LA GACETA Nº 73
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
BANCO HOPOTECARIO DE LA VIVIENDA
JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO
ECONóMICO DE LA VERTIENTE ATLáNTICA
JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES
JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ
JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE CARTAGO
Nº 8584
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
Decreta:
AYUDA AL CENTRO NACIONAL DE CONTROL
DEL DOLOR Y CUIDADOS PALIATIVOS
ARTÍCULO ÚNICO.-
Adiciónanse al artículo
10 de la Ley Nº 7756, Beneficios para los responsables de pacientes en fase
terminal, de 25 de febrero de 1998, dos párrafos finales, cuyos textos dirán:
“Artículo 10.- Cobertura de los costos
[…]
De existir algún
superávit después de cubrir los gastos a que se refiere el párrafo anterior, la
Caja Costarricense de Seguro Social podrá destinar los sobrantes para aplicarlos,
exclusivamente, a ayudar al financiamiento de la construcción del edificio para
el Centro Nacional del Control del Dolor y Cuidados Paliativos, y luego, de las
clínicas de control del dolor y cuidados paliativos que integran la red de
apoyo del Centro citado. Asimismo, podrá destinarlos al equipamiento de esos
mismos centros de salud; todo con el propósito de mejorar la atención integral
de los pacientes que sufren por dolor o se encuentran en estado terminal, por
cáncer u otras enfermedades incurables.
Para los
efectos del párrafo precedente de este artículo, se autoriza a la Caja
Costarricense de Seguro Social para que destine los excedentes generados por la
presente Ley desde el 20 de marzo de 1998.”
ASAMBLEA LEGISLATIVA.- Aprobado a los cinco días del mes de
marzo de dos mil siete.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Francisco Antonio Pacheco Fernández
PRESIDENTE
Clara Zomer Rezler Guyon Massey Mora
PRIMERA
SECRETARIA SEGUNDO
SECRETARIO
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los veintiún días del mes de marzo del dos mil siete.
Ejecútese y publíquese.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La
Ministra de Salud Pública, María Luisa Ávila Agüero.—1 vez.—(O. C. Nº
1173).—C-15750.—(L8584-30212).
Nº 33699-S
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE SALUD
En uso de las facultades
que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución
Política; 27 y 28 de la Ley Nº 6227 de 2 de mayo de 1978 “Ley General de la
Administración Pública”; 1 y 2 de la Ley Nº 5395 de 30 de octubre de 1973 “Ley
General de Salud”.
Considerando:
1º—Que es función del
Estado velar por la salud de la población.
2º—Que toda persona física o jurídica
está obligada a proporcionar de manera cierta y oportuna los datos que el
funcionario de salud le solicite para el oportuno conocimiento de los problemas
de salud para la formulación de las soluciones adecuadas.
3º—Que la buena nutrición es esencial
para la salud y el desarrollo humano.
4º—Que los resultados aportados por
las encuestas nacionales de nutrición han permitido la planificación de
intervenciones dirigidas a solucionar los problemas identificados.
5º—Que la última encuesta nacional de
nutrición se realizó en 1996, por lo tanto se hace oportuno y necesario
actualizarla para la formulación de políticas, planes, programas y proyectos en
salud y nutrición.
6º—Que por la relevancia que significa
para el país la realización de la Encuesta Nacional de Nutrición, el Ministerio
de Salud estima necesario declarar de interés público y nacional esta
actividad. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Se declaran
de interés público y nacional, las actividades que lleva a cabo el Ministerio
de Salud para la planificación y ejecución de la Encuesta Nacional de Nutrición
que se realizará en el 2007.
Artículo 2º—Las dependencias del
Sector Público y del Sector Privado, las organizaciones no gubernamentales y
los organismos internacionales, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir
con recursos económicos y humanos, en la medida de sus posibilidades y sin
perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa
realización de las actividades indicadas.
Artículo 3º—Rige a partir de su
publicación
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los seis días del mes de marzo de dos mil siete.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Salud, Dra. María Luisa Ávila Agüero.—1 vez.—(Solicitud Nº 05707).—C-17565.—(D33699-29469).
Nº 33703-MINAE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA
Con fundamento en las
facultades que le confiere los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la
Constitución Política, artículo 37 de la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554 del
4 de octubre de 1995, Ley Nº 7524 del 10 de julio de 1995 que crea Parque
Marino Las Baulas; Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus
reformas.
Considerando:
1º—Con la ratificación
del Convenio de Diversidad Biológica en 1994, nuestro país adquiere el
compromiso de establecer un sistema de áreas protegidas, así como tomar medidas
especiales para conservar la diversidad biológica, como la administración de
recursos biológicos importantes; garantizar su conservación, la protección de
ecosistemas y habitat naturales, con miras a aumentar la protección de esas
zonas y promover la recuperación de especies amenazadas.
2º—El Parque Marino Las Baulas de
Guanacaste fue creado primeramente mediante Decreto Ejecutivo Nº 20518-MIRENEM
del día 5 de junio de 1991, publicado el 9 de julio de 1991, y posteriormente
ratificada su creación por Ley Nº 7524 del 10 de julio de 1995.
3º—Por Ley Nº 7906, publicada el 24 de
setiembre de 1999, nuestro país aprueba la Convención Interamericana para la
Protección y Conservación de las Tortugas Marinas, suscrita el 31 de enero de
1997, ésta establece como compromiso de los Estados signatarios, el de
establecer restricciones a las actividades humanas que puedan afectar a las
tortugas marinas, sobre todo durante los periodos de reproducción, incubación y
migración así como la restauración del habitat y de los lugares de desove,
mediante la utilización de esas zonas como áreas silvestres protegidas.
4º—La tortuga Baula (Dermochelys
coriacea) actualmente se encuentra en peligro de extinción, y su principal
amenaza la constituye tanto la pesca comercial como el desarrollo de
actividades humanas en tierra no compatibles con su conservación. El desarrollo
de infraestructura, la presencia constante y sin restricciones de personas, así
como sus mascotas, se constituye en una amenaza a las tortugas, sus nidos, y
lugares aledaños.
5º—El Parque Marino Las Baulas de
Guanacaste, se constituye en uno de los cuatro lugares más importantes de
anidación de esta especie en el Océano Pacífico, no obstante, en los últimos
años se ha producido una disminución considerable en el arribo de tortugas a
desovar. Lo anterior obliga a la adopción de medidas inmediatas entre ellas el
asegurar que los terrenos donde se ubica el Parque pasen a formar parte del
dominio público, deteniendo con ello el avance de la frontera urbana.
6º—El Parque Marino Las Baulas de
Guanacaste, se ubica en un sector costero, que a diferencia de otros en los que
rige de manera plena una zona de protección de doscientos metros a partir de la
pleamar ordinaria sometida al “dominio público” que prevé la Ley sobre la Zona
Marítimo Terrestre, el legislador autorizó la constitución de títulos de
“dominio privado” inscritos en el Registro Público de la Propiedad Inmueble a
nombre de diferentes propietarios privados. Además con la constitución del
Parque se estableció la protección de tan sólo setenta y cinco metros
adyacentes a los cincuenta metros de la zona pública, lo que suma tan sólo
ciento veinticinco metros contados a partir de la pleamar ordinaria.
7º—La existencia de propiedad privada
en la zona que describe el Parque Marino, ha favorecido el crecimiento de
actividades no compatibles con la conservación de la tortuga baula, y ha
permitido además la atomización de la propiedad, lo cual resulta incompatible
con la naturaleza de la zona.
8º—El artículo 37 de la Ley Orgánica
del Ambiente Nº 7554 del 4 de octubre de 1995, establece la obligación para el
Estado de pagar las tierras que se incluyan dentro de los límites de los
Parques Nacionales, facultando al Poder Ejecutivo a través del Ministerio del
Ambiente y Energía para realizar la expropiación de las mismas según lo
establecido por la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus
reformas.
9º—De conformidad con el artículo 50
de nuestra Constitución Política “todo ciudadano tiene derecho a un ambiente
sano y ecológicamente equilibrado” existiendo correlativamente, según lo
dispuesto por ese mismo precepto, el deber del Estado de garantizarlo. La
tortuga baula, como elemento de la biodiversidad y del medio ambiente natural,
forma parte de ese equilibrio que debe ser garantizado.
10.—Nuestra Sala Constitucional
mediante Voto Nº 5544 de las 15:38 horas del 10 de mayo del 2005, respecto de
la protección del medio ambiente señaló:
“El artículo 50
citado, también perfila el Estado Social de Derecho, por lo que podemos
concluir que la Constitución Política enfatiza que la protección del ambiente
es un mecanismo adecuado para tutelar y mejorar la calidad de vida de todos, lo
que hace necesaria la intervención de los Poderes Públicos sobre los factores
que pueden alterar su equilibrio y obstaculizar que la persona se desarrolle y
desenvuelva en un ambiente sano. La incidencia que tiene el derecho a un
ambiente sano y ecológicamente equilibrado dentro de la actividad del Estado,
encuentra su primera razón de ser, en que por definición, los derechos no se
limitan a la esfera privada de los individuos, sino que tienen asimismo
trascendencia en la propia estructura del Estado, en su papel de garante de los
mismos y, en segundo término, porque la actividad del Estado se dirige hacia la
satisfacción de los intereses de la colectividad. (...) IV. La Sala ha indicado
que el ambiente debe ser entendido como un potencial de desarrollo para
utilizarlo adecuadamente, debiendo actuarse de modo integrado en sus relaciones
naturales, socioculturales, tecnológicas y de orden político, ya que, en caso
contrario, se degrada su productividad para el presente y el futuro y podría
ponerse en riesgo el patrimonio de las generaciones venideras. Los orígenes de
los problemas ambientales son complejos y corresponden a una articulación de
procesos naturales y sociales en el marco del estilo de desarrollo
socioeconómico que adopte el país. Por ejemplo, se producen problemas
ambientales cuando las modalidades de explotación de los recursos naturales dan
lugar a una degradación de los ecosistemas superior a su capacidad de
regeneración, lo que conduce a que amplios sectores de la población resulten
perjudicados y se genere un alto costo ambiental y social que redunda en un
deterioro de la calidad de vida; pues precisamente el objetivo primordial del
uso y protección del ambiente es obtener un desarrollo y evolución favorable al
ser humano. (...) Nuestro país ha dependido y seguirá dependiendo, al igual que
cualquier otra nación, de sus recursos naturales y su medio para llenar las
necesidades básicas de sus habitantes y mantener operando el aparato productivo
que sustenta la economía nacional, cuya principal fuente la constituye la
agricultura y, en los últimos años, el turismo, especialmente en su dimensión
de ecoturismo. El suelo, el agua, el aire, los recursos marinos y costeros, los
bosques, la diversidad biológica, los recursos minerales y el paisaje conforman
el marco ambiental sin el cual las demandas básicas -como espacio vital,
alimentación, energía, vivienda, sanidad y recreación- serían imposibles. De
igual modo, nuestra economía también está íntimamente ligada al estado del
ambiente y de los recursos naturales. (...).”
11.—De conformidad con todo
lo anterior, se puede concluir que existe un interés público evidente y
manifiesto en la protección de la tortuga baula y de sus áreas de anidación,
para su supervivencia como especie y elemento de la biodiversidad. La
improcedencia de que en los terrenos donde se produce el arribo, la anidación,
y nacimiento, que es justamente el área que ha sido declarada como Parque
Nacional, se desarrollen actividades diferentes a la protección de la especie,
obliga al Estado Costarricense a asumir directamente el dominio a través de la
expropiación.
12.—Tal y como lo establece el
artículo 18 de la Ley de Expropiaciones “para expropiar, será indispensable un
acto motivado, mediante el cual el bien por expropiar se declare de interés
público. La declaratoria de interés público deberá notificarse al interesado o
su representante legal y será publicada en el Diario Oficial.” En esa virtud, y
al ubicarse dentro de las coordenadas del Parque Nacional Marino Las Baulas de
Guanacaste, procede declarar el interés público y dar inicio al procedimiento
administrativo de expropiación parcial de la finca del partido de Guanacaste
matrícula de Folio Real Nº 131865-600, propiedad de The truth about heaven
Limitada, cédula jurídica 3-102-445779, lote a expropiar situado en el distrito
08 Cabo Velas, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste, le describe
el plano catastrado número G-1045234-2006, con un área de 2 642 metros 81
decímetros cuadrados con los siguientes linderos: norte, Acarigua S. A.; al
sur, Banco Impresa S. A.; al este: Field on the beach Sociedad Anónima, y al
oeste, zona pública inalienable de 50 metros a favor del Estado, con un frente
a ella de 40 metros. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—De
conformidad con los considerandos anteriores, por ubicarse dentro de las
coordenadas del Parque Nacional Marino Las Baulas de Guanacaste, se declara de
interés público la adquisición parcial, por la vía de la expropiación, de la
finca del partido de Guanacaste matrícula de Folio Real Nº 131865-000,
propiedad de The truth about heaven Limitada, cédula jurídica 3-102-445779;
lote a expropiar situado en el distrito 08 Cabo Velas, cantón 03 Santa Cruz de
la provincia de Guanacaste, lo describe el plano catastrado número
G-1045234-2006, con un área de 2642,81 metros cuadrados con los siguientes
linderos: norte, Acarigua S. A.; al sur, Banco Improsa S. A.; al este: Field on
the beach Sociedad Anónima, y al oeste, zona pública inalienable de 50 metros a
favor del Estado, con un frente a ella de 40 metros.
Artículo 2º—Precédase a dar inicio al
procedimiento administrativo expropiatorio, para cuyo trámite se autoriza a la
Dirección General del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).
Publíquese en el Diario Oficial la presente declaratoria y notifíquese al
propietario. Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro
Nacional de la Propiedad, de dicho inmueble; para lo cual se autoriza a la
Coordinadora de la Asesoría Legal de del Sistema Nacional de Áreas de
Conservación a realizar las diligencias ante el Registro Nacional, para que
emita y firme el respectivo mandamiento ante dicho Registro.
Artículo 3º—Proceda el Sistema
Nacional de Áreas de Conservación del Ministerio del Ambiente y Energías,
representada por su Dirección General a continuar con el procedimiento
establecido para tal efecto, para la adquisición de dicho lote, con especial
observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo establecido en la
Ley de Expropiaciones y sus reformas.
Artículo 4º—Rige a partir de su
publicación.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil
siete.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Ambiente y Energía, Roberto Dobles Mora.—1 vez.—(D33703-29685).
Nº 33704-MINAE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA
Con fundamento en las
facultades que le confiere los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la
Constitución Política, artículo 37 de la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554 del
4 de octubre de 1995, Ley Nº 7524 del 10 de julio de 1995 que crea Parque
Marino Las Baulas; Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus
reformas.
Considerando:
1º—Con la ratificación
del Convenio de Diversidad Biológica en 1994, nuestro país adquiere el
compromiso de establecer un sistema de áreas protegidas, así como tomar medidas
especiales para conservar la diversidad biológica, como la administración de
recursos biológicos importantes; garantizar su conservación, la protección de
ecosistemas y habitat naturales, con miras a aumentar la protección de esas
zonas y promover la recuperación de especies amenazadas.
2º—El Parque Marino Las Baulas de
Guanacaste fue creado primeramente mediante Decreto Ejecutivo Nº 20518-MIRENEM
del día 5 de junio de 1991, publicado el 9 de julio de 1991, y posteriormente
ratificada su creación por Ley Nº 7524 del 10 de julio de 1995.
3º—Por Ley Nº 7906, publicada el 24 de
setiembre de 1999, nuestro país aprueba la Convención Interamericana para la
Protección y Conservación de las Tortugas Marinas, suscrita el 31 de enero de
1997, ésta establece como compromiso de los Estados signatarios, el de
establecer restricciones a las actividades humanas que puedan afectar a las
tortugas marinas, sobre todo durante los periodos de reproducción, incubación y
migración así como la restauración del habitat y de los lugares de desove,
mediante la utilización de esas zonas como áreas silvestres protegidas.
4º—La tortuga Baula (Dermochelys
coriacea) actualmente se encuentra en peligro de extinción, y su principal
amenaza la constituye tanto la pesca comercial como el desarrollo de
actividades humanas en tierra no compatibles con su conservación. El desarrollo
de infraestructura, la presencia constante y sin restricciones de personas, así
como sus mascotas, se constituye en una amenaza a las tortugas, sus nidos, y
lugares aledaños.
5º—El Parque Marino Las Baulas de
Guanacaste, se constituye en uno de los cuatro lugares más importantes de
anidación de esta especie en el Océano Pacífico, no obstante en los últimos
años se ha producido una disminución considerable en el arribo de tortugas a
desovar. Lo anterior obliga a la adopción de medidas inmediatas entre ellas el
asegurar que los terrenos donde se ubica el Parque pasen a formar parte del
dominio público, deteniendo con ello el avance de la frontera urbana.
6º—El Parque Marino Las Baulas de
Guanacaste, se ubica en un sector costero, que a diferencia de otros en los que
rige de manera plena una zona de protección de doscientos metros a partir de la
pleamar ordinaria sometida al “dominio público” que prevé la Ley sobre la Zona
Marítimo Terrestre, el legislador autorizó la constitución de títulos de
“dominio privado” inscritos en el Registro Público de la Propiedad Inmueble a
nombre de diferentes propietarios privados. Además con la constitución del
Parque se estableció la protección de tan sólo setenta y cinco metros
adyacentes a los cincuenta metros de la zona pública, lo que suma tan sólo
ciento veinticinco metros contados a partir de la pleamar ordinaria.
7º—La existencia de propiedad privada
en la zona que describe el Parque Marino, ha favorecido el crecimiento de
actividades no compatibles con la conservación de la tortuga baula, y ha
permitido además la atomización de la propiedad, lo cual resulta incompatible
con la naturaleza de la zona.
8º—El artículo 37 de la Ley Orgánica
del Ambiente Nº 7554 del 4 de octubre de 1995, establece la obligación para el
Estado de pagar las tierras que se incluyan dentro de los límites de los
Parques Nacionales, facultando al Poder Ejecutivo a través del Ministerio del
Ambiente y Energía para realizar la expropiación de las mismas según lo
establecido por la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus
reformas.
9º—De conformidad con el artículo 50
de nuestra Constitución Política “todo ciudadano tiene derecho a un ambiente
sano y ecológicamente equilibrado” existiendo correlativamente, según lo
dispuesto por ese mismo precepto, el deber del Estado de garantizarlo. La
tortuga Baula, como elemento de la biodiversidad y del medio ambiente natural,
forma parte de ese equilibrio que debe ser garantizado.
10.—Nuestra Sala Constitucional
mediante Voto Nº 5544 de las 15:38 horas del 10 de mayo del 2005, respecto de
la protección del medio ambiente señaló:
“El artículo 50
citado, también perfila el Estado Social de Derecho, por lo que podemos
concluir que la Constitución Política enfatiza que la protección del ambiente
es un mecanismo adecuado para tutelar y mejorar la calidad de vida de todos, lo
que hace necesaria la intervención de los Poderes Públicos sobre los factores
que pueden alterar su equilibrio y obstaculizar que la persona se desarrolle y
desenvuelva en un ambiente sano. La incidencia que tiene el derecho a un
ambiente sano y ecológicamente equilibrado dentro de la actividad del Estado,
encuentra su primera razón de ser, en que por definición, los derechos no se
limitan a la esfera privada de los individuos, sino que tienen asimismo
trascendencia en la propia estructura del Estado, en su papel de garante de los
mismos y, en segundo término, porque la actividad del Estado se dirige hacia la
satisfacción de los intereses de la colectividad. (...) IV. La Sala ha indicado
que el ambiente, debe ser entendido como un potencial de desarrollo para
utilizarlo adecuadamente, debiendo actuarse de modo integrado en sus relaciones
naturales, socioculturales, tecnológicas y de orden político, ya que, en caso
contrario, se degrada su productividad para el presente y el futuro y podría
ponerse en riesgo el patrimonio de las generaciones venideras. Los orígenes de
los problemas ambientales son complejos y corresponden a una articulación de
procesos naturales y sociales en el marco del estilo de desarrollo
socioeconómico que adopte el país. Por ejemplo, se producen problemas
ambientales cuando las modalidades de explotación de los recursos naturales dan
lugar a una degradación de los ecosistemas superior a su capacidad de
regeneración, lo que conduce a que amplios sectores de la población resulten
perjudicados y se genere un alto costo ambiental y social que redunda en un
deterioro de la calidad de vida; pues precisamente el objetivo primordial del
uso y protección del ambiente es obtener un desarrollo y evolución favorable al
ser humano. (...) Nuestro país ha dependido y seguirá dependiendo, al igual que
cualquier otra nación, de sus recursos naturales y su medio para llenar las
necesidades básicas de sus habitantes y mantener operando el aparato productivo
que sustenta la economía nacional, cuya principal fuente la constituye la
agricultura y, en los últimos años, el turismo, especialmente en su dimensión
de ecoturismo. El suelo, el agua, el aire, los recursos marinos y costeros, los
bosques, la diversidad biológica, los recursos minerales y el paisaje conforman
el marco ambiental sin el cual las demandas básicas -como espacio vital,
alimentación, energía, vivienda, sanidad y recreación- serían imposibles. De
igual modo, nuestra economía también está íntimamente ligada al estado del
ambiente y de los recursos naturales. (...).”
11.—De conformidad con todo
lo anterior, se puede concluir que existe un interés público evidente y
manifiesto en la protección de la tortuga Baula y de sus áreas de anidación,
para su supervivencia como especie y elemento de la biodiversidad. La
improcedencia de que en los terrenos donde se produce el arribo, la anidación,
y nacimiento, que es justamente el área que ha sido declarada como Parque
Nacional, se desarrollen actividades diferentes a la protección de la especie,
obliga al Estado Costarricense a asumir directamente el dominio a través de la
expropiación.
12.—Tal y como lo establece el
artículo 18 de la Ley de Expropiaciones “para expropiar, será indispensable un
acto motivado, mediante el cual el bien por expropiar se declare de interés
público. La declaratoria de interés público deberá notificarse al interesado o
su representante legal y será publicada en el Diario Oficial.” En esa virtud, y
al ubicarse dentro de las coordenadas del Parque Nacional Marino Las Baulas de
Guanacaste, procede declarar el interés público y dar inicio al procedimiento
administrativo de expropiación parcial de la finca del partido de Guanacaste
matrícula de Folio Real 131866-000, propiedad de The truth about heaven
Limitada, cédula jurídica 3-102-445779, lote a expropiar situado en el distrito
08 Cabo Velas, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Lo describe
el plano catastrado número G-1045235-2006, con un área de 3 955 metros y 86
decímetros cuadrados; con los siguientes linderos: norte, Banco Improsa S. A.;
al sur: Future Urban Developments STR S. A.; al este: Field on the Beach S. A.,
y al oeste, zona pública inalienable con un frente a ella de 60 metros y un
centímetro. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—De
conformidad con los considerandos anteriores, por ubicarse dentro de las coordenadas
del Parque Nacional Marino Las Baulas de Guanacaste, se declara de interés
público la adquisición parcial, por la vía de la expropiación, de la finca del
partido de Guanacaste matrícula Folio Real 131866-000, propiedad de The truth
about heaven Limitada, cédula jurídica 3-102-445779, lote a expropiar situado
en el distrito 08 Cabo Velas, cantón 03 Santa Cruz de la provincia de
Guanacaste. Lo describe el plano catastrado número G-1045235-2006, con un área
de 3 955 metros y 86 decímetros cuadrados; con los siguientes linderos: norte,
Banco Impresa S. A.; al sur, Future Urban Developments STR S. A.; al este,
Field on the beach S. A., y al oeste, zona pública inalienable con un frente a
ella de 60 metros y un centímetro.
Artículo 2º—Procédase a dar inicio al
procedimiento administrativo expropiatorio, para cuyo trámite se autoriza a la
Dirección General del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).
Publíquese en el Diario Oficial la presente declaratoria y notifíquese al
propietario. Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro
Nacional de la Propiedad, de dicho inmueble; para lo cual se autoriza a la
Coordinadora de la Asesoría Legal de del Sistema Nacional de Áreas de
Conservación a realizar las diligencias ante el Registro Nacional, para que
emita y firme el respectivo mandamiento ante dicho Registro.
Artículo 3º—Proceda el Sistema
Nacional de Áreas de Conservación del Ministerio del Ambiente y Energías,
representada por su Dirección General a continuar con el procedimiento establecido
para tal efecto, para la adquisición de dicho lote, con especial observancia de
los plazos fijados y en estricto apego a lo establecido en la Ley de
Expropiaciones y sus reformas.
Artículo 4º—Rige a partir de su
publicación.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil
siete.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Ambiente y Energía, Roberto Dobles Mora.—1 vez.—(D33704-29689).
Nº 33707-MINAE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA
Con fundamento en las
facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la
Constitución Política, artículo 37 de la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554 del
4 de octubre de 1995, Ley Nº 7524 del 10 de julio de 1995 que crea el Parque
Marino Las Baulas; Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus
reformas.
Considerando:
1º—Con la ratificación
del Convenio de Diversidad Biológica en 1994, nuestro país adquiere el
compromiso de establecer un sistema de áreas protegidas, así como tomar medidas
especiales para conservar la diversidad biológica, como la administración de
recursos biológicos importantes; garantizar su conservación, la protección de
ecosistemas y habitat naturales, con miras a aumentar la protección de esas
zonas y promover la recuperación de especies amenazadas.
2º—El Parque Marino Las Baulas de
Guanacaste fue creado primeramente mediante Decreto Ejecutivo Nº 20518-MIRENEM
del día 5 de junio de 1991, publicado el 9 de julio de 1991, y posteriormente
ratificada su creación por Ley Nº 7524 del 10 de julio de 1995.
3º—Por Ley Nº 7906, publicada el 24 de
setiembre de 1999, nuestro país aprueba la Convención Interamericana para la
Protección y Conservación de las Tortugas Marinas, suscrita el 31 de enero de
1997, ésta establece como compromiso de los Estados signatarios, el de
establecer restricciones a las actividades humanas que puedan afectar a las
tortugas marinas, sobre todo durante los periodos de reproducción, incubación y
migración así como la restauración del habitat y de los lugares de desove,
mediante la utilización de esas zonas como áreas silvestres protegidas.
4º—La Tortuga Baula (Dermochelys
coriacea) actualmente se encuentra en peligro de extinción, y su principal
amenaza la constituye tanto la pesca comercial como el desarrollo de
actividades humanas en tierra no compatibles con su conservación. El desarrollo
de infraestructura, la presencia constante y sin restricciones de personas, así
como sus mascotas, se constituye en una amenaza a las tortugas, sus nidos, y
lugares aledaños.
5º—El Parque Marino Las Baulas de
Guanacaste, se constituye en uno de los cuatro lugares más importantes de
anidación de esta especie en el Océano Pacífico, no obstante en los últimos
años se ha producido una disminución considerable en el arribo, de tortugas a
desovar. Lo anterior obliga a la adopción de medidas inmediatas entre ellas el
asegurar que los terrenos donde se ubica el Parque pasen a formar parte del
dominio público, deteniendo con ello el avance de la frontera urbana.
6º—El Parque Marino Las Baulas de
Guanacaste, se ubica en un sector costero, que a diferencia de otros en los que
rige de manera plena una zona de protección de doscientos metros a partir de la
pleamar ordinaria sometida al “dominio público” que prevé la Ley sobre la Zona
Marítimo Terrestre, el legislador autorizó la constitución de títulos de
“dominio privado” inscritos en el Registro Público de la Propiedad Inmueble a
nombre de diferentes propietarios privados. Además con la constitución del
Parque se estableció la protección de tan sólo setenta y cinco metros
adyacentes a los cincuenta metros de la zona pública, lo que suma tan sólo
ciento veinticinco metros contados a partir de la pleamar ordinaria.
7º—La existencia de propiedad privada
en la zona que describe el Parque Marino, ha favorecido el crecimiento de
actividades no compatibles con la conservación de la Tortuga Baula, y ha
permitido además la atomización de la propiedad, lo cual resulta incompatible
con la naturaleza de la zona.
8º—El artículo 37 de la Ley Orgánica
del Ambiente Nº 7554 del 4 de octubre de 1995, establece la obligación para el
Estado de pagar las tierras que se incluyan dentro de los límites de los
Parques Nacionales, facultando al Poder Ejecutivo a través del Ministerio del
Ambiente y Energía para realizar la expropiación de las mismas según lo
establecido por la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus
reformas.
9º—De conformidad con el artículo 50
de nuestra Constitución Política “todo ciudadano tiene derecho a un ambiente
sano y ecológicamente equilibrado” existiendo correlativamente, según lo
dispuesto por ese mismo precepto, el deber del Estado de garantizarlo. La
Tortuga Baula, como elemento de la biodiversidad y del medio ambiente natural,
forma parte de ese equilibrio que debe ser garantizado.
10.—Nuestra Sala Constitucional
mediante Voto Nº 5544 de las 15:38 horas del 10 de mayo del 2005, respecto de
la protección del medio ambiente señaló:
“El artículo 50
citado, también perfila el Estado Social de Derecho, por lo que podemos
concluir que la Constitución Política enfatiza que la protección del ambiente
es un mecanismo adecuado para tutelar y mejorar la calidad de vida de todos, lo
que hace necesaria la intervención de los Poderes Públicos sobre los factores
que pueden alterar su equilibrio y obstaculizar que la persona se desarrolle y
desenvuelva en un ambiente sano. La incidencia que tiene el derecho a un
ambiente sano y ecológicamente equilibrado dentro de la actividad del Estado,
encuentra su primera razón de ser, en que por definición, los derechos no se
limitan a la esfera privada de los individuos, sino que tienen asimismo
trascendencia en la propia estructura del Estado, en su papel de garante de los
mismos y, en segundo término, porque la actividad del Estado se dirige hacia la
satisfacción de los intereses de la colectividad. (...) IV. La Sala ha indicado
que el ambiente, debe ser entendido como un potencial de desarrollo para
utilizarlo adecuadamente, debiendo actuarse de modo integrado en sus relaciones
naturales, socioculturales, tecnológicas y de orden político, ya que, en caso
contrario, se degrada su productividad para el presente y el futuro y podría
ponerse en riesgo el patrimonio de las generaciones venideras. Los orígenes de
los problemas ambientales son complejos y corresponden a una articulación de
procesos naturales y sociales en el marco del estilo de desarrollo
socioeconómico que adopte el país. Por ejemplo, se producen problemas
ambientales cuando las modalidades de explotación de los recursos naturales dan
lugar a una degradación de los ecosistemas superior a su capacidad de
regeneración, lo que conduce a que amplios sectores de la población resulten
perjudicados y se genere un alto costo ambiental y social que redunda en un
deterioro de la calidad de vida; pues precisamente el objetivo primordial del
uso y protección del ambiente es obtener un desarrollo y evolución favorable al
ser humano. (...) Nuestro país ha dependido y seguirá dependiendo, al igual que
cualquier otra nación, de sus recursos naturales y su medio para llenar las
necesidades básicas de sus habitantes y mantener operando el aparato productivo
que sustenta la economía nacional, cuya principal fuente la constituye la
agricultura y, en los últimos años, el turismo, especialmente en su dimensión
de ecoturismo. El suelo, el agua, el aire, los recursos marinos y costeros, los
bosques, la diversidad biológica, los recursos minerales y el paisaje conforman
el marco ambiental sin el cual las demandas básicas -como espacio vital,
alimentación, energía, vivienda, sanidad y recreación- serían imposibles. De
igual modo, nuestra economía también está íntimamente ligada al estado del
ambiente y de los recursos naturales. (...).”
11.—De conformidad con
todo lo anterior, se puede concluir que existe un interés público evidente y
manifiesto en la protección de la Tortuga Baula y de sus áreas de anidación,
para su supervivencia como especie y elemento de la biodiversidad. La
improcedencia de que en los terrenos donde se produce el arribo, la anidación,
y nacimiento, que es justamente el área que ha sido declarada como Parque
Nacional, se desarrollen actividades diferentes a la protección de la especie,
obliga al Estado Costarricense a asumir directamente el dominio a través de la
expropiación.
12.—Tal y como lo establece el
artículo 18 de la Ley de Expropiaciones “para expropiar, será indispensable
un acto motivado, mediante el cual el bien por expropiar se declare de interés
público. La declaratoria de interés público deberá notificarse al interesado o
su representante legal y será publicada en el Diario Oficial”. En esa
virtud, y al ubicarse dentro de las coordenadas del Parque Nacional Marino Las
Baulas de Guanacaste, procede declarar el interés público y dar inicio al
procedimiento administrativo de expropiación parcial de la finca del partido de
Guanacaste, matrícula de Folio Real número 086044-000, propiedad de Shang Gi La
de Santa Ana Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-139583, lote a expropiar
situado en Playa Grande, distrito 08 Cabo Velas, cantón 03 Santa Cruz de la
provincia de Guanacaste. Lo describe el plano catastrado número G-1042299-2005,
con un área de 7 519 metros y 71 decímetros cuadrados; con los siguientes
linderos: norte, Luis Medaglia Gómez; al sur, Playa Grande S. A.; al este, Shan
Gi La de Santa Ana S. A., y al oeste, zona pública inalienable con un frente a
ella de 107 metros con un centímetro. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—De
conformidad con los considerandos anteriores, por ubicarse dentro de las
coordenadas del Parque Nacional Marino Las Baulas de Guanacaste, se declara de
interés público la adquisición parcial, por la vía de la expropiación, de la
finca del partido de Guanacaste, folio real matrícula número 086044-000,
propiedad de Shang Gi La de Santa Ana Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-139583, lote a expropiar situado en Playa Grande, distrito 08 Cabo Velas,
cantón 03 Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Lo describe el plano
catastrado número G-1042299-2005, con un área de 7 519 metros y 71 decímetros
cuadrados; con los siguientes linderos: norte, Luis Medaglia Gómez; al sur,
Playa Grande S. A.; al este, Shan Gi La de Santa Ana S. A., y al oeste, zona
pública inalienable con un frente a ella de 107 metros con un centímetro.
Artículo 2º—Procédase a dar inicio al
procedimiento administrativo expropiatorio, para cuyo trámite se autoriza a la
Dirección General del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).
Publíquese en el Diario Oficial la presente declaratoria y notifíquese al
propietario. Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro
Nacional de la Propiedad, de dicho inmueble; para lo cual se autoriza a la
Coordinadora de la Asesoría Legal del Sistema Nacional de Áreas de Conservación
a realizar las diligencias ante el Registro Nacional, para que emita y firme el
respectivo mandamiento ante dicho Registro.
Artículo 3º—Proceda el Sistema
Nacional de Áreas de Conservación del Ministerio del Ambiente y Energía,
representada por su Dirección General a continuar con el procedimiento
establecido para tal efecto, para la adquisición de dicho lote, con especial
observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo establecido en la
Ley de Expropiaciones y sus reformas.
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los catorce días del mes de febrero del año dos mil
siete.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro del Ambiente y Energía, Roberto Dobles Mora.—1 vez.—(D33707-29693).
Nº 33713-MP-PLAN-MTSS
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LOS MINISTROS DE LA PRESIDENCIA, DE
PLANIFICACIÓN
NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA Y DE
TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL
En ejercicio de las
atribuciones que les confieren los artículos 140, incisos 3), 8), 18) y 146 de
la Constitución Política; 25.1 y 27.1 de la Ley General de la Administración
Pública (Nº 6227 de 2 de mayo de 1978); 2, 3, 4, 16 y 18 de la Ley de
Planificación Nacional (Nº 5525 de 2 de mayo de 1974); 3 de la Ley Marco para
la Transformación Institucional y Reformas de la Ley de Sociedades Anónimas
Laborales (Nº 7668 de 9 de abril de 1997); 4 y 10.b) de Ley de Protección al
Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos (Nº 8220 de 4 de
marzo del 2002) y 3, 4 y 18, la Ley de la Administración Financiera de la República
y Presupuestos Públicos (Nº 8131 de 18 de setiembre del 2001).
Considerando:
I.—Que en acatamiento del
marco jurídico vigente, el Ministerio de Planificación Nacional y Política
Económica (MIDEPLAN) bajo el Sistema Nacional de Planificación, es el órgano
responsable de coadyuvar en el cumplimiento de los fines propuestos por la ley
y las metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo, tanto en la
Administración Pública centralizada como descentralizada.
II.—Que MIDEPLAN ha dictaminado las
propuestas de reorganización administrativa planteadas por la Administración
Pública centralizada y descentralizada en ejercicio de la competencia atribuida
por el artículo 15 del Reglamento General del Ministerio de Planificación
Nacional y Política Económica, Decreto Ejecutivo Nº 23323-PLAN de 18 de mayo de
1994 y por los artículos 2, 3, 4 y 5 del “Reglamento a la Ley Marco para la
Transformación Institucional y Reformas a la Ley de Sociedades Anónimas
Laborales”, Decreto Nº 26893-MTSS-PLAN de 6 de enero de 1998.
III.—Que como parte del Sistema
Nacional de Planificación fueron creadas las Oficinas de Planificación
Institucional en cada órgano o ente de la Administración Pública, con el
encargo de coadyuvar en el mejoramiento de la Administración Pública, entre otras
funciones, según el artículo 3º inciso b) de la Ley de Planificación Nacional.
IV.—Que los artículos 16, 17 y 18 de
la Ley de Planificación Nacional otorga a los Ministerios e instituciones
autónomas y semiautónomas la competencia de modernizar constantemente su
organización y procedimientos con el propósito de mejorar la eficiencia y el
mejor cumplimiento de los objetivos que persiguen las leyes y el Sistema
Nacional de Planificación para brindar al ciudadano el mejor servicio público
posible; y otorgan esas normas a MIDEPLAN, como supervisor del Plan Nacional de
Desarrollo, atribuciones y potestades en materia de mejoramiento y
modernización de la Administración Pública.
V.—Que la función primordial de
MIDEPLAN es la asesoría estratégica a la Presidencia de la República y como las
Oficinas de Planificación Institucional por la índole de sus funciones,
cercanas a las autoridades de las respectivas dependencias, constituyen los
órganos idóneos para analizar las propuestas de reorganización administrativa
de las instituciones a las que pertenecen, por lo que en aras de simplificar
trámites administrativos no se considera pertinente que MIDEPLAN intervenga en
la definición de la organización administrativa que sea necesaria en cada ente
u órgano. Por lo que es necesario dotar a las Oficinas de Planificación de las
herramientas que les permitan contribuir a la reorganización de sus
instituciones con agilidad; de tal manera que se garantice el cumplimiento de
su misión institucional, la normativa pertinente, el Plan Nacional de
Desarrollo y los Planes Anuales Operativos y se permita mejorar el servicio
público a favor de los ciudadanos, razón de ser de todo el Estado
Costarricense.
Por estas razones, debe modificarse la
práctica actual ejercida por MIDEPLAN de aprobar o improbar cada modelo de
organización administrativa propuesto por las entidades públicas, para permitir
ahora que el jerarca adopte el mejor modelo de organización que considere
necesario para cumplir las metas, los fines, los programas propios de su campo
y la realización del fin público a que se dirige. Será responsabilidad
exclusiva del jerarca todas aquellas consecuencias derivadas de la aprobación
de una nueva organización administrativa.
VI.—Que MIDEPLAN como rector del
Sistema Nacional de Planificación debe mantener la competencia de suministrar
la información, asesorar y capacitar a las Oficinas de Planificación
Institucional en aspectos relacionadas con reorganizaciones administrativas,
potenciando la constante renovación administrativa y su adaptación a los
cambios en el régimen legal, para cumplir los principios fundamentales del
servicio público, asegurar su continuidad, su eficiencia y la igualdad en el
trato de los destinatarios, usuarios o beneficiarios; tal como lo dispone el
artículo cuatro de la Ley General de la Administración Pública. En ese sentido,
MIDEPLAN coadyuvará en la definición de conceptos, de políticas y de sistemas
de organización administrativa de los entes públicos. Por tanto,
DECRETAN:
Artículo 1º—Refórmense
los artículos 2º y 3º del “Reglamento a la Ley Marco para la Transformación
Institucional y Reformas a la Ley de Sociedades Anónimas Laborales” (Decreto
Ejecutivo Nº 26893-MTSS-PLAN de 6 de enero de 1998), y créanse dos artículos
nuevos corriendo la numeración respectiva para que en lo sucesivo se lean de la
siguiente manera:
“Artículo 2º—La
aprobación de una organización administrativa de un órgano o ente público; será
competencia exclusiva del jerarca institucional.
El Ministerio
de Planificación Nacional y Política Económica, por medio del Sistema Nacional
de Planificación constituido por la Ley de Planificación Nacional (Nº 5525 de 2
de mayo de 1974), dictará directrices, lineamientos generales, manuales,
instructivos y otros instrumentos en materia de reorganización administrativa
de las instituciones para el mejor cumplimiento del servicio público,
asegurando su continuidad, su eficiencia, su adaptación a todo cambio en el
régimen legal o en la necesidad social que satisfacen y la igualdad en el trato
de los destinatarios, usuarios o beneficiarios”.
“Artículo
3º—Cada proceso de organización, reorganización, transformación o, fusión
administrativa de órganos, entes y empresas públicas se fundamentará en un
estudio técnico que deberá atender a la misión de la respectiva institución, la
normativa que la rige y las prioridades establecidas en el Plan Nacional de
Desarrollo. La Oficina de Planificación de cada ente u órgano acompañará
durante lodo el proceso ele reorganización administrativa a los jerarcas
institucionales para desarrollarla”.
“Artículo
4º—Para la ejecución de los procesos de organización, reorganización,
transformación y fusión administrativa de órganos, entes y empresas públicas,
los jerarcas institucionales deberán asegurarse de que disponen o dispondrán de
los recursos, bienes y servicios que resulten indispensables para la ejecución
de esos procesos, especialmente aquellos recursos que representen medidas de
indemnización”.
“Artículo
5º—Una vez aprobada la reorganización administrativa de una institución, el
jerarca institucional enviará a MIDEPLAN una copia de la estructura aprobada y
del estudio técnico que dio lugar a ella, a efecto de que este ministerio
disponga de la información que le permita retroalimentar sus instrumentos de
asesoría en esta materia”.
Artículo 2º—Refórmese el
artículo 14 del “Reglamento General del Ministerio de Planificación Nacional y
Política Económica (MIDEPLAN)” (Decreto Ejecutivo Nº 23.323-PLAN de 18 de mayo
de 1994), para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:
“Artículo 15.—Se
entenderá por reorganización administrativa la modificación de unidades
administrativas en cuanto a su gestión, normativa, tecnología, infraestructura,
recursos humanos y estructura. La Contraloría General de la República, la
Autoridad Presupuestaria y la Dirección General de Presupuesto Nacional del
Ministerio de Hacienda, no tramitarán presupuestos ni modificaciones
presupuestarias de aquellos Órganos, entes y empresas públicas que lleven a
cabo reorganizaciones estructurales que no cuenten con el estudio técnico que
las respalde.
En los
procesos de reorganización administrativa, MIDEPLAN prestará sus servicios de
asesoría técnica mediante la provisión a la Administración Pública de los
manuales, instructivos y otros instrumentos necesarios para desarrollarla.”
Artículo 3º—Rige a partir
de su publicación.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los veintiséis días del mes de marzo del dos mil
siete.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez.—El Ministro de Planificación Nacional y Política Económica, Kevin Casas Zamora y el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Francisco Morales Hernández.—1 vez.—(Solicitud Nº 37167).—C-61730.—(D33713-30227).
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Nº 216-P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en el
artículo 139 de la Constitución Política, lo dispuesto en la Ley de Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República Nº 8562 y el artículo 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la
Contraloría General de la República.
ACUERDA:
Artículo 1º—Asistir a la
ciudad de Campeche, Estados Unidos Mexicanos, a la Cumbre de Mandatarios del
Plan Puebla Panamá. La salida se efectuará el día 09 de abril del 2007 a las
15:00 horas y su regreso el día 10 de abril del 2007 a las 20:00 horas.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
viáticos y de representación serán cubiertos por el Título 201- Presidencia de
la República, Programa 02100- Administración Superior, Subpartida 10504-
Viáticos al Exterior.
Artículo 3º—Se otorga la suma
adelantada de ¢13.580.00, para viáticos y ¢260.355,00 para gastos de
representación.
Artículo 4º—Rige de las 15:00 horas
del 9 de abril del 2007 hasta las 20:00 horas del 10 de abril del 2007.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, el día treinta del mes de marzo del dos mil siete.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 064-2007).—C-9075.—(29768).
Nº 219-P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, en el inciso 3 del
artículo 47 de la Ley General de la Administración Pública, N° 6227 y Dictamen
de la Procuraduría General de la República Número C-475-2006 del 28 de noviembre
del 2006.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a
la Doctora Eugenia Flores Vindas, cédula de identidad cuatro-cero nueve dos-dos
tres cuatro, Ministra de Ciencia y Tecnología para que disfrute de vacaciones a
partir del día 31 de marzo del año 2007 al 8 de abril del 2007.
Artículo 2º—Todos los gastos por
concepto de pasaje aéreo, hospedaje, comidas y transporte interno que efectué
durante su ausencia serán cubiertos por la señora Ministra.
Artículo 3º—En virtud de que las
vacaciones autorizadas serán disfrutadas fuera del territorio nacional y en
tanto dure la ausencia de la señora Ministra de Ciencia y Tecnología se nombra
como Ministro a. í al señor Esteban Arias Monge, Viceministro de Ciencia y
Tecnología
Artículo 4º—Rige a partir de las
catorce horas y cincuenta minutos del día treinta y uno de marzo del año dos
mil siete hasta las veintiuna horas y siete minutos del día ocho de abril del
año dos mil siete.
Dado en la Presidencia de
la República, el día veintiséis de marzo del año dos mil siete.
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 0020-Ministerio de Ciencia y Tecnología).—C-10890.—(29658).
Nº 220-P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
De conformidad con lo que
establece el artículo 139 de la Constitución Política y el artículo 47 inciso 3
de la Ley General de la Administración Pública y el Reglamento de Gatos de
Viaje de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
Artículo I.—Designar al
señor Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior, portador de
la cédula de identidad número 1-455-128, para que viaje en Delegación Oficial a
Houston, Texas, Estados Unidos de América partiendo a las 14:50 horas del 27 de
marzo y regresando a las 12:05 horas del 29 de marzo, ambas fechas del presente
año. Ello con el objeto de participar en la celebración del 30 aniversario de
la Cámara de Comercio Hispana de Houston, en la cual se firmará un Convenio de
Cooperación entre la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica y dicha
Cámara.
Artículo II.—Los gastos de viaje del
señor Ministro serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501,
10503 y 10504 del programa 792. El transporte aéreo de ida y de regreso será
cubierto con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza
para realizar llamadas telefónicas, envío de documentos vía Internet al
Ministerio de Comercio Exterior; así como también para que se le aplique
diferencia de hospedaje según el artículo 41 del Reglamento de Gastos de Viaje
para Funcionarios Públicos, en el evento de que proceda.
Artículo III.—En tanto dure la ausencia se nombra como
Ministra a. í., a la señora Amparo Pacheco Oreamuno, Viceministra del
Ministerio de Comercio Exterior, a partir de las 14:50 horas del 27 de marzo y
hasta las 12:05 horas del 29 de marzo del 2007.
Artículo IV.—Rige desde las 14:50
horas del 27 de marzo y hasta las 12:05 horas del 29 de marzo del 2007.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los dieciséis días del mes de marzo del dos mil
siete.
ÓSCAR ARIAS SANCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 05685-Minist. Comercio Exterior).—C-14540.—(29660).
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
DMR-00014-07.—San José, a
las diez horas del día dieciséis de febrero del dos mil siete.
Resolución administrativa
para la modificación de delegación para la decisión final en los procedimientos
de contratación administrativa, emisión de órdenes de compra y firma de
contratos.
Resultando:
1º—Que de conformidad con
lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias que rigen la materia
corresponde al Jerarca del Ministerio tomar la decisión final en los
procedimientos de contratación administrativa, así como la firma de las
correspondientes órdenes de compra, funciones que podría delegar de acuerdo con
la ley.
2º—Que con fundamento en la
consideración anterior, mediante resolución DMR-186-03 de las ocho horas del
veintidós de octubre del dos mil tres, el Ministro de Comercio Exterior delegó
en el Proveedor Institucional la decisión final en las Licitaciones
Restringidas y Contrataciones Directas de escasa cuantía así como la revisión y
firma de las correspondientes órdenes de compra; en el Oficial Mayor la
adopción de la decisión final en las Licitaciones por Registro, así como la
revisión y firma de las correspondientes órdenes de compra y la firma de los
contratos administrativos que debieren formalizarse en las Licitaciones por
Registro, Restringidas y Contrataciones Directas.
3º—Que mediante Ley Nº 8511 del 26 de
mayo del 2006, publicada en La Gaceta número 128 del 4 de julio del
2006, con una vigencia determinada a partir del 2 de enero del 2007, se reformó
parcialmente la Ley de Contratación Administrativa, Ley Nº 7494, modificando
entre otras cosas, la denominación de la Licitación Por Registro, llamándose
ahora Licitación Abreviada y derogando las regulaciones relacionadas con la
Licitación Restringida, lo que generó además el Decreto Ejecutivo Nº 33411-H de
27 de setiembre del 2006, Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa,
publicado en La Gaceta Nº 210 del 2 de noviembre del 2006, normativa que
dio origen a importantes modificaciones en los procedimientos de contratación
administrativa.
Considerando:
I.—Que de conformidad con
lo dispuesto en la Ley de Contratación Administrativa, corresponde a la
Contraloría General de la República modificar los límites establecidos en su
artículo 27, que determinan, a su vez, el estrato en que se ubica cada
institución para efectos de la determinación del procedimiento de contratación
que corresponde seguir según el monto; tal modificación debe realizaría el
Órgano Contralor a más tardar en la segunda quincena del mes de febrero.
II.—Que históricamente la
determinación indicada en el considerando anterior, amplía el margen de acción
de las administraciones en cuanto a los procedimientos de contratación a
utilizar, sea contratación directa de escasa cuantía, licitación abreviada
actualmente o bien licitación pública.
III.—Que, según se expuso en la
resolución DMR-186-03, el Ministro de Comercio Exterior, es quien tiene la
potestad en virtud del cargo que ostenta, de adoptar la decisión final en los
procedimientos de contratación administrativa que promueva esa Institución, así
como de la emisión y firma de la correspondiente orden de compra y documentos
contractuales cuando corresponda, asimismo tiene la facultad de delegar tales
potestades como se hizo en la citada resolución, por lo que, con la finalidad
de ajustaría a la normativa vigente en la actualidad, se considera necesario
modificar dicho acto, únicamente en cuanto a lo que seguidamente se expondrá,
manteniéndose invariable en los demás aspectos, para que la delegación opere de
la siguiente manera:
a) En el Proveedor Institucional la adopción de
la decisión final y la revisión y firma de las órdenes de compra en las
licitaciones abreviadas y contrataciones directas, procedimientos determinados
según el monto estimado de acuerdo con la resolución correspondiente de la
Contraloría General de la República, así como la firma en los contratos que sea
necesario realizar en las contrataciones directas.
b) En el Oficial Mayor la suscripción de los
contratos cuando corresponda su materialización en las licitaciones abreviadas
y en las licitaciones públicas cuando el acto de adjudicación sea inferior a
setenta millones de colones, caso este último en el que también le corresponderá
la adopción de la decisión final, la revisión y firma de las respectivas
órdenes de compra. Por tanto,
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR,
RESUELVE:
Con fundamento en los
artículos 141 y concordantes de la Constitución Política, 28, 89, 130 y
concordantes de la Ley General de la Administración Pública, 106 de la Ley Nº
7494 de 2 de mayo de 1995 (Ley de Contratación Administrativa) y sus reformas,
106 de la Ley de la Administración Financiera y Presupuestos Públicos, los
artículos 5) y 12) del Decreto Ejecutivo 30640-H de 27 de junio del 2002 y los
numerales 4), 24) y 28) del Decreto Ejecutivo Nº 28471-COMEX, modificar la
resolución DMR-186-03 de las ocho horas del veintidós de octubre del dos mil
tres, en lo que seguidamente se expone:
a) Delegar en el Proveedor Institucional del
Ministerio de Comercio Exterior, la adopción de la decisión final en las
Licitaciones Abreviadas y Contrataciones Directas de escasa cuantía, así como
la revisión y firma de las correspondientes órdenes de compra y en este último
caso de los contratos que fuere necesario realizar.
b) Delegar en el Oficial Mayor del Ministerio de
Comercio Exterior, la adopción de la decisión final en las Licitaciones
Públicas cuya adjudicación no supere los setenta millones de colones, así como
la revisión y firma de las correspondientes órdenes de compra.
c) Delegar en el Oficial Mayor del Ministerio de
Comercio Exterior la firma de los contratos administrativos que debieren
formalizarse en las Licitaciones Públicas cuando la adjudicación no exceda la suma
indicada y en las Licitaciones Abreviadas.
d) La presente delegación rige a partir de la
fecha de esta resolución.
Notifíquese y Publíquese.—Marco Vinicio Ruiz, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 5695).—C-49630.—(29665).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
DIA-R-E-038-2007.—El señor Ricardo Fournier Vargas, cédula 1-454-720 en calidad de Apoderado Generalísimo de la compañía Agrosuperior S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Super Green 5-0-0-8(CaO)-6(B) compuesto a base de Nitrógeno-calcio-boro. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 7 de marzo del 2007.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargado Registro Agroquímicos.—Ing. Marco A. Alfaro Cortés, Jefe Depto. Insumos Agrícolas.—(29436).
DIA-R-E-040-2007.—El señor Ricardo Fournier Vargas, cédula 1-454-720 en calidad de Apoderado Generalísimo de la compañía Agrosuperior S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Super Green 13-0-13-4 compuesto a base de Nitrógeno-potasio-magnesio-molibdeno. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 7 de marzo del 2007.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada Registro Agroquímicos.—Ing. Marco A. Alfaro Cortés, Jefe Depto. Insumos Agrícolas.—(29437).
DIA-R-E-039-2007.—El señor Ricardo Fournier Vargas, cédula 1- 454-720 en calidad de Apoderado Generalísimo de la compañía Agrosuperior S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Super Green 13-0-13-4-4(CaO) compuesto a base de Nitrógeno-potasio-magnesio-calcio-molibdeno. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 7 de marzo del 2007.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada Registro Agroquímicos.—Ing. Marco A. Alfaro Cortés, Jefe Depto. Insumos Agrícolas.—(29438).
DIA-R-E-028-2007.—El señor José Eladio Monge Pérez, cédula 2- 412-299 en calidad de Regente de la compañía José Eladio Monge Pérez cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Grecia, Alajuela solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Terrafer compuesto a base de Nitrógeno-carbono orgánico. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 7 de marzo del 2007.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada Registro Agroquímicos.—Ing. Marco A. Alfaro Cortés, Jefe Depto. Insumos Agrícolas.—(29440).
DIA-R-E-046-2007.—El señor José Monge Fernández, cédula 3- 352-285 en calidad de Apoderado Generalísimo de la compañía Agroriegos de Centroamerica S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Agroriegos Flowerfeed compuesto a base de Fósforo-potasio-magnesio-boro-hierro-manganeso-zinc-molibdeno-cobre-laminoácidos. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 19 de marzo del 2007.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada Registro Agroquímicos.—(29441).
DIA-R-E-047-2007.—El señor Rubén Ortiz Vega, cédula 1-497-193, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Agrosoil Internacional S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial 13-0-40 Impulse compuesto a base de Nitrógeno-potasio-boro-zinc-cobre-cito quininas. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 19 de marzo del 2007.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada Registro Agroquímicos.—(29442).
DIA-R-E-031-2007.—El señor José Monge Fernández, cédula 3-352-285, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Agroriegos de Centroamérica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Agro Riegos Potasio 50 compuesto a base de Nitrógeno-potasio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 7 de marzo del 2007.—Departamento de Insumos Agrícolas.—Ing. Ofelia May Cantillano.—(29444).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
DIA-R-E-029.—El señor Fernando Masís Pirie, cédula 3-237-137 en calidad de Representante Legal de la compañía Tecniverde S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Woodace Flowering 14-14-14 compuesto a base de Nitrógeno-fósforo-potasio-magnesio-azufre-hierro-manganeso. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 7 de marzo del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—Ing. Marco A. Alfaro Cortés, Jefe.—(29675).
DIA-R-E-049.—El señor Fernando Masís Pirie, cédula 3-2371-137 en calidad de Representante Legal y Regente de la compañía Tecniverde S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Nutrifoliar 8-0-0 compuesto a base de Nitrógeno-magnesio-boro-hierro-azurre-zinc-cobre-manganeso-molibdeno. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 19 de marzo del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(29676).
DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD
Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA
EDUCATIVO
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 6, título Nº 101, emitido por el Colegio La Salle, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Sánchez Castro Iliana María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiséis días del mes de marzo del dos mil siete.—Lic. Marvin Loría Masís, Director Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—(28603).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 179, título Nº 1377, emitido por el Liceo Mario Vindas Salazar, en el año dos mil seis, a nombre de Rodríguez Áviles Marco Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinte días del mes de marzo del dos mil siete.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(28646).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Titulo de Técnico Medio en la Especialidad de Educación Familiar y Social, inscrito en el Tomo 1, Folio 17, Asiento N° 3, emitido por el Colegio Técnico Profesional José Daniel Flores Zavaleta, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Jiménez Chacón María Isabel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—N° 7896.—(18405).
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica”, Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el Tomo 1, Folio 79, Asiento Nº 868, emitido por el Colegio Los Ángeles, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Gallardo Retana María de los Ángeles. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 25 días del mes de agosto del 2006.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(29279).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 45, Título Nº 413, emitido por el Colegio El Carmen de Alajuela, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Carballo Ledezma Mariela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 19 de marzo del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(29451).
INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE
Y LA RECREACIÓN
El Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, en el acuerdo Nº 1 de su sesión extraordinaria Nº 538-2007, celebrada el 2 de abril del 2007, designó al señor Jorge Muñoz Guillén, mayor, casado, cédula de identidad Nº 1-316-127, vecino del distrito de La Trinidad, cantón de Moravia, como Director Nacional del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación, para el período comprendido entre el 1º de mayo del 2007 al 7 de mayo del 2010.—San José, 9 de abril del 2007.—Consejo Nacional del Deporte y la Recreación.—Jorge Rodríguez Aguilar, Secretario.—1 vez.—(O. C. Nº 6740).—C-4255.—(29714).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES
SOCIALES
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada: Consorcio de Cooperativa de Caficultores y Montes de Oro R. L., siglas COOCAFE R. L., acordada en asamblea celebrada el 30 de noviembre del 2006. Resolución 820. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta la totalidad de los artículos del estatuto.—San José, 28 de febrero del 2007.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(29200).
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente 6044P.—Hospicio de Huérfanos de San José, solicita concesión de: 2 litros por segundo del pozo IS-322, efectuando la captación en finca de su propiedad en Rancho Redondo, Goicoechea, San José, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-frutal. Coordenadas 217.100/537.400 hoja Istaru. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de marzo de 2007.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(27974).
Expediente Nº 11917.—María Cristina León Bermúdez y Ruggero Scriffignano solicitan en concesión 0.5 litros por segundo de nacimiento sin nombre captado en su propiedad Sita en Colón Mora, San José, para uso doméstico. Coordenadas aproximadas 211.550 / 507.600 Hoja Río Grande Propietarios de predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 marzo del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 14446.—(28477).
