LA GACETA Nº 109
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
BANCO
CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
AUTORIDAD
REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
JUNTA
DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ
Nº 33800-S
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE SALUD
En uso de las facultades
que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución
Política; 28 inciso b) de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de
la Administración Pública”; 1 y 2 de la Ley Nº 5395 de 30 de octubre de 1973,
“Ley General de Salud”; 1, 2 inciso b) de la Ley Nº 5412 de 8 de noviembre de
1973, “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”.
Considerando:
1º—Que en el presente año
se cumple el 80 Aniversario de la creación del Ministerio de Salud.
2º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº
33563-S de 12 de enero del 2007, publicado en La Gaceta Nº 30 de 12 de
febrero del 2007, se declaró de interés público y nacional la celebración del
ochenta aniversario del Ministerio de Salud.
3º—Que no se cuenta con un Himno del
Ministerio de Salud, para festejar tan magno evento, razón por lo que la
Comisión 80 años integrada por el Despacho de la Ministra de Salud, tomó la
iniciativa de implementar la creación de un himno alusivo al Ministerio, aporte
que fue proporcionado por el funcionario Hugo Acuña Jiménez.
4º—Que con fundamento en lo
anteriormente expuesto, se ha considerado conveniente y oportuno, oficializar
el Himno del Ministerio de Salud. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Se declara
oficial el “Himno del Ministerio de Salud”, del compositor Hugo Acuña Jiménez,
portador de la cédula de identidad número 1-382-774, el cual será entonado por
los funcionarios del Ministerio de Salud, en las diversas actividades
oficiales, en especial el 4 de junio del presente año, fecha de su inauguración
como Himno Oficial, con motivo de la celebración del ochenta aniversario del
Ministerio de Salud.
Artículo 2º—HIMNO DEL MINISTERIO DE
SALUD
Letra y música de Hugo Acuña Jiménez
1
El Ministerio de Salud es un ejemplo
de sacrificio, voluntad y abnegación
su personal siempre atento y decidido
a dar la lucha en bien de nuestra
población.
2
Enarbolamos la bandera del amor,
sin diferencia de rango y posición
y cada uno cumpliendo su deber
juntos formamos un solo corazón.
3
Viva nuestro Ministerio,
mujeres y hombres valientes
que trabajamos en serio, por el bien
de nuestra gente
en toditos los rincones, de ésta linda
Patria mía
el trabajador de la salud, el
trabajador de la salud
lo hace con alegría.
4
Somos ejército sin armas, combatiendo
las epidemias y la contaminación,
son nuestras armas el esfuerzo, el
trabajo,
la ciencia, el hombre, la mujer y el
corazón.
5
De sur a norte, de este a oeste,
se identifica nuestra gran institución
de la salud y el bienestar de nuestra
gente
somos rectores en todita la nación.
6
Viva nuestro Ministerio, mujeres y
hombres valientes
que trabajamos en serio, por el bien
de nuestra gente
en toditos los rincones, de ésta linda
Patria mía
el trabajador de la salud, el
trabajador de la salud
lo hace con alegría.
Música
Para
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Artículo 3º—Rige a partir
de su publicación.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los nueve días del mes de mayo del dos mil siete.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Salud, Dra. María Luisa Ávila Agüero.—1 vez.—(Solicitud Nº 129-07).—C-258590.—(D33800-46876).
Nº 33805-H
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las
atribuciones que le confieren los artículos 140, incisos 3) y 18), y 146 de la
Constitución Política, los artículos 25, inciso l), 27, inciso l), y 28, inciso
2), acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2
de mayo de 1978; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la
República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre del 2001 y sus reformas; y
su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero del 2006
y sus reformas; la Ley Nº 8347, Ley de Creación del Centro Nacional de la
Música, de 19 de febrero del 2003 y su reforma, la Ley Nº 8426, de 12 de
noviembre del 2004; el Decreto Ejecutivo Nº 32973-H de 1 de marzo del 2006 y
sus reformas, y el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H de 29 de junio del 2005.
Considerando:
I.—Que mediante la Ley Nº
8347, Ley de Creación del Centro Nacional de la Música, publicada en La
Gaceta Nº 43 de 3 de marzo del 2003, se crea el Centro Nacional de la
Música, como un órgano del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, con
desconcentración mínima y personalidad jurídica instrumental.
II.—Que de conformidad con el artículo
2º de la Ley Nº 8347, el Centro Nacional de la Música tiene como finalidad
contribuir al desarrollo, al fortalecimiento, la enseñanza y la difusión de las
artes musicales en todas sus manifestaciones.
III.—Que el Centro requiere ampliar el
gasto presupuestario máximo para el año 2007, con el fin de incluir recursos
financieros destinados a la construcción de aulas que le permitirán ampliar su
matrícula; así como a la realización de la producción anual de ópera que
contempla gastos de escenografía, vestuario y contratación de productores y
técnicos de diferente especialidad, por lo que se pretende incorporar recursos
en las partidas de Servicios, Materiales y Suministros, y Bienes duraderos.
IV.—Que para atender los gastos
citados en el considerando anterior, el Centro utilizará los recursos
provenientes de Asignaciones Globales y Superávit Libre.
V.—Que con el Decreto Ejecutivo Nº
32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de julio del 2005, se emite
el “Lineamiento para la aplicación del artículo 6º de la Ley Nº 8131 de la
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la
regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada
Financiamiento”.
VI.—Que el artículo 7º del Decreto
supra citado, dispone que los recursos provenientes del superávit libre forman
parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden utilizarlo en
períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a la actividad
ordinaria de los órganos y las entidades, con los cuales se atienda el interés
de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales, siempre
que no tengan carácter permanente o generen una obligación que requiera
financiarse a través del tiempo, como la creación de plazas para cargos fijos o
cualquier otro compromiso de la misma naturaleza.
VII.—Que en el Decreto Ejecutivo Nº
32973-H, publicado en La Gaceta Nº 64 de 30 de marzo del 2006, la
Autoridad Presupuestaria formuló las Directrices Generales de Política
Presupuestaria para el 2007, las cuales fueron conocidas por el Consejo de
Gobierno y aprobadas por el Poder Ejecutivo, estableciendo en el artículo 1º
del citado Decreto el gasto presupuestario máximo del presente año, para las
entidades cubiertas por el ámbito del mencionado Órgano Colegiado.
VIII.—Que con el oficio Nº
STAP-0773-06 de 5 de abril del 2006, se comunicó al Centro Nacional de la
Música el gasto presupuestario máximo fijado para el año 2007.
IX.—Que mediante los oficios Nos.
DM-066-2007 y DM-294-2007 de 8 y 16 de enero del 2007, respectivamente, la
señora Ministra Rectora del Sector Cultural, avala la solicitud planteada por
el Centro Nacional de Música.
X.—Que por lo anterior, se hace
necesario modificar el gasto presupuestario máximo fijado para el Centro
Nacional de la Música para el año 2007. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Modifícase al
Centro Nacional de la Música, el gasto presupuestario máximo para el año 2007,
establecido en el artículo 1º del Decreto Ejecutivo Nº 32973-H, publicado en La
Gaceta Nº 64 de 30 de marzo del 2006, quedando el límite de gasto
presupuestario en la suma de ¢1.155.330.000 (mil ciento cincuenta y cinco
millones trescientos treinta mil colones), durante ese período.
Artículo 2º—Rige a partir de su
publicación.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los siete días del mes de mayo del dos mil siete.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo Zúñiga Chaves.—1 vez.—(Solicitud Nº 34626).—C-40555.—(D33805-46815).
Nº 33807-MAG-MEIC-COMEX
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y
GANADERÍA;
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y
COMERCIO
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
De conformidad con las
atribuciones que les conceden los incisos 3), 8), 18) y 20) del artículo 140,
artículo 146 de la Constitución Política, los artículos 25, 28, párrafo 2,
inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de
mayo de 1978, el artículo 26 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y
Aduanero Centroamericano, Ley de Aprobación N° 6986 del 3 de mayo de 1985 y los
artículos 6º inciso r), 37, 38, 39, 40 y 57 de la Ley de Creación de la
Corporación Arrocera Nacional, Ley Nº 8285 del 30 de mayo del 2002.
Considerando:
1º—Que de conformidad con
el artículo 26 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano,
los Gobiernos de los Estados Centroamericanos tienen la facultad de aplicar
unilateral mente modificaciones a los derechos arancelarios a la importación.
2º—Que de conformidad con las
disposiciones del artículo 6 inciso r) de la Ley Nº 8285 del 30 de mayo de
2002, corresponde a la Corporación Arrocera Nacional (en adelante CONARROZ),
informar mediante estudios técnicos cuando el país se encuentra en peligro de
desabasto de arroz, así como la cantidad que se requiera para evitarlo.
3º—Que mediante Decreto Ejecutivo
33300-MAG-MEIC-COMEX del 5 de julio del 2006, publicado en La Gaceta Nº
167 del 31 de agosto del 2006, se autorizó la importación como desabasto
parcial de arroz en granza por un total de treinta y seis mil ochocientos
noventa y siete toneladas métricas (36.897 TM), con una tarifa de cero por
ciento (0%), entre setiembre de 2006 y enero del 2007.
4º—Que mediante Decreto Ejecutivo
33521-MAG-MEIC-COMEX del 28 de noviembre del 2006, publicado en La Gaceta
Nº 10 del 15 de enero de 2007, se autorizó la importación como desabasto
adicional al volumen autorizado en el Decreto Ejecutivo 33300 - MAG - MEIC -
COMEX, de sesenta y ocho mil ochenta y ocho toneladas métricas de arroz en
granza (68.088 TM), con una tarifa cero por ciento (0%), dichas importaciones
deben realizarse entre los meses de febrero del 2007 y junio del 2007.
5º—Que mediante acuerdo 2.1.1,
adoptado en la sesión 224 del 27 de febrero de 2007, la Junta Directiva de
CONARROZ dispuso solicitar la ampliación del desabasto establecido en los
Decretos indicados en los considerandos anteriores, de la siguiente forma:
diecisiete mil novecientas sesenta y cuatro toneladas métricas (17.964 TM) para
cubrir las necesidades de arroz a junio de 2007 y doce mil quinientos ochenta y
siete toneladas métricas (12587 TM) para cubrir las necesidades de arroz de los
dos primeros meses del año arrocero 2007-2008, sea julio y agosto.
6º—Que mediante acuerdo adoptado en la
sesión 234 del 7 de mayo de 2007, la Junta Directiva de CONARROZ, acordó
solicitar al Ministerio de Agricultura y Ganadería, ampliar el plazo de
importación del desabastecimiento solicitado, al 31 de julio del 2007.
7º—Que en consecuencia, se requiere
autorizar como desabasto adicional, un volumen total de treinta mil quinientas
cincuenta y un toneladas métricas (30551 TM), para cubrir las necesidades de
los meses de junio, julio y agosto del 2007, y ampliar el plazo para su
importación. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Se autoriza
la importación como desabasto adicional al volumen autorizado en el Decreto
Ejecutivo 33521-MAG-MEIC-COMEX, de treinta mil quinientas cincuenta y un
toneladas métricas (30551 TM), con una tarifa arancelaria de cero por ciento
(0%), y la no sujeción al derecho adicional específico impuesto por el Decreto
Ejecutivo Nº 30749-MAG-MEIC-COMEX del 27 de setiembre del 2002, para el
siguiente inciso arancelario, contemplado en el Arancel Centroamericano de
Importación:
Código SAC Descripción
10.06 ARROZ
1006.10 Arroz con
cáscara (arroz
“paddy”)
1
006.10.90 Otros
Artículo 2º—La cuota de
importación indicada en el artículo anterior, será importada bajo los términos
y condiciones establecidos en el Decreto Ejecutivo Nº 33521-MAG-MEIC-COMEX,
entre los meses de febrero y julio del 2007.
Artículo 3º—El presente decreto se
comunicará a los gobiernos centroamericanos y a la Secretaría de Integración
Económica Centroamericana (SIECA), a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto
en el Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.
Artículo 4º—Rige a partir de su
publicación.
Dado en la Presidencia de
la República.—San José, a los diez días del mes de mayo del dos mil siete.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, y de Economía, Industria y Comercio, Marco Vargas Díaz y el Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(D33807-46925).
Nº 10-2007-PEM
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA,
Y SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la
República mediante resolución R-CO-1-2007, de las 15:00 horas del 22 de enero
de 2007, así como lo dispuesto en la Ley Nº 8562 o Ley del Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del
2007.
Considerando:
1º—Que mediante
resolución Nº 135-2007-503-DPL PME/ebb, de fecha 8 de mayo de 2007, se ordenó
por parte de la Dirección General de Migración y Extranjería, la deportación del
señor Apolloni Daniele de nacionalidad estadounidense.
2º—Que para efectos de ejecutar la
referida deportación se ha designado por parte de la Dirección General de
Migración y Extranjería al señor Gerardo Chinchilla Garita, oficial de la
Policía de Migración, con el fin de realizar la custodia correspondiente hasta
Miami, Estados Unidos, Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
señor Gerardo Chinchilla Garita, cédula 06-0134-0322 oficial de la Policía de
Migración de la Dirección General de Migración y Extranjería, órgano del
Ministerio de Gobernación y Policía, para que realice la custodia
correspondiente del extranjero mencionado en el Considerando Primero del
presente Acuerdo, hasta Miami, Estados Unidos, deportación que se realizará 11
al 13 del mayo de dos mil siete.
Artículo 2º—Los gastos del señor
Gerardo Chinchilla Garita, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se
deban pagar en las terminales y viáticos y gastos de alimentación y hospedaje,
a saber $253 diarios, para un total de $759 a cada uno, serán cubiertos con
recursos del Programa 054-01, Dirección General de Migración y Extranjería.
Artículo 3º—Que durante los días 11 al
13 de mayo del dos mil siete, se autoriza la participación del señor Gerardo
Chinchilla Garita, en la custodia a la que hace referencia el presente acuerdo,
devengando el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 11 y
hasta el día 13, ambos del mes de mayo de 2007.
Dado en el Ministerio de
Gobernación y Policía, a los siete días del mes de mayo del 2007.
Fernando Berrocal Soto, Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—(SP Nº 0054).—C-20590.—(46025).
Nº DM-F-3080-07.—San José, 2 de mayo
del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; y el Reglamento de Gastos de Viajes y
de Transportes para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de
la República.
Considerando:
1º—Que del 3 al 4 de mayo
del 2007 tendrá lugar en San Salvador, El Salvador el Simulacro de emergencia
de influenza aviar y este Despacho considera importante la participación del
Lic. Julio Mena Zamora, cédula de identidad Nº 1-470-445, funcionario de la
Unidad de Gestión de Riesgo, del Ministerio de Salud, en la actividad de cita. Por
Tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
Lic. Julio Mena Zamora, cédula de identidad Nº 1-470-445, funcionario de la
Unidad de Gestión de Riesgo, del Ministerio de Salud, para que asista y
participe en el simulacro de emergencia de influenza aviar, que tendrá lugar en
San Salvador, El Salvador, del 3 al 4 de mayo del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, hospedaje, alimentación, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, del Lic. Julio Mena Zamora, serán
cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
Artículo 3º—Que del 3 al 4 de mayo,
días durante los cuales se autoriza la participación del Lic. Julio Mena Zamora
en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 3 al 4 de mayo
del 2007.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(SP Nº DAS-148-07).—C-16960.—(46026).
Nº DM-F-3084-07.—San José, 15 de mayo
del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; y el Reglamento de Gastos de Viajes y
de Transportes para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de
la República.
Considerando:
1º—Que del 29 al 31 de
mayo del 2007 tendrá lugar en Lima, Perú, el Taller sobre balance y
perspectivas de las funciones esenciales de Salud Pública (DESP) y este
Despacho considera importante la participación de la Dra. Rossana García
González, cédula de identidad Nº 1-533-531, Directora General de Salud y del Dr.
Luis Tacsan Chen, cédula de identidad Nº 5-122-155, funcionario de la Dirección
de Investigación y Desarrollo de este Ministerio, en la actividad de cita. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
Dra. Rossana García González, cédula de identidad Nº 1-533-531, Directora
General de Salud y al Dr. Luis Tacsan Chen, cédula de identidad Nº 5-122-155,
funcionario de la Dirección de Investigación y Desarrollo de este Ministerio,
para que asistan y participen en el Taller sobre balance y perspectivas de las
funciones esenciales de Salud Pública (DESP), que tendrá lugar en Lima, Perú
del 29 al 31 de mayo del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, de los funcionarios citados serán
cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud.
Artículo 3º—Que del 29 al 31 de mayo
del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación de la Dra.
Rossana García González y el Dr. Luis Tacsan Chen en la actividad, devengarán
el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 29 al 31 de mayo
del 2007.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(SP Nº DAS-145-07).—C-18170.—(46027).
Nº DM-F-3085-07.—San José, 21 de mayo
del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2007; y el artículo
34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios
públicos, emitido por la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que del 25 al 31 de
mayo del 2007 tendrá lugar en México D.F., México el Taller Latinoamericano de
Estimación de Necesidades para afrontar el VIH/SIDA y este Despacho considera
importante la participación de la Dra. Guiselle Lucas Bolívar, cédula de identidad
número 7-130-892, Asesora del Despacho de la Viceministra de Salud y el Lic.
Rodrigo Chinchilla Solano, cédula de identidad Nº 1-377-847, funcionario de la
Dirección de Desarrollo de la Salud de este Ministerio, en la actividad de
cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
Dra. Guiselle Lucas Bolívar, cédula de identidad Nº 7-130-892, Asesora del
Despacho de la Viceministra de Salud y al Lic. Rodrigo Chinchilla Solano,
cédula de identidad Nº 1-377-847, funcionario de la Dirección de Desarrollo de
la Salud de este Ministerio, para que asistan y participen en el Taller
Latinoamericano de Estimación de Necesidades para afrontar el VIH/SIDA, que
tendrá lugar en México D.F., México del 25 al 31 de mayo del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, de los funcionarios citados serán
cubiertos por CENSIDA.
Artículo 3º—Que del 25 al 31 de mayo
del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación de la Dra.
Guiselle Lucas Bolívar y el Lic. Rodrigo Chinchilla Solano en la actividad,
devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 25 al 31 de mayo
del 2007.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(SP Nº DAS-139-07).—C-18170.—(46028).
Nº DM-F-3086-07.—San José, 2 de mayo
del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; el Reglamento de Gastos de Viajes y de
Transportes para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la
República y la Ley Nº 7800 del 30 de abril de 1998 “Crea Instituto del Deporte
y Recreación (ICODER) y su Régimen Jurídico” y su Reglamento.
Considerando:
1º—Que del 3 al 7 de mayo
del 2007 tendrá lugar en la Ciudad de Colón, Panamá la LII Vuelta Acuática y
este Despacho considera importante la participación de la Dra. Carolina Guillén
Meléndez, cédula de identidad Nº 1-797-026, funcionaria del Área Rectora de
Salud de Tibás, del Ministerio de Salud, en la actividad de cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
Dra. Carolina Guillén Meléndez, cédula de identidad Nº 1-797-026, funcionaria
del Área Rectora de Salud de Tibás, del Ministerio de Salud, para que asista y
participe en la LII Vuelta Acuática, que tendrá lugar en la Ciudad de Colón,
Panamá, del 3 al 7 de mayo del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, hospedaje, alimentación, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, serán cubiertos por la Dra. Carolina
Guillén Meléndez.
Artículo 3º—Que del 3 al 7 de mayo del
2007, días durante los cuales se autoriza la participación de la Dra. Carolina
Guillén Meléndez, en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 3 al 7 de mayo
del 2007.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(SP Nº DAS-149-07).—C-18170.—(46029).
Nº DM-F-3149-07.—San José, 16 de mayo
del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; y el Reglamento de Gastos de Viajes y
de Transportes para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de
la República.
Considerando:
1º—Que el 23 y 24 de mayo
del 2007 tendrá lugar en San Salvador, El Salvador la reunión del Comité
Técnico Intersectorial de Seguridad Química y este Despacho considera
importante la participación de la señora Xiomara Jiménez Soto, cédula de
identidad Nº 1-580-060, funcionaria de la Dirección de Registros y Controles,
del Ministerio de Salud, en la actividad de cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
señora Xiomara Jiménez Soto, cédula de identidad Nº 1-580-060, funcionaría de
la Dirección de Registros y Controles, del Ministerio de Salud, para que asista
y participe en la reunión del Comité Técnico Intersectorial de Seguridad
Química, que tendrá lugar en San Salvador, El Salvador, el 23 y 24 de mayo del
2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, hospedaje, alimentación, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, de la Sra. Xiomara Jiménez Soto,
serán cubiertos por el Acuerdo de Cooperación Ambiental CAFTA-DR/USAID.
Artículo 3º—Que del 22 al 24 de mayo
del 2007, días durante los cuales se autoriza el traslado y participación de la
Sra. Xiomara Jiménez Soto, en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 22 al 24 de mayo
del 2007.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(SP DAS-146-07).—C-16355.—(46030).
Nº DM-F-3150-07.—San José, 16 de mayo
del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; y el Reglamento de Gastos de Viajes y
de Transportes para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de
la República.
Considerando:
1º—Que del 20 al 22 de
junio del 2007 tendrá lugar en Cuernavaca, México, el Seminario “Reforma del
Sector Salud y Modelo/Estrategias de financiación en Salud: Implicaciones y
Perspectivas para la Cohesión Social” y este Despacho considera importante la
participación de la Dra. Rossana García González, cédula de identidad Nº
1-533-531, Directora General de Salud, en la actividad de cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
Dra. Rossana García González, cédula de identidad Nº 1-533-531, Directora
General de Salud, para que asista y participe en el Seminario “Reforma del
Sector Salud y Modelo/Estrategias de financiación en Salud: Implicaciones y
Perspectivas para la Cohesión Social”, que tendrá lugar en San Salvador, El
Salvador del 20 al 22 de junio del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, de la Dra. Rossana García González
serán cubiertos por el programa EUROSOCIAL.
Artículo 3º—Que del 20 al 22 de junio
del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación de la Dra.
Rossana García González en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 20 al 22 de junio
del 2007.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(SP DAS-147-07).—C-18170.—(46031).
Nº DM-RM-3161-07.—San José, 17 de mayo
del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; y el artículo 34 del Reglamento de
Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que del 22 al 25 de
mayo del 2007, tendrá lugar en República Dominicana, la “IV Reunión de la
Red-Consejo Iberoamericano de Donación y Transplante” y este Despacho considera
importante la participación del Doctor César Gamboa Peñaranda, con cédula de
identidad número 01-0678-0708, Jefe de la Unidad de Análisis de Situación de
Salud de la Dirección de Vigilancia de la Salud del Ministerio de Salud, en la
actividad de cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
Doctor César Gamboa Peñaranda, con cédula de identidad número 01-0678-0708,
Jefe de la Unidad de Análisis de Situación de Salud de la Dirección de Vigilancia
de la Salud del Ministerio de Salud, para que asista y participe en la “IV
Reunión de la Red-Consejo Iberoamericano de Donación y Transplante” que tendrá
lugar en República Dominicana, del 22 al 25 de mayo del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, del Doctor César Gamboa Peñaranda,
serán cubiertos por Organización Panamericana de la Salud (OPS).
Artículo 3º—Que del 22 al 25 de mayo
del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación del Doctor César
Gamboa Peñaranda en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 22 al 25 de mayo
del 2007.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(SP Nº DAS-150-07).—C-18170.—(46032).
Nº DM-RM-3162-07.—San José, 17 de mayo
del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2007; y el artículo
34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios
públicos, emitido por la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que del 11 al 13 de
julio del 2007 tendrá lugar en Montevideo, Uruguay, la “Reunión Regional sobre
rechazo de Expediciones de Materiales Radiactivos” y este Despacho considera
importante la participación de la Ing. Grettel Meneses Obando, con cédula de
identidad número 01-0599-0956, Jefe de la Unidad de Gestión de Riesgo del
Ministerio de Salud, en la actividad de cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
Ing. Grettel Meneses Obando, con cédula de identidad número 01-0599-0956, Jefe
de la Unidad de Gestión de Riesgo del Ministerio de Salud, para que asista y
participe en la “Reunión Regional sobre rechazo de Expediciones de Materiales
Radiactivos” que tendrá lugar en Montevideo, Uruguay, del 11 al 13 de julio del
2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, de la Ing. Grettel Meneses Obando,
serán cubiertos por el Organismo Internacional de Energía Atómica.
Artículo 3º—Que del 11 al 13 de julio
del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación de la Ing.
Grettel Meneses Obando en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 11 al 13 de julio
del 2007.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(SP Nº DAS-152-07).—C-18170.—(46033).
Nº DM-RM-3163-07.—San José, 17 de mayo
del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2007; y el artículo
34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios
públicos, emitido por la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que del 28 al 31 de
mayo del 2007 tendrá lugar en Santiago, Chile, la “Octava Reunión Regional de
las Autoridades Nacionales de Armas Químicas para América Latina y Caribe” y
este Despacho considera importante la participación del Lic. Carlos Zeledón
García, con cédula de identidad número 09-0024-0844, funcionario de la
Dirección de Registros y Controles del Ministerio de Salud, en la actividad de
cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
Lic. Carlos Zeledón García, con cédula de identidad número 09-0024-0844,
funcionario de la Dirección de Registros y Controles del Ministerio de Salud,
para que asista y participe en la “Octava Reunión Regional de las Autoridades
Nacionales de Armas Químicas para América Latina y Caribe” que tendrá lugar en
Santiago, Chile, del 28 al 31 de mayo del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, del Lic. Carlos Zeledón García, serán
cubiertos por la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas.
Artículo 3º—Que del 28 al 31 de mayo
del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación del Lic. Carlos
Zeledón García en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 28 al 31 de mayo
del 2007.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(SP Nº DAS-154-07).—C-18170.—(46034).
Nº DM-RM-3165-07.—San José, 17 de mayo
del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2007; y el artículo
34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios
públicos, emitido por la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que del 8 al 16 de
junio del 2007, tendrá lugar en Vancouver, Canadá, la “19 Conferencia Mundial
de Promoción y Educación en Salud” y este Despacho considera importante la
participación de la MSc. Melany Ascencio Rivera, con cédula de identidad número
08-0054-0196, funcionaria de la Dirección Investigación y Desarrollo
Tecnológico del Ministerio de Salud, en la actividad de cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la
MSc. Melany Ascencio Rivera, con cédula de identidad número 08-0054-0196,
funcionaria de la Dirección Investigación y Desarrollo Tecnológico del
Ministerio de Salud, para que asista y participe en la “19 Conferencia Mundial de
Promoción y Educación en Salud” que tendrá lugar en Vancouver, Canadá, del 8 al
16 de junio del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, de la MSc. Melany Ascencio Rivera,
serán cubiertos por la Agencia de Salud Pública de Canadá.
Artículo 3º—Que del 8 al 16 de junio
del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación de la MSc.
Melany Ascencio Rivera en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 8 al 16 de junio
del 2007.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(SP Nº DAS-153-07).—C-18170.—(46035).
Nº DM-RM-3166-07.—San José, 18 de mayo
del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario
de la República para el ejercicio económico 2007; y el artículo 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios públicos,
emitido por la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que del 11 al 20 de
junio del 2007, tendrá lugar en Puerto Escondido, Oaxaca, México, el taller
“Mesoamericano para la Vigilancia, Prevención y Control de Enfermedades
Transmitidas por Vector con énfasis en Participación Comunitaria” y este
Despacho considera importante la participación de los doctores Teresita Solano
Chinchilla, con cédula de identidad número 01-0430-380 y José Luis Garcés
Fernández, con cédula de identidad número 01-0323-0560, funcionarios de la
Dirección de Vigilancia de la Salud del Ministerio de Salud, en la actividad de
cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
los doctores Teresita Solano Chinchilla, con cédula de identidad número
01-0430-380 y José Luis Garcés Fernández, con cédula de identidad número
01-0323-0560, funcionarios de la Dirección de Vigilancia de la Salud del
Ministerio de Salud, para que asistan y participen en el taller “Mesoamericano
para la Vigilancia, Prevención y Control de Enfermedades Transmitidas por
Vector con énfasis en Participación Comunitaria” que tendrá lugar en Puerto
Escondido, Oaxaca, México, del 11 al 20 de junio del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, de los doctores Teresita Solano
Chinchilla y José Luis Garcés Fernández, serán cubiertos por el Gobierno de
México.
Artículo 3º—Que del 11 al 20 de junio
del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación de los doctores
Teresita Solano Chinchilla y José Luis Garcés Fernández en la actividad,
devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 11 al 20 de junio
del 2007.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(SP Nº DAS-151-07).—C-18170.—(46036).
Nº DM-RM-3167-07.—San José, 22 de mayo
del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2007; y el artículo
34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios
públicos, emitido por la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que del 28 de mayo al 9
de junio del 2007, tendrá lugar en Panamá, el Curso sobre Influenza Aviar y
este Despacho considera importante la participación de los doctores Willy
Carrillo Ángulo, con cédula de identidad número 05-0133-0666, Director de la
Dirección de Vigilancia de la Salud, Dra. Virginia Céspedes Gaitán, con cédula
de identidad número 01-0542-0495, Directora de la Región Central Norte y Hilda
Salazar Bolaños, con cédula de identidad número 02-0291-1071, funcionarios del
Ministerio de Salud, en la actividad de cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
los doctores Willy Carrillo Ángulo, con cédula de identidad número
05-0133-0666, Director de la Dirección de Vigilancia de la Salud, Dra. Virginia
Céspedes Gaitán, con cédula de identidad número 01-0542-0495, Directora de la
Región Central Norte y Hilda Salazar Bolaños, con cédula de identidad número
02-0291-1071, funcionarios del Ministerio de Salud, para que asistan y
participen en el Curso sobre Influenza Aviar que tendrá lugar en Panamá, del 28
de mayo al 9 de junio del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, de los doctores Willy Carrillo
Ángulo, Virginia Céspedes Gaitán y Hilda Salazar Bolaños, serán cubiertos por
el Gobierno de Panamá (Centro Regional de Capacitación en Salud).
Artículo 3º—Que del 28 de mayo al 9 de
junio del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación de los
doctores Willy Carrillo Ángulo, Virginia Céspedes Gaitán y Hilda Salazar
Bolaños, en la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 28 de mayo al 9
de junio del 2007.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(SP Nº DAS-140-07).—C-21195.—(46037).
Nº DM-F-3200-07.—San José, 21 de mayo
del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2007; y el artículo
34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios
públicos, emitido por la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que el 3 y 4 de junio
del 2007 tendrá lugar en Ciudad de Panamá, el lanzamiento de la Agenda de las
Américas y la Inauguración del Centro Regional de Capacitación en Salud, y este
Despacho considera importante la participación del Dr. Francisco Gólcher
Valverde, cédula de identidad Nº 1-451-961, funcionario de la Dirección de
Desarrollo de la Salud de este Ministerio, en la actividad de cita. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
Dr. Francisco Gólcher Valverde, cédula de identidad Nº 1-451-961, Director a.
í. de la Dirección de Desarrollo de la Salud de este Ministerio, para que
asista y participe en el lanzamiento de la Agenda de las Américas y la
Inauguración del Centro Regional de Capacitación en Salud, que tendrá lugar en
Ciudad de Panamá, Panamá el 3 y 4 de junio del 2007.
Artículo 2º—Los gastos del Dr.
Francisco Gólcher Valverde, por concepto de transporte aéreo (¢168.202,25),
hospedaje y alimentación (US$435,00), impuestos, tributos o cánones que se
deban de pagar en las terminales de transporte (US$26,00) serán cubiertos por
el Consejo Técnico de Asistencia Médico Social, Programa 621 Dirección Superior
y Administración General, partidas 1.05.03, 1.05.04 y 1.09.99, respectivamente.
Artículo 3º—Que del 2 al 4 de junio
del 2007, días durante los cuales se autoriza el traslado y la participación
del Dr. Francisco Gólcher Valverde en la actividad, devengará el 100% de su
salario.
Artículo 4º—Rige del 2 al 4 de junio
del 2007.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(SP DAS-142-07).—C-18170.—(46038).
Nº DM-RM-3203-07.—San José, 22 de mayo
del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2007; y el artículo
34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios
públicos, emitido por la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que del 25 al 27 de
junio del 2007, tendrá lugar en Guatemala, el “Taller de Rehabilitación
Psicosocial” y este Despacho considera importante la participación del Lic.
Manuel Vargas Umanzor, con cédula de identidad número 01-0369-0790, funcionario
de la Dirección de Desarrollo de la Salud del Ministerio de Salud, en la
actividad de cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
Lic. Manuel Vargas Umanzor, con cédula de identidad número 01-0369-0790,
funcionario de la Dirección de Desarrollo de la Salud del Ministerio de Salud,
para que asista y participe en el “Taller de Rehabilitación Psicosocial” que
tendrá lugar en Guatemala, del 25 al 27de junio del 2007,
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, del Lic. Manuel Vargas Umanzor, serán
cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
Artículo 3º—Que del 25 al 27 de junio
del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación del Lic. Manuel
Vargas Umanzor en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 25 al 27 de junio
del 2007.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(SP DAS-144-07).—C-18170.—(46039).
Nº DM-RM-3241-07.—San José, 22 de mayo
del 2007
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25
párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración
Pública” Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2007; y el artículo
34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios
públicos, emitido por la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que del 28 de mayo al
2 de junio del 2007, tendrá lugar en Kankintú, Comarca, Nogbe Buglé, Panamá, el
taller “Participación y Rol de los Municipios en el Control de la Malaria sin
uso de DDT en Mesoamérica” y este Despacho considera importante la
participación del Sr. Carlos González Granados, con cédula de identidad número
02-0367-0385, funcionario del Área Rectora de Salud de Talamanca de la Región
Huetar Atlántica del Ministerio de Salud, en la actividad de cita. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al
Sr. Carlos González Granados, con cédula de identidad número 02-0367-0385,
funcionario del Área Rectora de Salud de Talamanca de la Región Huetar
Atlántica del Ministerio de Salud, para que asista y participe en el taller
“Participación y Rol de los Municipios en el Control de la Malaria sin uso de
DDT en Mesoamérica” que tendrá lugar en Kankintú, Comarca, Nogbe Buglé, Panamá,
del 28 de mayo al 2 de junio del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban
de pagar en las terminales de transporte, del señor Carlos González Granados,
serán cubiertos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
Artículo 3º—Que del 28 de mayo al 2 de
junio del 2007, días durante los cuales se autoriza la participación del señor
Carlos González Granados en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 28 de mayo al 2
de junio del 2007.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(SP DAJ-143-07).—C-18170.—(46040).
Nº MCJD-057-07
LA MINISTRA DE CULTURA, JUVENTUD Y
DEPORTES
Con fundamento en los
artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; y los artículos 25
inciso 1), artículo 27 inciso 1), artículo 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº
6227 o Ley General de Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como
lo dispuesto en el artículo 1, inciso 7) de la Ley Nº 7411 o Ley Reguladora del
Otorgamiento de Pasaportes Diplomáticos y de Servicio, del 25 de mayo de 1994 y
el artículo 7 inciso C) de la Ley Nº 8316 o Ley Reguladora de los Derechos de
Salida del Territorio Nacional del 26 de setiembre de 2002.
Considerando:
1º—Que la señora Karina
Bolaños Picado, ha sido invitada a participar en el Foro de Participación para
el Diseño del Plan de Cooperación e Integración de la Juventud.
2º—Que la participación de la señora
Karina Bolaños Picado en este Foro, responde a las funciones que realiza como
Viceministra de la Juventud.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a
la señora Karina Bolaños Picado, cédula Nº 1-0847-0021, Viceministra de la
Juventud, para que participe en el Foro de Participación para el Diseño del
Plan de Cooperación e Integración de la Juventud, que se realizará en Cartagena
de Indias, Colombia, del 25 al 27de abril de 2007.
Artículo 2º—Los gastos de transporte
internacional serán cubiertos por cuota de gobierno del Ministerio de la
Presidencia, el hospedaje y la alimentación serán cubiertos por los
organizadores.
Artículo 3º—Rige del 25 al 27 de abril
de 2007.
Dado en el Ministerio de
Cultura, Juventud y Deportes a los veintitrés días del mes de abril del dos mil
siete.
María Elena Carballo Castegnaro, Ministra de Cultura, Juventud y Deportes.—1 vez.—(Solicitud Nº 7611).—C-15145.—(45568).
Nº 170-2007.—San José, 4 de mayo del
2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política,
artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2), acápite b) de la Ley General de la
Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto
en la Ley Nº 8562 de 7 de diciembre del 2006, Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2007, y en los
artículos 4, inciso f), 7, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para
Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.
Considerando:
I.—Que del 8 al 12 de
mayo del 2007, se realizará en Washington, Estados Unidos de América, reuniones
con funcionarios de la oficina de COMEX ubicada en Washington D.C., de la
Embajada de Costa Rica en Washington D.C., y con funcionarios de la Oficina del
Representante Comercial de los Estados Unidos (United States Trade
Representatives), eventos de alto interés para el Ministerio de Comercio
Exterior.
II.—Que la participación del señor
Alan Thompson Chacón, en las reuniones resulta necesaria, por cuanto en ellas
es necesaria la asesoría legal especializada del Consultor sobre la legislación
y reglamentación vigente a nivel interno de relevancia para la implementación
adecuada de los compromisos internacionales asumidos por Costa Rica. Por
tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar al
señor Alan Thompson Chacón, cédula Nº 2-383-865, Consultor en materia de
Comercio Internacional, para que viaje en delegación oficial a participar en
reuniones con funcionarios de la oficina de COMEX ubicada en Washington D.C.,
de la Embajada de Costa Rica en Washington D.C., y con funcionarios de la
Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos (United States Trade
Representatives), a celebrarse en Washington, Estados Unidos de América del 8
al 12 de mayo del 2007. Dado que el señor Thompson Chacón regresa a Costa Rica
el día 13 de mayo, todos los gastos en que se incurra con posterioridad al día
12 de mayo, corren por su cuenta personal.
Artículo 2º—Los gastos del señor Alan
Thompson Chacón, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber
$1.007,64 (un mil siete con 64/100 dólares), serán cubiertos con recursos de
COMEX de las subpartidas 10501 del programa 792, 10503 y 10504 del programa
796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la
subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas
telefónicas y para el envío de documentos vía Internet al Ministerio de
Comercio Exterior; así como también para hacer escala en Miami y Dallas,
Estados Unidos de América por conexión.
Artículo 3º—Rige a partir del 8 al 12
de mayo del 2007.
San José, a los cuatro
días del mes de mayo del dos mil siete.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(Solicitud Nº 5714).—C-29665.—(46294).
Resolución Nº
DM-161-07.—San José, a las nueve horas del día veintiocho de mayo del dos mil
siete.
Resolución de Delegación de firma para
dictar la resolución final de adjudicación, declaratoria de deserción o
infructuosa, pedidos de compra y formalizaciones contractuales derivadas de los
procedimientos de contratación administrativa, conforme el artículo 12, inciso
g) del Reglamento para el Funcionamiento de las Proveedurías Institucionales de
los Ministerios del Gobierno, Decreto Nº 30640-H, del 27 de junio del 2002,
publicado en La Gaceta Nº 166, el 30 de agosto del 2002 y artículo 106
de la Ley de Administración Financiera de la República y de Presupuestos
Públicos, número 8131, de fecha 18 de setiembre del 2001.
Considerando:
1º—El artículo 106 de la
Ley de Administración Financiera y de Presupuesto Público establece la
posibilidad de que el jerarca de un ente u órgano del sector público delegue la
suscripción de los contratos asociados a los procesos de contratación
administrativa.
“Artículo 106.—Delegación
para suscribir contratos. Los jerarcas de los órganos o entes del sector
público podrán delegar la suscripción de los contratos asociados al proceso de
contratación, de conformidad con la reglamentación que se establezca para el
efecto”.
2º—Asimismo la Ley de
Contratación Administrativa en el Artículo 106 en lo que se refiere a la
competencia dispone:
“Artículo 106.—Competencia.
La Proveeduría Institucional tendrá plena competencia para conducir los
trámites del procedimiento de contratación administrativa. Asimismo, podrá
adoptar los actos y requerir los informes que resulten necesarios para preparar
la decisión final.
El acto de
adjudicación lo dictará el órgano titular de la competencia.
Los jerarcas
de cada ministerio y de los demás entes y órganos a que se refiere el artículo
1 de esta Ley, tendrá plena capacidad para concertar y suscribir los documentos
contractuales que se formalicen”.
3º—Por otra parte el
artículo 221 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa Nº 33411,
del 27 de setiembre del 2006, establece:
“Artículo 221.—De la
posibilidad de delegación. El máximo Jerarca de la Institución, podrá delegar,
la decisión final a adoptar en los procedimientos de contratación
administrativa, así como la firma del pedido u orden de compra, lo anterior
siguiendo al efecto las disposiciones del reglamento interno que se dicte al
efecto; dicha designación deberá recaer en un funcionario u órgano técnico,
quien deberá emitir sus actos con estricto apego a la normativa de contratación
administrativa, para poder apartarse de dicho criterio, deberá mediar razones
técnicas de igual naturaleza, Dicha delegación se llevará a cabo de conformidad
con los alcances de la Ley de Contratación Administrativa; Ley de la
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y lo señalado
por la Ley General de la Administración Pública”.
4º—En concordancia a los
artículos anteriores, el Reglamento para el Funcionamiento de las Proveedurías
Institucionales de los Ministerio del Gobierno, Decreto Nº 30640-H, en su
artículo 12 también establece que el Proveedor Institucional será el superior
jerárquico de cada Proveeduría Institucional, y le corresponderá, entre otras,
las siguientes funciones primordiales:
“Artículo 12, inciso g.—Dictar la resolución final de
adjudicación, declaratoria de deserción o e infructuosa, en los procedimientos
de contratación administrativa de su institución, y suscripción de las
formalizaciones contractuales derivadas de dichos procedimientos, en aquellos
casos en que correspondiere dicho acto, ello en tanto estas funciones le sean
delegadas formalmente por el Ministro de ramo, siguiendo para ello las
disposiciones pertinentes de la Ley General de la Administración Pública Por
tanto,
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO,
RESUELVE:
Se resuelve delegar al
Proveedor Institucional, Licenciado José Ángel Soto Várela, portador de la
cédula de identidad número uno-seiscientos ochenta-seiscientos cincuenta y tres
o ha quien ejerza este cargo, la competencia para la firma de la resolución
final de adjudicación, declaratoria de deserción o e infructuosa, pedidos de
compra y formalizaciones contractuales derivados de todos los procedimientos de
contratación administrativa según parámetros establecidos por la Contraloría
General de la República. Todo de conformidad con los artículos 89, 90, 91 y 92
de la Ley General de la Administración Pública, Artículo 106 de Ley de la
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Artículo 106
Ley de Contratación Administrativa, Artículo 221 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa y Artículo 12, inciso g) del Reglamento para el
funcionamiento de las Proveedurías Institucionales de los Ministerios del
Gobierno. Rige a partir de su publicación. Notifíquese.
Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº 45441).—C-35715.—(45570).
ADUANA SANTAMARÍA
AVISO
Por haberse ordenado así
dentro de la sumaria penal Nº 03-000075-0456-PE (200-03-3) seguida en contra de
ignorado, por el delito de invasión del espacio aéreo en perjuicio de la
Seguridad Pública y por haberse dictado la resolución de solicitud de
desestimación y conforme fuera ordenado y para los efectos legales
correspondientes; que la avioneta motor serie Nº P-91073C, mod. TPE331-1,
fuselaje placa AT-301, serie 3010588, tipo matrícula XB-ACU, de bandera
mexicana, la cual es una aeronave de fumigación, que la misma queda a partir de
este momento a la orden de la Gerencia de la Aduana de Paso Canoas.
Nota: fue abandonada en el campo de aterrizaje de
Coto 47, Corredores, Puntarenas. Se concede un mes de tiempo para hacer valer
el legítimo derecho sobre el bien, de lo contrario, se procede con la subasta
pública.
Alajuela, 29 de noviembre del 2006.—Roy Chacón Mata, Gerente.—1 vez.—(S. P. Nº 47227).—C-20590.—(46052).
TESORERÍA NACIONAL
AVISO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Para los efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Luis Bernardo Valverde Porras, portador de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos setenta y tres-ciento treinta y cuatro, ha solicitado ante la Tesorería Nacional la reposición de seis cupones de interés, todos con número 41, correspondientes a los títulos Tasa Ajustable en Dólares (TP$A) los cuales se detallan a continuación: números de títulos: 619, 620, 621, 622; número de valor migrado: E0Y00000000302, E0Y00000000303, E0Y00000000304 y E0Y00000000305 respectivamente, todos los anteriores por el monto de $466,00 (cuatrocientos sesenta y seis dólares exactos); con fecha de inicio 28 de mayo del 2006 y fecha de vencimiento 28 de agosto del 2006; así también los títulos número: 625 y 626; número de valor migrado: E0Y00000000308, E0Y00000000309; ambos por el monto de $1.165,00 (mil ciento sesenta y cinco dólares exactos), con fecha de inicio 28 de mayo del 2006 y fecha de vencimiento 28 de agosto del 2006.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Mónica Padilla Cubero, Asesoría Jurídica.—(44275).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
Acuerdo Nº 006-2007.—San
José, 23 de mayo de 2007. Con fundamento en lo que establece el artículo 140,
inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar en
propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones
del Régimen de Servicio Civil, a la siguiente funcionaría:
Nombre Cédula Nº Puesto Clase puesto
Ana
Ghiselle Cortés Oviedo 1-470-338 025684 Profesional
2
Artículo 2º—Rige a partir
del 19 de febrero de 2007.
Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Ing. Alejandro Molina Solís, Director Ejecutivo.—1 vez.—(Solicitud Nº 15083).—C-10910.—(45571).
Acuerdo Nº 007-2007.—San José, 23 de
mayo de 2007.—Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de
la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar en
propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones
del Régimen de Servicio Civil, a la siguiente funcionaria:
Nombre Cédula Nº Puesto Clase puesto
Mayra
Quesada Sanabria 1-706-289 014840 Oficinista
2
Artículo 2º—Rige a partir
del 1º de mayo de 2007.
Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Ing. Alejandro Molina Solís, Director Ejecutivo.—1 vez.—(Solicitud Nº 15084).—C-10910.—(45572).
Acuerdo Nº 008-2007.—San José, 23 de
mayo de 2007. Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de
la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar en
propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones
del Régimen de Servicio Civil, a la siguiente funcionaria:
Nombre
Cédula Nº Puesto Clase puesto
Shirley
López Badilla 1-928-656 000141 Oficinista
3
Artículo 2º—Rige a partir
del 16 de abril de 2007.
Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Ing. Alejandro Molina Solís, Director Ejecutivo.—1 vez.—(Solicitud Nº 15085).—C-10910.—(45573).
DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD
Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA
EDUCATIVO
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el Tomo 5, Folio 98 y Asiento Nº 3418, emitido por el Colegio San Luis Gonzaga, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Brenes Solano Mauren. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de mayo del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—Nº 23903.—(44628).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 41, asiento Nº 751, emitido por el Liceo Diurno José Martí, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Cubillo Guadamuz Marjorie. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecisiete días del mes de mayo del dos mil siete.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(45135).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de
reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en
Educación Artística, inscrito en el tomo 1, folio 35, título Nº 389, emitido
por el Conservatorio Castella, en el año mil novecientos ochenta y tres, a
nombre de Ramírez Vásquez Jorge Luis. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título. Se pública este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 16 de mayo
del 2007.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(45558).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES
SOCIALES
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se
ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa
Autogestionaria de Multiservicios Turísticos
Tortuguero R. L., Siglas COOPETORTUGUERO R. L., acordada en asamblea
celebrada el 31 de enero del 2007. Resolución 1418. En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la
Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción
correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en
el Diario Oficial La Gaceta.
Consejo de Administración:
Presidente Alfredo Brown Robinson
Vicepresidente Ricardo Wray Drumonds
Secretario William Guerrero Araya
Vocal 1 Giselle López Hernández
Vocal 2 Ali Sáenz Vanegas
Suplente 1 Ricardo Sandí Orozco
Suplente 2 Justo Sáenz Sánchez
Gerente Omar Bustamente Marín
San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—Nº 23510.—(44629).
De conformidad con la autorización extendida por el Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada: Consorcio de Cooperativas del Sector Salud R. L., Siglas Consalud R. L., acordada en asamblea celebrada el 26 de febrero del 2007. Resolución 1074. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 1, 2, 12, 30, 32, 34, 42, 43, 46, 54 y 75 del Estatuto.—San José, 19 de marzo del 2007.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(45043).
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada: Cooperativa de Vendedores de Lotería R.L., siglas: COOPEPACIVELOT R.L., acordada en asamblea celebrada el 31 de enero del 2007. Resolución Nº 778. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta el artículo 43 del estatuto.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Iris Garita Calderón, Subjefa.—(45077).
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada: Cooperativa de Servicios Múltiples de los Productores de Café de San Vito R. L., siglas COOPROSANVITO R. L., acordada en asambleas celebrada el 17 de marzo del 2007. Resolución 101. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta el artículo 24 inciso d) del Estatuto.—San José, 16 de mayo del 2007.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(45204).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa de Productores de Arroz y otros cultivos de Upala R. L., siglas Cooproupala R. L., acordada en asamblea celebrada el 10 de enero del 2007. Resolución 1419. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Consejo de administración:
Presidente Juan
Ortíz García
Vicepresidente Rodolfo
Ocampo Cortez
Secretario Edwin
Chavarría Alcocer
Vocal 1 Guillermo
Colomer Tellez
Vocal 2 José
María López Guido
Suplente 1 Dora
Pineda Flores
Suplente 2 Arnulfo
Escamilla Oporta
Gerente Maynor
Santana Jackson
San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Iris Garita Calderón, Subjefa.—Nº 24282.—(45458).
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada: Sindicato de Trabajadores Municipales de Costa Rica, siglas STMDECR, acordada en asamblea celebrada 27 de enero del 2007. Expediente M-2. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo 15, folio 497, asiento 4438 del día 22 de mayo del 2007. La reforma afecta el artículo 49 del Estatuto.—San José, 22 de mayo del 2007.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(46110).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
En sesión celebrada en San José, a las nueve horas del día 04 de octubre del 2006, se acordó conceder traspaso de pensión de gracia, mediante la resolución JNPTA-5979-2006, del día 4 de octubre del 2006, a la señora Guido Darcia María Isabel, mayor, viuda, cédula de identidad 5-092-298, vecina de Guanacaste; por un monto de cincuenta y cinco mil trescientos noventa y un colones con treinta y cinco céntimos (¢55.391,35); monto correspondiente a los meses de julio y agosto del 2004 y la suma de cuarenta mil ochocientos cincuenta y nueve colones con noventa céntimos (¢40.859,90); monto correspondiente al mes de setiembre del 2004, de acuerdo al Tope de Ley, ya que la gestionante cuenta con una pensión de la Caja Costarricense de Seguro Social, con un rige a partir 1 de julio del 2004. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Lic. Francis Zúñiga González, Director Ejecutivo.—1 vez.—Nº 24482.—(45965).
REGISTRO NACIONAL
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Hacienda Bariloche, con domicilio en la provincia de Alajuela, distrito San Isidro, oficina del acueducto Hacienda Bariloche. Sus fines, entre otros son: Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto. Su representante judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, conforme al artículo 1253 del Código Civil, con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Norman Mauricio Muñoz Gómez. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 Ley de Asociaciones y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 570 Asiento: 78865.—Curridabat, 23 de mayo del 2007.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 24358.—(45952).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de
Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad
denominada: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario
El Puente, con domicilio en la provincia de Alajuela, cantón Grecia, distrito
Puente de Piedra en la Oficina del Acueducto. Sus fines, entre otros son:
Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas
condiciones el acueducto. Su representante judicial y extrajudicial, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, según el artículo
1253, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente:
Norman Mauricio Muñoz Gómez. Por encontrarse dicha organización, dentro de las
prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 Ley de
Asociaciones y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. (TOMO: 571 ASIENTO:
43945.—Curridabat, 25 de mayo del 2007.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a.
í.—1 vez.—Nº 24359.—(45953).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Vecinos Propietarios de Inmuebles Roma Oeste, con domicilio en la provincia de San José. Sus fines principales entre otros es el siguiente: Contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida y el bienestar de los vecinos de Urbanización Roma Oeste en Pavas. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, lo es el presidente Roberto Luis Perea Anda. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 571, Asiento: 4994, Adicional Tomo: 571, Asiento: 26837).—Curridabat, 7 de mayo del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 24512.—(45955).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma al artículo siete del estatuto de la Asociación Cámara Provincial de Autobuseros Alajuelenses. Por cuanto, dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley número 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus Reformas), y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por 15 días a partir de su publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 570 Asiento: 49580.—Curridabat, 7 de mayo del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 24587.—(45956).
REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD
INMUEBLE
AVISO
Se hace saber a quien interese, que en diligencia administrativa de oficio que se lleva en este Despacho, mediante resolución de las once horas del dieciséis de abril del dos mil siete, se resolvió lo siguiente: “Una vez firme la presente resolución: 1) Consignar inmovilización sobre el derecho dos (2) de la finca del partido de Guanacaste, matrícula número quince mil cuatrocientos veintitrés (15423), la cual se mantendrá hasta que la autoridad judicial competente, conociendo del error que la originó, proceda a rectificarlo, ordene su levantamiento y expida la providencia ejecutoria respectiva; o bien, que las partes interesadas lo soliciten en la forma correspondiente. 2) Se comisiona al Departamento de Asesoría Jurídica Registral, para la consignación de la inmovilización referida. Notifíquese”. (Ref. Expediente Nº 143-2005-BI).—Curridabat, 17 de abril del 2007.—Lic. Wálter Méndez Vargas, Director.—1 vez.—(S. P. Nº 16481).—C-7280.—(46310).
REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada FORMULACIONES DE MÚLTIPLES PARTÍCULAS DE PANTOPRAZOL. Se describen compuestos de pantoprazol sódico que evitan la adhesividad a tubos nasogástricos y de gastronomía. Los frutos de múltiples partículas de pantoprazol tienen un núcleo esferoide de pantoprazol o un enantiómero del mismo, o una sal del mismo, un agente tensioactivo, y un desintegrante; un sub-revestimiento que está comprendido de hidroxipropilmetilcelulosa (hipromelosa) y agua, un revestimiento entérico en el sub-revestimiento, y un revestimiento de destello final sobre el revestimiento entérico, que se compone de hidroxipropilmetilcelulosa (hipromelosa) y agua. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9 /16, cuyos inventores son Venkata Ramana Rao Sripriya, Shah Syed M, Tatapudy Hanumantharao, Saunders Richard William, Fawzi Mahdi, Nagi Arwinder, Singh Shailesh, Hasan Sumon A. La solicitud correspondiente lleva el número 8318, y fue presentada a las 12:31:00 del 29 de marzo del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de mayo del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—Nº 24507.—(45908).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado de Hubbell Incorporated de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada PANEL DE CONEXIÓN DE SUSPENSIÓN CON CIRCUITO DE COMPENSACIÓN PARA EQUIPO TERMINAL DE DATOS, INSERCIÓN DE ENERGÍA Y RECOPILACIÓN DE DATOS. Un panel de conexión (12) de característica avanzada de compensación que puede incluir componentes modulares desmontables (50) o componentes electrónicos fijos (46) ubicados directamente sobre el panel de conexión que por separado o en combinación son capaces de proveer características avanzadas tales como detección de dispositivo e inserción de energía. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es H01R 24/00, cuyo (s) inventor (es) es (son) Shadi Abughazaleh, Robert Baxter, Alan Miller, Michael O’connor. La solicitud correspondiente lleva el número 8576, y fue presentada a las 12:49:10 del 28 de agosto del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 13 de marzo del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—Nº 24508.—(45909).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Shering Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA DE SUPERFICIE PLANA PARA UTILIZAR EN LA CAVIDAD BUCAL. La invención se refiere a un sistema de superficie plana para ser utilizado en la cavidad bucal y a un procedimiento para su fabricación. Este sistema comprende al menos una caja de cubierta superior soluble al agua y al menos una capa de cubierta inferior soluble al agua. Entre las capas de cubierta superior e inferior se prevé al menos una capa intermedia, que presenta menos superficie de carga que las capas de cubierta porque es hueca a lo largo del borde del sistema de superficie plana. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9 /00, cuyo (s) inventor (es) es (son) Stefan Bracht, Babett Degenhardt. La solicitud correspondiente lleva el número 8534, y fue presentada a las 13:15:31 del 25 de julio del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de abril del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—Nº 24509.—(45910).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Merck & Co, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada ANTAGONISTAS DEL RECEPTOR HIDROISOINDOLINA TAQUIQUININA. La presente invención se dirige a ciertos compuestos hidroisoindolina los cuales son útiles como antagonistas del receptor de la neuroquinina-1 (NK-1), e inhibidores de taquiquinina y en particular de la sustancia P. La invención también se refiere a formulaciones farmacéuticas que comprenden estos compuestos como ingredientes activos y el uso de los compuestos y sus formulaciones en el tratamiento de ciertos trastornos, incluyendo émesis, incontinencia urinaria, depresión y ansiedad. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07C 209/44, cuyo (s) inventor (es) es (son) Jaime Lynn Bunda, Robert J. Devita, Jinlong Jiang, Sander G. Mills. La solicitud correspondiente lleva el número 8522, y fue presentada a las 13:14:15 del 19 de julio del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de abril del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—Nº 24510.—(45911).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado de Schering Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada USO EXTENDIDO DE COMBINACIÓN QUE COMPRENDE ESTRÓGENOS Y PROGESTINAS, una preparación farmacéutica para obtener un tratamiento hormonal continuo durante un periodo de tiempo deseado más prolongado que 21-28 días, que comprende una primera composición que contiene al menos un estrógeno y/o al menos una progestina en una cantidad predeterminada, que se administra en los primeros 21-28 días y una segunda que contiene al menos un estrógeno y/o al menos una progestina, en una cantidad predeterminada mayor que la cantidad de la primera composición, y que comprende una secuencia mono o multifacética de dosificaciones farmacéuticas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31 /56, cuyo (s) inventor (es) es (son) Bernd Dusterberg, Jan Endrikat, Rolf Schurmann. La solicitud correspondiente lleva el número 8450, y fue presentada a las 12:43:27 del 13 de junio del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 13 de marzo del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—Nº 24521.—(45912).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Cephalon Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada NUEVOS PIRROLOCARBAZOLES FUSIONADOS. La presente invención tiene relación generalmente con pirrolocarbazoles fusionados, incluyendo composiciones farmacéuticas de estos y métodos para tratar enfermedades con estos. La presente invención también está dirigida a los intermediarios y procesos para elaborar estos pirrolocarbazoles. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 487/04, cuyo (s) inventor (es) es (son) Nadine C Becknell, James L. Diebold, Diane E. Gingrich, Robert L. Hudkins, Dandu R. Reddy, Ming Tao, Theodore L. Underiner, Allison L. Zulli. La solicitud correspondiente lleva el número 8519, y fue presentada a las 13:11:26 del 19 de julio del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de abril del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—Nº 24522.—(45913).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE DIHIDROBENZOFURANILO ALCANAMINA Y MÉTODOS PARA SU USO. Se proporcionan compuestos de fórmula 1 o sales farmacéuticamente aceptables de los mismos que son agonistas o agonistas parciales de los receptores del subtipo 2c de la serotonina cerebral. Los compuestos, y composiciones que contienen los compuestos, se pueden utilizar para tratar una variedad de trastornos del sistema nervioso central tales como esquizofrenia. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 307/ 81, cuyo (s) inventor (es) es (son) Jonathan Laird Gross, Marla Jean Williams, Gary Paul Stack, Hong Gao, Dahui Zhou. La solicitud correspondiente lleva el número 8349, y fue presentada a las 12:34:34 del 20 de abril del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de mayo del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—Nº 24523.—(45914).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Nestec S. A., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada PRODUCTO ESTABLE EN ANAQUEL, CON MICROORGANISMOS VIVOS. Se refiere a productos líquidos estables en el anaquel, por ejemplo productos lácteos, que comprenden microorganismos, especialmente probióticos. Los microorganismos son capaces de sobrevivir por varios meses a temperatura ambiente, básicamente debido a su incapacidad para metabolizar los nutrientes contenidos en el producto líquido. La invención se refiere además a un método para manufacturar el producto líquido de acuerdo con la invención. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A23C 9/23, cuyo (s) inventor (es) es (son) Tournade Sylvie, Frederic Aymes, Reniero Roberto. La solicitud correspondiente lleva el número 8605, y fue presentada a las 13:37:33 del 7 de setiembre del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 24530.—(45915).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada POLIMORFO CRISTALINO DE ACETATO DE BAZEDOXIFENO. La presente invención está dirigida a un polimorfo cristalino de acetato de bazedoxifeno, composiciones que contienen el mismo, preparaciones del mismo y usos del mismo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 209/12, cuyo (s) inventor(es) es (son) Ali, Kadum, A., Allegrini Pietro, Belli, Aldo, Brescello, Roberto, Cannata, Vencenzo, Chibwe, Malama, K., Cotarca, Livius, Gangolli, Shridhar, Longfellow, Carl E., Soriato, Giorgio, Verzini, Massimo. La solicitud correspondiente lleva el número 8614, y fue presentada a las 13:18:41 del 12 de setiembre del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 24531.—(45916).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de Schering Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIONES QUE COMPRENDEN DROSPIRENONA DISPERSADA A NIVEL MOLECULAR. La presente invención se refiere a una composición farmacéutica que comprende drogas esferoides, por ejemplo drospirenona en forma molecularmente dispersa. Preferiblemente, las composiciones se proveen como formas sólidas, semisólidas o liquidas, que a su vez se adaptan preferiblemente para la administración oral e preferiblemente para ser absorbidas por el tracto gastrointestinal. Dichas composiciones tienen una alta biodisponibilidad, buena estabilidad química y rápida disolución por liberación in vitro y se pueden producir en condiciones que no requieren equipos costosos ni recaudos de seguridad La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9/00, cuyo (s) Inventor (es) es (son) Funke Adrián, Wagner Torsten. La solicitud correspondiente lleva el número 8631, y fue presentada a las 13:55:20 del 14 de setiembre del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días f consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de marzo del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—Nº 24532.—(45917).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada TRATAMIENTO DE OSTEOPOROSIS RELACIONADO CON TERAPIA CON INHIBIDOR DE AROMATASA. Esta invención se refiere al uso de bazedoxifeno (1-(4-2azepan-l-il-etoxil)-bencil)-2-(4-hidroxi-fenil)-3-metil-1H-indol-5-ol) en el tratamiento o inhibición de osteoporosis y osteopenia relacionada con la terapia con inhibidor de aromatasa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/ 566, cuyo (s) inventor (es) es (son) Simón N. Jenkins, Barry S. Komm, Pol Boudes, Philip Frost, Mathew L. Sherman. La solicitud correspondiente lleva el número 8495, y fue presentada a las 13:00:55 del 28 de junio del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 13 de marzo del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 24539.—(45918).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Wyeth, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada POLIMORFO CRISTALINO DE UN ACETATO DE BAZEDOXIFENO. La presente invención está dirigida a un polimorfo cristalino de acetato de bazedoxifeno, composiciones que contienen el mismo, preparaciones del mismo y usos del mismo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 209/12, cuyo (s) inventor (es) es (son) Christopher Demerson, Silvio Iera, Kadum A. Ali. La solicitud correspondiente lleva el número 8615, y fue presentada a las 13:18:57 del 12 de setiembre del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de abril del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—Nº 24540.—(45919).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Shering Aktengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada SÓLIDOS SUPERSATURADOS ESTABILIZADOS DE DROGAS LIPOFÍLICAS. La presente invención se refiere a una composición farmacéutica con disolución de drogas lopofílicas mejoradas en un medio acuoso. Se comprobó que composiciones farmacéuticas que comprenden un polvo de compuestos lipofilicos tales como hormonas, y esteroides, (por ejemplo, drospirenona y valerato de estradiol) en forma dispersa a nivel molecular junto a un vehículo que posee un área superficial específica de al menos 250 m2/g, tal como dióxido de silicio, por ejemplo, dióxido de silicio comercializado bajo la denominación Aeroperl ®, posee mejores propiedades de disolución de la droga lipofílica. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados. La Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9/14, cuyo (s) inventor (es) es (son) Funke Adrián, Wagner Torsten, Lipp Ralph. La solicitud correspondiente lleva el número 8630, y fue presentada a las 13:55:10 del 14 de setiembre del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de abril del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—Nº 24541.—(45920).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado Wyeth, de E. U. A., solicita la Patente de Invención denominada ASCORBATO DE BAZEDOXIFENO COMO MODULADOR DEL RECEPTOR DE ESTROGENO SELECTIVO. La presente invención está dirigida a ascorbato de bazedoxifeno, composiciones que contienen el mismo, dispersiones del mismo, preparaciones del mismo y usos del mismo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 209/12, cuyo (s) inventor (es) es (son) Fawzi Mahdi B., Ali Kadum A., Saha Syed M. La solicitud correspondiente lleva el número 8616, y fue presentada a las 13:19:15 del 12 de setiembre del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de marzo del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—Nº 24550.—(45921).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Schering Aktiengesellschaft, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada PREPARACIÓN FARMACÉUTICA PARA APLICAR SOBRE LA PIEL QUE CONTIENE DROSPIRENONA. La invención se refiere a una preparación farmacéutica para aplicar sobre la piel que contiene drospirenona. La cantidad de drospirenona contenida en la preparación en su estado inicial no es superior a la solubilidad saturada. Sin embargo, después de aplicar la preparación sobre la piel, la solubilidad saturada de la drospirenona es superada. Esta preparación farmacéutica permite, entre otros, la aplicación trasdérmica de cantidades de drospirenona con efecto contraceptivo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 47/32, cuyoinventor es Bracht Stefan. La solicitud correspondiente lleva el número 8632, y fue presentada a las 13:55:30 del 14 de setiembre del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 24551.—(45922).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Aventis Pharmaceuticals Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada MODULADORES DE HM74 DE OXIDECAHIDRONAFTALENO.
Para
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Se usaron células hospedantes que expresan HM74 para obtener moléculas de tipo oxidecalina con actividad agonista, que tienen la fórmula estructural que se indica. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/552, cuyo (s) inventor (es) es (son) Anne Minnich, Theresa Kuntzweiler, Haifeng Elshingdrelo, Michael Angelastro, Stepahn Henke. La solicitud correspondiente lleva el número 8537, y fue presentada a las 13:44:31 del 26 de julio del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de abril del 2007.—Lic. Karen Quesada, Regustradora.—Nº 24552.—(45923).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, abogado, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado de Aventis Pharmaceuticals Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada MODULADORES DE HM74 DE OXIDECAHIDRONAFTALENO.
Para
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Se usaron células hospedantes que expresan HM74 para obtener moléculas de tipo oxidecalina con actividad agonista, que tienen la fórmula estructural que se indica. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/552, cuyo (s) inventor (es) es (son) Anne Minnich, Theresa Kuntzweiler, Haifeng Elshingdrelo, Michael Angelastro, Stepahn Henke. La solicitud correspondiente lleva el número 8537, y fue presentada a las 13:44:31 del 26 de julio del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 24553.—(45924).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado de Les Laboratoires Servier, de Francia, solicita la Patente de Invención denominada NUEVA ASOCIACIÓN DE UN INHIBIDOR DE LA CORRIENTE SINUSUAL L1 Y DE UN INHIBIDOR CÁLCICO Y LAS COMPOSICIONES FARMACÉUTICAS QUE LA CONTIENEN. Asociación que contiene un inhibidor selectivo y específico de la corriente sinusal If y más particularmente la ivabradina, y un inhibidor cálcico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Pateantes Sexta Edición es A61K /, cuyo (s) inventor (es) es (son) Vidal Benatar, Guy Lerebours-Pigeonniere. La solicitud correspondiente lleva el número 8813, y fue presentada a las 13:50:03 del 14 de diciembre del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de abril del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—Nº 24554.—(45925).
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-335-794, en su condición de apoderado especial de Shering AG, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada HORMONAS DE ADMINISTRACIÓN TRANSDÉRMICA QUE NO NECESITAN POTENCIADORES DE PENETRACIÓN. La invención se refiere a un parche que comprende una capa de droga con un bajo contenido de hormonas, como por ejemplo gestodeno, y opcionalmente un estrógeno (por ejemplo etinilestradiol). Al aplicar el parche a una mujer, se consiguen niveles de plasma de al menos 1,0ng/ml de gestodeno en condiciones de estado estacionario sin necesidad de incorporar potenciadores de penetración ni mejoradores de permeación en la capa que contiene droga. También son satisfactorios los niveles en plasma de las hormonas que se consiguen durante todo un período de al menos una semana, haciendo que el parche se pueda aplicar para utilizarlo en anticoncepción femenina con el concepto de aplicar el parche una vez a la semana. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9/70, cuyo (s) inventor (es) es (son) Stefan Bracht, Michael Dittgen, Petra Huber, Thomas Langguth, Dirk Schenk. La solicitud correspondiente lleva el número 8465, y fue presentada a las 13:10:57 del 20 de junio del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de marzo del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—Nº 24555.—(45926).
INSTITUTO METEOROLÓGICO
NACIONAL
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. 12553P. Viva Nosara S. A., solicita concesión de: 0.500 litros por segundo del Pozo GA-149, efectuando la captación en finca de misma en Nosara, Nicoya, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 219.170 / 353.850 hoja Garza. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de mayo de 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 23950.—(44634).
Expediente Nº 12556P.—Kafur S. A., solicita concesión de 5,04 litros por segundo del pozo ME-192, efectuando la captación en finca de su propiedad en Bagaces, Guanacaste, para uso consumo humano, doméstico y agropecuario, riego, frutal. Coordenadas 281.400 / 386.900 hoja Monteverde. 5,04 litros por segundo del pozo TE-63, efectuando la captación en finca de en Bagaces, Guanacaste, para uso consumo humano, doméstico y agropecuario, riego, frutal. Coordenadas 280.600 / 386.300 hoja. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de mayo de 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(44691).
Expediente Nº 12550.—Alberto Alpízar Molina, solicita en concesión 1 litro por segundo de nacimiento sin nombre, captado en su propiedad, sita en Concepción, Atenas, Alajuela, para doméstico, abrevadero, granja. Coordenadas aproximadas 215.900 / 405.650 hoja Río Grande. Propietarios de predios inferiores Evelny Salas Bolaños, Norma María Salas Bolaños, Cecilia Salas Bolaños, Teresita Salas Bolaños. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de mayo de 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(44716).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Expediente Nº 12558P.—Javier Castillo Solórzano, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del Pozo NA-365, efectuando la captación en finca de su propiedad en Palmares, Alajuela, para uso consumo humano, riego coordenadas 226.759 / 489.073 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de mayo del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 24362.—(45958).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº 12557P.—Sonamet S. A., solicita concesión de: 0.058 litros por segundo del Pozo BC-667, efectuando la captación en finca de su propiedad en Coyolar, Orotina, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico, riego Coordenadas 207.309 / 471.923 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de mayo del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 24361.—(45957).
LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER
JUDICIAL, ACUERDA
Girar a la orden de los
interesados los presentes montos para atender el pago de las cuentas
correspondientes con cargos a las respectivas partidas del presupuesto.
