La Gaceta Nº 122

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

RESOLUCIONES

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y GRACIA

AMBIENTE Y ENERGÍA

PODER JUDICIAL

AVISOS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

LICITACIONES

ADJUDICACIONES

REGISTRO DE PROVEEDORES

FE DE ERRATAS

REGLAMENTOS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD NACIONAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ

AVISOS

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

FE DE ERRATAS

 

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Nº 045-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

ACUERDAN:

Artículo 1º—De conformidad con lo dispuesto por la Ley 7495 del 03 de mayo de 1995, reformada mediante Ley Nº 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta Nº 72 del 15 de abril de 1998, expropiar a la empresa Motos Universales MJ S. A., cédula jurídica número 3-101-214420, representada por Marlene Espinoza Vargas, cédula número 2-357-741, el bien inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Número 154034-000, situado en el distrito 04 San Antonio, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela, un área de terreno equivalente a 1 224,58 metros cuadrados, según plano catastrado Nº A-1102049-2006, cuya naturaleza es terreno de potrero agricultura. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: “Corredor San José-San Ramón”.

Artículo 2º—Dicha expropiación se requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las disposiciones legales citadas y la Declaratoria de interés público contenida en la Resolución Administrativa Nº 413 del 21 de junio del 2006, publicada en La Gaceta Nº 134 del 12 de julio del 2006, modificada mediante Fe de Erratas Nº 738 del 09 de noviembre del 2006, publicada en La Gaceta Nº 229 del 29 de noviembre del 2006.

Artículo 3º—La estimación del bien inmueble es de ¢205.614.480,00 (Doscientos cinco millones seiscientos catorce mil cuatrocientos ochenta colones con 00/100), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el Avalúo Administrativo Nº 2007-61 de fecha 03 de mayo del 2007 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el cual no fue aceptado por el representante de la citada empresa, según Oficio sin número de fecha 23 de mayo del 2007, por lo que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo estipulado en el artículo 28 inciso a) de la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 03 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 4º—Comisionar y autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 03 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 5º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las 15:55 horas del día 4 del mes de junio del dos mil siete.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 6531).—C-24220.—(53284).

Nº 050-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

ACUERDAN:

Artículo 1º—De conformidad con lo dispuesto por la Ley 7495 del 03 de mayo de 1995, reformada mediante Ley Nº 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta Nº 72 del 15 de abril de 1998, expropiar a la empresa El Portezuelo del Oeste S. A., cédula jurídica número 3-101-136189, representada por Álvaro Carballo Pinto, cédula número 1-536-635, el bien inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número 79857-000, situado en el distrito 09 Río Segundo, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela, un área de terreno equivalente a 3 550,48 metros cuadrados, según planos catastrados números A-1122620-2006 y A-1122622-2006, cuya naturaleza es terreno de potrero. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: “Corredor San José-San Ramón”.

Artículo 2º—Dicha expropiación se requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las disposiciones legales citadas y la Declaratoria de interés público contenida en la Resolución Administrativa Nº 35 del 09 de febrero del 2007, publicada en La Gaceta Nº 38 del 22 de febrero del 2007.

Artículo 3º—La estimación del bien inmueble es de ¢159.891.600,00 (Ciento cincuenta y nueve millones ochocientos noventa y un mil seiscientos colones con 00/100), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el Avalúo Administrativo Nº 2007-060 de fecha 30 de abril del 2007 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el cual no fue aceptado por el representante de la citada empresa, según Oficio sin número de fecha 31 de mayo del 2007, por lo que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo estipulado en el artículo 28 inciso a) de la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 03 de mayo de 1995 y sus reformas. Asimismo dicho inmueble soporta gravámenes inscritos ante el Registro Público de la Propiedad.

Artículo 4º—Comisionar y autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 03 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 5º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las 14:15 horas del día 11 del mes de junio del dos mil siete.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 6532).—C-22405.—(53285).

Nº 051-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

ACUERDAN:

Artículo 1º—De conformidad con lo dispuesto por la Ley 7495 del 03 de mayo de 1995, reformada mediante Ley Nº 7757 del 10 de marzo de 1998, publicada en La Gaceta Nº 72 del 15 de abril de 1998, expropiar a la empresa Inversiones Has S. A., cédula jurídica número 3-101-148866, representada por Álvaro Carballo Pinto, cédula número 1-536-635, el bien inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real número 135362-000; situado en el distrito 09 Río Segundo, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela, un área de terreno equivalente a 244,81 metros cuadrados, según plano catastrado Nº A-1117629-2006, cuya naturaleza es terreno incultor Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado: “Corredor San José-San Ramón”.

Artículo 2º—Dicha expropiación se requiere para la ejecución del citado Proyecto de Obra Pública, conforme las disposiciones legales citadas y la Declaratoria de interés público contenida en la Resolución Administrativa Nº 3 del 11 de enero del 2007, publicada en La Gaceta Nº 54 del 16 de marzo del 2007.

Artículo 3º—La estimación del bien inmueble es de ¢12.255.300,00 (Doce millones doscientos cincuenta y cinco mil trescientos colones con 00/100), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el Avalúo Administrativo Nº 2007-059 de fecha 30 de abril del 2007 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el cual no fue aceptado por el representante de la citada empresa, según Oficio sin número de fecha 31 de mayo del 2007, por lo que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo estipulado en el artículo 28 inciso a) de la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 4º—Comisionar y autorizar a la Procuraduría General de la República a efecto de que proceda a interponer el proceso especial de justiprecio hasta su final ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, incluyendo la protocolización e inscripción registral del terreno expropiado, conforme lo establecido en la Ley de Expropiaciones Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas.

Artículo 5º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las 14:20 horas del día 11 del mes de junio del dos mil siete.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 6533).—C-23010.—(53286).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Nº 320.—San José, a las 15:30 horas del día 4 del mes de junio del dos mil siete.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

Resultando:

1º—Mediante oficio Nº 07/1020 de 24 de mayo del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 126609-001, cuya naturaleza es terreno de potreros, caña y café, situado en el distrito 03 San José, cantón 03 Grecia de la provincia de Alajuela, con una medida de 17 644,85 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte, con Edwin Diego Torres Murillo y Noemi Torres Salas; al sur, con Autopista Bernardo Soto, El Estado, Diego y Dalinia Torres Murillo; al este, con El Estado, proyectos Urbanísticos Zion S. A., en parte Edwin Diego Torres Murillo y Noemi Salas, y al oeste, con Edwin Diego Torres Murillo y Noemi Torres Salas.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 833,21 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de potreros, caña y café. Ubicación: distrito 03 San José, cantón 03-Grecia de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº A-1169375-2007. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 28.011 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado Nº A-1169375-2007, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 833,21 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble.

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Nº 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, Nº 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995 y sus reformas establece en sus artículos 2, 18, 19 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

En ese sentido la Procuraduría General de la República por medio de Pronunciamiento Nº C-180-95 del 18 de agosto de 1995, vinculante, definió la actuación administrativa que resulta procedente.

De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de la Constitución Política; los artículos 11, 13, 16, 27 y 136 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 27 de la Ley General de Caminos Públicos y sus reformas, Ley Nº 5060 del 22 de agosto de 1972, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad al sistema de Folio Real matrícula número 126609-001.

b)  Naturaleza: terreno de potreros, caña y café.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 03 San José, cantón 03 Grecia de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado Nº A-1169375-2007.

d)  Propiedad: Edwin Diego Torres Murillo, cédula número 2-495-255.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 833,21 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad y en relación con dicho inmueble necesaria para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley Nº 7495, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula número 126609-001, situado en el distrito 03 San José, cantón 03 Grecia de la provincia de Alajuela y propiedad de Edwin Diego Torres Murillo, cédula número 2-495-255, con una área total de 833,21 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado Nº A-1169375-2007, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Corredor San José-San Ramón”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley Nº 7495 y sus reformas.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones y sus reformas.

Notifíquese y publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 6530).—C-55680.—(53287).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

EDICTOs

publicación de tercera vez

DIA-R-E-061-2007.—La señora María del Milagro Chaves Desanti, cedula 1-626-749, en calidad de representante legal de la compañía María del Milagro Chaves Desanti, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Landscaper Pro 14-14-14+EM, compuesto a base de fósforo, potasio, magnesio, azufre, cobre, hierro, manganeso, zinc y nitrógeno. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 4 de junio del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(51116).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Nº 063-2007.—El señor Rodrigo Gutiérrez Céspedes, cédula número 9-044-935 en calidad de Representante Legal de la compañía Nufarm Americas Inc., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Heredia, solicita el cambio de nombre del herbicida de nombre comercial Nufarm Glifosato 35.6 SL al nuevo nombre Credit 35.6 SL, compuesto a base de Glifosato, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 12:20 horas del 18 de junio del 2007.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada Registro Agroquímicos.—Departamento de Insumos Agrícolas.—Ing. Marco A. Alfaro Cortés, Jefe.—(51926).

DIA-R-E-060-2007.—El señor Daniel Eric Díaz Caballero, cédula 1-094-539 en calidad de Representante Legal de la compañía Abocol Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Abocol Revital-M compuesto a base de Nitrógeno-fósforo-potasio-magnesio-boro-azufre-zinc. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 31 de mayo del 2007.— Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(52263).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD

Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 33, título Nº 1267, emitido por el Colegio El Rosario, en el año dos mil seis, a nombre de Aguilar Ordóñez María Fabiola. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, cinco de junio del dos mil siete.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(51169).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 32, título Nº 386, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Calle Blancos, en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre de Solano Corella Laura María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(51179).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 172, título Nº 1103, emitido por el Liceo de Coronado, en el año dos mil dos, a nombre de Varela Torres Hans. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, diecisiete de mayo del dos mil siete.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(51512).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 64, título Nº 2234, emitido por el Colegio Patriarca San José, en el año dos mil cinco, a nombre de Alpízar Rojas Mariela Andrea. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, siete de junio del dos mil siete.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—Nº 27687.—(51706).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” modalidad de Letras, inscrito en el tomo 1, folio 28, título N° 610, emitido por el Colegio Nocturno de Hatillo, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Rojas González Luis Gustavo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de junio del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(51163).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 38, Título Nº 690, otorgado en el año mil novecientos noventa y uno y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Contabilidad, inscrito en Tomo 1, Folio 353, Asiento Nº 4147, otorgado en el año mil novecientos noventa, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Heredia, a nombre de Núñez Salas Norma. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de junio del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(51840).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 40, Título Nº 2066, emitido por el Colegio Patriarca San José, en el año dos mil tres, a nombre de Sánchez Lobo Jean Carlo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de abril del 2007.—Departamento de Supervisión Nacional.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(52108).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Ciencias y Letras, inscrito en el Tomo 1, Folio 14, Asiento Nº 2379, emitido por el Liceo de Heredia, en el año mil novecientos sesenta y cuatro, a nombre de Campos Martínez Roberto Ignacio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 15 de junio del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(52203).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 14, Asiento Nº 189, emitido por el Colegio Técnico Profesional Mario Quirós Sasso, en el año mil novecientos noventa, a nombre de Calvo Nájera Nancy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Nancy Jacqueline Méndez Calvo. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de mayo del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(52269).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

AVISO

Cambio de nombre Nº 50850

Que la señora María del Milagro Chaves Desanti, cédula 1-626-794, en concepto de apoderada especial de DFO, LLC; solicitó a este Registro se anote la inscripción del cambio de nombre, otorgado por DFO, INC. de Estados Unidos de América por el de DFO, LLC, de Estados Unidos de América. Solicitud presentada a las 15:29 del 28 de mayo, 2007; con respecto a la marca de servicios DENNY’S (DISEÑO) en clase 43, registro Nº 113266, inscrita el 19 de abril, 1999, la marca de Servicios DENNY’S (DISEÑO) en clase 43, registro Nº 113265, inscrita el 19 de abril, 1999, la marca de servicios DENNY’S en clase 43, Registro Nº 68227, inscrita el 26 de octubre, 1987. Publicar en La Gaceta oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—Nº 27846.—(52558).

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del artículo doce del estatuto de la Asociación Cristiana Luz de Esperanza Asambleas de Dios. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley número 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus Reformas), y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por 15 días a partir de su publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 570, asiento: 96276.—Curridabat, 13 de abril del 2007.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 27284.—(51444).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma el artículo 15 del estatuto de la Asociación Cristiana Score Internacional (Puntaje Internacional) Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley número 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus Reformas), y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por 15 días a partir de su publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 571 asiento: 25324.—Curridabat, 22 de mayo del 2007.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 27371.—(51445).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Universidad de Iberoamérica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 570, asiento: 53493.—Curridabat, 4 de mayo del 2007.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 27419.—(51446).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Iglesia de Dios Palabra de Vida, con domicilio en la provincia de San José. Sus fines principales entre otros es el siguiente: La enseñanza de creencias cristiana a la comunidad costarricense. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, conforme lo dispone el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, pero para comprar, vender o disponer de alguna forma de los bienes inmuebles que la asociación pueda adquirir en el futuro, necesitará de previo la autorización expresa de la asamblea general ordinaria de asociados, lo es el presidente: Juan Pablo Fernández Abarca. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 571, asiento: 6242).—Curridabat, 7 de mayo del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 28076.—(52587).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Deportiva de Rugby, con domicilio en la provincia de Cartago. Sus fines principales entre otros es el siguiente: Agrupar a las personas para la práctica y el desarrollo del rugby como deporte y recreación, en todas sus modalidades, eventos y género. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las facultades que le establece el estatuto, lo es el presidente: Joseph Armesto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 571, asiento: 75109).—Curridabat, 15 de junio del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 28092.—(52588).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de la Orden de Frailes Menores Franciscanos Costa Rica, con domicilio en San Martín, provincia de Alajuela. Sus fines principales entre otros es el siguiente: Desarrollar entre sus asociados una vida espiritual conformada al modelo vivido por San Francisco y Santa Clara de Asís. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Víctor Hugo Chacón Solano. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 570, asiento: 78472, adicionales 571-62205).—Curridabat, 5 de junio del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 28104.—(52589).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Deportiva La Unión de Montes de Oro, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Gestionar el mejoramiento deportivo, social, recreativo, cultural, educativo y organizativo de sus miembros. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Leonel Herrera Castro. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 570, asiento 59876).—Curridabat, 11 de abril del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 28235.—(52590).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Wider Caribbean Sea Turtle Conservation Network (Red Regional para la conservación de las tortugas marinas del Gran Caribe), con domicilio en la provincia de Limón. Sus fines principales entre otros es el siguiente: Mejorar el estado de la conservación de las tortugas marinas y sus hábitat críticos. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Didier Chacón Chaverri. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 570, asiento: 53385).—Curridabat, 7 de junio del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 28262.—(52591).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Probienestar del Anciano San Francisco de Asís. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Documento tomo: 571, asiento: 25768).—Curridabat, 13 de junio del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 28285.—(52592).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma el artículo 13 del estatuto de la Asociación Unidad de Rectores de las Universidades Privadas de Costa Rica (UNIRE). Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales se emplaza por 15 días a partir de su publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 571, asiento: 30987.—Curridabat, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—(53209).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

AVISOS

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

La señora Marianella Arias Chacón, mayor, abogada, cédula 1-679-960 en su condición de apoderada especial de Pharming Ltd., de Reino Unido, solicita la Patente de Invención denominada PESTICIDAS. El invento provee el uso de granos loquat para matar, inactivar o repeler pestes, en particular nematodos. También se provee un método para matar, inactivar o repeler nematodos, este método comprende proveer granos loquat y aplicar los granos loquat a los nematodos a una área donde se cree existen nematodos o a una área a donde se espera que lleguen los nematodos. El invento además provee un pesticida que comprende granos loquat y un solvente, portador, excipiente o diluyente aceptable para el pesticida; y un método para producir un pesticida, que comprende proveer el grano loquat molido, picado, congelado en seco o rociado en seco.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,  la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición, es A01N 65/00, cuyos inventores son Ivo Baekelmans, Ron Herbert Brown, Irene Mueller Harvey. La solicitud correspondiente lleva el número 8548, y fue presentada a las 14:04:39 del 4 de agosto del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de Junio del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(52237).

La señora Marianella Arias Chacón, mayor, abogada, cédula 1-679-960 en su condición de apoderada especial de Syngenta Participations AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE BIFENILO Y SU USO COMO FUNGICIDAS.

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Se describe un compuesto fungicida activo de fórmula (I): donde Het es un anillo heterociclico de 5- ó 6- miembros sustituido; R1 es hidrógeno, formilo, CO-alquilo C1-4, COO-alquilo C1-4, alcoxi C1-4-alquileno (C1-4). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D  231/14, cuyos inventores son Josef Eherenfreund, Martin Keith Osborn, Clemens Lambert, Hans Tobler, Harald Walter. La solicitud correspondiente lleva el número 7873, y fue presentada a las 08:32:03 del 14 de junio del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de junio del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(52239).

La señora Marianella Arias Chacón, mayor, Abogada, cédula 1-679-960 en su condición de Apoderada especial de Bayer Cropscience AG, de R. F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada COMBINACIONES DE PRODUCTOS ACTIVOS CON PROPIEDADES INSECTICIDAS. Combinaciones de productos activos, que contienen Clothianidin, por un lado y un inhibidor de la colinesterasa elegido entre Ethoprophos y Aldicarb, por otro lado, así como, en caso dado, Imidacloprid como otro componente de la mezcla, que son adecuadas de una manera muy buena para la lucha contra las pestes animales. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 51/00, cuyos inventores son Hungenberg, Heike, Thielert, Wolfgang, Bailo-Schleiermacher, Isidro. La solicitud correspondiente lleva el número 8675, y fue presentada a las 14:06:33 del 6 de octubre del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de junio del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(52241).

AMBIENTE Y ENERGÍA

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Expediente Nº 12584A.—Abel Cruz Cruz, solicita concesión de 0,1 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Asociación de Desarrollo Comunal Magallanes en Santiago, San Ramón, Alajuela, para uso doméstico. Coordenadas 228.300 / 481.300 hoja Miramar. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de junio del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(51108).

Expediente Nº 12579A.—Antonio Badilla Solís solicita concesión de 0,060 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en su finca en Dota, para consumo humano. Coordenadas 400.000 / 468.550, hoja Vueltas. Predios inferiores: Bernardo Brizuela Elizondo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de junio del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 27673.—(51710).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Expediente Nº 12576A.—Terrenos del Valle Rojas Salas S. A., solicita concesión de: 0,5 lps del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Rojas Alpízar Félix María en Guadalupe (Alfaro Ruiz), Alfaro Ruiz, Alajuela, para uso. Coordenadas 239.700 / 490.600 hoja Quesada. Predios inferiores: Félix María Rojas Alpízar: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de junio del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 27795.—(52112).

Expediente Nº 12574P.—Glaxosmisthklime Costa Rica S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundos del Pozo AB-2416, efectuando la captación en finca de su propiedad en Mercedes, Montes de Oca, San José, para uso industria-otro. Coordenadas 213.773/530.768 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de junio del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(52235).

Expediente Nº 6236P.—Inversiones Alef S. A., solicita concesión de 4 litros por segundo del Pozo AB-1361, efectuando la captación en finca de su propiedad en Escazú, Escazú, San José, para uso consumo humano-doméstico y varios. Coordenadas 211.900 / 519.800 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de junio del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(52255).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. Nº 12563A.—Monve S. A., solicita concesión de: 0,016 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Miguel, Desamparados, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 202.300 / 535.535 Hoja Abra. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 01 de junio del 2007.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 27480.—(51448).

Exp. 5219P.—Durca de Turrúcares de Alajuela S. A. Solicita concesión de: 0,02 lps del pozo RG-131, efectuando la captación en finca de su propiedad en Turrúcares, Alajuela, para uso agropecuario - riego - pasto, doméstico. Coordenadas 215.800 / 500.400 hoja río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de junio del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón. Jefe.—(52312).

PODER JUDICIAL

AVISOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

La Dirección Nacional de Notariado, hace saber que en esta Dirección se tramitan diligencias de reposición del folio 106 del tomo número uno del protocolo de la notaria pública Maruja Castillo Porras. Se cita a aquellas personas interesadas, a fin de que, dentro del mes siguiente a la última publicación de este aviso, presenten a este Despacho las reproducciones de los instrumentos públicos en su poder y se apersonen a hacer valer sus derechos (artículo 64 del Código Notarial). Expediente Nº 07-000317-624-NO.—San José, 5 de junio del 2007.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—Nº 27650.—(51711).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

AVISOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Ana Helena Correa Echandia, mayor, soltera, administradora, colombiana, cédula residencia Nº 420-176197-003374, vecina de San José, expediente Nº 4057-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 27 de marzo del 2007.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 27238.—(51449).

Carmen del Socorro Velásquez Méndez, mayor, soltera, asistente de servicio, nicaragüense, cédula residencia Nº 270-100256-40661, vecina de San José, expediente Nº 447-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 3 de mayo del 2007.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 27285.—(51450).

Noel Florez Florez, conocido como: Noel Flores Flores, mayor, soltero, profesor, nicaragüense, cédula de residencia 075-RE-000278-02-1999, vecino de Heredia, expediente 4514-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 4 de junio del 2007.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 28209.—(52593).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SEGURIDAD PÚBLICA

MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2007

La Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha se ha realizado una modificación al Programa de Adquisiciones del Programa 107 correspondiente a Seguridad Ciudadana, el cual se encuentra publicado a partir de esta fecha en la página electrónica www.hacienda.go.cr. En el link de COMPRARED.

San José, 20 de junio del 2007.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 13479).—C-6070.—(53231).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

MODIFICACIÓN AL PLAN DE ADQUISICIONES 2007

Con base en lo que establece el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7 del Reglamento, se comunica a todos los interesados el Plan de Adquisiciones para el II Semestre del 2007.

Programas 01 y 02

Código

Descripción del Bien, Obra o  Servicio

Monto Estimado en Colones

Período de inicio

1.03.01

Información

8.900.000.00

II Semestre

1.03.02

Publicidad y Propaganda

78.600.000.00

II Semestre

1.03.03

Impresión y Encuadernación

14.700.000.00

II Semestre

1.03.04

Transporte de Bienes

2.700.000.00

II Semestre

 

1.04.01

Servicios Médicos y de Laboratorio

5.700.000.00

II Semestre

1.04.04

Servicios en Ciencias Económicas y Sociales

45.000.000.00

II Semestre

1.04.06

Servicios Generales

172.500.000.00

II Semestre

1.04.99

Otros Servicios de Gestión y Apoyo

238.100.000.00

II Semestre

 

1.08.01

Mantenimiento de Edificios y Locales

66.600.000.00

II Semestre

1.08.05

Mantenimiento y Reparación de Equipos de Transportes

54.600.000.00

II Semestre

1.08.06

Mantenimiento y Reparación de Equipos de Comunicación

14.400.000.00

II Semestre

1.08.07

Mantenimiento y Reparación de Equipos y Mobiliario de Oficina

26.200.000.00

II Semestre

1.08.08

Mantenimiento y Reparación de Equipo de Computo y Sistemas de Información

16.000.000.00

II Semestre

1.08.99

Mantenimiento y Reparación de Otros Equipos

13.300.000.00

II Semestre

 

2.01.01

Combustibles y Lubricantes

118.500.000.00

II Semestre

2.01.02

Productos Farmacéuticos y Medicinales

26.900.000.00

II Semestre

2.01.04

Tintas, Pinturas y Diluyentes

36.400.000.00

II Semestre

2.01.99

Otros Productos Químicos

12.900.000.00

II Semestre

 

2.03.01

Materiales y Productos Metálicos

6.500.000.00

II Semestre

2.03.02

Materiales y Productos Metálicos y Asfálticos

6.600.000.00

II Semestre

2.03.03

Madera y sus Derivados

6.800.000.00

II Semestre

2.03.04

Materiales y Productos Eléctricos, Telefónicos y de Cómputo

8.700.000.00

II Semestre

2.03.05

Materiales y Productos de Vidrio

4.000.000.00

II Semestre

2.03.06

Materiales y Productos Plásticos

4.600.000.00

II Semestre

2.03.99

Otros Materiales y productos de Uso en Construcción

11.300.00.00

II Semestre

 

2.04.01

Herramientas e Instrumentos

7.900.000.00

II Semestre

2.04.02

Repuestos y Accesorios

43.800.000.00

II Semestre

2.99.01

Útiles y Materiales de Oficina y Cómputo

50.600.000.00

II Semestre

2.99.02

Útiles y Materiales Médicos, Hospitalarios e Investigación

4.700.000.00

II Semestre

2.99.03

Productos de Papel, Cartón e Impresos

37.900.000.00

II Semestre

2.99.04

Textiles y Vestuario

120.500.000.00

II Semestre

2.99.05

Útiles y Materiales de Limpieza

69.600.000.00

II Semestre

2.99.06

Útiles y Materiales de Resguardo y Seguridad

2.400.000.00

II Semestre

2.99.07

Útiles y Materiales de Cocina y Comedor

11.500.000.00

II Semestre

2.99.99

Otros Útiles, Materiales y Suministros.

56.200.000.00

II Semestre

 

5.01.03

Equipo de Comunicación

21.300.000.00

II Semestre

5.01.04

Equipo y Mobiliario de Oficina

17.600.000.00

II Semestre

5.01.05

Equipo y Programas de Cómputo

61.000.000.00

II Semestre

5.01.06

Equipo Sanitario de Laboratorio e Investigación

4.500.000.00

II Semestre

5.01.07

Equipo y Mobiliario Educacional, Deportivo y Recreativo

10.100.000.00

II Semestre

5.01.99

Maquinaria y Equipo Diverso

41.200.000.00

II Semestre

 

5.02.01

Edificios

25.100.000.00

II Semestre

5.02.07

Instalaciones

9.200.000.00

II Semestre

5.02.99

Otras Construcciones y Mejoras

5.100.000.00

II Semestre

 

Proyectos Especiales

1.08.01

Mantenimiento de Edificios y Locales

Remodelación del Edificio Luis Felipe González Flores. I Etapa

25.000.000.00

II Semestre

1.08.01

Mantenimiento de Edificios y Locales

Remodelación del Centro de Información Institucional, (línea 800- Madre Adolescente y Servicios del 911).

Incluye mejoras a realizar en el Edificio Central.

45.000.000.00

II Semestre

1.08.01

Mantenimiento de Edificios y Locales

Construcción y remodelación de la cafetería institucional.

40.000.000.00

II Semestre

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1.08.08

 

 

5.01.05

 

5.02.07

Interconectividad de las oficinas locales y mantenimiento de los nuevos sistemas. Actualización de licencias, mantenimiento de la red informática, conectividad y red nacional.

Mant. Equipo Cómputo y Sistemas

 

Equipo y Programas de Cómputo

 

Instalaciones

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2.000.000.00

 

 

37.500.000.00

 

40.500.000.00

II Semestre

5.01.02

Equipo de Transporte

Renovación de parte de la flotilla institucional adscrita en áreas sustantivas y administrativas.

180.000.000.00

II Semestre

1.04.06

Servicios Generales

Compra de servicios de limpieza y otros en apoyo a las Tías en los albergues institucionales.

36.800.000.00

II Semestre

1.01.01

Alquiler de Edificios y Locales

Alquiler de inmueble para ubicar el Archivo Institucional.

80.000.000.00

II Semestre

5.03.02

Edificios Preexistentes

Compra de Edificio adyacente a las Oficinas Centrales para ubicar  el Archivo Central.

150.000.000.00

II Semestre

1.04.04

Servicios en Ciencias Económicas y Sociales

Elaboración de un diagnóstico con descripción de las características relevantes del contexto nacional y entorno de las adolescentes madres y  servicio de la línea 800-2262626.

20.000.000.00

II Semestre

1.04.99

Otros Servicios de Gestión y Apoyo

Realización de talleres educativo – formativos la dirigidos hacia padres, madres y encargados de la inclusión y permanencia en el sistema educativo de las adolescentes embarazadas o con hijos.

10.000.000.00

II Semestre

1.03.02

Publicidad y Propaganda

Campaña de sensibilización sobre el derecho a la educación y permanencia en el sistema educativo de las adolescentes embarazadas o con hijos como un derecho fundamental.

187.631.580.00

II Semestre

 

5.03.02

Bienes Preexistentes

Compra de Edificio para ubicar la Oficina Local de Naranjo.

150.000.000.00

II Semestre

1.04.99

Otros Servicios de Gestión y Apoyo

Proyecto de investigación denominado ” Explotación Sexual Comercial. Un estudio exploratorio con víctimas hombres”

6.0000.000.00

II Semestre

 

San José, jueves 21 de junio del 2007.—Departamento Suministros, Bienes  y  Servicios.—Lic. Ana Mayela Corrales Jiménez, Coordinadora a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 25486).—C-27340.—(53305).

LICITACIONES

HACIENDA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000200-13200

Limpieza, reparación y pintura de escalera de emergencia

La Proveeduría de este Ministerio, recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 11 de julio del 2007, para la limpieza, reparación y pintura de escalera de emergencia, a favor del programa actividades centrales.

El interesado tiene el cartel a su disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha o podrá obtenerlo en la recepción de la Proveeduría Institucional. Puede traer dispositivo de respaldo digital (Disquette, CD o Llave USB).

El interesado que lo desee en forma impresa podrá obtenerlo previo al depósito de la suma exacta de ¢1.800,00 (Mil ochocientos colones con 00/100 céntimos), sin ningún tipo de descuento, mediante un entero a favor del Gobierno de Costa Rica, emitido por cualquier Banco del Sistema Bancario Nacional, el cual deberá presentarlo en la recepción de ofertas para retirarlo. La Proveeduría se encuentra ubicada en el Edificio Central del Ministerio de Hacienda, Antiguo Banco Anglo, tercer piso, avenida segunda, calles 3 y 4.

La forma de pago es Usual de Gobierno, de conformidad con la Resolución Nº 770-2006, del Ministerio de Hacienda de las nueve horas del veintiocho de abril del dos mil seis, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 104 del 31 de mayo del 2006.

Proveeduría Institucional.—Lic. Olman Sanlee Chacón, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 41169).—C-12725.—(53306).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000250-13403

Instalación de mallas y portones

La Proveeduría de este Ministerio, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 10 de julio del 2007, para la “Instalación de mallas y portones”. El interesado tiene el cartel a su disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de la publicación de esta invitación en el Diario Oficial La Gaceta y podrá obtenerlo en la recepción de la Proveeduría Institucional. Puede traer dispositivo de respaldo digital (Disquette, CD o Llave USB).

El interesado que lo desee en forma impresa podrá obtenerlo previo al depósito de la suma exacta de ¢2.760,00 (Dos mil setecientos sesenta colones, con 00/100 céntimos), sin ningún tipo de descuento, mediante un entero a favor del Gobierno de Costa Rica, emitido por cualquier Banco del Sistema Bancario Nacional, el cual deberá presentarlo en la recepción de ofertas para retirarlo, La recepción se encuentra ubicada en el Edificio Central del Ministerio de Hacienda, antiguo Banco Anglo, tercer piso, avenida segunda, calles 3 y 4.

La forma de pago es Usual de Gobierno, de conformidad con la Resolución Nº 770-2006, del Ministerio de Hacienda de las nueve horas del veintiocho de abril del dos mil seis, publicada en el Oficial La Gaceta Nº 104 del 31 de mayo del 2006.

Proveeduría Institucional.—Lic. Olman Sanlee Chacón, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 47074).—C-14540.—(53308).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000263-13403

Compra de equipo sanitario de laboratorio e investigación

La Proveeduría de este Ministerio, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 12 de julio del 2007, para la “Compra de equipo sanitario de laboratorio e investigación”. El interesado tiene el cartel a su disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de la publicación de esta Invitación en el Diario Oficial La Gaceta y podrá obtenerlo en la recepción de la Proveeduría Institucional. Puede traer dispositivo de respaldo digital (Disquette, CD o Llave USB).

El interesado que lo desee en forma impresa podrá obtenerlo previo al deposito de la suma exacta de ¢2.760,00 (Dos mil setecientos sesenta colones, con 00/100 céntimos), sin ningún tipo de descuento, mediante un entero a favor del Gobierno de Costa Rica, emitido por cualquier Banco del Sistema Bancario Nacional, el cual deberá presentarlo en la recepción de ofertas para retirarlo, la recepción se encuentra ubicada en el Centro Comercial Urgellés y Penón, Calle Morenos, Sabana Sur.

La forma de pago es Usual de Gobierno, de conformidad con la Resolución Nº 770-2006, del Ministerio de Hacienda de las nueve horas del veintiocho de abril del dos mil seis, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 104 del 31 de mayo del 2006.

Proveeduría Institucional.—Lic. Olman Sanlee Chacón, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 47091).—C-15145.—(53309).

EDUCACIÓN PÚBLICA

CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO

PARA LA EDUCACIÓN TÉCNICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000002-99999

Servicios de seguridad y vigilancia privados

El Centro de Investigación y Perfeccionamiento para la Educación Técnica (CIPET) informa a todos aquellos interesados, que el cartel respectivo para la mencionada licitación se encuentra a disposición en el Sistema CompraRed en la siguiente dirección electrónica https://www.hacienda.go.cr/comprared.

Vinicio Cascante Loría, Proveeduría.—1 vez.—(52695).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000259-57100

Servicio de radio interactiva para la

enseñanza del Inglés I y II ciclo

La Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del 10 de julio del 2007, para el servicio de “Radio Interactiva”, promovido a favor del Ministerio de Educación Pública.

Los interesados podrán retirar el cartel a partir de esta fecha en forma gratuita en la Proveeduría Institucional del Ministerio de Educación Pública o bien estará a disposición en el Sistema de CompraRed de Internet a partir de esta fecha en la Dirección: http//www.hacienda.go.cr/comprared

La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada entre avenidas central y segunda, calle, 6, edificio Raventós, cuarto piso.

San José, 21 de junio del 2007.—Lic. Rosario Segura Sibaja, Subproveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 11669).—C-9700.—(53379).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

UNIDAD EJECUTORA- PRÉSTAMO BID 1377/OC-CR

PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DE LA

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2007LN-000117-01

Adquisición de Kit de grabación digital para las audiencias

preliminares en el proceso penal del Poder Judicial

El Programa de Modernización de la Administración de Justicia, requiere contratar servicios de consultoría para atender el tema arriba señalado, el cual forma parte de la Segunda Etapa del Programa Modernización de la Administración de Justicia.

1.  La Unidad Ejecutora del Programa de Modernización Poder Judicial - BID, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día 1º de agosto del 2007, por parte de interesados en participar en este concurso.

2.  El costo de este concurso, se financiará con recursos del Préstamo Nº 1377/OC-CR, otorgado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), al Gobierno de Costa Rica, razón por la cual los servicios a ofertar deben provenir de un país miembro del BID.

3.  En la Unidad Ejecutora del Programa de Modernización Poder Judicial - BID, se encuentra a disposición de los interesados, el archivo electrónico que contiene el cartel, el cual puede ser facilitado sin costo alguno. Si el interesado desea se le remita el documento vía correo electrónico, deberá solicitarlo vía fax o vía correo electrónico, indicando claramente la dirección a la cual se le debe remitir el respectivo documento.

Cualquier otra información adicional, relativa al presente concurso podrá obtenerse en la siguiente dirección:

Unidad Ejecutora del Programa de Modernización Poder Judicial - BID. Edificio de la Defensa Pública. Sita 250 metros este Caja Costarricense de Seguro Social, ave. segunda San José, Costa Rica, teléfonos Nos. 211-9832 y 211-9834, fax Nº (506) 256-5668. E-mail: ezunigas@poder-judicial.go.cr   www.poder-judicial.go.cr/bid

4.  Los diferentes concursos promovidos por la Unidad Ejecutora del Programa de Modernización Poder Judicial - BID, se regirán por las condiciones establecidas en la Ley Nº 8273, “Ley del Préstamo”, publicada en el Diario Oficial La Gaceta, el día 23 de mayo del 2002, La Gaceta Nº 98 y en forma supletoria la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento de Contratación Administrativa con sus recientes reformas.

5.  Se recuerda a los interesados que el Poder Judicial se encontrará de vacaciones colectivas desde el 9 al 13 de julio 2007.

San José, Costa Rica, 20 de junio del 2007.—Lic. Sonia Navarro Solano.—Directora Ejecutiva.—1 vez.—(53208).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE SUMINISTROS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000040-ULIC

Compra de papel para uso múltiple (fotocopiadoras, impresoras y fax)

La Oficina de Suministros, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día 12 de julio del 2007, para la contratación indicada.

Los interesados deberán retirar el cartel en la Oficina de Suministros, ubicada en Sabanilla de Montes de Oca, de las instalaciones deportivas 250 metros al este y 400 metros al norte. Previo pago ¢500,00 en la Oficina de Administración Financiera, ubicada en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, edifico administrativo “A”, primer piso.

El cartel estará disponible en la siguiente página de Internet http://www.vra.ucr.ac.cr, cejilla OSUM, publicación de documentos.

Sabanilla de Montes de Oca, 21 de junio del 2007.—Unidad de Licitaciones.—Lic. Ana Barrantes Muñoz, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 90209).—C-7885.—(53346).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000007-99999

Adquisición de equipo de cómputo

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta el día 6 de julio del 2007, a las 10:00 horas, para la Adquisición de Equipo de Cómputo.

Los interesados tienen el cartel a disposición vía Internet en forma gratuita, en el sistema de compra Red del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha, o podrán obtenerlo en la Oficina de Contratación y Suministros Edificio “A”, Tercer Nivel, previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones exactos) en las cajas de la Oficina de Tesorería Sede Central de la UNED, de la rotonda de La Bandera 800 metros al este, carretera a Sabanilla de Montes de Oca. Para consultas se pueden comunicar a los teléfonos 253-2907 / 224-6739 / 527-2516.

Sabanilla, 21 de junio del 2007.—Oficina de Contratación y Suministros.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í.—1 vez.—(53233).

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

COLEGIO UNIVERSITARIO DE PUNTARENAS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000001-CUP

Contratación de servicios de aseo y limpieza para la planta baja

del edificio del Colegio Universitario de Puntarenas

que incluya solo la mano de obra

La Unidad de Proveeduría del Colegio Universitario de Puntarenas, recibirá ofertas por escrito en sobre cerrado hasta las 15:00 horas del 9 de julio del 2007, en la Unidad de Proveeduría, ubicada en la segunda planta, cita 100 metros al oeste del Muelle de Cruceros, Paseo de los Turistas en Puntarenas.

El cartel puede ser retirado en forma personal o solicitarlo por medio del correo electrónico Proveeduría@Cup.ac.cr, o al Fax 661-44-44 Ext. 230, sin costo alguno. A efectos de atender consultas o recibir ofertas se les comunica que la institución, permanecerá cerrada del 2 al 6 de julio del 2007.

Puntarenas, 20 de junio del 2007.—Unidad de Proveeduría.—Vicente Flores Vargas, Jefe.—1 vez.—(53248).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL NACIONAL PSIQUIÁTRICO

ÁREA DE GESTION BIENES Y SERVICIOS

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

CONTRATACIÓN DIRECTA 2007CD - 000166-2304

Mano de obra y materiales para confección e instalación

de ventanales en hierro negro con perfil tipo “Z”

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Nacional Psiquiátrico, recibira ofertas hasta la 1:00 p.m. del día 18 de julio del 2007 por adquisición de la contratación arriba mencionada. Los interesados retirar el cartel en la Subárea de Contratación Administrativa de este Hospital.

San José, 21 de junio del 2007.—Lic. Tatiana López Quesada, Jefa.—1 vez.—(53234).

ÁREA DE ADQUISICIONES

SUBÁREA DE CARTELES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000072-1142

Alcalino en polvo y blanqueador orgánico (cloro)

El Área de Adquisiciones con la autorización de la Dirección de Recursos Materiales, recibirá ofertas por escrito hasta 9:00 horas del día 24 de julio del 2007.

Ítem uno: 213100 kg. Alcalino en polvo, bolsas plásticas de 20 a 30 kg.

Ítem dos: 260000 kg. Blanqueador orgánico (cloro) polvo, bolsas plásticas de 20 a 30 kg.

Rigen para éste concurso: Las especificaciones técnicas, administrativas, las condiciones generales (publicadas en La Gaceta Nº 6 del 9 de enero del 2006) y addendum de fecha 01 de junio de 2007. El cartel consta de 70 páginas, incluyendo las condiciones generales, la cual se encuentran insertos en el folleto de venta en la fotocopiadora, sita en piso comercial del edificio Jenaro Valverde Marín (Oficinas Centrales de la CCSS). Horario de lunes a viernes de 7:00 a. m., a 3:00 p. m.

Lic. Vilma Arias Marchena.—1 vez.—(U. E. Nº 1142).—C-8470.—(53261).

REGIÓN HUETAR ATLÁNTICA

HOSPITAL DE GUAPILES

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital de Guápiles, con la debida autorización de la Dirección General de este centro hospitalario, invita a todos los interesados en participar en una audiencia previa a la confección del cartel de la adquisición de gases medicinales (oxígeno gaseoso, oxígeno líquido, cargas de nitrógeno, cargas de bióxido de carbono, entre otros), la misma se llevará a cabo en el Hospital de Guápiles, en la Subárea de Contratación Administrativa, ubicada en la casa administrativa Nº 17 de la zona hospitalaria, el día 29 de junio del 2007, a las 10:00 a. m.

Subárea de Contratación Administrativa.—Nelsi Monge Barrantes, Encargada.—1 vez.—(53275).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000050-PROV

Adquisición de zapatos de seguridad para uniformes

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 24 de julio del 2007, en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este del edificio Central, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento:

Adquisición de zapatos de seguridad para uniformes.

Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma en la Proveeduría de este Instituto, o accesando nuestra dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do

San José, 21 de junio del 2007.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador-Licitaciones Dirección de Proveeduría.—1 vez.—(Nº 330291).—C-7280.—(53372).

ADJUDICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000091-33300

Contratación de equipo y maquinaria para ser

utilizados en caminos del cantón de Nicoya

Se avisa a todos los interesados en esta licitación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que por Resolución de Adjudicación No. 00048-2007 de Licitación Pública Nº 2006LN-000091-33300 de las 15:20 horas del día 6 de junio del 2007, se adjudica de la siguiente manera:

Transportes Jiménez y Mora S. A. (JIMOSA), cédula jurídica 3-101-114363.—(Oferta 2).

Posición 1: arrendamiento de maquinaria para ser utilizada en el camino 5-02-081, Cuesta Grande-Zaragoza del Cantón de Nicoya.

Monto total adjudicado: ¢126.050.000,00 (ciento veintiséis millones cincuenta mil colones 00/100)

Plazo de ejecución: será igual al término que sea necesario para trabajar las horas contratadas.

San José, 14 de junio del 2007.—MBA. Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 40435).—C-11020.—(53347).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000022-32700

Suministro de materiales y productos metálicos menores

Se avisa a todos los interesados en esta licitación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que por Resolución de Adjudicación Nº 0083-2007 de Licitación Pública Nº 2007LN-000022-32700 de las 15:20 horas del día 15 de junio del 2007, se adjudica de la siguiente manera:

Abonos Agro S. A., cédula jurídica Nº 3-101-002749.—(Oferta Nº 1).

Posiciones: 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9-A, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31.

Monto total adjudicado: ¢87.564.996,00 (ochenta y siete millones quinientos sesenta y cuatro mil novecientos noventa y seis colones exactos).

Tiempo de entrega: 01 (un) día hábil todo de acuerdo con el cartel para las posiciones 2, 5, 6, 8, 9-A, 10, 11, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 25, 26, 27, 28 y 29. Para las posiciones 3, 4, 15, 30 y 31 la entregará será de 70 días hábiles después de recibido el pedido de compra.

Posiciones: 1, 7, 21, 23, 24, 33 y 34 se declaran infructuosas.

San José, 18 de junio del 2007.—MBA. Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 40439).—C-10890.—(53348).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

COMPRA DIRECTA Nº 2007CD-000570-01

Contratación de un profesional para el desarrollo, implementación

y la certificación en comercio electrónico de los protocolos de

seguridad 3-D Secure: Secure codo Mastercard y continuidad

del protocolo verified by visa, así como la implementación

de toda la logística de comercialización

e introducción del producto

del Banco Nacional

Se comunica a los interesados de esta Compra Directa, se acordó: adjudicar la Compra Directa Nº 2007CDN-000570-01; promovida para la “Contratación de un profesional para el desarrollo, implementación y la certificación en comercio electrónico de los protocolos de seguridad 3-D Secure: Secure codo Mastercard y continuidad del protocolo verified by visa, así como la implementación de toda la logística de comercialización e introducción del producto del Banco Nacional”, a la oferta presentada por la Lic. Marcela Ledezma Céspedes, por el monto total de U$10.800,00 (diez mil ochocientos dólares), por un plazo de seis meses.

Se deberá presentar a la hora de retirar la orden de compra, una garantía de cumplimiento vigente por un monto del 10% del total adjudicado, la misma deberá tener una vigencia de sesenta (60) días naturales posteriores a la fecha del recibo del estudio a entera satisfacción del Banco.

La Uruca, San José, 26 de junio del 2007.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora.—1 vez.—(Nº 1827-2007).—C-10890.—(53310).

BANCO DE COSTA RICA

OFICINA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-004810-01

Remodelación oficina BCR centro comercial

Plaza Los Colegios

El Banco de Costa Rica, informa que la Comisión de Contratación Administrativa en reunión 31-2007 CCADTVA del 14-6-2007, acordó adjudicar la licitación en referencia a la empresa Sistemas y Construcciones AG Ltda., por un monto de ¢ 125.600.000.00 la remodelación general, más U.S. $12.221.57 de imprevistos de diseño, con un plazo de entrega de 60 días naturales, con una garantía de 3 años.

Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—(O. C. Nº 56232).—C-6070.—(53350).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-004813-01

Remodelación oficinas en depósitos especiales,

segundo piso oficinas centrales

El Banco de Costa Rica comunica a los interesados en la licitación en referencia que la Comisión de Contratación Administrativa, en Reunión 31-2007 CCADTVA del 14 de junio del 2007, resolvió adjudicar dicha contratación a la empresa Xisa Construcciones S. A., por un monto de ¢215.800.000.00, mas imprevistos de diseño por la suma de US$23.336.70.

Osvaldo Villalobos González, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 56232).—C-6070.—(53351).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2006LA-000006-PCAD

Renovación de licencias IPS (Intrusión Prevention

System-sistema preventor de intrusos)

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, hace del conocimiento de los interesados, que según resolución de la Comisión de Licitaciones Públicas, la cual consta en acta Nº 007-2007 del día 11 de junio del 2007, se resolvió adjudicar la presente licitación de la siguiente manera:

A: I. T. Security Services Viras S. A., cédula jurídica Nº 3-101-359404.

Ítemes adjudicados: 1, 2, 3 y 4.

Monto total adjudicado: $44.959,00 (Cuarenta y cuatro mil novecientos cincuenta y nueve US dólares, 00/100), por un plazo improrrogable de un (1) año. Garantía de cumplimiento: I. T. Security Services Viras S. A., dispondrá de diez (10) días hábiles, contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación, para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento por un monto de $4.495,90 (Once mil novecientos veintiocho US dólares, 66/100)) y con una vigencia mínima de catorce meses.

Tiempo de entrega y demás condiciones conforme lo plantea el proceso de contratación administrativa en su informe de adjudicación Nº 153-2007.

San José, 21 de junio del 2007.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(53342).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA NÚMERO 2007LA-000008-3003

Compra de productos marinos

El Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia comunica:

Licitación Abreviada número 2007LA-000008-3003. “Compra de productos marinos.”

Servicio: Nutrición.

Se les comunica a todos los interesados en el concurso señalado que se declara infructuoso debido a que en la fecha y hora señalados como límite para recibir ofertas no se presentó ninguna. Se procederá a montar un nuevo expediente para su republicación.

San José, 21 de junio del 2007.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador a. í.—1 vez.—(53211).

ÁREA DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000012-1142

Bolsas de colostomía

Bolsas de estomas

A los interesados en el presente concurso, se les comunica que por resolución del Área de Adquisiciones de fecha 24 de abril del 2007, se declara infructuoso el ítem dos.

Por resolución del Área de Adquisiciones de fecha 18 de junio del 2007, se adjudica a:

Ítem uno

Distarosta Internacional S. A.

Monto total adjudicado: $212.062,50.

