La Gaceta Nº 180

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BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

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AVISOS

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FE DE ERRATAS

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 33958-COMEX-MEIC-MAG

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LOS MINISTROS DE COMERCIO EXTERIOR, ECONOMÍA

INDUSTRIA Y COMERCIO, AGRICULTURA Y GANADERÍA

De conformidad con las atribuciones que les conceden los incisos 3) y 18) del artículo 140 y artículo 146 de la Constitución Política, el artículo 28, párrafo 2, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, el artículo 26 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, Ley de Aprobación N° 6986 del 3 de mayo de 1985, el artículo 6 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley N° 7472 del 20 de diciembre de 1994 y el Reglamento sobre la Adjudicación de Cuotas de Importación en Casos de Desabastecimiento de Bienes Agropecuarios, Decreto Ejecutivo Nº 28727-COMEX-MEIC-MAG del 19 de junio del 2000.

Considerando:

I.—Que de conformidad con el artículo 26 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, los Gobiernos de los Estados Centroamericanos tienen la facultad de aplicar unilateralmente modificaciones a los derechos arancelarios a la importación.

II.—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 28727-COMEX-MEIC-MAG del 19 de junio del 2000, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 131 del 7 de julio de ese mismo año, se emitió el Reglamento sobre la adjudicación de cuotas de importación en casos de desabastecimiento de bienes agropecuarios, con el que se pretende ordenar las importaciones de productos de consumo básico en casos de desabastecimiento, con el fin de mejorar las condiciones de mercado de estos productos en beneficio de la promoción de la competencia que permita brindar al consumidor mejores opciones de consumo.

III.—Que la presente medida fue consultada a la Comisión para Promover la Competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º del mencionado Decreto Ejecutivo, la cual otorgó la audiencia de ley y se pronunció según consta en el acuerdo contenido en el artículo cuarto del acta de la sesión ordinaria Nº 20-07, celebrada a las diecisiete horas y treinta minutos, del día 24 de julio del 2007.

4—Que por tratarse de materia prima para procesos industriales, la cantidad autorizada deberá distribuirse mediante una subasta a la baja, para promover mejores precios y procurar el mayor beneficio posible tanto a los importadores y por ende a los consumidores nacionales. Por tanto,

Decretan:

Autorización para importar arroz utilizado

para el proceso de insuflado

Artículo 1º—Se autoriza la importación de treinta y siete mil doscientos kilogramos de arroz (37.200 k.g.), con una tarifa de cero por ciento (0%) de Derechos Arancelarios a la Importación, clasificado en el siguiente inciso arancelario que se indica a continuación, contemplado en el Arancel Centroamericano de Importación:

Código SAC                                           Descripción

10.06                    Arroz

1006.30                -Arroz semiblanqueado o blanqueado, incluso

                             pulido o glaseado:

10.10.10               -  - Grano tamaño medio fraccionado en uno de

                             sus extremos, con rango de contenido de grasa de

                             0.60% a 0.75% destinado al proceso de insuflado

                             y envasado en sacos de 50 kg, debidamente

                             identificados

Artículo 2º—La cuota de importación indicada en el artículo anterior deberá negociarse en tractos de mil kilogramos (1.000 kg.), hasta que se agote la cuota establecida y el producto deberá ingresar al país a más tardar el 29 de febrero del 2008.

Artículo 3º—La cuota de importación establecida en este Decreto, se pondrá a disposición de los interesados en la Bolsa de Comercio S. A., mediante subasta a la baja, conforme con las disposiciones establecidas en el presente Decreto Ejecutivo, en el Reglamento sobre la adjudicación de cuotas de importación en casos de desabastecimiento de bienes agropecuarios; en el Reglamento General de la Bolsa de Comercio S. A., (antes Bolsa de Productos Agropecuarios) aprobado por la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica, y publicado en La Gaceta Nº 48 del 9 de marzo de 1992, así como en las demás normas legales y reglamentarias aplicables.

Artículo 4º—El presente decreto se comunicará a los gobiernos centroamericanos y a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA), a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.

Artículo 5º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dieciséis días del mes de agosto del año dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—Los Ministros de Agricultura y Ganadería, y de Economía, Industria y Comercio, Marco Vargas Díaz, y de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(Solicitud Nº 05752).—C-35120.—(D33958-80559).

Nº 33960-H

El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 4, 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley No. 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; los artículos 1, 6, 26, 27, 28 inciso e) y 37 de la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; los artículos 41 y 44 del Decreto Ejecutivo No. 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas y el Decreto Ejecutivo N° 32452-H de 29 de junio del 2005.

Considerando:

1º—Que con el Decreto Ejecutivo N° 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de julio de 2005, se emite el Lineamiento para la aplicación del artículo 6 de la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada Financiamiento, para las instituciones del Sector Público a que se refiere el artículo 1° de la citada Ley, sin perjuicio de las potestades asignadas a la Contraloría General de la República ni de la independencia y autonomía de que gozan los órganos y entes referidos en los incisos b) y c) del mismo.

2º—Que el artículo 7 del citado Decreto, establece que los recursos de financiamiento que provienen de vigencias anteriores –superávit libre– pueden utilizarse en periodos subsiguientes para financiar gastos que se refieren a la actividad ordinaria de las instituciones, con los cuales se atienda el interés de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales, siempre que estos gastos no tengan el carácter permanente o generen una obligación que requiera financiarse a través del tiempo, como la creación de plazas para cargos fijos, o cualquier otro compromiso de la misma naturaleza.

3º—Que según el citado artículo 7 tampoco podrán financiarse con superávit gastos de recepción, gastos de viajes en el exterior, gastos de representación, honorarios y consultorías, información y publicidad, personal sustituto, becas, productos alimenticios, combustibles y lubricantes, textiles y vestuarios y en general aquellos otros gastos que no estén relacionados con la actividad ordinaria de los órganos y entidades o que no sean indispensables para el cumplimiento de los fines institucionales.

4º—Que dentro de las restricciones mencionadas, es necesario revisar determinados conceptos como son la publicidad para promocionar a Costa Rica en el interior y en el exterior desde la perspectiva de la construcción de la marca destino-país; los alimentos y bebidas, salvo para aquellas instituciones que tengan a cargo el cuidado de segmentos de la población desprotegidos que por esa condición deba suministrarles alimentos; los combustibles y lubricantes destinados a atender situaciones de emergencia por parte de la Comisión Nacional de Emergencias; la materia prima y el producto terminado para la producción y comercialización, respectivamente, de combustibles en casos excepcionales fuera del alcance de la programación de la institución.

5º—Que estos conceptos forman parte de la actividad ordinaria de las instituciones, con los cuales se atiende el interés de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales, por lo que resulta de interés público que se permita su financiamiento con ingresos de vigencias anteriores (superávit).

6º—Que por lo anterior, resulta necesario modificar el artículo 7 del Decreto Ejecutivo No. 32452-H con el fin de introducir las excepciones señaladas en el considerando anterior. Por tanto;

Decretan:

Artículo 1º—Modifícase el artículo 7 del Decreto Ejecutivo Nº 32452-H de 29 de junio de 2005, publicado en La Gaceta Nº 130 de 6 de julio de 2005, para que en lo sucesivo se lea:

“Artículo 7º—Los recursos de financiamiento que provienen de vigencias anteriores -superávit libre- son parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden utilizarlo en períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a la actividad ordinaria de los órganos y las entidades, con los cuales se atienda el interés de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales, siempre que estos no tengan el carácter permanente o generen una obligación que requiera financiarse a través del tiempo, como la creación de plazas para cargos fijos, o cualquier otro compromiso de la misma naturaleza.

Además, no se podrán financiar con superávit libre los siguientes conceptos:

a)  Actividades Protocolarias y Sociales.

b)  Transporte en el exterior.

c)  Viáticos en el exterior

d)  Gastos de representación personales.

e)  Gastos de representación institucionales.

f)   Servicios de Gestión y Apoyo.

g)  Información, excepto la que se realice para promocionar a Costa Rica como marca destino-país.

h)  Publicidad y Propaganda, excepto la publicidad para promocionar a Costa Rica en el interior y en el exterior desde la perspectiva de la construcción de la marca destino-país.

i)   Suplencias.

j)   Becas a funcionarios.

k)  Becas a terceras personas.

l)   Alimentos y bebidas, salvo para aquellas instituciones que tengan a cargo el cuidado de segmentos de la población desprotegidos y que por esa condición deba suministrarles alimentos.

m) Combustibles y lubricantes, excepto para atender situaciones de emergencia por parte de la Comisión Nacional de Emergencias.

n)  Textiles y vestuarios.

o)  Materia prima para la producción de combustibles en casos excepcionales fuera del alcance de la programación de la institución.

p)  Producto terminado, para la comercialización de combustibles en casos excepcionales fuera del alcance de la programación de la institución.

q)  Y en general aquellos otros gastos que no estén relacionados con la actividad ordinaria de los órganos y entidades o que no sean indispensables para el cumplimiento de los fines institucionales.”

Artículo 2º.—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de agosto del año dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo Zúñiga Chaves.—1 vez.—(O. C. Nº 10291).—C-61730.—(D33960-80665).

DIRECTRIZ

N° 019-MTSS

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBICA

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA

Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

En uso de las potestades conferidas por los artículos 140, incisos 3), 18) y 20 y 146 de la Constitución Política, en concordancia con los artículos 25.1, 27.1, 98, 99 y 100 de la Ley General de la Administración Pública; 2, 5 y 6 de la Ley Orgánica, y 3 y 4 del Reglamento de Reorganización y Racionalización, ambos del Ministerio de Trabajo y Seguridad.

Considerando:

I.—Que en virtud de que reconocidos votos de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y dictámenes de la Procuraduría General de la, República, indican que la condición salarial que tiene el “salario escolar”, además de ser tomada en cuenta para el cálculo de derechos laborales y retención de cargas sociales y fiscales, debe ser incluida en el cálculo de los subsidios que reconocen los entes e instituciones públicas en su condición de patronos y las instituciones aseguradoras -Caja Costarricense del Seguro Social e Instituto Nacional de Seguros- durante los períodos de incapacidad que otorgan sus profesionales en medicina debidamente acreditados, de acuerdo al Reglamento del Seguro de Salud y a la Ley de Riesgos del Trabajo y su Reglamento, respectivamente.

II.—Que para tales efectos, el Poder Ejecutivo, mediante Directriz N° 002-2006 de 23 de mayo de 2006, emitió instrucciones a todos los Jerarcas de los Ministerios, Órganos, Organismos e Instituciones Públicas, Autónomas y Semiautónomas, y en especial a la Dirección General de Informática del Ministerio de Hacienda, para que se especifique en las planillas mensuales y quincenales de pago de salarios de funcionarios y funcionarias, el monto exacto que corresponde reconocer a cada persona por concepto de “salario escolar”, y el cual se va a pagar en forma efectiva durante la última semana de enero de cada año, con el fin de que tanto la Caja Costarricense del Seguro Social como el Instituto Nacional de Seguros, puedan obtener los datos necesarios que les permitan calcular el monto del subsidio que corresponde a cada persona que se encuentre incapacitada por enfermedad, maternidad, riesgo de trabajo o accidente de tránsito, dentro del sector público.

III.—Que en aras de cumplir con lo dispuesto en la Directriz de cita, la Tesorería Nacional ha realizado las diligencias informáticas pertinentes, de modo que en las certificaciones de salarios y en las coletillas de éstos que emite el Sistema de Pagos denominado INTEGRA, se visualice una leyenda que refiera a cuanto asciende el monto mensual que corresponde al Salario Escolar del trabajador, incluyendo la observación de que se entiende que éste será pagado en enero del año subsiguiente. De igual forma se estaría indicando en las constancias y certificaciones salariales.

IV.—Que todas las instituciones del sector público en su calidad de patronos, deben realizar reajustes en sus sistemas internos de planilla, para que en las coletillas de pago y constancias salariales, se incluya el detalle de lo devengado en forma mensual relativo al Salario Escolar.

V.—Que tanto la Caja como la Tesorería Nacional estiman que siendo el Salario Escolar, un ajuste adicional para los servidores públicos activos, y para el cual se establece su pago diferido para el mes de enero de cada año, resulta conveniente que de igual forma, el cálculo del subsidio por incapacidad que corresponde al pago del Salario Escolar que experimente un(a) servidor(a) público(a), se realice en el mes siguiente al que esté calendarizado el pago de dicho salario, mes en que además la Caja recibe los correspondientes aportes patronales y obreros por ese concepto. Así, la Caja realizará los ajustes a su Sistema Control y Pago de Incapacidades (RCPI), con el objeto de que una vez recibidas las respectivas cotizaciones, se ajusten automáticamente las incapacidades pagadas en el año anterior para contemplar este rubro, el cual será oportunamente girado a cada trabajador incapacitado.

VI.—Que con el fin de implementar adecuadamente estos procesos se hace necesario adicionar la directriz N° 02-2006 supra mencionada. Por tanto,

emiten la siguiente:

DIRECTRIZ

Adicionar la directriz del Poder Ejecutivo N° 02-2006 de 23 de mayo de 2006, en los siguientes términos, con carácter vinculante para todos los Jerarcas de los Ministerios, Órganos, Organismos e Instituciones Públicas, Autónomas y Semiautónomas, en especial a la Caja Costarricense del Seguro Social y el Instituto Nacional de Seguros.

1º—Todas las instituciones del sector público en su calidad de patronos, deben realizar reajustes en sus sistemas internos de planilla, para que en las coletillas de pago y constancias salariales, se incluya el detalle de lo devengado en forma mensual por concepto de Salario Escolar.

2º—El cálculo del subsidio por incapacidad que corresponde al pago del Salario Escolar que experimente un(a) servidor(a) público(a), se realizará en el mes siguiente al que esté calendarizado el pago de dicho salario, mes en que además la Caja Costarricense de Seguro Social recibe los correspondientes aportes patronales y obreros por ese concepto.

3º—Tanto la Caja Costarricense del Seguro Social como el Instituto Nacional de Seguros realizarán los ajustes a su Sistema de Control y Pago de Incapacidades (RCPI), con el objeto de que una vez recibidas las respectivas cotizaciones, se ajusten automáticamente las incapacidades pagadas en el año anterior para contemplar este rubro, el cual será oportunamente girado a cada trabajador incapacitado respectivamente por las instituciones aseguradoras referidas.

4º—Rige a partir del primero de abril de dos mil siete.

Dado en la Presidencia de la República, a los doce días del mes de marzo de dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Francisco Morales Hernández.—El Ministro de la Presidencia a. í, Roberto Thompson Chacón—1 vez.—(Solicitud Nº 15202).—C-62335.—(80558).

ACUERDOS

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Nº 136-07 RE.—San José, 4 de julio de 2007.

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos Nº 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para funcionarios públicos

Considerando:

1º—Que con base en el Decreto Ejecutivo N° 32077-RE del 21 de mayo del 2004, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 216 del 4 de noviembre del 2004, se creó la Comisión Costarricense de Derecho Internacional Humanitario, coordinada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, como órgano asesor del Poder Ejecutivo en materia de adopción, aplicación y difusión del Derecho Internacional Humanitario.

2º—Que, con fundamento en el artículo 4° del Decreto de marras, se designó desde el 19 de mayo del 2005 a la Licenciada Eugenia María Gutiérrez Ruiz, como secretaria ejecutiva de la Comisión Costarricense de Derecho Internacional Humanitario, quien es Agregada dentro del régimen de la carrera del Servicio Exterior de la República y se desempeña en el Servicio Interno en la plaza de Consejera como Asesora Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

3º—Que la licenciada Gutiérrez Ruiz recibió cordial invitación del Comité Internacional de la Cruz Roja, en colaboración con la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos (OEA) y la Secretaría de Relaciones Exteriores de México, para participar en calidad de experta y como Secretaria Ejecutiva de la CCDIH en la “Reunión Regional sobre la aplicación nacional del derecho internacional humanitario en las Américas” que tendrá lugar en la ciudad de México los días 6 y 7 de agosto de 2007. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar en misión especial a Eugenia María Gutiérrez Ruiz, cédula de identidad N° 1-1087-0886, para que participe en la “Reunión Regional sobre la aplicación nacional del derecho internacional humanitario en las Américas” que tendrá lugar en México los días 6 y 7 de agosto de 2007.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de pasajes aéreos correrán por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, con cargo al Programa 079-Actividad Central-Dirección Jurídica, subpartida 1, 05, 03 de pasajes aéreos. Los gastos por concepto de hospedaje y alimentación serán cubiertos por el Comité Internacional de la Cruz Roja.

Artículo 3º—Rige del 3 al 8 de agosto de 2007.

Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº 05819).—C-21195.—(79646).

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Nº 060-2007-MEIC

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley Nº 6227 “Ley General de la Administración Pública” del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8562 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República” y la Ley Nº 6362 “Ley de Capacitación del Personal de la Administración Pública” del 3 de setiembre de 1979 y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamentos de Gastos de Viaje y Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, reformado mediante la Resolución R-CO-1-2007 publicada en La Gaceta Nº 26 del 6 de febrero del 2007.

Considerando:

1º—Que es de interés para la Dirección de Apoyo al Consumidor del Ministerio de Economía, Industria y Comercio participar en la Reunión de Titulares Extraordinaria del Concadeco y en el I Foro Iberoamericano de Agencias Gubernamentales de Protección al Consumidor (FIAGC).

2º—Que dichas reuniones se llevarán a cabo en Lima, Perú, y tienen como objetivo la revisión de los avances en la ejecución del Plan de Trabajo con la creación del CONCADECO, y el fortalecimiento de las agencias en cuanto a la información y experiencia, con la posibilidad de emprender proyectos conjuntos a nivel regional, lo cual se traduciría en un efecto multiplicador a lo interno de la Institución, así como en la sociedad, dada la naturaleza  misma de la Dirección de Apoyo al Consumidor del MEIC. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Autorizar la participación de la licenciada Cynthia Zapata Calvo, cédula de identidad número 1-744-149, Directora Ejecutiva de la Dirección de Apoyo al Consumidor del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que viaje a Lima, Perú y participe en la Reunión de Titulares Extraordinaria del CONCADECO, el día 26 de setiembre del 2007 y en el I Foro Iberoamericano de Agencias Gubernamentales de Protección al Consumidor (FIAGC) los días 27 y 28 de setiembre del 2007.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje, alimentación, así como otros gastos, tales como: transporte interno en Perú, pago de impuestos, timbres, uso de Internet, llamadas telefónicas, serán financiadas por el Programa 223 Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, correspondiéndole por concepto de viáticos, la suma de $673.32. Del 29 de setiembre al 4 de octubre del 2007 los gastos correrán por cuenta de la funcionaria; sin ninguna erogación de parte de la Administración.

Artículo 3º—La funcionaria Zapata Calvo devengará durante su ausencia el 100 % de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 25 de setiembre al 4 de octubre del 2007.

Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, a los treinta días del mes agosto del 2007.

Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 15868).—C-22400.—(79645).

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Nº 088

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y

LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en el artículo 140 inciso 2) y artículo 146 de la Constitución Política, artículo 12 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil y Resolución Nº 11051 del Tribunal de Servicio Civil de las nueve horas treinta minutos del seis de agosto del dos mil siete,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el Estado al servidor Víctor Hugo Otárola Corrales, cédula de identidad número 1-463-030.

Artículo 2º—El presente acuerdo de despido rige a partir del 16 de setiembre del 2007.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil siete.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Obras Públicas y Transportes, Karla González Carvajal.—1 vez.—(Solicitud Nº 40498).—C-7895.—(80173).

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

MEP Nº 114-2007

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a los señores José Manuel Villalobos Salas, cédula de identidad N° 2-411-638, Asesor de Educación en el Centro Nacional de Didáctica (CENADI); Mario Avendaño Arguedas, cédula de identidad N° 3-276-917, Jefe del Departamento de Desarrollo Profesional en el Centro Nacional de Didáctica (CENADI) y Erick Quesada Vargas, cédula de identidad Nº 1-730-042, Docente en la Universidad Nacional, para que participen en la pasantía en el marco del Proyecto Suregional: “Creación de un nuevo modelo de formación inicial docente, desarrollo profesional y evaluación del desempeño”, que se realizará en Panamá del 25 al 28 de agosto de 2007 y en Nicaragua, del 29 de agosto al 2 de setiembre de 2007.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior serán cubiertos por: la Organización de Estados Americano (OEA).

Artículo 3º—Que durante los días del 25 de agosto al 2 de setiembre de 2007, en que se autoriza la participación de los señores José Manuel Villalobos Salas; Mario Avendaño Arguedas y Erick Quesada Vargas en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 25 de agosto al 2 de setiembre de 2007.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los siete días del mes de agosto del dos mil siete.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 44691).—C-16355.—(79630).

MEP-115-2007

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a las señoras Carmen Valitutti Chavarría, cédula de identidad N° 1-482-053, y Martha Elena Pérez Espinoza, cédula de identidad N° 1-510-381, Docentes de la Escuela República de Chile, para que participen en el “Encuentro Latinoamericano de Directores y Profesores”, que se realizará en Chile del 18 al 31 de agosto de 2007.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior serán cubiertos por: la Agencia de Cooperación Internacional (AGCI).

Artículo 3º—Que durante los días del 18 al 31 de agosto de 2007, en que se autoriza la participación de las señoras Carmen Valitutti Chavarría y Martha Elena Pérez Espinoza en la actividad, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 18 al 31 de agosto de 2007.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los siete días del mes de agosto del año dos mil siete.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 44688).—C-12120.—(79631).

MEP-116-2007

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Ana Isabel Bermúdez Jiménez, cédula de identidad N° 1-514-700, Directora del Centro de Integración San Felipe Neri, Desamparados, para que participe en el “XVII Campeonato Mundial Máster de Atletismo al aire libre”, que se realizará en la Ciudad de Riccione, Italia del 26 de agosto al 06 de octubre de 2007.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior serán cubiertos por: la Interesada.

Artículo 3º—Que durante los días del 26 de agosto al 6 de octubre de 2007, en que se autoriza la participación de la señora Ana Isabel Bermúdez Jiménez en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 26 de agosto al 6 de octubre de 2007.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los trece días del mes de agosto del dos mil siete.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 44692).—C-12120.—(79632).

MEP-117-2007

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Gloria Paniagua Soto, cédula de identidad N° 4-105-1157, Directora de la Escuela Hospital Nacional de Niños, para que participe en el curso sobre “Pedagogía Hospitalaria en la Universidad de Santo Tomás”, que se realizará en Santiago de Chile del 16 al 25 de agosto de 2007.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior serán cubiertos por: la interesada.

Artículo 3º—Que durante los días del 16 al 25 agosto de 2007, en que se autoriza la participación de la señora Gloria Paniagua Soto en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 16 al 25 agosto de 2007.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil siete.

Leonardo Garnier Rímolo, Ministro de Educación Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 44694).—C-12120.—(79633).

MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA

Nº 126

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3 y 18, 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del 28 de agosto de 1973 y el Decreto Ejecutivo Nº 24333-MP del 23 de mayo de 1995.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Adilio Antonio Zeledón Meza, mayor, cédula de identidad número 1-0720-0079, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Ecológica El Cornelio Acosta, cédula jurídica 3-006-153435, de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día 10 de agosto del 2007.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Justicia y Gracia, Laura Chinchilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº 15690).—C-8490.—(80174).

Nº 128

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3 y 18, 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del 28 de agosto de 1973 y el Decreto Ejecutivo Nº 24333-MP del 23 de mayo de 1995.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Gerardo Salazar Arias, mayor, cédula de identidad número 1-0346-0512, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Mundial Enlace de Ministerios, cédula jurídica 3-006-490313, de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, el día 10 de agosto del 2007.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Justicia y Gracia, Laura Chinchilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº 15691).—C-8490.—(80175).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

Nº 323-2007

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, número 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, número 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo Nº 29606-H-COMEX del 18 de junio del 2001, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas.

Considerando:

I.—Que mediante acuerdo ejecutivo Nº 018-2006 de fecha 20 de enero del 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 60 del 24 de marzo del 2006, a la empresa Gerber Ingredients S. A., cédula jurídica Nº 3-101-222859, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que mediante nota presentada el 23 de julio del 2007, en la Gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Gerber Ingredients S. A., solicitó la ampliación de la actividad.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre del 2006, conoció la solicitud de la empresa Gerber Ingredients S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER Nº 36-2007 de fecha 24 de julio del 2007, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto:

ACUERDAN:

1º—Modificar el acuerdo ejecutivo Nº 018-2006 de fecha 20 de enero del 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 60 del 24 de marzo del 2006, para que en el futuro la cláusula segunda se lea de la siguiente manera:

“2.  La actividad de la beneficiaria consistirá en la producción de frutas y cereales preparados o conservados de otra forma, esencia de banano, purés de frutas y vegetales, nitrógeno, amoniaco anhidro, vapor de agua, agua enfriada, aire comprimido y el procesamiento de frutas y vegetales frescos.”

2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el 018-2006 de fecha 20 de enero del 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 60 del 24 de marzo del 2006.

3º—La empresa deberá suscribir un Addéndum al Contrato de Operaciones.

4º—Rige a partir de su comunicación. Comuníquese y Publíquese.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SANCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(79899).

DOCUMENTOS VARIOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL

De conformidad con el artículo 2º del Estatuid de Servicio Civil, se informa del nombramiento en propiedad que se llevó a cabo en la Dirección General de Servicio Civil: señora Aguilar Rojas María Catalina, cédula de identidad número 01-0647-0378, puesto 030387 de la clase Asistente de Servicios Administrativos I, Grupo B. Rige a partir del 22 de agosto del 2007. Publíquese.—Recursos Humanos.—Lic. María Lucrecia Siles Salazar, Coordinadora.—1 vez.—(Solicitud Nº 16697).—C-4860.—(80180).

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISO

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Área Legal y de Registro, hace constar: que la Asociación de Desarrollo Específica Pro Bienestar Comunal de Villa Nueva de Esparza, Puntarenas. Por medio de su representante: Eli Palma Villalobos, cédula Nº 600540195, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, publica o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Área de Legal y de Registro.—San José, a las 12:09 horas del 16 de agosto del 2007.—Departamento de Registro.—Lic. Yamileth Camacho Marín, Jefa.—1 vez.—(80116).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

DIA-R-E-132-2007.—La señora María Ester Molina Arias, cédula o pasaporte 2-350-582 en calidad de representante legal de la compañía María Ester Molina Arias, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Tecnokel Amino CaB compuesto a base de Nitrógeno-boro-calcio-aminoácidos-materia orgánica. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 29 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(79262).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Nº DIA-R-E-147-2007.—El señor Rafael Alvarado Leitón, cédula 4-092-192, en calidad de representante legal de la compañía Agrícola Coral S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Coralmins Zinc-Boro, compuesto a base de Zinc-boro, conforme con lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 29 de agosto del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(80028).

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

EDICTOS

La señora Patricia Trinler Santos con Nº de cédula 1-566-103, vecina de San José en calidad de apoderada legal de la compañía Bio Engineering S. A., con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Trampa. Fabricado por: Laboratorios Químicos Industriales S. A., con los siguientes principios activos: cada 100 g contienen: 2.2 Diclorovinil Dimetil Fosfato al 98% (DDVP) 10.21 g, y las siguientes indicaciones terapéuticas: control de depredadores y crustáceos en lagunas de presiembra de camarón. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 27 de agosto del 2007.—Departamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Benigno Alpízar Montero.—1 vez.—(80196).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD Y MACRO

EVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

REPOSICIÓN DE TÍTULO

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, en el “Área de Ciencias”, inscrito en el tomo 1, folio 175, título Nº 167, emitido por el Liceo Nocturno de Nicoya, en el año mil novecientos setenta y seis, a nombre de Gómez Mayorga María Mercedes. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cinco días del mes de setiembre del dos mil siete.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—Nº 43789.—(79447).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 63, título Nº 320, emitido por el Liceo Judas de Chomes, en el año dos mil cinco, a nombre de Cubillo Campos Isaí. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(79589).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 175, título Nº 1951, y del título de Técnico Medio en el Área Industrial, inscrito en tomo 1, folio 63, título Nº 993, ambos títulos fueron otorgados en el año dos mil seis, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Limón, a nombre de Monge Ríos Rexiery. Se solicita la reposición de tos títulos indicados por perdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 13 de agosto del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(79608).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 14, título Nº 157, emitido por el Colegio María Auxiliadora, en el año mil novecientos noventa, a nombre de Núñez Troyo Kattia María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cinco días del mes de setiembre del dos mil siete.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—Nº 44034.—(79926).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 10, título Nº 23, emitido por el Liceo Académico de Sixaola, en el año dos mil uno, a nombre de Martínez Porras Hazel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 31 de agosto del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(80048).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Consorcio Cooperativo Alianza Comercial R.L., siglas Alianza Comercial R.L., acordada en asamblea celebrada el 13 de enero del 2007. Resolución Nº 1433. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Consejo de Administración:

Presidente:              Basilio Ernesto Jirón Guido

Vicepresidenta:       Zhayleen Mora Argúello

Secretario:               Norton Hudgson Hudgson

Vocal 1:                   Héctor Monge León

Vocal 2:                   José Pastor Venegas Mora

Suplente 1:              Lawrence Marín Ramírez

Suplente 2:              Wendy Jara Alvarado

Gerente:                  Francisco Montoya Mora

San José, 7 de setiembre del 2007.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—Nº 43836.—(79448).

JUSTICIA Y GRACIA

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Artesanal de Florida de Isla Venado, Lepanto, Puntarenas, con domicilio en la provincia de Puntarenas, Isla Venado, Lepanto. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: El desarrollo socio-cultural de las mujeres de la comunidad, impulsar la labor empresarial. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la presidenta: Sonia Medina Matarrita. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 571, asiento: 90953, adicional tomo: 572, asiento: 54139).—Curridabat, a los quince días del mes de agosto del dos mil siete.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 44016.—(79918).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Comunidad Cristiana La Roca, con domicilio en la provincia de San José, en Rohrmoser, del final de Boulevard doscientos cincuenta metros al norte, Residencial Britania, número cincuenta y dos. Cuyos fines principales ente otros son los siguientes: Llevar el evangelio de Jesucristo a Costa Rica, y a todas parte del mundo. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, es el presidente: Carlos Eduardo Aparcedo Mendoza. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomos: 570 y 571, asientos: 82377 y 9869.—Curridabat, veintiuno de junio del dos mil siete.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 44019.—(79919).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Fútbol Aficionado Región Diecisiete con domicilio en la provincia de San José, San Marcos de Tarrazú. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Dirección, coordinación, organización, supervisión, promoción y todo lo relacionado con el fútbol aficionado. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma hasta quinientos mil colones y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Hugo Adolfo Chaves Quesada. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 572, Asiento: 60986).—Curridabat, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—(80437).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Escuela Deportiva Sarchiseña, con domicilio en la provincia de Alajuela; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover la sana práctica de los deportes. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Alexander Murillo Carvajal. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 571, asiento 2826).—Curridabat, 22 de mayo del 2007.—Lic. Grace Lu Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 44579.—(80438).

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

AVISOS

Se hace saber a quien interese, que en la diligencia administrativa de oficio originada en virtud de escrito presentado ante esta Dirección el 17 de octubre del 2006, a las 09:03 horas, en el que se informa sobre la supuesta doble inmatriculación de las fincas del partido de Guanacaste, matrículas número 80422, y 65578, dentro del expediente administrativo Nº 356-2006, se dictó la resolución final, en Curridabat, a las 10:34 horas del 21 de agosto del año 2007, cuyo Por Tanto literalmente dice: “En virtud de lo expuesto, normas legales y jurisprudencia citadas, se resuelve: una vez firme la presente resolución: 1) Consignar inmovilización únicamente en la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 65578, la cual se mantendrá hasta que la autoridad judicial competente, mediante la ejecutoria respectiva rectifique el error y ordene la cancelación de dicha inmovilización; o bien, lo soliciten la parte interesada, mediante escritura pública que sea sometida al proceso de calificación por parte del registrador que corresponda. 2) Cancelar la advertencia administrativa que publicita la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 80422. 3) Se comisiona a Eduardo Alvarado Miranda, o en su ausencia a cualquiera de los demás asesores del Departamento de Asesoría Jurídica, para la consignación de la inmovilización y cancelar la advertencia administrativa. 4) Notificar al Registrador Marco Antonio Mesén Cepeda para que continúe con el trámite del documento tomo quinientos sesenta y ocho asiento setenta mil ochocientos siete. (568-70807) si no existiere algún otro defecto que impida su inscripción. Notifíquese. ... Licenciado Jorge Mora Cerdas, Subdirector a. í. Referencia Expediente 356-2006).—Curridabat, 21 de agosto del 2007.—Lic. Jorge Mora Cerdas, Subdirector a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 16551).—C-13925.—(80177).