Exp. 12477-P.—Hacienda Punta Islita S. A. solicita en concesión 2.1 litros por segundo de pozo CZ - 97 Y 2.1 litros por segundo del pozo CZ - 98 , perforado en su propiedad en Bejuco, Nandayure, Guanacaste para uso Turístico y riego, Coordenadas aproximadas 204.816 / 382.381 - 204.585 382.400 Hoja Cerro Asul. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de marzo del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón. Jefe.—Nº 14573.—(28932).
Exp. 11671.—Evangelista Rodríguez Barquero, solicita concesión de 0,166 litros por segundo de un nacimiento que aflora en propiedad de Rafael Arias Fonseca y Ana Loría Orozco, en Tilarán para lechería. Coordenadas 270.500 / 434.050 hoja Tilarán. Predios inferiores: Rafael Mena Barquero, Pablo Rodríguez Murillo, Franklin Herrera Badilla y Henry López Villalobos. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de agosto del 2004.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón. Jefe.—Nº 14667.—(28933).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 12498A.—Manuel Antonio Alvarado Flores, solicita concesión de: 0,02 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Vía Libre S. A., en Salitral, Santa Ana, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 208.900 / 516.100 Hoja Abra. Predios inferiores. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de marzo del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(29207).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. Nº 12499A.—Marco Antonio Alvarado Araya, solicita concesión de: 0,02 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Vía Libre S. A., en Salitral, Santa Ana, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 208.900 / 516.100 Hoja Abra. Predios inferiores. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 30 de marzo del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(29208).
Exp. Nº 12500-P.—Guanacaste Develomepment Corporación G. D. C. Limitada, solicita en concesión 2.1 litros por segundo de pozo PG-12 y 1.2 litros por segundo del pozo PG-13, perforado en su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste para uso doméstico, Coordenadas aproximadas pozo PG-12, latitud 277.500 / longitud 340.280-pozo PG-13, latitud 277.550 longitud 340.600. Hoja Punta Gorda. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de abril del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(29454).
Exp. 12501.—Maritza Barrantes Jiménez, solicita en concesión 0.5 litros por segundo de nacimiento sin nombre captado en su propiedad. Sita en Rodríguez, Valverde Vega, Alajuela, para uso doméstico, Coordenadas aproximadas 234.226 / 498.550 Hoja Naranjo. Propietarios de predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 abril del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 14903.—(29624).
Expediente Nº 1600P.—Conducen S. A., solicita concesión de 6,67 litros por segundo del pozo AB-454, efectuando la captación en finca de su propiedad en Asunción, Belén, Heredia, para uso consumo humano-domestico, industria-otro y agropecuario-riego-otro. Coordenadas: 218.200 / 518.500, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de marzo del 2007.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(29739).
DIRECCION NACIONAL DE NOTARIADO
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Mónica Campos Ávila conocida como Mónica Lucía Campos Ávila, cédula de identidad Nº 1-0889-0467, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 05-000427-624-NO.—San José, 8 de marzo del 2007.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—Nº 14948.—(29625).
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Elizabeth Miranda Quesada, cédula de identidad Nº 1-831-167, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este despacho, dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 06-724-624-NO.—San José, 13 de marzo del 2007.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—(29737).
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jessenia de los Ángeles Fonseca Rivas, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 014-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas y treinta y cinco minutos del tres de enero del dos mil siete. Ocurso. Exp. N° 23850-2006. Resultando: 1º—..., 2º—.... 3º—…; Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, Rectifíquese el asiento de nacimiento de Gerald Obed Herrera Fonseca, en el sentido que el nombre de la madre es “Jessenia de los Ángeles” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 14920.—(29631).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Angélica María Pizarro Sedano, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 903-07. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta minutos del siete de marzo del dos mil siete. Ocurso. Exp. N° 28189-2006. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Eduardo Enrique Benavides Bendaña con Angélica María Pizarro Sedano, en el sentido que el segundo apellido del padre y el segundo apellido de la madre de la cónyuge son “Núñez” y “Becerra”, respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—MSc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(29640).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Tito Ponce Cruz, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 487-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas cincuenta y cinco minutos del veinticuatro de enero del dos mil siete. Ocurso. Expediente N° 27130-2006. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Catarino Indalecio Ponce Martínez, en el sentido que el segundo apellido del padre es “Cruz” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(29678).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Zoila Valdez Valdez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 962-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas quince minutos del catorce de marzo del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 7285-2004. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Zaida María Brenes Valdez, en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Zoila”, y como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(29758).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Karen Marina Palacios Rugama, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia Nº 270-164817-095733, vecina de Cartago, expediente Nº 1370-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, cuatro de agosto del dos mil seis.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(29732).
Favio Raúl García Olano, mayor, soltero, vendedor, colombiano, carné de refugiado Nº 070COL000527302, vecino de Alajuela, expediente Nº 2478-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, catorce de febrero del dos mil siete.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(29738).
Josseling Tatiana Reyes Silva, mayor, soltera, bartender, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155800138424, vecina de San José, expediente Nº 482-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, cinco de marzo del dos mil siete.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(29748).
SEGURIDAD PÚBLICA
Modificación al programa de adquisiciones
La Proveeduría Institucional, les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha se ha realizado una modificación al programa de adquisiciones del programa 098, correspondiente a Policía Anti Drogas, el cual se encuentra publicado a partir de esta fecha en la página electrónica www.hacienda.go.cr. en el link de COMPRARED.
San José, 9 de abril del 2007.—Proveeduría.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 06965).—C-6070.—(30145).
JUSTICIA Y GRACIA
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
MODIFICACIÓN AL PLAN DE COMPRAS Nº 03-2007
El Departamento de Proveeduría comunica que se ha efectuado Modificaciones al Plan de Compras del Registro Nacional para el 2007, las cuales podrán consultarse en Comprared, en la página de Internet www.hacienda.go.cr/comprared.
San José, 10 de abril del 2007.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 09072).—C-4255.—(30287).
SEGURIDAD PÚBLICA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000061-10700
Compra de chalecos antibala
La Proveeduría Institucional de este Ministerio avisa que estará recibiendo ofertas hasta las 10:00 horas del día 10 de mayo del 2007, para la compra de chalecos antibala. El correspondiente cartel estará disponible gratuitamente a partir de esta fecha en el sistema CompraRed en la dirección: www.hacienda.go.cr/comprared, o bien en la recepción de la Proveeduría Institucional ubicada en barrio Córdoba, frente al Liceo Castro Madriz previa presentación de disquete.
San José, 9 de abril del 2007.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 06961).—C-6675.—(30256).
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000026-33300
Mejoramiento de obras de drenaje y de la superficie
de
ruedo para caminos vecinales en San Carlos
La Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 22 de mayo del 2007.
El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de la fecha de publicación de la invitación a licitar en el Diario Oficial La Gaceta, o podrá obtenerlo en la recepción de la Proveeduría Institucional MOPT, previo depósito no reembolsable de ¢ 2.500,00 (dos mil quinientos colones exactos) mediante un entero a favor del Gobierno de Costa Rica, emitido por cualquier Banco del Sistema Bancario Nacional y la presentación del recibo correspondiente. La proveeduría Institucional se encuentra ubicada en el Costado Oeste Plaza Cleto González Víquez edificio central.
Se comunica a los interesados en participar en esta licitación, que se realizará una visita preoferta al lugar de las obras y por tal motivo se cita a reunirse en el Plantel del MOPT en Ciudad Quesada, cantón de San Carlos a las 9:00 horas del día 23 de abril del 2007.
San José, 3 de abril del 2007.—MBA Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 0670).—C-16960.—(30223).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
ÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000011-1142
Catéteres intravenosos
El Área de Adquisiciones con la autorización de la Dirección de Recursos Materiales, recibirá ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del día 30 de mayo del 2007.
Ítem Nº 1: 520000 UD catéter intravenoso Nº 18.
Ítem Nº 2: 800000 UD catéter intravenoso Nº 20.
Ítem Nº 3: 1000000 UD catéter intravenoso Nº 22 G x 2.54 cm.
Rigen para este concurso las especificaciones técnicas, administrativas, las condiciones generales (publicadas en La Gaceta Nº 6 del 9 de enero del 2006) y addéndum de fecha 26 de marzo del 2007. El cartel consta de 87 páginas, incluyendo las condiciones generales, el costo por página es de 12 colones, el cual se encuentra disponible en la fotocopiadora del edificio Jenaro Valverde, piso comercial oficinas centrales de la CCSS, ubicada costado sureste del Teatro Nacional (Avenidas 2 y 4, calles 5 y 7), en el horario de lunes a viernes de 7:00 a. m., a 3:00 p. m.
San José, 10 de abril del 2007.—Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—(U. E. Nº 1142).—C-8490.—(30180).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000018-PROV
Adquisición de escaleras varios tipos
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados que recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 16 de mayo del 2007, en la Proveeduría de este Instituto, sita 300 metros norte de la esquina este de las Oficinas Centrales, para el suministro de lo siguiente:
Requerimiento
Adquisición de escaleras varios tipos.
Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse en la Proveeduría de este Instituto, o accesando la siguiente dirección electrónica:
https://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do.
San José, 11 de abril del 2007.—Licitaciones-Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 325443).—C-7280.—(30289).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LI-000016-PROV
Adquisición de torno vertical y torno horizontal
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados que recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 6 de junio del 2007, en la Proveeduría de este Instituto, sita 300 metros norte de la esquina este de las Oficinas Centrales, para el suministro de lo siguiente:
Requerimiento:
Adquisición de torno vertical y torno horizontal.
Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse en la Proveeduría de este Instituto, o accesando la siguiente dirección electrónica:
https://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do.
San José, 10 de abril del 2007.—Licitaciones-Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 325443).—C-7280.—(30290).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA-000017-PROV
Adquisición de papel bond 75 y 90 gramos
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados que recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 16 de mayo del 2007, en la Proveeduría de este Instituto, sita 300 metros norte de la esquina este de las Oficinas Centrales, para el suministro de lo siguiente:
Requerimiento:
Adquisición de papel bond 75 y 90 gramos.
Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse en la Proveeduría de este Instituto, o accesando la siguiente dirección electrónica:
https://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do.
San José, 11 de abril del 2007.—Licitaciones-Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 325443).—C-7280.—(30291).
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000008-08
Equipos para transporte acuático
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000008-08, que estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del 16 de mayo del 2007, los interesados podrán retirar el cartel de forma gratuita en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, sita 200 metros sur del Supermercado de Coopeagri R. L., en Barrio Villa Ligia, distrito Daniel Flores, cantón de Pérez Zeledón, o bien coordinar el envío por correo electrónico, remitiendo su solicitud a las direcciones electrónicos: mporrasmora@ina.ac.cr o al gcascanteabarca@ina.ac.cr.
San José, 11 de abril del 2007.—Lic. Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—(Solicitud Nº 16232).—C-6675.—(30288).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE BELÉN
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000005-01
La Municipalidad de Belén, invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000005-01.
Contratación de servicios profesionales para el Proyecto
de
Implementación del Sistema de Información Catastral
La fecha límite para la recepción de ofertas y apertura de la misma será el día 2 de mayo del 2007, hasta las 10:00 horas, solo se tomará en cuenta el reloj de la Unidad de Bienes y Servicios.
La apertura será realizada en las oficinas centrales de la Municipalidad de Belén, en la misma fecha y hora antes señaladas.
Las especificaciones Técnicas y Condiciones Generales, pueden retirarse en la Unidad de Bienes y Servicios de la Municipalidad de Belén, cita costado noreste del Templo Católico de San Antonio de Belén, en los altos de Zapatería Michell.
El costo del cartel es de ¢ 1000.00 (mil colones con 00/100).
San Antonio de Belén, Heredia, 11 de abril del 2007.—Ronald Murillo Rojas, Coordinador Unidad de Bienes y Servicios.—1 vez.—(O. C. Nº 23667).—C-10305.—(30257).
AVISOS
ASOCIACIÓN PRO-AYUDA AL ADULTO MAYOR DE UPALA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 1
Compra de terreno
La Junta Directiva de la Asociación Pro-Ayuda al Adulto Mayor de Upala, avisa a los interesados que recibirá ofertas por escrito en sobre cerrado en las oficinas de la asociación 180 metros al sur del Cementerio Bijagua, las ofertas deben de decir Licitación Pública Nº 1 Asociación Pro-Ayuda al Adulto Mayor de Úpala. La recepción de ofertas será 15 días calendario a partir del día que se publique en el diario oficial La Gaceta.
Especificaciones: El terreno debe estar ubicado al noreste de la propiedad que actualmente ocupa dicha institución debe tener topografía plana y tener una extensión de aproximadamente 8000 m2 libre de gravámenes.
NOTA: Las ofertas deben traer sus precios en colones.
Rafael Anselmo Villalobos Briceño, Presidente.—1 vez.—(30134).
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2007LN-001863-01
Compra de hasta trescientas (300) microcomputadoras
portátiles, con
entregas
por demanda, para el período 2007-2008, para
nuevas
oficinas del Banco Nacional
Se comunica a los interesados de esta Licitación Pública Nacional, que el Comité de Licitaciones en el artículo 02, sesión ordinaria Nº 862-2007, celebrada el 27 de marzo del 2007, acordó:
Adjudicar la Licitación Pública Nacional Nº 2007LN-001863-01, promovida para la “Compra de hasta trescientas (300) microcomputadoras, con entregas por demanda, para el período 2007-2008, para nuevas oficinas del Banco Nacional”, a la oferta presentada por la empresa Sistemas Analíticos S. A., por un precio total de US $460.776,00 impuestos de ventas incluido, con una garantía técnica de 36 meses, contados a partir del recibido conforme de cada equipo y por escrito por parte del Banco Nacional, con un plazo de entrega no mayor a treinta (30) días naturales para la primera solicitud y no mayor a veintidós (22) días naturales para las siguientes solicitudes, ambos plazos posteriores a la fecha de comunicación por parte del Banco Nacional al adjudicatario para que pase a retirar la orden de compra de la solicitud correspondiente.
Al presentarse a firmar el contrato el adjudicatario deberá presentar una garantía de cumplimiento vigente por un monto del 5% del costo total máximo adjudicado, esto es, el costo unitario con todos los impuestos incluidos de los equipos multiplicado por 300. La vigencia de esta garantía será igual al plazo del contrato.
La Uruca, San José, 13 de abril del 2007.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora.—1 vez.—(Nº 1771-2007).—C-11495.—(30183).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
GERENCIA DIVISIÓN PENSIONES
Adjudicación Venta Pública VP-003-2007
La Caja Costarricense de Seguro Social, avisa a los interesados en que la venta pública arriba mencionada, que la Gerencia de División de Pensiones mediante oficio GDP16.017-2007, de 26 de marzo del 2007, acordó adjudicar la Venta Pública VP-003-2007 de la siguiente manera:
Monto
de la
Ítem Descripción Adjudicatario adjudicación ¢
2 Casa de
habitación en Edwin Blanco Rivera 6.374.373,00
Desamparados,
San José,
FRM
455154-000
Monto
de la
Ítem Descripción Adjudicatario adjudicación ¢
3 Casa de
habitación en Pablo González Solano 5.800.000,00
Desamparados,
San José,
FRM
454888-000
6 Casa de
habitación en Floribeth Villalobos
Solera 6.000.000.00
Hatillo 8,
San José,
FRM
470624-000
8 Lote en
Salitrillos, Marco Vinicio
Flores Arroyo 3.200.000,00
Aserrí FRM
479328-000
9 Lote en
Puriscal, María Patricia Mora
Barrantes 10.600.000,00
FRM
486403-000
10 Lote en
Guápiles, Alexis Chaves Varela 6.077.934,77
FRM
060607-000
La venta pública de los ítemes 1, 4, 5 y 7 se declara infructuosa por no haber recibido oferta alguna.
El pago de los respectivos ítemes deberá efectuarse de conformidad con los términos del cartel y la oferta.
San José, 9 de abril del 2007.—Área de Soporte Administrativo y Logístico.—Lic. Patricia Sánchez Bolaños, Jefa.—1 vez.—Nº 15007.—(30068).
GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONES
DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES
ÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000006
Guantes para cirugía estériles tamaño 7
A los interesados en el presente concurso se les comunica, que por resolución de la Dirección de Recursos Materiales de fecha 9 de abril del 2007, se adjudica a:
Kanam Latex Industries Private Limited, representado por Hospimédica S. A.
Ítem único.
Monto total adjudicado: $407.387,50.
San José, 10 de abril del 2007.—Subárea de Adjudicaciones.—Lic. Virginia Ureña Picado, Jefa a. í.—1 vez.—(U. E. Nº 1142).—C-4860.—(30181).
ÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2005-029
Cinta quirúrgica adhesiva, esparadrapo
Se comunica a los interesados en el concurso arriba señalado lo siguiente:
Por resolución de la Gerencia División Operaciones, de fecha 28 de marzo del 2007, se resuelve declarar infructuoso el ítem único de la Licitación Pública Nº 2005-029, para la adquisición de “Cinta quirúrgica adhesiva, esparadrapo.”
San José, 10 de abril del 2007.—Subárea de Adjudicaciones.—Lic. Virginia Ureña Picado, Jefa a. í.—1 vez.—(U. E. Nº 1142).—C-4255.—(30182).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000041-PROV
Adquisición de equipo de cómputo y periféricos
El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Sector Telecomunicaciones, mediante nota 6000-1020-2007, recibida en esta Proveeduría el 10 de abril 2007, acordó adjudicar la Licitación por Registro Nº 2006LG-000041-PROV de la siguiente manera:
Oferente: Grupo
Comercial Tectronic S. A., cédula jurídica 3-101-397585
Ítem Nº 10 1 c/u Sistema de Potencia compuesto por un sistema paralelo redundante de UPS en conjunto con un sistema de distribución de potencia (PDU), marca APC modelo ISX20K20F, y demás especificaciones del pliego de condiciones.
US$30.650,00
Ítem Nº 11 1 c/u Sistema de Potencia compuesto por un sistema paralelo redundante de UPS modelo SY70K80F y un sistema de distribución de potencia (PDU), marca APC modelo PD80F6FK1-M, y demás especificaciones del pliego de condiciones.
US$71.426,00
Subtotal CPT-Depósito Aduanero-ICE Colima de Tibás: ítem 1 + ítem 2: US$102.076,00
Valor instalación: US$2.900,00
Valor mantenimiento: US$24,00
Valor
total adjudicado US$105.000,00
Vía del Transporte: terrestre
Modalidad y forma de pago: Giro a la vista (30 días) en transferencia electrónica ambos ítems se cancelarán una vez que sea aceptada la instalación de los mismos mediante un único pago.
El mantenimiento se cancelará en forma trimestral, para ello el adjudicatario deberá entregar al administrador del contrato un informe que detalle las visitas.
Lugar de entrega: Los bienes adjudicados serán entregados en Depósito Aduanero ICE-Colima de Tibás.
La Instalación se hará en la UEN Servicios Empresariales oficinas ubicadas en Paso Ancho contiguo a repuestos La Guacamaya y Central Oeste edificio UENSE frente a sucursal del INS, carretera a Pavas.
Fecha de entrega: Los bienes serán entregados en un plazo de 30 días naturales, contados a partir de la notificación de la orden de compra
La instalación será efectuada 15 días hábiles una vez hayan sido aceptados los equipos a plena satisfacción del administrador del contrato.
Garantía del material: Los bienes a suministrar tienen una garantía de 36 meses contados a partir de la fecha en que el ICE reciba el objeto del contrato a entera satisfacción.
Garantía de cumplimiento: 7% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de 2 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación.
Oferente:
Componentes El Orbe S. A., cédula jurídica 3-101-111502
Ítem Nº 2 5 c/u Impresoras Laserjet P3005 y demás especificaciones del pliego de condiciones US$793,05
Subtotal: US$3.965,25
Impuesto de Ventas (13%): US$515,48
Valor total adjudicado US$4.480,73
Plantel ICE Rincón Grande de Pavas
Vía del transporte: Terrestre
Modalidad y forma pago: Giro a la vista (30 días) en transferencia electrónica.
Lugar de entrega: Los bienes adjudicados serán entregados en el Plantel del ICE en Rincón Grande de Pavas.
Fecha de entrega: Los bienes serán entregados en un plazo de 15 días naturales, contados a partir de la notificación de la orden de compra.
Garantía del material: Los bienes a suministrar tienen una garantía de 36 meses contados a partir de la fecha en que el ICE reciba el objeto del contrato a entera satisfacción.
Garantía de cumplimiento: 7% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de 2 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación.
Oferente: DT División Tecnología LIMCE, S. A., cédula jurídica 3-101-101281
Ítem Nº 5 60 c/u Mouse óptico USB Genius, y demás especificaciones del pliego de condiciones.
Precio unitario: US$5,60
Subtotal: US$336,00
Ítem Nº 6 36 c/u Teclado PS/2 Español Genios KB-06XE, y demás especificaciones del pliego de condiciones.
Precio unitario: US$5,10
Subtotal: US$183,60
Ítem Nº 7 6 c/u Unidad rígida de almacenamiento externo USB, y demás especificaciones del pliego de condiciones.
Precio unitario: US$123,00
Subtotal: US$738,00
Ítem Nº 8 12 c/u Replicador de Red ENCORE, y demás especificaciones del pliego de condiciones.
Precio unitario: US$14,00
Subtotal: US$168,00
Ítem Nº 12 40 c/u Memoria USB 1 Gb (llave maya) MARVISON, y demás especificaciones del pliego de condiciones.
Precio unitario: US$24,00
Subtotal: US$960,00
Subtotal ítems 5, 6, 7, 8 y 12 US$2.385,60
Impuesto de ventas (13%): US$310,13
Valor total adjudicado US$2.695,73
Plantel ICE Rincón Grande de Pavas
Vía del transporte: terrestre
Modalidad y forma de pago: giro a la vista (30 días) en transferencia electrónica.
Lugar de entrega: los bienes adjudicados serán entregados en el Plantel del ICE en Rincón Grande de Pavas.
Fecha de entrega: los bienes serán entregados en un plazo de 15 días naturales, contados a partir de la notificación de la orden de compra.
Garantía del material: los bienes a suministrar tienen una garantía tal como sigue:
Para los ítems 7 y 8, 24 meses contados a partir de la fecha en que el ICE reciba el objeto del contrato a entera satisfacción.
Para los ítems 5, 6 y 12, 12 meses contados a partir de la fecha en que el ICE reciba el objeto del contrato a entera satisfacción.
Garantía de cumplimiento: 7% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de 2 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación.
Oferente: IPL Sistemas S. A., cédula jurídica: 3-101-090016
Ítem Nº 3 3 c/u Impresora HP color LáserJet 380dn, y demás especificaciones del pliego de condiciones.
Precio unitario: US$2.009,43
Subtotal: US$6.028,29
Ítem Nº 9 5 c/u Quemadores DVD RW externos para respaldos de alta capacidad marca Lomega, y demás especificaciones del pliego de condiciones.
Precio unitario: US$196,00
Subtotal: US$980,00
Subtotal ítems 3 y 9: US$7.008,29
Impuesto de ventas (13%): US$911,08
Valor total adjudicado US$7.919,37
Plantel ICE Rincón Grande de Pavas
Vía del transporte: Terrestre
Modalidad y forma de pago: Giro a la vista (30 días) en transferencia electrónica.
Lugar de entrega: Los bienes adjudicados serán entregados en el Plantel del ICE en Rincón Grande de Pavas.
Fecha de entrega: Los bienes serán entregados en un plazo de 15 días naturales, contados a partir de la notificación de la orden de compra.
Garantía del material: Los bienes a suministrar tienen una garantía tal como sigue:
Para el ítem 3, 36 meses contados a partir de la fecha en que el ICE reciba el objeto del contrato a entera satisfacción.
Para el ítem 9, 24 meses contados a partir de la fecha en que el ICE reciba el objeto del contrato a entera satisfacción.
Garantía de cumplimiento: 7% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de 2 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación.
Oferente: TELERAD
Telecomunicaciones Radiodigitales S. A., cédula jurídica: 3-101-049635
Ítem Nº 1 4 c/u Impresora Láser Lexmark T644dtn Nº parte 20G0586 y 8 toner para impresora Nº parte 64018SL, y demás especificaciones del pliego de condiciones.
US$2.149,09
Subtotal: US$8.596,36
Impuesto de ventas (13%): US$1.117,53
Valor total adjudicado: US$9.713,89
Plantel ICE Rincón Grande de Pavas
Vía del transporte: Terrestre
Modalidad y forma de pago: giro a la vista (30 días) en transferencia electrónica.
Lugar de entrega: los bienes adjudicados serán entregados en el Plantel del ICE en Rincón Grande de Pavas.
Fecha de entrega: los bienes serán entregados en un plazo de 15 días naturales, contados a partir de la notificación de la orden de compra.
Garantía del material: los bienes a suministrar tienen una garantía de 3 años contados a partir de la fecha en que el ICE reciba el objeto del contrato a entera satisfacción.
Garantía de cumplimiento: 7% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de 2 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación.
Oferente: Central
de Servicios PC S. A., cédula jurídica 3-101-096527
Ítem Nº 13 15 c/u computadora portátil marca Dell, modelo Inspiron 9400, y demás especificaciones del pliego de condiciones.
US$2.140,00
Subtotal: US$32.100,00
Ítem Nº 14 15 c/u computadora portátil marca Dell, modelo Precision 390, y demás especificaciones del pliego de condiciones.
US$1.965,00
Subtotal: US$29.475,00
Valor total adjudicado: subtotal ítems 13 y 14: US$61.575,00
CPT-Depósito Aduanero-ICE Colima de Tibás: US$61.575,00
Vía del transporte: terrestre
Modalidad y forma de pago: giro a la vista (30 días) en transferencia electrónica.
Lugar de entrega: los bienes adjudicados serán entregados en Depósito Aduanero ICE-Colima de Tibás.
Fecha de entrega: los bienes serán entregados en un plazo de 30 días naturales, contados a partir de la notificación de la orden de compra.
Garantía del material: los bienes a suministrar tienen una garantía de 36 meses contados a partir de la fecha en que el ICE reciba el objeto del contrato a entera satisfacción.
Garantía de cumplimiento: 7% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de 2 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación.
Se declara infructuoso el ítem Nº 4, ya que la oferta presentada contraviene a lo solicitado en el cartel, dado que incumple técnicamente.
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta del adjudicatario.
Nota: Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS, personería jurídica, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 11 de abril del 2007.—Dirección de Proveeduría.— Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-111346.—(30258).
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000047-PROV
Adquisición de analizadores de protocolo
y
señalización para TDMA y GSM
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Sector Telecomunicaciones, mediante nota 6000-1019-2007 del 30 de marzo 2007, acordó adjudicar la Licitación por Registro Nº 2006LG-000047-PROV de la siguiente manera:
Oferente : ICE
Electronics Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-379708
3 c.u. Analizadores de protocolo y señalización.
Valor total CPT: US$303.364,94
Tiempo de entrega: 60 días naturales a partir de la notificación de la orden de compra.
Lugar de entrega: Depositario Aduanero ICE Colima de Tibás.
Forma de pago: crédito documentario (irrevocable y no transferible).
Garantía de los equipos: los bienes a suministrar, junto con los componentes que no sean de su manufactura (tienen que ser nuevos y de última tecnología) tienen una garantía y calidad sobre los materiales empleados, diseños, buena operación y las capacidades y eficiencias asignadas por Tektronix durante un período de un año (12 meses).
1 c.u. Curso de capacitación para diez (10) personas en instalaciones ICE en Costa Rica durante dos días.
Subtotal capacitación: US$3.500,00
Valor total adjudicado: US$306.864,94
Fecha de inicio: 15 días hábiles después de recibidos los equipos a entera satisfacción del ICE.
Forma de pago: 100% del pago 30 días naturales después de finalizar la capacitación de conformidad con el punto 18.3 de cartel.
Garantía de cumplimiento: 5% del valor total adjudicado con una vigencia mínima de 5 meses contados a partir de la firmeza de la adjudicación.
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta del adjudicatario.
Nota: Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS, personería jurídica, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 11 de abril de 2007.—Dirección de Proveeduría.— Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 325243).—C-24770.—(30259).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE BELÉN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-01
Contratación de servicios de mantenimiento rutinario
y
periódico de la Red Vial cantón de Belén
La Unidad de Gestión de Bienes y Servicios de la Municipalidad de Belén, avisa el acuerdo tomado por el Consejo Municipal en sesión ordinaria N° 21-2007 celebrada el 10 de abril del 2007, en el cual se resuelve la Licitación Pública Nº 2007LN-000001-01, “Contratación de servicios de mantenimiento rutinario y periódico de la Red Vial cantón de Belén”.
Se acuerda por unanimidad y en forma definitiva: adjudicar: la Licitación Pública Nº 2007LN-000001-01, a la Oferta Nº 1 Concreto Asfáltico Nacional, cédula jurídica Nº 3-101-008650-18, ítem único según se establece en las líneas individuales, ver cuadro comparativo folio 229 del expediente.
San Antonio de Belén, Heredia, 11 de abril del 2007.—Ronald Murillo Rojas, Unidad de Bienes y Servicios.—1 vez.—(O. C. Nº 23667).—C-7885.—(30292).
MUNICIPALIDAD DE HOJANCHA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000004-UTGV
Contratación de maquinaria pesada para el mantenimiento
periódico
de
la red vial cantonal mediante bacheo mecanizado de la ruta
Hojancha-Huacas
límite cantonal, código
de camino 5-011-018
Con respecto al proceso de contratación administrativa Licitación Abreviada Nº 2007LA-000004-UTGV “Contratación de maquinaria pesada para el mantenimiento periódico de la red vial cantonal mediante bacheo mecanizado de la ruta Hojancha-Huacas límite cantonal, código de camino 5-011-018.” Se comunica que el Concejo Municipal mediante acuerdo Nº 13 de sesión ordinaria Nº 048-007 celebrada el 2 de abril del 2007, acordó adjudicar la licitación a la empresa Tractores San Antonio S. A. El adjudicatario dispondrá de (3) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto administrativo para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del cinco por ciento (5%) del total adjudicado y cumplir con la firmeza del contrato, el cual dispondrá del visto bueno de la Asesoría Jurídica Municipal.
Hojancha, Guanacaste, 9 de abril del 2007.—Lic. Juan Rafael Marín Quirós, Alcalde.—1 vez.—(O. C. Nº 8944).—C-9095.—(30147).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000005-UTGV
Contratación de maquinaria pesada para el mantenimiento
periódico
de
la red vial cantonal mediante bacheo mecanizado
de
la ruta San Isidro-La Trinidad-Betania
Con respecto al proceso de contratación administrativa Licitación Abreviada Nº 2007LA-000005-UTGV “Contratación de maquinaria pesada para el mantenimiento periódico de la red vial cantonal mediante bacheo mecanizado de la ruta San Isidro-La Trinidad-Betania.” Se comunica que el Concejo Municipal mediante acuerdo Nº 14 de sesión ordinaria Nº 048-007 celebrada el 2 de abril del 2007, acordó adjudicar la licitación a la empresa Tractores San Antonio S. A. El adjudicatario dispondrá de (3) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto administrativo para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del cinco por ciento (5%) del total adjudicado y cumplir con la firmeza del contrato, el cual dispondrá del visto bueno de la Asesoría Jurídica Municipal.
Hojancha, Guanacaste, 9 de abril del 2007.—Lic. Juan Rafael Marín Quirós, Alcalde.—1 vez.—(O. C. Nº 8944).—C-9095.—(30149).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000006-UTGV
Contratación de maquinaría pesada para el mantenimiento
periódico
de
la red vial cantonal mediante bacheo mecanizado de la ruta
Entr.
R 902-Monte Romo-Altos del Socorro
Con respecto al proceso de contratación administrativa Licitación Abreviada Nº 2007LA-000006-UTGV “Contratación de maquinaria pesada para el mantenimiento periódico de la red vial cantonal mediante bacheo mecanizado de la ruta Entr. R 902 Monte Romo-Altos del Socorro.” Se comunica que el Concejo Municipal mediante acuerdo Nº 14 de sesión ordinaria Nº 048-007 celebrada el 2 de abril del 2007, acordó adjudicar la licitación a la empresa Tractores San Antonio S. A. El adjudicatario dispondrá de (3) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto administrativo para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del cinco por ciento (5%) del total adjudicado y cumplir con la firmeza del contrato, el cual dispondrá del visto bueno de la Asesoría Jurídica Municipal.
Hojancha, Guanacaste, 9 de abril del 2007.—Lic. Juan Rafael Marín Quirós, Alcalde.—1 vez.—(O. C. Nº 8944).—C-9095.—(30151).
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000013-01
(Prórroga Nº 1)
Contratación de una empresa que brinde una solución de
administración
de filas para el proyecto denominado
Gestión
del Front Office
La Proveeduría General del Banco Nacional, avisa a los interesados en esta licitación, que se amplía el plazo para la recepción de ofertas, para las 10:00 horas del 23 de abril del 2007.
Las demás condiciones del cartel se mantienen invariables.
La Uruca, San José, 11 de abril del 2007.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora.—1 vez.—(Nº 1773-2007).—C-4860.—(30187).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2007LN-001865-01
(Prórroga Nº 1)
Compra de 57 (cincuenta y siete) dispensadores de pared
exterior
para
empotrar, 2 (dos) dispensadores de lobby de carga delantera,
2
(dos) dispensadores de autobanco para uso exterior y 14 (catorce)
cajeros
completos de pared exterior para empotrar
Se comunica a los interesados en la Licitación Pública Nacional Nº 2007LN-001865-01, que se prorroga la apertura para el:
21. Fecha y lugar de apertura.
Todas las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría de la Casa Matriz del Banco, situada en La Uruca, a más tardar a las catorce horas o (2:00 p. m.), según el reloj ubicado en este despacho, del 9 de mayo del 2007, momento en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir.
Las demás condiciones permanecen invariables.
La Uruca, 17 de abril del 2007.—Proveeduría Casa Matriz.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(O. P. Nº 1774-2007).—C-8490.—(30260).
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
En La Gaceta N° 60 del 26 de marzo del 2007, en la página 20, con la referencia 23522, se publicó el aviso REGISTRO DE PROVEEDORES, donde dice: vramirez@cariari.ucr.ac.cr, debe leerse correctamente yramirez@cariari.ucr.ac.cr.
Todo lo demás se mantiene igual.
La Uruca, San José, abril del 2007.—Lic. Nelson Loaiza Sojo, Director General de la Imprenta Nacional.—1 vez.—C-exento.—(29780).
La Junta Directiva del Banco Hipotecario de la Vivienda en su sesión 17-2007, artículo 1º, del 15 de marzo del presente año, tomó el acuerdo Nº 1, que indica lo siguiente:
“ACUERDO Nº 1:
Considerando:
1º—Que por medio del oficio GG-ME-0160-2007 del 14 de marzo de 2007, la Gerencia General remite y avala el informe DFNV-ME-0317-2007 de la Dirección FONAVI, referido a la propuesta para modificar las condiciones y requerimientos para el otorgamiento de crédito con recursos del FONAVI.
2º—Que dicha propuesta se fundamenta, en resumen, en la necesidad de mejorar –con vista de las actuales condiciones del mercado financiero nacional y ante la entrada en vigencia del Acuerdo SUGEF 1-05–, la competitividad del BANHVI en la colocación de créditos de segundo piso para el financiamiento de vivienda, lo cual constituye un aspecto fundamental para la estabilidad financiera y la capitalización de este Banco.
3º—Que en virtud de lo anterior, la Administración plantea y recomienda a esta Junta Directiva, en lo conducente, las siguientes modificaciones y adiciones a las condiciones y requerimientos de crédito para las Entidades Autorizadas:
«A. Sobre las garantías requeridas para el otorgamiento del crédito
(…) con el objetivo de ampliar las posibilidades para garantizar los créditos que otorga el BANHVI a las Entidades Autorizadas del SFVNV se realizó el análisis de todas las posibilidades contempladas en el Artículo 14 “Garantías” del Acuerdo SUGEF 1-05, determinándose que en función de la naturaleza y objetivos de este Banco y aplicando los procedimientos apropiados para la constitución y valoración de las garantías, es factible la incorporación de las alternativas que a continuación se detallan:
a. Hipoteca sobre terrenos y edificaciones.
b. Cédula hipotecaria constituida sobre bienes inmuebles.
c. Depósitos o instrumentos financieros que respaldan operaciones “back to back”.
d. Instrumento de deuda debidamente inscrito en una bolsa de valores autorizada o emitido por el Banco Central de Costa Rica o el Gobierno de Costa Rica.
e. Instrumento de deuda emitido por una entidad supervisada por la SUGEF sin calificación pública otorgada por una agencia calificadora.
f. Participación en un fondo de inversión abierto debidamente inscrito en la plaza correspondiente.
g. Participación en un fondo de inversión cerrado debidamente inscrito en una bolsa de valores autorizada.
h. Aval o fianza solidaria emitidos por una institución del sector público costarricense.
i. Fideicomiso de garantía.
j. Cartera hipotecaria propiedad de la entidad autorizada y recibida en respaldo o garantía de sus propios créditos. En el caso de las Mutuales también podrá aceptarse la cesión de cartera fiduciaria y prendaria, mientras que para el resto de entidades autorizadas esta alternativa podrá utilizarse únicamente de manera temporal, debiéndose proceder con la sustitución correspondiente al transcurrir el plazo que sea establecido en el contrato de crédito respectivo.
k. Garantías fiduciarias y prendarias para el caso de las Mutuales y también con carácter temporal para el resto de entidades autorizadas
De conformidad con lo anterior, el análisis de las solicitudes de crédito deberá contemplar el estudio de las garantías ofrecidas por la Entidad solicitante verificando que se encuentren valuadas correctamente y que exista certeza jurídica sobre su cobrabilidad en función de lo que establece el Acuerdo SUGEF 1-05 en su Artículo 16 “Condiciones generales de la Garantía”.
Adicionalmente, a partir del análisis de las garantías ofrecidas en respaldo del crédito solicitado se determinará el porcentaje de cobertura que debe aplicarse a la operación en función del manejo de riesgo por parte del Banco, de conformidad con lo que establece el Artículo 14 del “Reglamento para el otorgamiento de crédito con recursos del FONAVI a las Entidades Autorizadas”…
B. Sobre la información básica para el análisis de nuevos créditos
En relación con la información que debe ser aportada por las Entidades Autorizadas que presentan una nueva solicitud de crédito ante el BANHVI, la mayor parte de lo que establece el “Reglamento para el otorgamiento de crédito con recursos del FONAVI a las Entidades Autorizadas” es consistente con lo que sugiere el Acuerdo SUGEF 1-05 en términos del expediente que debe ser conformado al efecto y para realizar el análisis de capacidad de pago correspondiente. No obstante, se considera conveniente realizar las siguientes modificaciones al Artículo 3 “Información básica para el análisis del crédito”, a efecto de ajustarse a los requerimientos de la normativa de referencia y eliminar aquellos aspectos que no se consideran indispensables y que pudieran generar atrasos importantes u otras dificultades en el proceso de análisis de la operación:
1. Modificar el inciso a) para que se solicite la presentación de los Estados Financieros Auditados de la Entidad Autorizada para los últimos tres periodos fiscales y no de los dos últimos periodos tal como se requiere actualmente. Lo anterior a efecto de ajustar el requerimiento a lo establecido por el Acuerdo SUGEF 1-05 y permitir la calificación de capacidad de pago del deudor en el Nivel 1.
2. Eliminar lo contemplado en el punto f.
“Informe derivado de la última visita de supervisión realizada por la SUGEF a
la Entidad Autorizada y un informe actualizado de cumplimiento de los
requerimientos señalados por la SUGEF, debidamente suscrito por la Gerencia General
y refrendado por la Auditoría Interna de la Entidad Autorizada”. Al respecto,
el punto e) del Artículo de referencia requiere además la presentación de
“Certificación emitida por SUGEF con la Calificación Global obtenida por la
Entidad Autorizada durante los últimos seis meses, desglosada en sus
componentes de Calificación Cuantitativa y Cualitativa, adjuntando la ficha
CAMELS correspondiente a cada uno de los meses reportados”; por lo que en
virtud de que la calificación del modelo CAMELS debe incorporar cualquier
ajuste requerido por la SUGEF en función de los resultados de sus visitas de
supervisión, no se estima necesario la presentación independiente del informe
relacionado.
Por otra parte,
el volumen que normalmente caracteriza a los Informes generados a partir de las
visitas de supervisión de la SUGEF y a los correspondientes Informes de
descargo que al efecto realizan las distintas entidades supervisadas,
generalmente retrasa el análisis del crédito, sin que se logren identificar
aspectos de gran relevancia distintos a los que involucra el modelo de
calificación CAMELS.
3. Suprimir el requerimiento contemplado en el punto l. “El Plan Estratégico vigente de la Entidad Autorizada”. La solicitud de este aspecto en algunas oportunidades ha generado resistencia por parte de las Entidades Autorizadas, en virtud de la naturaleza precisamente “estratégica” de la información contenida; en todo caso, se considera responsabilidad de la Administración Superior de la Entidad y de su Junta Directiva verificar que la solicitud de crédito que se presenta ante el BANHVI se enmarca dentro de los planes estratégicos correspondientes.
4. Modificar el contenido del inciso m. sobre las características de las garantías que serán otorgadas en respaldo del crédito solicitado, en función de lo propuesto en el apartado A. de este oficio.
En relación con la
eliminación de lo señalado en los puntos 2. y 3. anteriores, conviene aclarar
que en el caso de que se considere necesario, esa información podría ser
solicitada a la Entidad por parte de las dependencias involucradas en el
análisis de crédito, de conformidad con lo que establece el Artículo 4. del
referido Reglamento de Crédito “Otra información requerida”.
5. Finalmente, en relación con las Entidades Autorizadas que son además instituciones del Sector Público, los “Lineamientos Generales para la Aplicación del Reglamento para la calificación de Deudores, Acuerdo SUGEF 1-05” señalan que su capacidad de pago debe ser evaluada fundamentalmente en función de la existencia del contenido presupuestario debidamente autorizado por la Contraloría General de la República para la atención de sus obligaciones financieras. En este sentido, se considera conveniente que para estos casos los requerimientos de información de carácter financiero sean ajustados para permitir la verificación de la condición indicada.
C. Sobre la periodicidad en el ajuste de
las tasas de interés
La mayor parte de las operaciones de crédito formalizadas durante los últimos años contemplan una periodicidad de ajuste en las tasas de interés trimestral, haciendo coincidir además los meses en los que debe efectuarse el ajuste para las distintas operaciones; lo anterior ha sido establecido básicamente en función de su conveniencia operativa.
No obstante, ante el escenario actual en el que las tasas de interés de mercado han presentado disminuciones significativas en periodos relativamente cortos, el ajuste trimestral de las tasas activas del BANHVI reduce las posibilidades para las Entidades deudoras de ofrecer a sus clientes opciones de financiamiento competitivas y, bajo esa consideración, se ha propuesto modificar la condición de periodicidad de ajuste en la tasa de interés para las operaciones actualmente vigentes de manera que sea efectuado en forma mensual.
Al respecto, esta Dirección no encuentra inconveniente, por lo que se recomienda someter a aprobación de la Junta Directiva la posibilidad de que ante la solicitud de la Entidad deudora sean modificados los contratos de crédito vigentes para que el ajuste en las tasas de interés se realice con una periodicidad mensual.(…)»
4º—Que conocida la anterior propuesta, esta Junta Directiva considera que la recomendación de la Administración es razonable y se ajusta a los intereses del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda –en el tanto pretende mejorar la competitividad del BANHVI en la colocación de créditos de segundo piso para el financiamiento de vivienda y paralelamente tiende a contribuir al logro del objetivo institucional de promover las condiciones necesarias para que la intermediación financiera brinde una generación permanente de recursos y la capitalización del Banco– razón por la cual lo procedente es acogerla en todos sus extremos y, por ende, realizar las indicadas modificaciones y adiciones a las condiciones y requerimientos para el otorgamiento de crédito con recursos del FONAVI. Por tanto,
se acuerda:
1º—Realizar las siguientes reformas y adiciones al “Reglamento para el otorgamiento de crédito con recursos del Fondo Nacional de Vivienda a las Entidades Autorizadas del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda”:
1.1) Modificar el artículo 10 para que en adelante se lea como sigue:
«Artículo 10.—Establecimiento de programas de crédito: La Junta Directiva deberá conocer y aprobar los diferentes programas de crédito que se establezcan con recursos del FONAVI, en los cuales deberán indicarse las condiciones generales de los créditos relativas al plan de inversión, tasa de interés, montos máximos, plazo, forma de pago y tipo de garantías.
Aplicando los procedimientos apropiados para su constitución y valoración, se podrán aceptar las siguientes garantías:
a. Hipoteca sobre terrenos y edificaciones.
b. Cédula hipotecaria constituida sobre bienes inmuebles.
c. Depósitos o instrumentos financieros que respaldan operaciones “back to back”.
d. Instrumento de deuda debidamente inscrito en una bolsa de valores autorizada o emitido por el Banco Central de Costa Rica o el Gobierno de Costa Rica.
e. Instrumento de deuda emitido por una entidad supervisada por la SUGEF sin calificación pública otorgada por una agencia calificadora.
f. Participación en un fondo de inversión abierto debidamente inscrito en la plaza correspondiente.
g. Participación en un fondo de inversión cerrado debidamente inscrito en una bolsa de valores autorizada.
h. Aval o fianza solidaria emitidos por una institución del sector público costarricense.
i. Fideicomiso de garantía.
j. Cartera hipotecaria propiedad de la entidad autorizada y recibida en respaldo o garantía de sus propios créditos. En el caso de las Mutuales también podrá aceptarse la cesión de cartera fiduciaria y prendaria, mientras que para el resto de entidades autorizadas esta alternativa podrá utilizarse únicamente de manera temporal, debiéndose proceder con la sustitución correspondiente al transcurrir el plazo que sea establecido en el contrato de crédito respectivo.
k. Garantías fiduciarias y prendarias para el caso de las Mutuales y también con carácter temporal para el resto de entidades autorizadas.
El análisis de las solicitudes de crédito deberá contemplar el estudio de las garantías ofrecidas por la Entidad solicitante, verificando que se encuentren valuadas correctamente y que exista certeza jurídica sobre su cobrabilidad en función de lo que establece el Artículo 16 “Condiciones generales de la Garantía” del Acuerdo SUGEF 1-05.»
1.2) Modificar el inciso b) del artículo 3, para que se lea de la siguiente forma:
«b) Estados Financieros Auditados de la Entidad Autorizada para los últimos tres períodos fiscales.»
1.3) Derogar los incisos f) y l) del artículo 3.
1.4) Modificar el inciso m) del artículo 3 para que, de conformidad con lo indicado en el punto 1.1 anterior, se lea de la siguiente forma:
«m) Características de las garantías que serán otorgadas en respaldo del crédito solicitado, en función de lo dispuesto en el artículo 10 del presente reglamento.»
1.5) Agregar un inciso q) al artículo 3, que dirá lo siguiente:
«q) Para el caso de las Entidades Autorizadas que a su vez son instituciones del Sector Público, la información financiera solicitada debe contemplar como mínimo aquella que permita evidenciar la existencia de contenido presupuestario para la atención de las obligaciones que se generarían a partir del otorgamiento del crédito, debidamente autorizado por la Contraloría General de la República.»
1.6) Las anteriores modificaciones reglamentarias rigen a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
2º—Se autoriza a la Administración para que, a solicitud de la Entidad deudora, sean modificados los contratos de crédito vigentes, para que el ajuste en las tasas de interés se realice con una periodicidad mensual. Es entendido que las eventuales modificaciones a la periodicidad del ajuste en las tasas de interés, no se podrán aplicar en forma retroactiva.
3º—Se instruye a la Dirección FONAVI para que revise y actualice los procedimientos asociados al área de crédito, a efecto de contemplar los cambios que ha experimentado la normativa prudencial de la Superintendecia General de Entidades Financieras, así como para que resulten consistentes con lo dispuesto en el presente acuerdo.
Acuerdo unánime.—David López Pacheco, Secretario Junta Directiva.—1 vez.—(O/C Nº 18116).—C-111525.—(28157).
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
REGLAMENTO GENERAL DE CRÉDITO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional en sesión ordinaria Nº 22-2007, celebrada el 20 de febrero del 2007, aprobó la modificación a los artículos Nº 5 “Monto de financiamiento”, y artículo Nº 7 “Línea de gastos personales”, los cuales deben leerse de la siguiente manera:
El monto máximo de cada tipo de crédito será el siguiente:
a) Línea de gastos personales ¢2.000.000,00 (dos millones
de colones con 00/100).
b) Línea de microempresa ¢8.000.000,00 (ocho millones
de colones con 00/100).
c) Línea para entidades sociales y financieras del Magisterio Nacional: El monto máximo será designado en cada caso por la Junta Directiva, tomando como referencia el plan de inversión, considerando los beneficios que se planea brindar a los pensionados(as) por medio del crédito solicitado, la(s) garantía(s) ofrecida(s), los avalúos correspondientes, el presupuesto disponible para este tipo de créditos y los demás requisitos que se incluyen en este Reglamento, así como cualquier otra información que se considere necesaria, en procura de salvaguardar los intereses de la institución.
El monto del crédito aprobado se regirá de acuerdo con lo establecido en el artículo Nº 15 de este Reglamento.
d) Línea de salud ¢200.000,00 (doscientos mil
colones exactos)
e) Derechos sucesorios ¢100.000,00 (cien mil colones
exactos) por beneficiario.
f) Línea de urgencia ¢500.000,00 (quinientos mil
colones exactos).
Los montos máximos autorizados para cada una de las diferentes líneas, serán revisados anualmente basándose en criterios técnicos, y podrán ser modificados únicamente por acuerdo expreso de la Junta Directiva de la Institución.
Artículo 7º—Línea gastos personales.
a) Para el monto máximo a otorgar, el solicitante debe tener un líquido de pensión mínimo de ¢152.361,00 (ciento cincuenta y dos mil trescientos sesenta y un colones 00/100). Se aplicará el principio de proporcionalidad residual, según corresponda.
b) No poseer operaciones con otras entidades magisteriales, ni del sector público o privado, que comprometan el 60% o más del monto de pensión devengado. Esto califica solo para pensiones con un nominal menor de ¢200.000,00. Para las pensiones mayores de ¢200.000,00 se requiere una pensión líquida superior a tres veces la cuota del préstamo.
c) Autorizar la pignoración de la póliza de la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional, o suscribir una póliza de saldos deudores a favor de la Junta.
d) Para acceder a la renovación, debe haber cancelado al menos el 20% del principal del crédito vigente. Se permite al gestionante, efectuar pagos extraordinarios con el propósito de alcanzar el porcentaje mínimo indicado.
e) Comprobantes de los últimos tres salarios percibidos, previos a la firma del derecho jubilatorio (únicamente para aquellos pensionados que no hayan sido incluidos en planilla y por lo tanto no hayan recibido oportunamente el pago de pensión o jubilación).
f) Presentar fotocopia de la cédula de identidad (por ambos lados).
g) Proporcionar satisfactoriamente los datos (personales y de familiares cercanos) solicitados por el Área de Crédito.
h) Presentar fotocopia del último recibo cancelado, ya sea por servicio de agua, electricidad o teléfono, preferiblemente a nombre del solicitante.
i) En caso de ser necesario, presentar y cumplir con los documentos, requisitos y garantías adicionales que le solicite el Área de Crédito, para resguardar los intereses de la institución.
San José, 10 de abril del 2007.—Bach. Susan Vargas Céspedes, Jefa.—(O. C. Nº 19764).—C-68330.—(29757).
El Banco Nacional de Costa Rica, invita al público en general al remate de bienes propios muebles en desuso.
Hora: 10:00 a. m.
Fecha: 4 de mayo del 2007.
Lugar Instalaciones del Banco Nacional ubicadas en La Uruca.
Nº ítem Descripción
del bien Precio
base ¢
1 Lote de 50 monitores Compaq, Dell, Everex,
todos en regular estado 330.000,00
2 Lote de 50 monitores Compaq, Dell, Everex,
todos en regular estado 341.000,00
3 Lote de 50 monitores Compaq, Dell, Everex,
todos en regular estado 239.000,00
4 Lote de 50 monitores Compaq, Dell, Everex,
todos en regular estado 345.000,00
5 Lote de 50 monitores Compaq, Dell, Everex,
todos en regular estado 305.000,00
6 Lote de 50 monitores Compaq, Dell, Everex,
todos en regular estado 373.000,00
7 Lote de 58 monitores Compaq, Dell, Everex,
todos en regular estado 416.000,00
8 Lote de 20 CPU, marca Dell, Compaq, Everex,
todos en regular estado 810.000,00
9 Lote de 20 CPU, marca Dell, Compaq, Everex,
todos en regular estado 810.000,00
10 Lote de 20 CPU, marca Dell, Compaq, Everex,
todos en regular estado 780.000,00
11 Lote de 75 teclados varias marcas,
todos en regular estado 22.500,00
12 Lote de 75 teclados varias marcas,
todos en regular estado 22.500,00
13 Lote de 75 teclados varias marcas,
todos en regular estado 22.500,00
14 Lote de 75 teclados varias marcas,
todos en regular estado 22.500,00
15 Lote de 75 teclados varias marcas,
todos en regular estado 22.500,00
16 Lote de 11 impresoras varias marcas,
todos en regular estado 133.000,00
17 Lote de 3 cajas y cofres de seguridad
en regular estado 220.000,00
18 Lote de 15 archivadores metálicos,
en regular estado 123.000,00
19 Lote de 22 CPU, marca Dell, Compaq, Everex,
todos en regular estado 695.000,00
20 Lote de 22 CPU, marca Dell, Compaq, Everex,
todos en regular estado 685.000,00
21 Lote de 75 máquinas de escribir manuales,
todas en regular estado 168.800,00
22 Lote de 36 sillones tipo pupitre
todos en regular estado. 108.000,00
23 Lote de 43 fotocopiadoras, 5 mesas
para fotocopiadora todo en regular estado 2.167.000,00
24 Lote de 75 teclados varias marcas,
todos en regular estado 22.500,00
Condiciones
Generales para todos los ítems
• Forma de pago: El adjudicatario debe cancelar en el acto al menos el diez por ciento (10%) del valor del bien rematado que se le adjudicó, contando con tres días hábiles para cancelar la totalidad del resto del precio. Dicho plazo comenzará a regir a partir del día hábil siguiente de la celebración del remate.
• El adjudicatario aceptará el bien en el estado de uso, conservación y posesión en que se encuentre, debiendo a tales efectos inspeccionarlo previamente, relevando al Banco Nacional de toda responsabilidad presente y futura por dicha compra.
• Una vez cancelada la totalidad del ítem o ítems adjudicados, el adjudicatario podrá retirar los bienes, previa coordinación con el Banco.
Los bienes podrán se inspeccionados en las bodegas de la Dirección de Bienes del Banco Nacional, ubicadas de la entrada principal de las oficinas de Migración y Extranjería en La Uruca, 50 este, a partir de las 8.30 a. m. hasta las 3.45 p. m., con el señor Manuel Solano Jiménez de la Oficina de Control de Bienes, previa cita al 296-7038 y 296-7039.
Para mayor información comunicarse a los teléfonos 211-4000, ext. 6208 o al 211-4008, donde con gusto le atenderemos en horas y días hábiles.
Lic. Erick Leitón Mora, Jefe de Contrataciones.—1 vez.—(O. P. Nº 1772-2007).—C-51500.—(30262).
PROCESO DE PIGNORACIÓN
El Proceso de Pignoración (Monte Popular) del Banco Popular y de Desarrollo Comunal avisa que a las once horas del día 28 de abril del 2007, se rematarán al mejor postor, las garantías de las operaciones de crédito que tengan tres o más cuotas de atraso o que su fecha de cancelación este vencida. El remate se efectuará en San José, calle primera, avenida nueve y once, o de Radiográfica Costarricense 250 metros al norte, oficinas del Centro de Crédito sobre Alhajas Amón. Remate Nº 411.
