente del Consejo de Administración: Edward Clark Davis.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—Nº 5655.—(14918).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:30 horas del diecinueve de febrero del dos mil siete, se modifica la siguiente cláusula del pacto constitutivo: La cuarta del plazo social, en la compañía Esparza del Pacífico Novecientos Noventa y Siete Sociedad Anónima.—San José, diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Milton Marín Castro, Notario.—1 vez.—Nº 5656.—(14919).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:30 horas del diecinueve de febrero del dos mil siete, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: La segunda del domicilio social, la sétima de la administración, en la compañía Property Partners Invesments Sociedad Anónima.—San José, diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Milton Marín Castro, Notario.—1 vez.—Nº 5657.—(14920).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del diecinueve de febrero del dos mil siete, se modifica la siguiente cláusula del pacto constitutivo: La quinta del capital social en la compañía Sweet Valley Sociedad Anónima.—San José, diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Milton Marín Castro, Notario.—1 vez.—Nº 5658.—(14921).
En escritura otorgada el día de hoy, se reforma la cláusula décima, octava de estatutos de la sociedad Arturo Zúñiga y Compañía S. A. Escritura otorgada a las 16:00 horas del 19 de febrero del 2006.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 5659.—(14922).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del cinco de febrero del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Mirador de Frondosos Laureles Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra nuevo presidente y tesorero de la junta directiva, y se reforma la cláusula sexta del pacto social.—Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—Nº 5660.—(14923).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del quince de febrero del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad El Glorioso Morichal de La Llanura Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra nuevo presidente y tesorero de la junta directiva y se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo, para que en lo sucesivo la sociedad se denomine Classic Images CKC Sociedad Anónima.—Playa Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—Nº 5661.—(14924).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 08:00 horas del 5 de febrero del 2007, se constituyó la sociedad Nieto de Ñoño S. A.—San José, 15 de febrero del 2007.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 5662.—(14925).
El suscrito notario, por escritura número 184-35, otorgada a las 13:30 horas del 19 de febrero del 2007, se constituye la sociedad Distribuidora J. O. M. El Valle Limitada.—San José, 20 de febrero del 2007.—Lic. Rolando Tellini Duarte, Notario.—1 vez.—Nº 5663.—(14926).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del trece de febrero del dos mil siete, en asamblea general extraordinaria de cuotistas, por unanimidad de votos, se acuerda aceptar la renuncia del actual gerente, y en su lugar se nombra a la señora Tatiana Hoyos, de la sociedad Columbus Heights Number Ninety Five Tintinse Ltda.—Lic. Carlos Hernández Aguiar, Notario.—1 vez.—Nº 5664.—(14927).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas con treinta minutos del quince de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Metal Supply (MSCR) Sociedad Anónima. Presidente del Consejo de Administración: Anthony Jay Webber.—Lic. Carlos Hernández Aguiar, Notario.—1 vez.—Nº 5665.—(14928).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:40 horas del 16 de febrero del 2007, se constituyó la sociedad denominada Central de Materiales Diversos Cemad Sociedad Anónima. Domicilio social: Guadalupe, Purral, frente al antiguo Bar La Chanita, casa esquinera. Plazo social: 99 años. Capital social: cien mil colones exactos. Presidente con la representación judicial y extrajudicial, apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 20 de febrero del 2007.—Lic. Carlos Guillermo Alvarado Heinrich, Notario.—1 vez.—Nº 5666.—(14929).
En esta notaría, a las 9:00 horas del 8 de febrero del 2007, se constituyó Browning Int. Mex. S. A. Plazo: 100 años. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Rodolfo Loría Sáenz, Notario.—1 vez.—Nº 5667.—(14930).
Ante mí notaría, el día veintiuno de enero del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Servicios Agronómicos Integrales El Cerco S. A. Capital social: diez mil colones.—Heredia, diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Carlos R. Delgado Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 5677.—(14931).
Ante mí notaría, el día treinta y uno de enero del dos mil siete, se protocolizaron los acuerdos de nombramiento de junta directiva de la sociedad denominada Europrod S. A.—Heredia, diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Carlos R. Delgado Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 5678.—(14932).
Ante mi notaría, se constituye la sociedad El Higuerón de Lita Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Duración: noventa y nueve años. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, en fecha doce de febrero del dos mil siete.—Esparza, 12 de febrero del 2007.—Lic. Óscar E. Benavides Segura, Notario.—1 vez.—Nº 5680.—(14933).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas treinta minutos del siete de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Arcade Design Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución y con un capital social de diez mil colones.—San José, siete de febrero del dos mil siete.—Lic. Ana Elena Castillo Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 5681.—(14934).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas treinta minutos del siete de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Mermelada Yupi Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución y con un capital social de doce mil colones.—San José, siete de febrero del dos mil siete.—Lic. Ana Elena Castillo Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 5682.—(14935).
Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José, a las diecinueve horas del seis de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Aire & Confort de Centroamérica Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento en S. A., nombre de fantasía. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de cien mil colones. Representada por su presidente, secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y con poder de sustitución, revocación y de otorgar poderes.—San José, 6 de febrero del 2007.—Lic. María Lourdes Montes de Oca Carboni, Notaria.—1 vez.—Nº 5683.—(14936).
Jaime Cano Masís y Juan José Vargas Vargas, constituyen la sociedad denominada Analysis Informáticos J.C. Sociedad Anónima. Domicilio en la ciudad de San José, Concepción de Alajuelita, del antiguo Bar J.J. ciento cincuenta metros oeste y ciento veinticinco metros sur, casa de alto. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas. Presidente: Jaime Cano Masís. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las nueve horas del diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Alejandra Castro Peck, Notaria.—1 vez.—Nº 5684.—(14937).
Lutgardo Carlos Aguilera y Luisa Emilia Apestegui Pacheco, constituyen la sociedad denominada Lomas Bellas del Sol Sociedad Anónima. Domicilio en la ciudad de San José, Sabana Sur, de la Librería Universal, seiscientos metros sur y veinticinco metros oeste oficinas de Finex Trade Group. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas. Presidente: Lutgardo Aguilera. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las nueve horas del nueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Alejandra Castro Peck, Notaria.—1 vez.—Nº 5685.—(14938).
En mi notaría por escritura número veinte otorgada en San José a las dieciséis horas del quince de febrero del dos mil siete, del tomo segundo, se constituyó la siguiente sociedad anónima: Mecafront Boy Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, domiciliada en San José. Representantes: presidente, secretario.—San José, a las diecisiete horas del quince de febrero del dos mil siete.—Lic. Luis Alejandro Vargas Carazo, Notario.—1 vez.—Nº 5686.—(14939).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las siete horas del treinta y uno de enero del dos mil siete, se constituye la sociedad C&A Consultores Estratégicos Sociedad Anónima.—San José, dieciséis de febrero del dos mil siete.—Lic. Mauricio Maroto Montero, Notario.—1 vez.—Nº 5687.—(14940).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del dieciséis de febrero del dos mil siete, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Ocotal de Occidente Sociedad de Responsabilidad Limitada mediante la cual se modifica la cláusula segunda en cuanto al domicilio y se nombran nuevos gerentes.—San José, dieciséis de febrero del dos mil siete.—Lic. Ingrid Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—Nº 5688.—(14941).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas y cinco minutos del diecinueve de febrero del dos mil siete, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Miratrix Sociedad Anónima mediante la cual se nombra liquidador, se disuelve y se liquida la presente sociedad.—San José, diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Ingrid Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—Nº 5689.—(14942).
Constitución de sociedad de responsabilidad limitada Scorpion Sport Fishing Ltda., que en español significa Escorpión Pesca Deportiva Ltda. Ante la notaria de la Lic. Hazel Solano Siles. Es todo.—San José, 20 de febrero del 2007.—Lic. Hazel Solano Siles, Notaria.—1 vez.—Nº 5701.—(14943).
La suscrita notaria Marta Emilia Rojas Carranza, constituí la sociedad denominada Magar de Palmares Sociedad Anónima, con un capital social de diez millones de colones y un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—Palmares, diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—Nº 5702.—(14944).
El día 14 de febrero del 2007, se constituye sociedad anónima, ante la notaria Ana María Flores Garbanzo, sociedad que se constituye sin nombre, bajo el Decreto Ejecutivo tres tres uno siete uno-J. Como presidenta la señora Mirna Farguarson Bennett y el domicilio social San José, Curridabat, Lomas de Ayarco, del restaurante Doña Lela un kilómetro al sur, trescientos metros oeste y setenta y cinco metros sur.—19 de febrero del 2007.—Lic. Ana María Flores Garbanzo, Notaria.—1 vez.—Nº 5703.—(14945).
El día 14 de febrero del 200, se constituye sociedad anónima, ante la notaria Ana María Flores Garbanzo, sociedad que se constituye sin nombre, bajo el Decreto Ejecutivo tres tres uno siete uno-J. Como presidente el señor Romero Alexander Chambers Skinner y el domicilio social San José, San Sebastián, del Hipermás ciento cincuenta metros al norte y quinientos metros al oeste.—19 de febrero del 2007.—Lic. Ana María Flores Garbanzo, Notaria.—1 vez.—Nº 5704.—(14946).
Se hace constar que por escritura número ochenta, de las catorce horas del dieciséis de febrero del dos mil siete, visible al folio cuarenta y siete vuelto del tomo veintiséis de mi protocolo, notario público Jorge Ross Araya, se constituyeron las sociedades Condoplaya de Tamarindo L Y M Sociedad Anónima, Monte Plaza de Huacas Sociedad Anónima, El Guayabo de la Ye Sociedad Anónima, L M Veintiuno de La Rivera Sociedad Anónima, L M Veintidós de La Rivera Sociedad Anónima, cuyo capital es de diez mil colones cada una, domiciliadas en San José. Representantes: presidente y secretario.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Jorge Ross Araya, Notario.—1 vez.—Nº 5717.—(14947).
Por escritura otorgada en Grecia a las 14:45 horas del 17 de noviembre del 2006, se constituyó la sociedad Laudensack Propiedades Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital social: diez mil colones. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Grecia, 20 de febrero del 2007.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 5719.—(14948).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se ha constituido la empresa Proyectos Cruzber Sociedad Anónima. Domicilio: Cartago, Tejar.—Lic. Guiselle Bermúdez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 5720.—(14949).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José a las 15:00 horas del 15 de febrero del 2007, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de socios de Renanco Cero Cero Cuatro S. A., mediante los cuales reforman estatutos y se modifican cláusulas de la administración y del domicilio.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 5721.—(14950).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la empresa Grupo E.S.E. Sesenta y Seis S. A., capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Jaime Weisleder Weisleder, Notario.—1 vez.—Nº 5723.—(14951).
Ante esta notaría mediante escritura número ciento cuarenta y ocho se reformó la cláusula sexta de la administración del pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza denominada Agrícola Abangareña, cédula tres-ciento uno-trescientos dieciséis mil ciento noventa y dos.—Lic. Luis Alberto Vargas Solís, Notario.—1 vez.—Nº 5724.—(14952).
Por escrituras otorgadas en mi notaría se constituyeron cuatro sociedades anónimas que se denominarán según el número de cédula jurídica que se le asigne. Presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones.—Cartago, 15 de febrero del 2007.—Lic. Eduardo Cortés Morales, Notario.—1 vez.—Nº 5742.—(14953).
Por escritura otorgada a las quince horas del diecinueve de febrero del dos mil siete, en esta notaría, se constituyó la compañía domiciliada en San José, setenta y cinco metros al sur de la Distribuidora Santa Bárbara, Condominio Industrial de Pavas, bodega seis, denominada Grupo Empresarial Consolidado J.A.C. Sociedad Anónima. Plazo social: de noventa y nueve años y el capital social: íntegramente suscrito y pagado. La compañía será administrada por una junta directiva integrada por presidente, secretario, tesorero y fiscal, cuyo presidente tiene la facultad de apoderado generalísimo sin límite de suma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—San José, veinte de febrero del dos mil siete.—Lic. Algiérie Vanessa Ugalde Chavarría, Notaria.—1 vez.—Nº 5744.—(14954).
Ante el licenciado Marvin Ramírez Víquez el día 19 de febrero del 2007, se constituye la sociedad Zoumpero Sociedad Anónima.—19 de febrero del 2007.—Lic. Marvin Ramírez Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 5745.—(14955).
Por escrituras números setenta y dos y setenta y tres, de las dieciséis horas del doce de febrero y dieciséis horas del trece de febrero, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de las sociedades Sol Tours S. A. y Esuri S. A. En la primera se reformó la cláusula de la administración y se nombró nuevo secretario y tesorero de la junta directiva. En la segunda se reformó el domicilio, la cláusula de la administración y se nombró nueva junta directiva.—Lic. Jenny Rodríguez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 5746.—(14956).
Ante la notaria Ilse Arguedas Chaverri, escritura número ciento veintiséis, visible al folio ciento ochenta y cuatro frente, del tomo diecinueve se constituyó la sociedad denominada Hersoyca Sociedad Anónima y se nombró junta directiva y fiscal a las diez horas del dieciséis de febrero del dos mil siete.—Lic. Ilse Arguedas Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº 5747.—(14957).
En esta notaría a las 10:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad Aguilar y Guerrero S. A. Capital: suscrito y pagado. Apoderado: presidente.—Belén, Heredia, 7 de febrero del 2007.—Lic. Rafael A. Morales Soto, Notario.—1 vez.—Nº 5848.—(14958).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 10:00 horas del día 19 de febrero del 2007, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada G Five Hundred Long S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: la ciudad de San José.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 5749.—(14959).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Inversiones Sanders S. A., cuyo presidente es León Sanders, estadounidense, pasaporte 036854721.—San José, 19 de febrero del 2006.—Lic. Vera Violeta Arguedas Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 5750.—(14960).
Ante mi notaría se constituyó la sociedad Lighthouse Rental Service R.S.C.R. Sociedad Anónima, a las veinte horas del cinco de febrero del dos mil siete.—Lic. Zulay Estrada Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 5752.—(14961).
Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 19 de enero del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima Casda C Y A Sociedad Anónima. Domiciliada en Alajuela, urbanización El Cafetal, de la entrada 200 oeste y 100 al norte, 100 años de plazo social. Capital de diez mil colones sin céntimos suscrito y pagado. Presidente: Mario Antonio Gazel Rojas, quien tiene la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 6 de febrero del 2007.—Lic. María Luisa Segura Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 5753.—(14962).