Se hace saber a quien interese, que en diligencias administrativas que se llevan en este Despacho, en el expediente número 418-2006, se dictó la resolución final de las 08:33 horas del día 7 de agosto del 2007, cuyo Por Tanto, literalmente dice: “En virtud de lo expuesto, de la normativa y doctrina citadas, se resuelve: una vez firme la presente resolución, se ordena: I.—Inmovilizar la finca del partido de Alajuela matrícula trescientos cincuenta y dos mil ciento sesenta y uno (352161), inmovilización que se mantendrá hasta que autoridad judicial competente, conociendo del error, ordene su cancelación o la parte interesada, por los mecanismos que establece el Ordenamiento, manifieste su voluntad de rectificar el error, previa calificación del registrador a quien corresponda. II.—Cancelar la advertencia administrativa que soporta la finca del partido de Alajuela matrícula trescientos cuarenta y tres mil doscientos setenta y seis (343276). III.—Para consignar la inmovilización de cita y la cancelación de advertencia administrativa, se comisiona a Guiselle Vidal Barrantes, funcionaría del Departamento de Asesoría Jurídica, o en su ausencia, cualquier otro titular de esa oficina. IV. Autorizar a la Registradora de la Regional de Alajuela, Licenciada Mireya Murillo Jiménez, continuar con el trámite del documento tomo 569, asiento 59483. Notifíquese. Publíquese el edicto de ley. (Referencia Exp. Adm. 418-2006).—Curridabat, 7 de agosto del 2007.—Lic. Jorge Mora Cerdas, Subdirector a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 16550).—C-13925.—(80178).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Jorge Antonio Chavarría Camacho, mayor, soltero, abogado, cédula Nº 1-437-984, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Celgene Corporation, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada FORMAS POLIMÓRFICAS 3-(4-AMINO-1-OXO-1,3 DIHIDRO-ISOINDOL-2-IL)-PIPERIDIN-2, 6-DIONA. Se describen formas polimórficas de 3-(4-amido-l-oxo-1,3 dihidro-isoindol-2-i1)-piperidin-2,6-diona. Se describen también composiciones que comprenden las formas polimórficas, métodos para elaborar las formas polimórficas y métodos para su uso. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/445, cuyos inventores son Roger Shen-Chu Chen, George W. Muller, Markian S. Jamorsky, Manohar T. Saindane, Louise M. Cameron. La solicitud correspondiente lleva el número 8291, y fue presentada a las 13:25:18 del 15 de marzo del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de agosto del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—Nº 43855.—(79446).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señora María Jiménez Pacheco, abogada, en su condición de apoderada de Lorenzo Robles Espinoza, de Costa Rica, solicita el Diseño Industrial denominado VEHÍCULO ECOLÓGICO ULTRALIGERO DE BAMBÚ.

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Vehículo ecológico ultraligero de bambú, donde el chasis así como la estructura rígida del mismo están compuestos en su mayoría de elementos de bambú. La carrocería puede ser de fibras vegetales (bambú, cáñamo o madera) unidas con resina y el motor convencional de gasolina, diesel o gas u otro. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 12/08, cuyo inventor es Lorenzo Robles Espinoza. La solicitud correspondiente lleva el número 9059, y fue presentada a las 08:03:18 del 19 de abril del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de agosto del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—Nº 44061.—(79924).

El señor Mauricio Bonilla Robert, mayor, casado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 1-903-770, en su condición de apoderado especial de Holcom Industrial S. A., de Costa Rica, solicita el Modelo Industrial denominado BOTELLA PLÁSTICA CURVILÍNEA.

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Se refiere a una botella plástica que comprende una base unida a una cintura baja, la cual se extiende hasta el hombro que termina en un orificio de vertido ubicado en el cuello de la botella y es cerrada por el fondo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 9-01 /, cuyo inventor es Federico Alberto Arias Sánchez. La solicitud correspondiente lleva el número 8934, y fue presentada a las 13:13:06 del 16 de febrero del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de agosto del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—Nº 44292.—(79925).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Luis Esteban Hernández Brenes, mayor, casado, abogado, vecino de San José, cédula Nº 4-155-803, en su condición de apoderado especial de Bayari Holdings S. A., de Panamá, solicita el Modelo Industrial denominado RIZADOR DE CABELLO.

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Se trata de un rizador de cabello constituido por un mango o empuñadora anterior y concéntricamente prolongada en un tubo extremadamente cerrado que lleva articulada una palanca en su porción adyacente a dicho mango o empuñadura y también un arco de apoyo montado sobre la articulación de dicha palanca. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 28-0  3   /, cuyo inventor es Carlos José Ceva. La solicitud correspondiente lleva el Nº 8627, y fue presentada a las 13:00:00 del 14 de setiembre del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese 3 días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de agosto del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—(80046).

AMBIENTE Y ENERGÍA

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Expediente Nº 12653A.—Banco HSBC (Costa Rica) S. A., solicita concesión de 300 litros por segundo del río Unión, efectuando la captación en finca de Frutas de Exportación Frutex S. A., en San Pedro (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, San José, para uso agropecuario-riego. Coordenadas: 361.250 / 516.600, hoja Repunta. Predios inferiores: Piedades Gamboa Jiménez, Flor González Arrollo, Alberto Navarro Sánchez, Ramiro Valverde Camacho. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de setiembre del 2007.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 43769.—(79449).

Expediente Nº 12620A.—Evar Gerardo Cubillo Díaz, solicita concesión de 0,02 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Mercedes Sur, Puriscal, San José, para uso consumo humano. Coordenadas: 190.150 / 487.250, hoja Candelaria. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de julio del 2007.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 43940.—(79450).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expediente Nº 12655A.—Helbert Prado Fernández, solicita concesión de ,057 litros del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cangrejal, Acosta, San José, para uso consumo humano. Coordenadas: 192.400/519.400, hoja Caraigres. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de setiembre del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 44195.—(79928).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 12656P.—Fiduciaria Cuscatlán S. A., solicita concesión de 18 lps del pozo BO-19, efectuando la captación en su finca en Germania, Siquirrres, Limón, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 238.225 / 580.550 hoja Bonilla. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de setiembre del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(80035).

Expediente Nº 12644P.—Inversiones Avenida de Las Américas S.A., solicita concesión de 12 lps del pozo HE-98, efectuando la captación en finca de la misma en Jacó, Garabito, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 400.100 / 391.610 hoja Herradura. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de agosto del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(80088).

Exp. Nº 12657A.—Campo de Pesca Bahía Drake S. A., solicita concesión de 5 lps de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de mismo en Sierpe, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 294.500 / 498.500 hoja Sierpe. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de setiembre del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón. Jefe.—Nº 44583.—(80439).

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE

Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLE

EDICTOS

Nº 125-PTDH-2007-DGTCC.—San José, a los diecisiete días del mes de julio del año dos mil siete, se tiene por presentada la solicitud por parte de la señora María Soledad Vargas Tinoco, mayor, casada una vez, microbióloga, cédula de identidad número 1-534-518 y vecina de Cerro Cortés de Aguas Zarcas, San Carlos, Alajuela, en su condición de apoderada generalísima de la sociedad denominada Transportes Cerro GSV Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-335220, quien solicita autorización para la entrada en operación de un cisterna para el transporte de producto limpio, específicamente gasolina súper, regular y diesel, el cual prestará el servicio desde el plantel de RECOPE en La Garita de Alajuela hasta la estación de servicio denominada Cerro Cortés de Aguas Zarcas, San Carlos, provincia de Alajuela. Con fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 24813-MAE, se otorga un plazo de ocho días hábiles a partir de la publicación que resulte, en uno de los diarios de mayor circulación en el país y en el Diario Oficial La Gaceta, para que cualquier persona natural o jurídica, que tenga interés o pueda resultar afectada con la operación del nuevo equipo, haga llegar a esta Dirección su criterio, opinión u oposición al respecto, aportando toda la prueba que la sustente .Publíquese una vez.—San José, a las diez horas del día seis de agosto del año dos mil siete.—Msc. Óscar Porras Torres, Director General.—1 vez.—(79681).

PODER JUDICIAL

AVISOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Clemente Enrique Centeno Madrigal, cédula de identidad Nº 1-384-833, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 07-876-624-NO.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—(80162).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yohanna Esmeralda Amaya Zavala, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 2468-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y dos minutos del veintinueve de agosto del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 6162-07. Resultando: 1º—…; 2º—…; 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:...; II.—Hechos no probados:...; III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Aranza Michel Amaya Cornejo... en el sentido que el nombre y apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Johana Esmeralda Amaya Zavala” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(79898).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Vernardina Llamilet Gonzales Solano, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2443-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas, treinta minutos del veintidós de agosto del dos mil siete. Expediente Nº 27479-2006. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Stephanie Dayana González González... en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de la misma son: “Vernardina Llamilet Gonzales Solano” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(80030).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Maryuri del Socorro Soto, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 2145-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y cuarenta y tres minutos del veinticuatro de julio del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 35969-06. Resultando: 1º—...; 2º—...; 3º—...; Considerando: I.—Hechos probados:...; II.—Hechos no probados:...; III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Christian Rodrigo Calero Soto... en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Maryuri del Socorro” y no como se consignó. Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(80040).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Olga Lidia Fuentes Bonilla, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: N° 349-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas quince minutos del diecisiete de enero del dos mil siete. Ocurso. Exp. N° 21793-2006. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese los asientos de nacimiento de Carlos Alfredo y Daniel ambos de apellidos Rojas Bonilla, en el sentido que los apellidos de la madre de las personas ahí inscritas son “Fuentes Bonilla” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 44556.—(80440).

AVISOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Lucinda Tosi Tosi, conocida como Lucinda Tosi Patchen, mayor, soltera, maestra, estadounidense, cédula de residencia Nº 184000059911, vecina de San José, expediente Nº 3544-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, trece de julio del dos mil siete.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—Nº 43864.—(79454).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

Se informa a los interesados que se realiza la segunda modificación al plan anual de compras 2007. El texto completo, se encuentra disponible en el Sistema CompraRed en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, a partir de esta publicación.

San José, 13 de setiembre del 2007.—Proveeduría.—Lic. José A. Cascante Torres, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 17658).—C-4255.—(81101).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN FINANCIERO CONTABLE

Y DEPARTAMENTOS ADSCRITOS

Ampliación programa de compras 2007

Fuente de financiamiento: presupuesto Dirección Financiero Contable.

                                                                                                                  Monto                     Fecha

Servicio o mercadería                      Programa                        estimado ¢           adquisición

Sistema digitalización de imágenes      Gestión financiera         12.000.000,00              Oct-07

Sistema aire acondicionado                    Gestión financiera            2.000.000,00              Oct-07

Materiales para cableado de red             Gestión financiera            1.500.000,00              Oct-07

Sistema control de acceso                        Gestión financiera            1.000.000,00              Oct-07

Dispositivos ancho de banda red

comunicaciones                                          Gestión financiera         14.000.000,00              Oct-07

Servidor de archivos                                 Gestión financiera         15.000.000,00              Oct-07

San José, 13 de setiembre del 2007.—Lic. Iván Guardia Rodríguez, Director.—1 vez.—(81067).

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

-UNIDAD EJECUTORA-

PRÉSTAMO BID 1377/OC-CR

PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN

DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2007-LN-000137-01

Contratación de servicios profesionales de consultoría para

la definición de un modelo replicable de señalización

de edificios judiciales y la respectiva implantación

en el II Circuito Judicial de San José

El Programa de Modernización de la Administración de Justicia, requiere contratar servicios de consultoría para atender el tema arriba señalado, el cual forma parte de la segunda etapa del Programa Modernización de la Administración de Justicia.

1.  La Unidad Ejecutora del Programa de Modernización Poder Judicial-BID, recibirá ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del día 17 de octubre del 2007, por parte de interesados en participar en este concurso.

2.  El costo de este concurso, se financiará con recursos del Préstamo Nº 1377/OC-CR, otorgado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), al Gobierno de Costa Rica, razón por la cual los servicios a ofertar deben provenir de un país miembro del BID.

3.  En la Unidad Ejecutora del Programa de Modernización Poder Judicial-BID, se encuentra a disposición de los interesados, la documentación respectiva, sin costo alguno. Si el interesado desea se le remita el documento vía correo electrónico, deberá solicitarlo vía fax o vía correo electrónico, indicando claramente la dirección a la cual se le debe remitir el respectivo documento.

Cualquier otra información adicional, relativa al presente concurso podrá obtenerse en la siguiente dirección:

Unidad Ejecutora del Programa de Modernización Poder Judicial - BID. Edificio de la Defensa Pública. Sita 250 metros este Caja Costarricense de Seguro Social, Ave. segunda San José, Costa Rica. Teléfonos Nos. 211-9886 y 211-9834, Fax Nº (506) 256-5668. E-mail: rarroyo@poder-judicial.go.cr, www.poder-judicial.go.cr/bid.

4.  Los diferentes concursos promovidos por la Unidad Ejecutora del Programa de Modernización Poder Judicial-BID, se regirán por las Condiciones establecidas en la Ley Nº 8273, “Ley del Préstamo”, publicada en el Diario Oficial La Gaceta, el día 23 de mayo del 2002, La Gaceta Nº 98 y en forma supletoria la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento de Contratación Administrativa.

San José, 11 de setiembre del 2007.—Lic. Sonia Navarro Solano, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(81150).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-004859-01

Suministro e instalación, remodelación de 19 cubículos

para cajero automático del BCR

El Banco de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.) el 8 de octubre del 2007, para la licitación en referencia.

Los interesados pueden retirar el cartel de licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales en la Oficina de Contratación Administrativa, ubicada en el tercer piso del edificio oficina central.

Las visitas se realizarán según el siguiente plan:

PLAN DE VISITAS AL SITIO CONTRATACIÓN DE 19 CAJEROS

                               Lugar                              Fecha                    Hora

1                    Turrúcares                                                                    9:00

2                    Complejo Wilmer López                                           10:30

3                    Dos Pinos                                 20/09/2007               11:30

4                    La Ceiba, Alajuela                                                      13:00

5                    Sabanilla, Alajuela                                                      15:00

6                    CUNA                                                                       16:30

7                    Panasonic                                                                     9:00

8                    M. Seguridad Pública                                                 10:30

9                    Lagar El Cruce                           21/09/2007               12:00

10                  Mercado Acosta                                                        14:30

11                  Mercado Grecia                                                           8:30

12                  CoopeGuanacaste                     24/09/2007               13:00

13                  Miramar                                                                     16:30

14                  Montezuma                                                                 9:30

15                  Paquera                                     25/09/2007               11:30

16                  Punta Leona                                                               16:00

17                  Rawlings                                   26/09/2007                 8:30

18                  Villa Franca                                                                12:00

19                  Pérez Zeledón                                                   No hay visita

Oficina de Contratación Administrativa.—Osvaldo Villalobos G., Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 14699).—C-18770.—(81102).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000005-01

Adquisición de equipo de cómputo para el

Banco Crédito Agrícola de Cartago

La Oficina de Proveeduría y Licitaciones ubicada 600 metros sur del Autobanco de Bancrédito, Barrio La Lima, Cartago, invita a los potenciales oferentes a participar en el evento señalado. La fecha límite para recepción de ofertas será a las 11:00 horas del día 11 de octubre del 2007, en las oficinas de Proveeduría y Licitaciones, único lugar donde ponemos a su disposición el pliego de condiciones.

San José, 13 de setiembre del 2007.—Proveeduría y Licitaciones.—Julio Brenes Ramírez, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 6742).—C-6070.—(81103).

UNIVERSIDAD NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000020-SCA

Servicio de instalación de sistema de ahorro energético

en la Biblioteca Joaquín García Monge

La Universidad Nacional por medio de la Proveeduría Institucional, recibirá ofertas por escrito para el concurso en mención hasta el día 10 de octubre del 2007 a las 10:00 a. m., los interesados deberán de presentarse a la visita al sitio obligatoria el día miércoles 1º de octubre del 2007 a las 9:00 a. m. con el Ing. Ulises Walters Calvo, los interesados deberán de presentarse a las instalaciones de la Biblioteca Joaquín García Monge, en el Campus Omar Dengo.

Los carteles deberán retirarse en las instalaciones de la Proveeduría Institucional de la UNA, en el horario de 8:00 a. m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 4:00 p. m. de lunes a viernes o bien solicitarlos al correo electrónico cmurillo@una.ac.cr., wjime@una.ac.cr.

Las ofertas deberán presentarse en la Proveeduría Institucional, situada en la ciudad de Heredia, de Copy Mundo trescientos metros al este (a mano derecha), ingresando por el portón de malla, al Campus de la Universidad, último edificio, segundo piso.

Proveeduría Institucional.—Dra. Ada Cartín Brenes, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 24961).—C-10910.—(81056).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

PROYECTO DE FORTALECIMIENTO

Y MODERNIZACIÓN DEL SECTOR SALUD

PRÉSTAMO Nº 7068-CR

Nº 2007PI-000003-4503

Compra de equipo de odontología

Este llamado a licitación se emite como resultado del anuncio general de adquisiciones para este proyecto publicado en la edición Nº 539 de Development Business, del 31 de agosto del 2002.

La CCSS invita a los licitantes a presentar ofertas en sobre cerrados para la compra de equipos de: odontología.

Los licitantes elegibles que estén interesados podrán obtener información adicional de la Unidad Ejecutora del Proyecto de Fortalecimiento y Modernización del Sector Salud y leer los documentos de licitación en la dirección indicada.

Los licitantes interesados podrán comprar un juego completo de documentos de licitación en español, solicitándolo por escrito a la dirección indicada abajo, edificio Jenaro Valverde, Oficinas Centrales CCSS, 2do piso, avenida 4, calles 5 y 7, San José, Costa Rica, y contra el pago de una suma no reembolsable de ¢2.500,00 (dos mil quinientos colones costarricenses).

Las ofertas deberán hacerse llegar a la dirección indicada abajo Edificio Jenaro Valverde, Oficinas Centrales CCSS, 2º piso, avenida 4, calles 5 y 7, San José, Costa Rica, a más tardar a las 10:00 a. m. del martes 30 de octubre del 2007.

San José, 13 de setiembre del 2007.—Dra. Daisy Corrales Díaz, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(80849).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000039-PROV

Adquisición de herramientas (menores y mayores)

El Departamento de Recursos Materiales y Servicios, Área de Licitaciones, ubicado en el sótano del edificio municipal “José Figueres Ferrer”, avenida 10, comunica a los interesados en el presente concurso, que los carteles estarán a su disposición a partir de la presente publicación, en el Área de Licitaciones, o bien pueden accesar a la siguiente dirección: www.msj.co.cr.

LICITACIÓN ABREVIADA

Nº Licitación                               Descripción                        Fecha apertura             Hora

2007LA-000039-PROV       Adquisición de herramientas           8 de octubre

                                                      (menores y mayores)                            del 2007                      9:00 a. m.

San José, 13 de setiembre del 2007.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O. P. Nº 3684).—C-6070.—(81104).

MUNICIPALIDAD DE TILARÁN

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Nº 2007LN-00003-01

I Etapa construcción sala de artesanía y salón

multiuso en Tilarán centro

El Concejo Municipal de Tilarán en sesión ordinaria Nº 72, celebrada el 12 de setiembre de 2007, mediante moción presentada por el Sr. Jovel Arias Ortega, acordó por unanimidad y en firme:

Autorizar a la Administración, a promover el proceso de contratación administrativo No. 2007LN-00003-01 “I Etapa construcción sala de artesanía y salón multiuso en Tilarán centro”, estableciéndose como fecha límite para recepción de ofertas, hasta las 10 horas del 26 de octubre del 2007, en la Proveeduría municipal.

Tilarán, 13 de setiembre del 2007.—Silvia María Centeno González, Secretaria Concejo Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 3938).—C-6070.—(81140).

MUNICIPALIDAD DE LIBERIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000012-01

Contratación de servicios profesionales para efectuar el inventario

de caminos de la red vial cantonal de Liberia

La Municipalidad de Liberia, recibirá ofertas por escrito, a sobre cerrado, hasta las 10:00 horas del día 17 de setiembre del 2007.

Los interesados en dicho concurso deben retirar el cartel con las especificaciones técnicas en el Departamento de Proveeduría y Licitaciones, ubicado en el edificio Municipal de Liberia, Guanacaste, costado este de la antigua Comandancia de Plaza. El precio del cartel es de ¢500.

Liberia, 6 de setiembre del 2007.—Proveeduría y licitaciones.—Lic. Fernando Acevedo Angulo, Proveedor Municipal.—1 vez.—(80852).

ADJUDICACIONES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA-000031-PCAD

Compra de mobiliario

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados en la Licitación Abreviada N° 2007LA-000031-PCAD, que la Comisión de Licitaciones Públicas, mediante Acta N° 024-2007 del 12 de setiembre del 2007, resolvió declarar infructuosos los ítemes Nos. 2, 14, 20, 22, 24 y 30 y adjudicar los restantes ítemes en los siguientes términos.

Mobi Stant S. A., C. J. 3-101-389666

Objeto: Compra de mobiliario.

Ítem adjudicado                                                   Precio total I.V.I.

Ítem N° 25: Veinte archivadores en formica               ¢4.689.500,00

Monto total adjudicado en letras: Cuatro millones seiscientos ochenta y nueve mil quinientos colones con 00/100.

Distribuidora M S. A., C. J. 3-101-047798

Ítem adjudicado                                                      Precio total I.V.I

Ítem N° 3: Ciento noventa archivos legal

de cuatro gavetas                                         ¢10.735.000,00

Ítem N° 12: Veintidós tarjeteros para reloj marcador      ¢ 245.263,79

Monto total adjudicado en letras: Diez millones novecientos ochenta mil doscientos sesenta y tres colones con 79/100.

Taller Industrial Méndez & Sánchez S. A., C. J. 3-101-048350

Ítem adjudicado                                                      Precio total I.V.I

Ítem N° 1: Cinco lockers de 6 compartimentos              ¢ 344.650,00

Ítem N° 5: Diez lockers de 12 compartimentos              ¢ 847.500,00

Ítem N° 10: Un lockers de 12 compartimentos                ¢  82.490,00

Ítem N° 16: Uno juego de sala corriente                         ¢ 339.000,00

Ítem N° 18: Sesenta estantes de metal para

almacenamiento de cajas especiales

con documentación                                    ¢ 5.763.000,00

Ítem N° 21: Setenta y tres bibliotecas metálicas           ¢ 7.176.630,00

Ítem N° 23: Un armario metálico de dos puertas

(anaqueles)                                                    ¢ 100.570,00

Ítem N° 27: Cincuenta mesas para máquina de escribir  ¢1.045.250,00

Ítem N° 31: Dos bibliotecas de madera con cuatro puertas ¢ 558.220,00

Monto total adjudicado en letras: Dieciséis millones doscientos cincuenta y siete mil trescientos diez colones con 00/100.

Muebles Metálicos Alvarado S. A., C. J. 3-101-052993-25

Ítem adjudicado                                                      Precio total I.V.I

Ítem N° 4: Ochenta y tres sillas ergonómicas con brazos ¢ 1.875.800,00

Ítem N° 6: Doscientas quince sillas para cajero            ¢ 8.260.300,00

Ítem N° 7: Trescientas veintiocho sillas ergonómicas

sin brazos                                                     ¢ 5.856.112,00

Ítem N° 11: Tres sillas ejecutivas                                 ¢ 1.356.000,00

Ítem N° 28: Cincuenta sillas de espera sin brazos            ¢ 819.250,00

Ítem N° 29: Trescientas sillas de espera apilable          ¢ 5.424.000,00

Monto total adjudicado en letras: Veintitrés millones quinientos noventa y un mil cuatrocientos sesenta y dos colones con 00/100.

Muebles Crometal S. A., C. J. 3-101-ll2243

Ítem adjudicado                                                      Precio total I.V.I

Ítem N° 26: Diez muebles tipo restaurante                    ¢1.748.392,50

Monto total adjudicado en letras: Un millón setecientos cuarenta y ocho mil trescientos noventa y dos colones con 50/100.

Compañía Leogar S. A., C. J. 3-101-016273

Ítem adjudicado                                                      Precio total I.V.I

Ítem N° 13: Seis mesas de reuniones                                       $874,62

Ítem N° 15: Ocho mesas para comedor pequeña                     $415,84

Monto total adjudicado en letras: Mil doscientos noventa dólares con 46/100.

Euromobilia S. A., C. J. 3-101-077629-09

Ítem adjudicado                                                      Precio total I.V.I

Ítem N° 8: Tres sillas semi-ejecutivas ergonómicas

sin brazos                                                                $233,23

Monto total adjudicado en letras: Doscientos treinta y tres dólares con 23/100.

Compañía de Máquinas de Costa Rica CDM S. A., C. J. 3-101-031534

Ítem adjudicado                                                      Precio total I.V.I

Ítem N° 9: Cuatro sillones ejecutivos

con descansa brazos                                               $474,60

Ítem N° 19: Cinco escritorios de metal pequeño                     $819,25

Monto total adjudicado en letras: un mil doscientos noventa y tres dólares con 85/100.

Metálica Imperio S. A., C. J. 3-101-079920

Ítem adjudicado                                                      Precio total I.V.I

Ítem N° 17: Ochenta y un estantes metálicos

módulos sencillos                                        ¢4.009.015,83

Monto total adjudicado en letras: Cuatro millones nueve mil quince colones con 83/100.

Garantía de cumplimiento: Cada Contratista deberá de rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, durante los 10 (diez) días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso, por un monto del cinco por ciento del total adjudicado y con una vigencia mínima de quince meses para los ítemes N° 6, 7, 12, 21, 25, 26, 27, 28 y 29. Para los demás ítemes la garantía con una vigencia mínima de dos meses adicionales al plazo de entrega del objeto del contrato.

Demás condiciones y plazo de entrega conforme lo plantea el Proceso  de  Contratación Administrativa en su informe de adjudicación N° 262-2007.

San José, 14 de setiembre del 2007.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(81164).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE SUMINISTROS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000033-ULIC

Contratación para el desarrollo de una plataforma para servicios

de computación científica y de hospedaje de aplicativos

Se comunica a los interesados de la licitación en referencia, que la Rectoría adjudicó de la siguiente manera:

A: Control Electrónico Sociedad Anónima, cédula de identidad Nº 3-101-20660.

Renglón único.

Por un monto de: $87.841,92.

Sabanilla de Montes de Oca, 14 de setiembre del 2007.—Unidad de Licitaciones.—MBA. Silvia Cordero Araya, Jefa.—1 vez.—(Solicitud Nº 108327).—C-7280.—(81134).

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000046-ULIC

Compra de microcomputadoras portátiles, de escritorio y estaciones científicas de tecnología Macintosh

A los interesados en el concurso indicado se les comunica que la administración, acordó adjudicar de la siguiente manera:

A: Industrias de Computación Nacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-088093.

Renglón único por un monto total de $101.956,00.

Todo de acuerdo con la oferta y el cartel respectivo.

Sabanilla de Montes de Oca, 14 de setiembre del 2007.—Unidad de Licitaciones.—MBA Silvia Cordero Araya, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 10827).—C-8490.—(81135).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000054-ULIC

Contratación del mantenimiento preventivo de las

cámaras de circuito cerrado de televisión

Se comunica a los interesados de la licitación en referencia, que la Administración adjudicó:

A: Tecnología, Acceso & Seguridad S. A., cédula jurídica 3-101-283684.

Renglón único: Contratación de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de sistema de Circuito Cerrado de Televisión en el Campus Universitario.

Monto total de la oferta $11.700,00.

Sabanilla de Montes de Oca, 14 de setiembre del 2007.—Unidad de Licitaciones.—MBA Silvia Cordero Araya, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 108327).—C-7885.—(81137).

UNIVERSIDAD NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000003-SCA

Compra de productos de papel, cartulina y cartón

bajo la modalidad de suministro según demanda

La Proveeduría Institucional de la Universidad Nacional comunica a todos los interesados en esta contratación, que mediante resolución Nº 1156-2007, de las nueve horas del diez de setiembre del 2007, se dispuso por parte de la Comisión de Licitaciones de la Universidad Nacional adjudicar la licitación en mención de la siguiente manera:

Anme de Centroamérica, cédula jurídica 3-101-185273.

Ítem Nº l: Precio unitario $0.23. Ítem Nº 2,, precio unitario $0.23. Ítem Nº 7, precio unitario $0.23. Ítem Nº 8, precio unitario $0.23. Ítem Nº 9, precio unitario $0.23. Ítem Nº 13, precio unitario $3.32. Ítem Nº 16, precio unitario $0.175. Ítem Nº 17, precio unitario $0.175. Ítem Nº 18, precio unitario $0.175. Ítem Nº 19, precio unitario $0.175. Ítem Nº 20, precio unitario $0.176. Ítem Nº 28, precio unitario $4.84. Ítem Nº 29, precio unitario $6.87. Ítem Nº 39, precio unitario $70.80. Plazo de entrega 5 días hábiles, luego del recibo de la orden de compra y en las cantidades que requiera la Universidad, garantía 6 meses.

C.A.P.P.A S. A., cédula jurídica 3-101-217063.

Ítem Nº 3, precio unitario $27.35. Ítem Nº 5, precio unitario $50.40. Ítem Nº 6, precio unitario $43.00. Ítem Nº 11, precio unitario $1.20. Ítem Nº 21, precio unitario $17.85. Ítem Nº 24, precio unitario $27.45. Ítem Nº 25, precio unitario $2.72. Ítem Nº 27, precio unitario $30.75. Ítem Nº 31, precio unitario $30.00. Ítem Nº 35, precio unitario $40.00. Ítem Nº 36, precio unitario $23.75 Ítem Nº 46, precio unitario $ 28.16. Ítem Nº 47, precio unitario $28.16. Plazo de entrega 5 días hábiles luego de recibida la orden de compra y en las cantidades que requiera la Universidad. Garantía 24 meses.

Jiménez & Tanzi S. A., cédula jurídica 3-101-006463.

Ítem Nº 10, precio unitario $0.30. Ítem Nº 12, precio unitario $1.31. Ítem Nº 14, precio unitario $0.71. Ítem Nº 15, precio unitario $0.71. Ítem Nº 22, precio unitario $18.08. Ítem Nº 23, precio unitario $ 5.67. Ítem Nº 30, precio unitario $21.06. Ítem Nº 32, precio unitario $1.33. Ítem Nº 37, precio unitario $5.38. Ítem Nº 40, precio unitario $4.31. Ítem Nº 41, precio unitario $5.38. Ítem Nº 42, precio unitario $5.38. Ítem Nº 43, precio unitario $5.38. Ítem Nº 49, precio unitario $1.88. Ítem Nº 50, precio unitario $7.21. Plazo de entrega 5 días hábiles luego de recibida la orden de compra y en las cantidades que requiera la Universidad. Garantía 12 meses.

Suplidora de Papeles Grafikos S. A., cédula jurídica 3-101-102042-27.

Ítem Nº 26, precio unitario $4.03. Ítem Nº 38, precio unitario $32.26. Ítem Nº 48, precio unitario $28.03. Plazo de entrega: 3 días hábiles luego de recibir la orden de compra. Garantía 24 meses.

Moore de Centroamérica S. A., cédula jurídica 3-101-008964-32.

Ítem Nº 51, precio unitario ¢3.200.00. Ítem Nº 52, precio unitario ¢6.700,00. Ítem Nº 53, precio unitario ¢11.000,00. Ítem Nº 55, precio unitario ¢13.400.00. Ítem Nº 56, precio unitario ¢21.700,00. Ítem Nº 57, precio unitario ¢9.800,00. Ítem Nº 58, precio unitario ¢20.800.00. Ítem Nº 59, precio unitario ¢33.800,00. Ítem Nº 60, precio unitario ¢66.00. Ítem Nº 61, precio unitario ¢28.00. Ítem Nº 62, precio unitario ¢30.00. Ítem Nº 63, precio unitario ¢18.00. Plazo de entrega inmediata para ítem Nº 25 y 5 días hábiles para todos los demás Ítemes a partir del recibo de orden de compra. Garantía 18 meses.

Papiro S. A., cédula jurídica 3-101-021033-28.

Ítem Nº 64, precio unitario ¢7.45. Ítem Nº 65, precio unitario ¢14.22. Ítem Nº 66, precio unitario ¢6.85. Ítem Nº 67, precio unitario ¢17.87. Ítem Nº 68, precio unitario ¢48.00. Ítem Nº 69, precio unitario ¢18.91. Ítem Nº 70, precio unitario ¢39.10. Ítem Nº 71, precio unitario ¢22.77. Ítem Nº 72, precio unitario ¢26.86. Ítem Nº 73, precio unitario ¢30.16.

Plazo de entrega para los ítemes 60-62-63-64 en 10 días hábiles. El resto en 5 días hábiles luego de recibida la orden de compra. Garantía 12 meses.

CG Formularios S. A., cédula jurídica 3-101-122-865-08.

Ítem Nº 54, precio unitario $13.20. Plazo de entrega en 5 días hábiles, luego de recibida la orden de compra. Garantía 12 meses.

“Todo lo anterior de conformidad con el cartel y las ofertas de los proveedores.”

1. Se declaran desiertas las líneas Nº 4, 34, 44, por no presentarse ofertas. Asimismo las líneas Nº 33 y Nº 45 ya que las únicas ofertas presentadas no cumplen técnicamente.

Proveeduría.—Ada Cartín Brenes, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 0024947).—C-38740.—(81057).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

ADMINISTRACIÓN

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000024-2104

Por adquisición de reactivos varios para uso en anatomía patológica

La Subárea de Adquisiciones del Hospital México comunica a los interesados en el presente concurso, el resultado del mismo.

Ítemes 1, 2, 6, 7, 12, 13 (alternativa), 14, 15, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 29 (alternativa), 30, 32, 37, 38, 40, 46, 47 (alternativa), 51 (alternativa) y 52 por reactivos varios.

Empresa adjudicada: Makol OCR S. A.

Monto adjudicado: $22.272,31 (veintidós mil doscientos setenta y dos dólares con 31/100).

Ítemes 3, 4, 5, 8, 17, 26, 31, 41, 44, 49 y 50 por reactivos varios.

Empresa adjudicada: Laboratorios Zeledón S. A.