Agencia 03
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
03-60-775756-7 LOTE DE ALHAJAS 24.351,95 03-60-776575-8 LOTE DE ALHAJAS 89.812,10
03-60-777452-3 LOTE
DE ALHAJAS 70.968,15 03-60-782660-5 LOTE DE ALHAJAS 176.685,85
03-60-786133-0 LOTE
DE ALHAJAS 215.549,00 03-60-786458-5 LOTE DE ALHAJAS 10 K PS 24 GR 88.857,15
03-60-786876-2 LOTE
DE ALHAJAS PS 126,8 GR 464.433,25
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 7 1.130.657,45
03-60-776163-5 LOTE
DE ALHAJAS 86.672,95 03-60-785705-3 UNA CADE 18 K PS 16 GR 81.512,80
03-60-785990-3 LOTE
DE ALHAJAS 10 K 106.104,55 03-60-786011-4 LOTE DE ALHAJAS 10 K PS 13,GR 37.709,65
PS
37 GR
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 4 311.999,95
Agencia 04
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
04-60-784974-5 LOTE
ALHAJAS 42.792,45 04-60-785212-2 LOTE ALHAJAS 35.660,40
04-60-785215-7 LOTE
ALHAJAS 19.074,55 04-60-785359-8 LOTE DE ALHAJAS 68.123,80
04-60-785478-3 LOTE
DE ALHAJAS 160.195,15 04-60-785531-1 ANILLOS 12.820,30
04-60-785621-0 LOTE
DE ALHAJAS 26.613,10 04-60-785635-1 LOTE ALHAJAS 54.174,00
04-60-785700-3 LOTE
ALAHAJAS 56.092,65 04-60-785735-3 LOTE ALHAJAS 31.422,15
04-60-785813-0 LOTE
ALHAJAS 46.499,50 04-60-785895-5 LOTE ALHAJAS 142.769,80
04-60-785943-2 LOTE
ALHAJAS 58.112,40 04-60-785977-9 LOTE ALHAJAS 93.176,25
04-60-785986-8 LOTE
ALHAJAS 92.311,80 04-60-785993-8 LOTE ALHAJAS 83.895,35
04-60-786018-7 LOTE
ALHAJAS 21.167,05 04-60-786074-9 LOTE ALHAJAS 193.707,95
04-60-786105-3 LOTE
ALHAJAS 303.555,45 04-60-786111-8 LOTE ALHAJAS 50.397,20
04-60-786196-5 LOTE
ALHAJAS 47.733,00 04-60-786197-9 LOTE ALHAJAS 112.117,05
04-60-786226-4 LOTE
ALHAJAS 345.748,50 04-60-786231-5 LOTE ALHAJAS 70.498,05
04-60-786232-9 LOTE
ALHAJAS 175.014,60 04-60-786248-0 LOTE ALHAJS 34.230,00
04-60-786255-0 LOTE
ALHAJAS 176.670,90 04-60-786402-4 LOTE ALHAJAS 314.695,05
04-60-786439-3 LOTE
ALHAJAS 62.480,90 04-60-786892-1 LOTE ALHAJAS 64.384,05
04-60-789795-7 LOTE
ALHAJAS 183.810,80 04-60-789819-0 LOTE ALHAJAS 120.452,35
04-60-789828-9 LOTE
ALHAJAS 310.075,30 04-60-789921-0 LOTE ALHAJAS 377.611,90
04-60-789975-5 LOTE
ALHAJAS 89.224,45 04-60-790016-0 LOTE ALHAJAS 190.188,70
04-60-790054-3 LOTE
ALHAJAS 32.041,45 04-60-790057-6 LOTE ALHAJAS 107.991,55
04-60-790175-8 LOTE
DE ALHAJAS 20.124,30 04-60-790200-5 LOTE DE ALHAJAS 172.097,80
04-60-790203-8 ANILLO 76.290,80 04-60-790231-7 LOTE DE ALHAJAS 341.287,20
04-60-790302-4 ANILLOS 34.748,20 04-60-790319-8 LOTE DE ALHAJAS 90.109,75
04-60-790329-0 ANILLOS 81.796,40 04-60-790401-2 LOTE DE ALHAJAS 299.866,40
04-60-790403-1 LOTE
DE ALHAJAS 181.095,75 04-60-790408-3 LOTE DE ALHAJAS 79.376,40
04-60-790427-3 LOTE
DE ALHAJAS 55.810,95 04-60-790437-6 LOTE DE ALHAJAS 178.595,00
04-60-790467-6 CADENA 268.394,60 04-60-790477-0 CADENA 107.826,65
04-60-790486-0 LOTE
DE ALHAJAS 217.997,35 04-60-790491-0 LOTE DE ALHAJAS 44.537,10
04-60-790517-4 CADENA 61.663,20 04-60-790535-2 LOTE DE ALHAJAS 314.149,80
04-60-790537-0 DIJE 49.398,10 04-60-790541-9 ANILLOS 127.103,00
04-60-790544-1 MONEDAS 495.646,20 04-60-790553-0 LOTE DE ALHAJAS 27.751,75
04-60-790567-0 LOTE
DE ALHAJAS 87.140,50 04-60-790661-6 LOTE ALHAJAS 55.356,55
04-60-790692-0 LOTE
DE ALHAJAS 152.187,70 04-60-790697-1 LOTE DE ALHAJAS 64.514,35
04-60-790705-8 LOTE
DE ALHAJAS 459.871,60 04-60-790706-1 LOTE DE ALHAJAS 313.507,20
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 66 8.865.774,50
Agencia 06
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
06-60-780075-4 LOTE
DE ALHAJAS 47.390,45 06-60-780941-4 LOTE DE ALHAJAS 62.559,95
06-60-783323-6 LOTE
DE ALHAJAS 142.171,40 06-60-784117-7 LOTE DE ALHAJAS 353.429,65
06-60-784603-9 LOTE
DE ALHAJAS 13.867,15 06-60-785769-5 LOTE DE ALHAJAS 208.528,05
06-60-785779-0 UNA
CADENA 56.581,20 06-60-786169-3 LOTE DE ALHAJAS 48.812,25
06-60-788469-0 LOTE
DE ALHAJAS 70.609,90 06-60-788502-5 LOTE DE ALHAJAS 104.259,05
06-60-788681-9 LOTE
DE ALHAJAS 170.957,75 06-60-788771-8 LOTE DE ALHAJAS 56.663,55
06-60-788794-6 LOTE
DE ALHAJAS 57.723,65 06-60-788818-0 LOTE DE ALHAJAS 139.745,40
06-60-788826-4 LOTE
DE ALHAJAS 148.618,10 06-60-788867-0 LOTE DE ALHAJAS 250.337,80
06-60-788879-4 LOTE
DE ALHAJAS 41.906,80
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 17 1.974.162,10
Agencia 07
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
07-60-778139-1 3
ANILLOS 14.567,70 07-60-778305-0 LOTE DE ALHAJAS 71.320,75
07-60-778412-0 1
PULSO 21.360,95 07-60-778746-6 LOTE DE ALHAJAS 39.355,75
07-60-779178-3 LOTE
DE ALHAJAS 47.586,20 07-60-779287-2 LOTE DE ALHAJAS 407.447,30
07-60-782076-1 LOTE
DE ALHAJAS 43.565,55 07-60-782138-8 LOTE DE ALHAJAS 47.664,70
07-60-782190-3 LOTE
DE ALHAJAS 22.026,80 07-60-782242-7 LOTE DE ALHAJAS 21.990,55
07-60-782258-7 LOTE
DE ALHAJAS 357.202,85 07-60-782332-4 LOTE DE ALHAJAS 46.205,70
07-60-782431-2 LOTE
DE ALHAJAS 429.578,00 07-60-782441-7 LOTE DE ALHAJAS 43.546,25
07-60-782593-5 LOTE
DE ALHAJAS 29.945,40 07-60-782679-7 LOTE DE ALHAJAS 112.151,25
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 16 1.755.515,70
07-60-777618-2 LOTE
DE ALHAJAS 222.291,90 07-60-778099-0 2 PULSOS 26.245,80
07-60-778164-0 LOTE
DE ALHAJAS 13.374,90 07-60-780911-6 LOTE DE ALHAJAS 351.400,80
07-60-781446-8 LOTE
DE AHAJAS 16.086,10 07-60-781508-8 LOTE DE ALHJAS 203.952,05
07-60-781512-3 LOTE
DE ALHAJAS 52.054,25 07-60-781772-7 LOTE DE ALHAJAS 52.545,50
07-60-781862-4 LOTE
DE ALHAJAS 34.046,60 07-60-783560-3 LOTE DE ALHAJAS 186.517,75
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 10 1.158.515,65
Agencia 08
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
08-60-778601-1 LOTE
ALHAJAS 19.690,05 08-60-781243-3 LOTE ALHAJAS 278.264,60
08-60-783063-7 LOTE
ALHAJAS 64.461,60 08-60-785508-3 LOTE ALHAJAS 46.915,00
08-60-785703-5 LOTE
ALHAJAS 180.583,75 08-60-785803-7 LOTE ALHAJAS 930.140,25
08-60-785844-3 LOTE
ALHAJAS 171.974,20 08-60-785962-1 LOTE ALHAJAS 352.931,00
08-60-786026-0 LOTE
ALHAJAS 476.908,90 08-60-786043-4 LOTE DE ALHAJAS 173.308,55
08-60-786091-0 LOTE
DE ALHAJAS 91.533,20
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 11 2.786.711,10
Agencia 10
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
10-60-770584-5 LOTE
DE ALHAJAS 67.810,55 10-60-771852-2 LOTE DE ALHAJAS 143.438,85
10-60-772010-7 LOTE
DE ALHAJAS 415.908,90 10-60-772122-9 LOTE DE ALHAJAS 54.093,55
10-60-774694-3 LOTE
DE 10K 126.564,80 10-60-774845-7 LOTE DE ALHAJAS 16.602,70
10-60-775252-3 LOTE
DE ALHAJAS 97.686,15 10-60-775277-2 LOTE DE ALHAJAS 39.888,05
10-60-775331-4 LOTE
DE ALHAJAS 272.044,60 10-60-777396-8 LOTE DE ALHAJAS ORO 10 K, 52.149,90
10-60-777823-3 LOTE
DE ALHAJAS ORO 10K, 87.083,10 10-60-778113-7 LOTE DE ALHAJAS 58.944,25
10-60-778149-2 LOTE
DE ALHAJAS ORO 10K, 135.124,00 10-60-780931-8 LOTE DE ALHAJAS ORO 10K, 113.783,05
10-60-780966-0 LOTE
DE ALHAJAS 68.033,90 10-60-781193-1 LOTE DE ALHAJAS 20.149,70
10-60-781204-9 LOTE
DE ALHAJAS 125.199,00 10-60-781424-8 LOTE DE ALHAJAS 84.444,45
10-60-781433-7 LOTE
DE ALHAJAS ORO 10K, 315.180,75 10-60-781459-0 LOTE DE ALHAJAS 94.134,45
10-60-781462-1 LOTE
DE ALHAJAS 30.868,60 10-60-781463-7 1 CADENA 76.730,50
10-60-781486-7 LOTE
DE ALAHAJAS 164.789,15 10-60-781491-8 LOTE DE ALHAJAS 194.750,80
10-60-781501-3 LOTE
DE ALHAJAS 62.860,75 10-60-781554-1 LOTE DE ALHAJAS 90.246,25
10-60-781628-1 LOTE
DE ALHAJAS ORO 10K,- 77.196,70 10-60-781633-2 LOTE DE ALHAJAS ORO 10K, 55.140,45
10-60-781635-1 LOTE
DE ALHAJAS ORO 10K, 270.188,35
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 29 3.411.036,25
10-60-776794-7 2 PULSERAS 61.732,65 10-60-777181-0 1 CADENA 58.810,70
0-60-777491-8 LOTE
DE ALHAJASO ORO 10K, 73.021,90 10-60-777503-2 LOTE DE ALHAJAS ORO 19K, 10.795,95
10-60-777637-9 LOTE
DE ALHAJAS ORO 10K, 8.535,40 10-60-777640-4 LOTE DE ALHAJAS ORO 10 K, 128.140,60
10-60-779231-6 LOTE
DE ALHAJAS ORO 10K, 1.333,85 10-60-779970-1 LOTE DE ALHAJAS 237.748,10
10-60-780173-5 1 PULSERA 58.023,50 10-60-780228-1 LOTE DE ALHAJAS ORO 10K, 15.177,00
10-60-780474-4 2 PULSERAS CIERRE DANºADO 32.910,05 10-60-780528-9 LOTE DE ALHAJAS 203.753,30
10-60-780696-4 LOTE
DE ALHAJAS ORO 10K, 39.607,05
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 13 1.019.590,05
Agencia 14
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
14-60-775842-0 PULSERA 167.920,95
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 1 167.920,95
Agencia 15
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
15-60-776798-6 GARGANTILLA
Y CADENA 121.769,20
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 1 121.769,20
Agencia 17
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
17-60-769597-6 LOTE
ALHAJAS 87.902,15 17-60-772335-4 LOTE ALHAJAS 98.067,80
17-60-772544-9 LOTE
ALHAJAS 63.718,00 17-60-772590-8 LOTE ALHAJAS 108.014,00
17-60-775065-1 LOTE
O/F 9.315,95 17-60-775125-0 LOTE ALHAJAS 108.279,00
17-60-775335-7 CADENA Y DIJE 264.147,20 17-60-775424-0 LOTE ALHAJAS 102.690,00
17-60-778028-4 LOTE
DE ALHAJAS 318.898,55 17-60-778362-5 LOTE DE ALHAJAS 83.271,35
17-60-778397-7 LOTE
DE ALHAJAS 204.832,35 17-60-778500-5 LOTE DE ALHAJAS 79.427,80
17-60-778525-2 LOTE
DE ALHAJAS 175.046,65 17-60-778560-3 LOTE DE ALHAJAS 104.216,70
17-60-778587-0 LOTE
DE ALHAJAS 58.641,15 17-60-778622-0 LOTE DE ALHAJAS 90.337,55
17-60-778688-7 LOTE
DE ALHAJAS 83.839,70 17-60-778742-9 LOTE DE ALHAJAS 159.135,35
17-60-778750-4 LOTE
DE ALHAJAS 177.199,40 17-60-778753-7 LOTE DE ALHAJAS 16.630,45
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 20 2.393.611,10
17-60-777424-2 LOTE
DE ALHAJAS 19.383,35 17-60-777641-2 LOTE DE ALHAJAS 137.958,05
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 2 157.341,40
Agencia 21
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
21-60-780029-4 RELOJ
18K 42.035,20 21-60-780885-4 LOTE 10K 25.023,95
21-60-781137-0 MANCURNILLAS
DE 18K 31.637,00 21-60-781460-7 LOTE 10K Y PULSO 14K 307.489,35
21-60-781645-9 LOTE
DE ALHAJAS 28.269,70 21-60-781825-5 JUEGO DE ANILLO Y ARETES 88.710,00
18K CON
21-60-781887-2 LOTE
DE ALHAJAS 107.990,05 21-60-781890-6 LOTE DE ALHAJAS 155.796,15
21-60-784416-0 LOTE
ALHAJAS 14. 18. 22. 91.764,95 21-60-787332-8 CADENA 14K 912.336,90
BRILLANTE
21-60-787512-8 PULSERA
CON BRILLANTES 174.303,90 21-60-787664-4 LOTE DE ALAHJAS 105.923,35
14K
21-60-787698-2 anillo
de 14 k 89.297,50 21-60-787703-4 LOTE DE ALHAJAS 215.724,00
21-60-787737-9 LOTE
DE ALHAJAS 39.849,00 21-60-787744-0 LOTE DE ALHAJAS 222.685,45
21-60-787858-3 LOTE
ALAHAJAS 75.873,25 21-60-787860-1 LOTE DE ALHAJAS 80.505,10
21-60-787863-4 LOTE
DE ALHAJAS 66.719,95
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 19 2.861.934,75
Agencia 22
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
22-60-767680-4 lote
de alajas 42.465,45
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1 42.465,45
Agencia 24
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
24-60-769765-6 LOTE
DE ALHAJAS 33.988,85 24-60-777290-9 LOTE DE ALHAJAS 40.714,80
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 2 74.703,65
24-60-778678-8 LOTE
DE ALHAJAS 13.583,05
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1 13.583,05
Agencia 25
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
25-60-771216-7 LOTE
ALHAJAS 67.376,25 25-60-773419-5 LOTE ALHAJAS 41.775,15
25-60-774225-9 LOTE
DE ALHAJAS 75.441,00 25-60-774343-9 LOTE DE ALHAJAS 198.802,95
25-60-774344-2 LOTE
DE ALHAJAS 108.277,40 25-60-776015-4 CADENA 112.804,05
25-60-776438-0 LOTE
ALHAJAS 355.632,55 25-60-776964-2 LOTE ALHAJAS 125.546,80
25-60-777114-1 LOTE
ALHAJAS 103.885,40 25-60-779924-2 LOTE ALHAJAS 12.109,00
25-60-779987-5 LOTE
ALHAJAS 21.687,50 25-60-780206-9 LOTE ALHAJAS 23.399,05
25-60-780236-7 LOTE
ALHAJAS 71.085,70 25-60-780359-9 LOTE ALHAJAS 47.815,55
25-60-780369-1 LOTE
ALHAJAS 106.883,10 25-60-780407-6 LOTE ALHAJAS 564.724,50
25-60-780408-1 LOTE
ALHAJAS 31.777,00 25-60-780413-2 LOTE ALHAJAS 298.233,05
25-60-780415-1 LOTE
ALHAJAS 38.838,60 25-60-780426-8 LOTE ALHAJAS 87.608,05
25-60-780509-9 LOTE
ALHAJAS 21.389,55 25-60-780648-0 LOTE ALHAJAS 8.052,00
25-60-780699-9 LOTE
ALHAJAS 25.518,90 25-60-781925-6 LOTE ALHAJAS 146.878,90
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 24 2.695.542,00
Agencia 27
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
27-60-760354-8 LOTE
DE ALHAJAS 33.000,15 27-60-763665-6 CADENA Y DIJE 10KT 29.619,05
27-60-763708-2 LOTE
DE ALHAJAS 175.236,30 27-60-763765-8 LOTE DE ALHAJAS 77.636,35
27-60-767837-0 LOTE
DE ALHAJAS 63.092,55 27-60-767842-3 LOTE DE ALHAJAS 265.057,65
27-60-768181-9 LOTE
DE ALHAJAS 10 K, 160.829,40 27-60-768348-0 LOTE DE ALHAJAS 60.945,50
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 8 865.416,95
27-60-766660-7 UNA
PULSERA DE 10 K 159.333,60
CON
35 PIEDR
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1 159.333,60
Agencia 34
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
34-60-759840-6 LOTE
DE ALHAJAS 178.327,20 34-60-759908-0 LOTE DE ALHAJAS 64.484,85
34-60-760884-2 LOTE
DE ALHAJAS 98.781,25 34-60-761890-0 LOTE DE ALHAJAS 83.869,40
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 4 425.462,70
Agencia 47
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
47-60-755158-3 ANILLOS 38.313,75 47-60-755186-4 ALHAJAS 74.716,80
47-60-755223-3 LOTE
ALAJAS 115.354,35
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 3 228.384,90
Agencia 60
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
60-60-754616-9 LOTE
ALHAJAS 8.887,05 60-60-755627-6 LOTE ALHAJAS 83.395,65
60-60-755681-0 ANILLO 38.676,95 60-60-755687-6 LOTE ALHAJAS 53.666,25
60-60-755688-1 LOTE
DE ALHAJAS 165.955,45 60-60-755700-3 LOTE ALHAJAS 64.085,55
60-60-755706-9 LOTE
ALHAJAS 69.286,95 60-60-755713-9 LOTE ALHAJAS 57.621,75
60-60-755728-3 LOTE
ALHAJAS 51.611,40
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 9 593.187,00
Agencia 61
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
61-60-754063-0 LOTE
DE ALHAJAS ORO 190.150,65
10
Y 14K
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 1 190.150,65
Agencia 63
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
63-60-750806-1 LOTE
ALHAJAS 93.518,80 63-60-750965-8 CORDON 40.015,50
63-60-750988-8 LT
DE ALHAJAS PESO 61.500,15 63-60-751381-5 DOS ANILLOS EN 10K 5.9 GR, 12.902,55
DE
25.3 GR
63-60-751392-1 LOTE
ALHAJAS 17.842,05 63-60-751399-2 LT DE ALHAJAS 10K PESO 76.543,50
DE
33.1 G
63-60-751402-5 LT
DE ALHAJAS 10K PESO 26.855,50 63-60-751449-9 LOTE A 21.202,30
DE
11.5 G
63-60-751468-0 LT
DE ALHAJAS VAR K PESO 270.693,00 63-60-751879-8 LOTE ALHAJAS 71.849,65
113
GR,
63-60-751890-5 LOTE
ALHAJAS 536.250,15 63-60-751904-5 LOTE ALHJAS 172.523,45
63-60-751906-4 LOTE
ALHAJAS 25.781,30 63-60-751908-3 LOTE ALHJAS 61.198,75
63-60-751911-5 LOTE
DE ALHAJAS 22.841,50 63-60-751923-7 LOTE ALHAJAS 112.885,65
63-60-751926-0 LOTE
ALHJAS 22.173,40 63-60-751931-0 LOTE ALHAJAS 176.920,50
63-60-751940-1 LOTE
ALHAJS 59.769,50 63-60-751944-8 LOTE ALHAJAS 49.472,00
63-60-751945-3 LOTE
ALAHAJS 102.446,25 63-60-751946-7 LOTE ALHAJAS 42.251,60
63-60-751952-1 LOTE
ALHAJAS 23.357,00 63-60-751955-6 LOTE ALHAJAS 94.594,70
63-60-751959-2 LOTE
ALHAJAS 335.536,90 63-60-751961-0 LOTE ALHAJAS 69.996,10
63-60-751962-4 LOTE
ALHAJAS 143.220,20 63-60-751963-0 LOTE ALHJAS 238.232,60
63-60-751965-9 LOTE
ALHAJAS 169.430,10 63-60-751968-1 LOTE DE ALHAJAS 89.305,55
63-60-751969-5 LOTE
ALHAJAS 40.142,25 63-60-751970-1 LOTE ALHAJAS 25.740,85
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 32 3.306.993,30
63-60-751837-4 LOTE ALHAJAS 60.783,90
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1 60.783,90
Agencia 77
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
77-60-069550-2 CADENA 48.584,50 77-60-070121-6 LT DE ALHAJAS 82.384,85
77-60-070769-6 LT
DE ALHAJAS 63.924,25 77-60-072685-7 LT DE ALHAJAS 132.473,90
77-60-072883-1 LOTE
DE ALHAJAS 125.968,50 77-60-073227-6 LT DE ALHAJAS 47.775,10
77-60-074146-9 LT
DE ALHAJAS 36.515,10 77-60-074583-8 LOTE DE ALHAJAS 59.385,30
77-60-074736-7 PAR
ARETES 70.615,55 77-60-074810-8 LT ALHAJAS 72.152,10
77-60-074883-3 CADENAS.
PULSERA 41.123,85 77-60-074886-6 LOTE DE ALHAJAS 88.883,95
77-60-075026-0 LOTE
ALHAJAS 59.890,90 77-60-075362-0 LOTE ALHAJAS 293.986,65
77-60-076021-0 LOTE
ALHAJAS 76.106,85 77-60-076263-5 LOTE ALHAJAS 154.305,60
77-60-079297-4 LOTE
ALHAJAS 55.361,55 77-60-081082-4 LT DE ALHAJAS 53.314,25
77-60-081814-7 LOTE
DE ALHAJAS 122.914,45 77-60-082539-0 LOTE ALHAJAS 89.439,65
77-60-083103-8 LOTE
ALHAJAS 192.796,65 77-60-083146-3 LOTE DE ALHAJS 409.299,95
77-60-083433-1 LT
DE ALHAJAS 25.784,60 77-60-083486-1 LT DE ALHAJAS 44.537,10
77-60-083553-2 ANILLO 83.328,70 77-60-083554-6 LOTE DE ALHAJAS 107.269,85
77-60-083613-1 LT
ALHAJAS 158.381,85 77-60-083887-4 LOTE ALHAJAS 167.065,55
77-60-084064-9 LOTE
DE ALHAJAS 305.019,10 77-60-084085-1 LT ALHAJAS 44.775,25
77-60-084350-5 LT
DE ALHAJAS 73.980,95 77-60-084469-8 LOTE ALHAJAS 323.507,45
77-60-084830-9 CADENAS 59.019,40 77-60-084900-2 LT ALHAJAS 143.545,10
77-60-085494-7 LOTE
DE ALHAJAS 38.229,70 77-60-087905-7 LOTE ALHAJAS 112.012,05
77-60-090428-5 LT
ALHAJAS 99.994,45 77-60-090745-7 LT ALHAJAS 29.531,85
77-60-090940-9 LT
DE ALHAJAS 64.241,60 77-60-091098-1 LOTE ALHAJAS 41.021,00
77-60-091163-1 LT
DE ALHAJAS 140.978,90 77-60-091385-1 ANILLOS. PULSERA 827.379,00
77-60-091390-2 4
CADENAS 43.292,75 77-60-092456-8 LOTE DE ALHAJAS 143.545,10
77-60-093326-7 LOTE
ALHAJAS 9.339,75 77-60-094291-7 LOTE ALHAJAS 108.943,40
77-60-094420-4 LOTE
DE ALHAJAS 49.688,70 77-60-094754-8 LOTE ALHAJAS 40.215,30
77-60-094980-5 LOTE
ALHAJAS 34.301,25 77-60-095615-0 LOTE ALHAJAS 70.363,25
77-60-095666-9 LT
DE ALHAJAS 60.822,50 77-60-095693-6 LOTE ALHAJAS 53.314,25
77-60-095825-6 LT
DE ALHAJAS 118.882,25 77-60-095863-0 LOTE ALHAJAS 35.484,10
77-60-096217-9 LOTE
DE ALHAJAS 108.277,20 77-60-096500-4 LOTE ALHAJAS 53.226,10
77-60-096605-8 ANILLOS.
PIEZA 47.037,85 77-60-096707-7 LOTE ALHAJAS 20.700,00
77-60-096782-0 LT
DE ALHAJAS 285.290,15 77-60-096858-0 ANILLOS 10K 27.114,35
77-60-097131-8 CUATRO
ANILLOS 45.095,40 77-60-097200-8 ANILLO 223.615,95
77-60-097479-2 LOTE
ALHAJAS 48.294,15 77-60-097482-4 LT ALHAJAS 92.969,00
77-60-097523-3 LOTE
DE ALHAJAS 710.299,15 77-60-097557-0 LT ALHAJAS 802.502,55
77-60-097633-8 LOTE
DE ALHAJAS 133.214,00 77-60-097635-7 LOTE ALHAJAS 175.545,80
77-60-097696-0 LOTE
ALHAJAS 36.279,45 77-60-097705-0 LOTE ALHAJAS 10.502,20
77-60-097867-8 LOTEK
ALHAJAS 41.036,35 77-60-098188-7 PULSO 14K 98.825,25
77-60-098238-1 LOTE
ALHAJAS 85.256,15 77-60-098400-2 LOTE ALHAJAS 69.440,60
77-60-098496-6 LOTE
ALHAJAS 60.885,45 77-60-098635-8 LOTE DE ALHAJAS 338.987,30
77-60-099092-1 LOTE
ALHAJAS 45.271,95 77-60-099387-6 LT ALHAJAS 7.137,70
77-60-100063-5 LT
ALHAJAS 590.011,30 77-60-100641-3 LOTE ALHAJAS 60.999,95
77-60-101313-6 LOTE
ALHAJAS 123.457,90 77-60-101537-3 LOTE DE ALHAJAS 306.345,90
77-60-101765-0 LOTE
DE ALHAJAS 326.453,55 77-60-101790-8 LOTE DE ALHAJAS 160.861,15
77-60-101927-8 LOTE
ALHAJAS 55.913,95 77-60-101930-1 LOTE ALHAJAS 24.965,95
77-60-102064-0 LT
DE ALHAJAS 180.968,85 77-60-102097-3 LOTE ALHAJAS 97.236,05
77-60-102203-2 LOTE
ALHAJAS 40.570,15 77-60-102325-9 LT DE ALHAJAS 1.716.484,15
77-60-102399-8 LOTE
DE ALHAJAS 226.102,40 77-60-102423-1 LT DE ALHAJAS 77.073,15
77-60-102425-0 LOTE
DE ALHAJAS 72.389,95 77-60-102440-6 LOTE DE ALHAJAS 83.108,35
77-60-102456-4 LOTE
DE ALHAJAS 58.485,25 77-60-102463-4 LOTE ALHAJAS 211.846,70
77-60-102558-7 LOTE
ALHAJAS 729.833,15 77-60-102639-5 LOTE ALHAJAS 110.473,70
77-60-102680-4 LOTE
DE ALHAJAS 181.118,70 77-60-102810-5 LOTE ALHAJAS 50.607,80
77-60-103234-5 LOTE
ALHAJAS 24.220,85 77-60-103238-3 LOTE DE ALHAJAS 39.032,50
77-60-103278-8 LOTE
DE ALHAJAS 30.917,40 77-60-103292-6 LOTE ALHAJAS 65.269,65
77-60-103314-1 LOTE
DE ALHAJAS 354.844,35 77-60-103506-3 PULSERA 152.919,30
77-60-103508-2 LOTE
DE ALHAJAS 111.183,45 77-60-103624-1 LOTE ALHAJAS 139.868,80
77-60-103670-2 LOTE
DE ALHAJAS 117.771,25 77-60-103682-2 LT DE ALHAJAS 54.158,75
77-60-103715-6 LOTE
ALHAJAS 229.784,45 77-60-103718-9 PULSO Y MONEDA 204.444,30
77-60-103720-7 ANILLO 166.397,90 77-60-103727-6 LOTE ALHAJAS 1.082.330,20
77-60-103764-6 LOTE
ALHAJAS 36.797,90 77-60-103770-4 LOTE ALHAJAS 43.365,05
77-60-103782-4 CADENA.
RELOJ 262.891,35 77-60-103791-3 RELOJ 275.426,75
77-60-103999-1 LOTE
ALHAJAS 166.657,40 77-60-104008-2 LOTE ALHAJAS 285.538,15
77-60-104019-9 LOTE
ALHAJAS 62.352,00 77-60-104037-5 LOTE ALHAJAS 98.327,85
77-60-104046-6 LOTE
ALHAJAS 48.052,90 77-60-104086-9 LOTE DE ALHAJAS 148.169,25
77-60-104096-1 LOTE
DE ALHAJAS 150.170,25 77-60-104126-0 LOTE ALHAJAS 18.221,20
77-60-104191-1 LT
ALHAJAS 32.926,50 77-60-104205-3 LOTE ALHAJAS 393.942,10
77-60-104206-7 LT
DE ALHAJAS 25.948,55 77-60-104243-7 LOTE ALHAJAS 131.399,00
77-60-104317-5 LT
DE ALHAJAS 39.892,00 77-60-104351-2 LOTE ALHAJAS 49.389,75
77-60-104366-7 LT
ALHAJAS 293.715,40 77-60-104433-6 LOTE DE ALHAJAS 126.436,30
77-60-104446-3 LT
DE ALHAJAS 30.917,40 77-60-104449-6 LOTE ALHAJAS 23.270,35
77-60-104464-0 LOTE
ALHAJAS 57.669,40 77-60-104493-6 LOTE ALHAJAS 94.494,55
77-60-104692-6 LOTE
ALHAJAS 73.691,30 77-60-104900-6 LOTE ALHAJAS 155.354,25
77-60-106602-0 LOTE
ALHAJAS 181.101,05 77-60-107435-8 LT DE ALHAJAS 222.372,65
77-60-108096-5 LOTE
ALHAJAS 62.200,00 77-60-108145-8 LOTE ALHAJAS 158.758,05
77-60-108190-1 LOTE
DE ALHAJAS 216.632,15 77-60-108195-3 LOTE ALHAJAS 38.069,05
77-60-108224-7 LOTE
ALHAJAS 198.119,45 77-60-108240-8 LOTE DE ALHAJAS 99.355,40
77-60-108306-2 CADENA
Y DIJE 28.978,65 77-60-108740-9 LOTE ALHAJAS 41.000,10
77-60-108757-0 LOTE
DE ALHAJAS 50.419,05 77-60-108773-1 LOTE ALHAJAS 30.896,70
77-60-108781-5 LOTE
ALHAJAS 60.372,90 77-60-108826-9 LOTE ALHAJAS 147.850,35
77-60-108840-0 LOTE
ALHAJAS 58.132,65 77-60-108943-5 LOTE ALHAJAS 87.059,60
77-60-109059-6 ANILLO 65.538,95 77-60-109100-4 PULSERA 55.209,65
77-60-109117-6 LOTE
ALHAJAS 27.657,75 77-60-109226-7 LOTE DE ALHAJAS 25.554,15
77-60-109228-6 LOTE
ALHAJAS 410.405,35 77-60-109247-8 LOTE ALHAJAS 189.487,00
77-60-109258-6 LOTE
ALHAJAS 91.233,65 77-60-109274-5 LOTE ALHAJAS 30.043,15
77-60-109359-1 LOTE
DE ALHAJAS 115.705,25 77-60-109360-6 LOTE ALHAJAS 14.886,00
77-60-109577-5 LOTE
ALHAJAS 266.325,40 77-60-109638-8 LT DE ALHAJAS 99.036,40
77-60-109707-6 LOTE
ALHAJAS 159.795,50 77-60-109717-9 LOTE ALHAJAS 122.993,20
77-60-109718-4 LOTE
ALHAJAS 64.270,40 77-60-109721-6 LT DE ALHAJAS 54.454,00
77-60-109732-2 LOTE
DE ALHAJAS 83.101,60 77-60-109859-2 LOTE ALHAJAS 91.603,75
77-60-109877-0 LOTE
ALHAJAS 55.729,85 77-60-109916-9 LOTE ALHAJAS 51.193,15
77-60-109924-2 LOTE
ALHAJAS 73.030,15 77-60-109925-8 ANILLO 24.421,50
77-60-109990-9 PAR
ARETES 47.155,40 77-60-110007-9 LT DE ALHAJAS 24.443,05
77-60-110045-4 LOTE
ALHAJAS 74.043,45 77-60-110060-8 LOTE ALHAJAS 145.938,85
77-60-110074-9 LOTE
ALHAJAS 44.134,70 77-60-110095-0 LOTE ALHAJA 142.643,50
77-60-110134-6 2
PULSERAS 54.228,70 77-60-110144-0 LT DE ALHAJAS 161.102,15
77-60-110159-5 LOTE
ALHAJAS 38.094,65 77-60-110166-5 LOTE ALHAJAS 61.834,80
77-60-110168-4 LOTE
ALHAJAS 339.236,75 77-60-110193-2 LOTE ALHAJAS 120.046,45
77-60-110202-0 LOTE
ALHAJAS 91.647,45 77-60-110206-9 LOTE ALHAJAS 650.461,15
77-60-110208-8 LOTE
ALHAJAS 1.162.183,75 77-60-110229-7 LOTE ALHAJAS 365.056,90
77-60-110254-5 LT
DE ALHAJAS 295.162,60 77-60-110255-0 LOTE ALHAJAS 82.149,40
77-60-110256-4 LOTE
ALHAJAS 328.754,10 77-60-110316-3 1 CADENA Y 1 PULSERA 79.354,55
77-60-110317-7 LOTE
DE ALHAJAS 302.383,40 77-60-110326-6 LOTE DE ALHAJAS 113.511,90
77-60-110356-6 LOTE
ALHAJAS 29.300,75 77-60-110405-9 LOTE DE ALHAJAS 169.990,55
77-60-110429-0 LOTE
DE ALHAJAS 538.383,90 77-60-110433-8 LOTE DE ALHAJAS 93.245,85
77-60-110439-3 LOTE
DE ALHAJAS 24.443,05 77-60-110442-7 LOTE ALHAJAS 447.802,15
77-60-110444-6 LOTE
ALHAJAS 22.162,25 77-60-110530-9 LOTE DE ALHAJAS 316.369,90
77-60-110574-0 LT
DE ALHAJAS 46.540,65 77-60-110626-3 LT DE ALHAJAS 76.181,85
77-60-110629-6 LOTE
DE ALHAJAS 84.684,05 77-60-110673-8 LOTE ALHAJAS 137.405,80
77-60-110700-4 LOTE
ALHAJAS 144.649,30 77-60-110796-8 LOTE ALHAJAS 136.360,20
77-60-110947-0 LT
DE ALHAJAS 51.897,10 77-60-111021-0 LOTE ALHAJAS 372.099,85
77-60-113585-0 LOTE
ALHAJAS 123.011,50 77-60-113688-5 LOTE ALHAJAS 28.387,25
77-60-113753-5 LOTE
ALHAJAS 42.024,30 77-60-113865-9 LOTE ALHAJAS 76.945,85
77-60-113906-6 LOTE
ALHAJAS 46.720,70 77-60-114006-9 LT DE ALHAJAS 48.655,55
77-60-114017-5 LOTE
ALHAJAS 105.458,20 77-60-114044-2 LOTE ALHAJAS 88.563,45
77-60-114072-3 LOTE
ALHAJAS 50.673,00 77-60-114101-9 LOTE ALHAJAS 279.727,70
77-60-114140-8 LOTE
ALHAJAS 40.518,30 77-60-114156-6 LOTE DE ALHAJAS 228.474,90
77-60-114191-7 LOTE
ALHAJAS 264.377,25 77-60-114235-7 LOTE ALHAJAS 136.008,15
77-60-114239-3 1
ANILLO 447.224,00 77-60-114246-5 LOTE DE ALHAJAS 65.290,75
77-60-114262-2 LOTE
ALHAJAS 24.033,80 77-60-114282-0 LOTE ALHAJAS 33.424,65
77-60-114289-0 LOTE
ALHAJAS 65.328,20 77-60-114292-2 LOTE ALHAJAS 14.591,20
77-60-114409-9 LOTE
ALHAJAS 63.066,15 77-60-114419-1 ANILLO. PULSERAS 365.999,85
77-60-114440-3 LOTE
ALHAJAS 156.795,40 77-60-114454-2 LT DE ALHAJAS 96.105,75
77-60-114472-0 LOTE
DE ALHAJAS 688.468,80 77-60-114477-2 LOTE DE ALHAJAS 682.574,35
77-60-114498-3 LOTE
ALHAJAS 26.967,85 77-60-114500-4 LOTE ALHAJAS 521.616,00
77-60-114530-2 LOTE
DE ALHAJAS 51.196,30 77-60-114540-7 LOTE ALHAJAS 65.378,55
77-60-114543-0 CADENA 228.150,25 77-60-114546-2 PULSO
11.635,15
77-60-114555-1 PULSERA 19.792,30 77-60-114577-6 LOTE ALHAJAS 125.407,10
77-60-114585-1 LOTE
ALHAJAS 434.018,50 77-60-114587-9 LOTE ALHAJAS 48.883,10
77-60-114600-6 LOTE
ALHAJAS 345.748,50 77-60-114621-5 LOTE DE ALHAJAS 43.229,20
77-60-114632-1 LOTE
ALHAJAS 65.491,60 77-60-114635-6 LOTE ALHAJAS 82.952,70
77-60-114657-0 LOTE
ALHAJAS 90.463,10 77-60-114668-9 LOTE ALHAJAS 149.220,85
77-60-114712-8 LOTE
ALHAJAS 176.685,85 77-60-114720-3 LOTE ALHAJAS 89.649,90
77-60-114739-4 LOTE
DE ALHAJAS 56.835,60 77-60-114744-7 LOTE ALHAJAS 269.107,35
77-60-114747-0 LOTE
ALHAJAS 148.325,05 77-60-114749-9 LT DE ALHAJAS 79.697,95
77-60-114753-6 LT
DE ALHAJAS 181.664,45 77-60-114768-0 LOTE ALHAJAS 59.107,85
77-60-114770-0 LOTE
ALHAJAS 67.673,25 77-60-114777-0 LOTE ALHAJAS 84.972,10
77-60-114781-7 LOTE
ALHAJAS 393.354,10 77-60-114788-8 2 PULSERAS 116.454,50
77-60-114797-5 RELOG 255.090,80 77-60-114800-0 LOTE DE ALHAJAS 310.767,20
77-60-114834-4 1PULSERA 64.853,50 77-60-114857-4 LOTE ALHAJAS 295.040,45
77-60-114873-5 LOTE
ALHAJAS 125.327,20 77-60-114909-0 LOTE ALHAJAS 162.647,60
77-60-114935-1 COLLAR 96.347,30 77-60-114949-2 LOTE DE ALHAJAS 37.675,75
77-60-114953-0 LOTE
DE ALHAJAS 338.929,40 77-60-114973-7 LOTE ALHAJAS 126.982,20
77-60-114981-0 2
ANILLOS 214.419,45 77-60-115004-0 LOTE DE ALHAJAS 109.549,50
77-60-115045-9 LOTE
ALHAJAS 73.496,65 77-60-115594-0 GARGANTILLA 333.092,00
77-60-118183-7 1
ANILLO 143.699,35 77-60-118198-1 LOTE ALHAJAS 232.912,70
77-60-118208-5 LOTE
ALHAJAS 149.913,30 77-60-118209-9 LOTE ALHAJAS 136.067,75
77-60-118213-6 LOTE
ALHAJAS 121.744,80 77-60-118215-5 LOTE ALHAJAS 169.010,50
77-60-118218-8 LOTE
ALHAJAS 167.100,75 77-60-118219-1 CADENAS 40.581,60
77-60-118220-6 LOTE
ALHAJAS 134.874,15 77-60-118221-0 LOTE ALHAJAS 463.107,75
77-60-118228-0 ANILLOS 32.226,55 77-60-118229-4 LOTE ALHAJAS 105.870,30
77-60-118256-1 GARGANTILLA 98.985,60 77-60-118262-6 ANILLO 28.622,30
77-60-118263-1 LOTE
ALHAJAS 132.378,30 77-60-118269-7 LOTE ALHAJAS 90.785,35
77-60-118270-3 LOTE
ALHAJAS 153.718,65 77-60-118271-7 LOTE ALHAJAS 669.689,25
77-60-118282-3 UN
ANILLO 41.706,60 77-60-118283-9 ARETES PULSERA 39.323,40
77-60-118301-6 CADENA 235.746,40 77-60-118302-0 ANILLOS 71.438,30
77-60-118305-4 LOTE
ALHAJAS 116.206,35 77-60-118307-1 ANILLOS 12.871,70
77-60-118330-0 ANILLO 214.138,60 77-60-118335-2 LOTE ALHAJAS 63.051,90
77-60-118345-7 LOTE
ALHAJAS 114.207,25 77-60-118346-0 PULSERA 211.759,25
77-60-118357-7 LOTE
ALHAJAS 890.040,45 77-60-118359-6 ANILLOS 85.443,90
77-60-118363-3 CADENA
DIJE 163.767,45 77-60-118364-7 ANILLO 27.294,60
77-60-118369-9 LOTE
ALHAJAS 310.048,05 77-60-118374-1 LOTE ALHAJAS 154.273,70
77-60-118384-4 RELOG
PULSERA 81.228,45 77-60-118387-7 LT DE ALHAJAS 272.720,45
77-60-118396-6 PULSERA 181.584,35 77-60-118398-5 LT DE ALHAJAS 151.182,00
77-60-118401-8 LOTE
ALHAJAS 97.230,75 77-60-118402-1 LOTE ALHAJAS 104.345,25
77-60-118404-0 ANILLO 8.873,35 77-60-118418-1 ANILLO 54.499,05
77-60-118419-5 ANILLO 40.281,90 77-60-118428-4 LOTE ALHAJAS 173.614,85
77-60-118430-2 LOTE
ALHAJAS 74.692,85 77-60-118437-1 LOTE ALHAJAS 484.166,90
77-60-118464-9 LOTE
ALHAJAS 143.675,05 77-60-118468-7 CADENAS 154.947,15
77-60-118475-9 LOTE
DE ALHAJAS 137.205,10 77-60-118476-2 CADENAS. PULSERAS 249.571,40
77-60-118481-3 LOTE
ALHAJAS 110.719,95 77-60-118483-2 ARETES CADENA 24.838,85
77-60-118485-1 LT
DE ALHAJAS 49.086,30 77-60-118488-4 ANILLO Y GARGANTILLA 946.242,20
77-60-118489-8 ANILLO.
PAR ARETES 41.398,05 77-60-118490-2 LOTE ALHAJAS 984.399,45
77-60-118491-6 LOTE
ALHAJAS 345.378,40 77-60-118493-5 LOTE DE ALHAJAS 15.596,45
77-60-118494-9 LOTE
ALHAJAS 229.392,80 77-60-118495-4 LOTE ALHAJAS 72.505,75
77-60-118497-1 LOTE
ALHAJAS 228.919,25 77-60-118498-7 LOTE ALHAJAS 329.374,25
77-60-118508-2 LOTE
ALHAJAS 54.558,80 77-60-118509-6 2 PULSERAS 194.516,00
77-60-118510-0 LOTE
ALHAJAS 206.304,85 77-60-118511-4 3 ANILLOS 170.938,35
77-60-118513-3 LOTE
ALHAJAS 94.310,80 77-60-118516-6 LOTE ALHAJAS 137.929,55
77-60-118526-9 2
ANILLOS PULSERA 57.765,35 77-60-118527-2 LOTE ALHAJAS 101.731,10
77-60-118529-1 PULSERA 76.627,50 77-60-118531-0 PULSERAS 48.016,85
77-60-118536-1 LT
DE ALHAJAS 881.073,30 77-60-118537-5 ANILLOS 59.889,75
77-60-118542-8 LT
DE ALHAJAS 68.318,50 77-60-118545-2 LOTE ALHAJAS 424.034,10
77-60-118547-0 PULSERAS 192.269,55 77-60-118548-5 LOTE ALHAJAS 135.459,10
77-60-118555-5 LOTE
ALHAJAS 22.262,40 77-60-118556-9 LOTE ALHAJAS 223.802,05
77-60-118560-6 2
CADENAS 209.667,15 77-60-118563-9 LOTE ALHAJAS 38.517,55
77-60-118565-8 LOTE
ALHAJAS 262.672,95 77-60-118571-4 LOTE ALHAJAS 170.654,30
77-60-118576-6 LOTE
ALHAJAS 820.317,40 77-60-118577-0 LOTE ALHAJAS 146.880,30
77-60-118579-9 CREDITO
DE ALHAJAS 123.577,20 77-60-118587-2 LOTE ALHAJAS 389.233,00
77-60-118588-8 LOTE
ALHAJAS 629.066,95 77-60-118593-9 LOTE ALHAJAS 291.877,65
77-60-118598-0 GARGANTILLA 418.985,70 77-60-118600-0 LOTE ALHAJAS 70.027,10
77-60-118605-1 LOTE
ALHAJAS 84.150,20 77-60-118606-5 LOTE ALHAJAS 318.701,00
77-60-118607-9 LOTE
ALHAJAS 102.025,20 77-60-118608-4 LT DE ALHAJAS 53.505,55
77-60-118612-0 LOTE
ALHAJAS 135.833,65 77-60-118613-5 LOTE ALHAJAS 174.085,90
77-60-118616-8 LOTE
ALHAJAS 24.694,90 77-60-118619-0 PULSERA 17.873,05
77-60-118621-9 LOTE
ALHAJAS 127.684,35 77-60-118622-2 LOTE ALHAJAS 107.576,20
77-60-118625-7 LOTE
ALHAJAS 365.060,85 77-60-118626-0 LOTE ALHAJAS 409.652,85
77-60-118627-4 LOTE
ALHAJAS 496.249,45 77-60-118628-0 LOTE ALHAJAS 471.789,85
77-60-118632-5 LOTE
ALHAJAS 78.546,60 77-60-118634-4 LOTE ALHAJAS 15.343,75
77-60-118636-3 LOTE
ALHAJAS 14.379,65 77-60-118641-6 LOTE ALHAJAS 146.870,90
77-60-118644-9 UNA
CADENA 126.073,90 77-60-118645-4 LOTE ALHAJAS 563.620,00
77-60-118646-8 LOTE
ALHAJAS 46.646,25 77-60-118647-1 CADENA 14.658,35
77-60-118648-7 LOTE
ALHAJAS 66.973,15 77-60-118650-5 LOTE ALHAJAS 450.212,10
77-60-118656-0 LOTE
ALHAJAS 56.257,35 77-60-118657-4 PULSERA 91.418,25
77-60-118660-8 LOTE
ALHAJAS 605.352,85 77-60-118661-1 LOTE ALHAJAS 240.550,35
77-60-118663-0 LOTE
ALHAJAS 101.966,50 77-60-118665-0 LOTE ALHAJAS 479.547,30
77-60-118667-7 LOTE
ALHAJAS 224.795,05 77-60-118668-2 CADENA PULSERA 269.566,60
77-60-118669-6 LOTE
ALHAJAS 591.149,40 77-60-118673-5 ANILLOS DIJE 121.891,00
77-60-118675-4 LOTE
ALHAJAS 100.794,45 77-60-118678-7 LOTE ALHAJAS 96.809,60
77-60-118679-0 PULSERA 23.159,35 77-60-118680-5 LOTE ALHAJAS 322.800,10
77-60-118681-9 LOTE
ALHAJAS 113.686,80 77-60-118682-2 LOTE ALHAJAS 112.514,75
77-60-118683-8 LT
DE ALHAJAS 201.002,95 77-60-118687-4 LOTE ALHAJAS 205.544,15
77-60-118688-0 LOTE
ALHAJAS 127.770,65 77-60-118689-3 LOTE ALHAJAS 82.617,75
77-60-118691-1 PULSERAS
ANILLO 177.767,85 77-60-118696-3 LOTE ALHAJAS 238.875,60
77-60-118698-2 LOTE
ALHAJAS 66.662,95 77-60-118699-6 LOTE ALHAJAS 164.349,95
77-60-118700-1 ANILLO 144.650,80 77-60-118701-5 ANILLO CADENA 294.428,10
77-60-118702-9 CADENAS 108.111,80 77-60-118703-4 LOTE ALHAJAS 315.204,75
77-60-118704-8 LOTE
ALHAJAS 125.770,85 77-60-118707-0 LOTE ALHAJAS 159.457,75
77-60-118710-4 LOTE
ALHAJAS 302.094,30 77-60-118712-1 LOTE ALHAJAS 499.972,20
77-60-118713-7 CADENA 127.770,65 77-60-118715-6 LOTE ALHAJAS 393.311,45
77-60-118716-0 LOTE
ALHAJAS 359.370,45 77-60-118718-9 LOTE ALHAJAS 405.175,50
77-60-118719-2 LOTE
ALHAJAS 134.607,10 77-60-118720-7 PULSERA 96.576,05
77-60-118722-4 LOTE
ALHAJAS 421.826,55 77-60-118724-3 ANILLO 149.859,45
77-60-118725-9 LOTRE
ALHAJAS 156.811,10 77-60-118726-2 LOTE ALHAJAS 112.857,95
77-60-118727-6 CADENAS
PULSERA 274.187,25 77-60-118728-1 LOTE ALHAJAS 361.882,75
77-60-118730-0 LOTE
ALHAJAS 140.201,80 77-60-118731-3 LOTE ALHAJAS 34.501,05
77-60-118732-7 LT
DE ALAHAJAS 92.690,85 77-60-118733-2 LOTE ALHAJAS 139.237,85
77-60-118735-1 LT
DE ALHAJAS 163.735,35 77-60-118738-4 LOTE ALHAJAS 32.524,95
77-60-118739-8 LOTE
ALHAJAS 50.089,15 77-60-118740-4 LOTE ALHAJAS 102.126,40
77-60-118743-7 LOTE
ALHAJAS 236.444,90 77-60-118745-6 LOTE ALHAJAS 2.245.908,10
77-60-118748-9 LOTE
ALHAJAS 123.109,05 77-60-118754-3 LOTE ALHAJAS 188.545,35
77-60-118755-9 P/ARETES 23.600,85 77-60-118756-2 ANILLOS 43.254,55
77-60-118757-6 LOTE
ALHAJAS 173.206,60 77-60-118758-1 1 PULSERA 705.381,50
77-60-118759-5 LOTE
ALHAJAS 75.418,15 77-60-118760-0 ANILLOS 44.363,60
77-60-118762-7 LOTE
ALHAJAS 65.932,60 77-60-118763-2 PULSERA 17.286,55
77-60-118764-6 LOTE
ALHAJAS 103.410,45 77-60-118765-1 LOTE ALHAJAS 112.842,00
77-60-118766-5 LOTE
ALHAJAS 762.380,35 77-60-118767-9 LOTE ALHAJAS 175.413,90
77-60-118768-4 LOTE
ALHAJAS 138.513,85 77-60-118769-8 CADENA DIJES 75.351,55
77-60-118770-4 CADENA 126.324,65 77-60-118777-3 LOTE ALHAJAS 138.513,85
77-60-118781-0 LOTE
ALHAJAS 61.500,15 77-60-118782-4 LOTE ALHAJAS 51.859,55
77-60-118784-3 RELOJ 400.028,05 77-60-118785-9 LOTE ALHAJAS 97.513,80
77-60-118786-2 LOTE
ALHAJAS 761.272,25 77-60-118787-6 LOTE ALHAJAS 346.838,75
77-60-118788-1 LOTE
ALHAJAS 60.946,10 77-60-118789-5 LOTE ALHAJAS 141.838,20
77-60-118790-0 CADENA 86.432,65 77-60-118791-3 GARGANTILLA 155.135,55
77-60-118792-7 1
CADENA 89.535,30 77-60-118793-2 LOTE ALHAJAS 177.100,10
77-60-118796-5 PULSERAS
CADENA 61.343,45 77-60-118797-9 LOTE ALHAJAS 162.135,05
77-60-118798-4 LOTE
ALHAJAS7 4.108,90 77-60-118799-8 LOTE ALHAJAS 625.359,20
77-60-118800-3 LOTE
ALHAJAS 177.523,25 77-60-118801-7 LOTE DE ALHAJAS 695.872,85
77-60-118802-0 PULSERA 60.654,55 77-60-118804-0 LOTE ALHAJAS 210.030,70
77-60-118807-2 LOTE
ALHAJAS 170.317,90 77-60-118809-1 PULSERAS ANILLO 99.252,85
77-60-118810-6 LOTE
DE ALHAJAS 315.403,55 77-60-118811-0 LOTE DE ALHAJAS 167.627,05
77-60-118813-9 LOTE
ALHAJAS 287.833,30 77-60-118816-1 LOTE ALHAJAS 193.081,65
77-60-118817-5 2
ANILLOS 21.835,60 77-60-118818-0 LOTE ALHAJAS 31.981,50
77-60-118819-4 CADENA 70.579,80 77-60-118820-9 LOTE ALHAJAS 113.479,10
77-60-118821-2 PULSERA 190.786,10 77-60-118823-1 LOTE ALHAJAS 16.750,65
77-60-118824-5 LOTE
ALHAJAS 50.177,85 77-60-118825-0 LOTE ALHAJAS 212.310,80
77-60-118826-4 LOTE
DE ALHAJAS 564.638,50 77-60-118828-3 LOTE ALHAJAS 274.560,10
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 508 89.206.200,10
77-60-097692-2 LOTE
ALHAJAS 421.530,85 77-60-103250-6 LOTE DE ALHAJAS 938.251,05
77-60-108825-5 LOTE
ALHAJAS 48.276,15 77-60-110753-2 ANILLO. RELOJES 129.292,05
77-60-113805-0 CADENAS 91.798,95 77-60-114045-8 LOTE DE ALHAJAS 30.994,85
77-60-114046-1 LOTE
DE ALHAJAS 50.154,10 77-60-116462-8 CADENA 496.611,50
77-60-116935-3 LT
DE ALHAJAS 1.811.013,55 77-60-117527-1 LT DE ALHAJAS 2.058.989,50
77-60-117550-2 LT
DE ALHAJAS 2.506.408,75 77-60-118116-7 ANILLOS 3.199.934,95
77-60-118117-0 ANILLOS 2.632.673,75
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 13 14.415.930,00
Agencia 85
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
85-60-843623-0 LOTE
ALAHJAS 103.157,55 85-60-844772-4 LOTE ALAHJAS 133.449,80
85-60-844918-5 LOTE
ALAHJAS 135.983,55 85-60-844995-8 LOTE ALAHJAS 195.994,30
85-60-845051-0 LOTE
ALHAJAS 108.786,85 85-60-845665-3 LOTE ALHAJAS 35.719,20
85-60-845729-9 LOTE
ALHAJAS 52.961,65 85-60-845733-6 LOTE ALHAJAS 94.766,15
85-60-845776-3 LOTE
ALHAJAS 128.923,15 85-60-845779-6 LOTE ALHAJAS 94.439,20
85-60-845783-3 LOTE
ALHAJAS 91.800,60 85-60-846654-6 LOTE ALHAJAS 18.653,25
85-60-846722-9 LOTE
ALHAJAS 27.227,00 85-60-846723-4 PULSOS 169.280,85
85-60-846760-4 PULCERA 60.023,25 85-60-846765-6 LOTE ALHAJAS 331.682,05
85-60-846770-9 LOTE
ALHAJAS 265.763,95 85-60-846798-9 LOTE ALHAJAS 22.201,40
85-60-846804-4 LOTE
ALHAJAS 297.236,25 85-60-846805-0 LOTE ALHAJAS 44.324,40
85-60-846821-7 LOTE
ALHAJAS 40.583,35 85-60-846824-0 ANILLOS 82.710,70
85-60-846825-5 LOTE
ALHAJAS 340.768,15 85-60-846828-8 ARETES 23.159,00
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 24 2.899.595,60
Agencia 88
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
88-60-843588-5 LOTE
ALHAJAS 10.536,40 88-60-843655-4 LOTE ALHAJAS 415.443,45
88-60-843841-7 LOTE
ALHAJAS 57.717,40 88-60-843907-1 LOTE ALHAJAS 103.741,90
88-60-848361-6 LOTE
ALHAJAS 60.275,60
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 5 647.714,75
88-60-842399-5 LOTE
ALHAJAS 46.901,10
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1 46.901,10
Agencia 90
ALHAJAS
Operación Descripción Base remate Operación Descripción Base
remate
90-60-845122-5 LOTE
DE ALHAJAS 34.074,05
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 1 34.074,05
San José, 10 de abril del 2007.—Lic. Shirley Barboza Mena, Coordinadora.—1 vez.—C-1089020.—(29759).
DIVISIÓN ECONÓMICA
Se comunica que la tasa básica que regirá a partir del 5 de abril del 2007 y hasta nuevo aviso será de: 7.75%.
San José, 9 de abril del 2007.—MG. Jorge Madrigal Badilla, Director.—1 vez.—(O. C. Nº 8683).—C-4255.—(29761).
OFICINAS CENTRALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Raúl Cascante Jiménez, cédula de identidad 1-326-580 ha solicitado en San José, Costa Rica, la reposición del cheque Nº 0919120 del Banco Nacional de Costa Rica por la suma de ¢ 183.312,25 colones el día 30 de marzo del 2007 a favor del señor Raúl Cascante Jiménez.
San José, 2 de abril del 2007.—Raúl Cascante Jiménez.—(29032).
Comisión por pago anticipado del Programa fondos
propios
hasta por $50.000,00, tasa fija 5 primeros
años,
resto variable, plazo hasta 20 años
La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, aclara a los interesados lo siguiente:
Comisión Pago anticipado
1.50% Si la cancelación anticipada es menor o igual
de el 50% al saldo adeudado
2.50% Si la cancelación anticipada es menor o igual
de el 100% al saldo adeudado
Comisión por pago anticipado del Programa fondos propios hasta por $50.000,00, tasa fija 5 primeros años, resto variable, plazo hasta 20 años. 1.50% si la cancelación anticipada es menor o igual de el 50% al saldo adeudado y 2.50% si la cancelación anticipada es menor o igual de el 100% al saldo adeudado.
La Uruca, 10 de abril del 2007.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(Solicitud Nº 1770-2007).—C-9095.—(29733).
OFICINA DE SAN ISIDRO DE EL GENERAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Yo, Molina Sánchez Cynthia Rebeca, cédula de identidad Nº 1-0585-0649, solicitante del certificado de depósito a plazo, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, Oficina de San Isidro de El General, que se detalla a continuación:
C.D.P. Monto Emisión Vencimiento
400 01 010
23132 2 1.230.000,00 22-05-2006 22-08-2006
Cupón Monto Emisión Vencimiento
1 30.270,30 22-05-2006 22-08-2006
Título emitido a la orden, a una tasa de interés del 10,70%. Solicito reposición de este documento por causa de extravío. Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el término de quince días.
San Isidro de El General, 16 de febrero del 2007.—Cynthia Rebeca Molina Sánchez.—(29034).
OFICINA EN SABALITO
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La suscrita notaria, Kerling Araya Madrigal, cédula Nº 6-318-803, a solicitud expresa del señor Gilbert Hernández Barrantes, cédula Nº 6-149-186, beneficiario del certificado de depósito a plazo Nº 400-02-159-1610-2, por un monto de ¢ 21.000.000,00, fecha de emisión 18 de diciembre del 2006, fecha de vencimiento 19 de marzo del 2007; y el cupón por intereses Nº 400-01-159-1610-2, por un monto de ¢ 451.739,17, fecha de emisión 18 de diciembre del 2006, fecha de vencimiento 19 de marzo del 2007, ambos emitidos por el Banco Nacional de Costa Rica, Oficina en Sabalito, títulos emitidos a la orden, a una tasa de interés del 9,25%; solicita la reposición de estos documentos por causa de extravío. Se publica este anuncio por tres veces para oír reclamos de terceros, por el término de 15 días.—Sabalito, Coto Brus, 26 de marzo del 2007.—Lic. Kerling Araya Madrigal, Notaria.—(29107).
ÁREA DE INVESTIGACIÓN
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Pedro Pablo Quirós Madrigal, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintinueve días del mes de marzo del dos mil siete.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(28589).
Luis Fernando Cartín Gulubay ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 28 de marzo del 2007.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 14506.—(28716).
Hazel Dayan Chaves Elizondo, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 28 de marzo del 2007.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 14507.—(28717).
Esteban Carranza Kopper ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 20 de marzo del 2007.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(29166).
VICERRECTORÍA EJECUTIVA
DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Gerardo López Viales, costarricense, cédula Nº 9-057-949, ha solicitado reconocimiento y equiparación del Agrónomo y Técnico Veterinario, obtenido en la Universidad Nacional y Autónoma de Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a esta Dirección, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Sabanilla, 28 de marzo del 2007.—Comisión de Reconocimiento de Estudios.—Lic. Sandra Chaves, Coordinadora a. í.—(28627).