Acuerdo Cédula Nombre Monto
437 2-300-042155-FJ Fondo de Jubilaciones y Pensiones P 112.562,84
438 01-0320-0398 Arias Colombari Alejandro 594.186,60
438 05-0078-0976 Abellan Cisneros Hebel 589.186,80
438 3-101-003252-18 G.B.M. de Costa Rica S. A. 16.013.389,75
438 3-101-006090-03 Consultécnica S. A. 3.132.340,70
438 3-101-025414-33 Conoco S. A. 112.345,66
438 3-101-098063-16 Multinegocios Intern. América S. A. 8.447.833,66
438 3-101-131382-27 Pridegui S. A. 28.336,62
438 3-101-159896-18 Setenta y Siete Oro S. A. 32.085,29
439 01-0906-0396 Solís Durán Fedra 451.004,54
439 01-0970-0215 Montano Vega Erika 454.408,01
439 01-1067-0410 Solano Fernández Marcelita 179.320,62
439 01-1215-0736 Fallas Corao Claudia Ma 47.987,01
439 01-1261-0523 Vega Delgado Joselyn 201.936,88
439 01-1280-0312 Chacón Faeth Susie 160.573,03
439 01-1323-0801 Rosales Hidalgo Govardhan 75.628,37
439 05-0175-0727 Duarte Montoya María G. 79.379,34
439 05-0182-0627 Castillo Contreras Luis Minor 930.520,60
440 3-101-034067-27 Sonivisión S. A. 1.992.870,87
440 3-101-040018-17 Radio Localizadores de Costa Rica S 10.830,00
440 3-101-439150-00 María del Este S. A. 2.370.375,00
440 4-000-042139-01 Inst. Costarricense de Electricidad 1.964.837,87
441 01-0390-0306 Parra Sánchez Jorge 354.390,40
441 01-0459-0934 Valladares Bermúdez Leonidas 86.240,00
441 01-0636-0271 Alpízar Soto Martín 399.840,00
441 3-101-076436-25 Mundo de Limpieza S. A. 150.208,26
441 3-101-171670-35 Total Petróleo Costa Rica S. A. 66.368,46
442 01-1101-0483 Berrocal Murillo Cesar 245.549,40
442 06-0134-0442 Alvarado Ugalde Carlos 500.490,90
442 3-101-049635-22 Telerad Telecomunicaciones R. 561.659,65
442 3-101-177156-19 Semans S. A. 1.088.016,96
442 3-101-287019-16 Productos y Pro. Industriales Pro. 861.322,00
442 3-101-358484-00 Memoris Forever S. A. 70.901,24
442 3-102-046231-16 Farmacia Lourdes S.R.L. 13.750,00
443 04-0114-0255 Vindas Rodríguez Luis 3.316.167,60
444 3-101-178512-18 Geotecnologías S. A. 182.248,50
445 3-101-020748-29 Consultoría y Diseños S. A. 404.550,68
446 4-000-042138-04 Inst. Costarricense de Ac. y Alc 2.900.472,65
447 01-0565-0389 Troyo Mora Marco A. 126.186,97
447 01-0767-0055 Chaves Badilla Edwin 234.150,83
447 01-0849-0161 Cedeño Guzmán Gleen 106.408,72
447 01-0899-0589 Ruiz León Jorge 527.186,54
447 01-1045-0449 Corrales Lugo Cristian Jesu 209.846,43
447 01-1128-0200 Briceño Rodríguez Ana G. 139.932,27
447 01-1164-0381 Rodríguez Brenes Carlos 228.781,55
447 01-1209-0667 Segura Mena Lissy Dayanna 461.096,22
447 01-1243-0821 Jiménez Alvarado Marlon 181.761,37
447 01-1255-0649 Zúñiga Agüero Diana L. 192.038,79
447 01-1263-0026 Tencio Montenegro Natalia 71.308,26
447 02-0452-0203 Arguedas Sibaja Giselle 28.595,21
447 02-0492-0055 Gamboa Vallejos José Joaquín 119.731,61
447 02-0585-0442 Mora Rojas María 46.929,22
447 02-0631-0331 Madrigal Segura Magaly 25.614,14
447 03-0257-0952 Walker Cerdas Rosa 25.341,98
447 03-0347-0086 Araya Nájera Maureen 97.761,27
447 03-0347-0250 Chavarría Marín Geisel Sileny 374.746,35
447 03-0377-0370 Solano Gómez Ivannia 73.872,53
447 05-0308-0394 Gutiérrez Padilla Ana 74.723,47
447 05-0318-0291 Briceño Duran Jéssica 17.466,11
447 05-0318-0882 López Matarrita Johanna 233.800,36
447 06-0169-0812 Hernández Chavarría Rosa Emilia 104.795,49
448 01-0916-0555 Inglesini Zeledón Aldo 1.299.480,00
448 3-101-057714-00 Prod. Infor. para El Desarrollo P. 5.713.011,57
448 3-101-340543-00 Elevadores Schindler S. A. 1.704.387,90
449 3-012-370910-00 Elevadores Otis S. A. de Capital V. 245.000,00
449 3-101-022826-25 Clima Ideal S. A. 7.083.226,63
449 3-101-160555-09 Serv. Med. Diagnóstico Por Imag. 44.832,21
449 3-101-340543-00 Elevadores Schindler S. A 345.354,47
450 3-101-000046-36 Cía Nacional de Fuerza y Luz S. A. 32.585.509,60
451 08-0039-0701 Carazo Guillén Nelson Armando 973.260,17
451 3-101-095767-32 Corp. Andrea de Centroamérica 27.745,00
451 3-101-153193-08 Insumos Federados S. A. 256.887,75
451 3-101-174285-23 Seguridad Alfa S. A. 2.349.366,08
451 3-101-343251-12 Maestros en Computación Comp. 1.738.130,65
452 2-300-042155-CH Oficial Presupuestal Poder Judicial 5.476.932,79
453 04-0065-0542 Hernández Arce Milton 73.818,00
453 3-004-045117-13 Coopelesca R.L 3.578.435,32
454 04-0104-1382 Rodríguez Víquez William 14.196,00
454 3-101-005616-33 Industrias Fotográficas S. A. 1.571.590,35
454 3-101-171670-35 Total Petróleo Costa Rica S. A. 152.937,85
454 3-101-340543-00 Elevadores Schindler S.A 56.957,83
455 01-0475-0618 Retana Rojas Luis Ángel 177.230,14
456 01-0423-0576 Abarca López Carlos 116.198,68
456 3-101-136708-35 Valmartino S. A. 428.196,30
456 3-101-340543-00 Elevadores Schindler S. A. 550.122,95
457 03-0277-0016 Valverde Jiménez Andrés 75.102,30
457 3-101-076436-25 Mundo de Limpieza S. A. 1.164.935,23
457 3-101-153193-08 Insumos Federados S. A. 239.244,50
457 3-101-165549-16 Servicios de Consultoría de Occ. 3.138.025,02
457 3-101-171670-35 Total Petróleo Costa Rica S. A. 11.974,30
457 3-101-230579-01 Desarrollo de Sistemas de Infor. 228.085,93
458 2-300-042155-CH Oficial Presupuestal Poder Judicial 4.835.193,30
459 3-101-009059-19 Radiográfica Costarricense S. A. 1.476.854,40
460 02-0141-0193 Ruiz Morales Zenen 30.056,48
460 06-0097-1053 Cerdas Villegas Leda Maria 131.586,00
460 3-101-111262-12 Soporte Medico S. A. 255.123,40
460 3-101-150338-23 E & R de San José S. A. 304.280,98
461 3-002-287079-37 Asoc. Solidarista Serv. Judiciales 13.756.123,12
462 01-0829-0740 Salas Innecken Ronny 67.179,33
462 3-101-190550-01 Bruno Internacional S. A. 398.569,90
462 3-101-402724-00 Chemlabs S. A. 505.569,85
463 01-0331-0281 Vargas Alpízar Guaria María 10.660.440,00
463 3-101-095754-04 Comunicación Corporativa de C.A. S 22.843.800,00
TOTAL
LÍQUIDO 179.571.144,73
San José, 25 de mayo del 2007.—Luis A. Barahona C., Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(P. Nº 100455).—C-207920.—(46054).
SALA CONSTITUCIONAL
ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA
REPÚBLICA
HACE SABER:
Que en la acción de
inconstitucionalidad que se tramitó en el expediente Nº 06-002020-0007-CO
promovida por Sonia Darce García, mayor, portadora de la cédula de residencia
Nº 27011889953323, contra el inciso b) del artículo 122 del Estatuto de
Servicio Civil, se dictó el VOTO número 02413-2007 de las dieciséis horas y
dieciocho minutos del veintiuno de febrero del dos mil siete, que literalmente
dice:
VOTO: 02413-2007. Por
tanto: “Se declara con lugar la acción. En consecuencia se anula la frase “,
extendido por la Universidad de Costa Rica” contenida en el inciso b) del
artículo 122 del Estatuto de Servicio Civil. Esta sentencia tiene efectos
declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin
perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Comuníquese este pronunciamiento
a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Reséñese este pronunciamiento
en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín
Judicial. Notifíquese.”
San José, 30 de mayo del
2007.
Gerardo
Madriz Piedra,
1 vez.—(46295) Secretario
Que en la
consulta judicial que se tramitó en el expediente Nº 06-011090-0007-CO
formulada por la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, mediante
resolución de las 10:15 horas del 18 de agosto del 2006, dictada dentro del
expediente Nº 01-005849-0647-PE, que es causa por el delito de retención
indebida, seguida contra Gustavo Romero Vélez, se dictó el VOTO Nº 03905-2007
de las catorce horas y cuarenta y cuatro minutos del veintiuno de marzo del dos
mil siete, que literalmente dice:
VOTO: 03905-2007. Por tanto:
“Se evacua la consulta judicial en el sentido que es inconstitucional la
primera oración del artículo 56 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense
de Seguro Social (Ley Nº 17 del veintidós de octubre de mil novecientos
cuarenta y tres, según reforma realizada por Ley Nº 2765), en cuanto dispone lo
siguiente: “Las sentencias condenatorias dictadas en los juicios a que se
refiere este capítulo no se inscribirán en el Registro Judicial de
Delincuentes, salvo el caso de que la Caja, dada la gravedad de la falta, así
lo solicite expresamente al tribunal respectivo.”, debiendo aplicarse en
consecuencia lo dispuesto en la Ley del Registro y Archivos Judiciales. Esta
sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de
la norma consultada, sin perjuicio de los derechos adquiridos y situaciones
jurídicas consolidadas. Comuníquese al Fiscal General de la República y al
Presidente Ejecutivo de la Caja Costarricense de Seguro Social en virtud de
sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada material. Publíquese íntegramente
en el Boletín Judicial y reséñese en el Diario Oficial La Gaceta.
El Magistrado Cruz Castro consigna una nota.”
San José, 30 de mayo del
2007.
Gerardo
Madriz Piedra,
1 vez.—(46296) Secretario
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Expediente Nº 1273-04.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y treinta y cinco minutos del dos de marzo del dos mil seis. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Ángela Esquivel Villegas, mayor, casada, oficios domésticos, cédula de identidad número cinco-ciento cincuenta y tres-cuatrocientos sesenta y cinco, vecina de El Porvenir, Aguas Claras, Upala, Alajuela, tendente a la rectificación del asiento de nacimiento de su hijo Jonatan Segura Esquivel..., en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Eugenio Benavides López y Ángela Esquivel Villegas, costarricenses”, y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta, a los señores German Segura Gómez y a Eugenio Benavides López, con el propósito que se pronuncien en relación a la presente gestión. Publíquese este edicto por tres veces en el mismo Diario, y se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—(45182).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Aviso de solicitud de naturalización
Carlos Humberto Serna Díaz, mayor, casado, auxiliar general, colombiano, carné de refugiado 070COL000074501, vecino de Heredia, expediente 2732-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 19 de abril del 2007.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(46012).
PROGRAMA DE ADQUISICIONES PERÍODO 2007
Con fundamento en el
artículo Nº 7 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se
informa a los interesados sobre las adquisiciones para el resto del período
anual 2007.
Bien o servicio:
1. Publicidad en periódicos, radio, televisión.
2. Consultorías.
3. Servicios profesionales.
4. Alquileres varios (equipo
reproductor, fotocopiadoras, otros).
5. Combustibles, grasas,
lubricantes.
6. Productos alimenticios.
7. Productos de papel y cartón.
8. Productos químicos y conexos.
9. Contratación con empresas para
obras de urbanización y complementarias.
10. Contratación con empresas para
construcción de viviendas de interés social.
11. Compra de terrenos.
12. Reparación de vehículos.
13. Reparación equipo de oficina.
14. Mantenimiento y reparación
equipo de cómputo.
15. Reparación y mantenimiento de
otros equipos.
16. Compra de materiales de
construcción.
17. Compra de materiales y útiles
de oficina.
18. Compra de equipo y mobiliario
de oficina.
19. Compra de equipo de cómputo.
20. Compra de herramientas varias.
21. Compra de equipo para limpieza.
22. Compra de equipo de seguridad.
23. Compra de vehículos
automotores.
24. Impresos y otros.
25. Encuadernación.
26. Vigilancia oficinas, locales y
terrenos.
27. Accesorios y repuestos de
vehículos.
28. Accesorios y repuestos de
cómputo.
29. Accesorios y repuestos equipo
de oficina.
30. Accesorios y repuestos de otros
equipos.
31. Formularios continuos.
32. Otros formularios y papelería.
33. Copias heliográficas.
34. Otras reproducciones.
35. Adiciones y mejoras.
36. Fletes y pasajes.
37. Artículos de aseo.
38. Medicinas.
39. Otros materiales y suministros.
40. Desarrollo de sistemas
informáticos.
Las anteriores compras de
bienes y servicios se efectuarán a través de los procedimientos de contratación
establecidos por la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, cuyos
detalles se darán a conocer en los carteles respectivos y con fundamento en las
partidas presupuestarias debidamente autorizadas.
San José, 26 de marzo del 2007.—MBA. Adolfo Calvo Navarro, Proveedor.—1 vez.—(O. C. Nº 109658).—C-32690.—(46297).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN Nº 2007LA-000202-10700
Compra de mantenimiento y reparación
de motocicletas
La Proveeduría
Institucional recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 22 de junio del
2007, para la compra de mantenimiento y reparación de motocicletas, promovido a
favor del Ministerio de Seguridad Pública.
Los interesados tienen el cartel a
disposición en el Sistema Comprared en forma gratuita, en la dirección: https://www.hacienda.go.cr/comprared
de Internet a partir de esta fecha, o podrá obtenerlo en el Departamento de
Compras de la Proveeduría Institucional, puede traer disquete. La Proveeduría
Institucional se encuentra ubicada frente al Liceo Castro Madriz, en Barrio
Córdoba.
San José, 31 de mayo del 2007.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 13449).—C-10305.—(46944).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de
Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar
en los siguientes procedimientos de:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2007LA-000043-PROV
Alquiler de local para alojar al
Juzgado Contravencional
y Menor Cuantía de Esparza
Fecha y hora de apertura:
28 de junio del 2007, a las 10:00 horas
———
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2007LA-000057-PROV
Compra de kits para uso de la Sección
de Bioquímica
Fecha y hora de apertura:
28 de junio del 2007, a las 10:00 horas.
Los respectivos carteles
se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para
ello, los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del
Departamento de Proveeduría; sita en el 4º piso del edificio Plaza de la
Justicia, ubicado entre calles 17 y 19, avenidas 6 y 8, San José; o bien,
obtenerlos a través de Internet, en la dirección
htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del
correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección
licitaciones@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su
solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse
tal situación a los teléfonos 295-3626/3295.
San José, 4 de junio del 2007.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í.—1 vez.—(46938).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000032-PRI
(Convocatoria)
Contratación de servicios
profesionales en dibujo para la elaboración
de los planos constructivos para el
Programa de Abastecimiento
del Área Metropolitana de San José,
Acueductos Urbanos
y Alcantarillado Sanitario de Puerto
Viejo de Limón
El Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº
4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día
21 de junio del 2007, para la “Contratación de servicios profesionales en
dibujo para la elaboración de los planos constructivos para el Programa de
Abastecimiento del Área Metropolitana de San José, Acueductos Urbanos y
Alcantarillado Sanitario de Puerto Viejo de Limón”.
Los documentos que conforman el
cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del AyA, sita en el Módulo C,
piso 3 del Edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas, previa cancelación de
¢500,00.
San José, 4 de junio del 2007.—Lic. Jennifer Fernández Guillén, Proveeduría Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 41951).—C-7885.—(46926).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO
ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000011-01
Adquisición de equipos varios para
comunicación y medición
Esta Licitación consta de
las siguientes fórmulas:
Fórmula 1. Equipos para
cuadrilla
Artículo |
Descripción |
Cantidad |
1.1 |
Pértiga telescópica |
12 |
1.2 |
Pértiga mecánica |
12 |
1.3 |
Planta eléctrica |
6 |
1.4 |
Motosierra de extensión |
10 |
1.5 |
Motosierra |
12 |
1.6 |
Aparejo |
8 |
1.7 |
Cortadora de cable con rachet |
12 |
1.8 |
Compresionadora de baterías |
12 |
Fórmula 2. Bombas
Artículo |
Descripción |
Cantidad |
2.1 |
Bomba de agua |
6 |
2.2 |
Bomba de aceite |
3 |
Fórmula 3. Equipo de
termografía
Artículo |
Descripción |
Cantidad |
3.1 |
Cámara de termografía |
1 |
3.2 |
Cámara de termografía |
1 |
Fórmula 4. Equipo de
servicios técnicos
Artículo |
Descripción |
Cantidad |
4.1 |
Registrador de calidad de voltaje y corriente |
18 |
4.2 |
Multímetro digital de gancho |
7 |
4.3 |
Banco de trabajo, pesado |
4 |
4.4 |
Pantalla de proyección portátil con trípode |
1 |
4.5 |
Elevador de dos postes asimétrico |
1 |
Fórmula 5. Artículos
varios de comedor
Artículo |
Descripción |
Cantidad |
5.1 |
Binoculares |
9 |
5.2 |
Cámara fotográfica digital |
2 |
5.3 |
Aspiradora industrial |
1 |
Fórmula 6. Equipos varios
Artículo |
Descripción |
Cantidad |
6.1 |
Binoculares |
9 |
6.2 |
Cámara fotográfica digital |
2 |
6.3 |
Aspiradora industrial |
1 |
Fórmula 7. Equipo de
comunicación y datos
Artículo |
Descripción |
Cantidad |
7.1 |
Sistema de inversión de voltaje |
4 |
7.2 |
UPS 2000 VA Online |
2 |
7.3 |
Switch ethernet tipo industrial |
2 |
7.4 |
Switch 12 puertos y 2 en fibra puertos 10/100 Mbps, capa 2 |
1 |
7.5 |
Sistema de transferencia automática |
10 |
7.6 |
GPS |
2 |
7.7 |
Equipo diagnóstico fibra óptica |
1 |
7.8 |
Gabinete para equipo de comunicaciones |
3 |
7.9 |
Enrutador |
5 |
7.10 |
Analizador de espectros |
1 |
7.11 |
Convertidor de medios serial - Ethernet |
4 |
Fórmula 8. Equipo de
comunicación y voz
Artículo |
Descripción |
Cantidad |
8.1 |
Radio portátil para transmisión de voz |
31 |
8.2 |
Radio para transmisión de voz para montaje en vehículo |
12 |
8.3 |
Batería para radio portátil |
8 |
8.4 |
Teléfono celular |
23 |
Fórmula 9. Equipo de
comunicación para la plataforma de servicio
Artículo |
Descripción |
Cantidad |
9.1 |
Sistema de manos libres para operación de consola marca Meridiam |
2 |
Fórmula 10. Equipo de
comunicación digital
Artículo |
Descripción |
Cantidad |
10.1 |
Teléfono IP |
2 |
Fórmula 11. Equipo de
laboratorio
Artículo |
Descripción |
Cantidad |
11.1 |
Equipo de relación de transformación |
1 |
Contratar
Bienes y Servicios, avisa que para esta licitación se recibirán ofertas hasta
las 10:00 horas del 3 de julio del 2007, acto seguido se procederá con la
apertura de las ofertas que hubiesen sido presentadas, lo cual tendrá lugar en
las instalaciones de JASEC, sitas en Cartago, Barrio Fátima, 300 metros norte y
100 metros oeste de la Iglesia María Auxiliadora. Los interesados podrán
solicitar el cartel en la dirección indicada o al correo electrónico
gpiedra@jasec.co.cr.
Cartago, 4 de junio del 2007.—Contratar Bienes y Servicios.—Lic. Abel Gómez L., Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 18146).—C-73830.—(46923).
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000003-01
Construcción de la casa de la Cultura,
Santa Ana
La Municipalidad de Santa
Ana invita a los potenciales oferentes a participar en este proceso de
contratación administrativa. La documentación para esta licitación podrá
obtenerse en la Sección de Proveeduría de la Municipalidad de Santa Ana,
ubicada de la esquina noroeste de la iglesia, 50 metros norte, Santa Ana,
centro; previo pago de ¢20.000.00 (veinte mil colones netos), en Plataforma de
Servicios.
La visita preoferta se realizará el
próximo viernes 11 de junio del 2007, a las 10:00 a.m., saliendo del Edificio
Municipal.
La recepción de ofertas se realizará
el día 6 de julio de 2007, a las 14:00 horas en el salón de sesiones de la
Municipalidad.
Proveeduría.—Lic. Marilú Sánchez Venegas.—1 vez.—(46874).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2007LA-000038-57000
Compra de productos de papel, cartón
e impresos para el Programa 570
La Proveeduría
Institucional de este Ministerio, informa que por resolución Nº 054-2007 de las
10:45 horas del 31 de mayo del 2007, acuerda adjudicar la licitación arriba
indicada de la siguiente manera: a la empresa Papiro S. A., líneas 13,
14, 15, 17, 26, 41, 56 y 57, para un monto total adjudicado en colones de ¢
1.079.944,00 (un millón setenta y nueve mil novecientos cuarenta y cuatro
colones exactos), a la empresa Salazar y Velásquez S. A., las líneas 1,
16, 44 y 47, para un monto total adjudicado en colones de ¢ 1.761.041,00 (un
millón setecientos sesenta y un mil cuarenta y un colones exactos), a la
empresa Direx Internacional S. A., la línea 11 para un monto total
adjudicado en colones de: ¢.27.196,20
(veintisiete mil ciento noventa y seis colones veinte céntimos), a la empresa Jiménez
y Tanzi S. A., las líneas 3, 4, 5, 21, 23, 29, 43, 49 y 51, para un monto
total adjudicado en colones de ¢.562.932,00
(quinientos sesenta y dos mil novecientos treinta y dos colones exactos), a la
empresa Sauter Mayoreo S. A., las líneas 10, 27 y 40, para un monto total
adjudicado en colones de ¢ 525.120,50 (quinientos veinticinco mil ciento veinte
colones con cincuenta céntimos), a la empresa Promedical de Costa Rica S. A.,
la línea 35, para un monto total adjudicado en colones de ¢ 586.356,00
(quinientos ochenta y seis mil trescientos cincuenta y seis colones exactos), a
la empresa Industrias Luigi, S. A., las líneas 18, 19, 20, 25, 32, 33,
37, 38, 39, 42 y 50, para un monto total adjudicado en colones de ¢
6.682.684,14 (cuatro millones seiscientos ochenta y dos mil seiscientos ochenta
y cuatro colones catorce céntimos), a la empresa Lemen de Costa Rica S. A.,
las líneas 30 y 34, para un monto total adjudicado en colones de ¢ 353.800,00
(trescientos cincuenta y tres mil ochocientos colones exactos), a la empresa Inversiones
La Rueca S. A., las líneas 2, 6, 8, 54 y 61, para un monto total adjudicado
en colones de ¢ 334.975,00 (trescientos treinta y cuatro mil novecientos
setenta y cinco colones exactos), a la empresa AQL Soluciones Integrales. S.
A., la línea 31, para un monto total adjudicado en colones de ¢ 84.162,00
(ochenta y cuatro mil ciento sesenta y dos colones exactos), a la empresa Ramírez
y Castillo S. A., las líneas 22, 24 y 28, para un monto total adjudicado de
¢ 51.471,00 (cincuenta y un mil cuatrocientos setenta y un colones exactos), a
la empresa CG Formularios S. A., las líneas 45, 46, 48 y 58, para un
monto total adjudicado en dólares de $ 2.400,95 (dos mil cuatrocientos dólares
noventa y cinco centavos) y a la empresa Compañía Americana Papel Plásticos
Afines CAPPA S. A., la línea 9, para un monto total adjudicado en dólares
de $ 27.100,00 (veintisiete mil cien dólares exactos). Asimismo se comunica a
los interesados que mediante dicha resolución procedió a declarar infructuosas
las líneas 36, 52, 53, 55, 59 y 62 puesto que el presupuesto existente no
alcanza para cubrir al menos el 50% del compromiso económico por adquirir y las
líneas 7, 12 y 60 porque no se recibieron ofertas para las mismas.
San José, 1º de junio del 2007.—Lic. Rosario Segura Sibaja, Subproveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 11663).—C-30270.—(46899).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2007LA-004808-01
Remodelación Oficina BCR en Palmares
El Banco de Costa Rica,
comunica a los interesados en la licitación en referencia que, fue declarada
infructuosa por la Comisión de Contratación Administrativa en reunión 28-2007
CCADTVA del 31 de mayo del 2007.
Oficina de Contratación Administrativa.—Osvaldo Villalobos González, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 14639).—C-4860.—(46902).
OFICINA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2007LA-004809-01
Remodelación Oficina BCR Cahuita Limón
El Banco de Costa Rica,
informa que la Comisión de Contratación Administrativa en reunión 27-2007
CCADTVA del 28-5-2007, acordó adjudicar la licitación en referencia a la
empresa Muebles y Remodelaciones Quirós Hnos S. A. por un monto de
¢65.011.276,00 por la remodelación, más U.S.$6.800,00 de imprevistos de diseño,
con un plazo de entrega de 50 días naturales para la obra civil y de 75 días naturales
para el grupo electrógeno, con una garantía de 3 años.
Rodrigo Aguilar S., Área de Licitaciones.—1 vez.—(Solicitud Nº 14640).—C-6070.—(46970).
ÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2007LA-000021-1142
Equipo para administración de
soluciones
A los interesados en el
presente concurso se les comunica que por resolución del Área de Adquisiciones,
de fecha 31 de mayo del 2007, se adjudica a:
Ítem único.
Sendal S. A., representado por
Representaciones GMG S. A.
Monto total adjudicado: €
28.569,20.
San José, 1º de junio del 2007.—Subárea de Adjudicaciones.—Luz Mery Hidalgo Hernández, Jefa.—1 vez.—(UE Nº 1142).—C-5465.—(46900).
HOSPITAL MONSEÑOR SANABRIA
SUBÁREA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000001-01
Compra servicios continuos de
suministro gases uso médico
A los interesados en el
presente concurso, se les comunica que por resolución de la Dirección Gestión
Regional y Red de Servicios de Salud Pacífico Central, de fecha 30 de mayo del
2007, se resuelve adjudicar a:
Cryogas de Costa Rica
Ítems del 1 al 17.
Monto total adjudicado: $ 113.651,75.
Puntarenas, 1º de junio del 2007.—Oficina de Compras.—Francisco A. Jaen Vargas, Jefe.—1 vez.—(46911).
ÁREA DE SALUD PARAÍSO CERVANTES
LICITACIÓN RESTRINGIDA ASPC 2006-01
(Enmienda monto anual adjudicado)
Arrendamiento de inmueble para ubicar
los Ebais
de dos sectores central La Joya y
Central La Estación
En acto de adjudicación
para Licitación Restringida ASPC-2006-01, se indicó un monto total anual de
¢6.900.000,00, siendo lo correcto ¢5.583.264,00, por tanto se procede a
hacer la siguiente enmienda.
Monto total anual ¢5.583.264,00 (cinco
millones quinientos ochenta y tres mil doscientos sesenta y cuatro colones con
00/100).
Los demás términos de la adjudicación
permanecen invariables.
Paraíso, 30 de mayo del 2007.—Doctor Luis Alberto García Salazar, Director.—1 vez.—Nº 25192.—(47219).
SISTEMA NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN
SOCIEDAD ANÓNIMA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-01
Adquisición de dos equipos
electrónicos
de transmisores de alta potencia de
salida
El Sistema Nacional de
Radio y Televisión Sociedad Anónima, por medio del Departamento de Proveeduría,
comunica a todos los interesados que el Consejo Ejecutivo en la sesión Nº
168-2007, celebrada el jueves 31 de mayo del 2007, acordó adjudicar la
Licitación Pública Nº 2007LN-000001-01 por la Adquisición de dos equipos
electrónicos de transmisores de alta potencia de salida de acuerdo a la
siguiente manera:
Oferente: Electrónica
Garino Ramírez S. A., cédula jurídica Nº 3-101-152360.
Alternativa del ítem 1: Un transmisor
de 10 kilowatts con doble modulador excitador por un monto de $241.178.10
dólares.
Alternativa del ítem 2: Un transmisor
de 5 kilowatts con doble modulador excitador por un monto de $133.769,60
dólares.
Total de la Alternativa
ítem 1 y 2: $374.947.70 dólares.
Departamento de Proveeduría.—Elvira Quirós Corella, Jefa.—1 vez.—(46930).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO
TÉCNICO
PROFESIONAL DE POCOCÍ
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 001-2007
Compra de equipo de cómputo
La Junta Administrativa
del Colegio Técnico Profesional de Pococí en su sesión del día 22 de mayo del
2007, Acta Nº 221-07, artículo Nº 04, adjudicó la Licitación Pública Nº
001-2007 Compra de equipo de cómputo de la siguiente forma: A la firma Solutions
Network S. A. quien obtuvo el primer lugar según lo establecido en el punto
14 Metodología de Evaluación por un monto de $67.458,00 dólares americanos.
Guápiles, Pococí, Limón.—Lidieth Delgado Aguilar, Presidenta.—1 vez.—Nº 25161.—(47220).
MUNICIPALIDAD DE MORA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2007LA-000028-01
A los interesados en la
Licitación Abreviada Nº 2007LA-000028-01, se les comunica que por resolución de
la Alcaldía Municipal del 1 de junio del 2007, se adjudica este concurso a la
empresa R&M Hidro Rymca S. A., por un monto total adjudicado de
¢1.513.000,00, según se detalla.
Monto
total
Línea Bien
o Servicio adjudicado
1 85 hidrómetros de chorro múltiple de ½ ¢ 701.250.00
2 85 juegos de accesorios para hidrómetro
de ½ ¢ 433.500.00
3 85 cajas de protección de ½ ¢
378.250.00
Mora, 4 de junio del
2007.—Róger Vinicio Madrigal Bustamante, Proveedor Municipal.—1 vez.—(46928).
LICITACIÓN ABREVI3ADA Nº
2007LA-000059-0l
Promovida para la adquisición de un
vehículo todo terreno
La Corporación Municipal
del cantón de Mora, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 22 del mes
de junio del 2007, el cartel para esta licitación podrá obtenerse en la
Proveeduría Municipal del cantón de Mora, ubicada en el Palacio Municipal 100 metros
al oeste y 50 metros norte de la central del ICE, Ciudad Colón, cantón de Mora,
provincia de San José.
Róger Madrigal Bustamante, Proveedor Municipal.—1 vez.—(46929).
MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000001-01
Compra de tubos de concreto
El Concejo Municipal de
Aguirre en sesión ordinaria Nº 93, celebrada el 29 de mayo del 2007 Asuntos de
Tramitación Urgente, artículo segundo, aprobó adjudicar la Licitación Abreviada
2007LA-000001-01, compra de tubos de concreto, Línea Nº 1- 18 alcantarillas
1.52 x 2 m C-III se le adjudicó a Productos de Concreto. Línea Nº 2- 24
alcantarillas 0.61 x 1.25 m C-III se le adjudicó a Fábrica de Tubos Campeón.
Gerardo Agüero Benavides, Proveedor Municipal.—1 vez.—(46884).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2007LA-000158-08900
Compra de equipo informático muro de
fuego
Se avisa a los
interesados en participar en esta licitación, que el recurso de objeción
presentado por la empresa Consorcio Fincosta C.F S.A., fue declarado sin lugar,
por tanto la fecha de apertura se fija para el día 14 de junio del 2007, a las
diez horas.
Todo lo demás permanece invariable.
San José, 1º de junio del 2007.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 13456).—C-7280.—(46945).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2007LN-000049-17300
Compra de equipo automotor
La Proveeduría
Institucional comunica a los interesados en participar en esta licitación que,
se suspende la fecha de apertura hasta nuevo aviso.
San José, 4 de junio del 2007.—Lic. Blanca Córdoba Berrocal, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 41316).—C-6675.—(46903).
SUPERVISIÓN GENERAL DE ENTIDADES
FINANCIERAS
SUPERINTENDENCIA GENERAL DE VALORES
CONSEJO NACIONAL DE SUPERVISIÓN
DEL SISTEMA FINANCIERO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2007LN-000001-ODM
(Aclaración)
Adquisición de equipo de informático
para la
SUGEF, SUGEVAL y CONASSIF
Se avisa a todos los
interesados en participar en esta licitación lo siguiente:
Se aclaran los siguientes
puntos, los cuales se deberán leer de la siguiente manera:
3.1.1.5 Teclado estándar en español o
latinoamericano, alfanumérico.
3.1.1.11 Al menos 4 puertos USB 2.0 (El modelo
ofrecido debe tener al menos 2 puertos en chasis y si es necesario, completar a
4 por medio de un mini-hub de USB), además debe poseer un puerto paralelo, en
caso de no tenerlo se considera que cumple aportando un convertidor de USB
paralelo.
5.1.1.2 Procesador debe ser Intel Core 2 Duo o
superior de al menos 2.33 GHz, con la menos 4 MB caché L2 y al menos 667 MHz
FSB.
5.1.3.4 Hub USB para al menos 4 puertos y su
respectivo cable de conexión a la computadora.
6.1.1.8 Disco duro interno de al menos 60 GB de
capacidad y al menos 4200 rpm.
8.1.1.15 Costo por hoja impresa: Para calcular el
costo por hoja impresa, el oferente debe presentar la siguiente información
para el equipo ofertado, adjuntando el link del sitio Web del fabricante
respectivo:
El precio del tóner requerido por la
impresora ofertada, según precio de lista del fabricante.
El rendimiento del tóner en cantidad
de hojas, según el fabricante.
10.1.4 Cada servidor debe contar con la capacidad
Hot Swap (poder ser removido en caliente), entendiéndose como la capacidad de
remover el servidor sin afectar a los demás instalados en el mismo gabinete.
10.1.10 Cada servidor debe tener al menos cuatro (4)
procesadores AMD OpteronTM Procesador Model 2220 (2.8 GHz).
10.1.14 Cada equipo debe tener instaladas al menos
cuatro (4) interfaces físicas de conexión a red 1000/100/10 autosensing con
conector RJ45 en cobre, conmutable entre esas velocidades en forma automática
sin cambios de software, ni hardware. Deben venir con WOL y PXE.
11.1.1.3 Cada servidor debe contar con la capacidad
Hot Swap (poder ser removido en caliente), entendiéndose como la capacidad de
remover el servidor sin afectar a los demás instalados en el mismo gabinete.
11.1.1.21 Cada equipo debe tener instaladas al menos
cuatro (4) interfaces físicas de conexión a red 1000/100/10 autosensing con
conector RJ45 en cobre, conmutable entre esas velocidades en forma automática
sin cambios de software, ni hardware. Deben venir con WOL y PXE.
11.2.1.9 Viñeta 2: Debe proveer almacenamiento en
discos duros con las siguientes características:
ü Capacidad de
almacenamiento inicial en disco de al menos 2 TB (2 terabytes, 100% utilizables
para almacenar datos de la SUGEF–BCCR en un nivel RAID-5 o su equivalente),
utilizando discos duros cada uno con:
ü Una capacidad de almacenamiento por disco de al menos 146 GB SCSI o 500
GB FATA.
ü El equipo de almacenamiento masivo ofertado, debe tener una capacidad
total de crecimiento de al menos 7 TB.
ü Al menos 6 espacios disponibles para discos sobre los 2 TB iniciales.
11.2.1.12 Velocidad de rotación de los discos no menor a
15,000 rpm para discos SCSI y 7200 rpm para discos FATA.
11.2.1.13 Con un MTBF de al menos 300 mil horas para los
discos SCSI y un AFR no mayor a 0,34% para los discos FATA.
11.2.1.30 La solución a ofertar debe proveer una
comunicación robusta entre el sistema de almacenamiento y los servidores, por
lo que se debe incluir una red independiente de datos SAN (Storage Area
Network) que deberá cumplir con al menos las siguientes características:
ü Debe estar
conformada por al menos 2 switches de 24 puertos activos (incluyendo sus
respectivos módulos SFP), en configuración redundante uno del otro.
ü Cada switch deberá contar con fuentes de poder y abanicos redundantes,
que aseguren una alta disponibilidad de los equipos.
ü Cada puerto de los switch ofrecidos en el punto anterior, y los puertos
de las tarjetas de canal de fibra FCA de los servidores, deberán soportar como
mínimo tasas de transferencia de 2 Gbs y deberán ser bidireccionales (full duplex).
ü Debe permitir su administración, utilizando SNMPv3 o SNMPv2, y sesiones
tipo telnet, debiendo permitir la configuración de todas las facilidades o
características del switch mediante la interfase de línea de comando.
ü Deberá incluir herramientas avanzadas para el análisis y depuración de la
red.
ü Los switch ofertados no deberán tener una latencia mayor a 3
microsegundos por puerto.
13.1.4 La velocidad de impresión debe ser al
menos de 55 ppm, en formato de 8,5 x 11 pulgadas.
Los puntos 14.2.5 y 14.2.6 se unirían
quedando solamente el 14.2.5 de la siguiente manera:
14.2.5 Una tarjeta WS-F453 1-Cisco Catalyst 4500
NetFlow Services Daugthter Card para monitoreo de tráfico sin afectar la
operación del equipo.
Los demás términos del
cartel permanecen invariables.
San José, 21 de mayo del 2007.—Edy Rodríguez Céspedes, Superintendente a. í. SUGEVAL.—José Armando Fallas Martínez, Intendente SUFEF.—Roy González Rojas, Gerente BCCR.—1 vez.—(46891).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000024-01
(Prórroga Nº 1)
Suministro e instalación del sistema
de aire acondicionado
para la Agencia del Banco Nacional en
San Sebastián
La Proveeduría General
del Banco Nacional avisa a los interesados en esta licitación, que se amplía el
plazo para la recepción de ofertas, para las 10:00 horas del 15 de junio del
2007.
La Uruca, 1º de junio del 2007.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(O. P. Nº 1810-2007).—C-4840.—(46905).
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2007LA-000022-01
(Modificación N° 1)
Adquisición, adecuación de una
solución
para el servicio de BN Banca Celular
Se comunica a los
interesados en la Licitación Abreviada N° 2007LA-000022-01, que el Subcomité de
Licitaciones de Casa Matriz, acordó las siguientes modificaciones:
En el apartado D
Criterios de Evaluación, el cuadro de criterios de evaluación se debe de
leer de la siguiente forma:
Criterios de evaluación Puntos
1) Experiencia adicional del oferente 15
2) Costo de mantenimiento
post-garantía 15
3) Oferta económica 70
Total 100
En el mismo apartado D,
punto número uno, el párrafo cuarto se debe de leer de la siguiente
manera:
Para corroborar la lista
presentada, bajo fe de juramento, el oferente podrá adjuntar cartas de
referencia. Donde cada carta debe cumplir con los siguientes requisitos.
Las demás condiciones del
cartel permanecen invariables.
La Uruca, 4 de junio del 2007.—Proveeduría Casa Matriz.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(O. P. Nº 1812-2007).—C-10305.—(46963).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2007LN-000011-PCAD
(Enmienda Nº 1)
Contratación de servicios de una
empresa para la confección
y suministro de uniformes (consumo por
demanda)
Se les comunica a todos
los interesados en este concurso que el documento que contiene la Enmienda Nº 1
al cartel, puede ser retirado en el Proceso de Contratación Administrativa del
Banco Popular y de Desarrollo Comunal, ubicado en el sexto piso de la sede
Central, en avenidas 2 y 4, calle 1, San José, en un horario de lunes a viernes
de 8:15 a. m. a 4:00 p. m.
La fecha de apertura de ofertas se
traslada para el 14 de junio del 2007 a las 15:00 horas.
Todas las demás condiciones y
requisitos permanecen invariables.
San José, 4 de junio del 2007.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Coordinadora.—1 vez.—(46939).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2007LA-707009-UL
Vehículos extintores de incendio
El Instituto Nacional de
Seguros, comunica a los interesados en la presente licitación, cuya invitación
a participar se publicó en La Gaceta Nº 37 del 9 de mayo del 2007, las
siguientes modificaciones:
1. En el capítulo I, Aspectos técnicos, aparte I.
Descripción del requerimiento:
a) Inciso L. Chasis, punto 1: Suprímase lo
indicado como “exclusivamente” y “(Fire-chasis)”.
b) Inciso Q. Panel de instrumentos
del sistema de bombeo, aparte 3., notación f): Suprímase la mención
“...de 7.62 cm…”.
2. Capítulo I, Aspectos técnicos, punto III.
Condiciones generales técnicas para el oferente:
a) Punto 1, Disponibilidad de repuestos, suprímase
la frase, desde “...Además debe... hasta para su importación...”.
b) Punto 2. Infraestructura de
servicio, elimínense los párrafos 2, 3, 4 y 5: Desde “...Las instalaciones...
hasta... el Instituto.”
3. Capítulo I, Aspectos técnicos, aparte IV.
Condiciones generales técnicas para adjudicatario, punto 1., apartes j, k, suprímase
“Sistemas de radio y...” y “...equipos de radio...”, respectivamente.
4. Capítulo II, Aspectos formales,
aparte III. Requisitos formales para el oferente, punto 4., agréguese al
final del párrafo “...en caso de resultar adjudicatario...”.
Todos los demás términos
permanecen invariables.
La apertura de ofertas se mantiene
para el día 8 de junio del 2007.
San José, 1º de junio del 2007.—Departamento de Proveeduría.— Daniel Chanto Araya, Asistente de Jefatura.—1 vez.—(O. C. Nº 18447).—C-16960.—(46946).
HOSPITAL DE GUÁPILES
REGIÓN HUETAR ATLÁNTICA
CONCURSO 2007-LICITACIÓN ABREVIADA Nº
000001-2602
Adquisición de gases medicinales
varios
La Subárea de
Contratación Administrativa del Hospital de Guápiles, les informa a todos los
interesados en el Concurso 2007-Licitación Abreviada Nº 000001-2602, por la
“Adquisición de gases medicinales varios”, que a raíz de recurso de objeción
recibido al cartel de la presente licitación, se procede a trasladar la fecha
de apertura para el 19 de junio del 2007, a las 10:00 a. m.
Subárea de Contratación Administrativa.—Nelsi Monge Barrantes, encargada.—1 vez.—(46807).
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
CENTRO DE DESARROLLO SOCIAL
El Centro de Desarrollo
Social, Dirección de Recursos Humanos CCSS, comunica error de dato en
licitación pública Nº 2007LP-000001-1117, leyéndose lo correcto 2007LN-000001-1117,
para arrendamiento y explotación de restaurante-CEDESO, con apertura el día 29
de junio de 2007, a las diez horas.
Los interesados pueden presentar sus
ofertas en la Administración del CEDESO, San José, Barrio Vasconia, radial a
Zapote, frente a Clínica Dr. Carlos Durán, teléfono 295-2324.
San José, 4 de junio del 2007.—Lic. Lizbeth Cambronero Anchía, Administradora.—1 vez.—(46906).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LN-000028-01
Compra de microcomputadoras portátiles
macintosh
En La Gaceta Nº
106 del lunes 4 de junio del 2007, se publicó la invitación de la Licitación
Abreviada de microcomputadoras portátiles Macintosh en la página 29, por error
involuntario se digitó mal la fecha para recibir las ofertas, la cual debe
leerse correctamente 3 de julio del 2007.
San José, 4 de junio del 2007.—Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—(Solicitud Nº 16254).—C-5465.—(46961).
REGLAMENTO DEL ARCHIVO INSTITUCIONAL
DEL BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA
DE CARTAGO
La Junta Directiva General en sesión Nº 8037-07, artículo 14, realizada el 22 de mayo del 2007, acordó aprobar el Reglamento del Archivo Institucional del Banco Crédito Agrícola de Cartago, en los siguientes términos:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—El presente Reglamento se dicta de conformidad con el artículo 41 de la Ley Nº 7202 del Sistema de Archivo Nacional y su Reglamento, y regula el funcionamiento del Sistema de Archivo de Bancrédito, el cual estará conformado por: el Archivo Institucional, archivos de gestión de las diferentes unidades administrativas del Banco, archivos de Centros de Negocios y Puntos Comerciales y el Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos, así como el artículo 34, inciso 3) de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional. El Archivo Institucional será el rector del Sistema. En este Reglamento, el término “Archivo” es comprensivo de todos los componentes del Sistema de Archivo de Bancrédito.
Artículo 2º—Para efectos de este Reglamento se entiende por:
a- Documentos de archivo: Testimonios de la actividad del hombre que contiene información fijada en cualquier formato o soporte, producidos orgánicamente y/o reunidos y utilizados por una persona particular, familia u organismo en el ejercicio de las actividades y funciones del ente productor. Los documentos de archivo actúan como testimonios ofreciendo pruebas, justificantes, para garantizar los derechos de la administración y de los administrados y ofrecen información, ya sea facilitando antecedentes para agilizar una gestión o bien, como fuentes de historia.
b- Tipo documental: Forma en que esté presentada la información contenida en el documento. En ese sentido, se podrá hablar de reglamentos, actas, circulares, expedientes, correspondencia, informes, reportes, contratos, listados, convenios, hojas de trámite, tabulados, acuerdos, fotografías y otros.
c- Clase documental: Está determinada por el procedimiento empleado para transmitir la información. Existen cinco diferentes clases documentales:
Textual: En donde los documentos transmiten la información mediante texto escrito.
Gráfica: Aquellos que emplean la imagen, signos no textuales, colores y otros para representar la información: mapas, planos, gráficos, fotografías, diapositivas, etc.
Sonoros: Permiten grabar y reproducir cualquier sonido, tales como discos, cintas magnéticas, discos compactos, etc.
Audiovisuales: Combinan la imagen en movimiento y el sonido: filmes, cintas de vídeo, videodiscos, etc.
Electrónicos o informáticos: Son los generados a partir de una computadora: disquetes, discos ópticos, cintas, DC-ROM, rollos de microfilm, etc.
d- Tablas de plazos: Es el instrumento mediante el cual se determinan los tipos documentales que se producen o reciben en la Institución, así como su vigencia administrativa o legal, su valor científico o cultural, la cantidad, cuáles oficinas tienen originales o copias, en qué medios están almacenados y otros datos de carácter general que permiten controlar la producción documental en la Institución.
e- Fondo documental: Está integrado por el conjunto de documentos de archivo, sean de cualquier tipo y clase documental, que se encuentran custodiados en los diferentes archivos del Sistema.
Artículo 3º—Los archivos deberán contar con las medidas de seguridad e infraestructura adecuadas (local, estantería, materiales, mobiliario, equipo técnico y contra incendios), que permitan una buena conservación de los documentos.
Cada uno de estos archivos deberá contar al menos con tres áreas definidas: administrativa, de consulta y de depósito.
Los encargados de los archivos nombrados formalmente, deben cumplir y velar porque se ejecuten en sus respectivas oficinas las medidas de conservación y preservación documental que indica el artículo 71 del Reglamento a la Ley del Sistema Nacional de Archivos, así como también porque se hagan efectivas en sus respectivas oficinas las normas emanadas del Archivo Institucional y del Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos.
Artículo 4º—El fondo documental que se conserva en los archivos, se organizará por medio de los sistemas de clasificación y los métodos de ordenación archivísticos definidos por el Archivo Institucional, respetando los principios de procedencia y orden original de los documentos.
Artículo 5º—Los archivos deberán facilitar los documentos a los usuarios internos y externos, de acuerdo con lo que establecen los artículos 24 y 30 de la Constitución Política, los artículos 10 y 42 de la Ley del Sistema Nacional de Archivos, la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado y actividades conexas en su capítulo VII (Disponibilidad de registros), artículos 17, 18 y 19, así como respetar las consideraciones respecto al secreto bancario, y cualquier otra normativa relacionada con esta materia.
Artículo 6º—Los encargados de los archivos no deben eliminar documentos que hayan sido declarados de valor científico-cultural por parte de la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos, o que no hayan cumplido su plazo de vigencia legal y administrativa de acuerdo con las tablas de plazos de conservación de documentos, de las cuales deberán ser informados formalmente. De igual forma deberán establecer los lineamientos, así como ejercer los controles necesarios para que tanto el personal del archivo como los diferentes usuarios, tengan un adecuado manejo de la documentación.
Artículo 7º—El Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos podrá convocar a sus reuniones a cualquier funcionario de la Institución competente en la materia por tratar, para decidir con mayor conocimiento, amplitud y objetividad la conservación y/o eliminación de la documentación evaluada.
Artículo 8º—La documentación que se custodia en los archivos no podrá salir de Bancrédito, salvo en los casos de exposición, requerimientos de cualquier órgano del Poder Judicial, o a quien éste designe como entes fiscalizadores externos, para lo cual se requerirá la autorización de los Apoderados Generalísimos de Bancrédito. Cuando así se requiera, la documentación podrá ser reproducida por los medios más convenientes que garanticen su integridad. En todo caso se deberá dejar constancia que indique dónde se encuentra la documentación.
CAPÍTULO II
De los diferentes archivos
SECCIÓN I
El Archivo Institucional
Artículo 9º—El Archivo Institucional es la unidad técnico-administrativa, rectora y asesora del Sistema de Archivo de Bancrédito. Además es la encargada, según lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 7202, de reunir, conservar, clasificar, ordenar, describir, seleccionar, administrar y facilitar la documentación producida y recibida del Banco que haya cumplido su vigencia administrativa y se conserve por razones legales o de valor científico o cultural. Administrativamente, dependerá de la Dirección de Gestión de Medios. Cada jefatura será la encargada de controlar y hacer efectivas las recomendaciones emanadas del Archivo Institucional y el Comité Institucional de Selección y Eliminación.
Artículo 10.—El responsable del Archivo Institucional será un profesional en Archivística o en su defecto un Técnico con capacitación formal en Archivística, a quien le corresponderá administrar las funciones archivísticas de su unidad y supervisar el funcionamiento de todos los Archivos de Gestión de Bancrédito, así como servir de enlace con el Sistema Nacional de Archivos, de conformidad con lo que establece la Ley del Sistema Nacional de Archivos y su Reglamento.
Artículo 11.—En el Archivo Institucional se reunirán los documentos remitidos por los archivos de gestión de las diferentes unidades administrativas, fondos documentales, Centros de Negocios y Puntos Comerciales, los cuales deberán remitirlos dentro del período que fija la Ley del Sistema y su Reglamento, así como lo establecido en los incisos d) y e) de la Ley Nº 8204 sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso no Autorizado y Actividades Conexas, las Tablas de Plazos de Conservación de Documentos y el cronograma de remisiones, para lo cual el Archivo Institucional procederá a informarles oportunamente.
La documentación por remitir al Archivo Central deberá estar preparada, según las siguientes especificaciones:
a) El Archivo Institucional elaborará un cronograma de remisiones documentales para cada oficina, de modo que pueda planificarse este proceso.
b) La remisión de los documentos de los archivos de gestión de las diferentes unidades administrativas, Centros de Negocios y Puntos Comerciales, deberá hacerse de acuerdo con el procedimiento que establezca el Archivo Institucional.
c) Si los documentos están microfilmados, ingresarán al Archivo Institucional con los respectivos rollos o micropelículas y el registro de documentos con el detalle del contenido de cada rollo (Registro).
d) La documentación que se genera a través de ambientes electrónicos como son, captura de imágenes de documentos, correos electrónicos, documentos digitalizados, en discos ópticos, etc., o cualquier otro soporte que se utilice, deberá contar con un registro, el cual detallará los documentos que contiene, periodos y oficinas de procedencia, y estarán bajo la responsabilidad y administración del Área de Tecnología de Información. El Archivo Institucional, en materia de ordenación y descripción, brindará la asesoría que se le solicite formalmente.
Artículo 12.—En caso de que alguna unidad administrativa sea eliminada de la estructura orgánica del Banco, la Unidad de Servicios Generales realiza la solicitud de cierre en Lotus Notes, de la cual le emite copia al Archivo Institucional, para que el mismo coordine el traslado de la documentación. En caso de fusión de dos o más unidades administrativas, la nueva unidad asumirá la documentación de las unidades anteriores, convirtiéndose así en la nueva responsable de la documentación, debiendo de proceder en lo sucesivo según los lineamientos estipulados en este Reglamento.
Artículo 13.—La selección y eliminación de documentos, la realizará el Archivo Institucional de acuerdo con lo que establezca las Tablas de Plazos de Conservación de Documentos Bancarios o las valoraciones parciales aprobadas por el Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos y avalada por la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos, según lo establece la Ley del Archivo y su Reglamento. Los documentos podrán ser destruidos, donados o reciclados según la conveniencia Institucional, debiendo garantizar la confidencialidad del contenido de los documentos.
Artículo 14.—El Archivo Institucional deberá capacitar y asesorar a los encargados de los archivos de gestión de las diferentes unidades administrativas, de los Centros de Negocios, o a cualquier otro funcionario relacionado con la actividad documental, para que organicen los archivos de conformidad con las políticas y técnicas reguladas por el Archivo Institucional, siendo responsabilidad del Jefe inmediato, Director de Área, Gerente de Centro de Negocios o Coordinador de Punto Comercial, velar porque el funcionario encargado del archivo reciba la capacitación adecuada, de que el archivo esté organizado, actualizado y que cumpla con las condiciones físicas necesarias para la buena conservación y seguridad de los documentos, se nombre a un funcionario capacitado como encargado de las labores de Archivo en cada oficina, se respete la labor Archivística y se dedique el tiempo suficiente para que se cumpla con las normas de este Reglamento y del Manual de Procedimientos Interno, ya que de lo contrario su incumplimiento será considerado como falta grave y se sancionará de conformidad con lo que dispone el Reglamento Autónomo de Trabajo.
Artículo 15.—El Archivo Institucional deberá elaborar un informe anual escrito en el mes de marzo de cada año, el cual deberá enviar a la Dirección General del Archivo Nacional. Dicho informe se debe elaborar en concordancia con lo que establece el artículo 42, inciso j), de la Ley del Archivo y los artículos 145 y 146 de su Reglamento.
Artículo 16.—Cualquier otra tecnología presente o futura que afecte el manejo documental en la Institución, estará a cargo de la Dirección de Tecnología, pero deberá manejarse en coordinación con el Archivo Institucional. En caso de que alguna unidad administrativa desee aplicar cualquiera de los procesos aquí descritos (microfilmación, digitalización o nueva tecnología) al manejo documental, deberá coordinarlo de previo con el Archivo Institucional. En los casos de requerimientos de información almacenada en medios electrónicos, los usuarios deben efectuar la coordinación a través del área de Tecnología de Información”.
Artículo 17.—La documentación que se genera a través de ambientes electrónicos (Captura de imágenes de documentos, correos electrónicos, micropelículas, discos ópticos, magnéticos o cualquier otro soporte etc.), que se realicen en el Archivo Institucional, en los archivos de gestión de las diferentes unidades administrativas, Centros de Negocios y Puntos Comerciales, serán custodiados y administrados por el Área de Soporte Técnico de Tecnología de Información, y una copia en el Archivo Institucional. Cuando las circunstancias lo permitan, deberán custodiarse copias de los mismos en otro edificio para cualquier eventualidad. Estos originales no serán usados en consultas de rutina. En el caso de rollos de microfilm, estarán bajo la responsabilidad y custodia del Archivo Institucional, por el período indicado en la Tabla de Plazos de Conservación de Documentos Bancarios, de conformidad a su contenido.
Artículo 18.—La documentación se microfilmará, digitalizará o bien se le aplicará cualquier otro proceso tecnológico presente o futuro, que garantice su generación, almacenamiento o disposición final al menos por alguna de las siguientes razones:
a) Seguridad: Se aplicará básicamente a aquellos documentos de valor permanente y los sometidos a posibles deterioros por la calidad del papel, de la tinta, del uso continuo, humedad o para prevenir la destrucción del documento por cualquier otra circunstancia.
b) Complemento: Para complementar los fondos, cuando los documentos originales relacionados con esos mismos se encuentren en otros lugares.
c) Referencia: Para agilizar los trámites administrativos y de investigación de las dependencias y de los archivos.
d) Sustitución: Se realizará con la finalidad de ahorrar espacio, sustituyendo el documento original por la micropelícula, cuando esto sea posible y legalmente permitido, de acuerdo con lo que dispone el artículo 3º de la Ley Nº 4273 sobre microfilmación de documentos y cualquier otra legislación posterior que se emita para otros tipos de tecnología.
SECCIÓN II
Los Archivos de Gestión de Unidades
Administrativas
Artículo 19.—Los archivos de gestión son los archivos de las diferentes unidades administrativas, los cuales serán los encargados de reunir, conservar, clasificar, ordenar, describir, seleccionar, administrar y facilitar la documentación producida y recibida por la unidad a la que pertenecen, en concordancia con la Ley Nº 7202 y su Reglamento. Cada jefatura deberá nombrar formalmente un encargado del archivo o de los archivos de gestión de sus respectivas áreas. Este será el responsable de organizar los documentos de su dependencia, de acuerdo con las instrucciones recibidas de Archivo Institucional.
Artículo 20.—Serán funciones de los archivos de gestión, entre otras, las siguientes:
a) Reunir, conservar, clasificar, ordenar, describir, seleccionar, administrar y facilitar la documentación de la unidad administrativa a que pertenecen.
b) Coordinar con el Archivo Institucional de Bancrédito, la ejecución de políticas archivísticas de la Institución en concordancia con la Ley Nº 7202.
c) Colaborar en la elaboración de las tablas de plazos de conservación de documentos de sus respectivas unidades administrativas, de conformidad con los lineamientos del Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos y la Ley Nº 7202 y su Reglamento.
d) Coordinar y ejecutar las transferencias de documentación hacia el Archivo de Gestión Centralizado de cada Centro de Negocios, si éste existiera o al Archivo Institucional de documentos que hayan cumplido con su vigencia administrativa, de conformidad con los plazos establecidos en las tablas de plazos.
SECCIÓN III
Los Archivos de Gestión de los Centros
de
Negocios
Artículo 21.—Los archivos de gestión de los Centros de Negocios, son los archivos de las diferentes áreas del Banco que, por su similitud en cuanto a actividades y funciones archivísticas, podrán disponer de un archivo de gestión único que brinde servicio a las diferentes unidades administrativas que le conforman; estos archivos serán los encargados, entre otras funciones, de reunir, conservar, clasificar, ordenar, describir, seleccionar, administrar y facilitar la documentación producida y recibida por las unidades que le integren, en concordancia con la Ley Nº 7202 y su Reglamento.
Artículo 22.—Los Centros de Negocios, la Junta Directiva, la Gerencia General, las Subgerencias y la Auditoría Interna contarán con un archivo de gestión cada uno. Podrán crearse otros archivos de gestión, en concordancia con la evolución de la estructura del Banco, previo criterio del Archivo Institucional.
Artículo 23.—El responsable de cada archivo de gestión de los Centros de Negocios, será la persona encargada de las labores administrativas de la oficina, a quien le corresponderá administrar las funciones archivísticas que establezca el Archivo Institucional y servirá de enlace entre el archivo de gestión, el Archivo Institucional y el Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos.
Artículo 24.—Serán funciones de los archivos de gestión de los Centros de Negocios, entre otras, las siguientes:
a) Reunir, conservar, clasificar, ordenar, describir, seleccionar, administrar y facilitar la documentación de las diferentes unidades administrativas que integran el área.
b) Coordinar con el Archivo Institucional de Bancrédito la ejecución de políticas archivísticas de la Institución, en concordancia con la Ley Nº 7202 y su Reglamento.
c) Colaborar en la elaboración las tablas de plazos de conservación de documentos, en coordinación con el Comité Institucional de Selección y Eliminación de documentos, coordinar y ejecutar las transferencias de documentos desde cada una de las unidades administrativas que integran su área de acción, hacia el archivo de gestión de los Centros de Negocios y desde éste hacia el Archivo Institucional, de conformidad con los períodos establecidos en las tablas de plazos y los lineamientos emitidos al respecto por el Archivo Institucional, de conformidad con la Ley Nº 7202 y su Reglamento.
d) Capacitar y asesorar a los encargados de los archivos de gestión de las diferentes unidades administrativas de los archivos que integran sus áreas, o a cualquier otro funcionario relacionado con la actividad documental, para que organicen los archivos de conformidad con las políticas y técnicas reguladas por el Archivo Institucional.
SECCIÓN IV
Comité de Selección y Eliminación
de
Documentos
Artículo 25.—Créase el Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos, que estará formado por el Director de Gestión de Medios o su delegado, un representante de la Dirección Jurídica y el Jefe del Archivo Institucional.
Artículo 26.—El Comité Institucional podrá invitar a participar a otros colaboradores de la institución que considere pertinente, según la naturaleza de los asuntos a tratar, objetivos y funciones específicos de cada dependencia, en calidad de invitados, de conformidad con el numeral 54 de la Ley General de la Administración Pública.
Artículo 27.—El Comité Institucional tendrá las siguientes funciones:
a) Evaluar y determinar la vigencia administrativa y legal de los documentos de la Institución. Para ello, establecerá las tablas de plazos de conservación de los Documentos, con arreglo a la Ley.
b) Someter a la aprobación de la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos, las tablas de plazos aprobadas por el Comité Institucional.
c) Consultar a la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos, cuando deba eliminar documentos que hayan finalizado su trámite administrativo y no existan tablas de plazos aprobadas.
d) Determinar cuáles documentos y con qué finalidad deben ser microfilmados, digitalizados o bien sometidos a cualquier otro proceso tecnológico presente o futuro.
e) Proponer las políticas institucionales para la estandarización de los diferentes tipos documentales que se utilizan en el Banco, así como regular la producción documental por cualquier medio que se emplee.
f) Cualquier otra que procure un efectivo y eficiente manejo documental, de acuerdo con la legislación existente.
CAPÍTULO III
Disposiciones finales
Artículo 28.—Todos los funcionarios de Bancrédito quedan obligados, por este Reglamento, a acatar las siguientes normas archivísticas:
a) Cuidar de los documentos como propiedad institucional, lo que implica evitar colocarlos en el suelo, rayarlos, hacerle tachaduras, utilizar indiscriminadamente grapas y prensas, y en general, cualquier manipulación que atente contra la debida conservación de los mismos.
b) Respetar el valor administrativo, legal y científico-cultural de los documentos.
c) Respetar las leyes, reglamentos y normas técnicas de administración y uso de los documentos, de lo cual deberán ser informados oportunamente.
d) Hacer un correcto uso de la información.
e) Respetar el Cronograma anual de Remisión de Documentos.
f) Hacer la devolución al Archivo Institucional, de los documentos retirados para su consulta, en un plazo no mayor de 30 días hábiles.
g) Mantener informado al Jefe de Archivo Institucional, del traslado de los documentos que fueron retirados de Archivo Institucional hacia otra oficina.
h) Mantener ordenados, por número de operación, cuenta o tarjeta, los expedientes de crédito, de Tarjeta de Crédito y Tarjetas de Débito, los expedientes de aperturas de cuentas corrientes y ahorros.
i) Remitir al Archivo Institucional, con la lista de remisión y ordenados por número, los expedientes de crédito, de Tarjeta de Crédito y Débito, los expedientes de cuentas corrientes y ahorros que fueron cancelados o cerrados por el cliente.
j) De conformidad a la Ley Nº 7202, artículo 40, durante la vigencia administrativa de los expedientes de operaciones de crédito, tarjetas de crédito, tarjetas de débito, expedientes de cuentas corrientes y expedientes de cuentas de ahorros, los mismos deberán permanecer debidamente administrados, actualizados y ordenados por número de operación, número de cuenta o número de tarjeta que le asigna el Sistema Abanks, en los Archivos de Gestión de Centros de Negocios.
Artículo 29.—El incumplimiento de cualquiera de los principios y normas específicas que los regulan, será sancionado de conformidad con lo que al respecto dictan los reglamentos internos, la Ley Nº 7202 y su Reglamento, así como cualquier otra normativa vigente en relación con esta materia.
Artículo 30.—Este Reglamento es complementario de lo establecido en la Ley Nº 7202 del Sistema de Archivos Nacionales y su Reglamento en lo que concierna a Bancrédito.
Este Reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
San José, 30 de mayo del 2007.—Proveeduría y Licitaciones.—Lic. Julio César Brenes R., Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 0006704).—C-209955.—(46305).
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
REGLAMENTO ESPECIAL PARA LAS NOTIFICACIONES
Y COMUNICACIONES DEL COLEGIO FEDERADO
DE INGENIEROS Y DE ARQUITECTOS
La Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, acordó en su sesión Nº 18-06/07-G.E. de fecha 28 de marzo del 2007, lo siguiente:
ACUERDO 36:
Aprobar el “Reglamento Especial para las Notificaciones y Comunicaciones del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos” presentado por la Asesoría Legal según el oficio Nº 032-2007-S/AL:
REGLAMENTO ESPECIAL PARA LAS NOTIFICACIONES
Y COMUNICACIONES DEL COLEGIO FEDERADO
DE INGENIEROS Y DE ARQUITECTOS
CAPÍTULO I
De los principios generales
Artículo 1º—En todos los procedimientos administrativos que se celebren en el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, sean disciplinarios o de cualquier otra índole, donde deba practicarse comunicaciones o notificaciones a las partes que intervengan en esos procesos, conforme se indica en el artículo 243 de la Ley General de la Administración Pública, se aplicarán las disposiciones contenidas en este Reglamento.
Artículo 2º—Para los efectos del artículo anterior, todos los miembros, asociados y empresas registradas en el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos deberán indicar al Departamento de Registro de la Responsabilidad Profesional del CFIA, además de una dirección física, una dirección de correo electrónico o un número de fax donde atender notificaciones.
Artículo 3º—El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos podrá notificar los actos relacionados con los procedimientos administrativos, en cualquiera de las direcciones o medios electrónicos que al efecto hayan indicado los miembros, asociados y empresas al Departamento de Registro de la Responsabilidad Profesional.
Artículo 4º—La dirección física, la dirección de correo electrónico o el número de fax señalados ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, se tendrá como el lugar o medio señalado para atender comunicaciones y notificaciones, a que hace referencia el párrafo primero del artículo 243 de la Ley General de la Administración Pública. En consecuencia, el CFIA podrá realizar las comunicaciones o notificaciones de los actos indicados en el artículo 1º de este Reglamento.
Artículo 5º—Los miembros, asociados y las empresas registradas en el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, está en la obligación de informar a la mayor brevedad cualquier cambio o modificación en las direcciones electrónicas de correo o números de fax reportados al Departamento de Registro de la Responsabilidad Profesional. Si no lo hicieran, cualquier comunicación o notificación realizada en las direcciones de correo o números de fax registrados en el citado Departamento de Registro de la Responsabilidad Profesional, se tendrá por válidamente practicada para todos los efectos legales correspondientes.
Artículo 6º—Todos los días y horas son hábiles para practicar notificaciones por medios electrónicos. El notificando se tendrá por notificado a partir del día hábil siguiente del envío de la comunicación.
CAPÍTILO II
De la información
Artículo 7º—Los miembros y asociados que recién se incorporan o de las empresas que se registran por primera vez, deberán indicar esa información en los formularios correspondientes destinados al efecto. Si no se consignan la dirección electrónica de correo o el número de fax respectivo, en forma correcta, no se dará tramite a la solicitud respectiva.
Para estos efectos, la información deberá ser consignada en esos formularios se entenderá rendida bajo la fe del juramento.
Artículo 8º—La información que se consigne en los formularios indicados en el artículo anterior, se entenderá como la dirección electrónica de correo o número de fax donde el miembro, asociado o la empresa señalan expresamente como medio para atender notificaciones oficiales del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos.
Artículo 9º—Si se tratare de procesos disciplinarios, los miembros, asociados o empresas registrados, deberán realizar un señalamiento especifico para atender notificaciones, por lo que, con relación a ese procedimiento, toda comunicación que debe realizarse, se hará en el lugar o medio señalado específicamente.
El funcionario encargado que incumpliere con esta disposición, será sancionado con lo dispuesto en el Reglamento Interno de Trabajo por las faltas graves.
CAPÍTULO III
De las comunicaciones y notificaciones por medios
electrónicos
Artículo 10.—En caso que la notificación se practique por medio del sistema de fax, comprobada en la pantalla la práctica de la comunicación, se llenará el acta de la diligencia, la cual deberá contener la hora y la fecha en que se realizó la notificación, el nombre de la parte notificada, la indicación expresa de haberse practicado la notificación por medio fax, la identificación de la resolución notificada, (número, hora y fecha), así como el órgano del CFIA que la emitió, el nombre, el puesto y la firma del funcionario o servidor que la envió electrónicamente.
Igualmente, deberá imprimirse el comprobante respectivo, el cual deberá adjuntarse al acta de notificación.
Artículo 11.—El funcionario encargado de realizar la notificación vía fax, en caso de no recibir una respuesta positiva que el fax ha sido recibido, deberá realizar al menos tres intentos adicionales a lo largo del día, con no menos de tres horas de intervalo entre uno y otro. Si aún así, no le ha sido posible realizar la comunicación, lo hará constar en el acta de notificación respectiva y adjuntará los comprobantes emitidos por el equipo de fax, donde se indica el intento fallido.
En este caso, se aplicará lo indicado en el artículo 4 de este Reglamento y se procederá a notificar a la dirección que se encuentre señalada ante el Departamento de Registro de la Responsabilidad Profesional.
Artículo 12.—El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos podrá notificar a sus miembros, asociados, y empresas registradas mediante el sistema electrónico de correo, para lo cual contará con un programa de servicio de correo electrónico registrado, que permite el envío de correos a las direcciones electrónicas registradas en el Departamento de Registro de la Responsabilidad Profesional.
Artículo 13.—Si la notificación es practicada por el sistema de correo electrónico, el funcionario encargado llenará el acta con la información indicada en el artículo anterior y además procederá a imprimir el comprobante de remisión de esa notificación, donde conste el envío de ese correo electrónico, conforme se señala en el artículo 10 de este Reglamento, el cual deberá adjuntarse al acta correspondiente.
Artículo 14.—Si por alguna circunstancia el sistema de correo electrónico registrado diera un error en la transmisión o se recibiera un mensaje de devolución, el funcionario encargado deberá volver a remitirlo al menos en tres ocasiones más, con intervalos no menores a seis horas, entre uno y otro. De persistir el error, procederá a levantar el acta de notificación respectiva, adjuntando las constancias emitidas por el sistema de correo registrado, que señalan el error en la comunicación. En este caso, se aplicará lo indicado en el artículo 4 de este Reglamento y se procederá a notificar a la dirección que se encuentre señalada ante el Departamento de Registro de la Responsabilidad Profesional.
Artículo 15.—Las actas de notificación que se practiquen deberán incorporarse al expediente personal del miembro, asociado o empresa; o bien, al expediente del procedimiento disciplinario correspondiente. El incumplimiento de esta obligación por parte del funcionario encargado, se considerará falta grave para efectos de lo establecido en el Reglamento Interior de Trabajo.
Artículo 16.—Todos aquellos departamentos del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos que deban practicar notificaciones, se designará a un funcionario como responsable de practicarlas, para lo cual deberá llevar un registro de todas esas notificaciones.
Artículo 17.—Todo aquello que no se encuentre expresamente regulado por este reglamento y mientras no sea incompatible con lo indicado en él, se regirá por lo dispuesto en los artículos que corren del 239 al 247 de la Ley General de la Administración Pública.
Artículo 18.—Este Reglamento entrará en vigencia tres meses después de publicado en el Diario Oficial y en dos diarios de circulación nacional.
Transitorio I.—Todos aquellos miembros, asociados y empresas del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, tendrán un plazo máximo de 3 meses, contados de su entrada en vigencia, para cumplir con lo indicado en el artículo 2º de este Reglamento.
Transitorio II.—Los miembros, asociados y empresas del CFIA que no cumplan con lo dispuesto en el artículo 1º de este Reglamento, en el plazo otorgado en el transitorio anterior, no podrán tramitar el registro de ningún contrato profesional, en los términos que establece el artículo 54 de la Ley Orgánica de este Colegio Profesional.
Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 5175).—C-64750.—(46058).
Departamento Proveeduría
REMATE Nº 2007-03
Venta de vehículos y motocicletas
El remate será realizado a las 10:00 horas del día 21 de junio 2007, en el Auditorio de planta baja del edificio de oficinas centrales del Instituto.
Los vehículos que se rematarán son los siguientes:
• Renglón Nº 1: Lote de dos vehículos placas 111645 y 111646. Precio base total del renglón: ¢ 150.000,00.
• Renglón Nº 2: Lote de dos vehículos placas 061-097 y 061-125. Precio base total del renglón: ¢ 180.000,00.
