LA GACETA Nº 178

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NOTIFICACIONES

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 33903-MINAE-S

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

El MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

Y LA MINISTRA DE SALUD

De conformidad con los artículos 50 y 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política; 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554 del 4 de octubre de 1995; 49 de la Ley de Biodiversidad Nº 7788 del 30 de abril de 1998; 2º de la Ley General de Salud Nº 5395 del 30 de octubre de 1973, 17 de la Ley de Aguas Nº 276 de 27 de agosto de 1942 y 27, inciso 1) de la Ley General de Administración Pública Nº 6227 del 2 de mayo de 1978.

Considerando:

1º—Que la protección del recurso hídrico incide positivamente en la salud humana y los ecosistemas, lo cual es un elemento sustancial para alcanzar el desarrollo sostenible del país.

2º—Que la calidad de algunos cuerpos de agua superficial del país han sufrido un deterioro progresivo, poniendo en riesgo a las especies originarias de los ecosistemas acuáticos continentales.

3º—Que dado el grado de contaminación citado en el considerando anterior, se hace imposible, en muchos casos, el uso de esta agua para diferentes fines como lo son el consumo domiciliar, industrial, el riego, la pesca y la recreación.

4º—Que la calidad de algunos tramos de ríos de Costa Rica puede perjudicar la salud pública de las poblaciones adyacentes.

5º—Que muchas de las especies originarias de los ecosistemas acuáticos continentales del país están en alto riesgo por la calidad del ambiente acuático.

6º—Que es necesario definir un control para la contaminación de los cuerpos de agua basado en una clasificación del agua, fundamentada en la prioridad de su uso.

7º—Que los organismos del bentos son uno de los grupos de vida acuática más representativos de las aguas tropicales, fáciles de muestrear y de identificar.

8º—Que es imperativo recuperar y conservar la integridad física, química y biológica de los cuerpos de agua superficiales de Costa Rica, con el fin de que estas aguas puedan ser utilizadas para diferentes fines sociales, económicos y ambientales que contribuyan al desarrollo del país, asegurando una mejor calidad de vida para todos sus ciudadanos.

9º—Que es urgente desarrollar estrategias, con el fin de alcanzar la recuperación y conservación de los cuerpos de agua en función de los diferentes usos definidos en el presente Reglamento y según la clasificación dada a las cuencas respectivas por el organismo encargado.

10.—Que resulta imperativo lograr una mejoría significativa en la calidad del agua que se desemboca en la zona costera. Por tanto,

Decretan:

El siguiente:

Reglamento para la Evaluación y Clasificación

de la Calidad de Cuerpos de Agua Superficiales

CAPÍTULO I

Aspectos generales

Artículo 1º—Objetivos. El presente Decreto tiene como objetivo fundamental reglamentar los criterios y metodología que serán utilizados para la evaluación de la calidad de los cuerpos de agua superficiales y que ésta permita su clasificación para los diferentes usos que pueda darse a este bien.

Artículo 2º—Ámbito de aplicación. La metodología y criterios de evaluación y clasificación contemplados en este reglamento, se aplicará a todos los cuerpos de agua superficiales del país.

Artículo 3º—Definiciones. Se establecen las siguientes definiciones para la mejor interpretación del presente Reglamento:

a)  ANÁLISIS BIOLÓGICO: Se refiere a los resultados del análisis microbiológico y de organismos bentónicos.

b)  BENTOS: Flora o fauna que vive en el fondo de cualquier ecosistema acuático de agua dulce, salobre o salado. Puede arrastrarse, socavar o mantenerse atado sobre cualquier sustrato.

c)  CAUDAL ECOLÓGICO: Caudal de mantenimiento, es el caudal que hay que dejar en un río aguas abajo de cada aprovechamiento de regulación o derivación (modificación del régimen natural) para que se mantenga un nivel admisible de desarrollo de la vida acuática.

d)  COLIFORME FECAL: Bacilo gramnegativo no esporulado, que puede desarrollarse en presencia de sales biliares u otros agentes tensoactivos con propiedades similares de inhibición de crecimiento; no tienen citocromo oxidasa y fermentan la lactosa con producción de ácido, gas y aldehído a temperaturas de 44 o 44,5 °C, en un período de 24 a 48 horas. También se les designa como Coliformes Termo-resistentes o Termotolerantes.

e)  CUERPO DE AGUA SUPERFICIAL: Es todo aquel manantial, río, quebrada, arroyo permanente o no, lago, laguna, embalse natural o artificial, turbera o, pantano de agua dulce.

f)   DBO5: Demanda Bioquímica de Oxígeno, es una medida aproximada de la cantidad de materia orgánica bioquímicamente degradable presente en una muestra de agua, se define por la cantidad de oxígeno requerido por los microorganismos aeróbicos presentes en la muestra para oxidar la materia orgánica a una forma inorgánica estable. Debe ser medido a los cinco días y a 20 grados centígrados.

g)  DQO: Demanda Química de Oxígeno, es una medida equivalente al oxígeno requerido para oxidar la materia orgánica, en una muestra de agua que es susceptible a oxidación por un oxidante químico fuerte como el dicromato (en medio ácido y en presencia de una fuente de calor).

h)  ENTE COMPETENTE: Ministerio de Ambiente y Energía. (MINAE)

i)   HABITAT: Es el espacio físico o lugar de condiciones muy propias. Es el lugar donde vive o el lugar donde se buscaría un organismo.

j)   MACROINVERTEBRADO BENTÓNICO: Organismo acuático perteneciente al grupo de los invertebrados que vive adherido al sustrato y con un tamaño tal que puede ser observado sin necesidad de equipo óptico de aumento.

CAPÍTULO II

Clasificación y monitoreo de los cuerpos de agua superficiales

Artículo 4º—Parámetros físicos-químicos para la clasificación inicial o reclasificación. Se establecen como parámetros físicos-químicos de análisis requeridos para la clasificación inicial o reclasificación de un cuerpo de agua, el porcentaje de saturación de Oxígeno, la Demanda Bioquímica de Oxígeno y el Nitrógeno Amoniacal, parámetros contemplados en el Índice Holandés de Valoración de la Calidad para los cuerpos de agua superficiales.

Artículo 5º—Parámetros físicos y químicos complementarios. Además de los parámetros mencionados en el artículo anterior, se establecen como parámetros físicos, químicos y biológicos de análisis complementario, junto con sus valores, los referidos en el Cuadro 1. Estos parámetros se deberán analizar en aquellos casos en que el Ministerio de Ambiente y Energía o el Ministerio de Salud, lo consideren necesario en resguardo del medio ambiente y/o la salud humana.

Cuadro 1. Parámetros complementarios para la determinación de la calidad de las aguas de cuerpos  superficiales para las clases establecidas en el presente Reglamento.

Parámetros Complementarios (Unidades)

Clase 1

Clase 2

Clase 3

Clase 4

Clase 5

Turbiedad (UNT)

<25

25 a <100

100 a 300

(1)

(1)

Temperatura (°C)

(1)

(1)

(1)

(1)

(1)

Potencial de hidrógeno (pH)

6,5 a 8,5

6,5 a 8,5

6,0 a 9,0

5,5 a 9,5

5,5 a 9,5

Nitratos, NO3- (mg N /L )

<5

5 a <10

10 a <15

15 a <20

>20

Demanda Química de Oxígeno (mg/L)

<20

20 a <25

25 a <50

50 a <100

100 a 300

Cloruros (como Cl) (mg/L)

<100

100 a 200

NA

NA

NA

Fluoruros (como F) (mg/L)

<1,0

1 a 1,5

NA

NA

NA

Color  (Pt-Co)

2,5 a 10

10 a 100

(1)

(1)

(1)

Sólidos Suspendidos Totales (mg/L)

<10

10 a 25

25 a 100

100 a 300

>300

Sólidos Disueltos (mg/L)

<250

250 a <500

500 a 1000

>1 000

> 1 000

Grasas y Aceites (mg/L)

ND

ND

ND

ND

15 a 25

Sustancias activas al azul de metileno (mg/L)

ND

ND

ND a 1

1 a 2

2 a 5

Arsénico (mg/L)

< 0,01

< 0,01

0,01 a 0,05

> 0.05

>0,05

Boro (mg/L)

0,1

0,2

0,5

1

1

Cadmio (mg/L)

<0,005

0,005

0,01

0,02

0,02

Cianuro (mg CN- /L)

<0,1

0,1 a <0,2

0,2

>0,2

>0,2

Cobre (mg/L)

<0,5

0,5 a <1

1,0 a 1,5

1,5 a 2,0

2,0 a 2,5

Cromo Total (mg/L)

<0,05

0,05

0,20

0,50

>0,5

Magnesio mg MgCO3 / L

<30

30 a 50

> 50

> 50

> 50

Mercurio (mg/L)

<0,001

0,001

0,002

0,004

0,005

Níquel (mg/L)

<0,05

0,05

0,1

0,2

0,3

Plomo (mg/L)

<0,03

0,03 a <0,05

0,05 a <0,10

0,10 a <0,20

0,20

Selenio (mg/L)

<0,005

0,005 a <0,010

0,010 a <0,020

0,020 a <0,050

0,050

Sulfatos (SO4) –2 (mg/L)

<150

150 a 250

>250

>250

>250

Parámetros orgánicos

 

 

 

 

 

Sumatoria de los Compuestos Organoclorados (mg/L)

ND

ND

ND

0,01

0,01

Sumatoria de los Compuestos Organofosforados (mg/L)

ND

ND

ND

0,01

0,01

Biológicos

 

 

 

 

 

Coliformes Fecales (NMP/100 ml)

< 20

20 a 1000

1000 a 2000

2000 a 5000

>5000

 

ND:   No detectable por el método utilizado.

NA:   No aplicable

(1)     Natural o que no afecte el uso indicado

Artículo 6º—Clasificación físico-química de la calidad del agua. Para la clasificación de la calidad de los cuerpos de agua en una de las cinco categorías definidas en el presente Reglamento se utilizará el Índice Holandés de Valoración de la Calidad del Agua para Cuerpos Receptores. Los niveles Calidad serán determinados según la metodología presentada en el Apéndice I.

CAPÍTULO III

Criterios para la definición de los usos

de los cuerpos de agua superficial

Artículo 7º—De los usos. De acuerdo a la clasificación de la calidad de los cuerpos de agua superficial, se establecen cinco categorías de usos del agua:

Cuadro 2. Clasificación de los Cuerpos de Agua según el uso potencial, y tratamiento que requiera.

Usos

Clase 1

Clase 2

Clase 3

Clase 4

Clase 5

Abastecimiento de agua para uso y consumo humano

Con tratamiento simple con desinfección

Con tratamiento convencional

Con tratamiento avanzado

No utilizable

No utilizable

Abastecimiento de agua para actividades industriales destinadas a la producción de algunos alimentos de consumo humano

Sin tratamiento previo o con tratamiento simple de desinfección

Con tratamiento convencional

Con tratamiento avanzado

No utilizable

No utilizable

Abastecimiento de agua para abrevadero  y actividades pecuarias.

Sin limitaciones

Sin limitaciones

Sin limitaciones

Con limitaciones

No utilizable

Actividades recreativas de contacto primario.

Utilizable

Utilizable

No utilizable

No utilizable

No utilizable

Acuacultura.

Utilizable

Utilizable

No utilizable

No utilizable

No utilizable

Fuente para la conservación del equilibrio natural de las comunidades acuáticas.

Utilizable

No utilizable

No utilizable

No utilizable

No utilizable

Fuente para la protección de las comunidades acuáticas.

Utilizable

Utilizable

No utilizable

No utilizable

No utilizable

Generación hidroeléctrica.

Utilizable

Utilizable

Utilizable

Utilizable con limitaciones

Utilizable con limitaciones

Navegación.

No utilizable

No utilizable

Utilizable

utilizable

Utilizable

Riego de especies arbóreas, cereales y plantas forrajeras.

Utilizable

Utilizable

Utilizable

No utilizable

No utilizable

Riego de plantas sin limitación, irrigación de hortalizas que se consumen crudas o de frutas que son ingeridas sin eliminación de la cáscara.

Utilizable

Utilizable

No utilizable

No utilizable

No utilizable

 

Pese a las limitaciones que puedan surgir: se deberá tomar en cuenta el análisis de los parámetros complementarios para su definición.

Artículo 8º—De otros usos. Para cualquier otro uso no especificado en el cuadro anterior o en casos particulares que sean debidamente justificados por el interesado, el Ministerio de Ambiente y Energía podrá definir los usos apropiados a una calidad específica, en tanto se haga la consulta al Comité Técnico de Revisión que se crea en el artículo 21 de este Reglamento, quien emitirá su recomendación al respecto.

Artículo 9º—Modificación en la asignación. Cuando la protección de la Salud Pública y del Medio Ambiente así lo requiera, y con la debida justificación técnica, el Ministerio del Ambiente y Energía podrá modificar la asignación de uso de un cuerpo de agua de una calidad determinada.

CAPÍTULO IV

De la metodología para toma de muestras de agua

Artículo 10.—Métodos analíticos físico-químicos y microbiológicos. Para los efectos de este Reglamento, los métodos de referencia para la toma de muestras y para los análisis de aguas superficiales serán los contenidos en la última edición de los “Standard Methods for the Examination of Water and Wastewater”, según decreto Nº 25018-MEIC, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 59 del 25 de marzo de 1996.

CAPÍTULO V

Del monitoreo biológico

Artículo 11.—Clasificación biológica de la calidad de los cuerpos de agua superficiales. El presente Reglamento establece como organismos indicadores de la calidad del agua a los grupos representantes de los macro invertebrados bentónicos.

Artículo 12.—Del responsable del muestreo y del análisis. El responsable de la toma y el análisis de la muestra de organismos bentónicos deberá ser un profesional en Biología incorporado al Colegio de Biólogos.

Artículo 13.—Metodología de muestreo. El presente Reglamento define tres metodologías de muestreo en función de las características físicas de los cuerpos de agua, y una metodología alternativa en caso de duda de los resultados obtenidos, habiendo aplicado las metodologías “a” y “b”. Las metodologías son:

a.   Ríos y quebradas con profundidades iguales o menores a 1 metro, y ancho igual o menor a 15 metros.

i.   Técnica: Red de mano con malla de 500 µm. y apertura de 20 a 25 cm.

ii.  Zona de muestreo: Diferentes micro-hábitats dentro del río.

iii. Mecanismo de muestreo: muestra compuesta de tres sub-muestras con red de mano, cada una recolectada en un tiempo de 5 minutos. El muestreo se realiza con el desplazamiento por los micro-hábitats identificados en el sitio, removiendo el fondo del río y colectando el material removido en la red. En caso de que el volumen de la muestra resulte inmanejable, se podrá proceder a una división aleatoria de la muestra, en la cual cada submuestra será representativa de la muestra total.

iv. Preservación de la muestra: con etanol de 96°; preservación de los organismos: en etanol de 70°.

b.  Ríos y quebradas con profundidades mayores a 1 metro, y ancho mayor a 15 metros.

i.   Técnica: Red de mano con malla de 500 µm. y apertura de 20 a 25 cm.

ii.  Zona de muestreo: Orillas hasta 1 metro de profundidad, ubicando diferentes micro-hábitats dentro del río, removiendo el fondo del río y colectando el material removido en la red.

iii. Mecanismo de muestreo: Muestra compuesta de tres sub-muestras con red de mano, cada una recolectada en un tiempo de 5 minutos. El muestreo se realiza con el desplazamiento por los micro-hábitats identificados en el sitio, removiendo el fondo del río y colectando el material removido en la red. En caso de que el volumen de la muestra resulte inmanejable, se podrá proceder a una división aleatoria de la muestra, en la cual cada submuestra será representativa de la muestra total.

iv. Preservación de la muestra: Utilización de etanol de 96°; preservación de los organismos: en etanol de 70°.

c.   Ríos y quebradas de difícil acceso o donde no se pueda utilizar Red de Mano

i.     Técnica: Sustrato artificial consistente en adoquines dentro de mallas de plástico, según el protocolo de muestreo del Apéndice II.

ii.    Número de sustratos por punto de muestreo: 4.

iii.   Distancia entre sustratos: 10 metros.

iv.   Zona de muestreo: Diferentes micro-hábitats dentro del río.

v.    Tiempo de exposición: Mínimo 30 días entre la colocación y la recolección.

vi.   Mecanismo de muestreo: Recolección de los sustratos artificiales, limpieza y concentración del material (ver protocolo de muestreo).

vii.  Preservación de la muestra: Utilización de etanol de 96°; preservación de los organismos: en etanol de 70°.

En caso de duda de los resultados del muestreo realizado con las metodologías “a” y “b”, se deberá recurrir al método de la colecta directa, basado en el muestreo manual con pinzas, por un tiempo de 120 minutos. Se hace una colecta de todo tipo de sustratos encontrados en los diferentes micro-hábitats, tales como piedras, hojarasca, madera. Con los sustratos de gran tamaño, se podrán recolectar los organismos directamente haciendo uso de las pinzas y con los sustratos pequeños (piedras pequeñas, hojas por ejemplo), se colocarán dentro de una bandeja blanca, de fondo plano que contiene agua a un nivel que apenas cubra la superficie del fondo. Los organismos en la bandeja con agua, empezarán a moverse, lo que facilita su observación y recolección. Todos los organismos recolectados se colocan en un vial con alcohol de 70°, debidamente rotulado.

Artículo 14.—Del análisis de las muestras bentónicas. Para el análisis de las muestras de organismos macro invertebrados bentónicos se deberá seguir la metodología establecida en la última edición de los “Rapid Assesment Biological Protocols” de la Agencia de Protección Ambiental (EPA) de los Estados Unidos de América.

Artículo 15.—De la identificación de los organismos bentónicos. Todos los organismos bentónicos recolectados deberán ser identificados hasta el máximo nivel taxonómico posible. El mínimo nivel que se aceptará es el de familia, con excepción del Filo Annelida.

Artículo 16.—Presentación de los resultados bentónicos. Los resultados del análisis de las muestras de organismos bentónicos deberán ser presentados en forma cuantitativa y cualitativa, detallando:

a.   Lista taxonómica de los organismos encontrados

b.  Número total de organismos – Abundancia

c.   Número total de taxa – Riqueza biológica

d.  Valor de Índice Biológico: BMWP-CR (“Biological Monitoring Working Party” modificado para Costa Rica), calculado con base en la Metodología descrita en el Apéndice III.

Artículo 17.—De la colección de las muestras biológicas. Todas las muestras biológicas recolectadas en los monitoreos deberán ser entregadas al Museo de Zoología de la Escuela de Biología de la Universidad de Costa Rica o al Museo Nacional.

CAPÍTULO VI

De los resultados

Artículo 18.—Acerca del contenido de los reportes de calidad. Los reportes de calidad de aguas superficiales deberán contener la información solicitada en el protocolo de campo del Apéndice IV y los resultados de los Índices Físico-Químico y Biológico.

Artículo 19.—Determinación de la calidad del agua. La calidad físico-química y biológica de un cuerpo de agua superficial se establecerá haciendo uso del Índice de Clasificación Holandés de Valoración y el Índice Biológico (BMWP-CR).

Artículo 20.—Compatibilidad en los resultados de los índices. En aquellos casos en que el valor del Índice de Clasificación Holandés y el valor del Índice Biológico presenten una diferencia de más de una clase entre ellos, el muestreo se deberá repetir por una vez, en un período no mayor a 30 días naturales. En caso de que se mantenga la diferencia de clases se clasifica en la de menor calidad.

CAPÍTULO VII

De las competencias

Artículo 21.—Comité Técnico de Revisión. Créase el Comité Técnico de Revisión del Reglamento para la Evaluación y Clasificación de la Calidad de los Cuerpos de Agua Superficiales, el cual estará integrado por un máximo de dos representantes, titular y suplente, y de orientación técnica afín al contenido del presente Reglamento, cada uno de ellos proveniente de las siguientes instituciones:

a.   Ministerio de Ambiente y Energía

b.  Ministerio de Salud

c.   Ministerio de Agricultura y Ganadería

d.  Representación de los Gobiernos Locales a través del IFAM

e.   Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados

f.   Otros Entes administradores de Alcantarillado Sanitario (EAAS)

g.   Instituto Costarricense de Electricidad

h.  Consejo Nacional de Rectores

i.   Colegio de Químicos de Costa Rica

j.   Colegio de Microbiólogos y Químicos Clínicos de Costa Rica

k.  Colegio de Biólogos de Costa Rica

l.   Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos

m. Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privada.

n.  Cámara de Agricultura y Agroindustria

o.  Organizaciones no Gubernamentales

Artículo 22.—Funciones Comité Técnico de Revisión. Serán funciones del Comité Técnico de Revisión:

a)  Asesorar a las entidades competentes en todo lo relativo a la aplicación de este Reglamento.

b)  Revisar y proponer modificaciones al presente Reglamento.

c)  Deliberar, proponer y justificar técnicamente la incorporación de parámetros adicionales al Índice Físico-Químico de Clasificación para los Cuerpos de Agua Superficiales.

La organización interna de este comité se regirá según lo contemplado en los artículos 49 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 23.—Ente competente. El Ministerio de Ambiente y Energía en coordinación con el Ministerio de Salud, será el responsable de:

a)  Aplicar el presente Reglamento

b)  Mantener a disposición de cualquier interesado las actualizaciones de los métodos, parámetros e índices incluidos en el presente Reglamento.

c)  Disponer y resolver sobre el dominio, aprovechamiento, utilización, gobierno o vigilancia de las aguas de dominio público.

d)  Coordinar y buscar financiamiento para la realización de los análisis científicos que sean necesarios para lograr la clasificación y re-clasificación programadas.

e)  Realizar las acciones necesarias para que la evaluación y clasificación de los cuerpos de agua sea informado y difundido a todas las instancias responsables de toma de decisiones, relacionadas con el recurso hídrico.

f)   Convocar y coordinar al Comité Técnico de Revisión del Presente Reglamento con una periodicidad no mayor de tres años.

CAPÍTULO VIII:

Disposiciones finales

Artículo 24.—Vigencia. Rige a partir de su publicación.

Transitorio único.—Dentro del plazo de un año a partir de la publicación del presente Reglamento, el Comité Técnico Revisor deberá considerar otros parámetros adicionales para incorporar al Índice Físico-Químico de Clasificación para los Cuerpos de Agua Superficiales en el que considere los parámetros más representativos del cuadro 1, con el fin de lograr un Índice que permita evaluaciones con resultados más realistas sobre la calidad hídrica del recurso.

APÉNDICE I

METODOLOGÍA DEL SISTEMA HOLANDÉS DE VALORACIÓN DE LA CALIDAD FÍSICO-QUÍMICA DEL AGUA

El Sistema Holandés de Clasificación para la Calidad del Agua permite trasladar información de concentraciones de las variables de mayor importancia en la valoración de la contaminación orgánica en una corriente de agua, como es la Demanda Bioquímica de Oxígeno, el Nitrógeno Amoniacal y el Oxígeno disuelto convertido en Porcentaje de saturación de Oxígeno por medio del Oxígeno Real In Situ y el valor teórico dado por la temperatura y la presión atmosférica en el sitio de estudio, a un código de colores asignado a cada clase.

Este modelo de clasificación desde el punto de vista espacial, permitirá situar a un tramo particular del río, en una clasificación específica y temporalmente dependiente, ya que la clasificación obtenida en época lluviosa no se corresponderá con la observada durante el estiaje. El organismo competente a su vez deberá definir la época en la cual tendrán que realizarse las clasificaciones, así como garantizar la permanencia en el cauce de un caudal ecológico.

Para clasificar un agua superficial se requiere sumar los puntos correspondientes en cada uno de los ámbitos respectivos, de cada una de las variables de acuerdo al siguiente cuadro.

Cuadro 3. Cuadro de asignación de puntajes según el Sistema Holandés de Valoración de la Calidad Físico-Química

del Agua para cuerpos receptores.

PUNTOS             PSO (%)            DBO (mg/L)        N-NH+4 (mg/L)*

1                           91 - 100                   < = 3                       < 0.50

2                            71 - 90

                            111 - 120               3.1 – 6.0                 0.50 – 1.0

3                            51 - 70

                            121 - 130               6.1 – 9.0                  1.1 – 2.0

4                            31 - 50                  9.1 – 15                  2.1 – 5.0

5                       < = 30 y > 130               > 15                        > 5.0

* Nitrógeno amoniacal

PSO: Porcentaje de Saturación de Oxígeno Disuelto, O.D. Se obtiene de la relación entre el O.D. real obtenido en el sitio de medición y el O.D. teórico correspondiente a la condición de agua limpia a la presión atmosférica y la temperatura en el mismo sito de medición.

DBO5: Demanda Bioquímica de Oxígeno, obtenida en condiciones estándar de 20ºC e incubación durante 5 días.

La suma obtenida de puntos se traslada seguidamente a un código de colores con el cual queda clasificada la calidad del agua del cuerpo receptor de acuerdo al grado de contaminación propio según el siguiente cuadro. Finalmente para cada clase desde la 1 a la 5 y su asignación correspondiente de color queda definida desde el estado de calidad no contaminada hasta aquel totalmente contaminado.

Cuadro 4. Cuadro de asignación de clases de calidad del agua según el Sistema Holandés de codificación por colores, basado en valores de PSO, DBO y nitrógeno amoniacal.

                   Sumatoria               Código                 Interpretación

Clase          de puntos              de Color                   de Calidad

1                         3                       Azul                   Sin contaminación

2                      4 - 6                    Verde                 Contaminación incipiente

3                      7 - 9                    Amarillo            Contaminación moderada

4                    10 - 12                  Anaranjado        Contaminación severa

5                    13 - 15                  Rojo                   Contaminación muy severa

APÉNDICE II

METODOLOGÍA DE LOS SUSTRATOS ARTIFICIALES

1. Colocación y Tiempo de Exposición

a)  En cada estación de muestreo se coloca un juego de sustratos artificiales consistente en cuatro adoquines, cada uno dentro de una malla de plástico suave; las medidas de los adoquines son 0,1 m de alto, 0,2 m de largo y 0,08 m de ancho lo que representa un área total de 0,088 m2/adoquín.

b)  Los sustratos artificiales se ubicaran en el lecho del canal o quebrada, atados unos a otros por medio de una cuerda no degradable y con una distancia mínima de 10 m uno del otro.

c)  C)Este juego de sustratos permanece dentro del agua por un período de un mes antes de su recuperación.

2. Colecta

a)  Se recupera el conjunto malla-adoquín del agua de forma rápida y segura, depositándolo inmediatamente en un contenedor plástico.

b)  Se extrae el adoquín de la malla plástica y se limpia suavemente con un cepillo o brocha de cerdas suaves.

c)  Se limpia la malla agitándola vigorosa pero cuidadosamente en el agua contenida en el contenedor, hasta que todos los organismos que se encontraban adheridos a la superficie se depositen en el contenedor.

d)  Posterior al lavado del sustrato, cada una de las muestras resultantes se hace pasar por un filtro de malla de 250 µm, dentro del cual se lava para eliminar todo el material particulado fino.

e)  El material retenido en la malla luego del lavado se trasvasa a un recipiente plástico de 500 ml y se preserva con etanol al 96% (puro).

APÉNDICE III

ÍNDICE BMWP-CR

El BMWP-CR (Biological Monitoring Working Party modificado para Costa Rica por Astorga, Martínez, Springer y Flowers) es un índice que se calcula sumando las puntuaciones asignadas a los distintos taxones encontrados en las muestras de macro invertebrados y que se citan en el listado del Cuadro 5. La puntuación se asigna en función del grado de sensibilidad a la contaminación.

Cuadro 5. Puntajes para las familias identificadas en Costa Rica.

9

O

D

E

P

T

Polythoridae

Blephariceridae; Athericidae

Heptageniidae

Perlidae

Lepidostomatidae; Odontoceridae; Hydrobiosidae; Ecnomidae

8

E

O

T

B

Leptophlebiidae

Cordulegastridae; Corduliidae; Aeshnidae; Perilestidae

Limnephilidae; Calamoceratidae; Leptoceridae; Glossosomatidae

Blaberidae

7

C

O

T

Cr

Ptilodactylidae; Psephenidae; Lutrochidae

Gomphidae; Lestidae; Megapodagrionidae; Protoneuridae; Platysticitidae

Philopotamidae

Talitridae; Gammaridae

6

O

M

T

E

Libellulidae

Corydalidae

Hydroptilidae; Polycentropodidae; Xiphocentronidae

Euthyplociidae; Isonychidae

5

L

T

C

E

Cr

Tr

Pyralidae

Hydropsychidae; Helicopsychidae

Dryopidae; Hydraenidae; Elmidae; Limnichidae

Leptohyphidae; Oligoneuriidae; Polymitarcyidae; Baetidae

Crustacea

Turbellaria

4

C

 

D

 

H

O

E

Hi

Chrysomelidae; Curculionidae; Haliplidae; Lampyridae; Staphylinidae;

Dytiscidae; Gyrinidae; Scirtidae; Noteridae

Dixidae; Simulidae; Tipulidae; Dolichopodidae; Empididae; Muscidae;

Sciomyzidae; Ceratopogonidae; Stratiomyidae; Tabanidae

Belostomatidae; Corixidae; Naucoridae; Pleidae; Nepidae; Notonectidae

Calopterygidae; Coenagrionidae

Caenidae

Hidracarina

3

C

D

Mo

 

A

Cr

Hydrophilidae

Psychodidae

Valvatidae; Hydrobiidae; Lymnaeidae; Physidae; Planorbidae; Bithyniidae;

Bythinellidae; Sphaeridae

Hirudinea: Glossiphonidae; Hirudidae; Erpobdellidae

Asellidae

2

D

Chironomidae; Culicidae; Ephydridae

1

D

A

Syrphidae

Oligochatea (todas las clases)

 

Nota: D: Diptera; E: Ephemeroptera; P: Plecoptera; T: Trichoptera; O: Odonata; C: Coleoptera; M: Megaloptera; H: Hemiptera; L: Lepidoptera; B: Blattodea; Tr: Tricladida; Cr: Crustacea; A: Annelida; Mo: Molusco.

La clasificación de las aguas según este índice adquiere valores comprendidos entre 0 y un máximo indeterminado que, en la práctica no suele superar 200.

En función de este puntaje se establecen 6 niveles de Calidad para el Agua (los dos primeros pertenecen al grupo de aguas no contaminadas).

Cuadro 6. Clasificación de la Calidad del Agua en Función del Puntaje Total Obtenido

NIVEL DE CALIDAD

BMWP’

Color Representativo

Aguas de calidad excelente.

>120

Azul

Aguas de calidad buena, no contaminadas o no alteradas de manera sensible.

101-120

Azul

Aguas de calidad regular, eutrófia, contaminación moderada.

61-100

Verde

Aguas de calidad mala, contaminadas.

36-60

Amarillo

Aguas de calidad mala, muy contaminadas.

16-35

Naranja

Aguas de calidad muy mala  extremadamente contaminadas.

<15

Rojo

 

APÉNDICE IV

PROTOCOLO DE CAMPO DEL MUESTREO

1.     Localización:

2.     Municipalidad:

3.     Nombre del cuerpo de agua:

4.     Sitio de muestreo:

5.     Hoja Cartográfica:

6.     Función (uso) del curso de agua/sitio de muestreo:

7.     Responsable del muestreo:

8.     Fecha:

9.     Hora:

10.   Tipología del curso de agua

A.    Tipo: curso inicial-medio-bajo-desembocadura.

B.    Río/quebrada (tierra baja, montaña), canal, estanques, laguna, lago, otros________.

C.    Ancho: ______m. Profundidad: ______m. Pendiente: ________.

D.    Velocidad del agua: rápido, moderado, lento, estancado (_______m/s).

E.     Nivel de agua en función de: marea, precipitación, estación de bombeo, inundación____________.

F.     Estructura del banco: natural, pedregoso, gavión, crecimiento a través de piedras, concreto_______________.

G.    Tipo de sustrato: concreto (__%), piedras-arena gruesa (__%), arena (__%), arcillo-lodoso (__%), limoso (__%).

H.    Condición del sustrato: limpio, cubierto con material orgánico, precipitación de lodo o sedimento.

I.      Presencia de materia orgánica: Si_______ No_______.

a)  Descripción del tipo de materia orgánica: Paquetes de hojarasca, particulado fino.

J.     Trabajos de ingeniería: canalizado, regulado, extracción de material____________.

Vegetación

K.    Expuesta: abierta, semi-abierta, cubierta (______% de superficie iluminada).

L.   Vegetación tica:_______________________________________.

M. Vegetación en el banco:_________________________________.

11.   Ambiente en los alrededores: agrícola, industrial, residencial, otros.

        Estado de la contaminación.

A.    Caracterización visual: ninguna, mediana, moderada, contaminada, muy contaminada.

B.    Presencia de: desechos orgánicos, espumas, aceites, organismos muertos, desechos sólidos.

C.    Fuentes de contaminación: doméstica, industrial, agrícola, otras.

D.    Presencia de peces: ___________________________________.

E.     Observación personal: _________________________________.

F.     Referencia: _________________________________________.

G.    Color del agua:______________ Olor: ____________________

H.    Transparencia: clara, turbia, muy turbia, no trasparente (__________ cm. Secchi).

12.   Muestreo.

A.    Técnica de muestreo:

I.      Red de mano:

II.    Sustrato Artificial:

12.A.II.1.  Número de muestras:______ Tiempo de exposición:________.

12.A.II.2.  Fecha de instalación:_________Fecha de recolección:_______.

III.   Draga:

12.A.III.1. Número de muestras:______________________.

B.    Condiciones ambientales:

I.      Antes del muestreo:_______________________________.

II.    Durante el muestreo: ______________________________.

C.    Otros comentarios: ___________________________________.

13.   Figura del sitio de muestreo: (Hacer el croquis del sitio de muestreo)

Dado en la Presidencia de la República, a los nueve días del mes de marzo del dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro del Ambiente y Energía, Roberto Dobles Mora, La Ministra de Salud, María Luisa Ávila Agüero.—1 vez.—(Solicitud Nº 38781).—C-42759000.—(D33903-79174).

ACUERDOS

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Nº 161-07-RE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos Nos. 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que el día 20 de agosto del 2007 se celebrará el II Foro sobre la Iniciativa de la Cuenca del Pacífico Latinoamericano, en la ciudad de Lima, y que el Gobierno de la República de Perú, ha invitado al señor Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto para que participe en este II Foro.

2º—Que los días 22 y 23 de agosto del 2007 se celebrará la III Reunión Ministerial del Foro de Cooperación América Latina-Asia del Este (FOCALAE) en la ciudad de Brasilia y que el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Federal de Brasil, ha invitado al señor Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto para que participe en esta III Reunión Ministerial.

3º—Que por motivos de agenda al señor Canciller le resulta imposible participar en el II Foro sobre iniciativa de la Cuenca del Pacífico Latinoamericano, así como, también, en la III Reunión Ministerial del Foro de Cooperación América Latina-Asia del Este (FOCALAE).

4º—Que por la importancia de estos eventos se ha considerado de interés para el país que el señor Vicecanciller don Édgar Ugalde Álvarez, participe en representación del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, en el II Foro sobre la Iniciativa de la Cuenca del Pacífico Latinoamericano en la ciudad de Lima, Perú y en la III Reunión Ministerial del Foro de Cooperación América Latina-Asia del Este (FOCALAE) en Brasilia, Brasil. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Édgar Ugalde Álvarez, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto, cédula Nº 2-189-241, para que viaje a la ciudad de Lima, Perú con el fin de que participe del II Foro sobre la Iniciativa de la Cuenca del Pacífico Latinoamericano a celebrarse el día 20 de agosto del 2007 en esa ciudad.

Artículo 2º—Los gastos de viaje a Lima, Perú, por concepto de pasajes aéreos, hospedaje, alimentación, transporte local, gastos menores así como los impuestos de salida, serán cubiertos por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, bajo el programa 079-Actividad Central-Despacho del Viceministro. Por concepto de viáticos se autoriza la suma de US$213,00 diarios para un subtotal de US$639,00.

Artículo 3º—Autorizar al señor Édgar Ugalde Álvarez, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto, cédula Nº 2-189-241, para que viaje a la ciudad de Brasilia, de la República Federal de Brasil con el fin de que participe de la III Reunión Ministerial del Foro de Cooperación América Latina-Asia del Este (FOCALAE), a celebrarse los días 22 y 23 de agosto del 2007, en esa ciudad.

Artículo 4º—Los gastos de viaje a Brasilia, por concepto de hospedaje, alimentación y transporte local, serán cubiertos por la República Federal de Brasil. Los gastos por concepto de pasajes aéreos y gastos menores, así como los impuestos de salida serán cubiertos por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, bajo el programa 079-Actividad Central-Despacho del Viceministro. Por concepto de gastos menores se autoriza la suma de US$18.00 diarios para un subtotal de US$36.00.

Artículo 5º—Autorizar, por motivos de itinerario de vuelo, al señor Viceministro a pernoctar en la ciudad de Lima, Perú, en tránsito de regreso desde Brasilia a Costa Rica, los gastos serán cubiertos por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, bajo el programa 079-Actividad Central-Despacho del Viceministro. Por concepto de viáticos se autoriza la suma de US$213,00. Se autoriza al señor Viceministro US$500,00 por concepto de gastos de representación, para un gran total de US$1.388.00. Asimismo, se autoriza al señor Vicecanciller a realizar llamadas internacionales. Todo sujeto a liquidación.

Artículo 6º—Rige del 19 de agosto del 2007 y hasta el 25 de agosto del 2007.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los trece días del mes de agosto del dos mil siete.

Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº 45385).—C-27850.—(79137).

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

Nº 096-PE

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

De conformidad con lo que establecen los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política, la Ley Nº 8562 del 7 de diciembre del 2006, la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

1º—Autorizar al señor Guillermo Loáciga Castro, cédula de identidad número 5-141-1112, funcionario del Departamento de Vigilancia y Control de Plagas del Servicio Fitosanitario del Estado, para que asista al “Curso de valoración de podas en cítricos para control de leprosis e identificación de ácaros como vectores de esta enfermedad”, que se realizará en Panamá, del 6 al 10 de agosto del año 2007.

2º—Los gastos de viáticos e impuestos de salida serán cubiertos por el Fideicomiso MAG-539-BNCR.

3º—Rige a partir del 5 al 11 de agosto de 2007.

Dado en el Despacho Ministerial, el día 1º del mes de agosto del año dos mil siete.

Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—(78514).

Nº 097-PE

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

De conformidad con lo que establecen los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política, la Ley Nº 8562 del 7 de diciembre del 2006, la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

1º—Autorizar al señor Guillermo Rodríguez Calderón, cédula de identidad número 1-701-292, funcionario del Servicio Fitosanitario del Estado, para que asista al “Programa de Comprensión del Análisis de Riesgo de la Inocuidad de los Alimentos”, que se realizará en Managua, Nicaragua, del 13 al 24 de agosto del año 2007.

2º—Los gastos de pasaje aéreo, hospedaje y alimentación, serán cubiertos por el Servicio Extranjero de Agricultura, y los impuestos de salida y transporte terrestre, serán cubiertos por el Fideicomiso MAG-539-BNCR.

3º—Rige a partir del 12 al 25 de agosto del 2007.

Dado en el Despacho Ministerial, el día 1º del mes de agosto del año dos mil siete.

Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—(78515).

Nº 097-PE (Modificación del Acuerdo)

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

De conformidad con lo que establecen los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política, la Ley Nº 8562 del 7 de diciembre del 2006, la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

1º—Los viáticos de los días 12 y 25 de agosto para el Ing. Guillermo Rodríguez Calderón, serán cubiertos por el Fideicomiso MAG539-BNCR.

Dado en el Despacho Ministerial, el día 7 del mes de agosto del año dos mil siete.

Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—(78516).

Nº 098-PE

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

De conformidad con lo que establecen los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política, la Ley Nº 8562 del 7 de diciembre del 2006, la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

1º—Autorizar a la Ing. Elizabeth Ramírez Sandí, cédula de identidad número 4-103-203, encargada del Programa de Acreditación y Registro de Agricultura Orgánica del Servicio Fitosanitario del Estado, para que asista al “IV Encuentro Regional de Autoridades Competentes de la Agricultura Orgánica (Centro América y República Dominicana)”, que se realizará en Managua, Nicaragua, del 20 al 24 de agosto del año 2007.

2º—Los gastos de pasaje aéreo, seguros viajeros, impuestos de salida, transporte terrestre y viáticos, serán cubiertos por el Fideicomiso MAG-539-BNCR.

3º—Rige a partir del 19 al 25 de agosto, 2007.

Dado en el Despacho Ministerial, el día 1º del mes de agosto del año dos mil siete.

Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—(78517).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

DIA-R-E-129-2007.—El señor José Monge Fernández, cédula 3-352-285, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Agroriegos de Centroamérica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Agro Riegos Gel 18-17-18+Microelementos, compuesto a base de Nitrógeno - Fósforo - Potasio - Magnesio - Boro-Molibdeno, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 28 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77468).

DIA-R-E-102-2007.—El señor Óscar Garófalo Arrieta, cédula 3-144-187, en calidad de representante legal de la compañía La Casa del Agricultor S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Metalosate Multimineral Orgánico PS, compuesto a base de Nitrógeno-Magnesio-Calcio-Cobre-Hierro-Manganeso-Zinc, conforme con lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 10 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77470).

DIA-R-E-101-2007.—El señor Óscar Garófalo Arrieta, cédula 3-144-187, en calidad de representante legal de la compañía La Casa del Agricultor S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Metalosate Cobre Orgánico PS, compuesto a base de Nitrógeno-Cobre, conforme con lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 10 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77472).

DIA-R-E-100-2007.—El señor Óscar Garófalo Arrieta, cédula 3-144-187, en calidad de representante legal de la compañía La Casa del Agricultor S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Metalosate Hierro Orgánico PS, compuesto a base de Nitrógeno-Hierro, conforme con lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 10 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77473).

DIA-R-E-099-2007.—El señor Óscar Garófalo Arrieta, cédula 3-144-187, en calidad de representante legal de la compañía La Casa del Agricultor S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Metalosate Zinc Orgánico PS, compuesto a base de Nitrógeno-Zinc, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 10 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77474).

DIA-R-E-104-2007.—El señor Óscar Garófalo Arrieta, cédula 3-144-187, en calidad de representante legal de la compañía La Casa del Agricultor S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Metalosate Calcio-Boro Orgánico PS, compuesto a base de Nitrógeno-Calcio, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 10 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77475).

DIA-R-E-103-2007.—El señor Óscar Garófalo Arrieta, cédula 3-144-187, en calidad de representante legal de la compañía La Casa del Agricultor S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Metalosate Calcio Orgánico PS compuesto a base de Nitrógeno-Calcio, conforme con lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 10 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77476).

DIA-R-E-097-2007.—El señor Óscar Garófalo Arrieta, cédula 3-144-187, en calidad de representante legal de la compañía La Casa del Agricultor S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Metalosate Manganeso Orgánico PS, compuesto a base de Nitrógeno-Manganeso, conforme con lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 10 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77477).

DIA-R-E-098-2007.—El señor Óscar Garófalo Arrieta, cédula 3-144-187, en calidad de representante legal de la compañía La Casa del Agricultor S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Metalosate Magnesio Orgánico PS, compuesto a base de Nitrógeno-Magnesio, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 10 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77479).

DIA-R-E-111-2007.—El señor Luis Carlos Chacón Rojas, cédula 2-481-893, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Green Plants S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Carlos, Alajuela, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Green Plants Ca-B, compuesto a base de Potasio-Calcio-Boro-Ácidos Húmicos-Ácidos Fúlvicos, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77484).

DIA-R-E-114-2007.—El señor Luis Carlos Chacón Rojas, cédula 2-481-893, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Green Plants S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Carlos, Alajuela, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Green Plants K, compuesto a base de Potasio-Ácidos Húmicos-Ácidos Fúlvicos, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77485).

DIA-R-E-113-2007.—El señor Luis Carlos Chacón Rojas, cédula 2-481-893, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Green Plants S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Carlos, Alajuela, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Green Plants N-P-K, compuesto a base de Nitrógeno-Fósforo-Potasio-Ácidos Húmicos-Ácidos Fúlvicos, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77486).

DIA-R-E-117-2007.—El señor Luis Carlos Chacón Rojas, cédula 2-481-893, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Green Plants S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Carlos, Alajuela, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Green Plants Multimineral, compuesto a base de Potasio-Magnesio-Boro-Zinc - Azufre - Hierro - Manganeso - Calcio - Molibdeno - Ácidos Húmicos - Ácidos Fúlvicos, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77487).

DIA-R-E-116-2007.—El señor Luis Carlos Chacón Rojas, cédula 2-481-893, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Green Plants S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Carlos, Alajuela, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Green Plants Zn-B, compuesto a base de Potasio-Boro-Zinc - Ácidos Húmicos - Ácidos Fúlvicos, conforme con lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77488).

DIA-R-E-115-2007.—El señor Luis Carlos Chacón Rojas, cédula 2-481-893, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Green Plants S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Carlos, Alajuela, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Green Plants B, compuesto a base de Potasio - Boro- Ácidos Húmicos - Ácidos Fúlvicos, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77490).

DIA-R-E-108-2007.—El señor Luis Carlos Chacón Rojas, cédula 2-481-893, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Green Plants S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Carlos, Alajuela, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Green Plants ZN, compuesto a base de Potasio – Zinc - Azufre - Ácidos Húmicos - Ácidos Fúlvicos, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77492).

DIA-R-E-109-2007.—El señor Luis Carlos Chacón Rojas, cédula 2-481-893, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Green Plants S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Carlos, Alajuela, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Green Plants FE, compuesto a base de Potasio-Hierro - Azufre - Ácidos Húmicos - Ácidos Fúlvicos, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77493).

DIA-R-E-110-2007.—El señor Luis Carlos Chacón Rojas, cédula 2-481-893, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Green Plants S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Carlos, Alajuela, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Green Plants MG, compuesto a base de Potasio-Magnesio-Ácidos Húmicos- Ácidos Fúlvicos, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77495).

DIA-R-E-120-2007.—El señor Luis Carlos Chacón Rojas, cédula 2-481-893, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Green Plants S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Carlos, Alajuela, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Green Plants Polisacaridos+NPK+EM, compuesto a base de Nitrógeno-Fósforo - Potasio - Magnesio - Boro - Zinc - Azufre - Hierro - Manganeso-Calcio-Molibdeno - Ácidos Húmicos - Ácidos Fúlvicos, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77496).

DIA-R-E-119-2007.—El señor Luis Carlos Chacón Rojas, cédula 2-481-893, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Green Plants S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Carlos, Alajuela, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Green Plants Humate WsC, compuesto a base de Potasio- Ácidos Húmicos- Ácidos Fúlvicos, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77498).

DIA-R-E-118-2007.—El señor Luis Carlos Chacón Rojas, cédula 2-481-893, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Green Plants S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Carlos, Alajuela, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Green Plants Mo, compuesto a base de Potasio-Molibdeno - Ácidos Húmicos- Ácidos Fúlvicos, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77499).

DIA-R-E-112-2007.—El señor Luis Carlos Chacón Rojas, cédula 2-481-893, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Green Plants S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Carlos, Alajuela, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Green Plants Ca, compuesto a base de Potasio-Calcio-Ácidos Húmicos-Ácidos Fúlvicos, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(77500).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

DIA-R-E-135-2007.—El señor Eric Díaz Caballero, cédula número 1-094-539, en calidad de representante legal de la compañía Abocol Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Abocol Mezcla Guayacán 10-40-10, compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 11:00 horas del 29 de agosto del 2007.—Programa Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(78440).

DIA-R-E-136-2007.—El señor Eric Díaz Caballero, cédula número 1-094-539, en calidad de representante legal de la compañía Abocol Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Nitrax S, compuesto a base de nitrógeno-fósforo-azufre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 11:00 horas del 29 de agosto del 2007.—Programa Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(78441).

DIA-R-E-127-2007.—El señor Gilberto Meza Picado, cédula o pasaporte 3-202-529 en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Agrozamoranos S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Promadur compuesto a base de Nitrógeno-fósforo-potasio-carbono-materia orgánica-aminoácidos. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 28 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(78737).

DIA-R-E-126-2007.—El señor Gilberto Meza Picado, cédula o pasaporte 3-202-529 en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Agrozamoranos S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Prominol K compuesto a base de materia orgánica-aminoácidos-nitrógeno-carbono-potasio. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 28 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(78738).

DIA-R-E-131-2007.—El señor Gilberto Meza Picado, cédula o pasaporte 3-202-529 en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Agrozamoranos S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Prominol N compuesto a base de materia orgánica-aminoácidos-nitrógeno-carbono. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 29 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(78739).

DIA-R-E-130-2007.—El señor Gilberto Meza Picado, cédula o pasaporte 3-202-529 en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Agrozamoranos S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Prominol P compuesto a base de nitrógeno-fósforo-materia orgánica-aminoácidos libres. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 28 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(78740).

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL

DE MEDICAMENTO VETERINARIOS

EDICTO

El señor Esteban Montero Coto, con número de cédula 3-338-765, vecino de Cartago, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Inversiones Monteco S. A., con domicilio en Cartago, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Hematofós B12 Oral, fabricado por Laboratorios Hofarm S.A.C., para Agrovetmarket de Perú, y los siguientes principios activos: Cada 100 ml contienen: vitamina B12 O,0011 G, cobalto acetato 0.05 G, triptofano 0.250 G, histidina 0.5 G, ácido cítrico 0.5 G, D-L metionina 1.0 G, citrato de hierro amoniacal 2.0 G, cacodilato de sodio 3.0 G, riboflavina 5 fosfato 0.200 G, nicotinamida 5.0 G, piridoxina clorhidrato 1.0 G, glicerofosfato de sodio 1.0 G, agua osmotizada estéril 100 ml, y las siguientes indicaciones terapéuticas: tratamiento de las condiciones de estrés, con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 10:00 horas del día 7 de setiembre del 2007.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe a. í.—1 vez.—(79126).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD Y MACRO

EVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

REPOSICIÓN DE TÍTULO

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 47, título Nº 555, emitido por el Colegio Madre del Divino Pastor, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Salazar Chavarría Cinthia María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 23 de julio del 2007.—Departamento de Supervisión Nacional.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(77549).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 12, título Nº 135, emitido por el Centro Educativo Nuestra Señora, en el año dos mil cinco, a nombre de Rivas Madrigal Laura Cristina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 3 de setiembre del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—Nº 42933.—(77804).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el Tomo 1, Folio 26, Título Nº 436, emitido por el Liceo Roberto Gamboa Valverde, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Flores Umaña Juan Luis. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 3 de setiembre del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—Nº 43134.—(77805).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, en el “Área de Ciencias”, inscrito en el tomo 1, folio 175, título Nº 167, emitido por el Liceo Nocturno de Nicoya, en el año mil novecientos setenta y seis, a nombre de Gómez Mayorga María Mercedes. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cinco días del mes de setiembre del dos mil siete.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—Nº 43789.—(79447).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Consorcio Cooperativo Alianza Comercial R.L., siglas Alianza Comercial R.L., acordada en asamblea celebrada el 13 de enero del 2007. Resolución Nº 1433. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Consejo de Administración:

Presidente:              Basilio Ernesto Jirón Guido

Vicepresidenta:       Zhayleen Mora Argúello

Secretario:               Norton Hudgson Hudgson

Vocal 1:                   Héctor Monge León

Vocal 2:                   José Pastor Venegas Mora

Suplente 1:              Lawrence Marín Ramírez

Suplente 2:              Wendy Jara Alvarado

Gerente:                  Francisco Montoya Mora

San José, 7 de setiembre del 2007.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—Nº 43836.—(79448).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción la reforma de estatutos de la entidad denominada: Asociación Canaricultores de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 572, asiento: 45861.—Curridabat, veintiocho de agosto del dos mil siete.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 43768.—(79443).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Benéfica de Esposas de Abogados de Costa Rica AEA, con domicilio en la provincia de San José. Sus fines principales entre otros, es el siguiente: Hacer obras de caridad a personas o entidades de beneficencia necesitadas. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones que establece el estatuto, lo es la presidenta: Sonia Santisteban Larrad. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 571, asiento: 22359, adicional tomo: 571, asiento: 84936).—Curridabat, diez de agosto del dos mil siete.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 43770.—(79444).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Integral de Las Brisas, con domicilio en la provincia de Guanacaste, La Cruz, en el Ebais de Las Brisas, cuyos fines principales ente otros son los siguientes: Procurar el desarrollo de la comunidad de las Brisas. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, es el presidente: Noé Evaristo Ledezma Ibarra. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 572, asiento: 23563.—Curridabat, veintiocho de agosto del dos mil siete.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 43887.—(79445).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor José Fernando Carter Vargas, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-497-461, en su condición de apoderado especial de Bayer Cropscience GMBH, de R. F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada UTILIZACIÓN DE SULFONILUREAS.

 

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El invento se refiere a la utilización de compuestos de la fórmula general (I) y sus sales para la represión selectiva de un crecimiento de plantas indeseadas en leguminosas o para la represión no selectiva de una vegetación de plantas indeseadas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 47 /36, cuyo(s) inventores son Martin Hills, Hansjorg Krahmer, Christian Waldraff, Dieter Feucht. La solicitud correspondiente lleva el número 8488, y fue presentada a las 12:31:36 del 27 de junio de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de noviembre del 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—(77975).

El señor José Fernando Carter Vargas, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-497-461, en su condición de apoderado especial de Bayer Cropscience GMBH, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada ANTÍDOTO SOBRE LA BASE DE DERIVADOS DE ÁCIDOS CARBOXÍLICOS AROMÁTICOS ALIFÁTICOS.

 

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Compuesto de la fórmula (I) o sus sales. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 47 /42, cuyos inventores son Udo Bickers, Lothar Willms, Christopher Rosinger. La solicitud correspondiente lleva el número 8218, y fue presentada a las 14:02:01 del 27 de enero de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de setiembre de 2006.—Lic. Gabriela Murillo, Registradora.—(77976).

El señor José Fernando Carter Vargas, mayor, divorciado, abogado, vecino de San José, cédula 1-497-461, en su condición de apoderado especial de Bayer Cropscience GMBH, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada REGULACIÓN DEL CRECIMIENTO DE PLANTAS.

 

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El presente invento se refiere a una nueva clase de agentes reguladores del crecimiento de las plantas. En particular el invento se refiere a derivados de ácido 1-aril-pirazol-3-carboxílico sustituidos en posición 5 de la fórmula general (I); y a un método para el tratamiento de plantas con dichos compuestos, con el fin de inducir respuestas de regulación del crecimiento. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 43/56, cuyos inventores son Enricus M.M. Bastiaans, Günter Donn, Nathalie Knittel, Arianna Martelletti, Richard Rees, Michael Schwall. La solicitud correspondiente lleva el número 8477, y fue presentada a las 13:33:59 del 22 de junio de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de marzo del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—(77977).

El señor José Pablo Carter Herrera, mayor, soltero, estudiante, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Sanofi Aventis Deutschland GMBH, de R.D. Alemana, solicita la Patente de Invención denominada NUEVOS INHIBIDORES BICICLÍCOS DE HORMONA SENSITIVA A LA LIPASA.

