LA GACETA Nº 98

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MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

MUNICIPALIDAD DE ALVARADO

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS

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CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

FE DE ERRATAS

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 33742-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre del 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN del 31 de enero del 2006 y sus reformas; la Ley Nº 7798 del 30 de abril de 1998 y sus reformas y el Decreto Ejecutivo Nº 32973-H del 1º de marzo del 2006 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que mediante la Ley Nº 7798 y sus reformas, publicada en el Alcance Nº 20 a La Gaceta Nº 103 del 29 de mayo de 1998, se creó el Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI) como un órgano con desconcentración máxima y personalidad jurídica instrumental adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, con el objetivo –entre otros– de planear, programar, administrar, financiar, ejecutar y controlar la conservación y la construcción de la red vial nacional.

2º—Que para el cumplimiento de sus objetivos, el CONAVI suscribió un Contrato de Línea Global de Crédito con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), por un monto de US$170.000.000,00 (ciento setenta millones de dólares de los Estados Unidos de América), para el financiamiento del proyecto denominado “Programa de Rehabilitación y Construcción de Carreteras y Puentes de la Red Vial Nacional”, que involucra labores de rehabilitación y construcción de obras prioritarias en la Red Vial Nacional, durante el cuatrienio 2006-2010.

3º—Que como resultado de la ejecución del programa, el Gobierno de la República busca, entre otros aspectos, fomentar el desarrollo económico y social del país, mejorar la actividad agropecuaria, industrial y turística, promover la integración local y regional del país, disminuir los costos en la operación vehicular de los usuarios, disminuir los accidentes en carretera así como los tiempos de viaje de los usuarios en las carreteras intervenidas, de manera que incida en una menor contaminación ambiental al propiciar un menor uso de los combustibles.

4º—Que mediante el oficio DE07-0567 del 28 de febrero del 2007, el CONAVI solicitó la ampliación del gasto presupuestario máximo asignado a esa entidad para el año 2007, a fin de incorporar a su presupuesto ¢10.000.000.000,00 (diez mil millones de colones exactos) provenientes del citado contrato de crédito suscrito con el BCIE.

5º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32973-H y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 64 del 30 de marzo del 2006, la Autoridad Presupuestaria formuló las Directrices de Política Presupuestaria del 2007, las cuales fueron conocidas por el Consejo de Gobierno y aprobadas por el Poder Ejecutivo, estableciendo en el artículo 1° del citado Decreto, la forma de cálculo del gasto presupuestario del año 2007, para las entidades cubiertas por el ámbito de ese Órgano Colegiado.

6º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 33439-H, publicado en La Gaceta Nº 230 del 30 de noviembre del 2006, se modificó el gasto presupuestario máximo del CONAVI para el presente año.

7º—Que por lo anterior, resulta necesario modificar el gasto presupuestario máximo fijado al CONAVI para el año 2007. Por tanto;

Decretan:

Artículo 1º—Modifícase para el Consejo Nacional de Vialidad, el gasto presupuestario máximo del 2007, establecido en el Decreto Ejecutivo Nº 33439-H, publicado en La Gaceta Nº 230 del 30 de noviembre del 2006, quedando el límite de gasto presupuestario en la suma de ¢88.000.000.000,00 (ochenta y ocho mil millones de colones exactos) en ese período.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los once días del mes de abril del año dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo E. Zúñiga Chaves.—1 vez.—(Solicitud Nº 15071).—C-35715.—(D33742-41961).

ACUERDOS

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Nº 146-2007-MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1), de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos y el artículo 145 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Adscriptos al Ministerio de Seguridad Pública.

Considerando:

1º—Que se ha recibido cordial invitación de la Embajada de Francia en Costa Rica, para que funcionarios de este Ministerio, asistan al “Curso: La Droga a través de Vector Marítimo” a realizarse en Cartagena, Colombia del 22 al 28 de abril del 2007, se incluye salida y regreso.

2º—Que los temas a tratar en dicha actividad serán: Estrategia del tráfico en la zona, información marítima, seguimiento de contenedores por Internet, así como temas de interés para los participantes.

3º—Que dado los temas a tratar en la actividad, es de interés para este Ministerio contar con funcionarios en dicho evento. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a los funcionarios Juan Luis Fonseca Mora, cédula Nº 1-1087-127, funcionario de la Policía Control de Drogas y Pastor Reyes González, cédula Nº 2-363-542, funcionario del Servicio Nacional de Guardacostas del Ministerio de Seguridad Pública, para asistir al “Curso: La Droga a través de Vector Marítimo” a realizarse en Cartagena, Colombia del 22 al 28 de abril del 2007, se incluye salida y regreso.

Artículo 2º—El pago por hospedaje, alimentación y el transporte estarán a cargo de la Embajada de Francia en Costa Rica.

Artículo 3º—Que durante los días del 22 al 28 de abril del 2007, en que se autoriza la participación de los funcionarios Fonseca Mora y Reyes González en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 22 al 28 de abril del 2007.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública.—San José, a los dieciocho días del mes de abril del dos mil siete.

Lic. Fernando Berrocal Soto, Ministro de Seguridad Pública.—1 vez.—(40994).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

Nº 096-2007

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, número 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, número 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo número 29606-H-COMEX del 18 de junio del 2001, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas,

Considerando:

I.—Que mediante acuerdo ejecutivo número 297-2006 de fecha 15 de diciembre del 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 21 del 30 de enero del 2007, a la empresa Zona Franca del Este (ZFE) S. A., cédula jurídica número 3-101-375108, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley número 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que mediante nota presentada el 31 de enero del 2007, en la Gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Zona Franca del Este (ZFE) S. A., solicitó la ampliación del área declarada como zona franca.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al acuerdo Nº 177-2006 del 30 de octubre del 2006, emitido por la Junta Directiva de la citada Promotora, conoció la solicitud de la empresa Zona Franca del Este (ZFE) S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER número 16-2007 de fecha 13 de marzo del 2007, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del acuerdo ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley número 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto,

ACUERDAN:

1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo número 297-2006 de fecha 15 de diciembre del 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 21 del 30 de enero del 2007, para que en el futuro las cláusulas segunda y tercera se lean de la siguiente manera:

“2º—Declárese Zona Franca el área en la que se desarrollará el proyecto, de conformidad con la Ley número 7210 y su Reglamento, sea los edificios que poseen un área de 5 611 metros cuadrados y de 3 367,98 metros cuadrados respectivamente, que se ubican en la finca que se detalla a continuación: sita en distrito Calle Blancos, Cantón Goicoechea, de la Provincia de San José, inscrita en el Registro Nacional, Sección Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 385841-000, según consta en el plano catastrado número SJ-0684871-1987, el cual describe un área total de 35 150,38 metros cuadrados.”

“3º—La empresa se dedicará a la administración y desarrollo de la Zona Franca que se ubicará en los edificios que poseen un área de 5 611 metros cuadrados y de 3 367,90 metros cuadrados respectivamente, situados en el inmueble descrito en el artículo segundo del presente acuerdo, de conformidad con los procedimientos que señala la Ley número 7210 y su Reglamento.”

2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo número 297-2006 de fecha 15 de diciembre del 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 21 del 30 de enero del 2007.

3º—La empresa deberá suscribir un Addendum al Contrato de Operaciones.

4º—Rige a partir de su comunicación.

Comuníquese y publíquese.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los catorce días del mes de marzo del año dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—Nº 21318.—(40755).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Res. Nº 000232.—San José, a las 12:45 horas del día 3 del mes de mayo del dos mil siete.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 07/0674 del 9 de abril del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 148165-000, cuya naturaleza es terreno de pastos, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, con una medida de 1 317,31 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con Francisca Núñez Mendoza, servidumbre de paso con un frente de 51,09 metros; al sur, con Ston Forestal; al este con Cynthia Solera Triana, y al oeste, con calle pública con un frente de 28,48 metros.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 281,19 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza es terreno de pastos. Ubicación: distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-11112670-2006. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.983 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº P-11112670-2006, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 281,19 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 148165-000.

b)  Naturaleza: terreno de pastos.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-11112670-2006.

d)  Propiedad: José María Flores Barquero, cédula Nº 6-110-724.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 281,19 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 148165-000, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y propiedad de José María Flores Barquero, cédula Nº 6-110-724, con una área total de 281,19 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el Plano Catastrado Nº P-11112670-2006, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que  por esta  Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y Publíquese.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 15070).—C-56285.—(41962).

000233.—San José, a las 12:50 horas del día 3 del mes de mayo del dos mil siete.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 07/0675 del 9 de abril del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 128823-001-002, cuya naturaleza es terreno para construir, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, con una medida de 627,03 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con Eddy Chinchilla Madrigal; al sur, con Manuel Eduardo Chinchilla Madrigal; al este, con calle pública, y al oeste, con Manuel Eduardo Chinchilla Madrigal.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 627,03 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza es terreno para construir. Ubicación: distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre  de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-788919-2002. Siendo necesaria su adquisición  para la  construcción  del proyecto  denominado  “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.988 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº P-788919-2002, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 627,03 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 128823-001-002.

b)  Naturaleza: terreno para construir.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre  de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-788919-2002.

d)  Propiedad: Lidia Rosa Gamboa Calderón, cédula Nº 1-354-321 y Rafael Ángel Mora Arroyo, cédula Nº 1-286-732.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 627,03 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE  DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA  DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 128823-001-002, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y propiedad de Lidia Rosa Gamboa Calderón, cédula Nº 1-354-321 y Rafael Ángel Mora Arroyo, cédula Nº 1-286-732, con una área total de 627,03 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº P-788919-2002, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y Publíquese.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 15070).—C-56285.—(41963).

Nº 234.—San José, a las 12:55 horas del día 3 del mes de mayo del dos mil siete.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 07/0705 del 10 de abril del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 148170-000, cuya naturaleza es terreno para construir, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, con una medida de 263,01 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con servidumbre de paso con un frente de 7 metros; al sur, con Francisca Núñez Mendoza; al este, con Francisca Núñez Mendoza, y al oeste, con Francisca Núñez Mendoza.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 263,01 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza es terreno para construir. Ubicación: distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-796042-2002. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.999 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº P-796042-2002, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 263,01 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 148170-000.

b)  Naturaleza: terreno para construir.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre  de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-796042-2002.

d)  Propiedad: José Manuel Aguilar Vargas, cédula Nº 6-303-933.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 263,01 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 148170-000, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y propiedad de José Manuel Aguilar Vargas, cédula Nº 6-303-933, con un área total de 263,01 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº P-796042-2002, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 15070).—C-56285.—(41964).

Nº 235.—San José, a las 13:00 horas del día 3 del mes de mayo del dos mil siete.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 07/0684 del 10 de abril del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 082723-000, cuya naturaleza es terreno para construir, lote 1, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, con una medida de 450,00 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con Johel Mejía; al sur, con calle pública; al este, con Andrés Angulo Suárez, y al oeste, con calle pública.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 450,00 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza es terreno para construir, lote 1. Ubicación: distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-109063-93. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.993 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº P-109063-93, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 450,00  metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 082723-000.

b)  Naturaleza: terreno para construir, lote 1.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre  de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-109063-93.

d)  Propiedad: Edwin Solís Salazar, cédula Nº 2-267-617.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 450,00 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 082723-000, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y propiedad de Edwin Solís Salazar, cédula Nº 2-267-617, con un área total de 450,00 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº P-109063-93, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 15070).—C-56285.—(41965).

Nº 236.—San José, a las 13:03 horas del día 3 del mes de mayo del dos mil siete.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 07/0703 del 10 de abril del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 148164-000, cuya naturaleza es terreno de pastos, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, con una medida de 1 259,27 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con Francisca Núñez Mendoza; al sur, con Ston Forestal; al este, con Luis Jiménez Coto, y al oeste, con Francisca Núñez Mendoza.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 1 259,27 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza es terreno de pastos. Ubicación: distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-11112669-2006. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

3º—Constan en el expediente administrativo número 28.000 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº P-11112669-2006, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 1 259,27 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 148164-000.

b)  Naturaleza: terreno de pastos.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-11112669-2006.

d)  Propiedad: Cinthya Auxiliadora Solera Triana, cédula Nº 1-532-157.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 1 259,27 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE  DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 148164-000, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y propiedad de Cinthya Auxiliadora Solera Triana, cédula Nº 1-532-157, con un área total de 1 259,27 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº P-11112669-2006, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 15070).—C-56285.—(41966).

N° 237.—San José, a las 13:05 horas del día 3 del mes de mayo del dos mil siete.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 07/0709 del 10 de abril del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 99314-000, cuya naturaleza es terreno para construir con un local comercial, situado en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita de la provincia de Puntarenas, con una medida de 935,62 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con Costanera Sur con 30,00 metros; al sur, con calle al campo de aterrizaje con 30,00 metros; al este, con Danilo Ramírez Muñoz, y al oeste, con Cirilo Montiel López.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 935,62 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza es terreno para construir con un local comercial. Ubicación: distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-1138244-2007. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.997 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº P-1138244-2007, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 935,62 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 99314-000.

b)  Naturaleza: terreno para construir con un local comercial.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-1138244-2007.

d)  Propiedad: Ruth Corella Rojas, cédula Nº 1-327-904.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 935,62 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE  DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA  DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 99314-000, situado en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita de la provincia de Puntarenas y propiedad de Ruth Corella Rojas, cédula Nº 1-327-904, con una área total de 935,62 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº P-1138244-2007, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—Solicitud Nº 15070.—C-56285.—(41967).

N° 238.—San José, a las 13:08 horas del día 3 del mes de mayo del dos mil siete.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 07/0686 del 10 de abril del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 139064-000, cuya naturaleza es Lote 1 terreno para construir, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, con una medida de 359,05 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con resto; al sur, con servidumbre de paso con un frente de 14 metros en medio resto; al este, con resto, y al oeste, con lote 2.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 359,05 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza es Lote 1 terreno para construir. Ubicación: distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-796044-2002. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.996 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº P-796044-2002, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 359,05 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 139064-000.

b)  Naturaleza: lote 1 terreno para construir.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre  de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-796044-2002.

d)  Propiedad: Randolph de Los Ángeles Morales Herrera, cédula Nº 1-882-840.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 359,05 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA  DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 139064-000, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y propiedad de Randolph de Los Ángeles Morales Herrera, cédula Nº 1-882-840, con una área total de 359,05 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº P-796044-2002, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—Solicitud Nº 15070.—C-56285.—(41968).

N° 241.—San José, a las 13:12 horas del día 3 del mes de mayo del dos mil siete.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia.”

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 07/0782 del 20 de abril del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 353097-000, cuya naturaleza es terreno de repasto, situado en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela, con una medida de 2 816,87 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con Noemy Blanco Alfaro; al sur, con calle pública con frente de 30,00 metros; al este, con Noemy Blanco Alfaro, y al oeste, con Alia Mora Chaves.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 593,45 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de  repasto. Ubicación: distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº A-1117303-2006. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia.”

3º—Constan en el expediente administrativo número 28.004 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº A-1117303-2006, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 593,45  metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 de 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 353097-000.

b)  Naturaleza: terreno de repasto.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 01 Quesada, Cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº A-1117303-2006.

d)  Propiedad: Hacienda Las Mercedes S. A., cédula jurídica número 3-101-005067, representada por Juan Carlos Madrigal Matamoros, cédula número 1-771-693.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 593,45 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA  DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 353097-000, situado en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela, y propiedad de Hacienda Las Mercedes S. A., cédula jurídica número 3-101-005067, representada por Juan Carlos Madrigal Matamoros, cédula número 1-771-693, con una área total de 593,45 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº A-1117303-2006, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia.”

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria  para  la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—Solicitud Nº 15070.—C-56285.—(41969).

000242.—San José, a las 13:15 horas del día 3 del mes de mayo del dos mil siete.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Quepos-Savegre.”

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 07/0794 del 23 de abril del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 016738-000, cuya naturaleza es terreno de pastos, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, con una medida de 956,08 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con servidumbre de paso en medio y Pablo Sandobal Contreras; al sur, con Andrea Mendoza Mendoza; al este, con Roberto Enrique Duarte Duarte, Carlos Luis Aguilar Abarca, Aurelio Chinchilla Picado y Antonio Jiménez Jiménez, y al oeste, con José Manuel Aguilar Campos.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 246,50 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de pastos. Ubicación: distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-796043-2002. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Quepos-Savegre.”

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.995 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº P-796043-2002, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 246,50 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 016738-000.

b)  Naturaleza: terreno de pastos.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-796043-2002.

d)  Propiedad: Francisca Núñez Mendoza., cédula número 6-115-736.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 246,50 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Quepos-Savegre”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 016738-000, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, y propiedad de Francisca Núñez Mendoza cédula número 6-115-736, con una área total de 246,50 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº P-796043-2002,  necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Quepos-Savegre.”

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y Publíquese.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 15070).—C-56285.—(41970).

000243.—San José, a las 13:18 horas del día 3 del mes de mayo del dos mil siete.

Conoce este Despacho de gestión administrativa de pago en favor de la Junta de Educación Escuela Roncador, cédula jurídica número 3-008-61895, representada por Víctor Julio Vargas Ulate, cédula número 6-190-112, por concepto de mejoras (construcciones, malla perimetral y plantas ornamentales y árboles frutales), localizadas en finca Roncador, de la cual es poseedor, propiedad de la Campañía Palma Tica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-173999, que fueron afectados por la construcción del derecho de vía del proyecto de obra pública denominado: “Carretera Costanera Sur, Sección Quepos-Savegre.”

Resultando:

1º—Que por requerirse para la construcción del proyecto de obra pública denominado: “Carretera Costanera Sur, Sección Quepos-Savegre”, fue necesario utilizar según planos catastrados Nos.  P-976975-2005 y P-976970-2005, un área de terreno total de 12 071,12 metros cuadrados, propiedad de la Campañía Palma Tica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-173999 e inscrito ante el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 86863-000, ubicado en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas.

2º—Que la Junta de Educación Escuela Roncador, cédula jurídica número 3-008-61895, es poseedor del Lote donde se ubica la Escuela de Roncador, según Certificación emitida el 1º de noviembre del 2000,  por la Compañía Palma Tica S. A.

3º—Que en la propiedad antes indicada existen construcciones, que fueron afectadas con motivo de la construcción del proyecto de obra publica denominado: “Carretera Costanera Sur, Sección Quepos-Savegre”, razón por la cual el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles, inició un expediente administrativo, cuyo número es: 27.942.

4º—Que mediante Oficio Nº 07/0155 del 24 de enero del 2007, el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles, solicitó al  Departamento de Avalúos, establecer el valor de las mejoras, localizados en terreno  propiedad de la Compañía Palma Tica S. A., en el cual se encuentra ubicada la Escuela Roncador, que fue afectada por el proyecto de obra pública denominado: “Carretera Costanera Sur, Sección Quepos-Savegre.”

5º—Que mediante Avalúo Administrativo Nº 2007-029 del 23 de febrero del 2007, el Departamento de Avalúos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, indica el monto a reconocer a favor de la Junta de Educación Escuela Roncador, cédula jurídica número 3-008-61895, por concepto de indemnización de mejoras (construcciones, malla perimetral y plantas ornamentales y árboles frutales), localizadas en finca Roncador, del cual es poseedor, propiedad de la Compañía Palma Tica S. A., que fueron afectados por la construcción del derecho de vía del proyecto de obra pública denominado: “Carretera Costanera Sur, Sección Quepos-Savegre.”

6º—Que mediante Oficio sin número de fecha 16 de marzo del 2007, el representante de la Junta de Educación Escuela Roncador, aceptó el Avalúo Administrativo Nº 2007-029 del 23 de febrero del 2007, señalado en el resultando anterior.

7º—Que en razón de tales hechos procede este Despacho a resolver.

Considerando:

I.—Hechos probados: Se tienen como desmostrados todos los resultandos de la  presente resolución.

II.—Sobre el fondo: Visto el Expediente que al efecto lleva el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, tenemos que en  propiedad de la Compañía Palma Tica S. A., se localiza la Escuela Roncador, que fue afectada en parte con motivo de la construcción del derecho de vía del proyecto de obra publica denominado: “Carretera Costanera Sur, Sección Quepos-Savegre.”

En razón de lo antes expuesto y con fundamento en los artículos 190 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, y los artículos 7 y 13 de la Ley de Expropiación Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas,  así como del Avalúo Administrativo Nº 2007-029 del 23 de febrero del 2007, del Departamento de  Avalúos, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, procede reconocer a la Junta de Educación Escuela Roncador, cédula jurídica número 3-008-61895, la suma de ¢17.060.500,00 (Diecisiete millones sesenta mil quinientos colones 00/100), que corresponde a la indemnización de mejoras (construcciones, malla perimetral y plantas ornamentales y árboles frutales), localizadas en terreno, propiedad de la Compañía Palma Tica S. A., que fueron afectados por la construcción del derecho de vía del proyecto de obra pública denominado: “Carretera Costanera Sur, Sección Quepos-Savegre.” Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Reconocer a favor de la Junta de Educación Escuela Roncador, cédula jurídica número 3-008-61895, la suma de ¢17.060.500,00 (Diecisiete millones sesenta mil quinientos colones 00/100), de conformidad con el Avalúo Administrativo Nº 2007-029 del 23 de febrero del 2007, del Departamento de Avalúos, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que corresponde a la indemnización de mejoras (construcciones, malla perimetral y plantas ornamentales y árboles frutales), localizadas en terreno, propiedad de la Compañía Palma Tica S. A., que fueron afectados por la construcción del derecho de vía del proyecto de obra pública denominado: “Carretera Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

2º—Se da por agotada la Vía administrativa.

Notifíquese y Publíquese.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 15070).—C-43580.—(41971).

000244.—San José, a las 13:21 horas del día 3 del mes de mayo del dos mil siete.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 07/0688 del 10 de abril del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 083557-000, cuya naturaleza es terreno para construir con una construcción, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, con una medida de 332,96 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con Andrés Angulo Suárez; al sur, con Andrés Angulo Suárez; al este, con Andrés Angulo Suárez, y al oeste, con calle pública con 24,74 metros de frente.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 332,96 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza es terreno para construir con una construcción. Ubicación: distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-109064-93. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.994 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº P-109064-93, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 332,96  metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 083557-000.

b)  Naturaleza: terreno para construir con una construcción.

c)  Ubicación: Situado en el Distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre  de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-109064-93.

d)  Propiedad: Asociación Iglesia Pentecostal de Costa Rica del Movimiento Misionero Mundial, cédula jurídica Nº 3-002-045505, representada por Carlos Francisco Guevara Suárez, cédula de Nº 1-557-835.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 332,96 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE  DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA  DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 083557-000, situado en el distrito 02 Savegre, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y propiedad de la Asociación Iglesia Pentecostal de Costa Rica del Movimiento Misionero Mundial, cédula jurídica Nº 3-002-045505, representada por Carlos Francisco Guevara Suárez, cédula de Nº 1-557-835, con una área total de 332,96 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº P-109064-93, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y Publíquese.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 15070).—C-56285.—(41972).

Nº 245.—San José, a las 13:25 horas del día 3 del mes de mayo del dos mil siete.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 07/0707 del 10 de abril del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 016306-000, cuya naturaleza es terreno con una casa, pastos, potrero, montaña dedicado a siembra de arroz, situado en el distrito 03 Naranjito, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas, con una medida de 2 380.471,99 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con carretera a Quepos, Patrocinio Méndez; al sur, con Edgar Barrantes Solís; al este, con carretera a Quepos, Juan Bautista Ceciliano, y al oeste, con Gregorio Bendaña Selva.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 56 015,84 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza es terreno con una casa, pastos, potrero, montaña dedicado a siembra de arroz. Ubicación: distrito 03 Naranjito, cantón 06 Aguirre  de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-1145748-2007. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto  denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.998 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº P-1145748-2007, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 56 015,84  metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 016306-000.

b)  Naturaleza: terreno con una casa, pastos, potrero, montaña dedicado a siembra de arroz.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 03 Naranjito, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº P-1145748-2007.

d)  Propiedad: Space Group Playa Hatillo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-445091, representada por Michael Daniel, pasaporte número 6843940.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 56 015,84 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA  DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 016306-000, situado en el distrito 03 Naranjito, cantón 06 Aguirre de la provincia de Puntarenas y propiedad de la empresa Space Group Playa Hatillo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-445091, representada por Michael Daniel, pasaporte número 6843940, con una área total de 56 015,84 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº P-1145748-2007, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Costanera Sur, Sección Savegre-Dominical.”

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 15070).—C-56285.—(41973).

Nº 246.—San José, a las 13:30 horas del día 3 del mes de mayo del dos mil siete.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia.”

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 07/0617 del 29 de marzo del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica de este Ministerio, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Publico de la Propiedad, al Sistema de Folio Real matrícula número 179511-001-002-003, cuya naturaleza es terreno de potrero con una casa y lechería, situado en el distrito 04 Guadalupe, cantón 11 Alfaro Ruiz de la provincia de Alajuela, con una medida de 540 046,23 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, Distribuidora Sargu de Zarcero S. A., Tobías Rojas y plaza de deportes; al sur, con Junta Administrativa de la Telesecundaria Anateri, Río Espino y Quebrada en medio Orlando Jiménez Méndez y Pedro Mora Arce; al este, con Junta Administrativa de la Telesecundaria Anateri, calle pública, plaza de deportes, Distribuidora Sargu de Zarcero S. A., y Paulino Mora, y al oeste, con Río Espino.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición dos áreas de terrenos equivalentes a 41 053,29 metros cuadrados, según plano catastrado Nº A-1136590-2007 y 44 235,94 metros cuadrados, según plano catastrado Nº A-1136591-2007, para un medida total en conjunto de 85 289,23 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de potrero con una casa y lechería. Ubicación: distrito 04 Guadalupe, cantón 11 Alfaro Ruiz de la provincia de Alajuela. Linderos, los indicados en los planos catastrados Nº A-1136590-2007 y A-1136591-2007. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia.”

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.980 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Planos catastrados Nº A-1136590-2007 y Nº A-1136591-2007, mediante los cuales se establecen que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total en conjunto de 85 289,23 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995  y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos  Públicos  y sus reformas, Ley Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real matrícula números 179511-001-002-003.

b)  Naturaleza: terreno de potrero con una casa y lechería.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 04 Guadalupe, cantón 11 Alfaro Ruiz, de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en los planos catastrados Nº A-1136590-2007 y Nº A-1136591-2007.

d)  Propiedad: Jorge Méndez Cordero, cédula número 2-300-945 y Rafael Ángel Méndez Cordero, cédula número 2-245-850.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 85 289,23 metros cuadrados, según planos catastrados Nº A-1136590-2007 y A-1136591-2007, para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula números 179511-001-002-003, situados en el distrito 04 Guadalupe, cantón 11 Alfaro Ruiz, de la provincia de Alajuela  y propiedad de Jorge Méndez Cordero, cédula número 2-300-945 y Rafael Ángel Méndez Cordero, cédula número 2-245-850, con una área total en conjunto de 85 289,23 metros cuadrados, conforme a lo indicado en los planos catastrados Nº A-1136590-2007 y Nº A-1136591-2007, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia.”

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 15070).—C-60520.—(41974).

Nº 247.—San José, a las 13:35 horas del día 3 del mes de mayo del dos mil siete.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Carretera  Naranjo-Florencia.”

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 07/0608 del 29 de marzo del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número 012146-012, cuya naturaleza es terreno de montañas, situado en el distrito 10 Volio, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela, con una medida de 1 810.140,64 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con Terrenos Baldíos; al sur, con Ramón Rodríguez; al este, con Ceferino Rodríguez, y al oeste, con Lucas Fernández.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 41 000,63 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de montañas. Ubicación: distrito 10 Volio, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº A-1134865-2007. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia.”

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.981 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº A-1134865-2007, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 41 000,63 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real matrícula número 012146-012.

b)  Naturaleza: terreno de montañas.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 10 Volio, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº A-1134865-2007.

d)  Propiedad: Alba Isabel Villalobos Méndez, cédula número 2-484-920.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total de 41 000,63 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Carretera  Naranjo-Florencia”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE  DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 012146-012, situado en el distrito 10 Volio, cantón 02 San Ramón de la provincia de Alajuela, y propiedad de Alba Isabel Villalobos Méndez, cédula número 2-484-920, con un área total de 41 000,63 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº A-1134865-2007, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Carretera  Naranjo-Florencia.”