Nuria Camps Salat, de nacionalidad española, cédula de residencia Nº 726175236004045, ha solicitado reconocimiento y equiparación del título de Licenciatura en Filosofía y Letras División Filosofía y Ciencias de la Educación, obtenido en la Universidad Autónoma de Barcelona. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a esta Dirección dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Sabanilla, 30 de marzo del 2007.—Lic. Sandra Chaves, Coordinadora a. í., Comisión de Reconocimiento de Estudios.—(29108).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A Marjorie Romero Salas se le comunica la resolución administrativa dictada por la Oficina Local de Puntarenas a las diez horas del día diecinueve de enero del dos mil siete, mediante la cual se dicta medida especial de protección de abrigo temporal en el Albergue Institucional de El Roble de Puntarenas de su hijo Santiago Mena Romero. Garantía de defensa: se les hace saber que tienen derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este despacho o ante la Presidencia Ejecutiva dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras, de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente PANI-115-00367-1997.—Oficina Local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente Legal.—(Solicitud Nº 0720).—C-5460.—(29225).
A Kattia Rosales Campos, cédula 6-322-303, se le comunica la resolución administrativa dictada por este despacho de las trece horas del día seis de marzo del dos mil siete, que dicta medida de protección de cuido provisional de la persona menor de edad Yilkenson Francisco Rosales Campos en el hogar de su tía materna Cinthia Rosales Campos. Garantía de defensa: se les hace saber que tienen derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutiva dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente PANI-631-00001-2001.—Oficina Local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0720.—C-5460.—(29226).
A Marisol Sandoval Quirós, se le comunica la resolución de este despacho de las 12:00 horas del veinte de julio del dos mil seis, por medio de la cual se dictó medida de protección de abrigo temporal, en beneficio de la niña Verónica Quesada Sandoval, la cual indica que: Se resuelve medida de abrigo temporal en el Hogar Cristiano, hasta por seis meses. Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación, el cual se interpondrá ante este Órgano Director en el transcurso de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la última publicación de este edicto, quien lo elevará para que sea resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la institución, ubicada en San José, Barrio Lujan, antigua Dos Pinos. Las partes deberán señalar lugar para notificaciones, en caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Expediente Nº 646-00021-2006.—Oficina Local de Orotina.—Lic. Eileen Flores Villarreal, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0720).—C-5460.—(29227).
A Jénnifer Fernández Ulate, se le comunica la resolución de este despacho de las 8:00 horas del quince de agosto de dos mil seis, por medio de la cual se dictó medida de protección de cuido provisional, en beneficio de la niña Raquel Fernández Ulate, la cual indica que: Se resuelve medida de cuido provisional, hasta por seis meses, de la persona menor de edad en el hogar de los señores Elsa María Ulate Rodríguez cc: Elsy y Odir Alexis Noguera Gutiérrez. Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación, el cual se interpondrá ante este Órgano Director en el transcurso de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la última publicación de este edicto, quien lo elevará para que sea resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la institución, ubicada en San José, Barrio Lujan, antigua Dos Pinos. Las partes deberán señalar lugar para notificaciones, en caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Expediente Nº 646-00031-2006.—Oficina Local de Orotina.—Lic. Eileen Flores Villarreal, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0720).—C-5850.—(29228).
La Oficina Local de La Unión, comunica a Rodrigo Montenegro Flores, en su calidad de progenitor de la persona menor de edad Osvaldo Montenegro Sossa, que por resolución de las nueve horas treinta minutos del ocho de marzo del dos mil siete, se dictó medida de protección a favor de la citada persona menor de edad en la cual se ordenó abrigo temporal a favor del mismo, a fin que permanezca ubicado a cargo de esta institucional en el Albergue Transitorio de Cartago. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante la Representación Legal de esta Oficina Local dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Publíquese. Expediente 631-432-1987 MJ.—Oficina Local de La Unión.—Lic. Patricia Hernández Sánchez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0720).—C-6240.—(29229).
Se comunica a José Sánchez (segundo apellido ignorado) y Alexandra Bravo Aragón, en su calidad de progenitores de la persona menor de edad Ananik Sánchez Bravo, que por resolución de las ocho horas treinta minutos del ocho de marzo del dos mil siete, se dictó medida de protección a favor de la citada persona menor de edad, en la cual se ordenó cuido provisional en hogar sustituto a favor de la misma a fin que permanezca ubicada a cargo de su tía abuela materna señora María Auxiliadora Aragón Sandoval. Se le ordena además a la señora Alexandra Bravo Aragón que debe someterse a tratamiento para rehabilitación de adicción en un centro especializado de su predilección, entregando constancias de asistencia o internamiento a esta Oficina Local en el tiempo y forma que aquí se le indique. Se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante la Representación Legal de esta Oficina Local dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Publíquese. Expediente 331-068-1998 AG.—Oficina Local de la Unión.—Lic. Patricia Hernández Sánchez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0720).—C-7800.—(29230).
A Eduardo Sandoval Hernández, se le comunican las resoluciones de las trece horas del dos de octubre del dos mil seis, que ordenó la medida de protección de abrigo temporal de su hija Estela Sandoval Montenegro en el Albergue de Naranjo; la de las once horas del once de octubre del dos mil seis, que revocó la anterior medida de abrigo temporal y ordenó la medida de cuido provisional de su mencionada hija bajo la responsabilidad de la señora Gerarda Nuria Prendas Solís, ambas resoluciones dictadas en la Oficina Local de Naranjo; y las diez horas con seis minutos del trece de marzo del dos mil siete, dictada en la Oficina Local de Sarapiquí, que ordenó revocar la medida anterior de cuido provisional al haber decidido la su hija Estela, iniciar convivencia en unión libre con el señor Alejo Gabriela Soto Jiménez. Plazo para interponer el recurso de apelación, dos días hábiles contados a partir de la segunda publicación de este aviso.—Oficina Local PANI Sarapiquí.—Lic. María Isabel Arce García, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0720).—C-5070.—(29231).
A José Alberto Núñez Cerdas se le comunica la resolución de las quince horas y treinta minutos del primero de marzo de dos mil siete, en la cual se modifica parcialmente la resolución de las nueve horas y treinta minutos del treinta de octubre de dos mil seis, en el sentido de que se ordena el cuido provisional de la persona menor de edad Vanessa María Núñez Vega en el hogar de los señores María Elena Rivera Núñez y Marco Ney Núñez Cerdas, ambos vecinos de La Cuesta de León Cortés y en cuanto a lo demás se mantiene incólume dicha resolución, contra esta resolución procede el recurso de apelación que deberá interponer dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de esta resolución ante el Órgano Director que la dicta para ante la Presidencia Ejecutiva de la institución. Debiendo señalar lugar para oír notificaciones, en caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Publíquese tres veces consecutivas. Expediente administrativo 116-00181-94.—Oficina Local de Los Santos.—Lic. Ingrid Iriana Quesada Rodríguez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0720).—C-8190.—(29232).
Al señor Yu Qun Wu de domicilio desconocido se le comunica la resolución de las once horas del seis de febrero del dos mil siete, a favor de la persona menor de edad Cuiping Wu (único apellido por razón de nacionalidad), contra esta resolución procede el recurso de apelación dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto, correspondiendo a la presidencia ejecutiva resolver dicho recurso. Debiendo señalar lugar para atender notificaciones dentro del perímetro de la oficina local de Cartago. En caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Expediente administrativo 231-00013-2007.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Lidiette Calvo Garita, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(Solicitud Nº 0720).—C-6630.—(29233).
A Osvaldo Torres Lobo y Reina Isabel Castillo Flores, se les comunica la resolución de este despacho de las 9:00 horas del 8 de marzo del 2007, por medio de la cual se ordenó cuido provisional administrativo de Melquisedec Torres Castillo, con la abuela paterna señora María de los Ángeles Lobo Guerrero, la medida se dicta por un plazo de seis meses. Una vez firme la presente resolución, la cuidadora deberá iniciar el proceso judicial respectivo. También ordenó referencia de la familia al IMAS, para ayuda económica y beca para estudios del joven. Recurso: Apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes a la tercera publicación, ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras en San Ramón y de alzada en San José. Pudiendo señalar número de fax, para tal fin. Expediente 244-0059-01.—San Ramón, 8 de marzo del 2007.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(Solicitud Nº 0720).—C-4680.—(29234).
A Paula Salazar Jirón y Juan Herrera González, se les comunica la resolución de este despacho de las nueve horas del 16 de febrero del 2007, por medio de la cual se ordenó sustituir la medida de abrigo temporal de: Joel Antonio y Jeremías Salazar Jirón y Sara Isabel Herrera Salazar, en el Hogarcito Infantil de Palmares, por egreso de centro con personeros de la Embajada de Nicaragua, para su repatriación a su país de origen. Recurso: Apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes a la tercera publicación. Ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este despacho y de alzada en San José. Pudiendo señalar número de fax, para tal fin. Expediente 244-00223-05.—San Ramón, 16 de febrero del 2007.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(Solicitud Nº 0720).—C-4680.—(29235).
A Juan Bracamontes González, se le comunican las resoluciones de este despacho de las 8:00 horas del 5 de marzo del 2007, por medio de la cual se ordenó elevar la apelación en contra de la resolución de las 9:45 horas del veinte de octubre del dos mil seis, que ordenó abrigo temporal del niño Francisco Bracamontes Matus T David Matus Castillo, en el Hogarcito Infantil de San Ramón. Plazo: tres días para hacer valer sus derechos ante la Presidencia Ejecutiva de la entidad, debiendo señalar lugar par notificaciones futuras en San Ramón y en San José. Pudiendo señalar número de fax para tal fin. Exp. Nº 244-00032-03.—Oficina Local de San Ramón, 5 de marzo del 2007.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(Solicitud Nº 0720).—C-4290.—(29236).
A Bertalí Carranza Ramírez, se le comunica la resolución de este despacho de las 9:00 horas del 23-02-2007, por medio de la cual se ordenó medidas de protección a favor de María Fernanda y Natalia Carranza Carranza, donde se le ordenó a la madre y a las jóvenes incorporarse a los grupos de apoyo para la familia y las niñas y adolescentes de este Despacho, así como referir la situación familiar al IMAS, a fin de que brinde becas de estudio a las personas menores de edad. Recurso: Apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes a la tercera publicación. Ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras en San Ramón y de alzada en San José. Exp. Nº 244-00096-06.—Oficina Local de San Ramón, 23 de febrero del 2007.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez. Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(Solicitud Nº 0720).—C-4290.—(29237).
A Blanca Rosa Porras Chinchilla y Miguel González Salas, se les comunica la resolución de las 15:00 horas del día 28 de febrero del año 2007 que dispone medida de abrigo temporal de la joven Maribel Gonzalez Porras en el albergue Casita San José. Recurso de Apelación. Plazo: dos días hábiles, siguientes a la segunda publicación, ante el Órgano Director, quien lo elevará ante Presidencia Ejecutiva quien lo resolverá. Debiendo las partes señalar lugar para atender notificaciones futuras. El recurso de apelación no suspende la medida de protección. Expediente Nº 243-00760-1989.—Oficina Local de Naranjo, 28 de febrero del 2007.—Oficina Local de Naranjo.—Lic. Rosario Cruz Carvajal, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 0720).—C-3900.—(29238).
A Miriam Castillos y Mario Palacios, se les comunica la resolución de las 14:30 horas del día 26 de enero del año 2007 que dispone medida de abrigo temporal del niño Celestino Palacios Castillo en el albergue de varones de Alajuela. Recurso de Apelación. Plazo dos días hábiles, siguientes a la segunda publicación, ante el Órgano Director, quien lo elevará ante Presidencia Ejecutiva quien lo resolverá. Debiendo las partes señalar lugar para atender notificaciones futuras. El recurso de apelación no suspende la medida de protección. Expediente Nº 243-00037-2006.— Oficina Local de Naranjo, 2 de febrero del 2007.—Lic. Rosario Cruz Carvajal, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 0720).—C-3510.—(29239).
La Oficina Local de San Carlos le comunica a los señores Ligia Isabel Madrigal Montero y Osvaldo Pérez Rodríguez que en el Patronato Nacional de la Infancia Oficina Local de San Carlos se dictó resolución administrativa en el expediente Nº 113-0060-2004, medida de protección en sede administrativa de cuido provisional del niño Joseph Osvwaldo Pérez Madrigal en el hogar de los señores Martha Madrigal Montero y José Rodolfo Moreira Montero. Mediante resolución de las doce horas y treinta minutos del día primero de febrero del año dos mil siete. Se le concede a los interesados un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que hagan valer sus derechos. Contra la resolución procede recurso de apelación. Deben señalar lugar para recibir notificaciones.—Lic. Xinia Guerrero Araya, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 0720).—C-5850.—(29240).
La Oficina Local de San Carlos le comunica a la señora Ángela Jiménez Araya que en el Patronato Nacional de la Infancia Oficina Local de San Carlos se dictó resolución administrativa en el expediente número 241-00005-2007, medida de protección en sede administrativa de cuido provisional de la joven Nancy Gabriela Jiménez Araya en el hogar de la señora Clara Luz Jiménez Araya, mediante resolución de las siete horas y cuarenta y cinco minutos del día seis de febrero del año dos mil siete. Se le concede a los interesados un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que hagan valer sus derechos. Contra la resolución procede recurso de apelación. Deben señalar lugar para recibir notificaciones.—Lic. Xinia Guerrero Araya, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 0720).—C-4860.—(29241).
A quien interese. Se pone en conocimiento que en esta Oficina Local de Pérez Zeledón dictó resolución administrativa de declaratoria administrativa de abandono de las diez horas del día veinte de marzo del año dos mil siete, en beneficio de la persona menor de edad Kisha Yohojara Lazo Hidalgo hija de la señora Yohojara Lazo Hidalgo quien falleció el día once de junio del año dos mil cuatro, que la niña Kisha Yohojara Lazo Hidalgo se encuentra viviendo en el Hogar Madre del Redentor desde el veintinueve de noviembre del año dos mil seis, garantía de defensa: Se previene a las partes que es su derecho hacerse asesorar y representar por un abogado de su elección, así como que tiene acceso al estudio del expediente administrativo, que permanecerá a su disposición en esta oficina local según el domicilio que consta en el expediente en horas y días hábiles, de las siete horas treinta minutos y hasta las dieciséis horas. Medidas Cautelares: Al amparo de lo dispuesto en los incisos g) del artículo 135 del Código de la Niñez y la Adolescencia, relacionado con las atribuciones otorgadas a esta institución por su ley Orgánica y por considerarse de mayor beneficio para la persona menor de edad de marras, se dicta medida de protección a favor de la niña Kisha Yohojara Lazo Hidalgo en el Hogar Madre del Redentor. Recursos: En contra de lo ordenado se previene a la parte interesada que podrá interponer Recurso de Apelación ante la Oficina Local de Pérez Zeledón, entre las siete treinta minutos y las dieciséis horas. Se le previene a las partes señalar lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de esta oficina local, igualmente puede señalar un número de fax en donde puedan realizarse estas notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán notificadas en el transcurso de veinticuatro horas de dictadas. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o escrita dentro de las cuarenta y ocho horas a su notificación, en esta oficina local quién lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, Barrio Luján, en el Centro de Cultura de los Derechos de la Niñez y Adolescencia del Pani, entre las siete y treinta a. m. y las dieciséis horas. Se advierte que se debe de señalar lugar donde atender notificaciones futuras dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José un kilómetro a la redonda, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, o si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o ya no existiere, las resoluciones posteriores que se dicten se dará por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. La presentación del recurso no suspende la aplicación a la medida de protección indicada. noviembre del dos mil cuatro. Notifíquese. Expediente Nº 431-099-98.—Lic. Esperanza Reyes Sequeira, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(Solicitud Nº 0720).—C-13260.—(29242).
Al señor Pedro Medina Picado, se le comunica la resolución administrativa de las siete horas del ocho de marzo de dos mil siete, que dicta medida de protección, en beneficio del joven Kenerffer Ayak Medina Rodríguez. Mediante el cual se ordenó: el abrigo temporal en el albergue La Garita, por un plazo máximo de seis meses. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro de las 48 horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente Pani: 115-00098-06.—Oficina Local de Alajuelita, marzo del 2007.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0720).—C-4290.—(29243).
Se le comunica a quien interese la resolución de las nueve horas del seis de febrero del dos mil siete, en la cual se resuelve declaratoria de estado de abandono de sede administrativa a favor de la persona menor de edad José Fabián Hernández Palma de parte de su madre señora Cristina Dinora Hernández Palma, fallecida, se deposita administrativamente al niño en mención al lado de su hermano señor Alejandro Hernández Palma. Notifíquese lo anterior a los interesados, de conformidad con la Ley de Notificaciones vigente. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, presentando verbalmente o escrito entre las siguientes cuarenta y ocho horas hábiles siguientes de esta notificación. El recurso podrá presentarse ante el mismo órgano que dictó la resolución. La interposición del recurso no suspende la ejecución de lo aquí resuelto. Deben señalar lugar o medio para el recibo de notificaciones. En caso de que el lugar señalado fuese incierto o no existiere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas, igual efecto se producirá si el medio electrónico informado no fuese eficaz en su transmisión.—Oficina Local de Guadalupe, 6 de febrero del 2007.—Lic. Kryssia Abigail Miranda Hurtado, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0720).—C-7800.—(29244).
Se le comunica a la señora Dania Mendoza Lazo, la resolución de las ocho horas del seis de marzo de dos mil siete, que declaró la adoptabilidad del niño Johan Mendoza Lazo. En contra de la presente resolución procede el recurso de revocatoria y apelación en subsidio para ante el Superior, dentro de un plazo de tres días hábiles, después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Exp. N° 112-0016-2007.—Oficina Local de Guadalupe, 7 de febrero del 2007.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0720).—C-4290.—(29245).
Se le comunica a Marlene Quesada Robleto y a Juan Gabriel Chacón Marín, la resolución de las diez horas del primero de marzo del dos mil siete, en la que se resuelve: Téngase por ineficaz la resolución de las doce horas y treinta y seis minutos del veinticuatro de agosto del dos mil seis, en lo referente a la medida de abrigo provisional en el Hogar de Pavas de la niña Valeria Quesada Robleto y en su lugar se ordena dictar depósito administrativo de la niña en mención en el Hogar de Pavas por un plazo máximo de cuatro meses, dentro del cual deberá darse una solución definitiva a la situación socio legal de la niña en mención. 2) Procédase por parte de la trabajadora social a cargo de la situación a elaborar el debido informe con el objeto de iniciar el trámite de declaratoria de adoptabilidad de la niña Valeria Quesada Robleto y su correspondiente declaratoria judicial de abandono. 3) Incorpórese dentro del presente proceso de protección en sede administrativa la atención y seguimiento de la situación de la niña Mariluz Vanessa Chacón Quesada a efecto de definir su condición socio legal. Se confiere audiencia las partes por tres días para que expongan los alegatos y aporten las pruebas que consideren pertinentes al presente proceso. Recurso: Se les advierte que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, avenidas 8 y 10, calle 14. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímile para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 12 de la ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto N° 11302-2002, de 15:41 horas de 27 de noviembre de 2002, de la Sala Constitucional. (Artículo 139 del Código de Niñez y la Adolescencia). Expediente N° 111-00398-96.—Oficina Local de San José Oeste.—Lic. Rafael A. Barrientos Ávila, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0720).—C-13650.—(29246).
Se le comunica a Hernán Alberto Castro Rivas que por resoluciones de la representación legal de esta oficina local, de 10:15 horas de 23 de agosto, de 7:12 horas de 28 de setiembre, ambas del 2006, y de las 7:03 horas del 8 de febrero del 2007, se le otorgó el depósito de los niños Michell Daniela Castro Salazar, Axel Stwart y Tatiana de los Ángeles, ambos Puri Salazar, en su abuela materna Marlene Murillo Acuña, y posteriormente se le prorrogó por doce meses más; además, se fijó régimen de visitas de madre a hijos en forma allí establecida y se dispuso medida de orientación, apoyo y seguimiento temporal a la madre, a fin de participar en tratamiento social. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, en días y horas hábiles, ubicada en San José, avenidas 8 y 10, calle 14. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto N° 11302-2002, de 15:41 horas de 27 de noviembre de 2002, de la Sala Constitucional. Se le hace saber, además, que contra la primera y la última resolución indicada procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N° 115-00269-2004.—Oficina Local de San José.—Roberto Calderón Barrantes, Asistente de la Representación Legal.—(Solicitud Nº 0720).—C-12090.—(29247).
A Maynor Madrigal Badilla se hace saber que: Mediante resolución de las nueve horas cincuenta y siete minutos del seis de marzo dos mil siete, en lo conducente “... se resuelve:... Segundo:... incluir al adolescente Allan Vinicio Madrigal Cruz, en el programa de orientación y tratamiento para alcohólicos y toxicómanos que brinda la Organización No Gubernamental Hogares Crea Internacional, ubicado en Birrisito de Cartago, en el cual tendrá abrigo temporal por el plazo de seis meses... Cuarto: Se remite a los señores Rufina Cruz Garay y Maynor Madrigal Badilla, al programa de apoyo y orientación que brinda el Instituto de Alcoholismo y Fármacodependencia a progenitores de adolescentes con problemas de adicción. Para tal fin los señores Cruz Garay y Madrigal Badilla se presentarán ante el IAFA y realizarán las gestiones necesarias para cumplir con lo ordenado...” Audiencia: Se le confiere audiencia a las partes interesadas, para que dentro del término de tres días, contados a partir del día hábil siguiente de la notificación de la presente resolución, formulen verbalmente o por escrito los alegatos que sea de su interés, respecto a los hechos indicados y las medidas de protección aquí establecidas, ofreciendo las pruebas que sean de su interés. Garantía de defensa: Se les previene además que es su derecho hacerse asesorar y representar por un profesional en derecho de su elección así como tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Recurso: Se hace saber a las partes que contra la presente resolución procede recurso de apelación, para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución el cual podrá interponerse en la Oficina Local de San José Este, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación de esta resolución, conforme artículo ciento treinta y nueve del Código de la Niñez y Adolescencia. Oficina Local de San José Este.—Lic. Raquel Gamboa Nelson. Representante Legal.—(Solicitud Nº 0720).—C-8580.—(29248).
A: María Vanessa Saborío Jarquín y Pedro José Alarcon Fonseca, se les comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela, de las siete horas con cuarenta minutos del cinco de marzo de dos mil siete, se resolvió dejar sin efecto medida de protección de abrigo temporal, a favor de Pedro Luis Alarcon Saborío en Hogar Crea en Heredia. Recursos: Apelación. Plazo: 48 horas contadas a partir del siguiente a la última publicación de este aviso, señalando lugar para atender notificaciones dentro del perímetro administrativo de esta oficina, el cual es de un kilómetro alrededor de la sede y si no lo hacen, las resoluciones futuras se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas.—Alajuela, 5 de marzo del 2007.—Lic. Alejandra Solís Lara, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0720).—C-3120.—(29257).
2 v. 2.
A: Mercedes Espinoza Leitón y Jesús Manuel Castro Cruz, se leS comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela, de las ocho horas del doce de marzo de dos mil siete, se resolvió dejar sin efecto medida de protección de abrigo temporal, a favor de Eyleen y Heilyn ambas Castro Espinoza. Recursos: Apelación. Plazo: 48 horas contadas a partir del siguiente a la última publicación de este aviso, señalando lugar para atender notificaciones dentro del perímetro administrativo de esta oficina, el cual es de un kilómetro alrededor de la sede y si no lo hacen, las resoluciones futuras se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas.—Alajuela, 12 de marzo del 2007.—Lic. Alejandra Solís Lara, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0720).—C-3120.—(29258).
2 v. 2.
DEPARTAMENTO FINANCIERO
BALANCE DE SITUACIÓN CONSOLIDADO AL 31/12/2006
(en millones de colones corrientes)
Al
31 de diciembre
Estruct. Estruct. Variación Variación Variación
Cuentas/
subcuentas 2005 % 2006 % absoluta
relativa % ptos %
ACTIVO
Activo Circulante
Caja y bancos 4.174,9 5,9 6.365,4 8,5 2.190,5 52,5 2,6
Inversiones en valores 2.014,3 2,8 3.904,2 5,2 1.889,9 93,8 2,4
Ctas p/cobrar p/serv. y otros 155,4 0,2 190,3 0,3 34,9 22,5 0,0
Inventario de materiales 1.826,2 2,6 1.915,6 2,6 89,4 4,9 0,0
Inventario materiales en tránsito 357,7 0,5 714,2 1,0 356,5 99,7 0,4
Total
activo circulante 8.528,5 12,0 13.089,7 17,4 4.561,2 53,5 5,4
Otros
Activos
Inversiones en valores-L.P 3,8 0,0 3,8 0,0 - 0,0 0,0
Crédito impuesto s/la renta 60,4 0,1 76,3 0,1 15,9 0,0 0,0
Documentos por cobrar 404,0 0,6 377,9 0,5 (26,1) -6,5 -0,1
Inventario obsoleto 5,1 0,0 5,1 0,0 - 0,0 0,0
Cuentas por cobrar varias 441,6 0,6 392,6 0,5 (49,0) -11,1 -0,1
Activos diferidos 100,0 0,1 69,5 0,1 (30,5) -30,5 0,0
Menos: provisión p/incobrables 9,0 0,0 1,7 0,0 (7,3) -81,1 0,0
Total
otros activos 1.005,9 1,4 923,5 1,2 (82,4) -8,2 -0,2
Activo
Fijo Neto
Terrenos 1.611,9 2,3 1.767,0 2,4 155,1 9,6 0,1
Instalaciones, maq. y equipo 15.961,1 22,5 15.835,6 21,1 (125,5) -0,8 -1,5
Activos en custodia 43.300,3 61,2 43.272,2 57,6 (28,1) -0,1 -3,5
Activos proceso de construcción 393,1 0,6 193,8 0,3 (199,3) -50,7 -0,3
Total
activo fijo 61.266,4 86,6 61.068,6 81,4 (197,8) -0,3 -5,2
Total
activo 70.800,8 100,0 75.081,8 100,0 4.281,0 6,0 0,0
Pasivo +
Patrimonio
Pasivo Circulante
Remuneraciones personales 62,0 0,1 68,8 0,1 6,8 11,0 0,0
Retenciones y contribuc. p/pagar 733,5 1,0 853,6 1,1 120,1 16,4 0,1
Cuentas por pagar 442,3 0,6 539,4 0,7 97,1 22,0 0,1
Depósitos varios 52,6 0,1 64,4 0,1 11,8 22,4 0,0
Depósitos servicios portuarios 161,4 0,2 71,4 0,1 (90,0) -55,8 -0,1
Total
pasivo circulante 1.451,8 2,1 1.597,6 2,1 145,8 10,0 0,1
Pasivo
Largo Plazo
Obligaciones p/pagar 3.944,0 5,6 3.658,4 4,9 (285,6) -7,2 -0,7
Total
pasivo largo plazo 3.944,0 5,6 3.658,4 4,9 (285,6) -7,2 -0,7
Total
pasivo 5.395,8 7,6 5.256,0 7,0 (139,8) -2,6 -0,6
Patrimonio
Capital aportado 803,7 1,1 803,7 1,1 - 0,0 -0,1
Superávit en activos 51.095,0 72,2 51.751,4 68,9 656,4 1,3 -3,2
Reserva de inversión acumulada 11.253,4 15,9 12.969,9 17,3 1.716,5 15,3 1,4
Reserva de inversión del período 2.252,9 3,2 4.300,8 5,7 2.047,9 47,6 2,5
Total
patrimonio 65.405,0 92,3 69.825,8 93,0 4.420,8 6,8 0,6
Total
pasivo y patrimonio 70.800,8 100,0 75.081,8 100,0 4.281,0 6,0 0,0
_______________
ESTADO DE RESULTADOS CONSOLIDADOS AL 31-12-2006
(en millones de colones corrientes)
Al
31 de diciembre
Estruct. Estruct. Variación Variación Variación
Cuentas/
subcuentas 2005 % 2006 % absoluta
relativa % ptos %
Ingresos
Servicios a las naves 8.789,3 44,2 10.776,6 44,4 1.987,3 22,6 0,1
Servicios a la carga 3.712,8 18,7 4.825,1 19,9 1.112,3 30,0 1,2
Alquiler de maquinaria y equipo 6.666,0 33,5 7.862,2 32,4 1.196,2 17,9 -1,2
Otros ingresos 703,6 3,5 825,6 3,4 122,0 17,3 -0,1
Total
ingresos operación 19.871,7 100,0 24.289,5 100,0 4.417,8 22,2 0,0
Estruct. Estruct. Variación Variación Variación
Cuentas/
subcuentas 2005 % 2006 % absoluta
relativa % ptos %
Menos
Gastos
de operación
Remunerac pers+ c. sociales 11.588,6 58,3 13.588,8 55,9 200,2 17,3 -2,4
Reparaciones y mantenimiento 393,4 2,0 385,6 1,6 -7,8 -2,0 -0,4
Consumo de materiales 574,3 2,9 696,3 2,9 122 21,2 0,0
Servicio transporte y fletes 723,7 3,6 768,7 3,2 45 6,2 -0,5
Otros servicios de operación 674,8 3,4 798,4 3,3 123,6 18,3 -0,1
Gtos especiales y Admón. 464,9 2,3 711,9 2,9 247 53,1 0,6
Depreciación acumulada 1.605,6 8,1 1.619,2 6,7 13,6 0,8 -1,4
Transferencias 1.399,2 7,0 1.637,1 6,7 237,9 17,0 -0,3
Total
gastos de operación 17.424,5 87,7 20.206,0 83,2 2.781,5 16,0 -4,5
Utilidad
en operación 2.447,2 12,3 4.083,5 16,8 1.636,3 66,9 4,5
(+) Productos financieros 375,5 1,9 594,5 2,4 219,0 58,3 0,6
(-) Gastos financieros 569,8 2,9 377,2 1,6 -192,6 -33,8 -1,3
Utilidad
antes de reservas 2.252,9 11,3 4.300,8 17,7 2.047,9 90,9 6,4
Reservas p/inversiones 2.252,9 11,3 4.300,8 17,7 2.047,9 90,9 6,4
Utilidad/pérdida
neta 0 0 0 0 0 0 0
Aprobados por el Consejo de Administración, bajo acuerdo Nº 267-07 (artículo III-k), de la sesión ordinaria Nº 10-2007, celebrada el 22 de marzo del 2007.
9 de abril del 2007.—Lic. Gilberto La Touche Davis, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 85680).—C-112860.—(29715).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se hace saber que Jiménez Fallas Mercedes, cédula 1-215-191, ha presentado solicitud de pensión por sucesión a su favor, de quien en vida fue Jiménez Fallas Ana Isabel, cédula 1-256-186. Se cita y emplaza a los posibles beneficiarios con mejor derecho, para que dentro del plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de este aviso, concurran a hacer valer sus derechos a las oficinas centrales, sitas en esta ciudad, avenida 8, calles 21 y 23.—San José, 10 de enero del 2007.—Junta Directiva.—Lic. Ruth Centeno, Secretaria.—(29305).
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional en sesión ordinaria Nº 012-2007, celebrada el 30 de enero del 2007, aprobó el aumento por costo de vida para los pensionados por el Régimen de Capitalización Colectiva, el cual indica lo siguiente:
“Analizado el Estudio Actuarial para el Aumento de las Pensiones en Curso del Régimen de Capitalización Colectiva-Enero 2007, se aprueba el incremento en un 3.91% para las personas que reciben una pensión desde el 1º de julio del 2006 o antes, y, para aquellas que reciben una pensión después de esa fecha, su aumento sea en forma proporcional al tiempo de exposición, desde la fecha en que se decretó el último aumento”.
San José, 10 de abril del 2007.—Bach. Susan Vargas Céspedes, Jefa.—(O. C. Nº 19764).—C-20800.—(29760).
LOTERÍA NACIONAL
Sorteo Nº 3898 del domingo 01 de octubre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy domingo 01 de octubre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 3898 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 998 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 002 a la 999
Primer premio: Serie 617 Nº 62 Paga ¢50,000,000
Premios derivados del mayor
Aproximación inmediata anterior: Serie 617. Número 61. Paga ¢500,000
Aproximación inmediata posterior: Serie 617. Número 63. Paga ¢500,000
Todos los billetes con el número 62, excepto los de la serie 617 pagan ¢32,000
Todos los billetes con serie 617, excepto los números 61-62-63, pagan ¢20,000
Todos los billetes terminados en 2, excepto el número 62 pagan ¢6,000
PEGA 1 Sorteo Nº 479 martes 26 de setiembre 2006
Número Favorecido 78 Paga 37.32 veces la inversión.
PEGA 1 Sorteo Nº 480 viernes 29 de setiembre 2006
Número Favorecido 87 Paga 19.28 veces la inversión.
PEGA 6 Sorteo Nº 239 sábado 30 de setiembre 2006
Números Favorecidos 34 - 20 - 10 - 35 - 14 - 27
6 Aciertos No Hubo Ganador(**)
5 Aciertos No Hubo Ganador(**)
4 Aciertos Pagan 92.90 veces la inversión
(**) El monto del premio se acumula para el próximo sorteo
Serie Número Premio Serie Número Premio
007 20 250.000,00 528 25 150.000,00
015 88 200.000,00 559 21 250.000,00
018 12 150.000,00 567 62 150.000,00
020 53 200.000,00 614 66 250.000,00
026 27 150.000,00 616 05 150.000,00
028 18 150.000,00 617 62 50.000.000,00
041 63 150.000,00 620 78 200.000,00
042 54 250.000,00 622 53 5.000.000,00
059 42 150.000,00 624 68 150.000,00
066 98 150.000,00 625 06 150.000,00
083 83 200.000,00 651 23 150.000,00
092 01 150.000,00 657 21 150.000,00
092 10 150.000,00 659 55 250.000,00
103 07 150.000,00 663 68 150.000,00
106 51 150.000,00 683 76 150.000,00
119 76 200.000,00 689 24 200.000,00
122 29 200.000,00 707 78 200.000,00
146 30 200.000,00 715 17 200.000,00
147 45 2.000.000,00 724 04 150.000,00
158 01 200.000,00 732 35 150.000,00
164 36 150.000,00 737 16 1.000.000,00
164 42 150.000,00 740 55 250.000,00
168 77 150.000,00 742 79 200.000,00
193 29 250.000,00 747 33 150.000,00
194 39 200.000,00 748 24 200.000,00
196 83 150.000,00 753 89 150.000,00
223 64 250.000,00 764 89 250.000,00
230 15 150.000,00 772 61 250.000,00
239 59 150.000,00 786 71 200.000,00
243 09 150.000,00 798 47 150.000,00
256 59 150.000,00 798 61 150.000,00
275 20 150.000,00 809 86 1.000.000,00
276 14 150.000,00 816 27 150.000,00
284 25 150.000,00 816 88 150.000,00
291 50 200.000,00 837 58 150.000,00
293 55 150.000,00 876 68 200.000,00
304 52 250.000,00 877 66 150.000,00
311 13 200.000,00 905 34 200.000,00
325 94 200.000,00 911 32 200.000,00
336 42 1.000.000,00 911 63 150.000,00
342 81 200.000,00 922 07 150.000,00
345 64 150.000,00 929 66 250.000,00
394 15 150.000,00 930 96 200.000,00
399 80 250.000,00 931 65 150.000,00
440 16 150.000,00 965 80 200.000,00
464 16 200.000,00 968 14 150.000,00
486 61 150.000,00 988 81 200.000,00
504 34 150.000,00 989 89 200.000,00
Rodrigo Zúñiga Soto, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Milton Vargas Mora, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(O.C. Nº 8806).—C-65750.—(29054).
Sorteo Nº 3899 del domingo 08 de octubre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy domingo 08 de octubre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 3899 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 999 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 001 a la 999
Primer premio: Serie 026 Nº 46, Paga ¢50,000,000
Premios derivados del mayor
Aproximación inmediata anterior: Serie 026 Número 45 Paga ¢500,000
Aproximación inmediata posterior: Serie 026 Número 47 Paga ¢500,000
Todos los billetes con el número 46, excepto los de la serie 026 pagan ¢32,000
Todos los billetes con serie 026, excepto los números 45-46-47 pagan ¢20,000
Todos los billetes terminados en 6, excepto el número 46 pagan ¢6,000
PEGA 1 Sorteo Nº 481 martes 03 de octubre 2006
Número Favorecido 75 Paga 21.35 veces la inversión.
PEGA 1 Sorteo Nº 482 viernes 06 de octubre 2006
Número Favorecido 42 Paga 36.41 veces la inversión.
PEGA 6 Sorteo Nº 240 sábado 07 de octubre 2006
Números Favorecidos 29 - 11 - 24 - 35 - 25 - 23
6 Aciertos No Hubo Ganador(**)
5 Aciertos No Hubo Ganador(**)
4 Aciertos Pagan 288.04 veces la inversión
(**) El monto del premio se acumula para el próximo sorteo
Serie Número Premio Serie Número Premio
004 91 150.000,00 548 73 200.000,00
009 48 200.000,00 563 07 250.000,00
026 46 50.000.000,00 592 54 200.000,00
028 89 200.000,00 593 93 250.000,00
031 05 5.000.000,00 606 48 200.000,00
044 84 150.000,00 613 73 150.000,00
056 18 150.000,00 620 50 200.000,00
056 95 200.000,00 632 51 200.000,00
058 97 150.000,00 633 70 250.000,00
076 66 2.000.000,00 635 46 150.000,00
088 76 150.000,00 640 10 150.000,00
090 62 200.000,00 659 36 1.000.000,00
096 86 150.000,00 685 33 200.000,00
139 58 200.000,00 723 65 150.000,00
144 49 200.000,00 724 81 150.000,00
144 85 1.000.000,00 749 47 150.000,00
155 22 150.000,00 756 07 150.000,00
167 90 150.000,00 769 64 150.000,00
172 24 250.000,00 779 57 250.000,00
177 61 150.000,00 811 51 150.000,00
191 37 150.000,00 817 42 200.000,00
205 97 250.000,00 822 26 150.000,00
218 51 250.000,00 822 28 150.000,00
219 43 250.000,00 832 58 200.000,00
227 96 200.000,00 839 41 150.000,00
237 94 200.000,00 845 71 200.000,00
241 01 200.000,00 848 56 200.000,00
247 62 150.000,00 862 83 150.000,00
264 28 150.000,00 863 14 150.000,00
311 65 200.000,00 863 39 200.000,00
316 78 150.000,00 871 05 200.000,00
318 94 150.000,00 890 51 250.000,00
327 10 1.000.000,00 893 33 150.000,00
345 46 150.000,00 907 51 150.000,00
348 30 150.000,00 911 53 200.000,00
366 24 150.000,00 920 15 150.000,00
367 44 150.000,00 920 83 250.000,00
369 60 150.000,00 923 69 200.000,00
404 51 150.000,00 924 26 150.000,00
419 45 150.000,00 936 70 150.000,00
425 71 250.000,00 954 79 150.000,00
438 23 250.000,00 960 44 150.000,00
455 77 150.000,00 962 36 150.000,00
456 45 150.000,00 966 64 150.000,00
475 36 150.000,00 986 41 150.000,00
517 52 200.000,00 988 97 200.000,00
537 92 150.000,00 990 79 250.000,00
546 57 150.000,00 999 42 200.000,00
Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Milton Vargas Mora, Director Producción y Ventas.—Rodrigo Carvajal Mora, Subauditor.—Francisco Ibarra Arana, Subgerente.—1 vez.—(O.C. Nº 8806).—C-65750.—(29055).
Sorteo Nº 3900 del domingo 15 de octubre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy domingo 15 de octubre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 3900 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999
Primer premio: Serie 948 Nº 99. Paga ¢90.000.000
Premios derivados del mayor
Aproximación inmediata anterior: Serie 948 Número 98 Paga ¢775,000
Aproximación inmediata posterior: Serie 949 Número 00 Paga ¢775,000.
Todos los billetes con el número 99, excepto los de la serie 948 pagan ¢50,000
Todos los billetes con serie 948, excepto los números 98-99-
pagan ¢40,000
Todos los billetes terminados en 9, excepto el número 99 pagan ¢10,000
PEGA 1 Sorteo Nº 483 martes 10 de octubre 2006
Número Favorecido 93 Paga 67.90 veces la inversión.
PEGA 1 Sorteo Nº 484 viernes 13 de octubre 2006
Número Favorecido 62 Paga 14.77 veces la inversión.
PEGA 6 Sorteo Nº 241 sábado 14 de octubre 2006
Números Favorecidos 27 - 36 - 11 - 03 - 29 - 14
6 Aciertos No Hubo Ganador (**)
5 Aciertos No Hubo Ganador (**)
4 Aciertos Pagan 104.79 veces la inversión
(**) El monto del premio se acumula para el próximo sorteo.
Serie Número Premio Serie Número Premio
073 64 250.000,00 487 20 250.000,00
078 81 800.000,00 491 49 250.000,00
094 19 250.000,00 511 00 250.000,00
114 20 250.000,00 512 31 250.000,00
115 12 250.000,00 548 14 250.000,00
161 70 300.000,00 548 65 300.000,00
165 07 250.000,00 581 18 250.000,00
167 66 300.000,00 591 18 250.000,00
182 36 250.000,00 600 43 250.000,00
193 72 250.000,00 611 54 250.000,00
198 64 250.000,00 646 14 250.000,00
233 98 250.000,00 660 48 250.000,00
243 09 250.000,00 670 02 250.000,00
245 72 250.000,00 680 75 250.000,00
257 42 250.000,00 683 29 300.000,00
259 33 3.500.000,00 703 83 250.000,00
267 28 250.000,00 710 34 250.000,00
269 48 350.000,00 730 33 250.000,00
295 37 350.000,00 733 49 250.000,00
307 28 250.000,00 733 66 250.000,00
310 76 250.000,00 734 96 7.500.000,00
340 03 250.000,00 738 47 250.000,00
340 78 800.000,00 756 49 300.000,00
344 10 250.000,00 764 37 250.000,00
356 81 250.000,00 784 65 250.000,00
359 09 300.000,00 795 15 250.000,00
364 07 250.000,00 808 84 250.000,00
364 94 250.000,00 819 51 300.000,00
367 72 250.000,00 835 40 300.000,00
393 57 250.000,00 870 58 250.000,00
393 79 250.000,00 873 99 350.000,00
396 97 250.000,00 880 50 250.000,00
398 74 250.000,00 885 86 250.000,00
399 50 250.000,00 900 91 250.000,00
416 20 250.000,00 904 22 250.000,00
416 69 250.000,00 908 81 250.000,00
428 50 350.000,00 939 22 250.000,00
442 45 250.000,00 942 57 250.000,00
449 30 300.000,00 946 02 250.000,00
462 91 300.000,00 948 99 90.000.000,00
475 38 250.000,00 950 88 250.000,00
484 88 250.000,00 984 88 250.000,00
Guillermo Guevara Solano, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Claudio Madrigal Guzmán, Representante de la Auditoría.—Milton Vargas Mora, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(O.C. Nº 8806).—C-65750.—(29056).
Sorteo Nº 3901 del domingo 22 de octubre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy domingo 22 de octubre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 3901 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999
Primer premio: Serie 932 Nº 20. Paga ¢50.000.000
Premios derivados del mayor
Aproximación inmediata anterior: Serie 932 Número 19 Paga ¢500,000
Aproximación inmediata posterior: Serie 932 Número 21 Paga ¢500,000
Todos los billetes con el número 20, excepto los de la serie 932 pagan ¢32,000
Todos los billetes con serie 932, excepto los números 19-20-21, pagan ¢20,000
Todos los billetes terminados en 0, excepto el número 20 pagan ¢6,000
PEGA 1 Sorteo Nº 485 miércoles 18 de octubre 2006
Número Favorecido 01 Paga 39.16 veces la inversión.
PEGA 1 Sorteo Nº 486 viernes 20 de octubre 2006
Número Favorecido 64 Paga 16.21 veces la inversión.
PEGA 6 Sorteo Nº 242 sábado 21 de octubre 2006
Números Favorecidos 04 - 25 - 36 - 35 - 24 - 14
6 Aciertos No Hubo Ganador(**)
5 Aciertos No Hubo Ganador(**)
4 Aciertos Pagan 177.48 veces la inversión
(**) El monto del premio se acumula para el próximo sorteo.
Serie Número Premio Serie Número Premio
005 97 150.000,00 493 99 200.000,00
006 37 200.000,00 521 36 250.000,00
012 15 150.000,00 537 97 200.000,00
012 64 150.000,00 538 51 150.000,00
016 70 1.000.000,00 549 24 200.000,00
039 24 250.000,00 552 81 1.000.000,00
041 53 150.000,00 560 73 200.000,00
050 19 150.000,00 561 95 150.000,00
065 90 150.000,00 583 59 250.000,00
085 15 150.000,00 596 01 150.000,00
090 88 150.000,00 602 73 150.000,00
092 80 150.000,00 603 89 200.000,00
109 32 250.000,00 615 26 150.000,00
111 99 250.000,00 616 67 250.000,00
115 89 150.000,00 625 53 200.000,00
125 65 150.000,00 635 42 150.000,00
142 52 200.000,00 658 44 5.000.000,00
147 48 200.000,00 659 22 150.000,00
148 48 150.000,00 660 42 150.000,00
161 56 250.000,00 669 77 150.000,00
167 56 250.000,00 687 40 150.000,00
168 05 150.000,00 714 46 150.000,00
180 10 150.000,00 723 95 200.000,00
199 82 150.000,00 729 12 250.000,00
202 35 200.000,00 733 78 250.000,00
203 60 1.000.000,00 735 29 250.000,00
220 50 200.000,00 758 25 150.000,00
227 54 150.000,00 761 01 150.000,00
228 60 150.000,00 771 03 200.000,00
242 21 150.000,00 781 83 200.000,00
244 86 200.000,00 794 86 200.000,00
247 74 200.000,00 797 58 150.000,00
249 64 150.000,00 804 31 150.000,00
254 87 150.000,00 811 01 150.000,00
261 50 150.000,00 818 58 250.000,00
267 21 200.000,00 835 82 200.000,00
284 35 200.000,00 876 00 150.000,00
292 98 150.000,00 880 18 150.000,00
296 08 150.000,00 883 61 200.000,00
310 39 150.000,00 885 36 2.000.000,00
321 62 200.000,00 931 07 150.000,00
344 84 150.000,00 932 20 50.000.000,00
360 91 150.000,00 950 07 150.000,00
363 25 150.000,00 958 67 200.000,00
378 45 200.000,00 967 13 250.000,00
440 76 200.000,00 984 21 200.000,00
459 58 200.000,00 989 08 150.000,00
485 23 150.000,00 998 79 150.000,00
Flory Tames Brenes, Jueza Contravencional.—Milton Vargas Mora, Director de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Francisco Ibarra Arana, Subgerente.—1 vez.—(O.C. Nº 8806).—C-65750.—(29057).
Sorteo Nº 3902 del domingo 29 de octubre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy domingo 29 de octubre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 3902 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 998 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 002 a la 999
Primer premio: Serie 100 Nº 42. Paga ¢50.000.000
Premios derivados del mayor
Aproximación inmediata anterior: Serie 100 Número 41 Paga ¢500,000
Aproximación inmediata posterior: Serie 100 Número 43 Paga ¢500,000
Todos los billetes con el número 42, excepto los de la serie 100 pagan ¢32,000
Todos los billetes con serie 100, excepto los números 41-42-43
pagan ¢20,000
Todos los billetes terminados en 2, excepto el número 42 pagan ¢6,000
PEGA 1 Sorteo Nº 487 martes 24 de octubre 2006
Número Favorecido 37 Paga 22.80 veces la inversión.
PEGA 1 Sorteo Nº 488 viernes 27 de octubre 2006
Número Favorecido 65 Paga 87.07 veces la inversión.
PEGA 6 Sorteo Nº 243 sábado 28 de octubre 2006
Números Favorecidos 01 - 22 - 26 - 02 - 16 - 24
6 Aciertos No Hubo Ganador(**)
5 Aciertos No Hubo Ganador(**)
4 Aciertos Pagan 319.29 veces la inversión
(**) El monto del premio se acumula para el próximo sorteo.
Serie Número Premio Serie Número Premio
018 35 150.000,00 531 55 200.000,00
037 26 1.000.000,00 562 05 2.000.000,00
044 56 150.000,00 569 02 200.000,00
067 52 150.000,00 579 61 200.000,00
091 00 150.000,00 587 46 250.000,00
091 09 5.000.000,00 609 34 150.000,00
100 42 50.000.000,00 612 24 150.000,00
104 21 150.000,00 628 62 200.000,00
133 90 150.000,00 686 05 200.000,00
144 86 150.000,00 690 77 250.000,00
155 86 150.000,00 716 45 150.000,00
158 01 250.000,00 724 78 150.000,00
164 87 250.000,00 729 43 150.000,00
172 68 150.000,00 729 86 150.000,00
178 60 250.000,00 735 23 150.000,00
186 49 150.000,00 740 08 200.000,00
199 45 150.000,00 741 61 150.000,00
212 30 200.000,00 748 40 150.000,00
223 45 200.000,00 751 37 150.000,00
225 04 150.000,00 786 35 250.000,00
235 32 200.000,00 795 40 250.000,00
244 86 250.000,00 796 81 150.000,00
246 41 150.000,00 809 54 250.000,00
258 85 150.000,00 814 75 150.000,00
271 80 150.000,00 815 46 200.000,00
273 59 1.000.000,00 822 21 200.000,00
275 69 150.000,00 822 69 150.000,00
290 12 200.000,00 828 32 200.000,00
293 06 200.000,00 829 02 150.000,00
303 45 150.000,00 837 85 150.000,00
318 40 200.000,00 839 57 150.000,00
325 50 150.000,00 840 41 200.000,00
326 35 200.000,00 841 05 200.000,00
329 31 150.000,00 854 45 200.000,00
349 96 150.000,00 856 78 150.000,00
368 41 150.000,00 872 97 150.000,00
377 07 200.000,00 875 57 200.000,00
390 02 150.000,00 887 82 150.000,00
411 97 250.000,00 896 33 250.000,00
418 42 150.000,00 909 07 200.000,00
419 63 200.000,00 911 01 150.000,00
436 85 150.000,00 914 39 200.000,00
440 46 200.000,00 946 53 150.000,00
465 72 200.000,00 947 35 250.000,00
479 96 250.000,00 973 44 150.000,00
480 76 150.000,00 989 24 1.000.000,00
481 41 200.000,00 991 60 150.000,00
516 50 150.000,00 992 33 150.000,00
José Bernal Rodríguez Marín, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Milton Vargas Mora, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(OC Nº 8806).—C-65750.—(29058).
Sorteo Nº 3903 del domingo 05 de noviembre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy domingo 05 de noviembre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 3903 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 994 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 006 a la 999
Primer premio: Serie 448 Nº 07, Paga ¢50,000,000
Premios derivados del mayor
Aproximación inmediata anterior: Serie 448 Número 06 Paga ¢500,000
Aproximación inmediata posterior: Serie 448 Número 08 Paga ¢500,000
Todos los billetes con el número 07, excepto los de la serie 448 pagan ¢32,000
Todos los billetes con serie 448, excepto los números 06-07-08
pagan ¢20,000
Todos los billetes terminados en 7, excepto el número 07 pagan ¢6,000
PEGA 1 Sorteo Nº 489 martes 31 de octubre 2006
Número Favorecido 41 Paga 206.09 veces la inversión.
PEGA 1 Sorteo Nº 490 viernes 03 de noviembre 2006
Número Favorecido 96 Paga 40.96 veces la inversión.
PEGA 6 Sorteo Nº 244 sábado 04 de noviembre 2006
Números Favorecidos 31 - 32 - 17 - 15 - 21 - 20
6 Aciertos No Hubo Ganador(**)
5 Aciertos No Hubo Ganador(**)
4 Aciertos Pagan 180.26 veces la inversión
(**) El monto del premio se acumula para el próximo sorteo.
Serie Número Premio Serie Número Premio
033 27 200.000,00 452 12 250.000,00
071 25 150.000,00 456 41 250.000,00
074 66 1.000.000,00 462 82 150.000,00
076 50 200.000,00 475 38 250.000,00
076 53 150.000,00 479 08 150.000,00
079 65 250.000,00 487 83 150.000,00
085 71 200.000,00 501 77 200.000,00
097 04 200.000,00 528 00 250.000,00
108 37 150.000,00 537 23 200.000,00
120 69 150.000,00 538 09 200.000,00
142 42 250.000,00 541 43 200.000,00
143 53 150.000,00 561 08 150.000,00
144 22 200.000,00 563 07 150.000,00
145 27 150.000,00 563 68 250.000,00
146 96 200.000,00 605 67 200.000,00
154 03 150.000,00 606 69 150.000,00
154 32 150.000,00 616 74 150.000,00
156 87 2.000.000,00 620 23 200.000,00
160 15 200.000,00 621 14 200.000,00
161 12 150.000,00 646 40 150.000,00
165 39 150.000,00 649 00 150.000,00
185 83 150.000,00 676 60 150.000,00
199 30 150.000,00 686 88 250.000,00
222 09 200.000,00 696 04 150.000,00
233 53 150.000,00 701 62 200.000,00
247 83 150.000,00 708 61 200.000,00
289 18 150.000,00 728 02 150.000,00
291 37 150.000,00 729 18 150.000,00
295 22 150.000,00 740 97 200.000,00
296 89 150.000,00 756 52 250.000,00
307 46 150.000,00 781 21 250.000,00
323 96 250.000,00 781 44 150.000,00
329 25 150.000,00 783 96 200.000,00
338 36 150.000,00 822 26 250.000,00
344 83 150.000,00 822 42 150.000,00
352 54 200.000,00 838 40 150.000,00
362 72 5.000.000,00 845 29 150.000,00
366 73 150.000,00 856 75 200.000,00
368 48 200.000,00 862 31 200.000,00
375 12 200.000,00 877 22 200.000,00
375 91 150.000,00 910 48 250.000,00
376 43 150.000,00 928 20 150.000,00
395 54 150.000,00 942 24 150.000,00
408 72 150.000,00 959 32 150.000,00
416 94 200.000,00 971 89 1.000.000,00
436 94 150.000,00 975 01 150.000,00
444 47 150.000,00 975 36 200.000,00
448 07 50.000.000,00 992 42 1.000.000,00
Rodrigo Zúñiga Soto, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Milton Vargas Mora, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(OC Nº 8807).—C-65750.—(29076).
Sorteo Nº 3904 del domingo 12 de noviembre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy domingo 12 de noviembre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 3904 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 998 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 002 a la 999
Primer premio: Serie 551 Nº 58 Paga ¢75.000.000
Premios derivados del mayor
Aproximación inmediata anterior: Serie 551 Número 57 Paga ¢600,000
Aproximación inmediata posterior: Serie 551 Número 59 Paga ¢600,000
Todos los billetes con el número 58, excepto los de la serie 551 pagan ¢35,000
Todos los billetes con serie 551, excepto los números 57-58-59
pagan ¢30,000
Todos los billetes terminados en 8, excepto el número 58 pagan ¢8,000
PEGA 1 Sorteo Nº 491 martes 07 de noviembre 2006
Número Favorecido 88 Paga 196.72 veces la inversión.
PEGA 1 Sorteo Nº 492 viernes 10 de noviembre 2006
Número Favorecido 99 Paga 20.34 veces la inversión.
PEGA 6 Sorteo Nº 245 sábado 11 de noviembre 2006
Números Favorecidos 29 - 14 - 20 - 03 - 12 - 25
6 Aciertos No Hubo Ganador (**)
5 Aciertos Pagan 162.92 veces la inversión
4 Aciertos Pagan 86.89 veces la inversión
(**) El monto del premio se acumula para el próximo sorteo.
Serie Número Premio Serie Número Premio
002 04 300.000,00 483 38 250.000,00
041 75 200.000,00 500 12 200.000,00
059 15 200.000,00 517 27 1.000.000,00
065 67 200.000,00 533 57 200.000,00
083 95 250.000,00 538 29 200.000,00
085 90 200.000,00 551 58 75.000.000,00
092 66 250.000,00 553 41 200.000,00
096 07 250.000,00 555 64 200.000,00
099 02 200.000,00 567 92 200.000,00
099 80 200.000,00 582 32 250.000,00
108 41 200.000,00 605 71 250.000,00
124 01 250.000,00 620 21 250.000,00
126 96 200.000,00 622 09 1.000.000,00
133 91 200.000,00 627 96 300.000,00
145 93 200.000,00 634 00 200.000,00
157 28 200.000,00 650 58 200.000,00
160 43 250.000,00 666 97 200.000,00
161 04 200.000,00 676 04 250.000,00
175 45 300.000,00 697 54 200.000,00
178 29 250.000,00 713 43 200.000,00
213 83 200.000,00 725 91 250.000,00
233 48 250.000,00 732 15 200.000,00
245 98 200.000,00 735 03 200.000,00
256 78 200.000,00 742 32 250.000,00
266 40 200.000,00 753 93 1.000.000,00
275 24 250.000,00 774 94 250.000,00
276 87 3.000.000,00 782 80 1.000.000,00
280 84 200.000,00 788 55 200.000,00
301 74 200.000,00 794 80 200.000,00
313 98 300.000,00 820 01 300.000,00
332 49 250.000,00 851 62 200.000,00
343 51 200.000,00 860 65 200.000,00
345 55 200.000,00 872 24 300.000,00
364 95 300.000,00 886 26 200.000,00
370 83 250.000,00 888 03 200.000,00
402 83 200.000,00 896 39 200.000,00
407 81 200.000,00 916 15 6.000.000,00
408 64 200.000,00 927 94 200.000,00
425 41 200.000,00 953 03 200.000,00
436 26 200.000,00 957 14 200.000,00
457 14 200.000,00 962 35 200.000,00
470 90 200.000,00 972 07 200.000,00
471 88 250.000,00 974 02 200.000,00
472 73 250.000,00 993 06 300.000,00
480 59 200.000,00
Rodrigo Zúñiga Soto, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Francisco Ibarra Arana, Subgerente.—1 vez.—(OC Nº 8807).—C-65750.—(29077).
Sorteo Nº 3905 del domingo 19 de noviembre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy domingo 19 de noviembre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 3905 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 997 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 003 a la 999
Primer premio: Serie 600 Nº 95 Paga ¢50,000,000
Premios derivados del mayor
Aproximación inmediata anterior: Serie 600 Número 94 Paga ¢500,000
Aproximación inmediata posterior: Serie 600 Número 96 Paga ¢500,000
Todos los billetes con el número 95, excepto los de la serie 600 pagan ¢32,000
Todos los billetes con serie 600, excepto los números 94 - 95 - 96
pagan ¢20,000
Todos los billetes terminados en 5, excepto el número 95 pagan ¢6,000
PEGA 1 Sorteo Nº 493 martes 14 de noviembre 2006
Número Favorecido 90 Paga 17.35 veces la inversión.
PEGA 1 Sorteo Nº 494 viernes 17 de noviembre 2006
Número Favorecido 26 Paga 40.50 veces la inversión.