Monto adjudicado: $28.431,00 (veintiocho mil cuatrocientos treinta y un dólares exactos).

Ítemes 9, 10, 11, 16, 25, 27, 28, 33, 35, 36, 39, 42, 43, 45 y 48 por reactivos varios.

Empresa adjudicada: Soporte Médico S. A.

Monto adjudicado: $8.385,00 (Ocho mil trescientos ochenta y cinco dólares exactos).

Lo anterior según adjudicación del 11 de setiembre del 2007, suscrito por el Dr. Donald Fernández Morales, Subdirector General a. í. del Hospital México.

San José, 13 de setiembre del 2007.—Subárea de Adquisiciones.—Bach. Freddy Alfaro Ramírez, Jefe.—1 vez.—(81052).

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000011-H.M.

Por adquisición de instrumental vario del servicio de ortopedia

La Subárea de Adquisiciones del Hospital México comunica a los interesados en el presente concurso, el resultado del mismo.

Ítemes 1 al 11, 17 al 21, 24 y 25 por instrumental vario.

Empresa adjudicada: VMG Healthcare S. A.

Monto adjudicado: € 11.157,44 (Once mil ciento cincuenta y siete euros con 44/100).

Ítemes 12 y 15 por instrumental vario.

Empresa adjudicada: Massey e Hijos Ltda.

Monto adjudicado: $784,00 (Setecientos ochenta y cuatro dólares exactos).

Ítems 13, 14 y 22 por instrumental vario.

Empresa adjudicada: GMG Representaciones S. A.

Monto adjudicado: $1.564,00 (Un mil quinientos sesenta y cuatro dólares exactos).

Ítemes 16 y 23 por instrumental vario.

Empresa adjudicada: Synthes S. A.

Monto adjudicado: $1.146,00 (Un mil ciento cuarenta y seis dólares exactos.

Lo anterior según adjudicación del 10 de setiembre del 2007, suscrito por el Dr. Donald Fernández Morales, Subdirector General a. í. del Hospital México.

San José, 13 de setiembre del 2007.—Subárea de Adquisiciones.—Bach. Freddy Alfaro Ramírez, Jefe.—1 vez.—(81053).

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000021-2104

Por adquisición de suministro e instalación de

aire acondicionado en el servicio de urgencias

La Subárea de Adquisiciones del Hospital México comunica a los interesados en el presente concurso, el resultado del mismo.

Ítem único por suministro e instalación de aire acondicionado en el servicio de urgencias.

Empresa adjudicada: Equipos e Instalaciones Electromecánicas Equilsa Limitada.

Monto adjudicado: $364.200,00 (Trescientos sesenta y cuatro mil doscientos dólares exactos).

Lo anterior según adjudicación del 10 de setiembre del 2007, suscrito por el Dr. Donald Fernández Morales, Subdirector General a. í. del Hospital México.

San José, 13 de setiembre del 2007.—Subárea de Adquisiciones.—Bach. Freddy Alfaro Ramírez, Jefe.—1 vez.—(81054).

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000015-2104

Por adquisición de ventilador pulmonar neonatal

La Subárea de Adquisiciones del Hospital México comunica a los interesados en el presente concurso, el resultado del mismo.

Ítem único por ventilador pulmonar neonatal.

Empresa adjudicada: Soporte Médico S. A.

Monto adjudicado: $66.000,00 (Sesenta y seis mil dólares exactos).

Lo anterior según adjudicación del 11 de setiembre del 2007, suscrito por el Dr. Donald Fernández Morales, Subdirector General a. í. del Hospital México.

San José, 13 de setiembre del 2007.—Subárea de Adquisiciones.—Bach. Freddy Alfaro Ramírez, Jefe.—1 vez.—(81055).

INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA

RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN Nº 498-2006/2007

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-01

Compra de vehículos

La Unidad de Contratación Administrativa del Instituto del Café de Costa Rica, comunica a las personas físicas o jurídicas que presentaron oferta en la contratación arriba descrita, que después de realizar los estudios respectivos de las ofertas, en coordinación con la dependencia solicitante, se acuerda adjudicar de la siguiente manera:

Adjudicatario: Purdy Motor S. A., cédula jurídica: 3-101-007435.

Ítem              Descripción                      Precio unitario             Monto

1         Cuatro pick up sencillo 4x4               $28.750,00         $115.000,00

Adjudicatario: Vehículos de Trabajo (VETRASA) S. A., cédula jurídica: 3-101-480864

Ítem              Descripción                      Precio unitario             Monto

2         Cinco vehículos rural 4x4 para

           cuatro pasajeros                                 $18.700,01           $93.500,04

Adjudicatario: Vehículos Internacionales (VEINSA) S. A., cédula jurídica 3-101-025416.

Ítem              Descripción                      Precio unitario             Monto

3         Un vehículo rural 4x4, para

           cinco pasajeros                                   $34.000,00           $34.000,00

5         Un camión 2,5 toneladas                    $22.000,00           $22.000,00

Ítem Nº 4 se declara infructuoso por no recibir ofertas.

Forma de pago y tiempo de entrega: de acuerdo a términos del cartel.

Se concede el tiempo de ley para recibir alegatos a la presente resolución, una vez concluido este plazo, el acto de adjudicación quedará en firme.

San José, 14 de setiembre del 2007.—Lic. Adolfo Lizano González, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(81157).

JUNTA DE DESARROLLO REGIONAL DE LA ZONA SUR

DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-JUDESUR

Rehabilitación de la red de hidrantes del Depósito

Libre Comercial de Golfito

Judesur comunica a todos aquellos Proveedores que participaron en la Licitación de referencia que en sesión ordinaria de junta directiva Nº 422-2007, mediante acuerdo ACU-08-422-2007, celebrada el día 31 de agosto del 2007, se acordó lo siguiente:

Adjudicar la Licitación Pública Nº 2007LN-000001-Judesur Rehabilitación de la Red de Hidrantes en el Depósito Libre Comercial de Golfito, a la empresa JG Ingenieros Asociados Sociedad Anónima, por un monto de ¢64.844.094,05 (Sesenta y cuatro millones ochocientos cuarenta y cuatro mil noventa y cuatro colones con cinco céntimos), y un plazo de entrega de sesenta días naturales. Lo anterior debido a que cumple con lo solicitado en el cartel de licitación. Aprobado por unanimidad. Acuerdo en firme.

Bach. Fresia Loáiciga Sánchez, Proveedora.—1 vez.—(80810).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MORA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000071-01

Anteproyecto, planos constructivos, especificaciones técnicas

y dirección técnica del Edificio Mercado Municipal

A los interesados en la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000071-01, se les comunica que por resolución de la Alcaldía Municipal del 13 de setiembre del 2007, se adjudica este concurso a los Arquitectos Erika Solís Mora y Jorge Aguilar Jiménez, por un monto total adjudicado de ¢6.300.000,00, según se detalla.

Línea                    Bien o servicio                       Monto total adjudicado

1           Anteproyecto, planos constructivos

             Especificaciones Técnicas y Dirección

             Técnica del Edificio Mercado Municipal           ¢6.300.000,00

San José, 14 de setiembre del 2007—Róger Vinicio Madrigal Bustamante, Proveedor Municipal.—1 vez.—(81159).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000077-01

Vehículo todo terreno, tipo deportivo utilitario

A los interesados en la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000077-01, se les comunica que por resolución de la Alcaldía Municipal del 12 de setiembre del 2007, se adjudica este concurso a la firma Purdy Motor, por un monto total adjudicado de $14.800,00, según se detalla.

Línea                 Bien o servicio                           Monto total adjudicado

1                      Vehículo todo terreno, tipo

                        deportivo utilitario                                   US$ 14.800,00

San José, 12 de setiembre del 2007—Róger Vinicio Madrigal Bustamante, Proveedor Municipal.—1 vez.—(81161).

MUNICIPALIDAD DE LIBERIA

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000008-01

Adquisición de una máquina para fabricar tubos de concretos

La Municipalidad de Liberia comunica que mediante acuerdo del Concejo Municipal de Liberia artículo primero, acuerdo número 12, sesión ordinaria Nº 35-2007, celebrada el día 27 de agosto del 2007, se adjudicó la Licitación Abreviada 2007LA-000008-01, a la empresa FAMAI S. A., Cédula Jurídica 3-101-083131, representada por el señor Miguel Ángel Chavarría Oviedo, cédula de identidad 4-0091-0793, por un monto de ¢19.200.000.

Liberia, 6 de setiembre del 2007.—Proveeduría y Licitaciones.—Lic. Fernando Acevedo Angulo, Proveedor.—1 vez.—(80854).

FE DE ERRATAS

SEGURIDAD PÚBLICA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2007LN-000060-10700

Compra de textiles y vestuarios

Se avisa a las empresas interesadas en participar en esta licitación, N° 2007LN-000060-10700 que en la fe de erratas, publicada en La Gaceta 172, de fecha 7/09/2007, en el encabezado: donde dice Licitación Pública N° 2007LA-000060-10700, debe leerse correctamente Licitación Pública N° 2007LN-000060-10700.

Todo lo demás permanece invariable.

San José, 12 de setiembre del 2007.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 49008).—C-7895.—(80846).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000004-00100

Compra de grúas tipo policial, telescópica y vehículos

El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial a través de la Unidad de Licitaciones, con base en el oficio DAF-0526-07 de la Dirección General de Policía de Tránsito, y según el oficio DGIT-DA-619-2007 de La Dirección de Ingeniería de Tránsito, informa que se hacen las siguientes modificaciones al cartel de la licitación de referencia, de acuerdo al siguiente detalle:

La línea Nº 1 se aumenta a 28 unidades, además se deben cotizar con 28 radios de comunicación debidamente instalados para cada una de ellas con las características que se detallan a continuación:

Ser totalmente nuevo.

Rango de frecuencia mínima 150 a 174 mhz.

Número de canales mínimo, 16 sintetizados.

Espaciamiento entre canales, 12.5 Mhz.

Potencia de transmisión mínimo, 45 vatios.

Todos los controles de ajuste del radio deberán estar en la parte frontal de este, visibles al usuario. Deben incluir control de volumen y encendido, selector de canales, indicador de canales (pantalla) y el conector de micrófono. Otros de uso específico como alimentación, conector de antena y conector auxiliar, deben de estar en la parte posterior del radio.

Deberán tener codificación y descodificación de tonos subaudibles (TPL) y digitales (DPL) programables, identificación automática al inicio de cada transmisión. Deben ser de programación sintetizada y programable en el propio equipo mediante computadora compatible. Deben contar con temporizador de transmisión ajustable (T.O.T).

Tener instalado un dispositivo bloqueador de transmisión con señalizador audible (al operador) que impida la transmisión cuando el canal esté en uso (Busy Lockout).

Ser totalmente compatibles con el sistema que tiene la Dirección General de Tránsito, para lo que se requiere que tenga un deformador-reformador de voz.

Deben contar con un dispositivo identificador automático de número (A.N.I) compatible con la consola de la Dirección de Tránsito (Zetron 4018 por MDC) que identifique el equipo que transmite de previo a cada transmisión.

Adicionalmente los equipos deberán tener instalado un equipo especial (tarjeta) compatible con la actualmente en uso, que deshabilite (killer) los radios cuando reciben una señal especial generada por la computadora instalada en la Dirección, mediante el sistema MDC. En caso de pérdida.

Deben ser totalmente compatibles con los equipos actualmente en uso de la Dirección General de Tránsito.

Los equipos deberán suplirse con su antena de 3dB de ganancia, montaje “estilo Motorola” con conector apropiado para el radio tipo “crimp-on” y todos los implementos para su montaje (cables, herrajes y tornillos). Su micrófono de mano para su utilización, todo debidamente instalado en cada vehículo.

Para lo anterior el oferente debe indicar por aparte el costo de  los radios de comunicación.

Línea Nº 2, se aumenta a 2 unidades, manteniendo todas las demás condiciones.

Por lo tanto el acto de apertura se traslada para el día 03 de octubre del 2007 a las 9 de la mañana.

Todos los demás términos del cartel permanecen invariables.

San José, 14 de setiembre del 2007.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 10921).—C-29060.—(81138).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000021-PCAD (Prórroga N° 2)

Compra de equipo bancario

Producto de la resolución R-DCA-380-2007 emitida por la Contraloría General de la República, se le comunica a todos los interesados que la fecha de apertura de ofertas se traslada para las 10:00 horas del 3 de octubre del 2007.

Debido a lo anterior se está confeccionando la enmienda correspondiente.

San José, 14 de setiembre del 2007.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(81166).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE SUMINISTROS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000050-ULIC

Compra de proyectores multimedia

A los interesados en la Licitación en Referencia, cuya invitación se publicó en La Gaceta Nº 166 del 30 de agosto del 2007 se les solicita pasar a la Unidad de Licitaciones a retirar modificación Nº 1.

Sabanilla de Montes de Oca, 14 de setiembre del 2007.—Unidad de Licitaciones.—MBA Silvia Cordero Araya, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 108327).—C-5465.—(81139).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE

INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES

SUBÁREA GESTIÓN DE COMPRAS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-1150 (Aviso Nº 5)

Adquisición de una solución integral de equipamiento computacional para el procesamiento de servicios, aplicaciones y bases

de datos institucionales en la CCSS

Se comunica a los interesados en la presente licitación, que está disponible una nueva versión del Cartel Técnico con modificaciones (no sustanciales), que la fecha de apertura se prorroga para el viernes 28 de setiembre del 2007 a las trece horas (1:00 p.m.) y que se estará realizando una visita al sitio el miércoles 19 de setiembre del 2007, a las nueve horas (9:00 a.m.) en el piso 9 del mismo edificio, que se detalla adelante.

Retirar el cartel, previo pago de ¢15,00 cada copia, en la Dirección de Tecnologías de Información y Tecnologías, piso M, Edificio Anexo, Oficinas Centrales de la CCSS, ubicadas costado sureste del Teatro Nacional (avenida 4º, calles 5 y 7), en el horario de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. de lunes a jueves y viernes de 7:00 a.m. a 2:00 p.m.

San José, 14 de setiembre del 2007.— MBA. Lydia Durán Jiménez, Jefa.—1 vez.—(81156).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-360030-02

Construcción de un aula escolar en el

asentamiento campesino Tarise

Se le comunica a los interesados a participar en dicho concurso que por error en La Gaceta Nº 174, del 11 de setiembre, se publicó el número de identificación del presente concurso como 2007LA-340029-02, se aclara que se debe leer de la siguiente manera: 2007LA-360030-02.

Todas las demás condiciones y requisitos se mantienen invariables.

Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños.—1 vez.—(81109).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-300087-02

(Enmienda N° 1 y aclaración N° 1)

Suministro de bombas

Le comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que deben pasar al primer piso de las Oficinas Centrales de Recope a retirar la enmienda Nº 1 y aclaración Nº 1, o bien, las mismas están disponibles, en la página WEB de Recope, www.recope.com.

San José, 14 de setiembre del 2007.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(Solicitud Nº 2007-5-0272).—C-4860.—(81105).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-900094-02

(Enmienda N° 1)

Contratación de los servicios de alquiler de fotocopiadoras

Le comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que deben pasar al primer piso de las Oficinas Centrales de Recope a retirar la enmienda Nº 1 al cartel, o bien, la misma estará disponible en la página WEB de Recope www.recope.com, una vez publicada.

San José, 13 de setiembre del 2007.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. C Nº 2007-5-0272).—C-4860.—(81106).

REGLAMENTOS

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

REGLAMENTO DE ANTICIPOS POR SORTEO DEL

SISTEMA DE AHORRO Y PRÉSTAMO

(Modificación)

La Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, en sesión ordinaria Nº 5628m, artículo V, inciso 2), celebrada el día 22 de agosto del 2007, acordó:

Modificar el artículo 5, del Reglamento de Anticipos por Sorteo del Sistema de Ahorro y Préstamo, para que se lea así:

“ a)   Estar al día en el depósito de la antepenúltima cuota de ahorro, al momento de la realización del sorteo que corresponda.”

“b)   Que el Contrato tenga más de dos meses de vigencia y hayan pagado tres cuotas ordinarias de ahorro”.

Rige a partir de su publicación.

San José, 12 de setiembre del 2007.—Proceso de Proveeduría.—MBA. Adolfo Calvo Navarro.—1 vez.—(80095).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

      Y ALCANTARILLADOS

Acuerdo Nº 2007-450

REGLAMENTO PARA LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 38 DE LA

LEY DE PLANIFICACIÓN URBANA (LEY Nº 4240) EN OBRAS

DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS DE AYA

CAPÍTULO I

Objetivos generales y glosario

Artículo 1º—Términos, símbolos y abreviaturas:

Costo a abonar: es el monto que todo futuro desarrollador o fraccionador debe pagar a favor del Desarrollador que, en aplicación del artículo 38 de la Ley de Planificación Urbana, construyó alguna obra tendiente a habilitar los servicios de agua potable y/o alcantarillado sanitario en determinada zona y haya solicitado ante AyA la determinación del monto a recuperar. Este monto deberá cubrirse dentro de los cinco años contados a partir de la recepción de las obras por dicho Instituto, y su cobro se realizará cuando el desarrollador o fraccionador solicite al AyA los documentos necesarios para gestionar los permisos de construcción de su proyecto.

Sistema de Suministro de Agua: es aquel que comprende las obras, equipos, materiales, trabajo humano y conocimientos técnicos empleados para la captación, conducción, tratamiento, almacenamiento y distribución del agua para consumo humano, desde la fuente de abastecimiento hasta la entrega al cliente.

Sistema de Alcantarillado Sanitario: es el conjunto de obras, equipos, materiales, trabajo humano y conocimientos técnicos necesarios para la recolección y transporte de las aguas residuales (de tipo ordinario y especial) hasta su punto de tratamiento y vertido.

Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales: Es el conjunto de obras, equipos, materiales, trabajo humano y conocimientos técnicos necesarios para la realización de los procesos físicos, químicos o biológicos, cuya finalidad es mejorar la calidad del agua residual a la que se aplican.

Certificación de disponibilidad de servicios de agua y/o de alcantarillado sanitario: Documento emitido por AyA a solicitud del interesado, mediante el cual se certifica la disponibilidad de los servicios para efectos de la conexión y operación de los servicios.

Certificación de compromiso: Documento mediante el cual AYA hace constar sobre la existencia del proyecto, su cobertura, costo aproximado y el compromiso expreso del desarrollador de asumir el costo total de las obras con el fin de este gestione los permisos correspondientes para su aceptación ante las instancias que consignan el artículo 38 de la Ley de Planificación Urbana.

Carta de Entendimiento: Convenio suscrito entre el desarrollador o fraccionador en su caso, mediante el cual se pacta el costo y plazo de obras para acueductos o alcantarillado sanitario a cargo de los primeros y de conformidad con las especificaciones técnicas suministradas por el AyA.

Desarrollador, Urbanizador o Fraccionador: Persona o personas, físicas o jurídicas, interesadas en habilitar, a su propio costo, los sistemas de suministro de agua y de alcantarillado sanitario, incluido el tratamiento de las aguas residuales, en aquellas zonas donde la prestación de tales servicios se encuentre bajo administración de AyA. El desarrollador o Fraccionador es el único legitimado para solicitar al AyA la determinación del costo a abonar para su eventual recuperación dentro del plazo que le faculta la ley.

Recepción de obras: Es el acto mediante el cual el AyA recibe a satisfacción las obras, materiales y equipos instalados por el desarrollador o fraccionador, previa inspección técnica, realización y aprobación de las pruebas respectivas, para su operación. Este acto conlleva la emisión de un documento mediante el cual AyA manifiesta el recibo a satisfacción de las obras y certifica la naturaleza, cantidad y descripción de los sistemas construidos, tanto para el suministro de agua como para alcantarillado sanitario, incluyendo el tratamiento de las aguas residuales cuando así corresponda; todo lo anterior acorde con la normativa vigente y la carta de entendimiento suscrita entre el desarrollador y el AyA, la cual debe estar en total concordancia con las disposiciones legales y administrativas vigentes.

Artículo 2º—El presente Reglamento regula los procedimientos relacionados con la aplicación de lo contemplado en el artículo 38 de la Ley de Planificación Urbana, Nº 4240, siempre que se desprenda un interés público de la respectiva zona, en relación con el planteamiento, ejecución y la habilitación, bajo el costo del desarrollador o fraccionador según sea su caso, de todas las obras a ejecutarse fuera de su propiedad para obtener los servicios de agua potable y/o alcantarillado sanitario, incluído el tratamiento de las aguas residuales. Estas obras, una vez terminadas, deberán ser traspasadas al AyA en el mismo acto de recepción de las obras por el Instituto.

Artículo 3º—El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados conforme a su Ley Constitutiva es una Institución Autónoma de derecho público, cuya función es la administración y prestación de los servicios públicos de agua potable y alcantarillado sanitario en todas aquellas comunidades o ciudades del territorio nacional que estén, o llegaren a estar, bajo su administración. Igualmente está facultada, por imperativo legal, a administrar y operar directamente los sistemas de acueductos y alcantarillados en todo el país, los cuales asumirá tomando en cuenta el interés público, la conveniencia y la disponibilidad de los recursos, para lo cual privará su misión social al establecer la distribución de agua prioritariamente para uso de las comunidades establecidas y su crecimiento futuro sobre cualesquiera proyecto.

Artículo 4º—Corresponde al AyA, dirigir y vigilar todo lo concerniente para proveer a los habitantes de la República de los servicios de agua potable, recolección y evacuación de aguas negras y residuos industriales líquidos. Asimismo, el determinar la prioridad, conveniencia y viabilidad de los diferentes proyectos que se propongan para construir, reformar, ampliar, modificar obras de acueductos y alcantarillados: las cuales no se podrán ejecutar sin su aprobación.

Por consiguiente, todo proyecto de construcción, ampliación o modificación de sistemas de agua potable y/o alcantarillado sanitario y sistemas pluviales, público o privado, deberá ser aprobado previamente mediante estudio técnico que determine su viabilidad, lo que faculta la realización de las inspecciones que estime conveniente para comprobar que las obras se realicen conforme a los planes aprobados; todo lo anterior para ofrecer todos los servicios que sean necesarios dentro o fuera del área circunscrita por un proyecto.

Por disposición legal, dicha aprobación previa será obligatoria en todos los casos de construcción de fraccionamientos, urbanizaciones o lotificaciones en cualquier parte del país y ningún otro organismo o dependencia estatal otorgará permisos o aprobaciones de construcción sin tal aprobación por parte de AyA.

CAPÍTULO II

Del compromiso de construcción de las obras

por parte del desarrollador o fraccionador

Artículo 5º—De conformidad con la Ley de Planificación Urbana, el Desarrollador, Urbanizador o Fraccionador, según sea su caso, podrá comprometerse con el AyA a asumir el costo de las obras necesarias fuera de su propiedad, para construir los servicios de agua potable y/o alcantarillado sanitario, incluído el tratamiento de las aguas residuales y tengan esos servicios básicos alejados de sus linderos, para lo cual se suscribirá una carta de entendimiento.

Para asegurar la ejecución de las obras necesarias para habilitar los servicios, el Desarrollador, Urbanizador o Fraccionador deberá constituir garantía satisfactoria mediante fideicomiso, póliza, hipoteca, garantía bancaria, o cualesquiera otras formas legalmente establecidas.

Adicionalmente AyA podrá emitir, a través de la Gerencia General, una certificación de compromiso en la cual se haga constar sobre la existencia y viabilidad del proyecto, su cobertura, costo aproximado y el compromiso expreso del desarrollador de asumir el costo total de las obras, con el fin de que éste gestione los permisos correspondientes para su aceptación ante las instancias que consigna el artículo 38 de la Ley de Planificación Urbana.

Por su parte el Desarrollador, Urbanizador o Fraccionador, según sea el caso, deberá suscribir documento mediante el cual libere de responsabilidad al AyA por cualesquier consecuencia provocada por el atraso o problemas en la construcción de las obras.

Artículo 6º—Las normas de este reglamento están integradas a los procedimientos y requisitos para la admisibilidad, revisión y aprobación de nuevos proyectos de desarrollo en los términos establecidos por el reglamento para el trámite de visado de planos para la construcción Decreto 27967-MP-MIVAH- MEIC.

CAPÍTULO III

De la construcción y recepción de las obras

Artículo 7º—El Desarrollador o Fraccionador a quien se le comunique que no existe la disponibilidad de servicios de agua potable y/o alcantarillado sanitario, incluído el tratamiento de las aguas residuales, en las condiciones que su proyecto(s) requiere, podrá asumir, a su propio costo, la habilitación de los servicios invocando la aplicación del artículo 38 de la Ley de Planificación Urbana. Esas obras deberán ser realizadas en los términos y condiciones que AyA determine.

AyA por su parte podrá suministrar aquellos estudios y diseños que forman parte de su función ordinaria, siempre y cuando el proyecto responda a la satisfacción de un interés general e integral de la zona.

Artículo 8º—AyA deberá establecer el número total de servicios que se habilitarán una vez que se ejecuten las obras, identificando tanto los que forman parte del proyecto o proyectos correspondientes al Desarrollador, Urbanizador o Fraccionador, como aquellos que se ubiquen fuera de este.

Artículo 9º—En aquellas zonas de interés público, donde sea necesario dotar a la comunidad de una mayor cantidad de servicios que los requeridos por el Desarrollador, Urbanizador o Fraccionador para su proyecto o proyectos, el AyA en cumplimiento de su función social y mediante resolución debidamente fundamentada, podrá requerirle al Desarrollador o Fraccionador la realización de obras que permitan realizar un número mayor de conexiones de servicios.

Artículo 10.—El proyecto, los planos técnico-constructivos y toda documentación requerida, será sometida a la aprobación del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, la Municipalidad respectiva, AyA, SETENA y cualesquier otro ente competente cuando así corresponda.

Artículo 11.—Una vez que el Desarrollador haya ejecutado todas las obras conforme con la normativa técnica vigente, estudio técnico para determinar la operación de los servicios de agua y/o de alcantarillado sanitario y la carta de entendimiento mediante los cuales se aprobó la construcción de las mismas; y el AyA realice las pruebas técnicas respectivas verificando el cumplimiento de requisitos y aprobaciones, se procederá con la “recepción de las obras” por parte de AyA.

Una vez recibidas las obras por el AyA, se emitirá la certificación de disponibilidad de servicios de agua y/o alcantarillado sanitario, para efectos de la conexión y operación de los servicios.

CAPÍTULO IV

Del uso de los servicios para futuros proyectos

y determinación del monto

Artículo 12.—A partir de la recepción de obras por parte de AyA, cualquier otro futuro desarrollador, fraccionador o urbanizador podrá acceder a los servicios habilitados. Dentro del plazo de cinco años que al efecto establece la Ley de Planificación Urbana en su artículo 38, el desarrollador, urbanizador o fraccionador que costeó las obras podrá recuperar los montos invertidos que le correspondan. En ese sentido AyA determinará el monto a abonar por cada servicio.

Los servicios unifamiliares no deberán abonar al urbanizador o desarrollador que asumió el costo de la obra ninguna cantidad por concepto de reintegro.

CAPÍTULO V

De la constitución de servidumbres y donación de bienes

Artículo 13.—Para el caso de las obras de infraestructura aquí relacionadas que se construyan sobre propiedad privada, propia del desarrollador o a nombre de un tercero, el titular del inmueble deberá formalizar, libre de gravámenes y anotaciones, la donación de inmuebles y la constitución de la(s) servidumbre (s) de paso y tubería a favor de AyA que sean necesarias. El traspaso e inscripción en el Registro Público de la Propiedad correrá por cuenta del Desarrollador, Fraccionador o Urbanizador, liberando en tal sentido al AyA, quien solo velará por la legalidad de los actos a través del visto bueno de la Dirección Jurídica, y dicho traspaso será requisito previo para la recepción de las obras, acatando para tal efecto las directrices institucionales y la normativa vigente . Con el traspaso, se garantizará el acceso a los funcionarios de AyA para la realización de las labores de operación y mantenimiento correspondientes.

CAPÍTULO VI

Disposiciones transitorias

Transitorio 1.—Los proyectos que se encuentren en trámite antes de la promulgación de este reglamento, se atenderán conforme a los procedimientos, alcances y compromisos vigentes al momento de su formulación y aprobación, por lo que de éste cuerpo normativo se les aplicará aquellas disposiciones en beneficio y no en perjuicio.

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Publíquese. Comuníquese.

Acuerdo firme.

Acuerdo Nº 2007-455, adoptado por la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados en el inciso b), del artículo 3°, de la sesión ordinaria 2007-056, celebrada el 11 de setiembre del 2007.

San José, 14 de setiembre del 2007.—Lic. Victoriano Conejo Aguilar, Secretario General.—1 vez.—(81136).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MORAVIA

REGLAMENTO DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA

DE LA MUNICIPALIDAD DE MORAVIA

Acuerdo Nº 967 de la sesión ordinaria Nº 69, celebrada el 27 de agosto del 2007:

Este Concejo acuerda:

Modificar el inciso d) del artículo 2º del actual Reglamento de Dedicación Exclusiva de la Municipalidad de Moravia, para que en adelante diga:

“d)   Que laboren a tiempo completo con la Municipalidad de Moravia y que ocupen un puesto como jefe de una Dirección. Asimismo existe la posibilidad de que se acojan a este régimen, los titulares (Jefes) de los departamentos que asesoran de forma directa al Alcalde y que jerárquica y organizacionalmente dependan de este y siempre que medie una relación de empleo público.”

Esta modificación surtirá efectos jurídicos una vez que sea publicada en el Diario Oficial y como tal modifica y deroga cualquier otra norma de igual rango que se le ponga. Publíquese por una vez en el Diario Oficial. Acuerdo aprobado en firme. Rige a partir de su publicación.

Moravia, 10 de setiembre del 2007.—Edgar Vargas Jiménez, Alcalde Municipal.—1 vez.—(80016).

REGLAMENTO SOBRE GASTOS FIJOS ADQUISICIÓN

DE BIENES Y SERVICIOS DE COMPETENCIA

DEL ALCALDE MUNICIPAL DE MORAVIA

Acuerdo Nº 989 de la sesión ordinaria Nº 70, celebrada el 3 de setiembre del 2007: Este Concejo acuerda:

“Modificar el Reglamento sobre Gastos Fijos Adquisición de Bienes y Servicios de Competencia del Alcalde Municipal de Moravia, (publicado en La Gaceta del 15 de octubre de 1998), en su artículo 1º, concretamente en lo que respecta al monto ahí establecido, a fin de que este se actualice y pase de ¢ l.500.000,00 a ¢ 3.550.000,00 (tres millones quinientos cincuenta mil colones). Conforme a la publicación de actualización de topes de las contrataciones, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 43 del 1º de marzo del 2007.”

La anterior modificación entrará en vigencia a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Moravia, 11 de setiembre del 2007.—Edgar Vargas Jiménez, Alcalde Municipal.—1 vez.—(80017).

REMATES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CENTRO DE CRÉDITO SOBRE ALHAJAS AMÓN

PROCESO DE PIGNORACIÓN

El Proceso de Pignoración (Monte Popular) del Banco Popular, avisa que a las once horas del día 29 de setiembre del 2007, se rematarán al mejor postor, las garantías de las operaciones de crédito que tengan tres o más cuotas de atraso o que su fecha de cancelación esté vencida. El remate se efectuará en San José, calle primera, avenidas nueve y once, o de Radiográfica Costarricense, 250 metros al norte, Oficinas del Centro de Crédito sobre Alhajas Amón. Remate Nº 416.

