LA GACETA Nº 88
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE CARRILLO
CONCEJO MUNICIPAL DISTRITO DE LEPANTO
CONVOCATORIAS
Nº 33.735-MP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución
Política.
Decretan:
Artículo 1º—Retírase del
Conocimiento de Sesiones Extraordinarias de la Asamblea Legislativa los
siguientes Proyectos de Ley:
Expediente 16117, Reforma
y Adición de varios artículos de la Ley de Procedimientos de Observancia de los
Derechos de Propiedad Intelectual, Ley Nº 8039 del 12 de octubre del 2000.
Expediente 16118, Reforma de varios
artículos de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Ley Nº 7978 del 6 de
enero de 2000 y de la Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos
Industriales y Modelos de Utilidad, Ley Nº 6867 del 25 de abril de 1983.
Artículo 2º—Rige a partir
del 25 de abril del 2007.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los veinticinco días del mes
de abril del dos mil siete.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez.—1 vez.—(Solicitud Nº CP-082-2007).—C-11515.—(D33735-36748).
Nº 33.736-MP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 118 y 140 inciso 5) y 14), de la Constitución
Política.
Decretan:
Artículo 1º—Retírase del
Conocimiento de Sesiones Extraordinarias de la Asamblea Legislativa los
siguientes Proyectos de Ley:
Expediente N° 14568,
Fortalecimiento de la Lucha contra la Explotación Sexual de las Personas
Menores de Edad mediante la reforma y adición de varios artículos al Código
Penal, Ley N° 4573 del 4 de mayo de 1970 y la reforma de varios artículos del
Código Procesal Penal, Ley N° 7594 del 10 de abril de 1996.
Expediente N° 15765, reforma a los
artículos 165 y 166, del Código Municipal, Ley N° 7794, para integrar jóvenes a
comités cantonales de deportes. Publicado en el Alcance N° 63 a La Gaceta
N° 242 del 10 de diciembre del 2004.
Expediente N° 15693, creación del Día
Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes. Publicado en La
Gaceta N° 192 del 1º de octubre del 2004.
Expediente N° 15930, autorización al
Consejo Nacional de Política Pública de la Persona Joven (que por Ley General
de la Persona Joven, Ley N° 8261 de 2 de mayo de 2002, según artículos 30 y 34,
el Movimiento Nacional de Juventudes se transforma en el Consejo Nacional de
Política Pública de la Persona Joven, absorbiendo al primero en la totalidad de
su patrimonio y competencias) para donar terreno de su propiedad, a la
Asociación Juvenil Casa de la Juventud de Pérez Zeledón.
Artículo 2º—Rige a partir
del 26 de abril del 2007.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los veintiséis días del mes
de abril del dos mil siete.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez.—1 vez.—(Solicitud Nº CP-082-2007).—C-19985.—(D33736-36749).
Nº 169-PE.—San
José, 12 de abril de 2007
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en el
artículo 141 de la Constitución Política, artículo 34 del Reglamento de Gastos
de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General
de la República, y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de Administración
Pública.
ACUERDA:
Artículo 1º—Se designa al
señor Rogelio Chávez Barboza, cédula de identidad N° 6-202-165, funcionario de
la Unidad Especial de Intervención (U.E.I.), para que participe en los Cursos
de Antiterrorismo I y II, a celebrarse en IAAFA, Lackland AFB, -Texas, Estados
Unidos, del 25 de junio al 13 de julio del 2007.
Artículo 2º—Los gastos de tiquetes
aéreos, hospedaje y alimentación serán cubiertos por el Comando Sur del país,
Estados Unidos de América.
Artículo 3º—Rige a partir del 23 de
junio al 15 de julio del 2007.
Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—(Solicitud Nº 49081-U.E.I.).—C-10305.—(36798).
Nº 03-2007-PEM
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la
República mediante resolución R-CO-1-2007, de las 15:00 horas del 22 de enero
de 2007, así como lo dispuesto en la Ley Nº 8562 o Ley del Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del
2007.
Considerando:
1º—Que mediante
resolución Nº 135-2007-257-DPI PEM/lvb, de fecha 23 de febrero de 2007, se
ordenó por parte de la Dirección General de Migración y Extranjería, la
deportación del señor Kenneth Morris, de nacionalidad Estadounidense.
2º—Que para efectos de ejecutar la
referida deportación se ha designado por parte de la Dirección General de
Migración y Extranjería a la señora Flor de María Zamora Vargas, cédula de
identidad número 1-0476-0581, y al señor Wayner Quesada Calvo, cédula
1-838-269, oficiales de la Policía de Migración, con el fin de realizar la
custodia correspondiente hasta Miami, Estados Unidos. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Flor de María Zamora Vargas, cédula de identidad número 1-0476-0581 y al
señor Wayner Quesada Calvo, cédula 1-838-269, oficiales de la Policía de
Migración de la Dirección General de Migración y Extranjería, órgano del
Ministerio de Gobernación y Policía, para que realice la custodia
correspondiente del extranjero mencionado en el Considerando Primero del
presente Acuerdo, hasta Miami, Estados Unidos, deportación que se realizará del
23 al 25 de marzo de dos mil siete.
Artículo 2º—Los gastos de la señora
Zamora Vargas y del señor Quesada Calvo por concepto de impuestos, tributos o
cánones que se deban pagar en las terminales y viáticos y gastos de
alimentación y hospedaje, a saber $253 diarios, para un total de $759 a cada
uno, serán cubiertos con recursos del Programa 054-01, Dirección General de
Migración y Extranjería. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con
recursos del Programa 054-01, Dirección General de Migración y Extranjería.
Artículo 3º—Que durante los días 23 al
25 de marzo de dos mil siete, se autoriza la participación de la señora Flor de
María Zamora Vargas, y del señor Wayner Quesada Calvo en la custodia a la que
hace referencia el presente acuerdo, devengando el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 23 y
hasta el día 25, ambos del mes de marzo de 2007.
Dado en el Ministerio de
Gobernación y Policía, a los veintiún días del mes de marzo del dos mil siete.
Fernando Berrocal Soto, Ministro de Gobernación y Policía, y Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 42).—C-21195.—(36799).
N° 017-MEIC-2007
EL MINISTRO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y
COMERCIO
Con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 25, 27 y 28 de la Ley Nº 6227 “Ley General de la
Administración Pública” del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley
Nº 8562 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República” y la
Ley Nº 6362 “Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la
Administración Pública” del 3 de setiembre de 1979 y los artículos 7º, 31 y 34
del Reglamentos de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la
República, reformado mediante la Resolución R-CO-1-2007 publicada en La
Gaceta Nº 26 del 6 de febrero del 2007.
Considerando:
1º—Que este Ministerio ha
recibido invitación para participar en el “Foro para las Pequeñas y Medianas
Empresas de Costa Rica - Corea, a realizarse en Seúl, Corea del 19 al 21 de
abril del 2007.
2º—Que dicho foro tiene como objetivo
principal crear nexos de cooperación de parte del sector público y privado de
la República de Corea para la inversión en el sector de las Pequeñas y Medianas
Empresas Costarricenses. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al
señor Jorge Woodbridge González, Viceministro de Economía, Industria y
Comercio, portador de la cédula de identidad número 1-312-990, para que viaje a
Seúl, Corea y participe en el “Foro para las Pequeñas y Medianas Empresas de
Costa Rica- Corea, a realizarse los días 19 y 20 de abril del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte aéreo y hospedaje, serán financiados por la Small Business
Corporation de Corea. Los Gastos por concepto de alimentación y otros gastos
serán financiados por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a través
del programa 215 Actividades Centrales; correspondiéndole al funcionario por
concepto de viáticos la suma de $533,00.
Artículo 3º—El funcionario devengará
el 100% de su salario durante su ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del 16 al 22
de abril del 2007.
Dado en el Ministerio de
Economía, Industria y Comercio.—San José, a los dos
días del mes de abril del dos mil siete.
Publíquese.—Alfredo Volio Pérez, Ministro de Economía Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 15814).—C-19985.—(36305).
N° 034-MOPT
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES
ACUERDAN:
Artículo 1º—De
conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995,
reformada mediante Ley N° 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La
Gaceta N° 72 del 15 de abril de 1998, expropiar a la empresa Autos WM Dos
Mil S. A., cédula jurídica número 3-101-249038, representada por Wady Alfonso
Barboza Rojas, cédula número 1-564-656,
el bien inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de
Folio Real matrícula número 422055-000, situado en el distrito 04 San Antonio,
cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela, un área de terreno equivalente
a 351,31 metros cuadrados, según plano catastrado número A-1102694-2006, cuya
naturaleza es terreno de potrero. Siendo necesaria su adquisición para la
construcción del proyecto denominado: “Corredor San José-San Ramón”.
Artículo 2º—Dicha expropiación se
requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las
disposiciones legales citadas y la Declaratoria de interés público contenida en
la Resolución Administrativa N° 756 del 13 de noviembre del 2006, publicada en La
Gaceta N° 229 del 29 de noviembre del 2006.
Artículo 3º—La estimación del bien
inmueble es de ¢28.680.250,00 (veintiocho millones seiscientos ochenta mil
doscientos cincuenta colones con 00/100), que corresponde al total de la suma a
pagar de conformidad con el Avalúo Administrativo N° 2007-13 de fecha 18 de
enero del 2007 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el cual fue
aceptado por el representante de la citada empresa, según Oficio sin número de
fecha 7 de marzo del 2007.
Artículo 4º—Dicho inmueble tiene
gravámenes inscritos en el Registro Público de la Propiedad, los cuales impiden
el otorgamiento de una escritura pública ante la notaria del Estado, por lo que
procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo estipulado
en el artículo 28 inciso b) de la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo
de 1995 y sus reformas.
Artículo 5º—Comisionar y autorizar a
la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el
proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso
Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción
registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de
Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.
Artículo 6º—Rige a partir de su
publicación.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a las 15:40 horas del día 17
del mes de abril del dos mil siete.
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 6519).—C-24220.—(36750).
N° 035-MOPT
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES
ACUERDAN:
Artículo 1º—De
conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 7495 del 3 de mayo de 1995,
reformada mediante Ley N° 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La
Gaceta N° 72 del 15 de abril de 1998, expropiar a la empresa Alquiler de
Vehículos Fácil S. A., cédula jurídica N° 3-101-132501, representada por Sonia
María Aguilar Azofeifa, cédula número
1-640-109 y Hersuca S. A., cédula jurídica número 3-101-134967, representada
por Roberto Calderón Hernández, cédula número 1-564-109 y Gerardo Suárez
Santos, cédula número 1-303-559, el bien inmueble inscrito en el Registro
Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número 272691-001-002, situado
en el distrito 9 Río Segundo, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela,
un área de terreno equivalente a 20,10 metros cuadrados, según plano catastrado
N° A-1105711-2006, cuya naturaleza es terreno para construir. Siendo necesaria
su adquisición para la construcción del proyecto denominado: “Corredor San
José-San Ramón”.
Artículo 2º—Dicha expropiación se
requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las
disposiciones legales citadas y la Declaratoria de interés público contenida en
la Resolución Administrativa N° 796 del 29 de noviembre del 2006, publicada en La
Gaceta N° 10 del 15 de enero del 2007.
Artículo 3º—La estimación del bien
inmueble es de ¢5.136.000,00 (cinco millones ciento treinta y seis mil colones
con 00/100), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el
Avalúo Administrativo N° 2007-036 de fecha 8 de marzo del 2007 del Ministerio
de Obras Públicas y Transporte, el cual no fue aceptado por uno de los
propietarios del inmueble a expropiar, según Oficio sin número de fecha 16 de
marzo del 2007. Asimismo no fue posible notificar al representante de la
empresa Alquiler de Vehículos Fácil S. A., según Oficio sin número de fecha 30
de marzo del 2007, del Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles, por lo
que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo estipulado
en el artículo 28 inciso a) y c) de la Ley de Expropiaciones N° 7495 del 3 de
mayo de 1995 y sus reformas.
Artículo 4º—Comisionar y autorizar a
la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el
proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso
Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción
registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de
Expropiaciones N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.
Artículo 5º—Rige a partir de su
publicación.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a las 15:40 horas del día 17
del mes de abril del dos mil siete.
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 6520).—C-24220.—(36751).
Nº 010-2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 incisos 2) y 20), 146, 191 y 192 de la Constitución
Política, 2, 12 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil y 15 y 15 bis) de su
Reglamento.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar en
propiedad en el Ministerio de Justicia, a Minor Gerardo Gómez Matamoros, cédula
de identidad Nº 1-955-965, en el puesto de Programador de Computador 2,
Especialidad: No tiene, Nº 028475. Rige a partir del 2 de octubre del 2006.
Artículo 2°—Nombrar en propiedad en el
Ministerio de Justicia, a Manuel Gómez Fallas, cédula de identidad Nº
1-521-966, en el puesto de Operador Equipo Móvil 1, Especialidad: Vehículo
Liviano, Nº 002653. Rige a partir del 17 de octubre del 2006.
Artículo 3°—Nombrar en propiedad en el
Ministerio de Justicia, a Pilar Mariana Montenegro Quirós, cédula de identidad
Nº 3-378-291, en el puesto de Profesional 1, Especialidad: Estadística, Nº
098933. Rige a partir del 1º de noviembre del 2006.
Artículo 4°—Nombrar en propiedad en el
Ministerio de Justicia, a Esperanza María Jiménez Fallas, cédula de identidad
Nº 1-588-752, en el puesto de Profesional 2, Especialidad: Administración,
Subespecialidad: Recursos Humanos, Nº 010516. Rige a partir del 16 de noviembre
del 2006.
Artículo 5°—Nombrar en propiedad en el
Ministerio de Justicia, a Jennifer Gabriela Hernández Brenes, cédula de
identidad Nº 1-1277-550, en el puesto de Oficinista 3, Especialidad: Labores
Varias de Oficina, Nº 106749. Rige a partir del 16 de noviembre del 2006.
Artículo 6°—Nombrar en propiedad en el
Ministerio de Justicia, a Jessica Picado Barrantes, cédula de identidad Nº
1-1075-544, en el puesto de Profesional 2, Especialidad: Equipos
Interdisciplinarios-Orientación, Nº 023817. Rige a partir del 16 de noviembre
del 2006.
Artículo 7°—Nombrar en propiedad en el
Ministerio de Justicia, a Paola Yachini Rodríguez Badilla, cédula de identidad
Nº 1-1184-810, en el puesto de Oficinista 3, Especialidad: Labores Varias de
Oficina, Nº 059951. Rige a partir del 16 de noviembre del 2006.
Artículo 8°—Nombrar en propiedad en el
Ministerio de Justicia, a Raquel Judith Córdoba Sanabria, cédula de identidad Nº
1-964-134, en el puesto de Técnico en Informática 2, Especialidad: Digitación,
Nº 011131. Rige a partir del 16 de diciembre del 2006.
Dado en la Presidencia de
la República, San José, a los nueve días del mes de febrero del 2007.
DR. ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Justicia y Gracia, Lic. Laura Chinchilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº 23532).—C-20590.—(36215).
Nº 022
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA
Con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 140 inciso 1) y 146 de la Constitución Política;
artículos 53 inciso a) y 65 de la Ley General de Policía (Ley Nº 7410) y los
artículos 115 y 117 del Reglamento General de la Policía Penitenciaria (Decreto
Ejecutivo Nº 26061-J).
Considerando:
I.—Que los servidores que
se dirán cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 65 de la Ley
General de la Policía y en los artículos 21, 115 y 117 del Reglamento General
de Policía Penitenciaria; ocupando actualmente puestos en propiedad en la
Policía Penitenciaria.
II.—Que tales
servidores aprobaron satisfactoriamente el curso Básico Policial, de
conformidad con los artículos 117 y 119 del Reglamento General de Policía
Penitenciaria.
III.—Que en
la sesión número: 04-07 de 8 de febrero del 2007; del Consejo de Personal de la
Policía Penitenciaria refrendaron la elegibilidad de los siguientes
funcionarios:
ACUERDAN:
Artículo 1º—Incluir
dentro del Régimen del Estatuto Policial a los siguientes funcionarios:
Funcionario Nº
de cédula
Aguilar Agüero Abilio 1-618-987
Aguilar Quesada Sigifredo 1-495-963
Alfaro Mora María Cristina 1-481-479
Arias Murillo Eliécer 1-669-348
Badilla Jiménez Víctor 1-796-200
Barquero Zúñiga Ricardo 2-346-117
Bermúdez Portilla Luis 1-747-222
Cambronero Álvarez Filander 2-329-498
Cascante Ávalos Víctor Hugo 1-1138-746
Castro Chinchilla Franklin 1-966-864
Castro García Fabián 1-1086-654
Castro Varela Víctor Hugo 2-483-907
Chaves Carranza Sandra 2-459-308
Chinchilla
Chinchilla Wilberth 1-1086-637
Cubillo
Vargas Edwin 1-653-622
Díaz Gamboa Gerardo Alonso 1-850-310
Díaz Jiménez Martín 1-789-758
Fallas Porras José Luis 1-620-985
Jiménez Jiménez Eugenio 1-840-366
Mata Murillo Marco Aurelio 1-954-386
Mesén Campos Walter 9-062-264
Mesén Salas Guillermo 2-434-429
Murillo Herrera Marcos 1-660-707
Obando Durán Wiston 7-137-231
Rojas Sibaja Marvin 2-454-201
Seas Castro Verny 3-294-983
Artículo 2º—Rige a partir
de la fecha de su publicación.
Dado en la Presidencia de
la República, San José, a los veintiocho días del mes de febrero del dos mil
siete.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Justicia y Gracia, Laura Chinchilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº 23527).—C-40665.—(36217).
Nº 0028
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA
En uso de las facultades
conferidas por los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución
Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del 28 de agosto de 1973 y el
Decreto Ejecutivo Nº 24333-MP del 23 de mayo de 1995.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a la
señora Laura Mariela Barrantes Carmona, mayor, cédula de identidad número
5-0321-0330, como representante del Poder Ejecutivo en Fundación Fondo
Revolvente para el Desarrollo Sostenible, cédula jurídica 3-006-193551, de la
Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 2º—Rige a partir de su
publicación.
Dado en la Presidencia de
la República, el día ocho de marzo del dos siete.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Justicia y Gracia, Laura Chinchilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº 15630).—C-9095.—(36800).
Nº 000188.—San José, a las 15:45 horas del día 17 del mes de abril del dos mil siete.
Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José - San Ramón”.
Resultando:
1º—Mediante oficio N°
07/0631 de 30 de marzo del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de
Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo
correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el
mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de
Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con
inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio
Real matrícula número 269472-000, cuya naturaleza es terreno de cultivos patio
y casa, situado en el distrito 13 Garita, cantón 1 Alajuela, de la provincia de
Alajuela, con una medida de 2.361,37 metros cuadrados, y cuyos linderos de la
finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con río Itiquis,
al sur, con calle pública con 23,90 metros; al este, con Belén Monge Monge; y
al oeste, con Rafael Ángel Delgado.
2º—Del referido inmueble es de
impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 2.361,37 metros
cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno
de cultivos patio y casa. Ubicación: distrito 13 Garita, cantón 1 Alajuela, de
la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N°
A-1133006-2007. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del
proyecto denominado “Corredor San José- San Ramón”.
3º—Constan en el expediente
administrativo número 27.990 a que se refiere este acto resolutivo, los
siguientes documentos:
a) Plano catastrado N° A-1133006-2007, mediante
el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere
del citado inmueble un área total de 2.361,37 metros cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble.
c) Información básica sobre el propietario, la
ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se
requiere obtener, y los bienes a valorar.
4º—En razón de lo
anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al
requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado
supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida,
conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las
disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas
y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio
se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas
necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la
vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que
realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley
General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de
abril de 1998.
La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del
3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20,
que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el
cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder
a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público
el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento
provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.
En ese sentido la Procuraduría General
de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de
1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.
De conformidad con las disposiciones
normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y
140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley
General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de
Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede
declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se
describe:
a) Inscripción al Registro Público de la
Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 269472-000.
b) Naturaleza: terreno de cultivos patio y casa.
c) Ubicación: Situado en el distrito 13 Garita,
cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el
plano catastrado N° A-1133006-2007.
d) Propiedad: María Delgado Campos, cédula número
2-215-254.
e) De dicho inmueble se necesita un área total en
conjunto de 2.361,37 metros cuadrados, para la construcción del proyecto
denominado “Corredor San José - San Ramón”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo
establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este
acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad
y en relación con dicho inmueble necesaria para la
construcción del proyecto en referencia.
Procedan las dependencias
administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento
que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495,
artículo 21 y concordantes. Por tanto:
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES, RESUELVEN:
1º—Declarar de interés
público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al
Sistema de Folio Real matrícula número 269472-000, situado en el distrito 13
Garita, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela y propiedad de María
Delgado Campos, cédula número 2-215-254, con una área total de 2.361,37 metros
cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el
plano catastrado N° A-1133006-2007, necesaria para la construcción del proyecto
denominado “Corredor San José - San Ramón”.
2º—Ordénese mandamiento provisional de
anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble
que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación
del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus
reformas.
3º—Procedan las dependencias
administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al
efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia
de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de
Expropiaciones y sus reformas.
Notifíquese y
publíquese.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 6521).—C-54470.—(36752).
Nº 000189.—San José, a las 15:48 horas del día 17 del mes de abril
del dos mil siete.
Diligencias de declaratoria de interés
público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble
necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José - San
Ramón”.
Resultando:
1º—Mediante oficio N°
07/0627 de 30 de marzo del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de
Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo
correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el
mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de
Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con
inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio
Real matrícula número 263156-000, cuya naturaleza es terreno de cultivos con
una casa, situado en el distrito 13 Garita, cantón 1 Alajuela, de la provincia
de Alajuela, con una medida de 1.437,21 metros cuadrados, y cuyos linderos de la
finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con río Itiquis;
al sur, con calle pública con 20,01 metros; al este, con Ana María Jiménez
González; y al oeste, con Guillermo Rojas González.
2º—Del referido inmueble es de
impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 1.437,21 metros
cuadrados, y que presenta las siguientes características: naturaleza: terreno
de cultivos con una casa. Ubicación: distrito 13 Garita, cantón 1 Alajuela, de
la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N°
A-1128351-2007. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del
proyecto denominado “Corredor San José - San Ramón”.
3º—Constan en el expediente
administrativo número 27.991 a que se refiere este acto resolutivo, los
siguientes documentos:
a) Plano catastrado N° A-1128351-2007, mediante
el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere
del citado inmueble un área total de 1.437,21 metros cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble.
c) Información básica sobre el propietario, la
ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se
requiere obtener, y los bienes a valorar.
4º—En razón de lo
anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al
requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado
supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida,
conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las
disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas
y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio
se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas
necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la
vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que
realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley
General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de
abril de 1998.
La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del
3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20,
que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el
cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder
a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público
el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento
provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.
En ese sentido la Procuraduría General
de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de
1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.
De conformidad con las disposiciones
normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y
140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley
General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de
Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar
de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:
a) Inscripción al Registro Público de la
Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 263156-000.
b) Naturaleza: terreno de cultivos con una casa.
c) Ubicación: Situado en el distrito 13 Garita,
cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el
plano catastrado N° A-1128351-2007.
d) Propiedad: Gladys Trinidad Piedades Álvarez
Barrantes, cédula número 5-178-871.
e) De dicho inmueble se necesita un área total en
conjunto de 1.437,21 metros cuadrados, para la construcción del proyecto
denominado “Corredor San José -San Ramón”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo
establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este
acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la
Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria
para la construcción del proyecto en referencia.
Procedan las dependencias
administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento
que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495,
artículo 21 y concordantes. Por tanto:
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES, RESUELVEN:
1º—Declarar de interés
público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al
Sistema de Folio Real matrícula número 263156-000, situado en el distrito 13
Garita, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela y propiedad de Gladys
Trinidad Piedades Álvarez Barrantes, cédula número 5-178-871, con una área
total de 1.437,21 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme
a lo indicado en el plano catastrado N° A-1128351-2007, necesaria para la
construcción del proyecto denominado “Corredor San José -San Ramón”.
2º—Ordénese mandamiento provisional de
anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble
que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación
del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus
reformas.
3º—Procedan las dependencias
administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al
efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia
de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de
Expropiaciones y sus reformas.
Notifíquese y
publíquese.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 6522).—C-54470.—(36753).
Nº 000190.—San
José, a las 15:52 horas del día 17 del mes de abril del dos mil siete.
Diligencias de declaratoria de interés
público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble
necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José - San
Ramón”.
Resultando:
1º—Mediante oficio N°
07/0629 de 30 de marzo del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de
Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo
correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el
mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de
Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con
inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio
Real matrícula número 350656-000, cuya naturaleza es terreno para construir con
una casa, situado en el distrito 13 Garita, cantón 01 Alajuela, de la provincia
de Alajuela, con una medida según el Registro Público de la Propiedad de 150,00
metros cuadrados, y con una medida de 152,66 metros cuadrados según plano
catastrado N° A-1129085-2007 y cuyos linderos de la finca madre según Registro
Público de la Propiedad son: norte, con talud de uso público; al sur, con
Autopista Bernardo Soto; al este, con Ramón Chacón Agüero; y al oeste, con
Bernardo Cid Baltodano.
2º—Del referido inmueble es de
impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 152,66 metros
cuadrados, y que presenta las siguientes características: naturaleza: terreno
para construir con una casa. Ubicación: distrito 13 Garita, cantón 01 Alajuela,
de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N°
A-1129085-2007. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del
proyecto denominado “Corredor San José - San Ramón”.
3º—Constan en el expediente
administrativo número 27.989 a que se refiere este acto resolutivo, los
siguientes documentos:
a) Plano catastrado N° A-1129085-2007, mediante
el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere
del citado inmueble un área total de 152,66 metros cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble.
c) Información básica sobre el propietario, la
ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se
requiere obtener, y los bienes a valorar.
4º—En razón de lo
anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al
requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado
supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida,
conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las
disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas
y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio
se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas
necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la
vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que
realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley
General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de
abril de 1998.
La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del
3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que
en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de
sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto
resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho
en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en
el correspondiente Registro Público.
En ese sentido la Procuraduría General
de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de
1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.
De conformidad con las disposiciones
normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y
140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley
General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de
Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede
declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se
describe:
a) Inscripción al Registro Público de la
Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 350656-000.
b) Naturaleza: terreno para construir con una
casa.
c) Ubicación: Situado en el distrito 13 Garita,
cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el
plano catastrado N° A-1129085-2007.
d) Propiedad: Romualdo Monge Vega, cédula número
2-157-163.
e) De dicho inmueble se necesita un área total en
conjunto de 152,66 metros cuadrados, para la construcción del proyecto
denominado “Corredor San José - San Ramón”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo
establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este
acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la
Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria
para la construcción del proyecto en referencia.
Procedan las dependencias
administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento
que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495,
artículo 21 y concordantes. Por tanto:
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES, RESUELVEN:
1º—Declarar de interés
público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al
Sistema de Folio Real matrícula número 350656-000, situado en el distrito 13
Garita, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela y propiedad de Romualdo
Monge Vega, cédula número 2-157-163, con una área total de 152,66 metros cuadrados,
y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano
catastrado N° A-1129085-2007, necesaria para la construcción del proyecto
denominado “Corredor San José - San Ramón”.
2º—Ordénese mandamiento provisional de
anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble
que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación
del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus
reformas.
3º—Procedan las dependencias administrativas
competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la
adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos
fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus
reformas.
Notifíquese y publíquese.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 6523).—C-55680.—(36754).
Nº 000191.—San
José, a las 15:55 horas del día 17 del mes de abril del dos mil siete.
Diligencias de declaratoria de interés
público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble
necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José - San
Ramón”.
Resultando:
1º—Mediante oficio N°
07/0583 del 27 de marzo del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición
de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó
que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de
declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación
que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo
de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro
Publico de la Propiedad, al Sistema de Folio Real matrícula número 256152-000,
cuya naturaleza es terreno de agricultura con 1 casa, situado en el distrito 13
Garita, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela, con una medida de
1.462,44 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro
Público de la Propiedad son: norte, Río Itiquís, al sur, con Autopista Bernardo
Soto con 22,41 metros; al este, con Rafael Delgado Campos; y al oeste, con Juan
Antonio Jiménez Arias.
