LA GACETA Nº 199
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO
ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE CARTAGO
Nº 34018-H
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en
las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
1º—Que
2º—Que el Instituto solicita
ampliar el gasto presupuestario máximo aprobado para el 2007, en
¢1.006.500.000,00 (mil seis millones quinientos mil colones exactos), con el
fin de financiar la etapa final de los Juegos Nacionales 2008, la construcción
de la pista sintética de atletismo en el Complejo Montserrat de Alajuela, para
el Polideportivo de Cartago y para atender diferentes necesidades de
asociaciones y comités cantonales, estos gastos se financiarán con recursos de
la transferencia incorporada en
3º—Que la entidad atenderá otros gastos extraordinarios del 2007 con recursos del superávit específico provenientes del impuesto al Cemento, para brindar mantenimiento preventivo y reparaciones menores en el Polideportivo de Cartago, por un monto de ¢36.500.000.00 (treinta y seis millones quinientos mil colones).
4º—Que mediante el Decreto
Ejecutivo Nº 32973-H, publicado en
5º—Que mediante el Decreto
Ejecutivo Nº 33339-H, publicado en
6º—Que adicionalmente, el Instituto solicita cambiar parcialmente el destino de los recursos remanentes de los Juegos Nacionales San José 2006-2007, por ¢317.000.000,00 (trescientos diecisiete millones de colones exactos), del Decreto Ejecutivo citado en el considerando anterior, para atender los siguientes gastos: financiar diferentes obras que se consideran prioritarias en parques recreativos, oficinas regionales, así como adquisición de equipo de cómputo e implementos deportivos, estos gastos se financiarán con superávit libre.
7º—Que mediante el Decreto
Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en
8º—Que el artículo 7° del decreto supra citado, dispone que los recursos provenientes del superávit libre forman parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden utilizarlos en períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a su actividad ordinaria, con los cuales se atienda el interés de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales, que como los de aquí incluidos no tienen carácter permanente ni generan una obligación que requiera financiarse a través del tiempo. Por su parte, el numeral 9° señala que el superávit específico podrá utilizarse para financiar los gastos definidos en los fines establecidos en las disposiciones especiales o legales aplicables a esos recursos.
9º—Que la señora Ministra Rectora del Sector Cultural, mediante el oficio Nº DM 1152-07 de 27 de agosto de 2007, avala la solicitud planteada por la institución.
10.—Que por lo anterior, se hace
necesario modificar el gasto presupuestario máximo fijado para el Instituto
Costarricense del Deporte y
Decretan:
Artículo
1º—Modificase parcialmente la finalidad de la ampliación del gasto
presupuestario máximo fijado para el año 2007, al Instituto Costarricense del
Deporte y
Artículo 2º—Modificase para la citada institución, el gasto presupuestario máximo del 2007, establecido en el artículo 3° del Decreto Ejecutivo Nº 33339-H, quedando el límite en la suma de ¢4.571.800.000,00 (cuatro mil quinientos setenta y un millones ochocientos mil colones exactos) para ese período.
Artículo 3º—Es responsabilidad de
la administración activa del Instituto Costarricense del Deporte y
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo E. Zúñiga Chaves.—1 vez.—(D34018-90103).
Nº 34022-H
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en
las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
1º—Que
2º—Que el Instituto solicita incrementar el gasto presupuestario máximo aprobado para el 2008, en ¢270.000.000,00 (doscientos setenta millones de colones exactos), a efecto de incorporar gastos para atender diferentes necesidades de asociaciones y comités cantonales.
3º—Que la entidad atenderá los
gastos extraordinarios del 2008 con superávit específico del 2007, proveniente
de las transferencias que le girará el Ministerio de Cultura, Juventud y
Deportes, las cuales se contemplan en
4º—Que mediante el Decreto
Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en
5º—Que el artículo 9° del decreto supra citado, dispone que los recursos provenientes del superávit específico, podrán utilizarse para financiar los gastos definidos en los fines establecidos en las disposiciones especiales o legales aplicables a eso recursos.
6º—Que mediante el Decreto
Ejecutivo Nº 33646-H, publicado en
7º—Que con el oficio STAP-0792-07
de 26 de abril de 2007, se comunicó al Instituto Costarricense del Deporte y
8º—Que la señora Ministra Rectora del Sector Cultural, mediante el oficio Nº DM 1052-07 de 6 de setiembre de 2007, avala la solicitud planteada por el Instituto.
9º—Que por lo anterior, se hace
necesario modificar el gasto presupuestario máximo fijado al Instituto
Costarricense del Deporte y
Decretan:
Artículo
1º—Modificase para el Instituto Costarricense del Deporte y
Artículo 2º—Es responsabilidad de
la administración activa del Instituto Costarricense del Deporte y
Artículo 3º—Rige a partir del 1° de enero de 2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo E. Zúñiga Chaves.—1 vez.—(D34022-90104).
PRESIDENCIA DE
Nº 315-P
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en
lo dispuesto en el artículo 139 de
ACUERDA:
Artículo
primero.—Autorizar a la doctora Eugenia Flores Vindas, cédula de identidad
cuatro-cero nueve dos-dos tres cuatro, Ministra de Ciencia y Tecnología, para
que viaje a la ciudad de Madrid, España, entre los días 13 y 19 de octubre del
dos mil siete, con el propósito de participar en
Artículo segundo.—El Ministerio
de Ciencia y Tecnología cubrirá los gastos de viáticos en el exterior, por
medio de
Artículo tercero.—Durante la ausencia de la señora Ministra Doctora Eugenia Flores Vindas, se nombra como Ministro a. i., al señor MSc. Carlos Cascante Duarte.
Artículo cuarto.—Rige a partir de las diecisiete horas con diez minutos del trece de octubre hasta las quince horas con treinta minutos del día diecinueve de octubre del dos mil siete.
Dado en
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 0046-MICIT).—C-12725.—(88956).
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Nº 09-2007-MGSP.—San José, 4 de junio del 2007
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE GOBERNACION Y POLICÍA
Según oficio AJ-0589-2007-AC y resolución Nº 11007, del Tribunal de Servicio Civil. San José, a las nueve horas treinta minutos del nueve de mayo del dos mil siete y de conformidad con los artículos 14, inciso a), 190 inciso a), 191 inciso ch) del Estatuto de Servicio Civil y 63 inciso a) de su Reglamento.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir
sin responsabilidad patronal al señor Mainor Oporto Martínez, cédula Nº
5-0204-865, nombrado en el puesto Nº 040993, como inspector 3, destacado en
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de junio del 2007.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública, Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 45947).—C-9095.—(89582).
Nº 014-2007-GRH-DGME
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en
lo dispuesto en los artículos 140, incisos 1), 8) y 20) y 146 de
ACUERDAN:
Artículo
1º—Revocar investidura otorgada mediante acuerdo número 334-MGPSP, al señor
Mainor Oporto Martínez, cédula 5-204-865, por cuanto el mismo ya no desempeña
funciones para
Rige a partir del 16 de junio de 2007.
Artículo
2º—Revocar investidura otorgada mediante acuerdo Nº 013-2006-GRH-DGME, al señor
Jorge Eduardo Blanco Guillén, cédula 5-0309-0737, por cuanto el mismo ya no
desempeña funciones para
Rige a partir del 01 de julio del 2007.
Artículo 3º—Revocar investidura
otorgada mediante acuerdo Nº 001-2007-GRH-DGME, a la señora Chintia Blanco
Ruiz, cédula Nº 2-576-548, por cuanto la misma ya no desempeña funciones para
Rige a partir del 16 de julio del 2007.
Artículo 4º—Rige: según las fechas indicadas en los artículos anteriores.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 45947).—C-13330.—(89583).
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
Nº 143-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad
con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de
ACUERDA:
1º—Autorizar al
Ing. Luis Arroyo Morales, cédula de identidad número 9-014-989, funcionario del
INTA, para que asista al “Centro Internacional de
2º—Los gastos de transporte aéreo, estadía y viáticos, serán cubiertos por el Presupuesto del Proyecto Plantón-Pacayas en las subpartidas 1.05.03 y 1.05.04.
3º—Rige a partir del 8 de setiembre al 1º de octubre de 2007.
Dado en el Despacho Ministerial el día 17 del mes de setiembre del año dos mil siete.
Marco Antonio Vargas Díaz, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—(O. C. 3414).—C-9700.—(88268).
Nº 144-PE
EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad
con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de
ACUERDA:
1º—Autorizar al Ing. Jimmy Gamboa Porras, cédula de identidad Nº 1-416-675, funcionario del INTA, para que asista al “Curso de Fruticultura Tropical”, que se realizará en Guatemala, del 10 al 14 de setiembre del año 2007.
2º—Los gastos de transporte aéreo
serán cubiertos parcialmente por el funcionario hasta la suma de $75,00, y la
diferencia será cubierta por el INTA, los gastos de alojamiento, manutención y
desplazamientos aeropuerto hotel y hotel aeropuerto serán cubiertos por
3º—Rige a partir del 9 de setiembre al 15 de setiembre de 2007.
Dado en el Despacho Ministerial el día 17 del mes de setiembre del dos mil siete.
Marco Antonio Vargas Díaz, Ministro de Agricultura y Ganadería.—1 vez.—(O. C. 3414).—C-10910.—(88269).
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Nº COMEX-391-2007.—17 de setiembre de 2007
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en
los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
I.—Que desde mediados de la década de los ochenta y con el fin de superar las limitadas dimensiones del mercado nacional, Costa Rica inició un proceso de inserción en la economía internacional, a través del desarrollo y ejecución de una política de comercio exterior basada en la búsqueda de nuevas y mejores oportunidades de crecimiento y desarrollo para todos los habitantes del país.
II.—Que para garantizar la continuidad de su política comercial, se ha venido asignando la mayor importancia a la agenda comercial, buscando una participación activa y constructiva en las negociaciones comerciales multilaterales, regionales y bilaterales.
III.—Que en la ejecución de tal política comercial, asume un rol relevante el equipo de negociadores comerciales del Ministerio de Comercio Exterior, pues a ellos corresponde la presentación de las propuestas nacionales y debatir sobre su alcance, cobertura y métodos de aplicación y, en conjunto a través del consenso, desarrollar los marcos normativos que plasmarán tales negociaciones, representando y defendiendo los más altos intereses del país.
IV.—Que
V.—Que en acatamiento de la ley
indicada se emitió el Acuerdo Ejecutivo Nº COMEX-316-2002 del 16 de julio del
2002, publicado en
ACUERDAN:
Artículo I.—Integrar a la lista de Negociadores Comerciales Internacionales, establecida en el Acuerdo número 118-2006, de fecha 22 de mayo de 2006 a la señorita Juliana Fernández Porras, portadora de la cédula de identidad número 1-1217-105.
Artículo II.—Rige a partir del 24 de setiembre de 2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(Solicitud Nº 5761).—C-26640.—(89044).
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
DMR-00067-07.—San José, a las nueve horas del día cuatro de junio del dos mil siete.
Resolución administrativa de delegación de firma de los documentos de ejecución presupuestaria del programa número 796 (Política Comercial Externa) a cargo del Despacho del Ministro de Comercio Exterior en el Oficial Mayor.
Resultando:
1º—Que de
conformidad con lo dispuesto en artículo 3 del Decreto Ejecutivo N° 33666-H del
12 de marzo del 2007, se modificó el artículo 2 de
2º—Que, en virtud de lo anterior
y con fundamento en las normas legales y reglamentarias que rigen la materia,
concierne al jerarca del Ministerio de Comercio Exterior suscribir los
documentos de ejecución presupuestaria relativos al programa número 796
(Política Comercial Externa), con cargo a
3º—Que la naturaleza de las labores del Ministerio, exige del jerarca una activa y constante participación en distintas actividades, eventos y foros, tanto nacionales como internacionales, relativos al comercio internacional e inversión extranjera, así como de su presencia en los procesos de discusión de los convenios comerciales internacionales que negocie y suscriba Costa Rica.
4º—Que en virtud de la situación
descrita, la rúbrica de los documentos presupuestarios en mención, podría verse afectada en cuanto a la
celeridad en su trámite e incidir, consiguientemente, en la satisfacción de los
requerimientos habituales del Ministerio para el descargo de sus funciones y,
por ende, en el interés público. Por ello, en aras del cumplimiento de los
Principios de Buen Gobierno y Eficiencia en
5º—Que en los procedimientos se han seguido las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que el
artículo 28 apartado 2, inciso g) de
Del mismo modo, el trámite de los
documentos requeridos para la ejecución presupuestaria, debe contar con la
aprobación del jefe de programa, subprograma o proyecto, que en este caso es el
Ministro de Comercio Exterior, quien está en el deber de determinar la
pertinencia de la utilización de los recursos asignados a nivel programático,
en apego a los objetivos y metas establecidos en
Asimismo, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 3 del Decreto Ejecutivo N° 33666-H del 12 de marzo del
2007, se modificó el artículo 2 de
II.—Que los artículos 89 y 92 de
“Artículo 89.—Todo servidor podrá delegar sus funciones propias en su inmediato inferior, cuando ambos tengan funciones de igual naturaleza.”
[…]
“Artículo 92.—Se podrá delegar la firma de resoluciones, en cuyo caso el delegante será el único responsable y el delegado no podrá resolver, limitándose a firmar lo resuelto por aquél.”
Así, con apego a
los numerales de cita, y a las disposiciones contenidas en los artículos 70, 90
y 91 de
Por su parte, el Reglamento Orgánico del Ministerio de Comercio Exterior, Decreto Ejecutivo N° 28471-COMEX, dispone en lo que interesa lo siguiente:
“Artículo
4º—El Ministro de Comercio Exterior es el titular de la cartera y el superior
jerárquico del Ministerio. Ejerce su autoridad en toda
[…]
“Artículo
24.—
Como se desprende
del artículo 4 del Reglamento Orgánico del Ministerio de Comercio Exterior, el
Ministro es el titular de la cartera y el superior jerárquico del Ministerio;
por su parte, de los artículos 24 y 25 de ese mismo cuerpo normativo, se colige
que dentro de las funciones asignadas a
III.—Que en reiteradas ocasiones
“... la delegación de firma no priva a la autoridad superior de su poder; transfiere simplemente a la autoridad subordinada el cometido material de la firma.” (Dictamen N° C-052-2001 del 23 de febrero del 2001).
También, en lo
atinente a este tema, mediante resolución N° 4527-97 del 1° de agosto de 1997,
“Como
se puede observar del texto del numeral 92, nos encontramos ante una delegación
que no puede considerarse en su esencia como tal, ya que no interesa la
delegación de competencias sino únicamente la de un acto formal que resulta ser
la firma de las resoluciones, sin que esto implique una emisión de un criterio
por parte del delegado ni responsabilidad de su parte, situaciones que, resulta
claro, se mantienen concentradas en el delegante para todos los efectos. De
lo anterior se colige que el que conoce de un
asunto puede diferir -sin ocasionar agravio alguno- de la
persona que firme el acto final, toda vez que la responsabilidad y el
conocimiento continúa siendo de quien delega. Así, se puede apreciar que lo
que en el caso concreto se encuentra delegado es el acto formal de una firma
que no resulta más que un requisito de validez -en cuanto a forma- de dicho
acto final, pero dicha delegación no importa una delegación de competencia y de
conocimiento del Ministro en su Oficial Mayor, toda vez que es el Ministro el
que conoce y el que resuelve, limitándose el Oficial Mayor únicamente a
firmar lo resuelto por aquél.” (Se refiere al artículo 92 de
Así, de
conformidad con las normas reglamentarias transcritas y disposiciones legales
citadas de
Resulta entonces conforme, con
los altos intereses y la buena marcha del Ministerio, la delegación en el
Oficial Mayor de la firma de documentos de ejecución presupuestaria del
programa a cargo del Despacho del Ministro de Comercio Exterior, a saber el
número 796, ya que éste funcionario tiene competencias que se encuentran
contenidas en las del jerarca de la cartera. Por tanto,
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR, RESUELVE:
Con base en los
motivos y razones expuestas y con fundamento en los artículos 141 y
concordantes de
Rige a partir de su publicación
en el Diario Oficial
Marco Vinicio Ruiz, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 05759).—C-81070.—(88255).
MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA
R-270-2007.—San José a las ocho horas veinte minutos del treinta de mayo del dos mil siete. Expediente: N° 12-2005 Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Dirección de Geología y Minas.
RESULTANDO:
1º—El día veinticuatro de junio del dos mil tres, el Ingeniero Javier Chaves Bolaños, en su carácter de Ministro de Obras Publicas y Transportes, presentó solicitud para obtener una fuente permanente de materiales sobre el cauce de dominio público del río Parrita el cual se identifica con el número de expediente administrativo 12-2005.
2º—Se aportó certificación del
Departamento de Ingeniería e Inspecciones de
3º—Las recomendaciones técnicas fueron dadas mediante el memorando DGM-GAM-84-2005 del 6 de diciembre del 2005, suscrito por el geólogo Luís Alberto Chavarría, en el cual indicó: “Se revisa proyecto de explotación del expediente supra, solicitado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes MOPT, para sus proyecto en la zona, además la solicitud se realiza en conjunto con el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) los cuales solicitan extraer material del cauce del Río Parrita. Es así como se pretende establecer un convenio para que la extracción de los materiales se realice por parte de las dos instituciones.
La extracción se iniciará desde aguas abajo hacia aguas arriba, extrayendo la capa más superficial del cauce, en tres secciones hidráulicas en las que se ha subdividido el sector a explotar. Como medida preventiva, se estarán construyendo diques de protección en las zonas con peligro de desbordamiento del río, en una eventual crecida.
Se considera la extracción de materiales del cauce del río, en un tramo con una longitud de 2 km. Se requiere de la extracción de un volumen de alrededor de 650 000 m³. Se ha calculado que las reservas estáticas de la concesión son de 303 000 m³, y que las reservas dinámicas son de 150 000 m³ por año. El proceso de extracción se iniciará en la sección inferior del cauce y avanzará en forma ascendente (de aguas abajo hacia aguas arriba). Este procedimiento será aplicado a las tres secciones hidráulicas en que se ha subdividido la concesión. La extracción, así como lo índica la ley, será de una profundidad de 1.5 m.
El área del proyecto se ubica dentro de las siguientes coordenadas:
- 394.539- 393.678 N /
- 429.220- 427.487
- De
De acuerdo con
Ø 3 Excavadoras 320
Ø 3 Cargadores 950
Ø 1 Tractor D6 CAT o similar
Ø 1 Retroexcavadora (Back Hoe)
Ø 12 Vagonetas “tandem” 11 m³
Se indica además que se requerirá su beneficiado, este será realizado mediante el empleo de un sistema de quebradores los cuales se detallan a continuación.
Ø 1 Quebrador primario
Ø 1 Quebrador secundario
Ø 1 Quebrador cuaternario
Ø 1 criba húmeda 4* 14
Ø 1 criba seca 4 *12
Ø sistema de bandas
Se incluye la
información financiera, como ya se ha mencionado el proyecto de explotación CDP
Río Parrita está siendo solicitado por una institución gubernamental, el
Ministerio de Obras Públicas y Transportes, cuyos fines son obras de interés
público, nunca con fines de comercialización. Se incluye en el anexo 1, la hoja
de cálculos con relación a las reservas estáticas, con sus perfiles de
cálculos. El área se visitó en fecha 9 de noviembre del año en curso en
compañía del geólogo del ICE, Lic. Jorge Bonilla, además del Geólogo Ricardo
Cascante del MOPT, se realiza recorrido por las áreas principales de la
extracción futura, dándose verbalmente recomendaciones a un futuro. Después de
evaluar el presente proyecto de explotación, además de la visita de campo,
considero importante toda la labor que ha futuro realizará tanto el MOPT, como
el ICE, para cubrir las necesidades dejadas por los movimientos telúricos
acaecidos en la zona, por lo tanto recomiendo aprobar dicho Proyecto de
explotación, así como la visita respectiva. Tomando en consideración las Reservas
tanto Dinámicas, como
Ø El plazo de explotación puede darse por un periodo de 4 años.
Ø El
concesionario esta obligado a respetar
Ø Se
deberá de respetar la metodología de explotación aprobada, no se puede variar,
en caso de ser necesario variar su metodología, se debería de indicar a
Ø No se deberán de realizar accesos nuevos al río.
Ø Se deberá de respetar la profundidad máxima permitida de extracción (1.5).
Ø Se explotará únicamente el cauce, no se deberá de tocar las márgenes del río. En concesionario esta autorizado para utilizar el equipo descrito en el proyecto.
Ø En
caso de necesitar más equipo, se deberá de informar a
Ø Todos los informes de labores además de los aspectos ya señalados deberán contener al menos la siguiente información:
a) Mapas y perfiles geológicos detallados del área de trabajo a escala 1:2000
b) Mapas de avances y frentes de explotación, a escala 1:2000
c) Material removido y remanente durante el periodo.
d) Mapa de ubicación y bloques de reservas, indicando el área trabajada
e) Costos de operación durante el
periodo incluyendo: costos, salarios, copias de las planillas de
f) Lista de personal involucrado en la obra según su categorización.
g) Respetar las medidas de mitigación Ambiental propuestas.
Ø Con relación al quebrador la información presentada se acepta, no obstante deberán de incluir la siguiente información:
• Plan de mantenimiento técnico del quebrador
• Se deberá de tener el permiso respectivo del Ministerio de Salud.
• Se deberá de tener
• Indicar cuantos operarios se necesitarán
• Tipo de granulometrías que realizará el quebrador.
Se aprueba dicho proyecto, así como la visita respectiva.”
4º—En Memorando DGM-TOP-020-2006, de fecha 10 de enero del 2006, suscrito por el Ingeniero Topógrafo Jorge Delgado Barboza señaló:
“ Revisado el plano topográfico aportado al folio 29, es correcto y se aprueba El mismo debe ser utilizado para la confección de los edictos y para la revisión de campo del amojonamiento una vez atorgado el respectivo título de concesión minera.”
5º—Mediante el oficio IMN-DA-1982-2006, de fecha 26 de julio del 2006, suscrito por el Geólogo Víctor Hugo Vargas López y el Ing. José Miguel Zeledón Calderón, en su carácter de funcionarios del Departamento de Aguas del MINAE, indican: “En respuesta a su nota N° DGM-RNM-34-2006 de fecha 21 de julio del 2006, correspondiente a solicitud de extracción de materiales presentado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) del río Parrita, en Playón, Parrita, provincia de Puntarenas. Se trata de extraer materiales del río en forma mecanizada en un área de 31ha 7 547,65 m². Los materiales a extraer serán arena, grava y piedra. En la zona se presentan bancos de materiales que en el caso de no ser explotados, van recargando las aguas a una u otra margen del río con el perjuicio de que se afectan los taludes. Se corre con la situación planteada con el riesgo de que la finca aledaña al río se inunde o socave. Por lo anterior el suscrito considera conveniente que se otorgue la concesión de explotación de materiales en el río Parrita con las siguientes condiciones:
1. El área a explotar será de 31ha 7 547,65 m² en el cauce del río Parrita, el Playón, Parrita, provincia de Puntarenas.
2. El material a extraer será arena, grava y piedra, quedando claro que queda totalmente prohibido extraer material del piso firme del cauce del río por lo que será sólo permitida la extracción del material arrastrado.
3. Queda totalmente prohibida la extracción de materiales en las márgenes del río.
4. La extracción de los materiales será mecanizada en forma laminar por lo que no se debe utilizar ningún tipo de equipo que no garantice éste tipo de extracción.
5. Podrá ser realizada en toda época del año en que no sea impedida por las crecidas normales del río.
6. Queda totalmente prohibida la acumulación de materiales en el cauce del río para evitar que se puedan presentar represamientos.
7. Se deberá dejar en el caso de estructuras existentes (Puentes y otras) una distancia de 20 m para evitar posibles daños.
Es importante indicar que de acuerdo a nuestros registros, no existen concesiones de agua dentro de la zona de extracción ni aguas debajo del río Parrita que eventualmente podrían verse afectadas por la actividad de extracción de materiales de dicho río.”
6º—Los edictos fueron publicados en las Gacetas Nº 173 y 175 los días 8 y 12 de setiembre del año en curso, sin que se presentaran oposiciones.
Considerando:
I.—La solicitud realizada por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, es para obtener una fuente permanente de materiales en el cauce de dominio público del río Parrita, los cuales serán destinados a la construcción de obras públicas, en donde existe de por medio un interés público.
II.—Mediante la resolución Nº
2254-2005-SETENA, de las diez horas cinco minutos del primero de setiembre del
dos mil cinco,
III.—El geólogo Luís Alberto Chavarría, mediante memorando N° DGM-GAM-84-2005 del 6 de diciembre del 2005, aprobó el plan de explotación del expediente N° 12-2005, para la extracción de materiales en el río Parrita por parte del Ministerio de Obras Públicas y Transportes con las recomendaciones que constan en el resultando tercero de la presente resolución, y que se localiza en las coordenadas aproximadas 394539-393678 norte y 429220-427487 este, de la hoja cartográfica Parrita.
IV.—El Volumen autorizado a
extraer es de 234 623 m³ y bajo ninguna circunstancia el contratista podrá
disponer del material extraído de la fuente autorizada, para obras que no sea
la indicada en la solicitud inicial, salvo que el órgano autorizado
expresamente lo solicite ante
V.—La autorización se debe emitir por cuatro años de acuerdo al memorando DGM-GAM-84-2005, con un volumen de extracción de 150 000 m³, por año considerando una tasa de extracción, semanal de 500 m³. Los materiales serán destinados únicamente para satisfacer obras públicas de interés público.
VI.—De conformidad con lo indicado en el oficio IMN-DA-1982-2006, el Departamento de Aguas del Instituto Meteorológico, del Ministerio del Ambiente y Energía, recomienda que se otorgue la concesión de explotación de materiales en el río Parrita con las siguientes condiciones:
1. “El área a explotar será de 31ha 7 547,65 m² en el cauce del río Parrita, el Playón, Parrita, provincia de Puntarenas.
2. El material a extraer será: arena, grava y piedra, quedando claro que queda totalmente prohibido extraer material del piso firme del cauce del río por lo que será sólo permitida la extracción del material arrastrado.
3. Queda totalmente prohibida la extracción de materiales en las márgenes del río.
4. La extracción de los materiales será mecanizada en forma laminar por lo que no se debe utilizar ningún tipo de equipo que no garantice éste tipo de extracción.
5. Podrá ser realizada en toda época del año en que no sea impedida por las crecidas normales del río.
6. Queda totalmente prohibida la acumulación de materiales en el cauce del río para evitar que se puedan presentar represamientos.
7. Se deberá dejar en el caso de estructuras existentes (Puentes y otras) una distancia de 20 m para evitar posibles daños.”
VII.—Los caminos de acceso al área de la concesión minera gestionada por el MOPT en el cauce de Dominio Público del río Parrita, (ambas márgenes del río) son de carácter público.
VIII.—Se contempla el
funcionamiento de un quebrador, el cual cuenta con el Visto Bueno de
IX.—Al haberse cumplido con los
requisitos necesarios para obtener la autorización para la explotación de materiales
en el cauce de dominio público del río Parrita, solicitado por el Ministro de
Obras Públicas y Transportes, expediente N° 12-2005, lo procedente es acoger la
recomendación de
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA, RESUELVEN:
Con fundamento en los artículos 1º, 28, 33, 34, 36, 37, 55, 84 y 89 del Código de Minería, y de los artículos 160, 161, 162, 163, 164, 165, 166, 167, 168 y 169 Decreto Ejecutivo N° 29300-MINAE.
1º—Otorgar concesión para la explotación de materiales arena, grava y piedra en el cauce de dominio público del río Parrita, al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que corre bajo el número de expediente minero 12-2005; y tomando en consideración las Reservas tanto Dinámicas, como Estáticas, se otorga la concesión por un período de 4 años, pudiendo extraer un promedio de 150 000 m³ año, además se consideran una tasa de extracción semanal de 500 m³, quedando autorizada la operación de una planta de procesamiento.
2º—El presente título queda
sujeto al cumplimiento del Plan Inicial de Trabajo aprobado por la resolución
Nº 2254-2005-SETENA, el memorando Nº DGM-GAM-84-2005, el oficio
IMN-DA-0868-2006; y a las disposiciones que al efecto le señale el Decreto
Ejecutivo Nº 29300- MINAE y
Notifiquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro del Ambiente y Energía, Jorge Rodríguez Quirós.—1 vez.—(86190).
SERVICIOS FITOSANITARIO
DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE INSUMOS
AGRÍCOLAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
DIA-R-E-187-2007.—El
señor Marcos Vinicio Álvarez Amador, cédula 3-185-736, en calidad de
Representante Legal de la compañía Agrícola Piscis S. A., cuyo domicilio fiscal
se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de
nombre comercial Silik Humico compuesto a base de Sílice-potasio-ácidos
húmicos-ácidos fúlvicos. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-188-2007.—El
señor Luis Fernando Carvajal, cédula número 1-500-907, en calidad de
Representante Legal de la compañía Química Sagal S. A., cuyo domicilio fiscal
se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del Fertilizante
de nombre comercial Dolce compuesto a base de
Magnesio-boro-azufre-calcio-cobalto-zinc-polisacáridos. Conforme a lo que
establece
DIA-R-E-190-2007.—El
señor Luis Fernando Carvajal, cédula número 1-500-907, en calidad de
Representante Legal de la compañía Enlace Agropecuario S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del
Fertilizante de nombre comercial Nutri Zinc compuesto a base de Nitrógeno-zinc.
Conforme a lo que establece
DIA-R-E-189-2007.—El
señor Luis Fernando Carvajal, cédula número 1-500-907, en calidad de
Representante Legal de la compañía Enlace Agropecuario S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción de la
fertilizante de nombre comercial Multi Zinc compuesto a base de Zinc-azufre.
Conforme a lo que establece
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
DIA-R-E-125-2007.—El
señor Roberto José Suárez Castro, cédula 1-708-337, en calidad de gerente
general de la compañía Distribuidora Agrocomercial S. A., cuyo domicilio fiscal
se encuentra en la ciudad de Grecia, Alajuela, solicita inscripción del
fertilizante de nombre comercial Manvert Tripul 40 compuesto a base de
Nitrógeno- aminoácidos libres-materia orgánica. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-158-2007.—El
señor Roberto José Suárez Castro, cédula 1-708-337, en calidad de gerente
general de la compañía Distribuidora Agrocomercial S. A., cuyo domicilio fiscal
se encuentra en la ciudad de Grecia, solicita inscripción del fertilizante de
nombre comercial Manvert Optim PH, compuesto a base de nitrógeno-fósforo.
Conforme a lo que establece
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
DIA-R-E-183-2007.—El
señor Mario Chacón Fernández, cédula o pasaporte 1-657-970 en calidad de
representante legal de la compañía Finca Las Tres Marías S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción de la
fertilizante de nombre comercial Las Tres Marías compuesto a base de
Nitrógeno-fósforo-potasio-magnesio-calcio-azufre-hierro-manganeso-zinc.
Conforme a lo que establece
DIVISIÓN
DE CONTROL DE CALIDAD
Y MACROEVALUACIÓN
DEL SISTEMA EDUCATIVO
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios
de Educación Diversificada Rama Académica, Modalidad de Ciencias y Letras,
inscrito en el tomo 1, folio 21, y asiento Nº 43, emitido por el Colegio
Bilingüe San Judas Tadeo, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre
de Jiménez Mora Manuel Enrique. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 70, y Título Nº 319, emitido por el Liceo
Nocturno José Joaquín Jiménez Núñez, en el año mil novecientos noventa y siete,
a nombre de González Vega Bernardita. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 43, título Nº 604, emitido por el Colegio
Nocturno de Río Frío, en el año dos mil seis, a nombre de Azofeifa Angulo Davis
Olman. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Titulo de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el Tomo 3, Folio 162, Título Nº 4408,y del Título de Técnico
Medio en Dibujo Técnico, inscrito en Tomo 1, Folio 494, Título Nº 8102,
otorgado en el año dos mil seis, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio
Técnico Profesional de Heredia, a nombre de Luna Maradiaga Juan José. Se
solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos
originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios
de Educación Diversificada, “Rama Académica”, Modalidad Ciencias y Letras,
inscrito en el tomo 1, folio 13, y título Nº 16, emitido por el Colegio
Bilingüe San Judas Tadeo, en el año mil novecientos setenta y siete, a nombre de
Cruz Rehaag Joanna Graciela. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta
dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 28, título Nº 300, y del
Título de Técnico Medio en Computación, inscrito en el tomo 1, folio 60, título
Nº 1133, emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Calle Blancos, ambos
títulos fueron otorgados en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de
Chacón Castro Víctor. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante esta dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 61, Título N° 1035, emitido por el
Instituto de Majuela, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de
Campos Sánchez Andrés. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial “
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del certificado de Conclusión de Estudios
de
Ante esta Subdirección
se ha presentado la solicitud de reposición del título de bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 5, título N° 842, emitido por el
Liceo de Pavas, en el año dos mil tres, a nombre de Iglesias Chaves Yahaira. Se
solicita la reposición del título indicado por corrección del apellido, cuyo
nombre y apellidos correctos son: Iglesias Canales Jahaira de Jesús. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
En sesión celebrada en San José a las diez horas del día 24 de julio del 2007, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución N° R-4424-2007, del día 24 de julio del 2007, al señor Valverde Acuña Fernando, cédula de identidad 1-479-984, vecino de San José; por un monto de sesenta y cuatro mil trescientos dieciséis colones con cincuenta y un céntimos (¢64.316,51); de acuerdo al II semestre del 2007, con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Lic. Francis Zúñiga González, Director Ejecutivo.—1 vez.—(88959).
En sesión celebrada en San José a las diez horas del día 24 de julio del 2007, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución N° R-4429-2007, del día 24 de julio del 2007, al señor Sánchez Monestel Carlos Humberto, cédula de identidad 1-260-611, vecino de Alajuela; por un monto de sesenta y cuatro mil trescientos dieciséis colones con cincuenta y un céntimos (64.316,51); de acuerdo al II semestre del 2007, con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Lic. Francis Zúñiga González, Director Ejecutivo.—1 vez.—(89103).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción de la organización social
denominada: Federación Nacional de Organizaciones del Poder Judicial, siglas
FENAJUD aprobada en asamblea celebrada el 12 de agosto del 2006. Expediente
F-118. Habiéndose cumplido con las disposiciones contenidas en los artículos
344 del Código de Trabajo y 49 de
Presidente: Mario Alberto
Mena Ayales
Vicepresidenta: Damaris Molina
González
Director de
Finanzas: Carlos
Montero Zúñiga
Director de
Prensa y Propaganda: Víctor Castro
Méndez
Directora de
Capacitación
y Educación: Anabelle
Corrales Guevara
Director de
Organización y Actas: José Antonio
Bravo Bonilla
Director de
Relaciones Publicas: Abel Jiménez
Obando
Fiscal: Carlos
Castro Hernández
Fiscal
Suplente: Froylán
Alvarado Zelada
26 de agosto del
2007.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—Nº 48489.—(87729).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad
con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad
Social, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada:
Colegio Cooperativo de Educación Integral de Coronado R. L., siglas Coopecocei
R. L., acordada en asamblea celebrada el 3 de marzo del 2007. Resolución 1436.
En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de
Consejo de Administración
Presidenta Damaris Tenorio Jara
Vicepresidente Martín Mora Jiménez
Secretario Alba Rosa García Oviedo
Vocal 1 Socorro Mora Chacón
Vocal 2 Victoria Bejarano Arias
Suplente 1 Shirley Calvo Martínez
Suplente 2 Enoc González Arguedas
Gerente Rodrigo Jiménez Vega
San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(88989).
REGISTRO NACIONAL
OFICINA CENTRAL DE MARCAS DE GANADO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Nº 83.280.—Ramón
Gerardo Zúñiga Álvarez, cédula de identidad Nº 6-156-977, mayor, casado una
vez, agricultor, con domicilio en 400 metros al norte de
4 R
3
como
marca de ganado, que usará preferentemente en Roxana de Pococí, Limón. Se cita
a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina,
dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de
este edicto.—San José, 7 de marzo del 2007.—Nº 39258.—(71454).
REGISTRO DE
Cambio
de nombre Nº 51995. Que el señor Edgar Zurcher Gurdián, cédula Nº 1-532-390, en
concepto de apoderado general de A. E. Staley Manufacturing Company, solicitó a
este Registro se anote la inscripción del cambio de nombre, otorgado por A. E
Staley Manufacturing Company de Estados Unidos de América por el de Tate &
Lyle Ingredients Americas, Inc. de Estados Unidos de América, solicitud
presentada a las 14:17 del 24 de agosto, 2007; con respecto a la marca de
fábrica STALEY (DISEÑO) en clase 32, Registro Nº 43407, inscrita el 22
de diciembre, 1971. Publicar en
Cambio de nombre Nº
53806. Que el señor Luis Pal Hegedus, cédula 1-558-219, en concepto de
apoderado general de ASTA MEDICA; solicitó a este Registro se anote la
inscripción del cambio de nombre, otorgado por ASTA MEDICA de Francia por el de
VIATRIS PHARMACEUTICALS de Francia. Solicitud presentada a las 12:57 del 12 de
setiembre del 2007; con respecto a la marca de fábrica PARGINE 5 en Clase 5,
Registro Nº 67415, inscrita el 24 de febrero, 1987. Publicar en el Diario
Oficial
Cambio de nombre Nº
53807. Que el señor Luis Pal Hegedus, cédula 1-558-219, en concepto de
apoderado general de VIATRIS PHARMACEUTICALS; solicitó a este Registro se anote
la inscripción del cambio de nombre, otorgado por VIATRIS PHARMACEUTICALS de
Francia por el de MEDA PHARMA de Francia. Solicitud presentada a las 12:58 del
12 de setiembre del 2007; con respecto a la marca de fábrica PARGINE 5 en Clase
5, Registro Nº 67415, inscrita el 24 de febrero, 1987. Publicar en el Diario
Oficial
Cambio de nombre Nº
50553. Que el señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, en concepto
de apoderado especial de Reproductora Avícola S. A. (RASA); solicitó a este
Registro se anote la inscripción del cambio de nombre, otorgado por
Reproductora Avícola S. A. (RASA) de Honduras por el de Reproductora Avícola,
S. de R.L. (RASA) de Honduras. Solicitud presentada a las 11:34 del 5 de
setiembre del 2007; con respecto a
Cambio de nombre Nº
52024. Que el señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, en concepto
de apoderado general de Cadbury Trebor Allan Inc.; solicitó a este Registro se
anote la inscripción del cambio de nombre, otorgado por Cadbury Trebor Allan
Inc. de Canadá por el de Cadbury Adams Canadá Inc. de Canadá. Solicitud
presentada a las 09:23 del 7 de setiembre del 2007; con respecto a
Cambio de nombre Nº
53679.Que el señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, en concepto
de apoderado general de palmOne, Inc., solicitó a este Registro se anote la
inscripción del cambio de nombre, otorgado por palmOne, Inc. de Estados Unidos
de América por el de Palm, Inc. de Estados Unidos de América. Solicitud
presentada a las 09-23 del 7 de setiembre del 2007; con respecto a
Cambio de nombre Nº
53712. Que el señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, en concepto
de apoderado general de Camozzi Pneumatic S.p.A.; solicitó a este Registro se
anote la inscripción del cambio de nombre, otorgado por Camozzi Pneumatic
S.p.A., de Italia por el de Camozzi Service S.r.L.; de Italia. Solicitud
presentada a las 14:48 del 10 de setiembre del 2007; con respecto a
Cambio de nombre Nº
53714. Que el señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, en concepto
de apoderado general de Camozzi S.p.A.; solicitó a este Registro se anote la
inscripción del cambio de nombre, otorgado por CAMOZZI S.p.A. de Italia por el
de Unitec Engineering S.p.A. de Italia. Solicitud presentada a las 14:49 del 10
de setiembre del 2007; con respecto a
Cambio de nombre Nº
53715. Que el señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, en concepto
de apoderado general de Unitec Engineering S.p.A.; solicitó a este Registro se
anote la inscripción del Cambio de Nombre, otorgado por Unitec Engineering
S.p.A. de Italia por el de Camozzi S.p.A. de Italia. Solicitud presentada a las
14:49 del 10 de setiembre del 2007; con respecto a
Cambio de nombre Nº
53716.—Que el señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, en concepto
de apoderado general de Camozzi S.p.A; solicitó a este Registro se anote la
inscripción del cambio de nombre, otorgado por CAMOZZI S.p.A de Italia por el
de Camozzi S.p.A Societá Unipersonale de Italia, solicitud presentada a las
14:49 del 10 de setiembre 2007; con respecto a la marca de fábrica CAMOZZI
(DISEÑO) en clase 7, Registro Nº 67264, inscrita el 15 de enero 1987, la
marca de fábrica CAMOZZI (DISEÑO) en clase 6, Registro Nº 67263,
inscrita el 15 de enero 1987. Publicar en
Cambio de nombre Nº
53726. Que el señor Víctor Vargas Venezuela, cédula Nº 1-335-794, en concepto
de apoderado especial de ZLB Behring L.L.C.; solicitó a este Registro se anote
la inscripción del cambio de nombre, otorgado por ZLB Behring L.L.C. de Estados
Unidos de América por el de CSL Behring L.L.C. de Estados Unidos de América.
Solicitud presentada a las 10:10 del 11 de setiembre del 2007; con respecto a
Cambio de nombre Nº
53725.—Que el señor Víctor Vargas
Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, en concepto de apoderado general de Aventis
Behring L.L.C., solicitó a este Registro se anote la inscripción del cambio de
nombre, otorgado por Aventis Behring L.L.C. de Estados Unidos de América por el
de ZLB Behring L.L.C. de Estados Unidos de América. Solicitud presentada a las
10:10 del 11 de setiembre 2007; con respecto a la marca de fábrica HELIXATE
en clase 5, Registro Nº 89823, inscrita el 9 de enero 1995, la marca de fábrica
MONOCLATE-P en clase 5, Registro Nº 85962, inscrita el 17 de febrero
1994, la marca de fábrica MONONINE en clase 5, Registro Nº 82555,
inscrita el 13 de mayo 1993, la marca de fábrica GAMMAR en clase 5,
Registro Nº 49114, inscrita el 10 de abril 1975, la marca de fábrica GAMMAR
en clase 5, Registro Nº 57185, inscrita el 26 de marzo 1980, la marca de
fábrica ALBUMINAR en clase 5, Registro Nº 57186, inscrita el 26 de marzo
1980, la
marca de fábrica MONOCLATE-P en clase 5, Registro Nº 82556,
inscrita el 13 de mayo 1993. Publicar en
Cambio de nombre Nº
53727.—Que el señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, en concepto
de apoderado especial de Banca Intesa S.P.A.; solicitó a este Registro se anote
la inscripción del Cambio de Nombre, otorgado por Banca Intesa S.P.A. de Italia
por el de Intesa Sanpaolo S.P.A. de Italia . Solicitud presentada a las 10:15
del 11 de setiembre 2007; con respecto a la marca de servicios GRUPPO
INTESABCI en clase 36, Registro Nº 130323, inscrita el 4 de diciembre,
2001, la marca de servicios INTESABCI en clase 36, Registro Nº 130324,
inscrita el 4 de diciembre 2001, la marca de servicios INTESABCI (DISEÑO) en
clase 36, Registro Nº 130276, inscrita el 30 de noviembre 2001, la marca de
servicios GRUPPO INTESABCI (DISEÑO) en clase 36, Registro Nº 130277,
inscrita el 30 de noviembre, 2001. Publicar en
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la
reforma al estatuto de
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Pro Desarrollo
Etapa Básica de Música de Palmares, con domicilio en la provincia de Alajuela.
Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Darle mantenimiento al
edificio, adquirir instrumentos musicales. Cuyo representante judicial y
extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el
presidente: Juan Carlos Pacheco Bolaños. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Unamos Las Manos, con domicilio en la provincia de San José, San Pedro de Montes de Oca, Ofimall en el Mall San Pedro, Oficina número dos, cuyos fines principales ente otros son los siguientes: ayudar a mejorar entornos comunales dentro de Costa Rica. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, es el presidente. Otto Guevara Guth. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en tramite. Tomos: 571 y 572, Asientos: 92750 y 53335.—Curridabat, treinta de agosto del dos mil siete.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 48838.—(88556).
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Desarrollo
Social Miravalles, con domicilio en la provincia de Guanacaste. Cuyos fines
principales entre otros son los siguientes: Desarrollar acciones que
contribuyan a rescatar valores, promoción personal y vocacional de la comunidad
antes dicha. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con
facultades de apoderada generalísima sin limitación de suma, y con las
limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Virginia
Rodríguez Castro. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Administradora del
Acueducto y Alcantarillado Sanitario Quebrada Los Leones, con domicilio en la
provincia de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos. Cuyos fines principales
entre otros son los siguientes: Administrar, operar, dar mantenimiento,
desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con
las disposiciones y reglamentos que al respecto emite el Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados que serán de acatamiento
obligatorio. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones
establecidas en el estatuto lo es el presidente: Rodolfo Alejandro Mora
Morales. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Costarricense de
Pacientes de Psoriasis Familiares y Amigos, con domicilio en la provincia de
San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover a la
sociedad costarricense el conocimiento sobre psoriasis, sus causas, manifestaciones.
Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es el presidente David Silvio Wais. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Vecinos
Residencial Medina del Campo, con domicilio en la provincia de Heredia,
Residencial Medina del Campo del restaurante Banco de los Mariscos quinientos
metros al oeste, cuyos fines principales ente otros son los siguientes:
Administrar y velar por buen funcionamiento del pozo de agua que abastece el
Residencial. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones
establecidas en el estatuto, es el presidente Enrique Hernández Valerín. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Ernesto
Gutiérrez Blanco, cédula Nº 1-848-886, abogado, en su condición de apoderado de
Beeman Holdings Inc, de E.U.A., solicita
El señor Ernesto
Gutierrez Blanco, abogado, en su condición de apoderado de Elster Electricity
LLC, de E.U.A., solicita
El señor Ernesto
Gutiérrez Blanco, mayor, casado una vez, abogado, vecino de San José, cédula Nº
1-848-886, en su condición de apoderado especial de FMC Corporation, de E.U.A.,
solicita
La señora Karla Villalobos Wong, mayor, abogada, cédula número 1-1036-375, en condición de apoderada especial de SCA Hygiene Products AB, de Suecia, solicita el Modelo Industrial denominada DISPENSADOR DE TOALLAS DE PAPEL (DISPENSADOR EXPRESO).
Para ver imágenes solo en
Gaceta Impresa o en Formato PDF
El invento se
relaciona con un dispensador para productos sanitarios, dispensador que
comprende una sección trasera, dos secciones laterales, una sección frontal,
una sección superior y una sección inferior, con medios para dispensar
productos sanitarios. Al menos la sección trasera y las dos secciones laterales
comprenden sustancialmente componentes planos hechos de un material plástico, y
la sección frontal y la sección superior forman un componente de una única hoja
de metal teniendo al menos un codo cilíndrico de una sola curva. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Ernesto Gutiérrez Blanco, mayor, casado una vez, abogado vecino de San José, cédula Nº 1-848-886, en su condición de apoderado especial de Hygiene Products AB, de Suecia, solicita el Diseño Industrial denominada DISPENSADOR DE PAPEL (TBOX).
Para ver imágenes solo en
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El invento se
relaciona con un dispensador para productos sanitarios, dispensador que
comprende una sección trasera, dos secciones laterales, una sección frontal,
una sección superior y una sección inferior, con medios para dispensar
productos sanitarios. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados,
La señora Karla Villalobos Wong, mayor, abogada, cédula número 1-1036-375 e condición de apoderada especial de SCA Hygiene Products AB, de Suecia, solicita el Modelo Industrial denominada DISPENSADOR DE JABÓN.
Para ver imágenes solo en
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El invento se
relaciona con un dispensador para productos sanitarios, dispensador que
comprende una sección trasera, dos secciones laterales, una sección frontal,
una sección superior sección inferior, con medios para dispensar productos
sanitarios. Al menos la sección trasera y las dos secciones laterales
comprenden sustancialmente componentes planos hechos de un material plástico, y
la sección frontal y la sección superior forman un componente de una única hoja
de metal teniendo al menos un codo cilíndrico de una sola curva. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La señora Andrea Badilla Muñoz, de Costa Rica, mayor, cédula de identidad Nº 1-926-616, solicita el Modelo de Utilidad denominada MOLDES CON SOPORTE REUTILIZABLES DE PLÁSTICO PARA UÑAS Y METODOLOGÍA DE APLICACIÓN.
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Los moldes con
soporte tienen la forma de la uña natura larga, con un soporte adherido para un
mayor control a la hora de sostenerlo y aplicarlo a la uña, son de once
diferentes dimensiones para el ajuste de cada tamaño de uña, enumeradas en el
soporte para una mejor visibilidad. Se pueden utilizar para formar toda la uña
o restaurarla. La metodología de aplicación hacia la uña es muy sencilla,
buscamos el número que se encuentra en el soporte del molde que calce con la
uña y sosteniendo el molde desde el soporte por el reverso aplicamos el
producto a utilizar para la realización de uñas artificiales, luego giramos el
molde y sosteniéndolo del soporte lo aplicamos sobre la uña, después hacemos
una leve presión en la parte superior del molde, se sostiene unos segundos y se
espera hasta el endurecimiento del producto, en el siguiente paso se retira el
molde desde el soporte con un leve tirón de lado o hacia arriba, quedando la
uña natural y brillante, finalmente limamos los bordes y el largo. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
INSTITUTO METEOROLÓGICO
NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. Nº 12674P.—Integra
Desarrollos Ende S. A., solicita concesión de 5 lps del Pozo CY-83, efectuando
la captación en su finca en Cóbano, Puntarenas, para construcción. Coordenadas
183.080 / 416.260 Hoja Cabuya. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 2 de octubre del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón,
Jefe.—(86948).
Exp. 12669-P.—Inversiones Comerciales Aarhus S. A., solicita en concesión 0,05 litros por segundo del pozo AB-2443 perforado en su propiedad en Santa Ana, para uso doméstico (incluye piscina). Coordenadas 211.806 / 518.184. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 28 de setiembre de 2007.—Departamento de Aguas. MINAE.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 48159.—(87192).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. Nº 12663P.—M & S de Alajuela S. A., solicita concesión de: 4,75 litros por segundo del Pozo BA-312, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro (Alajuela), Alajuela, Alajuela, para uso agropecuario - riego - frutal. Coordenadas 234.400 / 515.550 hoja. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de setiembre del 2007.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(87946).
Expediente 12626A.—Sawtooth Pass Investments S. A., solicita concesión de: 0,05 lps del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 355.626 / 481.256 hoja dominical. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de julio de 2007.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 48883.—(88559).
Expediente
12676A.—Inversiones Santa Lucía de
Exp. 12625P.—Desarrollos Colinas del Sol del Pacífico S. A., solicita concesión de 2 litros por segundo del pozo BE-255, efectuando la captación en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario, consumo humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 273.900 / 357.725 hoja Belén. 2 litros por segundo del pozo BE-455, efectuando la captación en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario, consumo humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 274.025 / 357.175 hoja Belén. 2 litros por segundo del pozo BE-454, efectuando la captación en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario, consumo humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 273.865 / 357.450 hoja Belén. 2 litros por segundo del pozo BE-456, efectuando la captación en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario, consumo humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 274.060 / 357.575 hoja Belén. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de julio de 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 48987.—(88898).
Exp. 12664A.—Januario Jiménez Martínez, solicita concesión de 0,10 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Jorge Acuña Cordero en Rivas, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano, piscina. Coordenadas 160.165 / 571.190 hoja San Isidro. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de setiembre de 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 48990.—(88899).
Exp. 12666A.—Ganadera
Maleno de
Exp. 12665A.—Cedeño y González S. A., solicita concesión de 7 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Fabio Cedeño González en Fortuna, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano, agropecuario, riego, turístico, restaurante, abrevadero, piscicultura, piscina, doméstica. Coordenadas 273.700 / 460.620 hoja Fortuna. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de setiembre de 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 48992.—(88901).
Exp. 12670A.—Ganadera
Manoa de
Exps. 3014 y 12668.—Tobi Inmobiliaria S. A. y Federico Baltodano Guillén solicitan renovación y desglose de su concesión: 100 litros por segundo para cada uno del río Góngora captado en propiedad de Tobi Inmobiliaria en Liberia para uso doméstico, abrevadero, lechería, piscicultura y riego. Coordenadas aproximadas 318.400 / 372.900. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes de la primera publicación.—San José, 26 de setiembre de 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 49160.—(88903).
Exp 12659A.—Otilio y Virginia, Pichardo Villegas, solicitan concesión de 25 litros por segundo de la quebrada Pichardo, efectuando la captación en finca de su propiedad en Bijagua, Upala, Alajuela, para uso piscultura. Coordenadas 299.300 / 419.420 hoja Miravalles. Predios inferiores: Ángela Navarro Jiménez Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de setiembre de 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 49183.—(88904).
Exp. 12677.—José Edgar Valverde Bobón, solicita en concesión 0,05 litros por segundo de nacimiento sin nombre, captado en su propiedad. Sita en Rivas, Pérez Zeledón, San José, para uso doméstico. Coordenadas aproximadas 378.350 / 498.400 Hoja San Isidro. Propietarios de predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 4 de octubre de 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 49232.—(88905).
Nº 2714-E-2007.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las siete horas con treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil siete.
Renuncia del señor Kevin Casas
Zamora al cargo de Segundo Vicepresidente de
Resultando:
1º—Mediante
oficio Nº SD-42-07-08 de fecha 25 de setiembre del 2007, el señor Marco William
Quesada Bermúdez, Director del Departamento de
2º—En el procedimiento se han observado las prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Hechos
probados: Que con base en los elementos de juicio que se dirán, este
Tribunal tiene por demostrados los siguientes hechos: a) que este organismo
electoral, mediante declaratoria Nº 1023-E-2006, de las catorce horas con cinco
minutos del seis de marzo del dos mil seis, con fundamento en el resultado de las
elecciones generales celebradas el cinco de febrero del dos mil seis, y con
base en los artículos 102, inciso 8), de
II.—Sobre el fondo: El
artículo 121, inciso 8) de
Partiendo del carácter voluntario
de la relación de servicio que vincula al funcionario público con el Estado y
sus instituciones, se tiene que el ejercicio del cargo de Vicepresidente de
“…
la renuncia es un acto unilateral, que no requiere aceptación alguna para que
surta efecto. Una solución distinta, nos llevaría a desconocer el carácter
voluntario de la relación de empleo público, lo cual resulta improcedente.
…
Por otro lado,
dicha voluntariedad también la impone la vigencia de los derechos fundamentales
previstos en
Sobre los alcances de la libre
elección del trabajo,
Por ello, al haberse acreditado
que el señor Kevin Casas Zamora, en su condición de Segundo Vicepresidente de
En consecuencia, y de conformidad
con el artículo 135 de
Se cancela la
credencial del cargo de Segundo Vicepresidente de
Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora Chavarría.—Max Alberto Esquivel Faerron.—1 vez.—(O. P. Nº 4901-2007).—C-43580.—(89487).
Registro Civil -Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que
este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Paula Isidora Vásquez
Jirón, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 1544-2003.
Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos Jurídicos.—San José, a las
catorce horas cincuenta minutos del dieciocho de agosto del dos mil tres.
Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Paula Isidora Vásquez
Jirón, ama de casa, casada, nicaragüense, cédula de residencia número
doscientos setenta-ciento siete mil sesenta y tres-cuarenta y cinco mil treinta
y dos, vecina de
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Flavia García Martínez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1633-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y cincuenta y siete minutos del trece de junio del dos mil siete. Ocurso. Expediente 36076-06. Resultando: 1º—...2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Hechos no Probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Federico Galicia con Flavia Socorro García García... en el sentido que los apellidos de la cónyuge son “García Martínez” hija de “Brígida Sareda García Martínez” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 48690.—(88561).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por América del Carmen Castrillo Carballo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2124-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de julio del dos mil siete. Expediente Nº 36250-06.—Resultando: 1º—...2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados:... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Félix Antonio Morales Morales con Carmen María Castrillo Castrillo... en el sentido que el nombre y apellidos de la cónyuge son “Leonarda América del Carmen Castrillo Carballo” hija de “Fabio Castrillo Bonilla y Ángela Carballo Carmena”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefe.—1 vez.—Nº 48760.—(88562).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Omar Ahmad Hafez Al Masaeid, único apellido, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2682-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas treinta minutos del veintiséis de setiembre del dos mil siete. Exp. Nº 29219-03. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Omar Ahmad Hafez Al Masaied, no indica otro apellido con María del Carmen Ortega Ulate... en el sentido que el nombre y apellidos del cónyuge son “Omar Al Masaiid Abu Hassan, hijo de Ahmad Hafez Al Masaiid y Rasmiyeh Mohammad Abu Hassan, no indican segundo apellido, jordanos”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 49091.—(88906).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Elioet del Carmen Mayrena Velásquez, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 3047-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cincuenta minutos del diecinueve de octubre del dos mil seis. Exp. Nº 10837-06. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º— Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Jennifer Aurora Villalta Maireno... en el sentido que el primer apellido de la madre... es “Mayrena”.—Lic. Marisol Castro Dobles. Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 49189.—(88907).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Massiel Ninoska Martínez Gámez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2385-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas del trece de agosto del dos mil siete. Ocurso. Exp. N° 9067-07. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, Rectifíquese el asiento de nacimiento de Leyboll Antuan Vásquez Vásquez...en el sentido que el nombre y apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Massiel Ninoska Martínez Gámez” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 49195.—(88908).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por la licenciada Rita María Vargas Duarte apoderada especial del señor Ronal Benito Mendoza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2498-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas del tres de setiembre del dos mil siete. Ocurso. Exp. N° 444-07. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de matrimonio de Ronald Mendoza Mairena con María Auxiliadora Leiva Leiva... en el sentido que el nombre y apellido del cónyuge son “Ronal Benito Mendoza, no indica segundo apellido, hijo de Hilda Mendoza, no indica segundo apellido” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 49205.—(88909).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Martha Cecilia
Lorza Valencia, mayor, soltera, secretaria, colombiana, carné de residencia Nº
117000728718, vecina de Heredia, expediente Nº 3698-2006. Se ha presentado a
este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los
artículos 11 y 12 de
Teresa de Jesús Solís
Mejía, mayor, casado, nicaragüense, carné de refugiado Nº 155801191827, vecina
de Heredia, expediente Nº 1479-2007. Se ha presentado a este Registro a
levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Onil Antonio Castro
Hernández, mayor, soltero, ingeniero, nicaragüense, cédula de residencia
155802503403, vecino de Alajuela, expediente 1568-2005. Se ha presentado a este
Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos
11 y 12 de
CULTURA Y JUVENTUD
CENTRO NACIONAL DE
MODIFICACIÓN PLAN DE COMPRAS 2007
De conformidad
con las modificaciones a
San José, 10 de
octubre del 2007.—Lic. Olga Robles Gamboa, Directora Administrativa.—1
vez.—(Solicitud Nº 34635-Centro Nacional de
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
DEPARTAMENTO DE APROVISIONAMIENTO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO N° 3-2007
RESUMEN GENERAL POR PROGRAMA
(en miles de colones)
(Según
artículo 6º de
Detalle |
Programa N° 1 Administración |
Programa N° 2 Docencia |
Programa N° 3 VIESA |
Programa N° 4 Inv. y extensión |
Programa N° 5 San Carlos |
Total aplicaciones |
SERVICIOS |
112.555,65 |
26.072,13 |
11.050,00 |
4.353,47 |
9.825,00 |
163.856,24 |
MATERIALES Y SUMINISTROS |
59.567,40 |
23.228,03 |
8.461,35 |
695,28 |
27.538,92 |
119.490,98 |
BIENES DURADEROS |
43.655,00 |
13.550,49 |
2.042,55 |
300,00 |
2.650,00 |
62.198,04 |
TRANSFERENCIAS CORRIENTES |
9.300,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
0,00 |
9.300,00 |
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL |
0,00 |
262,05 |
65,51 |
0,00 |
0,00 |
327,56 |
TOTAL GENERAL |
225.078,05 |
79.517,31 |
25.720,57 |
5.348,75 |
40.013,92 |
375.678,60 |
Cartago, 11 de octubre del 2007.—Lic. Wálter Sequeira Fallas, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 14404).—C-21800.—(90706).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
ADMINISTRACIÓN ÁREA DE SALUD
Solicitud de modificación Programa de
Adquisiciones
año 2007, correspondiente al Área de Salud
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 7° del Reglamento a
Fecha: 10 de octubre 2007
Servicio a contratar |
Monto estimado |
Periodo estimado |
Fuente de financiamiento |
Partida presupuestaria |
Autoclave para Desechos Bioinfecciosos |
¢8.975.000,00 |
II Semestre, año 2007 |
Presupuesto operativo |
2320 “Equipo Médico y Laboratorio” |
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS AÑO 2007
SEGUNDA MODIFICACIÓN
Unidad Fuente Monto
en colones Fecha de
Solicitante Financiamiento Descripción ejecución
Región Fondos AyA Adquisición de ¢12.000.000,00 IV
Trimestre
Metropolitana implementos
de
Seguridad
San José, 10 de octubre del 2007.—Lic. Jeniffer Fernández, Proveeduría Institucional.—1 vez.—(90570).
HACIENDA
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000512-13405
Mantenimiento del Sistema de Información
para Apoyar
El interesado tiene el cartel a
disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la dirección
https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta fecha, o
podrá obtenerlo en el Departamento de Contrataciones de
Lic. Olman San Lee Chacón, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 5242).—C-15145.—(90708).
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-DI
Rehabilitación del puente sobre el río
Caño Grande en
Se comunica a las
empresas interesadas en participar en la licitación de referencia, que este
Consejo recibirá ofertas, de conformidad con los términos cartelarios, hasta
las 10:00 horas del día 09 de noviembre de 2007 en las Oficinas de
Asimismo, se estará efectuando reunión de preoferta el día 24 de octubre de 2007 a las 10:00 horas, en el sitio de inicio del proyecto.
Los interesados en participar
deberán adquirir los documentos de licitación a partir de la fecha indicada en
esta invitación a participar, en
Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA. Arturo Álvaro Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 15180).—C-9680.—(90858).
JUSTICIA Y GRACIA
REGISTRO NACIONAL
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2007LN-000011-00100
Concesión de uso de locales “A” “B” “C”
“D” y “E”
para la venta de timbres y especies fiscales
en el Registro Nacional
El Departamento de Proveeduría del Registro Nacional invita a participar en la licitación de referencia, para la cual se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día 7 de noviembre del 2007.
El cartel correspondiente se encuentra disponible en Comprared, en la página de Internet www.hacienda.go.cr/comprared.
San José, 2 de octubre del 2007.—Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 49310).—C-6070.—(90673).
PODER JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
UNIDAD EJECUTORA
PRÉSTAMO BID 1377/OC-CR
PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN DE
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2007LN-000140-01
Contratación de una firma consultora
para el diseño,
desarrollo e implantación de un sitio web para la
defensa pública de Costa Rica
El Programa de
Modernización de
1.
2. El costo de este concurso, se financiará con recursos del Préstamo N° 1377/OC-CR, otorgado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), al Gobierno de Costa Rica, razón por la cual los servicios a ofertar deben provenir de un país miembro del BID.
3. En
Cualquier otra información adicional, relativa al presente concurso podrá obtenerse en la siguiente dirección:
Unidad Ejecutora del Programa de Modernización Poder Judicial - BID.
Edificio de
Sita 250 metros este Caja Costarricense de Seguro Social
Ave. Segunda San José, Costa Rica,
Teléfonos Nos 211-98-31 y 211-9833
Fax Nº (506) 256-5668
E-mail:
rchavesc@poder-judicial.go.cr
www.poder-judicial.go.cr/bid
4. Los diferentes
concursos promovidos por
San José, Costa Rica, octubre 2007.—Lic. Sonia Navarro Solano, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(90326).
BANCO DE COSTA RICA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LP-004863-01
Respaldo del sistema eléctrico principal de oficinas centrales
El Banco de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.) del 13 de noviembre del 2007, para la licitación en referencia.
La visita al sitio será el día miércoles 24 de octubre del 2007, a las 10:00 a. m.; en compañía del Ing. Christian Arias Urpi, sita: Banco de Costa Rica en oficinas centrales, puerta de empleados costado oeste, San José.
Los interesados pueden retirar el
cartel de licitación que incluye las especificaciones, planos y condiciones
generales en formato digital, en
Oficina de Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—(Solicitud Nº 14709).—C-7280.—(90847).
COLEGIOS UNIVERSITARIOS
COLEGIO UNIVERSITARIO DE PUNTARENAS
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000002-CUP
Contratación de servicios profesionales
para recibir propuesta
de diseño arquitectónico de un módulo de aulas y diseño
de sitio con proyección de crecimiento de dos módulos
más
Los interesados deberán retirar
el cartel con las especificaciones técnicas, en
Puntarenas, 10 de octubre del 2007.—Unidad de Proveeduría.—Vicente Flores Vargas, Encargado.—1 vez.—(90849).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN
Y COMUNICACIONES SUBÁREA GESTIÓN DE COMPRAS
De conformidad con el artículo 59 del Reglamento de Contratación Administrativa, se comunica a los interesados, la apertura de las siguientes Compras Directas de Escasa Cuantía:
Nº concurso Fecha
apertura Hora
2007CD-000020-1150
Objeto: Equipo para la gestión y
administración de videoconferencias 24 de octubre del 2007 9:00 a. m.
2007CD-000021-1150
Objeto: Tarjetas para MCU marca
Polycom modelo MGC-100. 24 de octubre del 2007 10:00 a. m.
San José, 11 de octubre de 2007.—MBA. Lydia Durán Jiménez, Jefa.—1 vez.—(90768).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000103-PROV
Adquisición de cintas y hebillas de
acero inoxidable
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes
mencionada, que recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 13 de noviembre
del 2007, en
Requerimiento
Adquisición de cintas y hebillas de acero inoxidable.
Mayores
especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse por
medio de fotocopia cancelando el costo de la misma en
San José, 10 de octubre del 2007.—Licitaciones. Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 330291).—C-6675.—(90848).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000105-PROV
Servicio de mano de obra para la
evaluación general
de las instalaciones eléctricas de baja tensión,
levantamiento
y actualización de planos eléctricos de todos los edificios
del plantel Colima, ICE
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes
mencionada, que recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 13 de noviembre
del 2007, en
Requerimiento
Servicio de mano de obra para la evaluación general de las instalaciones eléctricas de baja tensión, levantamiento y actualización de planos eléctricos de todos los edificios del plantel Colima, ICE.
Mayores
especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse por
medio de fotocopia cancelando el costo de la misma en
San José, 10 de octubre del 2007.—Licitaciones. Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 330291).—C-9680.—(90850).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2007LN-000014-PRI
Compra de polímero sintético catiónico
(Modalidad: Entrega según demanda)
El Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº
4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día 7
de noviembre del 2007, para contratar
Los documentos que conforman el
cartel podrán retirarse en
San José, 10 de octubre del 2007.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén, Proveeduría Institucional.—1 vez.—(90572).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
Se invita a los posibles oferentes a participar en los siguientes procedimientos de Contratación Administrativa:
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA-000035-01
Construcción de espaldón
Se recibirán ofertas hasta las nueve horas del día miércoles siete de noviembre de dos mil siete.
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA-000036-01
Colocación de carpeta asfáltica
Se recibirán ofertas hasta las diez horas del día miércoles siete de noviembre de dos mil siete.
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA-000037-01
Materiales mejoras del cantón
Se recibirán ofertas hasta las diez horas con treinta minutos del día miércoles siete de noviembre de dos mil siete.
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA-000040-01
Construcción de puentes
Se recibirán ofertas hasta las once horas del día miércoles siete de noviembre de dos mil siete.
La documentación para estos concursos podrá obtenerse en nuestras Oficinas de Proveeduría, en el edificio anexo del Palacio Municipal (antiguo Centro de Salud), en el siguiente horario: de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 4:00 p. m.
Para mayor información
comunicarse con
Cira Castro Myrie, Proveedora Municipal.—1 vez.—(90569).
MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS
Se invita a los interesados en participar en los procesos de licitación que seguidamente se detallan, para que retiren los carteles correspondientes que estarán disponibles en el Departamento de Proveeduría, primer piso del Edificio Municipal, contiguo al Parque Mora y Cañas, a partir de esta publicación.
ò Licitación Abreviada Nº 2007LA-000010-01 “Suministro de 1275 m3 de base granular quebrada de 1 y ½” tamaño máximo nominar para ser utilizada en los trabajos de asfaltado de las calles urbanas de Los Almendros, distrito 08 Barranca del cantón Central, de la provincia de Puntarenas.
Para el cual se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 29 de octubre del 2007.
ò Licitación Abreviada Nº 2007LA-000011-01
“Suministro de 2100 m3 de base granular quebrada de 1 y ½” tamaño
máximo nominar, para ser utilizada en los trabajos de asfaltado de las calles
urbanas de
Para el cual se recibirán ofertas hasta las 14:00 horas del día 29 de octubre del 2007.
Puntarenas, 10 de octubre del 2007.—Ramón Quesada Jiménez, Proveedor Municipal.—1 vez.—(90680).
MUNICIPALIDAD DE GARABITO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000005-MUGARABITO
Ampliación del edificio municipal
Jacó, Puntarenas, 10 de octubre del 2007.—Ana Schmidt, Proveedora Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 438).—C-9100.—(90709).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000006-MUGARABITO
Construcción de los Ebais de Lagunillas
y Tárcoles
Jacó, Puntarenas, 10 de octubre del 2007.—Ana Schmidt, Proveedora Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 438).—C-9100.—(90711).
MUNICIPALIDAD DE OSA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2007 LN-000005-01
Proyecto Catastro y Sistema Tributario
para
Ciudad Cortés, 16 de octubre de 2007.—Carlos Quintana Vargas, Proveeduría General.—1 vez.—(90713).
AVISOS
JUNTA ADMINISTRATIVA CONSERVATORIO DE
CASTELLA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 1-2007
Contratación
del servicio de transporte para los estudiantes del
Conservatorio de
Castella, Cursos Lectivos 2008-2009-2010
Se comunica a los
(as) interesados (as) que
Procedimiento Descripción Apertura Hora
Licitación
Pública Contratación del servicio
de
Nº 1-2007 transporte
para los estudiantes del
Conservatorio
de Castella, Cursos
Lectivos
2008-2009-2010 07-11-07 10:00 a. m.
Los (as)
interesados (as) en participar en la contratación deben retirar el cartel con
las especificaciones técnicas y requisitos en
Agradeciendo de antemano su pronta respuesta a nuestra solicitud, ponemos a disposición para cualquier consulta el teléfono 293-6093 y el telefax 293-7849.
Departamento de Proveeduría.—Elena Rodríguez P.—1 vez.—(90047).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-700095-02
Contratación de los servicios de
alimentación plantel Barranca
El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja del Departamento de Tesorería, situada en el primer piso del mismo edificio, por un costo de ¢ 1.000,00, o bien, el mismo está disponible en el sitio Web de Recope, www.recope.com.
La visita al sitio para explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a cabo el día 24 de octubre del 2007 a las 10:00 horas en la entrada principal del plantel Barranca.
San José, 11 de octubre del 2007.—Área de Licitaciones.—Lic. Manuel Francisco Chaves Arguedas, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 2007-05-0272).—C-7280.—(90852).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-900204-02
Contratación de los servicios de mano de
obra, materiales
y equipo para la instalación e interconexión de bomba
para trasiego de bunker en
El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja del Departamento de Tesorería, situada en el primer piso del mismo edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible, sin sus anexos, en el sitio Web de Recope, www.recope.com.
La visita al sitio para explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a cabo el día 23 de octubre del 2007, a las 10:00 horas en el edificio del Departamento de Ejecución de Proyectos en Limón.
San José, 11 de octubre del 2007.—Área de Licitaciones.—Lic. Manuel Francisco Chaves Arguedas, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 2007-05-0272).—C-9095.—(90857).
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
JUNTA ADMINISTRATIVA DE
SECCIÓN DE PROVEEDURÍA
LICITACION PÚBLICA N° 2007LN-000001-99999
Compra de papel bond 60 gramos
Monto adjudicado en dólares: $ 195.854,75 (Ciento noventa y cinco mil ochocientos cincuenta y cuatro dólares con setenta y cinco centavos).
La información está a disposición en el Sistema Compr@red, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared.
San José, octubre del 2007.—Lic. Nelson Loaiza Sojo, Director General.—1 vez.—C-Exento.—(91196).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2007LN-000002-99999
Compra de papeles y cartulinas
Líneas Nos. 6, 7, 10, 11, 12, 18 y 19 a la empresa Papeles y Cartones S. A., por un monto de $ 417.900,00 (Cuatrocientos diecisiete mil novecientos dólares exactos).
Líneas Nos. 5, 17 y 20 a Suministradora de Papel Supapel S. A. por un monto de $ 32.922,00 (Treinta y dos mil novecientos veintidós dólares exactos).
Línea N° 13 a Compañía Americana de Papel, Plástico Afines Cappa S. A. por un monto de $ 2.240,00 (Dos mil doscientos cuarenta dólares exactos).
La información está a disposición en el Sistema Compr@red, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared.
San José, octubre del 2007.—Lic. Nelson Loaiza Sojo, Director General.—1 vez.—C-Exento.—(91198).
ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
LABORATORIO COSTARRICENSE DE METROLOGÍA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2007LN-000001-99999
Compra de equipo de laboratorio
Servicios Analíticos Sasa S. A., cédula jurídica 3-101-223877.
Línea 1: 1 (uno) Refrigerador para laboratorio con control de temperatura programable. Marca Barnstead. Lab line Cool lab.
Modelo 21322E, y demás características indicadas en la oferta. Plazo de entrega 30 días hábiles. Garantía 36 meses.
Precio unitario $ 3 650,00.
Precio total $ 3 650,00.
Línea 4: 1 (uno) Controlador de temperatura digital.
Modelo programable circulator, N° de parte 12112-21.
Marca Coleparmer Polystat, y demás características indicadas en la oferta.
Plazo de entrega 30 días hábiles. Garantía 36 meses.
Precio unitario $ 2 500,00.
Precio total $ 2 500,00.
Monto total adjudicado para las líneas uno y cuatro $ 6 150,00 (seis mil ciento cincuenta dólares).
Analytical
Instruments S. A., cédula jurídica Nº 3-101-274478.
Línea 2: 1 (uno) Baño de agua de temperatura constante.
Modelo KV 4000 viscosidad cinemática, catálogo Koehler, Petroleum testing Equipment, y demás características de la oferta. Plazo de entrega 45 días. Garantía 25 meses.
Precio unitario $ 6 100,00.
Precio total $ 6 100,00.
Monto total adjudicado para la línea dos $ 6 100,00 (seis mil cien dólares).
Elvatron
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-020826.
Línea 5: 1 (uno) Termómetro patrón, Fluke/Hart Scientific 1529, con dos canales PRT/termistor, y dos canales TC, pantalla de ocho dígitos, y demás características de la oferta. Plazo de entrega 30 días hábiles. Garantía de producto 12 meses.
Precio unitario $ 5 463,29.
Precio total $ 5 463,29.
Línea 8: 1 (uno) Balanza de presión neumática, con tres ensamble pistón-cilindro. Con las siguientes características: Pistón de medida de gas, modelo DH Instruments PG7601, con cámara y fitting tipo KF16, Ensamble pistón cilindro de gas, modelo de DH Instruments TC P Nº PC-7100/7600-10,TC, Ensamble pistón cilindro de gas, modelo de DH Instruments TC P Nº PC-7100/7600-50,TC, Ensamble pistón cilindro de gas, modelo de DH Instruments TC P Nº PC-7100/7600-200,TC,Set de masas de 35 kg, modelo de DH Instruments MS-7001-53, Base de controlador de presión modelo de DH Instruments PPC3-7Mu. Hardware de interconexión, modelo de DH Instruments PK-7000- PPC/MPC. Paquete de vacío modelo de DH Instruments VA-PPC/MPC-REF.-Bomba de vacío modelo de DH Instruments VA/8000/7000-RVPUP, Hardware de interconexión, modelo de DH Instruments PK-7600-VAC REF.-Software básico de calibración para el usuario, modelo de DH Instruments COMPASS FOR PRESSURE, y demás características de la oferta. Plazo de entrega 90 días hábiles. Garantía 12 meses.
Precio unitario $ 96 048,00.
Precio total $ 96 048,00.
Línea 13: 1 (uno) Fuente negra para calibración de termómetros ópticos (calibrador portátil para infrarrojos). Marca: Fluke/ H.Cientific 9132 con rango de 50 °C a 500 °C, y demás características de la oferta. Plazo de entrega 30 días hábiles. Garantía 36 meses.
Precio unitario $ 3 143,85.
Precio total $ 3 143,85.
Línea 15: 1 (uno) Calibrador multiprocesos multifunción. Marca FLUKE, modelo 725, y demás características de la oferta. Plazo de entrega 30 días hábiles. Garantía 36 meses.
Precio unitario $ 2 464,25
Precio total $ 2 464,25
Monto total adjudicado para las líneas cinco, ocho, trece y quince $107.119,39 (ciento siete mil ciento diecinueve dólares con 39/100).
Servicios
Técnicos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-005756-17.
Línea 6: 1 (uno) Juego de pesas de 1 mg a 1 kg, clase de exactitud E2 según OIML, en secuencia 1, 2, 2, 5; en caja de madera con certificado de conformidad de la clase indicada, pinzas y horquillas para todo el juego (de 1 mg a 1 kg). Marca Metler Toledo. Modelo Artículo Nº 158851.
Para
Precio unitario $ 7 910,00.
Precio total $ 7 910,00.
Monto total adjudicado para la línea seis $7.910,00 (siete mil novecientos diez dólares).
Capris
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-005113-22.
Línea 7: 1 (uno) Calibrador acústico multifuncional.
Con todas las características técnicas solicitadas en el cartel. Además incluye el certificado de calibración DPLA de Dinamarca y la información técnica requerida. Marca: Brruel and KJAER, Modelo: 4126 y 4226- CTF. Plazo de entrega 60 días después de recibida la orden de compra. Garantía 12 meses.
Precio unitario $ 12 346,25.
Precio total $ 12 346,25.
Monto total adjudicado para la línea siete $ 12. 346,25 (doce mil trescientos cuarenta y seis dólares con 25/100).
Tecno Sagot S. A., cédula jurídica Nº
3-101-077573.
Línea 9: 1 (uno) Juego de bloques patrón en pulgadas Mitutoyo 516-305-16, AS 00, de a.10005” hasta 4” de cerámica (mayor calidad que el carburo del tungsteno), total 82 bloque de las siguientes medidas: 1 pieza de 0,10005”, 9 piezas de 0,1001” hasta 0,1009” con paso de 0,0001”, 49 piezas de 0,101” hasta 0,149” con paso de 0,001”, 19 piezas de 0,05” hasta 0,95” con paso de 0,05” y 4 piezas de 1” a 4” con paso de 1”, y demás características de la oferta. Plazo de entrega 80 días hábiles. Garantía 24 meses.
Precio unitario $ 6 495,00.
Precio total $ 6 495,00.
Línea 16: 1 (uno) Calibrador multiprocesos multifunción, marca Fluke, 744 120. Plazo de entrega 30 días hábiles. Garantía 12 meses.
Precio unitario $ 6 830,00.
Precio total $ 6 830,00.
Monto total adjudicado para las líneas nueve y dieciséis $13. 325,00 (trece mil trescientos veinticinco dólares con 00/100).
Consultores
Químicos Internacionales S. A., cédula jurídica Nº 3-101-254397.
Línea 11: 1 (uno) Termocupla estándar. Con unión fría, tipo R de 600 mm de largo, con ámbito de 0 °C de 1600 °C, incluye certificado de calibración UKAS hasta 1300 °C. Marca ISOTECH. Modelo 1600 R-600. Plazo de entrega 30 días hábiles. Garantía 24 meses.
Precio unitario $ 4 318,00.
Precio total $ 4 318,00.
Línea 12: 1 (uno) Termocupla estándar. Con unión fría, tipo S de 600 mm de largo, con ámbito de 0 °C de 1600 °C, incluye certificado de calibración UKAS hasta 1300 °C. Marca ISOTECH. Modelo 1600 S-600. Plazo de entrega 30 días hábiles. Garantía 24 meses.
Precio unitario $ 4 318,00.
Precio total $ 4 318,00.
Línea 14: 1 (uno) Enfriador. Con ámbito de -35 °C a +40 °C para operar a 110 VAC, 60 Hz. Marca Thomas Scientific. Modelo 9845C85. Plazo de entrega 30 días hábiles. Garantía 24 meses.
Precio unitario $ 1 618,42.
Precio total $ 1 618,42.
Monto total adjudicado para las líneas once, doce y catorce $10. 254,42, (diez mil doscientos cincuenta y cuatro con 42/100).
Monto total
adjudicado para
Se declara desierta la línea Nº 3 por cuanto las ofertas presentadas no se ajustan a las especificaciones técnicas solicitadas mediante cartel.
Se declara infructuosa la línea Nº 10 por cuanto no se recibieron ofertas.
San Pedro de Montes de Oca, 10 de octubre del 2007.—Lic. Walter Zavala Ortega, Director General.—1 vez.—(Solicitud Nº 24590).—C-83510.—(90714).
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000032-32600
Compra de equipo de cómputo
Se avisa a todos los interesados en esta licitación, que por Resolución de Adjudicación Nº 234-2007, de las 10:10 horas del día 08 de octubre del 2007, se adjudica de la siguiente manera:
Oferta Nº 1: Epson Costa Rica S. A., C. J. 3-101-095750. Posición adjudicada: 3, por un monto total adjudicado de $11.661,00.
Oferta Nº 3: Central de Servicios PC S. A., C. J. 3-101-096527. Posiciones adjudicadas: 1 y 6, por un monto total adjudicado de $377.092,62.
Oferta Nº 4: Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales S. A., C. J. 3-101-049635. Posición adjudicada: 4, por un monto total adjudicado de $26.169,48.
Las posiciones Nº 5 y 8 se declaran infructuosas por falta de oferentes.
Las posiciones Nº 2 y 7 se declaran infructuosas por falta de contenido presupuestario.
Se les aclara a todos los
participantes que la presente es solo el resumen final de las adjudicaciones,
que el Análisis Integral y
La propuesta anterior de
adjudicación queda condicionada a la efectiva disponibilidad presupuestaria o
financiera y al cumplimiento de los requisitos de refrendo o aprobación que
correspondieren de conformidad con el Reglamento sobre el refrendo de las
contrataciones de
Todo de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.
San José, 9 de octubre del 2007.—MBA. Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora Institucional —1 vez.—(Solicitud Nº 15416).—C-18755.—(90712).
JUSTICIA Y GRACIA
REGISTRO NACIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000010-00100
Compra de equipo de cómputo para el
Registro Nacional
J436
a-
1) Se acoge el recurso de revocatoria planteado contra el acto de adjudicación
correspondiente al ítem 3: sesenta y un impresoras láser A4 monocromáticas de
b- Revóquese el acto de adjudicación dictado a favor de la empresa Telecomunicaciones Radiodigitales S. A., y readjudicándose a favor de la recurrente el ítem de marras correspondiente a sesenta y un impresoras láser monocromáticas A4, marca Kyocera Mita, modelo FS-2000D, por un monto total de cincuenta mil veinte dólares sin centavos $50.020,00, con un plazo de entrega de quince días hábiles, contados a partir del recibo de la orden de compra, y garantía de funcionamiento por treinta y seis meses, contados a partir de la aceptación conforme por parte del Órgano Fiscalizador de la presente contratación y se da por agotada la vía administrativa.
San José, 09 de setiembre del 2007.—Proveeduría.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 49312).—C-14540.—(90860).
PODER JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000067-PROV
Compra de toner y tintas
Se comunica a todos los interesados que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión 75-07, celebrada el día 9 de octubre de 2007, dispuso adjudicar esta licitación de la forma siguiente:
A: Importaciones Ofice de Costa Rica Ofice CR S. A., cédula jurídica 3-101-153618.
Las líneas números 1 y 3 por un monto total de $ 9.026,64.
A: I.S. Productos de Oficina S. A., cédula jurídica 3-101-059552.
Las líneas números 2 y 8 por un monto total de $ 15.625,00
A: Direx Internacional S. A., cédula jurídica 3-101-076848.
Las líneas números 4 y 5 por un monto total de ¢ 336.770,00
A: Bruno Internacional S. A., cédula jurídica 3-101-190550.
Las líneas números 6 y 7 por un monto total de $61.339,00.
Demás características y condiciones según cartel y oferta.
San José, 10 de octubre del 2007.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(90834).
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA-000039-01
(Desierta)
Compra de hasta mil (1000) lámparas
ultravioletas con entregas por demanda, para un período de dos años para
sustitución por obsolescencia y nuevas oficinas
Se comunica a los
interesados en
Declarar desierta dicha licitación.
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2007LN-001876-01
Preselección de tres (3) agencias de
viajes que provean tiquetes aéreos para las necesidades de capacitación y
actividades de representación al exterior para el Banco Nacional de Costa Rica
Se comunica a los
interesados en
Adjudicar
Al presentarse a firmar el contrato, el adjudicatario deberá presentar una garantía de cumplimiento vigente por un monto de $1.000,00 (mil dólares). Dicha garantía deberá regir a partir de la firma del contrato y deberá tener una vigencia mínima de un año y tres meses contados a partir de la firma del contrato.
Dicha garantía debe ser rendida
en la misma moneda en la cual se cotizó por parte del oferente o adjudicatario,
al amparo de lo previsto en el artículo 42 del Reglamento a
Se recuerda que en caso de presentar bonos o certificados, éstos se recibirán por su valor de mercado y deberán acompañarse de una estimación efectuada por un operador de alguna de las bolsas de valores legalmente reconocidas. Se exceptúan de la obligación de presentar esta estimación, los certificados de depósito a plazo emitidos por los bancos estatales, cuyo vencimiento ocurra dentro del mes siguiente al plazo máximo exigido en las reglas del concurso para la garantía respectiva.
En cumplimiento de
La empresa preseleccionada se compromete a aceptar en los procesos de compra de boletos que se le adjudique el siguiente esquema de multas:
En caso de no cumplir con el plazo de entrega ofrecido, se aplicará una multa de 2% del monto total adjudicado de cada compra adjudicada por cada hora natural de atraso. Esta multa se aplicará hasta lograr un 25% del monto total adjudicado de cada compra adjudicada, luego de lo cual se tendrá por incumplido el contrato por parte del adjudicatario, sin responsabilidad para el Banco. Todo monto por concepto de estas multas será rebajado de las facturas presentadas al cobro por parte del adjudicatario.
Todo monto por concepto de multas así como por los costos derivados del incumplimiento citado en este punto, se rebajarán de las facturas presentadas a cobro por parte del adjudicatario, de no existir facturas, los montos adeudados deberán ser cancelados en la oficina de Proveeduría en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles posteriores al comunicado por parte del Banco, bajo el entendido que de no cumplirse con tal pago en el plazo establecido, el Banco Nacional podrá tener por incumplido el contrato, sin responsabilidad de su parte, quedando en el derecho de resarcirse de los daños y perjuicios que tal incumplimiento le cause.
Todo lo anterior sin perjuicio del derecho del Banco de recurrir a los Tribunales para resarcirse de cualquier costo en que pudiera incurrir, así como el pago de daños y perjuicios que le fueren ocasionados en virtud de dicho atraso o falta, e iniciar el debido proceso para sancionar al adjudicatario como proveedor del Banco.
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2007LN-001879-01
(Desierto)
Sistema de supresión de incendio tipo
III
edificio sede central Banco Nacional
Se comunica a los
interesados en
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000028-PCAD
Compra de sistema para ampliar las
unidades de respaldo
del sistema de grabación digital
El Proceso de
Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del
conocimiento de los interesados en
Soni
Visión S. A., cédula jurídica Nº 3-101-034067-27.—(Opción Nº 2).
Total ítem Nº 1 opción Nº 2. (Unidad de respaldo para ampliar el Sistema de Grabación Digital) doscientos veinte mil seiscientos ochenta y nueve dólares con 00/100 ($220.689,00).
Plazo de entrega e instalación para el ítem Nº 1.
Soni Visión S. A., se compromete
a que el sistema adjudicado será entregado e instalado en un plazo de 50 días
hábiles, el cual comenzará a contabilizarse a partir del día en que el Banco le
entregue la orden de compra y el contrato debidamente refrendado por
Garantía de Cumplimiento: Soni Visión S. A., deberá rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, durante los 10 (diez) días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso, por un monto del 5 por ciento del total adjudicado y con una vigencia mínima de cuatro meses.
Demás condiciones, conforme lo plantea el Proceso de Contratación Administrativa en su informe de adjudicación Nº 300-2007.
Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(90839).
ÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA-000081-1142
Tapones para cierre de vía libre
A los interesados
en el presente concurso se les comunica que por resolución del Área de
Adquisiciones de fecha 8 de octubre de 2007, se resuelve adjudicar a: Baxter
Export Costa Rica S.R.L., Ítem único.
Monto total adjudicado: $66.787,50.
Luz Mery Hidalgo Hernández, Jefe Subárea de Adjudicaciones.—1 vez.—(UE-1142).—C-6675.—(90715).
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
Se notifica que los siguientes procedimientos de Contratación Administrativa fueron declarados Desiertos o Infructuosos:
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA-000024-01
Compra de camión recolector compactador
de desechos sólidos
Según el Artículo
N° 29 de
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA-000025-01
Mantenimiento de Parques en el Cantón de
Escazú
Con fundamento en
los Artículos N° 29 de
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA-000028-01
Construcción de Puente
Según el Artículo
N° 30 de
La documentación para estos concursos podrá obtenerse en nuestras Oficinas de Proveeduría, en el Edificio Anexo del Palacio Municipal (Antiguo Centro de Salud), en el siguiente horario: de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 4:00 p. m.
Para mayor información
comunicarse con
Cira Castro Myre, Proveedora Municipal.—1 vez.—(90568).
LICITACION PÚBLICA Nº 2007LN-000004-01
Construcción de la casa de la cultura,
Santa Ana
Acuerdo tomado en sesión ordinaria Nº 73 celebrada por el Concejo Municipal de Santa Ana el día 2 de octubre del 2007.
Lic. Marilú Sánchez Venegas, Proveedora Municipal.—Paola Céspedes G., Asistente Proveeduría.—1 vez.—(90574).
LICITACIÓN ABREIADA Nº 2007LA-000027-01
Ortofoto del cantón de Santa Ana
Acuerdo tomado en sesión ordinaria Nº 73 celebrada por el Concejo Municipal de Santa Ana el día 2 de octubre del 2007.
Lic. Marilú Sánchez Venegas, Proveedora Municipal.—Paola Céspedes G., Asistente Proveeduría.—1 vez.—(90575).
MUNICIPALIDAD DE HOJANCHA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000009-ALMU
Se comunica a
todos los oferentes que participaron en el proceso de la licitación abreviada
N° 2007LA-000009-ALMU, publicada en
Empresa adjudicataria Número
de líneas de
contratación
adjudicadas
Tecnología y Desarrollo
Computacional 1 -2- 5-
6 - 7
Oficomer 3
- 14
Cibertecnología 4
Inversiones
Distribuidora M. S. A. 10
- 11 - 12
Pro-Música 15
- 16 - 17 - 18 - 19 -
20
- 21 - 22 - 23 - 24
Hojancha, Guanacaste, 2 de octubre de 2007.—Marielos Rodríguez Paniagua, Secretaria Concejo Municipal.—1 vez.—(O.C. 9092).—C-8490.—(90716).
MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000001-01
Contratación de maquinaria para realizar
el relastreo y
mantenimiento del camino de acceso de entronque
Ruta 606 a Alto San Luis de Monteverde y
ramales, mediante la colocación de lastre
El Concejo Municipal en sesión ordinaria Nº 139, celebrada el día 5 de octubre del 2007, en su artículo 4º, inciso B), acuerda: declarar infructuoso este proceso de licitación.
Puntarenas, 10 de octubre del 2007.—Ramón Quesada Jiménez, Proveedor Municipal.—1 vez.—(90674).
MUNICIPALIDAD DE OSA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA-000003-01
Adquisición de servicios de mano de obra
para construcción de
cabezales en pasos de alcantarillas en cuadrantes de Ciudad Cortés
Ciudad Cortés, 10 octubre del 2007.—Proveeduría Institucional.—Carlos Quintana Vargas, Encargado.—1 vez.—(90710).
EDUCACIÓN PÚBLICA
CENTRO NACIONAL DE RECURSOS PARA
CONCURSO N° 2007BI-000053-CENAREC
Concurso para la selección de empresa
para la adquisición de treinta y siete fuentes ininterrumpidas de poder (UPS)
para el Cenarec
Se avisa a todos
los interesados en este concurso que
Asimismo se realiza la siguiente modificación al número de este concurso, lo correcto es: Concurso N° 2007BI-000053-01.
Todo lo demás permanece invariable.
San José, 12 de octubre del 2007.—Unidad Administrativa.—Lic. Iván Quesada Granados, Jefe.—1 vez.—(90325).
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
DEPARTAMENTO DE APROVISIONAMIENTO
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2007LN-000005-APITCR
(Modificación N° 1)
Construcción de edificio para la escuela
de Producción Industrial, Sede Central, Cartago
El Departamento
de Aprovisionamiento por medio de
La apertura de las ofertas se prorroga hasta el 21 de noviembre a las diez horas (10:00 a. m.).
Cartago, 11 de octubre del 2007.—Lic. Walter Sequeira Fallas, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 14407).—C-7280.—(90717).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
DIRECCIÓN DE GESTIÓN REGIONAL
Y RED DE SERVICIOS DE SALUD CENTRAL SUR
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000010-2399
(Aclaración Nº 1)
Contratación de servicios de limpieza
para el Área de Salud Goicoechea 1
Se comunica a los
interesados en participar en el concurso en referencia, que se han realizado
aclaraciones al cartel, las cuales pueden retirar en las instalaciones de
San José, 10 de octubre de 2007.—Lic. Jeannette Soto Gómez, Directora Administrativa.—1 vez.—(90823).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000038-3003
Películas radiográficas
Las demás condiciones del Cartel se mantienen.
San José, 11 de octubre del 2007.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador.—1 vez.—(90826).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000043-PROV
Contratación de servicios de limpieza en
varias áreas
del Complejo Sabana Norte, Plantel de Colima
de Tibás y otras áreas
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que el cartel de este concurso fue sujeto a la siguiente aclaración (Aclaración Nº 1)
Página 11, Punto 18.2
18.2- Se permite que el oferente presente cartas de recomendación y/o certificaciones de clientes a los que haya prestado o esté prestando este tipo de servicios.
Fecha de apertura de ofertas las 10:00 horas del día 15 de noviembre del 2007.
San José, 10 de octubre del 2007.—Licitaciones. Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 330291).—C-6675.—(90864).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS
LICITACIÓN Nº 2007LN-000001-01
Adquisición de un camión tanque
distribuidor de asfalto nuevo
En
Puntarenas, 10 de octubre del 2007.—Ramón Quesada Jiménez, Proveedor Municipal.—1 vez.—(90672).
MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
PROCEDIMIENTO 2007LN-000003-01
Compra de vagoneta recursos partidas
específicas
Se comunica la corrección del procedimiento 2007LP-000003-01 lo correcto es: 2007LN-000003-01 y se cambia la fecha de apertura por recurso de objeción al cartel para el día 30 de octubre de 2007, a las 10:00 horas. Publíquese.
Buenos Aires, 10 de octubre del 2007.—Proveeduría.—Domitila Bermúdez Elizondo, Proveedora Municipal.—1 vez.—(90794).
AVISOS
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S.
A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-903041-02
(Aclaración Nº 1 y Enmienda Nº 1)
Contratación de los servicios de mano de
obra, materiales
y equipo para el suministro e instalación del sistema
de bombeo en el Plantel Moín
Le comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que deben pasar al primer piso de las Oficinas Centrales de Recope a retirar la aclaración Nº 1 y enmienda Nº 1 al cartel.
Área de Licitaciones.—Lic. Manuel Francisco Chaves Arguedas, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 2007-05-0272).—C-4860.—(90859).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-903042-02 (Enmienda Nº 1)
Contratación de los servicios de mano de
obra, materiales
y equipo para la instalación del sistema de tuberías
en el plantel Moín
Les comunicamos a los interesados en participar en el concurso en referencia, que deben pasar al primer piso de las Oficinas Centrales de Recope a retirar la enmienda Nº 1 al cartel.
San José, 11 de octubre del 2007.—Área de Licitaciones.—Lic. Manuel Francisco Chaves, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 2007-5-0272).—C-4860.—(90862).
APROBACIÓN TRANSITORIO AL REGLAMENTO
ESTATUTO DE SERVICIOS DE ENFERMERÍA
“Transitorio 6º
Artículo 1º—Con el propósito de normalizar la situación de interinazgos prolongados de las y los profesionales en enfermería, que se realicen los correspondientes nombramientos en propiedad, previa demostración de idoneidad, las entidades empleadoras sacarán a concurso todas las plazas o códigos que están actualmente vacantes, cuyo concurso se regirá por el siguiente procedimiento de selección.
Artículo 2º—Se establece una modalidad de concurso interno, por mérito, de carácter extraordinario, en el que podrán participar todas y todos aquellos profesionales en enfermería, que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar incorporados al Colegio de Enfermeras de Costa Rica.
b) Que laboren al servicio del mismo patrono.
c) Los interesados deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 20 de este Reglamento, para la respectiva clase de puesto.
Artículo 3º—La comunicación interna del correspondiente cartel o aviso de concurso, se realizará dentro de los quince días posteriores a la publicación de este transitorio.
Artículo 4º—Los factores de selección que se considerarán para realizar la correspondiente calificación son los siguientes:
a) Estudios:
a.1) Académicos:
1) Bachillerato: 20 puntos
2) Licenciatura: 25 puntos
3) Posgrado: 27.5 puntos
4) Maestría: 30 puntos
5) Doctorado: 40 puntos
a.2) Educación contínua: el puntaje se regirá por lo estipulado en el respectivo acápite de este reglamento, hasta un máximo de 10 puntos.
b) Ejercicio profesional: 0.5 punto por cada año o fracción mayor de seis meses, de ejercicio de cualquier cargo profesional del escalafón, hasta un máximo de 12 puntos.
b) Experiencia profesional en el respectivo centro de trabajo, en que está asignada la plaza vacante que sale a concurso:
Por cada año o fracción mayor de seis meses, hasta completar cinco años: 2.5 puntos.
Por cada año o fracción mayor de seis meses, adicional al quinto año: 4.5 puntos.
Se computará hasta un máximo de 53 puntos por este factor.
Para el cumplimiento del inciso c, los distintos nombramientos en cualquiera de los cargos profesionales en enfermería que tengan las y los interesados en el mismo centro de trabajo, aunque no sean consecutivos, en códigos o niveles de cargo diferentes, se acumularán para el efecto del cálculo de la sumatoria de este factor.
c) Calificación de servicios:
La ponderación de la calificación de servicio correspondiente al ejercicio profesional de enfermería, se regirá por lo estipulado en el artículo 9 de este Reglamento. Si la persona interesada tiene tres evaluaciones o menos, se calculará promediando la cantidad de calificaciones que se le hayan hecho.
Artículo 5º—Para el efecto de aplicación de este transitorio, se constituirá un registro de elegibles, por cada centro de trabajo, que se ordenará, de acuerdo con la puntuación, de mayor a menor puntaje, que cada participante obtenga de previo en el concurso.
Artículo 6º—La calificación de los concursantes y la confección del registro de elegibles, por centro de trabajo o unidad programática, estará a cargo de la respectiva Comisión Técnica de Enfermería.
Las entidades empleadoras, en atención a la cantidad de plazas que tendrán que sacar a concurso, determinarán si estas comisiones se constituirán ya sea en el ámbito del correspondiente centro de trabajo o a nivel regional. En todo caso, las Comisiones estarán integradas por tres profesionales en enfermería, que no podrán laborar en el mismo centro o región en que está asignada la plaza o plazas objeto de concurso.
El procedimiento de calificación, adjudicación y las impugnaciones que correspondan, se tramitarán de acuerdo con la normativa estipulada en este Reglamento, sin perjuicio que cada empleador, en atención al carácter de este concurso, aplique su normativa interna.
La adjudicación, en propiedad, de las plazas del nivel 1 al 3 se realizará de acuerdo con el orden de puntuación asignado a los participantes establecido en el respectivo registro de elegibles. Tratándose de los niveles de cargos superiores, se aplicará el sistema de terna, siguiendo el mismo orden del registro de elegibles.
En caso de que los concursantes obtengan la misma calificación, la plaza se adjudicará a la funcionaria (o) que tenga mayor antigüedad profesional en enfermería, en el respectivo centro de trabajo.
Artículo 7º—Este transitorio se promulga por una sola vez y aplicará a todas las plazas que, a la fecha de esta publicación, estén vacantes o que a consecuencia de los nombramientos que se realicen con fundamento en esta disposición, queden en la condición de vacantes.
Asimismo,
se aplicará para realizar el nombramiento correspondiente a los nuevos códigos
o los que adquieran el carácter de vacantes, dentro del plazo de nueve meses, a
partir de la publicación en el diario oficial “
Junta Directiva.—Emma C. Zúñiga Valverde, Secretaria.—1 vez.—(UE-2112).—C-36320.—(88243).
REGLAMENTO INTERNO DE AUDITORÍA GENERAL
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Presentación.
El presente reglamento se promulga en cumplimiento de los lineamientos dictados
por
Regula las actividades,
organización, objetivos, funciones; deberes, potestades, competencias y
atribuciones de
El Reglamento está conformado por ochenta y nueve artículos, integrados en 18 capítulos, en cada uno de los cuales se desarrolla la regulación correspondiente, según los lineamientos arriba citados.
Artículo 2º—Definiciones. Para efectos de este Reglamento se entenderá:
a) JAPDEVA: Junta de Administración
Portuaria y de Desarrollo Económico de
b) Consejo de Administración: Jerarca institucional - Junta Directiva de JAPDEVA
c) Presidente Ejecutivo: Jerarca Administrativo.
d) Auditoria Interna: Auditoría General de JAPDEVA.
e) Auditor General: Según la funcionalidad señalada en las leyes Nº 5337 y Nº 8292.
f) Administración Activa:
Componente Orgánico del sistema de control interno, definido en el inciso a del
artículo 2ª de
g) Administración:
h) Titular Subordinado:
Funcionario de
i) Sistema de Control Interno:
Definición del artículo 8 de
j) Ley 5337: Ley Orgánica de JAPDEVA.
k) Ley 8292: Ley General de Control Interno.
l) Ley 8422: Ley Contra
m) Ley 7428: Ley Orgánica de
n) Contraloría: Contraloría
General de
o) Manual de Normas: Manual de
Normas Generales de Auditoria para el Sector Público, publicado en
CAPÍTULO II
Organización de
Artículo 3º—Concepto:
Asimismo,
Artículo 4º—Servicios de
Artículo 5º—Regulación: La
unidad de Auditoria Interna se regulará de acuerdo con las disposiciones
contenidas en
Artículo 6º—Organización.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 23 y siguientes de
El Auditor General deberá
establecer las ideas rectoras que regirán la actuación del personal de
Contará
además con un subauditor interno, el que suplirá al auditor en sus ausencias
temporales; ambos deberán contar con los requisitos establecidos en los
lineamientos emitidos por
CAPÍTULO III
Independencia y objetividad
Artículo 7º—En
JAPDEVA, existirá una sola unidad de Auditoria Interna, que dependerá del
Consejo de Administración y sus funcionarios ejercerán sus atribuciones con
total independencia funcional y de criterio respecto del jerarca y de los demás
órganos de la administración activa, de conformidad con las regulaciones
establecidas en las leyes Nº 7428 y Nº 8292, por las disposiciones emitidas por
Artículo 8º—Restricciones en
el desempeño de las funciones. El ámbito de acción de
Cuando así lo solicite el jerarca, su participación será exclusivamente en su función de asesor en asuntos de su competencia y no podrá serlo con carácter permanente.
Tampoco podrán formar parte de un
órgano director de un procedimiento administrativo, ejercer profesiones
liberales, ni participar en actividades político electorales. Con las
salvedades y excepciones dispuestas en el artículo 34 de
El Auditor deberá definir y
mantener actualizado un registro con el detalle de los órganos y entes sujetos
al ámbito de acción de la auditoria interna, fundamentado en lo dispuesto por
el artículo 22 inciso a) de
Artículo 9º—La asistencia del
Auditor a las sesiones y reuniones del Consejo de Administración serán de
carácter excepcional cuando circunstancias calificadas así lo requieran, y su
participación lo será en su carácter de asesor en la materia de su competencia;
de conformidad con la normativa y criterios establecidos por
Cuando su comparecencia sea requerida a solicitud del Consejo de Administración, se le deberá comunicar con la anticipación debida e informársele sobre la temática a que se deberá referir, siempre que sea del campo de su competencia.
Artículo 10.—No le está permitido
al personal de
Artículo 11.—El personal de
Artículo 12.—Como política de
Artículo 13.—El Auditor establecerá los mecanismos formales necesarios que permitan controlar y administrar cualquier situación de impedimento que comprometa la objetividad e independencia de la auditoría interna.
Artículo 14.—Además de
conformidad con el articulo 24 de
CAPÍTULO IV
Ubicación y estructura organizativa
Artículo 15.—Dependencia orgánica y regulaciones aplicables. El Auditor dependerá orgánicamente del Consejo de Administración, el cual establecerá las regulaciones de tipo administrativo que le serán aplicables a este y al Subauditor; y ante quien responderá directamente por su gestión.
El Subauditor, quien sustituirá
al Auditor durante sus ausencias temporales, responderá de su gestión ante el
Auditor, o ante el Consejo de Administración de
Los demás funcionarios de
Artículo 16.—Jerarquía. El
Auditor Interno, será el jefe de todo el personal de
Ejercerá la representación de
Artículo 17.—El Auditor Interno
de
Debemos señalar que la estructura
formal de
CAPÍTULO V
Del auditor y subauditor internos
Artículo 18.—Nombramiento
y conclusión de la relación de servicio. El Auditor y el Subauditor
internos serán nombrados por el Consejo de Administración, pueden ser por
recargo, interinos o por tiempo indefinido. Proceso que deberá realizarse
cumpliendo con los requisitos exigidos para ambos cargos y de conformidad con
el procedimiento establecido en el artículo 31 de
Artículo 19.—Jornada Laboral.
La jornada laboral de dichos funcionarios será de tiempo completo. Deberán
cumplir con las funciones propias, establecidas en los Manuales de puestos
vigente en
Estos funcionarios sólo podrán
ser removidos de sus cargos por justa causa, conforme con el dictamen previo y
vinculante de
Artículo 20.—Responsabilidades y delegación. Al Auditor le corresponderá la dirección superior y administración de la auditoría interna, debiendo para ello cumplir las responsabilidades siguientes:
a) Definir, establecer y mantener actualizadas las políticas, procedimientos y practicas requeridas por la auditoria interna para cumplir con sus competencias, considerando en cada caso lo relativo a los procesos de la unidad.
b) Definir, establecer y mantener
actualizadas las políticas, procedimientos y prácticas de administración,
acceso y custodia de la documentación de la auditoría interna, en especial de
la información relativa a los asuntos de carácter confidencial estipulados en
los artículos 6 de
c) Mantener actualizado el reglamento de organización y funcionamiento de la auditoria interna, cumplir y hacer cumplir dicho reglamento.
d) Presentar su plan de trabajo
de conformidad con los lineamientos de
e) Deberá establecer un programa un programa de aseguramiento de la calidad para la auditoría interna.
f) Responderá por su gestión
ante el Consejo de Administración y ante este presentará el informe de labores
previsto en el artículo 22 de
El Auditor podrá
delegar en su personal sus funciones, utilizando criterios de idoneidad y
conforme lo establece
Al Subauditor interno le corresponderá apoyar al auditor interno en el descargo de sus funciones y lo sustituirá en sus ausencias temporales y responderá ante él por su gestión. Ambos deberán cumplir sus funciones con pericia y debido cuidado profesional, haciendo valer sus competencias con independencia funcional y de criterio, y serán vigilantes de que su personal responda de igual manera.
CAPÍTULO VI
Del personal de
Artículo 21.—El
Auditor, Subauditor y el Supervisor conforman la jerarquía de la unidad y en
ese orden, son los responsables, del correcto cumplimiento de las funciones
encomendadas a
Artículo 22.—Requisitos del
personal de
El departamento de Recursos
Humanos, con la colaboración de
Artículo 23.—Subordinación del
personal de Auditoría. El personal de
Artículo 24.—Cualidades y
capacidades. El personal de
CAPÍTULO VII
De los Objetivos y Funciones
Artículo 25.—Objetivos: Los objetivos fundamentales de la unidad de Auditoría Interna, son los siguientes:
a) Prestar un servicio de Asesoría constructiva y
de protección a
b) Vigilar que los responsables de salvaguardar los activos de la institución cumplan a cabalidad con sus deberes de mantenerlos, conservarlos y darles un uso adecuado, económico y eficaz.
c) Evaluar la razonabilidad y veracidad de los datos contables, financieros, presupuestarios e información administrativa utilizada para la toma de decisiones.
d) Evaluar sistemáticamente el sistema de control interno a efecto de verificar su cumplimiento, suficiencia, confiabilidad y considerar el planteamiento de posibles mejoras.
e) Verificar que se hayan
establecido medidas para proteger los intereses de la institución en el manejo
de los fondos públicos y promover la eficiencia y oportunidad de las
operaciones así como la observancia de las políticas prescritas por
f) Evaluar que las actuaciones
de
Artículo 26.—Funciones. Para el debido cumplimiento de los objetivos la unidad de Auditoria Interna tendrá, entre otras, las siguientes funciones principales:
a) Realizar auditorias o estudios especiales de
Auditoría, de acuerdo con el Manual de normas técnicas de Auditoría y otras
disposiciones dictadas por
b) Verificar el cumplimiento de
las disposiciones legales y reglamentarias de los objetivos y metas, de las
políticas, de los planes y de los procedimientos financieros y administrativos,
que rigen para
c) Evaluar en forma regular el Sistema de Control Interno en relación con los aspectos contables, financieros, administrativos, operativos etc. con el fin de determinar su cumplimiento, suficiencia y validez.
d) Evaluar la suficiencia,
oportunidad y confiabilidad de la información contable, financiera,
administrativa y de otro tipo, producida en
e) Verificar que los bienes
patrimoniales se hallen debidamente controlados, contabilizados, protegidos
contra pérdida, menoscabo, mal uso o desperdicio e inscritos a nombre de
f) Verificar que los recursos
financieros, materiales y humanos de que dispone
g) Revisar en forma posterior las
operaciones contables, financieras y administrativas, los registros, informes,
estados financieros y liquidaciones presupuestarias de
h) Evaluar los informes que prepara la administración sobre los logros alcanzados en el cumplimiento de metas y objetivos.
i) Verificar que los
funcionarios responsables hayan tomado las medidas pertinentes para poner en
práctica y mantener las recomendaciones que contienen los informes de
j) Ejercer otras funciones de
fiscalización inherentes a su competencia dentro de los lineamientos dictados
por
CAPÍTULO VIII
Competencias, deberes, prohibiciones y
potestades
del personal de Auditoría General
Artículo 27.—Competencias.
Aparte de las demás competencias que contemplen la normativa legal, reglamentaria y técnica
aplicable, con las limitaciones que establece el artículo 34 de
a) Realizar auditorias o estudios especiales
semestralmente, en relación con los fondos públicos sujetos a su competencia
institucional, incluidos fideicomisos, fondos especiales y otros de naturaleza
similar. Asimismo, efectuar semestralmente auditorías o estudios especiales
sobre fondos y actividades privadas, de acuerdo con los artículos 5 y 6 de
b) Verificar el cumplimiento, la validez y la suficiencia del sistema de control interno de su competencia institucional, informar de ello y proponer las medidas correctivas que sean pertinentes.
c) Verificar que la administración activa tome las medidas de control interno señaladas en esta Ley, en los casos de desconcentración de competencias, o bien la contratación de servicios de apoyo con terceros; asimismo, examinar regularmente la operación efectiva de los controles críticos, en esas unidades desconcentradas o en la prestación de tales servicios.
d) Asesorar, en materia de su competencia al Consejo de Administración; Y advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento.
e) Autorizar, mediante razón de apertura, los libros de contabilidad y de actas que deban llevar los órganos sujetos a su competencia institucional y otros libros que, a criterio del auditor interno, sean necesarios para el fortalecimiento del sistema de control interno.
f) Preparar los planes de
trabajo, por lo menos de conformidad con los lineamientos que establece
g) Elaborar un informe anual de
la ejecución del plan de trabajo y del estado de las recomendaciones de la
auditoria interna, de
h) Mantener debidamente actualizado el reglamento de organización y funcionamiento de la auditoría interna.
Artículo 28.—Deberes.
El Auditor General, el Subauditor y el resto de funcionarios de
a) Cumplir las competencias asignadas por ley.
b) Cumplir el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.
c) Colaborar en los estudios que
d) Administrar, de manera eficaz eficiente y económica, los recursos del proceso del que sea responsable.
e) No revelar a terceros que no tengan relación directa con los asuntos tratados en sus informes, información sobre las auditorias o estudios especiales de auditoria que se estén realizando ni información sobre aquello que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de los funcionarios de los entes y órganos sujetos a esta Ley.
f) Guardar la confidencialidad del caso sobre información a la que tenga acceso.
g) Acatar las disposiciones y
recomendaciones emanadas de
h) Facilitar y entregar la
información que solicite
i) Cumplir los otros deberes atinentes a su competencia.
Artículo 29.—Prohibiciones.
El Auditor, el Subauditor y los demás funcionarios de
a) Realizar funciones y actuaciones de Administración activa, salvo las necesarias para cumplir su competencia.
b) Formar parte de un órgano director de un procedimiento administrativo.
c) Ejercer profesiones liberales fuera del cargo, salvo en asuntos estrictamente personales, en los de su cónyuge, sus ascendientes, descendientes y colaterales por consanguinidad y afinidad hasta tercer grado, o bien, cuando la jornada no sea de tiempo completo, excepto que exista impedimento por la existencia de un interés directo o indirecto del propio ente un órgano. De esta prohibición se exceptúa la docencia, siempre que sea fuera de la jornada laboral.
d) Participar en actividades político-electorales, salvo la emisión del voto en las elecciones nacionales y municipales.
e) Revelar información sobre las
auditorias o los estudios especiales de auditoría que se estén realizando y sobre aquello que
determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente
penal de los funcionarios de
Artículo 30.—Potestades. Para el debido cumplimiento de sus funciones, la unidad de Auditoría Interna tendrá, al menos, las siguientes atribuciones:
a) Facultad para preparar un Plan Anual de
Trabajo de conformidad con los lineamientos que establece
b) Elaborar un informe anual
sobre la ejecución. Del Plan Anual de Trabajo y del estado de las
recomendaciones de
c) Libre acceso en cualquier
momento a todas las instalaciones, oficinas, archivos, muebles, bodegas, centro
de cómputo, unidades administrativas y proyectos de
d) Solicitar para su examen, en
la forma, condiciones y plazo que estime convenientes, todos los libros,
registros, informes y documentos, incluyendo las actas del Consejo de
Administración, Fondo de Desarrollo de
e) Examinar todo lo relativo a
las existencias de bienes, valores y demás activos de
f) Potestad de examinar en el momento que lo considere oportuno, los reglamentos en general y sus modificaciones, especialmente los referidos a aspectos contables, administrativos y de control interno.
g) Solicitar a cualquier
funcionario de la institución o sujeto privado que administre o custodie fondos
públicos de
h) Solicitar que conste en el
acta de las sesiones del Consejo de Administración, la opinión del auditor o su representante cuando
asistan a ella y lo considere necesario y/o hacerlo por escrito a
i) Solicitar a
j) Incorporar a profesionales o
técnicos de diferentes disciplinas, sean estos funcionarios o no de la
institución y solicitar a funcionarios de cualquier nivel jerárquico, la
cooperación, el asesoramiento o la realización de labores de su especialidad en
apoyo a las auditorías que realice
k) Ejercer cualesquiera otras potestades que sean necesarias para el cumplimiento de su competencia, de acuerdo con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.