Por escritura pública otorgada en San José, a las 10:30 horas del 12 de febrero del 2007, se constituyó la sociedad Quilteadoras de las Montañas del Este de Costa Rica Sociedad Anónima, con un capital social de noventa y nueve mil colones, un plazo social de cien años, una junta directiva compuesta por un presidente, un secretario y un tesorero, con facultades todos ellos de apoderados generalísimos sin límite de suma, un fiscal y un agente residente.—San José, 12 de febrero del 2007.—Lic. José Andrés Corvetti Aguado, Notario.—1 vez.—Nº 5754.—(14963).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del quince de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Centro Educativo y Guardería Los Pininos M. I. N. Presidente Noemí Orozco Vargas. También actuando como apoderada sin límite de suma junto con la tesorera María de los Ángeles Fonseca Elizondo.—Ciudad Colón, diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Luz Marina Murillo Calderón, Notaria.—1 vez.—Nº 5756.—(14964).
Por escritura número doscientos veintinueve, otorgada ante mí, a las nueve horas con treinta minutos del veintidós de enero del dos mil siete, se constituyó la siguiente sociedad G. V. K. S. Greka Comunicación Integral Sociedad Anónima. Presidente y secretario con plenas facultades. Domicilio en San José, Pavas. Capital: íntegramente suscrito y pagado mediante letras de cambio.—San José, veintidós de enero del dos mil siete.—Lic. Christian Jiménez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 5757.—(14965).
Por escritura número ciento sesenta y uno, otorgada ante mí, a las catorce horas del diecisiete de enero del dos mil siete, se constituyó la siguiente sociedad Star Trek J M M C Sociedad Anónima. Presidente con plenas facultades. Domicilio social en Moravia. Capital: íntegramente suscrito y pagado mediante letras de cambio.—San José, diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Juan José Quirós Meléndez, Notario.—1 vez.—Nº 5758.—(14966).
Por escritura número ciento sesenta y nueve, otorgada ante mí, a las quince horas con treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil siete, se constituyó la siguiente sociedad Riro Escaleras Sociedad Anónima. Presidente con plenas facultades. Domicilio social en Atenas de Alajuela. Capital: íntegramente suscrito y pagado mediante letras de cambio.—San José, diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Juan José Quirós Meléndez, Notario.—1 vez.—Nº 5759.—(14967).
Por escritura número doscientos cincuenta y cinco, otorgada ante mí, a las nueve horas con treinta minutos del siete de febrero del dos mil siete, se constituye la sociedad denominada Grupo Tierramérica Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital: suscrito y pagado en dinero en efectivo.—Tilarán, veinte de febrero del dos mil siete.—Lic. Emmanuel Ruiz Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 5760.—(14968).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las catorce horas del quince de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Aegold Exchange Sociedad Anónima. Domiciliada en urbanización El Pórtico en San Roque de Barva, Heredia, casa número cinco B. Presidente: Azzddine El Amine Bent, tesorera: Nancy Ulate Aguilar, con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, actuando en forma conjunta. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, a las siete horas del diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Víctor Emilio Rojas Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 5761.—(14969).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día 19 de febrero del 2007, se constituyó la sociedad denominaba Inversiones y Comercializados del Pacífico Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años. Domiciliada en Naranjito de Aguirre, Puntarenas.—Quepos, 20 de febrero del 2007.—Lic. Roberto Ariel Oliva Molina, Notario.—1 vez.—Nº 5772.—(14970).
Se constituye la sociedad Inversiones Raar del Norte Sociedad Anónima, por medio de escritura número ciento ochenta y uno-seis de las quince horas del veintitrés de enero del dos mil siete. Presidente Rolbin Alfaro Rojas.—San José, 20 de febrero del 2007.—Lic. Olivier A. Alpízar Salas, Notario.—1 vez.—Nº 5781.—(14971).
Ante la notaría del licenciado Róger Antonio Sancho Rodríguez, mediante escritura número doscientos cuarenta y seis-dieciséis, visible al folio ciento cincuenta y cuatro frente del tomo décimo sexto del protocolo de dicho notario, otorgada a las 9:00 horas del día 20 de febrero del año 2006, el suscrito notario a solicitud de la señora Eraida Pineda Quirós, cédula número 2-276-1384, en representación de la empresa denominada Comercializadora Rionegrina de San Pedro Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de dicha empresa mediante la cual reforma cláusula de los estatutos y se nombra nueva presidenta de la junta directiva.—Santo Domingo de Heredia, 20 de febrero del 2007.—Lic. Róger A. Sancho Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 5785.—(14972).
Por escritura número noventa y dos, otorgada ante mi notaría, a las catorce horas y treinta minutos del día quince de febrero del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Saï Saï Sociedad Anónima, con un capital social de un millón de colones. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio de la sociedad: Sámara de Nicoya, Guanacaste, del Puente del Río Lagarto veinte metros al oeste.—Nicoya, 15 de febrero del 2007.—Lic. Kenia Pereira López, Notaria.—1 vez.—Nº 5780.—(14973).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veinte de febrero del dos mil siete, la compañía Skowol del Oriente S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y un mil ochocientos sesenta y tres, modifica las cláusulas primera, quinta y sétima de sus estatutos.—San José, 20 de febrero del 2007.—Lic. Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 5787.—(14974).
Por escritura otorgada, a las ocho horas del diecinueve de febrero del dos mil siete, se modificó la cláusula sétima de los estatutos sociales de Ensamble y Blindaje Vehicular Nava Sociedad Anónima, de la representación judicial y extrajudicial. Presidente: Wilman Arley García Mira.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Juan Luis Gómez Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 5788.—(14975).
Se constituye sociedad anónima Bello Horizonte Real Estate Sociedad Anónima; con domicilio social en Liberia, Guanacaste de la antigua escuela Santa Ana, setenta y cinco metros al este. La representación judicial y extrajudicial en calidad de apoderada generalísima sin límite de suma, le corresponde a Sileny María Viales Hernández, mayor, casada, portadora de la cédula cinco-trescientos catorce-cero sesenta y cinco.—Liberia, diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Estrella Quesada Guerrero, Notaria.—1 vez.—Nº 5793.—(14976).
Ante esta notaría, por medio de escritura pública número seis, otorgada en San José, a las 11:00 horas del 15 de febrero del 2007, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Micropréstamos de Costa Rica Assiting Human Rights S. A., en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: se rescindió de los cargos a los señores Cristhian Díaz Barcia, de su puesto de presidente, al señor Allan Méndez Céspedes de su puesto de secretario, a la señora Andrea Cervantes Agüero de su puesto de tesorera de la junta directiva y a la señora Kattia Rodríguez Pérez, y se realizaron los siguientes nombramientos: Presidente: Edward Hall, secretaria: Margarte Sheila Hwake, tesorero: Marilou Marian Hall, fiscal: George Joseph Mc Golrick.—Lic. Andrea Dall’ Anesse Agüero, Notaria.—1 vez.—Nº 5796.—(14977).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:00 horas de hoy, los señores Lisbeth Pilar Wabe Arce, Karol Adriana Segura Wabe y Michael Alberto Acuña Suárez, constituyeron la compañía Radiadores A W A S. A. Domiciliada en Lourdes de Montes de Oca. Presidente, secretaria y vicepresidente los indicados socios respectivamente.—San José, 18 de febrero del 2007.—Lic. Vilma Paco Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 5797.—(14978).
Mediante escritura número veintisiete, de las trece horas treinta minutos del siete de febrero, protocolizada en conotariado por la notaria Annette Tapia Zumbado y la suscrita Vivian Conejo Torres, protocolizamos acta número dos de asamblea general de socios de la empresa Developing Paradise Marketing S. A., en la que se modifica la cláusula novena de los estatutos.—San José, 19 de febrero del dos mil siete.—Lic. Vivian Conejo Torres, Notaria.—1 vez.—Nº 5798.—(14979).
Mediante escritura número treinta, de las quince horas del siete de febrero, protocolizada en conotariado por la notaria Annette Tapia Zumbado y la suscrita Vivian Conejo Torres, protocolizamos acta número dos de asamblea general de socios de la empresa Papado Poulos Landscapes S. A., en la que se modifica la cláusula sexta de los estatutos.—San José, 19 de febrero del dos mil siete.—Lic. Vivian Conejo Torres, Notaria.—1 vez.—Nº 5799.—(14980).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó Representaciones Iberoamericanas Reisa Sociedad Anónima. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: San José. Presidente: Gerardo Johanning Quesada.—San José, quince de diciembre del dos mil seis.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.—Nº 5802.—(14981).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las once horas del quince de febrero del dos mil siete, se constituyó la entidad denominada Galería Mirarte Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: cien años. El objeto de la sociedad es la compra venta de obras de arte, lecciones de pintura, enmarcado de pinturas, además de practicar el ejercicio amplio del comercio y la prestación de servicios en general. Presidente y secretario les corresponda representación judicial y extrajudicial de la compañía, pudiendo actuar conjunta o separadamente con las facultades de apoderados generalísimos sin limitación de juma.—San José, veinte de febrero del dos mil siete.—Lic. Johann Claret Lavado Delgado, Notario.—1 vez.—Nº 5803.—(14982).
Agrícola Sofía Palmareña Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos nueve mil ochocientos noventa y nueve, modifica su pacto constitutivo en sus cláusulas: Primera referente al nombre que utilizará como denominación social el número de cédula de persona jurídica, la denominación social de esta sociedad se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno guión j; segunda referente al plazo social el cual se reduce a fecha treinta y uno de marzo del dos mil siete; tercera referente al domicilio social en lo sucesivo será en el centro de Cartago, de la esquina suroeste de los Tribunales de Justicia setenta y cinco metros al este.—Palmares, febrero del dos mil siete.—Lic. Víctor Hugo González Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 5804.—(14983).
Por número cincuenta y cinco otorgada ante mí, Rosa Guillermina Aguilar Ureña, se constituye Baja Visión Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en su aditamento S. A. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las catorce horas del doce de febrero del dos mil siete.—Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—(15127).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las diecisiete horas del dieciséis de enero del año dos mil seis, los señores Mauricio Villalobos Alvarado y Jonathan Cordero Alvarado, constituyen la compañía denominada Servicios Técnicos Transmédica M.J. Sociedad Anónima.—Lic. Ailyn Carmona Corrales, Notaria.—1 vez.—(15137).
El día de hoy, ante esta notaría, se constituyó la sociedad Consultoría L G Topografía y Asociados Sociedad Anónima. El presidente y tesorero ostentan la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Heredia, 16 de febrero del 2007.—Lic. Edgar Rainer Cordero Campos, Notario.—1 vez.—(15138).
El día de hoy, ante esta notaría, se constituyó la sociedad Profesionales en Ingeniería Topográfica Prointo de Costa Rica, Sociedad Anónima. El Presidente y Secretario ostentan la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Heredia, 16 de febrero del 2007.—Lic. Edgar Rainier Cordero Campos, Notario.—1 vez.—(15139).
Por escritura otorgada ante esta notaría se protocolizó acta de Asamblea de la sociedad Inmobiliaria Roble Nauyaca G B S. A. En la que se reforma cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra nuevo Presidente, Secretario, Tesorero y Fiscal. Presidente: David (nombre) Ringle (apellido).—San José, al ser diez horas del día veinte de febrero del dos mil siete.—Lic. Randall González Valverde, Notario.—1 vez.—(15141).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas cinco minutos del día diecinueve de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Cerdas Toscana Cuatro Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, a las trece horas cinco minutos del diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Dixiana Obando Quirós, Notaria.—1 vez.—(15146).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del día diecinueve de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Cerdas Toscana Ocho Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.-San José a las trece horas del diecinueve de febrero del dos mil siete.— Lic. Dixiana Obando Quirós, Notaria.—1 vez.—(15147).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del dieciséis de febrero del año dos mil siete, se constituyó Valdeprado del Río Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: es de diez mil colones.—San José, dieciséis de febrero del dos mil siete.—Lic. Dixiana Obando Quirós, Notaria.—1 vez.—(15148).
Por escritura otorgada en esta ciudad a las doce horas del día de hoy, se constituyó una sociedad anónima, denominada Naturaleza del Río Nanay Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Cartago, con un capital de cien mil colones, con un plazo de noventa y nueve años. Presidente el socio William Alberto Bolaños Gamboa.—San José, diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Msc. Andrea María Quesada Méndez, Notaria.—1 vez.—(15153).
Por escritura otorgada en esta ciudad a las once horas del día de hoy, se constituyó una sociedad anónima, denominada Plaza Duomo PD Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de San José, con un capital de cien mil colones, con un plazo de noventa y nueve años. Presidente el socio William Alberto Bolaños Gamboa.—San José, diecinueve de febrero del dos mil siete.—Msc. Andrea María Quesada Méndez, Notaria.—1 vez.—(15154).
Por escritura otorgada en esta ciudad, a las diez horas del día de hoy, se constituyó una sociedad anónima denominada Montaña Mauna Loa MML Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de San José, con un capital de cien mil colones, con un plazo de noventa y nueve años. Presidente el socio William Alberto Bolaños Gamboa.—San José, diecinueve de febrero del dos mil siete.—Msc. Andrea María Quesada Méndez, Notaria.—1 vez.—(15156).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las 9:00 horas del día 19 de febrero del 2007, se constituyó la compañía denominada Palmagua Limitada, con domicilio en Rincón de Zaragoza, Palmares de Alajuela, cincuenta metros al norte del templo católico. Objeto: toda clase de actividades comerciales, pecuarias, industriales y turísticas. Plazo: setenta años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Víctor Hugo Paniagua Hidalgo, Notario.—1 vez.—(15173).
En escritura numero ochenta y seis ante el notario Luis Gustavo Ocampo Rojas, se nombró nueva junta directiva de la sociedad denominada Auto Servicio T S O S. A. Otorgada en San José, a las quince horas del nueve de febrero del año dos mil siete.—Lic. Luis Gustavo Ocampo Rojas, Notario.—1 vez.—(15174).
En escritura número ochenta y cinco ante el notario Luis Gustavo Ocampo Rojas, se nombró nueva junta directiva de la sociedad denominada Centro de Servicio T S O S. A., y se reformó la cláusula de la administración otorgada en San José, a las catorce horas del nueve de febrero del año dos mil siete.—Lic. Luis Gustavo Ocampo Rojas, Notario.—1 vez.—(15175).
Por escritura número uno-uno, otorgada ante los notarios públicos Mauricio Alberto Vargas Kepfer y Dianela Ramírez Quesada, a las quince horas treinta minutos del día veinte de febrero del dos mil siete, se reforman las cláusulas segunda, sexta, se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad Inversiones Analcima Blanca IX S. A.—San José, 20 de febrero de 2007.—Lic. Dianela Ramírez Quesada, Notaria.—1 vez.—(15176).
Por escritura número dos-uno, otorgada ante los notarios públicos Mauricio Alberto Vargas Kepfer y Dianela Ramírez Quesada, a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del día veinte de febrero del dos mil siete, se reforman las cláusulas primera, segunda, sexta, se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad Inversiones Analcima Ambar LXX S. A.—San José, 20 de febrero del 2007.—Lic. Dianela Ramírez Quesada, Notaria.—1 vez.—(15177).