San José, 20 de junio del 2007.—Subárea de Adjudicaciones.—1 vez.—(U. E. Nº 1142).—C-4860.—(53262).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2007LG-000059-PROV

Adquisición de instrumentos de calibración para metrología

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Sector Electricidad, mediante nota 6000-2067-2007 del 18 de junio del 2007, acordó adjudicar la Licitación por Registro Nº 2007LG-000059-PROV de la siguiente manera:

Oferente: Elvatron S. A, Representante: Dirk Haase Maus, Cédula jurídica: 3-101-020826.—(Oferta Nº 6).

Ítem Nº 1

1 c/u      Calibrador Multi instrumento modelo Fluke 5520ª

US$62.618,34

Ítem Nº 8

1 c/u      Analizador Calidad Energía modelo Fluye 434

             US$4.948,00

Valor total adjudicado CPT    US$67.566,34

Depósito Aduanero ICE-Colima

Vía del Transporte:   Aéreo

Modalidad y forma de pago: Giro a la vista a treinta días, contra la recepción de la totalidad de los bienes adjudicados y entregados en el Depósito Aduanero del ICE en Colima de Tibás a satisfacción de la Dependencia solicitante.

Lugar de Entrega: Los bienes adjudicados serán entregados en Depósito Aduanero del ICE en Colima de Tibás.

Fecha de entrega: los bienes serán entregados en un plazo no mayor de 30 días hábiles, a partir de la notificación de la Orden de Compra.

Garantía del material: los bienes a suministrar tienen una garantía de 24 meses contados a partir de la fecha en que el ICE reciba el objeto del contrato a entera satisfacción.

Garantía de cumplimiento: 5% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de 7 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación.

Oferta Nº 1.—Oferente: Fibrotel S. A, Representante: MScEE José Ricardo Trujillo Molina, cédula jurídica: 3-101-272332

Ítem Nº 2

1 c/u      Multímetro marca Agilent modelo 3458ª   US$8 000,00

             Referencia de alta estabilidad (4ppm)       US$1 300,00

Ítem Nº 4

1 c/u      Medidor LCR, marca Agilent modelo E4980A US$17 000,00

Ítem Nº 5

1 c/u      Analizador Vectorial marca Agilent. US$155 000,00

             modelo N5230A PNA-L

Valor total adjudicado CPT

Depósito aduanero ICE-Colima    US$181 300,00

Vía del Transporte: aéreo

Modalidad y Forma de pago: giro a la vista a treinta días, contra la recepción de la totalidad de los bienes adjudicados y entregados en el Depósito Aduanero del ICE en Colima de Tibás a satisfacción de la Dependencia solicitante.

Lugar de entrega: los bienes adjudicados serán entregados en Depósito   Aduanero del ICE en Colima de Tibás.

Fecha de entrega: los bienes serán entregados en un plazo no mayor

de 30 días hábiles, a partir de la notificación de la orden de compra.

Garantía del material: los bienes a suministrar tienen una garantía de 24 meses contados a partir de la fecha en que el ICE reciba el objeto del contrato a entera satisfacción.

Garantía de cumplimiento: 5% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de 7 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación.

Oferente: AEC Electrónica S. A., representante: Alberto Carballo Navarro, cédula jurídica: 3-101-151538.—(Oferta Nº 3).

Ítem Nº 3

1 c/u   Contador de frecuencia Agilent 53132A US$7 705,00

Valor total adjudicado CPT

Depósito aduanero ICE-Colima US$7 705,00

Vía del transporte: aéreo

Modalidad y forma de pago: giro a la vista a treinta días, contra la recepción de la totalidad de los bienes adjudicados y entregados en el Depósito Aduanero del ICE en Colima de Tibás a satisfacción de la Dependencia solicitante.

Lugar de entrega: los bienes adjudicados serán entregados en Depósito Aduanero del ICE en Colima de Tibás.

Fecha de entrega: los bienes serán entregados en un plazo no mayor de 30 días hábiles, a partir de la notificación de la Orden de Compra.

Garantía del material: los bienes a suministrar tienen una garantía de 24 meses contados a partir de la fecha en que el ICE reciba el objeto del contrato a entera satisfacción.

Garantía de cumplimiento: 5% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de 7 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación.

Oferente: P.I.S.E.S.A., Representante: Ing. Otto Guevara, cédula jurídica: 3-101-151973.—(Oferta Nº 5).

Ítem Nº 6

1 c/u   Resistencia de 100MΩ modelo Guildine 9336-100M

           US$4 004,00

Ítem Nº 7

1 c/u   Resistencia de 1GΩ modelo Guildine 9336-1G

           US$4 018,00

Ítem Nº 10

1 c/u   Resistencia de 10GΩ modelo Guildine 9336-10G

           US$4 335,00

Ítem Nº 11

1 c/u   Resistencia de 100GΩ modelo Guildine 9336-100G

           US$4 473,00

Ítem Nº 12

1 c/u   Resistencia de 1 TΩ modelo Guildine 9336-1T

           US$4 639,00

Ítem Nº 13

1 c/u   Sistema de Radio Frecuencia, Tegam modelo

           SYSIIA-BSOPT-Z540  US$69 956,00

Opción 13A (generador de señal para sistema de calibración Agilent E8257D-520     US$30 070,00

Valor total adjudicado CPT

Depositario aduanero ICE-Colima    US$121 495,00

Vía del transporte: aéreo

Modalidad y forma de pago: giro a la vista a treinta días, contra la recepción de la totalidad de los bienes adjudicados y entregados en el Depósito Aduanero del ICE en Colima de Tibás, a satisfacción de la Dependencia solicitante.

Lugar de entrega: los bienes adjudicados serán entregados en Depósito Aduanero del ICE en Colima de Tibás.

Fecha de entrega: los bienes serán entregados en un plazo no mayor de 30 días hábiles, a partir de la notificación de la  orden de compra.

Garantía de material: los bienes a suministrar tienen una garantía de 24 meses contados a partir de la fecha en que el ICE reciba el objeto del contrato a entera satisfacción.

Garantía de cumplimiento: 5% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de 7 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación.

El ítem Nº 9 Programador de memoria universal similar o superior a Data IO 3980XP  se declara infructuoso, ya que solo se presentó una oferta y esta no cumple con el punto Nº 3

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.

Nota:  Presentar Garantía de Cumplimiento, Certificación CCSS actualizada, personería jurídica y certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 21 de junio del 2007.—Dirección de Proveeduría.— Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 330291).—C-60520.—(53373).

INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-01

Compra de equipo electrónico de computación

Se avisa a todos los interesados, que la Junta Directiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, mediante acuerdo primero, artículo cinco de la sesión ordinaria Nº 3668, celebrada a las 12:10 horas del día 18 de junio del 2007, sobre la Licitación Pública Nº 2007LN-000001-01, “Equipo electrónico de computación”, resolvió:

1.  Adjudicar la licitación pública número 2007-LN-000001-01, promovida para la compra de equipo de computación, en la siguiente forma:

a)  El ítem Nº 1 (31 computadores de escritorio-estaciones de trabajo) a la empresa Componentes El Orbe S. A., por la suma de $40.607,00; convertibles en colones al tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de confeccionar la orden de compra.

b)  El ítem Nº 2 (21 computadoras portátiles) a la empresa Componentes El Orbe S. A., por la suma de $42.107,97; convertibles en colones al tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al momento de confeccionar la orden de compra.

2.  Declarar, con fundamento en el artículo 15 del Reglamento de la Contratación Administrativa, infructuoso el proceso respecto de los ítemes 3 (un enrutador), 4 (un escáner) y 5 (tres impresoras láser a color).

Moravia, 19 de junio del 2007.—Sección de Proveeduría.—Lic. Inés Vázquez Sánchez, Jefa.—1 vez.—(53274).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000002-01

Adquisición de una central telefónica

La Municipalidad de Guácimo, informa que según la Licitación Abreviada 2007LA-000002-01, para la adquisición de una central telefónica, fue adjudicada a la empresa CGT del Este.

Guácimo, 20 de junio del 2007.—Katty Lobo Rodríguez, Proveedora Municipal.—1 vez.—(53266).

REGISTRO DE PROVEEDORES

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

Registro de elegibles

El Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), comunica a los interesados que la UEN Servicio al Cliente Telecomunicaciones, aprobó la solicitud presentada para la ampliación de frentes en el Registro de Elegibles de empresas constructoras a la siguiente firma:

EMPRESA

Inversiones Tecnológicas en Comunicaciones, Invercom S. A.

FRENTES

5 Frentes para obras complementarias.

Todo de conformidad con los procedimientos que rigen la materia y los atestados presentados oportunamente por el interesado.

San José, 19 de junio del 2007.—Lic. Gonzalo Gómez Álvarez, MBA.—1 vez.—(O. C. Nº 330291).—C-7885.—(53375).

FE DE ERRATAS

SEGURIDAD PÚBLICA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000060-10700

Compra de textiles y vestuarios

Se avisa a los interesados en participar en esta licitación, que en el  renglón dos, donde dice para la compra de vehículos, debe leerse correctamente, para la compra de Textiles y Vestuarios.

Todo lo demás permanece invariable.

San José, 19 de junio del 2007.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 13478).—C-6675.—(53352).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

PROVEEDURIA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2007LI-000002-33400

Ampliación y Mantenimiento del Puente sobre el Río Savegre,

Carretera Costanera Sur, Ruta Nacional Nº 34

La Proveeduría Institucional informa a todos los interesados en participar en este concurso, que se prorroga la fecha de apertura a las 13:00 horas del día 6 de julio del 2007 y que se efectuaron modificaciones y aclaraciones al cartel, las cuales se encuentra a disposición gratuitamente en el sistema CompraRed, en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared de Internet o en la Proveeduría Institucional, ubicada en el Edificio Central del Ministerio de Obras Públicas, costado oeste de Plaza Cleto González Víquez.

Todo lo demás permanece invariable.

San José, 15 de junio del 2007.—MBA. Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 40436).—C-9700.—(53232).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000053-33000

Canje de vehículos con errogación

La Proveeduría Institucional informa a los potenciales participantes en la Licitación Pública Nº 2007LN-000053-33000, que se suspende la fecha de apertura hasta nuevo aviso, por objeción al cartel ante Contraloría General de la República.

San José, 18 de junio del 2007. —MBA. Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 40438).—C-5465.—(53235).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000052-33101

Canje de vehículos con erogación

La Proveeduría Institucional, informa a los potenciales participantes en la Licitación Pública Nº 2007LN-000052-33101, que se suspende la fecha de apertura hasta nuevo aviso, por objeción al cartel ante Contraloría General de la República.

San José, 18 de junio del 2007.—MBA. Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 40437).—C-5465.—(53349).

EDUCACIÓN PÚBLICA

CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO

PARA LA EDUCACIÓN TÉCNICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 001-2007

En la línea Nº 3 no se lea Licitación Pública Nº 001-2007, en su lugar léase correctamente: Licitación Pública Nº 2007LN-000001-99999.

Todo lo demás permanece invariable.

Proveeduría.—Vinicio Cascante Loría.—1 vez.—(53292).

JUSTICIA Y GRACIA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2007 LN-000001-99999

Compra de materiales y suministros para elaborar 33

juegos de pupitres trapezoidales y 1.000 juegos de kinder

Se avisa a todos aquellos interesados en participar en esta licitación, que se acoge parcialmente el recurso de objeción interpuesto, por lo tanto se modifica el cartel en los ítemes 9, 10, 11, 28, 29, 30, 48, 49 y 50 en la cual se permite, además de la madera solicitada, la madera contraenchapada elaborada tipo pino, siempre manteniendo el tipo de caras B/BB. La fecha de apertura se establece para el día 4 de julio del 2007 a las 10:00 horas. Las demás condiciones y especificaciones, permanecen invariables.

San José, 19 de junio del 2007.—Lic. Xinia Carmona Valverde, Proveedora Institucional.—1 vez.—(53217).

BANCO DE COSTA RICA

OFICINA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-004821-01

(Modificación Nº 1)

Adquisición de una solución para la consolidación

del almacenamiento de datos en una infraestructura

de alta disponibilidad

Se informa a los interesados en la licitación en referencia, que la recepción de las ofertas se ha trasladado para las diez horas con treinta minutos del miércoles 18 de julio del 2007.

Asimismo se informa, que al cartel de esta licitación se le han hecho modificaciones, cuyo detalle debe ser retirado en la oficina de Contratación Administrativa, situada en el tercer piso de las Oficinas Centrales del BCR, ubicadas entre avenidas central y segunda y calles 4 y 6, con un horario de atención de 9:00 a.m. a 2:00 p.m.

El resto del cartel se mantiene igual.

San José, 21 de junio del 2007.—Área de Licitaciones.—Rodrigo Aguilar Solórzano.—1 vez.—(O. C. Nº 56232).—C-9095.—(53353).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-707022-UL

Adquisición de mangueras y equipo para Bomberos

Se comunica a los interesados en la presente contratación, cuya invitación fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 110 del 08/06/2007, como Licitación Abreviada Nº 2007LA-707022-UL, que en modificación publicada en La Gaceta Nº 118 del 20/06/2007, por error se indicó “Licitación abreviada Nº 2007LA-707014-UL”, no obstante, el número correcto es “Licitación abreviada Nº 2007LA-707022-UL Adquisición de mangueras y equipo para Bomberos”.

Todos los demás términos y condiciones permanecen invariables.

San José, 20 de junio del 2007.—Departamento de Proveeduría.—MAP. Elizabeth Castro Fallas, Jefa a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 18447).—C-7280.—(53380).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LN-707037-UL

Equipo de vigilancia

El Instituto Nacional de Seguros, comunica a los interesados en la presente licitación, cuya invitación a participar se publicó en La Gaceta Nº 106 del 4 de junio del 2007, la siguiente modificación:

En el Capítulo I. Aspectos Técnicos, Descripción del Requerimiento, Renglón Nº 2, donde dice:

20- Cámara CTV color alta resolución (Código catálogo SIFA 4000058)

Cámara de televisión con elemento de imagen de alto rendimiento Sony ExView CCD. de 8,47 mm (1/3”), digital DSP, a color de día, B/N de alta sensibilidad en la noche, sensibilidad infrarroja a 1000 mm, resolución horizontal de 460 líneas de TV, iluminación mínima de 0.01 lux para vídeo útil, obturador electrónico automático, compensación de luz trasera, marca RAINBOW. Fuente de poder de 24VCA , y su respectivo soporte de pared.

Lente

Lente varifocal de 2.8 a 12 mm; apertura f /1.4, para cámaras de 8.47 mm (1/3”), con autoiris tipo DC, montaje “CS

Debe leerse correctamente:

20- Cámara CTV color alta resolución (Código catálogo SIFA 4000058)

Cámara de televisión con elemento de imagen de alto rendimiento Sony ExView CCD. de 8.47 mm (1/3”), digital DSP, a color de día, B/N de alta sensibilidad en la noche, sensibilidad infrarroja a 1000 nm, resolución horizontal de 460 líneas de TV, iluminación mínima de 0.01 lux para vídeo útil, obturador electrónico automático, compensación de luz trasera. Fuente de poder de 24VCA , y su respectivo soporte de pared.

Lente

Lente varifocal de 2.8 a 12 mm; apertura f /1.4, para cámaras de 8.47 mm (1/3”), con autoiris tipo DC, montaje “CS

La apertura de ofertas permanece invariable.

San José, 20 de junio del 2007.—Departamento de Proveeduría.—MAP. Elizabeth Castro Fallas, Jefa a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 18447).—C-16355.—(53381).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000011-99999 (Adendum 2)

Adquisición de Proyectores Multimedia

A los interesados en la Licitación Abreviada 2007LA-000011-99999 “Adquisición de Proyectores Multimedia”, se les informa, que:

En el Adendum 1, publicado en La Gaceta N° 118, del miércoles 20 de junio del 2007, donde dice: Rango mínimo de contraste: 2000 a 1, debe leerse: Rango mínimo de contraste: 500:1.

Las demás condiciones del cartel, así como la fecha y hora de apertura consignadas en el Adendum 1, permanecen invariables.

Sabanilla, 21 de junio del 2007.—Oficina de Contratación y Suministros.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í.—1 vez.—(53230).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA NÚMERO 2007LA-000010-3003

Compra de abarrotes varios

El Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia comunica a todos los interesados en participar en el siguiente concurso:

Licitación Abreviada Número 2007LA-000010-3003, “Compra de abarrotes varios”.

Servicio: Nutrición.

Se les comunica a todos los interesados en participar en el concurso para la adquisición de abarrotes varios que no se realizará la apertura programada para el día 12 de julio de 2007 al ser las 02:00 p. m. De acuerdo a lo señalado en el artículo 153 párrafo primero del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, las compras cuya modalidad de entrega es según demanda deben tramitarse por medio de una Licitación Pública, por lo que considerando que al no haberse realizado apertura de las ofertas no se lesiona los derechos de los posibles oferentes, ni el interés general perseguido, se procede a archivar el expediente y tramitarse mediante la figura correspondiente.

San José, 21 de junio del 2007.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador a. í.—1 vez.—(53210).

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000019-2104 (Aviso Nº 1)

Bolsas para basura varios tamaños

La Subárea de Adquisiciones del Hospital México, comunica a los interesados en el concurso antes mencionado, que se realizó la siguiente modificación: Rotulación de las mismas únicamente por solo un lado y/o cara. Además, la fecha de apertura ha sido prorrogada para el día viernes 29 de junio del 2007 a las 9:00 horas.

Demás condiciones permanecen invariables.

San José, 19 de junio del 2007.—Subárea de Adquisiciones.—Bach. Freddy Alfaro Ramírez, Jefe.—1 vez.—(53272).

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000026-2104 (Aviso Nº 1)

Regulador de succión continua e intermitente de pared

La Subárea de Adquisiciones del Hospital México, comunica a los interesados en el concurso antes mencionado, que se realizaron modificaciones, las cuales se encuentran disponibles en el Servicio de Proveeduría de este Hospital. Además, la fecha de apertura se mantiene invariable para el día viernes 6 de julio del 2007 a las 9:00 horas.

Demás condiciones permanecen invariables.

San José, 19 de junio del 2007.—Administración-Subárea de Adquisiciones.—Bach. Freddy Alfaro Ramírez, Jefe.—1 vez.—(53273).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007N-000021-PROV

(Modificación N° 1)

Contratación del servicio de la distribución de la factura

por servicios de telecomunicaciones

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada que pueden retirar en la Dirección de Proveeduría de este instituto la modificación N° 1 efectuada al cartel.

Fecha de apertura: 10:00 horas del día 3 de julio del 2007.

San José, 21 de junio del 2007.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador-Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 330291).—C-6675.—(53374).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE MORA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000059-01

(Modificación al Cartel)

Adquisición de un vehículo todo terreno

La Proveeduría Municipal hace saber a todos los interesados: En la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000059-01, promovida para la adquisición de un vehículo todo terreno, que se realiza la siguiente aclaración del cartel, en razón de Recurso de Objeción al cartel presentado por la empresa Automotores Superior S. A.

1.  En el punto IV. De las especificaciones técnicas. Donde dice.

    g) Tracción Full-Time. Deberá entenderse. g) Tracción 4x4, que permita paso de 2H A 4 H Y 4L, con palanca al piso preferiblemente.

    k) Suspensión trasera semi-independiente con estabilizador. Deberá entenderse. K) Suspensión trasera semi-independiente con estabilizador, preferiblemente.

    n) Vidrios Eléctricos. Deberá entenderse. n) Vidrios Eléctricos preferiblemente.

    r) Deberá tener alarma sonora por baja presión de aire, aceite y temperatura. Deberá entenderse. r) Deberá tener alarma sonora por baja presión de aire, aceite y temperatura, preferiblemente.

2.  En el punto V. 1.2 Valoración de las ofertas. Donde dice.

    1.2 El plazo de entrega será en un plazo de 45 días naturales, contados a partir de la firma de la exoneración. Deberá entenderse.

    1.2 El plazo de entrega máximo será de 45 días naturales, contados a partir de la firma de la exoneración y del endosado de la factura.

    En el punto 1.4 Experiencia del Oferente: Las modificaciones realizadas constan y están disponibles en cartel modificado.

    Precio 40%. Las modificaciones realizadas constan y están disponibles en cartel modificado.

    3. Experiencia de la empresa 10%. Las modificaciones realizadas constan y están disponibles en cartel modificado.

    Plazo de entrega 20% Las modificaciones realizadas constan y están disponibles en cartel modificado.

    3.2 Garantía del producto. (30%). Las modificaciones realizadas constan y están disponibles en cartel modificado.

En razón de las aclaraciones al cartel, la recepción de las ofertas se prorroga hasta las 10:00 horas del día 29 de junio del 2007.

San José, 15 de junio del 2007—Róger Vinicio Madrigal Bustamante—Proveedor Municipal.—1 vez.—(53223).

REGLAMENTOS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

Nº 11-2007.—Con fundamento en los artículos 99 y 102, inciso 9) de la Constitución Política, el numeral 19, inciso f) del Código Electoral y la Ley sobre Regulación del Referéndum Nº 8492,

DECRETA:

El siguiente

REGLAMENTO PARA LOS PROCESOS DE REFERÉNDUM

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Organismos electorales. Los organismos electorales que intervendrán en los procesos de referéndum son el Tribunal Supremo de Elecciones y sus órganos e instancias auxiliares, el Registro Civil y las Juntas Receptoras de Votos.

Artículo 2º—Ejercicio válido del sufragio. Podrán ejercer su derecho al sufragio en el referéndum todos los ciudadanos, en los términos del artículo 1º del Código Electoral, que se encuentren inscritos en el Padrón Electoral con corte al último día del mes anterior al de la comunicación oficial de la convocatoria respectiva, lo que harán ante la junta receptora de votos a la que estén asignados y mediante la presentación de su cédula de identidad.

Artículo 3º—El Tribunal Supremo de Elecciones. Corresponde al Tribunal Supremo de Elecciones, en forma exclusiva, la organización, dirección, vigilancia, escrutinio y declaratoria y comunicación de los resultados del proceso de referéndum.

Artículo 4º—De la división territorial. Para los efectos propios del referéndum se aplicará la División Territorial Administrativa que se encuentre vigente a la fecha del acto de comunicación oficial de la convocatoria a referéndum, así como los distritos electorales que para ese momento se encuentren debidamente establecidos conforme a la División Territorial Electoral.

Artículo 5º—Del padrón electoral. En todo lo relativo al proceso de referéndum, se realizará un corte del padrón electoral que incluya las gestiones cedulares aprobadas y presentadas hasta el último día hábil del mes anterior al de la fecha en que se comunique oficialmente la convocatoria correspondiente. El Registro Civil dispondrá de un plazo máximo de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente al del cierre efectuado con relación a las gestiones cedulares, para dictar las resoluciones que afecten esa lista de electores. Vencido ese plazo, no podrá ser modificada dicha lista.

El referido padrón contendrá a todas las personas que hayan solicitado cédula de identidad antes del cierre y que adquieran la mayoría de edad hasta el día del referéndum inclusive. Asimismo, los ciudadanos cuya cédula caduque durante el mes en que se realice la comunicación oficial de la convocatoria y hasta el propio día del referéndum inclusive, no serán excluidos de la lista de electores y podrán sufragar con dicho documento.

También deberán incluirse en el padrón y podrán votar en el referéndum todas las personas que hayan obtenido la nacionalidad costarricense cuando menos un año antes a la fecha de realización del referéndum, y que hayan solicitado cédula de identidad hasta el correspondiente cierre.

Artículo 6º—Lista de electores. Dos meses antes de la fecha en que se llevará a cabo el referéndum, el Registro Civil tendrá impresa, por orden alfabético de apellido, la lista general definitiva de electores, tomando en cuenta sus resoluciones firmes y las del Tribunal Supremo de Elecciones que se hubieren dictado, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 81 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil.

CAPÍTULO II

Juntas Receptoras de Votos

Artículo 7º—Integración. Dentro de los treinta días naturales posteriores a la publicación de la comunicación oficial de la convocatoria, el Tribunal Supremo de Elecciones deberá integrar las juntas receptoras de votos que funcionarán el día en que se lleve a cabo la consulta. Cada junta estará integrada por un delegado del Tribunal Supremo de Elecciones y un asistente, designado por el mismo Tribunal, quien, además de colaborar con el delegado, podrá suplirlo. A ambos funcionarios les será aplicable, en lo que sea compatible, el Reglamento de Auxiliares Electorales, Decreto Nº 16-2001 del 8 de noviembre del 2001 y sus reformas.

Artículo 8º—Distribución de electores. El Tribunal Supremo de Elecciones fijará el número de Juntas Receptoras de Votos en cada distrito electoral y distribuirá a los electores que habrán de votar en cada una, para lo cual deberá tomar en consideración lo dispuesto en el último párrafo del artículo 25 del Código Electoral.

Artículo 9º—Juramentación y acreditación de las Juntas Receptoras de Votos. Los Asesores Electorales que destaque el Tribunal en todos los cantones del país, serán los encargados de convocar, instruir, juramentar y acreditar a todas las personas que se designen como miembros de las Juntas Receptoras de Votos. Para tales efectos podrán solicitar la colaboración de las municipalidades, de la fuerza pública o de cualquier otra autoridad pública del cantón.

CAPÍTULO III

Proceso de votación

Artículo 10.—Horario de la votación. Las juntas receptoras de votos funcionarán, el día en que se celebre el referéndum, en un horario que va de las seis horas a las dieciocho horas.

Artículo 11.—Ubicación de las Juntas Receptoras de Votos. Las Juntas Receptoras de Votos se ubicarán en locales públicos, preferiblemente escuelas y colegios, y sólo por excepción el Tribunal autorizará ocupar locales particulares. El lugar definido debe ser de fácil acceso para personas en situación de discapacidad.

Artículo 12.—Modo de emitir el voto. El elector votará realizando una marca con el instrumento dispuesto para ese efecto por el Tribunal, dentro del cuadro correspondiente a la opción de su preferencia. La ubicación de cada una de las opciones dentro de la papeleta se definirá por sorteo que realizará el Tribunal el propio día de la comunicación oficial de la convocatoria.

A las personas en situación de discapacidad a quienes se les dificulte o imposibilite votar a solas en el recinto secreto se les podrá facilitar cualquiera de las ayudas técnicas que se remiten a la Junta Receptora de Votos o, si lo prefieren, podrán solicitar que se les permita emitir su voto en forma pública o asistida, conforme a las siguientes definiciones:

Voto público: El elector manifestará ante la Junta Receptora de Votos la opción por la que desea votar. El miembro de la Junta designado por el Tribunal marcará la papeleta conforme a la voluntad del elector y la depositará en la urna.

Voto asistido: El elector ingresará al recinto secreto en compañía de una persona de su confianza, quien le asistirá para que pueda ejercer el voto. Esta persona de confianza debe ser costarricense, inclusive menor de edad, siempre que porte su tarjeta de identidad debidamente extendida por el Tribunal Supremo de Elecciones.

Artículo 13.—Cantidad de recintos secretos en Juntas Receptoras de Votos. En las Juntas Receptoras de Votos de hasta 250 electores se instalará un solo recinto secreto. En las que tengan más de 250 electores y hasta 500, se podrá instalar dos recintos secretos y en las que tengan más de 500 electores, se podrá instalar hasta tres recintos secretos de votación.

Artículo 14.—Fotografía en el Padrón-Registro. Las fotografías del Padrón Registro son un medio accesorio de identificación del votante. La cédula de identidad, que deberá exhibir y presentar quien pretenda votar, es el medio principal de identificación. Las fotografías constantes en el Padrón Registro servirán de prueba auxiliar cuando existan dudas fundadas en cuanto a la verdadera identidad del votante y se sospeche de la legitimidad de la cédula de identidad que porta; no obstante, con base en la diferencia entre la fotografía constante en el Padrón Registro y la que aparece en su cédula de identidad, o ante la ausencia total de la primera, los miembros de una Junta Receptora de Votos no podrán impedir a un ciudadano el ejercicio de su legítimo derecho a votar, siempre y cuando no exista duda fundada sobre su identidad.

Artículo 15.—Cierre de la votación. A las 18 horas en punto deberá suspenderse la votación; después de esa hora únicamente se recibirán los votos de quienes, en ese momento, se encuentren en el recinto secreto ejerciendo su derecho al sufragio.

Artículo 16.—Umbral de participación. El umbral de participación, requerido para cada referéndum en particular, será predefinido por el Tribunal al momento de hacer la comunicación oficial de la convocatoria. Para efectos de establecer el porcentaje de participación ciudadana, se tomará en cuenta, además de los votos válidamente emitidos a favor o en contra, los votos en blanco y los nulos.

CAPÍTULO IV

Declaratoria oficial de resultados

Artículo 17.—Escrutinio definitivo. El Tribunal realizará el escrutinio definitivo de la votación recaída en el referéndum dentro del plazo establecido en el artículo 25 de la Ley Nº 8492. Una vez finalizado el escrutinio hará la declaratoria oficial del resultado obtenido y la comunicará al Poder Legislativo.

Artículo 18.—Resultado. Para que el resultado del referéndum sea vinculante, debe alcanzarse el umbral de participación requerido y una de las opciones habrá de superar a la otra al menos por un voto. En caso de empate, se entenderá que el pueblo no ejerció su potestad de legislar y el Tribunal Supremo de Elecciones, sin más trámite, remitirá la comunicación respectiva a la Asamblea Legislativa, para que ésta continúe con los procedimientos ordinarios de formación de leyes o de reformas parciales a la Constitución, según corresponda.

CAPÍTULO V

Publicidad

Artículo 19.—Derecho general. Cualquier persona física o jurídica costarricense, podrá pautar en los medios de comunicación colectiva, espacios propagandísticos a favor o en contra del proyecto que se somete a consulta en el referéndum, siempre que el total de sus aportes, contabilizados a partir de la comunicación oficial de la convocatoria, no exceda de veinte salarios base, en los términos del inciso c) del artículo 20 de la Ley Nº 8492.

Artículo 20.—Obligación de informar. En el periodo comprendido entre la comunicación oficial de la convocatoria y el día en que se lleve a cabo el referéndum, los días viernes de cada semana los medios de comunicación colectiva estarán obligados a informar al Tribunal Supremo de Elecciones sobre todos los espacios de propaganda que se hayan contratado en esa semana y que tengan relación con el proyecto sometido a referéndum. El informe necesariamente deberá contener el nombre y número de cédula de identidad, así como los datos suficientes para la localización de la persona responsable de la publicación (dirección, número de teléfono, correo electrónico, fax o apartado postal), y su tipo y formato, además del costo exacto de la misma.

Para los efectos de este Reglamento y de conformidad con la Ley Nº 8492, se entenderá que realizó el gasto la persona responsable de la publicación, salvo prueba en contrario, para lo cual el Tribunal podrá requerir, en cualquier momento, informes que den cuenta de la solvencia económica de esa persona u otra información relevante para determinar la procedencia de los recursos, pudiendo emplazar tanto al propio responsable como a terceros, lo que incluye a los bancos del Sistema Bancario Nacional. La negativa infundada a proporcionar dicha información, así como la existencia de indicios sobre la realización de este tipo de gasto por interpósita mano, serán motivo suficiente para remitir de inmediato el asunto al Ministerio Público.

Artículo 21.—Tarifas vigentes. Dentro de los tres días hábiles posteriores a la comunicación oficial de la convocatoria, los medios de comunicación deberán remitir las tarifas que se encuentren vigentes y que rigen para cualquier clase de contrato publicitario. Cualquier cambio en esas tarifas, deberá ser comunicado al Tribunal Supremo de Elecciones dentro de tercero día.

Artículo 22.—Registro publicitario. El Tribunal Supremo de Elecciones llevará un registro público donde constará toda la información que los medios de comunicación colectiva le remitan sobre las campañas pautadas en relación con el proyecto en consulta. Este registro publicitario estará a cargo del órgano que para tales efectos designe el Tribunal, el cual será el encargado de actualizar la información que le brinden los medios, así como de disponer de todos los mecanismos de control y fiscalización que considere pertinentes y los que le señale el Tribunal.

Este órgano, tan pronto advierta una violación del límite de gasto establecido, así como cualquier otra anomalía, deberá informarlo de inmediato al Tribunal para el establecimiento de los procesos sancionatorios que correspondan.

Artículo 23.—Apercibimiento. El Tribunal podrá prevenir, con los apercibimientos del caso, a los medios de comunicación colectiva que incumplan su obligación de informar, tanto sobre las tarifas publicitarias como de los nombres y demás datos de las personas que han contratado la publicación de campos pagados y su costo, para que, en un plazo no mayor de tres días hábiles, remitan la información requerida.

Artículo 24.—Prohibiciones. Ninguna persona física o jurídica extranjera podrá contratar, directamente o por interpósita mano, la publicación de campos pagados a favor o en contra del proyecto sometido a referéndum. Los medios de comunicación colectiva velarán por el cumplimiento de esta disposición.

De conformidad con el artículo 85, inciso g) del Código Electoral, durante los dos días inmediatos anteriores y el día del referéndum, no podrá difundirse propaganda de ninguna especie relativa al proyecto objeto de consulta.

A partir del día siguiente de la convocatoria, aún cuando no se haya comunicado oficialmente, y hasta el propio día del referéndum, el Poder Ejecutivo, la administración descentralizada, las empresas del Estado y cualquier otro ente u órgano público no podrán contratar, con los medios de comunicación colectiva, pauta publicitaria que tenga relación o haga referencia al tema en consulta. En general, les estará vedado utilizar recursos públicos para financiar actividades que, directa o indirectamente, favorezcan las campañas publicitarias en pro o en contra del proyecto de ley objeto de consulta popular. No constituirá violación a esta regla la promoción, en sus instalaciones, de foros o debates que contribuyan a que sus funcionarios o las comunidades estén mejor informadas sobre el tema a consultar, siempre que éstos no encubran actividad propagandística. Tampoco lo será la participación de los funcionarios públicos en foros o debates sobre esa temática, en general, siempre que, de realizarse en horario de trabajo, se cuente con la autorización de la jefatura correspondiente.

Las autoridades administrativas y las auditorías internas de los diferentes entes públicos deberán velar por el debido respeto a estas restricciones, reportando a la Contraloría General de la República y al jerarca institucional cualquier trasgresión que detecten.

En igual sentido y atendiendo a lo dispuesto en el inciso l) de dicho numeral 85, está prohibido lanzar o colocar propaganda en las vías o lugares públicos o en lugares privados mientras no se cuente con la autorización del propietario.

CAPÍTULO VI

Encuestas de opinión pública

Artículo 25.—Acreditación. A partir de la comunicación oficial de la convocatoria a referéndum, sólo se permitirá la publicación o divulgación de encuestas sobre la opinión de los ciudadanos a favor o en contra del proyecto de ley a consultar, cuando la empresa que las realice se encuentre previamente inscrita en el Tribunal Supremo de Elecciones, quedando sometida a lo que dispone el artículo 85 ter del Código Electoral. Para llevar a cabo su ejercicio comercial, dichas empresas deberán registrarse, a más tardar, dentro de los diez días hábiles posteriores a la comunicación oficial de la convocatoria del referéndum.

Artículo 26.—Requisitos de inscripción. Para su inscripción en el registro correspondiente, las empresas interesadas deberán presentar su solicitud a la Secretaría del Tribunal, apegándose a los siguientes requisitos:

a)  Consignar la cédula de identidad y calidades del empresario o la razón social de la empresa y su número de cédula de persona jurídica.

b)  Indicar las calidades de los representantes de la empresa en el caso de sociedades.

c)  La solicitud será firmada por el representante legal de la empresa.

d)  Informar acerca de la experiencia de la empresa en la realización de encuestas y sondeos de carácter político electoral o de naturaleza semejante.

e)  Explicar de manera sucinta las metodologías a utilizar por la empresa, de modo que garantice la objetividad y calidad de las encuestas.

f)   Indicar lugar para recibir notificaciones.

g)  Adjuntar certificación de personería de la empresa en el caso de sociedades.

Artículo 27.—Prohibición. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Nº 8492, queda prohibida la difusión total o parcial o el comentario de resultados de cualquier encuesta o sondeo de opinión o cualquier otro proceso de opinión, dos días antes y el mismo día de la votación.

CAPÍTULO VII

Fiscales

Artículo 28.—Derecho de fiscalizar. Los partidos políticos tendrán derecho a fiscalizar el proceso de referéndum mediante representantes debidamente acreditados ante el Tribunal Supremo de Elecciones, de acuerdo con lo dispuesto, en lo conducente, por los artículos 90 y siguientes del Código Electoral.

Artículo 29.—Procedimiento de acreditación. Desde el día hábil inmediato posterior al de la comunicación oficial de la convocatoria y hasta un mes antes de la fecha de la celebración del referéndum, los partidos políticos, por intermedio de cualquier miembro de su comité ejecutivo superior, enviarán al Tribunal una nómina con los nombres y calidades de las personas que pretenden acreditar como fiscales, debiendo el Tribunal recibirlas y proceder con el debido registro y entrega de credenciales previo análisis de las propuestas.

Artículo 30.—Presencia de fiscales en los locales de las Juntas Receptoras de Votos. No se permitirá, dentro del local de las juntas, más de un fiscal por cada partido político.

Los fiscales presenciarán la labor de la junta sin estorbar su trabajo, interferir en sus decisiones ni manipular el material electoral.

Cualquier infracción a estos deberes o a las instrucciones del responsable de la junta, justificará el retiro inmediato del fiscal por orden suya y, en caso de ser necesario, con el auxilio de la fuerza pública.

Artículo 31.—Fiscales del escrutinio definitivo. Los partidos políticos tendrán el derecho a fiscalizar el escrutinio definitivo de votos que efectúe el Tribunal Supremo de Elecciones, mediante tres representantes propietarios y seis suplentes, correspondiéndole a cualquier miembro del respectivo comité ejecutivo superior acreditarlos ante la Secretaría del Tribunal.

Artículo 32.—Potestades en el escrutinio. Los fiscales serán ubicados en cada una de las mesas escrutadoras y presenciarán el proceso sin obstaculizar la labor ni participar en las deliberaciones de los funcionarios electorales.

No se permitirá la presencia de más de un fiscal por partido político en cada mesa y sólo en caso de ausencia de un propietario se autorizará el ingreso al recinto del respectivo suplente. A los fiscales se les proporcionarán todas las facilidades necesarias para el buen cumplimiento de su función, pero sólo podrán manipular el material electoral bajo las condiciones y lineamientos que fije el magistrado o magistrada que presida la mesa.

Durante la sesión de escrutinio, los fiscales podrán solicitar verbalmente elevar al pleno del Tribunal la decisión de un magistrado o magistrada relativa a la anulación o revalidación de un voto en particular, inmediatamente después de adoptada, sin perjuicio de la potestad de ese magistrado o magistrada de recabar oficiosamente el criterio del pleno cuando lo estime pertinente. También podrán presentar por escrito, ante la Secretaría del Tribunal, las reclamaciones a que se refiere el inciso a) del artículo 91 del Código Electoral.

Artículo 33.—Deberes en el escrutinio. Son deberes de los fiscales:

a)  Registrarse al ingreso y salida del salón de sesiones.

b)  Abandonar el recinto cada vez que se decrete un receso y al concluir la sesión de escrutinio.

c)  Portar la identificación que disponga el Tribunal.

d)  Firmar las boletas de escrutinio cuando estuvieren presentes; sin embargo, la omisión de la firma de algún fiscal no es motivo de nulidad del acto de escrutinio.

e)  Acatar las instrucciones que gire el magistrado o magistrada responsable de la mesa y el funcionario encargado del Programa de Escrutinio.

f)   Comportarse de modo prudente y respetuoso.

Ante el incumplimiento de cualquiera de estos deberes y por indicación del magistrado o magistrada encargada de la mesa o del funcionario responsable del programa de escrutinio, el fiscal será cautelarmente retirado del recinto; además, quedará a juicio del Tribunal retirarle su acreditación, en cuyo caso le solicitará al partido la respectiva sustitución.

CAPÍTULO VIII

Observadores Nacionales

Artículo 34.—Legitimación. Toda persona jurídica nacional, debidamente inscrita en el registro oficial correspondiente, tiene derecho de presentar nóminas de observadores nacionales al proceso de referéndum.

Artículo 35.—Requisitos de acreditación de observadores. Para ser acreditado como observador nacional, la persona deberá estar inscrita en el Padrón Electoral, no ser miembro de una junta receptora de votos, no ser fiscal acreditado por algún partido político ni funcionario de los organismos electorales.

Artículo 36.—Derechos. Los observadores nacionales tendrán los siguientes derechos:

a)  Libre circulación y movilización por el territorio nacional.

b)  Libre comunicación con todas las organizaciones participantes en el proceso.

c)  Acceso a las Juntas Receptoras de Votos para observar el Padrón Electoral, votación y escrutinio preliminar que éstas realicen.

d)  Observar el ejercicio de los derechos ciudadanos, así como las condiciones en que se ejercen.

e)  Observar la participación de los fiscales de los partidos políticos.

f)   Obtener la colaboración de las autoridades correspondientes con el fin de facilitar el ejercicio de sus funciones.

g)  Observar el escrutinio de las juntas receptoras de votos.

h)  Denunciar cualquier anomalía que adviertan ante el Tribunal Supremo de Elecciones.

Artículo 37.—Obligaciones. Los observadores acreditados por el Tribunal Supremo de Elecciones tendrán las siguientes obligaciones:

a)  Respetar la Constitución Política, el Código Electoral y demás leyes, reglamentos, normas y disposiciones emanadas del Tribunal Supremo de Elecciones.

b)  No interferir ni obstaculizar el desarrollo de las votaciones u otras fases del proceso electoral.

c)  No obstaculizar o interferir con las investigaciones de quejas o denuncias presentadas.

d)  No podrán sustituir u obstaculizar a las autoridades electorales en el ejercicio de sus funciones o interferir en su desarrollo.

e)  Abstenerse de hacer proselitismo de cualquier tipo.

f)   Abstenerse de transmitir o publicar resultados del escrutinio provisional.

g)  No intervenir directa o indirectamente en cualquier situación irregular o en la toma de decisiones por parte de las Juntas Receptoras de Votos.

h)  Portar la credencial entregada por el Tribunal Supremo de Elecciones.

i)   Acatar las indicaciones que realizare el Tribunal, sus delegados o las Juntas Receptoras de Votos.

Artículo 38.—Acreditación. Las nóminas de observadores deberán ser presentadas a partir del día hábil siguiente al de la comunicación de la convocatoria y hasta un mes antes de la fecha fijada para el referéndum, en la oficina o ante el funcionario designado por el Tribunal para realizar la respectiva acreditación. La solicitud deberá estar firmada por el representante legal de la organización, para lo cual deberá aportarse la respectiva certificación de la personería jurídica.

Artículo 39.—Presencia de observadores nacionales en los locales de las Juntas Receptoras de Votos. Al local de las Juntas Receptoras de Votos no podrá ingresar más de un observador nacional a la vez por cada organización. En todo caso, no podrán permanecer en las juntas más de cinco observadores en forma simultánea.

CAPÍTULO IX

Disposiciones adicionales

Artículo 40.—Transporte público. De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ley Nº 8492, se dispone:

a)  La gratuidad del transporte público el día de la celebración del referéndum lo será en la modalidad de autobuses con ruta asignada y exclusivamente para el ejercicio del sufragio. Para tal efecto el Tribunal Supremo de Elecciones emitirá tiquetes de pasaje que deberán ser gestionados por los electores que necesiten trasladarse para votar. El Tribunal solo reconocerá los costos de transporte que se acrediten mediante este tiquete.

b)  El día en que se celebre el referéndum, los concesionarios y permisionarios de transporte público remunerado de personas en la modalidad de autobuses con ruta asignada, deberán prestar el servicio con la frecuencia y la cantidad de unidades propias de un día hábil, y sólo se exonerará del pago de pasaje a los usuarios que entreguen el referido tiquete.

c)  El día en que se lleve a cabo la consulta será prohibida la contratación de las unidades utilizadas ordinariamente en la prestación del servicio para fines particulares de los interesados en la consulta.

d)  Para el control y fiscalización del proceso de transporte y su compensación pecuniaria, el Tribunal Supremo de Elecciones designará a un funcionario u órgano que se encargue de tal gestión y, para tal fin, dispondrá la implementación de mecanismos de control tanto para la entrega de tiquetes de transporte a quienes lo soliciten para trasladarse a votar a un lugar diferente al de su domicilio, como para el pago del servicio del servicio a los concesionarios. Los tiquetes se entregarán a los interesados en las oficinas regionales del Tribunal Supremo de Elecciones, en la sede central de estos organismos electorales o en los demás lugares que para tal fin se dispongan.

e)  Para efectos del pago de los costos, con posterioridad a la celebración del referéndum, los concesionarios del referido servicio público presentarán liquidación formal de los tiquetes que hayan recibido, cuyo valor se estimará de acuerdo con las tarifas vigentes, debidamente autorizadas para las respectivas rutas. El pago de los tiquetes aprobados se efectuará de acuerdo con los plazos y trámites usuales del sector público.

Artículo 41.—Prohibición de agruparse alrededor del local de votación. Es prohibido agruparse alrededor de los locales de las Juntas Receptoras de Votos en un radio de cincuenta metros. Podrán hacerlo, sin perjuicio de lo anterior, en fila y por orden de su llegada, solamente quienes esperen turno para entrar al local electoral a emitir su voto. Dentro del local, así como del edificio de que el mismo forme parte, no podrán permanecer, por ningún motivo, sino las personas acreditadas ante la Junta para cumplir ante ella alguna función que de la normativa electoral se derive.

Artículo 42.—Restricción para autorizar concentraciones públicas. Desde el día de la comunicación oficial de la convocatoria a referéndum y hasta el día de su celebración, las municipalidades, el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, las asociaciones y federaciones deportivas y otros entes no podrán autorizar u otorgar permiso alguno para la celebración, el día de las votaciones, de eventos que involucren o tengan como consecuencia la concentración masiva de personas en lugares públicos, tales como calles, plazas o parques, ni de cualquier otra actividad que requiera, durante la jornada electoral, del cierre de vías públicas o el paso controlado en ellas. Asimismo, tales entidades procurarán reprogramar aquellos eventos que hayan sido aprobados con anterioridad para celebrarse en dicho día, debiendo comunicar al Tribunal si ello resultó posible.

Artículo 43.—Espacio en medios de comunicación. De conformidad con el numeral 11 de la Ley de Radio Nº 1758, desde la comunicación oficial de la convocatoria a referéndum y hasta su celebración, el Ministerio de Educación Pública cederá a favor del Tribunal Supremo de Elecciones, el espacio gratuito de media hora semanal en radio y televisión comercial de que dispone, para que sea utilizado en la difusión de información relativa al referéndum.

Artículo 44.—Aplicación del Código Electoral. De conformidad con el numeral 5 de la Ley Nº 8492, en todo lo relativo a la realización del referéndum, se podrán aplicar supletoriamente, las disposiciones el Código Electoral en lo que resulte compatible con la naturaleza consultiva del proceso.

Artículo 45.—Vigencia. El presente Reglamento rige a partir de su publicación.

Luis Antonio Sobrado González, Presidente a. í.—Eugenia María Zamora Chavarría, Magistrada.—Zetty Bou Valverde, Magistrada.—1 vez.—(O. Pub. Nº 2833-2007).—C-267430.—(53245).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

REGLAMENTO INTERNO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

Modificación artículo Nº 63

Modificar el artículo 63, del Reglamento Interno de Contratación Administrativa, aprobado por el Consejo Directivo, mediante el artículo 5º de la Sesión 5777 del 19 de diciembre de 2006 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 248 del 27 de diciembre de 2006, para que se lea de la siguiente forma:

“Artículo 63.—Corresponderá al órgano que resolvió aplicar una sanción por inhabilitación y apercibimiento o bien al que dictó un acto de adjudicación, o contra aquel que declara desierto o infructuoso el concurso, resolver los recursos de revocatoria contra los actos mencionados. Los recursos se plantearán ante la Dirección Administrativa de Proveeduría, quien se encargará de canalizarlos ante el órgano que competa, una vez obtenidos los criterios del área técnica (CCA-AC) y de la División de Contratación Administrativa del ICE.

El recurrente, podrá solicitar expresamente que el recurso de revocatoria sea conocido y resuelto, no por la instancia que dictó el acto, sino por el Jerarca respectivo. Cuando la apelación de un acto de adjudicación sea planteada ante la Contraloría General de la República, se procederá conforme corresponda.”