 

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Se describen benzotriazoles de la fórmula general (I) en la que Rl a R8 tienen los significados mencionados anteriormente, así como procedimientos para su preparación. Los compuestos presentan un efecto inhibidor sobre la lipasa sensible a hormonas. La memoria descriptiva, reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 249/18, cuyos inventores son Stefan Petry, Karl-Heinz Baringhaus, Norbert Tennagels, Guenter Mueller, Hubert Heuer. La solicitud correspondiente lleva el número 7717, y fue presentada a las 10:14:33 del 7 de marzo de 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de julio del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—(77978).

El señor César Carter Cantarero, mayor, separado judicial, abogado, vecino de San José, cédula 8-023-645, en su condición de apoderado especial de Sanofi- Aventis Deutschland GMBH, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada PENTAFLUOROSULFANIL BENZOYLGUANIDINAS, MÉTODO PARA SU PRODUCCIÓN, SU USO COMO MEDICAMENTOS O AGENTES DE DIAGNÓSTICO, Y MEDICAMENTO QUE LAS CONTIENE.

 

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La invención se refiere a pentafluorosulfanil-benzoilguanidinas de la fórmula (I) en que R1 a R4 se definen como se cita en las reivindicaciones. Dichas sustancias son adecuados para uso como medicamentos antiarritmicos que comprenden componentes cardioprotectores para la profilaxis y el tratamiento de infartos, además para el tratamiento de la angina de pecho. También inhiben de forma preventiva los procesos patofisiológicos que se producen durante traumas inducidos por isquemia, especialmente en el desencadenamiento de arritmias cardiacas inducidas por isquemia. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07C 381/00, cuyo(s) inventor es Heinz-Werner Kleemann. La solicitud correspondiente lleva el número 8321, y fue presentada a las 14:52:00 del 31 de marzo de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de abril del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—(77979).

El señor Cesar Carter Cantarero, mayor, abogado, cédula 8-023-645 en su condición de Apoderado Especial de Sanofi Aventis Deutschland GMBH, de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada 4-FENILTETRAHIDROISOQUINOLINAS SUSTITUIDAS, METÓDOS PARA SU PRODUCCIÓN, SUS USOS COMO MEDICAMENTOS, EN ADICIÓN A MEDICAMENTOS CONTENIDOS EN LAS MISMAS.

 

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Compuestos de la fórmula I en los que desde R1 hasta R9 tienen los significados dados en las reivindicaciones, son excepcionalmente apropiados como agentes anti-hipertensivos, para reducir o prevenir lesiones inducidas por isquemias, como medicamentos para intervenciones quirúrgicas para el tratamiento de los ronquidos, como laxante, como agente contra ectoparásitos, para prevenir la formación de cálculos biliares, como agentes anti-ateroescleróticos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 217/22, cuyos inventores son Hofmeister Armin, Heinelt Uwe, Lang Hans-Jochen, Bleich Markus, Wirth Klaus, Gekle Michael. La solicitud correspondiente lleva el número 7344, y fue presentada a las 10:24:38 del 14 de mayo de 2004. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de julio de 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(77980).

La señora Denise Garnier Acuña, mayor, casada, abogada, vecina de San José, cédula Nº 1-487-992, en su condición de apoderada especial de Bayer Cropscience S. A., de Francia, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE 2-PIRIDINILETILBENZAMIDA.

 

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Un compuesto de fórmula general (I). Un procedimiento para preparar este compuesto. Una composición fungicida que comprende un compuesto de fórmula general (I). Un método para tratar plantas mediante aplicación de un compuesto de fórmula general (I) o una composición que lo comprende. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 213/61, cuyos inventores son Pierre-Yves Coqueron, Philippe Desbordes, Daren James Mansfield, Hieko Rieck, Marie Claire Grosjean-Cournoyer, Alain Villier, Pierre Genix. La solicitud correspondiente lleva el número 8507, y fue presentada a las 07:39:26 del 7 de julio del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 6 de agosto del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—(78418).

La señora Denise Garnier Acuña, mayor, abogada, cédula Nº 1-487-992, en su condición de apoderada especial de Bayer Cropscience S. A., de Francia, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE LA 2-PIRIDINILETILCARBOXAMIDA Y SU USO COMO FUNGICIDAS.

 

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Un compuesto de fórmula general (I). Un procedimiento para preparar este compuesto. Una composición fungicida que comprende un compuesto de fórmula general (I). Un método para tratar plantas aplicando un compuesto de fórmula general (I) o una composición que lo comprende. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 213/82, cuyos inventores son Pierre-Yves Coqueron, Philippe Desbordes, Darren James Mansfield, Hieko Rieck, Marie Claire Grosjean-Cournoyer, Alain Villier, Pierre Genix. La solicitud correspondiente lleva el número 8506, y fue presentada a las 07:38:39 del 7 de julio del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de julio del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(78421).

La señora Denise Garnier Acuña, cédula Nº 1-487-992, abogada, vecina de San José, en su condición de apoderada de Weber-Stephen Products Co, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada PARRILLA ASADORA (O BARBACOA) Y ESTRUCTURA DE SOPORTE. El presente invento proporciona un equipo de parrilla asadora o barbacoa 10 con una cámara de cocción 12 que tiene una cubierta 16 y un fogón 18 con un elemento quemador 111. El fogón 18 esta sujeto por una estructura 14 que incluye un primer bastidor 60 y un segundo bastidor 62. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A47J 37/07, cuyos inventores son Mark Johnson, Adrián Bruno, Robert Demars. La solicitud correspondiente lleva el número 7871, y fue presentada a las 14:42:23 del 13 de junio del 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de julio del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(78425).

La señora Denise Garnier Acuña, mayor, abogada, cédula Nº 1-487-992, en condición de apoderada especial de Bayer Cropscience S. A., de Francia, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN FUNGICIDA QUE COMPRENDE UN DERIVADO DE ÁCIDO FOSFOROSO Y TOLILFLUANIDA O DICLOFLUANIDA. Una composición fungicida que comprende un derivado de ácido fosforoso como fosfitos metálicos, como fosetil-aluminio o fosetil-sodio, y el propio ácido fosforoso y sus sales de metal alcalino o de metal alcalinotérreo; y tolilfluanida o diclofluanida; y un método de tratamiento fungicida. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 59/26, cuyo inventor es Marie-Pascale Latorse. La solicitud correspondiente lleva el número 8608, y fue presentada a las 10:43:14 del 12 de setiembre del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de julio del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(78427).

La señora Denise Garnier Acuña, mayor, abogada, cédula Nº 1-487-992, en su condición de apoderada especial de Bayer Cropscience S. A., de Francia, solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN FUNGICIDA QUE COMPRENDE UN DERIVADO DE PIRIDILETILBENZAMIDA Y UN COMPUESTO CAPAZ DE INHIBIR LA GERMINACIÓN DE ESPORAS O EL CRECIMIENTO DEL MICELIO ACTUANDO SOBRE DIFERENTES RUTAS METABÓLICAS. Una composición que comprende al menos un derivado de piridiletilbenzamida de fórmula general (I) (a) y un compuesto capaz de inhibir la germinación de esporas o el crecimiento del micelio actuando sobre diferentes rutas metabólicas (b) en una relación en peso (a) / (b) de 0,01 a 20. Una composición que comprende además un compuesto fungicida adicional. Un método para combatir de forma preventiva o curativa los hongos fitopatogénicos de los cultivos usando esta composición. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 43/40, cuyos inventores son Jean-Marie Gouot, Marie Claire Grosjean-Cournoyer. La solicitud correspondiente lleva el número 8611, y fue presentada a las 10:45:17 del 12 de setiembre del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de julio del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(78428).

El señor Carlos Humberto Ulate Sánchez, de Costa Rica, solicita la Patente de Invención denominada SISTEMA PARA DEGRADACIÓN TOTAL DE DESECHOS ORGÁNICOS Y FIJACIÓN DE CARBONO Y TRANSFORMACIÓN DE BIO-GAS, ETANOL Y ACEITES. La anterior innovación es un sistema de encapsulado de Biomasa originada de los desechos orgánicos que permite la degradación total de la misma y la separación de un líquido sin sólidos con cantidades de etanol más una formación al fondo de un lodo rico en aceites los cuales con el etanol pueden seguir dentro del sistema su proceso de degradación o bien industrializados para el consumo agrícola o de Biocombustible La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es G05B 01 /, cuyo inventor es Carlos Humberto Ulate Sánchez. La solicitud correspondiente lleva el número 9084, y fue presentada a las 11:46:55 del 23 de abril del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de agosto del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—Nº 43644.—(78774).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Jorge Antonio Chavarría Camacho, mayor, soltero, abogado, cédula Nº 1-437-984, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Celgene Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada FORMAS POLIMÓRFICAS 3-(4-AMINO-1-OXO-1,3 DIHIDRO-ISOINDOL-2-IL)-PIPERIDIN-2, 6-DIONA. Se describen formas polimórficas de 3-(4-amido-l-oxo-1,3 dihidro-isoindol-2-i1)-piperidin-2,6-diona. Se describen también composiciones que comprenden las formas polimórficas, métodos para elaborar las formas polimórficas y métodos para su uso. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/445, cuyos inventores son Roger Shen-Chu Chen, George W. Muller, Markian S. Jamorsky, Manohar T. Saindane, Louise M. Cameron. La solicitud correspondiente lleva el número 8291, y fue presentada a las 13:25:18 del 15 de marzo del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de agosto del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—Nº 43855.—(79446).

AMBIENTE Y ENERGÍA

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Expediente Nº 12642P.—Corporación Gacelex S. A., solicita concesión de: 3,5 y 4,5 litros por segundo respectivamente de los pozos MN-33 y MN-35 efectuando la captación en su propiedad en Batan, Matina, para uso agroindustrial y doméstico. Coordenadas respectivas 232,100-607,100 / 232,300-606,700 hoja Matina. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de agosto del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 42880.—(77806).

Expediente Nº 5987P.—Corporación Gacelex S. A., solicita concesión de: 7 litros por segundo del Pozo MN-46, efectuando la captación en su propiedad en Batan, Matina, Limón, para uso agroindustrial y consumo humano. Coordenadas 231.700 / 612.400 hoja Matina. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de agosto del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 42881.—(77807).

Expediente Nº 5988P.—Corporación Gacelex solicita concesión de: 10 litros por segundo del Pozo MN-50, efectuando la captación en su propiedad en Batan, Matina, Limón, para uso agroindustrial y consumo humano. Coordenadas 229.500 / 612.100 hoja Matina. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de agosto del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 42882.—(77808).

Expediente Nº 6010A.—Inversiones San Gerardo S. A., solicita concesión de: 500 litros por segundo del Río Blanco, efectuando la captación en finca de Inversiones San Gerardo S. A. en Cañas Dulces, Liberia, Guanacaste, para uso riego varios. Coordenadas 297.700 / 376.700 hoja Curubande. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de agosto del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 42985.—(77809).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. 12649P.—Bienes Raíces Monterrey S. A., solicita concesión de: 0,65 litros por segundo del pozo AB-884, efectuando la captación en finca de su propiedad en Uruca, Santa Ana, San José, para uso consumo humano-doméstico y varios. Coordenadas 214.100 / 513.500 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de setiembre del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(77876).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 12653A.—Banco HSBC (Costa Rica) S. A., solicita concesión de 300 litros por segundo del río Unión, efectuando la captación en finca de Frutas de Exportación Frutex S. A., en San Pedro (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, San José, para uso agropecuario-riego. Coordenadas: 361.250 / 516.600, hoja Repunta. Predios inferiores: Piedades Gamboa Jiménez, Flor González Arrollo, Alberto Navarro Sánchez, Ramiro Valverde Camacho. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de setiembre del 2007.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 43769.—(79449).

Expediente Nº 12620A.—Evar Gerardo Cubillo Díaz, solicita concesión de 0,02 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Mercedes Sur, Puriscal, San José, para uso consumo humano. Coordenadas: 190.150 / 487.250, hoja Candelaria. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de julio del 2007.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 43940.—(79450).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expedientes Nº 7617-96 y 3814-02.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—Ana Cecilia Hernández Flores, mayor, divorciada, oficios del hogar, cédula de identidad número ocho-cero cincuenta y ocho-trescientos seis, vecina de Omar Dengo San José; solicita la rectificación del asiento de nacimiento de su hijo Édgar Jesús Balitan Hernández, que lleva el número setecientos treinta y siete, folio trescientos sesenta y nueve, tomo mil seiscientos treinta y seis, de la Sección de Nacimientos de la provincia de San José, en el sentido de que el mismo es hijo únicamente de “Ana Cecilia Hernández Flores, costarricense” y no de “José María Balitan Calderón, nicaragüense y Ana Cecilia Hernández Flores, costarricense”; como se consignó. Publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil y se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—San José, a las ocho horas treinta y cinco minutos del veinticuatro de febrero de mil novecientos noventa y siete.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Ligia María González Richmond, Jefa.—(78410).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ruddel Salgado González, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2119-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y treinta y siete minutos del veintitrés de julio del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 4562-07. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Ruddel Salgado Gonzáles con Jahaira de los Ángeles Méndez Moreno..., en el sentido que los apellidos del cónyuge son “Salgado González, hijo de Rubier Salgado Rodríguez y Emilia González Domínguez” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(78486).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ana Lorena Cuadra Araya, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1793-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y cuarenta minutos del veintiuno de junio del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 36405-06. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Ana Lorena Cuadra Araya..., en el sentido que el segundo apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Espinoza” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(78506).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Gerardo Antonio Pastrana Escoto, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2402-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas cuarenta y cinco minutos del catorce de agosto del dos mil siete. Exp. Nº 37728-06. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados..., II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Gerardo Antonio Pastrana Escoto... en el sentido que el primer apellido de la madre... es “Escot”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(78673).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Rosa Herminda Cadenas García, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: N° 392-2001. Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cuarenta minutos del ocho de marzo del dos mil uno. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Rosa Herminda Cadenas García soltera, del hogar, nicaragüense, cédula residencia número cero cero dos-RE-cero cero tres mil trescientos ochenta y siete-cero cero-mil novecientos noventa y nueve, vecina de Matina. Exp. N° 18792-2000. Resultando: I.—..., II.—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Ingrid Lizeth García Cárdenas, que lleva el número trescientos cincuenta, folio ciento setenta y cinco, del tomo doscientos sesenta y uno, de la Sección de Nacimientos de la provincia de Limón, en el sentido de que el nombre y los apellidos de la madre son “Rosa Herminda Cadenas García” y no como aparecen actualmente consignados. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 43553.—(78783).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Zayda Elieth Hurtado, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2218-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y treinta y siete minutos del veintisiete de julio del dos mil siete. Ocurso. Expediente N° 5310-07. Resultando: 1º—... 2º—... 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Camila Narvaez Hurtado... en el sentido que el nombre y el apellido de la madre de la persona ahí inscrita son “Zayda Elieth Hurtado, no indica segundo apellido” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(79113).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Isy Mayerline Rodríguez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2397-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas veinticinco minutos del catorce de agosto del dos mil siete. Expediente Nº 9416-07. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Randall Enrique Moraga Camareno con Isy Mayerline Rodríguez, no indica otro apellido... en el sentido que el segundo apellido de la cónyuge así como el segundo apellido de la madre de la misma es “Ortiz”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(79149).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Daniel de Jesús Pérez Correa, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2473-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas veinte minutos del veintinueve de agosto del dos mil siete. Expediente Nº 11264-07. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Daniel de Jesús Pérez Correa con Julia María Quirós Coronado, conocida como Julia María Coronado Coronado... en el sentido que el segundo nombre y el segundo apellido de la madre del cónyuge son “Elvira” y “Penagosi”, respectivamente.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 43834.—(79451).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Víctor Manuel Rivera Calderón, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2449-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas quince minutos del veintitrés de agosto del dos mil siete. Expediente Nº 24557-2006. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Joselyn Magdalena Rivera Nicaragua... en el sentido que los apellidos de la madre de la misma son “Ramírez Nicaragua”, y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 43980.—(79452).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Margarita Rodríguez Chevez, en expediente Nº 28524-02, este Registro ha dictado una, resolución que en lo conducente dice: Nº 0579-03.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas veinte minutos del siete de mayo del dos mil tres. Diligencias de ocurso incoadas por Margarita Rodríguez Chevez, casada, oficios del hogar, costarricense, cédula de identidad número cinco-ciento noventa-doscientos dos, vecina de Cacao, Alajuela. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de José Pablo Hernández Rodríguez... en el sentido de que el primer apellido del padre... es “Fernández”. Publíqueme esta resolución una vez en el Diario Oficial.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor a. í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 43983.—(79453).

AVISOS

Registro Civil – Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Daniel Alarcón Villamizar, mayor, soltero, estudiante, colombiano, carné misión internacional Nº 9251-2005, vecino de San José, expediente Nº 3491-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, 20 de julio del 2007.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 43565.—(78785).

Fernando Mauricio Restrepo Zapata, mayor, casado, prevendedor, colombiano, carné de refugiado Nº 117000167617, vecino de Heredia, expediente Nº 882-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, cuatro de junio del dos mil siete.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(79123).

Fili Manuel Dávila Alonzo, mayor, soltero, dependiente, nicaragüense, cédula de residencia Nº 270-0198641-0112270, vecino de San José, expediente Nº 3316-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, veinte de julio del dos mil siete.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(79158).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE COMPRAS 2007

El Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa; informa modificación al Programa Anual de Compras, correspondiente a la compra de bienes y servicios de la Institución para el periodo 2007. Se hace indicación de que el mismo se encuentra disponible en la dirección electrónica www.imas.go.cr.

 

Bien, servicio u obra a contratar

Partida

presup.

Proyecto o programa

Monto estimado ¢

Periodo estimado

de inicio

Fuente de financiamiento

Unidad responsable

Contratación de empresa constructora para realizar las reparaciones y mejoras del edificio de Oficinas de Empresas Comerciales del IMAS, Alajuela

5.02.01

Empresas Comerciales

50 000 000,00

Setiembre

Tiendas Libres

Empresas Comerciales

Contratación de una empresa consultora para la inspección del Proyecto de reparación y mejoras en el edificio de oficinas de Empresas Comerciales del IMAS en Alajuela.

5.02.01

Empresas Comerciales

2. 250. 000,00

Setiembre

Tiendas Libres

Empresas Comerciales

Compra de computadoras portátiles

5.01.05

Actividades Centrales

1..950.000,00

Setiembre

Recursos propios

Informática

Compra de servidores y unidades de respaldo

5.01.05

Administración Central

2.850.000,00

Setiembre

Recursos propios

Informática

Compra de impresoras

5.01.05

Administración Central

2.000.000,00

Setiembre

Recursos propios

Informática

Contratación de servicios profesionales para el diagnóstico, revisión, depuración, rediseño y actualización de la normativa del Área Financiera

1.04.04

Actividades Centrales

9.000.000,00

Setiembre

Recursos propios

Gestión y Asesoría Financiera

Contratación de Servicios Profesionales para el Diseño y Rediseño de Reglamentos y Manuales de Procedimientos del Área de Gestión y Asesoría Administrativa

1.04.04

Actividades Centrales

9..500.000,00

Setiembre

Recursos propios

Área de Gestión y Asesoría Administrativa

Contratación de Servicios Profesionales para el Diseño y Rediseño de Reglamentos y Manuales de Procedimientos del Área de Desarrollo Informático

1.04.04

Actividades Centrales

4.000.000,00

Setiembre

Recursos propios

Desarrollo Informático

Estaciones de trabajo para oficinas tercer piso, edificio central.

5.02.01

Actividades Centrales

3..345.000,00

Setiembre

Recursos propios

Presidencia Ejecutiva

Estructuras de Hierro, Verjas, construcción piso de cemento Gerencia Regional Puntarenas

5.02.01

Asistencia y Promoción Social con transferencias condicionadas

6..500.000,00

Setiembre

Recursos propios

Gerencia Regional Puntarenas

Adquisición de memoria Servidor Terminal Service

5.01.05

Empresas Comerciales

340.000,00

octubre

Recursos propios

Empresas Comerciales

Equipo de cómputo monitor plano

5.01.05

Empresas Comerciales

9.000,000,00

Setiembre

Recursos propios

Empresas Comerciales

UPS

5.01.05

Empresas Comerciales

200.000,00

Setiembre

Recursos propios

Empresas Comerciales

Estaciones de trabajo para Área de Gestión y Asesoría Administrativa

5.02.01

Actividades Centrales

30.000.000,00

Setiembre

Recursos propios

Gestión y Asesoría Administrativa

 

 

Departamento de Proveeduría.—Lic. Ramón Alvarado Gutiérrez, Proveedor General.—1 vez.—(80120).

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO

UNIDAD EJECUTORA DE JASEC PROYECTOS PRÉSTAMO BCIE

Plan de compras 2007

La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de Contratación Administrativa y como consecuencia de la modificación presupuestaria Nº 8-2007, comunica la siguiente modificación al programa de compras 2007, publicado en La Gaceta Nº 38, del 22 de febrero del 2007. Concretamente, se modifica el ítem 5, correspondiente al Proyecto denominado “Bienes y Servicios para labores en Unidad Ejecutora” donde se sustituye la necesidad de adquirir dos contenedores y la remodelación de una bodega, lo cual ya no se realizará y en su lugar se adquirirá una bodega prefabricada. Adicionalmente se adquirirán los siguientes equipos:

Fuente de financiamiento: Recursos propios de JASEC.

                          Partida y descripción                           Descripción de                              Descripción del                               Monto            Mes de

Ítem                          del proyecto                                       la partida                                         artículo                                     miles ¢             inicio

5        Bienes y servicios para labores en Unidad

          Ejecutora. Fuente de financiamiento:                                                                                                                                                             Setiembre-

          Recursos de JASEC                                                                                                                                                            2.000.000,00        octubre

            1-03-05-00                                                  Servicios Aduanales, otros                                                                                                         

                                                                                servicios de gestión y apoyo       Consultaría en servicios aduanales,

                                                                                                                                  Servicios de un Técnico Electricista,

                                                                                                                                  para mejorar la instalación eléctrica

            1-04-99-00                                                                                                    del Edificio de la Unidad Ejecutora.

                                                                                                                                  Contratación de los servicios de

                                                                                                                                  mantenimiento de la Fotocopiadora                                         Setiembre-

                                                                                                                                  Sharp Mx-350.                                          10.000.000,00        octubre

            2-04-02-00                                                  Repuestos y accesorios               Adquisición de accesorios

                                                                                                                                  para teléfonos celulares Nokia 6230i                                        Setiembre-

                                                                                                                                  y accesorios para computadoras portátiles.  1.489.385,00        octubre

            2-99-01-00                                                  Útiles y materiales de

                                                                                oficina y cómputo                      Adquisición de tintas para impresoras

                                                                                                                                  HP Deskjet 5440 y Toner para                                                Setiembre-

                                                                                                                                  fotocopiadora Sharp Mx-350.                     1.600.000,00        octubre

            5-01-03-00                                                  Equipo de comunicación             Sistema de circuito cerrado de televisión

                                                                                                                                  para la Seguridad del Edificio de la                                            Setiembre-

                                                                                                                                  Unidad Ejecutora.                                      25.000.000,00        octubre

            5-01-05-00                                                  Equipo y programas

de cómputo                                Adquisición de computadoras de escritorio                                Setiembre-

                                                                                                                                  portátiles y agendas electrónicas.                7.500.000,00        octubre

            5-02-01-00                                                  Edificios                                     Adquisición de una bodega prefabricada.     37.000.000,00        Setiembre-

                                                                                                                                                                                                                                  Octubre

Cartago, 10 de setiembre del 2007.—Unidad Ejecutora.—Lic. Héctor Tabarez De Tolentino C.—1 vez.—(Solicitud Nº 14215).—C-26740.—(80129).

LICITACIONES

HACIENDA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000431-13200

Mantenimiento preventivo y correctivo de planta eléctrica

La Proveeduría Institucional, recibirá ofertas hasta las 11:00 horas del día 5 de octubre del 2007, para el Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Planta Eléctrica del Ministerio de Hacienda.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha, o podrá obtenerlo en el Departamento de Contrataciones de la Proveeduría Institucional. Puede traer dispositivo de respaldo digital (disquette, CD o Llave USB) o impreso previo depósito de ¢ 1.920,00 (mil novecientos veinte colones exactos) mediante un entero a favor del Gobierno de Costa Rica, emitido por cualquier Banco del Sistema Bancario Nacional. La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada en el edificio central del Ministerio de Hacienda, antiguo Banco Anglo, avenida 2da, calles 3 y 4.—Lic. Olman Sanlee Chacón, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 41230).—C-13220.—(79896).

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000435-13402

Compra de vehículo y motocicletas

La Proveeduría Institucional, recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 5 de octubre del 2007, para la compra de vehículo y motocicletas del Ministerio de Hacienda.

El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha, o podrá obtenerlo en el Departamento de Contrataciones de la Proveeduría Institucional. Puede traer dispositivo de respaldo digital (Disquette, CD o Llave USB), o impreso previo depósito de ¢2.640,00 (Dos mil seiscientos cuarenta colones exactos) mediante un entero a favor del Gobierno de Costa Rica, emitido por cualquier Banco del Sistema Bancario Nacional. La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada en el edificio central del Ministerio de Hacienda, Antiguo Banco Anglo Avenida 2ª, calles 3 y 4.

Proveeduría.—Lic. Olman Sanlee Chacón, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 16007).—C-9720.—(80049).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000008-00100

Compra de equipo de cómputo

El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial, a través de la Unidad de Licitaciones, recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 8 de octubre del 2007, para la licitación de referencia.

El interesado tiene el cartel a su disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita, en la dirección http://www.hacienda.go.cr. accesando en Link de Compra Red de Internet a partir de esta fecha, o podrá ser retirado en el Departamento de Proveeduría en el segundo piso, la dirección es la siguiente: La Uruca, contiguo a la Agencia del Banco Nacional, previo a la cancelación de ¢1.000,00 (Mil colones exactos), monto que deberá ser depositado a favor del Consejo de Seguridad Vial, en cualquier Agencia Bancaria del Banco de Costa Rica o del Banco Nacional de Costa Rica, en las cuentas que se detallan a continuación:

Entidad Bancaria                                       Número de cuenta

Banco de Costa Rica                                              64590-7

Banco Nacional de Costa Rica                               75830-0

El contenido del comprobante emitido por la Agencia Bancaria debe contar con la siguiente información como mínimo:

    Nombre del depositante

    Cliente y número de cuenta cliente

    Monto depositado

    Concepto: pago de cartel de la Licitación Pública Nº 2007LN-000008-00100

San José, 12 de setiembre del 2007.—Lic. Alexánder Vásquez Guillén, Jefe Departamento de Proveeduría.—1 vez.—(Solicitud Nº 10919).—C-16960.—(80148).

SALUD

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

El Proceso de Adquisiciones de la Proveeduría Institucional de Salud, recibirá ofertas para las siguientes contrataciones:

2007LA-000064-62207 Aceites y lubricantes                                       5/10/2007     09:00 horas

2007LA-000065-62207 Llantas y neumáticos                                       5/10/2007     11:00 horas

2007LA-000066-62500 Artículos de limpieza                                       5/10/2007     14:00 horas

2007LA-000067-62100 Remodelación Área Rectora Hatillo             1/10/2007     10:00 horas

2007LA-000068-62100 Remodelación Área Rectora Palmar Norte        1/10/2007     14:00 horas

2007LA-000069-62100 Montacargas capacidad 1500 kges              2/10/2007     10:00 horas

2007LA-000070-62100 Letrina plástica                                                  2/10/2007     14:00 horas

2007LA-000071-62207 Bolsas plásticas                                                 3/10/2007     10:00 horas

2007LA-000072-62200 Productos de papel y cartón                          3/10/2007     14:00 horas

2007LA-000073-62207 Láminas de zinc                                                 4/10/2007     09:00 horas

2007LA-000074-62100 Equipo electrodomésticos                              4/10/2007     11:00 horas

2007LA-000075-62100 Equipo de audio y video                                4/10/2007     14:00 horas

2007LA-000076-62100 Estación típica de trabajo                               8/10/2007     09:00 horas

2007LA-000077-62500 Mantenimiento CEN Loyola                         2/10/2007     11:00 horas

El interesado podrá obtener inmediatamente los carteles en forma gratuita, en el Proceso de Adquisiciones de la Proveeduría Institucional de Salud, Edificio Norte tercer piso, teléfono 223-4795, a partir del día de su publicación.

Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 14815).—C-13320.—(80146).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000055-PCAD

Contratación de servicios de entubado y cableado del sistema de

alarmas, circuito cerrado de televisión y control de acceso

en todo el país (modelo consumo por demanda)

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los invita a participar en la Licitación Pública Nº 2007LN-000055-PCAD. La apertura de ofertas se realizará en sus oficinas ubicadas en el sexto piso de la sede central, avenidas 2 y 4, calle 1, a las 10:00 horas del día 10 de octubre del 2007.

Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en nuestras oficinas, previa cancelación del cartel en las cajas Nos. 12 y 13, ubicadas en el primer piso del edificio Metropolitano, con un horario de lunes a viernes de 8:15 a. m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 7:00 p. m. Valor del cartel ¢2.500,00 (Dos mil quinientos colones con 00/100).

San José, 12 de setiembre del 2007.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(80034).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000035-3003

Compra de dientes acrílicos

El Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, invita a todos los interesados en participar en el siguiente concurso: Licitación Abreviada número 2007LA-000035-3003, “Compra de dientes acrílicos”.

Fecha de apertura: 3 de octubre del 2007

Hora: 10:30 a. m.

Lugar recepción de ofertas: administración, Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia.

Lugar para la apertura: sala aperturas, en la administración.

El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia a partir de esta fecha. Rigen las condiciones para concursos promovidas por la Subárea de Contratación Administrativa. Valor del cartel: ¢500.

San José, 12 de setiembre del 2007.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador.—1 vez.—(80121).

LICITACIÓN ABREVIADA NÚMERO 2007LA-000028-3003

Compra de coronas de acero cromado para niños

El Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia invita a todos los interesados en participar en el siguiente concurso:

Licitación Abreviada número 2007LA-000028-3003, “Compra de coronas de acero cromado para niños.”

Fecha de apertura: 3 de octubre del 2007.

Hora: 2:00 p. m.

Lugar recepción de ofertas: administración, Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia.

Lugar para la apertura: sala aperturas, en la administración.

El Cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia a partir de esta fecha. Rigen las condiciones para concursos promovidas por la Subárea de Contratación Administrativa. Valor del cartel: ¢500.

San José, 12 de setiembre del 2007.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador.—1 vez.—(80122).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN ABREVIADA  N° 2007LA-000094-PROV

Adquisición  de llantas de varios tipos  P.H. Pirris

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados  en la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta las 15:00 horas del día 11 de octubre del 2007, en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este del edificio Central, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento

Adquisición de llantas de varios tipos P.H. Pirris

Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma  en la Proveeduría de este Instituto, o accesando nuestra dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do

San José, 12 de setiembre del 2007.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 330291).—C-8490.—(80150).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000005-PRI

Compra de sulfato de aluminio

(Modalidad: entrega según demanda)

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 8 de octubre del 2007, para la “Compra de sulfato de aluminio”.

El archivo que conforma el cartel tendrá un costo de ¢200,00 y podrá adquirirse en la Proveeduría Institucional de AyA, sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA en Pavas.

San José, 12 de setiembre del 2007.—Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(80043).

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELÉCTRICO

MUNICIPAL DE CARTAGO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000029-01

Contratación de mano de obra para el desarrollo

de proyectos de alumbrado público

Contratar bienes y servicios avisa que: para esta licitación se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del 5 de octubre del 2007, acto seguido se procederá con la apertura de las ofertas que hubiesen sido presentadas, lo cual tendrá lugar en las instalaciones de JASEC, sitas en Cartago, barrio Fátima, 300 metros norte y 100 metros oeste de la iglesia María Auxiliadora. Los interesados podrán solicitar el cartel en la dirección indicada o al correo electrónico gpiedra@jasec.co.cr.

Cartago, 12 de setiembre del 2007.—Lic. Abel Gómez L., Coordinador.—1 vez.—(Solicitud Nº 11070).—C-6655.—(80130).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000003-CL

Adquisición de materiales para construcción y PVC

para las unidades de obras y acueducto

La Municipalidad de Santa Bárbara, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas de la mañana del dieciséis (16) de octubre del dos mil siete (2007), para compra de materiales para construcción y PVC para las unidades de obras y acueducto. El cartel y demás documentación para esta licitación podrán obtenerse en la Proveeduría Municipal de la Municipalidad de Santa Bárbara, ubicada en el costado noreste del parque de Santa Bárbara; previo pago del costo de dichos atestados, el cual es de 3.000,00 (tres mil colones netos), en la caja municipal. Los carteles se venderán únicamente en el siguiente horario: de 8 a. m. a 12 a. m. y de 1 p. m. a 3 p. m. de lunes a viernes. Cualquier consulta a los teléfonos 269-7073/269-9081, ext. 06.

Santa Bárbara, 11 de setiembre del 2007.—Bach. Cynthia Salas Chavarría, Proveedora Municipal.—1 vez.—(80156).

ADJUDICACIONES

HACIENDA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000088-13403

Centrales telefónicas

Se avisa a todos los interesados en la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000088-13403, para el programa Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda, que por resolución de adjudicación Nº 146-2007, de las 13:00 horas del día 29 del mes de agosto del año 2007, se adjudica de la siguiente manera:

Instalaciones Telefónicas Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-035198.—(Oferta Nº 1).

Línea Nº 1: Central Telefónica para la Aduana de Peñas Blancas, equipada con 16 tróncales, 48 extensiones, para IP PBX, debidamente instalada y programada, marca Panasonic modelo KX-TDA100.

1-Teléfono para operadora con las siguientes características:

24 Teclas programables tricolor.

Alta voz para hablar con manos libres.

Identificador de llamadas entrantes y salientes.

Teclas de conferencia, intercom, mute, store, autoredial, pausa.

Tecla de navegación para ajuste del volumen de las manos libres, ajuste del contraste LCD, acceso a opciones del menú, etc.

Ajuste de inclinación de 4 niveles diseñado ergonómicamente.

30 sonidos diferentes (ring) y 10 memorias.

1-Panel de luces.

1-Tarjeta operadora automática.

1-Sistema de emergencia para 8 horas y demás condiciones técnicas del cartel.

Monto unitario: ¢1.929.000,00.

Lugar de entrega: Aduana de Peñas Blancas.

Línea Nº 2: Central Telefónica para la Aduana de Limón, equipada con 16 tróncales, 48 extensiones, para IP PBX, debidamente instalada y programada, marca Panasonic Modelo KX-TDA100.

1-Teléfono para operadora con las siguientes características:

24 Teclas programables tricolor.

Alta voz para hablar con manos libres.

Identificador de llamadas entrantes y salientes.

Teclas de conferencia, intercom, mute, store, autoredial, pausa.

Tecla de navegación para ajuste del volumen de las manos libres, ajuste del contraste LCD, acceso a opciones del menú, etc.

Ajuste de inclinación de 4 niveles diseñado ergonómicamente.

30 sonidos diferentes (ring) y 10 memorias.

1-Panel de luces.

1-Tarjeta operadora automática.

1-Sistema de emergencia para 8 horas y demás condiciones técnicas del cartel.

Monto unitario: ¢1.877.000,00.

Lugar de entrega: Aduana de Limón.

Línea Nº 3: Central Telefónica para la Aduana Central, equipada con 16 tróncales, 48 extensiones, para IP PBX, debidamente instalada y programada, marca Panasonic Modelo KX-TDA100.

1-Teléfono para operadora con las siguientes características:

24 Teclas programables tricolor.

Alta voz para hablar con manos libres.

Identificador de llamadas entrantes y salientes.

Teclas de conferencia, intercom, mute, store, autoredial, pausa.

Tecla de navegación para ajuste del volumen de las manos libres, ajuste del contraste LCD, acceso a opciones del menú, etc.

Ajuste de inclinación de 4 niveles diseñado ergonómicamente.

30 sonidos diferentes (ring) y 10 memorias.

1-Panel de luces.

1-Tarjeta operadora automática.

1-Sistema de emergencia para 8 horas y demás condiciones técnicas del cartel.

Lugar de entrega: Aduana Central.

Monto unitario: ¢1.799.000,00.

Monto total adjudicado: ¢5.605.000,00.

(Cinco millones seiscientos cinco mil colones exactos). Plazo de Entrega: En forma inmediata.

Garantía del producto: garantizamos el equipo durante 24 meses, cubriendo daños de fabricación y/o instalación efectuada por nuestro personal técnico, a partir de la fecha de entrega y puesta en marcha de la central telefónica.

Garantía de cumplimiento: El adjudicatario deberá presentar una garantía de cumplimiento de un 5 % sobre el monto total adjudicado con una vigencia de 3 meses adicionales a la fecha definitiva de la recepción del objeto del contratado.

Forma de pago: usual de Gobierno, de conformidad con la resolución Nº 770-2006, del Ministerio de Hacienda de las nueve horas del veintiocho de abril del dos mil seis, publicada en El Diario Oficial La Gaceta Nº 104 del 31 de mayo del 2006.

Timbres: De conformidad con el Código Fiscal vigente y sus reformas, en acatamiento del oficio Nº 29 (DI-AA-016 del 02-01-02) de la Contraloría General de la República y el oficio DGABCA-NP-133-05-K de fecha 09-02-05, de la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, por la presente adjudicación se debe cancelar la suma de ¢14.325,00 (Catorce mil trescientos veinticinco colones exactos), por concepto de pago de especies fiscales y lo que coloquialmente se denomina como “reintegro” de la contratación de marras.

La cancelación puede ser mediante la compra de las especies fiscales (timbres) o bien efectuando el pago en “Entero de Gobierno” en la oficina correspondiente.

Ese pago deberá demostrarlo al momento en que procedan a hacer formal entrega de los bienes y servicios contratados.

Todo de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.

La presente adjudicación queda condicionada a la efectiva disponibilidad presupuestaria o financiera de acuerdo a la legislación vigente y al cumplimiento de los requisitos de refrendo o formalización contractual que correspondieren de conformidad con el Reglamento sobre Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública y sus respectivas modificaciones emitidas por la Contraloría General de la República.

San José, 29 de agosto del 2007.—Lic. Olman San Lee Chacón, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 47064).—C-60520.—(80050).

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000287-13403

Mantenimiento preventivo y correctivo del

sistema de aire de la aduana de Limón

Se avisa a todos los interesados en esta licitación, para el programa Asesoría Hacendaría del Ministerio de Hacienda, que por resolución de adjudicación Nº 195-2007, de la Licitación Abreviada 2007LA-000287-13403, de las 11:00 horas del día 11 de setiembre del 2007, se adjudica de la siguiente manera:

Multisa S. A., cédula jurídica 3-101-158262.

Línea Nº 1 y única: servicio para el mantenimiento preventivo de un sistema de aire acondicionado tipo VRV Inverter K Series, marca Daikin constituido por los siguientes elementos:

Tres (03) unidades de condensadoras MOD RSX10KTALE cada una con capacidad de 25.000 KCAL/H C/U a 220 voltios, tres fases, 650 Hz. Nivel de ruido a máxima velocidad 58 dBA.

Seis (06) unidades de evaporadoras tipo cassette multiflujo Mod. FXYF125KBVE cada una con capacidad de 12.500 KCAK/H C/U a 220 voltios, una fase. 60 HZ. Nivel de ruido a máxima velocidad 42 dBA. Seis parrillas decorativas Mod. BYC125K-W1.

Dos (2) unidades de Aire Acondicionado tipo paquete marca YORK Modelo D2CE240 cada uno con capacidad de 60.450 KCAL/H a 208-230 voltios, tres fases, 60 Hz.

Y demás especificaciones técnicas del cartel y la oferta.

Costo trimestral adjudicado: $1.425,00.

Costo anual adjudicado (12 meses): $5.700,00.

Costo adjudicado estimado a 4 años (en caso de prorrogar el contrato): $22.800,00 (veintidós mil ochocientos dólares USD con 00/100 centavos).

Vigencia del contrato: el contrato tendrá una vigencia mínima de doce (12) meses, el cual podrá ser prorrogado por períodos iguales en forma automática, hasta por un máximo de cuarenta y ocho (48) meses, salvo que alguna de las partes solicite lo contrario, con un plazo de tres (3) meses mínimo de anticipación.

Forma de pago: usual de gobierno, de conformidad con la resolución Nº 770-2006, del Ministerio de Hacienda de las nueve horas del veintiocho de abril del dos mil seis, publicada en El Diario Oficial La Gaceta Nº 104 del 31 de mayo del 2006.

Garantía de cumplimiento: El adjudicatario deberá presentar el 5 % de garantía sobre el monto total de la adjudicación, con una vigencia mínima de tres meses adicionales a la fecha definitiva de recepción del objeto contrato.

Timbres: de conformidad con el Código Fiscal vigente y sus reformas, en acatamiento del oficio Nº 29 (DI-AA-016 del 02-01-02) de la Contraloría General de la República y el oficio DGABCA-NP-133-05-K de fecha 09-02-05, de la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, por la presente adjudicación se debe cancelar la suma de ¢30.009,50 (treinta mil nueve colones con 50/100), por concepto de pago de especies fiscales y lo que coloquialmente se denomina como “reintegro” de la contratación de marras.

La cancelación puede ser mediante la compra de las especies fiscales (timbres) o bien efectuando el pago en “Entero de Gobierno” en la oficina correspondiente.

Ese pago deberá demostrarlo al momento en que procedan a hacer formal entrega de los bienes y servicios contratados.

Todo de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.

La presente adjudicación queda condicionada a la efectiva disponibilidad presupuestaria o financiera de acuerdo a la legislación vigente y al cumplimiento de los requisitos de refrendo o formalización contractual que correspondieren de conformidad con el Reglamento sobre Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública y sus respectivas modificaciones emitidas por la Contraloría General de la República.

San José, 11 de setiembre del 2007.—Proveeduría Institucional.—Lic. Olman Sanlee Chacón, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 09074).—C-37530.—(80051).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000102-13603

Compra de tintas pinturas y diluyentes

Se avisa a todos los interesados en esta licitación, para los programas Dirección de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, Actividades Centrales, Dirección General de Aduanas, Tribunal Aduanero Nacional y Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda, que por resolución de adjudicación Nº 148-2007, de la licitación abreviada Nº 2007LA-000102-13603, de las 8:00 horas del día 7 de setiembre del 2007, se adjudica de la siguiente manera:

Direx Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-076898.

Línea Nº 1

4 unidades de tóner láser (NG) EPL 6200L, marca Epson, NPORG SO50167 .

Monto unitario:                                                                     $ 55,35

Línea Nº 23

3 unidades de cartucho 26 (NG), marca HP, NPORG 51626A. Se aumenta la cantidad de 2 a 3 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                     $ 27,30

Línea Nº 24

3 unidades de cartucho 82 (MG) DJ 500, marca HP, NPORG C4912A. Se aumenta la cantidad de 2 a 3 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                     $ 30,36

Línea Nº 25

3 unidades de cartucho 82 (CY) DJ 500, marca HP, NPORG C4911A. Se aumenta la cantidad de 2 a 3 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                     $ 30,36

Línea Nº 26

3 unidades de cartucho 82 (AM) DJ 500, marca HP, NPORG C4913A. Se aumenta la cantidad de 2 a 3 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                     $ 30,36

Línea Nº 51

16 unidades de cartucho 94 (NG), marca HP, NPORG C8765 WL. Se aumenta la cantidad de 12 a 16 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                     $ 16,55

Línea Nº 52

16 unidades de cartucho 95(CL), marca HP, NPORG C8766 WL.Se aumenta la cantidad de 12 a 16 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                     $ 19,97

Línea Nº 54

14 unidades de cartucho (NG) Z-715, marca Lexmark, NPORG 17G0050. Se aumenta la cantidad de 12 a 14 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                     $ 26,36

Línea Nº 56

19 unidades de tinta Azul 30CC (1 OZ), marca Acritela. Se reducen cantidades de 28 a 19 unidades por falta de contenido presupuestario

Monto unitario:                                                                       $ 0,62

Línea Nº 57

8 unidades de cartucho (NG), Z55 marca Lexmark, NPORG 18L0032 (82).

Monto unitario:                                                                     $ 25,65

Línea Nº 58

1 unidad de cartucho (CL) Z55, marca Lexmark, NPORG 18L0042 (83).

Monto unitario:                                                                     $ 29,77

Línea Nº 59

8 unidades de cartucho 56 (NG) DJ5150 marca HP, NPORG C6656AL.

Monto unitario:                                                                     $ 16,37

Línea Nº 60

2 unidades de cartucho 57 (CL) DJ 5150 marca HP, NPORG C6657A. Se rebajan cantidades de 3 a 2 unidades por falta de contenido presupuestario.

Monto unitario:                                                                     $ 27,67

Línea Nº 75

10 unidades de tóner Láser (NG) 1300, marca HP, NPORG Q2613A. Se aumenta la cantidad de 8 a 10 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                     $ 58,84

Línea Nº 80

8 unidades de cartucho 95 (CL) DJ9800, marca HP, NPORG C8766 WL. Se aumenta la cantidad de 5 a 8 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                     $ 19,97

Línea Nº 81

10 unidades de cartucho 94 (NG) DJ 9800, marca HP, NPORG C8765 WL Se aumenta la cantidad de 7 a 10 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                     $ 16,55

Línea Nº 87

6 unidades de cartucho 10(NG) DJ1000, marca HP, NPORG C4844A. Se aumenta la cantidad de 5 a 6 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                     $ 26,64

Línea Nº 88

9 unidades de cartucho 11 (CY) DJ1000, marca HP, NPORG C4836AL Se aumenta la cantidad de 6 a 9 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                     $ 26,81

Línea Nº 89

9 unidades de cartucho 11 (MG) DJ 1000, marca HP, NPORG C4837AL. Se aumenta la cantidad de 6 a 9 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                     $ 26,81

Línea Nº 90

9 unidades de cartucho 11 (AM) DJ 1000, marca HP, NPORG C4838AL. Se aumenta la cantidad de 6 a 9 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                     $ 26,81

MONTO TOTAL ADJUDICADO                               $ 3.760,32

(Tres mil setecientos sesenta USD americanos con treinta y dos centavos).

Forma de pago: usual de Gobierno.

Plazo de entrega: 5 días naturales.

Garantía del producto: 25 meses, contra desperfectos de fabricación, en condiciones normales de uso y manipulación.

Lugar de entrega: en San José, del costado norte de Yamuni en Sabana este, 100 metros al norte, antiguo edificio del Fondo Circulante.

El adjudicatario deberá cancelar los montos correspondientes por la garantía de cumplimiento y los timbres.

Oficina Comercializadora Oficomer S. A., cédula jurídica Nº 3-101-111535.

Línea Nº 2

2 unidades de Fotoconductor Epson SO51099 P/6200-6200L y demás condiciones del cartel y la oferta.

Monto unitario:                                                              ¢ 35.849,00

MONTO TOTAL ADJUDICADO                             ¢ 71.698,00

(Setenta y un mil. seiscientos noventa y ocho colones exactos)

Forma de pago: usual de Gobierno.

Plazo de entrega: 5 días naturales.

Garantía del producto: 12 meses, contra desperfectos de fabricación, en condiciones normales de uso y manipulación.

Lugar de entrega: en San José, del costado norte de Yamuni en Sabana este, 100 metros al norte, antiguo edificio del Fondo Circulante.

El adjudicatario deberá cancelar los montos correspondientes por la garantía de cumplimiento y los timbres

Bruno Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-190550

Línea Nº 3

6 unidades de tinta para impresora de inyección Epson parte Nº (ing.) TO63120. Se aumenta las cantidades de 4 a 6 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 1.400,00

Línea Nº 4

3 unidades de tinta para impresora de inyección Epson parte Nº (cyan) T063220. Se aumenta las cantidades de de 2 a 3 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 1.400,00

Línea Nº 5

3 unidades de tinta para impresora de inyección Epson: parte Nº (magenta) TO63320. Se aumenta las cantidades de 2 a 3 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 1.400,00

Línea Nº 6

3 unidades de tinta para impresora de inyección Epson: parte Nº (amarillo) TO63420. Se aumenta las cantidades de 2 a 3 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 1.400,00

Línea Nº 32

4 unidades de tóner para fotocopiadora Minolta EP-2030 negro. Se reducen cantidades de 6 a 4 unidades por falta de contenido presupuestario.

Monto unitario:                                                              ¢ 31.000,00

Línea Nº 45

18 unidades de tinta para impresora de inyección Epson cartucho negro, C85 TO46120. Se aumenta la cantidad de 12 a 18 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 1.550,00

Línea Nº 46

18 unidades de tinta para impresora de inyección Epson, C85 cyan TO47220. Se aumenta la cantidad de 12 a18 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 1.400,00

Línea Nº 47

12 unidades de tinta para impresora de inyección Epson: C85 (magenta) TO47320.

Monto unitario:                                                                ¢ 1.400,00

Línea Nº 48

18 unidades de tinta para impresora de inyección Epson: C85 yellow (amarillo) TO47420. Se aumenta la cantidad de 12 a 18 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 1.400,00

Línea Nº 93

60 unidades de tóner para impresora Hewlette Packard modelo HP-4050, color negro. Se aumenta la cantidad de 40 a 60 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                              ¢ 25.300,00

Línea Nº 94

51 unidades de tóner para impresora Láser Jet Hewlette Packard modelo HP-2100, color negro. Se aumenta la cantidad de 34 a 51 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                              ¢ 18.630,00

Línea Nº 101

33 unidades de tinta para impresora de inyección Epson: modelo C60. Se aumenta la cantidad de 22 a 33 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 1.000,00

Línea Nº 108

2 unidades de tóner para fotocopiadota Panasonic, modelo FP-7830, TK-20. Se reducen cantidades de 3 a 2 unidades por falta de contenido presupuestario.

Monto unitario:                                                              ¢ 70.200,00

MONTO TOTAL ADJUDICADO                        ¢ 2.881.630,00

(Dos millones ochocientos ochenta y un mil, seiscientos treinta colones).

Forma de pago: usual de Gobierno.

Plazo de entrega: 5 días naturales.

Garantía del producto: 24 meses, contra desperfectos de fabricación, en condiciones normales de uso y manipulación.

Lugar de entrega: en San José, del costado norte de Yamuni en Sabana este, 100 metros al norte, antiguo edificio del Fondo Circulante.

El adjudicatario deberá cancelar los montos correspondientes por la garantía de cumplimiento y los timbres

American Ink S. A., cédula jurídica Nº 3-101-350216.

Línea Nº 7

16 unidades de tinta para impresora HP DJ 990 HP 51645. Se aumenta las cantidades de 11 a 16 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 5.840,00

Línea Nº 8

7 unidades de tinta para impresora HP DJ 990 HP C6578. Se aumenta las cantidades de 5 a 7 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 7.990,00

Línea Nº 9

7 unidades de tinta para impresora HP DJ 990 HP C1823T. Se aumenta las cantidades de 5 a 7 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 7.700,00

Línea Nº 10

4 unidades de tóner para impresora HP 1300SRS HP Q 2613X Se aumenta las cantidades de 3 a 4 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                              ¢ 19.790,00

Línea Nº 37

18 unidades de tinta para impresora Epson C62 color. Se aumenta la cantidad de 12 a 18 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 1.090,00

Línea Nº 38

18 unidades de tinta para impresora Epson C62 negro. Se aumenta la cantidad de 12 a 18 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                   ¢ 910,00

Línea Nº 39

75 unidades de tinta para impresora HP 51645 A Negro. Se aumenta la cantidad de 50 a 75 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 5.840,00

Línea Nº 40

45 unidades de tinta para impresora HP 6578d color. Se aumenta la cantidad de 30 a 45 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 7.990,00

Línea Nº 43

18 unidades de tinta para impresora Epson TO38120 C43, negro. Se aumenta la cantidad de 12 a 18 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                   ¢ 765,00

Línea Nº 44

18 unidades de tinta para impresora Epson TO39020 C43, color. Se aumenta la cantidad de 12 a 18 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 1.090,00

Línea Nº 49

18 unidades de tinta para impresora Epson TO28201 C60, negro.

Se aumenta la cantidad de 12 a 18 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                   ¢ 910,00

Línea Nº 50

18 unidades de tinta para impresora Epson TO29201 C60, color. Se aumenta la cantidad de 12 a 18 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 1.090,00

Línea Nº 78

138 unidades de tinta para impresora HP modelo 710. 870. 895. 990 negro. Se aumenta la cantidad de 92 a 138 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 5.840,00

Línea Nº 79

135 unidades de tinta para impresora HP modelo 710. 870. 895. 990 color. Se aumenta la cantidad de 90 a 135 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 7.990,00

Línea Nº 98

15 unidades de tinta para impresora Epson modelo 880.negro. Se aumenta la cantidad de 10 a 15 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                   ¢ 530,00

Línea Nº 99

15 unidades de tinta para impresora Epson modelo 880 color. Se aumenta la cantidad de 10 a 15 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                   ¢ 760,00

Línea Nº 100

33 unidades de tinta para impresora Epson C60 negro. Se aumenta la cantidad de 22 a 33 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                   ¢ 910,00

Línea Nº 102

6 unidades de tinta para impresora Epson C80 Yellow. Se aumenta la cantidad de 4 a 6 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 1.190,00

Línea Nº 103

15 unidades de tinta para impresora Epson C80 magenta. Se aumenta la cantidad de 10 a 15 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 1.190,00

Línea Nº 104

7 unidades de tinta para impresora Epson C80 cyan. Se aumenta la cantidad de 5 a 7 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 1.190,00

Línea Nº 105

15 unidades de tinta para impresora Epson C80 negro. Se aumenta la cantidad de 10 a 15 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 1.305,00

MONTO TOTAL ADJUDICADO                        ¢ 3.172.215,00

(Tres millones ciento setenta y dos mil, doscientos quince colones).

Forma de pago: usual de Gobierno.

Plazo de entrega: 1 día natural.

Garantía del producto: 24 meses, contra desperfectos de fabricación, en condiciones normales de uso y manipulación.

Lugar de entrega: en San José, del costado norte de Yamuni en Sabana este, 100 metros al norte, antiguo edificio del Fondo Circulante.

El adjudicatario deberá cancelar los montos correspondientes por la garantía de cumplimiento y los timbres

Ricoh de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-083187.

Línea Nº 96

12 unidades de tóner para fotocopiadora Lanier Aficio. Se aumenta la cantidad de 10 a 12 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                     $ 45,00

TOTAL MONTO ADJUDICADO                                  $ 450,00

(Quinientos cuarenta dólares USD exactos).

Forma de pago: usual de Gobierno.

Plazo de entrega: 5 días naturales.

Garantía del producto: 24 meses, contra desperfectos de fabricación, en condiciones normales de uso y manipulación.

Lugar de entrega: en San José, del costado norte de Yamuni en Sabana este, 100 metros al norte, antiguo edificio del Fondo Circulante.

El adjudicatario deberá cancelar los montos correspondientes por la garantía de cumplimiento y los timbres.

Equipo y Papelería Los Alpes S. A., cédula jurídica Nº 3-101-100708.