2º—Del referido inmueble es de
impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 1.462,44 metros
cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno
de agricultura con 1 casa. Ubicación: distrito 13 Garita, cantón 01 Alajuela,
de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N°
A-1139648-2007. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del
proyecto denominado “Corredor San José - San Ramón”.
3º—Constan en el expediente
administrativo número 27.986 a que se refiere este acto resolutivo, los
siguientes documentos:
a) Plano catastrado N° A-1139648-2007, mediante
el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere
del citado inmueble un área total de 1.462,44 metros cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble.
c) Información básica sobre el propietario, la
ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se
requiere obtener, y los bienes a valorar.
4º—En razón de lo
anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al
requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado
supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida,
conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las
disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas
y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio
se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas
necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la
vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que
realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley
General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de
abril de 1998.
La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del
3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que
en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de
sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto
resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho
en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en
el correspondiente Registro Público.
En ese sentido la Procuraduría General
de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de
1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.
De conformidad con las disposiciones
normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y
140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley
General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de
Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede
declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se
describe:
a) Inscripción al Registro Público de la
Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 256152-000.
b) Naturaleza: terreno de agricultura con 1 casa.
c) Ubicación: Situado en el distrito 13 Garita,
cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el
plano catastrado N° A-1139648-2007.
d) Propiedad: Ana María Jiménez González, cédula
número 2-345-961.
e) De dicho inmueble se necesita un área total de
1.462,44 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado
“Corredor San José - San Ramón”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo
establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este
acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la
Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria
para la construcción del proyecto en referencia.
Procedan las dependencias
administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento
que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495,
artículo 21 y concordantes. Por tanto:
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES, RESUELVEN:
1º—Declarar de interés
público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al
Sistema de Folio Real matrícula número 256152-000, situado en el distrito 13
Garita, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela y propiedad de Ana
María Jiménez González, cédula número 2-345-961, con una área total de 1.462,44
metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en
el plano catastrado N° A-1139648-2007, necesaria para la construcción del
proyecto denominado “Corredor San José - San Ramón”.
2º—Ordénese mandamiento provisional de
anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble
que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación
del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus
reformas.
3º—Procedan las dependencias administrativas
competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la
adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos
fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus
reformas.
Notifíquese y publíquese.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 6523).—C-55680.—(36755).
Nº 192.—San
José, a las 16:00 horas del día 17 del mes de abril del dos mil siete.
Diligencias de declaratoria de interés
público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble
necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José – San
Ramón”.
Resultando:
1º—Mediante oficio N°
07/0585 del 27 de marzo del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición
de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó
que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de
declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación
que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495 del 3 de mayo
de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro
Público de la Propiedad, al Sistema de Folio Real matrícula número 265816-000,
cuya naturaleza es terreno de cultivos con 1 casa, patio, situado en el
distrito 13 Garita, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela, con una
medida de 2.105,04 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro
Público de la Propiedad son: norte, Río Itiquís; al sur, con calle pública,
21,60 metros; al este, con María Delgado Campos; y al oeste, con Ana María
Jiménez González.
2º—Del referido inmueble es de
impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 2.105,04 metros
cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno
de cultivos con 1 casa, patio. Ubicación: distrito 13 Garita, cantón 1
Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado
N° A-1135148-2007. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del
proyecto denominado “Corredor San José – San Ramón”.
3º—Constan en el expediente
administrativo número 27.984 a que se refiere este acto resolutivo, los
siguientes documentos:
a) Plano catastrado N° A-1135148-2007, mediante
el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere
del citado inmueble un área total de 2.105,04 metros cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble.
c) Información básica sobre el propietario, la
ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se
requiere obtener, y los bienes a valorar.
4º—En razón de lo
anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al
requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado
supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida,
conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las
disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas
y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio
se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas
necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la
vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que
realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley
General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de
abril de 1998.
La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del
3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20,
que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el
cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder
a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público
el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento
provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.
En ese sentido la Procuraduría General
de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de
1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.
De conformidad con las disposiciones
normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140
de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley
General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de
Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede
declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se
describe:
a) Inscripción al Registro Público de la
Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 265816-000.
b) Naturaleza: terreno de incultivos con 1 casa,
patio.
c) Ubicación: Situado en el distrito 13 Garita,
cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el
plano catastrado N° A-1135148-2007.
d) Propiedad: Rafael Ángel Delgado Campos, cédula
número 2-207-595.
e) De dicho inmueble se necesita un área total de
2.105,04 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado
“Corredor San José – San Ramón”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo
establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este
acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la
Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria
para la construcción del proyecto en referencia.
Procedan las dependencias
administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento
que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495,
artículo 21 y concordantes. Por tanto:
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y
TRANSPORTES, RESUELVEN:
1º—Declarar de interés
público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al
Sistema de Folio Real matrícula número 265816-000, situado en el distrito 13
Garita, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela y propiedad de Rafael
Ángel Delgado Campos, cédula número 2-207-595, con una área total de 2.105,04
metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en
el plano catastrado N° A-1135148-2007, necesaria para la construcción del
proyecto denominado “Corredor San José – San Ramón”.
2º—Ordénese mandamiento provisional de
anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble
que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación
del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus
reformas.
3º—Procedan las dependencias
administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al
efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia
de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de
Expropiaciones y sus reformas.
Notifíquese y publíquese.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 6525).—C-54470.—(36756).
Nº 193.—San
José, a las 16:05 horas del día 17 del mes de abril del dos mil siete.
Diligencias de declaratoria de interés
público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble
necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José – San
Ramón”.
Resultando:
1º—Mediante oficio N°
07/0580 de 27 de marzo del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de
Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente,
con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional
de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, N° 7495
del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el
Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número
241306-000, cuya naturaleza es terreno inculto, con una bodega, un taller y dos
oficinas, situado en el distrito 9 Río Segundo, cantón 1 Alajuela, de la
provincia de Alajuela, con una medida de 1.039,24 metros cuadrados, y cuyos
linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte,
con Oliva y Pacífica Herrera; al sur, con marginal Autopista General Cañas; al
este, con Oliva y Pacífica Herrera; y al oeste, con Marta Rojas Jiménez.
2º—Del referido inmueble es de
impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 175,53 metros
cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno
inculto, con una bodega, un taller y dos oficinas. Ubicación: distrito 9 Río
Segundo, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado
en el plano catastrado N° A-1147278-2007. Siendo necesaria su adquisición para
la construcción del proyecto denominado “Corredor San José – San Ramón”.
3º—Constan en el expediente
administrativo número 27.985 a que se refiere este acto resolutivo, los
siguientes documentos:
a) Plano catastrado N° A-1147278-2007, mediante
el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere
del citado inmueble un área total de 175,53 metros cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble.
c) Información básica sobre el propietario, la
ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se
requiere obtener, y los bienes a valorar.
4º—En razón de lo
anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al
requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado
supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida,
conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las
disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas
y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio
se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas
necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la
vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que
realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley
General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de
abril de 1998.
La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del
3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20,
que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el
cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder
a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público
el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento
provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.
En ese sentido la Procuraduría General
de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de
1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.
De conformidad con las disposiciones
normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y
140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley
General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de
Caminos Públicos y sus reformas, Ley N° 5060 de 22 de agosto de 1972, procede
declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se
describe:
a) Inscripción al Registro Público de la
Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 241306-000.
b) Naturaleza: terreno inculto, con una bodega,
un taller y dos oficinas.
c) Ubicación: Situado en el distrito 9 Río
Segundo, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado
en el plano catastrado N° A-1147278-2007.
d) Propiedad: Grupo Mayjo J. T. V. S. A., cédula
jurídica número 3-101-269319, representada por Jovel Abarca Díaz, cédula número
1-696-072.
e) De dicho inmueble se necesita un área total en
conjunto de 175,53 metros cuadrados, para la construcción del proyecto
denominado “Corredor San José – San Ramón”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo
establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este
acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la
Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria
para la construcción del proyecto en referencia.
Procedan las dependencias
administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento
que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495,
artículo 21 y concordantes. Por tanto:
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE OBRAS PUBLICAS Y
TRANSPORTES, RESUELVEN:
1º—Declarar de interés
público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al
Sistema de Folio Real matrícula número 241306-000, situado en el distrito 9 Río
Segundo, cantón 1 Alajuela, de la provincia de Alajuela y propiedad de Grupo
Mayjo J. T. V. S. A., cédula jurídica número 3-101-269319, representada por
Jovel Abarca Díaz, cédula número 1-696-072, con una área total de 175,53 metros
cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el
plano catastrado N° A-1147278-2007, necesaria para la construcción del proyecto
denominado “Corredor San José – San Ramón”.
2º—Ordénese mandamiento provisional de
anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble
que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación
del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus
reformas.
3º—Procedan las dependencias
administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al
efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia
de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de
Expropiaciones y sus reformas.
Notifíquese y publíquese.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 6526).—C-55680.—(36757).
DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD
Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA
EDUCATIVO
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 180, título Nº 1313, emitido por el Colegio Nocturno Pbro. Enrique Menzel, en el año dos mil cuatro, a nombre de Pereira García Jorge Adonay. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 4 de julio del 2006.—División de Control de Calidad.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(35474).
Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 119, título Nº 835, emitido por el Liceo San José de Alajuela, en el año dos mil cuatro, a nombre de Lindsen Laura Murillo Oconitrillo. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Linsen Laura Morera Murillo. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 4 de octubre del 2006.—División de Control de Calidad.—Carmen Martínez Cubero, Subdirectora.—(35500).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 38, Título Nº 480, emitido por el Colegio Bilingüe San Pablo, en el año dos mil dos, a nombre de Alfaro Brescancini Estefani. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.—San José, 27 días del mes de abril del 2007.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(36198).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 142, título Nº 2149, emitido por el Colegio Vocacional de Artes y Oficios de Cartago, en el año dos mil dos, a nombre de Fallas Guillén Pablo Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes de abril del dos mil siete.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(36286).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el tomo 2, folio 98, asiento Nº 1803, y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Secretariado, inscrito en el tomo 1, folio 274, asiento Nº 1566, ambos títulos fueron otorgados por el Colegio Técnico Profesional de Heredia, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Oviedo Herrera Melba. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los nueve días del mes de abril del dos mil siete.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(36290).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 191, Título Nº 1845 y del Título de Técnico Medio en Contabilidad, inscrito en el Tomo 1, Folio 64, Título Nº 1208 emitido por el Colegio Técnico Profesional Mario Quirós Sasso, en el año dos mil dos, a nombre de González Escamilla Alexia Patricia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de febrero del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(36317).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Técnica, en la Modalidad de Contabilidad, inscrito en el Tomo III, Folio 147, Título Nº 2629, emitido por el Colegio Técnico Profesional Jesús Ocaña Rojas, en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Rodríguez Acuña Fabricio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de abril del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—Nº 19185.—(36450).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 14, Título Nº 65, emitido por el Liceo de Sucre, en el año dos mil dos, a nombre de Rodríguez Soto Lindsay Diana. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 26 de marzo del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(36546).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 58, Título Nº 308, emitido por el Liceo San José de Alajuela, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de González Castro Sandra. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 26 de abril del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(36572).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES
SOCIALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se
ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa
de Transportes y Taxis de Guápiles R. L., siglas COOPETAGUA R. L., acordada en
asamblea celebrada el 28 de noviembre del 2006. Resolución 1408 del 27 de abril
del 2007.
En cumplimiento con lo dispuesto en el
artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un
extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.
Consejo de Administración
Presidente Jacinto Casanova
Moreno
Vicepresidente Griselda Valverde
Elizondo
Secretaria Iyadith Sánchez
Serrano
Vocal 1 Marlon Prendas
Torres
Vocal 2 Gerardo
Fonseca Badilla
Vocal 3 German Lamas
Ordóñez
Vocal 4 Johnny Vargas
Quirós
Suplente 1 Nora Valverde
Montes
Suplente 2 Olga Fernández
Sánchez
Gerente Gerardo
Hidalgo Quirós
San José, 27 de abril del
2007.—Departamento de Organizaciones Sociales.—Lic.
José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(35837).
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la Inscripción de la organización social denominada: Cooperativa Nacional de Servicios Múltiples y Náutica R.L., siglas COOPENAUTICA R.L., acordada en asamblea celebrada el 19 de noviembre del 2006. Resolución 1399 del 19 de noviembre del 2006.
En cumplimiento con lo dispuesto en el
artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un
extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.
Consejo de administración:
Presidente Rodolfo Quesada
Quesada
Vicepresidente Jorge Manuel Quesada
Castro
Secretaria Ana María Vargas
Herrera
Vocal 1 José Rodolfo
Quesada García
Vocal 2 Efrén Gómez
Quesada
Vocal 3 Ana Yansy
Rojas Quesada
Vocal 4 Natalia Rojas
Quesada
Suplente 1 Nubia Montiel
Delgado
Suplente 2 Joselito Quesada
Quesada
Gerente Randall
Contreras Montiel
San José, 19 de marzo del 2007.—Registro de Organizaciones Sociales.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(35872).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada: Cooperativa Agroindustrial y Servicios Múltiples de Puriscal R. L., siglas Coopepuriscal R. L., acordada en asamblea celebrada el 28 de enero del 2007. Resolución 18. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 3, 13, 14, se crea un capítulo quinto con los artículos 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, se modifica el anterior 25 ahora 34, el anterior 26 ahora 35, el anterior 27 ahora 36, el anterior 29 ahora 38, el anterior 37 ahora 46 del Estatuto.—San José, 12 de abril del 2007.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(36537).
REGISTRO NACIONAL
CIRCULAR N° DRPI-008-2007
PARA: Funcionarios y usuarios del Registro de
Propiedad Industrial.
DE: Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director Registro de
Propiedad
Industrial.
FECHA: 25 de abril del 2007.
ASUNTO: Trámite para la Reserva de Prioridad.
El artículo 5 de la Ley
de Marcas y Otros Signos Distintivos, en los párrafos tercero y cuarto; con
respecto a la forma y plazos para invocar un derecho de prioridad, indica:
“Artículo
5.—Derecho de
prioridad. (...) El derecho de prioridad se invocará mediante una
declaración expresa, la cuál deberá hacerse con la solicitud de registro o
dentro de un plazo de dos meses contados desde la fecha de presentación de la
solicitud.
A la solicitud, o dentro
de los tres meses siguientes a su presentación, deberá adjuntarse una copia
certificada de la solicitud prioritaria y la conformidad de la Oficina de
Propiedad Industrial que haya recibido dicha solicitud. Este documento quedará
dispensado de toda legalización y será acompañado de la traducción
correspondiente en caso de ser necesaria”.
Por su parte, el artículo
15 del mismo cuerpo legal; en concordancia con el artículo 21 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos, señala en lo conducente:
“Artículo 15.—Publicaciones de la solicitud. Efectuados los
exámenes conforme a los artículos 13 y 14 de la presente ley, el Registro de la
Propiedad Industrial ordenará anunciar la solicitud mediante la publicación,
por tres veces y a costa del interesado, de un aviso en el Diario Oficial,
dentro de un plazo de quince días desde su notificación.
(…)”
Por último, el artículo
66 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Nº 30233-J,
señala:
“Artículo 66.—Situaciones no previstas. Cualquier situación no
prevista en el presente Reglamento, será resuelta por el Director del Registro
de la Propiedad Industrial atendiendo al espíritu de las disposiciones de la
Ley y a la naturaleza del asunto de que se trate”.
Por consiguiente, a
efecto de que las disposiciones de este Registro, en relación con el trámite
para otorgar el derecho de prioridad; resulten acordes con lo señalado por las
normas legales aplicables; en beneficio de los intereses de los usuarios y de
esta forma ajustar las actuaciones de la Administración a derecho y evitar
posibles futuras nulidades, este Registro
procede a establecer las siguientes pautas a seguir por los funcionarios de la
Oficina de Marcas y Otros Signos Distintivos:
1) Si en una solicitud de inscripción de marca,
nombre comercial o señal de propaganda, se invoca un derecho de prioridad, y no
se adjuntó el certificado correspondiente, el registrador a cargo del
expediente deberá proceder de conformidad con el artículo 13 de la Ley de
Marcas y Otros Signos, si así lo requiere; y deberá mediante una nota
aclaratoria al final de la prevención, indicarle al solicitante en que fecha
vence su plazo para la presentación del certificado de prioridad (tres meses
desde la fecha de presentación).
2) En la nota aclaratoria indicada en el punto
anterior, deberá el registrador hacerle la advertencia al solicitante, que de
no aportar el certificado de prioridad antes de la fecha indicada, el Registro
procederá a emitir el edicto sin la reserva de prioridad invocada.
3) Si la contestación de la prevención del
artículo 13 de la ley, llega al registrador, y aún no se ha aportado el
certificado, y se encuentra vigente el plazo de los tres meses del artículo 5,
deberá el registrador mantener el expediente en un archivo que deberá llevar al
efecto, hasta tanto se cumpla el plazo de ley. Superado el plazo, procederá a
la emisión del edicto correspondiente. Nunca deberá emitirse un edicto, si el
solicitante se encuentra en plazo para presentar el certificado de prioridad.
4) Si el solicitante aporta el certificado de
prioridad dentro del plazo estipulado, el registrador procederá a emitir el
edicto, a la mayor brevedad, con la reserva de prioridad reclamada.
5) De no presentarse el certificado de prioridad
dentro del plazo estipulado, se procederá con el trámite de inscripción sin la
reserva de prioridad, de acuerdo a lo indicado en el punto 2).
Se recuerda que las
disposiciones contenidas en esta Circular son de acatamiento obligatorio.
Rige a partir de su publicación en el
Diario Oficial La Gaceta.
San José, 27 de abril del 2007.—Dirección de Propiedad Industrial.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—Dirección Administrativa.—Lic. William Astúa Meléndez, Director.—Departamento Financiero.—Lic. Irene Espinoza Alvarado, Jefa.—1 vez.—(Solicitud Nº 20933).—C-30270.—(36306).
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Desarrollo y Mejoramiento de Urbanización Santa Catalina, con domicilio en Pavas, provincia de San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover actividades de desarrollo de la Urbanización Santa Catalina. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidenta: Adriana Méndez Sánchez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 570, asiento: 70080).—Curridabat, 11 de abril del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(36304).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Centro Académico Profesional de Idioma y Cultura Ngäbekwe, con domicilio en la provincia de Puntarenas, Coto Brus, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Rescate y conservación de los valores, cultura e idioma Ngäbekwe, dedicada a la gestión de salvaguardar la cultura, valores y educación musical. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Rodrigo Alexis Rodríguez Gallardo. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 570, Asiento: 27794, adicional 571-09503).—Curridabat, 23 de abril del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 19075.—(36451).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Coraje y Esperanza, con domicilio en la provincia de Alajuela. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Ofrecer a las personas adultas mayores un espacio libre y voluntario donde puedan compartir entre iguales. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma a veinte millones de colones y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Dagoberto Alpízar Lobo. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 568, Asiento: 81120; Adicional: 569-93486).—Curridabat, 12 de enero del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 19191.—(36452).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Asistencia al Empleado Público, con domicilio en la provincia de San José, San Francisco de Dos Ríos, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: brindar ayuda y asistencia en fines didácticos y socioeconómicos al empleado público. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Carlos Monge Rodríguez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 570, Asiento: 80911 ).—Curridabat, 26 de abril del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 19194.—(36453).
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº 12523-C.E.—Camposanto del Este S. A., solicita en concesión 2 litros
por segundo de quebrada La Carpintera, captado en su propiedad. Sita en San
Rafael La Unión, Cartago para uso riego. Coordenadas aproximadas 210.500 /
537.800 Hoja Istarú. Propietarios de predios inferiores: José Manuel Mora
Quesada, Margarita Villalobos Machado, Benigno Salazar Sánchez. Quienes se
consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 abril del
2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 19011.—(36113).
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 16010-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José a las trece horas y cincuenta minutos del diecinueve de marzo del dos mil siete. Proceso administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de María Cecilia de los Ángeles Segura Luna, que lleva el número trescientos ocho, folio ciento cincuenta y cuatro, tomo ciento cincuenta y cuatro, de la provincia de Cartago, Sección de Nacimientos, en el sentido que los apellidos de la misma son “Castaing Luna” hija de “Ricardo Castaing Castro, no indica nacionalidad y Carmen Luna Gómez, costarricense” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta a la señora María Cecilia Segura Luna, con el propósito de que se pronuncie en relación con este proceso. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefe.—(O. C. Nº 331-2007).—C-9700.—(35864).
Expediente. N° 31367-2004.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y treinta minutos del quince de marzo del dos mil siete. Procedimiento administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Argery Rachell Godoy Rojas, que lleva el número doscientos dieciocho, folio ciento nueve, del tomo mil novecientos diecisiete, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, en el sentido que la misma es hija de “Jorge Alfaro Campos y Johanna Raquel Rojas Morales, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a los señores Saúl Alexander Godoy Alvarado, Jorge Alfaro Campos y a la señora Johanna Raquel Rojas Morales, con el propósito que se pronuncien con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefe.—(O. C. Nº 331-2007).—C-9700.—(35865).
Se avisa a las partes interesadas que en este Registro se encuentra en trámite el proceso administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Chelsea Shanaya Wilson Waggan. Exp. Nº 32661-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas veinte minutos del veintitrés de marzo del dos mil siete. Proceso administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Chelsea Shanaya Wilson Waggan, que lleva el número setecientos noventa y ocho, folio trescientos noventa y nueve, tomo mil novecientos sesenta y uno, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, en el sentido que la misma es hija de “Hubert Alexander Hansack Humphreys y Elba Wilson Waggan, nicaragüenses”. De conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación en el mismo Diario a los señores Hubert Alexander Hansack Humphreys, Wilmer José Huete Jiménez y a la señora Elba Andina Wilson Waggan o Elba Wilson Waggan, con el propósito que se pronuncien en relación a este proceso y se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.S.c. Ligia María González Richmond, Jefe.—(O. C. Nº 331-207).—C-11515.—(35866).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por, Noemy Gradeli Beita López, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 646-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos. San José, a las once horas, cuarenta minutos del dieciocho de mayo del dos mil cinco. Ocurso. Exp. Nº 33842-2004. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:.., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de, Karla Johanna, Noemy Priscila y Erika Odilie de apellidos Rivera López, en el sentido que los apellidos de la madre son “Beita López” y no como se consignaron. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.— 1 vez.—Nº 19102.—(36461).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por, Martha Cecilia Riascos Valencia, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 880-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y quince minutos del cinco de marzo del dos mil siete. Ocurso. Exp. Nº 28046-2006. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por Tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Rodolfo Jesús Zamora Contreras con Martha Cecilia Reascos Valencia, en el sentido que el apellido del padre de la cónyuge así como, el primer apellido de la misma es “Riascos” y no como se consignó.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(36638).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por, Erlin Isabel Ocampos Jarquín, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1880-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del once de julio del dos mil seis. Exps. 25149-36802-2005. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Erlin Isabel Ocampo Jarquín... en el sentido que los apellidos de la madre son “Campos Campos”, de René José Campos Jarquín... en el sentido que el segundo apellido y la nacionalidad de la madre son “Campos” y “costarricense”, respectivamente y de Elizabeth Ocampo Jarquín... en el sentido que los apellidos de la madre son “Campos Campos” y no como se consignaron. Notifíquese.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(36640).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Sinia Alejandra Jiménez Martínez, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia 135-RE-038941-00-1999, vecina de San José, expediente 4095-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 12 de marzo del 2007.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(36535).
Andrés Felipe Velásquez Vélez, mayor, casado, comerciante, colombiano, carné refugiado 070COL000042401, vecino de San José, expediente 1328-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 12 de abril del 2007.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(36595).
MODIFICACIÓN PLAN DE COMPRAS 2007
De conformidad con las modificaciones a la Ley de
Contratación Administrativa, publicadas en el Diario Oficial La Gaceta
N° 128 del 4 de julio del 2006, y de acuerdo al artículo 6 de la Ley de
Contratación Administrativa, se informa que se generó una modificación al plan
de compras para el año 2007 del Museo Histórico Cultural Juan Santamaría, y se
encuentra a disposición de los interesados en la página oficial del Ministerio
de Cultura, Juventud y Deportes www.mcjd.go.cr, así como en comprared, en la
dirección: https:/www.hacienda.go.cr/comprared.
Alajuela, 3 de mayo del 2007.—Dirección
General Museo Histórico Cultural Juan Santamaría.—Raúl Aguilar Piedra, Director
General.—1 vez.—(Solicitud Nº 35014).—C-6070.—(37125).
ÁREA DE ADQUISICIONES
Remodelación pisos 11 y 13 edificio Laureano Echandi
El Área de Adquisiciones de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 7º del Reglamento a Ley de Contratación
Administrativa, comunica modificación del programa anual de compras proyectado.
La modificación consiste en la siguiente necesidad:
Descripción Monto Período estimado
del bien o estimado
de del inicio del
servicio la
compra ¢ procedimiento Partida
Remodelación de los
pisos 11 y 13 del edificio
Laureano Echandi 150.000.000,00 1º semestre 2007 2510
Esta adquisición se efectuará por medio del programa
ordinario de compras de la Institución, quien dispone de recursos
presupuestarios suficientes aprobados por la Contraloría General de la
República.
1 vez.—(O. C. Nº
1142).—C-9700.—(37004).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000037-13800
Interfase de la plataforma del sistema Tic@ con los certificados
digitales (Public Key Infraestructure PKI)
y con la VAN
de
la infraestructura tecnológica de la Dirección
General de
Informática del Ministerio de Hacienda
La Proveeduría Institucional, recibirá ofertas hasta
las 9:00 horas del día 1º de junio del 2007, para la contratación de la
interfase de la plataforma del sistema Tic@ con los certificados digitales
(Public Key Infraestructure PKI) y con la VAN de la infraestructura tecnológica
de la Dirección General de Informática del Ministerio de Hacienda.
El
interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma
gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a
partir de esta fecha, o podrá obtenerlo en el Departamento de Contrataciones de
la Proveeduría Institucional, puede traer dispositivo de respaldo digital
(disquette, CD o Llave USB), o impreso previo depósito de ¢2.400,00 (dos mil
cuatrocientos colones exactos), mediante un entero a favor del Gobierno de
Costa Rica, emitido por cualquier Banco del Sistema Bancario Nacional, en el
edificio central del Ministerio de Hacienda, antiguo Banco Anglo, tercer piso,
avenida segunda, calles 3 y 4.
Lic. Olman Sanlee Chacón, Proveedor.—1
vez.—(Solicitud Nº 5210).—C-18170.—(37005).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000040-17100
Compra de equipo automotor
La Proveeduría Institucional, recibirá ofertas hasta
las 10:00 horas del día 30_de mayo del 2007, para la “Compra de equipo
automotor” para el Servicio Fitosanitario del Estado.
El
interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma
gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a
partir de esta fecha, o podrá obtenerlo en el Departamento de la Proveeduría
Institucional, previo depósito de ¢500,00 (quinientos colones exactos) mediante
un entero a favor del Gobierno de Costa Rica, emitido por cualquier Banco del
Sistema Bancario Nacional. La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada en
el Antiguo Colegio La Salle, Sabana Sur.
San José, 4_de mayo del 2007.—Lic.
Blanca Córdoba Berrocal, Proveedora.—1 vez.—(36956).
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000003-00100
Compra de motocicletas
El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad
Vial, a través de la Unidad de Licitaciones, recibirá ofertas hasta las 10:00
horas del día 30 de mayo del 2007, para la licitación de referencia.
El
interesado tiene el cartel a su disposición en el Sistema Compra Red en forma
gratuita, en la dirección http://hacienda.go.cr, accesando en Link de Compra
Red de Internet a partir de esta fecha, o podrá ser retirado en el Departamento
de Proveeduría en el segundo piso, La dirección es la siguiente: La Uruca contiguo
a la Agencia del Banco Nacional, previo a la cancelación de ¢1.000,00 (mil
colones exactos), monto que deberá ser depositado a favor del Consejo de
Seguridad Vial, en cualquier Agencia Bancaria del Banco de Costa Rica o del
Banco Nacional de Costa Rica, en las cuentas que se detallan a continuación:
Entidad Bancaria Número
de cuenta
Banco de Costa Rica 64590-7
Banco
Nacional de Costa Rica 75830-0
El
contenido del comprobante emitido por la Agencia Bancaria debe contar con la
siguiente información como mínimo:
• Nombre del
depositante.