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

San José, 15 de junio del 2007.—Dr. Waldemar Núñez L., Director - Proveeduría.—1 vez.—(O. S. Nº 330291).—C-15145.—(51214).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

OFICINA PERIFÉRICA DE TRES RÍOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal (Periférica de Tres Ríos), hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente cheque de gerencia a la orden de Healthdepot S. A.:

Cuenta corriente                                                                        Número de cheque                                                                                                     Emitido                                                                                                               Monto ¢

161010055001483133                                                                            1807-5                                                                                                             30-5-2007                                                                                                            3.371.555,00

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

Tres Ríos, 4 de junio del 2007.—Lic. Juan Carlos Ulloa Obando, Supervisor.—Nº 27645.—(51715).

CENTRO DE SERVICIOS FINANCIEROS GOICOECHEA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

AVISOS

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal (Centro de Servicios Financieros Goicoechea), hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo fijo a la orden de Gutiérrez Mora José Francisco, cédula 01-0311-0833.

Certific.                                                                                                                          Fecha                                                           Cupón                                                                                              Fecha

  num.                                                          Monto ¢                                                vencimiento                                                       num. Monto ¢                                                                 vencimiento

16102760210240882                                         3.088.500,00                                             18-12-2007                                                          007         17.115,20                                                                             18-07-2007

16102760210240882                                         3.088.500,00                                             18-12-2007                                                          008         17.115,20                                                                             18-08-2007

16102760210240882                                         3.088.500,00                                             18-12-2007                                                          009         17.115,20                                                                             18-09-2007

16102760210240882                                         3.088.500,00                                             18-12-2007                                                          010         17.115,20                                                                             18-10-2007

16102760210240882                                         3.088.500,00                                             18-12-2007                                                          011         17.115,20                                                                             18-11-2007

16102760210240882                                         3.088.500,00                                             18-12-2007                                                          012         17.115,20                                                                             18-12-2007

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

San José, 18 de junio del 2007.—MSc. Guido Ovares, Gerente.—(52264).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

FACULTAD DE DERECHO

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Karla Vanessa Porras Arce, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 días del mes de junio del año 2007.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(51802).

UNIVERSIDAD NACIONAL

VICERRECTORÍA DE DESARROLLO

Se informa a todos los proveedores que la Proveeduría Institucional de la Universidad Nacional estará en receso a partir del 02 de julio del 2007 y hasta el 13 de julio del 2007 inclusive.

Durante el período de receso no será posible atender trámites relacionados con recursos de revocatoria o apelación, entrega de mercadería y audiencias, además las oficinas estarán cerradas, a efectos de que puedan consultar los expedientes de los concursos. Los atenderemos normalmente a partir del 16 de julio del 2007.

Proveeduría Institucional.—1 vez.—(O. C. Nº 24610).—C-4860.—(53355).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

APROBACIÓN NOMBRAMIENTO

DIRECTOR HOSPITAL DE GOLFITO

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 4 de la sesión N° 8153 celebrada el 24 de mayo del 2007, acordó: nombrar al Doctor Manuel Hernán Rodríguez Araya, mayor, casado una vez, médico cirujano, cédula de identidad número 1-578-311, vecino de Puntarenas, Golfito, Barrio Alameda, como Director Médico del Hospital de Golfito, por un período de cinco años a partir del 01 de junio del año 2007. Además de las potestades y facultades inherentes a ese cargo, se le confiere las potestades y obligaciones atribuidas al director del órgano desconcentrado, en el artículo 25 de la sesión Nº 7606, celebrada el 6 de diciembre del año 2001, para los efectos del marco de la desconcentración creado con base en la Ley Nº 7852 y su Reglamento. Queda debidamente autorizado el gerente de la División Médica para extender el poder general con límite de suma dispuesto en los citados acuerdos.

San José, 30 de mayo del 2007.—División Médica.—Dra. Rosa Climent Martín, Gerente.—1 vez.—Nº 27477.—(51451).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Al señor Jorge Luis Álvarez Ponce, domicilio y demás calidades desconocidas por esta Oficina Local, se le comunica que la señora Rosa Delfina Pavón Álvarez ha solicitado a este despacho la recomendación para que su hija Kathia de los Ángeles Álvarez Pavón pueda salir del país junto con su tía Luz Isidra Pavón Bermúdez a Nicaragua del día treinta de junio de dos mil siete al día quince de julio del dos mil siete, con la sola autorización de la progenitora, por desconocerse el paradero del padre. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Oficina Local de Heredia quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la institución, ubicada en San José, de Matute Gómez 150 metros al sur antiguo edificio de la Dos Pinos entre las 7.30 a.m. y las 16:00 p.m., se podrá interponer en forma verbal o escrita dentro de las 48:00 horas siguientes a su notificación. Se advierte que se debe señalar lugar donde recibir notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de la Presidencia Ejecutiva. La presentación del recurso no suspende la aplicación de las medidas de protección indicadas. Notifíquese.—Oficina Local Norte de Heredia, junio del 2007.—Lic. Ilse Trejos Salas, Representante Legal.—(51803).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Al señor Roy Umaña Campos, se le comunica que la señora Patora Savaria Mendoza, ha solicitado autorización de salida del país de su hija Allisson Valezka Umaña Saravia, para lo cual según el Reglamento de Salida del País, se le concede el plazo de ocho días, para que rinda sus manifestaciones o presente sus alegatos, caso contrario se procederá a resolver dicha solicitud. Plazo: Para ofrecer Recurso de revocatoria con apelación en subsidio, 08 días contados a partir de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta y una publicación en cualquier diario de circulación nacional.—Oficina Local de Desamparados.—Lic. Alma Nuvia Zavala Martínez, Representante Legal.—(52835).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Resolución RRG-6633-2007.—San José, a las catorce y diez horas del catorce de junio de dos mil siete.

Solicitud de ajuste tarifario presentada por Transportes Costarricenses Panameños S.R.L. (TRACOPA), operadora de las rutas 601, 601SD, 603, 604, 605 605 A, 608 Y 612, descritas como: San José-Zona Sur. Expediente ET-060-2007.

Resultando:

I.—Que el 13 de abril de 2007, ante la Autoridad Reguladora, Transportes Costarricenses Panameños S.R.L. (TRACOPA), representada por el señor Andrés Semaan Álvarez, en su calidad de apoderados generalísimos sin límite de suma, según certificación visible a folio 16; presentó solicitud tarifaria para las rutas números, 601, descrita como: San José-Ciudad Neilly-Paso Canoas (servicio regular y directo), 601SD, descrita como: San José-Paso Canoas-David (servicio directo), 603, descrita como: San José-Ciudad Cortés; 604, descrita como: San Isidro de El General-San Vito-Agua Buena; 605 descrita como: San José-Ciudad Neilly-Coto 47; 605 A, descrita como: San Isidro de El General-Ciudad Neilly; 608, descrita como: San José-San Vito-Agua Buena por Paso Real (servicio regular y directo); 608, descrita como: San José-San Vito-Agua Buena por Ciudad Neilly (casos de emergencia) y 612, descrita como: descrita Como: San José-Golfito (servicio regular y directo).

II.—Que mediante sesión extraordinaria 2-2000 de la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, celebrada el 28 de agosto de 2000, se renovó la concesión de las rutas 601, descrita como: San José-Ciudad Neilly-Paso Canoas (servicio regular y directo), 601SD, descrita como: San José-Paso Canoas-David (servicio directo), 603, descrita como: San José-Ciudad Cortés; 604, descrita como: San Isidro de El General-San Vito-Agua Buena; 605 descrita como: San José-Ciudad Neilly-Coto 47; 605 A, descrita como: San Isidro de El General-Ciudad Neilly; 608, descrita como: San José-San Vito-Agua Buena por Paso Real (servicio regular y directo); 608, descrita como: San José-San Vito-Agua Buena por Ciudad Neilly (casos de emergencia) y 612, descrita como: descrita Como: San José-Golfito (servicio regular y directo); con vigencia hasta el día 30 de setiembre del 2007.

III.—Que mediante oficio número 187-DITRA-2007 / 3015 del 23 de abril de 2007, la Dirección de Servicios de Transporte le previno al solicitante la documentación faltante, confiriéndosele un plazo de diez días hábiles, para su cumplimiento. Dicho oficio fue notificado al petente, el 25 de abril de 2007 (folios 87 a 88)

IV.—Que el 8 de mayo de 2007 (folios 89 a 337) el petente envía la información solicitada

V.—Que con oficio número 238-DITRA-2007 / 3582, fechado 16 de mayo de 2007 (folios 338 a 340), se le otorgó admisibilidad a la solicitud de modificación tarifaria. El plazo legal para resolver vence el 15 de junio de 2007.

VI.—Que en la presente petición, Transportes Costarricenses Panameños S.R.L. (TRACOPA), solicitó un incremento promedio del 28,82% sobre las tarifas vigentes para las rutas 601, 601SD, 602, 604, 605, 605 A, 608 y 612. Estas tarifas son las fijadas en la RRG-5998-2006 de las 8:15 del 29 de setiembre de 2006 y publicada en La Gaceta 203 del 24 de octubre de 2006. En el siguiente cuadro se muestran las tarifas vigentes, así como las solicitadas por la petente:

 

DESCRIPCION RUTA

Tarifas (en colones)

Incremento Regular

 

 

 

 

Regular

Adulto Mayor

Regular

Adulto Mayor

Absoluto

Porcentual

601 SD

SAN JOSE-PASO CANOAS (SERVICIO DIRECTO)

 

 

 

 

 

 

SAN JOSE-CIUDAD NEILY (SERVICIO DIRECTO)

4.490

3.370

5.785

4.340

1.295

28,84%

SAN JOSE-PASO CANOAS (SERVICIO DIRECTO)

4.715

3.535

6.075

4.555

1.360

28,84%

601-03-05 Y 12

SAN JOSE-ZONA SUR (SERVICIO REGULAR)

 

 

 

 

 

 

SAN JOSE-PASO CANOAS (SERVICIO REGULAR)

4.715

3.535

6.075

4.555

1.360

28,84%

SAN JOSE-COTO 47 (SERVICIO REGULAR)

4.490

3.370

5.785

4.340

1.295

28,84%

SAN JOSE-GOLFITO (SERVICIO REGULAR)

4.490

3.370

5.785

4.340

1.295

28,84%

SAN JOSE-CIUDAD NEILY (SERVICIO REGULAR)

4.490

3.370

5.785

4.340

1.295

28,84%

SAN JOSE-RIO CLARO

4.260

3.195

5.490

4.120

1.230

28,87%

SAN JOSE-Kmto. 23

4.260

3.195

5.490

4.120

1.230

28,87%

SAN JOSE-Kmto. 40

4.030

3.025

5.190

3.895

1.160

28.78%

SAN JOSE-PIEDRAS BLANCAS

4.050

3.040

5.215

3.915

1.165

28.77%

SAN JOSE-FINCA ALAJUELA

3.875

2.905

4.990

3.740

1.115

28.77%

SAN JOSE-JALACA

3.875

2.905

4.990

3.740

1.115

28.77%

SAN JOSE-TINOCO

3.700

2.775

4.765

3.575

1.065

28.78%

SAN JOSE-CIUDAD CORTES (SERVICIO REGULAR)

3.700

2.775

4.765

3.575

1.065

28.78%

SAN JOSE-OLLA CERO

3.700

2.775

4.765

3.575

1.065

28.78%

SAN JOSE-PALMAR NORTE Y SUR (SERVICIO REGULAR)

3.520

2.640

4.535

3.400

1.015

28.84%

SAN JOSE-ZAPOTE

3.380

2.535

4.355

3.265

975

28.85%

SAN JOSE-CAJON DE PALMAR NORTE

3.380

2.535

4.355

3.265

975

28.85%

SAN JOSE-PUERTO NUEVO

3.255

2.440

4.195

3.145

940

28.88%

SAN JOSE-CHANGUENA

3.185

2.390

4.105

3.080

920

28.89%

SAN JOSE-CURRE

3.185

2.390

4.105

3.080

920

28.89%

SAN JOSE-SAN ANDRES

2.950

2.215

3.800

2.855

850

28.81%

SAN JOSE-PASO REAL

2.950

2.215

3.800

2.855

850

28.81%

SAN JOSE-CATARATA

2.950

2.215

3.800

2.855

850

28.81%

SAN JOSE-EL BRUJO

2.945

2.210

3.795

2.850

850

28.86%

SAN JOSE-SAN LUIS

2.780

2.085

3.580

2.685

800

28.78%

SAN JOSE-BUENOS AIRES

2.780

2.085

3.580

2.685

800

28.78%

SAN JOSE-CEIBO

2.650

1.990

3.415

2.565

765

28.87%

SAN JOSE-CAÑAS

2.600

1.950

3.350

2.515

750

28.85%

SAN JOSE-ENTRADA A VOLCAN

2.530

1.900

3.260

2.450

730

28.85%

SAN JOSE-CACAO

2.370

1.780

3.055

2.295

685

28.90%

SAN JOSE-CONVENTO

2.370

1.780

3.055

2.295

685

28.90%

SAN JOSE-LA UNION

2.370

1.780

3.055

2.295

685

28.90%

SAN JOSE-CAJON DE BUENOS AIRES

2.305

1.730

2.970

2.230

665

28.85%

SAN JOSE-PACUARE

2.170

1.630

2.795

2.100

625

28.80%

SAN JOSE-LA FRESCA

3.360

2.520

4.330

3.250

970

28.87%

604 A

SAN ISIDRO DE EL GRAL-SAN VITO-AGUA BUENA

 

 

 

 

 

 

SAN ISIDRO-AGUA BUENA

2.670

2.005

3.440

2.585

770

28.84%

SAN ISIDRO-SAN VITO

2.390

1.795

3.080

2.315

690

28.87%

SAN ISIDRO-JABILLOS

1.865

1.400

2.400

1.800

535

28.69%

SAN ISIDRO-LAS TABLAS

1.745

1.310

2.250

1.690

505

28.94%

SAN ISIDRO-PASO REAL

1.295

970

1.670

1.250

375

28.96%

SAN ISIDRO-BUENOS AIRES

830

625

1.070

805

240

28.92%

605 A

SAN ISIDRO DE EL GRAL-CIUDAD NEILY

 

 

 

 

 

 

SAN ISIDRO-CIUDAD NEILY

2.650

1.990

3.415

2.565

765

28.87%

SAN ISIDRO-RIO CLARO

2.485

1.865

3.200

2.400

715

28.77%

SAN ISIDRO-KMTO 37

2.335

1.750

3.010

2.255

675

28.91%

SAN ISIDRO-PIEDRAS BLANCAS

2.305

1.730

2.970

2.230

665

28.85%

SAN ISIDRO-VENECIA

2.125

1.595

2.735

2.055

610

28.71%

SAN ISIDRO-PALMAR

1.915

1.435

2.465

1.845

550

28.72%

SAN ISIDRO-PASO REAL

1.230

925

1.585

1.190

355

28.86%

SAN ISIDRO-BUENOS AIRES

930

700

1.200

905

270

29.03%

SAN ISIDRO-VOLCAN

705

530

910

685

205

29.08%

SAN ISIDRO-PACUARE

310

-

400

-

90

29.03%

608

SAN JOSE-SAN VITO-AGUA BUENA x PASO REAL (SERVICIO REGULAR)

 

 

 

 

 

 

SAN JOSE-SABALITO

4.355

3.265

5.610

4.205

1.255

28.82%

SAN JOSE-AGUA BUENA

4.355

3.265

5.610

4.205

1.255

28.82%

SAN JOSE-SAN VITO

4.105

3.080

5.290

3.970

1.185

28.87%

SAN ISIDRO DE EL GRAL-SABALITO

2.130

1.600

2.745

2.060

615

28.87%

SAN ISIDRO DE EL GRAL-AGUA BUENA

2.130

1.600

2.745

2.060

615

28.87%

SAN ISIDRO DE EL GRAL-SAN VITO

2.130

1.600

2.745

2.060

615

28.87%

608 SD

SAN JOSE-SAN VITO-AGUA BUENA x PASO REAL (SERVICIO DIRECTO)

 

 

 

 

 

 

SAN JOSE-SAN VITO-AGUA BUENA x PASO REAL (SERVICIO DIRECTO)

4.260

3.265

5.490

4.210

1.230

28.87%

608

SN JOSE-SN VITO-AGUA BUENA x CIUDAD NEILY (CASOS DE EMERGENCIA)

 

 

 

 

 

 

SAN JOSE-SAN VITO-AGUA BUENA x C. NEILY

4.955

3.715

6.385

4.785

1.430

28.86%

612 SD

SAN JOSE-GOLFITO (SERVICIO DIRECTO)

 

 

 

 

 

 

SAN JOSE-GOLFITO (SERVICIO DIRECTO)

4.490

3.370

5.785

4.340

1.295

28.84%

 

VII.—Que la convocatoria a Audiencia Pública, se publicó en los diarios Al Día (folio 341) y Extra (folio 342), el 21 de mayo de 2007. Dicha convocatoria, también se publicó en La Gaceta Nº 100, del 25 de mayo de 2007 (folio 346).

VIII.—Que en el Informe de Instrucción, visible a folios 379 a 383, se indica que dentro del plazo legal estipulado para ello, presentó posición de la Asociación de Organizaciones de Defensa Efectiva de Consumidores y Usuarios de Servicios de Pérez Zeledón, representada por los señores Alcides Cordero Arias, cédula de identidad 1-689-140 y Marcos Manuel Carazo Sánchez, cédula de identidad número 6-137-132; pero la oposición fue rechazada por medio de la resolución de la Dirección de Protección al Usuario de las 12 horas 12 minutos del 8 de junio del 2007, por cuanto no cumplió con la prevención de la Dirección Protección al Usuario de las 14 horas 7 minutos del 29 de mayo del 2007:

IX.—Que la Audiencia Pública se realizó en el Auditorio de la Casa de la Cultura de San Vito de Coto Brus, el 30 de mayo de 2007. El Acta 32-2007, correspondiente a esa audiencia, corre a folios 391 a 410. En la misma se presentó el concesionario de las rutas 601, 601SD, 602, 604, 605, 605 A, 608 y 612, fundamentando su solicitud de actualización tarifaria en las variables económicas que inciden en los gastos operativos de la empresa.

X.—Que el día 30 de mayo de 2007 se celebró la audiencia pública en el Auditorio de la Casa de la Cultura de San Vito de Coto Brus.

XI.—Que la referida solicitud fue analizada por la Dirección de Servicios de Transporte, de la Autoridad Reguladora, produciéndose el oficio 329-DITRA-2007, del 14 de junio de 2007, que corre agregado al expediente.

XII.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y las prescripciones de ley.

Considerando:

I.—Que del Oficio 329-DITRA-2007 , arriba citado, que sirve de sustento a la presente resolución, conviene extraer lo siguiente:

1.  Para al análisis de la solicitud tarifaria que aquí se resuelve, los técnicos de la Dirección de Servicios de Transporte, de la Autoridad Reguladora, utilizaron el modelo desarrollado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), actualizando a la fecha de celebración de la audiencia pública, 30 de mayo del año 2007, (según disposición emanada por la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora según acuerdo 004-015-2004, artículo 6 del acta de la sesión ordinaria 015-2004, del 24 de febrero de 2004), el precio vigente del diesel ¢ 392/litro (precio consumidor final), fijado por la Autoridad Reguladora en la resolución RRG-6573-2006 de las 89:00 horas del día 30 de mayo de 2007 y publicado en La Gaceta Nº 108 del día 6 de junio del presente año; además se actualizó el tipo de cambio, ¢520,66 considerando el precio de venta del dólar con respecto al colón; también se actualizaron los salarios al primer semestre del año 2007, y los cánones 2007, de la Autoridad Reguladora y del Consejo de Transporte Público.

 

Sobre el modelo desarrollado por el MOPT

 

2.  Volúmenes de pasajeros movilizados (Demanda): La empresa utiliza en sus cálculos tarifarios una demanda bruta promedio mensual de 55.832 pasajeros y un demanda neta de 51.792 pasajeros, pero incluye la demanda de pasajeros en la ruta internacional a David Panamá. El dato de demanda que mantiene la Autoridad Reguladora en su base de datos es de 49.702 pasajeros promedio mensuales como demanda bruta (RRG-4756-2005 de las 14:15 horas del 24 de junio de 2005 última fijación tarifaria individual) y 47.594 pasajeros como demanda neta (utilizando los boletos de adulto mayor hasta mayo 2006). Por lo señalado se considera adecuada la información de demanda brindada por la empresa en el presente estudio, restando los pasajeros movilizados a David como demanda bruta (53.866 pasajeros) y como demanda neta 51.986 (utilizando los boletos de adulto mayor hasta agosto 2006)

3.  En el siguiente cuadro comparativo se presentan los datos de demanda con el respectivo ajuste por los adultos mayores transportados.

 

DEMANDA BRUTA

ADULTOS MAYORES MENSUALES

DEMANDA NETA

EMPRESA

55.832

4.040

51.792

DITRA

53.866

1.880

51.986

DIFERENCIA ABS

1.966

2.160

-194

DIFERENCIA

%

4%

115%

-0,4%

 

4.  Carreras: Las carreras autorizadas para las Rutas 601, 601SD, 603, 604, 605, 605A, 608, 608A, 608SD, 612 y 612SD operadas por Transportes Costarricense Panameño S.R.L. (TRACOPA), fueron aprobadas por medio del artículo 5.3 de la sesión ordinaria 54-2003 de la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, celebrada el 18 de diciembre de 2003 (folios 600 a 604 RA-015). Estas rutas tienen autorizadas de 637 carreras mensuales como promedio y la empresa según las estadísticas reportadas brinda 744,80 carreras mensuales como promedio. Para el análisis de las carreras se toma en cuenta el siguiente criterio:

§ Si la empresa reporta menos carreras que las autorizadas, se consideran solo las reportadas.

§ Si la empresa reporta más carreras que las autorizadas, se consideran solo las autorizadas.

5.  Para el caso en análisis, respetando el criterio expuesto, las carreras reportadas por la empresa son superiores a las autorizadas, por lo que se consideran las 637 carreras autorizadas restándole las carreras que se brindan en la ruta a David. Por lo anterior y para la aplicación del modelo se consideran 606,67 carreras mensuales, según se detalla en el siguiente cuadro:

 

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6.  Distancia: Se utilizó para el cálculo tarifario la distancia medidas mediante inspección realizada por la Autoridad (folios 611 a 631), que al ponderarla tomando como base en las carreras la distancia ponderada es de 566,20 kilómetros.

7.  Flota: Mediante artículo 5.5.5 de la sesión ordinaria 68-2006 la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, celebrada el 7 de noviembre de 2006 (folios 96 a 101), autorizó a TRACOPA, una flota de 44 autobuses. Tomando como fuente, la información aportada por la empresa, en las estadísticas diarias de operación, se estableció que las unidades SJB-10699, SJB-10702, SJB-10711, SJB-10714 son utilizadas en la ruta internacional San José-David, razón por la cual se excluyen del cálculo tarifario. De lo anterior se desprende que del total de la flota autorizada (44 unidades) se utilizan para efectos tarifarios 40 unidades.

8.  Para verificar la propiedad de las unidades, se utilizó la información proporcionada por el Registro Nacional en la dirección electrónica www.registronacional.go.cr, de cuya revisión se constató que toda la flota está a nombre del concesionario. Como parte de nuestro análisis, las placas del equipo de transporte con que cuenta la empresa operadora, fueron cotejadas con los listados de placas alteradas que remitió el Registro Nacional, no encontrándose ninguna anomalía con las placas asignadas a la ruta en estudio.

9.  Resultado estructura general de costos: El resultado de la aplicación del modelo tarifario para las Rutas 601, 601SD, 603, 604, 605, 605A, 608, 608A, 608SD, 612 y 612SD, indica que requiere en su tarifa un incremento del 11,91%.

Sobre el análisis de la ruta en el contexto del mercado

10.   Con este procedimiento, que utiliza funciones potenciales e indicadores de mercado, se analizó el conjunto de variables específicas de la ruta operada por Transportes Costarricense Panameño S.R.L. (TRACOPA), dentro del contexto y comportamiento del sector del mercado, con el cual se identifica (bloque 4), de acuerdo con las características propias de las Rutas 601, 601SD, 603, 604, 605, 605A, 608, 608A, 608SD, 612 y 612SD; llegándose a las siguientes resultados:

11.   Las variables de las rutas se analizan con un procedimiento que utiliza funciones potenciales e indicadores de mercado. Este procedimiento analiza la ruta dentro del contexto y comportamiento del sector del mercado, con el cual se identifica, de acuerdo con las características propias de las Rutas 601, 601SD, 603, 604, 605, 605A, 608, 608A, 608SD, 612 y 612SD.

12.   El IPK (índice pasajero kilómetro) de la ruta es un 31% menor que el IPK promedio del mercado, por lo que la ruta podría calificarse como normal.

13.   Los pasajeros por carrera de la ruta son 35% mayor que los pasajeros por carrera del mercado en el bloque al que pertenece la ruta. Por esta razón se clasifica como normal alta (del análisis existe un subestimación del 26% en las carreras)

14.   Los límites mínimo y máximo que se establecen como referencia de análisis indica que la modificación tarifaria debe rondar entre un -73% a un -17%.

Sobre el análisis de costos e inversión

15.   Mediante este instrumento, se analiza el comportamiento de los rubros de costo contemplados en el modelo convencional, tomando como punto de partida los parámetros usados en el modelo de la fijación individual de la ruta en el año 2005. (RRG-4756-2005 de las 14:15 horas del 24 de junio de 2005), pero con información considerando las variaciones específicas en el precio de los insumos (salarios, llantas, etc.), y los cambios en las variables macroeconómicas, inflación y tipo de cambio que inciden directamente sobre los componentes de costo asociados a la inversión (depreciación, rentabilidad, repuestos y accesorios). En el caso de esta ruta, dicho análisis indicó que debe modificarse la tarifa en un 14,61%.

Sobre la comparación Tarifa/Índice de Precios al Consumidor (IPC) e Índice de transporte y la tarifa nominal y real

16.   En el gráfico muestra el comportamiento de la tarifa de las Rutas 601, 601SD, 603, 604, 605, 605A, 608, 608A, 608SD, 612 y 612SD, se incluyen las fijaciones individuales y generales, que se comparan con el comportamiento de los índices general (Índice de Precios al Consumidor) y de Transporte (como componente del IPC), y sus tendencias comparativas de crecimiento. Al graficar la recomendación tarifaria basada en la estructura general de costos, la línea de tarifa coincide con el índice general (IPC); pero se ubicaría por debajo del índice de transporte (como componente del IPC).

Conclusión

17.   Nuestra recomendación es otorgar el incremento tarifario que resulta de la aplicación del análisis de la estructura general de costos, a saber un 11,91%.

II.—Que de conformidad con los resultandos y considerando que preceden y, de acuerdo con el mérito de los autos, lo procedente es incrementar en 22,84% las tarifas vigentes para las rutas 601, descrita como: San José-Ciudad Neilly-Paso Canoas (servicio regular y directo), 601SD, descrita como: San José-Paso Canoas-David (servicio directo), 603, descrita como: San José-Ciudad Cortés; 604, descrita como: San Isidro de El General-San Vito-Agua Buena; 605 descrita como: San José-Ciudad Neilly-Coto 47; 605 A, descrita como: San Isidro de El General-Ciudad Neilly; 608, descrita como: San José-San Vito-Agua Buena por Paso Real (servicio regular y directo); 608, descrita como: San José-San Vito-Agua Buena por Ciudad Neilly (casos de emergencia) y 612, descrita como: descrita Como: San José-Golfito (servicio regular y directo), operadas por Transportes Costarricenses Panameños S.R.L. (TRACOPA), como se dispone. Por tanto:

Con fundamento en las facultades conferidas en los artículos 5º, inciso f), 30, 57, incisos c) y g) de la Ley 7593, 3°, siguientes y concordantes de la Ley 3503, del Decreto Ejecutivo 29732-MP, Reglamento a la Ley 7593 y, en los correspondientes de la Ley General de la Administración Pública,

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:

I.—Fijar para las Rutas 601, descrita como: San José-Ciudad Neilly-Paso Canoas (servicio regular y directo), 601SD, descrita como: San José-Paso Canoas-David (servicio directo), 603, descrita como: San José-Ciudad Cortés; 604, descrita como: San Isidro de El General-San Vito-Agua Buena; 605 descrita como: San José-Ciudad Neilly-Coto 47; 605 A, descrita como: San Isidro de El General-Ciudad Neilly; 608, descrita como: San José-San Vito-Agua Buena por Paso Real (servicio regular y directo); 608, descrita como: San José-San Vito-Agua Buena por Ciudad Neilly (casos de emergencia) y 612, descrita como: descrita Como: San José-Golfito (servicio regular y directo), las siguientes tarifas:

DESCRIPCION RUTA

Tarifas

Regular

Adulto Mayor

601 SD

SAN JOSE-PASO CANOAS (SERVICIO DIRECTO)

 

 

SAN JOSE-CIUDAD NEILY (SERVICIO DIRECTO)

5,025.00

3,770

SAN JOSE-PASO CANOAS (SERVICIO DIRECTO)

5,275.00

3,955

601-03-05 Y 12

SAN JOSE-ZONA SUR (SERVICIO REGULAR)

 

 

SAN JOSE-PASO CANOAS (SERVICIO REGULAR)

5,275.00

3,955

SAN JOSE-COTO 47 (SERVICIO REGULAR)

5,025.00

3,770

SAN JOSE-GOLFITO (SERVICIO REGULAR)

5,025.00

3,770

SAN JOSE-CIUDAD NEILY (SERVICIO REGULAR)

5,025.00

3,770

SAN JOSE-RIO CLARO

4,765.00

3,575

SAN JOSE-Kmto. 23

4,765.00

3,575

SAN JOSE-Kmto. 40

4,510.00

3,385

SAN JOSE-PIEDRAS BLANCAS

4,530.00

3,400

SAN JOSE-FINCA ALAJUELA

4,335.00

3,250

SAN JOSE-JALACA

4,335.00

3,250

SAN JOSE-TINOCO

4,140.00

3,105

SAN JOSE-CIUDAD CORTES (SERVICIO REGULAR)

4,140.00

3,105

SAN JOSE-OLLA CERO

4,140.00

3,105

SAN JOSE-PALMAR NORTE Y SUR (SERVICIO REGULAR)

3,940.00

2,955

SAN JOSE-ZAPOTE

3,785.00

2,840

SAN JOSE-CAJON DE PALMAR NORTE

3,785.00

2,840

SAN JOSE-PUERTO NUEVO

3,645.00

2,735

SAN JOSE-CHANGUENA

3,565.00

2,675

SAN JOSE-CURRE

3,565.00

2,675

SAN JOSE-SAN ANDRES

3,300.00

2,475

SAN JOSE-PASO REAL

3,300.00

2,475

SAN JOSE-CATARATA

3,300.00

2,475

SAN JOSE-EL BRUJO

3,295.00

2,470

SAN JOSE-SAN LUIS

3,110.00

2,335

SAN JOSE-BUENOS AIRES

3,110.00

2,335

SAN JOSE-CEIBO

2,965.00

2,225

SAN JOSE-CAÑAS

2,910.00

2,185

SAN JOSE-ENTRADA A VOLCAN

2,830.00

2,125

SAN JOSE-CACAO

2,650.00

1,990

SAN JOSE-CONVENTO

2,650.00

1,990

SAN JOSE-LA UNION

2,650.00

1,990

SAN JOSE-CAJON DE BUENOS AIRES

2,580.00

1,935

SAN JOSE-PACUARE

2,430.00

1,825

SAN JOSE-LA FRESCA

3,760.00

2,820

604 A

SAN ISIDRO DE EL GRAL-SAN VITO-AGUA BUENA

 

 

SAN ISIDRO-AGUA BUENA

2,990.00

2,245

SAN ISIDRO-SAN VITO

2,675.00

2,005

SAN ISIDRO-JABILLOS

2,085.00

1,565

SAN ISIDRO-LAS TABLAS

1,955.00

1,465

SAN ISIDRO-PASO REAL

1,450.00

1,090

SAN ISIDRO-BUENOS AIRES

930.00

700

605 A

SAN ISIDRO DE EL GRAL-CIUDAD NEILY

 

 

SAN ISIDRO-CIUDAD NEILY

2,965.00

2,225

SAN ISIDRO-RIO CLARO

2,780.00

2,085

SAN ISIDRO-KMTO 37

2,615.00

1,960

SAN ISIDRO-PIEDRAS BLANCAS

2,580.00

1,935

SAN ISIDRO-VENECIA

2,380.00

1,785

SAN ISIDRO-PALMAR

2,145.00

1,610

SAN ISIDRO-PASO REAL

1,375.00

1,030

SAN ISIDRO-BUENOS AIRES

1,040.00

780

SAN ISIDRO-VOLCAN

790.00

595

SAN ISIDRO-PACUARE

345.00

-

608

SAN JOSE-SAN VITO-AGUA BUENA x PASO REAL (SERVICIO REGULAR)

 

 

SAN JOSE-SABALITO

4,875.00

3,655

SAN JOSE-AGUA BUENA

4,875.00

3,655

SAN JOSE-SAN VITO

4,595.00

3,445

SAN ISIDRO DE EL GRAL-SABALITO

2,385.00

1,790

SAN ISIDRO DE EL GRAL-AGUA BUENA

2,385.00

1,790

SAN ISIDRO DE EL GRAL-SAN VITO

2,385.00

1,790

608 SD

SAN JOSE-SAN VITO-AGUA BUENA x PASO REAL (SERVICIO DIRECTO)

 

 

SAN JOSE-SAN VITO-AGUA BUENA

x PASO REAL (SERVICIO DIRECTO)

4,765.00

 

3,575

 

608

SN JOSE-SN VITO-AGUA BUENA x CIUDAD NEILY

(CASOS DE EMERGENCIA)

 

 

SAN JOSE-SAN VITO-AGUA BUENA x C. NEILY

5,545.00

 

4,160

 

612 SD

SAN JOSE-GOLFITO (SERVICIO DIRECTO)

 

 

SAN JOSE-GOLFITO (SERVICIO DIRECTO)

5,025.00

 

3,770

 

 

II.—Solicitar a Transportes Costarricenses Panameños S.R.L. (TRACOPA), lo siguiente:

-   Cumplir con el informe de quejas y denuncias establecido en la Resolución RRG-6199-2006, del 20 de noviembre de 2006, publicada en La Gaceta Nº 236, de 8 de diciembre de 2006.

-    Mantener actualizado el expediente RA (Requisitos de Admisibilidad) en cuanto a las revisiones técnicas de cada unidad.

-    Presentar la información técnica y contable que la Autoridad Reguladora les solicite, incluyendo los cuestionarios y encuestas que se le formulen, de acuerdo con el artículo 14c) y el 24 de la Ley Nº 7593; así como el artículo 17 d) de la Ley Nº 3503.

-    Remitir a esta Autoridad Reguladora lo señalado en el Por Tanto III de la resolución RRG-6155-2006 del 9 de noviembre de 2006.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante el Regulador General; a quien corresponde resolverlo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del día siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.

Notifíquese.—Fernando Herrero, Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 13225).—C-343220.—(52331).

Resolución RRG-6634-2007.—San José, a las ocho horas del quince de junio del dos mil siete.

Fijación nacional de transporte remunerado de personas, modalidad bus, buseta, microbús, gestionada por acción directa del MOPT, por efecto del aumento en las principales variables de costo de la actividad, únicamente para las rutas 302-302 SD, en el ET-134-2006. Expediente ET-134-2006.

Resultando:

I.—Que el 7 de agosto de 2006, el Consejo de Transporte Público del MOPT trasladó ante la Autoridad Reguladora la petición indicada en la referencia; misma que se sustenta por acuerdo del artículo Nº 3.5 de su Sesión Ordinaria 43-2006 del 3 de agosto de 2006. A la misma se le requirió información faltante mediante oficio Nº 586 DITRA-2006 / 7963 del 14 de agosto de 2006 (folios 1386 a 1387).

II.—Que la referida solicitud fue analizada por la Dirección de Servicios de Transporte, de la Autoridad Reguladora, produciéndose el Oficio 0674-DITRA-2006, del 29 de setiembre de 2006, mismo que sirvió de de sustento para elaborar la resolución RRG-5998-2006 de las 8:15 horas del 29 de setiembre de 2006.

III.—Que el 16 de mayo de 2007, fue notificada a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos la resolución 2515-2007 dictada por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, que declaró con lugar el recurso de amparo por la omisión de celebrar la audiencia pública para la zona de Cartago con motivo del procedimiento de fijación tarifaria para las rutas de transporte público, modalidad autobuses, por efecto del aumento en las principales variables de costo de vida, y en consecuencia, dejó sin efecto el ajuste decretado por la resolución la resolución Nº RRG-5998-2006 de las 8:15 horas del 29 de setiembre de 2006 para la ruta 302-302SD, descrita como Turrialba-San José y viceversa (servicio regular y directo).

IV.—Que en cumplimiento de lo dispuesto en la resolución 2515-2007 de la Sala Constitucional, el procedimiento seguido fue retrotraer lo actuado, y convocar a audiencia pública en lo que respecta a la modificación tarifaria de las Rutas 302, descrita como: Turrialba-San José (servicio regular) y 302SD, descrita como Turrialba-San José y viceversa (servicio directo), según lo señala la resolución N° RRG-6546-2007 de las 10:30 horas del 24 de mayo de 2007, emitida por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.

V.—Que la referida solicitud haya su sustento legal en lo establecido en el artículo 31 inciso a) de la Ley 3503 “Ley Reguladora de Transporte Remunerado de Personas, y en el estudio que está basado en la actualización de las variables de costo que inciden el crecimiento de los gastos operativos y administrativos de la actividad de transporte remunerado de personas modalidad autobús a nivel nacional, según su peso relativo promedio dentro de la estructura de costos actualmente utilizada para las fijaciones ordinarias (modelo de costos MOPT). Además de que en dicha solicitud no se incorpora ningún concepto de costos por la inversión que hayan realizado los operadores.

VI.—Que basándose en el crecimiento de los parámetros que se utilizan como referencia, para determinar el ajuste de las variables de costo incluidas en la petición (salarios, combustible, repuestos y mantenimiento, y administrativos), a partir del 26 de setiembre 2005, fecha de corte de la última fijación general (RRG-5051 del 10 de octubre 2005), y su peso relativo promedio dentro de la estructura de costos, la variación de la estructura de costos es de un 12,01%, ver composición en el cuadro se presenta y el ajuste solicitado por el Consejo de Transporte Público es de un 9,06%.

Variable

Valor Inicial

26-9-2005

Valor Final

Julio 2006

Variación

Relativa

Peso en la Estructura

Ajuste

Combustible (diesel)

318,0

380,0

19,5 %

0,27493

5,4%

Salarios (mínimos)

417.537,0

470.457,0

19,5%

0,27493

5,5%

Repts. y Mantenimiento (Tipo de cambio)

487,2

516,8

6,0%

0,33377

2,0%

Administrativos (IPC)

336,9

369,3

9,6%

0,11108

1,1%

TOTAL

 

 

 

 

12,01%

 

VII.—Que la convocatoria a Audiencia Pública, se publicó en los diarios Extra (folio 10280) y Al Día (folio 10281), el 6 de junio de 2007. Dicha convocatoria, también se publicó en La Gaceta Nº 108, del 6 de junio de 2006 (folio 10282). Por corrección del porcentaje solicitado por el Consejo de Transporte Público, se publicó nuevamente el pliego tarifario en los diarios Extra y Al Día, el 13 de junio de 2007.

VIII.—Que en el Informe de Instrucción, se indica que dentro del plazo legal estipulado para ello, presentaron posiciones: 1. Transportes Turrialba S.A, representada por los señores Gerardo Fumero Paniagua, cédula de identidad 3-183-948, Presidente de la empresa y María Elena Arias Ramírez, Vicepresidenta de la empresa (folios 10293 al 10336); 2. Alfonso Bins Grant, cédula de identidad 3-232-587 (folios 10354 a 10359); 3 Luis Guillermo Guevara Rivas, cédula de identidad 3-220-252, (folios 10360 a 10361); 4 Licenciado Carlos Eduardo Hidalgo Flores, periodista y comunicador de masas, con cédula de identidad 3-385-715, (folios 10363 a 10372); 5 Licenciado Edgar D. Alvarado Mata, cédula de identidad 3-185-918, (folio 10362). A continuación se resumen las posiciones presentadas:

1.  La empresa Transportes Turrialba S.A, representada por los señores Gerardo Fumero Paniagua, cédula de identidad 3-183-948, Presidente de la empresa y María Elena Arias Ramírez, Vicepresidenta de la empresa (folios 10293 al 10336), manifiestan que:

(1) Solicitan que se aplique la jurisprudencia de la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, respecto a que los precios considerados para el análisis de la base tarifaria, deben de ser los existentes a la fecha de la audiencia respectiva. (2) Solicita corregir la tarifa en el recorrido intermedio de Turrialba-Cervantes, debido que en el pliego tarifario, se consigna 10 colones menos que la tarifa mínima. (3) Aclarar la aplicación de la tarifa mínima para los adultos mayores, en cuanto a los porcentajes de descuentos establecidos por ley. (4) Presenta información para mejor resolver.

2.  Alfonso Bins Grant, cédula de identidad 3-232-587 (folios 10354 a 10359), manifiesta que:

(1) Solicita que indique que medida va a tomar la ARESEP para resarcir estos dineros que la que la empresa Transportes Turrialba S. A. cobro una tarifa que resultó posteriormente ser declarada ilegal por así haberlo establecido la Sala Constitucional, cobró la suma de 3.910.000.00. Señala además que dicha suma no contemplan las tarifas del servicio colectivo. Considera que no es ético ni moral solicitar tarifas, hasta tanto no se esclarezca el procedimiento para resarcir los dineros cobrados demás a los usuarios. (2) La empresa TRANTUSA no brinda un servicio a las personas con discapacidad a la hora que se requiere. (3) El servicio directo realiza paradas no autorizadas por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes. (4) Según la ley 7600, todo autobús mayor de 15 años de uso debe de salir de circulación, y la empresa cuenta con autobuses que ya cumplieron dicho ciclo. (5) Los asientos en los autobuses no cumplen con la distancia mínima legal.

3.  Luis Guillermo Guevara Rivas, cédula de identidad 3-220-252, (folios 10360 a 10361), manifiesta que:

(1) Que por acciones presentadas para lograr que las tarifas causen un impacto menor en el bolsillo de los turrialbeños, fue detenido la convocatoria de aumento general en junio y en octubre se anula el aumento de las tarifas para las rutas 302 y 302 SD, pero por el burocrático trámite, la rebaja se disfrutó hace poco, y casi de forma inmediata se convocó a nueva audiencia para tramitar el aumento en la tarifa, inmediatez que llevo a la ARESEP a tramitar un aumento mucho mayor al solicitado por el CTP. (2) Dicho error se corrigió un día antes de la audiencia, lo que considera que es ilegal. Además manifiesta que se indica que la audiencia será el 12 de junio del 2007, lo que provoca una grave confusión entre los usuarios e incidirá que muchas personas no participen. Considera que dichos errores hacen nugatorio el proceso, por lo que solicita suspender la audiencia programada. (3) Manifiesta que interpuso recurso de amparo, por considerar que el trámite de la audiencia esta viciado de nulidad.

4.  Licenciado Carlos Eduardo Hidalgo Flores, periodista y comunicador de masas, con cédula de identidad 3-385-715, (folios 10363 a 10372), manifiesta que:

(1) No se dispone de la suficiente cantidad de unidades para satisfacer la demanda. Dicha situación provoca sobrecarga en los buses (2) La parada de buses de San José-Turrialba carece de zonas de seguridad, rotulación y salida de emergencia, y demarcación para personas con discapacidad. (3) No se respetan las zonas para personas con discapacidad que hay en algunas unidades. (4) El servicio directo lleva personas de pie. (5) No se cumplen en ocasiones las horas de salida. (6) Aporta fotografías para demostrar los puntos anteriormente citados.

5.  Licenciado Edgar D. Alvarado Mata, cédula de identidad 3-185-918, (folio 10362), manifiesta que:

(1) Solicita que la Audiencia programada para el día 14 de junio del 2007 sea suspendida y reprogramada para otra fecha hábil, debido a los errores en las publicaciones de los días 6 y 13 de junio del 2007. (2) Solicita al Regulador General pronunciamiento, en base del fallo de la Sala Constitucional, si los dineros percibidos en forma ilegal por la empresa serán

Oposiciones rechazadas por la Dirección de Protección al Usuario

1.  Oposición interpuesta por la señora María Leonor Arias Solano, cédula de identidad número 3-374-463, por medio de la resolución de la Dirección de Protección al Usuario, de las 15 horas 21 minutos del 13 de junio del 2007, la misma se trasladará como queja a la Dirección de Protección al Usuario.

2.  Oposición interpuesta por el Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (C.N.R.E.E.), representado por la Licenciada María Elena Montoya Piedra, Coordinadora Sede Oriente, por medio de la resolución de la Dirección de Protección al Usuario, de las 15 horas 39 minutos del 13 de junio del 2007, la misma se trasladará como queja a la Dirección de Protección al Usuario.

3.  Oposición interpuesta por el Ingeniero Rafael Ángel Gamboa Albán, por medio de la resolución de la Dirección de Protección al Usuario, de las 9 horas 18 minutos del 14 de junio del 2007, por falta de argumentos técnicos.

IX.—Que la Audiencia Pública se realizó el día 14 de junio de 2007, en el Auditorio de la sede del Atlántico de la Universidad de Costa Rica, Recinto Turrialba.

X.—Que la solicitud de marras fue analizada por la Dirección de Servicios de Transportes de la Autoridad Reguladora según oficio Nº 328-DITRA-2007, del 14 de junio de 2007, que corre agregado al expediente.

XI.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y prescripciones de ley.

Considerando:

I.—Que del Oficio 328-DITRA-2007, arriba citado, que sirve de sustento a esta resolución, conviene extraer lo siguiente:

1)  Para analizar la presente petición se toma como instrumento base, la metodología utilizada para fijar las tarifas contenidas en la resolución RRG-5051-2005, de las catorce y cuarenta y cinco horas del 5 de octubre de 2005, publicada en La Gaceta 202, del 20 de octubre de 2005; fijación que a su vez se basó en el instrumento de análisis complementario al modelo de costos MOPT, denominado Complementario de Costos.

2)  Se tomó como periodo de inclusión y cálculos, del 26 de setiembre 2005, fecha de corte, considerada en la Fijación Ordinaria por Activación del Modelo Automático de Ajuste, RRG 5051 del 5 de octubre 2005, publicada en La Gaceta Nº 202 del 20 de noviembre 2005, última fijación general por variación de costos, al 14 de junio 2007, fecha de celebración de la Audiencia Pública de la presente solicitud.

3)  Con base en el periodo indicado, y para efecto de calcular las variaciones y ajustes requeridos, se tomaron como valores de cierre, los parámetros de costo vigentes al 14 de junio 2007: precio del diesel al consumidor final, ¢ 392,00 publicado en La Gaceta Nº 108 del 6 junio de 2007; salarios mínimos mensuales para las categorías de chofer, chequeador/despachador y mecánico, según el Decreto de Salarios Mínimos publicado en La Gaceta Nº 229 del 29 de noviembre de 2006; como parámetro de referencia del rubro “Reparación y Mantenimiento”, el tipo de cambio del dólar estadounidense con respecto al colón (precio de venta ¢ 520,66); y como parámetro de referencia del rubro “Administrativos”, el Índice de Precios al Consumidor (restringido) (87,99) del mes de mayo 2007.

4)  Con referencia a los valores indicados y en forma retrospectiva, las variaciones se calculan a partir de los valores vigentes a la fecha de la audiencia indicada en cada resolución (que es la que establece el valor de los parámetros de costo) en la última fijación de las Rutas 302 y 302 SD, sea que se haya otorgado por la fijación general de referencia o por resolución individual durante el período de inclusión.

5)  El ajuste final que combina el efecto de variación de los cuatro parámetros de costo, se muestra en el siguiente cuadro:

 

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Resultado

6)  El resultado de la aplicación del modelo tarifario para las Rutas 302 y 302 SD, indica que requiere en su tarifa un incremento del 11,87%.