CAPÍTULO IX
Asignaciones presupuestarias
Artículo 31.—Recursos
de
Artículo 32.—Solicitud de
Recursos. El proyecto de presupuesto anual de
El funcionario encargado del
presupuesto institucional mantendrá un registro separado sobre el presupuesto
asignado a
El control y administración del
presupuesto de
CAPÍTULO X
Capacitación y entrenamiento
Artículo 33.—Programas
de capacitación. El Auditor General establecerá y mantendrá actualizado el
programa de capacitación y entrenamiento para el personal de
Artículo 34.—Desarrollo
Profesional. Los funcionarios de
Artículo 35.—Presupuesto para capacitaciones. El Auditor General, incluirá dentro del presupuesto anual, los recursos suficientes para cumplir con el programa de capacitación de su personal, tanto en el país como en el extranjero.
CAPÍTULO XI
Sistema de control interno
Artículo 36.—Obligación
de disponer de un sistema de control interno.
Artículo 37.—Concepto de Sistema
de Control Interno. Se entenderá por sistema de control interno lo definido en
el artículo 8 de
Artículo 38.—Responsabilidad
sobre el sistema de control interno. El Auditor General es responsable de
establecer, mantener, mejorar y evaluar el Sistema de Control Interno de
CAPÍTULO XII
Ejecución de la auditoría
Artículo 39.—Manual
Administrativo y Técnico de
Artículo 40.—Confidencialidad
de la información. Todo el personal de
Artículo 41.—Pericia y debido
cuidado profesional. Todo el personal de
Artículo 42.—Alcance del Trabajo. El alcance del trabajo a realizar, debe ser suficiente para lograr los objetivos del trabajo definido. Debe tomar en cuenta los sistemas, procesos, registros, equipos, materiales, el personal, ubicación física de las propiedades o lugares a considerar y otra información relevante, incluyendo aquella en poder o bajo control de terceros. La extensión y alcance de los tipos de pruebas a realizar, serán determinados por los resultados de la evaluación de control interno; aplicando las técnicas de muestreo recomendadas y/o el juicio profesional.
El alcance de los estudios deberá permitir evaluar y plantear el mejoramiento de los procesos de gestión de riesgo, control y gobierno, y la calidad de la actuación en el desempeño de las responsabilidades asignadas.
Artículo 43.—Procesamiento de
la información. Los funcionarios de
Artículo 44.—Control de acceso
a los registros del trabajo. El Auditor General debe establecer y ejercer
medidas de control sobre el acceso a los registros y papeles de trabajo de los
estudios que se realicen, a personas ajenas a
Artículo 45.—Supervisión del
trabajo. Todos los trabajos de
Artículo 46.—Responsabilidad de la supervisión. El Auditor General o a quien el delegue, será el responsable de que exista una adecuada supervisión del trabajo. La supervisión deberá iniciar con la planificación del trabajo y continuar a través de las fases del examen hasta su conclusión y elaboración del informe.
Artículo 47.—Universo
Fiscalizable. El ámbito de acción de
Artículo 48.—Instrumentación
de los estudios. La oportunidad, la forma, el alcance, y las herramientas a
emplear en los estudios o intervenciones serán de exclusiva competencia de
Artículo 49.—Valor agregado y
análisis de riesgo. Los funcionarios de
CAPÍTULO XIII
Planes y programas de trabajo
Artículo 50.—Planificación.
El Auditor General debe establecer planes de trabajo basados en criterios
razonables y fundamentados, especialmente en una valoración del riesgo, con el
propósito de determinar las prioridades del desempeño de
Artículo 51.—Planificación Estratégica. El Auditor General debe establecer una Planificación estratégica acorde con su universo fiscalizable actualizado, la valoración del riesgo y los objetivos institucionales.
Artículo 52.—Componentes del Plan Anual de Trabajo. El Auditor General debe preparar un Plan Anual de Trabajo congruente con la planificación estratégica, cuyo contenido abarque todas las actividades que se pretenden realizar durante el año. Este Plan debe mantenerse actualizado y respaldado presupuestariamente.
Artículo 53.—Programas de
Trabajo. Los funcionarios de
Artículo 54.—El Plan de
trabajo y
Artículo 55.—Planificación del
seguimiento de los resultados del trabajo. El Plan Anual de Trabajo debe
contemplar un seguimiento en forma permanente orientado a verificar la propiedad,
oportunidad y efectividad de las acciones dispuestas por
CAPÍTULO XIV
Comunicación de resultados
Artículo 56.—La
unidad de Auditoria Interna debe comunicar, mediante informes objetivos, los
resultados de sus auditorias o estudios especiales de auditoría, a las
jefaturas cuando corresponda, a las Gerencias, Presidencia Ejecutiva o al
Consejo de Administración de
Los informes sobre los servicios de auditoria versarán sobre diversos asuntos de su competencia y sobre asuntos de los que puedan derivarse posibles responsabilidades. De conformidad con lo indicado en el Manual de Normas.
Artículo 57.—Comunicación
escrita de los resultados. La comunicación de resultados debe hacerse por
escrito durante el desarrollo de
Artículo 58.—Comunicación verbal de los resultados de los servicios de auditoría. El Auditor General dispondrá la discusión verbal de los resultados con quienes tengan parte en los asuntos, de previo a su comunicación oficial, excepto de los resultados relativos a las relaciones de hechos y otros que la normativa contemple.
Artículo 59.—Comunicaciones preliminares. Durante el desarrollo de la auditoría o estudio especial de auditoria, la unidad de Auditoría Interna preparará y enviará a quien corresponda, cuando la naturaleza del asunto lo amerite, la comunicación, mediante memorandos u oficios (informes parciales) sobre hechos y otra información pertinente obtenida en el desarrollo de la labor de campo y que hayan sido oportunamente discutidos y atendidos por la administración activa antes de finalizar el trabajo.
Artículo 60.—Discusión de los hallazgos. Los hallazgos obtenidos en el transcurso de la auditoría o estudio especial de auditoría deberán ser comentados con los funcionarios responsables, de previo a emitir las conclusiones y recomendaciones definitivas, a efecto de obtener sus puntos de vista, opiniones y cualquier información adicional, y lograr, a la vez, facilitar la implantación de cualquier acción correspondiente que sea necesaria.
Artículo 61.—Estructura de los informes. Los informes de auditoría indicarán los objetivos, el alcance, los hallazgos, conclusiones y recomendaciones y demás resultados del trabajo, según la naturaleza de este.
Artículo 62.—Informes dirigidos a los Titulares Subordinados. Cuando los informes de auditoría contengan recomendaciones dirigidas a los titulares subordinados, se procederá de la siguiente manera:
a) El titular subordinado, en un plazo improrrogable de diez días hábiles contados a partir de la fecha de recibido el informe, ordenará la implantación de las recomendaciones. Si discrepa de ellas, en el transcurso de dicho plazo elevará el informe de auditoría al jerarca, con copia a la auditoria interna, expondrá por escrito las razones por las cuales objeta las recomendaciones del informe y propondrá soluciones alternas para los hallazgos detectados.
b) Con vista de lo anterior, el
jerarca deberá resolver, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir
de la fecha de recibo de la documentación remitida por el titular subordinado;
además, deberá ordenar la implantación de las recomendaciones de la auditoría
interna, las soluciones alternas propuestas por el titular subordinado o las de
su propia iniciativa, debidamente fundamentadas. Dentro de los primeros diez
días de ese lapso, el auditor interno podrá apersonarse, de oficio, ante el
jerarca, para pronunciarse sobre las objeciones o soluciones alternas
propuestas. Las soluciones que el jerarca ordene implantar y que sean distintas
de las propuestas por la auditoria interna, estarán sujetas, en lo conducente,
a lo dispuesto en los artículos 37 y 38 de
c) El acto en firme será dado a conocer a la auditoría interna y al titular subordinado correspondiente, para el trámite que proceda.
Artículo 63.—Informes dirigidos al Consejo de Administración. Cuando el informe de auditoría esté dirigido al Consejo de Administración, este deberá ordenar al titular subordinado que corresponda, en un plazo improrrogable de treinta días hábiles contados a partir de la fecha de recibido el informe, la implantación de las recomendaciones. Si discrepa de tales recomendaciones, dentro del plazo indicado deberá ordenar las soluciones alternas que motivadamente disponga; todo ello tendrá que comunicarlo debidamente a la auditoría interna y al titular subordinado.
Artículo 64.—Planteamiento de
conflictos ante
La contraloría General de
CAPÍTULO XV
Denuncias
Artículo 65.—Derecho y deber de denunciar. Los ciudadanos tienen el derecho de denunciar los presuntos actos de corrupción o malos manejos de los bienes o fondos públicos. La denuncia podrá ser presentada en forma escrita, verbal o por cualquier otro medio. Los funcionarios públicos tienen el deber de denunciar ante las autoridades competentes los actos presuntamente irregulares o corruptos que se produzcan en la función pública, de los que tenga conocimiento. Según lo establecido en las leyes Nº 8422 y Nº 8292.
Artículo 66.—Confidencialidad
de los denunciantes y de los estudios que originan la apertura de
procedimientos administrativos.
Esta confidencialidad no opera
para el caso de
Las autoridades judiciales podrán solicitar la información pertinente, ante la posible existencia de un delito contra el honor de la persona denunciada.
Artículo 67.—Presentación de
las denuncias. Las denuncias podrán presentarse ante
Artículo 68.—Formas de presentación. Las denuncias podrán presentarse en forma escrita o por cualquier otro medio y, excepcionalmente, de manera verbal cuando las circunstancias así lo exijan. No se dará trámite a las denuncias que sean presentadas en forma anónima, excepto en casos excepcionales, en las cuales podrá abrirse de oficio una investigación preliminar, cuando con la denuncia se reciban elementos de prueba que den mérito para ello. En caso contrario, se dispondrá su archivo sin más trámite.
Artículo 69.—Rechazo de
denuncias.
1) Las denuncias que no sean de su competencia,
en cuyo caso deberán canalizarlas a las instancias competentes de conformidad
con
2) Las denuncias que sean manifiestamente improcedentes o infundadas.
3) Las denuncias reiterativas que contengan aspectos que ya han sido atendidos, en cuyo caso se comunicará al interesado lo ya resuelto.
4) Las denuncias que se refieran
únicamente a los intereses particulares del ciudadano, con relación a conductas
u omisiones de
5) Las gestiones que bajo el formato de denuncia, sean presentadas con la única finalidad de ejercer la defensa personal sobre situaciones cuya discusión corresponda a otras sedes, ya sean administrativas o judiciales.
Asimismo tomará en cuenta los siguientes parámetros:
El detalle y la relación de los hechos denunciados deben ser claros, precisos y con el detalle necesario, de modo que permitan activar una investigación. En caso de imprecisión de los hechos, se otorgará al denunciante diez días hábiles para que complete la información que fundamenta la denuncia. Lo anterior bajo apercibimiento de que con el incumplimiento de esta prevención, se procederá al archivo inmediato de la gestión, sin perjuicio de que sea presentada con mayores elementos posteriormente como una nueva denuncia.
Artículo 70.—Objetivo de las
investigaciones. Una vez declarada la admisibilidad de la denuncia, se
abrirá la correspondiente investigación preliminar a efecto de determinar si
existe suficiente mérito para iniciar el estudio correspondiente. En el caso de
que concluida la investigación preliminar, se considere que existe una base
razonable para continuar el estudio, se procederá conforme a la normativa a
desarrollar el análisis correspondiente y a la emisión del informe final. Si se
concluye que existen elementos suficientes para abrir un procedimiento
administrativo que establezca responsabilidades disciplinarias,
Si se determinaren responsabilidades de tipo penal, el informe final deberá documentar la realidad de los presuntos hechos ilícitos para su posterior traslado al Ministerio Público.
Si de la investigación preliminar se concluye que no existen méritos suficientes para iniciar un estudio, se procederá a comunicar al denunciante y a archivar la denuncia.
Artículo 71.—Detección de
hechos irregulares. Cuando como parte de las auditorías programadas,
estudios especiales y denuncias, se detecten actos o hechos irregulares o
ilegítimos que puedan eventualmente acarrear responsabilidades de tipo penal,
civil o administrativas sobre funcionarios de la institución, por lesión
patrimonial que se cause a
CAPÍTULO XVI
Enfoque de riesgos y mejoramiento
continuo
Artículo 72.—Enfoque de riesgos. La actividad de Auditoría General debe coadyuvar conforme a sus competencias, en la mejora constante al Sistema Específico de Valoración de Riesgo Institucional (SEVRI) de la institución, así como los sistemas de control respectivos.
Artículo 73.—Sistema
Específico de Valoración de Riesgo. La actividad de
Artículo 74.—Valoración del
Riesgo. La actividad de Auditoría General conforme a sus competencias debe
promover mejoras en la valoración del riesgo de los procesos de dirección, de
las operaciones y de los sistemas de información de la institución, en relación
con lo estipulado en el artículo 8ª de
Artículo 75.—Alerta a los
riesgos en los servicios preventivos. Los funcionarios de
Artículo 76.—Incorporación del
conocimiento sobre riesgos. Los funcionarios de
CAPÍTULO XVII
Programa de Calidad
Artículo 77.—Establecimiento
del programa de calidad.
Artículo 78.—Supervisión.
Cada auditoria o estudio especial de auditoría deberá ser supervisado para
asegurar su conformidad con las normas de
Artículo 79.—Evaluaciones internas. Las evaluaciones internas deberán incluir tanto revisiones continuas del desempeño de la actividad de Auditoría, como revisiones periódicas mediante auto evaluación o mediante otras personas dentro de la institución, con conocimiento de las prácticas de Auditoría y de las Normas.
Artículo 80.—Responsabilidad sobre la evaluación interna. El Auditor deberá iniciar y supervisar el proceso de evaluación interna, asegurarse de que el equipo seleccionado esté calificado y sea tan independiente como sea factible. Además, el Auditor deberá revisar los resultados de cada evaluación interna formal y asegurarse de que se haya tomado la acción correctiva apropiada.
Artículo 81.—Evaluaciones externas. Deberán realizarse evaluaciones externas, tales como revisiones de aseguramiento de calidad, al menos una vez cada tres años por un revisor o equipo de revisión calificado e independiente, proveniente de fuera de la institución que no tengan conflicto de intereses ni reales ni aparentes. El revisor externo podrá incluir en su equipo auditores internos de fuera de la institución o proveedores de servicios externos.
Artículo 82.—Informes sobre las evaluaciones realizadas. Los resultados de las evaluaciones internas y externas deben constar en un informe dirigido al Consejo de Administración. En ese mismo informe el Auditor debe presentar un plan de mejoras, si así lo requieren esos resultados. El Auditor es responsable de dar seguimiento adecuado al plan de mejoras.
CAPÍTULO XVIII
Sanciones
Artículo
83.—Causales de responsabilidad administrativa. El Auditor, el Subauditor y los
demás funcionarios de la auditoría interna incurrirán en responsabilidad
administrativa cuando, por dolo o culpa grave, incumplan sus deberes y
funciones, infrinjan la normativa técnica aplicable o el régimen de
prohibiciones establecido en
Artículo 84.—Sanciones
administrativas. Según la gravedad, las faltas serán sancionadas de acuerdo a
lo establecido en el artículo Nº 41 de
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 85.—Aplicación
del Reglamento. Las disposiciones de este reglamento son de aplicación
general en todas las unidades que conforman la institución, por lo que ningún
funcionario o empleado de
Artículo 86.—Las diferencias de
criterio que se lleguen a suscitar entre
Artículo 87.—Derogatoria del
Reglamento. Este reglamento deja sin efecto el Reglamento de Organización y
Funciones de
Artículo 88.—Vigencia del
Reglamento. El presente reglamento, rige a partir de su publicación en el
diario oficial
San José, 4 de octubre del 2007.—Óscar Chávez Sánchez, Jefe Administrativo Oficina San José.—1 vez.—(Solicitud Nº 49604).—C-390850.—(87955).
MUNICIPALIDA DE DOTA
REGLAMENTO DEL CONCURSO PÚBLICO PARA LA
SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR
INTERNO DE
El Concejo Municipal de Dota, considerando que:
a)
b) El artículo 29 de
c) Esos lineamientos fueron
publicados por
RESUELVE:
Aprobar y
publicar en el Diario Oficial
Artículo
1º—Objetivo del reglamento: El presente Reglamento se dicta con el
objetivo de regular lo concerniente a la selección y contratación del Auditor
Municipal de
Artículo
2º—Funcionarios responsables: Previo a realizar el concurso
correspondiente el Concejo Municipal mediante acuerdo nombrará al o a los
funcionarios responsables de conducir el proceso de selección de conformidad
con la normativa establecida. También podrá conformar una comisión especial que
se encargue de conducir el proceso con la asesoría del personal técnico de las
áreas de recursos humanos y legal de
Artículo
3º—Requisitos del puesto: Los requisitos para el puesto de Auditor
Municipal deberán contener al menos los mínimos establecidos en la resolución
L-1-2006-CO-DAGJ de
Artículo
4º—Calificación de las ofertas: Previo a la publicación del anuncio del
concurso el o los funcionarios responsables del proceso deberán presentar a
aprobación del Concejo Municipal una propuesta con los descriptores que se
utilizarán para evaluar las ofertas presentadas y la ponderación de los mismos
así como un cronograma de actividades concernientes al proceso. Para cumplir
con este artículo el funcionario responsable podrá apoyarse en
Artículo 5º—Publicación del aviso de concurso: El concurso se dará a conocer públicamente mediante la publicación en al menos un diario de, circulación nacional. En dicho aviso se incluirán los requisitos del puesto así como el salario del mismo y sus componentes. Además se señalará el sitio en el que se recibirán las ofertas y las fechas durante las que se recibirán.
Artículo 6º—Plazo para presentación de ofertas: La fecha límite de recepción de ofertas corresponderá a un plazo mínimo de ocho días naturales una vez realizada la publicación del aviso del concurso.
Artículo 7º—Admisión de ofertas: Serán admitidas pasa el concurso únicamente las ofertas de aquellos candidatos que demuestren poseer los requisitos mínimos establecidos. Para tal efecto la oferta deberá contener copias de los documentos que sustentan la misma Durante el proceso el funcionario responsable podrá solicitar los originales correspondientes a dichas copias para su debida verificación. Además las ofertas deberán indicar en forma clara algún medio electrónico de notificación como fax o correo electrónico del oferente.
Artículo 8º—Ofertas incompletas: Cuando alguna oferta se encuentre incompleta a criterio del funcionario responsable del procese se procederá a notificar al oferente mediante el medio electrónico que el mismo haya consignado en su oferta y se le concederá un periodo máximo de tres días hábiles posteriores a la fecha de cierre del concurso para que el mismo proceda a completar la oferta.
Artículo 9º—Exclusión de ofertas del proceso: Serán excluidas del proceso las ofertas Cuyos interesados una vez notificados de que su oferta está incompleta no procedan a completar la oferta dentro del plazo indicado. De igual forma serán excluidas las ofertas de aquellos interesados que siendo citados con la debida antelación (8 días) a las actividades de evaluación que se programen no asistieren a las mismas.
Artículo 10.—Convocatoria para proceso de evaluación: Las personas que cumplan con los requisitos mínimos que establece el puesto y cuyas ofertas hayan sido admitidas al proceso serán convocadas al proceso de evaluación. Dichas convocatorias serán realizadas con al menos ocho días de anticipación e indicarán el día, la hora y el lugar en el que se realizarán las pruebas de conformidad con lo establecido en el artículo 4° de este Reglamento.
Artículo 11.—Listado de elegibles: Se considerarán elegibles a aquellas personas que obtengan una calificación final como mínimo de 70% resultado de la respectiva ponderación de predictores utilizados para la evaluación de conformidad con lo indicado en el artículo 4º. Se conformará el registro de elegibles con estos candidatos y ordenándolos descendentemente de mayor a menor calificación. Los elegibles mantendrán dicha condición por espacio de 1 año contado a partir de la fecha de cierre de recepción de ofertas del concurso.
Artículo
12.—Comunicación de resultados y recursos: El funcionario responsable
del proceso comunicará a los interesados el pontaje obtenido por los mismos y
la posición en que queda ubicado, así como el respectivo agradecimiento por la
participación. Contra esta comunicación podrá interponerse el recurso de
revocatoria, el de apelación o ambos, de conformidad con lo que establece el
Código Municipal y
Artículo 13.—Conformación de la terna: La terna estará conformada por las. tres personas que hayan obtenido las calificaciones más altas del listado de elegibles.
Artículo
14.—Aprobación del procedimiento: El expediente del concurso así como la
terna, serán sometidos a conocimiento del Concejo Municipal, quien aprobará o
improbará el procedimiento realizado. Si el procedimiento es aprobado el
Concejo remitirá el expediente y la tenia a
Si
Si
Artículo
15.—Período de prueba: Una vez nombrado el auditor será sujeto a un
período de prueba de tres meses, pasado este plazo, el Concejo Municipal
procederá a comunicar a
Artículo
16.—Comunicación del nombramiento a
Artículo
17.—Vigencia: Este reglamento rige a partir de la fecha de su
publicación en el Diario Oficial
Santa María de Dota, 5 de octubre del 2007.—José Valverde Monge, Alcalde Municipal.—1 vez.—Nº 45874.—(82642).
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
AVISA:
Considerando que:
1º—Se emitió el
Manual de Normas Técnicas sobre Presupuesto, publicado en
“Norma 607.
El
presupuesto anual de ingresos y gastos aprobado por
2º—
3º—
4º—El Ministerio de Hacienda emitió el Decreto Nº 31459-H sobre el “Nuevo Clasificador Presupuestario por Objeto del Gasto”, el cual es de uso generalizado y obligatorio para el sector público, a partir del año 2006; y cuya ejecución presupuestaria debe darse bajo esa estructura.
5º—
6º—El mismo oficio establece que
el nivel de aprobación interno debe realizarse por partida, grupo y subpartida
y debe ser aprobado a través de una Modificación Presupuestaria por el jerarca
y posteriormente informarse a
7º—El nuevo clasificador presenta los objetos de gasto en un mayor nivel de detalle, por lo que se requiere agilizar los trámites administrativos con la finalidad de lograr eficiencia y eficacia en la ejecución de los egresos, propiciando el logro de objetivos estratégicos por parte de cada uno de los responsables de programa.
8º—Se busca promover el fortalecimiento de la administración activa por la responsabilidad que asume en su gestión y una mayor transparencia en el proceso de evaluación y rendición de cuentas, con el fin último de hacer una adecuada gestión municipal.
SE ACUERDA:
a. Aprobar el siguiente Reglamento para
REGLAMENTO PARA
PRESUPUESTARIAS DE
CAPÍTULO I
Aspectos generales
Definiciones
Artículo 1º—Para los efectos de este Reglamento se entiende por:
a. Autoridad superior administrativa: Alcalde Municipal.
b. Aprobación presupuestaria interna: Proceso por medio del cual se conoce y estudia el contenido del presupuesto formulado o de las variaciones que se le presenten, en función de los objetivos y metas Institucionales, así como verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que le son aplicables. Como resultado de este proceso, se emite mediante el acto administrativo establecido para el efecto, su aprobación o improbación, parcial o total, al presupuesto inicial y sus variaciones. Esta aprobación otorgará validez y eficacia jurídica, permitiendo su ejecución para el período respectivo, únicamente en aquellos casos en que no se requiera de la aprobación presupuestaria externa.
c. Aprobación presupuestaria
externa: Proceso a cargo de
d. Bloque de legalidad:
Conjunto de normas jurídicas, escritas y vigentes, a cuya observancia se
encuentra obligada
e. Clasificador de ingresos: Instrumento normativo que ordena y agrupa los recursos con que cuentan las entidades, en categorías homogéneas definidas en función de la naturaleza y características de las transacciones que dan origen a cada una de las fuentes de recursos.
f. Clasificador por objeto del gasto: Conjunto de cuentas de gastos, ordenadas y agrupadas de acuerdo con la naturaleza del bien o servicio que se esté adquiriendo o la operación financiera que se esté efectuando.
g. Jerarca: Superior jerárquico, unipersonal o colegiado del órgano o ente, quien ejerce la máxima autoridad en materia presupuestaria.
h. Modificación presupuestaria: Es toda aquella variación que se realice en los egresos presupuestados y que tenga por objeto disminuir o aumentar los diferentes conceptos de estos o incorporar otros que no habían sido considerados, sin que se altere el monto global del presupuesto aprobado.
i. Nivel de aprobación presupuestaria interna: Nivel de detalle de los ingresos y los egresos del presupuesto inicial y sus variaciones sobre el cual se ejerce la aprobación presupuestaria interna por parte el jerarca u órgano con la competencia necesaria para ello.
j. Presupuesto: Instrumento que expresa en términos financieros el plan operativo anual institucional, mediante la estimación de los ingresos y egresos necesarios para cumplir con los objetivos y las metas de los programas establecidos.
Artículo 2º—Los
conceptos y procedimientos relacionados con las solicitudes de modificaciones
presupuestarias se regirán y aplicarán según el marco legal que afecta a
Artículo 3º—Toda solicitud de modificación al presupuesto debe tener el nombre y la firma del responsable del departamento y del Área correspondiente.
Artículo 4º—Toda modificación presupuestaria debe justificarse en función del Plan Anual Operativo (Política Específica, Objetivo General y Específico) e indicar la meta a la cual se está aportando. Debe justificar si se trata de un ajuste para operación o para iniciar, fortalecer o terminar un proyecto.
Artículo 5º—El Área de
Planeamiento en conjunto con el Área Administrativa Financiera, anualmente
definirán el monto mínimo por Objeto del Gasto que debe tener toda solicitud de
modificación presupuestaria. Este monto será publicado a nivel interno de
Artículo 6º—Las solicitudes de modificación al presupuesto que se requieran deben presentarse para su conocimiento y aprobación en el periodo que va de enero hasta la primera semana del mes de diciembre.
CAPÍTULO II
Niveles de aprobación
Artículo 7º—El
Alcalde Municipal, aprobará las solicitudes de modificación al presupuesto,
cuando sean dentro de un mismo programa y por un monto igual o inferior al tope
máximo autorizado a
Aquellas solicitudes de modificación presupuestaria que varíen recursos dentro del mismo programa, que superen el monto antes indicado pero que no impliquen variaciones al Plan Anual Operativo, podrán ser aprobadas por este funcionario.
Artículo 8º—El Concejo Municipal, aprobará la aplicación de las solicitudes de modificación presupuestaria cuyos montos sean superiores a los autorizados al Alcalde Municipal, así como las solicitudes de modificación presupuestaria que afecten el Plan Anual Operativo.
CAPÍTULO III
Con respecto a los programas
Artículo 9º—No se podrán realizar modificaciones presupuestarias entre los diferentes servicios y proyectos, lo cual esta regulado por el origen y aplicación de los recursos.
CAPÍTULO IV
Con respecto a las partidas
Artículo 10.—Las modificaciones presupuestarias se realizarán acatando el bloque de legalidad y de acuerdo con el mecanismo establecido por el Concejo Municipal, conforme a los siguientes lineamientos:
a. Serán partidas sujetas a modificación las partidas, las subpartidas y todos los grupos dentro de una misma partida, según el siguiente detalle:
a.1. Remuneraciones: (0.0.0.0): Serán
sujetas de modificación todas las variaciones que afecten a esta partida.
Respecto a los remanentes que se den, sólo se podrán disminuir del sobrante
real que se haya originado como consecuencia de la ejecución del presupuesto,
pero manteniendo los saldos necesarios para cumplir con las obligaciones por el
resto del período. Estas podrán ser variadas a solicitud del Alcalde o Jefe de
Área, con base en el estudio realizado por el Departamento de Recursos Humanos,
siempre que no varíe el número de tiempos completos y el número de plazas
aprobadas, según
a.2. Servicios (1.0.0.0): En el caso de las subpartidas pertenecientes al grupo de Servicios, podrán ser modificadas entre éstas y podrán ser utilizadas para atender otros gastos de operación.
a.3. Materiales y suministros (2.0.0.0). En el caso de las subpartidas pertenecientes a este grupo, podrán ser modificadas entre estas, estableciendo la necesidad, urgencia o no ejecución para lo cual fueron asignados los recursos.
a.4. Intereses y comisiones (3.0.0.0). Las subpartidas de este grupo podrán ser modificadas entre ellas, con el fin de hacer frente a una eventualidad , no cubierta en el presupuesto definido para tal efecto, esto siempre y cuando exista alguna subpartida que soporte la variación presupuestaria.
a.5. Activos financieros (4.0.0.0). Las subpartidas de este grupo podrán ser modificadas entre ellas, con el fin de hacer frente a una eventualidad , no cubierta en el presupuesto definido pasa tal efecto, esto siempre y cuando exista alguna subpartida dentro del grupo que soporte la variación presupuestaria.
a.6. Bienes duraderos (5.0.0.0): Excepto cuando se trate de modificaciones presupuestarias a los servicios municipales, que reduzcan la partida de bienes duraderos para financiar gastos de operación en actividades financiadas con fondos propios.
a.7. Transferencias corrientes (6.0.0.0): de la subpartida de indemnizaciones sólo se podrá disminuir el sobrante que se haya originado como consecuencia de la ejecución del presupuesto, pero manteniendo los saldos necesarios para cumplir con las obligaciones por el resto del período.
a.8. Transferencias de capital (7.0.0.0.): Serán sujetas de modificación todas las variaciones que afecten a esta partida. Respecto a los remanentes que se den, solo se podrá disminuir del sobrante real que se haya originado como consecuencia de la ejecución del presupuesto, pero manteniendo los saldos necesarios para cumplir con las obligaciones por el resto del periodo. La ejecución de los recursos estará sujeta al monto de la modificación presupuestaria.
a.9. Amortización (8.0.0.0.): Las subpartidas de este grupo podrán ser modificadas entre ellas, con el fin de hacer frente a una eventualidad , no cubierta en el presupuesto definido pasa tal efecto, esto siempre y cuando exista alguna subpartida dentro del grupo que soporte la variación presupuestaria
a.10. Cuentas especiales (9.0.0.0.): Estas subpartidas podrán ser modificadas, con el fin de asignar objeto de gasto a los recursos presupuestados, cumpliendo con el bloque de legalidad para lo cual fueron asignados dichos montos.
CAPÍTULO V
Con respecto al control y evaluación
Artículo 11.—El Alcalde Municipal será responsable de cumplir con el marco legal aplicable a las variaciones del presupuesto y Plan Anual Operativo.
Artículo 12.—El Área de Planeamiento tendrá las siguientes responsabilidades.
a. Revisar el comportamiento de las partidas con el fin de asignar los montos efectivamente utilizados, con base en la ejecución.
b. Evaluar las modificaciones que realizan los departamentos para detectar problemas en la estimación de presupuestos y en las partidas y montos que se acerquen más a la realidad de cada unidad ejecutora.
c. Supervisar y aplicar hasta un máximo de 12 modificaciones presupuestarias, las cuales estarán supeditadas a las necesidades de la administración.
CAPÍTULO VI
Con respecto a su trámite
Artículo 13.—Las oficinas involucradas en el trámite de las solicitudes, serán:
a. Jefe de Departamento: Completa la solicitud de modificación al presupuesto en el formulario preparado para ese efecto.
b. Jefe de Área: Aprueba
c. Área Planeamiento Estratégico.
c.1. Asesora y revisa lo correspondiente en materia presupuestaria. Aplicará la modificación presupuestaria de acuerdo con las necesidades de la administración.
c.2. Deberá establecer las
acciones pertinentes para el adecuado uso y actualización de los datos en el
Sistema de Información sobre Presupuestos Públicos (SIPP) establecido por
c.3 Asesora y revisa el impacto en el Plan Anual Operativo. Prepara, cuando corresponda, las modificaciones al Plan Anual Operativo y lo presenta para su aprobación al Concejo Municipal.
d. Contabilidad Municipal: Asesora a las instancias que correspondan para asegurar que la modificación presupuestaria se ajusta a los procedimientos establecidos por la administración y al resto del bloque de legalidad aplicable.
e. Alcaldía Municipal:
Las solicitudes de modificación al presupuesto que ya fueron aprobadas por
f. Que este reglamento deroga cualquier disposición anterior que se oponga a este reglamento.
Este Reglamento
fue aprobado en artículo N° 31 del Acta 98-07 y artículo 1° del Acta N° 99-07
de sesiones celebradas por el Concejo Municipal de Cartago los días 14 y 21 de
agosto del 2007 y regirá a partir de su publicación en el Diario Oficial
Rolando Alberto Rodríguez Brenes, Alcalde.—1 vez.—(87935).
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
REGLAMENTO DEL ARCHIVO CENTRAL
CAPÍTULO I
Definición:
Artículo 1º—Se
denominará Archivo Central de
Artículo 2º—Estará a cargo de un
profesional en Archivística o un funcionario debidamente capacitado y éste
dependerá directamente de
CAPÍTULO II
Funciones
Artículo 3º—Como dependencia que tiene a su cargo reunir, clasificar, ordenar, administrar y facilitar los documentos, tiene funciones específicas que son:
1. Reunir por medio de listas de remisión, los
documentos producidos y recibidos como producto de las actividades de
2. Mantener técnicamente organizados todos los documentos, pueden ser textuales, gráficos audiovisuales, materiales cartográficos y legibles por máquina.
3. Poner a disposición del personal municipal y del público en general todos los fondos documentales existentes.
4. Debe presentar a
CAPÍTULO III
Edificios e instalaciones
Artículo 4º—El
lugar destinado para el Archivo Central de
El Archivo Central tendrá tres áreas definidas:
1. Área Administrativa
2. Área de Consulta
3. Área de Depósito
Con el fin de que haya un área específica para el funcionario, el usuario y la custodia del fondo documental de la institución.
Artículo 5º—El local del Archivo Central deberá reunir las condiciones necesarias que garanticen la conservación óptima de los documentos, tomando en cuenta el grado de humedad relativa del aire, temperatura, polución, luz e insectos o situaciones similares.
Además deberá contar con las medidas técnicas para la extinción y prevención de incendios y robos.
CAPÍTULO IV
Ingreso de documentos
Artículo 6º—Las
dependencias u oficinas de
Artículo 7º—A la lista de remisión se le llenará la columna de signatura del Archivo Central antes de ser devuelta a la oficina remitente.
Artículo 8º—El Archivista debe realizar una buena capacitación o explicación a los encargados de los Archivos de Gestión, sobre el proceso de envío de los documentos.
Artículo 9º—El Archivista establecerá los plazos o fechas en que se recibirán documentos para cada oficina y deberá comunicarlo por escrito a los encargados de Archivos de Gestión.
CAPÍITULO V
Consulta y préstamo de documentos
Artículo 10.—El préstamo de documentos se hará a funcionarios y particulares siempre y cuando el documento no se haya declarado de consulta restringida.
Artículo 11.—La documentación no
podrá salir de
Artículo 12.—Para el préstamo de documentos a las oficinas productoras se llenará una boleta de “Préstamo de documentos”, el funcionario que retire los documentos firmará como responsable.
Artículo 13.—Cualquier ciudadano interesado en consultar documentos deberá hacer solicitud por escrito indicando con toda claridad el objetivo de la investigación, llenará la boleta de préstamo de documentos y además deberá identificarse con su cédula de identidad o carné de estudiante en su caso.
Artículo 14.—Los usuarios particulares e internos deberán hacer silencio en el local de consulta, no rayar los documentos, no comer. Asimismo se prohíbe fumar en cualquiera de las tres áreas del Archivo Central.
Artículo 15.—En caso de que los
documentos sean consultados por historiadores o con el fin de elaborar
investigaciones importantes, ya juicio del Archivista, éste solicitará una
copia del trabajo realizado y pasará a formar parte del patrimonio documental
del Archivo Central de
CAPÍTULO VI
Procedimientos
Artículo 16.—El
Archivista será quien elabore las normas de procedimientos para la organización
del Archivo, la aplicación de éstas se hará para el Archivo Central y todos los
archivos de gestión. Es quien coordina las políticas archivísticas de
Artículo 17.—Los jefes de departamentos o encargados de oficina serán los responsables de que en su oficina se ordenen y archiven correctamente los documentos siguiendo las normas de procedimientos establecidos por el Archivo Central. Asimismo, será el responsable de que se envíen correctamente las listas de remisión.
Artículo 18.—El Archivo contará anualmente con un presupuesto para la adquisición de materiales necesarios para el buen ejercicio de sus funciones.
CAPÍTULO VII
Relación con la cultura y la investigación
Artículo 19.—De conformidad con sus posibilidades económicas el Concejo Municipal incluirá dentro de su Presupuesto Anual una partida tendiente a la compra de equipos (electrónicos, de microfilm, fotocopiado, de control de temperatura y humedad) y otros que conserven en buen estado los documentos y faciliten la información solicitada por los usuarios.
Artículo 20.—El Concejo
Municipal,
CAPÍTULO VIII
Selección de documentos
Artículo 21.—El proceso de selección y eliminación de documentos del Archivo Central, será regulado por una comisión institucional, integrada de la siguiente manera:
1. Jefe de
2. Jefe del Departamento Legal
3. Alcalde Municipal o Dirección Administrativa
4. Jefe del Archivo Central
Artículo 22.—La conservación y custodia de los documentos de valor permanente y la eliminación de aquellos que lo han perdido, se realizará de acuerdo con la legislación y la normativa concreta que regule la eliminación en el Archivo Central.
Artículo 23.—Rige a partir de su
publicación en el Diario Oficial
Santa Cruz, 8 de octubre del 2007.—María Jenory Galagarza Dinarte, Encargada Archivo Central.—1 vez.—(87824).
OFICINA EN PURISCAL
AVISO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se avisa a todos los posibles interesados que, a solicitud de la señora Badilla Ureña Olga, cédula de identidad Nº 1-496-694, quien manifiesta que se le extravió y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, procederá a reponer en su oportunidad, el certificado de depósito a plazo Nº 61800206, por la suma de ¢953.274,70 con vencimiento el día 14 junio 2007, emitido a la orden de la señora Badilla Ureña Olga. Se previene a los interesados hacer cualquier oposición dentro de los 15 días hábiles siguientes a la última publicación de este aviso.
Puriscal, 5 de octubre del 2007.—Rodrigo Valverde Rojas, Oficial Operativo.—(88300).
SUCURSAL DE NICOYA
AVISO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El Banco Popular y de Desarrollo Comunal, de este domicilio, hace del conocimiento del público en general, que el señor Jiménez Delgado Armando, cédula Nº 5-311-647, ha solicitado por motivo de extravío, reposición del (los) certificado (s) de depósito a plazo capitalizable número (s) 16100360210275112 por el (los) siguiente (s) monto (s) ¢200.000,00 doscientos mil colones netos, y con vencimiento (s) el 28-04-2007, para los efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.
Nicoya, 17 de setiembre del 2007.—Lic. Wilfreddy Bertharioni, Gerente.—(88528).
FACULTAD DE DERECHOS
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Gustavo Adolfo Aguilar
Chinchilla ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
Mariana
Gómez Bolaños ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Geannina Chaves
Salomón ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura
en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor
Decano de
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
REPOSICIÓN DE TÍTULO
AVISO
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Ante el Departamento de
Registro de
Heredia, 17 de mayo del
2007.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández,
Director.—(86904).
VICERRECTORÍA EJECUTIVA
DIRECCIÓN DE ASUNTOS
ESTUDIANTILES
AVISO
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Nancy
Jessica Calvo Jiménez, de nacionalidad costarricense, cédula de identidad Nº
1-976-057, ha solicitado reconocimiento y equiparación del título de
Investigador Policial Especializado con mención en
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Henry Godínez Cortés,
de nacionalidad costarricense, cédula de identidad Nº 1-966-180, ha solicitado
reconocimiento y equiparación del título de Investigador Policial Especializado
con mención en Inteligencia Policial, obtenido en
APROBACIÓN AUTORIZACIÓN PROCEDIMIENTOS
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA PARA ÁREA
SERVICIOS GENERALES Y BIBLIOTECA NACIONAL
DE SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL (BINASSS)
a. Facultar al Jefe del Área de Servicios
Generales para ejecutar procedimientos de contratación administrativa hasta por el monto de escasa cuantía
establecido por
b. Facultar a
La disposición anterior regirá a partir de la notificación del presente acuerdo.
Los
procedimientos que correspondan a un nivel mayor del autorizado deberán
ser tramitados por la unidad superior
jerárquica que esté debidamente autorizada. Las facultades asignadas se
regularán según lo establecido en el Modelo de facultades y Niveles de
Adjudicación por Instancia Administrativa de
Junta Directiva.—Emma C. Zúñiga Valverde, Secretaria.—1 vez.—(UE 2112).—C-13310.—(88247).
OFICINA LOCAL DE HEREDIA
NORTE
AVISO
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
A bernardo Solís Díaz,
se le comunica la resolución de las once horas del primero de octubre del año
dos mil siete, en la que se promueven diligencias de salida del país de las
personas menores de edad Adriana y Brenda Solís Rojas, contra la presente
resolución procede el recurso de revocatoria ante este despacho y apelación
ante
HERMANDAD DE
Ante esta Junta
de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de
Cartago, 29 de setiembre de 2007.—José Rafael Soto Sanabria, Gerente.—1 vez.—(88636).
LAS TRES COLUMNAS DAPSA S. A.
Por este medio se
convoca a los socios de Las Tres Columnas Dapsa S. A., cédula jurídica Nº
3-101-380872, a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios que se
celebrará en su domicilio social, Limón, poblado de Hone Creck, Cahuita, de
LAS TRES COLUMNAS DAPSA S. A.
Por este medio se
convoca a los socios de Las Tres Columnas Dapsa S. A., cédula jurídica N°
3-101-380872, a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios que se
celebrará en su domicilio social Limón, poblado de Hone Creck, Cahuita, de
LACHNER & SÁENZ S. A.
Se convoca a los
socios, miembros de junta directiva, y fiscal de la compañía Lachner & Sáenz
S. A., a una asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, que se
efectuará en las oficinas centrales de la compañía, ubicadas en San José,
El objeto y agenda de la asamblea será:
a) Revocatoria de los poderes otorgados inscritos en el Registro Nacional.
b) Asuntos varios.
San José, 8 de octubre de 2007.—Mario Lachner Sáenz, Presidente de Junta Directiva.—1 vez.—(89636).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Rodolfo Molina
Rodríguez, cédula Nº 1-708-125 solicita ante
CORPORACIÓN DE ISLAS
SAN CRISTÓBAL S. A.
Corporación de Islas
San Cristóbal S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-253726, solicita
ante
GRUPO MUTUAL ALAJUELA -
De conformidad con lo
estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Jorge
Enrique López Ocampo, cédula 202570059, ha presentado ante esta entidad,
solicitud de reposición de sus dos certificados CPH Nº 100-305-1111930926 por
$3.500,00 y Nº 100-305-111193036 por $7.000,00, con fecha de vencimiento ambos
6 enero 2007.—Alajuela, 1º de octubre del 2007.—Lic. Luis Carlos Morales Peña,
Representante.—(86882).
RIVERSTONE SERVICES
LTD
Riverstone Services
Ltd, con cédula jurídica número
tres-ciento dos-doscientos setenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta,
solicita ante
UNIVERSIDAD CRISTIANA
INTERNACIONAL S. A.
Yo Ólger Mayorga Siva,
mayor, casado una vez, licenciado en informática, vecino de Tibás, cédula
seis-ciento ochenta y uno-novecientos cuarenta y cinco, en su condición de
presidente y administrador de
COMERCIAL SÚPER UNIÓN
SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Comercial Súper Unión
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento
dos-cero cincuenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta, solicita ante
CONDOMINIO AVICENIA
NÚMERO CIENTO
CUARENTA Y CUATRO SOCIEDAD ANÓNIMA
Condominio Avicenia
número Ciento Cuarenta y Cuatro Sociedad Anónima, cédula número 3-101-307752,
solicita ante
CAMASIO SOCIEDAD
ANÓNIMA
Camasio Sociedad
Anónima, cédula jurídica N° 3-101-126780, solicita ante
COLINA DANPUR NUEVE
SOCIEDAD ANÓNIMA
Colina Danpur Nueve,
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-255181, solicita ante
BEREBERE CRIOLLO SOCIEDAD ANÓNIMA
Berebere Criollo Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintitrés mil
doscientos noventa y dos, solicita ante
ASOCIACIÓN MISIONERAS
DE
DE
Yo Paola Ripani, cédula
de identidad número Y374565, en mi calidad de presidenta y representante legal
de
Iván
Villalobos Chaves, mayor, soltero, comerciante, vecino de Heredia, portador de
la cédula de identidad número uno-mil ciento setenta y ocho-novecientos
treinta, solicita ante
CORPORACIÓN LOMBARDIA
DE
Corporación Lombardia
de
COMPLEJO EDUCATIVO
BILINGÜE DE INNOVAVIÓN
TECNOLOGÍA Y TALENTO CEBITT S. A.
Complejo Educativo
Bilingüe de Innovavión Tecnología y Talento Cebitt S. A., cédula 3-101-213175,
solicita ante
PRODUCTOS CATAR S. A.
Yo, Jorge Arturo Jara
Aguilar, de cédula de identidad número 1-446-740, vecino de Heredia, en mi
condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la entidad Productos
Catar S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-107301, por haberse
extraviado, hago constar que hemos solicitado la reposición de los libros
número uno de diario, mayor, inventarios y balances y actas del consejo de
administración. Por haberse presentado la solicitud de reposición oportunamente
ante
INTERNATIONAL REAL
ESTATE GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA
International Real
Estate Group Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
3-101-420707, solicita ante
COOPEVIGUA UNO
La suscrita María
Roxana Jiménez Hernández, mayor, divorciada, vecina de Guápiles de Coopevigua
Uno, cincuenta metros al norte de la iglesia, cédula de identidad número
cinco-cero doscientos-novecientos cincuenta y tres, hago constar que he
iniciado la reposición de los libros contables. Los libros a reponer son:
diario, mayor e inventario y balance. Quien se considera afectado puede
manifestar su oposición, ante el área de información y asistencia al
contribuyente de
BAR Y RESTAURANTE
BISTRO LANGOSTA
Conforme a las
disposiciones del Código de Comercio por venta de establecimiento mercantil, se
cita a acreedores e interesados a fin de hacer valer sus derechos en la venta
de Bar y Restaurante Bistro Langosta, sita en Playa Langosta, cantón Santa
Cruz, de la provincia Guanacaste, al señor Alain Eugene Lucien Cuny, y compañías
relacionadas con este señor, todo dentro de un plazo de quince días hábiles.
Los interesados podrán comunicarse y presentar toda documentación en Bufete
Granados y Morera, sita en avenida diez bis, calles veintiuno y veintitrés,
casa veintiuno sesenta y uno o bien al fax: 222-3311.—Playa Langosta, 1º de
octubre del 2007.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—Nº 48354.—(87268).
SERVICENTRO SANTA
BÁRBARA
Servicentro Santa
Bárbara S. A., cédula jurídica Nº 3-101-097055020, solicito ante
DELICIAS LECHE Y MIEL
SOCIEDAD ANÓNIMA
Delicias Leche y Miel
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-247280, solicita ante
SERVINET DE COSTA RICA
S. A.
Servinet de Costa Rica
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-1875993, solicita ante
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
RÍO TUY S. A.
Yo, José Arturo Fernández Ardón, mayor, casado, abogado, vecino de Alajuela Centro, cédula de identidad número dos-trescientos setenta y nueve-cuatrocientos treinta y dos, en mi condición de apoderado especial, hago constar que hemos iniciado la reposición de los libros número tres de Inventarios y Balances, Mayor y Diario, de la empresa Río Tuy S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-veintisiete mil trescientos cincuenta y cinco.—28 de setiembre del 2007.—Lic. José Arturo Fernández Ardón, Notario.—(87553).
DIEMEREX S.A.
Diemerex S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-384785, solicita ante
IMPORTADORA DE CORBATAS S. A.
Importadora de Corbatas
S. A., con cédula jurídica 3-101-224168, solicita ante
Genter
Fernández Castillo, cédula uno-seiscientos sesenta y dos-cero setenta y nueve,
solicita ante
SERVICIO METROPOLITANO DE SEGURIDAD PRIVADA S. A.
Servicio
Metropolitano de Seguridad Privada S. A., cédula jurídica 3-101-175012,
solicita ante
Yo, Guillermo Murillo Rodríguez, cédula de
identidad número 2-377-716, vecino de Barrio Fátima de Atenas, 500 metros norte
de
KK CINCO MIL INTERNATIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA
KK Cinco Mil
International Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-
405955, solicita ante
INVERSIONES MONCHO Y CHALO S. A.
Inversiones
Moncho y Chalo S. A., solicita ante
CARA BLANCA DEL MONTE SOCIEDAD ANÓNIMA
Alberto Andrei
Antillón Appel, portador de la cédula de identidad costarricense número
uno-cero setecientos diecinueve-cero quinientos setenta, apoderado generalísimo
sin límite de suma, con facultades suficientes y bastantes para este acto, de
Cara Blanca del Monte Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-doscientos ochenta y cinco mil seiscientos ochenta y cuatro,
solicita ante
HACIENDA GANADERA LOS PALMARES
DE GUANACASTE SOCIEDAD ANÓNIMA
Hacienda
Ganadera Los Palmares de Guanacaste Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno- noventa mil quinientos cincuenta y ocho,
solicita ante
SOCIEDAD ANÓNIMA DE ARQUITECTURA S. A.
Sociedad Anónima
de Arquitectura S. A., cédula jurídica número 3-101-079145, solicita
ante
CONDUCEN S. A.
Se hace saber que Dory Steinberg Margules, portadora de la cédula de identidad número 1-272-885, propietaria del certificado de acciones número diecinueve, el cual ampara novecientas noventa y cuatro acciones de Conducen S. A., ha solicitado la reposición de dicho título, en atención a los términos que suscribe el artículo seiscientos ochenta y nueve, del Código de Comercio de Costa Rica, y emplaza a los interesados para que se apersonen en el plazo contado a partir de la última publicación de este aviso, para que hagan valer sus derechos u oposiciones, ante el presidente de la junta directiva de la empresa en Heredia, San Antonio de Belén, kilómetro once, Autopista General Cañas, intersección San Antonio.—Matías Sandoval Herrera, Presidente.—Nº 48651.—(87740).
SERVIPORT, SERVICIOS PORTUARIOS
DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Serviport,
Servicios Portuarios de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno
cero uno-uno seis uno cinco seis cinco, solicita ante
UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA
Por medio de la
presente
A las 16:20
horas del 21 de setiembre de 2007, Web a
COAST SPAS DE COSTA RICA S. A.
Coast Spas de
Costa Rica S. A., cédula jurídica numero 3-101-317529, solicito ante
Mercedes
Lourdes González Rodicio, con cédula de identidad ocho-cero cero cuatro
ocho-cero dos cuatro cero, vende el establecimiento Soda Bar y Restaurante
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Q.C.
La sociedad
denominada Q.C.
COOPERATIVA LAS MUSAS R. L.
Gustavo A.
González Granados, Gerente de
TORRES & ROJAS ASESORÍAS TÉCNICAS
ESPECIALIZADAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Torres &
Rojas Asesorías Técnicas Especializadas Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-doscientos dieciséis mil ciento ochenta, solicita ante
PRODUCTORA AGRÍCOLA EL COMÚN S. A.
Productora
Agrícola el Común S. A., cédula jurídica 3-101-52597, domiciliada en Concepción
de Atenas, Alajuela, solicita ante
DATA ASSISTANTS LIMITADA
Data Assistants
Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-trescientos
noventa y dos mil novecientos dieciocho, solicita a
PENTRACI CORPORATION LIMITADA
Pentraci
Corporation Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-trescientos sesenta y siete mil trescientos setenta y tres, solicita a
MAYHER, LIMITADA
Mayher Limitada,
cédula jurídica Nº 3-101-059642, solicita ante
MONTE RODRIGO S. A.
Yo Rodrigo Rojas
Cordero, soltero, vecino de Ciudad Quesada, San Carlos, cédula de identidad
2-385-739; solicito ante
VIAJES D S DEL ÁGUILA SOCIEDAD ANÓNIMA
Viajes D S del
Águila Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos once mil
cuatrocientos noventa y ocho, domiciliada en
OAKLEY COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Oakley Costa Rica
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno-doscientos cuatro mil
trescientos cincuenta y seis, solicita ante
PACÍFICO OSTRAS DE TAMARINDO S. A.
Pacífico Ostras
de Tamarindo S. A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101-210243, solicita
ante
BODEGA RADIAL DEL ESTE S. A.
Bodega Radial del
Este S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero cuatro
uno cinco cuatro dos, solicita ante
BANCO CITI BANK
SUCURSAL SANTA ANA
Para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Lenín Abarca Mayorga, portador de la cédula de identidad Nº 1-1001-0061, ha solicitado la reposición del cheque de gerencia Nº 58838-7, por un monto de ¢191.020,39 (ciento noventa y un mil, veinte colones con treinta y nueve céntimos exactos) con fecha de emisión el 29-03-2007. Dicho cheque ha sido reportado como extraviado por el cliente.—Lenín Abarca Mayorga, Solicitante.—(88980).
XXI JACÓ T VIOLETA SOCIEDAD ANÓNIMA
XXI Jacó T
Violeta Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres ciento uno – trescientos
veintiséis mil cuatrocientos setenta y tres, solicita ante
XLVII JACÓ H SODIO SOCIEDAD ANÓNIMA
XLVII Jacó H
Sodio Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos
veintiséis mil seiscientos catorce, solicita ante
XLVII JACÓ G POTASIO SOCIEDAD ANÓNIMA
XLVII Jacó G
Potasio Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos
veintiséis mil cuatrocientos noventa y cinco, solicita ante
PREVENCIÓN Y SEGURIDAD INDUSTRIAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Prevención y Seguridad Industrial Sociedad Anónima, con cédula 3-101-035798-20, domiciliada en San José, comunica que el cheque que a continuación se describirá y emitido por Prevención y Seguridad Industrial a favor de la compañía W.S.DARLEY & CO fue reportado como sustraído. Cheque del Banco Nacional número 444818, por un monto de $3.264,95 (tres mil doscientos sesenta y cuatro dólares con noventa y cinco centavos), emitido el 2 de febrero del 2007. Por tanto, Prevención y Seguridad Industrial S.A. no se hace responsable por el mal uso que se le dé al mismo.—San José, 25 de setiembre del dos mil siete.—Fernán Guardia Gutiérrez, Representante Legal.—(89038).
SEFARINVEST SOCIEDAD ANÓNIMA
Sefarinvest
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero setenta mil novecientos
veinticinco, solicita ante
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
ASOCIACIÓN IGLESIA ALIANZA CRISTIANA Y MISIONERA
Mario Francisco
Barboza Loría, cédula de identidad Nº 1-0640-196 en mi calidad de presidente y
representante legal de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por escritura otorgada a las 20:00 horas del día 2 de octubre del año 2007 la señora Andrea Jaikel Piza, Doctora en Farmacia, cédula de identidad número uno-ocho seis seis-tres siete nueve, cede el derecho de alquiler y vende el inventario de la “Farmacia Hospital Universitario Unibe” a la sociedad “Kilague Sociedad Anónima”, representada por Ludwik Alfredo Guerrero Lobato y Christian Rivera Paniagua, en sus calidades de presidente y tesorero respectivamente, se emplaza a acreedores, deudores y terceros a manifestarse en un plazo de 30 días naturales.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—Nº 48821.—(88568).
Por escritura
pública otorgada ante el suscrito notario en San José, a las once horas del
veintiocho de setiembre del año dos mil siete, Fardón José S. A. vendió
a Farmacia Sucre S. A., el establecimiento mercantil denominado “Farmacia
Sucre Santa Ana” y el cual se dedica de manera principal al expendio de
productos propios de farmacia, y artículos afines propios del giro comercial, y
el cual está ubicado en Santa Ana, centro. El precio de la compraventa, que fue
la suma de veintisiete millones novecientos cincuenta y un mil seiscientos
veintisiete colones con cincuenta y cuatro céntimos, quedó depositado para los
efectos legales correspondientes, en la señora Ana Cecilia Cantillo Garro,
representante legal en la escritura pública indicada, de Farmacia Sucre S. A.,
adquirente del establecimiento mercantil, de todo lo cual se informa a
acreedores e interesados para que se presenten, dentro del término de quince
días a partir de la primera publicación de este aviso, en las oficinas de la
sociedad adquiriente ubicadas en
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintiséis de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Costa Rica Lodging Reservations Center Sociedad Anónima, cuyo presidente es Jeffrey Kent Huffman.—San José, 26 de setiembre del 2007.—Lic. Jorge Manuel Solano Chinchilla, Notario.—1 vez.—(87968).