Línea Nº 11

45 unidades de cartucho American Ink para Epson TO38120 negro. Se aumenta las cantidades de 30 a 45 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 3.192,00

Línea Nº 12

22 unidades de cartucho American Ink para Epson TO39020 color. Se aumenta las cantidades de 15 a 22 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 3.344,00

Línea Nº 13

19 unidades de cartucho American Ink para Epson TO28201 negro. Se aumenta la cantidad de 13 a 19 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 3.192,00

Línea Nº 14

10 unidades de cartucho American Ink para Epson TO29201 color. Se aumenta las cantidades de 7 a 10 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 3.648,00

Línea Nº 15

19 unidades de cartucho American Ink para Epson TO40120 negro. Se aumenta las cantidades de 13 a 19 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 3.344,00

Línea Nº 16

10 unidades de cartucho para Epson TO41020 color para impresora C62. Se aumenta la cantidad de 7 a 10 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 3.040,00

Línea Nº 17

37 unidades de cartucho American Ink para Epson TO46120 negro para impresora C85. Se aumenta las cantidades de 25 a 37 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 3.800,00

Línea Nº 18

19 unidades de cartucho para Epson TO47220 cyan para impresora C85. Se aumenta las cantidades de 13 a 19 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 3.040,00

Línea Nº 19

19 unidades de cartucho para Epson TO47320 magenta para impresora C85. Se aumenta las cantidades de 13 a 19 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 3.040,00

Línea Nº 20

19 unidades de cartucho para Epson TO47420 amarillo para impresora C85. Se aumenta la cantidad de 13 a 19 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 3.040,00

Línea Nº 21

18 unidades de cartucho para Epson TO51645A negro para impresora C710-C. Se aumenta la cantidad de 12 a 18 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                              ¢ 10.792,00

Línea Nº 22

9 unidades de cartucho para Epson C1823A color impresora 710C. Se aumenta la cantidad de 6 a 9 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                              ¢ 11.856,00

Línea Nº 61

5 unidades de cartucho para /HP-6578D color impresora HP-940. Se aumenta la cantidad de 4 a 5 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                              ¢ 12.312,00

Línea Nº 62

14 unidades de cartucho para /HP-6615D negra impresora HP-940. Se aumenta la cantidad de 12 a 14 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                              ¢ 11.248,00

Línea Nº 63

4 unidades de cartucho para Epson SO20191 color impresora 860. Se aumenta la cantidad de 3 a 4 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 2.280,00

Línea Nº 64

7 unidades de cartucho para Epson SO20189 negro impresora 860. Se aumenta la cantidad de 5 a 7 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 1.672,00

Línea Nº 65

22 unidades de cartucho para Epson TO63120 negro impresora C87. Se aumenta la cantidad de 17 a 22 unidades por autorización del programa

Monto unitario:                                                                ¢ 3.800,00

Línea Nº 66

8 unidades de cartucho para Epson TO63220 cyan impresora C87. Se aumenta la cantidad de 6 a 8 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 3.344,00

Línea Nº 67

8 unidades de cartucho para Epson TO63320 magenta impresora C87. Se aumenta la cantidad de 6 a 8 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 3.344,00

Línea Nº 68

8 unidades de cartucho para Epson TO63420 amarillo impresora C87. Se aumenta la cantidad de 6 a 8 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 3.344,00

Línea Nº 70

7 unidades de tóner para /HP-4100x impresora Láser Jet. Se aumenta la cantidad de 6 a 7 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                              ¢ 49.096,00

Línea Nº 73

15 unidades de cartucho para Epson TO28201 negro impresora C 60. Se aumenta la cantidad de 10 a 15 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 3.192,00

Línea Nº 74

13 unidades de cartucho para Epson TO29201 color impresora C 60. Se aumenta la cantidad de 9 a 13 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                ¢ 3.648,00

MONTO TOTAL ADJUDICADO                        ¢ 1.865.800,00

(Un millón ochocientos sesenta y cinco mil ochocientos colones exactos).

Forma de pago: usual de Gobierno.

Plazo de entrega: 5 días naturales.

Garantía del producto: 12 meses, contra desperfectos de fabricación, en condiciones normales de uso y manipulación.

Lugar de entrega: en San José, del costado norte de Yamuni en Sabana este, 100 metros al norte, antiguo edificio del Fondo Circulante.

El adjudicatario deberá cancelar los montos correspondientes por la garantía de cumplimiento y los timbres.

IS Productos de Oficina S. A., cédula jurídica Nº 3-101-059552.

Línea Nº 27

36 unidades de tóner para fotocopiadora Mita Point Source Ai 3010, negro. Se aumenta la cantidad de 24 a 36 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                              ¢ 15.167,00

Línea Nº 28

9 unidades de tóner para fotocopiadora Mita KM-1505, negro. Se aumenta la cantidad de 6 a 9 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                              ¢ 22.489,00

Línea Nº 29

36 unidades de tóner para fotocopiadora Mita KM-4230, negro. Se aumenta la cantidad de 24 a 36 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                              ¢ 30.857,00

Línea Nº 30

31 unidades de tóner para fotocopiadora Mita KM-2050, negro. Se aumenta la cantidad de 24 a 31 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                              ¢ 27.196,00

Línea Nº 31

35 unidades de tóner para fotocopiadora Mita KM-2035, negro. Se aumenta la cantidad de 24 a 35 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                              ¢ 27.196,00

MONTO ADJUDICADO:                                         ¢ 951.860,00

Línea Nº 91

10 unidades de tóner para impresora Kyocera Mita modelo TK-70, color negro, original de la marca Kyocera Mita. Se aumenta la cantidad de 7 a 10 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                              ¢ 70.605,00

Línea Nº 92

54 unidades de tóner para impresora Kyocera FS-1200, color negro. Se aumenta la cantidad de 43 a 54 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                              ¢ 32.949,00

MONTO TOTAL ADJUDICADO                        ¢ 6.139.497,00

(Seis millones ciento treinta y nueve mil cuatro cientos noventa y siete colones exactos).

Forma de pago: usual de Gobierno.

Plazo de entrega: 5 días naturales.

Garantía del producto: 24 meses, contra desperfectos de fabricación, en condiciones normales de uso y manipulación.

Lugar de entrega: en San José, del costado norte de Yamuni en Sabana este, 100 metros al norte, antiguo edificio del Fondo Circulante.

El adjudicatario deberá cancelar los montos correspondientes por la garantía de cumplimiento y los timbres

Importaciones Office de Costa Rica, cédula jurídica Nº 3-101-153618:

Línea Nº 53

18 unidades de tinta para impresora Lexmark-cartucho 17GO648 negro.

Monto unitario:                                                                     $ 20,16

Línea Nº 82

4 unidades de tinta para Plotter Hewlett Packard modelo 1050 C plus negro.

Monto unitario:                                                                   $ 135,73

Línea Nº 83

6 unidades de tinta para Plotter Hewlett Packard modelo 1050 C plus amarillo Nº 80 original de la marca Hewlett Packard Nº C 4873A y demás condiciones del cartel y la oferta. Se aumenta la cantidad de 4 a 6 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                     $ 84,10

Línea Nº 84

6 unidades de tinta para Plotter Hewlett Packard modelo 1050 C plus magenta Nº 80 original de la marca Hewlett Packard Nº C 4874A y demás condiciones del cartel y la oferta. Se aumenta la cantidad de 4 a 6 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                     $ 83,19

Línea Nº 85

6 unidades de tinta para Plotter Hewlett Packard modelo 1050 C plus cyan Nº 80 original de la marca Hewlett Packard Nº C 4872A y demás condiciones del cartel y la oferta Se aumenta la cantidad de 4 a 6 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                                     $ 83,19

MONTO TOTAL ADJUDICADO                               $ 2.408,68

(Dos mil cuatrocientos ocho dólares USA americanos con sesenta y ocho centavos).

Forma de pago: usual de Gobierno, de conformidad con la Resolución Nº 770-2006, del Ministerio de Hacienda de las nueve horas del veintiocho de abril del dos mil seis, publicada en El Diario Oficial La Gaceta Nº 104 del 31 de mayo del 2006.

Plazo de entrega: 5 días hábiles.

Garantía del producto: 24 meses, contra desperfectos de fabricación, en condiciones normales de uso y manipulación.

Lugar de entrega: en San José, del costado norte de Yamuni en Sabana este, 100 metros al norte, antiguo edificio del Fondo Circulante.

El adjudicatario deberá cancelar los montos correspondientes por la garantía de cumplimiento y los timbres

Servicios Técnicos Especializados S T E S. A., cédula jurídica Nº 3-101-112933.

Línea Nº 76

7 unidades de tóner para fotocopiadora Canon Modelo Imagen Runner 202i, original de la marca Canon, número de parte GPR-18 y demás condiciones del cartel y la oferta. Se aumenta la cantidad de 5 a 10 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                              ¢ 14.350,00

Línea Nº 97

75 unidades de tóner para fotocopiadora Canon NPG-1 genérico, marca Image y demás condiciones del cartel y la oferta. Se aumenta la cantidad de 50 a 75 unidades por autorización del programa.

Monto unitario:                                                              ¢ 3.400.000

MONTO TOTAL ADJUDICADO                           ¢ 355.450,00

(Trescientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta colones exactos).

Forma de pago: usual de Gobierno, de conformidad con la Resolución Nº 770-2006, del Ministerio de Hacienda de las nueve horas del veintiocho de abril del dos mil seis, publicada en El Diario Oficial La Gaceta Nº 104 del 31 de mayo del 2006.

Plazo de entrega: 5 días naturales.

Garantía del producto: 24 meses, contra desperfectos de fabricación, en condiciones normales de uso y manipulación.

Lugar de entrega: en San José, del costado norte de Yamuni en Sabana este, 100 metros al norte, antiguo edificio del Fondo Circulante.

El adjudicatario deberá cancelar los montos correspondientes por la garantía de cumplimiento y los timbres

Se declaran infructuosas por falta de ofertas las líneas Nos. 33, 41,42 de la Dirección General de Administración de Bienes, 55 y 69 del Tribunal Aduanero Nacional, 71 y 77 de Actividades Centrales, 86, 95, 106 y 107 de la Dirección General de Tributación, (la 95 se dejó sin efecto por error material en vista de que se indico en el cartel una unidad, siendo lo correcto 11 unidades).

Todo de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.

La presente adjudicación queda condicionada a la efectiva disponibilidad presupuestaria o financiera de acuerdo a la legislación vigente y al cumplimiento de los requisitos de refrendo o formalización contractual que correspondieren de conformidad con el Reglamento sobre Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública y sus respectivas modificaciones emitidas por la Contraloría General de la República.

San José, 7 de setiembre del 2007.—Lic. Olman San Lee Chacón, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 41231).—C-216590.—(80132).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000042-33101

Mantenimiento y reparación de las motocicletas

de la Dirección General de la Policía de Tránsito

Se avisa a todos los interesados en esta licitación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que por resolución de Adjudicación Nº 0202-2007 de Licitación Pública Nº 2007LN-000042-33101 de las 09:15 horas del día 10 de setiembre del 2007, se adjudica de la siguiente manera:

Oferta 1: José Joaquín Calderón Araya, cédula jurídica Nº 102370322.

Posición: 1 mantenimiento y reparación a las motocicletas policiales cuando así lo requieran, previa orden escrita del Departamento Administrativo-Financiero de la Dirección General de la Policía de Tránsito.

Monto total adjudicado: hasta por un monto de ¢97.169.011,89 (noventa y siete millones ciento sesenta y nueve mil once colones con ochenta y nueve céntimos).

Tiempo de entrega: de ½ día a 10 días hábiles según cada actividad a realizar de conformidad con el anexo 1 de la oferta.

San José, 10 de setiembre del 2007.—MBA Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 40496).—C-12120.—(80133).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación de referencia que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión Nº 67-07, celebrada el once de setiembre del año dos mil siete, dispuso declarar infructuosos los siguientes procedimientos:

Licitación                                 Objeto de contratación

Abreviada Nº 2007LA-000069-PROV    Alquiler de local para alojar al Juzgado de Tránsito de Grecia.

Abreviada Nº 2007LA-000078-PROV    Compra de Kits para la Sección de Bioquímica.

San José, 12 de setiembre del 2007.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í.—1 vez.—(80143).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA-000054-PROV

Compra de lectores de códigos de barras

Se comunica a todos los interesados que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión 67-07, celebrada el día 11 de setiembre de 2007, dispuso adjudicar esta licitación de la forma siguiente:

A: Provelogic S. A., cédula jurídica Nº 3-101-254374

El suministro de 896 lectores de códigos de barras, marca Tysso, modelo CCD-80U.

Precio unitario: $35,00            Precio total $31.360,00

Plazo de entrega: treinta días naturales, contados a partir de la recepción del respectivo pedido.

Garantía: un año.

Gran total adjudicado: $31.360,00

Demás características y condiciones según cartel y oferta.

San José, 12 de setiembre de 2007.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(80145).

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2007LN-000008-PROV

Compra de productos de limpieza, bajo la modalidad

de entrega según demanda

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación de referencia, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión celebrada el día once de setiembre del año dos mil siete, se dispuso adjudicar de la manera siguiente:

Nelson Armando Carazo Guillén, cédula de identidad 8-039-701

La compra por un año prorrogable en forma automática por períodos iguales, hasta un máximo de 4 años, de productos de limpieza, bajo la modalidad de entrega según demanda. Esta contratación se ejecutará en el período 2008.

Plazo y lugar de entrega según cartel.

Garantía de los productos: 12 meses contra defectos de fábrica.

Gran total estimado adjudicado ¢17.060.760,00 anuales.

Demás términos y condiciones conforme al cartel y la oferta. Por la modalidad de contratación de referencia, tanto la cantidad a requerir como el plan de entregas podrá ser modificado.

San José, 12 de setiembre del 2007.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í.—1 vez.—(80147).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000020-PCAD

Contratación de empresas especialistas para el análisis y desarrollo

de sistemas utilizando herramientas Microsoft, J2EE y Oracle

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, hace del conocimiento de los interesados en la Licitación Pública Nº 2007LN-000020-PCAD, que la Comisión de Licitaciones Públicas, mediante acta Nº 414-2007 del 11 de setiembre del 2007, resolvió adjudicar la presente licitación de la siguiente forma:

Empresa que conformarán el registro de elegibles:

Consorcio Lidersoft-Dinámica.

Empresa S-Com S. A.

Las erogaciones sobre este objeto no podrán exceder a (¢145.000.000,00 (Ciento cuarenta y cinco millones de colones con 00/100) anuales.

Garantía de cumplimiento: cada contratista deberá rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, durante los 10 (diez) días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso, por un monto de ¢1.000.000,00 (un millón de colones netos) y con una vigencia mínima de catorce meses.

Demás condiciones, conforme lo plantea el proceso de contratación administrativa en su informe de adjudicación Nº 271-2007.

San José, 12 de setiembre del 2007.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(80082).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000077-1142

Dosificador de solución venosa

A los interesados en el presente concurso se les comunica que por resolución del Área de Adquisiciones de fecha 11 de setiembre del 2007; se resuelve adjudicar a:

Leventon S.A.U., representado por: Representaciones G.M.G. S. A.

Ítem único.

Monto total adjudicado: $176.800,00 dólares.

Subárea de Adjudicaciones.—Luz Mery Hidalgo Hernández, Jefa.—1 vez.—(U. E. Nº 1142).—C-6675.—(80052).

INSTITUTO COSTARICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LI-000018-PROV

Adquisición de viga W y viga canal para el P.H. Pirrís

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Sector Electricidad mediante nota 0510-1268-2007 del 7 de setiembre del 2007, acordó adjudicarla de la siguiente manera:

Requerimiento: adquisición de viga W y viga canal para el P.H. Pirrís.

Oferente: Triple-S Steel Suply Co. Representante: Proyectos de Ingeniería y Suministro de Equipos S. A. ( P.I.S.E.S.A ), cédula jurídica 3-101-151973.—(Oferta Nº 3).

Partida Nº 1

Cantidad                      Descripción

7.896 metros            Viga ala ancha de acero estructural W         Precio unitario      USD 50,00

                                    150 mm x 37, 1 kg/m (W6”X25 ib/pie)

Costo total recomendado DDU P.H. Pirrís                                                           USD 394 800,00

Fecha de entrega de los bienes 65 días hábiles a partir de la notificación de la orden de compra.

Lugar de entrega de los bienes: Plantel P.H. Pirrís, San Pablo, León Cortés.

Forma de pago: crédito documentario avisado, pagadero: 60% contra la presentación de los documentos de embarque.

40% contra el recibido conforme del suministro, en el lugar de entrega.

Garantía sobre los bienes: 6 meses, contados a partir de la fecha en que el ICE reciba el objeto del contrato a entera satisfacción.

Garantía de cumplimiento 8% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de 8 meses, partir de la firmeza del acto de adjudicación

Oferente: Abonos Agro S. A., cédula jurídica: 3-101-002749-29 (Oferta Nº 2)

Partida II

Cantidad                                      Descripción

300 c/u              Viga canal de 150 mm X 12.2 Kg/m x 6 m   Precio unitario          USD 85,40

Acarreo                                                                                                                                 USD 425,00

Costo total recomendado  DDU P.H. Pirrís                                                         USD 26.045,00

Fecha de entrega de los bienes: 65 días hábiles a partir de la notificación de la orden de compra.

Lugar de entrega de los bienes: Plantel P.H. Pirrís, San Pablo, León Cortés.

Forma de pago: giro a 30 días contra recibo conforme del suministro y presentación de facturas.

Garantía sobre los bienes: 8 meses a partir de la recepción satisfactoria por parte del ICE.

Garantía de cumplimiento: 8% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de 8 meses, partir de la firmeza del acto de adjudicación

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de las ofertas adjudicadas.

Nota:    Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, personería jurídica y certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizadas o poder consularizado según corresponda a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original del pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2.50 por cada 1000.00 colones (dos colones con cincuenta céntimo por cada mil colones).

San José, 12 de setiembre del 2007.—Dirección de Proveeduría.— Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. 330291).—C-35720.—(80151).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000057-PRI

Compra de estaciones totales

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante resolución de adjudicación de gerencia Nº 2007-556, se adjudica la Licitación Abreviada 2007LA-000057-PRI “Compra de estaciones totales” a:

A: Consultores Técnicos Ingeos S. A.

                                                                                                                           Precio                  Precio total

Posición       Cantidad                        Descripción                             unitario $            por posición $

1                      2               Estaciones totales GTS-235 W

                                          Topcon con accesorios                           10.929,00                 21.858,00

2                      5               Estaciones totales GTS-235 W

                                          Topcon con accesorios                           11.774,00                 58.870,00

                                          Subtotal                                                                                          80.728,00

                                          Impuesto de ventas                                                                      10.494,64

                                          Total                                                                                                 91.222,64

Monto total adjudicado $91.222,64 (noventa y un mil doscientos veintidós dólares con 64/100) i.v.i.

Condiciones:

Precios: Firmes y definitivos.

Forma de pago: Crédito 30 días naturales a partir del recibo conforme de los equipos.

Plazo de entrega: 30 días naturales contados a partir del día siguiente hábil a la entrega del pedido nacional.

Lugar de entrega: Bodegas AyA, contiguo a Tubo Tico, Pavas.

Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.

San José, 10 de setiembre del 2007.—Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(80042).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-500079-02

Suministro de equipo de laboratorio

De conformidad con el artículo 88 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, se comunica que la Presidencia de la Empresa mediante oficio P-1377-2007 de fecha 5 de setiembre del 2007 acordó adjudicar la licitación supra citada de acuerdo al siguiente detalle:

Oferta Nº:             Tres (3)

Oferente:              Álvaro Calvo Gutiérrez

Monto :                $ 176.329,00 IVI

Adjudicación :      Líneas 1, 2, 4, 6, 7, 8, 9, 10,11, 12 y 13

Oferta Nº :            Ocho (8)

Oferente :             Euro Amaltea S. A.

Monto :                $ 9.435,50 IVI

Adjudicación :      Líneas 3 y 5

Especificaciones de cada línea conforme al cartel y la oferta respectiva.

Notas importantes:

1.  El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento por un monto de siete por ciento (7 %) del total adjudicado y con una vigencia mínima de dos (2) meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato.

2.  El presente contrato estará sujeto a refrendo conforme las disposiciones contenidas en el Reglamento para Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, promulgado por la Contraloría General de la República y que se publicó en el Diario Oficial La Gaceta Nº 53 del 15 de marzo del 2006. Para lo cual se emitirá la respectiva orden de compra, la que será refrendada por la Asesoría Legal de RECOPE.

3.  Con el fin de validar jurídicamente el documento definido para formalizar la presente contratación, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley, correspondientes a un 0,5 % del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.

4.  Según lo indicado en el cartel en la cláusula penal 1.15.1 por atraso en la entrega del objeto contractual, en caso de que se presenten causas imputables al contratista, este pagará a Recope una multa de un décimo del uno por ciento (0,1 %) del monto total adjudicado por cada día natural de atraso hasta un máximo del 25 %; se entiende por monto total contratado, los montos efectivamente pagados por Recope en la adquisición del bien. En caso de que se haya pactado la contratación en moneda extranjera, las multas que se apliquen se calcularán en la moneda en que fue presentada la oferta. En caso de que el objeto esté compuesto por líneas distintas, el monto máximo para el cobro de multas, se considerará sobre el mayor valor de cada una y no sobre la totalidad del contrato, siempre que el incumplimiento de una línea no afecte el resto de las obligaciones.

5.  El oferente deberá adjuntar, sin excepción, los catálogos de despiece, operación, mantenimiento y montaje. El equipo debe entregarse con los manuales de instrucción y mantenimiento, así como otra información que de acuerdo al fabricante sea necesaria, tales como investigaciones o artículos referentes a las pruebas y los materiales en las que se utiliza el equipo.

6.  De conformidad con la información que consta en el Registro de Proveedores del Sistema de Adquisiciones y a lo dispuesto en los apartados cartelarios 1.2.8 y 1.13.1, los oferentes Álvaro Calvo Gutiérrez y Euro Amaltea S. A., recomendados en la adjudicación del presente concurso, se encuentran debidamente acreditados para contratar con la Administración.

7.  En general, el adjudicatario deberá someterse estrictamente a los términos y condiciones de esta contratación.

San José, 7 de setiembre del 2007.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(Solicitud Nº 2007-5-0272).—C-32095.—(80134).

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELÉCTRICO

MUNICIPAL DE CARTAGO

UNIDAD EJECUTORA

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2007LI-000001-03

Adquisición de cable, herrajes y accesorios

La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, por medio de la Unidad Ejecutora comunica que la Licitación Pública Internacional Nº 2007LI-000001-03 “Adquisición de Cable, Herrajes y Accesorios”, financiada con el Banco Centroamericano de Integración Económica, fue adjudicada por acuerdo de Junta Directiva, adoptado en el artículo 2º de la sesión ordinaria Nº 4191, del 11 de setiembre del 2007, donde se acordó lo siguiente: adjudicar a la oferta Nº 3 presentada por Corporación de Energía y Telecomunicaciones S. A. el artículo 25, por la suma de $6.000,00. A la oferta Nº 4 presentada por Elmec S. A. el artículo Nº 21, por la suma total de $2.400,00. A la oferta Nº 5 presentada por Almacén El Eléctrico S. A. los artículos 1, 2, 4, 5 y 6 de la Fórmula 1 y los artículos 8, 9, 11 y 22 de la fórmula 2, todo por la suma de $543.530,00. A la oferta Nº 7 presentada por Suministros Eléctricos representada por Electroval Telecomunicaciones y Energía S. A. los artículos 7, 13, 14, 15 y 24, por la suma de $123.343,00. A las ofertas Nº 9 y 10 presentadas por la misma compañía E.E. América Inc. Representada por Electronic Engineering S. A. los artículos 16, 17, 18, 20 y 23 por la suma de $61.550,00. Declarar infructuoso el procedimiento en cuanto a los ítems Nº 3 de la Fórmula Nº 1 y el artículo Nº 19 de la Fórmula Nº 2.

Cartago, 11 de setiembre del 2007.—Área Contratar Bienes y Servicios.—Héctor Tabarez de Tolentino.—1 vez.—(Solicitud Nº 14216).—C-11515.—(80131).

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONES

DIRECCIÓN RECURSOS MATERIALES

ÁREA GESTIÓN DE MEDICAMENTOS

A todos los proveedores y Representantes de Casas Extranjeras se les comunica:

1.  Que han sido avaladas por el ente autorizado las siguientes fichas técnicas;  las mismas rigen a partir de su publicación en el diario oficial:

Código            Descripción Medicamento              Versión CFT

08-4580                  Nitroprusiato de Sodio                       24103

07-3135                  Amiodarona clorhidrato                      11004

14-1016                  Leflunomida 20 mg                             16205

18-4485                  Propofol al 1 %                                   14303

Las variaciones a las fichas técnicas, se encuentran disponibles en el Edificio Jenaro Valverde, Piso 11, calles 5 y 7, Avenidas 2 y 4 (Edificio anexo a la CCSS), o en la siguiente dirección electrónica: www.ccss.sa.cr, según la siguiente ruta: Publicaciones, Medicamentos, Fichas Técnicas de Medicamentos, Fichas Almacenables.

San José, 10 de setiembre del 2007.—Ing. Marco Vinicio Castro Hernández, Registro de Medicamentos y Materias Primas.—Lic. Guiselle López Rubí, Jefa a.í.—1 vez.—UE-1142.—C-9095.—(79543).

FE DE ERRATAS

PODER LEGISLATIVO

ASAMBLEA LEGISLATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000011-01

Construcción acometida en alta y baja tensión, edificio SASSO

Se avisa a todos los interesados en la Licitación antes mencionada, que se ha realizado la siguiente aclaración:

Aclaración Nº 1.

Se aclara que el cartel de la referida licitación en la cláusula 20.4.7 indica lo siguiente: “Los oferentes deben participar obligatoriamente, en una visita técnica al sitio, en donde se llevarán a cabo los trabajos, con el fin de conocer las condiciones imperantes en el sitio. Esta visita se realizará el 20 de setiembre del 2007, a las 10:00 horas y el lugar de encuentro será el Edificio Sasso, en el Departamento de Proveeduría de la Asamblea Legislativa”.

Las demás condiciones permanecen invariables.

San José, 12 de septiembre del 2007.—Departamento de Proveeduría.—MBA. Melvin Laines Castro, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 06266).—C-10920.—(80053).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000005-PCAD

(Prórroga Nº 3)

Compra de servidores y racks

Se le comunica a todos los interesados que la fecha de apertura de ofertas se traslada para las 10:00 horas del 1º de octubre del 2007.

Todas las demás condiciones y requisitos se mantienen invariables.

San José, 12 de setiembre del 2007.—Subproceso de Gestión y Análisis de Compra.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Coordinadora.—1 vez.—(80083).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-107043-UL

(Aclaraciones-Modificaciones)

Construcción de la Estación de Bomberos en Tilarán

Se comunica a los interesados en el presente concurso, cuya invitación se publicó en el Diario Oficial La Gaceta Nº 163 del 27 de agosto del 2007, que deben pasar al Departamento de Proveeduría, ubicado en el Piso 8 de Oficinas Centrales del INS a retirar documento que contiene las aclaraciones y modificaciones al pliego de condiciones.

San José, 12 de setiembre del 2007.—MAP. Elizabeth Castro Fallas, Jefa a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 18453).—C-6070.—(80169).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE SUMINISTROS

UNIDAD DE LICITACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000010-ULIC

(Aclaración y prórroga)

Adquisición de una plataforma de voz sobre IP

y colaboración en modalidad llave en mano

A los interesados en participar en la licitación indicada, cuya invitación se publicó en La Gaceta Nº 144 del 26 de julio del 2007, se les comunica que se prorroga la apertura para el jueves 11 de octubre del 2007, a las 10:00 horas.

Asimismo se les comunica que en La Gaceta Nº 172 de fecha 7 de setiembre en Fe de Erratas debe leerse correctamente “Modificación” y no “Aclaración”.

El resto permanece invariable.

Sabanilla de Montes de Oca, 12 de setiembre del 2007.—MBA. Sylvia Cordero Araya, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 108327).—C-5465.—(80170).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000059-ULIC

(Modificación y prórroga)

Cancha sintética de fútbol para

instalaciones deportivas

A los interesados en participar en la licitación indicada, cuya invitación se publicó en La Gaceta Nº 159 del 21 de agosto del 2007, se les comunica que hay aclaraciones al cartel. Deben accesar la página de Internet: http://www.vra.ucr.ac.cr, cejilla OSUM, publicación de documentos o retirar las mismas en la Oficina de Suministros.

Asimismo se prorroga la apertura para el miércoles 26 de setiembre del 2007, a las 10:00 horas.

El resto permanece invariable.

Sabanilla de Montes de Oca, 12 de setiembre del 2007.—MBA. Sylvia Cordero Araya, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 108327).—C-5465.—(80171).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000066-ULIC

(Modificación y prórroga)

Recuperación de Bacher 4606, recinto Ciudad

del Neotrópico Húmedo Golfito

A los interesados en participar en la licitación indicada, cuya invitación se publicó en La Gaceta Nº 161 del 23 de agosto del 2007, se les comunica que hay aclaraciones al cartel.

Deben accesar la página de Internet: http://www.vra.ucr.ac.cr, cejilla OSUM, publicación de documentos o retirar las mismas en la Oficina de Suministros.

Asimismo se prorroga la apertura para el viernes 28 de setiembre del 2007, a las 10:30 horas.

El resto permanece invariable.

Sabanilla de Montes de Oca, 12 de setiembre del 2007.—MBA. Sylvia Cordero Araya, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 108327).—C-5465.—(80172).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000084-PROV

Adquisición de dos máquinas de tratamiento de aceite dieléctrico

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que al cartel de este concurso se le debe realizar la siguiente corrección.

En las páginas 5 y 6

Donde se lee:

Licitación Abreviada 2007LA-000048-PROV

Debe leerse:

Licitación Abreviada 2007LA-000084-PROV

Fecha de apertura de ofertas: a las 14:00 horas del día 4 de octubre del 2007.

San José, 12 de octubre del 2007.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones..—1 vez.—(O. S. Nº 330291).—C-7895.—(80153).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000088-PROV

Servicio de aseo y limpieza en la Región Pacífico Central

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a interesados en la licitación arriba mencionada que a la publicación de La Gaceta Nº 172 del viernes 7 de setiembre se debe de realizar la siguiente corrección:

Donde se lee

“…recibirán ofertas hasta las 14:00 horas del día 11 de octubre…”

Debe leerse

“…recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día 4 de octubre…”

Fecha de apertura de ofertas: a las 9:00 horas del día 4 de octubre del 2007.

San José, 12 de setiembre del 2007.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 330291).—C-7280.—(80154).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

LICITACION ABREVIADA 2007LA-000044-PROV

(Prórroga)

Adquisición de tuberías y accesorios

El Departamento de Proveeduría, Área de Licitaciones, ubicado en el sótano del edificio José Figueres Ferrer, avenida 10, comunica a los interesados que se prorroga el acto de apertura para el día 21 de setiembre del 2007, a las 9:00 a. m,. página www.msj.co.cr, y se realizan las siguientes modificaciones al cartel:

En cuanto al objeto de contrato se deben de leer los ítemes siguientes, según detalle:

Donde dice:

Ítemes 15 y 19 Norma ASTM 3034 por Norma ASTM F-949

Donde dice:

Ítem 16 Norma ASTM 3034 por Norma ASTM F2307

Los ítemes 3-12-22-24-25-26 se mantienen las características, tal como se indica en el objeto contractural de la licitación citada.

San José, 10 de setiembre del 2007.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 3681).—C-7885.—(80135).

MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA

LICITACIÓN PÚBLICA LN-000002-CL

La Municipalidad de Santa Bárbara informa que en La Gaceta número 174 del martes 11 de setiembre del 2007, se publicó el aviso de la Licitación Pública 2007LA-000001-CL, léase correctamente “Licitación Pública LN-000002-CL.

Santa Bárbara, 11 de setiembre del 2007.—Bach. Cynthia Salas Chavarría, Proveedora Municipal.—1 vez.—(80157).

 

REMATES

HACIENDA

SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS 2007

ADUANA CENTRAL

Detalle de mercancías que se rematarán en pública subasta en forma individual en la Aduana Central a las 9:00 horas del día 28 del mes de setiembre del 2007, en las instalaciones de la misma, sita en Calle Blancos, 300 metros al oeste de la Coca Cola, y que de conformidad con la Ley General de Aduanas Nº 7557, del 8 de noviembre de 1995, reformada mediante Ley Nº 8373 del 5 de setiembre del 2003, las mismas se encuentran en estado de abandono.

Depositario Aduanero: APL-ILG Logisctics Inprosa, cédula jurídica 3-101-016825-13. Dirección: La Valencia, frente a 3M, contiguo a Promaderas.

Boleta Nº 005-142-2007. Consignatario: Inversiones Cavicchioli. Documento: 080-2005, Movimiento de inventario 10955-2005. Descripción: 01 vehículo marca Toyota, estilo 4 Runner SR, año 1995, 3000 centímetros cúbicos, color azul, transmisión automática, seis cilindros, cuatro puertas, cinco pasajeros, tracción doble, techo duro, aire acondicionado, dirección hidráulica, vidrios y espejos eléctricos, asientos de tela, inyectado, serie JT3VN39W0S0180491. Clase Tributaria 2249974, valor según Cartica $4.906,23. Precio base: ¢1.999.329,04 Bultos 01. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 021-142-2007. Consignatario: La Nacional. Transito 242526, Movimiento de inventario 026-2004. Descripción: 29 bultos de licor de coco, crema de menta, de marca Marie Brizard, cada botella contiene 700 cl., Valor de Aduana $974,97. Precio base: ¢322.611,24 Bultos 01. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 023-142-2007. Consignatario: La Nacional. Transito 2519567, Movimiento de inventario 007-2005. Descripción: 01 bultos de seis unidades de vino Bouchard Aine y Fils. Valor de Aduana $21,16. Precio base: ¢7.767,71 Bultos 01. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 058-142-2007. Consignatario: DeliCafé, S. A. Documento: 831-2004, Movimiento de inventario 036-2004. Descripción: 01 unidad de planta para tratamiento (filtrado) de agua para uso en beneficio de café con sus partes y accesorios marca Hydropro, modelo Rohh, serie 97159, valor de aduana $330540,72. Precio base: ¢22.221.964,04. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 080-142-2007. Consignatario: Blunt Wrap Costa Rica. Documento: 19581, Movimiento de inventario 3885-2005. Descripción: 88 cajas de cigarros marca Blunt Wrap Sweet mentol Mint con 60 ruedas cada una, valor de aduana $10.970,72. Precio base: ¢11.991.597,28. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 081-142-2007. Consignatario: Blunt Wrap Costa Rica. Documento: 19581, Movimiento de inventario 3885-2005. Descripción: 96 cajas de cigarros marca Blunt Wrap Sweet Mentol Min con 60 ruedas cada caja, valor de aduana $11.968,06. Precio base: ¢13.081.744,47. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 082-142-2007. Consignatario: Blunt Wrap Costa Rica. Documento: 19581, Movimiento de inventario 3885-2005. Descripción: 17 cajas de picadura de tabaco para hacer cigarrillos marca Blunt Wrap Mentolado, 30 ruedas en cada caja, valor de Aduana $569,99. Precio base: ¢336.458,03. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 083-142-2007. Consignatario: Blunt Wrap Costa Rica. Documento: 19581, Movimiento de inventario 3885-2005. Descripción: 17 cajas de picadura de tabaco marca Blunt Wrap 30 ruedas en cada caja, valor de aduana $569,99. Precio base: ¢336.458,03. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 084-142-2007. Consignatario: Blunt Wrap Costa Rica. Documento: 19581, Movimiento de inventario 3885-2005. Descripción: 16 cajas de cigarrillos marca Blunt Wrap Sweet Berry Milds con 60 ruedas en cada caja, valor de Aduana $1994,67. Precio base: ¢2.180.283,46. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 085-142-2007. Consignatario: Blunt Wrap Costa Rica. Documento: 19581, Movimiento de inventario 3885-2005. Descripción: 20 cajas de cigarrillos marca Blunt Wrap Sweet Berry Mild 60 ruedas en cada caja, valor de Aduana $2.483,22. Precio base: ¢2.714.295,34. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 086-142-2007. Consignatario: Blunt Wrap Costa Rica. Documento: 19581, Movimiento de inventario 3885-2005. Descripción: 17 cajas de picadura de tabaco marca Blunt Wrap Sweet Berry de 30 ruedas cada caja, valor de Aduana $569,99. Precio base: ¢336.458,03. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 087-142-2007. Consignatario: Blunt Wrap Costa Rica. Documento: 19581, Movimiento de inventario 3885-2005. Descripción: 69 cajas de cigarrillos marca Blunt Wrap Sweet Berry 60 ruedas en cada caja. valor de Aduana $8.602,04. Precio base: ¢9.402.500,43. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 088-142-2007. Consignatario: Blunt Wrap Costa Rica. Documento: 19581, Movimiento de inventario 3885-2005. Descripción: 88 cajas de cigarros marca Blunt Wrap Costa Rica Sweet Berry, valor de aduana $10.970,72. Precio base: ¢11.991.597,28. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 089-142-2007. Consignatario: Blunt Wrap Costa Rica. Documento: 19581, Movimiento de inventario 19581. Descripción: 15 cajas de papel cortado a tamaño para cigarrillos marca Blunt Wrap Costa Rica, valor de Aduana $953,01. Precio base: ¢69.921,02. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 090-142-2007. Consignatario: Blunt Wrap Costa Rica Documento: 19581, Movimiento de inventario 3885-2005. Descripción: 16 cajas de cigarros marca Blunt Wrap mild Sweet Mentol Mint, valor de Aduana $1994,67. Precio base: ¢2.180.283,46. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 091-142-2007. Consignatario: Blunt Wrap Costa Rica. Documento: 19581, Movimiento de inventario 3885-2005. Descripción: 20 cajas de cigarros Blunt Wrap Sweet Mentol Mint Mild cada caja contiene 60 ruedas cada una, valor de Aduana $2.493,34. Precio base: ¢2.725.357,06. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 094-142-2007. Consignatario: Blunt Wrap Costa Rica. Documento: 7363, Movimiento de inventario 013-2003. Descripción: 01 bulto de secadora de ropa eléctrica marca Whirlpool, modelo LER5636LQ, serie MP1327822, valor de Aduana $207,32. Precio base: ¢38.269,91. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 095-142-2007. Consignatario: Monge Herrera Internacional. Documento: 7363, Movimiento de inventario 013-2003. Descripción: 01 bulto secadora de ropa eléctrica marca Whirlpool, modelo LER5636LQ, serie MP1327818, valor de Aduana $207,32. Precio base: ¢38.269,91. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 096-142-2007. Consignatario: Monge Herrera Internacional. Documento: 7363, Movimiento de inventario 013-2003. Descripción:01 bulto de secadora de ropa eléctrica marca Whirlpool, modelo LER5636LQ, serie MP1407339, valor $207,32. Precio base: ¢38.269,91 Bultos 01. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 097-142-2007. Consignatario: Monge Herrera Internacional. Documento: 7363, Movimiento de inventario 013-2003. Descripción: secadora de ropa eléctrica marca Whirlpool, modelo LER5636LQ, serie Mp1327826, valor de Aduana $207,32. Precio base: ¢38.269,91. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 118-142-2007. Consignatario: Monge Herrera Internacional. Documento: 7363, Movimiento de inventario 013-2003. Descripción: secadora de ropa eléctrica marca Whirlpool, serie MP1337072, valor de Aduana $222,51. Precio base: ¢41.071,90. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 119-142-2007. Consignatario: Monge Herrera Internacional. Documento: 7363, Movimiento de inventario 013-2003. Descripción: secadora de ropa marca Whirlpool, modelo LGR5636LQ, serie MP1407342, valor de Aduana $242,77. Precio base: ¢44.964,44 Bultos 01. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 121-142-2007. Consignatario: Monge Herrera Internacional. Documento: 7363, Movimiento de inventario 013-2003. Descripción: secadora de ropa marca Whirlpool, modelo LER4634JT1, serie MP1318549 valor de Aduana $202,26. Precio base: ¢37.461,41. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 125-142-2007. Consignatario: Monge Herrera Internacional. Documento: 7363, Movimiento de inventario 013-2003. Descripción: 01 bulto de secadora de ropa marca Whirlpool, modelo LER5636LQO, serie MP1327788, valor de Aduana $207,28. Precio base: ¢38.260,68. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 127-142-2007. Consignatario: Monge Herrera Internacional. Documento: 7363, Movimiento de inventario 013-2003. Descripción: 01 bulto de secadora de ropa marca Whirlpool, modelo LGR5636LQO, serie MP1407345, valor de Aduana $242,77. Precio base: ¢44.811,58. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 128-142-2007. Consignatario: Monge Herrera Internacional. Documento: 7363, Movimiento de inventario 013-2003. Descripción: 01 bulto de secadora de ropa marca Whirlpool, modelo LER4634JT1, valor de Aduana $202,30. Precio base: ¢37.341,45. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 129-142-2007. Consignatario: Monge Herrera Internacional. Documento: 7363, Movimiento de inventario 013-2003. Descripción: 01 bulto de secadora de ropa eléctrica marca Whirlpool, modelo LER7648KQ2, serie MP1437567, valor de Aduana $222,51. Precio base: ¢41.071,90. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 131-142-2007. Consignatario: Monge Herrera Internacional. Documento: 7363, Movimiento de inventario 013-2003. Descripción: 01 bulto de secadora de ropa eléctrica marca Whirlpool, modelo LER4634JT1, serie MP1318648, valor de Aduana $202,26. Precio base: ¢37.461,41. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 132-142-2007. Consignatario: Monge Herrera Internacional. Documento: 7363, Movimiento de inventario 013-2003. Descripción: 01 bulto de secadora de ropa marca Whirlpool, modelo LER4634JT1, serie MP1318644, valor de aduana $202,26. Precio base: ¢37.461,41. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 133-142-2007. Consignatario: Monge Herrera Internacional. Documento: 7364, Movimiento de inventario 009-2003. Descripción: 01 bulto de secadora de ropa marca Whirlpool, modelo LER4634JT1, serie MP1318557, valor de aduana $202,26. Precio base: ¢37.392,11. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 134-142-2007. Consignatario: Monge Herrera Internacional. Documento: 7364, Movimiento de inventario 009-2003. Descripción: 01 bulto de secadora se ropa marca Whirlpool, modelo LER4634JQ1, serie MP1338539, valor de Aduana $202,26. Precio base: ¢37.392,11. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 136-142-2007. Consignatario: Monge Herrera Internacional. Documento: 7356, Movimiento de inventario 008-2003. Descripción: 01 Bulto de secadora marca Whirlpool, modelo LER4634JQ1, serie MP1338534, valor de Aduana $202,26. Precio base: ¢37.334,06. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 137-142-2007. Consignatario: Monge Herrera Internacional. Documento: 7356, Movimiento de inventario 008-2003. Descripción: 01 bulto de secadora de ropa marca Whirlpool, modelo LER7648KQ2, serie MP1437572, valor de Aduana $222,51. Precio base: ¢41071,90. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 139-142-2007. Consignatario: Monge Herrera Internacional. Documento: 7356, Movimiento de inventario 008-2003. Descripción: 01 bulto de secadora de ropa marca Whirlpool, modelo LER5636LQ0, serie MP1327803, valor de Aduana $207,33. Precio base: ¢38.269,91. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 140-142-2007. Consignatario: Monge Herrera Internacional. Documento: 7356, Movimiento de inventario 008-2003. Descripción: 01 bulto de secadora de ropa marca Whirlpool, modelo LER7648KQ2, serie MP1337082, valor de Aduana $222,51. Precio base: ¢41.071,90. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 141-142-2007. Consignatario: Monge Herrera internacional. Documento: 7356, Movimiento de inventario 008-2003. Descripción: 01 bulto de secadora de ropa marca Whirlpool, modelo LER7648KQ2, serie MP1337049, valor de Aduana $222,51. Precio base: ¢41.071,90. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 170-142-2007. Consignatario: Inversiones Caviccholi. Documento: 2510948, Movimiento de inventario 084-2005. Descripción: 01 vehículo marca Isuzu, estilo Rodeo LS, 3200 cc, 4 puertas, seis cilindros, color gris, cinco pasajeros, automático, tracción sencilla, techo duro, aire acondicionado, dirección hidráulica, vidrios y espejos eléctricos, escobilla trasera, asientos de cuero, golpe al costado derecho, año 1994, vin 4S2CG58V9R4346452. Clase Tributaria 2303287, valor según Cartica $2.283,63. Precio base: ¢1.341.285,81. Ubicación: Improsa La Valencia.

Boleta Nº 061-142-2007. Consignatario: Multiplastic del Oeste. Documento: 8115, Movimiento de inventario 037-2005. Descripción: 05 sacos de resina sintetica de polietileno referencia LLDPE PF-0118-F, valor de aduana $168,09. Precio base: ¢12.146,56. Ubicación: Improsa La Valencia.

Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no está incluido en la base por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo Depositario Aduanero.

La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular con las excepciones establecidas en el artículo 73, párrafo segundo de la Ley General de Aduanas Nº 7557, del 8 de noviembre de 1995, reformada mediante Ley Nº 8373 del 5 de setiembre del 2003.

Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la adjudicación de las mercancías.

Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.

Las mercancías podrán ser inspeccionadas dentro del plazo de tres días previos a la realización del remate.

El adjudicatario, de previo a la entrega de las boletas de remate 080, 081, 082, 083, 084, 085, 086, 087, 088, 090 y 091, deberá presentar ante la Aduana los recibos de cancelación tanto del impuesto específico y el del IDA, así como el cumplimiento de la Nota Técnica respectiva cuando esta aplique.

Para mayor información, consultar al Depositario Aduanero donde se encuentren las mercancías y la Sección Depósito de la Aduana Central.

A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.

Lic. Desiderio Soto Sequeira, Director General.—V.B. Lic. Arturo Roldán Porras, Gerente Aduana Central.—1 vez.—(Solicitud Nº 09086).—C-238590.—(79618).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO DE COSTA RICA

OFICINA EN DESAMPARADOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

AVISO

A quien interese, hago constar que el Certificado de Depósito a Plazo del Banco de Costa Rica:

          Cert. Nº                Monto                Plazo                 Emitido                Vence                   Tasa

        61200703          $ -2000,00       1.800 días         13-05-2003       13/05/2008       5,00 % anual

Certificado emitido a la orden de: Mireya Vargas Narváez, cédula 103590194.

Emitido por la Oficina de Desamparados, ha sido reportado como hurto-robo, por lo que se solicita al Banco de Costa Rica su reposición de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

Desamparados, 10 de setiembre del 2007.—Luis Ramírez Vargas, Oficial Operativo.—(79180).

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES

   DEL MAGISTERIO NACIONAL

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

AVISOS

Se hace saber que Jara Fernández Monserrat Maritza de los Ángeles cédula 4-121-571, ha presentado solicitud de pensión por sucesión a su favor, de quien en vida fue Alvarado Quirós Joaquín, cédula 1-262-519. Se cita y emplaza a los posibles beneficiarios con mejor derecho, para que dentro del plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de este aviso, concurran a hacer valer sus derechos a las oficinas centrales, sitas en esta ciudad, avenida 8, calles 21 y 23.

San José, 13 de agosto del 2007.—Lic. Ruth Centeno Díaz, Secretaria de Junta Directiva.—(79116).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

Acuerdo adoptado por nuestra Junta Directiva en la sesión ordinaria Nº 92-2007 del 16 de agosto del 2007:

“Analizado el estudio actuarial aumento de pensiones en curso Régimen de Capitalización Colectiva-Julio 2007; la Junta Directiva acuerda: Acoger la propuesta del Departamento Actuarial en el sentido de que las personas que reciben una pensión, desde el 1º de enero del 2007 o antes, se les ajuste el monto de su pensión en un 4.1 %. Y para aquellas que reciben una pensión después de esa fecha, su aumento sea en forma proporcional al tiempo de exposición, desde la fecha que se decretó el último aumento”. Acuerdo firme.

San José, 5 de setiembre del 2007.—Bach. Susan Vargas Céspedes, Jefa.—1 vez.—(79120).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A la señora Lorena Ledezma Alvarado, se le comunica la Resolución Administrativa de las diez horas del día veinticinco de julio del dos mil siete, dictada por este Despacho, en virtud de la cual resuelve. Depósito Administrativo de la persona menor de edad Katherin Ariela Ledezma Alvarado, en el Hogar de su abuela materna la señora Carmen Cecilia Alvarado Arce, a fin de que se le brinde cuido, protección, estabilidad, atención, hogar, así como todos los cuidados que por su condición de persona menor de edad requiere. Sobre los señores Alvarado Arce, recae la responsabilidad de guarda, crianza y educación de los niños de marras. Se le notifica por medio de edicto a la progenitora por motivo de que se desconoce el paradero de la misma. Además se le advierte que debe señalar medio o lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro de este despacho, de lo contrario las futuras notificaciones se le tendrán por notificadas una vez transcurrido el plazo de veinticuatro horas. Plazo para interponer recurso de apelación dos días hábiles, después de la segunda publicación de este edicto en el Diario oficial La Gaceta. Expediente número 648-047-2006. Oficina Local de Coto Brus.—San Vito, Coto Brus, 27 de julio del 2007.—Lic. Ana Rocío Castro Sequeira, Representante Legal.—(O. C. Nº 750).—C-8580.—(77459).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

La Municipalidad de Desamparados, comunica que la sesión correspondiente al día martes 18 de setiembre de 2007, ha sido trasladada para el día viernes 21 de setiembre de 2007. Dicha sesión se realizará a las 19:00 horas. Acuerdo Nº 3 de la sesión Nº 414 del 4 de setiembre de 2007. Acuerdo definitivamente aprobado.

Desamparados, 5 de setiembre del 2007.—Mario Vindas Navarro, Secretario del Concejo.—1 vez.—(78496).

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

EDICTO

Para los fines consiguientes el Departamento de Gestión Tributaria de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que la señora Áurea Trejos Jiménez, cédula Nº 1-154-109, ha presentado escritura pública Nº 90, rendida ante la notaria María Lucrecia Quesada Barquero, donde a nombre de la Familia Barquero Trejos, titular del derecho sencillo en el Cementerio Centro de San Pedro, fosa 80, cuadro 6, cuenta CZ633, lo cede por partes iguales a: Lais, Adiel, Catalina Eugenia, Amelia, Lucy y Zamira, todos Barquero Trejos, cédulas por su orden: 1-400-650, 1-323-818, 1-754-143, 1-346-599, 1-535-683 y 1-415-180. La Municipalidad de Montes de Oca brindará ocho días hábiles de plazo a partir de esta publicación para oír objeciones.

San Pedro de Montes de Oca, 7 de setiembre del 2007.—Gestión Tributaria.—Br. Johnny Walsh Agüero.—Sra. Lady Loría Loría.—1 vez.—Nº 43943.—(79455).

MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES

Cambio de sesiones

La Corporación Municipal de Buenos Aires, en sesión ordinaria Nº 34-2007, celebrada el día 4 de setiembre del 2007, acuerda: Trasladar las sesiones del Concejo para todos los días martes de mes, a las 09:00 a. m.

Buenos Aires de Puntarenas, 10 de setiembre del 2007.—Lilliana Badilla Marín, Secretaria.—1 vez.—(79191).

MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA

ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

De conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento a la Ley sobre Zona Marítimo Terrestre, y por única vez, se hace saber al público en general, que mediante expediente número MTZM-01-2006, se tramita ante la Municipalidad de Talamanca, solicitud formal de concesión por parte de la empresa Totem Surf Center Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-336923, domiciliada en la ciudad de Limón, Puerto Viejo, Playa Cocles, sobre un terreno ubicado en Zona Marítimo Terrestre, en Cocles de Puerto Viejo de Talamanca, 500 metros oeste de cabinas Cariblue, con un área de 4 628,60 m2, para uso mixto: turístico y de alojamiento de baja densidad. Se otorga a todos los interesados el plazo improrrogable de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, a fin de que se apersonen ante esta Municipalidad, con el objeto de presentar sus oposiciones. Es todo.

Lic. Rugeli Morales Rodríguez, Alcalde Municipal.—1 vez.—(78481).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Wenter S. A. Invita a acreedores e interesados a presentar en un plazo máximo de 15 días a partir de la primera publicación de este edicto, sus facturas pendientes de cobro y demás obligaciones que tengamos en el mercado, lo anterior para hacer valer sus derechos antes de la venta de la compañía. Para la presentación de esta información rogamos comunicarse con el señor Juan Carlos Víquez al 379-9426 en primer instancia o al 232- 6973. Presento este edicto en mi calidad de apoderada generalísima sin limite de suma de la empresa Wenter S. A. Sheng Wen Wang, cédula Nº 8-083-492.—(76879).

Relaciones Establecidas de Tambor Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-407493, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario 1, Mayor 1, Inventarios y Balances I, Actas de Consejo de Administración 1, Actas de Asamblea de Socios 1, Registro de Socios 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Sebastián D. Vargas Roldán, Notario.—(77478).

BTS Y HH DE ESCAZÚ SOCIEDAD ANÓNIMA

BTS y HH de Escazú Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-157576, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario 1, Mayor 1, Inventarios y Balances 1, Actas de Consejo de Administración 1, Actas de Asamblea de Socios 1, Registro de Socios 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Sebastián D. Vargas Roldán, Notario.—(77481).

QUIMBAYA (DISEÑO)

Compraventa de nombre comercial Quimbaya (Diseño). Ante la notaría de la suscrita notaria pública Abril Gordienko López mediante escritura número cuatro otorgada en la ciudad de San José a las trece horas del diecisiete de julio del año dos mil siete, Verde Internacional VERINTE Sociedad Anónima vende a Quimbaya Tours Costa Rica Sociedad Anónima, el nombre comercial Quimbaya (Diseño) registrado en el Registro de Propiedad Industrial con el número de Registro 156396. Se emplaza a los acreedores e interesados en la citada compraventa para que, en el plazo de quince días contados a partir de la primera publicación, se presenten a hacer valer sus derechos enviando la documentación correspondiente a San José, San Pedro de Montes de Oca avenida segunda calle 1 y 3, Despacho Murillo Marchini. Es todo. Publíquese por tercera vez.—San José, 19 de julio del 2007.—Lic. Abril Gordienko López, Notaria.—Nº 43184.—(77820).

CONDOMINIO AMBERES DEL OESTE CAFÉ

NÚMERO DIEZ J SOCIEDAD ANÓNIMA

Condominio Amberes del Oeste Café Número Diez J Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-291499, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición, por extravío, de los siguientes libros legales: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Acta de Junta Directiva, Acta de Asamblea General y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede dirigir su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—María del Milagro López Chaves, Presidenta.—Nº 42884.—(77822).

PRONDINE S. A

Por este medio se hace constar que Prondine S. A., cédula jurídica 3-101-176235, ha solicitado a la Dirección General de Tributación Directa de Cartago, trámite de reposición de los libros Registro de Accionistas, Actas de Junta Directiva, Mayor, Diario e Inventarios y Balances, por extravío de los mismos.—Ileana Garita González, Responsable.—Nº 42922.—(77823).

LOS REYES POLO CLUB SOCIEDAD ANÓNIMA

Los Reyes Polo Club Sociedad Anónima, portadora de la cédula jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y nueve mil doscientos treinta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro de Actas de Registro de Socios para un total de un libro. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Fernando González Pinto, Presidente.—Nº 43066.—(77824).

INVERSIONES POLMAR SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones Polmar Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cincuenta y dos mil trescientos veintitrés, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro de Actas del Consejo de Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Rebeca Zaparolli Gutiérrez, Notaria.—Nº 43073.—(77825).