• Renglón Nº 3: Lote de tres vehículos placas 061-185, 061-299 y 061-308. Precio base total del renglón: ¢ 145.000,00.
• Renglón Nº 4: Lote de dos vehículos placas 061-362 y 061-379. Precio base total del renglón: ¢ 160.000,00.
• Renglón Nº 5: Lote de cinco vehículos placas 061-262, 061-264, 061-278, 061-316, 061-317. Precio base total del renglón: ¢.280.000,00.
• Renglón Nº 6: Lote de tres motocicletas placas 061-253, 061-328, 061-472. Precio base total del renglón: ¢ 240.000,00.
• Renglón Nº 7: Vehículo placa 061-330 (camión), precio base ¢.600.000,00.
• Renglón Nº 8: Vehículo placa 061-389, precio base ¢ 150.000,00.
• Renglón Nº 9: Vehículo placa 061-396, precio base ¢ 800.000,00.
• Renglón Nº 10: Vehículo placa 061-405, precio base ¢ 200.000,00.
• Renglón Nº 11: Vehículo placa 061-438, precio base ¢ 400.000,00.
• Renglón Nº 12: Motocicleta placa 061-441, precio base ¢.350.000,00.
• Renglón Nº 13: Microbús placa 374970, precio base ¢.1.500.000,00.
Los interesados podrán inspeccionar los vehículos, en las instalaciones del Departamento Indemnizaciones, ubicado en Zapote, en un lote ubicado al costado este de la rampa principal de valoración, previa coordinación con el señor Álvaro Cubillo Rojas, a partir del 13 de junio 2007 y hasta el 20 de junio 2007 inclusive. El horario de atención establecido es de 8:30 a.m. a 12:00 m.d.
Lo anterior constituye un resumen del cartel que podrá adquirir -sin costo alguno- en el Departamento Proveeduría, ubicado en el octavo piso de oficinas centrales.
La venta de los vehículos es en efectivo, el Instituto no financia el costo de los mismos.
Departamento de Proveeduría.—Daniel Chanto Araya, Asistente de Jefatura.—1 vez.—(O. C. Nº 18447).—C-21195.—(46731).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Yo, Ana Isabel Téllez Castillo, cédula Nº 1-646-508, mayor, casada, comunica el extravío de los cheques de la Caja Costarricense de Seguro Social, Nº 0923797, por un monto de ¢275.947,75 colones, girados el día 11 de mayo del 2007, y el Nº 0922536, por un monto de ¢242.179,20 colones, girados el 27 de abril del 2007, girados por el Banco Nacional de Costa Rica en San José. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de este aviso.—Ana Isabel Téllez Castillo.—(45149).
CENTRO DE CRÉDITOS SOBRE ALHAJAS AMÓN
Lista de remanentes, producto del Remate Nº 412 del 26 de mayo del 2007.
ALHAJAS
Agencia: 03
Operación Remanente
03-60-780591-5 53.514,55
03-60-781059-7 17.012,05
Total alhajas: 2 70.526,60
Agencia: 04
04-60-786141-8 18.006,65
04-60-786367-2 103.537,10
04-60-786458-7 33.883,85
04-60-786724-6 59.837,60
04-60-791028-2 64.592,70
04-60-791260-4 116.446,85
04-60-791375-2 34.927,50
Total alhajas: 7 431.232,25
Agencia: 06
06-60-786539-2 113.249,40
06-60-788894-8 16.634,30
Total alhajas: 2 129.883,70
Agencia: 07
07-60-778760-6 46.345,90
07-60-782682-9 26.564,00
07-60-783266-1 64.962,65
07-60-783276-6 20.306,00
07-60-783291-0 6.956,55
Total alhajas: 5 165.135,10
Agencia: 08
08-60-778804-8 155.969,45
08-60-781401-5 109.569,90
08-60-783282-2 107.063,05
08-60-783381-0 107.879,60
08-60-783461-5 32.323,35
08-60-786043-4 66.580,10
08-60-786217-4 64.278,70
08-60-786396-8 39.684,60
08-60-786478-3 120.634,70
08-60-786550-5 23.660,40
08-60-786560-8 62.555,05
Total alhajas: 11 890.198,90
Agencia: 17
17-60-775125-0 111.738,40
17-60-778688-7 31.268,85
17-60-779177-9 240.568,55
Total alhajas: 3 383.575,80
Agencia: 21
21-60-779049-4 164.265,75
21-60-780539-8 54.611,90
21-60-782586-4 28.504,55
21-60-787332-8 380,15
21-60-787891-5 11.127,95
21-60-788068-0 65.314,20
21-60-788213-7 12.613,75
21-60-788300-3 28.148,55
21-60-788317-5 38.588,25
21-60-788353-1 112.567,20
Total alhajas: 10 516.122,25
Agencia: 24
Operación Remanente
24-60-778040-0 3.305,90
24-60-778250-7 25.248,10
24-60-778409-3 40.891,80
Total alhajas: 3 69.445,80
Agencia: 25
25-60-780868-9 12.459,30
25-60-781190-0 19.926,60
25-60-781320-1 32.620,60
25-60-781356-7 17.461,55
25-60-781371-2 49.952,95
Total alhajas: 5 132.421,00
Agencia: 27
27-60-764054-6 69.208,35
Total alhajas: 1 69.208,35
Agencia: 60
60-60-754813-0 5.138,55
60-60-755627-6 44.396,35
60-60-755884-7 69.175,65
Total alhajas: 3 118.710,55
Agencia: 63
63-60-751972-9 29.345,15
63-60-751991-0 8.448,40
63-60-751994-3 690,30
63-60-752009-0 39.919,85
63-60-752046-0 27.691,00
63-60-752047-3 14.802,50
63-60-752054-3 55.915,10
Total alhajas: 7 176.812,30
Agencia: 77
77-60-098707-9 34.561,95
77-60-099683-7 95.804,35
77-60-102535-7 88.436,45
77-60-104295-1 76.891,50
77-60-109059-6 62.431,25
77-60-109139-0 28.708,05
77-60-109313-3 12.439,55
77-60-109494-4 25.296,75
77-60-109902-8 360.353,75
77-60-110825-3 58.287,55
77-60-112322-0 23.183,45
77-60-114274-6 57.053,15
77-60-114306-4 7.771,95
77-60-114577-6 134.168,55
77-60-114757-2 36.542,10
77-60-114771-4 257.279,30
77-60-114878-7 13.255,40
77-60-114891-1 24.913,65
77-60-115255-5 85.887,10
77-60-115375-4 22.615,65
77-60-118418-1 57.420,90
77-60-118475-9 54.553,35
77-60-118476-2 99.989,25
77-60-118735-1 17.929,25
77-60-118823-1 13.071,55
77-60-118845-8 41.646,45
77-60-118852-6 11.613,30
77-60-118862-9 36.658,75
77-60-118869-0 3.753,35
77-60-118870-6 19.115,60
77-60-118871-0 70.798,20
77-60-118877-5 9.145,50
77-60-118885-0 45.283,50
77-60-118896-7 11.151,80
77-60-118900-5 45.459,35
77-60-118909-3 41.130,35
77-60-118914-4 5.719,05
77-60-118916-3 352.719,95
77-60-118937-2 49.112,70
77-60-118943-0 11.838,10
77-60-118964-0 68.436,05
77-60-118990-3 98.696,75
77-60-119002-5 35.466,75
77-60-119020-3 50.570,70
77-60-119041-4 42.733,45
77-60-119070-0 8.968,10
77-60-119073-3 52.941,55
77-60-119106-5 47.051,05
77-60-119125-7 187.691,90
77-60-119153-8 167.620,95
77-60-119178-7 9.249,00
77-60-119209-0 8.324,70
77-60-119210-4 190.584,50
77-60-119227-6 512.089,25
77-60-119243-7 11.624,80
77-60-119244-0 28.526,85
77-60-119281-0 72.693,00
77-60-119309-1 43.071,40
77-60-119323-1 5.235,30
77-60-119333-4 44.151,45
77-60-119343-9 11.066,55
77-60-119346-1 11.948,70
77-60-119361-5 25.935,70
77-60-119388-3 209.247,30
77-60-119406-0 107.810,05
77-60-119423-3 19.237,30
77-60-119425-2 76.874,50
Total alhajas: 67 4.651.839,30
Agencia: 85
85-60-846875-2 20.510,80
85-60-846890-6 171.996,75
85-60-846907-9 15.517,20
85-60-846941-6 19.875,50
Total alhajas: 4 227.900,25
Agencia: 88
88-60-842399-5 50.066,95
88-60-848361-6 22.714,35
88-60-848874-4 25.390,80
Total alhajas: 3 98.172,10
San José, 31 de mayo del 2007.—Lic. Shirley Barboza Mena, Coordinadora.—1 vez.—C-162390.—(46327).
FACULTAD
DE DERECHO
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ligia María Vega Hidalgo, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintiocho días del mes de mayo del dos mil siete.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(45110).
Rosy de los Ángeles Mora Saborío, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintiocho días del mes de mayo del dos mil siete.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(45111).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Karolyn María Navarro Cordero, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 21 días del mes de mayo del año 2007.—Área de Investigación, Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—N° 23783.—(45465).
Grettel Rubieth Rosales Hidalgo, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 25 días del mes de mayo del año 2007.—Área de Investigación, Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 24249.—(45466).
María Lisette Solís Herrera, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”.—San José, 18 de mayo del 2007.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(45637).
Adriana Castro Alfaro, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”.—San José, 28 de mayo del 2007.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(45648).
Natalia Porras Zamora, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”.—San José, 28 de mayo del 2007.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(45650).
Andrea Sittenfeld Suárez, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”.—San José, 28 de mayo del 2007.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(45653).
CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA
Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la solicitud presentada por el Consejo Técnico de Aviación Civil (CETAC), con el fin de que se ajusten las tarifas del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, tramitadas bajo el expediente ET-72-2007, según se detalla:
Categoría Tarifaria |
Unidad de Medida |
Periodicidad de Cobro |
Tarifas Vigentes |
Tarifas Propuestas |
Diferencia Absoluta |
Diferencia % |
1.1 Tarifas de Aterrizaje |
|
|
|
|
|
|
Aeronaves aviación general y agrícola (vuelos locales) |
1000 kg |
P/ aterrizaje |
$0,1282 |
$0,1237 |
($0,0045) |
-3,52% |
Aeronaves aviación general (vuelos internacionales) |
1000 kg |
P/ aterrizaje |
$0,2564 |
$0,2474 |
($0,0090) |
-3,52% |
Aeronaves comerciales |
1000 kg |
P/ aterrizaje |
$0,2564 |
$0,2474 |
($0,0090) |
-3,52% |
Aeronaves de carga |
1000 kg |
P/ aterrizaje |
$0,2564 |
$0,2474 |
($0,0090) |
-3,52% |
1.2 Tarifas de Aproximación |
|
|
|
|
|
|
Aviación general menos de 12,500 kg |
1000 kg |
P/ aterrizaje |
$0,2959 |
$0,2854 |
($0,0105) |
-3,54% |
Aeronaves comerciales o generales internacionales menos de 12,500 kg. |
1000 kg |
P/ aterrizaje |
$0,2959 |
$0,2854 |
($0,0105) |
-3,54% |
Aeronaves comerciales de 12,500 kg. a menos de 60,000 kg. |
1000 kg |
P/ aterrizaje |
$0,5868 |
$0,5661 |
($0,0207) |
-3,53% |
Aeronaves comerciales de 60,000 kg. a menos de 90,000 kg. |
1000 kg |
P/ aterrizaje |
$1,1094 |
$1,0704 |
($0,0390) |
-3,52% |
Aeronaves comerciales de 90,000 kg en adelante. |
1000 kg |
P/ aterrizaje |
$2,1645 |
$2,0884 |
($0,0761) |
-3,52% |
Helicópteros menos de 12,500 kg. |
1000 kg |
P/ aterrizaje |
$0,2959 |
$0,2854 |
($0,0105) |
-3,54% |
Helicópteros de 12,500 kg en adelante. |
1000 kg |
P/ aterrizaje |
$0,5868 |
$0,5661 |
($0,0207) |
-3,53% |
1.3 Derechos de Iluminación, Puentes de Abordaje y Buses |
|
|
|
|
|
|
Iluminación |
1000 kg |
P/ aterrizaje |
$0,0246 |
$0,0225 |
($0,0021) |
-8,52% |
Puentes de abordaje |
1000 kg |
P/ aterrizaje |
$0,4228 |
$0,4660 |
$0,0432 |
10,23% |
Autobuses de abordaje |
1000 kg |
P/ aterrizaje |
$0,4228 |
$0,4660 |
$0,0432 |
10,23% |
1.4 Tarifa de Infraestructura del Campo Aéreo |
|
|
|
|
|
|
Construcción y mejoras de pista y rampa |
1000 kg |
P/ aterrizaje |
$1,6993 |
$2,9806 |
$1,2813 |
75,40% |
1.5 Tarifas de Estacionamiento de Aeronaves |
|
|
|
|
|
|
Menos de 90 minutos |
1000 kg |
P/ estacionamiento |
libre |
libre |
|
n/a |
Entre 91 y 180 minutos |
1000 kg |
P/ estacionamiento |
$0,3377 |
$0,4078 |
$0,0701 |
20,76% |
Entre 181 y 360 minutos |
1000 kg |
P/ estacionamiento |
$0,6755 |
$0,8156 |
$0,1401 |
20,74% |
Entre 361 y 480 minutos |
1000 kg |
P/ estacionamiento |
$1,6887 |
$2,0390 |
$0,3503 |
20,75% |
Días completos (de 481 minutos en adelante) |
1000 kg |
P/ estacionamiento |
$4,2219 |
$5,0976 |
$0,8757 |
20,74% |
1.6 Tarifa de Carga |
|
|
|
|
|
|
Uso de la terminal |
1 kg |
Mensual |
$0,0028 |
$0,0029 |
$0,0001 |
4,89% |
1.7 Concesionarias servicios aeronáuticos |
|
|
|
|
|
|
Tarifa de distribución de combustible |
Litro |
Mensual |
$0,0049 |
$0,0045 |
($0,0004) |
-8,52% |
El 9 de julio de 2007 a las nueve horas (9:00 a. m.) se llevará a cabo la audiencia pública en el auditorio de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos. El plazo para recibir posiciones sobre esta solicitud vence el 2 de julio de 2007 a las dieciséis horas.
Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de Protección al Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del edificio de la Contraloría General de la República, San José. La petición tarifaria se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica www.aresep.go.cr.
Cualquier interesado, con interés legítimo o derecho subjetivo, puede participar en la audiencia y quien desee hacer uso de la palabra, debe formular por escrito, en original, su posición ante esta Autoridad Reguladora, sustentando su pretensión con las pruebas que sean pertinentes. En el documento debe indicar lugar dentro del perímetro de San José o número de fax donde ser notificado en el caso de una persona física deberá aportar fotocopia de su cédula; y en el caso de las personas jurídicas la posición deberá estar suscrita por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería vigente.
Dentro del plazo legal otorgado se recibirán posiciones mediante el facsímile 290 20 10, mismas que deberán estar firmadas y debiendo presentar el original a más tardar el día de la celebración de la audiencia. Se informa que el Consejero del Usuario para estas solicitudes es el Lic. Daniel Fernández Sánchez. Para cualquier información adicional a los teléfonos 800-827-3737 ó 220- 0102, extensión 135.
Dirección de Protección al Usuario.—Lic. Xinia Herrera Durán.—1 vez.—(Solicitud Nº 13206).—C-63435.—(46308).
INSTITUCIÓN BENEMÉRITA
DEPARTAMENTO DE LOTERÍAS
COMUNICA:
A todos los vendedores de lotería y público en general
Que de conformidad con el acuerdo Nº JD-235 correspondiente al artículo V), inciso 13) de la sesión Nº 11-2007 celebrada el 27 de marzo del 2007, se acordó lo siguiente:
a) Ajustar la emisión de Lotería Tiempos (martes y viernes), a partir del martes 15 de mayo a 10.000 billetes y a partir del 20 de mayo la Lotería Tiempos (domingos) a 4.000 billetes.
San José, 30 de mayo del 2007.—Rodrigo Fernández Cedeño, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 8983).—C-4880.—(46307).
Aprobación tasa servicio recolección de basura
Con base a la autorización emitida por la Contrataría General de la República en oficio Nº 04223, de fecha 27 de abril del 2007, suscrita por la Lic. Giselle Segnini Hurtado, gerente Área de Servicios Municipales, donde se aprueban las tasas propuestas por la Municipalidad para el Servicio de Recolección de Basura, conforme acuerdos tomados por el Concejo Municipal en sesión ordinaria 10-07, celebrada el 5 de marzo del 2007, artículo 41, donde se aprueba dictamen Nº 16-07 de la Comisión de Gobierno y Administración y en sesión ordinaria Nº 11-07 celebrada el 12 de marzo del 2007, artículo 11, las cuales se detallan seguidamente:
Detalle Tasa trimestral
en colones
Recolección
y tratamiento de basura Por
metro lineal
Residencial - Público 399.19
Comercial-industrial 997.98
Mixto 698.58
Basura especial por estañón 2.613.18
De conformidad con el artículo 74 del Código Municipal, dichas tasas rigen treinta días después de su publicación del Diario Oficial La Gaceta.
Zahyra Artavia Blanco, Secretaria.—1 vez.—(46070).
Hace saber a quien interese que la señora Hilda María Rodríguez Poveda, cédula número 4-112-844, solicita se traspase a su nombre un derecho en el Cementerio de Barreal, lote Nº 258, bloque B, con una medida de 3 metros cuadrados, para 2 nichos, inscrito en folio 12, libro 2 y como beneficiarios Odir José Ramírez Poveda, cédula número 4-156-034 y Juanita Ramírez Poveda, cédula número 4-160-676. El mismo se encuentra a nombre de familia Poveda Orozco. Datos confirmados según constancia extendida por el Departamento de Rentas y Cobranzas de fecha cinco de setiembre del 2006. Se emplaza por 30 días a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicha derecho a nombre de la petente.—Flory Álvarez Rodríguez, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(46014).
El Concejo Municipal de la Municipalidad del cantón de Parrita, mediante acuerdo Nº 2, artículo cuarto, punto Nº 1, asunto Nº 10, de la sesión ordinaria Nº 2068-2007, del veintiocho de mayo del dos mil siete, y en razón de la moción presentada por el Señor Presidente Municipal Nelson Masís Campos, acuerda en firme y de forma unánime aprobar el siguiente acuerdo:
Para que se convoque a una audiencia pública para la discusión de una modificación al plan regulador cantonal denominado “Reglamento de Zonificación Plan Regulador Parcial de Usos de Suelo y las Zonas de Alto, Mediano y Bajo Riesgo del cantón de Parrita”, para el jueves 28 de junio, a las 13:00 horas en el Palacio Municipal de Parrita.
Lo anterior con base en el artículo 17 de la Ley de Planificación Urbana Nº 4240 del 15 de noviembre de 1968. Procédase a su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Parrita, 31 de mayo del 2007.—Francisco Arias Quirós, Secretario Concejo Municipal.—1 vez.—Nº 25226.—(47221).
COLEGIO DE PROFESIONALES EN
CIENCIAS ECONÓMICAS DE COSTA RICA
La Junta Directiva mediante acuerdo de la sesión extraordinaria 2095-2007 celebrada el miércoles 30 de mayo de 2007, acordó convocar a asambleas generales, como se indica a continuación:
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA Nº 070-2007
VIERNES 22 DE JUNIO DEL 2007
AGENDA
1º—Apertura de la asamblea general extraordinaria Nº 070-2007 a celebrarse en la sede del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica, el viernes 22 de junio de 2007, a las 5:30 p.m. Si no hubiera quórum se hará una segunda convocatoria a las 6:00 p.m. en el mismo lugar con el número de miembros presentes de acuerdo con los artículos 26, 27 y 28 de la Ley Nº 7105 del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica y artículo 32 del Reglamento.
2º—Lectura de los acuerdos del acta de la asamblea general extraordinaria 067-2006; ordinaria 068-2006 y extraordinaria 069-2007
3º—Informe de la Presidencia.
4º—Informe de la Tesorería y aprobación preeliminar del Presupuesto del período julio 2007- junio 2008.
5º—Informe de la Fiscalía.
6º—Reglamento uso de las instalaciones de la finca de recreo para los hijos no biológicos.
7º—Reformas a la Ley Nº 7105 del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica.
8º—Brindis.
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Nº 071-2007
VIERNES 29 DE JUNIO DEL 2007
AGENDA
1º—Apertura de la asamblea general ordinaria Nº 071-2007 a celebrarse en la sede del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica, el viernes 29 de junio de 2007, a las 7:30 a.m.
Si no hubiera quórum se hará una segunda convocatoria a las 8:00 a.m. en el mismo lugar con el número de miembros presentes de acuerdo con los artículos 26, 27 y 28 de la Ley Nº 7105 del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica y artículo 32 del Reglamento. A esta misma hora se abrirán las urnas de votación para que se inicie el período de votación para escoger los miembros de Junta Directiva que ocuparán los siguientes puestos: Vicepresidente, Fiscal, dos Directores y un Suplente. De acuerdo al artículo 26 de la Ley Nº 7105, la votación será en la sede del Colegio, situada al costado sur de la Rotonda de la Bandera, en San Pedro de Montes de Oca.
2º—El cierre de las urnas electorales será a las 6:00 p.m.
3º—Continuación de los informes anuales de la Presidencia, Tesorería y Fiscalía.
4º—Aprobación definitiva del Presupuesto Ordinario período julio 2007- junio 2008.
5º—Informe del Tribunal de Honor.
6º—Aprobación de resultados electorales y juramentación de los nuevos miembros de la Junta Directiva.
7º—Nombramiento de cuatro miembros del Tribunal de Honor.
8º—Asuntos varios de colegiados.
9º—Brindis.
Se recuerda:
De conformidad con el artículo 33 de la Ley Nº 7105 y su reglamento, las asambleas generales del Colegio son exclusivas para sus colegiados.—Dr. Calos Ml. Soto Guevara, Presidente.—Lic. Rosa Elena Baltodano Quintana, Secretaria.—(Solicitud Nº 20013).—C49520.—(46912). 2 v 1.
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ILUSIONES NOKIN SOCIEDAD ANÓNIMA
Ilusiones Nokin Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintinueve mil cuatrocientos setenta, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los dos libros siguientes: libro de Actas de Registro de Accionistas y libro de Actas de Asamblea General. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, diecisiete de mayo del dos mil siete.—Lilliam Medina Suárez.—Nº 22071.—(41813).
MOTORES BRITÁNICOS DE COSTA RICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Motores Británicos de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-120055, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros Diario, Mayor, Actas de Consejo de Administración y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el termino de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Eric Vizcaíno Dávila, Notario.—Nº 23524.—(44646).
INVERSIONES Y DESCUENTOS EN FACTURAS
IDF
SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones y Descuentos en Facturas IDF S. A., cédula jurídica Nº 3-101-243104, solicita ante la Dirección de Tributación Directa, la reposición por extravío de su libro Actas del Consejo de Administración Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el termino de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de mayo del 2007.—Rodrigo A. Esquivel Mora, Secretario.—Nº 23563.—(44647).
GUSIDANI S. A.
Gusidani S. A., cédula jurídica Nº 3-101-367850, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información, Asistencia al Contribuyente, Legalización de Libros, Administración Tributaria de San José, en el término de 8 días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Nº 23955.—(44648).
CG COMERCIAL GRÁFICA S. A.
CG Comercial Gráfica S. A., cédula jurídica 3-101-309465, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información, Asistencia al Contribuyente. Legalización de Libros, Administración Tributaria de San José, en el término de 8 días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Jessica Brenes Camacho, Notaria.—Nº 23956.—(44649).
INVERSIONES GUAYAS INTERNACIONALES S.
A.
Inversiones Guayas Internacionales S. A., cédula jurídica número 3-101-113996-31, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contando a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 25 de mayo del 2007.—Dr. Manuel Neftalí Fallas Monge.—(44717).
CENTRAL AZUCARERA TEMPISQUE S. A.
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones número 0001701 A, que ampara 1000 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de mil colones cada una de esta sociedad; propiedad de la señora Picado Blanco Sonia Patricia, cédula número 1-538-707. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia, Guanacaste, 6,5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Liberia, 18 de mayo de 2007.—Lic. Víctor Ml. Córdoba Chaves, Gerente Financiero.—(44725).
VERDE VIGOR S. A.
Verde Vigor S. A. cédula jurídica 3-101-172948, solicita ante Dirección General de Tributación, la reposición de los libros sociales de: Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Accionistas, Mayor, Inventarios y Balances, y Diario, todos Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de San José, en el término de 8 días hábiles a partir de su última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de mayo del 2007.—Ing. Alberto José Esquivel Volio, Presidente.—(44726).
CENTRAL AZUCARERA TEMPISQUE S. A.
Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición del título definitivo de acciones número 0002929 A, que ampara 10 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de diez colones cada una de esta sociedad; propiedad de la señora Jiménez Rivera María, cédula número 5-138-1304. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia, Guanacaste, 6,5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Liberia, 24 de mayo de 2007.—Lic. Víctor Ml. Córdoba Chaves, Gerente Financiero.—(44727).
COMPAÑÍA COSTARRICENSE DEL CAFÉ S. A.
Compañía Costarricense del Café S. A. (CAFESA), avisa que el certificado N° 254 serie AA por 2.000 acciones, a nombre de la sociedad Mykonos S. A., fue extraviado. Transcurridos 15 días a partir de la tercera publicación de este aviso, se procederá a su reposición. San José, 22 de mayo del 2007.—Mba. Marco Ant. Pinto Murray, Gerente General.—(44801).
COMPAÑÍA COMERCIALIZADORA
GIULIANO DE SAN PEDRO S. A.
Compañía Comercializadora Giuliano de San Pedro S. A., cédula jurídica 3-101-161288, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de tres libros siguientes, diario, mayor, inventario y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Roy Arias Alpízar, Notario.—Nº 23637.—(44998).
BENETEX MJ SOCIEDAD ANÓNIMA
Benetex MJ Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-225771, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: (1) libro de acta de asamblea de socios, (acta de socios). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Roberto Carlo Castillo Araya, Notario.—Nº 23662.—(44999).
TONGJOY SOCIEDAD ANÓNIMA
Tongjoy Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres ciento uno-dos cero cuatro uno ocho dos, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición del libro siguiente: libro número uno de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Puntarenas, 28 de mayo del 2007.—Lic. Javier Desanti Henderson, Notario.—1 vez.—Nº 23747.—(45000).
MONBOR DE HEREDIA SOCIEDAD ANÓNIMA
Monbor de Heredia Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-083471, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de sus libros de actas de: asamblea general, registro de accionistas, junta directiva, así como de inventarios y balances, mayor y diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración de Heredia, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de mayo del 2007.—Nº 23767.—(45001).
UNIVERSIDAD FLORENCIO DEL CASTILLO
Universidad Florencio del Castillo, solicita reposición de título del estudiante Ciany Karina Cook Fonseca, cédula siete-ciento veinticuatro-ochocientos veintitrés, quien optó por el título de Bachillerato en Ciencias de la Educación con Énfasis en I y II ciclo.—Cartago, 18 de mayo del 2007.—Lic. Cristian Chinchilla M., Director Facultad de Derecho.—Nº 23688.—(45002).
HIDRO REPUESTOS S. A.
Hidro Repuestos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-347975-24, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asambleas de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—29 de mayo del 2007.—Juan Rojas Madrigal.—(45166).
ELECTRIN INGENIERÍA S. A.
Electrin Ingeniería S. A., cédula jurídica Nº 3-101-105729-13, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asambleas de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—29 de mayo del 2007.—Juan Rojas Madrigal.—(45168).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ABOZZO SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Mario Paniagua Chaves, cédula 2-428-639, y Flor de María Paniagua Chaves, cédula 2-235-717, en calidad de representantes legales de la sociedad Abozzo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-276484, solicitamos ante la Dirección General de Tributación de Alajuela, la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventarios y balances, Actas Consejo de administración, Actas Asamblea de Socios y Actas Registro de socios, todos número 2. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, en el término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Mario y Flor de María ambos Paniagua Chaves, representantes legales.—Nº 24088.—(45474).
INVERSIONES RODRÍGUEZ Y ACOSTA S. A.
La sociedad Inversiones Rodríguez y Acosta S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-216092, ubicada en Colorado de Abangares, interpone la pérdida del libro número uno de acta de asambleas generales de junta directiva, Quien se considere afectado, dirigir las oposiciones en la administración tributaria de Guanacaste, en el termino de 8 días hábiles contados a partir de la última publicación.—Willian Acosta Granados, Gerente.—Nº 24115.—(45475).
PLASTI EMPAQUE S. A.
Plasti Empaque S. A., cédula jurídica número 3-101-110793-23, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de libros contables de la empresa, sean estos: diario, mayor, libro de actas de la junta directiva, de ventas e inventarios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación de este aviso.—San José, 29 de enero del 2006.—Álvaro Moya Jiménez.—(45569).
ZOIVE SOCIEDAD ANÓNIMA
Zoive Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cuarenta y nueve mil cuatrocientos veintisiete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Libro número uno de Junta Directiva, Libro número uno de Registro de Accionistas y Libro número uno de Asamblea General. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Fernando J. Solano Rojas, Notario.—(45599).
MAKY INVERSIONES SOCIEDAD ANÓNIMA
Maky Inversiones Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-239314, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Registro de socios número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Liberia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Liberia, 22 mayo del 2007.—Lic. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—(45635).
DESARROLLO TURÍSTICO TULIN SOCIEDAD ANÓNIMA
Desarrollo Turístico Tulin S. A., cédula jurídica número 3-101-063730, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, de los cuales solicita uno de cada uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 31 de mayo del 2007.—Alberto Rojas Villalobos, Presidente.—(46016).
PROCESADORA DE SEMILLAS DEL
CONTINENTE SOCIEDAD ANÓNIMA
Procesadora de Semillas del Continente S. A., cédula jurídica número 3-101-063741, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Registro de Accionistas, Asamblea de Socios, Asamblea de Junta Directiva, de los cuales solicita uno de cada uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 31 de mayo del 2007.—Alberto Rojas Villalobos, Presidente.—(46017).
CONDO HOTEL PUNTA LORAS S. A.
Condo Hotel Punta Loras S. A., cédula jurídica 3-101-081733 solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del Libro de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Cyra Hun Opfer, Presidente.—(46018).
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-345527, propiedad del Ing. Francisco Laurito Hidalgo (IC-3093).
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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-358594 propiedad del Ing. Víctor Azofeifa Alvarado (IC-5372).
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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-367347, propiedad del Arq. Iván Bogantes Blanco (A-8989).
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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-348605, propiedad del Ing. Santiago Bermúdez M. (IC-5769).
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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-343973 y OC-392124, propiedad del Ing. Carlos Alvarado Ulate (ICO-8820).
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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OL-347857, propiedad del Arq. Gilmar Contreras Briceño (A-9695).
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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría SC-2711-EX, propiedad del Ing. Luis Eduardo Vargas Méndez (ICO-2765).
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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-391423, propiedad del Ing. Mathiws Marín Flores (IC-16370).
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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-401966, propiedad del Ing. Gustavo Ramírez P. (IC-16791).
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El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OL-385549-EX, propiedad del Ing. Henry Umaña Ávila (IC-10509).—San José, 28 de mayo del 2007.—Ing. Olman Vargas Zeledón.—Departamento de Registro de Responsabilidad Profesional, Ing. Silvia Ruiz Gutiérrez, Subjefa.—(O. C. Nº 5181).—C-45395.—(46060).
EL MORAL S. A.
La empresa El Moral S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-27384, sociedad que se fusionó por absorción con la sociedad Inversiones Itiquis S. A., prevaleciendo la primera, solicita ante esta junta directiva, la reposición del certificado de la serie B Nos. 1061, 1144, 1180, 1234, 1249, 1938, 1943 y 2116 por 2,000 acciones comunes y nominativas cada una y por un valor nominal de ¢ 1.000,00 cada una, de la sociedad denominada Inmobiliaria Enur S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-124956. Se cita y emplaza a terceros interesados a hacer valer sus derechos mediante escrito dirigido a la secretaría de la junta directiva, dentro del plazo improrrogable de 8 días contados a partir de la primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta de la presente reposición.—San José, 17 de mayo del 2007.—Rodrigo Uribe Sáenz, Presidente Inmobiliaria Enur, Sociedad Anónima.—(46107).
L.G. TOPOGRAFÍA EFICIENTE S. A.
L.G. Topografía Eficiente S. A., cédula jurídica Nº 3-101-244456, solicitó ante el Ministerio de Hacienda, reposición de los libros legales de la sociedad. Quien se considere afectado dirigir las oposiciones a la Sección de Timbraje y Legalización de Libros, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación.—San José, 31 de mayo del 2007.—Leonardo Garita Hernández, Presidente.—(46108).
TENAMPA DE OSA S. A.
Tenampa de Osa S. A., cédula jurídica Nº 3-101-181795, solicitó ante el Ministerio de Hacienda reposición de los libros legales de la sociedad. Quien se considere afectado dirigir las oposiciones a la Sección de Timbraje y Legalización de Libros, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación.—San José, 24 de mayo del 2007.—Santos Soto Rodríguez, Presidente.—(46109).
LUKE INTERNACIONAL QUINTA AVENIDA S. A.
Por haberse extraviado a la empresa Luke Internacional Quinta Avenida S. A. los libros de Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General, Registro de Accionistas, solicitamos reposición del mismo ante la Administración Tributaria.—San José, 21 de mayo del 2007.—Lic. Howard Max Thompson Fennell, Notario.—(46111).
DESARROLLOS INMOBILIARIOS EL SOL DE ATOCHA LIMITADA
Desarrollos Inmobiliarios El Sol de Atocha Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos treinta y cinco mil cuatrocientos treinta y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 31 de mayo del 2007.—Tatiana Salgado Loaiza, Gerente.—(46121).
NORSTROM PROPERTIES LIMITADA
Norstrom Properties Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos treinta y tres mil novecientos cuarenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 31 de mayo del 2007.—Sonia Sánchez Valverde, Gerente.—(46122).
PROMOTORA DE CONSTRUCCIONES
PROCEZUS SOCIEDAD ANÓNIMA
Promotora de Construcciones Procezus Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y tres mil ciento dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 31 de mayo del 2007.—Marco Aurelio Zúñiga Vargas, Presidente.—(46123).
CONDICEL LTDA.
Condicel Ltda., con cédula jurídica Nº 3-102-223333, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, en virtud de haberse extraviado los mismos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Tributaría de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso.—Fernando Falcón Varamo, Notario.—(46148).
ALVARADO CAMPOS SOCIEDAD ANÓNIMA
La empresa Alvarado Campos Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-069570, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea de Socios número uno, Actas de Consejo de Administración número uno, Registro de Socios número uno, Diario número uno, Mayor número uno, e Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Pérez Zeledón, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San Isidro de Pérez Zeledón, 30 de mayo del 2007.—Lic. Ronny Jiménez Porras, Notario.—Nº 24657.—(46196).
SALAS Y MORGAN SOCIEDAD ANÓNIMA
Salas y Morgan Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros de Actas: Asamblea General, Junta Directiva y Registro de Accionistas, libros Contables de Diario, Mayor e Inventario y Balances. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Puntarenas, 20 de diciembre del 2006.—Lic. Alejandro Delgadillo Solano, Notario.—(46284).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
SEGOVIA ALCÁZAR SOCIEDAD ANÓNIMA
Segovia Alcázar Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-248923, solicitó ante Tributación Directa, la reposición de libros: libros de Junta Directiva y de Registro de Accionistas, todos número uno de la sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Dirección General de Tributación Directa, Sección de Autorización y Legalización de Libros.—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—Nº 23309.—(45964).
LUBRICANTES DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Lubricantes de Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-101857, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Registro de Accionistas, Asamblea de Socios, Asamblea de Junta Directiva, de los cuales solicita uno de cada uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 31 de mayo del 2007.—Alberto Rojas Villalobos, Presidente.—(46015).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta notaría, se ha protocolizado acta de Nosara de Bronce Sociedad Anónima, en la cual dicha sociedad disminuye su capital social a la suma de sesenta mil colones.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—Nº 23489.—(44014).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 19 de diciembre del 2006, Eulen de Costa Rica S. A., modificó cláusula quinta de sus estatutos.—San José, 20 de febrero del 2007.—Lic. Jaime A. Rojas Fortado, Notario.—Nº 6042.—(15524).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Mediante escritura pública número noventa - nueve, otorgada en San Isidro de El General, al ser las quince horas del nueve de febrero del dos mil siete, el señor Efraín Fernández Rivera, realizó la donación de dos establecimientos mercantiles, localizados en la ciudad de San Isidro de El General, el primero denominado Tienda Fernández y el segundo denominado Coner ‘S., ambos establecimientos mercantiles fueron donados a Abey del General Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres - ciento uno - cuatrocientos cuarenta y nueve mil seiscientos setenta y siete.—San Isidro de El General, 10 de mayo del 2007.—Lic. Yanory Jiménez Figueroa, Notaria.—Nº 23911.—(44650).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Ante esta notaría, se procedió a constituir la sociedad denominada Centro de Soluciones Tecnológicas Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve años, objeto agricultura, industria y comercio en general, capital social veinte mil colones y cuyos representantes son Luis Fernando Barquero Cordero, Franklin Ernesto Gamboa Morera, Allan Gerardo Fernández Alí y Ricardo Montenegro Quesada.—San José, a las dieciocho horas treinta minutos del diecinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Wálter Solís Amen, Notario.—1 vez.—Nº 23448.—(43988).
Ante esta notaría, se reformaron las cláusulas quinta novena de los estatutos de la sociedad denominada Lilyear Sociedad Anónima. Fecha de reforma diecinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Ana Luz Villalobos Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 23451.—(43989).
En esta notaría, a las diecisiete horas del veintitrés de mayo del presente año, se constituyó la sociedad anónima denominada Finca Las Botijas Sociedad Anónima, nombrándose la siguiente junta directiva, presidenta: Marcela Naranjo Monge, vicepresidente: José Greivin Cordero Romero, secretario: Luis Arnoldo Naranjo Monge, tesorero: Juan Osvaldo Naranjo Monge y fiscal: Froylan Naranjo Monge.—San Marcos de Tarrazú, veintitrés de mayo del dos mil siete.—Lic. Julia Natalia Monge Fallas, Notaria.—1 vez.—Nº 23452.—(43990).
Mediante escritura número ciento setenta y tres, otorgada a las ocho horas del veintidós de mayo del año dos mil seis, visible al folio ciento cuarenta y cinco frente del tomo primero de la suscrita Notaria, se constituyó la sociedad Negocios Potrerllos Sociedad Anónima. Es todo.—Heredia, a las diez hora del veintitrés de mayo del año dos mil siete.—Lic. Andrea Cordero Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 23453.—(43991).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del dieciocho de mayo del dos mil siete, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza, Fitch Costa Rica Calificadora de Riesgo Sociedad Anónima, en que se reforman las cláusulas segunda, quinta, décima tercera y vigésima del pacto social y se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 23454.—(43992).
Mediante escritura número setenta y ocho-dieciséis, de las nueve horas del veinticuatro de mayo del dos mil siete, se reforma la cláusula novena del pacto social de la empresa Guarare del Monte Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. R. Antonio Oreamuno Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 23455.—(43993).
Ante esta notaría, por escritura pública número 110, visible a folio 99 frente, a las 20:00 horas, del día 23 de mayo del 2007; se protocolizó acta de asamblea extraordinaria donde se modifico el domicilio social y se nombra presidente y tesoro, con nueva representación legal de Manassas Springs Sociedad Anónima. Presidente: Martín Delgado Álvarez.—Lic. Xinia Patricia Mora Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 23465.—(43994).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las veinte horas del veintidós de mayo del dos mil siete se protocolizó acta de asamblea general de la sociedad Inversiones Vihelo del Yurusty Sociedad Anónima, acuerdo primero: renuncia del presidente, secretario, tesorero y fiscal y nuevos nombramientos en dichos cargos, acuerdo tercero: se modifica la cláusula segunda del pacto social y se establece nuevo domicilio social.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 23466.—(43995).
Mediante escritura otorgada, ante mi notaría el día de hoy se constituyó la sociedad, Días Verdes Sociedad Anónima, con un capital social de quinientos mil colones, un plazo social de noventa y nueve años y administrada por una junta directiva donde el presidente y el secretario ejercen la representación con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, veinte de mayo del dos mil siete.—Lic. Alfredo García Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 23467.—(43996).
Por escritura pública otorgada, ante esta notaría, a las ocho horas del dieciséis de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Enlaces Turísticos Segra. Sociedad Anónima, domicilio social en Heredia. Presidente y tesorero apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—Lic. Lindsay Jiménez Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 23468.—(43997).
Mediante escritura Nº 88 de las 20:00 horas del 25 de abril del 2007, otorgada ante la notaria Kathya María Vargas Cubillo, se constituye Terrazas de Antaño Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva y fiscal. Plazo social: 100 años. Capital social: cien mil colones. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidenta: Jessenia Álvarez Salas. Tesorero: Edgar Marín Villalobos.—Lic. Kathya María Vargas Cubillo, Notaria.—1 vez.—Nº 23469.—(43998).
Mediante escritura Nº 104-10 de las 13:30 horas del 19 de diciembre del 2006, otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se constituye Enfermería Express Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva y fiscal. Plazo social: 99 años. Capital social: diez mil colones. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidente: José Ángel Charpantier Miranda. Secretaria: Helen Alvarado Peralta.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 23470.—(43999).
Por escritura pública número 129, otorgada en mi notaría, a las 17:00 horas del 10 de abril del 2007, se constituyó la empresa Servicios de Ingeniería Maccaferri Sociedad Anónima. Domicilio: Santa Rosa de Santo Domingo de Heredia. Plazo social: 99 años. Representación: presidente. Objeto: el comercio en general.—Lic. Julio Alfredo Fonseca Pión, Notario.—1 vez.—Nº 23471.—(44000).
Por escritura pública, otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del día 7 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad anónima por número de cédula jurídica. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, cargos que ostentan Charles Richard Bowers hijo y Charles Richard Bowers tercero, social: diez mil colones. Plazo social: 99 años. Objeto: comercio en general. Agente residente: Ingrid Oquendo Murillo.—San Julián de Parrita, 10 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Oquendo Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 23473.—(44001).
Por escritura pública, otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del día 7 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad anónima por número de cédula jurídica. Presidente y tesorero con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, cargos que ostentan Charles Richard Bowers hijo y Charles Richard Bowers tercero, social: diez mil colones. Plazo social: 99 años. Objeto: comercio en general. Agente residente: Ingrid Oquendo Murillo.—San Julián de Parrita, 10 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Oquendo Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 23474.—(44002).
Por escritura pública, otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día 7 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad anónima por número de cédula jurídica. Presidente y tesorero con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, cargos que ostentan Charles Richard Bowers hijo y Charles Richard Bowers tercero, social: diez mil colones. Plazo social: 99 años. Objeto: comercio en general. Agente residente: Ingrid Oquendo Murillo.—San Julián de Parrita, 10 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Oquendo Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 23475.—(44003).
Por escritura pública, otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día 7 de mayo del 2007, se constituyó se ha constituido sociedad anónima por número de cédula jurídica. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, cargos que ostentan Charles Richard Bowers hijo y Charles Richard Bowers tercero, social: diez mil colones. Plazo social: 99 años. Objeto: comercio en general. Agente residente: Ingrid Oquendo Murillo.—San Julián de Parrita, 10 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Oquendo Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 23476.—(44004).
Por escritura pública, otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del día 7 de mayo del 2007, se constituyó se ha constituido sociedad anónima por número de cédula jurídica. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, cargos que ostentan Charles Richard Bowers hijo y Charles Richard Bowers tercero, social: diez mil colones. Plazo social: 99 años. Objeto: comercio en general. Agente residente: Ingrid Oquendo Murillo.—San Julián de Parrita, 10 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Oquendo Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 23477.—(44005).
Por escritura 243, del 7 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad denominada Fiduciaria Mundial del Pacífico Centro INC Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones y domicilio en Jacó de Garabito, veinticinco metros al norte del Banco Popular, edificio Costa Brava, local cinco.—Jacó de Garabito, a las doce horas del 21 de mayo del 2007.—Lic. Saúl González Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 23479.—(44006).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del día de hoy, se constituyó Predios del Caribe S. A. Objeto: compraventa de inmuebles. Plazo: noventa y nueve años desde hoy.—San José, 24 de abril del 2007.—Lic. María Montserrat Brich Mesegue, Notaria.—1 vez.—Nº 23480.—(44007).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del día de hoy, se constituyó Operadora del Caribe S. A. Objeto: compraventa de muebles e inmuebles. Plazo noventa y nueve años desde hoy.—San José, 26 de abril del 2007.—Lic. María Montserrat Brich Mesegue, Notaria.—1 vez.—Nº 23481.—(44008).
Ante esta notaría, al ser las doce del doce de abril, se constituyó la sociedad Asesorías Cefise S. A. Capital social totalmente suscrito y pagado. Presidente es apoderado.—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. Leonardo Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—Nº 23482.—(44009).
Por escritura de las 10:30 horas del 23 de mayo del 2007, se constituye ante esta notaría, la sociedad ALSCCORP S. A. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Frank Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 23483.—(44010).
Por escritura otorgada en mi notaría, se protocoliza acta de asamblea general de socios de la Escuela Bilingüe Villa Paraíso S. A., donde se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo.—Cartago, 22 de mayo del 2007.—Lic. Eduardo Cortés Morales, Notario.—1 vez.—Nº 23484.—(44011).
Ante esta notaría, se constituye la sociedad denominada Metalurgia Jiménez RA.J.U. Sociedad Anónima. Capital social debidamente suscrito y pagado. Domicilio social sito en Cartago, Turrialba. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Turrialba, veintidós de mayo del dos mil siete.—Lic. Laura Ramírez Ulate, Notaria.—1 vez.—Nº 23485.—(44012).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintitrés de mayo del dos mil siete, se protocolizó asamblea extraordinaria general de socios Auto Sonidos Colombianos Sociedad Anónima, se cambia toda la junta directiva, siendo presidente: Óscar Fernando Grajales Martínez, tesorera: Diana Picado Araya y secretario: Guillermo Martín Castro Monge, fiscal: Jovanny Alberto Villa Sánchez.—San José, veintitrés de mayo del dos mil siete.—Lic. Ginnette Arias Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 23487.—(44013).
Por escritura otorgada, a las diecisiete horas del día dieciocho de mayo del dos mil siete, se constituyó Desarrollos e Inversiones Eco Paraíso S. A., domicilio: Desamparados, Alajuela. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Luis Fernando Sánchez Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 23496.—(44015).
Por escritura otorgada en esta notaría en San José, de las ocho horas del día veintitrés de mayo del año dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Lost in Silence Limitada. Se reforma la cláusula segunda, se nombran gerentes.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 23497.—(44016).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad B Y M Bermac de la Montaña Sociedad Anónima. Presidente y secretario, le corresponde la representación con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudendo actuar conjunta o separadamente.—Paraíso, veintidós de mayo del dos mil siete.—Lic. Rosa Barinia Mora Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 23498.—(44017).
Ante esta notaría, comparecieron los señores José Vazquez Vallejos y Federico Bonilla Sáenz y dicen: que comparecen ante esta notaría, con el propósito de constituir una sociedad anónima, la cual se regirá por el código de comercio y por las siguientes cláusulas: Primera: del nombre: la sociedad se denominará Corporación Vásquez de Guanacaste Sociedad Anónima. Pudiendo abreviarse Corporación Vásquez de Guanacaste S. A. Actuando como presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el socio José Vázquez Vallejos, el capital social es de diez mil colones. Es todo.—Matina de Limón, ocho horas del diez de mayo del dos mil siete.—Lic. Elvis Eduardo Lawson Villafuerte, Notario.—1 vez.—Nº 23499.—(44018).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 19:00 horas del día 22 de mayo del 2007, se reformó la cláusula tercera en cuanto al plazo de la sociedad denominada Icalmex Comercializadora S. A.—Lic. Ana Victoria Sánchez Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 23500.—(44019).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 19:00 horas del día 16 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad denominada Fabacha Sociedad Anónima. Plazo: 100 años. Capital: suscrito y pagado. Domicilio. Santo Tomás de Santo Domingo de Heredia. Presidente: Guillermo Barquero Chaves.—Lic. Ana Victoria Sánchez Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 23801.—(44020).
En mi notaría, a las 9:00 horas del 17 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad SEPROCO Servicios Profesionales de Conducción S. A. Capital social: seis mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente con representación judicial y extrajudicial y apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 17 de mayo del 2007.—Lic. Max Eduardo Bastos Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 23802.—(44021).
Por escritura número ciento sesenta y cinco, visible a folio ciento cincuenta y seis frente y ciento cincuenta y siete vuelto del tomo primero de mi protocolo, otorgada a las once horas del día cinco de mayo del año dos mil siete, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria número uno, donde se modificó el domicilio social, se nombró nueva junta directiva y se nombró nuevo agente residente de la sociedad Cortijo Punta Aguja W. R Sociedad Anónima. Cédula jurídica tres-ciento uno - cuatrocientos sesenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y dos. Presidente: Wolfgang Ritter.—San José, 6 de mayo del 2007.—Lic. María Isabel García Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 23803.—(44022).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 9:00 horas del veinte de mayo del 2007, se procede a protocolizar actas de asambleas generales extraordinarias de las sociedades: Primera: Real de Colima Apatita Amarilla Cero Cuatro E-D-D S. A.; segunda: Real de Colima Cinabrio Rojo E-D-E S. A.; tercera: Real de Colima Cuarzo Azul Cero Siete E-D-G S. A.; cuarta: Real de Colima Citrino Dorado Cero Seis E D F S. A.; quinta: Real de Colima Diamante Cero Ocho E D H S. A.; sexta: Real de Colima Esmeralda Verde Cero Nueve E-D-I S. A.; sétima: Real de Colima Granate Rojo Cero Diez E-D-J S. A.; octava: Real de Colima Hematite Gris Cero Once E-D-K S. A.; novena: Real de Colima Jaspe Plateado E D L S. A.; décima: Real de Colima Lapislazuli Azul Cero Trece E D M S. A.; undécima: Real de Colima Malaquita Verde Cero Catorce E-D-N S. A.; duodécima: Real de Colima Ópalo Negro Cero Quince E-D-O S. A.; decimatercera: Real de Colima Onix Marrón Cero Dieciséis E D P S. A.; decimacuarta: Real de Colima Rodocrosita Rosada Cero Diecisiete E D Q S. A.; decimaquinta: Real de Colima Rubí Dorado Cero Dieciocho E-D-R S. A.; decimasexta: Real de Colima Topacio Azul Cero Diecinueve E-D-S S. A.; decimasétima: Real de Colima Acero Dorado Cero Veintidós E-D-V S. A.; decimaoctava: Real de Colima Hierro Fuerte Cero Veintitrés E-D-W S. A.; decimanovena: Real de Colima Oro Negro Cero Veinticuatro E-D-X S. A.; vigésima: Real de Colima Cobre Gris Cero Veinticinco E-D-Y S. A.; vigésima primera: Real de Colima Ojo de Tigre Cero Veintiséis E D Z S. A.; vigésima segunda: Real de Colima Margarita Blanca Cero Veintiocho B E D S. A.; vigésima tercera: Real de Colima Clavel Rojo Cero Veintinueve C-E-D S. A.; vigésima cuarta: Real de Colima Gladiola Naranja Cero Treinta D-E-D S. A.; vigésima quinta: Real de Colima Dalia Púrpura Treinta y Uno E-E-D S. A.; vigésima sexta: Real de Colima Jazmín Blanco Treinta y Dos F-E-D S. A.; vigésima sétima: Real de Colima Cala Blanca Cero Treinta y Tres G-E-D S. A.; vigésima octava: Real de Colima Hortensia Lila Cero Treinta y Cuatro H-E-D S. A.; vigésima novena: Real de Colima Tulipán Naranja Cero Treinta y Cinco I-E-D S. A.; trigésima: Real de Colima Amapola Rosada Cero Treinta y Seis J-E-D S. A.; trigésima primera: Real de Colima Girasol Amarillo Cero Cuarenta N-E-D S. A.; trigésima segunda: Real de Colima Lirio Celeste Cero Cuarenta y Uno O-E-D S. A.; trigésima tercera: Real de Colima Astromelia Amarilla Cero Cuarenta y Tres Q-E-D S. A.; sociedades donde se nombraron nueva junta y se modificó cláusula de administración de cada una.—San José, veintiuno de mayo del dos mil siete.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº 23807.—(44023).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Corporación Inmobiliaria Cova Sociedad Anónima, por un plazo social de 99 años, con un capital social de diez mil colones exactos representados por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Cartago, veintiuno de mayo del dos mil siete.—Lic. Mario Redondo Poveda, Notario.—1 vez.—Nº 23809.—(44024).
En esta notaría de la Licda. Edith Gutiérrez Ruiz, notaria pública, se ha constituido la sociedad denominada Alquileres Arroyo y Alfaro Tres de Guanacaste Sociedad Anónima, representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma señor Luis Eduardo Arroyo Hernández, domiciliada en Liberia, Guanacaste.—Liberia, veintitrés de mayo del año dos mil siete.—Lic. Edith Gutiérrez Ruiz, Notaria.—1 vez.—Nº 23810.—(44025).
Por escritura número doscientos treinta y seis, de esta notaría, de las dieciocho horas veinte minutos del cinco de mayo del dos mil siete, se constituyó la compañía denominada Niko International Trading And Project Management N.I.T.C.O, Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Alajuela, en Desamparados, Villas Allicante, casa número noventa y tres, provincia de Alajuela. Capital totalmente pago y suscrito. Es todo. Alajuela, veintitrés de mayo del dos mil siete.—Lic. Carlos Andrés Canales Sáenz, Notario.—1 vez.—Nº 23813.—(44026).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las once horas del veintidós de mayo del año dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de los cuotistas de la entidad Ball Costa Rica Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ciento sesenta y un mil setecientos cuarenta, mediante la cual se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: Primera: razón social, siendo que se modifica por Villaplants Costa Rica, Sociedad de Responsabilidad Limitada; y, sexta: representación legal. Se nombran gerente y subgerentes.—San José, 22 de mayo del 2007.—Lic. Alexander Araya Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 23814.—(44027).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, el día de hoy, a las diecisiete horas, se constituyó la empresa Diamond Nuevos Horizontes Sociedad Anónima. Domicilio: San José, plazo: 99 años.—San José, veintitrés de mayo del dos mil siete.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—Nº 23815.—(44028).
Ante mí, Álvaro Herrera Madrigal, notario con oficina en Puriscal, comparecen los señores: Rafael Ángel Abarca Jiménez, modifican junta directiva y nombran nuevo presidente al señor: Michael Branon de único apellido, como presidente: Michael Branon de único apellido en razón de su nacionalidad USA, en la sociedad denominada Inversiones Avarjimej.V Sociedad Anónima. Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 2 de mayo del año 2007.—Lic. Álvaro Herrera Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 23817.—(44029).
Ante mí, Álvaro Herrera Madrigal, notario con oficina en Puriscal, comparecen los señores: Yohnny Arias Valverde, modifican junta directiva y nombran nuevo presidente y tesorero, como presidente: Yohnny Arias Valverde y como tesorera: Ivannia Mena Vásquez, en la sociedad denominada Prosalud Centro de Formación de Emergencias RCDY Primeros Auxilios. Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 16 de mayo del año 2007.—Lic. Álvaro Herrera Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 23818.—(44030).
Por escritura número ciento ochenta y uno-siete, de esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Delifoods (C.R) S. A., donde se modifica la cláusula tercera del pacto social.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Aída Gabriela Araya Cascante, Notaria.—1 vez.—Nº 23824.—(44031).
Por escritura número ciento ochenta y dos-siete, de esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Corporación B y L Treinta y Seis S. A., donde se modifica la cláusula tercera del pacto social.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Aída Gabriela Araya Cascante, Notaria.—1 vez.—Nº 23825.—(44032).
El día dieciocho de mayo del dos mil siete; en esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Morrycas Sociedad Anónima, domiciliada en Zen, en el súper Zen Viejo, Matina, Limón, con un capital social de ¢12.000,00, representada por George Samuel Morry Morry, conocido como George Samuel Pierre Morry, mayor de edad, casado una vez, pastor evangélico, con cédula de identidad siete-cero cuarenta y dos-cuatrocientos ochenta y seis, vecino de San Antonio, frente al mini súper Esmeralda, Roxana, Pococí, Limón.—Cariari, veintiuno de mayo del dos mil siete.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 23826.—(44033).
Mediante escritura número ciento veinticuatro, de las nueve horas treinta minutos del veintidós de mayo del año dos mil siete, se modificó cláusula tercera: del plazo social, de la sociedad Ala Sur Piso Quinto Sociedad Anónima.—San José, veintidós de mayo del año dos mil siete.—Lic. María Felicia Gómez Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 23829.—(44034).
Mediante escritura número ciento veinticinco, de las diez horas del veintitrés de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad Carrera Buena MMM Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado.—San José, veintitrés de mayo del dos mil siete.—Lic. María Felicia Gómez Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 23830.—(44035).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 8:00 horas del día de hoy, Zero y el Dragón S. A., reformó las cláusulas segunda y tercera de sus estatutos.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Luis Javier Padilla Ujueta, Notario.—1 vez.—Nº 23831.—(44036).
Mediante escritura número 42-14 otorgada ante el suscrito notario en esta ciudad a las 11:00 horas de hoy, los señores Rita Viviana Zeledón Toruño, Arianne León Solórzano y Mauricio Carro Sánchez constituyeron Mundi-Etiquetas Sociedad Anónima. Domicilio: Moravia, capital suscrito y pagado, objeto: el comercio en general y elaboración de etiquetas en particular, plazo: 99 años, representación legal la ejercen presidenta y tesorero conjuntamente. Se crea fondo de reserva legal y designa agente residente.—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. Floresmiro Zuleta Pastrana, Notario.—1 vez.—Nº 23832.—(44037).
Ante la notaría del suscrito se constituyó la sociedad denominada CBL Materiales para la Construcción J&Z Sociedad Anónima.—Alajuela, veinte de mayo del dos mil tres.—Lic. William Parra Mora, Notario.—1 vez.—Nº 23833.—(44038).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del veinticuatro de abril del dos mil siete, se constituye la sociedad Consorcio Médico Señora de los Ángeles Conmed S. A. Ethel Carranza Chryssopulos, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. José Enrique Brenes Montero, Notario.—1 vez.—Nº 23836.—(44039).
Por escritura otorgada ante esta notaría se modificaron las cláusulas primera y segunda de la sociedad Socaliñapa Investments S. A., para que en adelante se denomine Automóviles El Ebro S. A.—Playa Tambor, Puntarenas, 16 de mayo del 2007.—Lic. Melania Calzada Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 23837.—(44040).
Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del día veinte de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Five Condominio Residencial Blue Garden Cinco S. A., domicilio: San Isidro de Heredia, capital: un millón de colones y la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente y vicepresidente quienes son apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Reynaldo Matamoros Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 23838.—(44041).
Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría a las catorce horas treinta minutos del día veinte de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Four Condominio Residencial Blue Garden Cuatro S. A., domicilio: San Isidro de Heredia, capital: un millón de colones y la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente y vicepresidente quienes son apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Reynaldo Matamoros Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 23839.—(44042).
Por escritura otorgada ante el notario público Diego Alonso Aguilar Fernández, a las 8:00 horas del día 7 de marzo del 2007, se constituye sociedad denominada Grupo Inmobiliario El Salto de la Novia Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Capital social: 10.000,00 colones. Plazo: 99 años. Presidente y secretario: representantes judiciales y extrajudiciales.—Paraíso, 7 de marzo del 2007.—Lic. Diego Alonso Aguilar Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 23840.—(44043).
Por escritura otorgada ante la notaria pública Ingrid María Schmidt Solano, a las 8:00 horas del día 10 de mayo del 2007, se constituye sociedad denominada Grupo Inmobiliario Mardie Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Capital social: 10.000,00 colones. Plazo: 99 años. Presidente y secretario: representantes judiciales y extrajudiciales.—Paraíso, 10 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid María Schmidt Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 23841.—(44044).
Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría a las catorce horas quince minutos del día veinte de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Third Condominio Residencial Blue Garden Tres S. A., domicilio: San Isidro de Heredia, capital: un millón de colones y la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente y vicepresidente quienes son apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Reynaldo Matamoros Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 23842.—(44045).
Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría a las catorce horas cinco minutos del día veinte de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Second Condominio Residencial Blue Garden Dos S. A., domicilio: San Isidro de Heredia, capital: un millón de colones y la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente y vicepresidente quienes son apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Reynaldo Matamoros Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 23843.—(44046).
Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría a las trece horas cincuenta minutos del día diecinueve de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad First Condominio Residencial Blue Garden Uno S. A., domicilio: San Isidro de Heredia, capital: un millón de colones y la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente y vicepresidente quienes son apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Reynaldo Matamoros Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 23844.—(44047).
Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría a las quince horas cincuenta y un minutos del día veintiuno de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Eight Condominio Residencial Blue Garden Ocho S. A., domicilio: San Isidro de Heredia, capital: un millón de colones y la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente y vicepresidente quienes son apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Reynaldo Matamoros Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 23845.—(44048).
Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría a las dieciséis horas treinta minutos del día veintiuno de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Ten Condominio Residencial Blue Garden Diez S. A., domicilio: San Isidro de Heredia, capital: un millón de colones y la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente y vicepresidente quienes son apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Reynaldo Matamoros Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 23846.—(44049).
Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría a las catorce horas cuarenta y dos minutos del día veintiuno de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Seven Condominio Residencial Blue Garden Siete S. A., domicilio: San Isidro de Heredia, capital: un millón de colones y la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente y vicepresidente quienes son apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Reynaldo Matamoros Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 23847.—(44050).
Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría a las catorce horas treinta y cinco minutos del día veintiuno de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Six Condominio Residencial Blue Garden Seis S. A., domicilio: San Isidro de Heredia, capital: un millón de colones y la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente y vicepresidente quienes son apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Reynaldo Matamoros Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 23848.—(44051).
Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría a las dieciséis horas dieciocho minutos del día veintiuno de febrero del dos mil siete, se constituyó la sociedad Nine Condominio Residencial Blue Garden Nueve S. A., domicilio: San Isidro de Heredia, capital: un millón de colones y la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente y vicepresidente quienes son apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Reynaldo Matamoros Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 23849.—(44052).
A las 9:00 horas del día de hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tecnología y Construcciones Pella S. A., por los cuales se reforman las cláusulas primera, quinta y novena de los estatutos, se suprime la undécima y se hacen nombramientos en junta directiva.—San Pedro de Montes de Oca, 24 de mayo del 2007.—Lic. Juan Diego Soto Suárez, Notario.—1 vez.—Nº 23850.—(44053).
Por escritura número cuatro-tres, de
las doce horas del día once de abril del dos mil siete, otorgada ante la
licenciada Daniela Leitón Castillo, Lisbeth Elizondo Rodríguez, Plácida
Rodríguez Vega, Albin Elizondo Rodríguez y María del Rocío González Rodríguez,
constituye la sociedad anónima denominada de acuerdo con el número de cédula
jurídica que le asigne el Registro según Decreto Ejecutivo número tres tres uno
siete uno-J.—Alajuela, once de abril del dos mil siete.—Lic. Daniela Leitón
Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 23852.—(44054).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del día siete de mayo del dos mil siete, se constituye la sociedad Corporation Airtech J & F Sociedad Anónima, capital social: veinte mil colones, presidente: Luis Fernando López Quintero.—Lic. Hannia Chaves Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 23853.—(44055).
Por escritura otorgada por el suscrito notario, a las 12:00 horas del día 21 de mayo del 2007, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Agencia Aduanal Cormeza S. A. Se reforman las cláusulas primera y segunda del pacto social. Se modifica la razón y el domicilio sociales. La nueva razón social será: Aduanera Virtual M.C. Sociedad Anónima.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 23854.—(44056).
Por escritura otorgada por el
suscrito notario, a las 15:00 horas del día 23 de mayo del 2007, se constituyó
la sociedad de esta plaza denominada Huboma y Papillo S. A. Presidente y
secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.
Capital: suscrito y pagado. Domicilio: la ciudad de San José.—San José, 23 de
mayo del 2007.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—Nº
23855.—(44057).
Por asamblea de las dieciséis horas del veinticuatro de abril del dos mil siete, se constituyó la compañía Decisión Ejecutiva C. R. Sociedad Anónima. Socios: Marcial Alberto Sánchez Esquivel y Silvia Báez Rojas. Capital suscrito y pagado, domicilio: San José, Desamparados, presidente: Marcial Alberto Sánchez Esquivel.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora, Notario.—1 vez.—Nº 23858.—(44058).
Rosibel Díaz Arias y Karen Barboza Quesada constituyen Llanuras de Alta Macedonia Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 12:00 horas del 6 de mayo del 2007.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—Nº 23859.—(44059).
Constitución de sociedad anónima, denominada Chicas.Com S. A. Presidente: Zoe Graham. Ante el notario José Enrique Santana Santana.—Lic. José Enrique Santana Santana, Notario.—1 vez.—Nº 23861.—(44060).
Juan Marden Arbizu Rojas, cédula de residencia número dos siete cero uno dos dos siete seis cero seis dos tres siete ocho, Armando Córdoba Ruiz, cédula de residencia número cuatro cinco cinco uno cero nueve nueve tres uno uno cuatro cero cuatro, y José Mario Grillo Camacho, cédula de identidad cinco-trescientos cincuenta y siete-seiscientos ochenta y cuatro, constituyen sociedad denominada Efecto Magneto Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Efecto Magneto S. A., ante la notaria pública Kattia Vanessa Álvarez Rodríguez, a las quince horas con veinte minutos del nueve de abril del dos mil siete.—Lic. Kattia Vanessa Álvarez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 23862.—(44061).
Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Serviautos Sociedad Anónima, en la que se modificaron las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo, y se otorgó poder generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Édgar Cervantes Gamboa, Notario.—1 vez.—(44146).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:30 horas del 23 de mayo del 2007, se constituyó LAC Importaciones de Occidente Sociedad de Responsabilidad Limitada, plazo: 99 años.—Lic. Marcia Matarrita Varela, Notaria.—1 vez.—(44149).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 16:00 horas del 13 de febrero del 2007, se constituyó la sociedad denominada Corporación Acecha Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado y un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución. Es todo.—San José, 19 de abril del 2007.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1 vez.—(44151).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 19:00 horas del 23 de enero del 2007, se constituyó la sociedad denominada Isadana Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado y un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución. Es todo.—San José, 2 de mayo del 2007.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1 vez.—(44152).
Por escritura número ciento siete-uno, otorgada ante el notario Mauricio Alberto Vargas Kepfer, a las diez horas del día veinticuatro de mayo del dos mil siete, se reforma la cláusula segunda y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la compañía Ecoquintas y Paisajes de Armonía XOQ S. A.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Mauricio Alberto Vargas Kepfer, Notario.—1 vez.—(44153).
Por escritura número ciento seis-uno, otorgada ante el notario Mauricio Alberto Vargas Kepfer, a las diez horas del día veinticuatro de mayo del dos mil siete, se reforman las cláusulas segunda y sétima, se nombran dos nuevos gerentes de la compañía Ecoquintas y Paisajes de Mal País MTS S. A.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Mauricio Alberto Vargas Kepfer, Notario.—1 vez.—(44154).
Por escritura autorizada por mí, a las 11:00 horas del 30 de abril del año en curso, se constituyó Inmobiliaria Manmiche Pink y Blue Sociedad Anónima. Objeto: comercio de bienes inmuebles. Domicilio: San Ant. de Belén, Heredia. Plazo: 100 años.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Guillermo José Herrera M., Notario.—1 vez.—(44173).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil siete, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima, cuya razón social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Rafael Ignacio Leandro Rojas, Notario.—1 vez.—(44177).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veintitrés de mayo del dos mil siete, se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, cuatro sociedades anónimas, cuyas razones sociales serán las cédulas jurídicas que les asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Capital social de diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Rafael Ignacio Leandro Rojas, Notario.—1 vez.—(44178).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 24 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada que se denominará de conformidad con lo dispuesto por el artículo dos del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, publicado en La Gaceta Nº 114 del 14 de junio del 2006. Capital social: 9.000 colones. Plazo social: 99 años.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—(44179).
Por escritura otorgada ante la notaria Hellen Fabiola Saborío Soto, a las trece horas treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil siete, la sociedad Mareugasa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-veintiocho mil setecientos veintidós, modificó la cláusula tercera de su pacto social del objeto.—San José, veinticinco de mayo del dos mil siete.—Lic. Hellen Fabiola Saborío Soto, Notaria.—1 vez.—(44182).
Por escritura otorgada ante la notaria Hellen Fabiola Saborío Soto, a las doce horas treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil siete, la sociedad Corotenorio Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatro cuatro uno cuatro cuatro, modificó las cláusulas tercera y octava de su pacto social del objeto y de la administración y nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José, veinticinco de mayo del dos mil siete.—Lic. Hellen Fabiola Saborío Soto, Notaria.—1 vez.—(44183).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día veinticuatro de mayo del dos mil siete, se constituye la sociedad mercantil Inversiones A. Meza & Meza Sociedad Anónima, pudiendo abreviar las dos últimas letras S. A.—San José, a las ocho horas del día veintidós de mayo del dos mil siete.—Máster Miguel Ángel Quesada Niño, Notario.—1 vez.—(44184).
La suscrita notaria hace constar que hoy he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Azul Oropéndula Montezuma S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y un mil doscientos, mediante la cual se nombra nueva junta directiva.—San José, veintitrés de mayo del dos mil siete.—Lic. Annette Tapia Zumbado, Notaria.—1 vez.—(44185).
Mediante escritura otorgada en San José, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Viaro Internacional Sociedad Anónima, en la que se conoció y aprobó la renuncia al cargo de presidente del consejo de administración y se conoció el nuevo nombramiento. Presidenta: Mayra Vialette Roosses.—San José, veinticinco de mayo del dos mil siete.—Lic. Roxana Artavia Badilla, Notaria.—1 vez.—(44187).
Por escritura número 310, tomo 5 de mi protocolo, otorgada a las 8:00 horas del 24 de mayo del 2007, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad denominada Verpra S. A., y se nombró nuevo fiscal y agente residente por todo el plazo social. Presidenta: Vera Violeta Vargas Solano.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Rodolfo Alfaro Pineda, Notaria.—1 vez.—(44197).
Mediante escritura número quince-ciento treinta y siete bis, los socios Jorge Arturo Zamora Brenes y Mauricio Zamora Brenes constituyen una sociedad bajo el Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—San José, diecinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hugo Rodríguez Coronado, Notario.—1 vez.—(44214).
Mediante escritura número quince-ciento treinta y siete bis, los socios Jorge Arturo Zamora Brenes y Mauricio Zamora Brenes constituyen una sociedad bajo el Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—San José, diecinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hugo Rodríguez Coronado, Notario.—1 vez.—(44216).
Por escritura pública de las diez horas del veinticinco de mayo del dos mil siete, se constituyeron las sociedades anónimas Santa Cruz de Tenerife S. A., Las Cortes de Tarragona Group S. A., La Torre de Tardán S. A., y Las Cortes de Montenegro S. A., con domicilio social en San José, plazo social: cien años, capital social de diez mil colones, representación le corresponde al presidente y secretario actuando conjunta o separadamente. Es todo.—San José, veinticinco de mayo del dos mil siete.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—(44218).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las once horas del cuatro de mayo del dos mil siete, se constituye sociedad anónima denominada Delos Offshore Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, plazo social: noventa y nueve años.—San José, dieciséis de mayo del dos mil siete.—Lic. Wilbert Barrantes Salazar, Notario.—1 vez.—(44219).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las once horas del veintitrés de mayo del dos mil siete, se protocoliza asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada M Y CC International Group Sociedad Anónima. Se reforma cláusula primera de los estatutos.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Wilbert Barrantes Salazar, Notario.—1 vez.—(44221).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las quince horas del día 18 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad anónima denominada Antinoo Representaciones Sociedad Anónima, con domicilio social situado en la provincia de Alajuela, con un capital social de diez mil colones, con un plazo de noventa y nueve años. Presidente el socio Ramón González Hernández, secretaria la Sra. María Irene Hernández Corrales.—Lic. Martha Lorena Miranda Munguía, Notaria.—1 vez.—(44273).