• Cliente y
número de cuenta cliente.
• Monto
depositado.
• Concepto:
Pago de cartel de la Licitación Pública Nº 2007LN-000002-00100.
San José, 4 de mayo del 2007.—Departamento
de Proveeduría.—Lic. Alexánder Vásquez Guillén, Jefe.—1
vez.—(O. C. Nº 30570).—C-14540.—(37052).
PROVEEDURIA INSTITUCIONAL
LICITACÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000010-32700
Construcción de la Pista de Prueba de Manejo en Cartago
La Proveeduría Institucional del Ministerio de Obras
Públicas y Transportes, avisa a todos los interesados en esta contratación que
se prórroga la fecha de la apertura hasta las 13:00 horas del día 18 de mayo
del 2007, que la visita de preoferta se realizará a partir de las 10:00 horas
del 11 de mayo del 2007 en la Oficina de la Dirección Regional II. Sede del
MOPT de Cartago, misma que será conducida por la Ing. Alejandra Fallas Siles,
Directora Regional y que se realiza la siguiente modificación al Cuadro 1:
“Sumario de Cantidades” del cartel:
Donde dice:
Renglón de pago 604(9).
Debe
leerse: Renglón de pago 604(3).
Donde dice:
Renglón de pago 622A(6.
Debe
leerse: Renglón de pago 622A(6).
En el renglón de pago 622A(6):
Donde dice:
Cantidad Estimada 195.
Debe
leerse: Cantidad Estimada 1779.
En el renglón de pago 608(1):
Donde dice: Cantidad
Estimada 1250.
Debe
leerse: Cantidad Estimada 450.
San José, 2 de mayo del 2007.—MBA.
Sylvia Jiménez Cascante,
Proveedora
Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº
0691).—C-15750.—(37126).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000131-57100
Útiles y materiales de oficina
La Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las
8:00 horas, del 23 de mayo del 2007, para la compra de útiles y materiales de
oficina.
Los
interesados podrán pasar a retirar el cartel a partir de día siguiente de
publicado, en forma gratuita en la Proveeduría Institucional del Ministerio de
Educación Pública o bien estará a disposición en el Sistema Compra Red de
Internet a partir de esta fecha en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared.
La
Proveeduría Institucional se encuentra ubicada en el Edificio Raventós 4to
piso, calle 6, avenida central y 2da, San José.
San José, 3 de mayo del 2007.—Lic.
Rolando Chinchilla Masís, Proveedor Institucional.—1
vez.—(Solicitud Nº 39396).—C-7885.—(37409).
INSTITUTO COSTARRICENSE DEL
DEPORTE Y LA RECREACIÓN
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA-000006-01
Construcción de archivo del ICODER
Financiamiento: Fondos Públicos, ¢23.000.000,00 de
colones
El
Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación, recibirá ofertas por
escrito hasta las 14:00 horas del día 31 de mayo del 2007, en la Sala del
Consejo Nacional de Deportes y la Recreación para este proyecto. Los
interesados podrán retirar el pliego de condiciones en la Proveeduría del
ICODER, cancelando en la Tesorería Institucional en horario de 8:00 a.m. a
12:00 m.d. y de 1:00 a 3:00 p.m., la suma de 1.100,00 colones; a partir de su
publicación en La Gaceta.
Se
realizará visita técnica al ser las 9:00 horas del lunes 14 de mayo del 2007,
en el sitio frente a las canchas de Voleibol de Playa, Parque Metropolitano La
Sabana, a cargo de la Arq. Judith Vega Castro.
San José, 4 de mayo del 2007.—Lic.
Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor Institucional.—1
vez.—(37036).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000012-PROV
Construcción del edificio para los Tribunales
de
Justicia de Grecia, Alajuela
Se invita a todos los potenciales proveedores a
presentar oferta. El cartel esta disponible a partir de esta publicación, sin
costo alguno, en la Secretaría del Departamento de Proveeduría, sita en el
cuarto piso del edificio de la Plaza de la Justicia, ubicado entre calles 17 y
19, avenidas 6 y 8, San José; o bien, obtenerlo a través de Internet, en la
dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del
correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección
licitaciones@poder-judicial.go.cr.; asimismo, deberá retirar la autorización
para la obtención de las copias de los planos y las especificaciones técnicas,
mismos que están disponibles en Jiménez y Tanzi S. A. (Tienda La California),
San José, calle 23, entre avenidas central y primera, los cuales tienen un
costo de ¢126.000,00.
El
plazo para presentar ofertas vence el día 6 de junio del 2007, a las 10:00 horas,
momento en el cual se procederá con la apertura correspondiente.
San José, 3 de mayo del 2007.—Proceso
de Adquisiciones.—Lic. Ana I. Olivares Lestón, Jefa a. í.—1
vez.—(36965).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2007LA-707009-UL
Vehículos extintores de incendio
El Instituto Nacional de Seguros, comunica a los
interesados en la presente licitación, que la apertura de ofertas se tiene
programada para el 8 de junio de 2007 a las 9:00 horas.
El
pliego de condiciones podrá ser retirado en el mostrador del oficial de público
del Departamento de Proveeduría de este Instituto ubicado en el octavo piso de
sus oficinas centrales sin costo alguno.
San José, 2 de mayo del 2007.—Departamento
de Proveeduría.—Daniel Chanto Araya, Asistente de Jefatura.—1 vez.—(O. C. Nº
18447).—C-6070.—(37411).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA-000002-APITCR
Adquisición de carnes y mariscos
El Departamento de Aprovisionamiento por medio de la
Oficina de Licitaciones, ubicada en el edificio D-4 sede central recibirá
ofertas hasta las catorce horas (2:00 p. m.) del día 24 de mayo del 2007, para
el suministro de carne de res, cerdo, pollo y mariscos.
Los
interesados pueden retirar el cartel en el Departamento de Aprovisionamiento
previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones 00/100), en nuestra Unidad de
Tesorería, ubicada en el Edificio Central.
Cartago, 3 de mayo del 2007.—Departamento
de Aprovisionamiento.—Lic. Walter Sequeira Fallas, Director.—1
vez.—(Solicitud Nº 24959).—C-7280.—(37058).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000003-APITCR
Adquisición de lácteos y cítricos
El Departamento de Aprovisionamiento por medio de la
Oficina de Licitaciones, ubicada en el edificio D-4 sede central recibirá
ofertas hasta las catorce horas (2:00 p. m.) del día 25 de mayo del 2007, para
el suministro de lácteos y cítricos.
Los
interesados pueden retirar el cartel en el Departamento de Aprovisionamiento
previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones 00/100), en nuestra Unidad de
Tesorería, ubicada en el Edificio Central.
Cartago, 3 de mayo del 2007.—Departamento
de Aprovisionamiento.—Lic. Walter Sequeira Fallas, Director.—1
vez.—(Solicitud Nº 24963).—C-7280.—(37059).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000004-APITCR
Adquisición de frutas, verduras y legumbres
El Departamento de Aprovisionamiento por medio de la
Oficina de Licitaciones, ubicada en el Edificio D-4 sede central recibirá
ofertas hasta las diez horas (10:00 a. m) del día 28 de mayo del 2007, para el
suministro de frutas, verduras y legumbres.
Los
interesados pueden retirar el cartel en el Departamento de Aprovisionamiento
previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones 00/100), en nuestra Unidad de
Tesorería, ubicada en el edificio central.
Cartago, 3 de mayo del 2007.—Departamento
de Aprovisionamiento.—Lic. Walter Sequeira Fallas, Director.—1
vez.—(Solicitud Nº 24964).—C-7280.—(37060).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000008-APITCR
Adquisición de abarrotes
El Departamento de Aprovisionamiento por medio de la
Oficina de Licitaciones, ubicada en el edificio D-4 sede central recibirá
ofertas hasta las catorce horas (2:00 p. m.) del día 28 de mayo del 2007, para
el suministro de frutas, verduras y legumbres.
Los
interesados pueden retirar el cartel en el Departamento de Aprovisionamiento
previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones 00/100), en nuestra Unidad de
Tesorería, ubicada en el edificio central.
Cartago, 3 de mayo del 2007.—Departamento
de Aprovisionamiento.—Lic. Walter Sequeira Fallas, Director.—1
vez.—(Solicitud Nº 24965).—C-7280.—(37062).
OFICINA DE SUMINISTROS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000009-ULIC
Compra de planchas de aluminio
La Oficina de Suministros, recibirá propuestas por
escrito hasta las 10:00 horas del día 30 de mayo del 2007, para la compra
indicada.
Los
interesados deberán retirar el cartel en la Oficina de Suministros, ubicada en
Sabanilla de Montes de Oca, de las instalaciones deportivas 250 metros al este,
400 metros al norte. Previo pago de ¢500,00; en la Oficina de Administración
Financiera, ubicada en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, edificio
administrativo “A”, primer piso.
El
cartel estará disponible en la siguiente página de Internet http://www.vra.ucr.ac.cr, cejilla OSUM, publicación de
documentos.
Sabanilla de Montes de Oca, 3 de mayo del 2007.—Unidad de Licitaciones.—Lic. Ana I. Barrantes M., Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 90209).—C-8490.—(37065).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000019-ULIC
Construcción de tapias jardín botánico Lankester
La Oficina de Suministros, recibirá ofertas por escrito
hasta las 14:00 horas del día 30 de mayo de 2007, para la contratación
indicada.
Los
interesados deberán retirar el cartel y un CD, en la Oficina de Suministros,
ubicada en Sabanilla de Montes de Oca, de las instalaciones deportivas 250
metros al este y 400 metros al norte. Previo pago de ¢1.000,00; en la Oficina
de Administración Financiera, ubicada en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio,
edificio administrativo “A”, primer piso.
Sabanilla de Montes de Oca, 4 de mayo del 2007.—Unidad de Licitaciones.—Lic. Ana Barrantes Muñoz, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 90209).—C-7280.—(37067).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000008-SCA
Compra de equipo de cómputo
La Universidad Nacional, a través de la Proveeduría
Institucional recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día 30 de
mayo del 2007, para la compra de Equipo de Cómputo.
Los
interesados deberán adquirir el pliego de condiciones a partir de la presente
invitación en la Plataforma de Servicios de la Proveeduría Institucional de la
Universidad Nacional, o bien solicitarlo en formato electrónico a la dirección
cmurillo@una.ac.cr o wjime@una.ac.cr.
Heredia, 3 de mayo del 2007.—Ada
Cartín Brenes, Directora, Proveeduría Institucional.—1 vez.—(O/C Nº
24368).—C-6675.—(37128).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000004-3003
Compra de carne de pollo
El Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, invita a
todos los interesados en participar en el siguiente concurso:
Licitación Abreviada Número 2007LA-000004-3003, compra
de carne de pollo.
Servicio:
Nutrición.
Fecha
de apertura: 5 de junio del 2007.
Hora:
10:30 a. m.
El
cartel se puede adquirir en la administración del Hospital Dr. Rafael Ángel
Calderón Guardia, a partir de esta fecha. Rigen las condiciones para concursos
promovidas por la Subárea de Contratación Administraba.
Valor
del cartel: ¢500.
San José, 3 de mayo del 2007.—Subárea
de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador.—1 vez.—(36968).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LP-000001-3003
Compra de vegetales y frutas frescas
y procesadas
El Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, invita a
todos los interesados en participar en el siguiente concurso:
Licitación Pública número 2007LP-000001-3003, compra de
vegetales y frutas frescas y procesadas.
Servicio: Nutrición.
Fecha
de apertura: 14 de junio del 2007.
Hora:
2:00 p. m.
El
cartel se puede adquirir en la administración del Hospital Dr. Rafael Ángel
Calderón Guardia, a partir de esta fecha. Rigen las condiciones para concursos
promovidas por Subárea de Contratación Administrativa.
Valor
del cartel: ¢500.
San José, 3 de mayo del 2007.—Subárea
de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador.—1 vez.—(36969).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000005-3003
Compra de carne de res
El Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, invita a
todos los interesados en participar en el siguiente concurso:
Licitación Abreviada Nº 2007LA-000005-3003, Compra de
carne de res.
Servicio: Nutrición.
Fecha
de apertura: 4 de junio del 2007.
Hora:
10:30 a. m.
El
cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital Dr. Rafael Ángel
Calderón Guardia, a partir de esta fecha. Rigen las condiciones para concursos
promovidas por la subárea de Contratación Administraba.
Valor
del cartel: ¢500.
San José, 3 de mayo del 2007.—Subárea
de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador.—1 vez.—(36970).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000002-3003
Compra de pan y repostería
El Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, invita a
todos los interesados en participar en el siguiente concurso:
Licitación Abreviada Número 2007LA-000002-3003, compra
de pan y repostería.
Servicio: Nutrición.
Fecha
de apertura: 4 de junio del 2007.
Hora:
2:00 p. m.
El
cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital Dr. Rafael Ángel
Calderón Guardia, a partir de esta fecha. Rigen las condiciones para concursos
promovidas por la Subárea de Contratación Administrativa.
Valor
del cartel: ¢500.
San José, 3 de mayo del 2007.—Subárea
de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador.—1 vez.—(36971).
GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONES
DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN DE PROYECTO ESPECIALES
ÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-4403
Equipamiento del servicio de nutrición
nuevo
Hospital Tomás Casas-Osa
El Área de Contratación Administrativa de la Dirección
Administración de Proyectos Especiales recibirá ofertas por escrito, hasta las
diez horas (10:00) del día 6 de agosto del 2007.
A
los oferentes se les comunica que pueden retirar el cartel, previa cancelación
de ¢5.000,00 (cinco mil colones), en el Área de Contratación Administrativa,
ubicada en San José: CCSS. Edificio Jenaro Valverde, piso 10, avenida 4, calles
5 y 7. Este trámite debe realizarse de 8:00 a las 15:00 horas en días hábiles.
Visita
al sitio: se llevará a cabo el día 29 de mayo del 2007, a las 13:00 horas, en
el sitio de la construcción del nuevo Hospital Tomás Casas-Osa.
San José, 4 de mayo del 2007.—Unidad
de Contratación Administrativa.—Lic. Helen Noelia Godfrey Leal, Coordinadora.—1 vez.—(37003).
ÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000030-1142
Arrendamiento de local
El Área de Adquisiciones con la autorización de la
Dirección de Recursos Materiales, recibirá ofertas por escrito hasta 11:00
horas del día 6 de junio del 2007.
Ítem único: Contratación de alquiler de edificio para
la Unidad de Control del SIDA/ITS.
Rigen para este concurso: Las especificaciones
técnicas, administrativas, las condiciones generales (publicadas en La
Gaceta Nº 6 del 9 de enero del 2006) y addéndum de fecha 23 de abril del
2007. El cartel consta de 63 páginas, incluyendo las condiciones generales, el
cual se encuentra insertas en el folleto de venta en la fotocopiadora, sita en
piso comercial del edificio Jenaro Valverde Marín (Oficinas Centrales de la
CCSS). Horario de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 3:00 p. m.
Lic. Vilma Arias Marchena.—1
vez.—(O. C. Nº 1142).—C-10305.—(37017).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000040-1142
Agente hemostático
El Área de Adquisiciones con la autorización de la
Dirección de Recursos Materiales, recibirá ofertas por escrito hasta 9:00 horas
del día 6 de junio del 2007.
Ítem 1. 500 UD Agente hemostático fibrilar de colágeno
absorbible de 500 miligramos.
Ítem
2. 500 UD Agente hemostático fibrilar de colágeno absorbible de 1000
miligramos.
Rigen para este concurso las especificaciones técnicas,
administrativas, las condiciones generales (publicadas en La Gaceta Nº 6
del 9 de enero del 2006) y addéndum de fecha 23 de abril del 2007. El cartel
consta de 76 páginas, incluyendo las condiciones generales, el costo por página
es de ¢12 colones, el cual se encuentra disponible en la fotocopiadora del
edificio Jenaro Valverde, piso comercial oficinas centrales de la CCSS, ubicada
costado sureste del Teatro Nacional (Avenidas 2 y 4, calles 5 y 7), en el
horario de lunes a viernes de 7:00 a. m., a 3:00 p. m.
Subárea de Carteles.—Lic. Vilma
Arias Marchena.—1 vez.—(O. C. Nº
1142).—C-10910.—(37018).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000041-1142
Gel anestésico y bactericida estéril
El Área de Adquisiciones con la autorización de la
Dirección de Recursos Materiales, recibirá ofertas por escrito hasta 10:00
horas del día 6 de junio del 2007.
Ítem único: 21600 UD gel anestésico y bactericida
estéril.
Rigen para este concurso las especificaciones técnicas,
administrativas, las condiciones generales (publicadas en La Gaceta Nº 6
del 9 de enero del 2006) y addéndum de fecha 23 de abril del 2007. El cartel
consta de 64 páginas, incluyendo las condiciones generales, el costo por página
es de ¢12 colones, el cual se encuentra disponible en la fotocopiadora del
edificio Jenaro Valverde, piso comercial oficinas centrales de la CCSS, ubicada
costado sureste del Teatro Nacional (Avenidas 2 y 4, calles 5 y 7), en el
horario de lunes a viernes de 7:00 a. m., a 3:00 p. m.
Subárea de Carteles.—Lic.
Vilma Arias Marchena.—1 vez.—(O. C. Nº 1142).—C-10305.—(37019).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000009-PROV
Servicios de seguridad y vigilancia para instalaciones
ICE ubicadas en 2 zonas de Región Pacífico Central
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los
interesados en la licitación arriba mencionada que se estarán recibiendo
ofertas hasta las 10:00 horas del día 21 de junio del 2007 para lo siguiente:
Requerimiento:
Servicios de seguridad y vigilancia para instalaciones
ICE ubicadas en 2 zonas de Región Pacífico Central.
El
cartel se puede adquirir por medio de fotocopias cancelando el costo de las
mismas en la Dirección de Proveeduría sita 400 mts norte del edificio central o
en nuestra dirección electrónica www.grupoice.com.
San José, 3 de mayo del 2007.—Licitaciones-Dirección
Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador.—1 vez.—(O. S. Nº
330291).—C-8490.—(36769).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000010-PROV
Servicios de seguridad y vigilancia para instalaciones
ICE ubicadas en la Región Brunca
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los
interesados en la licitación arriba mencionada que se estarán recibiendo
ofertas hasta las 10:00 horas del día 20 de junio del 2007 para lo siguiente:
Requerimiento:
Servicios de seguridad y vigilancia para instalaciones
ICE ubicadas en la Región Brunca.
El
cartel se puede adquirir por medio de fotocopias cancelando el costo de las
mismas en la Dirección de Proveeduría sita 400 mts norte del edificio central o
en nuestra dirección electrónica www.grupoice.com.
San José, 3 de mayo del 2007.—Licitaciones-Dirección
Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador.—1 vez.—(O. S. Nº
330291).—C-8490.—(36770).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000011-PROV
Servicios de seguridad y vigilancia para instalaciones
ICE ubicadas en 3 zonas de Alajuela
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los
interesados en la licitación arriba mencionada que se estarán recibiendo
ofertas hasta las 9:00 horas del día 20 de junio del 2007 para lo siguiente:
Requerimiento:
Servicios de seguridad y vigilancia para instalaciones
ICE ubicadas en 3 zonas de Alajuela.
El
cartel se puede adquirir por medio de fotocopias cancelando el costo de las
mismas en la Dirección de Proveeduría sita 400 mts norte del edificio central o
en nuestra dirección electrónica www.grupoice.com.
San José, 3 de mayo del 2007.—Licitaciones-Dirección
Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador.—1 vez.—(O. S. Nº
330291).—C-8490.—(36771).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000012-PROV
Servicios de seguridad y vigilancia para instalaciones
ICE ubicadas en la zona de la Uruca
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los
interesados en la licitación arriba mencionada que se estarán recibiendo
ofertas hasta las 9:00 horas del día 25 de junio del 2007 para lo siguiente:
Requerimiento:
Servicios de seguridad y vigilancia para instalaciones
ICE ubicadas en la zona de la Uruca.
El
cartel se puede adquirir por medio de fotocopias cancelando el costo de las
mismas en la Dirección de Proveeduría sita 400 m norte del edificio central o
en nuestra dirección electrónica WWW.GRUPOICE.COM.
San José, 3 de mayo del 2007.—Licitaciones-Dirección
Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador.—1 vez.—(O. S. Nº
330291).—C-8490.—(36772).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000013-PROV
Servicios de seguridad y vigilancia para instalaciones
ICE ubicadas en la Región Huetar Norte
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los
interesados en la licitación arriba mencionada que se estarán recibiendo
ofertas hasta las 10:00 horas del día 25 de junio del 2007 para lo siguiente:
Requerimiento:
Servicios de seguridad y vigilancia para instalaciones
ICE ubicadas en la Región Huetar Norte.
El
cartel se puede adquirir por medio de fotocopias cancelando el costo de las
mismas en la Dirección de Proveeduría sita 400 m norte del edificio central o
en nuestra dirección electrónica WWW.GRUPOICE.COM.
San José, 3 de mayo del 2007.—Licitaciones-Dirección
Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador.—1 vez.—(O. S. Nº
330291).—C-9095.—(36773).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000014-PROV
Servicios de seguridad y vigilancia para instalaciones
ICE en radio bases celulares, ubicadas en el Área
Metropolitana
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los
interesados en la licitación arriba mencionada que se estarán recibiendo
ofertas hasta las 9:00 horas del día 26 de junio del 2007 para lo siguiente:
Requerimiento:
Servicios de seguridad y vigilancia para instalaciones
ICE en radio bases celulares, ubicadas en el Área Metropolitana.
El
cartel se puede adquirir por medio de fotocopias cancelando el costo de las
mismas en la Dirección de Proveeduría sita 400 metros norte del edificio
central o en nuestra dirección electrónica www.grupoice.com.
San José, 3 de mayo del 2007.—Licitaciones-Dirección
Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador.—1 vez.—(O. S. Nº
330291).—C-8490.—(36774).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000015-PROV
Servicios de seguridad y vigilancia para instalaciones
ICE ubicadas en la Región Chorotega
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los
interesados en la licitación arriba mencionada que se estarán recibiendo
ofertas hasta las 10:00 horas del día 26 de junio del 2007 para lo siguiente:
Requerimiento:
Servicios de seguridad y vigilancia para instalaciones
ICE ubicadas en la Región Chorotega.
El
cartel se puede adquirir por medio de fotocopias cancelando el costo de las
mismas en la Dirección de Proveeduría sita 400 metros norte del edificio
central o en nuestra dirección electrónica www.grupoice.com.
San José, 3 de mayo del 2007.—Licitaciones-Dirección
Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador.—1 vez.—(O. S. Nº
330291).—C-8490.—(36775).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000017-PROV
Servicios de seguridad y vigilancia para instalaciones
ICE ubicadas en 4 zonas de San José, Heredia y Cartago
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los
interesados en la licitación arriba mencionada que se estarán recibiendo
ofertas hasta las 9:00 horas del día 27 de junio del 2007 para lo siguiente:
Requerimiento:
Servicios de seguridad y vigilancia para instalaciones
ICE ubicadas en 4 zonas de San José, Heredia y Cartago.
El
cartel se puede adquirir por medio de fotocopias cancelando el costo de las
mismas en la Dirección de Proveeduría sita 400 metros norte del edificio
central o en nuestra dirección electrónica www.grupoice.com.
San José, 3 de mayo del 2007.—Licitaciones-Dirección
Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador.—1 vez.—(O. S. Nº
330291).—C-9095.—(36776).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000025-PROV
Adquisición de dos servomotores, compuertas C-1
y
C-4 de toma de aguas, planta Sandillal
El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los
interesados que recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 7 de junio del
2007, en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina
este de las Oficinas Centrales, para el suministro de lo siguiente:
Requerimiento: adquisición de dos servomotores,
compuertas C-1 y C-4 de toma de aguas, planta Sandillal.
Mayores especificaciones, condiciones generales y
especiales podrán adquirirse en la Proveeduría de este Instituto, o accesando
la siguiente dirección electrónica:
https://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do
San José, 3 de mayo del 2007.—Dirección
de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O.
C. Nº 330291).—C-9700.—(36961).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000020-01
Readecuación de infraestructura para personas
con
discapacidad física a los edificios de
Salud y Administrativo del Centro
J. Orlich, La Uruca
El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de
Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 7
de junio del 2007. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el
cual tiene un costo de ¢8.500,00 en el Área de Compras del Proceso de
Adquisiciones sita 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México o bien ver
página web del INA, dirección www.ina.ac.cr.
_______
LICITACION ABREVIADA 2007LA-000024-01
Contratación de servicios de adaptación y mantenimiento
de
baterías de servicios sanitarios, sede
central, La Uruca
El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de
Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 6
de junio del 2007. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el
cual tiene un costo de ¢1.000,00 en el Área de Compras del Proceso de
Adquisiciones sita 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México o bien ver
página web del INA, dirección www.ina.ac.cr.
1 vez.—(Solicitud Nº
16240).—C-13330.—(37127).
OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS
DEL BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000003-01
Alquiler de enlace inalámbrico como solución
integral de transporte de datos
La Sección Administrativa de la Operadora de Planes de
Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S. A.,
recibirá ofertas por escrito en sus oficinas, ubicadas en San Pablo de Heredia,
200 metros norte del Mall Paseo de las Flores hasta las 10:00 horas del 23 de
mayo del 2007, para el suministro de lo siguiente:
Licitación Abreviada Nº 2007LA-000003-01, “Alquiler de
enlace inalámbrico como solución integral de transporte de datos.”
El sobre de especificaciones, condiciones generales y
especiales podrán retirarse en la Sección Administrativa de la Operadora de
Pensiones Complementarias, por un valor de ¢2.500,00 (dos mil quinientos
colones con 00/100), los cuales podrán ser depositados en la cuenta Nº
1610100010006443-9 a nombre de la Operadora o cancelar en la caja de tesorería
de la Operadora y el retiro del mismo se puede hacer en la Sección Administrativa,
con un horario de lunes a viernes de 8:00 a. m., a las 4:30 p. m.
San José, 3 de mayo del 2007.—Departamento
de Administración y Finanzas.—Lic. Cinthia Solano Fernández, Jefa.—1 vez.—(37068).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000002-01
Compra de toner, cartuchos, tanques de
tinta
y rollos de película, todos originales
La Sección Administrativa de la Operadora de Planes de
Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S. A.,
recibirá ofertas por escrito en sus oficinas ubicadas en San Pablo de Heredia,
200 metros norte del Mall Paseo de las Flores hasta las 10:00 horas del 18 de
mayo del 2007 para el suministro de lo siguiente: Licitación Abreviada Nº
2007LA-000002-01. Compra de toner, cartuchos, tanques de tinta y rollos de
película, todos originales.
El Sobre de especificaciones, condiciones generales y
especiales podrán retirarse en la Sección Administrativa de la Operadora de
Pensiones Complementarias, por un valor de ¢2.500,00 (dos mil quinientos
colones con 00/100), los cuales podrán ser depositados en la cuenta Nº
1610100010006443-9 a nombre de la Operadora o cancelar en la Caja de Tesorería
de la Operadora y el retiro del mismo se puede hacer en la Sección
Administrativa, con un horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a las 4:30 p.m.
San José, 3 de mayo del 2007.—Departamento
de Administración y Finanzas.—Lic. Cinthia Solano Fernández, Jefa.—1 vez.—(37069).
INS VALORES PUESTO DE BOLSA S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA-000002-01
Mantenimiento a proyectos y sistemas informáticos
INS Valores Puesto de Bolsa S. A. recibirá ofertas por
escrito hasta las diez horas con treinta minutos del día 15 de mayo del 2007,
para la licitación en referencia.
El cartel de la licitación que incluye las
especificaciones y condiciones generales, lo pueden retirar de 9:00 a. m. a
2:00 p. m. en la Oficina de Contratación Administrativa de INS Valores Puesto
de Bolsa S. A., situada en el tercer piso de sus Oficinas Centrales, ubicadas
frente a las oficinas centrales del correo, edificio anexo al Club Unión.
San José, 4 de abril del 2007.—Oficina
de Contratación Administrativa.—Geremmy Chaves Marín, Jefe.—1 vez.—(37095).
MUNICIPALIDAD DE NARANJO
PROVEEDURÍA MUNICIPAL
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000002-PM
Adquisición de software para el registro de la
ejecución presupuestaria y la contabilidad por partida doble
de
la Municipalidad de Naranjo
La Municipalidad de Naranjo a través de la Proveeduría
Municipal, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 17 de mayo
del 2007, para la Licitación arriba mencionada. Los interesados pueden obtener
el cartel a partir de esta fecha, en la oficina de Proveeduría de esta
Institución, previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones) en las cajas de
Tesorería Municipal.