II.—Que en relación con las manifestaciones exteriorizadas en las oposiciones y posiciones, resumidas en el resultando VIII de esta resolución; a efecto de orientar a los usuarios y operadores del servicio de transporte remunerado de personas en vehículos automotores, hay que señalar lo siguiente:

1.  Como la presente fijación se basa en la actualización de las variables de costo que inciden el crecimiento de los gastos operativos y administrativos de la actividad de transporte remunerado de personas modalidad autobús a nivel nacional, no es de recibo la solicitud de la empresa de ajuste tarifario por corredor o racionalización de pliegos tarifarios, debido a que para realizar este tipo de ajustes, se requiere un análisis de forma integral, que adicione además de los gastos operativos y administrativos, la flota, los horarios, las distancias, los volúmenes de pasajeros y demás elementos necesarios para realizar la readecuación tarifaria solicitada para cada corredor o modificaciones de estructuras tarifarias. Con respecto al procedimiento de análisis aplicado, este fue detallado en la sección ANÁLISIS TARIFARIO del presente oficio.

2.  Lo indicado por el señor Alfonso Bins Grant no es de recibo en esta vía, porque fue por disposición Constitucional. Lo referente al cobro y fijación tarifaria se ajustaron a los procedimientos existentes y fueron realizados de Buena Fe; sin embargo la Sala Constitucional determinó que el procedimiento era otro.

3.  Sobre la calidad del servicio, conforme con las Leyes 3503, 7593 y 7969, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), es el órgano que tiene la obligación de y, la competencia para, conocer de todos aquellos asuntos (Vg. concesiones y permisos, pago de derechos, itinerarios - horarios, controversias entre prestadores del servicio, flota autorizada, cambio de rutas, establecimiento de paradas); que hacen propiamente a la prestación del servicio y sobre los que ese dicho Ministerio tiene el control de forma exclusiva.

4.  En consecuencia, como es costumbre, la Autoridad Reguladora le comunicará al MOPT esta resolución, para que realice las gestiones que estime pertinentes, en relación con los señalamientos que han hecho los opositores a la petición que aquí se resuelve.

5.  No obstante lo anterior, aunque en la actualidad los estudios tarifarios individuales se hacen aplicando instrumentos que correlacionan solo parcialmente el factor calidad con el nivel tarifario –ponderando los gastos de depreciación y rentabilidad, de acuerdo con la antigüedad y valor neto la inversión–, desde su creación la Autoridad Reguladora viene realizando inspecciones y evaluaciones a las rutas de autobuses, con el fin de formar un registro que sirva de base para realizar y valorar los estudios tarifarios, con miras a establecer un nuevo modelo que incorpore también el balance tarifa-calidad del servicio, entendida esta como cumplimiento de horarios, tiempo de viaje, estado de las unidades, presentación y trato de los choferes, etc.

6.  También es fundamental tener presente para que los usuarios disfruten de una mejor calidad en el servicio, que primero se deben solucionar una cantidad de problemas que no forman parte de los estudios tarifarios y que además de tener consecuencias negativas para el servicio público, no compete a este Órgano Regulador solucionar; entre ellos la infraestructura vial, la baja velocidad promedio de los autobuses debida a los congestionamientos de circulación, deficiencias de señalamiento y semáforos, calidad de la vía, diseño del recorrido de cada ruta de transporte colectivo, y otros aspectos que van directamente en perjuicio de un servicio eficiente. Además se debe señalar la poca capacidad de respuesta del MOPT como ente rector, ante variaciones de los recorridos, ampliaciones o disminuciones de flota, modificaciones de frecuencias u horarios, concesiones, autorizaciones de terminales o paradas, gestión de ajustes tarifarios de oficio, selección y capacitación de los choferes; también es importante considerar el nivel de deterioro provocado por los usuarios (vandalismo). Todos esos factores inciden en los costos de operación incrementando las tarifas y provocan un marcado deterioro en la calidad del servicio.

7.  Mientras no se solucionen, no es razonable pretender que la Autoridad Reguladora asuma la responsabilidad de ponderar la calidad del servicio, a través de las fijaciones tarifarias, y mucho menos en una de carácter general que solo contempla el crecimiento general, vegetativo o extraordinario, de los costos de operación, sin considerar en modo alguno, los costos asociados a la inversión hecha o dejada de hacer por los operadores.

III.—Que de conformidad con los resultandos y considerandos que preceden y, de acuerdo con el mérito de los autos, lo procedente es incrementar en 11,87% las tarifas vigentes para las Rutas 302, descrita como: Turrialba-San José (servicio regular) y 302SD, descrita como Turrialba-San José y viceversa (servicio directo), como se dispone. Por tanto:

Con fundamento en las facultades conferidas en los artículos 5º, inciso f), 30, 57, incisos c) y g) de la Ley 7593, 31 de la Ley 3503, 41 del Decreto Ejecutivo 29732-MP, Reglamento a la Ley 7593 y, en los correspondientes de la Ley General de la Administración Pública,

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:

I.—Fijar para la Rutas 302, descrita como: San José-Turrialba (servicio regular) y 302 SD, descrita como: San José-Turrialba (servicio directo), las siguientes tarifas:

Ruta

Descripción

Km / Viaje

Tarifa Ajustada

Adulto Mayor

302

SAN JOSE-TURRIALBA (SERVICIO REGULAR)

 

 

 

 

SAN JOSE-TURRIALBA (SERVICIO REGULAR)

64,70

950.00

715

 

SAN JOSE-JUAN VIÑAS

54,30

835.00

625

 

SAN JOSE-CERVANTES

42,50

700.00

350

 

TURRIALBA-CARTAGO

40,50

570.00

285

 

TURRIALBA-PARAISO

34,60

500.00

250

 

JUAN VIÑAS-CARTAGO

30,10

505.00

255

 

TURRIALBA-CERVANTES

22,20

345.00

0

 

CERVANTES-CARTAGO

18,30

360.00

0

 

TURRIALBA-PARQUE INDUSTRIAL DE CARTAGO

43,51

615.00

310

 

TARIFA MÍNIMA

25,10

360.00

180

302 SD

SAN JOSE-TURRIALBA (SERVICIO DIRECTO)

 

 

 

 

SAN JOSÉ-TURRIALBA (SERVICIO REGULAR)

64,70

950.00

715

 

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante el Regulador General; a quien corresponde resolverlo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse a ante la Junta Directiva, a la que corresponde resolverlos.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de tres días contados a partir del siguiente a la notificación; el de revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.

Publíquese y notifíquese.—Fernando Herrero, Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 13225).—C-220240.—(52333).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ

ACTA Nº 17-2007 CORRESPONDIENTE AL SORTEO

“RUEDA DE LA FORTUNA” DEL 5 DE MAYO DEL

2007 JUEGO 96 “FIESTA MILLONARIA” Y

JUEGO 97 “BALONES DE LA SUERTE

Los que firmamos hacemos constar que: Hoy sábado 5 de mayo del 2007, a las 05:00 p. m., en el Cinema Star, procedimos a revisar el nombre de cédula de los participantes que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “Rueda de La Fortuna”, quedando en su orden el siguiente resultado:

PARTICIPANTES QUE ENVIARON SOBRES

                 Nombre                                     Cédula                    Premio ¢

1. Gonzalo Carvajal Jiménez                  01-0239-0193                 190.000

2. Ana Patricia Gutiérrez Mata              03-0288-0623                 250.000

3. Narciso Badilla Delgado                     03-0150-0065                 250.000

4. Xinia María Sancho Garro                 06-0187-0498                 250.000

Subtotal:                                                                                         940.000

PARTICIPANTE(S) VÍA TELEFÓNICA

                 Nombre                                     Cédula                    Premio ¢

5. Marcela Vega Gamboa                       01-1218-0539                 300.000

Subtotal:                                                                                         300.000

PARTICIPANTE(S) DIRECTO(S)

                 Nombre                                     Cédula                    Premio ¢

6. Alfonso Montero Soto                       01-0448-0520                 250.000

7. Pedro Barrantes Carvajal                    02-0406-0374                 300.000

8. Jairo Duarte Molina                           01-1314-0460                 195.000

Subtotal:                                                                                         745.000

PARTICIPANTE(S) DE LOS ASISTENTES

                 Nombre                                     Cédula                    Premio ¢

9. Jorge Prado Prado                              01-0180-0260                 225.000

10. Custodio Araya Flores                     03-0271-0657                 300.000

Subtotal:                                                                                         525.000

Total de premios a pagar:                                                        2.510.000

Total acumulado gran premio

para el 12-may-2007:                                                                5.200.000

Así mismo procedimos a extraer los sobres de las personas que enviaron o depositaron seis boletos sin premio para participar en el sorteo “Rueda de La Fortuna” para el sábado, 12 de mayo del 2007, quedando en su orden respectivo el siguiente resultado:

PARTICIPANTES QUE DEPOSITARON SOBRES

CON SEIS BOLETOS SIN PREMIO DEL

JUEGO 96 “FIESTA MILLONARIA”

Y JUEGO 97 “BALONES DE

LA SUERTE

PARTICIPANTES QUE ENVIARON SOBRES

                 Nombre                                                                       Cédula

1. Josefa Marita Cubero Fernández                                       06-0091-0582

2. Víctor Manuel Ugalde Rodríguez                                       05-0133-0313

3. José Luis Rojas González                                                  09-0010-0466

4. Luis Javier Soto Canales                                                    05-0190-0423

PARTICIPANTE(S) VÍA TELEFÓNICA

                 Nombre                                                                       Cédula

5. Sofía Cubero Jiménez                                                         01-0403-1458

                                                   Rafael Ángel Oviedo Chacón                                                                                                                       Milton Vargas Mora

                                                   Representante de la Gerencia                                                                                                    Director de Producción y Ventas

                                                           Doris Chen Cheang                                                                                                                      Guillermo Guevara Solano

                                                             Auditora Interna                                                                                                                                Juez Contravencional

____________

ACTA Nº 18-2007 CORRESPONDIENTE AL SORTEO

“RUEDA DE LA FORTUNA” DEL 12 DE MAYO

DEL 2007 JUEGO 97 “LOS BALONES DE

LA SUERTE” Y JUEGO 98 “LA

GALLINA PONEDORA”

Los que firmamos hacemos constar que: Hoy sábado 12 de mayo del 2007, a las 05:00 p. m., en el Cinema Star, procedimos a revisar el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “Rueda de La Fortuna”, quedando en su orden el siguiente resultado:

PARTICIPANTES QUE ENVIARON SOBRES

                 Nombre                                     Cédula                    Premio ¢

1. Josefa Marita Cubero Fernández       06-0091-0582                 230.000

2. Víctor Manuel Ugalde Rodríguez       05-0133-0313                 180.000

3. José Luis Rojas González                  09-0010-0466                 300.000

4. Luis Javier Soto Canales                    05-0190-0423                 250.000

Subtotal:                                                                                         960.000

PARTICIPANTE(S) VÍA TELEFÓNICA

                 Nombre                                     Cédula                    Premio ¢

5. Sofía Cubero Jiménez                         01-0403-1458                 195.000

Subtotal:                                                                                         195.000

PARTICIPANTE(S) DIRECTO(S)

                 Nombre                                     Cédula                    Premio ¢

6. Francisco Morales Valladares            02-0346-0378                 250.000

7. William Miguel Jiménez Masís          03-0343-0148                 300.000

8. José Mario Peñaranda Segreda           02-0283-1095                 300.000

9. Virginia Masís Prendas                      06-0155-0795                 250.000

Subtotal:                                                                                      1.100.000

PARTICIPANTE(S) DE LOS ASISTENTES

                 Nombre                                     Cédula                    Premio ¢

10. Elizabeth Marta Álvarez Vega         07-0037-0870                 250.000

11. Grettel Sánchez Castro                    01-0680-0541                 300.000

Subtotal:                                                                                         550.000

Total de premios a pagar:                                                        2.805.000

Total acumulado gran premio

para el 19-May-2007:                                                               5.400.000

Así mismo procedimos a extraer los sobres de las personas que enviaron o depositaron seis boletos sin premio para participar en el sorteo “Rueda de La Fortuna” para el sábado 19 de mayo del 2007, quedando en su orden respectivo el siguiente resultado:

PARTICIPANTES QUE DEPOSITARON SOBRES

CON SEIS BOLETOS SIN PREMIO DEL JUEGO

97 “LOS BALONES DE LA SUERTE” Y JUEGO

98 “LA GALLINA PONEDORA

PARTICIPANTES QUE ENVIARON SOBRES

                 Nombre                                     Cédula

1. *Manuel Fernández Ramírez             02-0115-0600

2. Vicente Fallas Badilla                         01-0260-0723

3. Félix Gilberto Cordero Fernández      03-0221-0409

4. Santiago Villegas Rojas                       01-0907-0145

PARTICIPANTE(S) VÍA TELEFÓNICA

                 Nombre                                     Cédula

5. María Isabel Zamora Vargas              01-0347-0785

OBSERVACIONES:

*Conocido como José Manuel Fernández Ramírez.

                                                   Rafael Ángel Oviedo Chacón                                                                                                             Rodrigo Fernández Cedeño

                                                   Representante de la Gerencia                                                                                                  Dirección de Producción y Ventas

                                                           Doris Chen Cheang                                                                                                                 José Bernal Rodríguez Marín

                                                             Auditora Interna                                                                                                                                Juez Contravencional

ACTA Nº 19-2007 CORRESPONDIENTE AL SORTEO

“RUEDA DE LA FORTUNA” DEL 19 DE MAYO

DEL 2007 JUEGO 97 “BALONES DE LA

SUERTE” Y JUEGO 98 “GALLINA

PONEDORA”

Los que firmamos hacemos constar que: Hoy sábado 19 de mayo del 2007, a las 05:00 p. m., en el Cinema Star, procedimos a revisar el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “Rueda de La Fortuna”, quedando en su orden el siguiente resultado:

PARTICIPANTES QUE ENVIARON SOBRES

                 Nombre                                     Cédula                    Premio ¢

1. *Manuel Fernández Ramírez             02-0115-0600                 195.000

2. Vicente Fallas Badilla                         01-0260-0723                 200.000

4. Santiago Villegas Rojas                       01-0907-0145                 500.000

Subtotal:                                                                                      1.195.000

PARTICIPANTE(S) VÍA TELEFÓNICA

                 Nombre                                     Cédula                    Premio ¢

5. María Isabel Zamora Vargas              01-0347-0785                 300.000

Subtotal:                                                                                         300.000

PARTICIPANTE(S) DIRECTO(S)

                 Nombre                                     Cédula                    Premio ¢

6. Jaime Alberto Brenes Muñoz            01-0568-0681                 250.000

7. Randal Durán Arguedas                     06-0274-0443                 150.000

8. Juan Félix Aguilar Rivera                   01-0395-0420              1.000.000

Subtotal:                                                                                      1.400.000

PARTICIPANTE(S) DE LOS ASISTENTES

                 Nombre                                     Cédula                    Premio ¢

9. Milena Enríquez Gómez                    05-0137-0384                 200.000

10. Cecilia Montoya Sanabria                03-0280-0533                 230.000

Subtotal:                                                                                         430.000

Total de premios a pagar:                                                        3.325.000

Total acumulado gran premio

para el 26-May-2007:                                                               5.600.000

Así mismo procedimos a extraer los sobres de las personas que enviaron o depositaron seis boletos sin premio para participar en el sorteo “Rueda de La Fortuna” para el sábado 26 de mayo del 2007, quedando en su orden respectivo el siguiente resultado:

PARTICIPANTES QUE DEPOSITARON SOBRES

CON SEIS BOLETOS SIN PREMIO DEL JUEGO

97 “BALONES DE LA SUERTE” Y JUEGO

98 “GALLINA PONEDORA”

PARTICIPANTES QUE ENVIARON SOBRES

                 Nombre                                     Cédula

1. Olga María Barrantes Elizondo          01-0616-0955

2. Fanny Calderón González                 09-0017-0586

3. Antonio Arias Villalobos                   02-0285-1087

4. Édgar Enrique Meléndez Morales      01-0435-0174

PARTICIPANTE(S) PRESENTES

EN SALA DE ESTUDIO

                 Nombre                                     Cédula

5. Javier Jara Robles                               03-0189-1273

OBSERVACIONES:

*Conocido como José Manuel Fernández Ramírez.

                                                   Rafael Ángel Oviedo Chacón                                                                                                                       Milton Vargas Mora

                                                   Representante de la Gerencia                                                                                                    Director de Producción y Ventas

                                                           Doris Chen Cheang                                                                                                                               Rodrigo Zúñiga Soto

                                                             Auditora Interna                                                                                                                                Juez Contravencional

____________

ACTA Nº 20-2007 CORRESPONDIENTE AL SORTEO

“RUEDA DE LA FORTUNA” DEL 26 DE MAYO

DEL 2007 JUEGO 97 “BALONES DE LA

SUERTE” Y JUEGO 98 “GALLINA

PONEDORA”

Los que firmamos hacemos constar que: Hoy sábado 26 de mayo del 2007, a las 05:00 p. m., en el Cinema Star, procedimos a revisar el nombre de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del sorteo “Rueda de La Fortuna”, quedando en su orden el siguiente resultado:

PARTICIPANTES QUE ENVIARON SOBRES

                 Nombre                                     Cédula                    Premio ¢

1. Olga María Barrantes Elizondo          01-0616-0955                 250.000

2. Fanny Calderón González                 09-0017-0586                 500.000

3. Antonio Arias Villalobos                   02-0285-1087                 250.000

4. Édgar Enrique Meléndez Morales      01-0435-0174                 250.000

Subtotal:                                                                                      1.250.000

PARTICIPANTE(S) PRESENTES

EN SALA DE ESTUDIO

                 Nombre                                     Cédula                    Premio ¢

5. Javier Jara Robles                               03-0189-1273                 210.000

Subtotal:                                                                                         210.000

PARTICIPANTE(S) DIRECTO(S)

                 Nombre                                     Cédula                    Premio ¢

6. Marcela Campos Arce                       02-0438-0279                 150.000

Subtotal:                                                                                         150.000

PARTICIPANTE(S) DE LOS ASISTENTES

                 Nombre                                     Cédula                    Premio ¢

7. Adriana Sánchez Ovares                    04-0197-0146                 195.000

8. Maureen Lizeth Guevara Díaz           01-1139-0882                 230.000

Subtotal:                                                                                         425.000

Total de premios a pagar:                                                        2.035.000

Total acumulado gran premio

para el 02-Jun-2007:                                                                5.800.000

Así mismo procedimos a extraer los sobres de las personas que enviaron o depositaron seis boletos sin premio para participar en el sorteo “Rueda de La Fortuna” para el sábado 2 de junio del 2007, quedando en su orden respectivo el siguiente resultado:

PARTICIPANTES QUE DEPOSITARON SOBRES

CON SEIS BOLETOS SIN PREMIO DEL JUEGO

97 “BALONES DE LA SUERTE” Y JUEGO 98

“GALLINA PONEDORA”

PARTICIPANTES QUE ENVIARON SOBRES

                 Nombre                                     Cédula

1. Eladio Hernández Varela                    03-0205-0698

2. Efraín Núñez Muñoz                         02-0260-0159

3. Rodolfo Martín Villalobos Quirós     01-0629-0682

4. Hirám García Jiménez                        01-0644-0359

PARTICIPANTE(S) PRESENTES

EN SALA DE ESTUDIO

                 Nombre                                     Cédula

5. María Isabel Zamora Picado              05-0118-0864

                                                   Rafael Ángel Oviedo Chacón                                                                                                             Rodrigo Fernández Cedeño

                                                   Representante de la Gerencia                                                                                                  Dirección de Producción y Ventas

                                                           Doris Chen Cheang                                                                                                       Gustavo Adolfo Barrantes Morales

                                                             Auditora Interna                                                                                                                                Juez Contravencional

San José, 14 de junio del 2007.— Departamento de Loterías.—Rodrigo Fernández Cedeño, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 8926).—C-96820.—(51872).

AVISOS

INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA

Somete a consulta pública los siguientes proyectos de norma:

PN Guía INTE/ISO/IEC 68:2007, “Acuerdos de reconocimiento y aceptación de resultados de evaluación de la conformidad”.

PN INTE 02-07-01-07, “Norma general para el agua envasada para consumo humano - Especificaciones”.

Se recibirán observaciones a los anteriores proyectos de norma hasta el 25 de agosto de 2007. Para mayor información comuníquese con la División de Normalización al 283-4522 o a los correos jrestrepo@inteco.or.cr o cmadrigal@inteco.or.cr

Carlos E. Rodríguez L., Director Ejecutivo.—1 vez.—Nº 28064.—(52594).

AVISOS

CONVOCATORIAS

CORPORACIÓN MONTEVERDE S. A.

Se convoca a los socios accionistas de la compañía Corporación Monteverde Sociedad Anónima, de esta plaza, a la Asamblea General Ordinaria de Socios que se celebrará a las 8:00 horas el 12 de julio del 2007, en el salón de Cerro Plano, Monteverde, Puntarenas, para conocer lo siguiente:

·    Informe de los administradores.

·    Nombramiento del vicepresidente, tesorero, secretaria, vocal II y fiscal.

·    Otros asuntos de carácter ordinario que propongan los socios.

De no haber quórum a la hora indicada, se convoca a los socios para la Asamblea una hora después, en segunda convocatoria.—José L. Vargas Leitón, Gerente General.—1 vez.—(52828).

MATERIALES ISA SOCIEDAD ANÓNIMA

Materiales ISA Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-126638, convoca a sus accionistas a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, a celebrarse el día 19 de julio del 2007, en su domicilio social en San José, San Francisco de Dos Ríos, de la iglesia trescientos metros norte, edificio color rojo, a mano derecha, carretera a Zapote. La primera convocatoria se llevará a cabo a las diecisiete horas y en caso de no existir el quorum de ley, la segunda convocatoria se realizará una hora después. Los temas a tratar en dicha asamblea serán los siguientes:

a)  Aumento de capital en acciones comunes y nominativas por la suma de cincuenta millones de colones, el cual se hará mediante aporte de socios;

b)  Modificación de la cláusula quinta del pacto social, relativa al capital social;

c)  Actualización de la distribución accionaria.

d)  Comisión para protocolización del acta.

Se le comunica a los señores socios que desde la publicación de este aviso hasta la celebración de la asamblea, los libros y documentos relacionados con los fines de la asamblea estarán a su disposición en las oficinas de la sociedad. Con el fin de llevar a cabo la correspondiente acreditación, las personas físicas deberán presentarse con su cédula de identidad vigente y los representantes de personas físicas o jurídicas deberán aportar certificación notarial que los acredite como tales con menos de dos meses de emitida y cédula de identidad al día. Cuando alguno de los accionistas desee hacerse representar por un tercero, éste deberá traer, además de los requisitos anteriormente mencionados, un poder especial autenticado por notario.—San José, 19 de junio del 2007.—Ricardo Mora Goldoni, Presidente.—Carlos Rodolfo Vásquez Zamora, Secretario.—1 vez.—(52915).

BLUE ALIGATOR S. A.

Blue Aligator S. A., convoca a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas a celebrarse el día 14 de julio del 2007, en su domicilio social a las 10:00 horas en primera convocatoria y en segunda convocatoria a las 11 horas, con el siguiente orden del día: 1) Conocer solicitud de ratificación de acuerdos de anteriores asambleas de socios. 2) Conocer la solicitud de ratificación de los administradores y Fiscal. 3) Otros temas que propongan los señores accionistas.—San José, 20 de junio del 2007.—Gerardo Barrantes Caggiano, Presidente.—Luis Guillermo Rodríguez Gómez, Secretario.—1 vez.—Nº 28339.—(53164).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

COOPERATIVA DE AUTOGESTIÓN AGROPECUARIA

SAN JUAN R. L.

Wendy Salazar Hernández, Gerente de la Cooperativa de Autogestión Agropecuaria San Juan R. L., comunica extravío de libros contables: Diario, Mayor e Inventarios y Balances, para cualquier reclamo hacerlo ante las oficinas de la Cooperativa o al Macroproceso de Gestión y Seguimiento de INFOCOOP.—Wendy Salazar Hernánez, Gerente.—(51010).

HOTELERA PLAYA FLAMINGO S. A.

Hotelera Playa Flamingo S. A., comunica el extravío del certificado Nº 2843 de acciones a nombre de Andrew E. Anselmi. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 690, 691, 692, 708, 709 del Código de Comercio. Se avisa que se procederá a reponer las acciones aludidas, si transcurrido un mes a partir de la publicación del último aviso no se hubiera presentado oposición al respecto.—San José, 7 de junio del 2007.—Brenda Lee Rodríguez Peyton, Tesorera.—(51087).

ABRAZANDO AGUAS SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Rhonda Lynn nombre, Pearson, único apellido en razón de su nacionalidad, estadounidense, mayor, soltera, profesora, vecina de La Florida de Barú de Pérez Zeledón, doscientos metros al oeste del templo católico, pasaporte de su país número tres cero tres seis uno ocho uno nueve nueve, en mi calidad de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, hago constar que hemos iniciado la reposición de los libros Registro de Accionistas número dos, Actas Asamblea General de Accionistas número dos, Actas Junta Directiva número dos, Diario número dos, Inventarios y Balances número dos, Mayor número dos, de Abrazando Aguas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiséis mil doscientos veintiséis, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público bajo el tomo quinientos sesenta y dos, asiento mil cuatrocientos treinta y cuatro. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Pérez Zeledón, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Fernando Alberto Gamboa Calvo, Notario.—Nº 27235.—(51455).

CÍA FINANCIERA DE LONDRES LTDA.

Para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, se nos ha solicitado la reposición del siguiente cheque emitido por Cía Financiera de Londres Ltda., por haber sido extraviado:

Cheques: 00112.

Fecha emisión: 26 de marzo del 2007.

Banco girado: Wachovia Bank.

Beneficiario: Medeco

Montos: USD 5.361,42.

Por lo tanto, transcurrido el término de 15 días a partir de la última publicación se repondrán dichos cheques.—San José, 15 de junio del 2007.—Jenifer Chinchilla Marín, Asistente de Gerencia.—Roberth González Delgado, Asistente de Gerencia.—(51506).

CONSTRUSERVICIOS S. A.

La suscrita Construservicios S. A., cédula jurídica Nº 3-101-123038-01, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, quince de junio del dos mil siete.—Lic. María Margoth Solís Solís, Notaria.—Nº 27514.—(51718).

NUEVA ELISI SOCIEDAD ANÓNIMA

Nueva Elisi Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-350754, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de sus libros de actas de Asambleas Generales, Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Oficina Regional de Tributación de Pérez Zeledón, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San Isidro de El General,  7 de junio del 2007.—Nazario Elizondo Rojas, Presidente.—Nº 27567.—(51719).

BIENES DE GAMBOA Y BASTOS SOCIEDAD ANÓNIMA

Bienes de Gamboa y Bastos Sociedad Anónima, cédula número tres-ciento uno-cuatrocientos veinticuatro mil sesenta y tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro número uno de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Mary Ann Drake Rodríguez, Notaria.—Nº 27607.—(51720).

FIDUCIARIA DE EXPORTACIONES TROPICALES S. A.

Fiduciaria de Exportaciones Tropicales S. A., cédula jurídica número 3-101-096571, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes seis libros legales: Actas de Junta Directiva, Actas de Registro de Accionistas, Actas de Asamblea General de Accionistas, Diario, Mayor, e Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el termino de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Jorge Arturo Sauma Aguilar, Presidente.—Nº 27635.—(51721).

LANDCORP SOCIEDAD ANÓNIMA

Landcorp Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-237474, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros contables: Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Óscar Venegas Córdoba, Notario.—Nº 27692.—(51722).

NOMBRE DE INVESTIGACIONES NACIONALES

E INTERNACIONALES SOCIEDAD ANÓNIMA

Nombre de Investigaciones Nacionales e Internacionales Sociedad Anónima, con domicilio en San José, cédula jurídica tres-ciento uno-uno uno cinco cinco cuatro ocho-uno uno, solicita ante la Dirección de Tributación Directa la reposición de libros: mayor número dos, balances e inventarios número dos, diario número dos, actas asamblea de socios número dos, actas consejo de administración número dos, registro de socios número dos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Dirección de Tributación Directa de San José, en el término de los ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, NotariO.—(52240).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ALTAGRACIA S. A.

Altagracia S. A., cédula jurídica Nº 3-101-072975, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea General y Actas de Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de 8 días hábiles a partir de la última publicación de este aviso.—San José, 14 de junio del 2007.—Lic. Roberto Pochet Torres, Notario.—(51817).

FUNDACIÓN MONSEÑOR BERNARDO AUGUSTO THIEL

Fundación Monseñor Bernardo Augusto Thiel, cédula jurídica número 3-006-151959, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los libros: Mayor, Diario, Inventarios y Balances y Actas de Asamblea de Socios. La legalización de los primeros libros fue en la Contraloría General de la República. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Pbro. Claudio Mª Solano Cerdas, Representante Legal.—(51818).

Hago de conocimiento público que yo Rolando Ramírez Durán, cédula 1-414-524, por motivo de extravío, solicito no negociar, pagar o transar el certificado de inversión a plazo fijo número 2241720002609, por el monto de $11.990,03 y su respectivo cupón de intereses número 2241720002609-01 por el monto de $48,87, con vencimiento del día 8 de julio, emitidos por el Banco Cuscatlan. Lo anterior para cumplir con los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.—San José, 18 de junio de 2007.—Rolando Ramírez Durán, Solicitante.—1 vez.—(51937).

IGUANA COTE CIENTO TRES C S. A.

Iguana Cote Ciento Tres C S. A., cédula jurídica 3-101-391257, solicita ante la Dirección General de Tributación de Liberia, Guanacaste, Legalización de Libros, la reposición de los siguientes seis libros contables de la sociedad: Actas de Asambleas Generales de Socios, Actas de Junta Directiva, Registro de Accionistas, Mayor, Diario e Inventarios y Balances, por lo que emplaza por ocho días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule oposición a la reposición ante la Tributación, Sección Legalización de Libros.—San José, diecisiete de abril del dos mil siete.—Robert Gregg Gallenberger, Responsable.—Nº 27839.—(52120).

TERRA MARE QUARTUS SOCIEDAD ANÓNIMA

Terra Mare Quartus Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y dos mil cuatrocientos setenta y cuatro, solicito ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Mayor, Diario, Inventario y Balances, Actas Asamblea General, Actas Junta Directiva, Actas Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las ocho horas del once de junio del dos mil siete.—Lic. Mónica Lleras Barrantes, Notaria.—Nº 27938.—(52121).

SEMACOST SOCIEDAD ANÓNIMA

Semacost Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y tres mil ciento cuarenta y cuatro, solicito ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Mayor, Diario, Inventario y Balances, Actas Asamblea General, Actas Junta Directiva, Actas Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las ocho horas del once de junio del dos mil siete.—Lic. Mónica Lleras Barrantes, Notaria.—Nº 27939.—(52122).

TERRA - MARE DUO SOCIEDAD ANÓNIMA

Terra - Mare Duo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y dos mil seiscientos setenta y cuatro, solicito ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Mayor, Diario, Inventario y Balances, Actas Asamblea General, Actas Junta Directiva, Actas Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las ocho horas del once de junio del dos mil siete.—Lic. Mónica Lleras Barrantes, Notaria.—Nº 27940.—(52123).

CORDURA SOCIEDAD ANÓNIMA

Cordura Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento veintitrés mil cuatrocientos sesenta, solicito ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Mayor, Diario, Inventario y Balances, Actas Asamblea General, Actas Junta Directiva, Actas Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las ocho horas del once de junio del dos mil siete.—Lic. Mónica Lleras Barrantes, Notaria.—Nº 27941.—(52124).

FRABRICACIONES BAALBEK SOCIEDAD ANÓNIMA

Frabricaciones Baalbek Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-048304-13, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros número 2: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea de Socios, Actas de Junta Directiva, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Mary Quintero Durán.—Nº 27961.—(52125).

DESARROLLOS SANTA ROSA DE LIMA SOCIEDAD ANÓNIMA

Desarrollos Santa Rosa de Lima Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-348357, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea de Socios, Actas de Junta Directiva y Registro de Socios, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Mary Quintero Durán.—Nº 27962.—(52126).

NOVEDADES PEDACITOS SOCIEDAD ANÓNIMA

Novedades Pedacitos Sociedad Anónima,  cédula jurídica número 3-101-079264-13, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea de Socios, Actas de Junta Directiva y Registro de Socios, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Mary Quintero Durán.—Nº 27963.—(52127).

CORPORACIÓN BAALBEK INTERNACIONAL

SOCIEDAD ANÓNIMA

Corporación Baalbek Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-160531, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea de Socios, Actas de Junta Directiva y Registro de Socios, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Mary Quintero Durán.—Nº 27964.—(52128).

COMERCIAL ADUANERA AMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Comercial Aduanera América Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-055419-05, solicita la reposición de la acción Nº 248 del Club de Playa Jacó, por haberse extraviado, cualquier persona que se considere afectada puede manifestar su oposición en el plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—San José, 20 de junio del 2007.—José Ernesto Ramírez Unfried, Representante Legal.—(52204).

Oldemar Sánchez Wong, cédula de identidad número seis-cero setenta y cinco-setecientos cuarenta y siete, solicita ante la Administración Tributaria, la reposición de los libros de Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede dirigir su oposición a la Administración Tributaria de la ciudad de Liberia, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—Nicoya, 7 de junio del 2007.—Oldemar Sánchez Wong, Solicitante.—(52244).

Porfirio Pérez Morays, cédula de identidad número cinco-cero ochenta y nueve-trescientos cincuenta y cuatro, solicita ante la Administración Tributaria, la reposición de los libros de Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede dirigir su oposición a la Administración Tributaria de la ciudad de Liberia, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—Nicoya, 7 de junio del 2007.—Porfirio Pérez Morays, Solicitante.—(52245).

Sulma Ruth Sánchez Orozco, cédula de identidad número cinco-ciento uno-novecientos ochenta y ocho, solicita ante la Administración Tributaria, la reposición de los libros de Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede dirigir su oposición a la Administración Tributaria de la ciudad de Liberia, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—Nicoya, 7 de junio del 2007.—Sulma Ruth Sánchez Orozco, Solicitante.—(52246).

Kwing Han Fong Chan, número de responsable uno-seiscientos veintiséis-cero cero dos mil ochocientos treinta y siete, solicita ante la Administración Tributaria, la reposición de los libros de Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede dirigir su oposición a la Administración Tributaria de la ciudad de Liberia, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—Nicoya, 7 de junio del 2007.—Kwing Han Fong Chan, Solicitante.—(52247).

COMPAÑÍA HOTELERA LAS TINAJAS SOCIEDAD ANÓNIMA

Compañía Hotelera Las Tinajas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero treinta y dos mil trescientos setenta y cuatro, solicita ante la Administración Tributaria, la reposición de los libros de Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede dirigir su oposición a la Unidad de Timbraje y Legalización de Libros de la ciudad de Liberia, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—Nicoya, 7 de junio del 2007.—Juan Edwin Yockchen Sanchún, Presidente.—(52249).

RIVERSTONE SERVICES SOCIEDAD

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Riverstone Services Sociedad e Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica numero tres-ciento dos-doscientos setenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Acta de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el termino de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, junio del 2007.—Lic. Maritza Sanabria Miranda, Notaria.—(52258).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

TNF TROPICAL NATURAL FIBRAS S. A.

TNF Tropical Natural Fibras S. A., cédula jurídica Nº 3-101-170699, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los 6 libros: Registro de Accionistas, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General, Diario, Mayor, Inventaros y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficia La Gaceta.—Gabriel Valverde Tristán.—(52336).

SEGOVIA ALCÁZAR SOCIEDAD ANÓNIMA

Segovia Alcázar Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-248923, solicitó ante Tributación Directa, la reposición de libros: libros de Junta Directiva y de Registro de Accionistas, todos número uno de la sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Dirección General de Tributación Directa, Sección de Autorización y Legalización de Libros.—San José, 23 de mayo del 2007.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—Nº 23345.—(53258).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

ASOCIACIÓN DE ACUEDUCTOS RURALES

DE MASTATAL, SAN MIGUEL Y LA FILA DE PURISCAL

La Asociación de Acueductos Rurales de Mastatal, San Miguel y la Fila de Puriscal, cédula jurídica tres-cero cero dos-uno nueve tres nueve cinco cuatro, solicita ante el Registro de Asociaciones del Registro Nacional la reposición del Libro de Asambleas Generales. Se emplaza a quien se considere afectado a manifestar su oposición para ante el Departamento de Asociaciones del Registro Nacional, en el plazo de ocho días hábiles después de la publicación.—San José, veintiocho de mayo del dos mil siete.—Omar López López, Presidente.—1 vez.—Nº 27466.—(51454).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante la notaria Rosa Elena Segura Ruiz, se protocolizó acta de asamblea general de la sociedad denominada Fondo Hipotecario Nacional, a las 8 con 30 minutos del 13 de junio del 2007, se reforma la cláusula tercera del pacto constitutivo.—Lic. Rosa Elena Segura Ruiz, Notaria.—Nº 27104.—(50776).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Ante esta notaría a las 13:15 horas del 23 de mayo del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Presición Leiva Martínez S. A. Renuncia su secretario se nombra a Marieta Leiva Martínez. Se reforma parcialmente el pacto constitutivo.—Cartago, 11 de junio del 2007.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 27148.—(50801).

Por escritura doscientos veintidós del tomo siete de mi protocolo se cambia secretario y fiscal de White Rose Project Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- cuatrocientos quince mil ochenta y seis, otorgada en Grecia al ser las ocho horas del día trece de junio del año dos mil siete.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 27152.—(50802).

En mi notaría, en escritura número ciento ochenta y cuatro, de las catorce horas del dieciocho de mayo del año dos mil siete, del tomo veinte, se constituyó la sociedad Blue Star Real State S. A.; traducida del idioma inglés al idioma español: Estrella Azul de Bienes Raíces Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Domicilio social: Corobicí de Cañas, Guanacaste, frente Hacienda La Pacífica. Se nombra junta directiva.—Cañas, Guanacaste, trece de junio del dos mil siete.—Lic. Franklin Segura López, Notario.—1 vez.—Nº 27153.—(50803).

Por escritura número 61-26, otorgada el 12 de junio del 2006, se constituye Solera y Asociados Sociedad Anónima. Presidente: Natyari Vargas Oconitrillo. Capital social: diez mil colones. Domicilio: Alajuela, en Ciruelas, Urbanización Las Vegas, casa número dieciocho.—Alajuela, 13 de junio del 2007.—Lic. Mario Cerdas Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 27157.—(50805).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la sociedad Portones Tiquicia Sociedad Anónima, por medio de las cuales se modifica la cláusula sétima.—San José, 5 de junio del año 2007.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 27158.—(50806).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas de hoy, Finca Internacional del Bosque S. A. y Jorge Marín Arrieta, con fundamento en el Decreto Ejecutivo 33171-J constituyen treinta sociedades, cuyo nombre será el número de cédula jurídica. Domicilio: San José. Guadalupe, ciento cincuenta metros oeste de la Municipalidad.—San José, 8 de junio del año 2007.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 27159.—(50807).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas, treinta y cinco minutos del día doce de junio del año dos mil siete, protocolicé acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Shooting Star in the Moon, Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, doce de mayo del dos mil siete.—Lic. Sonia Rebeca Montealegre Pérez, Notaria.—1 vez.—Nº 27160.—(50808).

A las 8:00 horas del 4 de junio de 2007, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Desarrollo Acuífero Sociedad Anónima, celebrada en San José, Escazú, Guachipelín, Condominio Toscaza, casa número trece, a las nueve horas del once de junio del año dos mil cinco, mediante la cual se reforma la cláusula quinta del capital social.—San José, cuatro de junio de dos mil siete.—Lic. Ligia Castiglioni Longueira, Notaria.—1 vez.—Nº 27161.—(50809).

Ante esta notaría, mediante la escritura número doscientos sesenta y dos, la sociedad denominada Comercializadora Tomy A y Z Sociedad Anónima modifica la cláusula quinta y realiza aumento de capital.—San José, once de junio del dos mil seis.—Lic. María Cristina Solís Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 27165.—(50810).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las catorce horas del diecisiete de abril de dos mil siete, se constituyó la sociedad Pura Vida Cas y Jeca Real State Limitada. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San Ramón, trece de junio de dos mil siete..—Lic. Vladimir Rodríguez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 27167.—(50811).

Ante esta notaria mediante escritura número ciento sesenta y siete, celebrada a las diecisiete horas del veinticinco de abril del dos mil siete, se reforma pacto constitutivo de Fagocha de Liberia S. A.—Liberia, 25 de abril del 2007.—Lic. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 27169.—(50812).

Ante esta notaría mediante escritura número ciento noventa y seis, celebrada a las trece horas del ocho de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Grupo Alterarte S. A., cuyo plazo social es de noventa y nueve años, domicilio en la provincia de Guanacaste, cantón primero, distrito primero, barrio Pueblo Nuevo ochenta este de pulpería Las Palmeras. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Liberia, 8  de junio del 2007.—Lic. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 27170.—(50813).

Ante esta notaría mediante escritura número ciento cincuenta y cuatro, celebrada a las nueve horas del dieciocho de abril del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Hermanos del Norte S. A., cuyo plazo social es de noventa y nueve años, domicilio en la provincia de Guanacaste, cantón primero, distrito primero, costado este de los Tribunales de Justicia, presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Liberia, 8 de junio del 2007.—Lic. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 27171.—(50814).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, se constituyó sociedad anónima denominada Bettel Importadores Mundiales S A. Se nombra junta directiva y fiscal.—Heredia, 11 de junio del 2007.—Lic. Jorleny Ugalde Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 27172.—(50815).

Constitución de la sociedad de esta plaza llamada Software Development Solutions Sociedad Anónima, celebrada el dos de junio del dos mil siete, con domicilio social en San Rafael de Escazú, setecientos metros al sur de plaza Rolex, condominio Loma de San Rafael.—Cuatro de junio del dos mil siete.—Lic. Vilma Cordero Benavides, Notaria.—1 vez.—Nº 27175.—(50816).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la compañía denominada: Dulces Primicias de Moctezuma Sociedad Anónima. Preside: José Antonio Herrero Harrington. Capital: cien mil colones. Domicilio: Puente Piedra, Grecia de Alajuela.—Lic. Juan Rafael Zavala Tasies, Notario.—1 vez.—Nº 27177.—(50817).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la compañía denominada: Quinta Vereda a la Argentina Sociedad Anónima. Preside: José Antonio Herrero Harrington. Capital: cien mil colones. Domicilio: Puente Piedra, Grecia de Alajuela.—Lic. Juan Rafael Zavala Tasies, Notario.—1 vez.—Nº 27178.—(50818).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la compañía denominada: Dulce Cosecha del Rincón de Salas Sociedad Anónima. Preside: José Antonio Herrero Harrington. Capital: cien mil colones. Domicilio: Puente Piedra, Grecia de Alajuela.—Lic. Juan Rafael Zavala Tasies, Notario.—1 vez.—Nº 27179.—(50819).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario público, número cuarenta y cinco, visible a folio veinte vuelto del tomo décimo de mi protocolo la empresa Musaza del Caribe Sociedad Anónima, modifica el pacto social en la cláusula quinta, para aumento de acciones de capital social, aumentando en cinco acciones de mil colones cada una.—Guápiles, cuatro de junio del año dos mil siete.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 27181.—(50820).

Ante esta notaria mediante escritura número trescientos setenta y ocho, los señores Shelley Lynn Watson, y Rusell Jackson Bowen, constituyeron una sociedad anónima que se denominará Costa Shelley Sociedad Anónima. Su domicilio social estará en Quepos, barrio Paquita, casa amarilla, apartamento número uno, centro Barrio Paquita de Quepos, contiguo a la Estación Litoral Store, casa amarilla, apartamento uno, distrito uno Quepos, cantón seis Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Es todo.—Dado en Quepos, 11 de junio del 2007.—Lic. Juan José Aguilar Moya, Notario.—1 vez.—Nº 27182.—(50821).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del doce de junio del dos mil siete, se constituyó Alas Centroamericanas Alcesa S. A. Capital social: noventa mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: cien años a partir de su constitución. Presidente: apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, doce de junio del dos mil siete.—Lic. Leonardo Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—Nº 27183.—(50822).

Por escritura número ciento diez-dieciséis, otorgada ante esta notaría a las catorce horas treinta minutos del dos de junio del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada: Río Ora Inversión PTGM Sociedad Anónima, con un capital social: cinco millones de colones, plazo social: noventa y nueve años, domicilio de la sociedad: Sámara de Nicoya, Guanacaste, setecientos metros oeste del Hotel Mágica Cantarrana.—Nicoya, 11 de junio del 2007.—Lic. Eusebio Agüero Araya, Notario.—1 vez.—Nº 27186.—(50823).

Mediante la escritura otorgada ante mí en la ciudad de San José, a las 11:00 horas del día trece de junio del dos mil siete, se acuerda reformar la cláusula sexta de los estatutos sociales de la compañía Promotora La Costa Sociedad Anónima.—San José, trece de junio dos mil siete.—Lic. María de los Ángeles Montero A., Notaria.—1 vez.—Nº 27187.—(50824).

Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las dieciséis horas del día doce de junio de dos mil siete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Bridgeport Property Brokers Sociedad Anónima. Donde se transforma la presente Sociedad Anónima en una Sociedad de Responsabilidad Limitada en virtud de lo anterior se reforma la totalidad del pacto constitutivo.—San José, doce de junio del dos mil siete.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 27188.—(50825).

Douglas Méndez Gamboa y María Antonieta Castro Barboza constituyen Proyecciones Ecoloógicas M y D Sociedad Anónima, domicilio Montes de Oca, cincuenta norte de la Rotonda de La Bandera. Objeto el comercio. Capital social veinte mil colones. Plazo social noventa y nueve años. Escritura número ciento veinte-siete del notario Luis Guillermo Méndez Madrigal.—San José, a las quince horas el dieciséis de mayo del dos mil siete.—Lic. Luis Guillermo Méndez Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 27189.—(50826).

Por escritura otorgada en mi notaría el día de hoy se constituyó la sociedad de este domicilio Servicios Agrícolas Hufra Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente el socio Hugo Alberto Santana Castillo, Ginette Miranda Porras, notaria.—Paso Canoas, 13 de junio del 2007.—Lic. Ginette Miranda Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 27190.—(50827).

Ante esta notaría, se constituyó la firma Inversiones Los Cerrillos del Sur de Responsabilidad Limitada. Plazo social, noventa y nueve años. La Representación judicial y extrajudicial de la sociedad, corresponde al gerente de la sociedad, que tendrá facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones.—San José, cuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Otto Patiño Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 27191.—(50828).

Ante esta notaria, a las once horas del trece de junio del dos mil siete, se protocolizó acta en donde se modifica la cláusula primera del pacto social de la firma de esta plaza Transportes Costarricenses J y E Sociedad Anónima, para que en adelante se llame Transportes Costarricenses Sociedad Anónima. Asimismo se modificó la cláusula décimo segunda del pacto social en cuanto a la representación de la sociedad.—San José, trece de junio del dos mil siete.—Lic. Otto Patiño Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 27192.—(50829).

La suscrita notaria hace constar que con vista en la matriz, escritura número doscientos treinta y tres visible al folio ciento sesenta y cuatro vuelto del tomo uno de mi protocolo, se constituyó la sociedad anónima Baxter Barquero S. A. Es todo, al ser las catorce horas cuarenta minutos del día doce de junio del dos mil siete.—Lic. Zarella Obando Retana, Notaria.—1 vez.—Nº 27193.—(50830).

Por escritura de las once horas del veintiocho de noviembre del año dos mil seis, se constituye la sociedad denominada Inversiones CPC Sociedad Anónima. Capital cien mil colones Domicilio San Rafael de Oreamuno de Cartago. Plazo social noventa y nueve años.—Lic. Luis Alberto Rojas Sevilla, Notario.—1 vez.—Nº 27194.—(50831).

Por escritura de las diez horas del dieciséis de mayo del año dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Distribuidora de Productos Agropecuarios DPA S. A., de fecha siete de mayo del año dos mil siete, en la cual se modifican las cláusulas segunda, sétima, décimo segunda y se adiciona cláusula décimo tercera del acta constitutiva para que diga corresponderá al presidente, vicepresidente y tesorero la representación judicial y extrajudicial de la compañía, quienes actuarán conjunta o separadamente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Se nombra secretaria tesorera a la señora Alicia Bolívar Hidalgo, el domicilio social será Cartago al costado norte del Mercado Municipal frente al parque Jesús Jiménez.—Lic. José Rafael Huertas Guillén, Notario.—1 vez.—Nº 27195.—(50832).