Ante esta notaría, al ser las nueve horas del cuatro de octubre del dos mil siete, se constituyeron las sociedades: Proyecto Estrella del Desierto Sociedad Anónima; Inversiones del Mar Pacífico Sociedad Anónima; Glaciares Cristalinos Sociedad Anónima; Imágenes Perdidas en el Horizonte Sociedad Anónima; Corales Rojos de Fuego Intenso Sociedad Anónima; Sendero de Esmeralda Sociedad Anónima; Proyecto por un Futuro Sociedad Anónima; Andares Bajo el Almendro Sociedad Anónima; Caminos de Bello Monte Sociedad Anónima, y Senderos de Riachuelos Dorados Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado de veinte mil colones. Presidenta: Yalile Cabo Martín.—San José, cuatro de octubre del dos mil siete.—Lic. Yohanka González González, Notaria.—1 vez.—(87974).
Se constituyó la sociedad denominada Villa Campo Real XVII P.P Sociedad Anónima. Capital social ¢10.000.00. Presidente, secretario y tesorero con facultades de un apoderado generalísimo sin límites de suma. Otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las 10:15 horas del día 3 de setiembre del año 2007.—Lic. Óscar Guevara Arias, Notario.—1 vez.—(87978).
Ante mí, Antonio Gutiérrez Rodríguez, notario público, se constituyó bajo el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, la sociedad cuya representación es de María Virginia Vargas Carvajal, cédula número seis-cero nueve nueve-uno tres cuatro siete.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Antonio Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(87980).
Se constituyó en la notaría del Lic. Antonio Gutiérrez Rodríguez, por medio de la escritura número cincuenta y seis, del tomo quinto, la sociedad denominada Global Foods Sociedad Anónima. Presidenta: Marisol del Socorro Urbina Pérez. Capital social: cien mil colones, distribuidos en diez acciones de cien mil colones cada una. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Antonio Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(87983).
Se constituyó en la notaría del Lic. Antonio Gutiérrez Rodríguez, por medio de la escritura número cincuenta y seis, del tomo quinto, la sociedad denominada D B C Royal Foodservice Sociedad Anónima. Presidenta: Marisol del Socorro Urbina Pérez. Capital social: cien mil colones, distribuidos en diez acciones de cien mil colones cada una. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Antonio Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(87984).
Se
constituye sociedad Midlotmian Management Sociedad Anónima. Otorgada en
San Isidro de Alajuela, a las 18:00 horas del 3 de octubre del 2007.—Alajuela,
3 de octubre del 2007.—Lic. Flory Yali de
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del cuatro de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza Victory Investment Fund Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, cinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.—1 vez.—(87997).
Por escritura número ciento cinco-tres, otorgada en San José, a las diecisiete horas treinta minutos del dos de octubre del dos mil siete, se constituyó la firma G. Porras & Familia. Domiciliada en Brasil de Santa Ana, Barrio Los Ángeles, cuatrocientos metros norte y cincuenta metros este de la entrada a Barrio Los Ángeles. Capital: suscrito y cancelado. Presidente y secretario, apoderados generalísimos sin límite de suma, efectuada ante la notaria Giovanna Ajun Murillo.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Giovanna Ajun Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 48837.—(88000).
La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Delicias de Occidente Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-170432, para reformar la cláusula referente al capital social. Es todo.—Palmares, veintisiete de setiembre del dos mil siete.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—Nº 48388.—(88001).
La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, notaria pública, con oficina abierta en Palmares de Alajuela, constituí la sociedad denominada Muebles B&B de Palmares Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social de cien mil colones, y un plazo social de noventa y nueve años. Es todo.—Palmares, primero de octubre del dos mil siete.—Lic. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—Nº 48389.—(88002).
Por escritura otorgada en San José, a las 17:00 horas del 2 de octubre del 2007, la sociedad denominada Academia de Natación Guppys S. A., protocolizó acuerdos mediante los cuales reforma la cláusula quinta.—Lic. Augusto Porras Anchía, Notario.—1 vez.—Nº 48390.—(88003).
Dos X L S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta cuatrocientos cincuenta y cuatro, domiciliada en Heredia, por acuerdo unánime de la asamblea general extraordinaria de socios, acuerdan cambio de junta directiva del presidente y el secretario.—Lic. Gerardo Bouzid Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 48391.—(88004).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del día 2 de octubre del 2007, se modificaron las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo de Serima S. A.—Lic. Luis Alberto Mora Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 48392.—(88005).
Por escritura número ciento catorce, otorgada ante mí, Alfredo Cordero Barquero, notario público de Guápiles, a las quince horas del primero de octubre del dos mil siete, se funda la sociedad, cuya razón social, el Registro asignará. Presidente: Alberto Lamas Ordóñez, mayor, casado una vez, comerciante, cédula de identidad número cinco-doscientos diecisiete-trescientos quince, vecino de San Rafael de Guápiles, Pococí, Limón, ochocientos metros norte del Súper San Miguel. Domicilio social: San Rafael de Guápiles, Pococí, Limón, ochocientos metros norte del Súper San Miguel.—Guápiles, dos de setiembre del dos mil siete.—Lic. Alfredo Cordero Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 48393.—(88006).
Por escritura número ciento quince, otorgada ante mí, Alfredo Cordero Barquero, notario público de Guápiles, a las dieciséis horas del primero de octubre del dos mil siete, se funda la sociedad, cuya razón social, el Registro asignará. Presidente: Alberto Lamas Ordóñez, mayor, casado una vez, comerciante, cédula de identidad número cinco-doscientos diecisiete-trescientos quince, vecino de San Rafael de Guápiles, Pococí, Limón, ochocientos metros norte del Súper San Miguel. Domicilio social: San Rafael de Guápiles, Pococí, Limón, ochocientos metros norte del Súper San Miguel.—Guápiles, dos de setiembre del dos mil siete.—Lic. Alfredo Cordero Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 48394.—(88007).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Turistrees Sociedad Anónima. Se modifica razón social y se modifica cláusula sexta, y se nombra nuevo presidente y se otorga facultades.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 48395.—(88008).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Turísticas R M O Sociedad Anónima. Se modifica razón social y se modifica cláusula sexta, y se nombra nuevo presidente y se otorga facultades.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 48396.—(88009).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad Plantas y Flores Exóticas RF S. A. Capital social un millón de colones, presidente con facultades.—San José, 10 de octubre del 2006.—Lic. Joel. Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 48397.—(88010).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad M. M. C. Invesments Group S. A. Capital social un millón de colones, presidente con facultades.—San José, 4 de agosto del 2006.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 48398.—(88011).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad; Autocamiones de Costa Rica AUTOCORI Sociedad Anónima. Se nombra nueva tesorera y se le otorga facultades.—San José, 17 de agosto del 2007.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 48399.—(88012).
Por escritura otorgada ante mi notaría, de las 14:00 horas del 2 de octubre del 2007, Martín Quirós Morales, Gerardo Enrique Arias Cruz y Jorge Alberto Arias Herrera, constituyeron una sociedad anónima cuya denominación social será conforme lo dispone el artículo dos del Decreto Ejecutivo N° 33171-J. Dicha sociedad tendrá su domicilio en San Ramón de Alajuela. Presidente y apoderado generalísimo sin límite sumario: Gerardo Enrique Arias Cruz. Capital social cien mil colones.—San Ramón, 2 de octubre del 2007.—Lic. Róger Alexis Barboza Lépiz, Notario.—1 vez.—Nº 48400.—(88013).
Adriana Vargas Álvarez y Luis Armando Mejías Rolas, constituyen la sociedad AM Inversiones S. A., capital diez mil colones. Domicilio San José, Pavas, objeto transporte de combustible derivado de hidrocarburos y comercio en general. Escritura otorgada en San José a las 16:30 horas del 1° de octubre del 2007.—2 de octubre del 2007.—Lic. Zulema Villalta Bolaños, Notaria.—1 vez.—Nº 48401.—(88014).
Adriana Vargas Álvarez y Luis Armando Mejías Rolas, constituyen la sociedad Constructora AM S. A., capital diez mil colones. Domicilio San José, Pavas, objeto transporte de combustible derivado de hidrocarburos y comercio en general. Escritura otorgada en San José a las 16 horas del 1° de octubre del 2007.—2 de octubre del 2007.—Lic. Zulema Villalta Bolaños, Notaria.—1 vez.—Nº 48402.—(88015).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 8:00 horas del 5 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad Camas Separadas S. A.—San José, 26 de setiembre del 2007.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 48403.—(88016).
Ante el suscrito notario se constituyó la sociedad de esta plaza Danandre Sociedad Anónima capital totalmente suscrito y pago.—Alajuela, veintisiete de setiembre del dos mil siete.—Johnny Ramírez Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 48404.—(88017).
Ante mi Roy Zumbado Ulate se constituye sociedad denominada Melahel Inter S. A. Capital social diez mil colones, presidenta Mayda Yadira Salas Alfaro.—Heredia, 2 de octubre del 2007.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 48405.—(88018).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Forschung Gruppe Sociedad Anónima donde se reforma la cláusula segunda del domicilio y se otorga poder generalísimo sin límite de suma y se nombra agente residente.—San José, veintiocho de setiembre del dos mil siete.—Lic. Juan José Nassar Güell, Notario.—1 vez.—Nº 48406.—(88019).
Por
escritura número ciento ochenta y cuatro, otorgada en mi notaría, a las catorce
horas del dos de octubre del dos mil siete, se constituye la sociedad anónima
denominada Global Services Society GSS, nombre de fantasía. Capital social
diez mil colones. Presidente, Jorge Chacón Villalobos, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma. Agente Residente: Lic. Fabricio
Arauz Rodríguez. Domicilio social, San Rafael de Coronado, ciento cincuenta
metros oeste y ciento cincuenta metros al sur del restaurante
Por escritura otorgada ante mi notaría el día de hoy se constituyó la sociedad denominada Ilusión de mi Amor por Uvita Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado. Es todo.—San José, 27 de julio del 2007.—Lic. Rosette María Morgan Asch, Notaria.—1 vez.—Nº 48408.—(88021).
Por escritura otorgada ante mi notaría el día de hoy se constituyó la sociedad denominada Casore de Mallorca Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado.—San José, 28 de setiembre del 2007.—Lic. Rosette María Morgan Asch, Notaria.—1 vez.—Nº 48409.—(88022).
Por escritura otorgada ante mi notaría el día de hoy se constituyó la sociedad denominada Sueño de una Noche en Uvita Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado. Es todo.—San José, 27 de julio del 2007.—Lic. Rosette María Morgan Asch, Notaria.—1 vez.—Nº 48410.—(88023).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 27 de setiembre 2007 se constituyó una sociedad anónima cuya denominación es según art. 2 del Decreto Ejecutivo N° 33171-J. Domicilio Curridabat.—Lic. Gabelo Rodríguez Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 48411.—(88024).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 15:00 horas del día de hoy se constituyó la sociedad Corporación D X D Alajuela Sociedad Anónima Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Capital totalmente suscrito y pagado.—San José, 28 de setiembre del 2007.—Lic. Omar Zúñiga Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 48413.—(88025).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 12:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Inversiones Josymel Sociedad Anónima. Presidenta y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Plazo social: noventa y nueve años, a partir de esta fecha. Capital: totalmente suscrito y pagado.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Omar Zúñiga Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 48414.—(88026).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:00 horas del 22 de setiembre del 2007, se protocolizó acta mediante la cual se modificó las cláusulas quinta y octava del pacto social de Inverzac de Pococí Sociedad Anónima.—25 de setiembre del 2007.—Lic. Iris Mora Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 48418.—(88027).
Miguel Zúñiga Jiménez y Mario Zúñiga Aguilar constituyen Transportes Zúñiga de Cariari Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—Lic. Iris Mora Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 48419.—(88028).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, a las ocho horas del veintisiete de setiembre
del dos mil siete, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Ganadera
Maleno de
En mi
notaría, a las once horas del diecisiete de setiembre del dos mil siete, se
constituyó la sociedad denominada Finca
Por escritura otorgada ante la notaria Grace Morales Vargas, número dieciocho de las diez horas del veintidós de setiembre del dos mil siete, se constituyó Inversiones Aragones y Luna Sociedad Anónima. Presidenta: Sandra Vargas Arce.—Veintidós de setiembre del dos mil siete.—Lic. Grace Morales Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 48422.—(88031).
Por escritura otorgada hoy 2 de octubre del 2007, a las 8:00 horas se constituyeron las sociedades denominadas Submit Express Sociedad Anónima y Pacific Dreams Realty Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital social: doce mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1 vez.—Nº 48423.—(88032).
Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, José Alejandro Martínez Castro y Marco Antonio Fernández López, constituyen la sociedad Armstrong Internacional Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y al secretario del consejo de administración, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital social: de doce mil colones.—San José, a las once horas del día dos de octubre del dos mil siete.—Lic. José Andrés Masís Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 48424.—(88033).
Por escritura de las 9:00 horas de hoy, fueron constituidas once sociedades de responsabilidad limitada, que se denominarán por el número de cédula de persona jurídica que el Registro Nacional de oficio les asigne, al momento de su inscripción de conformidad con el artículo segundo del decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Domicilio: Montes de Oca. Objeto: el comercio, industria, agricultura y ganadería en general. Plazo: cien años. Capital: cien mil colones, suscrito y pagado con letras de cambio. Gerente: con amplias facultades.—San José, 1º de octubre del 2007.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—Nº 48427.—(88034).
En la
notaría del licenciado Henry Gómez Pineda, se constituyó la compañía
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de setiembre del dos mil siete, se constituye la sociedad Orovale Limitada. Plazo social: 99 años. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Gerente: Carlos Humberto Sequeira Castillo.—Lic. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 48432.—(88036).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día veintiuno de setiembre del dos mil siete, se constituye la sociedad Comercializadora de Carnes Don Tico Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Presidente: Jorge Hernán Ramírez Sibaja.—Lic. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 48433.—(88037).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas y cincuenta minutos del día primero de octubre del dos mil siete, se constituye la sociedad Hearts & Arrows Fashion Designs Limitada. Plazo social: 99 años. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Gerente: Alejandro Mayorga Delgado.—Lic. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 48434.—(88038).
Por la escritura número ciento dieciocho, otorgada ante esta notaría, a las once horas del día veintiocho de setiembre del dos mil siete, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Grupo Casino Platinum C.R Sociedad Anónima. Mediante la cual se modifica la junta directiva y se nombra nuevo presidente. Domicilio oficial: provincia de San José, Hacienda Vieja de Curridabat de la entrada setenta y cinco metros al este, casa número ciento dieciocho.—San José, 28 de setiembre del 2007.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—Nº 48436.—(88039).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día dos de octubre del dos mil siete, el suscrito notario protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Topin Sociedad Anónima. Mediante la cual se modifica la cláusula sexta de la administración, nombrándose nueva junta directiva.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Alberto Coto Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 48438.—(88040).
Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, notario público se constituyó la sociedad denominada Grupo Corporativo S.E.R. & Siedra S. A. Domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, cien metros sur del estadio municipal. Con un plazo social de noventa y nueve años, a partir del dos de octubre del dos mil siete, conformado por un capital social de seis mil colones, representado por seis acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Edoardo Giorgini Reguzzoni.—Pérez Zeledón, dos de octubre del dos mil siete.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—Nº 48439.—(88041).
En la
notaría de la licenciada Fercinta Esquivel Godinez, carne 10728, a las ocho
horas del diecinueve de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad
denominada Naturaleza y Bienestar Sociedad Anónima. Capital social: diez
mil colones. Cuyos apoderados generalísimos sin límite de suma, lo son Felipe y
Matilde ambos Chacón Vargas.—San Marcos de Tarrazú, 26 de agosto del 2007.—Lic.
Fercinta Esquivel Godinez, Notaria.—1 vez.—Nº 48440.—(88042).
Ante
esta notaría, a las once horas del día veintiocho de setiembre del dos mil
siete, se constituye la empresa Constructora Rameses Sociedad Anónima.
Plazo: cincuenta años. Presidente: Marvin Rojas Salazar.—San José, 1º de
octubre del 2007.—Lic. Oscar Alberto Pérez Murillo, Notario.—1 vez.—Nº
48441.—(88043).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintiocho de
setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Canchas Sintéticas
Los Cocho’s Sociedad Anónima. Nombrándose agente residente, fondo de
reserva legal, junta directiva y capital social. Domiciliada en Paraíso de
Cartago, Barrio
El
suscrito notario, protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad denominada Truchas
En la
notaría del suscrito notario, se protocolizó asamblea general extraordinaria de
socios de la sociedad denominada Cenco División Industrial Sociedad Anónima.
Acta mediante la cual se reformó pacto constitutivo: en su cláusula cuarta. Se
aumenta el capital social en la suma de novecientos mil colones, a efecto de
que el capital sea la suma de un millón de colones.—San José, primero de
octubre del dos mil siete.—Lic. Humberto Fallas Cordero, Notario.—1 vez.—Nº
48444.—(88046).
Por
escritura otorgada por la suscrita notaria Dafne Lizette Blanco Varela, a las
dieciséis horas del veinticinco de setiembre del dos mil siete, protocolicé
acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Tamarindo Los
Sueños Frío Sociedad Anónima. Por lo que se reforma la cláusula novena del
pacto social.—San José, veinticinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Dafne
Lizette Blanco Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 48446.—(88047).
Por
escritura otorgada por la suscrita notaria Dafne Lizette Blanco Varela, a las
diecisiete horas del veinticinco de setiembre del dos mil siete, protocolicé
acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Tamarindo Los
Sueños Estrella Sociedad Anónima. Por lo que se reforma la cláusula novena
del pacto social.—San José, veinticinco de setiembre del dos mil siete.—Lic.
Dafne Lizette Blanco Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 48447.—(88048).
Ante
esta notaría, por escritura número ciento ochenta y dos-cuatro, de las doce
horas del once de setiembre del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad Durham Corporation Sociedad
Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos setenta y nueve mil trescientos ochenta, en la que se acordó
por unanimidad, primero: cambiar la razón social de esta compañía para que de
ahora en adelante pase a ser Sistemas Telefónicos de Costa Rica SISTELCR
Sociedad Anónima; segundo: de la administración, los negocios sociales
serán administrados por una junta directiva de cuatro miembros, socios o no,
que serán: presidente, secretario, tesorero y vocal. Corresponde al presidente,
secretario, tesorero y vocal la representación judicial y extrajudicial de la
sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, de
conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil,
actuando de forma conjunta o individual, quedando el resto igual.—Liberia, once
de setiembre del dos mil siete.—Lic. Luis Manuel Gutiérrez Chacón, Notario.—1
vez.—Nº 48448.—(88049).
Mediante
escritura número ciento ochenta y uno-cuatro, otorgada a las diez horas del
once de setiembre del dos mil siete, ante esta notaría, procedí a protocolizar
el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad Pargo Verde Uno Dos BT Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y cuatro mil
setenta y ocho, en la que se acordó transformar a esta compañía en una sociedad
de responsabilidad limitada y por tal motivo modificar el pacto social de la
compañía. Esta transformación surtirá efectos después de la correspondiente
publicación en el Diario Oficial
Que
por escritura pública otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, a
las quince horas del dos de octubre del dos mil siete, se procedió a constituir
la sociedad anónima denominada W. J. C. Sabor a Pueblo Sociedad Anónima.
Con domicilio en San José, Zapote, de la torres de Radio Columbia, doscientos
metros al sur y setenta y cinco metros al este, Edificio Don Erasmo. Es
todo.—San José, dos de octubre del dos mil siete.—Lic. Carlos Armando Briceño
Obando, Notario.—1 vez.—Nº 48450.—(88051).
Que
por escritura pública otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, a
las quince horas, treinta minutos del dos de octubre del dos mil siete, se
procedió a constituir la sociedad anónima denominada G. P. O. Comunicación
Sociedad Anónima. Con domicilio en San José, Zapote, de la torres de Radio
Columbia, doscientos metros al sur y setenta y cinco metros al este, Edificio
Don Erasmo. Es todo.—San José, dos de octubre del dos mil siete.—Lic. Carlos
Armando Briceño Obando, Notario.—1 vez.—Nº 48451.—(88052).
Que
por escritura pública otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, a
las quince horas, cuarenta y cinco minutos del dos de octubre del dos mil
siete, se procedió a constituir la sociedad anónima denominada M. B. Huacas
Investment Sociedad Anónima. Con domicilio en San José, Zapote, de la
torres de Radio Columbia, doscientos metros al sur y setenta y cinco metros al
este, Edificio Don Erasmo. Es todo.—San José, dos de octubre del dos mil
siete.—Lic. Carlos Armando Briceño Obando, Notario.—1 vez.—Nº 48452.—(88053).
Ante mí, Alejandro Alonso Román González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día primero de octubre del dos mil siete, a las ocho horas en la ciudad de Atenas, se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad ARC en Ciel Sociedad Anónima. En la cual se nombra nuevo presidente y secretario, y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, primero de octubre del dos mil siete.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—Nº 48453.—(88054).
Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada En Busca del Edén Perdido S. A., Sociedad Anónima, a las diez horas del diecisiete de setiembre del dos mil siete. Presidente y tesorera con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, dos de octubre del dos mil siete.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 48454.—(88055).
Por escritura doscientos nueve, de las quince horas treinta y cinco minutos del veinte de setiembre del dos mil siete, del tomo tres del protocolo de esta notaría, se procedió a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Alemagin S. A. Por la cual se procede a modificar la cláusula tercera del pacto social.—San José, 20 de setiembre del 2007.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 48455.—(88056).
Por escritura doscientos once, de las catorce horas del primero de octubre del dos mil siete, del tomo tres del protocolo de esta notaría, se procedió a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Vuelta Abajo S. A. Por la cual se procede a modificar la cláusula segunda del domicilio social, modifica cláusula sexta de la administración y nombra nuevo secretario y tesorero.—San José, 1º de octubre del 2007.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 48456.—(88057).
Por escritura Nº 214, otorgada ante esta notaría, al ser las 16:00 horas del día 1º de octubre del 2007, se constituyó la sociedad anónima Gums Solutions S. A. Representación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, su presidente. Capital social: diez mil colones. Plazo social: cien años. Domicilio: Alajuela.—San José, 1º de octubre del 2007.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 48457.—(88058).
En mi
notaría, se constituye Importadora Electrodomus Sociedad Anónima.
Presidente: Carlos Quirós Retana. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: San
José. Objeto: comercio, industria, finanzas, agricultura, ganadería, prestación
de servicios en general. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 2 de octubre
del 2007.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 48459.—(88059).
Por escritura autorizada por esta notaría, a las quince horas treinta minutos del primero de octubre del dos mil siete, se protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Puerto Villalta Limitada. Mediante la cual se reformó las cláusulas primera y segunda del estatuto social, correspondiente a la denominación social y al domicilio social, modificando así su denominación a Solid Constructors and Consultants Limitada.—Guanacaste, primero de octubre del dos mil siete.—Lic. Andrea González Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 48461.—(88060).
Por
escritura otorgada ante mí, en esta ciudad a las 9:00 horas del 20; 9 horas 10
horas del 30 todas de setiembre de este año, a las 9:00 de hoy, se
protocolizaron actas de Quad Energy S. A.; Grupo de Inversión R.J.G.
S. A.;
Por medio de la escritura número cinco del tomo segundo de mi protocolo, otorgada ante mi notaría en San José, a las diez horas del treinta de agosto del dos mil siete, se protocolizaron acuerdos de la sociedad tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y un mil quinientos cincuenta limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y un mil quinientos cincuenta, en donde se acordó modificar la cláusula primera del pacto social con el fin de que la sociedad pase a denominarse Grupo Ecoqsa CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Adrián Alberto Quesada Arias, Notario.—1 vez.—Nº 48463.—(88062).
Por
escritura otorgada por la notaria Silvia María Ocampo Vargas, a las once horas,
quince minutos del veinticuatro de agosto del dos mil siete, se constituyó la
sociedad Herrera Hermanos y Sobrinas García Dos Mil Siete Sociedad Anónima.—25
de setiembre del 2007.—Lic. Silvia María Ocampo Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº
48464.—(88063).
Hoy
mediante escritura doscientos sesenta y seis, ante mí Saborío Rivera y
Asociados Sociedad Anónima, reforma la cláusula primera del pacto social:
del nombre para que sea en lo sucesivo Euroamerica Consultores de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, veintisiete de setiembre del dos mil
siete.—Lic. Maikel Gerardo Hinrichs Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 48465.—(88064).
Por escritura
número ciento cincuenta y siete, de mi protocolo primero, otorgada ante mí, el
día ocho de agosto del dos mil siete, se protocolizó acta constitutiva de la
sociedad denominada Compañía HCH & CG 2010 Sociedad Anónima. Donde
se establece su junta directiva. Plazo social: de noventa y nueve años y se
paga íntegramente su capital.—Lic. Edgar Gerardo Lobo Arroyo, Notario.—1
vez.—Nº 48468.—(88065).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el día 24 de agosto del 2007, a las 12:00 horas, se constituyó la sociedad Magia Cristalina S. A. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 1º de octubre del 2007.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—Nº 48471.—(88066).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se protocoliza acta de asamblea general de accionistas de la compañía Grupo Makai de Palo Seco S. A. Por la que se confiere poder generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiséis de setiembre del dos mil siete.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 48474.—(88067).
Setecoop
R. L. y Edgar Díaz Alvarado, constituyen Costa Rica Buildings and Designers
STC Sociedad Anónima. Domicilio: San José, ciudadela Calderón Muñoz.
Presidente: Rolando Alberto Vega Beirute. Escritura otorgada en San José, a las
ocho horas del veintisiete de setiembre del dos mil siete.—Lic. Carlos Eugenio
Vargas Masís, Notario.—1 vez.—Nº 48476.—(88068).
Setecoop
R. L. y Edgar Díaz Alvarado, constituyen Houses and Buildings STC Costa Rica
Sociedad Anónima. Domicilio: San José, ciudadela Calderón Muñoz.
Presidente: Rolando Alberto Vega Beirute. Escritura otorgada en San José, a las
siete horas, treinta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil
siete.—Lic. Carlos Eugenio Vargas Masís, Notario.—1 vez.—Nº 48477.—(88069).
Protocolización
de acta Green Paradise Developers S. A. Modifica cláusulas primera,
segunda, décima sétima y vigésima segunda de su pacto social, nombra junta
directiva, fiscal y agente residente. Escritura otorgada en San José, a las
7:00 horas del veintisiete de setiembre del dos mil siete.—Lic. Carlos Eugenio
Vargas Masís, Notario.—1 vez.—Nº 48478.—(88070).
José Everardo Juárez Pérez y Wilberth Jesús Araya Alvarado, constituyen Servicios Integrados Agrícolas de Laurel del Sur SERIASUR S. A. Domicilio: Laurel de Corredores. Presidente: José Everardo Juárez Pérez. Escritura otorgada a las diecisiete horas del diecisiete de mayo del dos mil siete, adicionada por escritura de las siete horas del veintiocho de setiembre del dos mil siete.—Lic. Carlos Eugenio Vargas Masís, Notario.—1 vez.—Nº 48479.—(88071).
Por
escritura otorgada ante mí, a las once horas del cuatro de mayo del dos mil
cinco, se constituye la sociedad Calvo y Asociados J C C Sociedad Anónima.
Capital social: diez mil colones. Domicilio: Desamparados. Presidente con la
representación.—Lic. Edwin Rodrigo Masís Quirós, Notario.—1 vez.—Nº
48480.—(88072).
Por medio de escritura otorgada a las 13:30 horas del día 28 de setiembre del 2007, se protocolizó acta de la sociedad Motores Británicos de Costa Rica S. A. Por medio de la cual se aumenta capital.—Lic. Alejandra Echeverría Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 48482.—(88073).
En escritura otorgada ante Fabián Azofeifa Arce y Johanny Retana Madriz, a las seis horas, treinta minutos del veinticinco de setiembre del año en curso, se protocolizan acuerdos tomados en asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa Inmobiliaria Los Portones S. A. Se modifica cláusula tercera del plazo social.—San José, veinticinco de setiembre del dos mil siete.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—Nº 48486.—(88074).
Que en asamblea general extraordinaria de la compañía Las Jacarandas del Mar Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada, celebrada a las 12:00 horas del día 28 de setiembre del 2007, en su domicilio social, se acordó reformar la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad y nombrar nuevos gerentes.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 48490.—(88075).
Que en asamblea general extraordinaria de la compañía Villa del Mar V.M. Trescientos Cuatro Sociedad Anónima, celebrada a las 9:00 horas del día 24 de setiembre del 2007, en su domicilio social, se acordó reformar las cláusulas segunda y décima del pacto constitutivo de la sociedad y nombrar nueva junta directiva.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 48491.—(88076).
Que en asamblea general extraordinaria de la compañía Las Jacarandas Tamarindo Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada, celebrada a las 11:00 horas del día 21 de setiembre del 2007, en su domicilio social, se acordó reformar la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad y nombrar nuevos gerentes.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 48492.—(88077).
Que en asamblea general extraordinaria de la compañía Las Jacarandas del Sol Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada, celebrada a las 14:00 horas del día 28 de setiembre del 2007, en su domicilio social, se acordó reformar la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad y nombrar nuevos gerentes.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 48493.—(88078).
Que en asamblea general extraordinaria de la compañía Las Jacarandas del Cielo Cinco Sociedad de Responsabilidad Limitada, celebrada a las 15:00 horas del día 28 de setiembre del 2007, en su domicilio social, se acordó reformar la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad y nombrar nuevos gerentes.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 48494.—(88079).
Por escritura pública otorgada ante mí, a las ocho horas, cuatro minutos del veintidós de setiembre del dos mil siete, se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Casa de Albert Atens S. A. Cuyo nuevo domicilio social en San José, Santa Ana, Pozos. Centro Empresarial Forum, edificio C, oficina uno c uno.—Lic. Vicente Aurelio Lines Fournier, Notario.—1 vez.—Nº 48498.—(88080).
Mediante
escritura número setenta y cinco, del tomo tercero de mi protocolo, otorgada en
San Pedro de Montes de Oca, a las dieciocho horas del treinta de agosto del dos
mil siete, se constituyó la sociedad Igoli del Sur Limitada. Con un
capital social de cuatro millones de colones exactos, representado por veinte
cuotas nominativas de doscientos mil colones cada una y con domicilio la
provincia primera de San José, cantón quince Montes de Oca, distrito tercero
Mercedes, en
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del dos de octubre del dos mil siete, se constituyó EX Squared Outcoding Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: totalmente suscrito y pagado. El gerente uno, gerente dos y gerente tres son representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar individualmente.—San José, dos de octubre del dos mil siete.—Lic. Raquel Castro Musmanni, Notaria.—1 vez.—Nº 48507.—(88083).
Por escritura otorgada a las 12:00 horas del día 30 de setiembre del 2007, se modificó la cláusula quinta del pacto social de la empresa Repuestos Cinessa S. A. en cuanto al capital social.—San José, 30 de setiembre del 2007.—Lic. Ariana Araya Yockchen, Notaria.—1 vez.—Nº 48510.—(88084).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 7 de setiembre del 2007, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de este domicilio Posición Alineal Sociedad Anónima, se modifica el pacto constitutivo en su cláusula sexta y se realiza nombramiento de presidente.—San José, 7 de setiembre del 2007.—Lic. Carolina Soto Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 48511.—(88085).
Hoy, a las 15:00 horas se constituyó ante mí, la sociedad Piratas de Playa Guiones S. A.—San José, 13 de agosto del 2007.—Lic. Juan Felipe Chacón Herra, Notario.—1 vez.—Nº 48513.—(88086).
Protocolización
de asamblea general extraordinaria de accionistas de Libélula Plateada del
Caribe Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforman las cláusulas primera,
segunda y vigésima del pacto social. Escritura otorgada a las 7:00 horas del 29
de setiembre del 2007.—Lic. Ana Sáenz Beirute, Notaria.—1 vez.—Nº
48516.—(88087).
Ante este notario se constituyó la sociedad Coco Five Star Development Limitada. Con el plazo social de noventa años. Capital social: diez mil colones. Domicilio social: Carrillo, Guanacaste. Gerente general uno: Robert Rainwater; gerente general dos: Shelly Migliazzo. Se constituyó mediante escritura número doscientos diecisiete, a las quince horas del día trece de agosto del dos mil siete.—Lic. Christian Díaz Barcia, Notario.—1 vez.—Nº 48520.—(88088).
Ante este notario, se constituyó la entidad Inversiones Familia Vaughan LLC Limitada. Con el plazo social de 90 años. Capital social: diez mil colones exactos. Domicilio social: Carrillo, Guanacaste. Gerente general uno: Michael Lee Vaughan. Gerente general dos: Chelci Vaughan se constituyó mediante escritura número doscientos catorce, a las doce horas del día diez de agosto del dos mil siete.—Lic. Christian Díaz Barcia, Notario.—1 vez.—Nº 48521.—(88089).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día trece de
setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza Campos
de Ocotal Sociedad Anónima. Presidente: Jetty María Campos Rodríguez.
Capital social: cien mil colones.—San José, 13 de setiembre del 2007.—Lic.
Roberto Suñol Prego, Notario.—1 vez.—Nº 48522.—(88090).
Por
escritura otorgada ante mí, a las diecinueve horas de veintiocho de setiembre
del dos mil siete, se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo de C.E.H.R.I.
del Arroyo Sociedad Anónima, que cambia de nombre de F.E.S. Finca
Familiar Cuarenta y Seis A Sociedad Anónima. Se nombra nueva junta
directiva y fiscal. Presidente: Wálter Espinoza Vargas.—Alajuela, 28 de
setiembre del 2007.—Lic. Gabriela Rodríguez Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº
48524.—(88091).
Por
escritura otorgada el día dos de octubre del dos mil siete, ante esta notaría,
se constituye la sociedad anónima Inversiones M.FL. de Impacto Sociedad
Anónima. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma.—San José, 3 de octubre del 2007.—Dr. Fernando Zamora
Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 48525.—(88092).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del diecisiete de marzo del dos mil seis, Leda María Solís Mora y Víctor Hugo Badilla Espinoza, constituyen Distribuidora Solmo del Sur Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Distribuidora Solmo del Sur S. A. Su domicilio estará en la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, Barrio Santa Cecilia, frente a Abastecedor El Cinco de Oro, provincia de San José, pudiendo establecer agencias o sucursales en otro u otros lugares del país o fuera de el. Presidenta: Leda María Solís Mora. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Plazo: noventa y nueve años.—San Isidro de Pérez Zeledón, 13 de setiembre del 2007.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 48526.—(88093).
Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Yadial J.A.M.S.A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Plazo: cincuenta años. Domicilio: San José.—San José, 25 de setiembre del 2007.—Lic. Lizbeth Becerril, Notaria.—1 vez.—Nº 48527.—(88094).
Por escritura otorgada ante la notaría de la licenciada María Vanessa Roblero Arguedas, en la ciudad de Alajuela, se constituye la sociedad denominada Inversiones Colrica Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio: la ciudad de Alajuela.—Alajuela, 2 de octubre del 2007.—Lic. María Vanessa Roblero Arguedas, Notaria.—1 vez.—Nº 48528.—(88095).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las diez horas del día siete de agosto del 2007, se constituyó la sociedad denominada Ro y Blan S. A. Cuyo capital se encuentra suscrito y pagado.—Lic. Félix Rodríguez Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 48530.—(88096).
Al
ser las ocho horas del veintiuno de julio del dos mil siete, ante esta notaría,
los señores Róger Rojas Martínez y María Cristina Calvo Sandí, constituyen la
sociedad Grupo Corporativo Rojas Calvo Sociedad Anónima, se nombra junta
directiva, apoderados generalísimos sin límite de suma y se fija el capital
social.—San José, dos de octubre del dos mil siete.—Lic. Marta Cedeño Jiménez,
Notaria.—1 vez.—Nº 48531.—(88097).
Al
ser las doce horas del veinte de julio del dos mil siete, ante esta notaría,
los señores Róger Rojas Martínez y María Cristina Calvo Sandí, constituyen la
sociedad Delta Río Parrita Sociedad Anónima, se nombra junta directiva,
apoderados generalísimos sin límite de suma y se fija el capital social.—San
José, dos de octubre del dos mil siete.—Lic. Marta Cedeño Jiménez, Notaria.—1
vez.—Nº 48532.—(88098).
Por
escritura número ciento quince, se protocolizó el acta número tres de la
empresa Condominio Horizontal Residencial Vía Verde Filial Número Once XYZ
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica Nº 3-101-485953, donde se
nombró nueva junta directiva y fiscal, asimismo se modificó la cláusula segunda
que corresponde al domicilio social del pacto constitutivo.—San José, tres de
octubre del dos mil siete.—Lic. Arturo Pacho Murillo, Notario.—1 vez.—Nº
48534.—(88099).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del siete de setiembre del dos mil siete, se constituye la sociedad Inversiones Findeca de Colón Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse como Inversiones Findeca de Colón S. A. Capital social: totalmente suscrito y pagado por los socios. Corresponde al presidente y secretario el cargo de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, diecisiete de setiembre del dos mil siete.—Lic. Mercedes Álvarez Chavarría, Notaria.—1 vez.—Nº 48535.—(88100).
Mediante escritura ochenta y dos otorgada a las quince horas del dos de octubre del dos mil siete, ante la notaria pública Alejandra Montiel Quirós, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Aussenalster S. A., mediante la que se reforma el pacto social en su cláusula segunda del domicilio.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 48536.—(88101).
En escritura pública otorgada ante mí el día veintiséis de setiembre del año dos mil siete, se procedió al cambio de presidente de la sociedad Desarrollos Inmobiliarios VARO S. A. y modificación del pacto constitutivo, cuyo presidente con facultades de apoderado es Jeffry José Valverde Fernández.—Cartago, 2 de octubre del año 2007.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 48539.—(88102).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del tres de octubre del año dos mil siete, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Servicios Educativos Boston Seb Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - trescientos noventa y cinco mil doscientos sesenta y siete, mediante la cual se reformó la cláusula tercera de los estatutos sociales, relativa al plazo social de la sociedad, el cual vencerá el día treinta de octubre del año dos mil siete. Es todo.—San José, diez horas treinta minutos del tres de octubre del año dos mil siete.—Lic. Fernando Chinchilla Copper, Notario.—1 vez.—Nº 48540.—(88103).
Mediante escritura número cincuenta y siete otorgada en mi Notaría a las 15:00 horas del día 2 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada El Cuarto de Cartago ODCG Sociedad Anónima. Donde se reforma la cláusula sétima: de la administración y la junta directiva.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Edgar Trejos Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 48543.—(88104).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las quince horas sin minutos del veintisiete de septiembre del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Condominio Belén Uno C Toledo S. A., en donde se acordó modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo referente al domicilio social, También se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo referente a la composición de la junta directiva y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, y se acordaron nuevos nombramientos de presidente, secretario, tesorero y fiscal.—Lic. Alexis Ballestero Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 48544.—(88105).
Mediante escritura número ciento treinta y cinco del tomo primero de las siete horas treinta minutos del trece de setiembre del dos mil siete, ante esta Notaría, se constituyó sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social será el número de cédula de persona jurídica que le sea asignado al momento de su inscripción. La referencia a tal número deberá seguirse con el aditamento “Responsabilidad Limitada” con fundamento en el Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno - J.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Eliana Fonseca Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 48545.—(88106).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las 11:00 horas del 27 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad que se denominará según acuerdo del artículo dos del decreto número tres tres uno siete uno J. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Presidente: Carlos de Paredes Guzmán.—San José, 27 de setiembre del 2007.—Lic. Eric Romero Jara, Notario.—1 vez.—Nº 48546.—(88107).
Por escritura otorgada ante mi Notaría, a las once horas del día dos de octubre del dos mil siete, Jonny Alberto Duartes Quirós, Alicia Quirós Quirós y Ray Frederick Wálter Pottinger, constituyen Viajes Pura Vida Duwaqui S. A. Objeto: es la venta de viajes y servicios turísticos, industria, ganadería, turismo, prestación de servicios, comercio en general, y toda clase de actividades y servicios conexos. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: el socio Jonny Alberto Duartes Quirós con todas las facultades.—Grecia, 2 de octubre del 2007.—Lic. Greivin Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 48547.—(88108).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Papagayo Land Holding Limitada. El plazo social es de cien años, el capital social es la suma de doce mil colones representado por ciento veinte cuotas nominativas de cien colones cada una y la representación judicial y extrajudicial corresponde al gerente. Es todo.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 48548.—(88109).
En asamblea general de accionistas de Inversiones Mil Reyes Rizos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-416171, celebrada el 14 de setiembre del 2007, se modifica el pacto social, concretamente la distribución de las acciones del capital social y se establece procedimiento para nombramiento de agente residente.—Lic. Reinaldo Venegas Carrillo, Notario.—1 vez.—Nº 48549.—(88110).
El día de hoy en mi Notaría, se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Los Cocobolos Sociedad Anónima. Representante legal: el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Miramar, 11:00 horas del 25 de setiembre del 2007.—Lic. Rogelio Flores Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 48550.—(88111).
El día de hoy en mi Notaría, se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Inversiones Grano de Oro Sociedad Anónima. Representante legal: el presidente y el tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Miramar, 10:00 horas del 21 de setiembre del 2007.—Lic. Rogelio Flores Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 48551.—(88112).
Por
escritura otorgada en San José, ante
Por
escritura otorgada en San José, ante
Por escritura otorgada en San José, ante esta Notaría, a las doce horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Surfside Mini Storaage S. A. mediante la cual se reformó la cláusula sétima de los estatutos.—San José, 27 de setiembre del 2007.—Lic. Cristián Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—Nº 48554.—(88115).
Bradley Richard (nombre) Franzen y Lisandro Valverde Porras, constituyen P C S X Sociedad Anónima. Domiciliada en San José. Escritura otorgada a las ocho horas del día 21 de setiembre del dos mil siete. Plazo: 99 años.—Lic. Jimmy León Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 48557.—(88116).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día de hoy a las doce horas, se constituyó la empresa Abbotsbury Quince Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—San José, 14 de agosto del 2007.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—Nº 48558.—(88117).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día de hoy a las doce horas, se constituyó la empresa Abelvaer Dieciséis Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—San José, 14 de agosto del 2007.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—Nº 48559.—(88118).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día de hoy a las doce horas, se constituyó la empresa Aboots Trece Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—San José, 14 de agosto del 2007.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—Nº 48560.—(88119).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día de hoy a las doce horas, se constituyó la empresa Bromley Catorce Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—San José, 14 de agosto del 2007.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—Nº 48561.—(88120).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día de hoy a las doce horas, se constituyó la empresa Abades Once Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—San José, 14 de agosto del 2007.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—Nº 48562.—(88121).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día de hoy a las doce horas, se constituyó la empresa Abano Terme Doce Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—San José, 14 de agosto del 2007.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—Nº 48563.—(88122).
Por escritura otorgada ante mí a las 9:00 horas del día de hoy, se constituyó la compañía denominada Kerigma Centro de Servicio Automotriz Sociedad Anónima, por 100 años. Capital social: suscrito y pagado.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Carmen Fernández M., Notaria.—1 vez.—Nº 48565.—(88123).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 10:00 horas del día 13 de setiembre del dos mil siete, se constituye la sociedad Villa Flamboyan de Atenas Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Presidenta: Ana Carolina Badilla Arredondo.—Lic. Karla Vanessa González Chaves, Notaria.—1 vez.—nº 48566.—(88124).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 8:00 horas del día 13 de setiembre del dos mil siete, se constituye la sociedad Villa Zaragundi de Atenas Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Presidenta: Ana Carolina Badilla Arredondo.—Lic. Karla Vanessa González Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 48567.—(88125).
Por escritura otorgada a las 14:00 horas del 20 de setiembre del dos mil siete, se constituye J Y N Compuatadores S. A., con un capital social de 100 mil colones.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Juan Francisco Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—Nº 48568.—(88126).
El suscrito notario hace constar que mediante la escritura número ciento ochenta y cuatro de mi protocolo cuarto, del día tres de setiembre de dos mil siete, se protocolizó acta donde se modifica el capital social de Transportes Quepos Puntarenas Sociedad Anónima. Sr. Mario Morales Abarca, presidente.—San José, 25 de setiembre del 2007.—Lic. Julio Antonio Morúa Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 48569.—(88127).
Hoy
protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas
de Restaurante
En Desamparados, ante el notario público Carlos Alberto Valverde Bonilla, a las 13:00 horas del 2 de octubre del 2007, Ronny Alberto Hernández Chavarría y María Erundina Ortega Matarrita, Multinegocios Ralbher Limitada.—Lic. Carlos Alberto Valverde Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 48573.—(88129).
Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó Maujova Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones.—San José, 1º de setiembre del 2007.—Lic. Cinthya Vanessa Abarca, Notaria.—1 vez.—Nº 48574.—(88130).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las 12:00 horas del 27 de agosto del dos mil siete, se constituye Cita de Sole Sociedad Anónima.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Federico Torrealba Navas, Notario.—1 vez.—Nº 48576.—(88131).
Por escritura pública número trescientos cincuenta y ocho, otorgada ante esta Notaría a las quince horas del día diez de setiembre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Grupo de Inversiones Navarro Hernández, domiciliada en Tejar del Guarco, con un capital social de diez mil colones.—Cartago, a las ocho horas del día veintiséis de setiembre del año dos mil siete.—Lic. Jorge Cerdas Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 48577.—(88132).
A las nueve horas del veintisiete de agosto del dos mil siete, se constituye la sociedad Nursing Care Sociedad Anónima, siendo su presidente, secretario y tesorero los apoderados generalísimos.—Lic. Jimmy S. Fonseca Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 48578.—(88133).
Ante
Ante
Por escritura otorgada a las 18:00 horas del día de hoy ante esta Notaría, se reforma la cláusula segunda: del domicilio, del pacto social de la empresa VM Ochocientos Uno Propiedades Limitada.—San José, 24 de setiembre del 2007.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 48584.—(88136).
Por escritura número trescientos dos, se constituyó las sociedades de este plaza denominada Luxury Accesories Parts Sociedad Anónima, Solecast Importaciones Sociedad Anónima, Exclusive Cars Importations Sociedad Anónima y, Car for sale Sociedad Anónima, Desplic Sociedad Anónima, Gecinran Sociedad Anónima I Sociedad Anónima, con un capital social de cinco mi colones, domicilio social San José, San José, calles cinco y siete, avenida veintidós casa quinientos ochenta y dos.—San José, 3 octubre del 2007.—Lic. Randall Francisco Alvarado Cubillo, Notario.—1 vez.—Nº 48585.—(88137).
Por escritura otorgada hoy ante mí, Ricardo Jiménez Mora y Evelyn Elizondo Ulate, constituyen WWW.Crautopartes Sociedad Anónima que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse WWW.Crautopartes S. A. Domicilio social: San Ramón. Alajuela. Plazo social: 99 años. Objeto social: comercio y mediación por internet. Capital social: 20.000.00 colones. Presidenta: Helene Wirt.—San Ramón, 10 de setiembre del 2007.—Lic. Willy Rojas Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 48586.—(88138).
Se constituye la firma de esta plaza Empresa Individual de Responsabilidad Limitada Apartamentos de Franz. Gerente: Franz Karl Fekete, portador del pasaporte alemán número tres dos uno dos cero dos cinco seis cuatro uno. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Rodrigo Cervantes Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 48587.—(88139).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día de hoy a las doce horas, se constituyó la empresa Aarchot Diez Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—San José, 14 de agosto del 2007.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—Nº 48588.—(88140).
A las diecinueve horas del veintisiete de setiembre del dos mil siete, Selenio Carvajal Venegas, Víctor Hugo Hernández Carvajal y otros, constituyen la sociedad Grupo S.R.Y.L.O.V. de Liberia S. A. Domiciliada en Liberia, con un plazo social de noventa años.—Lic. Eric Badilla Córdoba y Lic. José Humberto Alvarado Angulo, Notarios.—1 vez.—Nº 48589.—(88141).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:30 horas del 31 de agosto del 2007; se constituyó la sociedad: Maquinaria y Construcciones GF & H S.R.L. Domicilio: San Ramón de Alajuela. Capital: totalmente suscrito. Plazo: 99 años. Gerente: Geovanny Antonio Fernández Jiménez.—San Ramón, 25 de setiembre del 2007.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1 vez.—Nº 48590.—(88142).
El suscrito notario público Franklin Aguilera Amador hago constar que mediante asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Audio Salud Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres - ciento uno - cuatrocientos ochenta y dos mil quinientos treinta y cuatro, del día primero de octubre del dos mil siete, se cambió la cláusula sétima de pacto constitutivo.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Franklin Aguilera Amador, Notario.—1 vez.—Nº 48592.—(88143).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del primero de octubre del dos mil siete, en la ciudad de Tilarán, se constituye la sociedad denominada Roabi Sociedad Anónima. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado con aporte y letra de cambio.—Tilarán, 3 de octubre del 2007.—Lic: Laureana Herrera Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 48593.—(88144).
Por escritura otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, a las veintidós horas del dos de octubre del dos mil siete, María Vanessa Sánchez Villegas y Lindsay Madrigal Alfaro Sociedad Anónima, constituyeron Betonlow. Som S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 48594.—(88145).
Por escritura otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, a las veintiuna horas treinta minutos del dos de octubre del dos mil siete, tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cuatro mil setecientos diecinueve S. A., modificó las cláusulas primera, segunda y sétima de los estatutos.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 48595.—(88146).
Por escritura otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, a las 13:00 horas del 1º de octubre del 2007, Tropicana del Caribe J.C.M.C S. A. se reformó la cláusula novena de la administración.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 48596.—(88147).
Por escritura otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, a las 12:00 horas del 1° de octubre del 2007, Monmatre T.F.P.W S. A. se reformó la cláusula novena de la administración.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 48597.—(88148).
Por escritura otorgada ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, a las 14:00 horas del 1º de octubre del 2007, Sansusy Internacional S. A. se reformó la cláusula novena de la administración.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 48598.—(88149).
Por escritura otorgada hoy en mi notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Alcetel Alquiler de Teléfonos Celulares S. A., por la cual reforma la cláusula de la administración y se nombra secretario.—San José, 7 de setiembre del 2007.—Lic. Christopher Pirie Gil, Notario.—1 vez.—Nº 48599.—(88150).
Ante esta notaría se otorga escritura número ciento cuarenta, al ser las siete horas treinta minutos del diecinueve de marzo del dos mil siete, en donde se constituye la sociedad denominada P&G Buking, Managing and Business Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital: diez mil colones y la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente y secretario conjuntamente. Es todo.—San José, al ser las quince horas del cuatro setiembre del dos mil siete.—Lic. Christy Eugenia Durán Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 48600.—(88151).
Por escritura de las 9:00 horas del 3 de octubre del año 2007, se constituyó la sociedad denominada Intercortals Sociedad de Responsabilidad Limitada, se nombra gerente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 48602.—(88152).
Ante mi notaría a las 12:00 horas del día 2 de octubre del 2007, se constituyó MD Tecnologías de Centroamérica S. A. Capital social: suscrito y pagado.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—Nº 48605.—(88153).
Ante esta notaría a las 10:00 horas del 18 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad Tubos Conduit de Costa Rica S. A. Presidente: Franklin Monge Méndez. Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 18 de setiembre del 2007.—Lic. Hilber Segura Segura, Notario.—1 vez.—Nº 48608.—(88154).
Por escritura otorgada ante mí, se reformó estatutos sociales de V & S Residencial Quebrada Ganado S. A. y se aumentó capital.—San José, 1º de octubre del 2007.—Lic. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 48609.—(88155).
La suscrita notaria, hace constar que en escritura número treinta y ocho-dos, visible a folio veintidós frente del tomo segundo de mi protocolo, otorgada al ser las doce horas del veintisiete de agosto del dos mil siete, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Columbus Heights Number Sixty Three Perdicilla Limitada.—Garabito, 28 de agosto del 2007.—Lic. Pamela Andrea Cerdas Cerdas, Notaria.—1 vez.—Nº 48610.—(88156).
Ante esta notaría, el día de hoy, se constituyó la sociedad Constructora Beit Cobeit Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 48613.—(88157).
Por escritura del día de hoy constituí la sociedad anónima Molina Morales M.S.F S. A. Domicilio: Alajuela. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital: ocho mil colones ya suscrito y pagado.—1º de octubre del 2007.—Lic. Minorth Anthony Solís Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 48614.—(88158).
El día de hoy, el sucrito notario protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Academia Multidisciplinaria Pinardi A.M.P. Sociedad Anónima, celebrada en sus oficinas sociales a las dieciocho horas del veinticinco de julio del dos mil siete, mediante la cual se reforma la cláusula sexta en cuanto a la administración y la cláusula primera en cuanto al nombre, ambas del pacto constitutivo. Se nombra nueva junta directiva.—San José, 27 de setiembre del 2007.—Lic. Jorge Luis Corrales Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 48615.—(88159).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del trece de setiembre del año dos mil siete, la compañía Desarrolladores de Valor Agregado S. A. modificó la cláusula sexta de su pacto constitutivo.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Jaime Garro Canessa, Notario.—1 vez.—Nº 48616.—(88160).
Ante el suscrito notario, se protocolizó el día de hoy acta de la asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Bay Area Ride S. A. Se modifica la cláusula sexta del pacto social.—1º de octubre del 2007.—Lic. Róger Petersen Morice, Notario.—1 vez.—Nº 48617.—(88161).
En protocolización de acta asamblea general extraordinaria en escritura número trescientos cinco, visible a folio ciento cincuenta frente y vuelto del tomo décimo de mi protocolo, la empresa R Y M Ramírez Sociedad Anónima cambia el nombramiento de junta directiva.—Guápiles, 2 de octubre del 2007.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 48618.—(88162).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del diecisiete de julio del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima Inversiones Corporativas Solano Badilla CSB S. A., cuyo capital social es la suma de cien mil colones. El plazo social es de noventa y nueve años. Corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Puntarenas, 30 de setiembre del 2007.—Lic. Rodolfo Sotomayor Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 48619.—(88163).
Por escritura número doscientos cincuenta y tres, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del siete de setiembre del dos mil siete, se constituye la sociedad Paradise Sun Corporation DMJ Sociedad Anónima pudiéndose abreviar sus dos últimas siglas en S. A. Es todo.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Iván Darío Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 48621.—(88164).
Por asambleas de accionistas las sociedades MV Ten Thousand Stars in the Sky X S. A., MV Seventeen Summers in Paradise XVII S. A., MV Two Steps in Paradise II S. A. y MV Twenty Five Refuge in Blue and Green XXV S. A., nombran nuevo presidente.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Karol Claudel Palma, Notaria.—1 vez.—Nº 48622.—(88165).
Por medio de escritura otorgada a las doce horas del día veintitrés de junio del dos mil siete, ante la notaria pública Silvia Roldán Estrada, se constituyó la sociedad anónima denominada Pa Las Que Sean Sociedad Anónima. El presidente con facultades de apoderado generalísimo es el señor Jorge Manuel Wong Muñoz, portador de la cédula de identidad número seis-dos cinco cinco-dos uno nueve. El domicilio de la sociedad será en Pérez Zeledón, setenta y cinco metros al oeste de la escuela doce de marzo, casa rosada de dos pisos. El plazo social es de noventa y nueve años.—San José, 20 de setiembre del 2007.—Lic. Silvia Roldán Estrada, Notaria.—1 vez.—Nº 48623.—(88166).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 2 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad Tica Auténtica S. A., nombrándose agente residente, Fondo de Reserva Legal, junta directiva y capital social, domiciliada en San José.—3 de octubre del 2007.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 48626.—(88167).
Por escritura 187-13 otorgada en San José, a las 9:00 horas del 1º de octubre del 2007, Óscar y Ana Yansi Gómez Calvo, constituyen Aravot S. A. Capital social diez mil colones, plazo social: 99 años, domicilio social Heredia, Mercedes Norte, residencial Amaranto, casa número ochenta y dos.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Annia Lobo Madrigal, Notaria.—1 vez.—Nº 48629.—(88168).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las dieciséis horas del primero de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Papa y Más Mil Novecientos Cincuenta y Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital suscrito y pagado. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, 1º de octubre del 2007.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 48630.—(88169).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las quince horas treinta minutos del primero de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria López y López de Valverde Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital suscrito y pagado. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, 1º de octubre del 2007.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 48631.—(88170).
Ante mi notaría en San José, al ser las doce horas del cuatro de junio del año dos mil siete, se constituye sociedad denominada Bufete Soto & León S. A., será nuevo presidente el señor Gerardo Antonio Soto Rodríguez. Capital: suscrito y pagado.—San José, 9 de junio del 2007.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—Nº 48633.—(88171).
Por
escritura otorgada ante este notaría, a las nueve horas del diecisiete de setiembre
del dos mil siete, Christian Morise Ungar Borbón y Federico Altamura Arce,
constituyen sociedad anónima, respecto de la cual se faculta expresamente al
Registro de Personas Jurídicas para que se le indique de oficio su número de
cédula jurídica como denominación social, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y
uno-J.—Lic. Daniel Alberto de
Por
escritura otorgada ante este notaría, a las ocho horas del diecisiete de
setiembre del dos mil siete, Christian Morise Ungar Borbón y Federico Altamura
Arce, constituyen sociedad anónima, respecto de la cual se faculta expresamente
al Registro de Personas Jurídicas para que se le indique de oficio su número de
cédula jurídica como denominación social, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y
uno-J.—Lic. Daniel Alberto de
Por
escritura otorgada ante este notaría, a las ocho horas treinta minutos del
diecisiete de setiembre del dos mil siete, Christian Morise Ungar Borbón y
Federico Altamura Arce, constituyen sociedad anónima, respecto de la cual se
faculta expresamente al Registro de Personas Jurídicas para que se le indique
de oficio su número de cédula jurídica como denominación social, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres
mil ciento setenta y uno-J.—Lic. Daniel Alberto de
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del veintinueve de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad Desalmacenajes Aduaneros Urgentes M.D.J. S. A. Plazo social es de noventa y nueve años, capital social de diez mil colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Alajuela, 4 de agosto del 2007.—Lic. Sandra Ulate Matamoros, Notaria.—1 vez.—Nº 48637.—(88175).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 12:00 horas del 1º de octubre del 2007, protocolicé acta de la empresa Prados de Bebedero S. A. mediante la cual se reforma cláusula sexta de los estatutos sociales y renuncian presidente, secretario y tesorero y se nombran nuevos.—San José, 1º de octubre del 2007.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 48640.—(88176).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se constituyeron las compañías Hardford Investments Group (HIG) S. A., ST. Germain Des Pres Investment CO. S. A. y Universal Trading and Business ORP. S. A.—San Pablo de Heredia, 3 de octubre del 2007.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 48646.—(88177).