Naranjo, 3 de mayo del 2007.—Olger
Alpízar Villalobos, Proveedor Municipal.—1 vez.—(37103).
MUNICIPALIDAD DE POCOCÍ
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000004-CL01
Compra de 3 500 m3 de agregado petreo
triturado
para
sub-base graduación-D
El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Pococí,
invita a todos los interesados a participar en la Licitación Abreviada Nº
2007LA-000004-CL01, objeto de esta licitación es la compra de 3 500 m3 de
agregado petreo triturado para sub-base graduación-D.
Los
carteles de participación, con la información se entregarán en la oficina de
Proveeduría, a partir de la publicación de esta.
El
plazo para el recibo de las ofertas será hasta las nueve horas del 15 de mayo
del 2007.
Departamento de Proveeduría.—Lic.
Iris Vega Cortés, Proveedora.—1 vez.—(37022).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000005-CL01
Compra de 4 200, m3 de agregado petreo
triturado
para
sub-base graduación-D
El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de
Pococí, invita a todos los interesados a participar en la Licitación Abreviada
número 2007LA-000005-CL01, objeto de
esta licitación es la compra de 4 200, m3
de agregado petreo triturado para sub-base graduación-D.
Los
carteles de participación, con la información se entregarán en la oficina de
proveeduría, a partir de la publicación de esta.
El
plazo para el recibo de las ofertas será hasta las once horas del 15 de mayo
del 2007.
Departamento de Proveeduría.—Lic.
Iris Vega Cortés, Proveedora.—1 vez.—(37023).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000006-CL01
Compra de 1.500 alcantarillas reforzadas en diámetro de
60 cm
El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de
Pococí, invita a todos los interesados a participar en la Licitación Abreviada
Nº 2007LA-000006-CL01, el objeto de esta licitación es la compra de 1.500
alcantarillas reforzadas en diámetro de 60 cm.
Los
carteles de participación, con la información se entregarán en la oficina de
proveeduría, a partir de la publicación de esta.
El
plazo para el recibo de las ofertas será hasta las trece horas del 15 de mayo
del 2007.
Departamento de Proveeduría.—Lic.
Iris Vega Cortés, Proveedora.—1 vez.—(37024).
VICERRECTORÍA DE ADMINISTRACIÓN
OFICINA DE SUMINISTROS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-ULIC
Concesión de local para la prestación de servicios
de
alimentación en la Facultad de Educación
A los
interesados en la Licitación en referencia, se les comunica que la
Administración acordó adjudicar de la siguiente manera:
A: Graciela
Vargas Paniagua, cédula Nº 2-359-297
Canon mensual: ¢250.000,00, Monto total (10 meses):
¢2.500.000,00.
Todo de acuerdo al cartel y a la oferta respectiva.
Sabanilla de Montes de Oca, 4 de mayo del 2007.—Unidad de Licitaciones.—Lic. Ana I. Barrantes Muñoz, Jefa.—1 vez.—(O/C Nº 90209).—C-7885.—(37132).
ÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000006-1142
Bolsas rojas de polipropileno para desechos
sólidos infecciosos, mediana
A los interesados en el presente concurso se les
comunica que por resolución del Área de Adquisiciones de fecha 2 de mayo del
2007, se resuelve adjudicar a:
Medica
Yin de Costa Rica S. A.
Monto total adjudicado: $96.696,00
San José, 3 de mayo del 2007.—Subárea
de Adjudicaciones.—Lic. Virginia Ureña Picado, Jefa a. í.—1
vez.—(O/C Nº 1142).—C-6070.—(37129).
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000007 (Infructuosa)
Guantes ambidextros de látex
Se comunica a los interesados en el concurso arriba
señalado lo siguiente:
Por
resolución de la Dirección de Recursos Materiales, de fecha 30 de abril de
2007, se resuelve declarar infructuosa el ítem único de la Licitación Abreviada
2007LA-000007, para la adquisición de “Guantes ambidextros de látex”.
San José, 3 de mayo del 2007.—Subárea
de Adjudicaciones.—Lic. Virginia Ureña Picado, Jefa a. í.—1
vez.—(O/C Nº 1142).—C-6070.—(37130).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000005-01
Compra de libros
La Comisión de Local Central de Adquisiciones en la
sesión 09-2007, artículo III celebrada el 3 de mayo
del 2007, acuerda adjudicar la licitación en referencia en los siguientes
términos:
Adjudicar las líneas Nº 2, 3, 15, 18, 30, 55, 56, 61,
63, 70, 72, 73, 79, 81, 82, 87, 90, 92, 95, 99, 105, 108, 116, 126, 130, 133,
143, 150, 153, 155, 161, 166, 167, 171, 174, 175, 176, 177, 178, 181, 182, 183,
184, 185, 189, 192, 197, 199, 200, 206, 222, 225, 232, 234, 235, 237, 238, 240,
241, 244, 246, 254, 259, 266, 269, 270, 273, 274, 275, 276, 280, 281, 283, 285,
286, 292, 293, 294, 295, 296, 301, 310, 318, 319, 320, 321, 322, 324, 325, 326,
327, 329, 331, 332, 333, 334, 335, 336, 339, 340, 342, 343, 349, 361, 362, 365,
366, 370, 375, 376, 377, 384, 385, 388, 390, 391, 397, 398, 399, 400, 406, 408,
425, 427, 428, 429, 436, 438, 442, 450, 451, 454, 455, 458, 463, 465, 466, 468,
471, 473, 474, 475, 484, 485, 487, 489, 494, 495, 499, 500, 502, 506, 507, 510,
518, 519, 520, 521, 522, 524, 525, 526, 527, 528, 557, 559, 560, 561, 562, 563,
564, 565, 566, 567, 569, 570, 572, 573, 574, 575, 576, 577, 578, 579, 580, 581,
582, 583, 584, 585, 586, 587, 588, 589, 590, 591, 592, 593, 594, 595, 606, 618,
619, 623, 624, 625, 627, 629, 631, 632, 641, 646, 648, 649, 655, 658, 661, a la
oferta Nº 1 de la empresa Desarrollos Culturales Costarricenses D.C.C. S. A.,
por un monto de ¢3.085.345,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y
ofrecer el menor precio el cual es razonable.
Adjudicar las líneas Nº 7, 14, 17, 20, 21,
23, 59, 62, 64, 65, 66, 68, 69, 71, 85, 86, 89, 93, 94, 97, 98, 101, 102, 104,
106, 107, 109, 110, 114, 115, 118, 121, 122, 123, 128, 129, 132, 134, 136, 137,
138, 144, 145, 154, 158, 159, 187, 193, 194, 196, 201, 204, 207, 209, 211, 212,
213, 214, 218, 236, 243, 245, 248, 250, 255, 256, 260, 262, 265, 314, 315, 316,
317, 341, 346, 348, 350, 353, 357, 367, 372, 378, 379, 380, 382, 389, 396, 433,
443, 447, 448, 449, 505, 547, 568, 571, 630, 636, 647, 651, a la oferta Nº 2 de
la empresa Bis Costa Rica S. A., por un monto de $2.878.02, por cumplir
con lo estipulado en el cartel y ofrecer el menor precio el cual es razonable.
Adjudicar las líneas Nº 4, 9, 10, 12, 13,
27, 37, 40, 43, 45, 46, 47, 49, 51, 52, 53, 54, 60, 67, 74, 127, 148, 151, 157,
172, 186, 188, 191, 203, 205, 210, 216, 231, 264, 267, 268, 272, 277, 278, 282,
284, 287, 288, 289, 290, 291, 298, 300, 302, 303, 304, 305, 306, 307, 308, 311,
312, 313, 323, 330, 337, 338, 344, 347, 358, 368, 387, 393, 394, 395, 401, 402,
403, 404, 409, 410, 415, 416, 417, 418, 421, 422, 424, 426, 430, 434, 437, 439,
440, 441, 444, 446, 453, 456, 477, 479, 481, 488, 490, 493, 496, 497, 511, 513,
516, 523, 529, 534, 537, 538, 540, 544, 550, 605, 620, 622, 628, 633, 635, 639,
640, 652, 660, 664, a la oferta Nº 3 de la empresa Berenice Alfaro Serrano,
por un monto de $8.120,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer
el menor precio el cual es razonable.
Declarar infructuosas las siguientes líneas:
• Por precio
excesivo: 1, 5, 6, 8, 19, 22, 24, 25, 26, 28, 29, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 41,
50, 57, 58, 75, 76, 77, 78, 80, 83, 84, 88, 91, 96, 100, 103, 111, 112, 117,
119, 120, 124, 125, 131, 135, 139, 140, 141, 142, 146, 147, 149, 152, 156, 163,
164, 165, 168, 170, 173, 179, 180, 190, 195, 198, 202, 208, 215, 217, 219, 221,
223, 224, 226, 227, 228, 230, 239, 242, 247, 251, 252, 253, 257, 258, 261, 263,
271, 279, 297, 299, 309, 328, 345, 351, 352, 354, 355, 356, 359, 360, 363, 369,
371, 373, 374, 381, 383, 386, 392, 407, 411, 412, 413, 414, 419, 420, 431, 432,
435, 445, 452, 457, 459, 461, 462, 464, 467, 469, 470, 472, 480, 482, 483, 486,
491, 492, 498, 501, 503, 504, 508, 509, 512, 514, 515, 517, 530, 531, 532, 533,
535, 536, 539, 541, 542, 543, 545, 546, 548, 549, 551, 552, 553, 554, 555, 556,
558, 599, 601, 602, 604, 607, 608, 637, 638, 642, 643, 644, 650, 653, 654, 656,
657, 659, 662, 663.
• Por
incumplimiento técnico: 11, 39, 42, 44, 162, 405.
• Falta de
oferentes: 16, 38, 48, 113, 160, 169, 220, 229, 233, 249, 364, 423, 460, 476,
478, 596, 597, 598, 600, 603, 609, 610, 611, 612, 613, 614, 615, 616, 617, 621,
626, 634, 645, 665.
San José, 4 de mayo del 2007.—Lic.
Allan Altamirano Díaz.—1 vez.—(Solicitud Nº 16240).—C-33295.—(37131).
ASOCIACIÓN CRUZ ROJA COSTARRICENSE
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 01-2006
Compra de vehículos nuevos aptos para convertir en
ambulancia
y
vehículo tipo pick-up doble cabina y doble tracción
El Departamento de Proveeduría de la Asociación Cruz
Roja Costarricense, informa que mediante Acuerdo VIII-5 A Artículo VIII, de
sesión ordinaria 06-2007, de fecha 14 de abril del 2007, nuestro Consejo
Nacional acordó adjudicar la licitación de referencia de la siguiente manera:
A la empresa Agencia Datsun S. A., según
detalle:
Línea 1:
Compra de 05 (cero cinco) vehículos nuevos tipo
microbús tracción sencilla, por un monto total de $110.475,00 (ciento cuarenta
y cuatro mil ciento setenta y cinco dólares exactos).
Línea 3:
Compra de 01 (cero uno) vehículo nuevo tipo Pick-Up
doble cabina, por un monto total de $19.151,00 (diecinueve mil ciento cincuenta
y un dólares exactos).
A la empresa Purdy Motor S. A., según detalle:
Línea 2:
Compra de 09 (cero nueve) vehículos nuevos tipo rural
doble tracción, por un monto total de $244.800,00 (doscientos cuarenta y cuatro
mil ochocientos dólares exactos).
Departamento de Proveeduría.—Lic.
Silvia Calderón Umaña, Jefa.—1 vez.—(37119).
COMISIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN
DE RIESGOS Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000012-00400
Compra de cobijas
La Proveeduría Institucional de la Comisión Nacional de
Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, comunica a los interesados en
la publicación de La Gaceta número 82, del lunes 30 de abril del 2007,
sobre el cartel publicado en la página Web de la Institución de la Licitación
Abreviada 2007LA-000012-00400, “Compra de cobijas”, del cual se elimina el
punto 7.1, sobre el (Plazo de entrega), en adelante el 7.1, se referirá al
(Cumplimiento de calidad) establecido en un 30% y la (Oferta económica) la cual
se valora en un 70%. La fecha de recibo de ofertas será el día 11 de mayo del
2007, a las 14:00 horas.
Todo lo demás permanece invariable.
San José, Pavas, 3 de mayo del 2007.—Departamento
de Proveeduría.—Lic. Marino Quesada Castillo.—1
vez.—(37101).
LICITACIÓN PÚBLICA LN 2007-000001-00200
Compra y permuta de vehículos
La Proveeduría Institucional de la Comisión Nacional de
Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, comunica a los interesados en
la publicación de La Gaceta número 82, del lunes 30 de abril del 2007, sobre el
cartel publicado en la página Web de la Institución de la Licitación Pública LN
2007-000001-00200, “Compra y permuta de vehículos”, se deja sin efecto lo
descrito el ítem 1, “vehículo tipo microbús para 30 pasajeros”. En el ítem, 2,
el 2.3; de los datos generales, en el primer reglón adiciónese al final
“Preferiblemente” lo referido a DOHC. Se deja sin efecto lo indicado en el punto
2.6; “Desempañador trasero conforme la Ley de Tránsito preferiblemente”, toda
vez que es un requisito establecido en la Legislación de Tránsito
Costarricense.
En razón de lo anterior la fecha de apertura se
establece para el día 5 de junio del 2007, a las 10:00 horas.
Todo lo demás permanece invariable.
San José, Pavas, 3 de mayo del 2007.—Departamento
de Proveeduría.—Lic. Marino Quesada Castillo.—1
vez.—(37102).
LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000003-BCCR
Adquisición de software Banco Central de Costa Rica
Se avisa a todos aquellos interesados en participar en
esta contratación lo siguiente:
Se elimina del cartel el renglón Nº 41: Derecho a las
actualizaciones y soporte técnico del software Oracle Database Enterprise
Edition; y todas las cláusulas relacionadas con ese renglón.
Todo lo demás permanece invariable.
San José, 2 de mayo del 2007.—Rosa
Roig O., Directora División Administrativa.—1 vez.—(O/C Nº
2007-008702).—C-6070.—(37134).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000013-PCAD
(Prórroga Nº 1)
Compra y renovación de licencias Symantec Antivirus
Enterprise
Se les comunica a todos los interesados en este
concurso que la fecha de apertura de ofertas se traslada para las 14:00 horas
del 18 de mayo del 2007.
Todas las demás condiciones y requisitos permanecen
invariables.
San José, 4 de mayo del 2007.—Subproceso
de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Coordinadora.—1 vez.—(37080).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA-000007-PCAD
(Enmienda N° 1)
Compra de cajas fuertes de alta seguridad, armarios
para
guardar armas de fuego y archivos de seguridad
Se les comunica a todos los interesados en este
concurso que el documento que contiene la Enmienda Nº 1 al cartel, puede ser
retirado en el Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de
Desarrollo Comunal, ubicado en el sexto piso de las sede central, en avenidas 2
y 4, calle 1, San José, en un horario de lunes a viernes de 8:15 a.m. a 4:00
p.m. La fecha de apertura de ofertas se traslada para el 18 de mayo del 2007, a
las 10:00 horas.
San José, 4 de mayo del 2007.—Subproceso
de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Coordinadora.—1 vez.—(37081).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2006LN-000070-PCAD
(Prórroga N° 11)
Contratación de servicios de una empresa para el
desarrollo,
mantenimiento y soporte al Sistema Tecnológico para la
Administración del Recurso Humano
del
Banco Popular y de Desarrollo
Comunal (STAR*H)
La fecha de apertura de ofertas se traslada para el día
24 de mayo del 2007 a las 10:00 horas.
Todas las demás condiciones y requisitos permanecen
invariables.
San José, 3 de mayo del 2007.—Subproceso
de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Coordinadora.—1 vez.—(37082).
LICITACIÓN PÚBLICA 107028 (2007LN-107028-UL)
(Modificación)
Servicios de mantenimiento preventivo-correctivo
de
enlaces inalámbricos de comunicación de datos
Se le comunica a los interesados en la presente
contratación, cuya invitación se publicó en el Diario Oficial La Gaceta
Nº 77 del 23/04/2007, lo siguiente:
Modificación:
I. En el aparte
I. Descripción del requerimiento:
1. Inciso 1.
Descripción de la infraestructura:
a. Donde dice:
Seguro obligatorio automotor,
Calle IO-Wave RF 2.4 GHz
Blancos 2Mbps
Debe leerse:
Edificio en Guadalupe frente
al IO-Wave RF 2.4 GHz
Colegio Napoleón Quesada 2Mbps
b. En cuanto al
enlace del Puesto de Bolsa, se indica que el mismo está en proceso de ser reubicado
en el edificio de Oficinas Centrales.
2. Descripción
del servicio de mantenimiento:
a. Frecuencia
del mantenimiento preventivo.
• En la página
2, sección 2, apartado A, inciso 1), donde se indica “visitas cada
cuarto (4) meses” deberá leerse “visitas cada doce (12) meses”.
• En
la página 3, sección 2, apartado A, inciso 2, subincisos 2.1, 2.2, 2.3, 2.4,
2,5 donde se indica “ cada cuatro (4) meses” deberá
leerse “cada doce (12) meses”.
• En la
página 4, sección 2, apartado A, inciso 2, subinciso 2.6, donde se indica
“Cuatro meses deberá” deberá leerse “cada doce (12) cada
meses”.
II. En el aparte
II. Cuadro de calificación, el punto A.2 debe sustituirse por el siguiente:
a.2 Capacitación
y experiencia en equipos de capa tres. (Puntaje máximo 10);
“…
Se asignarán diez (10) puntos si la empresa tiene un
técnico en computación o electrónica que cuente con la certificación de Cisco
vigente denominada CCNA. Se tomarán en cuenta para la asignación de puntos
únicamente a los técnicos adicionales a los solicitados como obligatorio en la
sección VI del presente cartel y que además formen parte de la planilla de la
empresa.
…”
III. En el
aparte III. Requisitos técnicos del oferente
1. En el punto 2
Personal indispensable para el servicio, inciso b. Técnicos debe leerse
correctamente:
• “...El personal propuesto debe contar con al menos un
(1) año de experiencia ...”
Todos los demás términos y condiciones permanecen
invariables.
Departamento de Proveeduría.—Daniel
Chanto Araya, Asistente de Jefatura.—1 vez.—(O. C. Nº 18447).—C-26640.—(37412).
GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONES
DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA
LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000002-4402
(Revocación del acto de adjudicación)
Proyecto: construcción sucursal de Buenos Aires
La Gerencia División de Operaciones, mediante
resolución GDOP 17847-2007 del 3 de mayo del 2007 y de conformidad con lo
establecido en el artículo 89 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa, revoca el acto de adjudicación.
San José, 4 de mayo del 2007.—Unidad
Contratación Administrativa.—Francisco J. Palma Soto.—1 vez.—(36992).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELÉCTRICO MUNICIPAL
DE CARTAGO
CONTRATAR BIENES Y SERVICIOS
UNIDAD EJECUTORA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000001-03
Adquisición de cemento en sacos para
el
proyecto hidroeléctrico Toro 3
La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico
Municipal de Cartago, por medio del Área de Contratar Bienes y Servicios de la
Unidad Ejecutora avisa que se ha prorrogado el acto de apertura de ofertas para
la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000001-03 cuyo objeto es la adquisición de
cemento en sacos para el proyecto Hidroeléctrico Toro 3 el cual se señala para
las 8:00 horas del 17 de mayo del 2007.
Cartago, 24 de abril de 2007.—Lic.
Héctor Tabarez de Tolentino.—1 vez.—(O. C. Nº
18146).—C-6070.—(37413).
La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, por medio del Área de Contratar Bienes y Servicios de la Unidad Ejecutora, comunica que la invitación a concursar publicada en Gaceta Nº 81 del viernes 27 de abril del 2007, por error se consignó que los números de licitación publica eran 2007LP-000001-03 y 2007LP-000002-03, cuando lo correcto es 2007LI-000001-03 y 2007LI-000002-03, toda vez que se trata de licitaciones pública internacionales. Se aclara además que la publicación internacional se hará por medio de la página WEB del Banco Centroamericano de Integración Económica, www.bcie.org.
Cartago, 3 de mayo del 2007.—Lic.
Héctor Tabarez de Tolentino.—1 vez.—(O. C. Nº
18146).—C-7885.—(37414).
La Junta Directiva del Instituto Costarricense de
Turismo en sesión ordinaria N° 5464, artículo 5º, inciso VIII, celebrada el día
27 de marzo del 2007,
Acuerda:
Acoger el criterio legal dado mediante oficio AL-0436-2007, en los siguientes
términos:
I. Dejar sin
efecto el acuerdo tomado por Junta Directiva en sesión ordinaria N° 5457,
artículo 5º, inciso IX, del 6 de febrero del 2007, comunicado mediante
SJD-088-2007 del 15 de febrero del 2007 y publicado en La Gaceta N° 45
del 5 de marzo del 2007.
II. a)
Incluir un inciso w) en el artículo 43 Reglamento Autónomo de Trabajo, que
diga:
w) Atender
oportunamente y en los plazos dados, las evaluaciones e informes institucionales
que sean solicitados por las diferentes unidades en el cumplimiento de las
funciones de su competencia, adjuntando obligatoriamente la información
completa. En casos debidamente justificados podrán prorrogarse los plazos
dados, salvo que el hacerlo incida en los términos que externamente se le
exijan a la Institución o en aquellos fijados por la propia Administración para
cumplir con las responsabilidades asignadas por ley.
b) Incluir en el
texto del artículo 55 del Reglamento Autónomo de Trabajo, el inciso w)
anterior, dentro de los incisos mencionados para el artículo 43.
III. En acato de
lo publicado en La Gaceta Nº 67 del 8 de abril del 2002, inclúyase el
inciso s) del artículo 45 del Reglamento Autónomo de Trabajo como falta grave
dentro del texto del artículo 55 de ese cuerpo normativo.
IV. a)
Modificar el inciso e) del artículo 45 del Reglamento Autónomo de Trabajo para
se lea de la siguiente manera:
e) Colocar o
recibir dinero en préstamo al interés entre trabajadores de la Institución, o
recibirlo aún a título gratuito de su subordinado, aspecto este último que será
considerado como falta grave.
b) Incluir en el
texto del artículo 55 del Reglamento Autónomo de Trabajo, el inciso e)
anterior, dentro de los incisos mencionados para el artículo 45.
V. a) Se deja sin
efecto el acuerdo tomado por Junta Directiva en sesión ordinaria N° 5173,
artículo único, inciso XXIV del 2 de mayo del 2002, publicado en La Gaceta
N° 108 del 6 de junio del 2002.
b) Se modifica el
inciso i) del artículo 43 del Reglamento Autónomo de Trabajo, para que se lea
de la siguiente manera:
i) Durante las
horas de servicios vestir en forma correcta, de conformidad con el cargo que
desempeña y los lugares en donde presta sus servicios, pudiendo el Instituto
exigir el uso de uniforme para aquellos empleados que tengan contacto con el
público y sea la forma de identificarse ante ellos, según las reglas
establecidas en el Manual de Uso de Uniformes.
VI. Incluir en
el texto del artículo 55 del Reglamento Autónomo de Trabajo, el inciso t) del
artículo 45.
VII Modificar
el artículo 55 del Reglamento Autónomo de Trabajo, para que lea de la siguiente
forma:
Artículo 55.—Además de las contenidas en otros
artículos del presente reglamento se considerarán faltas graves las infracciones
a las disposiciones de los artículos 21, 43, incisos: d), e), f), j), k), o),
q), r), s), t), u), v), w) ; artículo 44, incisos: c), i), j), l), artículo 45,
incisos a), c), d), e), f), l), n), o), r), s), t), y artículos 58 y 61.
Lic. Jorge Eduardo Brenes Vargas, Departamento
Administrativo.—1 vez.—(Solicitud Nº
46831).—C-30270.—(36221).
PATRONATO NACIONAL DE CIEGOS
Remate de terrenos del Patronato Nacional de Ciegos,
remate 001-2007, la suscrita Msc. Leticia Hidalgo Ramírez en su calidad de
directora del Patronato Nacional de Ciegos, con base en la sesión 771 celebrada
el 19 de abril del 2007, acuerdo 3, en forma unánime y definitivamente aprobado
y de conformidad con el artículo 101 del Reglamento de la Ley de Contratación
Administrativa se me autoriza a proceder a sacar a remate la venta de las
siguientes propiedades.
Propiedad 1: Ubicada en la provincia de San José,
cantón San José, distrito Catedral, barrio El Cerrito,
avenida 14 entre calles 23 y 25. Terreno formando una pequeña “L”, el inmueble
tiene de frente 9,30 m a calle pública, un contrafrente de 12,61 m, un fondo
máximo de 38,57m, según plano catastrado Nº SJ-39885-92 tiene un área de 398,40
m2, ¢15.936.000,00.
Propiedad 2: Ubicada en la provincia de San José,
cantón San José, distrito Pavas, barrio Villa Esperanza, lote 13S,
aproximadamente 8 m al oeste de la intersección de la avenida Ricardo Jiménez
con la calle Bachiller Osejo. El inmueble tiene de frente 5,85 m a calle
pública, un contrafrente de 5,85m, un fondo máximo de 20,09 m, casa habitación
sencilla, tipo INVU. Área construcción 36.00 m2 ¢ 4.599.900,00.
El Patronato Nacional de Ciegos recibirá ofertas por
escrito en sobre cerrado hasta las dieciséis del 6 de junio del 2007. El remate
se efectuará en nuestras oficinas el 7 de junio a las nueve de la mañana. El
cartel puede retirarse en nuestras oficinas ubicadas en San José de la
ferretería El Pipiolo 300 metros sur y 50 metros al este a mano derecha.
Teléfono 286-0302.—Msc. Leticia Hidalgo Ramírez,
Directora.—1 vez.—(36554).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El cliente Servicios Profesionales Zeta S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-065345, solicita la reposición por extravío del certificado
de depósito a plazo en colones Nº 307-300-3070090, por un monto de ¢250.000,00,
confeccionado el día 28 de mayo del año 2001 por el Banco Crédito Agrícola de
Cartago, con fecha de vencimiento al 30 de enero del 2002. Lo anterior para dar
cumplimiento con lo que estipula nuestro Código de Comercio, artículos 708 y
709. Transcurrido el término de quince días hábiles después de la última
publicación, se repondrá dicho documento.—San José, 30
de abril del 2007.—Johnny Avendaño Sanabria, Captación de Recursos Retención y
Recuperación de Clientes.—(36563).
BANCRÉDITO TRES RÍOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Los señores María
Virginia Cervantes González, cédula Nº 03-0233-0121 y/o Aarón Conejo Cervantes,
cédula Nº 01-0993-0012, han solicitado la reposición del Certificado de Depósito
a Plazo Nº 502-300-5024202 por la suma de (4.000.000,00) cuatro millones de
colones exactos. Tasa 9.3% anual, plazo 90 días, vigencia del 09-01-2007 al
09-04-2007-04-2, fórmula de papel de seguridad Nº 731944, cupones de interés
Nos. 731945, por la suma de (85.560,00) ochenta y cinco mil quinientos sesenta
colones 00/100. Vencimiento 09-04-2007, fórmula de papel de seguridad Nº
731945. Los cuales fueron extraviados por los beneficiarios, emitidos por Banco
Crédito Agrícola de Cartago.
Lo anterior para dar cumplimiento con
lo que estipula nuestro Código de Comercio artículos 708 y 709.
Transcurrido el término de quince días
a partir de la última publicación, se repondrá dicho título valor.
Alejandro Durán Sanabria,
Encargado Bancrédito Terramall.—(36008).
CENTRO SERVICIOS FINANCIEROS CATEDRAL
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El Banco Popular y de Desarrollo
Comunal de este domicilio, hace del conocimiento del público en general, el
extravío del siguiente certificado y cupones de ahorro a plazo fijo, a la orden
de Gladis Esquivel Arias, cédula Nº 1-181-700, y Clemencia Esquivel Arias,
cédula Nº 1-143-613:
Fecha Cupón Fecha
Certificado Nº Monto $ vencimiento número Monto vencimiento
161084602200744051 1.730,57 7-06-2003 Capitalizable **** ****
Así como también el
extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo fijo a la orden de
Esquivel Arias Gladys, cédula Nº 1-181-700:
Fecha Cupón Fecha
Certificado Nº Monto ¢ vencimiento número Monto vencimiento
16108460210101360 158.308,95 7-06-2003 Capitalizable **** ****
Lo anterior para afectos
de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
San José, 30 de abril del
2007.—Plataforma de Ahorro a Plazo.—Lic. José
Francisco Jiménez Cascante, Coordinador.—(36283).