REPRESENTACIONES SADHANA INTERNACIONAL LIMITADA

Representaciones Sadhana Internacional Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-trescientos treinta y tres mil novecientos treinta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro número uno de Actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Tributaria de San José, el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta, publíquese por tres días consecutivos.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—Nº 43144.—(77826).

INVERSIONES CONSOLIDADAS VIVEKA LIMITADA

Inversiones Consolidadas Viveka Limitada, cédula jurídica número tres - ciento dos - trescientos treinta y tres mil novecientos noventa y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro número uno de Actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Tributaria de San José, el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta publíquese por tres días consecutivos.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—Nº 43145.—(77827).

INDUSTRIAS SALQUI DE CARTAGO LTDA

Industrias Salqui de Cartago Ltda., cédula jurídica 3-102-249249, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los libros Diario Número Uno, Mayor Número Uno, Inventarios y Balances Número Uno, Actas de Asamblea de Socios Número Uno y Registro de Socios Número Uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Cartago, 31 de agosto del 2007.—Myriam Quirós Morales, Gerente.—Nº 43178.—(77828).

NÚÑEZ Y ASOCIADOS LIMITADA

Núñez y Asociados Limitada, cédula jurídica N° 3-102-124446-10, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de dos libros: Acta de Asamblea de Socios número uno y Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso.—Lic. Aida Castillo Sandí, Notaria.—Nº 43204.—(78354).

DESARROLLOS INMOBILIARIOS GOVI S. A.

Desarrollos Inmobiliarios Govi S. A., cédula jurídica 3-101-387419, solicita ante la Dirección Tributaria de la Zona Sur, la reposición del siguiente libro: Inventario y Balances uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Dirección Tributaria de la Zona Sur, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Eduardo Román Gómez.—Nº 43215.—(78355).

ALMACÉN CENTRAL DE DEPÓSITO S. A.

Almacén Central de Depósito S. A., cédula jurídica 3-101-002075, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición del libro de actas de asamblea de socios número 3 .Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, en el término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Giseis Cheves Romero, Notaria.—Nº 43278.—(78356).

CORPORACIÓN ATMOS SOCIEDAD ANÓNIMA

Corporación  Atmos  Sociedad Anónima,  cédula jurídica número  3-101-73151, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros de actas: Actas de Consejo de Administración Número uno y Registro de. Socios Número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Pablo Pacheco Soto, Notario.—Nº 43369.—(78357).

DOÑA TERESA SOCIEDAD ANÓNIMA

Mauricio Vargas Salazar, casado una vez, empresario, cédula número dos-cuatrocientos diecinueve-doscientos setenta y seis y Sigifredo Vargas Salazar, casado una vez, empresario, cédula número nueve-cero setenta y cuatro-cuatrocientos cuarenta y siete, ambos vecinos de Sarchí Norte de Valverde Vega, en su condición de apoderados generalísimos sin límite de suma de la entidad denominada Doña Teresa Sociedad Anónima, domiciliada en Sarchí Norte de Valverde Vega, cuatrocientos metros al este y veinticinco al sur del estadio, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y nueve mil doscientos dos, solicitan ante la Dirección General de Tributación, Administración Tributaria de Alajuela, la reposición del libro Actas de Asamblea de Socios, debido a que se quemó en incendio de las instalaciones. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la oficina correspondiente de la Administración Tributaria de Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Sarchí, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Josué Campos Madrigal, Notario.—Nº 43392.—(78358).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

UNIDAD PEDAGÓGICA NUEVA ERA

COLEGIO SANTA MARGARITA S. A.

Unidad Pedagógica Nueva Era Colegio Santa Margarita S. A., cédula jurídica 3-101-187734, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Actas Asambleas de Socios Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. María Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—Nº 43412.—(78359).

JAIDAI S. A.

Jaidai S. A. cédula jurídica 3-101-22665, por extravío solicita la reposición de sus libros contables Diario, Mayor, Inventario y Balance, ante la Dirección General de Tributación Directa del Ministerio de Hacienda. Se escuchan oposiciones en el término de ley.—San José, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Ernesto Torres Torres, Notario.—Nº 43434.—(78360).

A&E PRODUCTOS DE COSTA RICA

(A&EPRO) SOCIEDAD ANÓNIMA

A&E Productos de Costa Rica (A&EPRO) Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-082280, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Paola Fonseca Rojas.—(78412).

SOLUTIONS NETWORK S. A.

Solutions Network S. A., cédula jurídica Nº 3-101-280890, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de libros contables: uno Diario, uno Mayor, uno Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles. Carlos Piche Ramírez, Representante Legal.—Lic. Cindy Cascante Carmona, Notaria.—San José, 9 de agosto del 2007.—(78435).

PRODUCTOS Y SISTEMAS AVANZADOS PSA

SOCIEDAD ANÓNIMA

Productos y Sistemas Avanzados PSA Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y tres mil trescientos diecisiete solicita a la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Registro de Socios, Asamblea General de Socios, Actas del Consejo de Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta. Mario Garro Zúñiga, portador de la cédula de identidad número uno-setecientos sesenta-setecientos treinta y nueve.—San José, 30 de agosto de 2007.—Mario Garro Zúñiga, Presidente.—(78526).

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.

Para los efectos del artículo 689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario repondrá los siguientes certificados de acciones:

Certificado Nº                     Acciones                    Serie

2291                                     800                            H

Nombre del accionista: Las Tecas S. A.

Folio número: 2539

San José, 5 de setiembre del 2007.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—(78719).

Yo, Juan de Dios Hidalgo González, cédula de identidad N° 1-0602-0695, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los libros Diario N° 1, Mayor N° 1, Inventarios y Balances N° 1. Se escuchan oposiciones en la Administración Tributaria de Guanacaste, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Santa Cruz, Guanacaste, 6 de setiembre del 2007.— Juan de Dios Hidalgo González.—(78731).

VISTA SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN

SOCIEDAD ANÓNIMA

Vista Sociedad de Fondos de Inversión Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta mil novecientos treinta y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: un libro de Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—(78734).

ACOBO PUESTO DE BOLSA SOCIEDAD ANÓNIMA

Acobo Puesto de Bolsa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero treinta mil novecientos noventa y seis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: un libro de Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—(78735).

INMOBILIARIA ACOBO SOCIEDAD ANÓNIMA

Inmobiliaria Acobo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y tres mil ochocientos ochenta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: un libro de Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—(78736).

VILLAS COPAL PELÍCANOS SOCIEDAD ANÓNIMA

La suscrita, Germana Sartori (de un apellido en razón de su nacionalidad italiana), mayor, casada una vez, arquitecto, con cédula de residencia número: uno tres ocho cero cero cero cero cero siete dos ocho, vecina de La Cruz, Guanacaste, en su condición de presidenta de Villas Copal Pelícanos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - doscientos setenta y un mil ciento cuarenta y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Actas del Consejo de Administración y el libro de Actas de Asambleas de Socios, por haberse extraviados. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Central de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Germana Sartori, Representante Legal.—Nº 43458.—(78791).

José Francisco Machado Sobrado, con cédula de identidad número cinco-doscientos treinta y tres-novecientos ochenta y cinco; solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del Libro de Inventarios y Balances N° 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Constituyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Ana María Vargas Moya, Notaria.—Nº 43520.—(78792).

ANDREAMO H.L.B. SOCIEDAD ANÓNIMA

Andreamo H.L.B. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - doscientos setenta y siete mil ciento cincuenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición, por extravío, de los siguientes libros: 1 Libro Diario, 1 Libro Mayor, 1 Libro de Balances e Inventarios, 1 Libro Actas Asamblea General, 1 Libro Actas Junta Directiva, 1 Libro Actas Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de setiembre del 2007.—Lic. Orlando José Díaz Hernández, Notario.—Nº 43547.—(78793).

CHISPA E.D.L. IMPORT Y EXPORT SOCIEDAD ANÓNIMA

Chispa E.D.L. Import y Export Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-476200, silicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General y Actas Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administraron de San José en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Mario Berdini, Representante.—Nº 43617.—(78794).

ORNAMENTALES LA GRANJA S. A.

Yo, Ricardo Vargas Hidalgo, mayor, casado, comerciante, de Palmares, cédula 2-444-399, como apoderado generalísimo sin límite de suma de Ornamentales La Granja S. A., cédula jurídica 3-101-126675, hago constar que he iniciado la reposición de los libros sociales número uno de Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede oponerse dentro de octavo día ante la Administración Tributaria de Alajuela.—San José, 19 de julio del 2007.—Ricardo Vargas Hidalgo, Apoderado Generalísimo.—Nº 43619.—(78795).

VESTA S. A.

Vesta S. A., cédula jurídica número 3-101-8021, por extravío solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de sus libros Actas de Junta Directiva, Diario, Mayor, Balances e Inventarios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Guillermo Moreira Ramírez, Notario.—Nº 43657.—(78796).

CONSTRUCTORA SALAZAR & CARTÍN SOCIEDAD ANÓNIMA

Constructora Salazar & Cartín Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cuatro mil sesenta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios, Actas del Consejo de Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 22 de agosto del 2007.—Luis Alberto Salazar Hidalgo, Presidente.—Manrique Cartín Valverde, Secretario.—Nº 43672.—(78797).

HOTEL DINASTÍA LTDA.

Hotel Dinastía Ltda., cédula jurídica 3-102-181489, solicita ante la dirección general de la tributación la reposición de los libros número uno de diario, mayor, inventarios y balances, actas de asambleas de socios y registro de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la administración tributaria de Cartago en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este edicto.—Nº 43716.—(78798).

COMERCIAL MENUGA LTDA.

Comercial Menuga Ltda., cédula jurídica 3-102-199216, solicita ante la Dirección General de la Tributación la reposición de los libros número uno de diario, mayor, inventarios y balances, actas de asambleas de socios y registro de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la administración tributaria de Cartago en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este edicto.—Nº 43717.—(78799).

JUAN LEÓN VILLALOBOS E HIJOS S. A.

Juan León Villalobos e Hijos S. A, cédula jurídica N° 3-101-006664, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición por extravío de los libros de diario, mayor e inventarios y balances. Quien se considere afectado dirigir la oposición ante el Área de Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Carlos Humberto León Gamboa.—(78902).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS Y DE

ARQUITECTOS DE COSTA RICA

La Junta Directiva General en su sesión Nº 16-06/07-G.E. de fecha 14 de marzo del 2007, acordó lo siguiente autorizar a la Administración a publicar en el Diario Oficial La Gaceta:

a.  Resolución tomada según el acuerdo Nº 20 por esta Junta Directiva General en sesión Nº 12-06/07-G.E. de la denuncia interpuesta por el CFIA y el Sr. Rafael Ángel Cervantes en contra del TTC Freddy Bonilla Poltronieri, el cual no fue posible notificar.

Acuerdo Nº 20

Se conoce oficio Nº 5090-2006-DRD, remitido por el Departamento Régimen Disciplinario, en relación con el expediente Nº 111-05 de denuncia interpuesta el C.F.I.A y el señor Rafael Ángel Cervantes Cantillo, contra del TTC Freddy Bonilla Poltronieri TTC-4 y del AA Eduardo González Chacón AA-0034.

La denuncia presentada por el Sr. Rafael Ángel Cervantes Cantillo plantea que el TTC. Freddy Bonilla Poltronieri, habría confeccionado el plano de catastro Nº C-731662-88, dando fe de la existencia de una calle pública, al norte de la propiedad levantada, cuando en realidad se trata de un callejón de acceso o servidumbre, lo que habría afectado al quejoso.

A partir de la denuncia mencionada, el Departamento de Régimen Disciplinario instruye a los funcionarios del Área de Inspección y Control, TA. María Hidalgo Mora e Ing. Gerardo Vargas Carvajal, para que visiten el sitio con el fin de verificar el estado actual de la entrada de acceso a la propiedad del denunciante.

El informe Nº MHM/GVC-994-05-INSP, resultante, establece que la finca cuenta con dos trámites según se describe a continuación:

Plano de catastro Nº C-664757-87.

  Fecha de tramitación: 15 de enero de 1987.

  Profesional responsable: AA. Eduardo González Chacón.

  Propietario: Trinidad Coto Vargas.

  Área: 417,79 m².

  Límite al noreste, según plano de catastro: calle pública.

  Límite al noreste, según estudio de registro (08/09/2005): Callejón.

Plano de catastro Nº C-731662-88.

  Fecha de tramitación: 11 de febrero de 1988.

  Profesional responsable: TTC. Freddy Bonilla Poltronieri.

  Propietario: Rafael Ángel Cervantes Cantillo.

  Área: 526,65 m².

  Límite al norte, según plano de catastro: Calle pública.

  Límite al norte, según estudio de registro (25/04/2005): Callejón Beneficiadora Cachí.

Los inspectores Hidalgo Mora y Vargas Carvajal indican en su informe que “(…) el acceso es interrumpido por una cochera que utiliza el señor Cervantes, la cual ocupa todo el ancho del acceso, que según informe registral de ambas fincas (…) es un callejón, no se especifica el ancho ni la longitud del mismo. En la Municipalidad de Paraíso el señor Jorge Solano encargado del Departamento de Catastro (…) informó (…) que no existe la declaratoria de calle pública de esta servidumbre (…)”.

En sus conclusiones, el informe Nº MHM/GVC-994-05-INSP, señala lo siguiente:

“En el caso que se comprobara que este acceso no es calle pública los planos catastrados por los topógrafos Eduardo González Chacón y Freddy Bonilla Poltronieri no se encontrarían a derecho al no constatar en la información gráfica lo encontrado en el sitio, por lo tanto estarían en inobservancia del artículo 50 del Reglamento a la Ley de Catastro Nacional y el artículo 12 de la Ley para el Ejercicio de la Topografía y la Agrimensura (…)”.

Los inspectores Hidalgo Mora y Vargas Carvajal plantean que, de comprobarse que el acceso es un callejón, se recomiende a los profesionales investigados “(…) tramitar nuevamente los planos con la información gráfica correcta (…)”.

Mediante oficio Nº 2949-2005-DRD y 2950-2005-DRD, el Departamento de Régimen Disciplinario comunica, respectivamente a los profesionales Freddy Bonilla Poltronieri y Eduardo González Chacón, que se ha iniciado investigación disciplinaria en su contra, se les otorga diez días hábiles para que se refieran a los hechos que se investiga y se les informa del la naturaleza y características del trámite que continúa.

Descargo del TTC. Freddy Bonilla Poltronieri:

Según constancia del notificador del Tribunal de Honor del CFIA, no se pudo notificar al profesional Bonilla Poltronieri en la dirección indicada en el acta de notificación. En razón de lo dicho, se procedió a notificar al profesional investigado a través del Diario Oficial La Gaceta.

No consta en el expediente documento alguno de Bonilla Poltronieri, en referencia al asunto que se investiga.

Descargo del AA. Eduardo González Chacón:

En nota recibida el 21 de octubre de 2005 en el Departamento de Régimen Disciplinario, el AA. Eduardo González Chacón señala, en lo que interesa, lo siguiente:

“(…)  El escrito presentado por el señor Rafael Ángel Cervantes Cantillo (…) se refiere expresamente a situación de un plano catastrado por otro profesional y que le afecto en alguna medida (…) y no señala claramente el porque al catastrar un plano del señor Trinidad Coto Vargas por mi persona, C-664757, SE ven afectados sus intereses, por lo tanto (sic) solicito aclarar este asunto”.

Continúa diciendo lo siguiente:

“Al catastrar este plano en el año 87 señale que el acceso (sic) que indico como colindante existe y no que es calle pública como se consignó (…) En el dibujo del plano”.

“Al no haber (sic) generado título no (sic) movimiento (sic)  registral alguno existe la posibilidad de solución al cancelar dicho catastro ante la oficina respectiva”.

Pronunciamiento del Asesor, Ing. José Gerardo Roig Loría, IT-3379:

Después de analizar la información que consta en expediente, el Asesor establece, en lo fundamental, el siguiente análisis:

“Los profesionales denunciados indicaron en los planos catastrados cuestionados la leyenda: “Doy fe que la calle que indico como acceso, existe en la realidad”.

“La fe pública de los profesionales en Agrimensura se refiere a derroteros, áreas y localizaciones (…) por lo que no se está (sic) dando una falta contra la fe pública”.

“La documentación existente demuestra que el acceso en cuestión siempre ha sido denominado como callejón o servidumbre de paso, por otra parte la inspección efectuada demuestra que las características físicas del acceso no son las de una calle pública”.

Conclusiones:

“El suscrito autor del presente informe preliminar considera que los profesionales denunciados no fueron veraces al indicar como calle pública un acceso que no lo era”.

“En la época en que se inscribieron los planos catastrados, el Catastro Nacional permitió la inscripción de planos con la nota que indicaba la dación de fe de la existencia de la calle, no obstante la buena practica (sic) profesional sugiere que dicha dación de fe debería apoyarse en información oficial (…)”.

Basado en lo anterior el Asesor recomienda, en lo que interesa, “Instaurar un Tribunal de Honor contra los profesionales denunciados (…)”.

En ampliación solicitada por el Departamento de Régimen Disciplinario, el Asesor se refiere a respuesta dada por el AA. Eduardo González Chacón al informe de inspección, en autos conocido, afirma que “(…) el profesional denunciado informa que procedió a tramitar la inscripción ante el Catastro Nacional de un nuevo plano (…), no obstante la inscripción fue rechazada (…) por existir una anotación de Advertencia Administrativa sobre la finca (…). La anotación de advertencia administrativa (…) fue otorgada el 20 de julio del 2003 y presentada el 18 de agosto del 2003, originando el expediente administrativo Nº 140-2003 de la Dirección del Registro de la Propiedad.

El Asesor mantiene su recomendación de instaurar un Tribunal de Honor al profesional González Chacón en virtud de que no se consignó un dato veraz en el plano catastrado C-664757-87.

Pronunciamiento del Fiscal del CIT:

Mediante oficio Nº 039-2006-FCIT, el Fiscal del Colegio de Ingenieros Topógrafos, Ing. Juan Manuel Castro Alfaro, manifiesta concordar con el Asesor Ing. José Gerardo Roig Loría de mantener la recomendación de instaurar un Tribunal de Honor en contra del profesional Eduardo González Chacón. No se refiere al caso del TTC. Freddy Bonilla Poltronieri.

Solicitud del Departamento de Régimen Disciplinario:

Se archive el expediente.

Fundamento:

El Departamento de Régimen Disciplinario, estrictamente atenido a la información que consta en el expediente, referida a los hechos que motivaron el inicio de la presente investigación disciplinaria, coincide con la posición del Asesor Roig Loría, de considerar que existe suficientes indicios como para suponer que los profesionales investigados, cada uno por su lado, faltaron a la ética al consignar erróneamente, información relativa al acceso a propiedad del denunciante en la confección de los planos de catastro números C-664757-87 y C-731662-88, como si se tratara de calle pública, cuando en realidad los informes de registro a la vista, las manifestaciones de funcionarios municipales y las pesquisas realizadas por los inspectores del Área de Inspección y Control del Departamento de Régimen Disciplinario del C.F.I.A. y por el Asesor Roig Loría, determinaron que se trata de un callejón de acceso o servidumbre, que no genera derechos de uso para terceros.

Independientemente de lo anterior, existe certeza de que los hechos que se investiga ocurrieron en enero de 1987 y en febrero de 1988 y que el Sr. Cervantes Cantillo presenta la denuncia ante el Departamento de Régimen Disciplinario, hasta julio de 2005, por lo que no se considera razonable que, pasados 17 años, el quejoso no se hubiera percatado de la situación que denuncia, teniéndose, en consecuencia, que el plazo de prescripción a que se refiere el Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, se ha cumplido sobradamente.

Establece el artículo 101 del precitado Reglamento:

“Artículo 101.—La acción para demandar la responsabilidad por violación al Código de Ética de un agremiado del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos prescribirá en dos años, contados a partir de que la parte afectada tenga conocimiento de los hechos que den lugar a la comisión de la falta, siempre y cuando demuestre que no estuvo en posibilidad razonable de haberse enterado de su comisión”.

Por su parte, el artículo 102 del mismo cuerpo normativo, señala:

“Artículo 102.—Si la Subdirección de Fiscalía o el Tribunal de Honor llegaren a tener conocimiento de que la parte afectada sí tuvo el conocimiento debido de los hechos en el momento de su comisión o en otro posterior y no ejercieron oportunamente la acción correspondiente ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, procederán a declarar prescrita la acción disciplinaria y ordenarán su archivo”.

“La decisión de la Subdirección de Fiscalía o el Tribunal de Honor serán consultadas a la Junta Directiva General, quien podrá confirmar la decisión u ordenar la continuación de la causa, mediante resolución debidamente fundada. En caso de que la Junta Directiva General no se pronuncie sobre la consulta en el plazo de 30 días hábiles, se entenderá que existe aprobación tácita de la decisión”.

Por lo anteriormente expuesto, en aras de la economía procesal y sin perjuicio de que se debe tomar las medidas tendientes a corregir los precitados planos que contienen información incorrecta, el Departamento de Régimen Disciplinario considera que no es necesario continuar con la siguiente etapa del proceso, dado que no existe interés actual; razón por la cual recomienda a la Junta Directiva General establecer la declaratoria de prescripción y, en consecuencia, archivar el expediente.

Por lo tanto se acuerda:

Acoger lo recomendado por el Departamento Régimen Disciplinario, de archivar el expediente Nº 111-05 de denuncia interpuesta en contra del TTC Freddy Bonilla Poltronieri TTC-2314 y del AA Eduardo González Chacón AA-0034, en virtud de la prescripción de la causa.

Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General. 

Contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de dos meses contados a partir de la notificación a la presente resolución, según se dispone en el artículo 31 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y Civil de Hacienda.  Igualmente, se podrá acudir directamente ante la jurisdicción indicada, sin agotar la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por la Sala Constitucional, en el voto N° 06-3669, de 15 de marzo de 2006.

b.  Resolución tomada según el acuerdo Nº 35 por esta Junta Directiva General en sesión Nº 14-06/07-G.E. de la denuncia interpuesta por el CFIA y el Sr. Rafael Ángel Cervantes en contra de las empresas CCM Asociados S. A. CC-2253 y Constructora y Desarrolladora de Condominios CCM S. A., por cuanto no ha sido posible notificarlos.

Acuerdo Nº 35

a.   Acoger lo recomendado por el Departamento Régimen Disciplinario  en su oficio Nº 0163-2007-DRD, de integrar un Tribunal de Honor en el expediente Nº 30-05 de  denuncia interpuesta por el C.F.I.A. en contra de las empresas CCM Asociados S.A. CC-2253 y Constructora y Desarrolladora de Condominios CCM, S.A. CC-02635., por presunta inobservancia de la siguiente normativa:

Ley Orgánica del Colegio Federado:  artículo 8 a).

Reglamento Interior General: artículo 53.

Código de Ėtica Profesional: artículos 1, 2, 3, 5.

b.  El Tribunal de Honor para las empresas CCM Asociados S. A. y Constructora y Desarrolladora de Condominios CCM, S.A., estará conformado de la siguiente manera: Presidente: Arq. Ricardo Fliman Wurgaft, Secretario: Arq. Jorge Araya Molina,  Coordinador:  Arq. Francisco Castillo Camacho y Suplente:   Arq. Rolando Moya Troyo.

c.   El Arq. Fliman Wurgaft sustituirá al Director Ejecutivo, de conformidad con lo establecido en el artículo Nº78 del Reglamento Interior General del C.F.I.A.

d.  El Tribunal de Honor podrá contar con asesoría legal para cualquier fase del procedimiento.

Contra la anterior resolución cabe el recurso de revocatoria ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de tres días contados a partir de la notificación a la presente resolución, según se dispone en el artículo 345 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.

Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—(O. C. 5491).—C-238050.—(78113).

UNIVERSIDAD METROPOLITANA CASTRO CARAZO

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Metropolitana Castro Carazo, se ha presentado solicitud de reposición de título, por motivo de haberse extraviado el documento correspondiente al título de Maestría en Administración Educativa, registrado en el control de emisiones de títulos en el tomo 1, folio 66, asiento 1368, con fecha 2 del mes de junio de 2001, a nombre de Villarreal González Ana Yansi, cédula de identidad cuatro-noventa y siete-dos mil diez (4-97-2010). Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los 15 días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José, a los 3 días del mes de setiembre del 2007.—MBA. Javier Sánchez Corrales, Rector.—(78443).

Jerry Creen Nelson, cédula 7-091-040, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Acta, Mayor e Inventario Balance. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Limón, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este anuncio.—Jerry Creen Nelson.—(78449).

PROMOTORA DE INVERSIONES ROALDI S. A.

Promotora de Inversiones Roaldi S. A., cédula jurídica 3-101-135519, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Registro de Socios (1); Asamblea de Socios (1); Actas de Consejo de Administración (1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Rommel Porras González, Representante Legal.—(78505).

MARCA C Y M S. A.

Por este medio se hace saber que Marca C Y M S. A., cédula 3-101-3003769, ha solicitado a la Dirección General de Tributación de Puntarenas, trámite de reposición de libros de Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de Accionista, por extravío de los mismos.—Dr. Carlos Luis Varela Bosque.—(78518).

CLÍNICA ODONTOLÓGICA MONTSERRAT

Por este medio se hace saber que Clínica Odontológica Montserrat, cédula 3-101-1777422, ha solicitado a la Dirección General de Tributación de Puntarenas, trámite de reposición de libros de Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de Accionista, por extravío de los mismos.—Dr. Carlos Luis Varela Bosque.—(78519).

ACARIÑO DE MAL PAÍS S. A.

En mi notaría, se ha solicitado la reposición por extravío de los títulos uno y dos de las acciones de la sociedad Cariño de Mal País S. A., cédula jurídica Nº 3-101-142816, dicho extravío fue en las inmediaciones del Aeropuerto Juan Santamaría, Alajuela. Oposiciones las atenderé en mi notaría en avenida central, calle veinticinco, número veintiocho N.—San José, 10 de setiembre del 2007.—Lic. Eleazar Duarte Briones, Notario.—(79162).

FINCA CÓBANO SIETE RÍO REVENTAZÓN

SOCIEDAD ANÓNIMA

Finca Cóbano Siete Río Reventazón Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y dos mil cuatrocientos ochenta y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los seis libros número uno sean estos: Junta Directiva, Asamblea General, Registro de Accionistas, Mayor, Inventario y Balances y Diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Rafael Ángel Pérez Zumbado, Apoderado Especial.—Nº 43763.—(79459).

AGROPECUARIA PIRRÍS S. A.

Agropecuaria Pirrís S. A., cédula jurídica Nº 3-101-44916, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros número uno de Registro de Accionistas, Asambleas de Socios, Junta Directiva, Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Puntarenas, 10 de setiembre del 2007.—Gerardo Vargas Rojas, Presidente.—Nº 43845.—(79460).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

ASOCIACIÓN DE VETERANOS Y EXCOMBATIENTES

DEL EJÉRCITO DE LIBERACIÓN NACIONAL MIL

NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO-MIL

NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO

Yo, Juan José Roberto Góngora, cédula número uno-doscientos ochenta y ocho-cero veintinueve, en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación de Veteranos y Excombatientes del Ejército de Liberación Nacional Mil Novecientos Cuarenta y Ocho-Mil Novecientos Cincuenta y Cinco, cédula jurídica Nº 3-002-092651, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, libro de Actas de Asamblea General, libro de Actas de Junta Directiva, y libro Registro de Asociados. Los libros que presentan pérdida son: Nº 1 libro Diario, Nº 1 libro Mayor, Nº 1 libro de Inventarios y Balances, Nº 2 libro de Actas de Junta Directiva, Nº 1 libro de Actas de Asamblea General, y Nº 1 libro de Registro de Asociados, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Cartago, 7 de setiembre del 2007.—Lic. Juan José Roberto Góngora, Presidente.—1 vez.—Nº 43796.—(79456).

ASOCIACIÓN IGLESIA BAUTISTA UNIDA FUENTE

DE VIDA EN FLORENCIO DEL CASTILLO

Yo, Dionisio Viachica Chavarría, casado una vez, técnico en mantenimiento, vecino de San Diego de La Unión, cédula Nº 1-409-230, en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación Iglesia Bautista Unida Fuente de Vida en Florencio del Castillo, cédula jurídica Nº 3-002-281033, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros: Actas de Asamblea General, Actas de Junta Directiva, de Asociados, Diario, Mayor y el de Inventarios y Balances, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—7 de setiembre del 2007.—Dionisio Viachica Chavarría, Presidente.—1 vez.—Nº 43818.—(79457).

ASOCIACIÓN CULTURAL CRISTO VISIÓN

Yo, Luis Fernando Calvo Fallas, mayor, casado dos veces, empresario, cédula número nueve-cero cero cinco-ochocientos seis, vecino de Jericó de Desamparados, en mi condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma, de la asociación denominada Asociación Cultural Cristo Visión, cédula jurídica número tres-cero cero dos-cero noventa y dos mil ochocientos veintiséis, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los siguientes libros: primero de Actas de Junta Directiva y primero de Registro de Asociados, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociados.—Siete de setiembre del dos mil siete.—Luis Fernando Calvo Fallas, Presidente.—1 vez.—Nº 43829.—(79458).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 12 de julio de 2007 se constituyó la sociedad Proquímica Industrial A.P.B. Sociedad Anónima. Presidenta: Aylen Binns Barboza.—Barva, 03 de setiembre del 2007.—Lic. Guillermo Montero Solera, Notario.—1 vez.—Nº 42799.—(77213).

Ante mí, Notario Público, siendo las 09:00 horas del día 24 de mayo del 2007, se constituyó la sociedad denominado D’ Vita Biochi S. A.—San José, 29 de agosto del 2007.—Lic. Javier Solís Ordeñana, Notario.—1 vez.—Nº 42800.—(77214).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veinte de marzo del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima, Niko y María A. B. C. Internacional Sociedad Anónima, cuyo presidente es Niko Tomc Cernic.—San José, 24 de agosto de 2007.—Lic. Carlos Fernández Vélez, Notario.—1 vez.—Nº 72801.—(77215).

Ante esta Notaría, por escritura otorgada a las ocho horas del día cuatro de setiembre del año dos mil siete, se modificó el nombre de la empresa 3-101-480005, la cual se denominará Proyectos Deportivos Costa Rica FTC Sociedad Anónima. Asimismo se modifica el domicilio social.—San José, 04 de setiembre del 2007.—Lic. Ricardo Javier Hidalgo Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 42802.—(77216).

Por escritura número ciento noventa y nueve, otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del treinta y uno de agosto del año dos mil seis, se constituyó la sociedad Consultorías Externas Ambientales Sociedad Anónima. Presidente: Germán Retana Calvo. Capital social: dos millones de colones. Domicilio: Turrialba.—Lic. Marvin Villagra López, Notario.—1 vez.—Nº 42803.—(77217).

Mediante escritura otorgada en mi notaría a las 10:00 horas del 04 de setiembre de 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Novaterra Limitada, reformándose la cláusula tercera del objeto social.—San José, 04 de setiembre del 2007.—Lic. Armando Ayala Wolter, Notario.—1 vez.—Nº 42804.—(77218).

Mediante acta de asamblea general extraordinaria de Bienes Mobiliarios Lafise BML Sociedad Anónima, protocolizada ante notarios públicos David Arturo Campos Brenes y Marianela Sáenz Alfaro, en escritura pública número sesenta y siete-veintitrés, de las catorce horas del día veintisiete de agosto del dos mil siete, se reforma la cláusula cuarta del objeto de los estatutos de la sociedad.—San José, 28 de agosto del 2007.—Lic. Marianela Sáenz Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 42806.—(77219).

Hoy he protocolizado acta de asamblea extraordinaria de socios de la compañía Capet S. A., por medio de la cual se modifica la cláusula tercera del objeto de la compañía.—Curridabat, 04 de setiembre del 2007.—Lic. Deborah Ann Lores Lares, Notaria.—1 vez.—Nº 42812.—(77220).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del cuatro de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada, El Soldadito Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidente con la representación social.—San José, 04 de setiembre del 2007.—Lic. Orietta María Ruiz Padilla, Notaria.—1 vez.—Nº 42814.—(77221).

Mediante escritura número ochenta y dos, visible al folio ochenta y tres vuelto, del protocolo uno del Licenciado Andrés Francisco González Anglada, se constituyó la sociedad denominada Nosara Quads Rentals Sociedad Anónima. Capital social de diez mil colones. Representación judicial y extrajudicial a cargo del presidente y secretario actuando conjunta o separadamente. Es todo.—San José, 04 de setiembre del 2007.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1 vez.—Nº 42815.—(77222).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del seis de agosto del dos mil siete, se constituye la sociedad denominada Eriana S. A. Heredia.—Lic. Marcelo Wilson Colé, Notario.—1 vez.—Nº 42816.—(77223).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del diez de agosto del dos mil siete, se constituye la sociedad denominada Lugoma S. A. Heredia.—Lic. Marcelo Wilson Cole, Notario.—1 vez.—Nº 42817.—(77224).

Por la escritura número treinta y tres, otorgada ante esta notaría a las once horas del tres de setiembre del dos mil siete, se aumentó el capital social de la sociedad Pavicen Ltda.—San José, 03 de setiembre del 2007.—Lic. Maricé Porras Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 42818.—(77225).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas y treinta minutos del ocho de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad Constelación Canis Minor Paraíso Sociedad Anónima. Plazo social: cien años.—San José, 31 de agosto del 2007.—Lic. Deborah Feinzaig Mintz, Notaria.—1 vez.—Nº 42819.—(77226).

Por escritura número doscientos cuarenta y siete, del tomo primero de mi protocolo otorgada ante esta Notaría a las quince horas del cuatro de setiembre del año dos mil siete, se constituyó la empresa Horizontes Nuevos C.R. Sociedad Anónima. Domiciliada en San José. Es todo.—San José.—Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1 vez.—Nº 42820.—(77227).

Por escritura número ciento ochenta, iniciada al folio cincuenta y dos frente del tomo catorce de mi protocolo, otorgada a las ocho horas del cuatro de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Corporación Mar-Che Solutions Sociedad Anónima.—Alajuela, 04 de setiembre del 2007.—Lic. Rafael de la Peña Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 42821.—(77228).

En esta notaría mediante escritura número noventa y cinco, otorgada en San José, a las catorce horas del día treinta y uno de febrero del año dos mil siete, se constituyó C & B Edificaciones INC Sociedad Anónima, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es Danny Chavarría Blanco. El capital social es de cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 31 de agosto del 2007.—Lic. Mireya Elizondo Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 42825.—(77229).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del día tres de setiembre del 2007, se protocolizó el acta de asamblea general y especial ordinaria y extraordinaria de Accionistas de Fair Play Labs Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas primera, segunda, quinta, sétima, novena y décima, se aumenta el capital, se agregan las cláusulas décima cuarta y décima quinta y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Jurgen Gustav Nanne Koberg, Notario.—1 vez.—Nº 42826.—(77230).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, el día de hoy se constituyó la fundación, Fundación Creando Sonrisas.—San José, 31 de agosto del 2007.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—Nº 42832.—(77231).

Por escritura otorgada a las nueve horas del día treinta de agosto del dos mil siete, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad El Tiribí S. A., mediante los cuales se reforma la cláusula tercera del pacto social, se nombra la junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 30 de agosto del 2007.—Lic. Mario Alberto Mora Artavia, Notario.—1 vez.—Nº 42834.—(77232).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Grupo JYM Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Aguas Zarcas, San Carlos, a las diecinueve horas del veintiocho de agosto del dos mil siete. Presidente: Javier Gómez Morales. Capital social: treinta mil colones.—Lic. Óscar Eduardo Corrales Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 42835.—(77233).

Por escritura otorgada ante mí a las 11:00 horas del catorce de agosto del 2007, se constituye la sociedad A P X Logistic Agüero Sociedad Anónima. Presidente, secretario, tesorero y fiscal. Plazo noventa y nueve años.—San José, 14 de agosto del 2007.—Lic. Augusto César Castillo Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 42836.—(77234).

La sociedad Inmobiliaria Semena Sociedad Anónima, reforma la cláusula sétima de los estatutos y se nombra nueva junta directiva. Escritura: otorgada en la ciudad de San José, el día veinticuatro de agosto del año dos mil siete.—Lic. Rosibel Reyes Ochoa, Notaria.—1 vez.—Nº 42837.—(77235).

A efecto de publicación del edicto correspondiente, informo que el día cuatro de setiembre del año en curso, en la escritura número ochenta y cinco-dieciséis, visible a folio treinta y dos vuelto del tomo dieciséis de mi protocolo, procedí a protocolizar acta de la sociedad D S Imágenes Médicas S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos seis mil ochocientos noventa y tres, en dicha acta se modificó la cláusula primera en cuanto al nombre de la sociedad..—Lic. Miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 42838.—(77236).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Inversiones El Sueño Regalo de Dios Limitada. Escritura otorgada en Aguas Zarcas, San Carlos, a las quince horas treinta minutos del siete de junio del dos mil siete. Gerente Óscar Alberto Jiménez Noguera. Capital social: cincuenta mil colones.—Lic. Óscar Eduardo Corrales Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 42844.—(77237).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas con treinta minutos, del tres de agosto del dos mil siete, la compañía Transporte Multimodal TM Sociedad de Responsabilidad Limitada, modificó la cláusula quinta y sétima del pacto constitutivo. Asimismo efectuó aumento de capital y nombró primer y segundo gerentes.—Lic. Kattia Fallas Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 42854.—(77238).

Por escritura: seis-dos, tomo segundo del protocolo del suscrito notario público, otorgada en San José, a las dieciocho horas, del seis de agosto de dos mil siete, se constituyó, A&C Consultores Legales & Comercio Internacional S. A. Capital social: cien mil colones. Apoderados: Chía Hsun Huang Wang & Jorge Fredy Chacón Villalobos, con facultades independientes de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio social: provincia: San José, cantón: Vázquez de Coronado; distrito: San Rafael, ciento cincuenta metros oeste y ciento cincuenta metros sur del Restaurante La Cava del Duende.—San José, a las 8:00 horas del 07 de agosto del 2007.—Lic. Giovanni José Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—Nº 42855.—(77239).

Por escritura otorgada a las 13:00 horas de hoy, se modificó cláusula II de los estatutos de Café California S. A.—San José, 03 de setiembre de 2007.—Lic. Carmen Fernández Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 42857.—(77240).

Por escritura otorgada a las 14:00 horas de hoy, se modificó cláusula II de los estatutos de Sol Coffee Farmers S. A.—San José, 03 de setiembre del 2007.—Lic. Carmen Fernández Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 42858.—(77241).

Que mediante escritura otorgada el día cuatro de setiembre del año dos mil siete, a las catorce horas, Edwin Brown Flores, debidamente autorizado protocoliza acta número dos, de la persona jurídica de esta plaza Raymac Internacional S. A., donde se modifican las cláusulas segunda y novena.—San José, 04 de setiembre del 2007.—Lic. Marco Daniel Vindas Peña, Notario.—1 vez.—Nº 42860.—(77242).

Repuestos Gigante, S. A. y Peter Hans Berguer, constituyen Corporación Hamilton del Caribe S. A. Capital social: cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Guápiles de Limón. Presidente: Kevin Beriault. Escritura Nº 368, de las 10:00 del 26 de julio del 2007.—Lic. Jorge Enrique Peña Quijano, Notario.—1 vez.—Nº 42862.—(77243).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del día cuatro de setiembre del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada The Yellow Cristal Window Sociedad Anónima, según la cual se reforma las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo; y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(77351).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día cuatro de setiembre del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Tres - Ciento Uno - Cuatrocientos Noventa y Un Mil Ciento Noventa y Tres Sociedad Anónima, según la cual se reforma las cláusulas primera, segunda del pacto Constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. María Viviana Jiménez, Notaria.—1 vez.—(77352).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría se constituyó la sociedad Lomas de Huanuco Sociedad Anónima. Domiciliada en San José. Capital social un millón de colones.—San José, 05 de setiembre del 2007.—Lic. Luis Casafont Terán, Notario.—1 vez.—(77354).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11: 00 horas del 01 de setiembre del 2007, se constituye Comercializadora Caslop Sociedad Anónima. Presidente Luis Alberto Cascante López. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: Alajuela. Objeto: comercio, industrias, finanzas, agricultura, ganadería, prestación de servicios en general. Plazo: 99 años. Lic. Lilibeth Gómez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(77358).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 del 5 de agosto del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denomina Osa Yoga Land Trust Sociedad Anónima.—San José, 05 de agosto del 2007.—Lic. Geovanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—(77362).

Por escritura otorgada hoy ante mí, José Antonio González Gutiérrez, Jorge Bermúdez Álvarez, William Cordero Ocampo, Jorge Marín Chacón, José Alberto Castro Roig, Gonzalo Fajardo Salas, Rafael Ángel Alfaro Vargas, Óscar Alvarado Bogantes, Julio César Soto Miranda, Mario Vega Solórzano y Asociación Liga Deportiva Alajuelense constituyen Liga Deportiva Alajuelense Sociedad Anónima Deportiva. Presidente: Rafael Ángel Alfaro Vargas. Domicilio: Alajuela centro. Plazo: noventa y nueve años.—Alajuela, 4 de setiembre del 2007.—Lic. José Alberto Cabezas Dávila, Notario.—1 vez.—(77364).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las 8:00 horas del 05 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad Tech Center Impex Sociedad Anónima.—San José 05 de setiembre del 2007.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—(77367).

Por escritura otorgada a las quince horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Software IP Call People Limitada. Domicilio: San José. Plazo: cien años. Capital: diez mil colones pagados.—San José, 07 de agosto del 2007.—Lic. Rolando Alberto Chacón Hernández, Notario.—1 vez.—(77370).

Yo, Lic. Ninoska Sánchez Martínez, solicita realizar la publicación de sociedad denominada Grupo J L R Seguridad C. R. S. A., a fin de cumplir con las formalidades para efectos de inscripción ante el Registro Nacional.—Lic. Ninoska Sánchez Martínez, Notaria.—1 vez.—(77381).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas, treinta minutos del día ocho de agosto de dos mil siete, se constituye la sociedad Propiedades Santiago Oeste S. A. Plazo social: 99 años. Es todo.—Alajuela, 05 de setiembre del 2007.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(77382).

Ante esta Notaría, por escritura otorgada a las ocho horas del día cinco de setiembre del año dos mil siete, se modifica la cláusula sexta de la sociedad Royal Victorian Garden Development S. A.—San José, 05 de setiembre del 2007.—Lic. Pier Paolo Sinigaglia Gago, Notario.—1 vez.—(77383).

Ante esta Notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día veintinueve de agosto del año dos mil siete, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Diakofti Adventures DK.AT Sociedad Anónima.—San José, 29 de agosto del 2007.—Lic. Pier Paolo Sinigaglia Gago, Notario.—1 vez.—(77384).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del día veintinueve de agosto del año dos mil siete, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Kamares Sifnos KM.SN. Sociedad Anónima.—San José, 29 de agosto del 2007.—Lic. Pier Paolo Sinigaglia Gago, Notario.—1 vez.—(77385).

Nemi S. A., en asamblea general extraordinaria de socios celebrada en su domicilio social, modificó la cláusula referente a la junta directiva en el cual se revoca el nombramiento de la junta directiva y se nombró nuevos miembros. Presidente al señor Alberto Montes de Oca Castellanos, vicepresidenta a la señora Rebecca Acuña Acuña, y tesorero al señor Luciano Ariel Montes de Oca Castellanos, mediante escritura número treinta y seis del tomo tercero, asimismo, se modificó la cláusula primera del domicilio, otorgada a las nueve horas del cinco de marzo del dos mil siete ante la notaría Ailyn Blanco Coto.—San José, 05 de setiembre del 2007.—Lic. Ailyn Blanco Coto, Notaria.—1 vez.—(77386).

Producciones Publicitarias Villamontes S. A., en asamblea general extraordinaria de socios celebrada en su domicilio social modificó la cláusula referente a la junta directiva en el cual se revoca el nombramiento de la junta directiva y se nombró nuevos miembros, presidente al señor Alberto Montes de Oca Castellanos, vicepresidente a la señora Rebecca Acuña Acuña, mediante escritura número treinta y cinco, del tomo tercero, asimismo, se modificó la cláusula primera del domicilio, otorgada a las diez horas del primero de mayo dos mil siete, ante la notaria Ailyn Blanco Coto.—San José, 05 de setiembre del 2007.—Lic. Ailyn Blanco Coto, Notaria.—1 vez.—(77387).

Por escrituras otorgadas en mi notaría se constituyeron respectivamente las compañías: Torreantigua Vistarreal Alfa, Torreantigua Vistarreal Bravo, Torreantigua Vistarreal Delta, Torreantigua Vistarreal Julieta, Torreantigua Vistarreal Romeo, Torreantigua Vistarreal Sierra, Torreantigua Vistarreal Yanky-Zulu, Torreantigua Vistarreal Pendragon, Casa de las Torres Vistarreal CTV, Casa Beralón Rocha, Barch Inversiones y Don Fello & Lía, todas Sociedades Anónimas. Domiciliadas en Heredia, quinientos metros norte de la Comandancia, Villa Solé, excepto la última que estará domiciliada en Heredia, doscientos veinticinco metros norte del Correo; todas con capital social de diez mil colones.—Lic. Verny Valerio Hernández, Notario.—1 vez.—(77388).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:50 horas del 23 de mayo de 2007, se constituyó la sociedad denominada Bonita s Sociedad Anónima. Capital social: de mil dólares suscrito e íntegramente pagado. La constituyen Myrl Eugene Shoap y Bonita Ann Shoap.—Lic. Wilson M. Vega Elizondo, Notario.—1 vez.—(77389).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:00 horas del 14 de julio de 2007, se constituyó la sociedad denominada Villatech Solutions Sociedad Anónima. Capital social de cincuenta mil colones suscrito e íntegramente pagado. La constituyen Luis Esteban Villavicencio Porras y Laura Salazar Porras.—Lic. Wilson M. Vega Elizondo, Notario.—1 vez.—(77391).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 12:00 horas del 14 de julio de 2007, se constituyó la sociedad denominada Colegio Suizo - Costa Rica y Centro de Idiomas Sociedad Anónima. Capital social de cien mil colones suscrito e íntegramente pagado. La constituyen Sergio José Coto Zamora e Iván Jiménez Ocampo.—Lic. Wilson M. Vega Elizondo, Notario.—1 vez.—(77392).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima, Inversiones Samaria Marturquesa Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia, barrio Fátima, quinientos metros norte de la Iglesia Católica. Capital social: cinco mil colones. Presidenta: Sandra María Vargas Muñoz, cédula de identidad número uno-cero quinientos ochenta y dos-cero novecientos sesenta. Escritura número doscientos dos, folios ciento cuarenta y cuatro vuelto, ciento cuarenta y cinco frente y vuelto, ciento cuarenta y seis frente y vuelto y ciento cuarenta y siete frente, tomo primero del protocolo de Lic. Ana Patricia Rodríguez Rodríguez.—Lic. Ana Patricia Rodríguez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(77394).

Gabriel Delgado Calvo y Edgar Javier Delgado Villalobos, constituyen Inversiones Delgado y Delgado S. A. En la ciudad de San José, a las quince horas del cinco de febrero del dos mil siete, en tomo décimo octavo del notario Luis Marino Castillo López. Capital social: suscrito y pagado en su totalidad.—Lic. Luis Marino Castillo López, Notario.—1 vez.—(77395).

Se modifica cláusula sexta de la administración de Forro Auto de Costa Rica S. A., cédula Nº 3-101-100611, que establecerá: el presidente y vicepresidente tendrán facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma los cuales deberán actuar conjuntamente.—San José, 29 de agosto del 2007.—Lic. Luis Marino Castillo López, Notario.—1 vez.—(77397).

Que mediante asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Villa Metis PGCC La Veintitrés Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social a las 9:00 horas, del día 3 de agosto del 2007, se acordó modificar la cláusula novena de la representación judicial, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de actuación conjunta o separada.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—(77398).

Por escritura otorgada ante la notaría de los licenciados Willy Curling Rutishsauser y Wálter Garita Quirós, se constituyó la sociedad denominada Millenium Auto Sales, otorgada a las catorce horas del veinticuatro de agosto del dos mil siete.—Lic. Wálter Garita Quirós, Notario.—1 vez.—(77401).

La suscrita notaria pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que en esta ciudad a las once horas del cuatro de setiembre del dos mil siete, se constituyeron ante mi trece sociedades anónimas, cuyas razones sociales son las siguientes: NATURALEZA DEL FUCHSIA SOCIEDAD ANÓNIMA, NATURALEZA DEL PISTACHIO SOCIEDAD ANÓNIMA, NATURALEZA DE LA CAÑA DULCE SOCIEDAD ANÓNIMA, NATURALEZA DEL CASTAÑO SOCIEDAD ANÓNIMA, NATURALEZA DE LA ENDIVIA SOCIEDAD ANÓNIMA, NATURALEZA DEL ESPÁRRAGO SOCIEDAD ANÓNIMA, NATURALEZA DEL GINKGO SOCIEDAD ANÓNIMA, NATURALEZA DE LA PECANA SOCIEDAD, NATURALEZA DEL NANCITE SOCIEDAD ANÓNIMA, NATURALEZA DEL ORÉGANO SOCIEDAD ANÓNIMA, NATURALEZA DEL ANÍZ SOCIEDAD ANÓNIMA, NATURALEZA DE LA VALERIANA SOCIEDAD ANÓNIMA, NATURALEZA DEL GLUTEN; todas con domicilio en la ciudad de Cartago, con un capital de cien mil colones, con plazo de noventa y nueve años y su presidente es el socio William Alberto Bolaños Gamboa.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Msc. Andrea María Quesada Méndez, Notaria.—1 vez.—(77405).

En esta notaría, por escritura número cincuenta y cuatro de las quince horas del siete de agosto de dos mil siete, se reforma cláusula tercera de los estatutos de la sociedad denominada Díaz, Fernández, Osorio Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y dos mil doscientos dieciocho. Para que adelante se lea así: tercero: su objetivo principal será el comercio en general, importación y exportación y para llevar a cabo sus fines podrá comprar, vender, hipotecar, pignorar, poseer y disponer de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos reales y personales, podrá formar parte de otra y/o otras sociedades, representar casas nacionales y extranjeras, contratar con el estado y sus instituciones centralizadas o descentralizadas, por medio de contrataciones directas o participando en toda clase de licitaciones públicas o privadas, podrá rendir fianzas y garantías a favor de terceros o socios, en fin podrá realizar todos aquellos actos lícitos que el cumplimiento de sus fines demande. Presidente: José Eugenio Díaz Iglesias.—San José, 10 de agosto del 2007.—Lic. Luis Hernán Zamora Vargas, Notario.—1 vez.—(77408).

Por escritura otorgada en mi notaría, hoy a las 19:00 horas, se constituyó Café Internet Izkafé Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital: todo suscrito y pagado. Domicilio: San Rafael de Escazú, San José. Un gerente, apoderado generalísimo sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San Rafael de Escazú, San José, 21 de agosto del 2007.—Lic. Danilo Portuguez Zúñiga, Notario.—1 vez.—(77455).

Ante esta notaría, se constituyó la empresa denominada Juices Bar S. A. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Presidenta con facultades de apoderada generalísima Ligia Rodríguez Moreno. Domicilio: San Pedro de Montes de Oca. Plazo: noventa y nueve años.—San José, ocho horas del cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Edwin Ramírez Chacón, Notario.—1 vez.—(77469).

Actuando en conotariado los licenciados Alejandro Montero Vargas y Jorge Rojas Villarreal, por escritura número treinta y dos, del tomo segundo del protocolo del notario Montero Vargas, se constituye Exportaciones Onkwie S. A., Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y representantes legales de la sociedad, capital social diez mil colones.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Jorge E. Rojas Villarreal, Notario.—1 vez.—(77471).

Por haberse protocolizado cambio de junta directiva de la sociedad, el traslado del domicilio social a la provincia de Heredia, del Súper Mercado Hipermás seiscientos cincuenta metros al oeste residencial Bosques de Altamira, casa número cuatro, y se dejó sin efecto el nombramiento del agente residente mediante acta dos de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada. Inversiones Corales Río Celeste Sociedad Anónima. Presidente el socio Abd El Aziz Abd El Sattar Abd El Azziz Ahmed.—Heredia, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Julieta López Sánchez, Notaria.—1 vez.—(77491).

Por escritura número cuarenta y uno-uno, otorgada ante los notarios Alberto Saenz Roesch y Jorge González Roesch, a las once horas treinta minutos del día tres de setiembre del año dos mil siete, se reforman las cláusulas primera, tercera y sexta de los estatutos de la compañía Reflejos Turvios S. A.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—(77501).

Por escritura número dieciséis-seis, otorgada ante el notario Carlos Azofeifa Durán, a las ocho horas del día veintidós de agosto del año dos mil siete, se adiciona una cláusula décima primera y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente de la compañía Inversiones ARC Manent S. A.—San José, 28 de agosto del 2007.—Lic. Carlos Azofeifa Durán, Notario.—1 vez.—(77502).

Por escritura número diecisiete-seis, otorgada ante el notario Carlos Azofeifa Durán, a las ocho horas treinta minutos del día veintidós de agosto del año dos mil siete, se adiciona una cláusula décima primera y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente de la compañía Inversiones JLRC Catorce Mil S. A.—San José, 28 de agosto del 2007.—Lic. Carlos Azofeifa Durán, Notario.—1 vez.—(77503).

Por escritura otorgada ante esta Notaría el día cinco de setiembre del año dos mil siete, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Global Unión Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos veinticinco mil setecientos cuarenta y tres, en la que se modificó la cláusula primera del Nombre siendo la nueva denominación social Pollos Guanacastecos Sociedad Anónima. Además se modificó la cláusula segunda del domicilio y la cláusula octava de la Administración.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(77505).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las ocho horas del tres de setiembre del dos mil siete, se modificaron las cláusulas segunda del domicilio y novena de la administración de Alicante Diez Padova S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos once mil trescientos cuarenta y tres.—San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(77521).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las nueve horas del tres de setiembre del dos mil siete, se modificó la cláusula novena de la administración de Villa Azalea OB de Valencia S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos diecinueve mil cuatrocientos.—San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(77522).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las diez horas del tres de setiembre del dos mil siete, se modificó la cláusula segunda del domicilio de Villa Cerusita GH de Valencia S. A., cédula jurídica número tres - ciento uno - cuatrocientos diez mil setecientos sesenta y siete.—San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(77523).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las diez horas treinta minutos del tres de setiembre del dos mil siete, se modificó la cláusula segunda del domicilio de Filial XIII Andaluz BL S. A., cédula jurídica número tres - ciento uno - trescientos setenta y un mil quinientos treinta y uno.—San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(77524).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las catorce horas del treinta de agosto del dos mil siete, se modificó la cláusula novena de la administración de Villa Ópalo EA de Valencia S. A., cédula jurídica número tres - ciento uno - cuatrocientos doce mil seis.—San José, 30 de agosto del 2007.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(77525).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las quince horas del treinta de agosto del dos mil siete, se modificó la cláusula novena de la administración de Villa Estrella Azul de Valencia S. A., cédula jurídica número tres - ciento uno -cuatrocientos treinta y cinco mil quinientos sesenta y cinco.—San José, 30 de agosto del 2007.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(77526).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las dieciséis horas del treinta de agosto del dos mil siete, se modificó la cláusula segunda del domicilio de Filial Quince Calcita Fuerte Ventura S. A., cédula jurídica número tres - ciento uno - cuatrocientos treinta y ocho mil seiscientos dos.—San José, 30 de agosto del 2007.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(77527).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las nueve horas del treinta y uno de agosto del dos mil siete, se modificaron las cláusulas segunda del domicilio y novena de la administración de Filial LX Rioja B L S. A., cédula jurídica número tres - ciento uno - cuatrocientos setenta y un mil quinientos sesenta y ocho.—San José, 31 de agosto del 2007.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(77528).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las nueve horas treinta minutos del treinta de agosto del dos mil siete, se modificaron las cláusulas segunda del domicilio y novena de la administración de Oasis del Valle S. A., cédula jurídica número tres - ciento uno - trescientos sesenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y tres.—San José, 30 de agosto del 2007.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(77529).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las once horas del treinta de agosto del dos mil siete, se modificó la cláusula segunda del domicilio de Villa Esfena DF de Valencia S. A., cédula jurídica número tres - ciento uno - cuatrocientos diez mil setecientos setenta y dos.—San José, 30 de agosto del 2007.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(77530).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las doce horas del treinta de agosto del dos mil siete, se modificó la cláusula segunda del domicilio de Villa Aquamarina FG de Valencia S. A., cédula jurídica número tres - ciento uno - cuatrocientos once mil novecientos cincuenta y cinco.—San José, 30 de agosto del 2007.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(77531).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las trece horas del treinta de agosto del dos mil siete, se modificó la cláusula segunda del domicilio de Villa Compostela ON de Valencia S. A., cédula jurídica número tres - ciento uno - cuatrocientos doce mil doscientos noventa y uno.—San José, 30 de agosto del 2007.—Lic. Jean Pierre Pino Sbrabatti, Notario.—1 vez.—(77532).