Mediante escritura protocolizada ante mí hoy, Tienda Libre Abordo S. A., modifica estatutos, sustituye representantes.—San José, 10 de setiembre del 2007.—Lic. Eduardo Mora Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 48650.—(88179).
Mediante escritura otorgada ante este notaría a las 10:15 horas del 1º de octubre del 2007, se modifica la siguiente cláusula del pacto constitutivo: la sétima del Consejo de Administración: poder generalísimo sin límite de suma: presidente, secretario y tesorero, conjunta o separadamente. Se hacen los siguientes nombramientos: secretaria: Gabriela Gómez Solera, tesorera: Diane Marie Robert Magnin y Falcón, fiscal: Diego Gallegos Chacón, en la sociedad Finance Bankin Securities Holding Anonymous Society S. A.—San José, 1º de octubre del 2007.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 48652.—(88180).
Por escrituras otorgadas ante este notario, a las nueve horas, a las nueve horas treinta minutos, a las diez horas y a las diez horas treinta minutos del dos de octubre del dos mil siete, se protocolizaron las actas de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de las compañías Inmobiliaria Nosara Dreams N D Sociedad Anónima, Purple Mountain Sociedad Anónima; Subseta Beta Sociedad Anónima y Venum de Nosara Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 48654.—(88181).
A las trece veinte horas del diez de setiembre del año dos mil siete, en la notaría de la suscrita notaria, se constituyó la sociedad denominada Crale Sociedad Anónima, el domicilio social de la compañía será Escazú, San José, corresponde a todos los miembros de la junta directiva la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma conforme al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Alajuela, dieciocho de setiembre del dos mil siete.—Lic. Karla Morales Muñoz, Notaria.—1 vez.—(88199).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día cuatro de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Venta de Camiones Portillo S. A., con capital social de veinticinco millones de colones, capital íntegramente suscrito y pagado.—Alajuela, cuatro de octubre del dos mil siete.—Lic. Violeta Miranda Meza, Notaria.—1 vez.—(88254).
Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del día de hoy, se constituyeron dos sociedades anónimas, cuyas denominaciones sociales serán asignadas por el Registro al momento de su inscripción. Domicilio: Vista Mar de Guadalupe. Objeto: En general, la agricultura, ganadería, industria y comercio. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Acciones: comunes y nominativas. Plazo: cien años a partir de hoy. Presidente y secretario ostentan la representación judicial y extrajudicial de la empresa.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Luis Alberto Arias Naranjo, Notario.—1 vez.—(88263).
Por escritura otorgada a las 18:00 horas del día de hoy, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Gribathroom Sociedad Anónima. Claudia Gisell Peñate Vega: Presidenta Capital social: debidamente suscrito y pagado.—Puntarenas, Jacó, 4 de octubre del 2007.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—(88291).
En mi notaría a las 21:20 horas del 4 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad denominada Zapateando Blanco S. A. Presidente: Ramón Ezequiel González Guevara.—Alajuela, 4 de octubre del 2007.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(88292).
Ante el suscrito notario se protocolizó el acta número uno de la asamblea de socios de la sociedad Transportes Privados Aeropuerto Gaba Sociedad Anónima, en la cual se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo.—Alajuela, trece de setiembre del dos mil siete.—Lic. Johnny Ramírez Sánchez, Notario.—1 vez.—(88293).
Por
escritura otorgada a las diecisiete horas del día de hoy, se constituye Instalaciones
Chaves y de
Por escritura número ochenta y dos, otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del día cuatro de octubre del año dos mil siete, se protocolizó el acta número dos de la sociedad Turística H & P Inversiones S. A., mediante la cual se reformó las cláusulas segunda y sétima de los estatutos de la sociedad y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José, cuatro de octubre del año dos mil siete.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—(88299).
Por
escritura otorgada ante mí, Marvin Antonio Chamorro Ulate y Olga Laura
Rodríguez Ledezma constituyen M Y O de
En escritura otorgada ante mí, protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Hacienda el Bulevar Número Cuatro AUAJ S. A., en la cual se modifica la cláusula sexta de los estatutos.—San José, cuatro de octubre del año dos mil siete.—Lic. Hazel Sancho González, Notario.—1 vez.—(88302).
Por
escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos
Urbanísticos
Por
escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos
Urbanísticos
Por
escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos
Urbanísticos
Por
escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quirós Silesky y Desarrollos
Urbanísticos
Por
escritura otorgada ante mí, Manuel Alberto Quiros Silesky y Desarrollos
Urbanísticos
Mediante escritura de las 16:30 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Servicios Integrados JH de Importación y Exportación del Caribe Sociedad Anónima, por la cual se reforman las cláusulas segunda y octava de los estatutos.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—(88308).
Mediante escritura de las 8:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Tormenta Venidera Sociedad de Responsabilidad Limitada, por la cual se reforman las cláusulas primera, tercera y sétima de los estatutos.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—(88310).
Mediante escritura de las 9:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Empresas Oasis Lunar Limitada, por la cual se reforman las cláusulas primera, segunda y sexta de los estatutos.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—(88311).
Mediante escritura de las 8:30 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Industrias Bemarah Bez Sociedad de Responsabilidad Limitada, por la cual se reforman las cláusulas primera, segunda y sexta de los estatutos.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—(88313).
El día de hoy ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de El Estañón S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y décimo segunda del pacto constitutivo, se elimina la cláusula décimo tercera y se elimina el cargo de gerente y se revocan los nombramientos de presidente, secretario, tesorero y fiscal y se nombran sustitutos.—San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. José Rojas Méndez, Notario.—1 vez.—(88315).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del tres de octubre del año dos mil siete, se reforma el pacto constitutivo de la sociedad Artece de Costa Rica S. A.—Lic. Andrés Eduardo Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 48657.—(88316).
En esta notaría al ser las 8:00 horas del 24 de setiembre del dos mil siete, se constituyó la empresa denominada Surfing Nosara S.R.L. Gerentes: Erik Thomas Antonson y Sarah Leilani Antonson. Capital: diez mil colones.—San José, 24 de setiembre del 2007.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—Nº 48658.—(88317).
Por escritura otorgada ante la notaría de los licenciados Willy Curling Rutishsauser y Walter Garita Quirós, se constituyó la sociedad denominada Evolución Milagrosa Limitada, otorgada a las nueve horas del veintiuno de setiembre del dos mil siete.—Lic. Walter Garita Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 48659.—(88318).
Por escritura número ciento veintisiete otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del día veintinueve de setiembre del año dos mil siete, se modificó la junta directiva y se reformó el domicilio de la sociedad Inversiones Gaja Sociedad Anónima.—San José, a las ocho horas del día dos de octubre del dos mil siete.—Lic. Rodolfo Jiménez Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 48660.—(88319).
Por escritura número ciento veintiséis otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veintinueve de setiembre del año dos mil siete, se modificó la junta directiva de la sociedad Granja Avícola ARJI Sociedad Anónima.—San José, a las ocho horas del día dos de octubre del dos mil siete.—Lic. Rodolfo Jiménez Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 48661.—(88320).
Por escritura número sesenta y uno, otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 22 de setiembre del año 2006 y visible a folio sesenta y tres vuelto del tomo segundo de mi protocolo, se constituyó sociedad anónima sin denominación y en acogimiento de lo dispuesto en el artículo 2 del Reglamento 33171-J del Ministerio de Justicia y Gracia. Domicilio social: Palmira de Carrillo, Guanacaste, de la entrada al ingenio de Central Azucarera Tempisque 400, metros al norte. Plazo social: 99 años. Capital social: cien mil colones. Objeto: es el ejercicio en general del comercio, la industria, transporte, la construcción, la intermediación, turismo, agricultura.—Palmira, 24 de agosto del 2007.—Lic. Luis Francisco Goldoni Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 48662.—(88321).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del día 3 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad de esta plaza Centro de Biotecnología y Reproducción Procino Zamora S. A.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—Nº 48664.—(88322).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del primero de octubre del 2007, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Importadora de Tecnología Global YSMR S. A., en la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos sociales, aumentándose el capital social.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Francisco Chinchilla Piedra, Notario.—1 vez.—(88323).
Mediante escritura número doscientos veintisiete otorgada ante la notaria Jessica Rodríguez Jara, se constituyó Inversiones Sol y Luna del Monte SLM Sociedad Anónima y su presidente es el señor Alexander Piedra Chacón.—San Rafael de Poás, 3 de octubre del 2007.—Lic. Jessica Rodríguez Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 48667.—(88324).
Por
escritura otorgada ante la notaría de
Ante mí, Wagner Bocker Barrantes, notario público, se constituyó la sociedad denominada, la cédula jurídica que el registro designe de conformidad con el decreto número tres tres uno siete uno-cinco, con un plazo social de noventa y nueve años a partir del veintisiete de setiembre del año dos mil siete, conformado por un capital social de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente el señor Álvaro Solís Moreno.—Pérez Zeledón, a las once horas del tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Wagner Bocker Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 48670.—(88326).
Por escritura N° 10 del tomo 9 de mi protocolo, otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, el día 02/10/2007, se constituyó la empresa denominada Transportes Dagmak Sociedad Anónima. Presidente: Dagoberto Hernández Jiménez. Domicilio social: Venecia de Palmar Norte de Osa, Puntarenas, cien metros al este de la escuela. Plazo social: 99 años.—Lic. Ronny Jiménez Porras, Notario.—1 vez.—Nº 48671.—(88327).
Ante mí notaría, a las ocho horas del día dos de octubre del dos mil siete, se modificaron las cláusulas segunda y sexta del pacto social de la compañía de esta plaza denominada El Halcón Salvaje Sociedad Anónima.—San José, tres de octubre de dos mil siete.—Lic. María Eugenia Corrales Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 48674.—(88328).
Por escritura veinticinco, otorgada a las once horas del trece de julio de dos mil siete, ante esta notaría, se constituyó Vinzu Sociedad Anónima. Presidente: William Vindas Zúñiga. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Rafael Ángel Ugalde Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 48676.—(88329).
En asamblea extraordinaria de Servicios Hoteleros del Atlántico S. A. Celebrada a las 10:00 horas del 26 de setiembre del 2007. Se cambia cláusula tercera.—San José, 27 de setiembre del 2007.—Lic. Francisco Javier Stewart Satchuell, Notario.—1 vez.—Nº 48677.—(88330).
Ante
mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina abierta en San José,
escritura otorgada a las 14:30 horas del 3 de octubre del 2007, se constituyó
Por escritura 52 del tomo 8 de mi protocolo, se reforma pacto constitutivo se nombra junta directiva de Rafayama J Y M S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos diez mil trescientos cuarenta y uno, nueva razón social Halaka S. A. Otorgada al ser las quince horas del día primero de octubre del año dos mil siete.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 48680.—(88332).
Por escritura 61 del tomo 8 de mi protocolo, se reforma cláusula octava y se nombra secretario de tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y nueve mil ciento cuarenta y cuatro s. a., misma cédula jurídica. Otorgada al ser las quince horas del día tres de octubre del año dos mil siete.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 48681.—(88333).
Por escritura 3 del tomo 8 de mi protocolo, se constituye Los Soñadores Díaz Hidalgo S. A., plazo social noventa y nueve años, su objeto es el ejercicio amplio del comercio, capital social cien mil colones, domicilio Puntarenas, Buenos Aires, cien metros norte y cien metros este del Ebais, otorgada al ser las doce horas del dieciséis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 48682.—(88334).
Por
escritura número ciento setenta y nueve, otorgada en mi notaría, a las trece
horas del veinticuatro de setiembre del dos mil siete, se constituye la
sociedad anónima denominada Grupo Pirámides Internacional GPI, nombre de
fantasía. Capital social: diez mil colones. Presidente: Jorge Chacón
Villalobos, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Agente
residente: Lic. Fabricio Arauz Rodríguez. Domicilio social: San Rafael de
Coronado, ciento cincuenta metros oeste y ciento cincuenta metros al sur del
restaurante
Por escritura número ciento cuatro otorgada ante mí, a las ocho horas del día tres de setiembre del dos mil siete, que es protocolización de acuerdos de Seefblau Dos Mil Seis Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula sexta y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, tres de setiembre del dos mil siete.—Lic. Kathya Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—Nº 48684.—(88336).
Ante mi notaría al ser las diecisiete horas del día tres de octubre del año dos mil tres, se realizó el cambio de fiscal y tesorero de la sociedad Propiedades Cantón Diecinueve Sociedad Anónima.—Pérez Zeledón, tres de octubre del año dos mil siete.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 48685.—(88337).
Ante mi notaría al ser las dieciséis horas del día tres de octubre del año dos mil tres, se realizó el cambio de fiscal y tesorero de la sociedad Cavipe Sociedad Anónima.—Pérez Zeledón, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 48686.—(88338).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas con treinta minutos del
dos de octubre de dos mil siete, se constituyó sociedad anónima, con domicilio
en San José, Curridabat, trescientos metros este del San José Indoor Club,
Edificio Peugeot, tercer piso. El capital social es de doce mil colones.
Presidente: Javier Nieto Abad. Plazo social de noventa y nueve años. En cuanto
a la razón social la misma sea asignada de oficio por el Registro de Personas
Jurídicas de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo treinta y
tres mil ciento setenta y uno, publicado en
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del dos de octubre de
dos mil siete, se constituyó sociedad anónima, con domicilio en San José,
Curridabat, trescientos metros este del San José Indoor Club, Edificio Peugeot,
tercer piso. El capital social es de doce mil colones. Presidente: Javier
Herrera Campos. Plazo social de noventa y nueve años. En cuanto a la razón
social la misma sea asignada de oficio por el Registro de Personas Jurídicas de
conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo treinta y tres mil
ciento setenta y uno, publicado en
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del dos de octubre del
dos mil siete, se constituyó sociedad anónima, con domicilio en San José,
Curridabat, trescientos metros este del San José Indoor Club, Edificio Peugeot,
tercer piso. El capital social es de doce mil colones. Presidente: Javier
Herrera Campos. Plazo social de: noventa y nueve años. En cuanto a la razón
social la misma sea asignada de oficio por el Registro de Personas Jurídicas de
conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo treinta y tres mil
ciento setenta y uno, publicado en
Ante esta notaría a las dieciséis horas del primero de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Italian F & F Limitada. Gerentes: Priscilla Cacciapaglia y Gil Yahud. Capital social: cien mil colones.—Quepos, 1º de octubre del 2007.—Lic. Giovanni Ruiz Mata, Notario.—1 vez.—Nº 48692.—(88342).
Que por escritura pública otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José, a las quince horas del tres de octubre del dos mil siete, se procedió a protocolizar acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Twinfalls Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y siete mil novecientos noventa y dos, en la cual se procede a modificar la cláusula segunda del domicilio y se nombran presidente, fiscal y agente residente. Es todo.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Carlos Armando Briceño Obando, Notario.—1 vez.—Nº 48694.—(88343).
Que
por escritura pública otorgada ante esta notaría, en
Ante esta notaría, por escritura número ciento doce-tres, otorgada en la ciudad de Cartago, a las diecisiete horas del dos de octubre del dos mil siete, hago constar que se constituyó la sociedad denominada Centro de Servicio E. S. P. Sesenta y Nueve Sociedad Anónima. Presidente: Marco Campos Araya. Plazo: noventa y nueve, a las diecisiete horas del dos de octubre del dos mil siete.—Lic. Xochitl Camacho M., Notaria.—N° 48696.—(88345).
Por
escritura otorgada ante el notario que se indicará, a las quince horas del día
dos de octubre del dos mil siete, se constituyó sociedad anónima cuyo nombre
será con base en el Decreto Ejecutivo Número treinta y tres mil ciento setenta
y uno-J publicado en
Por escritura Nº 175 de las 12:00 horas del día 1º de octubre del 2007, se constituyó sociedad anónima denominada Torre Montalvo Sociedad Anónima, capital social ¢1.000.000,00. Plazo social: 99 años. Presidenta: María Cristina Chacón Sánchez.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 48698.—(88347).
Por
escritura Nº 173 de las 11:00 horas del día 1º de octubre del 2007, se
constituyó sociedad anónima denominada Paseo de
Por escritura Nº 176 de las 12:15 horas del día 1º de octubre del 2007, se constituyó sociedad anónima denominada Cabo de Palos Sociedad Anónima, capital social ¢1.000.000,00. Plazo social: 99 años. Presidenta: María Cristina Chacón Sánchez.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 48700.—(88349).
Por escritura Nº 169 de las 8:30 horas del día 1º de octubre del 2007, se constituyó sociedad anónima denominada Ortho Plus Sociedad Anónima, capital social ¢1000.000,00. Plazo social: 99 años. Presidenta: Beatriz Dávila Amador.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 48701.—(88350).
Por escritura otorgada ante mí a las trece horas del tres de octubre de dos mil siete, se protocolizaron actas de asamblea de cuotistas de la sociedad Uno Punto Catorce SCITD Limitada, por medio de la cual se reformaron las cláusulas sexta y segunda del pacto constitutivo.—San José, tres de octubre de dos mil siete.—Lic. Gabriela Patricia Porras Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 48703.—(88351).
Por
escritura otorgada ante mí, a las doce horas de hoy, se constituyó la sociedad
denominada
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas de hoy, se constituyó la sociedad denominada Eurorganic Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: El objeto es el comercio, la industria, la agricultura, la producción, desarrollo compra y venta y distribución de productos agrícolas. Capital social: diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Presidente: Edwin Orlando Ramírez Briceño.—San José, tres de octubre del año dos mil siete.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—Nº 48705.—(88353).
Por
escritura Nº 177 de las 12:30 horas del día 1° de octubre del 2007, se
constituyó sociedad anónima denominada Cañada de
Por
escritura Nº 178 de las 12:50 horas del día 1º de octubre del 2007, se
constituyó sociedad anónima denominada
Por
escritura Nº 179 de las 13:00 horas del día 1º de octubre del 2007, se
constituyó sociedad anónima denominada Santiago de
Por
escritura Nº 174 de las 11:30 horas del día 1º de octubre del 2007, se
constituyó sociedad anónima denominada
Por escritura número ochenta y seis-siete otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del día ocho de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Pontelec Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años a partir del ocho de setiembre del dos mil siete.—Lic. Jorge Manuel Casafont Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 48713.—(88358).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del día veintiocho de setiembre del 2007, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Castillo del Sol Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas primera y quinta, se revocan nombramientos del presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente, se nombran nuevos, se nombra vicepresidente.—San José, veintiocho de setiembre del 2007.—Lic. Marvin Céspedes Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 48714.—(88359).
Por esta escritura número 038-09 del tomo 9 del protocolo del notario Alexis Monge Agüero, otorgada en esta ciudad a las 15:00 horas del 9 de agosto del dos mil siete, la sociedad costarricense denominada The Parrot’s Nest S. A., cédula tres-tres-ciento uno-trescientos setenta y seis mil ochocientos cincuenta y nueve, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 3 de octubre del 2007.—Lic. Casimiro Alberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 48715.—(88360).
Por esta escritura número 016-03 del tomo 03 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 13:00 horas del 2 de octubre del dos mil siete, la sociedad costarricense denominada Laguna Sunshine S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta mil doscientos veintisiete, modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 3 de octubre del 2007.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 48716.—(88361).
Por escritura número nueve visible al folio cinco vuelto del tomo cuarenta y ocho de mi protocolo, otorgada a las 9:00 horas del día 1° de octubre del año 2007, se reformó la cláusula cuarta de los estatutos sociales de la empresa Hagdalá MP S. A. Es todo.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Harry Wohlstein R., Notario.—1 vez.—Nº 48721.—(88362).
Por escritura número siete visible al folio cuatro del tomo cuarenta y ocho de mi protocolo, otorgada a las 8:00 horas del día 1° de octubre del año 2007, se reformó la cláusula cuarta de los estatutos sociales de la empresa Modas Mazal S. A. Es todo.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Harry Wohlstein R., Notario.—1 vez.—Nº 48722.—(88363).
Por escritura número ocho visible al folio cinco del tomo cuarenta y ocho de mi protocolo, otorgada a las 8:45 horas del día 1° de octubre del año 2007, se reformó la cláusula cuarta de los estatutos sociales de la empresa Procolrent S. A. Es todo.—San José, 3 de octubre del_2007.—Lic. Harry Wohlstein R., Notario.—1 vez.—Nº 48723.—(88364).
Por escritura otorgada por la suscrita Dafne Lizette Blanco Varela a las dieciocho horas del dos de octubre de dos mil siete, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía Garza Azul Grande Realty Investments S.R.L., por lo que se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social.—San José, dos de octubre del dos mil siete.—Lic. Dafne Lizette Blanco Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 48724.—(88365).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del seis de setiembre del dos mil siete, Inversiones Salazar Vallejos de Quepos S. A., reforma cláusulas quinta y octava de los estatutos.—San José, 7 de setiembre del 2007.—Lic. Joaquín Sancho Mora, Notario.—1 vez.—Nº 48725.—(88366).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las quince horas del seis de setiembre del dos mil siete, Amado y Asociados de Quepos S. A., reforma cláusula novena de los estatutos.—San José, 7 de setiembre del 2007.—Lic. Joaquín Sancho Mora, Notario.—1 vez.—Nº 48726.—(88367).
El suscrito notario hago constar, que mediante escritura noventa y uno, visible al folio cincuenta y dos frente, del tomo dieciséis del protocolo del notario Dagoberto Madrigal Mesén, se está constituyendo la sociedad denominada Inversiones Jota Ese Hache Group S. A. Es todo.—Santa Ana, quince horas del tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Carlos Guerrero Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 48729.—(88368).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Poroplast S. A., capital social veinte mil colones, plazo social cien años, representación: El presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Sonia Montero Briceño, Notaria.—1 vez.—Nº 48731.—(88369).
En escritura autorizada por el suscrito notario a las nueve horas de hoy, se constituyó Propiedades Paralads Sociedad Anónima; domicilio: cantón central, distrito Mata Redonda, provincia de San José; plazo social: cien años; capital: suscrito y pagado; representación legal: presidente y secretario.—San José, tres de octubre de dos mil siete.—Lic. Joaquín Valverde Berrocal, Notario.—1 vez.—Nº 48733.—(88370).
Por escrituras número veintinueve, treinta y treinta y uno, de las dieciocho, dieciocho cinco y dieciocho diez horas del tres de octubre, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad Wary Com S. A., mediante la cual se reformó la cláusula del plazo social; acta de asamblea de la sociedad Arrendadora de Carritos para Niños Babyca S. A., en la cual se nombró presidente y secretario de la junta directiva, y acta de asamblea de la sociedad Casa de Otoño Amarillo Cuatro S. A. Mediante la cual se nombró nueva junta directiva y se reformó la cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Ricardo Redondo Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 48735.—(88371).
Por escritura otorgada ante esta notaría, Ana Virginia Macaya Trejos, Juan Ignacio, Federico y Andrés todos de apellidos Salom Macaya, constituyen la sociedad Jifasama Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José a las 18:00 horas del 26 de setiembre del 2007.—Lic. Roxana Herrera Peña, Notaria.—1 vez.—Nº 48737.—(88373).
Por escritura pública otorgada en mi notaría Jorge Eduardo y Luis Fernando Ramos Rojas, constituyen sociedad anónima cuyo nombre será el número de cédula jurídica que asigne el Registro Nacional.—Lic. Nairy Ulate Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 48739.—(88374).
A las 12:00 horas del día de hoy protocolicé en esta notaría actas de asamblea general de la compañía Inmobiliaria Alicante S. A. Se reforma cláusula II del pacto social.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Édgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—Nº 48740.—(88375).
A las
15:00 horas del día de hoy protocolicé en mi notaría, actas de asamblea general
de la compañía
A las 12:00 horas del día de hoy protocolicé en mi notaría actas de asamblea general de la compañía Comercializador de Artículos XFIT S.A. Se reforma cláusula VI del pacto social.—San José, 28 de agosto del 2007.—Lic. Édgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—Nº 48742.—(88377).
A las 13:00 horas del día de hoy protocolicé en mi notaría actas de asamblea general de la compañía 3-102-499-771 Ltda. Se reforma cláusula VI del pacto social.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Edgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—Nº 48743.—(88378).
Luis Diego Fernández Obando, Mario Alberto Ampie Rivas, Joyner Alexánder Gordon Briceño, constituyen Inversiones Diannacaribe I.D.C. Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones, representadas por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Luis Diego Fernández Obando, quien tiene la representación judicial y extrajudicial. Escritura otorgada a las 8:00 horas del 14/08/2007.—Lic. Eduardo Newton Cruickshank Smith, Notario.—1 vez.—Nº 48744.—(88379).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:00 horas del 3 de octubre del 2007, se constituye la sociedad Uai And Ve Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Es todo.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. José Pablo Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 48746.—(88380).
Mediante escritura número cuarenta y uno, de las ocho horas del veintiocho de setiembre del dos mil siete, otorgada ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad denominada Proyecto Selegan Negriv del Este Sociedad Anónima. Presidenta: Rosa Elena Fumero Patiño.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Rónald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 48747.—(88381).
Por escritura número ciento ochenta y seis, otorgada ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Transportes Chacón Chaves K.J.S.Q Sociedad Anónima, capital social de quince mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo José Ovidio Chacón Alvarado.—Lic. José Fabián Salazar Solís, Notario.—1 vez.—Nº 48749.—(88382).
Ante mi notaría, se constituyó sociedad anónima denominada Praderas del Volcán Arenal S. A., notaria pública: Isabel Montero Mora, escritura otorgada en Naranjo, a las dieciséis horas con treinta minutos del veinte de julio del año dos mil siete.—Lic. Isabel Montero Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 48752.—(88383).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veintisiete de marzo del año dos mil siete, se reforman las cláusulas segunda y quinta del pacto social de la sociedad denominada Operaciones Internacionales Sociedad Anónima.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Martín José Alvarado Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 48753.—(88384).
Ante esta notaría, en escritura ciento ochenta y nueve, se constituye sociedad anónima denominada Huetter Corporation S. A., domiciliada en la ciudad de Guanacaste, Santa Cruz, con plazo social de noventa y nueve años, sus representantes Jean Claude, Robert Huetter y Corinne Charlette Aimés Leonardi ép Huetter, con facultad de apoderado generalísimo.—San José, 1º de octubre del 2007.—Lic. Emilia Durán Umaña, Notaria.—1 vez.—Nº 48754.—(88385).
Ante esta notaría, en escritura ciento ochenta y nueve, se constituye sociedad anónima denominada Huetter O S B L C S. A., domiciliada en la ciudad de Guanacaste, Santa Cruz, con plazo social de noventa y nueve años, su representante Jean Claude, Robert Huetter y Corinne Charlette Aimés Leonardi ép Huetter, con facultad de apoderado generalísimo.—San José, 1º de octubre del 2007.—Lic. Emilia Durán Umaña, Notaria.—1 vez.—Nº 48755.—(88386).
Ante esta notaría, en escritura ciento ochenta y nueve, se constituye sociedad anónima denominada Huetter Investy S. A., domiciliada en la ciudad de Guanacaste, Santa Cruz, con plazo social de noventa y nueve años, sus representantes Jean Claude, Robert Huetter y Corinne Charlette Aimés Leonardi ép Huetter, con facultad de apoderado generalísimo.—San José, 1º de octubre del 2007.—Lic. Emilia Durán Umaña, Notaria.—1 vez.—Nº 48756.—(88387).
Por escritura otorgada en San José a las ocho horas del día tres de octubre del dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria y se acuerda modificar la junta directiva, y la cláusula tercera de la firma denominada Davar Diez Sociedad Anónima. Ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo. En San José, a las diez horas del tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 48757.—(88388).
Por escritura otorgada en San José, a las nueve horas del día tres de octubre del dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria y se acuerda modificar la junta directiva, y la cláusula tercera de la firma denominada Gdolim Nueve Sociedad Anónima. Ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo. En San José, a las once horas del tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 48758.—(88389).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del trece de setiembre del dos mil siete, se constituyó la compañía Percuyo Sociedad Anónima. Objeto: industria, comercio, agricultura, ganadería y actividades forestales en general. Domicilio: San José. Plazo: cien años. Capital: suscrito y pagado. Representante: presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 48759.—(88390).
En asamblea general extraordinaria, celebrada en el domicilio social de la sociedad denominada Montañas de Costa Rica Sociedad Anónima, otorgada en San José, a las doce horas del día primero de octubre del año dos mil siete. Se nombraron vicepresidente y fiscal y se reformaron cláusulas del pacto constitutivo, ante el notario Francisco Javier Madrigal Acosta.—San José, cuatro de octubre del año dos mil siete.—Lic. Francisco Javier Madrigal Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 48761.—(88391).
Ante el suscrito notario, a las dieciséis horas treinta minutos del día de hoy, se reformó las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo de la sociedad Desarrollos Farmacéuticos R Y G Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de setiembre del dos mil siete.—Lic. Mariselle Verdesia Meneses y Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notarios.—1 vez.—Nº 48766.—(88392).
A las veinte horas del diecisiete de setiembre del año dos mil siete, en esta notaría, se constituyó la sociedad anónima Nacional de Ingenieros NI Sociedad Anónima, capital social diez mil colones. Presidenta: Ericka Víquez Araya.—Lic. Susana Arce Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 48767.—(88393).
Por escritura de las trece horas del día de hoy, se constituyó la empresa Tacotal Colectivo Sociedad Anónima, se nombró junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Karen Zamora Román, Notaria.—1 vez.—Nº 48768.—(88394).
Juanita González Zúñiga y Jéssica Larios Flores, constituyen Río Pedregoso Sociedad Anónima, escritura otorgada ante la notaria pública Gabriela Rodríguez Méndez, a las diez horas del veintiocho de setiembre del dos mil siete. Es todo.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 48770.—(88395).
Juanita
González Zúñiga y Jéssica Larios Flores, constituyen Villa Ojochal de
Juanita González Zúñiga y Jéssica Larios Flores, constituyen Punta Mala de Osa Azul Sociedad Anónima, escritura otorgada ante notaria pública Gabriela Rodríguez Méndez, a las nueve horas del veintiocho de setiembre del dos mil siete. Es todo.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 48772.—(88397).
Juanita
González Zúñiga y Jéssica Larios Flores, constituyen Finca Uvita de
Ante el suscrito notario público, siendo las 8:00 horas del día 21 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad Villa Chispita de Artola S.A., con un capital social, totalmente pagados y cancelados.—San José, 21 de setiembre del 2007.—Lic. Olman Yorly Soto Vanegas, Notario.—1 vez.—Nº 48774.—(88399).
Mediante la escritura número ciento treinta y ocho, otorgada a las once horas del veintisiete de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada National Mortgage Center (NMC) Sociedad Anónima.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—Nº 48775.—(88400).
Por escritura otorgada por esta notaría, a las once horas del veintiséis de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Alva J & R Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado. Presidente: Jorge Luis Vargas Rodríguez y secretario: Ricardo Esteban Álvarez Méndez, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de la sociedad actuando conjuntamente conforme el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—San José, cuatro de octubre del dos mil siete.—Lic. Aura Marina Ríos Palacios, Notaria.—1 vez.—Nº 48777.—(88401).
Juanita González Zúñiga y Jéssica Larios Flores, constituyen Preserva Montañosa Sociedad Anónima, escritura otorgada ante notaria pública Gabriela Rodríguez Méndez, a las doce horas del veintiocho de setiembre del dos mil siete. Es todo.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 48778.—(88402).
Juanita
González Zúñiga y Jéssica Larios Flores, constituyen Preserva de
Juanita González Zúñiga y Jéssica Larios Flores, constituyen Golfo Azul de Playas Ballenas Sociedad Anónima, escritura otorgada ante notaria pública Gabriela Rodríguez Méndez, a las catorce horas del veintiocho de setiembre del dos mil siete. Es todo.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 48780.—(88404).
Juanita González Zúñiga y Jéssica Larios Flores, constituyen Delfines Punta Uvita Sociedad Anónima, escritura otorgada ante notaria pública Gabriela Rodríguez Méndez, a las quince horas del veintiocho de setiembre del dos mil siete. Es todo.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 48783.—(88405).
Por
escritura otorgada hoy ante mi notaría en esta ciudad, a las nueve horas del
tres de octubre del año dos mil siete, Francisco Sirias Guido, constituye Inversiones
Frasiqui de
Por escritura otorgada hoy ante mi notaría en esta ciudad, a las quince horas del nueve de febrero del año dos mil siete, Julio César Barrantes, constituye Inversiones Panaluz Sociedad Anónima, domicilio: Pérez Zeledón, San Isidro de El General, Barrio Quebradas, cien metros al norte de la escuela. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado, plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Julio César Barrantes.—Pérez Zeledón, 12:00 horas del 3 de octubre del 2007.—Lic. Carlos Quesada Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 48785.—(88407).
Ante
esta notaría, se presenta la protocolización de asamblea extraordinaria para
modificación de su denominación y domicilio
Por escritura otorgada hoy ante mi notaría en esta ciudad, a las ocho horas del tres de octubre del año dos mil siete, Yohanna Arroyave Vargas, constituye Tropical Hair Extention Sociedad Anónima, domicilio: San José, Zapote, capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado. Plazo social noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidenta: Yohanna Arroyave Vargas.—Pérez Zeledón, 12 horas del 3 de octubre del año 2007.—Lic. Carlos Quesada Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 48788.—(88409).
Por escritura de las 16:00 horas del 14 de junio de 2007, se constituyó empresa de San José, denominada Distribuidora Prefa Construcción Sociedad Anónima; capital: ¢20.000. Presidente: Ingor Fernández Artavia.—Lic. Rolando Ángulo Gatgens, Notario.—1 vez.—Nº 48789.—(88410).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas treinta minutos del tres de octubre del dos mil siete, se modificó la cláusula quinta de la sociedad Grupo de Inversiones y Promociones El Almendro Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres - ciento dos - cuatrocientos catorce mil quinientos setenta y uno.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—Nº 48790.—(88411).
En mi notaría, por escritura número ciento cincuenta y uno otorgada en San José, a las dieciséis horas y treinta minutos del tres de octubre del año dos mil siete, del tomo segundo, se constituyó la siguiente sociedad anónima: Cerámicas Teli Express Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, domiciliada en San José. Representantes: presidente y secretario.—San José, a las dieciocho horas del tres de octubre del año dos mil siete.—Lic. Luis Alejandro Vargas Carazo, Notario.—1 vez.—Nº 48793.—(88412).
Por
escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se ha constituido Inversiones
Mediante escritura número ciento dieciocho - catorce, otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del tres de octubre del año dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios, de la compañía Salas y Bergueiro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - cuatrocientos veintiocho mil quinientos ochenta y seis; en la que se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo y se nombra secretario, tesorero y fiscal.—Lic. Rigoberto Jiménez Vega, Notario.—1 vez.—Nº 48796.—(88414).
Por
escritura número 255-7, otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 13 de setiembre
del 2007, se constituye la sociedad Cerros de
Por
escritura número 258-7, otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 13 de setiembre
del 2007, se constituye la sociedad Cerros de
Por
escritura número 259-7, otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 13 de setiembre
del 2007, se constituye la sociedad Cerros de
Por
escritura número 260-7, otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 13 de setiembre
del 2007, se constituye la sociedad Cerros de
Por
escritura número 262-7, otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 13 de setiembre
del 2007, se constituye la sociedad Cerros de
Ante mí, Víctor Armando Rodríguez Vado, notario público de Alajuela, se ha constituido mediante escritura número cuarenta y cinco, visible al folio veintitrés vuelto del tomo cuarto de mi protocolo, la sociedad denominada Batanea Dos Tres Cero Siete Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, domiciliada en Guanacaste, Liberia, del Hotel El Sitio doscientos metros al sur y veinticinco metros al oeste.—Alajuela, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Víctor A. Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—Nº 48804.—(88420).
Ante el Licenciado Juan Federico Arias Chacón, del pacto constitutivo, se nombra nuevos: secretaria y tesorero y se reforma la cláusula vigésima segunda de la representación judicial de la sociedad Centro de Entretenimiento El Felino Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - doscientos noventa y seis mil setecientos diecinueve.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 48807.—(88421).
Por escritura pública, otorgada ante este notario, el día de hoy se constituyó la sociedad Rocazufre S. A. Plazo social: 100 años. Capital social: 40.000 colones. Representantes legales: presidente y secretario de la junta directiva. Domicilio social: Carmona de Nandayure, Guanacaste, 400 metros al este y 100 al sur del Banco Nacional de Costa Rica.—San José, 29 de setiembre del 2007.—Lic. Víctor Julio Chavarría Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 48808.—(88422).
Por
escritura número 257-7, otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 13 de setiembre
del 2007, se constituye la sociedad Cerros de
Por
escritura número 261-7, otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 13 de setiembre
del 2007, se constituye la sociedad Cerros de
Por
escritura número 256-7, otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 13 de setiembre
del 2007, se constituye la sociedad Cerros de
Javier
Zúñiga González, cédula 2-458-316 y María Irene Orozco Ramírez, cédula
2-469-210, constituyen sociedad anónima denominada Constructora Zuoro S. A.,
con domicilio social en Rincón de Orozco San Rafael de San Ramón de Alajuela,
cuatrocientos metros al sur de
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las ocho horas del tres de octubre del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Benteveo Dos S. A., en donde se reforma la clausula sétima del pacto constitutivo.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Édgar Alberto Madrigal Mora, Notario.—1 vez.—Nº 48819.—(88428).
Mediante escritura número ciento ochenta y cinco otorgada a las once horas del tres de octubre del año dos mil siete, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y cinco mil seiscientos quince S. R. L., mediante la cual se modifica la denominación de la sociedad a EKM Punta Mala S. R. L., y la cláusula sexta del pacto social de la administración.—San José, tres de octubre del año dos mil siete.—Lic. Alberto Raven Odio, Notario.—1 vez.—Nº 48820.—(88429).
Por escritura otorgada, a las 16:00 horas del día 3 de octubre del año 2007, se constituye la sociedad Fika Montino Incorporated Sociedad Anónima.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 48822.—(88430).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, constituí Comercial G Y G del Dos Mil Siete S. A. Domicilio: Curridabat, San José. Plazo: noventa años. Capital social: diez mil colones. Presidenta y vicepresidente, representantes judiciales y extrajudiciales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar conjuntamente.—San José, cuatro de octubre del dos mil siete.—Lic. Gina María Carazo Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 48823.—(88431).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del dieciocho de setiembre del año 2007, se constituyó la sociedad Segway de Costa Rica Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Segway de Costa Rica S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo 99 años, capital totalmente suscrito y pagado.—San José, 18 de setiembre del 2007.—Lic. Noilly Vargas Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 48827.—(88432).
En mi notaría, mediante escritura otorgada, a las 11:00 horas del 20 de setiembre del año 2007, se constituyó la sociedad Real Guanacaste C S & M S. A. Plazo noventa y nueve años. Objeto: desarrollo de servicios en general, además de industriales y comerciales. Presidente: Carlos Enrique Araya Arias.—San Ramón, Alajuela, 3 de octubre del año 2007.—Lic. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 48829.—(88433).
Por asamblea de accionista la sociedad ACC Bottom Of The Ocean Sociedad de Responsabilidad Limitada, nombra nuevo gerente y subgerente y modifican cláusulas primera, segunda y sexta.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Karol Claudel Palma, Notaria.—1 vez.—Nº 48831.—(88434).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 4/10/2007, se constituyó la sociedad King Crimson S. A. Domicilio San José, plazo 100 años, objeto genérico, capital social suscrito y pagado, presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 48833.—(88435).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:30 horas del 4/10/2007, se constituyó la sociedad Space Center S. A. Domicilio San José, plazo 100 años, objeto genérico, capital social suscrito y pagado, presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 48834.—(88436).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 2/10/2007, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Venus de Nilo S. A. Domicilio San José, plazo 100 años, objeto genérico, capital social suscrito y pagado, presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 48835.—(88437).
Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 1º de octubre del 2007, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Grecomba Diez S. A. Se nombra nueva junta directiva, fiscal, y agente residente. Se reforma cláusula del domicilio.—San José, 1º de octubre del 2007.—Lic. Andrés Morales Castrillo, Notario.—1 vez.—Nº 48836.—(88438).
Escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la compañía Trans Arena del Zapandí P R Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Trans Arena del Zapandí P R S. A. Presidente: Ronald Jiménez Rodríguez, objeto: servicios de transportes de materiales de construcción, comercio, industria, intermediación, ganadería, agricultura, turismo, servicios, exportación e importación de productos, etc. Domicilio: Palmira de Carrillo Guanacaste setenta y cinco metros hacia el sur de la escuela. Capital: cien mil colones: totalmente suscrito y pagado.—Palmira de Carrillo, Guanacaste, tres de enero de dos mil siete.—Lic. Juan Miguel Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 48837.—(88439).
Ante el notario Lic. Rogelio Acuña Altamirano notario público de San José, se realizó acta de protocolización de la sociedad denominada Inversiones Lay Sociedad Anónima, en donde se acorta el vencimiento del plazo social de la misma, hasta el día nueve de noviembre del dos mil siete.—San José, catorce de octubre del dos mil siete.—Lic. Rogelio Acuña Altamirano, Notario.—1 vez.—Nº 48839.—(88440).
Mediante escritura número nueve, otorgada a las 14:00 horas del día 1º de octubre del 2007, se realizó cambio del presidente de la junta directiva de Industrias Cena Sociedad Anónima.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Jorge Federico Campos Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 48842.—(88441).
Por
escrituras otorgadas a las 8:00, 8:10, 8:20, 8:30, 8:40 y 9:00 horas del 3 de
octubre del 2007, se constituyeron las sociedades denominadas Apartamento
Uno Santa Teresita S. A., Santa Teresita Apto Dos S. A., Unidad Tres Santa
Teresita S. A., Filial Cuatro Santa Teresita S. A., Santa Teresita Condo Cinco
S. A., y Vistas de Las Playas de Nosara LLC Ltda. En todas
plazo: 99 años. Objeto: la construcción, bienes raíces, la industria y el
comercio en general, representante legal: el presidente y el secretario, y el
gerente en la sociedad limitada. Capital social: suscrito y pagado. Domicilio:
Barrio
Por escritura otorgada, en la ciudad de San José, a las 9:30 horas del 3 de octubre del 2007, protocolizo acta de asamblea extraordinaria de socios de Allweather LLC Ltda., mediante la cual se reforma la cláusula cuarta del objeto social.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 48844.—(88443).
En mi notaría, a las nueve horas del veintinueve de setiembre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Relax Tours S. A., en español Viajes Relajantes S. A., capital social íntegramente suscrito y pagado, presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domiciliada en Urbanización Gamonales, Ciudad Quesada, primera entrada sexta casa, plazo social por noventa y nueve años.—Lic. Ligia María Vásquez Bendaña, Notaria.—1 vez.—Nº 48846.—(88444).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del cuatro de octubre del año dos mil siete, protocolicé asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Inmobiliarias D.W. Sociedad Anónima, en la cual se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo, y se nombra tesorero.—San José, cuatro de octubre del año dos mil siete.—Lic. Cristina Montero González, Notaria.—1 vez.—Nº 48847.—(88445).
El
día de hoy se constituyó en mi notaría la sociedad Gervorio Sociedad Anónima.
Domicilio social: Cartago,
Por escritura otorgada, a las diecisiete horas del día dos de octubre del año dos mil siete, ante el notario Víctor Julio Víquez Arias, se constituyó la sociedad Humedal El Papaturro de Sámara Sociedad Anónima, con domicilio en Fátima de Atenas, provincia de Alajuela, con un plazo de noventa y nueve años, capital social: diez mil colones, suscrito y pagado, su objeto: el comercio en general. Presidenta: María Auxiliadora Caravaca Zúñiga, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Agente residente: Lic. Víctor Julio Víquez Arias.—Atenas, 2 de octubre del año 2007.—Lic. Víctor Julio Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 48854.—(88447).
Ante mí, Alejandro Alonso Román González, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada Sebastián Setenta y Siete de Atenas Sociedad Anónima, a las once y treinta horas del tres de octubre del dos mil siete. Presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Atenas, tres de octubre del año dos mil siete.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—Nº 48855.—(88448).
En
escritura doscientos seis-trece de
Que mediante escritura número sesenta y uno-uno, del notario Licenciado Alexander Francisco Pereira González, se constituyó la sociedad denominada Inteligencia Financiera Sociedad Anónima, a las ocho horas del primero de octubre del dos mil siete, cuyo capital social es la suma de diez mil colones, su plazo social es de noventa y nueve años, cuyo domicilio social es en la ciudad de Alajuela.—Cartago, cuatro de octubre del dos mil siete.—Lic. Alexander Francisco Pereira González, Notario.—1 vez.—Nº 48857.—(88450).
Por escritura pública otorgada, ante esta notaría, a las 12:00 horas del día 14 de junio del 2007, se reformó las cláusulas primera del nombre, segunda del domicilio, el décimo primero de la administración, y la quinta del capital social. Se cambia la junta directiva, fiscal y agente residente de la sociedad de esta plaza Turdus Plebejus Sociedad Anónima.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Pía Picado González, Notaria.—1 vez.—Nº 48858.—(88451).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, al ser las 11:00 horas del 28 de setiembre del 2007, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad Pinnacle Club LLC Limitada, en la cual se nombran nuevo gerente y subgerente y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San José, 28 de setiembre del 2007.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—Nº 48860.—(88452).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Kalea Nui Investments S. A.; nombrando como presidente y apoderado generalísimo sin limitación de suma a Carlos Gallegos Pacheco, con cédula de número 1-1179-783. Escritura otorgada en San José, a las 13:00 horas del primero de octubre del 2007.—Lic. Ricardo Jirón Medina, Notario.—1 vez.—Nº 48861.—(88453).
Se reforma el pacto constitutivo de la sociedad Consorcio Campos y Campos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- cuatrocientos cuarenta mil setecientos treinta y nueve, se nombra nueva junta directiva en el cargo de secretaria y fiscal.—Liberia, 3 de octubre del 2007.—Lic. Sileny María Viales Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 48863.—(88455).
Se reforma el pacto constitutivo de la sociedad Toro Rojo Liberiano Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- cuatrocientos veinticuatro mil quinientos ocho, se nombra nueva junta directiva y en calidad de presidenta y apoderada generalísima sin límite de suma a favor de Laura Patricia Murillo Jiménez, mayor, divorciada, comerciante, vecina de Liberia, Residencial Camino Luna, casa cuarenta y cinco, cédula 5-255-832.—Liberia, 3 de octubre del 2007.—Lic. Sileny María Viales Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 48864.—(88456).
Por escritura otorgada, ante el suscrito notario, a las 12:00 horas del 5 de setiembre del 2007, se constituyó la compañía denominada Grupo de Seguridad Mega Messiah Sociedad Anónima, presidente Greivin Vásquez Guerrero, capital social cien mil colones totalmente suscrito y pagado.—San José, 4 de octubre del año 2007.—Lic. Cornelio José Pérez Obando, Notario.—1 vez.—Nº 48866.—(88457).
Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las 8:00 horas del 4 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad anónima Silver Travel S. A. Domicilio: Escazú. Capital social íntegramente suscrito y pagado por los socios. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjuntamente.—Escazú, 4 de octubre del 2007.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 48875.—(88458).
El suscrito notario público, hace saber que el día 1º de octubre del año en curso, por escritura número doscientos cincuenta y uno-diez, ante mi notaría se ha constituido la sociedad Tropical Paradise South Pacific Realty State S. A. Se nombra como presidente al señor Jorge Enrique Alfaro Zúñiga. El plazo social es por noventa y nueve años. Domiciliada en San Ramón de Río Claro, 150 metros al sur de la escuela, Golfito, Puntarenas. Su objeto principal es compra, desarrollo y venta de propiedades sean estas de su propiedad o de terceros, en cuyo último caso recibirá una comisión en dinero por su intermediación.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Miguel Ángel Villanueva Arauz, Notario.—1 vez.—Nº 48878.—(88459).
Por escritura número ciento veintisiete, otorgada a las quince horas veinte minutos del veintidós de setiembre del dos mil siete, ante el Notario Público Roberto Marín Segura, en su protocolo se constituyó la sociedad Grupo Carcruz Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en S. A.—Heredia, 4 de octubre del 2007.—Lic. Roberto Marín Segura, Notario.—1 vez.—Nº 48879.—(88460).
Por escritura otorgada, en esta notaría, a las 17:00 horas del 14 de agosto del 2007, se modifica domicilio social y administración de Inmobiliaria Tiribí S. A.—Lic. Olga Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 48881.—(88462).
Que en esta notaría, al ser las diecisiete horas del veinticinco de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Comerciales y Financieras Sociedad Anónima. El capital social fue debidamente suscrito y pagado por los socios.—Cartago, al ser las doce horas del cuatro de octubre del dos mil siete.—Lic. Jacqueline Martínez Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 48882.—(88463).
Hoy ante mí, se constituyó la sociedad Ferretería El Birriseño Ltda. Capital social diez mil colones. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, veintiséis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Patricia Sánchez Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 48885.—(88464).
Hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Marabunda S. A. Se nombra nueva juta directiva, fiscal y agente residente y se reforma cláusula octava del pacto social.—Cartago, primero de octubre del dos mil siete.—Lic. Patricia Sánchez Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 48886.—(88465).
Por escritura otorgada en mi notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad de este domicilio Compañía Agrícola López Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente: el socio Norberto López Herrera.—Paso Canoas, 5 de octubre del 2007.—Lic. Ginette Miranda Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 48896.—(88466).
Se constituye sociedad anónima denominada Agropiñales Rojas Chaves Sociedad Anónima. Representada por el presidente Ólger Wilberth Chaves Rodríguez, y el secretario Norman Roberto Rojas González.—Río Cuarto, Grecia, 1º de octubre del 2007.—Lic. Marjorie Otoya Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 48897.—(88467).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 1º de octubre del 2007, se constituyó la sociedad Business, Marketing & Trading Consultors Sociedad Anónima. Presidente, representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: un millón de colones.—San José, 1º de octubre del 2007.—Lic. Jorge González Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 48898.—(88468).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas, treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil siete, se constituye la sociedad Inversiones Verde Esmeralda I V M Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Presidente: Fernando Brenes Arias.—Pejibaye de Pérez Zeledón, 3 de octubre del dos mil siete.—Lic. Silvia Elena Barrantes Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 48899.—(88469).
Por escritura otorgada en esta notaría en San José, a las dieciséis horas del tres de octubre del año dos mil siete, se constituyeron las sociedades denominadas: a) Guaiacum Sanctum S. A., b) Heisteria Concinna S. A., c) Fraxinus Udhei S. A., d) Ferminalia Ivorensis S. A., e) Cipressus Lusitanica S. A., f) Grevillea Robusta S. A., g) Tectona Grandis S. A., h) Cybistax Donell S. A., i) Spathodia Campanulata S. A. y j) Acrocarpus Fraxinifolius S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 48900.—(88470).
Por escritura otorgada en esta notaría en San José, a las doce horas del día veintiocho de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Indo Fish I.F. Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 48901.—(88471).
Por escritura otorgada en esta notaría en San José, a las quince horas del día tres de octubre del año dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada New Season of Autumn N.S.A. Sociedad Anónima, se reforma cláusula sexta, se nombra junta directiva.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 48902.—(88472).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Inversiones Deportivo Bar Picachueco Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—San José, 28 de setiembre del 2007.—Dr. César Hines Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 48903.—(88473).
Fileblack de Garabito Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veinte mil ciento veintinueve, procede al nombramiento por todo el plazo social de una nueva junta directiva, fiscal y agente residente y se designa al señor Gerardo Ángel Álvarez Arias, mayor de edad, costarricense, casado una vez, comerciante, portador de cédula de identidad costarricense número uno-cuatrocientos treinta y tres-cero cero noventa y uno, vecino del distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas, Bar y Restaurante Frutos del Mar, en el cargo de presidente quien presente acepta dicho cargo, a Baltazara Villavicencio Mora, mayor de edad, casada una vez, portadora de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos ochenta y dos-ochocientos sesenta, en el cargo de secretaria, quien presente acepta dicho cargo, a María Guiselle Álvarez Villavicencio, mayor de edad, costarricense, casada una vez, ama de casa, portadora de la cédula de identidad costarricense número dos-quinientos setenta-ochocientos ochenta y seis, en el cargo de tesorera, quien presente acepta dicho cargo, a Carmen María Álvarez Villavicencio, mayor de edad, costarricense, casada una vez, ama de casa, portadora de cédula de identidad costarricense número dos-quinientos diez-setecientos, en el cargo de fiscal, quien presente acepta dicho cargo, todos vecinos del distrito de Jacó, Garabito, Puntarenas, Bar y Restaurante Frutos del Mar, quienes todos presentes aceptan sus cargos en forma expresa, además se asigna como agente residente al señor Luis Diego Chaves Solís, mayor de edad, costarricense, abogado y notario, portador de la cédula de identidad costarricense número uno-mil cinco-setecientos ochenta y uno, quien presente acepta el cargo y manifiesta tener oficina abierta al público en el distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas, urbanización Jacó Sol, casa cinco B. Es todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—Nº 48905.—(88474).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las doce horas del veintisiete de setiembre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Fox Real Estate del Pacífico Sociedad Anónima. Con un capital social de cien mil colones, moneda del curso legal de Costa Rica, totalmente suscrito y pagado.—Distrito de Jacó, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—Nº 48906.—(88475).
Inversiones y Creaciones Rojas y Agudelo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y tres mil cuatrocientos ochenta y nueve, procede a modificar el documento de identidad del señor Nelson Agudelo Mejía, el cual era cédula de residencia costarricense cuatrocientos veinte-cero dos cuatro dos seis dos cero cero cero seis cero cero dos, para que se tenga como nuevo documento de identidad el siguiente cédula de identidad costarricense número ocho-cero cero ochenta y siete-trescientos setenta. Es todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—Nº 48907.—(88476).
Inmobiliaria Cordillera Sura Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y siete mil ciento ochenta y dos, procede a rectificar el nombre, apellidos y el número de identidad del presidente para que se lea de la siguiente forma: Charles Frederick (nombre) Herwig II (apellido), cédula de residencia costarricense número ciento setenta y cinco-uno uno uno nueve uno cinco-uno cero seis nueve uno y se acuerda rectificar el nombre, apellido, número del documento de identidad del secretario, para que se lea y tenga de la siguiente forma: Charles Marvin (nombre) Herwig (apellido), estadounidense, pasaporte de identidad número dos cero cero tres dos cero cuatro tres tres. Es todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—Nº 48908.—(88477).
Por escritura número 43, otorgada ante el suscrito notario el día 7 de setiembre del 2007, se constituye la sociedad Corporación LE-SI Sociedad Anónima. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 8 de setiembre del 2007.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—Nº 48912.—(88478).
Ante la notaría del licenciado Erwin Allan Seas, se ha constituido la sociedad que se denominaría según su número de cédula que asigne el Registro Nacional. Misma fue constituida en Nicoya, al ser las ocho horas del once de mayo del dos mil siete.—Nicoya, tres de octubre del año dos mil siete.—Lic. Erwin Allan Seas, Notario.—1 vez.—Nº 48913.—(88479).
Ante la notaría del licenciado Erwin Allan Seas, se ha constituido la sociedad que se denominaría según su número de cédula que asigne el Registro Nacional. Misma fue constituida en Nicoya, al ser las diecisiete horas del veinticuatro de enero del dos mil siete.—Nicoya, tres de octubre del año dos mil siete.—Lic. Erwin Allan Seas, Notario.—1 vez.—Nº 48914.—(88480).
Mediante la escritura otorgada ante mí, en la ciudad de San José, a las once horas del día veintisiete de setiembre del dos mil siete, se acuerda modificar la cláusula quinta de los estatutos sociales de la compañía Villas de Esperanza Sociedad Anónima.—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—1 vez.—Nº 48918.—(88481).
Por asamblea de accionista la sociedad Whirling Waves and Twinkling Stars Sociedad de Responsabilidad Limitada, nombra nuevo gerente y subgerente y modifican cláusulas primera, segunda y sexta. San José.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Karol Claudel Palma, Notaria.—1 vez.—Nº 48919.—(88482).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del día 17 de setiembre del año en curso se protocoliza acta de asamblea general de la sociedad denominada Hacienda Los Maderos Doce Jade Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-424178, mediante la cual se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, se conoce y se acepta las renuncias de los miembros de la junta directiva y el fiscal.—San José, 17 de setiembre del 2007.—Lic. Ana Victoria Sandoval León, Notaria.—1 vez.—Nº 48920.—(88483).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del 25 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad Baulas Tours Sociedad Anónima. Domicilio: Alajuela. Plazo: 99 años. Objeto: actividades comerciales, industriales, de transporte, agrícolas y ganaderas, en especial desarrollo de proyectos inmobiliarios, urbanísticos y turísticos. Capital social: diez mil colones.—San José, 25 de setiembre del 2007.—Lic. Luis Eduardo Valverde González, Notario.—1 vez.—Nº 48922.—(88484).