CENTRO DE SERVICIOS FINANCIEROS GOICOECHEA
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El Banco Popular y de
Desarrollo Comunal (Ventanilla El Alto de Guadalupe), hace del conocimiento del
público en general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo
fijo a la orden de: Rivera Varela Anabelle, cédula 3-201-826. Cupón número:
011, por un monto de 148.668,00, con fecha de vencimiento el 17/04/2007.
Lo anterior para efectos de los
artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
Goicoechea, 19 de abril
del 2007.—MSc. Guido Ovares Morales, Gerente.—Nº
19166.—(36454).
SUCURSAL PERIFÉRICA EN DESAMPARADOS CENTRO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El Banco Popular y de
Desarrollo Comunal (Sucursal en Desamparados Centro), hace del conocimiento del
público en general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo
fijo a la orden de Chacón Salazar Ulises, cédula Nº 0102720436 y Chacón Rivera
Randall, cédula Nº 0108710393.
Certific. Fecha Cupón Nº Fecha
Nº Monto vencimiento Monto vencimiento
16108860210094828 1.500.000.00 28-8-2007 002 11.562.50 28-04-2007
UL UL UL 003 11.562.50 28-05-2007
004 11.562.50 28-06-2007
005 11.562.50 28-07-2007
006 11.562.50 28-08-2007
Lo anterior para efectos
de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
Desamparados, 27 de abril
del 2007.—Lic. Yadira Saravia Meléndez, Coordinadora—(35844).
SUCURSAL LIBERIA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El Banco Popular y de
Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento público que el
señor Núñez Chacón José Ángel, cédula Nº 02-0432-0158, ha solicitado por motivo
de extravío la reposición del siguiente certificado de ahorro a plazo.
Número del Monto
del Fecha
certificado y cupones certificado de
vencimiento
Certif.
Nº 16100260220248707 $1.164,00 29-12-2006
Cupones del Nº 001 hasta Nº 006 $3.38, $3.39, $3.40, Des 29-07-2006
$3.41,
$3.41 y $3.42 hasta
29-12-2006
respectivamente
Lo anterior para los
efectos de los artículos Nº 708 y Nº 709 del Código de Comercio.
Liberia, 10 de enero del
2007.—MBA. Deyanira Castro, Subgerente.—(36007).
SUCURSAL EN NICOYA
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
El Banco Popular y de
Desarrollo Comunal, de este domicilio, hace del conocimiento del público en
general, que la señora Reyes Reyes Perfecto, cédula Nº 05-0093-0580, ha
solicitado por motivo de extravío, reposición del (los) certificado (s) de
depósito a plazo número (s) 16100360210294492 por el (los) siguiente (s) monto
(s) ¢1.500.000,00 un millón quinientos mil colones netos, y con vencimiento (s)
el 09/29/2007, con cupones numerados del 001 al 006 por un monto ¢9.412,00
nueve mil cuatrocientos doce colones con 50/100, lo anterior para los efectos
de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
Nicoya, 22 de enero del
2007.—Lic. Wilfreddy Bertharionni V., Gerente.—(36226).
SUCURSAL EN PUNTARENAS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
AVISOS
El Banco Popular y de
Desarrollo Comunal Sucursal en Puntarenas, hace del conocimiento del público en
general, que el señor Waldier Matarrita Zúñiga, cédula 6-231-306, ha solicitado,
por motivo de extravío, reposición del cheque de gerencia número 7077-9 de la
cuenta corriente 16101000400110096 por un monto de ¢15.660.574,55 (quince
millones seiscientos sesenta mil quinientos setenta y cuatro colones con
55/100), fechado 2 de febrero del 2006. Lo anterior para efectos de los
artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
Lic. Christiam Molina
González, Gerente.—Nº 18807.—(35768).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se
comunica al señor, Rogelio Arturo Araya Rodríguez, la resolución de las quince
horas del treinta de abril de dos mil siete, en virtud de la cual se resuelve:
Recomendar a la Dirección General de Migración y Extranjería, se autorice la
salida del país, de los niños Arturo Gabriel y Amanda Sofía ambos de apellidos
Araya Rodríguez, para que viajen el veintiséis de mayo de dos mil siete, con
destino a México, con la autorización de su madre, la señora María Gabriela
Rodríguez Rodríguez, Recursos: Contra la presente resolución proceden los recursos
de revocatoria y apelación, el primero deberá interponerse ante esta
Representación Legal, y el segundo para ante la Presidencia Ejecutiva de la
Entidad ubicada en San José, de la Clínica de los Doctores Echandi, doscientos
cincuenta metros al sur, edificio verde. Dichos recursos podrán interponerse en
forma separada o conjunta en el término de ocho días contados del día posterior
a la notificación de la presente resolución. Es potestativo usar ambos recursos
ordinarios o uno solo de ellos, pero será inadmisible el que se interponga
vencido el plazo señalado. Publíquese en La Gaceta y en un diario de
circulación nacional.—Oficina Local de Alajuela, 30 de
abril del 2007.—Lic. Alejandra Solís Lara, Representante Legal.—(36309).
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y
financieros de la solicitud presentada por la empresa TRANSVI S. A., con el fin
de que se ajusten las tarifas de la ruta 25, tramitada bajo el expediente
ET-47-2007, y descrita según se detalla:
DESCRIPCIÓN RUTA 25 |
Tarifas (en colones) |
Incremento Regular |
||||
Vigentes |
|
Solicitadas |
|
|||
Regular |
Adulto Mayor |
Regular |
Adulto Mayor |
Absoluto |
Porcentual |
|
san
josé-calle blancos-san antonio |
120 |
0 |
150 |
0 |
30 |
25% |
El 15 de mayo del 2007 a las diecisiete horas se
llevará a cabo la Audiencia Pública en el Auditorio de la Autoridad Reguladora
de los Servicios Públicos. El plazo para recibir posiciones vence el 10 de mayo
del 2007 a las dieciséis horas.
Se hace saber a los interesados que pueden consultar y
fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de Protección al Usuario,
situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del Edificio de la Contraloría General
de la República, San José. La petición tarifaria se puede consultar además en
la siguiente dirección electrónica www.aresep.go.cr.
Cualquier interesado, con interés legítimo o derecho
subjetivo, puede participar en la audiencia y quien desee hacer uso de la
palabra, debe formular por escrito, en original, su posición ante esta
Autoridad Reguladora, sustentando su pretensión con las pruebas que sean
pertinentes. En el documento debe indicar lugar dentro del perímetro de San
José o número de fax donde ser notificado, en el caso de una persona física
deberá aportar fotocopia de su cédula; y en el caso de las personas jurídicas
la posición deberá estar suscrita por el representante legal de dicha entidad y
aportar certificación de personería vigente.
Dentro del plazo legal otorgado se recibirán posiciones
mediante el facsímile 290-2010, mismas que deberán estar firmadas y debiendo
presentar el original a más tardar el día de la celebración de la audiencia. Se
informa que el Consejero del Usuario para estas solicitudes es el Lic. Daniel
Fernández Sánchez. Para cualquier información adicional a los teléfonos
800-827-3737 ó 220- 0102 extensión 135.
Lic. Xinia Herrera Durán, Dirección de Protección al
Usuario.—1 vez.—(O. C. Nº 41269).—C-18170.—(36265).
Resolución Nº RRG-6470-2007.—San
José, a las trece horas del 19 de abril del dos mil siete.
Solicitud
de ajuste tarifario, presentada por Autotransportes Desamparados S. A. para la
Ruta 121 descrita como San José - Aserrí y ramales. Expediente ET-026-2007
Resultando:
I.—Que mediante nota del 9 de febrero del 2007,
recibida en la Autoridad Reguladora el 12 de febrero del 2007 (folio 1), Mario
Bermúdez Fallas, en su condición de representante con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma de Autotransportes Desamparados S. A. (folio
3), presentó solicitud de ajuste tarifario del 26,67% sobre las tarifas
vigentes para el servicio de transporte remunerado de personas en vehículos
automotores que presta en la ruta descrita anteriormente (folios del 1 al 2).
II.—Que el Consejo de
Transporte Público mediante Sesión Ordinaria de Junta Directiva 17-2006,
celebrada el 14 de marzo del 2006, decide otorgar el permiso de operación a la
empresa Autotransportes Desamparados S. A. para la explotación del servicio de
transporte remunerado de personas en la Ruta 121. Sin embargo se presentaron
varias interrupciones en la prestación del mismo por distintas acciones legales
y en acato a instrucciones emitidas por parte de la Sala Constitucional, el
Tribunal Administrativo de Transportes y el Juzgado Contencioso Administrativo
y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José; no obstante en
la sesión ordinaria 68-2006 celebrada el 7 de noviembre del 2006, mediante
Artículo 4.3 la Junta Directiva del CTP, decide autorizar el permiso temporal
de operación de la Ruta 121 a la empresa Autotransportes Desamparados S. A.,
“mientras se mantenga la medida cautelar tomada en el artículo 5.6 de la sesión
ordinaria 67-2006 del 2 de noviembre 2006 ó hasta tanto se resuelva lo que
corresponde ya sea en el Procedimiento Administrativo de Caducidad iniciado
mediante el artículo 5.2 de la sesión ordinaria 66-2006 del 31 de octubre 2006
ó el contencioso administrativo presentado por las empresas Asmesa S. A. y
Autotransportes Aserrí Ltda., en el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil
de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José”. (Folio 43).
III.—Que las tarifas vigentes
se otorgaron mediante la resolución RRG-5998-2006 de las ocho horas y quince
minutos, del día 29 de setiembre del 2006, publicada en La Gaceta Nº
203, de fecha 24 de octubre del 2006 (ET-134-2006).
IV.—Que en el siguiente cuadro
se observan las tarifas solicitadas por el petente:
Ruta |
DESCRIPCIÓN |
Tarifas vigentes (¢) |
Tarifas propuestas (¢) |
Incremento (¢) |
|
Regular |
Regular |
Absoluto |
Porcentual |
||
121 |
San José – Aserrí – B° Lourdes |
150 |
190 |
40 |
26,67% |
San José – Aserrí – B° C. de
Jesús |
150 |
190 |
40 |
26,67% |
|
San José – Aserrí – B° Ma. Auxiliadora |
150 |
190 |
40 |
26,67% |
|
San José – Aserrí – B°
Mercedes |
150 |
190 |
40 |
26,67% |
|
San José – Salitrillos de
Aserrí |
150 |
190 |
40 |
26,67% |
|
San José – Sta. Teresita de
Aserrí |
150 |
190 |
40 |
26,67% |
V.—Que la referida solicitud, fue revisada en su etapa
de admisibilidad, por la Dirección de Servicios de Transportes (DITRA) de la
Autoridad Reguladora, determinándose, que de acuerdo con los lineamientos sobre
requisitos de las peticiones tarifarias publicados en el Alcance 63-A a La
Gaceta Nº 165, del 29 de agosto del 2001, la resoluciones RRG-2196-2001 de
las diez horas del 10 de agosto del 2000 (sic.), publicada en La Gaceta
Nº 160, del 22 de agosto de 2001, RRG-3051-2003 del 27 de marzo del 2003,
publicada en La Gaceta Nº 67, del 4 de abril de 2003 y, RRG-3277-2003
del 12 de diciembre del 2003, publicada en La Gaceta Nº 252 del 31 de
diciembre de 2003, faltaba parte de la información requerida para tramitar la
solicitud. En este sentido, se generó el oficio 086-DITRA-2007/1319 (folios 284
y 285) de fecha 19 de febrero del 2007, por medio del cual se solicitó al
petente la documentación faltante, otorgándosele un plazo de diez días hábiles,
para su cumplimiento, oficio que fue comunicado vía fax el 23 de febrero del
2007 (folio 286), implicando que el plazo establecido vencía el 12 de marzo del
2007.
VI.—Que el 7 de marzo del
2007, el petente presentó la información prevenida (folios del 296 al 374).
VII.—Que mediante oficio
0124-DITRA-2007/2065 (folio 378) de fecha 14 de marzo del 2007, al petente se
le solicita remitir el informe de quejas y denuncias presentadas por los
usuarios de la ruta, otorgándosele un plazo de cinco días hábiles, para su
cumplimiento. Ese oficio le fue comunicado vía fax el 15 de marzo del 2007
(folio 379), implicando que el plazo establecido vencía el 23 de marzo del
2007.
VIII.—Que el 16 de marzo del
2007, el petente remite la información solicitada (folios del 380 al 393).
IX.—Que mediante el oficio
0139-DITRA-2007/2348 de fecha 23 de marzo del 2007, DITRA le otorgó
admisibilidad a la referida solicitud, por lo que el plazo legal para resolver
vence el 22 de abril del 2007 (folio 394).
X.—Que mediante oficio 0148-DITRA-2007/2389 (folio 395)
de fecha 27 de marzo del 2007, se le solicita al petente, remitir algunas
aclaraciones sobre los recorridos de Santa Teresita y Aserrí Centro,
otorgándosele un plazo de cinco días hábiles, para su cumplimiento. Ese oficio
le fue comunicado vía fax 28 de marzo del 2007 (folio 396), implicando que el
plazo establecido vencía el 5 de abril del 2007.
XI.—Que el 30 de marzo del
2007, el petente remite la información solicitada (folios del 401 al 413).
XII.—Que mediante oficio 0147-DITRA-2007/2390 (folios
399 y 400) de fecha 27 de marzo del 2007 y en apego a la Ley Nº 8220,
denominada Ley de Protección al Ciudadano Frente al exceso de Requisitos y
Trámites Administrativos se le solicita al Consejo de Transporte Público (CTP),
remitir copia del acuerdo donde se autoriza el recorrido a Santa Teresita de
Aserrí y aclarar si el servicio de San José a Aserrí Centro fue autorizado para
brindarse en forma combinada con otro trayecto. Otorgándosele un plazo de diez
días hábiles, para su cumplimiento, ese oficio le fue comunicado el 28 de marzo
del 2007 (folio 399), implicando que el plazo establecido vencía el 11 de abril
del 2007 y a la fecha no se tiene respuesta.
XIII.—Que la convocatoria a
Audiencia Pública, se publicó en los diarios escritos Al Día y Diario Extra el
día 29 de marzo del 2007 (folios 397 y 398) y en el Diario Oficial La Gaceta
Nº 68 del 9 de abril del 2007 (folio 415).
XIV.—Que en el Informe de
Instrucción, se indica que dentro del plazo legal estipulado, se presentó una
oposición; misma que fue rechazada por medio de la resolución de la Dirección
de Protección al Usuario, de las 9 horas 54 minutos del 12 de abril del 2007,
por falta de argumentos técnicos (folios 419-420).
XV.—Que la Audiencia Pública,
se realizó a las diecisiete horas (5 p.m.) del 13 de abril del 2007, en el
Auditorio de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos según acta
21-2007 que corre agregada al expediente.
XVI.—Que la referida
solicitud, fue analizada por DITRA, produciéndose el Oficio 0177-DITRA-2007 de
fecha 19 de abril del 2007, mismo que corre agregado al expediente.
XVII.—Que en los
procedimientos se han observado los plazos y las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que del
Oficio 0177-DITRA-2007 citado anteriormente, que sirve de sustento a la
presente resolución, conviene extraer lo siguiente:
1. Para el
análisis de la solicitud, se actualizaron entre otras variables, el precio del
combustible, el tipo de cambio del colón respecto del dólar de los Estados Unidos
de América y los salarios al día de la audiencia.
2. Para
efectos del presente análisis, la demanda empleada corresponde a la reportada
por la empresa en sus estadísticas para los meses de setiembre y diciembre
2006, y enero 2007; por ser los que muestran una operación completa; debido a
que se operó en forma interrumpida y discontinua motivo por el cual se
consideraron únicamente los meses que mostraban datos completos para determinar
el promedio mensual de pasajeros movilizados. Aunque se considera que este
promedio no muestra razonablemente el comportamiento de la demanda de la ruta,
dado lo poco representativo en cuanto a la cantidad de datos utilizados (3
meses), es el único dato que fue posible identificar debido a las
circunstancias en las que se otorgó el permiso, y ha tenido que operar la
empresa Autotransportes Desamparados S. A. Por lo tanto los datos avalados en
el presente estudio se muestran a continuación:
Pasajeros
Mes movilizados
Setiembre 2006 819.796
Diciembre 2006 865.509
Enero 2007 816.719
Promedio 834.008
3. Dicha demanda
se ajustó por la cifra de 12.136 tiquetes de adulto mayor; que es el promedio
establecido por DITRA, según detalle adjunto:
PARA VER IMÁGENES SOLO EN GACETA FORMATO PDF
4. Se revisó el
Acuerdo del Consejo de Transporte Público 3.3.2 de la Sesión Ordinaria 77-2006
del 7 de diciembre del 2006 del CTP, mediante el cual la Junta Directiva le
autoriza a Autotransportes Desamparados S. A. un total de treinta y siete
unidades para brindar el servicio de transporte remunerado de personas para la
Ruta 121 (folios del 55 al 57).
5. Para
verificar la propiedad de las unidades, se consideraron las certificaciones del
Registro de la Propiedad y los comprobantes de los Derechos de Circulación, de
cuya revisión se constató que todas las unidades están a nombre del concesionario
(folios del 171 al 279).
6. La
flota autorizada que mantiene el permisionario, cuenta con una edad promedio
menor a un año de antigüedad.
7. Asimismo,
se verificaron, el listado de placas adulteradas que remitió el Registro
Público a esta Autoridad Reguladora y la lista de empresas que prestan el
servicio de transporte de estudiantes y no se encontró que alguna de las
unidades autorizadas para el servicio regulado que brinda la empresa forme
parte de dichas listas.
8. Según
la base de datos aportada por la empresa RITEVE S y C, S. A. (RTV), todas las
unidades se reportan con la Revisión Técnica vigente, excepto la unidad
SJB-10539. En este caso, el reporte es “Desfavorable”, por presentar
modificaciones no autorizadas de identificación; sin embargo según folio 120,
esta unidad tiene la revisión vigente por todo el mes de abril; asimismo cuenta
con un plazo de un mes para corregir los errores del reporte supra y realizar
la reinspección, motivos por los cuales, la citada unidad sí será considerada
para efectos de la corrida del modelo.
9. En
cuanto a itinerarios, la empresa mantiene horarios aprobados por artículo 4.3
de la sesión ordinaria 68 de la Junta Directiva del CTP celebrada el 7 de
noviembre del 2006, (folios del 40 al 54).
10. Los
horarios autorizados por el CTP, en el trayecto San José – Aserrí – Barrio
Lourdes, ascienden a un total de 3.932,50 carreras; asumiendo que el recorrido
San José – Aserrí Centro fue autorizado para prestarse de manera combinada con
Barrio Lourdes como lo indica el petente en el folio 401 y dada la omisión de
aclaración por parte del CTP; sin embargo según los datos consignados por la
empresa, se están realizando solamente 2.913 carreras. Al reportar la empresa
menos carreras de las que tiene autorizadas, se les corre el modelo con el dato
de las carreras que dicen brindar.
11. Los
horarios autorizados por el CTP, en el trayecto San José – Aserrí – Barrio
Corazón de Jesús, ascienden a un total de 1.443 carreras; según los datos
consignados por la empresa, se están realizando 1.699 carreras. Al reportar la
empresa más carreras de las que tiene autorizadas, se les corre el modelo con
el dato de las carreras autorizadas.
12. Los
horarios autorizados por el CTP, en el trayecto San José – Aserrí – Barrio
María Auxiliadora, ascienden a un total de 901,33 carreras; según los datos
consignados por la empresa, se están realizando 1.290 carreras. Al reportar la
empresa más carreras de las que tiene autorizadas, se les corre el modelo con
el dato de las carreras autorizadas.
13. Los
horarios autorizados por el CTP, en el trayecto San José – Aserrí – Barrio
Mercedes, ascienden a un total de 780 carreras; según los datos consignados por
la empresa, se están realizando 1.600 carreras. Al reportar la empresa más
carreras de las que tiene autorizadas, se les corre el modelo con el dato de
las carreras autorizadas.
14. Los
horarios autorizados por el CTP, en el trayecto San José – Salitrillos de
Aserrí, ascienden a un total de 1.414,83 carreras; según los datos consignados
por la empresa, se están realizando 1.810 carreras. Al reportar la empresa más
carreras de las que tiene autorizadas, se les corre el modelo con el dato de
las carreras autorizadas.
15. Los
horarios autorizados por el CTP, en el trayecto San José – Santa Teresita de Aserrí,
ascienden a un total de 320,67 carreras; sin embargo según los datos
consignados por la empresa, se están realizando solamente 97 carreras. Al
reportar la empresa menos carreras de las que tiene autorizadas, se les corre
el modelo con el dato de las carreras que dicen brindar.
Se adjunta
un cuadro que muestra el efecto total de lo indicado anteriormente:
PARA VER IMÁGENES SOLO EN GACETA FORMATO PDF
16. Se
empleó la distancia determinada por los técnicos de esta Dirección según acta
de inspección adjunta al expediente de Requisitos de Admisibilidad (RA 098) que
corresponde en promedio ponderado a 23,88 kilómetros por carrera. Como se
ilustra a continuación:
PARA VER IMÁGENES SOLO EN GACETA FORMATO PDF
Sobre el modelo de Estructura General de Costos
17. El resultado
del análisis de la estructura general de costos indica que se requiere un incremento
promedio del 13,31% con respecto a las tarifas vigentes. Esto se debe a que
este mecanismo engloba tanto la actualización de las variables operativas como
la renovación de la flota.
Sobre el análisis Complementario de Costos
18. Este
instrumento no puede desarrollarse, debido a que su resultado muestra el
comportamiento de los rubros de costo contemplados en el modelo de estructura
general de costos, considerando como punto de partida los parámetros usados en
el modelo de fijación individual de la ruta con respecto a la fijación
individual anterior, y en este caso particular es la primera fijación
individual para la ruta.
19. Que
la empresa se encuentra al día con los cánones de la Autoridad Reguladora.
20. Que
se realizó un análisis comparativo del estado mecánico de las unidades con que
se presta el servicio, según lo presentado por la empresa y la base de datos de
RITEVE S y C S. A. (RTV), del cual se comprobó que todas las unidades se
reportan con la Revisión Técnica vigente, excepto la unidad SJB-10539 el
reporte es “Desfavorable”, por presentar modificaciones no autorizadas de
identificación.
21. Que
no se presentaron posiciones según los requerimientos de Ley, ya que según
resolución de la Dirección de Protección al Usuario, de las 9 horas 54 minutos
del 12 de abril del 2007, por falta de argumentos técnicos le fue rechazada al
señor William Agüero Soto, cédula de identidad número 1-352-293 su oposición
(folios 419-420).
22. Que
con base en la ponderación de los análisis precitados la Dirección asesora
elige como criterio de decisión, la herramienta denominada Estructura General
de Costos (modelo desarrollado por el MOPT), por ser el mecanismo que engloba,
además de la actualización de los costos de operación y de inversión, el efecto
de los cambios en las variables del esquema operativo (demanda, flota y
carreras), originados tanto en las acciones propias del concedente y del
concesionario, como en los criterios regulatorios de esta Autoridad, y en
consecuencia se recomienda incrementar las tarifas vigentes de la empresa a
¢170,00 (ciento setenta colones).
II.—Que de conformidad con los
resultandos y considerando que preceden y de acuerdo con el mérito de los
autos, lo procedente es incrementar en un 13,31% las tarifas vigentes de la
Ruta 121, descrita como San José - Aserrí y Ramales, como se dispone. Por
tanto:
Con fundamento en las facultades conferidas en los
artículos 5º, inciso f), 30, 57, incisos c) y g) de la Ley Nº 7593, 31 de la
Ley Nº 3503, en concordancia con lo establecido en el artículo 41 del Decreto
Ejecutivo 29732-MP, Reglamento a la Ley Nº 7593, y en los artículos
correspondientes de la Ley General de la Administración Pública.
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
I.—Fijar
las tarifas, para la Ruta 121 que sirve la empresa Autotransportes Desamparados
S. A., según el siguiente detalle:
Descripción |
Tarifas (¢) |
San José – Aserrí – Barrio
Lourdes |
170 |
San José – Aserrí – Barrio
Corazón de Jesús |
170 |
San José – Aserrí – Barrio
María Auxiliadora |
170 |
San José – Aserrí – Barrio
Mercedes |
170 |
San José – Salitrillos de
Aserrí |
170 |
San José – Santa Teresita de
Aserrí |
170 |
II.—Indicar a la empresa
Autotransportes Desamparados S. A., que debe cumplir con lo siguiente:
1. Mantener
actualizado el expediente RA (Requisitos de Admisibilidad) en cuanto a
vencimientos de la Revisión Técnica de las unidades.
2. Remitir
a esta Autoridad Reguladora la información técnica y contable requerida según
lo indicado mediante Resolución RRG-6155-2006 de las nueve horas del nueve de
noviembre de dos mil seis, la cual de conformidad con el artículo 33 de la Ley
Nº 7593, constituye requisito indispensable para la admisibilidad de toda
petición subsiguiente.
3. Cumplir
con los lineamientos sobre el registro de quejas RRG-6199-2006 del 20 de
noviembre del 2006, publicado en La Gaceta N° 236 del 8 de diciembre del
2006.
4. Solicitar
al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a más tardar en 30 días
naturales que realice un estudio de campo para todos los trayectos operados por
esta ruta, para contar con información técnicamente sustentada, sobre demanda,
horarios, carreras y flota en operación, requeridas para prestar de forma
óptima el servicio público concesionado; asimismo que se determinen las causas
del incumplimiento de la empresa, en cuanto a prestar el servicio con menos
carreras de las autorizadas y se establezca el dato de la demanda actual para
cada uno de los ramales.
En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la
Ley General de la Administración Pública, se indica que contra la anterior
resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y el
extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante el
Regulador General; a quien corresponde resolverlo; el de apelación y el de
revisión, podrán interponerse a ante la Junta Directiva, a la que corresponde
resolverlos.
El recurso de revocatoria y el de apelación deberán
interponerse en el plazo de tres días contados a partir del siguiente a la
notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354
de la citada ley.
Notifíquese y publíquese.—Fernando
Herrero, Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 41271).—C-315940.—(36266).
INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA
Somete a consulta pública los siguientes proyectos de
norma:
PN INTE/ISO 1040:2007, “Construcción de edificaciones —
coordinación modular — Multimódulos para coordinación horizontal de
dimensiones”.
Se recibirán observaciones a los anteriores proyectos
de norma hasta el 9 de julio de 2007.
Se informa que INTECO está conformando el subcomité
técnico nacional de Instalaciones Eléctricas, interesados, favor comunicarse
con la Dirección de Normalización.
Para mayor información, comuníquese con la Dirección de
Normalización al teléfono 283 4522 o a los correos jrestrepo@inteco.or.cr o cmadrigal@inteco.or.cr
Carlos E. Rodríguez L., Director Ejecutivo.—1 vez.—(36565).
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
EDICTO
El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la
Municipalidad de Carrillo, comunica que la sociedad Inversiones Kadel Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-uno seis tres dos siete cuatro,
representada por el señor Daniel De La Garza Chamberlain, quien es mayor,
divorciado en primeras nupcias, abogado y notario, vecino de San Rafael de
Escazú y portador de la cédula de identidad número uno-seiscientos sesenta y
nueve-doscientos. Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre número
6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo número 7841-P del 16 de
diciembre de 1977, solicita en concesión un lote de terreno localizado en Playa
Hermosa, distrito Sardinal, cantón Carrillo, provincia Guanacaste. Mide: dos
mil sesenta metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados, y es terreno para
darle un uso de zona de desarrollo turístico controlado según el Plan Regulador
vigente para la zona; los linderos son: al norte, calle pública existente; sur,
Zona Restringida (solicitud de concesión de René Matarrita Cubillo); este, zona
restringida, y al oeste, zona restringida (Clara Rosa Vallejos Contreras). Se
advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se
realiza sin perjuicio de que el área, uso y frente al mar quedan sujetas a las
disposiciones del plan regulador aprobado para la zona y disposiciones del
MINAE. Se conceden treinta días hábiles contados a partir de ésta publicación
para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en ésta Municipalidad
en papel sellado y con los timbres correspondientes, a dos tantos, además
deberá identificarse debidamente el opositor.