Por escritura otorgada el 31 de agosto del 2007 a las 20:00 horas, se constituyó la sociedad denominada General Corporate Services Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: Presidente, secretario y tesorero.—San José, 31 de agosto del 2007.—Lic. Leonardo Crespo Valerio, Notario.—1 vez.—(77539).

Ante mí se constituyó la sociedad denominada Grupo Tres J Telecomunicaciones Sociedad Anónima, con un capital social de quince mil colones, representadas por quince acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Jorge Enrique Hernández Delgado, Notario.—1 vez.—(77544).

Ante mí se realizó el cambio de junta directiva de Casa Valencia Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- cuatrocientos dos mil-cuatrocientos cuarenta y dos, en la cual se nombró a la señora María Josefina Valencia Iragorri como presidenta, y a la señorita María Alessandra Giacomín Valencia como secretaria, los cuales ocuparán dichos cargos por todo el plazo social.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Jorge Enrique Hernández Delgado, Notario.—1 vez.—(77545).

Ante mí, se constituyó la sociedad anónima Provehotel División Amenities S. A., cuyo capital es de quince mil colones, por un plazo de noventa y nueve años.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(77547).

Ante mí se realizó el cambio de junta directiva de Habitarte Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- doscientos setenta y nueve mil-ochocientos cincuenta y cinco, en la cual se nombró al señor Luis Germán Moreno Ortega, como presidente, a Germán Alberto Moreno Valencia como secretario, a la señora Stella Valencia Iragorri como tesorera y por último como fiscal se nombra a Ana Catalina Valencia Moreno, los cuales ocuparán dichos cargos por todo el plazo social.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Jorge Enrique Hernández Delgado, Notario.—1 vez.—(77548).

Por escritura otorgada a las 12:00 del día 5 de setiembre del 2007, número 74, de mi protocolo número 20 se constituyó la sociedad Inversiones Blessing RM de Costa Rica S. A. (Blessing RM de Costa Rica S. A.). nombre de fantasía; domicilio: San José, Curridabat, Granadilla Norte, urbanización Europa. Objeto: mercantiles e industriales. Plazo: 99 años. Capital social: un millón de colones. Representación: presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, para actuar separada o conjuntamente.—Lic. Luis Eduardo Ortiz Meseguer, Notario.—1 vez.—(77550).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las trece horas del día quince de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad Los Bolpor B. P. Sociedad Anónima. Capital social: veinte mil colones. Representación: presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Paola Sáenz Alfaro, Notaria.—1 vez.—(77551).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las doce horas del día quince de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad Sueño de Una Noche de Verano Sociedad Anónima. Capital social: veinte mil colones. Representación: presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Paola Sáenz Alfaro, Notaria.—1 vez.—(77552).

Por escritura otorgada en San José, Pavas, a las 08:00 horas del día 5 de setiembre del 2007 ante el suscrito Notario, se constituye Comando Cobra del Caribe S. A. Duración: 99 años: Presidente: Ronald Alberto Arias Ríos.—San José, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Luis Ricardo Tioli Díaz, Notario.—1 vez.—(77554).

Por escritura otorgada en esta ciudad y Notaría a las diecisiete horas del veinticuatro de agosto de dos mil siete, fue constituida Filimon Sociedad Anónima, abreviándose S. A. Domicilio: Cartago. Objeto: agricultura, ganadería, minería, turismo, industria y comercio. Plazo: noventa y nueve años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente, secretario y tesorero con poder generalísimo.—San José, 24 de agosto del 2007.—Lic. Luis Fernando Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 42863.—(77556).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las 10:00 horas del 4 de setiembre del 2007, Michael W. Murphy y Earl D. Ballance, constituyen Buster’s Finca Sociedad Anónima.—Lic. Gonzalo Monge Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 42864.—(77557).

A las 12:00 horas de hoy, Maribel Sandí Montoya y Billie Jean Lancaster, constituyeron la sociedad que se denominará con el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Mercantil, seguido del aditamento Sociedad Anónima, conforme al Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Domicilio Heredia. Capital social cien mil colones. Presidente: Thomas Clark Auckley.—Heredia, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Fernando Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 42865.—(77558).

Por escritura otorgada a las catorce horas del día cuatro de setiembre del año dos mil siete, ante el notario Ricardo Castro Páez, se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Tecnoservicios Amanti Sociedad Anónima. Presidente: Randall Vargas Sirias.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Ricardo Castro Páez, Notario.—1 vez.—Nº 42866.—(77559).

Ante mí, se constituyó: Ocho Trade Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. José Ramón Sibaja Montero, Notario.—1 vez.—Nº 42867.—(77560).

Ante mí, se constituyó Eladio Sibaja y Asociados S. A. Capital: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 31 de agosto del 2007.—Lic. José Ramón Sibaja Montero, Notario.—1 vez.—Nº 42868.—(77561).

Ante mí, se constituyó Terruño de Santa Ana Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. José Ramón Sibaja Montero, Notario.—1 vez.—Nº 42869.—(77562).

Ante mí, se constituyó: DCW Investments Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. José Ramón Sibaja Montero, Notario.—1 vez.—Nº 42870.—(77563).

Por escritura pública de las diez horas del primero de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima Vínculo Investigación Cualitativa del Consumidor S. A., con domicilio social en San José. Plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones, representación le corresponde al presidente. Es todo.—San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Violeta Rojas Soza, Notaria.—1 vez.—Nº 42871.—(77564).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del día once de agosto del dos mil siete, se constituye la sociedad The Real Deals Two Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Presidente: Douglas Ashley Mootispaw.—Lic. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 42872.—(77565).

Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria número uno de la sociedad denominada 3-101-483957 Sociedad Anónima se modifica totalmente la cláusula primera de los estatutos, para que de ahora en adelante diga así: la sociedad se denominará Real Estate Ruta Sesenta y Seis H & R Sociedad Anónima, como nombre de fantasía, pudiendo abreviarse el aditamento en S. A. y la cláusula número sexta, para que de ahora en adelante diga así: la sociedad será administrada por una junta directiva, compuesta por tres miembros socios o no a saber: presidente, tesorero, secretario quienes durarán en sus cargos por todo el plazo social, o hasta que sen removidos por muerte, renuncia o incapacidad. El presidente y el secretario tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, compareciendo conjunta o separadamente, actuando de conformidad con lo establecido por el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, siendo que a su vez podrá otorgar poderes, sustituir su mandato en todo o en parte, reservándose su ejercicio, revocar sustituciones o hacer otras de nuevo. La junta directiva se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al año y extraordinariamente cuando el Presidente la convoque. Las reuniones se llevarán a cabo en el domicilio social, a menos que en una convocatoria previa se designe otro lugar, y sólo habrá quórum con al menos dos de sus miembros, y las decisiones se tomarán por simple mayoría. En caso de empate decidirá el presidente con doble voto. Escritura otorgada en Atenas, a las 14:00 horas del 5 de setiembre del 2007.—Lic. Karla Vanessa González Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 42873.—(77566).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 16:30 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Ingeniería y Asesoría Técnica Moravia S. A. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos, actuando en forma conjunta dos de ellos. Capital social: ¢80.000,00. Plazo social: 100 años.—San José, 6 de agosto del 2007.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—Nº 42874.—(77567).

La compañía José Ángel Suárez e Hijos Sociedad Anónima, cédula jurídica: número tres-ciento uno-ochenta y seis mil trescientos cuarenta y siete, aumenta capital a la suma de ciento dos mil colones, representados por diecisiete acciones de seis mil colones cada una, distribuidas entre sus socios. Así mismo se sustituye el puesto del secretario ocupando el nuevo puesto el señor Santiago Suárez Villalobos, se nombra por primera vez como tesorera a la señora Miriam Suárez Villalobos y como nuevo fiscal al señor Florentino Suárez Villalobos.—Lic. Karen Zúñiga Berrios, Notaria.—1 vez.—Nº 42875.—(77568).

Por escritura número doscientos treinta y siete-tres de once horas del cuatro de setiembre del dos mil siete, del tomo tercero de mi protocolo, se constituye la sociedad de esta plaza denominada Constructora Almo Sociedad Anónima.—Lic. Perla Cheves Romero, Notaria.—1 vez.—Nº 42878.—(77569).

Por escritura número 255, otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 1º de setiembre del 2007, se constituye la sociedad anónima Aralias de Tobosi S. A. Domiciliada en Cartago. Plazo social de noventa y nueve años desde su constitución. Capital social: es de 90.000,00 colones, totalmente pagado. Objeto: la agricultura, ornamentales, el comercio de bienes muebles e inmuebles. Funge como presidente: Humberto Cerdas Brenes, quien es el representante legal de la compañía.—Cartago, 1º de setiembre del 2007.—Lic. Renato Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 42879.—(77570).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 14:00 horas del 4 de setiembre del 2007, protocolicé acuerdos de Rías Bajas Verde S. A., donde cambia su razón social a Desarrollos Electromecánicos Delect S.A.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Álvaro López Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 42883.—(77571).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:00 horas del día 3 de setiembre del 2007, se constituyó una sociedad anónima que se denominará según lo asigne el Registro de Personas Jurídicas. Domiciliada en San Roque de Barva de Heredia, Residencial El Bello Higuerón, casa 17 A. Capital social: 10.000,00 colones.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—Nº 42885.—(77572).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del 4 de setiembre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Ingeniería Patriarcas de Costa Rica S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos veinticuatro mil doscientos cuarenta y uno, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo. Es todo.—San José, cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Jorge Brealey Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 42886.—(77573).

Por escritura otorgada ante mí, se reforma cláusula dos y ocho, del pacto constitutivo de CN Ingenieros y Arquitectos Norteños Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, treinta de agosto del dos mil siete.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 42889.—(77574).

Por escritura otorgada ante mí, se otorga poder generalísimo sin límite de suma de Inversiones Constructivas Perera y García del Norte Sociedad Anónima, a Ligia María Sánchez Parrales.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, treinta y uno de agosto del dos mil siete.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 42890.—(77575).

Mediante escritura pública número treinta, visible a folio treinta y dos vuelto del tomo veintiuno, de las diez horas diez minutos del treinta y uno de agosto del dos mil siete, otorgada ante esta notaria Josefina Apuy Ulate, se cambió de nombre de la sociedad de esta plaza a Cementos Nicoya Chared Sociedad Anónima. Presidente: Esteban Chacón Ramírez. Capital: doce mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Es todo.—San José.—Lic. Josefina Apuy Ulate, Notaria.—1 vez.—Nº 42891.—(77576).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, en la ciudad de San José, a las catorce horas del día tres de setiembre del dos mil siete, se protocolizó el acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporación Peiral Sociedad Anónima, mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda, tercera, quinta, sexta, sétima, octava y novena del pacto social.—San José, tres de setiembre del dos mil siete.—Lic. Marcela Filloy Zerr, Notaria.—1 vez.—Nº 42892.—(77577).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las once horas del veintiocho de agosto del dos mil siete, se constituye sociedad anónima, cuyo nombre será el número de cédula jurídica asignado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Ana Gabriela Massey Machado, Notaria.—1 vez.—Nº 42896.—(77578).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diez horas del veintiocho de agosto del dos mil siete, se constituye sociedad anónima, cuyo nombre será el número de cédula jurídica asignado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Ana Gabriela Massey Machado, Notaria.—1 vez.—Nº 42897.—(77579).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día tres de setiembre del dos mil siete, se constituye la sociedad denominada Tyckle de Turrialba Sociedad Anónima. Domicilio social: República de Costa Rica, provincia de Cartago, cantón de Turrialba, distrito Turrialba, cincuenta metros norte de la Municipalidad de Turrialba, bodega verde, sin perjuicio de establecer sucursales o agencia en otros lugares del país. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo. Presidente y secretaria, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—Turrialba, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Sigifredo Brenes Dittel, Notario.—1 vez.—Nº 42898.—(77580).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día cuatro de setiembre del dos mil siete, se constituye la sociedad denominada West Cliff V & L de Santa Cruz Sociedad Anónima. Domicilio social: República de Costa Rica, provincia de Cartago, cantón de Turrialba, distrito Turrialba, doscientos metros norte del Asilo de Ancianos San Buenaventura, sin perjuicio de establecer sucursales o agencias en otros lugares del país. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo. Presidente y secretaria, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—Turrialba, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Sigifredo Brenes Dittel, Notario.—1 vez.—Nº 42899.—(77581).

Se constituye la firma de esta plaza Montaña de la Tortuga Sociedad Anónima. Presidente: Lauren Jamison Hawhins, pasaporte número cuatro dos seis cuatro uno cero tres seis ocho. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución.—San José, cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 42900.—(77582).

Mediante escritura otorgada a las nueve horas con treinta minutos del día tres de setiembre del dos mil siete, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general de la sociedad Tres Uno Cero Uno-Cuatro Nueve Ocho Siete Siete Dos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres uno cero uno-cuatro nueve ocho siete siete dos, en la que se cambia denominación social a Mujeres en Forma Sociedad Anónima, y se sustituye miembro de la junta directiva nombrando presidente a: Claribett Vega Brenes, costarricense, cédula de identidad número uno-uno cero ocho cero-cero seis nueve cuatro.—San José, cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 42901.—(77583).

Por asambleas de accionistas de las sociedades denominadas: MV Eleven Pleasant Days and Mighty Waves XI S. A.; MV Thirteen Roots of Our Ancestors XIII S. A.; MV Seventeen Charting Your Course in Costa Rica XVII S. A., y MV Fourteen Roots Moving to the Surface XIV S. A. Se modificó cláusula undécima, y se nombraron nuevos miembros de la junta directiva.—San José, cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Karol Claudel Palma, Notaria.—1 vez.—Nº 42907.—(77584).

Mediante escritura de las diecisiete horas del cuatro de setiembre del dos mil siete, Marcela Esquivel Jiménez, y otros, constituyen la sociedad BSNTE Producciones S. A. Presidente: Iván Porras Meléndez. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: ochenta mil colones, representado por ochenta acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Objeto: la producción de audiovisuales en formato de video o cine, servicios de comunicación, producción de eventos culturales y comerciales, etc.—Guadalupe, cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Miguel Ángel Alfaro Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 42908.—(77585).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del tres de setiembre del dos mil siete, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Escudo de Veraguas Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula segunda del pacto social, del domicilio, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 42909.—(77586).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general de Consultoría Apte Latinoamericana S. A., en la que se reforma la cláusula sexta de los estatutos, y se nombran miembros de junta directiva y fiscal.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 42910.—(77587).

En mi notaría, se protocolizó asamblea de Filial Número Ocho-H-San Rafael R.A.L Sociedad Anónima, nombrándose nueva junta directiva.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Nazira María Cheves Aguilar, Notaria.—1 vez.—Nº 42912.—(77588).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se reformó la cláusula octava de la sociedad denominada Helechos del Río Internacional Sociedad Anónima.—Cartago, cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Silvia Elena Peralta Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 42913.—(77589).

Se constituye sociedad denominada Compañía Cómica de Comedia “C Al Cubo” Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Representación: presidente, secretario y tesorero, actuando dos de ellos siempre con el tesorero. Domicilio: en San José, calles 27 y 25, avenida 1, número 2552. Presidente: Carlos Alberto Alvarado Andres. Otorgada en la notaría de María Gabriela Zeledón Ching.—Lic. María Gabriela Zeledón Ching, Notaria.—1 vez.—Nº 42916.—(77590).

Por escritura pública número 311, otorgada en Playas del Coco, Sardinal de Carrillo, Guanacaste, a las 09:45 horas del día 1º de setiembre del 2007, los señores Davide Grilli y Bambasis Building Int. Sociedad Anónima, constituyeron Casa Verdolaya al Cantador Sociedad Anónima. Capital social: ¢120.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 42918.—(77591).

Por escritura pública número 311, otorgada en Playas del Coco, Sardinal de Carrillo, Guanacaste, a las 10:00 horas del día 1º de setiembre del 2007, los señores Davide Grilli y Bambasis Building Int. Sociedad Anónima, constituyeron Casa Azabache a la Puesta Sociedad Anónima. Capital social: ¢120.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 42919.—(77592).

En mi notaría, se constituyó Centro de Pinturas Albermar Limitada, su representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Alberto Brenes Sanabria, cédula número tres-trescientos veinticuatro-cuatrocientos diecinueve.—Cartago, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—Nº 42920.—(77593).

Por escritura pública número 309, otorgada en Playas del Coco, Sardinal de Carrillo, Guanacaste, a las 09:00 horas del día 1º de setiembre del 2007, los señores Davide Grilli y Bambasis Building Int. Sociedad Anónima, constituyeron Casa Perla Escondida en la Bahía Sociedad Anónima. Capital social: ¢120.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 42921.—(77594).

Ante mí, Olga Libia Sandoval Ugalde, se constituyó la sociedad denominada Abastecedor Don Juan Sociedad Anónima. Presidente: Pedro Moya Hernández.—Alajuela, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Olga Libia Sandoval Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 42923.—(77595).

La suscrita notaria, hace constar que ante esta notaría, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de las sociedades: Tres Ríos Lote Veintitrés S. A., con domicilio en San José, calle treinta y cinco, avenida diez y doce; Quee’s Land S. A., con domicilio en Ciudad Cortés, Osa, Puntarenas, cien metros al sur del Organismo de Investigación Judicial, y Tulip of Costa Rica S. A., domiciliada en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaía.—Ciudad Cortés, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—Nº 42924.—(77596).

Por escritura otorgada por la suscrita Dafne Lizette Blanco Varela, a las once horas del cuatro de setiembre del dos mil siete, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Residence Club Suite Seis Mil Quinientos Once-IV-El Picoaguda S.R.L., por lo que se reforma las cláusulas segunda y sexta del pacto social.—San José, cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Dafne Lizette Blanco Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 42925.—(77597).

Por escritura ciento cincuenta y seis, otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del tres de setiembre del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de propietarios de la entidad denominada Condominio Horizontal Vertical Comercial Plaza Vereda Real, con número de cédula jurídica tres-ciento nueve-cuatro seis uno tres seis uno, en la cual se nombró junta directiva y administrador.—Lic. Marianela Segura Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 42926.—(77598).

Al ser las diez horas y treinta minutos del tres de setiembre del dos mil siete, se modificó ante esta notaría, pacto constitutivo de la sociedad Decisiones de Inversión Sociedad Anónima, cláusulas segunda y octava.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Ivannia Esquivel Carrillo, Notaria.—1 vez.—Nº 42928.—(77599).

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituye la compañía Frutas Frescas de Costa Rica Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: diez años prorrogables hasta cien años. Capital: suscrito y pagado. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos.—San José, treinta y uno de agosto del dos mil siete.—Lic. Arnoldo Soley Soler, Notario.—1 vez.—Nº 42929.—(77600).

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía C Y F Marino Limitada, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta de los estatutos sociales, y se nombran subgerentes.—San José, seis de agosto del dos mil siete.—Lic. Arnoldo Soley Soler, Notario.—1 vez.—Nº 42930.—(77601).

Ante esta notaría y mediante escritura número ciento quince, otorgada a las 14:00 horas del día 25 de mayo del 2007, al tomo noveno de mí protocolo, se transformó la Sociedad Anónima Laboral Asesores Jurídico Administrativos Sal, en Asesores Jurídico Administrativos Sociedad Anónima.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Sharon Marcela Esquivel Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 42931.—(77602).

En esta notaría, a las 09:00 horas del 4 de setiembre del 2007, la sociedad Bancomunal de Santa Elena Bancocesa Sociedad Anónima, reforma cláusula cuarta del pacto social, aumenta capital social en la suma de nueve millones cuatrocientos dos mil colones exactos, ante la notaria Anabelle Arias Pérez.—Lic. Anabelle Arias Pérez, Notaria.—1 vez.—Nº 42932.—(77603).

Mediante escritura otorgada hoy, a las diecisiete horas, se constituyó sociedad anónima denominada Agropecuaria Las Ballitas Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado por los socios. Domicilio social: Las Juntas de Abangares. Plazo: 50 años a partir de hoy. Representante: Delia Jiménez Ortega.—San José, 14 de junio del 2007.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 42934.—(77604).

Por escritura pública número 310, otorgada en Playas del Coco, Sardinal de Carrillo, Guanacaste, a las 9:15 horas del día 1º de setiembre del 2007, los señores Davide Grilli y Bambasis Building Int. Sociedad Anónima, constituyeron Casa Camino al Cerro Moro Sociedad Anónima. Capital social: ¢120.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 42936.—(77605).

Por escritura pública número 311, otorgada en Playas del Coco, Sardinal de Carrillo, Guanacaste, a las 9:30 horas del día 1º de setiembre del 2007, los señores Davide Grilli y Bambasis Building Int. Sociedad Anónima, constituyeron Casa Prieta en la Mitad del Coco Sociedad Anónima. Capital social: ¢120.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 42937.—(77606).

Por escritura pública número 313, otorgada en Playas del Coco, Sardinal de Carrillo, Guanacaste, a las 10:45 horas del día 1º de setiembre del 2007, los señores Davide Grilli y Bambasis Building Int. Sociedad Anónima, constituyeron Casa la Roca Colorada por Dos Sociedad Anónima. Capital social: ¢120.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 42938.—(77607).

Por escritura pública número 312, otorgada en Playas del Coco, Sardinal de Carrillo, Guanacaste, a las 10:30 horas del día 1º de setiembre del 2007, los señores Davide Grilli y Bambasis Building Int. Sociedad Anónima, constituyeron Casa el Primer Lucero Afamado Sociedad Anónima. Capital social: ¢120.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 42939.—(77608).

Por acta protocolizada en esta notaría, mediante escritura número ciento cincuenta y siete, de las quince horas del cuatro de setiembre del dos mil siete, se modificó la cláusula, quinta y la cláusula décima segunda de los estatutos de la sociedad denominada Sacrin de Desamparados Sociedad Anónima.—San Juan Sur, Cartago, cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Yirlanny Castro Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 42942.—(77609).

Por escritura número doce, otorgada en San José, a las quince horas del cuatro de setiembre del dos mil siete, se protocolizó acta de Contentera CR S. A., donde se nombra tesorero, se otorga poder generalísimo y se toman otros acuerdos. Es todo. Misma hora y fecha.—Lic. Henry Campos Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 42943.—(77610).

La suscrita notaria, hace constar y da fe que en mi notaría, se constituyó el día 4 de setiembre del 2007, a las 10:00 horas, la sociedad anónima denominada Monky Bambú S. A., cuyo domicilio social es en Pocora, Guácimo, Limón, con un capital social de cien mil colones. Es todo, firmo a las doce horas del cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Amable Azofeifa Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 42944.—(77611).

Por escritura otorgada en Grecia, a las once horas, del veintiuno de julio del dos mil siete, ante el notario Giovanni Barrantes Barrantes, comparecieron Michael Morgan Price e Idalia Silva Galarza y constituyeron Mapio Sociedad Anónima. El capital social es la suma de diez mil colones, íntegramente suscritos y pagados. El objeto de dicha sociedad será la producción de mapas interactivos geográficos, así como el comercio en el sentido más amplio la industria, la ganadería, etc. Presidente: el señor Michael Morgan Price, con todas las facultades.—Grecia, tres de setiembre del dos mil siete.—Lic. Giovanni Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 42945.—(77612).

Por escritura 144-1, otorgada a las 8:00 horas del 31 de agosto del 2007, se modifica la cláusula segunda: “Del domicilio”, de Inversiones Pía Sociedad Anónima.—San José, 31 de agosto del 2007.—Lic. Paula Marcela Medrano Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 42947.—(77613).

Por escritura 145-1, otorgada a las 10:00 horas del 31 de agosto del 2007, se modifica la cláusula segunda: “Del domicilio”, de Rentas Che Sociedad Anónima.—San José, 31 de agosto del 2007.—Lic. Paula Marcela Medrano Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 42948.—(77614).

Por escritura 5-2, de las 11:00 horas del día 14 de agosto del 2007, se constituyó Productos del Aire de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Aníbal Granados Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 42949.—(77615).

Por escritura de las 12:00 horas del 8 de mayo del 2007, se constituyó Multisecolab del Norte S. A. Capital: diez mil colones. Presidente con poder generalísimo sin límite de suma.—Lic. Patricia Araya Serrano, Notaria.—1 vez.—Nº 42950.—(77616).

Ante esta notaría, se constituyó la empresa denominada Dawkins & Lobo Sociedad Anónima, mediante escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas, del día diecisiete de agosto del dos mil siete.—San José, 31 de agosto del 2007.—Lic. Yanina Cordero Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 42951.—(77617).

Mediante escritura número ciento setenta, otorgada ante esta notaría, a las doce horas, del tres de setiembre del dos mil siete, protocolicé acta general extraordinaria de accionistas de Biotech Pharma Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo y se cambia el nombre a Stantech de Costa Rica Sociedad Anónima.—Cartago, tres de setiembre del dos mil siete.—Lic. Yanina Cordero Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 42952.—(77618).

Ante la notaría de Jacqueline Villalobos Durán, se constituyó la sociedad anónima Depósito de Materiales Irazú Guanacaste Sociedad Anónima. Domiciliada en Guanacaste. Plazo social: 99 años. Presidente y secretario, con facultades apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: cien mil colones, suscrito y pagado. Otorgada en la ciudad de San José, escritura número 116, de las 14:00 horas del 31 de agosto del 2007.—Lic. Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 42953.—(77619).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veinticuatro de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima Building Smiles S. A.—San José, tres de setiembre del dos mil siete.—Lic. María Lupita Quintero Nassar, Notaria.—1 vez.—Nº 42955.—(77620).

El día de hoy, se constituyó la sociedad Montezuma Travel Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con amplias facultades.—San José, 28 de agosto del 2007.—Lic. Fernando Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 42956.—(77621).

Mediante escritura pública número ciento ochenta y tres, otorgada ante esta notaría en Cartago, a las dieciséis horas con treinta minutos del veinte de julio del dos mil siete, iniciada a folio ciento nueve frente del tomo dos del protocolo del suscrito notario, se ha constituido la sociedad denominada A V A Y E V V A Sociedad Anónima, capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—Cartago, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Óscar Eduardo Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 42957.—(77622).

Mediante escritura pública número ochocientos sesenta y uno otorgada ante esta notaría, los señores; Carlos Manuel Alvarado Mora y Karla Vega Rodríguez constituyen la sociedad denominada Importaciones y Distribuciones Falve C.K. S. A., plazo: 99 años Capital: 10.000,00. Domicilio: San Francisco de Heredia, en Condominios Bulevar, casa número seis. Presidente: Carlos Manuel Alvarado Mora y secretaria: Karla Vega Rodríguez ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Guillermo Rodríguez Arce, Notario.—1 vez.—Nº 42959.—(77623).

Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las quince horas de hoy, fue constituida Agropecuaria Arsa Sociedad Anónima, abreviándose S. A. Domicilio: Guácima de Alajuela. Objeto: agricultura, ganadería, minería, turismo, industria y comercio. Plazo: noventa y nueve años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente y vicepresidente con poder generalísimo.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Luis Diego Acuña Delcore, Notario.—1 vez.—Nº 42960.—(77624).

Por escritura otorgada, por el Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, a las 9:00 horas del 3 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad Familia Rojas Morera Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Familia Rojas Herrera S. A. Cuyo presidente: con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, es el señor: Isidro Rojas Soto. Capital: suscrito y pago en su totalidad. Firmo en la ciudad de Grecia, tres de setiembre del dos mil siete.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—Nº 42961.—(77625).

Ante esta notaría, el día primero de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Viajes Natural Service S. A., capital social veinte mil colones, domiciliada en Monteverde de Puntarenas, presidente Antonio Cruz Arguedas.—San José, tres de setiembre del dos mil siete.—Lic. Javier González Loría, Notario.—1 vez.—Nº 42962.—(77626).

Verónica Mariel Sargiotti Pieretto, Patricio Carlos Scotti, constituyen la sociedad anónima Grupo V&P Pacífico Central S. A. Escritura otorgada en Jacó, a las 16:00 horas del 24 de agosto del 2007, ante la Licenciada Mónica Lleras Barrantes.—Lic. Mónica Lleras Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 42963.—(77627).

Por escritura número cuarenta y tres - dos, otorgada ante esta notaría, a las quince horas del tres de setiembre del año dos mil siete, los señores Philip Austin Vaughn y Soha Samir Henin, constituyen la sociedad denominada Truligent Estates Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones. Plazo: cien años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma señor Philip Austin Vaughn. Domicilio: Playas de Coco, Guanacaste.—San José, 4 de setiembre del año 2007.—Lic. Luis Diego Quesada Araya, Notario.—1 vez.—Nº 42964.—(77628).

Por escritura número cincuenta, otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas del veintitrés de agosto del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Finca Gran Valery Sociedad Anónima.—San José, 4 de setiembre del año 2007.—Lic. Carolina Mora Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 42965.—(77629).

Por escritura otorgada ante mí, en Heredia, a las siete horas, del veintitrés de julio del año dos mil siete, los señores Ronald Aguilar Trejos, Sandra Solís Corrales, Mariliana y Francisco José Aguilar Solís, constituyen Inversiones A & S Inversiones Aguisol de Escazú Sociedad Anónima. Capital social cuatro mil colones. Domicilio social San José, plazo social: cien años.—Lic. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 42966.—(77630).

Protocolización de Asesoría y Servicios Totales para Construcción Aserto S. A., en la que se reforma las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo. Escritura otorgada a las 14:00 horas del 3 de setiembre del 2007.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—Nº 42968.—(77631).

Protocolización de acta de cuotistas de la entidad Inversiones Los Labriegos Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se modifica la cláusula primera de la sociedad y se cambia su nombre a River Ranches Sociedad de Responsabilidad Limitada, se modifica la cláusula segunda, sobre el domicilio social, siendo su nuevo domicilio en lo sucesivo en: San José, Rohrmoser, 50 metros al norte del antiguo edificio del AID, República de Costa Rica. Asimismo, se modifica la cláusula sexta sobre administración de la sociedad, se revoca el nombramiento del gerente y subgerente actuales y en su lugar se nombra como gerente al señor: Bradley Tuyn.—San José, 1º de setiembre del 2007.—Lic. Leonardo Salazar Villalta, Notario.—1 vez.—Nº 42970.—(77632).

Por escritura 160-11 de las 10:00 horas del 30 de agosto del 2007, se  protocoliza  acta  de  asamblea  general  extraordinaria de la sociedad 3-101-478939 S. A., mediante la cual se cambia su razón social, se aumenta capital, se modifica la administración y se nombra junta directiva.—San José, 31 de agosto del 2007.—Lic. Alejandra Grandoso Lemoine, Notario.—1 vez.—Nº 42973.—(77633).

Ante la suscrita notaria, se constituye la sociedad: Inversiones Benavides Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones exactos, representado por diez acciones de mil colones cada una. Domicilio social: Miravalles de Pérez Zeledón, San José, ochocientos metros al oeste de la Pulpería Miravalles. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Jenner Francisco Benavides Araya.—Cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. María Vita Monge Granados, Notaria.—1 vez.—Nº 42974.—(77634).

Por escritura otorgada, ante el suscrito notario público, a las catorce horas del día cuatro de setiembre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada: Proyecta Grupo Corporativo Sociedad Anónima. Domiciliada en San José. Representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: presidente. Capital social: cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 5 de setiembre del año 2007.—Lic. Ricardo Urbina Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 42976.—(77635).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del cinco de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Costa Rica Dream Makers Sociedad Anónima. Capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Andre Wells Downey, Notario.—1 vez.—Nº 42977.—(77636).

Por escritura pública, otorgada el día de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Northwest International Caro S. A., mediante la que reformó el pacto social y se nombra nuevo presidente y secretario de la junta directiva.—Carmona de Nandayure, Guanacaste, 29 de agosto del 2007.—Lic. Víctor Julio Chavarría Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 42980.—(77637).

Por escritura pública otorgada, ante esta notaría, se constituyó una sociedad anónima que se denominará con su número de cédula jurídica. Plazo social: 100 años. Capital social: 70.000 colones. Representantes legales: presidente, secretario y tesorero de la junta directiva. Domicilio social: Carmona de Nandayure, Guanacaste, 300 metros al norte del Salón Comunal.—Guanacaste, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Víctor Julio Chavarría Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 42981.—(77638).

Ante la suscrita notaria, se constituyó en escritura pública otorgada en San José, a las dieciocho horas del trece de junio del dos mil siete, la sociedad de esta plaza Semursa Seguridad Privada Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente: con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: Francisco Murillo Pérez.—San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Guiselle Murillo Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 42982.—(77639).

Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las 15 horas del 15 de agosto del 2007, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Condominios Flor del Este Uno Veintiséis Sonasa S. A., por medio de la cual se modifica la cláusula sexta y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Guillermo Montealegre Mata, Notario.—1 vez.—Nº 42986.—(77640).

Por escritura de las dieciséis horas treinta minutos, del catorce de agosto del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Adobe Arquitecto Sociedad Anónima, en la cual se aceptó renuncia de secretario Raúl Hernández Núñez nombrándose otro en su lugar, se reformó cláusula novena del pacto constitutivo en cuanto a la representación legal de la compañía.—San José, 14 de agosto del 2007.—Lic. Carlos Alberto Wolfe Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 42987.—(77641).

Por escritura pública número treinta y cinco, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios de Pozoslot Doscientos Noventa y Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-400987, mediante la cual se reformaron las cláusulas quinta y octava de los estatutos sociales, eliminando la restricción para el traspaso de las acciones y confiriéndole poder generalísimo al secretario de la junta directiva, pudiendo actuar conjunta o separadamente con el presidente.—Lic. José Andrés Corvetti Aguado, Notario.—1 vez.—Nº 42992.—(77642).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del tres de setiembre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Ager, Rivas & Arizmendi Sociedad Anónima. Objeto: servicios de gastronomía. Capital social: ocho mil colones.—Es todo.—Jacó tres de setiembre del año dos mil siete.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 42994.—(77643).

Por escritura otorgada, ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las diecisiete horas del veintiséis de julio del año dos mil siete, se constituyo la sociedad Rancho Q & V de la Montaña Sociedad Anónima. Objeto: administración de propiedades. Capital social: diecinueve mil colones. Es todo.—Jacó, tres de setiembre del año dos mil siete.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 42995.—(77644).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las nueve horas del cuatro de setiembre se protocolizó acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de la sociedad Beautiful Mind S. A., mediante el cual se reforma la cláusula sétima de los estatutos.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Rodolfo Loría Sáenz, Notario.—1 vez.—Nº 42996.—(77645).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las nueve horas del treinta de agosto se protocolizó acuerdos tomados en asamblea general extraordinaria de la sociedad Tres- Ciento Uno- Cuatrocientos Noventa Mil Setecientos Veintidós S. A., mediante el cual se reforma la cláusula novena de los estatutos.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Rodolfo Loría Sáenz, Notario.—1 vez.—Nº 42997.—(77646).

Por escritura 273, otorgada en esta notaría, a las 10:00 horas del 3 de setiembre del 2007, la sociedad Consultores Internacionales Ciasa S. A., reformó la cláusula primera de sus estatutos cambiando su nombre a Ciasa Consultores S. A.—Lic. Ilem Tatiana Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 42998.—(77647).

En esta notaría, a las 8:45 horas del 26 de julio del 2007, César Méndez Hernández y Sonia María Mora Rojas, constituyen sociedad anónima, según Decreto Ejecutivo tres tres uno siete uno J, capital social 10 mil colones, presidente César.—San Ramón.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 42999.—(77648).

En esta notaría, a las 9:00 horas del 26 de julio del 2007, César Méndez Hernández y Sonia María Mora Rojas, constituyen sociedad anónima, según Decreto Ejecutivo tres tres uno siete uno J, capital social 10 mil colones, presidente César.—San Ramón.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 43000.—(77649).

En esta notaría, a las 8:30 horas del 26 de julio del 2007, César Méndez Hernández y Sonia María Mora Rojas, constituyen sociedad anónima, según Decreto Ejecutivo tres tres uno siete uno J, capital social 10 mil colones, presidente César.—San Ramón.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 43001.—(77650).

En esta notaría, a las 8:00 horas del 26 de julio del 2007, César Méndez Hernández y Sonia María Mora Rojas, constituyen sociedad anónima, según Decreto Ejecutivo tres tres uno siete uno J, capital social 10 mil colones, presidente César.—San Ramón.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 43002.—(77651).

En esta notaría, a las 8:15 horas del 26 de julio del 2007, César Méndez Hernández y Sonia María Mora Rojas, constituyen sociedad anónima, según Decreto Ejecutivo tres tres uno siete uno J, capital social 10 mil colones, presidente César.—San Ramón.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 43003.—(77652).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del día de hoy, se constituyó la empresa Adreim Elich Aviv S. A., adiciona cláusula al pacto social y otorga poder.—San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Verónica Zúñiga Tenorio, Notaria.—1 vez.—Nº 43004.—(77653).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del día de hoy, se constituyó la empresa Exportadora de Agrícolas Productos del Norte S.A. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: San José. Plazo cien años.—San José, 28 de agosto del 2007.—Lic. Verónica Zúñiga Tenorio, Notaria.—1 vez.—Nº 43005.—(77654).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las catorce horas del primero de setiembre del dos mil siete, se constituye la a sociedad denominada Vidrios y Decoraciones Costa Sur Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años y representada por su presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. María Ester Vargas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 43006.—(77655).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las catorce horas del treinta de agosto del dos mil siete, se constituye la  sociedad denominada Sunsetlands of Costa Rica Real Estate Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años y representada por su presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. María Ester Vargas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 43007.—(77656).

Por escrituras otorgadas, ante mi notaría, a las doce horas del día cinco de julio del año dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Promociones Inmobiliarias Alvi, en la que se aumenta su capital social.—San José, veintidós de agosto del año dos mil siete.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 43008.—(77657).

Por escrituras otorgadas, ante mi notaría, a las doce horas con quince minutos, del día cuatro de julio del año dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Promociones Inmobiliarias Reunida Euroamérica, en la que se aumenta su capital social.—San José, veintidós de agosto del año dos mil siete.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 43009.—(77658).

Mediante escritura pública otorgada, ante esta notaría, el 3 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad Corporación Fernespin S.A. Domicilio: Heredia centro. Objeto: ejercicio del comercio en general. Plazo social: 99 años. Capital social: cien mil colones.—Lic. Rodolfo Arroyo Porras, Notario.—1 vez.—Nº 43012.—(77659).

Mediante escritura pública, número ciento treinta, otorgada a las quince horas treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil siete, ante la suscrita notaria Andrea Hütt Fernández, se enmendó la cláusula segunda: del domicilio, de los estatutos de la sociedad Hotelera Bonanza S. A.—San José, veintinueve de agosto del dos mil siete.—Lic. Andrea Hütt Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 43013.—(77660).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Inversiones y Alquileres Morgan Cero Cero Siete Sociedad Anónima, plazo social de noventa y nueve años, capital social diez millones de colones totalmente suscrito y pagado. Representada por su presidente Carlos Enrique Mora Zumbado y secretario Juan Andrés Gamboa Rodríguez.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, 30 de agosto del 2007.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 43014.—(77661).

A las nueve horas con treinta minutos, del veintiocho de agosto del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Omega J. K. Tres Sociedad Anónima, capital íntegramente suscrito y pagado, representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 28 de agosto del 2007.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 43015.—(77662).

Por escritura otorgada, hoy ante mí, se constituyó la sociedad denominada Constructora y Comercializadora Terracota Sociedad Anónima, lo cual es un nombre de fantasía, pudiendo abreviarse Constructora y Comercializadora Terracota S. A. El domicilio de la compañía será San José, Sabanilla Montes de Oca, cincuenta metros oeste y setenta y cinco metros norte del Supermercado Más por Menos. El plazo de la sociedad es de cien años contados a partir de esta fecha. El capital social es la suma de cien mil colones totalmente suscrito y pagado.—San José, treinta y uno de julio del dos mil siete.—Lic. Gilberto Villalobos Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 43016.—(77663).

Por escritura otorgada, hoy ante mí, se constituyó la sociedad denominada SRG Asesoría Turística Global Sociedad Anónima, lo cual es un nombre de fantasía, pudiendo abreviarse SRG Asesoría Turística Global S. A. El domicilio de la compañía será San José, San Pedro, Montes de Oca, Don Bosco, cien metros norte y doscientos metros este. El plazo de la sociedad es de cien años contados a partir de esta fecha. El capital social es la suma de cien mil colones totalmente suscrito y pagado.—San José, veintiséis de agosto del dos mil siete.—Lic. Gilberto Villalobos Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 43017.—(77664).

Por escritura otorgada, hoy ante mí, se modifican las cláusulas primera, segunda, tercera y sétima, de los estatutos de la compañía Roguz del Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento noventa y dos mil cuatrocientos cuarenta y cinco para denominarse en adelante Inversiones Acuario Sociedad Anónima, modificando nombre, domicilio, objeto y administración.—San José, dieciocho horas del veintisiete de julio del dos mil siete.—Lic. Gilberto Villalobos Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 43018.—(77665).

En esta notaría, se otorgó a las 11:30 minutos del día 16 de agosto del 2007. Se modifica el estatuto las cláusulas primera, segunda, cuarta, sexta, sétima, octava, novena, décima, décima primera, décima segunda, décima tercera, y junta directiva de la sociedad denominada Comercial El Mocho Sociedad Anónima. Domicilio en San José, San José, Zapote.—San José, 16 de agosto del 2007.—Lic. Édgar Omar Belloso Montoya, Notario.—1 vez.—Nº 43020.—(77666).

Ante esta notaría, comparecieron los señores Cándido Urbina Martínez, Alba Luz Campos Robleto, Carlos María Guillén Marín y Santos Eduardo Escoto Jirón para constituir la sociedad denominada El Campeón de Luzón Sociedad Anónima, la cual tendrá un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio es: Barrio El Carmen de Luzón de Bataán de Matina de Limón, cuatrocientos metros al norte de la entrada siendo el socio Cándido Urbina Martínez, su representante judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. El capital social será de veinte acciones de cinco mil colones o sea cien mil colones. Es todo.—Bataán, veinticinco de agosto del dos mil siete.—Lic. Óscar Guerrero Alemán, Notario.—1 vez.—Nº 43021.—(77667).

Por escritura otorgada ante mí, el día 30 de agosto de dos mil siete, Hernán Federico, cédula de identidad 1-737-212, Ana Lourdes, cédula 1-700-012, Roberto Uriel, cédula 1-639-632, todos de apellidos, Gutiérrez Berry y Rodrigo Gutiérrez Aguilar, cédula 3-127-092 y Lourdes Aurora Berry Bravo, cédula 8-079-080, constituyeron la sociedad Nochebuena S. A.—San José, 3 de agosto del 2007.—Lic. Enrique Granados Moreno, Notario.—1 vez.—Nº 43022.—(77668).

Por escritura pública otorgada, en esta notaría, al ser las dieciséis horas del tres de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Agencia de Seguridad del Pacífico ASEPA Sociedad Anónima. Plazo 99 años. Capital diez mil colones, suscrito y pagado. Representación: presidente: Cristian Gabriel Flores Castillo.—San José, martes 5 de setiembre del 2007.—Lic. Adriano Guillén Solano, Notario.—1 vez.—Nº 43023.—(77669).

Por escritura pública otorgada en esta notaría, al ser las doce horas treinta minutos del viernes treinta y uno de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Unión Pacífico de Costa Rica Sociedad Anónima. Plazo 99 años. Capital: Doce mil colones, suscrito y pagado. Representación: Presidente: Wei - Hsien Wang.—San José, martes cinco de setiembre de dos mil siete.—Lic. Adriano Guillén Solano, Notario.—1 vez.—Nº 43024.—(77670).

La suscrita notaria pública Xinia Patricia Aguilar Picado, doy fe que el día primero de setiembre del dos mil siete, se reformó la junta directiva de la sociedad anónima denominada Finca Río Fósforo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero tres cinco cinco ocho cuatro, ante mi notaría, siendo Apoderados Generalísimos sin límite de suma Presidente: Fabio Junior Vargas Pacheco, cédula uno-nueve nueve cinco-nueve tres siete, Secretario: Fabio Vargas Vargas, cédula de identidad número dos-ciento noventa y tres- setecientos cuarenta y dos. Capital suscrito pagado. Es todo. Firmo en Heredia, el tres de setiembre del dos mil siete.—Lic. Xinia Patricia Aguilar Picado, Notaria.—1 vez.—Nº 43025.—(77671).

Ante mí, a esta hora y fecha se constituyó la sociedad Mesbra Griega S. A., con domicilio en el Poró de Grecia, contiguo a Agrocomercial. Fueron nombradas como presidenta Ana Cristina Jiménez Fonseca, secretario José Daniel Barrantes Jiménez y tesorera María de los Ángeles Jiménez Fonseca, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo ser ejercidas validadamente las citadas facultades con la actuación de dos de sus apoderados y asumiendo todos la representación judicial y extrajudicial de la compañía en Grecia, 17:30 horas del 30 de agosto del 2007.—Lic. Jonathan Barrantes Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 43026.—(77672).

Ante mí, Jenny Priscila Álvarez Miranda, notaría pública con oficina en San José comparecen Albert Barkhordarian y Bosco Malespin Gutiérrez, quienes constituyen la sociedad anónima General Food San Pedro con domicilio en San José, a las quince horas del treinta y uno de agosto del dos mil siete. Es todo.—San José cinco de agosto de dos mil siete.—Lic. Jenny Priscila Álvarez Miranda, Notaria.—1 vez.—Nº 43027.—(77673).

Ante mí, Jenny Priscila Álvarez Miranda, notaría pública con oficina en San José comparecen Albert Barkhordarian y Seyed Heydar Marofi, quienes constituyen la sociedad anónima Alimentos Unidos Tiquicia con domicilio en San José, a las catorce horas del treinta y uno de agosto del dos mil siete. Es todo.—San José cinco de agosto de dos mil siete.—Lic. Jenny Priscila Álvarez Miranda, Notaria.—1 vez.—Nº 43028.—(77674).

Cristian Alberto Navarro Rivera y Perceval Gay Spriet, “Perceval”, nombre “Gay Spriet”, primero y segundo apellido, en el día de hoy constituyen una sociedad anónima cuyo nombre será el mismo numero de cédula jurídica que asigne el Registro Publico, su domicilio será ochocientos metros sur de los Tribunales de Justicia de Cartago, frente al Colegio Miravalles, escritura otorgada ante el notario Jorge Rivera Leandro.—Cartago, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Jorge Rivera Leandro. Notario.—1 vez.—Nº 43030.—(77675).

Cristian Alberto Navarro Rivera y Perceval Gay Spriet, “Perceval”, nombre “Gay Spriet”, primero y segundo apellido, en el día de hoy constituyen una sociedad anónima cuyo nombre será el mismo número de cédula jurídica que asigne el Registro Publico, su domicilio será ochocientos metros sur de los Tribunales de Justicia de Cartago, frente al Colegio Miravalles, escritura otorgada ante el notario Jorge Rivera Leandro.—Cartago, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Jorge Rivera Leandro, Notario.—1 vez.—Nº 43031.—(77676).

Por escritura Nº 114 otorgada a las 9:00 horas del 23 de julio del 2007 por el notario Francisco Javier Vargas Solano, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad La Estefanía Lote Treinta y Uno-XXXI-Amu S. A. Se nombra como a presidente Esteban Barquero Mora.—Lic. Francisco Javier Vargas Solano, Notario.—1 vez.—Nº 43033.—(77677).

Mediante escritura otorgada en San José a las 9:00 horas del día 4 de setiembre del año 2007, ante el notario público Francisco Vargas Solano, Maritza Chavarría Chavarría y Antonio María Larrañaga López, constituyen Fairfield Treinta Cero Tres S. A. Capital cien mil colones. Plazo 99 años. Domicilio en San José Presidenta: Maritza Chavarría Chavarría.—Lic. Francisco Javier Vargas Solano, Notario.—1 vez.—Nº 43034.—(77678).

Por escrituras otorgadas ante esta notaría en el día de hoy, se constituyen las sociedades Pradera del Diamante Azul, Pradera Diamante BCF y Pradera Cielo Azul GHJ todas Sociedades Anónimas. Domiciliadas en Santo Domingo de Heredia. Capital social: diez mil colones. Presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, tres de setiembre de dos mil siete.—Lic. Mary Ann Drake Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 43035.—(77679).

Por escritura autorizada por mí, a las 15:30 horas del 31 de agosto del 2007, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Verde Ventura de Montezuma S. A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta de la escritura constitutiva.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Danilo Chaverri Soto, Notario.—1 vez.—Nº 43038.—(77680).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 10:00 horas del 4 de setiembre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Osa Escondida S. A., en virtud de la cual se reformó la cláusula octava del pacto social.—San Juan de Tibás, 4 de setiembre del 2007.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 43040.—(77681).

Por escritura ciento setenta y uno-dos, de las dieciocho horas del diecisiete de agosto del dos mil siete, otorgada ante mi notaría Otoniel Cambronero Alvarado, María Alfaro Venegas, Gerardo, Ana y Kattia todos Cambronero Alfaro, constituyen sociedad anónima cuya denominación social será únicamente su número de cédula jurídica según decreto tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, a las ocho horas del veintiuno de agosto del dos mil siete.—Lic. Giselle Arroyo Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 43043.—(77682).

Por escritura ciento ochenta y tres-dos, de las dieciséis horas del treinta y uno de agosto del dos mil siete, otorgada ante mi notaría Mario Arroyo Rojas, Soledad Herrera Arroyo y Marta Herrera Arroyo, constituyen sociedad anónima cuya denominación social será únicamente su número de cédula jurídica según decreto tres tres uno siete uno - J.—Alajuela, a las ocho horas del tres de setiembre del dos mil siete.—Lic. Giselle Arroyo Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 43044.—(77683).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del cuatro de setiembre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad de San Ramón de Alajuela, denominada Coeli B.B. & C. Sociedad Anónima y se nombró junta directiva.—Lic. Lilliana Fernández Urpí, Notaria.—1 vez.—Nº 43046.—(77684).

En San José ante los notarios públicos Luis Fernando Castro Gómez y Héctor Ml. Fallas Vargas, al ser las quince horas del tres de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Hostelería Barrio Antiguo Limitada. Capital social veinte mil colones, plazo social noventa y nueve años a partir de la constitución, gerente William (nombre) Graham III (apellido).—San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Héctor Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 43045.—(77685).

Ante esta notaría, mediante la escritura número doce, se constituye la sociedad que en cuanto a la razón social se ha solicitado al Registro de Personas Jurídicas sea consignada de oficio, de conformidad con lo establecido en el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en La Gaceta ciento catorce del primero de junio del dos mil seis, representada judicial y extrajudicialmente por su presidente y secretaria, José Manuel Salazar Jiménez y Flora Calderón Salazar, respectivamente.—San José, cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Maribell Chavarría González, Notaria.—1 vez.—Nº 43047.—(77686).

Por escritura número setenta y tres otorgada ante mi notaría, a las dieciséis horas del treinta y uno de agosto del dos mil siete, se aumentó el capital social y se modificó la cláusula quinta del acta constitutiva de la sociedad  denominada Tarimas y Embalajes de Maderas Certificadas S. A.—San José, 31 de agosto del 2007.—Lic. Manuel Figueroa Loaiza, Notario.—1 vez.—Nº 43048.—(77687).

En San José ante los notarios públicos Gioconda Barquero Gardela y Héctor Ml. Fallas Vargas, al ser las quince horas del tres de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima Phentax Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones, plazo social setenta años a partir de la constitución, presidente William (nombre) Graham III (apellido).—San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Héctor Ml. Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 43049.—(77688).

Mediante escritura otorgada a las dieciséis horas cuarenta minutos del día treinta y uno de agosto del año dos mil siete, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la empresa Servicios Profesionales Capal S. A., cédula 3-101-483565, mediante la cual se transforma y se modifica el artículo sexto del estatuto social de la compañía y se nombra nuevo presidente en la junta directiva.—San José, treinta y uno de agosto del año dos mil siete.—Lic. Fernando Solís Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 43050.—(77689).

Ante mi notaría a las once horas del cinco de setiembre del dos mil siete procedí a protocolizar, acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima Ánfora de Turquesas R. V. cédula jurídica número tres-ciento uno-cuarenta y siete setenta y nueve veintinueve, con cambio de junta directiva. Es todo.—San José, a las once horas y quince minutos del cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Zulay Estrada Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 43051.—(77690).

Por escritura ante mí, a las diecisiete horas del treinta de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Villa Uno Seis Tres Ortiz Uno Cuatro Nueve A.W.G.E S. A, Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Heredia. Santa Cecilia, Urbanización Vista Nosara: íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial: Presidente: Allan Wilfrido Villalobos Villalobos.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Rodrigo Chavarría Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 43052.—(77691).

Por escritura otorgada ante mí se constituyó la sociedad Rice Villa Papagayo CR Limitada. El plazo social es de cien años, el capital social es la suma de diez mil colones representado por diez cuotas nominativas de mil colones cada una y la representación judicial y extrajudicial corresponde a ambos gerentes. Es todo.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Rodrigo Maffioli Marquez, Notario.—1 vez.—Nº 43053.—(77692).

Protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Columbus Heights Number Fifty Nine Parinagua Limitada, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula sétima: de la administración y se hacen nuevos nombramientos de gerente Gary Slauson. Escritura otorgada ante el notario Alejandro Pignataro Madrigal, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de mayo del año dos mil siete.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 43054.—(77693).

La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada a las once horas del día cuatro de setiembre del año dos mil siete, en San José, ante mí, se constituyó la sociedad con domicilio en Alajuela, denominada Reconstructora Total Retosa S. A. Plazo: noventa y nueve años a partir del cuatro de setiembre del dos mil siete. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Virgilio Alberto Sánchez Segura.—San José, once horas del cuatro de setiembre del año dos mil siete.—Lic. Nikole Amerling Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 43055.—(77694).