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 15070).—C-56285.—(41975).

N° 248.—San José, a las 13:40 horas del día 3 del mes de mayo del dos mil siete.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia.”

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 07/0612 del 29 de marzo del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número 215346-000, cuya naturaleza es terreno de montaña y charrales, situado en el distrito 01 Quesada, Cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela, con una medida de 35 000,00 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con Rigoberto Arias Mora y otra; al sur, con Noé Solano Salazar; al este, con Genaro Rosas Bolaños, y al oeste, con calle pública con 41,80 metros y otro.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 3 282,61 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de montaña y charrales. Ubicación: distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº A-1132672-2007. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia.”

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.987 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº A-1132672-2007, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 3 282,61 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real matrícula número 215346-000.

b)  Naturaleza: terreno de montaña y charrales.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº A-1132672-2007.

d)  Propiedad: Virgita Chacón Arrieta, cédula número 2-244-981.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total de 3 282,61 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 215346-000, situado en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela, y propiedad de Virgita Chacón Arrieta, cédula número 2-244-981, con una área total de 3 282,61 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº A-1132672-2007,  necesaria para la construcción del proyecto denominado “Carretera  Naranjo-Florencia.”

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—Solicitud Nº 15070.—C-56285.—(41976).

N° 249.—San José, a las 13:43 horas del día 3 del mes de _mayo del dos mil siete.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Carretera  Naranjo-Florencia.”

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 07/0610 del 29 de marzo del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número 383052-000, cuya naturaleza es terreno de pastos y montaña, situado en el distrito 03 Buenavista, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela, con una medida de 288 665,24 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con Sonia Rodríguez Rojas y en parte servidumbre de paso con frente de 8 metros lineales; al sur, con Francisco Mora Villegas; al este, con Fabio Rodríguez Rodríguez, José Luis Rodríguez Camacho, Francisco Mora Villegas, todos en parte, y al oeste, con Francisco Mora Villegas, Marcos Rodríguez Rojas, Sonia Rodríguez Rojas, todos en parte.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 12 305,87 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de pastos y montaña. Ubicación: distrito 03 Buenavista, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº A-1129897-2007. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia.”

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.978 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº A-1129897-2007, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 12 305,87 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real matrícula número 383052-000.

b)  Naturaleza: terreno de pastos y montaña.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 03 Buenavista, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº A-1129897-2007.

d)  Propiedad: Ganadera Don Raquel S. R. L., cédula jurídica número 3-102-247950, representada por Clemencia Rodríguez Arroyo, cédula número 2-213-394.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total de 12 305,87 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Carretera  Naranjo-Florencia”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 383052-000, situado en el distrito 03 Buenavista, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela, y propiedad de Ganadera Don Raquel S. R. L., cédula jurídica número 3-102-247950, representada por Clemencia Rodríguez Arroyo, cédula número 2-213-394, con una área total de 12 305,87 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº A-1129897-2007,  necesaria para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia.”

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—Solicitud Nº 15070.—C-56285.—(41977).

N° 250.—San José, a las 13:46 horas del día 3 del mes de _mayo del dos mil siete.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Carretera  Naranjo-Florencia.”

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 07/0614 del 29 de marzo del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número 353038-000, cuya naturaleza es terreno de pastos con una casa de habitación, un galerón para lechería y una pollera, situado en el distrito 03 Buenavista, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela, con una medida de 209 321,55 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con Juan Alfredo Rodríguez y Damaris Alvarado Blanco en parte; al sur, con calle pública con un frente de 300,45 metros y Luis Antonio Rodríguez Camacho; al este, con José Rafael Aguilar Cortés y Ernesto Vargas Zumbado con Quebrada Chico Luis en medio Damaris Alvarado Blanco, al oeste, con calle pública, carretera Naranjo-Ciudad Quesada y Luis Antonio Rodríguez Camacho.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 5 436,52 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de pastos con una casa de habitación, un galerón para lechería y una pollera. Ubicación: distrito 03 Buenavista, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº A-1136973-2007. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia.”

3º—Constan en el expediente administrativo número 27.979 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº A-1136973-2007, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 5 436,52 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2º, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad: al Sistema de Folio Real matrícula número 353038-000.

b)  Naturaleza: terreno de pastos con una casa de habitación, un galerón para lechería y una pollera.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 03 Buenavista, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº A-1136973-2007.

d)  Propiedad: Miguel Ángel Rodríguez Camacho, cédula número 2-301-452.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total de 5 436,52 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Carretera  Naranjo-Florencia”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 353038-000, situado en el distrito 03 Buenavista, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela, y propiedad de Miguel Ángel Rodríguez Camacho, cédula número 2-301-452, con una área total de 5 436,52  metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº A-1136973-2007,  necesaria para la construcción del proyecto denominado “Carretera  Naranjo-Florencia.”

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—Solicitud Nº 15070.—C-56285.—(41978).

DOCUMENTOS VARIOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL

AVISO

Nº 011-SC.—San José, 15 de mayo del 2007.

Se hace saber que la Dirección General de Servicio Civil ha emitido las siguientes resoluciones:

DG-089-07.- Modifica el Manual de Especialidades del Régimen de Servicio Civil, con el fin de incluir el Bachiller en Ingeniería en Maderas dentro de las atinencias de las especialidades Conservación y Restauración de Bienes, (subespecialidad inmuebles), Construcción Civil, (subespecialidad carpintería), Dibujo, (subespecialidad Dibujo en Ingeniería) y Ebanistería.

DG-090-07.- Modifica el Manual de Especialidades del Régimen de Servicio Civil, en la especialidad Ciencias Agronómicas, subespecialidades: Economía Agrícola, Fitotecnia, Zootecnia, Generalista, Apartado “Atinencia académica” adicionando el Título Licenciatura en Ingeniería Agronómica con énfasis en Gestión Agroindustrial.

DG-118-07.- Modifica el Manual de Especialidades del Régimen de Servicio Civil, con el fin de incluir el título de Magíster Sientiae en Biología en la especialidad de Protección Ambiental y Manejo de Áreas de Conservación.

DG-119-07.- Modifica el Manual de Especialidades del Régimen de Servicio Civil, específicamente el rango de aplicación de la especialidad Administración, subespecialidades Generalista y Negocios, con el fin de agregar los cargos Analista de Presupuesto A y Analista de Presupuesto B en la clase Analista Profesional de Presupuesto.

DG-121-07.-Caduca los Registros de Elegibles de la clase Procurador A (adjunto).

DG-126-07.- Modifica el Manual de Especialidades del Régimen de Servicio Civil, la especialidad Ingeniería Industrial, se incluyen las clases Profesional 4, Profesional Jefe 1 en todas las instituciones cubiertas por el Régimen de Servicio Civil.

Publíquese.—José Joaquín Arguedas Herrera, Director General.—1 vez.—(Solicitud Nº 16678).—C-17565.—(41979).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD

Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 92, título Nº 712, emitido por el Colegio San Isidro de Heredia, en el año dos mil, a nombre de Jiménez Mora Marianela. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 9 de mayo del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(39431).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 106, asiento 15, título Nº 993, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Pococí, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Casares Castro Yerling. Se solicita la reposición del título indicado por corrección del apellido, cuyo nombre y apellidos correctos son: Caseres Castro Yerling. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 9 de mayo del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(39452).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 16, título Nº 105, emitido por el Colegio México, en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de Flora Lépiz Coronado. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 9 de mayo del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(39489).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 15, Título N° 1996, emitido por el Liceo de San José, en el año dos mil tres, a nombre de García Barquero Freddy Alberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 26 de marzo del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(39985).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 90, Asiento N° 958, emitido en el año mil novecientos noventa y nueve y del Título de Técnico Medio en Electrónica, inscrito en el Tomo 1, Folio 127, Asiento N° 1555, emitido en el año mil novecientos noventa y ocho, ambos títulos fueron otorgados Colegio Técnico Profesional Don Bosco, a nombre de Alpízar López Rafael. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 3 de mayo del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(40031).

Ante esta Dirección, se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 84, título Nº 879, emitido por el Colegio María Auxiliadora, en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Vasco Correa Mercedes Verónica. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 9 de mayo del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(40067).

Ante esta Dirección, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 157, título Nº 1168, emitido por el Liceo Laboratorio Emma Gamboa, en el año dos mil uno, a nombre de Valverde Carmona Juliana Isabel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de mayo del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(40096).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 11, título N° 1899, otorgado en el año mil novecientos noventa y seis y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Secretariado, inscrito en el tomo 1, folio 391, título N° 5299, otorgado en el año mil novecientos noventa y cuatro, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Heredia, a nombre de Sevilla Araya Adriana. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 9 de mayo del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(40393).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 41, Título N° 170, emitido por el Liceo de Frailes, en el año dos mil cinco, a nombre de Navarro Vargas Diana María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 10 de mayo del 2007.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(40435).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 182, Título N° 1097, emitido por el Liceo de Escazú, en el año dos mil uno, a nombre de Ángulo Masís Cristina Isabel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días del mes de mayo del dos mil siete.—Director Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(40449).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 172, Título Nº 1491, emitido por el Liceo San Antonio de Desamparados, en el año dos mil cuatro, a nombre de Romero Quesada Andrea. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de mayo del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(40551).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio 89, título N° 204, y del título de Técnico Medio en Dibujo Arquitectónico, inscrito en el tomo 1, folio 467, título N° 2453, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Picado Durán Marco Aurelio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de abril del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(40955).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 31, título Nº 322, emitido por el Colegio Superior de Señoritas, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Orozco Vílchez Joseth. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 9 de mayo del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(40967).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada: Sindicato de Trabajadores de la Educación Costarricense, siglas S.E.C., acordada en asamblea celebrada los días 21 y 22 de abril del 2006. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma a sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 15, folio: 495, asiento: 4436 del día 9 de mayo del 2007. La reforma afecta la totalidad de los artículos del estatuto.—San José, 9 de mayo del 2007.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(39500).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa de Arroceros Limonenses y Servicios Múltiples R. L., siglas COOPEARROLI R. L., acordada en asamblea celebrada el 7 de junio del 2006. Resolución 1413. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN:

Presidente: Fernán Aron Sánchez.

Vicepresidente: Fidel Villalobos Jiménez.

Secretario: Walter Céspedes Salazar.

Vocal 1: Claudio Sánchez Castro.

Vocal 2: Yalile León Villalobos.

Suplente: Carlos Luis Zamora Chinchilla.

Suplente: Vilma Linarte Barrera.

Gerente: Edgar Mora Solano.

San José, 8 de mayo del 2007.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—Nº 21495.—(40756).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto en la entidad denominada Asociación Intercambio Cultural Alegría, con domicilio en la provincia de Guanacaste, Nicoya Samara, Esterones Bahía Montezuma, Casa Alegría, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Rescatar, preservar, y mantener la educación y el intercambio cultural. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, conforme al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, pero deberá contar con la aprobación de la Junta Directiva cuando así lo requiera, especialmente en lo relativo al artículo vigésimo segundo inciso h que dice  acordar la compra de bienes y aceptar donaciones y legados, lo es el presidente: Frank Nierhoff. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley número 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 569 Asiento: 34124.—Curridabat, 13 de abril del dos mil siete.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(40433).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Costarricense de Distribuidores y Exhibidores Cinematográficos, con domicilio en la provincia de San José, cantón San José. Sus fines principales entre otros es el siguiente: Asociar, con sujeción a las leyes y al presente estatuto, a quienes desarrollan en Costa Rica actividades de importación, distribución y exhibición de material cinematográfico y actividades afines. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, lo es el presidente: Luis Alberto Monestel Vega. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 570, Asiento: 28347).—Curridabat, 11 de abril del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(40445).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Fortaleciendo a las Culturas Indígenas, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Mejorar la calidad de vida de sus asociados. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la presidente: Flora Mena Pérez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 569, Asiento: 98341).—Curridabat, 2 de febrero del 2007.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—(40542).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de los artículos dieciséis y diecinueve del estatuto de la Asociación Femenina Industrial Agropecuaria del Asentamiento Río Chirripó. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley número 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus Reformas), y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por 15 días a partir de su publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 570, Asiento: 93948.—Curridabat, 30 de marzo del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 21294.—(40757).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Productoras de Tilapia de Caño Negro de Los Chiles, con domicilio en Los Chiles, provincia de Alajuela. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Impulsar planes y proyectos de acuicultura, para el desarrollo y cultivo de tilapia que permitan a las asociadas mejorar su nivel socio-económico. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es la Presidenta: Yojana Obando García. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 571, Asiento: 31238).—Curridabat, 10 de mayo del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 21310.—(40758).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Agropecuaria y Gestión Comunal de Orocu, Chomes, Puntarenas, con domicilio en Chomes, la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Impulsar proyectos agrícolas y pecuarios de desarrollo productivo que sean factibles a través del tiempo y que permitan a los asociados mejorar su nivel socio-económico. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Eduardo Jerónimo Ledezma Gattgens. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 571, Asiento: 31239).—Curridabat, 11 de mayo del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 21311.—(40759).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto en la entidad denominada Asociación de Mujeres Microempresarias de San Francisco de La Palmera, con domicilio en la provincia de Alajuela, Salón Comunal de Catequesis del Asentamiento San Francisco, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Tener un medio organizativo que respalde y beneficie a las mujeres del asentamiento San Francisco, para impulsar proyectos de desarrollo productivo en el marco de la microempresas. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin limite de suma, pero para vender, comprar, hipotecar, permutar, pignorar, aceptar donaciones y legados o negociar cualquier bien, deberá contar con la autorización de la Junta, es la Presidenta: María Julia Salas Lizano. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley número 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo 571, asiento 31240.—Curridabat, 11 de mayo del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 21312.—(40760).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Evangelística de Cariari de Pococí, con domicilio en la provincia de Limón, Pococí, distrito quinto Cariari, frente al Gimnasio. Sus fines, entre otros son: preparar y difundir el conocimiento del evangelio a las comunidades del país, coordinar y facilitar ayuda a las familias a través de las comunidades. Su representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con las facultades del artículo 1253 del Código Civil, con las limitaciones establecidas en los estatutos, lo es el presidente: Lyde Watson Brown. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 Ley de Asociaciones y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 570, Asiento: 59714).—Curridabat, 9 de abril del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 21320.—(40761).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Agricultores Unidos de Villas de Ayarco, con domicilio en la provincia de Cartago, cantón La Unión. Sus fines principales entre otros es el siguiente: Fomentar, organizar, planificar, distribuir, coordinar la feria del agricultor de Villas de Ayarco. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma lo es el presidente: Alejo Solano Serrano. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 569, Asiento: 14994, Adicional tomo: 570, Asiento: 92010).—Curridabat, 12 de abril del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 21462.—(40762).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto en la entidad denominada Asociación Deportiva Herediana de Karate-Do, con domicilio en la provincia de Heredia, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Fomentar la sana práctica del deporte, organizado, promocionando y fiscalizando eventos deportivos en diferentes ramas del deporte de Karate. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pero para vender, comprar, hipotecar, permutar, pignorar aceptar donaciones y legados o negociar cualquier bien deberá contar con la autorización de la junta, es la presidente: Natalia Alvarado Vargas. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley número 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo. 570 asiento 36675.—Curridabat, 11 de mayo del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 21503.—(40763).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto en la entidad denominada Asociación Shoto Kan Heredia, con domicilio en la provincia de Heredia, Barva, de la Panadería Musmanni mil ciento setenta y cinco metros, distrito de Santa Lucía, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Fomentar la sana práctica del deporte, organizado, promocionando y fiscalizando eventos deportivos en diferentes ramas del deporte de Karate. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pero para vender, comprar, hipotecar, permutar, pignorar aceptar donaciones y legados o negociar cualquier bien deberá contar con la autorización de la junta, es el presidente: Roberto Rodríguez Zamora. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley número 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomos: 570 y 571, Asientos 36665 y 35933.—Curridabat, 11 de mayo del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 21504.—(40764).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la Asociación Nacional de Empresas de Seguridad y Afines de Costa Rica. Por cuanto, dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 569 Asiento: 22018).—Curridabat, 19 de febrero del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 21533.—(40765).

AMBIENTE Y ENERGÍA

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. Nº 12528A.—Amfrio S. A., solicita concesión de: 0,057 litros por segundo del nacimiento Jesús Francisco Valverde Fallas, efectuando la captación en San Miguel, Desamparados, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 202.900 / 532.200 Hoja Abra. 0,057 litros por segundo del nacimiento José Joaquín Mora Morales, efectuando la captación en San Miguel, Desamparados, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 202.100 / 532.500 Hoja Abra. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de mayo del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 21177.—(40333).

Exp. Nº 12537-P.—Administradora de Servicios para Vivienda Highland Desarrollo S. A., solicita concesión para la prestación de servicio público de acueducto conjuntamente con concesión para aprovechamiento de aguas en cantidad de 3 litros por segundo del pozo BA-843 perforado en propiedad de Consultores Financieros Cofín S. A. en San Rafael de Heredia. Se utilizará el agua para abastecimiento habitacional de un parcelamiento agrícola denominado Quintas Ecológicas Highland Ranch. Coordenadas del pozo 227.480 / 527.775 Hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de mayo del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 21198.—(40334).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 4705A.—Jorge Manuel Calderón Valverde, solicita concesión de: 0,5 lps del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Ignacio, Acosta, San José, para uso consumo humano-domestico y turístico-piscina. Coordenadas 199.300/517.900 hoja Caraigres. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de mayo del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(40510).

Expediente Nº 12538-P.—Banco Interfin S. A., solicita en concesión 7.5 litros por segundo de pozo HE-71 y 7.5 litros por segundo del pozo HE-80 perforados en propiedad Novanett S. A., en Jacó, Garabito, Puntarenas, para uso doméstico, turístico, restaurante, Balneario y riego. Coordenadas aproximadas, latitud 392.039/longitud 401.186/latitud 391.955/longitud 401.117 respectivamente. Hoja Herradura. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de mayo del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 21362.—(40766).

Expediente Nº 5950P.—Alina María Vargas Madrigal, solicita concesión de: 0,5 litros por segundo del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Zaragoza, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 224.850/489.450, hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de mayo del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 21363.—(40767).

Expediente Nº 8053P.—Creativo de Urbanizaciones S. A., solicita ampliación de usos de concesión para tomar ahora 0,45 litros por segundo para uso industrial y 0.05 litros por segundo para uso doméstico del Pozo BE-328, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cartagena, Santa Cruz, Guanacaste. Coordenadas latitud 260.850 y longitud 350.050. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de mayo del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 21400.—(40768).

Exp. Nº 12522A.—S.U.A. del Asentamiento Yune La Flor, solicita concesión de: 15 litros por segundo de la Quebrada Frijolar, efectuando la captación en finca propiedad de Instituto de Desarrollo Agrario en Tres Equis, Turrialba, Cartago, para uso agropecuario-riego. Coordenadas 215.400 / 581.300 Hoja Tucurrique Tucurrique. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de mayo del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(40979).

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE

Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLE

AVISO

Nº 032-PTDH-2007-DGTCC.—San José, a los nueve días del mes de marzo del año dos mil siete, se tiene presentada la solicitud por parte del señor Humberto Bonilla Madriz, mayor, casado una vez, empresario, cédula de identidad número 3-178-913 y vecino de Tres Ríos, La Unión, provincia de Cartago, en su condición de Apoderado Generalísimo de la sociedad denominada Hermanos y Amigos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-178605, quien solicita autorización para la entrada en operación de tanque cisterna para el transporte de producto limpio, específicamente gasolina súper, gasolina regular y diesel, el cual prestará el servicio desde los planteles de Recope hasta el Servicentro Tres Ríos, propiedad de la sociedad Servicentro Tres Ríos Sociedad Anónima, ubicada en Tres Ríos, La Unión, provincia de Cartago y a otras estaciones de servicio autorizadas que requieran del servicio de transporte dentro del territorio nacional. Con fundamento en el Decreto Ejecutivo 24813-MAE, se otorga un plazo de ocho días hábiles a partir de la publicación que resulte, en uno de los diarios de mayor circulación en el país y en el Diario Oficial La Gaceta, para que cualquier persona natural o jurídica, que tenga interés o pueda resultar afectada con la operación del nuevo tanque cisterna, haga llegar a esta Dirección su criterio, opinión u oposición al respecto, aportando toda la prueba que la sustente.—San José, 12 de marzo del 2007.—Óscar Porras Torres, Director General.—1 vez.—(40484).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Carlos Manzanares Valle, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1054-07. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas diez minutos del veintisiete de marzo del dos mil siete. Exp. Nº 12885-05. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—…, Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Elsner Alejandro Manzanares Páramo... en el sentido que el nombre y el segundo apellido del padre... son “Carlos Isabel” y “Valle” respectivamente.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(40986).

AVISOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

José Antonio Hernández Álvarez, mayor, casado, comerciante, cubano, cédula de residencia 315-194135-006829, vecino de Alajuela, expediente 1883-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 19 de abril del 2007.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(40438).

John Fernando Velásquez Maya, mayor, soltero, asesor técnico, colombiano, carné refugiado 070COL000427102, vecino de Heredia, expediente 2691-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, veinticinco de abril de dos mil siete.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(40490).

Antonio José de Abreu Araya, mayor, soltero, taxista, venezolano, cédula de residencia 480-183302-001050, vecino de Heredia, expediente 2860-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 1 y 4 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1902 del 9 de julio de 1955 10 y 11 de su reglamento, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, veinticinco de abril del dos mil siete.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(40494).

Lucía Piedad Velasco Armero, conocida como Lucía Velasco de Pardo, mayor, casada, asistente operativa, cédula de residencia 117000627533, vecina de San José, expediente 3048-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 25 de abril del 2007.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(40550).

Luis Laureano Pacheco Solórzano, mayor, soltero, sastre, nicaragüense, cédula residencia Nº 270-97100-38966, vecino de San José, expediente Nº 2738-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 22 de marzo del 2007.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(40974).

Paula Antonia Guerrero Molina, conocida como: Paula Antonia Molina Molina, mayor, casada, del hogar, nicaragüense, cédula residencia Nº 135-RE-000086-00-1999, vecina de San José, expediente Nº 2011-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 2 de mayo del 2007.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(40975).

María Teresa Angulo Coronado, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, carné de refugiada Nº 070NIC000701703, vecina de San José, expediente Nº 3504-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 28 de marzo del 2006.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(41001).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

SALUD

MINISTERIO DE SALUD, CONTRATO DE PRÉSTAMO 1451 OC-CR

ENTRE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y EL BANCO

INTERAMERICANO DE DESARROLLO

PROGRAMA DE DESARROLLO DEL

SECTOR SALUD.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000168-62700

Distanciómetros

El Ministerio de Salud-BID, a través de la Proveeduría Institucional, recibirá propuestas hasta las 14:00 horas del 6 de junio del 2007, para la adquisición de:

Linea única: 37 Distanciómetros.

Cartel con demás especificaciones técnicas y condiciones generales lo pueden retirar sin costo alguno los interesados en el Sistema Compra Red, en la dirección https:/www.hacienda.go.cr/comprared a partir del siguiente día hábil de la presente publicación; o podrá retirarse sin costo alguno en la Proveeduría Institucional del Ministerio de Salud, sita en el tercer piso del edificio norte del Ministerio de Salud, ubicada en calle 16, avenidas 6 y 8, San José a partir de la presente publicación.

San José, 17 de mayo del 2007.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 40768).—C-9700.—(41980).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE INVESTIGACIÓN

Y ENSEÑANZA EN NUTRICION Y SALUD

Se invita a todos los potenciales proveedores a presentar ofertas para los procedimientos que se dirá. El interesado puede disponer del cartel gratuitamente en el Sistema Comprared por medio de la dirección https://www.hacienda.go.cr./comprared o bien adquirirlo en el Centro de Información y Comunicación (CIC), previo pago del cartel en la Unidad Financiero Contable, sita en Tres Ríos, provincia de Cartago, 100 metros oeste del Centro Comercial Tres Ríos, dentro del horario hábil de 8:00 a.m. a 12:00 y de 12:45 a 4:00 p.m.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000004-00100

Compra de reactivos para laboratorio

Fecha de apertura: viernes 15 de junio del 2007, a las 10:00 horas, costo del cartel: ¢280,00.

________

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000005-00100

Compra de suministros para laboratorio

Fecha de apertura: lunes 18 de junio del 2007, a las 10:00 horas, costo del cartel: ¢120,00.

Tres Ríos, 18 de mayo del 2007.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vielka Cubero Moya, Proveedora.—1 vez.—Nº 22257.—(42063).

JUSTICIA Y GRACIA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-99999

Compra de materiales y suministros para la fabricación de 33.000

juegos de pupitres trapezoidales y 1.000 juegos de kinder

del Ministerio de Educación Publica

La Proveeduría Institucional, recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 14 de junio del 2007, para la licitación supracitada.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema Comprared en forma gratuita, en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta publicación, o podrá obtenerlo en la Proveeduría Institucional del Ministerio de Justicia, que se encuentra ubicada 50 metros al norte de la Clínica Bíblica, frente al Centro Educativo Marcelino García Flamenco, calle 1, avenidas 12 y 14.

San José, 16 de mayo del 2007.—Lic. Xinia Carmona Valverde, Proveedora Institucional.—1 vez.—(41897).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000007-99999

Compra de materiales para la remodelación de la zona

de visita del ámbito B del CAI La Reforma

La Proveeduría Institucional, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 6 de junio del 2007, para la licitación supracitada y promovida por el Patronato de Construcciones, Instalaciones y Adquisición de Bienes.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema Comprared en forma gratuita, en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta publicación, o podrá obtenerlo en la Proveeduría Institucional del Ministerio de Justicia, que se encuentra ubicada 50 metros al norte de la Clínica Bíblica, frente al Centro Educativo Marcelino García Flamenco, calle 1, avenidas 12 y 14.

San José, 18 de mayo del 2007.—Proveeduría Institucional.—Xinia Carmona Valverde, Proveedora.—1 vez.—(41921).

REGISTRO NACIONAL

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000025-00100

Modernización de la plataforma de software

del sistema de personas jurídicas

El Departamento de Proveeduría del Registro Nacional invita a participar en la licitación de referencia, para la cual se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día 4 de junio de 2007.

El cartel correspondiente se encuentra disponible en Comprared, en la página de Internet www.hacienda.go.cr/comprared.

San José, 18 de mayo del 2007.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 9098).—C-6070.—(42027).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000003-01

Contratación de una empresa que brinde los servicios

de mantenimiento de plantas eléctricas

La oficina de Proveeduría recibirá ofertas hasta las 11:00 horas del día 14 de junio del 2007, para participar en la Licitación antes indicada. Los interesados podrán retirar el cartel en las instalaciones de la Proveeduría, ubicadas 600 metros sur del Autobanco de Bancrédito, barrio La Lima de Cartago, edificio del Depósito Agrícola de Cartago, en el horario de 8:30 a.m. a 5:00 p.m.

17 de mayo del 2007.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Julio Brenes R., Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 20).—C-4860.—(42028).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 107026 (2007LN-107026-UL)

Alquiler de edificio sucursal del INS en

San Pedro de Montes de Oca

El Instituto Nacional de Seguros recibirá ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del 22 de junio del 2007, para el alquiler de edificio Sucursal del I.N.S en San Pedro de Montes de Oca.

Los interesados podrán pasar a retirar el pliego de condiciones en el Departamento de Proveeduría de esta Institución, ubicado en el octavo piso del edificio central, sin costo alguno.

San José, 18 de mayo del 2007.—Departamento de Proveeduría.—Daniel Chanto A., Asistente Jefatura.—1 vez.—(O.C. Nº 18447).—C-6070.—(42055).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIDAD DE LICITACIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000027-ULIC

Acometida eléctrica edificio CICA

La Oficina de Suministros, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día 8 de junio del 2007, para la contratación indicada.