PEGA 6 Sorteo Nº 246 sábado 18 de noviembre 2006
Números Favorecidos 34 - 28 - 35 - 27 - 32 - 23
6 Aciertos No Hubo Ganador(**)
5 Aciertos No Hubo Ganador(**)
4 Aciertos Pagan 156.49 veces la inversión
(**) El monto del premio se acumula para el próximo sorteo
Serie Número Premio Serie Número Premio
008 94 150.000,00 477 55 200.000,00
025 76 150.000,00 514 69 200.000,00
032 05 200.000,00 521 20 250.000,00
042 78 150.000,00 526 35 150.000,00
052 99 5.000.000,00 530 86 150.000,00
059 74 200.000,00 541 07 200.000,00
059 99 250.000,00 553 30 200.000,00
065 05 200.000,00 554 48 150.000,00
075 26 150.000,00 560 47 200.000,00
086 60 250.000,00 579 16 1.000.000,00
099 03 250.000,00 589 62 150.000,00
104 99 150.000,00 594 83 200.000,00
109 53 200.000,00 597 02 250.000,00
143 00 150.000,00 600 95 50.000.000,00
146 58 150.000,00 615 67 150.000,00
161 30 150.000,00 631 11 200.000,00
164 84 150.000,00 633 52 1.000.000,00
169 40 150.000,00 641 05 200.000,00
189 28 150.000,00 644 74 200.000,00
198 88 150.000,00 656 41 150.000,00
202 69 150.000,00 662 84 150.000,00
217 91 150.000,00 687 24 200.000,00
231 82 200.000,00 697 09 150.000,00
241 08 150.000,00 699 02 200.000,00
241 86 150.000,00 721 18 250.000,00
262 61 150.000,00 740 77 250.000,00
314 47 150.000,00 747 82 150.000,00
317 13 250.000,00 752 81 150.000,00
321 98 150.000,00 766 18 200.000,00
328 54 150.000,00 773 33 2.000.000,00
329 73 150.000,00 778 29 150.000,00
334 23 150.000,00 790 60 150.000,00
349 80 250.000,00 804 26 150.000,00
377 06 200.000,00 805 46 150.000,00
377 42 150.000,00 824 16 200.000,00
382 49 150.000,00 835 92 250.000,00
386 71 150.000,00 840 69 200.000,00
389 74 250.000,00 854 40 150.000,00
395 50 200.000,00 861 62 250.000,00
415 61 200.000,00 870 38 150.000,00
423 45 150.000,00 886 15 200.000,00
424 10 150.000,00 915 96 1.000.000,00
426 62 250.000,00 923 34 200.000,00
432 44 150.000,00 935 18 200.000,00
433 07 150.000,00 949 34 200.000,00
439 45 150.000,00 962 78 150.000,00
440 95 200.000,00 984 47 150.000,00
451 85 150.000,00 991 21 150.000,00
Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Milton Vargas Mora, Director Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Francisco Ibarra Arana, Subgerente.—1 vez.—(OC Nº 8807).—C-65750.—(29078).
Sorteo Nº 3906 del domingo 26 de noviembre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy domingo 26 de noviembre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 3906 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 986 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 014 a la 999
Primer premio: Serie 273 Nº 86 Paga ¢50,000,000
Premios derivados del mayor
Aproximación inmediata anterior: Serie 273 Número 85 Paga ¢500,000
Aproximación inmediata posterior: Serie 273 Número 87 Paga ¢500,000
Todos los billetes con el número 86, excepto los de la serie 273 pagan ¢32,000
Todos los billetes con serie 273, excepto los números 85-86-87 pagan ¢20,000
Todos los billetes terminados en 6, excepto el número 86 pagan ¢6,000
PEGA 1 Sorteo Nº 495 martes 21 de noviembre 2006
Número Favorecido 19 Paga 132.15 veces la inversión.
PEGA 1 Sorteo Nº 496 viernes 24 de noviembre 2006
Número Favorecido 48 Paga 12.70 veces la inversión.
PEGA 6 Sorteo Nº 247 sábado 25 de noviembre 2006
Números Favorecidos 01 - 23 - 13 - 36 - 03 - 32
6 Aciertos No Hubo Ganador(**)
5 Aciertos No Hubo Ganador(**)
4 Aciertos Pagan 114.96 veces la inversión
(**) El monto del premio se acumula para el próximo sorteo
Serie Número Premio Serie Número Premio
018 82 5.000.000,00 545 92 200.000,00
023 59 150.000,00 550 97 1.000.000,00
032 90 250.000,00 551 69 150.000,00
035 25 250.000,00 585 04 150.000,00
044 10 250.000,00 585 51 150.000,00
087 34 150.000,00 601 19 150.000,00
097 24 150.000,00 607 91 150.000,00
102 54 250.000,00 608 41 150.000,00
104 49 150.000,00 610 80 150.000,00
131 93 250.000,00 617 82 1.000.000,00
137 68 150.000,00 622 62 200.000,00
147 55 200.000,00 630 45 150.000,00
153 11 200.000,00 630 48 150.000,00
153 60 150.000,00 638 94 150.000,00
168 90 250.000,00 649 11 150.000,00
207 75 150.000,00 690 98 150.000,00
209 03 150.000,00 708 26 1.000.000,00
210 75 150.000,00 718 61 150.000,00
219 31 200.000,00 737 82 200.000,00
236 12 250.000,00 747 98 150.000,00
244 67 250.000,00 756 84 200.000,00
253 06 150.000,00 760 48 150.000,00
255 87 150.000,00 762 73 200.000,00
259 14 200.000,00 764 90 200.000,00
273 86 50.000.000,00 771 16 150.000,00
277 57 150.000,00 780 46 250.000,00
283 58 150.000,00 790 63 250.000,00
299 47 150.000,00 793 92 150.000,00
310 87 200.000,00 798 80 200.000,00
314 71 150.000,00 818 31 200.000,00
325 38 200.000,00 821 89 250.000,00
342 39 200.000,00 834 84 250.000,00
343 67 150.000,00 863 76 150.000,00
356 26 200.000,00 865 81 150.000,00
356 87 150.000,00 870 15 150.000,00
359 16 200.000,00 877 27 200.000,00
370 13 150.000,00 913 25 200.000,00
375 18 150.000,00 924 12 200.000,00
395 25 150.000,00 925 04 150.000,00
420 96 150.000,00 938 30 150.000,00
422 90 200.000,00 941 23 150.000,00
439 14 200.000,00 945 49 150.000,00
448 40 200.000,00 948 82 200.000,00
470 03 150.000,00 960 93 200.000,00
482 06 250.000,00 964 37 2.000.000,00
491 40 200.000,00 972 92 150.000,00
496 97 150.000,00 976 93 200.000,00
506 83 150.000,00 999 31 150.000,00
Guillermo Guevara Solano, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño.—Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Milton Vargas Mora, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(OC Nº 8807).—C-65750.—(29079).
Sorteo Nº 3907 del domingo 03 de diciembre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy domingo 03 de diciembre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 3907 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999
Primer premio: Serie 081 Nº 41 Paga ¢26.500.000
Premios derivados del mayor
Aproximación inmediata anterior: Serie 081 Número 40 Paga ¢306,250
Aproximación inmediata posterior: Serie 081 Número 42 Paga ¢306,250
Todos los billetes con el número 41, excepto los de la serie 081 pagan ¢13,500
Todos los billetes con serie 081, excepto los números 40-41-42 pagan ¢10,500
Todos los billetes terminados en 1, excepto el número 41 pagan ¢3,000
PEGA 1 Sorteo Nº 497 martes 28 de noviembre 2006
Número Favorecido 30 Paga 95.63 veces la inversión.
PEGA 1 Sorteo Nº 498 viernes 01 de diciembre 2006
Número Favorecido 50 Paga 21.48 veces la inversión.
PEGA 6 Sorteo Nº 248 sábado 02 de diciembre 2006
Números Favorecidos 02 - 21 - 08 - 35 - 32 - 19
6 Aciertos No Hubo Ganador(**)
5 Aciertos No Hubo Ganador(**)
4 Aciertos Pagan 94.22 veces la inversión
(**) El monto del premio se acumula para el próximo sorteo
Serie Número Premio Serie Número Premio
018 26 100.000,00 481 83 100.000,00
025 40 100.000,00 485 76 100.000,00
031 51 100.000,00 520 01 100.000,00
033 68 100.000,00 543 58 100.000,00
050 54 100.000,00 577 29 100.000,00
051 70 100.000,00 589 83 2.250.000,00
078 64 100.000,00 625 00 100.000,00
081 41 26.500.000,00 631 83 100.000,00
114 03 100.000,00 648 03 100.000,00
132 00 100.000,00 651 39 100.000,00
145 05 100.000,00 659 04 100.000,00
160 00 100.000,00 660 16 100.000,00
195 83 100.000,00 668 45 150.000,00
221 44 150.000,00 681 87 300.000,00
227 08 100.000,00 687 45 300.000,00
248 68 100.000,00 692 83 100.000,00
259 70 100.000,00 695 78 100.000,00
262 20 100.000,00 696 98 150.000,00
312 43 150.000,00 709 94 100.000,00
319 52 300.000,00 717 84 100.000,00
332 83 100.000,00 729 25 100.000,00
348 72 100.000,00 741 29 100.000,00
370 92 100.000,00 741 50 300.000,00
372 50 100.000,00 741 84 150.000,00
389 73 100.000,00 779 40 1.125.000,00
399 54 100.000,00 826 72 150.000,00
404 41 150.000,00 829 09 100.000,00
420 34 100.000,00 835 78 300.000,00
425 72 100.000,00 843 51 100.000,00
434 50 150.000,00 892 46 100.000,00
455 88 150.000,00 941 14 150.000,00
468 83 100.000,00 962 41 100.000,00
481 53 100.000,00 990 33 100.000,00
Flory Tames Brenes, Jueza Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Milton Vargas Mora, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(OC Nº 8808).—C-65750.—(29084).
Sorteo Nº 3909 del domingo 24 de diciembre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy domingo 24 de diciembre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 3909 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 5 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999
Primer premio: Serie 673 Nº 21 Paga ¢120.000.000
Premios derivados del mayor
Aproximación inmediata anterior: Serie 673 Número 20 Paga ¢716.500
Aproximación inmediata posterior: Serie 673 Número 22 Paga ¢716.500
Todos los billetes con el número 21, excepto los de la serie 673 pagan ¢75.000
Todos los billetes con serie 673, excepto los números 20-21-22 pagan ¢55,000
Todos los billetes terminados en 1, excepto el número 21 pagan ¢14.000
PEGA 1 Sorteo Nº 503 martes 19 de diciembre 2006
Número Favorecido 11 Paga 31.76 veces la inversión.
PEGA 1 Sorteo Nº 504 viernes 22 de diciembre 2006
Número Favorecido 64 Paga 90.24 veces la inversión.
PEGA 6 Sorteo Nº 251 sábado 23 de diciembre 2006
Números Favorecidos 24 - 03 - 04 - 35 - 34 - 30
6 Aciertos No Hubo Ganador(**)
5 Aciertos No Hubo Ganador(**)
4 Aciertos Pagan 134.95 veces la inversión
(**) El monto del premio se acumula para el próximo sorteo
Serie Número Premio Serie Número Premio
004 91 500.000,00 513 78 250.000,00
007 30 250.000,00 521 75 300.000,00
010 23 300.000,00 522 06 250.000,00
025 63 300.000,00 523 53 250.000,00
031 15 250.000,00 533 77 1.000.000,00
031 86 500.000,00 542 75 300.000,00
060 17 250.000,00 553 10 300.000,00
076 46 300.000,00 566 78 300.000,00
076 75 250.000,00 584 76 500.000,00
092 99 500.000,00 587 32 250.000,00
099 77 1.000.000,00 593 86 1.000.000,00
105 21 250.000,00 610 17 250.000,00
106 25 250.000,00 630 12 500.000,00
112 29 300.000,00 661 39 250.000,00
118 13 250.000,00 666 36 250.000,00
120 71 300.000,00 673 21 120.000.000,00
131 78 250.000,00 677 63 300.000,00
152 59 300.000,00 684 41 250.000,00
155 32 250.000,00 685 51 250.000,00
163 44 250.000,00 696 29 500.000,00
197 40 250.000,00 703 74 9.500.000,00
198 09 250.000,00 722 69 300.000,00
198 24 300.000,00 728 07 250.000,00
203 90 250.000,00 749 44 250.000,00
237 62 1.000.000,00 751 76 250.000,00
241 95 250.000,00 752 52 1.000.000,00
252 63 300.000,00 768 22 250.000,00
291 72 250.000,00 806 19 250.000,00
300 69 250.000,00 819 72 250.000,00
302 30 250.000,00 829 27 300.000,00
374 87 300.000,00 843 04 500.000,00
379 24 250.000,00 859 15 250.000,00
382 49 300.000,00 860 61 500.000,00
387 88 250.000,00 866 02 250.000,00
389 33 250.000,00 868 39 250.000,00
389 76 250.000,00 869 04 250.000,00
394 05 250.000,00 873 57 300.000,00
394 49 250.000,00 914 36 500.000,00
435 79 500.000,00 921 90 300.000,00
438 21 250.000,00 931 10 500.000,00
442 84 300.000,00 934 30 500.000,00
449 41 250.000,00 964 17 300.000,00
459 05 250.000,00 964 59 500.000,00
462 37 500.000,00 965 60 250.000,00
463 70 250.000,00 981 44 250.000,00
469 27 5.000.000,00 983 99 300.000,00
477 83 300.000,00 987 36 250.000,00
500 21 250.000,00 997 56 300.000,00
Rodrigo Zúñiga Soto, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Francisco Ibarra Arana, Subgerente.—1 vez.—(OC Nº 8808).—C-65750.—(29086).
Sorteo Nº 3910 del domingo 31 de diciembre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy domingo 31 de diciembre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 3910 de Lotería Nacional. Participan en este sorteo 3 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999
Primer premio: Serie 256 Nº 09 Paga ¢100.000.000
Premios derivados del mayor
Aproximación inmediata anterior: Serie 256 Número 08 Paga ¢800.000
Aproximación inmediata posterior: Serie 256 Número 10 Paga ¢800.000
Todos los billetes con el número 09, excepto los de la serie 256 pagan ¢65.000
Todos los billetes con serie 256 excepto los números 08-09-10pagan ¢50.000
Todos los billetes terminados en 9, excepto el número 09 pagan ¢12,000
PEGA 1 Sorteo Nº 505 martes 26 de diciembre 2006
Número Favorecido 15 Paga 14.36 veces la inversión.
PEGA 1 Sorteo Nº 506 viernes 29 de diciembre 2006
Número Favorecido 00 Paga 70.22 veces la inversión.
PEGA 6 Sorteo Nº 252 sábado 30 de diciembre 2006
Números Favorecidos 17 - 15 - 11 - 33 - 18 - 13
6 Aciertos No Hubo Ganador(**)
5 Aciertos No Hubo Ganador(**)
4 Aciertos Pagan 235.80 veces la inversión
(**) El monto del premio se acumula para el próximo sorteo
Serie Número Premio Serie Número Premio
029 97 250.000,00 492 48 500.000,00
044 66 250.000,00 495 55 300.000,00
045 11 500.000,00 514 01 250.000,00
054 40 250.000,00 520 56 500.000,00
054 93 300.000,00 523 44 500.000,00
071 25 250.000,00 530 11 250.000,00
087 26 300.000,00 530 50 250.000,00
100 90 250.000,00 541 63 250.000,00
105 71 250.000,00 573 15 1.000.000,00
108 79 300.000,00 575 92 500.000,00
119 92 250.000,00 579 09 250.000,00
121 64 1.000.000,00 587 93 300.000,00
125 47 4.500.000,00 634 02 300.000,00
125 79 250.000,00 648 92 250.000,00
158 44 250.000,00 652 59 300.000,00
161 84 300.000,00 681 27 250.000,00
162 04 250.000,00 689 07 250.000,00
163 13 300.000,00 715 71 500.000,00
163 53 300.000,00 730 44 300.000,00
166 68 250.000,00 748 88 250.000,00
169 19 250.000,00 759 03 250.000,00
174 14 300.000,00 766 18 1.000.000,00
176 34 250.000,00 772 72 500.000,00
205 36 300.000,00 784 23 300.000,00
215 90 250.000,00 785 11 300.000,00
242 89 300.000,00 791 31 250.000,00
256 09 100.000.000,00 793 67 300.000,00
257 31 250.000,00 800 60 250.000,00
268 58 500.000,00 801 43 250.000,00
271 65 250.000,00 809 18 1.000.000,00
289 35 500.000,00 815 23 500.000,00
337 99 300.000,00 820 03 250.000,00
350 12 250.000,00 823 41 250.000,00
370 74 250.000,00 829 58 300.000,00
372 52 250.000,00 855 44 300.000,00
377 85 300.000,00 863 47 250.000,00
384 92 250.000,00 867 15 250.000,00
402 75 500.000,00 891 60 250.000,00
417 69 250.000,00 899 02 500.000,00
430 56 9.000.000,00 900 32 500.000,00
453 17 300.000,00 903 51 250.000,00
460 13 250.000,00 907 16 250.000,00
462 61 1.000.000,00 910 06 300.000,00
469 20 300.000,00 957 30 250.000,00
479 22 250.000,00 963 07 500.000,00
485 39 250.000,00 970 99 250.000,00
485 91 300.000,00 980 15 250.000,00
488 05 250.000,00 980 59 250.000,00
488 77 500.000,00 984 88 250.000,00
Gustavo Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Milton Vargas Mora, Director Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(Solicitud Nº 8808).—C-65750.—(29087).
ACTAS
Sorteo
Nº 5219 del martes 03 de octubre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy martes 03 de octubre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5219 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 998 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 002 a la 999
Primer premio: Serie 112 Nº 33 con ¢15.000.000
Nº 33 de las demás series con ¢40,000
Segundo premio: Serie 595 Nº 69 con ¢6.000.000
Nº 69 de las demás series con ¢14,000
Tercer premio: Serie 183 Nº 96 con ¢3.000.000
Nº 96 de las demás series con ¢8.000
Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Milton Vargas Mora, Director de Producción y Ventas.—Claudio Madrigal Guzmán, Representante de Auditoría.—Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(OC Nº 8800).—C-11500.—(29059).
Sorteo Nº 5220 del viernes 06 de octubre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy viernes 06 de octubre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5220 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999
Primer premio: Serie 740 Nº 57 con ¢15.000.000
Nº 57 de las demás series con ¢40,000
Segundo premio: Serie 145 Nº 72 con ¢6.000.000
Nº 72 de las demás series con ¢14.000
Tercer premio: Serie 438 Nº 68 con ¢3.000.000
Nº 68 de las demás series con ¢8,000
Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Rodrigo Carvajal Mora, Subauditor.—Francisco Javier Ibarra Arana, Subgerente.—1 vez.—(OC Nº 8800).—C-11500.—(29060).
Sorteo Nº 5221 del martes 10 de octubre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy martes 10 de octubre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5221 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 999 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 001 a la 999
Primer premio: Serie 850 Nº 51 con ¢15.000.000
Nº 51 de las demás series con ¢40,000
Segundo premio: Serie 644 Nº 29 con ¢6.000.000
Nº 29 de las demás series con ¢14,000
Tercer premio: Serie 256 Nº 93 con ¢3.000.000
Nº 93 de las demás series con ¢8,000
Guillermo Guevara Solano, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Rodrigo Carvajal Mora, Subauditor.—Julio Canales Guillén, Subgerente.—1 vez.—(OC Nº 8800).—C-11500.—(29061).
Sorteo Nº 5222 del viernes 13 de octubre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy viernes 13 de octubre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5222 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 1000 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 000 a la 999
Primer premio: Serie 846 Nº 74 con ¢15.000.000
Nº 74 de las demás series con ¢40.000
Segundo premio: Serie 316 Nº 64 con ¢6.000.000
Nº 64 de las demás series con ¢14,000
Tercer premio: Serie 999 Nº 18 con ¢3.000.000
Nº 18 de las demás series con ¢8.000
Guillermo Guevara Solano, Juez Contravencional.—Milton Vargas Mora, Director de Producción y Ventas.—Rodrigo Carvajal Mora, Subauditor.—Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(OC Nº 8800).—C-11500.—(29062).
Sorteo Nº 5223 del miércoles 18 de octubre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy miércoles 18 de octubre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5223 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 999 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 001 a la 999
Primer premio: Serie 956 Nº 06 con ¢15.000.000
Nº 06 de las demás series con ¢40,000
Segundo premio: Serie 99 Nº 32 con ¢6.000.000
Nº 32 de las demás series con ¢14,000
Tercer premio: Serie 127 Nº 78 con ¢3.000.000
Nº 78 de las demás series con ¢8,000
Flory Ivette Thames Brenes, Jueza Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(OC Nº 8800).—C-11500.—(29063).
Sorteo Nº 5224 del viernes 20 de octubre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy viernes 20 de octubre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5224 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 999 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 001 a la 999
Primer premio: Serie 057 Nº 31 con ¢15.000.000
Nº 31 de las demás series con ¢40.000
Segundo premio: Serie 908 Nº 31 con ¢6.000.000
Nº 31 de las demás series con ¢14.000
Tercer premio: Serie 219 Nº 89 con ¢3.000.000
Nº 89 de las demás series con ¢8.000
Flory Tames Brenes, Jueza Contravencional.—Milton Vargas Mora, Director de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Francisco Ibarra Arana, Subgerente.—1 vez.—(OC Nº 8800).—C-11500.—(29064).
Sorteo Nº 5225 del martes 24 de octubre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy martes 24 de octubre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5225 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 997 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 003 a la 999
Primer premio: Serie 505 Nº 19 con ¢15.000.000
Nº 19 de las demás series con ¢40.000
Segundo premio: Serie 513 Nº 76 con ¢6.000.000
Nº 76 de las demás series con ¢14.000
Tercer premio: Serie 773 Nº 54 con ¢3.000.000
Nº 54 de las demás series con ¢8.000
José Bernal Rodríguez Marín, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Mathieu, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Julio Canales Guillén, Subgerente.—1 vez.—(OC Nº 8800).—C-11500.—(29065).
Sorteo Nº 5226 del viernes 27 de octubre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy viernes 27 de octubre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5226 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 999 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 001 a la 999
Primer premio: Serie 588 Nº 64 con ¢15.000.000
Nº 64 de las demás series con ¢40.000
Segundo premio: Serie 449 Nº 56 con ¢6.000.000
Nº 56 de las demás series con ¢14.000
Tercer premio: Serie 978 Nº 12 con ¢3.000.000
Nº 12 de las demás series con ¢8.000
Rodrigo Zúñiga Soto, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(OC Nº 8800).—C-11500.—(29066).
Sorteo Nº 5227 del martes 31 de octubre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy martes 31 de octubre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5227 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 996 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 004 a la 999
Primer premio: Serie 035 Nº 27 con ¢15.000.000
Nº 27 de las demás series con ¢40.000
Segundo premio: Serie 276 Nº 83 con ¢6.000.000
Nº 83 de las demás series con ¢14.000
Tercer premio: Serie 881 Nº 21 con ¢3.000.000
Nº 21 de las demás series con ¢8.000
Rodrigo Zúñiga Soto, Juez Contravencional.—Milton Vargas Mora,
Director de Producción y Venta.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Julio Canales Guillén, Subgerente.—1 vez.—(OC Nº 8800).—C-11500.—(29067).
Sorteo Nº 5228 del viernes 03 de noviembre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy viernes 03 de noviembre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5228 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 998 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 002 a la 999
Primer premio: Serie 529 Nº 66 con ¢15.000.000
Nº 66 de las demás series con ¢40.000
Segundo premio: Serie 068 Nº 10 con ¢6.000.000
Nº 10 de las demás series con ¢14.000
Tercer premio: Serie 024 Nº 63 con ¢3.000.000
Nº 63 de las demás series con ¢8.000
José Bernal Rodríguez Marín, Jueza Contravencional.—Milton Vargas Mora, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Julio Canales Guillén, Subgerente.—1 vez.—(OC Nº 8801).—C-11500.—(29068).
Sorteo Nº 5229 del martes 07 de noviembre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy martes 07 de noviembre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5229 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 993 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 007 a la 999
Primer premio: Serie 919 Nº 16 con ¢15.000.000
Nº 16 de las demás series con ¢40.000
Segundo premio: Serie 722 Nº 99 con ¢6.000.000
Nº 99 de las demás series con ¢14.000
Tercer premio: Serie 797 Nº 83 con ¢3.000.000
Nº 83 de las demás series con ¢8.000
Rodrigo Zúñiga Soto, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Rodrigo Carvajal Mora, Subauditor, Julio Canales Guillén, Subgerente.—1 vez.—(OC Nº 8801).—C-11500.—(29069).
Sorteo Nº 5230 del viernes 10 de noviembre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy viernes 10 de noviembre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5230 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 994 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 006 a la 999
Primer premio: Serie 278 Nº 59 con ¢15.000.000
Nº 59 de las demás series con ¢40.000
Segundo premio: Serie 086 Nº 27 con ¢6.000.000
Nº 27 de las demás series con ¢14.000
Tercer premio: Serie 676 Nº 14 con ¢3.000.000
Nº 14 de las demás series con ¢8.000
Rodrigo Zúñiga Soto, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Julio Canales Guillén, Gerente General.—1 vez.—(OC Nº 8801).—C-11500.—(29070).
Sorteo Nº 5231 del martes 14 de noviembre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy martes 14 de noviembre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5231 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 995 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 005 a la 999
Primer premio: Serie 888 Nº 54 con ¢15.000.000
Nº 54 de las demás series con ¢40.000
Segundo premio: Serie 443 Nº 33 con ¢6.000.000
Nº 33 de las demás series con ¢14.000
Tercer premio: Serie 123 Nº 50 con ¢3.000.000
Nº 50 de las demás series con ¢8.000
Julio Canales Guillén, Juez Contravencional.—Milton Vargas Mora, Director de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Gerente General.—1 vez.—(OC Nº 8801).—C-11500.—(29071).
Sorteo Nº 5232 del viernes 17 de noviembre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy viernes 17 de noviembre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5232 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 996 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 004 a la 999
Primer premio: Serie 888 Nº 14 con ¢15.000.000
Nº 14 de las demás series con ¢40.000
Segundo premio: Serie 008 Nº 54 con ¢6.000.000
Nº 54 de las demás series con ¢14.000
Tercer premio: Serie 500 Nº 57 con ¢3.000.000
Nº 57 de las demás series con ¢8.000
Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Juez Contravencional.—Milton Vargas Mora, Director de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de Gerencia.—1 vez.—(OC Nº 8801).—C-11500.—(29072).
Sorteo Nº 5233 del martes 21 de noviembre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy martes 21 de noviembre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5233 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 990 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 010 a la 999
Primer premio: Serie 708 Nº 90 con ¢15.000.000
Nº 90 de las demás series con ¢40.000
Segundo premio: Serie 444 Nº 77 con ¢6.000.000
Nº 77 de las demás series con ¢14.000
Tercer premio: Serie 101 Nº 00 con ¢3.000.000
Nº 00 de las demás series con ¢8.000
Guillermo Guevara Solano, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Mathieu, Dirección Producción y Ventas.—Claudio Madrigal Guzmán, Auditor Interno.—Julio Canales Guillén, Subgerente.—1 vez.—(OC Nº 8801).—C-11500.—(29073).
Sorteo Nº 5234 del viernes 24 de noviembre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy viernes 24 de noviembre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5234 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 993 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 007 a la 999
Primer premio: Serie 484 Nº 23 con ¢15.000.000
Nº 23 de las demás series con ¢40.000
Segundo premio: Serie 800 Nº 42 con ¢6.000.000
Nº 42 de las demás series con ¢14.000
Tercer premio: Serie 680 Nº 48 con ¢3.000.000
Nº 48 de las demás series con ¢8.000
Guillermo Guevara Solano, Juez Contravencional.—Shirley Chavarría Mathieu, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Francisco Javier Ibarra Arana, Subgerente.—1 vez.—(OC Nº 8801).—C-11500.—(29074).
Sorteo Nº 5235 del martes 28 de noviembre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy martes 28 de noviembre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5235 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 985 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 015 a la 999
Primer premio: Serie 389 Nº 33 con ¢15.000.000
Nº 33 de las demás series con ¢40.000
Segundo premio: Serie 072 Nº 84 con ¢6.000.000
Nº 84 de las demás series con ¢14.000
Tercer premio: Serie 643 Nº 15 con ¢3.000.000
Nº 15 de las demás series con ¢8.000
Flory Ivette Tames Brenes, Jueza Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Milton Vargas Mora, Representante de la Gerencia.—1 vez.—(OC Nº 8801).—C-11500.—(29075).
Sorteo Nº 5236 del viernes 01 de diciembre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy viernes 01 de diciembre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5236 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 985 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 015 a la 999
Primer premio: Serie 437 Nº 97 con ¢15,000,000
Nº 97 de las demás series con ¢40,000
Segundo premio: Serie 220 Nº 77 con ¢6,000,000
Nº 77 de las demás series con ¢14,000
Tercer premio: Serie 818 Nº 0 con ¢3,000,000
Nº 0 de las demás series con ¢8,000
Flory Tames Brenes, Jueza Contravencional.—Milton Vargas Mora, Director de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Francisco Javier Ibarra Arana, Subgerente.—1 vez.—(OC Nº 8802).—C-11500.—(29081).
Sorteo Nº 5237 del martes 05 de diciembre 2006
Los que firmamos hacemos constar que hoy martes 05 de diciembre 2006, a las 7:00 p.m., en el Auditorio de la Lotería Nacional y en presencia de público asistente, procedimos a revisar las bolitas de los números, series, números de fracción y premios y a depositarlas en las respectivas esferas para efectuar el Sorteo Nº 5237 de Lotería Popular. Participan en este sorteo 2 emisiones de 971 series de 100 billetes cada una, vendidas en su totalidad, numeradas de la 029 a la 999
Primer premio: Serie 892 Nº 94 con ¢15,000,000
Nº 94 de las demás series con ¢40,000
Segundo premio: Serie 819 Nº 66 con ¢6,000,000
Nº 66 de las demás series con ¢14,000
Tercer premio: Serie 691 Nº 33 con ¢3,000,000
Nº 33 de las demás series con ¢8,000
José Bernal Rodríguez Marín, Juez Contravencional.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Francisco Javier Ibarra Arana, Subgerente.—1 vez.—(OC Nº 8802).—C-11500.—(29082).
HERMANDAD DE LA CARIDAD DE CARTAGO
AVISO
Ante esta Junta de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de la Caridad de Cartago, de conformidad con las disposiciones que emanan de los Decretos Ejecutivo N° 32833-S de fecha 3 de agosto del 2005 Reglamento General de Cementerios y 704 del 7 de setiembre de 1949, se han presentado: Humberto Miguel, cédula 3-102-773, Francisco, cédula 3-113-618, Nidia, cédula 3-129-816, María del Socorro, cédula 3-149-848 y Mario Alfonso, cédula 3-169-625, todos de apellidos Solano Fernández, quienes manifiestan bajo juramento de ley y exonerando a la Junta de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de la Caridad de Cartago, de responsabilidades ante terceros de iguales o mejores derechos, que son los únicos herederos legítimos de quien en vida se llamó Humberto Solano Chacón, bajo cuyo nombre se encuentra inscrito el derecho de arrendamiento de la fosa Nº 348 de seis nichos de la Sección Los Ángeles, del Cementerio General de Cartago y que en virtud de lo anterior solicitan que se inscriba la citada fosa a nombre de Francisco y Nidia, ambos de apellidos Solano Fernández, de calidades conocidas. Se mantiene invariable el plazo del contrato original. Lo anterior se hace del conocimiento de todos aquellos terceros de iguales o mejores derechos, para que puedan presentar las oposiciones de ley en el término de quince días naturales a partir de la publicación del presente edicto.
Cartago, 28 de marzo del 2007.—José Rafael Soto Sanabria, Gerente.—1 vez.—Nº 14928.—(29629).
La Municipalidad de Heredia hace saber a quien interese que el señor Marco Vinicio Alvarado Quesada, cédula cuatro-ciento treinta y tres-seiscientos noventa y uno, un derecho en el Cementerio Central, lote N° noventa y uno, bloque D, con una medida de seis metros cuadrados para cuatro nichos; inscrito en el folio cincuenta y cinco, libro uno, recibo N° ochocientos noventa y dos, solicitud N° mil novecientos treinta y dos. El mismo se encuentra a nombre de la Familia Rojas Ruiz. Derecho adquirido el veintitrés de abril de mil novecientos setenta y tres. Datos confirmados según constancia extendida por el Departamento de Rentas y Cobranzas de fecha treinta de octubre de dos mil seis. Se emplaza por treinta días a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre del petente.
Flory Álvarez Rodríguez, Secretaria.—1 vez.—(29681).
La Municipalidad de Barva mediante acuerdo Nº 580-07 del Concejo Municipal tomado en su sesión ordinaria Nº 22-2007, acordó por ser día feriado de aniversario de la Batalla de Rivas, cambiar la fecha de la sesión municipal del lunes 16 de abril del 2007 para el martes 17 de abril del 2007.
Barva de Heredia, 10 de abril del 2007.—Lic. Yesael Molina Vargas, Proveedora Municipal.—1 vez.—(29771).
ACADEMIA LATINA DE IDIOMAS
Y TECNOLOGÍA CCG SOCIEDAD ANÓNIMA
Por este medio yo, Luis Alberto Cordero Martínez, mayor, casado, portador de la cédula de identidad número seis-ciento diecisiete- seiscientos treinta y uno, vecino de Tres Ríos, del Restaurante Señor Si Pan, cien metros al sur, La Unión, Cartago, de oficios oficinista, en mi condición de presidente, de la empresa de esta plaza denominada Academia Latina de Idiomas y Tecnología CCG Sociedad Anónima, me permito convocar a la asamblea general extraordinaria, a efectuarse a las catorce horas del día nueve de mayo del año dos mil siete, en el domicilio social de la compañía, sea calle siete, entre avenidas seis y ocho, casa número 621, San José, ello con la siguiente agenda:
1. Informe del presidente.
2. Informe del tesorero.
3. Inclusión de nuevos socios, ampliación del número de acciones y aumento del capital social de la empresa.
4. Asuntos varios.
Se le indica a los socios que la misma se efectuará a la hora antes mencionada, y en caso de que no haya quórum, ésta se realizará con los socios presentes una hora después de la convocatoria, asimismo se indica que las modificaciones aquí mencionadas, se efectuarán ante el notario público Lic. Ronald Joaquín Campos Arias. Firmo en la Ciudad de San José, al ser las once horas con veintiocho minutos del nueve de abril del año dos mil siete.—Luis Alberto Cordero Martínez, Presidente.—1 vez.—Nº 15042.—(30070).
CONDOMINIO LAS VISTAS EN NATIVA RESORT
Se convoca a asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Condominio Las Vistas En Nativa Resort, a realizarse en el Hotel Intercontinental, en Santa Ana, a las ocho horas treinta minutos del veintiocho de abril del año dos mil siete, para conocer: reportes financieros años 2006 y 2007, modificación de estatutos, modificación del artículo 70, análisis de los estados financieros, posible elección de la junta directiva, otros de interés. De no haber quórum a la hora señalada, se realizará la asamblea con los miembros presentes una hora después.—Toney Reed, Director.—1 vez.—Nº 15258.—(30071).
LAS CUMBRES DE CORONADO S. A.
Las Cumbres de Coronado S. A., cédula jurídica número 3-101-065365, convoca a todos sus accionistas a asamblea general ordinaria y extraordinaria, a celebrarse en su domicilio social en San Isidro de Coronado, el día primero de mayo del año dos mil siete. La primera convocatoria será a las diecisiete horas. La segunda convocatoria se realizará una hora después sea a las veinte horas. Agenda del día: reorganización de la junta directiva y el fiscal y otras propuestas de los señores accionistas.—San José, 10 de abril del 2007.—Hilda Chacón Jiménez, Vicepresidenta.—1 vez.—Nº 15316.—(30072).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Desarrollo Agrícolas e Industriales del Atlántico S. A. Por asamblea general extraordinaria de accionistas se revocan poderes de anteriores representantes, se modifican estatutos y se otorgan y designa nueva junta directiva Juan Gerardo Quesada Zamora, cédula uno- cuatrocientos dieciocho-cero cero siete.—Lic. Lilliana Cob Saborío, Notaria.—Nº 14421.—(28480).
TEATRO ORIENTAL SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDA
LIMITADA
Teatro Oriental Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cero cero ocho mil seiscientos sesenta y tres, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los siguientes libros número uno: Inventario y Balances, Diario, Mayor, Libro de Asamblea General de Socios y Libro Registro de Socios.—Anita Acón León, Representante.—Nº 14164.—(28481).
JUNTA ADMINISTRADORA DEL CAMPO DE EXPOSICIONES
MUNICIPAL
DE PÉREZ ZELEDON
Yo, Gilberth Navarrete Martínez, mayor, casado, con cédula de identidad número seis-cero noventa y uno-ciento noventa y seis, en mi condición de presidente, hago constar que hemos iniciado la reposición de los libros de Diario, Inventarios y Balances y Mayor, todos primer libro, de la Junta Administradora del Campo de Exposiciones Municipal de Pérez Zeledón, con cédula jurídica número tres-cero cero siete-trescientos dieciséis mil quinientos sesenta y ocho, por lo que se emplaza por ocho días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la reposición en trámite ante la Municipalidad de Pérez Zeledón.—San Isidro, 10 de febrero del 2007.—Gilberth Navarrete Martínez, Presidente.—Nº 14294.—(28482).
CARNES DE CORDERO SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Yo, Luis Ángel Rodríguez Rodríguez, portador de cédula número 2-260-858, en mi condición de gerente de la compañía Carnes de Cordero Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-121867-01, hago contar que he iniciado la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea General y Registro de Socios de mi representada, por lo que se emplaza dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado a fin de formular oposiciones ante la Administración de Tributación Directa de Liberia, Guanacaste.—Santa Cruz, 28 de marzo del2007.—Luis Ángel Rodríguez Rodríguez, Gerente.—Nº 14412.—(28483).
CENTRO VACACIONAL BANCOSTA S. A.
El Centro Vacacional Bancosta S. A., hace constar que revisado nuestro libro de accionistas, aparece como socio el señor Guillermo Fallas Sojo, portador de la cédula 1-330-859 con la acción 129 quien solicita la reposición de dicha acción ya que se reporta como extraviada.—San José, 28 de marzo del 2007.—Leonel Vargas Leitón, Presidente.—Nº 14365.—(28484).
GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA
De conformidad con los artículos 708-709-710 del Código de Comercio, el señor Iván Vega Bonilla, cédula Nº 1-1115-554, solicita la reposición del título valor certificado de depósito a plazo Nº 118-303-2000044867 por ¢60.074,97 certificado a la vista.—Heredia, 29 de marzo del 2007.—Sandra Ortega Sosa, Auxiliar de Servicios Financieros.—(28563).
INVERSIONES CALLE BLANCOS S. A.
Inversiones Calle Blancos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-222884, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Atención al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Roberto Alvarado Moya, Representante Legal.—(28596).
IMPORTADORA LORMAR DE COSTA RICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Marvin Ortega Lacayo, mayor de edad, casado tres veces, oficinista, vecino de Santo Domingo de Heredia, del Palacio Municipal, cien metros al oeste y cincuenta al norte, con cédula de identidad costarricense número seis-ciento veinte-ochocientos cinco, en mi condición de presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma de Importadora Lormar de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica Nº 3-101-095587, hago constar que hemos iniciado la reposición del libro de Actas de Asamblea General de dicha sociedad, ante la Dirección General de Tributación de Heredia. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este edicto.—Marvin Ortega Lacayo, Presidente.—(28658).
DISTRIBUIDORA COMERCIAL CAÑAS DULCES
SOCIEDAD ANÓNIMA
Distribuidora Comercial Cañas Dulces Sociedad Anónima cédula jurídica 3- 101- 230826, solicito ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los siguientes libros: diario I, mayor I, inventarios y balances I, actas del consejo de administración I, actas de asamblea de socios I, y registro de socios I. Quien se considere afectado dirigir la oposición a la Sección de Legalización de Libros de Administración Tributaria de Liberia, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—Liberia, 6 de marzo del 2007.—Carlos Alberto González Fernández, Representante Legal.—Nº 14494.—(28719).
XI
JACÓ K BEIGE S. A
Yo, Gregory Mark Brossard, de nacionalidad estadounidense, portador de la cédula de residencia costarricense número 17512650811027, en mi condición de secretario con facultades de apoderado generalísimo de la compañía XI Jacó K Beige S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-326431, de conformidad con lo establecido en el artículo 689 del Código de Comercio, y en virtud de haberse extraviado el certificado de acciones número dos representativo de cinco acciones comunes y nominativas de la compañía XI Jacó K Beige S. A., con un valor facial de cinco mil colones cada, las cuales representan el cincuenta por ciento del capital social de la compañía referida, certificado el cual se encontraba debidamente endosado a favor del suscrito, por medio del presente edicto notifico a cualquier persona que se pueda considerar afectada por dicha reposición para que se apersone ante el suscrito al teléfono 643 2889, por lo que transcurrido un mes a partir de la tercera publicación de este aviso se procederá a reponer dicho certificado a favor del suscrito. Es todo.—Jacó, 26 de marzo de 2007.—(28742).
ROJAS Y SOLÍS SOCIEDAD ANÓNIMA
Rojas y Solís Sociedad Anónima, cédula número tres-ciento uno-setenta y tres mil cuarenta y cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes seis libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General, Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dr. José Enrique Rojas Franco, Notario.—Nº 14528.—(28936).
INICIATIVAS EMPRESARIALES SELOVA S. A.
Iniciativas Empresariales Selova S. A., cédula de persona jurídica 3-101-268197, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios. Quién se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el termino de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de marzo del 2007.—Guillermo Loría Santamaría, Representante Legal.—Nº 14728.—(28937).
LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.
Para los efectos del artículo 689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:
Certificado Nº Acciones Serie
005320 400 J
Nombre de la accionista: Cageao Picado Marta Isabel. Folio número: 4396.—30 de marzo del 2007.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(29031).
APOLO FLAMINGO DIECISÉIS S. A.
Stanley Stephen Dorn, cédula de residencia Nº 175-0201588-014580, presidente de Apolo Flamingo Dieciséis S. A., cédula jurídica Nº 3-101-266693, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Registro de Socios 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Liberia, Guanacaste, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Stanley Stephen Dorn.—(29041).
BANCO BAC SAN JOSÉ
SUCURSAL EN MORAVIA
Yo, Alberto Bonilla Sequeira, cédula de identidad 1-0759-0338, hago constar el extravío del cheque Nº 0050504 emitido por el Banco Bac San José, contra el Bank of America y a la orden de Conseco Life Insurance Company por un monto de $ 925,00 (novecientos veinticinco dólares americanos).—Sucursal Moravia.—Alberto Bonilla Sequeira.—(29080).
OPEN POINT SOCIEDAD ANÓNIMA
Open Point Sociedad Anónima, cédula Nº 3-101-323643, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea de Socios, Actas de Consejo de Administración, Actas de Registro de Socios, Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Álvaro Loría.—(29096).
POCHOTE REAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Pochote Real Sociedad Anónima, cédula Nº 3-101-324682, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea de Socios, Actas de Consejo de Administración, Actas de Registro de Socios, Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Álvaro Loría.—(29097).
EL POTRERO DE COTONGO SOCIEDAD ANÓNIMA
El Potrero de Cotongo Sociedad Anónima, cédula Nº 3-101-323411, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea de Socios, Actas de Consejo de Administración y Actas de Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Álvaro Loría.—(29098).
GRUPO MUTUAL ALAJUELA LA VIVIENDA
AGENCIA NARANJO
De conformidad con los artículos del Código de Comercio, la señora Clemencia Carranza Rojas, cédula Nº 2-149-912 solicita la reposición del certificado de participación inmobiliaria con garantía global (302), N° 111218801 por ¢120.000.00 (ciento veinte mil colones) con fecha de vencimiento del 13-09-2006 y su cupón Nº 1 venc. 13-09-2006 por ¢3.525 (tres mil quinientos veinticinco).—Alajuela, 29 de marzo del 2007.—Juan Vicente Quesada González, Gerente.—(29169).
INDUSTRIAS VILLAMON DEL NUEVO
MILENIO SOCIEDAD ANÓNIMA
Industrias Villamon del Nuevo Milenio Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cuatro mil novecientos cincuenta y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro legal: Registro de Accionistas. Quien considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de Heredia, en el termino de ocho días hábiles contados a partir de la ultima publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Paola Colombo Blanco, Notaria.—(29183).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
PESQUEROS LOS CAPITANES SOCIEDAD ANÓNIMA
Pesqueros Los Capitanes Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-192721, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros de actas: Junta Directiva, Asamblea General y Registro Accionistas, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Germán Contreras Alvarado, Notario.—(29164).
CORPORACIÓN DUNCAN S. A.
Yo, Jeffrey Dorsey Duncan, mayor, comerciante, de nacionalidad estadounidense, con pasaporte de mi país Nº 710452891, vecino de Manuel Antonio, Quepos, Aguirre, Puntarenas, en mi condición de representante legal, de Corporación Duncan S. A., constituida en el registro mercantil, con el número de cédula jurídica número 3-101-242142, hago constar que hemos iniciado los trámites para la reposición de los libros de contabilidad: diario número 1, mayor número 1, inventarios y balances número 1.—Jeffrey Dorsey Duncan, Representante Legal.—(29186).
UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA
DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
El Departamento de Registro certifica que por extravío del título a nombre de Evelyn Alfaro Campos, en el grado de Bachillerato en Administración Hotelera, registrado en el tomo: 6, folio: 23. Asiento 488 y con fecha dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y siete.—Marle Joane Barnett Marenco, Departamento de Registro.—(29205).
HOTEL PUNTA LEONA S. A.
Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio, el Hotel Punta Leona S. A., hace saber a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá la acción preferida Nº 96 serie E, a nombre de Inversiones Paco S. A., cédula jurídica Nº 3-101.032453-32, endosada al señor Guillermo García Pereira. Cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última publicación de este aviso.—Lic. Miguel Fernández T., Apoderado Generalísimo.—(29256).
CONDOMINIO NÚMERO UNO
Condominio Número Uno, se encuentra realizando ante el Registro Público, diligencias de reposición de los siguientes libros: Actas de Asambleas de Condóminos, Actas de Junta Directiva y Libro de Caja, por lo que se cita y emplaza por diez días a partir de la primera publicación de este edicto, a cualquier persona que se considere afectada, que se apersone ante la licenciada Mayela Bonilla García, Bufete Foro Jurídico, Barrio La California, cincuenta metros al sur de la bomba La Primavera, a hacer valer sus derechos.—San José, 8 de marzo del 2007.—Roxana María Solís Mata.—(29308).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
INVERSIONES CIARMA S. A.
Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Inversiones Ciarma S. A., cédula jurídica Nº 3-101-232564, hace saber a quien interese que por haberse extraviado a los propietarios, repondrá las veinte acciones de la sociedad que representan todo el capital social, diez de ellas a nombre de Yung-Song Lee Chang, cédula Nº 8-058-145, y las otras diez acciones a nombre de Man-Tsu Yin Chen, cédula 8-064-774. Cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última publicación de este aviso.—23 de marzo del 2007.—Yung-Song Lee Chang.—Nº 14977.—(29628).
GRUPO MUTUAL ALAJUELA - LA VIVIENDA
De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor José Miguel Rojas Alfaro, cédula 2-276-895 ha presentado ante esta Entidad, solicitud de reposición de su Certificado CPH Nº 100-301-1111907302 por ¢2.282.000,00 con fecha de vencimiento del 19-01-2007.—Randall Camacho Soto, Jefe Servicios Financieros.—(29674).
Nuria Barrios Artavia, cedula Nº 2-356-937, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de 3 libros contables. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información al Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación de este aviso.—Nuria Barrios Artavia, Solicitante.—(29687).
CASVEN AZUL S. A.
Yo Ana Marcela Venegas Calvo, cédula 2-537-328, apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad Casven Azul S. A., con cédula 201-215 solicito ante la Dirección General de Tributación Alajuela, la reposición de los libros, actas de asamblea de socios actas de consejo de administración y registros de accionistas, diario, mayor, inventarios y balances, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al contribuyente de la administración tributaria de Alajuela, en término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Ana Marcela Venegas Calvo Representante Legal.—(29699).
Yo Ana Marcela Venegas Calvo, cédula 2-537-328, solicito ante la Dirección General de Tributación Alajuela, la reposición de los libros, diario, mayor, inventarios y balances, todos número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al contribuyente de la administración tributaria de Alajuela, en término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Ana Marcela Venegas Calvo, Representante Legal.—(29700).
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica la pérdida de cuaderno de bitácora de los siguientes contratos de consultoría.
1. Contrato SC-382659-EX, propiedad del Ing. Luis Eduardo Vargas Méndez (ICO-2765).
El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del cuaderno de bitácora, correspondiente al contrato de consultoría SC-382659-EX, propiedad del Ing. Luis Eduardo Vargas Méndez (ICO-2765).
2. Contrato SC-367482, propiedad del Arq. Jorge Mario Rojas Vega (A-5358).
El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del cuaderno de bitácora, correspondiente al contrato de consultoría SC-367482 propiedad del Arq. Jorge Mario Rojas Vega (A-5358).
3. Contrato OC-387052, propiedad del Arq. Douglas Agüero P. (A-6171).
El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del cuaderno de bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-387052, propiedad del Arq. Douglas Agüero P. (A-6171).
4. Contrato OC-375501, propiedad del Ing. José René Mayorga Angulo (IC-7015).
El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del cuaderno de bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-375501, propiedad del Ing. José René Mayorga Angulo (IC-7015).
San José, 30 de marzo del 2007.—Ing. Olman Vargas Zeledón.—Ing. Silvia Ruiz Gutiérrez, Subjefa Departamento de Registro de Responsabilidad Profesional.—(O. C. Nº 5065).—C-52655.—(29716).
COMANDO SAFIRO S. A.
Comando Safiro S. A., cédula jurídica Nº 3-101-239896, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, a partir de la última publicación de este aviso.—San José, 10 de abril del 2007.—Leandro Villavicencio Mora, Representante.—(29726).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
ASOCIACIÓN CENTRO CRISTIANO
DE
RESTAURACIÓN DIOS ES AMOR
Juan Manuel Castro Hernández, con cédula de identidad número 1-460-932, y Juan Gerardo Hernández Hernández, con cédula de identidad número 1-395-1399, actuando conjuntamente en carácter de vicepresidente y secretario, respectivamente, de la Asociación Centro Cristiano de Restauración Dios Es Amor, con cédula jurídica número 3-002-304527, con expediente Nº 13702, hacemos constar que hemos iniciado las diligencias de reposición por extravío de los siguientes tres libros de la asociación: Libro de Registro de Asociados número uno, Libro de Actas de Asamblea General número uno, y Libro de Actas de Junta Directiva número uno. Por lo que se emplaza por ocho días hábiles a partir de la fecha de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la reposición ante el Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas.—San José, 2 de abril del 2007.—Juan Manuel Castro Hernández, Vicepresidente y Juan Gerardo Hernández Hernández, Secretario.—1 vez.—Nº 14913.—(29627).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día veintiocho de marzo del año dos mil siete, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Torre Mercedes S. A., celebrada a las catorce horas veinte minutos del día cinco de marzo del año dos mil siete, mediante la cual se acuerda disminuir el capital social por rescate y eliminación de acciones y se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, 28 de marzo del 2007.—Lic. Óscar Alberto Sandoval Morales, Notario.—Nº 14303.—(28479).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
En San José, ante esta notaría, al ser las ocho horas treinta minutos del diecinueve de marzo del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Tres Ríos Partners Resort Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado: diez mil colones exactos.—San José, 20 de marzo del 2007.—Lic. Randall Salas Alvarado, Notario.—1 vez.—(27994).
Por escritura número 14, otorgada en mi sétimo protocolo, el día 23 de marzo del 2007 se constituyó la empresa Inmobiliaria Madrigal Hernández S. A., con un plazo social de 99 años, domiciliada en San Josecito, San Rafael de Heredia, cuyos fines son el comercio en general. Presidenta Ana María Delgado Hernández.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. Francisco Amado Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 14562.—(28798).
Marvin Leonel Soto Arce y Luis Gerardo Salazar Carpio, constituyen la sociedad Hacienda Las Amapolas A B C S. A. Y son presidente y secretario respectivamente. Escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del diecinueve de marzo del año dos mil siete.—Lic. Ana Giselle Zamora Espinoza, Notaria.—1 vez.—Nº 14563.—(28799).
Marvin Leonel Soto Arce y Luis Gerardo Salazar Carpio, constituyen la sociedad Los Arcos Iris de Costa Rica A B C S. A. Que es nombre de fantasía, y son presidente y secretario respectivamente. Escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del diecinueve de marzo del año dos mil siete.—Lic. Ana Giselle Zamora Espinoza, Notaria.—1 vez.—Nº 14564.—(28800).
El suscrito Alexander Ruiz Castillo, notario público con oficina en San José, hago constar que mediante escritura número cuarenta y seis, otorgada a las veintiuna horas, treinta minutos de día dieciséis de marzo del año dos mil siete, visible al folio veinticuatro frente del tomo primero de mi protocolo, mediante asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Inversiones Jesie Sociedad Anónima, se modifica el pacto constitutivo en su cláusula quinta relativa al capital social, aumentándolo en la suma de veinte millones de colones.—29 de marzo del 2007.—Lic. Alexander Ruiz Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 14565.—(28801).
El suscrito Alexander Ruiz Castillo, notario público con oficina en San José, hago constar que mediante escritura número cuarenta y cuatro, otorgada a las diecinueve horas, treinta minutos del día dieciséis de marzo del año dos mil siete, visible al folio veintidós vuelto del tomo primero de mi protocolo, mediante asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Ocean Air Cargo Sociedad Anónima, se modificó el pacto constitutivo en su cláusula quinta relativa al capital social, aumentándolo en la suma de veinte millones de colones.—29 de marzo del 2007.—Lic. Alexander Ruiz Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 14566.—(28802).
Por escritura otorgada, en esta notaría, a las 8:00 horas del día 20 de marzo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima Iglesia de Sueños Realizados Sociedad Anónima.—San José, 27 de marzo del año 2007.—Lic. Sergio Sancho Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 14567.—(28803).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se reformó la sociedad Inversiones Volcán Arenal S. A. Todo de conformidad con la escritura número ciento cuarenta y ocho, visible al folio ciento setenta y cuatro vuelto del tomo dieciséis del protocolo del suscrito notario.—Lic. Mario Alberto Acosta Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 14569.—(28804).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las catorce horas del veintisiete de marzo del dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Agropecuaria Pinanos del Norte S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y tercera del pacto constitutivo.—Ciudad Quesada, 28 de marzo del 2007.—Lic. Heylen Zamora Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 14570.—(28805).
Por escritura otorgada ante el notario público Agustín Álvarez Araya, a las 11:00 horas del 28 de marzo del 2007, protocolización de acuerdos de la sociedad denominada Llanuras de Nicoya Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia, San Antonio de Belén, Cariari, Bosques de Doña Rosa, casa número veintitrés H. Se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombran presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y agente residente.—San José, treinta de marzo del dos mil siete.—Lic. Agustín Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 14571.—(28806).
Mediante escritura número doscientos cincuenta y cinco del tomo veintiséis del protocolo de la Licenciada María del Milagro Arguedas Delgado en conotariado con la Licenciada Carmen Lidia Elizondo Vásquez, con fecha del veintidós de marzo del dos mil siete, constituyeron sociedad anónima Todo Lo K Quiere Sociedad Anónima.—Lic. Carmen Lidia Elizondo Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 14572.—(28807).
Mediante escritura pública número cuatro, otorgada a las trece horas del día veintiocho de marzo de dos mil siete, ante esta notaría, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Inversiones Río Chinguito del Norte Sociedad Anónima. Se reforman totalmente los estatutos de la compañía y se transforma la sociedad de una sociedad anónima, a una Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, veintinueve de marzo de dos mil siete.—Lic. Amado Alejandro Sánchez Harding, Notario.—1 vez.—Nº 14580.—(28808).
Mediante escritura pública número ciento sesenta y cinco, otorgada a las trece horas del día cinco de marzo de dos mil siete, ante esta notaría, se protocoliza el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Twenty Black Horses (TBH) Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma totalmente la cláusula sexta de la compañía y se nombra nueva junta directiva.—San José, veintinueve de marzo del dos mil siete.—Lic. Carolina Muñoz Con, Notaria.—1 vez.—Nº 14581.—(28809).
Jose Manuel Avendaño Rojas, Blanca Rosa, Jaime Reyes, Juan Carlos Avendaño Rojas y Luz Marina Reyes López, constituyen Compañía de Seguridad Comando Ciento Veintiocho Sociedad Anónima, con domicilio en Desamparados, con capital de diez mil colones y su apoderado generalísimo sin límite de suma es el presidente.—San José, veintinueve de marzo del dos mil siete.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 14584.—(28810).
Ante esta notaría, a las ocho horas del día veintiséis de marzo del dos mil siete, se constituyeron dos sociedades anónimas de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo del reglamento para la inscripción de la constitución de empresas comerciales.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. William Rodríguez Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 14585.—(28811).
Ante esta notaría, a las diez horas treinta minutos del día veintiséis de marzo del dos mil siete, se constituyó una sociedad anónima de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo del reglamento para la inscripción de la constitución de empresas comerciales.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. William Rodríguez Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 14586.—(28812).
Ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del día veintiséis de marzo del dos mil siete, se constituyó una sociedad anónima de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo del reglamento para la inscripción de la constitución de empresas comerciales.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. William Rodríguez Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 14587.—(28813).
Ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del día veintiséis de marzo del dos mil siete, se constituyó una sociedad anónima de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo del reglamento para la inscripción de la constitución de empresa comerciales.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. William Rodríguez Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 14588.—(28814).
Ante el Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, se reforman las
cláusulas octava de administración y se nombra agente residente, del pacto
social de la sociedad tres ciento uno cuatrocientos sesenta y tres mil trece
sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y tres
mil trece.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 14589.—(28815).
Ante el Licenciado Juan Carlos Chávez Alvarado, se constituyó: a) Corporación Lemon Zest Sociedad Anónima, presidente: Richard Hayden Lemon II, apoderado generalísimo sin límite de suma, b) Dos Palomas de Jacó E & J Sociedad Anónima, presidenta: Elsa Genevieve Feeny, apoderada generalísima sin límite de suma. Capital social: seis mil colones, plazo noventa y nueve años.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 14590.—(28816).
Hoy ante mí, Allan Torres Lizano, cédula 7-078-244 y María Elena Brenes Hidalgo, cédula 5-276-327, constituyen Anale del Atlántico Sociedad Anónima. Domicilio social: Guápiles, Pococí, Coopevigua Uno, 100 metros al oeste del play. Capital diez acciones de mil colones.—Guápiles, 29 de marzo del 2007.—Lic. Marielos Barrantes Rivas, Notaria.—1 vez.—Nº 14591.—(28817).
El suscrito notario, Rafael Alberto López Campos, por el presente medio hago constar que por escritura pública número ciento ochenta y ocho, iniciada a folio ciento noventa y uno vuelto del tomo veintiséis de mi protocolo, otorgada en Atenas, a las trece horas del veintiuno de marzo de dos mil siete, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Tavad Cielo y Paisaje Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se nombró gerentes y se constituyó y aprobó el pacto constitutivo.—Atenas, veintiocho de marzo de dos mil siete.—Lic. Rafael Alberto López Campos, Notario.—1 vez.—Nº 14592.—(28818).