En esta notaría se constituyó la sociedad interior Desing Alexandra Gutiérrez Sociedad Anónima, siendo su objeto el comercio en general, plazo social cien años y sus representantes legales María Alexandra Gutiérrez Ojeda y Ligia Ojeda Loaiza ambas con facultades de apoderadas generalísimas sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, catorce de agosto del dos mil siete.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—Nº 43057.—(77695).

Mediante escritura de las dieciséis horas y cuarenta minutos del nueve de agosto del dos mil siete, Mauricio Quirós León y Lobsang León Rodríguez, constituyen la sociedad Mercadeo de Solidaridad S. A. Presidente el segundo. Plazo social noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Objeto principal el ejercicio del comercio, la industria, la agricultura y la ganadería en general, etc.—Calle Blancos de Goicoechea, agosto trece del dos mil siete.—Lic. María Lucrecia Loaiza Chinchilla, Notaria.—1 vez.—Nº 43058.—(77696).

Por escritura de las 10:00 horas del 13 de agosto del 2007, otorgada ante esta notaría pública, se constituyó la sociedad Magovi S. A. Plazo: 99 años a partir del 13 de agosto del 2007. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social ¢10.000,00. Domicilio: San José.—San José, 20 de agosto del 2007.—Lic. Maureen Meneses Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 43059.—(77697).

Ante la notaría de la licenciada Margarita Salas Araya, con oficina en Cartago, se ha presentado la protocolización del aumento de capital a doce millones de colones de la sociedad Aseguradora Metropolitana Sociedad Anónima, domiciliada en Moravia, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y tres mil ciento sesenta, representada por Katthya Gabriela Camacho Barrantes, en condición de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Es todo.—Cartago, a las catorce horas del veintiocho de agosto del año dos mil siete.—Lic. Margarita Salas Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 43060.—(77698).

Mediante escritura autorizada por mí, a las a las nueve horas del veinte de agosto de dos mil siete, se constituyó DJM Development Sociedad Anónima.—San José, cuatro de setiembre de dos mil siete.—Lic. Carlos Manuel Valverde Retana, Notario.—1 vez.—Nº 43061.—(77699).

Mediante escritura número ciento sesenta y tres otorgada ante mí hoy se constituyó la sociedad Sueño Hecho Realidad Sociedad Anónima, domicilio en Rohrmoser, plazo 99 años, objeto genérico, capital social cien mil colones, representación le corresponde al presidente, secretario y tesorero. Presidenta Elizabeth Camacho Hernández, secretario José Daniel Duarte Camacho, tesorero: Mari Paz Duarte Camacho.—San José, 31 de agosto del 2007.—Lic. Francisco Conejo Vindas, Notario.—1 vez.—Nº 43062.—(77700).

Por escritura otorgada ame mí, en la ciudad de San José, a las 17:00 horas del 4 de setiembre de 2007, se constituyó la sociedad denominada Bodegas GM Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Objeto: comercio en general. Domicilio: provincia de Alajuela. Representada por el presidente y secretario de la junta directiva.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Óscar Rodríguez Cascante, Notario.—1 vez.—Nº 43063.—(77701).

Ante esta notaría, a las doce horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del año dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad de plaza Marina del Coco Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó modificar y transformar la compañía Marina del Coco Sociedad Anónima en una Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Ingrid Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—Nº 43064.—(77702).

A las a las nueve horas del cinco de setiembre del dos mil siete ante esta Notaría, se constituyó la sociedad Corporación Hadas Aharoni DVIR Sociedad Anónima, domiciliada en San José, capital suscrito y pagado, presidente: Hadas Aharoni DVIR Sociedad Anónima con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—Lic. María Helena Fonseca Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 43067.—(77703).

Mediante escritura autorizada hoy a las quince horas, comparecen Anielka del Socorro y Frecia Beatriz, ambas Salgado Meléndez, constituyen Ricasurf Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Ricasurf S. A. Domiciliada en San José, avenida diez bis número dos mil trescientos setenta y cinco, con un capital de treinta mil colones, con acciones comunes y nominativas de mil colones y con un plazo de noventa y nueve años.—San José, cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Rogelio Fernández Moreno, Notario.—1 vez.—Nº 43068.—(77704).

Por escritura Nº 120 de las 16:00 horas del día 3 de setiembre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Cañada Seca Sociedad Anónima, donde se reforma pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 43069.—(77705).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 4 de setiembre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Med Support CR Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-400437, modificándose la cláusula novena de la administración, y modificándose e incluyéndose puestos de junta directiva.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Mauricio José Molina Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 43070.—(77706).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 5 de setiembre de 2007, se constituyó la sociedad Diamante Escondido S. A., nombrándose agente residente, Fondo de Reserva Legal, junta directiva y capital social, domiciliada en San José, barrio Naciones Unidas, de la esquina este del Colegio Seminario, 125 metros sur.—San José, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Wiliam Muñoz Bravo, Notario.—1 vez.—Nº 43071.—(77707).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 5 de setiembre de 2007, se constituyó la sociedad White Grit Bay S. A., nombrándose agente residente, Fondo de Reserva Legal, junta directiva y capital social, domiciliada en San José, barrio Naciones Unidas, de la esquina este del Colegio Seminario, ciento veinticinco metros sur.—San José, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Wiliam Muñoz Bravo, Notario.—1 vez.—Nº 43072.—(77708).

Por escritura otorgada las catorce horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos mil siete ante esta notaría, se constituyo la sociedad de esta plaza denominada F C R Engineering Group Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Rebeca Zaparolli Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 43074.—(77709).

Por escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del día veintisiete de agosto del dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria y se acuerda modificar la junta directiva, la cláusula octava y la cláusula tercera de la firma denominada Shetaj Catorce Sociedad Anónima. Ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, a las ocho horas y treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 43075.—(77710).

Por escritura otorgada en San José, a las once horas del día diecisiete de agosto del dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria y se acuerda modificar la junta directiva y la cláusula tercera de la firma denominada Pacific BG-Sons Uno Sociedad Anónima. Ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, a las ocho horas del cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 43076.—(77711).

Por escritura otorgada en San José, a las diez horas del día diecisiete de agosto del dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria y se acuerda modificar la junta directiva y la cláusula tercera de la firma denominada Lulav Cuatro Sociedad Anónima. Ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, a las ocho horas y quince minutos del cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 43077.—(77712).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José a las doce horas del treinta de agosto del dos mil siete, se procedió a constituir la sociedad anónima denominada Green Vision Properties Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Zapote de las torres de Radio Columbia doscientos metros al sur y setenta y cinco metros al este, edifico Don Erasmo. Es todo.—San José, cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Carlos Armando Briceño Obando, Notario.—1 vez.—Nº 43078.—(77713).

Marta Isabel Murillo Chaves y Armando Carlos Ozerio Camandona constituyen la sociedad Inversiones Isamar de Escazu S. A., escritura número ciento sesenta y nueve, otorgada a las dieciocho horas del día seis de junio del dos mil siete, en Escazú, San José, ante el notario público Daniel Ángel Fernández Zamora.—4 de setiembre del 2007.—Lic. Daniel Ángel Fernández Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 43080.—(77714).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad Inversiones ISJSS Siete de Julio del Setenta y Siete Sociedad Anónima, capital social debidamente suscrito y pagado por los socios, la representación de dicha sociedad, será por medio de su representante José Miguel Campos Echeverría en su condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo actuar solo. El plazo social es de noventa y nueve años.—San José, once horas del 4 de setiembre del 2007.—Lic. Víctor Hugo Maffioli Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 43081.—(77715).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad Jaicri Inversiones Sociedad Anónima, capital social debidamente suscrito y pagado por los socios, la representación de dicha sociedad, será por medio de su representante María Cristina Herrera Ulloa y Jaime José Herrera Ulloa en su condición de presidente y secretario respectivamente, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar solo conjuntamente. El plazo social es de noventa y nueve años.—San José, once horas del 4 de setiembre del 2007.—Lic. Víctor Hugo Maffioli Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 43082.—(77716).

A las 17:00 horas del día 4 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad denominada Sienna Tostado Limitada; domicilio social: Sabana Sur, distrito ocho Mata Redonda del cantón primero San José, de la Iglesia Perpetuo Socorro cien metros este, cincuenta sur, cincuenta oeste y ciento veinticinco suroeste; capital social: Íntegramente suscrito y pagado; plazo social: 99 años contados a partir de la fecha de constitución. El gerente y subgerente son apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Allan Guerrero Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 43083.—(77717).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del siete de agosto del dos mil siete, se constituye la sociedad denominada Servicios de Seguridad Privado Profesional S. A., abreviado como Servippro S. A. Domicilio: en la ciudad de Limón. Plazo 99 años. Objeto: comercio. Presidente: Gustavo José Hooker Sancho y secretaria: Marina del Socorro Hooker Sancho, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—4 de setiembre del 2007.—Lic. Sonia María Conejo Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 43086.—(77718).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 5 de setiembre del 2007, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de Neiva Net del Sur Sociedad Anónima, nombramiento de miembros de la junta directiva, y cambios en la administración; de la administracione todo.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Gerardo Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 43090.—(77719).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:55 horas del 31 de agosto del 2007, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada V Ola K.G.D. S. A. Capital social totalmente suscrito y pagado. Plazo: cien años. Domicilio: Huacas, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto: Comercio en general.—Guanacaste, 31 de agosto del 2007.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 43091.—(77720).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:35 horas del 31 de agosto del 2007, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada III Ola S.R.O. S. A. Capital social totalmente suscrito y pagado. Plazo: cien años. Domicilio: Huacas, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto: Comercio en general.—Guanacaste, 31 de agosto del 2007.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 43092.—(77721).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:30 horas del 31 de agosto del 2007, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada II Ola T.M.T. S. A. Capital social totalmente suscrito y pagado. Plazo: cien años. Domicilio: Huacas, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto: Comercio en general. Guanacaste, 31 de agosto del 2007.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 43093.—(77722).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:30 horas del 30 de agosto del 2007, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Gypsum Pro Services S. A. Capital social totalmente suscrito y pagado. Plazo: cien años. Domicilio: Huacas, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto: Comercio en general.—Guanacaste, 31 de agosto del 2007.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 43094.—(77723).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:40 horas del 31 de agosto del 2007, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada IV Ola A.M.P. S. A. Capital social totalmente suscrito y pagado. Plazo: cien años. Domicilio: Huacas, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto: Comercio en general.—Guanacaste, 31 de agosto del 2007.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 43095.—(77724).

Ante esta notaría, mediante escritura pública número ciento dos, otorgada en la ciudad de Santa Cruz, Guanacaste, ciento setenta y cinco metros al sur del Edificio Municipal; a las dieciséis horas treinta minutos del día cuatro de setiembre del dos mil siete, se protocolizó acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Melina Forrest Development Sociedad Anónima, mediante la cual se nombró nueva junta directiva y órgano fiscal.—Santa Cruz, Guanacaste, cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Alicia Esquivel Carranza, Notaria.—1 vez.—Nº 43096.—(77725).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:30 horas del 27 de agosto de 2007 se constituyó la sociedad Grupo Fidala Comercial Sociedad Anónima, presidente: Luis Alberto Fernández Herrera.—Barva, 4 de setiembre de 2007.—Lic. Guillermo Montero Solera, Notario.—1 vez.—Nº 43102.—(77726).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario público a las diez horas del treinta de julio del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Chocolates Artesanales de Costa Rica Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Domicilio: Heredia, cantón central, distrito Ulloa, de la escuela, cien metros este, cincuenta metros sur, y setenta y cinco metros oeste, casa M-veinte. Capital social suscrito y pago. Presidente y tesorero apoderados generalísimos.—San José, ocho horas cinco minutos del cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Álvaro Monge Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 43103.—(77727).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inmobiliaria Benjamín y Esperanza (Monteverde) S. A. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Puntarenas, 31 de julio del 2007.—Lic. José Alberto Brenes León, Notario.—1 vez.—Nº 43107.—(77728).

Ante esta notaría, a las 10:00 horas del 5 de setiembre del dos mil siete; escritura número 58-16 visible al folio 80 vuelto, del tomo 16 del protocolo del suscrito notario, se constituyó la sociedad anónima denominada Soluciones Cos Pa Sociedad Anónima. Presidente y secretario: representante judicial y extrajudicial.—San José, 5 de setiembre del dos mil siete.—Lic. Julio Renato Jiménez Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 43108.—(77729).

Ante esta notaría, a las 11:00 horas del 5 de setiembre del dos mil siete; escritura número 59-16 visible al folio 82 frente, del tomo 16 del protocolo del suscrito notario, se constituyeron cinco sociedades anónimas. Se hace constar que la denominación social de las empresas que se constituyeron, se hizo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de este Decreto Nº 33171, del 29 de mayo del 2006. presidente y secretario: representantes judiciales y extrajudiciales.—San José, 5 de setiembre del dos mil siete.—Lic. Julio Renato Jiménez Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 43109.—(77730).

El día de hoy, a las diez y doce horas respectivamente, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de las empresas Grupo de Inversiones Insesa G.I.S.I. Sociedad Anónima y Corporación de Gimnasios Unidos C G U Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula décima primera del pacto social.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. María del Milagro Chaves Desanti, Notario.—1 vez.—Nº 43110.—(77731).

Por escritura otorgada ante mí hoy a las 13:00 horas, se constituye la sociedad Apllebee Sociedad Anónima, nombre de fantasía, pudiendo abreviarse Apllebee S. A. Domicilio: San José. Objeto: el comercio en general, la ganadería, representación de casas extranjeras. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 31 de agosto del 2007.—Lic. Jorge Mario Marín Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 43111.—(77732).

Por escritura número ciento treinta y cuatro otorgada en San José, a las veinte horas del día veintitrés de agosto del dos mil siete ante la notaria pública Silvina Marcela Braña Arrieta, se constituyó la sociedad denominada Clínica Dental Lucimar S. A.—San José, veintitrés de agosto del dos mil siete.—Lic. Silvina Marcela Braña Arrieta, Notaria.—1 vez.—Nº 43112.—(77733).

Por escritura número cuarenta y seis, otorgada a las 10:00 horas del 26 febrero del 2007, visible al folio 41 frente del tomo tercero del protocolo de la notaria pública Silvina Marcela Braña Arrieta, se protocolizó el acta número tres de asamblea general extraordinaria de Accionistas de la sociedad Condominio Mediterráneo Número Nueve Salamanca Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-157216, en la que se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo, y se nombró nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—Alajuela, 26 de febrero del 2007.—Lic. Silvina Marcela Braña Arrieta, Notaria.—1 vez.—Nº 43113.—(77734).

Mediante escritura otorgada en mi notaría a las 11:00 horas del 24 de agosto de 2007, fue constituida Cero Siete Arquitectura S. A. Capital social: 50.000,00 colones.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Armando Ayala Wolter, Notario.—1 vez.—Nº 43114.—(77735).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las dieciocho horas del veintiocho de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Aljugasoke Sociedad Anónima, con un capital social de ciento cincuenta mil colones, moneda del curso legal de Costa Rica, totalmente suscrito y pagado. Distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—Nº 43115.—(77736).

Por escritura otorgada a las quince horas del cuatro de setiembre de dos mil siete, en esta notaría, se constituyó la compañía domiciliada en San José, Colima de Tibás, del Supermercado Palí, cincuenta metros al norte y veinte metros al oeste, denominada Grupo Corporativo S.T.N.S, Sociedad Anónima. Plazo social: de noventa y nueve años y el capital social: íntegramente suscrito y pagado. La compañía será administrada por una junta directiva integrada por presidente, secretario, tesorero y fiscal, cuyo presidente y secretario tienen las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, de conformidad a lo dispuesto en el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—San José, cuatro de setiembre de dos mil siete.—Lic. Rolando de los Ángeles Araya Vindas, Notario.—1 vez.—Nº 43119.—(77737).

Por escritura otorgada ante mi notaría al ser las ocho horas del día treinta y uno de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Constructora Dace de Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Cristian Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 43121.—(77738).

Por escritura otorgada ante mi notaría al ser las ocho horas del día treinta y uno de agosto del dos mil siete, constituyo la sociedad de esta plaza denominada S & S Travel Agency Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Cristian Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 43122.—(77739).

Se hace del conocimiento público que mediante escritura 82-54, otorgada en mi notaría en esta ciudad, a las 9:00 horas del 1º de setiembre en curso, se constituyó la entidad Inversiones Jararoja de los Cotos Sociedad Anónima, con domicilio en esta ciudad, designándose como su presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma a José Francisco Jara Rojas y como regente al suscrito notario.—Ciudad Neily, 1º de setiembre del 2007.—Lic. Francisco Chinchilla Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 43125.—(77740).

Escritura número 2-242 otorgada a las 14:00 horas del 24 de agosto del 2007 ante la suscrita notaría, se constituye J & J Home Builders Sociedad Anónima, capital social diez mil colones íntegramente suscrito y pagado, plazo social noventa y nueve años y domicilio social San José, Escazú, Guachipelín, del Plantel Pavicen, cuatrocientos sur. Condominios Monte Real de Castillas número cuatro, pero podrá tener sucursales o agencias en el resto del territorio nacional.—Santo Dominga de Heredia, veinticuatro de agosto del dos mil siete.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 43126.—(77741).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 4 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad Construpages.Com S. A.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 43129.—(77742).

Ante mi notaría, el 30 de agosto del 2007, se constituyó Servicios Automotrices Jota Jota S. A.—San José, 5 de setiembre de 2007.—Lic. Germán Obando Mena, Notario.—1 vez.—Nº 43136.—(77743).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del cuatro de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza Central American Development Group Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—San Ramón, cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Víctor Gamboa Campos, Notario.—1 vez.—Nº 43137.—(77744).

En asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Asesoría y Gestión Godplace Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres guión ciento uno guión cuatrocientos cincuenta y siete mil seiscientos doce, con domicilio social en Curridabat de la Pops veinticinco metros al este, edificio café con blanco, segunda planta que se llevó a cabo el treinta de marzo del dos mil siete, en Curridabat del Indoor Club doscientos metros al sur y cien metros al oeste, casa número doscientos cincuenta y dos. Se reforma el pacto social en las cláusulas: novena y decimotercera.—San José, 5 de setiembre de 2005.—Lic. Víctor Manuel Lobo Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 43138.—(77745).

Ante esta notaría, por escritura número 65-1, se constituyó la sociedad denominada Jacana Rey de Osa S. A., con domicilio en Puerto Escondido de La Palma, Jiménez, Golfíto. Capital Social: ¢.9.000,00. Plazo: 99 años, presidenta: Rosibel Aguirre Quintero. Notarios: Lic. Miguel Ángel Díaz Quesada y William Ramírez Ramírez.—San José, 8 de agosto del 2007.—Lic. William Ramírez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 43139.—(77746).

El día de hoy ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Ochenta y Seis Mil Ochocientos Nueve S. A., en la que se nombra junta Directiva y se modificó el domicilio y la razón social. Notarios: Lic. Javier Clausen Gutiérrez y Manfred Clausen Gutiérrez.—San José, cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. William Ramírez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 43140.—(77747).

Ante mi notaría, a las 9:00 horas del 4 de setiembre del 2007, se protocolizó el acta número uno de la sociedad anónima denominada: Derma Dos Mil S. A., en la que se reformó la cláusula 9 del pacto social. San José, 5 de setiembre de 2007.—Lic. Farid Breedy G., Notario.—1 vez.—Nº 43141.—(77748).

La suscrita notaria Sara Vianney Castillo Salazar, da fe que mediante asamblea celebrada general extraordinaria de la sociedad Grupo Transax S. A., celebrada el veinticinco de julio del dos mil siete, se procede al nombramiento de nueve junta directiva, la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente y al secretario y cambio de domicilio social Escazú, Guachipelín, edificio El Patio.—San José, cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Sara Vianney Castillo Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 43146.—(77749).

Por escritura número sesenta y tres-cinco, otorgada ante esta notaría a las trece horas del quince de agosto del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Tres-Ciento Dos-Cuatrocientos Ochenta Y Tres Mil Novecientos Trece Limitada, titular de la cédula jurídica antes indicada, mediante la cual se reformó la cláusula primera, se nombró nuevo gerente.—San José, cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 43148.—(77750).

Por escritura número setenta y tres-cinco, otorgada ante esta notaría a las quince horas del tres de setiembre del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Corporación Pérez y Fiatt Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-setenta y cuatro mil quinientos dos, mediante la cual se adicionó la cláusula primera bis y se reformó la cláusula quinta, se nombró un vicepresidente y nuevos presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, tres de setiembre del dos mil siete.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 43149.—(77751).

Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría, de las quince horas del tres de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Ahfewi Sol Sociedad Anónima, con domicilio en San José, teniendo el presidente, vicepresidente, secretario, y tesorero facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Nancy Vieto Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 43150.—(77752).

Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas se constituyó la sociedad anónima denominada Dellio Sociedad Anónima, a las dieciséis horas del tres de setiembre del dos mil siete. Presidente y tesorera con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, tres de setiembre del dos mil siete.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 43151.—(77753).

En escritura Nº 4-109, otorgada a las 15 horas del 4 de setiembre de 2007, tomo cuatro del protocolo de esta notaria, se modifica la cláusula sexta y la junta directiva de la sociedad Inmobiliaria Laikecl del Sur S. A., cédula jurídica Nº 3-101-341778.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Alejandra Echeverría Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 43153.—(77754).

Por medio de escritura otorgada en San José, a las 16:50 horas del 30 de agosto del 2007, ante el notario Óscar Mata Muñoz se constituyó la sociedad Terra Di Torino Limitada. Plazo: 99 años. Domicilio: San José. Capital social: ¢ 10.000,00. Gerentes: Carlo Beltramo y Fabricio Guglielmino.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 43154.—(77755).

Ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de Compañía Ganadera Guápiles S. A. Se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo y se integra nueva junta directiva.—San José, 1º de setiembre del 2007.—Lic. Orlando José Díaz Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 43155.—(77756).

Ante mi notaría en San José a las siete horas del día cuatro de setiembre    del dos mil siete, se cambia junta directiva de sociedad denominada Auto Repuestos Emsa E. M. Sociedad Anónima S. A., cambio de junta de sociedad y el presidente Róger Montero Robles. Capital suscrito y pagado.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—Nº 43156.—(77757).

El suscrito notario hago constar que en esta notaría a las once horas del día primero de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inversiones W & G de la Montaña Corrales-Díaz Del Sur Sociedad Anónima, domiciliada en San Rafael de San Pedro de Pérez Zeledón de San José, mil quinientos metros al sur de la escuela, con un capital social, totalmente suscrito y pagado.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, doce horas del día dos de setiembre del dos mil siete.—Lic. Roger Valverde Sancho, Notario.—1 vez.—Nº 43159.—(77758).

Ante esta notaría a las doce horas del veinticinco de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad Corrales Family State Coffee Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 43160.—(77759).

Mediante escritura pública número ciento sesenta y dos otorgada en Grecia a las catorce horas del primero de setiembre del dos mil siete, se constituyó la compañía denominada Inversiones Luisyana & N.E.D. Sociedad Anónima. Presidente y tesorera con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años.—Grecia, 1º de setiembre del 2007.—Lic. Enrique Alonso Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 43162.—(77760).

El suscrito notario hago constar que en esta notaría a las once horas del día primero de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Electro N C M del Sur Sociedad Anónima, domiciliada en Barrio Sagrado Corazón de Jesús de Daniel Flores de Pérez Zeledón de San José, ciento cincuenta metros norte de Radio Sinaí, con un capital social, totalmente suscrito y pagado.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, doce horas del día tres de setiembre del dos mil siete.—Lic. Roger Valverde Sancho, Notario.—1 vez.—Nº 43163.—(77761).

El suscrito notario hago constar que en esta notaría a las diez horas del catorce de mayo del dos mil siete, se constituyó la empresa Grupo de Inversiones La Fuentes de Menocal Azul Sociedad Anónima, domiciliada en San Isidro de El General, cantón Pérez Zeledón, San José, exactamente altos del edificio Romero, oficina número cuatro, con capital social de diez mil colones, totalmente suscrito y pagado.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, a las doce horas treinta minutos del cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Eliécer Cascante Arias, Notario.—1 vez.—Nº 43164.—(77762).

Por escritura otorgada en mi notaría el día de hoy se constituyó la sociedad de este domicilio Consulting Analytics Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado, presidente el socio Axel Oliver Puhlmann.—Paso Canoas, cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Ginette Miranda Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 43166.—(77763).

Mediante escritura número setenta y ocho ante mí, otorgada a las ocho horas del dos de setiembre del dos mil siete, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de El Mundo de las Llantas S. A.—Lic. Eduardo García Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 43165.—(77764).

Por este medio, hago constar que al ser las diecinueve horas del cuatro de setiembre de dos mil siete, se constituye la sociedad Telecom Logisttcs de Costa Rica S. A., mediante escritura pública número ciento treinta y nueve, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro, visible folio ciento veintidós frente del tomo octavo de su protocolo. Se nombra como presidente al señor Jorge Hernández Carrillo.—4 de setiembre del 2007.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 43168.—(77765).

Por este medio, hago constar que al ser las diecinueve horas con quince minutos del cuatro de setiembre de dos mil siete, se constituye se protocoliza acta de asamblea de la sociedad Playa Azul Once OVP Lila S. A., mediante escritura pública número ciento cuarenta, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro, visible folio ciento veintitrés vuelto del tomo octavo de su protocolo. Se nombra como presidente al señor Niel B. Atkinson Jr.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 43169.—(77766).

Ante esta notaría bajo escritura número trescientos setenta y cinco del tomo doce, de las dieciocho del veintinueve de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Importadora Taulabe de Grecia Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Humberto Varela Dermith.—Lic. Mario Morales Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 43171.—(77767).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del veintiuno de agosto del dos mil siete, se constituye la sociedad Quesada Family Corporation Sociedad Anónima, capital social: sesenta mil colones, presidenta: Yamileth Acosta Briceño.—Lic. Johnny Ramírez Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 43172.—(77768).

Por escritura otorgada a las dieciocho horas del dieciséis de agosto del dos mil siete, se constituyó la Fundación Ministerio Fe. Domicilio: Pavas, de la Embajada Americana, un kilómetro y medio al oeste y trescientos sur. Plazo social: perpetuo. Patrimonio: cien mil colones, depositados en los miembros directores de la Fundación, presidente con facultades de apoderado general sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—San José, treinta y uno de agosto del dos mil siete.—Lic. Rebeca Linox Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 43174.—(77769).

Asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Familia de Sociedades Angulo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres ciento uno cuatro ocho ocho uno seis cuatro, celebrada al ser las ocho horas de cuatro de agosto del año dos mil siete en el domicilio social se modificó la cláusula tercera del pacto constitutivo de la sociedad, en cuanto al objeto de la misma. Es todo.—San José, al ser las catorce horas del día cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Jhonny Martín González Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 43176.—(77770).

Ante esta notaría, mediante escritura número cuarenta y dos otorgada a las 20:00 horas del 4 de agosto del 2007, se constituyó la sociedad denominada Negocios y Tecnologías Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Domicilio social: Zapote, San José. Capital: diez mil colones. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Kenneth Rodríguez Sánchez.—Lic. Elizabeth Chaves Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 43177.—(77771).

Por escritura otorgada ante esta notaría se constituyó la sociedad Grupo Comercial Tucán de Cariari Sociedad Anónima.—San José, 4 de setiembre del dos mil siete.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 43179.—(77772).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del día miércoles 5 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad denominada Cartman Ltda. Capital social: enteramente suscrito y pagado. Representación: un gerente general. Domicilio: Sabana Sur, San José.—San José, miércoles cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Álvaro Moya Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 43180.—(77773).

El suscrito notario hago constar que mediante escritura otorgada ante mí a las once horas del día de hoy, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Upward Ventures LLC Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, capital social: diez mil colones. Objeto: ejercicio amplio del comercio en general, agricultura, ganadería, e industria, podrá comprar, vender, hipotecar, pignorar y realizar cualquier tipo de negocios lícitos, utilizar cuentas corrientes y de ahorros, abrir cuentas de cualquier tipo en el sistema bancario nacional o internacional, así como solicitar la emisión de chequeras y autorizar a terceras personas para que puedan actuar en esas cuentas. Igualmente podrá otorgar toda clase de poderes a terceras personas. Domicilio: Turrialba Centro, contiguo, al Banco Crédito Agrícola de Cartago. Representante Legal: Tamia Spradley como gerente. Es conforme.—Turrialba, 1º de setiembre del 2007.—Lic. Ovidio Pacheco Castro, Notario.—1 vez.—Nº 43181.—(77774).

El suscrito notario hago constar que mediante escritura otorgada ante mí a las diez horas del día de hoy, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Tamia e Ian de Costa Rica Limitada, capital social: diez mil colones netos. Objeto: ejercicio amplio del comercio en general agricultura, ganadería, prestación de servicios, y la industria en todas sus ramas, pudiendo al efecto pignorar, hipotecar, vender, comprar, arrendar, subarrendar, poseer, y disponer de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos reales y personales, conforme a sus necesidades, otorgar garantía de todo tipo y entrar en toda clase de contratos permitidos por ley, prestar servicios de profesionales, podrá formar parte de otras sociedades y fusionarse con ellas, comprar y vender acciones y representar casas nacionales y extranjeras, importar y exportar toda clase de mercaderías. El personero de la sociedad podrá obtener créditos a título personal y constituir en garante a esta entidad por los bienes que la sociedad posea, así como abrir cuentas de cualquier tipo en los Bancos del Sistema Bancario Nacional e internacional, emitir cheques y autorizar terceras personas para hacerlo, así como emitir cualquier tipo de poder a terceras personas o sociedades. Domicilio: Turrialba Centro, Contiguo al Banco Crédito Agrícola de Cartago. Representante legal: Tamia Spradley e Ian Hale, como gerentes. Es conforme.—Turrialba, 1º de setiembre del 2007.—Lic. Ovidio Pacheco Castro, Notario.—1 vez.—Nº 43182.—(77775).

El suscrito notario hago constar que mediante escritura otorgada ante mí a las doce horas del día de hoy, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Siempre Eco LLC Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, capital social: diez mil colones. Objeto: comercio en general, agricultura, ganadería, e industria, podrá comprar, vender, hipotecar, pignorar, y realizar cualquier tipo de negocios lícitos, utilizar cuentas corrientes y de ahorros, abrir cuentas de cualquier tipo en el Sistema Bancario Nacional o internacional, así como solicitar la emisión de chequeras y autorizar a terceras personas para que puedan actuar en esas cuentas. Igualmente podrá otorgar toda clase de poderes a terceras personas. Domicilio: Turrialba centro, contiguo al Banco Crédito Agrícola de Cartago. Representante legal: Tamia Spradley, como gerente. Es conforme.—Turrialba, 1º de setiembre del 2007.—Lic. Ovidio Pacheco Castro, Notario.—1 vez.—Nº 43183.—(77776).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Progreso Desarrollo Empresarial PRODESA Sociedad Anónima. Escritura otorgada en la ciudad de San José a las dieciséis horas del veintisiete de agosto del año dos mil siete ante la notaria pública Ivonne Patricia Redondo Vega.—San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Ivonne Patricia Redondo Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 43185.—(77777).

Por escritura 146-1 otorgada a las 11:00 horas del 31 de agosto del 2007 se modifica la cláusula segunda: del domicilio de Rentas Nela Sociedad Anónima.—San José, 31 de agosto del 2007.—Lic. Paula Marcela Medrano Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 42946.—(77778).

En escritura autorizada por el suscrito notario a las catorce horas de hoy, se constituyó sociedad anónima cuya razón social será el número de cédula jurídica; domicilio: cantón Montes de Oca, distrito Mercedes, provincia de San José; plazo social: cien años; capital: suscrito y pagado; Representación legal: Presidente y Vicepresidente.—San José, cuatro de setiembre de dos mil siete.—Lic. Joaquín Valverde Berrocal, Notario.—1 vez.—(77910).

Por escritura otorgada ante el notario José Alberto Cabezas Dávila se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Hanton & Williams Sociedad Anónima, se reforma la cláusula número uno y cambiando su razón social a Vesevica Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 6 de setiembre del 2007.—Lic. José Alberto Cabezas Dávila, Notario.—1 vez.—(77912).

Ante esta notaría, María Auxiliadora Herrera Venegas y Carmen Venegas Venegas constituyen Grupo H Diseño y Publicidad Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Alajuela, a las diez horas del día seis de setiembre del año dos mil siete.—Lic. Selma Alarcón Fonseca, Notaria.—1 vez.—(77914).

Por medio de la escritura número cinco del tomo segundo de mi protocolo, otorgada en mi notaría en San José, a las diez horas del treinta de agosto de dos mil siete, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Tres-Ciento Dos-Cuatrocientos Setenta y un Mil Quinientos Cincuenta Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y un mil quinientos cincuenta, en donde se acordó modificar la cláusula primera del pacto social con el fin de que la sociedad pase a denominarse Eco Química Costarricense Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, treinta y uno de agosto de dos mil siete.—Lic. Adrián Alberto Quesada Arias, Notario.—1 vez.—(77919).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del 5 de setiembre del 2007, se procedió al nombramiento de nueva junta directiva de la sociedad Tropical Beauty M.H.S. Doce M S. A., cédula jurídica 3-101-433956, domiciliada en Grecia.—5 de setiembre del 2007.—Lic. Mayid Brenes Calderón, Notario.—1 vez.—(77920).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del 4 de setiembre del 2007, se procedió al nombramiento de nueva junta directiva de la sociedad Grupo Potemsky S. A., cédula jurídica 3-101-293105, domiciliada en Guadalupe.—Goicoechea, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Mayid Brenes Calderón, Notario.—1 vez.—(77921).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del cinco de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Canadanias de C.R. Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—San José, cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. María del Milagro Solórzano León, Notaria.—1 vez.—(77922).

Por escritura autorizada por esta notaría a las quince horas treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil siete, se protocolizó el acta número tres de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de L.L.L.P. Casa Pequeña Limitada, mediante la cual se reformó la cláusula segunda correspondiente al domicilio social.—Guanacaste, veintinueve de agosto del dos mil siete.—Lic. Andrea González Rojas, Notaria.—1 vez.—(77927).

Por escritura autorizada por esta notaría, a las quince horas del veintinueve de agosto del dos mil siete, se protocolizó el acta número tres de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Villa Lobelia ML Sociedad Anónima, mediante la cual se reformó la cláusula segunda correspondiente al domicilio social.—Guanacaste, veintinueve de agosto del dos mil siete.—Lic. Andrea González Rojas, Notaria.—1 vez.—(77928).

Por escritura autorizada por esta notaria, a las dieciséis horas del veintinueve de agosto del dos mil siete, se protocolizó el acta número siete de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Tierra de Diamante Limitada, mediante la cual se reformó la cláusula segunda correspondiente al domicilio social.—Guanacaste, veintinueve de agosto del dos mil siete.—Lic. Andrea González Rojas, Notaria.—1 vez.—(77930).

Por escritura autorizada por esta notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil siete, se protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Diamante Properties Limitada, mediante la cual se reformó la cláusula segunda correspondiente al domicilio social.—Guanacaste, veintinueve de agosto del dos mil siete.—Lic. Andrea González Rojas, Notaria.—1 vez.—(77931).

Por escritura autorizada por esta notaría, a las diecisiete horas del veintinueve de agosto del dos mil siete, se protocolizó el acta número cuatro de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Desarrollo Tralb Limitada, mediante la cual se reformó la cláusula segunda correspondiente al domicilio social.—Guanacaste, veintinueve de agosto del dos mil siete.—Lic. Andrea González Rojas, Notaria.—1 vez.—(77932).

Por escritura autorizada por esta notaría, a las diecisiete horas treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil siete, se protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Transitional CR Holding Limitada, mediante la cual se reformó la cláusula segunda correspondiente al domicilio social.—Guanacaste, veintinueve de agosto del dos mil siete.—Lic. Andrea González Rojas, Notaria.—1 vez.—(77933).

Por escritura número ciento dos, otorgada en Alajuela, a las 18:00 horas del 4 de setiembre del dos mil siete, se constituyó El Thunder Azul S. A., domicilio en Alajuela centro, sesenta metros al norte de la Farmacia El Hospital, apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente, son el presidente y secretario.—Alajuela, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Johnny Hernández González, Notario.—1 vez.—(77934).

Por escritura número 103 de las 18:30 horas del 4 de setiembre del 2007, se modifican las cláusulas segunda, quinta y novena del pacto constitutivo de la empresa Arrahona S. A., en cuanto al domicilio, capital social y junta directiva.—Alajuela, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Johnny Hernández González, Notario.—1 vez.—(77935).

Por escritura número 104 de las 19 horas del 4 de setiembre del 2007, se modifican las cláusulas segunda, quinta y sétima del pacto constitutivo de la empresa Industrias Teboll S. A., en cuanto al domicilio, capital social y junta directiva.—Alajuela, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Johnny Hernández González, Notario.—1 vez.—(77936).

Por escritura número 105 de las 19:30 horas del 4 de setiembre del 2007, se modifican las cláusulas cuarta, del pacto constitutivo de la empresa Francisco Llobet e Hijos S. A., en cuanto al capital social.—Alajuela, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Johnny Hernández González, Notario.—1 vez.—(77937).

Por escritura número 106 de las 20 horas del 4 de setiembre del 2007, se modifican las cláusulas segunda, cuarta y sexta del pacto constitutivo de la empresa Negocios Rocabelta S. A., en cuanto al domicilio, capital social y junta directiva de la empresa.—Alajuela, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Johnny Hernández González, Notario.—1 vez.—(77938).

El suscrito hace constar que ante esta notaría se constituyeron las entidades Casita Realty Company S. A., y Flounder de los Matos S. A. Corresponderá al presidente y tesorera la representación legal como apoderados generalísimos. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Plazo social: 100 años.—Lic. Mauricio Vargas Salas, Notario.—1 vez.—(77944).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí se constituye la compañía After-Midnight Sociedad Anónima. Capital social: mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo. Domicilio social San José.—San José, cinco de setiembre de dos mil siete.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—(77949).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí se constituye la compañía Hardcore Racing Team Sociedad Anónima. Capital social: mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo. Domicilio social San José.—San José, cinco de setiembre de dos mil siete.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—(77950).

Por escritura otorgada a las 14:00 horas del día de hoy, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Jaco Tour Desk JSF, Sociedad Anónima. Joshua Scott Foster, presidente. Capital social: debidamente suscrito y pagado.—Puntarenas, Jacó, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notario.—1 vez.—(77970).

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy se constituyó Tajo Bijagual Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerentes apoderados generalísimos sin límite de suma señores Sergio Rojas Sánchez y Jenny Jenkins Zamora.—San José, 3 de setiembre del año 2007.—Lic. Óscar Eduardo Chinchilla Núñez, Notario.—1 vez.—(77971).

Amalia Bone Moya comunica que la sociedad Inversiones Win Yan Wu, procede a cambiar su domicilio social, teniendo como nuevo Desamparados de Alajuela de la iglesia quinientos metros oeste del Supermercado El Futuro.—Alajuela,  treinta de agosto del dos mil siete.—Lic. Amalia Bone Moya, Notaria.—1 vez.—(77972).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veinticuatro de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Consorcio Sanrafaeleño Ale. L. J Sociedad Anónima, cuya representación legal les corresponde a su presidente y secretario. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Lency Jhannory Salas Araya, Notaria.—1 vez.—(77982).

Mediante escritura número dieciséis, del tomo segundo del protocolo de la suscrita notaria en fecha veintiocho de agosto de los presentes, se constituye la Fundación Somos Seres Humanos. Presidente con facultades de apoderado general.—Lic. Jamileth Narváez Valverde, Notaria.—1 vez.—(77984)

Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Rony S.A., mediante los cuales, se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Max Doninelli Peralta, Notario.—1 vez.—(78052).

Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Epic Moment Limitada, mediante la cual se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo; se revoca el cargo de gerente y se hace nuevo nombramiento.—San José, treinta y uno de agosto del dos mil siete.—Lic. Farid José Ayales Bonilla, Notario.—1 vez.—(78053).

Ante esta notaría por escritura número 177-12 de las 10:00 horas del día de hoy se constituyó la sociedad denominada Amrol del Poás S.A., objeto: comercio en general, capital íntegramente pagado y suscrito, 98 años.—Poás, 6 de setiembre 2007.—Lic. Mario Rivera Campos, Notario.—1 vez.—(78054).

Por escritura otorgada el día de hoy se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Gruta de Boca Brava S. A., en que se reformó la cláusula cuarta de los estatutos en cuanto al objeto de la sociedad.—San José, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Mario Alberto Sandoval Pineda, Notario.—1 vez.—(78055).

Por escritura número cuatrocientos cuarenta y siete, otorgada ante mí a las dieciséis horas del día de hoy se constituye Trasportes Alfaro Alvardo Inc Sociedad Anónima.—San José, treinta y uno de agosto del dos mil siete.—Lic. Rónald Fernando Rojas Zamora, Notario.—1 vez.—(78056).

Por escritura número cuatrocientos cuarenta y ocho, otorgada ante mí a las once horas del día de hoy se constituye Yajan Peima Sociedad Anónima.—San José, cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Rónald Fernando Rojas Zamora, Notario.—1 vez.—(78057).

Por escritura número cuatrocientos treinta y ocho, otorgada ante mí a las doce horas del día de hoy se constituye Ruitoque Inc Sociedad Anónima.—San José, diecisiete de agosto del dos mil siete.—Lic. Fernando Rojas Zamora, Notario.—1 vez.—(78071).

Ante la notaría del Lic. Audrys Esquivel Jiménez, se otorgó la escritura número trescientos tres del tomo diecisiete, donde se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Kavarco C.L.R S. A.—Santa Ana, seis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Audreys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—(78072).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 18:00 horas del 30 de agosto del 2007, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Lite Design & Supply S. A., según la cual se modifica la cláusula décima de los estatutos sociales y se nombra gerente general. Es todo.—San José, 31 de agosto del dos mil siete.—Lic. José Abundio Gutiérrez Antonini, Notario.—1 vez.—(78098).

Por escritura número ciento sesenta y seis, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del diecisiete de agosto del año dos mil siete, se constituyó la empresa American Tecno Alarmas A.T.A Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Heredia, seis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Carlos Manuel Soto Quirós, Notario.—1 vez.—(78100).

Hoy ante mi notaría, Omar Chaves Araya y María Yinnette López Prendas, constituyen O’ Chav Equipos Sociedad Anónima. Presidente: Omar Chaves Araya.—5 de setiembre del 2007.—Lic. Lic. Juan Carlos Rojas Sandí, Notario.—1 vez.—Nº 43188.—(78118).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veinticuatro de agosto del dos mil siete, mediante la escritura ciento treinta y seis, los señores Pedro Felipe Rivera Giraldo y John Meter Kluever Urquide, constituyen la sociedad Representaciones Metálicas (Remesa), Sociedad Anónima.—San José, 31 de agosto del 2007.—Lic. Harry Zürcher Blen, Notario.—1 vez.—Nº 43189.—(78119).

En escrituras otorgadas ante Carlos Alberto Guardia Gutiérrez, a las 8:00, 8:30, 9:00 y 9:30, del veinticuatro de agosto del dos mil siete, se protocolizan actas de Inmobiliaria Maroma S. A., Inmobiliaria Taisho del Valle S. A., Valle Esmeralda Verde Nueve Venu S. A. y Capdevila de Juneda S. A., donde se modifican las cláusulas segunda, quinta, sétima y octava y se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero, a las 10:00 horas del veinticuatro de agosto del dos mil siete, se protocoliza acta de Calle Medio Paisandú S. A., donde se modifica la cláusula sétima y se nombra nuevo presidente y tesorero, a las 17:00 horas del tres de setiembre, se protocoliza acta de Conca D’urgell S. A., donde se modifica la cláusula segunda, quinta, sétima y octava y se nombra nueva junta directiva.—San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Carlos Alberto Guardia Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 43190.—(78120).

Por escritura pública otorgada ante mí, a las ocho horas del cuatro de setiembre del dos mil siete, se modifica la cláusula undécima del pacto constitutivo de la sociedad Lachner & Saenz S. A.—San José, cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Daniel Araya González, Notario.—1 vez.—Nº 43191.—(78121).

Por escritura pública de las nueve horas del cuatro de setiembre del dos  mil siete,  se constituyó la sociedad anónima Montt Central Tower S. A., con domicilio social en San José, plazo social cien años, capital social diez mil colones, representación le corresponde al presidente, secretario y tesorero. Es todo.—San José, cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Violeta Rojas Soza, Notaria.—1 vez.—Nº 43193.—(78122).

Por escritura pública de las diez horas del cinco de setiembre del dos  mil  siete,  se  constituyó  la  sociedad anónima Performa Modular S. A., con domicilio social en San José, plazo social cien años, capital social diez mil colones, representación le corresponde al presidente y secretario actuando conjunta o separadamente. Es todo.—San José, 6 de setiembre del 2007.—Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—Nº 43194.—(78123).

Mediante escritura otorgada a las ocho horas del once de agosto del año dos mil siete, Eladio Jiménez Delgado y Maribel Arias Araya constituyen Inversiones Familiares la Montaña Verde de Escazú Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidenta: Maribel Arias Araya.—Lic. Salvador Arauz Figueroa, Notario.—1 vez.—Nº 43195.—(78124).

El suscrito notario público, hago constar que por escritura del 4 de mayo del año 2007, se procedió a reformar la cláusula segunda y el plazo social de la compañía de la empresa Sociedad Comercial Altos y Bajos de Navarrito S. A. presidente Nicomedes Madriz Arce.—San José, 9 de julio del 2007.—Lic. Cristian Arguedas Arguedas, Notario.—1 vez.—Nº 43196.—(78125).

Publicación del edicto de la constitución de la sociedad denominada Inversiones M.G.A Pozos de Santa Ana S. A. Capital social diez mil colones. Plazo 99 años. Representación judicial y extrajudicial. Presidente actuando separadamente.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Víctor Sánchez Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 43198.—(78126).

Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría Elliott Garita Jiménez constituyen la Fundación Fundación Internacional del Corazón. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente, secretario y tesorero de la junta de administración, actuando conjuntamente o separadamente. Capital social cien mil colones.—San José, 5 de setiembre de 2007.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—Nº 43199.—(78127).

Se hace constar que mediante escritura número 171-8 de las 11:30 horas del 05 de setiembre del 2007 se constituyó la sociedad denominada Great Looks Incorporated S. A. Presidente: Marco Daniel Quesada Dávila.—Lic. Adrián Antonio Brenes Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 43200.—(78128).

Mediante escritura número cincuenta, otorgada ante esta notaría a las diecinueve horas del cuatro de setiembre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Publibox S. A. Domicilio: San José; capital: íntegramente suscrito; presidente y tesorero, apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 5 de setiembre del año 2007.—Lic. Mario Valladares Guilá, Notario.—1 vez.—Nº 43201.—(78129).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario se constituye Inversiones Inmobiliarias y Comerciales Farfalla Sociedad Anónima escritura otorgada en San José a las 12 horas del 31 de agosto del dos mil siete. Apoderado generalísimo: presidente. Plazo social noventa y nueve años, capital social íntegramente suscrito y pagado.—San José, 31 de agosto del 2007.—Lic. Marco Fallas del Valle, Notario.—1 vez.—Nº 43202.—(78130).

Por escritura autorizada en esta notaría, a las quince horas del diecisiete de julio del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada DMCR Decomarcos Costa Rica Af Sociedad Anónima. Domiciliada en la ciudad de San José. Capital social suscrito y pagado. Representantes con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el presidente de la junta directiva, el señor André Martin Fischer.—San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Paúl Murillo Miranda, Notario.—1 vez.—Nº 43203.—(78131).

Por escritura 116 otorgada en esta notaría, a las 10:00 horas del 03 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad: Comidas Chamuel S. A., capital social de ¢100.000.00, representante el presidente.—Lic. German José Víquez Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 43206.—(78132).

Ante la notaría de la licenciada Catalina González Ortega se constituyó la sociedad anónima denominada Sociedad Pantera Arroyo S. A., Plazo: noventa y nueve años, domicilio: Cartago, capital social cien mil colones, representación judicial y extrajudicial Martín Arroyo Carmona.—Cartago, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Catalina González Ortega, Notaria.—1 vez.—Nº 43208.—(78133).

El suscrito notario René Orellana Meléndez hace constar que se constituyó la sociedad anónima Asoema Sociedad Anónima, en la ciudad de San José el cuatro de setiembre del año dos mil siete.—Lic. René Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—Nº 43209.—(78134).

El suscrito notario René Orellana Meléndez hace constar que se constituyó la sociedad anónima Dental Depot Sociedad Anónima, en la ciudad de San José, el cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. René Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—Nº 43210.—(78135).

Mediante escritura número setenta y cuatro, otorgada ante esta notaría a las once horas del cuatro de agosto del dos mil siete, se constituye la persona jurídica: Soluciones Gráficas Florences SRJ Sociedad Anónima, presidente Sediel Corrales Navarro, cédula de identidad número uno-ocho dos uno- uno nueve cero.—San José, 5 de setiembre de 2007.—Hendrix Gutiérrez Menocal, Notario.—1 vez.—Nº 43211 .—(78136).

Por escritura otorgada en esta Notaría a las ocho horas del veinticinco de agosto de dos mil siete, Edilberto Alpízar Oviedo y Carmen Ligia Mora Esquivel constituyeron Los Alpízar del General Sociedad Anónima que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse S. A. Domicilio: Pérez Zeledón. Objeto siembra, elaboración, producción, industrialización, distribución, y venta de productos y subproductos de caña de azúcar, y en general la industria, la agricultura, la ganadería, exportación e importación, comercio y actividad mercantil en general. Capital social: doce mil colones íntegramente suscrito y pagado; Plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy. Presidenta: Carmen Ligia Mora Esquivel.—Pérez Zeledón, 25 de agosto del 2007.—Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 43212.—(78137).

Mediante escritura número doscientos cuarenta y nueve-doce, de las once horas del cinco de setiembre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inversiones JPA Bozzoli Sánchez Sociedad Anónima, Capital social: nueve mil colones, Presidente: Jason Sánchez Gutiérrez.—Pérez Zeledón, 5 de setiembre del año 2007.—Lucy Atencio Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 43214.—(78138).

El suscrito notario, por éste medio hago constar que por escritura número: ciento cincuenta y ocho, tomo segundo, a las dieciocho horas del tres de setiembre del dos mil siete, ante ésta notaría se constituyó la Sociedad denominada Inversiones Thelema Sociedad Anónima. Con capital de diez mil colones. Representante legal: Gilberto de los Ángeles Hernández Jiménez, Presidente.—San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Luis Alcides Salazar Jara, Notario.—1 vez.—Nº 73218.—(78139).

Por escritura otorgada ante mí, a los cuatro días del mes de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad anónima Ecavra Sociedad Anónima. Domiciliada en San Miguel de Santo Domingo de Heredia. Presidente: Eduardo Carlos Vargas Barquero.—Lic Jorge Orlando Bermúdez Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 43219.—(78140).

Por escritura otorgada ante mi Notaría, a las 13:40 horas del 29 de agosto del 2007, se constituyó la entidad social con domicilio en San Ramón de Alajuela, denominada Inversiones Paraíso Río La Paz S. A. Presidente y apoderado generalísimo sin límite sumario: Roger Alexis Barboza Lépiz. Capital social: Sesenta mil colones.—San Ramón, 29 de agosto del 2007.—Álvaro Quesada Salas, Notario.—1 vez.—Nº 43220.—(78141).

Por escritura número noventa y ocho, otorgada a las diez horas treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil siete, constituyeron la sociedad denominada según número de cédula jurídica que le asigne el Registro Sociedad Anónima. Duración noventa y nueve años. Presidente José Ronald Navarro Araya. Domicilio: Pital de San Carlos de Alajuela, veinticinco metros al sur de Salón Comunal.—Lic. Gerardo Arturo Delgado Soto, Notario.—1 vez.—Nº 43221.—(78142).

Ante esta notaría se modifica cláusula segunda del domicilio y se nombra Agente Residente a la Licda. Iliana Cruz Alfaro de la sociedad Horizons International Corporation Costa Rica HICR Sociedad Anónima. Otorgado en San José, al ser las quince horas con cuarenta minutos del cinco de setiembre del año dos mil siete.—Iliana Cruz Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 43222.—(78143).

Por escritura de las 08:00 horas del 05 de setiembre del 2007, se adiciona escritura de las 8:00 horas 15 minutos del 10 de agosto del 2007 en el sentido que el nombre de la sociedad es Cómputos y Comunicaciones Avanzados Costa Rica S. A.—Lic. Frank Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 43223.—(78144).

Por escritura siete, del Tomo primero de mi protocolo, otorgada a las nueve horas del treinta de diciembre del dos mil tres, ante esta notaría, se constituyó Guiselle e Hijos Sociedad Anónima. Presidenta: Guiselle Castro Sandí. Capital social ¢100.000,00. Plazo noventa y nueve años.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Rafael Ángel Ugalde Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 43224.—(78145).

Por escritura otorgada a las catorce horas del día de hoy ante ésta Notaría, se constituyó Alma Santaneca Pura Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo social: cien años. Presidente: Mario Alberto Rojas León.—San José, 27 de agosto del 2007.—Yorleny Murillo Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 43227.—(78146).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 8:00 horas del 04 de setiembre del 2007, la sociedad Pradera Serena CR S. A., reforma la cláusula vigésima segunda del Pacto Social y se nombra presidente y secretario de la Junta Directiva.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 43230.—(78147).

Por escritura otorgada ante mí, Mauren Hernández Díaz, a las catorce horas del treinta de agosto de dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Comerciales del Momento Uno ABC Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cinco mil ciento cincuenta y seis, en la que se acuerda modificar las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo.—San José, 30 de agosto de 2007.—Mauren Hernández Díaz, Notaria.—1 vez.—Nº 43233.—(78148).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del trece de agosto del dos mil siete, se modificaron las cláusulas de la sociedad Investigaciones Odontológicas S. A. Segunda: Del domicilio así San José, Barrio Don Bosco, calle veintiséis, avenidas dos y cuatro, número doscientos cincuenta y cuatro y la Octava: de la Representación. Se acepta la renuncia del Presidente, se nombra en su lugar a Lorianne Clarke Rojas. Es todo.—San José, 5 de setiembre del 2005.—Lic. Heriberto Berrocal Cambronero, Notario.—1 vez.—Nº 43234.—(78149).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad Inversiones Roanicol Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Representación a cargo de presidente.—Ciudad Quesada. 5 de setiembre del año 2007.—José Freddy González León, Notario.—1 vez.—Nº 43235.—(78150).

Ante esta notaría se revoca nombramiento de secretaria, se nombra nueva secretaria y se modifica la representación de la compañía Barboza y Solís Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del año 2007.—Lic. José Freddy González León, Notario.—1 vez.—Nº 43236.—(78151).

Bufete Serrano y Asociados, en escritura otorgada en esta notaría, a las 16:00 horas del 15-3-2007, se constituye Despacho de Contadores Públicos y Asesoría Legal Gallego y Ríos Sociedad Anónima. Presidenta: Rosmira de Jesús Gallego Caro.—Lic. José Rodrigo Serrano Masís, Notario.—1 vez.—Nº 43239.—(78152).