Los interesados deberán retirar el cartel y el CD que contiene las especificaciones, condiciones técnicas y lámina electrónica en la Oficina de Suministros, ubicada en Sabanilla de Montes de Oca, de las instalaciones deportivas 250 metros al este y 400 metros al norte. Previo pago ¢1.500,00 en la Oficina de Administración Financiera, ubicada en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, Edifico Administrativo “A”, primer piso.

El cartel estará disponible en la siguiente página de Internet http://www.vra.ucr.ac.cr, cejilla OSUM, Publicación de documentos. Los interesados en participar que adquieran el cartel por este medio, deberán enviar al fax: 207-5975 los datos de la empresa, número telefónico, fax y el nombre de la persona a quien contactar en caso necesario, el incumplimiento de este requisito exonera a la Unidad de Licitaciones la no comunicación de prórrogas, modificaciones o aclaraciones al concurso.

El día 28 de mayo del 2007, a las 10:00 horas se realizará una visita técnica a las instalaciones donde se prestará el servicio. Las observaciones o aclaraciones que surjan de dicha visita serán oficiales solo si la Oficina de Suministros las comunica por escrito.

Sabanilla de Montes de Oca, 16 de mayo del 2007.—Oficina de Suministros.—Fernando Sánchez González, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 90209).—C-11515.—(41983).

OFICINA DE SUMINISTROS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000014-ULIC

Contratación de servicios de limpieza para

varias unidades de la UCR

La Oficina de Suministros, recibirá ofertas por escrito hasta las 14:00 horas del día 5 de junio del 2007, para la contratación indicada.

Los interesados deberán retirar el cartel en la Oficina de Suministros, ubicada en Sabanilla de Montes de Oca, de las instalaciones deportivas 250 metros al este y 400 metros al norte. Previo pago de ¢500,00; en la Oficina de Administración Financiera, ubicada en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, Edificio Administrativo “A”, primer piso.

El cartel estará disponible en la siguiente página de Internet http://www.vra.ucr.ac.cr cejilla OSUM, publicación de documentos.

Sabanilla de Montes de Oca, 17 de mayo del 2007.—Unidad de Licitaciones.—Lic. Ana Barrantes M., Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 90209.—C-7885.—(41985).

UNIVERSIDAD NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000012-SCA

Compra de baterías y llantas bajo la modalidad

de suministro según demanda

La Universidad Nacional, a través de la Proveeduría Institucional recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día 26 de junio del 2007, para la adquisición de suministros de oficina.

Todas las ofertas se recibirán en la Proveeduría Institucional de la Universidad Nacional, ubicadas en la Ciudad de Heredia, de Copy Mundo trescientos metros al este (a mano derecha) ingresando por portón de malla, al Campus de la Universidad, último edificio, segundo piso.

Los interesados deberán adquirir el pliego de condiciones a partir de la presente invitación en la planta baja de la Proveeduría Institucional, Campus Omar Dengo de la Universidad Nacional, o bien solicitarlo en formato electrónico a la dirección cmurillo@una.ac.cr o wjime@una.ac.cr

Reunión de preoferta: Se realizará una reunión de preoferta para aclarar dudas sobre el pliego de condiciones y la forma de operar el “Suministro según demanda” el día 7 de junio del 2007, a las 10:00 en la sala de sesiones de la Proveeduría Institucional. La asistencia a esta reunión no es obligatoria.

Heredia, 16 de mayo del 2007.—Proveeduría Institucional.—Dra. Ada Cartín Brenes, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 24426).—C-12120.—(41984).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000019-2104

Por la adquisición de bolsas para basura varias

La Subárea de Adquisiciones del Hospital México, comunica a los interesados en el concurso antes mencionado, que la fecha de apertura será para el día miércoles 20 de junio del 2007, a las 9:00 horas. Los carteles se entregarán en la Proveeduría del Hospital México.

San José, 16 de mayo del 2007.—Administración-Subárea de Adquisiciones.—Bach. Freddy Alfaro Ramírez, Jefe.—1 vez.—(41955).

HOSPITAL DR TONY FACIO CASTRO

COMPRA DIRECTA Nº 2007LA-000002-2601

Por concepto de: Suministro, instalación y puesta en marcha de un

transformador de 750 KVA, tipo pedestal, 3 fases, 19.934.

5KV-277/480 voltios, con tanques de acero inoxidable

y acometida secundaria desde casa de máquinas hasta

el chiller en 3 cables 300 MCM por

fase + 1 cable Nº 1/0

Fecha de apertura de ofertas: 01-06-2007, a las 9:30 a. m.

Los interesados pueden retirar el cartel en la Subárea de Contratación Administrativa del Hospital, frente a la puerta principal del Servicio de Rayos X, previo pago de ¢1.000,00 en la Oficina de Validación de Derechos.

Limón, 10 de mayo del 2007.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Herbert Archer Rojas, Jefe.—1 vez.—(41960).

ÁREA DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000014-1142

Compra de servicios para el despacho de las recetas provenientes

del sistema de medicina mixta y empresa del

gran área metropolitana

El Área de Adquisiciones con autorización de la Dirección de Recursos Materiales, recibirá ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del día 4 de julio del 2007.

Ítem único: compra de servicios para el despacho de las recetas provenientes del sistema de medicina mixta y empresa del gran área metropolitana.

Rigen para este concurso las especificaciones técnicas, administrativas, las condiciones generales (publicadas en La Gaceta Nº 6 del 9 de enero del 2006) y addendum de fecha 23 de abril del 2007. El cartel consta de 81 páginas, incluyendo las condiciones generales, el costo por página es de 12 colones, el cual se encuentra disponible en la fotocopiadora del edificio Jenaro Valverde, piso comercial oficinas centrales de la CCSS, ubicada costado sureste del Teatro Nacional (avenidas 2 y 4, calles 5 y 7), en el horario de 7:00 a. m., a 3:00 p. m., de lunes a viernes.

Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena.—1 vez.—(O. P. Nº 1142).—C-11515.—(41981).

DIRECCIÓN DE SERVICIOS INSTITUCIONALES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007-LP-000001-1161

Compra de varios vehículos automotores

La Dirección de Servicios Institucionales, con la autorización de la Gerencia División Administrativa, invita a participar en el siguiente concurso:

Concurso Nº 2007-LP-000001-1161.

Artículo: Compra de vehículos automotores.

Fecha y hora máxima para recepción de ofertas: 15 días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta, a las 14:00 horas.

El cartel se encuentra a la venta en la fotocopiadora del edificio Jenaro Valverde, Piso Comercial Oficinas Centrales, Caja Costarricense de Seguro Social, ubicada costado sureste del Teatro Nacional (avenida 4, calles 5 y 7), a partir de esta publicación.

Las ofertas serán recibidas en la Dirección de Servicios Institucionales, ubicada en el piso Nº 1 del edificio Lic. Jenaro Valverde.

El acto de apertura se realizará en la Sala de Reunión de la Dirección de Servicios Institucionales, ubicada en el piso Nº 1, del Edificio Jenaro Valverde.

San José, 18 de mayo del 2007.—Lic. Eduardo Blanco Rodríguez, Director.—1 vez.—(42015).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000032-PROV

Adquisición de equipo de cómputo para la UEN PYSA

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados que recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 20 de junio del 2007, en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este de las Oficinas Centrales, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento:

Adquisición de equipo de cómputo para la UEN PYSA

Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse en la Proveeduría de este Instituto, o accesando la siguiente dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do

San José, 18 de mayo del 2007.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador - Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 330291).—C-7885.—(42029).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000005-01

Contratación de servicios para el diseño y difusión de una campaña

publicitaria sobre el transporte remunerado

de personas, modalidad taxi

La Proveeduría de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, cédula jurídica Nº 3-007-042042-09, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas, del 6 de junio del 2007, para la “Contratación de servicios para el diseño y difusión de una campaña publicitaria sobre el transporte remunerado de personas, modalidad taxi.”

Las especificaciones técnicas y las condiciones generales, que forman parte de esta Licitación, pueden ser accesadas en la página de la ARESEP, www.aresep.go.cr, en la opción la Institución, Proveeduría, Servicios, Contrataciones opción Licitaciones.

Para mayor información pueden llamar al teléfono 220-0102, extensión 150-151, o a los correos electrónicos jromero@aresep.go.cr, fjaubert@aresep.go.cr.

San José, 17 de mayo del 2007.—Oficina Proveeduría.—Jorge Romero Vargas, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 41288).—C-9700.—(41982).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE OROTINA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA000007-01

Contratación de maquinaria para bacheo mecanizado

con lastre de 1.0 Km en el camino código 2-09-019,

Guayabal, distrito de Mastate

Fecha límite para recepción de ofertas será el 30 de mayo del 2007, hasta las 10:00 horas.

Los interesados podrán adquirir el cartel en la oficina de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, previo pago de dos mil colones.

Informes al telefax: 428-0021, Unidad Técnica.

Orotina, 17 de mayo del 2007.—Unidad Técnica.—Ing. David Salazar Aguilar, Director.—1 vez.—(O. C. Nº 16730).—C-6070.—(42030).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA000008-01

Contratación de maquinaria por obra total para relastreo

mecanizado de 2.2 Km en el camino código 2-09-021, Cuatro

Esquinas-Vivero Cavallini, Orotina

Fecha límite para recepción de ofertas será el 31 de mayo del 2007, hasta las 10:00 horas.

Los interesados podrán adquirir el cartel en la oficina de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, previo pago de dos mil colones.

Informes al telefax: 428-0021, Unidad Técnica.

Orotina, 17 de mayo del 2007.—Unidad Técnica.—Ing. David Salazar Aguilar, Director.—1 vez.—(O. C. Nº 16731).—C-6675.—(42031).

ADJUDICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000002-00100

Compra de afiches y material de seguridad vial

El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial, a través de la Unidad de Licitaciones, informa que mediante resolución de adjudicación Nº DE-1206-2007, de fecha 16 de mayo del 2007, la Dirección Ejecutiva acordó adjudicar la licitación de referencia de la siguiente manera:

Línea Nº 1: Impresión y diseño de 12.000 folletos de “Educación vial preescolar” a: Imperio Digital S. A., por un monto de $895,00 (ochocientos noventa y cinco dólares exactos).

Línea Nº 2: Impresión y diseño de 5.000 laminas de “Señales de tránsito de información, prevención y reglamentación” a la empresa Imperio Digital S. A., por un monto de $375,00 (Trescientos setenta y cinco dólares exactos).

Línea Nº 3: Impresión y diseño de 8.332 “Laminas sin título “Acciones positivas y negativas de la conducción en bicicleta” a: Litografía e Imprenta LIL S. A., por un monto total de $616,56 (Seiscientos dieciséis mil dólares con cincuenta y seis centavos de dólar).

Línea Nº 4: Impresión, empaque y entrega de 90.600 historietas siendo la cantidad de 15.100 unidades de cada tipo (son 6 tipos) de material educativo en materia de seguridad vial a: Editorama S. A., por un monto de ¢14.949.000,00 (catorce millones novecientos cuarenta y nueve mil colones exactos).

Plazo de entrega: para las líneas Nº 1, 2 y 3 es 15 días hábiles.

Para la línea Nº 4 es 45 días hábiles.

Garantía del producto: Para las líneas Nº 1, 2 y 4 es 24 meses.

Para la línea Nº 3 es 18 meses

Forma de pago: La usual de la institución.

San José, 18 de mayo del 2007.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexánder Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 30570.—C-16355.—(41986).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000004-00100

Compra de vehículos para el Registro Nacional

El Departamento de Proveeduría del Registro Nacional comunica a los interesados en esta licitación, que en sesión ordinaria celebrada el día 17 de mayo de 2007 la Junta Administrativa acordó:

Declarar infructuosa la Licitación Pública Nº 2007LN-000004-00100 “Compra de vehículos para el Registro Nacional”; por cuanto la única oferta presentada de la Empresa Auto Ensambladora S. A. no se ajustó a los elementos esenciales del concurso, en cuanto a plazo de entrega y acreditación de experiencia en la venta y soporte post-venta de vehículos.

Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 9100).—C-7280.—(42032).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000016-00100

Preparación de los términos de referencia del cartel

para la contratación de los servicios de computación

y administración del sitio web del Registro Nacional

El Departamento de Proveeduría del Registro Nacional comunica a los interesados en esta licitación, que en sesión ordinaria celebrada el día 17 de mayo del 2007 la Junta Administrativa acordó:

De conformidad con lo establecido en el artículo 30, inciso c) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se declara infructuosa la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000016-00100 denominada “Preparación de los términos de referencia del cartel para la contratación de los servicios de computación y administración del sitio Web del Registro Nacional”, dado que la única oferta técnicamente elegible no se ajusta al disponible presupuestario con que cuenta la Administración.

Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 9099).—C-10305.—(42033).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE SUMINISTROS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000008-ULIC

Compra de tractor agrícola con pala frontal

A los interesados en el concurso indicado, se les comunica que la Rectoría acordó adjudicar de la siguiente manera:

A: Saturnia S. A., cédula jurídica Nº 3-101-008015-07.

Renglón único, monto total: $34.000,00.

Todo de acuerdo con la oferta y el cartel respectivo.

Sabanilla de Montes de Oca, 18 de mayo del 2007.—Unidad de Licitaciones.—Lic. Ana Barrantes M., Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 90209).—C-6070.—(41987).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000014-2104

Por la adquisición de regulador de succión

continua e interminente de pared

La Subárea de Adquisiciones del Hospital México, comunica a los interesados en el concurso antes mencionado, que se anula el proceso de adquisición, debido a que existe vicio de nulidad, por lo que se publicará nuevamente.

San José, 16 de mayo del 2007.—Administración-Subárea de Adjudicaciones.—Bach. Freddy Alfaro Ramírez, Jefe.—1 vez.—(41956).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO ADQUISICIONES

UNIDAD REGIONAL CHOROTEGA

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000001-04

Servicio de seguridad y vigilancia para el Centro

de Formación de Nicoya

La Comisión de Local Regional de Adquisiciones en el acta 04-2007, artículo I celebrada el 16 de mayo del 2007, acuerda adjudicar la licitación en referencia en los siguientes términos:

Adjudicar la línea 1 (única), a la oferta Nº 3 de la Empresa Inversiones Camarias, S. A., por un monto anual de $ 25.308,60, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable.

San José, 18 de mayo del 2007.—Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—(Solicitud Nº 16248).—C-6675.—(42034).

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000002-04

Servicio de limpieza institucional para el Centro

de Formación de Nicoya

La Comisión de Local Regional de Adquisiciones en el acta 04-2007, artículo II celebrada el 16 de mayo del 2007, acuerda adjudicar la licitación en referencia en los siguientes términos:

Adjudicar la línea 1 (única), a la oferta Nº 4 de la Servicios de Mantenimiento y Seguridad SEMAS, S. A., por un monto anual de ¢ 6.428.520,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable.

San José, 18 de mayo del 2007.—Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—(Solicitud Nº 16248).—C-7280.—(42035).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE OROTINA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA000004-01

Contratación de maquinaria por obra total para relastreo

mecanizado de de 1.9 Km en el camino código 2-09-009,

Paso de Nivel Ruta Nacional 27 Santa Rita,

distrito de Coyolar

El Concejo Municipal de Orotina, en acta de sesión ordinaria N° 90, celebrada el 11 de mayo 2007, procede a adjudicar la Licitación Abreviada N° 2007LA-000004-01, a la empresa Montedes S. A., cédula jurídica 3-101-142340 por un monto de ¢10.850.000,00

Orotina, 17 de mayo del 2007.—Unidad Técnica.—Ing. David Salazar Aguilar, Director.—1 vez.—(O.C. Nº 16728).—C-6070.—(42036).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA000002-01

Contratación de maquinaria por obra total para relastreo

mecanizado de 2.2 km en el camino código 2-09-021,

Cuatro Esquinas-Vivero Cavallini, Orotina

El Concejo Municipal de Orotina, en acta de sesión ordinaria N° 90, celebrada el 11 de mayo 2007, procede a declarar infructuoso el proceso licitatorio “Contratación de maquinaria por obra total para relastreo mecanizado de 2.2 km en el camino código 2-09-021, Cuatro Esquinas-Vivero Cavallini, Orotina” debido a que la única empresa que ofertó presentó documentos para subsanación de los defectos formales en forma extemporánea.

Orotina, 17 de mayo del 2007.—Unidad Técnica.—Ing. David Salazar Aguilar, Director.—1 vez.—(O. C. Nº 16729).—C-5465.—(42037).

CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO MONTEVERDE

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-01

Compra de una moto niveladora nueva con rriper y escarificador

La intendenta Municipal, informa que en la sesión ordinaria 367, del 9 de mayo del 2007, capítulo VIII, artículo 8, inciso b), acuerdo número 02, el Concejo Municipal de distrito Monteverde acordó adjudicar la Licitación Pública Nº 2007LN-000001-01 a la empresa Comercial de Potencia y Maquinaria para la compra de una moto niveladora nueva con rriper y escarificador por un monto de ¢ 116.032.500,00.

Novelty Castro Pérez, Intendenta Municipal. Tel: 645-69-09, fax 645-54-44, email; munimonteverde@racsa.co.cr.

Novelty Castro Pérez, Intendenta Municipal.—1 vez.—(42026).

AVISOS

ASOCIACIÓN PRO-AYUDA AL ADULTO MAYOR DE UPALA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-01

Compra de terreno

La Junta Directiva de la Asociación Pro-Ayuda al Adulto Mayor de Upala, comunica a los interesados que la adjudicación de la Licitación Pública Nº 2007LN-000001-01 “Compra de terreno”, cuya invitación a participar se realizó por medio del Diario Oficial La Gaceta Nº del 17 de marzo del 2007 recae sobre los señores Ana Arguedas Trejos, Omar Gerardo Arguedas Trejos y Roy Frank Vargas Arguedas, quienes son dueños en partes iguales de dicha propiedad.

Rafael Anselmo Villalobos Briceño, Presidente.—1 vez.—(41896).

FE DE ERRATAS

PODER LEGISLATIVO

ASAMBLEA LEGISLATIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000002-01 (Modificación Nº 3)

Compra de 17 servidores y software

Se les avisa a todos los interesados en la Licitación antes mencionada, que se han realizado las siguientes modificaciones:

1.  Se prorroga la fecha de apertura de ofertas, para el 19 de junio del 2007, a las 10:00 horas, en nuestras oficinas.

2.  Cláusula 14, inciso c), Garantía de participación.

Se deberá leer: “c.- La garantía deberá rendirse como mínimo del 19 de junio del 2007 al 30 de noviembre del 2007, ambas fechas inclusive”.

3.  Punto 19 queda como sigue:

El sistema de evaluación para los servidores es el siguiente.

Factores de Evaluación.

Concepto                                                              Máximo puntaje

a. Precio                                                                             70 Puntos

b. Vigencia en el mercado                                                  10 Puntos

c. Experiencia en el mercado nacional                                  8 Puntos

d. Calidad de MICROSOFT GOLD PARTNER               2 Puntos

e. Experiencia del fabricante                                              10 Puntos

TOTAL                                                                           100 Puntos

El cálculo del puntaje para cada oferta será como se indica a continuación:

a. Puntaje por precio                                            70 Puntos máximo

Se asignará el puntaje máximo a la(s) oferta(s), que cotice el menor precio según la modalidad de adjudicación. A las demás se les otorgará el puntaje, según la fórmula siguiente:

P=  70   *  Pm / Po

P = Puntaje obtenido por la oferta en estudio.

Pm = Precio de la oferta más bajo.

Po = Precio de la oferta en estudio.

b. Vigencia en el mercado                                                    10 Punto

Se asignarán un máximo de 10 puntos a la(s) oferta(s) que presenten los equipos  de fabricación más recientes en el mercado. Fecha en que fue anunciado al mercado mundial el servidor ofertado (servidor y procesador). A la oferta evaluada se le aplicará la siguiente fórmula.

[Oferta Menor Vigencia/Vigencia evaluada] * 10

Si el oferente no adjunta información al respecto, se le asignará 0 (cero) puntos. Debe adjuntar una carta certificada del fabricante, que respalde la veracidad de la información presentada.

c. Experiencia en el mercado nacional                    8 Puntos máximo

Se asignarán 2 puntos por cada carta presentada, hasta un máximo de 8 puntos. Cada carta de recomendación debe cumplir con los siguientes requisitos:

    Haber sido emitidas, como máximo, seis meses antes de la fecha fijada para la apertura de las ofertas.

·      Las cartas no podrán ser emitidas por empresas distribuidoras del oferente.

·      Cada carta de recomendación debe hacer constar que el cliente ha recibido un adecuado servicio en términos de responsabilidad,  calidad y soporte en cuanto a:

·      Instalación.

·      Atención de averías.

·      Tiempo de respuesta ante problemas.

·      Consultas técnicas sobre los servidores de red y el software vendido.

·      Las cartas deben hacer referencia al oferente tal y como éste hace constar en la oferta. No se aceptarán cartas que hagan referencia a terceros, aunque el oferente alegue haber trabajado para o con ellos.

·      Las cartas deben estar firmadas por una persona que haya estado involucrado en la recepción y puesta en operación de los equipos y software adquirido,  con el visto bueno del Gerente General, Gerente de Informática o el Proveedor General.

·      Solamente se aceptará una carta de recomendación por empresa.

·      Solamente se tomarán en cuenta las primeras cuatro cartas de recomendación, según el orden de presentación en la oferta.

La Asamblea Legislativa se reserva el derecho de verificar la información de cada carta de recomendación, por lo que se debe indicar claramente los números telefónicos donde se puede localizar a la persona que emite la carta.

d. Calidad de MICROSOFT GOLD PARTNER 2 Puntos Máximo

Se asignará un (1) punto a la(s) oferta(s) que presente(n) una certificación de ser Microsoft Gold Certified Partner; y un (1) punto en caso de ser Microsoft Certified Partner.

e. Experiencia del fabricante                                10 Puntos Máximo

Se le asignará puntaje a la(s) oferta(s), que indiquen explícitamente los años de experiencia que tiene el fabricante, en la producción de los bienes ofrecidos. En el caso de servidores blade, la experiencia considerada será en la producción de servidores blade. El puntaje máximo que se asignará a  los oferentes que tengan  10 (diez) o más años  será  de  8 (ocho) puntos. El oferente con  menos de diez años se le asignará puntaje de 0.5 puntos por cada año  de experiencia. Si el oferente no adjunta información al respecto, se le asignará 0 (cero) puntos. Debe adjuntar una carta certificada del fabricante, que respalde la veracidad de la información presentada.

Para los bienes o ítemes que no son servidores  únicamente se tomará en cuenta el precio.

4.  Punto 25, aparte d) queda como sigue:

El arreglo debe permitir la configuración para RAID en niveles 0, 0+1 ó 1+0 y 5.

5.  Punto 45) queda como sigue:

Instalación y puesta en operación

Todo el hardware y software adjudicado por la Asamblea Legislativa deberá ser instalado y puesto en producción por el adjudicatario. El pago se realizará una vez que todos los bienes y servicios contratados se hayan recibido a satisfacción de la Asamblea Legislativa.

Todas las demás condiciones del cartel permanecen invariables.

San José, 21 de mayo del 2007.—Departamento de Proveeduría.—MBA. Melvin Laines Castro, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 6249).—C-53260.—(42463).

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

COMISIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS

En La Gaceta Nº 90, del viernes 11 de mayo del 2007, con la regencia Nº 38051, se publicó la Licitación Abreviada Nº 2007LA-00015-00200 “Compra de Productos de Papel y Cartón”, debe leerse correctamente: Nº 2007LA-000015-00200.Todo lo demás continua igual.

San José, 16 de mayo del 2007.—Lic. Julieta Murillo Zamora, Proveedora.—1 vez.—(42054).

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DE INVESTIGACIÓN

Y ENSEÑANZA EN NUTRICIÓN Y SALUD

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000002-00100

Compra de equipo para laboratorio

La Proveeduría del Instituto Costarricense de Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud, comunica a todos los interesados la modificación en el plazo de entrega del cartel de la licitación de marras, publicado en La Gaceta N° 89, de fecha 10 de mayo del 2007, siendo que en lugar de ser “Máximo 8 días” será de “37 días hábiles después de notificada la orden de compra”.

San José, 16 de mayo del 2007.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vielka Cubero Moya, Proveedora Institucional a. í.—1 vez.—N° 22261.—(42064).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONES

DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN DE PROYECTOS ESPECIALES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000004-4403

(Alcance Nº 06)

Construcción y equipamiento edificio para diagnóstico

por imágenes de resonancia magnética

A los interesados en el presente concurso, se les informa que pueden pasar a retirar el Alcance Nº 6, en el Área de Contratación Administrativa de la Dirección Administración de Proyectos Especiales, ubicada en el piso 10 del edificio anexo Jenaro Valverde Marín, en horario de lunes a viernes de 8:00 a. m., a 4:00 p. m.

Así mismo, el plazo para recibir ofertas se prórroga para las 10:00 horas del día 31 de mayo del 2007.

Las demás condiciones del cartel se mantienen invariables.

San José, 17 de mayo del 2007.—Área Contratación Administrativa.—Lic. Helen Noelia Godfrey Leal, Coordinadora.—1 vez.—(41894).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007-LA-000019-PROV

Adquisición de estaciones totales láser para el C.S.

Estudios Básicos

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en este concurso, que el cartel de dicho concurso fue sujeto a la siguiente modificación (modificación Nº 1):

En las Especificaciones técnicas para las tres partidas páginas 10, 12 y 14, donde dice:

“Sensibilidad de los niveles: esférico 6’ / 2 mm o mejor...” léase correctamente: “Sensibilidad de los niveles: esférico 8 minutos /2 mm (8’ /2 mm) o mejor...”

En el apartado 3.1 Requerimientos Generales y 4. Condiciones especiales para todas las partidas, se modifica lo referente al taller certificado, para que se lea correctamente:

“Se requiere que los equipos ofertados en esta licitación, dispongan a nivel nacional de un taller certificado por la fábrica y los oferentes así deben indicarlo por escrito. De no poseer, la calificación de taller certificado a nivel nacional, se deberá incluir en la oferta, el compromiso por escrito de que durante el periodo de vigencia de la garantía, se está en capacidad de sustituir o reparar por personal calificado y con repuestos genuinos los equipos dañados, en un periodo de tiempo de 10 días naturales como máximo.

Se debe incluir en la nota de compromiso que se está en capacidad de seguir brindando el servicio de reparación y mantenimiento una vez finalizada la vigencia de la garantía sobre los equipos.”

Fecha de apertura de ofertas: a las 9:00 horas del día 5 de junio del 2007.

San José, 18 de mayo del 2007.—Licitaciones-Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador.—1 vez.—(O.S. Nº 330291).—C-16355.—(42038).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE OROTINA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2007LA000006-01

Contratación de maquinaria por obra total para bacheo

mecanizado con lastre de 3.8 km, en los caminos

códigos 2-09051, 2-09-055, 2-09-060, 2-09-052

La Uvita, distrito de Ceiba

Se aclara que por error material, se consignó como número de licitación el siguiente: Licitación Pública N° 2007LA000006-01, siendo lo correcto Licitación Abreviada N° 2007LA000006-01. En todo lo demás permanece invariable la publicación original.

Orotina, 17 de mayo del 2007.—Unidad Técnica.—Ing. David Salazar Aguilar, Director.—1 vez.—(O/C Nº 16732).—C-6675.—(42039).

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN

El Concejo Municipal de San Ramón, mediante acuerdo Nº 03 de la sesión extraordinaria Nº 81 del 3 de mayo del 2007, dispuso:

Modificar el artículo 2º del Reglamento sobre gastos fijos y adquisición de bienes y servicios de competencia del alcalde municipal, de manera que se autoriza al alcalde municipal para realizar compras o adquisiciones de bienes y servicios, así como para suscribir gastos fijos, convenios en los cuales la Municipalidad de San Ramón actúe como parte, hasta por el monto determinado para contratación directa (actualmente en ¢3.550.000,00 (tres millones quinientos cincuenta mil colones), monto que será ajustado automáticamente cada año cuando la Contraloría General de la República actualice los límites económicos que establece el artículo 27 de la Ley de Contratación Administrativa, reformado por la ley número 8251.

San Ramón, 15 de mayo del 2007.—Silvino Sánchez Ortiz, Secretario Municipal.—1 vez.—(40506).