Por escrituras otorgadas ante mí, constituí las sociedades Hotel La Piedra Precolombina S. A., El Papagayo de Oro S. A. y Brisas del Mediterráneo S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y protocolicé asamblea de socios de la sociedad Nº 3-101-453958 S. A.—Lic. Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—(15182).
Por escritura otorgada a las 14:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Gerli Gould S. A., por 100 años; su objeto será el comercio e industria en general y actividades de bienes raíces. Capital: suscrito y pagado.—San José, 13 de febrero del 2007.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1 vez.—(15187).
Por escritura protocolizada hoy a las 8:30 horas, se reformaron las cláusulas 1 y 8 de Compañía de Asesoría Legal Thompson Chacón S. A.—San José, 30 de enero del 2007.—Lic. Rodrigo Solano Sabatier, Notario.—1 vez.—(15192).
Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas 30 minutos del 21 de febrero del año 2007, se reformó la cláusula cuarta del pacto constitutivo en cuanto al objeto, de la sociedad denominada Apartamentos Villa Inés Limitada.—San José, 21 de febrero del 2007.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—(15196).
Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 21 de febrero del año 2007, se reformó la cláusula cuarta del pacto constitutivo en cuanto al objeto de la sociedad denominada Gentes en Acción Limitada.—San José, 21 de febrero del 2007.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—(15197).
El suscrito, Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, notario público con oficina en Alajuela, hace constar que mediante escritura pública Nº 327-11 otorgada en mi notaría, el día 20 de febrero del 2007, se constituyó la sociedad anónima Natán GAD.—Alajuela, a las 8:00 horas del 21 de febrero del 2007.—Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, Notario.—1 vez.—(15198).
El suscrito notario hace constar, que por escritura otorgada ante su notaría, a las trece horas del veinte de febrero del dos mil siete, se protocolizó acta de la sociedad Líneas Comerciales S. A.—San José, 20 de febrero del 2007.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—(15201).
El suscrito, Daniel Eduardo Muñoz Herrera, manifiesto que por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas, treinta minutos del día veintiuno de febrero del dos mil siete, se acuerda reformar las cláusulas cuarta y sétima del pacto constitutivo, correspondientes al objeto y la administración respectivamente, de la sociedad denominada, Servicios Administrativos y Comerciales de Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 10:00 horas del 21 de febrero del 2007.—Lic. Eduardo Muñoz Herrera, Notario.—1 vez.—(15211).
El suscrito, Daniel Eduardo Muñoz Herrera, manifiesto que por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día veintiuno de febrero de dos mil siete, se acuerda reformar las cláusulas tercera y sexta del pacto constitutivo, correspondientes al objeto y la administración respectivamente; de la sociedad denominada, GBM Inmobiliaria Sociedad Anónima.—San José, diez horas, treinta minutos del veintiuno de febrero del dos mil siete.—Lic. Eduardo Muñoz Herrera, Notario.—1 vez.—(15212).
Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 21 de febrero del 2007, se constituyó ante esta Notaría la sociedad a la cual se le asigna como razón social su cédula jurídica más el aditamento Sociedad Anónima, de acuerdo al artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno -J. Domicilio: San José, Capital: diez mil colones. Presidente: Luis Guillermo Solís Fernández.—San José, 21 de febrero del 2007.—Lic. Eric Romero Jara, Notario.—1 vez.—(15213).
Ante esta Notaría el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Desarrollo Turístico La Rajada S. A., se realiza aumento de capital.—San José, 21 de febrero del 2007.—Lic. Fernando y Viria Apuy Sirias, Notarios.—1 vez.—Nº 5805.—(15218).
Actuando en Liberia, Guanacaste, en escritura pública número ciento seis- dos otorgada a las quince horas del quince de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Centro Psicológico de Atención Integral de Liberia Guanacaste Sociedad Anónima. Capital social: quince mil colones. Domicilio social: Liberia, Guanacaste. Se nombra junta directiva. Presidenta nombrada: Johana María García Ruiz. Secretaria: Gaudy Bonilla Hurtado. Tesorera: Adriana Ruiz Vargas.—Liberia, 19 de febrero del 2007.—Lic. Glenn Rubén Salazar Segura, Notario.—1 vez.—Nº 5806.—(15219).
Por escritura otorgada a las siete y treinta horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general de socios, se reforma la cláusula novena y se nombra junta directiva de la sociedad denominada Las Hilmar del Oeste S. A.—San José, 21 de febrero del 2007.—Lic. Edwin Vargas Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 5807.—(15220).
El suscrito notario, por este medio hago constar que por escritura número: ciento uno, tomo segundo, a las diecinueve horas, treinta minutos del dieciséis de febrero del dos mil siete, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Sueños de Abba Sociedad Anónima. Con capital de diez mil colones. Representante legal: Guiselle Álvarez Masís.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Luis Alcides Salazar Jara, Notario.—1 vez.—Nº 5808.—(15221).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del día veinticuatro del mes de enero del dos mil cinco, se constituyó Corporación Agroindustrial Senma Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Presidente y secretario con las facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma. Capital social: suscrito y pagado.—Liberia, 14 de febrero del 2006.—Lic. Luis Diego Delgado Coronado, Notario.—1 vez.—Nº 5809.—(15222).
La suscrita Notaria hace del conocimiento público que se constituye la sociedad Bar Restaurante Octen Tenorio Sociedad Anónima con un capital de diez mil colones, objeto el comercio en general, presidenta Margarita Zamora Sirias.—San Rafael de Guatuso, 16 de febrero del 2007.—Lic. Lolita Arias Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 5811.—(15223).
Ante mí, Yeudi Aguirre Aguirre, notario público, se ha constituido una sociedad anónima denominada Servicios de Limpieza del Sur Bejarano, cuya representante con calidad de apoderada generalísima sin límite de suma es Yadira Reyes Wong en su condición de presidenta. Escritura número doscientos ochenta, otorgada a las doce horas, cincuenta minutos del catorce de octubre del dos mil seis.—Ciudad Neily, 16 de febrero del 2007.—Lic. Yeudi Aguirre Aguirre, Notario.—1 vez.—Nº 5814.—(15224).
Por escritura 107-13 otorgada en San José a las veinte horas del diecinueve de febrero del 2007, se protocoliza acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de Los Laureles de Santa Ana S. A. Se reforma el nombre, el domicilio social y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Annia Lobo Madrigal, Notaria.—1 vez.—Nº 5816.—(15225).
Por escritura otorgada ante este notario a las ocho horas del día tres de febrero del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Serenity Now Sociedad Anónima, domiciliada en Costa Rica, provincia de Puntarenas, cantón Garabito, Jacó, contiguo a la farmacia Jacó. Capital social: totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—Lic. Gerardo Calderón León, Notario.—1 vez.—Nº 5817.—(15226).
Gilberto García Fallas y María de los Ángeles Jiménez Alpízar, constituyeron Inversiones Gafa S. A., con domicilio en San José y un capital de diez mil colones y su apoderado generalísimo sin limitación de suma es el presidente.—San José, 20 de febrero del 2007.—Lic. Carolina Madrigal Chavarría, Notaria.—1 vez.—Nº 5818.—(15227).
Marta Zegarra Díaz y Simone Araujo Coelho, constituyeron Pinturas Pirevec S. A., con domicilio en San José y un con capital de diez mil colones y sus apoderados generalísimos sin limitación de suma son el presidente y el secretario.—San José, 20 de febrero del dos 2007.—Lic. Carolina Madrigal Chavarría, Notaria.—1 vez.—Nº 5819.—(15228).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 10:00 horas del día 16 de febrero del año 2007, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía: Central del Este Sociedad Anónima, se modifica el pacto constitutivo en su cláusula segunda y mediante la cual se adiciona acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, protocolizada mediante escritura otorgada a las 8:00 horas del 20 de noviembre del año 2006, presentada al diario del Registro Público al tomo 569, asiento 67204.—San José, 16 de febrero del 2007.—Lic. Ana Carla Muñoz Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 5820.—(15229).
Por escritura otorgada ante esta notaría, en San José, a las 13:00 horas del día 16 de febrero del año 2007, se protocolizan actas de asambleas generales extraordinarias de accionistas de las compañías Inversiones Roji Socedad Anónima y Namil Sociedad Anónima, mediante la cual se fusionan ambas compañías, prevaleciendo Namil Sociedad Anónima: se modifica el pacto constitutivo en su cláusula quinta, en la compañía Namil S. A.—San José, 16 de febrero del 2007.—Lic. Mario Quesada Bianchini, Notario.—1 vez.—Nº 5821.—(15230).
Mediante escrituras números ciento ochenta y seis-cinco, y ciento ochenta y ocho-cinco otorgadas a las 14:00 y 17:00 horas del 5 y 14 de febrero del 2007, ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Cobros y Servicios Múltiples Sociedad Anónima. Presidenta: Johana Isabel Acuña Rojas.—Lic. Giovanni Vega Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 5822.—(15231).
El suscrito Notario hace constar y da fe que mediante escritura número cincuenta y cinco, se constituyó la sociedad denominada Concha y Mar C A H M Sociedad Anónima. Capital: debidamente suscrito y pagado. Es todo.—San José, 20 de febrero del 2007.—Lic. Juan José Aguilar Moya, Notario.—1 vez.—Nº 5824.—(15232).
El suscrito Notario hace constar y da fe que mediante escritura número cincuenta y ocho, se constituyó la sociedad denominada What is What Sociedad Anónima. Capital: debidamente suscrito y pagado. Es todo.—San José, 20 de febrero del 2007.—Lic. Juan José Aguilar Moya, Notario.—1 vez.—Nº 5825.—(15233).
A las horas del dos de junio del 2006, ante mi Notaría, por escritura número 116 se constituyó la sociedad Transportes Silvia del Este S. A. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Plazo. 99 años. Domicilio: Tarbaca de Aserrí. Representante: presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Karys González Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 5831.—(15234).
Por escritura otorgada ante mí, el 16 de febrero del 2007, se constituyó la sociedad Comunicación Globalizada S. A. Capital social: de ¢ 100.000,00 totalmente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—Lic. Juan Manuel Jiménez Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 5833.—(15235).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario al ser las veinte horas, veinte minutos del veinticinco de enero del dos mil siete, constituyó Turkey Town Sociedad Anónima. Domicilio social: Ciudad Neily, frente a los Tribunales, Corredores Puntarenas. Capital social: diez mil colones: Plazo: noventa años. Presidente con facultad de apoderado generalísimo sin límite de suma James Franklin Kulp II.—Ciudad Neily, 12:00 horas del 19 de febrero del 2007.—Lic. Roy F. Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 5834.—(15236).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario al ser las veinte horas del veinticinco de enero del dos mil siete, se constituyó Two Sharking Hombres Sociedad Anónima. Domicilio social: Ciudad Neily, frente a los Tribunales, Corredores Puntarenas. Capital social: diez mil colones. Plazo noventa años. Presidente con facultad de apoderado generalísimo sin límite de suma Joseph Delgood III Morris.—Ciudad Neily, 11:00 horas del diecinueve de febrero 2007.—Lic. Roy F. Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 5835.—(15237).
Ante mi notaría, en fecha tres de febrero del dos mil siete a las dieciséis horas y treinta minutos, José Gabriel Zamora Ugalde, cédula de identidad seis-uno cero cinco-cuatro cero ocho; María Zelmira Mena Guadamuz, cédula de identidad cinco-cero siete tres-seis tres uno, María de los Ángeles Zamora Mena, cédula de identidad número cinco-uno cinco tres-cuatro cinco tres, Flor del Carmen Zamora Mena, cédula de identidad número cinco-uno seis uno-siete cero cuatro, Ana Cecilia Zamora Mena, cédula de identidad número cinco-uno siete cuatro-cinco cuatro uno, Sara María Zamora Mena, cédula de identidad número cinco-uno nueve tres-cuatro tres cuatro Guiselle María Zamora Mena, cédula de identidad número uno-cinco ocho cinco-nueve cinco cero, José Rodolfo Zamora Mena, cédula de identidad número cinco-dos uno dos-cuatro nueve dos, Jorge Luis Zamora Mena, cédula de identidad número cinco-dos dos dos-tres cinco cuatro, José Gabriel Zamora Mena, cédula de identidad número cinco-uno ocho cuatro-dos siete nueve y Aída Elizabeth Angulo Carazo, cédula de identidad número cinco-uno dos cinco-siete ocho nueve, constituyeron la sociedad denominada Los Cornizuelos de Nicoya S. A. Domiciliada en Nicoya, Guanacaste, sito frente a las instalaciones del Instituto Costarricense de Electricidad. Capital social: veintiún mil colones. El socio José Gabriel Mora Mena, ostenta el cargo de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Carlos Gerardo Monge Carvajal, Notario.—1 vez.—Nº 5836.—(15238).
Rosibel Díaz Arias y Karen Barboza Quesada, constituyen Doris
and Daughters Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 12:00 horas del 20
de febrero del 2007.—Claudio Antonio Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº
5838.—(15239).
Protocolización de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de Inversiones La Manguera S. A., mediante
la cual se reforma la cláusula octava de los estatutos. Escritura otorgada a
las 13:00 horas del 19 de febrero del 2007.—Claudio Antonio Murillo Ramírez,
Notario.—1 vez.—Nº 5839.—(15240).
Alexader Fernando Quirós Chinchilla y Alonso Salazar
Flores, constituyen Osqui Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las
9:00 horas del 16 de febrero del 2007.—Claudio Antonio Murillo Ramírez,
Notario.—1 vez.—Nº 5840.—(15241).
Protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria
de cuotistas de la sociedad denominada Columbus Heights Number One Blue Sea
Ltda., mediante la cual se reforma la cláusula sétima del pacto social y se
renuevan los nombramientos de gerente. Gerente: Rhett Riviere. Escritura
otorgada ante el notario Alejandro Pignataro Madrigal, a las quince horas del
veinte de febrero del dos mil siete.—Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1
vez.—Nº 5841.—(15242).
Protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria
de cuotistas de la sociedad denominada Columbus Heights Number Two Green
Mountain Ltda., mediante la cual se reforma la cláusula sétima del pacto
social y se renuevan los nombramientos de gerente. Gerente: Rhett Riviere.
Escritura otorgada ante el notario Alejandro Pignataro Madrigal, a las quince
horas con treinta minutos del veinte de febrero del dos mil siete.—Alejandro
Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 5842.—(15243).
Protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria
de cuotistas de la sociedad denominada Columbus Heights Number Three
Amancaya Limitada, mediante la cual renuevan los nombramientos de gerente. Gerente:
Rhett Riviere. Escritura otorgada ante el notario Alejandro Pignataro Madrigal,
a las quince horas con treinta minutos del veinte de febrero del dos mil
siete.—Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 5843.—(15244).
Protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria
de cuotistas de la sociedad denominada Columbus Heights Number Seventeen
Rumimaki Ltda., mediante la cual se reforma la cláusula sétima del pacto
social y se renuevan los nombramientos de gerente. Gerente: Rhett Riviere. Escritura
otorgada ante el notario Alejandro Pignataro Madrigal, a las quince horas con
quince minutos del veinte de febrero del dos mil siete.—Alejandro Pignataro
Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 5844.—(15245).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituye
la sociedad con domicilio en Río Segundo de Alajuela denominada Skyra
Sociedad Anónima.—Heredia, 19 de febrero del 2007.—Lic. Maribel Chavarría
Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 5845.—(15246).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las 19:00 horas
del 17 de enero del año 2007, se constituyó la sociedad denominada Estepa
Fértil Sociedad Anónima. Correspondiendo al presidente la representación
judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—Karolina Molina Alpízar, Notaria.—1 vez.—Nº 5851.—(15247).
Por escritura ciento treinta y nueve, se constituyó la
firma de esta plaza Modicel Adavi Sociedad Anónima. Domicilio: Santa
Cruz, Santa Bárbara. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: ciento
veinte mil colones. Presidente: Luis Abadía Vargas. Fecha de otorgamiento:
dieciocho de febrero del dos mil siete. Lugar de otorgamiento: Santa Cruz,
Guanacaste, Costa Rica.—Francisco Li González, Notario.—1 vez.—Nº
5852.—(15248).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas
del veinticuatro de noviembre del dos mil seis, se constituyó la fundación
denominada Fundación Agencia Costarricense para el Desarrollo. Cuyo
domicilio es San José. De plazo perpetuo. Objeto o fines: promoción del
desarrollo humano integral, mediante planes y programas de capacitación,
patrimonio, treinta mil colones. El presidente será el representante legal con
facultades de apoderado general.—San José, 29 de enero de 2007.—Mario Soto
Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 5853.—(15249).
Por escritura otorgada ante el notario Misael Chacón
Corrales, en Puntarenas, a las once horas, treinta minutos del diecinueve de
febrero del año dos mil siete, los señores Santos Ismael Madrigal y Héctor
Jesús Madrigal Piedra, constituyen una sociedad anónima denominada Inversiones
Madrigal Mora IMM S. A.—Lic. Misael Chacón Corrales, Notario.—1 vez.—Nº
5854.—(15250).
Ante esta notaría, a las 19:00 horas del día 15 de
febrero del 2007, Ana Lucrecia Coto Durán, Norma María Monge Madrigal y Jaime
Sandí Arias constituyen Multi Brands Internacional Sociedad Anónima.
Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo:
noventa y nueve años. Domicilio: San Antonio de Belén, Heredia.—Marcela
Patricia Calvo Lizano, Notaria.—1 vez.—Nº 5856.—(15251).
Ante esta notaría el día 17 de febrero del 2007, a las
9:40 horas, se constituyó Club Armonía Sociedad Anónima.—Ciudad Neily,
19 de febrero del 2007.—Lic. Luis A. Canales Cortés, Notario.—1 vez.—Nº
5857.—(15252).
Por escritura número sesenta y dos del tomo seis del protocolo
del notario Efrén Chacón Rodríguez, se ha constituido Hargon Sociedad
Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. La presidenta es apoderada
generalísima sin límite de suma. Presidenta: Antonieta Arias González.—San
Joaquín de Flores, veinte de febrero del dos mil.—Efrén Chacón Rodríguez,
Notario.—1 vez.—(15257).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho
horas, treinta minutos del día seis de febrero de dos mil siete, se constituyó
la sociedad de esta plaza denominada MEI Madrid en Invierno Limitada.
Capital: suscrito y pagado. Es todo.—San José, veintiuno de noviembre de dos
mil siete.—Lic. Randall Chuken Vargas, Notario.—1 vez.—(15280).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once
horas del veintiuno de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad
denominada Mahersa Seguridad y Multiservicios Sociedad Anónima.—San
José, veintiuno de febrero del dos mil siete.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla
Mora, Notario.—1 vez.—(15309).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve
horas del quince de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad
denominada T four T media Sociedad Anónima. Capital social de diez mil
colones. Presidente: Michael Ross Mc Connell. Notaria Marina Aguiluz Armas.—San
José, quince de febrero del dos mil siete.—Lic. Gregory Kearney Lawson,
Notario.—1 vez.—(15347).
Ante esta notaría, a las nueve horas del diecinueve de
febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Grupo Estrella de
Esparza Sociedad Anónima. Presidente y tesorero ambos con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: íntegramente
suscrito y pagado.—Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(15379).
Mediante escritura pública número veinticuatro otorgada
en Grecia, a las ocho horas del once de noviembre del año dos mil seis,
protocolicé el acta número uno de la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la firma Agrícola Los Chamelos Alfaro Sociedad
Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sétima del pacto
constitutivo.— Grecia, 7 de febrero del 2007.—Enrique Alonso Vargas Alfaro,
Notario.—1 vez.—(15380).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Consultoría y Psicología Psico-Sec Sociedad Anónima, con un plazo de noventa y nueve años y un capital social de diez mil colones exactos.—San José, cinco de diciembre del dos mil seis.—Lic. Ingrid Gutiérrez Rojas, Notaria.—1 vez.—(15386).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Megiped Sociedad Anónima, con un plazo de cien años y un capital social de ciento veinte mil colones exactos.—San José, diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(15387).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del seis de febrero del dos mil siete, se constituyó una sociedad limitada denominada Moonlight Ride Ltda. Domicilio: Santa Cruz. Plazo: cien años. Objeto: la industria, el comercio, agricultura y ganadería en general todo lo relacionado con el giro de actividades agrícolas, industriales y comerciales en general. Capital: totalmente suscrito y pagado. Se nombra gerente y subgerente.—Hernán Cordero Maduro, Notario.—1 vez.—(15391).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del catorce de febrero del año dos mil siete, la sociedad Brushfire Fairytales Sociedad Anónima, sustituye el nombramiento del presidente.—San Isidro de Pérez Zeledón, catorce de febrero del año dos mil siete.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 5858.—(15393).
Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las quince horas de hoy, fue constituida Kayak-Inn. Com Sociedad Anónima, abreviándose S. A., (en español Kayac.Posada.Com S. A.). Domicilio: Quepos de Aguirre. Objeto: agricultura, ganadería, minería, industria y comercio. Plazo: noventa y nueve años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente con poder generalísimo.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Luis Diego Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—Nº 5859.—(15394).
Por escritura noventa y cinco, otorgada, a las nueve horas de hoy, Óscar Chavarría Cervantes y Víctor Solís Zúñiga, constituyeron Distribuidora Disol Inc. S. A.—San José, diecinueve de febrero del dos mil siete.—Lic. Federico Brealey Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 5860.—(15395).
El suscrito notario Víctor Solís Castillo, hace constar que en esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Exotic Garden of the Bay Sociedad Anónima. Es todo.—Palmar, Osa, Puntarenas, al ser las diecisiete horas treinta minutos del día dieciséis de febrero del dos mil siete.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 5861.—(15396).
Que en mí notaría se constituyó la sociedad denominada Colina Zapoyolito S. A., a las 12:40 horas del día dieciséis de febrero del dos mil siete. Domicilio social: Palmar Norte, Osa, Puntarenas, 50 metros oeste de la sucursal CCSS. Presidente: James Randolph Talley. Capital social: cien mil colones.—19 de febrero del 2007.—Lic. Minor Zamora Castellón, Notario.—1 vez.—Nº 5862.—(15397).
Que en mí notaría se constituyeron 4 sociedades anónimas cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, a las 14:30 horas del 15 de febrero del 2007. Domicilio social: Palmar Norte, Osa, Puntarenas, 50 metros oeste de la sucursal CCSS. Presidente: Alonso Golfín Mena.—15 de febrero del 2007.—Lic. Minor Zamora Castellón, Notario.—1 vez.—Nº 5863.—(15398).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 19 de febrero del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Vicente Holdings Internacional Limitada. Objeto: administración de bienes. Capital social: seis mil colones. Es todo.—Jacó, 20 de febrero del 2007.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 5866.—(15399).
Por escritura número ochenta y tres-tres, otorgada ante mi notaría el día veinte de febrero del dos mil siete, a las diez horas, en asamblea general extraordinaria se modifica cambio de junta directiva, fiscal y agente residente y cláusula de la administración de la sociedad Vives H.R. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos diez mil ochocientos cinco.—Cartago, veinte de febrero del dos mil siete.—Lic. Laura Patricia Mena Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 5867.—(15400).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 19 de febrero del 2007, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Panduit de Costa Rica Ltda., cédula jurídica número 3-102-159181, la cual se refiere al domicilio social.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Gilda Vega Núñez, Notaria.—1 vez.—Nº 5868.—(15401).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas de dieciséis de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima Seguridad de la Península de Nicoya Comando Dos Mil Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones. Presidente: Luis Alberto Acuña López.—Cóbano de Puntarenas, dieciséis de febrero del dos mil siete.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 5869.—(15402).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del dieciséis de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima Coyotehills Inmobiliare Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones. Presidente: Remi Théoret - Gosselin.—Cóbano de Puntarenas, dieciséis de febrero del dos mil siete.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 5870.—(15403).
Por escritura número doscientos cuarenta y ocho, otorgada en esta notaría el día veintidós de enero del dos mil siete, a las ocho horas treinta minutos, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria EFCC Sociedad Anónima. Presidente: Edgar Cubero Cerdas.—Cartago, a las nueve horas, del veintidós de enero del dos mil siete.—Lic. Paula Aragón Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 5871.—(15404).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las catorce horas del diecinueve de febrero del dos mil siete, se protocolizan acuerdos de modificación de pacto constitutivo para cambio de domicilio social la sociedad mercantil denominada Fénix Energía y Vida de Costa Rica Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos mil cuatrocientos cuarenta, siendo su nuevo domicilio: Cartago, frente al Supermercado Palí centro, segunda planta del edificio Agricultores Unidos de Cartago, oficina número uno, sin perjuicio de establecer sucursales en cualquier lugar de la República o el extranjero.—Lic. Paula Aragón Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 5872.—(15405).
Por la escritura número treinta y dos, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día diecinueve del mes de febrero del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Grupo Casino Platinum C. R Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Domicilio social: provincia de San José, Hacienda Vieja de Curridabat de la entrada setenta y cinco metros al este, casa número ciento dieciocho. Presidente: Robert Krzysztof Procyszyn.—San José, 19 de febrero del 2007.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—Nº 5873.—(15406).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas, del catorce de febrero del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad La Tercera Vida Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas del domicilio social, y se cambia la junta directiva y fiscal.—San José, veinte de febrero del año dos mil siete.—Lic. Carlos Manuel Venegas Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 5875.—(15407).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye Imma Izzo Sociedad Anónima. Presidente: Immacolata Izzo. Capital social: cien mil colones. Domicilio: Liberia, Guanacaste, en Residencial Chorotega, del play cincuenta metros hacia el este.—Liberia, 16 de febrero del 2007.—Lic. Juan Antonio Ulate Carballo, Notario.—1 vez.—Nº 5879.—(15408).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye Investimento Lasa Unita Sociedad Anónima. Presidente: Grazia Antonella Scandroglio. Capital social: cien mil colones. Domicilio: Liberia, Guanacaste, en residencial Chorotega, del play cincuenta metros hacia el este.—Liberia, 16 de febrero del 2007.—Lic. Juan Antonio Ulate Carballo, Notario.—1 vez.—Nº 5880.—(15409).
A las nueve horas del día de hoy, se constituyó la empresa Olivos de Toscana Sociedad Anónima. Capital: treinta mil colones.—San José, veinte de febrero del dos mil siete.—Lic. Jorge Tristán Trelles, Notario.—1 vez.—Nº 5881.—(15410).
Por escritura otorgada, a las once horas del veinte de febrero del dos mil siete, se constituye la sociedad A.G.H. Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº 5882.—(15411).
Por escritura otorgada, a las doce horas del veinte de febrero del dos mil siete, se constituye la sociedad M&M Presseau Production Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº 5883.—(15412).
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con resolución RMT-494, de las once horas del día 25 de enero del 2007, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-7338-2006 de sesión celebrada en San José, a las diez horas del día 22 de diciembre del 2006, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de Guerra incoadas por Espinoza Cardoza Vilma, cédula de identidad Nº 1-270-527, a partir del día 1º de julio del 2006; por la suma de cincuenta y ocho mil quinientos treinta y ocho colones con sesenta y siete céntimos (¢ 58.538,67); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifiquese.—Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Jeremías Vargas Chavarría, Director.—1 vez.—(17506).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
SUCURSAL DE GUADALUPE
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El suscrito Administrador
de la Sucursal de Guadalupe, Caja Costarricense del Seguro Social, mediante el
presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio
indicado, se procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los
patronos incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los
artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Publica. En el cuadro
se indica el número patronal, nombre de la razón social y monto de la deuda al
13 de febrero del 2007. La institución le concede 5 días hábiles para que se
presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedara firme en
sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en
la vía civil como penal, los periodos notificados anteriormente que ya poseen
firmeza administrativa y aparecen en este aviso de cobro deben ser tomados a
efectos de referencia de la deuda.
Monto
Razón social Nº
patronal adeudado ¢
AC Cargo
Internacional Inc S. A. 2-03101240693-001-001 239.179,00
Adm Tropic S. A. 2-03101073143-001-001 88.650,00
Ag Rosa S. A. 2-03101146586-001-001 65.204,00
Agencia Aduanal Johmo S. A. 2-03101100011-001-001 13.423.781,00
Alm El Sátelite S. A. 2-03101012302-001-001 891.296,00
Alvarado Mena Adriana Vanessa 0-00110450392-001-001 97.467,00
Anin Lavandería y Lavado en Seco S. A. 2-03101054253-001-001 6.023.391,00
Arquisistemas de Centroamérica S. A. 2-03101211507-001-001 137.952,00
Asesor Porf Interd Api S. A. 2-03101124559-001-001 151.679,00
Asesorías y Servicios de Seguridad S.