Por escritura otorgada en San José, a las diez horas del día diecisiete de mayo del dos mil siete, se constituyó firma denominada Metzuyan Shel Santa Teresa Limitada, capital social: diez mil colones, ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo, en San José, a las dieciséis horas del veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—(44277).
Por escritura otorgada en San José, a las diez horas del día veintiuno de mayo del dos mil siete, se constituyó firma denominada Kabod Shel Santa Teresa Limitada, capital social: diez mil colones, ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo, en San José, a las dieciséis horas del veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—(44278).
Mediante escritura número ciento noventa y tres, otorgada en la ciudad de San José, al ser las diez horas treinta minutos del 23 de mayo del 2007, se modifican las cláusulas 1, 2 y 9 del pacto social de la sociedad denominada Schnuckels and Co S. A., para que en adelante se denomine Global Solutions Consultores & Servicios S. A.—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. Ana Gabriela González González, Notaria.—1 vez.—(44280).
Mediante escritura número ciento noventa y dos, otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José a las once horas del veintiuno de mayo del dos mil siete, escritura visible al folio ciento treinta y uno vuelto del tomo primero de mi protocolo, se ha constituido la sociedad denominada Grupo García Quirós GARQUI Sociedad Anónima. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, veintiuno de mayo del dos mil siete.—Lic. Ana Gabriela González González, Notaria.—1 vez.—(44281).
Por escritura otorgada ante la notaria pública Cecilia Fallas Amador, en San José, a las 10:00 horas del 23 de mayo del 2007, se constituyeron dos sociedades anónimas con el número de cédula de persona jurídica por asignar por parte del Registro. Domicilio: San José. Plazo social: 99 años a partir del 23 de mayo del 2007. Objeto: comercio, industria, ganadería y agricultura, servicios y cualquier otra actividad lícita. Capital social: cincuenta mil dólares. Representación: presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidente: Isaac Dajles Wartsky.—San José, veintitrés de mayo del dos mil siete.—Lic. Cecilia Fallas Amador, Notaria.—1 vez.—(44284).
Mediante escritura número trescientos setenta y siete, visible al folio ciento sesenta y siete frente, del tomo décimo de mi protocolo del notario José Álvaro Bonilla Rojas, se constituyó la sociedad denominada Corporación Alvarado y Muñoz C.A. Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, San Carlos, a las catorce horas del día veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. José Álvaro Bonilla Rojas, Notario.—1 vez.—(44295).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día veintiuno de mayo del dos mil siete, a las diecisiete horas, se constituyó Pecky Sociedad Anónima. Domicilio social: el domicilio social será en Santa Elena de Monteverde de Puntarenas, Barrio El Sapo, detrás de la Escuela Adventista. Presidente y tesorera con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar conjuntamente. Capital social: diez mil colones.—Santa Elena, Monteverde, a las trece horas del veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Guerin Lacayo González, Notario.—1 vez.—(44298).
Por escrituras otorgadas a las 8:00, 8:30, 9:00, 9:30, 10:00, 11:00, 11:30, 12:00, 12:30 y 13:00 horas de hoy, se constituyeron las sociedades Kinzila Val S. A., Dafana Kom S. A., Koloblue Kal S. A., Kamalai Pas S. A., Mont-Tuchikos S. A., Susu-Buka S. A., Isola-Monza S. A., Oyama-Bai S. A., Alet-Dume S. A. y Galy-Muke S. A.—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1 vez.—(44299).
Por escritura otorgada por el notario Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Fernández, a las 19:00 horas del 23 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad denominada Alquileres Hermanos Porras y Quesada Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en las últimas palabras así: Alquileres Hermanos Porras y Quesada S. A. Presidenta y vicepresidenta con facultades de apoderadas generalísimas con límite de suma hasta por un millón de colones, las señoras: Doris Quesada Porras y Elena Quesada Porras, respectivamente. Capital: suscrito y pago en su totalidad. Firmo en la ciudad de Grecia, a las 19:00 horas del 23 de mayo del 2007.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Fernández, Notario.—1 vez.—(44301).
Por escritura otorgada por el notario Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Fernández, a las 20:00 horas del 23 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad denominada Transportes Vulcansito Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en las últimas palabras así: Transportes Vulcansito S. A. Presidenta y vicepresidenta con facultades de apoderadas generalísimas con límite de suma hasta por un millón de colones, las señoras: Doris Quesada Porras y Elena Quesada Porras, respectivamente. Capital: suscrito y pago en su totalidad. Firmo en la ciudad de Grecia, a las 20:00 horas del 23 de mayo del 2007.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Fernández, Notario.—1 vez.—(44302).
Por escritura número ciento setenta y cuatro de las diecisiete horas del veinticuatro de mayo del dos mil siete, otorgada ante el notario Sergio Chacón Barrantes, se protocolizó el acta número uno de la asamblea general de accionistas de la sociedad C.A. Wisdom Oceans Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos seis mil doscientos quince, donde se reformaron las cláusulas segunda y sexta del pacto social. Asimismo se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Sergio Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—(44304).
Por escritura número ciento setenta y tres de las dieciocho horas del veintidós de mayo del dos mil siete, otorgada ante el notario Sergio Chacón Barrantes, se constituyó la sociedad cuya denominación está hecha de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, con un capital social de diez mil colones, dividido en diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Lic. Sergio Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—(44305).
Por escritura número 155-6, otorgada a las 13:50 horas del 22 de mayo del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Chester International Del Ray Ltda., donde se modifica el pacto social.—Puntarenas, 24 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(44308).
Por escritura número 154-6, otorgada a las 13:30 horas del 24 de mayo del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Pluribus Unum Ltda.,donde se modifica el pacto social.—Puntarenas, 23 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(44309).
Por escritura número 148-6, otorgada a las 15:10 horas del 21 de mayo del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Colinas Los Sueños Ltda., donde se modifica el pacto social.—Puntarenas, 22 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(44310).
Por escritura número 150-6, otorgada a las 15:30 horas del 21 de mayo del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Vistas de Golf Lotes S. R. L., donde se modifica el pacto social.—Puntarenas, 22 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(44311).
Por escritura número 152-6, otorgada a las 13:00 horas del 22 de mayo del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se constituye la sociedad denominada WHM Real Estate Ltda., con domicilio en Puntarenas, Garabito, distrito Jacó, Complejo Residencial Los Sueños, Los Sueños Marina Village, en las oficinas de BLP Abogados.—Puntarenas, 24 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(44314).
Por escritura número 153-6, otorgada a las 13:15 horas del 22 de mayo del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Tropical Condominiums Ltda., donde se modifica el pacto social.—Puntarenas, 24 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(44316).
Por escritura número 151-6, otorgada a las 17:00 horas del 21 de mayo del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Pacific Ventures Ltda., donde se modifica el pacto social.—Puntarenas, 21 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(44318).
Por escritura número 132-6, otorgada a las 9:10 horas del 26 de abril del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Sea Iberoland Ltda., donde se modifica el pacto social.—Puntarenas, 18 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(44320).
Por escritura número 149-6, otorgada a las 13:00 horas del 8 de mayo del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Pacific Coast Mortgage Company S. A., donde se modifica el pacto social.—Puntarenas, 22 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(44322).
Por escritura número 147-6, otorgada a las 15:00 horas del 21 de mayo del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Bella Vista Condominios Ltda., donde se modifica el pacto social.—Puntarenas, 22 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(44326).
Por escritura número 146-6, otorgada a las 11:00 horas del 18 de mayo del 2007, ante este notario Carlos Bonilla Cruz, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Toren Real Estate Ltda., donde se modifica el pacto social.—Puntarenas, 22 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Bonilla Cruz, Notario.—1 vez.—(44327).
Por escritura número ciento ocho-uno, otorgada ante el notario Mauricio Alberto Vargas Kepfer a las diez horas del día veinticinco de mayo del dos mil siete, se reforma la cláusula segunda y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la compañía Ecoquintas y Paisajes de Cahuita FTQ Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Mauricio Alberto Vargas Kepfer, Notario.—1 vez.—(44328).
Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 24 de mayo del 2007, se acordó modificar la cláusula sétima administración, de la sociedad Simple Minds Corporation S. A.—Alajuela, a las ocho horas del 25 de mayo del 2007.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(44347).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 24 de mayo del 2007, se acordó modificar la cláusula sexta del capital social, de la sociedad Tropical Expeditions of Costa Rica S. A.—Alajuela, a las ocho horas cinco minutos del 25 de mayo del 2007.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(44348).
Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de Karry Cargo Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sétima de los estatutos. Escritura otorgada a las 10:00 horas del 25 de mayo del 2007.—Lic. Maureen Hernández Díaz, Notaria.—1 vez.—(44367).
Por escritura pública, tomo cuarto, número sesenta y dos, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veinte de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad Torres Alella Cinco C Calzat Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de mayo del dos mil siete.—Lic. Cristina Anahí Naranjo Galloni, Notaria.—1 vez.—(44370).
Por escritura pública, tomo cuarto, número sesenta y dos, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veinte de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad Torres Alella Cinco B Barca Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de mayo del dos mil siete.—Lic. Cristina Anahí Naranjo Galloni, Notaria.—1 vez.—(44371).
Por escritura pública, tomo cuarto, número sesenta y dos, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veinte de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad Torres Alella Cinco A Amount Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de mayo del dos mil siete.—Lic. Cristina Anahí Naranjo Galloni, Notaria.—1 vez.—(44372).
Por escritura pública, tomo cuarto, número sesenta y dos, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veinte de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad Torres Alella Cuatro C Coster Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de mayo del dos mil siete.—Lic. Cristina Anahí Naranjo Galloni, Notaria.—1 vez.—(44373).
Por escritura pública, tomo cuarto, número sesenta y dos, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veinte de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad Torres Alella Cuatro B Bernat Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de mayo del dos mil siete.—Lic. Cristina Anahí Naranjo Galloni, Notaria.—1 vez.—(44374).
Por escritura pública, tomo cuarto, número sesenta y dos, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veinte de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad Torres Alella Dos A Atzur Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de mayo del dos mil siete.—Lic. Cristina Anahí Naranjo Galloni, Notaria.—1 vez.—(44375).
Por escritura pública, tomo cuarto, número sesenta y dos, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veinte de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad Torres Alella Cuatro A Anell Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de mayo del dos mil siete.—Lic. Cristina Anahí Naranjo Galloni, Notaria.—1 vez.—(44376).
Por escritura pública tomo cuarto número sesenta y dos, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día veinte de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Torres Alella Tres C Canya Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de mayo del año dos mil siete.—Lic. Cristina Anahí Naranjo Galloni, Notaria.—1 vez.—(44377).
Por escritura pública tomo cuarto número sesenta y dos, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día veinte de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Torres Alella Tres B Borja Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de mayo del año dos mil siete.—Lic. Cristina Anahí Naranjo Galloni, Notaria.—1 vez.—(44378).
Por escritura pública tomo cuarto número sesenta y dos, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día veinte de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Torres Alella Tres A Advis Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de mayo del año dos mil siete.—Lic. Cristina Anahí Naranjo Galloni, Notaria.—1 vez.—(44379).
Por escritura pública tomo cuarto número sesenta y dos, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día veinte de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Torres Alella Uno B Badux Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de mayo del año dos mil siete.—Lic. Cristina Anahí Naranjo Galloni, Notaria.—1 vez.—(44380).
Por escritura pública tomo cuarto número sesenta y dos, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día veinte de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Torres Alella Dos C Colos Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de mayo del año dos mil siete.—Lic. Cristina Anahí Naranjo Galloni, Notaria.—1 vez.—(44381).
Por escritura pública tomo cuarto número sesenta y dos, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día veinte de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Torres Alella Dos B Boix Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de mayo del año dos mil siete.—Lic. Cristina Anahí Naranjo Galloni, Notaria.—1 vez.—(44382).
Por escritura pública tomo cuarto número sesenta y dos, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día veinte de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Torres Alella Uno A Avall Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de mayo del año dos mil siete.—Lic. Cristina Anahí Naranjo Galloni, Notaria.—1 vez.—(44383).
Por escritura pública tomo cuarto número sesenta y dos, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día veinte de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Torres Alella Uno C Cenvi Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de mayo del año dos mil siete.—Lic. Cristina Anahí Naranjo Galloni, Notaria.—1 vez.—(44384).
Constitución de sociedad: John Carleton Summers, siendo el último su único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense y con cédula residencia número 184000148700 y Sharon Víquez Solano, con cédula 1-972-382, presidente y tesorera con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, constituyen Propatio del Caribe Sociedad Anónima, siendo su nombre de fantasía Propatio del Caribe S. A. Escritura 183, visible al folio 79 frente del tomo 34 del notario Juan José Picado Herrera. Otorgada en Limón centro, a las quince horas del diecinueve de abril de dos mil siete.—Lic. Juan José Picado Herrera, Notario.—1 vez.—(44386).
Ante mí Luis Marino Castillo López, en escritura cincuenta y cuatro, protocolo dieciocho, se constituyó Grupo Empresarial La Guácima S. A. Presidente: Vagner Miller Chacón Sancho.—San José, veinticuatro de febrero del dos mil siete.—Lic. Luis Marino Castillo López, Notario.—1 vez.—(44409).
Ante el suscrito notario se constituyó la sociedad denominada Familia de Sociedades Ángulo Sociedad Anónima, al ser las ocho horas del veinticinco de mayo del año dos mil siete, cuyo Presidente es Jorge Ángulo Solano, capital social: diez mil colones, con domicilio en San José, San Pedro de Montes de Oca, frente al costado este del Centro Comercial Mall San Pedro. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Jhonny González Pacheco, Notario.—1 vez.—(44410).
Ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad denominada Centro de Servicio la U Sociedad Anónima, al ser las ocho horas del veinticinco de mayo del ano dos mil siete, cuyo presidente es Jorge Angulo Solano, capital social: diez mil colones, domicilio social: San José, San Pedro de Montes de Oca, frente al costado este del Centro Comercial Mall San Pedro. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Jhonny González Pacheco, Notario.—1 vez.—(44412).
Por escritura número 63 otorgada ante el suscrito notario a las 11:30 horas del día 23 de mayo del 2007; se constituye la compañía denominada Forex Costa Rica S. A. Presidente Mehdi Aslani Vatan.—San José, 23 de mayo del 2007.—MSc. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 23505.—(44416).
Por escritura otorgada hoy en mi notaría, a las 9:00 horas del día de hoy, se constituye la sociedad Itam División Repuestos Limitada. abreviable su aditamento a Ltda. Capital: diez mil colones. Representación: Un Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 12 de abril del 2007.—Lic. Nuria Rodríguez Bermúdez, Notaria.—1 vez.—Nº 23509.—(44417).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Centroamericanas Incen Sociedad Anónima. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas del dieciocho de mayo del año dos mil siete, ante el notario público Fernando Murillo Marchini.—San José, 18 de mayo del año 2007.—Lic. Fernando Murillo Marchini, Notario.—1 vez.—Nº 23511.—(44418).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del veinticuatro de mayo del año dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de los cuotistas de la entidad Tragamonedas Chiaya Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cuatro mil trescientos ochenta y tres, mediante la cual se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: primera: razón social, siendo que se modifica por Inversiones INT J.S.P. (CR) Sociedad Anónima; Undécima: La representación judicial. Se hace nombramiento de nueva junta directiva y fiscal.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Alexander Araya Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 23513.—(44419).
Por escrituras otorgadas ante mí, a las doce y dieciocho horas del diecisiete y del veinticuatro de mayo del dos mil siete, el suscrito notario protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tres-Ciento Uno Cuatrocientos Setenta y Cuatro Mil Trescientos Treinta y Cuatro Sociedad Anónima y Camposanto La Piedad Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas sexta de la administración. Se nombra nueva directiva.—San José, veinticinco de mayo del dos mil siete.—Lic. Alberto Coto Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 23514.—(44420).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del día diecisiete de mayo del ano dos mil siete, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de la sociedad Diseños Cocha Sociedad Anónima, se reforma la cláusula novena se nombra tesorero y agente residente.—Lic. Erika Román Mendoza, Notaria.—1 vez.—Nº 23516.—(44421).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del día dieciséis de mayo del año dos mil siete, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de la sociedad Diseños de Arquitectura y Mobiliario Chaco Sociedad Anónima, se elimina el puesto de vicepresidente se nombra secretario y agente residente.—Lic. Erika Román Mendoza, Notaria.—1 vez.—Nº 23517.—(44422).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía denominada GSP Properties International S. A., mediante la cual se reforma la cláusula primera, mediante la cual modifica su denominación a GSP Properties Costa Rica S. A., igualmente modifica la cláusula sétima de los estatutos.—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—Nº 23518.—(44423).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía denominada 3-101-455509 S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sétima de los estatutos.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—Nº 23519.—(44424).
Por escritura trescientos ochenta y uno, de las nueve horas del doce de abril del dos mil siete, visible a folio ciento noventa vuelto del tomo segundo, del protocolo de la suscrita notaria, léase correctamente el nombre de Glori Yomafra Sociedad Anónima. Es todo.—Santa Cruz, Guanacaste, veintitrés de mayo del dos mil siete.—Lic. Ana Gabriela Arroyo Fonseca, Notaria.—1 vez.—Nº 23520.—(44425).
Ante esta notaría, mediante escritura número 75-2 de fecha 6 de febrero del año 2007, visible al folio 34 vuelto del tomo dos, se constituye sociedad anónima de nombre Forjados Decorativos en Hierro Sociedad Anónima, representada por su presidente y tesorero, capital social pagado mediante Letras de Cambio. Licenciada Paola Campos Ruiz, notaria pública con oficina en San José.—Lic. Paola Campos Ruiz, Notaria.—1 vez.—Nº 23522.—(44426).
Por escritura 13-03 otorgada a las 10:00 horas del 25/05/2007, se constituyó Comercial LMCP e.i.r.l. Plazo 99 años.—Lic. Rolando A. Corella Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 23525.—(44427).
Por escritura 13-01 otorgada a las 9:00 horas del 25/05/2007, se constituyó Lácteos Santa Cruz Limitada. Plazo 99 años.—Lic. Rolando A. Corella Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 23526.—(44428).
Al ser las diez horas del veintitrés de mayo del dos mil siete, se constituyó ante mi notaría la sociedad Chamaivam de Centroamérica Sociedad Anónima, por un capital social de doce mil colones mil colones, la cual tiene en calidad de presidente a Charbell Boutros Makhlouf y con un plazo social de noventa y nueve años.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—Nº 23527.—(44429).
Por escritura número catorce-cuatro otorgada a las diez horas del quince de marzo del año dos mil siete, se constituye la sociedad denominada Distribuidora El Comanche de San Ramón Sociedad Anónima.—Lic. Ileana María Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—Nº 23528.—(44430).
Mediante escritura número doscientos dieciséis-doce, de las doce horas del veinticuatro de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Doxey Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones. Presidenta: Yanori Gómez Quesada.—Pérez Zeledón, veinticuatro de mayo del año dos mil siete.—Lic. Lucy Atencio Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 23529.—(44431).
Lic. Erika Cuadra Bela, notaria pública con oficina en la ciudad de San José, comunica que las señoritas Jessica Trejos Cubillo, cédula Nº 6-296-985 y Sharon Johanna. Rojas Piedra, cédula Nº 1-1100-210, constituyeron las siguientes sociedades, mediante escritura Nº 16, de las 9:00 horas del 24 de mayo del 2007, ante esta notaría: Inversiones Selva del Norte Sociedad Anónima, Inversiones Tierra Blanca Quince Sociedad Anónima, Inversiones Paso del Futuro Sociedad Anónima, Inversiones Destino Caliente Sociedad Anónima, Inversiones Jessica Trejos e Hijos Sociedad Anónima, Inomono Azul Sociedad Anónima, Inversiones Micha y Michelle Sociedad Anónima, Grupo Montaña y Montalvan Sociedad Anónima, Santini y Carruceles del Norte Sociedad Anónima, Inversiones Cuatro Cabezas ST Sociedad Anónima, Servidores Industriales Rojo del Pacifico Sociedad Anónima, Inversiones Jessi Kiu Sociedad Anónima, Inmobiliaria Trebol del Norte Sociedad Anónima, Inversiones Hacienda Vieja Trejos Sociedad Anónima, Grupo Inmobiliaria Silvio Sociedad Anónima, Grupo Inmobiliario Torijano Sociedad Anónima, Inversiones Nuevo Destino J T Sociedad Anónima.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Erika Cuadra Bela, Notaria.—1 vez.—Nº 23530.—(44432).
Ante esta notaría, en doscientos nueve se constituye sociedad anónima denominada Las Dominicanas Galvez S. A., domiciliada en la ciudad de Pérez Zeledón con plazo social de noventa y nueve años, su representante es Marcia Romis Fernández con facultad de apoderada generalísima.—San José, 21 de mayo del 2007.—Lic. Emilia Durán Umaña, Notaria.—1 vez.—Nº 23532.—(44433).
Ante esta notaría, en doscientos nueve se constituye sociedad anónima denominada De Todo para Todos Bargra S. A., domiciliada en la ciudad de Pérez Zeledón con plazo social noventa y nueve años, su representante es Gustavo Alonso Granados Atencio y Esteban Alejandro Barboza Vargas con facultad de apoderados generalísimos.—San José, 20 de mayo del 2007.—Lic. Emilia Durán Umaña, Notaria.—1 vez.—Nº 23533.—(44434).
Ante mí Geovanny Montero Chacón, notario público con oficina en Golfito, debidamente comisionado para protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la asociación denominada Asociación Albergue para Ancianos de Golfito, cédula jurídica tres-cero cero dos-setenta y cinco mil cuatrocientos cuatro-cero ocho, y por unanimidad de votos se acordó modificar el capítulo noveno, inciso H de los Estatutos de la Asociación dicha para que en lo sucesivo se continúe leyendo de la siguiente manera: H) Al extinguirse la Asociación, los bienes muebles y los inmuebles adquiridos por medio de recursos donados por instituciones del sector público, o los adquiridos en virtud de ley, serán puestos a disposición de la institución que donó los recursos o en su defecto serán traspasados a otras organizaciones con fines similares; que cuenten con status de bienestar social si este fuera procedente, previa autorización de la institución donante. Es todo.—Golfito, 24 de mayo del 2007.—Lic. Geovanny Montero Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 23535.—(44435).
Por escritura otorgada ante este notario, se constituyó César Molina y Asociados S. A. con domicilio social en Heredia, Asunción de Belén. Capital social diez mil colones. Presidente: César Molina Soto.—Lic. Alfredo Álvarez Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 23536.—(44436).
En mi notaría a las 11:00 horas del 21 de mayo del año 2007, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Bodephi I.B. S. A., Presidente: Óscar Phillips Rodríguez. Se solicita la publicación de este edicto para lo que en derecho corresponda.—Alajuela, 23 de mayo del 2007.—Lic. Henry A. Nuñez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 23537.—(44437).
Por escritura ciento cuarenta y siete de las dieciséis horas del catorce de febrero del dos mil siete, del suscrito notario, la sociedad Seguridad El Responsable Sersa S. A., cambia su junta directiva.—San José, catorce de febrero del dos mil siete.—Lic. Juan Ernesto Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—Nº 23538.—(44438).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las dieciocho horas del veintidós de mayo, se constituye la sociedad Que Tal Limitada, capital social: diez mil colones. Es todo.—San José, veintidós de mayo del 2007.—Lic. Flor de María Moreno Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 23539.—(44439).
Por escritura otorgada ante mi notaría, al ser las siete horas del día veinticuatro de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Arauz Sociedad Anónima.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—Nº 23541.—(44440).
Mediante escritura número ciento catorce, otorgada a las diez horas del catorce de febrero del dos mil siete, se constituyeron las sociedades Inversiones Santa Cecilia Uno SC S. A., Inversiones San Isidro Tres SI S. A., Inversiones San Pedro Cinco PC S. A.—Lic. Maricruz Villasuso Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 23561.—(44451).
Por escritura otorgada ante este notario, a las 11:00 horas del 25 de mayo del 2007, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Paz Vereda de la Sierra Amarilla Sociedad Anónima, acuerda reformar las cláusulas tercera, quinta y octava del pacto social, se acuerda revocar el nombramiento del actual presidente, secretario y tesorero respectivamente, en su lugar se hacen los nuevos nombramientos. Se revoca el nombramiento del actual fiscal y se da el nuevo nombramiento. Todos aceptan sus cargos y entran en posesión de los mismos.—Lic. Ana Victoria Sandoval León, Notaria.—1 vez.—Nº 23562.—(44452).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 19 de mayo del 2007, se constituyó Inversiones Heredianas Wolff Santana Limitada, con domicilio en Curridabat. Capital social: ¢10.000. Plazo: 99 años. Objeto: el comercio en general. Gerente: Eric Wolff Santana.—Lic. Patricia Guerrero Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 23564.—(44453).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del veintiséis de marzo del dos mil siete, constitución de sociedad anónima denominada Importadora Tía Trifila, siendo su presidente y apoderada generalísima sin límite de suma la señora Carolina Elizabeth Lazo. Es todo.—San José, al ser las catorce horas del veintiséis de marzo del dos mil siete.—Lic. Martha E. Castro Carranza, Notaria.—1 vez.—Nº 23566.—(44454).
Mediante protocolización acta de asambleas generales se solicita ante el Registro Público el siguiente cambio de nombre de sociedad anónima de Inmobiliaria Valle de los Cristales S. A., pasaría a Puerta del Oriente S. A., siendo su representante judicial y extrajudicial, la señora María de Los Ángeles Rojas Apuy, cédula de identidad número cinco-ciento treinta y cinco-doscientos trece, pudiendo actuar con las facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Es todo.—Lic. Carolina Elizabeth Lazo, Notaria.—1 vez.—Nº 23567.—(44455).
En mi notaría, se constituyó el día veintiuno de mayo del año dos mil siete, una sociedad anónima denominada El Enviado S. A., siendo su representante judicial y extrajudicial, la señora María de Los Ángeles Rojas Apuy, cédula de identidad número cinco-ciento treinta y cinco-doscientos trece, pudiendo actuar con las facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Es todo.—Lic. Carolina Elizabeth Lazo, Notaria.—1 vez.—Nº 23568.—(44456).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las diecisiete horas del veinticuatro de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Coocique Sociedad Anónima. Domiciliada en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, detrás de La Catedral. Gerente: Berny Calderón Fonseca, con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma, con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, a las ocho horas del veinticinco de mayo del dos mil siete.—Lic. Fabricio José Quirós Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 23569.—(44457).
Por escritura veinte-cinco, de las quince horas del día quince de mayo del dos mil siete, del tomo cinco del protocolo de la Lic. Lourdes Salazar Agüero, se constituyó la sociedad Antique Furniture Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Sabana Sur, de la Contraloría General de la República, trescientos metros al oeste y ciento setenta y cinco metros sur, edificio de Interbolsa, tercer piso. Capital social: cien mil colones, representación judicial y extrajudicial: Presidente, secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, según el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, nombrados por todo el plazo social.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Lourdes Salazar Agüero, Notaria.—1 vez.—Nº 23570.—(44458).
Por escritura número 135-17, de las 9:00 horas del 25-5-2007, se modificó integralmente el estatuto de Corporación Monteverde C. R. Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Marco Vinicio Retana Mora, Notario.—1 vez.—Nº 23571.—(44459).
Frederick Álvarez, con pasaporte de su país número cero ocho uno uno siete cuatro cinco ocho, acepto ser como presidente de la sociedad Antumalal Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las trece horas del veintisiete de enero del dos mil siete.—Lic. Ana Mercedes Salas Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 23572.—(44460).
Se hace del conocimiento público que ante mí, por escritura pública número ciento quince otorgada en San José, a las 14:00 horas, del 24 de mayo del año 2007; se constituyó la sociedad denominada Corporación de Servicios Múltiples y Seguridad Privada L & M Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva y fiscal. Presidente: José Manuel Vega Villalobos, secretaria: Lilliam Calderón Barboza, son apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones exactos.—Lic. Saddy Guzmán Obando, Notario.—1 vez.—Nº 23863.—(44466).
Por escritura otorgada ante esta notaría en San José, a las quince horas del veinticuatro de mayo del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Laboratorio Clínico Carrillo y Carrillo S. A. Se autoriza endoso de acciones, se remueve el cargo de secretario y se nombra nuevo miembro y se cambia la representación de la compañía.—Lic. Reyna María Quirós León, Notaria.—1 vez.—Nº 23885.—(44481).
Ante mí, Marco Vinicio Barrantes Rodríguez, notario público con oficina en San Joaquín de Flores, se protocolizó asamblea extraordinaria de la sociedad denominada Inversiones Jovita S. A., reformándose cláusulas cuarta y undécima.—San Joaquín de Flores, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Marco Vinicio Barrantes Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 23886.—(44482).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Fia del Norte Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas sexta de del pacto constitutivo y se nombra nuevo presidente de junta directiva. Escritura otorgada en San Miguel de Santo Domingo de Heredia, a las ocho horas del veintitrés de mayo del dos mil siete.—Lic. Ronald Vargas Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 23887.—(44483).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la sociedad The Cristal Ship Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y siete mil setecientos setenta y cuatro. Se reforma la cláusula primera y sexta de su pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva.—Lic. Lilliana García Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 23889.—(44484).
Por escritura pública número sesenta y dos de las dieciocho horas del veintitrés de mayo del dos mil siete, otorgada ante esta notaría, se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, se adicionan las cláusulas undécima y duodécima al pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva de la empresa Juriscomputación Sociedad Anónima.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Sonia Elena Salgado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 23890.—(44485).
Por escritura pública número sesenta y uno de las diecisiete horas del veintitrés de mayo del dos mil siete, otorgada ante esta notaría, se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, se adicionan las cláusulas undécima y duodécima al pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva de la empresa Bufete Castro Fernández Sociedad Anónima.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Sonia Elena Salgado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 23891.—(44486).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del día 23 de mayo del 2007 se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Carpentum Limitada y se hacen las siguientes reformas del acta constitutiva de la razón social, por Serigrafía Artística RMC Limitada. Se acuerda nombrar nuevo gerente general y se varía el domicilio social de la sociedad, para que en adelante se establezca en San José, Tibás, Llorente.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Evelyn Granados Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 23892.—(44487).
Por escritura de las 15:30 horas del 24 de mayo de 2007, otorgada ante esta notaría pública, se constituyó la sociedad Luna Sistemas Especiales S. A. Plazo: 99 años a partir de constitución. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretario de la junta directiva con facultades de apoderados generalísimos. Capital social: ¢400.000,00. Domicilio: San José.—Goicoechea, 24 de mayo del 2007.—Lic. Griselda Araya Rivel, Notaria.—1 vez.—Nº 23894.—(44488).
Por escritura de las 9:00 horas del 24 de mayo del 2007, otorgada ante esta notaría pública, se constituyó la sociedad H.C.M. Asesorías y Servicios S. A. Plazo: 99 años a partir del 24 de mayo del 2007. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretario de la junta directiva con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: ¢10.000,00. Domicilio: San José, Sabana Norte.—24 de mayo del 2007.—Lic. Benjamín Gutiérrez Contreras, Notario.—1 vez.—Nº 23895.—(44489).
Servicios Agrícolas García y Hernández S.R.L., cambia nombre a Servicios Profesionales García y Sánchez S.R.L. Escritura otorgada en Puerto Viejo de Sarapiquí, a las 10:00 horas del 27 de abril del 2007.—Lic. Linnet Marcella Sanabria Burgos, Notaria.—1 vez.—Nº 23896.—(44490).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de la sociedad Inversiones Lys de Oriente S. A., mediante la cual se modificó el estatuto quinto del pacto constitutivo.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Zaida Zúñiga Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 23913.—(44502).
A las once horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de The Big Drops of Rain S. A., por medio de la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta, del pacto constitutivo, y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, veintitrés de mayo del dos mil siete.—Lic. Edwin Bogantes Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 23914.—(44503).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas con treinta minutos del diecisiete de mayo dos mil siete, se constituye sociedad anónima, la cual tendrá como razón social el número de cédula jurídica de conformidad con el decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, veintitrés de mayo del dos mil siete.—Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 23915.—(44504).
Licenciado Gerardo Madrigal Campos, notario de Golfito, hace saber que se ha constituido la sociedad denominada Veinte Veintiocho Inversiones Golfiteñas S. A., con domicilio social en Golfito, Puntarenas, de los Tribunales de Justicia cien al este, casa cuarenta y siete cero nueve con un capital social de diez mil colones.—Golfito, veintidós de mayo del dos mil siete.—Lic. Gerardo Madrigal Campos, Notario.—1 vez.—Nº 23916.—(44505).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas con treinta minutos del diecisiete de mayo dos mil siete, se constituye sociedad anónima, la cual tendrá como razón social el número de cédula jurídica de conformidad con el decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Domicilio: San José. Capital social: Diez mil colones. Plazo: Noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, veintitrés de mayo de dos mil siete.—Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 23917.—(44506).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del diecisiete de mayo dos mil siete, se constituye sociedad anónima, la cual tendrá como razón social el número de cédula jurídica de conformidad con el decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Domicilio: San José. Capital social: Diez mil colones. Plazo: Noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, veintitrés de mayo de dos mil siete.—Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 23918.—(44507).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas con treinta minutos del diecisiete de mayo dos mil siete, se constituye sociedad anónima, la cual tendrá como razón social el número de cédula jurídica de conformidad con el decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Domicilio: San José. Capital social: Diez mil colones. Plazo: Noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, veintitrés de mayo de dos mil siete.—Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 23919.—(44508).
Gerardo Madrigal Campos notario de Golfito, hace saber que se ha constituido la sociedad denominada Marín Hernández Este y Oeste de Doris - Ville S. A. con domicilio en Urbanización Contemporánea, San Isidro de Coronado, provincia de San José, de la Clínica del Seguro Social, ciento veinticinco al este cien al norte y ciento veinticinco al oeste, casa número diecinueve J. con un capital social de diez mil colones.—Golfito, veintidós de mayo del dos mil siete.—Lic. Gerardo Madrigal Campos, Notario.—1 vez.—Nº 23920.—(44509).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del diecisiete de mayo del dos mil siete, se constituye sociedad anónima, la cual tendrá como razón social el número de cédula jurídica de conformidad con el decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, veintitrés de mayo del dos mil siete.—Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 23921.—(44510).
Ante esta notarìa se ha constituido la sociedad Fountains in the Mountains Sociedad Anónima, capital un millón de colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio Arenal, Tilarán, Guanacaste. Plazo social: 99 años a partir de esta fecha.—Guanacaste, Tilarán, 3 de mayo del 2007.—Lic. Jenny María Azofeifa Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 23922.—(44511).
Por escritura de las 17:00 horas del 23 de mayo del 2007, se constituye ante esta notaría la sociedad Afrotubexx S. A. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultad de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Frank Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 23923.—(44512).
Por escritura número ciento setenta y ocho, otorgada ante el notario Francisco Li González, se constituyó la firma de esta plaza denominada El Creador de Ideas Sociedad Anónima. Domicilio social: San José. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Melvin Mora Víquez. Fecha de Otorgamiento: veinticuatro de mayo del dos mil siete.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Francisco Li González, Notario.—1 vez.—Nº 23924.—(44513).
Por escritura número ciento setenta y siete, otorgada ante el notario Francisco Li González, se constituyó la firma de esta plaza denominada Diseños y Estructuras El Creador del Universo Sociedad Anónima. Domicilio social: San José. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa nueve años. Presidente: Melvin Mora Víquez. Fecha de otorgamiento: veinticuatro de mayo del dos mil siete.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Francisco Li González, Notario.—1 vez.—Nº 23925.—(44514).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la empresa Ravito Investments Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del día veintiuno del marzo de dos mil siete.—Lic. Fabián Fernández Faith, Notario.—1 vez.—Nº 23926.—(44515).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la empresa Artpro Desing Costa Rica Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas del día veintiuno de marzo del dos mil siete.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—Nº 23927.—(44516).
Ante esta notaría se constituyó la empresa Inversiones JE GONR Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, presidente: Jonathan Espinoza Gómez.—Río Frío, 2 de mayo del 2007.—Lic. Freddy Castillo Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 23929.—(44517).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del diecisiete de mayo del dos mil siete, se constituye Recuerdos Arenal H Y D Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, veintitrés de mayo de dos mil siete.—Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 23931.—(44518).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas con treinta minutos del diecisiete de mayo dos mil siete, se constituye sociedad anónima, la cual tendrá como razón social el número de cédula jurídica de conformidad con el decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno- J. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, veintitrés de mayo del dos mil siete.—Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 23932.—(44519).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del diecisiete de mayo del dos mil siete, se constituye sociedad anónima, la cual tendrá como razón social el número de cédula jurídica de conformidad con el decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, veintitrés de mayo del dos mil siete.—Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 23933.—(44520).
Por asamblea extraordinaria de socios de la firma Sergio Molina S. A., celebrada en su domicilio a las 14:00 horas del 16 de mayo del 2007, se modificaron las cláusulas segunda y décimo quinta de los estatutos.—Cartago, 24 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 23934.—(44521).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas con treinta minutos del diecisiete de mayo del dos mil siete, se constituye sociedad anónima, la cual tendrá como razón social el número de cédula jurídica de conformidad con el decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno- J. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, veintitrés de mayo del dos mil siete.—Lic. Óscar Mario Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 23935.—(44522).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas con treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil siete, se constituye sociedad anónima, la cual tendrá como razón social el número de cédula jurídica de conformidad con el decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno- J. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—Nº 23936.—(44523).
Ante esta notaría, el día 25 de mayo del 2007, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Transportes Conejo Veloz S. A. Se nombró nuevo secretario, tesorero y fiscal.—Alajuela, 25 de mayo del 2007.—Lic. Úrsula Cervantes Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 23937.—(44524).
Mediante escritura otorgada a las 16:00 horas del 6 de junio de 2006, protocolicé asamblea general extraordinaria de socios de Starry Skyes S. A. en la que se modificaron las cláusulas de la administración y el domicilio social.—San José, 22 de mayo del 2007.—Lic. Roxana Molestina Gaviria, Notaria.—1 vez.—Nº 23939.—(44525).
Ante esta notaría mediante escritura número ciento setenta y cinco, celebrada a las catorce horas cincuenta minutos del dieciséis de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada San Pascual S. A., cuyo plazo social es de noventa y nuevo años, domicilio en la provincia de Guanacaste, cantón Palmira, distrito Carrillo, ciento cincuenta norte de la ermita los Ángeles, presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Liberia, 16 de mayo del 2007.—Lic. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 23940.—(44526).
Mediante escritura de las 8:00 horas del día 5 de marzo del 2007, se constituyó la sociedad denominada SII seguridad Incorporada Internacional S. A. Presidente y tesorera con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital social: cuatro mil colones. Plazo: 99 años.—Lic. Mario Alberto Mesén Araya, Notario.—1 vez.—Nº 23941.—(44527).
Por escritura número ochenta ante esta notaria, a las 9:00 horas del 24 de mayo del 2007, se protocolizó acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de La Linda Amistad Sociedad Anónima, donde se modificó la administración y se nombró nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Olma Cartín Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 23942.—(44528).
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Jabibi Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, quinta y sexta de los estatutos sociales, renuncian los miembros de la junta directiva y se hacen nuevos nombramientos.—San José, veintidós de mayo del dos mil siete.—Lic. Arnoldo Soley Soler, Notario.—1 vez.—Nº 23943.—(44529).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la compañía Agropecuaria Las Rosas de Lorena R Y R Sociedad Anónima. Domicilio: Lorena de Santa Cruz, Guanacaste, cien metros hacia el este del puente sobre el río Nimboyore. Objeto: turismo, agricultura, ganadería, servicios, intermediación, etc. Plazo: 99 años. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente: Efraín de Jesús Angulo Ruiz.—Santa Ana de Belén de Carrillo, Guanacaste, el día catorce de mayo del año dos mil siete.—Lic. Frank Paniagua Mendoza, Notario.—1 vez.—Nº 23946.—(44530).
Por escritura pública otorgada ante mi notaría, se constituyó Rapi Express Car Wash S. A., domicilio social: San José, Plazo social: noventa y nueve años, capital social: cien mil colones, presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Por asambleas ordinarias y extraordinarias: Grupo RBR Veintiuno S. A., modifica cláusula sexta de los estatutos y las sociedades 3-101-480188 S. A. y 3-101-480189 S. A., modifican cláusula F de los estatutos y nombran junta directiva. Es todo.—San José, a las catorce horas del día veinticuatro de mayo del año dos mil siete.—Lic. Mayra Tatiana Alfaro Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 23947.—(44531).
El suscrito notario Carlos Corrales Barrientos, hace constar que en esta notaría, el día de hoy, se protocolizó acta de Tico Sun Investments Sociedad Anónima, modificación de cláusula octava del pacto constitutivo. Es todo, firmo en Palmar, Osa, Puntarenas, veintitrés de mayo del dos mil siete.—Lic. Carlos Corrales Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 23948.—(44532).
Por escritura número 144-45 del tomo 2 de mi protocolo, otorgada en esta ciudad, a las quince horas del veintitrés de mayo del dos mil siete, se constituye una sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social lo será de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, publicado en La Gaceta Nº 144 del 14 de junio del 2006.—San Isidro de El General, 24 de mayo del 2007.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 23949.—(44533).
Por escritura número dos, del tomo tres del suscrito notario, otorgada a las diez horas del siete de octubre del dos mil seis, ante esta notaría, se constituyó la sociedad Construcciones R Y G de Costa Rica Sociedad Anónima, domiciliada en San José. Presidente: Ronaldo Bismark Gutiérrez. Capital social: ¢50.000,00. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 7 de octubre del 2006.—Lic. Juan E. Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—Nº 23951.—(44534).
Por escritura número ciento cuarenta y ocho-tres, de las diez horas del día 26 de abril del 2007, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Biriteca S. A., en la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social, referente al capital social.—San José, veintitrés de mayo del año dos mil siete.—Lic. Orietta Ruiz Padilla, Notaria.—1 vez.—Nº 23952.—(44535).
Por escritura número ciento cuarenta y siete-tres, de las nueve horas del día 26 de abril del 2007, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Agroexportadora Doña Ana S. A., en la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social, referente al capital social.—San José, veintitrés de mayo del año dos mil siete.—Lic. Orietta Ruiz Padilla, Notaria.—1 vez.—Nº 23953.—(44536).
Por escritura otorgada en mi notaría el día de hoy, se constituye RE/MAX - Lake Partners - Lake Arenal Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, domicilio: Hotel Casa Mañana de Tronadora de Tilarán, tres kilómetros al oeste del parque, carretera a Puerto San Luis de Tilarán. Guanacaste. Objeto: Bienes raíces y correduría, el comercio en general. Apoderado generalísimo: presidente.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 23954.—(44537).
A efecto de publicación del edicto correspondiente, informo que el día veinticuatro de mayo del año en curso, en la escritura número cuatrocientos veintinueve-quince, visible a folio ciento setenta y cinco frente del tomo quince de mi protocolo, procedí a protocolizar el acta numero seis de la sociedad PH Wireless & Computing Solutions S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-veinticuatro mil doscientos cuarenta y tres, en dicha acta se modificó la cláusula segunda en cuanto al plazo social.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 23957.—(44538).
La sociedad Vidrio Sociedad Anónima aumenta el capital social a cincuenta mil colones.—San Juan de Santa Bárbara de Heredia.—Lic. Zoraida Moreira Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 23958.—(44539).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del veintiuno de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad La Bonvie Limitada. Objeto: Administración de propiedades. Capital social: seis mil colones. Es todo.—Jacó, 22 de mayo del 2007.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 23959.—(44540).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 23 de mayo del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Cocina Fusión Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—Lic. Beatriz Artavia Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 23960.—(44541).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 30 de abril del 2007, se constituyó la sociedad Grupo Asesor en Efectividad Empresarial Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. La representación la tendrá la presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—Lic. Dinia Matamoros Espinoza, Notaria.—1 vez.—Nº 23961.—(44542).
Por escritura otorgada a las ocho horas del día veinticuatro de abril del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Le Bayou Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo y se realizan nombramientos.—San José, 25 de abril del 2007.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 23962.—(44543).
Por escritura otorgada a las trece horas del día veintitrés de mayo del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Asesoría y Consultoría Castycar Sociedad Anónima, en la cual se realizan nuevos nombramientos.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 23963.—(44544).
Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, el veinticuatro de mayo del año en curso, a las ocho y quince horas, se: a) se constituyó nombre por definir por parte del Registro S. A., domicilio San José, capital social: diez mil colones, presidente con facultades de apoderado generalísimo; y b) se constituyó G.E.A.P. Tropicale S. A., domicilio San José, capital social: diez mil colores, presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—Nº 23964.—(44545).
Mediante escritura otorgada ante los notarios Emilce Castillo Obando y Johanny Retana Madriz, a las trece horas del doce de mayo del dos mil siete, la empresa Inversiones Forestales de Dominical Sociedad Anónima, reforma la cláusula primera del pacto social.—San José, 21 de mayo del 2007.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—Nº 23965.—(44546).
Mediante escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las diecisiete horas del día diez de abril de dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Hermanos Chacón Gamboa y Chacón Delgado S. A., plazo social: noventa y nueve años.—San Ramón, siete de mayo del dos mil siete.—Lic. Ma. del Milagro Arguedas Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 23966.—(44547).
Mediante escritura otorgada ante el notario público Jorge Fernando Salgado Portuguez, las once horas del veinticuatro de mayo de dos mil siete, se constituyó Sociedad Anónima que se denominará con el número de cédula de persona jurídica que el Registro Público de Oficio les asigne al momento de su inscripción, de acuerdo con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, con el aditamento de Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando en forma individual.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 23970.—(44548).
Por escritura otorgada a las once horas de hoy, ante el suscrito notario, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Veintinueve Mil Setecientos Sesenta Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—San José, veintidós de mayo del año dos mil siete.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 23971.—(44549).
Por escritura otorgada a las once horas del 2 de junio del 2006 y su adicional de las 10:00 horas del 24 de mayo del año 2007, se constituyó Turquesa del Mar Pacífico Sociedad Anónima. Domicilio: San José, plazo: 99 años, capital íntegramente suscrito y pagado. Objeto comercio, agricultura, ganadería, industria.—San José, veinticuatro de mayo del año dos mil siete.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 23972.—(44550).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del dieciséis de marzo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad International Construction System Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José, Plaza Víquez, ciento cincuenta metros este de la Ferretería El Pipiolo. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Mauricio González Pino, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, diecisiete de mayo del año dos mil siete.—Lic. Israel Hernández Flores, Notario.—1 vez.—Nº 23974.—(44551).
Por escritura número ciento ochenta y nueve-dos, otorgada ante mí, a las trece horas del veintitrés de mayo del dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada White Turkey W.T. S. A., por la que se acuerda reformar la cláusula segunda del domicilio. Se aprueba y acepta la renuncia presentada por el presidente de la sociedad y se hace un nuevo nombramiento.—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Marcela Fallas Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 23975.—(44552).
Por escritura número ciento noventa-dos, otorgada ante mí, a las catorce horas del veintitrés de mayo del dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Wicked View S. A., por la que se acuerda reformar la cláusula segunda del domicilio. Se aprueba y acepta la renuncia presentada por el presidente de la sociedad y se hace un nuevo nombramiento.—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Marcela Fallas Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 23976.—(44553).
Por escritura número ciento ochenta y ocho-dos, otorgada ante mí, a las doce horas del veintitrés de mayo del dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Dark View S. A., por la que se acuerda reformar la cláusula segunda del domicilio. Se aprueba y acepta la renuncia presentada por el Presidente de la Sociedad y se hace un nuevo nombramiento.—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Marcela Fallas Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 23977.—(44554).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas 30 minutos del día 16 de mayo del año 2007, se constituye la compañía de este domicilio: Inversiones Eólicas de Costa Rica Sociedad Anónima, representación presidente, secretario y tesorero.—San José, 16 de mayo del 2007.—Lic. Mario Quesada Bianchini, Notario.—1 vez.—Nº 23978.—(44555).
Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de La Paloma de la Paz de Picasso S. A., en la que se reforma la cláusula primera del pacto social para que se denomine Inmobiliaria Bieber Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Inmobiliaria Bieber S. A.; cláusulas segunda y sexta del pacto social, se aceptan las renuncias de los miembros de la junta directiva, fiscal y agente residente y se nombra sustitutos.—San José, veintiuno de mayo del dos mil siete.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—Nº 23979.—(44556).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, de las 9:00 horas 23 de mayo del 2007, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Adriana Melissa S. A., mediante la cual se modifica la cláusula décima del pacto social.—Lic. Cecilia Villalobos Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 23982.—(44557).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veintidós de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Seaned Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Seaned S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: 99 años, capital totalmente suscrito y pagado.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Noilly Vargas Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 23983.—(44558).
Por escritura otorgada a las 19:00 horas del día de hoy, la sociedad Inversiones y Propiedades de Montaña Azul de Costa Rica Ltda., reforma cláusula segunda de sus estatutos.—San lose, 23 de mayo del 2007.—Lic. Emilia Ma. Chacón Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 23986.—(44559).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día veinte de abril del dos mil siete, se constituyó la sociedad Tresriense S. A., siendo su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Carlos Alberto Salas Araya, cédula número tres- ciento setenta-ochocientos cuarenta y nueve.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Sandra Cerdas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 23987.—(44560).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día veinte de abril del dos mil siete, se constituyó la sociedad Mayo Tercero S. A., siendo su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Carlos Alberto Salas Araya, cédula número tres- ciento setenta-ochocientos cuarenta y nueve.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Sandra Cerdas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 23988.—(44561).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día veinte de abril del dos mil siete, se constituyó la sociedad Alcarsa S. A., siendo su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Carlos Alberto Salas Araya, cédula número tres-ciento setenta-ochocientos cuarenta y nueve.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Sandra Cerdas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 23989.—(44562).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día veinte de abril del dos mil siete, se constituyó la sociedad Alfiles S. A., siendo su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Carlos Alberto Salas Araya, cédula número tres-ciento setenta-ochocientos cuarenta y nueve.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Sandra Cerdas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 23990.—(44563).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día veinte de abril del dos mil siete, se constituyó la sociedad Inversiones Chu Hao S. A., siendo su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Chu Hao Huang, cédula de residencia número seis dos seis uno tres ocho siete tres cinco-cuatro cero tres cero.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Sandra Cerdas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 23991.—(44564).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del once de marzo de dos mil siete, se constituye Video Juegos Castro Sociedad Anónima, con un capital de diez mil colones, un plazo de cien años y domiciliada en Barranca Puntarenas, Barrio Libertad ochenta y uno, segunda entrada ciento cincuenta metros al norte, casa ciento cincuenta y cuatro.—San José 10 de Abril del 2007.—Lic. Criseld Morales Kirton, Notario.—1 vez.—Nº 23992.—(44565).
Por escritura número cuarenta y cinco del tomo décimo de mi protocolo, se constituye la sociedad de responsabilidad limitada, la cual tendrá como denominación, el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público.—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. Arturo Guerrero Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 23993.—(44566).
Por escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas, se protocolizaron acuerdos de asamblea extraordinaria de cuotistas de la empresa E.M.U. Automóviles S.R.L., por la que se reforman las cláusulas I y II del pacto social.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Mario Granados Moreno, Notario.—1 vez.—Nº 23995.—(44567).
Por escritura número doscientos veintitrés-uno de las 11:00 del 26 de abril del 2007 y adicionada por la escritura doscientos treinta y dos-uno de las 15:00 del 24 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad Techny R.SR de Costa Rica Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y tesorero.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—Nº 23996.—(44568).
Ante mí, Jenny Vargas Quesada, notaria pública de Guácimo, comparecieron: Omar Sancho Fuentes, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Guácimo frente a la Cruz Roja, cédula 7-068-982; Nuria Segura Solano, mayor, casada una vez, comerciante, de la dirección del anterior, cédula 7-076-141 a constituir mediante escritura Nº 204, visible al folio 96 V del tomo 5 de mi protocolo la sociedad Inversiones Veintiuno de Febrero S. A., el capital social es la suma de 5 millones de colones representada por 100 acciones de 100 colones c/u de las cuales el primero lo suscribe y paga 60, y la segunda suscribe y paga 40. Figura como apoderado generalísimo el primero en su condición de presidente.—Guácimo, a las 18:00 horas del 23 de mayo del 2007.—Lic. Jenny Vargas Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 23998.—(44569).
Al ser las 17:00 horas del 21 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad Inversiones Globalmax S. A. Presidente: Roy Sanabria Sandino.—Lic. Roy Daniel Rodríguez Zárate, Notario.—1 vez.—Nº 24000.—(44570).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintiuno de mayo del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima Ylang Ylang de Costa Rica Sociedad Anónima, con un capital de cien mil colones. Presidente: Moraya Iacono Slump.—Cóbano de Puntarenas, veintidós de mayo del dos mil siete.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 24001.—(44571).
Por escritura otorgada hoy ante nosotros, a las dieciocho horas, se protocolizó el acta de Choto de San Vito S. A. Se nombra nuevo presidente de junta directiva. En Alajuela veinticuatro de enero del dos mil siete.—Lic. María de los Ángeles Loría Bolaños y Mario Antonio Naranjo López, Notarios.—1 vez.—Nº 24002.—(44572).
Por escritura número ciento treinta y cinco, otorgada ante esta notaría el día veinticinco de mayo del año dos mil siete, a las nueve horas se reformó la cláusula quinta de la sociedad Isracost Inc S. A.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 24010.—(44579).
Por escritura número sesenta y tres, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día veintidós de mayo del año dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Comercializadora Ola de Mar S. A., mediante la cual se reformó las cláusulas segunda y noventa de los estatutos de la sociedad y se nombró nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, veintidós de mayo del año dos mil siete.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—Nº 24011.—(44580).
Por escritura número setenta y tres,
otorgada ante esta notaría el día veintidós de mayo del año dos mil siete, a
las nueve horas se reformó la cláusula cuarta de la sociedad Ruthland Inc.
S. A.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—Nº 24012.—(44581).
La suscrita notaria hace constar que con vista en la matriz, escritura número doscientos diecinueve visible al folio ciento cincuenta y cinco frente del tomo uno de mi protocolo, se reformó el pacto constitutivo de la compañía Ready and Quick Investment Sociedad Anónima S. A. Es todo.—San José, al ser las ocho horas del día veinticinco de mayo del dos mil siete.—Lic. Zarella Obando Retana, Notaria.—1 vez.—Nº 24013.—(44582).
Por escritura otorgada mí, se protocoliza acta de la compañía con domicilio en San José, Juegos Ro Ru S. A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social. Se acepta la renuncia de los miembros de la junta directiva y fiscal y para sustituirlos por lo que resta del periodo social se nombran sustitutos. Escritura otorgada en San José, a las catorce horas del veintidós de mayo del año dos mil siete.—Lic. Roxana Gómez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 24017.—(44585).
Se constituye Inversiones Yasfán Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones. Domicilio Palmas Del Río, casa número ciento setenta y nueve F, distrito ocho Barranca, cantón primero, provincia Puntarenas. Presidente: Yasir Christoper Castillo Vargas. Secretaria: Ángela del Carmen Espinoza Gutiérrez.—Lic. Yadira Correa Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 24018.—(44586).
Por escritura doscientos sesenta y seis, de las veinte horas del veinticuatro de mayo del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad anónima denominada Inversiones Guachifeliz Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula octava y la cláusula novena del pacto constitutivo, y se nombra Vicepresidente.—San José, veinticinco de mayo de dos mil siete.—Lic. Karla Villalobos Alpízar, Notaria.—1 vez.—Nº 24019.—(44587).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del día veinticuatro de mayo del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Amphora Royal Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó la reforma de la cláusula sexta del acta constitutiva.—San José, veinticuatro de mayo del año dos mil siete.—Lic. Roberto Solano Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 24021.—(44588).
Emilio Solórzano Elizondo, y otros constituyen Florese del Campo Sociedad Anónima, con domicilio en Kilómetro Treinta y Dos de Río Claro de Golfito, Puntarenas. Capital social un millón de colones. La sociedad se dedicará a la compra y ventas de bienes inmuebles y muebles. Otorgada en Río Claro de Golfito, a las 12:00 horas del 5 de abril del 2007.—Lic. Silverio Díaz Cubillo, Notario.—1 vez.—Nº 24022.—(44589).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 24 de mayo de 2007, se modificaron cláusulas segunda y sexta y se nombra al gerente, subgerente uno y subgerente dos, de la sociedad de esta plaza denominada 3-102-445579 SRL.—San José, veinticuatro de mayo de dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 24023.—(44590).
El suscrito, Arturo Montero Flores, notario público con oficina en Curridabat, costado sur de la iglesia católica, hace saber al público en general y a quien interese para los fines que correspondan, que a esta notaría se ha presentado: Juan Martín Morán Ortega, cédula dos - cero cuatrocientos cincuenta y siete - cero quinientos veintidós, quien en su condición de presidente de junta directiva, dice que viene a constituir una sociedad de nombre Construcciones Don Juan Sociedad Anónima.—Curridabat, San José, a los veinticinco días de mayo del año dos mil siete.—Lic. Arturo Montero Flores, Notario.—1 vez.—Nº 24024.—(44591).
Maricela Rivas Alonso y Eduardo Villegas García, constituyen la sociedad denominada Sistemas Automotriz M & D Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Escritura otorgada en la ciudad de San José, el día 19 de mayo del año 2007.—Lic. Rosibel Reyes Ochoa, Notaria.—1 vez.—Nº 24025.—(44592).
Maricela Rivas Alonso y Alexander Altamirano Badilla constituyen la sociedad denominada Auto Repuestos Express Marialex Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Escritura: otorgada en San José, el día 18 de mayo del año 2007.—Lic. Rosibel Reyes Ochoa, Notaria.—1 vez.—Nº 24026.—(44593).
Maricela Rivas Alonso y Eduardo Villegas García, constituyen la sociedad denominada Partes de Repuestos Edma Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Escritura: otorgada en San José, el día 18 de mayo del año 2007.—Lic. Rosibel Reyes Ochoa, Notaria.—1 vez.—Nº 24027.—(44594).
Lilliana María Castro López y Alexander Altamirano Badilla, constituyen la sociedad denominada Carros Global Alexlil Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Escritura: otorgada en la ciudad de San José, el día 19 de mayo del año 2007.—Lic. Rosibel Reyes Ochoa, Notaria.—1 vez.—Nº 24028.—(44595).
Que por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del diecisiete de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad Valpao Trading Sociedad Anónima, con un capital de sesenta mil colones. Se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, veintidós de mayo del dos mil siete.—Lic. Rodolfo Cortés Noriega, Notario.—1 vez.—Nº 24029.—(44596).
En mi notaría, mediante escritura otorgada hoy, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Corporación Importadora de Vehículos y Afines Besa Sociedad Anónima, mediante la cual se revocó el nombramiento de secretario y se hizo nuevo nombramiento; asimismo se reformó la cláusula sexta del pacto social.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Randall Monge Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 24031.—(44597).
Graciela Vargas Paniagua y Wendy Priscilla Sandoval Paniagua, constituyen la sociedad Servicoem - Gravpa Sociedad Anónima, con domicilio en San Francisco de Dos Ríos de la provincia de San José, específicamente trescientos metros al oeste de la iglesia católica, frente al Banco Banex. Presidenta Graciela Vargas Paniagua. Escritura otorgada en San José, a las veinte horas del veintiuno de mayo del dos mil siete, ante el notario Ricardo Antonio Ureña Ureña.—Lic. Ricardo Antonio Ureña Ureña, Notario.—1 vez.—Nº 24032.—(44598).
Ante esta notaría, por escritura otorgada ante el suscrito, número doscientos noventa y nueve, otorgada a las 17:00 horas del día 23 de abril del 2007, tomo cuarto de mi protocolo, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo 33171-J. Plazo social 99 años. Presidenta: Clara Eugenia Della Togna Nieto, Capital social: diez mil colones exactos, Domicilio: San José, Santa Marta de San Pedro Montes de Oca, Residencial El Pinar, casa número veintidós. Agente residente: Licenciado Carlos Francisco Millet Nieto, Abogado y Notario Público.—Lic. Carlos Francisco Mollet Nieto, Notario.—1 vez.—Nº 24033.—(44599).
Juan Arauz Estrada, mayor, casado una vez, ingeniero industrial, pasaporte canadiense número BA uno cero siete siete seis siete, de nacionalidad canadiense, vecino de Miami Florida, ciento cuarenta y nueve cero cero SW diez calle, Yvette del Carmen Arauz único apellido en razón de su nacionalidad canadiense, mayor, casada una vez, pasaporte de su país número JQ cero dos tres tres cinco siete, arquitecta, vecina del mismo vecindario que el anterior, constituyen Bienes Raíces Adrigale Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse Bienes Raíces Adrigale S. A.—Lic. Guido Ignacio Fallas Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 24034.—(44600).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del día veintidós de mayo del dos mil siete, se constituyó Corporacion Sistema Educativo Genesis De Puriscal S. A., Domicilio: Santiago de Puriscal, San José, plazo: Noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Presidente: Juan Luis Guzmán Vargas.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Guido Ignacio Fallas Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 24035.—(44601).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del día veintidós de mayo del dos mil siete, se constituyó Corporación Educativa Puriscal CEPSA S. A., Domicilio: Santiago de Puriscal, San José, plazo: Noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Presidente: Juan Luis Guzmán Vargas.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Guido Ignacio Fallas Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 24036.—(44602).
Evelyn Núñez Castro y Vera de los Ángeles Pedroza Pedroza conforme al Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, constituyen sociedad anónima, domiciliada en Liberia, Guanacaste, con un capital social de diez mil colones. Escritura otorgada en Liberia, al ser las 10:30 horas del veinticuatro de mayo de dos mil siete ante el notario Ronny Pizarro Méndez.—Lic. Ronny Pizarro Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 24038.—(44603).
Ante esta notaría, se constituyó la compañía denominada Carey Downs Enterprises Sociedad Anónima. domiciliada en Jicaral, Lepanto, distrito cuarto, cantón central, provincia Puntarenas, Bufete Cubero y Venegas, costado sur del Parque, con un capital social de cien mil colones, un plazo de noventa y nueve años. Presidente: John William Carey.—Jicaral, 22 de mayo del dos mil siete.—Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 24041.—(44604).
Ante mi notaría se constituyó el día de hoy la sociedad denominada Lexum & Risk Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada, plazo social noventa y nueve años, capital íntegramente suscrito y pagado, con domicilio en la Ciudad de San José.—San José, 24 de mayo del año 2007.—Lic. Alejandra Castro Peck, Notaria.—1 vez.—Nº 24044.—(44605).
Por escritura pública otorgada en Cartago, a las diez horas del día veintiuno de mayo del año dos mil siete, se protocolizaron acuerdos de la empresa denominada Bienes Raíces Chiriqui S. A., cédula jurídica número tres- ciento uno- trescientos dos mil quinientos quince, modificándose la cláusula segunda: del pacto constitutivo en cuanto domicilio social y la cláusula sétima: del pacto constitutivo en cuanto a la Administración de la sociedad, se nombran al presidente y secretario en calidad de apoderados generalísimos sin límite de suma; y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Cartago, veintiuno de mayo del dos mil siete.—Lic. Adrián Antonio Masís Mata, Notario.—1 vez.—(44694).
Mediante escritura pública número ochenta y siete, otorgada a las dieciséis horas del día veintitrés de mayo del dos mil siete, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Inversiones Cuatro MPH Costa Rica Limitada, en la cual se adiciona una cláusula décimo sexta al pacto constitutivo y se nombra agente residente.—San José, veinticinco de mayo de dos mil siete.—Lic. Daniel Araya González, Notario.—1 vez.—(44697).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la empresa denominada Costa Rica Four Investors, Ltda. Capital suscrito y pagado. Domicilio social San José.—San José, veintidós de mayo del dos mil siete.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—(44698).
Por escritura otorgada ante mí, la empresa denominada Ecovillas Piedra de Fuego S. A. Reforma la cláusula segunda y nombra nueva junta directiva.—San José, veintidós de mayo del dos mil siete.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—(44699).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la empresa denominada Costa Rican Caribean Real Estate Corporation Ltda. Capital suscrito y pagado. Domicilio social San José.—San José, veintidós de mayo del dos mil siete.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—(44700).
En mi notaría al ser las dieciocho horas treinta minutos del día veinticinco de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Rodríguez y Alfaro Puerto Viejo Sociedad Anónima. Presidenta: Doris Rodríguez Chavarría.—Alajuela, al ser las ocho horas del día veintiocho de mayo del dos mil siete.—Lic. Daniel Arroyo Araya, Notario.—1 vez.—(44701).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del veinticinco de mayo de dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Nipapa de San Diego Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-379070, en done cambian los puestos de presidente, secretario, tesorero y fiscal de la junta directiva.—San José, veinticinco de mayo de dos mil siete.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(44702).
Ante esta notaría, se constituyó a las diecisiete horas del día veinticuatro de mayo del dos mil siete, una sociedad anónima, cuyo nombre será asignado por el Registro Nacional por medio de su número de cédula de persona jurídica. Presidente: Efraín Antonio Vega Calderón, portador de la cédula de identidad número tres-doscientos treinta y seis-quinientos sesenta y ocho.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Adolfo Álvarez Medina, Notario.—1 vez.—(44705).
Ante esta notaría, se constituyó a las dieciséis horas del día veinticuatro de mayo del dos mil siete, una sociedad anónima, cuyo nombre será asignado por el Registro Nacional por medio de su número de cédula de persona jurídica. Presidenta: Irma Bolaños Barahona, portadora de la cédula de identidad número dos-trescientos treinta y ocho-ochocientos treinta y tres.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Adolfo Álvarez Medina, Notario.—1 vez.—(44713).
Ante esta notaría, se constituyó a las dieciocho horas del día veinticuatro de mayo del dos mil siete, una sociedad anónima, cuyo nombre será asignado por el Registro Nacional por medio de su número de cédula de persona jurídica. Presidente: Efraín Antonio Vega Calderón, portador de la cédula de identidad número tres-doscientos treinta y seis-quinientos sesenta y ocho.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Adolfo Álvarez Medina, Notario.—1 vez.—(44714).
César Alonso Ugalde Rojas, mayor, cédula de identidad número uno-novecientos noventa-doscientos cincuenta y uno y Yanori Patricia Murillo Morera, mayor, con la cédula número: dos-quinientos cuarenta y tres-trescientos ochenta y tres, ambos vecino de La Riviera de Esparza, Puntarenas, cincuenta metros al oeste de la iglesia Manantial de Vida. Constituyen K.UR Sociedad de Responsabilidad Limitada, otorgada a las nueve horas del veintiséis de mayo del dos mil siete, ante la notaria María del Milagro Ugalde Víquez.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—(44715).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día veintinco de mayo del dos mil siete, se reforma la cláusula segunda, del domicilio social de M Y M Pizza Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-406670.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—(44718).
El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día veinticinco de mayo del dos mil siete, se protocolizaron ante mí, actas de las empresas Haras Sun’s & B S.R.L. y Solart Latin Risk Consultants S. A.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—(44724).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del día 7 de mayo del 2007, se ha constituido sociedad anónima por número de cédula jurídica. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, cargos que ostentan Charles Richard Bowers hijo y Charles Richard Bowers tercero social: diez mil colones. Plazo social: 99 años. Objeto: comercio en general. Agente residente: Ingrid Oquendo Murillo.—San Julián de Parrita, 10 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Oquendo M., Notaria.—1 vez.—(44732).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del día 7 de mayo del 2007, se ha constituido sociedad anónima por número de cédula jurídica. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, cargos que ostentan Charles Richard Bowers hijo y Charles Richard Bowers tercero social: diez mil colones. Plazo social: 99 años. Objeto: comercio en general. Agente residente: Ingrid Oquendo Murillo.—San Julián de Parrita, 10 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Oquendo M., Notaria.—1 vez.—(44736).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día 7 de mayo del 2007, se ha constituido sociedad anónima por número de cédula jurídica. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, cargos que ostentan Charles Richard Bowers hijo y Charles Richard Bowers tercero social: diez mil colones. Plazo social: 99 años. Objeto: comercio en general. Agente residente: Ingrid Oquendo Murillo.—San Julián de Parrita, 10 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Oquendo M., Notaria.—1 vez.—(44738).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del día 7 de mayo del 2007, se ha constituido sociedad anónima por número de cédula jurídica. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, cargos que ostentan Charles Richard Bowers hijo y Charles Richard Bowers tercero social: diez mil colones. Plazo social: 99 años. Objeto: comercio en general. Agente residente: Ingrid Oquendo Murillo.—San Julián de Parrita, 10 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Oquendo M., Notaria.—1 vez.—(44741).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del día 7 de mayo del 2007, se ha constituido sociedad anónima por número de cédula jurídica. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, cargos que ostentan Charles Richard Bowers hijo y Charles Richard Bowers tercero social: diez mil colones. Plazo social: 99 años. Objeto: comercio en general. Agente residente: Ingrid Oquendo Murillo.—San Julián de Parrita, 10 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Oquendo M., Notaria.—1 vez.—(44744).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del día 7 de mayo del 2007, se ha constituido sociedad anónima por número de cédula jurídica. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, cargos que ostentan Charles Richard Bowers hijo y Charles Richard Bowers tercero social: diez mil colones. Plazo social: 99 años. Objeto: comercio en general. Agente residente: Ingrid Oquendo Murillo.—San Julián de Parrita, 10 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Oquendo M., Notaria.—1 vez.—(44746).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 19:00 horas del día 7 de mayo del 2007, se ha constituido sociedad anónima por número de cédula jurídica. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, cargos que ostentan Charles Richard Bowers hijo y Charles Richard Bowers tercero social: diez mil colones. Plazo social: 99 años. Objeto: comercio en general. Agente residente: Ingrid Oquendo Murillo.—San Julián de Parrita, 10 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Oquendo M., Notaria.—1 vez.—(44748).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 20:00 horas del día 7 de mayo del 2007, se ha constituido sociedad anónima por número de cédula jurídica. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, cargos que ostentan Charles Richard Bowers hijo y Charles Richard Bowers tercero social: diez mil colones. Plazo social: 99 años. Objeto: comercio en general. Agente residente: Ingrid Oquendo Murillo.—San Julián de Parrita, 10 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Oquendo M., Notaria.—1 vez.—(44752).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del día 8 de mayo del 2007, se ha constituido sociedad anónima por número de cédula jurídica. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, cargos que ostentan Charles Richard Bowers hijo y Charles Richard Bowers tercero social: diez mil colones. Plazo social: 99 años. Objeto: comercio en general. Agente residente: Ingrid Oquendo Murillo.—San Julián de Parrita, 10 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Oquendo M., Notaria.—1 vez.—(44753).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del día 8 de mayo del 2007, se ha constituido sociedad anónima por número de cédula jurídica. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, cargos que ostentan Charles Richard Bowers hijo y Charles Richard Bowers tercero social: diez mil colones. Plazo social: 99 años. Objeto: comercio en general. Agente residente: Ingrid Oquendo Murillo.—San Julián de Parrita, 10 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Oquendo M., Notaria.—1 vez.—(44754).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día 8 de mayo del 2007, se ha constituido sociedad anónima por número de cédula jurídica. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, cargos que ostentan Charles Richard Bowers hijo y Charles Richard Bowers tercero social: diez mil colones. Plazo social: 99 años. Objeto: comercio en general. Agente residente: Ingrid Oquendo Murillo.—San Julián de Parrita, 10 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Oquendo M., Notaria.—1 vez.—(44755).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día 8 de mayo del 2007, se ha constituido sociedad anónima por número de cédula jurídica. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, cargos que ostentan Charles Richard Bowers hijo y Charles Richard Bowers tercero social: diez mil colones. Plazo social: 99 años. Objeto: comercio en general. Agente residente: Ingrid Oquendo Murillo.—San Julián de Parrita, 10 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Oquendo M., Notaria.—1 vez.—(44756).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día veinticuatro de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad FPI Holdings Sociedad Anónima. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(44763).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día veinticuatro de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad Koses It Designer Sociedad Anónima. Se designa presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(44766).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día veinticinco de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Bienes Raíces Bagaces del Norte Sociedad Anónima. Se designa presidente con facultades de apoderados generalísimos.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(44768).
Por escritura otorgada en San José, a las diez horas del día veinticinco de mayo del dos mil siete, se constituyó firma denominada Tamarim Shel Mal País Limitada. Capital social: diez mil colones, ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, a las 10:00 horas del 25 de mayo del 2007.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—(44784).