REMATES

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE POÁS

Remate de patentes

Fiestas cívicas populares día San Pedro en el cantón de Poás

La suscrita Secretaria Municipal, hace constar que el Concejo Municipal de Poás, tomó el acuerdo Nº 3568-05-2007, sesión ordinaria Nº 55, celebrada el día 14 de mayo del año 2007, en forma unánime y definitivamente aprobado, de conformidad con la normativa vigente de la Ley de Contratación Administrativa, en sus artículos 30, 4º párrafo y 50 y en su Reglamento, artículo 102. Por tanto, a solicitud de la Comisión de Fiestas Cívicas y Populares del cantón de Poás, se autoriza al Alcalde Municipal a sacar un segundo remate de los tres primeros puestos que se indican y un primer remate de dos puestos más, según se indica en los números 4 y 5, con el fin de llevar a cabo las fiestas cívicas populares en el distrito San Pedro, los días del 20 de junio hasta el 2 de julio del 2007, los cuales se detallan:

1)  El espacio de carruseles o juegos mecánicos por la suma de ¢600.000,00 colones.

2)  Una exclusividad de juegos de azar con un máximo de 5 puestos en la suma de ¢375.000,00.

3)  Un puesto de venta de artículos varios o tiliches con una base de ¢200.000,00 colones.

4)  Cinco puestos o baterías de servicio sanitario en la suma de ¢50.000,00 la exclusividad.

5)  Un puesto de venta de refrescos en la suma de ¢100.000,00 colones la exclusividad.

Dicho remate se llevará a cabo a las quince horas del día miércoles 6 de junio del 2007, en la Sala de Sesiones de esta Municipalidad. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

San Pedro de Poás, 17 de mayo del 2007.—Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria del Concejo.—1 vez.—(41895).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

OFICINA EN MORAVIA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Yo, Asociación de Vivienda y Desarrollo Urbano El Arroyo, cédula jurídica Nº 3-002-356219-00, solicitante del certificado de depósito a plazo, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, Oficina en Moravia, que se detalla a continuación:

C.D.P.                                Monto ¢               Emisión      Vencimiento

400-01-036-11796-5       3.000.000,00           09-12-2004        09-12-2005

Cupón                                Monto ¢               Emisión       Vencimiento

400-01-036-11796-5          345.000,00           09-12-2004        09-12-2005

Título(s) emitido(s) a la orden, a una tasa de interés del 12,50%, solicito reposición de este documento por causa de extravío. Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el término de quince días.

30 de abril del 2007.—Xiomara León Eduarte, Presidenta de la Asociación de Vivienda y Desarrollo Urbano El Arroyo.—(39463).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

SUCURSAL EN NICOYA

AVISO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio hace del conocimiento del público en general, que el señor Jiménez Zamora William, cédula 06-0128-0630, ha solicitado por motivo de extravío, reposición del certificado de depósito a plazo número 1600360210263913 por el siguiente monto ¢1.640.150,00 (un millón seiscientos cuarenta mil seiscientos cincuenta colones netos), y con vencimiento el 21/08/2006, y con lo anterior para los efectos de los artículos 708 y 709 del Código de comercio.

Lic. Mayer Bustos R., Gerente General.—Nº 20739.—(39360).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-R-568-2007.—Sánchez Cid García Tenorio Eloy J., R-043-2007, español, residencia temporal 0037148-726-01-0000385, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos (especialidad: transportes, puertos y urbanismo), Universidad Politécnica de Madrid, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 13 de marzo del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-16355.—(39920).

ORI-R-746-2007.—Parrales Rodríguez Sonia, R-060-2007, costarricense, cédula Nº 1-636-668, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Estadística, Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de abril del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-14540.—(39921).

ORI-R-750-2007.—Fernández Chaves José Manuel R-066-2007, costarricense, cédula Nº 2-542-570, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Odontología Legal y Forense, Pontificia Universidad Javeriana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de abril del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-14540.—(39922).

ORI-R-752-2007.—Furzan Correa Angélica Victoria, R-057-2007, venezolana, residencia temporal Nº 186200067216, ha solicitado reconocimiento del diploma de Médico Cirujano, Universidad Nacional Experimental “Francisco de Miranda”, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de abril del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-14540.—(39923).

ORI-R-754-2007.—Villamil Mendoza Aníbal, R-059-2007, costarricense, cédula Nº 8-080-946, ha solicitado reconocimiento del diploma de título de Profesional en Información y Documentación, Pontificia Universidad Javeriana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de abril del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-14540.—(39924).

ORI-R-756-2007.—Murillo Zuluaga Clara Elena, R-058-2007, colombia, cédula de residencia Nº 420-0210206-0007649, ha solicitado reconocimiento del diploma de Arquitecta, Universidad del Valle, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de abril del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-14540.—(39925).

ORI-R-758-2007.—Rodríguez Solano Carlos Javier, R-055-2007, costarricense, cédula Nº 1-1172-282, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Físico, Universidad Autónoma Metropolitana, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de abril del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-14540.—(39926).

ORI-R-760-2007.—Cambronero Arce Evelyn, R-056-2007, costarricense, cédula Nº 1-621-226, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Psicología, Universidad del Valle de México, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de abril del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-14540.—(39927).

ORI-R-762-2007.—Golcher Llobet Federico Xavier, R-052-2007, costarricense, cédula Nº 1-1082-023, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller en Ingeniería Civil, Tulane University, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de abril del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-14540.—(39928).

ORI-R-764-2007.—Yen Peña María Luisa, R-053-2007, costarricense, cédula Nº 8-084-769, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Químico, Instituto Superior Politécnico “José Antonio Echeverría”, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de abril del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-14540.—(39929).

ORI-R-781-2007.—Torres Reyes Tulia Inés, R-051-2007, colombiana, residente permanente 117000917016, ha solicitado reconocimiento del diploma de Economista, Universidad Santo Tomás, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de abril del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-14540.—(39930).

ORI-R-783-2007.—Toledo Rodríguez Minor Gerardo, R-051-2007, costarricense, cédula Nº 1-764-274, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestro en Administración Pública, Administración de Personal, Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras, Puerto Rico. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de abril del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-14540.—(39931).

ORI-R-785-2007.—Chan Con Siu Leng, R-069-2007, costarricense, cédula Nº 1-1124-265, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Periodoncia, Pontificia Universidad Javeriana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de abril del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-14540.—(39932).

ORI-R-787-2007.—Odio Toledo Silvia, R-065-2007, costarricense, cédula Nº 1-1074-335, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Periodoncia, Pontificia Universidad Javeriana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de abril del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-14540.—(39933).

ORI-R-789-2007.—Vaglio Cascante Giovanni, R-062-2007, costarricense, cédula Nº 1-892-257, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Cirugía Maxilofacial, Pontificia Universidad Javeriana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de abril del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-14540.—(39934).

ORI-R-809-2007.—Almiña Guerrero Domingo Juan R-049-2007, española, residente permanente 172400024315, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina y Cirugía, Universidad de Guayaquil, Ecuador. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 20 de abril del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-14540.—(39935).

ORI-R-811-2007.—Salazar Sánchez Jorge Eduado, R-072-2007, costarricense, cédula Nº 1-1084-0695, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Arquitectura, Universidad Iberoamericana, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 20 de abril del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-14540.—(39936).

ORI-R-0839-2007.—Macaya Lizano Daniela, R-075-2007, costarricense, cédula Nº 1-0977-0593, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Genética Clínica Molecular, Universidad Johns Hopkins, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 24 de abril del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-14540.—(39937).

ORI-R-0847-2007.—Arboleda Murillo Luz Colombia, R-064-2007, costarricense, cédula Nº 8-0086-0715, ha solicitado reconocimiento del diploma de Contador Público, Universidad de San Buenaventura, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 24 de abril del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-14540.—(39938).

ORI-R-0849-2007.—Castillo Montero Carlos Miguel, R-063-2007, cubano, residente permanente 119200143302, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Mecánico, Instituto Superior Politécnico “José Antonio Echeverría”, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 24 de abril del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-14540.—(39939).

ORI-R-0851-2007.—Chinea Hernández Madelin, R-070-2007, cubana, residente permanente 119200121117, ha solicitado reconocimiento del diploma de Arquitecto, Instituto Superior Politécnico “José Antonio Echeverría”, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 24 de abril del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 103723).—C-14540.—(39940).

ÁREA DE INVESTIGACIÓN

EDICTO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ronald Hidalgo Vega, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 20 de marzo del 2007.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 21105.—(40335).

Marco Antonio Jiménez Bodan, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 20 de marzo del 2007.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 21106.—(40336).

UNIVERSIDAD NACIONAL

VICERRECTORÍA ACADÉMICA

REPOSICIÓN DE TÍTULO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional, se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por extravío, correspondiente al título de Bachillerato en la Enseñanza del Inglés, grado académico bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo folio T, asiento 9751; a nombre de Barillas Arias Ligia del Carmen, con fecha 5 de junio de 1985, cédula de identidad Nº 01-0727-0921. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Heredia, 14 de febrero del 2007.—Departamento de Registro.—MBA. Flor de María Chacón Ramírez, Directora.—(40054).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

CONSEJO DIRECTIVO

Considerando:

La Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, regula la expropiación forzosa por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, incluyendo servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.

En dicho marco legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) necesita establecer un derecho de servidumbre, necesario para el paso de la línea de transmisión denominada SIEPAC (Tramo Parrita-Palmar Norte), sobre una finca inscrita en el Registro Público, partido de San José al Folio Real número 1-464877-000, sita en distrito 06 Platanares, del cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José; localizada un km al este de la escuela de Vista de Mar, de Platanares de Pérez Zeledón, propietario N° 177.

Según Registro Público y el plano catastrado SJ-77223-2002, la finca es terreno de pastos con dos casas y un corral, con una medida de 238.065,87 metros cuadrados; cuyos linderos son norte, Ventura Navarro Araya y Eliécer Navarro Quesada; sur, Maureen Jeannette Jiménez Chaves, Juan José Valverde León, Eladio Mora Quesada, María Isabel Conejo Fernández Antonio Retana Ramírez, Javier Villalobos Retana, Alejandro Varela Vargas; este, camino público y Alexis Várela Castro; y oeste, Río Urbino. La propiedad es de Ademar Varela Castro, cédula 1-684-085.

Que a solicitud de la Dirección Jurídica Institucional del Instituto Costarricense de Electricidad, el valor de esta servidumbre fue actualizada, en la suma de ¢1150.000,00 (ciento cincuenta mil colones), según avalúo Nº 639-2006.

A tenor de los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, procede decretar la expropiación correspondiente. Por tanto:

1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢1150.000,00 (ciento cincuenta mil colones).

2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo, constitúyase, sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:

El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá en la propiedad un sitio de torre nuevo, identificado como Z 192 C sobre la servidumbre ya establecida según avalúo 220-2003 en la misma propiedad. Este sitio de torre se ubica a 71,74 metros del lindero sur, el acceso se hace por un camino interno y la torre se ubica a 500 metros del portón principal de la finca.

Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la torre, antes deberá consultársele al ICE. El propietario deberá permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada.

3º—La servidumbre descrita se establecerán en favor de la finca del partido de Puntarenas, al sistema mecanizado matrícula ciento diecinueve mil cuatrocientos cuarenta y dos-cero cero cero, que es terreno de repastos, sito en el distrito primero, del cantón noveno, de la provincia de Puntarenas; mide cincuenta mil setenta y ocho metros con cuarenta decímetros cuadrados, y linda al norte, y este, con calle pública; al sur y oeste, con la sucesión de Ana María Solís Barboza, tiene el plano catastrado número P-quinientos diez mil ochocientos sesenta y uno-mil novecientos noventa y ocho.

4º—Continúese con los trámites de rigor.

5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión N° 5754 celebrada el 12 de setiembre del año 2006.

6º—Publíquese en el Diario Oficial.

San José, 14 de mayo del 2007.—Lic. Andrea Campos Villalobos, Apoderada General Judicial.—1 vez.—(40390).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se comunica al señor Luis Felipe Felipe Cañero que en la Oficina Local del Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos, se dictó resolución final de recomendación para la obtención del pasaporte y salida del país a favor del niño Emmanuelle Enlil Felipe González, mediante resolución de las siete horas con cuarenta minutos del día ocho de mayo del año dos mil siete. Se le concede al progenitor un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer sus derechos. Debe señalar lugar para recibir notificaciones. Oficina Local de San Carlos.—MSc. Xinia Guerrero Araya, Órgano Director del Procedimiento.—Nº 20681.—(39349).

A Mayra Arroliga A. y Guillermo Tenorio León, se hace saber que mediante resolución de la Oficina Local San José Este, de las siete horas veinticinco minutos del doce de abril de dos mil siete, en lo conducente se ordenó: “...Con base en los hechos expuestos se dicta la incompetencia en razón de territorio, correspondiéndole el seguimiento de la presente situación hasta su fenecimiento a la Oficina Local de San Ramón. Notifíquese…”.—Oficina Local San José Este.—Lic. Raquel Gamboa Nelson, Representante Legal.—(Solicitud Nº 724).—C-2750.—(39887).

Se le comunica a Luis Fernando Botero Gómez, que por resoluciones de la representación legal de esta oficina local, de 8:55 horas de 8 de junio del 2006, y de 13:05 horas de 26 de enero del 2007, se le otorgó cuido provisional de niña Jimena Botero Solís en su abuela materna Blanca Iris Arronis Umaña, hasta por seis meses y se dispuso medida de orientación apoyo y seguimiento temporal a la familia que fue prorrogada por seis meses más. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local en días y horas hábiles ubicada en San José, avenidas 8 y 10, calle 14. Deberá señalar lugar conocido o número de facsimil para recibir sus notificaciones en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso inexacto o llegare a desaparecer o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso estuviere desconectado sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras. Comunicaciones judiciales y el contenido del voto Nº 11302-2002 de 15:41 horas de 27 de noviembre del 2002 de la Sala Constitucional. Se le hace saber además que contra dicha resolución procede recurso de apelación para ante la presidencia ejecutiva de esta institución el cual deberá interponer ante esta representación legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de la publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho termino el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia) Exp. N° 111-00060-2006.—Oficina Local de San José Oeste.—Roberto Calderón Barrantes, Asistente Representación Legal.—(Solicitud Nº 724).—C-10940.—(39888).

A quien interese de apellido “Ramírez”, y a Zulema Alexándra Zepeda Salinas, se les comunica la resolución de las quince horas del trece de abril de dos mil siete, que ubica a la niña Alison Amanda Ramírez Zepeda, en una alternativa de protección institucional, denominada “Casa Café”. Esta medida de protección lo es hasta por seis meses. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48:00 horas después de notificado. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta oficina local si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el solo transcurso de 24:00 horas después de dictada. 112-0051-2007.—Oficina Local de Guadalupe, 16 de abril del 2007.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—(Solicitud Nº 724).—C-6650.—(39889).

Comunica a la señora Margarita Carmona Jiménez la resolución de este despacho de las quince horas del día trece de marzo del dos mil siete, que ordena el depósito administrativo de la adolescente Meliza de los Ángeles Carmona Jiménez en el hogar Mariano Juvenil. Recurso: El de apelación, señalando lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro judicial de la presidencia ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la segunda publicación de este edicto Oficina Local de Santa Ana.—Lic. Nelson Salazar Murillo, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 724).—C-2620.—(39890).

A: Daniel Vargas Jiménez. Se le comunican las resoluciones de este despacho de las 8:00 horas del 11 de abril del 2007, por medio de las cual se ordenó sustituir la medida de protección de abrigo temporal de la niña Rosaura Vargas Villalobos, en el Albergue de Heredia, por abrigo temporal en el Hogar Cristiano de Puntarenas, Recurso: Apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes al de la tercera publicación. Ante la Ofícina Local de San Ramón, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras en San Ramón y de alzada en San José, pudiendo señalar número de fax, para tal fin, de lo contrario las resoluciones que se dicte, se tendrán por notificadas transcurridas, veinticuatro horas. Expediente 431-00685-88.—San Ramón, 11 de abril del 2007.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director.—(Solicitud Nº 724).—C-5090.—(39891).

A: Widny Lizeth González Montero se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia de las catorce horas del once de abril del año en curso, en la que se resuelve: 1. Se dicta medida de protección de cuido provisional de la persona menor de edad Allison Nicole González Montero en el hogar de su abuela materna Mercedes Montero Parra. 2. Que se le brinde seguimiento social a la situación familiar de parte de esta Oficina Local. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la presidencia ejecutiva de la institución; se podrá interponer en forma verbal o escrita dentro de las 48:00 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el, entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las, resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Expediente 245-00007-2007.—Grecia, 11 de abril del 2007.—Lic. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 724).—C-5480.—(39892).

Se le comunica al señor Carlos Pazos Potoy que en la oficina local del PANI de Los Chiles se dicto resolución  de las doce horas del catorce de marzo de dos mil siete, a favor de la joven Y.P.P. se le concede a la parte interesada un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer sus derechos. Contra la resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en el plazo de 3 días hábiles debe señalar lugar o medio donde recibir notificaciones.—Oficina Local de los Chiles.—Lic. Nathalia Murillo Jiménez, Órgano Director.—(Solicitud Nº 724).—C-3530.—(39893).

Oficina local de los Chiles. Le comunica al señor Dónald García Aguilar que en la oficina local del PANI de Los Chiles se dictó resolución de las diez horas del veintiuno de diciembre del año dos mil seis, mediante la cual, se dispuso medidas de protección de cuido provisional a favor de la joven L.A.G.P., se le concede a la interesada un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer sus derechos. Contra la resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en el plazo de 3 días hábiles. Debe señalar lugar o medio donde recibir notificaciones.—Órgano Director.—Lic. Nathalia Murillo Jiménez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 724).—C-3920.—(39894).

Oficina local de los Chiles. Le comunica al señor Omar Carballo Arroyo que en la oficina local del PANI de Los Chiles se dictó resolución de las ocho horas quince minutos del veintidós de febrero del año dos mil siete, mediante la cual se revocó parcialmente la resolución de las nueve horas del treinta y uno de enero del año en curso, donde se concedió medidas de protección en sede administrativa a favor de las jóvenes S.C.L. y M.I.C.L. Se le concede al interesado un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer sus derechos. Contra la resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en el plazo de 3 días hábiles. Debe señalar lugar o medio donde recibir notificaciones.—Órgano Director.—Lic. Nathalia Murillo Jiménez, Coordinadora.—(Solicitud Nº 724).—C-5480.—(39895).

A Rosaura Borge Gómez, se le comunica resolución de las diez horas treinta minutos del día dieciocho de abril del año dos mil siete, que ordenó dejar sin efecto la resolución de las doce horas del día veintitrés de febrero del año dos mil siete en beneficio del niño Julio Isael Marenco Borge. Recursos: Procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. 18 de abril del 2007.—Oficina Local de Upala Guatuso.—Lic. Katia Corrales Medrano, Representante Legal.—(Solicitud Nº 724).—C-3140.—(39896).

Al señor Olman Rodríguez Montoya de domicilio desconocido se le comunica la resolución de las siete horas con cuarenta minutos del día dos de abril del dos mil siete a favor de las personas menor de edad Rosa Elena Loaiza Valverde, Catherine Rodríguez Valverde, Paulina Rodríguez Valverde, Samantha López Valverde, contra esta resolución procede el recurso de apelación dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto, correspondiendo a la presidencia ejecutiva resolver dicho recurso. Debiendo señalar lugar para atender notificaciones dentro del perímetro de la oficina local de Cartago. En caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Expediente administrativo 231-00139-2003.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Lidiette Calvo Garita, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(Solicitud Nº 724).—C-7430.—(39897).

Al señor Cristopher Lee Griffin se le comunica la resolución de este despacho de las ocho horas del veintiocho de marzo del año dos mil siete , que dictó la Medida de Cuido Provisional de la niña Emilyn Griffin Venegas en el hogar de los señores Silvia Roversi y Walter Venegas Hernández y la niña Hannna Griffin Venegas en el hogar de la señora María Eugenia Blanco Guillén. Asimismo se ordenó la suspensión de visitas a las niñas, a su padre Cristopher Griffin contra la presente resolución proceden el recurso de apelación que deberá interponerse ante esta representación legal, sita en Heredia centro, doscientos metros al norte de la Municipalidad de Heredia y el segundo ante la Presidencia Ejecutiva de la Entidad ubicada en San José de Matute Gómez 300 metros al sur, antiguo edificio de las Dos Pinos, dicho recurso podrá interponerse en el término de cuarenta y ocho horas contados a partir del día posterior a la notificación de la presente resolución. Publíquese.—Oficina Local de Heredia, marzo 2007.—Lic. Ilse Trejos Salas, Representante Legal.—(Solicitud Nº 724).—C-5090.—(39898).

Oficina Local Heredia Sur, al señor Omar Víquez Rodríguez, se le hace saber la resolución de las once horas del día veintiocho de marzo del dos mil siete, medida de protección de cuido provisional de la niña Stephanie Víquez Chavarría en el hogar de la señora Marielos Azofeifa Víquez, contra la presente resolución procede el recurso de apelación ante esta representación legal, sita en Llorente de Flores de Heredia, cien metros al sur de las Oficinas del Banco Nacional de Costa Rica, y setenta y cinco metros al oeste, quien lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Entidad ubicada en San José de la Clínica de los Doctores Echandi doscientos cincuenta metros al sur, edificio verde, dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación del presente edicto. Publíquese.—Oficina Local Heredia Sur.—Lic. Marcela Ramírez Ulate, Representante Legal.—(Solicitud Nº 724).—C-4700.—(39899).

Oficina Local Heredia Sur. Al señor Róger Rojas Rivas, se le hace saber la resolución de las nueve horas del doce de abril del dos mil siete, medida de protección de deposito administrativo de las adolescentes Karla, Yendry y Marilyn todas Rojas Ramírez en el hogar de su tía materna señora Alicia Ramírez Sánchez, contra la presente resolución procede el recurso de apelación ante esta representación legal, sita en Llorente de Flores de Heredia, cien metros al sur de las Oficinas del Banco Nacional de Costa Rica, y setenta y cinco metros al oeste, quien lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Entidad ubicada en San José de la Clínica de los Doctores Echandi doscientos cincuenta metros al sur, edificio verde, dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación del presente edicto. Publíquese.—Oficina Local Heredia Sur.—Lic. Marcela Ramírez Ulate, Representante Legal.—(Solicitud Nº 724).—C-5090.—(39900)

A Marvin Ulloa Herrera y Jenny Agujera Fernández, el primero mayor, de domicilio y demás calidades desconocidas y la segunda también mayor de edad, con número de cédula 1-761-300, de domicilio y demás calidades desconocidas, se les hace saber la resolución de las ocho horas del veintidós de marzo del dos mil siete, por medio de la cual se ubicó como medida especial de protección a la joven Alexandra Gabriela Ulloa Aguilera, en el hogar de la señora Sobeida Ortiz Serrano. Recurso: Apelación ante esta oficina local quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva en San José. Plazo: cuarenta y ocho horas contadas a partir de la tercera publicación de ese edicto. Expediente administrativo número 111-7183-89.—Santa Cruz, 2 de abril del 2007.—Lic. German Morales Bonilla, Representante Legal.—(Solicitud Nº 724).—C-4300.—(39901).

Oficina Local de la Unión, comunica a Ronaldo Peña Aguirre y Tatiana Mora Alcázar, que por resolución de las once horas cuarenta minutos del trece de abril del dos mil siete se declaró la adoptabilidad de las personas menores de edad Ronny Josué, Yuliana Jeannette y Fiorella Gabriela todos Peña Mora. Se advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso proceden los recursos de revocatoria y de apelación, los que deberán interponerse dentro de los tres días hábiles siguientes a partir de su notificación, siendo competencia de esta oficina Local resolver el de revocatoria, el de apelación corresponderá a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Es potestativo usar uno o ambas recursos, pero de hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Publíquese. Expediente Nº 331-124-2003.—Oficina Local de la Unión.—Lic. Patricia Hernández Sánchez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 724).—C-5870.—(39903).

A Irma Fressy Urbina Campos, se le comunica las resoluciones administrativas dictadas por este despacho, la primera de las trece horas del día diecinueve de febrero del dos mil siete y la segunda de las nueve horas del veintitrés de marzo del dos mil siete, mediante la cual se ordenó como medida de protección el ingreso del joven Esau Alberto Valdes Urbina en el Hogar Crea de Heredia para Niños y la segunda la revocatoria de la medida de protección por egreso voluntario del joven del centro de rehabilitación. Garantía de defensa: se les hace saber que tienen derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente PANI-631-00170-1994.—Oficina Local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Representante Legal.—(Solicitud Nº 724).—C-6260.—(39904).

A Sonia Matarrita Matarrita se le notifica la resolución de las 15:00 horas del 10 de noviembre del 2006 mediante la cual se aprueba el ingreso de su hijo, Marvin Hondoy Matarrita al Centro Juvenil Amigo. Garantía de defensa: se les hace saber que tienen derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este despacho o ante la presidencia ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente PANI-631-00054-1998.—Oficina Local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente Legal.—(Solicitud Nº 724).—C-5090.—(39905).

A Cindy Villalobos Rodríguez y Jorge Enrique Benavides V., se saber que mediante resolución de las siete horas, veinticinco minutos del veinticuatro de abril del dos mil siete, se resolvió: “...dicta la incompetencia en razón de territorio, correspondiéndole el seguimiento de la presente situación hasta su fenecimiento a la Oficina Local de Alajuelita....” Notifíquese. Legajo de expediente Nº 115-00526-92.—Oficina Local de San José Este, 4 de mayo del 2007.—Lic. Raquel Gamboa Nelson, Representante Legal.—(Solicitud Nº 726).—C-3140.—(39906).

Se le comunica a Amanda Mejías y a Arnulfo Pineda, ambos de nacionalidad nicaragüense, la resolución de las siete horas, treinta minutos del veinte de abril del dos mil siete, mediante la cual se ubica al joven Elvin Uriel Pineda Maldonado o Mejías, en una alternativa de protección institucional, denominada “albergue del alto”. Esta medida es hasta por seis meses. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Nº 112-0060-2007.—Oficina Local de Guadalupe, 25 de abril del 2007.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—(Solicitud Nº 726).—C-5870.—(39907).

Al señor Heiner Herrera Calderón, se le comunica la resolución administrativa de las quince horas del quince de enero del dos mil siete, de la oficina local de Cartago, y resolución de las once horas, diez minutos del trece de abril del dos mil siete, de esta oficina local, que dicta medida de protección entre otras cosas de abrigo temporal, en beneficio de la niña Carolina Herrera Baltodano, para que permanezca en unos de los albergues institucionales. Medidas con un plazo máximo de 6 meses. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro de las 48 horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente PANI-115-000567-94.—Oficina Local de Alajuelita, 4 de mayo del 2007.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—(Solicitud Nº 726).—C-4700.—(39908).

Al señor Hugo Sánchez Saens, se le comunica la resolución administrativa de las ocho horas del dieciocho de abril del dos mil siete, que dicta medida de protección, en beneficio del niño Bryan Josué Sánchez Zúñiga. Mediante el cual se ordenó entre otras cosas: el abrigo temporal en unos de los albergues institucionales, por un plazo máximo de seis meses. Garantía de defensa: se le hace saber que tiene derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: procede apelación, si se interpone ante este Despacho, dentro de las 48 horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente PANI-115-00226-06.—Oficina Local de Alajuelita, abril del 2007.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal.—(Solicitud Nº 726).—C-4700.—(39909).

A la señora Adriana Díaz Segura, se le comunica la resolución de las 13:00 horas del 18 de diciembre del 2006, mediante la cual se ordenó depositar a la niña Fergie Yuasly Soto Díaz, bajo la responsabilidad de la señora María Julia Rojas Rojas. Procediéndose a solicitar la homologación respectiva, ante el Juzgado de Niñez y Adolescencia de dicha resolución una vez que se encuentre en firme. Plazo: para ofrecer recurso de revocatoria con apelación en subsidio, 48 horas contadas a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta, debiendo señalar lugar o número de fax para oír notificaciones, caso contrario las notificaciones que se dicten quedarán en firme veinticuatro horas después de dictadas.—Oficina Local de Desamparados, 20 de abril del 2007.—Lic. Ana Virginia Quirós Tenorio, Representante Legal.—(Solicitud Nº 726).—C-4700.—(39910).