A. 2-03101099778-001-001 1.317.364,00
Asoc. Deportiva El Roble 2-03002056642-001-001 385.096,00
Auto Mundo Internacional S. A. 2-03101118403-001-001 492.609,00
Auto Transp. El Carmen Guadalupe S. A. 2-0310118508-001-001 2.744.706,00
Baudrit Ruiz Giselle 0-00105150072-001-001 608.945,00
Briceño García Clarisa del Carmen 0-00800500730-002-001 352.241,00
Cabrabel S. A. 2-03101112143-001-001 113.724,00
Cafetería Deportiva S. A. 2-03101126394-001-001 93.556,00
Cam de Com e Ind de Goicoechea 2-03002056008-001-001 1.114.904,00
Campos Abarca Edwin Gdo. 0-00107460836-001-001 442.591,00
Carr Tarjetas de Felicitación S. A. 2-03101085311-001-001 337.569,00
Castro Loría Hortensia Clara 0-00602070181-002-001 29.430,00
Castro Umaña Luis Fernando 0-00101960970-001-001 5.576123,00
Cerrajería Guadalupe Ltda. 2-03102034209-001-001 16.310.458,00
Chacón Zúñiga Fabio 0-00103150271-001-001 468.951,00
Chanis y González S. A. 2-03101214463-001-001 1.422.972,00
Chavarría Acuña Juan Luis 0-00602090869-002-001 8.669.949,00
Cítricos de Carara S. A. 2-03101160562-001-001 55.909,00
Cloe S. A. 2-03101014435-001-001 406.522,00
Comercializadora Lajas S. A. 2-03101072439-001-001 54.809,00
Compañía de Seguridad Intercepte S. A. 2-03101193186-001-001 10.130.880,00
Confecciones Sonicar S. A. 2-03101213906-001-001 2.388.772,00
Consatec S. A. 2-03101117651-001-001 1.361.804,00
Conservería Emadol Cra S. A. 2-031012656494-001-001 1.691.734,00
Const Eléctrica Péritos 2-03101215162-001-001 4.282.689,00
Construcciones Estudios y Proyectos S.
A. 2-03101203635-001-001 82.030,00
Constructora Proyecciones Urbanas
Coprour S. A. 2-03101083775-001-001 1.594.383,00
Constructora Vacu S. A. 2-03101369002-001-001 188.544,00
Construsan Const Sandoval S. A. 2-03101233182-001-001 1.543.463,00
Consultores de Servicios Profesionales
en la Construcción S. A. 2-03101290834-001-001 9.248.940,00
Corp
Mdt S. A. 2-03101053997-001-001 1.758.444,00
Corp.
Inversions y
Construcciones ICON S. A. 2-031012671321-001-001 894.391,00
Corporación e Inversiones Safer S. A. 2-03101253552-001-001 77.722,00
Corporación G.P.S.J.H.A. Internacional
S. A. 2-03101428779-001-001 428.666,00
Corporación Industr Comerc Ascia S. A. 2-03101265697-001-001 6.919.579,00
Decoratur S. A. 2-03101332901-001-001 15.214.865,00
Desarrollos Comerciales Eye S. A. 2-03101167761-001-001 2.955.508,00
Despertar en el Cielo S. A. 2-03101342743-001-001 2.888.776,00
Dist. de Rep. Muñoz y Muñoz S. A. 2-03101065571-001-001 214.015,00
Distribuidora de Productos Importados
Del Este S. A. 2-03101172659-001-001 2.841.553,00
Distribuidora Infantil Creativa S. A. 2-03101222649-001-001 5.718.940,00
Distribuidora Vema S. A. 2-03101093531-001-001 166.057,00
Dyecsa Consultores S. A. 2-03101258838-001-001 22.214.396,00
Electro Durán S. A. 2-03101072702-001-001 2.067.999,00
Entretenimiento Joven S. A. 2-03101425039-001-001 288.313,00
Estrada Vega Gerardo 0-00105470975-001-001 28.229,00
Exim Mundial S. A. 2-03101130781-002-001 1.682.929,00
Explonave S. A. 2-03101278441-001-001 55.985,00
Farcón de Costa Rica S. A. 2-03101130738-001-001 663.163,00
Fernández Barquero Mario Alberto 0-00104480809-001-001 249.256,00
Fibra Autos S. A. 2-03101159804-001-001 2.137.385,00
Fournier
y García S. A. 2-03101156095-001-001 13.979.078,00
Fresmar de CR S. A. 2-03101259481-001-001 5.024.513,00
Garro Calvo Víctor Manuel 0-00101920441-001-001 71.940,00
Garro Monge Bryan Alexander 0-00112730202-001-001 1.632.302,00
Gintec S. A. 2-03101269756-001-001 649.706,00
Gonzalo Camacho Alexander 0-00108130378-001-001 30.007,00
Grupo Educativo Silvia Hernández S. A. 2-03101095396-001-001 1.092.878,00
GS Grupo Seicsa S. A. 2-03101244050-001-001 5.176.562,00
Hacienda Tayagua de CR S. A. 2-03101406692-001-001 2.379.056,00
Hidalgo Corrales Susan Michelle 0-00110140015-001-001 161.984,00
Hvac Servicio Klimaire S. A. 2-03101380624-001-001 2.044.890,00
Importadora Packer S. A. 2-03101311553-001-001 153.905,00
Imprenta y Litografía Oro Print S. A. 2-03101367635-001-001 34.298,00
Industria Nacional de Lanas S. A.
Eiffel 2-03101004342-001-001 11.709.820,00
Industrias Camm S. A. 2-03101230184-001-001 757.550,00
Industrias Mck Herrera S. A. 2-03101304954-001-001 3.959.564,00
Industrias Reguseb S. A. 2-03101104474-001-001 211.804,00
Industrias Vílchez S. A. 2-03101320353-001-002 238.411,00
Ing.
Consultores S. A. 2-03101231966-001-001 118.040,00
Inst.
Lat. Coop. y
Desarr.Ilacde 2-03006045946-001-001 3.447.783,00
Instetel Constructores S. A. 2-03101271943-001-001 2.438.062,00
Instituto de Español de CR S.A. 2-03101176304-002-001 43.346,00
Instructec S. A. 2-03101194698-001-001 1.929.779,00
Inv Coragua S. A. 2-03101089291-001-001 204.529,00
Inv Farm Jerusalem S. A. 2-03101094279-001-001 8.377.991,00
Inversiones Estra Dacki S. A. 2-03101351281-001-001 1.656.953,00
Inversiones Promueve KBDCR S. A. 2-03101296722-001-001 31.561,00
Isis Internacional S. A. 2-03101175582-001-001 66.662,00
Jiménez Ramírez Óscar Francisco 0-00106430085-001-001 23.951,00
Johnson
University Of Engineering
And
High Tecnology S. A. 2-03101264625-001-001 1.470.485,00
Joreca de Costa Rica S. A. 2-03101176181-001-001 872.000,00
JV Tecnología Médica S. A. 2-03101364768-001-001 118.508,00
JYS Procesadora y Comerc. de Carnes S.
A. 2-03101289690-001-001 1.443.504,00
Katolla Reuter Kirstin Eugenia 7-00025781085-001-001 10.774,00
Lapuy S. A. 2-03101179049-001-001 2.131.278,00
Luz del Futuro S. A. 2-03101206549-001-001 312.961,00
Luz y Decoración S. A. 2-03101015250-001-001 785.514,00
Marchive
Marchive Michel Henri Jean 7-00015924986-001-001 16.794,00
Margram S. A. 2-03101192612-001-001 2.256.775,00
Mega Copias Mc S. A. 2-03101246966-001-001 734.273,00
Mena Ulate Rafael Edo. 0-00601410926-001-001 1.483.338,00
Meteora Mueblería Italiana S. A. 2-03101404090-001-001 643.743,00
Moya Madrigal Óscar 0-00600750730-004-001 243.990,00
Moya Salazar Adrián 0-00111860660-001-001 2.696.847,00
Naranjo Vargas Marco Ney 0-00103850107-001-001 289.270,00
Nugu S. A. 2-03101064311-001-001 1.677.723,00
Ofiservicos MJM S. A. 2-03101244961-001-001 32.930,00
Operaciones Telef Optel S. A. 2-03101196905-001-001 4.698.789,00
Parismina Rancho Sabalo de Jerry S. A. 2-03101018276-001-001 2.488.409,00
Paterno No Indica Otro Marcela
Graciela 7-00026524055-001-001 595.793,00
Pelotín Ltda. 2-03102027816-001-001 94.839,00
Pihoroma S. A. 2-03101118843-001-001 3.788.556,00
Portela Palavicini Laura María 0-00108060592-001-001 417.632,00
Prados de CR S. A. 2-03101175864-001-001 12.240.561,00
Products
Space Management
Asesores
de Centroamérica S. A. 2-03101424826-001-001 1.250.125,00
Progea Ltda. 2-03102067400-001-001 521.787,00
Proveedora de Personal Calificado RPA
S. A. 2-03101247322-001-001 448.645,00
Proveedores Charlye S. A. 2-03101211007-001-001 1.780.118,00
Purificaciones Técnicas Puritec S. A. 2-03101308397-001-001 784.810,00
Rey Vargas Alejandro 0-00105250086-001-001 1.915.929,00
Reyco Industrial S. A. 2-03101002489-001-001 3.715.200,00
Ricarmar del Golfo S. A. 2-03101069373-002-001 911.206,00
Roberto Aldecoba S. A. 2-03101094456-001-001 1.005.247,00
Roberto y Silvia S. A. 2-03101046549-001-001 5.648.643,00
Rossi Burri Nelly 0-00800530291-001-001 335.569,00
Seguridad Brefer S. A. 2-03101290296-001-001 2.046.188,00
Seguridad Industrial Centroamericana
Seicsa S. A. 2-03101093232-001-001 6.660.065,00
Seracor Serv. y Aplicaciones de CR
Ltda. 2-03102069589-001-001 2.221.849,00
Servicentro Moravia S. A. 2-03101209349-001-001 128.585,00
Sinergia Consultorías y Desarrollo
de Proyectos S. A. 2-03101358275-001-001 113.551,00
Sist. y Desarr. Emp. ÑSDEÑ SRL 2-03102208775-001-001 965.355,00
Sistemas Electrónicos de Seguridad Uno
S. A. 2-03101076580-001-001 2.884.210,00
Soto Mejía Jorge Luis 0-00104130987-001-001 311.820,00
Suplidora para Construcciones de CR S.
A. 2-03101095366-001-001 10.830.594,00
Taller Boba S. A. 2-03101155620-001-001 13.866.963,00
Taller Mecánico German e Hijos Dos Mil
S. A. 2-03101243653-001-001 541.136,00
Tecnomanía S. A. 2-03101196664-002-001 1.373.736,00
Teknon Dos Mil S. A. 2-03101213080
-001-001 4.624.224,00
Telesistema Nal S. A. 2-03101009176-001-001 651.156,00
Think Tank S. A. 2-03101385955-001-001 205.462,00
Torres Torres Porfirio 0-00102410457-001-001 19.982,00
Tucanesa
S. A. 2-03101136313-001-001 3.166.291,00
United
Signs S. A. 2-03101343790-001-000 7.650.964,00
Vargas Chacón José Antonio 0-00104101423-001-001 20.832,00
Vega Arias Fernando 0-00700260036-001-001 13.362,00
Vidrios del Valle S. A. 2-03101271360-001-001 157.276,00
Vientos del Bosque S. A. 2-03101060684-001-001 1.641.781,00
Volio Guardia Claudio Antonio 0-00300640164-001-001 28.223,00
Vos y Datos Internacional S. A. 2-03101293720-001-001 442.165,00
Zúñiga Fajardo Orlando 0-00501830050-001-001 82.508,00
Lic. Juan Carlos Delgado Cabalceta.—(14270).
SUCURSAL EN OROTINA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La Caja Costarricense de Seguro Social, sucursal en Orotina 200 metros sur de la Cruz Roja, en virtud de no haberse podido notificar administrativamente al patrono Consultoría y Construcciones B Y V Ingenieros S. A., número patronal 2-03101370772-002-001, por este medio se le pone en conocimiento la deuda pendiente ante la Caja Costarricense del Seguro Social por la suma de ¢1.181.573,00, correspondiente a los meses de mayo, julio hasta setiembre del 2006.—8 de febrero del 2007.—Lic. William González Sancho, Jefa Administrativa Sucursal.—(14436).
AVISOS
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La Junta Directiva
General acordó en su sesión Nº 10-06/007-G.E. de fecha 25 de enero del 2007,
según el acuerdo N° 32, autorizar a publicar en el Diario Oficial La Gaceta,
la resolución tomada por esta Junta Directiva General en sesión N°
06-06/07-G.O., en donde mediante acuerdo N° 28, se resuelve imponer una sanción
de veinticuatro meses de suspensión a la empresa Constructora Cuadra y Cabrera
S. A., en el expediente N° 19-04 de la denuncia interpuesta por el señor Mario
Chávez Pérez. Según oficio N° 019-2007-TH, no fue posible notificar a la
empresa, por lo que la misma regirá a partir de la última publicación, de
conformidad con lo establecido en el artículo N° 22 del Reglamento del Proceso
Disciplinario de los Miembros del C.F.I.A.
Acuerdo N° 28:
Se conoce informe final
N° 047-2006/19-04 remitido por el Tribunal de Honor integrado por el Ing. Mario
Velásquez Bonilla, por la Ing. Vilma Padilla Guevara y por el Ing. Jorge
Montero Cabezas, para conocer expediente N° 19-04 de denuncia interpuesta por
el señor Mario Chávez Pérez en contra del Ing. Óscar Cabrera Soto IC-11896 y de
la empresa Constructora Cuadra y Cabrera S. A. CC-03021.
Resultando:
A. Con fecha 18 de febrero del 2004, el Lic. Mario
Alberto Chávez Pérez presenta denuncia formal en contra del Ing. Roneld Andrés
Cuadra Córdoba y en contra de la Constructora Cuadra y Cabrera S. A. por los
puntos que se indican a continuación:
a. Con fecha 8 de agosto del 2003, el Sr. Chávez
Pérez firma contrato N° 0818322502003 con la Constructora Cuadra Cabrera, cuyo
apoderado generalísimo es el Ing. Roneld Andrés Cuadra Córdoba con el fin de
que se le construyera una casa de una planta. El Ing. Cuadra Cabrera funge como
director técnico de la construcción.
b. Hace ver que la construcción tuvo un atraso en
el proceso constructivo de aproximadamente seis meses, especialmente en lo que
respecta a la construcción de un muro de retención contratado posteriormente.
c. Desde que se hizo entrega del último
desembolso, transcurrieron cuatro meses y medio sin que la construcción se
diera por terminada.
d. De acuerdo con el contrato de construcción, la
obra debería haber quedado terminada el 20 de noviembre del 2003, pero a la
fecha de la denuncia, se tiene un atraso de seis meses con doce días, no
obstante que la misma ha sido cancelada en su totalidad.
e. Se hace ver que ante el abandono de
constructora, la casa se encuentra totalmente abandonada y aun no está
habitable.
f. Se presenta una lista de los detalles
constructivos que le faltan a la casa y que fueron cancelados a la
constructora.
g. Se hace ver que se presenta una situación con
respecto a la conexión de la corriente eléctrica, ya que la constructora no ha
solucionado la colocación del medidor.
h. Se hace ver que la constructora no tuvo a buen
recaudo los planos de construcción y la bitácora de obra, ya que los mismos
documentos fueron encontrados por un vecino tirados en la obra.
i. Se hace ver algunos comentarios referentes a
la situación en que se llevó la bitácora de obra, referente a las fechas de las
actividades y a la fecha de la suspensión de los trabajos.