Ante esta notaría, el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Shaniall del Pacífico Sociedad Anónima. Es todo.—Puntarenas, veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. Víctor Herrera Flores, Notario.—1 vez.—Nº 14595.—(28819).
Ante esta notaría, el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Tres Diamantes PFS Sociedad Anónima. Es todo.—Puntarenas, veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. Víctor Herrera Flores, Notario.—1 vez.—Nº 14596.—(28820).
Ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada El Lirio de Plata Sociedad Anónima. Es todo.—Puntarenas, veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. Víctor Herrera Flores, Notario.—1 vez.—Nº 14597.—(28821).
Yo, Leonora Granados Sancho, comisionada al efecto, protocolicé el acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Cuenca del Sixaola Siglo XXI Limitada, celebrada a las veinte horas del dieciséis de noviembre del dos mil seis, en la cual se tomó el siguiente acuerdo: Reformar la cláusula sexta de la administración y la cuarta del capital del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. Leonora Granados Sancho, Notaria.—1 vez.—Nº 14598.—(28822).
Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 27 de marzo del 2007, se protocoliza asamblea de socios de la sociedad Pacific Rubies LLc Limitada, por medio de la cual se modifica la cláusula segunda de sus estatutos y se nombra nuevo gerente y agente residente.—San José, 27 de marzo del 2007.—Lic. Simón Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 14601.—(28824).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 29 de marzo del 2007, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Hermosa Beach Pacific Nineteen SRL. Se modifican las cláusulas primera y sexta de los estatutos. Se nombra gerente y subgerente.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. Carlos Eduardo Villalobos Soto, Notario.—1 vez.—Nº 14602.—(28825).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:30 horas del 29 de marzo del 2007, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Hermosa Beach Sunshine Four SRL. Se modifica las cláusulas primera y sexta de los estatutos. Se nombra gerente y subgerente.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. Carlos Eduardo Villalobos Soto, Notario.—1 vez.—Nº 14603.—(28826).
Por escritura número sesenta, se protocolizó, acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Gesoca Internacional S. A., se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Dafne Zeledón Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 14604.—(28827).
Por escritura número ciento treinta y siete, de las quince horas del día veintinueve de marzo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Pequeño Saulito Sociedad Anónima. Su presidente es Carlos Delgado Delgado. Su capital social es la suma de diez mil colones.—Heredia, 29 de marzo del 2007.—Lic. Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—Nº 14605.—(28828).
Mediante escritura otorgada a las dieciséis horas del veintinueve de marzo del dos mil siete, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Memorias del Tiempo Llc Limitada, cédula jurídica 3-102-454538, en donde se reformó pacto social, se cambió el nombre y se hicieron nuevos nombramientos. Es todo.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—Nº 14607.—(28829)
Mediante escritura otorgada a las quince horas, treinta minutos, del veintinueve de marzo de dos mil siete, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de The Little Shack Llc Limitada, cédula jurídica 3-102-460209, en donde se reformó pacto social y se hicieron nuevos nombramientos. Es todo.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—Nº 14608.—(28830).
Mediante escritura otorgada a las dieciséis horas, veinte minutos del veintinueve de marzo de dos mil siete, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Arte Astral Llc Limitada, cédula jurídica 3-102-457349, en donde se reformó pacto social, se cambió el nombre y se hicieron nuevos nombramientos. Es todo.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—Nº 14609.—(28831).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del nueve de marzo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Punto Dume Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio: Guanacaste, Santa Cruz, Huacas, Centro Comercial Las Américas, local número quince, segundo piso. Plazo: cien años. Objeto: la industria, el comercio, agricultura y ganadería en general todo lo relacionado con el giro de actividades agrícolas, industriales y comerciales en general. Capital: totalmente suscrito y pagado. Se nombra gerente y subgerente.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 14610.—(28832).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintiocho de marzo del año dos mil siete, se celebró acta de asamblea general extraordinaria en donde se modifica la cláusula tercera del pacto social constitutivo.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 14611.—(28833).
Que mediante la escritura número ciento trece-ciento veintiséis, visible a folio ochenta y cuatro vuelto al ochenta y cinco vuelto, del tomo ciento veintiséis de mi protocolo, los señores Francisco Madrigal Alpízar, cédula dos-ciento cincuenta y siete-seiscientos ochenta y dos, y Cecilia Barrantes Hidalgo, cédula dos-doscientos ocho-doscientos cuarenta y nueve, constituyen la sociedad Inversiones San Francisco FM Sociedad Anónima. Domiciliada en Santiago, San Ramón, Alajuela, específicamente doscientos cincuenta metros norte de los Carmelitas. Presidente: Francisco Madrigal Alpízar. Capital social: veinte mil colones netos.—San Ramón, 28 de marzo del 2007.—Lic. Sergio Vargas López, Notario.—1 vez.—Nº 14612.—(28834).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del 23 de marzo del 2007, se modificaron las cláusulas segunda, sétima y octava del pacto social de MCC Mining CO S. A., referentes respectivamente al domicilio social, a la forma de convocatoria para las asambleas generales y a la representación social que en lo sucesivo recaerá únicamente en su presidente y en ausencia de éste en el secretario y el vicepresidente actuando estos últimos en forma conjunta. Asimismo, se sustituyeron a quienes ocupaban los cargos directivos de presidente y secretario de dicha persona jurídica.—Lic. Óscar Rojas Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 14615.—(28835).
El día de hoy, yo Lorena Montt Villacura, notaria pública con oficina en San José, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de GPS Elit S. A. Se modifica la representación, la junta directiva y el objeto.—San José, 28 de marzo del 2007.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—Nº 14616.—(28836).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Solterra Yellow Three Sociedad Anónima. Por la que se reforma la administración, la representación de la compañía y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 27 de marzo del 2007.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—Nº 14619.—(28837).
Mediante escritura otorgada ante este notario a las ocho horas del veintinueve de marzo 2007, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: La Primera: del nombre la sociedad se denominará Shanti-Uma Sociedad Anónima. La sétima: del consejo de administración, apoderado generalísimo sin límite de suma el presidente. Se hacen los siguientes nombramientos: Presidenta: Ericka Sánchez Cubero, Secretaria: Karina Sánchez Cubero, Tesorera: Tatiana Sánchez Cubero, Fiscal: Silvia Laurencich Castro, en la sociedad Shanti-Uma S. A.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—Nº 14620.—(28838).
Mediante escritura otorgada ante este notario a las ocho horas del diecinueve de marzo 2007, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: La Primera: del nombre la sociedad se denominará Ecodesarrollo del Paraíso Tropical Caribeño Sociedad Anónima.—San José, 29 de marzo de 2007.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—Nº 14621.—(28839).
Que por escritura número doscientos veinte con fecha del seis de enero del dos mil seis, ante la notaria Vanesa Pacheco Gómez se constituyó la sociedad denominada Inversiones Gerguzgu Sociedad Anónima, con domicilio social en Cartago, doscientos metros norte del supermercado Palí centro. Representantes legales: presidente y secretario.—Cartago, 30 de marzo del 2006.—Lic. Vanesa Pacheco Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 14622.—(28840).
Guillermo y Mariana Rodríguez Fernández ambos, Javier Castillo Solórzano constituyen la sociedad Su Mejor Opción S. A. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: doce mil colones. Escritura otorgada en Palmares de Alajuela, costado sur de la Escuela Central, casa de dos pisos, color blanca, a las 10:00 horas del 29 de marzo del 2007.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 14623.—(28841).
Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, se constituyó la empresa denominada Maquinaria Heguel Limitada, con un plazo social de noventa y nueve años y un capital social de diez mil colones. Domiciliada en Rincón de Zaragoza de Palmares de Alajuela, un kilómetro noroeste de la iglesia. Es todo.—Palmares, 27 de marzo del 2007.—Lic. Carlos Luis Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 14624.—(28842).
En la ciudad de Cartago a las doce horas del diecisiete de enero del año dos mil siete, Inés Mora Rojas, constituye la sociedad denominada Propiedades e Inversiones Imoro Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Ante el notario José Luis Cerdas Sánchez.—Cartago, 30 de marzo del 2007.—Lic. José Luis Cerdas Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 14625.—(28843).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy protocolicé acta de asamblea general de Ecolife Bienes Raíces S. A., en que se reforma las cláusulas sexta y décima primera de los estatutos del pacto constitutivo.—San José, 26 de marzo del 2007.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—Nº 14626.—(28844).
En escritura otorgada el día de hoy, constituye la sociedad Un Futuro Mejor Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente: tiene la representación judicial y extrajudicial de la compañía.—San José, 27 de marzo del 2007.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Montero, Notario.—1 vez.—Nº 14627.—(28845).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas, diez minutos, del treinta de marzo de dos mil siete, se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y del fiscal de vigilancia; se realizan los nuevos nombramientos y se modifica las cláusula segunda (del domicilio) del pacto constitutivo de la compañía Livenza Sociedad Anónima.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Armando Ayala Wolter, Notario.—1 vez.—Nº 14628.—(28846).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas, quince minutos, del treinta de marzo del dos mil siete, se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y del fiscal de vigilancia; se realizan los nuevos nombramientos y se modifica las cláusula segunda (del domicilio) del pacto constitutivo de la compañía Tilaventus Sociedad Anónima.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Armando Ayala Wolter, Notario.—1 vez.—Nº 14629.—(28847).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del treinta de marzo de dos mil siete, se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y del fiscal de vigilancia; se realizan los nuevos nombramientos y se modifica las cláusula segunda (del domicilio) del pacto constitutivo de la compañía Latisana Sociedad Anónima.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Armando Ayala Wolter, Notario.—1 vez.—Nº 14630.—(28848).
Por escritura otorgada hoy ante mí, Teresa Gamboa Soto y Juan Gabriel Trujillo Gamboa, constituyeron Tegaso Guanacasteco Sociedad Anónima. Domicilio: Colorado de Abangares. Objeto: específicamente a la cría, engorde y desarrollo de ganado vacuno, porcino y caballar. Capital social: un millón de colones, representado por mil acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una. Presidenta: Teresa Gamboa Soto.—San Ramón, 29 de marzo del 2007.—Lic. Oki Emilio Rojas Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 14631.—(28849).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima Stargaming Internacional.—San José, 28 de marzo del 2007.—Lic. Maricruz Villasuso Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 14632.—(28850).
En escritura otorgada ante mi notaría, se constituyó la sociedad anónima domiciliada en Curridabat denominada Corporación Tarkus S.A., que designa a Eberth Luis Wa Chong Zambrana como su presidente y cuenta con un capital social de cien mil colones.—Lic. Federico Mata Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 14634.—(28851).
En escritura otorgada ante mi notaría, se constituyó la sociedad anónima domiciliada en Puntarenas denominada Propiedades Pangea de Costa Rica S. A., que designa a Anthi E. Manolakis Mouzourakis como su presidenta y cuenta con un capital social de diez mil colones.—Lic. Federico Mata Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 14635.—(28852).
Ante mí, Alejandra Villalobos Meléndez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Econegocios Puesto de Bolsa de Comercio Sociedad Anónima, modificando la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Alejandra Villalobos Meléndez, Notaria.—1 vez.—Nº 14636.—(28853).
Ante mí, Alejandra Villalobos Meléndez, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporación Agrobursátil -Puesto de Bolsa- Sociedad Anónima, modificando la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Alejandra Villalobos Meléndez, Notaria.—1 vez.—Nº 14637.—(28854).
Simone Krueger y Juan Antonio Morales Saborío, constituyen la sociedad denominada Krueger S. A., de la cual los mismos tendrán la representación judicial y extrajudicial. Ante esta notaría, a diez horas del día veintitrés de febrero del dos mil siete, con un capital social de diez mil colones.—Alajuela, veintidós de marzo del dos mil siete.—Lic. Miriam Chacón Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 14638.—(28855).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las dieciocho horas del veintinueve de marzo del dos mil siete, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Mauricio RMV y Asociados Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula octava, y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, treinta de marzo del dos mil siete.—Lic. Esteban Zúñiga Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 14642.—(28856).
Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas del día veintinueve de marzo del dos mil siete, ante la notaria Laura Zumbado Loría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Cosmoagro Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo del domicilio, ubicándose éste en San José, avenida diez, calles trece y quince. Es todo.—San José, veintinueve de marzo del dos mil siete.—Lic. Laura Zumbado Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 14647.—(28857).
Mediante escritura otorgada ante mí, el día siete de marzo del dos mil siete, se constituyó la siguiente sociedad New Edge Cosmetics Sociedad Anónima. El plazo social es de cien años, el capital social es la suma de un millón de colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de cien mil colones cada una. Será el presidente quien ostentará la representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, treinta de marzo del dos mil siete.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 14646.—(28858).
Mediante escritura otorgada ante mí, el día nueve de marzo del dos mil siete, se constituyó la siguiente sociedad Great American Shoes Sociedad Anónima. El plazo social es de cien años, el capital social es la suma de doscientos cincuenta mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de veinticinco mil colones cada una. Será el presidente quien ostentará la representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San José, treinta de marzo del dos mil siete.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 14647.—(28859).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizan los acuerdos de asamblea extraordinaria de accionistas de la empresa Vistas Piedra Ballena Sociedad Anónima, donde se reforma las cláusulas segunda, sexta, se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 14648.—(28860).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Torres Modulares Sociedad Anónima, por un plazo social de 99 años, con un capital social de diez mil colones exactos, representados por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Cartago, veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. Mario Redondo Poveda, Notario.—1 vez.—Nº 14649.—(28861).
Mediante escritura número dieciocho, otorgada a las once horas cuarenta y cinco minutos del día veintisiete de marzo del dos mil siete, visible al folio veintitrés vuelto del tomo segundo de mi protocolo, se reforman los estatutos y se nombra junta directiva de Entorno Marino E Y M Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta mil ciento setenta.—Alajuela, veintisiete de marzo del dos mil siete.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 14652.—(28862).
Mediante escritura número diecisiete, otorgada a las once horas veinticuatro minutos del día veintisiete de marzo del dos mil siete, visible al folio veintidós vuelto del tomo segundo de mi protocolo, se reforman los estatutos y se nombra junta directiva de Paisajes Tropicales P Y T Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y un mil ochenta y nueve.—Alajuela, veintisiete de marzo del dos mil siete.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 14653.—(28863).
Mediante escritura número diecinueve, otorgada a las trece horas cincuenta y un minutos del día veintisiete de marzo del dos mil siete, visible al folio veinticinco frente del tomo segundo de mi protocolo, se reforman los estatutos y se nombra junta directiva de P Y P Paisaje de Playa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y nueve mil cuatrocientos setenta y tres.—Alajuela, veintisiete de marzo del dos mil siete.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 14654.—(28864).
La suscrita notaria hace constar que mediante escritura número noventa y tres del tomo tercero de mi protocolo, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Especiales de Costa Rica Inverco Sociedad Anónima, en la cual se realizaron cambios en la junta directiva. Es todo.—San José, treinta de marzo del dos mil siete.—Lic. Cindy Cascante Carmona, Notaria.—1 vez.—Nº 14655.—(28865).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Nicias Villa Cuatrocientos Veinticinco Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula segunda del domicilio, y cláusula sexta de la administración, se conoció de renuncia y se realizaron nuevos nombramientos. Escritura otorgada en San José, a las 19:00 horas del veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 14656.—(28866).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día miércoles 28 de febrero del 2007, se constituyó la sociedad denominada EQ Solutions-Inteligencia Empresarial S. A. Capital social: enteramente suscrito y pagado. Representación: presidente y secretaria. Domicilio: Sabana Sur, San José.—San José, 28 de marzo del 2007.—Lic. Evelyn Granados Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 14657.—(28867).
Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 10:00 horas del día 27 de marzo del 2007, de la sociedad Inmobiliaria Uribe & Chavarría Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula de la razón social, representación y se nombra tesorero y secretaria.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1 vez.—Nº 14658.—(28868).
El suscrito notario hace constar que en mi oficina, se constituyó la sociedad denominada Isengard S. A., con un capital de diez mil colones, quedando como presidenta la señora Francela Carrillo Badilla.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Guillermo Barrantes Vega, Notario.—1 vez.—Nº 14659.—(28869).
Por escritura número cuatro-tres, otorgada ante mí, a las once horas treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Arrienda Hacienda Inmobiliaria Plaza Reforma S.T.S S.A.S.A., por la que se modifica la cláusula primera del nombre denominándose: Inversiones Bechave S. A. Además se acuerda modificar la cláusula segunda del domicilio, la cuarta de la administración. Se conoce, aprueba y acepta la renuncia presentada por el presidente, el secretario, el tesorero y el fiscal de la junta directiva, y se hace un nuevo nombramiento. Se acuerda nombrar nuevo agente residente. Corresponde la representación: presidente.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—Nº 14660.—(28870).
Por medio de escritura otorgada al ser las once horas del día veintiséis de marzo del dos mil siete, ante el notario público Franklin Ariel Montero Blanco, por medio de protocolización de acta de asamblea extraordinaria de socios, se acordó reformar la cláusula novena de la sociedad de esta plaza Property Holding Company of Costa Rica Number Two Sociedad Anónima.—San José, treinta de marzo del dos mil siete.—Lic. Franklin Ariel Montero Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 14668.—(28871).
Por medio de escritura otorgada al ser las diecisiete horas del día veintiséis de marzo del dos mil siete, ante el notario público Franklin Ariel Montero Blanco, por medio de protocolización de acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios, se acordó reformar las cláusula sexta de la sociedad de esta plaza Fall Beautiful River of Guanacaste ABC Sociedad Anónima.—San José, treinta de marzo del dos mil siete.—Lic. Franklin Ariel Montero Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 14669.—(28872).
Por medio de escritura otorgada al ser las nueve horas del día treinta de marzo del dos mil siete, ante el notario público Franklin Ariel Montero Blanco, por medio de protocolización de acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios, se acordó reformar la cláusula sexta de la sociedad de esta plaza Rolling on Paradise River Corporation Limited Sociedad Anónima.—San José, treinta de marzo del dos mil siete.—Lic. Franklin Ariel Montero Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 14670.—(28873).
Por medio de escritura otorgada al ser las ocho horas del día treinta de marzo del dos mil siete, ante el notario público Franklin Ariel Montero Blanco, por medio de protocolización de acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios, se acordó reformar la cláusula sexta de la sociedad de esta plaza Fall River Red Corporation Limited SCAV Sociedad Anónima.—San José, treinta de marzo del dos mil siete.—Lic. Franklin Ariel Montero Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 14671.—(28874).
Por escritura número ciento dos, se protocolizó acta de accionistas de Jicara Cumba Sociedad Anónima, se reforma cláusula de junta directiva.—Liberia, 16 de marzo del 2007.—Lic. Aida María Montiel Hector, Notaria.—1 vez.—Nº 14672.—(28875).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a las 8:00 horas del 16 de marzo del 2007, se reformó las cláusulas primera: del nombre y segunda: del domicilio, de la sociedad E.R.B. Inversiones S. A., actualmente R.G. Bell Properties S. A., se nombró secretario, tesorero y fiscal.—San José, 26 de marzo del 2007.—Lic. Flor Arroyo Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 14676.—(28876).
Ante la notaria pública Gisella Gutiérrez Zúñiga, el día veintinueve de marzo del dos mil siete, a las veintidós horas, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima Valle Escondido Solares del Este, en la que se reformó la cláusula I y la B, del pacto constitutivo, referente a la junta directiva y al domicilio social.—San José, veintinueve de marzo del dos mil siete.—Lic. Gisella Gutiérrez Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 14677.—(28877).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las ocho horas, se constituyó la sociedad de esta plaza The Seahorses From Cuajiniquil Sociedad Anónima, abreviada en su aditamento S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Domiciliada en San José, Cinco Esquinas de Tibás, de los Buses Caribeños cuatrocientos norte y trescientos este, Apartamentos Ávila, seis B. Objeto: el ejercicio pleno del comercio en general, siendo la principal, comercio. Capital social: íntegramente pagado. Presidente: Arthur Arnold Christinsen, y tesorero: Francis Russel Leckie, de único apellido en razón de su nacionalidad canadiense, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, treinta de marzo del dos mil siete.—Lic. Ilse González Menéndez, Notaria.—1 vez.—Nº 14678.—(28878).
Por escritura trescientos treinta, del 22 de marzo del 2007, otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Corven S. A. Presidente: Mauricio Cortés Ruiz. Capital social: diez mil colones.—Lic. Johnny Alexander Garbanzo Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 14680.—(28879).
Por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil siete, ante los notarios Lorna Truque Arias y Édgar Alberto Arroyo Quesada, los señores Álvarez y Marín Corporación Sociedad Anónima y Antonio Álvarez Desanti, constituyeron la sociedad denominada Bananera Jamaica Sociedad Anónima. Presidente: Antonio Álvarez Desanti.—San José, veintisiete de marzo del dos mil siete.—Lic. Édgar Alberto Arroyo Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 14682.—(28880).
Escritura número doscientos noventa y dos, se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad J & G Importaciones Sociedad Anónima.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. Ernesto Torres Torres, Notario.—1 vez.—Nº 14689.—(28881).
Ante esta notaría, comparecieron Manuel Alvarado Coto, cédula de identidad número tres-ciento cuarenta y cuatro-seiscientos noventa y uno, Roldan Alvarado Gamboa, cédula de identidad número siete-cero setenta y siete-novecientos cincuenta y ocho, y constituyeron la sociedad Inversiones Rolicar Sociedad Anónima. Presidente: Manuel Alvarado Coto. Domicilio: Limón, cien metros sur del Cementerio de la Alegría, Siquirres. Es todo.—Heredia, veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. Yajaira Padilla Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 14690.—(28882).
Mediante escritura otorgada a las once horas del día veintisiete de marzo del dos mil siete, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general de la sociedad Inversiones y Desarrollos Inmobiliarios La Gran Frontera del Sur S. A., en la que se sustituye miembro de la junta directiva nombrando presidente a: Marvin Masís Gamboa, cédula de identidad número uno-cuatro siete dos-uno cinco cero.—San José, veintinueve de marzo del dos mil siete.—Lic. Gerardo Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 14703.—(28883).
Mediante escritura otorgada a las trece horas del día veintisiete de marzo del dos mil siete, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general de la sociedad Inversiones y Desarrollos Inmobiliarios Pilares de la Costa S. A., en la que se sustituye miembro de la junta directiva nombrando presidente a: Marvin Masís Gamboa, cédula de identidad número uno-cuatro siete dos-uno cinco cero.—San José, veintinueve de marzo del dos mil siete.—Lic. Gerardo Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 14704.—(28884).
Mediante escritura otorgada a las nueve horas del día veintisiete de marzo del dos mil siete, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general de la sociedad Inversiones Inmobiliarias Proyecto Masimas y Asociados del Sur S. A., en la que se sustituye miembro de la junta directiva nombrando presidente a: Miguel Masís Gamboa, cédula de identidad número uno-cuatro nueve nueve-ocho tres siete.—San José, veintinueve de marzo del dos mil siete.—Lic. Gerardo Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 14705.—(28885).
Mediante escritura otorgada a las once horas del día veintinueve de marzo del dos mil siete ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general de la sociedad Gómez Investment Enterprisess S. A., en la que se sustituye miembros de la junta directiva nombrando secretaria a: Maggie Gloria Soriano, pasaporte estadounidense número cero cuatro seis ocho siete cuatro nueve seis tres; tesorero a: Juan Antonio Gómez, certificado de ciudadanía estadounidense número uno uno seis ocho nueve uno cuatro tres; fiscal: Arlyn Gómez, pasaporte estadounidense número tres cero ocho dos siete cinco dos siete siete.—San José, treinta de marzo del dos mil siete.—Lic. Gerardo Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 14706.—(28886).
Mediante escritura número doscientos cincuenta y uno de esta notaría, se constituyó la compañía Comercializadora Oro Verde Café de Costa Rica Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años desde su constitución y con capital social de diez mil colones exactos, sociedad constituida por el señor Adriano dell Orsi y Marlon Padilla Romero. Presidente: Adriano dell Orsi. Es todo.—San José, marzo del 2007.—Ileana María Arguedas Maklouf, Notaria.—1 vez.—Nº 14708.—(28887).
Por escritura otorgada en esta notaría a las nueve horas, treinta minutos del veintinueve de marzo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Cryingpoker Sociedad Anonima. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Presidente: representante judicial y extrajudicial.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 14710.—(28888).
Por escritura otorgada en esta notaría a las nueve horas, treinta minutos del veintinueve de marzo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Tenballs Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Presidente: representante judicial y extrajudicial.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 14711.—(28889).
Por escritura otorgada en esta notaría a las ocho horas, treinta minutos del veintinueve de marzo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Webcorpinc Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Presidente: representante judicial y extrajudicial.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 14712.—(28890).
Que por escritura número sesenta y cinco, visible al folio sesenta y seis frente, del tomo doce de protocolo del suscrito notario, otorgada a las ocho horas del veintinueve de marzo del dos mil siete, la sociedad Sports Fishing Sociedad Anónima, modifica las cláusulas cuarta y novena de la sociedad. Es todo.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. Ronald Blair Houston Mahon, Notario.—1 vez.—Nº 14713.—(28891).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del treinta de marzo del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Into The Great Wide Open Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y nueve mil veinticinco, mediante la cual se reformaron las cláusulas primera, segunda y vigencia quinta, de los estatutos referentes al nombre, domicilio, representación y el capital de la sociedad como también la junta directiva de la sociedad. Es todo.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Roberto José Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—Nº 14715.—(28892).
Por escritura otorgada a las diez horas del treinta de marzo del dos mil siete, se constituye la sociedad Gig in the Sky (Costa Rica) Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Mario Enrique Pacheco Loáiza, Notario.—1 vez.—Nº 14717.—(28893).
Edicto mediante escritura 207 de las ocho horas del veinte de febrero del dos mil siete, Corpotacion Deidad Akul S. A. modificó su nombre a Jack Pot Vista Inc Limitada.—San José, a las nueve horas del 28 de febrero del 2007.—Lic. América Zeledón C., Notaria.—1 vez.—Nº 14718.—(28894).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 28 marzo del 2007, se constituye la sociedad Outsourcing Services Río Limitada.—Lic. Daniel de la Garza Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº 14719.—(28895).
Por escritura otorgada ante este notario, a las 8:00 horas del 28 de marzo del 2007, se protocoliza acta asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones M-V Agrippa Sociedad Anónima. Se acuerdan incluir la cláusula undécima a los estatutos sociales, se conocen y se aceptan las renuncias de sus cargos hacen los miembros de la junta directiva y del fiscal y se realiza los nuevos nombramientos.—Lic. Daniel Alberto de la Garza Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº 14720.—(28896).
Ante esta notaría a las 8:00 horas del 30 de marzo del año 2007, se constituyó la sociedad denominada GBBO Limited GLSA Sociedad Anónima. Duración 100 años. Domicilio: San José. Capital social: cien colones. Presidente representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Marielos Meléndez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 14721.—(28897).
Por escritura otorgada ante este notario a las dieciséis horas del día veintinueve de marzo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Kadima Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Coronado, San Francisco, del Bar San Blas cincuenta metros al este, casa número seis. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones exactos. Presidente: Rigoberto Corrales Vargas.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Róger Morales Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 14724.—(28898).
Por escritura otorgada ante este notario a las once horas, del día veintiséis de marzo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Imprenta y Litografía Soluciones Gráficas Sociedad Anónima. Domicilio social: Cartago, Guadalupe, residencial El Rey, bloque M, casa número treinta y nueve. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: ciento veinte mil colones exactos. Presidente: Juan Carlos Rojas Mora.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Róger Morales Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 14725.—(28899).
En mi notaría, ubicada en Heredia, a las dieciséis horas del veintiocho de enero del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Realeden S. A., cuyo domicilio esta en la ciudad de Heredia, San Joaquín, cuatrocientos metros norte y veinticinco metros este, de Autos los Amigos, apartamento número cinco. Presidente: Merari Rebeca Mendoza Alfaro. Vicepresidente: César Vargas Solís, secretaria: Febe Mendoza Alfaro, tesorera: Reina Ester Mendoza Alfaro. Capital social: diez mil colones sin céntimos.—Heredia, 23 de marzo del 2007.—Lic. Dorca Enríquez Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 14726.—(28900).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del día de hoy, se reforman las cláusulas primera, cuarta y sexta de los estatutos de la empresa Accesorios para Muebles Pablo S. A., se nombra junta directiva. Nuevo nombre: Deportes Técnicos Internacionales S. A. Presidente: Eduardo Fumero Loría.—San José, 28 de marzo del 2007.—Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 14729.—(28901).
Mediante escritura pública número trescientos setenta y cuatro - tres, otorgada a las diecisiete horas, quince minutos del veintisiete de marzo del dos mil siete ante la notaría del licenciado Maynor Gómez Goicoechea, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada. Constructora Macondo Pacífico Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución y con un capital social de diez millones de colones, domicilio social Puntarenas, Corredores Ciudad Neily, La Florida, campo dos y medio, mil trescientos metros suroeste de la escuela de Campo dos y medio.—San José, 27 de marzo del 2007.—Lic. Maynor Gómez Goicoechea, Notario.—1 vez.—Nº 14730.—(28902).
Que mediante escritura número ochenta y uno del tomo primero de este Notario, se protocolizó el acta número uno de la sociedad Cabaña de Sacramento S. A. Con cambio de domicilio y representación social.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Dennis León Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 14731.—(28903).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 12:00 horas del 30 de marzo del 2007, se protocolizó acta mediante la cual se modificó la cláusula octava del pacto social de Lomas del Manu Sociedad Anónima.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Iris Mora Jiménez, Notaria.—1 vez.—(28993).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 30 de marzo del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad, Bosques del Pacífico Tropical S. A. en la que se nombra secretario y tesorero, por el resto del plazo social.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Carlos Alberto Vargas Campos, Notario.—1 vez.—(29003).
Por escritura otorgada ante esta notaría, los señores Luis Diego Badilla Ibarra, Robert Vicent Mullins González, Víctor Julio Alvarado Bermúdez y Víctor Julio Alvarado Vargas, constituyeron la sociedad anónima denominada Adrómeda Asesores de Marca S. A. Domicilio: Rohrmoser Pavas, San José. Presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos. Presidente: Luis Diego Badila Ibarra. Tesorero: Víctor Julio Alvarado Bermúdez.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Carlos Alberto Vargas Campos, Notario.—1 vez.—(29004).
Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 31 marzo del 2007, que es protocolización de acuerdos tomados en asambleas generales extraordinarias de accionistas y cuotitas de la compañía Cable Chorotega Sociedad Anónima y Dodona Sociedad de Responsabilidad Limitada respectivamente, por las cuales se acuerda la fusión de dichas sociedades, prevaleciendo la sociedad Dodona SRL. Se reforman las cláusulas quinta y décima y se nombra nuevo agente residente. Misma fecha.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—(29043).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 29 marzo del 2007, que es protocolización de acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de cuotitas de la compañía Otoche Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se reforma la cláusula segunda y se nombra nuevo gerente general y agente residente. Misma fecha.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—(29044).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 31 marzo del 2007, que es protocolización de acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Tapajos Dos Mil Seis Sociedad Anónima. Se reforman las cláusulas segunda y sexta. Se nombra nuevo presidente. Misma fecha.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—(29045).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:45 horas del 31 marzo 2007, que es protocolización de acuerdos tomados en asamblea generales extraordinaria de cuotitas de la compañía Ángel Guerra Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se reforma la cláusula décima y se nombra nuevo agente residente. Misma fecha.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—(29046).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, de las dieciséis horas con cuarenta minutos del treinta y uno de marzo del año dos mil siete, se constituye la sociedad: Servicios de Vigilancia Privada CORPÉZUN Sociedad Anónima. Presidente: Olman Humberto Cordero Peraza.—Lic. Consuelo Méndez Marchena, Notaria.—1 vez.—(29048).
La suscrita notaria Xinia Arias Naranjo, hace constar que ante esta notaría, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Life on the Ocean S. A., con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaía.—Ciudad Cortés, 29 de marzo del 2007.—Lic. Xinia Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—(29103).
La suscrita notaria Xinia Arias Naranjo, hago constar que ante esta se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de las siguientes sociedades: Eternal Life in the Tropic S. A., Smiling to Natuire S. A., Rainbow Fish S. A., Happy Alligátor S. A., Harmony in Paradise S.A., todas con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaía. Asimismo se constituyeron las siguientes sociedades anónimas: Paisaje de Estrellas S. A., Naturaleza Virgen S.A., Cruzando El Horizonte S. A., Mi Hogar en La Costa S. A. todas con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaía.—Ciudad Cortés, 29 de marzo del 2007.—Lic. Xinia Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—(29105).
Ante la suscrita notaria Kerling Araya Madrigal, se constituyó la sociedad que se denominará Agumer Limitada, domiciliada doscientos metros al este de la escuela de La Unión de Sabalito, Coto Brus, Puntarenas.—Sabalito, Coto Brus, a las 8:00 horas del 26 de marzo del 2007.—Lic. Kerling Araya Madrigal, Notaria.—1 vez.—(29106).
Por escritura número doscientos trece de las ocho horas del día veinte de marzo del dos mil siete, otorgada ante los licenciados Verónica Jiménez Chacón y Santiago Herrera Quirós; Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, veinte de marzo del dos mil siete.—Lic. Santiago Herrera Quirós, Notario.—1 vez.—(29110).
Por escritura número doscientos veintiocho-dos, de las dieciséis horas del día veinte de marzo del dos mil siete. Otorgada ante la licenciadas Daniela Leitón Castillo y Verónica Jiménez Chacón; Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, dos de abril del dos mil siete.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—(29111).
Por escritura número doscientos catorce de las ocho horas treinta minutos del día veinte de marzo del dos mil siete, otorgada ante los licenciados Verónica Jiménez Chacón y Santiago Herrera Quirós; Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, veinte de marzo del dos mil siete.—Lic. Santiago Herrera Quirós, Notario.—1 vez.—(29112).
Por escritura número trescientos veintisiete-dos, de las veintidós horas y diez minutos del día veinte de marzo del dos mil siete. Otorgada ante la licenciada Daniela Leitón Castillo; Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, dos de abril del dos mil siete.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—(29113).
Por escritura número doscientos quince de las nueve horas del día veinte de marzo del dos mil siete. Otorgada ante los licenciados Verónica Jiménez Chacón y Santiago Herrera Quirós; Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, veinte de marzo del dos mil siete.—Lic. Santiago Herrera Quirós, Notario.—1 vez.—(29114).
Por escritura número doscientos dieciséis de las nueve horas treinta minutos del día veinte de marzo del dos mil siete, otorgada ante los licenciados Verónica Jiménez Chacón y Santiago Herrera Quiró; Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, veinte de marzo del dos mil siete.—Lic. Santiago Herrera Quirós, Notario.—1 vez.—(29115).
Por escritura número trescientos veintiséis-dos, de las veintidós horas del día veinte de marzo del dos mil siete. Otorgada ante la licenciada Daniela Leitón Castillo; Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, dos de abril del dos mil siete.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—(29116).
Por escritura número doscientos diecisiete de las diez horas del día veinte de marzo del dos mil siete. Otorgada ante los licenciados Verónica Jiménez Chacón y Santiago Herrera Quirós; Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, veinte de marzo del dos mil siete.—Lic. Santiago Herrera Quirós, Notario.—1 vez.—(29117).
Por escritura número trescientos veinticinco-dos, de las veintiún horas y treinta minutos del día veinte de marzo del dos mil siete. Otorgada ante la licenciada Daniela Leitón Castillo; Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, dos de abril del dos mil siete.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—(29118).
Por escritura número doscientos dieciocho de las diez horas treinta minutos del día veinte de marzo del dos mil siete. Otorgada ante los licenciados Verónica Jiménez Chacón y Santiago Herrera Quirós. Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad, constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, veinte de marzo del dos mil siete.—Lic. Santiago Herrera Quirós, Notario.—1 vez.—(29119).
Por escritura número trescientos veinticuatro-dos, de las veintiún horas del día veinte de marzo del dos mil siete. Otorgada ante la licenciada Daniela Leitón Castillo, Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad, constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, dos de abril del dos mil siete.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—(29120).
Por escritura número doscientos diecinueve de las once horas del día veinte de marzo del dos mil siete, Otorgada ante los licenciados Verónica Jiménez Chacón. Santiago Herrera Quirós, Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad, constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, veinte de marzo del dos mil siete.—Lic. Santiago Herrera Quirós, Notario.—1 vez.—(29121).
Por escritura número trescientos veintitrés-dos, de las veinte horas y treinta minutos del día veinte de marzo del dos mil siete. Otorgada ante la licenciada Daniela Leitón Castillo. Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad. constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, dos de abril del dos mil siete.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—(29122).
Por escritura número doscientos veinte de las once horas treinta minutos del día veinte de marzo del dos mil siete. Otorgada ante los licenciados Verónica Jiménez Chacón y Santiago Herrera Quirós. Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad, constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, veinte de marzo del dos mil siete.—Lic. Santiago Herrera Quirós, Notario.—1 vez.—(29123).
Por escritura número trescientos veintidós-dos, de las veinte horas del día veinte de marzo del dos mil siete. Otorgada ante la licenciada Daniela Leitón Castillo. Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad, constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, dos de abril del dos mil siete.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—(29124).
Por escritura número doscientos veintiuno de las doce horas del día veinte de marzo del dos mil siete, Otorgada ante los licenciados Verónica Jiménez Chacón y Santiago Herrera Quirós. Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad, constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, veinte de marzo del dos mil siete.—Lic. Santiago Herrera Quirós, Notario.—1 vez.—(29125).
Por escritura número trescientos veintiuno-dos, de las diecinueve horas y treinta minutos del día veinte de marzo del dos mil siete. Otorgada ante la licenciada Daniela Leitón Castillo. Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad, constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, dos de abril del dos mil siete.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—(29126).
Por escritura número doscientos veintidós de las doce horas treinta minutos del día veinte de marzo del dos mil siete. Otorgada ante los licenciados Verónica Jiménez Chacón y Santiago Herrera Quirós. Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad, constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, veinte de marzo del dos mil siete.—Lic. Santiago Herrera Quirós, Notario.—1 vez.—(29127).
Por escritura número trescientos veinte-dos, de las diecinueve horas diecinueve de marzo del dos mil siete. Otorgada ante la licenciada Daniela Leitón Castillo. Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad, constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, dos de abril del dos mil siete.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—(29128).
Por escritura número doscientos veintitrés de las trece horas del día veinte de marzo del dos mil siete, Otorgada ante los licenciados Verónica Jiménez Chacón y Santiago Herrera Quirós. Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad, constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, veinte de marzo del dos mil siete.—Lic. Santiago Herrera Quirós, Notario.—1 vez.—(29129).
Por escritura número trescientos diecinueve-dos, de las dieciocho horas y treinta minutos diecinueve de marzo del dos mil siete. Otorgada ante la licenciada Daniela Leitón Castillo; Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, dos de abril del dos mil siete.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—(29130).
Por escritura número doscientos veinticuatro de las trece horas treinta minutos del día veinte de marzo del dos mil siete. Otorgada ante los licenciados Verónica Jiménez Chacón y Santiago Herrera Quirós; Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, veinte de marzo del dos mil siete.—Lic. Santiago Herrera Quirós, Notario.—1 vez.—(29131).
Por escritura número doscientos veinticinco de las catorce horas del día veinte de marzo del dos mil siete. Otorgada ante los licenciados Verónica Jiménez Chacón y Santiago Herrera Quirós; Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, veinte de marzo del dos mil siete.—Lic. Santiago Herrera Quirós, Notario.—1 vez.—(29132).
Por escritura número trescientos dieciocho-dos, de las dieciocho horas y veinte minutos diecinueve de marzo del dos mil siete. Otorgada ante la licenciada Daniela Leitón Castillo; Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, dos de abril del dos mil siete.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—(29133).
Por escritura número doscientos veintiséis de las catorce horas treinta minutos del día veinte de marzo del dos mil siete. Otorgada ante los licenciados Verónica Jiménez Chacón y Santiago Herrera Quirós; Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, veinte de marzo del dos mil siete.—Lic. Santiago Herrera Quirós, Notario.—1 vez.—(29134).
Por escritura número trescientos diecisiete-dos de las dieciocho horas y diez minutos del día diecinueve de marzo del dos mil siete. Otorgada ante los licenciada Daniela Leitón Castillo; Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, dos de abril del dos mil siete.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—(29135).
Por escritura número doscientos veintisiete de las quince horas del día veinte de marzo del dos mil siete. Otorgada ante los licenciados Verónica Jiménez Chacón y Santiago Herrera Quirós; Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, veinte de marzo del dos mil siete.—Lic. Santiago Herrera Quirós, Notario.—1 vez.—(29136).
Por escritura número trescientos dieciséis-dos de las dieciocho horas del día diecinueve de marzo del dos mil siete. Otorgada ante la licenciada Daniela Leitón Castillo; Jessenia _Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, dos de abril del dos mil siete.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—(29137).
Por escritura número trescientos quince-dos de las diecisiete horas y cincuenta minutos del día diecinueve de marzo del dos mil siete. Otorgada ante la licenciada Daniela Leitón Castillo; Jessenia _Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, al ser las nueve horas cuarenta minutos del día dos de abril del dos mil siete.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—(29138).
Por escritura número trescientos catorce-dos de las diecisiete horas y cuarenta minutos del día diecinueve de marzo del dos mil siete. Otorgada ante la licenciada Daniela Leitón Castillo, las señoras Jessenia Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, al ser las nueve horas cuarenta minutos del día dos de abril del dos mil siete.—Lic. Daniela Leitón Castillo, Notaria.—1 vez.—(29139).
Por escritura número sesenta y uno-dos de las diecisiete horas diez minutos del día dieciocho de marzo del dos mil siete. Otorgada ante licenciado José Alfonso Ruiz Hidalgo. Jessenia _Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad, constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, al ser las trece horas del día veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29142).
Por escritura número sesenta y dos-dos de las diecisiete horas quince minutos del día dieciocho de marzo del dos mil siete. Otorgada ante licenciado José Alfonso Ruiz Hidalgo. Jessenia _Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad, constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, al ser las trece horas cinco minutos del día veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29143).
Mediante escritura número ochenta y uno-dos ante el notario
José Alfonso Ruiz Hidalgo, la sociedad Mundo Feliz Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y nueve mil cuatrocientos
tres, modifica las cláusulas tercera y sexta de su pacto
constitutivo.—Alajuela, veintinueve de marzo de dos mil siete.—Lic. José
Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29144).
Mediante escritura número ochenta y seis-dos ante el notario José Alfonso Ruiz Hidalgo, la sociedad Mimada Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero once mil ochocientos ochenta y cinco, modifica las cláusulas primera y quinta de su pacto constitutivo.—Alajuela, veintinueve de marzo de dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29145).
Por escritura número sesenta y tres-dos de las diecisiete horas del veinte minutos del día dieciocho de marzo del dos mil siete. Otorgada ante licenciado José Alfonso Ruiz Hidalgo. Jessenia _Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad, constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, al ser las trece horas cinco minutos del día veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29146).
Mediante escritura número ochenta y cinco-dos ante el notario José Alfonso Ruiz Hidalgo, la sociedad María Fernanda Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y dos mil ochocientos cincuenta y seis, modifica las cláusulas segunda y sétima de su pacto constitutivo.—Alajuela, veintinueve de marzo de dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29147).
Por escritura número sesenta y cuatro-dos de las diecisiete horas veinticinco minutos del día dieciocho de marzo del dos mil siete. Otorgada ante licenciado José Alfonso Ruiz Hidalgo. Jessenia _Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad, constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, al ser las trece horas quince minutos del día veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29148).
Mediante escritura número ochenta y cuatro-dos ante el notario José Alfonso Ruiz Hidalgo, la sociedad Fernando Heriberto Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y cuatro mil cuatrocientos veinte, modifica las cláusulas segunda y sétima de su pacto constitutivo.—Alajuela, veintinueve de marzo de dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29149).
Por escritura número sesenta y cinco-dos de las diecisiete horas treinta minutos del día dieciocho de marzo del dos mil siete. Otorgada ante licenciado José Alfonso Ruiz Hidalgo. Jessenia _Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad, constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, al ser las trece horas veinte minutos del día veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29150).
Mediante escritura número ochenta y tres-dos ante el notario José Alfonso Ruiz Hidalgo, la sociedad Río Caudaloso Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y nueve mil doscientos cuarenta, modifica las cláusulas tercera y sexta de su pacto constitutivo.—Alajuela, veintinueve de marzo del dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29151).
Por escritura número sesenta y seis-dos de las diecisiete horas treinta y cinco minutos del día dieciocho de marzo del dos mil siete. Otorgada ante el licenciado José Alfonso Ruiz Hidalgo. Jessenia _Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen Sociedad Anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, al ser las trece horas veinticinco minutos del día veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29152).
Mediante escritura número ochenta y dos-dos ante el notario José Alfonso Ruiz Hidalgo, la sociedad El Avestruz de Alajuela Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y seis mil seiscientos setenta y tres, modifica las cláusulas tercera y sexta de su pacto constitutivo.—Alajuela, veintinueve de marzo del dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29153).
Por escritura número sesenta y siete-dos de las diecisiete horas cuarenta minutos del día dieciocho de marzo del dos mil siete. Otorgada ante el licenciado José Alfonso Ruiz Hidalgo. Jessenia _Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, al ser las trece horas treinta minutos del día veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29154).
Mediante escritura número ochenta y siete-dos ante el notario José Alfonso Ruiz Hidalgo, la sociedad El Caballo Andaluz Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y cinco mil trescientos cincuenta y uno, modifica las cláusulas tercera y sexta de su pacto constitutivo.—Alajuela, veintinueve del marzo de dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29155).
Por escritura número sesenta y ocho-dos de las diecisiete horas cincuenta minutos del día dieciocho de marzo del dos mil siete. Otorgada ante el licenciado José Alfonso Ruiz Hidalgo. Jessenia _Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, al ser las trece horas treinta y cinco minutos del día veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29156).
Por escritura número sesenta y nueve dos de las dieciocho horas del día dieciocho de marzo del dos mil siete. Otorgada ante el licenciado José Alfonso Ruiz Hidalgo. Jessenia _Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, al ser las trece horas cuarenta minutos del día veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29157).
Por escritura número setenta dos de las dieciocho horas cinco minutos del día dieciocho de marzo del dos mil siete. Otorgada ante el licenciado José Alfonso Ruiz Hidalgo. Jessenia _Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, al ser las trece horas cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29158).
Por escritura número setenta y uno-dos de las dieciocho horas diez minutos del día dieciocho de marzo del dos mil siete. Otorgada ante el licenciado José Alfonso Ruiz Hidalgo. Jessenia _Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, al ser las trece horas cincuenta minutos del día veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29159).
Por escritura número setenta y dos-dos de las dieciocho horas quince minutos del día dieciocho de marzo del dos mil siete. Otorgada ante el licenciado José Alfonso Ruiz Hidalgo. Jessenia _Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, al ser las trece horas cincuenta y cinco minutos del día veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29160).
Por escritura número setenta y tres-dos de las dieciocho horas veinte minutos del día dieciocho de marzo del dos mil siete. Otorgada ante licenciado José Alfonso Ruiz Hidalgo. Jessenia _Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad, constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, al ser las catorce horas del día veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29161).
Por escritura número setenta y cuatro-dos de las dieciocho horas treinta minutos del día dieciocho de marzo del dos mil siete. Otorgada ante licenciado José Alfonso Ruiz Hidalgo. Jessenia _Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad, constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, al ser las catorce horas cinco minutos del día veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29162).
Por escritura número setenta y cinco-dos de las dieciocho horas treinta y cinco minutos del día dieciocho de marzo del dos mil siete. Otorgada ante licenciado José Alfonso Ruiz Hidalgo. Jessenia _Arrieta Quesada y Adriana Jaramillo Abad, constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el registro según decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, al ser las catorce horas diez minutos del día veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. José Alfonso Ruiz Hidalgo, Notario.—1 vez.—(29163).
Se constituye las firmas de esta plaza Ewua Kulak Sociedad Anónima; Yunuenn Aunk Sociedad Anónima; Saiko Nattz Sociedad Anónima; Mirabia Avatar Sociedad Anónima; Raziel Siloe Sociedad Anónima; Keria Eidar Sociedad Anónima; Tzitxi Chaú Sociedad Anónima; Baiam Quitze Sociedad Anónima;: Aketsali Lluví Sociedad Anónima, Yaireri Aguid Sociedad Anónima. Capital social: Cien mil colones. Plazo: Cien años. Presidenta: María Cristina Solano Mora. Agente Residente: Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo.—San José, 3 de abril año 2007.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—(29185).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón a las diez horas con quince minutos del día veintiocho de marzo del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Villa los Fantasmas Locos Sociedad Anónima, por medio de la cual se sustituyen a los miembros de la Junta Directiva, se nombra nueva Junta Directiva, se revoca el nombramiento del Fiscal, se nombra nuevo Fiscal, se crea la cláusula décimo primera y se nombra agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, 28 de marzo del año 2007.—Lic. María Catalina Garro Mora, Notaria.—1 vez.—(29193).
Por medio de escritura otorgada en San Isidro del General de Pérez Zeledón a las quince horas con treinta minutos del diecinueve de marzo del dos mil siete. Se constituyó la sociedad denominada Ultimate Dreams Paradise CR Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia de San José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro, exactamente setenta y cinco metros oeste de Disco Centro, como presidente David Modansky.—20 de marzo del 2007.—Lic. Walter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—(29194).
Por medio de escritura otorgada en San Isidro del General de Pérez Zeledón a las diez horas del veintiséis de marzo del dos mil siete. Se constituyó la sociedad denominada Rojas Solano Servicios Contables Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia de San José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro, exactamente setenta y cinco metros oeste de Disco Centro, como presidente Randall Rojas Cubero.—26 de marzo del 2007.—Lic. Walter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—(29195).
Por medio de escritura otorgada en San Isidro del General de Pérez Zeledón a las diez horas con treinta minutos del seis del febrero del dos mil siete. Se constituyó la sociedad denominada Red Valley Mountains Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia de San José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro, setenta y cinco metros al oeste de Disco Centro, como presidente Rodolfo Herrera García.—27 de marzo del 2007.—Lic. Walter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—(29196).
Por escritura otorgada ante el notario público Fernando Solano Rojas en San José, a las 9:00 horas del 30 de marzo del 2007, se constituyó la sociedad anónima denominada Ciudad Papeete Cuajiniquil Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo social: 99 años a partir del 30 de marzo del 2007. Objeto: comercio, industria, ganadería, agricultura y a la prestación de servicios. Capital social: suscrito y pagado con dos letras de cambio. Representación: Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Alessandro Malaguti.—San José, 3 de abril del 2007.—Lic. Fernando Solano Rojas, Notario.—1 vez.—(29197).
Por escritura otorgada ante el Notario Público Fernando Solano Rojas en San José, a las 8:00 horas del 30 de marzo del año 2007, se constituyó la sociedad anónima denominada MA. WO. IN. Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo social: 99 años a partir del 30 de marzo del 2007. Objeto: comercio, industria, ganadería, agricultura y a la prestación de servicios. Capital social: Suscrito y pagado con dos letras de cambio. Representación: Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Alessandro Malaguti.—San José, 3 de abril del 2007.—Lic. Fernando Solano Rojas, Notario.—1 vez.—(29198).
Por escritura otorgada ante el Notario Público Fernando Solano Rojas en San José, a las 10:00 horas del 30 de marzo del año 2007, se constituyó la sociedad anónima denominada H2O Acqua Rica Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo social: 99 años a partir del 30 de marzo del 2007. Objeto: comercio, industria, ganadería, agricultura y a la prestación de servicios. Capital social: Suscrito y pagado con dos letras de cambio. Representación: Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Alessandro Malaguti.—San José, 3 de abril del 2007.—Lic. Fernando Solano Rojas, Notario.—1 vez.—(29199).
M & M Advisord Sociedad Anónima, modifica la cláusula segunda del Pacto Constitutivo, nombra secretario y tesorero de la Junta Directiva, y Fiscal. Escritura de protocolización autorizada por el Notario Nelson Gerardo Palacio Díaz-Granados.—San José, 9 de marzo del 2007.—Lic. Nelson Gerardo Palacio Díaz-Granados, Notario.—1 vez.—(29213).
Por escritura número ciento ochenta y dos, otorgada ante mí, el día treinta de marzo del dos mil siete, Fernando Quesada Calvo e Isabel Chávez Barboza constituyeron la sociedad anónima Central de Taxis Garabito S. A., cuya presidenta es Isabel Chávez Barboza.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. José Alberto Cabezas D., Notario.—1 vez.—(29222).
Por escritura de las 8:00 horas del 2 de abril del 2007, otorgada ante esta notaría pública se modifican las cláusula primera, segunda y octava del pacto social de Oaxaca Altos Trescientos Cinco S. A.—2 de abril del 2007.—Lic. Benjamín Gutiérrez Contreras, Notario.—1 vez.—(29249).
Ante mi notaría, en fecha tres de abril del dos mil siete, por medio de la escritura número sesenta y ocho se constituye la sociedad Inversiones Automovilísticas Belén Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones, domicilio en San Antonio de Belén, plazo noventa y nueve años, representante legal presidente.—San José, nueve de abril dos mil siete.—Lic. Rebeca Flores Loría, Notaria.—1 vez.—(29250).
Mediante escritura número cuatrocientos veinticuatro del tomo cuarto de los protocolos de la notaria Rocío Córdoba Cambronero, se constituye Froggys Corner Preschool and Day Care Center S. A. Escritura otorgada a las dieciséis horas del día dieciséis de marzo del año dos mil siete.—Lic. Rocío Córdoba Cambronero, Notaria.—1 vez.—(29253).
Por acta de asamblea general ordinaria, celebrada en sus instalaciones a las dieciocho horas del día veintiocho de marzo del año dos mil siete, de la Asociación de Protección y Conservación del Medio Ambiente y los Recursos Marinos SALUBRE S.O.S., se elige un nuevo vicepresidente, por el resto del período. Luis Alberto Castro Roque, Presidente. Yadira Rivas Blanco, Secretaria.—Lic. Carlos Fernández M., Notario.—1 vez.—(29255).
Ante esta notaría, mediante escritura setenta y cuatro de las veinte horas del treinta de marzo del dos mil siete, se constituyó una sociedad anónima, cuya denominación se realiza de acuerdo al artículo Dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno – J. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Guanacaste, cantón Carrillo, distrito Sardinal, Playas del Coco, Condominio El Pueblito número cinco. Capital: diez mil colones. Presidente: Maurizio Spagnoli.—San José 30 de marzo del 2007.—Lic. Ángel Moreno Barquero, Notario.—1 vez.—(29259).
Ante esta notaría, mediante escritura setenta y tres de las catorce horas del treinta de marzo del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Arcos del Sol Encantado S. A., mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y sétima y se hicieron nuevos nombramientos.—Guanacaste, 30 de marzo del 2007.—Lic. Ángel Moreno Barquero, Notario.—1 vez.—(29260).
Ante esta notaría, mediante escritura setenta y dos de las trece horas del treinta de marzo del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Sol de Ensueño S. A., mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y sétima y se hicieron nuevos nombramientos.—Guanacaste, 30 de marzo del 2007.—Lic. Ángel Moreno Barquero, Notario.—1 vez.—(29261).
Ante esta notaría, mediante escritura sesenta y nueve de las diecisiete horas del veintinueve de marzo del dos mil siete, se constituyó una sociedad anónima denominada Tropicana Relais Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, Domicilio: Guanacaste, cantón Carrillo, distrito Sardinal, de Playas del Coco, Condominio El Pueblito número cinco, capital: diez mil colones. Presidente: Enrico Roseo.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Ángel Moreno Barquero, Notario.—1 vez.—(29262).
Ante esta notaría, mediante escritura sesenta y cinco de las diez horas del veintisiete de marzo del dos mil siete, se constituyó una sociedad anónima, cuya denominación se realiza de acuerdo al artículo dos del decreto ejecutivo numero tres tres uno siete uno-J, Plazo: noventa y nueve años, Domicilio: Guanacaste, cantón Carrillo, distrito Sardinal, Playas del Coco, Condominio Morpho número dieciocho. Capital: Doce mil colones. Presidente: Paolo del Grande.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Ángel Moreno Barquero, Notario.—1 vez.—(29263).
Ante esta notaría, mediante escritura sesenta y cuatro de las nueve horas treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Dizzy & Duke Condo S. A., mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y octava y se hicieron nuevos nombramientos.—Guanacaste, 30 de marzo del 2007.—Lic. Ángel Moreno Barquero, Notario.—1 vez.—(29264).
Ante esta notaría, mediante escritura sesenta y dos de las ocho horas treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil siete, se constituyó una sociedad anónima, cuya denominación se realiza de acuerdo al artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno - J, Plazo: noventa y nueve años, Domicilio: Guanacaste, cantón Carrillo, distrito Sardinal, Playas del Coco, Condominio Morpho número once, Capital: Doce mil colones, Presidente: Massimo Cataldi.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Ángel Moreno Barquero, Notario.—1 vez.—(29265).
Ante esta notaría, mediante escritura sesenta y uno de las ocho horas del veintisiete de marzo del dos mil siete, se constituyó una sociedad anónima, cuya denominación se realiza de acuerdo al artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno - J, Plazo: noventa y nueve años, Domicilio: Guanacaste, cantón Carrillo, distrito Sardinal, Playas del Coco, Condominio Morpho número veinte. Capital: Diez mil colones, Presidente: Paolo del Grande.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Ángel Moreno Barquero, Notario.—1 vez.—(29266).
Ante esta notaría, mediante escritura sesenta de las doce horas del veintiséis de marzo del dos mil siete, se constituyó una sociedad anónima, cuya denominación se realiza de acuerdo al artículo dos del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno – J. Plazo: noventa y nueve años, Domicilio: Guanacaste, cantón Carrillo, distrito Sardinal, de Playas del Coco, Condominio Peñon del Sol treinta y cinco, capital: Diez mí[ colones, Presidente: Edward Carl Neumann.—San José 30 de marzo del 2007.—Lic. Ángel Moreno Barquero, Notario.—1 vez.—(29267).
Asamblea extraordinaria de la sociedad Instituto Centroamericano de Entrenamiento y Seguridad Icosa S. A., nombramiento de nuevo secretario con facultades de apoderado generalísimo; y donación de acciones.—Lic. José Alberto Rojas Oreamuno, Notario.—1 vez.—(29269).
Por escritura 25 otorgada en esta notaría, a las 8:00 horas del 3 de abril del 2007, se constituyó una sociedad que llevará como nombre el número que le asigne el registro como cédula jurídica S. A., de conformidad con el decreto número: 33171-J publicado del 14 de junio del 2006, capital social de ¢100.000,00, apoderados el presidente y secretario.—Lic. German José Víquez Zamora, Notario.—1 vez.—(29270).
Por escritura 37 otorgada en esta notaría, a las 10:00 horas del 2 de abril del 2007, se constituyó la sociedad Netdish de Costa Rica S. A., capital social de ¢1.000.000,00, representantes el presidente y secretario.—Lic. German José Víquez Zamora, Notario.—1 vez.—(29271).
Por escritura 227 otorgada en esta notaría, a las 10:00 horas del 27 de marzo del 2007, se constituyó la sociedad Asesorías Logísticas y Financieras Sol S. A., capital social de ¢10.000,00, representante el presidente.—Lic. Ilem Tatiana Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—(29272).
Por escritura 228 otorgada en esta notaría, a las 8:00 horas del 2 de abril del 2007, se constituyó la sociedad Edobro S. A., capital social de ¢100.000,00, representante el presidente.—Lic. Ilem Tatiana Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—(29273).