Rosibel Díaz Arias y Karen Barboza Quesada constituyen Noches de Candelabros Dorados Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 12:00 horas del 6 de mayo del 2007.—Lic. Claudio Antonio Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 27197.—(50833).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Sotela, Mussio & Madrigal Arquitectos Asociados, Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos. Escritura otorgada a las 12:00 horas del 7 de junio del 2007.—Lic. Javier León Longhi, Notario.—1 vez.—Nº 27198.—(50834).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría el doce de junio de dos mil siete se constituyó Skagen Sociedad Anónima, a las nueve horas, con domicilio en Heredia, objeto servicios de representación y ventas al por mayor y al detalle, plazo 99 años, capital social quinientos mil colones. Representación: Presidente: José Manuel Núñez Ramírez.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. Francisco Conejo Vindas, Notario.—1 vez.—Nº 27199.—(50835).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas de hoy, se constituyó la compañía Inversiones Nosotros y Ustedes Sociedad Anónima.—San José, 12 de junio del 2007.—Lic. Bernal Ulloa Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 27200.—(50836).

Por escritura Nº 42, otorgada ante mí a las 10:00 horas del 13 de junio del 2007, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Jerez Imperial, S. A., donde se reformó las cláusulas segunda (del domicilio) y la cláusula octava (del Consejo de Administración) del pacto constitutivo.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—Nº 27201.—(50837).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del cuatro de junio del dos mil siete, se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo, de la administración. Se hacen los siguientes nombramientos: Presidente: Jimmie Lee (nombres) Gray (apellido); secretario: Linda Ann (nombres) Gray (apellido); tesorero: James Michael (nombres) Gray (apellido); fiscal: Pamela (nombre) Wright (apellido) todos de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense. En la compañía Coast to Coast APM Sociedad Anónima.—Guanacaste, cuatro de junio del dos mil siete.—Lic. Rosa Cortés Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 27202.—(50838).

Ante el Lic. Alvis González Garita, se constituyó la sociedad: Fiber Glass Industries de Costa Rica S. A., con domicilio en Heredia, con capital social de diez mil colones, por un plazo de noventa y nueve años, como representante en calidad de presidente el señor: Arturo Marín. Es todo.—Lic. Alvis González Garita, Notario.—1 vez.—Nº 27204.—(50839).

Por escritura número ciento cuarenta y tres, Marcela Saravia Torres y Carolina Rampoldi Castro, constituyen Inversiones Ramcas IN S. A. Por escritura número ciento cuarenta y dos Marcela Saravia y Ariana Saravia, ambas Torres constituyen High Performance Sport Car S. A. y High Performance Nine Fourty Four Turbo S. A. Tomo seis.—Lic. Vivian  Wyllins Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 27205.—(50840).

Por escritura de las 15:00 horas del veintisiete de mayo del 2007, se constituye la sociedad Inversiones Calderón Murillo del Sur Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 27 de mayo del 2007.—Lic. Paúl Francisco Herrera Peralta, Notario.—1 vez.—Nº 27207.—(50841).

Por escritura otorgada ante mí, los señores Róger Eduardo Barquero Valenciano y Mario Barquero Zamora, constituyeron la sociedad denominada Inversiones Barlop Sociedad Anónima. Domicilio: San Isidro de Heredia. Presidente: Róger Eduardo Barquero Valenciano. Plazo social: cincuenta años. Objeto: industria, ganadería y comercio.—Lic. Luis Fernando Moya Mata, Notario.—1 vez.—Nº 27208.—(50842).

En mi notaría, se modifica el pacto constitutivo de la sociedad denominada Taller Mecánico Industrial Riggioni Sociedad Anónima, en su artículo primero, en cuanto al nombre la cual de ahora en adelante se denominará Taller Riggioni, en su artículo cuarto, se modifica el plazo social que será  de cien años a partir del seis de octubre de mil novecientos noventa y cinco.—Heredia, ocho de junio del dos mil siete.—Lic. Ana Gabriela Moya Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 27209.—(50843).

Ante esta notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del cuatro de junio del dos mil siete, se reformó, la constituyó la sociedad denominada Service Costa Rica Tour Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo social: noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial corresponde al gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Colón, 12 de junio del 2007.—Lic. Milena Acuña Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 27210.—(50844).

Luis Diego Víquez Lizano y Wendy Marcela Mora Segura, constituyen la sociedad denominada Investigación, Ética y Desarrollo INED Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las once horas del veintidós de mayo del dos mil siete, ante el notario William Quiel Rivera.—Lic. William Quiel Rivera, Notario.—1 vez.—Nº 27211.—(50845).

Se constituye la denominada Corporación Americana de Tecnología y Servicio Sociedad Anónima, otorgada a las diez horas del siete de junio del dos mil siete, visible al folio 45 vuelto del tomo diez de mi protocolo escritura N° 102-10.—Alajuela, 13 de junio del 2007.—Lic. Carlos Luis Sanabria Porras, Notario.—1 vez.—Nº 27212.—(50846).

Por escritura otorgada ante esta notario, a las 9:00 horas del 11 de junio del 2007, se constituyó la sociedad ETJ Electro Time Japonés Sociedad Anónima, cuyo domicilio será San José, Curridabat, de la Pops quinientos metros sur y veinticinco metros al este, su plazo social es de noventa y nueve años, su objeto principal será el comercio, su capital social es cien mil colones exactos.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 27214.—(50847).

Por escritura otorgada ante este notario, a las 9:00 horas del 11 de junio del 2007, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria  de  socios  de  IDE  Instituto de  Desarrollo Extranjero S. A., en la que se reforma la cláusula sexta del pacto social y se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 27215.—(50848).

Albert Dan Ervin y Darryl Walter Wolfe, constituyen la sociedad anónima denominada La Posada de Carolina S. A. Escritura otorgada en Grecia, a las 17:00 horas del día 11 de junio del año 2007.—Lic. Walter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—Nº 27219.—(50849).

Por escritura número treinta y ocho-cinco, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del once de junio del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Bethpage Black Limitada, titular de la cédula jurídica tres-ciento dos- cuatrocientos veintinueve mil seiscientos noventa y cinco, mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y sexta, se nombró nuevo gerente y se nombró subgerente.—San José, once de julio del dos mil cinco.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 27220.—(50850).

Por escritura otorgada a las doce horas del día seis de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Tree Farm C M R S Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, cuya traducción al idioma español es Finca de Árboles C M R S Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar en su aditamento S. A., su capital social es la suma de diez mil colones, corresponde la representación judicial y extrajudicial al presidente, secretario y al tesorero de la sociedad.—Dominical de Osa, Puntarenas, 6 de junio del 2007.—Lic. José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 27221.—(50851).

El suscrito notario, certifica que en acta número dos de asamblea general extraordinaria de la sociedad Asesores y Servicios J L O Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres cuatro seis tres seis cero, celebrada en su domicilio social, a las ocho horas del diecinueve de mayo del dos mil siete, acuerdan: Novena: Se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo en cuanto a la denominación social, cambiando la denominación social para que en lo sucesivo se lea: Grupo Sulayom Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse Grupo Sulayom S. A. Décima: Se modifica la cláusula segunda del domicilio social: El domicilio de la sociedad será la provincia de San José, cantón Goicoechea, distrito Mata de Plátano, Urbanización Tepeyac, casa número quince. Es todo.—Alajuela, diecinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Marco V. Calvo Amador, Notario.—1 vez.—(50951).

Por escritura otorgada hoy ante mí se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Roygui S. A., mediante la cual se reforma la cláusula octava y se nombra Fiscal.—San José, 14 de junio del 2007.—Lic. Juan Luis Jiménez Succar, Notario.—1 vez.—(51054).

Conste que el día de hoy, por escritura número ochenta y tres, visible al folio noventa y uno frente, del tomo quinto, del suscrito notario público, se procedió a constituir la sociedad anónima denominada MG Brenes & Wonsover Sociedad Anónima, en donde comparecen, el señor Marvin Brenes Porrras y la señorita Guita Wonsover Miranda, como socios constituyentes.—San José, catorce de junio del dos mil siete.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(51062).

Por escritura otorgada a las 20:00 horas del 1º de junio de 2007, se constituyó DR. Caribe Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Rodrigo José Aguilar Moya, Notario.—1 vez.—Nº 27223.—(51224).

Yo, Eduardo Guardia Williams, notario público con oficina abierta en San José, hago constar que mediante la escritura número ciento diez, otorgada ante este notario, a las diecisiete horas del día doce de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones DB Sociedad Anónima, cuyo presidente, secretario y tesorero son los representante legales y es presidenta la señora Jéssica Bolaños Murillo, mayor, casada una vez, psicóloga, vecina de Los Ángeles, San Rafael de Heredia, Residencial Aves del Paraíso, casa número veintiséis D, el secretario es el señor Esteban Donato Sancho, mayor de edad, casado una vez, arquitecto, portador de la cedula de identidad número uno - mil veintinueve - cuatrocientos ochenta y cinco, vecino de Los Ángeles, San Rafael de Heredia, Residencial Aves del Paraíso, casa número veintiséis D y la tesorera es la señora Gricela Murillo Hidalgo, mayor, casada una vez, comerciante, portadora de la cedula de identidad número dos - trescientos treinta y ocho-ochocientos treinta y seis, vecina de Los Ángeles de San Rafael de Heredia, Residencial Aves del Paraíso, casa número veintiséis D, capital social: 12.000,00 colones. Plazo social 99 años.—San José, trece de junio del año dos mil siete.—Lic. Eduardo Guardia Williams, Notario.—1 vez.—Nº 27224.—(51225).

Ante esta notaría se ha constituido la sociedad anónima denominada Bienes Registrales y Representaciones Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años. Domicilio social en la ciudad de San José. Se lleva a cabo esta publicación para los fines pertinentes.—San José, catorce de junio del dos mil siete.—Lic. Mario Zamora Mata, Notario.—1 vez.—Nº 27225.—(51226).

Ante esta notaría se ha constituido la sociedad anónima denominada Inversiones Rodel Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, Domicilio social en la ciudad de San José. Se lleva a cabo esta publicación para los fines pertinentes.—San José, catorce de junio del dos mil siete.—Lic. Mario Zamora Mata, Notario.—1 vez.—Nº 27226.—(51227).

Ante esta notaría se ha constituido la sociedad anónima denominada Tiquicia Real Estate Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, Domicilio social en la ciudad de San José. Se lleva a cabo esta publicación para los fines pertinentes.—San José catorce de junio del dos mil siete.—Lic. Mario Zamora Mata, Notario.—1 vez.—Nº 27227.—(51228).

El día de hoy, en mi notaría, se constituyó una sociedad cuya denominación social corresponderá a su número de cédula de persona jurídica. Capital ¢100.000. Plazo 99 años. Domicilio San Pablo de Heredia, Residencial Siboney, Nº 3-D. Objeto: industria, construcción y comercio en general.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. Roy E. Chang Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 27231.—(51229).

El día de hoy, en mi notaría se constituyó una sociedad cuya denominación social corresponderá a su número de cédula de persona jurídica. Capital ¢1.000.000. Plazo 99 años. Domicilio San Pablo de Heredia, Residencial Siboney, Nº 3-D. Objeto: industria, construcción y comercio en general.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. Roy E. Chang Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 27232.—(51230).

Por escritura número cuarenta y uno - trece de las diez horas del ocho de junio de dos mil siete, se constituyó JJA Agricultura S.R.L. Gerente: Juan Jara Alpízar. Plazo social: Cien años. Capital social: diez mil colones.—San Isidro de El General, nueve de junio de dos mil siete.—Lic. Fernando A. Gamboa Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 27234.—(51231).

Por escritura pública número doscientos dos, otorgada ante esta notaría, en Santa Cruz, Guanacaste a las ocho horas del día trece de junio del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Carrillos Reyes S. A. Domicilio social: Nicoya, Guanacaste; Barrio La Virginia, cincuenta al norte y cincuenta al este del salón comunal. Capital social: Cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: José Francisco Carrillo Obando.—Santa Cruz, Guanacaste; trece de junio del año dos mil siete.—Lic. Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 27236.—(51232).

A las diez horas quince minutos del treinta de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima Inversiones Agropecuarias Araya Naranjo Rem del Sur, en donde aparecen como representantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, el Presidente Ronald Araya Ureña, cédula Nº 1-784-984 y la tesorera Edith Naranjo Mena, cédula 9-105-225. El plazo el social de dicha sociedad es de noventa y nueve años. Su agente residente es el Licenciado José Aurei Navarro Garro, cédula Nº 1-983-146.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, a las once horas del 13 de junio del 2007.—Lic. José Aurei Navarro Garro, Notario.—1 vez.—Nº 27239.—(51233).

A las 12:00 horas del 30 de enero del 2007, se constituyó la sociedad denominada Cincuenta’s Club Interprise S. A., cuyo significado en el idioma español es Cincuenta’s Club Negocios en Desarrollo S. A., el cual es nombre de fantasía en donde aparecen como representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar de forma conjunta o separadamente. Presidente: Emiliano de unico apellido Garced en razon de su nacionalidad americano, pasaporte número cero nueve seis seis dos siete dos seis dos, secretaria: Lorelly Mora Angulo conocida como Roxana Mora Angulo, cédula de identidad número uno-ochocientos doce-quinientos quince. Plazo social: noventa y nueve años. Agente residente: Lic. Sehaneth Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 27240.—(51234).

Ante el Licenciado Juan Federico Arias Chacón, se constituyó Luton Corporation Sociedad Anónima. Presidente: Terence Charles Smith, apoderado generalísimo sin límite de suma, capital social: seis mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 27241.—(51235).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del trece de junio del dos mil siete, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Temp Rite de Costa Rica Sociedad Anónima, para que en adelante sea su capital social la suma de veintisiete millones trescientos mil colones exactos.—San José, trece de junio del dos mil siete.—Lic. Maykol Vinicio Lara Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 27242.—(51236).

El día ocho de junio del año dos mil siete, se protocolizó acta de la sociedad Automotores Okala M Y R S. A.—Palmares, once de junio del año dos mil siete.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 27243.—(51237).

Al ser las 16 horas con 15 minutos del 1º de febrero del dos mil siete, se constituye la sociedad denominada Grupo Consultores Integrados G.C.I Abogados Sociedad Anónima, mediante escritura pública número doscientos sesenta y cinco, ante la notaria Adriana Varela Solís, se nombra como presidenta a la señora Kattia Bermúdez Montenegro.—Lic. Adriana Varela Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 27244.—(51238).

Al ser las 16 horas con 15 minutos del 1º de febrero del dos mil siete, se constituye la sociedad denominada G.C.I Abogados Empresarial Sociedad Anónima, mediante escritura pública número doscientos sesenta y seis, ante la notaria Adriana Varela Solís, se nombra como presidenta a la señora Kattia Bermúdez Montenegro.—Lic. Adriana Varela Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 27245.—(51239).

Por escrituras de las 20 y 21 horas del 13 de junio del 2007, se protocolizan actas de las sociedades: Wild Acres Development & Construction Limitada y Garra de Tigre Coraleño Sociedad Anónima, en su respectivo orden. Es todo.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 27246.—(51240).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 14:00 horas del día 29 de mayo del 2007, se constituyó una sociedad anónima denominada Tradeconektion Sociedad Anónima, domiciliada Santo Domingo de Heredia, 150 oeste de la Municipalidad. Capital social: 10.000 colones.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez G., Notario.—1 vez.—Nº 27247.—(51241).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 12 de junio del 2007, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Melo y Herrera del Caribe S. A., por la que se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra junta directiva, fiscal y agente residente. Presidente: Rick Dean Clausen.—San José, doce de junio del 2007.—Lic. Jorge A. Castro Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 27249.—(51242).

Actuando en Liberia, Guanacaste, en escritura pública número ciento once-dos, otorgada a las trece horas del dos de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad Angudevi de Liberia Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Domicilio social: Liberia, Guanacaste. Se nombra junta directiva. Presidente nombrado: Jimmy Francisco Angulo de la O. Secretaria: Elidia de la O Bonilla. Tesorero: Allan Villegas de la O.—Liberia, 2 de junio del dos mil siete.—Lic. Glenn Rubén Salazar Segura, Notario.—1 vez.—Nº 27250.—(51243).

Mediante escritura número ciento veinticinco, de las diez horas del veintitrés de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Mi Finca Carrera Buena MMM Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—San José, once de junio del año dos mil siete.—Lic. María Felicia Gómez Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 27251.—(51244).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del día 14 de marzo del 2007, se constituyó la sociedad Joraki Verde Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado. Presidenta: María Emilia Rodríguez Esquivel, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, 5 de junio del 2007.—Lic. Juan Antonio Rescia Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 27252.—(51245).

Ante mi notaría, al ser las doce horas del doce de junio del dos mil siete, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria, de la empresa Esquies S. A., por medio de la cual se modificaron las cláusulas sétima, décimo cuarta, décimo quinta del estatuto social.—Lic. Gustavo Infante Meléndez, Notario.—1 vez.—Nº 27253.—(51246).

Joaquín Aguilar y Consuelo Ornelas de Aguila,r constituyen Toucan Land Investments S. A., Butterfly Investments S. A., Ocean Serenata Investments S. A., Boungalow Las Brisas Dos S. A., Boungalow Las Brisas Once J A S. A., Boungalow Las Brisas Uno C O S. A., Boungalow Las Brisas Diez Y H S. A., Boungalow Las Brisas Diecisiete F S S. A. Presidente: Joaquín Aguilar. Escrituras otorgadas en San José, a las 8:30 horas del 21 de marzo del 2007 y 8 horas del 11 de junio del 2007.—Lic. Freddy Segura Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 27254.—(51247).

Por escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del 11 de junio del 2007, se modifico la cláusula tercera de la empresa Universal de Tornillos y Herramientas S. A.—Lic. Freddy Segura Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 27255.—(51248).

A las trece horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de The Green Charmed Montains Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, trece de junio del dos mil siete.—Lic. Edwin Bogantes Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 27256.—(51249).

A las catorce horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de The Isles of The Lost Port Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, trece de junio del dos mil siete.—Lic. Edwin Bogantes Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 27257.—(51250).

Se hace constar que mediante escritura Nº 151-8 de las 10:00 horas del 13 de junio del 2007, se protocoliza acta de Compañía Comercial Bertaclara S. A., que es reforma de cláusulas II, III, VI i VI, de los estatutos y revocación de agente residente y apoderado general judicial.—Lic. Adrián Antonio Brenes Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 27258.—(51251).

A efecto de publicación del edicto correspondiente, le informo que el 28 de mayo del año 2007, comparecieron a esta notaría las señoras Verónica Vanessa López López, cédula 1-992-454, Silvia Gabriela López López, cédula 1-223-220, para constituir la sociedad Asesorías de Registros López Sociedad Anónima. Dicha sociedad fue constituida a las 20 horas del día 28 de mayo del año dos mil siete, por el notario Gerardo Quesada Monge, en escritura Nº 191-14 del tomo catorce de su protocolo.—San José, a los trece días del mes de junio del 2007.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—Nº 27259.—(51252).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 9 mayo del 2007, se constituyó MBP International Corporation Sociedad Anónima. Capital social de diez mil colones. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. Serguei Swirgsde González, Notario.—1 vez.—Nº 27260.—(51253).

Los señores Esteban Alberto Castro Zúñiga y Sebastián Castro Zúñiga, constituyen la sociedad denominada Consultoría y Construcción MZ y Asociados S. A. Domicilio: provincia de San José, cantón Curridabat. Plazo: 99 años. Capital social ¢ 100.000.00. Administración: presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial y con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma actuando conjunta o separada. Escritura otorgada a las 20:00 horas del 12 de junio del 2007.—Lic. José Joaquín Arias Segura, Notario.—1 vez.—Nº 27261.—(51254).

José Antonio Cabrera Guadamuz, Blas Cabrera Guadamuz, Ana Live Rodríguez Segura, María de Los Ángeles Rodríguez Segura, constituyen la sociedad anónima Iniciativas A. P. G. para el Desarrollo S. A. Domiciliada en la ciudad de San José. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las dos horas del día ocho de junio del año dos mil cuatro.—Lic. Isberto González Contreras, Notario.—1 vez.—Nº 27262.—(51255).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, al ser las quince horas cincuenta minutos del once de junio del dos mil siete, se constituyó Plásticos Sureños Sociedad Anónima. Domicilio social: Ciudad Neily, frente a los Tribunales de Corredores, Puntarenas. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Presidente con facultad de apoderado generalísimo sin 1ímite de suma: Óscar Martín Alfaro Soto.—Ciudad Neily, al ser doce horas cuarenta minutos el día trece de junio del dos mil siete.—Lic. Roy F. Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 27263.—(51256).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, al ser las quince horas cuarenta minutos del once de junio del dos mil siete, se constituyó Artiplas Sociedad Anónima. Domicilio social: Ciudad Neily, frente a los Tribunales de Corredores, Puntarenas. Capital social: diez mil colones. Plazo noventa y nueve años. Presidente con facultad de apoderado generalísimo sin 1ímite de suma: Óscar Martín Alfaro Soto.—Ciudad Neily, al ser las doce horas treinta y cinco minutos del día trece de junio del dos mil siete.—Lic. Roy F. Jiménez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 27264.—(51257).

Por medio de la escritura número cincuenta y tres, del tomo sétimo de mi protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Kanamanti Vista Real S. A. Mediante la cual se llevó acabo el cambio de la junta directiva, fiscal y agente residente, asimismo de modificaron las cláusulas tercera y sexta del pacto constitutivo.—San José, doce de junio del dos mil siete.—Lic. Alban Sing Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 27265.—(51258).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas y treinta minutos del día dos de junio del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada IP Management and Service Group Sociedad Anónima, que en el idioma español significa Grupo de Administración y Servicios IP Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado. Presidente: Isidro Con Matarrita; plazo: noventa y nueve años.—San José, 12 de junio del 2007.—Lic. Albán Sing V., Notario.—1 vez.—Nº 27266.—(51259).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 19:00 horas del 11 de junio del 2007, se constituyó Trans-Taleno D’Roble Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital social: 100.000 colones. El presidente con la representación judicial y extrajudicial, y las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Firmo en Ciudad Colón, a las 8:00 horas del día 12 de junio del 2007.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí, Notario.—1 vez.—Nº 27270.—(51263).

Ante esta notaría se constituyó a las quince horas del dos de abril del dos mil siete, la sociedad denominada Olas del Caribe Sociedad Anónima. Domiciliada en Limón. Lic. Guillermo Carballo Pérez, conocido como Willie Carballo Pérez.—Lic. Willie Carballo Pérez Notario.—1 vez.—Nº 27296.—(51279).

Ante esta notaría se constituye Fresas Dragónicas Liberianas Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: Luis Gonzalo Retana Salazar. Escritura otorgada a las 12:00 horas del 13 de junio del 2007.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 27297.—(51280).

Ante esta notaría se constituye Industrias Givol Sociedad Anónima. Capital social: veintisiete mil colones. Presidenta: Gioconda Volio Orozco. Escritura otorgada a las 8:00 horas del 13 de junio del 2007.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 27298.—(51281).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría a las 10:00 horas, protocolicé actas números uno y dos de asambleas generales extraordinarias de socios de Delta Bravo Apache Cinco Sociedad Anónima en las que se reforman estatutos y se nombra nueva junta directiva.—San José, 01 de junio del 2007.—Lic. Ingrid Reischfleger Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 27299.—(51282).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría a las 9:00 horas, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Delta Bravo Apache Cinco Sociedad Anónima, en la que se reforman estatutos y se nombra nueva junta directiva.—San José, 4 de junio del 2007.—Lic. Ingrid Reischfleger Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 27300.—(51283).

En esta notaría se procedió a modificar el pacto constitutivo de la sociedad denominada Sobuko y Matricaria Sociedad Anónima, modificándose la cláusula sétima de la administración.—San José, treinta de abril del dos mil siete.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 27302.—(51284).

En esta notaría se procedió a constituir la sociedad denominada Suricatos y Banderrantes Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Barrio La California, de la Embajada de Nicaragua setenta y cinco metros sur, corresponde al presidente y al secretario la representación judicial y extrajudicial de la empresa.—San José, veinte de noviembre del dos mil siete.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 27303.—(51285).

En esta notaría se procedió a constituir la sociedad denominada Salmuera Escápula Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Barrio La California, de la Embajada de Nicaragua cincuenta metros al sur, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veinte de noviembre del dos mil siete.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 27304.—(51286).

En esta notaría se procedió a constituir la sociedad denominada Ergasrula Salmonera Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Barrio La California, de la Embajada de Nicaragua setenta y cinco metros al sur, corresponde al presidente y al secretario la representación judicial y extrajudicial.—San José, veinte de noviembre del dos mil siete.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 27305.—(51287).

Por escritura otorgada por la suscrita Dafne Lizette Blanco Varela a las once horas del doce de junio del dos mil siete, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Residence Club Suite Seis Mil Trescientos Veintiuno - IV - La Mirla S.R.L., por lo que se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, doce de junio del dos mil siete.—Lic. Dafne Lizette Blanco Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 27308.—(51288).

Por escritura otorgada por la suscrita Dafne Lizette Blanco Varela a las diez horas del doce de junio del dos mil siete protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Residence Club Suite Seis Mil Trescientos Veintiuno - III - La Jacana S.R.L., por lo que se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, doce de junio del dos mil siete.—Lic. Dafne Lizette Blanco Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 27309.—(51289).

Por escritura otorgada por la suscrita Dafne Lizette Blanco Varela a las diez horas treinta minutos del doce de junio del dos mil siete protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Residence Club Suite Seis Mil Trescientos Veintiuno - V - El Bobo S.R.L., por lo que se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, doce de junio del dos mil siete.—Lic. Dafne Lizzette Blanco Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 27310.—(51290).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas veinte minutos del 13 de junio del dos mil siete, se constituye Roboruca JFG Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Adelita Olivares Ferreto.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. Federico Torrealba Navas, Notario.—1 vez.—Nº 27321.—(51301).

A las 20:00 horas del 28 de mayo de 2007, ante mí se constituyó la sociedad denominada Tico Llantas S. A., domiciliada en San Rafael de Oreamuno, Cartago, su objeto social son las importaciones y distribuciones de bienes, el plazo social es de noventa y nueve años, el capital social es la suma de cien mil colones, representantes judiciales y extrajudiciales de la sociedad son el presidente, el secretario y el tesorero quienes podrán actuar conjunta o separadamente.—Lic. Ana Cristina Hidalgo García, Notaria.—1 vez.—Nº 27323.—(51302).

Por medio de escritura número doscientos treinta y seis, otorgada a las 8:00 horas del 12 de junio del 2007, ante esta notaría se protocolizaron acuerdos de la sociedad denominada Inversiones y Desarrollos Luises Sociedad Anónima.—Orotina, 12 de junio del 2007.—Lic. José Luis Ramos Castellón, Notario.—1 vez.—Nº 27325.—(51303).

Se hace saber que ante esta notaría, al ser las diecinueve horas del trece de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Asesorías y Consultorías Multidisciplinarias Hidalgo & Asociados Sociedad Anónima. Domicilio social: Concepción de Tres Ríos, Cartago, Urbanización Montserrat, casa número cinco-C. Plazo social: cien años a partir de esa fecha. Capital social: la suma de diez mil colones. Representantes legales: al presidente y secretario corresponde la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando en forma conjunta o separadamente.—Lic. Ramón Badilla González, Notario.—1 vez.—Nº 27326.—(51304).

En mi notaría, escritura número 98 de las 15:00 horas del 11 de junio de 2007, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la firma Piña los Cortezas de las Huacas S. A. Se reforma el estatuto y se hace nombramiento.—San José, 11 de junio del 2007.—Lic. Víctor Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 27327.—(51305).

Por escrituras otorgadas en esta ciudad a las 16:00 horas del once de junio de dos mil siete y 13:30 horas del doce de junio de dos mil siete, ante la suscrita notaria se protocolizaron actas de las sociedades Muebles Rosand S. A. y Grupo de Negocios S. A., en las que se reformó la cláusula quinta de los estatutos.—San José, 12 de junio de 2007.—Lic. Odilia Arrieta Ángulo, Notaria.—1 vez.—Nº 27332.—(51306).

Por escrituras otorgadas en esta ciudad ante el suscrito notario a las 8:00 horas y 9:15 horas de  hoy  se  protocolizaron actas de  asamblea de  E Business Marketing Services S. A. y Jece S. A., respectivamente, en las que se reforman estatutos.—San José, 12 de junio del 2007.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—Nº 27333.—(51307).

Por escritura otorgada ante mi a las 10:00 horas del 12 de junio del 2007, My Trip to Costa Rica.com S. A., modificó cláusula 5 de sus estatutos aumentando capital y se nombra secretario de Junta Directiva.—San José, 12 de junio del 2007.—Lic. Jaime A. Rojas Fortado, Notario.—1 vez.—Nº 27335.—(51308).

Se hace constar que en mi notaría, mediante escritura número doscientos quince del doce de junio del presente año se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de Capitel Cretense Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula sétima, reformado las facultades de los miembros de la Junta Directiva.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. Paula Sancho Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 27336.—(51309).

Se hace constar que en mi notaría, mediante escritura número doscientos dieciséis del doce de junio del presente año se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de Capitel Espartano Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula sétima, reformado las facultades de los miembros de la Junta Directiva.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. Paula Sancho Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 27337.—(51310).

Se hace constar que en mi notaría, mediante escritura número doscientos cuatro del veintinueve de mayo del dos mil siete, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de Corporación Alhambra Sociedad Anónima, donde se reformó la cláusula sétima de los estatutos modificando las facultades y poderes de los miembros de la Junta Directiva, y se hace cambio en la integración de la misma.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. Paula Sancho Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 27340.—(51313).

Se hace constar que en mi notaría, mediante escritura número ciento tres del dieciséis de mayo del presente año, se constituyó Centurión H.D.M. Sociedad Anónima. Por los socios Maritza Suárez Durall y Elkin Suárez Mazo. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 27341.—(51314).

Ante el suscrito notario se constituyó la sociedad “Finca Coco en el Desierto FCED Limitada”, “Finca Coco del Río FCDR Limitada”, “Finca Coco de la Bahía FCDB Limitada”, “Finca Coco del Gran Caribe FCDGC Limitada”, “Finca Coco Alegre FCA Limitada”, “Finca Coco Escondido FCE Limitada”, “Finca Coco del Bosque FCDB Limitada”, “Finca Coco del Agua Naciente FCDAN Limitada”, “Finca Fuente del Coco FFDC Limitada”, “Finca Coco del Lago FCDL Limitada”, Finca Coco del Bosque Tropical FCDBT Limitada”, “Finca Coco Volcánico FCV Limitada”, “Finca Coco de la Pradera FCDP Limitada”, “Finca Coco Oceánico FCO Limitada”, “Finca Coco de la Llanura FCDL Limitada”, “Finca Coco Soleado FCS Limitada”, “Finca Coco del Bosque Lluvioso FCDBL Limitada”, “Finca Coco Dulce FCD Limitada”, “Finca Coco del Bosque Seco FCDBS Limitada”, “Finca Coco de Aguas Profundas FCDAP Limitada”, “Finca Coco de la Colina FCDC Limitada”, “Finca Coco en la Loma FCEL Limitada”, “Finca Coco del Paraíso FCDP Limitada”, “Finca Coco del Valle FCDV Limitada”, “Finca Flor de Coco FFDC Limitada”, “Finca Coco de las Palmas FCDP Limitada”, “Finca Calle del Coco Loco FCDCL Limitada”.—San José, 11 de junio del 2007.—Lic. Norman Mory Mora, Notario.—1 vez.—Nº 27342.—(51315).

Mediante protocolización de acta de asamblea general ordinaria-extraordinaria, se reformaron las cláusulas segunda y sétima de los estatutos de la sociedad Proayared Sociedad Anónima.—San José, 8 de junio del 2007.—Lic. Norman Mory Mora, Notario.—1 vez.—Nº 27343.—(51316).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las 10:00 horas del 12 de junio del 2007, se protocolizó el acta de Jardines Tropicales y Forestales La Paz Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: 3-101- 312453, en donde se nombra nueva Junta Directiva, siendo su nuevo presidente apoderado generalísimo,  sin  límite de suma es Marco Tulio Lamugue Espinoza.—Martes, 12 de junio del 2007.—Lic. Antonio Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 27346.—(51317).

Ante esta notaría a las dieciséis horas treinta minutos del día veintidós de febrero del año dos mil siete, se adicionó la constitución de la compañía Lagos de Richelieu Sociedad Anónima, con un capital social de treinta mil colones.—San José, 15 de mayo del 2007.—Lic. María Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 27347.—(51318).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 12 de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Argüello y Mena Sociedad Anónima. Capital: cien mil colones totalmente suscrito y pagado. La representación la tendrá el Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 27349.—(51319).

Por escritura otorgada ante mí, se cambia el nombramiento del presidente, secretario y fiscal de la sociedad denominada Hotel las Minas M.V.A. Sociedad Anónima.—Cariari, Pococí, 31 de enero del 2007.—Lic. Martín Jiménez Otárola, Notario.—1 vez.—Nº 27350.—(51320).

Por escritura otorgada ante mí, se cambia el nombramiento del presidente, secretario y fiscal de la sociedad denominada Playitas del Tortuguero M.V.A. Sociedad Anónima.—Cariari, Pococí, 31 de enero del 2007.—Lic. Martín Jiménez Otárola, Notario.—1 vez.—Nº 27351.—(51321).

Por escritura otorgada ante mí, se cambia el nombramiento del presidente, secretario y fiscal de la sociedad denominada Hatos del Atlántico M.E.V. Sociedad Anónima.—Cariari, Pococí, 31 de enero del 2007.—Lic. Martín Jiménez Otárola, Notario.—1 vez.—Nº 27352.—(51322).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito co-notario público en San Isidro de Pérez Zeledón a las quince horas con diez minutos del día veintitrés de mayo del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Desarrollos Comerciales Indio Valiente del General Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma cláusula segunda del pacto social, se revocan los nombramientos del presidente, secretario y tesorero, y se nombran nuevos presidente, secretario y tesorero.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del día 13 de junio del año 2007.—Lic. Fabián Jiménez Valverde, Co-notario.—1 vez.—Nº 27353.—(51323).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito co-notario público en San Isidro de Pérez Zeledón a las quince horas del día veintitrés de mayo del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones Zona Fría Sociedad Anónima, por medio de la cual se revocan los nombramientos del presidente, secretario y tesorero, se nombran nuevos presidente, secretario y tesorero, y se reforma cláusula sexta del pacto social.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del día 13 de junio del año 2007.—Lic. Fabián Jiménez Valverde, Co-notario.—1 vez.—Nº 27354.—(51324).

Mediante escritura pública número ochenta y dos, otorgada por el notario Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, a las once horas del trece de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del decreto ejecutivo número: treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Rodolfo Céspedes Alpízar. Capital suscrito y pago en su totalidad.—Grecia, 13 de junio del 2007.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—Nº 27355.—(51325).

Mediante escritura pública número ochenta y tres, otorgada por el notario Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, a las doce horas del trece de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número: treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, la señora Doris Barrantes Bolaños. Capital suscrito y pago en su totalidad.—Grecia, 13 de junio del 2007.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—Nº 27356.—(51326).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Ebnrhanaj S. A., celebrada en sus oficinas sitas en la provincia de San José Centro, de la bomba La Castellana cien metros al norte y cincuenta metros al oeste, edificio alto, color verde a mano izquierda, a las catorce horas del trece de abril del dos mil siete y se cambia toda la Junta Directiva y Fiscal por todo el plazo social, mediante escritura número: veinticuatro, visible al folio nueve vuelto, del tomo: cincuenta y tres del suscrito notario, se protocolizó dicha acta. Firmo en la ciudad de Grecia, a las quince horas del cinco de junio del dos mil siete.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—Nº 27357.—(51327).

Por escritura número 179-02 del tomo 02 de mi protocolo, otorgada en esta ciudad a las ocho horas del trece de junio del dos mil siete, se constituyen cinco sociedades anónimas, cuya denominación social lo será de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, publicado en La Gaceta número 1144 del 14 de junio del 2006.—San Isidro de El General, 13 de junio del año 2007.—Lic. Maribel Barrantes Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 27358.—(51328).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del doce de junio de dos mil seis, las señoras Mayela Bonilla García y Sylvia Delgado Montero, constituyen la sociedad que se denominará Grupo Mafra Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Barrio La California de la Bomba La Primavera cincuenta metros al sur, Bufete Foro Jurídico. Presidenta Mayela Bonilla García.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. Agustín Meléndez García, Notario.—1 vez.—Nº 27359.—(51329).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del diecisiete de mayo del dos mil siete, Rodolfo Jiménez Carvajal y María Isabel Sánchez Jiménez constituyeron Grupo Neón Jiménez Sánchez Sociedad Anónima. Presidente: Rodolfo Jiménez Carvajal, con un capital social de ¢2.000,00 (dos mil colones netos). Plazo social: 100 años.—Heredia, 14 de junio del 2007.—Lic. Jennie Morera Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 27361.—(51330).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del doce de junio del año dos mil siete; se constituyó la sociedad denominada: Magic Rock Limitada.—San José, 12 de junio del año 2007.—Lic. Olga Eugenia Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 27362.—(51331).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas y treinta minutos del once de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad XC Dos Me Sociedad Anónima. Plazo social cien años.—San José, 11 de junio del 2007.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—Nº 27363.—(51332).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del once de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad LJ Cinco Calzado Sociedad Anónima. Plazo social cien años.—San José, 11 de junio del 2007.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—Nº 27364.—(51333).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del once de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad Arquitectónica Triple A Sociedad Anónima. Plazo social: cien años.—San José, 11 de junio del 2007.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—Nº 27365.—(51334).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del once de junio del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Servicios Complementarios de Salud Milgram S. A., en la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo cuanto al plazo social.—San José, 11 de junio del 2007.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—Nº 27366.—(51335).

Por escritura pública número cincuenta y cuatro-tres, otorgada ante esta notaría, a las diez horas con treinta minutos del día veintiuno de mayo del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad HSBC Sociedad Administradora de Fondos de Inversión (Costa Rica) S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y nueve mil quinientos uno, donde se acordó reformar la cláusula quinta del pacto social.—San José, 29 de mayo del 2007.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 27367.—(51336).

Por escritura otorgada el primero de junio del dos mil siete, ante mí, se reformó el Pacto Constitutivo de la sociedad denominada Kuru Motores Sociedad Anónima, se conocen y se acepta la renuncia que de su cargo presenta el Presidente de la Junta Directiva y se nombra a Ana Karina Leiva Vargas y como domicilio social será Liberia, Guanacaste, de la Escuela Ascensión Esquivel, cien metros sur y setenta y cinco metros este.—Liberia, Guanacaste, 12 de junio del 2007.—Lic. Eva Cristina Alvarado Zapata, Notaria.—1 vez.—Nº 27370.—(51337).

Ante el licenciado Juan Federico Arias Chacón, se reforma la cláusula sétima del Pacto Constitutivo, se nombra nueva Junta Directiva de la sociedad Inversiones Kriska L&C S. A., cédula jurídica 3-101- 421356.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 27372.—(51338).

Ante esta notaría se protocolizó acta número uno de asamblea general extraordinaria de Enferunica S. A. Se cambia domicilio social y se otorga poder generalísimo. Escritura otorgada a las 18:00 horas del 12 de junio del 2007.—Lic. Berenice Martínez Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 27373.—(51339).

Se constituye Arco Arte Films Sociedad Anónima, pudiendo traducirse Películas Arco Arte S. A. Representación: Presidente y tesorero, actuando separadamente. Domicilio: San José, hatillo seis, Paseo América del Sur, número 32. Plazo: cien años. Escritura otorgada a las 11:30 horas del 4 de mayo del 2007.—Lic. Flor de María López Guido, Notaria.—1 vez.—Nº 27374.—(51340).

Por escritura otorgada en San José, a las nueve horas del trece de junio del dos mil siete, ante esta notaría se constituye la mercantil Hydra Marketing Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 13 de junio del año 2007.—Lic. María del Mar Caravaca Arley, Notaria.—1 vez.—Nº 27375.—(51341).

En mi notaría a las 9:00 horas del 23 de mayo del 2007, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de La Unión Financiera Aduanera S. A. Se reforman cláusulas primera, segunda, tercera, sexta, sétima, octava, décimo primera y décimo segunda del Pacto Constitutivo.—Santa Ana, 13 de junio del 2007.—Lic. Miguel Villegas Arce, Notario.—1 vez.—Nº 27376.—(51342).

En mi notaría a las 9:00 horas del 13 de junio del 2007, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas Pop Promotora de Outsourcing Publicitaria Sociedad Anónima, se nombra gerente general sin límite de suma.—Santa Ana, 13 de junio del 2007.—Lic. Miguel Villegas Arce, Notario.—1 vez.—Nº 27377.—(51343).

Rodolfo Naranjo Naranjo, mayor, casado una vez, vecino de San Marcos de Tarrazú, cédula número uno-seiscientos cincuenta-cero ochenta y uno y Maribel Monge Chacón, mayor, casada una vez, vecina de San Marcos de Tarrazú, cédula número uno-setecientos noventa y ocho-quinientos uno, constituyen sociedad anónima denominada Reiro RRNM S. A., con un plazo social de noventa y nueve años a partir del cuatro de octubre del año dos mil seis.—San Lorenzo de Tarrazú, 13 de junio del año 2007.—Lic. Andrea Mora Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 27378.—(51344).

Ante mi notaría, el día de hoy se constituyó la sociedad anónima, denominada: Industrias MHIA Autentic Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años, domicilio social: San Ramón de Alajuela, trescientos metros al sur del Bar Kaluas en San Rafael. Presidenta: Dixsy Mayela Rojas Díaz.—San Ramón, Alajuela, 7 de junio del 2007.—Lic. Guadalupe Valverde Carranza, Notaria.—1 vez.—Nº 27380.—(51345).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del trece de junio del dos mil siete, Luis Guillermo Sibaja Vargas y José Joaquín Sibaja González, constituyen una sociedad anónima. En cuanto a la denominación, se autoriza expresamente al Registro Nacional Sección de Personas Jurídicas para consignar como el nombre de la sociedad, el número de cédula jurídica que ese mismo Registro le asigne. Su domicilio estará en la ciudad de San Isidro de El General, cantón de Pérez Zeledón, provincia de San José, exactamente frente al costado oeste del Parque, Altos de la tienda Arco, pudiendo establecer agencias o sucursales en otro u otros lugares del país o fuera de el. Presidente: Luis Guillermo. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Plazo: noventa y nueve años.—San Isidro de Pérez Zeledón, 13 de junio del 2007.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 27426.—(51377).

Mediante escritura pública número ciento dos, de las quince horas del trece de junio del año dos mil siete, otorgada ante esta Notaría, la sociedad Gilardino Dos Mil Seis S.R.L., con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos cincuenta y dos mil setecientos veinte, se reformó las cláusulas primera y cuarta del pacto social y se ratifican los nombramientos vigentes de los gerentes.—Lic. María Gabriela Arroyo Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 27428.—(51378).

Mediante escritura otorgada ante mi Notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad Grupo Aguas Lindas Sociedad Anónima con un capital social de diez mil colones, un plazo social de noventa y nueve años y administrada por una junta directiva donde el presidente ejerce la representación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Puntarenas, 2 de abril del 2007.—Lic. María Teresa Núñez Torres, Notaria.—1 vez.—Nº 27429.—(51379).

Mediante escritura otorgada ante mi Notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad Grupo Tara Blanca Sociedad Anónima con un capital social de diez mil colones, un plazo social de noventa y nueve años y administrada por una junta directiva donde el presidente ejerce la representación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Puntarenas, 2 de abril del 2007.—Lic. María Teresa Núñez Torres, Notaria.—1 vez.—Nº 27430.—(51380).

Por escritura otorgada a las 16:10 horas del 13 de junio del 2007, se constituye Alcriska del Corrale Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—Nº 27432.—(51381).

Por escritura otorgada a las 15:30 horas del 11 de junio del 2007, se constituye Plantation Estates Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—Nº 27433.—(51382).

Por escritura otorgada a las 09:00 horas del 13 de junio del 2007, se constituye Naranjos Altos Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—Nº 27434.—(51383).

Por escritura otorgada a las 12:00 horas del 10 de noviembre del 2006, se constituye Ferretería y Pinturas Campos Sociedad Anónima.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—Nº 27435.—(51384).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:30 horas del 13 de junio del 2007, se constituyeron las sociedades: Crystal Field Sociedad Anónima, Pacific Valley Near the Sea Sociedad Anónima, Heartland in Guanacaste Sociedad Anónima, Cielo, Montañas y Mar Sociedad Anónima, Total Time on the Beach Sociedad Anónima, Aves en El Paraíso Sociedad Anónima, The Ocean Stratagem Sociedad Anónima, The Wind that Shakes The Valley Sociedad Anónima, Sentimientos de Amor en La Costa Sociedad Anónima, y Atardecer en Las Playas del Norte Sociedad Anónina, los cuales son nombres de fantasía. Capital social: ¢12.000.00 íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José, calles 21 y 23 avenida 10 bis, Nº 2161. Presidenta: Mélida Castro Castro, Representante Legal.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº 27436.—(51385).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Corporación Cinco de Mayo de Apercedo Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Objeto: comercio en general. Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 27437.—(51386).

Al ser las diez horas del día trece de junio del año dos mil siete, en esta Notaría, se protocolizó acta de asamblea general de socios, que reformó el pacto constitutivo de la empresa denominada Factores de Cartago Sociedad Anónima, aumentando su capital social.—Cartago, 13 de junio del año 2007.—Lic. Esteban Francisco Troyo Dintel, Notario.—1 vez.—Nº 27440.—(51387).

En mi notaría, a las quince horas del trece de junio del año dos mil siete, se constituye Musa Ingeniería Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Luz Mercedes Franco Ceballos, Notaria.—1 vez.—Nº 27441.—(51388).

Al ser las nueve horas del día catorce de junio del año dos mil siete, en esta Notaría, se protocolizó acta de asamblea general de socios, que reformó el pacto constitutivo de la empresa denominada Factoreo de Cartago Sociedad Anónima, corrigiendo la denominación social.—Cartago, 14 de junio del año 2007.—Lic. Esteban Francisco Troyo Dintel, Notario.—1 vez.—Nº 27443.—(51389).

Ante mi notaría, se constituyó la sociedad Arianas S. A. Domicilio San José, capital suscrito y pagado, presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente.—Lic. Verónica Mora Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 27444.—(51390).

Ante mi notaría, se constituyó la sociedad Plenty of Health, capital suscrito y pagado, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente.—Lic. Jessie Murillo Moya, Notaria.—1 vez.—Nº 27445.—(51391).

Ante mi notaría, se constituyó la sociedad Líneas Naturales para Vivir Mejor S. A., capital suscrito y pagado, presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente dos de ellos.—Lic. Jessie Murillo Moya, Notaria.—1 vez.—Nº 27446.—(51392).

Ante mi notaría, se constituyó la sociedad Fiduciaria Eurovev Sociedad Anónima, domicilio Escazú, capital suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Jessie Murillo Moya, Notaria.—1 vez.—Nº 27447.—(51393).

Ante mi notaría se constituyó la sociedad Eurodimajo Sociedad Anónima, domicilio Escazú, capital suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Verónica Mora Vega y Jessie Murillo Moya, Notarias.—1 vez.—Nº 27448.—(51394).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 18:05 horas del 05 de junio del dos mil siete, donde se constituye la firma Actualizaciones Tecnológicas Monge Sociedad Anónima.—San José, 12 de junio del 2007.—Lic. José Rojas Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 27451.—(51395).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Suesca Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas del capital y de la representación de la compañía. Escritura otorgada a las 11:00 horas del 14 de junio del 2007.—Lic. Ana Sáenz Beirute, Notaria.—1 vez.—Nº 27454.—(51396).

De conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, se deja constancia que Rosibel Díaz Arias y Karen Barboza Quesada, han constituido setenta y una sociedades anónimas. Escritura otorgada a las 09:00 horas del 14 de junio del 2007.—Lic. Ana Sáenz Beirute y Lic. Elena Alfaro Ulate, Notarias.—1 vez.—Nº 27455.—(51397).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del ocho de junio del año dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de este domicilio Corporación Galaxia Evolutiva Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda fusionarse con las compañías Fagueri Tres Sociedad Anónima, Fagueri Cuatro Sociedad Anónima, Fagueri Cinco Sociedad Anónima, Fagueri Seis Sociedad Anónima, prevaleciendo Corporación Galaxia Evolutiva Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula cuarta del capital social.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. David Arturo Campos Brenes y Lic. Ana Carla Muñoz Villalobos, Notarios.—1 vez.—Nº 27457.—(51398).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del ocho de junio del año dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de este domicilio Fagueri Tres Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda fusionarse con la compañía Corporación Galaxia Evolutiva Sociedad Anónima, prevaleciendo Corporación Galaxia Evolutiva Sociedad Anónima.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. David Arturo Campos Brenes y Lic. Ana Carla Muñoz Villalobos, Notarios.—1 vez.—Nº 27458.—(51399).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas quince minutos del ocho de junio del año dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de este domicilio Fagueri Cuatro Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda fusionarse con la compañía Corporación Galaxia Evolutiva Sociedad Anónima, prevaleciendo Corporación Galaxia Evolutiva Sociedad Anónima.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. David Arturo Campos Brenes y Lic. Ana Carla Muñoz Villalobos, Notarios.—1 vez.—Nº 27459.—(51400).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, a las nueve horas treinta minutos del ocho de junio del año dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de este domicilio Fagueri Cinco Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda fusionarse con la compañía Corporación Galaxia Evolutiva Sociedad Anónima, prevaleciendo Corporación Galaxia Evolutiva Sociedad Anónima.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. David Arturo Campos Brenes y Lic. Ana Carla Muñoz Villalobos, Notarios.—1 vez.—Nº 27460.—(51401).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del ocho de junio del año dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de este domicilio Fagueri Seis Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda fusionarse con la compañía Corporación Galaxia Evolutiva Sociedad Anónima, prevaleciendo Corporación Galaxia Evolutiva Sociedad Anónima.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. David Arturo Campos Brenes y Lic. Ana Carla Muñoz Villalobos, Notarios.—1 vez.—Nº 27461.—(51402).

Marlon Sánchez Cortés, notario público hace constar que mediante escritura número doscientos dos, de las ocho horas treinta y cinco minutos del cuatro de mayo dos mil siete, se constituyó la sociedad de este domicilio denominada Servicios de Transporte Privado Carro Express C.R. Sociedad Anónima.—San José, 14 de junio del 2007.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 27462.—(51403).

Por escritura de protocolización autorizada en esta Notaría, Nº 52 de las 10:00 horas del 13 de junio del 2007, de conformidad con el acta número dos, de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Distribuidora Soysa Sociedad Anónima se modificó la cláusula tercera del pacto constitutivo de la empresa, en el cual se indica en lo que interesa: “El plazo social de la compañía será hasta el treinta de mayo del año dos mil siete.” Fax 219-9483.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. Ligia María López Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 27463.—(51404).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 12:00 horas del 14 de junio del 2007, se modifican las cláusulas segunda y quinta, del pacto constitutivo de la empresa Trece Lares Belén GHI Sociedad Anónima.—San José, 14 de junio del 2007.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario.—1 vez.—Nº 27464.—(51405).

Bufete Sayb: notario Erwin Allan Seas. Ante esta Notaría, al ser las ocho horas del trece de junio del dos mil siete, se constituyó la compañía de plaza denominada Gechea Cero Siete Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, asimismo al ser las dieciocho horas del trece de junio del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Trisa S.T Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones.—Nicoya, 13 de junio del año 2007.—Lic. Erwin Allan Seas, Notario.—1 vez.—Nº 27465.—(51406).

Mediante escritura otorgada el día de hoy en mi Notaría, se constituyó la compañía denominada Inversiones y Afines Nuevo Amanecer L.R. S. A., plazo 99 años, capital 10.000,00 colones, domicilio San José.—San José, 22 de febrero del 2005.—Lic. Fabián Azofeifa Arce, Notario.—1 vez.—Nº 27468.—(51407).

Por escritura otorgada a las 8 horas de hoy, protocolicé acta de la sociedad Inmobiliaria Las Ruinas S. A., por medio de la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 6 de junio del año 2007.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 27469.—(51408).

Al ser las diecisiete horas del día trece de junio de dos mil siete, en mi Notaría, se constituye la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Inmobiliarias Miraflores E & V Sociedad Anónima. Se elije junta directiva y fiscal. Plazo: 99 años.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. Bernald Vargas Montero, Notario.—1 vez.—Nº 27470.—(51409).

A las once horas con cuarenta y cinco minutos del catorce de junio del dos mil siete ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Corporación Servicios Dentales del Caribe L V J Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado, domicilio San José, presidente y tesorero apoderados generalísimos.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—Nº 27471.—(51410).

A las once horas con treinta minutos del catorce de junio de dos mil siete ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Corporación Aguas del Océano Pacífico Bahía Nosara del Sol Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado, domicilio San José, presidente y tesorero apoderados generalísimos.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—Nº 27472.—(51411).

A las once horas con quince minutos del catorce de junio de dos mil siete ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Corporación Vista Mar del Pacífico Celeste Grande Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado, domicilio San José, presidente y tesorero apoderados generalísimos.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—Nº 27473.—(51412).

A las once horas del catorce de junio del dos mil siete ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Corporación Matilda de San Juanillo Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado, domicilio San José, presidente y tesorero apoderados generalísimos.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—Nº 27474.—(51413).

Abner Antonio Miranda Ryan y Jorge Raúl Cano Canessa, constituyen Comercial Arcamir Sociedad Anónima; capital social: 10 mil colones, domicilio social: San José, de Matute Gómez, cien metros al sur y doscientos setenta y cinco al este, casa veintitrés-ochenta y cinco, todo mediante escritura otorgada en San José al ser las 13:00 horas del 13 de junio del 2007, ante la notaria pública Laura Castro Conejo.—Lic. Laura Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—Nº 27475.—(51414).

Rosa Esther López Corrales y Eduardo Elizondo Valverde, constituyen Grupo Prestige C.R.I. Sociedad Anónima; capital social: 10 mil colones; domicilio social: San José, de Matute Gómez, cien metros al sur y doscientos setenta y cinco al este, casa veintitrés-ochenta y cinco, todo mediante escritura otorgada en San José al ser las 8:00 horas del 8 de junio del 2007, ante la notaria pública Laura Castro Conejo.—Lic. Laura Castro Conejo, Notaria.—1 vez.—Nº 27476.—(51415).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19:00 horas del 19 de abril del 2007, protocolicé el acta de asamblea general de socios de Mer S. A., mediante la cual se reformó la cláusula del domicilio social.—San José, 14 de junio del 2007.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 27479.—(51416).

Mediante escritura de las 17:50 horas del día 30 de marzo del 2007, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Baysol Sociedad Anónima. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital social cuatro mil colones. Plazo: 99 años.—Lic. Mario Alberto Mesén Araya, Notario.—1 vez.—Nº 27481.—(51417).

Mediante escritura de las 14:50 horas del día 01 de marzo del 2007, se constituyó la sociedad denominada Finca La Rosa del Monte Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital social siete mil colones. Plazo: 99 años.—Lic. Mario Alberto Mesén Araya, Notario.—1 vez.—Nº 27482.—(51418).

Mediante escritura de las 9:00 horas del día 13 de abril del 2007, se constituyó la sociedad denominada Creaciones Zalga Azul Sociedad Anónima. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital social diez mil colones. Plazo: 99 años.—Lic. Mario Alberto Mesén Araya, Notario.—1 vez.—Nº 27483.—(51419).

Leonidas Vargas Duarte, cédula Nº 1-651-509 y otros conforman sociedad anónima, cuya razón social será la asignada de oficio por el Registro de Personas Jurídicas de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno - J, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis, que es un nombre de fantasía. Domicilio Barrio Las Delicias, Liberia Guanacaste. Notaria Lic. Norma Vargas Duarte-Bufete, avenidas 8 y 10, calle 25, San José.—San José 13 de junio del 7007.—Lic. Norma Vargas Duarte, Notaria.—1 vez.—Nº 27485.—(51420).

Por escritura número doscientos cuarenta y cuatro, otorgada ante el suscrito notario, a las ocho horas del seis de junio de dos mil siete, protocolicé acuerdo de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Faith in the Future Sociedad Anónima, donde se modificaron las cláusulas octava.—San José, doce de junio del dos mil siete.—Lic. Carlos Andrés Canales Sáenz, Notario.—1 vez.—Nº 27486.—(51421).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del trece de junio del dos mil siete, mediante la escritura número cincuenta y ocho - veintiuno, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad El Silencio de Toro Amarillo STA S. A., en la cual se nombra nueva junta directiva.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. Germán Serrano García, Notario.—1 vez.—Nº 27487.—(51422).

Odracir del Bosque Sociedad Anónima, modifica las cláusulas tercera, quinta y sexta del pacto constitutivo, y nombra nueva junta directiva y fiscal, escritura otorgada en San José, a las trece horas del trece de junio del dos mil siete.—Lic. Laura Castro Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 27488.—(51423).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó sociedad denominada Consultant and Constructions of the Peninsula Sociedad Anónima, domicilio social: su domicilio será en el distrito segundo de Palmira, cantón quinto de Carrillo, de la provincia quinta de Guanacaste, cincuenta metros este de la escuela. Plazo social: 99 años. Objeto: el ejercicio general del comercio, la intermediación en compra y venta de todo tipo bienes muebles e inmuebles. Podrá realizar inversiones inmobiliarias, agricultura, ganadería, industria y turismo.—San José, catorce de junio del año dos mil siete.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 27489.—(51424).

Mediante escritura otorgada en mi notaría, a las 12:00 horas de hoy, los señores Tod Frederick Hirsch y Katia María Odio Aguilar, constituyeron la sociedad Brinkos de Pavas Sociedad Anónima. Capital: cien mil colones. Domicilio: Pozos de Santa Ana, San José. Plazo: cien años. Presidente: el socio Hirsch.—San José, 14 de junio del 2007.—Lic. Rodolfo Aguirre Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 27490.—(51425).

Por escritura otorgada el día de hoy, protocolicé la asamblea ordinaria y extraordinaria de Análisis Forense y Estrategias Corporativas Alpízar Sociedad Anónima, donde se acuerda modificar las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo. Se nombra presidente y secretario y se toman otros acuerdos.—Grecia, trece de junio del año dos mi siete.—Lic. Miguel Ángel Zumbado González, Notario.—1 vez.—Nº 27491.—(51426).

Ante esta notaría, se han presentado a protocolizar acta de modificación de estatutos de la compañía Turismo ABC Sociedad Anónima.—San José, siete de junio del dos mil siete.—Lic. Deborah Ann Lores Lares, Notaria.—1 vez.—Nº 27492.—(51427).

Por asamblea general ordinaria y extraordinaria, según acta número uno, de la sociedad Rosales Beltrán Espinoza Sociedad Anónima, domiciliada en Liberia Guanacaste, ciento cincuenta norte de Panadería Montevideo, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-doscientos veintinueve mil quinientos cuarenta y cuatro, asamblea celebrada en su domicilio social a las dieciséis horas del veintiocho de febrero del dos mil siete, contándose con la asistencia de la totalidad del capital social, y por unanimidad de votos se tomaron los siguientes acuerdos, declarados firmes y valederos: se cambia el nombre de la sociedad que adelante se denominará Centro de Carnes de Guanacaste Sociedad Anónima; se incrementa el capital social; renuncian los miembros de la junta directiva; y se hace nuevo nombramiento de junta directiva.—Lic. Hugo Eduardo Peña Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 27493.—(51428).

Por escritura número treinta y nueve, otorgada ante mí, a las doce y treinta horas del día diez de abril del dos mil siete, se constituyó la empresa Grupo C.V.L. Treinta y Nueve S. A.—Lic. Vivian Conejo Torres, Notaria.—1 vez.—Nº 27494.—(51429).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, se ha constituido en mi Despacho la sociedad denominada Tres Jotas - Alajuela - M.CH.O S. A. Sociedad Anónima, escritura número ciento cuarenta y tres, folio ciento veintisiete frente del tomo sétimo de mi protocolo. Capital suscrito y pagado totalmente.—San José, catorce de junio del año dos mil siete.—Lic. Luis Diego Hernández Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 27495.—(51430).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintiuno de mayo del dos mil seis, se constituyó la sociedad anónima Ylang Ylang Naturale Adventures de Costa Rica Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones. Presidente: Moraya Iacono Slump.—Cóbano de Puntarenas, veintidós de mayo del dos mil siete.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 27497.—(51431).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del siete de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Zynk Media S. A.—Heredia.—Lic. Marcelo Wilson Cole, Notario.—1 vez.—Nº 27498.—(51432).

Diseño de Viajes Sociedad Anónima, modifica las cláusulas segunda y quinta de sus estatutos. Domicilio y capital social.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. María Adilia Salas Bolaños, Notaria.—1 vez.—Nº 27499.—(51433).

Por escritura número doscientos cincuenta, se nombra junta directiva fiscal y agente residente, se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo, se otorga poder especial, de la sociedad Cristal del Bosque Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente Gerald Cooper.—Lic. Alexander Salazar Solórzano, Notario.—1 vez.—(51447).

Por escritura número doscientos cuarenta y seis, se constituyó la sociedad denominada Chaoba del Norte Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente: William Martín Chaves Gamboa.—Lic. Alexander Salazar Solórzano, Notario.—1 vez.—(51453).

Por escritura número ciento veintitrés-uno, otorgada ante el notario Mauricio Alberto Vargas Kepfer, a las diez horas del día quince de junio del dos mil siete, se reforman las cláusulas segunda y sexta, se nombran secretario, tesorero y fiscal de la compañía Viride Monstum Sociedad Anónima.—San José, 15 de junio del 2007.—Lic. Mauricio Alberto Vargas Kepfer, Notario.—1 vez.—(51503).

Ante mi notaría, en fecha quince de febrero del dos mil siete, por medio de la escritura número sesenta y dos se constituye la sociedad Transportes Nuevos Horizontes del Pacífico Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones, domicilio en Tibás, plazo: noventa y nueve años, representante legal presidente.—San José, quince de junio del dos mil siete.—Lic. Rebeca Flores Loría, Notaria.—1 vez.—(51508).

Ante mi notaría, en fecha quince de febrero del dos mil siete, por medio de la escritura número cincuenta y ocho se constituye la sociedad Inversiones Babilonia de Occidente Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones, domicilio en Tibás, plazo: noventa y nueve años, representante legal: presidente.—San José, quince de junio del dos mil siete.—Lic. Rebeca Flores Loría, Notaria.—1 vez.—(51509).

Ante mi notaría, en fecha quince de febrero del dos mil siete, por medio de la escritura número sesenta se constituye la sociedad Inversiones del Caribe Tropical Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones, domicilio en Tibás, plazo: noventa y nueve años, representante legal: presidente.—San José, quince de junio del dos mil siete.—Lic. Rebeca Flores Loría, Notaria.—1 vez.—(51510).

Ante mi notaría, en fecha quince de febrero del dos mil siete, por medio de la escritura número cincuenta y nueve se constituye la sociedad Inversiones Agora Nuevo Siglo Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones, domicilio en Tibás, plazo: noventa y nueve años, representante legal: presidente.—San José, quince de junio del dos mil siete.—Lic. Rebeca Flores Loría, Notaria.—1 vez.—(51511).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 12 de junio del 2007, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Cincuenta y Tres Mil Novecientos Veintiocho Sociedad Anónima, se nombró nueva junta directiva. Es todo.—San José, doce de junio del dos mil siete.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº 27501.—(51527).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 14 de junio del 2007, se constituyó la sociedad denominada: Figueroa Capone & Asociados Sociedad Anónima. Domicilio social: San José, Rohrmoser, trescientos metros norte, cincuenta metros este, y setenta y cinco metros norte del final del boulevard. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, quince de junio del dos mil siete.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº 27502.—(51528).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 13 de junio del 2007, se constituye la empresa Atihuac Tuba S. A.—San José, 14 de junio del 2007.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 27503.—(51529).

Mediante escritura otorgada a las diez horas diez minutos del trece de junio del dos mil siete ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general  extraordinaria de Golden Bead LLC Limitada, cédula jurídica 3-102-460549 donde se hicieron nuevos nombramientos y se reformó el pacto constitutivo. Es todo.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—Nº 27504.—(51530).

El notario público Julio Sandoval Alfaro, hace constar que a folio treinta y tres vuelto del tomo tres de mi protocolo, se encuentra la escritura doscientos ochenta y cuatro, en la cual se constituye la sociedad anónima denominada Corporación Hebrón de Heredia Sociedad Anónima, la cual consta con un capital social de diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Israel Alemán Leytón.—Heredia, 11 de junio del 2007.—Lic. Julio Sandoval Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 27506.—(51531).

El notario público Julio Sandoval Alfaro hace constar que a folio treinta y cuatro vuelto del tomo tres de mi protocolo, se encuentra la escritura doscientos ochenta y cinco, en la cual se constituye la sociedad anónima denominada Inversiones Samuisa de Heredia Sociedad Anónima, la cual consta con un capital social de diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Israel Alemán Leytón.—Heredia, 11 de junio del 2007.—Lic. Julio Sandoval Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 27507.—(51532).

Por este medio hago constar que al ser las diez horas del trece de junio del dos mil siete, se modificó la sociedad Rancho Veintisiete S. A., mediante escritura pública número ochenta y cinco, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro, visible folio cincuenta y tres frente del tomo octavo de su protocolo. Se nombró como presidente al señor David Charles Knaggs.—13 de junio del 2007.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 27509.—(51533).

Por este medio hago constar que al ser las diez horas con cuarenta y cinco minutos del ocho de junio del dos mil siete, se modificó la sociedad Playa Azul Veintiuno Oro AQV S. A., mediante escritura pública número ochenta y uno, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro, visible a folio cincuenta vuelto del tomo octavo de su protocolo. Se nombró como presidenta a la señora Sandi Diana Jones.—13 de junio del 2007.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 27510.—(51534).

Mediante escritura otorgada ante este notario, a las 13:10 horas del 7 de junio del 2007, se modifica del consejo de administración. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad le corresponderá al presidente y a la tesorera.—Guanacaste, 7 de junio del 2007.—Lic. Ricardo Alfonso Estrada Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 27511.—(51535).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 8:00 horas del 14 de mayo del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Cayuga del Mar S. A., en virtud de la cual se reformó la cláusula octava del pacto social y se eligió nuevo presidente.—San Juan de Tibás, 14 de junio del 2007.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 27512.—(51536).

Por escritura 135-1 otorgada a las 15:00 horas del 8 de junio del 2007, se crea Inversiones Jorkama Sociedad Anónima. Representante: presidente y secretario.—San José, 8 de junio del 2007.—Lic. Paula Marcela Medrano Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 27513.—(51537).

Por escritura pública número trescientos sesenta y seis otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día catorce de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad Producciones Dragón Sociedad Anónima. Presidente: Rodrigo Alberto Villaviencio Calvo.—Lic. Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 27516.—(51538).

En escritura número cuarenta y ocho-once de las once horas del día once de junio del dos mil siete, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Condominio Los Portones Lote Dos VAT Sociedad Anónima, mediante la cual aumenta el capital social y por lo tanto se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, 14 de mayo del 2007.—Lic. Mario Rucavado Rodríguez y Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notarios.—1 vez.—Nº 27523.—(51539).

En escritura número cuarenta y nueve-once de las once horas con treinta minutos del día once de junio del dos mil siete, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Condominio Los Portones Lote Veintitrés GFT Sociedad Anónima mediante la cual aumenta el capital social y por lo tanto se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, 14 de mayo del 2007.—Lic. Mario Rucavado Rodríguez y Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notarios.—1 vez.—Nº 27524.—(51540).

El día de hoy, a las catorce horas protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Inversiones Raquedu I. R. Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto social, y se nombran presidente, secretario y tesorero.—San José, 14 de junio del 2007.—Lic. María del Milagro Chaves Desanti, Notaria.—1 vez.—Nº 27525.—(51541).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 17:40 horas del 13 de junio del 2007, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Grupo Mozzrella Costa Rica S. A., en la que se modificó la cláusula novena de los estatutos.—San José, 14 de junio del 2007.—Lic. Rogelio Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 27528.—(51542).

Los señores Richard Blasoni, Yeimy María Cedeño Solís y Osvaldo Blasoni, constituyen una sociedad anónima de acuerdo con el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis.—14:00 horas del 25 de mayo del 2007.—Lic. Miguel A. Meza Mora, Notario.—1 vez.—Nº 27532.—(51543).

Los suscritos Antonio Sánchez Navarro,  cédula  de  identidad  Nº 1-649-500 y Damaris Rojas Rojas, cédula de identidad Nº 2-428-059, constituyen la empresa denominada Las Vegas del Desenredo Sociedad Anónima. Es todo.—Las Palmitas de La Rita de Pococí.—Lic. Rosa Nelly Rivera Meza, Notaria.—1 vez.—Nº 27533.—(51544).

Por escritura otorgada a las quince horas del catorce de junio del dos mil siete, se constituye la sociedad anónima Quintas La Ilusión. Presidenta: Olga Marta Saborío Saborío.—Grecia, catorce de junio del dos mil siete.—Lic. Isabel Cristina Vargas Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 27534.—(51545).

Ante esta notaría, a las diecisiete horas del primero de mayo del dos mil siete, José Carlos Valverde Murillo, Yorlene Chaves Porras, Carmen Villareal Torres y Fabián Mauricio Quesada Pérez, constituyen sociedad denominada Soda Los Choferes Porteños Sociedad Anónima, nombran como presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma al primero, domicilio de la sociedad: San Juan de San Ramón de Alajuela, Barrio Belén, doscientos metros este de Maxibodega, su objeto es el comercio en general, plazo social: noventa y nueve años, capital social: veinte acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Lic. José Alberto Zúñiga López, Notario.—1 vez.—Nº 27536.—(51546).

Ante la notaría del licenciado Michael Briones Briceño, carné 10722, se constituyen las siguientes sociedades: Tecnical Support Sociedad Anónima, Corporación Costa Rica Prura Vida Sociedad Anónima, Vidrios Curvos Sociedad Anónima, Representaciones e Inversiones Cancor Sociedad Anónima.—San José, siete de junio del dos mil siete.—Lic. Michael Briones Briceño, Notario.—1 vez.—Nº 27538.—(51547).

Por escritura otorgada ante mí, Nicolás Saborío Cubillo, a las ocho horas del veintisiete de mayo del dos mil siete, se funda la sociedad Multiservicios Técnicos Humaxi Sociedad Anónima. Presidente: Humberto Chaves Mora. Domicilio social: Guápiles, Pococí, Limón, del Abastecedor Palma Dorada, treinta y cinco metros al oeste y ochenta y cinco metros al sur. Agente residente: Lic. Nicolás Saborío Cubillo.—Guápiles, veintinueve de mayo del dos mil siete.—Lic. Nicolás Saborío Cubillo, Notario.—1 vez.—Nº 27540.—(51548).

Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, notario público, se constituyó la sociedad denominada Nueva Vida para SNL Sociedad Anónima, domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, cien metros al sur, veinticinco metros al oeste del Estadio Municipal, con un plazo social de noventa y nueve años a partir del once de junio del dos mil siete, conformado por un capital social de dos mil colones, representado por dos acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Larry Dean Bratcher.—Pérez Zeledón, catorce de junio del dos mil siete.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—Nº 27541.—(51549).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del dieciséis de marzo del dos mil siete, se constituyó la sociedad International Construction System J.K.M. Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José, Plaza Víquez, ciento cincuenta metros este de la Ferretería El Pipiolo. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Mauricio González Pino, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, catorce de junio del dos mil siete.—Lic. Israel Hernández Flores, Notario.—1 vez.—Nº 27542.—(51550).

Por escritura número dos-ciento setenta y uno otorgada a las veinte horas del catorce de junio del dos mil siete, del tomo segundo del protocolo de la notaria pública Adriana Segura Balmaceda, se protocolizó el acta número dos de asamblea general ordinaria y extraordinaria, en la que se reformó la cláusula octava del pacto constitutivo y se hicieron nuevos nombramientos en la junta directiva. Todo lo anterior en relación con la sociedad K.D.M. Computadores y Servicios S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veintiún mil treinta y cuatro.—San José, quince de junio del dos mil siete.—Lic. Adriana Segura Balmaceda, Notaria.—1 vez.—Nº 27544.—(51551).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del trece de junio del dos mil siete, se constituye la sociedad Taller de Carrocería, Enderezado y Pintura A.T.P. S. A. Presidente señor Eladio Ramírez González. Domicilio: Santa Fe de Pavas. Plazo: 99 años.—San José, trece de junio del dos mil siete.—Lic. Ligia María Bermúdez Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 27545.—(51552).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 26 de abril del 2007, se constituyeron las sociedades denominadas Inversiones Inmobiliarias Alodi C R Sociedad Anónima y Lote Garibe Sociedad Anónima. Capital social: enteramente suscrito y pagado. Representación: presidente y secretario apoderados generalísimos. Capital social: cien mil colones.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. Evelyn Granados Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 27547.—(51553).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizan los acuerdos de asamblea extraordinaria de cuotistas de la empresa Red Ferns Path Limitada donde se reforma la cláusula sétima y se nombran nuevos gerentes. Es todo.—San José, 15 de junio del 2007.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—Nº 27549.—(51554).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizan los acuerdos de asamblea extraordinaria de accionistas de la empresa Coastal Palms Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula quinta del capital. Es todo.—San José, 15 de junio del 2007.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—Nº 27550.—(51555).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las ocho horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Ariaba del Caribe S. A., en que se reforman las cláusulas del domicilio y la administración.—Turrialba, veinticinco de mayo del dos mil siete.—Lic. Roberto Casasola Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 27552.—(51556).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 13:30 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Mantenimiento de Fincas y Lotes MAFILO S. A. Capital social: 10.000 colones. Plazo social: cien años. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—Nº 27555.—(51557).

El suscrito notario hago constar que ante mi notaría, al ser las 18:00 horas del 13 de junio del 2007, se constituyó la sociedad denominada Corporación Cuatro Esquinas de Plata S. A. Capital: suscrito y pagado en efectivo.—Lic. Mauricio José Barrantes Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 27559.—(51558).

Ante esta notaría, a las 13 horas del 30 de enero del año 2007, se constituyó la sociedad anónima denominada Dreamland XXI S. A., en español Tierra de Sueños XXI S. A. Plazo social: 99 años. Capital social: ¢10.000,00. Representantes: Roberto Carlos Quesada Alfaro y Adriana Pavón Vega.—San José, 5 de febrero del 2007.—Lic. Roxana Escalante Lafuente, Notaria.—1 vez.—Nº 27560.—(51559).

Por escritura número sesenta, otorgada ante mí, a las 14 horas del día 11 de junio del 2007, se constituyó la empresa Uga Inversiones Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 14 de junio del 2007.—Lic. Álvaro Enrique Dengo Solera, Notario.—1 vez.—Nº 27561.—(51560).

Ante esta notaría, debidamente autorizado el suscrito notario protocoliza acta número dos, de la sociedad Hills of Quepos KJH S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y siete mil setecientos quince; en la cual se aumenta el Capital Social de la empresa y se modifica la composición accionaria.—Puntarenas, trece de junio del dos mil siete.—Lic. Francisco E. Fonseca Monge, Notario.—1 vez.—Nº 27562.—(51561).

Por escritura otorgada el día catorce de junio del dos mil siete, se protocolizó la sociedad la cual se denominará Inversiones Nazret P Z Sociedad Anónima, su capital social: doce mil colones. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de El General, 14 de junio del 2007.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 27563.—(51562).

Por escritura número 194 de las 16 horas del 01 de junio del 2007, se constituyó la empresa Doble Suerte Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Es apoderado generalísimo sin límite de suma el presidente. Plazo: 100 años. Domicilio: Alajuela.—Alajuela, 11 de junio del 2007.—Lic. Johnny Hernández González, Notario.—1 vez.—Nº 27564.—(51563).

Por escritura número 15 de las 11 horas del 11 de junio del 2007, se constituyó la empresa Aserraderos Campos y Campos Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Es apoderado generalísimo sin límite de suma el presidente. Plazo 100 años. Domicilio: Alajuela.—Alajuela, 12 de junio del 2007.—Lic. Johnny Hernández González, Notario.—1 vez.—Nº 27565.—(51564).

Por escritura otorgada el día catorce de junio del dos mil siete, se protocolizó la sociedad la cual se denominará Inversiones La Abeñola Sociedad Anónima, su capital social: diez mil colones. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de El General, 14 de junio del 2007.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 27566.—(51565).

Por escritura hoy otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Monte Bello Lote Cuarenta y Uno ¥ U Y Sociedad Anónima.—Catorce de junio del dos mil siete.—Lic. Freddy Barahona Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 27570.—(51566).

Por escritura hoy otorgada ante mí, se constituye la sociedad denominada K.C.E. Monte Seco Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y pagado.—Playas del Coco, catorce de junio del año dos mil siete.—Lic. Freddy Barahona Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 27571.—(51567).

Por escritura hoy otorgada ante mí, se constituye la sociedad denominada C.E.K. Coco Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y pagado.—Playas del Coco, catorce de junio del año dos mil siete.—Lic. Freddy Barahona Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 27572.—(51568).

Por escritura otorgada a las 14:00 horas del día de hoy, en esta notaría, se constituyó la sociedad domiciliada en Escazú, Jurassic Tours and Travel Limitada. Capital: suscrito y cancelado en su totalidad. Gerente: Armando Salguero Tenorio.—Escazú, catorce de junio del dos mil siete.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 27573.—(51569).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó empresa C.Y.T. Mamba de Coco Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado, acciones comunes y nominativas. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio en San José San Sebastián. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, cinco de junio del año dos mil siete.—Lic. Clay Neil Bodden, Notario.—1 vez.—Nº 27575.—(51570).

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó la empresa T.D.B. the Black Dog Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado, acciones comunes y nominativas. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio en San José, San Sebastián. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, cinco de junio del dos mil siete.—Lic. Clay Neil Bodden, Notario.—1 vez.—Nº 27576.—(51571).

La suscrita notaria hace constar que hoy he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Repuestos Obugal S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y seis mil ochocientos sesenta y uno, mediante la cual se modifican la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, once de junio del dos mil siete.—Lic. Annette Tapia Zumbado, Notaria.—1 vez.—Nº 27578.—(51572).

La suscrita notaria hace constar que hoy he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de Signos Rústicos de Papagayo S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos veintinueve mil setenta y ocho, mediante la cual se modifican la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, ocho de junio del dos mil siete.—Lic. Annette Tapia Zumbado, Notaria.—1 vez.—Nº 27579.—(51573).

Por escritura número ciento setenta y tres, otorgada a las dieciocho horas diez minutos del tres de marzo del dos mil siete, se constituyó la compañía de nominada Jardín del Llano JDL Sociedad Anónima, ante la notaria Alejandra Larios Trejos. Presidente: Jessica Meneses Alpízar.—Liberia, catorce de junio del dos mil siete.—Lic. Alejandra Larios Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 27580.—(51574).

Por escritura de las once horas del veintiocho de mayo del dos mil siete; Kattia Ramírez Fallas y Josué Trejos Salas comparecieron en esta notaría para constituir Karjo Fortuna Investments Sociedad Anónima. Presidenta: Kattia Ramírez Fallas.—Lic. Emma Cousin Picado, Notaria.—1 vez.—Nº 27583.—(51575).

Hoy he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de Babina Camurco B C P S. A., en la cual se acuerda reformar la cláusula sétima del pacto social y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 14 de junio del año 2007.—Lic. Mario Alberto Ortiz Mazza, Notario.—1 vez.—Nº 27584.—(51576).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del catorce de junio del dos mil siete, Willie Byfield Gregory, cédula número siete-cero setenta y seis-ochocientos cinco, vecino de Santa Cruz de Guanacaste, Juan Luis Calvo Calderón, cédula número uno-setecientos treinta-seiscientos veintidós, vecino de Barrio San Cayetano, Jairo Nelson Sandoval Solano, cédula número uno- novecientos veintinueve-setecientos dieciocho, vecino del Carmen de Guadalupe, constituyen la sociedad denominada Costa Rica Electronic Security Solutions Sociedad Anónima, como nombre de fantasía. Domicilio social: provincia de Guanacaste, cantón de Santa Cruz, distrito Santa Cruz, propiamente en residencial San Francisco, apartamento número uno. Capital social: ciento veinte mil colones.—Lic. Yolanda Cecilia Solano Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 27586.—(51577).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las dieciséis horas del catorce de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Grupo Jurídico Servicrédito Sociedad Anónima.—Quince de junio del dos mil siete.—Lic. Paola Tamara Cerdas Bolívar, Notaria.—1 vez.—Nº 27587.—(51578).

Ante mí, Lic. Miguel Enrique Zamora Azofeifa, notario con oficina en San José, mediante escritura número 369 de fecha 9 de junio del año 2007, visible al folio 171 frente, del tomo doce, otorgada a las 16 horas, se constituye la sociedad anónima denominada Diseño y Consultoría en Transportes y Vialidad Transvial S. A., con domicilio en San José Barrio Córdoba, representación legal que recae en el presidente y secretario. Capital social cancelado mediante letras a favor de la sociedad.—San José, 11 de junio del año 2007.—Lic. Miguel Enrique Zamora Azofeifa, Notario.—1 vez.—Nº 27589.—(51579).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la compañía Inversiones Joeley del Coco Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Inversiones Joeley del Coco S. A.—Liberia, 21 de abril del 2007.—Lic. John Henry Valencia Sepúlveda, Notario.—1 vez.—Nº 27590.—(51580).

Constitución de la compañía Consulting & Management Insvestment Analysts Sociedad de Responsabilidad Limitada. Escritura otorgada a las once horas del diecisiete de abril del año dos mil siete.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. Laura Sofía Chavarría Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 27594.—(51581).

Se hace constar que en mi notaría, mediante escritura número sesenta y seis del catorce de junio del año dos mil siete, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionista de Mercantil Reims C R Sociedad Anónima, donde se reforman las cláusulas quinta aumentando el capital social y la sétima reformando la constitución y poderes de la junta directiva y se realizan cambios en la junta directiva.—San José, catorce de junio del año dos mil siete.—Lic. Manuel Fernando Anrango Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 27595.—(51582).

Ante mí, Luis Mariano Vargas Mayorga, notario, se constituyó hoy, la sociedad anónima D.i.g.i.t.a.L.a.g.u.n.a.—San José, ocho de junio del dos mil siete.—Lic. Luis Mariano Vargas Mayorga, Notario.—1 vez.—Nº 27597.—(51583).

Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Majo Horizontes Sociedad Anónima; cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos dieciocho mil cuatrocientos noventa, en la cual se revoca junta directiva, fiscal y se nombra nueva fiscal. Escritura otorgada en la ciudad de Pérez Zeledón, a las once horas con treinta minutos, del día siete de junio del año dos mil siete.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—Nº 27598.—(51584).

Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas celebrada por Harley y Compañía Por Vida Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veintiocho mil ciento veintidós, en la cual se reforma cláusula segunda del pacto constitutivo; del domicilio, cláusula cuarta del pacto constitutivo; del objeto: cláusula sétima del pacto constitutivo; de la administración y la representación de la sociedad, cláusula décima primera del pacto constitutivo; referente al nombramiento de la junta directiva; se revoca junta directiva y fiscal y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Escritura otorgada en San Isidro del General, Pérez Zeledón, a las dieciséis horas del día catorce de junio del año dos mil siete.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—Nº 27599.—(51585).

Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas celebrada por Orgánicos de Las Montañas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y nueve mil ochocientos sesenta y siete, en la cual se reforma cláusula segunda del pacto constitutivo; del domicilio, cláusula cuarta del pacto constitutivo; del objeto: cláusula sétima del pacto constitutivo; de la administración y la representación de la sociedad. Se revoca junta directiva y fiscal y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Escritura otorgada en San Isidro del General, Pérez Zeledón, a las dieciséis horas quince minutos del día catorce de junio del año dos mil siete.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—Nº 27600.—(51586).

Por escritura número noventa y dos, ante esta notaría se constituyó Alfaguz Agregados para Cerámica Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones.—Cartago, catorce de junio del dos mil siete.—Lic. Esteban José Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—Nº 27601.—(51587).

Por escritura de las quince horas del día cinco de marzo del año dos mil siete, número doscientos treinta y ocho, se constituyó la sociedad denominada Servicios Médicos del Norte Medinorth S. A. Plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones.—Lic. Johnny Vargas Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 27602.—(51588).

Por escritura otorgada ante esta notaría en el día de hoy, se constituye la sociedad Bienes del Valle de Girasol DCR Sociedad Anónima. Domiciliada en Santo Domingo de Heredia. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, catorce de junio del dos mil siete.—Lic. Mary Ann Drake Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 27606.—(51589).

Por escritura otorgada ante mi notaría se constituyó la sociedad anónima denominada El Jardín del Tigre EJT Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones y con domicilio social en San José, Escazú, doscientos metros al sur del cementerio nuevo. Plazo social cien años.—San José, dos de junio del dos mil siete.—Lic. Luis Vargas Fernandino, Notario.—1 vez.—Nº 27609.—(51590).

Mediante escritura otorgada en esta notaría a las siete horas del quince de junio del año dos mil siete, se modifica la cláusula sétima de la administración, así como también se nombra un nuevo tesorero de la sociedad Maison Nouraland Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-cuatrocientos veintiocho mil doscientos veinticinco.—San José, ocho horas del quince de junio del dos mil siete.—Lic. Felipe Calvo Argeñal, Notario.—1 vez.—Nº 27610.—(51591).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día diecisiete de mayo del año dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Fercada del Itsmo Sociedad Anónima, reforma cláusula sexta. Nombramiento de junta directiva.—Lic. Lindsay Jiménez Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 27612.—(51592).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día primero de junio del año dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Instrumentos Musicales La Voz Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma poder generalísimo sin límite de suma.—Lic. Roberto Araya Lao, Notario.—1 vez.—Nº 27613.—(51593).

En mi protocolo en la escritura cuatro, el tomo segundo, de las quince horas del día doce de mayo del dos mil siete, se constituye la Fundación Nueva Siembra, se nombran directores: José Feliz Ruisanchez Llaugert, cédula ocho-cero cero ocho uno-cero siete cero dos Margarita Ruisanchez Llaugert, cédula de residencia tres uno cinco cero dos dos cero dos cero cero tres tres cero cero seis ocho ocho tres cuatro y Rangel Ruisanchez Carredano, cédula de residencia uno uno nueve dos cero cero uno cuatro cinco siete tres dos.—San José, diez de junio del dos mil siete.—Lic. Olga Cascante Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 27614.—(51594).

En mi protocolo en la escritura treinta y siete, de las nueve horas del día doce de abril del dos mil siete, se constituye la Fundación Red Interdisciplinaria para el Desarrollo, se nombran directores: Luis Diego Calderón Chavarría, cédula uno-ocho tres uno-uno siete cuatro, Silvia Yockchen Ley, cédula uno-ocho siete nueve-nueve nueve cinco, Julio Tomas Rosales Tiberino, cédula dos-cero cuatro cuatro-cero cero nueve seis.—San José, catorce de mayo del dos mil siete.—Lic. Bernardo Fernández Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 27615.—(51595).

En mi notaría se constituyó Vehículos V.P.C Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, su representante con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma es Vanessa Poveda Calvo, cédula tres-trescientos ochenta-ochocientos setenta y cuatro.—Cartago, 15 de junio del 2007.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—Nº 27617.—(51596).

En mi notaría se constituyó Vehículos de Santa Teresa Vehisa Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, su representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es Luis Antonio Garita Méndez, cédula tres-doscientos cincuenta y nueve-doscientos cincuenta y uno.—Cartago, 15 de junio del 2007.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—Nº 27618.—(51597).

En mi notaría se constituyó El Yunque del Herrero Sociedad Anónima, su representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es Luis Fernando Gómez Chacón, cédula tres-doscientos cuarenta y ocho-ochocientos sesenta y cinco.—Cartago, 15 de junio del 2007.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—Nº 27619.—(51598).

En mi notaría se constituyó Vehículos Agrícolas GPC Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, su representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, Gonzalo Poveda Calvo, cédula tres-trescientos ochenta-ochocientos setenta y cuatro.—Cartago, 15 de junio del 2007.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—Nº 27620.—(51599).

En mi notaría se constituyó Proagri de Lourdes Nibreyka S. A., su representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es Danilo Serrano Brenes, cédula tres-doscientos setenta y nueve-doscientos treinta y nueve.—Cartago, 11 de junio del 2007.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—Nº 27621.—(51600).

En mi notaría, se constituyó Productora Orgánica La Socola Sociedad Anónima, su representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Danilo Serrano Brenes, cédula número tres-doscientos setenta y nueve-doscientos treinta y nueve.—Cartago, 15 de junio del 2007.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—Nº 27622.—(51601).

Mediante escritura número trescientos ochenta y siete, visible al folio ciento setenta y uno vuelto, del tomo décimo del protocolo del notario José Álvaro Bonilla Rojas, se constituyó la sociedad denominada Villamur J.E. Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, San Carlos, a las diez horas del día catorce de junio del dos mil siete.—Lic. José Álvaro Bonilla Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 27623.—(51602).

Ante esta notaría, se constituyó Inversiones Monte Flores Sociedad Anónima.—San José, 15 de junio del 2007.—Lic. Gerardo Ruin Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 27625.—(51603).

Mediante escritura número setenta y cuatro, otorgada ante esta notaría, a las once horas del día catorce de junio del dos mil siete, los señores Herman Eliécer Chacón Badilla y Gary William Kurtz, con un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, constituyen una sociedad anónima denominada Seguridad y Manejo de Propiedades SEMAPRO de Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente: el primero. Representación legal: presidente y secretario, debiendo actuar conjuntamente. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—Santo Domingo de Heredia, 14 de junio del 2007.—Lic. Patricia Sanabria Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 27626.—(51604).

Por escritura número treinta y uno, otorgada ante el notario público Ricardo Perera Salazar, a las doce horas del veintiocho de enero del dos mil cuatro, se constituye sociedad de esta plaza denominada Autos y Refacciones de Lujo del Sur Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: William Delgado Monge.—San José, trece de junio del dos mil siete.—Lic. Ricardo Perera Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 27627.—(51605).

Ante mi notaría, a las 20:00 horas del día 30 de mayo del 2007, se protocolizó acta extraordinaria de asamblea general de la sociedad denominada RR Internacional Tecnologies and Sistem S. A., en donde se acordó la reforma de la razón social. Es todo.—San José, treinta de mayo del dos mil siete.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 27636.—(51606).

Por escritura otorgada en mi notaría, número ciento ochenta y cinco, iniciada a folio ochenta y ocho frente del tomo sétimo de mi protocolo, a las quince horas del once de junio del dos mil siete, ha sido constituida HM Publicidad Sociedad Anónima. Presidenta: Carole Fescia y secretario: Bruno Ferland, ambos apoderados generalísimos sin limitación de suma, conjunta o separadamente. Domicilio: San José, Escazú, San Rafael, Plaza Colonial, dos nueve siete. Objeto: publicidad y grafismo.—Lic. Jorge Porras Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 27637.—(51607).

Por escritura otorgada en mi notaría, número ciento ochenta y seis, iniciada a folio ochenta y nueve vuelto del tomo sétimo de mi protocolo, a las once horas del doce de junio del dos mil siete, ha sido constituida Telestat Sociedad Anónima. Presidenta: Carole Fescia, y secretario: Bruno Ferland, ambos apoderados generalísimos sin limitación de suma, conjunta o separadamente. Domicilio: San José, Escazú, San Rafael, Plaza Colonial, dos nueve siete. Objeto: telecomunicaciones y estadísticas.—Lic. Jorge Porras Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 27638.—(51608).

Por escritura número 338-10, otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 14 de junio del 2007, se constituyó la sociedad denominada Mabely Paola Sociedad Anónima, con un capital social de doce mil colones, totalmente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, 14 de junio del 2007.—Lic. Walter José Jiménez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 27639.—(51609).

Ante el notario público Danny Pérez Matarrita, colegiado Nº 14399, con oficina en Santa Cruz, Guanacaste del Palacio Municipal, doscientos metros al oeste y cien metros al sur, a las dieciséis horas del cuatro de junio del dos mil siete, se constituyó la persona jurídica Casa Culebra Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. Es todo.—Santa Cruz, Guanacaste, doce de junio del dos mil siete.—Lic. Danny Pérez Matarrita, Notario.—1 vez.—Nº 27641.—(51610).

Por escritura otorgada en San José, a las catorce horas del cinco de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Los Clavelones de Quepos Limitada. Domicilio social. Cartago, La Unión. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Ante la notaría del Lic. Juan Luis Guardiola Arroyo.—Lic. Juan Luis Guardiola Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 27643.—(51611).

Por escritura doscientos setenta y dos-uno, otorgada en San José, a las siete horas del trece de junio del dos mil siete, se constituyó All American Properties S. A. Capital social: cien mil colones. Apoderados: Chia Hsun Huang Wang & Jorge Fredy Chacón Villalobos, con facultades independientes de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio social: provincia: San José, cantón: Vázquez de Coronado, distrito: San Rafael, ciento cincuenta metros oeste y ciento cincuenta metros sur del Restaurante La Cava del Duende.—San José, a las ocho horas del trece de junio del dos mil siete.—Lic. Giovanni José Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—Nº 27644.—(51612).

En escritura número cuatrocientos treinta y ocho, del tomo primero de la notaria Melania Jirón Estrada, colegiada dieciséis mil nueve, se constituye sociedad anónima, según sea asignada de oficio por el Registro de Personas Jurídicas, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis, donde el presidente: Milton Barrantes Jiménez, secretario: Franklin Mejías Carmona y tesorera: Nidia Solano Cordero. Es todo.—Liberia, 15 de junio del 2007.—Lic. Melania Jirón Estrada, Notaria.—1 vez.—Nº 27647.—(51613).

Por escritura otorgada a las diez horas del 30 de abril del 2007, se constituyó la Fundación Mente Sana. Presidente representante legal, con facultades de apoderado generalísimo. Domicilio: San José, Rohrmoser, de los Cines de Plaza Mayor, 150 metros al noroeste.—San José, 14 de junio del 2007.—Lic. Carmen Aguilar Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 27648.—(51614).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas y treinta y tres minutos del día diez de mayo del dos mil siete, se constituyó la empresa AIQ Enginieering Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. Plazo social: noventa y nueve años.—San Pedro de Montes de Oca, trece de junio del dos mil siete.—Lic. Andrés Arias Victory, Notario.—1 vez.—Nº 27651.—(51615).

Por escritura otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, a las nueve horas del trece de junio del dos mil siete, Alejandro Villalobos Castro y Melania Lizano Ramón, constituyeron Railroad Coach Sociedad Anónima. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 27652.—(51616).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 5 de junio del 2007, se constituye la sociedad Coach Ochenta y Dos del Sur Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Presidenta: Hilda Cedeño Murillo.—Pérez Zeledón, 5 de junio del 2007.—Lic. Juan Carlos Céspedes Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 27653.—(51617).

Por escritura otorgada a las once horas del día seis de junio del dos mil siete, se toma como acuerdo tercero modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo de la empresa C Y B Consultores y Asesores Empresariales Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-uno siete cuatro uno seis uno, a fin de que corresponda al presidente y al tesorero de la junta directiva, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente, así mismo se acuerda modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo a fin de aumentar el capital social de la empresa a la suma de un millón de colones.—San José, quince de junio del dos mil siete.—Lic. Ana Marcela García Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 27655.—(51618).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del día 13 de junio del año en curso, se constituyó la sociedad Rav Third Generation S. A. Plazo: 99 años. Capital social: doce mil colones, íntegramente suscritos y pagados. Representada por su presidente y su secretario.—San José, 15 de junio del 2007.—Lic. Ronald Ramírez Acuña, Notario.—1 vez.—Nº 27656.—(51619).

Mediante escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Vigan DCR Sociedad Anónima. El plazo social es de cien años. El capital social es de diez mil colones. La representación la ostenta el presidente, quien tiene las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y se encuentra domiciliada en San Rafael de Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio El Patio, tercer piso.—Lic. Roberto Facio Sáenz, Notario.—1 vez.—Nº 27659.—(51620).