Dentro de la denuncia se acompañan
copia del contrato de construcción firmado entre el Sr. Chávez y la Constructora
Cuadra y Cabrera S. A., la bitácora de obra, el contrato de consultoría,
correspondencia entre la partes, copia de un finiquito para la finalización de
la obra, algunas fotografías de la construcción, copia de los planos
constructivos de la obra con sus respectivos sellos y permisos. Folios 01 a
folio 120.
B. Con fecha 25 de marzo del 2004, el Ing. Óscar
Andrés Cuadra Soto, Director de Proyectos de la Constructora Cabrera Soto S. A.
presenta su descargo ante la acusación que presenta el Sr. Mario Alberto Chávez
Pérez. Se hace ver que la denuncia se ha presentado en contra del Sr. Roneld
Andrés Cuadra Córdoba, dueño y apoderado generalísimo de la constructora Cuadra
y Cabrera S. A., como se indica en la nota del Sr. Chávez.
Hace ver que la constructora Cabrera
Soto S. A. fue subcontratada por la Constructora Cuadra y Cabrera S. A. y se
comprometió en la elaboración de planos constructivos, elaboración de
presupuesto detallado, dirección técnica y mano de obra por dirección (la que
fue retirada cuando se empezaron a presentar problemas financieros), “La
Constructora Cuadra Cabrera, S. A. me asignó para que fuera el responsable de
la dirección técnica de la obra. La compañía Cabrera Soto estuvo ajena a la
situación de pagos. Se hace ver que durante el proceso de la construcción, en
ningún momento se tuvo relación entre su persona y el Sr. Chávez y la
comunicación sobre la construcción se tenía a través del Sr. Cuadra. Hace ver
que existe una confusión del Sr. Chávez al indicar que el director de la construcción
era el Sr. Cuadra. “Se nos indicó por parte del Sr. Cuadra que todos los
problemas de la construcción se arreglarían y que se reanudarían los trabajos”
Se indica “la denuncia no se fundamenta en problemas constructivos ni
irregularidades que atenten a la seguridad de los mismos”. El Sr. Chávez en
toda su denuncia argumenta irregularidades financieras, no constructivas, salvo
en el caso de atrasos e incumplimientos de la construcción como se indica en el
cuaderno de bitácora. “El cronograma de obras no se pudo llevar a cabalidad, ya
en varias oportunidades se detuvo la obra por falta de materiales o falta de
pago de las planillas. El Sr. Chávez indica que la casa fue interrumpida por
los contratistas, “por lo que al enterarme de esta situación fui en busca de
la bitácora al sitio lo cual no encontré, por lo que la Constructora Cabrera
Soto decide no dar más plazo y pone la denuncia de extravío y renuncia a la
obra”. Hace ver que su persona tiene en su poder las copias de las hojas de
bitácora que le corresponden tener al profesional como prueba de lo que se
realizó en el desarrollo constructivo técnico de la obra. Indica que, de
acuerdo con lo antes expuesto, que se ha aclarado la situación que ha existido
ente su persona, el Sr. Chávez, el Sr. Cuadra Córdoba como representante de la
Constructora Cuadra Cabrera. Folio 128 al folio 137.
C. Por medio de resolución del Tribunal de Honor,
de las doce y treinta horas del 5 de julio del 2005, se le comunica
formalmente, por medio de su presidente Ing. Mario Velásquez Bonilla, el auto
de intimación al Ing. Óscar Andrés Cabrera Soto, sobre la denuncia presentada
por el Sr. Mario Alberto Chávez Pérez y el Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos, indicándole que se ha abierto procedimiento ordinario
disciplinario en su contra por supuestos hechos:
1. Permitió que la obra se iniciara sin contar
con los permisos de construcción.
2. Llenó la bitácora en forma inapropiada e
incompleta, además de no haber presentado el original al Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos para registrar su finalización.
3. La obra fue abandonada sin concluir por la
empresa.
Con base a los puntos antes indicados,
el Ing. Óscar Andrés Cabrera Soto pudo haber violado las leyes y reglamentos
siguientes: Ley Orgánica del CFIA, artículos 4, inciso b) y 8, incisos a), b),
y c); Reglamento Interior General, artículo 53; Reglamento para la Contratación
de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura, artículos 10, numeral
B, incisos a), b), d), i), j), y artículo 17, incisos b): Reglamento Especial
del Cuaderno de Bitácora en Obra, artículos 14, 16, 17, 18, 19, 20 y 23. Código
de Ética Profesional, artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 18 y 19.
Sobre los cargos que se le hacen al
denunciado, se le concede un plazo improrrogable de veintiún días hábiles,
contados a partir de la notificación del auto, para que contestara los cargos y
ejerciera su derecho de defensa. Folios 188 a folio 189.
D. Por medio de resolución del Tribunal de Honor
de las doce y treinta horas del 5 de julio del 2005, se le comunica
formalmente, por medio de su presidente: Ing. Mario Velásquez Bonilla, el auto
de intimación a la empresa Constructora Cuadra y Cabrera Sociedad Anónima (CC -
03021) sobre la denuncia presentada por el Sr. Mario Alberto Chávez Pérez y el
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, indicándole que se ha abierto
procedimiento ordinario disciplinario en su contra por las supuestas faltas.
1. La construcción fue abandonada por la empresa
sin haberla concluido.
2. Las obras se iniciaron sin contar con los
permisos pertinentes.
3. Causó perjuicios económicos a su cliente.
Con base a los puntos antes indicados,
la empresa Cuadra y Cabrera S. A. pudo haber violado las leyes y reglamentos
siguientes: Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos,
artículo 8, inciso a); Reglamento Interior General, artículo 53; Reglamento de
Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura,
artículos 10, 11 literal B, incisos a), b), d), i), y j); Reglamentos de
empresas consultoras y constructoras, artículo 10, incisos a), d) y e); Código
de Ética, artículos 2, 3, 18 y 19.
Sobre los cargos que se le hacen a la
denunciada, se le concede un plazo improrrogable de veintiún días hábiles,
contados a partir de la notificación del auto para que contestara los cargos y
ejerciera su derecho de defensa. Folios 192 a folio 192.
E. Con fecha 16 de agosto del 2005, el Ing. Óscar
Andrés Cabrera presenta el descargo y rechazo de los cargos que se indican el
auto de intimación: “Se rechazan los cargos, se interpone recurso de
revocatoria con apelación en subsidio en contra del traslado de cargos númersos
19 - 04 / 2005 - 21 - INT, se ofrecen las pruebas de descargo y se señala lugar
para notificaciones.
El Ing. Cabrera rechaza los cargos que
se le indican en el auto de intimación, dando un detalle en cada uno de los
cargos, presentando documentos y cartas que considera desvirtúan los cargos.
Hace una descripción de su actuación en cuanto su labor como Ingeniero
responsable en la construcción de la obra. Presenta un detalle de su relación
con la compañía constructora que firmó el contrato con el Sr. Chávez, haciendo
ver que en ningún momento tuvo relación con esta persona, presenta un detalle
de su actuación en cuanto al cuaderno de bitácora. También se refiere a su
actuación con respecto al inicio de la construcción y el porqué no estaba al
frente de la misma como profesional responsable. Folio 199 a folio 232.
F. El Tribunal de Honor Multidisciplinario, al
ser las trece horas treinta minutos del cuatro de octubre del 2005, resuelve el
recurso de revocatoria con apelación en subsidio presentado por el Ing. Óscar
Andrés Cabrera Soto el seis de setiembre del 2005, documento visible a folio
199, acordando lo siguiente: Se rechazan los recursos de revocatoria y se
admite la apelación subsidiaria. Se suspende la tramitación del presente asunto
de conformidad con el artículo 112 del Reglamento del Proceso Disciplinario del
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos. Se remite ante la Junta
Directiva General y se otorga a los interesados un plazo de tres días para lo
que a bien tuvieran que manifestar. Folio 234 a folio 235.
G. Ante la apelación en subsidio, presentada por
el Sr. Andrés Cabrera Soto, la Junta Directiva General, en su sesión N°
07-05/06-GE, de fecha 18 de enero del 2006, acuerdo N° 33, hace ver: “Rechazar
el recurso de apelación interpuesto por el Ing. Andrés Cabrera Soto, por cuanto
el acto de intimación se encuentra dictado de conformidad con el mérito de los
actos. Comunicar al recurrente lo resuelto por esta Junta Directiva General”.
Folios N° 243 a folio N° 244.
H. Convocatoria a audiencia oral y privada.
Mediante resolución de las 12:00 horas, del 8 de marzo del 2006, el Tribunal de
Honor de empresas del Colegio de Ingenieros Civiles, cita al Ing. Óscar Andrés
Cabrera Soto en su calidad de denunciado, al Sr. Mario Alberto Chávez Méndez en
su calidad de denunciante para Audiencia Oral y Privada el día martes 25 de
abril del 2006 a las catorce horas, en las oficinas del Tribunal de Honor.
Se convoca por medio del Tribunal de
Honor de Empresas, mediante la misma resolución, al Ing. Gerardo Campos Chacón,
Jefe del Departamento de Régimen Disciplinario a la audiencia oral y privada
que se llevaría a cabo el martes 25 de abril del 2006, a las catorce horas, en
la oficina del Tribunal de Honor de Empresas. Folio N° 247.
I. Convocatoria a audiencia oral y privada.
Mediante la resolución de las 12:00 horas del 8 de marzo del 2006, el Tribunal
de Honor de Empresas del Colegio de Ingenieros Civiles, cita al Sr. Roneld
Cuadra Córdoba, en calidad de Representante Legal de la empresa Constructora
Cuadra y Cabrera S. A. en su calidad de denunciados, al Sr. Mario Alberto
Chávez Méndez en calidad de denunciante para la audiencia oral y privada el
martes 25 de abril de 2006 a las catorce horas, en las oficinas del Tribunal de
Honor. Folio N ° 248.
J. Con fecha 25 de abril del 2005, en la sede de
Tribunales de Honor, se celebra la audiencia oral y privada, con la presencia
del Ing. Mario Velásquez Bonilla, presidente, la Ing. Vilma Padilla Guevara,
secretaria y el Ing. Jorge Montero Cabezas, coordinador. Se hace presente por
parte del Régimen Disciplinario, el Ing. Gerardo Campos Chacón, en
representación del Colegio. Se hace presente el Ing. Oscar Cabrera Soto. El
representante de la empresa Constructora Cuadra y Cabrera no se presentó. Se
hace presente el Lic. Mario Alberto Chávez Pérez en su calidad de denunciante.
Folios 257 a folio 289.
K. En los procedimientos se han observado las
prescripciones legales. En la decisión de este asunto intervinieron los
miembros del Tribunal de Honor, Ing. Mario Velásquez Bonilla, como pPresidente,
la Ing. Vilma Padilla Guevara, como secretaria y el Ing. Jorge Montero Cabezas
como coordinador.
Considerandos:
Del análisis fáctico y
las pruebas presentadas en este proceso disciplinario, por las partes, y
evacuadas mediante la audiencia efectuada, esta Junta Directiva tiene por
demostrados los siguientes hechos.
Respecto al Ing. Óscar Cabrera Soto,
se tiene los siguientes hechos:
Hechos probados.
a. Se tiene como un hecho probado que el Ing.
Óscar Andrés Cabrera Soto, durante el período de la construcción de la vivienda
del Sr. Mario Alberto Chávez Méndez, se desempeñó como director técnico del
proyecto. Folio 117
b. Se tiene como un hecho probado que el Ing.
Óscar Andrés Cabrera Soto llevó a cabo, mediante subcontrato con la
Constructora Cuadra y Cabrera S. A., la elaboración de planos, presupuesto
detallado, dirección técnica y el suministro de la mano de obra en la
construcción del Sr. Chávez. Folios 127 y 128.
c. Se tiene como un hecho probado que el Ing.
Óscar Andrés Cabrera Soto, hizo abandono de la construcción del Sr. Chávez por
parte de la constructora Cuadra y Cabrera S. A., comunicó al Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos, (10 de marzo del 2004) el extravío de la bitácora
y su renuncia a la dirección técnica de la obra. Folio 226.
d. Se tiene como un hecho probado que el Ing.
Óscar Andrés Cabrera Soto, no hizo un buen uso de la bitácora de la obra en
cuanto a la iniciación de la misma y los datos que se deben consignar. Además,
la construcción de la casa se inicia el 21 de agosto del 2003 y la primera
anotación en la bitácora fue el 22 de setiembre de 2003. Folio 43.
e. Se tiene como un hecho probado que en el
Contrato de Consultoría OC 334130, del 12 de setiembre del 2003, firmado entre
el Sr. Mario A. Chávez y la Constructora Cuadra y Cabrera S. A., aparece como
profesional responsable el Ing. Óscar Andrés Cabrera Soto. Folios 118 a 121.
f. La construcción de la casa se inicia el 21 de
agosto del 2003, sin contar con los permisos de construcción y no aparece como
profesional responsable el Ing. Cabrera Soto, hasta el 22 de setiembre del
2003, fecha en que realiza la primera anotación en la bitácora, no pudiendo el
Ing. Cabrera quitarse su responsabilidad como profesional de la obra al inicio
de la construcción sin los permisos respectivos.
Hechos no probados:
a. Se tiene como un hecho no probado que el Ing.
Óscar Andrés Cabrera Soto haya suspendido la construcción de la vivienda del
Sr. Mario A. Chávez y abandonado la misma por el hecho de la falta de
materiales que debería suplir la Constructora Cuadra y Cabrera S. A.
Respecto a la
Constructora Cuadra y Cabrera S. A. se tienes los siguientes hechos:
Hechos probados.
a. Se tiene como un hecho probado que la
Constructora Cuadra y Cabrera S. A., inició la construcción de la vivienda del
Sr. Chávez Méndez sin tener al frente de la obra a un profesional responsable.