Mediante escrituras números ciento sesenta y uno y ciento sesenta y dos, otorgadas ante la suscrita notaria a las once y ocho horas del cuatro y nueve de abril del año en curso, visibles a folios ciento treinta y uno vuelto y ciento treinta y dos vuelto del tomo primero de la suscrita notaria, respectivamente, se reformaron las cláusulas sétima y se nombraron nuevas Juntas Directivas y Fiscales en las sociedades Granja Avícola Linda Vista S. A. y Granjas Mariam de Belén S. A.—Heredia, a las 8:30 horas del 9 de abril del 2007.—Lic. Andrea Cordero Montero, Notaria.—1 vez.—(29280).
El día de hoy, ante esta notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Aguilar Mata Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del estatuto. Sobre el domicilio social será el siguiente: Montelimar de Goicoechea del edificio de los Tribunales de Justicia, seiscientos metros al norte y cincuenta al oeste, casa a mano izquierda color crema.—Goicoechea, a las once horas del veinticinco de marzo del 2007.—Lic. María Antonieta Argüello Garita, Notaria.—1 vez.—(29283).
Por escritura número ciento ochenta y cinco del tomo primero del protocolo del notario Max Alonso Víquez García, se ha constituido MBD Casauna Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. La presidenta es apoderada generalísima sin límite de suma. Presidenta: Marjorie Bárbara Davis.—San Lorenzo de Flores, dos de abril del dos mil siete.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—(29295).
Por escritura número ciento ochenta y cuatro del tomo primero del protocolo del notario Max Alonso Víquez García, se ha constituido B & B Venus Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. La presidenta es apoderada generalísima sin límite de suma. Presidenta: Brenda Anilú Bezada Agurto.—San Lorenzo de Flores, dos de abril del dos mil siete.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—(29297).
La suscrita notaria hace constar que ante esta notaría, con fecha trece de setiembre del dos mil seis, se constituyó la empresa de esta plaza Cavin Bienes Raíces CBR Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, Los Yoses, cuyo capital social fue íntegramente suscrito y pagado por los socios constituyentes. Es todo.—San José, cinco de febrero del dos mil siete.—Lic. Catalina Rey Obando, Notaria.—1 vez.—(29303).
Por escritura número ciento treinta y cinco, de las ocho horas del treinta de marzo del año dos mil siete, otorgada ante el licenciado Jesua de Montserrat Solís Hernández, los señores Francisco Ulibarri Pernus y Jorge Luis Pérez Menéndez, constituyen la sociedad anónima denominada Superbloque Alajuela Sociedad Anónima.—San José, al ser las diecisiete horas del día treinta de marzo del dos mil siete.—Lic. Jesua de Montserrat Solís Hernández, Notario.—1 vez.—(29309).
Se constituye la sociedad denominada A & G Electronics Sociedad Anónima, escritura otorgada en Alajuela, a las once horas del día veintidós de marzo del año dos mil siete.—Lic. Flory Yali de la Peña Rojas, Notaria.—1 vez.—(29310).
Se constituye la sociedad denominada A & G Outsourcing Sociedad Anónima, escritura otorgada en Alajuela, a las once horas con treinta minutos del día veintidós de marzo del año dos mil siete.—Lic. Flory Yali de la Peña Rojas, Notaria.—1 vez.—(29311).
Por escritura número treinta y ocho-cincuenta y cinco, de las diecisiete horas del veintinueve de marzo del dos mil siete, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Marabú B.C. Ocho S. A., celebrada a las diecisiete horas del veintinueve de marzo del dos mil siete, se reformaron las cláusulas segunda y sexta de los estatutos sociales.—Alajuela, 30 de marzo del 2007.—Lic. Zetty Bou Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 14732.—(29339).
Ante esta Notaría, por escritura otorgada a las diez horas del cuatro de abril del año dos mil siete, se constituye la sociedad denominada: Quinta Caragralito T.I.S.S. Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia de San José. Cantón: Aserrí, distrito: Aserrí. Capital social: diez mil colones.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. José Rodolfo Estrada Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 14733.—(29340).
Ante mí, Eric Badilla Córdoba, Ángela Edith Badilla Murillo y Fan Wang Zhu, a las nueve horas del treinta de marzo del dos mil siete, Ángela Edith Badilla Murillo y Fan Wang Zhu. Constituyen: Anbakepo Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa años, domiciliada en Liberia, con capital social de cien mil colones.—Lic. Eric Badilla Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 14735.—(29341).
Ante esta Notaría a las dieciocho horas del día veintisiete de marzo del año dos mil siete, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el decreto número tres tres uno siete uno-J el cual fue publicado en La Gaceta del catorce de junio del año dos mil seis.—Upala, 30 de marzo del 2007.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 14736.—(29342).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Objetos & Espacios, Diseños Alternativos S. A. Domicilio: San José, cantón octavo, distrito cuarto, quinientos metros al norte de las torres de Radio Monumental. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones, representado por diez acciones, comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Objeto: construcción, remodelación y diseño de todo tipo de muebles. Presidente: Rodolfo Gutiérrez Ortiz.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Vera Violeta Jiménez Roldán, Notaria.—1 vez.—Nº 14737.—(29343).
Por escritura pública otorgada ante esta Notaría el día de hoy, se ha protocolizado acta de la sociedad San Venderlin de Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas primera y quinta del pacto social, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente y se revoca poder general judicial.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. Ana Virginia Madrigal Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 14739.—(29344).
Por escritura otorgada ante nosotros, a las diecisiete horas del treinta de marzo del dos mil siete, se constituyó Súper San Marcos C C S. A., domiciliada en Carmona de Nandayure, Guanacaste, frente a la escuela, capital social cien mil colones, plazo social noventa y nueve años. Presidente: Marco Tulio Carranza Rojas.—Carmona de Nandayure, 30 de marzo del 2007.—Lic. Iveth Emilia Quesada Ugalde y Lic. Julio César Madrigal Hernández, Notarios.—1 vez.—Nº 14754.—(29345).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del diecisiete de febrero del 2007, se constituyó La Reserva Forest Fundation, que en idioma español significa Fundación Forestal La Reserva. Domicilio: Tilarán, Guanacaste, mil metros al noroeste de la estación de Servicio Lago Arenal. Plazo perpetuo. Capital social cuarenta y cinco mil colones. El objeto general de la fundación será: la realización, fomento y promoción de todo tipo de actividad de uso y manejo sostenible de los recursos naturales. La Fundación tendrá una junta administrativa que se encargará de su administración, estará integrada por cinco miembros directores que serán: presidente, secretario, tesorero, primer vocal y segundo vocal.—Tilarán, Guanacaste, 16 de marzo del 2006.—Lic. Willy Fernando Elizondo Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 14755.—(29346).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del diecisiete de febreroInversiones A A M Mil Novecientos Sesenta y Nueve S. A., protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria y ordinaria de socios. Escritura otorgada en Belén, Heredia, a las diecisiete horas del día veintidós de febrero del año dos mil siete.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—Nº 14756.—(29347).
La sociedad Fuego Austral S. A., protocoliza
acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios.—San José, 2 de abril del
2007.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—Nº 14757.—(29348).
Por escritura de las quince horas del dos de abril del año en curso, se reformó cláusula sétima y se nombró nuevo presidente de la sociedad Constructora y Mobiliaria Real Cariari Siglo Dos Mil Uno S. A.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. Hugo Fco. Velázquez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 14758.—(29349).
Por escritura número ciento cincuenta y cuatro - VII, otorgada el día de hoy ante esta Notaría, protocolicé acta de asamblea general de Inversiones Nova Spirit S. A., en que se reformó la cláusula de la administración.—San José, 2 de abril del 2007.—Lic. José A. Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 14759.—(29350).
Por escritura otorgada en mi Notaría a las 10:00 horas del 29 de enero del 2007, protocolicé acta de Melco S. A., donde modifica el domicilio social.—San José, 28 de enero del 2007.—Lic. Álvaro López Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 14760.—(29351).
Por escritura otorgada en mi Notaría a las 17:00 horas del 3 de abril 2007, protocolicé acuerdos de Espacio Profundo Alfahelo S. A., donde se reforma la cláusula segunda de los estatutos y nombra nueva junta directiva.—San José, 3 de abril del 2007.—Lic. Álvaro López Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 14761.—(29352).
El suscrito notario público hace constar que mediante la escritura número ciento veintidós-catorce, otorgada en mi Notaría a las nueve horas del día seis de marzo del año dos mil siete, se constituyó la persona jurídica denominada: Grupo Takbir Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas. Su domicilio social lo es en San Isidro de El General doscientos metros al sur y cincuenta metros al este de la entrada de urgencias del Hospital Escalante Pradilla.—San Isidro de El General, 22 de marzo del 2007.—Lic. Erick Alexander Muñoz Linkimer, Notario.—1 vez.—Nº 14762.—(29353).
Wálter Ulate Ulate y Shirleny Cascante González, constituyen la sociedad anónima denominada Etalu Sociedad Anónima, por escritura otorgada en Tilarán, a las ocho horas del once de diciembre del dos mil seis, ante Francisco Castrillo Cordona, notario público.—Lic. Francisco Castrillo Cordona, Notario.—1 vez.—Nº 14763.—(29354).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 9:00 horas del 30 de marzo del 2007, se constituyó Priyam Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años, San José, Costa Rica.—Lic. Francisco José Lee Selva, Notario.—1 vez.—Nº 14766.—(29355).
Por escritura otorgada por el suscrito Omar Ayales Aden, a las catorce horas del veintinueve de enero del dos mil siete, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía The Three Sunrises Sociedad Anónima, por lo que se reforma la cláusula vigésima del pacto social, concerniente a la representación social.—San José, 26 de marzo del 2007.—Lic. Omar Ayales Aden, Notario.—1 vez.—Nº 14767.—(29356).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las diecisiete horas, treinta minutos del día nueve de marzo del dos mil siete, se constituyó Estilos Bazar Sociedad Anónima. Capital social: la suma de quince mil colones exactos suscritos y pagados. Representación judicial y extrajudicial del presidente, la secretaria y la tesorera.—San José, a las 8:00 horas del 15 de marzo del 2007.—Lic. Jorge Enrique Salazar Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 14768.—(29357).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las dieciséis horas del día doce de enero del dos mil siete, se constituyó Estrada Vechia Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse E.V.S.A. Capital social: la suma de cincuenta mil colones exactos suscritos y pagados. Representación judicial y extrajudicial del presidente y el secretario.—San José, a las 8:00 horas del 13 de enero del 2007.—Lic. Jorge Enrique Salazar Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 14769.—(29358).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las diez horas del ocho de abril del 2007, se constituyó la sociedad G.D.I. Corporation All American Sociedad Anónima estableciéndose fondo de reserva legal, junta directiva y capital social, domiciliada en Grecia.—Grecia, 9 de abril del 2007.—Lic. Mayid Brenes Calderón, Notaria.—1 vez.—Nº 14781.—(29359).
Ante esta Notaría a las 15:00 horas del 21 de marzo del año 2007, se constituyó la sociedad anónima denominada Jardines Bellos Peniel S. A. Plazo: 99 años. Capital social: ¢10.000,00. Presidente: Ernesto Sánchez Ortiz.—San José, 21 de marzo del 2007.—Lic. Roxana Escalante Lafuente, Notaria.—1 vez.—Nº 14782.—(29360).
Por escritura otorgada por el infrascrito notario, a las dieciocho horas del día de hoy, protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Megatemp P & M Sociedad Anónima, en la que se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo, y acepta la renuncia de los miembros de la junta directiva y fiscal, se revoca el agente residente, y se hacen nuevos nombramientos en esos cargos.—San José, tres de abril del dos mil siete.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—Nº 14783.—(29361).
Por escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 11:00 y 12:00 horas del día de hoy, la sociedades anónimas Inmobiliaria Agua Marina Brillante S. A., reforma cláusula segunda de sus estatutos, y nombra presidente, y Jory Camellos del Pacífico S. A., reforma las cláusulas primera, segunda y sétima de sus estatutos, se nombra nueva junta directiva. Notarias: Ana Lorena Céspedes Pineda y Emilia María Chacón Villalobos.—San José, 5 de abril del 2007.—Lic. Emilia María Chacón Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 14784.—(29362).
Por escritura pública número trescientos diecisiete, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día veintiocho de marzo del dos mil siete, se constituyó la sociedad Promo Line de Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Humberto Villavicencio Calvo.—Lic. Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 14786.—(29363).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día 21 de marzo del 2007, se constituyó la sociedad denominada Fortuna de Adhara Limitada.—San José, 28 de marzo del 2007.—Lic. Monikha Cedeño Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 14787.—(29364).
Ante esta notaría, al ser las once horas del cuatro de abril del dos mil siete, se protocolizaron actas de Chiclera Costarricense Sociedad Anónima, en las que se modificaron cláusulas y se designó vocal de la junta directiva.—San José, cuatro de abril del dos mil siete.—Lic. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 14788.—(29365).
Ante esta notaría, al ser las diez horas del cuatro de abril del dos mil siete, se modificó el nombre de la sociedad Kefuldi Guana S. A., a Ausmerico Sociedad Anónima. Se modificaron cláusulas y se designó junta directiva.—San José, cuatro de abril del dos mil siete.—Lic. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 14789.—(29366).
Por escritura otorgada ante esta notaría, número 181-20, se constituye la sociedad Vacri S. A., cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, es Rodolfo Valentino Corrales Madrigal, mayor, casado una vez, comerciante, con número de cédula de identidad uno-quinientos treinta y tres-cero ocho cuatro, vecino de Escazú, San Antonio, del recibidor de café, trescientos cincuenta metros al oeste. Es todo.—San José, tres de abril del dos mil siete.—Lic. Luis Maynor Serrano Mattey, Notario.—1 vez.—Nº 14790.—(29367).
Álvaro Anchía Chinchilla, Roxana Murillo Barrantes, Melissa Anchía Murillo y Fabián Anchía Murillo, constituyen la sociedad Anchía Música y Sonido S. A. Escritura Nº 26, otorgada en San José, a las 15:00 horas del 29 de marzo del 2007.—Lic. Roberto Pochet Torres, Notario.—1 vez.—Nº 14792.—(29368).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad con domicilio en Alajuela, denominada Aeromarine Costa Rica Sociedad Anónima, se reforma cláusula quinta de los estatutos.—Heredia, 9 de abril del 2007.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 14794.—(29369).
Ante esta notaría, a las quince horas del dieciocho de marzo del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Grupo Familiar Lovi Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: doce mil colones. Representación judicial y extrajudicial les corresponde al presidente y al tesorero de la compañía. Domicilio: Mercedes Norte de Heredia.—San José, al ser las ocho horas del nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Eleonora Badilla Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 14795.—(29370).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario Ulises Dixon Morales, a las 11:00 horas del 14 de marzo del 2007, se nombra nueva secretaria, se crea el cargo de vocal, y se reforma la cláusula sexta de La Prensa del Norte Sociedad Anónima, cuyo presidente y secretaria con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, lo son: Carlos Pérez Brenes y Carla Pérez Picado, respectivamente.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. Ulises Dixon Morales, Notario.—1 vez.—Nº 14798.—(29371).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del treinta de marzo del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Hebremuz S.R.L. Gerente y subgerente, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial. Capital: totalmente suscrito y pago.—Turrialba, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Sigifredo Brenes Dittel, Notario.—1 vez.—Nº 14799.—(29372).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del treinta de marzo del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Anvinsa S. A. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial. Capital: totalmente suscrito y pago.—Turrialba, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Sigifredo Brenes Dittel, Notario.—1 vez.—Nº 14800.—(29373).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 29 de marzo del 2007, se constituyó la sociedad Corporación Castilla Peláez Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital: suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero, apoderados generalísimos sin límite de suma. Objeto: comercio, agricultura, ganadería e industria en general.—San José, treinta de marzo del dos mil siete.—Lic. Olga Isabel Romero Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 14814.—(29374).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del día 29 de marzo del 2007, se constituyó Wanzicka Sociedad Anónima. Domicilio en Santo Domingo de Heredia. Plazo social: 99 años. Capital: veinte mil colones, suscrito y pagado. Presidente y secretario con representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Santo Domingo de Heredia, 9 de abril del 2007.—Lic. Miryam Eugenia Jiménez Bolaños, Notaria.—1 vez.—Nº 14815.—(29375).
Ante el suscrito notario William Alfredo Chinchilla Sánchez, carné diez mil novecientos sesenta y dos, en escritura número veintinueve, otorgada a las once horas del veintiuno de marzo del dos mil siete, se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Transparencia Bursátil S. A., referente a la administración de la misma.—Lic. William Chinchilla Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 14821.—(29376).
Por acuerdo de asamblea de socios de la sociedad Ferarios y Camacho Sociedad Anónima, protocolizada en escritura número doscientos treinta y cinco, otorgada ante esta notaría, se acuerda disolver y liquidar dicha sociedad.—Naranjo, 9 de abril del 2007.—Lic. Guido Ramón Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 14824.—(29377).
En escritura otorgada en esta notaría a las nueve horas del veintiocho de marzo del año en curso, se protocolizan acuerdos tomados en acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Exclusividades del Hogar W.E.Y.A. S. A. Se modifica la cláusula décima del pacto social, se nombra nuevo secretario.—Lic. Johanny c. c. Geovanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—(29432).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó Martín & Sánchez Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—(29446).
Ante esta notaría, se constituyó en escritura número trescientos cuarenta y tres, de mi tomo octavo, sociedad anónima denominada DIS-HL Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, siendo su representante legal el señor Luis Alberto Herrera León. Es todo.—Alajuela, 9 de abril del 2007.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.—(29449).
Por escritura autorizada por el notario público Fernando Solano Rojas, en San José, a las 7:00 horas del 9 de abril del 2007, se protocolizaron artículos de asamblea general extraordinaria de socios de Proyectos y Soluciones Bejarano y Solís Sociedad Anónima, mediante los cuales se acuerda reformar la cláusula primera cambiando el nombre de la sociedad a Proyectos y Soluciones BSM Internacional S. A., se reforma la cláusula octava del pacto social, se aceptan renuncias de la secretaria de la junta directiva y de la fiscal y se nombran nuevos secretaria y fiscal.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. Fernando Solano Rojas, Notario.—1 vez.—(29453).
Por escritura número doscientos veintinueve-dos de las doce horas del veinte de marzo del dos mil siete, otorgada ante la suscrita notaria Marianela González Fonseca, la compañía Transportes Técnicos Las Brumas S. A., con domicilio social en Tacares de Grecia frente a la plaza de deportes, reformó la cláusula primera: del nombre pasando a denominarse S-Kinny Hills S. A.—Lic. Marianela González Fonseca, Notaria.—1 vez.—(29459).
Esther Amelia Lloyd, Elmer León Núñez, Wilberth Ruiz Medina, Andrea María Garita Rojas, constituyen la sociedad International Investments CR Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Puntarenas, a las catorce horas del día dos de abril del año dos mil siete.—Lic. Ricaurter Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—(29471).
Esther Amelia Lloyd, Elmer León Núñez, Wilberth Ruiz Medina, Andrea María Garita Rojas, constituyen la sociedad Inversiones Costa y Mar E & A Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Puntarenas, a las trece horas del día dos de abril del año dos mil siete.—Lic. Ricaurter Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—(29473).
Mediante escritura pública número ciento cuarenta y dos, otorgada a las quince horas del día veintinueve de marzo de dos mil siete, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Inversiones Cuatro MPH Costa Rica Limitada. Se revocan nombramientos de gerente y subgerente y se nombran nuevos directores.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Sylvia Montero Gamboa, Notaria.—1 vez.—(29482).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta y cinco minutos del veintitrés de marzo del presente año, se constituyó Ambisotec Sociedad Anónima. Presidente y secretario, como apoderados generalísimos. Plazo: cien años. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Lic. José Alberto Rivera Torrealba, Notario.—1 vez.—Nº 14825.—(29484).
Por escritura otorgada por mí, al ser las 12:00 horas del 3 de abril del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporación Buen Ray Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-478897, por medio de la cual se revoca el nombramiento del presidente, secretario y tesorero, y se hacen nuevos nombramientos. Se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, a las 7:00 horas del 9 de abril del 2007.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 14827.—(29485).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del tres de abril del dos mil siete, se constituyó la sociedad Byrdaire de Barú S. A. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, tres de abril del dos mil siete.—Lic. Andre Wells Downey, Notario.—1 vez.—Nº 14829.—(29486).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del tres de abril del dos mil siete, se constituyó la sociedad Get R Done Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, tres de abril del dos mil siete.—Lic. Andre Wells Downey, Notario.—1 vez.—Nº 14830.—(29487).
Álvaro Fernández Garita y Anker Struve, constituyen la sociedad anónima denominada Rich Corporation Costa Rica Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones, representados por diez acciones comunes y nominativas cada una de mil colones. Escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del día veintiséis de marzo del dos mil siete.—Lic. Álvaro Leandro Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 14831.—(29488).
Gloriana Jiménez Odio y Adolfo Jiménez Odio, constituyen Inversiones Jimodi Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 12:00 horas del 14 de marzo del 2007.—Lic. Claudio Antonio Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 14832.—(29489).
Juan Diego Mendoza Camarena y Alexander Castro Cartín, constituyen Global Leasing Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 8:00 horas del 28 de marzo del 2007.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—Nº 14833.—(29490).
Se constituyó Vista Arcoiris S. A. Capital social: veinte colones. Vigencia: cien años a partir del veintiocho de marzo del dos mil siete.—San José, veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—Nº 14834.—(29491).
Por escritura otorgada el día 15 de marzo del 2007, ante esta notaría, se constituye Concierge de MKT Sociedad Anónima. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 9 de abril del 2007.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 14835.—(29492).
Por escritura otorgada el día 15 de marzo del 2007, ante esta notaría, se constituye Marketing Bureu Sociedad Anónima. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 9 de abril del 2007.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 14836.—(29493).
Por escritura otorgada el día 15 de marzo del 2007, ante esta notaría, se constituye Estampa Marketing Sociedad Anónima. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 9 de abril del 2007.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 14837.—(29494).
Se hace constar que por escritura número doscientos once, otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del veintinueve de enero del dos mil siete, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas por la cual se nombra presidente de la sociedad Vindas y Vargas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-25999, e inscrita en el Registro Mercantil al tomo 143, folio 490, asiento 466.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. Jorge Miranda Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 14838.—(29495).
Ante esta notaria, se constituyó Platinun Solutions S. A. Domiciliada en San José, Hatillo. Capital social: diez mil colones exactos, totalmente suscritos y pagados por los socios.—San José, seis de abril del dos mil siete.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 14849.—(29496).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 9 de abril del 2007, se constituyó la sociedad denominada Dewhurst Associates S.R.L., que traducido al idioma español significa Asociados Dewhurst S.R.L., con domicilio en la provincia de San José, cantón Montes de Oca, distrito San Pedro, en Barrio Francisco Peralta, 150 metros al sur y 50 metros este de la Antigua Biblioteca de la Universidad Autónoma de Centro América, edificio blanco dos plantas. Gerente: Roger Vega Gamboa.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. Xinia Patricia Mora Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 14850.—(29497).
Por escritura otorgada ante esta notaría, de las diecisiete horas con treinta minutos del veintiuno de marzo del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Recursos Humanos JAP Moody. Plazo: noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Guiselle Calvo Cascante, Notaria.—1 vez.—Nº 14851.—(29498).
He constituido la sociedad Expertise Software Development Sociedad Anónima, cuya traducción al español es Expertise Desarrollo de Software Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, un plazo social de noventa y nueve años, en donde figura como presidente Álvaro Ramírez Monge.—Cartago, 31 de marzo del 2007.—Lic. Juan Guillermo Coghi Molina, Notario.—1 vez.—Nº 14852.—(29499).
Hoy se constituyó ante esta notaría, la sociedad de esta plaza Maquenque Ecolodge S. A. Capital social: cien mil colones. Domicilio: Alajuela. Representantes: presidente y vicepresidente.—San José, tres de abril del dos mil siete.—Lic. María Gabriela Mora Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 14853.—(29500).
Mediante escritura pública número sesenta y uno, otorgada a las diecinueve horas treinta minutos del día veinte de marzo del dos mil siete, el suscrito notario Rodrigo Cordero Campos, protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Lagos Cristalinos de Pavones (LCDP) S. A., en la cual se reformó la cláusula primera del pacto constitutivo de la compañía.—San José, veinte de marzo del dos mil siete.—Lic. Rodrigo Cordero Campos, Notario.—1 vez.—Nº 14854.—(29501).
Mediante escritura pública número sesenta y dos, otorgada a las veinte horas del día veinte de marzo del dos mil siete, el suscrito notario Rodrigo Cordero Campos, protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Los Meridianos del Mar (MM) S. A., en la cual se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la compañía.—San José, veinte de marzo del dos mil siete.—Lic. Rodrigo Cordero Campos, Notario.—1 vez.—Nº 14855.—(29502).
Mediante escritura pública número sesenta, otorgada a las diecinueve horas del día veinte de marzo del dos mil siete, el suscrito notario Rodrigo Cordero Campos, protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Montaña del Mar Los Meridianos (MMM) S. A., en la cual se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la compañía.—San José, veinte de marzo del dos mil siete.—Lic. Rodrigo Cordero Campos, Notario.—1 vez.—Nº 14856.—(29503).
Ante esta notaria, por escritura otorgada a las doce horas del día veintinueve de marzo del dos mil siete, por escritura número cuarenta y cinco-dieciséis, se adiciona y modifica la cláusula primera del pacto constitutivo donde se constituyó la sociedad Central America Beach Property Limitada, por el nombre Central América CAB Property Limitada.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 14857.—(29504).
Ante esta notaria, por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del día veintinueve de marzo del dos mil siete, por escritura número cuarenta y cuatro-dieciséis, se adiciona y modifica la cláusula primera del pacto constitutivo donde se constituyó la sociedad Veranda Condo Investments Limitada, por el nombre Veraranda Condo VCI Investments Ltda.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 14858.—(29505).
El día de hoy, Catalina Incorporada S. A., y Carlos Suárez Aguiar, constituyeron la sociedad denominada Compañía de Construcciones Búfalo S. A. Plazo: cien años. Presidente: José Francisco Escobar Pardo. Capital social: cien mil colones.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—Nº 14862.—(29506).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas de hoy, se constituyó la sociedad denominada Express Solution C.S Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: el ejercicio del comercio. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Presidente: Dario Ernesto Giménez Peraza.—San José, trece de junio del dos mil seis.—Lic. Mauricio Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—Nº 14863.—(29507).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 8:00 horas del 3 de abril del 2007, se modifica cláusula sexta, se nombra nuevo secretario y fiscal de la sociedad Desarrollos Inmobiliarios Kimar Dos Mil Dos S. A.—San José, 3 de abril del 2007.—Lic. Ligia González Martén, Notaria.—1 vez.—Nº 14864.—(29508).
Que en mi notaría, al ser las veinte horas cuarenta minutos del 21 de febrero del 2007, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Cam y Cas Sociedad Anónima. Presidente: Guillermo Enrique Campos Castillo. El plazo de duración 99 años. Domicilio social es en Limón, Urbanización Los Cocos, casa número veintisiete.—Limón, 29 de febrero del 2007.—Lic. Sonia Pererira Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 14865.—(29509).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 29 de marzo del 2007, se constituyó la sociedad denominada Solo para el Montero Sociedad Anónima.—Lic. Larissa Seravalli Saurez, Notaria.—1 vez.—Nº 14867.—(29510).
Ante mi notaría mediante escritura número doscientos cincuenta y cuatro-cuatro, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones RBA Afnagary Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Inversiones RBA Afnagary S. A., presidente Edith Adriana Arias Vargas, quien tiene la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Su plazo social es de noventa y nueve años a partir de hoy. El capital social es de diez mil colones, mismo que fue suscrito y pagado en el acto. Escritura otorgada en Limón a las doce horas del veintiocho de marzo del año dos mil siete.—Lic. Juan Carlos Salvador Guzmán, Notario.—1 vez.—Nº 14871.—(29511).
Mediante escritura número 147 del tomo 9 de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Pacific Legal CR S. A. en la cual se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—Lic. Ramón Gerardo Solís Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 14885.—(29512).
Por escritura número ciento cuatro-uno, otorgada ante esta notaría el día veinte de marzo de dos mil siete, las señoras Maribel Eugenia Quesada Brenes y Rosaura Quesada Brenes constituyen la sociedad denominada Inmobiliaria Trébol Azul Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Representación social: gerente administrativa con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—Cartago, veintiséis de marzo de dos mil siete.—Lic. Ginnette Lucía Henríquez Bolaños, Notaria.—1 vez.—Nº 14886.—(29513).
En San José, ante esta notaría, al ser las trece horas del tres de abril del dos mil siete se constituyó la sociedad de esta plaza denominada, Torjar Investments & Holdings Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado diez mil colones exactos.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—Nº 14888.—(29514).
Ante el notario que se dirá por escritura número ciento cincuenta y dos de las nueve horas con cinco minutos del día diecisiete de marzo del año dos mil siete, otorgada ante el notario público Rodrigo Jiménez Salazar, los señores Mario Corrales Calderón, María Etelvina Bermúdez Mora, Emilia María Corrales Bermúdez, Marcela Corrales Bermúdez y Ana Corrales Bermúdez constituyen la sociedad anónima denominada Compañía Corrales y Bermúdez COBER S. A.—Puriscal, 26 de marzo del 2007.—Lic. Rodrigo Jiménez Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 14890.—(29515).
Ante el Notario que se dirá por escritura número ciento cincuenta y siete de las siete horas con veinte minutos del día veinte del mes de marzo del año dos mil siete, otorgada ante el notario público Rodrigo Jiménez Salazar, la entidad denominada Agropecuaria Tajo Alto Sociedad Anónima, reforma su pacto constitutivo y nombra nueva junta directiva.—Puriscal, 20 de marzo del 2007.—Lic. Rodrigo Jiménez Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 14891.—(29516).
Por escritura otorgada ante mí a las 8:00 horas del 3 de abril del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Charles Alexander Boyd Chacón Limitada. Objeto: Administración de propiedades. Capital social: cuatro mil colones. Es todo.—Jacó, 3 de abril del 2007.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 14892.—(29517).
Por escritura otorgada ante mi notaría en la ciudad de San José, a las 15:00 horas del día 5 de marzo del 2007, se protocoliza el acta número uno del libro de actas de asambleas generales de la sociedad denominada Importadora de Materiales de Construcción del Caribe IMACOCA Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula primera de los estatutos sociales.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 14893.—(29518).
Andrew Joseph Smith III constituye Tamarindo Partners E.I.R.L. Capital: ¢10.000,00. Plazo social: 100 años. Domicilio: Playa Tamarindo. Gerente: Andrew Joseph Smith III.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. Gonzalo Fajardo Lee, Notario.—1 vez.—Nº 14895.—(29519).
Por escritura número ciento veintitrés de las 11:00 horas del día 29 de marzo del 2007, se protocoliza asamblea general ordinaria y extraordinaria de Arango Luna Occidental Sociedad Anónima, se reforma cláusula quinta y se nombra nuevo tesorero.—Lic. Marcela Morales Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 14898.—(29520).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 26 de marzo del año 2007, se constituyó la sociedad anónima Grupo Yamms S. A. Presidente: Adolfo Estrada Hernández.—San José, 3 de abril del 2007.—Lic. Vanessa Solano Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 14899.—(29521).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las doce horas y treinta minutos, del treinta de marzo del dos mil siete, se constituyó la sociedad El Favorito del B.Q. Sociedad Anónima.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Rafael Arturo Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—Nº 14900.—(29522).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las doce horas del treinta de marzo del dos mil siete, se constituyó la sociedad Compañía de Inversiones Safir del B. Q Sociedad Anónima.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Rafael Arturo Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—Nº 14901.—(29523).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las once horas y cuarenta y cinco minutos, del veintinueve de marzo del dos mil siete, se constituyó la sociedad Compañía Milenio de B.Q. Sociedad Anónima.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Rafael Arturo Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—Nº 14902.—(29524).
Mediante escritura otorgada ante la suscrita notaria en Golfito, a las quince horas del veintitrés de marzo del dos mil siete, se constituyó una sociedad anónima domiciliada en Playa Zancudo de Golfito, denominada con el número de cédula jurídica que le otorgue el Registro; plazo cien años; capital social suscrito y pagado; presidente y secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. Hazel Salas Desanti, Notaria.—1 vez.—Nº 14904.—(29525).
Por escritura otorgada a las 9 horas 30 minutos del 15 de enero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Inversiones Inmobiliarias El Horizonte Azul de Bajamar Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital social: Cien mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 9 de abril del 2007.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 14905.—(29526).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 9 de marzo del dos mil siete, se constituyó la sociedad Job Van Propiedades Sociedad Anónima. Plazo: 99 años, Capital social: Diez mil colones. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Grecia, 9 de abril del 2007.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 14906.—(29527).
La suscrita, Evelyn María Obando Pradella, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la empresa Agami Altos Doscientos Veintinueve S. A., cédula jurídica número tres- ciento uno- doscientos setenta mil doscientos ochenta y nueve, mediante la cual renuncian presidente, secretario y tesorero y se revoca el nombramiento de la fiscal y se nombran los nuevos miembros de la junta directiva y el fiscal por todo el plazo social. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas con cuarenta minutos del nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Evelyn María Obando Pradella, Notaria.—1 vez.—Nº 14907.—(29528).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, en Escazú, a las 9:00 horas del 12 de marzo de 2007, Hans Kuhlmann Berenzon protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Hyco Sistemas Limitada en que se aumenta el capital social.—Escazú, 13 de marzo del 2007.—Lic. Isabel Castro Ortiz, Notaria.—1 vez.—Nº 14908.—(29529).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas treinta minutos del tres de abril del dos mil siete, María Fernanda Vargas Elizondo y Sara Alexandra Montero Cerrud constituyeron MAC Consulting Sociedad Anónima. Presidenta: María Fernanda Vargas Elizondo, capital social cinco mil colones netos.—Lic. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 14909.—(29530).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Condominios Huacas Sociedad Anónima, a las dieciocho horas del día veintidós de marzo del año dos mil siete. Representación. Presidente sin limitación de suma. Plazo: Cien años. Capital social: diez mil colones.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 14910.—(29531).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Centro de Belleza Konny Sociedad Anónima, a las dieciocho horas con treinta minutos del día veintidós de marzo del año dos mil siete. Representación: Presidente y secretario, sin limitación de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Plazo: cien años. Capital social: diez mil colones.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 14911.—(29532).
Ante esta notaría se protocolizaron los acuerdos tomados por la sociedad Verdes Praderas de Flamingo S. A. a las trece horas del día tres de abril del año dos mil siete. Se agregó una cláusula al pacto constitutivo. Se modificó la cláusula octava, sobre la junta directiva que estará compuesta por presidente, vicepresidente, secretario y tesorero. Corresponderá al presidente y al secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad y se modificó la cláusula sexta. Es todo.—Lic. Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 14912.—(29533).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las doce horas treinta minutos del día veintisiete de marzo del año dos mil siete, las señoras Guiselle Mora Blanco e Hilda María Castro Valverde, constituyen la sociedad anónima de ésta plaza GM Soluciones Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital social: veinticinco mil colones. Presidenta: Guiselle Mora Blanco.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. Wilfred Argüello Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 14917.—(29534).
Por escritura otorgada a las ocho horas del nueve de abril del año dos mil siete, se constituye la empresa de esta plaza Grupo Consolidado Arkim Internacional Inc Sociedad Anónima. Capital social: Cien mil colones exactos. Representación: Presidente y secretario. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, nueve de abril del año dos mil siete.—Lic. José Luis Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 14919.—(29535).
Ante esta notaría, a las 9:00 horas del 6 de abril del 2007, se constituye sociedad anónima según decreto número 33171-J, Sindy Priscilla González Chacón, presidenta y Mauricio Quesada Chavarría secretario ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 8 de abril del 2007.—Lic. Paola Janaina Quesada Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 14922.—(29536).
Ante esta notaría, a las 10:00 horas del 6 de abril del 2007, se constituye sociedad anónima según decreto número 33171-J, Sindy Priscilla González Chacón, presidenta y Mauricio Quesada Chavarría secretario ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 8 de abril del 2007.—Lic. Paola Janaina Quesada Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 14923.—(29537).
Ante esta notaría, a las 10:00 horas del 6 de abril del 2007, se constituye sociedad anónima según decreto número 33171-J, Sindy Priscilla González Chacón, presidenta y Mauricio Quesada Chavarría secretario ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 8 de abril del 2007.—Lic. Paola Janaina Quesada Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 14924.—(29538).
Ante esta notaría, a las 12:00 horas del 6 de abril del 2007, se constituye sociedad anónima según decreto número 33171-J, Sindy Priscilla González Chacón, presidenta y Mauricio Quesada Chavarría secretario ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 8 de abril del 2007.—Lic. Paola Janaina Quesada Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 14925.—(29539).
Ante esta notaría, se protocolizó acta de Servicios de Factoreo Internacionales S. A., mediante la cual se modificó la cláusula segunda del domicilio siendo actualmente en San José, cantón Central, distrito cuatro, avenidas ocho y diez, calle veintinueve, número ochocientos cincuenta y cuatro y se nombró nuevo secretario y fiscal.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. Guillermo Hernández Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 14926.—(29540).
Por escritura número sesenta y seis, de las quince horas del tres de abril del dos mil siete, se reformó la cláusula novena del pacto constitutivo de la compañía Consultores Brenes Jaubert y Asociados Sociedad Anónima.—Lic. Karla Calderón Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 14927.—(29541).
Ante mí, Luis Mariano Vargas Mayorga, notario se constituyó hoy J.A.D.E.B.U.S.E.N. Sociedad Anónima.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. Mariano Vargas Mayorga, Notario.—1 vez.—Nº 14929.—(29542).
Escritura Nº 2-158 otorgada, a las 11:30 horas del 31 de marzo del 2007, ante la suscrita notaria, se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo de Experience Avellanas S. A., cédula jurídica 3-101-416748 dicha sociedad.—Santo Domingo, Heredia, 31 de marzo del 2007.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 14930.—(29543).
El suscrito notario hace constar, que mediante escritura otorgada a las nueve horas del día de hoy, protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Ornamentales Río Frío Sociedad Anónima, en que se modifica la cláusula segunda de los estatutos, relativa al domicilio y la sexta relativa a la administración. Se nombra nueva junta directiva. Presidente: James Earle Harvey.—San José, treinta de marzo del dos mil siete.—Lic. Ricardo Guardia Vázquez, Notario.—1 vez.—Nº 14931.—(29544).
Por escritura otorgada, ante el suscrito notario, a las nueve horas del veintisiete de marzo del 2007, se constituyó Hacienda Altamira de Costa Rica Sociedad Anónima, capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, veintiocho de marzo del año dos mil siete.—Lic. Carlos Alberto Méndez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 14932.—(29545).
Por escritura otorgada, el día de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Grupo Tecnológico Gamma Tau S. A., en que se reformaron las cláusulas segunda y sexta de los estatutos en cuanto al domicilio y representación de la sociedad.—San José, 8 de marzo del 2007.—Lic. Mario Alberto Sandoval Pineda, Notario.—1 vez.—Nº 14933.—(29546).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las quince horas veinticinco minutos del treinta de marzo del año en curso, se constituye la sociedad anónima denominada Barbilla Lodge Sociedad Anónima.—Alajuela, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Robert Barrantes Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 14934.—(29547).
Por escritura otorgada, ante el suscrito notario, a las 11:00 horas del día 29 de marzo del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Suministros Electricidad Eficiente S. A., por la que se varía la cláusula del capital.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—Nº 14935.—(29548).
Por escritura otorgada, ante Augusto Arce Marín, otorgada a las 8:00 horas del 3 de abril del año 2007, se constituye la sociedad GSP Holding CO Sociedad de Responsabilidad Limitada, que es nombre de fantasía, gerente y subgerente apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 3 de abril del 2007.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—Nº 14937.—(29549).
Por escritura otorgada, en mi notaría, a las ocho horas del nueve de abril del año dos mil siete, se constituyó sociedad anónima Linework Inc Sociedad Anónima, presidente apoderado generalísimo.—9 de abril del 2007.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 14938.—(29550).
Por escritura otorgada, ante el notario Allan Pérez Montes, a las dieciocho horas del nueve de marzo del dos mil siete, Porfirio Cascante Torres y Magda Hernández Hernández, constituyeron El Indiecito. Com Sociedad Anónima, objeto: el objeto social de la compañía será el comercio en todas sus modalidades, la consultoría, construcción, así como la industria, los bienes raíces. Capital íntegramente suscrito y pagado, presidente con todas las facultades.—Grecia, veinticinco de marzo del dos mil siete.—Lic. Allan Pérez Montes, Notario.—1 vez.—Nº 14940.—(29551).
Se constituyó la sociedad anónima Tiquicia Bussinnes S. A., en la escritura número ciento catorce al folio ciento cuarenta y cinco del tomo veinte de la notaria Hilda María Fernández Alvarado, a las quince horas treinta minutos del día veinticinco de marzo del año dos mil siete.—Lic. Hilda María Fernández Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 14941.—(29552).
Por escritura otorgada, ante este notario, a las 15:00 horas del 29 de marzo del 2007, se constituyó la sociedad Inversiones Inmobiliaria Gonram Sociedad Anónima. Presidente: Herbert González Fernández. Capital social: cien mil colones.—Lic. Wilber Barquero Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 14942.—(29553).
El suscrito Licenciado Mario Varela Martínez, hago constar que mediante escritura número ochenta y cinco, del tomo noveno del protocolo del Lic. Ronald Solano Pérez se constituyó la protocolización de asamblea general de la sociedad Casa Puebla Negra Siete S. A., con domicilio en la provincia de San José, Escazú, Guachipelín, doscientos metros al sur de Pavicen, Condominio Casa Pueblo. Presidente: Christopher Daniel Cady. Es todo.—San José, nueve de abril del año dos mil siete.—Lic. Mario Varela Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 14943.—(29554).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:15 horas del 16 de marzo del 2007, la sociedad Inversiones Médicas Rojas Oreamuno S. A., modifica la cláusula primera de sus estatutos y cambia su razón social por Medicina Interna de Costa Rica S. A.—San José, 27 de marzo del 2007.—Lic. Wealter Hellmund Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 14944.—(29555).
Por escritura otorgada, ante el suscrito notario, el día de hoy, se constituye la sociedad Hoteles JKD Enterprises Sociedad Anónima.—Alajuela, 30 de marzo del 2007.—Lic. Miguel Jiménez Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 14945.—(29556).
Por medio de escritura otorgada, a las 17:00 horas del día 12 de marzo del 2007, se constituyó la sociedad Linda Vista de Mata Limón Limitada, plazo: 99 años. Domicilio: San Pedro de Montes de Oca. Capital social: ¢1.200,00 colones. Gerente: Óscar Echeverría Heigold.—Lic. Roberto Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 14946.—(29557).
Por escritura otorgada, a las 17:00 horas del 2 de abril del dos mil siete, se constituye la empresa Alto Sukut S. A.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 14947.—(29558).
Mediante escritura pública, número trescientos setenta y seis - tres, otorgada a las dieciocho horas del cuatro de abril del dos mil siete, ante la notaría del Licenciado Maynor Gómez Goicoechea, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Marina Sebastien Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, a partir de su constitución y con un capital social de quinientos mil colones, domicilio social: Puntarenas, Manzanillo, Bello Horizonte, de la plaza de fútbol, seiscientos metros al norte, Lodge Ylang Ylang.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Maynor Gómez Goicoechea, Notario.—1 vez.—Nº 14949.—(29559).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las quince horas del veintinueve de marzo del 2007, se protocolizó acta asamblea extraordinaria de la sociedad Fair Trade S. A., cambio de junta directiva.—San José, al ser las siete horas del ocho de abril del 2007.—Lic. Maureen Ramírez Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 14950.—(29560).
Por escritura autorizada, a las dieciséis horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Shen de Costa Rica Sociedad Anónima, de este domicilio, en que se aumentó el capital de la sociedad, modificándose la cláusula quinta de sus estatutos.—San José, treinta de marzo del año dos mil siete.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 14951.—(29561).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veintiocho de marzo del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Ajolí Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento setenta mil ochocientos veinte, mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y quinta, de los estatutos referentes al domicilio y el capital de la sociedad como también la junta directiva de la sociedad. Es todo.—San José, treinta de marzo del dos mil siete.—Lic. Roberto José Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—Nº 14952.—(29562).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veintiocho de marzo del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada New World Perfect Equilibrium Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y un mil cuatrocientos ochenta y ocho, mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y quinta, de los estatutos referentes al domicilio y el capital de la sociedad como también la junta directiva de la sociedad. Es todo.—San José, treinta de marzo del dos mil siete.—Lic. Mauricio Bonilla Robert, Notario.—1 vez.—Nº 14953.—(29563).
El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del tres de abril del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada AGJ Consultores Sociedad Anónima titular de la cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento noventa y un mil setecientos setenta y tres, mediante la cual se reformaron las cláusulas primera, segunda y vigésima de los estatutos. Es todo.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Ricardo Arturo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 14954.—(29564).
Mediante escritura de las nueve horas del veinticuatro de marzo del dos mil siete, Óscar Enrique Alfaro Araya y Laura Céspedes Umaña, constituyen sociedad anónima sociedad amparada al Decreto tres tres uno siete uno-J. Presidente: Óscar Alfaro Araya. Plazo social: será de noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones constituido por diez acciones de diez mil colones cada una. Objeto: industria y comercio en general y asesorías, comercialización de servicios profesionales, agricultura, ganadería, exportación, importación y exportación, representación de casas extranjeras.—Heredia, nueve del veintiséis de marzo del dos mil siete.—Lic. Karoline Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 14955.—(29565).
Mediante escritura de las quince horas treinta minutos del quince de febrero del dos mil siete, Greivin Rodríguez Chávez y Olga Rodríguez Chávez constituyen sociedad anónima sociedad amparada al Decreto tres tres uno siete uno-J. Presidente: Greivin Rodríguez Chávez. Plazo social: será de noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones constituido por diez acciones de diez mil colones cada una. Objeto: industria y comercio en general y asesorías, comercialización de servicios profesionales, agricultura, ganadería, exportación, importación y exportación, representación de casas extranjeras.—Heredia, nueve del veintiséis de marzo del dos mil siete.—Lic. Karoline Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 14956.—(29566).
Por escritura setenta y seis, tomo cinco, otorgada a las trece horas, del dos de abril del 2007, se constituyeron treinta y siete sociedades de responsabilidad limitada los señores Christian Díaz Barcia y Jean Fernand Schiettekatte único apellido, los siguientes nombres: LAS DELICIAS PARADISE PROPERTIES, LAS DELICIAS PREMIER REALTY, LAS DELICIAS BEST QUALITY CONDOS, LAS DELICIAS HILLTOP PROPERTIES C.R., LAS DELICIAS GARDENS INVESTMENTS, LAS DELICIAS MOUNTAIN ADVENTURE, LAS DELICIAS RESERVE CORPORATION, LAS DELICIAS BUNGALOWS PROPERTIES C. A., LAS DELICLAS LAVISH OCEAN VIEW VILLAS, LAS DELICIAS HIGHLANDS PROPERTIES, THE JET PROPERTIES INVESTMENTS, THE MOUNTAIN SEAL CORPORATION A.L. MARPA LAS DELICIAS INCORPORATED, LAS DELICLAS NATURE VIEW CORPORATION P.N., LAS DELICIAS ROUTE INVESTMENTS, LAS DELICIAS DUSTY ROADS CORPORATION, LAS DELICIAS RUSH TIME DEVELOPMENT, LOT LAS DELICIAS NUMBER TEN-A, LOT LAS DELICIAS NUMBER NINE-A, LOT LAS DELICIAS NUMBER EIGHT-A, LOT LAS DELICLAS NUMBER SEVEN-A, LOT LAS DELICLAS NUMBER SIX-A, LOT LAS DELICIAS NUMBER FIVE-A, LOT LAS DELICIAS NUMBER FOUR-A, LOT LAS DELICIAS NUMBER THREE-A, LOT LAS DELICIAS NUMBER TWO-A, LOT LAS DELICIAS NUMBER ONE-A, LAS DELICIAS TOWN CORPORATION, LAS DELICIAS LITTLE RIVER ENTERPRISES, LAS DELICIAS DREAM ENTERPRISES, LAS DELICIAS FINE HOMES, LAS DELICIAS GOLD COAST INVESMENTS, LAS DELICIAS BEACH VIEW PROPERTIES, LAS DELICIAS COSTA MARINA, LAS DELICIAS BREEZE LOT ENTERPRISES, LAS DELICIAS BREEZE TOUCH CORPORATION, DELIBREEZE INVESMENTS.—San José, 2 de abril del 2007.—Lic. Rosario Jiménez Delgadillo, Notaria.—1 vez.—Nº 14962.—(29567).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:00 horas del 27 de marzo del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Veterinaria Cavallini S. A., en la que se reforman las cláusulas quinta y sétima del pacto constitutivo. Se nombra nueva secretaria de la junta directiva.—San José, 27 de marzo del 2007.—Lic. Emily Vargas Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 14963.—(29568).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las 13:00 horas del 27 de marzo del 2007, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Los Magníficos del Equipo A Sociedad Anónima, en la cual se acuerda modificar la cláusula primera de la razón social y la cláusula novena de la administración, se nombra nueva junta directiva y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San José, 27 de marzo del 2007.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—Nº 14964.—(29569).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las diez horas del treinta de marzo del año dos mil siete, Roberto Araya Lao y Naxi Mariela Salazar Navarro, constituyeron seis sociedades anónimas cuyas razones sociales les serán asignadas por el Registro Público de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete-J, publicado en La Gaceta el día catorce de junio del año dos mil seis, todas con domicilio social en Heredia y con un plazo de noventa y nueve años. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—Lic. Lindsay Jiménez Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 14967.—(29570).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintiocho de marzo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Araya, Jiménez & Zúñiga Legal y Finanzas Sociedad Anónima. Domicilio social en Heredia. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—Lic. Lindsay Jiménez Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 14968.—(29571).
Por asamblea de socios las sociedades denominadas S G C R The Spirit Guiones of Costa Rica S. A., JV Thirteen Almendro Tropical XII S. A., modifican cláusulas, segunda, undécima y nombran nuevo presidente y secretario.—San José, 7 de abril del año 2007.—Lic. Henry Delgado Jara, Notario.—1 vez.—Nº 14969.—(29572).
Mediante escritura número ciento treinta y nueve, de las doce horas, del día veintinueve de marzo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora de Plásticos Industriales Global Plastic Sociedad Anónima.—Heredia, veintinueve de marzo del año dos mil siete.—Lic. Mario Humberto Zárate, Notario.—1 vez.—Nº 14970.—(29573).
Por escritura autorizada por esta notaría, a las dieciséis horas del veintiocho de marzo del dos mil siete, se protocolizó el acta número dos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Anillo de Fuego del Pacífico Limitada, mediante la cual se adiciona la cláusula catorce referente al agente residente.—San José, veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. Kathya Araya Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 14972.—(29574).
Por escritura autorizada por esta notaría, a las dieciséis horas treinta minutos, del veintiocho de marzo del dos mil siete, se protocolizó el acta número dos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Sequía de Verano Limitada, mediante la cual se adiciona la cláusula catorce referente al agente residente.—San José, veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. Kathya Araya Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 14973.—(29575).
Ante mi notaría, a las quince horas del veintinueve de enero del año dos mil siete, se constituyó la sociedad International Comercial Group M & M Sociedad Anónima, siendo el presidente el señor Marlon Cantillano González.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Juan Carlos Castillo Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 14974.—(29576).
Ante mi notaría, a las quince horas con quince minutos del veintinueve de enero del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Business Corporation Group M & M Sociedad Anónima, siendo el presidente el señor Marlon Cantillano González.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Juan Carlos Castillo Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 14975.—(29577).
Por escritura autorizada por esta notaría, a las diecisiete horas del veintiocho de marzo del dos mil siete, se protocolizó el acta número dos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Andromeda Development Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula sexta referente a la administración.—San José, veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. Kathya Araya Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 14976.—(29578).
Geovanny Soto Duarte y Raúl Alvarado Fernández, constituyen una sociedad sin nombre con domicilio en Zapote, con capital de cincuenta mil colones y el presidente es el apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Randall Gabriel Luna Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 14978.—(29579).
Hazel Madrigal Chavarría y Alfredo Mora Sandí, constituyen una sociedad sin nombre, con domicilio en Moravia, con capital de diez mil colones y el presidente es el apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Randall Gabriel Luna Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 14979.—(29580).
En mi notaría, escritura número 334, de las 8:00 horas del 2 de abril del 2007, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la firma Centro de Servicios B.A S. A.; se reforma pacto social y se hace nombramiento.—San José, 3 de abril del 2007.—Lic. Julio Sánchez Carvajal, Notario.—1 vez.—Nº 14980.—(29581).
Por escritura otorgada ante esta notaría de las ocho horas del veintiuno de febrero del año dos mil siete, se protocoliza acta número dos, asamblea extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada Muebles Si Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-dos cuatro nueve cuatro cero cuatro, donde se nombra como presidenta de la compañía a la señora Maritza Isabel Villalobos Ocampo, quien es mayor, casada una vez, empresaria, vecina de San José, quinientos metros al sur del local comercial denominado Típico Bar, cédula de identidad número uno-ochocientos doce-novecientos cincuenta y cinco.—San José, veintiuno de febrero del año dos mil siete.—Lic. Eliécer Campos Soto, Notario.—1 vez.—Nº 14981.—(29582).
Por escritura otorgada hoy ante mí, los señores Zuhayla Marcos Sandoval y Ricardo Salazar Quesada, constituyen sociedad cuya denominación será la que corresponda a su número cédula jurídica, conforme el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J del 29 de mayo del 2006, publicado en La Gaceta Nº 114 del 14 de junio del 2006. Capital social: suscrito y pagado. Presidente: Humberto Alpízar Morales.—San José, veintinueve de marzo del año dos mil siete.—Lic. Alfonso Romero Coto, Notario.—1 vez.—Nº 14982.—(29583).
Por escritura otorgada hoy ante mí, los señores Zuhayla Marcos Sandoval y Ricardo Salazar Quesada, constituyen sociedad cuya denominación será la que corresponda a su número cédula jurídica, conforme el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J del 29 de mayo del 2006, publicado en La Gaceta Nº 114 del 14 de junio del 2006. Capital social: suscrito y pagado. Presidente: Humberto Alpízar Morales.—San José, veintinueve de marzo del año dos mil siete.—Lic. Alfonso Romero Coto, Notario.—1 vez.—Nº 14983.—(29584).
Por escritura otorgada hoy ante mí, los señores Zuhayla Marcos Sandoval y Ricardo Salazar Quesada, constituyen sociedad cuya denominación será la que corresponda a su número cédula jurídica, conforme el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J del 29 de mayo del 2006, publicado en La Gaceta Nº 114 del 14 de junio del 2006. Capital social: suscrito y pagado. Presidente: Humberto Alpízar Morales.—San José, veintinueve de marzo del año dos mil siete.—Lic. Alfonso Romero Coto, Notario.—1 vez.—Nº 14984.—(29585).
Por escritura ciento setenta y seis de las diez horas cuarenta minutos del veintiocho de marzo del dos mil siete, del tomo uno del protocolo del notario Carlos Madrigal Mora, se modifica el nombramiento del presidente cargo que ahora será por el señor Rafael Ángel Benavides Mora, cédula uno-quinientos quince-quinientos noventa. Domicilio social: San José, Santa Ana, Eco Residencial Villa Real, casa P quince y el agente residente: Jenny Ramírez Robles, cédula de identidad uno-tres ocho siete-dos treinta, de la sociedad Temporalidades Costarricenses FCN Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y nueve mil noventa y siete, por todo el plazo social.—San José, 28 de marzo del 2007.—Lic. Carlos Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—Nº 14985.—(29586).
Mediante escritura otorgada, a las nueve horas del día nueve de abril del dos mil siete, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general de la sociedad Inversiones y Desarrollos Turísticos Inmobiliarios La Costanera Sur S. A., en la que se sustituye miembro de la junta directiva nombrando presidente a Carlos Rodríguez Expósito, pasaporte estadounidense número dos uno uno ocho cinco nueve seis tres seis.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Gerardo Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 14986.—(29587).
Mediante escritura otorgada, a las diez horas, del día veinticuatro de febrero del dos mil siete, ante esta notaría, se sustituye domicilio social de la sociedad denominada Agropecuaria Pirris S. A., el nuevo domicilio será en la provincia de San José, cantón Montes de Oca, Los Yoses, doscientos metros al oeste del Mall San Pedro, Oficentro casa alameda, oficina número ocho.—San José, veintinueve de marzo del dos mil siete.—Lic. Hendrix Gutiérrez Menocal, Notario.—1 vez.—Nº 14987.—(29588).
Que en mi notaría se constituyeron 4 sociedades anónimas cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, a las 11:30 horas del 3 de abril del 2007. Domicilio social: Palmar Norte, Osa, Puntarenas, 50 metros oeste de la sucursal CCSS. Presidente. Fabián Marchena Marchena.—3 de abril del 2007.—Lic. Minor Zamora Castellón, Notario.—1 vez.—Nº 14988.—(29588).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Hertino Hermosas Tierras del Norte HTN Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: veinte mil colones. Gerente: Ezequiel Cortez Blanco.—San José, diez horas, del nueve de abril del año dos mil siete.—Lic. Fabio Solórzano Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 14989.—(29590).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy, se ha constituido en mi despacho la sociedad denominada Diablo Studio Sociedad Anónima, escritura número doscientos cincuenta y nueve, folio ciento cincuenta y ocho frente del tomo sexto de mi protocolo. Capital suscrito y pagado totalmente.—San José, dos de febrero del dos mil siete.—Lic. Luis Diego Hernández Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 14991.—(29591).
Por escritura otorgada ante el notario Luis Alberto Sáenz Zumbado, a las quince horas, del tres de abril del dos mil siete, se constituyó la sociedad Seguridad Profesional Mena Sociedad Anónima. Capital social: setenta y cinco mil colones. La representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma corresponde al presidente.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. Luis Sáenz Zumbado, Notario.—1 vez.—Nº 14993.—(29592).
Melisa Domínguez Chacón y Pablo Aguabella Ferreiro constituyen Inversiones Pameni Sociedad Anónima. Capital social: 10 mil colones. Domicilio social: Escazú, Residencial Pinar del Río casa noventa y ocho-B, todo mediante escritura otorgada en San José, al ser las 19:00 horas del 28 de marzo del 2007.—Lic. Laura Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—Nº 14994.—(29593).
Francisco Cruz Lara y Francisco Cruz Salas constituyen Hammond Lubricants Sociedad Anónima. Capital social: 10 mil colones. Domicilio social: San José, Galerías Rohrmoser, local veinticinco, contiguo a la primera etapa de Plaza Mayor, todo mediante escritura otorgada en San José, al ser las 9:00 horas del 29 de marzo del 2007.—Lic. Laura Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—Nº 14995.—(29594).
Por escritura otorgada, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos, del día treinta de marzo del año dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Consorcio Tropicana del Caribe COTROCA Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y nueve mil ciento trece. Por medio de la cual se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo; y se nombró nuevo secretario, tesorero y fiscal, por el resto del plazo social.—San José, 30 de marzo del 2007.—Lic. Paúl Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—Nº 14996.—(29595).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 13 de octubre del 2006, se protocolizó acta de la empresa Club Privado Calle del Rey S. A., por medio de la cual se modifican sus estatutos sociales.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 14997.—(29596).