A Sara María Quesada Galbán, se le comunica la resolución de las 13:00 horas del 13 de abril del 2007, la cual dictó medida de protección a la niña Virginia Pacheco Quesada, ingresándola en un albergue de la institución. Plazo: para ofrecer recurso de apelación 48 horas a partir de la tercera publicación de este edicto, el cual se podrá interponer ante la suscrita, para ser elevado ante la presidencia ejecutiva de la institución, con horario de las 7:00 horas a las 15:30 horas.—Oficina Local de Desamparados.—Lic. María de los Ángeles Mora Rojas, Representante Legal.—(Solicitud Nº 726).—C-3530.—(39911).

A quien interese, se les comunica la resolución de las 9:00 horas del 26 de marzo del 2007, que ordenó depósito del niño Xavier Mariano Cerdas Calderón y de la joven Paula Francini Abarca Cerdas, bajo la responsabilidad de la señorita Karen Abarca Cerdas, por el fallecimiento de sus padres Socorro Cerdas Calderón y William Abarca Solano. Plazo: para ofrecer recurso de apelación tres días, a partir de la tercera publicación de este edicto, el cual se podrá interponer ante la suscrita, para ser elevado ante la presidencia ejecutiva de la institución, con horario de las 7:00 horas a las 15:30 horas.—Oficina Local de Desamparados.—Lic. Ana Virginia Quirós Tenorio, Representante Legal.—(Solicitud Nº 726).—C-4310.—(39912).

A Jorge Mejías Sánchez, se le comunica las resoluciones de este despacho de las 15:00 horas del 24 de abril del 2007, por medio de las cual se ordenó abrigo temporal de Jorge Andrés Mejías Suárez, en el Hogarcito Infantil de San Ramón. Se ordenó a la madre integrarse a grupos de apoyo contra la violencia doméstica y a grupo de alcohólicos anónimos. Recurso: apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes a la tercera publicación. Ante la oficina local de San Ramón, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras en San Ramón y de alzada en San José, pudiendo señalar número de fax, para tal fin, de lo contrario las resoluciones que se dicte, se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Expediente Nº 244-00046-07.—Oficina Local de San Ramón, 25 de abril del 2007.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(Solicitud Nº 726).—C-5090.—(39914).

A los señores Tatiana María Aguilar Barquero, cédula de identidad número cuatro-doscientos ocho-setecientos diez y Andrés Alberto Espinoza García, cédula y demás calidades desconocidas, se les notifica la resolución administrativa de las quince horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de abril de dos mil siete dictada en favor de la persona menor de edad Joselyn María Espinoza Aguilar que dicta incompetencia territorial y remite su situación a la Oficina Local de Aguirre. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante las Oficina Local de Heredia Norte, en forma verbal o escrita; Oficina que lo elevará ante la presidencia ejecutiva de la institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Publíquese. Expediente Nº 643-0001-2007.—Oficina Local de Heredia Norte.—Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—(Solicitud Nº 726).—C-5480.—(39915).

Al señor Hertiberto Jiménez M., se le comunica la resolución de este despacho de las catorce horas del día diecisiete de abril del año dos mil siete que ordenó revocar la medida de Abrigo Temporal de las once horas del diecinueve de febrero del año dos mil siete .ordenando el retorno de las personas menores de edad María Vanessa y Emnauel ambos González Luna y Greivin Jiménez González con su madre Kattia Vanessa González Luna. González contra la presente resolución proceden el recurso de apelación que deberá interponerse ante esta representación legal, sita en Heredia centro, doscientos metros al norte de la Municipalidad de Heredia y el segundo ante la presidencia ejecutiva de la entidad ubicada en San José de la Casa de Matute Gómez 350 metros al sur, antiguo edificio de la Dos Pinos. Dicho recurso podrá interponerse en el término de cuarenta y ocho horas, contados a partir del día posterior a la notificación de la presente resolución. Publíquese.—Oficina Local de Heredia, abril del 2007.—Lic. Ilse Trejos Salas, Representante Legal.—(Solicitud Nº 726).—C-5870.—(39916).

A los señores Karen Monge Sánchez y Jonathan Cubillo Núñez, cédula y demás calidades desconocidas, se les notifica la resolución administrativa de las diez horas del veinticinco de abril de dos mil siete dictada en favor de la persona menor de edad Nicole Fabiola Cubillo Monge que inicia proceso especial de protección y dicta medida de protección de cuido provisional en su favor por el plazo de seis meses prorrogables judicialmente. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante las Oficina Local de Heredia Norte, en forma verbal o escrita; Oficina que lo elevará ante la presidencia ejecutiva de la institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Publíquese. Expediente Nº 431-00039-2007.—Oficina Local de Heredia Norte.—Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—(Solicitud Nº 726).—C-5480.—(39917).

A quien interese, se les comunica la resolución administrativa de las nueve horas cuarenta y cinco minutos del cinco de setiembre del año dos mil seis, que ordenó depósito administrativo provisional, ubicando a la niña Kristel Kenia López Narváez, en el hogar de los señores Ulises Antonio Araya Porras y Kora Chávez Narváez. Recurso: procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro de las 48 horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente administrativo Nº 441-00038-2000.—Oficina Local de Liberia, setiembre del 2006.—Lic. Ana Marcela Montero Noguera, Representante Legal.—(Solicitud Nº 726).—C-3410.—(39918).

Se comunica a la señora Cinthya Araya Garita, demás calidades desconocidas, progenitora de la persona menor de edad Doris Natalia Araya Garita, nacimiento inscrito en el Registro Civil, Sección Nacimientos de la provincia de Limón, al tomo: 319, folio: 290, asiento: 0580, la resolución administrativa de esta oficina de las once horas del día veintitrés de marzo del año dos mil siete, en la cual se ordenó medida de protección de cuido provisional, de la persona menor de edad supra citada. Recurso: el de apelación, señalando lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de la presidencia ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Socorro Jiménez Palma, Representante Legal.—(Solicitud Nº 726).—C-4700.—(39919).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

A Argerie Vanessa Rojas Mena, se le comunica la resolución de las 8:00 horas del 4 de mayo del 2007, mediante la cual se dictó medida de protección a favor de sus hijas Karla Yareth y Leilyn Paola ambas Chinchilla Rojas, ingresándose a un albergue de la institución para su seguridad y protección, debiendo pasar el expediente al Área de Protección a fin de definir situación psico-social. Plazo: para ofrecer Recurso de apelación 48 horas contadas a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta. También se le previene que debe señalar lugar, o fax donde recibir notificaciones, el cual debe ser viable pues se intentará la comunicación en cinco oportunidades y en caso de estar ocupado, desconectado o sin papel a la quinta vez, se consignará así en el expediente y se tendrán por notificadas las resoluciones veinticuatro horas después de dictadas. La interposición del Recurso de Apelación no suspende el acto administrativo.—Oficina Local de Desamparados.—Lic. María de los Ángeles Mora Rojas, Representante Legal.—(40526).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN Y DEFENSA DEL USUARIO

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA

Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la solicitud presentada por la empresa Transportes Fernando Zúñiga E Hijos S. A., con el fin de que se ajusten las tarifas de la ruta 217, y por corredor común las tarifas de las rutas 233, 105, 405 y 402-421, tramitadas bajo el expediente Nº ET-54-2007, y descritas según se detallan:

RUTA 217

Tarifas vigentes (¢)

Tarifas solicitadas (¢)

Increm. Absoluto (¢)

Increm. Porcentual

Tarifa Regular

Tarifa Adulto mayor

Tarifa Regular

Tarifa Adulto mayor

Tarifa Regular

Tarifa Adulto mayor

Tarifa Regular

Tarifa Adulto mayor

SAN JOSE-BELEN-LA REFORMA-LA GUACIMA-SAN RAFAEL-URB. LA PAZ

 

 

 

 

 

 

 

 

San José-La Guácima Abajo

395

200

430

215

35

15

8,9%

7,5%

San José-La Guácima

335

170

430

215

95

45

28,4%

26,5%

San José-La Reforma

290

0

350

0

60

0

20,7%

0,0%

San José-Ojo De Agua

290

0

350

0

60

0

20,7%

0,0%

San José-La Ribera-Ojo De Agua

290

0

350

0

60

0

20,7%

0,0%

San José-Urbanización La Paz

275

0

350

0

75

0

27,3%

0,0%

San José-San Rafael

275

0

350

0

75

0

27,3%

0,0%

San José-San Antonio de Belén

225

0

270

0

45

0

20,0%

0,0%

La Guácima-La Asunción de Belén

215

0

270

0

55

0

25,6%

0,0%

La Guácima-San Antonio de Belén

215

0

270

0

55

0

25,6%

0,0%

La Guácima-San Rafael

205

0

270

0

65

0

31,7%

0,0%

San Rafael-La Asunción de Belén

205

0

270

0

65

0

31,7%

0,0%

San Rafael-San Antonio de Belén

155

0

155

0

0

0

0,0%

0,0%

Tarifa Mínima

135

0

135

0

0

0

0,0%

0,0%

CORREDOR COMÚN

 

 

 

 

 

 

 

 

Ruta 233: Alajuela-San Antonio de Belén-La Reforma

 

 

 

 

 

 

 

 

Alajuela-El Coco

125

0

150

0

25

0

20,0%

0,0%

San Rafael-Coco-Reforma-Urb. Los Portones

125

0

150

0

25

0

20,0%

0,0%

Ruta 105: Santa Ana -San Antonio de Belén

 

 

 

 

 

 

 

 

Tarifa Mínima

95

0

135

0

40

0

42,1%

0,0%

Ruta 405: Heredia-La Aurora-Belén-San Rafael

 

 

 

 

 

 

 

 

San Rafael-La Asunción De Belén

205

0

245

0

40

0

19,5%

0,0%

Tarifa Mínima

135

0

160

0

25

0

18,5%

0,0%

Ruta 402-421: San José-La Aurora de Heredia y Ramales

 

 

 

 

 

 

 

 

Tarifa Mínima

135

0

155

0

20

0

14,8%

0,0%

 

El 28 de mayo del 2007, a las diecisiete horas, se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Salón Comunal de la Asociación de Desarrollo Integral de Nuestro Amo, La Guácima, ubicado en La Guácima, Alajuela, de la entrada principal de la Ciudad Hacienda Los Reyes, 100 metros al sur y 50 metros al este, color celeste, para conocer sobre esta petición. El plazo para recibir posiciones sobre esta solicitud vence el 24 de mayo del 2007, a las dieciséis horas.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de Protección al Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del Edificio de la Contraloría General de la República, San José. La petición tarifaria se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr.

Cualquier interesado, con interés legítimo o derecho subjetivo, puede participar en la audiencia y quien desee hacer uso de la palabra, debe formular por escrito, en original, su posición ante esta Autoridad Reguladora, sustentando su pretensión con las pruebas que sean pertinentes. En el documento debe indicar lugar dentro del perímetro de San José o número de fax donde ser notificado en el caso de una persona física deberá aportar fotocopia de su cédula; y en el caso de las personas jurídicas la posición deberá estar suscrita por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería vigente.

Dentro del plazo legal otorgado se recibirán posiciones mediante el facsímile: 290-2010, mismas que deberán estar firmadas y debiendo presentar el original a más tardar el día de la celebración de la audiencia. Se informa que el Consejero del Usuario para estas solicitudes es el Lic. Daniel Fernández Sánchez. Para cualquier información adicional a los teléfonos: 800-827-3737 ó 220-0102, extensión: 135.

Lic. Xinia Herrera Durán.—1 vez.—(Solicitud Nº 41280).—C-39620.—(41349).

Resolución RG-6522-2007.—San José, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del once de mayo del dos mil siete.

Solicitud de ajuste extraordinario, del precio del combustible IFO-380 presentado por la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. (RECOPE). Expediente Nº ET-79-2007.

Resultando:

I.—Que por oficio GAF-838-2007, recibido en la Autoridad Reguladora el 8 de mayo del 2007 (folio 01-02), la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. (RECOPE o Refinería), representada por el Lic. Carlos Quesada Kikut en su carácter de Gerente de Administración y Finanzas, y apoderado general sin límite de suma de RECOPE, según certificación que consta en los archivos de la Autoridad Reguladora; solicitó una modificación del precio de venta máximo del IFO-380, dado la variación del precio FOB máximo de referencia resultó igual o superior a los $3/TM al promedio simple de los últimos cinco días del puerto San Cristóbal, condición que se cumplió el pasado 25 de abril del 2007.

II.—Que de conformidad con lo establecido en los artículos 30 y 36 de la Ley Nº 7593, las fijaciones extraordinarias de precios y tarifas no requieren del trámite de audiencia pública.

III.—Que el plazo con que cuenta la Autoridad Reguladora para resolver la petición que aquí se resuelve, está señalado en el artículo 43 del Decreto Ejecutivo Nº 29732-MP, del 16 de agosto del 2001, que es el Reglamento a la Ley Nº 7593.

IV.—Que la solicitud de RECOPE fue analizada por la Dirección de Servicios de Energía de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, produciéndose el oficio Nº 446-DEN-2007/10624/2007 del 10 de mayo del 2007, que corre agregado al expediente.

V.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y las prescripciones de ley.

Considerando:

I.—Que del oficio 446-DEN-2007/10624/2007 del 10 de mayo del 2007 del presente año que sirve de sustento a esta resolución, conviene extraer lo siguiente:

1.  Que se procedió a revisar la solicitud de RECOPE, y se determinó lo siguiente: los parámetros para el cálculo de los precios de venta del combustible IFO-380 utilizados por RECOPE son los establecidos en la resolución RRG-5572-2005 del 6 de abril del 2005, publicados en La Gaceta N° 91 del 12 de mayo del 2006.

2.  Que los precios máximo y mínimo vigentes que presenta RECOPE en su solicitud son los aprobados por la Autoridad Reguladora en la resolución RRG-6445-2007 del 11 de abril del 2007, publicada en La Gaceta N° 79 del 25 de abril del 2007.

PARÁMETROS Y PRECIOS VIGENTES

EN $/TM

 

PRECIO FOB

PRECIO FOB

 

MINIMO IFO-380

MAXIMO IFO-380

CO IFO-380

10,156

10,156

I  IFO-380

2,6302

2,6302

SD IFO-380

0,9040

0,9040

CTCA IFO-380

0,233

0,233

SUBTOTAL

13,923

13,923

PFOB IFO-380

69,722

313,10

PRECIO PIFO VIGENTE

83,645

327,02

 

 

$/TM            Dólares por tonelada métrica.

CO=             (1) Costos operativos reconocidos por la ARESEP para el producto IFO-380 en el último Estudio Ordinario de Precios para productos que se expenden a nivel nacional, es un parámetro de $/TM.

I=                  (2) Inversiones reconocidas por la ARESEP en el último estudio ordinario de precios para productos que se expenden a nivel nacional. Es un parámetro en $/TM.

SD=              (3) Servicio de deuda reconocidos por la ARESEP para el producto IFO-380 en el último estudio ordinario de precios para productos que se expenden a nivel nacional. Es un parámetro en $/TM.

CTCA=        (4) Cargas Tributarias y Costos Ajenos reconocidos por la ARESEP para el producto IFO-380 en el último estudio ordinario de precios para productos que se expenden a nivel nacional. Es un parámetro en $/TM.

PFOBmax     (5) Precio de venta máximo aprobado para el combustible marino IFO-380 en $/TM.

PFOB min    (5) Precio de venta mínimo vigente para el combustible marino IFO-380 en $/TM.

PIFOmax      (6) Precio de venta máximo para el combustible marino IFO-380 en $/TM.

PIFO min     (6) Precio de venta mínimo para el combustible marino IFO-380 en $/TM.

3.  RECOPE realiza su solicitud basado en lo siguiente: El procedimiento de ajuste extraordinario indica que cuando el promedio simple de los últimos cinco días del puerto San Cristóbal sea igual o superior en $3,00/TM al precio FOB máximo vigente, se procederá a la modificación del precio de venta máximo para el combustible IFO-380. Dicho ajuste fue normado de la siguiente manera:

PFOB max 1= PFOB max 0+ (A-PFOB max 0)

Donde:

PFOB max 1 = Precio FOB máximo propuesto

PFOB max 0 = Precio FOB máximo vigente

PFBO min 1 = Precio FOB mínimo propuesto

PFOB min 0 = Precio FOB mínimo vigente

A    = Precio promedio simple de los últimos 5 días de los mercados usados como referencia.

4.  Los precios promedio del IFO-380 reportados para el puerto de San Cristóbal, corresponden a las fechas del 19 al 25 de mayo del 2007, de las cuales se obtiene un promedio simple de $322,20/TM, que comparado con los precio FOB promedio anterior a las fechas del 9 al 15 de marzo del 2007 se produce un aumento de $9,10/TM, una variación relativa de un 2,91% lo cual se muestra seguidamente:

Comparativo precio promedio del IFO-380

en el Puerto San Cristóbal

En $/TM

 

PRECIO PROMEDIO ANTERIOR

PRECIO PROMEDIO ACTUAL

 

09 de marzo 2007

281,50

19 de mayo 2007

319,00

12 de marzo 2007

249,50

20 de mayo 2007

318,00

13 de marzo 2007

253,00

23 de mayo 2007

319,00

14 de marzo 2007

256,00

24 de mayo 2007

325,00

15 de marzo 2007

265,50

25 de mayo 2007

330,00

PROMEDIO SIMPLE

313,10

PROMEDIO SIMPLE

322,20

Variación absoluta 25/05/2007

 

 

9,10

Variación relativa 25/05/2007

 

 

2,91%

Fuente: Precios publicados por Platts

 

Fuente: Precios publicados por Platts

 

 

 

     Al aplicar la normativa se tiene que:

PFOB max1 = PFOB max 0 + (A-PFOB max 0)

PFOB max 1= $313,10 + ($322,20 - $313,10)

PFOB max 1 = $313,10 + $9,10

PFOB max 1 = $322,20

     El precio FOB máximo definido se aplica para obtener el PIFO max IFO-380 de la siguiente forma:

PIFO max = PFOB max + CO + Ii + SD + CTCA

PIFO max = $322,20 + $10,156 + $2,6302 + $0,9040 + $0,233

PIFO max = $336,123

5.  Que de acuerdo con lo realizado en el estudio ordinario correspondiente al período 2006, efectuado por la Dirección de Servicios de Energía, se determinó que solo hay que modificar el precio máximo del combustible IFO-380, y mantener el precio mínimo del combustible IFO-380 de la siguiente manera:

CUADRO 3

PARÁMETROS Y PRECIOS PROPUESTOS

EN $/TM

 

PRECIO FOB

PRECIO FOB

PARÁMETROS

MINIMO IFO-380

MAXIMO IFO-380

CO (1)

10,156

10,156

I (2)

2,6302

2,6302

SD (3)

0,9040

0,9040

CTCA (4)

0,233

0,233

SUBTOTAL

13,923

13,923

PFOB IFO(PROMEDIO SIMPLE ANTERIOR)

69,722

313,10

PRECIO VIGENTE

83,645

327,03

INCREMENTO O (REBAJA) ABSOLUTA

0,00

9,10

PRECIO PROPUESTO

83,645

336,12

INCREMENTO O (REBAJA) PORCENTUAL

0,00%

2,91%

 

 

 

 

 

6.  La variación del precio máximo de venta del IFO-380 se muestra a continuación:

 

PRECIO MÁXIMO $/TM

Diferencia

Absoluta $/TM

Diferencia

Relativa

VIGENTE

PROPUESTO

 

 

327,023

336,123

9,10

2,78%

 

 

     El precio máximo determinado por la Dirección es de $336,123/TM igual a lo presentado por RECOPE, una variación absoluta de $9,10/TM, un 2,78%.

7.  El precio mínimo de venta del combustible IFO-380 se mantuvo igual al fijado en la resolución RRG-5960-2006 en la suma de $83,645/TM.

II.—Que de conformidad con los resultandos y el considerando que preceden y, de acuerdo con el mérito de los autos, lo procedente es fijar en $327,023/TM el precio máximo del precio de venta del combustible IFO-380, y el mantener sin variación el precio venta mínimo del IFO-380 en $83,645/TM que expende la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A., en sus planteles, como se dispone. Por tanto:

Con fundamento en las facultades conferidas en los artículos 5º, inciso d), 57, incisos c) y g) de la Ley Nº 7593, 41 del Decreto Ejecutivo Nº 29732-MP, Reglamento a la Ley Nº 7593, la Ley Nº 6588 y su reglamento y, la Ley General de la Administración Pública.

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:

I.—Fijar en $336,123/TM el precio máximo de venta del combustible IFO-380, y mantener el precio de venta mínimo de este combustible en $83,645/TM que expende la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A., en sus planteles.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra la anterior resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y, el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante el Regulador General; a quien corresponde resolverlo; el de apelación y revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º, inciso c) de la Ley Nº 8114, Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias; la Refinadora Costarricense de Petróleo S. A., aplicará los precios el día siguiente a la publicación en La Gaceta, de la presente resolución.

Publíquese y notifíquese.—Lic. Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 41281).—C-108920.—(41350).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ

INSTITUCIÓN BENÉMERITA

AVISOS

Con fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 21384-S en su artículo 15, Reglamento para la Administración de los Cementerios de la Junta de Protección Social de San José, publicado en La Gaceta Nº 143 del 28 de julio de 1992, así como oficio AL-716 de la Lic. Shirley López Rivas, Asesora Legal, con fecha 20 de abril del 2007 y la declaración jurada rendida ante el notario público Lic. Efrén Chacón Rodríguez, la Gerencia General representada por el MAE. Francisco Javier Ibarra Arana, cédula Nº 8-0055-0883, mayor, casado, vecino de Moravia, autoriza acogiendo el criterio legal, el traspaso del 50% del derecho de arriendo del Cementerio Metropolitano, bloque 2, modelo 4, fila N, lote 23, inscrito al tomo 8, folio 357 a la señora María Haydee Redondo Lonhardes, c. c. María Haydee Redondo Leonhardes, cédula Nº 6-0058-0391. Si en el plazo de quince días a partir de la publicación del aviso, no existiere oposición, se autoriza a la Administración de Cementerios, para que comunique al interesado lo resuelto.

San José, 11 de mayo del 2007.—Manuel Roldán Porras, Administrador de Cementerios.—1 vez.—(40446).

Con fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 21384-S en su artículo 15, Reglamento para la Administración de los Cementerios de la Junta de Protección Social de San José, publicado en La Gaceta Nº 143 del 28 de julio de 1992, así como oficio AL-735 de la Lic. Shirley López Rivas, Asesora Legal, con fecha 25 de abril del 2007 y la Declaración Jurada rendida ante la notaria pública Lic. Tatiana Vargas Masís, la Gerencia General representada por el MAE. Francisco Javier Ibarra Arana, cédula Nº 8-0055-0883, mayor, casado, vecino de Moravia, autoriza acogiendo el criterio legal, el traspaso del derecho de arriendo del Cementerio General, mausoleo 6, cuadro Soledad, lado sur, línea cuarta, inscrito al tomo 6, folio 415, al señor Guillermo Retana Rojas, cédula Nº 1-0148-0943. Si en el plazo de quince días a partir de la publicación del aviso, no existiere oposición, se autoriza a la Administración de Cementerios, para que comunique al interesado lo resuelto.

San José, 11 de mayo del 2007.—Administración de Cementerios.—Manuel Roldán Porras, Administrador.—1 vez.—Nº 21484.—(40769).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

Reposición título de Patente Licores

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A quien pueda interesar, se hace saber que han solicitado a la Municipalidad de Goicoechea, la reposición del título de patente de Licor Nacional Nº 46 y Licor Extranjera Nº 35 inscrita a nombre de Importadora Ventura Vega S. A., cédula 3-101-085034, Rep. Legal Carlos Ventura Vega, cédula 1-461-514, dicha patente se encuentra actualmente sin lugar de explotación. Lo anterior por motivo de extravío de la misma. Cualquier interesado podrá hacer valer sus derechos ante la Municipalidad, dentro de un período de ocho días a partir de la última publicación de este aviso.

Guadalupe, 8 de mayo del 2007.—Departamento de Cobro, Licencias y Patentes.—Lic. Roberto Chacón Zúñiga, Jefe.—Nº 20744.—(39808).

MUNICIPALIDAD DE ALVARADO

Nuevas tarifas servicio de recolección

y tratamiento de basura

La Municipalidad de Alvarado, comunica, de conformidad al artículo 74 del Código Municipal, que mediante acuerdo de sesión 46 del 19 de marzo del 2007, aprobó las tarifas citadas, mismas que a su vez han sido aprobadas por la Contraloría General de la República mediante oficio 4385 del 2 de mayo del 2007, así:

Detalle                       Tasa mensual en colones (por usuario)

Residencial 1                                                    1.000,00

Comercial e industrial                                      2.500,00

Pacayas, 15 de mayo del 2007.—Ángel Raquel López Gómez, Alcalde Municipal.—1 vez.—Nº 21461.—(40770).

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS

Acuerdo tomado en sesión ordinaria N° 107 del día 11 de mayo de 2007, artículo 7° inciso A, que dice:

La Municipalidad de Puntarenas acordó: Que debido a lo compleja que es la Municipalidad de Puntarenas, a la gran cantidad de asuntos que requieren ser sometidos al conocimiento de este Concejo, con el actual horario de las sesiones ordinarias que es de 4:15 p.m. a 7:15 p.m. se debe recurrir con mayor frecuencia a convocar a sesiones extraordinarias. Se propone que las sesiones ordinarias del Concejo Municipal de la Municipalidad del cantón Central de Puntarenas, se realicen en horario de 4:15 p.m. a 8:00 p.m., manteniendo los días viernes de cada mes para la celebración de las mismas, adicionalmente cuando las sesiones ordinarias coincidan con un día feriado, las mismas se trasladen para el primer día hábil de la misma semana en que correspondía sesionar. Vista la moción en todas sus partes esta es aprobada unánime, aplicado el artículo 45 del Código Municipal esta es definitivamente aprobada.

Puntarenas, 14 de mayo de 2007.—Agnes Gómez Franceschi, Alcaldesa Municipal.—1 vez.—(40502).

AVISOS

CONVOCATORIAS

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES EN LETRAS,

FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La Junta Directiva del Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes convoca a la Asamblea General Extraordinaria CIX (centésima novena), la cual se efectuará el sábado 2 de junio del 2007, en primera convocatoria a la 1:00 p. m., en las instalaciones del Centro Cultural y Recreativo, ubicado en Desamparados de Alajuela. En caso de no alcanzarse el quórum requerido, la asamblea iniciará una hora después, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 16 de Ley Orgánica Nº 4770.

Orden del día

I.        Apertura y comprobación del quórum.

II.       Himno Nacional de Costa Rica.

III.      Análisis de la admisibilidad del recurso de revocatoria presentado contra el acuerdo de aprobación del presupuesto 2007-2008.

IV.      Resolución del recurso interpuesto contra el acuerdo que aprueba el presupuesto ordinario para el período 2007-2008, de la asamblea general ordinaria XCIX del 31 de marzo del 2007, siempre y cuando la asamblea determine que el recurso es admisible.

V.       Informe del colegiado Norman Mena Núñez sobre la aparente sustracción del vehículo de su propiedad.

VI.      Autorización para vender una porción de propiedad de la finca ubicada en Brasilito, Guanacaste.

VII.    Himno del Colegio.

VIII.   Clausura de la asamblea.

Licda. Yolanda Hernández Ramírez, Secretaria.—(41433).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

Nº 131-2007-CIT

Procedimiento disciplinario.

Contra: Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez (ICO-3532), Empresa Consucasa S. A. (CT-02285), Arq. Claudio Fallas Quirós (A-9004).

Denunciante: Sra. Blanca Rosa Vargas Vargas.

Expediente Nº 38-05.