Bufete Serrano y Asociados, en escritura otorgada en esta notaría, a las 10:00 horas del 30-8-2007, se constituye Inmobiliaria Falcone INFA Sociedad Anónima. Presidente: Jorge Luis Falcone Amador.—Lic. José Rodrigo Serrano Masís, Notario.—1 vez.—Nº 43240.—(78153).

La suscrita notaría, da fe que a las ocho horas del cuatro de setiembre del dos mil siete, se celebró asamblea general extraordinaria de Altamara de Tamarindo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta y siete mil setecientos setenta y cuatro, cambiando junta directiva, siendo electo como presidente para todo el resto del plazo social Luis Omar Caamaño Zamora, mayor, casado dos veces, comerciante, vecino de San Pedro de Montes de Oca, Barrio Roosevelt, con cédula de identidad uno-cero siete ochenta y ocho-cero cinco cero siete.—6 de setiembre del 2007.—Lic. Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—Nº 43241.—(78154).

El suscrito notario hace constar que mediante escritura número ciento veintidós del Tomo nueve del protocolo del suscrito notario, otorgada a las diez horas del veinticinco de julio del dos mil siete, se constituyeron diez sociedades anónimas, con domicilio en San José, Escazú, de Scotiabank ochocientos metros al este y setenta y cinco metros al sur. Presidente: Joshua Ten Brink Río.—San José, 29 de agosto del 2007.—Lic. Ronald Solano P., Notario.—1 vez.—Nº 43242.—(78155).

Por escritura hoy otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Blue Bird Pavillion Sociedad Anónima.—16 de julio del 2007.—Lic. Freddy Barahona Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 43248.—(78156).

Por escritura hoy otorgada ante mí, se protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Dorados de Papagayo Sociedad Anónima.—28 de agosto del 2007.—Lic. Freddy Barahona Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 73249.—(78157).

A las trece horas cuarenta minutos del diecisiete de agosto del dos mil siete, se constituyó en mi notaría la sociedad anónima Inversiones Fuentes y Murillo de Arenal Sociedad Anónima, se nombra Junta Directiva y Fiscal.—Tilarán, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 73250.—(78158).

A las diecisiete horas diez minutos del quince de agosto del dos mil siete, se constituyó en mi notaría la sociedad anónima Transportes Castrillo y González de Tilarán Sociedad Anónima, se nombra Junta Directiva y Fiscal.—Tilarán, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 73251.—(78159).

A las catorce horas quince minutos del diecisiete de agosto del dos mil siete, se constituyó en mi notaría la sociedad anónima Inversiones Cris Fuentes Sociedad Anónima, se nombra Junta Directiva y Fiscal.—Tilarán, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Ingrid Solano Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 73252.—(78160).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 13:00 horas del 05 de setiembre del 2007, se protocoliza acta de la sociedad Casa MIA TV de_San José Número Once Sociedad Anónima, donde se nombra nueva Junta Directiva y Fiscal.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Luis Gustavo González Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 43253.—(78161).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Suspiro por Escazú Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado.—San José, 27 de julio del 2007.—Lic. Rosette María Morgan Asch, Notaria.—1 vez.—Nº 43254.—(78162).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Sueño de Uvita Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado.—San José, 27 de julio del 2007.—Lic. Rosette María Morgan Asch, Notaria.—1 vez.—Nº 43255.—(78163).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Uvita Pura Vida Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado.—San José, 27 de julio del 2007.—Lic. Rosette María Morgan Asch, Notaria.—1 vez.—Nº 43256.—(78164).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Ilusión de Uvita Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado.—San José, 27 de julio del 2007.—Lic. Rosette María Morgan Asch, Notaria.—1 vez.—Nº 43257.—(78165).

Por acta de asamblea general extraordinaria número dos de Villas Vista Arenal Fortuna Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres ciento uno tres siete cuatro siete nueve dos celebrada a las dieciocho horas del catorce de mayo de dos mil siete, se acordó modificar la cláusula cuarta del acta constitutiva.—La Fortuna, agosto de 2007.—María Marcella Jiménez Retana, Notaria.—1 vez.—Nº 43259.—(78166).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del cinco de setiembre del dos mil siete protocolicé Acta de Villa IHDAL PGCC S. A., de las dieciséis horas del tres de setiembre del dos mil siete, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y novena.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 43260.—(78167).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Chetori Uvita Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado.—San José, 27 de julio del 2007.—Lic. Rosette María Morgan Asch, Notaria.—1 vez.—Nº 43258.—(78168).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 8:30 horas del 16 de agosto del 2007, se constituyó la sociedad Agencias Navieras del Trópico OLBF S. A. Capital social 50.000,00 colones. Plazo social: 99 años.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—Nº 43261.—(78169).

En mi notaría se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Morera Segura S. A., presidente el señor Gerardo Morera Segura con un plazo social de noventa y nueve años y domiciliada en El Coyol de Alajuela.—Alajuela, 31 de agosto del 2007.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—Nº 43263.—(78170).

Ante esta notaría a las 19:00 horas del día de hoy se constituyó la sociedad denominada Familia Murillo Muñoz S. A. Presidenta: Fulvia María Muñoz Víquez. Domicilio social: Río Segundo de Alajuela, costado este escuela Villa Elia.—Alajuela, 25 de julio del 2007.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—Nº 43264.—(78171).

Ante esta Notaría a las 9:00 horas del día de hoy se protocoliza acta asamblea general de la sociedad Inmobiliaria Adonai Ramírez S. A. Se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Alajuela, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—Nº 43265.—(78172).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 4 de setiembre de 2007, se constituyó la sociedad Orhidal Ltda. Domicilio: San José. Plazo: 100 años. Objeto: genérico. Capital social: suscrito y pagado. Gerentes como apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 43267.—(78173).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las catorce horas con cuarenta y cinco minutos del tres de agosto del dos mil siete, William Agüero León, Cindy Agüero León, Mayra Rosa León Rodríguez y Yendry Agüero León, constituyeron sociedad anónima. Cuyo capital social: la suma de diez mil colones, íntegramente suscritos y pagados Objeto: el comercio en su forma mas amplia. Presidente: William Agüero León.—Pérez Zeledón, cinco de setiembre del 2007.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 43268.—(78174).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:20 minutos del 20 de junio del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Fajika de Violines S. R. L., cédula jurídica 3-102-330659, reforma a la cláusula cuarta de pacto constitutivo. San Isidro, Pérez Zeledón, 20 de junio del 2007.—Al ser las catorce horas del día cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 43269.—(78175).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó Productora de Café Begapra Sociedad Anónima. Presidente: Alexander Prado Vargas. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: doce acciones, de mil colones cada una.—San Isidro de El General, seis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Alejandra González Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 43270.—(78176).

Agroindustrial Avar Poás Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-453406, nombra nueva junta directiva: presidenta: Sonia María Vargas Herrera, mayor, cédula dos-trescientos cuatro-ciento cincuenta y cuatro. Fiscal: Óscar Guillermo Vargas Herrera, cédula de identidad dos-doscientos cuarenta y seis-trescientos veintiuno. Protocolizada el día cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 43271.—(78177).

Ante mí, a las catorce horas, cinco minutos del cinco de setiembre dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Corporación Guapinol Pacific Sociedad Anónima, donde aparecen con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, su presidente Víctor Josué González Brenes y su tesorera Erika Conejo López. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Agente residente: Iris Valverde Usaga.—Pérez Zeledón, 5 de setiembre de 2007.—Lic. Iris Valverde Usaga, Notaria.—1 vez.—Nº 43272.—(78178).

Ante mí, a las trece horas cuarenta minutos del cinco de setiembre de dos mil siete se constituyó la sociedad denominada Jardín del Pulpo Sociedad Anónima, donde aparecen con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma su presidenta Ericka Conejo López y su tesorero Víctor Josué González Brenes. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Agente residente: Iris Valverde Usaga.—Pérez Zeledón, 5 de setiembre de 2007.—Lic. Sehanneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 43273.—(78179).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las once horas, cinco minutos del cinco de setiembre del dos mil siete, Lowery Geraldine Ann, Lowery Raymond Francis, María Jesús Espinoza Garro, Byron Espinoza Ulate, constituyeron una sociedad anónima denominada Sueños Pequeños. Cuyo capital social: es la suma de diez mil colones, íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Lowery Raymond Francis.—Pérez Zeledón, cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 43274.—(78180).

En mi notaría, por escritura otorgada a las 12:00 horas del día de hoy, se constituyó L Y L Constructora del Caribe Sociedad Anónima. Domicilio: Limón, Cahuita, dos kilómetros al oeste de la delegación de policía. Plazo: noventa y nueve años. Capital: veinte mil dólares, íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, 30 de agosto de 2007.—Lic. Marie Kuylen Alpízar, Notaria.—1 vez.—Nº 43279.—(78181).

Por escritura otorgada por la suscrita Dafne Lizette Blanco Varela, a las diecisiete horas del cuatro de setiembre de dos mil siete, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Only Happy When It Rains S. A., por lo que se reforma las cláusulas segunda y sexta del pacto social.—San José, cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Dafne Lizette Blanco Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 43280.—(78182).

En escritura autorizada por el notario Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, a las dieciséis horas del día veintiséis de julio, se constituyó Grupo Inmobiliario Capri (G.I.C.) Norte (G.I.S.N.) Sociedad Anónima. Domicilio: cantón Central, San José. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: suscrito y pagado. Representación legal: presidente.—San José, cinco de setiembre de dos mil siete.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—Nº 43281.—(78183).

En escritura autorizada por el notario Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, a las dieciséis horas del día veintiséis de julio, se constituyó Grupo Inmobiliario Sokoto Norte (G.I.S.N.) Sociedad Anónima. Domicilio: cantón central, San José. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: suscrito y pagado. Representación legal: presidente.—San José, cinco de setiembre de dos mil siete.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna, Notario.—1 vez.—Nº 43282.—(78184).

A las doce horas y treinta minutos de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Representaciones Víquez y Montero JE S. A., por medio de la cual se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo y se nombra secretario y tesorero, y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San José, treinta de agosto del 2007.—Lic. Edwin Bogantes Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 43287.—(78185).

Jesús Rafael Brito Vera y Gabriel Eduardo Aranguren Prado, constituyen Hot Swim Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 15:00 horas del 3 de setiembre del 2007.—Lic. Edwin Bogantes Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 43288.—(78186).

Ante esta notaría, el día primero de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Cruz & Hernández S. A. Capital social: veinte mil colones. Domiciliada en Monteverde de Puntarenas. Presidente: Antonio Cruz Arguedas.—San José, tres de setiembre del dos mil siete.—Licenciado Javier González Loría, Notario.—1 vez.—Nº 43289.—(78187).

Por escritura otorgada a las 7:00 horas de hoy, protocolicé acta de la Asociación Foro de Empresarias y Profesionales de Costa Rica, se reforman artículos noveno, decimoquinto, decimosexto y decimonoveno de los estatutos.—San José, 3 de setiembre de 2007.—Lic. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—Nº 43290.—(78188).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas de hoy, protocolicé acta de la sociedad Dental Specialists Group DSG S. A., por la cual se reforma cláusula novena y se nombran tesorera, secretaria y vocal.—San José, 5 de setiembre de 2007.—Lic. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—Nº 43291.—(78189).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 8 de agosto de 2007, se constituyó la sociedad Pura Diva Fashions S. A. Domicilio: Escazú. Capital: diez mil colones. Plazo: 99 años a partir de su constitución. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 3 de setiembre de 2007.—Lic. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—Nº 43292.—(78190).

Hago constar que ante mi notaría, los señores Óscar Villegas Robles y Narvin Herrera Corrales, acordaron constituir la entidad denominada Tica Cola Sociedad Anónima, mediante escritura cuatrocientos setenta y dos otorgada en San José, a las once horas del veintidós de agosto del año dos mil siete.—Lic. Rita Calderón Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 43294.—(78191).

Por escritura número 73, otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del cinco de setiembre del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Empresa Rojas y Campos Camiones y Tractores Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-010369.  Se modificó  el  capital social aumentándolo en la suma ¢103 377435 colones exactos.—Cartago, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Felicia Calvo Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 43296.—(78192).

Por asambleas de socios las sociedades denominadas MV Seven Jumping Dolphins and Fishes VII S. A., MV Twenty Seven Parrots Singing in Paradise XXVII S. A., y MV Four Umbrellas in The Sand IV S. A., modifica cláusula de representación y nombran nuevos personeros.—San José, 6 de setiembre del año 2007.—Lic. Karol Claudel Palma, Notaria.—1 vez.—Nº 43297.—(78193).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 28 de agosto de 2007, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Inversiones Oreviv del Norte S. A., en la que se reforma la totalidad del pacto social.—San José, 4 de setiembre de 2007.—Lic. Pía Picado González, Notaria.—1 vez.—Nº 43298.—(78194).

En esta notaría, al ser las diecisiete horas, treinta minutos del tres de setiembre del dos mil siete, se protocolizó acta de la empresa T-L Outlook Property Holding S. A., en la que se nombra nuevo presidente.—San José, tres de setiembre del dos mil seis.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—Nº 43300.—(78195).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas, treinta minutos del día cuatro de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Walflor del Sur Sociedad Anónima. Presidente: Walter Marín Gamboa. Capital social: diez mil colones.—Lic. Byron Vargas Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 43302.—(78196).

Se hace saber a todos aquellos interesados que en mi notaría ubicada en la ciudad de Coronado, se protocoliza la sociedad Injoil Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Injoil S. A., a partir de las diez horas del día cuatro de agosto del dos mil siete. Bajo la escritura pública número doscientos cincuenta y dos del suscrito notario público Guillermo Méndez Rodríguez, San José, al ser las nueve horas del día seis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Guillermo Méndez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 43303.—(78197).

El día de hoy se constituyó en mi notaría la sociedad Fareso Occidental Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Es todo.—San Ramón de Alajuela, a las dieciséis horas del cuatro de setiembre del dos mil siete.—Lic. Silvia María Chaves Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 43304.—(78198).

La suscrita notaria hago constar que se realizó acta de asamblea general extraordinaria del ente jurídico Shanahan and Rosa Escrow Corporation Sociedad Anónima, a las 10:00 horas del 2 de agosto del año 2007, se reforma cláusula décima del pacto constitutivo y se realiza nombramientos de secretario, tesorero y fiscal.—San José, 6 de setiembre del año 2007.—Lic. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 43305.—(78199).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del 31 de agosto del 2007 se constituyó la Fundación Bienestar Integral del Guardaparque. De plazo perpetuo. Domiciliada en San José, cincuenta metros al sur de la primera entrada a Los Yoses, frente al hotel Le Bergerac. Tiene por objeto fortalecer la condición profesional de los funcionarios del MINAE de Costa Rica.—Santo Domingo de Heredia, 31 de agosto del 2007.—Lic. José Luis Rodríguez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 43306.—(78200).

Ante la suscrita notaria, se constituyó la sociedad denominada Global Service Logistix Sociedad Anónima, otorgada a las quince y cincuenta horas del cinco de setiembre del año dos mil siete. Presidente: Javier Mora Rodríguez. Capital social: diez mil colones. Domiciliada: Zapote, de Autos Bohío, cien metros al oeste y cincuenta metros al sur. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Yensi Salazar Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 43307.—(78201).

Ante la suscrita notaria, se constituyó la sociedad denominada Inversiones J.E.B.P. de Cartago Sociedad Anónima, otorgada a las diecisiete y treinta horas del nueve de agosto del año dos mil siete. Presidenta: Olga Céspedes Sequeira. Capital social: diez mil colones. Domiciliada en Cartago, residencial El Cacique, casa número treinta y ocho A. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Yensi Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 43308.—(78202).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintinueve de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Vicenza Kaxa Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Karla Henríquez Angelini. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Mariela Briceño Nelson, Notaria.—1 vez.—Nº 43310.—(78203).

Por escritura pública otorgada en esta notaría, al ser las doce horas, treinta minutos del viernes treinta y uno de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Grupo Melis Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital: doce mil colones, suscrito y pagado. Representación: presidente: Wei - Hsien Wang.—San José, cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Adriano Guillén Solano, Notario.—1 vez.—Nº 43311.—(78204).

Por escritura pública treinta y dos-dos, otorgada ante el suscrito notario público a las dieciocho horas del veintinueve de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad Repalinsa Internacional Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Domicilio social: San José, Uruca, costado norte Grupo TACA. Presidente: José Bordallo Murillo.—Lic. Francisco Madrigal Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 43312.—(78205).

Por escritura pública treinta y seis-dos, otorgada ante el suscrito notario público, a las nueve horas del cuatro de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Trigas y Matheson Centroamericano Sociedad Anónima. Plazo social noventa y nueve años. Capital social: quince mil colones. Domicilio social: San José, Zapote, barrio Córdoba. Presidente: Jorge Robles Cordero.—Lic. Francisco Javier Madrigal Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 43313.—(78206).

Por escritura autorizada a esta notaría, a las 8:00 horas del 4 de setiembre del año 2007, se constituyó la sociedad Turbo Compressor Services S.R.L. Domicilio: urbanización Sierras de la Unión, Tres Ríos, Cartago.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Marco Antonio Molina Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 43317.—(78207).

Mediante escritura otorgada el día de hoy, a las doce horas y treinta minutos, se constituyeron dos sociedades de esta plaza cuya denominación será igual al número de cédula que le corresponda a cada una. Capital social: diez mil colones totalmente suscritos y pagos. Presidente y secretario representantes judiciales y extrajudiciales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: Heredia, San Isidro, barrio Santa Elena, del restaurante Las Orquídeas, veinticinco metros al sur, ciento cincuenta metros al oeste, ciento veinticinco metros al norte.—San José, cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Xinia Alfaro Mena y Lic. Agnes Fajardo Jirón, Notarias.—1 vez.—Nº 43318.—(78208).

Por escritura número ciento treinta y cinco, otorgada ante mí, a las quince horas del catorce de agosto del año dos mil siete, se constituyó la empresa Proyecto Cuarenta y Uno Coyolito Sociedad Anónima.—Lic. Vivian Conejo Torres, Notaria.—1 vez.—Nº 43319.—(78209).

Por escritura número ciento treinta y ocho, otorgada ante mí, a las quince horas, cuarenta y cinco minutos del catorce de agosto del año dos mil siete, se constituyó la empresa Siete Coyotes Sociedad Anónima.—Lic. Vivian Conejo Torres, Notaria.—1 vez.—Nº 43320.—(78210).

Por escritura, otorgada ante mí a las 17:00 del 5 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad anónima sin nombre. Con un capital social de ¢ 10.000,00. Un plazo social de 90 años; y su domicilio en Heredia. Presidente: Jefren Mauricio Esquivel Campos.—San José, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Álvaro Villalobos García, Notario.—1 vez.—Nº 43322.—(78211).

Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas del veintisiete de agosto del 2007, Mario Jiménez Rojas y otro constituyeron la S. A. Inmobiliaria Comercial FLOMA S. A. Presidente: Mario Jiménez Rojas.—Turrialba, 27 de agosto del 2007.—Lic. Carmen Mª Achoy Arce, Notaria.—1 vez.—Nº 43323.—(78212).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintitrés de junio del 2007, Andrés Hensel Madrigal y otro constituyeron la S. A. Zoológico Lateralis S. A. Presidente: Andrés Hensel Madrigal.—Turrialba, 27 de agosto del 2007.—Lic. Carmen Mª Achoy Arce, Notaria.—1 vez.—Nº 43324.—(78213).

Mediante escritura número trescientos once, otorgada a las ocho horas del día de hoy, se reformó la cláusula primera del estatuto constitutivo de LF Ideas Mas Construcción S. A.—San José, seis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Sinda Góchez Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 43326.—(78214).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del seis de setiembre del dos mil siete, se constituye la sociedad anónima Proyectos y Desarrollos Seiscientos Setenta y Tres Sociedad Anónima.—San José, seis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 43327.—(78215).

Mediante escritura número veinticuatro-cinco, otorgada a las dieciséis horas del cinco de setiembre del año dos mil siete, ante la notaria Laura Granera Alonso, se constituyó la sociedad Inversiones en Cítricos IEC S. A. Por un plazo de cien años; y con un capital social de cien mil colones, representado por cien acciones de mil colones cada una.—San José, cinco de setiembre del año dos mil siete.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—Nº 43328.—(78216).

Ante esta notaría, se constituyó sociedad anónima, cuya denominación social será el número de cédula jurídica. Objeto: el comercio, también la construcción, la industria, la ganadería. Socios: Iván Alonso Ballesteros Torres y María Estella Gutiérrez Naranjo. Presidente: el primero. Capital social: ciento veinte mil colones. Domicilio: San José, barrio Cuba.—Alajuelita, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Fernando Calderón Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 43330.—(78217).

Por escritura número ciento ochenta y siete del tomo sexto de mi notaría, se nombra nueva junta directiva, se modifica cláusula sexta de la administración y se modifica cláusula segunda del domicilio de 3-101-494203 sociedad anónima.—Lic. Vivian Wyllins Soto, Notario.—1 vez.—Nº 43331.—(78218).

Por escritura número 96-111, otorgada ante la suscrita notaria pública, a las 10:30 horas del 5 de setiembre del 2007, los comparecientes: Hao Wei (nombre) Chuang (apellido), Hao Chih (nombre) Chuang (apellido), Yen Chao (nombre) Yang (apellido) y Peifan (nombre) Mu (primer apellido) Wen (segundo apellido): constituyeron una sociedad anónima; la denominación social de la empresa que se constituye se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo número 33171-J 06. Domicilio social: San Pedro. Capital social: ¢ 40.000; La representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la compañía les corresponden al presidente y al secretario, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 10:30 horas de 5 de setiembre de 2007.—Lic. Chi Chuan Tseng Chang, Notaria.—1 vez.—Nº 43332.—(78219).

Por escritura número 97-111, otorgada ante la suscrita notaria pública, a las 10:00 horas del 5 de setiembre del 2007, los comparecientes: Hao Wei (nombre) Chuang (apellido), Hao Chih (nombre) Chuang (apellido), Yen Chao (nombre) Yang (apellido) y Peifan (nombre) Mu (primer apellido) Wen (segundo apellido): constituyeron una sociedad anónima; la denominación social de la empresa que se constituye se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo número 33171-J 06. Domicilio social: San Pedro. Capital social: ¢ 40.000; La representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la compañía les corresponde al presidente y al secretario, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 11:00 horas de 5 de setiembre de 2007.—Lic. Chi Chuan Tseng Chang, Notaria.—1 vez.—Nº 43333.—(78220).

Ante esta notaría, se constituyó Imagen Estudio Creativo Sociedad Anónima. Presidente: Frank Delgado Anchía. Capital: diez mil colones. Escritura otorgada a las 13:00 horas del 5 de setiembre del 2007.—Lic. Clara Zúñiga Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 43334.—(78221).

Ante mí, Edgar Quesada Ulate, notario público de Alajuela, se ha constituido mediante escritura número sesenta y nueve, visible al folio cuarenta y nueve frente del tomo cuarto de mi protocolo, la sociedad denominada Consultores Profesionales V.R.W Sociedad Anónima. Con un capital social de nueve mil colones. Domiciliada en Alajuela, Pueblo Nuevo, residencial Guillermo, casa número veintidós.—Alajuela, primero de setiembre de dos mil siete.—Lic. Edgar Quesada Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 43335.—(78222).

Ante mí, Edgar Quesada Ulate, notario público de Alajuela, se ha constituido mediante escritura número setenta, visible al folio cincuenta frente del tomo cuarto de mi protocolo, la sociedad denominada Consultores Multidisciplinarios Ardeto Sociedad Anónima, con un capital social de nueve mil novecientos colones, domiciliada en Alajuela, Pueblo Nuevo, Residencial Guillermo, casa número veintidós.—Alajuela, primero de setiembre de dos mil siete.—Lic. Edgar Quesada Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 43336.—(78223).

NOTIFICACIONES

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA

GESTIÓN DE POLICÍA ESPECIAL DE MIGRACIÓN

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Resolución Nº PEM-179-2006-FNCC.—Dirección General de Migración y Extranjería.—San José, al ser las nueve horas del día dos de junio del dos mil seis. Se conoce recurso de revocatoria con apelación en subsidio presentado por la señora Adriana Alejandra Restrepo Espinoza, mayor, de nacionalidad colombiana, portador del pasaporte número CC31174811, en ejercicio de la patria potestad del menor de edad de nombre Jean Carlo Garavito Restrepo, estudiante, de nacionalidad colombiana, contra la resolución de esta Dirección General número 135-2005-1308-DPL PEM/DAO, de las nueve horas tres minutos de día treinta de noviembre del dos mil cinco, la cual declaró ilegal su permanencia en el país y ordenó su deportación.

Resultando:

Primero.—Que la señora Restrepo Espinoza, en ejercicio de la patria potestad del menor de edad de nombre Jean Carlo Garavito Restrepo presentó en tiempo y forma recurso de revocatoria con apelación en subsidio, contra la resolución de esta Dirección General número 135-2005-1308-DPL PEM/DAO, de las nueve horas tres minutos de día treinta de noviembre del dos mil cinco, la cual declaró ilegal la permanencia del menor en el país y ordenó su deportación.

Segundo.—La señora Restrepo Espinoza argumenta lo siguiente: A) Que las circunstancias por las que solicitó la cancelación de su refugio en el mes de agosto se debieron a que se encontraba muy deprimida por la situación económica que venía atravesando en este país ya que no le alcanzaba el dinero para cubrir sus necesidades básicas, razón por la que desistió de sus solicitud de refugio y a pesar de que le aterraba la idea de regresar a Colombia, decidió tomar tan drástica situación ya que desconocía la posibilidad de que podía regresar a Nicaragua. B) Que ahora que conoce la figura del reasentamiento que le permitiría a su hijo estar legal y contar con estado migratorio definido, y considera que podría tener un trabajo decoroso y no tener peligro de volver a su país del cual huyó debido al peligro que se encontraba su vida y la de sus hijos y que le dieron lugar de ser acogida como refugiada en Nicaragua. C) Que se desiste a su solicitud de deportación, a fin de que su menor hijo Jean Cario no sea trasladado a Nicaragua, ya que en estos momentos se encuentra muy convulsionada debido a que los grupos sandinistas y de oposición tiene férrea disputa por el poder siendo los primeros apoyados por las FARC, lo que implicaría que volver a ese país se expondría a peligro, por las razones expuestas a las autoridades nicaragüenses y de lo que da cuenta la Ministra Consejera con Funciones Consulares de la República de Nicaragua en Costa Rica. D) Que sus hijos se encuentran estudiando en Costa Rica y han desarrollado sus relaciones interpersonales en este país y desarraigarlos de su grupo social sería causarles serios inconvenientes en su desarrollo, y está segura que ahora que conoce el reasentamiento va a estar legal. E) Solicita se deje sin efecto la resolución que ordena la deportación a Nicaragua de su hijo, y que se le conceda el status de refugiado por reasentamiento.

Tercero.—Que el procedimiento administrativo de deportación contra el recurrente ha sido tramitado bajo el expediente 135-2005-2399 de la Policía Especial de Migración y Extranjería.

Cuarto.—Que en el conocimiento del presente asunto han sido observados los procedimientos de ley.

Considerando:

Primero.—Una vez levantado el expediente administrativo de deportación, esta Dirección tiene como cierto que los trámites correspondientes se iniciaron por la comprobada permanencia ilegal del menor de edad Jean Garlo Garavito Restrepo en nuestro país, quien con vista en la documentación contenida en autos, realizó su ingreso legal en fecha 20 de abril del 2005, contando solamente con treinta días para permanecer en el país en calidad de turista, de conformidad con el artículo 87 del Reglamento a la Ley General de Migración y Extranjería y con las Directrices Generales de Visas de Ingreso para no Residentes.

Segundo.—Que de conformidad con el artículo 118, inciso 3), de la Ley General de Migración, el sólo hecho de permanecer en el país una vez vencido el plazo autorizado, es causal para proceder a la deportación del extranjero, situación en la cual se encuentra el menor de edad, lo que se comprueba con su propia declaración y es reafirmado en el recurso interpuesto.

Tercero.—Esta Dirección General está facultada para regular el ingreso y permanencia de los extranjeros en el territorio nacional, ordenando la deportación de quienes incurran en alguna de las causales determinadas por la legislación migratoria vigente, no pudiendo alegar ignorancia de la ley u otros mecanismos con el fin de evadir la ejecución de dicha sanción administrativa. Como criterio medular del escrito de recurso, asevera la señora Restrepo Espinoza en ejercicio de la patria potestad del menor: A) Que las circunstancias por las que solicitó lo cancelación de su refugio en el mes de agosto se debieron a que se encontraba muy deprimida por la situación económica que venía atravesando en este país ya que no le alcanzaba el dinero para cubrir sus necesidades básicas, razón por la que desistió de sus solicitud de refugio y a pesar de que le aterraba la idea de regresar a Colombia, decidió tomar tan drástica situación ya que desconocía la posibilidad de que podía regresar a Nicaragua. B) Que ahora que conoce la figura del reasentamiento que le permitiría a su hijo estar legal y contar con estado migratorio definido, y considera que podría tener un trabajo decoroso y no tener peligro de volver a su país del cual huyó debido al peligro que se encontraba su vida y la de sus hijos y que le dieron lugar de ser acogida como refugiada en Nicaragua. C) Que se desiste a su solicitud de deportación, a fin de que su menor hijo Jean Cario no sea trasladado a Nicaragua, ya que en estos momentos se encuentra muy convulsionada debido a que los grupos sandinistas y de oposición tiene férrea disputa por el poder siendo los primeros apoyados por las FARC, lo que implicaría que volver a ese país se expondría a peligro, por las razones expuestas a las autoridades nicaragüenses y de lo que da atenta la Ministra Consejera con Funciones Consulares de la República de Nicaragua en Costa Rica, D) Que sus hijos se encuentran estudiando en Costa Rica y han desarrollado sus relaciones interpersonales en este país y desatraigamos de su grupo social sería causarles serios inconvenientes en su desarrollo, y está segura que ahora que conoce el reasentamiento va a estar legal. E) Solicita se deje sin efecto la resolución que ordena la deportación a Nicaragua de su hijo, y que se le conceda el status de refugiado por re asentamiento. Al respecto estima esta Representación que, no obstante tales aseveraciones dichos criterios no constituyen elementos objetivos con fuerza jurídica suficiente para revocar la orden de deportación que ahora nos ocupa, pues existe una legislación migratoria vigente que todo extranjero debe respetar de ahí que antes del vencimiento del plazo otorgado para permanecer en país, el extranjero de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Migración y Extranjería, debe hacer abandono del territorio nacional pues de lo contrario se configura una de las causales de deportación según el artículo 118, inciso 3) de la Ley General de Migración y Extranjería. Por otra parte, si bien es cierto el menor de edad Jean Carlo Garavito Restrepo ingresó legalmente al territorio nacional, también debe tomarse en cuenta que, su visa se encontraba vencida al momento de que su madre se presentó a las Oficinas Centrales de la Policía Especial de Migración de manera voluntaria a solicitar ayuda para regresar a su país de origen. Cabe agregar que de conformidad con el artículo 87 del Reglamento a la Ley General de Migración y Extranjería y con las Directrices Generales de Visas de Ingreso para No Residentes, el menor de edad únicamente podía permanecer por 30 días naturales en el país, debiendo abandonarlo antes del vencimiento del plazo indicado pues al permanecer por más tiempo en el territorio nacional, incurre en una trasgresión al ordenamiento jurídico, configurándose así la causal de deportación estipulada en el artículo 118, inciso 3) de la Ley General de Migración y Extranjería, pues la legislación migratoria vigente, no sólo regula el ingreso al país de los extranjeros, también regula la permanencia de los foráneos en territorio nacional. Por otra parte, si bien la señora Adriana Alejandra Restrepo Espinoza, en ejercicio de la patria potestad del menor se presentó el día 25 de abril de 2005 a las oficinas centrales de esta Dirección General con el fin regularizar la situación migratoria en el territorio nacional al solicitar el reconocimiento del status de refugiado para su hijo, lo cierto es que tal solicitud fue denegada por esta Dirección General. Asimismo el recurso de revocatoria presentado contra la resolución que le denegó el refugio al menor de edad fue resuelto negativamente, confirmándose dicha denegatoria. Además, en fecha 30 de agosto del 2005, la señora Restrepo Espinosa, presentó renuncia formal y expresa del recurso de apelación y a sus plazos. De esta manera y al no existir trámite pendiente de debido proceso a nombre del menor de edad ante esta Dirección General, la resolución que ordena su deportación hacia Nicaragua se encuentra ajustada a Derecho. Con respecto a la negativa de la señora Restrepo Espinosa, de que su hijo sea deportado a Nicaragua, y a su nueva solicitud de refugio por reasentamiento, se le debe indicar a la recurrente que al ostentar el menor de edad status de residente temporal en la República de Nicaragua, y de acuerdo con el principio de Non-refoulement establecido en el artículo 33 de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, la deportación debe de ser hacia la República de Nicaragua y no hacia Colombia. Este artículo prohíbe a los Estados signatarios devolver a un refugiado directa o indirectamente, a un país donde verá amenazadas su vida o su libertad. En el caso de marras, y como bien se indicó en el considerando tercero de la resolución recurrida, el menor de edad Jean Garlo Garavito Restrepo, si bien es cierto en Cosía Rica no ostenta el status migratorio de refugiado ni es solicitante del mismo en virtud de su renuncia al trámite, lo cierto es que el menor de dad es refugiado en la República de Nicaragua y en total apego al Sistema de Protección Internacional a los Refugiados, el Estado costarricense no puede obviar esta situación y deportarlo a su país de origen, a pesar de la manifestación expresa de su madre de querer volver a Colombia, lo anterior se explica lógicamente tomando en cuenta que si el menor de edad es refugiado en Nicaragua es porque en un momento determinado existió una valoración técnica que determinó la existencia de fundados temores de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opinión política hacia la misma. En virtud de lo anterior, lo procedente por parte de esta Dirección General, es deportar al menor de edad hacia la República de Nicaragua, por ostentar el status migratorio de Refugiado en ese país. Sobre la invocada solicitud de refugio bajo la figura del reasentamiento, se le debe indicar a la recurrente que esta no es la vía competente para diligenciar tal solicitud, ya que la misma deberá ser incoada en Nicaragua ante la agencia más cercana del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, en sus siglas ACNUR.

Cuarto.—Finalmente y para los efectos correspondientes, debe indicarse a la recurrente que consultado el sistema informático que al efecto lleva esta Dirección, no aparece solicitud de residencia alguna a nombre del menor de edad Jean Carlo Garavito Restrepo, de ahí que la resolución atacada se encuentre también en este extremo, adecuada a derecho. Por tanto:

Con base en lo expuesto y en los artículos 49, inciso c); 50, inciso c); 118, inciso 3) y 119, todos de la Ley General de Migración y 87 de su Reglamento, esta Dirección General resuelve: Declarar sin lugar el recurso de revocatoria presentado por la señora Adriana Alejandra Restrepo Espinoza en ejercicio de la patria potestad del menor de edad Jean Carlo Garavito Restrepo y confirmar en todos su extremos la resolución de esta Dirección General número 135-2005-1308-DPL PEM/DAO, de las nueve horas tres minutos de día treinta de noviembre del dos mil cinco, por haber sido la misma dictada conforme a derecho. Se admite la apelación subsidiaria, se cita y emplaza al recurrente para que haga valer sus derechos ante el superior jerárquico, para lo cual cuenta con tres días hábiles a partir del día hábil siguiente a la presente comunicación. Notifíquese.—Licenciado Mario Zamora Cordero, Director General.—(Solicitud Nº 69).—C-299495.—(53252).

SEGURIDAD PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Asesoría Jurídica.—Proceso de desalojos administrativos.—Se notifica mediante edicto, al no ser posible por medio común, según el artículo 241 inciso 4 de la Ley General de la Administración Pública, a Víctor Manuel Madrigal Acuña, la resolución “3175-07 DM. Ministerio de Seguridad Pública.—Despacho del Ministro.—San José, a las ocho horas del seis de agosto del dos mil siete. Gestión de desahucio administrativo promovida por Eric Gutiérrez Rojas, representante del Gran Hotel Costa Rica SRL contra Víctor Manuel Madrigal Acuña.

Resultando:

1º—Que el señor Gutiérrez Rojas, en la condición dicha, solicita el desahucio administrativo contra Víctor Madrigal Acuña, de la soda ubicada en el parqueo del Hotel Costa Rica, sito en la provincia de San José, avenida segunda, inscrito en el Registro de la Propiedad al Folio Real número 56116-000. (v.f 1).

2º—Que mediante informe registral el accionante demuestra el derecho de propiedad de su representada sobre el inmueble litigioso y con certificación notarial su poder de representación. También aporta fotocopia de las actas de clausura del local indicado dictadas por el Área Rectora de Salud de San José del Ministerio de Salud y la Municipalidad de San José. (v.f. 7 y 8).

3º—Que de acuerdo con lo dicho por el actor, el accionado continua ocupando el local indicado a pesar de que los entes citados ordenaron su clausura, razón por la cual el promovente acude a esta vía a solicitar su desalojo.

4º—Que se han tomado en cuenta las normas y términos de ley para ei dictado de la presente resolución.

Considerando:

1º—Que la presente solicitud se fundamenta en las resoluciones emitidas por la Municipalidad de San José y el Ministerio de Salud, quienes ordenaron la clausura del local de venta de comida que ocupa el accionado. Respecto de la clausura realizada por el Área de Salud de San José, el artículo 356 de la Ley General de Salud establece:

“...Se declaran medidas especiales, para los efectos señalados en el artículo anterior, la retención, el retiro del comercio o de la circulación, el decomiso, la desnaturalización y la destrucción de bienes materiales, la demolición y desalojo de viviendas y de otras edificaciones destinadas a otros usos, la clausura de establecimientos; la cancelación de permisos; la orden de paralización, destrucción o ejecución de obras, según corresponda; el aislamiento, observación e internación de personas afectadas o sospechosas de estarlo por enfermedades transmisibles; de denuncia obligatoria; el aislamiento o sacrificio de animales afectados o sospechosos de estarlo por epizootias de denuncia obligatoria...”

2º—Que en relación al procedimiento del desahucio administrativo, cuando se trata de órdenes sanitarias emitidas por el Ministerio de Salud, la Sala Constitucional resolvió:

“En este sentido, tal como afirmó el Ministro de Seguridad Pública en el informe rendido dentro del expediente Nº 00-005330-0007-CO, el cual también fue ofrecido como prueba para efectos de este proceso, las autoridades de salud son las competentes para determinar técnicamente si procede el desalojo y brindar los derechos de defensa a los afectados, y no es si no hasta que la decisión correspondiente ha adquirido firmeza, que, de ser necesario, se solicita el apoyo de la fuerza pública para ejecutar la orden respectiva, por lo que el Ministerio de Seguridad se limita a ejecutar una decisión administrativa que ya fue discutida ante las instancias competentes. Se declara sin lugar....” Voto Nº 2000-8002 de las 10:01 horas del 08-09-2000.

3º—Que con fundamento en la legislación y la jurisprudencia que han sido objeto del presente estudio, por tratarse de un desahucio basado en una orden sanitaria, se debe acoger la presente solicitud de desahucio administrativo. Por tanto,

EL DESPACHO DEL MINISTRO, RESUELVE:

Acoger la gestión de desahucio administrativo promovida por Eric Gutiérrez Rojas, en la condición, contra Víctor Manuel Madrigal Acuña. En consecuencia con apego a lo dispuesto por el artículo ocho de la Ley General de Policía, se autoriza a la policía del lugar para que proceda al desahucio según lo solicitado. De previo a ejecutar la presente resolución se otorgará al demandado un plazo de tres días hábiles, con el fin de que voluntariamente desaloje el inmueble de que se trata. Caso contrario se procederá al desalojo. Notifíquese: Expediente Nº 2909-07. Lic. Fernando Berrocal Soto, Ministro de Seguridad Pública”. Expediente Nº 2909-07. Notifíquese.

Proceso de Desalojos Administrativos.—Lic. Ovidio Paniagua Ortiz, Jefe a. í.—Nº 43370.—(78348).

DEPARTAMENTO DISCIPLINARIO LEGAL

SECCIÓN DE INSPECCIÓN POLICIAL

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Auto de apertura de causa administrativa disciplinaria Nº 449-IP-07.—San José, a las diez horas del veintinueve de agosto del dos mil siete. De conformidad con lo ordenado en los artículos 211, 214 y 241, siguientes relacionados y concordantes de la Ley General de Administración Pública, 10 de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública, y 1º y 3º del Decreto Ejecutivo Nº 28856-SP, publicado en La Gaceta Nº 163 del día 25 de agosto del 2000, procede este Despacho en esta vía a iniciar procedimiento administrativo ordinario laboral Nº 449-IP-07, en contra del señor Gerardo Rodríguez Morales, cédula de identidad Nº 3-258-842, funcionario de la Policía de Proximidad de Limón, a quien resultó materialmente imposible notificar personalmente por ignorarse su actual domicilio, a efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria que le pueda caber por los hechos que se le imputan, a saber: Supuesto ausentismo laboral a partir del 12 de marzo del 2007; lo cual, en caso de comprobarse, podría generar el despido por causa justificada y la correspondiente compulsión al pago del salario equivalente a las jornadas no laboradas. Para los anteriores efectos, recávese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndosele saber al referido encartado que este Órgano Director ha ordenado realizar una audiencia oral y privada, a celebrarse en la Sección de Inspección Policial del Ministerio de Seguridad Pública, ubicada en el tercer piso del Módulo Valverde Vega, frente al Colegio Castro Madriz, Barrio Córdoba de esta Capital, a partir de las 08:30 horas del decimoquinto día hábil contado a partir de la tercera publicación del presente acto, en donde será atendido por el licenciado José luis Araya Leandro, abogado asignado al caso, para tal efecto. Dicho inculpado deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado de su elección durante todo el proceso. En tal sentido se le hace saber al aludido inculpado que dicha comparecencia será el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba y los alegatos pertinentes; pudiendo aportar prueba escrita con antelación a dicha comparecencia. Asimismo se le hace de su conocimiento que en contra de ésta resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en subsidio, a interponer ante el Órgano Director que dicta ésta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la tercera publicación de este acto. Se le advierte igualmente al señor Rodríguez Morales, que debe señalar lugar o medio en donde atender futuras notificaciones, caso contrario se le tendrán por notificadas las resoluciones emitidas por este Despacho con el solo transcurso de 24 horas. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y fotocopiada en este Despacho en días y horas hábiles a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para éste Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado, de la información que aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Lic. Leticia Loría Gutiérrez, Jefa a. í.—(Solicitud Nº 13594).—C-79945.—(79565).

Auto de apertura de causa administrativa disciplinaria Nº 901-IP-07.—San José, a las nueve horas con treinta minutos del treinta de agosto del dos mil siete. De conformidad con lo ordenado en los artículos 211, 214 y 241, siguientes relacionados y concordantes de la Ley General de Administración Pública, 10 de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública, y 1º y 3º del Decreto Ejecutivo Nº 28856-SP, publicado en La Gaceta Nº 163 del día 25 de agosto del 2000, procede este Despacho en esta vía a iniciar procedimiento administrativo ordinario laboral Nº 901-IP-07, en contra de del señor Francisco Cabezas Ramírez, cédula de identidad Nº 2-299-607, funcionario de la Policía de Proximidad de Grecia, a quien resultó materialmente imposible notificar personalmente por ignorarse su actual domicilio, a efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria que le pueda caber por los hechos que se le imputan, a saber: Supuestas ausencias laborales los días 6, 8, 14, 17, 21, 22 de junio del 2007; y supuesto ausentismo laboral a partir del 26 de junio del 2007; lo cual, en caso de comprobarse, podría generar el despido por causa justificada y la correspondiente compulsión al pago del salario equivalente a las jornadas no laboradas. Para los anteriores efectos, recávese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndosele saber al referido encartado que este Órgano Director ha ordenado realizar una audiencia oral y privada, a celebrarse en la Sección de Inspección Policial del Ministerio de Seguridad Pública, ubicada en el tercer piso del Módulo Valverde Vega, frente al Colegio Castro Madriz, Barrio Córdoba de esta Capital, a partir de las 10:30 horas del decimoquinto día hábil contado a partir de la tercera publicación del presente acto, en donde será atendido por el licenciado José Luis Araya Leandro, abogado asignado al caso, para tal efecto. Dicho inculpado deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado de su elección durante todo el proceso. En tal sentido se le hace saber al aludido inculpado que dicha comparecencia será el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba y los alegatos pertinentes; pudiendo aportar prueba escrita con antelación a dicha comparecencia. Asimismo se le hace de su conocimiento que en contra de ésta resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en subsidio, a interponer ante el Órgano Director que dicta ésta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la tercera publicación de este acto. Se le advierte igualmente al señor Cabezas Ramírez, que debe señalar lugar o medio en donde atender futuras notificaciones, caso contrario se le tendrán por notificadas las resoluciones emitidas por este Despacho con el solo transcurso de 24 horas. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y fotocopiada en este Despacho en días y horas hábiles a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para este Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Lic. Leticia Loría Gutiérrez, Jefa a. í.—(Solicitud Nº 13594).—C-79955.—(79566).

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA

Por no lograr ubicar por los medios idóneos el domicilio actual del señor Roberto Araya Campos, con representación judicial y extrajudicial de la empresa Araya y Bonilla Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-156810, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública se procede a notificar por medio de edicto la resolución, N° 42-07 y dice: Dirección General de Hacienda. Ministerio de Hacienda San José a las doce horas y cincuenta minutos del veinticinco de mayo del dos mil siete. Traslado de cargos y citación a comparecencia para iniciar procedimiento administrativo en que se pretende determinar si procede o no declarar la ineficacia de la nota de exoneración N° 07427, de fecha 09 de abril de 2003, a la vez cobrar los impuestos dejados de cancelar en virtud de la misma; todo ello según lo estipulan los artículos 37 y siguientes de la Ley Reguladora de todas las Exoneraciones Vigentes, su Derogatoria y excepciones, N° 7293 del 31 de marzo de 1992. Se cita a comparecencia oral y privada al señor Roberto Araya Campos, apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa Araya y Bonilla Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-156810, a efecto de que se ejerza el correspondiente derecho de defensa que le asiste, ante la pretensión de la Administración de declarar ineficaz la Nota de exoneración N° 07427, del 09 de abril de 2003, emitida en beneficio de dicha empresa, con fundamento en los siguientes hechos.  Que según resolución N° 048-2007 emitida por el Ministerio de Hacienda a las ocho horas del diecinueve de enero del dos mil siete, para el trámite correspondiente la empresa presentó los siguientes documentos: 1) certificación N° 435656, extendida por el Registro Nacional de la Propiedad de Bienes Muebles el día 2 de abril del 2003, en la cual se indican las siguientes características generales del vehículo placa EE 017520, marca Caterpillar, estilo 950, N° de motor 78P55075 y de carrocería agropecuaria, cuyo propietario es Araya y Bonilla S.A. (Folio 04 y 05) a) certificación notarial del Lic. Mario García Rojas, donde certifica que el señor Roberto Araya Campos, cédula 2-298-850, es presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada Araya y Bonilla S. A. cedula jurídica 3-101-156810. (folio 05) b) Fotocopia de la cédula de identidad del señor Roberto Araya Campos, representante legal de la empresa en cuestión. (folio 05) 2) Así mismo la resolución citada menciona lo siguiente: a) Que el día 3 de abril de 2003, la compañía Araya y Bonilla S. A., cédula jurídica número 3-101-156810, solicita al Departamento de Exenciones, a través del formulario EIF008-98 “Solicitud y autorización de exoneración de impuestos sobre la propiedad y a la transferencia de vehículos automotores de uso agrícola” la exoneración del Impuesto sobre la Propiedad para el vehículo placa EE017520, que a esa fecha era de su propiedad, con fundamento a la Ley 7396 y al artículo 9 y 13 de la Ley 7088. (folio 04) b) Que de acuerdo al informe INF-DGAI-014-2005 “Informe de especial de relación de hechos, relativo a la nota de exoneración N° 07427, emitida el 9 de abril del 2003, al amparo de la Ley 7396, sobre los derechos de inscripción de maquinaria agrícola” de la Auditoría Interna; no se presenta el original de la personería jurídica, ni la fotocopia de la cédula jurídica de dicha sociedad; siendo estos requisitos establecidos para la exoneración del impuesto a la propiedad y traspaso de equipo agrícola. (folio 04 y 05) 3) Que en el caso bajo examen se pone en evidencia una trasgresión a la normativa vigente en materia de exoneraciones, siendo que los requisitos formales establecidos para la solicitud de exoneración de impuestos, presentados por la empresa Araya y Bonilla S. A. están incompletos al no presentarse el original de la personería jurídica, ni la fotocopia de la cédula jurídica; así mismo se presenta una inconsistencia ya que la certificación N° 048138 del 2 de abril de 2003 expedida por el Registro Público de la Propiedad de Bienes Muebles indica para el vehículo placa EE 17520 en sus características “carrocería AGROPECUARIO” y en la certificación N° 4241875 del 25 de abril de 2005 y del mismo vehículo indica “carrocería OBRAS CIVILES”, por lo tanto se presume una actuación que refleja el no cumplimiento de requisitos y fines que pretende las normas referentes a los bienes exonerados, encontrándose acorde con lo dispuesto por el artículo 37 y siguientes de la Ley N° 7293, Ley Reguladora de todas las Exoneraciones Vigentes, su Derogatoria y Excepciones, que en lo que interesa establece: Artículo 37.—De la eficacia de la exención. En cuanto a su eficacia, las exenciones tributarias que se mencionan como vigentes en la presente ley y las demás que se incorporen al ordenamiento jurídico, están condicionadas, de manera resolutoria, al pleno acatamiento de los preceptos, requisitos y fines que regulan el otorgamiento, así como al correcto uso y destino previsto, de los bienes y servicios sobre los que haya recaído la exención que disfruta determinado sujeto. (El resaltado es nuestro). 4) Por lo que se presume un disfrute indebido, siendo que para el otorgamiento del beneficio fiscal, la empresa de marras no cumplió con los requisitos formales establecidos por el Departamento de Exenciones. Esta situación trae como consecuencia que la empresa legalmente no le asiste el derecho para el disfrute de la exención. Así las cosas, de conformidad con la Ley N° 7293, existe una condición resolutoria que faculta a la Administración para declarar la ineficacia de la Nota de exoneración N° 07427 de 9 de abril de 2003, por cuanto se han inobservado los requisitos formales que regulan el otorgamiento del beneficio y proceder al cobro de la obligación tributaria emergente, la cual en el presente caso asciende en el caso de marras al monto de doscientos cincuenta y seis mil novecientos setenta colones con cero céntimos (¢256.970,00) desglosados de la siguiente manera: Año 2003 por un monto ¢ 84.300,00 Año 2004 por un monto ¢ 84.300,00 Año 2005 por un monto ¢ 88.370,00 Total ¢ 256.970,00. Es importante traer a colación que aún en el hecho de tratarse de una exoneración posterior al año 1992, no procede el cobro de los intereses estipulados en el artículo 41 de la Ley 7293 ya que no se cuenta en este caso con la fecha de aceptación de la póliza de desalmacenaje, esto por cuanto se trata del impuesto a la propiedad establecido en el artículo 9 inc a) de la Ley 7088 y del impuesto a la transferencia de vehículos estipulado en el artículo 13 de dicha ley. Ahora bien, se debe indicar, que mientras no se subsane esa situación, el monto dejado de pagar por el impuesto antes citado, se va a incrementar durante el tiempo en que se disfrute de la exención para el vehículo indicado con carrocería “obras civiles” ya que según lo establecido en el artículo 9 inc a) y artículo 13 de la Ley 7088 la dispensa es otorgada por una única vez. Celebración de la comparecencia: La Comparecencia se llevará a cabo a las diez horas y treinta minutos del día jueves veintinueve de noviembre del 2007, en el Despacho de la Directora General de Hacienda, sita, segundo piso, edificio sede Central del Ministerio de Hacienda, diagonal al Teatro Nacional, Avenida 2a, calle 3a. La misma será oral y privada. Se realizará de acuerdo con lo que estipula el artículo 39 de la Ley Reguladora de todas las Exoneraciones vigentes, su Derogatoria y Excepciones, N° 7293 del 31 de marzo de 1992 y los artículos 309 al 319 de la Ley General de la Administración Pública. El administrado deberá comparecer personalmente, y si lo desea podrá hacerse acompañar de un abogado. Se emplaza a la parte a comparecer a la hora y fecha arriba indicados, así como se le previene que debe aportar documento donde haga constar el poder otorgado. Se advierte que la ausencia a la comparecencia no impedirá que esta se lleve cabo, evacuándose la prueba que haya sido aportada con antelación al expediente por la parte ausente. De conformidad con el artículo 39 párrafo segundo de la Ley N° 7293, supra citada, se emplaza a la parte con al menos treinta días hábiles. De no presentarse a la audiencia, salvo causa justificada, el procedimiento continuará y se resolverá con los elementos contenidos en el expediente. Ofrecimiento de pruebas: Se le hace saber a la parte que la admisión y evacuación de la prueba testimonial, documental o cualquier otra será en la comparecencia oral y privada, por lo tanto, se le previene que toda la prueba que tenga en su poder en relación con este asunto, deberá ofrecerla y aportarla ante esta Dirección en el mismo acto de la comparencia o bien en fecha anterior, en cuyo caso deberá hacerlo por escrito, en concordancia con el artículo 309 de la Ley General de Administración Pública, lo anterior bajo pena de caducidad de ese derecho, en el mismo entendido de no recibir ninguna prueba fuera de los plazos indicados, declarándose la misma inevacuable o inadmisible, excepto la que se ordene de oficio o a petición de parte como prueba para mejor resolver, por considerarse indispensable para el establecimiento de la verdad real de los hechos. Renuncia a la comparencia y aceptación de la determinación: Se le hace saber a Araya y Bonilla S. A. que puede renunciar al plazo de 30 días hábiles que confiere el artículo 39 de la Ley N° 7293 referentes a la comparecencia. Si así lo tuviera a bien, por medio de nota escrita en la cual renuncie al plazo y demuestre su aceptación de la determinación hecha por la Administración en cuanto al monto de la obligación tributaria e intereses, solicitando la elaboración del Entero de Gobierno por el monto adeudado, así como, la finalización del procedimiento y archivo del caso. Acceso al expediente: Se le comunica a la parte que tiene acceso al expediente administrativo, que consta de 45 folios el tomo I y 162 folios el tomo II. La mencionada documentación se encuentra en poder de la Asesoría Jurídica de la Dirección General de Hacienda, sita en el segundo piso del edificio del antiguo Banco Anglo, diagonal al Teatro Nacional. Señalamiento para oír notificaciones: Se le previene a la parte que tiene el deber de señalar lugar físico o medio donde atender notificaciones advirtiéndole que de no hacerlo o en caso de que el lugar señalado fuere impreciso, incierto o no existiere, las resoluciones que se dicten se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas. Notifíquese por edicto.—Carole Quesada Rodríguez, Directora General de Hacienda.—1 vez.—(Solicitud Nº 16066).—C-76320.—(78717).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RMT-627 de las ocho horas del día 16 de julio del 2007, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-857-2007 de sesión celebrada en San José, a las diez horas del día 20 de diciembre del 2006, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Badilla Guillén Flor María, cédula de identidad Nº 9-064-384, a partir del día 1º de agosto del 2006; por la suma de sesenta y cinco mil cuatrocientos treinta y cuatro colones con trece céntimos (¢ 65.434,13); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Francis Zúñiga González, Director.—1 vez.—(78447).