Folio 44.
b. Se tiene como un hecho probado que la
Constructora Cuadra y Cabrera S. A., hizo abandono de la construcción de la
vivienda del Sr. Chávez Méndez si haberla terminado.
c. Se tiene como un hecho probado que la
constructora Cuadra y Cabrera S. A. causó perjuicios económicos al Sr. Chávez
Méndez Folio del 01 al 06.
d. Se tiene como un hecho probado que la
Constructora Cuadra y Cabrera S. A. es la responsable ante el cliente del
diseño de los planos, inspección técnica y administración de la construcción. La
constructora aparece como empresa responsable en la inscripción del contrato de
consultoría. Folio 159.
e. Se tiene como un hecho probado que la
Constructora Cuadra y Cabrera Sociedad Anónima, fue inscrita en el Registro de
Empresas Consultoras y Constructoras del Colegio Federado como empresa
constructora y consultora, el lunes primero de abril del 2002, de acuerdo con
la ley y los reglamentos vigentes. Por aplicación del artículo 61 de la Ley
Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, la empresa se
encuentra desinscrita a partir del 27 de febrero del 2004, condición que se
mantiene al veintiocho de julio del 2006. Bajo el expediente número 74-03 se
encuentra registrada la siguiente información de la empresa: A) que el 8
de julio del 2004 la Junta Directiva General acordó la suspensión de los
procedimientos disciplinarios hasta tanto la empresa revalide sus derechos,
según acuerdo número 09 sesión 29-03/04 G. E. inciso B. B) En acuerdo
número 24 sesión número 14-05/06 G. E. del 16 de marzo del 2006 la Junta
Directiva General, le impone una sanción por 24 meses.
Hechos no probados.
No se tiene ninguno de
relevancia.
Análisis del fondo del asunto:
El Sr. Mario Alberto
Chávez Méndez firmó contrato con la Constructora Cuadra y Cabrera S. A. para el
diseño, planos, inspección técnica y administración de una casa de habitación
situada en el condominio Real de Castilla, Mercedes Norte Heredia. La empresa
aparece como empresa responsable en la inscripción del contrato de consultoría.
El ingeniero responsable de la ejecución de la obra, según el contrato de
consultoría, es el Ing. Óscar Andrés Cabrera Soto. Dentro del anterior contrato
se pactó la construcción de la vivienda, suministrando la constructora los
materiales y la mano de obra. La construcción no fue concluida y los trabajos
fueron suspendidos por el abandono hecho por la constructora. La constructora
tenía, según registro en el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos,
como uno de sus profesionales responsables al Ing. Óscar Andrés Cabrera Soto.
La Constructora Cuadra y Cabrera S. A., subcontrató con la empresa Cabrera Soto
S. A., el diseño, los planos, inspección de la obra, administración y
contratación de la mano de obra para llevar a cabo la obra. La construcción se
inició si contar con los permisos respectivos y sin tener en la obra
profesional responsable al inicio de la construcción. El Ing. Óscar Andrés
Cabrera Soto se hizo presente cuando la misma tenía un 40% de avance (Nota de
bitácora). En dicho momento, indica el Ing. Cabrera Soto, renunció a la
dirección técnica al encontrar que la construcción se encontraba paralizada e
indicó sobre el extravío de la bitácora. Por motivos no comprensibles, aparecen
anotaciones en la bitácora de obra en fecha posterior a la nota enviada al
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos. La vivienda, en la fecha de la
denuncia, tenía un atraso bastante considerable con respecto a lo pactado en el
contrato de construcción.
En fecha octubre del 2003, el Ing.
Andrés Cuadra, Director General de Constructora Cuadra y Cabrera S. A.
,presenta nota enviada al Sr. Mario Chávez en la que hace un detalle de la
situación que se tiene en la construcción, que la situación de paro de la
vivienda se debe a problemas tenidos con la empresa que les suple los
materiales. También hace ver que la situación de los medidores de agua y luz,
se arreglará en un futuro. Basado en los comentarios antes dados, se considera
que, en el caso de la Constructora Cuadra y Cabrera inició la construcción del
Sr. Méndez sin tener los permisos correspondientes y sin tener para el inicio
de la obra el profesional responsable al frente de la misma, por lo que ha
violado los artículos 8 incisos a) y b ) de la Ley Orgánica del Colegio
Federado de Ingenieros y de Arquitectos al no haber cumplido con las
regulaciones de esta ley y sus reglamentos y el Código de Ética, al haber
iniciado la construcción de la vivienda, sin contar con los permisos
respectivos y el haber abandonado la construcción; los artículos 53 y 55,
inciso d) del Reglamento Interior General del Colegio Federado de Ingenieros y
de Arquitectos, ya que todo miembro del Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos está obligado, en su ejercicio profesional, a acatar estrictamente
las leyes y reglamentos, Código de Ética y normas que dicten los diferentes
órganos del Colegio Federado, artículo 55, inciso d), en cuanto a que la
realización física se logrará mediante el uso adecuado por parte de la empresa
constructora, de los materiales y recursos humanos y técnicos apropiados para
la correcta obtención de la obra. La empresa no cumplió con la correcta
ejecución de la obra, al haber abandonado la construcción; Reglamento de la
Contratación de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura, artículo 19, “normas
del ejercicio profesional de consultoría implica un estricto apego a normas de
conducta para con la profesión, para sus colegas y para el cliente establecidas
en el Código de Ética Profesional”, artículo 11, numeral B, incisos a), b),
d), i) y j). Responsabilidad del Consultor, actuar con lealtad en relación con
el cliente que le ha brindado su confianza, disponer de su máximo esfuerzo y
recursos para brindar un trabajo de excelencia, respetar, en tanto no afecte su
dignidad o ética, las reglas fijadas por el cliente para el desarrollo del
trabajo encomendado, informar al cliente de los alcances y trascendencia de los
resultados obtenidos y su relación con los objetivos filados por él, cumplir
con las normas legales y éticas vigentes. La constructora en ningún momento
tomó en cuenta lo que se establece en ese Reglamento, al realizar en su proceso
de consultoría y construcción. Código de Ética, artículos 2, 3, 18 y 19. Los
miembros incorporados al Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, deben
promover y defender la integridad, el honor y la dignidad de la profesión.
Deben ser honestos e imparciales y servir con fidelidad a la pública, a sus
empleadores y a sus clientes. Los miembros incorporados al Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos, deben respetar y hacer respetar y hacer que otros
respeten, la Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos,
sus reglamentos, acuerdos y cualquiera otra disposición que emitan los órganos
en relación con el ejercicio de la profesión. Los miembros incorporados al
CFIA, en la prestación de sus servicios, servirán con fidelidad,
responsabilidad y lealtad a sus empleadores y cuentas. Los miembros
incorporados al Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, deberán,
mediante razón justificada, notificar a sus clientes cuando el trabajo
encomendado no tendrá el éxito esperado por ellos.
En cuanto al Ing. Óscar Andrés Cabrera
Soto, basado en los datos y comentarios antes indicados, esta Junta Directiva
considera que se inició la construcción del Sr. Chávez sin tener los permisos
de construcción y no se hizo presente al inicio de la obra, no obstante ser el
profesional responsable de la misma. Se considera que el Ing. Cabrera no hizo
buen uso del cuaderno de bitácora, no habiendo llenado la misma correctamente
como lo indica el Reglamento de Bitácora y no habiendo tenido a buen recaudo la
misma. Abandonó la obra sin tener razón aparente ni justificación para llevar
esta acción, dejando sin terminarla. Se tiene que el Ing. Óscar Andrés Cabrera
Soto cae en contradicción cuando anota en la bitácora que el inicio sin
permisos, fue por parte del propietario y en su descargo indica que su empresa
era subcontratista. Como profesional responsable de la administración de la
obra no puede rechazar su responsabilidad sobre el avance de la construcción
sin contar con los permisos respectivos.
No existe documento que establezca la
participación de su empresa, pues la responsabilidad la asume personalmente.
Por los puntos anteriores se tiene que el Ing. Óscar Andrés Cabrera Soto no cumplió
con lo establecido en los siguientes artículos de la Ley Orgánica y Leyes del
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos. Ley Orgánica del Colegio
Federado, artículo 8, incisos a), b), y c), al no haber cumplido con las
regulaciones de la ley y sus reglamentos y el Código de Ética, ni veló el
cumplimiento de los fines del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos,
ni comunicó a su empleador de los defectos que se notaran en la obra que riñan
con el ejercicio profesional. Reglamento Interior General, artículo 53, al no
haber acatado estrictamente las leyes y reglamentos y el Código de Ética y las
normas que dicten los diferentes órganos del Colegio Federado de Ingenieros y
de Arquitectos. Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en
Ingeniería y Arquitectura, artículos 10, 11 numeral B, incisos a), b), d), i),
y j) y 17, incisos f) y g). El Ing. Cabrera Soto incumplió estos artículos al
no haber, en el ejercicio de la profesión actuado con estricto apego a normas
de conducta para con la profesión y no actuó con lealtad para con su cliente,
no dispuso de su máximo esfuerzo y recursos para brindar un trabajo de
excelencia, no respetó las reglas fijadas por el cliente para el desarrollo del
trabajo, no informó a su cliente sobre los resultados, alcance y trascendencia
de los objetivos fijados, y no cumplió con las normas legales y éticas
vigentes. En cuanto al artículo 17, no acató lo concerniente a lo que se indica
en cuanto a la inspección y la dirección técnica. En cuanto al uso del cuaderno
de bitácora en obra, faltó en los artículos 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 23. Al
no haber presentado, como profesional responsable, en un plazo menor de treinta
días, después de terminada la obra o su cierre, ante las oficinas del Colegio Federado
de Ingenieros y de Arquitectos, el original del Cuaderno de Bitácora, para el
registro de finalización. No llenó en forma correcta las hojas de la bitácora,
describiendo las partes interesantes del proceso constructivo. No inició la
primera página de la bitácora indicando entre otras cosas, nombre y firma,
número de registro, número del permiso municipal, nombre del personal principal
que dirigirá la obra. No incluyó en las páginas de la bitácora de obra los
datos principales del proceso constructivo, a la suspensión de la obra debería
indicar la fecha de conclusión, constancia de haber entregado un juego de
planos, área de la construcción y características de la obra. El Ing. Óscar
Andrés Cabrera Soto no cumplió con los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 10 del
Código de Ética Profesional, ya que incumplió los siguientes puntos: Los
miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, tienen la
obligación de contribuir al bienestar humano, deben defender la integridad, el
honor y la dignidad de la profesión, deben ser honestos y servir con fidelidad
al público, a sus empleadores, deben respetar y hacer que otros respeten la Ley
Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, sus reglamentos,
acuerdos y cualquier otra disposición en relación con el ejercicio profesional,
deberán reconocer que la seguridad de la vida, la salud, los bienes y bienestar
del público, cuidarán que los recursos humanos, económicos, naturales y
transformados, sean adecuadamente usados, deberán ser objetivos, leales veraces
en sus informes, declaraciones o testimonios profesionales, deberán, al
explicar su trabajo y méritos, actuar de manera seria, objetiva y veraz. Por
tanto:
SE ACUERDA:
a. Acoger lo recomendado por el Tribunal de
Honor e imponer una sanción de seis meses de suspensión en el ejercicio
profesional al Ingeniero Óscar Andrés Cabrera Soto IC-11896, por haber
incumplido los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 10 del Código de Ética
Profesional del CFIA, según versa en los artículos 31 y 33 del mismo Código.
b. Acoger lo recomendado por el Tribunal de Honor
e imponer una sanción de veinticuatro meses de suspensión en el ejercicio
profesional, a la empresa Constructora Cuadra y Cabrera, Sociedad Anónima
CC-03021 por haber violado los artículos 2, 3, 18, y 19 del Código de Ética
Profesional del CFIA.
Este es un acuerdo firme,
según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General y
en consecuencia, la sanción es ejecutable de conformidad con lo establecido en
el artículo 146 de la Ley General de la Administración Pública.
Contra la anterior resolución cabe el
recurso de reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá
plantearse en el término de dos meses contados a partir de la notificación a la
presente resolución, según se dispone en el artículo 31 de la Ley Reguladora de
la Jurisdicción Contencioso Administrativa y Civil de Hacienda. Igualmente, se
podrá acudir directamente ante la jurisdicción indicada, sin agotar la vía
administrativa, en virtud de lo dispuesto por la Sala Constitucional, en el
voto N° 06-3669, de 15 de marzo del 2006.
La interposición del recurso de
reconsideración no suspende la ejecución de la sanción, conforme se señala en
el artículo 148 de la citada Ley General de la Administración Pública.
San José, 5 de febrero del 2007.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 4317).—C-618945.—(12597).
N°
036-2007-CIT.—Procedimiento Disciplinario, contra Arq. Bernal Badilla Ureña
(A-8470), PT. Gerardo Rodríguez Chinchilla (PT-1996), Constructora Pirámide del
Sur (CC-04160). Denunciante: Ing. Víctor Rodríguez Bogantes, Director Regional
del Banco Popular y Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos.
Expediente: 20-05.
Tribunales de Honor. Convocatoria a audiencia oral y privada. A las 16:00 horas del 7 de febrero del dos mil siete, el Tribunal de Honor de Empresas nombrado por Junta Directiva General en la sesión 29-05/06-G.E. celebrada el día 10 de agosto de 2006, acuerdo 25, cita al perito topógrafo Gerardo Rodríguez Chinchilla en calidad de denunciado, para que comparezca personalmente y no por apoderado a la sede de este órgano en Oficina de Tribunales de Honor del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos ubicada en el tercer piso del edificio del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos en Granadilla de Curridabat, contiguo al Indoor Club con el fin de celebrar comparecencia oral y privada a que se refiere el artículo 82 del “Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica” que se llevará a cabo el día lunes 26 de marzo del 2007 a las 13:00 horas. En la citada audiencia se recibirá y admitirá toda la prueba ya ofrecida por las partes, así como la que presenten ese mismo día, se recibirán las declaraciones de partes y testigos, se analizarán los documentos que obran en el expediente y se recibirán los alegatos de las partes. Se le hace saber al perito topógrafo Rodríguez Chinchilla que puede hacerse acompañar por su abogado. Se advierte al denunciado que conforme al artículo 27 inciso 3 del Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 134 del jueves 12 de julio del 2001, se establece que “Todos los agremiados o funcionarios del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos tiene la obligación de comparecer a las citaciones realizadas por los Tribunales de Honor. Si existiera negativa injustificada de los funcionarios a comparecer a la cita recibida, se considerará en el caso de los trabajadores como falta grave y procederá su despido sin responsabilidad patronal. En los casos de los agremiados, se considerará esa omisión como falta al Código de Ética y dará lugar a la apertura de un proceso disciplinario en su contra”. A este acto sólo podrán asistir las partes y sus representantes legales.—Tribunal de Honor Empresas.—Arq. Carlos Mena Mora, Presidente.—(O. C. Nº 4331).—C-58080.—(13720).
N° 037-2007-CIT.—Procedimiento
disciplinario, contra: Arq. Bernal Badilla Ureña (A-8470), PT. Gerardo
Rodríguez Chinchilla (PT-1996), Constructora Pirámide del Sur (CC-04160).
Denunciante: Ing. Víctor Rodríguez Bogantes, Director Regional del Banco
Popular, Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica.
Expediente: 20-05.