Tribunales de Honor.—Convocatoria a audiencia oral y privada.—San José, a las 12:00 horas del 10 de mayo del 2007. El Tribunal de Honor de Empresas nombrado por Junta Directiva General en la sesión Nº 09-06/07-G.E. celebrada el día 17 de enero del 2007, acuerdo 14, cita al ingeniero Jorge Luis Salazar Álvarez en calidad de denunciado, para que comparezca personalmente y no por apoderado a la sede de este órgano en Oficina de Tribunales de Honor del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, ubicada en el tercer piso del edificio del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos en Granadilla de Curridabat, contiguo al Indoor Club, con el fin de celebrar comparecencia oral y privada a que se refiere el artículo 82 del “Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica”, que se llevará a cabo el día lunes 25 de junio del 2007, a las 16:30 horas, en la citada audiencia se recibirá y admitirá toda la prueba ofrecida por las partes, así como la que presenten ese mismo día, se recibirán las declaraciones de partes y testigos, se analizarán los documentos que obran en el expediente y se recibirán los alegatos de las partes. Se le hace saber al ingeniero Salazar Álvarez que puede hacerse acompañar por su abogado.

Se advierte al denunciado que conforme a los artículos 83 y 87 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 134 del jueves 12 de julio del 2001, tiene derecho a asistir a la audiencia convocada a esos efectos, pero que si no lo hace, el procedimiento seguirá sin su participación. Igualmente, que en esa comparecencia podrá abstenerse de declarar, sin que ello implique la aceptación de los hechos imputados.

A este acto sólo podrán asistir las partes y sus representantes legales.—Arq. Hugo Fernández Sandí, Presidente.—(O. C. Nº 5140).—C-50840.—(41518).

Nº 132-2007-CIT

Procedimiento disciplinario.

Contra: Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez (ICO-3532), Empresa Consucasa S. A. (CT-02285), Arq. Claudio Fallas Quirós (A-9004).

Denunciante: Sra. Blanca Rosa Vargas Vargas.

Expediente Nº 38-05.

Tribunales de Honor.—Convocatoria a audiencia oral y privada.—San José, a las 12:00 horas del 10 de mayo del 2007. El Tribunal de Honor de Empresas nombrado por Junta Directiva General en la sesión Nº 09-06/07-G.E. celebrada el día 17 de enero del 2007, acuerdo 14, cita al arquitecto Claudio Fallas Quirós en calidad de denunciado, para que comparezca personalmente y no por apoderado a la sede de este órgano en Oficina de Tribunales de Honor del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, ubicada en el tercer piso del edificio del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos en Granadilla de Curridabat, contiguo al Indoor Club, con el fin de celebrar comparecencia oral y privada a que se refiere el artículo 82 del “Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica”, que se llevará a cabo el día lunes 25 de junio del 2007, a las 16:30 horas, en la citada audiencia se recibirá y admitirá toda la prueba ofrecida por las partes, así como la que presenten ese mismo día, se recibirán las declaraciones de partes y testigos, se analizarán los documentos que obran en el expediente y se recibirán los alegatos de las partes. Se le hace saber al ingeniero Fallas Quirós que puede hacerse acompañar por su abogado.

Se advierte al denunciado que conforme a los artículos 83 y 87 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 134 del jueves 12 de julio del 2001, tiene derecho a asistir a la audiencia convocada a esos efectos, pero que si no lo hace, el procedimiento seguirá sin su participación. Igualmente, que en esa comparecencia podrá abstenerse de declarar, sin que ello implique la aceptación de los hechos imputados.

A este acto sólo podrán asistir las partes y sus representantes legales.—Arq. Hugo Fernández Sandí, Presidente.—(O. C. Nº 5141).—C-50840.—(41519).

Nº 133-2007-CIT

Procedimiento disciplinario.

Contra: Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez (ICO-3532), Empresa Consucasa S. A. (CT-02285), Arq. Claudio Fallas Quirós (A-9004).

Denunciante: Sra. Blanca Rosa Vargas Vargas.

Expediente Nº 38-05.

Tribunales de Honor.—Convocatoria a audiencia oral y privada.—San José, a las 12:00 horas del 10 de mayo del 2007. El Tribunal de Honor de Empresas nombrado por Junta Directiva General en la sesión Nº 09-06/07 G.E. celebrada el día 17 de enero del 2007, acuerdo 14, cita al señor Jorge Salazar Álvarez en calidad de representante legal de la empresa Consucasa S. A., para que comparezca a la sede de este órgano en Oficina de Tribunales de Honor del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos ubicada en el tercer piso del edificio del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos en Granadilla de Curridabat, contiguo al Indoor Club, con el fin de celebrar comparecencia oral y privada a que se refiere el artículo 82 del “Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica”, que se llevará a cabo el día lunes 25 de junio del 2007, a las 16:30 horas. En la citada audiencia se recibirá y admitirá toda la prueba ya ofrecida por las partes, así como la que presenten ese mismo día, se recibirán las declaraciones de partes y testigos, se analizarán los documentos que obran en el expediente y se recibirán los alegatos de las partes. Se le hace saber al señor Salazar Álvarez que puede hacerse acompañar por su abogado.

Se advierte al denunciado que conforme al artículo 27, inciso 3) del Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 134 del jueves 12 de julio del 2001, se establece que “Todos los agremiados o funcionarios del Colegio federado de Ingenieros y de Arquitectos tiene la obligación de comparecer a las citaciones realizadas por los Tribunales de Honor. Si existiera negativa injustificada de los funcionarios a comparecer a la cita recibida, se considerara en el caso de los trabajadores como falta grave y procederá su despido sin responsabilidad patronal. En los casos de los agremiados, se considerará esa omisión como falta al Código de Ética y dará lugar a la apertura de un proceso disciplinario en su contra”.

A este acto sólo podrán asistir las partes y sus representantes legales.—Arq. Hugo Fernández Sandí, Presidente.—(O. C. Nº 5142).—C-58100.—(41520).

Nº 124-2007-CIT

Procedimiento disciplinario.

Contra: Empresa Corporación Euro Americana Cotece S. A. (CT-04567), Ing. Boris Minero Pineda (ICO-6366).

Denunciante: Sr. José Alberto Acuña Ulate, Gerente División Financiera, Gerencia de Pensiones de la Caja Costarricense del Seguro Social y Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos.

Expediente Nº 11-05.

Tribunales de Honor.—Convocatoria a audiencia oral y privada.—San José, a las 16:00 horas del 9 de mayo del 2007. El Tribunal de Honor de Empresas nombrado por Junta Directiva General en la sesión Nº 12-06/07 G.E. celebrada el día 7 de febrero del 2007, acuerdo 30, cita a los señores Giorgio Parpinel y Alberto Romano Iezzi Betoni en calidad de representantes legales de la empresa Corporación Euro Americana Cotece S. A., para que comparezcan a la sede de este órgano en Oficina de Tribunales de Honor del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos ubicada en el tercer piso del edificio del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos en Granadilla de Curridabat, contiguo al Indoor Club, con el fin de celebrar comparecencia oral y privada a que se refiere el artículo 82 del “Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica”, que se llevará a cabo el día lunes 18 de junio, a las 16:30 horas. En la citada audiencia se recibirá y admitirá toda la prueba ya ofrecida por las partes, así como la que presenten ese mismo día, se recibirán las declaraciones de partes y testigos, se analizarán los documentos que obran en el expediente y se recibirán los alegatos de las partes. Se le hace saber a los señores Parpinel e Iezzi Betoni que pueden hacerse acompañar por su abogado.

Se advierte al denunciado que conforme al artículo 27, inciso 3) del Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 134 del jueves 12 de julio del 2001, se establece que “Todos los agremiados o funcionarios del Colegio federado de Ingenieros y de Arquitectos tiene la obligación de comparecer a las citaciones realizadas por los Tribunales de Honor. Si existiera negativa injustificada de los funcionarios a comparecer a la cita recibida, se considerara en el caso de los trabajadores como falta grave y procederá su despido sin responsabilidad patronal. En los casos de los agremiados, se considerará esa omisión como falta al Código de Ética y dará lugar a la apertura de un proceso disciplinario en su contra”.

A este acto sólo podrán asistir las partes y sus representantes legales.—Arq. Hugo Fernández Sandí, Presidente.—(O. C. Nº 5143).—C-61730.—(41521).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

JUNGLA TROPICAL LODGE S. A.

Se convoca a asamblea general extraordinaria de Jungla Tropical Lodge S. A., cédula jurídica Nº 3-101-380758, a celebrarse a las 17:00 horas del 18 de junio del 2007, en primera convocatoria, así como a las 18:00 horas del mismo día, en segunda convocatoria, en San José, Barrio Los Yoses, frente a la Embajada de Uruguay, oficinas de Grupo Jurídico Especializado. La agenda a tratar será la siguiente:

-    Reposición de libro de actas de asamblea general de socios.

-    Asuntos varios que sugieran los socios.

De no haber quórum de ley en primera convocatoria, la asamblea se realizará en segunda convocatoria, con los votos presentes.—Mauricio Castro Cordero, Tesorero.—1 vez.—Nº 22065.—(41809).

SOLUCIONES TECNOLÓGICAS DE AUTOMATIZACIÓN

A T SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a los socios de Soluciones Tecnológicas de Automatización A T Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-371604 a la asamblea general ordinaria de conformidad con el artículo 155 del Código de Comercio a celebrarse en primera convocatoria, a las 11:00 horas del día 15 de junio del 2007, en la oficina de Rucavado & Rucavado S. A., sita en San José, Barrio Rohrmoser, de Librería Internacional 125 metros al sur, Centro Corporativo La Nunziatura, 2º nivel, de no haber quórum se convoca en segunda convocatoria, a las 12:00 horas del mismo día en el mismo lugar.

San José, 2 de mayo del 2007.—Román Baudrit Ruiz, Presidente.—1 vez.—(41928).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

REYNA DEL CAMPO SOCIEDAD ANÓNIMA

Reyna del Campo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-124875, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición del siguiente libro: libro de registro de socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este edicto.—Lic. Yorleny Beatriz Carvajal Hernández, Notaria.—Nº 20525.—(39355).

CASA LIBANESA S. A.

Casa Libanesa S. A., cédula jurídica 3-101-021768, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: diario, mayor, inventarios y balances, actas de consejo de administración y registro de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José, 23 de abril de 2007.—Rashid Sauma Ruiz, Presidente.—Nº 20615.—(39356).

VILLA PADÚA S. A.

La compañía Villa Padúa S. A., cédula jurídica 3-101-22955, solicita ante las oficinas de Tributación la reposición del libro: actas accionistas, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el ares de Información y Asistencia del Contribuyente, Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 2 de marzo del dos mil siete.—Carlos Lara Hine, Apoderado Generalísimo.—Nº 20677.—(39357).

CORPORACIÓN FERRETERA DYMAR SOCIEDAD ANÓNIMA

Corporación Ferretera Dymar Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-174872, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los libros de actas de junta directiva, actas de asambleas generales y actas de accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Legalización de Libros de la Administración Regional de Heredia en el término de ocho días contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Barva, 10 de mayo de 2007.—Rodolfo Camacho Cambronero, Presidente.—Nº 20710.—(39358).

MARTHA MANTILLA S. A.

En virtud del extravío de un certificado de dieciséis acciones comunes  y  nominativas de la sociedad  Martha  Mantilla S. A.,  cédula  3-101-279073, su titular ha solicitado la reposición del título. Cualquier comunicación dirigirla al fax 220-1587.—San José, 3 de mayo de 2007.—Martha Mantilla Zavala.—Nº 20614.—(39359).

CARROCERÍAS FALLAS SOCIEDAD ANÓNIMA

Carrocerías Fallas Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-95291, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición del siguiente libro: Actas de Asamblea General. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de libros) de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación de este aviso.—Geovanny Fallas Zúñiga, Representante Legal.—(39445).

Cédula jurídica Nº 3-102-223333, ha solicitado la reposición por extravío ante la Dirección General de Tributación Directa de los siguientes libros: Mayor, Diario, Inventario y Balances. Afectados dirigir oposición ante la Oficina Legalización de Libros, a partir de 8 días hábiles de la última publicación de este aviso.—Javier Bello González, Gerente.—(39523).

KEYLA DE COSTA RICA S. A.

Keyla de Costa Rica S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero cuarenta y siete mil ochocientos treinta y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros legales: Diario y Mayor, en virtud de haberse extraviado los mismos. Quien se considere afectado con esta solicitud puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 26 de marzo del 2007.—Abraham Mejer Tellini.—(39542).

PLÁSTICOS SONRISA S. A.

Plásticos Sonrisa S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero treinta y siete mil trescientos treinta y ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros legales: Diario y Mayor, en virtud de haberse extraviado los mismos. Quien se considere afectado con esta solicitud puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 26 de marzo del 2007.—Abraham Mejer Tellini.—(39543).

ELECTROMÉSTICOS EL ROBLE SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo Máximo Vargas Pacheco, mayor, casado una vez, comerciante, cédula 2-322-174, vecino de La Granja de Palmares, Alajuela, de la Antigua Ermita quinientos metros al oeste, en mi calidad de presidente con facultades de apoderado generalísimo de la sociedad denominada Electromésticos El Roble Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-138.976, inscrita en el Registro Público Sección Mercantil bajo el tomo: 764, Folio 252, Asiento: 416, hago constar que mi representada ha iniciado la reposición del libro de asambleas generales de socios, número uno, de la presente sociedad, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al contribuyente de Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Máximo Vargas Pacheco, Presidente.—Nº 20750.—(39809).

EL GAVILÁN DE SARAPIQUÍ SOCIEDAD ANÓNIMA

El Gavilán de Sarapiquí Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento un mil ciento noventa y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de todos los libros legales y contables. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria de San José en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Nº 20799.—(39810).

AGENCIA DE VIAJES ARCO IRIS DE PAZ SOCIEDAD ANÓNIMA

Agencia de Viajes Arco Iris de Paz Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - ciento setenta y seis mil ciento cuarenta y cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de todos los libros legales y contables. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria de San José en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Nº 20800.—(39811).

PROPIEDADES CONDOMINALES VENUS S. A.

Propiedades Condominales Venus S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos veintiocho mil cuatrocientos tres, solicita a la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: diario, mayor, inventario y balances, actas de asamblea de socios, acta de asamblea consejo de administración y registro de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y Asistencia del Contribuyente (Legalización de libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la ultima publicación del Diario oficial La Gaceta y de un Diario de circulación nacional.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—Nº 20852.—(39812).

GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Mario Álvarez Chavarría cédula 4-146-144 ha presentado ante esta entidad la solicitud para reposición de su cheque Nº 386496 del Banco Crédito Agrícola de Cartago por un monto de ¢4.500.000,00 (cuatro millones quinientos mil colones exactos), emitido el 20-04-2007.—14 de mayo del 2007.—Representante Grupo Mutual.—(40006).

CONSTRUCTORA J M S C INDUSTRIAL CENTROAMERICANA

Y DE LATINO AMÉRICA, S. A.

Constructora J M S C Industrial Centroamericana y de Latino América S. A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101-404285, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: diario, mayor, inventarios y balances, actas consejo de administración, acta de asamblea de socios y registro de accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros ) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 15 de mayo del 2007.—Rosibel Dittel Alban, Secretaria.—(41062).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

HOLMANN Y HOLMANN S. A.

Holmann y Holmann S. A., cédula jurídica Nº 3-101-52917, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro uno de actas de asamblea general. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de esta publicación de este aviso Édgar Holmann Holmann, Presidente.—(40000).

LUNA TOTAL SOCIEDAD ANÓNIMA

Luna Total Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-322424, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: libro de actas de accionistas, libro de actas de asamblea general, libros contables, de mayor, de diario e inventarios y balance. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Clara Hutt Pacheco, Notaria.—1 vez.—(40002).

RSR REPRESENTACIONES SALAS SOCIEDAD ANÓNIMA

RSR Representaciones Salas Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-237302, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros de actas: diario, mayor, inventarios y balances, acta de asambleas de socios, registro de socios, actas de consejo de administración. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Rubén Salas Ramos.—(40048).

DESARROLLO LA COSTA S. A.

Desarrollo La Costa S. A., comunica a los interesados y público en general que por haberse extraviado la acción y título de capital Nº 2780, Serie A Semana Nº F.B. 60, propiedad de Consorcios Recreativos Turísticos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-054411-26. Se procederá a su reposición dentro del término de ley. Cualquier interesado deberá hacer valer sus derechos dentro de este plazo.—Departamento de Crédito y Cobro.—Arturo Ulate Vargas, Jefe.—(40085).

SERVICIOS TÉCNICOS EN ELECTRÓNICA HERRERA S. A.

Servicios Técnicos en Electrónica Herrera S. A. (SETEHESA), con la cédula jurídica 3-101-173921, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes seis libros, todos número uno: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea General, Actas de Junta Directiva y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Minor Herrera Calderón, Presidente.—(40095).

LAS SIETE CASCADAS S. A.

Yo, Francois Guy (nombre) Dore (único apellido), ciudadano canadiense con pasaporte de ese país número JW seis dos tres dos cinco ocho, mayor, casado en segundas nupcias, médico; vecino de Tinamaste, de Barú de Pérez Zeledón, que es distrito nueve, del cantón diecinueve, de la provincia de San José, propiamente en la primera entrada, después de la antigua escuela La Alfombra, veinte metros; actuando en calidad de presidente, de la sociedad costarricense Las Siete Cascadas S. A., cédula jurídica tres - ciento uno - ciento noventa y un mil novecientos trece, inscrita en el Registro Público, Sección Mercantil, tomo: cero novecientos cincuenta y nueve, folio: doscientos cuarenta y uno, asiento: cero cero cuatrocientos cinco; por este medio y para los efectos legales pertinentes avisa que en virtud de haberse extraviado el libro social de Registro de Accionistas; solicita a la Administración Tributaria de la Zona Sur, la correspondiente reposición. Quien se considere afectado podrá dirigir la respectiva oposición a la Sección de Timbraje y Legalización de Libros en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—San Isidro de El General, treinta de abril del dos mil siete.—Francois Guy Dore, Presidente.—Nº 21045.—(40337).

INMOBILIARIA JUKAMA SOCIEDAD ANÓNIMA

Inmobiliaria Jukama Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-147369, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición del libro: Asambleas Generales. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición, ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Pérez Zeledón, en el término de ocho días hábiles de la publicación de este aviso.—Pérez Zeledón, 2 de mayo del 2007.—Ana Priscila Gutiérrez León, Presidenta.—Nº 21065.—(40338).

PRODUCTORA AGRÍCOLA EL COMÚN SOCIEDAD ANÓNIMA

Nosotros, Luz Marina Vargas Vargas, cédula dos-ciento ochenta y uno-ochocientos treinta y cinco y Guido Vargas Matamoros, cédula dos- doscientos sesenta y siete-doscientos cincuenta y dos, calidades que demostramos con certificación adjunta, en nuestra condición de apoderados con facultades suficientes para este acto de Productora Agrícola El Común Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cincuenta y dos mil quinientos noventa y siete, hacemos constar que hemos iniciado la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea General, Registro de Accionistas todos número uno de la sociedad anónima, supra indicada, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público al tomo: doscientos ochenta y siete, folio: ciento veintiocho, asiento: ciento veintinueve. Para presentar oposiciones, en las Oficinas de la Tributación en Alajuela.—Vivian Wyllins Soto.—Nº 21143.—(40339).

BALCÓN DE UVITA S. A.

Yo, Bart Ten Kate, mayor, divorciado, empresario, número de pasaporte NK uno cero siete nueve siete ocho cinco, de nacionalidad holandesa, vecino de San José, Sabanilla de Montes de Oca, de la Pulpería La Bamba, en mi condición de Presidente, hago constar que he iniciado la reposición de los libros actas de concejo de administración (junta directiva) número uno, acta de asamblea de socios número uno, registro de socios número uno de la sociedad Balcón de Uvita S. A., cédula jurídica Nº 3-101-178531, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público bajo el folio treinta y uno, tomo mil setenta, asiento cuarenta y cinco. Quien se considere afectado puede presentar su oposición ante el área de Información y Asistencia del Contribuyente de la Administración Tributaria de Pérez Zeledón, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—(40479).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

AGROPECUARIA MARCOMPANY S. A

Agropecuaria Marcompany S. A., cédula jurídica 3-101-268772, solicita ante la Dirección de la Tributación, la reposición por extravío de los libros de Actas de Junta Directiva, Accionistas, Asambleas, Diario, Mayor e Inventarios y Balances todos por segunda vez. Quien se considere afectado dirigir la oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Orotina, 3 del mayo del 2007.—Marco Vinicio Araya Rapso, Secretario.—Nº 21364.—(40772).

INVERSIONES RODRÍGUEZ Y ACOSTA

La sociedad Inversiones Rodríguez y Acosta con cédula jurídica 3-101-216092 ubicada en Colorado de Abangares, interpone la pérdida del libro de acta de asamblea generales de junta directiva, Nº 24. Quién se considere afectado, dirigir las oposiciones en la administración tributaria de Guanacaste, en él termino de 8 días hábiles contados a partir de la última publicación.—San José, 21 de marzo del 2007.—William Acosta Granados, Gerente.—Nº 21369.—(40773).

INVERSIONES DIAMANTE MCB S. A.

Inversiones Diamante MCB S. A., cédula jurídica: 3-101-250433, domiciliada en Escazú, por haberse extraviado, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, Oficina de Legalización de Libros, la reposición del libro de Actas de Asamblea General. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Carolina Botero Ospina, Presidenta.—Nº 21419.—(40775).

TÉCNICAS AGRÍCOLAS SEBASTOPOL S. A.

Técnicas Agrícolas Sebastopol S. A., cédula jurídica: 3-101-219433, domiciliada en Escazú, por haberse extraviado, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, Oficina de Legalización de Libros, la reposición del libro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta.—Martín Antonio de Bedout Guerra, Presidente.—Nº 21420.—(40776).

H & D SAUNDIA SOCIEDAD ANÓNIMA

H & D Saundia Sociedad Anónima antes Factoría de Automotores Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-012603, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros o libro siguiente (s): Número uno de Diario, Número uno de Mayor, Número uno de Inventario y Balances, Número uno de Actas de Junta Directiva, Número uno de Actas de Asamblea General, y Número uno de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de este aviso.—Diane Constance Sauders, representante legal.—Nº 21422.—(40777).

Compra venta del establecimiento mercantil denominado Hotel San Agustín, mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 10 de mayo del 2007, Inversiones Montero Castro S. A., procedió a la venta a favor de Las Nubes Dream Ceauseco S. A., del establecimiento mercantil denominado Hotel San Agustín, cuyo giro comercial es la actividad de Hotel y Restaurante, sito en San José, calle 6ª, avenidas central y 2ª. Conforme el artículo 479 del Código de Comercio, se cita a los acreedores e interesados para que se presenten dentro del término de quince días a partir de la primera publicación del presente aviso, a hacer valer sus derechos; para lo cual podrán dirigirse a la Lic. Bárbara Durán Avilés, en su oficina sita en San José, Paseo Colón y avenida 2ª, calle 32, casa 55-S, frente a la Embajada de España, teléfono: 248-1600.—San José, 11 de mayo del 2007.—Lic. Bárbara Durán Avilés, Notaria.—Nº 21479.—(40778).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE FOSAS

DEL CEMENTERIO OBRERO DE CARTAGO

La suscrita María de los Ángeles Machado Ramírez, cédula Nº 3215518, presidenta de la Junta Directiva de la Asociación de Propietarios de Fosas del Cementerio Obrero de Cartago, cédula jurídica 3002056780. Solicito autorizar el libro de asambleas generales número cinco. La apertura de los libros contables, mayor, diario número cinco, por encontrarse con alteraciones y tachaduras además por tener más de seis meses de no estar consignados los datos contables en los respectivos libros de la junta directiva por no contar con ellos ante la negativa de la extesorera Alba Nuria Alfaro Alvarado de entregarlos y por no existir, libro de inventario, libro de registro de asociados, legatarios y propietarios y consejo de administración número uno. Acuerdo firme.—María de los Ángeles Machado Ramírez, Presidenta.—1 vez.—(40439.)

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Escritura número doscientos noventa y nueve, se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo y se nombra nuevo tesorero de la sociedad Jaidai Sociedad Anónima, se autoriza vender la única finca de la sociedad 1-198297-000, así mismo, se autoriza tramitar la reposición de los libros legales de la sociedad. Se autoriza la cesión de acciones de la sociedad que hace la socia María de Los Ángeles Allen Flores a sus hijos Rafael y María Lorena ambos Acuña Allen. Presidenta: Eugenia María Allen Flores, tesorera: Ana Cecilia Allen Flores.—San José, 3 de mayo del 2007.—Lic. Ernesto Torres Torres, Notario.—Nº 21408.—(40774).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 17:00 horas del 10 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad denominada Instituto de Logística Internacional ILI Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado y un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución. Es todo.—San José, 14 de mayo del 2007.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1 vez.—(40427).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las 17:30 horas del 8 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad denominada Aperture MBS Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado y un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución. Es todo.—San José, 19 abril del 2007.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1 vez.—(40428).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las 16:00 horas del 8 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad denominada Ceibo Barrigón Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado y un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución. Es todo.—San José, 19 abril del 2007.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1 vez.—(40429).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las 16:30 horas del 8 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad denominada Manglillo Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado y un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución. Es todo.—San José, 19 abril del 2007.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1 vez.—(40430).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las 17:00 horas del 8 de agosto del 2006, se constituyó la sociedad denominada SMS Acadia Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado y un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución. Es todo.—San José, 19 abril del 2007.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1 vez.—(40431).

Por escritura otorgada ante mí a las dieciséis horas del día cuatro de mayo del año dos mil siete, Karlhein González Silva y Edwin Bolaños Villalobos, constituyeron una sociedad anónima al amparo del decreto ejecutivo número treinta y tres mil cinto setenta y uno-J. Domicilio; Alajuela. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: agricultura, industria, ganadería y comercio. Capital: cien mil colones representados por cien acciones comunes y nominativas íntegramente y pagadas. Presidenta de la junta directiva: la socia González Silva.—Alajuela, 15 de mayo del 2007.—Lic. Miguel Rodríguez Gómez, Notario.—1 vez.—(40436).

Ante esta Notaría, a las 16:00 horas del veinte de febrero del dos mil siete; escritura número noventa y nueve-catorce del tomo catorce del protocolo del suscrito Notario, se constituye la sociedad anónima denominada Innovaciones Eléctricas y Electromecánicas LGR Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Montes de Oca, San Pedro, Vargas Araya. Plazo: 99 años. Presidente: representante judicial y extrajudicial. Objeto: comercio en general.—San José, 8 de marzo del 2007.—Lic. Julio Renato Jiménez Rojas, Notario.—1 vez.—(40440).

Se constituye la firma de esta plaza Friendly Dogs Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Presidente: Joseph Robertson Jr. Agente residente: Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo.—San José, 14 de mayo del 2007.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—(40443).

Ante mi notaría, se ha constituido la empresa Inversiones Víquez y Chaves del Coyol Sociedad Anónima, plazo noventa y nueve años, presidente Vidal Víquez Chaves.—Alajuela, 11 de abril del 2007.—Lic. Carlos González Campos, Notario.—1 vez.—(40448).

Por escritura Nº 180 del tomo siete de mi protocolo, otorgada el día se constituyó la empresa cuya denominación social será el número de cédula jurídica que le asigne la Sección Mercantil del Registro Nacional, de conformidad con el Decreto Nº 33171-J. Presidente: Ronald Jiménez Rivera. Plazo social: 99 años.—San Isidro de Pérez Zeledón, 3 de mayo del 2007.—Lic. Ronny Jiménez Porras, Notario.—1 vez.—(40452).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas del día catorce de mayo del dos mil siete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Signos Acústico Sociedad Anónima. Donde se revoca el nombramiento de secretario.—San José, 14 de mayo del 2007.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(40453).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:10 horas del 11 de mayo del 2007, se constituyó la empresa Tres Joses de San Cristóbal Ltda. Plazo social: 99 años. Gerente: José Manuel Segura Gamboa.—San Isidro, Pérez Zeledón, 11 de mayo del 2007.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—(40454).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas, diez minutos del día catorce de mayo del dos mil siete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada Residencias Palmar Alunado Sociedad de Responsabilidad Limitada. Donde se modifican las cláusulas segunda y novena de los estatutos.—San José, 14 de mayo del 2007.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(40455).