Filadelfia, 2 de abril del 2007.—José
Francisco Canales Canales, Encargado.—1 vez.—(36741).
Transcribo para su conocimiento el Acuerdo tomado por
el Concejo Municipal del Distrito de Lepanto el día 19 de abril del 2007, en
sesión ordinaria Nº 222-2007, que en lo conducente dice:
Acuerdo 11.—El Concejo
Municipal del Distrito de Lepanto acuerda realizar la publicación del traslado
de las Oficinas Municipales, las cuales tendrán su nueva sede frente a la
Clínica de Jicaral de Puntarenas.
Jicaral, 2 de mayo del 2007.—Yorleny
Alvarado Salas, Secretaria Municipal.—1 vez.—(36549).
FONDO DE INVERSIÓN INMOBILIARIA DE RENTA Y PLUSVALÍA
ALDESA SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN S. A
Se convoca a los inversionistas del Fondo de Inversión
Inmobiliaria de Renta y Plusvalía, a la asamblea general de inversionistas, a
celebrarse en las oficinas de la administradora, Aldesa Sociedad de Fondos de
Inversión Sociedad Anónima, ubicadas en Curridabat, quinientos metros al este
de Servicentro La Galera, Edificio Aldesa, a las 8:30 horas del día treinta y
uno de mayo del dos mil siete, en donde se conocerá lo siguiente:
Orden del día:
1. Verificación
del quórum y apertura de la asamblea.
2. Ampliación
del monto autorizado de capital del fondo de inversión.
3. Aumento
del porcentaje de endeudamiento del fondo de inversión.
4. Autorizar
a la sociedad administradora para que realice los cambios en el prospecto, en
relación con el monto autorizado de capital y el porcentaje de endeudamiento
del fondo.
La Asamblea será válidamente constituida en primera
convocatoria si a la hora señalada concurren inversionistas que representen
tres cuartas partes de la totalidad de participaciones en circulación. De no
existir quórum a la hora señalada para la primera convocatoria, se llevará a
cabo la asamblea en segunda convocatoria a las nueve horas treinta minutos del
mismo día, con el número de inversionistas presentes.
Los inversionistas deberán acreditarse ante la sociedad
administradora a más tardar a las doce horas del día veintinueve de mayo del
año dos mil siete, con la presentación de sus participaciones o una constancia
extendida por el ente competente, en el cual consta la cantidad de
participaciones y la titularidad. Cuando proceda, además deberán presentar en
caso de representación, carta-poder debidamente autenticado y/o certificación de
personería con no más de quince días de expedida.—San
José, 2 de mayo del 2007.—Javier Chaves Bolaños, Presidente.—1 vez.—(36972).
EMPRESA AGRÍCOLA LA CIMA SOCIEDAD ANÓNIMA
A solicitud de la accionista Hermanos Rojas Cruz S. A.,
se convoca a los socios de Empresa Agrícola La Cima Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica tres-ciento uno-cero diez mil setecientos veintiséis, a la
asamblea general extraordinaria a celebrarse en el domicilio social, en la
ciudad de San José, calle tres, avenidas primera y tercera, edificio Manuel E.
Vázquez, segunda planta, a las catorce horas del día quince de junio del dos
mil siete. En caso de no haber quórum a la hora indicada, la asamblea se
efectuará en segunda convocatoria, a las quince horas del mismo día y los acuerdos
se tomarán por más de la mitad de los votos presentes.
Se
conocerá únicamente de los siguientes asuntos:
A) Reforma
estatutos que rigen esta empresa en sus cláusulas tercera: del objeto social,
cuarta: del plazo social, sexta: inventarios y balances, octava: atribuciones
asambleas generales socios, novena: de la administración, décima: atribuciones
concejo administración; undécima: utilidades y fondo reserva legal; duodécima:
causas disolución de la sociedad; décimo tercera: vigilancia de la sociedad.
B) Autorizar
la protocolización de los acuerdos que se tomen para su inscripción en el
Registro Mercantil, comisionándose al efecto al representante legal de la
sociedad y/o al notario de escogencia de la asamblea.
San José, 4 de mayo del 2007.—Junta
Directiva.—Rocío Rojas Cruz, Presidenta.—1 vez.—(37008).
COLEGIO DE MÉDICOS VETERINARIOS DE COSTA RICA
La Junta Directiva, convoca a todo el cuerpo médico
veterinario nacional a asamblea general extraordinaria Nº 27-2007.
Lugar: instalaciones del Colegio de Ingenieros
Agrónomos.
Fecha: Viernes 25 de mayo del 2007.
Hora: 6:00 p. m., primera convocatoria (mitad más uno
de colegiados activos), 6:30 p. m., segunda convocatoria (miembros presentes).
AGENDA:
1. Comprobación
del quórum.|
2. Lectura
y aprobación del orden del día.
3. Lectura
y aprobación del acta de asamblea extraordinaria Nº 26-2006.
4. Modificación
del presupuesto.
5. Aprobación
del Código de Ética del CMV de C.R.1.
6. Aprobación
del Reglamento del Trámite de Denuncias y Procesos Disciplinarios de los
Miembros del CMV de C.R.1.
NOTA: Borrador de
Reglamentos a aprobar disponibles en Página Web: www.veterinarios.or.cr.
1 CMV de C.
R., Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica.
Tres Ríos, 30 de abril del 2007.—Junta
Directiva.—Dr. Federico Piza Vargas, Presidente.—Dra. Olga Marta Vargas Brenes,
Secretaria.—1 vez.—(37020).
ASOCIACIÓN DE VECINOS DE LA URBANIZACIÓN
ALTAMONTE-SEGUNDA ETAPA
Se convoca a los asociados de la Asociación de Vecinos
de la Urbanización Altamonte-Segunda Etapa, cédula jurídica 3-002-245822, a la
asamblea general ordinaria y extraordinaria que se llevará a cabo a las 6:30 p.
m., del día 24-05-2007, en el parque de la entrada principal, en la cual se
conocerán los siguientes puntos:
1. Entrega del
informe del Presidente
2. Entrega
del informe del Tesorero
3. Informe
del Fiscal
4. Elección
de la nueva Junta Directiva
Si a la hora y fecha indicada no hubiere quórum, se
llevará a cabo la asamblea en segunda convocatoria una hora después en el mismo
lugar y fecha indicados, y se constituirá válida con el número de asociados que
estén presentes.—San José, 4 de mayo del 2007.—Carlos
Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—(37086).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
LA DE LOS TRES SOCIEDAD ANÓNIMA
La de los Tres Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - sesenta y siete
mil setecientos seis, solicita a la Dirección General de Tributación la
reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas Consejo
Administración y Actas Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al
contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José en
el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de marzo del 2007.—Jaime
Feinzaig R.—Nº 18425.—(35245).
VILLEGAS LORÍA DE ALAJUELA SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo Victoria Villegas
Loría, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Alajuela centro, con
cédula de identidad Nº 2-374-555, en mi condición de presidenta, hago constar
que hemos iniciado la reposición de los libros de Mayor número uno, Diario
número uno e Inventarios y Balances número uno, de la sociedad Villegas Loría
de Alajuela Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-250292.—Óscar
Venegas.—Nº 18442.—(35246).
JIMÉNEZ VILLEGAS DE ALAJUELA SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo Ginno Jiménez
Molinari, mayor, casado una vez, jardinero, vecino de Alajuela centro, con cédula
de identidad Nº 2-371-502, en mi condición de presidente, hago constar que
hemos iniciado la reposición de los libros de Mayor número uno, Diario número
uno e Inventarios y Balances número uno, de la sociedad Jiménez Villegas de
Alajuela Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-186697.—Óscar
Venegas.—Nº 18443.—(35247).
THE ENCHANTED FOREST SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo Rosemary Mac Gregor,
mayor, soltera, enfermera, vecina de Ojochal, Osa, Puntarenas, con pasaporte de
mi país número US 201724905, en mi condición de presidenta, hago constar que
hemos iniciado la reposición de los libros de Mayor número uno, Diario número
uno e Inventarios y Balances número uno, de la sociedad The Enchanted Forest
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-374092.—Rosemary
Mac Gregor, Presidenta.—Nº 18444.—(35248).
THE PARROTS NEST SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo Rosemary Mac Gregor,
mayor, soltera, enfermera, vecina de Ojochal, Osa, Puntarenas, con pasaporte de
mi país número US 201724905, en mi condición de presidenta, hago constar que
hemos iniciado la reposición de los libros de Mayor número uno, Diario número
uno, e Inventarios y Balances número uno, de la sociedad The Parrots Nest
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-376859.—Rosemary
Mac Gregor, Presidenta.—Nº 18445.—(35249).
ELECTRODOMÉSTICOS MABECA SOCIEDAD ANÓNIMA
Electrodomésticos Mabeca
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-150651, solicita ante la Dirección
General de Tributación, la reposición de los libros Diario, Mayor, Inventario y
Balances, Asamblea de Junta Directiva y Registro de Accionistas, todos número
uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de
Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros)
Administración Regional de Heredia, en el término de ocho días hábiles contados
a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 26 de abril del 2007.—Alexis Sibaja Mora,
Gerente Financiero.—Nº 18517.—(35250).
ANDREAMO H.L.B. SOCIEDAD ANÓNIMA
Andreamo H.L.B. Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno-doscientos setenta y siete mil
ciento cincuenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la
reposición, por extravío, de los siguientes libros: 3 libros de Actas, 1 libro
Diario, 1 libro Mayor, 1 libro de Balances e Inventarios. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San
José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 25 de abril del
2007.—Lic. Orlando José Díaz Hernández, Notario.—Nº
18330.—(35251).
BAKERFIELD INC S. A
Bakerfield Inc. S. A.,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y cinco
mil trescientos ochenta y ocho, solicita ante la Dirección General de
Tributación Directa, la reposición de los libros legales de: Asambleas de Junta
Directiva, Asamblea General y Registro de Accionistas. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José,
en el término de ocho días, contados a partir de la última publicación del
Diario Oficial La Gaceta.—Luis Malvar Cantón, Presidente.—Nº
18707.—(35774).
CANA CENTRAL COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Cana Central Costa Rica
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-53886 solicita ante la Dirección
General de Tributación, la reposición de los libros o libro siguiente (s):
número uno de Diario, Número uno de Mayor, Número uno de Inventario y Balances,
Número uno de Actas de Junta Directiva, Número uno de Actas de Asamblea
General, y número uno de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado
puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la
Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles
contados a partir de este aviso.—Marilyn Morales Mora, Representante Legal.—Nº
18762.—(35775).
SÁBILA INDUSTRIAL S. A
Sábila Industrial S. A.,
ha solicitado la reposición del certificado de acciones número 001
representativo de 100 acciones comunes y nominativas de 100 colones cada una, a
saber la totalidad del capital social, de Finca Sábila S. A. Quien se considere
afectado favor proceder en el término de quince días contado a partir de la
última publicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 689 y 691 del
Código de Comercio.—San José, 24 de abril del 2007.—Ing. José Alberto Zúñiga
Blanco, Apoderado generalísimo.—Nº 18615.—(35776).
CARRINGTON LABORATORIES INC
Carrington Laboratories
Inc., ha solicitado la reposición del certificado de acciones número 001
representativo de 100 acciones comunes y nominativas de 100 colones cada una, a
saber la totalidad del capital social, de Sábila Industrial S. A. Quien se
considere afectado favor proceder en el término de quince días contado a partir
de la última publicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 689 y 691
del Código de Comercio.—San José, 24 de abril del 2007.—Ing. José Alberto
Zúñiga Blanco, Apoderado generalísimo.—Nº 18616.—(35777).
GRUPO MUTUAL ALAJUELA LA VIVIENDA
De conformidad con los
artículos 708-709-710 del Código de Comercio, el señor Marcelino Vega Murillo,
solicita la reposición del Título Valor Certificado de Depósito a la vista Nº
118 303 2000044871 por ¢ 72.800,00.—Heredia, 26 de
abril del 2007.—Melissa Fallas Céspedes, Auxiliar de Servicios
Financieros.—(35847).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Por escritura otorgada, a
las 14:26 horas del 2 de marzo del 2007, se cambia gerente en JOMAISA
Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Para los efectos que
establece el artículo 479 del Código de Comercio se cita y emplaza a los
acreedores e interesados para que comparezcan ante la citada notaría con
oficina en Cartago, 25 metros al este de los Tribunales de Justicia, dentro de
los 15 días posteriores a la publicación del primer edicto a hacer valer sus
derechos.—Cartago, 26 de abril del 2007.—Lic. Yajaira
Echeverría Fernández, Notaria.—Nº 18798.—(35778).
PROMOTORA BOLAÑOS ROJAS
Promotora Bolaños Rojas,
cédula jurídica Nº 3-101-094904, solicita ante la Dirección General de la
Tributación, Regional Cartago, la reposición de libros: Diario 2, Mayor 1 e
Inventarios y Balances 1. Quien se considere afectado, puede manifestar su
oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria
de Cartago en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última
publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 24
de abril del 2007.—Rigoberto Bolaños Rojas, Presidente.—Nº 18961.—(36116).
PROMOCIONES LOS TRES UNIDOS S. A.
Promociones los Tres
Unidos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-209132, solicita ante la Dirección General
de la Tributación, Regional Cartago, la reposición de libros: Diario 1, Mayor 1
e Inventarios y Balances 1. Quien se considere afectado, puede manifestar su
oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria
de Cartago en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última
publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 24
de abril del 2007.—Rigoberto Bolaños Rojas, Presidente.—Nº 18962.—(36117).
Rigoberto Bolaños Rojas, cédula Nº 2-221-186, solicita ante la Dirección General de la Tributación, Regional Cartago, la reposición de libros: Diario 2, Mayor 2 e Inventarios y Balances 1. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria de Cartago en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 24 de abril del 2007.—Rigoberto Bolaños Rojas.—Nº 18963.—(36118).
N V TECNOLOGÍAS S. A.
Yo, Allan Núñez Chaverri,
portador de la cédula Nº 2-382-142, en calidad de representante legal de la
sociedad N V Tecnologías, S. A., solicito ante la Dirección General de
Tributación Directa, la reposición del libro de Inventarios y Balances Nº 1.
Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de
Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de
Alajuela, en término de ocho días a partir de la publicación del tercer aviso.—Allan Núñez Chaverri, Representante Legal.—Nº
18986.—(36119).
GRUPO MUTUAL ALAJUELA LA VIVIENDA
De conformidad con los
artículos 708-709-710 del Código de Comercio, la señora Nardy Estrada Lezama,
cédula 5-311-963, solicita la reposición del Título Valor Certificado de
Depósito a Plazo número 118-301-2000505180 por ¢284.200,51.—Heredia, 30 de
abril del 2007.—Sandra Ortega Sosa, Auxiliar de Servicios Financieros.—(36190).
GRUPO MUTUAL ALAJUELA LA VIVIENDA
De conformidad con los
artículos 708-709-710 del Código de Comercio, la señora María Lilliam Zamora
Arce, solicita la reposición del Título Valor Certificado de Depósito a plazo
número 149 301 2002287134 por ¢1.501.000,00.—Heredia,
30 de abril del 2007.—Melissa Fallas Céspedes, Auxiliar de Servicios
Financieros.—(36193).
DESARROLLOS VOLCÁN S. A.
Desarrollos Volcán S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento trece mil ochocientos cincuenta y
seis-diez, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de
los libros siguientes: un libro de Actas de Asambleas Generales y un libro
Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente
(Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término
de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—Hernán Antonio Hernández Zamora, Presidente.—Ricardo
Otto Loew Sandoval, Vicepresidente.—(36274).
BANCA PROMÉRICA S. A.
Por este medio Banca
Promérica S. A., hace constar que Erika Calderón Azofeifa es beneficiaria
titular del certificado de inversión número cinco siete cuatro cinco nueve, por
un monto de siete mil dólares de los Estados Unidos de América, y su respectivo
cupón de intereses número cinco siete cuatro cinco nueve-uno, por la suma de
trescientos cuatro dólares con cincuenta centavos de los Estados Unidos de
América. Los anteriores documentos propiedad de la señora Erika Calderón
Azofeifa, cédula de identidad número: uno-ochocientos cincuenta y uno-
cuatrocientos sesenta y siete, por lo cual para efectos de cobro no tienen
ninguna validez.—San José, 26 de abril del 2007.—Mario
Ramón Castillo Lara, Gerente General.—(36326).
ASESORÍA GASTRONÓMICA IURIS S. A.
Asesoría Gastronómica
Iuris S. A., cédula Jurídica número 3-101-291255, antes denominada Asesoría
Legal luris S. A.; solicita ante la Dirección General de Tributación la
reposición de los libros de inventarios y balances, diario y mayor. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el
término de ocho días hábiles a partir de la última publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—Saúl Kierszenson Nowalski.—(36327).
DELIALMENDRAS S. A
Delialmendras S. A.,
cédula jurídica 3-101-248215; solicita ante la Dirección General de
Tributación, la reposición de los libros: diario, mayor, inventario y balances,
actas de junta directiva, actas de asamblea general y registro de accionistas.
Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de
Información, Asistencia al Contribuyente, Legalización de Libros,
Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles
contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Nº
19086.—(36458).
CG COMERCIAL GRÁFICA S. A.
CG Comercial Gráfica S.
A., cédula jurídica 3-101-309465; solicita ante la Dirección General de
Tributación, la reposición de los libros: actas de junta directiva, actas de
asamblea general y registro de accionistas. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información, Asistencia al
Contribuyente, Legalización de Libros, Administración Tributaria de San José,
en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.—Nº 19087.—(36459).
ALMACENES GENERALES DEL ISTMO S. A.
Almacenes Generales del
Istmo S. A., cédula jurídica 3-101-089820; solicita ante la Dirección General
de Tributación, la reposición de los libros: actas de junta directiva, actas de
asamblea general y registro de accionistas. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información, Asistencia al
Contribuyente. Legalización de Libros, Administración Tributaria de San José en
el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del
Diario Oficial La Gaceta.—Nº 19088.—(36460).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
A P S MEXIOLA S. A.
A P S Mexiola S. A., cédula jurídica Nº 3-101-057832,
solicita la reposición del Libro asamblea de accionistas y registro de
accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el
Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria de San José
dentro de los 8 días de la publicación.—Lic. Laura
Barrios Alfaro, Presidente.—(35886).
A las 8:00 horas del veintiocho de marzo del año en curso, protocolicé asamblea general extraordinaria de FSA Ingeniería y Arquitectura S. A., en la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social mediante la cual se disminuye el número de acciones y el capital social de la empresa distribuyendo la disminución del capital social en proporción a la participación social de los socios.—San José, 30 de abril del 2007.—Lic. Álvaro Camacho Mejía, Notario.—Nº 18970.—(36120).
MENSAJERÍA AMARAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Mensajería Amaral Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica, número tres-ciento-uno- ciento noventa y ocho mil seiscientos ocho,
solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los
siguientes seis libros: diario, mayor, inventarios y balances, actas consejo de
administración, actas asamblea de socios y registro de socios. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia (Legalización de Libros), Administración Regional de Heredia, en el
término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del
Diario Oficial La Gaceta.—2 de Mayo del 2007.—Fernando Jiménez Rojas,
Responsable.—(36575).
INVERSIONES Y SERVICIOS POZITOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones y Servicios Pozitos Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y siete mil
seiscientos treinta y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación
Directa, la reposición de los tres libros de contabilidad, Diario, Mayor,
Inventarios y Balances, todos número uno. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José,
en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación
del Diario Oficial La Gaceta.—Álvaro Cavallini.—(36721).
540 DE OSA
La sociedad 540 de Osa, cédula 3-101-178340, solicita
ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de las Actas de
Consejo de Administración, Asamblea de Socios, Registro de Socios y Diario
Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente
(Legalización de Libros) Administración Regional de Heredia, en el término de 8
días hábiles a partir de la última publicación en este Diario.—Lic.
Seanny Jiménez Alfaro, Notaria.—Nº 19252.—(36902).
LA ROCA DESARROLLO TURÍSTICO SOCIEDAD ANÓNIMA
La Roca Desarrollo Turístico Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-158469, hace del conocimiento público que por motivo de
extravío, el señor Juan Carlos Abarca Alvarado ha solicitado la reposición de
su certificado accionario Nº 914. Se emplaza a cualquier interesado para que en
el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso,
manifiesten su oposición dirigida a: La Roca Desarrollo Turístico S. A., 100
metros oeste de “Tony Romas”, Escazú, San José.—Carlos
Odio Soto, Presidente.—Nº 19266.—(36903).
VILLA SAN MARTÍN DEL OESTE
SOCIEDAD ANÓNIMA
Villa San Martín del Oeste Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos diez mil quinientos veinte,
solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los
libros: Acta de Asamblea de Socios número uno y el libro de Registro de Socios
número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el
Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria de Cartago, en el
término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Ing. Alejandro Coto Alvarado, Presidente.—Nº
19311.—(36904).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Por escritura pública
número tres de las dieciséis treinta horas del día veintiséis de abril del dos
mil siete, otorgada ante los notarios Alejandro Antillón Appel y Juan José
Durán Bonilla, se formalizó el contrato de compraventa de establecimiento
mercantil y de todos los bienes inmuebles propiedad de Maderables San Pablo S.
A., conforme al procedimiento de compraventa de establecimiento mercantil. De
conformidad con lo establecido en el artículo 479, se convoca a acreedores e
interesados para que dentro del plazo de 15 días a partir de esta primera
publicación se apersonen a las oficinas de Novastar Galaxy S. R. L., en Santa
Ana, Parque Empresarial Forum, edificio G, piso siete, a hacer valer sus
derechos de conformidad con lo establecido en el artículo 483 del Código de
Comercio.—San José, 26 de abril del 2007.—Lic. Juan
José Durán Bonilla, Notario.—Nº 18825.—(35779).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Mediante escritura otorgada, a las 14:00 horas del 10
de abril del año 2007, se constituyó la sociedad GT Inversiones
Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse a GT Inversiones S. A.,
indicando que el anterior es un nombre de fantasía. Domicilio social: San José,
Paseo Colón de la Purdy Motor trescientos cincuenta metros al norte edificio
color amarillo con verde. Objeto: comercio y la industria en todas sus formas.—San José, 27 de abril del 2007.—Lic. Miguel Maklouf Coto,
Notario.—1 vez.—(35842).
Mediante escritura otorgada, a las dieciocho horas del
veinticinco de abril del dos mil siete, se constituyó en esta notaría Montacargas
Mundiales Sociedad Anónima.—Lic. Carlos José Ruiz
Espinoza, Notario.—1 vez.—(35848).
Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las ocho
horas del día veinticuatro de abril del año dos mil siete, se constituyó la
empresa Coordenadas Quinientos Seis Sociedad Anónima.—San José,
veinticuatro de abril del año dos mil siete.—Lic. Ricardo Javier Hidalgo
Murillo, Notario.—1 vez.—(35850).
La suscrita notaria ha protocolizado acta de la empresa
Soflin Group S. A., donde se modificó las cláusulas
primera y segunda del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—San José, veintitrés de abril del dos mil siete.—Lic.
Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(35851).
He constituido la sociedad Natural Life Holístico
y Orgánico S. A., con un capital de ocho mil colones. Plazo
social de cien años a partir de su constitución, apoderadas generalísimas sin
límite de suma, la presidenta: Karen Aime Miranda Hernández y secretaria:
Linnethe Donzon Artavia.—San José, diez de abril del
dos mil siete.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1
vez.—(35852).
He constituido la sociedad Trío Asesores S. A.,
con un capital de diez mil colones. Plazo social de cien años a partir de su
constitución, apoderada generalísima sin límite de suma, la presidenta: Adriana
Soto Calvo.—San José, diez de abril del dos mil
siete.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1
vez.—(35853).
He constituido la sociedad Garabito Al Día S. A.,
con un capital de ocho mil colones. Plazo social de cien años a partir de su
constitución, apoderados generalísimos sin límite de suma, la presidenta:
Ángela María Lozano Lorza y secretario: Jhonn Eduardo Fernández Triana.—San José, diez de abril del dos mil siete.—Lic. Mónica
Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(35854).
Ante esta notaría, Julio César Galtés Guevara y Rosa
María Forn Moraga, por escritura número ciento ochenta y tres-tres, otorgada a
las quince horas del veintiocho de abril del dos mil siete, constituyeron
cincuenta y cinco sociedades limitadas, cuyas denominaciones sociales se
ajustan a lo dispuesto en el artículo dos del decreto ejecutivo número treinta
y tres mil ciento setenta y uno-J. Capital social: diez mil colones. Plazo:
cien años.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—(35855).
Ante esta notaría, José Gilberto Apú Apú y Mayra Vargas
Gallo, por escritura número ciento ochenta y dos-tres, otorgada a las diez
horas treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil siete, constituyeron
una sociedad anónima, cuya denominación social se ajusta a lo dispuesto en el
artículo dos del decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y
uno-J. Capital social: nueve mil quinientos mil colones. Plazo: cien años.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1
vez.—(35857).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del
día de hoy, se constituyó la sociedad Excavaciones Topo S. A. Domicilio:
San José. Objeto: en general, la agricultura, ganadería, industria y comercio.
Capital social: totalmente suscrito y pagado. Acciones: comunes y nominativas.
Plazo: 200 años a partir de hoy. Presidente ostenta representación judicial y
extrajudicial de la empresa.—San José, 27 de abril del
2007.—Lic. Luis Alberto Arias Naranjo, Notario.—1
vez.—(35859).
Acta de constitución de la Asociación Liberiana de Ciclismo celebrada
en su domicilio social en Liberia, Guanacaste, el día veinticuatro de febrero
del año dos mil siete. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma.—Lic. Emily Vargas Rivera, Notaria.—1 vez.—(38862).
Ante esta notaría en el día de hoy, a las
dieciséis horas del veinticinco de abril del dos mil siete, según escritura
número once del protocolo tomo tercero; se protocolizó acta de la empresa
denominada: Condo V Morado Andalucía Sociedad Anónima cédula jurídica
número tres-ciento uno- tres cero siete ocho ocho cuatro, según la cual se
modifican las cláusula segunda y novena de su pacto constitutivo referentes a
su domicilio social y representación respectivamente.—Lic.
German I. Pochet Ballester, Notario.—1 vez.—(35874).
Por escritura otorgada ante mí a las once
horas del diecinueve de abril del dos mil siete, protocolicé acta de An
Inconvenient Truth Ltda., de las ocho horas del diecinueve de abril del dos
mil siete, mediante la cual se reforma la cláusula sexta.—Lic.
Luis Enrique Gómez Portuguez, Notario.—1 vez.—(35880).
Ante esta notaría se constituyó la
sociedad Investimentos Lanifield CR Sociedad Anónima, con un plazo de
noventa y nueve años y un capital social de cien mil colones exactos.—San José, treinta de abril del año dos mil siete.—Lic.
Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(35881).
Al ser las dieciséis horas con treinta
minutos del veintinueve de abril del dos mil siete, ante esta notaría mediante
escritura número cuarenta se constituyó la sociedad anónima denominada Elicea
del Corazón de Jesús Sociedad Anónima. Es todo.—Lic
Oscar Sanabria Núñez, Notario.—1 vez.—(35887).
Por escritura otorgada ante mi notaría, se
constituye la sociedad de esta plaza S. D. I Seguridad Digitital Integral
Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Se nombra junta
directiva.—San José, 27 de abril del dos mil
siete.—Lic. Alejandro Wyllins Soto,
Notario.—1 vez.—(35888).
El suscrito notario hace constar que según
escritura 227, folio 109 vuelto, tomo 3 del protocolo el 20/03/07, se
constituyó Perkins y Wellington C.A,P de Costa Rica S. A. Presidente y apoderado
generalísimo sin límite de suma: Lionel Perkins, pas. Nº 2678539.—Lic. Joaquín Bernardo Chaves Sandí, Notario.—1 vez.—(35889).
Se constituye Inversiones Araya
Corrales Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Domicilio:
Monteverde setecientos metros antes de la Reserva Biológica de Monteverde.
Presidente Célimo Araya Miranda, secretaria Kathia Corrales Corrales.—Lic. Yadira Correa Martínez, Notaria.—1
vez.—Nº 18855.—(35890).
Por escritura número setenta y
cinco-cincuenta y cinco, de las dieciocho horas del día veintisiete de abril
del presente año, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad Repuestos Usados Zumba Solano S. A. celebrada a las once
horas del veinte de abril de dos mil siete. Se reformó la cláusula novena de
los estatutos sociales.—Alajuela, veintisiete de abril
de dos mil siete.—Lic. Zetty Bou Valverde, Notaria.—1
vez.—Nº 18856.—(35891).