Las Mujeres del Futuro S. A., modifica domicilio social y fiscal, representación de la sociedad y nombra junta directiva y fiscal. Escritura 55-120, de las 9:00 horas del 18 de mayo del 2007.—Lic. Ananías Matamoros Carvajal, Notario.—1 vez.—(44785).
Ante esta notaría por escritura número setenta, otorgada a las once horas del veinticinco de mayo del dos mil cinco, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socio de Mi Casa en el Bosque S. A. Modifica cláusula tercera del pacto constitutivo. Es todo.—Cóbano de Puntarenas, 25 de mayo del 2007.—Lic. Patricia Francés Baima, Notaria.—1 vez.—(44787).
Ante esta notaría se constituyó a las diecinueve horas del día veinticuatro de mayo del dos mil siete, una sociedad anónima, cuyo nombre será asignado por el Registro Nacional por medio de su número de cédula de persona jurídica. Presidente: Efraín Antonio Vega Calderón, portador de la cédula de identidad número: tres-doscientos treinta y seis-quinientos sesenta y ocho.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Adolfo Álvarez Medina, Notario.—1 vez.—(44788).
A las nueve horas del día veintiocho de mayo del año dos mil siete, se constituye la sociedad Motos Raybar de Costa Rica Sociedad Anónima, la cual tiene en calidad de presidente a Daniel Emilio Valle Ramírez, con un capital social de diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Juan Daniel Acosta Gurdián, Notario.—1 vez.—(44789).
Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y nueve mil trescientos ochenta y ocho Sociedad Anónima, en la cual se acuerda modificar la cláusula segunda, la octava, se nombra vocal y se modifica la junta directiva del pacto constitutivo de la empresa. Escritura otorgada en San José, al ser las once horas, del día veintidós de mayo del dos mil siete, ante el notario Michael Bruce Esquivel. Es todo.—San José, al ser las 11:00 horas del 22 de mayo del 2007.—Lic. Michael Bruce Esquivel, Notario.—1 vez.—(44793).
Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Miriadel Sociedad Anónima, en la cual se acuerda modificar el presidente, de la junta directiva del pacto constitutivo de la empresa. Escritura otorgada en San José, al ser las nueve horas del día veintiuno de mayo del dos mil siete, ante el notario Roberto Romero Mora. Es todo.—San José, al ser las 9:00 horas del 21 de mayo del 2007.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(44794).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las once horas del diecinueve de abril del dos mil siete, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Grupo Empresas Romo Sociedad Anónima, donde se reforma, la cláusula de la administración de los estatutos de la sociedad, Fernando Romo Oses, presidente, apoderado generalísimo sin límite de suma Gerardo Matamoros Fernández, secretario, Miguel Zamora Araya, tesorero.—Lic. Ernesto Mora Alfaro, Notario.—1 vez.—(44799).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 17:00 horas del 22 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad Choco R C, Investment S. A. Plazo: cien años a partir de su constitución.—Lic. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—(44802).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 16 de mayo del 2007, se modificó la cláusula segunda de los estatutos de la entidad Desarrollo Empresarial Alfa Dos Sociedad Anónima.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Víquez Jara, Notario.—1 vez.—(44804).
Por escritura pública otorgada hoy ante mí, a las 16:00 horas protocolicé acta de la compañía Inversiones La Manguera S. A., por la cual se aumentó el capital social, modificándose lo relativo al capital social.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Mario Antonio Morelli Astúa, Notario.—1 vez.—Nº 23578.—(44839).
Por escritura otorgada, a las
diecisiete horas del veinticinco de mayo del dos mil siete, se constituyó la
sociedad Perforaciones Acuíferas Internacionales S. A.—Lic. Guiselle
Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 23579.—(44840).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas treinta minutos del día veintitrés de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Los Placeres del Sur Sociedad Anónima. Presidente: Marvin Villanueva Morales. Capital: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. María Eugenia Céspedes Navas, Notaria.—1 vez.—Nº 23580.—(44841).
Por escritura otorgada ante mí, en San José, a las quince horas del día veinte de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad Gredama Internacional S. A. Domicilio: Curridabat. Plazo social: noventa y nueve años. Corresponde al presidente y al secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, pudiendo actuar conjunta y separadamente.—Lic. Luis Fernando Longan Phillips, Notario.—1 vez.—Nº 23581.—(44842).
Mediante escritura numero doscientos cuatro de las diez horas del cinco de mayo del año dos mil siete, Suplidora de Productos Ortodónticos Sociedad Anónima. Protocoliza piezas donde se modifica la cláusula segunda, y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Carlos Manuel Castro Domínguez.—San José, 24 de mayo del dos mil siete.—Lic. Salvador Arauz Figueroa, Notario.—1 vez.—Nº 23592.—(44843).
Por escritura otorgada a las dieciocho horas del quince de mayo del dos mil siete, protocolicé acta número treinta y seis de la asamblea general extraordinaria de socios de Celco de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cero treinta mil sesenta y nueve. Donde se modifica el pacto social, en la cláusula del objeto a la cual se agrega, que “la sociedad podrá rendir toda clase de garantías reales y personales, a favor de socios y terceros”.—Lic. José Manuel Leiva Coto, Notario.—1 vez.—Nº 23583.—(44844).
Por escritura otorgada, a las 8:00 horas del 24 de mayo del 2007, ante esta notaría, se protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Galactil Goul Investments Ltda., en virtud de la cual se acordó reformar las cláusulas primera y segunda del pacto social de la compañía, cambiando la denominación social de la compañía a Hermanos Valyam Ltda., y hacer nuevos nombramientos de Gerentes por todo el plazo social.—San José, 24 mayo del 2007.—Lic. Jorge Guzmán Calzada, Notario.—1 vez.—Nº 23584.—(44845).
Por escritura otorgada en esta fecha ante esta notaría, se protocolizó acta de Terra Soluciones Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula relativa a la administración.—San José, veinticinco de mayo del dos mil siete.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—Nº 23586.—(44846).
Por escritura número 90 del tomo 04 de mi protocolo, otorgada a las 13:05 horas del 18 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad denominada Terapeuta MMROD Limitada. Plazo social de 99 años. Capital: doce mil colones. Domicilio: San José. Gerente: Marianella Monge Rodríguez.—San José, 20 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Corrales Azuola, Notario.—1 vez.—Nº 23587.—(44847).
Por escritura número 91 del tomo 04 de mi protocolo, otorgada a las 13:10 horas del 18 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad denominada Masajes Veraza Limitada. Plazo social de 99 años. Capital: doce mil colones. Domicilio: San José. Gerente: Verónica Azofeifa Aguilar.—San José, 20 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Corrales Azuola, Notario.—1 vez.—Nº 23588.—(44848).
Por escritura otorgada ante mí, José Antonio Saborío Carrillo, notario público con oficina abierta en San José, a las once horas del veinticuatro de mayo del dos mil siete, se reformaron las cláusulas segunda y décimo segunda del pacto constitutivo de la compañía Plaza Herradura S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y siete mil seiscientos cinco, y se nombran nuevo vocal uno, vocal tres y fiscal.—San José, veinticuatro de abril del dos mil siete.—Lic. José Antonio Saborío Carrillo, Notario.—1 vez.—Nº 23591.—(44849).
Ante mí, Roy Zumbado Ulate notario, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Moto Repuestos Santa Bárbara Sociedad Anónima. Reformando estatutos.—Heredia, 24 de mayo del 2007.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 23592.—(44850).
El suscrito notario público Jorge Moncrieffé Santana, hace constar que ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Transportes Floger Ortiz Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, al ser las trece horas del viernes veinticinco de mayo del dos mil siete; escritura número ciento diecinueve visible al folio ochenta y ocho vuelto del tomo dos de mi protocolo.—Lic. Jorge Moncrieffé Santana, Notario.—1 vez.—Nº 23594.—(44851).
Por escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del 25 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad denominada Crotocr Seis S. A. Capital: diez mil colones. Objeto: industria y comercio en general. Plazo: 99 años. Domicilio: Santa Ana.—Lic. Augusto Porras Anchía, Notario.—1 vez.—Nº 23595.—(44852).
Por escritura otorgada en San José, a las 8:10 horas del 25 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad denominada Crotocr Cinco S. A. Capital: diez mil colones. Objeto: industria y comercio en general. Plazo: 99 años. Domicilio: Cartago.—Lic. Augusto Porras Anchía, Notario.—1 vez.—Nº 23596.—(44853).
Por escritura otorgada en San José, a las 15:00 horas del 24 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad denominada Transportes Golgasa S. A. Capital: diez mil colones. Objeto: industria y comercio en general. Plazo: 99 años. Domicilio: Desamparados.—Lic. Augusto Porras Anchía, Notario.—1 vez.—Nº 23597.—(44854).
Ante el notario público Harold Núñez Muñoz, al ser las 12:00 horas del 25 de mayo del 2007, se constituyó Ulate & Castillo Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio: Tibás. Plazo: 99 años. Capital: 100.000,00 colones. Gerente: Walter Ulate Venegas.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Harold Núñez Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 23600.—(44855).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 16:00 horas del 12 de abril del 2007, se constituyó E.I.S.L. Internacional S.R.L. Gerente 1 y gerente 2 con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, 12 de abril del 2007.—Lic. Raquel Castro Musmanni, Notaria.—1 vez.—Nº 23601—(44856).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las dieciséis horas del veinticuatro de mayo del dos mil siete, se constituyó Kiribaru Marítima S. A. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Rogelio Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 23602.—(44857).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las dieciséis horas del veinticuatro de mayo del dos mil siete, se constituyó Kiribaru Azul S.A. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Rogelio Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 23603.—(44858).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las dieciséis horas del veinticuatro de mayo de dos mil siete, se constituyó Samoa Coralina S. A. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Rogelio Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 23604.—(44859).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las dieciséis horas del veinticuatro de mayo del dos mil siete, se constituyó Samoana Veintiuno S. A. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Rogelio Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 23605.—(44860).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las dieciséis horas del veinticuatro de mayo del dos mil siete, se constituyó Fiji-Longa S. A. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Rogelio Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 23006.—(44861).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las dieciséis horas del veinticuatro de mayo del dos mil siete, se constituyó Fiji-Nova S. A. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Rogelio Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 23607.—(44862).
Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público en San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas con cuarenta minutos del día veintitrés de mayo del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Corporación Lafayette County Sociedad Anónima, por medio de la cual se sustituye el nombramiento del actual presidente de la junta directiva, se nombra nuevo presidente de la junta directiva, se crea la cláusula décimo primera y se nombra agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintitrés de mayo del año dos mil siete.—Lic. Randall Rubén Sánchez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 23608.—(44863).
Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público en San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del día dieciocho de mayo del año dos mil siete, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de The Leaf Mantid Investments Sociedad Anónima, por medio de la cual se acuerda modificar la cláusula sexta del pacto social, revocar el nombramiento del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, realizar nuevos nombramientos en dichos cargos, se acuerda revocar el nombramiento del fiscal y realizar nuevo nombramiento en dicho cargo.—San Isidro de Pérez Zeledón, dieciocho de mayo del año dos mil siete.—Lic. Juan Pablo Miranda Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 23609.—(44864).
Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 11 de mayo del 2007, se constituye la sociedad denominada Frandayana Sociedad Anónima.—Lic. Flor De María Herra Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 23610.—(44865).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 12 de abril del 2007, se constituye la sociedad denominada Arcas Limitada.—Lic. Flor De María Herra Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 23611.—(44866).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:50 horas del veintiuno de diciembre del dos mil seis, se constituye la sociedad denominada Inversiones Los Periquitos Sociedad Anónima.—Lic. Flor De María Herra Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 23612.—(44867).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 16:00 horas del día 24 de mayo del año 2007, se constituyó la sociedad de esta plaza, Cero Tres Catorce Sociedad Anónima. El presidente y secretario actuando conjunta o separadamente, tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: Heredia. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—San José, 25 de mayo del año 2007.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 23614.—(44868).
Por escritura otorgada ante esta notaría en San Ramón de Alajuela, a las 11:00 horas del 30 de marzo del año 2007, se constituyó la sociedad que se denomina Construagua S. A.—San Ramón, 14 de mayo del 2007.—Lic. Mario Alexis González Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 23618.—(44869).
Hernán Lossley Jiménez y Carla María Rojas Mayorga constituyen la sociedad denominada Helokaro Transportes del Norte Sociedad Anónima. Presidente y secretaria apoderados generalísimos sin límite de suma el señor Hernán Lossley Jiménez y la señora Carla María Rojas Mayorga. Escritura otorgada en Heredia, a las catorce horas del veintidós de marzo del dos mil siete.—Lic. Ronald Vargas Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 23619.—(44870).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del veintitrés de mayo del año dos mil siete, se aumenta el capital social de la sociedad anónima denominada Ten-Shen Huang Wang y Asociados Sociedad Anónima, siendo el nuevo capital social la suma de doscientos treinta millones de colones, representada por doscientos treinta acciones comunes y nominativas de un millón de colones cada una.—Lic. Jorge Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 23620.—(44871).
Luis Emilio Bolaños Pérez y Nixia Mora Vargas, constituyen sociedad anónima cuya razón social se denominará con el número de cédula jurídica que consigne el Registro de Personas Jurídicas más las palabras sociedad anónima. Capital social: ¢10.000. Presidente: Luis Emilio Bolaños Pérez.—Heredia, 28 de mayo del 2007.—Lic. Neftalí Madrigal Chaverri, Notario.—1 vez.—Nº 23622.—(44872).
Mediante escritura pública número ciento diez-treinta, otorgada ante el notario William Méndez Rosales, a las quince horas del día veintitrés de mayo del año dos mil siete, se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada Agencia y Repuestos W W Sociedad Anónima, cédula de jurídica trescientos ochenta y tres mil trescientos ochenta y dos, con domicilio en Pital, San Carlos, Alajuela, doscientos cincuenta metros sur, setenta y cinco metros este del salón comunal.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 23623.—(44873).
Mediante escritura pública número ciento once-treinta, otorgada ante el notario William Méndez Rosales, a las quince horas con veinte minutos del día veintitrés de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Mundo de Frutas Tropicales Sociedad Anónima, con domicilio en Pital, San Carlos, Alajuela, doscientos cincuenta metros sur, setenta y cinco metros este del salón comunal.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 23624.—(44874).
Carlos Luis Cabezas Ugalde y Adriana Ruiz Ramos, constituyen la sociedad Grupo Orión Máximos Sociedad Anónima, y son presidente y secretaria respectivamente. Escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del quince de marzo del dos mil siete.—Lic. Xenia Priscilla Moya Chavarría, Notaria.—1 vez.—Nº 23626.—(44875).
Por escritura número setenta y siete se protocoliza acuerdo uno de la sesión numero trece-dos mil siete del veintidós de mayo del dos mil siete, de la junta administrativa de la Fundación Tecnológica de Costa Rica, donde se integra a Leonardo Méndez Garita, cédula tres-trescientos treinta y cinco-quinientos dos como representante del Poder Ejecutivo y de inmediato, se procede a realizar los nombramientos de los cargos correspondientes, los cuales rigen por un año a partir de esa sesión, de la siguiente manera: Presidenta: Giannina Ortiz Quesada, vicepresidente: Gilberto Salas Leiva, secretario: Ruperto Quesada Monge, tesorero: Carlos Monge Alfaro, vocal: Leonardo Méndez Garita. Las personas citadas manifestaron aceptar los nombramientos dichos.—San Pedro de Montes de Oca, a las dieciséis horas del veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Carlos José Vargas Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 23628.—(44876).
Que mediante escritura pública número doscientos sesenta y dos-tres, otorgada ante mi notaría, en Siquirres, a las doce horas del día veintiséis de mayo del dos mil siete, los señores Pietro Dall Oglio y Virginia Salazar Rivera, constituyeron la sociedad denominada Transportes Coliseo Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Transportes Coliseo S. A., que es nombre de fantasía. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—Siquirres, Limón, veintiséis de mayo del dos mil siete.—Lic. Kathya Pérez González, Notaria.—1 vez.—Nº 23629.—(44877).
Por escritura otorgada ante esta notaría de las ocho horas del once de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Estrella Marina Cero Nueve del Pacífico y las Aguas Azules del Pacífico Sociedad Anónima.—Nicoya, once de mayo del año dos mil siete.—Lic. Dannia Rodríguez Astorga, Notaria.—1 vez.—Nº 23630.—(44878).
Óskar Zumbado Flores y Óscar Freddy Zumbado Ramírez constituyen la sociedad denominada Palma Capitales Sociedad Anónima. Presidente: Óskar Zumbado Flores. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas del diecisiete de mayo del dos mil siete.—Lic. Zaida María Rojas Cortés, Notaria.—1 vez.—Nº 23631.—(44879).
Por escritura número 44, otorgada en esta notaría, a las 10:00 horas del día de hoy, se constituye la sociedad Seguridad Dejire L.R.S. S. A. Plazo social: 99 años. Capital social: 10.000,00.—Alajuela, 25 de mayo del 2007.—Lic. Esteban Quesada Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 23632.—(44880).
Constitución de la sociedad anónima denominada Odontología Extrema J J Centroamericana Sociedad Anónima, con un capital social de ¢12.000, por un plazo de 99 años, representación judicial y extrajudicial presidente, secretario y tesorero.—San José, 22 de mayo del 2007.—Lic. José Pablo Bedoya Giüta, Notario.—1 vez.—Nº 23633.—(44881).
Ronald Milewski y Sandra Leyva constituyen Mango Tropical Forty-Three S. A., y Tango in the Night Forty-Two S. A. Jorge Rubín y Joaquín Salas constituyen Wanama CR S. A.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Gonzalo Fajardo Lee, Notario.—1 vez.—Nº 23634.—(44882).
Por escritura número ciento setenta y cinco de las doce horas quince minutos del día veinticuatro de mayo del dos mil siete, otorgada ante el notario Fernando Fernández Delgado, iniciada al folio cero ochenta y siete frente del tomo quinto de su protocolo, constituyeron la sociedad denominada Inversiones Symari Sociedad Anónima. Se nombra presidente y junta directiva.—Lic. Fernando Fernández Delgado, Notario.—1 vez.—Nº 23635.—(44883).
Por escritura pública otorgada a las once horas del día trece de abril del año dos mil siete, se constituyó ante esta notaría la sociedad Dimax Motor in Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de mayo del dos mil siete.—Lic. Gustavo Chinchilla Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 23636.—(44884).
Por escritura número ciento veintitrés otorgada a las once horas del día veinticuatro de mayo del año dos mil siete, protocolicé una acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad de responsabilidad limitada Inversiones Lawder OA Ltda., en la cual se acordó la revocatoria y el nombramiento de nuevos gerentes generales, y se modificaron las cláusulas segunda, novena y décima de la escritura social.—San José, veinticuatro de mayo del año dos mil siete.—Lic. Marco Vinicio Ureña Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 23638.—(44885).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Valverde Peña de La Castilla S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sétima del pacto social referente a la administración y representación de la empresa.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Catalina Pujol Rueda, Notaria.—1 vez.—Nº 23639.—(44886).
Por escritura otorgada ante mí a las once horas del veintidós de marzo del dos mil siete, se nombró gerente y se modificó la cláusula sexta de la compañía IT All Happens Development Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-trescientos noventa y siete mil ciento veintiséis.—San José, 22 de mayo del 2007.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—Nº 23640.—(44887).
Por escritura otorgada ante mí a las once horas del veintidós de marzo del dos mil siete, se nombró gerente y se modificó la cláusula sexta de la compañía It´s Like a Dream Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-trescientos noventa y siete mil doscientos veintidós.—San José, 22 de mayo del 2007.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—Nº 23641.—(44888).
Mediante escritura pública número ochenta y dos-seis, otorgada a las dieciséis horas del veintidós de mayo del año dos mil siete, se constituyen las sociedades de esta plaza denominadas: Albatros Azul Sociedad Anónima; Pacific Nautical Services Sociedad Anónima; Puerto Lemago Sociedad Anónima, Desarrollo Tropical Costero Sociedad Anónima; Construcciones Experimentales de Avanzada Sociedad Anónima; Jardines Exuberantes del Pacífico Sociedad Anónima, con capital social de doce mil colones, representada por el presidente, secretario y tesorero, y con el objeto del comercio en general.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 23643.—(44889).
Mediante escritura pública número ochenta y tres-seis, otorgada a las diecisiete horas, cinco minutos del veintidós de mayo del año dos mil siete, se constituye la sociedad de esta plaza denominada: Family Investment Group S. A., con capital social de diez mil colones, representada por el presidente, y con el objeto del comercio en general.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 23644.—(44890).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del veinticinco de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad SPA Uno Manuel Antonio S. A. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Andre Wells Downey, Notario.—1 vez.—Nº 23645.—(44891).
Ante esta notaría mediante escritura de las 13:00 horas del 11 de mayo del 2007, se constituyó sociedad denominada Globalización Angelical Limitada. Apoderado generalísimo sin límite de suma, Belisario Pérez Jiménez.—Lic. Alejandra Rodríguez Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 23648.—(44892).
Ante esta Notaría mediante escritura de las 14:00 horas del 11 de mayo del 2007, se constituyó sociedad denominada Histérisis Limitada. Apoderado generalísimo sin límite de suma, Belisario Pérez Jiménez.—Lic. Alejandra Rodríguez Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 23649.—(44893).
La suscrita Lic. Virginia Umaña Segura, notaría pública con oficina en San José, comunica que Gustavo Adolfo Cordero Guerrero, cédula Nº 107520791 y Sharon Johanna Rojas Piedra, cédula Nº 111000210, constituyeron mediante escritura Nº 18 de las 10:00 horas del 24-5-7, las siguientes sociedades anónimas: Las Llanuras de Santa Teresa S. A.; Diamante de Manuel Antonio S. A.; Diamante Escondido S. A.; Las Llanuras de La Costa Atlántica S. A.; Las Llanuras de Guanacaste S. A.; Las Llanuras Extendidas S. A.; Las Llanuras de La Costanera S. A.; Las Llanuras del Norte S. A.; Las Montañas del Norte S. A.; Las Montañas de Guanacaste S. A.; Las Montañas del Atlántico S. A.; Las Montañas de Mal País S. A.; Las Montañas de Santa Teresa S. A.; Las Montañas se Esconden S A.; Las Montañas del Pacífico S. A.; Las Montañas del Oeste S. A.; Canción del Amanecer S. A.; Canción del Mar del Atlántico S. A.; Canción del Reloj S. A.; Canción de Cuna S. A.; Canción del Mar del Pacífico S. A.; Canción del Mar de Manuel Antonio S. A.; Las Llanuras del Occidente S. A.; Las Llanuras Esplendorosas S. A.; Las Llanuras del Pacífico S. A.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Virginia Umaña Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 23650.—(44894).
Por escrituras otorgadas ante la suscrita notaría en la ciudad de San José, a las ocho horas, treinta minutos del día veinticinco de abril del dos mil siete y quince horas del veinticinco de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad Capconsa Capitales Contables Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Domicilio social: Alajuela, Alajuela centro.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Marcela Filloy Zerr, Notaria.—1 vez.—Nº 23651.—(44895).
Por escrituras otorgadas ante la suscrita notaría en la ciudad de San José, a las nueve horas del día veinticinco de abril del dos mil siete y quince horas, treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad ASBA Asientos y Balances Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Domicilio social: Alajuela, Alajuela centro.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Marcela Filloy Zerr, Notaria.—1 vez.—Nº 23652.—(44896).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaría, en la ciudad de San José a las diez horas, treinta minutos del día veinticuatro de mayo del dos mil siete, se reformó íntegramente el pacto social de la sociedad Regala Sociedad Anónima.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Marcela Filloy Zerr, Notaria.—1 vez.—Nº 23653.—(44897).
Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las once horas con diez minutos del veintidós de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Pasos Mas Arriba Why Not Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, moneda del curso legal de Costa Rica totalmente suscrito y pagado. Distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—Nº 23656.—(44898).
Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las once horas con diez minutos del veintidós de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Step Up And More Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, moneda del curso legal de Costa Rica totalmente suscrito y pagado. Distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—Nº 23657.—(44899).
Por escritura otorgada ante esta Notaría al ser las once horas del veintidós de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Herwig Tucker Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, moneda del curso legal de Costa Rica totalmente suscrito y pagado. Distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—Nº 23658.—(44900).
Por escritura número cuarenta y nueve del tomo décimo de mi protocolo, se modifica la cláusula sexta de los estatutos de la sociedad Gulfport International Investments G.P.I. Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Arturo Guerrero Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 23663.—(44901).
Enrique Díaz Carretero y María Gabriela Díaz Larralde, constituyen sociedad anónima Constructora Nuevo Chamberi S. A., en escritura otorgada ante la notaria Jessica Brenes Camacho, el 16 de mayo del 2007.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Jessica Brenes Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 23664.—(44902).
José Luis Sosa Díaz y Geraldine M DEmpaire de Sosa, constituyen sociedad anónima House Master Dos Mil Dos Costa Rica S. A., en escritura otorgada ante la notaria Jessica Brenes Camacho, el 16 de mayo del 2007.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Jessica Brenes Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 23665.—(44903).
Enrique Díaz Carretero y María Gabriela Díaz Larralde, constituyen sociedad anónima Consorcio Likili S. A., en escritura otorgada ante la notaria Jessica Brenes Camacho, el 16 de mayo del 2007.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Jessica Brenes Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 23666.—(44904).
Carlos Álvarez Russo y Mario Serrano Ureña, constituyen sociedad anónima Consorcio Los Ayres del Este S. A., en escritura otorgada ante la notaria Jessica Brenes Camacho, el 25 de mayo del 2007.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Jessica Brenes Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 23667.—(44905).
Carlos Álvarez Russo y Mario Serrano Ureña, constituyen sociedad anónima Quinta El Sol del Pacífico S. A., en escritura otorgada ante la notaria Jessica Brenes Camacho, el 25 de mayo del 2007.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Jessica Brenes Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 23668.—(44906).
Vera Gómez Solera y Ana Elena Fernández Gómez, constituyen sociedad anónima Luminan Interiors S. A., en escritura otorgada ante la notaria Jessica Brenes Camacho, el 25 de mayo del 2007.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Jessica Brenes Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 23669.—(44907).
Anabelle Salas Bolaños y Luis Alonso Benavides Artavia, conforman sociedad de responsabilidad limitada denominada Productos Bandera Verde Limitada, dada en la notaría de Rodolfo Cervantes Barrantes en la escritura ciento cincuenta y cuatro visible al folio ochenta y nueve vuelto del tomo cuarto, firmaron todos en Concepción de Atenas, Alajuela, a las ocho horas del día veinte de mayo del año dos mil siete.—Lic. Rodolfo Cervantes Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 23671.—44908).
Mediante escritura número ciento cuarenta y seis - cuatro, otorgada a las diez horas, treinta minutos del veinticinco de mayo del año dos mil siete, ante la notario Laura Granera Alonso, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Globo de Papel Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos tres mil ciento veinticinco, mediante la cual se modifica la cláusula segunda -domicilio- del pacto social.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—Nº 23672.—(44909).
Ante mi Notaría, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación se hará de acuerdo al Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta el catorce de junio de dos mil seis, domiciliada en San José, barrio Escalante, objeto genérico, junta directiva: presidente, secretado y tesorero, el presidente con representación y poder generalísimo.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Giselle Solórzano Guillén, Notaria.—1 vez.—Nº 23675.—(44910).
Ante mi Notaría, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación se hará de acuerdo al Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta el catorce de junio de dos mil seis, domiciliada en San José, barrio Escalante, objeto genérico, junta directiva: presidente, secretario y tesorero, el presidente con representación y poder generalísimo.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Giselle Solórzano Guillén, Notaria.—1 vez.—Nº 23676.—(44911).
Ante mi Notaría, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación se hará de acuerdo al Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta el catorce de junio del dos mil seis, domiciliada en San José, barrio Escalante, objeto genérico, junta directiva: presidente, secretario y tesorero, el presidente con representación y poder generalísimo.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Giselle Solórzano Guillén, Notaria.—1 vez.—Nº 23677.—(44912).
Ante mi Notaría, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación se hará de acuerdo al Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta el catorce de junio del dos mil seis, domiciliada en San José, barrio Escalante, objeto genérico, junta directiva: presidente, secretario y tesorero, el presidente con representación y poder generalísimo.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Giselle Solórzano Guillén, Notaria.—1 vez.—Nº 23678.—(44913).
Ante el Notario público se constituyó a las catorce horas del día veintisiete de mayo del dos mil siete, la sociedad Mecánica y Asesoría Audon S. A. Presidente: Audon Mejía Hernández.—Lic. Fabio Jiménez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 23679.—(44914).
Por escritura otorgada en esta Notaría, a las once horas del veintiocho de mayo del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada Teletec Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Tamara Cerdas Bolívar, Notaria.—1 vez.—Nº 23680.—(44915).
Por escritura Nº 305-2 otorgada ante mí a las 10:00 horas del 25 de mayo del 2007, se modifica la cláusula segunda del domicilio social de la sociedad Servicios Digitales Sociedad Anónima, avenida diez, calle veintiuno, casa ochocientos ochenta y cinco, San José, se modifica la cláusula novena de la administración confiriéndole poderes sin límite de suma al presidente, secretario y tesorero por todo el plazo social, y se cambia la junta directiva, se nombra a Rodrigo Emilio Mora Arguedas presidente, se modifica la cláusula sexta en cuanto a las reservas legales.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Dannia Mayela Rodríguez Astorga, Notaria.—1 vez.—Nº 23682.—(44916).
En esta Notaría, al ser las ocho horas, del día veintiocho de mayo del dos mil siete, se constituyó la empresa Asesorías Bustos - Canales Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 28 de mayo deL 2007.—Lic. Gonzalo Saavedra Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 23683.—(44917).
Por escritura otorgada en San José, a las 16:30 horas del 23 de mayo 2007. Constitución de la sociedad de responsabilidad limitada First National Securities Ltda. Representación judicial y extrajudicial a cargo de gerente y subgerente actuando conjunta o separadamente.—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. Karla Naranjo Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 23684.—(44918).
Por escritura otorgada en San José, a las trece horas, treinta minutos del veintitrés de mayo del 2007, protocolicé acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de Consultora Internacional KW S. A. Reformándose la cláusula primera.—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. Kattia Mena Abarca, Notaria.—1 vez.—Nº 23685.—(44919).
Por escritura otorgada en San José a las trece horas del veintitrés de mayo del 2007, protocolicé acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de Growtrh Capital DCA. Reformándose las cláusulas segunda y sétima, representación judicial y extrajudicial a cargo de presidente y secretario y modificación de junta directiva.—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. Kattia Mena Abarca, Notaria.—1 vez.—Nº 23686.—(44920).
Lic. Erika Cuadra Bela, notaria pública con oficina en la ciudad de San José, comunica que las señoritas Jéssica Trejos Cubillo, cédula Nº 6-296-985 y Sharon Johanna Rojas Piedra, cédula Nº 1-1100-210, constituyeron las siguientes sociedades, mediante escritura Nº 16, de las 9:00 horas del 24 de mayo del 2007, ante esta Notaría: Inversiones Viaje al Centro de La Tierra Sociedad Anónima, Inversiones Grupo Koll Sociedad Anónima, Inversiones Costa del Norte Punta Blanca Sociedad Anónima, Inversiones Rocca Solano Sociedad Anónima, Comercializadora Terrazas del Caribe Sociedad Anónima, Comercializadora Horizontes del Castillo Verde Sociedad Anónima, Grupo Inmobiliario Murphy Sociedad Anónima, Inmobiliaria Jessica y Erika Plus Sociedad Anónima, Grupo Inmobiliario Bruja Azul Sociedad Anónima y Grupo de Inversiones Valeria y Natalia Sociedad Anónima.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Erika Cuadra Bela, Notaria.—1 vez.—Nº 23689.—(44921).
Por medio de escritura otorgada a las 7:00 horas del 23 de abril del 2007, Mario Araya Retana e Inés Retana Bonilla, constituyen la sociedad anónima Arisen Design.—Lic. Eliana Fonseca Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 23691.—(44922).
Ante esta Notaría, se procedió a constituir la sociedad denominada Mariana y Grace Sociedad Anónima, plazo social cien años, objeto agricultura, industria y comercio en general, capital social diez mil colones y cuyo representante es Bernal José Vargas Le Roy.—San José, a las once horas, treinta minutos del veintitrés de mayo del dos mil siete.—Lic. Wálter Solís Amen, Notario.—1 vez.—Nº 23692.—(44923).
Mediante escritura Nº 97, de las 18:00 horas del día 27 de mayo del 2007, ante el notario David Gerardo Arrieta Carvajal, en su tomo 1, con oficina en Heredia, Barrio Fátima, se constituye Instalaciones Eléctricas Chino S. A. El domicilio social: Heredia, Mercedes Norte, del súper Mirador cien metros. Capital social: la suma de diez mil colones exactos, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Puestos: presidente Odilio Vargas Ramírez, mayor, casado una vez, electricista, cédula Nº 4-105-374, vicepresidenta Lilliana Vargas Sánchez, mayor, casada una vez, administradora del hogar, cédula Nº 4-117-284, secretario: Francisco Vargas Vargas, mayor, soltero, mecánico, cédula Nº 4-182-743, tesorero Jonathan Vargas Vargas, mayor, casado una vez, mecánico industrial, cédula Nº 4-168-885, fiscal Lilliana Vargas Vargas, mayor, casada una vez, educadora, cédula Nº 4-171-560, todos vecinos de Heredia, Mercedes Norte, del Super Mirador 100 metros al este. Es todo.—Lic. David Gerardo Arrieta Carvajal, Notario.—1 vez.—Nº 23693.—(44924).
Por escritura otorgada el día veinticuatro de abril del dos mil siete, ante esta Notaría, se constituye la sociedad anónima Shanlyg Grant Sociedad Anónima, se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 28 de mayo del 2007.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 23694.—(44925).
Por escritura otorgada por el suscrito notario Eddy José Pérez Jiménez, a las nueve horas del veinticinco de mayo del dos mil siete, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Real Estate Corporation CR-US Sociedad Anónima, por lo que se reforma la cláusula sexta y se nombra nueva junta directiva.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Eddy José Pérez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 23695.—(44926).
Por escritura otorgada en esta Notaría a las diez horas del día de hoy, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Condominio La Ladera Bloque AFG Lote Veintidós UUU S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo.—San José, 11:20 horas del día 25 de mayo del año 2007.—Lic. Alejandro Batalla Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 23698.—(44927).
Por escritura otorgada ante mí a las dieciocho horas del veintidós de mayo del dos mil siete, se modifica la razón social de la sociedad Inversiones Planetario del Sol Ocho Limitada.—San José, 23 de mayo de 2007.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 23699.—(44928).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, a las trece horas del veinticuatro de mayo del dos mil seis, se reforma la junta directiva, el domicilio y la administración de la sociedad Automotores Dos Mil Dos S.A.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Mayela Bonilla García, Notaria.—1 vez.—Nº 23701.—(44929).
En escrituras otorgadas ante Jorge Ross Araya, a las 8:00 horas, 9:00 horas y 9:30 horas del 28 de mayo del 2007, se protocoliza acta de Inversiones Platanares S. A. donde se modifica la cláusula quinta del pacto social, se constituyen Central American Tours (CATOURS) S.A., y Vida Aventura Turística S. A. Todas con domicilio en San José, capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente con plenas facultades.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Jorge Ross Araya, Notario.—1 vez.—Nº 23702.—(44930).
Mediante escritura otorgada ante esta misma Notaría a las 10:00 horas del día 28 de mayo del 2007, de la Tropical Bluefish Sea Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula de la razón social, para que se lea así: Costa del Sol Residencial Community Sociedad Anónima, siendo su traducción al idioma español Costa del Sol Comunidad Residencial Sociedad Anónima.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—1 vez.—Nº 23703.—(44931).
Ante mí, Sergio Erick Ramírez Hernández, notario público con oficina abierta en Alajuela, en escritura otorgada a las veinte horas del veintiséis de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada AG Marketing Services FG Sociedad Anónima. Presidente: José Andrés Gamboa Bolaños y tesorera María Marcela Gamboa Bolaños, quienes ostentan la representación judicial y extrajudicial y también son los apoderados generalísimos sin límite de suma, su capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado, la sociedad se encuentra domiciliada en Alajuela. Es todo.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Sergio Erick Ramírez Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 23704.—(44932).
Por escritura otorgada en esta Notaría a las nueve horas del veinticuatro de mayo del dos mil siete, se protocoliza acta de la sociedad denominada Central Contenedores Limón Sociedad Anónima, en la que se elige presidente.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—Nº 23706.—(44933).
Por escritura otorgada en esta Notaría a las diez horas del veinticuatro de mayo del dos mil siete, se protocoliza acta de la sociedad denominada Sistemas Logísticos Caribeños SISLOCAR Sociedad Anónima, en la que se elige presidente.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—Nº 23707.—(44934).
Por escritura número setenta y seis, de las ocho horas de hoy, Idali, Edgar, Juan Eugenio, Marcos, José Vicente, Flory Mayela, Noemy María y Teresita Sulay, todos Díaz Espinosa, constituyeron: Inmobiliaria Agrícola Gemary S. A., la cual se dedicará al comercio, la industria, la ganadería y el turismo. Su plazo social es de cincuenta años. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma la socia Noemí María.—Heredia, 17 de enero del 2007.—Lic. Geovanny Monge Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 23708.—(44935).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las 17:30 horas del 24 de mayo del 2007, donde se modifica cláusula segunda del domicilio y sexta de la administración, de la firma de esta plaza denominada Hacienda La Rueca Sociedad Anónima.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Randall A. Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—Nº 23709.—(44936).
Por escritura otorgada por el suscrito notario, a las 18:00 horas del día 25 de mayo del 2007; se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: E Power Latino América S. A. Se reforman las cláusulas segunda y la sexta del pacto social. Se nombra nuevos presidente y secretario.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leiton, Notario.—1 vez.—Nº 23710.—(44937).
Por escritura número doscientos sesenta y cinco, otorgada ante mi notaría a las nueve horas del veintiuno de mayo del dos mil siete, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Busines Engineering Solutions B.E.S. S. A., mediante la cual se aumentó el capital social.—San José, 21 de mayo del 2007.—Lic. Dora María Fernández Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 23711.—(44938).
Por escritura número doscientos veinte - treinta y cinco, otorgada ante mi Notaría a las diez horas del once de abril del dos mil siete, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Sonart S. A., mediante la cual se nombra nuevo tesorero y fiscal.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Dora María Fernández Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 23712.—(44939).
Mediante escritura número ciento setenta, Karla Valerio Redondo y Nelson Brenes Quirós, constituyen sociedad de responsabilidad limitada otorgada ante el suscrito notario Antonio Maklouf Coto, al ser las trece horas del veinticinco de mayo del año dos mil siete, de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—San José, 25 de mayo del año 2007.—Lic. Antonio Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—Nº 23713.—(44940).
Por escritura número doscientos dos- cuatro, otorgada ante mí a las doce horas del veintitrés de mayo del dos mil siete, ante la suscrita Notaria, se constituye sociedad de este domicilio denominada: Inversiones Trescientos Cincuenta Z de Escazú S. A. Corresponde representación: presidente y secretario.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 23716.—(44941).
Por escritura número ciento noventa y uno- dos, otorgada ante mí, a las catorce horas treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas número cuatro de la sociedad Terra Equipos S. A., por la que se acuerda reformar las cláusulas segunda del domicilio y quinta del pacto social. Y se nombra secretario.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Ingrid Marcela Fallas Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 23717.—(44942).
Ante mi Notaría, se constituyó Agropecuaria Don Aquiles Los Santos Sociedad Anónima, en escritura número dieciocho-noventa y tres a las quince horas del veinticinco de mayo del año dos mil siete, con domicilio social en provincia de San José, Guadalupe, San Marcos de Tarrazú, con capital social de veinte mil colones totalmente suscrito y pagado.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 23718.—(44943).
Ante esta Notaría y por asamblea número cuatro de la compañía Modeca de Tarrazú Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-203606, se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo en cuanto a la administración y nombramiento de nueva junta directiva.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notario.—1 vez.—Nº 23719.—(44944).
Mediante escritura número doscientos cuarenta y tres, otorgada a las catorce horas del siete de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Quebradores Herrera S. A., capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades.—Lic. Julio César Zárate Arias, Notario.—1 vez.—Nº 23721.—(44945).
Ante este notario mediante escritura otorgada a las nueve horas del dieciocho de mayo del dos mil siete, se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo en cuanto al monto del capital social de la sociedad Ogen Investments W.O.I. Sociedad Anónima.—San José, a las trece horas del veintitrés de mayo del dos mil siete.—Lic. Mauricio Quiros González, Notario.—1 vez.—Nº 23722.—(44946).
Por este medio, hago constar que al
ser las dieciséis horas con treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil
siete, se constituyó la sociedad denominada Corporación Pick-Up City del
Norte S. A., mediante escritura pública número cincuenta, ante la notaria
Kattia Bermúdez Montenegro, visible al folio treinta y cuatro, vuelto del tomo
octavo de su protocolo. Se nombró como presidente el señor Laba Skaf.—25 de
mayo del 2007.—Lic. Kattia Bermúdez M., Notaria.—1 vez.—Nº 23723.—(44947).
Por este medio, hago constar que al ser las dieciséis horas con quince minutos del veinticinco de mayo de das mil siete, se constituyó la sociedad denominada Automotores Excalibur del Norte S. A., mediante escritura pública número cincuenta, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro, visible folio treinta y cuatro vuelto del tomo octavo de su protocolo. Se nombró como presidente el señor Laba Skaf.—25 de mayo del 2007.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 23724.—(44948).
Por escritura otorgada en San José, a las quince horas del veinticinco de mayo del dos mil siete, ante esta notaría, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Inversiones de Motores Automovilísticos MGC y Familia de Latinoamérica Sociedad Anónima, en la cual se reforman las cláusulas primera y quinta del pacto constitutivo. Se nombra presidente: Sergio Méndez Monestel.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. César Gómez Montoya, Notario.—1 vez.—Nº 23725.—(44949).
Mediante escritura Nº 25, otorgada ante esta notaría, al ser las 11:00 horas del 26 de abril del 2007, se constituye la sociedad Inversiones El Garañón S. A. Lic. María Gabriela Valladares Navas y Lic. Francisco Chaves Torres.—Lic. Francisco Chaves Torres, Notario.—1 vez.—Nº 23727.—(44950).
Por escritura autorizada por esta notaría, a las diecisiete horas del catorce de mayo del dos mi siete, se protocolizó el acta número tres de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Monte Siena Azul Limitada, mediante la cual se reformó la cláusula sexta correspondiente a la administración y se adiciona la cláusula catorce referente al agente residente.—Guanacaste, 14 de mayo del 2007.—Lic. Andrea González Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 23729.—(44951).
Por escritura autorizada por esta notaría, a las trece horas del veintitrés de mayo del dos mi siete, se protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Inmobiliaria Acrópolis Limitada, mediante la cual se adicionó la cláusula décima cuarta referente al agente residente.—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. Kathya Araya Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 23730.—(44952).
Por escritura autorizada por esta notaría, a las doce horas del veintitrés de mayo del dos mi siete, se protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Paradise Blue Sociedad Anónima, mediante la cual se reformaron las cláusulas primera (denominación social), segunda (domicilio social), quinta (capital social), y octava (administración), y se adicionaron las cláusulas décimasexta (limitación al traspaso de acciones) y la cláusula décimasetima (suscripción adicional de acciones).—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. Kathya Araya Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 23731.—(44953).
Por escritura autorizada por esta notaría, a las once horas del veintitrés de mayo del dos mi siete, se protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Hermes del Pacífico Real Estate Limitada, mediante la cual se adicionó la cláusula décimacuarta referente al agente residente.—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. Kathya Araya Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 23732.—(44954).
Por escritura 85-3 otorgada ante el suscrito notario, a las 11:00 horas del 25 de mayo del 2007, El Tridente de Poseidón E Y A S. A., modificó la cláusula vigésimo segunda de la representación, se nombró nuevo presidente, secretario, tesorera de la junta directiva y agente residente, y se otorga poder general de administración.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Juan José Nassar Güell, Notario.—1 vez.—Nº 23733.—(44955).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las quince horas de hoy, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Inmobiliaria Eletrodinámica Sociedad Anónima, mediante los cuales se reforman estatutos y se nombran miembros del consejo de administración.—San José, 21 de mayo del año 2007.—Lic. Guillermo Rojas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 23734.—(44956).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del veintiuno de mayo del dos mil siete, se constituye la sociedad denominada Fredomaxzu Sociedad Anónima.—Lic. Olga Doris Torres Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 23735.—(44957).
Isabel Fernández Vega, mayor, casada una vez, docente, vecina de Heredia, cédula número cinco-doscientos cinco-cero cincuenta y tres constituye Fundación del Turismo Sostenible de Las Américas, ante el notario público Fabio Adonay Quesada López, según escritura número diecisiete-trece del 16 de abril del 2007. Domicilio: Heredia, avenidas una y dos, calle dieciocho. Patrimonio: veinticinco mil colones.—Heredia, 21 de mayo del 2007.—Lic. Fabio Adonay Quesada López, Notario.—1 vez.—Nº 23737.—(44958).
Por medio de la escritura número setenta y uno, otorgada a las doce horas del día veintiséis de mayo del dos mil siete, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Grizz Forty and Three Sociedad Anónima. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: noventa mil colones. Presidente: el señor Briant Keith Grzybowski.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 23739.—(44959).
Por escritura otorgada a las quince horas del veinticuatro de mayo del dos mil siete, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad que es denominada Vistas de Brasilito Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, y se nombra presidente de la junta directiva.—Santa Cruz, Guanacaste, 24 de mayo del 2007.—Lic. Leyden Briceño Bran, Notaria.—1 vez.—Nº 23741.—(44960).
Por escritura 160, otorgada ante el notario Óscar Julio Bastos Matamoros, a las 7:00 horas del 28-5-07, se modifica cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Ratum Fabuerit S. A. Para que en lo sucesivo diga: El domicilio social de la sociedad será en Aguas Zarcas de San Carlos, Alajuela, costado oeste de la plaza de deportes, en las oficinas de Coopeande siete. Se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: se nombra al señor Orlando Blanco, cédula Nº 2-224-612. Secretaria: Ligia María Zamora Durán, cédula Nº 2-348-494. Secretario: se nombra a: Elí Roque Salas Herrera, cédula Nº 6-138-482. Fiscal: se nombra al señor Luis Gerardo Barboza Quesada, cédula Nº 2-282-118.—Ciudad Quesada, 28 de mayo del 2007.—Lic. Óscar Julio Bastos Matamoros, Notario.—1 vez.—Nº 23742.—(44961).
En esta Notaría, a las ocho horas del diecisiete de mayo del dos mil siete, se autorizó la escritura número ciento cuarenta y cuatro del tomo primero del protocolo del suscrito Notario, donde se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios, que contiene acuerdos de la compañía denominada White Glove International Services S.R.L., cédula jurídica número tres-uno cero dos-cuatro tres cero cuatro uno siete, por los cuales se reforma la cláusula quinta del pacto social y se aumenta el capital social a veintiséis millones seiscientos ochenta mil colones.—San José, 17 de mayo del 2007.—Lic. José Alberto Olivares López, Notario.—1 vez.—Nº 23743.—(44962).
Por escritura número ciento trece, otorgada ante mi Notaría, a las quince horas treinta minutos del día primero de mayo del año dos mil siete, se nombraron nuevos directivos de la entidad Inversiones Unidas Fu Ho Sociedad Anónima.—Puntarenas, 28 de mayo del año 2007.—Lic. Javier Desanti Henderson, Notario.—1 vez.—Nº 23748.—(44963).
Por escritura número ciento dieciocho, otorgada ante mi notaría, a las diez horas del dieciocho de mayo del año dos mil siete, se reformó la cláusula octava de los estatutos de la entidad Tongjoy Sociedad Anónima, y se nombran nuevos directivos.—Puntarenas, 28 de mayo del año 2007.—Lic. Javier Desanti Henderson, Notario.—1 vez.—Nº 23749.—(44964).
El suscrito notario hace constar que ha protocolizado acta de asamblea extraordinaria de socios de Haraflora Sociedad Anónima, por la cual se hizo reforma a estatutos y se hicieron nombramientos.—Lic. Luis Fernando Moya Mata, Notario.—1 vez.—Nº 23750.—(44965).
Ante esta Notaría en la ciudad de San José, a las quince horas del día veinticinco de mayo del año dos mil siete, se procedió a protocolizar acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad de esta plaza Licotal Lindo Ocotal Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se reforma el estatuto social, la cláusula segunda del domicilio, la cláusula sexta de la representación y se nombran gerentes.—Lic. Ingrid Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—Nº 23752.—(44966).
Ante mí, Sonia María Solano Ramírez, notaría pública con oficina en la ciudad de San José, debidamente comisionada para este acto, compareció el señor Carlos Alberto Segnini Mena, a fin de protocolizar el acta número tres de asamblea general extrordinaria, de la empresa ACASERVI S. A., cédula jurídica Nº 3-101-155345, realizada a las 19:00 horas del día 30 de abril del 2007, en donde se reforman del acta constitutiva, las cláusulas segunda; para definir nuevo domicilio social, el cual será en Alajuela centro, del Polideportivo Monserrat, seiscientos metros al sur y setenta y cinco metros al oeste, en la provincia de Alajuela; la cláusula quinta para cambiar el capital social, para que en adelante se lea: “Quinta: del capital social: el capital social será de cien mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, mismas que estarán firmadas por el presidente y el secretario de la junta directiva de la sociedad”. Además se nombra nueva junta directiva y nuevo fiscal. Todo lo anterior consta en la escritura pública número ciento cuarenta y tres, de las 19:00 horas del 21 de mayo del 2007, de esta Notaría.—28 de mayo del 2007.—Lic. Sonia Solano Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 23753.—(44967).
Por escritura otorgada en esta Notaría, a las 10 horas 30 minutos del día 28 de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Editorial Rehma Sociedad Anónima.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Flory Durán Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 23754.—(44968).
Mediante escritura pública número cuatrocientos diez - tres, otorgada a las quince horas del catorce de mayo del dos mil siete, ante la notaría del licenciado Maynor Gómez Goicoechea, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada C.R.I.C.E. de Los Yoses Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución y con un capital social de diez mil colones, domicilio social San José, barrio Escalante, calle treinta y seis y treinta y cinco, avenida tres, casa número tres mil trescientos cuarenta.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Maynor Gómez Goicoechea, Notario.—1 vez.—Nº 23755.—(44969).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día de hoy, la compañía de esta plaza Industria Teorema Cultural S. A., reforma cláusulas segunda y sexta del pacto social.—San José, 9 de mayo del 2007.—Lic. Kattya Villegas Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 23756.—(44970).
Hoy ante nosotros se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Scotiabank de Costa Rica S. A. Se reforma la cláusula quinta del pacto social. Rolando Clemente Laclé Zúñiga, Mario Quesada Bianchini, Notarios Públicos.—Lic. Mario Quesada Bianchini, Notario.—1 vez.—Nº 23757.—(44971).
Hoy ante nosotros se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Grupo BNS de Costa Rica S. A. Se reforma la cláusula quinta del pacto social. Rolando Clemente Laclé Zúñiga, Mario Quesada Bianchini, Notarios Públicos.—Lic. Mario Quesada Bianchini, Notario.—1 vez.—Nº 23758.—(44972).
Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas del día veintiocho de mayo del año dos mil siete, se protocolizó el acta de la sociedad Grupo Grube Sociedad Anónima. Se reforma cláusula sexta.—San José, 28 de mayo del año 2007.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—Nº 23759.—(44973).
Por asamblea de socios de la sociedad denominada MV Twenty Three Killer Surf in Nicoya XXIII S. A., modifica cláusulas primera, segunda, undécima y nombran nuevos personeros de la junta directiva.—San José, 28 de mayo del año 2007.—Lic. Henry Delgado Jara, Notario.—1 vez.—Nº 23761.—(44974).
La suscrita Notaria, hace constar que a las 18:00 horas del quince de mayo del 2007, se constituyó en mi Notaría la sociedad denominada Alquileres Arza MJJH Sociedad Anónima. Presidenta: Marcela Barrantes Carvajal. Domicilio: en La Asunción de Belén de Heredia, costado noroeste de la plaza 300 metros oeste.—San José, 26 de mayo del 2007.—Lic. Thais María Zumbado Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 23762.—(44975).
La suscrita Notaria hace constar que ante mi Notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Doña Dinorah MC S. A. Capital social: diez mil colones. Domicilio: Playa Panamá, Bahía Gigante Paquera Puntarenas.—Puntarenas, 28 de mayo del 2007.—Lic. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 23764.—(44976).
Por escritura pública otorgada ante esta Notaría a las nueve horas del día nueve de mayo del año dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Inversiones Botánicas Bosque de La Selva Negra Sociedad Anónima. Reforma las cláusulas segunda y octava. Nombramiento de junta directiva.—Lic. Roberto Araya Lao, Notario.—1 vez.—Nº 23765.—(44977).
En esta Notaría, a las 9:00 horas del 16 de mayo del 2007, se constituye la sociedad denominada Bonnie Realty Sociedad Anónima que en idioma español significa Bonnie (nombre) Bienes Raíces Sociedad Anónima. Presidente: Bonnie Shild.—Flamingo, Guanacaste, 16 de mayo del 2007.—Lic. Emilia María Pacheco Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 23766.—(44978).
Por escritura otorgada en esta fecha ante esta Notaría, se protocolizó acta de AF Grupo Asesor S. A., mediante la cual se modifica cláusula relativa a la administración.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—Nº 23768.—(44979).
Por escritura otorgada en esta fecha, se protocolizó actas de asamblea general extraordinaria de Constructora del Atlántico Roa Sociedad Anónima y Terminal de Contenedores del Atlántico Tecocasa S. A., por las cuales acordaron fusionarse, prevaleciendo la segunda; y se aumenta su capital social.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—Nº 23769.—(44980).
Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de Laboratorio de Medicina Natural Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la clausula primera de los estatutos. Escritura otorgada a las 10:00 horas del 25 de mayo del 2007.—Lic. Bernardo Gómez Salgado, Notario.—1 vez.—Nº 23770.—(44981).
Mediante escritura N-172 del 8 de mayo del 2007, se protocolizó acta de asamblea de socios de Cocina por Hobby S. A., donde se modifica cláusula sétima del pacto social, referente apoderado generalísimo.—San José, 8 de mayo del 2007.—Lic. María Esther Campos Ramírez, Notaria.—1 vez.—(45036).
Por escritura número ciento ochenta y seis de las diecisiete horas de veintiocho de mayo del dos mil siete, visible a folio ciento treinta y uno frente del tomo quinto del protocolo de la suscrita, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Mundo Mueble Creativo Sociedad Anónima. Capital: íntegramente pagado y suscrito.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Ana Militza Salazar Sánchez, Notaria.—1 vez.—(45037).
Ante el suscrito Notario, se constituyó la sociedad denominada Corporación Turística Japperss G.M.K del Norte Sociedad Anónima, al ser las diez horas del dieciocho de abril del año dos mil siete, cuyo presidente es Mario Brenes Rivera, capital social: diez mil colones, domicilio social: Alajuela, Orotina, urbanización Villas Adriana, lote número treinta y tres. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Jhonny González Pacheco, Notario.—1 vez.—(45038).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario en San José, a las 16:00 horas del 28 de mayo del 2007, he procedido a protocolizar el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Fuerte Aventura de Levante Sociedad de Responsabilidad Limitada, celebrada en San José, a las 8:00 horas del 28 de mayo del 2007, mediante la cual se acordó nombrar nuevos gerente y subgerente y reformar la cláusula 7 del pacto social.—San José, 29 de mayo del 2007.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—(45041).
Sianny Arce Álvarez, notaria pública, avisa que por escritura pública otorgada en la ciudad de Alajuela, a las veintidós horas del veintidós de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima con base en el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno, publicado en La Gaceta número ciento catorce. Capital social: cincuenta mil colones. Objetivo: comercio en general. Junta directiva: Presidente: Álvaro Álvarez Morera. Secretaria: Gioconda Enríquez Chávez. Tesorero: Manuel Salvador Enríquez Chávez.—Alajuela, veintitrés de mayo del dos mil siete.—Lic. Sianny Arce Álvarez, Notaria.—1 vez.—(45045).
Por escritura pública de las quince horas del veintiocho de mayo del dos mil siete, y otorgada ante la notaria pública Violeta Rojas Soza, se constituyó la sociedad anónima Use It Or Loose It Sociedad Anónima. Con domicilio social en San José. Plazo social: cien años. Capital social de diez mil colones. Representación les corresponde al presidente y secretario, actuando separadamente. Es todo.—San José, diecisiete horas del veintiocho de mayo del dos mil siete.—Lic. Violeta Rojas Soza, Notaria.—1 vez.—(45056).
El suscrito Lic. Otto Giovanni Ceciliano Mora, hago constar que ante esta notaría, al ser las 16:00 horas del 28 de mayo del 2007, se constituyó Empresa Constructora La Esperanza Sociedad Anónima.—Lic. Otto Giovanni Ceciliano Mora, Notario.—1 vez.—(45064).
Por escrituras otorgadas ante esta notaría, a las trece, catorce y quince horas del día veintiocho de mayo del dos mil siete, se constituyeron las sociedades denominadas: Signature Funding, Signature Title, y Yardley Commercial, todas sociedades limitadas. Capital: suscrito y pagado. Es todo.—San José, veintiocho de mayo del dos mil siete.—Lic. Randall Chuken Vargas, Notario.—1 vez.—(45084).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a las quince horas del veintinueve de mayo del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Capital Resources Inc Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-441499, mediante la cual se cambia el pacto constitutivo en la cláusula del plazo social. Es todo.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(45085).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a las quince horas treinta minutos del veintinueve de mayo del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Álvarez Monge HPZ Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-415250, mediante la cual se cambia el pacto constitutivo en la cláusula del nombre y del domicilio social. Es todo.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(45086).
Complejo Las Tunas de San José S. A., modifica cláusula nueve y nombra junta directiva.—San José, 29 de mayo del 2007.—Lic. José Eduardo Quesada Loría, Notario.—1 vez.—(45091).
Por escritura 86-3, otorgada ante el suscrito notario, a las 10:00 horas del 28 de mayo del 2007, se protocoliza acta donde se acuerda disolver la sociedad Multiplastic del Oeste S. A.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Juan José Nassar Güell, Notario.—1 vez.—(45092).
A las nueve horas del veintiocho de mayo del dos mil siete, ante la notaría del Lic. Humberto Céspedes Chacón, se constituyó Corporación Masako Business Sociedad Anónima. Domiciliada en Heredia. Capital social: cien mil colones exactos. Objetivo: comercio en general. Es todo.—Lic. Humberto Céspedes Chacón, Notario.—1 vez.—(45094).
Mediante escritura número ciento setenta y uno, otorgada ante el suscrito notario Antonio Maklouf Coto, al ser las diecisiete horas del día veintinueve de mayo del dos mil siete, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Buro de Viajes Costa Rica Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ciento cuarenta y cuatro mil cuatrocientos once, en la cual se acordó por unanimidad reforma la cláusula quinta de los estatutos en cuanto a la administración, y se nombra nuevo gerente y subgerente.—San José, nueve horas del veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Antonio Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—(45099).
Por escrituras otorgadas ante mí, se constituyeron las sociedades: A G N Financial Consultants S. A., Tifani Properties Ltda., y Melissa Properties Ltda. Presidente y gerentes, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Y protocolicé asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Transacciones La Roca Juli Ltda.—Lic. Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—(45101).
Por escritura otorgada ante mí, se reforma cláusula sexta de la sociedad Alfa-Omega Internacional Sociedad Anónima. Presidente: Javier Castillo Solano, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Luis Diego Castillo Guzmán, Notario.—1 vez.—(45102).
Por escritura otorgada a las 16:00 horas del día de hoy, se constituyó Hermanos Fuentes Ramírez HEFURA S. A. Domicilio: Heredia. Capital social: suscrito y pagado.—Heredia, 17 de mayo del 2007.—Lic. Manuel Antonio Vílchez Campos, Notario.—1 vez.—(45104).
A las nueve horas del veintitrés de mayo del dos mil siete, ante la notaría del Lic. Humberto Céspedes Chacón, se constituyó la Corporación Costa Rican Products-Copro Sociedad Anónima. Domicilio: Heredia, Los Lagos, casa número cuarenta y cinco D. Se va a dedicar al comercio general y llevar todo tipo de actividad mercantil. Es todo.—Heredia, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Humberto Céspedes Chacón, Notario.—1 vez.—(45105).
Por escritura otorgada ante mí, los señores: Vilmos Esti y Cindy Arias Quesada, constituyen la sociedad Green Future International Investments Sociedad Anónima, en español Inversiones Verde Futuro Internacional Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Capital: suscrito y pagado. Presidente: el primero.—San José, veintiocho de mayo del dos mil siete.—Lic. Roberto Sossa Sandí, Notario.—1 vez.—(45106).
Por escritura otorgada ante mí, los señores: Vilmos Esti y Cindy Arias Quesada, constituyen la sociedad Group D&B Consulting International Sociedad Anónima, en español Grupo de Consultoría Internacional D&B Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Capital: suscrito y pagado. Presidente: el primero.—San José, veintiocho de mayo del dos mil siete.—Lic. Roberto Sossa Sandí, Notario.—1 vez.—(45107).
Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 29 de mayo del 2007, se constituyó ante esta notaría la sociedad Gastronomic Snacks Of Pacific G.S.P. S. A. Domicilio: Escazú. Capital: cien mil colones. Presidente: Gustavo Flores Flores.—San José, 29 de mayo del 2007.—Lic. Eric Romero Jara, Notario.—1 vez.—(45109).
A las diez horas del martes trece de abril del dos mil siete, la sociedad denominada Inversiones Murojolu Sociedad Anónima, modificó la cláusula sétima de los estatutos, se comisionó al notario Alexander Quesada Venegas, para protocolizar el acta.—Lic. Alexander Quesada Venegas, Notario.—1 vez.—(45114).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A., constituyen Sauces A Número Dos Cedro T Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sauces A Número Dos Cedro T S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(45115).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A., constituyen Sauces B Número Veintidós Pino N Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sauces B Número Veintidós Pino N S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(45116).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A., constituyen Sauces C Número Dieciséis Manu O Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sauces C Número Dieciséis Manu O S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(45117).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A., constituyen Sauces E Número Nueve Poro I Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sauces E Número Nueve Poro I S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(45118).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A., constituyen Sauces D Número Dieciséis Teca T Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sauces D Número Dieciséis Teca T S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(45119).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A., constituyen Sauces D Número Nueve Sandalo E Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sauces D Número Nueve Sandalo E S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(45120).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A., constituyen Sauces D Número Dos Abeto D Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sauces D Número Dos Abeto D S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(45121).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A., constituyen Sauces C Número Trece Gavilán D Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sauces C Número Trece Gavilán D S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(45122).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A., constituyen Sauces C Número Seis Cristóbal A Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sauces C Número Seis Cristóbal A S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(45123).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A., constituyen Sauces C Número Cinco Manu R Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sauces C Número Cinco Manu R S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(45124).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A., constituyen Sauces C Número Cuatro Guayacán O Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sauces C Número Cuatro Guayacán O S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(45125).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A., constituyen Sauces C Número Dos Nogal M Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sauces C Número Dos Nogal M S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(45126).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A., constituyen Sauces B Número Veintitrés Cocobolo A Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sauces B Número Veintitrés Cocobolo A S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(45127).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A., constituyen Sauces A Número Once Ciprés E Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sauces A Número Once Ciprés E S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(45128).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A., constituyen Sauces A Número Nueve Nazareno I Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sauces A Número Nueve Nazareno I S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(45129).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A., constituyen Sauces A Número Ocho Caoba O Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sauces A Número Ocho Caoba O S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(45130).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A., constituyen Sauces A Número Siete Laurel T Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sauces A Número Siete Laurel T S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(45131).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A., constituyen Sauces A Número Cuatro Cenízaro M Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sauces A Número Cuatro Cenízaro M S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(45132).
Por escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos Urbanísticos La Lilliana S. A., constituyen Sauces A Número Tres Roble Q Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Sauces A Número Tres Roble Q S. A. Domicilio social: San Francisco, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Manuel Alberto Quirós Silesky.—San José, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(45134).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 18:00 horas del día 12 de diciembre del 2006, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Fortunas Cinco Mil Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó cláusula octava del pacto constitutivo, teniendo por lo tanto la representación legal y extrajudicial de la empresa el presidente, secretario y tesorero de la empresa.—Heredia, 24 de mayo del 2007.—Lic. Marjorie Morales Acosta, Notaria.—1 vez.—(45140).
Por escritura otorgada en connotariado en mi notaría, a las 18:00 horas del día 17 de abril del 2007, se constituyó la sociedad La Pluma Roja del Forestal Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: 10.000,00 colones.—Heredia, 24 de mayo del 2007.—Lic. Marjorie Morales Acosta, Notaria.—1 vez.—(45141).
Por escritura otorgada en connotariado en mi notaría, a las 17:00 horas del día 17 de abril del 2007, se constituyó la empresa Playas y Montañas por la Dolce Vita Sociedad Anónima.—Heredia, 24 de mayo del 2007.—Lic. Marjorie Morales Acosta, Notaria.—1 vez.—(45142).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la firma de estas plazas: “Los Altos Finca Filial Uno Laurel Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Dos Róbalo Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Tres Pargo Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cuatro Tejon Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cinco Tepezcuintle Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Seis Lora Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Siete Oropéndola Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Ocho Malinche Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Nueve Amapola Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Diez Grouper Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Once Gallo Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Doce Tamandúa Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Trece Kinkajou Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Catorce Pelicano Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Quince Gaviota Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Dieciséis Níspero Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Diecisiete Ceiba Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Dieciocho Guaria Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Diecinueve Itabo Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Veinte Pochote Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Veintiuno Almendro Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Veintidós Wahoo Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Veintitrés Mahi-Mahi Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Veinticuatro Pizote Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Veinticinco Howler Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Veintiséis Kingfisher Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Veintisiete Aracari Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Veintiocho Girasol Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Veintinueve Guarumo Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Treinta Guanacaste Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Treinta y Uno Tempisque Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Treinta y Dos Cocobolo Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Treinta y Tres Jacaranda Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Treinta y Cuatro Amberjack Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Treinta y Cinco Hammerhead Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Treinta y Seis Mono Titi Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Treinta y Siete Cariblanco Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Treinta y Ocho Tanager Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Treinta y Nueve Manakin Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cuarenta Heliconia Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cuarenta y Uno Bamboo Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cuarenta y Dos Teca Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cuarenta y Tres Espavel Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cuarenta y Cuatro Jícaro Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cuarenta y Cinco Corteza Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cuarenta y Seis Yellowfin Tuna Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cuarenta y Siete Bigeye Tuna Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cuarenta y Ocho Mapache Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cuarenta y Nueve Ocelot Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cincuenta Colibrí Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cincuenta y Uno Caracará Sociedad Anónima” “Los Altos Finca Filial Cincuenta y Dos Jengibre Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cincuenta y Tres Orquídea Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cincuenta y Cuatro Jobo Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cincuenta y Cinco Cenízaro Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cincuenta y Seis Cristóbal Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cincuenta y Siete Llanq-Llang Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cincuenta y Ocho Mako Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Cincuenta y Nueve Sailfish Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Sesenta Perezoso Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Sesenta y Uno Danta Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Sesenta y Dos Mot-Mot Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Sesenta y Tres Macaw Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Sesenta y Cuatro Mango Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Sesenta y Cinco Manzano Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Sesenta y Seis Pejibaye Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Sesenta y Siete Gallinazo Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Sesenta y Ocho Bejuco Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Sesenta y Nueve Matapalo Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Setenta Swordfish Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Setenta y Uno Marlin Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Setenta y Dos Puma Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Setenta y Tres Jaguar Sociedad Anónima”; “Los Altos Finca Filial Setenta y Cuatro Quetzal Sociedad Anónima”, y “Los Altos Finca Filial Setenta y Cinco Toucan Sociedad Paul Edward Lambert”. Fecha de otorgamiento: 29 de mayo del 2007. Lugar de otorgamiento: San José, Costa Rica. Agente residente: Lic. Daniel Aguilar González.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—(45150).
Bosco Javier Farias y Alexis Francisco Castro Sanabria, constituyen Mijte Sociedad Anónima. Domicilio: San José, distrito Escazú, cantón Escazú, Condominios Quinta Real. Plazo: 99 años. Capital social: ¢10.000,00. Administración: presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite, actuando solo conjuntamente. Escritura otorgada a las 11:00 horas del 25 de mayo del 2007.—Lic. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—(45152).
Rosibel Aguilar Brenes, notaria pública de San José, por escritura otorgada ante mí, el día 24 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad anónima Inversiones y Comercializadora Romosa CR Sociedad Anónima. Eric Rodríguez Montes de Oca y Mario Rodríguez Vargas, presidente y secretario respectivamente, siendo Eric Rodríguez Montes de Oca, el presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: inversión inmobiliaria, construcción y actividades mercantiles. Es todo.—Lic. Rosibel Aguilar Brenes, Notaria.—1 vez.—(45156).
Por escritura otorgada ante mi notaría en San José, a las 10:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad PA Diseño Interno Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Sabana Norte, del Restaurante El Chicote, 100 norte, 25 este y 250 al norte.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Edward Monge Abarca, Notario.—1 vez.—(45169).
Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas, hago constar que el día veinticinco de mayo del dos mil siete, a las once horas en la ciudad de Atenas, se realizó la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad La Belle Vie Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, veintiocho de mayo del dos mil siete.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—(45170).
Por escritura otorgada a las quince horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Propiedades e Inversiones La Cumplida S. A., por la que se modifican las cláusulas primera, segunda y sexta. Se cambia la denominación por Quercus Dieciocho-Ochenta y Uno S. A., se cambia el domicilio a San Juan de Tibás, y se varía la integración de la junta directiva, la que se reorganiza.—San José, 14 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Roberto Brenes Villar, Notario.—1 vez.—(45171).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Transportes Farmacéuticos TF Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula cuarta de los estatutos sociales.—San José, 29 de mayo del 2007.—Lic. Roberto León Gómez, Notario.—1 vez.—(45181).
Ante el suscrito notario público, siendo las 15:00 horas del día 16 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad Barchart Market S. A., con un capital social totalmente pagado y cancelado.—San José, 29 de mayo del 2007.—Lic. Olman Yorly Soto Vanegas, Notario.—1 vez.—(45183).
Por escritura otorgada ante nosotros, se modifica la cláusula sétima de la administración de la firma Must be True S. A. Fecha: 30 de mayo del 2007. Lugar de otorgamiento: San José. Notarios: Marco Araya Arroyo y Daniel Aguilar González.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—(45191).
Por escritura otorgada ante nosotros, se modifica la cláusula sétima de la administración de la firma Wildlife Adventure S. A. Fecha: 30 de mayo del 2007. Lugar de otorgamiento: San José. Notarios: Marco Araya Arroyo y Daniel Aguilar González.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—(45192).
Que mediante asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía Ban Corp Mortgage Brokers Inc Limitada, celebrada en su domicilio social a las 16:20 horas del día 21 de mayo del 2007, se acordó modificar la cláusula sétima de la representación judicial y extrajudicial.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—(45211).
La suscrita notaria, hace constar que a las 10:00 horas del 29 de mayo del 2007, se constituyó en mi notaría, la sociedad denominada Omar y Julieta Sociedad Anónima. Presidenta: Julieta Trejos Carballo. Domicilio: en Heredia, cantón Belén, distrito La Asunción.—San José, 30 de mayo del 2007.—Lic. Thais María Zumbado Ramírez, Notaria.—1 vez.—(45214).
Por escritura otorgada el día de hoy, a las diez horas, ante este notario público, las señoras Silvia Campos Chacón y Ciria Chacón Elizondo, constituyen Kalipan Cincuenta y Seis Sociedad Anónima. Presidenta: Silvia Campos Chacón. Plazo: cien años. Capital social: trescientos sesenta mil colones.—San José, dieciséis de mayo del dos mil siete.—Lic. José Miguel Alfaro Masís, Notario.—1 vez.—(45217).
En mi notaría, se constituyó la Sociedad Anónima Madmor. Escritura otorgada a las once horas del día veintitrés de mayo del dos mil siete. Capital social: diez mil colones. Es todo.—San José, a las diez horas del día veinticinco de mayo del dos mil siete.—Lic. Yamileth Pérez Jiménez, Notaria.—1 vez.—(45220).