Agencia: 03

ALHAJAS

Operación                    Descripción                                     Base remate            Operación                   Descripción                                Base remate

03-60-775683-2     LOTE DE ALHAJAS                                   35.285,45             03-60-781724-0      LOTE DE ALHAJAS                            41.268,85

03-60-781788-8     LOTE DE ALHAJAS                              2.595.957,80             03-60-782021-3      LOTE DE ALHAJAS                            98.761,95

03-60-785690-8     LOTE DE ALHAJAS 10 K PS 18.8 GR       58.477,10             03-60-789013-6      LOTE DE ALHAJAS 10 K PS 25G       88.498,55

03-60-789139-9     2 CAD 10 K PS 130 G                               587.380,80             03-60-789167-0      LOTE DE ALHAJAS 10 K PS 36.8G  135.097,55

03-60-789332-1     LOTE DE ALHAJAS 10 K PS 124 G         442.500,10             03-60-789423-6      LOTE DE ALHAJAS 10 K PS 15G       58.017,90

03-60-789534-6     LOTE DE ALHAJAS 10 K PS 26 G             93.100,75             03-60-789539-8      UNA CADENA 10 K PS 15G                54.765,15

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 12                    4.289.111,95

SEGUNDO REMATE

03-60-788479-8     LOTE DE ALHAJAS 18 K PS 1124G     6.607.242,15

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1                   6.607.242,15

Agencia: 04

Operación                    Descripción                                     Base remate            Operación                   Descripción                                Base remate

04-60-785877-7     LOTE ALHAJAS                                       127.377,30             04-60-787609-1      LOTE ALHAJAS                                  60.316,35

04-60-788249-6     LOTE ALHAJAS                                       197.056,80             04-60-788261-7      LOTE ALHAJAS                                  61.498,95

04-60-788402-6     LOTE ALHAJAS                                         29.434,25             04-60-788549-3      LOTE ALHAJAS                                337.061,65

04-60-788835-8     LOTE ALHAJAS                                         53.379,30             04-60-789080-8      LOTE ALHAJAS                                  49.449,55

04-60-789091-4     LOTE ALHAJAS                                       100.002,65             04-60-789158-4      LOTE ALHAJAS                                  54.638,80

04-60-789198-7     LOTE ALHAJAS                                         81.114,75             04-60-789204-2      LOTE ALHAJAS                                  69.208,30

04-60-789216-4     LOTE ALHAJAS                                       356.967,85             04-60-789234-0      LOTE ALHAJAS                                  98.834,75

04-60-789239-2     LOTE ALHAJAS                                         26.763,20             04-60-789271-2      LOTE ALHAJAS                                136.070,55

04-60-789319-9     LOTE ALHAJAS                                       605.526,50             04-60-789420-5      LOTE ALHAJAS                             1.145.842,40

04-60-789444-9     LOTE ALHAJAS                                       160.013,05             04-60-789461-1      LOTE ALHAJAS                                  99.964,20

04-60-789503-6     LOTE ALHAJAS                                         30.276,35             04-60-789542-3      LOTE ALHAJAS                             1.859.629,70

04-60-789558-3     LOTE ALHAJAS                                         65.066,70             04-60-789568-6      LOTE ALHAJAS                                276.472,20

04-60-789675-0     LOTE ALHAJAS                                         70.045,45             04-60-789687-0      LOTE ALHAJAS                                  72.401,20

04-60-789698-8     LOTE ALHAJAS                                       177.122,40             04-60-789710-0      LOTE ALHAJAS                                  55.616,30

04-60-789766-0     LOTE ALHAJAS                                         66.659,30             04-60-793405-3      LOTE ALHAJAS                                  42.448,00

04-60-793451-0     LOTE ALHAJAS                                         35.321,15             04-60-793507-4      LOTE ALHAJAS                                  82.721,65

04-60-793533-6     LOTE ALHAJAS                                    1.711.438,95             04-60-793601-0      LOTE ALHAJAS                                  74.107,20

04-60-793608-1     LOTE ALHAJAS                                       116.035,55             04-60-793718-6      LOTE ALHAJAS                                104.356,35

04-60-793747-0     CADENA                                                    76.472,40             04-60-793753-7      LOTE DE ALHAJAS                            69.110,25

04-60-793766-2     LOTE ALHAJAS                                         83.855,15             04-60-793848-8      LOTE ALHAJAS                                291.898,15

04-60-793862-6     LOTE ALHAJAS                                         30.057,75             04-60-793864-5      LOTE ALHAJAS                                  82.411,20

04-60-793866-4     LOTE ALHAJAS                                         90.942,70             04-60-793889-4      LOTE ALHAJAS                                104.111,35

04-60-793931-4     LOTE ALHAJAS                                       117.865,90

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 45                    9.636.964,45

SEGUNDO REMATE

04-60-787660-1     LOTE ALHAJAS                                       147.560,75             04-60-787697-0      LOTE ALHAJAS                                  22.768,75

04-60-787729-9     LOTE ALHAJAS                                         34.695,30             04-60-788183-1      LOTE ALHAJAS                                  23.241,95

04-60-788279-6     LOTE ALHAJAS                                         85.780,60             04-60-788560-0      LOTE ALHAJAS                                  26.984,10

04-60-788575-7     LOTE ALHAJAS                                         43.240,90             04-60-792103-8      LOTE DE ALHAJAS                            38.927,70

04-60-792834-4     LOTE ALHAJAS                                       693.448,75             04-60-792880-5      LOTE ALHAJAS                                164.847,50

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 10                 1.281.496,30

Agencia: 06

06-60-782705-8     LOTE DE ALHAJAS                                   39.339,90             06-60-783293-7      LOTE DE ALHAJAS                            67.539,50

06-60-783362-3     LOTE DE ALHAJAS                                   68.088,25             06-60-783708-1      LOTE DE ALHAJAS                            39.592,15

06-60-785200-8     UNA CADENA                                           25.128,95             06-60-785348-7      LOTE DE ALHAJAS                            29.550,45

06-60-785637-4     LOTE DE ALHAJAS                                 180.593,55             06-60-785638-0      LOTE DE ALHAJAS                            60.148,95

06-60-787442-3     UN ANILLO                                               22.758,30             06-60-787839-9      LOTE DE ALHAJAS                            64.046,10

06-60-787952-7     LOTE DE ALHAJAS                                   36.098,70             06-60-788096-0      LOTE DE ALHAJAS                            60.195,30

06-60-788207-0     LOTE DE ALHAJAS                                   21.939,75             06-60-788438-7      LOTE DE ALHAJAS                          151.927,40

06-60-788505-0     LOTE DE ALHAJAS                                 111.463,10             06-60-790224-2      LOTE DE ALHAJAS                            53.379,30

06-60-790233-1     LOTE DE ALHAJAS                                   48.005,60             06-60-790303-5      1 CADENA                                           17.773,60

06-60-790438-7     LOTE DE ALHAJAS                                 158.717,80             06-60-790470-7      LOTE DE ALHAJAS                            33.861,35

06-60-790520-3     LOTE DE ALHAJAS                                 100.735,70             06-60-790541-4      LOTE DE ALHAJAS                            55.903,40

06-60-790552-0     LOTE DE ALHAJAS                                 325.256,85             06-60-790556-9      LOTE DE ALHAJAS                          155.333,50

06-60-790561-0     UNA CADENA                                           40.332,00             06-60-790564-2      UNA CADENA                                   319.814,20

06-60-790569-4     UNA PULSERA C BRI                              168.541,95

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 27                    2.456.065,60

Agencia: 07

07-60-778103-8     LOTE DE ALHAJAS                                   15.645,70             07-60-778146-3      LOTE DE ALHAJAS                          117.197,40

07-60-781540-6     LOTE DE ALHAJAS                                   48.165,25             07-60-781655-2      LOTE DE ALHAJAS                          347.142,05

07-60-782361-0     LOTE DE ALHAJAS                                   97.399,25             07-60-783758-9      LOTE DE ALHAJAS                          302.768,60

07-60-785009-4     1 GARGANTILLA                                      22.890,90             07-60-785075-0      LOTE DE ALHAJAS                            71.189,60

07-60-785088-6     LOTE DE ALHAJAS                                 154.519,70             07-60-785125-5      1 ANILLO                                            32.605,30

07-60-785131-0     1 CADENA                                               214.263,20             07-60-785161-0      LOTE DE ALHAJAS                            84.362,30

07-60-785198-0     LOTE DE ALHAJAS                                 688.721,85             07-60-785249-0      LOTE DE ALHAJAS                            74.046,70

07-60-785257-4     LOTE DE ALHAJAS                                   53.529,90             07-60-785273-5      LOTE DE ALHAJAS                            79.847,55

07-60-785293-0     1 CADENA                                               123.509,90             07-60-785301-5      LOTE DE ALHAJAS                            62.301,45

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 18                    2.590.106,60

SEGUNDO REMATE

07-60-779861-2     LOTE DE ALHAJAS                                   23.797,65

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1                        23.797,65

Agencia: 08

08-60-777175-0     LOTE ALHAJAS                                         24.644,35             08-60-777455-9      LOTE ALHAJAS                                  86.097,25

08-60-780854-1     LOTE ALHAJAS                                         43.284,50             08-60-782800-1      LOTE ALHAJAS                                  65.241,35

08-60-785268-4     LOTE ALHAJAS                                       127.903,75             08-60-785301-7      LOTE ALHAJAS                                124.323,90

08-60-785307-2     LOTE ALHAJAS                                         55.771,45             08-60-785366-7      LOTE ALHAJAS                                  82.021,35

08-60-788098-3     LOTE ALHAJAS                                       138.682,85             08-60-788155-0      LOTE ALHAJAS                                  27.729,55

08-60-788347-8     LOTE ALHAJAS                                       335.073,95             08-60-788363-7      LOTE ALHAJAS                                  94.530,45

08-60-788450-3     1 PULSERA                                              273.496,35             08-60-788526-2      LOTE ALHAJAS                                214.354,40

08-60-788551-0     LOTE DE ALHAJAS                                 140.743,45             08-60-788553-0      1 CADENA                                           54.300,90

08-60-788614-2     LOTE DE ALHAJAS                                   99.682,40             08-60-788625-0      LOTE DE ALHAJAS                          243.035,35

08-60-788632-9     LOTE DE ALHAJAS                                 115.093,70

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 19                    2.346.011,25

SEGUNDO REMATE

08-60-784721-0     LOTE ALHAJAS                                       121.968,20

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1                      121.968,20

Agencia: 10

Operación                    Descripción                                     Base remate            Operación                   Descripción                                Base remate

10-60-771189-9     LOTE DE ALHAJAS                                   17.484,40             10-60-774136-1      LOTE DE 10K                                     60.668,50

10-60-774580-2     LOTE DE ALHAJAS ORO 10 K.                59.880,20             10-60-774706-6      LOTE DE ALAHAJAS                       117.197,40

10-60-774877-4     LOTE DE ALHAJAS ORO 10 K.              300.112,95             10-60-774887-7      LOTE DE ALAHAJAS DE 10K            94.340,95

10-60-775233-1     LOTE DE ALHAJAS                                   39.491,55             10-60-777177-2      1 CADENA 1 DIJ.                                45.004,20

10-60-777431-8     LOTE DE 10K                                            14.243,40             10-60-777846-3      LOTE DE ALHAJAS ORO 10K.           30.911,35

10-60-777899-1     LOTE DE ALHAJAS ORO 10K.                 84.119,15             10-60-777914-6      LOTE DE ALHAJAS ORO 10 Y 14K. 190.368,95

10-60-778107-0     LOTE DE ALHAJAS                                   64.816,70             10-60-778110-4      LOTE DE ALHAJAS                          114.829,85

10-60-778736-8     LOTE DE ALHAJAS ORO 10K.                 26.766,45             10-60-780215-6      LOTE DE ALHAJAS                            20.324,65

10-60-780443-0     LOTE DE ALHAJAS                                   89.140,10             10-60-780514-8      1CADENA 1 DIJEN                             70.140,05

10-60-780590-7     LOTE DE ALHAJAS                                 127.187,75             10-60-780698-3      LOTE DE ALHAJAS ORO 10K.           97.282,90

10-60-780877-6     LOTE DE ALHAJAS                                   46.090,70             10-60-780880-0      1 CADENA 1 DIJEN                            24.682,25

10-60-780921-5     LOTE DE ALHAJAS                                   29.573,20             10-60-783361-8      LOTE DE ALHAJAS O 10K.                19.567,80

10-60-783563-2     LOTE DE ALHAJAS ORO 10K.                 53.137,85             10-60-783565-1      LOTE DE ALHAJAS OR 10K.             47.155,55

10-60-783586-2     LOTE DE ALHAJAS O 10K.                      84.698,15             10-60-783594-6      LOTE ALHAJAS ORO 10. 14. 18      198.822,20

10-60-783624-5     LOTE DE ALHAJAS ORO 10K.                 78.075,10             10-60-783654-5      LOTE ALHAJA                                  224.627,00

10-60-783666-7     LOTE ALHAJAS                                         46.777,50             10-60-783674-2      LOTE ALHAJA                                    98.791,15

10-60-783763-6     LOTE ALHAJAS                                         18.648,75             10-60-783764-0      LOTE ALHAJAS                                278.452,95

10-60-783778-2     LOTE ALHAJAS                                         11.057,70             10-60-783792-0      LOTE ALHAJAS                                  48.960,05

10-60-783837-4     LOTE ALHAJAS                                       230.668,35             10-60-783843-2      LOTE ALHAJAS                                143.562,50

10-60-783847-9     LOTE ALHAJAS                                       203.718,55

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 39                    3.551.378,75

SEGUNDO REMATE

10-60-773419-3     LOTE DE ALHAJAS                                   40.323,95             10-60-776942-6      LOTE DE ALHAJAS                            60.793,90

10-60-780134-4     LOTE DE ALHAJAS                                   37.749,70             10-60-780249-2      1 PULSERA, 2 ANILLOS                     35.970,10

10-60-781886-6     LOTE DE ALHAJAS                                   95.653,65             10-60-783002-8      LOTE ALHAJAS                                  32.249,20

10-60-783102-0     LOTE ALHAJAS                                       125.770,55             10-60-783166-6      LOTE ALHAJAS                                  94.228,45

10-60-783332-1     LOTE DE ALHAJAS ORO 10K.                   8.518,10

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 9                      531.257,60

Agencia: 14

14-60-779050-3     LT. ALHAJAS                                           271.432,25

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 1                         271.432,25

Agencia: 17

17-60-768927-0     LOTE ALHAJAS                                         88.255,05             17-60-769416-3      LT ALHAJAS                                       68.013,25

17-60-772129-4     LOTE ALHAJAS                                         27.121,65             17-60-772155-8      LOTE ALHAJAS                                135.362,00

17-60-772269-9     ESCLAVA                                                   14.260,85             17-60-774824-9      CADENA Y DIJE                                 38.175,10

17-60-777821-9     LOTE DE ALHAJAS                                   83.680,40             17-60-777891-1      LOTE DE ALHAJAS                          144.038,10

17-60-777905-3     LOTE DE ALHAJAS                                   57.095,95             17-60-777928-1      LOTE DE ALHAJAS                            84.449,15

17-60-778319-0     LOTE DE ALHAJAS                                   36.139,00             17-60-780814-8      LOTE DE ALHAJAS                            57.329,85

17-60-781345-3     LOTE ALHAJAS                                         47.505,60             17-60-781375-3      LOTE ALHAJAS                                152.978,00

17-60-781392-4     LOTE ALHAJAS                                         48.245,60             17-60-781393-0      LOTE ALHAJAS                                  43.440,75

17-60-781432-6     LOTE ALHAJAS                                       102.633,45             17-60-781445-5      LOTE ALHAJAS                                111.402,30

17-60-781450-6     LOTE ALHAJAS                                       105.832,15

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 19                    1.445.958,20

Agencia: 21

21-60-778031-4     LOTE ALHAJAS 10K                                 87.271,35             21-60-780649-4      LOTE ALHAJSA 10K 14K                 259.211,00

21-60-781037-9     LOTE DE ALHAJAS                                   69.777,70             21-60-781293-6      LOTE DE ALHAJAS                          130.541,50

21-60-781599-9     LOTE DE ALHAJAS                                   37.104,50             21-60-783834-4      LOTE ALHAJAS                                474.942,00

21-60-783874-9     LOTE ALHAJAS 10K Y MONEDAS 18K 210.361,10             21-60-787198-1      CADENA 10K                                      63.625,25

21-60-787305-4     LOTE 18K Y PULSO DE 14K                  315.759,55

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 9                      1.648.593,95

Agencia: 22

22-60-766618-5     UNA CADENA DE ORO                             45.967,30             22-60-768708-6      LOTE DE ALAHAJAS                         59.191,85

22-60-769395-3     LOTE DE ALAJAS                                   142.279,60             22-60-770211-7      LOTE ALHAJAS                                146.257,85

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 4                         393.696,60

Agencia: 24

24-60-777054-9     LOTE DE ALHAJAS                                 387.494,85             24-60-777272-0      LOTE DE ALHAJAS                            38.714,05

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 2                         426.208,90

SEGUNDO REMATE

24-60-779440-9     LOTE DE ALHAJAS                                     7.565,60

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1                          7.565,60

Agencia: 25

25-60-770727-3     LOTE ALHAJAS                                         25.153,20             25-60-773336-6      ANILLOS                                             15.748,05

25-60-773673-5     LOTE ALHAJAS                                         44.384,85             25-60-773992-0      LOTE DE ALHAJAS                            75.634,05

25-60-774408-0     LOTE ALHAJAS                                         43.845,85             25-60-776068-2      LOTE ALHAJAS                                198.822,20

25-60-776074-9     LOTE ALHAJAS                                       131.257,15             25-60-776151-0      LOTE ALHAJAS                                  77.107,75

25-60-776294-8     LOTE ALHAJAS                                         79.226,20             25-60-776308-0      LOTE ALHAJAS                                  44.257,40

25-60-776377-7     LOTE ALHAJAS                                       108.351,55             25-60-776525-8      LOTE ALHAJAS                                  41.510,65

25-60-778511-9     LOTE ALHAJAS                                       145.923,05             25-60-778826-9      CADENA                                              89.410,10

25-60-779082-5     LOTE ALHAJAS                                         64.898,95             25-60-779274-5      LOTE ALHAJAS                                  57.043,35

25-60-779657-0     ANILLO                                                      15.083,60             25-60-783165-4      LOTE ALHAJAS                                  51.113,55

25-60-783337-5     LOTE ALHAJAS                                         16.344,65             25-60-783486-0      LOTE ALHAJAS                                  68.797,20

25-60-783496-3     PULSERA                                                   56.668,25             25-60-783652-8      LOTE ALHAJAS                                  96.139,90

25-60-783654-7     CADENA                                                    26.088,20             25-60-783657-0      CADENA                                              82.054,65

25-60-783674-4     LOTE ALHAJAS                                         33.735,25             25-60-783769-3      LOTE ALHAJAS                                  44.342,50

25-60-784502-1     LOTE ALHAJAS                                         11.277,05

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 27                    1.744.219,15

Agencia: 27

Operación                    Descripción                                     Base remate            Operación                   Descripción                                Base remate

27-60-765013-0     LOTE DE ALHAJAS                                   35.918,85             27-60-765213-4      LOTE DE ALHAJAS                          513.525,65

27-60-770092-3     LOTE DE ALHAJAS                                   74.109,50             27-60-770242-1      LOTE DE ALHAJAS DE 10 K             58.352,10

27-60-770275-6     LOTE DE ALHAJAS                              1.049.583,30             27-60-770460-3      LOTE DE ALHAJAS                          357.366,50

27-60-770500-9     LOTE DE ALHAJAS DE 10 K                    61.231,30

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 7                      2.150.087,20

Agencia: 34

34-60-761711-6     LOTE ALHAJAS                                         95.447,50

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1                        95.447,50

Agencia: 47

SEGUNDO REMATE

47-60-754766-9     LOTE ALHAJAS                                         13.589,00

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1                        13.589,00

Agencia: 60

60-60-755382-7     LOTE ALHAJAS                                         96.651,35             60-60-756242-3      CADENA CON DIJE                            28.447,75

60-60-756263-4     LOTE ALHAJAS                                       179.092,65             60-60-756333-6      LOTE ALHAJAS                                100.951,10

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 4                         405.142,85

SEGUNDO REMATE

60-60-756128-1     LOTE ALHAJAS                                       113.843,90

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1                      113.843,90

Agencia: 61

61-60-754002-7     LOTE ALHAJAS ORO 10K 74G               224.044,75             61-60-754441-3      LOTE DE ALHAJAS                          512.701,65

61-60-754446-5     LOTE DE ALHAJAS ORO 10K PESO 45G 159.297,40            61-60-754479-8      LOTE DE ORO 10K PESO TOTAL 17G 59.344,55

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 4                         955.388,35

Agencia: 63

63-60-750666-6     LOTE ALHAJAS                                         25.503,45             63-60-750710-7      LOTE ALHAJAS                                  46.510,45

63-60-750747-6     LOTE ALHAJAS                                         80.061,25             63-60-750766-8      LOTE ALHAJAS                                  76.020,25

63-60-750831-8     LOTE ALHAJAS                                         50.853,20             63-60-751198-5      1 CADENA                                           61.313,80

63-60-751362-1     LOTE                                                          59.133,65             63-60-751373-1      ANILLO DE 14K PESO DE 9.9 GR.   100.665,25

63-60-751417-0     LT DE ALHAJAS V K PESO TOTAL    40 89.404,50             63-60-751613-9      lt de alhajas 10k 19.2 gr,                       44.773,20

63-60-751817-9     LOTE DE ALHAJAS                                 253.372,75             63-60-751853-5      LOTE ALHAJAS                                  73.629,25

63-60-751862-2     LOTE ALHAJAS                                       145.925,00             63-60-751863-8      LOTE ALHAJAS                                162.562,40

63-60-751871-3     LOTE ALHAJAS                                       182.353,35             63-60-752288-5      LOTE ALHAJAS                                117.085,65

63-60-752296-9     PULSO CABALLERO                               250.729,65             63-60-752297-2      ANILLO MATRIM                              18.836,00

63-60-752301-0     LOTE ALHAJAS                                       150.487,00             63-60-752304-3      LOTE DE ALHAJAS                          240.058,90

63-60-752305-9     LOTE DE ALHAJAS                                   78.827,15             63-60-752311-3      LOTE ALHAJAS                                  23.858,60

63-60-752314-6     LOTE ALHAJAS                                       130.942,20             63-60-752316-5      LOTE DE ALHAJAS                          146.347,10

63-60-752320-2     ANILLOS 10 K HOMBRE 5.1 GR. 10K      17.898,40             63-60-752331-9      LOTE ALHAJAS                                197.611,40

63-60-752332-2     LOTE ALHAJAS                                       123.369,05             63-60-752333-8      LOTE ALHAJAS                                330.353,85

63-60-752334-1     LOTE ALHAJAS                                       467.856,25             63-60-752339-3      LOTE ALHAJAS                                656.656,85

63-60-752340-0     LOTE ALHAJAS                                       151.125,85             63-60-752341-3      LOTE DE ALHAJAS                          106.901,50

63-60-752343-2     LOTE DE ALHAJAS                                 102.599,25             63-60-752345-1      LOTE DE ALHAJAS                            38.116,45

63-60-752347-9     LOTE DE ALHAJAS                                 366.378,75             63-60-752350-2      LOTE ALHAJAS                                963.978,65

63-60-752351-6     LOTE DE ALHAJAS                                     9.181,25             63-60-752354-9      LOTE ALHAJAS                                248.443,35

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 38                    6.389.724,85

SEGUNDO REMATE

63-60-751748-2     LOTE DE ALHAJAS                                 236.754,95             63-60-752061-3      LOTE ALHAJAS                                  27.514,15

63-60-752198-6     LOTE DE ALHAJAS                                 123.260,55

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 3                      387.529,65

Agencia: 77

PRIMER REMATE

77-60-070841-8     ANILLO BRILLANTES                              46.781,70             77-60-072493-5      LOTE ALHAJAS                                  18.877,95

77-60-074605-3     LOT DE ALHAJAS                                     41.685,55             77-60-078016-0      PULSO                                               103.608,65

77-60-080024-2     2 ANILLOS                                                 18.346,25             77-60-081127-8      LOTE ALHAJAS                                122.762,55

77-60-081197-0     LT ALHAJAS                                            116.276,15             77-60-081486-0      LT ALHAJAS                                       58.397,60

77-60-081676-2     ANILLO CON BRILLANTES                   138.368,65             77-60-082181-3      LOTE DE ALHAJAS                            19.181,45

77-60-082224-8     LOTE ALHAJAS                                         58.477,10             77-60-082307-7      LOTE ALHAJAS                                107.597,90

77-60-082587-8     LT ALHAJAS                                            563.803,20             77-60-082663-6      LOTE ALHAJAS                                139.072,00

77-60-082775-1     LT ALHAJAS                                            337.519,60             77-60-083602-3      LT DE ALHAJAS                               280.991,90

77-60-085155-4     LOTE ANILLOS                                         43.085,50             77-60-085936-7      LOTE ALHAJAS                                  98.558,80

77-60-088707-1     LOTE DE ALHAJAS                                   27.248,60             77-60-089508-4      ANILLO                                                 4.921,30

77-60-089613-7     LOTE ALHAJAS                                         55.172,90             77-60-089622-4      LOTE DE ALHAJAS                            48.093,90

77-60-089965-7     LT DE ALHAJAS                                        44.291,50             77-60-090207-0      LT ALHAJAS                                       62.432,25

77-60-090381-2     LT ALHAJAS                                            124.463,65             77-60-090530-7      LT ALHAJAS                                       90.292,95

77-60-090578-6     LOTE ALHAJAS                                         26.246,85             77-60-091006-4      LT DE ALHAJAS                                 43.905,00

77-60-091469-2     LT DE ALHAJAS                                      102.473,70             77-60-093460-6      LOTE ALHAJAS                                164.548,15

77-60-094837-5     LOTE DE ALHAJAS                                 109.926,35             77-60-096150-0      LOTE DE ALHAJAS                            43.240,90

77-60-096485-8     LOTE ALHAJAS                                       157.203,95             77-60-097007-3      LOTE DE ALHAJAS                            43.744,75

77-60-097044-3     LOTE DE ALHAJAS                                 147.638,45             77-60-097340-2      LOTE ALHAJAS                                  41.921,10

77-60-097764-3     LOTE DE ALHAJAS                                 217.957,45             77-60-099413-9      LT DE ALHAJAS                                 66.378,10

77-60-100922-5     LOTE DE ALHAJAS                                   29.499,50             77-60-100969-9      LOTE ALHAJAS                                  30.797,55

77-60-101032-0     LOTE DE ALHAJAS                                 153.484,55             77-60-101041-1      LOTE ALHAJAS                                143.162,35

77-60-101548-3     CADENA                                                    48.974,00             77-60-101606-3      LOTE DE ALHAJAS                          470.118,20

77-60-102042-6     LOTE ALHAJAS                                         70.120,40             77-60-102053-4      LOTE ALHAJAS                                109.993,25

77-60-102079-7     LOTE ALHAJAS                                       140.971,40             77-60-102101-1      2 ANILLOS                                          23.712,65

77-60-102380-7     LOTE ALHAJAS                                       729.443,05             77-60-102446-1      LOTE DE ALHAJAS                            59.454,50

77-60-102467-0     LOTE DE ALHAJAS                                 116.818,10             77-60-102554-9      LOTE ALHAJAS                                147.544,85

Operación                    Descripción                                     Base remate            Operación                   Descripción                                Base remate

77-60-102678-6     LOTE DE ALHAJAS                                   32.466,45             77-60-102684-0      LOTE ALHAJAS                                  95.579,10

77-60-102716-9     LOTE ALHAJAS                                       107.023,20             77-60-102737-8      LOTE ALHAJAS                                  76.789,15

77-60-102831-4     LOTE ALHAJAS                                       323.960,25             77-60-103057-1      LOTE ALHAJAS                                105.384,90

77-60-103068-0     LOTE ALHAJAS                                       142.498,90             77-60-103118-6      CADENA 10K                                      25.776,95

77-60-103119-0     LOTE ALHAJAS                                         25.153,20             77-60-103167-6      LOTE ALHAJAS                                131.537,45

77-60-103192-4     LOTE DE ALHAJAS                                   81.080,95             77-60-103207-0      LT ALHAJAS                                     393.010,00

77-60-103267-8     LOTE ALHAJAS                                         17.630,10             77-60-103398-5      LT ALHAJAS                                       63.711,90

77-60-103443-0     LOTE ALHAJAS                                       355.764,20             77-60-103979-6      LOTE ALHAJAS                                  76.730,15

77-60-104116-8     LOTE ALHAJAS                                         51.479,25             77-60-105045-3      RELOJ                                                131.865,55

77-60-105453-4     LT DE ALHAJAS                                        16.191,90             77-60-106387-0      3 PULSERAS                                      168.952,80

77-60-106674-1     LOTE ALHAJAS                                       261.098,25             77-60-106771-0      ANILLOS                                             23.653,45

77-60-106833-7     LOTE DE ALHAJAS                                   95.486,90             77-60-107236-8      LOTE ALHAJAS                                  74.229,20

77-60-107359-0     PULSERA                                                     8.212,00             77-60-107544-0      LOTE DE ALHAJAS                            50.664,35

77-60-107630-1     LOTE ALHAJAS                                       197.000,25             77-60-107685-0      ANILLO                                               37.845,55

77-60-107748-2     LOTE ALHAJAS                                         62.803,20             77-60-107759-9      LOTE DE ALHAJAS                          263.736,00

77-60-107820-2     LOTE DE ALHAJAS                                 262.553,35             77-60-107841-3      LOTE DE ALHAJAS                            62.119,25

77-60-108122-6     LOTE ALHAJAS                                         50.422,65             77-60-108315-1      LOTE ALHAJAS                                344.969,80

77-60-108395-7     LOTE ALHAJAS                                         38.853,25             77-60-108815-2      LOTE ALHAJAS                                  66.277,45

77-60-108880-3     LT DE ALHAJAS                                      269.760,70             77-60-108924-1      CICARRERA                                      548.072,65

77-60-108966-3     ANILLO                                                      98.501,40             77-60-108986-0      LOTE ALHAJAS                                600.775,80

77-60-108992-5     LOTE ALHAJAS                                         70.450,65             77-60-109004-9      PULSERA                                             25.719,80

77-60-109011-9     LOTE ALHAJAS                                       141.402,75             77-60-109081-1      LOTE ALHAJAS                                  29.635,85

77-60-109106-0     LT DE ALHAJAS                                      105.967,10             77-60-109158-4      LOTE ALHAJAS                                  21.391,30

77-60-109218-3     LOTE ALHAJAS                                         73.049,45             77-60-109249-7      LOTE DE ALHAJAS                            71.852,70

77-60-109265-6     LOTE ALHAJAS                                       133.136,25             77-60-109369-4      LOTE ALHAJAS                                103.973,75

77-60-109387-2     1 ANILLO                                                   69.714,30             77-60-109396-1      LOTE DE ALHAJAS                          142.498,90

77-60-109466-3     LOTE ALHAJAS                                       636.073,50             77-60-109481-9      LOTE DE ALHAJAS                            34.173,50

77-60-109487-4     LOTE ALHAJAS                                       208.994,80             77-60-109520-9      LOTE ALHAJAS                                  39.461,20

77-60-109538-6     LOTE ALHAJAS                                       156.507,80             77-60-109562-9      LOTE ALHAJAS                                  67.961,05

77-60-109568-6     LT DE ALHAJAS                                        90.840,20             77-60-109604-1      LT DE ALHAJAS                                 52.958,40

77-60-109627-0     LOTE ALHAJAS                                       119.788,95             77-60-109656-6      LOTE ALHAJAS                                377.139,65

77-60-109696-9     LOTE ALHAJAS                                       333.434,00             77-60-110411-3      LOTE ALHAJAS                                  26.077,10

77-60-110468-0     LOTE DE ALHAJAS                                 149.825,65             77-60-110539-7      LOTE ALHAJAS                                  84.644,60

77-60-110655-0     LOTE DE ALHAJAS                                   36.172,75             77-60-110749-5      LOTE ALHAJAS                                  81.973,65

77-60-110905-0     LOTE ALHAJAS                                         91.644,05             77-60-112314-6      LT DE ALHAJAS                                 75.351,75

77-60-112578-0     LT DE ALHAJAS                                      119.002,35             77-60-112733-7      LOTE ALHAJAS                                  51.842,60

77-60-112955-7     LOTE ALHAJAS                                         73.640,05             77-60-112958-0      LOTE ALHAJAS                                521.228,00

77-60-113084-4     LOTE DE ALHAJAS                                 186.299,55             77-60-113168-7      PULSO                                                 65.981,50

77-60-113327-2     LOTE ALHAJAS                                       219.710,40             77-60-113369-4      ANILLO, PULSERA                             25.921,30

77-60-113535-3     LOTE DE ALHAJAS                                 104.596,15             77-60-113544-2      PULSO                                               124.180,65

77-60-113591-5     LOTE ALHAJAS                                       931.579,15             77-60-113665-5      LOTE ALHAJAS                                430.538,60

77-60-113839-5     LOTE ALHAJAS                                       146.141,45             77-60-113843-4      CADENA                                              73.049,45

77-60-113954-2     LOTE ALHAJAS                                         30.254,10             77-60-113989-4      LOTE ALHAJAS                                397.836,30

77-60-114000-3     LOTE ALHAJAS                                         44.400,90             77-60-114032-9      ANILLOS, CADENA                            96.386,65

77-60-114059-7     CADENAS                                                 131.537,45             77-60-114075-8      ANILLO                                               25.172,55

77-60-114082-6     LOTE ALHAJAS                                       175.956,80             77-60-114092-9      LOTE ALHAJAS                                  43.939,25

77-60-114123-3     LOTE DE ALHAJAS                                   64.463,70             77-60-114142-5      LOTE ALHAJAS                                133.360,00

77-60-114155-2     CADENA                                                    62.432,25             77-60-114162-0      LOTE ALHAJAS                             1.582.000,55

77-60-114213-2     LOTE ALHAJAS                                       551.894,20             77-60-114240-0      LOTE DE ALHAJAS                            19.223,85

77-60-114303-1     LOTE ALHAJAS                                         60.114,85             77-60-114349-0      LOTE ALHAJAS                                  17.788,80

77-60-114376-7     LOTE DE ALHAJAS                                 146.110,45             77-60-114423-9      LOTE ALHAJAS                                254.744,10

77-60-114662-1     LOTE ALHAJAS                                       125.109,85             77-60-114775-2      LOTE ALHAJAS                                  74.204,35

77-60-116869-8     LOTE ALHAJAS                                       449.370,85             77-60-116903-6      LOTE ALAHAJA                               118.267,25

77-60-116941-0     LOTE ALHAJAS                                       106.679,10             77-60-117023-4      LOTE DE ALHAJAS                            76.282,40

77-60-117050-1     LOTE ALHAJAS                                         63.864,30             77-60-117098-9      LOTE ALHAJAS                                623.985,60

77-60-117099-2     LOTE ALHAJAS                                       355.445,65             77-60-117122-0      LOTE ALHAJAS                                129.702,20

77-60-117163-9     LOTE DE ALHAJAS                                 212.240,00             77-60-117252-2      PULSERA 1                                        118.267,25