Por escritura número setenta y nueve, otorgada ante mí, a las diecinueve horas del ocho de junio del dos mil siete, los señores: Ronald Guzmán Mora, Denis Castro Alcocer, Walter Brenes Hernández, Junior Gerardo Picado Brenes, Reymer Brenes Araya, Gabriel Arias Salas, Marylin Cerdas Guzmán y Esteban Gerardo Fonseca Madrigal, y dicen que de acuerdo con las disposiciones del Código de Comercio y las siguientes cláusulas, constituyen la sociedad denominada Empresa de Crédito Comunal Bahía Ballena. Domicilio: en la Escuela de Bahía Ballena, Osa, Puntarenas. Presidente: Walter Brenes Hernández.—San José, 15 de junio del 2007.—Lic. Henry Alpízar Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 27660.—(51621).

Mediante escritura número ciento tres, del tomo tercero de mi protocolo, otorgada a las veintiún horas del once de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad Empresa de Seguridad Ramos Leitón e Hijos Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones exactos, y con domicilio social en La Lucía de Guararí de Heredia, un kilómetro al suroeste de la antigua Fosforera. Administrada por el presidente Víctor Manuel Ramos Gutiérrez, mayor, casado una vez, oficial de seguridad, cédula de identidad número cinco-ciento cuarenta y dos-cuatrocientos cincuenta y nueve, vecino de La Lucía de Guararí de Heredia, un kilómetro al suroeste de la antigua Fosforera, y por el vicepresidente José Efraín Leitón Carvajal, mayor, casado una vez, oficial de seguridad, cédula de identidad número cuatro-ciento treinta y cinco-trescientos setenta y seis, vecino de San Pablo de Heredia, Urbanización Don Antonio, casa número trece, quienes tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de dicha empresa, actuando en forma conjunta.—Santo Domingo de Heredia, once de junio del dos mil siete.—Lic. Minor Jiménez Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 27662.—(51622).

Hazel Rojas Rojas, notaria pública de San Antonio de Belén, hace saber que al ser las diecinueve horas cuarenta minutos del cuatro de junio del dos mil siete, se constituyó una sociedad, la cual tendrá como nombre el número de cédula jurídica que asigne el Registro Público. Apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: diez mil colones.—Lic. Hazel Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 27663.—(51623).

Se constituye sociedad denominada Ckamuri Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de San Rafael de Alajuela, setenta y cinco metros sur de la Escuela Julia Fernández. Plazo de 99 años. Capital social: de 10.000,00 colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. En escritura otorgada a las quince horas cincuenta minutos del 12 de abril del 2007, ante la licenciada Hazel Rojas Rojas.—Lic. Hazel Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 27664.—(51624).

Por escritura protocolizada por mi persona, en San José, a las 11:00 horas del 14 de junio del 2007, se reforma la cláusula tercera del pacto social, referente al objeto de la sociedad Inversiones La Lima Inmobiliaria Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y nueve mil setecientos cuatro.—San José, 14 de junio del 2007.—Lic. Carlos Mauricio Vargas Caravaca, Notario.—1 vez.—Nº 27665.—(51625).

El suscrito Olman Adrián Álvarez Zamora, mayor, casado una vez, portador de la cédula de identidad número uno-setecientos sesenta y cuatro-seiscientos, ingeniero informático, vecino de Vuelta de Jorco de Aserrí, doscientos metros al sur de las antiguas oficinas de Coopejorco, en su calidad de presidente y representante judicial y extrajudicial de la sociedad denominada El Granero Jorqueño Sociedad Anónima, el mismo tiene las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, solicita al Registro Nacional, Sección Personas Jurídicas, que se publique el edicto correspondiente ha dicha sociedad. El nombramiento del apoderado generalísimo se realiza por todo el plazo social.—San José, trece de junio del dos mil siete.—Lic. Susan Iveth Soto Barboza, Notaria.—1 vez.—Nº 27666.—(51626).

El suscrito Olman Adrián Álvarez Zamora, mayor, casado una vez, portador de la cédula de identidad número uno-setecientos sesenta y cuatro-seiscientos, ingeniero informático, vecino de Vuelta de Jorco de Aserrí, doscientos metros al sur de las antiguas oficinas de Coopejorco, en su calidad de presidente y representante judicial y extrajudicial de la sociedad denominada Comercializadora La Rosalía Sociedad Anónima, el mismo tiene las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, solicita al Registro Nacional, Sección Personas Jurídicas, que se publique el edicto correspondiente ha dicha sociedad. El nombramiento del apoderado generalísimo se realiza por todo el plazo social.—San José, trece de junio del dos mil siete.—Lic. Susan Iveth Soto Barboza, Notaria.—1 vez.—Nº 27667.—(51627).

Que mediante la escritura número ciento trece-ciento veintiséis, visible a folio ochenta y cuatro vuelto al ochenta y cinco frente del tomo ciento veintiséis de mi protocolo, los señores Francisco Madrigal Alpízar, cédula de identidad número dos-ciento cincuenta y siete-seiscientos ochenta y dos, y Cecilia Barrantes Hidalgo, cédula de identidad número dos-doscientos ocho-doscientos cuarenta y nueve, constituyen la sociedad anónima denominada Inversiones Madrigal Barrantes de San Ramón Sociedad Anónima. Domiciliada en Santiago de San Ramón de Alajuela, específicamente doscientos cincuenta metros sur de los Carmelitas. Presidente: Francisco Madrigal Alpízar. Capital social: veinte mil colones netos.—San Ramón, 14 de junio del 2007.—Lic. Sergio Vargas López, Notario.—1 vez.—Nº 27670.—(51628).

Por escritura número 66, otorgada a las 08:00 horas del 15 de junio del 2007, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se protocolizó acta de la sociedad Corporación Farmacéutica Marba S. A. Se modificó la cláusula sexta relativa a la administración, y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Cartago, 15 de junio del 2007.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 27671.—(51629).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del primero de mayo, se constituyó Inversiones Temamora Sociedad Anónima. Capital: debidamente suscrito y pagado. Presidenta, secretaria y tesorera, apoderadas generalísimas sin límite de suma.—Lic. Manuel Enrique Pastrana Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 27680.—(51630).

Ante esta notaría, Lic. Christian Pérez Quirós, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Acrelu de Costa Rica S. A., con un capital social de diez mil colones, divido en diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, domiciliada en la provincia de San José, cantón: Central, distrito: Hatillo, Urbanización Florida Sur, casa ciento veinticinco. Les corresponde al presidente y secretario, la representación judicial y extrajudicial. Presidente: Ronald Campos Blanco. Es todo.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. Christian Pérez Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 27681.—(51631).

Ante esta notaría, Lic. Christian Pérez Quirós, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Rofran Aghier Moluscos de Costa Rica S. A. Se reformó cláusula primera de la denominación social, siendo la actual Haka de Costa Rica Asistencia Residencial S. A. Es todo.—San José, 15 de junio del 2007.—Lic. Christian Pérez Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 27682.—(51632).

Ante esta notaría, Lic. Christian Pérez Quirós, se constituyó la sociedad denominada Agencia de Seguridad J.A.K.T Leiva S. A., con un capital social de diez mil colones, divido en diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Domiciliada en la provincia de Heredia, cantón: Central, distrito: primero, calles ocho y diez, avenida diez. Le corresponde a la presidenta la representación judicial y extrajudicial. Presidenta: Jessica Leiva Hernández. Es todo.—San José, 13 de junio del 2007.—Lic. Christian Pérez Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 27683.—(51633).

Por escritura autorizada a las doce horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Rua de Arrabal Sociedad Anónima, de este domicilio, en que se modificó la cláusula segunda de sus estatutos, en cuanto al domicilio, y se nombraron nuevos directores y fiscal.—San José, catorce de junio del dos mil siete.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 27684.—(51634).

Por escritura autorizada a las quince horas de hoy, protocolicé dos actas de asamblea general extraordinaria de socios de Hilatura Artilene Sociedad Anónima, en que se prorroga el plazo de la sociedad, y se reforman totalmente sus estatutos, y en que se modifican las cláusulas segunda, en cuanto al domicilio y sexta, en cuanto a la administración, se reorganiza la junta directiva y se confieren poderes generalísimos.—San José, catorce de junio del dos mil siete.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 27685.—(51635).

Ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Food Co. Latinoamericana FCL S. A. Capital: suscrito y pagado.—San José, 1º de junio del 2007.—Lic. Jeannette Salazar Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 27686.—(51636).

Por escritura número ciento ochenta y nueve-dos, otorgada en San José, a las quince horas del día quince de junio del dos mil siete, Bufete Gallegos, Gallegos y Lapeira Sociedad Anónima, protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, reforma las cláusulas sétima y novena de la administración.—San José, quince de junio del dos mil siete.—Lic. Óscar Barrantes Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 27688.—(51637).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día quince de junio del dos mil siete, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Hapag Lloyd Costa Rica Sociedad Anónima, entidad poseedora de la cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y tres mil sesenta y uno, mediante la cual se revoca nombramiento de presidente y se hace nuevo nombramiento.—San José, quince de junio del dos mil siete.—Lic. Francisco Cordero Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 27689.—(51638).

Marcelino Morales Villalobos, Ronald Morales Zeledón, Luis Ángel Morales Zeledón y Shirley Morales Zeledón, constituyen la sociedad Autorepuestos del Rey S. A.—San José, 13 del junio del 2007.—Lic. Emilio Arana Puente, Notario.—1 vez.—Nº 27691.—(51639).

Yo, Óscar Venegas Córdoba, notario público de Alajuela, por escritura cincuenta y cinco, otorgada a las quince horas del catorce de junio del dos mil siete, iniciada a folio cincuenta y cuatro frente, del tomo ocho de mi protocolo, se reforma el pacto constitutivo de El Monasterio Álamo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y cuatro mil doscientos sesenta y ocho.—Alajuela, 14 de junio del 2007.—Lic. Óscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 27693.—(51640).

Yo, Óscar Venegas Córdoba, notario público de Alajuela, hago constar que el nombre correcto de la sociedad constituida mediante escritura otorgada ante mí, a las trece horas del veintiocho de febrero del dos mil siete, es Sydnee Marie Properties Inc Sociedad Anónima, y no como erróneamente se indicó.—Alajuela, 14 de junio del 2007.—Lic. Óscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 27694.—(51641).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 15:00 horas del 24 de mayo del 2007, se reforma el estatuto de Amako S. A., cláusula sexta de la administración y primera del domicilio.—Lic. Ana Lorena Umaña Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 27695.—(51642).

Por escritura número ciento veintidós, otorgada en mi notaría, a las catorce horas del siete de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Retana y Retana Sociedad Anónima. Capital social: veinte mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio social: Alajuela, San Carlos, Muelle de Florencia. Representación judicial y extrajudicial: presidente y vicepresidente.—Ciudad Quesada, 14 de junio del 2007.—Lic. Alexander Bogantes Monge, Notario.—1 vez.—Nº 27696.—(51643).

Por escritura otorgada ante el suscrito Luis Alberto Pereira Brenes, a las ocho horas del catorce de junio del dos mil siete, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de Application Engineering Group CR Sociedad Anónima, por lo que se reforma la cláusula novena del pacto social, referente a la administración de la sociedad.—San José, 14 de junio del 2007.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 27698.—(51644).

Por escritura otorgada en San José ante mí, a las 19:30 horas del 5 de junio del 2007, se constituyó la sociedad Azules de Guanacaste FC S. A. Domicilio: Escazú. Capital: diez mil colones. Plazo: 99 años a partir de su constitución. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 15 de junio del 2007.—Lic. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—Nº 27699.—(51645).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20:00 horas del día 5 de junio del 2007, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada Asesoría Electromecánica Aselme Sociedad Anónima, mediante la cual se realiza sustitución de tesorero de junta directiva, y se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo relacionada con la administración de la compañía.— 6 de junio del 2007.—Lic. Harlams Ocampo Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 27702.—(51646).

Ante esta notaria, se protocolizó reforma de cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Mariamp S. A., donde se modifica la administración y personeros.—San Ramón, Alajuela, 14 de junio del 2007.—Lic. Frineth M. Salas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 27706.—(51647).

Ante esta notaria, se constituyó la sociedad Inversiones Rodeliza AB & M S. A. Plazo: 99 años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio en general.—San Ramón, Alajuela, 14 de junio del 2007.—Lic. Frineth M. Salas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 27707.—(51648).

Ante esta notaria, se protocolizó reforma de cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad A O Cuberto Badilla S. A., donde se modifica el plazo social, acortando el mismo.—San Ramón, Alajuela, 25 de mayo del 2007.—Lic. Frineth M. Salas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 27708.—(51649).

Ante esta notaria, se constituyó la sociedad Inversiones Elrafj S. A. Plazo: 99 años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio en general.—San Ramón, Alajuela, 12 de junio del 2007.—Lic. Frineth M. Salas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 27709.—(51650).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del treinta y uno de mayo del dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Proyecto Habitacional de Coronado Número Uno Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—San José, cuatro de junio del dos mil siete.—Lic. Álvaro Monge Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 27727.—(51651).

El suscrito notario Gabriel Andrés Segura Corrales, publica el edicto de la constitución de la sociedad Alba & Aurora Sociedad Anónima. Constituida ante esta notaría en Cartago, a las nueve horas del diez de junio del dos mil siete. Domicilio: Cartago, Quircot, de la plaza dos kilómetros al norte y trescientos metros al este. Plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy. Capital social: diez mil colones.—Lic. Gabriel Segura Corrales, Notariao.—1 vez.—Nº 27728.—(51652).

El suscrito notario Gabriel Andrés Segura Corrales, publica el edicto de la constitución de la sociedad Inversiones Darr y Verr Sociedad Anónima. Constituida ante esta notaría en Cartago, a las trece horas del dieciséis de abril del dos mil siete. Domicilio: Guanacaste, Liberia. Plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy. Capital social: diez mil colones.—Lic. Gabriel Segura Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 27729.—(51653).

A efecto de publicación del edicto correspondiente, le informo que el 9 de junio del 2007, comparecieron a esta notaría, los señores Adrián Alberto Zeledón Montero, cédula Nº 3-354-689, Manfred Gerardo Zeledón Montero, cédula Nº 1-917-489, para constituir la sociedad Comercio y Exportaciones del Futuro Azelm Sociedad Anónima. Dicha sociedad fue constituida a las 15 horas y 30 minutos del día 9 de junio del 2007, por el notario Gerardo Quesada Monge, en escritura Nº 213-14 del tomo catorce de su protocolo.—San José, 15 de junio del 2007.—Lic. Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—Nº 27730.—(51654).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 15:00 horas del 30 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad Importaciones y Logística Mawamba Sociedad Anónima. Presidenta: Ivana Rojas Conejo. Capital: cien mil colones (¢100.000,00). Domicilio: Grecia, Tacares, 100 metros norte del Templo Católico.—Lic. Wendy Monge Alpízar, Notaria.—1 vez.—Nº 27732.—(51655).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 18 horas y 30 minutos del 14 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad Comercial Realsa Rock Sociedad Anónima. Presidente: Ronald Alpízar Jiménez. Capital: cien mil colones (¢100.000,00). Domicilio: Valverde Vega, Sarchí Sur, 75 metros suroeste de la Fábrica de Carretas Joaquín Chaverri.—Lic. Wendy Monge Alpízar, Notaria.—1 vez.—Nº 27733.—(51656).

La Lic. Jenny María Ávila González, hace constar que en Palmares de Alajuela, a las trece horas del veintitrés de marzo del dos mil siete, se protocolizó acta uno de asamblea general extraordinaria de La Perica Araya Rojas Sociedad Anónima. Domiciliada en Esquipulas del Palmares de Alajuela, donde se aumenta el capital social de la empresa, se modifica cláusula octava del pacto constitutivo, se autoriza transmisión de acciones sólo con autorización del Consejo de Administración, se autoriza a la secretaria de la empresa a protocolizar la presente acta.—Palmares, Alajuela, 5 de junio del 2007.—Lic. Jenny María Ávila González, Notaria.—1 vez.—Nº 27738.—(51657).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas de hoy, Agrícola El Palmar Sociedad Anónima, se reforman los estatutos.—San José, 7 de junio del 2007.—Lic. Bernal Ulloa Flores, Notario.—1 vez.—Nº 27740.—(51658).

Por escritura otorgada a las doce horas del quince de junio del dos mil siete, ante esta notaría, se reforma la cláusula primera del pacto social de la sociedad Viajes Senderos del Caribe S. A.—San José, quince de junio del dos mil siete.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—Nº 27743.—(51659).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 15 de junio del 2007, se constituye la sociedad M S Consultores de C. A. Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—San José, quince de junio del dos mil siete.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—Nº 27744.—(51660).

Estelio Rojas Solano y María de Los Ángeles Rojas Solano, constituyen la sociedad que se denominará Inversiones Roso Sociedad Anónima. El domicilio social será en Barrio Córdoba, doscientos cincuenta metros este, casa tres mil ciento cincuenta y siete, provincia de San José. Presidente: Estelio Rojas Solano Carlos, escritura otorgada en San José, a las quince horas del siete de junio del dos mil siete.—Lic. Ricardo Antonio Ureña Ureña, Notario.—1 vez.—Nº 27745.—(51661).

La suscrita notaria, Tatiana Martínez Salas, hace constar que ante mi notaría se constituyó la sociedad denominada Prompting Audible Incentive Devices Sociedad Anónima. Escritura pública otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del catorce de junio del dos mil siete. Apoderado generalísimo sin límite de suma Mark Grandy.—Lic. Tatiana Martínez Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 27746.—(51662).

La suscrita notaria, Tatiana Martínez Salas, hace constar que ante mi notaría se constituyó la sociedad denominada, Securities Asset Corporation Sociedad Anónima. Escritura pública otorgada en la ciudad de San José a las ocho horas del catorce de junio del dos mil siete. Apoderado generalísimo sin límite de suma Mark Grandy.—Lic. Tatiana Martínez Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 27747.—(51663).

La suscrita notaria, Tatiana Martínez Salas, hace constar que ante mi notaría se constituyó la sociedad denominada Carson Valley Research Sociedad Anónima. Escritura pública otorgada en la ciudad de San José a las nueve horas del catorce de junio del dos mil siete. Apoderado generalísimo sin límite de suma, Mark Grandy.—Lic. Tatiana Martínez Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 27748.—(51664).

La suscrita notaria, Tatiana Martínez Salas, hace constar que ante mi notaría se constituyó la sociedad denominada Americas Medical Manufacturing Sociedad Anónima. Escritura pública otorgada en la ciudad de San José a las nueve horas treinta minutos del catorce de junio del dos mil siete. Apoderado generalísimo sin límite de suma, Mark Grandy.—Lic. Tatiana Martínez Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 27749.—(51665).

Ante esta notaría se constituyeron dos sociedades anónimas de acuerdo al Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil trescientos diecisiete-J publicado en La Gaceta del catorce de junio del dos mil seis.—San José, quince de junio del dos mil siete.—Lic. Alessio Blandón Castellón, Notario.—1 vez.—Nº 27751.—(51666).

Por escritura otorgada, ante el notario Marlon Campbell Griffiths, se constituyó la sociedad anónima denominada Constructora Vílchez y Pérez S. A., a las trece horas treinta minutos del día diez de mayo del año dos mil siete.—San José, veintiuno de mayo del dos mil siete.—Lic. Marlon Cambell Griffiths, Notario.—1 vez.—Nº 27754.—(51667).

En mi notaría, mediante escritura otorgada hoy, se constituyó la sociedad denominada Mi Casita Inmobiliaria Colorado Sociedad Anónima. Junta directiva: presidente, secretario y tesorero. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 29 de mayo del 2007.—Lic. Randall Monge Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 27756.—(51668).

Johanna Loaiza Godínez y Charles Richard (primer y segundo nombre) Bowers (apellido) hijo, por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día 15 de junio del año 2007, constituyeron veinticinco sociedades anónimas.—San José, 15 de junio del 2007.—Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario.—1 vez.—(51787).

Ante esta notaría, a las catorce horas del día trece de marzo del año dos mil siete, se constituyó sociedad anónima de esta plaza denominada Advanced Kemical Tek AKTcr Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años. Capital: totalmente suscrito y con su presidente de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 15 de junio del 2007.—Lic. Carlos José Jacobo Zelaya, Notario.—1 vez.—(51798).

Ante esta notaría, a las doce horas del día once de junio del año dos mil siete, se constituyó sociedad anónima de esta plaza denominada Empresa de Comidas el Shadai Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años. Capital: totalmente suscrito y con su presidente de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 15 de junio del 2007.—Lic. Carlos José Jacobo Zelaya, Notario.—1 vez.—(51799).

Ante esta notaría, a las diez horas del día treinta de abril del año dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad anónima de esta plaza denominada Mercadeo Operativo Carrillo y Solano Sociedad Anónima, en donde se nombra reforma cláusula del plazo social.—San José, 15 de junio del 2007.—Lic. Carlos José Jacobo Zelaya, Notario.—1 vez.—(51800).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del quince de junio del dos mil siete se constituyeron treinta sociedades limitadas denominadas Dash For Speed Limitada, Wonder Where Limitada, Windfields Limitada, Sunny Halo Limitada, Sky Classic Limitada American Eclipse Limitada, Better Talk Now Limitada, Bowl of Flowers Limitada, Charismatic Limitada, Dark Mirage Limitada, Dramatic Gold Limitada, Empire Maker Limitada, Favorite Trick Limitada, Foolish Pleasure Limitada, Genuine Risk Limitada, Good and Plenty Limitada, Inside Information Limitada, Lonesome Glory Limitada, Longfellow Limitada, Lost in the Fog Limitada, Peace Rules Limitada, Pleasantly Perfect Limitada, Real Delight Limitada, Silver Charm Limitada, Spend a Buck Limitada, Street Sense Limitada, Whirlaway Limitada, Bold and Determined Limitada, Crazy Solo Limitada y Four of a Kind Limitada. Domicilio: Guanacaste. Plazo: cien años. Objeto: la industria, el comercio, agricultura y ganadería en general todo lo relacionado con el giro de actividades agrícolas, industriales y comerciales en general. Capital: totalmente suscrito y pagado. Se nombra gerente y subgerente.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—(51809).

Por escritura otorgada ante el notario Allan Pérez Montes, a las trece horas del ocho de junio del dos mil siete, Sergio Esteban Mora Solano y Leonardo González Salas, constituyeron Green Surf Developments. Com Sociedad Anónima. Objeto: el comercio en todas sus modalidades, la consultoría, construcción, así como la industria, los bienes raíces. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: el socio Leonardo González Salas; con todas las facultades.—Grecia, once junio del dos mil siete.—Lic. Allan Pérez Montes, Notario.—1 vez.—(51812).

Por escritura otorgada ante mí, a las 7:00 horas del 18 de junio del 2007, se acordó modificar la cláusula tercera. Objeto de la sociedad Recalls from Paradise S. A.—Alajuela, a las ocho horas cinco minutos del 18 de junio del 2007.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(51815).

A las quince horas del día quince de junio del dos mil siete, protocolicé acta del libro de asamblea general de la compañía Ostras Street Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y siete mil novecientos dieciséis, donde se modificó las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y se nombró agente residente.—Lic. Luis Miguel Carballo Pérez, Notario.—1 vez.—(51816).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyó Benzo Graphics S. A.—Heredia, 17 de junio del 2007.—Lic. Mario Benavides Rubí, Notario.—1 vez.—(51821).

Ante la notaría del licenciado Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, a las trece horas del trece de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Building Elite B.L. Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones. Domiciliada en la ciudad de Alajuela, cien metros al sur de la esquina suroeste de la iglesia de la Agonía edificio esquinero, segunda planta, teniendo como apoderado generalísimo sin límite de suma a su presidente Andréi Estevanovich Esquivel, cédula dos-quinientos nueve-cuatrocientos veintiuno. Es todo.—Alajuela, trece de junio del dos mil siete.—Lic. Carlos Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.—(51822).

Ante la notaría del licenciado Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, a las doce horas del trece de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Flauta de Titanio Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones, domiciliada en la ciudad de Alajuela, cien metros al sur de la esquina suroeste de la iglesia de la Agonía, edificio esquinero, segunda planta, teniendo como apoderado generalísimo sin límite de suma a su presidente Andréi Estevanovich Esquivel, cédula dos-quinientos nueve-cuatrocientos veintiuno. Es todo.—Alajuela, trece de junio del dos mil siete.—Lic. Carlos Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.—(51823).

Ante la notaría del licenciado Carlos Eduardo Rodríguez Paniagua, a las catorce horas del trece de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Sonrisa de Oro Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones. Domiciliada en la ciudad de Alajuela, cien metros al sur de la esquina suroeste de la iglesia de la Agonía, edificio esquinero, segunda planta, teniendo como apoderado generalísimo sin límite de suma a su presidente Andréi Estevanovich Esquivel, cédula dos-quinientos nueve-cuatrocientos veintiuno. Es todo.—Alajuela, trece de junio del dos mil siete.—Lic. Carlos Rodríguez Paniagua, Notario.—1 vez.—(51824).

Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada FBSG Propieta Sociedad Anónima, en la cual se acuerda modificar la cláusula primera del nombre, del pacto constitutivo de la empresa, para que de ahora en adelante se lea de la siguiente manera: Constructora BSG Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, al ser las nueve horas del día dieciocho de junio del dos mil siete, ante el notario Roberto Romero Mora. Es todo.—San José, al ser las nueve horas del día dieciocho de junio del dos mil siete.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(51828).

Que por escritura número ciento noventa y ocho-cuatro, otorgada ante el notario Carlos Roberto López León, a las dieciséis horas del catorce de junio del dos mil siete, se reforma cláusula segunda del domicilio social, cláusula novena de la administración y nombramiento de presidente y agente residente de la sociedad denominada Los Delfines Azules a la Orilla de la Playa Sociedad Anónima, con domicilio en San José.—San José, catorce de junio del dos mil siete.—Lic. Carlos Roberto López León, Notario.—1 vez.—(51829).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16 horas del 14 de junio del 2007, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la empresa Marcas Alegres S. A., en donde se nombra presidente: Daniel Mora Saprissa, secretaria: Maribel Mora Saprissa, tesoreao: María Mora Saprissa, fiscal: Marco Vinicio Mora Saprissa.—Lic. Karla Vanessa López Silva, Notaria.—1 vez.—(51830).

Por escritura 11, tomo 28 de mi protocolo, de las 12:00 horas del 6 junio del 2007, se constituyó la sociedad cuya denominación social será el número de cédula de persona jurídica que el Registro le asigne más el aditamento Sociedad Anónima. Domicilio social: Desamparados de Alajuela, Villas Alicante, casa número ciento treinta y ocho. Capital social: cien mil colones. Objeto: comercio de toda clase de bienes y servicios. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Alajuela, 18 de junio del 2007.—Lic. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1 vez.—(51833).

Por escritura 262, tomo 27 de mi protocolo, de las 19:00 horas del 16 abril del 2007, se constituyó la sociedad Pasoluisa Sociedad Anónima. Domicilio social: Alajuela centro, 675 metros norte de Almacén Llobet, a mano izquierda, fachada de ladrillo. Capital social: ochenta mil colones. Objeto: comercio de toda clase de bienes y servicios. Presidente, secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente, excepto para vender, hipotecar y de cualquier otra forma comprometer bienes sociales, donde deberán actuar dos de ellos en forma conjunta.—Alajuela, 18 de junio del 2007.—Lic. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1 vez.—(51834).

Por escritura 17, tomo 28 de mi Protocolo, de las 16:00 horas del 13 junio del 2007, se constituyó la sociedad cuya denominación social será el número de cédula de persona jurídica que el Registro le asigne más el aditamento sociedad anónima. Domicilio social: Desamparados de Alajuela, Villas Calicante, casa número ciento treinta y ocho. Capital social: sesenta mil colones. Objeto: comercio de toda clase de bienes y servicios. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Alajuela, 18 de junio del 2007.—Lic. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1 vez.—(51835).

Por escritura otorgada ante esta notaría se constituyó la sociedad de esta plaza Inversiones Jomaf Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos. Domicilio: Santa Marta, San Pedro, Montes de Oca, San José.—San José, 14 de junio del 2007.—Lic. Vera Violeta Salazar Rojas, Notaria.—1 vez.—(51841).

Ante mi notaría se constituyó sociedad anónima denominada Rincón Andaluz R Y A Sociedad Anónima. Capital social: la suma de diez mil colones dividas en diez acciones comunes y nominativas. Plazo: noventa y nueve años. Representación le corresponde al presidente y secretario.—San José, doce horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho de junio del dos mil siete.—Lic. Harold Meléndez Gamboa, Notario.—1 vez.—(51876).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 8:00 horas del día 29 de marzo del 2007, se constituyó la sociedad anónima denominada First Class Business Services Sociedad Anónima. Presidente: Douglas Salas Araya. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o independientemente. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 29 de marzo del 2007.—Lic. Hernán Ricardo Zamora Rojas, Notario.—1 vez.—(51877).

El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza denominada Euro Negocios Corporación EA Sociedad Anónima, con domicilio en: urbanización Jardines de Roma, casa 19-1, Santiago de San Rafael, Heredia. Presidenta: Marianela Campos Céspedes, tesorero: Alberto Wong Jhong, secretario: Kelly Sun Hu, fiscal: Shirley Arias Villegas.—Heredia, dieciocho de junio del dos mil siete.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—(51878).

El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Pol Latirin Sociedad Anónima, con domicilio en: urbanización Jardines de Roma, casa 19-1, Santiago de San Rafael, Heredia. Presidente: Yefang Wang Hwu, tesorero: Chienkerh Sun, secretario: Kelly Sun Hu, fiscal: Rodrigo Villalobos Vargas.—Heredia, dieciocho de junio del dos mil siete.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—(51879).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Transporte Terrestre Marro T.C. Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital social: cien mil colones. Representación: corresponde al presidente y al secretario, la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, dieciocho de junio del año dos mil siete.—Lic. Elluany Coto Barquero, Notaria.—1 vez.—(51881).

Por escritura otorgada a las 12:20 horas de hoy, se protocolizó acta de Corporación Diversificadora Cordi Sociedad Anónima, por la que se reforman las cláusulas segunda, quinta y sétima del pacto social y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 15 de junio del 2007.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—(51923).

Por escritura otorgada ante mí a las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del ocho de junio del dos mil siete, protocolicé acta de Las Bellezas de San Jorge Sociedad Anónima, de las trece horas del ocho de junio del dos mil siete, mediante la cual se reforma la cláusula primera, y undécima.—Lic. Flory Gabriela Arrieta Hernández, Notaria.—1 vez.—(51929).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas treinta minutos del quince de junio del dos mil siete, se constituyó una sociedad limitada denominada Servicios Móviles Integrales de Centroamérica Limitada. Domicilio: San José. Plazo: cien años. Objeto: la industria, el comercio, agricultura y ganadería en general todo lo relacionado con el giro de actividades agrícolas, industriales y comerciales en general. Capital: totalmente suscrito y pagado. Se nombran gerentes.—Lic. Luis Enrique Gómez Portuguez, Notario.—1 vez.—(51931).

Por escritura número doscientos veinticinco, otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco se protocolizó el acta número uno de la asamblea extraordinaria de socios de Condominio Montecristo Clase Morella Bloque C Dieciocho S. A. Mediante la cual se nombra junta directiva y se modifica la cláusula sétima. Se nombra fiscal.—Alajuela, trece de junio del dos mil siete.—Lic. Nidia Isabel Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(51932).

Por escritura número ciento noventa otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, a las dieciocho horas del día diecinueve de abril del año dos mil siete, se constituye la sociedad anónima denominada Inversiones Jamal Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de junio del año dos mil siete.—Lic. Nidia Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(51933).

Por escritura número ciento cuarenta y cinco otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco, a las once horas del día dos de marzo del año dos mil siete, se constituye la sociedad anónima denominada Libogur del Mar Sociedad Anónima.—Alajuela, trece de junio del año dos mil siete.—Lic. Nidia Isabel Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(51934).

Por escritura número doscientos veintinueve, otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco se protocolizó el acta número dos de la asamblea extraordinaria de socios de Hermanos Alvarado Alfaro Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra al vicepresidente, secretario, tesorero, primer vocal y se modifican las cláusulas octava y novena. Se nombra fiscal.—Alajuela, dieciocho de junio del dos mil siete.—Lic. Nidia Isabel Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(51935).

Por escritura número doscientos veintiocho, otorgada ante la notaria Nidia Isabel Sibaja Blanco se protocolizó el acta número dos de la asamblea extraordinaria de socios de Condominio Montecristo Estilo Clarion BA Quinto S. A., mediante la cual se nombra junta directiva y se modifica la cláusula sétima. Se nombra fiscal.—Alajuela, trece de junio del dos mil siete.—Lic. Nidia Isabel Sibaja Blanco, Notaria.—1 vez.—(51936).

Que por escritura otorgada ante los notarios Guillermo Sandí Baltodano y Jorge Baltodano Jaen, a las catorce horas quince minutos del día quince de junio del año dos mil siete, se constituyen las sociedades: Worthington Development Sociedad Anónima; Worthington Equity Sociedad Anónima; Worthington Consulting Sociedad Anónima.—San José, dieciocho de junio del año dos mil siete.—Lic. Guillermo Sandí Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 27757.—(51938).

Que por escritura otorgada ante los notarios Guillermo Sandí Baltodano y Jorge Baltodano Jaen, a las catorce horas del día quince de junio del año dos mil siete, se constituye la sociedad Worthington Trust Sociedad Anónima.—San José, dieciocho de junio del año dos mil siete.—Lic. Guillermo Sandí Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 27758.—(51939).

César Alonso Ugalde Rojas, mayor, cédula de identidad número uno-novecientos noventa-doscientos cincuenta y uno y Yanori Patricia Murillo Morera, mayor, con la cédula número dos-quinientos cuarenta y tres-trescientos ochenta y tres, ambos vecinos de La Riviera de Esparza Puntarenas, cincuenta metros al oeste de la iglesia Manantial de Vida constituyen Inversiones C.A..U.R. Sociedad de Responsabilidad Limitada, otorgada a las nueve horas del veintiséis de mayo del dos mil siete.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 27760.—(51940).

Por escritura de las 8:00 horas, se constituye Multiservicios Almidaga Sociedad Anónima. Presidente: Minor Allan Quesada Mora.—San José, 14 de junio del dos mil siete.—Lic. María Elena González Larrad, Notaria.—1 vez.—Nº 27761.—(51941).

Alexander Herrera Porras, cédula número dos-quinientos cinco-seiscientos ochenta y tres, Maureen Iliana Herrera Porras, mayor, con la cédula número dos-quinientos cincuenta y ocho-setecientos sesenta y cuatro, Alejandra Herrera Porras, mayor, cédula número dos - quinientos cincuenta y ocho-setecientos sesenta y cinco, Isabel Porras Castro, mayor, cédula dos-doscientos-setecientos sesenta y ocho. Todos vecinos de Alajuela, Sarapiquí Cinchona, trescientos metros al oeste de la plaza de deportes, constituyen Inversiones Alemais H Y P Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las diecisiete horas del once de junio del dos mil siete.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 27762.—(51942).

NOTIFICACIONES

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Resolución N° D. Jur. 0428-2007.—San José, al ser las ocho horas cuarenta minutos del día dieciocho de mayo de dos mil siete. Se conoce recurso de revocatoria con apelación en subsidio presentado por el señor Narváez Espinoza Ernesto Javier, mayor, de nacionalidad Nicaragüense, portador del pasaporte número C 0926206, contra la resolución de esta Dirección General número 135-2005-1608-DPL-PEM/ DAO de las doce horas con cinco minutos del veintitrés de noviembre del dos mil cinco, la cual declaró ilegal su permanencia en el país, ordenó su deportación y el correspondiente impedimento de entrada.

Resultando:

1º—Que el señor Narváez Espinoza Ernesto Javier de calidades indicadas, presentó en tiempo y forma recurso de revocatoria con apelación en subsidio, contra la resolución de esta Dirección General número 135-2005-1608-DPL-PEM/ DAO de las doce horas con cinco minutos del veintitrés de noviembre del dos mil cinco, la cual declaró ilegal su permanencia en el país, ordenó su deportación y el correspondiente impedimento de entrada.

2º—Que en aras de no perjudicar a la parte solicitante por el incumplimiento en el pago de los timbres del Colegio de Abogados, con fundamento en el 292 inciso 1), de la Ley de la Administración Pública, esta Dirección General procede a conocer el recurso interpuesto.

3º—La recurrente argumenta entre otras cosas lo siguiente: “... a) Que como establece la resolución ingresó el día siete de octubre del dos mil cinco, ea hae tres meses de su último ingreso y lo hizo en forma legal. b) Que su persona estando en territorio costarricense, fue detenido y llevado a la delegación de Migración quinta comisaría, en donde se le comunicó esa resolución, la misma que recurro toda vez que la considera injusta, dado al poco tiempo de ingreso de su persona a territorio tico. c) Que se le ha impedido el libre acceso a documentación informativa para regular su permanencia d) Que al declararse ilegal su permanencia en el país, en encuadra en la lista de deportados. e) Que invoca la revocatoria y apelación en subsidio en contra de la resolución de marras, fundando su petitoria en lo establecido en la Constitución Política de la República de Costa Rica, el Convenio de Derechos Humanos de San José y otros tratados que se refieren a los emigrantes en el mundo entero.

4º—Que el procedimiento administrativo de deportación contra el recurrente ha sido tramitado bajo el expediente número 135-2005-2748 de la Policía Especial de Migración.

5º—Que en el conocimiento del presente asunto se han observado los procedimientos de ley.

Considerando:

I.—Que aunque el accionante no presenta dentro su escrito las especies fiscales correspondientes al Colegio de Abogados, con fundamento en el 292 inciso 1 de la Ley de la Administración Pública y con el fin de no perjudicar a la parte solicitante, esta Dirección General procede a conocer el recurso interpuesto.

II.—Del expediente administrativo levantado para estos efectos, esta Dirección tiene como cierto que los trámites de deportación se iniciaron por la comprobada permanencia ilegal del recurrente, quien realizó su ingreso legal en fecha siete de octubre del dos mil cinco, contando el extranjero con treinta días para permanecer en el país en calidad de turista, de conformidad con el artículo 87 del Reglamento a la Ley General de Migración y Extranjería, número 7033 del 4 de Agosto de 1986, vigente al momento de dictarse la resolución impugnada y con las Directrices Generales de Visas de Ingreso para no Residentes.

III.—Que de conformidad con el artículo 118, inciso 3), de la Ley General de Migración, vigente al momento del dictado de la deportación, el solo hecho de permanecer en el país una vez vencido el plazo autorizado, es causal para proceder a la deportación del extranjero, situación en la cual se encuentra el recurrente lo que se comprueba con su propia declaración y es reafirmado en el recurso interpuesto.

IV.—Esta Dirección General está facultada para regular el ingreso y permanencia de los extranjeros en el territorio nacional, ordenando la deportación de los foráneos que incurran en alguna de las causales determinadas por la legislación migratoria vigente al momento de su ubicación, no pudiendo alegar ignorancia de la ley u otros mecanismos con el fin de evadir la ejecución de dicha sanción administrativa. Como criterio medular del libelo del recurso, asevera el señor Narváez Espinoza que el tiempo que ha permanecido en el país, de forma irregular es poco y por lo tanto le resulta injusta la resolución alegada, siendo que dicha situación le impide el libre acceso a documentación informativa para regularizar su permanencia en el país. Al respecto estima esta Representación que, no obstante tales aseveraciones, dichos criterios no constituyen elementos objetivos con fuerza jurídica suficiente para revocar la orden de deportación que ahora nos ocupa, pues la actitud que legal y ética debió observar el recurrente fue la de regularizar su situación migratoria una vez vencido el plazo autorizado por la visa de turismo (30 días), ya fuese en forma personal o por interpuesto apoderado. Por el contrario, nótese que al momento de la detención del accionante el mismo tenía más de un mes de permanencia ilegal en el país, además como el mismo lo manifiesta en su declaración, no había realizado ningún tipo de gestión tendiente a regularizar su situación migratoria en el país, debiéndose dejar en claro que es obligación del foráneo que desea permanecer por más del tiempo autorizado por la visa de turismo, apersonarse a nuestras oficinas a legalizar su estadía en suelo costarricense, por lo que no lleva razón el recurrente cuando trata de imputar a la Administración el no poder desplazarse a conseguir los documentos necesarios para regularizar su situación migratoria en el país, resultando imposible revocar la resolución alegada.

V.—Finalmente, debe indicársele al señor Narváez Espinoza Ernesto Javier que, de conformidad con el oficio 559-01-07-GE del 23 de enero del 2007 suscrito por la Lic. Xinia Sossa Siles, Subdirectora de Migración y Extranjería, NO aparece trámite de residencia alguno a nombre del accionante, de ahí que la resolución impugnada resulte a todas luces ajustada a derecho. Por tanto,

Con base en lo expuesto y en los artículos 49 inciso c), 50 inciso c), 118 inciso 3) y 119, todos de la Ley General de Migración y Extranjería y 87 de su respectivo Reglamento, vigentes al momento del dictado de la resolución impugnada esta Dirección General resuelve: Declarar sin lugar recurso de revocatoria presentado por el señor Narváez Espinoza Ernesto Javier y confirmar la resolución de esta Dirección General número 135-2005-1608-DPL-PEM/DAO de las doce horas con cinco minutos del veintitrés de noviembre del dos mil cinco. Se admite la apelación subsidiaria, se cita y emplaza al recurrente para que haga valer sus derechos ante el superior jerárquico, para lo cual cuenta con tres días hábiles a partir del día hábil siguiente a la presente comunicación. Notifíquese. Lic. Mario Zamora Cordero, Director General.—(Solicitud Nº 065).—C-167000.—(51223).

SEGURIDAD PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ministerio de Seguridad Pública.—Asesoría Jurídica.—Proceso de Desalojos Administrativos.—Se notifica mediante edicto, al ser no ser posible por medio común, según el artículo 241 inciso 4) de la Ley General de la Administración Pública, a Roberto Monge Solórzano, Alejandro Solórzano Cambronero y demás ocupantes, la resolución “1298-07 D.M.—Ministerio de Seguridad Publica.—Despacho del Ministro.—San José, a las catorce horas dieciséis minutos del treinta de marzo de dos mil siete. Gestión de desahucio administrativo promovida por Elizabeth Araya Grossi, cédula de identidad Nº 1-323-094, albacea de la sucesión de Porfirio Valverde Montero, contra Roberto Monge Solórzano, Alejandro Solórzano Cambronero y demás ocupantes.

Resultando:

1º—Que mediante escrito recibido el 8 de febrero de 2007, Elizabeth Araya Grossi, en la condición señalada, solicita el desahucio administrativo contra Roberto Monge Solórzano, Alejandro Solórzano Cambronero y otros quienes ocupan la propiedad inscrita en el Registro Público, Sección de Propiedad, matrícula de Folio Real 130974-000, situada en el distrito primero San Sebastián, cantón primero, de la provincia de San José (v. f. 1 y 2).

2º—Que la actora acredita su derecho como propietaria del inmueble en disputa mediante certificación de propiedad (v. f. 5).

3º—Que los demandados han ocupado el inmueble por tolerancia de la propietaria y por haberse negado a abandonarlo la accionante acude a esta vía para hacer efectiva su pretensión. (v. f. 1 y 2).

4º—Que se realizaron las diligencias útiles y necesarias y se tomaron en cuenta las normas y los términos de ley para el dictado de esta resolución.

Considerando:

I.—Que de conformidad con la reforma al artículo 455 del Código Procesal Civil establecida por los artículos 7 inciso f) y 131 de la Ley número 7527 de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos, se excluye del ámbito judicial el conocimiento de los casos de ocupación por mera “tolerancia”, por lo que éstos deben ventilarse en la vía administrativa.

II.—Que para la procedencia del desahucio administrativo sustentado en la causal de mera tolerancia, contemplada en la normativa citada, basta constatar el derecho del actor sobre el inmueble así como la finalización de la tolerancia -supuestos demostrados en el caso de marras- por lo que ante la negativa de los accionados para abandonarlo, de conformidad con el ordenamiento jurídico le asiste el derecho a la promovente para solicitar el desahucio administrativo.

III.—Que con fundamento en la legislación que ha sido objeto del presente estudio, por tratarse de una ocupación por mera tolerancia, resulta procedente acoger la presente solicitud. Por tanto,

EL DESPACHO DEL MINISTRO

RESUELVE:

Acoger la gestión de desahucio administrativo promovida por Elizabeth Araya Grossi, en la condición indicada, contra Roberto Monge Solórzano, Alejandro Solórzano Cambronero y demás ocupantes. En consecuencia, con apego a lo dispuesto por el artículo ocho de la Ley General de Policía, se autoriza a la policía del lugar para que proceda al desahucio según lo solicitado. De previo a ejecutar la presente resolución, se les otorgará a los demandados un plazo de cinco días hábiles, con el fin de que voluntariamente desalojen la propiedad que se trata. Caso contrario, transcurrido dicho plazo sin que se presente recurso se procederá al desalojo. Se podrá interponer recurso de reposición en la Asesoría Jurídica de este Ministerio, dentro del tercer día, de conformidad con los artículos 344 y 346 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese. Expediente Nº 457-07. Lic. Fernando Berrocal Soto, Ministro de Seguridad Pública.”.—Proceso de Desalojos Administrativos.—Lic. Alejandro Chan Ortiz, Jefe.—(51901).

HACIENDA

DIRECCIÓN JURÍDICA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Por ignorarse el domicilio actual de la empresa González Herrera y Asociados Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-285140, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, así como en el artículo 7 de la Ley 7637, Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales, publicada el día 4 de noviembre de 1996, se procede a notificar por medio de edicto la parte resolutiva de la resolución Nº 094-2005 de las ocho horas del quince de febrero del dos mil cinco, la cual literalmente dice: “(...) Por tanto, el Ministro de Hacienda, resuelve: Con base en los hechos expuestos y preceptos legales citados, y de acuerdo a los artículos 146 y 150 de la Ley General de la Administración Pública, este Despacho procede a ejercer una segunda intimación a la empresa González Herrera y Asociados Sociedad Anónima, para que en el plazo improrrogable de quince días, contados a partir de la última publicación del edicto respectivo en el Diario Oficial La Gaceta, cancele la suma de ¢7.849.514,89 (siete millones ochocientos cuarenta y nueve mil quinientos catorce colones con ochenta y nueve céntimos), por concepto de los daños y perjuicios ocasionados a la Administración, al incurrir en el incumplimiento de las contrataciones Nos.CDE-09-1355-2002, CDE-09-2862-2002, CDE-09-0531-2002, CDE-09-2490-2002, CDE-09-1322-2002, CDE-09-2066-2002, CDE-09-2023-2002. Comuníquese y notifíquese a la empresa gestionante por medio de edicto. Publíquese por tres veces en La Gaceta.—Federico Carrillo Zürcher.—Lic. Teresa Poveda Donato, Subdirectora Jurídica.—(Solicitud Nº 14003).—C-38135.—(51216).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD

BIENES INMUEBLES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se hace saber a Luisa García Bolaños, cédula de identidad número 1-525-767; que se le brinda audiencia por medio de edicto por desconocerse su domicilio exacto, a sus albaceas o a sus representantes legales, o a cualquier otra persona con interés legítimo, que la Dirección del Registro Público de Bienes Inmuebles, ordenó la apertura de Diligencias Administrativas de oficio, iniciada a partir del escrito firmado por la Registradora Patricia Chacón Argüello, grupo 2 número 13-5, presentado ante esta Dirección el día 30 de agosto del 2006, por medio del cual informa sobre la supuesta doble inmatriculación de las fincas del Partido de Heredia, ciento treinta y nueve mil veintinueve (139029) y ciento cincuenta mil ciento cuarenta y tres (150143), que publicitan el mismo Plano Catastrado número H-ochocientos sesenta y ocho mil novecientos setenta y uno-mil novecientos noventa (H-868971-1990).

En lo que interesa, el escrito literalmente expresa:

“(...) Haciendo el respectivo estudio en la finca 4-150143-000 que es la que se hipoteca tiene asignado el plano 4-868971-1990 también aparece asignado a la finca 4-139029-000 (fincas que coinciden en la naturaleza, número de lote, situación, medida y linderos) también nacen de la misma finca, pero no pertenecen al mismo dueño

(…)”

Debido a la devolución del acuse número RR 123043611 CR, a Luisa García Bolaños, cédula de identidad número 1-525-767, por parte de Correos de Costa Rica, por Resolución de las ocho horas del jueves treinta y uno de mayo del dos mil siete, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convenga. Y se le previene, que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J, de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año, en concordancia con el numeral 3 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley 3883 de 30 de marzo de 1967 y sus reformas, y el artículo 185 del Código Procesal Civil. (Ref. Exp. 280-2006). Notifíquese por medio de edicto.—Curridabat, 31 de mayo del 2007.—MSc. Óscar Rodríguez Sánchez, Director.—(Solicitud Nº 16487).—C-59420.—(50580).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL EN OROTINA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

En virtud de no haberse podido notificar administrativamente al patrono Cerdas Guerrero Manuel, número patronal 0-00700670685-004-001, por este medio se le pone en conocimiento la deuda pendiente ante la Caja Costarricense de Seguro Social por la suma de ¢103.051,0, correspondiente al mes de abril del 2007.—Orotina, 8 de junio del 2007.—Lic. Lilliam González Sancho, Administradora.—(50094).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PúBLICOS

DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN AL USUARIO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

San José, a las catorce horas  del doce  junio de dos mil siete. (Expediente OT-159-2007).