Por escritura otorgada ante el notario
público Roberto Calderón Solano, a las once horas del doce de abril del dos mil
siete, se constituye la sociedad mercantil Casa PFG Limitada. Capital
social veinticinco mil colones. Gerente: Patricia Fernández Gamboa.—Turrialba, catorce de abril del dos mil siete.—Lic. Roberto Calderón Solano, Notario.—1 vez.—Nº 18858.—(35892).
Por escritura otorgada ante el notario
público Roberto Calderón Solano, a las diez horas del diecinueve de de abril
del dos mil siete, se constituye la sociedad mercantil Mantenimiento y
Montajes WL y HC Limitada. Capital social noventa y nueve mil colones.
Gerente: William Ramírez Londoño. Subgerentes: Hugo Cerdas Céspedes y Palmira
Lorena Salas Marchant.—Turrialba, veintitrés de abril
del dos mil siete.—Lic. Roberto Calderón Solano, Notario.—1
vez.—Nº 18860.—(35893).
Por escritura otorgada ante el notario
público Roberto Calderón Solano, a las once horas del doce de abril del dos mil
siete, se constituye la sociedad mercantil Casa PFG Limitada. Capital
social veinticinco mil colones. Gerente: Patricia Fernández Gamboa.—Turrialba, catorce de abril dos mil siete.—Lic. Roberto
Calderón Solano, Notario.—1 vez.—Nº 18861.—(35894).
Por escritura otorgada en esta notaría, a
las diez horas del día de hoy, se protocoliza acuerdos de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de la sociedad Corporación Euroalimentos R.S.L.N
S. A. mediante la cual se modifica totalmente el pacto constitutivo.—San José, once horas del día veintisiete de abril del año
dos mil siete.—Lic. Rafaela Solano G., Notaria.—1
vez.—Nº 18862.—(35895).
Mediante escritura número 37 del 24 de
abril del 2007, la suscrita notaria pública, procedió a protocolizar el acta de
asamblea general ordinaria del Colegio de Biólogos de Costa Rica número uno-dos
mil seis. Nombramiento de junta directiva. Presidenta Noemí Canet Moya con
facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San
José, 24 de abril de 2007.—Lic. Sandra Echeverría Mesén, Notaria.—1 vez.—Nº 18863.—(35896).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 10:15 horas del 28 de abril del 2007, se modifican las siguientes
cláusulas del pacto constitutivo: Se modifica cláusula segunda: del domicilio.
Se modifica la cláusula sétima: del Consejo de Administración o junta
directiva. Se hacen los siguientes nombramientos: Presidente: Raúl Andrés
Solano Briceño; Secretario: Hebel José Solano Briceño, tesorera: Clarisa
Briceño García, en la sociedad Mel Interdecora CyC Sociedad Anónima.—San José, 28 de abril del 2007.—Lic. Katherine Mourelo
Rímola, Notaria.—1 vez.—Nº 18864.—(35897).
Mediante escritura número ciento
veintitrés-siete, del tomo sétimo: Hoy protocolicé asamblea general extraordinaria
de la sociedad New Beginning Investmenst Inc S. A., en lo conducente, se
recibe renuncia del presidente y se nombra nuevo.—San
José, 27 de abril del 2007.—Lic. Rómulo Eduardo Pacheco Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 18865.—(35898).
Ante esta notaría a las nueve horas del
día veintiocho de abril del dos mil siete, se realiza cambio de presidente y
secretario de la empresa Galloper II Copr.—San José, 30 de abril del
2007.—Lic. Óscar Alberto Pérez Murillo, Notario.—1
vez.—Nº 18867.—(35899).
DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y
EXTRANJERÍA
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Res. D JUR-860-2006-OPC.—Dirección General de Migración y Extranjería.—San José, a
las once horas del día once del mes de octubre de dos mil seis. Se resuelve
procedimiento administrativo, ordenado por resolución Nº D JUR. 1163-2005-OPC
de las nueve horas treinta minutos del día veinte del mes de octubre del año
dos mil cinco, contra el señor, Mauricio Piedra Sáenz titular de la cédula de
identidad Nº 03-295-333, de calidades ya conocidas, servidor de Gestión
Tecnología de la Información de esta Dirección General.
Resultando:
1º—Que mediante oficio
GRH-SRTC-5925-08-05 del 25 de agosto de 2005, recibido por el Departamento
Legal ese mismo día, informa la Licenciada Tania Corrales Corrales que el día
19 de agosto de 2005, se remitió oficio GRH-STRC-5301-08-05, ausencias los días
11-12-13-14-15 de julio del 2005, del señor Mauricio Piedra Sáenz.
2º—Que mediante oficio
AJ-2208-2005-OPC de fecha 16 de setiembre de 2005 suscrito por el Bach. Ólger
Pereira Camacho, se solicitó a la Licenciada Marielos Quirós Jiménez, Gestora
de Tecnología de la Información, rendir un informe de lo sucedido para
establecer las responsabilidades correspondientes.
3º—Que en razón de lo anterior mediante
nota GTI-747-09-05 de fecha 19 de setiembre del año 2005, la Licenciada
Marielos Quirós Jiménez manifestó textualmente que: “Me refiero a su oficio
AJ-2208-2005, al respecto me permito comunicarle que la suscrita recuerda la
autorización que se le dio al señor Mauricio Piedra Sáenz, de sus vacaciones en
el mes de julio, ignoro las razones por las que no se presentó la solicitud de
las vacaciones en el Departamento de Recursos Humanos.”
4º—Asimismo se emitió nuevamente
oficio AJ-2366-2005-OPC, de 4 de octubre del 2005 por parte de la Asesoría
Legal en el cual se le solicita a la Licenciada Marielos Quirós Jiménez,
aclarar si la autorización otorgada al señor Mauricio Piedra Sáenz fue de forma
verbal o escrita, específicamente si la boleta fue firmada por la Jefatura.
5º—En contestación a la misiva antes
mencionada la licenciada Marielos Quirós Jiménez envía el oficio GTI-856-10-05
del 10 de octubre de 2005 el cual taxativamente dice “Me refiero a su oficio
AJ-2366-2005, como le indique en el oficio GTI-747-09-05, la suscrita recuerda
la autorización por escrito que se le dio al señor Mauricio Piedra Sáenz, de
sus vacaciones en el mes de julio, ignoro las razones por las cuales no se
presentó la solicitud en el Departamento de Recursos Humanos.
6º—Que en razón de lo anterior,
mediante resolución Nº DJUR. 1163-2005-OPC de las nueve horas treinta minutos
del día veinte del mes de Octubre del año dos mil cinco, se citó al funcionario
Piedra Sáenz, para que se refiriera a los hechos en su contra y aportara la
prueba de descargo que considerare procedente, en el cual de forma simultánea,
en cumplimiento del Debido Proceso se nombró como Órgano Director para realizar
la investigación correspondiente en busca de la verdad real de los hechos, al
bachiller en Derecho Ólger Pereira Camacho funcionario del Departamento de
Asesoría Jurídica de la Dirección Migración y Extranjería.
7º—Que el señor Piedra Sáenz, se
presentó voluntariamente a rendir declaración, en la sede del Órgano Director,
el día 16 de noviembre del año 2006, manifestando: “Aproximadamente como el 13
de junio de los corrientes, realicé la primera gestión por escrito para
solicitar vacaciones en la misma pedí 10 días, esto no fue aceptada por la
jefatura argumentando que existía mucho trabajo, volví hacer una segunda
solicitud por escrito, esta vez pidiendo solamente cinco días, que me autorizó
la jefatura, la misma nota fue firmada por el suscrito y por la Jefatura ,
procedí a dejar la nota a la señora Marta González, secretaria del departamento
para que me hiciera el favor de trasladarme la misma a la Gestión de Recursos
Humanos lo cual era costumbre en el departamento, ya que ella misma archivaba
el recibido en los respectivos expedientes de nosotros, basado en este
procedimiento era efectivo y nunca se había presentado problema alguno en este
departamento. Di por descontado que todo estaba bien y disfruté de mis cinco
días que había solicitado del 11 al 15 de Julio de dos mil cinco, luego para mi
sorpresa en agosto me notifican de Personal que estoy ausente los días antes
mencionados, cabe destacar que la Jefe del departamento según el Reglamento es
la encargada de velar por el control de asistencia, por lo que se desprende que
si yo hubiese hecho abandono de trabajo, la licenciada Marielos Quirós Jiménez
podría reportar mi ausencia pero no lo hizo porque yo contaba con el respectivo
permiso.”
Preguntas del Órgano Director del
Procedimiento. P/ En el caso del procedimiento que nos ocupa, quien era el
directamente responsable de presentar la solicitud de vacaciones? R/ Como en ningún lugar se indica que es un trámite
exclusivamente personal de cada funcionario ante el Departamento de personal se
procedió a hacer con esta lo que se acostumbraba en la oficina.
8º—Que mediante oficio Nº
AJ-2821-2006-OPC de fecha 6 de diciembre de 2006, el Bachiller en Derecho Ólger
Pereira Camacho, Órgano Director del Procedimiento le solicita al Director
General de Migración y Extranjería que con el fin de realizar una segunda
comparecencia oral y privada y con fundamento en los artículos 263 inciso 1),
297, 298 y 300 todos de la Ley General de la Administración Pública se le
ampliara el plazo del Procedimiento Administrativo seguido contra el
funcionario Piedra Sáenz, dicha petición fue autorizada mediante resolución
número DJUR-1325-2005-OPC de las nueve horas con cuarenta y dos minutos del día
seis de diciembre de 2006.
9º—Que mediante citación,
DJUR-1327-2006-OPC de fecha siete de diciembre de 2006 se citó a comparecer
como testigo en el Procedimiento Administrativo seguido contra el servidor
Piedra Sáenz; a la señora Martha González, Aguilar, quien el día 11 de enero
del año 2006, se presentó a rendir su declaración.
10.—Que mediante declaración del día
once de enero de dos mil seis, en la sede del Órgano Director del Procedimiento
Administrativo seguido contra el señor Mauricio Piedra Sáenz; se procedió a
tomar testimonio de la señora Martha González Aguilar cédula 1-530-386 quien
indicó lo siguiente: “En mi computadora existe un machote de solicitud de
vacaciones, el mismo se confecciona (sic) como lo puedo hacer yo, lo puede
hacer cualquier otra persona, luego se le entrega al interesado para que lo
firme, una vez realizado el procedimiento, se pasa en una carpeta a la Jefatura
para la respectiva firma y como este procedimiento es a título personal no me
correspondía a mi entregarlo a personal.”
Preguntas del Órgano Director del
Procedimiento. P/ En el caso del procedimiento que nos ocupa, ¿quién era el
directamente responsable de realizar la boleta de vacaciones? R/ El interesado./ ¿Quien confeccionó el oficio o la boleta de solicitud de
vacaciones del señor Mauricio Piedra Sáenz? R/ No lo recuerdo. P/ ¿Usted
recuerda que la Licenciada Marielos Quirós Jiménez firmara la solicitud de
vacaciones en cuestión? R/ No lo recuerdo P/ ¿Cuál es el trámite que se
acostumbraba en el Departamento para la presentación de las solicitudes de
vacaciones? R/ Es un trámite personal P/ El señor Mauricio Piedra Sáenz
manifiesta en su declaración que “ese día procedí a dejar la nota a la señora Martha
González Aguilar, secretaría del departamento para me hiciera el favor de
trasladarle la boleta a la Gestión de Recursos porque este el procedimiento que
se acostumbraba en el departamento” P/ ¿Es cierto esta situación? R/ La verdad
yo no recuerdo, aparte de como se lo dije al principio es un trámite personal.
P/ ¿Mintió el señor Mauricio Piedra Sáenz al manifestar que usted le presentó
la Boleta a la Gestión de Recursos Humanos? No tengo nada que decir al
respecto.
11.—Que en el
conocimiento el procedimiento administrativo disciplinario se han observado las
disposiciones legales vigentes.
Considerando:
1º—Sobre los hechos
probados. A) Que el señor Piedra Sáenz, analista del Departamento de Computo,
solicitó se le concedieron vacaciones correspondientes al período 2003-2004 a
partir del día 11 julio 2005, versión que la Licenciada Marielos Quirós Jiménez
Gestora de Tecnología de la Información admite en el oficio GTI-856-10-05 del
10 de octubre de 2005, que le autorizó por escrito al citado funcionario el
período de vacaciones solicitados en el mes de julio de 2005, no obstante
afirma desconocer las razones por las cuales no presentó la boleta de
vacaciones en el Departamento Recursos Humanos. B) Que en oficio
GRH-STRC-5925-08-05 de fecha 25 de agosto de 2005, la Licenciada Tania Corrales
Corrales, informa al Departamento Legal que el señor Mauricio Piedra Sáenz se
ausentó de su trabajo los días 11, 12, 13, 14 y 15 de julio del año 2005. C)
Que el citado funcionario reconoció que el solicitó a la señora Martha González
Aguilar para que presentara la boleta de solicitud de vacaciones en el
Departamento de Recursos Humanos.
2°—Sobre el fondo del asunto. El
procedimiento administrativo es aquel en que se trata de la averiguación real
de los hechos que se acusan o se investigan, con el fin de conducir a la
objetividad fáctica en estudio y de esa manera garantizar la legalidad y la
justicia del acto administrativo final. En el presente caso quedó debidamente
demostrado que, si bien durante los días 11, 12, 13, 14 y l5 todos de julio
2005, el señor Mauricio Piedra Sáenz gozó de vacaciones debidamente
autorizadas, también se logró comprobar que dicha solicitud no fue enviada
oportunamente a la Gestión de Recursos Humanos siendo que el procedimiento de
solicitud de vacaciones es de carácter personal y era obligación del citado
funcionario verificar que ese trámite debía ser presentado en dicho
departamento en forma personal y no por persona interpuesta por lo que existió
negligencia y descuido del señor Piedra Sáenz al confiar un trámite tan
importante como lo es la solicitud de vacaciones y por ende el permiso que se
deriva para ausentarse de la oficina con el debido conocimiento que debía tener
el Departamento de Recursos Humanos el cual no conocía que el funcionario se
encontraba de vacaciones según autorización de la jefatura.
3°—Es importante destacar que todos
los funcionarios deben ser diligentes en cuanto a las justificaciones de las
irregularidades de asistencia,-entre ellas la solicitud de vacaciones- mismas
que deben ser presentadas ante Recursos Humanos, en plazos perentorios
reglamentariamente establecidos pues son documentos que deben ser tratados con
sumo cuidado sobre todo por las sanciones a las que se expone el funcionario,
tal y como ocurre en el presente caso, pues de conformidad con el Reglamento
Autónomo de Servicios de esta Dirección General por la ausencia de dos o más
días consecutivos, la sanción para el funcionario es el despido sin
responsabilidad patronal, siendo que debió someterse, al funcionario a un
Procedimiento Administrativo tendiente investigar las razones de la aparente
ausencia injustificada a laborar, todo por la negligencia del señor Piedra
Sáenz de no verificar si efectivamente dicha boleta se había presentado en el
Departamento de Recursos Humanos.
4º—Una vez realizada la valoración
íntegra de los medios probatorios que constan en el expediente bajo las normas
de la lógica, la razón y la sana crítica, considera esta Dirección General, que
se logró demostrar que el funcionario Piedra Sáenz fue el responsable de no
presentar su boleta de solicitud de vacaciones que correspondían a las
ausencias de los días 11, 12, 13, 14 y 15 de julio del año 2005 ante la Gestión
de Recursos Humanos siendo a todas luces un trámite personal y no delegable en
terceros siendo entonces lo procedente amonestar por escrito al señor Piedra
Sáenz por los hechos acreditados. Por tanto,
Con base en lo expuesto, la Dirección
General de Migración y Extranjería, resuelve: 1) Amonestar por escrito, al
señor Mauricio Piedra Sáenz, funcionario de esta Dirección General destacado en
la Gestión de Tecnología de la Información de la Dirección General de Migración
y Extranjería, con fundamento en los artículos 107 de la Ley General de la
Administración Pública, 50 inciso b) del Reglamento del Estatuto del Servicio
Civil, 25 inciso c) y 52 inciso a) del Reglamento Autónomo de Servicios de la
Dirección General de Migración y Extranjería, ya que incumplió con el deber de
obediencia que tiene todo funcionario público. 2) La presente resolución es
impugnable mediante los recursos ordinarios de ley, los cuales podrán
interponerse ante esta Dirección General dentro del plazo de tres días hábiles;
contados a partir de la notificación, de la presente resolución de conformidad
a los artículos 346 siguientes y concordantes de la Ley General de la
Administración Pública. 3) Trasládese copia de la presente resolución a la
Gestión de Recursos Humanos de la Dirección General de Migración y Extranjería,
para lo que corresponda, una vez firme la misma. Notifíquese.—Lic.
Mario Zamora Cordero, Director General de Migración y Extranjería.—(Solicitud Nº 0040).—C-310385.—(34989).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
G/N° 272-2007.—Órgano Decisor del Procedimiento Administrativo Ordinario
de Eduardo Armijo Carvajal, Exportaciones Tecnológicas del Sur S. A., Walter
Calderón Molina y Francisco Martínez Alpízar.—San José, a las 15:39 horas del
18 de abril del 2007.
El suscrito Roy González Rojas,
en mi calidad de Gerente del Banco Central de Costa Rica, actuando como Órgano
Decisor de este Procedimiento, y considerando:
I.—Que el señor José
Aníbal Cascante Soto en su condición de abogado de los señores Walter Calderón
Molina y Francisco Martínez Alpízar, presentó incidente de nulidad de
notificación del acto inicial de este procedimiento que se practicara al señor
Eduardo Armijo Carvajal y a la empresa Exportaciones Tecnológicas Sur S. A.,
fundamentándolo en los siguientes motivos: A) Que en el caso de la notificación
al señor Eduardo Armijo Carvajal no consta la firma autógrafa de dicho señor ni
de testigos instrumentales; B) Que en el caso de la notificación a la empresa
Exportaciones Tecnológicas Sur S. A., no
consta que la señora Alejandra Porras Aguilar, quien recibe la notificación del
acto inicial sea la representante o tenga algún vínculo con esa Empresa, y que
en el expediente consta que se notificó en San Pedro de Montes de Oca, cuando
en realidad su domicilio social según certificación que consta en el expediente
es en Santo Domingo de Heredia; y C) Que el señor Gerardo Loría Rodríguez no
tiene funciones de notificador en el Banco Central de Costa Rica, por lo que no
podía llevar a cabo la notificación del acto inicial de este procedimiento que
se practicó al señor Eduardo Armijo Carvajal y a la empresa Exportaciones
Tecnológicas del Sur, S. A.
II.—Que
dentro del incidente indicado en el punto anterior, el Lic. Damián Alfaro
Carvajal interpuso recurso de apelación contra la resolución tomada por el
Órgano Director dentro de la audiencia de evacuación de prueba, en la que se
deniega su solicitud de requerir una ampliación de la certificación N°
C-005-2007, emitida por el Departamento de Gestión del Recurso Humano, en lo
referente a si el señor Gerardo Loría Rodríguez tiene asignadas dentro de sus
funciones las de notificador y que en caso de ser así desde que fecha tiene
asignadas esas funciones, alegando que se le está denegando un medio probatorio
solicitado por esa parte, lo cual lesiona la defensa técnica que están
efectuando, ya que de la certificación no se dice nada respecto a si el señor
Gerardo Loría Rodríguez hizo bien o no al actuar como notificador dejando una
constancia sin testigos instrumentales.
III.—Que
dentro del incidente indicado en el punto anterior, el Lic. José Aníbal
Cascante Soto interpuso recurso de apelación contra la resolución tomada por el
Órgano Director dentro de la audiencia de evacuación de prueba, en la que se
deniega su solicitud de pedir una adición y aclaración de la certificación N°
C-005-2007, emitida por el Departamento de Gestión del Recurso Humano, en lo
referente a la función de notificador del señor Gerardo Loría Rodríguez, para
lo cual manifestó expresamente que lo fundamentaba en los argumentos dados por
el Lic. Damián Alfaro Carvajal, que son básicamente los indicados en el punto
anterior.
SE RESUELVE:
I.—De conformidad con lo
dispuesto en los artículos 216, 221, 225, 269 y 298 de la Ley General de la
Administración Pública, se declaran sin lugar los recursos de apelación
interpuestos por los Licenciados Damián Alfaro Carvajal y José Aníbal Cascante
Soto, al avalarse lo resuelto por el Órgano Director del Procedimiento, en el
sentido de que en el expediente obra prueba suficiente para resolver el
incidente de nulidad interpuesto, entre la que se encuentra cuales son las
funciones que tiene asignado el mensajero de la Asesoría Jurídica, la fecha
desde que las tiene asignadas así como el momento desde que el señor Loría
Rodríguez fue reubicado en la Asesoría Jurídica.
II.—De conformidad con lo dispuesto en
los artículos 216, 225 y 269 de la Ley General de la Administración Pública,
procede esta Gerencia como Órgano Decisor, a resolver declarando sin lugar los
incidentes de nulidad interpuestos contra los actos de notificación de la
resolución inicial de este procedimiento que se practicara al señor Eduardo
Armijo Carvajal y a la empresa Exportaciones Tecnológicas del Sur S. A., por
los siguiente motivos: A) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 243
inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, en la notificación
personal servirá como prueba el acta respectiva firmada por el interesado y el
notificador o, si aquél no ha querido firmar, por este último dejando
constancia de ello; según lo anterior, no apreciamos ninguna nulidad en la
notificación del acto inicial practicado al señor Eduardo Armijo Carvajal, ya
que dicha norma no exige la presencia de testigos instrumentales; B) A folio
406 del expediente de este procedimiento, consta copia auténtica del
Departamento de Microfilm del Registro Público, en la que se verifica una
modificación al pacto constitutivo de la empresa Exportaciones Tecnológicas del
Sur S. A., según la cual el domicilio social es en San Pedro de Montes de Oca, Barrio
La California, calles veinticinco y veintisiete, avenida primera, casa número
dos mil quinientos cuarenta y cinco, y no en Santo Domingo de Heredia; según lo
anterior, no apreciamos ninguna nulidad en la notificación del acto inicial
practicado a la empresa de cita, ya que la resolución le fue debidamente
notificada en su domicilio social; y C) Que la decisión de encargar al señor
Gerardo Loría Rodríguez la acción de comunicación material de la notificación
del acto inicial de este procedimiento practicado al señor Eduardo Armijo
Carvajal y a la empresa Exportaciones Tecnológicas Sur S. A., fue un acto
discrecional de este Despacho permitido por el artículo 15 de la Ley General de
la Administración Pública, la que autoriza cuando éste no sea contrario a
derecho y su fin sea lograr el ejercicio eficiente y razonable del ordenamiento
jurídico, que es justo lo que se da en esta situación, al privar un ahorro de
fondos públicos al enviar al señor Gerardo Loría Rodríguez a practicar esas
notificaciones y no a un servidor de mayor jerarquía, siendo que ese acto
discrecional tiene su fundamento en los principios jurídicos de eficiencia,
continuidad, razonabilidad y proporcionalidad, así como en los principios de
lógica y conveniencia consagrados en el artículo 16 de la Ley General de la
Administración Pública. Por otro lado, los actos de comunicación impugnados
fueron realizados conforme a lo dispuesto en los artículos 239 a 247 de la Ley
General de la Administración Pública, que son los que regulan este tipo de comunicaciones
dentro de los procedimientos administrativos, por lo que no se aprecian las
nulidades invocadas en los incidentes planteados.
III.—De
conformidad con lo dispuesto en los artículos 216, 225 y 269 de la Ley General
de la Administración Pública, procede esta Gerencia como Órgano Decisor, a
fijar la continuación de la comparecencia oral y privada de evacuación de
prueba que se encuentra celebrando el Órgano Director, para las 9:30 horas del
28 de mayo del 2007, en la sala de reuniones de la Asesoría Jurídica, ubicada
en el cuarto piso del edificio principal del Banco Central de Costa Rica.
De conformidad con lo dispuesto en los
artículos 343 y 345 de la Ley General de la Administración Pública, contra esta
resolución no procede recurso alguno. Notifíquese a los señores Walter Calderón
Molina y Francisco Martínez Alpízar al fax número 494-5343; al señor Eduardo
Armijo Carvajal y a la empresa Exportaciones Tecnológicas del Sur S. A., por
desconocer su domicilio actual y por no haber ninguna de las dos partes
señalado lugar para atender notificaciones, notifíqueseles esta resolución a
ambas partes por medio de publicación por tres veces consecutivas en el Diario
Oficial La Gaceta.—Roy González Rojas, Gerente.—(O. C. Nº
2007-008949).—C-168995.—(35883).
SUCURSAL DE ALAJUELA
ÁREA DE COBROS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
En virtud
de no haberse podido notificar
administrativamente el aviso de cobro de los siguientes patronos, por
este medio se les pone en conocimiento el adeudo pendiente ante la Caja
Costarricense delSeguro Social:
Zorionak S. A., 203101178316-001-001,
planillas de 10/2006, 11/2006, 12/2006, 01/2007 por ¢180.645,00
Formularios CO S. A.,
203101329986-001-001 planillas de 09/2006, 10/2006, 11/2006, 12/2006, 01/2007.
Servicios Médicos de 12/2006, 01/2007, 02/2007 por ¢16.856.231,00.
Cisne Dental S. A.,
203101140937-001-001 planillas de 04/2005, 05/2005, 06/2005, 07/2005, 08/2005,
Servicios Médicos de 08/2006 por ¢3.769.240,00.
Frymac S. A., 203101025551-001-001,
cuotas de arreglo de 10/1994, 11/1994, 12/1994, 01/1995, 02/1995 , 03/1995,
04/1995, 05/1995, 06/1995, 07/1995, 08/1995, 09/1995, 10/1995, 11/1995,
12/1995, 01/1996, 02/1996, 03/1996, 04/1996, 05/1996, 06/1996, 07/1996, 08//1996,
09/1996, planillas de 07/1997, 08/1997, 09/1997, 10/1997, 11/1997, 12/1997,
01/1998, 02/1998, 03/1998, 04/1998, 05/1998, 06/1998, 08/1999, 09/1999,
10/1999, 11/1999, 12/1999, 01/2000, 02/2000, 03/2000, 04/2000, 05/2000,
06/2000, 07/2000, 08/2000, 09/2000, 10/2000, 11/2000, 12/2000, 01/2001,
02/2001, 03/2001, 04/2001, 05/2001, 06/2001, 07/2001, 08/2001, 09/2001,
10/2001, 11/2001, 12/2001, 01/2002, 02/2002, 03/2002, 04/2002, 05/2002,
06/2002, 07/2002, 08/2002, 09/2002, 10/2002, 11/2002, 12/2002, factura por
conversión de 07/2002, Costas Procesales de 08/2002, 09/2002, 08/2005, 09/2005,
gastos judiciales de 09/2002, 08/2005, 09/2005 por ¢8.351.671,00.
Armaduras Armasol S. A.,
203101346739-001-001, planillas de 02/2006, 03/2006, 04/2006, 05/2006, 06/2006,
07/2006 por ¢7.352.579,00.
Distribuidora Josess y Chavarría S.
A., 203101290059-001-001, planillas de 12/2001, 02/2002, 03/2002, 06/2002,
07/2002, 08/2002, 09/2002, 10/2002, 11/2002, 12/2002, 07/2003 por
¢25.746.910,00.
Empaques Automotrices S. A., 203101090959-001-001,
planillas de 11-1991, 12/1991, 01/1992, 02/1992, 03/1992, 04/1992, 05/1992,
06/1992, 07/1992, 08/1992, 09/1992, 10/1992, 11/1992, 12/1992, 01/1993,
02/1993, 03/1993, 04/1993, 05/1993, 06/1993, 07/1993, 08/1993, 09/1993,
10/1993, 11/1993, 12/1993, 01/1994, 02/1994, 03/1994, 04/1994, 05/1994,
06/1994, 07/1994, 07/1995, 08/1995, 09/1995, 10/1995, 11/1995, 12/1995,
01/1996, 07/1996, 08/1996, 09/1996, 10/1996, 11/1996, 12/1996, 01/1997,
02/1997, 03/1997, 04/1997, 05/1997, 06/1997, 07/1997, 08/1997, 09/1997,
10/1997, 11/1997, 12/1997, 01/1998, 02/1998, 03/1998, 04/1998, 02/2002,
03/2002, 04/2002, 05/2002, 06/2002, 07/2002, 08/2002, 09/2002, 10/2002,
11/2002, 12/2002, 01/2003, 02/2003, adicional de 11/1991, Servicios Médicos
09/1995, 09/1996, 01/1997, 02/1997, 03/1997, 09/1997, 11/1997, 08/1999,
12/1999, Costas Procesales 07/2002, 06/2003, Gastos Judiciales de 06/2003 por
¢7.043.161,00.