77-60-117258-0     LOTE ALHAJAS                                         54.524,90             77-60-117271-6      LOTE ALHAJAS                                117.155,55

77-60-117379-2     LOTE ALHAJAS                                       459.174,75             77-60-117403-6      LOTE ALHAJAS                                241.539,45

77-60-117427-8     LOTE ALHAJAS                                       452.110,55             77-60-117482-6      LOTE ALHAJAS                                126.343,20

77-60-117520-2     LOTE DE ALHAJAS                                 144.388,65             77-60-117544-6      LOTE ALHAJAS                                125.008,55

77-60-117580-2     LOTE ALHAJAS                                       148.433,15             77-60-117589-0      LOTE ALHAJAS                                493.034,55

77-60-117673-4     ANILLOS                                                      7.655,30             77-60-117682-1      LOTE ALHAJAS                                  99.749,25

77-60-117692-4     LOTE ALHAJAS                                       254.500,10             77-60-117707-0      LOTE ALHAJAS                                  68.390,90

77-60-117709-9     4 ANILLOS                                               104.802,65             77-60-117713-6      LOTE DE ALHAJAS                          306.111,95

77-60-117730-9     LOTE ALHAJAS                                         62.835,35             77-60-117793-1      LOTE ALHAJAS                                183.224,50

77-60-117828-2     LOTE ALHAJAS                                       215.859,65             77-60-117840-5      CADENA                                              37.893,85

77-60-117865-2     LT DE ALHAJAS                                      187.008,65             77-60-117902-1      LOTE ALHAJAS                                  92.393,85

77-60-117926-5     LOTE ALHAJAS                                       131.488,80             77-60-117968-7      LOTE ALHAJAS                                101.706,45

77-60-117982-7     LOTE ALHAJAS                                       157.417,75             77-60-117983-2      LOTE ALHAJAS                                205.669,45

77-60-118010-0     LOTE ALHAJAS                                         23.272,35             77-60-118031-9      LOTE ALHAJAS                                225.450,25

77-60-118042-7     CADENAS                                                 103.020,35             77-60-118044-6      ANILLOS                                             67.145,90

77-60-118048-4     LOTE ALHAJAS                                       520.049,00             77-60-118050-2      LOTE ALHAJAS                                159.914,20

77-60-118053-5     LOTE ALHAJAS                                       105.129,30             77-60-118065-7      LOTE ALHAJAS                                  60.294,75

77-60-118078-4     LT DE ALHAJAS                                      181.464,10             77-60-118092-2      LOTE DE ALHAJAS                          242.848,05

77-60-118097-4     LT DE ALHAJAS                                      143.156,90             77-60-118101-2      LOTE ALHAJAS                                  96.509,20

77-60-118103-1     LOTE ALHAJAS                                       137.123,45             77-60-118106-4      LOTE ALHAJAS                                670.073,30

77-60-118111-5     LOTE DE ALHAJAS                                 548.493,85             77-60-118118-6      ANILLOS                                             39.545,30

77-60-118126-0     LOTE ALHAJAS                                         50.422,65             77-60-118130-7      LOTE ALHAJAS                                714.917,00

77-60-118131-0     LOTE ALHAJAS                                       232.328,00             77-60-118137-6      LOTE ALHAJAS                                312.063,00

77-60-118140-1     LOTE ALHAJAS                                         52.395,65             77-60-118147-0      1CADENA Y 1 PULSERA                    42.749,65

77-60-118151-8     1 PULSERA Y 2 ANILLOS                         31.373,85             77-60-118156-0      LOTE DE ALHAJAS                            67.251,85

77-60-118157-3     LOTE ALHAJAS                                       636.622,30             77-60-118158-9      LOTE ALHAJAS                                259.039,45

77-60-118162-4     LOTE ALHAJAS                                       220.494,50             77-60-118185-6      LOTE ALHAJAS                                924.950,30

77-60-118197-6     ANILLOS                                                    68.454,35             77-60-118248-8      LOTE ALHAJAS                                448.728,70

77-60-118252-3     CADENA PULSERA                                 106.210,40             77-60-118255-8      ANILLO                                               16.404,30

Operación                    Descripción                                     Base remate            Operación                   Descripción                                Base remate

77-60-118279-1     LOTE ALHAJAS                                         49.288,60             77-60-118325-0      CADENA                                            110.540,50

77-60-118352-5     ESCLAVA                                                 274.709,50             77-60-118411-0      CADENA ANILLO                             128.605,80

77-60-118643-5     LOTE ALHAJAS                                         46.002,70             77-60-118775-6      DIJE CADENA                                   123.252,75

77-60-118867-0     LOTE ALHAJAS                                         99.749,25             77-60-119018-5      LOTE ALHAJAS                                154.123,40

77-60-119655-8     ANILLO                                                      16.943,40             77-60-119712-2      LOTE ALHAJAS                                277.787,65

77-60-119995-6     LOTE ANILLOS                                         78.883,65             77-60-121192-5      LOTE DE ALHAJAS                          232.496,55

77-60-121193-0     LOTE ALHAJAS                                       199.282,75             77-60-121198-2      LOTE ALHAJAS                                191.403,45

77-60-121214-0     CADENA                                                    53.339,55             77-60-121232-7      LOTE ALHAJAS                                  62.110,90

77-60-121246-0     LOTE DE ALHAJAS                                 156.462,70             77-60-121250-7      ANILLO                                             291.257,25

77-60-121256-2     LOTE ALHAJAS                                       126.941,45             77-60-121274-0      LT DE ALHAJAS                               174.175,50

77-60-121276-0     LOTE ALHAJAS                                         60.179,00             77-60-121277-3      PULS PARA FUNDIR                            6.039,95

77-60-121278-9     CADENAS                                                 263.135,75             77-60-121285-9      LOTE ALHAJAS                                  39.647,40

77-60-121294-6     LT DE ALHAJAS                                        94.988,45             77-60-121303-6      LOTE DE ALHAJAS                          184.077,00

77-60-121306-9     LOTE ALHAJAS                                       127.083,95             77-60-121307-2      LOTRE DE ALHAJAS                     1.356.977,95

77-60-121329-7     LOTE ALHAJAS                                       133.890,55             77-60-121331-5      CADENA                                            357.270,60

77-60-121335-3     LT DE ALHAJAS                                      205.754,85             77-60-121354-5      LT DE ALHAJAS                                 58.322,90

77-60-121358-3     LOTE DE ALHAJAS                              2.241.014,55             77-60-121362-9      LOTE ALHAJAS                                  45.951,40

77-60-121363-4     LOTE DE ALHAJAS                                   61.857,70             77-60-121373-9      LOTE ALHAJAS                                320.481,55

77-60-121375-8     ANILLO                                                      53.020,85             77-60-121381-2      LOTE ALHAJAS                                  82.182,30

77-60-121382-6     LOTE ALHAJAS                                       247.430,60             77-60-121387-8      LOTE ALHAJAS                                  71.749,00

77-60-121391-5     LOTE DE ALHAJAS                                 125.978,75             77-60-121392-9      1 GARGANTILLLA                           676.988,45

77-60-121396-7     LOTE DE ALHAJAS                                   26.297,35             77-60-121399-0      ANILLO BRILLANTES                     115.853,30

77-60-121401-9     RELOJ                                                       576.911,90             77-60-121402-2      LT DE ALHAJAS                               141.284,55

77-60-121411-1     LOTE ALHAJAS                                       148.348,75             77-60-121412-5      ANILLO                                             479.190,05

77-60-121413-0     LOTE ALHAJAS                                       329.546,15             77-60-121414-4      LOTE ALHAJAS                                191.911,50

77-60-121416-3     LOTE ALHAJAS                                       195.299,25             77-60-121417-7      LOTE ALHAJAS                             1.280.033,50

77-60-121418-2     LOTE ALHAJAS                                    1.624.160,15             77-60-121434-0      LOTE ALHAJAS                                183.850,20

77-60-121436-9     LOTE ALHAJAS                                         86.697,35             77-60-121440-8      CADENA                                              46.990,45

77-60-121453-3     CADENAS                                                 265.299,55             77-60-121460-3      LOTE ALHAJAS                                  49.303,45

77-60-121462-0     LOTE ALHAJAS                                       124.105,65             77-60-121471-1      LOTE ALHAJAS                                  35.190,65

77-60-121478-2     LOTE ALHAJAS                                       204.105,80             77-60-121479-6      LOTE ALHAJAS                                106.275,80

77-60-121488-5     LT DE ALHAJAS                                        52.044,65             77-60-121496-9      LOTE DE ALHAJAS                          176.600,95

77-60-121497-2     ANILLO                                                      10.985,90             77-60-121525-6      LOTE ALHAJAS                                165.244,55

77-60-121526-0     PULSERAS RELOJ                                    147.362,35             77-60-121528-9      LOTE DE ALHAJAS                          105.258,80

77-60-121529-2     LOTE ALHAJAS                                       130.988,75             77-60-121532-4      LOTE ALHAJAS                                296.537,45

77-60-121534-3     LT DE ALHAJAS                                      138.006,05             77-60-121544-8      1 PAR ARGOLLAS                             105.033,85

77-60-121545-3     LOTE ALHAJAS                                       107.402,90             77-60-121550-4      LOTE ALHAJAS                                135.493,65

77-60-121558-9     LT DE ALHAJAS                                   1.030.531,85             77-60-121564-3      LOTE ALHAJAS                                205.399,50

77-60-121568-1     LOTE ALHAJAS                                       266.085,70             77-60-121577-0      2 CADENAS                                         69.868,45

77-60-121586-0     GARGANTILLA                                       567.681,05             77-60-121587-3      1 CADENA 1 DIJE                               21.988,35

77-60-121589-2     ANILLOS                                                    27.248,65             77-60-121590-7      LOTE ALHAJAS                                582.236,95

77-60-121592-4     LOTE DE ALHAJAS                                 359.822,45             77-60-121593-0      GARGANTILLA                                   69.868,45

77-60-121595-9     ANILLOS                                                    48.907,90             77-60-121601-4      ANILLOS, CADENAS                        553.003,05

77-60-121608-5     LOTE ALHAJAS                                         57.059,25             77-60-121614-0      LOTE ALHAJAS                                153.710,60

77-60-121616-9     LOTE DE ALHAJAS                                   90.829,00             77-60-121621-0      LOTE ANILLOS                                  30.952,25

77-60-121631-2     ANILLOS                                                  130.325,20             77-60-121635-0      ANILLOS, CADENAS                          70.980,70

77-60-121636-4     CADENA                                                    32.009,30             77-60-121639-7      LOTE ALHAJAS                                146.615,85

77-60-121642-0     ANILLO BRILLANTES                            136.492,30             77-60-121643-6      LOTE DE ALHAJAS                          209.451,20

77-60-121644-0     LOTE ALHAJAS                                         91.925,80             77-60-121645-5      LOTE ALHAJAS                                198.978,65

77-60-121646-9     LOTE ALHAJAS                                         18.746,25             77-60-121654-2      ANILLOS                                             98.834,75

77-60-121656-1     LOTE DE ALHAJAS                                   54.649,75             77-60-121663-1      LOTE DE ALHAJAS                          531.382,10

77-60-121668-3     LOTE ALHAJAS                                         61.393,75             77-60-121672-0      CADENA                                            134.880,35

77-60-121673-6     LOTE ALHAJAS                                       738.353,65             77-60-121674-0      LOTE DE ALHAJAS                          287.202,15

77-60-121675-5     010E ALHAJAS                                        100.811,50             77-60-121676-9      ANILLOS                                             41.859,45

77-60-121680-6     LOTE ALHAJAS                                       122.997,90             77-60-121682-3      LOTE ALHAJAS                                  86.330,55

77-60-121684-2     LOTE ALHAJAS                                       258.649,70             77-60-121689-4      ANILLOS                                             19.726,05

77-60-121692-6     LOTE DE ALHAJAS                                 110.346,50             77-60-121696-4      LOTE ALHAJAS                                  73.102,55

77-60-121697-8     LOTE DE ALHAJAS                                 111.394,30             77-60-121699-7      ANILLOS ARGOLLAS                         64.980,05

77-60-121701-6     LOTE ALHAJAS                                       136.922,20             77-60-121705-4      LOTE ALHAJAS                                  32.257,90

77-60-121706-8     LOTE ALHAJAS                                         42.120,90             77-60-121709-0      LOTE ALHAJAS                                471.105,15

77-60-121711-9     PULSERA                                                   21.582,65             77-60-121713-8      LOTE ALHAJAS                                  54.497,20

77-60-121714-1     LOTE ALHAJAS                                         69.570,90             77-60-121715-7      LOTE ALHAJAS                                291.038,30

77-60-121718-0     LOTE ALHAJAS                                       670.199,70             77-60-121719-3      LOTE ALHAJAS                                330.461,80

77-60-121720-8     LOTE ALHAJAS                                       723.537,40             77-60-121721-1      LOTE ALHAJAS                                188.954,65

77-60-121723-0     LOTE ALHAJAS                                         28.809,75             77-60-121727-7      PULSERA CADENAS                      1.062.115,80

77-60-121728-2     LOTE ALHAJAS                                       251.035,05             77-60-121729-6      LOTE ALHAJAS                                289.878,80

77-60-121732-8     LOTE ALHAJAS                                       498.127,70             77-60-121734-7      LOTE ALHAJAS                                540.247,35

77-60-121735-2     LOTE ALHAJAS                                         46.380,60             77-60-121736-6      LOTE ALHAJAS                                239.950,05

-77-60-121738-5    LOTE ALHAJAS                                       504.389,05             77-60-121740-5      ANILLO                                             184.756,60

77-60-121743-8     LOTE ALHAJAS                                       111.313,45             77-60-121746-0      LOTE ALHAJAS                                170.448,70

77-60-121749-3     LOTE ALHAJAS                                       142.608,40             77-60-121751-1      LOTE ALHAJAS                                943.409,40

77-60-121752-5     LOTE ALHAJAS                                       383.945,65             77-60-121754-4      LOTE ALHAJAS                                  61.431,35

77-60-121757-7     LOTE ALHAJAS                                         68.013,25             77-60-121758-2      LOTE ALHAJAS                                526.554,05

77-60-121759-6     LOTE DE ALHAJAS                                 648.319,70             77-60-121761-4      LOTE DE ALHAJAS                            95.437,90

77-60-121763-3     LOTE ALHAJAS                                         92.146,95             77-60-121770-5      LOTE ALHAJAS                                151.061,50

77-60-121771-9     LOTE ALHAJAS                                       120.251,75             77-60-121772-2      LOTE ALHAJAS                                212.176,25

77-60-121773-8     LOTE DE ALHAJAS                                 120.668,65             77-60-121774-1      LOTE ALHAJAS                                184.293,95

77-60-121775-7     LOTE DE ALHAJAS                                   34.570,55             77-60-121777-4      LOTE ALHAJAS                                119.479,80

Operación                    Descripción                                     Base remate            Operación                   Descripción                                Base remate

77-60-121782-5     LOTE ALHAJAS                                       231.286,60             77-60-121783-0      LOTE DE ALHAJAS                          276.228,55

77-60-121784-4     LOTE ALHAJAS                                       516.206,60             77-60-121785-0      LOTE ALHAJAS                                201.690,70

77-60-121788-2     DIJES CADENAS                                        49.167,85             77-60-121790-0      LOTE ALHAJAS                                  96.460,80

77-60-121791-4     LOTE ALHAJAS                                       613.841,30             77-60-121795-2      LOTE ALHAJAS                                148.952,25

77-60-121796-6     LOTE ALHAJAS                                       135.118,10             77-60-121797-0      LOTE ALHAJAS                                  72.379,45

77-60-121798-5     LOTE ALHAJAS                                         69.057,15             77-60-121799-9      LOTE DE ALHAJAS                            33.980,50

77-60-121800-4     LOTE ALHAJAS                                         79.525,30             77-60-121801-8      LOTE ALHAJAS                                332.762,00

77-60-121803-7     CADENA                                                  143.072,15             77-60-121805-6      ANILLO CADENAS                           191.677,95

77-60-121806-0     LOTE ALHAJAS                                       375.291,90             77-60-121807-3      ANILLOS, P, ARETES                         28.477,85

77-60-121808-9     LOTE ALHAJAS                                       287.161,70             77-60-121809-2      LOTE P, FUNDIR                                29.573,20

77-60-121810-7     ANILLO                                                      30.668,50             77-60-121812-4      1 ANILLO                                            54.536,80

77-60-121813-0     ANILLO, CADENA                                    50.081,40             77-60-121814-3      LOTE DE ALHAJAS                            51.176,70

77-60-121815-9     GARGANTILLA                                         67.501,50             77-60-121818-1      LOTE ALHAJAS                                  82.147,70

77-60-121820-0     LOTE ALHAJAS                                       139.103,45             77-60-121821-3      ANILLOS DIJE                                     31.763,75

77-60-121823-2     LOTE ALHAJAS                                       153.342,40             77-60-121830-2      LOTE ALHAJAS                                  52.574,55

77-60-121831-6     CADENA, PULSERA                                371.307,65             77-60-121834-9      LOTE ALHAJAS                                150.056,45

77-60-121837-1     CADENA                                                    37.162,30             77-60-121839-0      CADENA                                            106.021,80

77-60-121840-7     LOTE ALHAJAS                                         67.766,50             77-60-121842-4      PULSERA                                           125.548,95

77-60-121843-0     CADENA C DIJE                                        21.383,90             77-60-121845-9      LOTE DE ALHAJAS                          371.622,80

77-60-121846-2     LOTE ALHAJAS                                         55.196,95             77-60-121847-6      LOTE DE ALHAJAS                          222.973,65

77-60-121848-1     CADENA PULSERA                                 191.276,45             77-60-121850-0      LOTE ALHAJAS                                104.928,80

77-60-121851-3     LOTE ALHAJAS                                       199.692,65             77-60-121853-2      LOTE ALHAJAS                                107.114,80

77-60-121857-9     LOTE ALHAJAS                                       218.273,80             77-60-121859-8      LOTE ALHAJAS                                389.252,75

77-60-121861-6     LOTE ALHAJAS                                       164.096,75             77-60-121862-0      LOTE ALHAJAS                                587.781,10

77-60-121864-9     LOTE ALHAJAS                                       192.332,85             77-60-121865-4      LOTE ALHAJAS                                221.909,45

77-60-121866-8     LOTE ALHAJAS                                       347.313,05             77-60-121868-7      LOTE ALHAJAS                                170.380,00

77-60-121869-0     LOTE ALHAJAS                                       107.142,85             77-60-121870-7      LOTE ALHAJAS                                283.966,65

77-60-121871-0     LOTE ALHAJAS                                       151.376,10             77-60-121872-4      LOTE ALHAJAS                                351.681,75

77-60-121873-0     LOTE ALHAJAS                                       345.128,75             77-60-121874-3      CADENA                                              84.097,80

77-60-121875-9     LOTE ALHAJAS                                       488.204,20             77-60-121876-2      ANILLO CADENA                               96.111,80

77-60-121877-6     CADENAS PULSERAS                              113.586,65             77-60-121878-1      1 ANILLO                                            10.921,80

77-60-121880-0     LOTE ALHAJAS                                       290.246,70             77-60-121881-3      ANILLOS                                             29.488,85

77-60-122234-7     CADENA                                                    49.779,05             77-60-122350-0      ANILLOS PULSERA                          189.173,65

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 446                85.165.879,70

SEGUNDO REMATE

77-60-086391-3     ANILLOS                                               1.335.001,40             77-60-104344-2      LT DE ALHAJAS                               130.332,50

77-60-105840-8     ANILLOS                                                  785.455,85             77-60-107532-7      LOTE ALHAJAS                                116.142,65

77-60-111655-0     LOTE DE ALHAJAS                              5.434.763,10             77-60-113146-2      LOTE ALHAJAS                                  50.891,90

77-60-113892-4     LT DE ALHAJAS                                   4.114.904,50             77-60-117438-6      2 DIJES                                                 16.389,50

77-60-120660-8     LOTE ALHAJAS                                    1.135.452,25             77-60-121045-2      LOTE ALHAJAS                                  73.233,10

77-60-121057-2     LT DE ALHAJAS                                   1.116.879,65             77-60-121128-0      ANILLO                                               58.454,70

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 12               14.367.901,10

Agencia: 85

85-60-844700-4     LOTE ALHAJAS                                         68.653,45             85-60-844808-0      LOTE ALAHAJAS                             469.107,05

85-60-845465-8     LOTE ALHAJAS                                       136.272,35             85-60-846496-2      LOTE ALHAJAS                                137.018,15

85-60-846545-7     LOTE ALHAJAS                                         70.730,40             85-60-846549-3      LOTE ALHAJAS                                  45.917,45

85-60-846553-0     LOTE ALHAJAS                                         34.857,35             85-60-846566-6      LOTE ALHAJAS                                  67.539,50

85-60-846627-9     ANILLOS                                                    18.539,05             85-60-846636-8      LOTE ALHAJAS                                331.876,70

85-60-846637-1     LOTE ALHAJAS                                         80.018,60             85-60-847328-8      LOTE ALHAJAS                                  83.593,40

85-60-847343-3     LOTE ALHAJAS                                       428.246,50             85-60-847370-0      ANILLOS                                             72.727,35

85-60-847410-2     LOTE ALHAJAS                                       287.486,30             85-60-847411-6      LOTE ALHAJAS                                  29.383,80

85-60-847436-3     LOTE ALHAJAS                                       934.161,90             85-60-847440-2      LOTE ALHAJAS                                100.845,35

85-60-847442-0     LOTE ALHAJAS                                         70.099,35

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 19                    3.467.074,00

SEGUNDO REMATE

85-60-847246-4     LOTE ALHAJAS                                       415.112,45

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1                      415.112,45

Agencia: 88

88-60-842353-7     LOTE ALHAJAS                                         56.933,40             88-60-842928-1      LOTE ALHAJAS                                  36.255,85

88-60-843172-6     LOTE ALHAJAS                                       129.838,85             88-60-843193-7      LOTE ALHAJAS                                  59.055,35

88-60-848374-3     LOTE ALHAJAS                                       272.310,80             88-60-849775-9      LOTE ALHAJAS                                882.481,00

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 6                      1.436.875,25

SEGUNDO REMATE

88-60-845369-8     LOTE ALHAJAS                                         33.385,80

TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 1                        33.385,80

Agencia: 90

PRIMER REMATE

90-60-846172-3     LT DE ALHAJAS                                        46.728,40             90-60-846272-5      LT DE ALHAJAS                               137.534,50

90-60-847474-9     LOTE DE ALHAJAS                                 118.270,55             90-60-847482-2      LOTE ALHAJAS                                100.877,80

TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 4                         403.411,25

San José, 10 de setiembre del 2007.—Lic. Shirley Barboza Mena, Coordinadora.—1 vez.—(80493).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO DE COSTA RICA

OFICINA PASEO DE LOS ESTUDIANTES

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A quien interese, hago constar que el certificado de depósito a plazo del Banco de Costa Rica, certificado Nº 61873317, por un monto de US$20.290,91, con un plazo de 90 días, con fecha de emisión del 17 de abril del 2007, y fecha de vencimiento del 17 de julio del 2007, con una tasa de interés del 4.00% anual. Certificado emitido a la orden de la señora Ana María Ortiz Oreamuno, cédula Nº 1-094-733, ha sido reportado como extraviado, por lo que se solicita al Banco de Costa Rica su reposición.

San José, 11 de setiembre del 2007.—José Alberto Segura Carvajal, Oficial Operativo.—Nº 44203.—(79930).

OFICINA SAN SEBASTIÁN

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

A quien interese, hago constar que el certificado de depósito a plazo del Banco de Costa Rica:

Cert. Nº                 Monto                   Plazo              Emitido                   Vence                      Tasa

61923894       ¢302.875,00           60 días         10-07-2007          10-09-2007               06.25%

Certificado emitido a la orden de Engracia Nieves Romero Leiva, cédula Nº 1-164-428, ha sido reportado como extraviado por lo que se solicita al Banco de Costa Rica, su reposición de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

San José, 11 de setiembre del 2007.—Diego Blanco Poveda, Oficial Operativo.—(80522).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

SUCURSAL EN LIBERIA

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento público que la señor Gazo Gazo Francisco Domingo, cédula Nº 8-067-422 ha solicitado por motivo de extravío la reposición del siguiente certificado y cupones de ahorro a plazo.

 

Número del certificado y cupones

Monto del certificado

Fecha de vencimiento

16100260210255646

¢600.000,00

03/10/2007

Cupón 012

¢3.765,05

03/10/2007

 

Lo anterior para los efectos de los artículos Nos. 708 y 709 del Código de Comercio.

Liberia, 5 de setiembre del 2007.—Francisco Jiménez Cascante, Gerente a. í.—(79897).

CENTRO DE CRÉDITOS SOBRE ALHAJAS AMÓN

Lista de remanentes, productos del remate Nº 415 efectuado el 25 de agosto del 2007.

Agencia: 06

ALHAJAS

Operación                 Remanente

06-60-784830-8           68.032,70

06-60-787585-4         112.511,60

06-60-789887-9           11.334,65

06-60-789942-6             2.126,70

06-60-790086-8                511,85

06-60-790192-4           33.213,05

Total alhajas: 6           227.730,55

Agencia: 07

07-60-784471-9             6.702,90

07-60-784525-3           27.303,55

07-60-784713-5             1.181,85

Total alhajas: 3             35.188,30

Agencia: 08

08-60-784212-0            13.556,25

08-60-784564-2            32.500,65

08-60-787603-5            99.956,70

Operación                 Remanente

08-60-787707-3            54.030,25

08-60-787750-0            17.485,15

08-60-787889-0          101.710,00

Total alhajas: 6           319.239,00

Agencia: 17

17-60-780222-9              6.821,00

17-60-780373-3            64.942,75

17-60-780511-0            32.610,55

17-60-780628-5              8.722,85

Total alhajas: 4            113.097,15

Agencia: 24

24-60-779592-5            49.633,45

Total alhajas: 1              49.633,45

Agencia: 25

25-60-778542-2           13.534,60

25-60-778551-1           10.735,60

Operación                 Remanente

25-60-778554-4           36.756,30

25-60-779024-4           62.393,25

25-60-782592-8             2.486,15

25-60-782652-7           18.556,55

25-60-782982-2           27.895,15

25-60-783055-0             4.657,30

Total alhajas: 8           177.014,90

Agencia: 60

60-60-756130-0             3.569,45

60-60-756202-0           15.625,10

Total alhajas: 2             19.194,55

Agencia: 63

63-60-751619-4           44.788,00

63-60-751680-9             6.269,85

63-60-751763-6           65.546,50

63-60-752216-3           79.112,30

63-60-752231-7             1.482,65

63-60-752240-8             7.528,25

63-60-752242-5             4.869,40

63-60-752252-8             6.370,15

63-60-752259-9                887,15

Total alhajas: 9           216.854,25

Agencia: 77

77-60-076384-8         235.948,30

77-60-080347-8           90.979,55

77-60-081278-2           81.273,60

77-60-087703-4         128.007,80

77-60-087992-0                549,80

77-60-094014-0         101.010,40

77-60-097328-0           41.403,85

77-60-099587-1         150.698,10

77-60-100810-3           69.386,90

77-60-104344-2                471,60

77-60-106410-0         249.010,75

77-60-107225-1           27.358,00

77-60-107380-1         117.360,70

77-60-107761-7           49.660,55

77-60-107884-9           40.819,70

77-60-111468-0           78.252,10

77-60-111655-0           49.407,10

77-60-112165-3           15.023,05

77-60-112642-4           55.410,35

77-60-113303-0                472,10

77-60-113466-3           30.707,30

77-60-113687-0                852,00

77-60-116144-6           39.493,65

77-60-116411-9           17.837,20

77-60-116591-8         330.342,70

77-60-116653-6         145.078,85

77-60-116780-5             6.107,70

77-60-117110-0         144.373,05

77-60-117144-7           38.513,30

77-60-120608-4           10.952,85

77-60-120628-0           50.331,20

Operación                 Remanente

77-60-120639-6         611.491,30

77-60-120647-1         169.544,05

77-60-120662-5           51.846,15

77-60-120714-0         143.127,25

77-60-120721-0           47.190,35

77-60-120760-0             5.483,90

77-60-120767-9         148.968,20

77-60-120782-4                285,05

77-60-120798-4           76.246,45

77-60-120809-1           46.147,80

77-60-120818-0           99.435,95

77-60-120833-4           75.692,35

77-60-120838-6           28.718,00

77-60-120849-4           19.752,80

77-60-120866-7           29.379,45

77-60-120867-0           82.851,85

77-60-120878-0           41.555,75

77-60-120962-0           10.481,40

77-60-120965-5           87.185,10

77-60-120976-3           90.483,50

77-60-120983-3         100.468,05

77-60-120992-0           36.368,95

77-60-120999-1             9.760,20

77-60-121020-3           27.821,80

77-60-121033-9           21.895,55

77-60-121034-2           61.040,15

77-60-121046-6           14.580,30

77-60-121061-0         310.020,15

77-60-121064-2         129.160,60

77-60-121070-0           24.679,60

77-60-121074-7             5.180,40

77-60-121077-0             4.267,90

77-60-121084-0           17.899,65

77-60-121087-2         500.812,10

77-60-121098-0           36.483,55

77-60-121108-4             7.965,85

77-60-121110-2             5.899,55

77-60-121115-4           82.889,25

77-60-121130-8         337.496,25

77-60-121137-7           31.875,35

77-60-121146-8             7.368,75

77-60-121150-5         107.885,55

77-60-121165-0           46.750,15

77-60-121168-2           19.159,80

77-60-121185-7           22.904,55

77-60-121188-0         149.993,00

Total alhajas: 77      6.383.587,75

Agencia: 85

85-60-844554-2           70.637,00

85-60-846325-4           27.656,15

85-60-846357-1           50.949,15

85-60-846414-8           21.390,95

85-60-847186-5             7.457,90

85-60-847190-2             7.144,45

85-60-847197-1             3.366,55

85-60-847223-4           25.525,00

Total alhajas: 8           214.127,15

San José, 30 de agosto del 2007.—Lic. Shirley Barboza Mena, Coordinadora.—1 vez.—(80495).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA VIDA ESTUDIANTIL

Y SERVICIOS ACADÉMICOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos y el Artículo N° 6 de la Ley Orgánica, del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en sesión N° 5-7 artículo 5, del miércoles 20 de junio de 2007, ante la solicitud de Eduardo Gurdián Pacheco, cédula N° 1-1106-0200, acuerda:

1.  Reconocer el título de Ingeniero Agrónomo, otorgado por la Escuela Agrícola Panamericana “El Zamorano”, Honduras, el 7 de diciembre de 2002.

2.  Reconocer el grado académico de Licenciatura otorgado por la Escuela Agrícola Panamericana “El Zamorano”, Honduras, el 7 de diciembre de 2002.

3.  Equiparar el título de Ingeniero Agrónomo otorgado por la Escuela Agrícola Panamericana “El Zamorano”, Honduras, al título de Ingeniero en Agronomía que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

4.  Equiparar el Grado de Licenciatura otorgado por la Escuela Agrícola Panamericana “El Zamorano”, Honduras, al grado académico de Licenciatura que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.

Acuerdo firme.

Cartago, 5 de setiembre del 2007.—Departamento de Admisión y Registro.—Bach. René D’Avanzo Trejos, Director a. í.—(Solicitud Nº 24995).—C-32680.—(79649).

INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Sistema de Ahorro y Préstamo del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, por este medio, informa sobre el extravío del libro en el cual se confeccionaban las actas de los sorteos de este sistema comprendidos dentro del periodo que abarca 07/09/2005 a la fecha de publicación de este aviso. Por lo anterior, este Sistema no se hace responsable de la comisión de algún acto fraudulento o indebido que se realice con dicho libro. Actualmente se está iniciando el procedimiento de apertura de nuevo libro ante la Auditoría Interna de este Instituto. Quien conozca el paradero de este documento legal rogamos notificarlo a la Dirección de este Sistema, teléfono 222-2213, ext. 131.

Sistema de Ahorro y Préstamo.—MBA. Ofelia Blanco Herrera, Directora.—(78743).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

DIRECCIÓN GESTIÓN TURÍSTICA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Comunicado de acuerdo CR-321-2007 tomado por la Comisión Reguladora de Turismo sobre aplicación de parámetros.—San José, a las ocho horas del veinte de julio del dos mil siete.

Que la Comisión Reguladora de Turismo de la Ley Nº 6990-Incentivos para el Desarrollo Turístico en la sesión ordinaria Nº 694, artículo 5, inciso I, aparte a), celebrada el 11 de julio del 2007, acordó:

“Instruir a la Secretaría Técnica, con fundamento en el oficio DGA-1814-2007 elaborado por el Msc. Walter Monge Edwards, Jefe del Departamento de Gestión y Asesoría Turística, para que ejecute la aplicación de los parámetros contenidos en dicho oficio, para aquellas empresas de hospedaje interesadas en que se le apliquen incentivos fiscales de servicio complementario de alimentos y bebidas, según la Ley Nº 6990”.