Ante esta Notaría por escritura otorgada a las dieciséis horas, cuarenta minutos del día catorce de mayo del dos mil siete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada Residencias Golondrina Egipcia Sociedad de Responsabilidad Limitada. Donde se modifica las cláusulas segunda y novena de los estatutos.—San José, 14 de mayo del 2007.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(40456).

Ante mi Notaría, al ser las once horas del día catorce de mayo del año dos mi siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Instituto de Formación Empresarial INFOREM Limitada, pudiendo la misma abreviarse en la última palabra Instituto de Formación Empresarial INFOREM Ltda.—Pérez Zeledón, 14 de mayo del 2007.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—(40457).

Ante esta Notaría por escritura otorgada a las dieciséis horas, treinta minutos del día catorce de mayo de dos mil siete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada Mapache Travieso Sociedad de Responsabilidad Limitada. Donde se modifica las cláusulas segunda y novena de los estatutos.—San José, 14 de mayo del 2007.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(40458).

Ante esta Notaría por escritura otorgada a las diez horas del día catorce de mayo de dos mil siete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Keftedes Kataifi Sociedad Anónima. Donde se modifican las cláusulas primera y sexta del pacto social.—San José, 14 de mayo del 2007.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(40459).

Por escritura Nº 137-6, otorgada a las 9:00 horas del 8 de mayo del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se constituye la sociedad denominada Alcobendas Ltda.; con domicilio en Puntarenas, Garabito, Playa Herradura, Complejo Residencial Los Sueños, Los Sueños Marina Village, en las oficinas de BLP Abogados.—Puntarenas, 10 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(40460).

Que por escritura 189, visible a folio 181 del tomo VII del protocolo del suscrito notario, se constituyó la empresa representada por Judson Lee Joyner, pasaporte de su país Nº 153828310, Turkeyfoot South Properties SRL, el motivo de este edicto es la constitución de la empresa indicada.—San Isidro, Pérez Zeledón, a las 17:00 horas del 12 de mayo del 2007.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—(40461).

Por escritura Nº 141-6, otorgada a las 14:00 horas del 8 de mayo del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se constituye la sociedad denominada Montebello Uno A Real Estate Ltda.; con domicilio en Puntarenas, Garabito, Playa Herradura, Complejo Residencial Los Sueños, Los Sueños Marina Village, en las oficinas de BLP Abogados.—Puntarenas, 10 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(40462).

Por escritura Nº 137-6, otorgada a las 9:00 horas del 8 de mayo del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se constituye la sociedad denominada Alenby de Herradura Ltda.; con domicilio en Puntarenas, Garabito, Playa Herradura, Complejo Residencial Los sueños, Los Sueños Marina Village, en las oficinas de BLP Abogados.—Puntarenas, 10 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(40463).

Que por escritura Nº 8 visible a folio 5 del tomo VIII del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas, se constituyó la empresa representada por el gerente Ricardo Umaña Villalobos, cédula de identidad Nº 6-287-440, denominada Aney Moisés Obando SRL. El motivo de este edicto es la constitución de la empresa atrás indicada.—San Isidro, Pérez Zeledón, 20:00 horas del 11 de mayo del 2007.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—(40464).

Por escritura Nº 137-6, otorgada a las 9:00 horas del 8 de mayo del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se constituye la sociedad denominada Mazzorbo Ltda., con domicilio en Puntarenas, Garabito, Playa Herradura, Complejo Residencial Los Sueños, Los Sueños Marina Village, en las oficinas de BLP Abogados.—Puntarenas, 10 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(40465).

Por escritura Nº 140-6, otorgada a las 13:40 horas del 8 de mayo del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se constituye la sociedad denominada JCHJJH Development Ltda.; con domicilio en Puntarenas, cantón Garabito, distrito Jacó, Complejo Residencial Los Sueños, Los Sueños Marina Village, en las oficinas de BLP Abogados.—Puntarenas, 10 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(40466).

Por escritura trescientos setenta y uno - dos, otorgada en esta Notaría a las doce horas del día nueve de mayo del año dos mil siete, se constituyó empresa individual de responsabilidad limitada: Corporación Malcar Alto de San Juan E.I.R.L., domiciliada en San Isidro, Pérez Zeledón, exactamente contiguo a la fábrica de alcantarillas, con un capital social de diez mil colones, gerente general con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, quien tendrá la representación judicial y extrajudicial de la empresa.—San Isidro de Pérez Zeledón, al ser las catorce horas del diez de mayo del dos mil siete.—Lic. Diego Solís Soto, Notario.—1 vez.—(40467).

Por escritura Nº 137-6, otorgada a las 9:00 horas del 8 de mayo del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se constituye la sociedad denominada Azriely del Mar Pacífico Ltda.; con domicilio en Puntarenas, Garabito, Playa Herradura, Complejo Residencial Los Sueños, Los Sueños Marina Village, en las oficinas de BLP Abogados.—Puntarenas, 10 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(40468).

Por escritura Nº 137-6, otorgada a las 9:00 horas del 8 de abril del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se constituye la sociedad denominada Moralzarzal Ltda.; con domicilio en Puntarenas, Garabito, Playa Herradura, complejo Residencial Los Sueños, Los Sueños Marina Village, en las oficinas de BLP Abogados.—Puntarenas, 10 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(40469).

Por escritura Nº 139-6, otorgada a las 13:20 horas del 8 de mayo del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se constituye la sociedad denominada Montebello Uno C Condominium Ltda.; con domicilio en Puntarenas, Garabito, distrito Jacó, Complejo Residencial Los Sueños, Los Sueños Marina Village, en las oficinas de BLP Abogados.—Puntarenas, 10 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(40470).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy se constituyó Agrícola Jurroes del Sur Sociedad Anónima, presidente: Juan Vicente Rodríguez Esquivel, plazo: noventa y nueve años, capital social: diez acciones, de mil colones cada una.—San Isidro de El General, 14 de mayo del 2007.—Lic. Alejandra González Vargas, Notaria.—1 vez.—(40471).

Por escritura Nº 137-6, otorgada a las 9:00 horas del 8 de mayo del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se constituye la sociedad denominada Charonne Ltda.; con domicilio en Puntarenas, Garabito, Playa Herradura, Complejo Residencial Los Sueños, Los Sueños Marina Village, en las oficinas de BLP Abogados.—Puntarenas, 10 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(40472).

Por escritura Nº 138-6, otorgada a las 13:00 horas del 8 de mayo del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Vistas de La Marina S. A. Donde se modifica la junta directiva.—Puntarenas, 10 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(40473).

Por escritura Nº 137-6, otorgada a las 9:00 horas del 8 de mayo del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se constituye la sociedad denominada Crozatier Ltda.; con domicilio en Puntarenas, Garabito, Playa Herradura, Complejo Residencial Los Sueños, Los Sueños Marina Village, en las oficinas de BLP Abogados.—Puntarenas, 10 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(40474).

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó Agropecuaria Rocha del Sur Sociedad Anónima. Presidente: Adrián Gerardo Rojas Charpentier. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez acciones de mil colones cada una.—San Isidro de El General, 14 de mayo del 2007.—Lic. Alejandra González Vargas, Notaria.—1 vez.—(40475).

Ante esta Notaría por escritura otorgada a las dieciséis horas, veinte minutos del día catorce de mayo de dos mil siete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada Residencias Boyero Laborioso Sociedad de Responsabilidad Limitada. Donde se modifica las cláusulas segunda y sexta de los estatutos.—San José, 14 de de mayo del 2007.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(40476).

Ante mí Rosa Guillermina Aguilar Ureña, notaria pública con oficinas en la ciudad de San José, comparecieron Secola Domínguez Rafael Alberto, Omar Antonio Gómez Carpio y constituyeron una sociedad que se identificará por su cédula jurídica, de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J.—San José, 14 de mayo del 2007.—Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—(40492).

Hoy en esta notaría, se constituyó Distribuidora Valverde DISVAL S. A. Capital social: diez mil colones exactos totalmente suscritos y pagados por los socios. Domicilio social: Alajuela, Poás, Carrillos.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—(40495).

Hoy en esta notaría, se constituyó Inversiones Segura y Sánchez SEYSA S. A. Capital social: diez mil colones exactos totalmente suscritos y pagados por los socios. Domicilio social: San José, Curridabat.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—(40496).

Hoy en esta notaría, se constituyó Inversiones Nahanain S. A. Capital social: diez mil colones exactos totalmente suscritos y pagados por los socios. Domicilio social: San José, Central Hatillo.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—(40497).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 15:00 horas del 14 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad anónima denominada Decatlón S. A. Domicilio social: San Pedro de Montes de Oca. Plazo social: 99 años. Capital social: suscrito y pagado. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 14 de mayo del 2007.—Lic. Emily Vargas Rivera, Notaria.—1 vez.—(40498).

Mediante escritura número veinticinco, otorgada a las nueve horas, seis minutos del día quince de mayo del año dos mil siete, visible al folio treinta y cinco vuelto del tomo segundo de mi protocolo, se reforman los estatutos y se nombra junta directiva de Praderas del Bosque Nuboso Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- cuatrocientos cuarenta y ocho mil quinientos setenta y cuatro.—Alajuela, 15 de mayo del 2007.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(40499).

Mediante escritura número veintiséis, otorgada en Alajuela, a las nueve horas, diecinueve minutos del día quince de mayo del año dos mil siete, visible al folio treinta y seis vuelto del tomo segundo de mi protocolo, las señoras Marianela Cedeño Bonilla y Ana Isabel Bonilla Solano, constituyeron Gestión Ambiental Integral Sociedad Anónima.—Alajuela, 15 de abril del año 2007.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(40500).

Por escritura otorgada ante esta Notaría el día once de mayo del año dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Telecomunicaciones TLC de Costa Rica Sociedad Anónima, se nombra nueva junta directiva.—San José, 14 de mayo del 2007.—Lic. Surút Monge Morales, Notario.—1 vez.—(40501).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las 9:00 horas del 2 de mayo del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada Lázaro Feinzilber Sucesores Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 7 de mayo del 2007.—Lic. Willy Cordero Pinchanski, Notario.—1 vez.—(40525).

Por escritura número catorce, otorgada ante la notaria Viviana Aguilar Álvarez, a las once horas con quince minutos del quince de mayo del año dos mil siete, se modificó la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad P.C.S. Broad Band Systems S. A. y se reorganiza la junta directiva.—San José, 15 de mayo del 2007.—Lic. Viviana Aguilar Álvarez, Notaria.—1 vez.—(40529).

Por escritura otorgada en Alajuela, a las 15:45 horas del 29 de abril del 2007, se constituyó la entidad Yoswal S. A. Domicilio: Alajuela, Carrizal, de la Iglesia Católica un km al oeste. Capital: suscrito y pagado. Presidente y tesorera con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años.—Alajuela, 10 de mayo del 2007.—Lic. Karla Marcela Quesada Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(40530).

Por escritura número noventa y seis-uno, otorgada ante los notarios Mauricio Alberto Vargas Kepfer y Viviana Aguilar Álvarez, a las diez horas del día diez de mayo del año dos mil siete, se reforman las cláusulas segunda y sexta, se nombra nueva junta directiva y fiscal de la compañía Ecoquintas y Paisajes Ambientales FUV S. A.San José, 14 de mayo del 2007.—Lic. Mauricio Alberto Vargas Kepfer, Notario.—1 vez.—(40531).

Por escritura número noventa y nueve-uno, otorgada ante los notarios Mauricio Alberto Vargas Kepfer y Juvenal Sánchez Zúñiga, a las doce horas del día diez de mayo del año dos mil siete, se reforma la cláusula segunda y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la companía Ecoquintas y Paisajes Frutales AV S. A.San José, 15 de mayo del 2007.—Lic. Mauricio Alberto Vargas Kepfer, Notario.—1 vez.—(40535).

Por escritura número noventa y ocho-uno, otorgada ante los notarios Mauricio Alberto Vargas Kepfer y Juvenal Sánchez Zúñiga, a las once horas, treinta minutos del día diez de mayo del año dos mil siete, se reforma la cláusula segunda y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la compañía Ecoquintas y Paisajes El Descanso MLL S. A.San José, 15 de mayo del 2007.—Lic. Mauricio Alberto Vargas Kepfer, Notario.—1 vez.—(40536).

En escritura otorgada ante mí, protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Pro Fitness GYM S. A., en la cual se modifica la cláusula primera de los estatutos.—San Ramón, Alajuela, 15 de mayo del 2007.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(40537).

Por escritura número noventa y siete - uno, otorgada ante los notarios Mauricio Alberto Vargas Kepfer y Juvenal Sánchez Zúñiga a las diez horas, treinta minutos del día diez de mayo del año dos mil siete, se reforma la cláusula segunda y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la compañía Ecoquintas y Paisajes Naturales JOB S. A.San José, 15 de mayo del 2007.—Lic. Mauricio Alberto Vargas Kepfer, Notario.—1 vez.—(40538).

Por escritura número ciento uno - uno, otorgada ante los notarios Mauricio Alberto Vargas Kepfer y Juvenal Sánchez Zúñiga a las trece horas del día diez de mayo del año dos mil siete, se reforma la cláusula segunda y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la compañía Ecoquintas y Paisajes de Aventura TIW S. A.San José, 15 de mayo del 2007.—Lic. Mauricio Alberto Vargas Kepfer, Notario.—1 vez.—(40539).

Luis Diego Chacón Bolaños, notario público, hace constar que en mi notaría, con fecha del 24 de abril del 2007, se constituyó Guanacaste Business Inciatives S. A., siendo su presidente apoderado generalísimo sin límite de suma con un capital social de 10 mil colones.—Lic. Luis Diego Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—(40540).

Por escritura número cien - uno, otorgada ante los notarios Mauricio Alberto Vargas Kepfer y Juvenal Sánchez Zúñiga a las doce horas, treinta minutos del día diez de mayo del año dos mil siete, se reforma la cláusula segunda y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la compañía Ecoquintas y Paisajes de Verano LOQ S. A.San José, 15 de mayo del 2007.—Lic. Mauricio Alberto Vargas Kepfer, Notario.—1 vez.—(40541).

En esta Notaría, mediante escritura número cincuenta y cinco de las dicisiete horas del quince de marzo del año dos mil siete, protocolicé acta de la sociedad Nuevo Espacio Desarrolladores Vascos Sociedad Anónima, en la que se modifica la cláusula tercera del domicilio.—San José, 11 de mayo del 2007.—Lic. Karla Morales Avendaño, Notaria.—1 vez.—(40543).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las diez horas, se ha constituido Las Brisas en La Vueltas Sociedad Anónima. Domicilio: Alajuela. Plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones. Presidente: David Ernest Keown.—Alajuela, 15 de marzo del 2007.—Lic. Delia A. Segura Soto, Notaria.—1 vez.—(40545).

Protocolización acta número uno, asamblea general extraordinaria de socios de Las Brisas de Guayabo - Bagaces Sociedad Anónima, se nombra nueva junta directiva.—Alajuela, 15 de mayo del año 2007.—Lic. Delia A. Segura Soto, Notaria.—1 vez.—(40546).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las diez horas, se ha constituido sociedad anónima, de acuerdo al Decreto Nº 33171-J del 14 de junio del 2006. Domicilio: Alajuela. Presidente: Erick Solís Sánchez.—Alajuela, 12 de abril del 2007.—Lic. Delia A. Segura Soto, Notaria.—1 vez.—(40547).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las once horas, se ha constituido sociedad anónima, de acuerdo al Decreto Nº 33171-J del 14 de junio del 2006. Domicilio: Alajuela. Presidente: Azarías Segura Arroyo.—Alajuela, 12 de abril del 2007.—Lic. Delia A. Segura Soto, Notaria.—1 vez.—(40548).

El día de hoy, constituí la compañía Idiomas e Intercambios Rosand S. A.Escazú, 17 de abril del 2007.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—(40549).

Mediante escritura otorgada el día cuatro de setiembre del dos mil seis, ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Concretera y Desarrolladora del Litoral Pacífico C D L P Sociedad Anónima. Domicilio social: San José. Capital social: cien mil colones. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad le corresponde al presidente y al secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, 15 de mayo del 2007.—Lic. Luis Diego Sáenz Mederas, Notario.—1 vez.—(40554).

Se constituye la sociedad denominada Corporación Villafran C Y F Sociedad Anónima, escritura otorgada en Alajuela, a las veinte horas del día catorce de mayo del año dos mil siete.—Lic. Flory Yali de la Peña Rojas, Notaria.—1 vez.—(40558).

Ante la notaria público Gisella Gutiérrez Zúñiga, el día once de mayo del año dos mil siete, a las diecinueve horas, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la Sociedad Anónima Tres-ciento Uno-Cuatrocientos Setenta y Tres Mil Quinientos Noventa y Cinco, en la que se reformó la cláusula segunda y la decimotercera del pacto constitutivo, referente al domicilio social y a la junta directiva, respectivamente.—San José, 12 de mayo del 2007.—Lic. Gisella Gutiérrez Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(40561).

Por escritura pública otorgada en esta Notaría, a las diecisiete horas y cuarenta minutos del catorce de mayo del dos mil siete, Iván Salas Cubero, Wilberth Morera Vargas, Mario Quesada Soto y José Daniel Guzmán Arias, constituyen la sociedad denominada Hosali Sociedad Anónima.—Alajuela, 14 de mayo del 2007.—Lic. Yamileth Rodríguez Alfaro, Notoria.—1 vez.—Nº 21295.—(40568).

Ante esta Notaría, los señores Nicolás Buffile Sautet, cédula de residencia Nº 726-160048003828 y María Vanesa Calderón Pardo, cédula de identidad Nº 1-0731-0566; han comparecido para constituir la empresa Avanico Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 11:00 horas del día 10 de mayo del año 2007. Nicolás Buffile Sautet ejerce la Presidencia. Agente residente el suscrito Notario: Lic. Óscar Mora Vargas.—Lic. Óscar Mora Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 21296.—(40569).

Ante esta Notaría, los señores Nicolás Buffile Sautet, cédula de residencia Nº 726-160048003828 y María Vanesa Calderón Pardo, cédula de identidad Nº 1-731-566; han comparecido para constituir la empresa Protectores del Río N.P.J.C. Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 11:00 horas del día 10 de mayo del año 2007. Nicolás Buffile Sautet ejerce la Presidencia. Agente residente el suscrito Notario: Lic. Óscar Mora Vargas.—Lic. Óscar Mora Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 21297.—(40570).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria a las 13:00 horas del catorce de mayo del 2007, se constituyó una empresa cuya denominación social será Zarcero Fresco Sociedad Anónima, el capital social es la suma de diez mil colones, el plazo es de noventa y nueve años. Apoderado generalísimo sin límite de suma: Minor Chacón Rodríguez.—San José, 14 de mayo del 2007.—Lic. Ana Yhansey Fernández C., Notaria.—1 vez.—Nº 21298.—(40571).

Yo, Ingrid Brown Sequeira, hago constar que ante mi Notaría protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada I.A.R Inversiones Inaro S. A., donde se nombra nueva junta directiva, fiscal, agente residente, y se reforma las cláusulas primera, segunda y sexta del pacto social. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las catorce horas del diez de mayo del dos mil siete.—Lic. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 21299.—(40572).

Por escritura otorgada en esta Notaría, se protocolizó acta asamblea general extraordinaria de socios de Mawa de Curridabat S. A. Se revocan los nombramientos de la junta directiva y el fiscal, y se nombra junta directiva y fiscal, se modifica la cláusula decimoprimera del pacto constitutivo. Escritura otorgada en la ciudad de San José, Curridabat, a las dieciocho horas del día catorce de mayo del año dos mil siete.—Lic. Eduardo Aguilar Wallen, Notario.—1 vez.—Nº 21300.—(40573).

Ante mí, Alejandro Sanabria Romero, se constituyó Guanavet del Pacífico S. A. Capital: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Representación: presidente y secretario. Es todo.—San José, a las once horas del once de mayo del dos mil siete.—Lic. Alejandro Sanabria Romero, Notario.—1 vez.—Nº 21301.—(40574).

Ante mí, Olga Libia Sandoval Ugalde, por escritura número ciento catorce-siete, otorgada a las doce horas del tres de mayo de dos mil siete, visible al folio cincuenta y tres frente, se constituyó la sociedad denominada Torres y Castro Sociedad Anónima. Presidente. Hairol Torres Rodríguez. Capital: diez mil colones.—Alajuela, 3 de mayo del 2007.—Lic. Olga Libia Sandoval Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 21307.—(40575).

Ante esta Notaría, se constituyó la entidad jurídica de esta plaza denominada Riverhead Reserach and Publications Incorporated Sociedad Anónima. Expido un primer testimonio escritura otorgada en la ciudad de Heredia, al ser las once horas del día catorce mes de mayo del  año dos mil siete.—Lic. Patricia Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº 21308.—(40576).

Ante esta notaría se constituyo la entidad jurídica de esta plaza denominada Neleery Incorporated Sociedad Anónima. Expido un primer testimonio escritura otorgada en la ciudad de Heredia, al ser las nueve horas del día diez mes de mayo del año dos mil siete.—Lic. Patricia Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº 21309.—(40577).

Por escritura otorgada a las diez horas, treinta minutos del día catorce de mayo del año dos mil siete, ante los notarios Mauricio Brenes Ruiz y Ricardo Castro Páez, se nombró nueva junta directiva de la Asocación de Voleibol de Goicoechea. Presidente: Jesús Valerio Ramírez.—San José, 15 de mayo del año 2007.—Lic. Mauricio Brenes Ruiz y Lic. Ricardo Castro Páez, Notarios.—1 vez.—Nº 21317.—(40578).

El suscrito Alejandro Sanabria Romero, notario público con oficina en San José, hace constar que a las catorce horas del cinco de mayo del dos mil siete, en la ciudad de San José, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, cuya representación la tiene el presidente y el secretario de la junta directiva, y con un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—San José, a las dieciséis horas del catorce de mayo del dos mil siete.—Lic. Alejandro Sanabria Romero, Notario.—1 vez.—Nº 21319.—(40579).

Ante mí Alonso Calvo Pardo, Notario Público con oficina abierta en San José, se apersonó la Lic. Irene Méndez Vega, a constituir una sociedad que se denominará Asesorías Jacaranda Sociedad Anónima, la cual se encuentra protocolizada en la escritura número setenta y dos, visible a folios cuarenta y cinco vuelto a cuarenta y siete frente del tomo primero de mi protocolo. Hecho en San José, el once de mayo del dos mil siete.—Lic. Alonso Calvo Pardo, Notario.—1 vez.—Nº 21321.—(40580).

Ante mí, Alonso Calvo Pardo, notario público con oficina abierta en San José, se apersonó el señor Randolph Roberto Morales Araya, a constituir una sociedad que se denominará ARA Sociedad Anónima, la cual se encuentra protocolizada en la escritura número sesenta y cinco, visible a folios cuarenta y uno frente a cuarenta y dos frente del tomo primero de mi protocolo. Hecho en San José, a las diez horas del once de mayo del dos mil siete.—Lic. Alonso Calvo Pardo, Notario.—1 vez.—Nº 21322.—(40581).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 2 de abril de dos mil siete, se constituyó ante esta Notaría diez compañías con domicilio en San José, cuyas razones sociales, los otorgantes solicitaron que las mismas fuesen asignadas de oficio por el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio de dos mil seis. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Javier Prada Torres.—San José, 14 de mayo del 2007.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—Nº 21324.—(40582).

Por escritura que autoricé a las doce horas del día de hoy, los señores Arturo Acosta Mora y Ana Laura Kopper Muñoz, constituyen una sociedad anónima que como denominación social tendrá el número de cédula jurídica que el Registro le asigne de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo doce mil ciento cincuenta y ocho-J del quince de diciembre de mil novecientos ochenta. Presidente: Arturo Acosta Mora.—San José, 10 de mayo del 2007.—Lic. Edgar Acosta Valerio, Notario.—1 vez.—Nº 21327.—(40583).

Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas del día dieciocho de abril del año dos mil siete, se constituye la sociedad de este domicilio Inversiones Hipacatelyn del Sur Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Representación: presidente.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—Nº 21328.—(40584).

Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas del día dieciocho de abril del año dos mil siete, se constituye la sociedad de este domicilio Inversiones Acsertany del Sur Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Representación: presidente.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—Nº 21329.—(40585).

Por escritura otorgada ante la licenciada Blanca Cecilia Briceño Bustos, se constituyó a las 8:00 horas del 7 de mayo del 2007, la sociedad denominada VCW Arcam Asesores S. A., domiciliada en Desamparados San Antonio, 800 metros sureste del Liceo San Antonio, cuyo presidente es Gehovanni Alberto Araya Sandí.—Lic. Blanca Cecilia Briceño Bustos, Notaria.—1 vez.—Nº 21330.—(40586).

Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas, treinta minutos del día diecisiete de abril del año dos mil siete, se constituye la sociedad de este domicilio Inversiones Contrenzas del Sur Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Representación: presidente.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—Nº 21331.—(40587).

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TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución Nº RMT-7315 de las diez horas del día 19 de diciembre del 2006. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve impartir aprobación final a la resolución Nº PIGTA-4359-2005 de sesión celebrada en San José, a las nueve horas del día 9 de mayo del 2005, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de Guerra incoadas por Monge Sánchez María Luz, cédula de identidad Nº 3-128-104, a partir del día 25 de diciembre del 2003; por la suma de treinta y seis mil cuatrocientos treinta y seis colones con diez céntimos (¢36.436,10), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.— Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Jeremías Vargas Chavarría, Director.—1 vez.—(40993).