Por escritura otorgada en San José, a las 11:30 horas del 18 de agosto del 2007, se constituyó la sociedad denominada Salas Bonilla y Asociados Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: quince mil colones, representado por quince acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas por los socios. Representación judicial y extrajudicial, presidente y tesorero.—San José, 21 de setiembre del 2007.—Lic. Carlos Antillón Morera, Notario.—1 vez.—Nº 48924.—(88485).
Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, el 18 de mayo del 2007 y 30 de agosto del 2007, se protocolizó en la primera acta de asamblea general de socios de Grupo Musi S. A., mediante la cual se reforman cláusulas del pacto constitutivo, la 6, 11, 16, 17, 18, 20 y 21 y se nombra nueva junta directiva, en la segunda se constituyó la sociedad limitada El Último Salto del Ángel Limitada.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 48925.—(88486).
Por escritura otorgada ante mí, Olga Fernández Marín, a las nueve horas del 15 de setiembre de 2007, se constituye la sociedad denominada Multiservicios Muñoz del Caribe S. A. Con domicilio en El Bosque de Guácimo, de la entrada 2 kilómetros al oeste. Presidente: Carlos Muñoz Alpízar.—Escazú, 21 setiembre de 2007.—Lic. Olga Fernández Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 48926.—(88487).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la sociedad Bosques de Río Agrio Sociedad Anónima, nombre de fantasía, pudiendo abreviarse Bosques de Río Agrio S. A. Domicilio: San José. Plazo social: 99 años a partir de esta fecha. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Objeto: la industria, el comercio, turismo, agricultura, ganadería, actividades agropecuarias, mineras, de servicios de todo tipo, de inversiones en general, desarrollo de bienes raíces, demás actividades lucrativas.—San José, primero de octubre de dos mil siete.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—Nº 48927.—(88488).
Vagón
Sólido Mackmari Claro de
Escorpión
de Coral Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos treinta y cuatro mil seiscientos cinco, procede a reformar la
cláusula octava del acta constitutiva de la sociedad supracitada para que en lo
sucesivo se lea de la siguiente forma: Octava: De la administración: Los
negocios sociales serán administrados o dirigidos por un Consejo de
Administración o Junta Directiva, integrada por tres miembros socios o no y
serán un presidente, un secretario y un tesorero. La elección de los directivos
se regirá por el sistema de voto simple, el presidente será el representante
judicial y extrajudicial con facultad de apoderado generalísimo sin límite de
suma, de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código
Civil Costarricense. El presidente podrá otorgar poderes de cualquier clase,
sustituir el suyo en todo en parte reservándose o no sus facultades revocar
sustituciones o hacer otras de nuevo, sin perder por ello sus facultades así
como también el presidente estará facultado para girar cheques contra las
cuentas corrientes que la sociedad tenga en los bancos nacionales o extranjero,
así como efectuar y retirar depósitos a plazo fijo en dichas instituciones.
Asimismo se realizan los siguientes nombramientos por todo el plazo social, en
el cargo de presidente: Dominique Andree Marguerite (nombre) Goron ( apellido )
mayor de edad, en su único apellido en razón de su nacionalidad francesa,
soltero, portadora del pasaporte de identidad de su país número: cero-
cuatro-RE-siete cinco cuatro dos cero, vecina del distrito de Jacó, cantón de
Garabito, provincia de Puntarenas, Barrio Ricos y Famosos, casa cincuenta y
ocho, quien acepta en forma expresa, en el cargo de secretario al señor Jean
Claude (nombre) Goron (apellido) mayor de edad, francés, comerciante, portador
del pasaporte de identidad número: cero siete DC cero cinco tres siete uno,
vecino de San José, Rohrmoser, San José, Condominium Monte Gapante, soltero,
quien. acepta en forma expresa, en el cargo de tesorero al señor Jorge Vivallo
Asenjo, chileno, mayor de edad, portador de la cédula de residencia
costarricense número: uno uno cinco dos cero cero cero uno cinco nueve dos
seis, comerciante vecino de San José, Tibás, Llorente de Tibás, del salón
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Info Territorial, SMCR Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: ciento veinte mil colones, totalmente suscrito y pagado. Se nombra junta directiva.—Heredia, 26 de junio del 2007.—Lic. Luis Fernando Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 48932.—(88491).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del primero de octubre 2007, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Tecnoavance U.R L. S. A., en la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos sociales, aumentándose el capital social.—San José, 3 de octubre 2007.—Lic. Francisco Chinchilla Piedra, Notario.—1 vez.—Nº 48966.—(88492).
El suscrito, Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, notario público con oficina en Alajuela, hace constar que mediante escritura pública número 287-12, otorgada en mi notaría, el día 4 de octubre del 2007, se constituyó Asaf Nikaw S. A.—Alajuela, 9:00 horas del 4 de octubre del 2007.—Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, Notario.—1 vez.—(88493).
El suscrito, Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, notario público con oficina en Alajuela, hace constar que mediante escritura pública número 288-12, otorgada en mi notaría, el día 4 de octubre del 2007, se constituyó Follajes El Cocal S. A.—Alajuela, 11:00 horas del 4 de octubre del 2007.—Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, Notario.—1 vez.—(88494).
El suscrito, Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, notario público con oficina en Alajuela, hace constar que mediante escritura pública número 276-12, otorgada en mi notaría, el día 27 de setiembre del 2007, se constituyó Serralfa S. A.—Alajuela, 12:00 horas del 27 de setiembre del 2007.—Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, Notario.—1 vez.—(88495).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas, cuarenta minutos del cinco de octubre del dos mil siete, protocolicé acta de Acta Non Verba S. A., de las quince horas del dieciocho de abril del dos mil siete, mediante la cual se reforma la cláusula segunda.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(88525).
Mediante
escrituras número cincuenta y cinco y cincuenta y seis, otorgadas a las siete
horas, treinta minutos y a las ocho horas, treinta minutos del cuatro de
octubre del año dos mil siete, respectivamente, visibles al folio ciento
sesenta y dos frente y ciento sesenta y tres vuelto del tomo dos del protocolo
de la suscrita notaria, se constituyeron las sociedades
Por escritura número sesenta y nueve-uno, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, a las doce horas, treinta minutos del cuatro de octubre del año dos mil siete, se reforman las cláusulas segunda, sexta, décimo primera, décimo segunda, décimo cuarta, se adiciona una cláusula décimo sexta, se nombra nueva junta directiva y fiscal de la compañía Maldives Pemba Business S. A.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—(88532).
Por escritura número sesenta y ocho-uno, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, a las once horas del cuatro de octubre del año dos mil siete, se reforman las cláusulas segunda y sexta, se nombra nueva junta directiva y fiscal de la compañía Corporación Cristales del Alba Sociedad Anónima.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—(88534).
Mediante escritura número doscientos catorce, otorgada en la ciudad de San José, al ser las ocho horas del 10 de setiembre del dos mil siete, se reforma la junta directiva, fiscal y agente residente de la sociedad Pueblo Bear Organic Chocolates Sociedad Anónima.—San José, 10 de setiembre del 2007.—Lic. Ana Gabriela González González, Notaria.—1 vez.—(88537).
Mediante escritura número doscientos veinticinco, otorgada en la ciudad de San José, al ser las 13:00 horas del 3 de octubre del dos mil siete, se modifica la cláusula 1ª del pacto social, y se nombra nuevo secretario de la sociedad denominada Adolfo & Madelaine Consultores S. A., para que en adelante se denomine Adolfo & Mas Consultores S. A.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Ana Gabriela González González, Notaria.—1 vez.—(88538).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye sociedad anónima de esta plaza Jepro I. N. C. Sociedad Anónima. Presidente: José Pablo Ulloa Murillo, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—San José, cuatro de octubre del dos mil siete.—Lic. Mauricio Arias Ruiz, Notario.—1 vez.—(88637).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día veintiocho de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza Q Motors (CR) Sociedad Anónima.—San José, cinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Vicente Aurelio Lines Fournier, Notario.—1 vez.—(88643).
Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Costa Rica Mercantil Sociedad Anónima, en la cual se acuerda modificar el plazo social del pacto constitutivo de la empresa. Escritura otorgada en San José, al ser las catorce horas, diez minutos del día catorce de setiembre del dos mil siete, ante el notario Roberto Romero Mora. Es todo.—San José, al ser las quince horas del día primero de octubre del dos mil siete.—Lic. Roberto Romero Mora, Notario.—1 vez.—(88646).
El suscrito notario hace constar, que mediante la escritura cuarenta y seis del tomo tres de mi protocolo, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la compañía Escarchado Q S U Veintiocho Sociedad Anónima, en la cual se realizaron cambios en el pacto constitutivo. Es todo.—San José, cinco de octubre de dos mil siete.—Lic. Mario José Varela Martínez, Notario.—1 vez.—(88648).
Por escritura de protocolización de acta, otorgada a las 7:00 horas del día 1º de octubre del 2007, de asamblea general extraordinaria de la empresa Gramon de Costa Rica S. A., se reformó la cláusula sétima, administración, se nombra nueva junta directiva.—Belén, Heredia, 1º de octubre del 2007.—Lic. Pio Luis Murillo Arroyo, Notario.—1 vez.—(88655).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día 13 de agosto del 2007, se constituyó la empresa denominada Estancia Colonial S. A. Domiciliada en San Ramón de Alajuela, del Colegio Bilingüe, doscientos cincuenta metros al norte. Capital social: cien mil colones cada una. Presidente: Luis Carlos Muñoz Vargas, ciudadano colombiano, cédula de residencia 117000745009.—Heredia, 4 de octubre del 2007.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(88658).
Ante esta notaría mediante escritura número 38 celebrada a las 14:00 horas del 1º de octubre del 2007, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Caballo Prieto S. A. Cuyo plazo social es de noventa y nuevo años. Domicilio en la provincia de Guanacaste, cantón Liberia, distrito Liberia, costado este de los Tribunales de Justicia. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos.—Liberia, 3 de octubre del 2007.—Lic. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 48934.—(88659).
Ante esta notaría mediante escritura número 37 celebrada a las 13:30 horas del 1º de octubre del 2007, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Alforjas de mi Tierra S. A. Cuyo plazo social es de noventa y nueve años. Domicilio en la provincia de Guanacaste, cantón Liberia, distrito Liberia, costado este de los Tribunales de Justicia. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos.—Liberia, 3 de octubre del 2007.—Lic. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 48935.—(88660).
Se hace constar que mediante Escritura número 184-8 de las 15:00 horas del 28 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad denominada G.R.P Administración y Logística S. A. Presidente: Johnny Francisco Serrano Sánchez.—Lic. Adrián Antonio Brenes Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 48938.—(88661).
Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría, de las trece horas del veintisiete de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Third Child Sociedad Anónima. Con domicilio en San José, teniendo el presidente facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Nancy Vieto Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 48939.—(88662).
Por escritura otorgada en la notaría del notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número ciento cuarenta y dos, del tomo once, de las 19:00 horas del día 4 del mes de octubre del año 2007, se protocoliza acta de la sociedad Fuente Alamo S. A. Se nombra presidente, secretario, agente residente y modifica el domicilio.—San José, 4 de octubre del año 2007.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—Nº 48940.—(88663).
Por
escritura otorgada en la notaría del notario público Óscar Luis Trejos
Antillón, número ciento cuarenta y tres, del tomo once, de las 19 horas, 15
minutos, del día 4 del mes de octubre del año 2007, se protocoliza acta de la
sociedad
Por escritura otorgada en la notaría del notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número ciento cuarenta y cuatro, del tomo once, de las 19 horas, 30 minutos, del día 4 del mes de octubre del año 2007, se protocoliza acta de la sociedad Little América S. A. Se nombra presidente, secretario, agente residente y modifica el domicilio.—San José, 4 de octubre del año 2007.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—Nº 48942.—(88665).
Por escritura otorgada en la notaría del notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número ciento cuarenta y cinco, del tomo once, de las 19 horas, 45 minutos, del día 4 del mes de octubre del año 2007, se protocoliza acta de la sociedad Setting Sun S. A. Se nombra presidente, secretario, agente residente y modifica el domicilio.—San José, 4 de octubre del año 2007.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—Nº 48943.—(88666).
Por escritura otorgada en la notaría del notario público Óscar Luis Trejos Antillón, número ciento cuarenta y seis, del tomo once, de las 20 horas, del día 4 del mes de octubre del año 2007, se protocoliza acta de la sociedad Villa Hazelton S. A. Se nombra presidente, secretario, agente residente y modifica el domicilio.—San José, 4 de octubre del año 2007.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notaria.—1 vez.—Nº 48944.—(88667).
El suscrito, Lic. Juan Pablo Ruiz Imbert, notario público de San José, hace constar que mediante escritura pública número 102 de las 12:00 horas del 11 de setiembre del 2007, iniciada al folio 58 frente del tomo primero de mi protocolo, se constituyó la sociedad Inversiones Rainforest Dot Travel Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Centro Colón, piso seis, oficina seis-uno. Plazo social: 99 años. Representantes: Melvin Pereira Loría y Carolyn Joanna Ramer Mesén. Es todo.—San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. Juan Pablo Ruiz Imbert, Notario.—1 vez.—Nº 48945.—(88668).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del 5 de agosto del 2007, se constituyó la sociedad Instituto Superior de Idiomas Sociedad Anónima. Capital social de un millón de colones. Plazo: noventa y nueve años. Es todo.—San José, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Lorlly Luna Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 48946.—(88669).
Hoy ante mi notaría, Mauricio Alberto Campos Cruz y Jason Gerardo Sánchez Pérez, constituyen Monitoreo, Custodios y Vigilancia Sociedad Anónima. Presidente: Mauricio Alberto Campos Cruz.—4 de octubre del 2007.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandí, Notario.—1 vez.—Nº 48949.—(88670).
En
escrituras otorgadas ante Carlos Alberto Guardia Gutiérrez, a las 13:00 horas
del veintiocho de julio del dos mil siete, se protocoliza acta de Waylu S.
A., donde se modifican las cláusulas segunda y octava y se nombra nueva
junta directiva, y ante Jorge Ross Araya, a las 15:00 y 15:30 horas del 4 de
octubre, se constituye una sociedad anónima, que se denominará de acuerdo al
reglamento para la inscripción de constitución de empresas comerciales
utilizando únicamente el número de cédula de persona jurídica como denominación
social, publicado en
Mediante escritura número ciento cincuenta y uno visible al tomo primero de mi protocolo, protocolicé acta de asamblea general de socios de Condo Notus S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y seis mil seiscientos cuarenta, en la cual se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales en cuanto a la administración de la sociedad, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintiocho de setiembre de dos mil siete.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—Nº 48957.—(88672).
Mediante escritura número ciento cincuenta y tres visible al tomo primero de mi protocolo protocolicé acta de asamblea general de socios de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cinco mil quinientos ochenta y dos S. A., mediante la cual se reformó la cláusula décima de los estatutos sociales en cuanto a la administración de la sociedad, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintiocho de setiembre del dos mil siete.—Lic. Marianela Carvajal Carvajal, Notaria.—1 vez.—Nº 48958.—(88673).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó, el día 5 de octubre del
2007, a las ocho horas
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 12:00 horas del 4 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Miramar de Jacó Sociedad Anónima, mediante la que se modifican las cláusulas segunda, tercera, cuarta, quinta, sexta, sétima, octava, novena, décima, décima primera, décima segunda, se suprime la cláusula décima tercera. Se cambia domicilio, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Orlando Hidalgo Gallegos, Notario.—1 vez.—Nº 48963.—(88675).
Por
escritura número ciento ochenta y siete, otorgada en mi notaría, a las doce
horas del cuatro de octubre del dos mil siete, se constituye la sociedad
anónima denominada Global Earth Systems G.E.S., nombre de fantasía.
Capital social diez mil colones. Presidente: Jorge Chacón Villalobos, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Agente residente: Lic.
Fabricio Arauz Rodríguez. Domicilio social: San Rafael de Coronado, ciento
cincuenta metros oeste y ciento cincuenta metros al sur del Restaurante
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 9:00 horas del 3 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Las Lomas de Rosario Sociedad Anónima, mediante la que se modifica la cláusula quinta del pacto social, y se aumenta el capital social.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Luis Francisco Solórzano Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 48964.—(88677).
Por escritura otorgada el 28 de agosto del 2007, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Sitio Blanco Juan Luis S. A., se reforma cláusula de administración y se nombra tesorero de junta directiva y fiscal. Jacques Chauveheid: Presidente.—Lic. Ignacio Herrero Knöhr, Notario.—1 vez.—Nº 48965.—(88678).
La suscrita notaria Xinia Arias Naranjo hago constar que ante esta notaría se modificó la cláusula octava de la sociedad Southern Jungle Coast S. A. Con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del hotel Villas Gaía.—Ciudad Cortés, 3 de octubre del 2007.—Lic. Xinia Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—Nº 48966.—(88679).
Por escritura pública número ciento dieciocho, otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del día tres de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Empresa de Seguridad Especial Sociedad Anónima. Presidente: José David Calderón Fallas.—Lic. Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 48968.—(88680).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas del dieciocho de setiembre del dos mil siete, se constituyó ante mi notaría Luna y Marie Ltda. Gerente: Marie Clotilde Benedicte -nombres- Gurliat -apellido- con facultades de apoderada generalísima.—Alajuela, veintiséis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Zetty Bou Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 48969.—(88681).
A las once horas del dos de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad con domicilio en Escazú, Guachipelín, la esquina noroeste del polideportivo doscientos metros oeste, denominada Tomografía e Imágenes Médicas Católica G.S. Sociedad Anónima. Presidente: José Manuel Solera González. Plazo: noventa y nueve años.—San José, dos de octubre del dos mil siete.—Lic. Eugenia Brenes Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 48970.—(88682).
Ante mi notaría, por escritura número cincuenta y uno de las nueve horas del día veinte de setiembre del dos mil siete, visible a folios veintisiete vuelto al veintiocho vuelto del tomo tercero, se constituyó la sociedad Nueva Esperanza Hermanos CH M Sociedad Anónima. Domiciliada en Santa María de Dota, San José, trescientos metros este de la iglesia católica. Como presidente: Andrey Alberto Chacón Madrigal, actuando como apoderado generalísimo sin límite de suma. El capital social: será cien mil colones, representada por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una y se suscriben dos letras de cambio por un monto de noventa mil colones y diez mil colones cada una.—Liberia, veintiséis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Karla Marcela Duarte Arauz, Notaria.—1 vez.—Nº 48977.—(88683).
Ante la notaría del Lic. Audrys Esquivel Jiménez, se otorgó la escritura número cuarenta y uno del tomo dieciocho, se protocolizó acta de la sociedad anónima denominada Inversiones Lupasana S. A.—Santa Ana, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 48978.—(88684).
Ante la notaría del Lic. Audrys Esquivel Jiménez, se otorgó la escritura número cuarenta y dos del tomo dieciocho, donde se constituyó la sociedad anónima denominada Inmobiliaria Los Ases Cinco S. A.—Santa Ana, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 48979.—(88685).
Ante la notaría del Lic. Audrys Esquivel Jiménez, se otorgó la escritura número cuarenta y tres del tomo dieciocho, donde se constituyó la sociedad anónima denominada Inmobiliaria Los Pozos Cinco S. A.—Santa Ana, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 48980.—(88686).
Por escritura número 248-35, otorgada en Las Juntas de Abangares el 14 de setiembre del 2007, ante el notario Adolfo Ledezma Vargas, Juan Bautista López Ruiz y Xinia Mayela López Sánchez, constituyen El Coyol Real L.S. S. A.—Lic. Adolfo Ledezma Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 48981.—(88687).
Ante mí, Olga Libia Sandoval Ugalde, se constituyó la sociedad denominada AV- Advisin Sociedad Anónima. Presidente: Asdrúbal Villegas Corella.—Alajuela, 4 de octubre de 2007.—Lic. Olga Libia Sandoval Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 48982.—(88688).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en esta ciudad, el día de hoy se constituyó la sociedad Agropecuaria Navajuela Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones. Presidenta: Juana Jeannette Cambronero León.—Barva de Heredia, tres de octubre del año dos mil siete.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 48983.—(88689).
Por medio de escritura otorgada ante mi notaría, de las diez horas del primero de octubre del año dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea de socios de la sociedad denominada Velería Los Faroles Sociedad Anónima, por la cual se modifica cláusula quinta del pacto social: del capital social y la novena. Del órgano de vigilancia.—Lic. Gabriela Garita Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 48984.—(88690).
Mediante escritura otorgada a las dieciséis horas del dos de octubre del año dos mil siete, Estrada y Murillo Habitacional Sociedad Anónima, protocoliza piezas donde se reforma cláusula sétima y se nombra nueva junta directiva. Presidenta: Aida Luz Murillo Torres.—Lic. Salvador Arauz Figueroa, Notario.—1 vez.—Nº 48985.—(88691).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 17 de setiembre de dos mil siete, se constituye Atosombo S. A. Con un capital social de 10 mil colones.—San José, 17 de setiembre de 2007.—Dr. Fernando Mora Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 48986.—(88692).
En la notaría del suscrito, se ha constituido la sociedad mercantil denominada Huang Tien Min S. A. Capital social: ¢ 10.000,00. Plazo: 99 años. Domicilio social: San José, Curridabat. Se publica este aviso para efectos de terceros interesados.—Lic. Edgar Gerardo Ardón Retana, Notario.—1 vez.—Nº 48994.—(88693).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:15 horas del 2 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad denominada P L U M A D O S M I L S.A. Cuyo capital: se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 2 de octubre del 2007.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 48995.—(88694).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:30 horas del 29 de mayo del año 2007, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Vivero Zaia S. A. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Plazo: cien años. Domicilio: Huacas, Santa Cruz, Guanacaste. Objeto: comercio en general.—Guanacaste, 2 de octubre del 2007.—Lic. Mónica Cuellar González, Notaria.—1 vez.—Nº 48996.—(88695).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:40 horas del 4 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad denominada T I L A P I A S Q U E C O S S.A. Cuyo capital: se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 4 de octubre del 2007.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 48997.—(88696).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 2 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad denominada L A F E R C H A C A S.A. Cuyo capital: se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 2 de octubre del 2007.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 48998.—(88697).
Por escritura número nueve-treinta y seis, otorgada ante mi notaría a las catorce horas del dieciocho de julio del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Vargas Informáticas S. A. Capital: mil dólares, moneda americana. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su constitución. Domicilio: Heredia, residencial Los Lagos, casa número ciento treinta y dos G. Objeto: comercio en general.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Dora María Fernández Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 49000.—(88698).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy protocolice el acta de asamblea extraordinaria de socio de Desarrollos Inmobiliarios del Oeste DIO Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula sexta de los estatutos de la sociedad.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Paúl Portuguez Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 49001.—(88699).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad Inversiones Méndez y Araya S. A. Domicilio: San José. Capital: pagado. Presidente: Jorge Arturo Méndez Mayorga.—San José, 24 de setiembre de 2007.—Lic. Eugenio Fco. Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 49002.—(88700).
Protocolización del acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Festa Grupo RC Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres cuatro cuatro cero cero tres, en la cual se acuerda modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo de la empresa y se nombra nuevo fiscal. Escritura otorgada en San José, al ser las catorce horas del tres de octubre del dos mil siete ante la notaria Eleonora Badilla Delgado. Es todo.—San José, al ser las ocho horas del cuatro de octubre del dos mil siete.—Lic. Eleonora Badilla Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 49003.—(88701).
Ante la suscrita notaria pública Emilia Ulloa Corrales, se constituyó hoy la sociedad anónima Tarimas W. Villalobos Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Tarimas W. Villalobos S. A. Domiciliada en la ciudad de Pozo Azul de Abangares en Guanacaste, del salón comunal cien metros norte. Capital social: representado por cien acciones comunes y nominativas de cien colones cada una. Plazo: será 100 años. Presidenta: Marabely Carranza Carvajal.—Abangares, 28 de setiembre del 2007.—Lic. Emilia Ulloa Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 49004.—(88702).
El día tres de octubre del año dos mil siete, se protocolizó acta de la sociedad Industrias Marino S. A.—Palmares, cuatro de octubre del año dos mil siete.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 49005.—(88703).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Ramphado Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y pagado por los socios. La representación de dicha sociedad, será por medio de su representante María Cristina Herrera Ulloa, en su condición de presidenta, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. El plazo social es de noventa y nueve años.—San José, a las diez horas del tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Víctor Hugo Maffioli Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 49006.—(88704).
Ante la suscrita notarìa, se constituyó la sociedad denominada Igalse del Sur Sociedad Anónima, otorgada a las diez y cincuenta horas del veintiocho de agosto del año dos mil siete. Presidente: Álvaro Artavia Chinchilla. Capital social: diez mil colones. Domiciliada en San José, Calle Fallas, Desamparados, veinticinco metros al este de la escuela José T. Mora. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Yensi Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 49008.—(88705).
Por escritura número doscientos veinte, tomo primero, otorgada el día veintiuno de diciembre del dos mil seis, ante la notaria Magaly Andrade Jiménez, se constituyó la sociedad Agregados B&M de Turrialba Sociedad Anónima. Con un plazo social de noventa y nueve años. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Administrada por una junta directiva, donde el presidente ejerce la función de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Turrialba, 2 de octubre del 2007.—Lic. Magaly Andrade Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 49009.—(88706).
Por escritura número trescientos cincuenta y dos, tomo primero, otorgada el día tres de octubre del dos mil siete, ante la notaria Magaly Andrade Jiménez, se constituyó la sociedad Debego Sociedad Anónima. Con un plazo social de noventa y nueve años. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Administrada por una junta directiva, donde el presidente ejerce la función de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Turrialba, 3 de octubre del 2007.—Lic. Magaly Andrade Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 49010.—(88707).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Taller Lezvillar S. A. Con un plazo de noventa y nueve años. Correspondiente la representación judicial al presidente y secretario.—San José, dos de octubre del año dos mil siete.—Lic. Erick Alberto Lizano Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 49011.—(88708).
Por escritura otorgada por la suscrita Dafne Lizette Blanco Varela, a las nueve horas del cuatro de octubre del dos mil siete, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil cuatrocientos treinta y siete sociedad anónima, por lo que se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social.—San José, cuatro de octubre de dos mil siete.—Lic. Dafne Lizette Blanco Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 49012.—(88709).
Se reforma la cláusula sexta y se nombra nueva junta directiva en la compañía Silver Country Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintisiete mil quinientos diecisiete.—San José, cuatro de octubre de dos mil siete.—Lic. Alfonso Meléndez Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 49014.—(88710).
Ante esta notaría a las 15:00 horas del 3 de julio del año 2007, se constituye la sociedad anónima denominada Grupo Arco Iris del Norte S. A. Plazo social: 99 años. Capital social: ¢ 10.000.00. Presidenta: Olga Margarita Alfaro Salas, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—Lic. Roxana Escalante Lafuente, Notaria.—1 vez.—Nº 49015.—(88711).
Ante esta co-notaría y mediante la escritura número ochenta y cuatro del tomo primero de las 10:00 horas del 4 de octubre del año 2007, se protocolizó acta constitutiva de la sociedad Hacienda Cerro Colón Dos Mil Siete S. A. Plazo social: 99 años. Capital social: suscrito y pagado. Domicilio: Heredia.—Lic. Errol Solís Mata, Notario.—1 vez.—Nº 49016.—(88712).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y dos mil trescientos cuarenta y seis sociedad anónima, por la que se reforma la administración, la representación de la compañía y se nombra nueva junta directiva y agente residente.—San José, primero de octubre de dos mil siete.—Lic. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 49017.—(88713).
Por escritura número doscientos catorce de las diecisiete horas, cincuenta v cinco minutos del tres de octubre del año dos mil siete, visible en el tomo tercero del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Bright Teal Sociedad Anónima, en la cual se reforma la siguiente cláusula del pacto constitutivo: Sexta, y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, tres de octubre del año dos mil siete.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—Nº 49019.—(88714).
Ante los notarios Leila Marcela Ross Porras y Harold Núñez Muñoz, actuando en conotariado en el protocolo de la primera al ser las 15:30 horas del 12 de setiembre del 2007, se constituyó Río Tigre H.V.S. Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital social: 132.000,00 colones. Domicilio Guadalupe. Presidente: Hernán Vargas Solera.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Harold Núñez Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 49021.—(88715).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 19:00 horas del 24 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad denominada Un Roodo Despertar S. A.—San Isidro de Heredia.—Lic. Kattya Lisseth Mora Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 49022.—(88716).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se reforman cláusulas del pacto social de la entidad Cadena de Bienes Raíces y Corredores de Costa Rica S. A. Domicilio social: Heredia, San Pablo. Presidente: Álvaro Chaves Sánchez.—Heredia, 4 octubre del 2007.—Lic. Marco Antonio Gutiérrez Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 49023.—(88717).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del día 2 de octubre del
año 2007, se constituyó la compañía denominada Termales del Arenal H.M
Sociedad Anónima. Domiciliada en
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día 2 de octubre
del año 2007, se constituyó la compañía denominada Ananas C.R Bio Sociedad
Anónima. Domiciliada en
Hoy protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Juan & Paquita S. A., en virtud de la cual se reformó la cláusula quinta del pacto social. Escritura otorgada en San José, a las 16:00 horas del 3 de setiembre del 2007.—Lic. Mónica Lizano Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 49026.—(88720).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del cuatro de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Lansdowne Properties LLC, John Matthews Manager Limitada. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 04 de octubre del 2007.—Lic. Andre Wells Downey, Notario.—1 vez.—Nº 49027.—(88721).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del cuatro de octubre del dos mil siete, se reformaron las cláusulas: segunda, sexta y sétima de la sociedad Joberly S. A.—San José, 04 de octubre del 2007.—Lic. Andre Wells Downey, Notario.—1 vez.—Nº 49028.—(88722).
Por
escritura 185-6, otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 24 de
setiembre del año 2007, se constituyó la compañía cuya denominación es Olymar
de Sarchí Sociedad Anónima. Domiciliada en Valverde Vega, Sarchí Norte, 300
metros al oeste de
Por asamblea de socios de la sociedad Halcyon Lifestyles Of Nosara Sociedad de Responsabilidad Limitada, se modifica cláusula sexta y se nombran gerente y subgerente.—San José, 05 de octubre del 2007.—Lic. Karol Claudel Palma, Notaria.—1 vez.—Nº 49034.—(88724).
Mediante la escritura número ciento veintinueve de las nueve horas del dos de octubre del dos mil siete, se modifica la cláusula décima primera del pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza, Ticket To Everywhere S. A. Es todo.—San José, 03 de octubre del 2007.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—Nº 49035.—(88725
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día de hoy, la sociedad Inversora Lovimar D P G Limitada, protocolizó acta en que se incrementa su capital social, modificándose la cláusula quinta de su pacto social. Asimismo se modifica la cláusula sexta (administración) de su pacto constitutivo.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Enrique Gamboa Góngora, Notario.—1 vez.—Nº 49037.—(88726).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Mount Freedom Limitada. Domicilio: la ciudad de San José, Administración: 2 gerentes.—San José, 04 de octubre del 2007.—Lic. Enrique Gamboa Góngora, Notario.—1 vez.—Nº 49038.—(88727).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19:00 horas del 2 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad anónima Grupo Mepris Balmoral Internacional S. A.—San José, 04 de octubre del 2007.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 49039.—(88728).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Evan Treinta y Tres Properties C.R. U.S.A. Sociedad Anónima. Presidente: Douglas Evan Weiss. La sociedad se dedicará a la correduría de bienes raíces, el capital social es la suma de diez mil colones, y su domicilio estará en la ciudad de San Rafael de Heredia, ciento cincuenta metros al este del cementerio.—San Rafael de Heredia, 04 de agosto del 2007.—Lic. Mario Alberto Chaves Mata, Notario.—1 vez.—Nº 49040.—(88729).
Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general de Estrella Marina del Trópico Sur S. A., mediante la cual se aumentó el capital social modificándose la cláusula del capital social.—San José, 28 de octubre del 2007.—Lic. Sergio Pérez Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 49041.—(88730).
Mediante escritura otorgada en esta notaría, se constituyó la compañía Desarrollos Inmobiliarios Pozo Azul Sociedad Anónima. Presidente: Wilfredo Blanco. Domicilio: Limonal de Las Juntas de Abangares, Guanacaste.—3 de octubre del 2007.—Lic. Gonzalo Rodríguez Sabat, Notario.—1 vez.—Nº 49042.—(88731).
En
escritura publica Nº 20, visible a folio 9 vuelto del tomo sétimo del protocolo
del Notario Público José Germán Zamora Leal, otorgada el 04 de octubre del año
2007, los señores Jorge Enrique Acosta Ávila, cédula: 5-114-012, Jorge Alberto
Acosta Jiménez, cédula: 1-755-735, Julio Acosta Jiménez, cédula: 1-875-109;
Óscar Acosta Jiménez, cédula: 6-246-138; Mauricio Acosta Jiménez, cédula:
1-929-135 y Luis Fernando Acosta Jiménez, cédula, 5-334-874, constituyen la sociedad
anónima denominada Avicosta Inversiones Sociedad Anónima. Capital social
de un millón doscientos mil colones. Domicilio social: distrito segundo:
Mediante escritura otorgada ante la suscrita notaría a las dieciséis horas del cuatro de julio del dos mil siete, protocolicé la modificación de la cláusula sétima del pacto social de la sociedad Desarrolladora Meac Constructores Sociedad Anónima, para limitar la actuación de los representantes.—San Ramón, 04 de octubre del 2007.—Lic. Ma. del Milagro Arguedas Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 49045.—(88733).
El suscrito notario por este medio hago constar que por escritura número ciento sesenta y nueve, tomo segundo, a las nueve horas treinta minutos del cinco de octubre del dos mil siete, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Inversiones Monserrat y Catalina Sociedad Anónima. Con capital de diez mil colones. Representante legal: Manuel Antonio Vásquez Sánchez, presidente.—5 de octubre del 2007.—Lic. Luis Alcides Salazar Jara, Notario.—1 vez.—Nº 49047.—(88734).
Ante esta notaría se constituyó sociedad anónima que se denominarán por su número de cédula jurídica “S. A.”. Dicha sociedad fue constituida a las 9:30 horas del 29 de agosto del 2007, ante el Notario Público Carlos Roberto López Madrigal en escritura número 83-2 del tomo 2°.—San José, 29 de agosto del 2007.—Lic. Carlos R. López Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49048.—(88735).
Ante esta notaría se constituyó sociedad anónima que se denominarán por su número de cédula jurídica “S. A.”. Dicha sociedad fue constituida a las 9:45 horas del 29 de agosto del 2007, ante el Notario Público Carlos Roberto López Madrigal en escritura número 84-2 del tomo 2°.—San José, 29 de agosto del 2007.—Lic. Carlos R. López Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49049.—(88736).
Ante esta notaría se constituyó sociedad anónima que se denominarán por su número de cédula jurídica “S. A.”. Dicha sociedad fue constituida a las 10:00 horas del 29 de agosto del 2007, ante el Notario Público Carlos Roberto López Madrigal en escritura número 85-2 del tomo 2°.—San José, 29 de agosto del 2007.—Lic. Carlos R. López Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49050.—(88737).
Por escritura otorgada a las trece horas del diecisiete de setiembre del dos mil siete, protocolice acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de este domicilio Exploraciones Verde y Azul S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y sexta de los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—San José, 01 de octubre del 2007.—Lic. Annabella Rohrmoser Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 49051.—(88738).
Por escritura principal otorgada a las quince horas del quince de junio del año en curso y escritura adicional, otorgada a las quince horas del veintinueve de agosto del dos mil siete, protocolicé actas de asambleas generales extraordinarias de accionistas de Inversiones San Martín S. A., mediante las cuales se ratifica el nombramiento de la junta directiva y el fiscal y se modifica la cláusula segunda de los estatutos.—San José, 01 de octubre del 2007.—Lic. Annabella Rohrmoser Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 49052.—(88739).
Por escritura principal otorgada a las diecisiete horas del veintiuno de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad Roosterfish Hotels ad Resorts International Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Roosterfish Hotels and Resorts International S. A., cuya traducción al español es Pez Gallo Hoteles y Centros de Entretenimiento Internacional. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio: San José. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 01 de octubre del 2007.—Lic. Annabella Rohrmoser Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 49053.—(88740).
Por escritura doscientos treinta y cuatro, se constituyó, la empresa Spanje Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Nombramientos presidente y secretaria apoderados generalísimos sin límite de suma.—Jacó, 02 de octubre del 2007.—Lic. Gerardo Calderón León, Notario.—1 vez.—Nº 49054.—(88741).
Por escritura otorgada ante este notario a las diecisiete horas treinta minutos del día catorce de agosto del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Dekatrov K D T Sociedad Anónima. Domiciliada en Costa Rica, provincia de Puntarenas, cantón Garabito, Jacó, contiguo a la farmacia Jacó. Capital social: totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—Lic. Gerardo Calderón León, Notario.—1 vez.—Nº 49055.—(88742).
Por escritura
ante mí, se constituyó la entidad Constructora y Desarrolladora
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las dieciocho horas del día cuatro de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad O Cor Do Céu S. A. Capital social: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Presidenta: María Lupita Quintero Nassar.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 49058.—(88744).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las diecisiete horas del día cuatro de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Encantos del Mar Rojo S. A. Capital social suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Presidenta: María Lupita Quintero Nassar.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 49059.—(88745).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las doce horas del día diecinueve de setiembre del dos mil siete, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Compañía Hiprox CHC de Centro América S. A., mediante la cual se nombró nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal. Asimismo, se reforma la cláusula sétima del pacto social y se crea la cláusula décimo quinta.—Lic. María Lupita Quintero Nassar, Notaria.—1 vez.—Nº 49062.—(88746).
La
suscrita Notaria hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las catorce
horas del día veintitrés de setiembre del año dos mil siete, en San José, se
constituyeron dos sociedades anónimas con domicilio en San José. Los
constituyentes autorizan expresamente a
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del 28 de setiembre del 2007, se reforma la cláusula sexta de los estatutos de la administración. El nombre de la sociedad es Alearcaya Sociedad Anónima.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 49065.—(88748).
Por escritura otorgada el día cinco de octubre del dos mil siete, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Source Trace Systems Sociedad Anónima, se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 05 de octubre del 2007.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 49066.—(88749).
Jenny Virginia Rodríguez Gómez y Armando Amador Almanza, constituyen sociedad anónima denominada Grupo El Sabanero de Guanacaste Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Santa Cruz, Guanacaste, a las 14:00 horas de día 19 de setiembre del 2007.—Lic. Gloriana Carmona Castañeda, Notaria.—1 vez.—Nº 49068.—(88750).
Por escritura Nº 89 de 8:00 horas del 27 de setiembre en curso, se modificó la cláusula de la administración de Yamari S. A., e Inversiones Roslu S. A.—Lic. Jeannette Grynspan Flikier, Notaria.—1 vez.—Nº 49070.—(88751).
Por escritura autorizada a las quince horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Corporación Montes de Escazú Sociedad Anónima, en que se reforman totalmente sus estatutos, se nombran directores y fiscal, se revoca el nombramiento del agente residente y se confieren poderes generalísimos.—San José, 03 de octubre del 2007.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 49072.—(88752).
Por escritura autorizada a las dieciséis horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Créditos Mil Colores Sociedad Anónima, en que se reforman totalmente sus estatutos, se nombran directores y fiscal, y se confieren poderes generalísimos.—San José, 03 de octubre del 2007.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 49073.—(88753).
Ericka
Brenes Chavarría, odontóloga, cédula uno-novecientos treinta y tres-cero
cuarenta y cuatro, y Rodolfo Martín Villalobos Rodríguez, técnico en
telecomunicaciones, cédula uno-ochocientos treinta siete-trescientos cuarenta y
nueve, ambos, mayores, casados una vez y vecinos de San Antonio de Belén,
Heredia, constituyen sociedad anónima denominada Alternativa Humanística
para
Por escritura de las dieciséis horas del cuatro de octubre del dos mil siete, los señores Flor María Campos Quirós y Danilo Cerdas Durán, constituyeron la compañía denominada Mueblería Las Américas Sociedad Anónima. Domiciliada en Ciudadela Quince de Setiembre de Hatillo, San José.—San José, 04 de octubre del 2007.—Lic. Carlos A. Wolfe Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 49075.—(88755).
Por escritura pública número 108, otorgada a 15:00 horas del 21 de junio del 2007, se constituyó C.R.A. Magna Vita Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo: 50 años desde constitución. Presidente: Carlomagno Vindas Palma.—San José, 02 de octubre del 2007.—Lic. Ricardo Villalobos G., Notario.—1 vez.—Nº 40076.—(88756).
Ante esta notaría han comparecido Agustín Artavia Chinchilla y Eduardo Uribe López, a modificar el pacto constitutivo de la sociedad denominada Consultores Internacionales en Mercadeo y Ventas.—4 de octubre del 2007.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1 vez.—Nº 49078.—(88757).
Ante esta notaría, al ser las ocho horas del día cinco de octubre del dos mil siete, procedí a la constitución de la sociedad denominada Vageome Sociedad Anónima.—San José, cinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Guillermo Chacón Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 49079.—(88758).
Ante esta notaría, al ser las ocho horas y quince minutos del día cinco de octubre del dos mil siete, procedí a la constitución de la sociedad denominada Inversiones Vageome de San José Azul Sociedad Anónima.—San José, cinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Guillermo Chacón Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 49080.—(88759).
Ante esta notaría, al ser las ocho horas y treinta minutos del día cinco de octubre del dos mil siete, procedí a la constitución de la sociedad denominada El Nuevo Amanecer de Escazú Azul Sociedad Anónima.—San José, cinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Guillermo Chacón Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 49081.—(88760).
Ante esta notaría a las catorce horas del primero de Octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Corporación New West Costa Rica Adventures N.W. Sociedad Anónima, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Cirilo Vallejos Dinarte. Domicilio: Liberia Bufete Monestel cien metros al norte y veinticinco metros al oeste del Palacio Municipal. El objeto de esta sociedad es el comercio en general. El capital social será la suma de diez Mil colones.—Liberia, Guanacaste, primero de octubre del dos mil siete.—Lic. Doris Monestel Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 49082.—(88761).
Ana Isabel Arroyo Vega y Ariadna María Arguedas Porras, constituyeron ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del día dos de octubre del año dos mil siete, una sociedad mercantil de responsabilidad limitada cuyo nombre será compuesto por el número de cédula jurídica que por turno le corresponda y el aditamento limitada. Domicilio social: San José.—San José, dos de octubre del año dos mil siete.—Lic. Esteban Alfonso Chacón Solís, Notario.—1 vez.—Nº 49083.—(88762).
Ana Isabel Arroyo Vega y Ariadna María Arguedas Porras, constituyeron ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas del día dos de octubre del año dos mil siete, una sociedad mercantil de responsabilidad limitada cuyo nombre será compuesto por el número de cédula jurídica que por turno le corresponda y el aditamento limitada. Domicilio social: San José.—San José, dos de octubre del año dos mil siete.—Lic. Esteban Alfonso Chacón Solís, Notario.—1 vez.—Nº 49084.—(88763).
Por escritura otorgada ante el notario César Augusto Mora Zahner, a las ocho horas del cuatro de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Montañita Miramar Limitada. Objeto: administración de propiedades. Capital social: seis mil colones. Es todo. Garabito, Jacó.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 49095.—(88764).
Por escritura otorgada ante mi a las ocho horas del veintisiete de setiembre del año dos mil siete, se protocolizó acta de la sociedad Palitesi Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento veinte mil setecientos, uno, reformando sus cláusulas segunda, undécima y se nombra nueva junta directiva y agente residente. Es todo. Jacó, 4 de octubre del 2007.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 49096.—(88765).
El suscrito notario público Lic. Marvin Cerdas Cerdas, hace constar que en escritura número ciento treinta y siete, visible al folio ochenta y cuatro frente, de! torno sexto de su protocolo, y misma otorgada a las nueve horas del tres de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Constructora Marom de Cartago Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Marvin Cerdas Cerdas, Notario.—1 vez.—Nº 49097.—(88766).
Por escrituras números 71 y 157 otorgada a las 8:00 horas del 11 de mayo y 4 de octubre del 2007, se protocolizó actas de asamblea de accionistas de Destinos del Valle S. A. y HSB Joli S. A. nombrando juntas directivas. Presidentes: Javier Rodríguez Castillo y Ligia Rodríguez Castillo.—Lic. Francisco Vargas Solano, Notario.—1 vez.—Nº 49098.—(88767).
Ante
la notaría de
Se hace saber que en proceso de liquidación de sociedad de hecho de Jesús Lorenzo Chávez y la señora Odilia Silva Silva, mediante resolución de las catorce horas y treinta y ocho minutos del veintitrés de julio del dos mil siete se autoriza publicar un extracto del informe de estado y balance de liquidación rendido por la liquidadora nombrada en autos como sigue: Detalle del Activo: Rentas líquidas percibidas como activo circulante, de abril del dos mil tres a abril del dos mil siete por concepto de arriendo de las fincas que se detallan y se da su valor pericial, la suma de veinticuatro millones de colones por la primera y cinco millones setecientos sesenta mil colones sin céntimos. “Total activo circulante a abril del dos mil siete veintinueve millones setecientos sesenta mil colones sin céntimos. Activos fijos: “Finca del partido de San José Folio Real matrícula de San José ciento treinta y cuatro mil setecientos noventa y cuatro triple cero por su valor pericial de veinticuatro millones seiscientos treinta y nueve mil cuarenta y seis colones con noventa y siete céntimos. Finca del partido de San José Folio Real matrícula de San José doscientos veintitrés mil ciento cuarenta y cinco triple cero por su valor pericial de diecinueve millones doscientos cincuenta y un mil colones con cincuenta y cuatro céntimos. Patente de Licores Nacionales valorada en autos por la suma de doce millones veinticinco mil colones sin céntimos. Totales de activos fijos. Cincuenta y cinco millones novecientos quince mil cuarenta y seis colones. Total de activos. Ochenta y cinco millones v seiscientos setenta y cinco mil doscientos cincuenta y ocho colones con cincuenta y un céntimos. Pasivos sociales. Impuestos municipales y territoriales un millón trescientos sesenta y tres mil novecientos treinta y cuatro colones sin céntimos, como carga legal. Honorarios por trámite judicial de cobro ciento quince mil colones sin céntimos girados a favor del Lic. Kelvin Carvajal Ramírez. (Ciento quince mil colones sin céntimos). Honorarios del perito doscientos mil colones sin céntimos girados al señor Víctor Carvajal Solano. Cancelación de crédito hipotecario al Banco Crédito Agrícola de Cartago por la suma de trescientos once mil quinientos tres colones con treinta y cinco céntimos, Todos estos gastos cancelados por la socia Silva Silva. Total de deudas sociales dos millones ciento once mil doscientos cincuenta y tres colones sin céntimos a la fecha. Créditos a favor de socios: nueve millones ciento veinte mil colones sin céntimos como crédito a favor de la socia Silva Silva, del cual se detalla su naturaleza así: Parte del activo circulante dejado de percibir por la socia Silva Silva. Dineros que forman parte del haber social y por tanto igualmente deben liquidarse de conformidad con lo estipulado en sentencia y de acuerdo al aporte societario. Distribución final de todo el haber societario tanto activos fijos como activos circulantes por la suma ochenta y cinco millones seiscientos setenta y cinco mil doscientos cincuenta y ocho colones con cincuenta y un céntimos, por haber sido ya distribuido el activo circulante queda para distribuir el producto de la venta del activo fijo una vez que esta se realice por su valor pericial no menos por un monto de cincuenta y cinco millones novecientos quince mil cuarenta y seis colones sin céntimos, de los cuales se deducirá las deudas aquí descritas para un total de veintidós millones doscientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y cuatro colones sin céntimos, quedando un remanente para distribuir de treinta y tres millones seiscientos sesenta mil quinientos ochenta y dos colones sin céntimos. Corresponderá del remanente un cincuenta por ciento para cada socio, esto es la suma de dieciséis millones ochocientos treinta mil doscientos noventa y un colones sin céntimos. Todos estos dineros deberán ser depositados a la cuenta del Juzgado Civil de Mayor Cuantía que se designará en el momento de la venta.—San José, trece de septiembre del dos mil siete.—Lic. Martha Eugenia Pacheco Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 49102.—(88769).
Por escritura numero setenta y tres, otorgada ante esta notaría el día cinco de octubre del año dos mil siete, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos, se constituyó la sociedad Wien Inc. S. A. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: mil doscientos colones.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 49103.—(88770).
Por escritura número setenta y siete, otorgada ante esta notaría el día cinco de octubre del año dos mil siete, a las nueve horas se reformó la cláusula primera de la sociedad Wien Inc. S. A.—Lic. Adriana Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 49104.—(88771).
En mi notaría, se constituyó la empresa MIM Bar Las Palmeras S. A. Domiciliadas en Cóbano de Puntarenas. Capital social: 9.000 colones.—San José, 30 de setiembre del 2007.— Lic. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—Nº 49105.—(88772).
Mediante escritura número doscientos cuarenta y cinco del tomo primero de mi protocolo, a las quince horas del once de setiembre del dos siete, ante mi notaría se constituyó GCL Medjai Sociedad Anónima. Presidente: Gerardo Calderón López.—San José, tres de octubre del año dos mil siete.—Lic. José López Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 49107.—(88773).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las trece horas del día veintiséis de setiembre dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Seguridad Grupo Uno Sociedad Anónima. El presidente es el señor Saúl Fernando Prado Garro. Domicilio social: será en San José, San Ignacio de Acosta. Capital social: diez mil colones. Plazo social: será de noventa y nueve años.—San José, dos de octubre del dos mil siete.—Lic. Laura Bonilla Herrero, Notaria.—1 vez.—Nº 49108.—(88774).
Al
las diez horas del primero de octubre del dos mil siete, mediante escritura
número noventa visible al folio ciento cuarenta y siete del protocolo veinte de
la notaría de
Por escritura otorgada en mi notaría a las once horas del cuatro de octubre del dos mil siete, se constituyó Programas de Intercambio Culturales Limitada, su domicilio será en Heredia, 25 metros al norte de la iglesia El Carmen contiguo a Tienda Crayolas. Plazo: cincuenta años. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—Heredia, 4 de octubre del 2007.—Lic. Edwin Astúa Porras, Notario.—1 vez.—Nº 49110.—(88776).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del once de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Tesoro Suites One Hundred and Twenty One Fasciata Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49112.—(88777).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas con cinco minutos del once de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Tesoro Suites One Hundred and Twenty Two Mero Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49113.—(88778).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas con diez minutos del once de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Tesoro Suites One Hundred and Twenty Three Roquero Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49114.—(88779).
Por escritura otorgada ante mí a las diez horas con quince minutos del once de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred and Twenty Four Gallineta Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49115.—(88780).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas con diez minutos del once de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Tesoro Suites One Hundred and Twenty Five Pescadilla Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49116.—(88781).
Ante Ignacio Sánchez Ramírez, notario, se constituyó la sociedad anónima Tecnogas del Aire S. A. Domicilio: San José. Plazo: 100 años. Presidente: Alfredo Alpízar Porras.—San José, 19:00 horas del 20 de setiembre del 2007.—Lic. Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 49117.—(88782).
Ante
esta notaría se ha constituido Samara Adventures Limitada.—Lic. César
Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 49118.—(88783).
Por escritura otorgada el día cinco de octubre del dos mil siete, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Los Ganchos Del Bosque Dorado Sociedad Anónima, se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 5 de octubre del 2007.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 49119.—(88784).
Mediante escritura número cuarenta y ocho-cinco, de las trece horas del dos de octubre del dos mil siete, Graciela Zúñiga Solís y Andrea Granados Bustos, constituyen sociedad de responsabilidad limitada, según decreto ejecutivo tres tres uno siete uno J; cuyo capital social es de diez mil colones. La representación le corresponde al gerente y subgerente conjunta o separadamente.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1 vez.—Nº 49120.—(88785).
Mediante escritura número cuarenta y nueve-cinco, de las trece horas diez minutos del dos de octubre del dos mil siete, Graciela Zúñiga Solís y Andrea Granados Bustos, constituyen sociedad de responsabilidad limitada, según decreto ejecutivo tres tres uno siete uno J; cuyo capital social es de diez mil colones. La representación le corresponde al gerente y subgerente conjunta o separadamente.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1 vez.—Nº 49121.—(88786).
Mediante escritura número cincuenta-cinco, de las trece horas veinte minutos del dos de octubre del dos mil siete, Graciela Zúñiga Solís y Andrea Granados Bustos, constituyen Sociedad de Responsabilidad Limitada, según decreto ejecutivo tres tres uno siete uno J; cuyo capital social es de diez mil colones. La representación le corresponde al gerente y subgerente conjunta o separadamente.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1 vez.—Nº 49122.—(88787).
Mediante escritura número cincuenta y uno-cinco, de las trece horas treinta minutos del dos de octubre del dos mil siete, Graciela Zúñiga Solís y Andrea Granados Bustos, constituyen sociedad de responsabilidad limitada, según decreto ejecutivo tres tres uno siete uno J; cuyo capital social es de diez mil colones. La representación le corresponde al gerente y subgerente conjunta o separadamente.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1 vez.—Nº 49123.—(88788).
Mediante escritura número cincuenta y dos-cinco, de las catorce horas del dos de octubre del dos mil siete, Frank Arata Brenes y Mercedes Gurdian Hurtado, constituyen sociedad anónima, según decreto ejecutivo tres tres uno siete uno J; cuyo capital social es de diez mil colones. La representación le corresponde al presidente.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1 vez.—Nº 49124.—(88789).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas con veinticinco minutos del once de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Tesoro Suites One Hundred and Twenty Six Lenguado Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49125.—(88790).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas con cuarenta y cinco minutos del once de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred and Forty Two See Oak Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49126.—(88791).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas con cuarenta minutos del once de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Tesoro Suites One Hundred and Forty One Seetang Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49127.—(88792).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas con treinta y cinco minutos del once de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Tesoro Suites One Hundred and Forty Kelp Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49128.—(88793).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas con treinta minutos del once de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred and Thirty Nine Escorpora Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49129.—(88794).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas con veinticinco minutos del once de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Tesoro Suites One Hundred and Thirty Eight Faneca Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49130.—(88795).
En la notaría del licenciado Willy Curling Rutishsauser, según escritura numero trescientos sesenta y cinco, del tomo uno a las doce horas del veintiséis de septiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Roka Firme Olm S. A.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Willy Curling Rutishsauser, Notario.—1 vez.—Nº 49132.—(88796).
La suscrita notaria pública hace constar que ante mi notaría, al ser las dieciocho horas del primero de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Grupo Comercial del Calzado Número Uno Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: San Isidro, Heredia. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: el comercio en general y otros. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, cinco de octubre del 2007.—Lic. Iliana Chacón Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 49133.—(88797).
La suscrita notaria pública hace constar que ante mi notaría, al ser las ocho horas del veintinueve de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Calzado Moda Urbana L & M Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: San Isidro, Heredia. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: el comercio en general y otros. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, cinco de octubre del 2007.—Lic. Iliana Chacón Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 49134.—(88798).
Por escritura otorgada ante el notario Gonzalo Ramírez Zamora, el día cinco de octubre del dos mil siete, se constituye la modifica la cláusula octava de la sociedad de esta plaza denominada Corporación God PC & A.S.O.C. Sociedad Anónima, con un capital de cien mil colones, cuyo presidente de junta directiva es: Walter Córdoba Zamora.—San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. Gonzalo Ramírez Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 49135.—(88799).
Que mediante escritura trescientos cincuenta y tres-tres de esta notaría a las veinte horas treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil siete, se protocolizó cambio de cláusula sétima de la sociedad Finca de Delores Sociedad Anónima.—San José, cinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Víctor Gamboa Campos, Notario.—1 vez.—Nº 49136.—(88800).
José Antonio Cabrera Guadamuz, Blas Cabrera Guadamuz, Ana Live Rodríguez Segura, María de los Ángeles Rodríguez Segura, constituyen la sociedad anónima Iniciativas A. P. G. para el Desarrollo S. A. Domiciliada en la ciudad de San José. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las dos horas del día ocho de junio del año dos mil cuatro.—Lic. Isberto González Contreras, Notario.—1 vez.—Nº 49137.—(88801).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del cuatro de octubre del dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Constructora Playa Azul Sociedad Anónima.—Lic. Víctor Manuel Fallas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 49138.—(88802).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del cuatro de octubre del dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Playa Azul Cuarenta y Cuatro Perla F.E.O. Sociedad Anónima.—Lic. Víctor Manuel Fallas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 49139.—(88803).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del cuatro de octubre del dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Patton’s Towers Sociedad Anónima.—Lic. Víctor Manuel Fallas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 49140.—(88804).
Mediante escritura número cincuenta y tres-cinco, de las catorce horas diez minutos del dos de octubre del dos mil siete, Frank Arata Brenes y Mercedes Gurdian Hurtado, constituyen sociedad anónima, según decreto ejecutivo tres tres uno siete uno J; cuyo capital social es de diez mil colones. La representación le corresponde al presidente.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1 vez.—Nº 49141.—(88805).
Mediante escritura número cincuenta y cuatro-cinco, de las catorce horas veinte minutos del dos de octubre del dos mil siete, Frank Arata Brenes y Mercedes Gurdian Hurtado, constituyen sociedad anónima, según decreto ejecutivo tres tres uno siete uno J; cuyo capital social es de diez mil colones. La representación le corresponde al presidente.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1 vez.—Nº 49142.—(88806).
Mediante escritura número cincuenta y cinco-cinco, de las catorce horas treinta minutos del dos de octubre del dos mil siete, Frank Arata Brenes y Mercedes Gurdian Hurtado, constituyen sociedad anónima, según decreto ejecutivo tres tres uno siete uno J; cuyo capital social es de diez mil colones. La representación le corresponde al presidente.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1 vez.—Nº 49143.—(88807).
Mediante escritura número cincuenta y seis-cinco, de las catorce horas cuarenta minutos del dos de octubre del dos mil siete, Frank Arata Brenes y Mercedes Gurdian Hurtado, constituyen sociedad anónima, según decreto ejecutivo tres tres uno siete uno J; cuyo capital social es de diez mil colones. La representación le corresponde al presidente.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notario.—1 vez.—Nº 49144.—(88808).