En mi notaría, se constituyó la Sociedad Anónima Ravi. Escritura otorgada a las doce horas del día veinticuatro de mayo del dos mil siete. Capital social: diez mil colones. Es todo.—San José, a las diez horas del día veinticinco de mayo del dos mil siete.—Lic. Yamileth Pérez Jiménez, Notaria.—1 vez.—(45221).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Successful Outcomes Sociedad Anónima, con un plazo de noventa y nueve años, y un capital social de cien mil colones exactos.—San José, dieciséis de mayo del dos mil siete.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(45230).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Tomcat Fire Sociedad Anónima, con un plazo de noventa y nueve años, y un capital social de cien mil colones exactos.—San José, dieciséis de mayo del dos mil siete.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(45232).
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyeron veintiún sociedades anónimas, cuya denominación social se ajustará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Capital: totalmente suscrito y pagado.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(45236).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy, se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía denominada Shamrock Arenal Panchitos S. A., mediante la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(45238).
Por escritura número trescientos cuarenta y uno, otorgada ante el suscrito notario, en la ciudad de San José, a las 13:00 horas del día 25 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad denominada Insauni S. A., pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en S. A.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Luis Adolfo Ureña Sáenz, Notario.—1 vez.—Nº 23776.—(45253).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las once horas del veintiocho de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada FS Hinek Ltda. Plazo social: cien años. Capital social: sesenta mil colones. Gerente: María Cristina Fernández Vargas.—San José, 29 de mayo del 2007.—Lic. José Pablo Mata Ferreto, Notario.—1 vez.—Nº 23778.—(45254).
Mediante escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del veinticinco de mayo del dos mil siete, se constituyó Río Blanco Project S.A. Presidente y secretario, apoderados generalísimos sin limitación de suma. Domicilio: Guanacaste, Guardia de Liberia, dos kilómetros al sur del Aeropuerto Internacional. Capital social: ciento veinte mil colones.—Cartago, veinticinco de mayo del dos mil siete.—Lic. Heike Kulzer Homann, Notaria.—1 vez.—Nº 23779.—(45255).
Mediante escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del veinticinco de mayo del dos mil siete, se constituyó Liberia Airport INN S. A. Presidente y secretario, apoderados generalísimos sin limitación de suma. Domicilio: Guanacaste, Guardia de Liberia, dos kilómetros al sur del Aeropuerto Internacional. Capital social: ciento veinte mil colones.—Cartago, veinticinco de mayo del dos mil siete.—Lic. Heike Kulzer Homann, Notaria.—1 vez.—Nº 23780.—(45256).
Ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad de esta plaza Easy Car Rental. Capital: totalmente suscrito y pago.—Alajuela, dos de marzo del dos mil siete.—Lic. Johnny Ramírez Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 23781.—(45257).
Ante mí, Alejandro Sanabria Romero, notario con oficina en San José, al tomo trece de mi protocolo, folio ciento cuarenta y seis frente, escritura número doscientos veinticuatro de las ocho horas del veinticinco de marzo del dos mil siete, se constituye sociedad anónima denominada Advacomm S. A. Capital: suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: presidente, secretario y tesorero. Es todo.—San José, veinticinco de mayo del dos mil siete.—Lic. Alejandro Sanabria Romero, Notario.—1 vez.—Nº 23782.—(45258).
Por escrituras otorgadas ante el suscrito notario, a las ocho, nueve y diez horas del día de hoy, se constituyeron las entidades de este domicilio, denominadas: Macao Lodge S. A.; Instituto de Investigaciones Ara Macao S. A., y Centro de Estudios sobre Calentamiento Global S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Pablo Gordienko Mateo.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Javier Camacho Granados, Notario.—1 vez.—Nº 23784.—(45259).
Hoy se constituye Café Montaña Dorada S. A.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Lissette Rodríguez Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 23785.—(45260).
Hoy se constituye Girasol Dorado & Adroz S. A.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Lissette Rodríguez Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 23786.—(45261).
Por escritura otorgada el día de hoy, ante mí, se constituyó Gerenpro C.A. S. A.—San Pablo de Heredia, 28 de mayo del 2007.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 23787.—(45262).
Por escritura otorgada a las 12:00 horas del día 28 de mayo del 2007, se modifica la cláusula sétima de la sociedad Inversiones Jololi S.A.—Lic. Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—Nº 23788.—(45263).
Ermis Alvarado Elizondo, mayor, soltero, en unión libre, comerciante, vecino de Aguas Claras de Upala, 400 metros al sur de la Escuela Porfirio Ruiz Navarro de Aguas Claras de Upala, con cédula de identidad Nº 5-323-041, y otra, constituyen sociedad de nombre Jerson Vistas del Miravalles S. A. Capital social: ¢10.000,00. Domiciliada en Aguas Claras, Upala, 400 metros sur de la Escuela. Constitución mediante escritura Nº 130-6, visible al folio 65 vuelto del tomo sexto del notario Lic. Melvin Lobo Palacio.—Aguas Claras, Upala, 18 de mayo del 2007.—Lic. Melvin Lobo Palacio, Notario.—1 vez.—Nº 23790.—(45264).
Mediante acta Nº 3, de la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Sistemas de Reingeniería V & A Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-339.279, se ceden acciones, se modifican las cláusulas segunda, sétima, octava, se nombra nueva junta directiva y fiscal y se otorga poder generalísimo. Es todo.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1 vez.—Nº 23791.—(45265).
Por escritura número ochenta, otorgada ante el suscrito notario, a las diecisiete horas cero minutos del veinticuatro de abril del dos mil siete, se constituyó la empresa LC Consultores Integrales de Negocios Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veinticuatro de abril del dos mil siete.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—Nº 23792.—(45266).
Por escritura número ciento ocho, otorgada ante el suscrito notario, y visible en el tomo tercero de mi protocolo, se constituyeron las empresas: AAA Hi Tech Sociedad Anónima; Tecno Tec Sociedad Anónima; Empresas Distribuidoras Technics Tec Sociedad Anónima; West Blend Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintiocho de mayo del dos mil siete.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—Nº 23793.—(45267).
Ante esta notaría, el día veinticinco de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad Importaciones Nova Ltda. Capital social: diez mil colones. Domicilio: San José, Pavas. Plazo social: noventa y nueve años. Gerentes: Chung Liang Weng y Shulai Luo Lio. Notario cartulante y agente residente: Didier Solórzano Ruiz.—Lic. Didier Solórzano Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 23794.—(45268).
Bufete Serrano y Asociados, en escritura otorgada en esta notaría, a las 16:00 horas del 24 de mayo del 2007, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Control Natural de Plagas Girasol S. A. Reforma cláusula octava. Presidente: Rafael Ángel Araya Jiménez.—Lic. José Rodrigo Serrano Masís, Notario.—1 vez.—Nº 23795.—(45269).
Bufete Serrano y Asociados, en escritura otorgada en esta notaría, a las 15:00 horas del 23 de febrero del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Distribuidora Ecos del Zurquí J.&.G. Sociedad Anónima. Se nombra presidente, secretaria y tesorero. Se reforma cláusula octava. Presidente: Jhonny Miranda Brenes.—Lic. José Rodrigo Serrano Masís, Notario.—1 vez.—Nº 23796.—(45270).
Bufete Serrano y Asociados, en escritura otorgada en esta notaría, a las 15:00 horas del 9 de mayo del 2007, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de Mister Dollar Carga Pesada Sociedad Anónima. Se nombra tesorero.—Lic. José Rodrigo Serrano Masís, Notario.—1 vez.—Nº 23797.—(45271).
La suscrita Andrea Rojas Rodríguez, notaria pública con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número ciento cuarenta y cuatro, iniciada al folio ochenta frente, del tomo tercero de mi protocolo, otorgada ante mi notaría, al ser las trece horas del día veintitrés de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Cyber Shop Sociedad Anónima, cuyo presidente, tiene la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma.—Lic. Andrea Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 23798.—(45272).
Por escritura Nº 257 de las 12:00 horas del día 14 de mayo del 2007, María Cristina Chacón Sánchez y Augusto Trejos Molina, constituyeron sociedad denominada Lerin de los Llanos Sociedad Anónima. Capital social: ¢100.000,00. Presidenta: María Cristina Chacón Sánchez.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 23800.—(45273).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas del veinticuatro de mayo del dos mil siete, se protocolizó el acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Flores del Caribe A&E de Moravia Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta mil ochocientos ochenta y nueve, por la que se reforman las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo, referidas al nombre y al domicilio.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Yuliana Gaitán Ayales, Notaria.—1 vez.—Nº 24056.—(45274).
El día de hoy en mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Giocobelli de Granada S. A. Con un capital social de cien mil colones. Domiciliada en San José, Barrio González Lahman. Presidenta: Ana Lucía Cordero Alvarado. Objeto: comercio, agricultura e industria en general.—San José, veinticinco de mayo del dos mil siete.—Lic. Rosalío Ortega Hegg, Notario.—1 vez.—Nº 24058.—(45275).
El día de hoy en mi notaría, se constituyó la sociedad denominada La Conchagua S. A. Con un capital social de cien mil colones. Domiciliada en San José, Barrio González Lahman. Presidenta: Ana Lucía Cordero Alvarado. Objeto: comercio, agricultura e industria en general.—San José, veinticinco de mayo del dos mil siete.—Lic. Rosalío Ortega Hegg, Notario.—1 vez.—Nº 24059.—(45276).
El día de hoy en mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Royal Food S. A. Con un capital social de cien mil colones. Domiciliada en San José, Barrio González Lahman. Presidenta: Ana Lucía Cordero Alvarado. Objeto: comercio, agricultura e industria en general.—San José, veinticinco de mayo del dos mil siete.—Lic. Rosalío Ortega Hegg, Notario.—1 vez.—Nº 24060.—(45277).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:30 horas del 8 de mayo del 2007, Kattia Esquivel Vargas y Yolanda Vargas Ureña, constituyen Agroevaru TZU Sociedad de Responsabilidad Limitada. Representación judicial y extrajudicial corresponden al gerente y subgerente. Gerente: Kattia Esquivel Vargas.—San Marcos de Tarrazú, 25 de mayo del 2007.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 24063.—(45278).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del 24 de mayo del 2007, Víctor Jiménez Brenes y Jorge Mario Jiménez Navarro, constituyen Inversiones JN Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada. Representación judicial y extrajudicial corresponden al gerente y subgerente. Gerente: Víctor Jiménez Brenes.—San Marcos de Tarrazú, 25 de mayo del 2007.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 24064.—(45279).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 24 de abril del 2007, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Almoa de Cóbano Sociedad Anónima. Mediante la cual, por renuncia de éstos, se designan presidente y vicepresidente de la junta directiva. Se modifica la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Eladio Antonio Picado Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 24067.—(45280).
Ante mi notaría, mediante escritura número treinta y tres, otorgada a las diez horas treinta minutos del doce de abril del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Grúas Amarillas Limitada. Capital social: cuarenta mil colones.—Lic. Javier Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 24068.—(45281).
Por escritura otorgada a las once horas del veinticinco de mayo del dos mil siete, se protocolizó asamblea de la sociedad denominada Desarrollos Económicos Industriales y Empresariales del Norte S.A.—Santa Ana, veinticinco de mayo del dos mil siete.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 24069.—(45282).
Por escrituras otorgadas a las once horas del día dieciocho de enero de dos mil seis, y diez horas del día diecisiete de abril del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Promotora Turística Aranjuez PROTA Sociedad Anónima. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiocho de mayo del dos mil siete.—Lic. Nidia María Cordero Padilla, Notaria.—1 vez.—Nº 24071.—(45283).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 27 de abril del 2007, se constituye la sociedad Soldaduras y Estructuras Leiva S. A. Domicilio: San José, Santa Ana, de la Agencia de Acueductos y Alcantarillados, veinticinco metros al oeste. Objeto: el comercio, la industria, la ganadería, la agricultura y la prestación de todo tipo de servicios lícitos en general. Plazo: 100 años. Capital: ¢10.000,00, representado por 2 acciones comunes y nominativas de ¢1.000,00 cada una. Presidente: Jeffry Leiva Jiménez.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. José Daniel Alvarado Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 24072.—(45284).
En mi notaría, a las 10:15 horas del 25 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad denominada Liang Cheng Importaciones Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones, representado por 10 acciones comunes y nominativas de 10.000,00 colones cada una. Objeto: comercio en general. Plazo: 99 años.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. María Jesús Ugalde Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 24073.—(45285).
En mi notaría, a las 10:35 horas del 25 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad denominada L Y C Corp. Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones, representado por 10 acciones comunes y nominativas de 10.000,00 colones cada una. Objeto: comercio en general. Plazo: 99 años.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. María Jesús Ugalde Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 24074.—(45286).
Por escritura número ciento cinco, de las dieciocho horas del día veintiséis de mayo del dos mil siete, Lilia Sanabria Fernández y Sadí Laporte Molina, constituyen la sociedad anónima denominada Lisafe S. A. Presidenta: Lilia Sanabria Fernández.—Lic. Alejandra Rojas Carballo, Notaria.—1 vez.—Nº 24075.—(45287).
Por escritura pública otorgada en La Fila de Desamparados, a las trece horas del veintitrés de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Agroveterinaria La Fila Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Agroveterinaria La Fila S. A.—La Fila de Desamparados, veintiocho de mayo del dos mil siete.—Lic. Gerardo Valverde Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 24076.—(45288).
Por medio de escritura otorgada ante la conotaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas con veinticinco minutos del día veinticuatro de mayo del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Na Oneipeytei Aythe Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sexta del pacto social, se revoca el nombramiento del presidente de la junta directiva, y se nombra nuevo presidente de la junta directiva.—San Isidro de Pérez Zeledón, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. María Catalina Garro Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 24077.—(45289).
Que por acta número diez de asamblea general extraordinaria de Materiales de Construcción Feymaco S. A., cédula jurídica Nº 3-101-091972-14, celebrada en su domicilio social, el ocho de julio del dos mil, se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo. Es todo.—San Isidro, 29 de mayo del 2007.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 24078.—(45290).
En esta notaría, se está tramitando en escritura Nº 87-5, constitución de sociedad anónima denominada Gonzba S. A. Capital social: ¢200.000,00. Plazo social: 99 años a partir de su constitución.—25 de mayo del 2007.—Lic. Mayra Vindas Ureña, Notaria.—1 vez.—Nº 24079.—(45291).
El día de hoy, se constituyó la sociedad Grupo de Teatro Multidisciplinario Electroshock Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado. Visible al folio uno frente del tomo ocho de mi protocolo.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Marco Antonio Vargas Cavallini, Notario.—1 vez.—Nº 24082.—(45293).
La suscrita Lic. Virginia Umaña Segura, notaria pública de San José, comunica que mediante escritura número ciento dieciocho de las 10:00 horas del 24 de mayo del 2007, Gustavo Adolfo Cordero Díaz, cédula de identidad Nº 109600806 y Sharon Johanna Rojas Piedra, cédula de identidad Nº 111000210, constituyeron las siguientes sociedades anónimas: Naturaleza Encontrada S. A.; Naturaleza Perdida S. A.; Naturaleza Armoniosa S. A.; Naturaleza del Paraíso S. A.; Naturaleza En Armonía S. A.; Naturaleza del Valle S. A.; Naturaleza de las Montañas S. A.; Naturaleza del Pacífico S. A.; Naturaleza del Atlántico S. A.; Naturaleza de Manuel Antonio S. A.; Naturaleza de Naranjito S. A.; Naturaleza de Mata Palo S. A.; Naturaleza de Cubano S. A.; Naturaleza de Tamarindo S. A.; Naturaleza del Potrero S. A.; Naturaleza de Parrita S. A.; Naturaleza del Llano S. A.; Naturaleza Conservada S. A.; Naturaleza de Santa Teresa S. A.; Naturaleza Venidera S. A.; Naturaleza de Los Aguacates S. A.; Naturaleza de la Llanura S. A.; Naturaleza del Oriente S. A.; Naturaleza del Occidente S. A.; Momentos Inolvidables S. A.; Momentos Preciosos S. A.; Momentos Oportunos S. A.; Momentos del Atardecer S. A.; Momentos del Amanecer S. A.; Momentos en el Mar S. A.; Momentos del Océano S. A.; Momentos En El Campo S. A.; Momentos en la Montaña S. A.; Momentos Pasajeros S. A.; Momentos para Siempre S. A.; Momentos del Día S. A.; Horizontes Fijados S. A.; Horizontes de Manuel Antonio S. A.; Horizontes Escondidos S. A.; Horizontes de Santa Teresa S. A.; Horizontes del Atlántico S. A.; Horizontes del Pacífico Central S. A.; Horizontes del Pacífico Norte S. A.; Momentos de La Noche S. A.; Horizontes de Mal País S. A.; Horizontes de Mata Palo S. A.; Horizontes de Parrita S. A.; Horizontes de Naranjito S. A.; Horizontes Playa Macha S. A.; Horizontes Limitados S. A.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Virginia Umaña Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 24083.—(45294).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, de 11:00 horas de hoy, se constituyó una sociedad anónima, la que se denominará con su número de cédula jurídica, seguido de su aditamento Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—San José, 18 de abril del 2007.—Lic. Juan Antonio Mora Doninelli, Notario.—1 vez.—Nº 24084.—(45295).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:30 horas del 26 de mayo del 2007, se constituyó la compañía denominada Hirleny Sociedad Anónima, con capital social de dos mil colones.—Ciudad Quesada, 26 de mayo del 2007.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 24089.—(45296).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:15 horas del 28 de mayo del 2007, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social será el número de cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas le asigne de oficio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo número 33171-J, publicado en La Gaceta número 114 del 14 de junio del 2006.—Ciudad Quesada, 28 de mayo del 2007.—Lic. Wálter José Jiménez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 24090.—(45297).
Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del día 24 de mayo del 2007, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Villa Lorraine S. A., mediante la cual se modificó la cláusula segunda de los estatutos, se revocó el nombramiento en todos los cargos de la junta directiva, fiscal y agente residente y se hizo nuevos nombramientos en todos los cargos de la junta directiva y fiscal para lo que resta del plazo social.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Augusto José Rojas Trejos, Notario.—1 vez.—Nº 24091.—(45298).
Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del día 17 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad denominada Ratham MJ Limitada. Gerente y subgerente con las facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: San Rafael, Escazú, San José.—San José, 17 de mayo del 2007.—Lic. Augusto José Rojas Trejos, Notario.—1 vez.—Nº 24092.—(45299).
El Lic. Danilo Villanueva Villalobos, hace saber que en esta notaría, se está tramitando la constitución de la sociedad denominada El Shaman Automotriz Sociedad Anónima, cuyos fines son el comercio en general, la industria, la ganadería, y la agricultura, el domicilio social estará en la ciudad de Buenos Aires de Puntarenas, Ujarrás, cincuenta metros al sur del Puente Hamacas, y cuya representación judicial y extrajudicial de la sociedad le corresponde al señor presidente Marvin Villanueva Morales, mayor, casado una vez, agricultor, portador de la cédula de identidad número seis-ciento cincuenta y nueve-setecientos veintitrés, vecino de la ciudad de Buenos Aires de Puntarenas, Ujarrás, cincuenta metros al sur del Puente hamacas, con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma.—Buenos Aires, quince de mayo del año dos mil siete.—Lic. Danilo Villanueva Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 24095.—(45300).
Mediante escritura otorgada en esta ciudad, a las 16:40 horas del 21 de mayo del 2007, se constituyó la empresa Boulanger y Muelles S. A. Presidenta: Linda Rae Jorgensen Mueller. Plazo: 99 años.—San Isidro, Pérez Zeledón, 21 de mayo del 2007.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 24096.—(45301).
Que por escritura número 95, visible a folio 72 vuelto del tomo XX del protocolo del notario Lic. Jorge Zúñiga Calderón, se constituyó la empresa representada por el gerente Terry (nombre) Maccormark, pasaporte 705359587 Un Nuevo Atardecer en Costa Rica S.R.L. El motivo de este edicto es la constitución de la empresa atrás indicada.—San Isidro, Pérez Zeledón, a las 10:00 horas del 28 de mayo del año 2007.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 24097.—(45302).
Por escritura de las 14:50 horas, se constituye la sociedad M D Guagara Mirando al Mar Sociedad Anónima, y se nombra junta directiva. Presidente: Luis Morales Fallas. Capital social: 16.000,00 colones. Plazo social: 99 años.—San Isidro de Pérez Zeledón, 28 de mayo del 2007.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 24098.—(45303).
Por medio de la escritura número cuarenta y uno, del tomo sétimo de mi protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Look Out Inn de Playa Carate S. A. Mediante la cual se llevó acabo el cambio de la junta directiva específicamente secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—San José, veintiocho de mayo del dos mil siete.—Lic. Alban Sing Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 24100.—(45304).
Por medio de la escritura número cuarenta y tres, del tomo sétimo de mi protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Millón Veintiuno S. A. Mediante la cual se llevó acabo el cambio de la junta directiva específicamente secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—San José, veintiocho de mayo del dos mil siete.—Lic. Alban Sing Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 24101.—(45305).
Por medio de la escritura número cuarenta y dos, del tomo sétimo de mi protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Millón Veinte S. A. Mediante la cual se llevó acabo el cambio de la junta directiva específicamente secretario, tesorero, fiscal y agente residente.—San José, veintiocho de mayo del dos mil siete.—Lic. Alban Sing Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 24102.—(45306).
Por escritura número quince-cinco, otorgada en esta notaría, a las ocho horas con quince minutos del día cuatro de mayo del año dos mil siete, se constituye la sociedad anónima denominada L & G Business Consulting S. A.—Cartago.—Lic. José Alberto Fonseca D’Avanzo, Notario.—1 vez.—Nº 24103.—(45307).
El día de hoy, se protocolizó el acta de asamblea de accionistas de Productos Alimenticios Imperial S. A., en la cual se modificaron parcialmente los estatutos.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Vivian Chacón Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 24105.—(45308).
Ante mi notaría, se constituyó Cosmos Holdings Setenta y Dos S. A. Presidente Ernesto Navarro Núñez. Capital social totalmente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años.—Cartago, 28 de mayo del 2007.—Lic. Jonnathan Rojas Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 24106.—(45309).
Ante mi notaría, se constituyó Good Game S. A. Presidente: Ernesto Navarro Núñez. Capital social totalmente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años.—Cartago, 28 de mayo del 2007.—Lic. Jonnathan Rojas Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 24107.—(45310).
Por escritura otorgada, a las 8:00 horas del día 28 de mayo del año 2007, realicé la protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Lone Oak S. A., cédula jurídica 3-101-361475, por la cual se reforma la cláusula décima y se cambia la junta directiva.—San José, 28 de mayo del año 2007.—Lic. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 24108.—(45311).
A efecto de publicación del edicto correspondiente, le informo que el 17 de mayo del año 2007, comparecieron a esta notaría, las señoras María Isabel Calderón Segura, cédula 3-200-694, Cinthia Lilliana Salmerón Calderón, cédula 1-998-195, para constituir la sociedad Disco Móvil Caliente y Fuego Sociedad Anónima. Dicha sociedad fue constituida a las once horas del día 17 de mayo del año dos mil siete, por el notario Gerardo Quesada Monge, en escritura número 166-14 del tomo catorce de su protocolo.—San José, a los veintinueve días del mes de mayo del 2007.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—Nº 24114.—(45312).
Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las nueve horas del dieciocho de mayo del año en curso, se constituyó la sociedad de esta plaza eRECORDATORIOS Sociedad Anónima, abreviándose eRECORDATORIOS S. A. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: toda clase de industria y comercio, agricultura y ganadería. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, dieciocho de mayo del dos mil siete.—Lic. José Alberto Longhi Carvajal, Notario.—1 vez.—Nº 24118.—(45313).
Por escritura autorizada por el notario público Femando Solano Rojas, en San José, a las 8:00 horas del 26 de mayo del 2007, se protocolizaron artículos de asamblea general extraordinaria de socios de Paseo Géminis Cinco Sociedad Anónima, mediante los cuales se acuerda reformar la cláusula octava del pacto social, se aceptan renuncias de los miembros de la junta directiva, fiscal y agente residente y se nombran nuevos miembros de la junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Femando Solano Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 24119.—(45314).
Por escritura otorgada a las doce horas del día veintitrés de mayo del año dos mil siete, se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Govar (WAP) Sociedad Anónima, reformándose la cláusula sexta de los estatutos.—Lic. Mariselle Verdesia Meneses, Notaria.—1 vez.—Nº 24120.—(45315).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintinueve de mayo de dos mil siete, se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y del fiscal de vigilancia; se realizan los nuevos nombramientos y se modifican las cláusula segunda (del domicilio) y la cláusula sétima (de la administración) del pacto constitutivo de la compañía Livenza Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2007.—Lic. Roxana Molestina Gaviria, Notaria.—1 vez.—Nº 24121.—(45316).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas diez minutos del veintinueve de mayo de dos mil siete, se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y del fiscal de vigilancia; se realizan los nuevos nombramientos y se modifica la cláusula segunda (del domicilio) y la cláusula sétima (de la administración) del pacto constitutivo de la compañía Tilaventus Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2007.—Lic. Roxana Molestina Gaviria, Notaria.—1 vez.—Nº 24122.—(45317).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas veinte minutos del veintinueve de mayo de dos mil siete, se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y del fiscal de vigilancia; se realizan los nuevos nombramientos y se modifican la cláusula segunda (del domicilio) y la cláusula sétima (de la administración) del pacto constitutivo de la compañía Latisana Sociedad Anónima.—San José, 29 de mayo del 2007.—Lic. Roxana Molestina Gaviria, Notaria.—1 vez.—Nº 24123.—(45318).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 7:00 horas del 27 de abril del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Jofepa Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica las cláusulas primera, segunda y sétima del pacto constitutivo y se acepta la renuncia del presidente y secretario y se realizó nuevos nombramientos.—Lic. Beatriz Artavia Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 24124.—(45319).
En escritura Nº 23, de 8:00 horas del 24 de mayo del 2007, en mi protocolo Constructora La Primera Piedra S. A., en asamblea general extraordinaria acordó reformar cláusula 9 del pacto social y cambiar tres miembros de junta directiva.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Antonio Chávez Olivares, Notario.—1 vez.—Nº 24125.—(45320).
El suscrito notario, hace constar que el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Doble T de San José S. A., en la que se reforma la cláusula sexta de la sociedad.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. José R. Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—Nº 24131.—(45321).
El suscrito notario, hace constar que el día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Domino Trading Company S. A., en la que se reforma las cláusulas primera y sexta de la sociedad.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. José R. Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—Nº 24132.—(45322).
En la notaría del Licenciado Marcelo Astúa Valverde, carné 10766, a las dieciséis horas del veinticinco de mayo del dos mil siete, se constituyó Inmobiliaria Varqui Sociedad Anónima, capital social cien mil colones, cuyos apoderados generalísimos sin límite de suma lo son Aracelly Vargas Quirós y Édgar Alfonso Vargas Alpízar, cédulas de identidad por su orden dos-ciento dieciséis-ochocientos cincuenta y dos, y uno-mil doscientos ochenta y cinco-trescientos setenta y cuatro, pudiendo actuar conjuntamente o separadamente.—San José, a las ocho horas del veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Marcelo Astúa Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 24135.—(45323).
En la notaría del Licenciado Marcelo Astúa Valverde, carné 10766, a las dieciséis horas treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil siete, se constituyó Inmobiliaria Playa Verde Sociedad Anónima, capital social cien mil colones, cuyos apoderados generalísimos sin límite de suma lo son Édgar Arturo Vargas Quirós, cédula de identidad número uno-quinientos noventa-novecientos ochenta y ocho y César Andrés Vargas Alpízar, cédula de identidad número uno-mil trescientos cuarenta y ocho-setecientos cincuenta y nueve pudiendo actuar conjuntamente o separadamente.—San José, a las ocho horas treinta minutos del veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Marcelo Astúa Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 24136.—(45324).
Al ser las 14:00 horas del 28 de mayo del 2007, ante mí se constituyó la sociedad Keops Inmobiliaria S. A., presidente y tesorero apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Plazo: 99 años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: Curridabat, San José, 100 metros al este y 50 al norte de la entrada a Hacienda Vieja.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Emil Steve Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 24137.—(45325).
Por escritura otorgada ante mí, constituyose Mitridates S. A. Domicilio San Rafael Heredia, capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario con representación judicial y extrajudicial. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 29 de mayo del 2007.—Lic. Óscar Navarro Mondragón, Notario.—1 vez.—Nº 24140.—(45326).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Zion Bermuda Limitada. El plazo social es de cien años, el capital social es la suma de diez mil colones representado por diez cuotas nominativas de mil colones cada una y la representación judicial y extrajudicial corresponde al gerente. Es todo.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—Nº 24141.—(45327).
Por escritura número ciento setenta y tres, otorgada ante mí, a las diez horas y treinta minutos del veintiocho de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad Soluciones Siete y Ocho Sociedad Anónima.—Lic. Carlos Roberto Ribera Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 24142.—(45328).
Por escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 15:00 horas del 23 de mayo del 2007, se protocolizó el acta número cinco de asamblea general extraordinaria de Condominios Tropicana S. A., en la cual se aumenta el capital social de la compañía. Misma fecha.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 24143.—(45329).
Por escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 14:00 horas del 23 de mayo del 2007, se constituyó la compañía denominada Nueva Vascal C.R. Sociedad Anónima. Domiciliada en Santa Clara de San Carlos, Alajuela. Misma fecha.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 24144.—(45330).
El suscrito notario hace constar que mediante escritura número cincuenta y ocho, de las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del diez de mayo de dos mil siete, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria número uno de la sociedad denominada Tres- Ciento Uno-Cuatrocientos Setenta y Nueve Mil Setecientos Cuatro S. A. se reforman estatutos y nombra nueva junta directiva y fiscal. En mi notaría en Barrio Esquivel Bonilla.—San José, a las catorce horas del veintiocho de mayo de dos mil siete.—Lic. Carlos Edo. Brilla Ferrer, Notario.—1 vez.—Nº 24145.—(45331).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del día de hoy, se ha constituido la sociedad Agroindustrias San Cristóbal H. W. S. Sociedad Anónima. Capital suscrito pagado totalmente por sus socios. Domicilio: San Cristóbal, Pérez Zeledón, 300 metros oeste de la plaza. Plazo: 99 años. Presidente, secretario y tesorero con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San Isidro de Pérez Zeledón, 9 de abril del 2007.—Lic. Jorge Arturo Pereira Castro, Notario.—1 vez.—Nº 24146.—(45332).
Se deja constancia que en esta notaría, Kattia Ramírez Fallas y Josué Trejos Salas, el día veintiocho de mayo del dos mil siete, mediante escritura otorgada a las once horas constituyeron Inversiones R Y T Fortuna S. A. Presidenta: Kattia Ramírez Fallas.—Lic. Emma Cousin Picado, Notaria.—1 vez.—Nº 24150.—(45333).
Por escritura otorgada, ante nosotros Mauricio Ceciliano Rivera y Cintya Bustos Cordero, a las quince horas del veintiocho de marzo del dos mil siete, se constituye la sociedad Distribuidora Kyhne y Asociados Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Distribuidora Kyhne S. A. Domicilio: tendrá su domicilio social en Pérez Zeledón, San Isidro del General en Barrio Cocorí, setenta y cinco metros al suroeste del Ebais. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de constitución. Presidente: Adolfo Rodríguez Morales.—San Isidro de Pérez Zeledón, once de mayo del año dos mil siete.—Lic. Cintya Bustos Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 24152.—(45334).
Por escritura otorgada, ante la suscrita notaría, de las 14:00 horas del 27 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad Antonio, Teresa y sus Diez Hijos Arroyo Álvarez de Villa Bonita de Alajuela S. A. Capital social: 10.000 colones íntegramente suscritas y pagadas. Domicilio social: Villa Bonita de Alajuela, frente a la Farmacia Catedral. Representación social: presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente. Plazo social: 99 años. Objeto social: el comercio en general.—Lic. Cecilia Ivette Villalobos Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 24153.—(45335).
Por escritura número 28-121, otorgada ante el notario Jorge Luis Quesada Hidalgo, otorgada a las 10:30 horas del 28 de mayo del año 2007, se constituye El Diamante Azul J Y M del Norte Sociedad Anónima. Representación presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Jorge Luis Quesada Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 24158.—(45336).
Por escritura número trescientos veintiuno en Cartago, de las doce horas del nueve de mayo del año dos mil siete, la sociedad Oschirrogueri Sociedad Anónima. Reforma cláusulas del estatuto referentes al domicilio social y al objeto de la sociedad.—Lic. Luis Fernando Sáenz González, Notario.—1 vez.—Nº 24159.—(45337).
Por escritura otorgada ante esta notaría, Fraccionamiento La Ladera Etapa BEF Lote Catorce NNN S. A., reforma cláusulas 2, 7 y 8, nombra junta directiva y fiscal.—Heredia, a las 11:00 horas del 24 de mayo del 2007.—Lic. Enilda Gutiérrez Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 24161.—(45338).
A las catorce horas del día de hoy, se constituyó la empresa El Escondite de Buena Vida Sociedad Anónima. Capital: cincuenta mil colones.—San José, veintiocho de mayo del dos mil siete.—Lic. María del Milagro Chaves Desanti, Notaria.—1 vez.—Nº 24162.—(45339).
Por escritura número doscientos veinte-treinta y cinco, de las 10:00 horas del 11 de abril del 2007 ante mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Sonart S. A., mediante la cual se nombra nuevo tesorero de la junta directiva y fiscal.—San José, 29 de mayo del 2007.—Lic. Dora María Fernández Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 24163.—(45340).
Ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Chenice Beverly Hills Costa Rica S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-405925, en la cual se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 22 de mayo del 2007.—Lic. Gilbert Ulloa Astorga, Notario.—1 vez.—Nº 24164.—(45341).
Ante esta notaría, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de la Sociedad Costa Rica Repuestos S. A., cédula jurídica 3-101-180025, en la cual se reformó la cláusula primera en cuanto a su denominación para que en adelante se denomine Costa Rica By Selena, asimismo se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo. Es todo.—San José, veintidós de mayo del dos mil siete.—Lic. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 24165.—(45342).
Por escritura protocolizada por mí, el día de hoy, se constituyó Asia Pacific Pharmaceutical Consulting Sociedad Anónima; plazo social 99 años, objeto social el comercio y la industria en general. Representación judicial y extrajudicial presidente, domicilio social: San José. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, veinticinco de mayo del dos mil siete.—Lic. Denise E. Álvarez H., Notaria.—1 vez.—Nº 24167.—(45343).
Mediante escritura número ciento treinta, otorgada a las nueve horas del veintiocho de mayo del año dos mil siete, ante el notario Alberto Raven Odio, se protocolizó el acta de asamblea de socios de la sociedad HBI Servicios Administrativos de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento veintisiete mil seiscientos veintidós, mediante la cual se reformó la cláusula segunda - domicilio - y la cláusula sétima -administración- del pacto constitutivo.—San José, veintiocho de mayo del año dos mil siete.—Lic. Alberto Raven Odio, Notario.—1 vez.—Nº 24168.—(45344).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 15:00 horas del 24 de mayo del 2007, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Isla Travel & Tour S. A. Se reforma cláusula cuarta.—San José, 24 de mayo del 2007.—Lic. Mauricio Marín Sevilla, Notario.—1 vez.—Nº 24169.—(45345).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veintiocho de mayo del año dos mil siete, se protocolizó acuerdos de asamblea de la empresa denominada Construalquileres MJW S. A. se hace aumento de capital y se modifican estatutos.—Lic. Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 24170.—(45346).
Mediante escritura otorgada el día veintiocho de mayo,a las trece horas, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la empresa Carmafai Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-veinticuatro mil noventa y dos, mediante la cual se transforma y se modifica la cláusula segunda del pacto social, la cual hace referencia al domicilio.—San José, veintinueve de mayo del año dos mil siete.—Lic. Carlos Fernando Hernández Aguiar, Notario.—1 vez.—Nº 24172.—(45347).
Por escritura número sesenta, otorgada ante mí, a las diecisiete horas y treinta minutos del veintidós de mayo del dos mil siete, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Le Petit Chaperon Rouge Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma la cláusula sétima de la administración.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 24173.—(45348).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 10:00 horas del día 28 de mayo del año 2007, se constituyó la sociedad Grancy37 S. A. Capital social: ciento veinte mil colones. Presidente: Gilbert Terrin Wehberg. Domicilio: San José.—San José, 28 de mayo del año 2007.—Lic. Ronald Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 24174.—(45349).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 12:00 horas del día 28 de mayo del año 2007, se constituyó la sociedad Blonay1807 S. A. Capital social: ciento veinte mil colones. Presidente: Gilbert Terrin Wehberg. Domicilio: San José.—San José, 28 de mayo del año 2007.—Lic. Ronald Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 24175.—(45350).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 11:00 horas del día 28 de mayo del año 2007, se constituyó la sociedad Ramuz39 S. A. Capital social: ciento veinte mil colones. Presidente: Gilbert Terrin Wehberg. Domicilio: San José.—San José, 28 de mayo del año 2007.—Lic. Ronald Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 24176.—(45351).
Por escritura otorgada en Cartago, a las once horas del veintiuno de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Reales Ser.Ma S Y M Sociedad Anónima, domiciliada en la ciudad de Cartago, con un plazo de noventa y nueve años. Capital social de cincuenta mil colones. Presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, veintiuno de mayo del dos mil siete.—Lic. Adrián Masís Mata, Notario.—1 vez.—Nº 24179.—(45352).
Ante esta notaría, mediante escritura número 165, de las 10:00 horas del 9 de mayo del 2007, los señores Javier Jiménez Solís, cédula 1-789-875 y Luis Eduardo González Arroyo, cédula de identidad número 2-465-157, constituyen la sociedad anónima Centrales Asterisco I.P. S. A., con un capital social de diez mil dólares y domicilio en la ciudad de Turrúcares de Alajuela, quinientos metros este del Restaurante Los Mangos.—Lic. Rebeca Castillo Bastos, Notaria.—1 vez.—Nº 24180.—(45353).
Por escritura otorgada, en la ciudad de Guápiles de Pococí, de la provincia de Limón, a las diecisiete horas del día doce de marzo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Marale J M del Caribe Sociedad Anónima. Ante la notaria Marielos Barrantes Rivas. Nota en línea dos después de las léase diecisiete, en vez de la puesto ahí.—Guápiles, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Marielos Barrantes Rivas, Notaria.—1 vez.—Nº 24181.—(45354).
A las 11:00 horas del 27 de febrero del 2007, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Zúñiga Sanches S. A., en donde aparecen como representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma: Presidente: Guillermo Zúñiga Madrigal, cédula de identidad Nº 1-452-248, y tesorera: María Luisa Sánchez Castro, cédula de identidad Nº 2-321-586. Plazo social noventa y nueve años. Agente residente: Lic. Sehaneth Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 24080.—(45292).El día de hoy, ante mí, Lorena Montt Villacura, notaria pública con oficina en San José, se constituyó GPS World Net S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, tres de mayo del dos mil siete.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—Nº 24183.—(45355).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las diecisiete horas del día dieciocho de abril del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza Convertidora y Recicladora Costarricense de Panel y Plástico L.F.M. Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones. Domicilio: San José, Desamparados, Las Gravilias. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la compañía, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, dieciocho de abril del año dos mil siete.—Lic. Ana Lidiette Solís Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 24185.—(45356).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día de hoy, se constituye la empresa Azurite of El Llanito Two Thousand Seven S. A., cuya traducción al español es Azurita del Llanito Dos Mil Siete S. A.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 24186.—(45357).
Al ser las diecisiete horas del veintiocho de mayo del dos mil siete, según escritura número 356 del tomo 2, los señores Marcos Aurelio Vega Barrantes y Lilliana Rodríguez Jiménez, comparecen ante esta notaría a fin de constituir la empresa que se denominará Inversiones y Desarrollos El Doce de Setiembre Sociedad Anónima. Domiciliada en la ciudad de Sarchí Norte de Valverde Vega, Alajuela.—Sarchí, 28 de mayo del 2007.—Lic. Josué Campos Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 24187.—(45358).
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyeron las sociedades La Mila Global Sociedad Anónima y Agustín Fallas Santana y Compañía Sociedad Anónima, pudiendo en ambos casos abreviarse su aditamento a S. A. Objeto: amplio. Domicilio en el cantón de central, distrito Mata Redonda, de la provincia de San José, y que podrá abrir agencias dentro y fuera del territorio nacional. Por cien años contados a partir de esta fecha. El capital social de cien mil colones, totalmente suscrito y pagado. Administrada por una junta directiva de tres miembros: presidente, secretario y tesorero. Vigilancia a cargo de un fiscal presidente: Agustín Fallas Santana.—San José, veinticinco de abril del dos mil siete.—Lic. Jorge Emilio Regidor Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 24188.—(45359).
Por escritura otorgada ante mi notaría, se reformó la cláusula cuarta del pacto social de Plaza El Roble S. A.—San José, a las ocho horas treinta minutos del veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Luis Enrique Moya Salgado, Notario.—1 vez.—Nº 24189.—(45360).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Pizzería DA Domenico Limitada. Capital social: ¢10.000,00. Gerente: Domenico Pipieri. Domicilio: Heredia, San Antonio de Belén. Escritura de las 8:00 horas del 23 de mayo del 2007.—Lic. Bárbara Durán Avilés, Notaria.—1 vez.—Nº 24190.—(45361).
Por escritura número veintitrés-cinco, otorgada en esta notaría, a las quince horas con quince minutos del día veintiocho de mayo del año dos mil siete, se modifica la denominación de la sociedad: Proyectos de la Tierra Jeal S. A., con cédula jurídica número 3-101-403874, se nombra nuevo consejo directivo, y se modifica el domicilio social.— Cartago.—Lic. José Alberto Fonseca D’Avanzo, Notario.—1 vez.—Nº 24191.—(45362).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintiocho de mayo del dos mil siete, se constituyó Inversiones Vistas Del Recreo NNMM Sociedad Anónima. Domicilia en Costa Rica, Cartago, Turrialba, quinientos metros al sureste del Pali. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—Turrialba, 28 de mayo del 2007.—Lic. José Albertino Navarro López, Notario.—1 vez.—Nº 24192.—(45363).
El suscrito notario, Juan Carlos Vega Montoya, hago constar que a las doce horas del día veintiséis de mayo del año dos mil siete, se constituye la sociedad denominada conforme al Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del año dos mil seis sociedad anónima, con un capital de diez mil colones, plazo de noventa y nueve años a partir de la constitución. Presidente y secretario, con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma: Luis Fernando Fauaz Simón - Octavio Monge Alfaro.—San José, veintiséis de mayo del año dos mil siete.—Lic. Juan Carlos Vega Montoya, Notario.—1 vez.—Nº 24193.—(45364).
Por escritura número cincuenta y cinco-cuarenta y nueve otorgada ante el suscrito notario, a las 15:00 horas del 10 de mayo del 2007, los señores Manuel Pedro Méndez de Vigo Monasterio y Elena Dodon constituyen la sociedad Flavia Sociedad Anónima. Capital: íntegramente suscrito y pagado; la junta directiva compuesta por presidente: Manuel Pedro Méndez de Vigo Monasterio, secretaria: Elena Dodon y tesorera: Sonia Monge Bastos, el primero con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 10 de mayo del 2007.—Lic. Óscar Gallegos Borbón, Notario.—1 vez.—Nº 24196.—(45365).
Por escritura otorgada ante la notaria Rita María Herrera Durán, a las ocho horas del catorce de julio del año dos mil seis, se constituyó una sociedad cuyo nombre será igual al número de cédula jurídica que le asigne el Registro Público de la Propiedad, cuyo capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, 2 de mayo del 2007.—Lic. Rita María Herrera Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 24199.—(45366).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 28 de mayo de 2007, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía denominada Pradera Coyote AV Inmueble Ocho Sociedad Anónima, mediante la cual se modificaron las cláusulas del domicilio social, de la administración y de la representación, y se nombró nueva junta directiva.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Luis Enrique Gómez Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 24200.—(45367).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 28 de mayo del 2007, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía denominada Pradera Coyote AV Inmobiliaria Siete Sociedad Anónima, mediante la cual se modificaron las cláusulas del domicilio social, de la administración y de la representación y se nombró nueva junta directiva.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Luis Enrique Gómez Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 24201.—(45368).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas cuarenta y cinco minutos del día veinte de diciembre del año dos mil seis, se cambia la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Gloryr Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de mayo del año dos mil siete.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—Nº 24202.—(45369).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas quince minutos del día veinte de diciembre del año dos mil seis, se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Ariel W.K. Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de mayo del año dos mil siete.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—Nº 24203.—(45370).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas el día dieciséis de abril del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios del Grupo PG La Poza Sociedad Anónima, modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Luis Orlando Chaves Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 24204.—(45371).
Por escritura otorgada, a las 13:00 horas del día dieciséis de abril del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Caño Hidalgo Sociedad Anónima. Capital social: la suma de cien mil colones totalmente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Luis Orlando Chaves Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 24205.—(45372).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del diez de noviembre del año dos mil seis, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada Costa Morena S. A., en la cual se procede a revocar los nombramientos del secretario, tesorero y fiscal de la junta directiva y el nombramiento de nuevos y reforma cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, veintiocho de mayo del año dos mil siete.—Lic. Minor Gómez Goicoechea, Notario.—1 vez.—Nº 24209.—(45373).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas treinta minutos del diez de noviembre del año dos mil seis, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada G. J. Gabrijo S. A., en la cual se procede a revocar los nombramientos de la junta directiva y el nombramiento de nuevos, donde el presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma y reforma cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, veintiocho de mayo del año dos mil siete.—Lic. Minor Gómez Goicoechea, Notario.—1 vez.—Nº 24210.—(45374).
Por escritura número 134-17, de las 11:00 horas del 25-5-2007, se constituyó la entidad Café Gourmet de Cartago J.G. S.R.L. Plazo: cien años prorrogables. Gerente: Giovanni Masís Masís.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Marco Vinicio Retana Mora, Notario.—1 vez.—Nº 24211.—(45375).
Chauncey Aarón (nombres) Sharp, de un único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense y Michael Paul (nombres) Patten (primer apellido) Cooper (segundo apellido) constituyen la sociedad Fudd de Costa Rica S. A., y son presidente y secretario respectivamente. Escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintiocho de mayo del año dos mil siete.—San José, veintinueve de mayo del año dos mil siete.—Lic. Ana Giselle Zamora Espinosa, Notaria.—1 vez.—Nº 24212.—(45376).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó una sociedad anónima, cuyo nombre será designado de oficio por el Registro de Personas Jurídicas, su domicilio social será en Curridabat, residencial Los Guayabos, quinientos metros al este y cien al sur del antiguo periódico Excelsior, San José. El plazo social es de cien años contados a partir de esta fecha. El capital social es la suma de veinte mil colones exactos, totalmente suscrito y pagado.—Cariari, Pococí, 5 de febrero del 2007.—Lic. Martín Jiménez Otárola, Notario.—1 vez.—Nº 24219.—(45377).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 25 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad denominada Multi Servicios Cristianos M Y C Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital: suscrito y pagado. Presidente: Luis Emilio Gamboa Rodríguez.—Alajuela 28 de mayo del 2007.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—Nº 24221.—(45378).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 26 de mayo del 2007, se constituyó la Fundación Dignidad, Amor y Responsabilidad FUNDAR.—Alajuela, 29 de mayo del 2007.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—Nº 24222.—(45379).
María de los Ángeles Rojas Arias y Juan Carlo Roverssi Arias, constituyen la empresa Enlaces Comerciales S. A., con domicilio en San José, Mora, Colón. Capital social: cien mil colones. Presidenta: María de Los Ángeles Rojas Arias, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintiocho de mayo del dos mil siete.—Heredia, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Mario Villalobos Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 24223.—(45380).
Por escritura otorgada ante mí el 1º de diciembre del 2006, se constituyó la sociedad Italstyle DCR INNC S. A., capital social de 100,000.00 colones totalmente suscrito y pagado. Presidente, tesorero y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 24224.—(45381).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:30 horas del 23 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad Real Global Investments Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago. Plazo: noventa y nueve años.—Cartago, 24 de mayo del 2007.—Lic. Marco Antonio Rojas Valle, Notario.—1 vez.—Nº 24225.—(45382).
En mi notaría, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Servicios y Estudios del Pacífico S. A., cédula jurídica Nº 3-101-208171, en su domicilio social y donde se reformaron la cláusula segunda y octava del pacto constitutivo.—San José, 16 de mayo del 2007.—Lic. Yessenia López Chávez, Notaria.—1 vez.—Nº 24228.—(45383).
En esta notaría, se constituyó Green Nature Friends Sociedad Anónima, capital social totalmente suscrito y pagado. La representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente, al secretario, quienes con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando conjunta.—San Vito, 22 de mayo del 2007.—Lic. Erick González Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 24229.—(45384).
Por escritura Nº 276 de las 8:00 horas del día 21 de mayo del 2007, Luis León Portela López y Laura Granados Córdova, constituyeron sociedad denominada La Torrecilla de Portela Sociedad Anónima, capital social ¢10.000.00. Presidente: Luis León Portela López.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 24231.—(45385).
Por escritura Nº 290 de las 16:00 horas del día 26 de mayo del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Cellux Centroamericana Sociedad Anónima.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 24232.—(45386).
Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 9:30 horas del 23 de mayo del 2007, Roma Rigioni Bolaños, Hernán Arias Barrantes y Silvia Soto Rigioni, constituyeron Oro Coyolar A R S S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Objeto: amplio. Presidente con plenos poderes.—Lic. Ana Lorena Umaña Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 24233.—(45387).
El suscrito notario hace constar que en escritura número trescientos cinco de mi protocolo se constituyó la sociedad anónima Laleska Tochiko S. A. Presidente: Rafael Vargas Montoya, cédula número uno-quinientos cuarenta y dos-novecientos sesenta y tres.—Lic. Carlos Alberto Arguedas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 24235.—(45388).
Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se constituyó la compañía denominada Hacienda La Naranja, plazo 99 años, capital totalmente suscrito y pagado, domicilio Santa Bárbara de Heredia.—San José, 16 de abril del 2007.—Lic. Douglas Castro Peña, Notario.—1 vez.—Nº 24236.—(45389).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas de la compañía Alegre Amanecer S. A. por la que se reforma la cláusula de los estatutos sociales en cuanto al plazo social de la compañía.—San José, 28 de mayo del 2007.—Lic. Aldomar Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 24237.—(45390).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas con treinta minutos del veintiuno de mayo del dos mil siete, William Brenes Esquivel y Damaris González Vargas, constituyen la entidad Familia Brenes González e Hijos W. J. Sociedad Anónima domiciliada en Aguas Zarcas, San Carlos, Alajuela, cien metros al sur del Almacén El Colono. Objeto: comercio e industria en general. Capital social: diez mil colones. Presidente: William Brenes Esquivel.—Ciudad Quesada, 29 de mayo del 2007.—Lic. Cristian Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 24239.—(45391).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del catorce de mayo del dos mil siete, se modifican las cláusulas primera en cuanto al domicilio social y cuarta del pacto constitutivo de la entidad Empresarios Unidos del Norte S.R.L.—Ciudad Quesada, 14 de mayo del 2007.—Lic. Cristian Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 24240.—(45392).
Por escritura pública número cuatrocientos once-cuatro, otorgada por la suscrita notaria a las 16:00 horas del día 24 de mayo del año dos mil siete, se constituyó la empresa denominada: Inversiones Rey de Reyes Sociedad Anónima, representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: presidente. Domicilio social: setenta y cinco metros este de comercial Pochet, Miramar-Montes de Oro-Puntarenas.—Lic. Yesenia Villalobos Leitón, Notaria.—1 vez.—Nº 24242.—(45393).
Por escritura pública número ciento noventa y nueve, otorgada a las diecisiete horas del día veinticuatro de mayo del año dos mil siete, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Smart-Soft Sociedad Anónima mediante la cual se reforma la cláusula novena del pacto constitutivo de la empresa en cuanto a la actuación se refiere. Es todo.—Miramar-Montes de Oro-Puntarenas, 25 de mayo del año 2007.—Lic. Marilyn Aguilar Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 24243.—(45394).
Que en esta notaría se tramita la modificación de las cláusulas quinta, noventa y junta directiva de la sociedad La Lucha del Térraba del Sur S. A.—29 de mayo del 2007.—Lic. José Ricardo Guevara Guevara, Notario.—1 vez.—Nº 24244.—(45395).
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber al señor Marvin Mora Ramírez, y a terceros con interés legítimo, sus herederos o representantes legales, que en diligencia administrativa que se tramita en este Despacho, según expediente Nº 007-041-BI, se conoce de un error de inscripción por cuanto no se inscribió en su oportunidad la afectación a habitación familiar, que afecta la finca inscrita el partido de Heredia, matrícula Nº 133725-001-002, mediante documento presentado a la Sección del Diario de este Registro, bajo el asiento 12587 del tomo 396, denunciado por el señor Jorge Ricardo Mora Ramírez, cédula Nº 1-446-695. Así las cosas, este Despacho por resolución de las 10:00 horas del 7 de febrero del 2007, ordenó consignar una nota de advertencia administrativa sobre el relacionado inmueble con el fin de investigar lo hechos denunciados, por lo anterior esta Dirección por resolución de las 11:00 horas del 3 de marzo del 2007, procedió a conferir las audiencias de ley, y en virtud de no haberse notificado por error al citado Marvin Mora Ramírez, la respectiva audiencia y con el propósito de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por desconocerse su documento de identidad y su domicilio actual y exacto, se resuelve: Conferir audiencia hasta por el término de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de la tercera publicación consecutiva del presente edicto, al indicado Marvin Mora Ramírez y a terceros con interés legítimo, sus herederos o representantes legales, para que en el término indicado, presenten los alegatos que a sus derechos convengan. E igualmente se les previene que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o un número de fax, en donde oír futuras notificaciones de este Despacho, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar fuere impreciso, incierto o ya no existiere. De conformidad con los artículos 185 del Código Procesal Civil, 98 y 99 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998 y sus reformas, así como el artículo 3º de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales. (Ref. 007-041-BI).—Curridabat, 22 de mayo del 2007.—Msc. Óscar Rodríguez Sánchez, Director.—(S. P. Nº 16482).—C-63525.—(46309).
REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD MUEBLE
Dirección del Registro Público de la Propiedad Mueble. Conoce esta Dirección la gestión administrativa interpuesta por la Lic. Carolina Sánchez Umaña, carné 12551, en que manifiesta se mantiene vigente la obligación prendaria que se dirá, y que sin embargo, aparece cancelada en este Registro, y en consecuencia solicita la inclusión pertinente. Realizado el estudio registral consta que el 1º de setiembre del 2003, bajo el tomo 0011, asiento 141621, se presentó al Diario el testimonio de la escritura pública número ochenta visible al folio sesenta y dos vuelto del tomo décimo de protocolo del notario Frank Herrera Ulate, otorgada el 29 de agosto del 2003, mediante la que Lachner y Sáenz S. A., cédula jurídica Nº 3-101-025849, vende a Wálter Francisco Chacón Agüero, cédula de identidad Nº 1-722-013, el automotor por inscribir marca Hyundai, estilo Santa Fe GL, año modelo 2003, chasis Nº KMHSB81BP3U468248, motor Nº G4JS3826420, al que se le adjudicó la placa particular 527205. Conjuntamente en el mismo instrumento público, el señor Chacón Agüero en su condición personal y como apoderado generalísimo de la sociedad denominada Han Mi de Centroamérica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-304701, se constituyó deudor y codeudora respectivamente de Banco Interfin S. A., cédula jurídica Nº 3-101-038549, por la suma de quince mil trescientos treinta y cuatro dólares con setenta y ocho centavos, ofreciendo en garantía de primer grado el automotor relacionado. No obstante que se evidencian tres partes en el acuerdo prendario, se detectó que al incorporar esta información a la base de datos, la registradora no incluyó la entidad bancaria acreedora, siendo que únicamente registró al deudor Chacón Agüero y a su representada, pero a ésta la incluyó en calidad de “acreedora” y no en la condición de codeudora convenida en el contrato prendario. Bajo estas circunstancias es claro que la publicidad registral de esta información no se ajustó totalmente a la realidad jurídica, pues no constaba el acreedor real Banco Interfin S. A., y en su lugar -debido a un error- aparecía la sociedad Han Mi de Centroamérica S. A., cuando ciertamente lo es como codeudora de la obligación crediticia. El estudio actual determina que ese gravamen prendario fue cancelado por el señor Chacón Agüero, en representación de Han Mi de Centroamérica S. A., de conformidad con el testimonio de la escritura pública número treinta y cinco-nueve, visible al folio veinticuatro vuelto del tomo noveno de protocolo del notario Pablo Peña Ortega, otorgada el 3 de julio del 2006, presentado al Diario el 4 de julio del 2006, al tomo 2006, asiento 152242, sin embargo, no consta en este Registro el endoso respectivo u otro documento idóneo o a su favor debidamente otorgado por el Banco Interfin S. A., que le autorizara para solicitar esa cancelación prendaria. Observando el debido proceso y a efectos de evitar indefensión, para que dentro del término que se dirá haga valer sus derechos, Se notifica y concede audiencia hasta por el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación del presente edicto, a: Wálter Francisco Chacón Agüero, cédula de identidad Nº 1-722-013, en calidad de apoderado generalísimo de la sociedad Han Mi de Centroamérica, cédula jurídica Nº 3-101-304701, previniéndole que dentro del término establecido para la audiencia debe señalar lugar o medio para oír futuras notificaciones de esta Dirección, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las demás resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, de conformidad con lo establecido en los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público Nº 3883, artículo 124 y siguientes del Reglamento de Organización del Registro Público de la Propiedad Mueble. Ref. Expediente Nº 36-2007.—Curridabat, 22 de mayo del 2007.—M.Sc. Mauricio Soley Pérez, Director a. í.—1 vez.—(S. P. Nº 43902).—C-26035.—(46311).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La suscrita Jefa del Área de Cobro Administrativo, de la Dirección de Cobros, Oficinas Centrales de la Caja Costarricense de Seguro Social, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. El monto de la deuda se refleja al 17 de mayo del 2007 y puede contemplar períodos que ya poseen firmeza administrativa.
Nº Patronal Razón
Social Monto
¢
3101055133 AGROINDUSTRIAL
FORESTA S. A. 936.319
104800713 AGÜERO
BARBOZA MARÍA 3.357.117
800830444 ABDUL
JAWAD AL MAHMOUD AL MAHMOUD 359.953
204080649 ARAYA
DURAN JUAN FRANCISCO 6.078.601
201480908 ARAYA
FLORES ZOILA 710.376
3101353793 ARIZONA
DIGITAL LAS TUNAS 2.144.691
3101330644 ARQUITECTURA
URBANA COLONIAL 1.438.179
3102101467 ATRIDA
LTDA 440.447
3101166138 AUTO
REP UBACH 1.465.908
3101184849 AUTOM
FC S A 6.447.052
3101317286 AVANCES
TECNOLÓGICOS DE COSTA RICA
AVANTEC
S. A. 5.083.229
106360177 AZOFEIFA
CORDERO LUIS 371.969
103700642 BARAHONA
MELGAR MARIO 1.009.312
103570380 BERROCAL
RÍOS CARLOS 311.386
3101351912 C
Y C SERVICIOS PORTUARIOS 1.193.664
207996021 CABAÑAS
BOLAÑOS ROBERTO 535.809
3101017480 CADENA
DE TIENDAS CALZ DE LUJI 673.002
3101047638 CAELEICA
S. A. 4.565.942
301640778 CALDERÓN
BRENES FERNANDO 613.501
3101044253 CAMARO
DEL OESTE S. A. 8.261.751
900590294 CAMPOS
CHAVARRÍA FLOR MARÍA 1.185.798
3101174185 CANOPY
DEL BOSQUE TROPIC 15.798.311
3101222902 CARAMELOS
NUEVOS DISTRIBUCIÓN ESP 3.958.597
3101266798 CARERR
TRANTIONS DE CENTROAM 7.015.020
3101284784 CARGOMAR
SA 1.998.468
3101067215 CARGOTUR
S. A. 11.788.767
105630442 CHACON
VEGA MARTA 626.542
173339004 CHARLIE
MORENO S. A. 1.279.623
800710738 CHAVES VELÁSQUEZ MAYRA 419.510
3101234086 CHEM X INTERNACIONAL HOLDING 711.072
17393002 CHEN YONG MING 1.838.515
3101041466 CÍA
ARABE SUIZA S. A. 46.660.892
3102005215 CÍA
DE MATRIALES DE CONSTRUCCIÓN LTDA 1.299.032
3101178736 CÍA
DE SEGURIDAD FRANCOTIRADOR 35.448.192
3101277843 CÍA
DE SEGURIDAD TICA 144.036.461
3101336416 CÍA
DE SEGURIDAD VIGILANCIA 1.122.804
3101210177 CÍA
MARIO RDZ Y ASOCIADOS 500.545
3101273350 CÍA
MELONERA CABO BLANCO 85.891.939
3101103429 COMP
DE INVERSIONES FARMACEUTICAS
C
Y Y S. A. 20.206.278
3101028279 COMPAÑÍA
PESQUERA HERO S. A. 4.914.760
3101281262 CONSTRUSTUDIO
S. A. 8.323.471
3101323604 CONTROL
CAMPOSANTO 37.791.191
3004106226 COOPERATIVA
AUTOGESTIONARIA 503.055
311954000 CORONADO
CORANADO PASTORA ESMERALDA 2.778.283
3101090557 CORP AGROIND BAN 47.746.546
167088008 CORP COSTARRICENSE SERV IND 792.931
3101208213 CORP
DE ALIMENTOS JERONIMO 17.454.638
3101177862 CORP
SELUSA DEL OESTE 483.054
3101038016 CORPORACIÓN
CINTA S. A. 219.980.331
281926007 CORPORACIÓN
MEJÍA HERRARA 1.281.122
281995003 CORPORACIÓN
PANADERA SPINAZZOLA 6.964.566
3101322826 CORTEJOS
FUNEBRES DEL ESTE 40.324.825
106210647 CORTES
MUÑOZ GILBERT 349.484
3101358889 CRUZ
Y PÉREZ SEGURIDAD 18.142.039
3102350573 DESARR
EMPRES MEDIO ORIENTE 13.437.971
3101079175 DESARROLLOS
EV J 303.240
109710358 DHILLON DIAZ RAJINDER SINGH 3.190.691
3101322071 DIEDAMA S. A. 8.693.113
3101129821 DIGITCON
S. A. 292.248
3101065500 DISTRIBUIDORA
CARES DE C. R. 7.428.272
3101086899 DISTRIBUIDORA
DRAX S. A. 11.952.945
3101209393 DIXIE
TEX S. A. 800.234
931728000 DOLAN
KENT MONROE 857.242
3101018490 ECHESEAUX
S. A. 406.418
3101194156 ECONOMÍA
SAN JOSÉ EN PROYECTOS
DE
INVERSIÓN S. A. 1.069.639
3101373423 EFECTO
POSITIVO S. A. 2.681.049
3101343108 EFICA
SEGURIDAD S. A. 9.454.146
3101335640 EMPAQUES
Y PERFILES EXTRUIDOS
DE
CENTROAMÉRICA EMPECSA S. A. 2.861.771
3101065064 EQUIPOS
UNIVERSALES DE CONSTRUCCIÓN 3.799.804
3101295929 FRUTA
DULCE DE C. R. 14.544.213
3101269985 FUDISA
S. A. 4.098.951
3101238538 GETINSA
& ASOCIADOS 3.740.096
3101016716 GIBRALTAR
S. A. 369.820
15723222 GILBERT
JOHN FREDERICK 1.636.764
125397000 GRAN
Y COMPAÑÍA S. A. 315.325
265817004 HSIEN
TSENG SU JUI 8.641.792
800450333 IAN
CHEOK TENG 114.445
3101329038 IBERO
AZULEJOS S. A. 10.657.630
3101114127 ICSA
IMP SA 3.024.302
17020393 IGLESIAS
ALVARADO LUIS FCO 1.893.867
3101037201 ILSANA
S. A. 9.115.095
3101250111 IMAGEN
MERCANTIL D Y C INTERNACIONAL 3.138.992
3101187059 IMATION DE C. R. S. A. 1.260.062
3101076279 IMP CHAN SHIN DE C. R, 412.425
3101036633 IMP DE PLOMERIA S. A. 3.716.798
3101130615 IMP FARN S. A. 896.971
3101093433 IMP FENIX S-A- 6.362.709
3101108591 IMP GENESIS S-A- 5.385.180
3101161590 IMP
JASON S. A. 549.541
3101021155 IMP
LEANDRO S. A. 10.114.552
3101062932 IMP
PRECISOS DE C. R. 485.598
3101181714 IMP
ROSESSA S. A. 1.216.666
3102089642 IMP
SIGLO CINCUENTA Y DOS 1.318.928
3101048593 IMP
URROZ Y SAAVEDRA SA 2.797.904
3101142193 IMP
Y EXP COREXPO 3.676.038
3101285993 IMPORTACIONES
CONTEMPLO COLON 3.231.181
3101294107 IMPORTACIONES
DE TEXTILES PY L 2.334.752
3101290155 IMPORTACIONES
ICIPOSA 723.927
3101205598 IMPORTACIONES
KPM 1.008.669
3101308104 IMPORTACIONES
MALKARON 1.833.687
3101217228 IMPORTACIONES
Y EXPORTACIONES FUTURISTAS 26.480.420
3101324196 IMPORTACIONES
ZONA LIBRE KRH 6.778.332
3101081207 IMPORTADORA
ELECTRÓNICA HEREDIANA 557.264
3101146440 IMPORTADORA
HAWAII S. A. 1.053.380
3101108740 IMPORTADORA
MONTAÑO 108.741
3101208280 IMPORTADORA
VIJO VJ S. A. 108.741
3101033734 IMPRESOS
DE COLORES 63.338.418
3101145555 IMPRESOS
RÁPIDOS UNO S. A. 14.805.524
3101099728 INC
CORP GRÁFICA 12.613.464
3101129578 IND
DENIN S. A. 5.536.561
3101073441 IND
LA PARRA DE Bº LOS ANGE 3.321.660
3101144925 IND
NAL DE CONTROLOS AUTOM 5.139.539
3101203439 INDUSTRIAL
CONCHUDITA SA 69.793.840
3101340785 INDUSTRIAS
ALIMENTICIAS DEL ESTE 4.237.211
3101331990 INDUSTRIAS
DE ADHESIVOS S. A. 2.560.769
3101309478 INDUSTRIAS
SAECO NORTEÑA S. A. 329.050
3101015711 INDUSTRIAS
UNIDAS SALAZAR 4.587.125
3101166524 INF
INTERN 326.780
3101249325 INFORMACION
Y COMUNICACIÓN DIGITAL 1.643.649
3101349725 INGENIERÍA
INTEGRAL SHEQ 1.194.748
3101155355 INHACO CONCUL 344.095
3101307165 INNOVATION SOFTWARE S. A. 4.236.262
3101074385 INTALACIONES
ELECTRONICAS COTO 97.716.447
3101351022 INTERNACIONAL
GLOBAL CARRIER 3.471.550
3101027137 INV
VIDAVAR S. A. 23.587.131
3101364829 INVERSIONES
CRESTONES DEL CHIRRIPÓ ICC S. A. 8.676.029
3101055947 INVERSIONES
EL TAYACAN S. A. 10.394.868
3101130718 INVERSIONES
FAM 546.059
3101340006 INVERSIONES
KHANDA S. A. 1.137.331
3101058033 INVERSIONES
ORONGO S. A. 662.705
3101160610 INVERSIONES
PESA DEL ESTE SA 3.905.638
3101346741 INVERSIONES
PORTO CERVO S. A. 4.070.099
3101372133 INVERSIONES
RÍO CAITE S. A. 3.101.481
3101105034 INVERSIONES
SHAT S. A. 368.142
3101338857 INVERSIONES
TRANSNACIONALES LILLY 206.274
3101103841 INVERSIONES
TRESO S. A. 1.000.483
3101316996 INVERSIONES
Y AFINES BAZAR 1.839.410
3101150755 INVERSIONES
Y DESARROLLO RAM 880.338
282108003 INVESTMENTS AS OLLD GOLD 1.251.776
3101070190 IROCA EMP S. A. 8.800.923
3101349520 ITECORISA
S. A. 443.054
3101124357 J
G ARTE IMPRESOS S. A. 2.641.410
3101326676 J
Y B MOTORES 2.188.869
3101072917 J
Y M TALLERES SA 876.303
104810367 JAIKEL
GAZEL MIGUEL ÁNGEL 15.482
3101316856 JANEPETT
EUROPEO S. A. 4.353.365
3101238918 JENKINS ING S. A. 13.033.945
3101229964 JEZKEFALE S. A. 1.202.546
3101126349 JILESA
S. A. 588.439
3101181312 JIMARA
DEL OESTE S. A. 612.419
100596918 JIMÉNEZ
GÓMEZ CLAUDIO 315.493
102340539 JIMÉNEZ
MONTERO EDWIN 210.580
107230528 JIMÉNEZ
RAMÍREZ MARIBEL 1.041.351
105220959 JIMÉNEZ
RODRÍGUEZ ANA CECILIA 2.908.435
3101247618 JIMÉNEZ
Y ZÚÑIGA S. A. 3.144.630
3101274250 JOFIEL
S. A. 16.055.910
3101097839 JORDOMEX
S. A. 307.846
3101236648 JORGE
ARTAVIA MORALES & ASOC 3.444.228
3101146328 JORZAS
S. A. 995.703
3101197669 JOSUE
INTERN S. A. 400.996
3008111999 JTA
ADM LICEO NUEVO DE HATILLO 655.177
3008112362 JTA
ADMTVA LICEO LUIS DOBLES 1.012.826
3008075883 JTA
EDUCACIÓN HATILLO ESC REPÚBLICA
DE
PARAGUAY 764.481
3101380758 JUNGLA
TROPICAL LODGE 299.729
3102185673 JUYAN
DEL NORTE 1.344.233
15721291 KAM TONG YIP 6.237.494
3101178396 KANAREZA S. A. 1.061.605
3101335565 KANDAHAR
CORPORACION S. A. 22.161.980
3102034712 LIMPIEZAS
PROFESIONALES LTDA 146.180.599
3101307143 M
PER INGENIEROS Y CONSULTORES 25.139.016
800500845 MARTÍNEZ
SEQUEIRA JUANA 348.982
3101264389 MI
TIENDA BUENA S. A 19.967.072
203170761 MORA
GONZALEZ SONIA M 477.816
102320908 MOYA
DIAZ RODRIGO JOSÉ 1.874.159
16765211 OBANDO
ORDÓÑEZ MARLON AUGUSTO 330.603
3101238386 OPERADORA
REST SERV 6.179.447
3101301026 P
T D PUBLI TAXI DOS MIL S. A. 2.544.632
3101115515 PEQUEÑO
HOTEL S. A. 9.498.281
3101331781 PILMOTECA
S. A. 812.622
3101120741 PRODUCCIONES
COSTA SOL S. A. 47.108.783
3101030539 PRODUCTOS
MOLDEADOS 14.614.176
3101007967 PRODUCTOS
UJARRÁS S. A. 41.448.118
3101351965 PROMOTORA
DE DESARROLLOS INMOBILIARIOS 4.069.153
3101305189 PRONTO
SVELTA CIECSA 8.779.606
204410588 QUESADA
SOTO MARIBEL 3.792.962
3101230701 RAPITODOS
S. A. 1.218.433
3004207585 REDICOOP
RL 3.303.346
3101187859 REMARSA
S. A. 62.038.056
3101064389 REP
LA RADIAL LA URUCA 13.398.319
108940575 ROJAS
MADRIGAL DENIA 1.143.610
3101191700 ROSAS
DEL EL MEDITERRÁNEO S. A. 8.380.936
3101162814 ROSELA
DEL CTRO S. A. 970.195
104200096 RUIZ
CASTRO VÍCTOR 148.520
106360493 RUIZ
MUNGÍA EDUARDO 70.540
50155779 RUIZ
PASOS EDGAR 2.310.986
3101132072 RUMALU
S. A. 1.155.721
3101186617 S V IMP SA 1.040.388
3101077157 SABINATEX S. A. 828.508
3101212446 SABORES
Y COMIDAS INTERNACIONALES DE C. R. 8.864.216
3101180448 SABROSELA
S. A. 1.405.365
3101167568 SADEN
COMERCIAL DE SAN JOSÉ 1.386.409
106530452 SAENZ
BEIRUTE JORGE 444.609
3101153928 SALAMA
DEL NORTE S. A. 1.171.119
106230657 SALAS
ARAYA ULISES GDO 455.557
401110459 SALAS
GONZÁLEZ OVIEDIO 460.056
401290826 SALAZAR
CHAVARRÍA EDWIN 797.265
103940816 SALAZAR
JIMÉNEZ JORGE 240.693
107960121 SALAZAR
MONTERO LUIS E 301.414
303150759 SALGUERO
ELIZONDO GUSTAVO 786.040
3101325178 SAUNDERS SAUNDERS Y ABBOTT S.A: 2.433.509
3101327028 SEGESA
SERVICIOS Y GESTIÓN S. A. 5.078.206
104181021 SEGURA
LÓPEZ MARÍA N. 986.508
502320973 SEGURA
RODRIGUEZ FREDDY 278.793
3101191545 SEGURIDAD
COS S. A. 14.884.245
3101169806 SEGURIDAD
DEDICADA 80.483.716
3101258809 SEGURIDAD
PROFESIONAL MORIAH 63.924.280
3101313847 SEGURIDAD
SEM C. R, 76.911.472
3101127363 SERV
FACTOREO INTER S. A. 4.363.174
3101246940 SERVICIO
DE VIGILANCIA Y PROTECCIÓN
SERVIPRO
S. A. 5.141.538
3101189219 SERVICIOS
DE VIGILANCIA CHAN S. A. 5.385.180
3101307851 SERVICIOS
LECTRONICOS DIAZ 1.060.297
3101178376 SERVICIOS
MULTIPLES O Y L S. A. 2.354.601
3011230078 SIND IND DE TRAB 890.362
3101274138 SKY NET WORLDWIDE EXPRESS
OF COSTA RICA
S. A. 3.542.565
3101196202 SOLK
ACTUAL S. A. 4.639.344
501710768 SOLÓRZANO
SANDÍ FERNANDO 205.078
501160059 SOLÓRZANO
SOLÓRZANO JOSÉ MIGUEL 106.042
3101268610 SOLUCIONES
MODULARES DE CENTROAMÉRICA 14.296.654
3101155714 SOLUCIONES
OPT DE CR 481.005
3101126769 SOLUCIONESDE
ENTRADA DE DATOS SA 28.305.116
3101376828 SOMERSEN
C. R. 490.471
16625655 SOMOZA
ORTEGA MARVIN 175.172
3108133588 SOSA
CARRILLO Y ASOC 193.450
3101388208 SPARTINA
DEL SUR S. A. 1.746.930
3101156655 SPC BICICLETAS SA 2.989.080
3101048847 SPORTIQUE S. A. 481.005
3101315905 STAFFTMES. A. 1.899.023
3101140244 STEFAL S. A. 337.072
15520838 STEIMBERG SHIFTER HENRY 396.118
3101097665 STON
FORESTSA 134.710.998
3101033622 SU
LLANTA ETERNA S. A. 1.035.006
3101111422 SU
ORG DE SERV SOS S. A. 34.494.756
3101283076 SU
VIVIENDA S. A. 1.058.716
203160855 SUÁREZ
CRUZ RICARDO 6.136.857
200597291 SUÁREZ
MATAMOROS LUIS C 103.553
3101170750 SUBS
Y MAS S. A. 237.487
3101195859 SUM
INTELIGENTES SA. 360.096
3101143567 SUM
INTERN S. A. 698.950
3101139202 SUMINISTROS
FERAM S. A. 420.998
3101349300 SUMINISTROS
METALMECÁNICOS 6.804.023
3101247814 SUNTEX INTERN CENTROAM 245.358
3101122633 SUPL TEC SUTECSA S. A. 1.938.018
3101317922 SUPLIDORA
ACRELU DE CENTRO AMÉRICA 6.701.408
3101103444 SUSERMI F Y F SA 4.791.225
3101065620 T
T TURIST TRICOLOR S. A. 1.562.897
3101104391 TABERNA
BAR Y RESTAURANTE EL REGIO 1.286.081
501600241 TACSAN
LI GRETTEL Y OTRO 1.197.102
3101308887 TAEPYUNGYAN
S. A. 1.051.444
3101035822 TAJO
INDUSTRIAL DEL OESTE 114.576
3101032212 TAJOS
DEL VIRILLA S. A. 5.003.004
3102019903 TAL
GOLDINI LTDA 3.768.875
3101035383 TAL
GUTY S. A. 748.341
3101134949 TAL
MEC AUTOMACO S. A. 4.295.007
3101108310 TAL
PILO S. A. 202.049
3101027623 TALLER
DE ENDEREZADO PARIS 1.410.033
3101097809 TALLER
DE ENDEREZADO Y PINTURA 2.584.748
3101371672 TALLER
DE INSTALACIONES ARTESANALES 3.440.540
3101226274 TALLER
IND GODÍNEZ 66.031
3101137091 TALLERES
UNIDOS DE TIBAS 359.599
800600505 TALLEY
RUIZ JOHANA DE LOS ANG 124.409
3101079874 TANASEL
S. A. 7.618.180
3101112663 TARIMAS
INDUSTRIALES DE CA 2.140.956
3101269666 TARIMAS
PROFORCA S. A. 111.588.862
3101157631 TEASA
DE CENTROAM 61.654.351
3101180933 TEC
DE C. R. 2.390.294
3101166475 TEC
EN SISTE MODULARES 14.183.428
3101161743 TECHOS
Y PAREDES METÁLICOS 41.979.400
3101290557 TECNILIBROS
S. A. 1.192.424
3101138057 TORRE
COM DE SAN JOSÉ 7.352.775
3101437047 TRANSPORTES
TRANS LISANDRO 4.090.317
3101335780 UN
OASIS DE AMOR 882.210
3101070156 UNIÓN
PUBLICITARIA UP S. A. 12.943.069
502230283 VALVERDE
RODRÍGUEZ JOEL 3.447.716
202860656 VÁSQUES
VÁSQUEZ MARCO T 2.681.049
3012026573 VERIZON
INFORMATION SERVICES 14.101.130
3101039782 VIATUR
S. A. 10.248.892
16625916 VINET
VINET ROBERTO 5.586.523
3101160746 ZAPATERÍAS
INTEGRADAS 77.224.254
105530524 ZECCA
AVILÉS ÉRIKA 1.093.657
San José, 1 de junio del 2007.—Dirección de Cobros.—Lic. Olga Mª Navarro Fonseca.—Luis Diego Calderón Villalobos, Director.—(O. Nº 12-2007).—C-992790.—(46877).