Msc. Gustavo Alvarado Chaves, Director Gestión Turística.—(O. C. Nº 10293).—C-25430.—(78748).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se le comunica al señor Carlos Roberto Mora Ramírez, la resolución de las dieciocho horas, treinta minutos del veinticinco de enero del año dos mil siete, mediante la cual se dictó medida de protección en sede administrativa para el tratamiento de rehabilitación para toxicómano contemplado en el inciso e) del artículo 135 del Código de la Niñez y la Adolescencia a favor de la persona menor de edad Kimberly Vanesa Mora Heuwitt, lo cual implica orden de ingreso inmediato al Hospital Nacional Psiquiátrico para la fase de desintoxicación. El plazo de la medida será hasta por seis meses, siendo que la fase de desintoxicación no deberá exceder el plazo de seis semanas, por lo que una vez culminado ésta deberán las instituciones responsables del tratamiento remitir a la persona menor de edad a las fases subsiguiente de la rehabilitación en el lugar y forma que éstas designen. Se le hace saber que debe señalar un medio para recibir notificaciones. Además, que contra la presente resolución, procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse dentro del plazo de cuarenta y ocho horas, a partir del día siguiente a la tercera publicación del presente edicto, ante esta unidad o bien ante la Presidencia Ejecutiva. Corresponde a esa instancia jerárquica resolver el recurso interpuesto. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Publíquese tres veces consecutivas.—Programa Atención.—Lic. Francela Rivera López, Representante Legal.—(79598).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Oficina Local de Heredia Norte.—Al señor Harold Raymond Melloway, domicilio y demás calidades desconocidas por esta Oficina Local y a quien interese, se les comunica que esta Oficina Local de Heredia Norte ha recibido solicitud de la señora Karina Eugenia Bukakis Castro, madre en ejercicio de la patria potestad a fin de que el Patronato Nacional de la Infancia autorice la salida del país de su hija Sasha Lynn Melloway Bukakis con su sola autorización, para que la misma viaje en su compañía y en compañía de su hermano con rumbo México, Cabo San Lucas, saliendo el día veinticinco de diciembre del dos mil siete y regresando el diez de enero del dos mil ocho con fines vacacionales, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Personas Menores de Edad, artículo tercero, se otorga plazo de ocho días a partir de la última publicación a fin de que quién tenga derecho o interés pueda manifestar su oposición o asentimiento y señale para notificaciones en el expediente administrativo. Publíquese dos veces en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un diario de circulación nacional a costa de la parte. Expediente Nº 431-00047-06.—Oficina Local de Heredia Norte, agosto del 2007.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—(80502).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA

Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la propuesta planteada por el Instituto Costarricense de Electricidad para el establecimiento de una tarifa preferencial en el caso de los educadores que se amparen al Programa Conectando Ideas  en el marco del Programa de Gobierno Digital, tramitada en el expediente ET-158-2007.

La propuesta contempla una tarifa menor a la que deben pagar los restantes usuarios del servicio, tal y como se aprecia en el siguiente cuadro:

ICE: PROPUESTA TARIFA PREFERENCIAL PARA LOS

SERVICIOS ACELERA HOGAR Y RDSI  DENTRO

DEL PROGRAMA CONECTADO IDEAS

Tipo de                          Tarifa        Tarifa preferencial

servicio                         actual                propuesta

Acelera Hogar Básico

(256/128 kbps)*                             $18                          $13

Servicio RDSI                            ¢5.744                     ¢4.021

*   En el caso del servicio Acelera la tarifa no incluye el equipo terminal del cliente (CPE por sus siglas en inglés).

En la tarifa propuesta se excluye el excedente que garantice el adecuado desarrollo futuro de la actividad, por lo que el planteamiento del ICE implica que el costo del desarrollo futuro recaerá únicamente en los usuarios que no se vean beneficiados con la tarifa preferencial propuesta.

La Audiencia Pública se llevará a cabo, de conformidad con el artículo 36 de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Ley Nº 7593) y los artículos 45 y 49 del Reglamento de la cita Ley, (Decreto Nº 29732-MP), a las 18 horas con treinta minutos (6:30 p. m.) del día 24 de octubre del 2007 por medio del sistema de videoconferencia en los siguientes lugares:

1.  Auditorio de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.

2.  Tribunales de Justicia de:

    Limón centro.

    Heredia centro.

    Ciudad Quesada.

    Liberia centro.

    Puntarenas centro.

    Pérez Zeledón.

    Cartago centro.

El plazo para recibir posiciones vence el 16 de octubre del 2007 a las dieciséis horas.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de Protección al Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del Edificio de la Contraloría General de la República, San José. La petición tarifaria se pueden consultar además en la siguiente dirección electrónica www.aresep.go.cr.

Cualquier interesado, con interés legítimo o derecho subjetivo, puede participar en la audiencia y quien desee hacer uso de la palabra, debe formular por escrito, en original, su posición ante esta Autoridad Reguladora, sustentando su pretensión con las pruebas que sean pertinentes. En el documento debe indicar en cual de los lugares señalados para la realización de la audiencia pública desea participar e indicar además un sitio dentro del perímetro de San José o número de fax donde ser notificado. En el caso de una persona física deberá aportar fotocopia de su cédula; y en el caso de las personas jurídicas la posición deberá estar suscrita por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería vigente.

Dentro del plazo legal otorgado se recibirán posiciones mediante el facsímile 290 20 10, mismas que deberán estar firmadas y debiendo presentar el original a más tardar el día de la celebración de la audiencia. Se informa que el Consejero del Usuario para estas solicitudes es el Lic. Daniel Fernández Sánchez. Para cualquier información adicional a los teléfonos 800-827-3737 ó 220- 0102 extensión 135.

Dirección de Protección al Usuario.—Lic. Xinia Herrera Durán.—1 vez.—(Solicitud Nº 20001).—C-19050.—(80650).

CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA

Para exponer sobre los aspectos técnicos, económicos y financieros de la solicitud presentada por Autotransportes Los Corales S. A., con el fin de que se ajusten las tarifas de la ruta 729: descrita como Limón-Santa Eduviges y viceversa, tramitadas bajo el expediente ET-150-2007 según se detalla:

Tracto Nº 1

Ruta

Descripción

Tarifas (en colones)

Incremento Regular

Vigentes

Propuestas

Regular

Adulto Mayor

Regular

Adulto Mayor

Absoluto

Porcentual

Limón-Barrio Santa Eduviges

90

-

155

-

65

72%

 

 

Tracto Nº 2

Noventa días después de la entrada en vigencia del tracto 1

Ruta

Descripción

Tarifas (en colones)

Incremento Regular

Vigentes

Propuestas

Regular

Adulto Mayor

Regular

Adulto Mayor

Absoluto

Porcentual

Limón-Barrio Santa Eduviges

155

-

185

-

30

46%

 

 

Tracto Nº 3

Ciento ochenta días después de la entrada en vigencia del tracto 1

Ruta

Descripción

Tarifas (en colones)

Incremento Regular

Vigentes

Propuestas

Regular

Adulto Mayor

Regular

Adulto Mayor

Absoluto

Porcentual

Limón-Barrio Santa Eduviges

185

-

225

-

40

22%

 

 

El 24 de setiembre de 2007 a las diecinueve horas (7:00 p.m.) se llevará a cabo la Audiencia Pública en el Gimnasio de la Universidad de Costa Rica, sede Limón, ubicado 100 metros al oeste del Liceo Nuevo de Limón. El plazo para recibir posiciones sobre esta solicitud vence el 20 de setiembre de 2007 a las dieciséis horas.

Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de Protección del Usuario, situada en Sabana Sur, 400 metros oeste del Edificio de la Contraloría General de la República, San José. La petición tarifaria se puede consultar además en la siguiente dirección electrónica www.aresep.go.cr

Cualquier interesado, con interés legítimo o derecho subjetivo, puede participar en la audiencia y quien desee hacer uso de la palabra, debe formular por escrito, en original, su posición ante esta Autoridad Reguladora, sustentando su pretensión con las pruebas que sean pertinentes. En el documento debe indicar lugar dentro del perímetro de San José o número de fax donde ser notificado en el caso de una persona física deberá aportar fotocopia de su cédula; y en el caso de las personas jurídicas la posición deberá estar suscrita por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería vigente.

Dentro del plazo legal otorgado se recibirán posiciones mediante el facsímile 290-2010, mismas que deberán estar firmadas y debiendo presentar el original a más tardar el día de la celebración de la audiencia. Se informa que el Consejero del Usuario para estas solicitudes es el Lic. Daniel Fernández Sánchez. Para cualquier información adicional a los teléfonos 800-827-3737 ó 220-0102, extensión 135.

Dirección de Protección del Usuario.—Lic. Xinia Herrera Durán.—1 vez.—(Solicitud Nº 20001).—C-33350.—(80651).

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES

   DEL MAGISTERIO NACIONAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

AVISO

Se hace saber que Jara Fernández Monserrat Maritza de los Ángeles cédula 4-121-571, ha presentado solicitud de pensión por sucesión a su favor, de quien en vida fue Alvarado Quirós Joaquín, cédula 1-262-519. Se cita y emplaza a los posibles beneficiarios con mejor derecho, para que dentro del plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de este aviso, concurran a hacer valer sus derechos a las oficinas centrales, sitas en esta ciudad, avenida 8, calles 21 y 23.

San José, 13 de agosto del 2007.—Lic. Ruth Centeno Díaz, Secretaria de Junta Directiva.—(79116).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE CARTAGO

HERMANDAD DE LA CARIDAD DE CARTAGO

AVISOS

Ante esta Junta de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de la Caridad de Cartago, de conformidad con las disposiciones que emanan de los Decretos Ejecutivos Nº 32833-S de fecha 3 de agosto del 2005 “Reglamento General de Cementerios” y Nº 704 del 7 de setiembre de 1949, se han presentado: Lidieth Hernández Brenes, cédula Nº 3-138-313, quien bajo juramento de ley y exonerando a la Junta de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de la Caridad de Cartago, de responsabilidades ante terceros de iguales o mejores derechos, que es la única y universal heredera de quien en vida se llamó Rogelio Hernández Boza, a nombre de quien se encuentra inscrito el derecho de arrendamiento de la fosa Nº 2613 de cuatro nichos de la Sección Guadalupe, del cementerio General de Cartago y que en virtud de lo anterior solicita que se inscriba el mencionado derecho por partes iguales y a nombre de la solicitante y de Rodolfo Elizondo Gómez, Rodolfo y Sonia Gabriela, estos de apellidos Elizondo Hernández. Se mantiene invariable el plazo del contrato original. Lo anterior se hace del conocimiento de todos aquellos terceros de iguales o mejores derechos, para que puedan presentar las oposiciones de ley en el término de quince días naturales a partir de la publicación del presente edicto.

Cartago, 4 de setiembre del 2007.—José Rafael Soto Sanabria, Gerente.—1 vez.—(80078).

Ante esta Junta de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de la Caridad de Cartago, de conformidad con las disposiciones que emanan de los Decretos Ejecutivo Nos. 32.833-S de fecha 3 de agosto del 2005 Reglamento General de Cementerios y 704 del 7 de setiembre de 1949, se han presentado: Herminia, cédula 3-080-472 y Claudia, cédula 3-195-115, ambas de apellidos Coto Monge, Trinidad Montero Gamboa, cédula 1-376-410, Ana Lucía Masís Coto, cédula 3-191-1027 y Silvia Marín Cartín, cédula 3-281-704, quienes bajo juramento de ley y exonerando a la Junta de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de la Caridad de Cartago, de responsabilidades ante terceros de iguales o mejores derechos, que son los únicos herederos legítimos de quienes en vida se llamaron Rafael Coto Céspedes, Aquileo Coto Brenes, Nelly y Alfonso, ambos de apellidos Coto Monge, a nombre de quienes se encuentran inscritos los derechos de arrendamiento de las fosas Nº 520, 872 y 1.664 de dos, cuatro y dos nichos de las Secciones San Francisco, El Carmen y San Nicolás, respectivamente del Cementerio General de Cartago y que en virtud de lo anterior solicitan que se inscriban los mencionados derechos por partes iguales y a nombre de cada uno de los solicitantes de la siguiente manera: Fosa Nº 520: Herminia Coto Monge y Trinidad Montero Gamboa, fosa Nº 872: Herminia Coto Monge y Silvia Marín Cartín y fosa Nº 1.664: Herminia y Claudia, ambas de apellidos Coto Monge y Ana Lucía Masís Coto. Se mantienen invariables los plazos de los contratos originales. Lo anterior se hace del conocimiento de todos aquellos terceros de iguales o mejores derechos, para que puedan presentar las oposiciones de ley en el término de quince días naturales a partir de la publicación del presente edicto.

Cartago, 9 de agosto del 2007.—José Rafael Soto Sanabria, Gerente.—1 vez.—Nº 44581.—(80442).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA

El Concejo Municipal de la Municipalidad de Talamanca, mediante sesión ordinaria Nº 68, celebrada el día 5 de setiembre del 2007, acuerdo Nº 02, acordó lo siguiente: moción presentada por el Regidor Marvin Gómez Bran, secundada por el señor presidente municipal George Brown Hudson, aprobada por el Concejo Municipal en pleno, que dice:

Asunto: autorización para traslado de sesión ordinaria para los días viernes.

Este Concejo Acuerda:

Considerando los diversos compromisos laborales de los actuales miembros del Concejo Municipal y valorando el interés de lograr la mayor participación y concurrencia posible, se procede a autorizar el traslado de la celebración de las sesiones ordinarias de este Concejo para los viernes a las 10:00 a. m. dicho cambio entrará a regir el primer viernes posterior a la debida publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Acuerdo aprobado por unanimidad.

Ciudad de Bribrí, Talamanca, el día 10 de setiembre del 2007.—Yorleny Obando Guevara, Secretaria.—1 vez.—(80152).

AVISOS

CONVOCATORIAS

SUBASTA GANADERA YORI S. A.

Se  convoca a los señores accionistas de la Subasta Ganadera Yori S. A. a la asamblea general extraordinaria.

Que se celebrará en las oficinas de la empresa, en Puerto Viejo de Sarapiquí, Heredia, frente a Auto Repuestos Sarapiquí, a la ocho horas del cinco de octubre del presente año, y para una hora después, o sea, las nueve horas, si no se hubiera reunido el quórum de ley, con el objeto de tratar y resolver acerca del siguiente tema:

1.  Comprobación del quórum.

2.  Orden del día.

3.  Discutir y aprobar o improbar un refinanciamiento de las deudas y obtener capital de trabajo para la empresa, con el Banco Nacional de Costa Rica, sustentado legalmente con Balances certificado por un Contador Público, al 31 julio del 2007, sobre las cuentas patrimoniales en negativo y los altos endeudamientos.

4.  Discusión y aprobar o improbar el nombramiento del señor Ramiro Ramírez Pérez con la cédula de identidad 3-203-926, como asesor financiero de la gerencia, junta directiva y de la asamblea de socios.

5.  Discusión y ratificación o no ratificación, del nombramiento del señor Guillermo Enrique Solórzano Solórzano con la cédula de identidad 2-544-909, como gerente de la empresa junto con las funciones designadas por la junta directiva.

6.  Discutir y cuestionar, el no pago de las acciones del socio Jorge Enrique Hernández Gutiérrez.

La presente convocatoria se hace en virtud de la solicitud presentada por el socio Solórzano Villalobos y aprobada sor la junta directiva de la empresa.—Xinia Solórzano Murillo, Secretaria.—1 vez.—(80545).

FREPSO INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a sesión extraordinaria de socios de la empresa Frepso Internacional Sociedad Anónima, a celebrarse en las oficinas del Bufete Rojas Alfaro S. A., en San José, calle 5, avenidas 1 y 3, Edificio Lines, segundo piso, el día veintinueve de octubre del dos mil siete a las trece horas en primera convocatoria, si no hubiere quórum a la hora indicada para conocer de los mismos asuntos y en el mismo lugar se establece para la segunda convocatoria las catorce horas.

AGENDA:

1-  Conocer situación de la empresa desde su constitución.

2-  Reorganización de junta directiva por fallecimiento del presidente.

3-  Reforma de estatutos.

4-  Varios.

San José, 11 de setiembre del 2007.—Ernesto González Aymerich, Vicepresidente.—1 vez.—Nº 44606.—(80830).

COLEGIO DE BIBLIOTECARIOS DE COSTA RICA

La junta directiva del Colegio de Bibliotecarios de Costa Rica, de conformidad con el artículo 13 de la Ley Orgánica, convoca a todos los colegiados, a la asamblea general ordinaria Nº 50, a celebrarse a las doce horas del viernes 5 de octubre del 2007, en el Paraninfo de la Sede de la Universidad Estatal a Distancia de Costa Rica (UNED), en Sabanilla, San José.

En caso que no hubiere quórum a la hora señalada, se convocará por segunda vez a las trece horas y se podrá sesionar con un diez por ciento de los colegiados, de acuerdo al artículo 15 de la Ley Orgánica.

Orden del día:

1.  Comprobación del quórum y apertura de la asamblea.

2.  Entonación del Himno Nacional de Costa Rica.

3.  Minuto de silencio por colegiados fallecidos.

4.  Aprobación del reglamento de debates.

5.  Lectura y aprobación del orden del día.

6.  Informe anual de labores de la junta directiva.

Presidencia.

Tesorería.

Fiscalía.

7.  Presentación nueva sede.

8.  Aprobación del presupuesto 2007-2008 (Incluye: financiamiento Sede Adquirida, cuota mensual 2008, cuota para incorporaciones)

9.  Refrigerio.

10.     Elección de miembros de la junta directiva y del tribunal de honor.

Presidencia

Secretaría de Actas

Vocal 1

Vocal 3

Fiscalía

Tribunal de Honor

11.     Asuntos varios.

a.   Enmienda Reglamento General.

b.  Enmienda Reglamento del Fondo de Mutualidad.

c.   Reglamento funcionamiento fondo de investigación Nelly Kopper.

d.  Comisiones de trabajo ad-hoc.

12.     Premio Nacional de Bibliotecología.

13.     Clausura.

Lic. Silvia María Díaz R., Presidenta.—Bach. Julissa Méndez Marín, Secretaria General.—1 vez.—(81155).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS Y DE

ARQUITECTOS DE COSTA RICA

La Junta Directiva General en su sesión Nº 16-06/07-G.E. de fecha 14 de marzo del 2007, acordó lo siguiente autorizar a la Administración a publicar en el Diario Oficial La Gaceta:

a.  Resolución tomada según el acuerdo Nº 20 por esta Junta Directiva General en sesión Nº 12-06/07-G.E. de la denuncia interpuesta por el CFIA y el Sr. Rafael Ángel Cervantes en contra del TTC Freddy Bonilla Poltronieri, el cual no fue posible notificar.

Acuerdo Nº 20

Se conoce oficio Nº 5090-2006-DRD, remitido por el Departamento Régimen Disciplinario, en relación con el expediente Nº 111-05 de denuncia interpuesta el C.F.I.A y el señor Rafael Ángel Cervantes Cantillo, contra del TTC Freddy Bonilla Poltronieri TTC-4 y del AA Eduardo González Chacón AA-0034.

La denuncia presentada por el Sr. Rafael Ángel Cervantes Cantillo plantea que el TTC. Freddy Bonilla Poltronieri, habría confeccionado el plano de catastro Nº C-731662-88, dando fe de la existencia de una calle pública, al norte de la propiedad levantada, cuando en realidad se trata de un callejón de acceso o servidumbre, lo que habría afectado al quejoso.

A partir de la denuncia mencionada, el Departamento de Régimen Disciplinario instruye a los funcionarios del Área de Inspección y Control, TA. María Hidalgo Mora e Ing. Gerardo Vargas Carvajal, para que visiten el sitio con el fin de verificar el estado actual de la entrada de acceso a la propiedad del denunciante.

El informe Nº MHM/GVC-994-05-INSP, resultante, establece que la finca cuenta con dos trámites según se describe a continuación:

Plano de catastro Nº C-664757-87.

  Fecha de tramitación: 15 de enero de 1987.

  Profesional responsable: AA. Eduardo González Chacón.

  Propietario: Trinidad Coto Vargas.

  Área: 417,79 m².

  Límite al noreste, según plano de catastro: calle pública.

  Límite al noreste, según estudio de registro (08/09/2005): Callejón.

Plano de catastro Nº C-731662-88.

  Fecha de tramitación: 11 de febrero de 1988.

  Profesional responsable: TTC. Freddy Bonilla Poltronieri.

  Propietario: Rafael Ángel Cervantes Cantillo.

  Área: 526,65 m².

  Límite al norte, según plano de catastro: Calle pública.

  Límite al norte, según estudio de registro (25/04/2005): Callejón Beneficiadora Cachí.

Los inspectores Hidalgo Mora y Vargas Carvajal indican en su informe que “(…) el acceso es interrumpido por una cochera que utiliza el señor Cervantes, la cual ocupa todo el ancho del acceso, que según informe registral de ambas fincas (…) es un callejón, no se especifica el ancho ni la longitud del mismo. En la Municipalidad de Paraíso el señor Jorge Solano encargado del Departamento de Catastro (…) informó (…) que no existe la declaratoria de calle pública de esta servidumbre (…)”.

En sus conclusiones, el informe Nº MHM/GVC-994-05-INSP, señala lo siguiente:

“En el caso que se comprobara que este acceso no es calle pública los planos catastrados por los topógrafos Eduardo González Chacón y Freddy Bonilla Poltronieri no se encontrarían a derecho al no constatar en la información gráfica lo encontrado en el sitio, por lo tanto estarían en inobservancia del artículo 50 del Reglamento a la Ley de Catastro Nacional y el artículo 12 de la Ley para el Ejercicio de la Topografía y la Agrimensura (…)”.

Los inspectores Hidalgo Mora y Vargas Carvajal plantean que, de comprobarse que el acceso es un callejón, se recomiende a los profesionales investigados “(…) tramitar nuevamente los planos con la información gráfica correcta (…)”.

Mediante oficio Nº 2949-2005-DRD y 2950-2005-DRD, el Departamento de Régimen Disciplinario comunica, respectivamente a los profesionales Freddy Bonilla Poltronieri y Eduardo González Chacón, que se ha iniciado investigación disciplinaria en su contra, se les otorga diez días hábiles para que se refieran a los hechos que se investiga y se les informa del la naturaleza y características del trámite que continúa.

Descargo del TTC. Freddy Bonilla Poltronieri:

Según constancia del notificador del Tribunal de Honor del CFIA, no se pudo notificar al profesional Bonilla Poltronieri en la dirección indicada en el acta de notificación. En razón de lo dicho, se procedió a notificar al profesional investigado a través del Diario Oficial La Gaceta.

No consta en el expediente documento alguno de Bonilla Poltronieri, en referencia al asunto que se investiga.

Descargo del AA. Eduardo González Chacón:

En nota recibida el 21 de octubre de 2005 en el Departamento de Régimen Disciplinario, el AA. Eduardo González Chacón señala, en lo que interesa, lo siguiente:

“(…)  El escrito presentado por el señor Rafael Ángel Cervantes Cantillo (…) se refiere expresamente a situación de un plano catastrado por otro profesional y que le afecto en alguna medida (…) y no señala claramente el porque al catastrar un plano del señor Trinidad Coto Vargas por mi persona, C-664757, SE ven afectados sus intereses, por lo tanto (sic) solicito aclarar este asunto”.

Continúa diciendo lo siguiente:

“Al catastrar este plano en el año 87 señale que el acceso (sic) que indico como colindante existe y no que es calle pública como se consignó (…) En el dibujo del plano”.

“Al no haber (sic) generado título no (sic) movimiento (sic)  registral alguno existe la posibilidad de solución al cancelar dicho catastro ante la oficina respectiva”.

Pronunciamiento del Asesor, Ing. José Gerardo Roig Loría, IT-3379:

Después de analizar la información que consta en expediente, el Asesor establece, en lo fundamental, el siguiente análisis:

“Los profesionales denunciados indicaron en los planos catastrados cuestionados la leyenda: “Doy fe que la calle que indico como acceso, existe en la realidad”.

“La fe pública de los profesionales en Agrimensura se refiere a derroteros, áreas y localizaciones (…) por lo que no se está (sic) dando una falta contra la fe pública”.

“La documentación existente demuestra que el acceso en cuestión siempre ha sido denominado como callejón o servidumbre de paso, por otra parte la inspección efectuada demuestra que las características físicas del acceso no son las de una calle pública”.

Conclusiones:

“El suscrito autor del presente informe preliminar considera que los profesionales denunciados no fueron veraces al indicar como calle pública un acceso que no lo era”.

“En la época en que se inscribieron los planos catastrados, el Catastro Nacional permitió la inscripción de planos con la nota que indicaba la dación de fe de la existencia de la calle, no obstante la buena practica (sic) profesional sugiere que dicha dación de fe debería apoyarse en información oficial (…)”.

Basado en lo anterior el Asesor recomienda, en lo que interesa, “Instaurar un Tribunal de Honor contra los profesionales denunciados (…)”.

En ampliación solicitada por el Departamento de Régimen Disciplinario, el Asesor se refiere a respuesta dada por el AA. Eduardo González Chacón al informe de inspección, en autos conocido, afirma que “(…) el profesional denunciado informa que procedió a tramitar la inscripción ante el Catastro Nacional de un nuevo plano (…), no obstante la inscripción fue rechazada (…) por existir una anotación de Advertencia Administrativa sobre la finca (…). La anotación de advertencia administrativa (…) fue otorgada el 20 de julio del 2003 y presentada el 18 de agosto del 2003, originando el expediente administrativo Nº 140-2003 de la Dirección del Registro de la Propiedad.

El Asesor mantiene su recomendación de instaurar un Tribunal de Honor al profesional González Chacón en virtud de que no se consignó un dato veraz en el plano catastrado C-664757-87.

Pronunciamiento del Fiscal del CIT:

Mediante oficio Nº 039-2006-FCIT, el Fiscal del Colegio de Ingenieros Topógrafos, Ing. Juan Manuel Castro Alfaro, manifiesta concordar con el Asesor Ing. José Gerardo Roig Loría de mantener la recomendación de instaurar un Tribunal de Honor en contra del profesional Eduardo González Chacón. No se refiere al caso del TTC. Freddy Bonilla Poltronieri.

Solicitud del Departamento de Régimen Disciplinario:

Se archive el expediente.

Fundamento:

El Departamento de Régimen Disciplinario, estrictamente atenido a la información que consta en el expediente, referida a los hechos que motivaron el inicio de la presente investigación disciplinaria, coincide con la posición del Asesor Roig Loría, de considerar que existe suficientes indicios como para suponer que los profesionales investigados, cada uno por su lado, faltaron a la ética al consignar erróneamente, información relativa al acceso a propiedad del denunciante en la confección de los planos de catastro números C-664757-87 y C-731662-88, como si se tratara de calle pública, cuando en realidad los informes de registro a la vista, las manifestaciones de funcionarios municipales y las pesquisas realizadas por los inspectores del Área de Inspección y Control del Departamento de Régimen Disciplinario del C.F.I.A. y por el Asesor Roig Loría, determinaron que se trata de un callejón de acceso o servidumbre, que no genera derechos de uso para terceros.

Independientemente de lo anterior, existe certeza de que los hechos que se investiga ocurrieron en enero de 1987 y en febrero de 1988 y que el Sr. Cervantes Cantillo presenta la denuncia ante el Departamento de Régimen Disciplinario, hasta julio de 2005, por lo que no se considera razonable que, pasados 17 años, el quejoso no se hubiera percatado de la situación que denuncia, teniéndose, en consecuencia, que el plazo de prescripción a que se refiere el Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, se ha cumplido sobradamente.

Establece el artículo 101 del precitado Reglamento:

“Artículo 101.—La acción para demandar la responsabilidad por violación al Código de Ética de un agremiado del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos prescribirá en dos años, contados a partir de que la parte afectada tenga conocimiento de los hechos que den lugar a la comisión de la falta, siempre y cuando demuestre que no estuvo en posibilidad razonable de haberse enterado de su comisión”.

Por su parte, el artículo 102 del mismo cuerpo normativo, señala:

“Artículo 102.—Si la Subdirección de Fiscalía o el Tribunal de Honor llegaren a tener conocimiento de que la parte afectada sí tuvo el conocimiento debido de los hechos en el momento de su comisión o en otro posterior y no ejercieron oportunamente la acción correspondiente ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, procederán a declarar prescrita la acción disciplinaria y ordenarán su archivo”.

“La decisión de la Subdirección de Fiscalía o el Tribunal de Honor serán consultadas a la Junta Directiva General, quien podrá confirmar la decisión u ordenar la continuación de la causa, mediante resolución debidamente fundada. En caso de que la Junta Directiva General no se pronuncie sobre la consulta en el plazo de 30 días hábiles, se entenderá que existe aprobación tácita de la decisión”.

Por lo anteriormente expuesto, en aras de la economía procesal y sin perjuicio de que se debe tomar las medidas tendientes a corregir los precitados planos que contienen información incorrecta, el Departamento de Régimen Disciplinario considera que no es necesario continuar con la siguiente etapa del proceso, dado que no existe interés actual; razón por la cual recomienda a la Junta Directiva General establecer la declaratoria de prescripción y, en consecuencia, archivar el expediente.

Por lo tanto se acuerda:

Acoger lo recomendado por el Departamento Régimen Disciplinario, de archivar el expediente Nº 111-05 de denuncia interpuesta en contra del TTC Freddy Bonilla Poltronieri TTC-2314 y del AA Eduardo González Chacón AA-0034, en virtud de la prescripción de la causa.

Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General. 

Contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de dos meses contados a partir de la notificación a la presente resolución, según se dispone en el artículo 31 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y Civil de Hacienda.  Igualmente, se podrá acudir directamente ante la jurisdicción indicada, sin agotar la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por la Sala Constitucional, en el voto N° 06-3669, de 15 de marzo de 2006.

b.  Resolución tomada según el acuerdo Nº 35 por esta Junta Directiva General en sesión Nº 14-06/07-G.E. de la denuncia interpuesta por el CFIA y el Sr. Rafael Ángel Cervantes en contra de las empresas CCM Asociados S. A. CC-2253 y Constructora y Desarrolladora de Condominios CCM S. A., por cuanto no ha sido posible notificarlos.

Acuerdo Nº 35

a.   Acoger lo recomendado por el Departamento Régimen Disciplinario  en su oficio Nº 0163-2007-DRD, de integrar un Tribunal de Honor en el expediente Nº 30-05 de  denuncia interpuesta por el C.F.I.A. en contra de las empresas CCM Asociados S.A. CC-2253 y Constructora y Desarrolladora de Condominios CCM, S.A. CC-02635., por presunta inobservancia de la siguiente normativa:

Ley Orgánica del Colegio Federado:  artículo 8 a).

Reglamento Interior General: artículo 53.

Código de Ėtica Profesional: artículos 1, 2, 3, 5.

b.  El Tribunal de Honor para las empresas CCM Asociados S. A. y Constructora y Desarrolladora de Condominios CCM, S.A., estará conformado de la siguiente manera: Presidente: Arq. Ricardo Fliman Wurgaft, Secretario: Arq. Jorge Araya Molina,  Coordinador:  Arq. Francisco Castillo Camacho y Suplente: Arq. Rolando Moya Troyo.

c.   El Arq. Fliman Wurgaft sustituirá al Director Ejecutivo, de conformidad con lo establecido en el artículo Nº78 del Reglamento Interior General del C.F.I.A.

d.  El Tribunal de Honor podrá contar con asesoría legal para cualquier fase del procedimiento.

Contra la anterior resolución cabe el recurso de revocatoria ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de tres días contados a partir de la notificación a la presente resolución, según se dispone en el artículo 345 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.

Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—(O. C. 5491).—C-238050.—(78113).

UNIVERSIDAD METROPOLITANA CASTRO CARAZO

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Metropolitana Castro Carazo, se ha presentado solicitud de reposición de título, por motivo de haberse extraviado el documento correspondiente al título de Maestría en Administración Educativa, registrado en el control de emisiones de títulos en el tomo 1, folio 66, asiento 1368, con fecha 2 del mes de junio de 2001, a nombre de Villarreal González Ana Yansi, cédula de identidad cuatro-noventa y siete-dos mil diez (4-97-2010). Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los 15 días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José, a los 3 días del mes de setiembre del 2007.—MBA. Javier Sánchez Corrales, Rector.—(78443).

Jerry Creen Nelson, cédula 7-091-040, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Acta, Mayor e Inventario Balance. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Limón, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este anuncio.—Jerry Creen Nelson.—(78449).

PROMOTORA DE INVERSIONES ROALDI S. A.

Promotora de Inversiones Roaldi S. A., cédula jurídica 3-101-135519, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Registro de Socios (1); Asamblea de Socios (1); Actas de Consejo de Administración (1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Rommel Porras González, Representante Legal.—(78505).

MARCA C Y M S. A.

Por este medio se hace saber que Marca C Y M S. A., cédula 3-101-3003769, ha solicitado a la Dirección General de Tributación de Puntarenas, trámite de reposición de libros de Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de Accionista, por extravío de los mismos.—Dr. Carlos Luis Varela Bosque.—(78518).

CLÍNICA ODONTOLÓGICA MONTSERRAT

Por este medio se hace saber que Clínica Odontológica Montserrat, cédula 3-101-1777422, ha solicitado a la Dirección General de Tributación de Puntarenas, trámite de reposición de libros de Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de Accionista, por extravío de los mismos.—Dr. Carlos Luis Varela Bosque.—(78519).

ACARIÑO DE MAL PAÍS S. A.

En mi notaría, se ha solicitado la reposición por extravío de los títulos uno y dos de las acciones de la sociedad Cariño de Mal País S. A., cédula jurídica Nº 3-101-142816, dicho extravío fue en las inmediaciones del Aeropuerto Juan Santamaría, Alajuela. Oposiciones las atenderé en mi notaría en avenida central, calle veinticinco, número veintiocho N.—San José, 10 de setiembre del 2007.—Lic. Eleazar Duarte Briones, Notario.—(79162).