Mediante escritura número cincuenta y siete-cinco, de las catorce horas cincuenta minutos del dos de octubre del dos mil siete, Frank Arata Brenes y Mercedes Gurdian Hurtado, constituyen sociedad anónima, según decreto ejecutivo tres tres uno siete uno J; cuyo capital social es de diez mil colones. La representación le corresponde al presidente.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1 vez.—Nº 49145.—(88809).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas con quince minutos del once de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred and Thirty Six Boca de Oro Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49146.—(88810).
Por escritura otorgada ante mí a las once horas con diez minutos del once de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred and Thirty Five Lampuga Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49147.—(88811).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas con cinco minutos del once de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Tesoro Suites One Hundred and Thirty Four Cherna Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49148.—(88812).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas con treinta y cinco minutos del once de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Tesoro Suites One Hundred and Twenty Eight Rascacio Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49149.—(88813).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas con cuarenta minutos del once de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred and Twenty Nine Caballa Azul Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49150.—(88814).
Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Infotec Asesores VG Sociedad Anónima. Se modificaron las cláusulas cuarto del capital social, octavo de la representación judicial y extrajudicial. Se nombran nuevos secretario: Fabio Alberto Sandí Montero, fiscal: Fabio Sandí Salazar y agente residente: Yolanda Solano Rodríguez.—Cuatro de octubre del año dos mil siete.—Lic. Yolanda Cecilia Solano Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 49151.—(88815).
Hoy en mi notaría se constituyó Inmobiliaria Hernan S. A. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, veintiuno de agosto del dos mil siete.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 49154.—(88816).
Se comunica a los interesados que los socios, Agnes Lidiette Mora Loría, cédula 6-091-664 y Marvin José Cruz Sancho, cédula 2-286-514, van a construir la entidad Importaciones Crumo de San Ramón Sociedad Anónima, la cual se dedicará al comercio en general.—Esparza, 10 de setiembre del 2007.—Lic. Wagner Acevedo Picado, Notario.—1 vez.—Nº 49156.—(88817).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del catorce de setiembre del dos mil siete, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la compañía MM & MV Compañía S.M.V. Sociedad Anónima.—San José, dos de octubre del dos mil siete.—Lic. Virginia Villar Henríquez, Notaria.—1 vez.—Nº 49158.—(88818).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las once horas del cuatro de octubre del año dos mil siete, que es asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Unión Calzit Sociedad Anónima, en firme, por unanimidad y por convenir así a los intereses de sus socios, se acuerda disolver dicha sociedad. Es todo.—San José, cuatro de octubre del año dos mil siete.—Lic. Karla Villalobos Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 49159.—(88819).
Mediante escritura otorgada ante este notaría a las 9:15 horas del 2 de octubre del 2007, se modifica la siguiente cláusula del pacto constitutivo: la sétima: del consejo de administración, en donde el presidente será apoderado generalísimo. Se hacen los siguientes nombramientos: Presidenta: Gabriela Gómez Solera, secretaria: Carolina Murillo Guevara, tesorera: Hannia Córdoba Benavides, fiscal: Jennifer Conejo Mata, en la sociedad incandescente Celaje S. A.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 49161.—(88820).
Mediante escritura otorgada ante este notaría a las 8:40 horas del 2 de octubre del 2007, se modifica la siguiente cláusula del pacto constitutivo: la sétima: del consejo de administración, en donde el presidente será apoderado generalísimo. Se hacen los siguientes nombramientos: Presidente: Juan Elías Ramírez Sánchez, secretaria: David Tristán Quirós, tesorera: Óscar Fonseca Chavarría, fiscal: Ángela Benavides Ocampo, en la sociedad Administradora Dass S. A.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 49162.—(88821).
Mediante escritura otorgada ante este notaría a las 9:45 horas del 2 de octubre del 2007, se modifica la siguiente cláusula del pacto constitutivo: la sexta: del consejo de administración, en donde el presidente será apoderado generalísimo. Se hacen los siguientes nombramientos: Presidente: Carlos Andrés Guilá Arguello, secretaria: Fernando Calderón Márquez, tesorero: José Alberto González Rudín, fiscal: María de los Ángeles Córdoba Benavides, en la sociedad Millenium Real Estate S. A.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Lilliana Alfaro Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 49163.—(88822).
Mediante escritura otorgada ante este notaría a las 10:15 horas del 2 de octubre del 2007, se modifica la siguiente cláusula del pacto constitutivo: la sétima: del consejo de administración, en donde el presidente será apoderado generalísimo. Se hacen los siguientes nombramientos: Presidente: Emiliano Ciuti Zabala, secretaria: Mary Ann Lobo Cordero, tesorera: Mayela Cordero Cordero, fiscal: Eladio Jafeh Madrigal Chinchilla, en la sociedad 3-101-481352 S. A.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 49164.—(88823).
Mediante escritura otorgada ante este notaría a las 10:45 horas del 2 de octubre del 2007, se modifica la siguiente cláusula del pacto constitutivo: la sétima: del consejo de administración, en donde el presidente será apoderado generalísimo. Se hacen los siguientes nombramientos: Presidenta: Katia María Jara Elizondo, secretario: Claudio Sánchez Mondragón, tesorero: Eduardo Rodolfo Valverde Elizondo, fiscal: Fernando García Soto, en la sociedad 3-101-480728 S. A.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 49165.—(88824).
A las 18:00 horas del día 28 de setiembre del 2007, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de las sociedades Condominios para el Desarrollo Industrial S. A., Planicies del Serengueti CDM S. A. e Industrial de Oleaginosas Americanas S. A. mediante las cuales se fusionaron las tres compañías, prevaleciendo la tercera y se reformó la cláusula quinta de los estatutos.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Allan Guerrero Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 49166.—(88825).
Por
escritura once-veinticinco de las dieciséis horas del día tres de octubre del
dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad Balcón
de
Mediante
escritura otorgada ante el suscrito notario a las nueve horas quince minutos
del veintiuno de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad GIP
Condo-Treinta Las Brisas Marinas CEJJ Sociedad Anónima. Capital social:
cien mil colones, íntegramente suscritos y pagados. Domicilio: será en San
Rafael de Escazú, Centro Corporativo, Plaza Roble, tercer piso, pero podrá
establecer agencias o sucursales y hacer negocios en cualquier lugar de
Bajo mi notaría, bajo escritura número doscientos once de las diez horas, actuando con conotariado en el protocolo del licenciado Dámaso Ruiz Carrión, se constituyó la sociedad anónima denominada Pierobecosta Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. José Martínez Meléndez, Notario.—1 vez.—Nº 49170.—(88828).
Ante esta notaría se constituye la sociedad de esta plaza denominada Tigre Norteño Sociedad Anónima a las ocho horas del once de agosto del dos mil seis, siendo su apoderado generalísimo sin límite de suma Denis Shubin de un apellido en razón de su nacionalidad rusa, ante la notaria pública Julia Patricia Romero Barrientos.—Alajuela, San Carlos, Florencia, cuatro de octubre del dos mil siete.—Lic. Julia Patricia Romero Barrientos, Notaria.—1 vez.—Nº 49171.—(88829).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ajuven Sociedad Anónima. Capital social: ciento veinte mil colones. Plazo social: cien años. Domicilio: Pilas de Canjel, Puntarenas. Presidente: Wilberth Gerardo Ajú Venegas.—Jicaral, Puntarenas, veintisiete de setiembre del dos mil siete.—Lic. William Herrera Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49172.—(88830).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario público, a las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos mil siete se constituyó Ecosistemas de Costa Rica Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Nicoya, treinta y uno de agosto del dos mil siete.—Lic. Ricardo Jiménez Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 49174.—(88831).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario público Jesús Jiménez García, a las dieciséis horas treinta minutos del once de marzo del dos mil cinco, se constituyó Importaciones L & S Internacional Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Se nombró junta directiva y fiscal.—Nicoya, once de febrero del dos mil cinco.—Lic. Jesús Jiménez García, Notario.—1 vez.—Nº 49175.—(88832).
Por escritura otorgada en Grecia a las ocho horas del dieciocho de setiembre del dos mil siete ante el notario Giovanni Barrantes Barrantes, comparecieron: Geber Junio Murillo Alfaro, Esteban Abarca Miranda, Yency María Sandoval Ramírez, Gerber Murillo Quirós, constituyeron: Gemsa Internacional Sociedad Anónima, el capital social es la suma de doce mil colones íntegramente suscrito y pagado, el objeto de dicha sociedad será el transporte de carga pesada, así como el comercio en el sentido más amplio la industria, la ganadería, etc., el presidente el señor Geber Junior Murillo Alfaro, con todas las facultades.—Grecia, cinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Giovanni Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 49180.—(88833).
Protocolización de asamblea general de Inmobiliaria Arco Iris Dorado Internacional Sociedad Anónima, escritura otorgada en San José, a las ocho y treinta minutos del dieciocho de setiembre del dos mil siete.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. María Lourdes Delgado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 49181.—(88834).
Ante mí, Zulay Estrada Zúñiga, notaria pública con oficina en San José, en el protocolo cuarto escritura veintinueve de la suscrita notaria al ser las catorce horas del tres de setiembre del dos mil siete se constituyó la sociedad anónima Wave Link W.L.W. Sociedad Anónima.—San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. Zulay Estrada Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 49182.—(88835).
Sonia Janet Gallón Ramírez, mayor, casada dos veces, de nacionalidad colombiana, comerciante, cédula de residencia uno uno siete cero cero cero tres cero tres cero cero cuatro, y otros constituyen sociedad de conformidad con el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—Lic. Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 49186.—(88836).
He
protocolizado acta de la sociedad de esta plaza cuya razón social es Proyecto
Mediante la escritura otorgada ante mí, en la ciudad de San José, a las diez horas y treinta minutos del día primero de octubre del dos mil siete, se acuerda modificar la cláusula novena de los estatutos de la compañía Seguridad Sociedad Anónima, cuanto al consejo de administración. Asimismo se incorpora la cláusula decimosétima: del agente residente a los estatutos.—San José, primero de octubre del dos mil siete.—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—1 vez.—Nº 49190.—(88838).
Mediante la escritura otorgada ante mí en la ciudad de San José, a las once horas del día veintisiete de setiembre del dos mil siete, se acuerda modificar la cláusula novena de los estatutos de la compañía Transportes del Agro Sociedad Anónima, en cuanto al consejo de administración.—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—1 vez.—Nº 49191.—(88839).
Mediante la escritura otorgada ante mí en la ciudad de San José, a las once horas del día veintisiete de setiembre del dos mil siete, se acuerda modificar la cláusula novena de los estatutos de la compañía Centro de Servicio Aranu Sociedad Anónima, en cuanto al consejo de administración. Asimismo se incorpora la cláusula decimotercera: del agente residente a los estatutos.—San José, primero de octubre del dos mil siete.—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—1 vez.—Nº 49192.—(88840).
Mediante la escritura otorgada ante mí, en la ciudad de San José, a las diez horas y treinta minutos del día primero de octubre del dos mil siete, se acuerda modificar la cláusula sexta de los estatutos de la compañía Inmobiliaria Arias Quirós Sociedad Anónima, en cuanto al consejo de administración. Asimismo se incorpora la cláusula decimosétima: del agente residente a los estatutos.—San José, primero de octubre del dos mil siete.—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—1 vez.—Nº 49193.—(88841)
Mediante la escritura otorgada ante mí, en la ciudad de San José, a las once horas del día primero de octubre del dos mil siete, se acuerda modificar la cláusula octava de los estatutos de la compañía Cocina TPC de Costa Rica Sociedad Anónima, en cuanto al consejo de administración.—San José, primero de octubre del dos mil siete.—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—1 vez.—Nº 49194.—(88842).
Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 3 de octubre del 2007, se reforman estatutos de Oiram S. A. Capital social: veinticuatro mil colones íntegramente suscrito y pagado. Presidenta: María Teresa Laguardia Rojas. Gerente general: Óscar Enrique Gomar Laguardia.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº 49196.—(88843).
Ante
esta notaría se constituyó
Ante esta notaría por medio de escritura pública número veintiuno II, otorgada a las diecisiete horas del cuatro de octubre del dos mil siete se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Cape Island Limitada la cual se tomaron los siguientes acuerdos: primero: se removió a Seidy Barrantes Arroyo de su puesto de gerente general de la sociedad y se realizó el siguiente nombramiento: gerente general: William Wayne Marks.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 49198.—(88845).
Por escritura número noventa y tres-uno de las diez horas del veintiuno de setiembre del dos mil siete, otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Inversiones Luz del Sol (ILS) Sociedad Anónima. Con un capital social de diez mil colones. Domiciliada en la ciudad de San José, Barrio Escalante, del Restaurante Bagelmen’s, ciento cincuenta metros al norte. Representada por el presidente de la junta directiva, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiuno de setiembre del dos mil siete.—Lic. Nancy Melissa Brenes Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 49199.—(88846).
Ante esta notaría, en la ciudad de San José, a las dieciocho horas cuarenta y cinco minutos del día tres de octubre del dos mil siete, se procedió a protocolizar acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Tubotico Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica el estatuto social, específicamente la cláusula sexta y se nombra junta directiva.—Lic. Ingrid Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—Nº 49200.—(88847).
Ante esta notaría, en la ciudad de San José, a las diecinueve horas del día tres de octubre del dos mil siete, se procedió a protocolizar acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Galvatica Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica el estatuto social, específicamente la cláusula sexta y se nombra junta directiva.—Lic. Ingrid Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—Nº 49201.—(88848).
Ante esta notaría, en la ciudad de San José, exactamente en San Pedro, Barrio Los Yoses, del Restaurante Le Chandelier cincuenta metros al sur, en la oficina de la firma PricewterhourseCoopers en la ciudad de San José, a las dieciocho horas del tres de octubre del dos mil siete, se apersonaron los señores Carlos Arturo Barrantes Pereira y Luis Diego Barahona Briceño a constituir sociedad anónima denominada Lacaze Villa Enterprises Limitada.—Lic. Ingrid Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—Nº 49202.—(88849).
Ante la notaría de la licenciada Depsy Espinoza Fuentes, se reformó la cláusula sexta del pacto social y la junta directiva de la sociedad de esta plaza Línea Dakama Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veinticuatro mil seiscientos dieciséis.—San José, trece horas del cinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Depsy Espinoza Fuentes, Notaria.—1 vez.—Nº 49203.—(88850).
Por escritura otorgada a las doce horas del seis de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Tierra Firma de Z M Sociedad Anónima, domiciliada en San José. capital íntegramente suscrito y pagado.—Lic. Flor María Trigueros Arce, Notaria.—1 vez.—Nº 49204.—(88851).
Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, celebrada por Consorcio Ferretero Ferremax Sociedad Anónima, en la que se modifica la cláusula decimotercera de los estatutos y se nombra nuevos miembros de la junta directiva.—San Ramón, 13 de setiembre del 2007.—Lic. Alfredo Cordero Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 49208.—(88852).
Ante mi notaría se constituyó en el día de hoy la compañía denominada Dual Soluciones Constructivas Sociedad Anónima. Capital: ¢ 100.000. Presidente: Hernando Augusto Duque Jiménez. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 49210.—(88853).
Por
escritura pública número doscientos cuarenta y tres-tres, otorgada a las doce
horas del diez de agosto del dos mil siete, ante el notario José Manuel
Villegas Rojas, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad anónima
denominada Electritec S V A Sociedad Anónima, donde se reforma la
cláusula octava del acta constitutiva.—
Por
este medio, hago constar que al ser las catorce horas del veinte de setiembre
del dos mil siete se constituye una sociedad anónima que se faculta
expresamente al Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de
Al ser las dieciséis horas del veintiocho de febrero del dos mil siete, mediante acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Plaza Casa PC S. A., y se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra como presidenta a la señora Eyda González de Pinialis.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 49215.—(88856).
Por
este medio, hago constar que al ser las catorce horas del veinte de setiembre
del dos mil siete se constituye una sociedad anónima que se faculta
expresamente al Registro de Personas Jurídicas del Registro Público de
En escritura autorizada por el suscrito notario, a las diecisiete horas del 3 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Doña Teresa Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica cláusula tercera y sétima.—Sarchí, 3 de octubre del 2007.—Lic. Josué Campos Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49217.—(88858).
Por escritura número ciento cinco, se protocolizó, a las diez horas del cinco de octubre del dos mil siete, el acta número tres de la sociedad de esta plaza Hacienda El Boulevar Número Veintiocho Sociedad Anónima. Se nombró nueva junta directiva y fiscal. Se modificó cláusula sexta referente a la administración.—San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. Olma Cartín Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 49218.—(88859).
Por escritura número ciento tres, se constituyó a las diez horas del veintiuno de setiembre del dos mil siete, la sociedad de esta plaza Tecnocientífica Latinoamericana Sociedad Anónima. Dos apoderados generalísimos sin límite de suma. Objeto específico: la administración de una cadena de laboratorios clínicos.—San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. Olma Cartín Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 49219.—(88860).
Ante mí se constituyó la sociedad Reliance K-nueve, capital social totalmente suscrito y pagado por los socios. Representada por su presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: Guápiles.—San José, cinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 49220.—(88861).
Por escritura otorgada a las diez horas del tres de junio del dos mil siete ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Garivar de San Rafael de Heredia Sociedad Anónima. Domicilio: cien al este del Templo Católico. Plazo: noventa y nueve años. Representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma: su presidente.—Heredia, primero de julio del dos mil siete.—Lic. Álvaro Rogelio Segura Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 49221.—(88862).
Por
escritura número doscientos cincuenta y tres del tomo veintiuno de mi
protocolo, otorgada a las ocho horas del veinte de diciembre del dos mil seis,
y adicionada mediante escritura número ciento cincuenta y nueve del tomo
veintidós de mi protocolo, otorgada a las veinte horas del tres de octubre del
dos mil siete, Richard Campos Céspedes y Daris Soto Ocampo, constituyeron la
sociedad denominada Ridarman Sociedad Anónima que es nombre de fantasía.
Duración: noventa y nueve años. Presidente Richard Campos Céspedes. Domicilio: Distrito de Alfaro, San Ramón, Alajuela,
doscientos metros oeste de
Por escritura número noventa y ocho, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las dieciséis horas del veintitrés de julio del dos mil siete, Gustavo Casares Céspedes, Evelyn Casares Céspedes y Jesús Manuel Meza Carreño, constituyeron la sociedad denominada Montaña Esmeralda Escondida Sociedad Anónima S. A., que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Presidenta: Evelyn Casares Céspedes. Domicilio: Santa Elena de Monteverde, Puntarenas, ochocientos metros oeste del cementerio local.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—Nº 49223.—(88864).
Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 12 de junio del 2007, ante esta notaría se constituyó la sociedad Frutas Chile California S. A. Domicilio: San Rafael de Heredia, 400 m norte y 75 m este del Templo Católico. Plazo social: 99 años. Representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo su presidente.—San José, 1º de julio del 2007.—Lic. Álvaro Rogelio Segura Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 49224.—(88865).
Protocolización de asamblea general extraordinaria de cuotistas de 3-102-471901 Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto social. Escritura otorgada a las 7:00 horas del 4 de octubre del 2007.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—Nº 49225.—(88866).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas con cincuenta y cinco minutos del once de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred and Thirty Two Emperador Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49226.—(88867).
Por escritura otorgada ante mí a las diez horas con cincuenta minutos del once de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred and Thirty One Pagel Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49227.—(88868).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas con cuarenta y cinco minutos del once de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred and Thirty Melua Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49228.—(88869).
Por escritura otorgada ante mí a las once horas con veinte minutos del once de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred and Thirty Seven Caramel Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49229.—(88870).
Por escritura otorgada ante mí a las diez horas con treinta minutos del once de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred and Twenty Seven Rodaballo Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49230.—(88871).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del once de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred and Thirty Three Denton Limitada.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49231.—(88872).
Ante esta notaría mediante escritura número 36 celebrada a las 13:00 horas del 1º de octubre del 2007, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada El Jinetillo S. A., cuyo plazo social es de noventa y nueve años, domicilio en la provincia de Guanacaste, cantón Liberia, distrito Liberia, costado oeste de los Tribunales de Justicia, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos.—Liberia, 3 de octubre del 2007.—Lic. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 48936.—(88873).
Ante esta notaría, Federico Segundo Dodero Molinari y Sonia Céspedes Ramírez por escritura número doscientos quince-tres, otorgada a las quince horas treinta minutos del tres de octubre del dos mil siete, constituyeron una sociedad anónima, cuya denominación social se ajusta a lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, capital social: doce mil colones, plazo: cien años.—Lic. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—(88960).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del cinco de octubre del dos mil siete protocolicé acta de Zunny Halo Ltda. de las nueve horas del cuatro de octubre del dos mil siete, mediante la cual se reforma la cláusula primera y sexta.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(88968).
Mediante escritura adicional número sesenta y siete otorgada ante el suscrito notario Randall Alfaro Rodríguez, a las trece horas del cuatro de octubre del dos mil siete, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de la compañía denominada Industria Fotográfica Garvi Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio y la cláusula cuarta del plazo social, de los estatutos sociales.—Alajuela, a las nueve horas del seis de octubre del dos mil siete.—Lic. Randall Alfaro Rodríguez, Notario.—1 vez.—(88969).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas diez minutos del veinticinco de setiembre del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la empresa Inmobiliaria Emanuel de San José IESJ S. A., cédula 3-101-315694, en la cual se nombró nueva junta directiva y se modificó la cláusula de la administración. Es todo.—San José, cinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(88982).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del treinta de mayo del dos mil siete, se constituyó la empresa Celular Development CR Sociedad Anónima, con un capital de diez mil colones, corresponde a su presidente la representación judicial y extrajudicial sin límite de suma. Es todo.—San José, cinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(88984).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del cinco de octubre del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la empresa Compañía Textil Campiza S. A., cédula jurídica 3-101-237404, en la cual se nombró nueva junta directiva y se modificó la cláusula de la administración. Es todo.—San José, cinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(88986).
Mediante escritura número cincuenta y siete otorgada a las diecinueve horas del cinco de octubre del dos mil siete, visible al folio ciento sesenta y cinco frente del tomo dos del protocolo de la suscrita notaria se constituyó la sociedad denominada Tecnofertas Costa Rica Sociedad Anónima. Es todo.—Heredia, a las siete horas del ocho de octubre del dos mil siete.—Lic. Andrea Cordero Montero, Notaria.—1 vez.—(89021).
La suscrita notaria hace constar que por escritura número setenta y siete, otorgada en Grecia a las nueve horas del veintiocho de setiembre del dos mil siete se constituyó la sociedad El Rincón de los Cangrejos Sociedad Anónima, con domicilio en Grecia, representada por su presidenta Nuria Bolaños Alpízar, en calidad de representante judicial y extrajudicial de la compañía y tesorero: Carlos Alberto Solís Rojas.—Grecia, 3 de octubre del 2007.—Lic. Rosa María Bolaños Alpízar, Notaria.—1 vez.—(89025).
Ante esta notaría a las nueve horas del primero de octubre del dos mil siete se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Antamy Sociedad Anónima, cuyo plazo social es de noventa y nueve años, domicilio lo será en la ciudad de Heredia, San Francisco, de la entrada de Residencial Avicenia veinticinco metros al sur, capital social cien mil colones y su presidenta la señora Amy Anette Betz, cédula de residencia uno ocho cuatro cero cero cero dos nueve nueve cinco cero nueve.—San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. Lissette Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—(89027).
El
día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza
denominada Grepoman Sociedad Anónima, con domicilio en Playa Chiquita,
Puerto Viejo de Talamanca, Limón, contiguo a
Ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Ortega y Ortega Construcciones S. A. Presidente: Ronald Ortega Piedra. Capital social: diez mil colones. Domiciliada en San José, San Felipe de Alajuelita, locales comerciales El Elefante Dorado.—San José, ocho de octubre del dos mil siete.—Lic. Guisella Rojas Marín, Notaria.—1 vez.—(89029).
El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza denominada Grupo Rocasmau Sociedad Anónima, con domicilio en Villa Bonita, provincia de Alajuela, Lotes Murillo, veinticinco metros este de Industrias Sol y Sol. Presidente: Mauricio Rodríguez Castillo, tesorero: Loireth Alfaro Acuña, secretario: Oliva Acuña Orozco, fiscal: Carmen Alfaro Acuña.—Ciudad de Heredia, 29 de setiembre del 2007.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—(89030).
El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza denominada Grupo Tzadi Sociedad Anónima, con domicilio en San Francisco, provincia de Heredia, Urbanización El Trébol, casa número once. Presidente: Guillermo González Jara, tesorero: Sergio Salazar Muñoz, secretaria: Patricia Corrales Ulate, fiscal: Jesica González Corrales.—Ciudad de Heredia, 29 de setiembre del 2007.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—(89031).
Ante mi notaría mediante escritura número cuatrocientos cuatro-cuatro, se constituyó la sociedad anónima denominada Repuestos de Contenedores B y M Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Repuestos de Contenedores B y M S. A., presidente: Hugo Barrantes González, secretaria: Cristina Méndez Rosales, quienes tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Su plazo social es de noventa y nueve años a partir de hoy. El capital social es de diez mil colones, mismo que fue suscrito y pagado en el acto. Escritura otorgada en Limón a las catorce horas con treinta minutos del día veintiocho de setiembre del dos mil siete.—Lic. Juan Carlos Salvador Guzmán, Notario.—1 vez.—(89033).
Publicación del edicto de la constitución de la sociedad anónima denominada Sociedad Americana de Implantología Oral Sociedad Anónima. Capital social: ¢ 12.000. Plazo: 99 años. Representación judicial y extrajudicial: presidente, secretario y tesorero.—San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—(89037).
En mi notaría se constituyó la sociedad anónima Wertheim Sociedad Anónima, capital social: cinco mil colones, presidente: Fan Lie-Jen, plazo social: noventa y nueve años. Es todo.—San Ramón de Alajuela, ocho de octubre del dos mil siete.—Lic. Silvia Chaves Quesada, Notaria.—1 vez.—(89053).
En mi notaría se constituyó la sociedad anónima Diarough Sociedad Anónima, capital social: cinco mil colones, presidente: Fan Lie-Jen, plazo social: noventa y nueve años. Es todo.—San Ramón de Alajuela, ocho de octubre del dos mil siete.—Lic. Silvia Chaves Quesada, Notaria.—1 vez.—(89067).
Por escritura 121 del tomo 28 de mi protocolo, de las 10:30 horas del 8 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad Círculo de Afinidades Unidas S. A. Domicilio social: Alajuela, Canoas, Residencial El Rey, casa 21 S, plazo social: 100 años. Objeto: comercio de toda clase de bienes y servicios. Presidente y tesorero con atribuciones del artículo 1253 del Código Civil y para vender, hipotecar o comprometer bienes sociales deberán contar con autorización de asamblea de socios.—Alajuela, 8 de octubre del 2007.—Lic. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1 vez.—(89072).
Por escritura número ciento setenta y seis, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del dos de octubre del dos mil siete, se constituyó la empresa Grupo Inversiones Molvar de Costa Rica Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.— Heredia, ocho de setiembre del dos mil siete.—Lic. Carlos Manuel Soto Quirós, Notario.—1 vez.—(89073).
Por
escritura 119 del tomo 28 de mi protocolo, de las 12:00 horas del 6 de octubre
del 2007, se constituyó la sociedad Villa Lucazs Primero S. A. Domicilio
social: Lagos de
Por escritura número ciento setenta y cinco, otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veinticuatro de setiembre del dos mil siete, se constituyó la empresa Alimentos Rústicos del Roble A.R.R. Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—Heredia, ocho de setiembre del dos mil siete.—Lic. Carlos Manuel Soto Quirós, Notario.—1 vez.—(89075).
Por escritura otorgada a las 10:00 del 3 de octubre del 2007, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Marte Esmeralda Tres Sociedad Anónima, mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda y octava. Se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(89076).
Por escritura otorgada a las 10:00 del 8 de octubre del 2007, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Fomalhaut Perla Diez B Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y octava. Se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(89077).
Por escritura otorgada a las 9:00 del 8 de octubre del 2007, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Baviera Westfalia Seiscientos Uno B Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y octava. Se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(89078).
Por escritura otorgada a las 8:00 del 8 de octubre del 2007, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Baviera Dresde Seiscientos Cuatro B Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y octava. Se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(89079).
Por escritura número doscientos veintisiete del tomo primero del notario Max Alonso Víquez García, otorgada a las trece horas del ocho de octubre del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía JMD Los Jardines de Diane Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuatro mil novecientos veintiséis, mediante la cual se nombra junta directiva, fiscal y se cambia el domicilio social.—San Lorenzo de Flores, Heredia, ocho de octubre del dos mil siete.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—(89087).
Por escritura número ciento veinticuatro-seis otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 7 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad Grupo Valle de Osa M D M Sociedad Anónima. Domicilio: Llorente de Tibás. Capital social: cien mil colones.—Tibás, diez de setiembre del dos mil siete.—Lic. Catherine Uribe Lorío, Notaria.—1 vez.—(89097).
Por escritura otorgada a las 11:30 horas del 5 de octubre del 2007, se constituye la sociedad Desarrollos Urbanísticos Megval Sociedad Anónima. Presidente: Johnny Jarquín Navarro. Plazo: noventa y nueve años.—Cartago, 5 de octubre del 2007.—Lic. Laura Cordero Zamora, Notaria.—1 vez.—(89099).
Por
escritura otorgada en San José, ante esta notaría a las once horas del cinco de
octubre del dos mil siete, se hacen nuevos nombramientos de la junta directiva
de la sociedad Torre
Por
escritura otorgada en San José, ante esta notaría a las diez horas del cinco de
octubre del dos mil siete, se hacen nuevos nombramientos de la junta directiva
de la sociedad Castillo
El suscrito, Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, notario público con oficina en Alajuela, hace constar que mediante escritura pública número 296-12 otorgada en mi notaría, el día 8 de octubre del 2007, se constituyó Loma Linda Realty O.R.M.—Alajuela, 13:00 horas del 8 de octubre del 2007.—Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, Notario.—1 vez.—(89118).
El suscrito, Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, notario público con oficina en Alajuela, hace constar que mediante escritura publica número 295-12 otorgada en mi notaria, el día 8 de octubre del 2007, se constituyó Inmobiliaria Poza Rica O.R.M.—Alajuela, 13:00 horas del 8 de octubre del 2007.—Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, Notario.—1 vez.—(89119).
Por escritura otorgada en mi Notaría hoy a las catorce horas se constituyó la sociedad de esta plaza Compañía Varsi de San Antonio S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Objeto: la industria, el comercio, la agricultura, la ganadería, la minería y la pesca en general. En especial se dedicará a compra y venta de bienes inmuebles. Plazo social: noventa y nueve años contados a partir de hoy. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—Nº 49233.—(89120).
Por escritura 91 de las 8:30 horas del día 16 de agosto del 2007, se constituyó sociedad denominada Club de Viajes Euroamerica 5 A Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Presidente: Adrián Castro Bado.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49234.—(89121).
La suscrita notaria hace constar que ante esta notaria se ha constituido la sociedad GUZMEJ Properties Sociedad Anónima. Capital social: un millón de colones. Presidente: Ray Guzmán González.—Heredia, 7 de octubre del 2007.—Lic. Ana Lorena Rojas Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 49235.—(89122).
A las once horas del cinco de octubre del año dos mil siete, Ana María Hernández Sánchez, Mirna Moody Sanabria y Ghiselle López Castro, constituyen la sociedad Las Tres Orquídeas Amigas S. A. Domiciliada en Liberia, con un plazo social de noventa años.—Lic. Eric Badilla Córdoba y Lic. José Humberto Alvarado Angulo, Notarios.—1 vez.—Nº 49236.—(89123).
Por escritura otorgada ante mí a las 11:00 horas del 26 de julio del año dos mil siete, se modifica cláusula de domicilio de la sociedad denominada Corporación Internacional Doble RYR Sociedad Anónima.—San José, 4 de octubre del año 2007.—Lic. María Luisa Segura Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 49237.—(89124).
Por escritura pública otorgada hoy ante mí, en San José, a las 09:00 horas protocolicé acta de la compañía Inversiones Centauro de Acero S. A., por la cual se modificó la cláusula segunda del pacto social relativo al domicilio social.—San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. Mario Antonio Morelli Astúa, Notario.—1 vez.—Nº 49238.—(89125).
Por escritura pública otorgada ante mí en San José, a las 13:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Corporación Ávila y Zamora Sociedad Anónima con domicilio en Hatillo, San José. Plazo social: 100 años. Capital social: ¢100.000, suscritos y pagados.—San José, 25 de setiembre del 2007.—Lic. Mario Antonio Morelli Astúa, Notario.—1 vez.—Nº 49239.—(89126).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las 9:00 horas del 1º de agosto del año 2007, se constituye la sociedad con denominación social conforme al decreto Nº 33171-J S. A.—Lic. Ricardo Morera Briceño, Notario.—1 vez.—Nº 49240.—(89127).
Ante esta Notaría, el día de hoy, se constituyó la compañía denominada Central América Botanicals C A B Sociedad Anónima.—Guápiles, Pococí, 2 de octubre del 2007.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—Nº 49241.—(89128).
Por escritura otorgada a las catorce horas del quince de junio del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Lovely Pets Sociedad Anónima, (Mascotas Amorosas Sociedad Anónima).—San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. Luis Diego Núñez S., Notario.—1 vez.—Nº 49242.—(89129).
Por escritura otorgada por mí, al ser las 9:00 horas del 6 de octubre de 2007, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria extraordinaria de accionistas de la sociedad Lentes de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-treinta y un mil quinientos ochenta y nueve, por medio de la cual se revoca el nombramiento de la totalidad de la junta directiva, del fiscal y del agente residente y se hacen nuevos nombramientos. Se reforma totalmente la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, 8:00 horas del 8 de octubre del 2007.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 49246.—(89130).
Por escritura otorgada por mí, al ser las 10:00 horas del 6 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Corporación Mastroney INC Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y un mil seiscientos nueve, por medio de la cual se revoca el nombramiento del presidente y se hace nuevo nombramiento.—San José, ocho horas del ocho de octubre del dos mil siete.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 49247.—(89131).
Mediante escritura otorgada ante este Notario a las 12:00 horas con 45 minutos del 1º de octubre 2007. Se modifica la cláusula primera, de la razón social se denominará: Cueva Azul LLC Limitada, de la sociedad 3-102-488815 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-101-488815.—Guanacaste, 1º de octubre del 2007.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 49249.—(89132).
Mediante escritura otorgada ante este Notario a las 12:00 horas del 1º de octubre 2007. Se modifica la cláusula primera, de la razón social se denominará: Endeavour Enterprises LLC Limitada de la sociedad 3-102-488805 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-101-488805.—Guanacaste, 1º de octubre del 2007.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 49250.—(89133).
Mediante escritura otorgada ante este Notario a las 12:00 horas con 30 minutos del 1º de octubre 2007. Se modifica la cláusula primera, de la razón social: se denominará MRO Investments LLC Limitada. La cláusula octava, de la administración: los negocios de la empresa serán administrados por un gerente general y un subgerente general, de la sociedad Nº 3-102-488811 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-101-488811.—Guanacaste, 1º de octubre del 2007.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 49251.—(89134).
Mediante escritura otorgada ante este Notario a las 11:00 horas con 15 minutos del 1º de octubre 2007. Se modifica la cláusula primera, de la razón social se denominará: Chain River Investments LLC Limitada de la sociedad 3-102-488807 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-101-488807.—Guanacaste, 1º de octubre del 2007.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 49252.—(89135).
Mediante escritura otorgada ante este Notario a las 8:00 horas 10 minutos del 1º de octubre 2007. Se modifica la cláusula segunda, del domicilio: estará en Guardia, Liberia, Guanacaste, 3 kilómetros oeste del Aeropuerto Internacional Daniel Oduber, Oficentro Vivero Tempisque, oficina Nº 1, de la sociedad El Peñón del Coco EPC Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-398504.—Guanacaste, 1º de octubre del 2007.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 49253.—(89136).
Mediante escritura otorgada ante este Notario a las 13:00 horas del 1º de octubre 2007. Se modifica la cláusula segunda, del domicilio: el domicilio estará en Guanacaste, Liberia centro, del Súper Servicio Firestone, 300 metros sur, residencial El Malinche, de la sociedad Rainbow Colors Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-398152.—Guanacaste, 1º de octubre del 2007.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 49254.—(89137).
Por escritura que autoricé el día de hoy, se modifica la cláusula segunda de la escritura de constitución de la sociedad de esta plaza Inversiones Gaylu Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-156946.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Irene Mendieta Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 49255.—(89138).
Por escritura otorgada el día de hoy ante esta Notaría, José Alejandro Martínez Castro y Marco Antonio Fernández López, constituyen la sociedad Vista Marina Cocal Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente, secretario y tesorero del consejo de administración, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital social de doce mil colones.—San José, a las dieciséis horas del día cinco de octubre del dos mil siete.—Lic. José Andrés Masís Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 49256.—(89139).
Por escritura otorgada el día de hoy ante esta Notaría, José Alejandro Martínez Castro y Marco Antonio Fernández López, constituyen la sociedad Global Realty Investments Sociedad Anónima. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente y al secretario del consejo de administración, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital social de doce mil colones.—San José, a las trece horas del día cinco de octubre del dos mil siete.—Lic. José Andrés Masís Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 49257.—(89140).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, al ser las doce horas del cinco de octubre del año dos mil siete, Eva Elena Murillo Pastor, Luis Daniel Murillo Pastor y Ana Laura Murillo Pastor, constituyen Ladae Murillo Pastor Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: seis mil colones. Presidenta: Eva Elena Murillo Pastor.—San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. Mauricio José Garro Guillén, Notario.—1 vez.—Nº 49259.—(89141).
Por escritura otorgada ante mi Notaría al ser las dieciséis horas quince minutos del día veintiséis de agosto del año dos mil siete, se procedió a constituir la sociedad de esta plaza denominada Celulares Vélez Sociedad Anónima.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—Nº 49260.—(89142).
En acta 2 de asamblea general extraordinaria de accionistas, celebrada a las 14:00 horas del 18 de agosto del año 2007 de Textiles Marian S. A., cédula jurídica Nº 3-101-194055, renombra secretario y tesorero de la junta directiva: María José Vargas Morales: cédula Nº 1-1120-045, Ana Gabriela Vargas Morales, cédula: Nº 1-1196-020, respectivamente y se reforma la representación judicial: serán presidente secretario y tesorero, actuando separadamente sólo el presidente y conjuntamente los otros. Se cambia el domicilio social que será en Escazú, del “PAVICEM”, 200 metros oeste, condominio Colina Real 5.—Laguna de Alfaro Ruiz, 5 de octubre del 2007.—Lic. María Margoth Solís Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 49261.—(89143).
En
acta dos de asamblea general extraordinaria de accionistas, celebrada a las
10:00 horas del 20 de setiembre del año 2007 de Lubrillantas San Antonio S.
A., cédula jurídica Nº 3-101-174098, renombra presidente y secretario de
Michael Antonio Chaves Castro, mayor, soltero, transportista, cédula dos-quinientos sesenta y ocho-cuatrocientos cincuenta y cuatro, vecino de San Pedro de Poás, Ciudadela Imas, calle Chilamate casa número diecinueve. Carlos Andrés Chaves Arce, mayor, soltero, transportista, con la cédula dos-seiscientos cincuenta y nueve-setecientos tres, vecino de San Rafael de Poás, Guatuza, Alajuela, cien metros al norte de la escuela. Heiner Gerardo Chaves Luna, mayor, casado una vez, transportista, vecino de San Pedro de Poás, Ciudadela Imas, calle Chilamate, casa número nueve, cédula de identidad número dos-cuatrocientos ocho-doscientos veinte, constituyen Transportes Privados Rigoberto Sociedad de Responsabilidad Limitada. Escritura otorgada a las catorce horas del cuatro de octubre del dos mil siete, ante la notaria María del Milagro Ugalde Víquez.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 49263.—(89145).
Por escritura número ciento veintinueve de esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Guismo S. A., capital suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Roland García Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 49264.—(89146).
Por escritura número ciento veintiocho de esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Odontológica RESGU S. A., capital suscrito y pagado, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, para actuar conjuntamente o separadamente.—Lic. Roland García Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 49265.—(89147).
A las 8:00 horas del 22 de setiembre del 2007, escritura Nº 405, visible al folio 155, vuelto, hasta folio 157, frente, del tomo 4º de mi protocolo, se constituyó Pingui punto com Sociedad Anónima S. A. Objeto: la compra y venta de bienes raíces y comercio en general. Capital social: 10 mil colones. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Carlos Arturo Paniagua Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 49267.—(89148).
Los
señores Guirleny Montero Zúñiga y Luis Martínez Hernández, constituyen la
sociedad anónima, Hermanos Luis M & M Sociedad Anónima. Domicilio:
Por escritura otorgada hoy ante mí a las 8:00 horas, protocolizo acta de la asamblea general extraordinaria de Green Health Tourism S. A. cédula jurídica Nº 1-101-440.702, donde se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente, se reforman los estatutos de la sociedad y se aumenta su capital social.—San José, 17 de setiembre del 2007.—Lic. Carlos Jiménez Volio, Notario.—1 vez.—Nº 49270.—(89150).
Ante esta Notaría, el día veintiséis de setiembre del dos mil seis, se constituyó la sociedad denominada Farmacia Samagus S. A. por lo que solicito haga la publicación respectiva, es todo.—Heredia, 7 de octubre del 2007.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1 vez.—Nº 49271.—(89151).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del tres de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Promotional Signs Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones exactos.—San José, 6 de octubre del 2007.—Lic. Ruth Alexandra Ramírez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 49274.—(89152).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del tres de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Promotional Signs Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones exactos.—San José, 6 de octubre del 2007.—Lic. Ruth Alexandra Ramírez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 49274.—(89152).El suscrito notario público Jorge Moncrieffé Santana, hace constar que ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada: Seguridad Arrieca Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, al ser las catorce horas del veintiocho de setiembre del año dos mil siete; escritura número doscientos seis, visible al folio ciento cincuenta y tres vuelto a ciento cincuenta y cinco frente del tomo dos de mi protocolo.—Lic. Jorge Daniel Moncrieffé Santana, Notario.—1 vez.—Nº 49275.—(89153).
El suscrito notario público Jorge Moncrieffé Santana, hace constar que ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada: Corporación Beibella Pacífico Sur Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, al ser las catorce horas del seis de octubre del año dos mil siete; escritura número doscientos once, visible al folio ciento cincuenta y nueve frente a ciento sesenta vuelto del tomo dos de protocolo.—Lic. Jorge Moncrieffé Santana, Notario.—1 vez.—Nº 49276.—(89154).
Ante
mí, Roy Harold Elizondo Durán, notario público, se constituyó la sociedad
denominada Transportes Los Don Juanes S. A., domiciliada en San Isidro
de El General Pérez Zeledón, provincia de San José, San Ramón Sur, quinientos
metros al norte de la iglesia católica del lugar, con un plazo social de
noventa y nueve años a partir del día veintitrés de julio del dos mil siete,
conformado por un capital social de cuatro mil colones, representado por cuatro
acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Juan Gerardo
Garro Arias.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, 5 de octubre del
2007.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—Nº 49277.—(89155).
Por escritura otorgada ante mi Notaría a las once horas cincuenta y cinco minutos del doce de setiembre del año dos mil siete, los señores Cristian Chacón Cordero y Ana Catarina Mora Ruiz, constituyeron una sociedad anónima de conformidad con el decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del veintinueve de mayo de dos mil seis. Capital social: diez mil colones. El presidente: Cristian Chacón Mora.—Liberia, 12 de setiembre del 2007.—Lic. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1 vez.—Nº 49278.—(89156).
Mediante escritura otorgada ante este Notario a las 11:00 horas del 1º de octubre 2007. Se modifican: la cláusula primera, de la razón social: se denominará Cookie Shark Investments LLC Limitada. La cláusula octava, de la administración: la compañía será administrada por un gerente general y un subgerente general, de la sociedad 3-102-479141 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-101-479141.—Guanacaste, 1º de octubre del 2007.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 49279.—(89157).
Mediante escritura otorgada ante este Notario a las 9:00 horas del 1º de octubre 2007. Se modifican: la cláusula primera, de la razón social: se denominará TSL Investment Properties Limitada. La cláusula octava, de la administración: la compañía será administrada por un gerente general y un subgerente general, de la sociedad 3-102-480715 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3-101-480715.—Guanacaste, 1º de octubre del 2007.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 49280.—(89158).
Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 2 de octubre del 2007, ante este Notaría, se constituyó sociedad anónima, así su número de cédula jurídica asignado, con su aditamento, se tendrá para efecto legal como la denominación social de la empresa, conforme con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J.—San José, a las 9:00 horas del 5 de octubre del 2007.—Lic. Adriana Segura Balmaceda, Notaria.—1 vez.—Nº 49281.—(89159).
Por escritura otorgada a las 9 horas 30 minutos del 2 de octubre del 2007 ante este Notaría, se constituyó sociedad anónima, así su número de cédula jurídica asignado, con su aditamento, se tendrá para efecto legal como la denominación social de la empresa, conforme con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J.—San José a las 9 horas 5 minutos del 5 de octubre del 2007.—Lic. Adriana Segura Balmaceda, Notaria.—1 vez.—Nº 49282.—(89160).
Por escritura otorgada a las 9 horas 40 minutos del 2 de octubre del 2007 ante este Notaría, se constituyó sociedad de responsabilidad limitada, así su número de cédula jurídica asignado, con su aditamento, se tendrá para efecto legal como la denominación social de la empresa, conforme con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J.—San José a las 9 horas 10 minutos del 5 de octubre del 2007.—Lic. Adriana Segura Balmaceda, Notaria.—1 vez.—Nº 49283.—(89161).
Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 2 de octubre del 2007, ante este Notaría, se constituyó sociedad de responsabilidad limitada, así su número de cédula jurídica asignado, con su aditamento, se tendrá para efecto legal como la denominación social de la empresa, conforme con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J.—San José a las 9 horas 15 minutos del 5 de octubre del 2007.—Lic. Adriana Segura Balmaceda, Notaria.—1 vez.—Nº 49284.—(89162).
Por escritura otorgada a las 9 horas del 3 de octubre del 2007 ante esta Notaría, se constituyó sociedad anónima denominada ARA-LAW Abogados Sociedad Anónima.—San José a las 9 horas 20 minutos del 5 de octubre del 2007.—Lic. Adriana Segura Balmaceda, Notaria.—1 vez.—Nº 49285.—(89163).
Por
escritura Nº 183 de las 16:00 horas del día 1º de octubre del 2007, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Castellón
de
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 14:00 horas del 20 de setiembre del 2007, se constituyó Cannabis Sativa de Alajuela S. A. Con domicilio en Alajuela. Capital social: ¢10.000. Plazo: 99 años. Objeto: el comercio en general. Presidente: Gerardo Rafael Barrantes Caggiano. Se nombra junta directiva.—Lic. Miguel Alberto Calvo Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 49287.—(89165).
Por escritura otorgada a las 9 horas 30 minutos del 3 de octubre del 2007 ante esta Notaría, se constituyó sociedad anónima denominada ARA-LAWYERS Sociedad Anónima.—San José a las 9 horas 25 minutos del 5 de octubre del 2007.—Lic. Adriana Segura Balmaceda, Notaria.—1 vez.—Nº 49288.—(89166).
Por escritura número doscientos nueve, otorgada en San José a las quince horas del cinco de octubre del dos mil siete, ante esta Notaría, la compañía de esta plaza Stratford Industries Sociedad Anónima, mediante acta de asamblea general extraordinaria, modificó la cláusula octava del pacto constitutivo sobre administración de la compañía.—San José, quince horas quince minutos del cinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Carlos Eduardo Umaña Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 49291.—(89167).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de la entidad Ganadera EGC de Cartago S. A. en la que se modifica la cláusula tercera del pacto social.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Aída Araya Cascante, Notaria.—1 vez.—Nº 49292.—(89168).
Ante el suscrito Notario a las dieciséis horas del día de hoy, se constituyeron las sociedades de responsabilidad limitada denominadas Programa Diamarcel Bemol Sociedad de Responsabilidad Limitada y Sostenido Nomannic Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital: suscrito y pagado.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 49295.—(89169).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Finca Ojo de Agua Clara Sociedad Anónima, plazo social de noventa y nueve años, capital social cien mil colones totalmente suscrito y pagado. Representada por su presidente John Harrell Owen y secretaria Sandra Jhonson Owen.—Monterrey, San Carlos, a las trece horas del siete de octubre de dos mil siete.—Lic. Ricardo Reyes Cálix, Notario.—1 vez.—Nº 49296.—(89170).
Mediante escritura otorgada el 17 de julio del 2007, ante esta Notaría, se constituye la asociación denominada Cámara Costarricense de Empresas Familiares CACEF.—San José, 2 de setiembre del 2007.—Lic. Manuela Guillén Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 49298.—(89171).
Al
ser las quince horas del veinte de setiembre del dos mil siete ante
Al
ser las quince horas del diecinueve de setiembre del dos mil siete ante
Mediante escritura otorgada el día de hoy, el suscrito Notario constituyó Cridem Imports Sociedad de Responsabilidad Limitada, y Crismo Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de setiembre del 2007.—Lic. Rodrigo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—Nº 49303.—(89174).
Mediante escritura otorgada el día de hoy, el suscrito notario constituyó, de conformidad con el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, cuarenta sociedades que se denominarán de acorde al número de cédula jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del Registro Público le otorgue a la hora de su inscripción, más los términos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 1º de octubre del 2007.—Lic. Rodrigo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—Nº 49304.—(89175).
Ante mí licenciado Javier Carvajal Portuguez a las doce horas del siete de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Inversiones Maromo de Turrialba Sociedad Anónima.—San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. Javier Carvajal Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 49305.—(89176).
Por escritura otorgada ante mí a las 12 horas del 2 de octubre del 2007, se constituyo la sociedad Tiger Concrete Guanacaste Uno S. A. Apoderado: presidente. Plazo: 99 años.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Federico Balma Zumbado, Notario.—1 vez.—Nº 49308.—(89177).
Por
escritura 244, visible a folio 125v, tomo 25, protocolo del notario Gerardo
Moya Paniagua, de las 8:00 horas 12 setiembre 2007, María Camacho Mondragón
S. A., modificó las cláusulas 7 y 8 de
Heinz Holger Von Breymann y Sonia Judith Montesinos De Von Breymann, constituyen la sociedad Eurorancho Herradura S. A. Presidente el primero. Plazo social 99 años. Capital social sesenta mil colones. Escritura número doscientos sesenta y dos, otorgada a las once horas del veintiocho de setiembre del año dos mil siete.—Lic. Gerardo Moya Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 49310.—(89179).
Por escritura número ciento noventa y ocho - uno, ante esta Notaría a las 8:00 horas del 21 de agosto del 2007, se constituyó la sociedad Marilujo Irazú S. A. Domicilio: Cartago, Urbanización Fundación, casa 12C, plazo social 99 años, capital social cien mil, presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Shirley Calvo Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 49312.—(89180).
Luigi Morales Molina y Marta Alfaro Padilla, constituyen Soluciones Industriales LIM & MAP S. A. Capital social diez mil colones, objeto la agroindustria y el comercio en general, plazo 99 años. Escritura Nº 338.—Paraíso de Cartago a las 10:00 del 29 de setiembre del 2007.—Lic. Sandra Van Der Laat Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 49315.—(89181).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Asesoría en Procesos Meca S. A. Domicilio: San Rafael de Heredia. Capital social: diez mil colones. Representación: corresponde al presidente y al secretario de la junta directiva, la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. Ricardo González Fournier, Notario.—1 vez.—Nº 49316.—(89182).
Por escritura número trescientos veinticuatro-once, de las dieciséis horas del día veintisiete de setiembre del 2007, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Marketica S. A., en la cual se reforma la cláusula cuarta del pacto social, referente al plazo social.—San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. Ricardo González Fournier, Notario.—1 vez.—Nº 49317.—(89183).
Ante notario Lonnie Alvarado Álvarez, se constituyó mediante escritura número trescientos diecinueve, visible al folio ciento sesenta y cinco del tomo dos del protocolo del suscrito notario, la sociedad denominada Auto Decoración Machillo S. A., cuyo representante judicial y extrajudicial son los señores Eddy Gerardo Soto Chavarría y María de los Ángeles Umaña Alpízar, con un capital diez mil colones.—Alajuela, 3 de octubre del 2007.—Lic. Lonnie Alvarado Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 49318.—(89184).
Mediante escritura número cuarenta y siete, visible al folio ciento cincuenta y cuatro vuelto del tomo dos del protocolo de la suscrita Notaria, otorgada a las ocho horas del veinte de setiembre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad G. I. Agroinvestment Sociedad Anónima. Es todo.—Heredia, a las ocho horas treinta minutos del veinte de setiembre del año dos mil siete.—Lic. Andrea Cordero Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 49319.—(89185).
En mi Notaría a las quince horas del siete de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Miyorca HE y BE Limitada, pudiendo abreviarse Miyorca HE y BE Ltda. Siendo sus gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma los señores: Miguel Hernando Herrera Lizano, cédula número uno-ochocientos sesenta-ciento cincuenta y siete y Yorleny Beita Hernández, cédula número seis-doscientos sesenta y siete-cuatrocientos setenta y uno.—San Vito, Coto Brus, 4 de octubre del 2007.—Lic. Gabriela Vargas Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 49321.—(89186).
En esta Notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la que modificó el pacto constitutivo de la sociedades denominadas: Inversiones Rijorsa Sociedad Anónima y Corporación Guymi Sociedad Anónima, modifican cláusula de domicilio y representación legal.—Palmar Norte de Osa, al ser siete horas del día cinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Carlos Corrales Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 49322.—(89187).
A las quince horas con treinta minutos del cinco de octubre del dos mil siete, ante esta Notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Marlin Negro Pesca Deportiva Sociedad Anónima. Donde se nombra nueva junta directiva y se reforma el pacto social.—Lic. Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—Nº 49325.—(89188).
A las quince horas con quince minutos del cinco de octubre de dos mil siete, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Corporación Matilda de San Juanillo Sociedad Anónima. Donde se reforma la junta directiva.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—Nº 49326.—(89189).
A las quince horas del cinco de octubre del dos mil siete, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Corporación en Inversiones Buenos de Playa de Nosara. Donde se reforma la junta directiva y el pacto social.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—Nº 49327.—(89190).
Por escritura otorgada ante mí María Elena Solís Sauma, a las 14:00 horas del 4 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad anónima denominada Accesorios H & M Yuli Sociedad Anónima, con capital social totalmente suscrito y pago.—Florencia, 4 de octubre del 2007.—Lic. María Elena Solís Sauma, Notaria.—1 vez.—Nº 49328.—(89191).
Por escritura número seis-uno otorgada en mi notaría, a las ocho horas del dos de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Avícolas Arpo Sociedad Anónima, capital social: veinte mil colones. Plazo social: noventa y nueve años, domicilio social: Alajuela, Grecia, Santa Rita de Río Cuarto. Representación judicial y extrajudicial: presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos con límite de suma.—Ciudad Quesada, 2 de octubre del 2007.—Lic. Edwin Ricardo Arce González, Notario.—1 vez.—Nº 49329.—(89192).
Por escritura otorgada ante mí María Elena Solís Sauma, a las 13:00 horas del 4 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad anónima denominada Ximar Inversiones Sociedad Anónima, con capital social totalmente suscrito y pago.—Florencia, 4 de octubre del 2007.—Lic. María Elena Solís Sauma, Notaria.—1 vez.—Nº 49330.—(89193).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:05 horas del 05 de octubre del 2007, se protocolizó acta de la reunión de cuotistas de la sociedad Platanares Land Holdings S.R.L., cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos veintiséis mil novecientos treinta y dos, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. Raúl Guevara Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 49332.—(89194).
Ante esta notaría, se reformó la cláusula primera: nombre de la sociedad denominada Vipaca Vistas Pacíficas de Alto VPA Sociedad de Responsabilidad Limitada para que en adelante se llame Sajusu Safari Jumgle Surf Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos noventa y siete mil ochocientos cincuenta, se nombra nuevo gerente.—San José, 4 de octubre del 2007.—Lic. Fabio Solórzano Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 49333.—(89195).
Por escritura otorgada el día ocho de octubre del dos mil siete, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Partiquino de las Estepas F y R Sociedad Anónima se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 8 de octubre del 2007.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 49334.—(89196).
José Alfredo Porras Torres y Sonia Vargas Guerrero, constituyeron ante mi notaría Inversiones Povar Sociedad Anónima, con domicilio en Desamparados, con capital de diez mil colones y sus apoderados generalísimos sin limitación de suma son el presidente y secretario.—San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 49335.—(89197).
Por escritura otorgada ante mí, hoy se constituyó Hermanas Estrada Murillo S. A. Domicilio: Guanacaste, Liberia. Presidente: Roy Estrada Baltodano. Objeto: Administración de bienes inmuebles.—Liberia, 5 de octubre del 2007.—Lic. Eugenia Soto Baltodano, Notaria.—1 vez.—Nº 49336.—(89198).
Por escritura otorgada ante mí, hoy se constituyó María Paula Estrada Murillo S. A. Domicilio: Guanacaste, Liberia. Presidente: Roy Estrada Baltodano. Objeto: administración de bienes inmuebles.—Liberia, 5 de octubre del 2007.—Lic. Eugenia Soto Baltodano, Notaria.—1 vez.—Nº 49337.—(89199).
Por escritura otorgada ante mí, hoy se constituyó María Laura Estrada S. A. Domicilio: Guanacaste, Liberia. Presidente: Roy Estrada Baltodano. Objeto: administración de bienes inmuebles.—Liberia, 5 de octubre del 2007.—Lic. Eugenia Soto Baltodano, Notaria.—1 vez.—Nº 49338.—(89200).