SUCURSAL EN CARTAGO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El suscrito administrador de la
sucursal de Cartago, Caja Costarricense del Seguro Social, mediante el presente
edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado,
procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y
trabajadores independientes incluidos en el cuadro que se detalla, de
conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración
Pública. En el cuadro, se indica el número patronal, nombre de la razón social
y monto de la deuda al 23 de mayo del 2007.
Monto
Razón social Nº
patronal adeudado ¢
Novipac
del Este S. A. 2-03101093391-001-001 4.730.412,00
Soc. Auto transportes Cartago S. A. 2-03101003220-001-001 5.073.970,00
Indutrias Alimenticias del Este S. A. 2-03101340785-003-001 2.346.667,00
Coop. Cogesionaria Agroind. Serv.
Mult. Cartago 2-03004078072-002-001 4.518.707,00
Ileana Solano Martínez 0-00302950363-001-001 2.091.263,00
Julia David e Hijo Limitada 2-03102387396-001-001 1.854.057,00
Piquinas de Cartago S. A. 2-03101238198-001-001 2.199.543,00
La Casa del Tornero Cato S. A. 2-03101105201-001-001 2.099.400,00
Potencia Eléctrica Constructora
Electromecánica 2-03101242672-001-001 1.393.278,00
Consorcio Cooperativo de Consumo
Cartaginés 2-03004066712-001-001 16.091.980,00
Desarrollo de Exportaciones Dex S. A. 2-03101054668-001-001 11.221.598,00
Internemex B y S S. A. 2-03101291757-001-001 7.544.200,00
Iragu Farmacéutica S. A. 2-03101319974-001-002 2.308.601,00
Becara S. A. 2-03101088408-001-001 1.512.968,00
Santa Marta Elena S. A. 2-03101179169-001-001 12.997.722,00
Inversiones Suhepa S. A. 2-03101076272-001-001 3.265.724,00
Granados Brenes Javier Humberto 0-00302290667-001-001 1.239.524,00
Comercial el Príncipe Mace S. A. 0-03101228520-001-001 1.908.238,00
Mata Solano José Ángel
0-00302240469 18.722,00
Facorma de Cartago 2-03101256341-001-001 3.850.665,00
Araya Blanco Manuel de Jesús 0-00301430775-001-001 2.369.102,00
Centro Bilingüe de Educación Integral
S. A. 0-03101372303-001-001 1.709.053,00
Hanes Brand Incorporated de Costa
Rica S. A. 0-3101147526-001-001 1.547.995,00
Mario Humberto Calvo Alvarado
Sistemas Segur. 2-03101151201-001-001 2.175.551,00
Cooperativa de Ahorro y Crédito San
Nicolás 2-03004045601-001-001 4.780.264,00
Navarro Moya Alfonso 0-00301910122-001-001 1.479.498,00
González Urbina S. A. 2-03101015701-001-001 1.305.285,00
Rodríguez Vega Ramiro 0-00700890604-001-001 1.325.589,00
Alfredo Arrieta Alfaro 0-00301440795-002-001 16.491.743,00
Desarrollo de Exportaciones Dex S. A. 2-03101054668-001-001 11.221.598,00
Servihal de San José S. A. 2-03101197225-001-001 8.870.038,00
Thermatic S. A. 2-03101121991-001-001 6.217.126,00
Valverde Construcciones S. A. 2-03101287997-002-001 6.223.028,00
Laboratorios de Especialidades
Químicas S. A. 2-03101068515-001-001 4.818.756,00
Hacienda la Unión S. A. 2-03101004211-001-001 2.489.519,00
Hermanos Rojas Ovares S. A. 2-03101153308-001-001 5.270.584,00
Construcciones de concreto Constru-
concreto S. A. 2-03102327251-001-001 1.391.799,00
Rodríguez Vega Ramiro 0-00700890604-001-001 1.325.589,00
Ajip Ingeniería Limitada 2-03102341088-001-001 3.822.537,00
Coop. Nac. Autog, Abast. Popular
Copenapo 9-00174931002-001-001 13.207.841,00
Solano Martínez Ileana 0-00302950363-001-001 2.091.260,00
Fundiciones Especializadas S. A. 0-03101113181-001-001 2.418.043,00
Agrobiot S. A. 0-03101159443-001-001 2.675.862,00
Distribuidora de Acopios Cartagineses
S. A. 0-03101228444-001-001 1.985.669,00
Mora Sánchez José Alberto 0-00107750198-001-001 1.257.737,00
Transportes Partes y Servicios T P S
de
Costa Rica Sociedad Anónima 0-03101228414-001001 1.633.382,00
Vargas Calvo Ramiro Francisco 0-00501590685-001-001 374.959,00
Corella Chacón Pedro 0-00201850922-001-001 294.864,00
La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la vía civil como penal. Los periodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza en sede administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.—Lic. Rafael Alexis Brenes Ramírez.—(44720).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SUCURSALES
REGIÓN CHOROTEGA
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El suscrito Director
Regional a. í. de la Dirección Regional de Sucursales, Región Chorotega de la
Caja Costarricense del Seguro Social, mediante el presente edicto y por no
haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, se procede a efectuar
la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro
que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de
Administración Publica. En el cuadro se indica el número patronal, nombre de la
razón social y monto de la deuda al 22 de mayo del 2007. La institución le
concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso
contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las
acciones de cobro judicial, tanto en la vía civil como penal, los periodos
notificados anteriormente que ya poseen firmeza administrativa y aparecen en este
aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.
Monto
Razón social Nº
patronal adeudado
Forestales
Desarrollo Ecológico Sociedad Anónima 2-03101231338-002-001 2.187.192
Estrumet Sociedad Anónima 2-03101082324-022-001 8.288.077
Snaith Antonio Mora Aguilar 0-00501520756-001-001 5.471.029
Minera El Silencio Sociedad Anónima 2-03101080041-001-001 30.372.582
Cruz Chinchilla Orlando 0-00106340436-001-001 1.281.660
Cruz Chinchilla Orlando 0-00106340436-002-001 1.036.776
Minas de Sierra Alta Sociedad Anónima 2-03101081023-001-001 12.778.126
Desarrollos Hoteleros Colonial
Sociedad Anónima 2-03101068036-001-001 27.286.648
Cooperativa Autogestionaria de
Empleados
Quinteto R. L. 2-03004151914-001-001 5.043.179
Puntarenas, 24 de mayo del 2007.—Dirección Regional de Sucursales.—Región Chorotega.—Lic. Sergio Rodríguez Venegas, Director Regional a. í.—(45188).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
AL-0761-2007.—Órgano
Director.—Acto de Apertura del Procedimiento Ordinario Administrativo contra la
empresa Hotel Oasis del Pacífico S. A.—San José, a las diez horas del dos de
mayo del dos mil siete.
Resultando:
1º—Que la empresa Hotel
Oasis del Pacífico S. A., cédula jurídica número tres- ciento uno- cero
cuarenta y nueve mil setecientos veintiséis- dieciocho, se le otorgó el
Contrato Turístico número doscientos cuarenta y cinco, el quince de julio de
mil novecientos ochenta y cinco.
2º—Que en oficio DIN- ochocientos
noventa- dos mil seis, el Departamento de Incentivos remite información
solicitada por el Ministerio de Hacienda, y en el punto b), se indica que no
consta en el expediente los informes sobre artículos veintitrés y cuarenta del
Reglamento de la Ley seis mil novecientos noventa.
3º—Que en resolución DGH/ FI-
setecientos setenta y siete- dos mil seis, del Departamento de Fiscalización de
Incentivos, del Ministerio de Hacienda, recomienda:
“1. Comunicar los resultados del estudio al
Instituto Costarricense de Turismo y remitir copia del informe a la Comisión
Reguladora de Turismo, para que valoren las acciones a seguir con respecto al
incumplimiento de los artículos 22,23, 40 y 41 del D.E.24863-H-TUR, además de
que se analice el hecho de que desde hace 16 años que no se realiza una
inspección al Hotel.
2. Comunicar los resultados del estudio a la
Regional Tributaria de Puntarenas para que valoren la situación que presenta el
Hotel, en vista de que no presentaron facturas de sus operaciones ni los Libros
Contables, además de que no está claro si han presentado Declaraciones del
Impuesto Sobre la Renta.
3. Trasladar a los Asesores Legales un expediente
del caso para la aplicación del Artículo 83 del Código Informar a la Comisión
Reguladora de Turismo el resultado del estudio realizado a esta empresa.”
4º—Que el Departamento de
Gestión y Asesoría al Turista, mediante oficio DIN-mil quinientos sesenta y
nueve- dos mil seis, remite a la Comisión Reguladora de Turismo, la resolución
DGH/ FI- setecientos setenta y siete-dos mil seis.
5º—Que la Comisión Reguladora de
Turismo, con base en el oficio DIN-mil quinientos sesenta y nueve- dos mil
seis, acuerda iniciar un procedimiento ordinario administrativo contra la
empresa Hotel Oasis del Pacífico S. A., oficio CR- trescientos cuarenta y
seis-dos mil seis.
6º—Que por resolución G- dos mil
ciento ochenta y nueve- dos mil seis, de la Gerencia General del Instituto
Costarricense de Turismo, se nombra como órgano director a la Lic. Marlene
Marenco Vargas, de la Asesoría Legal, para dar inicio al procedimiento
ordinario administrativo de Contrato Turístico número doscientos cuarenta y
cinco, de Hotel Oasis del Pacífico S. A., a fin de determinar posibles
incumplimientos a lo establecido en la Ley de Incentivos para el Desarrollo
Turístico seis mil novecientos noventa y su Reglamento, así como al Contrato
Turístico otorgado a la empresa.
Considerando:
1º—Que el Reglamento de
la Ley de Incentivos, Decreto Ejecutivo número veinticuatro mil ochocientos
sesenta y tres-H - TUR, en los artículos veintidós, veintitrés, cuarenta y
cuarenta y uno, establece como obligación de las empresas el otorgar la
información que sea requerida por el Ministerio de Hacienda o el ICT, así como
la presentación de un informe anual sobre el uso y destino de los bienes
exonerados, y llevar en forma ordenada los documentos relacionados con la
importación y compra local de bienes exonerados.
2º—Que la cláusula tercera, inciso g),
del Contrato Turístico establece la obligación de “cumplir estrictamente todas
las obligaciones establecidas en la Ley, su Reglamento y en el presente
contrato, también está obligada la empresa a acatar las demás regulaciones
existentes, así como las normas que establezca la Comisión Reguladora de
Turismo”.
SE RESUELVE:
1º—De conformidad con los
ordinales 308, siguientes y concordantes de la Ley General de Administración
Pública, se comunica la apertura del expediente administrativo, y se convoca a
Percy Lee Wilhem representante de la empresa Hotel Oasis del Pacífico S. A.,
cédula jurídica número tres- ciento uno- cero cuarenta y nueve mil setecientos
veintiséis- dieciocho, a comparecencia oral y privada que se celebrará, al ser
las diez horas exactas (10:00 horas) a los quince días hábiles siguientes a la
tercera publicación de la presente resolución, en la Asesoría Legal del
Instituto Costarricense de Turismo, ante el Órgano Director del Procedimiento
Administrativo, constituido por la Licenciada Marlene Marenco Vargas,
funcionaria de la Asesoría Legal del Instituto Costarricense de Turismo, así
nombrada por la Gerencia General por resolución G- dos mil ciento ochenta y
nueve- dos mil seis. Lo anterior a efecto que ejerza el derecho de defensa que
asiste a su representada.
El Procedimiento Administrativo
Ordinario se instaura a efecto de determinar la presunta existencia de posibles
incumplimientos del artículos veintiuno, veintidós, cuarenta y cuarenta y uno
del Reglamento de la Ley seis mil novecientos noventa, y al Contrato Turístico
número doscientos cuarenta y cinco, cláusula tercera, inciso g); por cuanto en
el estudio DGH/ FI- setecientos setenta y siete- dos mil seis, del Departamento
de Fiscalización de Incentivos, del Ministerio de Hacienda se determinó que la
empresa no ha cumplido con la presentación de los informes anuales sobre el uso
y destino de los bienes exonerados, ni presentó los documentos relacionados con
la importación y compra local de bienes exonerados solicitados por el
Ministerio de Hacienda, con la posible sanción de la cancelación del contrato
turístico.
2º—Se le recuerda que en la
comparecencia se admitirá y evacuará la prueba ofrecida por las partes que sea
pertinente según la ley; se analizarán los documentos que conforman el
expediente administrativo y los alegatos de las partes (artículo 309 inciso 1))
de la Ley General de la Administración Pública). Se advierte a la citada que en
caso de asistir a la comparecencia deberá hacerlo de manera personal, y que
además puede hacerse acompañar por un Abogado para la defensa de los intereses
de su representada. Asimismo, debe presentar toda la prueba, antes o en el
momento de la comparecencia si todavía no lo ha hecho (artículo 310 y artículo
312 inciso a) de la Ley General de la Administración Pública).
3º—Se pone a disposición de la citada
el respectivo expediente administrativo, el cual puede ser consultado en la
Asesoría Legal del Instituto Costarricense de Turismo.
4º—Se recuerda al citado su derecho de
asistir a la comparecencia oral y privada, bajo el apercibimiento de que su
inasistencia no impedirá llevar a cabo la misma y la consecuente recepción y
evacuación de pruebas. En caso de asistir deberá portar la cédula de identidad
u otro documento de identificación (artículo 315 de la Ley General de
Administración Pública).
5º—Se le previene a la persona citada
que deberá señalar lugar u oficina para recibir notificaciones, dentro de los
tres días hábiles siguientes al recibo de esta notificación, bajo el
apercibimiento de que si no lo hiciera, quedará notificada de las resoluciones
posteriores en el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Se
producirá igual consecuencia si el medio escogido imposibilitare la
notificación por causas ajenas a este Órgano Director, o bien, si el lugar
señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente.
(Artículos 6 y 12 de la Ley de Notificaciones).
6º—Contra esta Resolución sólo cabrán
los Recursos Ordinarios, sea el de Revocatoria y el de Apelación, que deberán
ser interpuestos dentro del plazo de veinticuatro horas, contados a partir de
la comunicación de la misma. El Recurso de Revocatoria será resuelto por este Órgano
Director y el de Apelación por la Gerencia General.
Lo anterior, de conformidad con lo estipulado por los ordinales 245, siguientes y concordantes, de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Lic. Marlene Marenco Vargas, Órgano Director del Procedimiento.—(SP Nº 46838).—C-199670.—(45208).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Órgano Director.—Acto de apertura del procedimiento ordinario administrativo contra la empresa Aventuras Cabo Velas S. A., propietaria del transporte acuático del mismo nombre.—San José, a las nueve horas del veintiocho de mayo del dos mil siete.
Resultando:
1º—Que por resolución Nº G-1094-2007 del 17 de mayo del 2007, de la Gerencia General del Instituto Costarricense de Turismo, se nombra como Órgano Director al Bach. Pablo Valverde Madrigal como Titular, y al Lic. Martín Quesada Rivera como Suplente, ambos del Departamento de Gestión y Asesoría Turística, con la asesoría de la Dirección Legal, para dar inicio al procedimiento ordinario administrativo de declaratoria turística, contra la empresa Aventuras Cabo Velas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-095169-15, propietaria del transporte acuático del mismo nombre, a fin de determinar posibles incumplimientos a lo establecido en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas.
2º—Que la empresa Aventuras Cabo Velas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-095169-15, fue declarada turística según resolución de la Junta Directiva tomada en la sesión Nº 4014, artículo 3º, del 21 de noviembre de 1989, y posteriormente le fue otorgado el contrato turístico Nº 235 del 14 de marzo de 1990, para desarrollar la actividad de transporte acuático en el establecimiento denominado Transporte Acuático Aventuras Cabo Velas.
3º—Que según oficio Nº DGA-1080-2007 del 8 de mayo del 2007, el señor Francisco Javier Esquivel Espinoza, funcionario del Departamento de Gestión y Asesoría Turística, informa sobre la inspección realizada a la empresa.
Considerando:
I.—Que al Instituto Costarricense de Turismo, según disposiciones expresas contenidas en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo Nº 25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996 y sus reformas, le compete conocer y resolver todo lo relacionado con la aplicación del mencionado Reglamento.
II.—Que de conformidad con el artículo 11, inciso b), del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, el ICT tiene la obligación de ejercer control y vigilancia sobre las empresas declaradas, efectuando inspecciones periódicas.
III.—Que el artículo 13, incisos a), d) e i) respectivamente del mismo Reglamento, establece que a las empresas declaradas turísticas se les exige “cumplir con lo que dispone este Reglamento, la legislación vigente y demás normas o disposiciones especiales que regulen su funcionamiento”, “informar al Instituto de cualquier modificación en la planta física, instalaciones o servicios que puedan provocar un cambio en cuanto al tipo, categoría o características principales del establecimiento” y “reportar cualquier cambio de propietario, administradores, accionistas, gerente, domicilio, razón social, nombre comercial u otro cambio en la operación de la empresa”.
IV.—Que según oficio Nº DGA-1080-2007 del 8 de mayo del 2007, el señor Francisco Esquivel Espinoza, Supervisor del Departamento de Gestión y Asesoría Turística de este Instituto, informa que el día 17 de abril del 2007, procedió a realizar una visita de inspección a la empresa de transporte acuático Aventuras Cabo Velas, ubicada en Paya Flamingo, Santa Cruz, Guanacaste, con el propósito de verificar la operación de la empresa y el cumplimiento con la obligaciones que establece la declaratoria turística. Que una vez en el sitio, pudo comprobar que dicha empresa no opera en esa dirección, por lo que procedió el día 16 de abril del 2007 realizar una visita a la Capitanía de Playas del Coco, en donde le informaron que de la empresa Aventuras Cabo Velas S. A., no aparecen solicitudes de zarpes de salidas.
V.—Que en el caso concreto que nos ocupa, existen indicios que la empresa Aventuras Cabo Velas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-095169-15, propietaria del transporte acuático del mismo nombre, ha supuestamente infringido lo dispuesto en los incisos a), d), i) y j) del artículo 13 del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, al no cumplir con las obligaciones establecidas en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, toda vez que se presume que la misma no se encuentra en operación ni ha informado a este Instituto sobre los cambios que se han dado en la misma, además que de que se desconoce la ubicación de la embarcación exonerada mediante la Ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico denominada “White Magic”, y no se registran zarpes de salidas ante la Capitanía de Playas del Coco, pudiendo hacerse acreedora a las sanciones establecidas en el artículo 16 del Reglamento de las Empresas y Actividades turísticas a saber amonestación escrita, suspensión de la declaratoria turística, cancelación de los beneficios otorgados por recomendación del Instituto, cancelación de los beneficios comprendidos en el artículo 11, incisos c) y e) o la cancelación de la declaratoria turística. Que en el caso de que la empresa fuera sancionada con la cancelación de la declaratoria turística, ello implicaría la cancelación del contrato turístico, según lo establece el artículo 15 del Reglamento a la ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico, Nº 6990. Que para la anterior cancelación será suficiente la mera constatación, por parte del Instituto Costarricense de Turismo, de la pérdida en firme del requisito de la Declaratoria Turística, lo cual será ejecutable vía resolución de la Gerencia General de este Instituto. Por tanto:
De conformidad con lo expuesto, artículo 13, incisos a), d), i) y j) y artículo 16 ambos del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, y con fundamento en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, que rigen lo concerniente a los procedimientos administrativos, este Órgano Director cita al representante de la empresa Aventuras Cabo Velas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-095169-15, propietaria del transporte acuático del mismo nombre, para que personalmente o por medio de un apoderado se presente solo o en compañía de un profesional en derecho, al Departamento de Gestión y Asesoría Turística del Instituto Costarricense de Turismo, a la comparecencia oral y privada prevista en los artículos 218 y 309, inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, a celebrarse quince días hábiles posteriores a la tercera publicación a las nueve horas.
Se previene según lo dispuesto en los artículos 218, 309 y 312, inciso 2), de la Ley General de la Administración Pública, que debe presentarse todas las pruebas antes o en el momento de la comparecencia, bajo apercibimiento de que en caso contrario caducaría su derecho.
Con base en los artículos 217 y 272 de la Ley General de la Administración Pública, se pone a disposición del interesado el expediente administrativo en la sede de este Órgano Director, ubicada en el Departamento de Gestión y Asesoría Turística.
Contra la presente resolución procederán los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse, ante este Órgano Director, en el plazo de veinticuatro horas a partir de esta notificación. El recurso de revocatoria será resuelto por el Órgano Director y el de apelación por la Gerencia del Instituto.
Bach. Pablo Valverde Madrigal, Órgano Director del Procedimiento.—(S. P. Nº 46839).—C-183335.—(46312).
Órgano Director.—Acto de apertura del procedimiento ordinario administrativo contra la empresa Transportes Acuáticos Costa Oeste S. A., propietaria del transporte acuático del mismo nombre.—San José, a las quince horas del veintiocho de mayo del dos mil siete.
Resultando:
1º—Que por resolución Nº G-1169-2007 del 25 de mayo del 2007, de la Gerencia General del Instituto Costarricense de Turismo, se nombra como Órgano Director al Bach. Pablo Valverde Madrigal como Titular, y al Lic. Martín Quesada Rivera como Suplente, ambos del Departamento de Gestión y Asesoría Turística, con la asesoría de la Dirección Legal, para dar inicio al procedimiento ordinario administrativo de declaratoria turística, contra la empresa Transportes Acuáticos Costa Oeste S. A., cédula jurídica Nº 3-101-122722-30, propietaria del transporte acuático del mismo nombre, a fin de determinar posibles incumplimientos a lo establecido en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas.
2º—Que la empresa Transportes Acuáticos Costa Oeste S. A., cédula jurídica Nº 3-101-122722-30, fue declarada turística según resolución de la Junta Directiva tomada en la sesión Nº 4378, artículo 4º, del 21 de julio de 1993, y posteriormente le fue otorgado el contrato turístico Nº 581 del 30 de setiembre de 1993, para desarrollar la actividad de transporte acuático en el establecimiento denominado Transportes Acuáticos Costa Oeste.
3º—Que según oficio Nº DGA-1092-2007 del 9 de mayo del 2007, el señor Francisco Javier Esquivel Espinoza, funcionario del Departamento de Gestión y Asesoría Turística, informa sobre la inspección realizada a la empresa.
Considerando:
I.—Que al Instituto Costarricense de Turismo, según disposiciones expresas contenidas en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo Nº 25226-MEIC-TUR del 15 de marzo de 1996 y sus reformas, le compete conocer y resolver todo lo relacionado con la aplicación del mencionado Reglamento.
II.—Que de conformidad con el artículo 11, inciso b), del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, el ICT tiene la obligación de ejercer control y vigilancia sobre las empresas declaradas, efectuando inspecciones periódicas.
III.—Que el artículo 13, incisos a), d) e i) respectivamente del mismo Reglamento, establece que a las empresas declaradas turísticas se les exige “cumplir con lo que dispone este Reglamento, la legislación vigente y demás normas o disposiciones especiales que regulen su funcionamiento”, “informar al Instituto de cualquier modificación en la planta física, instalaciones o servicios que puedan provocar un cambio en cuanto al tipo, categoría o características principales del establecimiento” y “reportar cualquier cambio de propietario, administradores, accionistas, gerente, domicilio, razón social, nombre comercial u otro cambio en la operación de la empresa”.
IV.—Que según oficio Nº DGA-1092-2007 del 9 de mayo del 2007, el señor Francisco Esquivel Espinoza, Supervisor del Departamento de Gestión y Asesoría Turística de este Instituto, informa que el día 17 de abril del 2007, procedió a realizar una visita de inspección a la empresa de Transporte Acuático Costa Oeste, en el domicilio que consta en el expediente administrativo a saber, Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, 1.5 kilómetros al sur del Hotel Tamarindo, en donde pudo constatar que la empresa no opera en ese lugar, ya que lo que encontró es un rótulo comercial que hace alusión a un quiropráctico. Que además informa el señor Esquivel, que el día 16 de abril del 2007 visitó la Capitanía de Playas del Coco, en donde le informaron que desconocen la citada empresa. Que no consta en el expediente administrativo de la empresa algún cambio de domicilio que la empresa haya tramitado para su aprobación.
V.—Que en el caso concreto que nos ocupa, existen indicios que la empresa Transportes Acuáticos Costa Oeste S. A., cédula jurídica número 3-101-122722-30, propietaria del transporte acuático del mismo nombre, ha supuestamente infringido lo dispuesto en los incisos a), d), i) y j) del artículo 13 del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, al no cumplir con las obligaciones establecidas en el Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, toda vez que se presume que la misma no se encuentra en operación ni ha informado a este Instituto sobre los cambios que se han dado en la misma, además de que se desconoce la ubicación de la embarcación exonerada mediante la Ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico, y no se registran zarpes de salida ante la Capitanía de Playas del Coco pudiendo hacerse acreedora a las sanciones establecidas en el artículo 16 del Reglamento de las Empresas y Actividades turísticas a saber amonestación escrita, suspensión de la declaratoria turística, cancelación de los beneficios otorgados por recomendación del Instituto, cancelación de los beneficios comprendidos en el artículo 11, incisos c) y e) o la cancelación de la declaratoria turística. Que en el caso de que la empresa fuera sancionada con la cancelación de la declaratoria turística, ello implicaría la cancelación del contrato turístico, según lo establece el artículo 15 del Reglamento a la ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico, Nº 6990. Que para la anterior cancelación será suficiente la mera constatación, por parte del Instituto Costarricense de Turismo, de la pérdida en firme del requisito de la declaratoria turística, lo cual será ejecutable vía resolución de la Gerencia General de este Instituto. Por tanto:
De conformidad con lo expuesto, artículo 13 incisos a), d), i) y j) y artículo 16 ambos del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, y con fundamento en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, que rigen lo concerniente a los procedimientos administrativos, este órgano director cita al representante de la empresa Transportes Acuáticos Costa Oeste, cédula jurídica número 3-101-122722-30, propietaria del transporte acuático del mismo nombre, para que personalmente o por medio de un apoderado se presente solo o en compañía de un profesional en derecho, al Departamento de Gestión y Asesoría Turística del Instituto Costarricense de Turismo, a la comparecencia oral y privada prevista en los artículos 218 y 309, inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, a celebrarse quince días hábiles posteriores a la tercera publicación a las nueve horas.
Se previene según lo dispuesto en los artículos 218, 309 y 312, inciso 2), de la Ley General de la Administración Pública, que debe presentarse todas las pruebas antes o en el momento de la comparecencia, bajo apercibimiento de que en caso contrario caducaría su derecho.
Con base en los artículos 217 y 272 de la Ley General de la Administración Pública, se pone a disposición del interesado el expediente administrativo en la sede de este Órgano Director, ubicada en el Departamento de Gestión y Asesoría Turística.
Contra la presente resolución procederán los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán presentarse, ante este Órgano Director, en el plazo de veinticuatro horas a partir de esta notificación. El recurso de revocatoria será resuelto por el Órgano Director y el de apelación por la Gerencia del Instituto.
Bach. Pablo Valverde Madrigal, Órgano Director del Procedimiento.—(S. P. Nº 46839).—C-196040.—(46313).
ASESORÍA LEGAL REGIÓN BRUNCA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Instituto de Desarrollo Agrario.—Asesoría Legal Región Brunca.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las nueve horas del veintidós de mayo del dos mil siete. Previamente a resolver lo que en derecho corresponde en las diligencias de Nulidad absoluta tendiente a revertir al patrimonio institucional la parcela número 78 del Asentamiento Bahía, traspasada a Asociación ECO Proyecto Cabo Blanco E C B, se le hace saber a Asociación ECO Proyecto Cabo Blanco E C B, cédula de persona jurídica número 3-002-207304, domiciliada en San José, tercer piso de Mueblería Rosand, Inscrita en el Registro de Personas Jurídicas, Sección Asociaciones, Expediente número ocho mil ochocientos uno, que se ha dictado resolución a las diez horas del día siete de mayo de dos mil siete que literalmente dice: la suscrita, licenciada Margarita Elizondo Jiménez, constituida en Órgano Director del Procedimiento Administrativo por acuerdo de la Junta Directiva, artículo 29 sesión 009-2006 del 06 de marzo del 2006, para iniciar procedimiento de nulidad absoluta tendiente a revertir al patrimonio institucional la parcela traspasada a Asociación ECO Proyecto Cabo Blanco E C B, cédula de persona jurídica número 3-002-207304, domiciliada en San José, tercer piso de Mueblería Rosand, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas, Sección Asociaciones, Expediente número ocho mil ochocientos uno, con fundamento en el artículo 173 de la Ley General de Administración Pública, se declara abierto el procedimiento administrativo ordinario que se instruye con el expediente número 2007-A-015 para averiguar la veracidad real de los hechos y determinar la existencia o no de la nulidad evidente y manifiesta del acto administrativo dictado por la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Agrario mediante artículo 49 sesión 26-98 del 31 de marzo de 1998, que aprobó la adjudicación y traspaso a la Asociación ECO Proyecto Cabo Blanco E C B, cédula jurídica número 3-002-207304, de la parcela 78 del asentamiento Bahía, sin que hayan realizado actos de posesión previos a esa fecha, con un área de ciento ochenta y ocho mil seiscientos cuarenta y seis metros con veinticinco decímetros cuadrados a cuyo reparo se inscribió a su nombre en el Registro Público, el 24 de abril del año mil novecientos noventa y ocho, bajo el sistema mecanizado del Partido de Puntarenas, matrícula número 104.694-000, siendo la finca colindante al norte, Quebrada en medio Saúl Castro Méndez; sur, Francisco Rojas Quesada; este, John Trescember Gonser y Marcos Castro Cordero; oeste, Francisco Herrera y servidumbre de paso con frente de siete metros, plano catastrado número P-0817703-1989, y encontrándose cubierta de bosque y comprendida dentro de los límites del Corredor Biológico Mesoamericano de la Fila Brunqueña y representa reductos boscosos de gran importancia ecológica, y por ende sometidas al dominio Público como Patrimonio Natural del Estado, Acto Administrativo que se presume ocurre con vicios subsanables sin norma legal que lo autoriza y sin contar con dictamen técnico del Ministerio de Ambiente y Energía que obliga el artículo 15 de la Ley Forestal 7575, así como irrespetando lo dispuesto en artículo 50 de la Constitución Política, que impone a los onanismos de la pública velar con los bienes naturales del país. La condición de demaniabilidad que ostentan los terrenos que forman parte del Patrimonio Natural del Estado y sus prerrogativas de imprescriptibilidad e inahenabilidad, se conmuta en un privilegio a favor del Estado que lo faculta a ejercer las acciones en defensa de estos bienes, sin que su derecho sufra menoscabo por el transcurso del tiempo, como lo es la sujeción a un periodo cuatrienal, Para asegurar el debido proceso administrativo, se cita y emplaza a Asociación ECO Proyecto Cabo Blanco E C B, cédula jurídica número 3-002-207304, representada por Roberto Estrada Konig, cédula de identidad número 1-0543-0100, para que comparezca a una audiencia oral y privada que se realizará a las trece horas treinta minutos del día diez de julio del año dos mil siete, en las instalaciones de la Dirección Región Brunca del Instituto de Desarrollo Agrario, sito en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, provincia de San José, en el complejo de instalaciones del Ministerio de Agricultura. De la misma manera, se les hace saber que máximo al día y hora de la audiencia pueden ofrecer y aportar toda la prueba que consideren oportuna en defensa de sus derechos y que en caso de ser testimonial, su presencia corre por su cuenta y deben de comparecer a la misma fecha y hora de la audiencia señalada, para lo cual deben venir debidamente identificados. A la audiencia debe comparecer el señor Roberto Estrada Konig, cédula de identidad número 1-0543-0100, vecino de San Rafael de Escazú, provincia de San José, quien es presidente y ostenta la representación judicial y extrajudicial con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la Asociación ECO Proyecto Cabo Blanco E C B, en forma personal y no por medio de apoderado, de igual forma se les hace saber que el proceso puede resultar en la declaratoria de nulidad evidente y manifiesta del acto administrativo que decretó la adjudicación y traspaso de la finca descrita que implica que las cosas regresen al estado original y declarándose la nulidad del título supra señalado, lo que consecuentemente trae aparejado que el mismo se revierta a nombre del Instituto de Desarrollo Agrario. Se pone en conocimiento que como prueba de la administración en el expediente que a efecto se lleva se tiene del expediente N° 2007-A-015: a) Oficio 076/06SD, del Ministerio del Ambiente y Energía, Área de Conservación Osa, b) DAJ-199-2006 de la Dirección de Asuntos Jurídicos del IDA, c) Auditoría de Análisis AAI-005-2001 efectuado por el IDA. d) Informe 75/2000 de la Contraloría General de la República, e) Acuerdo de Junta Directiva en la formación del Órgano director de este proceso. El expediente se encuentra en la Asesoría Legal de la Región Brunca en la sede de la Dirección Regional del Instituto de Desarrollo Agrario de San Isidro de El General Pérez Zeledón, provincia de San José, el cual podrá ser consultado y fotocopiado a su costo. Debe el administrado dentro de los tres días posteriores a la notificación de la presente, señalar o ratificar lugar donde escuchar notificaciones dentro del perímetro judicial de la ciudad de San Isidro de El General, Pérez Zeledón, o un fax dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fue impreciso, incierto o ya no existiere o fuese imposible la comunicación toda resolución se tendrá por notificada en el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Por la trascendencia del procedimiento que se califica de cómo ordinario se le advierte al administrado que el día de la comparecencia puede hacerse acompañar de un abogado asesor. En caso de no presentarse sin justa causa que lo motive se procederá a resolver lo que corresponda con la prueba que obra en el expediente. Se comisiona a la oficina Subregional de San Isidro para notificar la presente resolución a la Asociación ECO Proyecto Cabo Blanco E C B, en su domicilio social o personalmente a su apoderado. Notifíquese.—Lic. Margarita Elizondo Jiménez, Asesoría Legal.—Nº 24109.—(45477).
Instituto de Desarrollo Agrario.—Asesoría Legal Región Brunca.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del veintidós de mayo del dos mil siete. Previamente a resolver lo que en derecho corresponde en las diligencias de Nulidad absoluta tendiente a revertir al patrimonio institucional la parcela número 83 del Asentamiento Bahía, traspasada a Asociación ECO Proyecto Cabo Blanco E C B, se le hace saber a Asociación ECO Proyecto Cabo Blanco E C B, cédula de persona jurídica número 3-002-207304, domiciliada en San José, tercer piso de Mueblería Rosand, Inscrita en el Registro de Personas Jurídicas, Sección Asociaciones. Expediente número ocho mil ochocientos uno, que se ha dictado resolución a las diez horas treinta minutos del día siete de mayo del dos mil siete que literalmente dice: “La suscrita licenciada Margarita Elizondo Jiménez, constituida en Órgano Director del Procedimiento Administrativo por acuerdo de la Junta Directiva artículo 29, sesión 009-2006 del 6 de marzo del 2006, para iniciar procedimiento de nulidad absoluta tendiente a revertir al patrimonio institucional la parcela traspasada a Asociación ECO Proyecto Cabo Blanco E C B, cédula de persona jurídica número 3-002-207304, domiciliada en San José, tercer piso de Mueblería Rosand, inscrita en el Registro de Personas Jurídicas, Sección Asociaciones, expediente número ocho mil ochocientos uno con fundamento en el artículo 173 de la Ley General de Administración Pública, se declara abierto el procedimiento administrativo ordinario que se instruye con el expediente número 2007-A-016 para averiguar la veracidad real de los hechos y determinar la existencia o no de la nulidad evidente y manifiesta del acto administrativo dictado por la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Agrario, mediante artículo 49, sesión 26-98 del 31 de marzo de 1998, que aprobó la adjudicación y traspaso a la Asociación ECO Proyecto Cabo Blanco E C B, cédula jurídica número 3-002-207304, de la parcela 83 del asentamiento Bahía, sin que hayan realizado actos de posesión previos a esa fecha, con un área de treinta y cuatro mil doscientos cuarenta y cinco metros con quince decímetros cuadrados a cuyo reparo se inscribió a su nombre en el Registro Público, el 24 de abril del año mil novecientos noventa y ocho, bajo el sistema mecanizado del Partido de Puntarenas, matrícula número 104695-000, siendo la finca colindante al norte, Roberto Vargas Corrales; sur, Quebrada en medio Saúl Castro Méndez; este, Gilberto Castro Méndez; oeste, José Alejando Chavarría Navarro y servidumbre de paso con frente de siete metros, plano catastrado número P-0780447-1989, y encontrándose cubierta de bosque y comprendida dentro de los límites del Corredor Biológico Mesoamericano de la fila Brunqueña y representan reductos boscosos de gran importancia ecológica, y por ende sometidos al dominio Público como Patrimonio Natural del Estado, Acto Administrativo que se presume ocurre con vicios subsanables sin norma legal que lo autoriza y sin contar con dictamen técnico del Ministerio de Ambiente y Energía que obliga el artículo 15 de la Ley Forestal 7575, así como irrespetando lo dispuesto en el artículo 50 de la Constitución Política, que impone a los organismos de la pública velar con los bienes naturales del país. La condición de demanialidad que ostentan los terrenos que forman parte del Patrimonio Natural del Estado y sus prerrogativas de imprescriptibilidad e inalienabilidad, se conmuta en un privilegio a favor del Estado que lo faculta a ejercer las acciones en defensa de estos bienes, sin que su derecho sufra menoscabo por el transcurso del tiempo, como lo es la sujeción a un periodo cuatrienal. Para asegurar el debido proceso administrativo, se cita y emplaza a la Asociación ECO Proyecto Cabo Blanco E C B, cédula jurídica número 3-002-207304, representada por Roberto Estrada Konig, cédula de identidad número 1-0543-0100, para que comparezca a una audiencia oral y privada que se realizará a las diez horas treinta minutos del día diez de julio del año dos mil siete, en las instalaciones de la Dirección Región Brunca del Instituto de Desarrollo Agrario, sito en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, provincia de San José, en el complejo de instalaciones del Ministerio de Agricultura, de la misma manera, se les hace saber que máximo al día y hora de la audiencia pueden ofrecer y aportar toda la prueba que consideren oportuna en defensa de sus derechos y que en caso de ser testimonial, su presencia corre por su cuenta y deben de comparecer a la misma fecha y hora de la audiencia señalada, para lo cual deben venir debidamente identificados. A la audiencia debe comparecer el señor Roberto Estrada Konig, cédula de identidad número 1-0543-0100, vecino de San Rafael de Escazú, provincia de San José, quien es presidente y ostenta la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la Asociación ECO Proyecto Cabo Blanco E C B, en forma personal y no por medio de apoderado, de igual forma se le hace saber que el proceso puede resultar en la declaratoria de nulidad evidente y manifiesta del acto administrativo que decretó la adjudicación y traspaso de la finca descrita que implica que las cosas regresen al estado original y declarándose la nulidad del título supra señalado, lo que consecuentemente trae aparejado que el mismo se revierta a nombre del Instituto de Desarrollo Agrario. Se pone en conocimiento que como prueba de la administración en el expediente que a efecto se lleva se tiene del expediente N° 2007-A-016: a) Oficio 076/06SD, del Ministerio del Ambiente y Energía, Área de Conservación Osa, b) DAJ-199-2006 de la Dirección de Asuntos Jurídicos del IDA, c) Auditoría de Análisis AA1-005-2001 efectuado por el IDA. d) Informe 75/2000 de la Contraloría General de la República, e) Acuerdo de Junta Directiva en la formación del Órgano director de este proceso. El expediente se encuentra en la Asesoría Legal de la Región Brunca en la sede de la Dirección Regional del Instituto de Desarrollo Agrario de San Isidro del General Pérez Zeledón, provincia de San José, el cual podrá ser consultado y fotocopiado a su costo. Debe la representación de la Asociación dentro de los tres días posteriores a la notificación de la presente, señalar o ratificar lugar donde escuchar notificaciones dentro del perímetro judicial de la ciudad de San Isidro de El General, Pérez Zeledón, o un fax dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fue impreciso, incierto o ya no existiere o fuese imposible la comunicación toda resolución se tendrá por notificado en el transcurso de veinticuatro horas después de dictada, por la trascendencia del procedimiento que se califica de cómo ordinario se le advierte al representante que el día de la comparecencia puede hacerse acompañar de un abogado asesor. En caso de no presentarse sin justa causa que lo motive se procederá a resolver lo que corresponda con la prueba que obra en el expediente. Se comisiona a la oficina Subregional de San Isidro para notificar la presente resolución a la Asociación ECO Proyecto Cabo Blanco E C B, en su domicilio social o personalmente a su apoderado. Notifíquese.—Lic. Margarita Elizondo Jiménez, Asesoría Legal.—Nº 24111.—(45478).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Instituto de Desarrollo Agrario.—Asesoría Legal Región Brunca.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas del veintidós de mayo del dos mil siete. Previamente a resolver lo que en derecho corresponde en las presentes diligencias de Nulidad absoluta tendiente a revertir al patrimonio institucional la parcela número 113 del Asentamiento Bahía, traspasada a Consorcio Cooperativo Red Ecoturística Nacional R.L., cédula de persona jurídica número 3-004-181288, se hace saber a Consorcio Cooperativo Red Ecoturística Nacional R. L. (COOPRENA R. L), cédula de persona jurídica número 3-004-181288, domiciliada en San José, de Torre Mercedes Benz, 125 metros norte y 50 oeste, inscrita en el Registro Público y en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Departamento de Organizaciones Sociales, resolución número C-0999, del día siete de febrero de mil novecientos noventa y seis, que se ha dictado resolución a las diez horas treinta minutos del día siete de mayo del dos mil siete, que literalmente dice: “La suscrita, licenciada Margarita Elizondo Jiménez, constituida en Órgano Director del Procedimiento Administrativo por acuerdo de la Junta Directiva, artículo 29, sesión 009-2006 del 6 de marzo del 2006, para iniciar procedimiento de nulidad absoluta tendiente a revertir al patrimonio institucional la parcela traspasada a Consorcio Cooperativo Red Ecoturística Nacional R. L. (COOPRENA R. L.), cédula de persona jurídica número 3-004-181288, domiciliada en San José, de Torre Mercedes Benz, 125 metros norte y 50 oeste, inscrita en el Registro Público y en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Departamento de Organizaciones Sociales, resolución número C-0999, del día siete de febrero de mil novecientos noventa y seis, con fundamento en el artículo 173 de la Ley General de Administración Pública, se declara abierto el procedimiento administrativo ordinario que se instruye con el expediente número 046-2006 para averiguar la veracidad real de los hechos y determinar la existencia o no de la nulidad evidente y manifiesta del acto administrativo dictado por la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Agrario mediante artículo 49, sesión 26-98 del 31 de marzo de 1998, que aprobó la adjudicación y traspaso al Consorcio Cooperativo Red Ecoturística Nacional R. L. (COOPRENA R. L.), cédula de persona jurídica número 3-004-181288, de la parcela 113 del asentamiento Bahía, sin que hayan realizado actos de posesión previos a esa fecha, con un área de trescientos noventa y seis mil ochocientos noventa y ocho metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados a cuyo reparo se inscribió a su nombre en el Registro Público, el 18 de mayo del año mil novecientos noventa y ocho, bajo el sistema mecanizado del Partido de Puntarenas, matrícula número 105.124-000, siendo la finca colindante al norte, calle, sur IDA; este, calle pública; oeste, IDA, plano catastrado número P-0817702-1989, y encontrándose cubierta de bosque y comprendida dentro de los límites del Corredor Biológico Mesoamericano de la Fila Brunqueña y representa reductos boscosos de gran importancia ecológica, y por ende sometidas al dominio Público como Patrimonio Natural del Estado, Acto Administrativo que se presume ocurre con vicios subsanables sin norma legal que lo autoriza y sin contar con dictamen técnico del Ministerio de Ambiente y Energía que obliga al artículo 15 de la Ley Forestal 7575, así como irrespetando lo dispuesto en artículo 50 de la Constitución Política, que impone a los organismos de la pública velar con los bienes naturales del país. La condición de demaniabilidad que ostentan los terrenos que forman parte del Patrimonio Natural del Estado y sus prerrogativas de imprescriptibilidad e inalienabilidad, se conmuta en un privilegio a favor del Estado que lo faculta a ejercer las acciones en defensa de estos bienes, sin que su derecho sufra menoscabo por el transcurso del tiempo, como lo es la sujeción a un periodo cuatrienal. Para asegurar el debido proceso administrativo, se cita y emplaza a Consorcio Cooperativo Red Ecoturística Nacional (COOPRENA R. L.), representado por Leyla Solano Pacheco, cédula de identidad número 3-0266-0139, cédula jurídica número 3-004-181288, para que comparezca a una audiencia oral y privada que se realizará a las ocho horas treinta minutos del día once de julio del año dos mil siete, en las instalaciones de la Dirección Región Brunca del Instituto de Desarrollo Agrario, sito en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, provincia de San José, en el complejo de instalaciones del Ministerio de Agricultura, de la misma manera, se les hace saber que máximo al día y hora de la audiencia pueden ofrecer y aportar toda la prueba que consideren oportuna en defensa de sus derechos y que en caso de ser testimonial, su presencia corre por su cuenta y deben de comparecer a la misma fecha y hora de la audiencia señalada, para lo cual deben venir debidamente identificados. A la audiencia debe comparecer la señora Leyla Solano Pacheco, cédula de identidad número 3-0266-0139, quien ostenta la representación judicial y extrajudicial de Consorcio Cooperativo Red Ecoturística Nacional R. L., en forma personal y no por medio de apoderado, de igual forma se le hace saber que el proceso puede resultar en la declaratoria de nulidad evidente y manifiesta del acto administrativo que decretó la adjudicación y traspaso de la finca descrita lo cual implica que las cosas regresen al estado original y declarándose la nulidad del título supra señalado, lo que consecuentemente trae aparejado que el mismo se revierta a nombre del Instituto de Desarrollo Agrario. Se pone en conocimiento que como prueba de la administración en el expediente que a efecto se lleva se tiene: del expediente N° 046-2006: a) Oficio 076/06SD, del Ministerio del Ambiente y Energía, Área de Conservación Osa, b) DAJ-199-2006 de la Dirección de Asuntos Jurídicos del IDA, c) Auditoría de Análisis AAI-005-2001 efectuado por el IDA. d) Informe 75/2000 de la Contraloría General de la República, e) Acuerdo de Junta Directiva en la formación del Órgano Director de este proceso, copia certificada del Plano número P-817702-1989 e informe registral certificado del inmueble de Puntarenas número 105.124-000. El expediente se encuentra en la Asesoría Legal de la Región Brunca en la sede de la Dirección Regional del Instituto de Desarrollo Agrario de San Isidro de El General Pérez Zeledón, provincia de San José, el cual podrá ser consultado y fotocopiado a su costo. Debe el representante del Consorcio Cooperativo dentro de los tres días posteriores a la notificación de la presente, señalar o ratificar lugar donde escuchar notificaciones su representada dentro del perímetro judicial de la ciudad de San Isidro de El General, Pérez Zeledón, o un fax dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fue impreciso, incierto o ya no existiere o fuese imposible la comunicación toda resolución se tendrá por notificada en el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Por la trascendencia del procedimiento que se califica de cómo ordinario se les advierte a los administrados que el día de la comparecencia pueden hacerse acompañar de un abogado asesor. En caso de no presentarse sin justa causa que lo motive se procederá a resolver lo que corresponda con la prueba que obra en el expediente. Se comisiona a la oficina Subregional de San Isidro para notificar la presente resolución al Consorcio Cooperativo Red Ecoturística Nacional Responsabilidad Limitada, en su domicilio social o personalmente a su apoderado. Notifíquese.—Lic. Margarita Elizondo Jiménez, Asesoría Legal.—Nº 34112.—(45479).
Instituto de Desarrollo Agrario, Asesoría Legal Región Brunca, San Isidro de Pérez Zeledón, a las nueve horas del veintiocho de mayo del dos mil siete. Que habiéndose dictado resolución inicial dentro del procedimiento administrativo de revocatoria de adjudicación y subsecuente nulidad de título, por la causal de incumplimiento del artículo 68 inciso 4) apartado b), en relación con el 66 de la ley 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, sea abandono injustificado del terreno, se cita y emplaza a los administrados que a continuación se detallan, para que comparezcan a una audiencia oral y privada que se realizará en el día y hora que se indica en cada caso particular, todas del año 2007, realizadas todas en las instalaciones de la Dirección Regional Brunca del Instituto de Desarrollo Agrario en San Isidro de Pérez Zeledón
Predio
y Fecha de
Nombre Cédula asentamiento Expediente audiencia
Asociación de 3-002-125614 Lote 23 02 de julio
Productores Finca B-017-2007 a las
Agropecuarios Guanacaste 8
horas
de Jalaca y
Guanacaste
(ASPROJAGUA)
Cooperativa de 3-004-078530 Lote 34 B-018-2007 02
de julio
Comercialización Finca a
las
productores Guanacaste 9
horas
independientes
(COOPEFUTURO)
Asociación de 3-002-087285 Lote 25-1 B-019-2007 02
de julio
Pequeños San a
las
Agricultores de Buenaventura 10
horas
San Buena
Asociación de
Pequeños 3-002-087285 Lote 25-1 San B-020-2007 02
de julio
Agricultores de Buenaventura a
las
San Buena 11
horas
Asociación de
Pequeños 3-002-087285 Lote 25-2 San B-021-2007 02
de julio
Agricultores de Buenaventura a
las
San Buena 13
horas
Bernardo Castro 6-107-113 Lote 3-B centro B-010-2007 03 de julio
Barrantes y población a
las
Flor Mireya 6-142-884 Guadalupe, 13 horas
Chacón Muñoz Osa
sector dos
Rigoberto Picado 1-702-132 Granja 10 de julio
Ramírez familiar a
las
32-A-12 2007-A-019 8:30
Dora
Obando horas
Se pone en conocimiento para todos los casos que la prueba de la administración esté contenida en el expediente que se encuentra en la Asesoría Legal de la Región Brunca en la sede de la Dirección Regional del Instituto de Desarrollo Agrario en San Isidro de Pérez Zeledón, el cual podrá ser consultado y fotocopiado a su costo. Deben los administrados, dentro de los tres días posteriores a la notificación de la presente, señalar o ratificar lugar para escuchar notificaciones dentro del perímetro judicial de la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, o un fax que se encuentre dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere o fuese imposible la comunicación, toda resolución se tendrá por notificada con el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Por la trascendencia del procedimiento que se califica como ordinario se le advierte a los administrados que el día de la comparecencia puede hacerse acompañar por un abogado. En caso de no presentarse sin justa causa que lo motive se procederá a resolver lo que corresponda con la prueba que obra en el expediente. Se les hace saber que máximo al día y hora de la audiencia pueden ofrecer y aportar toda la prueba que consideren oportuna en defensa de sus derechos y que en el caso de ser testimonial, su presentación corre por su cuenta y deben de comparecer a la misma fecha y hora de la audiencia señalada, para lo cual deben venir debidamente identificados. A la audiencia deben comparecer en forma personal y no por medio de apoderado, de igual forma se les hace saber que de comprobarse los hechos investigados se le revocará la adjudicación del terreno y se ordenará al Registro Público ce la Propiedad anular el titulo de propiedad señalado supra, lo que consecuentemente trae aparejado que el mismo se revierta al Instituto de Desarrollo Agrario. Se informa a los administrados que la presente resolución inicial tiene los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, debiéndose interponer dentro de las veinticuatro horas contadas a partir de la última comunicación del acto, Dichos Recurso deberán presentarse ante la Asesoría Legal Región Brunca del IDA. Notifíquese.—Lic. Álvaro Chanto Ureña, Asesoría Legal.—1 vez.—Nº 24113.—(45480).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Dirección de Protección al Usuario.—San José, a las catorce horas del veintitrés de mayo del dos mil siete.
Apertura del procedimiento administrativo para determinar la verdad real de los hechos sobre la supuesta prestación de servicio de transporte público remunerado de personas sin autorización del Estado, según boleta de citación 2006-353746 a Greivin Durán Castillo, documento de identidad 1-1093-640, vehículo placas 671076. Expediente OT-114-2007.
I.—Que mediante oficio UTCE-2007-081 del 17 de mayo del 2007, de la Dirección General de Policía de Tránsito, recibido en la Autoridad Reguladora ese mismo día, se remite para el trámite administrativo correspondiente la boleta de citación 2006-353746, levantada al señor Greivin Durán Castillo, documento de identidad 1-093-640, quién conducía el vehículo placas 671076, el 30 de abril del 2007 (folios 1, 2 y 3).
II.—Que el vehículo placas 671076, fue decomisado por la supuesta prestación del servicio público sin autorización del Estado, por el oficial de tránsito Ignacio Coghi Morales, código 2299, que se halla bajo la custodia de la Dirección General de la Policía de Tránsito de Zapote (folios 1, 2 y 3).
III.—Que en la Información Sumaria, visible a folio 3, el oficial de tránsito Ignacio Coghi Morales, detalla los hechos, que se resumen así: “Estando en recorrido por San Pedro, localizamos con 2 pasajeros y sin el respectivo contrato de transporte, los pasajeros, uno menor, se retiraron sin identificarse, ni indicar el monto acordado. A dicho conductor ya le habían retirado las placas por 129-ch, alrededor de las 15:00 horas. Boleta 2006-383755.
3. Lugar que indicó el conductor para notificaciones: San José, Desamparados, San Rafael Arriba. Teléfono 856-8171.
4. Observaciones: Portaba Rótulos en puerta y un rótulo luminoso en el techo del vehículo.
IV.—Que el transporte remunerado de personas, en todas sus modalidades es un servicio público, que sólo puede ser prestado por el Estado o por particulares, sean personas físicas o jurídicas y en el caso de particulares, deben poseer título legítimo que los faculte para ello emitido por autoridad competente.
V.—Que de conformidad con lo establecido en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, la prestación no autorizada del servicio público constituye un ilícito sancionable según dispone esa misma norma.
VI.—Que la aplicación de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 7593, es decir, la remoción de equipo o instrumento que permita el uso abusivo e ilegal de los servicios públicos regulados por la Ley 7593, es una medida cautelar y necesaria para el resguardo del fin público.
VII.—Que mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas del 12 de febrero del 2004, publicada en La Gaceta 36 del 20 de febrero del 2004, se faculta al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para que por los medios que estimen pertinentes remueva los vehículos que se encuentran prestando el servicio público de transporte remunerado de personas sin autorización del Estado.
VIII.—Que para determinar la verdad real sobre los hechos acusados, lo procedente es dar apertura al procedimiento administrativo por la supuesta infracción del artículo 38 inciso d) de la Ley 7593, prestación de un servicio público no autorizado por el Estado y designar la persona que tramitará este caso, previsto en los artículos 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, como se dispone.
IX.—Que mediante resolución RRG-5888-2006 de las doce horas y treinta minutos del primero de agosto de dos mil seis, el Regulador General, de acuerdo con las potestades legales que las normas le confieren, resuelve: “1. Delegar en la Dirección de Fiscalización y Defensa del Usuario (actualmente Dirección de Protección al Usuario) de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, el trámite de los procedimientos administrativos sancionadores al tenor de lo dispuesto en los artículos 38 y 41 de la Ley Nº 7593; para lo cual ordenará la apertura del procedimiento y la designación del órgano director correspondiente. 2. Dejar sin efecto las anteriores delegaciones que en igual sentido se hubieran realizado.”
X.—Que con fundamento en las facultades conferidas en los artículos 38 inciso d), 44 y 57 inciso e) de la Ley 7593 y 129 de la Ley General de la Administración Pública,
SE DISPONE:
I.—Designar para la tramitación del procedimiento que aquí se ordena a la Lic. Karolina Mena Soto, funcionaría de la Autoridad Reguladora.
II.—Dar inicio al procedimiento administrativo para determinar la verdad real sobre los hechos detallados por el oficial de tránsito, a saber que con el vehículo placas 671076, conducido por Greivin Durán Castillo, cédula de identidad 1-1093-640, se prestó el servicio público de transporte remunerado de personas sin la autorización del Estado; conducta que se constituye un ilícito sancionable de conformidad con lo establecido en los artículos 38 inciso d) y 44 ambos de la Ley 7593.
III.—Citar y emplazar, conforme los artículos 218 y 308, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública a Greivin Durán Castillo, cédula de identidad 1-957-945, al oficial de tránsito Ignacio Coghi Morales, cédula 3-253-747, código 2299, para que comparezcan a las 9:00 horas del 2 de julio de 2OO7; a la audiencia oral y privada de ley, que se realizará en las oficinas de la Autoridad Reguladora, ubicadas cuatrocientos cincuenta metros al Oeste de la Contraloría General de la República en Sabana Sur, Mata Redonda, San José. Durante la comparecencia, las partes podrán ofrecer, solicitar la admisión y tramitar toda la prueba que el órgano director del procedimiento califique como pertinente, pedir testimonio a la administración, preguntar o repreguntar a testigos y peritos, suyos o de otra parte, aclarar, ampliar o reformar la defensa inicial, proponer alternativas y sus pruebas y formular conclusiones de hecho y derecho en cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia. Concluida la indagatoria, se elevará el expediente al Regulador General, a quien corresponde dictar el acto final.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 312.2 de la Ley General de la Administración Pública, se le previene a las partes que en la audiencia deberán aportar toda la prueba pertinente, sin perjuicio de que lo puedan hacer por escrito antes de esa fecha.
Las partes y los abogados, pueden examinar el expediente OT-114-2007, en que se tramita este asunto, en la Dirección de Protección al Usuario de la Autoridad Reguladora.
En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante la Dirección de Protección al Usuario, órgano director del procedimiento administrativo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante el Regulador General.
El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de veinticuatro horas, a partir del día siguiente a la notificación; el de revisión dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.
Oficina de Proveeduría.—Xinia Herrera Durán, Directora.—(Solicitud Nº 41299).—C-227270.—(45579).
Dirección de Protección al Usuario.—San José, a las catorce horas del veinticuatro de mayo del dos mil siete.
Apertura del procedimiento administrativo para determinar la verdad real de los hechos sobre la supuesta prestación de servicio de transporte público remunerado de personas sin autorización del Estado, según boleta de citación 2006-368441 a Eliécer Pérez Briones, documento de identidad 7-120-295, vehículo placas T07-07-047276. Expediente OT-140-2007.
I.—Que mediante oficio UTCE-2007-097 del 18 de mayo del 2007, de la Dirección General de Policía de Tránsito, recibido en la Autoridad Reguladora ese mismo día, se remite para el trámite administrativo correspondiente la boleta de citación 2006-368441, levantada al señor Eliécer Pérez Briones, documento de identidad 7-120-295, quién conducía el vehículo placas TO-07-047276, el 10 de mayo del 2007 (folios 1, 2, 3 y 4).
II.—Que el vehículo placas TO-07-047276, fue decomisado por la supuesta prestación del servicio público sin autorización del Estado, por el oficial de tránsito Felipe Salazar Álvarez, código 2262, que se halla bajo la custodia de la Delegación de Tránsito en Sandoval sobre ruta 32 (folios 1, 2, 3 y 4).
III.—Que en la Información Sumaria, visible a folios 3 y 4, el oficial de tránsito Felipe Salazar Álvarez, detalla los hechos, que se resumen así: “Estando en Junciones propias de mi cargo en la Ciudad de Limón, propiamente frente al Edificio de Correos de Costa Rica sobre sector 146 Limón centro venía un vehículo sentido de norte a Sur, una Hyundai Grace color gris de 15 pasajeros y el hice señal de parada y observe dentro de la misma varios pasajeros, entre ellos menores de edad, adultos mayores y señoras, al solicitarle al conductor que se bajara para poder indagar a sus acompañantes, el conductor indica que eran vecinos y que las había recogido frente la Mercado, donde ya antes los habían bajado y que se dirigía hacia el Valle de la Estrella y BriBri ya que estaba prestando un servicio de especiales. Estos servicios se prestan constantemente sobre la ruta 36, prueba de ello son las constantes denuncias de Auto Transportes Mepe sobre la barrida de los pasajeros que dan este tipo de vehículo protegidos bajo el supuesto permiso de Especiales girado por él Consejo de Transporte Pública modalidad Especiales, y de las cuales la ARESEP tiene copias de dichas denuncias, al solicitarle dicho permiso de este viaje supuesto especial, este no lo tenía, al indagar a los pasajeros, uno manifestaron que era un especial, otros que les estaba cobrando igual que el bus y una minoría se enojaron y no quisieron identificarse, aduciendo que Mepe les da un mal servicio, además los pasajeros en su mayoría indicaron que ellos aparte del pasaje deben cancelar 1.000,00 más por cada saco de comestible siempre que abordan este servicio ilegal, los cuales siempre los lleva en la canasta del techo de la misma buseta. Al finalizar el cumplimiento el conductor manifestó que la buseta era de él y que él trabajaba en Estándar como embolzador y que la había comprado para hacerle especiales a los socios del Estándar, posteriormente cuando el vehículo quedó detenido, el conductor manifestó que la verdad el vehículo no era de él, que él se la estaba trabajando a un tal GEOVANILLO, que lo apodan como los Jupa de Chancho y que si hubiese sabido a lo que se estaba arriesgando, no se hubiese metido en eso. Cabe manifestar que el dueño registral y sus hermanos son los que en su mayoría se guerrean la Ruta a Autos Transportes Mepe con sus microbuses y los llamados permisos especiales que estos brinda y han tomado como punto de llegada y salida el costado este del Mercado Municipal de Limón, diagonal al Más por Menos, y en algunas ocasiones ya se les ha bajado las placas por esta actividad, a su vez se adjunta una fotocopia fiel del original de horarios de llegada y salida de Auto Transportes Mepe los cuales ellos, portan para que estos salgan antes que la empresa afectada, trayendo como consecuencia que le (...) servicio ilegalmente, los pasajeros se bajaron del mismo vehículo y manifestaron que mejor tomaban un bus formal abandonando la escena.
3. Lugar que indicó el conductor para notificaciones: Limón, La Guaria, Paseo Las Flores del Valle la Estrella.
4. Observaciones: Buseta color gris capacidad 15 pasajeros lo cual no demostró ser dueño.
IV.—Que el transporte remunerado de personas, en todas sus modalidades es un servicio público, que sólo puede ser prestado por el Estado o por particulares, sean personas físicas o jurídicas y en el caso de particulares, deben poseer título legítimo que los faculte para ello emitido por autoridad competente.
V.—Que de conformidad con lo establecido en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, la prestación no autorizada del servicio público constituye un ilícito sancionable según dispone esa misma norma.
VI.—Que la aplicación de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 7593, es decir, la remoción de equipo o instrumento que permita el uso abusivo e ilegal de los servicios públicos regulados por la Ley 7593, es una medida cautelar y necesaria para el resguardo del fin público.
VII.—Que mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas del 12 de febrero del 2004, publicada en La Gaceta 36 del 20 de febrero del 2004, se faculta al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para que por los medios que estimen pertinentes remueva los vehículos que se encuentran prestando el servicio público de transporte remunerado de personas sin autorización del Estado.
VIII.—Que para determinar la verdad real sobre los hechos acusados, lo procedente es dar apertura al procedimiento administrativo por la supuesta infracción del artículo 38 inciso d) de la Ley 7593, prestación de un servicio público no autorizado por el Estado y designar la persona que tramitará este caso, previsto en los artículos 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, como se dispone.
IX.—Que mediante resolución RRG-5888-2006 de las doce horas y treinta minutos del primero de agosto del dos mil seis, el Regulador General, de acuerdo con las potestades legales que las normas le confieren, resuelve: “1. Delegar en la Dirección de Fiscalización y Defensa del Usuario (actualmente Dirección de Protección al Usuario) de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, el trámite de los procedimientos administrativos sancionadores al tenor de lo dispuesto en los artículos 38 y 41 de la Ley Nº 7593; para lo cual ordenará la apertura del procedimiento y la designación del órgano director correspondiente. 2. Dejar sin efecto las anteriores delegaciones que en igual sentido se hubieran realizado.”
X.—Que con fundamento en las facultades conferidas en los artículos 38 inciso d), 44 y 57 inciso e) de la Ley 7593 y 129 de la Ley General de la Administración Pública,
SE DISPONE:
I.—Designar para la tramitación del procedimiento que aquí se ordena a la Lic. Karolina Mena Soto, funcionaria de la Autoridad Reguladora.
II.—Dar inicio al procedimiento administrativo para determinar la verdad real sobre los hechos detallados por el oficial de tránsito, a saber que con el vehículo placas T07-07-047276, conducido por Eliécer Pérez Briones, cédula de identidad 7-120-925, se prestó el servicio público de transporte remunerado de personas sin la autorización del Estado; conducta que se constituye un ilícito sancionable de conformidad con lo establecido en los artículos 38 inciso d) y 44 ambos de la Ley 7593.
III.—Citar y emplazar, conforme los artículos 218 y 308, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública a Eliécer Pérez Briones, cédula de identidad 7-120-925, al oficial de tránsito Felipe Salazar Álvarez, cédula 6-242-042, código 2262, para que comparezcan a las 10:30 horas del 26 de junio del 2007; a la audiencia oral y privada de ley, que se realizará en las oficinas del ICE-Sector de Telecomunicaciones, operación y mantenimiento, Aula de Capacitación, frente al Hospital Tony Facio, Limón. Durante la comparecencia, las partes podrán ofrecer, solicitar la admisión y tramitar toda la prueba que el órgano director del procedimiento califique como pertinente, pedir testimonio a la administración, preguntar o repreguntar a testigos y peritos, suyos o de otra parte, aclarar, ampliar o reformar la defensa inicial, proponer alternativas y sus pruebas y formular conclusiones de hecho y derecho en cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia. Concluida la indagatoria, se elevará el expediente al Regulador General, a quien corresponde dictar el acto final.
Se procederá a notificar al señor Eliécer Pérez Briones La Gaceta, según artículo 242 de la Ley General de la Administración Pública, dado que no aportó medio o lugar para recibir notificaciones.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 312.2 de la Ley General de la Administración Pública, se le previene a las partes que en la audiencia deberán aportar toda la prueba pertinente, sin perjuicio de que lo puedan hacer por escrito antes de esa fecha.