FINCA CÓBANO SIETE RÍO REVENTAZÓN

SOCIEDAD ANÓNIMA

Finca Cóbano Siete Río Reventazón Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y dos mil cuatrocientos ochenta y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los seis libros número uno sean estos: Junta Directiva, Asamblea General, Registro de Accionistas, Mayor, Inventario y Balances y Diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Rafael Ángel Pérez Zumbado, Apoderado Especial.—Nº 43763.—(79459).

AGROPECUARIA PIRRÍS S. A.

Agropecuaria Pirrís S. A., cédula jurídica Nº 3-101-44916, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros número uno de Registro de Accionistas, Asambleas de Socios, Junta Directiva, Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Puntarenas, 10 de setiembre del 2007.—Gerardo Vargas Rojas, Presidente.—Nº 43845.—(79460).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

CORPORACIÓN SILFIDE S. A

Yo, Ronald González Chaves, cédula de identidad número 2-317-159, en mi calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma, hago constar que hemos iniciado la reposición de libros de diario, mayor, inventarios y balances, actas de asamblea de socios, registro de socios, todos en su volumen segundo de la sociedad denominada Corporación Silfide S. A. cédula jurídica número 3-101-251325, inscrita en la Sección Mercantil al Tomo: mil doscientos trece, folio: doscientos treinta y siete, asiento: doscientos cuarenta y ocho.—Sarchí, 6 de setiembre de 2007.— Ronald González Chaves, Apoderado Generalísimo.—Nº 43961.—(79463).

AEROPARTES GÓMEZ SOCIEDAD ANÓNIMA

Aeropartes Gómez Sociedad Anónima, cédula Jurídica numero 3-101-28045, solicita ante la Dirección General de Tributación, Administración Tributaria de San José, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea General de Socios; Actas de Junta Directiva; Registro de Accionistas; Diario; Mayor e Inventario y Balances. Se solicita la reposición de uno de cada uno de los libros indicados. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 24 de agosto del 2007.—Carlos Alfredo Gómez Gómez.—(79522).

MARLIN NEGRO PESCA DEPORTIVA SOCIEDAD ANÓNIMA

Marlin Negro Pesca Deportiva Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-dos uno seis seis dos ocho, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los siguientes seis libros de actas: uno de Diario, uno Mayor, uno de Inventarios y Balances, uno de Actas de Junta Directiva, uno de Actas de Asamblea General, uno de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Randall Alfred Bombard, Presidente.—(79531).

Gerardo Rojas Alfaro, cédula Nº 9-047-339, solicita ante la Dirección General de Tributación; la reposición de los libros siguientes. Diario, Mayor, Inventario y Balances, tres en total todos número uno. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición, ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de Alajuela; en término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Gerardo Rojas Alfaro, Responsable.—(79585).

MACORI, MAQUINARIA AGRÍCOLA DE COSTA RICA

SOCIEDAD ANÓNIMA

MACORI, Maquinaria Agrícola de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero cuarenta y dos mil novecientos veintiocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los dos libros siguientes: Actas de Junta Directiva y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria DE San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—(79665).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA

DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

El Departamento de Registro certifica que por extravío del título a nombre de Carmen Méndez Castro, cédula de identidad Nº 1-0900-0722, en el grado de Bachillerato en Administración Hotelera, registrado en el tomo: 6, folio: 24, asiento: 520, con fecha dieciocho de octubre de mil novecientos noventa y siete.—San José, 7 de setiembre del 2007.—Departamento de Registro.—Marie Joane Barnett Marenco.—Nº 44273.—(79938).

BAR Y RESTAURANTE ARCO IRIS S. A.

Conforme a disposiciones del Código de Comercio por venta de establecimiento mercantil, se cita acreedores e interesados a fin de hacer valer sus derechos en la venta de Bar y Restaurante Arco Iris S. A., sita en Tamarindo, cantón Santa Cruz de la provincia de Guanacaste, al señor Richard Resnick y compañías relacionadas con este señor, todo dentro de un plazo de quince días. Los interesados podrán, comunicarse y presentar todo documentación en bufete Tarma S. A., sita en barrio Luján del Banco de Costa Rica ciento veinticinco metros al norte, casa dieciséis veintiséis o bien al fax: 223-3251.—Tamarindo, 11 de setiembre del 2007.—Lic. Arnoldo Solano Rodríguez, Notario.—Nº 44274.—(79939).

RENTA DE CARROS ATLÁNTICO SOCIEDAD ANÓNIMA

Renta de Carros Atlántico Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento tres mil quinientos dieciséis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios, en total seis libros de la sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de Limón, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de agosto del 2007.—Lic. Kathya Navarro López, Notaria.—Nº 44136.—(79940).

EMPRESARIOS UNIDOS DEL NORTE S. R. L.

Empresarios Unidos del Norte S. R. L., cédula jurídica tres-ciento dos-ochenta y dos mil treinta y tres-dieciséis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros Diario, Mayor, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Ciudad Quesada, treinta y uno de julio del dos mil siete.—Yadira Alfaro Rojas, Gerente.—Nº 44184.—(79941).

LORENZOS C. R. S. A.

Lorenzos C. R. S. A., cédula jurídica Nº 3-101-323400, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los tres libros contables Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Tania Kissling Jiménez, Representante Legal.—Nº 44200.—(79942).

SOLUCIONES ARQUITECTÓNICAS INGENIERÍA

Y CONSTRUCCIONES SICSA SOCIEDAD ANÓNIMA

Soluciones Arquitectónicas Ingeniería y Construcciones SICSA Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y seis mil trescientos veintisiete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros legales sean estos Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General, Actas de Registro de Accionistas y los libros contables sean estos Mayor, Diario e Inventario y Balance. Quien se considere afectado dirigir oposiciones a la Sección de Legalización de Libros en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del aviso.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Claudio Poma Murialdo Sommaruga, Representante Legal.—Nº 44231.—(79943).

PATATO DE MIRAMAR S. A.

Patato de Miramar S. A., cédula jurídica 3-101-194561, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea General, Actas de Junta Directiva y Registro de Accionistas, así como los libros de Diario, Mayor, Balances e Inventarios Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el término de ocho días a partir de esta publicación, ante el área de Administración y Asistencia al Contribuyente, (Legalización de Libros), Administración Tributaria de Puntarenas.—Puntarenas, 29 de agosto del año 2007.—Pedro Miguel Castro Quesada, cédula 6-112-497, Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Nº 44277.—(79944).

UNIVERSIDAD SANTA LUCÍA

La Universidad Santa Lucía comunica el proceso de reposición del titulo de Administración de Negocios con énfasis en Contaduría Pública, con grado académico de Licenciatura, y a su vez subsanar el error consignado en el segundo apellido el cual en su oportunidad se consignó como “Fiujeam”, siendo lo correcto “Fieujeam”, y que le expidió esta Universidad el día 30 de noviembre de 1997 al señor Óscar Enrique Figueroa Fieujeam, portador de la cédula de identidad número uno- cuatrocientos cuarenta y cuatro-doscientos diecinueve, el cual se encuentra inscrito en el Registro de Títulos de la Universidad Santa Lucía, bajo el tomo 1, folio 21, Nº 512. Lo anterior por habérsele extraviado el mismo y a su vez subsanar el error consignado en el segundo apellido al señor Figueroa Fieujeam. Se comunica a todo aquel que desee manifestar su oposición a esta gestión, que deberá de presentarla por escrito en el plazo máximo de treinta días naturales siguientes a la última publicación de este edicto, ante la oficina de Registro de la Universidad Santa Lucía, ubicada 200 metros al norte y 25 metros al este de la Caja Costarricense de Seguro Social. Publíquese por tres ocasiones consecutivas.—M.Sc. Ligia María Meneses Sanabria, Rectora.—(80039).

BANCO HSBC (COSTA RICA) ANTIGUO BANCO BANEX

Banco HSBC (Costa Rica) antiguo Banco Banex: certificado Nº 01414106227, a nombre de José Luis Acuña Acuña o Melba María de Jesús Lobo Cervantes, moneda: colón. Plazo: 360 días. Fecha de emisión: 26/09/06. Fecha de vencimiento: 26/09/2007. Monto del certificado: ¢3.500.000,00, 4 cupones con fecha de vencimiento trimestral al 26 de cada mes, último pago el 26/09/07.—José Luis Acuña Acuña.—(80045).

AGROINDUSTRIAS EUROPEAS SOCIEDAD ANÓNIMA

Agroindustrias Europeas Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-054130, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balance, Actas de Asamblea, Registro de Accionistas y Actas de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Vivian Rose Troper Maguillasnky, Notaria.—(80079).

TRANSACCIONES COMERCIALES

AYESCRI SOCIEDAD ANÓNIMA

Transacciones Comerciales Ayescri Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-121606, solicita a la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición del I libro de Actas de Registro de Accionistas, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de setiembre del 2007.—Ana Julia Quirós Picado, Representante Legal.—(80136).

Yo, Carlos Eduardo Cascante Bermúdez, mayor, divorciado, ebanista, vecino de barrio San José de Alajuela, con cédula de identidad Nº 1-393-404, solicito ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los siguientes libros contables: Diario Nº 1, Mayor Nº 1 e Inventarios y Balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Carlos Eduardo Cascante Bermúdez, Solicitante.—(80155).

AGROINDUSTRIAL LAS MELLIZAS SOCIEDAD ANÓNIMA

Agroindustrial Las Mellizas Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-053336, solicito ante Tributación Directa, la reposición de libros: libros de Junta Directiva, Registro de Accionistas, Actas de Asamblea General, Diario, Mayor, e Inventarios y Balances, todos número uno de la sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Dirección General de Tributación Directa, Sección de Autorización y Legalización de Libros.—San José, 9 de agosto del 2007.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—Nº 44340.—(80447).

EL ÁGUILA DORADA DEL NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

El Águila Dorada del Norte Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres ciento uno-ciento cincuenta y dos mil ciento cuarenta y dos, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de tres libros, el de Actas de Registro de Accionistas, El de Actas de Asambleas Generales y el de Actas de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, tres de setiembre del año dos mil siete.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—Nº 44364.—(80448).

INTERIMBE S. A.

Interimbe S. A., cédula jurídica Nº 3-101-112763, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de libros) de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—Nº 44396.—(80449).

INVERSIONES CAMUR S. A.

Inversiones Camur S. A., cédula jurídica Nº 3-101-088866, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de libros) de la Administración Tributaria de San José en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—Nº 44397.—(80450).

DEMOSCOPIA S. A.

Demoscopia S. A., cédula jurídica Nº 3-101-104126-11, domiciliada en Curridabat de San José, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición por robo de los seis únicos libros: Mayor, Diario, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea General, Actas de Junta Directiva y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de setiembre del 2007.—Lic. Zaida Rodríguez Muñoz, Notaria.—(80491).

GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora Rita Ángela Ledezma González, cédula Nº 2-231-846, ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de su certificado CPH Nº 100-301-1111972923 por ¢75.787,64, con fecha de vencimiento 11/11/2007, y cupones Nos. 05 y 06 de ¢442,20 c/u, el primero con fecha de vencimiento 11/11/ 2007, y el segundo con fecha de vencimiento 11/11/2007.—San José, 12 de setiembre del 2007.—Lic. Luis Carlos Morales Peña, Representante.—(80509).

VARGAS VILLAGRA S.R.L.

Vargas Villagra S.R.L., cédula jurídica Nº 3-102-137879, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes cuatro libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asambleas de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 13 de setiembre del 2007.—Alexis Vargas Villagra.—(80524).

SERVICENTRO SANTA BÁRBARA S. A.

Servicentro Santa Bárbara S. A., cédula jurídica Nº 3-101-097055020, hace saber que por haberle sido sustraídos los libros de contabilidad, está gestionando su reposición legal.—Miguel Miranda Céspedes.—(80526).

DISEÑO, CONFECCIÓN Y MANTENIMIENTO

DE JARDINES SOCIEDAD ANÓNIMA

Diseño, Confección y Mantenimiento de Jardines Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta mil novecientos veintiocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Alonso Calvo Pardo, Notario.—(80534).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

Se informa a las autoridades judiciales, administrativas, notariales y al público en general el fallecimiento de los siguientes agremiados (as):

Lic. Jesús María Rojas Vargas                         25 de julio de 2006

Lic. Rafael Ángel Calderón Moraleso             05 de marzo de 2007

Lic. Luis Carlos Trejos Escalante                   21 de marzo de 2007

Lic. Francisco Morelli Cozza                         25 de julio de 2007

Lic. Serafín Saravia Prado                              30 de junio de 2007

Lic. Ana Cristina Sáenz Aguilar                     01 de julio de 2007

Lic. Mario Eduardo Barrantes Céspedes         27 de julio de 2007

Lic. Álvaro Jovino Brenes Álvarez                02 de agosto de 2007

Lic. Jorge Alberto Molina Quirós                   02 de agosto de 2007

Lic. Gerardo González González                    14 de agosto de 2007

Zapote, 10 de setiembre del 2007.—Lic. José Luis Meneses Rímola, Director Ejecutivo.—Oficina de Proveeduría.—Esteban Ocampo Zamora.—1 vez.—(O. C. Nº 6173).—C-7280.—(79641).

ASOCIACIÓN DE LA MUJER Y LA FAMILIA

DE BARRIO FÁTIMA DE DAMAS

Yo, Zaida Espinoza Montero, portadora de la cédula de identidad número seis-ciento sesenta y seis-ochocientos cincuenta y seis, en mi calidad de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la Asociación de la Mujer y la Familia de Barrio Fátima de Damas, inscrita en el Registro de Asociaciones bajo el expediente número diez mil trescientos once, con cédula de persona jurídica número tres-cero cero dos-dos tres tres cero cinco cero, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición del Libro de Asamblea General, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—12 de setiembre del 2007.—Zaida Espinoza Montero, Presidenta.—1 vez.—Nº 44327.—(80445).

FEDERACIÓN COSTARRICENSE DE TENIS DE MESA

El suscrito, Alexander Zamora Gómez, cédula de identidad número uno-setecientos uno-cuatrocientos ochenta, en mi condición de presidente de la Federación Costarricense de Tenis de Mesa, con cédula jurídica número 3-002-056136, expediente número diez mil quinientos catorce manifiesto que se está tramitando ante el Departamento de Asociaciones la reposición del libro de Junta Directiva número 1. Quien se considere afectado podrá dirigir las oposiciones, ante el Departamento de Asociaciones del Registro Nacional, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación de este aviso.—San José, 4 de setiembre del 2007.—Alexander Zamora Gómez, Presidente.—1 vez.—Nº 44571.—(80446).

Hoy ante esta Notaría, se protocolizaron las actas de las asambleas generales extraordinarias de accionistas de las sociedades denominadas Bicsa VPB Sociedad Anónima, Bicsacard S. A., Bicsa C.R. S.A., y Bicsa Servicios S. A., en las que se aprobó en firme la disminución de los capitales sociales de esas sociedades y se acordó la fusión de las citadas cuatro sociedades prevaleciendo Bicsa Servicios S. A., la cual estará domiciliada en San José, Sabana Norte, edificio Torre La Sabana, cuarto piso; tendrá un capital social de diez millones de colones y su plazo social vencerá el día veintiséis de febrero del dos mil ochenta y ocho.—San José, 27 de marzo del 2007.—Lic. Gustavo Adolfo Sauma Fernández, Notario.—Nº 43618.—(78790).                   2 v. 2.

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por escritura numero cuatrocientos dos, otorgada ante esta notaría a las 09:00 horas del día 24 de julio del presente año, visible a folio ciento setenta y uno frente del tomo nueve, se protocoliza el acta número dos de la asamblea general extraordinaria de Corporación XFIHT Jeans Sociedad Anónima, mediante el cual se reforman las cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—Heredia, 24 de julio del 2007.—Lic. Oldemar Sing Ávila, Notario.—Nº 43760.—(79266).

Angelina Gerena y Sonia Elizabeth Cortez, constituyen sociedad denominada A. B. S. L. Group S. A. Con domicilio social en Heredia, San Isidro, de la Cadena de Detallistas veinticinco metros al oeste. Con un capital social de diez mil colones exactos. Corresponde a la presidenta la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de representante y apoderada generalísima sin limitación de suma.—San Isidro de Heredia, diez horas del seis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Gabriela Oviedo Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 43574.—(78979).

Ante mí, Víctor Hugo González Vargas, notario público se constituyó en fecha de las ocho horas del diecinueve de julio del dos mil siete, una sociedad anónima que utilizará como denominación social el número de cédula de persona jurídica asignado al momento de su inscripción. La denominación social de esta sociedad se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J.—Palmares, siete de setiembre del dos mil siete.—Lic. Víctor Hugo González Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 43575.—(78980).

Por escritura número doscientos dieciséis, se constituyó la empresa denominada Caprichos Torrealba B & G de Costa Rica Sociedad Anónima. Nombramientos, presidente, secretario y tesorero, apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: quince mil colones. Es todo.—Lic. Oldemar Vargas Machado, Notario.—1 vez.—Nº 43576.—(78981).

Francisco Javier Morice Castro y Jéssica Larios Flores constituyen Glass Company Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante la notaria Gabriela Rodríguez Méndez en San José, a las trece horas del seis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 43578.—(78982).

Francisco Javier Morice Castro y Jéssica Larios Flores constituyen Steel Capital Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante la notaria Gabriela Rodríguez Méndez en San José, a las catorce horas del seis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 43579.—(78983).

Francisco Javier Morice Castro y Jéssica Larios Flores constituyen Sea Land Investments Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante la notaria Gabriela Rodríguez Méndez en San José, a las diez horas del seis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 43580.—(78984).

Francisco Javier Morice Castro y Jéssica Larios Flores constituyen Coin Investments Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante la notaria Gabriela Rodríguez Méndez en San José, a las nueve horas del seis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 43581.—(78985).

Francisco Javier Morice Castro y Jéssica Larios Flores constituyen First Holdings Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante notaria Gabriela Rodríguez Méndez en San José, a las doce horas del seis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 43582.—(78986).

Los señores William Enrique Giralt Fallas; Rodolfo José Shadid Muñoz, Cristóbal Calderón Peñaranda, y Enrique Javier Torres Estrada, constituyen la sociedad denominada Orquesta Son Mayor de Costa Rica S. A. Domicilio: Vázquez de Coronado. Plazo: 99 años a partir del 5 de setiembre del 2007. Capital social: ¢20.000,00, íntegramente suscrito y pagado. Administración: presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial y con facultades de apoderados generalísimos sin límites de suma, actuando conjunta. Escritura otorgada a las 20:00 horas del 5 de setiembre del 2007.—Lic. Gabelo Rodríguez Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 43584.—(78987).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta asamblea general extraordinaria de Constructora Pinar del Río Sociedad Anónima. Capital social: setenta y cinco millones de colones. Domicilio social: Guachipelín, Escazú, Centro Comercial Plaza Loma Real, oficina número ocho.—San José, a las quince horas del seis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 43583.—(78988).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del primero de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Importaciones Alberto Mora Jiménez Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: Alberto Mora Jiménez, actuando como representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, a las siete horas del dos de setiembre del dos mil siete.—Lic. Jannyn Chacón Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 43586.—(78989).

Francisco Javier Morice Castro y Jéssica Larios Flores constituyen Sun Holdings Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante la notaria Gabriela Rodríguez Méndez en San José, a las once horas del seis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 43587.—(78990).

Francisco Javier Morice Castro y Jéssica Larios Flores constituyen First Wood Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante la notaria Gabriela Rodríguez Méndez en San José, a las ocho horas del seis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 43588.—(78991).

Francisco Javier Morice Castro y Jéssica Larios Flores constituyen Moon Financial Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante la notaria Gabriela Rodríguez Méndez en San José, a las quince horas del seis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 43589.—(78992).

Ante esta notaría, a las diez horas del treinta de agosto del dos mil siete, se nombró la junta directiva de la Asociación de Caballistas de Aguirre. Presidenta: Magda Hernández Fernández.—Quepos, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Giovanni Ruiz Mata, Notario.—1 vez.—Nº 43590.—(78993).

Por escritura otorgada a las 10:30 horas del 8 de agosto del 2007, se constituyó la sociedad T-Co Colors S. A. Domicilio: Escazú. Capital: diez mil colones. Plazo: 99 años, a partir de su constitución. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 3 de setiembre del dos mil siete.—Lic. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—Nº 43591.—(78994).

Francisco Javier Morice Castro y Jéssica Larios Flores constituyen Capital Diamond Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante la notaria Gabriela Rodríguez Méndez en San José, a las ocho horas del tres de setiembre del dos mil siete.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 43592.—(78995).

Mediante escritura otorgada por el notario Alfonso Bolaños Fernández, a las 14:00 horas del 6 de julio del 2007, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma: los señores Oscar Oviedo Alfaro y Marcos Oviedo Rojas. Capital: suscrito y pago totalmente.—Grecia, 13 de julio del 2007.—Lic. Alfonso G. Bolaños Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 43593.—(78996).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del cinco de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Axelerate Solutions Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: Regis Bridon. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Mariela Briceño Nelson, Notaria.—1 vez.—Nº 43594.—(78997).

Mediante escritura de las once horas y treinta minutos del seis de setiembre del dos mil siete, Mauricio Quirós León y José Luis Quirós Corella, constituyen la sociedad Comercializadora Quirós JLM S. A. Presidente el segundo. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones representado por cuatro acciones comunes y nominativas de veinticinco mil colones cada una. Objeto principal: el ejercicio del comercio, la industria, la agricultura y la ganadería en general, etc.—Calle Blancos de Goicoechea, siete de setiembre del dos mil siete.—Lic. María Lucrecia Loaiza Chinchilla, Notaria.—1 vez.—Nº 43595.—(78998).

Mediante escritura de las diez horas del cinco de setiembre del dos mil siete, Mauricio Quirós León y Lobsang León Rodríguez, constituyen la sociedad Equilibrium Comercial del Norte S. A. Presidente el primero. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Objeto principal: el ejercicio del comercio, la industria, la agricultura y la ganadería en general, etc.—Calle Blancos de Goicoechea, siete de setiembre del dos mil siete.—Lic. María Lucrecia Loaiza Chinchilla, Notaria.—1 vez.—Nº 43596.—(78999).

Por escritura otorgada hoy, ante mi notaría en esta ciudad, a las doce horas del cinco de setiembre del dos mil siete, Gustavo López Tapia, constituye Dasofy Consultores Sociedad Anónima. Domicilio: Pérez Zeledón, San Isidro de El General. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Gustavo López Tapia.—Pérez Zeledón, trece horas del cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Carlos Luis Quesada Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 43597.—(79000).

Por escritura otorgada hoy ante mi notaría, en esta ciudad, a las doce horas del cinco de setiembre del dos mil siete, Gustavo López Tapia, constituye Grupo López y Oviedo Sociedad Anónima. Domicilio: Pérez Zeledón, San Isidro de El General. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años, a partir de esta fecha. Presidente: Gustavo López Tapia.—Pérez Zeledón, catorce horas del cinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Carlos Luis Quesada Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 43598.—(79001).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyó Intermediación Marketing y Ventas.—San Pablo de Heredia, 7 de setiembre del 2007.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 43599.—(79002).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del día de hoy, se constituyeron las sociedades Elmo From Bryn Athyn Sociedad Anónima, James From Bryn Athyn Sociedad Anónima, Kenneth From Bryn Athyn Sociedad Anónima y Raymond From Bryn Athyn Sociedad Anónima. Captad social: diez mil colones.—San José, seis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 43600.—(79003).

Por escritura otorgada ante mí se constituye Condominio Ocotal K. S. Q. Sociedad Anónima. Presidente: Klaus Steinmetz Quirós. Capital social: diez mil colones. Domicilio: en Santa Ana de Belén, Carrillo, Guanacaste, costado oeste de la plaza de fútbol.—Liberia, 12 de julio del 2007.—Lic. Julieta Elizondo Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 43601.—(79004).

Por escritura  otorgada  ante  mí se  constituye  Calles de Sardinal K y F Sociedad Anónima. Presidente: Klaus Steinmetz Quirós. Capital social: diez mil colones. Domicilio: en Santa Ana de Belén, Carrillo, Guanacaste, costado oeste de la plaza de fútbol.—Liberia, 12 de julio del 2007.—Lic. Julieta Elizondo Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 43602.—(79005).

Mediante escritura Nº 36 de las 18:30 horas del 18 de abril del 2006, ante la notaría de la licenciada Paula Vanessa Chavarría Bolaños, se constituyó la entidad Corporación Araminta Ciento Dos Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Domicilio social: San José.—Heredia, 24 de agosto del 2007.—Lic. Paula Vanessa Chavarría Bolaños, Notaria.—1 vez.—Nº 43740.—(79103).

Al ser las ocho horas del siete de setiembre del año dos mil siete ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima El Compresor Lizano Sociedad Anónima, cuyo principal objetivo son bienes raíces y comercio en general, su domicilio será la ciudad de San José, Sabana Sur. El plazo social es de noventa y nueve años a partir de esta fecha. El presidente tendrá representación judicial y extrajudicial en forma conjunta, el capital social es la suma de diez mil colones, representadas por diez acciones de mil colones cada una suscritas y pagadas en dinero efectivo.—Lic. Marta Fernández Cabalceta, Notaria.—1 vez.—Nº 43742.—(79104).

Ante la suscrita notaria, se constituye Inversiones Gare B.J. del Sur Sociedad Anónima. Capital social: cien mil cotones exactos, representado por cien acciones de mil colones exactos cada una. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio social: El Ceibo de Corredores Puntarenas, del hogar de ancianos ciento cincuenta metros sur. Presidente: Giovanni Borbón Jiménez.—Ciudad Neily, a las once horas del siete de setiembre del dos mil siete.—Lic. Zeidy Cruz Castañeda, Notaria.—1 vez.—Nº 43746.—(79105).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas de hoy, se constituyó la compañía SPX Ocho Mil Siete Sociedad Anónima.—San José, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Ligia María Zúñiga Urrutia, Notaria.—1 vez.—Nº 43748.—(79106).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas de hoy, se constituyó la compañía DCX Ocho Mil Siete Sociedad Anónima.—San José, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Ligia María Zúñiga Urrutia, Notaria.—1 vez.—Nº 43749.—(79107).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario público German Serrano García, al ser las 14:30 horas del día 6 de setiembre del 2007, se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo de CSS Internacional de Costa Rica Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva.—San José, 6 de setiembre del 2007.—Lic. German Serrano García, Notario.—1 vez.—Nº 43750.—(79108).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día veintiocho de agosto del dos mil siete, se acuerda adicionar escritura de esta notaría número ciento setenta y uno de las diez horas del primero de agosto del dos mil siete primero: variar la cláusula sexta del pacto constitutivo de J.V.C Agroindustrial Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-173880, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público, al tomo 901, folio 235, asiento 345, para ampliar nombramiento  de junta directiva y fiscal a veinte años. Segundo: se deja sin efecto la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Lic. Jorge Ruiz González, Notario.—1 vez.—Nº 43751.—(79109).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:30 horas del 4 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Campos Coronados de Sámara CC Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial.—Nicoya, 4 de setiembre del 2007.—Msc. Jesús Jiménez García, Notario.—1 vez.—Nº 43753.—(79110).

Por escritura número doscientos uno-dos de las diez horas del veintitrés de agosto del dos mil siete, se constituyó La Sonrisa del Amanecer S. A. Presidente: Fernando Alberto Gamboa Calvo. Plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones.—San Isidro de El General, 4 de setiembre del 2007.—Lic. Gerardo Jesús Zúñiga Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 43543.—(79111).

Por escritura pública otorgada ante este notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del tres de setiembre del dos mil siete, que es la número dieciocho, visible al folio veintidós frente del tomo veintiuno de mi protocolo, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación es Autodecoración Heredia Sociedad Anónima. Domicilio social: San Pablo de Heredia, cincuenta metros al norte del Colegio. Objeto social: el comercio, la industria, la agricultura, la ganadería y servicios en general. Capital social: cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Presidenta: Lisbeth María Mora Rubí.—Heredia, 7 de setiembre del 2007.—Lic. Hannia Solís Brenes, Notaria.—1 vez.—(79115).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día siete de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Evergreen Realty Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, plazo social noventa y nueve años, el presidente y secretario tienen la representación judicial y extrajudicial en forma conjunta.—San José, 7 de setiembre del 2007.—Lic. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—(79118).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día seis de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Inversiones ROFASAC Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, plazo social noventa y nueve años, el presidente tiene la representación judicial y extrajudicial en forma conjunta.—San José, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Dunnia Monge Torres, Notaria.—1 vez.—(79119).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:30 horas del 7 de setiembre del 2007, se constituye J Y J Electromecánica Sociedad Anónima. Presidente: Danny José Jiménez Vega, capital suscrito y pagado. Domicilio: Alajuela, objeto: comercio, industrias, finanzas, agricultura, ganadería, prestación de servicios en general. Plazo: 99 años.—Lic. Lilibeth Gómez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(79122).

En la protocolización de actas de la empresa Ralex Cool Carrier en español Ralex Frío Transportador Sociedad Anónima por unanimidad se acuerda: A) Se realiza cambio de junta directiva.—San José, 7 de setiembre del 2007.—Lic. Cristian Soto Mora, Notario.—1 vez.—(79129).

En la protocolización de actas de la empresa Ralex Cool Carrier en español Ralex Frío Transportador Sociedad Anónima, por unanimidad se acuerda: A) Modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad: Sexta del capital social y de las acciones.—San José, 7 de setiembre del 2007.—Lic. Cristian Soto Mora, Notario.—1 vez.—(79130).

Mediante escritura autorizada por mí, a las ocho horas del seis de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Península Papagayo Property Rental Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones y con domicilio en San José, Escazú, San Rafael. Corresponde a todos los miembros de la junta directiva la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1 vez.—(79133).

Por escritura número ochenta y siete-nueve, celebrada en el tomo nueve del protocolo del suscrito notario José Joaquín Herrera Arias, a las ocho horas del cuatro de setiembre del año dos mil siete, se protocolizó la constitución de la sociedad denominada La Propiedad de Marco Sociedad Anónima, en la que se nombra junta directiva. Así mismo se solicita la cédula jurídica.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—1 vez.—(79134).

Por escritura número ochenta y nueve-nueve, celebrada en el tomo nueve del protocolo del suscrito notario José Joaquín Herrera Arias, a las ocho horas del seis de setiembre del año dos mil siete, se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Transportes Hemu Sociedad Anónima, en la que se nombra junta directiva. Así mismo se solicita la cédula jurídica.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—1 vez.—(79135).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del día seis de setiembre del dos mil siete, Alan Alter Montvelisky y Marisa Montvelisky Karolicky, constituyen una sociedad anónima denominada Samba Corp Sociedad Anónima.—San José, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(79138).

En escritura otorgada en mi notaría, se constituyeron diez sociedades anónimas cuyos nombres serán asignados por el Registro de Personas Jurídicas, de conformidad con el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis.—San José, 10 de setiembre del 2007.—Lic. Eleazar Duarte Briones, Notario.—1 vez.—(79164).

Ante el suscrito notario público y mediante escritura pública número ciento noventa y uno otorgada a las ocho horas del día diez de setiembre del año dos mil siete, se apersonaron los señores Luis Alonso León Muñoz y Luis Alonso Madrigal Delgado, para constituir la sociedad denominada Inmobiliaria Kairos de Oriente Sociedad Anónima. Se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 10 de setiembre del 2007.—Lic. Yuri Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—(79168).

Ante el suscrito notario público y mediante escritura pública número ciento noventa y dos, otorgada a las ocho horas con treinta minutos del día diez de setiembre del año dos mil siete, se apersonaron los señores Luis Alonso León Muñoz y Luis Alonso Madrigal Delgado, para constituir la sociedad denominada Corporación Hileos del Cielo Sociedad Anónima. Se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 10 de setiembre del 2007.—Lic. Yuri Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—(79173).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Intelligent Solutions ID Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Augusto Rojas Zamora. Objeto: servicios de informática y comercio en general. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Gustavo Arían Sánchez Masís, Notario.—1 vez.—(79176).

Por escritura número sesenta y tres de las diez horas del treinta y uno de agosto del dos mil siete, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Almatret Sociedad Anónima, mediante las cuales se modificó la totalidad del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 3 de setiembre del 2007.—Lic. Silvia Marcela Chaves Delgado, Notaria.—1 vez.—(79178).

Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, notaría pública con oficina abierta en San José, se reformó el domicilio social y la administración de Distribuidora de Artículos Para Niños S. A., cédula jurídica Nº 3-101-020515, lo anterior a las doce horas del veinticinco de julio del dos mil siete. Es todo.—San José..—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—(79186).

He constituido la sociedad anónima denominada Costa Rica City Tri Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones exactos, por un plazo social de noventa y nueve años, en donde figura como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando individualmente, el señor Álvaro Jiménez Montero.—Puntarenas, 10 de setiembre del 2007.—Lic. Roy Quesada Rodríguez, Notario.—1 vez.—(79188).

El día de hoy protocolice acta de asamblea de socios de Rayniño  S. A., mediante la cual se modifica la cláusula quinta del capital social aumentándose el mismo.—San José, a las 13:00 horas del 10 de setiembre del 2007.—Lic. Juan Carlos Esquivel Favareto, Notario.—1 vez.—(79190).

Por escritura de las once horas quince minutos del cinco de setiembre del dos mil siete, se protocoliza acuerdo que reforma las cláusulas segunda y octava de los estatutos de Bienes y Servicios Fritilliaria de Guanacaste S. A. y se nombran presidente, secretario, tesorero y agente residente.—Liberia, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—(79256).