Por escritura número 281-12, otorgada en Heredia, a las once horas treinta y cinco minutos, del treinta de marzo del día de hoy, ante esta notaría la compañía de esta plaza Oficentro Cuatro M del Norte Sociedad Anónima mediante acta de asamblea general extraordinaria número dos, modificó la cláusula quinta de los estatutos.—Heredia, treinta de marzo del dos mil siete.—Lic. Wayner González Arguedas, Notario.—1 vez.—(29656).
Por escritura número 282-12, otorgada en Heredia, a las doce horas treinta minutos del día de hoy, ante esta notaría la compañía de esta plaza Distribuidora Ramírez y Castillo Sociedad Anónima mediante acta de asamblea general extraordinaria número nueve, modificó la cláusula sexta de los estatutos.—Heredia, treinta de marzo del dos mil siete.—Lic. Wayner González Arguedas, Notario.—1 vez.—(29657).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó Chinese Import Traders Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—(29659).
Se hace constar que Promotora Empresarial Hermanos Vargas Marín S. A., nombra nueva junta directiva.—San José, siete de marzo del dos mil siete.—Lic. Patricia Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—(29661).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas, del día tres de abril del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía denominada Tous Costa Rica Limitada, en la cual se reforma la cláusula segunda, cláusula sexta y se nombró nuevo gerente y subgerente. Es todo.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Randall Chuken Vargas, Notario.—1 vez.—(29667).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, número ciento treinta y tres, otorgada a las nueve horas del veintisiete de marzo del dos mil siete, se constituyó la sociedad limitada bajo la razón social Presagio Limitada con un capital social de diez mil colones.—Lic. Silvia González Castro, Notaria.—1 vez.—(29677).
Ante mi notaría se constituyó la sociedad denominada Servicios Doblyza D.E.C.R. Sociedad Anónima, a las ocho horas veinte minutos del veintiuno de marzo del dos mil siete.—Lic. David José Castillo Jiménez, Notario.—1 vez.—(29679).
Mediante escritura número trescientos once-ocho, otorgada el día 9 de abril de 2007, ante el suscrito notario se protocolizó el acta número uno de la sociedad Fun Zone Inc Sociedad Anónima, donde se acordó modificar las cláusulas segunda, cuarta del pacto constitutivo, se nombra como nuevo tesorero al señor Christian Otto Sauter Miller y se acuerda modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, nueve de abril de dos mil siete.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(29686).
Por escritura otorgada ante mi notaría en Heredia, a las 8:00 horas del 4 de abril de 2007, se constituyó la sociedad denominada Viquezar Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado. Objeto: comercio en general. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Urbanización San Jorge, Heredia, pudiendo establecer sucursales dentro o fuera del país. Presidenta: Ana Belinda Araya Villalobos.—Lic. Ronald Araya Marín, Notario.—1 vez.—(29688).
Por medio de escritura número sesenta y nueve otorgada ante la suscrita notaria, a las quince horas del veintiocho de marzo del dos mil siete, constituí la sociedad de esta plaza Patricia Tamara Gilbreath Chacón Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones y por un plazo social de noventa y nueve años. Presidente tiene la representación legal y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 10 de abril del 2007.—Lic. Annemarie Guevara Guth, Notaria.—1 vez.—(29696).
Inversiones Makae S. A., en asamblea general extraordinaria, realizada el treinta y uno de marzo del dos mil siete, reforma cláusula sexta del acta constitutiva y realizan cambio de junta directiva.—Nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Sandra Solís Corrales, Notaria.—1 vez.—(29697).
Que a las 9:00 horas del 10 de abril del 2007, se constituyó la sociedad Servicios K y N S. A. Capital de diez mil colones, plazo noventa y nueve años, domicilio Alajuela, Presidente y secretaria apoderados generalísimos, Objetivo comercio en general.—Alajuela, 10 de abril del 2007.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(29698).
Por escritura 226, otorgada en esta notaría, a las 9:00 horas del 27 de marzo del 2007, se constituyó la sociedad Local Quepos LQ S. A. Capital social: ¢100.000,00. Representantes: el presidente y tesorero.—Lic. Ilem Tatiana Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—(29719).
Por escritura 247, tomo 27 de mi protocolo, de las 9:30 horas del 29 de marzo del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Comercializadora Punta del Oeste S. A. Se modificó cláusula cuarta de los estatutos relativa al plazo social, el cual se redujo a siete años y un mes y medio, contados a partir del veintiocho de febrero del dos mil.—Alajuela, 9 de abril del 2007.—Lic. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1 vez.—(29720).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las diecinueve horas del nueve de abril del dos mil siete, se constituyó Visión Solución Integral Sociedad Anónima. Domicilio social: Alajuela, Central, Coyol, de la Iglesia Católica quinientos metros oeste, frente al primer taller de buses. Capital social: cien mil colones, representados por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, y representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—(29721).
Por escritura otorgada en mi notaría en Alajuela, a las diez horas cinco minutos del diez de abril del dos mil siete, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Llama del Atardecer Sociedad Anónima. Domicilio social: Curridabat, Residencial Hacienda Vieja, de la entrada principal, trescientos metros sur, cincuenta metros este, casa número trescientos. Cambio de junta directiva y fiscal.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—(29722).
Por escritura otorgada en mi notaría en Alajuela, a las diez horas del diez de abril del dos mil siete, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Concame Residencias Cariari Doña Rosa Uno Sociedad Anónima. Domicilio social: Curridabat, Residencial Hacienda Vieja, de la entrada principal, trescientos metros sur, cincuenta metros este, casa número trescientos. Cambio de junta directiva y fiscal.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—(29723).
Ante mi notaría en Grecia, a las ocho horas del diez de abril del dos mil siete, protocolizo el acta número veinte de la sociedad J C B Alquiler de Maquinaria S. A., mediante la cual se modifica la cláusula tercera del objeto del pacto constitutivo de la sociedad.—Lic. Mayela Espinoza Loría, Notaria.—1 vez.—(29724).
Ante mi notaría en Grecia, a las siete horas del diez de abril del dos mil siete, protocolizo el acta número once de la sociedad J C B Distribuidora S. A., mediante la cual se modifica la cláusula tercera del objeto del pacto constitutivo de la sociedad.—Lic. Mayela Espinoza Loría, Notaria.—1 vez.—(29725).
El suscrito notario avisa que mediante escritura número ciento cincuenta y cuatro, del tomo primero de mi protocolo, la señora Tannia Saborío Solís, y la señora Maricel Tatiana Saborío Solís, constituyeron la sociedad denominada Workshop Solution G.R. S. A. Informes al: 444-51-84.—Veintiocho de marzo del dos mil siete.—Lic. Gumer Gerardo Montero Valverde, Notario.—1 vez.—(29734).
Por escritura número ciento sesenta y siete-dos, otorgada
ante los notarios Farid José Ayales Bonilla y Juvenal Sánchez Zúñiga, a las
siete horas treinta minutos del día veinticinco de enero del dos mil siete, se
adiciona la cláusula décima primera a los estatutos de la compañía C.R.
Travesías de la Naturaleza C.R.N.J. S. A.—San José, 9 de abril del
2007.—Lic. Juvenal Sánchez Zúñiga, Conotario.—1 vez.—(29740).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas del primero de marzo del dos mil siete, se constituye la sociedad denominada Montaña Urbana E.F.M. Sociedad Anónima, con presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjuntamente dos de ellos.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. Barbara Van Nierop, Notaria.—1 vez.—(29776).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas del seis de marzo del dos mil siete, se modifica la cláusula sétima de la sociedad denominada Guabito Negra H.G. Sociedad Anónima, que tiene la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y dos mil trescientos noventa y ocho.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. Dagoberto Mata Herrera, Notario.—1 vez.—(29778).
Ante nosotros Carlos Manuel Segura Quirós y Yesenia Arce Gómez, Notarios Públicos de Escazú, San José se constituyeron las siguientes sociedades denominadas Grupo Agrícola Corteza Sociedad Anónima y Transportes Corteza R R Sociedad Anónima, ambas con un plazo social de cien años. Así mismo protocolizamos el acta número uno de asamblea general extraordinaria de la empresa denominada Inversiones Estrella de Belén MY Sociedad Anónima. Se Reforma la cláusula octava de la administración y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—Escazú, 4 de abril del 2007.—Lic. Yesenia Arce Gómez, Notaria.—1 vez.—(29782).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13:00 horas del 21 de marzo del 2007, se constituyó la sociedad Activos Darien Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente: Gerardo Aguilar Ramírez.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. Katherine Moruelo Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 14740.—(29786).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 21 de marzo del 2007, se constituyó la sociedad Evermarine International Sociedad Anónima. Presidente: Luis Antonio Aguilar Ramírez.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. Katherine Moruelo Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 14741.—(29787).
En esta notaría, al ser las nueve horas del nueve de abril del dos mil siete, se protocolizó acta de la empresa Tecnología Adcom de Nosara S.A., en la que se modifica la cláusula cuarta del pacto social y se nombra nueva directiva y fiscal.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—Nº 14998.—(29790).
Daniel Mendoza Salas e Iliana María Sánchez Acuña, constituyen la sociedad denominada Acabados y Decoraciones Mendoza y Sánchez Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital totalmente suscrito y pagado. Corresponde al gerente la representación judicial y extrajudicial. Escritura otorgada en Puerto Viejo de Sarapiquí, a las once horas, del nueve de abril del dos mil siete. Ante la notaria pública Julieta Lidieth Chavarría Araya.—Puerto Viejo de Sarapiquí, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Julieta Lidieth Chavarría Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 15000.—(29791).
Ante el suscrito notario se constituyó la sociedad de esta plaza Forjando Metas Inter Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pago.—Alajuela, treinta de marzo del dos mil siete.—Lic. Johnny Ramírez Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 15001.—(29792).
Ante esta notaría se modificaron las cláusulas quinta y sexta referentes al capital social y a la administración de Inversiones Ventura Ceibo Sociedad Anónima.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Hazel Tatiana Monge Calvo, Notaria.—1 vez.—Nº 15003.—(29793).
Por escritura otorgada ante mí a las 14:00 horas del 28 de marzo del 2007, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad denominada Grupo Uno Cinco Uno S. A., se reforma cláusula sexta de los estatutos sociales y se nombra nuevo secretario en junta directiva. Es todo.—San José, 28 de marzo del 2007.—Lic. Harry Wohlstein R., Notario.—1 vez.—Nº 15004.—(29794)
Mediante escritura número cincuenta y dos visible al cuarenta frente del tomo tercero de mi protocolo, otorgada a las doce horas del día treinta y uno de marzo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Black Dog Tours Sociedad Anónima. Es todo.—San José, nueve de abril del año dos mil siete.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—Nº 15005.—(29795).
Por escritura otorgada ante la notaria Rita María Herrera Durán, a las dieciséis horas del treinta de marzo del dos mil siete, se constituyó la sociedad cuya denominación social será igual al número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Rita María Herrera Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 15008.—(29796).
Por escritura otorgada ante la notaria Rita María Herrera Durán, a las quince horas del siete de abril del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Dibet del Coco Sociedad Anónima, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, siete de abril del dos mil siete.—Lic. Rita María Herrera Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 15009.—(29797).
Ante esta notaría se constituyó el día 28 de mayo del 2006, la sociedad anónima denominada Inversiones Lirios y Corales del Caribe Sur Sociedad Anónima; cuyo representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es Miguel Sánchez Porras; cédula 1-455-117; vecino de San José.—San José 5 de junio del 2006.—Lic. Carlos Enrique Soto Meléndez, Notario.—1 vez.—Nº 15011.—(29798).
Ante esta notaría se constituyó el día 28 de mayo del 2006, la sociedad anónima denominada Consorcio Jurídico del Caribe Sociedad Anónima; cuyo representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el Lic. José Fernando León Artavia; cédula 6-274-150; vecino de San José.—San José, 5 de junio del 2006.—Lic. Carlos Enrique Soto Meléndez, Notario.—1 vez.—Nº 15012.—(29799).
El suscrito notario, por este medio hago constar que por escritura número: ciento once, tomo segundo, a las once horas treinta minutos del siete de abril del dos mil siete, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Inversiones Bazzotto Sociedad Anónima. Con capital de diez mil colones. Representante legal: Óscar Navarro Martínez, presidente.—Diez de abril del dos mil siete.—Lic. Luis Alcides Salazar Jara, Notario.—1 vez—Nº 15015.—(29800).
En mi notaría se constituyó al ser las doce horas del seis de abril del dos mil siete, en escritura número trescientos dieciocho, la sociedad Finca El Zacatipe Sociedad Anónima.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. José Armando Angulo Viales, Notario.—1 vez.—Nº 15016.—(29801).
Por escritura otorgada en esta notaría a las once horas del treinta y uno de marzo del dos mil siete, se constituyó la sociedad domiciliada en Cartago, denominada Inversiones Robrymeli Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado una vez.—San José, a las doce horas del treinta y uno de marzo del dos mil siete.—Lic. Carlos Fuentes Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 15017.—(29802).
Ante esta notaría se constituyó la entidad jurídica de esta plaza denominada Fincafive Sociedad Anónima. Expido un primer testimonio. Escritura otorgada en la ciudad de Heredia, al ser las once horas del día veintiuno mes de marzo del dos mil siete.—Lic. Patricia Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº 15018.—(29803).
Ante esta notaría se constituyó la entidad jurídica de esta plaza denominada Founder Incorporated Sociedad Anónima. Expido un primer testimonio escritura otorgada en la ciudad de Heredia al ser las trece horas del día tres mes de abril del dos mil siete.—Lic. Patricia Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº 15019.—(29804).
Ante esta notaría se constituyó la entidad jurídica de esta plaza denominada Miau Sociedad Anónima. Expido un primer testimonio. Escritura otorgada en la ciudad de Heredia, al ser las once y treinta horas, del día dieciséis mes de febrero del dos mil siete.—Lic. Patricia Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº 15020.—(29805)
Mediante escritura número ciento diecinueve, de las diez horas del veintitrés de marzo del año dos mil siete, se modificó cláusula sétima de la sociedad Matsumotos de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. María Felicia Gómez Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 15021.—(29806).
Por escritura otorgada ante mí, número ochenta y dos, en mi segundo protocolo, a las 15 horas del 8-04-2007, se constituyó la sociedad Tinoco y Asociados Metalúrjicos de Centroamérica S. A., domicilio Tibás, Cinco Esquinas, Condominios Colimar, capital diez mil colones, Presidente: Joel Giraldo Castillo.—San José, 10 de abril del dos mil siete.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Notario.—1 vez.—Nº 15022.—(29807).
Por escritura número doscientos setenta y seis, otorgada en esta notaría el día dieciséis de marzo de dos mil siete, a las catorce horas treinta minutos, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad denominada Distribuidora de Productos Lamaslinda.Com, Sociedad de Responsabilidad Limitada. Presidente: Jaime Henao Bedoya.—Cartago, a las ocho horas treinta minutos, del nueve de abril de dos mil siete.—Lic. Paula Aragón Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 15023.—(29808)
El suscrito notario Víctor Solís Castillo, hace constar que en esta notaría, se constituyeron Great Viewpoint of Ojochal Sociedad Anónima, presidente David Murray de apellido White, apoderado generalísimo sin límite de suma, actuando en forma conjunta o separada y Four Whell Drive Ojochal Sociedad Anónima, presidente David Murray de apellido White, apoderado generalísimo sin límite de suma, actuando en forma conjunta o separada. Es todo, firmo en Palmar, Osa, Puntarenas, al ser las dieciséis horas diez minutos del día dos de abril del dos mil siete.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 15024.—(29809).
Por escritura otorgada hoy ante esta notaría protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Círculo de Protección Total Sociedad Anónima, en la cual se modifica cláusula primera.—San José, 8 horas del 28 de marzo del 2007.—Lic. Raúl Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 15025.—(29810).
Por escritura número doscientos, del tomo dos del protocolo del suscrito notario, otorgada ante mí a las 14:30 del 28 de marzo de este año, Jeison Martínez Castillo y Leidy Sirias Rojas, constituyen una sociedad anónima, cuya denominación social será el número de cédula jurídica que el Registro de Personas Jurídicas le asigne al momento de su inscripción, esto de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo 33171-J, domicilio en Naranjito, del Súper La Única, cincuenta metros al este y cien metros al sur.—Aguirre, Puntarenas, Quepos, 28 de marzo de 2007.—Lic. Jaime Fonseca Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 15026.—(29811).
Al ser las 14:00 del nueve de abril del año dos mil siete, en Ramírez y Barboza S. A., cambia de domicilio el cual será de ahora en adelante Barrio Lourdes de Pérez Zeledón, cincuenta metros antes de la escuela del lugar. Es Todo.—San Isidro, Pérez Zeledón, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 15028.—(29812).
Al ser las 14:30 del nueve de abril del año dos mil siete, en cadena de Restaurantes Zúñiga y Asociados S. A., cambia nombre a Publivirtual S. A. Es Todo.—San Isidro, Pérez Zeledón, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 15029.—(29813).
Mediante escritura otorgada en esta notaría a las 10:00 horas del 9 de abril del 2007, se constituyó Jormarmar Amigos del Este S. A. Jorge Retana Fernández, Presidente.—Lic. Álvaro Arce Mora, Notario.—1 vez.—Nº 15030.—(29814).
Por escritura Nº 24 de las 8:00 horas del día 19 de marzo del 2007, María Cristina Chacón Sánchez y Augusto Trejos Molina, constituyeron sociedad denominada Bufete Rojas y Asociados Brasa Sociedad Anónima, capital social ¢100.000.00. Presidente: Erasmo Rojas Madrigal.—Lic. Patricia Alfaro Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 15032.—(29815).
En mi notaría en San José a las trece horas del tres de abril del dos mil siete, se constituyó la sociedad Men-Mobile Entertaiment Network, Sociedad Anónima. Domicilio San José. Capital social: doce mil colones. Presidente y tesorero con plenas facultades. Plazo 99 años.—Lic. Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 15033.—(29816).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del veintinueve de marzo del dos mil siete, se constituyó la sociedad cuyo nombre será el número de cédula de persona jurídica que de oficio le asigne el Registro con el aditamento S. A. Presidenta: Natividad Yanini Ramos de la Cruz. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.— Lic. Jessica Margot Barboza Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 15035.—(29817).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 9 de abril del 2007, se constituyó PBA Entretenimiento y Producciones Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social 95 años. Domicilio: provincia de San José, cantón Curridabat, distrito Granadilla, cuatrocientos metros este de la entrada principal de Residencial Monterán.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 15036.—(29818).
Al ser las 10:00 horas del 23 de marzo del 2007, se constituyó Grupo Castro C Y M S. A. Presidente Marvin Castro Méndez.—Lic. Vera Garro Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 15037.—(29819).
A las 13:00 horas de hoy, los señores, Adrián Lachner Castro, Aura Malavassi Valencia, Rafael Salgado Morúa y María Jiménez Pacheco, constituyen, Fundación Invenio. Don Adrián Lachner, Presidente.—San José, 19 de marzo de 2007.—Lic. Eugenio Fco. Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 15039.—(29821).
Al ser las trece horas del nueve de abril del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Quebradas Gemelas Montaña y Mar Sociedad Anónima, de la cual es presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor: Gary Mitchell de único apellido Gilbert, cédula de residencia número ciento setenta y cinco-mil trescientos treinta y cuatro-cincuenta y siete-cero once mil doscientos sesenta y seis, por medio de escritura otorgada ante el notario Alexander Elizondo Quesada.—San Isidro de Pérez Zeledón, 9 de abril del 2007.—Lic. Alexander Elizondo Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 15069.—(29840).
Por escritura otorgada ante el notario Carlos Lizano Lépiz, a las doce horas del tres de abril del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima Centro Diseño del Oeste Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra totalmente suscrito y pagado.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—Nº 15070.—(29841).
Por escritura otorgada ante el notario Carlos Lizano Lépiz, a las nueve horas del tres de abril del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima Vistas de Santa Ana Tulipanes Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra totalmente suscrito y pagado.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—Nº 15071.—(29842).
Por escritura otorgada ante el notario Carlos Lizano Lépiz, a las nueve horas treinta minutos del tres de abril del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima Vistas de Santa Ana Heliconias Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra totalmente suscrito y pagado.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—Nº 15072.—(29843).
Por escritura otorgada ante el notario Carlos Lizano Lépiz, a las diez horas del tres de abril del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima Vistas de Santa Ana Anturios Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra totalmente suscrito y pagado.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. Carlos Lizano Lépiz, Notario.—1 vez.—Nº 15073.—(29844).
En mi notaría, se ha constituido la Federación Costarricense de Cámaras Regionales de Turismo. Presidente el asociado Orlando Castro Murillo.—Guadalupe, a las catorce horas del veintitrés de marzo del dos mil siete.—Lic. Priscilla Sánchez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 15083.—(29852).
Gehasleane Rivera Campos, Paula Fernández Rivera y Josué Fernández Rivera, todos vecinos de Desamparados, dicen que han convenido en constituir G Al Cuadrado Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, representados por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Escritura otorgada a las diez horas con treinta minutos del dieciséis de marzo del dos mil siete.—La Unión, 19 de marzo del 2007.—Lic. Ildreth Araya Mesén, Notaria.—1 vez.—Nº 15084.—(29853).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día veinte de marzo del dos mil siete, el suscrito notario protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Carabantes Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sexta de la administración nombrándose nueva junta directiva.—San José, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Alberto Coto Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 15085.—(29854).
Hoy día he constituido sociedad cuya razón social es Inversiones Villa Zeus Ciento Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada, la cual tiene como domicilio en Escazú, San José. Gerente con representación judicial y extrajudicial. Capital social: cien mil colones.—Ciudad de Desamparados, San José, doce de marzo del dos mil siete.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 15086.—(29855).
Hoy día he constituido sociedad cuya razón social es Inversiones Dios Hermes Ciento Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada, la cual tiene como domicilio en Escazú, San José. Gerente con representación judicial y extrajudicial. Capital social: cien mil colones.—Ciudad de Desamparados, San José, doce de marzo del dos mil siete.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 15087.—(29856).
Hoy día he constituido sociedad cuya razón social es Condovilla Zeus Ciento Uno Limitada, la cual tiene como domicilio en Escazú, San José. Gerente con representación judicial y extrajudicial. Capital social: cien mil colones.—Ciudad de Desamparados, San José, doce de marzo del dos mil siete.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 15088.—(29857).
Hoy día he constituido sociedad cuya razón social es Inversiones Dios Poseidón Ciento Dos Limitada, la cual tiene como domicilio en Escazú, San José. Gerente con representación judicial y extrajudicial. Capital social: cien mil colones.—Ciudad de Desamparados, San José, catorce de marzo del dos mil siete.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 15089.—(29858).
Hoy día he constituido sociedad cuya razón social es Inversiones Filial Demeter Doscientos Uno Limitada, la cual tiene como domicilio en Escazú, San José. Gerente con representación judicial y extrajudicial. Capital social: cien mil colones.—Ciudad de Desamparados, San José, catorce de marzo del dos mil siete.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 15090.—(29859).
Las señoras Rosibel Cordero Piedra y Elizabeth Cordero Piedra, constituyen la sociedad denominada Centro Médico Nueva Figura Sociedad Anónima, mediante escritura noventa y seis, otorgada a las siete horas del día diez de febrero del dos mil siete, ante la notaria pública Adriana Chavarría Cordero.—Lic. Adriana Chavarría Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 15091.—(29860).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Altus Consulting Sociedad Anónima. Corresponderá al presidente y al secretario, hasta veinte mil dólares moneda de los Estados Unidos de América, de forma individual la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, para una suma superior y sin limitación deberán de actuar.—Paraíso, tres de abril del dos mil siete.—Lic. Carlos Iván Morales Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 15092.—(29861).
Por escritura de esta notaría, a las 10:00 horas, se constituye la sociedad Bienes y Servicios Glofer de Cartago S. A. Se nombra junta directiva. Capital social: diez mil colones. Domicilio: San Blas de Cartago.—Cartago, 9 de abril del 2007.—Lic. Juan Carlos Carballo Zeuli, Notario.—1 vez.—Nº 15093.—(29862).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:00 horas del 9 de abril del 2007, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Vida y Sueño S. A. Se nombra nuevo vicepresidente y se reforma cláusula décimo segunda.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. Karla Villalobos Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 15094.—(29863).
Por escritura de las ocho horas del tres de abril del dos mil siete, Danielle Michelle Manon Sjauw Mook y Jocelyn Barrett Royes, constituyeron la compañía denominada Innova Design DMM Sociedad Anónima. Domiciliada en San José.—San José, 3 de abril del 2007.—Lic. Carl Uriah Wolfe Walters, Notario.—1 vez.—Nº 15095.—(29864).
Ante esta notaría, se constituyó a las 15:00 horas del 1º de abril de año en curso Sol y Paz Decoración Sociedad Anónima. Presidenta: Carole Ivonne Lucas, apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, 9 de abril del 2007.—Lic. Jenny Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 15098.—(29865).
En esta notaría, se realiza reforma al pacto constitutivo y se nombra nuevo gerente y apoderado generalísimo de la sociedad denominada Corporación Serigrafía Ultra Ltda., cédula de persona jurídica Nº 3-102-093221-04.—San José, 13 de marzo del 2007.—Lic. Marianela Angulo T., Notaria.—1 vez.—Nº 15100.—(29866).
En escritura Nº 318, otorgada en esta notaría, a las 14:00 horas del día 26 de marzo del 2007, se constituyó la sociedad Proyectos Anchía y Ariza Sociedad Anónima. Domicilio social: Cinco Esquinas, Tibás, San José. Presidenta: Katia Esperanza Anchía Blanco, cédula Nº 7-078-952. Capital social: ¢10.000,00.—Cariari, Pococí, Limón, 3 de marzo del 2007.—Lic. Antonio Chávez Olivares, Notario.—1 vez.—Nº 15102.—(29867).
He constituido la sociedad Importadora Bel L.E.B. del Sur S. A. Capital: suscrito y pagado. Domicilio en San José, Goicoechea. Objeto: comercio en general. Nombramiento de junta directiva: agente residente. Plazo: 99 años.—2 de abril del 2007.—Lic. Rafael Gutiérrez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 15105.—(29868).
Ante esta notaría, mediante escritura número ochenta-uno, otorgada en la Fortuna de Bagaces, Guanacaste, del día veintiocho de febrero, a las diez horas del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Gadhipusec Sociedad Anónima. Objeto: comercio en general. Presidente: Hubert Arias Sandoval. Es todo.—Fortuna de Bagaces, Guanacaste, a las diez horas treinta y cinco minutos del veintiocho de febrero del dos mil siete.—Lic. Jorge Alberto Ramos Arrieta, Notario.—1 vez.—Nº 15106.—(29869).
Ante esta notaría, a las 8:00 horas del 21 de febrero del 2007, se constituyó la sociedad denominada TTG Entertainment Sociedad Anónima. Duración: 100 años. Domicilio: San José. Capital social: cien colones. Presidente representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 21 de febrero del 2007.—Lic. Marielos Meléndez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 15107.—(29870).
Ante esta notaría, al ser las quince horas diez minutos del tres de abril del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad Encuentro de Tambor Sociedad Anónima, donde se acordó modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo del domicilio y la cláusula novena de la administración. Presidente: Jasper Lee Roy Angello.—San Antonio de Belén, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Stanley Mejía Mora, Notario.—1 vez.—Nº 15108.—(29871).
Ante esta notaría, al ser las trece horas del tres de abril del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad Regreso Anunciado Sociedad Anónima, donde se acordó modificar la cláusula novena de la administración. Presidente: William Ralph Schwoerer.—San Antonio de Belén, nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Stanley Mejía Mora, Notario.—1 vez.—Nº 15109.—(29872).
Ante esta notaría, al ser las diez horas veinte minutos del veintiséis de marzo del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad The Sir of the Wind Sociedad Anónima, donde se acordó modificar la cláusula segunda del domicilio, cláusula novena de la administración, se nombran nuevo presidente y secretario. Presidente: Roy Roger Stewart.—San Antonio de Belén, veintisiete de marzo del dos mil siete.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—Nº 15110.—(29873).
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Resolución Nº 1226-2006-DMG.—Despacho del Señor Ministro.—San José, a las diez horas, treinta y cinco minutos del veinticuatro de octubre del dos mil seis.
Conoce este Despacho del recurso apelación interpuesto por el señor Pedro Antonio Rodríguez Días de nacionalidad colombiana, contra la resolución número ESP-1325-2005-DR-RVI-SCHACÓN, de las 11:00 horas del 18 de abril del dos mil cinco, mediante la cual la Dirección General de Migración y Extranjería resolvió cesarle al interesado la condición de refugiado.
Resultando:
1º—Que el señor Pedro Antonio Rodríguez Días presentó solicitud de refugio ante la autoridad competente, misma que fue conocida y resuelta favorablemente a sus intereses mediante resolución Nº RRM2354-2002-DR-SCH de las 15:22 horas del 27 de febrero del 2002.
2º—Que el actor presentó diferentes solicitudes de salida y de reingreso al país de la siguiente manera: por 10 días para viajar a Canadá en razón de una grave enfermedad de una hermana suya, resuelta positivamente mediante resolución Nº VTPM-2836-002-DR-HRU, de las 14:35 horas del 15 de marzo del 2002. Para viajar a Panamá por 15 días para realizar labores de su profesión, resuelta favorablemente mediante resolución Nº VTPM-7046-DR-HRU, de las 11:43 horas del 23 de julio del 2002. Mediante resolución Nº VTPM-7514-DR-HRU, de las 12:08 horas del 14 de agosto del 2002, se le concedió por 40 días para visitar Alemania por asuntos de trabajo. Hacia Panamá por 40 días, resuelta positivamente mediante resolución Nº VTPM-9202-DR-YLO, de las 09:58 horas del 12 de noviembre del 2002. A Panamá por 40 días, resuelta positivamente mediante resolución Nº VTPM-001471-DR-RVILLALOBOS, de las 12:23 horas del 8 de abril del 2003. Hacia Guatemala por 40 días, se resolvió en forma positiva mediante resolución Nº VTPM-003798-2003-DR-EMEISSNER, de las 08:38 horas del 22 de setiembre del 2003
3º—Que el interesado presentó autorización para que el Departamento de Refugiado de la Dirección General de Migración y Extranjería ponga a disposición de las autoridades del Alto Comisionado de las Naciones Unidas par los Refugiados (ACNUR) puedan recolectar información sobre sus declaraciones y demás contenidas en su expediente: Lo anterior en escrito con papel membretado de la United Nations Higt Commisioners for Refugers (UNHCR) y numerado con el Caso N 420. (Vf.77 del expediente).
4º—Que el recurrente presentó igual solicitud para dirigirse nuevamente a Guatemala por 62 días por motivos laborales, y se le resolvió positivamente mediante resolución Nº VTPM-001765-2004-DR-YLOPEZ, de las 10:05 horas del 06 de mayo del 2004.
5º—Que el Departamento de Inteligencia de la Policía de Control de Drogas de la Fuerza Pública de Costa Rica le solicitó al Departamento de Refugiados de la Dirección General de Migración y Extranjería les suministrara toda la información que se encuentra en sus archivos de Pedro Antonio Rodríguez Díaz, portador del carné de Refugiado N° C070000293902 y de pasaporte Nº CC79105550, de nacionalidad colombiana.
6º—Que el aquí actor presentó nueva solicitud de permiso de salida y reingreso, esta vez para viajar a Guatemala por el término de 64 días a partir del 10 de noviembre del 2005 por razones de trabajo, la cual le fue debidamente aprobada mediante resolución Nº VTPM-003770-2004-DR-YLOPEZ, de las 09:54 horas del 25 de octubre del 2004.
7º—Que la Dirección General de Migración y Extranjería realizó un estudio de los movimientos migratorios del actor, determinándose lo siguiente: Fecha Entrada (FE): 28-04-2004, Fecha Salida (FS)19-08-2004, FE:16-09-2004, FE 16-09-2004 procedencia Colombia, FS:19-08-2004 destino Colombia, 28-04-2004 procedencia Colombia, FS:09-01-2002, FE:09-01-2002, FS: 24-04-2002, FE27-04-2002, FS:25-07-2002, FE: 29-07-2002, FS: 18-10-2002, FS: 18-12-2002, FE: 02-04-2003, FE: 09-01-2002, FS: 24-04-2002, FE: 27-04-2002FS: 25-07-2002, FE: 29-07-2002, FE: 18-10-2002, FS18-12-2002, FE: 02-04-2003, FE: 28-04-2004, procedencia Colombia, FE: 16-09-2004 procedencia Colombia, FS: 19-08-2004 destino Colombia
8º—Que la Dirección General de Migración y Extranjería, con vista en los hechos anteriormente citados dictó la resolución Nº ESP-915-2005-DR-RQU-SCHACON, de las 12:00 horas del 14 de marzo del 2005, mediante la cual inicia la causa tendiente a la cesación del status de refugiado del actor, en razón del contenido de los artículos57 a 59 de la Ley Nº 7033 de 4 de agosto de 1986, en virtud el abandono del territorio nacional sin la respectiva autorización -necesaria conforme el artículo 7, párrafo II inciso 14-, así como el inciso 25 de la supra citada ley, la que faculta a la autoridad competente para que cancele el status otorgado si media tal circunstancia, para lo cual se le confirió audiencia oral y privada a efectos de otorgarle el derecho a la legítima defensa.
9º—Que el señor Rodríguez Días se apersonó a las 08:30 horas del día 8 de abril del 2005 a la cita y manifestó entre otras cosas que no era acierto que haya salido del país sin el respectivo permiso. Se le preguntó sobre los certificados en que se demuestra sus salidas e ingresos a Colombia, manifiesta que tiene un familiar en las oficinas de West Caribbean en Colombia, el que le facilita a bajo costo los tiquetes de avión con ruta Costa Rica –Colombia, haciendo tránsito en Panamá, y que ha hecho uso de esos tiquetes, sin llegar a Colombia como aparece en los registros, sino hasta Panamá, que para corroborar su dicho aporta tiquete de West Caribbean Airways con destino a Panamá, Costa Rica, , tarjeta de turismo de Panamá, tiquete de buses de Panamá, dos copias de tiquetes de terminal de buses, que se siente preocupado y molesto que un ciudadano tenga que demostrar su inocencia pues la ley no está dada para ello, que las pruebas las aporta de buena fe y con el buen sentido de colaboración, por lo que solicita se le renueve su carné de refugiado de forma inmediata.
10.—Que el día 15 de abril -07 días después de la cita indicada-, el recurrente presentó copia de la denuncia Nº 05-000001-0626-FC-3 interpuesta por su persona ante el Juzgado Segundo Contravencional del Primer Circuito Judicial de San José, y manifestó entre otras cosas que el día 12 de abril del 2005 en los alrededores del Mercado Central de San José le sustrajeron la marica que contenía 120 dólares, veintiocho mil quinientos colones, tarjeta de c rédito visa Credomatic, dos cheques en blanco, otros documentos personales como licencia de conducir, su pasaporte Nº 79105550, dos cané de la Universidad Libre de Colombia, recibo de compra-venta La Cueva por un valor de ¢105.000,00 que presenta la denuncia por cualquier mal uso que se le de a sus documentos, no señala lugar para notificaciones.
11.—Que la Dirección General de Migración y Extranjería mediante Resolución Nº PRVRM -001237-2005DR-SCHACON, de las 14:35 horas del 8 de abril del 2005, previo a resolver le solicitó al actor que aportara fotocopia de su pasaporte. Que el interesado presentó escrito ante el a quo el día 21 de abril del 2005, manifestando que aporta declaración ante ente judicial del extravío de su pasaporte, señala además que en forma unilateral se le inicia procedimiento administrativo para cancelarle su status de refugiado, que en la audiencia aportó argumentos y pruebas ciertos y verdaderos, que en la última resolución ( el previo) se le solicita copia del pasaporte, las cuales ya había aportado, y posteriormente la copia de la denuncia del robo de su pasaporte.
12.—Que mediante Resolución Nº ESP-1325-2005-DR-RVI-SCHACON, de las 11:00 horas del 18 de abril del 2005, la Dirección General de Migración y Extranjería procedió a cesar la condición de refugiado al actor. Que inconforme con la anterior resolución, el interesado interpuso recurso de revocatoria con apelación, alegando fundamentalmente que mediante resolución Nº 1237-2005 notificada el día 15-04-05 el a quo le hace la exigencia de aportar la copias del pasaporte, dándole un plazo de 15 días para ello, y que el 18 de abril del 2005 –un día hábil después de la notificación anterior, en resolución Nº 1325-2005 la Dirección le cesó la condición de refugiado sin haber resguardado las garantías procesales a favor del encausado, pues no se contempló siquiera los 10 días otorgados para que se anexara dicha prueba sin apego al debido proceso, por lo que solicita que en forma inmediata se le renueve el documento de refugiado.
13.—Que en virtud de los hechos anteriormente citados, el a quo conoció y resolvió el recurso de revocatoria de forma negativa mediante la resolución número ESP-1524-2005-SR-RQU-SCHACÓN de las 15:00 horas del día 2 de mayo del 2005, elevándose el expediente ante este Despacho para que conozca del recurso de apelación, en virtud de lo cual se conoce en segunda instancia.
14.—Que para dictar la presente resolución se realizaron todas las diligencias útiles, oportunas y necesarias.
Considerando:
Único.—Que analizado pormenorizadamente el legajo que contiene la información respectiva y de conformidad con los hechos expuestos, los alegatos esgrimidos por el recurrente y normas legales citadas, permiten establecer que efectivamente lleva razón el a quo, por cuanto el actor para poder salir del país requiere la autorización expresa y por escrito de la autoridad que rige la materia, siendo que hizo abandono del país sin cumplir con esa obligación legalmente establecida, lo cual se demostró mediante el análisis del movimiento migratorio que ha tenido el recurrente y de conformidad con el sistema computarizado que lleva aquella institución, los cuales demuestran que con esa actitud se hizo acreedor de las sanciones que establece la Ley 7033 de 4 de agosto de 1986. Debe tener presente el actor, que si bien es cierto gozó del beneficio de que se le confirieran muchos permisos de salida con autorización de reingreso al territorio nacional por muchos días, no con ello se le estaba autorizando implícitamente a que saliera del país sin cumplir con los requisitos exigidos, no se trata en la especie de tenerlo como preso ni mucho menos como erróneamente lo manifiesta el actor, tanto así que ha tenido la libertad irrestricta de tránsito dentro del territorio nacional, además de que se le otorgaron todos los permisos que había solicitado para salir de país, hacia Panamá, Alemania, Guatemala y otros. De lo anterior se desprende que el a quo lleva la razón, y al no presentarse prueba ni argumento nuevo convincente que haga variar la situación fáctica en el presente caso, lo procedente es confirmar en todos los extremos la resolución venida en alzada, con fundamento en los hechos y citas de derecho señalados. Por tanto,
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA, RESUELVE:
Denegar el recurso de apelación interpuesto por el señor Pedro Antonio Rodríguez Días, contra la resolución venida en alzada, la cual se confirma en todos sus extremos. Consérvese copia de estilo y remítase el expediente a su oficina de origen para lo que en derecho corresponda.
Notifíquese a la parte recurrente en la Universidad Fidelitas, sita 100 metros al sur, 100 metros al este y 25 al sur, a mano derecha, apartamentos color amarillo, en Freses de Curridabat, San Pedro de Montes de Oca. Tel. 378-1053.
Lic. Fernando Berrocal Soto, Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública.—(Solicitud Nº 0029).—C-239600.—(29663).
DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Resolución D.JUR.127-2007-OPC-CMG.—Dirección General de Migración y Extranjería.—San José, al ser las ocho horas del dos de febrero del dos mil siete. Se conoce solicitud de levantamiento de impedimento de entrada registrado contra José Patricio Pérez, mayor, de nacionalidad nicaragüense, portador del pasaporte número C 855044.
Resultando:
1º—Que en fecha veintisiete de setiembre del dos mil seis, el señor José Patricio Pérez, solicitó levantamiento de impedimento de entrada al país, último que fue ordenado mediante resolución Nº 4940-2001-DP-PEM-RMG de las quince horas con cero minutos del día tres de diciembre del dos mil uno de esta Dirección General, en razón del acto de deportación resuelto contra el citado extranjero.
2º—Que en el sistema de cómputo de esta Dirección General se registra un impedimento de entrada contra el extranjero, anotado el día trece de diciembre del dos mil uno.
3º—Que para los efectos de emitir la presente resolución se han observado los procedimientos de ley.
Considerando:
I.—Según consta en el sistema informático que al efecto lleva esta Representación, se encuentra registrada anotación de impedimento de entrada al país contra el señor José Patricio Pérez. Dicho impedimento fue incluido en razón de haberse ordenado la deportación en contra del extranjero mediante resolución número 4940-2001-DP-PEM-RMG de las quince horas con cero minutos del día tres de diciembre del dos mil uno. No obstante lo anterior, debe señalarse que, tal y como lo demuestra mediante certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil, es padre de un menor de nacionalidad costarricense, nacimiento que se encuentra inscrito en el Registro de Nacimientos al tomo: mil novecientos treinta y seis, página: trescientos noventa, asiento: setecientos setenta y nueve, por lo que de conformidad con la normativa vigente y jurisprudencia constitucional más reciente, cuyo espíritu prodiga un especial tratamiento a la unión de la familia, así como al tenor de lo dispuesto por la Ley General de Migración y Extranjería, se estima procedente levantar el impedimento de entrada mencionado, e intimar al señor José Patricio Pérez para que regularice su situación migratoria en el país, so pena de dictar contra él, orden de deportación. Por tanto,
Con fundamento en la Ley 8487 del veintidós de noviembre del dos mil cinco, así como en reiterados votos de la Sala Constitucional 2002-10321 y el artículo 51 de la Constitución Política, los cuales prodigan un especial tratamiento a la protección de la sociedad, la unión familiar, así como la tutela de los derechos del niño y razones citadas,
ESTA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
RESUELVE:
1º—Ordenar el levantamiento del impedimento de entrada registrado en contra del señor José Patricio Pérez, portador del pasaporte número C 855044.
2º—Intimarlo para que en el plazo de treinta días hábiles regularice su situación migratoria en el país, so pena de dictar contra él orden de deportación.
Comuníquese al Departamento de Cómputo de esta Dirección General para lo que corresponda.
Notifíquese.—Lic. Mario Cordero Zamora, Director General de Migración y Extranjería.—(Solicitud Nº 0026).—C-70785.—(28760).
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
De conformidad con resolución RMT-1086 de las ocho horas del día 12 de marzo del 2007. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social resuelve: Impartir aprobación final, a la resolución JPIGTA-684-2007 de sesión celebrada en San José, a las diez horas del día 20 de diciembre del 2006, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Calderón Mora Carmen, cédula de identidad N° 3-105-628, a partir del día 1° de agosto del 2006; por la suma de sesenta y cinco mil cuatrocientos treinta y cuatro colones con trece céntimos (¢65.434,13); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Francis Zúñiga González, Director Nacional.—1 vez.—Nº 14971.—(29630).
JUSTICIA Y GRACIA
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a: I) Walle Benavides Ulloa, cédula 4-067-832 como propietario de la finca del Partido de Guanacaste matrícula 47382. A quien en virtud de que esta Oficina desconoce su domicilio, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, se les comunica por este medio, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado Diligencias Administrativas de oficio para investigar la posible doble inmatriculación que afecta las fincas del Partido de Guanacaste matrículas 47382 y 49146. Por lo anterior y con el objeto de cumplir con el debido proceso se le confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, debe señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, Publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 marzo del mismo año. (Ref. Exp.: 459-2006).—Curridabat, 21 de marzo del 2007.—Lic. Walter Méndez Vargas, Director.—(Solicitud Nº 16467).—C-29060.—(29762).
Se hace saber a Carlos Eduardo Mora Cubero, que en este Registro se han iniciado Diligencias Administrativas de oficio mediante Expediente Administrativo 374-2006, por resolución dictada por esta Dirección a las 9:10 horas del 30 de octubre de 2006, mediante el cual se ordenó “...la apertura de un nuevo expediente administrativo de oficio, bajo el número 374-2006 a efecto de conocer de la supuesta doble inmatriculación detectada.” En virtud de lo resuelto por esta Dirección, mediante resolución de las 10:20 horas del 20 de octubre de 2006, ordenó consignar nota de advertencia administrativa sobre las fincas 187085 y 187253 del Partido de Cartago. Debido a lo anterior y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 13:25 horas del 12 de febrero de 2007 se confirió audiencia a todos los posibles interesados, sin embargo por ignorarse el número de cédula de identidad y el domicilio exacto del señor Carlos Eduardo Mora Cubero, en su condición de actor anotante sobre las fincas 3-66626-000 y 3-187253-000, según documento 533-17268. Se le confiere audiencia por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a su derecho convenga. Y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar apartado postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los Artículos 20 y 21 de la Ley sobre Inscripción de Documentos (Ley Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas); los artículos 93, 94, 98 y del Reglamento del Registro Público, (que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J del 18 de febrero de 1998); en concordancia con el numeral 3 de la Ley No 7637 (que es Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales); bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de la citada Ley Nº 7637, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia Expediente 374-2006).—Curridabat, 21 de marzo del _2007.—Lic. Walter Méndez Vargas, Director a. í.—(Solicitud Nº 16466).—C-54470.—(29763).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
SUCURSAL EN ALAJUELA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
En virtud de no haberse podido notificar administrativamente el cheque debitado del siguiente patrono, por este medio se le pone en conocimiento el adeudo pendiente ante la Caja Costarricense de Seguro Social:
Acaservi S. A., 203101155345-001-001, cheque debitado del 28-Feb-2007, Nº 3860-0, cuenta individual Nº Cta. Cheque debitado 001-0188401-8 por ¢420.535,00.—9 de abril del 2007.—Área de Cobros.—MBA. Luis Diego Zamora Benavides, Administrador, a. í.—(29455).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
San José, 21 de marzo de 2007
Señor:
Cesar Montoya Santamaría
Sección de Parques
Señor Montoya:
Según informe recibido, la Junta de Relaciones Laborales en sesión ordinaria Nº 10, celebrada el día 8 de marzo del año en curso, conoció el propósito de despido sin responsabilidad patronal a usted, comunicado de forma personal mediante oficio ARL-5908-1377-6-06, por haber incurrido en la causal de despido tipificado en el artículo 81 inciso G) del Código de Trabajo (ausencia injustificada a labores los días 8, 11, 12, 13 y 14 de diciembre del 2006).
De acuerdo con informe de la Junta de Relaciones Laborales, del análisis del caso, ese Órgano estableció, por una parte, el cumplimiento del debido proceso y en segundo orden ese órgano colegiado recomendó a la Administración mantener el despido sin responsabilidad patronal, lo que también había hecho el Área de Relaciones Laborales en resolución ARL-542-1377-6-06/07.
Así las cosas, el suscrito en ejercicio de las atribuciones y obligaciones que me otorga el artículo 17 literal a) y k) del Código Municipal, he decidido con fundamento en la norma supra y atendiendo el procedimiento señalado en el artículo 150 de ese Código y con fundamento en el artículo 81 literal g) del Código de Trabajo, comunicarle que esta Municipalidad ha dispuesto despedirlo de su cargo sin responsabilidad patronal, al haber quedado demostrado en forma fehaciente y contundente la falta a usted imputada (ausencias injustificadas a labores los días 8, 11, 12, 13 y 14 de diciembre del 2006), lo anterior, a partir del día siguiente a la publicación por tercera vez del edicto mediante el cual se le notifica el presente despido, por no haber sido posible notificarle en forma personal o casa de habitación, desconociendo su domicilio actual; esto conforme el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública.
Igualmente hago de su conocimiento que esta comunicación admite los recursos de revocatoria y apelación en subsidio ante este despacho, los cuales deben interponerse dentro de los 8 días posteriores al día siguiente a la publicación por tercera vez del edicto mediante el cual se le notifica el presente despido. Dentro de este mismo plazo se deben exponer los motivos de hecho y de derecho en que se fundamenta su inconformidad, asimismo debe señalar lugar o medio de comunicación -fax- dentro del cantón Central de San José, donde atender notificaciones. Notifíquese mediante publicación tres veces (artículo 241.4 LGAP).
Atentamente,
Ing. Johnny Araya Monge
Alcalde de San José.
San José, 29 de marzo del 2007.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—(O. C. Nº 3567).—C-56285.—(28764).
AVISOS
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
N°
38-05/2007-026-INT.—Procedimiento disciplinario contra: Ing. Jorge Luis Salazar
Álvarez (ICO-3532), empresa Consucasa S. A. (CT-02285), Arq. Claudio Fallas
Quirós (A-9004). Denunciante: Sra. Blanca Rosa Vargas Vargas. Expediente Nº
38-05.
Tribunales de Honor.—Auto de Intimación.—a las 16:00 horas del 26 de marzo del 2007. El Tribunal de Honor de Empresas, nombrado por la Junta Directiva General en la sesión Nº 12-06/07-G.E, celebrada el 17 de enero del 2007, acuerdo Nº 14, con sede en oficinas de Tribunales de Honor del Colegio Federado, ubicada en el tercer piso del edificio del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos en Granadilla de Curridabat, comunica:
Al señor Jorge Luis Salazar Álvarez, representante legal de la empresa Consucasa S. A., registro Nº CT-02285, cédula jurídica Nº 3-101-197703, que de conformidad con el acuerdo de Junta Directiva General arriba citado, se abrió el presente procedimiento ordinario disciplinario en su contra por supuestas faltas a:
· Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos: artículo 8º, inciso a).
· Reglamento Interior General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos: artículo 53.
· Reglamento de Empresas Consultoras y Constructoras: artículo 10, incisos a) y b).
· Código de Ética Profesional del CFIA: artículos 1º, 2º, 3º, 5º, 9º, 10, 14, 18 y 19.
Los hechos que se le imputan en su calidad de empresa constructora encargada de la obra vivienda de 79.50m2, propiedad de la señora Blanca Rosa Vargas Vargas, ubicada en San Rafael de Alajuela, Urbanización Occidente, lote B-10, son los siguientes:
1. Habría incumplido el contrato de construcción que había firmado con la denunciante, al no terminar las obras contratadas.
2. Habría firmado el contrato estando desinscrita ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, según certificación de empresa que consta dentro del expediente.
De encontrarse alguna violación a la reglamentación vigente arriba indicada, se estaría sancionando a la empresa denunciada según lo establecido en los artículos 22, 25, 26, 33 y 45 del Código de Ética Profesional. Corresponde la sanción máxima, según los artículos citados, a 24 meses de suspensión en el ejercicio profesional.
Se le previene además de lo establecido en el artículo 24 del Código de Ética Profesional que dice: “cuando con una misma conducta se violen varias disposiciones del presente Código, se aplicará la sanción establecida para la falta más grave”.
Sobre los cargos que se le hacen a la empresa denunciada, se le concede el plazo improrrogable de veintiún días hábiles, contados a partir de la notificación del presente auto para que conteste y diga si los rechaza por ser falsos, si los acepta por ser ciertos o si los acepta sólo parcialmente y con modificaciones y rectificaciones, así como para ofrecer toda la prueba de descargo que considere oportuna y conveniente.
En caso de no comparecer en el plazo conferido en esta resolución, se le advierte que el proceso continuará sin su participación, sin perjuicio de que pueda apersonarse en cualquier momento pero sin reposición de ningún trámite y tomando el proceso en el estado en que se encuentre (artículo 81 del Reglamento del Proceso Disciplinario del CFIA).
Se le hace saber a la empresa denunciada que este procedimiento ordinario disciplinario se tramita con estricto apego a todas las normas y principios del procedimiento administrativo establecidos en el Reglamento de Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 225 del jueves 22 de noviembre del 2001, y con garantía de todos los medios para que ejerza su defensa, indicándole que debe apersonarse a hacer valer sus derechos, que tiene derecho a ser oído y ofrecer prueba de descargo, acceso en todo momento al expediente y sus piezas y los antecedentes de la denuncia presentada en su contra. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un abogado, técnico o cualquiera persona calificada que estime conveniente. La presente resolución tiene los recursos ordinarios de revocatoria con apelación (artículo 107 del Reglamento de Proceso Disciplinario), para lo cual cuenta con un plazo de siete días hábiles contados a partir de la notificación de esta resolución. El recurso de revocatoria deberá plantearse ante este mismo tribunal y será resuelto en la misma sede. El de apelación será planteado de igual forma y será resuelto por la Junta Directiva General.
Actualmente obra en poder del Tribunal de Honor el expediente disciplinario, cuyo acceso se regulará conforme lo establecido en los artículos 48, 49 y 50 del Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del CFIA.
Se previene a la empresa denunciada Constructora Consucasa, que en el acto de ser notificado o dentro del tercer día y por escrito, deberá señalar lugar, oficina o número de fax donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas siguientes a que sean dictadas. Igual consecuencia sufrirá si el lugar o medio designado fuere impreciso, incierto o se encontrare cerrado o ya no existiere. Se le advierte que si señala un fax, deberá velar porque este se encuentre funcionando normalmente. Asimismo, en caso de desperfecto o inhabilitación deberá comunicarlo en forma inmediata y señalar nuevo lugar para atender futuras notificaciones.
Copia de este traslado está siendo remitido a la señora Blanca Rosa Vargas Vargas, y al Ing. Gerardo Campos Chacón, Jefe del Departamento de Régimen Disciplinario, como parte interesada en este proceso. Notifíquese.—Tribunal de Honor de Empresas.—Arq. Hugo Fernández Sandí, Presidente.—(O. C. Nº 5066).—C-113820.—(29717).
N° 38-05/2007-024-INT.—Procedimiento disciplinario contra: Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez (ICO-3532), empresa Consucasa S. A. (CT-02285), Arq. Claudio Fallas Quirós (A-9004). Denunciante: Sra. Blanca Rosa Vargas Vargas. Expediente Nº 38-05.
Tribunales de Honor.—Auto de Intimación, a las 16:00 horas del 26 de marzo del 2007. El Tribunal de Honor de Empresas, nombrado por la Junta Directiva General en la sesión Nº 12-06/07-G.E, celebrada el 17 de enero del 2007, acuerdo Nº 14, con sede en oficinas de Tribunales de Honor del Colegio Federado, ubicadas en el tercer piso del edificio del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos en Granadilla de Curridabat, comunica:
Al ingeniero Jorge Luis Salazar Álvarez, registro Nº ICO-3532, cédula Nº 6-148-434, que de conformidad con el acuerdo de Junta Directiva General arriba citado, se abrió el presente procedimiento ordinario disciplinario en su contra por supuestas faltas a:
· Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos: artículo 8º, inciso a).
· Reglamento Interior General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos: artículo 53.
· Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora en Obras: artículo 15, en su último párrafo.
· Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura: artículos 10 y 11, incisos a), b), d), h), i) y j), artículo 17, incisos f) y g).
· Reglamento Especial para Miembro Responsable de Empresas Constructoras: artículo __ incisos a), d) y f), artículo 7º, incisos a) y c).
· Código de Ética Profesional del CFIA: artículos 1º, 2º, 3º, 5º, 10, 18 y 19.
Los hechos que se le imputan en su calidad de profesional responsable de la obra vivienda de 79.50m2, propiedad de la señora Blanca Rosa Vargas Vargas, ubicada en San Rafael de Alajuela, Urbanización Occidente, lote B-10, son los siguientes:
1. No habría actuado con lealtad y fidelidad hacia el cliente, al construir una obra, cuyo diseño no reflejaba realmente lo que había contratado la denunciante, ni lo que exponía en las especificaciones técnicas generales de la vivienda.
2. No habría realizado una correcta inspección de la obra.
3. No habría mantenido en el sitio de la obra, el cuaderno de bitácora.
4. No habría ejercido una dirección técnica diligente de la obra debido a lo cual se habrían presentado defectos estructurales, tales como:
- (Vigas y columnas), donde se puede observar la exposición del refuerzo.
- Se incumple el Código Sísmico de Costa Rica 2002, ya que aparentemente se estaban utilizando varillas lisas como refuerzo horizontal en paredes.
5. Abandonó la obra sin finalizar, no obstante que se le giró la totalidad de los montos pactados.
De encontrarse alguna violación a la reglamentación vigente arriba indicada, se estaría sancionando al denunciado según lo establecido en los artículos 22, 25, 26, 33 y 45 del Código de Ética Profesional. Corresponde la sanción máxima, según los artículos citados, a 24 meses de suspensión en el ejercicio profesional.
Se le previene además de lo establecido en el artículo 24 del Código de Ética Profesional que dice: “cuando con una misma conducta se violen varias disposiciones del presente Código, se aplicará la sanción establecida para la falta más grave”.
Sobre los cargos que se le hacen al profesional denunciado, se le concede el plazo improrrogable de veintiún días hábiles, contados a partir de la notificación del presente auto para que conteste y diga si los rechaza por ser falsos, si los acepta por ser ciertos o si los acepta sólo parcialmente y con modificaciones y rectificaciones, así como para ofrecer toda la prueba de descargo que considere oportuna y conveniente.
En caso de no comparecer en el plazo conferido en esta resolución, se le advierte que el proceso continuará sin su participación, sin perjuicio de que pueda apersonarse en cualquier momento pero sin reposición de ningún trámite y tomando el proceso en el estado en que se encuentre (artículo 81 del Reglamento del Proceso Disciplinario del CFIA).
Se le hace saber al denunciado que este procedimiento ordinario disciplinario se tramita con estricto apego a todas las normas y principios del procedimiento administrativo establecidos en el Reglamento de Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 225 del jueves 22 de noviembre del 2001, y con garantía de todos los medios para que ejerza su defensa, indicándole que debe apersonarse a hacer valer sus derechos, que tiene derecho a ser oído y ofrecer prueba de descargo, acceso en todo momento al expediente y sus piezas y los antecedentes de la denuncia presentada en su contra. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un abogado, técnico o cualquiera persona calificada que estime conveniente. La presente resolución tiene los recursos ordinarios de revocatoria con apelación (artículo 107 del Reglamento de Proceso Disciplinario), para lo cual cuenta con un plazo de siete días hábiles contados a partir de la notificación de esta resolución. El recurso de revocatoria deberá plantearse ante este mismo Tribunal y será resuelto en la misma sede. El de apelación será planteado de igual forma y será resuelto por la Junta Directiva General.
Actualmente obra en poder del Tribunal de Honor el expediente disciplinario, cuyo acceso se regulará conforme lo establecido en los artículos 48, 49 y 50 del Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del CFIA.
Se previene al denunciado, ingeniero Jorge Luis Salazar Álvarez, que en el acto de ser notificado o dentro del tercer día y por escrito, deberá señalar lugar, oficina o número de fax donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas siguientes a que sean dictadas. Igual consecuencia sufrirá si el lugar o medio designado fuere impreciso, incierto o se encontrare cerrado o ya no existiere. Se le advierte que si señala un fax, deberá velar porque este se encuentre funcionando normalmente. Asimismo, en caso de desperfecto o inhabilitación deberá comunicarlo en forma inmediata y señalar nuevo lugar para atender futuras notificaciones.
Copia de este traslado está siendo remitido a la señora Blanca Rosa Vargas Vargas, y al Ing. Gerardo Campos Chacón, Jefe del Departamento de Régimen Disciplinario, como parte interesada en este proceso. Notifíquese.—Tribunal de Honor Empresas.—Arq. Hugo Fernández Sandí, Presidente.—(O. C. Nº 5067).—C-131060.—(29718).