Las partes y los abogados, pueden examinar el expediente OT-140-2007, en que se tramita este asunto, en la Dirección de Protección al Usuario de la Autoridad Reguladora.
En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante la Dirección de Protección al Usuario, órgano director del procedimiento administrativo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante el Regulador General.
El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de veinticuatro horas, a partir del día siguiente a la notificación; el de revisión dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.
Oficina de Proveeduría.—Xinia Herrera Durán, Directora.—(Solicitud Nº 41298).—C-308570.—(45580).
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
La Junta Directiva General en su sesión Nº 21-06/07-G.E. de fecha 21 de marzo del 2007, acordó lo siguiente:
ACUERDO Nº 36:
Autorizar a la Administración a publicar en el Diario Oficial La Gaceta, las siguientes resoluciones por ser imposible su notificación en forma personal, por lo que los mismos regirán a partir de la última publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del C.F.I.A, según lo solicitado por el Coordinador del Procedimiento Disciplinario en su oficio Nº 149-2007-TH:
a. Acuerdo Nº 30 de la Junta Directiva General en sesión Nº 12-06/07-G.E., donde se resuelve instaurar un tribunal de honor a la empresa Corporación Euro Americana COTECE S. A.
ACUERDO Nº 30:
a. Acoger lo recomendado por el Departamento Régimen Disciplinario, en su oficio Nº 4287-2006-DRD de instaurar un Tribunal de Honor, a la empresa Corporación Euro Americana COTECE S. A. CT-04567 y al Ing. Boris Minero Pineda ICO-6366, en el expediente Nº 11-05 de denuncia interpuesta por el señor José Alberto Acuña Ulate, Gerente División Financiera, Gerencia División de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social y por el C.F.I.A., por presunta inobservancia de la siguiente normativa:
Por parte de la
empresa Corporación Comercial Euroamericana COTECE S. A.
Ley Orgánica del CFIA: artículos 8 a), 53.
Reglamento Interior General del CFIA: artículo 53.
Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura: artículos 7º, 10, 11, 32, 40.
Código de Ética Profesional: artículos 2º, 3º, 5º, 18 y 19.
Por parte del Ing. Boris Minero Pineda:
Ley Orgánica del CFIA: artículos 8 a), 53.
Reglamento Interior General del CFIA: artículo 53.
Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura: artículos 7º, 10, 11, 17 e, f, g, 32, 40.
Código de Ética Profesional: artículos 2º, 3º, 5º, 18 y 19.
b. El Tribunal de Honor para la empresa Corporación Euro Americana COTECE S. A. y para el Ing. Minero Pineda estará conformado de la siguiente manera: Presidente: Arq. Hugo Fernández Sandí, Secretario: Ing. Jorge Araya Serrano, Coordinador: Ing. Gilberth Delgado Álvarez y Suplente: Ing. José Francisco Hidalgo Víquez.
c. El Arq. Fernández Sandí sustituirá al Director Ejecutivo, de conformidad con lo establecido en el artículo Nº 78 del Reglamento Interior General del C.F.I.A.
d. El Tribunal de Honor podrá contar con asesoría legal para cualquier fase del procedimiento.
Contra la anterior resolución cabe el recurso de revocatoria ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de tres días contados a partir de la notificación a la presente resolución, según se dispone en el artículo 345 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.
b. Acuerdo Nº 25 de la Junta Directiva General en su sesión Nº 14-06/07-G.E., donde se resuelve instaurar un tribunal de honor al Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez.
ACUERDO Nº 25:
a. Acoger lo recomendado por el Departamento Régimen Disciplinario en su oficio Nº 0342-2007-DRD, de integrar un Tribunal de Honor en el expediente Nº 132-05 de denuncia interpuesta por el señor David Alonso Bolaños López, la señora Mercedes Álvarez Álvarez y el C.F.I.A. en contra de la empresa Diseño en Concreto A.R.M.D., S. A. CC-04337, del Ing. Fernando Herrera Cabezas IC-3789 y del Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez, por presunta inobservancia de la siguiente normativa:
Por parte de la
empresa Diseño en Concreto A.R.M.D. S. A.
Ley Orgánica del CFIA: Artículos 8º (incisos a y b) y 12.
Reglamento Interior General del CFIA: artículo 53.
Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora en Obras: artículos 1º, 2º, 3º, 9º, 10, 16, 18, 19 y 20.
Reglamento de Empresas Consultoras y Constructoras: artículo 10 (incisos a, d y e).
Código de Ética Profesional: artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 18 y 19.
Por parte del Ing.
Jorge Luis Salazar Álvarez:
Ley Orgánica del CFIA: Artículos 8º (incisos a, b y c) y 12.
Reglamento Interior General del CFIA: Artículo 53.
Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora en Obras: artículos 1º, 2º, 3º, 9º, 10, 16, 18, 19 y 20.
Reglamento Especial para el Miembro Responsable de Empresas Constructoras: artículos 2º, 4º, 6º (incisos a, c y f), 7º (inciso c), 8, 9, 14, 17, 18 y 20.
Código de Ética Profesional: artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 18 y 19.
Por parte del Ing.
Fernando Herrera Cabezas:
Ley Orgánica del CFIA: Artículos 8º (incisos a, b y c) y 12.
Reglamento Interior General del CFIA: Artículo 53.
Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquiectura: artículos 5º, 7º, 10, 11B (incisos a, b, d, i y j) y 17 (inciso f).
Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora en Obras: artículos 2º y 10
Arancel de Servicios Profesionales de Consultoría para Edificaciones: artículos 3A (inciso b), 4C, CH (incisos a, b y e).
Código de Ética Profesional: artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 8º, 15, 16 18 y 19.
b. El Tribunal de Honor para la empresa Diseño en Concreto A.R.M.D. S. A. CC-04337, para el Ing. Herrera Cabezas y para el Ing. Salazar Álvarez, estará conformado de la siguiente manera: Presidente: Ing. Jorge Montero Cabezas, Secretario: Ing. José Antonio Navarro Redondo, Coordinador: Ing. José Francisco Hidalgo Víquez, y Suplente: Ing. Gilberth Delgado Álvarez.
c. El Ing. Montero Cabezas sustituirá al Director Ejecutivo, de conformidad con lo establecido en el artículo Nº 78 del Reglamento Interior General del C.F.I.A.
d. El Tribunal de Honor podrá contar con asesoría legal para cualquier fase del procedimiento.
Contra la anterior resolución cabe el recurso de revocatoria ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de tres días contados a partir de la notificación a la presente resolución, según se dispone en el artículo 345 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.
c. Acuerdo Nº 07 de la Junta Directiva General en su sesión Nº14-06/07-G.E., mediante el cual se le impone una sanción al Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez.
ACUERDO Nº 07:
Se conoce informe final Nº 007-2007/127-04-INFIN remitido por el Tribunal de Honor integrado, por Ing. Roberto Romero Quirós, por el Ing. Francisco Hidalgo Víquez y por el Ing. Luis González Espinoza, para conocer expediente Nº 127-04 de denuncia interpuesta por la señora Mercedes Alvarado Salazar en contra de la empresa ARVICO DEL NORTE S.A. CT-04374, del Ing. Jorge Salazar Álvarez ICO-3532 y del Ing. Roy García Gutiérrez IME-10406.
Resultando
1º—Por medio del oficio N° 3838-2005-DRD del 1º de diciembre del 2005, el Departamento de Régimen Disciplinario presentó ante el Director Ejecutivo del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos un resumen de los hechos relacionados con el expediente número 127-04, por denuncia de la Sra. Mercedes Alvarado Salazar contra de Empresa Arvico del Norte S. A., CT-04374., del Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez, ICO-3532. y del Ing. Roy García Gutiérrez, IME-10406.
2º—Según acuerdo Nº 43 de la sesión Nº 12-05/06-G. E. del 23 de febrero del 2006, la Junta Directiva General acordó aprobar lo recomendado por el Departamento de Régimen Disciplinario en su oficio número 3838-2005, en donde se presentaba la propuesta de integración de un Tribunal de Honor para el presente expediente, denuncia contra de empresa Arvico del Norte S. A.
3º—Mediante resolución del Tribunal de Honor del 10 agosto del 2006, se le comunicó formalmente a la empresa sobre la anterior denuncia presentada en su contra, y que mediante notificación, en la que se le confirió audiencia por veintiún días, para que contestara los cargos y ejerciera su derecho de defensa, se le intimaron los siguientes cargos:
Ø La presunta responsabilidad por cambios realizados durante la etapa de construcción. Ya que se produjo un cambio de uso de la propiedad, al construirse dos apartamentos en lugar de una vivienda de dos pisos.
Ø La presunta responsabilidad por errores constructivos en tapia, muro, paredes, ventanas, puertas, instalaciones mecánica y eléctrica y en el acabado de pisos. Todo tal y como se describe en los informes técnicos que constan en el expediente, folios 210 a 233.
4º—Por medio de escrito presentado el 26 de setiembre del 2006, la empresa denunciada presentó su alegato de descargo, refiriéndose a los hechos intimados, tal y como costa en los folios 336 y 337 del expediente.
5º—Mediante la resolución del Tribunal de Honor, del 13 de setiembre del 2006, se señaló el 24 de octubre del 2006 para la realización de la audiencia., siendo notificado el 25 de setiembre 2006.
6º—La audiencia se realizó en la fecha y hora señalada, apersonándose la parte denunciada y con la asistencia en pleno de los miembros del Tribunal de Honor.
7º—Se presenta denuncia formal de parte de la Sra. Mercedes Alvarado Salazar contra del la empresa Arvico del Norte cuyo profesional responsable es el Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez, ICO-3532.
8º—Por medio del acuerdo Nº 43 de la sesión Nº 12-05/06-G. E. del 23 de febrero del 2006, la Junta Directiva General acordó aprobar lo recomendado por el Departamento de Régimen Disciplinario en su oficio número 3838-2005, en donde se presentaba la propuesta de integración de un Tribunal de Honor para el presente expediente, denuncia contra del Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez, ICO-3532.
9º—Por medio de resolución del Tribunal de Honor, se le comunicó formalmente al Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez, ICO-3532.sobre la anterior denuncia presentada en su contra, mediante notificación, en la que se le confirió audiencia por veintiún días, para que contestara los cargos y ejerciera su derecho de defensa, se le intimaron los siguientes cargos (ver folios 320 y 321):
Ø La presunta responsabilidad por cambios realizados durante el proceso constructivo, variando el uso asignado a la propiedad, al construirse dos apartamentos, en lugar de una vivienda de dos niveles, para la que se solicitaron los permisos constructivos, tal como lo evidencian las previstas de escaleras, eléctricas y salidas de aguas en el primer y segundo nivel.
Ø La presunta responsabilidad por errores constructivos en el desarrollo de la obra; a saber:
• En tapia lateral, la exposición del acero de refuerzo, por la falta de recubrimiento adecuado.
• Separación de los bloques de concreto con sisas de mortero en espesores mucho mayores a los recomendados.
• Mala colocación del acero de refuerzo vertical ubicado en paredes, pues no guarda el recubrimiento mínimo requerido, según el Código Sísmico de Costa Rica.
• En pisos marcos de ventanas y puertas, se presentan diferencias de nivel, escuadras y plomos.
• La presencia de fugas de líquidos en tuberías, evidencian la inadecuada colocación de las mismas.
• Colocación de piezas sanitarias en forma inadecuada, violentando las normas de funcionalidad y estética constructiva.
• Variación del sistema de la construcción en la obra gris y de techos.
• Presentación del sistema eléctrico sin terminar, mostrando cableado expuesto y con terminales sin fijar.
• Construcción de juntas de los elementos de concreto en forma inadecuada.
• Reparaciones realizadas en forma incorrecta y con materiales no funcionales.
• Aplicaciones del acabado del estuco en forma irregular.
• Falta de interés y negligencia por parte de la inspección, para aplicar una revisión más rigurosa de las diferentes normas constructivas vigentes en el país.
10.—Por medio de escrito presentado el 26 de setiembre del 2006, el Ing. Jorge Luis Salazar Álvarez, ICO-3532 presentó su alegato de descargo, refiriéndose a los hechos intimados, tal y como costa en los folios 336 y 337 del expediente.
11.—Mediante la resolución del Tribunal, se señaló el 24 de octubre del 2006 para la realización de la audiencia., siendo notificado el 25 de setiembre del 2006.
12.—La audiencia se realizó en la fecha y hora señalada apersonándose la parte denunciada y con la asistencia en pleno de los miembros del Tribunal de Honor.
13.—No existe denuncia formal de parte la Sra. Mercedes Alvarado Salazar contra el Ing. Roy García Gutiérrez, IME-10406; la denuncia la realiza de oficio el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos.
14.—Mediante resolución del Tribunal de Honor, se le comunicó formalmente al Ing. Roy García Gutiérrez, IME-10406 sobre la anterior denuncia presentada en su contra, en la que se le confirió audiencia por veintiún días, para que contestara los cargos y ejerciera su derecho de defensa, se le intimaron los siguientes cargos:
Ø En el proyecto se realizó la instalación eléctrica diferente a los planos aprobados ya que:
§ Se instalaron dos cajas de distribución eléctrica y no una como se indica en los planos.
§ En el segundo nivel la instalación eléctrica tramitada no guarda conformidad con lo construido por razón de haber sustituido la función original de la casa de habitación de dos niveles por 2 apartamentos independientes.
Ø No aparecen anotaciones en el cuaderno de bitácora en obras, lo que hace presumir que no se realizó la inspección del proyecto.
15.—Por medio de escrito presentado el 14 de setiembre del 2006, el Ing. Roy García Gutiérrez, IME-10406 presentó su alegato de descargo, refiriéndose a los hechos intimados, tal y como costa en los folios 329, 330 y 331 del expediente.
16.—El procedimiento ordinario disciplinario se ha seguido con estricto apego y cumplimiento al Reglamento del Proceso Disciplinario del Colegio de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica.
Considerando:
Del análisis fáctico, y las probanzas presentadas en este proceso disciplinario por las partes y evacuadas mediante la audiencia efectuada, esta Junta Directiva General tiene por demostrados, los siguientes hechos.
HECHOS PROBADOS
1- Que se produjo un cambio de uso de la propiedad, al construirse dos apartamentos en lugar de una vivienda de dos pisos. Tal y como consta del análisis los planos del proyecto y de la inspección realizada, por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, a la obra durante la fase constructiva (folios 217 al 221) mostrándose fotografías de lo tramitado vs. lo construido.
2- Los errores constructivos en tapia, muro, paredes, ventanas, puertas, instalaciones mecánica y eléctrica y en el acabado de pisos. Todo tal y como se describe en los informes técnicos que constan en el expediente, folios 222 a 231, mostrando inadecuados procesos constructivos en tapia, muros, mampostería, descuadres, desniveles en paredes, marcos de ventanas y puertas, en pisos e instalación electromecánica.
3- En el proyecto se realizó la instalación eléctrica diferente a los planos aprobados ya que:
a. Se instalaron dos cajas de distribución eléctrica y no una como se indica en los planos.
b. En el segundo nivel la instalación eléctrica tramitada no guarda conformidad con lo construido por razón de haber sustituido la función original de la casa de habitación de dos niveles por 2 apartamentos independientes (folio 228)
4- No aparecen anotaciones en el cuaderno de bitácora de la obra eléctrica.
5- Que la empresa Arvico del Norte S. A. fue la empresa constructora de este proyecto, según contrato de construcción privado (folios 28 al 31).
6- Que el ingeniero Jorge Luis Salazar Álvarez registro número ICO-3532, fue el ingeniero responsable de este proyecto. (Mostrado en planos según folios 8 y 9).
7- Que el Ing. Salazar Álvarez se encuentra actualmente sancionado por la Junta Directiva General, mediante los acuerdos 4 y 8 de la sesión Nº 33-05/06-GE, y su inhabilitaciones vencen los días 17 de octubre de 2007 y 17 de agosto del 2008.
HECHOS NO PROBADOS
1- Que el ingeniero Roy García Gutiérrez, IME-10406 fuese el responsable de la inspección de la obra eléctrica.
ANÁLISIS DE FONDO
Con fecha 9 de agosto del 2004, la señora Mercedes Alvarado Salazar, presenta al Departamento de Régimen Disciplinario denuncia en contra de la Empresa Constructora Arquitectura Vivienda del Norte (Arvico del Norte S. A.).
En este, se denuncia problemas constructivos en paredes, entrepisos, escaleras, instalaciones electromecánicas, cielos, puertas, cerrajerías, ventanería, inconsistencias estructurales, etc.
Según planos y contrato de consultoría el responsable de la empresa y obra, es el ingeniero Jorge Salazar Álvarez (de la parte civil y arquitectónica), y el Ing. Roy García como responsable consultor del aspecto eléctrico.
De acuerdo a folio 318; la empresa ARVICO del Norte se le imputa los siguientes hechos:
• La presunta responsabilidad por cambios realizados durante la etapa de construcción. Ya que se produjo un cambio de uso de la propiedad, al construirse dos apartamentos en lugar de una vivienda de dos pisos.
• La presunta responsabilidad por errores constructivos en tapia, muro, paredes, ventanas, puertas, instalaciones mecánica y eléctrica y en el acabado de pisos. Todo tal y como se describe en los informes técnicos que constan en el expediente, folios 210 a 233.
ANÁLISIS DE LOS
HECHOS:
1. Según informe del Régimen Disciplinario KMN-JLF-0917-04-INSP, foliado 217 al 221, las fotografías evidencian como se dieron las variaciones al uso de la propiedad.
2. En el segundo hecho probado, se demostró según los folios 222 al 231, errores constructivos en la edificación de tapias, descuadre en ventanas y paredes, pisos, instalación electromecánica y acabados en paredes y puertas.
La empresa constructora alegó siempre en su descargo y audiencia la tramitación y diseño de una vivienda de dos niveles, sin embargo este tribunal tiene por demostrado la intención de construir dos apartamentos independientes como bien lo muestran la evidencia de ventanas y puertas al exterior en el segundo nivel, previstas de escaleras etc., (según folios 217 al 221).
Con respecto al ingeniero Jorge Salazar Álvarez, según los hechos imputados, Esta Junta Directiva General considera que los hechos graves son:
- Exposición de acero de refuerzo en tapias lateral (folio 222)
- Utilización de sisas de mortero en espesores mucho mayor a los recomendados (folio 222)
- Mala colocación del refuerzo vertical en paredes, por no guardar el recubrimiento requerido según el Código Sísmico (folio 223).
- La variación del sistema estructural de construcción en la obra gris y techos (folio 22 al 27 y 223 estructura de techo).
- Presentación de incongruencias en la construcción eléctrica mostrando cableado eléctrico sin terminar (folio 228)
- Durante el proceso y aportación de pruebas de descargo y audiencia no se recibieron pruebas de defensa que convencieran a este tribunal.
- Todo lo anterior demuestra labores de inspección inadecuadas.
Con respecto al ingeniero Roy García Gutiérrez.
- Instalación de dos cajas de circuitos de distribución eléctrica y no una según indica en planos (folios 228), evidenciándose la intención de utilizarlo como 2 apartamentos independientes.
- No aparecen anotaciones en el cuaderno de bitácora de obras, según pruebas de descargo (folio 329 al 332). El ingeniero García logró demostrar a este tribunal y ratificadas en la audiencia que no era responsable de la inspección, el solo facturó el diseño de los planos eléctricos y las labores de inspección las cedió al ingeniero Jesús Hernández Salazar (folio 153).
De las pruebas aportadas por el denunciante y por los denunciados, se concluye que existe evidencia clara de que con los hechos denunciados se violaron las siguientes normas:
• Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica: Artículos 8º (incisos a, b y c).
• Reglamento Interior General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica: Artículo 53.
• Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura: artículos 10, 11 B (incisos a, b y j) y 17 (inciso g).
• Reglamento de Empresas Consultoras y Constructoras: Artículo 10 (incisos a y e).
• Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora en Obras: Artículos 2º, 7º, 8º (incisos a y b), 16, 17 y 19.
• Código Sísmico de Costa Rica: Artículo 9, apartado 9.3.5 (b). Puntos A.1.5., A.3.2.
• Reglamento Especial para Regular el Ejercicio Profesional en Instalaciones Hidráulicas y Mecánicas: Artículos 7.1. y 7.34.
• Ley de Construcciones: Artículos 83, 89 y 93.
• Reglamento de Construcciones: Artículo II.11.
• Ley de Planificación Urbana: Artículos 57 y 58.
Igualmente, la Junta Directiva General debe tener en consideración en el caso del Ing. Salazar Álvarez, que esta es la tercera ocasión que infringe la ética profesional. Como se estableció en los hechos probados, este profesional, cuenta con dos sanciones anteriores, por lo que, en concordancia con el artículo 23 del Código de Ética profesional, la sanción que ahora se establezca debe ser proporcionada y adecuada a esa situación jurídica, pues no es posible que este profesional infrinja esos preceptos éticos en forma constante, en perjuicio de la sociedad costarricense.
POR LO TANTO SE
ACUERDA:
1. De conformidad con lo establecido en el artículo Nº 136 inciso c) de la Ley General de la Administración Pública, se resuelve apartarse de la recomendación del Tribunal de Honor, con respecto al término de la sanción, en virtud de que es reincidente e imponer una sanción de dieciocho meses de suspensión en el ejercicio profesional al Ing. Jorge Salazar Álvarez ICO-3532 de conformidad con los artículos 1º, 2º, 3º y 18 del Código de Ética Profesional que se estiman violentados en este caso y según lo establecido en los artículos 26, 3º, 33 y 45.
2. Acoger la recomendación del Tribunal de Honor e imponer una sanción de doce meses de suspensión a la empresa Arvico del Norte S. A. CT-04374, de conformidad con los artículos 1, 2, 3 y 18 del Código de Ética Profesional que se estiman violentados en este caso y según lo establecido en los artículos 26, 31, 33 y 45 del citado Código.
Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General, y en consecuencia, la sanción es ejecutable de conformidad con lo establecido en el artículo 146 de la Ley General de la Administración Pública.
Contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de dos meses contados a partir de la notificación a la presente resolución, según se dispone en el artículo 31 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y Civil de Hacienda. Igualmente, se podrá acudir directamente ante la jurisdicción indicada, sin agotar la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por la Sala Constitucional, en el voto N° 06-3669, de 15 de marzo del 2006.
La interposición del recurso de reconsideración no suspende la ejecución de la sanción, conforme se señala en el artículo 148 de la citada Ley General de la Administración Pública.
d. Acuerdo Nº 06 de la Junta Directiva General en su sesión Nº 12-06/07-G.E., mediante el cual se le impone una sanción al AA. Ricardo Mora Fernández.
ACUERDO Nº 6:
Se conoce informe final Nº 077-2006/164-04-INFIN, remitido por el Tribunal de Honor integrado, por el Ing. Luis Enrique Portilla Barquero, el Ing. Teodorico Arce Zamora y el Ing. Juan Carlos Saborío Zeledón, para conocer el expediente Nº 164-04 de denuncia interpuesta por el Ing. Enrique Herrero García en contra del AA. Ricardo Mora Fernández AA-0159.
Resultando
1º—Que se inició procedimiento ordinario disciplinario en contra del AA-0159 Ricardo Mora Fernández, según escrito presentado por el Apoderado Legal de Cabinas Barra del Colorado S. A., alegando incumplimiento del contrato para el catastro de plano, propiedad de la sociedad denunciante, con lo que se presume la violación de los artículos 1º, 2º, 3º, 18 y 19 del Código de Ética del Colegio Federado, artículo 53 del Reglamento Interior General y artículo 8, inciso a) y f) de la Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica, al cobrar el 50% como adelanto de sus honorarios profesionales y no entregar los planos dentro del tiempo prudencial, por lo cual no ha sido fiel con su cliente, al no atender sus consultas, para informarle del avance del trabajo.
2º—Que la queja fue elevada al Centro de Resolución de Conflictos para su resolución sobre aspectos patrimoniales, sin embargo el profesional no se hizo presente (ver folios 22, 26 y 27).
3º—Que mediante oficio Nº 0213-2005-DRD de fecha 21 de enero del 2005 la Jefatura del Régimen, solicitó al asesor, Ing. José Gerardo Roig Loría, realizar un estudio preliminar del Expediente 164-04 en relación con la denuncia presentada, quien recomendó la instauración de un Tribunal de Honor. (Ver folios del 08 al 14).
4º—Que mediante oficio Nº 006-2005-FCIT de fecha 16 de mayo del 2006, el fiscal del Colegio de Ingenieros Topógrafos comparte las conclusiones de estudio preliminar y también recomienda la instauración de un Tribunal de Honor. (Ver folio 16).
5º—Por medio de resolución de este Tribunal de Honor de las 16:00 horas del día 26 del mes de julio del 2006 (folios 67 y 68), se le comunicó formalmente al profesional sobre la anterior denuncia presentada en su contra, mediante notificación publicada a través del Diario Oficial Gacetas N° 193-194 y 195, de los días 10, 11 y 12 de octubre del 2006, en la que se le confirió un plazo de 21 días, para que contestara los cargos y ejerciera su derecho de defensa.
6º—Que mediante resolución de este Tribunal de Honor de las 17:15 horas del 9 de octubre del 2006, se convoca a las partes a audiencia oral y privada, la cual fue debidamente notificada a todas las partes. (Folios 78 y 80).
7º—Que la audiencia oral y privada se realizó el 22 de noviembre del 2006 a las 16:15 horas, con la asistencia en pleno de los miembros del Tribunal de Honor, sin apersonamiento de las partes, conforme lo señala el artículo 82 del Reglamento del Proceso Disciplinario. (Folios 81 al 83)
8º—Que el profesional Mora Fernández Ricardo (AA-0159) fue inhabilitado por morosidad, a partir del 01/05/2006, según acuerdos N° 05, sesión N° 27-04/05-GE y N° 09, sesión N° 10-05/06-GE, edicto publicado en Las Gacetas N° 59, 78 y 79 del 2006.
9º—Que el profesional Mora Fernández Ricardo (AA-0159) fue inhabilitado por 18 meses, a partir del 13/09/2006 al 13/03/2008, según acuerdo N° 14, sesión 26-05/06 GE, expediente N° 63-04, según edicto publicado en las gacetas 170, 171 y 172 del año 2006.
10.—Que el profesional denunciado no presentó alegato alguno ni respuestas a las comunicaciones y publicaciones oficiales, tanto dentro del plazo concedido como fuera del mismo.
11.—Que en los procedimientos se han observado las prescripciones legales. En la decisión de este asunto intervienen los miembros del Tribunal de Honor: Ing. Luis E. Portilla Barquero, actuando como Presidente, Ing. Teodorico Arce Zamora, como Secretario e Ing. Juan Carlos Saborío Zeledón, como Coordinador.
Considerando:
Del análisis fáctico y las probanzas presentadas en este proceso disciplinario por las partes, y evacuadas mediante la audiencia efectuada, esta Junta Directiva General tiene por demostrados los siguientes hechos:
HECHOS PROBADOS
1. El AA Ricardo Mora Fernández es miembro del Colegio Federado y se encuentra inhabilitado por morosidad y suspendido de sus funciones por 18 meses, a partir del 13/09/2006 al 13/03/2008, expediente N° 63-04.
2. Se tiene por demostrado que Ricardo Mora Fernández recibió de Cabinas Barra del Colorado S. A., el cheque 17399-9 del Banco Nacional de Costa Rica, por un monto de ciento cincuenta mil colones, del 9 de setiembre del 2003 como pago del 50% para la confección de 8 planos, según factura contado 0142, el 09 de setiembre del 2003, para la elaboración de 2 planos de los locales comerciales 3 y 4 y 6 planos de la zona de parqueo. (Ver folio 03).
3. El profesional Ricardo Mora Fernández no atendió la invitación a resolver los aspectos patrimoniales en el Centro de Resolución de Conflictos. (Ver folios 20, 21, 26, 27 y 28).
4. Se tiene por demostrado que ha transcurrido un plazo sustancial definido desde la presentación de la denuncia al Departamento Régimen Disciplinario, 18 de noviembre del 2004, (ver folio 01) y la fecha actual, período en el cual debió haber documentado una explicación satisfactoria a las diferentes instancias realizadas por el Colegio Federado.
HECHOS NO
PROBADOS
1. Ninguno de relevancia para el caso.
RESOLUCIÓN DE
EXCEPCIONES E INCIDENTES
No se han presentado durante el trámite ninguna resolución de excepción ni incidentes al respecto.
ANÁLISIS DEL
FONDO DEL ASUNTO
Esta Junta Directiva General en diferentes ocasiones ha manifestado que la contratación de un servicio de Topografía se fundamenta en los mejores principios éticos y profesionales de servicio a la sociedad en que nos desenvolvemos, acorde con el grado de responsabilidad adquirido con el cliente en relación con la eficacia, eficiencia y calidad de ejecución del trabajo.
En el caso que nos ocupa, el AA Ricardo Mora Fernández recibió de Cabinas Barra del Colorado S. A. el cheque 17399-9, correspondiente al pago del 50% de sus honorarios profesionales, sin realizar ningún tipo de trabajo de Agrimensura, según el compromiso adquirido en la factura 0142 del 09 de setiembre del 2003, dejando burlado al cliente que le brindó toda la confianza para contratar sus servicios, incumpliendo además con su obligación de comunicarle, mediante razón fundada, los motivos para no realizar el trabajo encomendado.
El profesional no actuó con responsabilidad ni lealtad para con su cliente, siendo reincidente en este tipo de actitud en su actuación profesional, lo que no promueve el honor y la dignidad de la Agrimensura y más lamentable es el hecho de no acudir al llamado del Centro de Resolución de Conflictos del Colegio Federado, para resolver los aspectos patrimoniales, con una manifiesta violación a los artículos 1, 2, 3, 18 y 19 del Código de Ética Profesional.
La sana crítica conduce a esta Junta Directiva General a reflexionar que con los razonamientos esgrimidos, realmente existe una reincidente falta de ética en los deberes del profesional, cometidas en el ejercicio de la Agrimensura.
POR LO TANTO SE
ACUERDA:
Acoger lo recomendado por el Tribunal de Honor e imponer una sanción de veinticuatro meses de suspensión en el ejercicio profesional al Ing. Ricardo Mora Fernández, al haber inobservado los artículos 1º, 2º, 3º, 18 y 19 del Código de Ética Profesional, de conformidad con los artículos 23 y 33 del citado código, en relación con el artículo 8 inciso a) de la Ley Orgánica y el artículo 53 del Reglamento Interior General del Colegio Federado.
Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General, y en consecuencia, la sanción es ejecutable de conformidad con lo establecido en el artículo 146 de la Ley General de la Administración Pública.
Contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de dos meses contados a partir de la notificación a la presente resolución, según se dispone en el artículo 31 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y Civil de Hacienda. Igualmente, se podrá acudir directamente ante la jurisdicción indicada, sin agotar la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por la Sala Constitucional, en el voto N° 06-3669, de 15 de marzo del 2006.
La interposición del recurso de reconsideración no suspende la ejecución de la sanción, conforme se señala en el artículo 148 de la citada Ley General de la Administración Pública.
e. Acuerdo Nº 12 de la Junta Directiva General en su sesión Nº 12-06/07-G.E., mediante el cual se le impone una sanción al Arq. Bradley Boyd Stewart.
ACUERDO Nº 12:
Se conoce informe final Nº 131-04-C.A./2007-001-INFIN remitido por el Tribunal de Honor integrado, por la Arq. Patricia Mora Mora, el Arq. Rolando Moya Troyo y por el Arq. Carlos Mena Mora, para conocer expediente Nº 131-04 de denuncia interpuesta por la Sra. Ericka Vindas Bryan en contra del Arq. Bradley Boyd Stewart A-5628.
Resultando
1º—Que con fecha 14 de setiembre del 2004, se recibe denuncia formal de la Sra. Ericka Vindas Bryan cédula 1-849-004, en contra del Arq. Bradley Boyd Stewart A-5628, por el incumplimiento del acuerdo sobre la ejecución de la obra por:
- Problema de altura de la casa.
- Pruebas de presión en tuberías dudosas.
- Falta de anotaciones en cuaderno de bitácora.
- Cambio de viga de concreto por metal.
- Filtraciones de aguas.
- Pega defectuosa de azulejos. (Folio 001).
2º—Que previamente con fecha 30 de junio del 2004, la Arq. Ileana Granados Poveda, Jefe del Centro de Resolución de Conflictos del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos envía oficio CRC-786-2004 a la Sra. Ericka Vindas Bryan, en donde indica que el Arq. Bradley Boyd no asistirá a la conciliación, (folio 002).
3º—Que la señora Ericka Vindas Bryan dirige nota al constructor, señor Ronald Blanco Molina, con fecha 2 de abril del 2004, puntualizando faltas en la construcción (folios 010 y 011).
4º—Que mediante nota firmada por el constructor, señor Ronald Blanco Molina dirigida a la señora Ericka Vindas Bryan con fecha 5 de abril del 2004, explica y justifica los cambios realizados en la obra (folios 007-008-009).
5º—Que con fecha 19 de octubre de204, se realiza informe de inspección por parte del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos KMN-APS-0824-2004-INSP donde se concluye que: a) existen varias anomalías con los detalles arquitectónicos, b) mala aplicación de materiales y c) área de mezanine que aparentemente no se tramitó ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos. (Folios 025 al 034).
6º—Que se notifica al Arq. Bradley Boyd Stewart mediante oficio Nº 2642-2004-DRD, con fecha 24 de septiembre del 2004 que se decidió realizarle una investigación, bajo el expediente Nº 131-04 que tramita denuncia en su contra, presentada por el señora Ericka Vindas Bryan. (Folio 037).
7º—Que el Arq. Bradley Boyd Stewart en documento recibido con fecha 25 de octubre del 2004, presenta su descargo (folios 041 al 047).
8º—Que a partir del análisis del estudio preliminar elaborado por un asesor del Régimen Disciplinario, (folios 068 al 090) se recomendó la instauración de un Tribunal de Honor al Arq. Bradley Boyd Stewart, para que sean estudiados con mayor propiedad y profundidad los cargos de la denuncia, así como otorgarle al profesional la oportunidad para que exponga con amplitud y consistencia la argumentación de su defensa.
9º—Que a partir del análisis del estudio preliminar, la Fiscalía del Colegio de Arquitectos coincide en que se debe instruir un Tribunal de Honor, para esclarecer los posibles hechos imputados al Arquitecto Bradley Boyd por presunta violación al Código de Ética (folio 092).
10.—Que el Departamento de Régimen Disciplinario, (folios 33 al 36) estima conveniente instruir un Tribunal de Honor en contra del Arq. Bradley Boyd Stewart, para que investigue su actuación en los hechos señalados, así como la presunta contravención de lo estipulado en la normativa legal vigente.
11.—Que la Junta Directiva General, mediante el acuerdo Nº 19, tomado en sesión Nº 12-05/06-G.E; de fecha 23 de febrero del 2006 decide, instaurar un Tribunal de Honor que resolverá sobre la denuncia interpuesta por la señora Ericka Vindas Bryan en contra del Arq. Bradley Boyd Stewart por la presunta inobservancia de los artículos 1,2, 3, 4, 7, 13, 15, 16, 17, 18 y 19 del Código de Ética Profesional. En el mismo acto se conforma el Tribunal de Honor con la participación de los arquitectos Norma Patricia Mora Morales como Presidenta, Rolando Moya Troyo en calidad de Secretario, Carlos Mena Mora como Coordinador y Erick Chávez Chávez de Suplente, la Arq. Patricia Mora Morales sustituirá al Director Ejecutivo. (Folio 138).
12.—Que mediante oficio N° 2084-2006 DRD del 22 de mayo del 2006 el Jefe del Departamento de Régimen Disciplinario, solicita a la encargada de Subproceso de Certificaciones de la Dirección General de Migración y Extranjería, todo lo relacionado a entradas y salidas del país, del profesional cuestionado (folio 148).
13.—Que según lo solicitado, la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Seguridad Publica, envía certificaciones fechadas 25 de mayo del 2006, donde se indica que: a) durante el año 2003 no aparecen movimientos migratorios registrados a nombre de Bradley Baulford Boyd Stewart, b) durante el año 2004 aparece salida del país el 12/12/04, y c) durante el año 2005 aparece entrada el 10/02/05 y salida el 27/07/05, registrados todos a nombre del señor Boyd Steward, ciudadano de Costa Rica, portador del pasaporte N° 104950641, estudiados del año 2004 hasta el 14/02/06 y según los registros disponibles en el aeropuerto Juan Santamaría (folios 150 y 151).
14.—Que el Tribunal de Honor notifica el auto de intimación al Arq. Boyd Stewart, el 1º de junio del 2006 en su casa de habitación donde es recibido por Maria J. Fernández Da Silva (folio 146).
1. Que en el acto de traslado de cargos efectuado en el auto de intimación dictado, en fecha 24 de mayo del 2006 se le notificó al arquitecto imputado (folio 143 y 144), del carácter y fines del procedimiento disciplinario; de su derecho de ser oído y de presentar los argumentos y pruebas que estimare pertinente en un plazo improrrogable de veintiún días hábiles; de su derecho a acceder a la información, a la prueba y a los antecedentes vinculados con la denuncia presentada en su contra; de su derecho a hacerse representar y asesorar por abogados, técnicos y otras personas calificadas; así como que, contra ese auto de intimación, podía presentar los recursos ordinarios establecidos en el Reglamento de Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica.
Los hechos que se le imputan en dicho auto son:
- Incumplir el Código de Ética del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, al comprometerse con su clienta, la señora Vindas, a realizar la dirección técnica de la obra de su casa de habitación, durante el período en que estaba suspendido del ejercicio profesional por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, que abarca los períodos del 13 de octubre del 2003 al 22 de enero del 2004 y del 04 de febrero del 2004 al 10 de abril del 2004.
- No haber renunciado de su responsabilidad profesional conociendo del hecho de su suspensión del ejercicio profesional.
- Avalar con su firma planos constructivos del proyecto de la señora Vindas Bryan, sin haberlos elaborado personalmente, ni llevar un control adecuado de su ejecución.
- No tramitar ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos el área adicional construida como mezanine en el proyecto propiedad de la señora Ericka Vindas.
- Realizar un cobro de honorarios profesionales inferior al indicado en el arancel estipulado por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos y que sí indicó en el contrato de servicios profesionales de consultoría OC-117778 del 23 de agosto del 2003.
- Se presume incumplimiento del Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora en Obras al haberse extraviado dicho documento.
- Además se presume el posible ejercicio profesional del denunciado en otro proyecto ubicado en urbanización Los Tules, distrito Oriental de la provincia de Cartago, lote número 16-D, estando el Arq. Boyd suspendido por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos en el período correspondiente del 30 de junio del 2005 al 30 de junio del 2006 inclusive, y no estar al día con sus obligaciones de pago de colegiatura.
2. Que con fecha 19 de junio del 2006 el Tribunal de Honor envía el oficio N° 2006-149-TH al ingeniero Gerardo Campos, Jefe del Departamento de Régimen Disciplinario donde comunica que constató que el arquitecto Boyd estaba fuera del país durante el desarrollo de la obra correspondiente a la inspección CZE/MHM/888-1-05-INSP, según oficio N°3566-DRD-2005, cuya bitácora fue retirada de la obra por los inspectores del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos y que consta en el expediente disciplinario. Y que esa bitácora está firmada por alguien que supuestamente suplantó al Arq. Boyd, según las fechas de bitácora que coinciden con las salidas del profesional del país (folio 152).
3. Que en el mismo oficio indicado supra se solicita investigar la situación y se acuerda dejar en suspenso el caso hasta recibir respuesta.
4. Que aunque no consta en el expediente respuesta a la situación indicada anteriormente, el Tribunal de Honor fue instruido en forma verbal a continuar con el procedimiento.
5. Que mediante resolución de las 17.30 horas del 13 de setiembre del 2005, el Tribunal de Honor convocó a las partes a la comparecencia oral y privada a que se refiere el artículo 82 del Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, que se realizaría el lunes 24 de octubre del 2006 a las 17:30 horas (Folio 461).
6. Que la sesión convocada para cumplir con la comparecencia oral y privada a que se refiere el párrafo anterior se celebró el día y hora señalada, asistiendo a la misma solamente el Tribunal de Honor en pleno.
7. Que el Director Ejecutivo del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, expidió certificación del prontuario profesional del arquitecto investigado (folios 093 y 119), donde se indica que el Arq. Boyd Stewart fue sancionado disciplinariamente por La Junta Directiva General en dos ocasiones, la primera por un período de 6 meses de suspensión en el ejercicio de la profesión, sanción que cumplió en dos periodos: a) del 13/10/03 al 22/01/04 cuando se suspendió la ejecución y se reinició el 04/02/04 hasta el 10/04/04. La segunda por un período de 12 meses de suspensión en el ejercicio profesional, a partir del 30 de junio del 2005 hasta el 30 de junio del 2006 inclusive. El arquitecto Boyd, al 13 de octubre del 2005 no se encontraba al día en sus obligaciones con el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, pues desde el 31 de diciembre del 2003 no cancelaba sus cuotas.
8. Que asimismo el Director Ejecutivo del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos expidió certificación con los contratos de consultoría registrados a nombre del Arq. Bradley Boyd S. durante el período que abarca del 30 de junio del 2005 al 3 de noviembre del 2005 (Folio 111 al 114) donde aparecen tres contratos ubicados en Guanacaste, Heredia y Cartago, inscritos dos en las oficinas de San José y uno en la de Alajuela. Todos estando el profesional responsable suspendido y con deudas ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos.
9. Que este acto se dicta dentro del término de ley.
RESOLUCIÓN DE
RECURSOS E INCIDENTES
No quedan incidentes o recursos por resolver.
Considerando:
1- Que el Tribunal de Honor planteó en el auto de intimación los hechos imputados a la responsabilidad profesional del Arq. Bradley Boyd, recibió las argumentaciones y evacuó las pruebas ofrecidas por las partes.
2- Que se brindaron todas las facilidades para que los actores presentaran sus argumentaciones y pruebas, según su derecho y mejor interés.
3- Que del análisis fáctico de las probanzas presentadas por las partes en este proceso disciplinario y evacuadas mediante la audiencia efectuada, esta Junta Directiva General tiene por demostrados los siguientes hechos:
HECHOS PROBADOS
A partir de la documentación que consta en el expediente, se pudo comprobar los siguientes hechos relevantes:
1- Es un hecho probado que el Arq. Boyd incumplió el Código de Ética del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos al comprometerse con su clienta la señora Ericka Vindas a realizar la dirección técnica de la obra de su casa de habitación, durante el período en que estaba suspendido en el ejercicio profesional por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, que abarca los períodos del 13 de octubre del 2003 al 22 de enero del 2004 y del 04 de febrero del 2004 al 10 de abril del 2004. (Folio 093). Esto por cuanto el contrato de construcción suscrito entre la señora Ericka Vindas como propietaria y el señor Ronald Blanco como constructor (folios 012 al 020), se realizó el 20 de enero del 2004, de manera que la obra debió haberse iniciado con posterioridad a esta fecha, basándonos en lo indicado en el punto 3.13 de dicho contrato donde se dice que “La obra dará inicio 8 días posterior al pago del primer desembolso de dinero (…)”; en ese período ya corría la suspensión del profesional denunciado. Además consta en el expediente (al folio 010 y 011), una nota del 02 de abril, suscrita por la señora Ericka Vindas, dirigida al constructor Ronald Blanco, en la cual informa sobre ciertas inquietudes que tiene respecto a la obra y que conversó con el arquitecto Boyd, entre las que menciona desacuerdo de acabados en el baño principal y baño de visitas, prevención para que el piso cerámico sea colocado correctamente, entre otros, lo que aporta prueba del avance que a esa fecha tenía la construcción y que se realizó en el segundo período de suspensión del ejercicio profesional del arquitecto Boyd (4 de febrero al 10 de abril del 2004).
Por otra parte, la nota que el señor Blanco Molina dirige a la señora Ericka Vindas con fecha 5 de abril del 2004 (folios 007 al 009) para responder a otra con fecha 02 de abril del 2004, indica que el arquitecto Bradley Boyd supervisó y avaló los trabajos realizados.
Además el profesional había dejado de pagar su colegiatura desde el 31 de diciembre del 2003 hasta el 13 de octubre del 2005 fecha en que se emitió la correspondiente certificación. (Folio 119).
2- Es un hecho probado que el arquitecto denunciado no renunció a su responsabilidad profesional, a pesar de conocer el hecho de la suspensión del ejercicio profesional. No consta en los registros del Colegio Federado renuncia alguna en relación con el contrato suscrito OL-117778 entre el Arq. Boyd y la señora Vindas, tampoco hay referencia alguna a una posible renuncia ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos en los documentos de descargo del profesional.
3- Es un hecho probado que el profesional denunciado avaló con su firma los planos constructivos del proyecto de la señora Vindas Bryan, sin haberlos elaborado personalmente, ni llevar un control adecuado de su ejecución. El mismo profesional en su nota de descargo del 22 de octubre del 2004 (folios 041 al 047). Alega que:
“Los planos constructivos no fueron elaborados por el suscrito, sino más bien por un dibujante…” y agrega: “las partes intervinientes estaban claras, que yo no podía estar pendiente de la obra por otros compromisos adquiridos (…)”, no se puede pretender imputarme una responsabilidad contractual, si se toma en cuenta que la revisión material de la obra estaba a cargo del señor Mauricio, quien era el responsable de vigilar la labor del constructor, en contraste con la propia que era labor de consultoría y no de vigilancia”. Lo anterior presenta claramente la actuación del denunciado y su motivación.
4- Es un hecho probado que el Arq. Bradley Boyd no tramitó ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos el área adicional construida como mezanine, en el proyecto propiedad de la señora Ericka Vindas. En el informe elaborado por los inspectores del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos (folios 025 al 032) se indica que en visita realizada el 27 de setiembre del 2004 a la obra, se encuentra un proyecto terminado donde se verifica la existencia de varias anomalías entre ellas la aparente falta de trámite ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos del área del mezanine; esto se corrobora mediante certificación emitida donde no hay evidencia de dicho trámite al 3 de noviembre del 2005. (Folios 111 al 114).
5- Es un hecho probado que el arquitecto denunciado realizó un cobro de honorarios profesionales inferior al indicado en el arancel estipulado por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos y que sí indicó en el contrato de servicios profesionales de consultoría OC-117778 del 23 de agosto del 2003. Lo anterior por cuanto en la nota remitida por el arquitecto Boyd a la arquitecta Ileana Granados, Jefe del Centro de Resolución de Conflictos, con fecha 16 de junio del 2004, éste indica:
“Al firmarle los planos a la señora Vindas admito que no se cobró la tasa por honorarios que dicta el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, por cuanto a la cuñada de otro colega (…) y más por el hecho de ser colega es amigo, motivo por el cual se le cobró simbólicamente la firma y se pactó de cierta cantidad por las inspección es lo cual concordó y a la fecha me adeuda el monto de las inspecciones” (folios 48 y 49).
6- Es un hecho probado que además el Arq. Boyd incumplió el Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora en Obras, al haberse extraviado el documento y no conservar las copias correspondientes al profesional que para el efecto dispone dicho cuaderno, ni tampoco entregó la copia correspondiente al propietario. Tampoco consta en el expediente ninguna gestión realizada ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos respecto a la pérdida y reposición del cuaderno de bitácora en obras. Simplemente en uno de sus descargos indica el Arq. Boyd que no sabe donde se encuentra y que “posiblemente en el momento de hacer limpieza antes de salir de la construcción se extravió” (Folio 045).
7- Es un hecho probado que el arquitecto Boyd se ausentó del país del 12 de diciembre del 2004 al 10 de febrero del 2005 y del 27 de julio del 2005 hasta el 1º de febrero del 2006, fecha en que se emitió la certificación correspondiente. ( Folios 150 y 151).
HECHOS NO
PROBADOS
1- Es un hecho no probado el posible ejercicio del denunciado en otro proyecto ubicado en la Urbanización Los Tules, Distrito Oriental de la provincia de Cartago, lote N° 16 D, estando el denunciado suspendido por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos en su ejercicio profesional, en el período que va del 30 de junio del 2005 al 30 de junio del 2006 inclusive. Lo anterior por cuanto consta en el expediente la certificación de la Dirección General de Migración y Extranjería donde se verifica que del 27 de julio del 2005 hasta el 14 de febrero del 2006, fecha de expedición de la certificación, el Arq. Boyd se encontraba fuera del país; las anotaciones que constan en las copias de la bitácora serie N° 310955, tienen fechas del 28 de julio del 2005 al10 de setiembre del 2005. De igual manera para este Tribunal es dudosa la autenticidad de la firma que aparece en las notas de esa bitácora, pues según nuestra percepción, difiere bastante en sus letras y trazos de las que constan en, por ejemplo, los documentos de descargo del profesional denunciado.
ANÁLISIS DE FONDO
El arquitecto Bradley Boyd Stewart (A-5628) al inscribir el contrato de consultoría N° OC-117778 el 23 de agosto del 2003 ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, se compromete a realizar las actividades inherentes a los servicios de “planos y documentos” del proyecto propiedad de la señora Ericka Vindas Bryan que comprenden la ejecución de estudios preliminares, anteproyecto, planos constructivos y especificaciones técnicas al igual que hacerse cargo del servicio de dirección técnica. Al considerar, el Departamento de Régimen Disciplinario, sobre la base de la denuncia interpuesta por la señora Vindas y la información contenida en el expediente, que el Arq. Bradley Boyd pudo haber incumplido con normas y procedimientos que establece el Código de Ética Profesional del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos en la ejecución de la dirección técnica, inicia una investigación de carácter disciplinario, que otorga al Arq. Boyd Steward, la posibilidad de ejercer ampliamente su derecho de referirse al caso y presentar sus argumentaciones de descargo que culmina con la recomendación para que la Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, instruya un Tribunal de Honor en su contra, con la intención de llegar a la verdad real de los hechos.
Con pleno acatamiento del debido proceso se trasladan los cargos al arquitecto investigado y se recibe información proveniente de su esposa del hecho que el profesional denunciado se encuentra fuera del país. Constatado lo anterior, mediante certificación expedida a solicitud por la Dirección General de Migración y Extranjería, se procede a realizar la consulta del caso ante el departamento respectivo para verificar la pertinencia de continuar con el procedimiento. Aunque no se obtiene una respuesta por escrito, se instruye al Tribunal de continuar con el mismo. Se procede a realizar la convocatoria y se lleva a cabo la audiencia a que se refiere el Reglamento del Proceso Disciplinario de los miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, pero solo se presentan a la misma los miembros del Tribunal.
No habiendo prueba testimonial, el Tribunal de Honor se basa en el estudio de la prueba documental contenida en el expediente, pudiéndose determinar, con toda propiedad, los hechos presentados como probados en el presente documento y los no probados que complementan el estudio del caso.
De esta manera se comprobó que el Arq. Bradley Boyd no realizó adecuadamente la dirección técnica de la obra de la casa de la señora Vindas y que además cuando realizó las visitas y la asesoría correspondiente, lo hizo en parte estando suspendido en su ejercicio profesional por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, sin que por este hecho se ocupara de renunciar a su responsabilidad profesional. De esta manera no cumplió con lo establecido en el Código de Ética (Art. 1º, 2º, 3º y 4º).
Asimismo al haber avalado con su firma planos constructivos para la casa de la señora Vindas, sin haberlos realizado personalmente ni controlar adecuadamente su ejecución, como el mismo profesional lo confiesa en su descargo, faltó a lo especificado por la siguiente normativa: 13 y 15 de la Dignidad de la Profesión.
Sumado a esto, el profesional denunciado no tramitó ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos el área adicional construida como mezanine, realizó un cobro de honorarios inferior al indicado en el arancel de este Colegio y contravino el Reglamento Especial de Cuaderno de Bitácora en Obras, al extraviar y no guardar copias del documento con lo que de nuevo incumplió con lo estipulado en el Código de Ética Capítulo I, art. 2 y los art. 5, 6 y 7 del citado Reglamento Especial.
Del análisis realizado por esta Junta Directiva General, con base en las pruebas de cargo, las certificaciones, argumentos de descargo y demás documentación que consta en el expediente, se determina que el arquitecto Boyd Steward, no fue diligente ni ejerció el debido control del proceso constructivo, en detrimento de la calidad e idoneidad general del inmueble con lo cual perjudicó en sus intereses al cliente quien confió en él con la expectativa de obtener una obra bien terminada y confiable en cuanto a seguridad constructiva.
Con su actuación el Arq. Bradley Boyd no sirvió con fidelidad a su cliente puesto que no dispuso de su máximo esfuerzo y recursos para brindar un trabajo de excelencia con lo cual irrespetó la mencionada normativa que rige la actuación de los profesionales miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos.
POR LO TANTO SE
ACUERDA:
Acoger la recomendación del Tribunal de Honor e imponer una sanción de veinticuatro meses de suspensión en el ejercicio profesional al Arq. Bradley Boyd Steward (A-5628), al haber faltado a lo que estipulan los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 8º, 9º, 13, 18 y 19 del Código de Ética Profesional del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, vigente al momento en que presuntamente se cometieron los hechos. Por lo anterior, el Arq. Boyd Steward se hace acreedor a la aplicación de las sanciones previstas en las disposiciones generales, en el artículo 23, De las faltas contra la profesión, artículos 26, 27 y 28 de esa normativa.
Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General, y en consecuencia, la sanción es ejecutable de conformidad con lo establecido en el artículo 146 de la Ley General de la Administración Pública.
Contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de dos meses contados a partir de la notificación a la presente resolución, según se dispone en el artículo 31 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y Civil de Hacienda. Igualmente, se podrá acudir directamente ante la jurisdicción indicada, sin agotar la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por la Sala Constitucional, en el voto N° 06-3669, de 15 de marzo del 2006.
La interposición del recurso de reconsideración no suspende la ejecución de la sanción, conforme se señala en el artículo 148 de la citada Ley General de la Administración Pública.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 5178).—C-1330395.—(46061).
La Junta Directiva General en su sesión N° 21-06/07-G.E. de fecha 21 de marzo del 2007, acordó lo siguiente:
ACUERDO Nº 37:
Autorizar a la Administración a publicar en el Diario Oficial La Gaceta, la resolución tomada por esta Junta Directiva General en sesión Nº 14-06/07-G.E., en donde mediante acuerdo Nº 28, se resuelve instaurar un tribunal de honor en el expediente Nº 114-05 de denuncia interpuesta por el CFIA en contra del Ing. Mario Ulate Murillo, ya que no fue posible notificarle personalmente al profesional denunciado, por lo que el mismo regirá a partir de la última publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo N° 22 del Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del C.F.I.A.
ACUERDO Nº 28:
a. Acoger lo recomendado por el Departamento Régimen Disciplinario en su oficio Nº 0219-2007-DRD, de integrar un Tribunal de Honor en el expediente Nº 114-05 de denuncia interpuesta por el C.F.I.A. en contra de las empresas Desarrollos Josema S. A. CT-0439, Luis Rojas e Ingenieros Asociados S. A. CS-00553, de los ingenieros Mario Ulate Murillo IC-4557, Luis Francisco Rojas Montero IC-1324 y del Arq. Andrés Castillo Pacheco A-648, por presunta inobservancia de la siguiente normativa:
Ing. Mario Ulate
Murillo
o Ley Orgánica del Colegio Federado: Artículos 4º, 8º (incisos a y c)
o Reglamento Interior General: Artículo 53
o Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura: Artículos 7º, 10 y 11
o Código de Etica Profesional: Artículos 2º, 3º y 5º
Empresa Luis Rojas
e Ingenieros Asociados S. A.
o Ley Orgánica del Colegio Federado: Artículos 4º, 8º (incisos a y c)
o Reglamento Interior General: Artículo 53
o Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura: Artículos 7º, 10 y 11
o Código de Etica Profesional: Artículos 2º, 3º y 5º.
Ing. Luis Rojas
Montero
o Ley Orgánica del Colegio Federado: Artículos 4º, 8º (incisos a y c)
o Reglamento Interior General: Artículo 53
o Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura: Artículos 7º, 10 y 11
o Código de Etica Profesional: Artículos 2º, 3º y 5º.
Arq. Andrés
Castillo Pacheco
o Ley Orgánica del Colegio Federado: Artículos 4º, 8º (incisos a y c)
o Reglamento Interior General: Artículo 53
o Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura: Artículos 7º, 10 y 11
o Código de Etica Profesional: Artículos 2º, 3º y 5º.
Empresa Desarrollos
Josema S. A. (en la eventualidad de que se inscriba nuevamente)
o Ley Orgánica del Colegio Federado: Artículos 4º, 8º (incisos a) y c).
o Reglamento Interior General: Artículo 53.
o Código de Etica Profesional: Artículos 2º, 3º y 5º.
b. El Tribunal de Honor para las empresas Desarrollos Josema S. A. Luis Rojas e Ingenieros Asociados, S.A., para los ingenieros Ulate Murillo, Rojas Montero y para el Arq. Castillo Pacheco, estará conformado de la siguiente manera: Presidente: Ing. Jorge Montero Cabezas, Secretaria: Arq. María Eugenia Vega Aguilar, Coordinador: Ing. Mario Velásquez Bonilla y Suplente: Arq. Marco Valverde Rojas.
c. El Ing. Montero Cabezas sustituirá al Director Ejecutivo, de conformidad con lo establecido en el artículo Nº 78 del Reglamento Interior General del C.F.I.A.
d. El Tribunal de Honor podrá contar con asesoría legal para cualquier fase del procedimiento.
Contra la anterior resolución cabe el recurso de revocatoria ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de tres días contados a partir de la notificación a la presente resolución, según se dispone en el artículo 345 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 5176).—C-88955.—(46063).
La Junta Directiva General en su sesión Nº 21-06/07-G.E. de fecha 21 de marzo del 2007, acordó lo siguiente:
ACUERDO Nº 38:
Autorizar a la Administración a publicar en el Diario Oficial La Gaceta, la resolución tomada por esta Junta Directiva General en sesión Nº 14-06/07-G.E., en donde mediante acuerdo Nº 37, se resuelve instaurar un tribunal de honor en el expediente Nº 61-04 de denuncia interpuesta en contra de la Arq. Lena Thalman González, y en sesión Nº 04-06/07-G.E., en donde mediante acuerdo Nº11 se resuelve imponer una sanción al AA. Ricardo Mora Fernández ya que no fue posible notificarles personalmente a los profesionales denunciados, por lo que el mismo regirá a partir de la última publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo N° 22 del Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del C.F.I.A.
ACUERDO Nº 37:
a. Acoger lo recomendado por la Subdirección de Ejercicio Profesional, en su oficio Nº 0234-2006-DRD, de integrar un Tribunal de Honor en el expediente Nº 61-04 de denuncia interpuesta por el señor Luis Arce Hidalgo y el C.F.I.A. en contra del Arq. Edwin Cornejo Ramos A-8719 y de la Arq. Lena Thalman González A-9961, por presunta inobservancia de la siguiente normativa:
Por parte de la
Arq. Lena Thalman González, en su calidad de profesional responsable del
proyecto:
Ley Orgánica del CFIA: Artículo 8º, incisos a, b y c.
Reglamento Interior General del CFIA: Artículo 53
Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura: Artículos 10, 11, incisos a), b), c), i) y j) y 17 inciso g).
Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora en Obras, artículo 14 y 15.
Código de Ética Profesional del CFIA: Artículos 2º, 3º, 18 y 19.
Por parte del Arq.
Edwin Cornejo Ramos, en su calidad de profesional responsable ejecutor de la
construcción:
Ley Orgánica del CFIA: Artículo 8º, incisos a), b) y c).
Reglamento Interior General del CFIA: Artículo 53
Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura: Artículos 10, 11, incisos a), b), c), i) y j).
Reglamento Especial para el miembro responsable de Empresas Constructoras: Artículo 6º, inciso a) y 7º, inciso c).
Procedimiento para el registro del profesional responsable de una obra.
Código de Ética Profesional del CFIA: Artículos 2º, 3º, 18 y 19.
b. El Tribunal de Honor para los arquitectos Cornejo Ramos y Thalman González, estará conformado de la siguiente manera: Presidente: Arq. Carlos Mena Mora, Secretario: Arq Erick Chaves Chaves, Coordinador: Arq. Federico Mata Herrera y Suplente: Arq. María Eugenia Vega Aguilar.
c. El Arq. Mena Mora sustituirá al Director Ejecutivo, de conformidad con lo establecido en el artículo Nº 78 del Reglamento Interior General del C.F.I.A.
d. El Tribunal de Honor podrá contar con asesoría legal para cualquier fase del procedimiento.
Contra la anterior resolución cabe el recurso de revocatoria ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de tres días contados a partir de la notificación a la presente resolución, según se dispone en el artículo 345 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.
ACUERDO Nº 11:
Se conoce informe final Nº 071-2006/79-04remitido por el Tribunal de Honor integrado, por el PT. José Venegas Bermúdez, por el Ing. Teodorico Arce Zamora y por el Ing. Juan Carlos Saborío Zeledón, para conocer expediente Nº 79-04 de denuncia interpuesta por la Asociación Pro-vivienda El Esfuerzo en contra del AA. Ricardo Mora Fernández AA-0159.
Resultando
1º—El 28 de julio del 2004, el Departamento Régimen Disciplinario recibe la denuncia de la señora Estrada Alaniz contra Mora Fernández, AA-0159. El profesional no ejecutó el trabajo. Véanse folios: 7904001, 7904002, 7904003, 7904004 y factura de contado número 0146.
2º—El 3 agosto del 2004, el Departamento Régimen Disciplinario, acusa recibo de la denuncia y notifica a las partes. Folios 7904005, 7904006, 790407, 7900408.
3º—El 16 setiembre del 2004, el Régimen Disciplinario solicita el estudio preliminar. 15 de octubre del 2004, se presenta el estudio preliminar. Folios 7904009, 790410 a 7904017.
4º—El 2 noviembre del 2004, el Departamento Régimen Disciplinario, solicita el criterio del Fiscal del Colegio de Ingenieros Topógrafos. Folios 7904018, 7904019.
5º—Documentos varios: 3 agosto del 2004. Certificación del Director Ejecutivo C.F.I.A. 20 octubre del 2004. Memorándum de Subdirectora Ejercicio Profesional a Jefa Régimen Disciplinario, asunto remisión Estudio Preliminar Exp. 79-04. Folios 7904020, 7904021, 7904022.
6º—Resumen Dirección Ejecutiva: 28 setiembre del 2005. Integrar un Tribunal de Honor al AA Ricardo Mora Fernández AA0159, en el expediente de denuncia Nº 079-04, acuerdo de la Junta Directiva General en su sesión Nº 35-04/05-G.E. de fecha 14 setiembre del 2005. Folio 7904027. Notificaciones a las partes 17 y 14 octubre de 2005. Folios 7904028, 7904029.
7º—21 febrero del 2006. La Junta Directiva General en su sesión Nº 10-05/06-G. E; de fecha 9 de febrero de 2006, aprueba lo recomendado por el Departamento Régimen Disciplinario, según oficio Nº 459-2006-DRD. Folios 7904030, 7904031. Folio 7904033, Historial del Valor de “ i ”, para las Tarifas de Agrimensura y Topografía.
8º—15 mayo del 2006, auto de intimación. Folios 7904034, 7904035. Notificaciones a las partes 26 y 19 de mayo de 2006. Folios 7904036, 7904037:
- “Recibir por adelantado un pago y no realizar el trabajo que se le solicitó ni entregarlo dentro del plazo convenido con el cliente.
- Detrimento de la idoneidad de la profesión al actuar de forma desleal e infiel y en detrimento de la confianza depositada por el cliente en el profesional.
- Disparidad e incongruencia en el número de cédula de residencia, reportado ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos y el que registra en las facturas presentadas dentro del expediente.
- Realizar trabajos que no corresponden con la profesión con que se ha inscrito ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, y sin estar facultado para ello, por lo que se presume un ejercicio ilegal de la profesión.
- Falta de lealtad para con los colegas por hacer cobro de tarifas que no corresponden con las aprobadas y recomendadas por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos”.
9º—El 26 de julio del 2006, convocatoria a comparecencia oral y privada. Notificaciones a las partes. Véanse folios 7904038, 7904039, 7904040, 7904041,7904042. Las partes no se presentaron a la comparecencia oral y privada del 26 de julio del 2006.
Certificaciones solicitadas para que se indique las calidades e identificación correcta del profesional Mora Fernández.
14 julio 2006. Folio 7904043.
14 julio 2006. Folio 7904044.
17 julio 2006. Folio 7904045.
24 julio 2006. Folio 7904046.
20 julio 2006. Folio 7904047.
26 de julio del 2006. Acta de la comparecencia Oral y Privada del AA Ricardo Mora Fernández. Expediente Nº 79-04. Folios 7904048-7904049.
Certificaciones solicitadas para que se indique las calidades e identificación correcta del profesional Mora Fernández, continúa:
28 agosto 2006. Folio 7904050.
19 julio 2006. Folio 7904051.
28 agosto 2006. Folio 7904052.
28 agosto 2006 copia folio 7904052.
10.—En los procedimientos se han observado las prescripciones legales. En la decisión de este asunto intervinieron los miembros del Tribunal de Honor: PT. José Venegas Bermúdez, como Presidente, el Ing. Juan Carlos Saborío Zeledón como Secretario e Ing. Teodorico Arce Zamora en su calidad de Coordinador del tribunal.
Considerando:
HECHOS PROBADOS
1. Recibir por adelantado un pago y no realizar el trabajo que se le solicitó y al que se comprometió y a su vez, no entregarlo dentro del plazo convenido con el cliente. La factura contado Nº 0146 extendida por un abono de ¢ 250.000,00 (doscientos cincuenta mil colones exactos), quedando un saldo de ¢ 400.000,00 (cuatrocientos mil colones exactos) y hecha a nombre de Asociación Pro-Vivienda El Esfuerzo, fechada el 13 de octubre del 2003; el profesional nunca fue al campo y confrontado por el cliente, no pudo presentar los planos a que se comprometió. Ver folio 7904001.
2. Contratar y ofrecer realizar trabajos que no corresponden al ejercicio profesional para el cual está legalmente incorporado en el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos.
a. Las certificaciones de la Dirección Ejecutiva de C.F.I.A comprueban un ejercicio profesional ilegal y falso.
b. En carta de cotización de Honorarios Profesionales, se presenta como ingeniero topógrafo y catastral, en clara falta de seriedad y responsabilidad, arrogándose títulos y facultades que no tiene ni está facultado para ejercer. (Folio 7904003)
c. Leyes para el Ejercicio de la Topografía y la Agrimensura:
Ley Nº 3454, artículo 4º.
Ley Nº 4294, artículo 1º, se entiende por Agrimensura… Topografía.
3. Detrimento de la idoneidad de la profesión al actuar en forma desleal e infiel con el cliente. Mintió premeditadamente al cliente cuando presentó credenciales que no tiene y abusó de su buena fe. El cliente en su denuncia sigue creyendo en los títulos que le dio el denunciado, no atina a darse por engañado, aquí radica el daño a la sociedad del denunciado. Folio 7904003.
4. Falta de lealtad para con los colegas por hacer cobro de tarifas que no corresponden con las aprobadas y recomendadas por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos.
El valor de “ i ” índice de ajuste inflacionario que se utiliza para aplicar en el cálculo de las Tarifas de Agrimensura y de Topografía, vigente en julio del 2003, ver folio 7904003, era de i = 11.60.
El artículo 17 del Reglamento de Honorarios para los Profesionales de Agrimensura, Topografía e Ingeniería Topográfica, señala para el levantamiento de curvas de nivel incluyen planos terminados, con intervalo de un metro. En donde:
a) terreno plano Y (¢6550,00 h + ¢6550,00)i
Y = tarifa base servicio profesional
h = superficie levantada en hectáreas
i = índice de ajuate inflacionario.
Las curvas de nivel se realizaran a metro en un área de 20 ha. 4549.50m2, aplicada la formula da un valor de ¢1.630.143,30, (un millón seiscientos treinta mil con ciento cuarenta y tres colones y treinta céntimos). El denunciado cobró setecientos mil colones exactos.
HECHOS NO
PROBADOS
Ninguno de relevancia para la resolución del asunto.
ANÁLISIS DEL
FONDO DEL ASUNTO
La señora Estrada Alaniz, Presidenta con facultades de Apoderada Generalísima de la Asociación Pro Vivienda El Esfuerzo, contrató, el 13 de octubre de 2003, al AA-0159, Ricardo Mora Fernández, para que efectuara las curvas de nivel de una propiedad, la cual la asociación tenía pensado adquirir.
El profesional Mora Fernández en su cotización de Honorarios de Servicios Profesionales señala que la finca mide 20 ha. 4549.50 m2, (veinte hectáreas con cuatro mil quinientos cuarenta y nueve metros cuadrados y cincuenta centímetros cuadrados), las curvas se realizarán a intervalos de un metro. El costo del trabajo ¢ 700.000,00 (setecientos mil colones exactos). La forma de pago a convenir con la Asociación.
El 13 de octubre del 2003, el profesional Mora Fernández recibe un adelanto por la suma de ¢ 250.000,00 (doscientos cincuenta mil colones).
Como agrimensor, contrata trabajos topográficos, curvas de nivel con intervalo de un metro para un área de 20.45 ha. El ejercicio profesional para el cual está inscrito en el Colegio Federado, así como las leyes para el ejercicio de la Topografía y la Agrimensura, no le permiten contratar esta clase de trabajos como personal responsable. No aplicó debidamente las tarifas del C.F.IA; ni el Reglamento de Tarifas para las Profesiones de Agrimensura, Topografía e Ingeniería Topográfica, en desleal competencia con sus colegas. El trabajo nunca fue recibido por el cliente, a pesar que adelantó al profesional 250 mil colones. Por otra parte, la cédula de residencia del profesional, su número registrado en el C.F.I.A., el dato de la Dirección General de Migración y el que usa en sus facturas y papelería, no son congruentes. Además desde 1998, Migración desconoce su paradero.
Conforme al artículo 2º del Código de Ética del C.F.I.A., los miembros incorporados deben promover y defender la integridad, el honor y la dignidad de la profesión. Deben ser honestos e imparciales y servir con fidelidad al público, a sus empleadores y a sus clientes; deben esforzarse por incrementar el prestigio, la calidad e idoneidad de la Ingeniería y la Arquitectura y deben apoyar a sus instituciones profesionales y académicas.
El AA. Ricardo Mora Fernández AA-0159, no ha tenido en cuenta los principios del artículo 2º, no ha respetado la Ley Orgánica del Colegio Federado del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, sus reglamentos, acuerdos…: No ha acatado las normas que sobre el cobro de honorarios profesionales ha emitido el C.F.I.A, ha promovido actos que implican competencia desleal, no se ha abstenido, contrató trabajos y recibió adelantos por ellos cuando no corresponden a la profesión cuyo ejercicio profesional está inscrito en el C.F.I.A. El proceder del profesional denunciado ha estado en contra de los artículos 1º, 2º, 3º, 7º, 8º, 11, 16, 17, 18.
POR LO TANTO SE
ACUERDA:
Acoger la recomendación del Tribunal de Honor e imponer una sanción de veinticuatro meses de suspensión en el ejercicio profesional al AA. Ricardo Mora Fernández AA-0159 al haber faltado al artículo 8º, incisos a), b) y f), artículos 10, 11, 15 de la Ley Orgánica del C.F.IA., estando en contra de los artículos 30 y 45 del Código de Ética, Capítulo II “De las faltas contra la profesión”, Capítulo IV “De las Faltas contra Clientes o Empleadores, y Capítulo II “De las sanciones” 21, 22, 22 BIS, 23, 24, 25.
Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General, y en consecuencia, la sanción es ejecutable de conformidad con lo establecido en el artículo 146 de la Ley General de la Administración Pública.
Contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de dos meses contados a partir de la notificación a la presente resolución, según se dispone en el artículo 31 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y Civil de Hacienda. Igualmente, se podrá acudir directamente ante la jurisdicción indicada, sin agotar la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por la Sala Constitucional, en el voto N° 06-3669, de 15 de marzo del 2006.
La interposición del recurso de reconsideración no suspende la ejecución de la sanción, conforme se señala en el artículo 148 de la citada Ley General de la Administración Pública.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 5177).—C-363020.—(46064).