Ante esta notaría, Huber Geovany Aldana Tobar y Dilma Soemy Salazar Aragón, por escritura número doscientos seis- tres, otorgada a las diez horas treinta minutos del seis de setiembre del dos mil siete, constituyeron una sociedad anónima, cuya denominación social se ajusta a lo dispuesto en el artículo dos del decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, capital social: doce mil colones, plazo: cien años.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—(79257).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las catorce horas del día veintiocho del agosto del dos mil siete, se constituye la sociedad denominada de acuerdo al decreto número tres tres uno siete uno - J publicado en La Gaceta el catorce de junio del año dos mil seis. Domicilio: El domicilio social será en la ciudad de San José, Sabana Sur, de la Contraloría, setecientos metros al sur, edificio María Fernanda, número nueve. Presidente: Óscar Mario Lizano Quesada.—San José, al ser quince horas del día diez de setiembre del dos mil siete.—Lic. Randall González Valverde, Notario.—1 vez.—(79259).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las catorce horas del día siete de agosto del dos mil siete, se constituye la sociedad denominada de acuerdo al decreto número tres tres uno siete uno-J publicado en La Gaceta el catorce de junio del año dos mil seis. Domicilio: el domicilio social será en la ciudad de San José, Santa Ana, de Aldeas S.O.S. cien metros al este, casa color papaya a mano derecha. Presidente: Rodolfo González Jiménez.—San José, al ser las ocho horas del día veinticuatro de agosto del dos mil siete.—Lic. Óscar Mario Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—(79260).

Por escritura otorgada ante esta notaría al ser las catorce horas del día veintiocho de agosto del dos mil siete, se constituye la sociedad denominada de acuerdo al decreto número tres tres uno siete uno - J publicado en La Gaceta el catorce de junio del año dos mil seis. Domicilio: el domicilio social será en la ciudad de San José, Sabana Sur, de la Contraloría, setecientos metros al sur, edificio María Fernanda, número nueve. Presidente: Óscar Mario Lizano Quesada.—San José, al ser las catorce horas del día diez de setiembre del dos mil siete.—Lic. Randall González Valverde, Notario.—1 vez.—(79261).

Por escritura número cuarenta y cinco-uno, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, a las diecisiete horas del día diez de setiembre del año dos mil siete, se reforma la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad y se nombra dos gerentes y agente residente de la compañía Tierra Inca Ltda.San José, 10 de setiembre del 2007.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—(79263).

Protocolización de acta de la compañía Grupo Verdesol S. A., según la cual se reforma la cláusula décima del pacto social constitutivo y se hacen nombramientos en la junta directiva.—San José, 20 de julio del 2007.—Lic. Vera Violeta Jiménez Roldán, Notaria.—1 vez.—Nº 43758.—(79264).

Ante  esta  notaría  se constituyó  la sociedad Rimo Profesionales S. A., capital social diez mil colones. Presidente: Luis Fernando Rivera Pereira, secretario: César Alberto Londoño Rojas.—San José, 7 de setiembre del 2007.—Lic. Sergio Rodríguez Garita, Notario.—1 vez.—Nº 43759.—(79265).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Camarón que se Duerme Se lo lleva la Corriente Sociedad Anónima, con domicilio de la sociedad será en la provincia de Guanacaste distrito y cantón primero de la provincia de Guanacaste. El capital social será por la suma de cien mil colones representada por diez acciones comunes y nominativas.—Liberia, 3 de agosto del 2007.—Lic. Ana Isabel Campos Sáenz, Notaria.—1 vez.—Nº 43761.—(79267).

NOTIFICACIONES

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Resolución D.Jur 710-2007.—Al ser las doce horas con treinta minutos del día once del mes de julio del año dos mil siete. Se conoce solicitud de inclusión de movimientos migratorios presentado por el señor Erick Huete Gutiérrez, de nacionalidad nicaragüense portador del pasaporte número 62462. Mediante resolución de esta Dirección General número D. Jur 842-2005-pbv-wvm, notificada desde el 21 de setiembre de 2005 todo lo cual consta a folio 06 del expediente administrativo se le previno que en el plazo improrrogable de 10 días presentara requisitos necesarios para resolver su gestión, sin que a la fecha haya cumplido, siendo procedente el rechazo y archivo de la solicitud de interés. Notifíquese.—Lic. Mario Zamora Cordero, Director General.—(Solicitud Nº 45936).—C-18170.—(79564).

SEGURIDAD PÚBLICA

DEPARTAMENTO DISCIPLINARIO LEGAL

SECCIÓN DE INSPECCIÓN POLICIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Auto de apertura de causa administrativa disciplinaria Nº 449-IP-07.—San José, a las diez horas del veintinueve de agosto del dos mil siete. De conformidad con lo ordenado en los artículos 211, 214 y 241, siguientes relacionados y concordantes de la Ley General de Administración Pública, 10 de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública, y 1º y 3º del Decreto Ejecutivo Nº 28856-SP, publicado en La Gaceta Nº 163 del día 25 de agosto del 2000, procede este Despacho en esta vía a iniciar procedimiento administrativo ordinario laboral Nº 449-IP-07, en contra del señor Gerardo Rodríguez Morales, cédula de identidad Nº 3-258-842, funcionario de la Policía de Proximidad de Limón, a quien resultó materialmente imposible notificar personalmente por ignorarse su actual domicilio, a efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria que le pueda caber por los hechos que se le imputan, a saber: Supuesto ausentismo laboral a partir del 12 de marzo del 2007; lo cual, en caso de comprobarse, podría generar el despido por causa justificada y la correspondiente compulsión al pago del salario equivalente a las jornadas no laboradas. Para los anteriores efectos, recávese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndosele saber al referido encartado que este Órgano Director ha ordenado realizar una audiencia oral y privada, a celebrarse en la Sección de Inspección Policial del Ministerio de Seguridad Pública, ubicada en el tercer piso del Módulo Valverde Vega, frente al Colegio Castro Madriz, Barrio Córdoba de esta Capital, a partir de las 08:30 horas del decimoquinto día hábil contado a partir de la tercera publicación del presente acto, en donde será atendido por el licenciado José luis Araya Leandro, abogado asignado al caso, para tal efecto. Dicho inculpado deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado de su elección durante todo el proceso. En tal sentido se le hace saber al aludido inculpado que dicha comparecencia será el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba y los alegatos pertinentes; pudiendo aportar prueba escrita con antelación a dicha comparecencia. Asimismo se le hace de su conocimiento que en contra de ésta resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en subsidio, a interponer ante el Órgano Director que dicta ésta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la tercera publicación de este acto. Se le advierte igualmente al señor Rodríguez Morales, que debe señalar lugar o medio en donde atender futuras notificaciones, caso contrario se le tendrán por notificadas las resoluciones emitidas por este Despacho con el solo transcurso de 24 horas. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y fotocopiada en este Despacho en días y horas hábiles a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para éste Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado, de la información que aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Lic. Leticia Loría Gutiérrez, Jefa a. í.—(Solicitud Nº 13594).—C-79945.—(79565).

Auto de apertura de causa administrativa disciplinaria Nº 901-IP-07.—San José, a las nueve horas con treinta minutos del treinta de agosto del dos mil siete. De conformidad con lo ordenado en los artículos 211, 214 y 241, siguientes relacionados y concordantes de la Ley General de Administración Pública, 10 de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública, y 1º y 3º del Decreto Ejecutivo Nº 28856-SP, publicado en La Gaceta Nº 163 del día 25 de agosto del 2000, procede este Despacho en esta vía a iniciar procedimiento administrativo ordinario laboral Nº 901-IP-07, en contra de del señor Francisco Cabezas Ramírez, cédula de identidad Nº 2-299-607, funcionario de la Policía de Proximidad de Grecia, a quien resultó materialmente imposible notificar personalmente por ignorarse su actual domicilio, a efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria que le pueda caber por los hechos que se le imputan, a saber: Supuestas ausencias laborales los días 6, 8, 14, 17, 21, 22 de junio del 2007; y supuesto ausentismo laboral a partir del 26 de junio del 2007; lo cual, en caso de comprobarse, podría generar el despido por causa justificada y la correspondiente compulsión al pago del salario equivalente a las jornadas no laboradas. Para los anteriores efectos, recávese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndosele saber al referido encartado que este Órgano Director ha ordenado realizar una audiencia oral y privada, a celebrarse en la Sección de Inspección Policial del Ministerio de Seguridad Pública, ubicada en el tercer piso del Módulo Valverde Vega, frente al Colegio Castro Madriz, Barrio Córdoba de esta Capital, a partir de las 10:30 horas del decimoquinto día hábil contado a partir de la tercera publicación del presente acto, en donde será atendido por el licenciado José Luis Araya Leandro, abogado asignado al caso, para tal efecto. Dicho inculpado deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado de su elección durante todo el proceso. En tal sentido se le hace saber al aludido inculpado que dicha comparecencia será el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba y los alegatos pertinentes; pudiendo aportar prueba escrita con antelación a dicha comparecencia. Asimismo se le hace de su conocimiento que en contra de ésta resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en subsidio, a interponer ante el Órgano Director que dicta ésta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la tercera publicación de este acto. Se le advierte igualmente al señor Cabezas Ramírez, que debe señalar lugar o medio en donde atender futuras notificaciones, caso contrario se le tendrán por notificadas las resoluciones emitidas por este Despacho con el solo transcurso de 24 horas. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y fotocopiada en este Despacho en días y horas hábiles a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para este Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Lic. Leticia Loría Gutiérrez, Jefa a. í.—(Solicitud Nº 13594).—C-79955.—(79566).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RMT-686 de las diez horas del día 18 de julio del 2007, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-863-2007 de sesión celebrada en San José, a las diez horas del día 20 de diciembre del 2006, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Sánchez Vargas Flor María, cédula de identidad Nº 1-406-749, a partir del día 1º de octubre del 2006; por la suma de sesenta y cinco mil cuatrocientos treinta y cuatro colones con trece céntimos (¢ 65.434,13); mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Francis Zúñiga González, Director.—1 vez.—(80015).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD MUEBLE

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Conoce esta Dirección el oficio sin número de fecha 15 de mayo de los corrientes, suscrito por la Lic. Flora Oviedo Chaves, Subdirectora a. í. del Registro Público de la Propiedad Mueble, en el que informa sobre el traspaso de la embarcación matrícula P-4524, presentado al Diario bajo el tomo 2, asiento 630731 del 11 de marzo de 1996 en el cual se aportó el testimonio de la escritura pública número ciento cuatrocientos cincuenta y ocho, visible al folio ochenta y siete frente, del tomo sexto del protocolo del notario Rubén Chacón Castro, otorgada el 16 de mayo de 1995, mediante la cual el señor Rusel Lee Messenger, pasaporte estadounidense número E1206223, vende al señor Daniel Calvo Castro, cédula de identidad 1-372-634, la embarcación matrícula P-4524, nombre: Papelote, eslora: 10,90 metros, tipo de embarcación: velero, modelo: Ketch, motor: 30226, marca: Kelvin, modelo: P4, serie: 30226, velero de dos mástiles (ketch), año de construcción: 1960, peso bruto: 14,25 toneladas, puntal 2 metros, manga: 3 metros 27 centímetros. No obstante de la información que emana de la base de datos sobre la inscripción de esta embarcación se refleja que el estado tributario es “Debe”, el registrador número 35, procedió el 16 de mayo de 1995 a autorizar la inscripción de ese traspaso, sin exigir la respectiva Nota del Departamento de Exenciones, o en su defecto la cancelación de los tributos correspondientes. Posteriormente y con ocasión del estudio de los documentos presentados bajo el tomo 2007, asiento 18265 del 23 de enero del presente año, la registradora asignada para la calificación de este documento advirtió el error en que se incurrió en la inscripción de traspaso del tomo 2, asiento 630731, asimismo en razón de otros defectos procedió a la cancelación de las citas de presentación del segundo traspaso. Previo a resolver por el fondo la presente diligencia administrativa, en garantía del principio de legalidad, publicidad jurídica que informa el procedimiento registral, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 129 del Reglamento de Organización del Registro Público de la Propiedad Mueble, se ordena practicar una nota de advertencia sobre la embarcación matrícula P-4524, visible en la imagen digitalizada del tomo 2007 asiento 127900. Observando el debido proceso y a efecto que dentro del término que se dirá hagan valer su derecho. Se notifica y concede audiencia hasta por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación del presente edicto a: I). Rusel Lee Messenger, pasaporte estadounidense número E1206223. II). Carlos Humberto Calvo Castro, cédula de identidad 1-557-062, en su condición de albacea de la sucesión del señor Daniel Calvo Castro quien figura como titular registral. Se les previene que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar la dirección exacta de su domicilio u oficina para oír futuras notificaciones de esta Dirección, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las demás resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, de conformidad con lo establecido en los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público Nº 3883, artículos 124 y siguientes del Reglamento de Organización del Registro Público de la Propiedad Mueble. Ref./ Expediente Nº 42-2007. Notifíquese.—San José, 28 de agosto del 2007.—Msc. Mauricio Soley Pérez, Director a. í.—(Solicitud Nº 43837).—C-65360.—(80182).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

DIRECCIÓN REGIÓN ATLÁNTICA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se hace saber a María de los Ángeles Ulate Sánchez, cédula 7-090-931, que se ha iniciado procedimiento administrativo de revocatoria de adjudicación y anulación de título de propiedad en su contra, según expediente administrativo número 342 m, en el cual se ha dictado la resolución que dice: Instituto de Desarrollo Agrario, Dirección Región Huetar Atlántica, Batán, a las catorce horas del día veinticinco de julio del año dos mil siete. Con fundamento en la Ley de Tierras y Colonización número 2825 y sus reformas, Ley del Instituto de Desarrollo Agrario número 6735, el procedimiento indicado en el artículo 36 del Reglamento Autónomo para la Selección de Beneficiarios, el Reglamento Autónomo del Procedimiento Administrativo publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 15 de diciembre de 1995, en la Ley General de la Administración Pública y el Código Procesal Civil, se tiene por establecido el presente proceso administrativo de revocatoria de adjudicación y anulación de título de propiedad, contra María de los Ángeles Ulate Sánchez, cédula 7-090-931, adjudicataria del lote número 32 del Asentamiento Miraflores, inscrito en el Registro Público, partido de Limón Folio Real matrícula Nº 80587-000. De previo a resolver lo que corresponda en las presentes diligencias administrativas, se concede audiencia, por el término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, para que se apersone ante esta Dirección Regional en defensa de sus derechos y ofrezca pruebas de descargo. Se le previene que debe comparecer personalmente y no por medio de apoderado, asimismo que en el mismo acto de la comparecencia o en fecha anterior, en cuyo caso deberá hacerse por escrito, podrán aportarse las pruebas que consideren oportunas y hacer los alegatos que estime pertinentes, so pena de caducidad de tal derecho, y en el entendido de que no le serán recibidos en fecha posterior a la señalada. Se pone en conocimiento de la administrada el expediente administrativo Nº 342 m que contiene los siguientes documentos: Oficio ORB-510-07 y anexos, el cual se encuentra en las oficinas de la Dirección Regional Huetar Atlántica, sita en Batán, Matina, Limón, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, que podrán revisar y fotocopiar dentro del horario normal del Instituto. Se le previene del señalamiento de casa u oficina dentro del perímetro de Batán, donde atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas con el transcurso de 24 horas. Se hace del conocimiento de la administrada que el proceso se instruye por incumplimiento de los artículos 66 y 68, inciso 4), párrafo b), de la Ley de Tierras y Colonización número 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, por el abandono injustificado del lote adjudicado. Por su naturaleza se califica el presente proceso como ordinario. Por desconocerse el domicilio de los administrados publíquese 2 veces en el Diario Oficial La Gaceta.—Dirección Región Huetar Atlántica.—Marjorie Calderón Campos, Órgano Director.—(78433).

Se hace saber a Rafael Ángel Batista Carrillo, cédula 6-125-119 y Zoraida Chávez Alvarado, cédula 3-310-581, que se ha iniciado procedimiento administrativo de revocatoria de adjudicación y anulación de título de propiedad en su contra, según expediente administrativo número 335 m, en el cual se ha dictado la resolución que dice: Instituto de Desarrollo Agrario, Dirección Región Huetar Atlántica, Batán, a las catorce horas del día veinticinco de julio del año dos mil siete. Con fundamento en la Ley de Tierras y Colonización número 2825 y sus reformas, Ley del Instituto de Desarrollo Agrario número 6735, el procedimiento indicado en el artículo 36 del Reglamento Autónomo para la Selección de Beneficiarios, el Reglamento Autónomo del Procedimiento Administrativo publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 15 de diciembre de 1995, en la Ley General de la Administración Pública y el Código Procesal Civil, se tiene por establecido el presente proceso administrativo de revocatoria de adjudicación y anulación de título de propiedad, contra Rafael Ángel Batista Carrillo, cédula 6-125-119 y Zoraida Chávez Alvarado, cédula 3-310-581, adjudicatarios del lote número 41 del Asentamiento Miraflores, inscrito en el Registro Público, partido de Limón Folio Real matrícula Nº 80600-001/002. De previo a resolver lo que corresponda en las presentes diligencias administrativas, se concede audiencia, por el término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, para que se apersonen ante esta Dirección Regional en defensa de sus derechos y ofrezcan pruebas de descargo. Se les previene que deben comparecer personalmente y no por medio de apoderado, asimismo que en el mismo acto de la comparecencia o en fecha anterior, en cuyo caso deberá hacerse por escrito, podrán aportarse las pruebas que consideren oportunas y hacer los alegatos que estimen pertinentes, so pena de caducidad de tal derecho, y en el entendido de que no le serán recibidos en fecha posterior a la señalada. Se pone en conocimiento de los administrados el expediente administrativo Nº 336 m que contiene los siguientes documentos: Oficio ORB-506-07 y anexos, el cual se encuentra en las oficinas de la Dirección Regional Huetar Atlántica, sita en Batán, Matina, Limón, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, que podrán revisar y fotocopiar dentro del horario normal del Instituto. Se les previene el señalamiento de casa u oficina dentro del perímetro de Batán, donde atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas con el transcurso de 24 horas. Se hace del conocimiento de los administrados que el proceso se instruye por incumplimiento de los artículos 66 y 68, inciso 4), párrafo b), de la Ley de Tierras y Colonización número 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, por el abandono injustificado del lote adjudicado. Por su naturaleza se califica el presente proceso como ordinario. Por desconocerse el domicilio de los administrados publíquese 2 veces en el Diario Oficial La Gaceta.—Dirección Región Huetar Atlántica.—Marjorie Calderón Campos, Órgano Director.—(78434).

Se hace saber a María Isabel Flores Mora, cédula 6-158-687, que se ha iniciado procedimiento administrativo de revocatoria de adjudicación y anulación de título de propiedad en su contra, según expediente administrativo número 337 m, en el cual se ha dictado la resolución que dice: Instituto de Desarrollo Agrario, Dirección Región Huetar Atlántica, Batán, a las catorce horas del día veinticinco de julio del año dos mil siete. Con fundamento en la Ley de Tierras y Colonización número 2825 y sus reformas, Ley del Instituto de Desarrollo Agrario número 6735, el procedimiento indicado en el artículo 36 del Reglamento Autónomo para la Selección de Beneficiarios, el Reglamento Autónomo del Procedimiento Administrativo publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 15 de diciembre de 1995, en la Ley General de la Administración Pública y el Código Procesal Civil, se tiene por establecido el presente proceso administrativo de revocatoria de adjudicación y anulación de título de propiedad contra María Isabel Flores Mora, cédula 6-158-687, adjudicataria del lote número 17 del Asentamiento Miraflores, inscrito en el Registro Público, partido de Limón Folio Real matrícula Nº 80580-000. De previo a resolver lo que corresponda en las presentes diligencias administrativas, se concede audiencia, por el término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, para que se apersonen ante esta Dirección Regional en defensa de sus derechos y ofrezcan pruebas de descargo. Se le previene que debe comparecer personalmente y no por medio de apoderado, asimismo que en el mismo acto de la comparecencia o en fecha anterior, en cuyo caso deberá hacerlo por escrito, podrá aportar las pruebas que considere oportunas y hacer los alegatos que estime pertinentes, so pena de caducidad de tal derecho, y en el entendido de que no le será recibidos en fecha posterior a la señalada. Se pone en conocimiento de la administrada el expediente administrativo Nº 339 m que contiene los siguientes documentos: Oficio ORB-502-07 y anexos, el cual se encuentra en las oficinas de la Dirección Regional Huetar Atlántica, sita en Batán, Matina, Limón, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, que podrán revisar y fotocopiar dentro del horario normal del Instituto. Se les previene el señalamiento de casa u oficina dentro del perímetro de Batán, donde atender notificaciones, bajo apercibimiento que de no hacerlo las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas con el transcurso de 24 horas. Se hace del conocimiento de los administrados que el proceso se instruye por incumplimiento de los artículos 66 y 68, inciso 4), párrafo b), de la Ley de Tierras y Colonización número 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, por el abandono injustificado del lote adjudicado. Por su naturaleza se califica el presente proceso como ordinario. Por desconocerse el domicilio de los administrados publíquese 2 veces en el Diario Oficial La Gaceta.—Dirección Región Huetar Atlántica.—Marjorie Calderón Campos, Órgano Director.—(78436).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

A la señora Shirley Solano Cordero, cédula: seis - doscientos veintiocho - setecientos ochenta y dos, se le hace saber que en proceso de revocatoria de adjudicación y nulidad de título, incoado en su contra, según expediente Nº 09-2007, se ha dictado la resolución que dice: Instituto de Desarrollo Agrario, Asesoría Legal, Región Central, Grecia, a las once horas del treinta y uno de julio del dos mil siete. Con fundamento en la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 y sus reformas, Ley del Instituto de Desarrollo Agrario Nº 6735, el procedimiento indicado en los artículos 89 y 90 del Reglamento Autónomo para la Selección y Adjudicación de Solicitantes de Tierras del IDA, publicado en La Gaceta Nº 13 del día martes 20 de enero del 2004; el Reglamento Autónomo del Procedimiento Administrativo publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 15 de diciembre de 1995, el acuerdo de junta directiva artículo nueve, sesión cero sesenta y seis - noventa y seis celebrada el veintiséis de noviembre de 1996 y en forma supletoria la Ley General de la Administración Pública y el Código Procesal Civil; se tiene por establecido el presente proceso ordinario administrativo de revocatoria de adjudicación y nulidad de título; contra la señora: Shirley Solano Cordero, cedula: seis - doscientos veintiocho - setecientos ochenta y dos, mayor, adjudicataria y propietaria registral del lote número 5 del Asentamiento Tacares de Grecia, inscrito en el Registro Público de la Propiedad partido Alajuela folio real Nº 355372.000, según acuerdo de junta directiva del IDA, artículo XLII, sesión 34-98, celebrada el 28 de abril de 1998; a quien se le concede audiencia y se les convoca a comparecencia que podrá evacuarse en forma oral o escrita ante esta Asesoría Legal, Dirección Regional Central, ubicada quinientos metros al sur y cien metros este del Servicentro Alvarado y Molina Grecia, en un plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación. Comparecencia que se realizará a las diez horas del dia once de setiembre del presente año; de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Administración Pública, debiendo comparecer personalmente y no por medio de apoderado en defensa de sus derechos y para que ofrezcan prueba en apoyo de las mismas. Se les previene el señalamiento de casa u oficina dentro del perímetro de Grecia donde atender notificaciones, bajo apercibimiento de no hacerlo las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiera (artículo 90 del Reglamento Autónomo para la Selección y Adjudicación de solicitantes de Tierras y 185 CPC). Se hace del conocimiento de los administrados que este proceso se instruye por violación al artículo 68, párrafo 4, inciso b) de la Ley 2825 citada, por la causal de abandono injustificado del lote 5 del Asentamiento Tacares. Se prevé como fecha límite para rendir el informe a Junta Directiva en el plazo de un mes, después de vencido el término para la comparecencia aquí citada: Para lo que proceda se pone en conocimiento que el presente expediente se encuentra en esta oficina para su consulta y estudio, constan los siguientes documentos: folio 1 copia de plano catastrado A-503827-1998; folio 2 y 3 informe registral; folios 4 a 7, acuerdo de junta directiva de adjudicación; folios 8 y 9, oficio OSG-410-07. Notifíquese.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Notario.—(80036).

A los señores Luis Javier Herrera Calvo, cédula número dos - quinientos veintiuno - novecientos cinco y Jessica Villegas Rojas, cédula número dos - quinientos cuarenta y siete - cuatrocientos trece, se les hace saber que en diligencias de revocatoria de adjudicación y nulidad de título, incoado en su contra, según expediente Nº 10-2007, se ha dictado la resolución que dice: Instituto de Desarrollo Agrario, Asesoría Legal, Región Central, Grecia, a las ocho horas del primero de agosto del dos mil siete. Con fundamento en la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 y sus reformas, Ley del Instituto de Desarrollo Agrario Nº 6735, el procedimiento indicado en los artículos 89 y 90 del Reglamento Autónomo para la Selección y Adjudicación de Solicitantes de Tierras del IDA publicado en La Gaceta Nº 13 del día martes 20 de enero del 2004; el Reglamento Autónomo del Procedimiento Administrativo publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 15 de diciembre de 1995, el acuerdo de junta directiva articulo nueve, sesión cero sesenta y seis - noventa y seis celebrada el veintiséis de noviembre de 1996 y en forma supletoria la Ley General de la Administración Pública y el Código Procesal Civil; se tiene por establecido el presente proceso ordinario administrativo de revocatoria de adjudicación y nulidad de título; contra los señores: Luis Javier Herrera Calvo, cédula número dos - quinientos veintiuno - novecientos cinco y Jessica Villegas Rojas, cédula número dos - quinientos cuarenta y siete - cuatrocientos trece, ambos mayores, adjudicatarios y propietarios regístrales del lote Nº 49 del Asentamiento Tacares de Grecia, inscrito en el Registro Público de la Propiedad partido Alajuela folio real Nº 340866-001-002, según acuerdo de junta directiva del IDA, artículo XLII, sesión 034-98, celebrada el 28 de abril de 1998; a quienes se les concede audiencia y se les convoca a comparecencia que podrá evacuarse en forma oral o escrita ante esta Asesoría Legal, Dirección Regional Central, ubicada quinientos metros al sur y cien metros este del Servicentro Alvarado y Molina, en un plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación. Comparecencia que se realizará a las catorce horas del día once de setiembre del presente año; de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Administración Pública, debiendo comparecer personalmente y no por medio de apoderado en defensa de sus derechos y para que ofrezcan prueba en apoyo de las mismas. Se les previene el señalamiento de casa u oficina dentro del perímetro de Grecia donde atender notificaciones, bajo apercibimiento de no hacerlo las resoluciones posteriores que se dicten se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiera (articulo 90 del Reglamento Autónomo para la Selección y Adjudicación de solicitantes de Tierras y 185 CPC). Se hace del conocimiento de los administrados que este proceso se instruye por violación al artículo 68, párrafo 4, inciso b) de la Ley 2825 citada, por la causal de abandono injustificado del lote 49 del Asentamiento Campesino Tasares. Se prevé como fecha limite para rendir el informe a Junta Directiva en el plazo de un mes, después de vencido el término para la comparecencia aquí citada: Para lo que proceda se pone en conocimiento que el presente expediente se encuentra en esta oficina para su consulta y estudio, constan los siguientes documentos: folio I plano catastrado A-503855-1998, folios del 2 al 5, folios del 6 al 9 estudios de registro y folios 10 y 11 oficio OSG-411-07. Notifíquese.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Notario.—(80037).

A los señores Analino López Brenes, cédula número cinco - ciento treinta y cinco - setecientos ochenta y uno y Julia Carranza Varela, cédula número cinco - ciento noventa y ocho - ochocientos cuarenta y tres, se les hace saber que en proceso de revocatoria de adjudicación y nulidad de titulo, incoado en su contra, según expediente Nº 11-2007, se ha dictado la resolución que dice: Instituto de Desarrollo Agrario, Asesoría Legal, Región Central, Grecia, a las ocho horas del tres de agosto del dos mil siete. Con fundamento en la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 y sus reformas. Ley del Instituto de Desarrollo Agrario Nº 6735, el procedimiento indicado en los artículos 89 y 90 del Reglamento Autónomo para la Selección y Adjudicación de Solicitantes de Tierras del IDA, publicado en La Gaceta Nº 13 del día martes 20 de enero del 2004; el Reglamento Autónomo del Procedimiento Administrativo publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 15 de diciembre de 1995, el acuerdo de junta directiva artículo nueve, sesión cero sesenta y seis — noventa y seis celebrada el veintiséis de noviembre de 1996 y en forma supletoria la Ley General de la Administración Pública y el Código Procesal Civil; se tiene por establecido el presente proceso ordinario administrativo de revocatoria de adjudicación y nulidad de título; contra los señores: Analino López Brenes, cédula número cinco - ciento treinta y cinco - setecientos ochenta y uno y Julia Carranza Varela, cédula número cinco - ciento noventa y ocho - ochocientos cuarenta y tres, ambos mayores, adjudicatarios y propietarios registrales del lote Nº 03 del Asentamiento Tacares de Grecia, inscrito en el Registro Público de la Propiedad partido Alajuela folio real Nº 340837-001-002, según acuerdo de junta directiva del IDA, artículo XLII, sesión 034-98, celebrada el 28 de abril de 1998; a quienes se les concede audiencia y se les convoca a comparecencia que podrá evacuarse en forma oral o escrita ante esta Asesoría Legal, Dirección Regional Central, ubicada quinientos metros al sur y cien metros este del Servicentro Alvarado y Molina, en un plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación. Comparecencia que se realizará a las nueve horas del día trece de setiembre del presente año; de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Administración Pública, debiendo comparecer personalmente y no por medio de apoderado en defensa de sus derechos y para que ofrezcan prueba en apoyo de las mismas. Se les previene el señalamiento de casa u oficina dentro del perímetro de Grecia donde atender notificaciones, bajo apercibimiento de no hacerlo las resoluciones posteriores que se dicten se les tendrán por notificadas con el sólo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiera (artículo 90 del Reglamento Autónomo para la Selección y Adjudicación de solicitantes de Tierras y 185 CPC). Se hace del conocimiento de los administrados que este proceso se instruye por violación al artículo 68, párrafo 4, inciso b) de la Ley 2825 citada, por la causal de abandono injustificado del lote 03 del Asentamiento Campesino Tacares. Se prevé como fecha limite para rendir el informe a Junta Directiva en el plazo de un mes, después de vencido el término para la comparecencia aquí citada: Para lo que proceda se pone en conocimiento que el presente expediente se encuentra en esta oficina para su consulta y estudio, constan los siguientes documentos: folio 1 plano catastrado A-503862-1998, folios del 2 al 6 estudios de registro, folios del 7 al 11 acuerdo de junta directiva de adjudicación y folio 12 oficio OSG-409-07. Notifíquese.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Notario.—(80038).

AVISOS

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Expediente 80-05.—Tribunales de Honor.—Convocatoria a audiencia oral y privada.—A las 13:00 horas del 21 de agosto del 2007 el Tribunal de Honor del Colegio de Arquitectos nombrado por junta directiva general en la sesión 33-05/06-G.E. celebrada el día 7 de setiembre del 2006 acuerdo 28 cita al arquitecto José Alberto Vargas Naranjo en calidad de denunciado, para que comparezca personalmente y no por apoderado a la sede de este órgano en Oficina de Tribunales de Honor del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, ubicada en el tercer piso del edificio del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos en Granadilla de Curridabat, contiguo al Indoor Club con el fin de celebrar comparecencia oral y privada a que se refiere el artículo 82 del “Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica”, que se llevará a cabo el día miércoles 3 de octubre del 2007 a las 17:30 horas en la citada audiencia se recibirá y admitirá toda la prueba ofrecida por las partes, así como la que presenten ese mismo día, se recibirán las declaraciones de partes y testigos, se analizarán los documentos que obran en el expediente y se recibirán los alegatos de las partes. Se le hace saber al arquitecto Vargas Naranjo que puede hacerse acompañar por su abogado. Se advierte al denunciado que conforme a los artículos 83 y 87 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 134 del jueves 12 de julio del 2001, tiene derecho a asistir a la audiencia convocada a esos efectos, pero que si no lo hace, el procedimiento seguirá sin su participación. Igualmente, que en esa comparecencia podrá abstenerse de declarar, sin que ello implique la aceptación de los hechos imputados. A este acto sólo podrán asistir las partes y sus representantes legales.—Arq. Norma Patricia Mora Morales, Presidenta.—(O. C. 5512).—C-46935.—(79175).

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COLORADO

En La Gaceta Nº 136 del lunes 16 de julio del 2007 se publicó la modificación requisitos para permisos de construcción en el Concejo Municipal del Distrito de Colorado. Dicha publicación se debe leer de la siguiente manera:

Donde dice:

Adicionar:

11) Aportar certificación de CCSS de estar al día en el pago de sus cuotas o el arreglo de pago aceptado.

Debe leerse correctamente:

Adicionar:

12)     Aportar certificación de CCSS de estar al día en el pago de sus cuotas o el arreglo de pago aceptado.

Colorado de Abangares, 12 de setiembre del 2007.—Francisco Javier González Pulido, Secretario Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 09239).—C-9720.—(81131).