Apertura del procedimiento administrativo para determinar la verdad real de los hechos sobre la supuesta prestación de servicio de transporte público remunerado de personas sin autorización del estado, según boleta de citación 2006-368651 a Marvin Chávez Reyes, documento de identidad CR-000109363, vehículo placas 536539.

I.—Que mediante oficio UTCE-2007-126 del 28 de mayo de 2007, de la Dirección General de Policía de Tránsito, recibido en la Autoridad Reguladora ese mismo día, se remite para el trámite administrativo correspondiente la boleta de citación 2006-368651, levantada al señor Marvin Chávez Reyes, documento de identidad CR-000109363, quién conducía el vehículo placas 536539, el 18 de mayo del 2007 (folios 1, 2, 3 y 4).

II.—Que el vehículo placas 536539, fue decomisado por la supuesta prestación del servicio público sin autorización del Estado, por el oficial de tránsito Efraín Campos Sánchez, código 2151, que se halla bajo la custodia de la Delegación de Tránsito de Limón (folios 1, 2, 3 y 4).

III.—Que en la Información Sumaria, visible a folio 3, el oficial de tránsito Efraín Campos Sánchez, detalla los hechos, que se resumen así: “Estando en funciones propias de mi cargo en Puerto Viejo de Limón, exactamente frente a la Frutería Ivón, le hice señal de parada al vehículo placas 536539 color blanco marca Hyunday Elantra, observé que dentro del vehículo viajaban tres pasajeros todos indígenas. Al indicarle al conductor que se bajara del vehículo para indagar a los pasajeros, el conductor me manifestó que eran unos amigos de él y que le pidieron que los trasladara de Cocles hacia Puerto Viejo de Limón y que este manifestó que no sabe como se llaman. Al interrogar a los pasajeros, estos manifestaron que le solicitaron el servicio de taxi, para que los trasladara de Cocles hacia Puerto Viejo, a la vez indicaron que no saben cuanto les cobraría, pero que frecuentemente cobran ¢2.000,00, se le preguntó al conductor que sí estaba cobrando y este manifestó que recibiría lo que le daban pero generalmente cobra ¢2.000,00 por el servicio que este presta, una vez que sale de su propio trabajo que es de construcción. En el momento de que se logró comprobar que efectivamente daba este servicio ilegalmente, los pasajeros se bajaron del vehículo y abandonaron el lugar a pie hacia la parada de autobuses.

3.  Lugar que indicó el conductor para notificaciones: Limón, Puerto Viejo Cocles, de Ole Caribe 50 al sur.

4.  Observaciones: Las personas que viajaban dentro del vehículo manifestaron no conocer a su conductor, vehículo color blanco y que es de su propiedad, y que lo recibió por un trabajo que hizo.

IV.—Que el transporte remunerado de personas, en todas sus modalidades es un servicio público, que sólo puede ser prestado por el Estado o por particulares, sean personas físicas o jurídicas y en el caso de particulares, deben poseer título  legítimo que los faculte para ello emitido por autoridad competente.

V.—Que de conformidad con lo establecido en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, la prestación no autorizada del servicio público constituye un ilícito sancionable según dispone esa misma norma.

VI.—Que la aplicación de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 7593, es decir, la remoción de equipo o instrumento que permita el uso abusivo e ilegal de los servicios públicos regulados por la Ley 7593, es una medida cautelar y necesaria para el resguardo del fin público.

VII.—Que mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas del 12 de febrero de 2004, publicada en La Gaceta 36 del 20 de febrero de 2004, se faculta al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para que por los medios que estimen pertinentes remueva los vehículos que se encuentran prestando el servicio público de transporte remunerado de personas sin autorización del Estado.

VIII.—Que para determinar la verdad real sobre los hechos acusados, lo procedente es dar apertura al procedimiento administrativo por la supuesta infracción del artículo 38 inciso d) de la Ley 7593, prestación de un servicio público no autorizado por el Estado y designar la persona que tramitará este caso, previsto en los artículos 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, como se dispone.

IX.—Que mediante resolución RRG-5888-2006 de las doce horas y treinta minutos del primero de agosto de dos mil seis, el Regulador General, de acuerdo con las potestades legales que las normas le confieren, resuelve: “1. Delegar en la Dirección de Fiscalización y Defensa del Usuario (actualmente Dirección de Protección al Usuario) de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, el trámite de los procedimientos administrativos sancionadores al tenor de lo dispuesto en los artículos 38 y 41 de la Ley Nº 7593; para lo cual ordenará la apertura del procedimiento y la designación del órgano director correspondiente. 2. Dejar sin efecto las anteriores delegaciones que en igual sentido se hubieran realizado”.

X.—Que con fundamento en las facultades conferidas en los artículos 38 inciso d), 44 y 57 inciso e) de la Ley 7593 y 129 de la Ley General de la Administración Pública,

Se dispone

I.—Designar para la tramitación del procedimiento que aquí se ordena a la Licda. Karolina Mena Soto, funcionaria de la Autoridad Reguladora.

II.—Dar inicio al procedimiento administrativo para determinar la verdad real sobre los hechos detallados por el oficial de tránsito, a saber que con el vehículo placas 536539, conducido por Marvin Chávez Reyes, cédula de identidad CR-000109363, se prestó el servicio público de transporte remunerado de personas sin la autorización del Estado; conducta que se constituye un ilícito sancionable de conformidad con lo establecido en los artículos 38 inciso d) y 44 ambos de la Ley 7593.

III.—Citar y emplazar, conforme los artículos 218 y 308, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública a Marvin Chávez Reyes, cédula de identidad CR-000109363, al oficial de tránsito Efraín Campos Sánchez, cédula 7-138-540 Código 2151, para que comparezcan a las 10:30 horas del 16 de julio de 2007; a la audiencia oral y privada de ley, que se realizará en las oficinas del ICE-Sector de Telecomunicaciones, operación y mantenimiento, Aula de Capacitación, frente al Hospital Tony Facio, Limón. Durante la comparecencia, las partes podrán ofrecer, solicitar la admisión y tramitar toda la prueba  que el órgano director del procedimiento califique como pertinente, pedir testimonio a la administración, preguntar o repreguntar a testigos y peritos, suyos o de otra parte, aclarar, ampliar o reformar la defensa inicial, proponer alternativas y sus pruebas y formular conclusiones de hecho y derecho en cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia. Concluida la indagatoria, se elevará el expediente al Regulador General, a quien corresponde dictar el acto final.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 312.2 de la Ley General de la Administración Pública, se le previene a las partes que en la audiencia deberán aportar toda la prueba pertinente, sin perjuicio de que lo puedan hacer por escrito antes de esa fecha.

Las partes y los abogados, pueden examinar el expediente OT-159-2007, en que se tramita este asunto, en la Dirección de Protección al Usuario de la Autoridad Reguladora.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante la Dirección de Protección al Usuario, órgano director del procedimiento administrativo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante el Regulador General.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de veinticuatro horas, a partir del día siguiente a la notificación; el de revisión dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.

Xinia Herrera Durán, Directora.—(Solicitud Nº 13222).—C-228690.—(51865).

DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN AL USUARIO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Dirección de Protección al Usuario.—San José, a las catorce horas del doce junio del dos mil siete.

Apertura del procedimiento administrativo para determinar la verdad real de los hechos sobre la supuesta prestación de servicio de transporte público remunerado de personas sin autorización del estado, según boleta de citación 2006-368780 a Christopher Marín Sandí, documento de identidad 7-181-266, vehículo placas 487914. Expediente OT-176-2007.

I.—Que mediante oficio UTCE-2007-144 del 11 de junio de 2007, de la Dirección General de Policía de Tránsito, recibido en la Autoridad Reguladora ese mismo día, se remite para el trámite administrativo correspondiente la boleta de citación 2006-368780, levantada al señor Christopher Marín Sandí, documento de identidad 7-181-266, quien conducía el vehículo placas 487914, el 30 de mayo del 2007 (folios 1, 2, 3 y 4).

II.—Que el vehículo placas 487914, fue decomisado por la supuesta prestación del servicio público sin autorización del Estado, por el oficial de tránsito Efraín Campos Sánchez, código 2151, que se halla bajo la custodia de la Delegación de Tránsito de Limón (folios 1, 2, 3 y 4).

III.—Que en la Información Sumaria, visible a folio 3, el oficial de tránsito Efraín Campos Sánchez, detalla los hechos, que se resumen así: “En funciones propias de mi cargo en la ciudad de Limón, propiamente detrás de la Delegación de Tránsito de Limón, pare el vehículo en mención le solicité la licencia de conducir y documentos del vehículo, observé que viajaba una señora en los asientos posteriores le indiqué al conductor que se bajara del vehículo, al bajarse le consulté quien era la señora que viajaba con él, me indicó que una vecina, pero que no sabe como se llama, solo que es vecina de él de Barrio Quinto y le la vio que estaba esperando taxi frente al súper SAM entonces el paro para hacerle el favor de llevarla. Al interrogar a la pasajera esta nos manifestó que ella lo abordó como taxi para que la trasladara desde el supermercado SAM hasta barrio Limoncito, donde ella reside, indicó no conocer al conductor le indicamos a la señora que le haríamos una infracción al conductor por prestar servicio público ilegal y esta nos pidió que le ayudáramos a bajar las bolsas que traía y que le paráramos un taxi formal para no tener este tipo de problemas.

Lugar que indicó el conductor para notificaciones: Barrio Quinto detrás del bar Casa Rosa 50 oeste la última parada.

OBSERVACIONES: La persona que viajaba dentro del vehículo manifestó no conocer a su conductor, vehículo color verde no es el dueño registral.

IV.—Que el transporte remunerado de personas, en todas sus modalidades es un servicio público, que sólo puede ser prestado por el Estado o por particulares, sean personas físicas o jurídicas y en el caso de particulares, deben poseer título legítimo que los faculte para ello emitido por autoridad competente.

V.—Que de conformidad con lo establecido en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, la prestación no autorizada del servicio público constituye un ilícito sancionable según dispone esa misma norma.

VI.—Que la aplicación de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 7593, es decir, la remoción de equipo o instrumento que permita el uso abusivo e ilegal de los servicios públicos regulados por la Ley 7593, es una medida cautelar y necesaria para el resguardo del fin público.

VII.—Que mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas del 12 de febrero de 2004, publicada en La Gaceta 36 del 20 de febrero de 2004, se faculta al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para que por los medios que estimen pertinentes remueva los vehículos que se encuentran prestando el servicio público de transporte remunerado de personas sin autorización del Estado.

VIII.—Que para determinar la verdad real sobre los hechos acusados, lo procedente es dar apertura al procedimiento administrativo por la supuesta infracción del artículo 38 inciso d) de la Ley 7593, prestación de un servicio público no autorizado por el Estado y designar la persona que tramitará este caso, previsto en los artículos 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, como se dispone.

IX.—Que mediante resolución RRG-5888-2006 de las doce horas y treinta minutos del primero de agosto de dos mil seis, el Regulador General, de acuerdo con las potestades legales que las normas le confieren, resuelve: “1. Delegar en la Dirección de Fiscalización y Defensa del Usuario (actualmente Dirección de Protección al Usuario) de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, el trámite de los procedimientos administrativos sancionadores al tenor de lo dispuesto en los artículos 38 y 41 de la Ley Nº 7593; para lo cual ordenará la apertura del procedimiento y la designación del órgano director correspondiente. 2. Dejar sin efecto las anteriores delegaciones que en igual sentido se hubieran realizado”.

X.—Que con fundamento en las facultades conferidas en los artículos 38 inciso d), 44 y 57 inciso e) de la Ley 7593 y 129 de la Ley General de la Administración Pública,

SE DISPONE

I.—Designar para la tramitación del procedimiento que aquí se ordena a la Lic. Karolina Mena Soto, funcionaria de la Autoridad Reguladora.

II.—Dar inicio al procedimiento administrativo para determinar la verdad real sobre los hechos detallados por el oficial de tránsito, a saber que con el vehículo placas 487914, conducido por Christopher Marín Sandí, documento de identidad 7-181-266, se prestó el servicio público de transporte remunerado de personas sin la autorización del Estado; conducta que se constituye un ilícito sancionable de conformidad con lo establecido en los artículos 38 inciso d) y 44 ambos de la Ley 7593.

III.—Citar y emplazar, conforme los artículos 218 y 308, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública a Christopher Marín Sandí, documento de identidad 7-181-266, al oficial de tránsito Efraín Campos Sánchez, cédula 7-138-540 Código 2151, para que comparezcan a las 13:30 horas del 16 de julio del 2007; a la audiencia oral y privada de ley, que se realizará en las oficinas del ICE-Sector de Telecomunicaciones, operación y mantenimiento, Aula de Capacitación, frente al Hospital Tony Facio, Limón. Durante la comparecencia, las partes podrán ofrecer, solicitar la admisión y tramitar toda la prueba que el órgano director del procedimiento califique como pertinente, pedir testimonio a la administración, preguntar o repreguntar a testigos y peritos, suyos o de otra parte, aclarar, ampliar o reformar la defensa inicial, proponer alternativas y sus pruebas y formular conclusiones de hecho y derecho en cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia. Concluida la indagatoria, se elevará el expediente al Regulador General, a quien corresponde dictar el acto final.

Se procederá a notificar al señor Christopher Marín Sandí, por medio del Diario Oficial La Gaceta, según artículo 242 de la Ley General de la Administración Pública, dado que no aportó medio o lugar para recibir notificaciones.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 312.2 de la Ley General de la Administración Pública, se le previene a las partes que en la audiencia deberán aportar toda la prueba pertinente, sin perjuicio de que lo puedan hacer por escrito antes de esa fecha.

Las partes y los abogados, pueden examinar el expediente OT-176-2007, en que se tramita este asunto, en la Dirección de Protección al Usuario de la Autoridad Reguladora.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante la Dirección de Protección al Usuario, órgano director del procedimiento administrativo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante el Regulador General.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de veinticuatro horas, a partir del día siguiente a la notificación; el de revisión dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.—Xinia Herrera Durán, Directora.—(Solicitud Nº 13224).—C-235970.—(52334).

Dirección de Protección al Usuario.—San José, a las nueve horas del catorce de junio del dos mil siete.

Apertura del procedimiento administrativo para determinar la verdad real de los hechos sobre la supuesta prestación de servicio de transporte público remunerado de personas sin autorización del estado, según boleta de citación 2006-368167 a Donald Cameron Odain, documento de identidad 7-121-664, vehículo placas 652413. Expediente OT-178-2007.

I.—Que mediante oficio UTCE-2007-144 del 11 de junio de 2007, de la Dirección General de Policía de Tránsito, recibido en la Autoridad Reguladora ese mismo día, se remite para el trámite administrativo correspondiente la boleta de citación 2006-368167, levantada al señor Donald Cameron Odain, documento de identidad 7-121-664, quién conducía el vehículo placas 652413, el 25 de mayo del 2007 (folios 1, 2, 3, 4 y 5).

II.—Que el vehículo placas 652413, fue decomisado por la supuesta prestación del servicio público sin autorización del Estado, por el oficial de tránsito Efraín Villegas Prendas, código 796, que se halla bajo la custodia del la Delegación de Sandoval sobre ruta 32 (folios 1, 2, 3, 4 y 5).

III.—Que en la Información Sumaria, visible a folio 3, el oficial de tránsito Efraín Villegas Prendas, detalla los hechos, que se resumen así: “Estando en funciones propias de mi cargo el día viernes 25 de mayo de los corrientes, en el Barrio el Cerro de Limón, específicamente se nos había indicado que controláramos el transporte público ilegal. Estaba acompañado de los inspectores Gilberto Quirós Brenes, Efraín Campos Sánchez, José Chavarría y mi persona. Cuando en determinado momento le hice señal de alto a un vehículo tipo automóvil color blanco, el cual era conducido por el señor Cameron Odain Donald, le solicité los documentos del vehículo y la licencia. A lo cual accedió en el instante. Le consulté al acompañante que viajaba en la parte delantera cual era su relación con el conductor. Guardando silencio no quiso hablar, y en determinado momento el acompañante salio del vehículo, de nuevo formulé la misma pregunta y me respondió que lo abordó en el centro de Limón por la parada de piratas, y le solicité el servicio de transporte sólo lo conocía de vista. La versión del chofer no coincide porque manifestó que eran compañeros de trabajo que ambos trabajan en un barco de pasajeros. Este argumento del chofer es ilógico y poco convincente ya que en un estudio que se le hizo en un historial de infracciones aparece desde el año 2001 con infracciones a la citada. En resumen se le confeccionó boleta por prestar servicio de Transporte público ilegal y se le detuvo el vehículo amparado a la resolución de la Aresep. La boleta es la número 2006-368167.

Lugar que indicó el conductor para notificaciones: Limón 250 este, 150 sur oeste entrada a los Cocos.

OBSERVACIONES. La persona que viajaba dentro del vehículo manifestaron no conocer a su conductor, vehículo es de su propiedad.

IV.—Que el transporte remunerado de personas, en todas sus modalidades es un servicio público, que sólo puede ser prestado por el Estado o por particulares, sean personas físicas o jurídicas y en el caso de particulares, deben poseer título legítimo que los faculte para ello emitido por autoridad competente.

V.—Que de conformidad con lo establecido en el inciso d) del artículo 38 de la Ley 7593, la prestación no autorizada del servicio público constituye un ilícito sancionable según dispone esa misma norma.

VI.—Que la aplicación de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 7593, es decir, la remoción de equipo o instrumento que permita el uso abusivo e ilegal de los servicios públicos regulados por la Ley 7593, es una medida cautelar y necesaria para el resguardo del fin público.

VII.—Que mediante resolución RRG-3333-2004 de las 15:30 horas del 12 de febrero de 2004, publicada en La Gaceta 36 del 20 de febrero del 2004, se faculta al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para que por los medios que estimen pertinentes remueva los vehículos que se encuentran prestando el servicio público de transporte remunerado de personas sin autorización del Estado.

VIII.—Que para determinar la verdad real sobre los hechos acusados, lo procedente es dar apertura al procedimiento administrativo por la supuesta infracción del artículo 38 inciso d) de la Ley 7593, prestación de un servicio público no autorizado por el Estado y designar la persona que tramitará este caso, previsto en los artículos 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, como se dispone.

IX.—Que mediante resolución RRG-5888-2006 de las doce horas y treinta minutos del primero de agosto de dos mil seis, el Regulador General, de acuerdo con las potestades legales que las normas le confieren, resuelve: “1. Delegar en la Dirección de Fiscalización y Defensa del Usuario (actualmente Dirección de Protección al Usuario) de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, el trámite de los procedimientos administrativos sancionadores al tenor de lo dispuesto en los artículos 38 y 41 de la Ley Nº 7593; para lo cual ordenará la apertura del procedimiento y la designación del órgano director correspondiente. 2. Dejar sin efecto las anteriores delegaciones que en igual sentido se hubieran realizado”.

X.—Que con fundamento en las facultades conferidas en los artículos 38 inciso d), 44 y 57 inciso e) de la Ley 7593 y 129 de la Ley General de la Administración Pública,

SE DISPONE

I.—Designar para la tramitación del procedimiento que aquí se ordena a la Lic. Karolina Mena Soto, funcionaria de la Autoridad Reguladora.

II.—Dar inicio al procedimiento administrativo para determinar la verdad real sobre los hechos detallados por el oficial de tránsito, a saber que con el vehículo placas 652413, conducido por Donald Cameron Odain, documento de identidad 7-121-664, se prestó el servicio público de transporte remunerado de personas sin la autorización del Estado; conducta que se constituye un ilícito sancionable de conformidad con lo establecido en los artículos 38 inciso d) y 44 ambos de la Ley 7593.

III.—Citar y emplazar, conforme los artículos 218 y 308, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública a Donald Cameron Odain, documento de identidad 7-121-664, al oficial de tránsito Efraín Villegas Prendas, cédula 6-179-466, código 796 para que comparezcan a las 14:30 horas del 16 de julio del 2007; a la audiencia oral y privada de ley, que se realizará en las oficinas del ICE-Sector de Telecomunicaciones, operación y mantenimiento, Aula de Capacitación, frente al Hospital Tony Facio, Limón. Durante la comparecencia, las partes podrán ofrecer, solicitar la admisión y tramitar toda la prueba que el órgano director del procedimiento califique como pertinente, pedir testimonio a la administración, preguntar o repreguntar a testigos y peritos, suyos o de otra parte, aclarar, ampliar o reformar la defensa inicial, proponer alternativas y sus pruebas y formular conclusiones de hecho y derecho en cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia. Concluida la indagatoria, se elevará el expediente al Regulador General, a quien corresponde dictar el acto final.

Se procederá a notificar al señor Donald Cameron Odain, por medio del Diario Oficial La Gaceta, según artículo 242 de la Ley General de la Administración Pública, dado que no aportó medio o lugar para recibir notificaciones.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 312.2 de la Ley General de la Administración Pública, se le previene a las partes que en la audiencia deberán aportar toda la prueba pertinente, sin perjuicio de que lo puedan hacer por escrito antes de esa fecha.

Las partes y los abogados, pueden examinar el expediente OT-178-2007, en que se tramita este asunto, en la Dirección de Protección al Usuario de la Autoridad Reguladora.

En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de la Ley General de la Administración Pública, se indica que contra esta resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria y apelación y el extraordinario de revisión. El de revocatoria podrá interponerse ante la Dirección de Protección al Usuario, órgano director del procedimiento administrativo; el de apelación y el de revisión, podrán interponerse ante el Regulador General.

El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el plazo de veinticuatro horas, a partir del día siguiente a la notificación; el de revisión dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.—Xinia Herrera Durán, Directora.—(Solicitud Nº 13224).—C-272270.—(52335).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

COOPERATIVA AUTOGESTIONARIA DE SERVICIOS, PORTUARIOS, MARÍTIMOS Y AFINES RL

Yo Licenciada Sara Montero Castrillo, debidamente autorizada para este acto, procedo a publicar la lista de desafiliados y afiliados de la Cooperativa Autogestionaria de Servicios, Portuarios, Marítimos y Afines R. L. conocida como Coopetramupa R. L., cédula jurídica 3-004-148353, que es acuerdo firme de desafinación  y afiliación  tomado en asamblea extraordinaria Nº 1-07 realizada en las instalaciones de Coopetramupa R. L. a las 14 horas del día 2 de mayo del 2007 para que en el término de treinta días contados a partir de la primera publicación, los interesados procedan a interponer ante la Cooperativa, los reclamos que consideren pertinentes conforme a derecho. Lo anterior, con base en el artículo 61 párrafo infine, artículo 20 inciso d) y artículo 21, todos del Estatuto de la Cooperativa. Proceso de desafiliación solicitado por el Comité de Vigilancia, aprobado por el Consejo de Administración y debidamente ratificado por la Asamblea supracitada.

Los socios que fueron desafiliados son los siguientes:

1.     Bolaños Sequeira Javier 6-125-383

2.     Campos Ureña Betty 6-147-200

3.     Castillo Gómez Jorge Eduardo 6-133-341

4.     Domínguez Domínguez José Antonio 6-076-639

5.     González Aponte Jesús Ernesto 6-160-134

6.     González Aponte Luis 6-143-935

7.     González Castro Orlando 6-079-399

8.     Gutiérrez Durán Virginia 6-101-405

9.     Hernández Vega Jhonny 6-087-032

10.   Lara Madrigal Henry 1-542-201

11.   Marín Quesada Jhonny 1-708-956

12.   Miranda Álvarez Julia 6-214-450

13.   Muñoz Chamorro Arturo 6-148-776

14.   Peraza Guzmán Rubén 6-231-907

15.   Peraza Navas Rubén 6-071-764 Presenta renuncia por

        enfermedad como socio y miembro del consejo //Renuncia

        voluntaria.

16.   Pochet Alpízar Francisco 6-194-551

17.   Rayo Centeno José 8-068-505

18.   Reyes Reyes Gilberto 6-089-118

19.   Reyes Vega Yadira 6-087-250

20.   Rodríguez Hernández Rolando /Expulsado en Asamblea

        Ordinaria/ 6-232-445

21.   Ruiz Pizarro Zulma 6-135-360

22.   Silva Zapata Carlos Manuel/Fallecimiento/6-081-054

23.   Umaña Leal Tomas 6-154-067

24.   Vega Bejarano Edgar 6-063-150

25.   Villagra Núñez Seferino 6-115-517

Los nuevos afiliados son.

1.     Abelardo Rodríguez Jiménez 7-098-793

2.     Alexander Carvajal Sandoval 6-233-222

3.     Alexis Sánchez Díaz 6-163-142

4.     Alvaro Brenes Miranda 6-310-767

5.     Andun Valverde Ávila 6-342-578

6.     Berny Cordero Varela 2-555-103

7.     Carlos Luis Fallas Lagos 6-259-728

8.     Carlos Vargas Mendoza 6-190-369

9.     Cristian Tamariz Campos 6-352-037

10.     Daniel Parra Arauz 6-312-959

11.     David Céspedes Martínez 6-154-855

12.     Dennis Jiménez Arias 6-315-835

13.     Dennis Sequeira Ólman 6-255-609

14.     Eder Aguilar Sequeira 6-339-208

15.     Edgar Quirós Villalobos 6-142-134

16.     Eladio Araya Alfaro 6-222-567 -renuncia-

17.     Elier Umaña Rodríguez 2-321-082

18.     Eloy Solórzano Obando 6-132-784

19.     Faustino Samudio Alvarado 6-155-072

20.     Fernando Álvarez Olivarez 6-268-406

21.     Francisco Espinoza Palma 6-346-389

22.     Gerald Rodríguez Ruiz 5-310-876

23.     Gerardo Campos Ordeñana 6-187-403

24.     Gerardo Cruz Sandoval 6-177-237

25.     Gerardo Matarrita Espinoza 7-118-890

26.     Geovanny Villegas Villegas 6-329-879

27.     Gabriel Paniagua Ledezma 6-356-049

28.     Greivin Lobo Zeledón 6-362-415

29.     Guillermo Arturo Gómez Alemán 6-219-872

30.     Héller Cubero Leal 6-297-745

31.     Hermes Moraga Martínez 6-187-118

32.     Hipólito Caballero Caballero 6-094-183

33.     Hugo Barrantes Noruega 6-303-670

34.     Iván Barrantes Ulate 9-058-903

35.     Iván Chávez Paniagua 6-355-334

36.     Ivo De La O Mata 6-341-928

37.     Jairo Enrique González 6-332-828

38.     Javier Bordas Alvarado 6-352-072

39.     Javier Soto Álvarez 6-129-926

40.     Jefrey Espinoza Palma 6-306-487

41.     Jhonny Araya Bonilla 6-203-788

42.     Johanny Leiva Badilla 1-877-097

43.     Jhonny Monterrey Méndez 6-243-683

44.     Jonathan Villegas Villegas 6-329-878

45.     Jorge García Medina 5-146-1448

46.     José Picado Monge 6-364-411

47.     José Brenes Zúñiga 1-795-646

48.     José Villalta Obando 1-1115-156

49.     José Arguedas Monge 6-301-615

50.     José Núñez Cano 5-203-740

51.     José Cambronero Gutiérrez 6-200-907

52.     José Marchena Caballero 6-099-1395

53.     José Montiel Álvarez 1-568-636

54.     José Solís Montoya 2-398-326

55.     José Alemán Rodríguez 1-55800173217

56.     Josué Linarez Fernández 6-352-085

57.     Juan Pérez Gamboa 6-184-855

58.     Juan Diego Alvarado Cascante 9-105-100

59.     Julio Cantillo Cruz 6-237-759

60.     Julio López Alpízar 6-312-963 -desafiliado-

61.     Kendall Arauz Mata 6-365-924

62.     Kevin Cernas Trejos 6-347-859

63.     Leonardo Araya Araya 6-222-336

64.     Luis Arauz Mata 6-332-031

65.     Luis Espinoza Mosquera 6-352-198

66.     Luis Espinoza Palma 6-332-809

67.     Luis Soto Vásquez 6-234-532

68.     Luis Araya Matarrita 6-317-190 -desafiliado-

69.     Luís Avílés Montero 6-337-456

70.     Maykol Morales Morales 6-356-056

71.     Marcos Gómez Marín 6-100-1475

72.     Marcos Mosquera Piñar 6-246-135

73.     Mauricio Villagra Rojas 5-196-453

74.     Miguel Sánchez Sánchez 6-112-897

75.     Miguel Valle Valle 8-057-235

76.     Minor Obando Segura 6-319-664

77.     Norman Villegas Núñez 4-189-760

78.     Óscar Ocampo Monterrey 6-251-422

79.     Percy Aguirre Salazar 6-281-716

80.     Rafael Arguedas Alvarado 6-146-281

81.     Randall Alvarez Madrigal 6-225-981

82.     Randall Pérez Montero 6-255-224

83.     Raul Cernas Moreno 6-123-984

84.     Ricky Serrano Villegas 6-210-814

85.     Rod Aguirre Ugalde 6-352-628

86.     Rogelio Bosques Guadamuz 6-094-421

87.     Róger Cruz Madrigal 6-128-535

88.     Róger Cruz Mendoza 6-332-256

89.     Róger Hernández Bermúdez 1-608-372

90.     Rolbin Zúñiga Calero 6-284-061

91.     Ruperto Montero Montero 9-051-070

92.     Steven Quesada Fajardo 6-308-414

93.     Tobías Dobles Jiménez 6-288-899

94.     Víctor Espinoza Barahona 5-334-352

95      Wálter Torres Torres 5-134-974

96.     Yerling Alcocer Martínez 6-297-143

Es todo. En fe de lo anterior, firmo en San José el 18 de junio del 2007.—Lic. Sara Montero Castrillo, Notaria.—Nº 28134.—(52595).

FE DE ERRATAS

ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

LABORATORIO COSTARRICENSE DE METROLOGÍA

En La Gaceta Nº 115, del viernes 15 de junio del 2007, se publicó la “Solicitud para el Reconocimiento de Laboratorios Nacionales”, sin embargo por un error involuntario se omitió incluir en la publicación el texto de la Resolución Nº R-Lacomet-019-2007, que fundamenta dicha solicitud, en ese sentido se publicará a continuación la:

RESOLUCIÓN N° R-LACOMET-019-2007

Laboratorio Costarricense de Metrología.—San Pedro de Montes de Oca, a las diez horas del veinticuatro de mayo del año dos mil siete.

Resultando:

Único.—Que mediante el artículo 12 inciso a) de la Ley Nº 8279, se atribuye a la Comisión de Metrología, entre otras funciones la de “ (…) Establecer las políticas generales de LACOMET y velar por su efectivo cumplimiento(…)”.

Bajo tales disposiciones, mediante el acta de la sesión Nº 26 de la Comisión de Metrología, celebrada el día 8 de marzo del 2007, se acordó aprobar el procedimiento para el reconocimiento de laboratorios nacionales.

Considerando:

I.—Que el artículo 8 de la Ley N° 8279, indica “Créase el Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET) como órgano de desconcentración máxima, con personería jurídica instrumental para el desempeño de sus funciones, adscrito al MEIC. Se regirá por las normas nacionales e internacionales aplicables”.

II.—Que el artículo 9 del mismo cuerpo normativo establece las funciones que por ley le corresponde realizar a LACOMET.

III.—Que el inciso b) del artículo 9 del mismo cuerpo normativo establece como una de las funciones asignadas a LACOMET: “Difundir y fundamentar la metrología nacional y promover el establecimiento de una estructura metrológica nacional”.

IV.—Que el inciso d) del artículo 9 de la Ley de cita señala: “Promover el uso, la calibración, la verificación y el ajuste de los instrumentos de medición, así como la trazabilidad a patrones del Sistema Internacional de Unidades y garantizar la trazabilidad de los instrumentos de medida”.

V.—Que el inciso h) del artículo 9 del mismo cuerpo normativo señala: “Reconocer mediante convenios, a otras instituciones como laboratorios nacionales en las magnitudes que se considere pertinente y mantener mecanismos de coordinación y vigilancia para el uso de los patrones...”.

VI.—Que el inciso h) del artículo 9 antes citado del mismo cuerpo normativo señala: “El Laboratorio tendrá la responsabilidad de establecer los

VII.—requisitos necesarios para otorgar y mantener este reconocimiento y verificar su cumplimiento.”

VIII.—Que el artículo 12 inciso a) de la Ley de cita, establece entre las funciones de la Comisión de Metrología la siguiente “Establecer las políticas generales del LACOMET y velar por su efectivo cumplimiento”.

IX.—Que el artículo 12 inciso d) de la Ley de cita, establece entre las funciones de la Comisión de Metrología la siguiente “Conocer los asuntos técnicos que le someta el Director del Laboratorio”.

X.—Que el artículo 12 inciso g) de la Ley de cita, establece entre las funciones de la Comisión de Metrología la siguiente “promover actividades específicas para el desarrollo de la metrología en el país”.

XI.—Que mediante sesión N° 27 de la Comisión de Metrología, celebrada el día 12 de abril del 2007, se ratificaron los acuerdos tomados en el acta de la sesión N° 26 de la Comisión de Metrología antes indicada. Por tanto,

EL DIRECTOR DEL

LABORATORIO COSTARRICENSE DE METROLOGÍA,

RESUELVE:

Primero: Publicar el Procedimiento para el Reconocimiento de Laboratorios Nacionales, aprobado en la sesión N° 26 de la Comisión de Metrología como se detalla a continuación.

PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO

DE LABORATORIOS NACIONALES

1   Objetivo. Establecer los requisitos mínimos para el reconocimiento Laboratorios Nacionales en aquellas magnitudes físicas y químicas en las que el LACOMET no tenga capacidad de ejecutarlas, con el fin de coadyuvar al establecimiento de una estructura metrológica nacional y proporcionar confianza en las transacciones de bienes y servicios.

2   Ámbito de aplicación. Este procedimiento se aplica para todos los Laboratorios de Instituciones que soliciten el reconocimiento como Laboratorios Nacionales ante el LACOMET.

3   Referencias

3.1    Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica. “Requisitos generales para la competencia de laboratorios de ensayo y calibración”. INTE-ISO/IEC 17025:2005.

3.2    Ley 8279 Sistema Nacional para la Calidad. Publicada el 21 de mayo de 2002, Diario Oficial La Gaceta Nº 96.

3.3    International Organization for Standardization. International Vocabulary of basic and general terms in Metrology. ISO Guide 99:1996.

4   Definiciones. Para el uso correcto de este documento se establecen las siguientes definiciones:

4.1    Calibración: conjunto de operaciones que establecen, bajo condiciones especificadas (temperatura, presión, humedad relativa, entre otros), la relación entre los valores de magnitudes determinadas por un instrumento, sistema de medición, medida materializada o un material de referencia y los correspondientes valores de la magnitud realizados por patrones.

4.2    Certificado de calibración: documento donde se consignan los resultados de una calibración de un instrumento de medición, en que se establece además de los resultados de la calibración, la corrección y la incertidumbre con un nivel de confianza determinado.

4.3    Corrección. Valor agregado algebraicamente al resultado no corregido de una medición para compensar un error sistemático.

4.4    División de la escala: parte de una escala comprendida entre dos marcas sucesivas.

4.5    Escala (de un instrumento de medición): conjunto ordenado de marcas, con una numeración asociada, que forma parte de un dispositivo indicador de un instrumento de medición

4.6    Incertidumbre (de una medición). Parámetro asociado con el resultado de una medición que caracteriza la dispersión de los valores, que razonablemente pudiera ser atribuida al mensurando.

   Una medida del posible error en el valor estimado del mensurando proporcionado por el resultado de una medición.

   Una estimación que caracteriza el intervalo de valores dentro de los cuales se halla el valor establecido como verdadero de un mensurando.

4.7     Instrumento de medición: dispositivo destinado a ser utilizado para hacer mediciones, solo o en conjunto con dispositivos complementarios.

4.8     Intervalo de medición (intervalo de trabajo). Conjunto de valores del mensurando que pueden ser medidos por un sistema de medición dado, con una incertidumbre especificada bajo condiciones definidas.

4.9     Lacomet: Laboratorio Costarricense de Metrología.

4.10 Laboratorio Nacional (en metrología): Laboratorio que cuenta con patrones nacionales de medición para asegurar la trazabilidad de las mediciones del país en una determinada magnitud.

4.11   Método de medición: secuencia lógica de operaciones, descrita de manera genérica, utilizada en la ejecución de las mediciones.

4.12   Metrología: ciencia de las mediciones, los métodos y los medios de medición (instrumentos o conjuntos de estos), que garantizan la uniformidad y exactitud requeridas en las mediciones.

4.13   Patrón (de medición). Medida materializada, instrumento de medición, material de referencia o sistema de medición destinado a definir, realizar, conservar o reproducir una unidad o uno o más valores de una magnitud para utilizarse como referencia.

4.14   Patrón nacional (de medición). Patrón reconocido por una decisión nacional en un país, que sirve de base para asignar valores a otros patrones de la magnitud concerniente.

4.15   Procedimiento de medición: conjunto de operaciones, descrito específicamente, para realizar mediciones particulares, de acuerdo a un método determinado.

4.16   Trazabilidad: propiedad del resultado de una medición o el valor de un patrón por el cual puede ser relacionado con los patrones de referencia, usualmente patrones nacionales o internacionales, a través de una cadena ininterrumpida de comparaciones, teniendo establecidas las incertidumbres.

5   Procedimiento.

5.0     El proceso para el reconocimiento de Laboratorios Nacionales se compone de tres etapas:

a)   Presentación de la solicitud de reconocimiento de laboratorios como laboratorios nacionales.

b)   Visita a las instalaciones del laboratorio.

c)   Supervisiones anuales posteriores al reconocimiento.

5.1   Documentación. Requisitos obligatorios. Presentar ante el LACOMET la solicitud para el reconocimiento de Laboratorios Nacionales, (anexo que forma parte del presente procedimiento), indicando la(s) magnitud(es) en que desea ser reconocido. La documentación debe ser dirigida a la Dirección del LACOMET. De acuerdo a la solicitud, se debe indicar la siguiente información:

5.1.1      Información general del laboratorio.

5.1.2      Solicitud: Aportar información sobre la legalidad del laboratorio que debe ser firmada por el representante legal.

5.1.3      Organización del laboratorio: En caso de que el laboratorio no pertenezca a una institución pública o académica, especificar la naturaleza de la misma. El laboratorio debe cumplir con la legislación vigente sobre requisitos tributarios, municipales, obrero patronales, colegios profesionales, entre otros.

              Se debe incluir el organigrama del laboratorio y de la organización superior a la que pertenece.

5.1.4      Capacidad de calibración y medición. Indicar los nombres y cargos de las personas responsables de la validez técnica de los certificados emitidos por el laboratorio.

              El alcance del reconocimiento debe llenarse de acuerdo a la tabla indicada en el apartado 4.2 de la solicitud para el reconocimiento de laboratorios nacionales.

5.1.5      Información del personal del laboratorio. Indicar los nombres y cargos de las personas responsables del sistema de calidad, el responsable técnico del laboratorio y sus sustitutos.

              Aportar la información sobre formación profesional, experiencia y competencia técnica de las personas responsables de las calibraciones.

5.1.6      Sistema de gestión de la calidad del laboratorio. El Sistema de Calidad del laboratorio debe cumplir con los requisitos de la norma INTE-ISO/IEC 17025 “Requisitos generales para la competencia de laboratorios de ensayo y calibración”

              El laboratorio debe aportar una copia controlada del manual de calidad y una de la lista maestra de documentos del sistema de calidad, que incluya los procedimientos, instrucciones, formularios, etc. Se debe indicar el código del documento, nombre, fecha de emisión y versión.

5.1.7      Equipos y patrones de calibración y/o medición. El laboratorio debe adjuntar una lista con los equipos en funcionamiento y patrones que se utilicen para la ejecución de las calibraciones y/o mediciones para las cuales el reconocimiento es solicitado. Se debe señalar en esta lista, los patrones que podrían ser considerados como patrones nacionales, para que sean evaluados según los criterios establecidos por el Lacomet.

              En caso de que haya calibraciones internas, incluir en un anexo la lista de patrones que se utilizan para realizar las calibraciones y/o mediciones. La información debe detallarse de acuerdo con la tabla del apartado 7.1 de la solicitud.

5.1.8      Procedimientos de calibración y/o medición. El laboratorio debe anexar copia controlada de los procedimientos de calibración y/o medición para los cuales se solicita el reconocimiento. En caso de que estos procedimientos no incluyan el cálculo de la incertidumbre, se debe adjuntar además, el procedimiento respectivo.

5.1.9      Instalaciones y condiciones ambientales. El laboratorio debe aportar un plano de la distribución con respecto a la ubicación de los equipos utilizados para el desarrollo de las calibraciones y/o mediciones dentro del alcance del reconocimiento.

              Se debe aportar evidencia de un sistema de control de las condiciones ambientales en los casos en que estas influyan en el resultado final de la calibración y/o medición realizadas dentro del alcance del reconocimiento.

5.1.10    Certificados de calibración. Los certificados de calibración emitidos por el laboratorio deben estar conformes con los requisitos de la norma INTE-ISO/IEC 17025.

              El laboratorio debe aportar un formato de certificado de calibración, además del nombre y cargo del personal autorizado para la firma de estos documentos.

5.1.11    Comparaciones interlaboratorio. El laboratorio debe adjuntar un listado de las comparaciones interlaboratorio en las que ha participado, indicando la fecha de participación, organizador, calibraciones realizadas y resultados obtenidos.

5.1.12    Adhesivo de calibración. El laboratorio debe aportar muestras del adhesivo (pegatina) que se colocará en el instrumento después de la calibración.

5.2.   Posterior a la evaluación de la documentación presentada por el laboratorio solicitante, el LACOMET rendirá un informe de conformidad respecto a los requisitos solicitados en el apartado 5.1 de este procedimiento.

5.3    Visita de evaluación. Requisitos obligatorios.

5.3.1      El LACOMET designará el o los funcionarios para que realicen la visita de evaluación.

5.3.2      Se evalúa la adecuación del Sistema de Gestión de Calidad a las actividades del laboratorio.

5.3.3      Se verifica la ubicación apropiada de los instrumentos de medición.

5.3.4      Se verifica la existencia y cumplimiento (evidencia y documentación) de la implementación de los siguientes puntos:

5.3.4.1   Programa de calibraciones o comprobaciones intermedias.

5.3.4.2   Uso de los instrumentos de medición.

5.3.4.3   Reparaciones del equipo.

5.3.4.4   Registros de toma de datos.

5.3.4.5   Certificados de calibración o verificación emitidos.

5.3.4.6   Implementación de acciones correctivas y preventivas.

5.3.4.7   Cálculo de incertidumbre (hojas electrónicas y validación de las mismas).

5.3.4.8   Trazabilidad de las mediciones.

5.3.4.9   Control metrológico de patrones de medición y equipos auxiliares.

5.3.5      Como resultado de la visita, el LACOMET emite un informe en el cual quede constancia de las verificaciones de los numerales 5.3.2 al 5.3.4; así como las no conformidades y hallazgos detectados durante la evaluación.

5.3.6      El Laboratorio debe establecer un plan de acciones correctivas, cuando aplique, para solventar las no conformidades detectadas en la evaluación realizada por el LACOMET. El plan de acciones correctivas debe ser enviado al LACOMET en un plazo máximo de dos meses después de que fueron comunicadas las no conformidades. El plazo máximo de implementación de las acciones correctivas es de seis meses.

5.3.7      Una vez que el LACOMET compruebe que las acciones correctivas planteadas a las no conformidades fueron implementadas efectivamente, se otorgará el reconocimiento como Laboratorio Nacional de Referencia en las magnitudes declaradas en el alcance del reconocimiento. Este reconocimiento tendrá una vigencia de 5 años.

5.3.8      El Departamento de Metrología Física en conjunto con la Dirección del LACOMET serán los encargados de coordinar las acciones de reconocimiento así como dar seguimiento al mismo. Dentro de las acciones de reconocimiento se hará entrega de un certificado de reconocimiento, el cual contendrá como mínimo: el alcance del reconocimiento magnitud(es), nombre del Laboratorio Nacional de Referencia reconocido y la vigencia del mismo. Los laboratorios reconocidos se encontrarán en un listado actualizado en el sitio www.lacomet.go.cr.

6   Generalidades.

6.1   El Laboratorio debe suministrar un certificado de calibración que cumpla con los requisitos de la Norma INTE-ISO/IEC 17025, cada vez que brinde un servicio y colocar en cada instrumento de medición que calibra, un adhesivo o pegatina donde se indique como mínimo:

a- nombre del Laboratorio que brindó el servicio.

b- número del certificado de calibración.

c- fecha.

6.2   El Laboratorio Nacional reconocido en las magnitudes que declara el alcance del Reconocimiento, deberá remitir al LACOMET:

6.2.1      Un informe mensual de los servicios brindados, indicando nombre del equipo calibrado, marca, modelo, escala, división de escala y ámbito de medición.

6.2.2      Un programa anual de calibraciones para garantizar la trazabilidad de los equipos y patrones que requieren para la realización de sus servicios.

6.3   El Laboratorio Nacional reconocido en las magnitudes que declara el alcance del Reconocimiento procurará, en la medida de sus posibilidades, la acreditación por parte del Ente Costarricense de Acreditación de los servicios de calibración bajo dicha norma y el mantenimiento de dicha acreditación.

6.4   El Laboratorio Nacional, puede optar por la aprobación de su sistema de calidad ante el Sistema Interamericano de Metrología, previa aprobación y coordinación del LACOMET ante los entes competentes.

6.5   El LACOMET realiza auditorías planificadas a los Laboratorios Nacionales reconocidos, como parte de la supervisión de la labor reconocida mediante el presente procedimiento.

        La detección por parte del LACOMET de cualquier incumplimiento de las cláusulas establecidas en el convenio y en este procedimiento por parte del Laboratorio Nacional reconocido será causa suficiente para dejar sin efecto el reconocimiento otorgado. El LACOMET procederá en estos casos a comunicar a los involucrados la información con respecto a la suspensión del reconocimiento, por los medios que considere convenientes.

6.6   El LACOMET designa al Laboratorio Nacional reconocido ante las instancias nacionales u organizaciones internacionales en la representación de las actividades metrológicas del país, en actividades regionales, e internacionales, en las áreas y alcances especificados en el reconocimiento.

6.7   El Laboratorio Nacional reconocido se compromete a proporcionar los recursos necesarios para la participación en las comparaciones interlaboratorio organizadas a nivel nacional e internacional, con el fin de demostrar su competencia técnica.

6.7.1    El Laboratorio debe comunicar al LACOMET su participación en un estudio de comparación interlaboratorio, aportando la documentación del caso.

6.7.2    El laboratorio debe comunicar al LACOMET sobre los resultados de su participación en las comparaciones interlaboratorio, una vez que el ente organizador haya emitido el informe final de la comparación. Una copia del mismo, debe ser remitida al LACOMET.

6.8   El LACOMET publicará en el Diario Oficial La Gaceta una lista de los patrones nacionales reconocidos al Laboratorio Nacional de Referencia, así mismo esta lista estará a disposición en el sitio WEB del LACOMET.

6.9   Los Laboratorios que ya han sido reconocidos mediante convenio antes de la entrada en vigencia de la presente publicación, deberán de presentar la documentación de solicitud en un período máximo de un año y de acuerdo con el procedimiento definido en esta publicación.

Segundo: La Comisión de Metrología fijará el costo del reconocimiento con fundamento en las estipulaciones legales y lo publicará en el Diario Oficial La Gaceta.

Tercero: Rige a partir de su publicación.

Publíquese.—Walter Zavala Ortega, Director General.—1 vez.—(Solicitud Nº 43405).—C-114970.—(53270).