Escatex S. A., 203101144287-001-001,
planillas de 01/2004, 02/2004, 03/2004, 04/2004, 05/2004, 06/2004, 07/2004,
Servicios Médicos de 05/2000, 09/2000, 11/2000, 07/2003, 01/2004, 02/2004,
04/2004, 06/2004, 12/2005, 02/2006, Subsidio de 02/2006 por ¢5.247.082,00.
Chaves Bonilla Juan José,
0-00302330727-001-001 planillas de 10/2002, 05/2003, 08/2003, 09/2003, 12/2003,
Arreglos de 12/1997, 01/1998, 02/1998, 03/1998, 04/1998, 05/1998, 06/1998,
07/1998, 08/1998, 09/1998, 10/1998, 11/1998, 12/1998, 01/1999, 02/1999,
03/1999, 04/1999, 05/1999, 06/1999, 07/1999, 08/1999, 09/1999, 10/1999,
11/1999, 12/1999, 01/2000, 02/2000, 03/2000, 04/2000, 05/2000, 06/2000,
07/2000, 08/2000, Servicios Médicos de 07/1998, 07/1999, Costas Procesales de
08/2002, Gastos Cobro Judicial de 08/2002 por ¢6.248.778,00.
Agencia Aduanal del Norte S. A.,
203101174831-001-001, planillas de 11/2003, 12/2003, 01/2004, 02/2004, 03/2004,
04/2004, 05/2004, 06/2004 por ¢1.674.361,00.
Armaduras Armasol S. A.,
203101346739-001-001, planillas de 02/2006, 03/2006, 04/2006, 05/2006, 06/2006,
07/2006, 08/2006, 09/2006, 10/2006, 11/2006, 12/2006, 01/2007 por ¢15.443.483,00.
Becasa de San José S. A.,
203101142099-001-001, planillas de 11/2005, 12/2005, 01/2006, Adicional de
09/2006. Segregado 001-002, planillas de 11/2004, 12/2004, 01/2005, 02/2005,
Adicionales de 04/2005, 09/2006, Servicios Médicos de 11/2005 por ¢13.287.557,00.
Promotora de Inversiones de Alajuela
S. A., 203101074036-001-001, planillas de 08/1999, 09/1999, 10/1999, 11/1999,
10/2000, 11/2000, 12/2000, 01/2001, 02/2001, 03/2001, 04/2001, 05/2001,
06/2001, 07/2001, 08/2001, 09/2001, 10/2001, 11/2001, 12/2001, 01/2002,
02/2002, 03/2002, 04/2002, 05/2002, 06/2002, 07/2002, 08/2002, 09/2002,
10/2002, 11/2002, 12/2002, Adicional de 09/2005, Servicios Médicos de 01/2000,
04/2000, 05/2000, 07/2000, 08/2000, 10/2000, 11/2005, 12/2005 por
¢12.559.029,00.
Cocesa Comercializadora
Centroamericana S. A., 203101187998-001-001, planillas de 12/1999, 01/2000,
02/2000 por ¢10.541.063,00.
Frymac S.A., 203101025551-001-001,
planillas de 12/1999, 01/2000, 02/2000, 03/2000, 04/2000, 05/2000, 06/2000,
07/2000, 08/2000, 09/2000, 10/2000, 11/2000, 12/2000, 01/2001, 02/2001,
03/2001, 04/2001, 05/2001, 06/2001, 07/2001, 08/2001, 09/2001, 10/2001,
11/2001, 12/2001, 01/2002, 02/2002, 03/2002, 04/2002, 05/2002, 06/2002,
07/2002, 08/2002, 09/2002, 10/2002, 11/2002, 12/2002, Arreglos de 10/1994,
11/1994, 12/1994, 01/1995, 02/1995, 03/1995, 04/1995, 06/1995, 07/1995,
08/1995, 09/1995, 10/1995, 11/1995, 12/1995, 01/1996, 02/1996, 03/1996,
04/1996, 05/1996, 06/1996, 07/1996, 08/1996, 09/1996, factura de conversión de
07/2002, Costas Procesales de 08/2002, 09/2002, 08/2005, 09/2005, Gastos Cobro
Judicial de 09/2002, 08/2005, 09/2005 por ¢6.709.973,00.
Empacadora de plantas de exportación
S. A., 203101069842-001-001 planillas de 02/2000, 03/2000, 04/2000, 05/2000,
06/2000, 07/2000, 08/2000, 09/2000, 10/2000, 11/2000, 12/2000, 01/2001,
02/2001, 03/2001, 04/2001, 05/2001, 06/2001, 07/2001, 08/2001, Servicios
Médicos 05/2000, Costas Procesales 08/2002, 03/2007, Gastos Cobro Judicial
08/2002, 03/2007 por ¢1.520.814,00.
Seguridad y Protección de Costa Rica
S. A., 203101178915-001-001 planilla adicional de 11/2006, Servicios Médicos de
01/2007, 02/2007, 03/2007 por ¢43.968.999,00.
Atenas, 14 de marzo de
2007.—MBA. Luis Diego Zamora Benavides, Administrador
a.í.—(36201).
SUCURSAL DE SANTO DOMINGO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La suscrita
Administradora de la Sucursal de Santo Domingo de Heredia, Caja Costarricense
de Seguro Social, mediante el presente edicto y por no haber sido posible
notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente
notificación por publicación a los patronos y trabajadores independientes
incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y
241 de la Ley General de Administración Pública. En el cuadro, se indica el
número patronal, nombre de la razón social y monto de la deuda al 27 de febrero
del 2007. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a
normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede
administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la
vía civil como penal.
Razón
social Nº
Patronal Monto adeudado
Corporación
Alerri del
Sur Sociedad Anónima 2-03101252372-001-001 253.402,00
Alimentos La Rivera S. A. 2-03101067162-001-001 47.918,00
Joveso S. A. 2-03101107169-002-001 25.571,00
Nava Vargas Laura 0-00112720946-001-001 88.078,00
Camacho Marín Wilberth 0-00601320587-999-001 101.542,00
Córdoba Aguilar Donal 0-00204200593-999-001 197.008,00
Sánchez Rodríguez Óscar Rodrigo 0-00105530564-999-001 164.016,00
Morales Florez Luis Alfonso 0-00105820407-999-001 159.806,00
Paniagua Rojas Brainer Josué 0-00111880920-999-001 70.548,00
Álvarez Pizarro Johnny Alexander 0-00107520498-999-001 122.736,00
Cerdas Chavarría Félix Alexis 0-00112060252-999-001 149.992,00
Bach. María del Rosario
Garita Arce.—(35503).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
AL-0723-2007.—Órgano
Director.—Acto de apertura del procedimiento ordinario administrativo contra la
empresa Agencia de Viajes Vista del Valle S. A.—San José, a las once horas del
veinticuatro de abril del dos mil siete.
Resultando:
1º—Que la empresa Agencia de Viajes Vista del Valle S.
A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y siete mil
seiscientos treinta y dos, se le otorgó el Contrato Turístico número
ochocientos setenta y siete, el ocho de diciembre del año dos mil, para
desarrollar la actividad de agencia operadora de turismo receptivo.
2º—Que mediante oficio DIN-INS-cero cuatrocientos
ochenta y tres-cero seis, el Departamento de Incentivos informa a la Comisión
Reguladora de Turismo que el señor Michael Bernard apoderado de la empresa
Agencia de Viajes Vista del Valle S. A., comunicó a este Instituto que dicha
agencia no va a operar, por lo que recomienda el inicio de un procedimiento
ordinario administrativo a fin de determinar posibles incumplimientos por parte
de dicha empresa, a la normativa vigente.
3º—Que efectivamente en el expediente consta resolución
vigente G-mil doscientos setenta y siete-dos mil seis, del diez de julio del
dos mil seis, en la cual la Gerencia General del Instituto Costarricense de
Turismo cancela de declaratoria turística otorgada a la empresa Agencia de
Viajes Vista del Valle S.A., por infringir lo establecido en los incisos a),
d), i), j) y k), del artículo trece del Reglamento de las Empresas y
Actividades Turísticas.
4º—Que en oficio CR-doscientos veinticinco-dos mil
seis, se informa que la Comisión Reguladora de Turismo en sesión número
seiscientos sesenta y cuatro, artículo cuarto, inciso sexto, del treinta de
agosto del dos mil seis, se acordó iniciar el procedimiento ordinario
administrativo en contra la empresa Agencia de Viajes Vista del Valle S. A.
5º—Que por resolución G-mil setecientos quince-dos mil
seis, se nombra como órgano director a la Lic. Marlene Marenco Vargas, de la
Asesoría Legal, para dar inicio al procedimiento ordinario administrativo de
Contrato Turístico número ochocientos setenta y siete, a nombre de la empresa
Agencia de Viajes Vista del Valle S. A., cédula jurídica número tres- ciento
uno- doscientos cincuenta y siete mil seiscientos treinta y dos, por posibles
incumplimientos a lo establecido en la Ley de Incentivos para el Desarrollo
Turístico seis mil novecientos noventa y su Reglamento, así como al Contrato
Turístico otorgado a la empresa.
Considerando:
1º—Que la cláusula tercera, inciso f), del Contrato
Turístico de esta empresa establece la obligaciones respectivas dentro de las
que destacan el “cumplir estrictamente todas las obligaciones establecidas en
la Ley, su Reglamento y en el presente contrato, también está obligada la
empresa a acatar las demás regulaciones existentes, así como las normas que
establezca la Comisión Reguladora de Turismo”.
2º—Que el artículo quince del Reglamento a la Ley de
Incentivos establece que en caso de que a la empresa con contrato turístico le
fuera cancelada la declaratoria turística por el Instituto Costarricense de
Turismo se procederá a iniciar el trámite de cancelación del respectivo
contrato.
SE RESUELVE:
1º—De
conformidad con los ordinales 308, siguientes y
concordantes de la Ley General de Administración Pública, se comunica la
apertura del expediente administrativo, y se convoca a los señores
representantes de la empresa Agencia de Viajes Vista del Valle S. A., cédula
jurídica número tres- ciento uno- doscientos cincuenta y siete mil seiscientos
treinta y dos, a comparecencia oral y privada que se celebrará, al ser las
catorce horas exactas (14:00 horas) a los quince días hábiles siguientes a la
tercera publicación de la presente resolución, en la Asesoría Legal del
Instituto Costarricense de Turismo, ante el Órgano Director del Procedimiento
Administrativo, constituido por la Licenciada Marlene Marenco Vargas,
funcionaria de la Asesoría Legal del Instituto Costarricense de Turismo, así
nombrada por resolución G- mil setecientos quince- dos mil seis. Lo anterior a
efecto que ejerza el derecho de defensa que asiste a su representada.
El Procedimiento Administrativo Ordinario se instaura a
efecto de determinar la presunta existencia de posibles incumplimientos a la
Ley seis mil novecientos noventa y su Reglamento artículos quince y cuarenta,
al Contrato Turístico número ciento setenta y nueve, cláusula tercera, inciso
f), con la posible sanción de cancelación al contrato turístico.
2º—Se le recuerda que en la comparecencia se admitirá y
evacuará la prueba ofrecida por las partes que sea pertinente según la ley; se
analizarán los documentos que conforman el expediente administrativo y los
alegatos de las partes (artículo 309 inciso 1) de la Ley General de la
Administración Pública). Se advierte a la citada que en caso de asistir a la
comparecencia deberá hacerlo de manera personal, y que además puede hacerse
acompañar por un Abogado para la defensa de los intereses de su representada.
Asimismo, debe presentar toda la prueba, antes o en el momento de la
comparecencia si todavía no lo ha hecho (artículo 310 y artículo 312 inciso a)
de la Ley General de la Administración Pública).
3º—Se pone a disposición de la citada el respectivo
expediente administrativo, el cual puede ser consultado en la Asesoría Legal
del Instituto Costarricense de Turismo.
4º—Se recuerda al citado su derecho de asistir a la
comparecencia oral y privada, bajo el apercibimiento de que su inasistencia no
impedirá llevar a cabo la misma y la consecuente recepción y evacuación de
pruebas. En caso de asistir deberá portar la cédula de identidad u otro
documento de identificación (artículo 315 de la Ley General de Administración
Pública).
5º—Se le previene a la persona citada que deberá
señalar lugar u oficina para recibir notificaciones, dentro de los tres días
hábiles siguientes al recibo de esta notificación, bajo el apercibimiento de
que si no lo hiciera, quedará notificada de las resoluciones posteriores en el
transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Se producirá igual
consecuencia si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas
ajenas a este Órgano Director, o bien, si el lugar señalado permaneciere
cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. (Artículos 6 y 12 de la Ley
de Notificaciones).
6º—Contra esta Resolución sólo cabrán los Recursos
Ordinarios, sea el de Revocatoria y el de Apelación, que deberán ser
interpuestos dentro del plazo de veinticuatro horas, contados a partir de la
comunicación de la misma. El Recurso de Revocatoria será resuelto por este
Órgano Director y el de Apelación por la Gerencia General.
Lo anterior, de conformidad con lo estipulado por los ordinales 245, siguientes y concordantes, de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Lic. Marlene Marenco Vargas, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 46832).—C-163370.—(36229).
AL-0634-2007.—Órgano Director.—Acto de apertura del procedimiento ordinario administrativo contra la empresa Deportes Acuáticos del Pacífico S. A.—San José, a las once horas del diez de abril del dos mil siete.
Resultando:
1º—Que la empresa Deportes Acuáticos del Pacífico S.
A., cédula jurídica número tres- ciento uno- cero cero noventa mil doscientos
treinta y dos- veintidós, se le otorgó el Contrato Turístico número ciento
setenta y nueve, el once de marzo de de mil novecientos ochenta y nueve, para
desarrollar la actividad de transporte acuático.
2º—Que mediante oficio DIN-INS-cero diez-cero seis, el
Departamento de Incentivos informa a la Comisión Reguladora de Turismo lo
siguiente:
“Una vez efectuada la visita de inspección a la empresa
Inversiones Acuáticas Internacionales S. A., se presenta el siguiente análisis:
4.1 Se
constató en el sitio que la empresa no presenta operación alguna.
4.2 La
empresa no cumple con los trámites respectivos ante la Capitanía de Puertos de
Playas del Coco.
4.3 Se
desconoce la situación del bien exonerado.
4.4 La
Declaratoria de la empresa fue cancelada mediante oficio de la Gerencia
G-900-2003 del 18 de mayo del 2003”.
3º—Que efectivamente en el expediente consta resolución
vigente G- novecientos- dos mil tres, del veintiocho de mayo del dos mil tres,
en la cual la Gerencia General del Instituto Costarricense de Turismo cancela
de declaratoria turística otorgada a la empresa Deportes Acuáticos del Pacífico
S.A., por infringir lo establecido en los incisos a), d), i), y j), del
artículo trece del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas.
4º—Que
en oficio CR-ciento noventa y uno, se informa que la Comisión Reguladora de
Turismo en sesión número seiscientos sesenta y tres, artículo cuarto, inciso
tercero, del catorce de setiembre del dos mil seis, se acordó iniciar el
procedimiento ordinario administrativo en contra la empresa Deportes Acuáticos
del Pacífico S. A.
5º—Que
por resolución G-mil ochocientos veintidós-dos mil seis, se nombra como órgano
director a la Lic. Marlene Marenco Vargas, de la Asesoría Legal, para dar
inicio al procedimiento ordinario administrativo de Contrato Turístico número
ciento setenta y nueve, a nombre de la empresa Deportes Acuáticos del Pacífico
S. A., cédula jurídica número tres- ciento uno- cero cero noventa mil
doscientos treinta y dos- veintidós, por posibles incumplimientos a lo establecido
en la Ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico seis mil novecientos
noventa y su Reglamento, así como al Contrato Turístico otorgado a la empresa.
Considerando:
1º—Que toda empresa de transporte acuático debe
realizar los respectivos zarpes de salida en la Capitanía correspondiente, tal
y como lo establece el Decreto Ejecutivo número diecinueve mil seiscientos
veinticinco-MOPT, publicado el siete de mayo de mil novecientos noventa.
2º—Que el artículo cuarenta del Reglamento a la Ley
seis mil novecientos noventa establece que las empresas están obligadas a
presentar un informe anual ante la Secretaría sobre el uso y destino de los
bienes exonerados.
3º—Que el artículo quince del Reglamento a la Ley de
Incentivos establece que en caso de que a la empresa con Contrato Turístico le
fuera cancelada la Declaratoria Turística por el Instituto Costarricense de
Turismo, se procederá a iniciar el trámite de cancelación del respectivo
contrato.
4º—Que la cláusula tercera, inciso f), del Contrato
Turístico de esta empresa establece la obligaciones respectivas dentro de las
que destacan el “cumplir estrictamente todas las obligaciones establecidas en
la Ley, su Reglamento y en el presente contrato, también está obligada la
empresa a acatar las demás regulaciones existentes, así como las normas que establezca
la Comisión Reguladora de Turismo”.
SE RESUELVE:
1º—De conformidad con los ordinales 308, siguientes y
concordantes de la Ley General de Administración Pública, se comunica la
apertura del expediente administrativo, y se convoca a los señores
representantes de la empresa Deportes Acuáticos del Pacífico S. A., cédula
jurídica número tres- ciento uno- cero cero noventa mil doscientos treinta y
dos- veintidós, a comparecencia oral y privada que se celebrará, al ser las
diez horas exactas (10:00 horas) a los quince días hábiles siguientes a la
tercera publicación de esta resolución, en la Asesoría Legal del Instituto
Costarricense de Turismo, ante el Órgano Director del Procedimiento
Administrativo, constituido por la Licenciada Marlene Marenco Vargas,
funcionaria de la Asesoría Legal del Instituto Costarricense de Turismo, así
nombrada por resolución G- mil ochocientos veintidós- dos mil seis. Lo anterior
a efecto que ejerza el derecho de defensa que asiste a su representada.
El Procedimiento Administrativo Ordinario se instaura a
efecto de determinar la presunta existencia de posibles incumplimientos a la
Ley seis mil novecientos noventa y su Reglamento artículos quince y cuarenta,
Decreto Ejecutivo número diecinueve mil seiscientos veinticinco- MOPT,
publicado el siete de mayo de mil novecientos noventa, y al Contrato Turístico
número ciento setenta y nueve, cláusula tercera, inciso f), con la posible
sanción de cancelación al contrato turístico.
2º—Se le recuerda que en la comparecencia se admitirá y
evacuará la prueba ofrecida por las partes que sea pertinente según la ley; se
analizarán los documentos que conforman el expediente administrativo y los
alegatos de las partes (artículo 309 inciso 1) de la Ley General de la
Administración Pública). Se advierte a la citada que en caso de asistir a la
comparecencia deberá hacerlo de manera personal, y que además puede hacerse
acompañar por un Abogado para la defensa de los intereses de su representada.
Asimismo, debe presentar toda la prueba, antes o en el momento de la
comparecencia si todavía no lo ha hecho (artículo 310 y artículo 312 inciso a)
de la Ley General de la Administración Pública).
3º—Se pone a disposición de la citada el respectivo
expediente administrativo, el cual puede ser consultado en la Asesoría Legal
del Instituto Costarricense de Turismo.
4º—Se recuerda al citado su derecho de asistir a la
comparecencia oral y privada, bajo el apercibimiento de que su inasistencia no
impedirá llevar a cabo la misma y la consecuente recepción y evacuación de
pruebas. En caso de asistir deberá portar la cédula de identidad u otro
documento de identificación (artículo 315 de la Ley General de Administración
Pública).
5º—Se le previene a la persona citada que deberá
señalar lugar u oficina para recibir notificaciones, dentro de los tres días
hábiles siguientes al recibo de esta notificación, bajo el apercibimiento de
que si no lo hiciera, quedará notificada de las resoluciones posteriores en el
transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Se producirá igual
consecuencia si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas
ajenas a este Órgano Director, o bien, si el lugar señalado permaneciere
cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente. (Artículos 6 y 12 de la Ley
de Notificaciones).
6º—Contra esta Resolución sólo cabrán los Recursos
Ordinarios, sea el de Revocatoria y el de Apelación, que deberán ser
interpuestos dentro del plazo de veinticuatro horas, contados a partir de la
comunicación de la misma. El Recurso de Revocatoria será resuelto por este
Órgano Director y el de Apelación por la Gerencia General
Lo anterior, de conformidad con lo estipulado por los
ordinales 245, siguientes y concordantes, de la Ley General de Administración
Pública. Notifíquese.—Lic. Marlene Marenco Vargas,
Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº
46832).—C-185150.—(36230).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Instituto de Desarrollo
Agrario, Asesoría Legal Región Brunca, San Isidro de Pérez Zeledón, a las once
horas del veintitrés de abril de dos mil siete. Que habiéndose dictado
resolución inicial dentro del procedimiento administrativo de revocatoria de
adjudicación y subsecuente nulidad de título, por la causal de incumplimiento
del artículo 68 inciso 4) apartado b), en relación con el 66 de la Ley 2825 del
14 de octubre de 1961 y sus reformas, sea abandono injustificado del terreno se
cita y emplaza a los administrados que a continuación se detallan, para que
comparezcan a una audiencia oral y privada que se realizará en el día y hora
que se indica en cada caso particular todas del año 2007, realizadas todas en
las instalaciones de la Dirección Regional Brunca del Instituto de Desarrollo
Agrario en San Isidro de Pérez Zeledón
Nombre Predio
y Fecha
de
Cédula asentamiento Expediente audiencia
Ángel Madriz Elizondo 1-424-582 Lote 11 025 4
de junio a las
Pacuarito -2005 8 horas 30 minutos
Rafael Ángel Arias Mora 6-150-085 Lote
21-87 039 04 de junio
Baidambú -2006 a las 10 horas
José Elizondo Gamboa 6-234-788 Parcela 37 2007 31 de mayo a las
La
Luchita -A-011 8 horas 30 minutos
Rigoberto Núñez Jara 6-150-402 Lote 2 2007 31 de mayo
Bajo
Coto -A-012 a las 10 horas
Se pone en conocimiento
para todos los casos que la prueba de la administración esté contenida en el
expediente que se encuentra en la Asesoría Legal de la Región Brunca en la sede
de la Dirección Regional del Instituto de Desarrollo Agrario en San Isidro de
Pérez Zeledón, el cual podrá ser consultado y fotocopiado a su costo. Deben los
administrados, dentro de los tres días posteriores a la notificación de la
presente, señalar o ratificar lugar para escuchar notificaciones dentro del
perímetro judicial de la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, o un fax que se
encuentre dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo
o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere o fuese
imposible la comunicación, toda resolución se tendrá por notificada con el
transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Por la trascendencia del
procedimiento que se califica como ordinario se le advierte a los administrados
que el día de la comparecencia puede hacerse acompañar por un abogado. En caso
de no presentarse sin justa causa que lo motive se procederá a resolver lo que
corresponda con la prueba que obra en el expediente. Se les hace saber que
máximo al día y hora de la audiencia pueden ofrecer y aportar toda la prueba
que consideren oportuna en defensa de sus derechos y que en el caso de ser
testimonial, su presentación corre por su cuenta y deben de comparecer a la
misma fecha y hora de la audiencia señalada, para lo cual deben venir
debidamente identificados. A la audiencia deben comparecer en forma personal y
no por medio de apoderado, de igual forma se les hace saber que de comprobarse
los hechos investigados se le revocará la adjudicación del terreno y se
ordenará al Registro Público de la Propiedad anular el título de propiedad
señalado supra, lo que consecuentemente trae aparejado que el mismo se revierta
al Instituto de Desarrollo Agrario. Se informa a los administrados que la
presente resolución inicial tiene los recursos ordinarios de revocatoria y
apelación, debiéndose interponer, el de revocatoria dentro de las veinticuatro
horas y el de apelación dentro del término de tres días contados a partir de la
última comunicación del acto Dichos Recursos deberán presentarse ante la
Asesoría Legal Región Brunca del IDA. Notifíquese.—Asesoría
Legal-Región Brunca.—Lic. Margarita Elizondo Jiménez, Asesoría Legal.—(36209).
Instituto de Desarrollo Agrario, Asesoría Legal Región Brunca, San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas con treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil siete. Se ha dictado resolución final dentro procedimiento administrativo de revocatoria de Adjudicación y nulidad de Título incoado contra los administrados que se detallan, indicándoles a cada uno de ellos que la Junta Directiva ha dispuesto mediante el acuerdo que se consigna para cada caso particular, revocar la adjudicación que mantienen sobre el predio que les fuera adjudicado, por la causal de abandono injustificado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68, inciso 4 párrafo b) de la Ley 2825 del 14 de octubre de 1961, y en ese sentido se autorizó a la Asesoría legal de la Región Brunca a comunicar mediante exhorto al Registro Público la nulidad del título de propiedad.
Nombre Predio
y Acuerdo
de
Cédula asentamiento Expediente Junta
Directiva
Wilfrido Cascante Mesén 1-467-345 Parcela 31 003-2003 Artículo
12,
Cristo
Rey Sesión
028-03,
16
junio de 2003
Juan Félix Altamirano
Corrales 1-672-395 Parcela 23-1 036-2006 Artículo 8,
Convento Sesión
004-07,
29
enero de 2007
Se advierte a los
interesados que contra esta resolución cabe un Recurso de Apelación ante el
Tribunal Superior Agrario, en el término de cinco días a partir de la
notificación, con fundamento en los artículos 66 y 177 de la Ley 2825, Ley de
Tierras y Colonización del 14 de octubre de 1961 y II inciso D) de la Ley de
Jurisdicción Agraria 6734. Dicho Recurso deberá presentarse ante la Asesoría
Legal de la Región Brunca San Isidro de Pérez Zeledón. Tanto el expediente,
como la resolución completa precitada se encuentran en esta Asesoría Legal de
la para su consulta y estudio. Notifíquese.—Asesoría
Legal-Región Brunca.—Lic. Margarita Elizondo Jiménez, Asesoría Legal.—(36210).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
CONCEJO Y ALCALDÍA MUNICIPAL
COMUNICA
PLAN REGULADOR DEL CANTÓN DE MONTES DE OCA
Según acuerdo firme del Concejo Municipal de Montes de
Oca, tomado en la sesión ordinaria número cincuenta y tres/dos mil siete, de
fecha treinta de abril del dos mil siete, articulo número ocho, punto número
uno, por seis votos a favor y 1 en contra del regidor González Gamboa, este
Concejo acordó publicar la presente Fe de Erratas para aclarar ante la
ciudadanía lo siguiente:
1. Que con fecha
29 de agosto del 2006, en el Alcance número 51 de La Gaceta número 165,
se publicó el Plan Regulador del cantón de Montes de Oca, siendo que en dicha
publicación se consignó por error de trascripción como Proyecto, no solo en el
título sino en varias partes del texto de la parte introductoria, y se
fundamentó en los artículos 17 de la Ley de Planificación Urbana y 43 del
Código Municipal, lo cual también obedece a un error de redacción; por cuanto
debe entenderse el fundamento se da en los artículos 15 y 17 de la Ley de
Planificación Urbana.
2. Que
con fundamento en lo que establece el artículo 17 de la Ley de Planificación
Urbana y de conformidad con los oficios PU-C-D 012-2007, PU-C-D-278-2007 de la
Dirección de Urbanismo del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, se
aclara por este medio que la publicación no debe ser considerada como proyecto,
sino como publicación integral por única vez, del Nuevo Plan Regulador del
Cantón de Montes de Oca, y con fundamento en los artículos 15 y 17 de la Ley de
Planificación Urbana.
De acuerdo con lo anterior se recomienda tomar el acuerdo
de publicar la Fe de Erratas para que con ella se aclare que lo publicado el 29
de agosto del 2006, en La Gaceta número 165 Alcance número 51, es el
Plan Regulador del Cantón de Montes de Oca, con el fundamento legal indicado.
San Pedro de Montes de Oca, 2 de mayo del 2007.—Rodrigo Brenes Sebiani, Presidente Municipal.—Lic.
Fernando Trejos Ballestero, Alcalde Municipal.—Lic.
Mauricio Antonio Salas Vargas, Secretario Municipal.—1
vez.—(37038).