Tribunales de Honor. Convocatoria a audiencia oral y privada. A las 16:00 horas del 7 de febrero de 2007, el Tribunal de Honor de Empresas nombrado por Junta Directiva General en la sesión 29-05/06 G.E. celebrada el día 10 de agosto de 2006, acuerdo 25, cita al señor Gerardo Rodríguez Chinchilla en calidad de representante legal de la empresa Pirámide del Sur, para que comparezca a la sede de este órgano en Oficina de Tribunales de Honor del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos ubicada en el tercer piso del edificio del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos en Granadilla de Curridabat, contiguo al Indoor Club con el fin de celebrar comparecencia oral y privada a que se refiere el artículo 82 del “Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica” que se llevará a cabo el día lunes 26 de marzo de 2007 a las 13:00 horas. En la citada audiencia se recibirá y admitirá toda la prueba ya ofrecida por las partes, así como la que presenten ese mismo día, se recibirán las declaraciones de partes y testigos, se analizarán los documentos que obran en el expediente y se recibirán los alegatos de las partes. Se le hace saber al señor Rodríguez Chinchilla que puede hacerse acompañar por su abogado. Se advierte al denunciado que conforme al artículo 27 inciso 3 del Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 134 del jueves 12 de julio del 2001, se establece que “Todos los agremiados o funcionarios del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos tiene la obligación de comparecer a las citaciones realizadas por los Tribunales de Honor. Si existiera negativa injustificada de los funcionarios a comparecer a la cita recibida, se considerará en el caso de los trabajadores como falta grave y procederá su despido sin responsabilidad patronal. En los casos de los agremiados, se considerará esa omisión como falta al Código de Ética y dará lugar a la apertura de un proceso disciplinario en su contra”. A este acto sólo podrán asistir las partes y sus representantes legales.—Tribunal de Honor Empresas.—Arq. Carlos Mena Mora, Presidente.—(O. C. Nº 4330).—C-58080.—(13721).
N°
43-05-2007-018-INT.—Procedimiento disciplinario contra: Arq. Ana Matilde Ramos
Medina (A-8114), Ing. Danilo Linares Jiménez (ICO-8143), Ing. Óscar Suárez
Acosta (IC-2149). Denunciante: Sra. Ana Isabel Delgado Badilla. Expediente:
43-05.
Tribunales de honor. Auto de Intimación. A las
12:00 horas del 13 de febrero de dos mil siete, el Tribunal de Honor
Multidisciplinario, nombrado por la Junta Directiva General en la sesión Nº
10-06/07-G.E, celebrada el 25 de enero de 2007, acuerdo Nº 08, con sede en
oficinas de Tribunales de Honor del Colegio Federado, ubicada en el tercer piso
del edificio del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos en Granadilla
de Curridabat comunica:
A la
arquitecta Ana Matilde Ramos Medina, registro número A-8114, cédula número
2801623320, que de conformidad con el acuerdo de Junta Directiva General arriba
citado, se abrió el presente procedimiento ordinario disciplinario en su contra
por supuestas faltas a:
● Ley Orgánica del Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos: artículos 8 incisos a) y b), 12.
● Reglamento Interior
General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos: artículo 53.
● Reglamento para la
Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura:
artículos 10, 11 incisos b), c), j), 17 incisos ch), f), g) y h).
● Ley de Construcciones:
artículos 74 y 89.
● Reglamento de
Construcciones: artículo II.11
● Reglamento Especial del
Cuaderno de Bitácora en Obras: artículos 1, 2, 6, 7, 8, 9, 12, 16, 17, 18 y 19.
● Código de Ética
Profesional del CFIA: artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 18.
Los
hechos que se le imputan en su actuación como profesional responsable y
directora técnica de la obra, son los siguientes:
1) No haber mantenido la documentación técnica en
el sitio de la obra.
2) Haber permitido que se edificara
una obra distinta en forma y tamaño a lo tramitado ante el Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos.
3) Haber abandonado la obra
inconclusa: (instalación eléctrica, sistema de evacuación de aguas negras, no
haber construido pared colindante izquierda y parte de la pared posterior, no
conclusión de cerchas en el sector derecho, la puerta posterior, vidrios en la
ventanas, mueble de cocina, sistema de evacuación de aguas pluviales, losa sanitaria).
4) Dirección técnica deficiente que
provoca defectos constructivos: segmentos de tubo sobresaliendo en pisos y
paredes, falta de amarre entre paredes frontal y posterior, desniveles en
superficies de algunas paredes, descuadre en las paredes de fibrolit en uno de
los dormitorios, uso indebido de pared colindante izquierda para apoyar pines
de soporte de estructura de techo, defectos en las uniones de estructura de
techo y pared, medidas inadecuadas en puertas de acceso, lavandería y servicio
sanitario.
De encontrarse alguna violación a la reglamentación vigente arriba indicada, se estaría sancionando al denunciado según lo establecido en los artículos 31 y 45 del Código de ética profesional. Corresponde la sanción máxima, según los artículos citados, a 24 meses de suspensión en el ejercicio profesional. Se le previene además de lo establecido en el artículo 24 del Código de ética profesional que dice: “cuando con una misma conducta se violen varias disposiciones del presente Código, se aplicará la sanción establecida para la falta más grave”. Sobre los cargos que se le hacen a la profesional denunciada, se le concede el plazo improrrogable de veintiún días hábiles, contados a partir de la notificación del presente auto para que conteste y diga si los rechaza por ser falsos, si los acepta por ser ciertos o si los acepta sólo parcialmente y con modificaciones y rectificaciones, así como para ofrecer toda la prueba de descargo que considere oportuna y conveniente. En caso de no comparecer en el plazo conferido en esta resolución, se le advierte que el proceso continuará sin su participación, sin perjuicio de que pueda apersonarse en cualquier momento pero sin reposición de ningún trámite y tomando el proceso en el estado en que se encuentre (artículo 81 del Reglamento del proceso disciplinario del CFIA). Se le hace saber a la denunciada que este procedimiento ordinario disciplinario se tramita con estricto apego a todas las normas y principios del procedimiento administrativo establecidos en el Reglamento de proceso disciplinario de los miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, número 225 del jueves 22 de noviembre del 2001, y con garantía de todos los medios para que ejerza su defensa, indicándole que debe apersonarse a hacer valer sus derechos, que tiene derecho a ser oído y ofrecer prueba de descargo, acceso en todo momento al expediente y sus piezas y los antecedentes de la denuncia presentada en su contra. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un abogado, técnico o cualquiera persona calificada que estime conveniente. La presente resolución tiene los recursos ordinarios de revocatoria con apelación (artículo 107 del Reglamento de proceso disciplinario), para lo cual cuenta con un plazo de siete días hábiles contados a partir de la notificación de esta resolución. El recurso de revocatoria deberá plantearse ante este mismo tribunal y será resuelto en la misma sede. El de apelación será planteado de igual forma y será resuelto por la Junta Directiva General. Actualmente obra en poder del Tribunal de Honor el expediente disciplinario, cuyo acceso se regulará conforme lo establecido en los artículos 48, 49 y 50 del Reglamento del proceso disciplinario de los miembros del CFIA. Se previene a la denunciada, arquitecta Ana Matilde Ramos Medina, que en el acto de ser notificado o dentro del tercer día y por escrito, deberá señalar lugar, oficina o número de fax donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas siguientes a que sean dictadas. Igual consecuencia sufrirá si el lugar o medio designado fuere impreciso, incierto o se encontrare cerrado o ya no existiere. Se le advierte que si señala un FAX, deberá velar porque este se encuentre funcionando normalmente. Asimismo, en caso de desperfecto o inhabilitación deberá comunicarlo en forma inmediata y señalar nuevo lugar para atender futuras notificaciones. Copia de este traslado está siendo remitido a la señora Ana Isabel Delgado Badilla y al Ing. Gerardo Campos Chacón, jefe del Departamento de Régimen Disciplinario, como parte interesada en este proceso. Notifíquese.—Tribunal de Honor Multidisciplinario.—Ing. Ricardo Charpentier García, Presidente.—(O. C. Nº 4333).—C-123420.—(13722).
N°
66-05-2007-016-INT.—Procedimiento Disciplinario, contra: Ing. Mauricio
Rodríguez Solís (IC-7559). Denunciantes: Sra. Sadee Flores Acosta. Colegio
Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica. Expediente: 66-05.
Tribunales de Honor. Auto de
intimación. A las catorce horas del 6 de febrero de dos mil siete, el Tribunal
de Honor N° 1, nombrado por la Junta Directiva General en la sesión Nº
33-05/06-G.E, celebrada el 7 de setiembre de 2006, acuerdo N° 26, con sede en
oficinas de Tribunales de Honor del Colegio Federado, ubicada en el tercer piso
del edificio del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos en Granadilla
de Curridabat comunica:
Al ingeniero Mauricio
Rodríguez Solís, registro número IC-7559, que de conformidad con el acuerdo de
Junta Directiva General arriba citado, se abrió el presente procedimiento
ordinario disciplinario en su contra por supuestas faltas a:
● Ley Orgánica del CFIA: artículos 8, inciso a,
● Reglamento interior general del CFIA:
artículo 53,
● Reglamento para la contratación de servicios
profesionales den ingeniería y arquitectura, artículos 11B (incisos a y b),
● Reglamento especial de cuaderno de bitácora
en obras: artículos 4 y 9,
● Código de ética profesional de los miembros
del CFIA: artículos 3, 4, 18 y 19.
Los hechos que se le
imputan, en su actuación como profesional responsable del proyecto de una
vivienda propiedad de la Sra. Sadee Flores Acosta, ubicada en Colón, cantón de
Mora, provincia de San José, son:
1) Permitió que se realizaran trabajos con
deficiencias constructivas:
• Escaleras y techos con materiales de mala calidad
• Láminas de techo con deformaciones
2) No dejó constancia en el cuaderno de bitácora
sus observaciones ni de las incidencias acaecidas durante el proceso
constructivo.
3) Permitió que personas no autorizadas
realizaran anotaciones en el cuaderno de bitácora.
De encontrarse alguna violación a la reglamentación vigente arriba indicada, se estaría sancionando al denunciado según lo establecido en los artículos 26 y 31 del Código de ética profesional. Corresponde la sanción máxima, según los artículos citados, a 24 meses de suspensión en el ejercicio profesional. Se le previene además de lo establecido en el artículo 24 del Código de ética profesional que dice: “cuando con una misma conducta se violen varias disposiciones del presente Código, se aplicará la sanción establecida para la falta más grave”. Sobre los cargos que se le hacen al profesional denunciado, se le concede el plazo improrrogable de veintiún días hábiles, contados a partir de la notificación del presente auto para que conteste y diga si los rechaza por ser falsos, si los acepta por ser ciertos o si los acepta sólo parcialmente y con modificaciones y rectificaciones, así como para ofrecer toda la prueba de descargo que considere oportuna y conveniente. En caso de no comparecer en el plazo conferido en esta resolución, se le advierte que el proceso continuará sin su participación, sin perjuicio de que pueda apersonarse en cualquier momento pero sin reposición de ningún trámite y tomando el proceso en el estado en que se encuentre (artículo 81 del Reglamento del proceso disciplinario del CFIA). Se le hace saber al denunciado que este procedimiento ordinario disciplinario se tramita con estricto apego a todas las normas y principios del procedimiento administrativo establecidos en el Reglamento de proceso disciplinario de los miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, número 225 del jueves 22 de noviembre del 2001, y con garantía de todos los medios para que ejerza su defensa, indicándole que debe apersonarse a hacer valer sus derechos, que tiene derecho a ser oído y ofrecer prueba de descargo, acceso en todo momento al expediente y sus piezas y los antecedentes de la denuncia presentada en su contra. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un abogado, técnico o cualquiera persona calificada que estime conveniente. La presente resolución tiene los recursos ordinarios de revocatoria con apelación (artículo 107 del Reglamento de proceso disciplinario), para lo cual cuenta con un plazo de siete días hábiles contados a partir de la notificación de esta resolución. El recurso de revocatoria deberá plantearse ante este mismo tribunal y será resuelto en la misma sede. El de apelación será planteado de igual forma y será resuelto por la Junta Directiva General. Actualmente obra en poder del Tribunal de Honor el expediente disciplinario, cuyo acceso se regulará conforme lo establecido en los artículos 48, 49 y 50 del Reglamento del proceso disciplinario de los miembros del CFIA. Se previene al denunciado, Ing. Mauricio Rodríguez Solís, que en el acto de ser notificado o dentro del tercer día y por escrito, deberá señalar lugar, oficina o número de fax donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas siguientes a que sean dictadas. Igual consecuencia sufrirá si el lugar o medio designado fuere impreciso, incierto o se encontrare cerrado o ya no existiere. Se le advierte que si señala un FAX, deberá velar porque este se encuentre funcionando normalmente. Asimismo, en caso de desperfecto o inhabilitación deberá comunicarlo en forma inmediata y señalar nuevo lugar para atender futuras notificaciones. Se le notifica que según acuerdo tomado en sesión realizada el 6 de febrero de 2007, este Tribunal de Honor fijó el día 13 de marzo de 2007 a las 13:30 horas para celebrar la audiencia oral y privada a que se refiere el capítulo II del Reglamento de proceso disciplinario de los miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, en la que se admitirá y recibirá toda la prueba y alegatos de las partes que fueren pertinentes. Por lo anterior se le solicita acudir con puntualidad a la comparecencia, en el entendido de que solo las partes, sus representantes y abogados podrán asistir al acto. Copia de este traslado está siendo remitido al Ing. Gerardo Campos Chacón, Jefe del Departamento de Régimen Disciplinario, y a la Sra. Sadee Flores Acosta, como partes interesadas en este proceso. Notifíquese.—Tribunal de Honor N° 1.—Ing. Roy Acuña Prado, Presidente.—(O. C. Nº 4329).—C-125235.—(13723).
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
En la Resolución RJD-079-2006, San José, a las ocho horas con quince minutos del trece de noviembre del dos mil seis, publicada en La Gaceta Nº 31 del 13 de febrero del 2007, donde se acoge parcialmente el recurso de apelación en subsidio interpuesto por Azucarera El Viejo S. A., en el Por tanto I debe leerse correctamente: “(tres, ocho centavos de dólar).”
Publíquese.—Junta Directiva.—Lic. Deisha Broomfield Thompson, Secretaria.—1 vez.—(Solicitud Nº 41240).—C-4255.—(17054).
AVISOS
CLUB PUNTA LEONA S. A.
En La Gaceta N° 42
del 28 de febrero del 2007, en la página 50, se publicó la convocatoria de
accionistas del Club Punta Leona S. A., con la referencia 15140, en dicha publicación
debe leerse correctamente lo siguiente y no como se publicó:
Se convoca a los
accionistas del Club Punta Leona S. A., a la asamblea general ordinaria y
extraordinaria, ...
La Uruca, San José, marzo del 2007.—Lic. Nelson Loaiza Sojo, Director General de la Imprenta Nacional.—1 vez.—(17529).