JUSTICIA Y GRACIA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Oficialía Presupuestal del Ministerio de Justicia, San José. Por ignorarse la dirección exacta del domicilio del señor Manuel Guadamuz Gómez, cédula Nº 5-298-404 y en virtud de seguirse procedimiento administrativo de cobro por deuda con el Estado, notifíquesele según lo dispuesto en los artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración Pública por medio de edicto, la resolución dictada por esta Oficialía que literalmente dice: “Resolución Nº 015-2007-OP. Oficialía Presupuestal del Ministerio de Justicia. San José, a las trece horas del primero de febrero del dos mil siete. Conoce esta Oficialía de Procedimiento de Cobro Administrativo por deuda al Estado tramitado en expediente Nº 013-C-2.006, contra el señor Manuel Guadamuz Gómez, mayor, soltero, cédula Nº 5-298-404, exfuncionario del Ministerio de Justicia. Resultando 1º—Que el Órgano Director del Procedimiento nombrado por esta Oficialía por oficio OP-191-2006, mediante Resolución Nº 017-C-2.006-OD-OP., de 9:00 horas del 13-02-2006, inició procedimiento de cobro contra el señor Manuel Guadamuz Gómez, en expediente 013-C-2.006, con base en certificación de deuda con el Estado por un monto de ¢28.294,70 por ausencias del 9 al 15 de febrero del 2004, emitida por el Coordinador, Unidad de Planillas de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Justicia en fecha 08-07-2004 y le citó a comparecencia a celebrarse el 8 de marzo del 2006 a las 9:15 a. m., en esta Oficialía. Resolución que por ser desconocido en la dirección indicada como domicilio, no pudo serle notificada. 2º—Que por Resolución Nº 095-C-2006-OD-OP de las 14:00 horas del 12-05-2006, el Órgano Director citó de nuevo a comparecencia al señor Manuel Guadamuz Gómez a celebrarse a las 11:30 a.m., 15 días hábiles posteriores a su notificación Siendo notificada por edicto, mediante publicaciones en Las Gacetas números 240-241 y 242 los días 14-15 y 18 de diciembre del 2006, respectivamente. 3º—Que el señor Manuel Guadamuz Gómez no asistió a la comparecencia, según Acta Nº 006-2007-OP levantada a las 11:50 horas del 19-01-2007, por el Órgano Director. 4º—Que por resolución 007-C-2007-OD-OP de 9:00 horas del 29-01-2007, el Órgano Director trasladó a este Despacho el expediente recomendando continuar con las diligencias de cobro, en virtud de lo cual se resuelve. Considerando hechos probados: Con la certificación de deuda emitida por el Coordinador, Unidad de Planillas de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Justicia, el 8 de julio del 2004. Resoluciones del Órgano Director del Procedimiento Nº 017-C-2006-OD-OP de 9:00 horas del 13-02-2006, Nº 095-C-2006-OD-OP de 14:00 horas del 12-05-2006 y Acta 006-2007-OP levantada a las 11:50 horas del 19-01-2007, se tiene por probado: a) Que el señor Manuel Guadamuz Gómez, laboró para Dirección General de Adaptación Social de este Ministerio, a partir del 19-01-2004, en el puesto de Agente de Seguridad Nº 094601, código presupuestario Nº 78300040001 y a partir del 01-03-2004 se le tramitó despido sin responsabilidad patronal, b) Que adeuda al Estado un monto de ¢28.294,70, por ausencias del 9 al 15 de febrero del 2004. c) Que el Órgano Director del Procedimiento inició las diligencias de cobro y fue debidamente notificado, d) Que el señor Manuel Guadamuz Gómez, no asistió a la comparecencia. II.—Sobre el fondo: De conformidad con los hechos que se tienen por probados y teniéndose en cuenta que: 1º—El artículo 4° del Decreto número 26580-H del 14 de enero de 1998, establece la obligación de la Administración de realizar las gestiones necesarias tendentes a recuperar las sumas giradas de más y el artículo 252 de la Ley General de la Administración Pública establece que si la persona citada no comparece sin justa causa, la administración podrá continuar y decidir el caso con los elementos de juicio existentes. 2º—Consta en expediente que el señor Manuel Guadamuz Gómez, fue debidamente notificado de la apertura del procedimiento de cobro por el monto de ¢28.294,70, por ausencias del 9 al 15 de febrero del 2004, certificado por el Coordinador de la Unidad de Planillas de la Dirección de Recursos Humanos de este Ministerio como deuda con el Estado. Al no asistir a la comparecencia a la que fue citado, no haberse apersonado por escrito ante el Órgano Director a objetar el procedimiento de cobro, ni haber presentado prueba que demuestre la inexistencia de la deuda o haberla cancelado, dicho monto se mantiene como deuda pendiente de reintegrar al Estado, por lo que procede acoger la recomendación del Órgano Director del Procedimiento y continuar con las diligencias para su recuperación. Por tanto la Oficial Presupuestal del Ministerio de Justicia resuelve acoger la recomendación emitida por el Órgano Director del Procedimiento en Resolución Nº 007-C-2007-OD-OP de 9:00 horas del 29-01-2007 y de conformidad con los artículos 4° del Decreto Nº 26580-H del 14-01-1998 y 252 de la Ley General de la Administración Pública. No habiendo sido desvirtuada la existencia de la deuda ni reintegrado al Estado el monto de ¢28.294,70, por ausencias del 9 al 15 de febrero del 2004, certificado por el Coordinador, Unidad de Planillas de la Dirección de Recursos Humanos de este Ministerio el 8 de julio del 2004, se declara la existencia de la deuda, debe el señor Manuel Guadamuz Gómez, de calidades indicadas al inicio reintegrar dicho monto al Estado al quedar firme esta resolución. Contra la cual se puede interponer los recursos de revocatoria y apelación en subsidio dentro del término de 3 días hábiles a partir de su notificación los que se presentarán en esta Oficialía, a la que corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Notifíquese”. Publíquese por tres veces consecutivas en La Gaceta.—Lic. Ana Iris Arguedas Herrera, Oficial Presupuestal.—(Solicitud Nº 23540).—C-123440.—(39946).

Oficialía Presupuestal del Ministerio de Justicia, San José. Por ignorarse la dirección exacta del domicilio del señor Israel Armando Cruz Morales, cédula Nº 1-1134-744 y en virtud de seguirse procedimiento administrativo de cobro por deuda con el Estado, notifíquesele según lo dispuesto en los artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración Pública por medio de edicto, la resolución dictada por esta Oficialía que literalmente dice: “Resolución Nº 016-2.007-OP. Oficialía Presupuestal del Ministerio de Justicia. San José, a las catorce horas del primero de febrero del dos mil siete. Conoce esta Oficialía, de expediente de Cobro Administrativo Nº 045-C-2.006 del señor Israel Armando Cruz Morales, mayor, soltero, cédula de identidad 1-1134-744, exfuncionario del Ministerio de Justicia. Resultando: 1º—Que el Órgano Director del Procedimiento nombrado por esta Oficialía por oficio OP-288-2006, mediante Resolución Nº 066-C-2.006-OD-OP de 9:15 horas del 24-03-2006 inició procedimiento de cobro contra el señor Israel Armando Cruz Morales, en expediente 045-C-2.006, con base en 2 certificaciones de deuda con el Estado emitidas por el Coordinador de Procedimientos, Aplicaciones y Remuneraciones de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Justicia en fechas 27 de octubre y 16 de noviembre del año 2004. La primera por un monto total de ¢35.829,05, desglosado en ¢13.435,90 por ausencias del 25-09-2004, al 27-09-2004. ¢8.957,25 por ausencias del 11 al 12-10-2004 y 013.435.90, por giro de más de 3 días de salario, del 13 al 15-10-2004. La segunda por un monto de ¢31.759,50, por incapacidad extendida por la Caja Costarricense de Seguro Social del 28 de setiembre al 8 de octubre del 2004, pendiente de rebajar y le citó a comparecencia a celebrarse el 26-04-2006 a las 9:15 a. m., en esta Oficialía. 2º—Que por Resolución Nº 100-C-2006-OD-OP, de 10:00 horas del 26-05-2006, el Órgano Director citó de nuevo a comparecencia al señor Israel Armando Cruz Morales a celebrarse a las 2:30 p.m. 15 días hábiles posteriores a su notificación. Siendo notificada por edicto, mediante publicación en Las Gacetas números 240, 241 y 242, de fechas 14 - 15 y 18 de diciembre del 2006, respectivamente. 3º—Que el señor Israel Armando Cruz Morales, no asistió a la comparecencia, según Acta Nº 007-2007-OP levantada a las 14:50 p. m., del 19-01-2007, por el Órgano Director. 4º—Que por resolución 008-C-2007-OD-OP de 11:00 horas del 29 de enero 2007, el Órgano Director trasladó a este Despacho el expediente recomendando continuar con las diligencias de cobro, en virtud de lo cual se resuelve. Considerando I.—Hechos probados: Con certificaciones de deuda emitidas por el Coordinador de Procedimientos, Aplicaciones y Renumeraciones de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Justicia, de fechas 27-10-2004 y 16-11-2004. Resoluciones del Órgano Director del Procedimiento Nº 066.-C-2006-OD-OP de 9:15 del 24 de marzo del 2006, Nº 100-C-2006-OD-OP de 10:00 horas del 26 de mayo del 2006 y Acta 007-2007-OP., levantada el 19-01-2007 a las 14:50, horas se tiene por probado: a) Que el señor Israel Armando Cruz Morales, laboró para la Dirección General de Adaptación Social de este ministerio, a partir del 27-08-2001, en el puesto Nº 018520, código presupuestario Nº 78300040001 y a partir del 13-10-2004 se le tramitó despido sin responsabilidad patronal, b) Que le fueron girados de más los montos de 1- ¢35.829,05, desglosado en ¢13.435,90 por ausencias del 25 al 27-09-2004. ¢8.957,25, por ausencias del día 11 al 12-10-2004 y ¢13.435,90 por habérsele girado de más 3 días de salario del 13 al 15-10-2004. c) Que el Órgano Director del Procedimiento inició las diligencias de cobro y fue debidamente notificado, d) Que el señor Israel Armando Cruz Morales, no asistió a la comparecencia. II.—Sobre el fondo: De conformidad con los hechos que se tienen por probados y teniéndose en cuenta que: 1º—El artículo 4° del Decreto número 26580-H del 14 de enero de 1998, establece la obligación de la Administración de realizar las gestiones necesarias tendentes a recuperar las sumas giradas de más y el artículo 252 de la Ley General de la Administración Pública establece que si la persona citada no comparece sin justa causa, la administración podrá continuar y decidir el caso con los elementos de juicio existentes. 2º—Consta en expediente que: el señor Israel Armando Cruz Morales, fue debidamente notificado de la apertura del procedimiento de cobro por los montos de ¢35.829,05 y ¢31.759,50, por incapacidad extendida por la Caja Costarricense de Seguro Social del 28-09-2004 al 8-10-2004, certificados por el Coordinador de Procedimientos, Aplicaciones y Remuneraciones de la Dirección de Recursos Humanos de este Ministerio como deudas con el Estado. Al no asistir a la comparecencia a la que fue citado y tampoco haberse apersonado por escrito ante el Órgano Director a objetar el procedimiento de cobro, ni haber presentado prueba que demuestre la inexistencia de las deudas o haber cancelado las mismas. Los montos citados se mantienen como deudas pendientes de reintegrar al Estado, por lo que, procede acoger la recomendación del Órgano Director del Procedimiento y continuar con las diligencias para su recuperación. Por tanto la Oficial Presupuestal del Ministerio de Justicia, resuelve acoger la recomendación emitida por el Órgano Director del Procedimiento en Resolución Nº 008-C-2007-OD-OP de 11:00 horas del 29 de enero 2007 y acorde con lo dispuesto en los artículos 4° del Decreto Nº 26580-H del 14-01-1998 y 252 de la Ley General de la Administración Pública. No habiendo sido desvirtuada la existencia de las deudas ni reintegrado al Estado los montos de ¢35.829,05 por ausencias del 25 al 27-09-2004. Del 11 al 12-10-2004 y 3 días de salario girados de más del 13 al 15-10-2004 y ¢31.759,50, por incapacidad extendida por la Caja Costarricense de Seguro Social del 28 de setiembre al 8 de octubre del 2004, certificados por el Coordinador de Procedimientos, Aplicaciones y Remuneraciones de la Dirección de Recursos Humanos de este Ministerio el 27-10-2004 y 16-11-2004, se declara la existencia de ambas deudas y debe el señor Israel Armando Cruz Morales, de calidades indicadas al inicio efectuar el reintegro de dichas sumas al Estado al quedar firme la presente resolución. Contra la cual se puede interponer los recursos de revocatoria y apelación en subsidio dentro del término de 3 días hábiles a partir de su notificación los que se presentarán en esta Oficialía, a la que corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Notifíquese”. Publíquese por tres veces consecutivas en La Gaceta.—Lic. Ana Iris Arguedas Herrera, Oficial Presupuestal.—(Solicitud Nº 23541).—C-137960.—(39947).

Oficialía Presupuestal del Ministerio de Justicia, San José. Por ignorarse la dirección exacta del domicilio del señor Carlos Vigot Rojas, cédula Nº 03-0170-0620, y en virtud de seguirse procedimiento administrativo de cobro por deuda con el Estado, notifíquesele según lo dispuesto en los artículos 241 y 242 de la Ley General de la Administración Pública por medio de edicto, la resolución dictada por esta Oficialía que literalmente dice: “Resolución Nº 017-2.007-OP. Oficialía Presupuestal del Ministerio de Justicia. San José, a las quince horas del primero de febrero del dos mil siete. Conoce esta Oficialía de Procedimiento de Cobro Administrativo por deuda al Estado tramitado en expediente Nº 002.-C-2.006, por el Órgano Director del Procedimiento contra el señor Carlos Vigot Rojas, mayor, casado, cédula Nº 03-0170-0620, vecino de Cartago 2000, La Lima, exfuncionario del Ministerio de Justicia. Resultando: 1º—Que el Órgano Director del Procedimiento nombrado por esta Oficialía por oficio OP-155-2006, mediante Resolución Nº 003-C-2.006-OD-OP de 13:00 horas del 07-02-2006, inició procedimiento de cobro contra el señor Carlos Vigot Rojas, en expediente 002-C-2.006, con base en certificación de deuda con el Estado por un monto de ¢53.267,00, por giro de más 12 días de la segunda quincena de diciembre 2003, emitida por el Coordinador de la Unidad de Planillas de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Justicia, en fecha 28-04-2004 y le citó a comparecencia a celebrarse el 1º de marzo 2006 a las 9:30 horas, en esta Oficialía. Resolución que por ser la dirección insuficiente no pudo serle notificada. 2º—Que por Resolución Nº 096-C-2006-OD-OP, de las nueve horas del 15 de mayo del 2006, el Órgano Director citó de nuevo a comparecencia al señor Carlos Vigot Rojas a celebrarse a las 3:00 p.m., 15 días hábiles posteriores a su notificación. Siendo notificada por edicto, mediante publicación en Gacetas números 240 - 241 y 242 de fechas 14 -15 y 18, todas del mes de diciembre 2006. 3º—Que el señor Carlos Vigot Rojas, no asistió a la comparecencia, según Acta Nº 008-2007-OP levantada a las 15:20 horas del 19-01-2007, por el Órgano Director. 4º—Que por resolución 009-C-2007-OD-OP de 13:00 horas del 29-01-2007, el Órgano Director trasladó a este Despacho el expediente recomendando continuar con las diligencias de cobro, en virtud de lo cual se resuelve. Considerando: I.—Hechos probados: Con la certificación de deuda emitida por el Coordinador de la Unidad de Planillas de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Justicia, el 28-04-2004. Resoluciones del Órgano Director del Procedimiento Nº 003-C-2006-OD-OP de 13:00 horas del 07-02-2006, Nº 096-C-2006-OD-OP de 9:00 horas del 15-05-2006 y Acta 008-2007-OP. levantada el 19-01-2007 a las 15:20 horas, se tiene por probado: a) Que el señor Carlos Vigot Rojas, laboró para la Dirección General de Adaptación Social de este ministerio, a partir del 01-01-1999, en el puesto de Operador de Equipo Móvil, Nº 046323, código presupuestario Nº 78300040001 y a partir del 19-12-2003 fue despedido por causa, b) Que se le giró de más un monto de ¢53.267,00, (cincuenta y tres mil doscientos sesenta y siete colones sin céntimos) por 12 días de la segunda quincena de diciembre del 2003 que no le correspondían, c) Que el Órgano Director del Procedimiento inició las diligencias de cobro y fue debidamente notificado, d) Que el señor Vigot Rojas, no asistió a la comparecencia. II.—Sobre el fondo: Conforme con los hechos que se tienen por probados y teniéndose en cuenta que: 1º—El artículo 4° del Decreto número 26580-H del 14 de enero de 1998, establece la obligación de la Administración de realizar las gestiones necesarias tendentes a recuperar las sumas giradas de más. 2º—Que el artículo 252 de la Ley General de la Administración Pública establece que si la persona citada no comparece sin justa causa, la administración podrá continuar y decidir el caso con los elementos de juicio existentes. 3º—Consta en expediente que el señor Carlos Vigot Rojas, fue debidamente notificado de la apertura del procedimiento de cobro por el monto de ¢53.267,00, por 12 días de la segunda quincena de diciembre del 2003 que se le giró sin corresponderé, mismo certificado por el Coordinador de la Unidad de Planillas de la Dirección de Recursos Humanos de este Ministerio como deuda con el Estado. Al no asistir a la comparecencia a la que se le citó y tampoco haberse apersonado por escrito ante el Órgano Director a objetar el procedimiento de cobro, ni haber presentado prueba que demuestre la inexistencia de la deuda o haber cancelado la misma. El monto antes indicado se mantiene como deuda pendiente de reintegrar al Estado, por lo que procede acoger la recomendación del Órgano Director del Procedimiento y continuar con las diligencias para su recuperación. Por tanto la Oficial Presupuestal del Ministerio de Justicia, resuelve por lo expuesto en los anteriores Considerandos y con base en los artículos 4° del Decreto Nº 26580-H del 14-01-1998 y 252 de la Ley General de la Administración Pública. Acoger la recomendación emitida por el Órgano Director del Procedimiento en Resolución Nº 009-C-2007-OD-OP de 13:00 horas del 29-01-2007. No habiendo sido desvirtuada la existencia de la deuda ni reintegrado al Estado el monto de ¢53.267,00, certificado por el Coordinador de la Unidad de Planillas de la Dirección de Recursos Humanos de este Ministerio, el 28 de abril del 2004, como deuda, debe el señor Carlos Vigot Rojas, de calidades indicadas al inicio efectuar el reintegro de dicha suma al Estado al quedar firme esta resolución. Contra la cual se puede interponer los recursos de revocatoria y apelación en subsidio dentro del término de 3 días hábiles a partir de su notificación los que se presentarán en esta Oficialía, a la que corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Notifíquese”. Publíquese por tres veces consecutivas en La Gaceta.—Lic. Ana Iris Arguedas Herrera, Oficial Presupuestal.—(Solicitud Nº 23542).—C-132515.—(39948).

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se hace saber a los señores Jason Ramírez Rojas, cédula de identidad 1-751-52741, y José Luis Cerdas Vargas, cédula de identidad 1-554-868; a terceros con interés legítimo; sus herederos o representantes legales; que: en diligencia administrativa de oficio, que se tramita en este Despacho, se dictó la siguiente resolución: “(Expediente Nº 066-2006) Registro de la Propiedad de Bienes Inmuebles. Curridabat, a las nueve horas del veinticuatro de abril del año dos mil siete. Diligencia Administrativa, iniciada por informe presentado, a las 10:03 horas del día 6 del mes de marzo del año 2006, del registrador Nº 303, señor Fernando Jiménez Cerdas, en el cual indica, literalmente en lo que interesa: (.) En acatamiento a la directriz girada y para lo que corresponda le informo que el plano catastrado 6-297392-1995 está asignado a dos fincas, sea las del Partido de Puntarenas 106705 y 116267, cuya situación y medida es exactamente igual no pudiendo determinarse a cual realmente le pertenece el plano. (.)” Con vista del informe indicado, este Despacho mediante resolución de las 11:20 horas del 8 de marzo del año 2006, ordenó consignar una nota de advertencia, al margen de los asientos de inscripción de los inmuebles del partido de Puntarenas, matrículas 106705 y 116267, y en resguardo de la seguridad jurídica que debe dimanar de la publicidad de los asientos registrales inscritos, con el propósito de investigar a fondo, todo lo referido a cada uno de los dichos inmuebles; como complemento a los hechos denunciados por el Registrador 303, señor Fernando Jiménez Cerdas; en virtud de lo anterior, y con el propósito de no causar indefensión por no existir dirección exacta según asientos de este Registro; se resuelve: conferir audiencias hasta por el término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente, a la fecha de la tercera publicación consecutiva de la presente resolución, para notificar a los señores Jason Ramírez Rojas, cédula de identidad 1-751-52741, y José Luis Cerdas Vargas, cédula de identidad 1-554-868, quienes son parte en el Decreto Embargo, inscrito bajo citas de tomo 537, asiento 14508; a quienes se les dará audiencia hasta por el término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta, de la presente resolución; para que en término indicado hagan valer sus derechos. Y se les previene a todos los interesados: 1- Que dentro del término establecido para la audiencia, presenten los alegatos que a sus derechos convengan, también deben señalar apartado postal, número de fax, casa u oficina dentro del perímetro de la Ciudad de San José en donde oír futuras notificaciones de este Despacho, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. 2- Igual consecuencia se producirá, si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o si ya no existiere, artículos 20 y 21 de la Ley sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público, número 3883 del 30 de mayo de 1967 y sus reformas, 185 del Código Procesal Civil, y 98 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo número 26771-J del 18 de febrero de 1998 y sus reformas así como el artículo 3º de la Ley de Notificaciones. Notifíquese.—Curridabat, 27, de abril del 2007.—Registro de la Propiedad de Bienes Inmuebles.—Lic. Walter Méndez Vargas, Director.—(Solicitud Nº 16474).—C-72620.—(39880).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL EN OROTINA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

En virtud de no haberse podido notificar administrativamente al patrono Ramírez Luna Gonzalo S. A., número patronal 0-00300580848-001-001, por este medio se le pone en conocimiento la deuda pendiente ante la Caja Costarricense de Seguro Social, por la suma de ¢645.437,00, correspondiente a los meses de julio a noviembre 1990, agosto 1997 (adicional) y febrero 2007 (adicional).

Orotina, 4 de mayo del 2007.—Lic. Rosa I. Berrocal Artavia, Jefa a. í.—(40003).

SUCURSAL EN PACAYAS

La suscrita administradora a. í., de la Sucursal de Pacayas, Caja Costarricense del Seguro Social, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. En el cuadro, se indica el número patronal, nombre de la razón social y monto de la deuda al 14 de mayo del 2007. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en sede administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.

Razón social                     Nº patronal              Monto adeudado ¢

Fallas Gómez Magda           303590925-002-001               128.089,00

Total                                                                                    128.089,00

Lic. Evelyn Brenes Molina, Jefa a. í.—1 vez.—Nº 21557.—(40779).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Dirección de Protección al Usuario.—San José, a las diez horas treinta minutos del catorce de mayo del dos mil siete.

Apertura del procedimiento administrativo para determinar la verdad real de los hechos sobre la supuesta prestación de servicio de transporte público remunerado de personas sin autorización del Estado, según boleta de citación Nº 2006-215500 a Cecilio Antonio Hidalgo Picado, cédula de identidad Nº 1-0464-0333, vehículo placas CL-79587. Expediente Nº OT-79-2007.

I.—Que mediante oficio Nº UTCE-2007-061 del 19 de abril del 2007, de la Dirección General de Policía de Tránsito, recibido en la Autoridad Reguladora el mismo día, se remite para el trámite administrativo correspondiente la boleta de citación Nº 2006-215500, levantada al señor Cecilio Antonio Hidalgo Picado, cédula de identidad Nº 1-0464-0333, quién conducía el vehículo placas CL-79587, el 16 de abril del 2007 (folios 1, 2 y 3).

II.—Que el vehículo placas CL-79587 fue decomisado por la supuesta prestación del servicio público sin autorización del Estado, por el oficial de tránsito Olman Vargas Gómez, código 350, que se halla bajo la custodia de la Dirección General de la Policía de Tránsito, Delegación de Tránsito de Pérez Zeledón (folios 1, 2 y 3).

III.—Que en la Información Sumaria, visible a folio 3, el oficial de tránsito Vargas Gómez detalla los hechos, que se resumen así: “Realizando labores propias de mi cargo, le hice señal de parada al vehículo indicado, al momento de la inspección de rutina observe un rótulo de color amarillo que decía taxi. Le pregunte al acompañante que para donde se dirigía el señor Esteban Quesada Delgado, cédula de identidad Nº 1-1199-045, con dirección de domicilio 800 al sur de la Escuela de Villa Ligia, manifestó que le daba un servicio de taxi del Monte el General a Villa Ligia y que le cobró el monto de ¢2.500,00 colones. Observaciones: un rótulo amarillo que decía taxi”.

IV.—Que el transporte remunerado de personas, en todas sus modalidades es un servicio público, que sólo puede ser prestado por el Estado o por particulares, sean personas físicas o jurídicas y en el caso de particulares, deben poseer título legítimo que los faculte para ello emitido por autoridad competente.

V.—Que de conformidad con lo establecido en el inciso d) del artículo 38 de la Ley Nº 7593, la prestación no autorizada del servicio público constituye un ilícito sancionable según dispone esa misma norma.

VI.—Que la aplicación de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley Nº 7593, es decir, la remoción de equipo o instrumento que permita el uso abusivo e ilegal de los servicios públicos regulados por la Ley Nº 7593, es una medida cautelar y necesaria para el resguardo del fin público.

VII.—Que mediante resolución Nº RRG-3333-2004 de las 15:30 horas del 12 de febrero del 2004, publicada en La Gaceta Nº 36 del 20 de febrero del 2004, se faculta al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para que por los medios que estimen pertinentes remueva los vehículos que se encuentran prestando el servicio público de transporte remunerado de personas sin autorización del Estado.

VIII.—Que para determinar la verdad real sobre los hechos acusados, lo procedente es dar apertura al procedimiento administrativo por la supuesta infracción del artículo 38, inciso d) de la Ley Nº 7593, prestación de un servicio público no autorizado por el Estado y designar la persona que tramitará este caso, previsto en los artículos 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, como se dispone.

IX.—Que mediante resolución Nº RRG-5888-2006 de las doce horas y treinta minutos del primero de agosto del dos mil seis, el Regulador General, de acuerdo con las potestades legales que las normas le confieren, resuelve: “1) Delegar en la Dirección de Fiscalización y Defensa del Usuario (actualmente Dirección de Protección al Usuario) de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, el trámite de los procedimientos administrativos sancionadores al tenor de lo dispuesto en los artículos 38 y 41 de la Ley Nº 7593; para lo cual ordenará la apertura del procedimiento y la designación del órgano director correspondiente. 2) Dejar sin efecto las anteriores delegaciones que en igual sentido se hubieran realizado”.

X.—Que con fundamento en las facultades conferidas en los artículos 38, inciso d), 44 y 57, inciso e) de la Ley Nº 7593 y 129 de la Ley General de la Administración Pública,

SE DISPONE:

I.—Designar para la tramitación del procedimiento que aquí se ordena a la Lic. Karolina Mena Soto, funcionaria de la Autoridad Reguladora.

II.—Dar inicio al procedimiento administrativo para determinar la verdad real sobre los hechos detallados por el oficial de tránsito, a saber que con el vehículo placas CL-79587, conducido por Cecilio Antonio Picado, cédula de identidad Nº 1-464-333, se prestó el servicio público de transporte remunerado de personas sin la autorización del Estado; conducta que se constituye un ilícito sancionable de conformidad con lo establecido en los artículos 38, inciso d) y 44 ambos de la Ley Nº 7593.

III.—Citar y emplazar, conforme los artículos 218 y 308, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública a Cecilio Antonio Hidalgo Picado, cédula de identidad Nº 1-464-333, y al oficial de tránsito Olman Vargas Gómez, cédula Nº 1-476-596, código 350, para que comparezcan a las 09:00 horas del 11 de junio del 2007; a la audiencia oral y privada de ley, que se realizará en las oficinas de la Autoridad Reguladora, ubicadas cuatrocientos cincuenta metros al oeste de la Contraloría General de la República en Sabana Sur, Mata Redonda, San José. Durante la comparecencia, las partes podrán ofrecer, solicitar la admisión y tramitar toda la prueba que el órgano director del procedimiento califique como pertinente, pedir testimonio a la administración, preguntar o repreguntar a testigos y peritos, suyos o de otra parte, aclarar, ampliar o reformar la defensa inicial, proponer alternativas y sus pruebas y formular conclusiones de hecho y derecho en cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia. Concluida la indagatoria, se elevará el expediente al Regulador General, a quien corresponde dictar el acto final.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 312.2 de la Ley General de la Administración Pública, se le previene a las partes que en la audiencia deberán aportar toda la prueba pertinente, sin perjuicio de que lo puedan hacer por escrito antes de esa fecha.

Las partes y los abogados, pueden examinar el expediente Nº OT-79-2007, en que se tramita este asunto, en la Dirección de Protección al Usuario de la Autoridad Reguladora.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante la Dirección de Protección al Usuario, órgano director del procedimiento administrativo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante el Regulador General.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de veinticuatro horas, a partir del día siguiente a la notificación; el de revisión dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.

Notifíquese.—Xinia Herrera Durán, Directora.—(Solicitud Nº 41282).—C-226895.—(41351).

FE DE ERRATAS

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE

Y LA RECREACIÓN

ÓRGANO ADMINISTRATIVO

En la publicación del auto de inicio del caso Nº 002-03-2002, Resolución Nº 021-11-03, publicado por primera vez en La Gaceta Nº 90 del viernes 11 de mayo, deben leerse correctamente los siguientes investigados: “...contra los señores Gregorio Contreras Carrillo en su calidad de exrepresentante de la Asociación Deportiva de Juegos Estudiantiles, el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Pérez Zeledón, el Comité Cantonal de Deportes de Turrialba, el Comité Cantonal de Deportes de San Carlos, la Asociación Deportiva Centro de Desarrollo Deportivo de Puntarenas, CENDEPU, la señora Ileana Sanabria Zamora, quien fungía como Directora Técnica de la DEFYD. Es todo.

Ligia Amador Alfaro, Órgano Unipersonal.—1 vez.—(O. C. Nº 6740).—C-6070.—(41541).