De conformidad con resolución RMT-719 de las ocho horas del día 24 de julio del 2007, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-2845-2007 de sesión celebrada en San José, a las diez horas del día 2 de mayo del 2007, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Mayorga Ovares Arminta c.c. Araminta Mayorga Ovares, cédula de identidad Nº 2-152-652, a partir del día 16 de diciembre del 2006; por la suma de sesenta y cinco mil cuatrocientos treinta y cuatro colones con trece céntimos (¢ 65.434,13); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Francis Zúñiga González, Director.—1 vez.—(78479).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

DIRECCIÓN REGIÓN ATLÁNTICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se hace saber a María de los Ángeles Ulate Sánchez, cédula 7-090-931, que se ha iniciado procedimiento administrativo de revocatoria de adjudicación y anulación de título de propiedad en su contra, según expediente administrativo número 342 m, en el cual se ha dictado la resolución que dice: Instituto de Desarrollo Agrario, Dirección Región Huetar Atlántica, Batán, a las catorce horas del día veinticinco de julio del año dos mil siete. Con fundamento en la Ley de Tierras y Colonización número 2825 y sus reformas, Ley del Instituto de Desarrollo Agrario número 6735, el procedimiento indicado en el artículo 36 del Reglamento Autónomo para la Selección de Beneficiarios, el Reglamento Autónomo del Procedimiento Administrativo publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 15 de diciembre de 1995, en la Ley General de la Administración Pública y el Código Procesal Civil, se tiene por establecido el presente proceso administrativo de revocatoria de adjudicación y anulación de título de propiedad, contra María de los Ángeles Ulate Sánchez, cédula 7-090-931, adjudicataria del lote número 32 del Asentamiento Miraflores, inscrito en el Registro Público, partido de Limón Folio Real matrícula Nº 80587-000. De previo a resolver lo que corresponda en las presentes diligencias administrativas, se concede audiencia, por el término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, para que se apersone ante esta Dirección Regional en defensa de sus derechos y ofrezca pruebas de descargo. Se le previene que debe comparecer personalmente y no por medio de apoderado, asimismo que en el mismo acto de la comparecencia o en fecha anterior, en cuyo caso deberá hacerse por escrito, podrán aportarse las pruebas que consideren oportunas y hacer los alegatos que estime pertinentes, so pena de caducidad de tal derecho, y en el entendido de que no le serán recibidos en fecha posterior a la señalada. Se pone en conocimiento de la administrada el expediente administrativo Nº 342 m que contiene los siguientes documentos: Oficio ORB-510-07 y anexos, el cual se encuentra en las oficinas de la Dirección Regional Huetar Atlántica, sita en Batán, Matina, Limón, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, que podrán revisar y fotocopiar dentro del horario normal del Instituto. Se le previene del señalamiento de casa u oficina dentro del perímetro de Batán, donde atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas con el transcurso de 24 horas. Se hace del conocimiento de la administrada que el proceso se instruye por incumplimiento de los artículos 66 y 68, inciso 4), párrafo b), de la Ley de Tierras y Colonización número 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, por el abandono injustificado del lote adjudicado. Por su naturaleza se califica el presente proceso como ordinario. Por desconocerse el domicilio de los administrados publíquese 2 veces en el Diario Oficial La Gaceta.—Dirección Región Huetar Atlántica.—Marjorie Calderón Campos, Órgano Director.—(78433).

Se hace saber a Rafael Ángel Batista Carrillo, cédula 6-125-119 y Zoraida Chávez Alvarado, cédula 3-310-581, que se ha iniciado procedimiento administrativo de revocatoria de adjudicación y anulación de título de propiedad en su contra, según expediente administrativo número 335 m, en el cual se ha dictado la resolución que dice: Instituto de Desarrollo Agrario, Dirección Región Huetar Atlántica, Batán, a las catorce horas del día veinticinco de julio del año dos mil siete. Con fundamento en la Ley de Tierras y Colonización número 2825 y sus reformas, Ley del Instituto de Desarrollo Agrario número 6735, el procedimiento indicado en el artículo 36 del Reglamento Autónomo para la Selección de Beneficiarios, el Reglamento Autónomo del Procedimiento Administrativo publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 15 de diciembre de 1995, en la Ley General de la Administración Pública y el Código Procesal Civil, se tiene por establecido el presente proceso administrativo de revocatoria de adjudicación y anulación de título de propiedad, contra Rafael Ángel Batista Carrillo, cédula 6-125-119 y Zoraida Chávez Alvarado, cédula 3-310-581, adjudicatarios del lote número 41 del Asentamiento Miraflores, inscrito en el Registro Público, partido de Limón Folio Real matrícula Nº 80600-001/002. De previo a resolver lo que corresponda en las presentes diligencias administrativas, se concede audiencia, por el término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, para que se apersonen ante esta Dirección Regional en defensa de sus derechos y ofrezcan pruebas de descargo. Se les previene que deben comparecer personalmente y no por medio de apoderado, asimismo que en el mismo acto de la comparecencia o en fecha anterior, en cuyo caso deberá hacerse por escrito, podrán aportarse las pruebas que consideren oportunas y hacer los alegatos que estimen pertinentes, so pena de caducidad de tal derecho, y en el entendido de que no le serán recibidos en fecha posterior a la señalada. Se pone en conocimiento de los administrados el expediente administrativo Nº 336 m que contiene los siguientes documentos: Oficio ORB-506-07 y anexos, el cual se encuentra en las oficinas de la Dirección Regional Huetar Atlántica, sita en Batán, Matina, Limón, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, que podrán revisar y fotocopiar dentro del horario normal del Instituto. Se les previene el señalamiento de casa u oficina dentro del perímetro de Batán, donde atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas con el transcurso de 24 horas. Se hace del conocimiento de los administrados que el proceso se instruye por incumplimiento de los artículos 66 y 68, inciso 4), párrafo b), de la Ley de Tierras y Colonización número 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, por el abandono injustificado del lote adjudicado. Por su naturaleza se califica el presente proceso como ordinario. Por desconocerse el domicilio de los administrados publíquese 2 veces en el Diario Oficial La Gaceta.—Dirección Región Huetar Atlántica.—Marjorie Calderón Campos, Órgano Director.—(78434).

Se hace saber a María Isabel Flores Mora, cédula 6-158-687, que se ha iniciado procedimiento administrativo de revocatoria de adjudicación y anulación de título de propiedad en su contra, según expediente administrativo número 337 m, en el cual se ha dictado la resolución que dice: Instituto de Desarrollo Agrario, Dirección Región Huetar Atlántica, Batán, a las catorce horas del día veinticinco de julio del año dos mil siete. Con fundamento en la Ley de Tierras y Colonización número 2825 y sus reformas, Ley del Instituto de Desarrollo Agrario número 6735, el procedimiento indicado en el artículo 36 del Reglamento Autónomo para la Selección de Beneficiarios, el Reglamento Autónomo del Procedimiento Administrativo publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 15 de diciembre de 1995, en la Ley General de la Administración Pública y el Código Procesal Civil, se tiene por establecido el presente proceso administrativo de revocatoria de adjudicación y anulación de título de propiedad contra María Isabel Flores Mora, cédula 6-158-687, adjudicataria del lote número 17 del Asentamiento Miraflores, inscrito en el Registro Público, partido de Limón Folio Real matrícula Nº 80580-000. De previo a resolver lo que corresponda en las presentes diligencias administrativas, se concede audiencia, por el término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, para que se apersonen ante esta Dirección Regional en defensa de sus derechos y ofrezcan pruebas de descargo. Se le previene que debe comparecer personalmente y no por medio de apoderado, asimismo que en el mismo acto de la comparecencia o en fecha anterior, en cuyo caso deberá hacerlo por escrito, podrá aportar las pruebas que considere oportunas y hacer los alegatos que estime pertinentes, so pena de caducidad de tal derecho, y en el entendido de que no le será recibidos en fecha posterior a la señalada. Se pone en conocimiento de la administrada el expediente administrativo Nº 339 m que contiene los siguientes documentos: Oficio ORB-502-07 y anexos, el cual se encuentra en las oficinas de la Dirección Regional Huetar Atlántica, sita en Batán, Matina, Limón, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, que podrán revisar y fotocopiar dentro del horario normal del Instituto. Se les previene el señalamiento de casa u oficina dentro del perímetro de Batán, donde atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas con el transcurso de 24 horas. Se hace del conocimiento de los administrados que el proceso se instruye por incumplimiento de los artículos 66 y 68, inciso 4), párrafo b), de la Ley de Tierras y Colonización número 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, por el abandono injustificado del lote adjudicado. Por su naturaleza se califica el presente proceso como ordinario. Por desconocerse el domicilio de los administrados publíquese 2 veces en el Diario Oficial La Gaceta.—Dirección Región Huetar Atlántica.—Marjorie Calderón Campos, Órgano Director.—(78436).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Resolución RRG-7082-2007.—San José, a las 9:00 horas del 30 de agosto del año dos mil siete. Expediente Nº OT-182-2007.

Resultando:

I.—Que mediante resolución de la Autoridad Reguladora número RRG-3333-2004 de las 15:30 horas del 12 de febrero del 2004, publicada en La Gaceta Nº 36 del 20 de febrero del 2004, se faculta al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para que por los medios que estimen pertinentes, remueva como medida cautelar, los vehículos que se encuentren prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado, a la luz de lo establecido en los artículos 38 y 44 de la Ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.

II.—Que según boleta de citación número 2006-402035 que consta a folio 02, el día 3 de junio del 2007, se detuvo como medida cautelar conforme el artículo 44 de la ley 7593, el vehículo placa 318493, a Kevin Bell Ramírez, documento de identidad número 7-160-578.

III.—Que mediante oficio de la Dirección General de la Policía de Tránsito número UTCE-2007-149 del 14 de junio del 2007 que consta a folio 01, recibido en la Autoridad Reguladora el día 14 de junio del 2007, se remite la referida boleta de citación, con el fin de que se de inicio del procedimiento administrativo para la determinación de la verdad real de los hechos según boleta indicada.

IV.—Que el 27 de junio del 2007 se dio la apertura del procedimiento.

V.—Que mediante resolución RRG-6814-2007, de las 10:20 horas del 19 de julio del 2007, el Regulador General delegó el acto de la firma de levantamiento de medidas cautelares en el Director de la Asesoría Jurídica o de quien ejerza el cargo.

Considerando:

I.—Conforme el artículo 38.d) de la ley 7593, es competencia de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, sancionar, cumpliendo con el procedimiento administrativo y el debido proceso, a quien suministre un servicio público sin la correspondiente autorización.

II.—Que conforme el artículo 44 de la ley 7593, es legítima la acción de retener el vehículo con el que se presta de manera ilegal el servicio.

III.—Que mediante los dictámenes C-083-2007, C-041-2005, C-252-2002 y C-055-2001, la Procuraduría General de la República ha indicado que la detención del vehículo representa una medida cautelar y no sancionatoria, que se aplica de manera excepcional con el único fin de garantizar la presencia del investigado en el procedimiento.

IV.—Que en el mismo sentido, la Sala Constitucional ha emitido los votos 5149-93, 7190-94, 4184-2000, 3372-2000 y 9197-2001, mediante los cuales ha establecido que la medida cautelar, además de ser de carácter temporal, debe estar amparada al principio de razonabilidad, indicando que el plazo prudencial para que la administración instruya el proceso principal es de un mes a partir de iniciada la medida cautelar, así como los dos meses establecidos en la Ley General de la Administración Pública para la tramitación del procedimiento.

V.—Que de conformidad con los resultados y considerandos que preceden, siendo que en el presente asunto, no ha sido posible resolver con acto final el presente asunto, lo procedente es levantar la medida cautelar decretada sobre el vehículo en cuestión, tal y como se dispone; Por tanto,

Con fundamento en el artículos 44, 57.b, 57.e y 57.g de la Ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos,

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:

Levantar la medida cautelar decretada contra el vehículo placa 318493, detenido por boleta número 2006-402035 para lo cual se le ordena a la Dirección General de Tránsito del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se sirva devolverlo al señor Kevin Bell Ramírez, antes señalado o al propietario registral de ese vehículo o a quien ostente justo título para ello.

Notifíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13293).—C-73400.—(78058).

Resolución RRG-7063-2007.—San José, a las trece horas del 27 de agosto del año dos mil siete. Expediente OT-232-2007.

Considerando:

1º—Que mediante boleta número 2007-051156, el día 27 de julio del 2007, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 100480 por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos.

2º—Que según la boleta supra indicada, Miguel Ángel Gómez García, documento de identificación número 4-185-889, podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización.

3º—Que consultada la página electrónica del Registro Público de la Propiedad, el vehículo placa 100480 es propiedad de Vargas Rodríguez Noé, cédula 9-0043-0276.

4º—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.

5º—Que en virtud de la jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el artículo 57. b) y 58.e) de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decisor en dichos procedimientos ordinarios.

6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley General de la Administración Pública, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.

7º—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio del 2007, se delegó en el Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593. Por tanto,

Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la Administración Pública.

EL REGULADOR GENERAL DE LA AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, RESUELVE:

1º—Dar inicio al procedimiento administrativo contra Miguel Ángel Gómez García, en calidad de conductor y contra Vargas Rodríguez Noé en calidad de dueño registral del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el número OT-232-2007, nombrando como órgano director del procedimiento a Tatiana Quesada Espinoza, cédula 1-952-537 y Shirley Alfaro Alfaro, cédula 4-148-789, funcionarias de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, quienes actuaran en forma conjunta o separada, a fin de que realicen todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos denunciados según boleta 2007-051156, otorguen y vigilen el respeto al debido proceso y concedan, el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrán todas la competencias otorgadas en la Ley General de la Administración Pública como órgano director del procedimiento.

2º—Notifíquese a Miguel Ángel Gómez García, en calidad de conductor por medio de publicación tres veces en La Gaceta, ya que no consta en autos lugar o medio para recibir notificaciones y a Vargas Rodríguez Noé en calidad de propietario del vehículo 100480, por medio de cédula de notificación en su domicilio según consta en el Registro Público, Escobal de Atenas, Alajuela, costado este de la escuela, a quienes se les previene para que dentro del tercer día posterior a la notificación de este acto, señalen lugar, en las cercanías de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, o medio para recibir notificaciones, a efecto de comunicarles los actos emitidos en el presente procedimiento, bajo apercibimiento de que si no lo hicieren, éstos se tendrán por notificados con el transcurso de 24 horas después de emitidos.

Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13293).—C-88900.—(78059).

Resolución RRG-7051-2007.—San José, a las 11:30 horas del 27 de agosto  del año dos mil siete. Expediente Nº OT-240-2007.

Considerando:

1º—Que mediante  boleta número 2007-052448 del día 3 de agosto del 2007, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 459169 por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la Ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos.

2º—Que según la boleta supra indicada, Santos Quirós Martínez, documento de identificación número CR-0-000-013858, podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización.

3º—Que consultada la página electrónica del Registro Público de la Propiedad, el vehículo placa 459169  es  propiedad  de  Hollywood  Park S. A., cédula  Jurídica  Nº 3101250737.

4º—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.

5º—Que en virtud de la jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el artículo 57. b) y 58.e) de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decisor en dichos procedimientos ordinarios.

6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley General de la Administración Pública, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.

7º—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las  8:20 horas del 6 de julio del 2007, se delegó en el Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593. Por tanto,

Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la Administración Pública.

EL REGULADOR GENERAL DE LA AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, RESUELVE:

1º—Dar inicio al procedimiento administrativo contra Santos Quirós Martínez, en calidad de conductor y contra Hollywood Park S. A., en calidad de dueño registral del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el número OT-240-2007, nombrando como órgano director del procedimiento a Tatiana Quesada Espinoza, cédula 1-952-537 y Shirley Alfaro Alfaro, cédula 4-148-789, funcionarias de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, quienes actuaran en forma conjunta o separada, a fin de que realicen todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos denunciados según boleta 2007-052448, otorguen y vigilen el respeto al debido proceso y concedan el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrán todas la competencias otorgadas en la Ley General de la Administración Pública como órgano director del procedimiento.

2º—Notifíquese en calidad de conductor a Santos Quirós Martínez, por medio de publicación tres veces en La Gaceta, ya que no consta en autos lugar o medio para recibir notificaciones y a Hollywood Park S. A., en calidad de propietaria del vehículo 459169, por medio de cédula de notificación en su domicilio según consta en el Registro Público, Escazú del Minisuper la Primavera 700 norte y 75 oeste, a quienes se les previene para que dentro del tercer día posterior a la notificación de este acto, señalen lugar, en las cercanías de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, o medio para recibir notificaciones, a efecto de comunicarles los actos emitidos en el presente procedimiento, bajo apercibimiento de que si no lo hicieren, éstos se tendrán por notificados con el transcurso de 24 horas después de emitidos.

Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13293).—C-88900.—(78060).

Resolución RRG-7054-2007.—San José, a las 11:45 horas del 27 de agosto  del año dos mil siete. Expediente Nº OT-244-2007.

Considerando:

1º—Que mediante  boleta número 2007-048838 del día 3 de agosto del 2007, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 487868 por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos.

2º—Que según la boleta supra indicada, Javier Solís Badilla, documento de identificación número 1-771-239, podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización.

3º—Que consultada la página electrónica del Registro Público de la Propiedad, el vehículo placa 487868 es propiedad de Madrigal Villalobos German, documento de identificación número 3-0166-0885.

4º—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.

5º—Que en virtud de la jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el artículo 57. b) y 58.e) de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decisor en dichos procedimientos ordinarios.

6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley General de la Administración Pública, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.

7º—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio del 2007, se delegó en el Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593. Por tanto,

Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la Administración Pública.

EL REGULADOR GENERAL DE LA AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, RESUELVE:

1º—Dar inicio al procedimiento administrativo contra Javier Solís Badilla, en calidad de conductor y contra Madrigal Villalobos German, en calidad de dueño registral del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el número OT-244-2007, nombrando como órgano director del procedimiento a Tatiana Quesada Espinoza, cédula 1-952-537 y Shirley Alfaro Alfaro, cédula 4-148-789, funcionarias de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, quienes actuaran en forma conjunta o separada, a fin de que realicen todos los actos necesarios  para  averiguar  la  verdad  real de los  hechos denunciados según boleta 2007-048838, otorguen y vigilen el respeto al debido proceso y concedan el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrán todas la competencias otorgadas en la Ley General de la Administración Pública como órgano director del procedimiento.

2º—Notifíquese a Javier Solís Badilla, en calidad de conductor por medio de publicación tres veces en La Gaceta, dado que no consta en autos lugar o medio para recibir notificaciones. Así mismo se le previene para que dentro del tercer día posterior a la notificación de este acto, señale lugar, en las cercanías de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, o medio para recibir notificaciones, a efecto de comunicarle los actos emitidos en el presente procedimiento, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, éstos se tendrán por notificados con el transcurso de 24 horas después de emitidos. A Madrigal Villalobos German, se le aplicará lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 7637, ya que si bien ha actuado en el expediente en calidad de dueño registral del vehículo involucrado, no señaló lugar o medio para recibir notificaciones.

Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13293).—C-88900.—(78061).

Resolución RRG-7003-2007.—San José, a las catorce horas  del veintitrés  de agosto del dos mil siete.

Corrección de error material de la resolución RRG-5438-2005 que es el acto final del procedimiento administrativo seguido contra Omar Pérez Villalobos. Expediente Nº OT-336-2004.

Resultando:

I.—Que mediante resolución RRG-5251-2005 del 16 de diciembre del 2005, se inició procedimiento administrativo contra Omar Pérez Villalobos, cédula de residencia 2-463-708, por supuesta infracción al artículo 38 inciso d) de la Ley 7593.

II.—Que mediante resolución RRG-5438-2006 de las 12:00 horas del 20 de febrero del 2006, se encontró a Omar Pérez Villalobos, como infractor por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad taxi.

III.—Que en la resolución citada en el resultando anterior, en su parte resolutiva, se consignó por error el número de cédula del señor Omar Pérez Villalobos 1-0866-0931, siendo lo correcto el número 2-463-708, tal y como consta a folio 02.

Considerando único:

Que en la resolución RRG-5438-2006, en la parte resolutiva, se indica con evidente error material, el número de cédula del señor Omar Pérez Villalobos; no obstante, consta en autos el número correcto, situación que evidentemente no causa indefensión alguna a la parte. De acuerdo con  el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública, éste error es subsanable al indicar: “Artículo 157.—En cualquier tiempo podrá la Administración rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos.” Conforme la potestad dada por la Ley, esta Autoridad enmienda el error material, detectado en la resolución citada, en donde se indicó erróneamente su número de cédula. Por tanto,

Con fundamento en las facultades conferidas en el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública y la Ley 7593;

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:

Rectificar el error material detectado en la resolución RRG-5438-2006, para que en su parte resolutiva se lea correctamente el número de cédula del señor Omar Pérez Villalobos: “2-463-708”.

Notifíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13294).—C-76720.—(78062).

Resolución RRG-7005-2007.—San José, a las catorce y quince horas  del veintitrés  de agosto del dos mil siete.

Corrección de error material de la resolución RRG-4131-2004, que es el auto inicial del procedimiento y de la resolución RRG-5238-2005, que es el acto final dentro del procedimiento administrativo seguido contra Marvin Montero Pérez. Expediente Nº OT-351-2004.

Resultando:

I.—Que mediante resolución RRG-4131-2004 del 23 de noviembre del 2004, se inició procedimiento administrativo contra Marvin Montero Pérez, cédula 2-502-267, por supuesta infracción al artículo 38 inciso d) de la Ley 7593.

II.—Que mediante resolución RRG-5238-2005 de las 14:25 horas del 14 de diciembre del 2005, se encontró a Marvin Montero Pérez, como infractor por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad taxi.

III.—Que en la resolución RRG-4131-2004, que es la apertura del procedimiento administrativo, así como en la resolución citada en el resultando anterior y que es el acto final del procedimiento administrativo seguido contra el señor Marvin Montero Pérez, se  consignó por error el número de boleta de citación “2004-559376”, siendo lo correcto el número “2003-559303”, tal y como consta a folio 02.

Considerando único:

Que en la resolución RRG-4131-2004, que es la apertura del procedimiento administrativo, así como en la resolución RRG-5238-2005, que es el acto final del procedimiento administrativo seguido contra el señor Marvin Montero Pérez, se indica con un evidente error material, el número de boleta de citación; no obstante, consta en autos el número correcto, situación que evidentemente no causa indefensión alguna a la parte. De acuerdo con el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública, éste error es subsanable al indicar: “Artículo 157.—En cualquier tiempo podrá la Administración rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos.” Conforme la potestad dada por la Ley, esta Autoridad enmienda el error material detectado en la resoluciones RRG-4131-2004 y RRG-5238-2005, en donde se indicó erróneamente el número de boleta de citación. Por tanto,

Con fundamento en las facultades conferidas en el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública y la Ley 7593;

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:

Rectificar el error material detectado en la resoluciones RRG-4131-2004 y RRG-5238-2005, ambas del procedimiento administrativo seguido contra el señor Marvin Montero Pérez,  para que en las mismas sea lea correctamente el número de boleta de citación así: “2003-559303”.

Notifíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13294).—C-76720.—(78063).

Resolución RRG-7072-2007.—San José, a las once horas veinte minutos del veintinueve de agosto del dos mil siete.

Corrección de error material de la resolución RRG-4616-2005- que es el acto final del procedimiento administrativo seguido contra Marvin Eduardo Martínez Álvarez. Expediente Nº OT-19-2005.

Resultando:

I.—Que mediante resolución RRG-4616-2005 del 17 de mayo del 2005, se encontró al investigado, como infractor por prestación de servicio no autorizado de transporte público modalidad taxi.

II.—Que en la citada resolución, se consignó por error de digitación que el número de boleta de tránsito era “2004-419451”, siendo lo correcto “2004-407855” como consta a folio 02.

Considerando único:

En la resolución RRG-4616-2005 se indica, con un evidente error material, el número de boleta de tránsito. No obstante, consta en autos el número correcto, situación que evidentemente no causa indefensión alguna a la parte. Conforme el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública, éste error es subsanable al indicar:

“Artículo 157.—En cualquier tiempo podrá la Administración rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos.”

Conforme la potestad dada por  la Ley, esta Autoridad enmienda el error material de la resolución RRG-4616-2005, en donde se indicó mal el número de boleta. Por tanto,

Con fundamento en las facultades conferidas en el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública y la Ley 7593;

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:

Rectificar el error material de la resolución RRG-4616-2005 para que se lea correctamente el número de boleta de tránsito como “2004-407855”.

Notifíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13298).—C-47220.—(78064).

Resolución RRG-7073-2007.—San José, a las once horas veinticinco minutos del veintinueve del agosto de dos mil siete.

Corrección de error material de la resolución RRG-3802-2004- que es el acto final del procedimiento administrativo seguido contra Hugo Gómez Mesén. Expediente Nº OT-68-2004.

Resultando:

I.—Que mediante resolución RRG-3802-2004 del 4 de agosto del 2004, se encontró al investigado, como infractor por prestación de servicio no autorizado de transporte público modalidad taxi.

II.—Que en la citada resolución, se consignó por error de digitación en el resultando VI “Que el señor Hugo Gómez Mesén, quien conducía el vehículo placas 506148, señaló el fax 777-2730 para recibir notificaciones”, siendo lo correcto “Que el señor Marvin Pérez Jiménez, propietario del vehículo placas 506148, señaló el fax 777-2730” como consta a folio 05. Igualmente se digitó que el número de placa del vehículo es el “506146”, siendo lo correcto “506148”, como consta a folio 5.

Considerando único:

En la resolución RRG-3802-2004 se indica, con un evidente error material, que el señor Gómez Mesén señaló fax para notificaciones, así como se consignó mal el número de placa del vehículo. No obstante, consta en autos que el fax aportado lo señala el propietario del vehículo, asimismo consta en autos el número de placa correcto, situación que evidentemente no causa indefensión alguna a la parte. Conforme el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública, éste error es subsanable al indicar:

“Artículo 157.—En cualquier tiempo podrá la Administración rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos.”

Conforme la potestad dada por la Ley, esta Autoridad enmienda el error material de la resolución RRG-4286-2005, en donde se indicó mal el medio de notificaciones de la parte. Por tanto,

Con fundamento en las facultades conferidas en el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública y la Ley 7593;

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:

Rectificar el error material de la resolución RRG-3802-2004 para que se lea correctamente en el  resultado VI el nombre de la persona que señala medio de notificaciones como “Marvin Pérez Jiménez”, así como el número correcto de la placa del vehículo “506148”.

Notifíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13298).—C-47220.—(78065).

Resolución RRG-7075-2007.—San José, a las ocho horas diez minutos del treinta de agosto del dos mil siete.

Corrección de error material de la resolución del acto final del procedimiento administrativo seguido contra William Solano Marín. Expediente Nº OT-50-2005.

Resultando:

I.—Que mediante resolución RRG-4516-2005 del 1º de abril del 2005, se inició procedimiento administrativo contra William Solano Marín, cédula 1-681-579, por supuesta infracción al artículo 38 inciso d) de la Ley 7593.

II.—Que mediante resolución RRG-4716-2005 del 16 de junio del 2005, se encontró a William Solano Marín, como infractor por prestación no autorizada del servicio público de transporte remunerado de personas modalidad taxi.

III.—Que en la citada resolución, se consignó por error de digitación el número de resolución “RRG-4716-2005”, siendo lo correcto “RRG-4718-2205” según el Sistema de Atención al Usuario (Sau).

IV.—Asimismo, en la citada resolución en el resultando III., se consignó por error de digitación el número de cédula del investigado como “9-062-750”, siendo lo correcto “1-681-579” como consta en el expediente.

Considerando único:

En la resolución RRG-4716-2005 se indica, con un evidente error material, el número de expediente y el número de cédula del investigado. No obstante, consta en el Sau número de expediente y en el expediente el número de cédula correcto, situación que evidentemente no causa indefensión alguna a la parte. Conforme el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública, éste error es subsanable al indicar:

“Artículo 157.—En cualquier tiempo podrá la Administración rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos.”

Conforme la potestad dada por la Ley, esta Autoridad enmienda el error material de la resolución final, en donde se consigno mal el número de expediente y el número de cédula del infractor. Por tanto,

Con fundamento en las facultades conferidas en el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública y la Ley 7593;

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:

Rectificar el error material de la resolución del acto final para que se lea correctamente el número de resolución “RRG-4718-2205” y el número de cédula del infractor como “1-681-579”.

Notifíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13298).—C-65360.—(78066).

Resolución RRG-7088-2007.—San José, a las ocho horas quince minutos del treinta y uno de agosto del dos mil siete.

Resolución de corrección de error material de resolución RRG-4783-2005 emitida en el procedimiento administrativo seguido contra Ronny Castillo Fernández. Expediente Nº OT-087-2005.

Resultando:

I.—Que mediante resolución RRG-4783-2005 del 30 de junio del 2005, del procedimiento administrativo contra Ronny Castillo Fernández, cédula 1-1049-940, se encontró al investigado, como infractor por prestación de servicio no autorizado de transporte público modalidad taxi.

II.—Que en resolución RRG-4783-2005, se consignó por error de digitación como segundo apellido del investigado “Mora”.

Considerando único:

En resolución RRG-4783-2005, en su parte resolutiva, se indica, con un evidente error material, el segundo apellido del investigado. No obstante, consta en autos y en el resto de la resolución, el apellido correcto y su número de cédula, situación que evidentemente no causa indefensión alguna a la parte, por cuanto la parte interesada fue correctamente notificada de todo el procedimiento. Conforme el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública, éste error es subsanable al indicar:

“Artículo 157.—En cualquier tiempo podrá la Administración rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos.”

Conforme la potestad dada por la Ley, esta Autoridad enmienda el error material de la resolución RRG-4783-2005, acto en el cual se consignó se consignó mal el segundo apellido del investigado. Por tanto,

Con fundamento en las facultades conferidas en el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública y la Ley 7593;

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:

Rectificar el error material de la parte resolutiva de la resolución RRG-4783-2005 para que se lea correctamente como nombre del investigado “Ronny Castillo Fernández”.

Notifíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13299).—C-50840.—(78067).

Resolución RRG-7094-2007.—San José, a las 8:45 horas del 31 de agosto del 2007.

Corrección de error material de la resolución RRG-5178-2005 que es el acto final  del procedimiento administrativo seguido contra Fabián Eduardo Cajahuanca. Expediente Nº OT-262-2005.

Resultando:

I.—Que mediante resolución RRG-5178-2005 de las 7:00 horas del 6 de diciembre del 2005, se encontró al señor Fabián Eduardo Cajahuanca, como infractor por prestación de servicio no autorizado de transporte público modalidad taxi.

II.—Que en la citada resolución se encuentra mal consignado el apellido del señor Fabián Eduardo Cajahuanca, siendo el correcto “Cajahuanca” como consta a folio 02.

Considerando único:

En el auto de segunda intimación de pago se indica, con un evidente error material, el apellido del señor Fabián Eduardo Cajahuanca. No obstante, consta en autos el número correcto, situación que evidente no causa indefensión alguna a la parte. Conforme el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública, éste error es subsanable al indicar:

“Artículo 157.—En cualquier tiempo podrá la Administración rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos.”

Conforme la potestad dada por la Ley, esta Autoridad enmienda el error material del auto de segunda intimación, en el cual se consignó mal el apellido del señor Fabián Eduardo Cajahuanca. Por tanto,

Con fundamento en las facultades conferidas en el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública y la Ley 7593;

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:

Rectificar el error material de la resolución RRG-5178-2005, para que se lea correctamente el apellido del señor Fabián Eduardo Cajahuanca: “Cajahuanca”.

Notifíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13299).—C-50840.—(78068).

Requerimiento de pago.—San José, trece y quince horas del 31 de agosto del 2007. Expediente OT-37-2006.

Señor: Juan Antonio Rivas, cédula de residencia: CR 019000048. Domicilio: Guanacaste, La Cruz.

Se le insta para que cancele en el plazo de quince (15) días contados a partir del día siguiente a la notificación del presente acto, la multa por un monto de ¢1.001.000,00 (un millón mil colones exactos) que se le impuso mediante la resolución RRG-5626-2006 de las 10:30 horas del 5 de mayo del 2006, notificada por tres veces en el diario oficial La Gaceta Nº 105 del 1º de junio del 2006, de la Reguladora General, por prestación no autorizada de servicio público, que deberá depositar a favor de la Tesorería Nacional.

El pago de la multa deberá efectuarlo mediante el formulario de pago modelo D (110) en cualquier agencia bancaria recaudadora. Si ya hizo efectiva la cancelación sírvase aportar copia o enviar al fax 520-0209 la documentación correspondiente.

Se le advierte, que si no paga la multa que se le ha impuesto, la Tesorería Nacional podrá aplicar coercitivamente el presente acto administrativo, según los medios de ejecución administrativa establecidos en el articulo 149 de la Ley General de la Administración Pública y 166 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley 4755.

Dirección de Asesoría Jurídica.—Juan Manuel Quesada Espinoza, Director.—(Solicitud Nº 13300).—C-38200.—(78069).

Requerimiento de pago.—San José, quince horas veinticinco minutos del treinta y uno de agosto del 2007. Expediente OT-99-2007.

Señor: Ignis Alberto Guerrero Solórzano, cédula 7-150-686. Domicilio: No conocido en autos.

Se le insta para que cancele en el plazo de quince (15) días contados a partir del día siguiente a la notificación del presente acto, la multa por un monto de ¢1.273.000,00 (un millón doscientos setenta y tres mil colones exactos) que se le impuso mediante la resolución RRG-6797-2007 de las 15:15 horas del 30 de julio del 2007 del Regulador General, por prestación no autorizada de servicio público, que deberá depositar a favor de la Tesorería Nacional.

El pago de la multa deberá efectuarlo mediante el formulario de pago modelo D (110) en cualquier agencia bancaria recaudadora. Si ya hizo efectiva la cancelación sírvase aportar copia o enviar al fax 520-0209 la documentación correspondiente.

Se le advierte, que si no paga la multa que se le ha impuesto, la Tesorería Nacional podrá aplicar coercitivamente el presente acto administrativo, según los medios de ejecución administrativa establecidos en el articulo 149 de la Ley General de la Administración Pública y 166 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley 4755.

Dirección de Asesoría Jurídica.—Juan Manuel Quesada Espinoza, Director.—(Solicitud Nº 13300).—C-38200.—(78070).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

OT-284-2007.—Resolución RRG-7058-2007.—San José, a las 12:05 horas del 27 de agosto del año dos mil siete.

Considerando:

1º—Que mediante boleta Nº 2007-020125, el día 03 de agosto del 2007, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 462984 por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos.

2º—Que según la boleta supra indicada, Welmer Esquivel Chavarría, documento de identificación número 7-144-214, podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización.

3º—Que consultada la página electrónica del Registro Público de la Propiedad, el vehículo placa 462984 es propiedad de Welmer Esquivel Chavarría, documento de identificación Nº 7-144-214.

4º—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.

5º—Que en virtud de la jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el artículo 57. b) y 58.e) de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decidor en dichos procedimientos ordinarios.

6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley General de la Administración Pública, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.

7º—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593. Por tanto:

Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la Administración Pública.

EL REGULADOR GENERAL

DE LA AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, RESUELVE:

1º—Dar inicio al procedimiento administrativo contra Welmer Esquivel Chavarría, documento de identificación número 7-144-214, en calidad de conductor y de dueño registral del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el número OT-284-2007, nombrando como órgano director del procedimiento a Tatiana Quesada Espinoza, cédula Nº 1-952-537, funcionaria de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, a fin de que realice todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos denunciados según boleta 2007-020125, otorgue y vigile el respeto al debido proceso y otorgue el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrá todas la competencias otorgadas en la Ley General de la Administración Pública como órgano director del procedimiento.

2º—Notifíquese a Welmer Esquivel Chavarría, documento de identificación Nº 7-144-214, por medio de publicación tres veces en La Gaceta en virtud de no conocerse su domicilio ni existir en autos medio o lugar señalado para notificaciones, a quien se le previene para que dentro del tercer día posterior a la notificación de este acto, señale lugar, en las cercanías de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, o medio para recibir notificaciones, a efecto de comunicarle los actos emitidos en el presente procedimiento, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, éstos se tendrán por notificados con el transcurso de 24 horas después de emitidos.—Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13303).—C-83490.—(78723).

OT-191-2007.—Resolución RRG-7103-2007.—San José, a las 8:25 horas del 3 de setiembre del año dos mil siete.

Resultando:

I.—Que mediante resolución de la Autoridad Reguladora número RRG-3333-2004 de las 15:30 horas del 12 de febrero de 2004, publicada en La Gaceta Nº 36 del 20 de febrero de 2004, se faculta al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para que por los medios que estimen pertinentes, remueva como medida cautelar, los vehículos que se encuentren prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado, a la luz de lo establecido en los artículos 38 y 44 de la Ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.

II.—Que según boleta de citación Nº 2006-348716 que consta a folio 02, el día 11 de junio del 2007, se detuvo como medida cautelar conforme el artículo 44 de la ley 7593, el vehículo placa 570307, a Olman Hernández Portuguéz, documento de identidad Nº 6-301-773.

III.—Que mediante oficio de la Dirección General de la Policía de Tránsito número UTCE-2007-152 del 18 de junio del 2007 que consta a folio 01, recibido en la Autoridad Reguladora el día 18 de junio del 2007, se remite la referida boleta de citación, con el fin de que se de inicio del procedimiento administrativo para la determinación de la verdad real de los hechos según boleta indicada.

IV.—Que el 3 de julio del 2007 se dio la apertura del procedimiento.

V.—Que mediante resolución RRG-6814-2007, de las 10:20 horas del 19 de julio del 2007, el Regulador General delegó el acto de la firma de levantamiento de medidas cautelares en el Director de la Asesoría Jurídica o de quien ejerza el cargo.

Considerando:

I.—Conforme el artículo 38.d) de la ley 7593, es competencia de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, sancionar, cumpliendo con el procedimiento administrativo y el debido proceso, a quien suministre un servicio público sin la correspondiente autorización.

II.—Que conforme el artículo 44 de la ley 7593, es legítima la acción de retener el vehículo con el que se presta de manera ilegal el servicio.

III.—Que mediante los dictámenes C-083-2007, C-041-2005, C-252-2002 y C-055-2001, la Procuraduría General de la República ha indicado que la detención del vehículo representa una medida cautelar y no sancionatoria, que se aplica de manera excepcional con el único fin de garantizar la presencia del investigado en el procedimiento.

IV.—Que en el mismo sentido, la Sala Constitucional ha emitido los votos 5149-93, 7190-94, 4184-2000, 3372-2000 y 9197-2001, mediante los cuales ha establecido que la medida cautelar, además de ser de carácter temporal, debe estar amparada al principio de razonabilidad, indicando que el plazo prudencial para que la administración instruya el proceso principal es de un mes a partir de iniciada la medida cautelar, así como los dos meses establecidos en la Ley General de la Administración Pública para la tramitación del procedimiento.

V.—Que de conformidad con los resultados y considerandos que preceden, siendo que en el presente asunto, no ha sido posible resolver con acto final el presente asunto, lo procedente es levantar la medida cautelar decretada sobre el vehículo en cuestión, tal y como se dispone; Por tanto

Con fundamento en el artículos 44, 57.b, 57.e y 57.g de la Ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos,

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:

Levantar la medida cautelar decretada contra el vehículo placa 570307, detenido por boleta número 2006-348716 para lo cual se le ordena a la Dirección General de Tránsito del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se sirva devolverlo al señor Olman Hernández Portuguéz, antes señalado o al propietario registral de ese vehículo o a quien ostente justo título para ello. Notifíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13303).—C-83490.—(78724).

OT-192-2007.—Resolución RRG-7104-2007.—San José, a las 8:30 horas del 3 de setiembre del año dos mil siete.

Resultando:

I.—Que mediante resolución de la Autoridad Reguladora número RRG-3333-2004 de las 15:30 horas del 12 de febrero de 2004, publicada en La Gaceta Nº 36 del 20 de febrero de 2004, se faculta al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para que por los medios que estimen pertinentes, remueva como medida cautelar, los vehículos que se encuentren prestando el servicio público de transporte remunerado de personas, sin autorización del Estado, a la luz de lo establecido en los artículos 38 y 44 de la Ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.

II.—Que según boleta de citación número 2006-348298 que consta a folio 02, el día 11 de junio del 2007, se detuvo como medida cautelar conforme el artículo 44 de la ley 7593, el vehículo placa 216015, a Arnulfo Peña Agüero, documento de identidad número 1-216-960.

III.—Que mediante oficio de la Dirección General de la Policía de Tránsito número UTCE-2007-152 del 18 de junio del 2007 que consta a folio 01, recibido en la Autoridad Reguladora el día 18 de junio del 2007, se remite la referida boleta de citación, con el fin de que se de inicio del procedimiento administrativo para la determinación de la verdad real de los hechos según boleta indicada.

IV.—Que el 3 de julio del 2007 se dio la apertura del procedimiento.

V.—Que mediante resolución RRG-6814-2007, de las 10:20 horas del 19 de julio del 2007, el Regulador General delegó el acto de la firma de levantamiento de medidas cautelares en el Director de la Asesoría Jurídica o de quien ejerza el cargo.

Considerando:

I.—Conforme el artículo 38.d) de la ley 7593, es competencia de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, sancionar, cumpliendo con el procedimiento administrativo y el debido proceso, a quien suministre un servicio público sin la correspondiente autorización.

II.—Que conforme el artículo 44 de la ley 7593, es legítima la acción de retener el vehículo con el que se presta de manera ilegal el servicio.

III.—Que mediante los dictámenes C-083-2007, C-041-2005, C-252-2002 y C-055-2001, la Procuraduría General de la República ha indicado que la detención del vehículo representa una medida cautelar y no sancionatoria, que se aplica de manera excepcional con el único fin de garantizar la presencia del investigado en el procedimiento.

IV.—Que en el mismo sentido, la Sala Constitucional ha emitido los votos 5149-93, 7190-94, 4184-2000, 3372-2000 y 9197-2001, mediante los cuales ha establecido que la medida cautelar, además de ser de carácter temporal, debe estar amparada al principio de razonabilidad, indicando que el plazo prudencial para que la administración instruya el proceso principal es de un mes a partir de iniciada la medida cautelar, así como los dos meses establecidos en la Ley General de la Administración Pública para la tramitación del procedimiento.

V.—Que de conformidad con los resultados y considerandos que preceden, siendo que en el presente asunto, no ha sido posible resolver con acto final el presente asunto, lo procedente es levantar la medida cautelar decretada sobre el vehículo en cuestión, tal y como se dispone; Por tanto:

Con fundamento en el artículos 44, 57.b, 57.e y 57.g de la Ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos,

EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:

Levantar la medida cautelar decretada contra el vehículo placa 216015, detenido por boleta Nº 2006-348298 para lo cual se le ordena a la Dirección General de Tránsito del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se sirva devolverlo al señor Arnulfo Peña Agüero, antes señalado o al propietario registral de ese vehículo o a quien ostente justo título para ello. Notifíquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13303).—C-83490.—(78725).

OT-249-2007.—Resolución RRG-7107-2007.—San José, a las 10:10 horas del 03 de setiembre del año dos mil siete.

Considerando:

1º—Que mediante boleta número 2007-022465, el día 04 de agosto del 2007, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 355598 por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos.

2º—Que según la boleta supra indicada, Noel Gerardo Sibaja Delgado, cédula de identidad Nº 2-432-793, podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización.

3º—Que consultada la página electrónica del Registro Público de la Propiedad, el vehículo placa 355598 es propiedad de Luis Rodolfo Gabelman Serrano, cédula de identidad Nº 9-043-301.

4º—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.

5º—Que en virtud de la jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el artículo 57. b) y 58.e) de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decidor en dichos procedimientos ordinarios.

6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley General de la Administración Pública, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.

7º—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593. Por tanto:

Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la Administración Pública.

EL REGULADOR GENERAL

DE LA AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, RESUELVE:

1º—Dar inicio al procedimiento administrativo contra Noel Gerardo Sibaja Delgado, cédula Nº 2-432-793 en calidad de conductor y Luis Rodolfo Gabelman Serrano, cédula de identidad Nº 9-043-301, en calidad de dueño registral del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el número OT-249-2007, nombrando como órgano director del procedimiento a Tatiana Quesada Espinoza, cédula Nº 1-952-537, funcionaria de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, a fin de que realice todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos denunciados según boleta 2007-022465, otorgue y vigile el respeto al debido proceso y otorgue el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrá todas la competencias otorgadas en la Ley General de la Administración Pública como órgano director del procedimiento.

2º—Notifíquese a Noel Gerardo Sibaja Delgado, cédula Nº 2-432-793 en calidad de conductor en aplicación del artículo 12 de la Ley de Notificaciones por no haber señalado medio o lugar para notificaciones en el primer escrito presentado, y a Luis Rodolfo Gabelman Serrano, cédula de identidad Nº 9-043-301 por medio de publicación por tres veces en La Gaceta, a quienes se les previene para que dentro del tercer día posterior a la notificación de este acto, señalen lugar, en las cercanías de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, o medio para recibir notificaciones, a efecto de comunicarles los actos emitidos en el presente procedimiento, bajo apercibimiento de que si no lo hicieren, éstos se tendrán por notificados con el transcurso de 24 horas después de emitidos. Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13303).—C-83490.—(78726).

OT-291-2007.—Resolución RRG-7169-2007.—San José, a las 14:15 horas del 5 de setiembre del año dos mil siete.

Considerando:

1º—Que mediante boleta Nº 2007-020543, el día 10 de agosto del 2007, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 521804 por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos.

2º—Que según la boleta supra indicada, Moscoso Jiménez Roxana, documento de identificación Nº 2-289-1307, podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización.

3º—Que consultada la página electrónica del Registro Público de la Propiedad, el vehículo placa 521804 es propiedad de Montes Madrigal Olman Ángel, cédula Nº 1-814-929.

4º—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.

5º—Que en virtud de la jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el artículo 57. b) y 58.e) de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decidor en dichos procedimientos ordinarios.

6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley General de la Administración Pública, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.

7º—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593. Por tanto:

Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la Administración Pública.

EL REGULADOR GENERAL

DE LA AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, RESUELVE:

1º—Dar inicio al procedimiento administrativo contra Moscoso Jiménez Roxana, en calidad de conductor y contra Montes Madrigal Olman Ángel en calidad de dueño registral del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el número OT-291-2007, nombrando como órgano director del procedimiento a Tatiana Quesada Espinoza, cédula 1-952-537, funcionaria de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, a fin de que realice todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos denunciados según boleta 2007-020543, otorgue y vigile el respeto al debido proceso y otorgue el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrá todas la competencias otorgadas en la Ley General de la Administración Pública como órgano director del procedimiento.

2º—Notifíquese a Moscoso Jiménez Roxana, en calidad de conductor por medio de publicación tres veces en La Gaceta y a Montes Madrigal Olman Ángel en calidad de propietario del vehículo 521804, por medio de cédula de notificación en su domicilio según consta en el Registro Público, sea Parrita de Puntarenas, el Invu, de la escuela 25 este, 25 norte, a quienes se les previene para que dentro del tercer día posterior a la notificación de este acto, señalen lugar, en las cercanías de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, o medio para recibir notificaciones, a efecto de comunicarles los actos emitidos en el presente procedimiento, bajo apercibimiento de que si no lo hicieren, éstos se tendrán por notificados con el transcurso de 24 horas después de emitidos. Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13304).—C-83490.—(78727).

OT-290-2007.—Resolución RRG-7168-2007.—San José, a las 14:10 horas del 5 de setiembre del año dos mil siete.

Considerando:

1º—Que mediante boleta número 2006-321896, el día 10 de agosto del 2007, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 631637 por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la Ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos.

2º—Que según la boleta supra indicada, Rodríguez Rodríguez Ambrosio, documento de identificación número 5-229-180, podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización.

3º—Que consultada la página electrónica del Registro Público de la Propiedad, el vehículo placa 631637 es propiedad de Carballo Collado Rainier, cédula Nº 6-259-362.

4º—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.

5º—Que en virtud de la jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el artículo 57. b) y 58.e) de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decidor en dichos procedimientos ordinarios.

6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley General de la Administración Pública, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.

7º—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593. Por tanto:

Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la Administración Pública.

EL REGULADOR GENERAL

DE LA AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, RESUELVE:

1º—Dar inicio al procedimiento administrativo contra Rodríguez Rodríguez Ambrosio, en calidad de conductor y contra Carballo Collado Rainier en calidad de dueño registral del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el número OT-290-2007, nombrando como órgano director del procedimiento a Tatiana Quesada Espinoza, cédula 1-952-537, funcionaria de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, a fin de que realice todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos denunciados según boleta 2006-321896, otorgue y vigile el respeto al debido proceso y otorgue el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrá todas la competencias otorgadas en la Ley General de la Administración Pública como órgano director del procedimiento.

2º—Notifíquese a Rodríguez Rodríguez Ambrosio, en calidad de conductor por medio de publicación tres veces en La Gaceta y a Carballo Collado Rainier en calidad de propietario del vehículo 631637, por medio de cédula de notificación en su domicilio según consta en el Registro Público, sea Desamparados, del Maximercado 500 oeste, Urbanización Los Porosales, Apartamento 4, a quienes se les previene para que dentro del tercer día posterior a la notificación de este acto, señalen lugar, en las cercanías de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, o medio para recibir notificaciones, a efecto de comunicarles los actos emitidos en el presente procedimiento, bajo apercibimiento de que si no lo hicieren, éstos se tendrán por notificados con el transcurso de 24 horas después de emitidos. Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13304).—C-83490.—(78728).

OT-295-2007.—Resolución RRG-7172-2007.—San José, a las 14:30 horas del 5 de setiembre del año dos mil siete.

Considerando:

1º—Que mediante boleta Nº 2007-022707, el día 10 de agosto del 2007, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 411410 por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos.

2º—Que según la boleta supra indicada, Vásquez Castro Jesús, documento de identificación número 5-139-1348, podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización.

3º—Que consultada la página electrónica del Registro Público de la Propiedad, el vehículo placa 411410 es propiedad de Jesús María Vásquez Castro, cédula Nº 5-139-1348.

4º—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.

5º—Que en virtud de la jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el artículo 57. b) y 58.e) de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decidor en dichos procedimientos ordinarios.

6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley General de la Administración Pública, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.

7º—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593. Por tanto:

Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la Administración Pública.

EL REGULADOR GENERAL

DE LA AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, RESUELVE:

1º—Dar inicio al procedimiento administrativo contra Vásquez Castro Jesús, en calidad de conductor y dueño registral del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el número OT-295-2007, nombrando como órgano director del procedimiento a Tatiana Quesada Espinoza, cédula 1-952-537, funcionaria de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, a fin de que realice todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos denunciados según boleta 2007-022707, otorgue y vigile el respeto al debido proceso y otorgue el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrá todas la competencias otorgadas en la Ley General de la Administración Pública como órgano director del procedimiento.

2º—Notifíquese a Vásquez Castro Jesús, en calidad de conductor y propietario del vehículo 411410 por medio de publicación tres veces en La Gaceta, a quien se le previene para que dentro del tercer día posterior a la notificación de este acto, señale lugar, en las cercanías de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, o medio para recibir notificaciones, a efecto de comunicarle los actos emitidos en el presente procedimiento, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, éstos se tendrán por notificados con el transcurso de 24 horas después de emitidos.—Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13304).—C-83490.—(78729).

OT-292-2007.—Resolución RRG-7170-2007.—San José, a las 14:20 horas del 5 de setiembre del año dos mil siete.

Considerando:

1º—Que mediante boleta número 2007-019597, el día 10 de agosto del 2007, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 417957 por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos.

2º—Que según la boleta supra indicada, Castillo Lara Juan José, documento de identificación número 6-110-142, podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización.

3º—Que consultada la página electrónica del Registro Público de la Propiedad, el vehículo placa 417957 es propiedad de Ávila Jiménez Carmen, cédula Nº 1-420-841.

4º—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.

5º—Que en virtud de la jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el artículo 57. b) y 58.e) de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decidor en dichos procedimientos ordinarios.

6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley General de la Administración Pública, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.

7º—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593. Por tanto:

Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la Administración Pública.

EL REGULADOR GENERAL

DE LA AUTORIDAD REGULADORA

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, RESUELVE:

1º—Dar inicio al procedimiento administrativo contra Castillo Lara Juan José, en calidad de conductor y contra Ávila Jiménez Carmen en calidad de dueña registral del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el número OT-292-2007, nombrando como órgano director del procedimiento a Tatiana Quesada Espinoza, cédula 1-952-537, funcionaria de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, a fin de que realice todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos denunciados según boleta 2007-019597, otorgue y vigile el respeto al debido proceso y otorgue el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrá todas la competencias otorgadas en la Ley General de la Administración Pública como órgano director del procedimiento.

2º—Notifíquese a Castillo Lara Juan José, en calidad de conductor por medio de publicación tres veces en La Gaceta y a Ávila Jiménez Carmen en calidad de propietario del vehículo 417957, por medio de cédula de notificación en su domicilio según consta en el Registro Público, sea Jacó de Garabito, 200 sur del Colegio Público, a quienes se les previene para que dentro del tercer día posterior a la notificación de este acto, señalen lugar, en las cercanías de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, o medio para recibir notificaciones, a efecto de comunicarles los actos emitidos en el presente procedimiento, bajo apercibimiento de que si no lo hicieren, éstos se tendrán por notificados con el transcurso de 24 horas después de emitidos.—Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13304).—C-83490.—(78730).

AVISOS

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente 80-05.—Tribunales de Honor.—Convocatoria a audiencia oral y privada.—A las 13:00 horas del 21 de agosto del 2007 el Tribunal de Honor del Colegio de Arquitectos nombrado por junta directiva general en la sesión 33-05/06-G.E. celebrada el día 7 de setiembre del 2006 acuerdo 28 cita al arquitecto José Alberto Vargas Naranjo en calidad de denunciado, para que comparezca personalmente y no por apoderado a la sede de este órgano en Oficina de Tribunales de Honor del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, ubicada en el tercer piso del edificio del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos en Granadilla de Curridabat, contiguo al Indoor Club con el fin de celebrar comparecencia oral y privada a que se refiere el artículo 82 del “Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica”, que se llevará a cabo el día miércoles 3 de octubre del 2007 a las 17:30 horas en la citada audiencia se recibirá y admitirá toda la prueba ofrecida por las partes, así como la que presenten ese mismo día, se recibirán las declaraciones de partes y testigos, se analizarán los documentos que obran en el expediente y se recibirán los alegatos de las partes. Se le hace saber al arquitecto Vargas Naranjo que puede hacerse acompañar por su abogado. Se advierte al denunciado que conforme a los artículos 83 y 87 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 134 del jueves 12 de julio del 2001, tiene derecho a asistir a la audiencia convocada a esos efectos, pero que si no lo hace, el procedimiento seguirá sin su participación. Igualmente, que en esa comparecencia podrá abstenerse de declarar, sin que ello implique la aceptación de los hechos imputados. A este acto sólo podrán asistir las partes y sus representantes legales.—Arq. Norma Patricia Mora Morales, Presidenta.—(O. C. 5512).—C-46935.—(79175).