Ante esta notaría por escritura pública número nueve de las diez horas del día seis de octubre del año dos mil siete, se procedió a protocolizar el acta número doce de la sociedad anónima denominada Manufacturera y Distribuidora Calo S. A. donde se reduce el plazo social. Es todo.—San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. Alfredo Gutiérrez Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 49339.—(89201).
Ante esta notaría el día 3 de octubre del 2007 se constituyó la sociedad anónima Mundo Tribal S. A. Capital totalmente suscrito y pagado.—San José, 3 de octubre del 2007.—Lic. David Rivera Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 49340.—(89202).
Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 6 de setiembre de 2007 ante esta notaría, se constituye la sociedad Inversiones Olbribo de San José Sociedad Anónima. El presidente y el secretario tienen la representación, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—6 de setiembre de 2007.—Lic. Mercedes María Valle Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 49341.—(89203).
Ante esta notaría se constituyó, a las doce horas del tres de agosto de dos mil siete, la sociedad P. R Y. Córdoba Sánchez Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado.—San Vito, veinte de setiembre del dos mil siete.—Lic. Mario Araya Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 49343.—(89204).
Por escritura pública sesenta y cinco- dos, otorgada ante el suscrito notario público a las diez horas cuarenta minutos del veintisiete de septiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad J. C. Out Sourcing Internacional Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve años, capital social diez mil colones, domicilio social San José, barrio Luján. Presidente José Pablo Castro Arias.—Lic. Francisco Madrigal Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 49344.—(89205).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las a las once horas del 5 de junio de dos mil siete, constituye ECS Engineering and Construction Services Sociedad Anónima.—San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. Federico Torrealba Navas, Notario.—1 vez.—Nº 49348.—(89206).
Por escritura otorgada ante este notario, a las diez horas treinta minutos del cinco de octubre del dos mil siete, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Titanium Services Corporation LLC Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto social.—San José, cinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 49349.—(89207).
Ante
el suscrito notario Erick Varela Vargas se constituyó en escritura numero
cincuenta- Dos
Por escritura otorgada ante mí, se constituye sociedad anónima de esta plaza Costa Rica Bus C R B, Sociedad Anónima; presidente: Juan Luis Campos Barboza, secretario: José Francisco González Flores, con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital social: Diez mil colones. Plazo: Noventa y nueve años.—San José, 7 de octubre del 2007.—Lic. Mauricio Arias Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 49351.—(89209).
Por escritura otorgada ante mi a las 8:00 horas de hoy, Manuel Eliécer Fajardo Monge y María Eunice Monge Monge, constituyeron Nakatomi S. A., domicilio: Curridabat, del Colegio, doscientos metros oeste y cien sur.—Quepos, 5 de setiembre del 2007.—Lic. Jaime Fonseca Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 49353.—(89210).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 18:00 horas del 19 de setiembre de 2007 se protocolizó acta de asamblea de socios de Inmobiliaria Almar Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra junta directiva y se modifica la cláusula sobre la administración y representación legal.—Barva, 5 de octubre del 2007.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—Nº 49354.—(89211).
En mi notaría por medio de escritura otorgada en la ciudad de Desamparados provincia de San José, a las doce horas y treinta minutos del día veintinueve de agosto del dos mil siete. Timothy I Sanders, se constituyó la sociedad denominada: Tecnologías Digitales Aplicadas Sociedad Anónima, Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma Timothy Isaiah Sanders, capital social: cien mil colones.—Desamparados, provincia de San José, seis de octubre del dos mil siete.—Lic. Marco A. Ruiz Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 49358.—(89212).
En escritura número trescientos trece, otorgada a las trece horas quince minutos de hoy, los señores José Pablo Chacón Alpízar y José Joaquín Chacón Ramírez, constituyeron la empresa denominada Corporación Grupo Costa Verde de Golfito Sociedad Anónima.—San José, 7 de mayo del año 2007.—Lic. José Manuel López Mora, Notario.—1 vez.—Nº 49359.—(89213).
En escritura número trescientos trece, otorgada a las trece horas quince minutos de hoy, los señores José Pablo Chacón Alpízar y José Joaquín Chacón Ramírez, constituyeron la empresa denominada Corporación Grupo de Playa Palmera Sociedad Anónima.—San José, 7 de mayo del año 2007.—Lic. José Manuel López Mora, Notario.—1 vez.—Nº 49360.—(89214).
En escritura número trescientos trece, otorgada a las trece horas quince minutos de hoy, los señores José Pablo Chacón Alpízar y José Joaquín Chacón Ramírez, constituyeron la empresa denominada Corporación Grupo Mar y Bosques de Osa Sociedad Anónima.—San José, 7 de mayo del año 2007.—Lic. José Manuel López Mora, Notario.—1 vez.—Nº 49361.—(89215).
En mi notaría se constituyó Mishigallo Limitada, su representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma Otto Montero Solano, cédula tres- doscientos ochenta y siete-novecientos treinta y nueve.—Cartago, 4 de octubre del 2007.—Lic. Henrich Moya Moya, Notario.—1 vez.—Nº 49362.—(89216).
Por
escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la compañía Producciones
Artísticas
Por
escritura número setenta y tres - uno, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz
Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, a las diez horas con treinta minutos del cinco
de octubre del año dos mil siete, se reforma la cláusula segunda y sétima y se
nombran dos gerentes y agente residente de la compañía Diamante de
La sociedad Makanda S. A., cédula jurídica 3-101-140519; mediante escritura otorgada ante el notario público: Luis Ángel Sánchez Montero cambia junta directiva y pacto constitutivo.—San José, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Luis Ángel Sánchez Montero, Notario.—1 vez.—Nº 49366.—(89219).
La sociedad Promotora de los Recursos Naturales Costarricenses S. A., cédula jurídica 3-101-073851; mediante escritura otorgada ante el notario publico Luis Ángel Sánchez Montero, cambia junta directiva y pacto constitutivo de la sociedad. San José, a las nueve horas del tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Luis Ángel Sánchez Montero, Notario.—1 vez.—Nº 49367.—(89220).
La sociedad Maksol Rincón del Sol S. A., cédula jurídica 3-101-421696; mediante escritura otorgada ante el notario Publico Luis Ángel Sánchez Montero, cambia junta directiva y pacto constitutivo de la sociedad.—San José, a las nueve horas y treinta minutos del tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Luis Ángel Sánchez Montero, Notario.—1 vez.—Nº 49368.—(89221).
Ante mi notaría se constituyó la sociedad anónima, Dixmer Desarrollos. Mereylles Saavedra Marín como presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, a los veintisiete días del mes de setiembre del año dos mil siete.—Lic. Miriam Hernández Abarca, Notaria.—1 vez.—Nº 49369.—(89222).
Ante licenciado Douglas Avendaño Chaverri, a las 16:00 horas del 5 de octubre de 2007, se constituyó Chaverri Consultor S. A.—San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. Douglas Avendaño Chaverri, Notario.—1 vez.—Nº 49372.—(89223).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José a las 10:00 horas del 11 de abril de 2007 Tupper Centroamérica Sociedad Anónima modifica estatutos y nombra nuevos miembros de junta directiva y fiscal de la compañía.—San José, 8 de octubre de 2007.—Lic. Óscar Gallegos Borbón, Notario.—1 vez.—Nº 49373.—(89224).
Por escritura autorizada por el suscrito notario a las 8:00 horas del 5 de octubre del 2007, D M L Tecnologías S. A. reforma las cláusulas segunda y sétima del pacto social, se nombran presidente y tesorero.—San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. Luis Lapeira González, Notario.—1 vez.—Nº 49374.—(89225).
Por escritura otorgada ante mi notaría al ser las ocho horas del día veintiocho de agosto del año dos mil siete se constituyó la sociedad denominada Booty Distribution Company Sociedad Anónima.—Lic. Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—Nº 49375.—(89226).
La suscrita notaria hace constar que ante mi notaría, se ha constituido la sociedad de responsabilidad limitada Biscoyolita de Cóbano, administrada por un gerente y un subgerente, ambos ostentan la representación de sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo. Firmo en Zapote a los ocho días de octubre de dos mil siete.—Lic. Kattia Villegas Mena, Notaria.—1 vez.—Nº 49376.—(89227).
La suscrita notaria hace constar que ante mi notaría se ha constituido la sociedad anónima denominada El Alba de Cóbano J.E.R., administrada por presidente, secretario y tesorero, corresponde al presidente y secretario la representación de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo. Firmo en Zapote, a los ocho días de octubre del dos mil siete.—Lic. Kattia Villegas Mena, Notaria.—1 vez.—Nº 49377.—(89228).
Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público en San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas con treinta minutos del día cuatro de octubre del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Villas Ire Ire Tou Sociedad Anónima, mediante la cual se revoca el nombramiento del presidente de la junta directiva y se nombra nuevo presidente de la junta directiva.—San Isidro de Pérez Zeledón, cuatro de octubre del año dos mil siete.—Lic. Juan Carlos Mora Granados, Notario.—1 vez.—Nº 49378.—(89229).
Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público en San Isidro de Pérez Zeledón a las diez horas del día cuatro de octubre del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Corporación Mordan Mastapiz Sociedad Anónima, por medio de la cual se revoca el nombramiento de la junta directiva, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, se revoca el nombramiento del fiscal, se nombra nuevo fiscal, se crea la cláusula décimo primera y se nombra agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, cuatro de octubre del año dos mil siete.—Lic. Juan Carlos Mora Granados, Notario.—1 vez.—Nº 49379.—(89230).
Ante mí, Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público con oficina en Heredia, en escritura otorgada a las ocho horas del ocho de octubre del año dos mil siete, se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo de la empresa Solera Osborne Sociedad Anónima.—San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 49382.—(89231).
Ante mí Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público con oficina en Heredia, en escritura otorgada a las diez horas del seis de octubre del año dos mil siete, se constituyó la empresa Stemarfo SMF Inversiones Sociedad Anónima, siendo su presidente el señor Stephen Forrest, su capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.—San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 49383.—(89232).
Por escritura 24-2 otorgada ante esta notaría a las 12:00 del 7 de octubre de 2007, se constituyó la sociedad denominada Las Brisas del Volcán Irazú S. A., con objeto comercial.—Cartago, 8 de octubre del 2007.—Lic. Jorge Vega Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 49384.—(89233).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de accionistas de Representaciones Balalaika y Calvicordio S.A., donde se reforman cláusulas segunda y novena, se revoca nombramiento de agente residente y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, ocho de octubre del dos mil siete.—Lic. Edgar Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 49387.—(89234).
Por
escritura número ochenta y cuatro, adicionada mediante escritura ciento treinta
y tres, otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veintidós de junio y trece
horas del veinticuatro de setiembre del dos mil siete, los señores Fernando
Andrés Rodríguez Cubillo, Róger Hernández Villegas, Marco Vinicio Ortiz Núñez,
Nidia María León Chaverri, Hugo Enrique González Solís, Manuel Antonio Molina
Artavia, Walter Thomas Taylor Filloy, Edgar Isaac Jiménez Chacón, Rogelio Ramos
Salas, José Alfredo Gómez González, Rosa Amelia Cubillo Angulo, Rosemary Segura
Quirós, Luis Alberto Rojas Ceciliano, Mario Meza Garro, Miguel Ángel Durán
Sánchez, Jorge Arturo Centeno Centeno, Doris Hernández Jimenez, Kattia Isabel
Flores Jiménez y Marlon Rodríguez Bustos conocido como Marlon Antonio Rodríguez
Bust, constituyen la sociedad denominada Servicrédito del Oeste Sociedad
Anónima. Domicilio: en
Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, las señoras Neida Vásquez Pérez y Roxana Pérez Vásquez constituyen la sociedad Nevasa Dos Mil Siete S. A., para dedicarse por cien años y con domicilio en la ciudad de San José, a la industria y comercio en general. Capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, 21 de setiembre del 2007.—Lic. José Pablo Arauz Villarreal, Notario.—1 vez.—Nº 49393.—(89236).
Ante mí, Marilyn Bedoya Esquivel, notaria pública con oficina en Atenas, hago constar que el día primero de octubre del dos mil siete a las quince horas se llevó a cabo la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima Bicoastal Realty in Costa Rica Sociedad Anónima, cedula jurídica número: tres -ciento uno - cuatrocientos cinco mil novecientos dos, mediante la cual se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Atenas, cinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Marilyn Bedoya Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 49394.—(89237).
Por escrituras otorgadas ante esta notaría se reformo el pacto constitutivo y nombró junta directiva de Inmobiliaria del Norte Epsylon Cinco S. A. y se constituyeron cinco sociedades anónimas innominadas; e Inmobiliaria del Pacífico Sur Epsylon Dos Mil Siete S. A; Golfo Dulce Maritime Transport S. A; Satélite Fuerza G Inversiones S. A; Inmobiliaria Alfa Río Claro S. A., Megatron Estates del Pacífico S. A. y Silver Kalahari Estates S. A.—San José, primero de octubre del dos mil siete.—Lic. Rodney Montalbán Rivera, Notario.—1 vez.—Nº 49395.—(89238).
Protocolización de asamblea general de Grupo Profesional Asegurador Ortiz & Ortiz Sociedad Anónima. Escritura otorgada en la ciudad de Puntarenas centro, a las trece horas del día cuatro de octubre del año dos mil siete.—Lic. Carlos Alfonso Martínez Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 49396.—(89239).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del treinta de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Gestión Integral de Capital Humano S. A., capital social cien mil colones, totalmente suscrito y pagado, se nombraron presidente, secretario, tesorero y fiscal. El presidente y el secretario tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Simón A. Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 49397.—(89240).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del treinta de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Innova Flowers S. A., capital social cien mil colones, totalmente suscrito y pagado, se nombraron presidente, secretario, tesorero, y fiscal. El presidente y el secretario tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Simón A. Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 49398.—(89241).
Ante nosotros Gilberto y Yalile ambos Villalobos Zamora, se constituye la sociedad Fractal Sociedad Anónima, domiciliada en Desamparados, San José, Pavas, Rohrmoser, frente a la esquina noroeste del Colegio Humboldt, casa esquinera con doble portón de garaje y precinta de ladrillos. Representante legal: Pedro José Rey Pifarré, cédula: 1-858-815, con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, mediante escritura número 22 del tomo 23 del primer notorio.—San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 49399.—(89242).
Por escritura número 19-57 otorgada ante el suscrito notario a las 10:00 horas del 05 de octubre del 2007, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Las Garzas de Los Ceibos Ltda., en los que se reforman las siguientes cláusulas: Domicilio: Ciudad de San José, Calle veinticinco, entre avenidas central y primera, casa cincuenta y cinco N; administración y representación: Dos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. José Miguel Fonseca Saborío, Notario.—1 vez.—Nº 49400.—(89243).
Ante esta notaria se constituye Arte del Gelato Sociedad Anónima domicilio San José, Escazú, San Rafael, Plaza Itscazu, local ciento veintinueve, plazo cien años, capital noventa mil colones, presidenta Andrea Marchetti Bertolani, cédula uno tres ocho cero cero cero cero tres cuatro siete uno dos.—San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 49401.—(89244).
Ante
esta notaría, por escritura pública número 196, visible a folio 182 frente, a
las 8:00 horas, del día 2 de octubre del 2007; se protocolizó acta de asamblea
extraordinaria donde se modificó el domicilio social y se nombra nuevo gerente
de Zingeber S. R. L. Gerente: Daniel Steunenberg.—Lic. Xinia
Patricia Mora Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 49411.—(89245).
Mediante escritura otorgada ante esta notaria, a las diez horas del tres de octubre del año dos mil siete, fue constituida la sociedad denominada Thunderjeep Enterprises Sociedad Anónima.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—Nº 49412.—(89246).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituye Inversiones Elías Jiménez S. A. Capital suscrito y pagado. Presidente Luis Adrián Jiménez León.—Puriscal, 22 de junio del 2007.—Lic. Eduardo Mora Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 49414.—(89247).
En mi notaría este año en setiembre, se constituyó el veintiuno S L C Brothers; y este mes el tres Asesoría Financiero Contable Prisma y Joyana Feliz, modificaron cláusulas sociales y miembros. Hoy Asociación Iglesia Coreana Sion de Costa Rica nombró nueva junta directiva. Todas sociedades anónimas y la última asociación.—San José, ocho de octubre del dos mil siete.—Lic. Eduardo Mora Castro, Notario.—1 vez.—Nº 49415.—(89248).
Ante mi notaría se constituyó la sociedad denominada: Distribuidora Fabiola y Amalia Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones. Presidente y secretario con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con atribuciones de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, ocho de octubre del dos mil siete.—Lic. Carlos Francisco García Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 49416.—(89249).
En esta notaría a las 10:00 horas del 4 de octubre del 2007 Víctor Julio Chaves Fernández y María de los Ángeles Mora Chavarría constituyen sociedad de responsabilidad limitada según decreto ejecutivo tres tres uno siete uno J, capital social 10 mil colones, presidente César.—San Ramón.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 49417.—(89250).
Por
protocolización de acta de asamblea de la asociación administradora del Acueducto
y Alcantarillado de
El día de hoy en mi notaría se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Fragonza Sociedad Anónima, Representante legal: El presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Miramar, 19:30 horas del 4 de octubre del 2007.—Lic. Jockseline Zúñiga Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 49419.—(89252).
Se modifica la cláusula sétima de la sociedad anónima Ferretería Joes San Juan y de ahora en adelante los apoderados generalísimos sin limitación de suma serán el presidente y secretario, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, a las trece horas del cinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Kenneth Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 49420.—(89253).
En mi notaria se reforma la cláusula, novena, del pacto constitutivo, se nombra nuevo presidente y secretario de la junta directiva de la sociedad Soluciones Mercantiles de Occidente S. A., cédula jurídica N° 3-101-401720.—Lic. Luis Peraza Burgdorf, Notario.—1 vez.—Nº 49421.—(89254).
En mi
notaría se constituyo
Por este medio, hago constar que al ser las doce horas del cinco de octubre de dos mil siete se constituye la sociedad denominada Stadbronor SDB S. A., mediante escritura pública número ciento sesenta y seis, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro visible folio ciento cuarenta y uno frente del tomo ocho de su protocolo. Se nombra como presidente al señor Orjan Tronstad.—5 de octubre del 2007.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 49423.—(89256).
Por este medio, hago constar que al ser las doce horas del cinco de octubre de dos mil siete se constituye la sociedad denominada Norunjan JBN S. A., mediante escritura pública número ciento sesenta y siete, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro visible folio ciento cuarenta y dos frente del tomo ocho de su protocolo. Se nombra como presidente al señor Orjan Tronstad.—5 de octubre del 2007.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 49424.—(89257).
Por este medio, hago constar que al ser las doce horas del cinco de octubre de dos mil siete, se constituye la sociedad denominada Janoring LJR S. A., mediante escritura pública número ciento sesenta y ocho, ante la notaria Kattia Bermúdez Montenegro visible folio ciento setenta y ocho frente del tomo ciento cuarenta y tres de su protocolo. Se nombra como presidente al señor Orjan Tronstad.—5 de octubre del 2007.—Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—Nº 49425.—(89258).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó acta de la empresa Quadriga Fitness Sociedad Anónima, en donde reforma la cláusula vigésima de los estatutos sociales. Escritura otorgada en San José a las ocho horas treinta minutos del día ocho de octubre de dos mil siete.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—Nº 49427.—(89259).
Mediante escritura pública se constituye sociedad anónima denominada Zetillero del Cedral Sociedad Anónima, escritura número ciento cincuenta y tres del tomo dos del protocolo de la licenciada Ana Rita Zamora Castillo, con fecha trece de agosto del dos mil siete .—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 49428.—(89260).
Por escritura número 42 del tomo X del protocolo del notario autorizante, otorgada en San José, Pavas, a las 9:00 horas del 27 de setiembre de 2.007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Ditsö Kunök Sociedad Anónima. En la que se modifican las cláusulas II y VI del pacto social constitutivo, y se revocan los nombramientos de la junta directiva y fiscal, y se nombran sustitutos.—San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. José Fidelio Castillo Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 49429.—(89261).
Por escritura número setenta del tomo noveno de mi protocolo, otorgada el ocho de octubre del año dos mil siete a las nueve horas, Sonia Elena Fonseca Seas y Andrés Montejo Morales en representación de la sociedad Guanacaste Management Sales & Marketing Limitada constituyeron tres sociedades anónimas denominadas Chocolate Village Dreams Sociedad Anónima, Star Aquarium Dreams Sociedad Anónima y Sweet Season Dreams Sociedad Anónima; domiciliadas en Guanacaste, capital social de diez mil colones, plazo social de cien años.—San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. Rosa Cortés Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 49431.—(89262).
Por escrituras otorgadas ante esta notaría a las 8:00 y 9:00 horas del día 8 de octubre del 2007, se constituyeron las sociedades denominadas FD Praedium Limitada y FD Creations Limitada. Capital social: enteramente suscritos y pagados. Domicilios sociales: en Barrio Córdoba, Zapote, San José.—San José, ocho de octubre del dos mil siete.—Lic. Evelyn Granados Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 49433.—(89263).
Hoy protocolicé acuerdos de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Indo Producciones Sociedad Anónima mediante la cual se reforma la cláusula cuarta del Pacto Social y se nombra nueva junta directiva por el resto del plazo social.—San José, cuatro de octubre del dos mil siete.—Lic. Rosibel Chavarría, Notaria.—1 vez.—Nº 49436.—(89264).
Ante mí, Denia Vásquez Pacheco, notaria pública se constituyó la empresa denominada Norte y Sur Consultores en Turismo y Desarrollo Sostenible Sociedad Anónima, el día tres de octubre del dos mil siete, quien funge como presidente el señor Gerardo Antonio conocido como Fernando Valverde Sánchez.—Fortuna, San Carlos a las nueve horas del tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Denia Vásquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 49438.—(89265).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas con cuarenta y cinco
minutos del diez de agosto del dos mil siete, se ha constituido sociedad
denominada Dimanitho Sociedad Anónima. Presidente: Didier Labau, único
apellido por razón de su nacionalidad francesa. Domicilio:
Ante mí Ademar Antonio Zúñiga Quirós, notario público con oficina en Puriscal, ciento veinticinco sur del Banco Nacional se constituye la sociedad denominada SPM Seguridad Maradiaga S. A. Capital social: diez mil colones exactos. Plazo social: 99 años. Objeto, amplio. Representación: presidente. Escritura otorgada en Puriscal, a las 11:00 horas del 5 de octubre del 2007.—Lic. Ademar Antonio Zúñiga Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 95801.—(89378).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Hacienda Santa Rosa de Paraíso S. A., en la que se reforma la cláusula segunda del pacto social y se nombran apoderados.—San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. José Fidelio Castillo Pérez, Notario.—1 vez.—(89385).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:30 horas del 8 de octubre del 2007, se reformaron las cláusulas tercera y quinta del pacto social de la compañía The Yellow Sky Of San Diego Sociedad Anónima.—San José, 9 de octubre del 2007.—Lic. Max Barrientos Cordero, Notario.—1 vez.—(89386).
Mediante escritura número cincuenta y ocho otorgada a las siete horas del nueve de octubre del año dos mil siete, visible al folio ciento sesenta y seis vuelto del tomo dos del protocolo de la suscrita notaría se constituyó la sociedad denominada Pacific Mountain Brothers Sociedad Anónima. Es todo.—Heredia, a las ocho horas del nueve de octubre del año dos mil siete.—Lic. Andrea Cordero Montero, Notaria.—1 vez.—(89387).
Al ser las diez horas del veintidós de agosto del mil siete, se constituyó en esta notaría la sociedad anónima denominada Asesorías Técnicas JPR Holdings Sociedad Anónima. Capital social de diez mil colones. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintitrés de setiembre del 2007.—Lic. Rafael Ignacio Leandro Rojas, Notario.—1 vez.—(89398).
El suscrito notario hace constar que ante mi notaría se ha constituido una sociedad anónima, con el siguiente nombre Veleros Azules del Pacífico SRL. Es todo.—San José, 9 de octubre del 2007.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—(89400).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas con quince minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Sixty Three Erizo Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89408).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas con cincuenta y cinco minutos del siete de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Twenty Two Raya Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89410).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas con cincuenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Twenty Three Puye Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89412).
Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó Reingeniería y Administración MJ S. A., con domicilio en Cartago y plazo de cien años. Capital suscrito y pagado, representado por acciones comunes. Representantes legales: el presidente y secretario de la junta directiva.—San José, ocho de octubre del dos mil siete.—Lic. Lorna Truque Arias, Notaria.—1 vez.—(89414).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del siete de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Twenty Four Sepia Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89415).
Por escritura otorgada ante mí a las trece horas con cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Twenty Five Tararira Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89416).
Por escritura otorgada ante mí a las trece horas con diez minutos del siete de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Twenty Six Jibia Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89417).
Por escritura otorgada ante mí, se ha constituido la firma Tierras Prósperas FBMB Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Costa Rica. Plazo social: noventa y nueve años. Capital: veinticuatro mil colones; Presidenta: Brenda Liliana Azua Córdova, fecha de otorgamiento nueve de octubre del dos mil siete. San José, Costa Rica.—Lic. Alejandra Baudrit Freer, Notaria.—1 vez.—(89418).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas con quince minutos del siete de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Twenty Seven Bejugo Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89419).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas con veinte minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Twenty Eight Sepia Rosada Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89421).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas con veinticinco minutos del siete de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Twenty Nine Tubito Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89422).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas con treinta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Thirty Torrecilla Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89423).
Inversiones Inmace I, M, S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-uno cuatro cinco cuatro siete tres, se nombra nueva junta directiva, agente residente y se reforma cláusula sexta. Escritura número 37, otorgada a las nueve horas del nueve de octubre del dos mil siete del tomo segundo.—Lic. Jamileth Narváez Valverde, Notaria.—1 vez.—(89424).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas con treinta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Thirty One Trompetita Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89425).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas con cuarenta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Thirty Two Quiton Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89426).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas con cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Thirty Three Pejesapo Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89427).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas con cincuenta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Thrirty Four Bagre Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89428).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas con cincuenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Thirty Five Peonza Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89430).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Thirty Six Caracola Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89431).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas con cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Thirty Seven Sierra Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89432).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas con diez minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Thirty Eight Brotola Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89433).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas con quince minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Thirty Nine Burriqueta Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89435).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas con veinte minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Forty Gibula Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89436).
Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas con cincuenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred And Nineteen Herrera Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89437).
Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas con cincuenta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred And Eighteen Padina Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89438).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas con veinticinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Forty One Catañeta Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89439).
Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas con cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred And Seventeen Gorrito Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89440).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas con treinta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Forty Two Gibula Amarilla Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89442).
Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas con cuarenta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred And Sixteen Liebre de Mar Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89443).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas con treinta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Forty Three Chucho Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89444).
Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas con treinta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred And Fifteen Lapa Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89445).
Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas con treinta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred And Fourteen Mano de Muerto Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89446).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas con cuarenta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Forty Four Cancelaria Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89447).
Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas con veinticinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred And Thirteen Tomate de Mar Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89448).
Por escritura otorgada a las 17:00 horas del ocho de octubre del dos mil siete, se constituye la sociedad IL Varesotto Limitada, capital social dos millones de colones, administración gerente y subgerente con facultades de apoderado generalísimos.—Alajuela, ocho de octubre del dos mil siete.—Lic. Franklin Alpízar Hernández, Notario.—1 vez.—(89449).
Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas con veinte minutos del siete de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred And Twelve Agua Mala Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89450).
Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas con quince minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred And Eleven Ortiga Blanca Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89451).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas con cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Forty Five Palometa Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89452).
Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas con diez minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred And Ten Anemona Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89453).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas con cincuenta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Forty Six Pescadilla Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89454).
Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas con cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred And Nine Agua Cuajada Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89455).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy la sociedad Linda Vista de Carillo S. A., otorga poder generalísimo a favor de José Gilbert Mendoza Díaz.—San Ramón, 4 de octubre del 2007.—Lic. José María Penabad Bustamante, Notario.—1 vez.—Nº 95804.—(89457).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas con cincuenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Forty Seven Navaja Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89458).
Por escritura otorgada ante mí, a las veinte horas del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred And Eight Fissurella Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89459).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecinueve horas con cincuenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred And Seven Protula Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89461).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Forty Eight Cañailla Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89462).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy la sociedad Trophonius Siete S. A., otorga poder generalísimo a favor de José Gilbert Mendoza Díaz.—San Ramón, 4 de octubre de 2007.—Lic. José María Penabad Bustamante, Notario.—1 vez.—Nº 95805.—(89463).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecinueve horas con cincuenta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred And Six Esponja Roja de Mar Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89464)
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas con cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Forty Nine Doncella Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89465).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecinueve horas con cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred And Five Ovate Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89466).
El suscrito notario hace constar, que el día de hoy la sociedad Corporación Mar de Oro de Playa Flamingo S. A., otorga poder generalísimo a favor de José Gilbert Mendoza Díaz.—San Ramón, 4 de octubre de 2007.—Lic. José María Penabad Bustamante, Notario.—1 vez.—Nº 95806.—(89467).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecinueve horas con cuarenta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred And Four Caretta Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89468).
Gabriel Delgado Calvo y Édgar Javier Delgado Villalobos constituyen Inversiones Gadel e Hijos Sociedad Anónima, en la ciudad de San José, a las quince horas del cinco de febrero del dos mil siete, en tomo décimo octavo del notario Luis Marino Castillo López, capital social suscrito y pagado en su totalidad.—Lic. Luis Marino Castillo López, Notario.—1 vez.—Nº 95807.—(89469).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas con diez minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Fifty Salmonete Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89470).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecinueve horas con treinta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred And Three Bursa Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89471).
A las trece horas del veintinueve de setiembre del dos mil siete, se constituyó ante esta notaría la sociedad anónima denominada Keanzu de Quebradas, domiciliada en Pérez Zeledón. El capital social lo constituyen diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Actuarán como apoderados generalísimos sin límite de suma el presidente Johnny Calderón Rodríguez y secretaria Lidia María Alfaro Zúñiga, quienes podrán actuar separadamente o en forma conjunta.—Pérez Zeledón, 1º de octubre del dos mil siete.—Lic. Édgar Jiménez Risco, Notario.—1 vez.—Nº 95808 .—(89472).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas con diez minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Fifty One Cabrilla Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89474).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecinueve horas con treinta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred And Two Falso Coral Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89475).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecinueve horas con veinticinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred And One Globo de Mar Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89476).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas con veinte minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Fifty Two Salpa Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89477).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecinueve horas con veinte minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred Gitanilla Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89479).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16,00 horas del día 2 de octubre del 2007, se constituyó una sociedad anónima cuya razón social será su cédula jurídica. Capital social: suscrito y pagado. Apoderados: presidente y secretario. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, misma fecha.—Lic. Willy Cordero Pinchanski, Notario.—1 vez.—Nº 95809.—(89480).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecinueve horas con quince minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Ninety Nine Agua Calcarea Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89482).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas con treinta minutos del 8 de octubre del año dos mil siete, se reforma la cláusula segunda y se nombran nuevo presidente, secretario y tesorero de la sociedad, asimismo se autoriza al tesorero a abrir cuentas de la sociedad Bosques de Cantabria F.A.S Sociedad Anónima, titular de la cédula tres-ciento uno-cuatro seis nueve nueve cero ocho.—San José, 9 de octubre del 2007.—Lic. Miguel Herrera González, Notario.—1 vez.—Nº 95810.—(89483).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas con veinticinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Fifty Three Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89486).
Por contrato privado otorgado en esta notaría, a las trece horas del día de hoy, Inversiones Romaser P. S. Sociedad Anónima, vende y traspasa la propiedad, posesión y administración del derecho comercial de Farmacia Maro, ubicada en El Roble de Alajuela y hace entrega de los bienes, administración, responsabilidades y todo asunto, actuación, comercialización, o actividad en relación a Farmacia Maro en este acto, a favor de Corporación Analau de Costa Rica Sociedad Anónima.—Alajuela, treinta de setiembre del dos mil siete.—Lic. Sussy Brenes Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 95812.—(89490).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas con treinta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Fifty Four Cachalote Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89491).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecinueve horas con cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Ninety Seven Burga Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89492).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas con cincuenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Ninety Five Almohadilla Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89493).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas con treinta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Fifty Five Tintorera Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89494).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas con cincuenta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Ninety Four Posidonia Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89495).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas con cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Ninety Three Encaje de Venus Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89496).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas con cuarenta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Fifty Six Coralina Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89497).
Ante el suscrito notario, se otorgó la escritura número ciento sesenta y cuatro-b, a las ocho horas del veinte de setiembre del dos mil siete, visible al folio 117 vuelto del tomo 2 de mi protocolo, mediante la cual se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Grasjuli S. A., en la que se modificó la cláusula 1°. Es todo.—San José, veinte de setiembre del dos mil siete.—Lic. Luis Guillermo Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—(89499).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas con cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Fifty Seven Bandija Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89500).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas con cincuenta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Fifty Eight Romero Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89501).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas con cincuenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Fifty Nine Oropéndola Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89502).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Sixty Triton Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89503).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas con cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Sixty One Oriol Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89504).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas con diez minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Sixty Two Papafigol Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89505).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas con veinte minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Sixty Four Cohombro Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89506).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas con veinticinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Sixty Five Jurel Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89509).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas con treinta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Sixty Six Albacora Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89510).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas con treinta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Sixty Seven Robalo Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89511).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas con cuarenta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Sixty Eight Pejerrey Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89513).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas con treinta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Ninety One Penacho Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89514).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas con cuarenta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Ninety Two Sertella Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89515).
Mediante escritura número ciento ochenta y ocho, otorgada ante el suscrito notario Antonio Maklouf Coto, al ser las ocho horas del primero de octubre del año dos mil siete, protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Plumbign Supplies Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero nueve cuatro cero cuatro tres, en la cual se acordó por unanimidad, reformar la cláusula quinta de los estatutos, en cuanto al capital social de la empresa.—San José, quince horas del ocho de octubre del año dos mil siete.—Lic. Antonio Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—Nº 95815.—(89516).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas con treinta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Ninety Espirográfo Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89517).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas con veinticinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Eighty Nine Beroe Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89518).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas con veinte minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Eighty Eight Clavelina Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89519).
Por escritura otorgada por mí, al ser las 8:00 horas del 9 de octubre de 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Distribuidora de Productos Ópticos de Centroamérica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-treinta y dos mil cuarenta, por medio de la cual se revoca la totalidad de la junta directiva, fiscal y agente residente y se hacen nuevos nombramientos, se reforma totalmente la cláusula 6ª, del pacto constitutivo.—San José, al ser las 11:00 horas del 9 de octubre de 2007.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—(89520).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas con diez minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Eighty Six Ofioderma Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89522).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas con quince minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Eighty Seven Santiaguiño Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89523).
Por escritura otorgada por mí, al ser las 7:00 horas del 9 de octubre de 2007, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Club de Golf Conchalitos Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-doscientos treinta y ocho mil treinta y dos, por medio de la cual: se revoca el nombramiento de la totalidad de la junta directiva, del fiscal y del agente residente y se hacen nuevos nombramientos. Se reforma totalmente las cláusulas 2ª, 5ª y 6ª del pacto constitutivo.—San José, al ser las 11:00 horas del 9 de octubre de 2007.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—(89524).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas con cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Eighty Five Plumas Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89525).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas con cuarenta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Eighty Four Chucla Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89526).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas con cincuenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Eighty Three Velero Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89527).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas con cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Eighty One Corrio Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89528).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas con cincuenta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Eighty Two Muguil Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89530).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas con treinta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Seventy Nine Escardon Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89531).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas con cuarenta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Eighty Panzon Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89532).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas con treinta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Seventy Eight Martillo Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89533).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas con veinticinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Seventy Seven Gatuzo Amarillo Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89535).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas con veinte minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Seventy Six Gatopardo Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89536).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas con quince minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Seventy Five Espinozo Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89537).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas con diez minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Seventy Four Cazon Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89538).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas con cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Seventy Three Bacota Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89539).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Seventy Two Magru Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89540).
Por escritura otorgada ante mí, a las veintiún horas del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites One Hundred and Twenty Mactra Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89541).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas con cincuenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Seventy One Sargo Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89543).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas con cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Sixty Nine Agujilla Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89544).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas con cincuenta minutos del siete de setiembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Tesoro Suites Seventy Jerguilla Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—(89545).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del día tres de octubre del dos mil siete, mediante asamblea de accionistas de Contraste Amistoso Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y un mil setecientos sesenta y siete, se reformó la totalidad del pacto social, se modificó la sociedad de sociedad anónima a sociedad de responsabilidad limitada, y se realizaron nuevos nombramientos.—San José, 8 de octubre del 2007.—Lic. Andrés Waisleder Goldberg, Notario.—1 vez.—(89548).
Por escrituras otorgadas ante, se constituyeron las sociedades Wonder Pacific Constructions Services Ltda., Iguana Caro S. A., Aqua City SPA S. A., Follajes y Plantas de Río Frío S. A., Follajes y Plantas del Caribe S. A., y Follajes y Plantas del Atlántico S. A.—Lic. Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—(89550).
Por escritura número doscientos sesenta y dos, se constituyó la sociedad denominada Alvaco Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente: Alfonso Valverde Cordero.—Lic. Alexander Salazar Solórzano, Notario.—1 vez.—(89552).
Por escritura número doscientos sesenta y uno, se constituyó la sociedad denominada Raíces Españolas Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente: Ignacio Antonio Pazos Rey.—Lic. Alexander Salazar Solórzano, Notario.—1 vez.—(89553).
Por escritura número doscientos cincuenta y cinco, se constituyó la sociedad denominada Vidrios y Aluminios del Pacífico Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente: Francisco Rojas Berrocal.—Lic. Alexander Salazar Solórzano, Notario.—1 vez.—(89555).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas, treinta minutos del día veintiocho de setiembre del año dos mil siete, se constituye la sociedad BBP Carpenter Sociedad Anónima.—San José, nueve de octubre del año dos mil siete.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(89558).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas, treinta minutos del día ocho de octubre de dos mil siete, donde se Protocolizan Acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada tres-uno cero dos-cuatro siete cuatro ocho tres nueve sociedad de responsabilidad limitada, donde se acuerda modificar las cláusulas primera, segunda y novena del pacto social.—San José, ocho de octubre del dos mil siete.—Lic. Anneth Jiménez Calvo, Notaria.—1 vez.—(89559).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas del día ocho de octubre de dos mil siete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Seestern Investitionen Sociedad Anónima donde se acuerda la disolución de la compañía.—San José, ocho de octubre del dos mil siete.—Lic. Anneth Jiménez Calvo, Notaria.—1 vez.—(89560).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas del día ocho de octubre de dos mil siete, donde se Protocolizan Acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Iberville Investments IBI Sociedad de Responsabilidad Limitada donde se acuerda modificar las cláusulas segunda y novena del pacto social.—San José, ocho de octubre del dos mil siete.—Lic. Anneth Jiménez Calvo, Notaria.—1 vez.—(89561).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas del día diecinueve de setiembre del año dos mil siete, se constituye la sociedad Corporación Mercantil Iberoamericana Sociedad Anónima.—San José, ocho de octubre del año dos mil siete.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(89562).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del día ocho de octubre de dos mil siete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Del Mar de los Sueños Sociedad Anónima donde se acuerda modificar la cláusula segunda del pacto social.—San José, ocho de octubre del dos mil siete.—Lic. Anneth Jiménez Calvo, Notaria.—1 vez.—(89563).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas del día veintiocho de setiembre del año dos mil siete, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Brockett International Investments S. A. Sociedad Anónima.—San José, nueve de octubre del año dos mil siete.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(89564).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas, cincuenta minutos del día diecinueve de setiembre del año dos mil siete, se constituye la sociedad Corporación de Mercadeo Emotivo Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de setiembre del año dos mil siete.—Lic. Pier Paolo Sinigaglia Gago, Notario.—1 vez.—(89565).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas, cuarenta minutos del día veintiocho de setiembre del año dos mil siete, se constituye la sociedad Paradis Perche Sociedad Anónima.—San José, nueve de octubre del año dos mil siete.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(89566).
En mi notaría, por escritura número ocho otorgada en San José, a las diez horas del cinco de octubre del año dos mil siete, del tomo primero, se constituyó la siguiente sociedad anónima Produc Lex Sociedad Anónima. Con un capital social de diez mil colones. Domiciliada en San José. Representantes: presidente y secretario.—San José, a las diez horas veinte minutos del nueve octubre del año dos mil siete.—Lic. Carlos Francisco Soto Madrigal, Notario.—1 vez.—(89568).
En mi notaría, por escritura número seis otorgada en San José, a las diez horas, treinta minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil siete, del tomo primero, se constituyó la siguiente sociedad anónima Tikal Pack Sociedad Anónima. Con un capital social de diez mil colones. Domiciliada en Cartago. Representante: presidente.—San José, a las diez horas del nueve octubre del año dos mil siete.—Lic. Carlos Francisco Soto Madrigal, Notario.—1 vez.—(89569).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del dos de octubre de dos mil siete, se constituyó la sociedad sin asignación de nombre de fantasía. Cuyo presidente es José María Blanco Rodríguez.—San José, 2 de octubre de 2007.—Lic. Maritza Blanco Vargas, Notaria.—1 vez.—(89584).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-cuatro ocho cuatro ocho nueve seis sociedad anónima, donde se reforman la cláusulas primera del nombre, decimosétima de la administración, vigesimosegunda de la representación y se nombra gerente general.—San José, nueve de octubre del dos mil siete.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—(89611).
Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad B. N. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y siete mil novecientos dieciocho, mediante la cual se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, nueve de octubre de dos mil siete.—Lic. Ernesto Ortega Jiménez, Notario.—1 vez.—(89633).
Por escritura pública otorgada ante mí, a las diez horas del nueve de octubre de dos mil siete, se revoca el nombramiento de un gerente general y se nombra uno nuevo en la compañía Triquint SRL.—San José, diez de octubre de dos mil siete.—Lic. Daniel Araya González, Notario.—1 vez.—(89635).
El suscrito notario hace constar y da fe, que mediante escritura pública otorgada ante mí, a las 12:00 horas del día 4 de octubre de 2007, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria HG Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital: 10.000 colones. Presidente: Esteban Herrera Gurdián. Es todo.—San José, 9 de octubre de 2007.—Lic. Adrián Lizano Pacheco, Notario.—1 vez.—(89637).
La sociedad Motcin Prados Z A S. A., modifica cláusula sexta del pacto social y cambia junta directiva, mediante escritura otorgada a las 9:10 horas del día 28 de julio del año 2007.—Lic. Alberto Baraquiso Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 49440.—(89639).
Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas, el día veintisiete de agosto de dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima Vered Adom Sociedad Anónima. Presidenta Ángela Tischler Fuks. Capital Social ciento veinte mil colones. Plazo: 99 años.—San José, 8 de octubre de 2007.—Lic. Guiza Pinchanski Binderoski, Notario.—1 vez.—Nº 49555.—(89734).
Por escritura otorgada ante mí, a 1as 13:15 horas, el día veintisiete de agosto de dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima Hasefer Sociedad Anónima. Presidenta Ángela Tischler Fuks. Capital Social ciento veinte mil colones. Plazo: 99 años.—San José, 8 de octubre de 2007.—Lic. Guiza Pinchanski Binderoski, Notario.—1 vez.—Nº 49556.—(89735).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 12:30 horas del 3 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad denominada San Antonio de Los Cobres Sociedad Anónima, domicilio: San Juan de Santa Bárbara de Heredia, Capital social 10.000 colones.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Ligia González Marten, Notaria.—1 vez.—Nº 49558.—(89737).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:00 horas del 3 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad denominada Villas de San Sebastián Sociedad Anónima, Domicilio: San Juan de Santa Bárbara de Heredia, Capital social 10.000 colones.—San José, tres de octubre del, dos mil siete.—Lic. Ligia González Marten, Notaria.—1 vez.—Nº 49559.—(89738).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:30 horas del 3 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad denominada Cerro de las Armas Sociedad Anónima, domicilio: San Juan de Santa Bárbara de Heredia, Capital social 10.000 colones.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Ligia González Marten, Notaria.—1 vez.—Nº 49560.—(89739).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:30 horas del 3 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad denominada Santa María del Oro Sociedad Anónima, Domicilio: San Juan de Santa Bárbara de Heredia, Capital social 10.000 colones.—San José tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Ligia González Marten, Notaria.—1 vez.—Nº 49561.—(89740).
Por medio de escritura otorgada, a las 10:00 horas del día 5 de octubre de 2007, se protocolizó acta de la sociedad Desarrolladora y Comercializadora Internacional S. A., por medio de la cual se reforman los estatutos del pacto constitutivo y se nombra Junta Directiva.—San José, 5 de octubre de 2007.—Lic. Leonora Granados Sancho, Notaria.—1 vez.—Nº 49562.—(89741).
Por medio de escritura otorgada a las 10:15 horas, del día 5 de octubre de 2007, se protocolizó acta de la sociedad Corporación de Compañías Agroindustriales CCA S. A. por medio de la cual se reforman los estatutos del pacto constitutivo y se nombra Junta Directiva.—San José, 5 de octubre de 2007.—Lic. Leonora Granados Sancho, Notaria.—1 vez.—Nº 49563.—(89742).
Por medio de escritura otorgada a las 10:30 horas, del día 5 de octubre de 2007, se protocolizó acta de la sociedad Granja Avícola Ricura S. A. por medio de la cual se reforman los estatutos del pacto constitutivo y se nombra Junta Directiva.—San José, 5 de octubre de 2007.—Lic. Leonora Granados Sancho, Notaria.—1 vez.—Nº 49564.—(89743).
Por medio de escritura otorgada a las 10:45 horas, del día 5 de octubre de 2007, se protocolizó acta de la sociedad Hortifruti S. A. por medio de la cual se reforman los estatutos del pacto constitutivo y se nombra Junta Directiva.—San José, 5 de octubre de 2007.—Lic. Leonora Granados Sancho, Notaria.—1 vez.—Nº 49565.—(89744).
Por medio de escritura otorgada a las 10:50 horas, del día 5 de octubre de 2007, se protocolizó acta de la sociedad Industrias Cárnicas Integradas S. A., por medio de la cual se reforman los estatutos del pacto constitutivo y se nombra Junta Directiva.—San José, 5 de octubre de 2007.—Lic. Leonora Granados Sancho, Notaria.—1 vez.—Nº 49566.—(89745).
Ante mí, Marco Vinicio Campos Araya, en mi Notaría en Cóbano, Puntarenas, Bufete Mach & Asociados. Por escritura número 273, tomo segundo de mi Protocolo, se instituye Concretos Nicoya Peninsula Sociedad Anonima, abreviándose Concretos Nicoya Península S. A., Plazo social: Noventa y nueve años. El capital Social: doscientos mil colones exactos, en doscientas acciones de mil colones cada una. El Presidente será: Thoren Ingalls Gatti. La compañía: se dedicará a la fabricación, comercialización, distribución, transporte y venta de productos en concreto y sus derivados, apertura de canteras, similares o afines y su explotación; sin más limitaciones que las impuestas por la legislación vigente en la materia de que se trate; y al comercio en general; puede dedicarse además a: Agricultura, Ganadería... y en general a cualquier otra actividad lícita. Domicilio: Plantel de la compañía, un kilómetro sur de Oficina de Banco Nacional, lado derecho de la vía, Cóbano, distrito once de Puntarenas, cantón uno de Puntarenas, Puntarenas, Costa Rica, Centro América.—Lic. Marco Vinicio Campos Araya, Notario.—1 vez.—Nº 49567.—(89746).
Ante mí, Marco Vinicio Campos Araya, en mi Notaría en Cóbano, Puntarenas, Bufete Mach & Asociados. Por escritura número 273, tomo segundo de mi Protocolo, se instituye Alquile Nicoya Península Sociedad Anónima, abreviándose Alquile Nicoya Península S. A., Plazo social: Noventa y nueve años. El capital Social: doscientos mil colones exactos, en doscientas acciones de mil colones cada una. El Presidente será: Thoren Ingalls Gatti. La compañía: Renta o alquiler de maquinaria pesada o similar, automotores vehiculares, naves, aeronaves y cualquiera otro medio de transporte permitido por ley; propiedades inmuebles, muebles, bienes y servicios varios, sin más limitaciones que las impuestas por la legislación vigente en la materia de que se trate; y al Comercio En General.; puede dedicarse además a: Agricultura, ganadería... y en general a cualquier otra actividad lícita. Domicilio: Plantel de la compañía, un kilómetro sur de Oficina de Banco Nacional, lado derecho de la vía, Cóbano, distrito once de Puntarenas, cantón uno de Puntarenas, Puntarenas, Costa Rica, Centro América.—Lic. Marco Vinicio Campos Araya, Notario.—1 vez.—Nº 49568.—(89747).
Por medio de escritura otorgada a las 11:00 horas, del día 5 de octubre de 2007, se protocolizó acta de la sociedad Panificadora El Hornito S. A., por medio de la cual se reforman los estatutos del pacto constitutivo y se nombra Junta Directiva.—San José, 5 de octubre de 2007.—Lic. Leonora Granados Sancho, Notaria.—1 vez.—Nº 49569.—(89748).
Por medio de escritura otorgada a las 11:15 horas, del día 5 de octubre de 2007, se protocolizó acta de la sociedad Pescarnes S. A. por medio de la cual se reforman los estatutos del pacto constitutivo y se nombra Junta Directiva.—San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. Leonora Granados Sancho, Notaria.—1 vez.—Nº 49570.—(89749).
Mediante
escritura otorgada a las trece horas cincuenta minutos del ocho de octubre de
dos mil siete, ante esta notaría, se protocolizó Acta de Asamblea General
Ordinaria y Extraordinaria de Plantación
Por escritura número 128-113, otorgada ante el notario Jorge Luís Quesada Hidalgo, otorgada a las 9:00 horas del 17 de marzo del año 2007, se constituye la sociedad Vereda de Otoño Rojo S. A.—Dr. Jorge Luis Quesada Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 49573.—(89751).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Atenas Racing Sociedad Anónima. Dicha sociedad fue constituida a las quince horas, del veinticinco de setiembre del dos mil siete, ante el Notario Público Cristian Alejandro Chaverrí Acosta, mediante escritura pública, ciento once-uno, del tomo Primero de mi protocolo.—Atenas, veintiocho de setiembre del dos mil siete.—Lic. Cristian Alejandro Chaverrí Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 49576.—(89752).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Castillo Arguedas Sociedad Anónima. Dicha sociedad fue constituida a las once horas, treinta minutos del tres de setiembre del dos mil siete, ante el Notario Público Cristian Alejandro Chaverrí Acosta, mediante escritura pública noventa y ocho-uno, del tomo Primero de mi protocolo.—Atenas, nueve de octubre del dos mil siete.—Lic. Cristian Alejandro Chaverrí Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 49577.—(89753).
Ante
esta notaría se constituyó la sociedad Coa Trucks Sociedad Anónima.
Dicha sociedad fue constituida a las quince horas, del día veinticuatro de
setiembre del año dos mil siete, ante
Por escritura otorgada a las doce horas, del día tres de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada My Realty Company Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía y cuya traducción al idioma español es Mi Compañía de Bienes Sociedad Anónima pudiéndose abreviar en su aditamento S. A., su capital social es la suma de diez mil colones, corresponde la representación judicial y extrajudicial al presidente y secretario de la sociedad.—Lic. Merlin Starling Leiva Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 49581.—(89755).
Por escritura otorgada por la suscrita Dafne Lizette Blanco Várela a las diecisiete horas, del cinco de octubre de dos mil siete, protocolicé acuerdos de Asamblea General Extraordinaria de Cuotistas de la compañía GBFL Garcilla Front Lots Sociedad Anónima, por lo que se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, doce de setiembre del dos mil siete.—Lic. Dafne Lizette Blanco Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 49582.—(89756).
En escritura otorgada ante esta notaría, a las
diez horas del día veintiséis de setiembre del dos mil siete, se constituye
En
escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día veintisiete de
setiembre del dos mil siete, se constituye
Por escritura otorgada a las 08:30 horas del día 08 de octubre de 2007, protocolicé Acta de Asamblea General Extraordinaria de socios de la empresa Mueblería Sar Sociedad Anónima, donde se reforma artículos segundo, sétimo, octavo, noveno y se agrega artículo 12 del Pacto Social y se nombra Junta Directiva y fiscal.—Lic. Esther Badilla Meléndez, Notaria.—1 vez.—Nº 49587.—(89759).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 13:00 horas del 3 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad denominada San Francisco del Rincón Sociedad Anónima, Domicilio: San Juan de Santa Bárbara de Heredia, Capital social 10.000 colones.— San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Ligia González Marten, Notaria.—1 vez.—Nº 49591.—(89760).
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 13:30 horas del 3 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad denominada San Juan de los Moros Sociedad Anónima, domicilio: San Juan de Santa Bárbara de Heredia, Capital social 10.000 colones.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Ligia González Marten, Notaria.—1 vez.—Nº 49592.—(89761).
Por
escritura otorgada ante mi notaría a las 14:00 horas del 3 de octubre del 2007,
se constituyó la sociedad denominada Villas de
Por escritura otorgada ante mi notaría a las 15:00 horas del 3 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad denominada Inca de Oro Sociedad Anónima, domicilio: San Juan de Santa Bárbara de Heredia, Capital social 10.000 colones.—San José, tres de octubre del, dos mil siete—Lic. Ligia González Marten, Notaria.—1 vez.—Nº 49598.—(89763).
Por
escritura otorgada ante mi notaría, a las 16:00 horas del 3 de octubre del
2007, se constituyó la sociedad denominada Puerto de
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 16:30 horas, del 3 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad denominada Torre del Greco Sociedad Anónima, Domicilio: San Juan de Santa Bárbara de Heredia, Capital social 10.000 colones.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Ligia González Marten, Notaria.—1 vez.—Nº 49597.—(89765).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 15:30 horas del 3 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad denominada Fortaleza de San Telmo Sociedad Anónima, domicilio: San Juan de Santa Bárbara de Heredia, capital social 10.000 colones.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Ligia González Marten, Notaria.—1 vez.—Nº 49599.—(89766).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 14:30 horas del 3 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad denominada Laguna de las Perlas Sociedad Anónima, domicilio: San Juan de Santa Bárbara de Heredia, Capital social 10.000 colones.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Ligia González Marten, Notaria.—1 vez.—Nº 49600.—(89767).
Mediante escritura pública número ciento veintidós, otorgada ante mí, a las diecisiete horas treinta minutos del seis de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Import All Phones S. A., capital totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario, con representación judicial y extrajudicial.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 49601.—(89768).
Mediante escritura pública número ciento veintiuno, otorgada ante mí, a las diecisiete horas del seis de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Importadora de Vehículos Jokad S. A., capital totalmente suscrito y pagado. Presidente y Secretario con representación judicial y extrajudicial.—Lic. Marlon Sánchez Cortes, Notario.—1 vez.—Nº 49602.—(89769).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 17:00 horas del 3 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad denominada Villa Real de San Antonio Sociedad Anónima, domicilio: San Juan de Santa Bárbara de Heredia, Capital social 10.000 colones.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Ligia González Marten, Notaria.—1 vez.—Nº 49604.—(89770).
SEGURIDAD PÚBLICA
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Res. Nº
PI-38-2007.—Ministerio de Seguridad Pública.—Proveeduría Institucional.—San
José, a las dieciséis horas del trece de setiembre de dos mil siete.
Diligencias de incumplimiento
contractual incoadas contra la empresa Jiménez & Tanzi Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cero seis mil cuatrocientos sesenta
y tres, representada por el señor Roberto Jiménez Rodríguez, cédula de
identidad uno-seis seis ocho-uno uno dos, adjudicatario de
Resultando:
1º—Que mediante
resolución de adjudicación LT-079-2005 de las diez horas del 16 de agosto de
2005, se adjudicó a la empresa Jiménez & Tanzi Sociedad Anónima, las
posiciones 14 (marcadores fosforescentes) y 15 (grapa para engrapadora
Standard), entre otras.
2º—Que en fecha 7 de
setiembre del 2005, fue entregada a la empresa Jiménez & Tanzi Sociedad
Anónima, la orden de compra Nº 4500038441, de fecha 30 de agosto del 2005, en
la que se señala como plazo de entrega un día hábil después de recibido dicho
documento, no obstante al haberse concedido la prórroga solicitada, el plazo de
entrega se extendió hasta el día 20 de setiembre de 2005.
3º—Que según asiento contable
del Almacén Institucional los bienes correspondientes a las posiciones 14 y 15
fueron entregados por la empresa Jiménez & Tanzi Sociedad Anónima, los días
12 y 3 de octubre de 2005, respectivamente. (Folios 8 y 9 del expediente del
procedimiento).
4º—Que mediante oficio Nº
PI-279-2007 de fecha 9 de febrero del 2007, suscrito por la licenciada Elke
Céspedes Ramírez, Jefe de Contrataciones Administrativas de
5º—Que mediante resolución Nº
08-2007-PI, de las once horas del trece de marzo del 2007, se nombró al Proceso
Jurídico Contractual de
6º—Que de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 213 y 217 del Reglamento a
7º—Que vencido el plazo de la
audiencia, la empresa Jiménez & Tanzi Sociedad Anónima, no presentó escrito
alguno refiriéndose al presunto incumplimiento.
8º—Que se han realizado las
diligencias útiles y necesarias y se tiene presente las normas de derecho
aplicables a efecto de dictar la presente resolución.
Considerando:
I.—Que una vez
analizado el presente caso,
1. Que en la oferta presentada por la empresa
Jiménez & Tanzi Sociedad Anónima, el plazo de entrega de los bienes se
estipuló en 1 día hábil después de recibir la orden de compra. Posterior a la
adjudicación,
2. Que la orden de compra 4500038441 fue recibida
por la empresa adjudicataria el día 7 de setiembre de 2006 y tomando en cuenta
la ampliación concedida el plazo vencía el 20 de setiembre de 2005.
3. Que en fecha 3 de octubre de 2005, la empresa
Jiménez & Tanzi S. A., entregó al Almacén Institucional los bienes
adjudicados en la posición 15 (2262 cajas de grapas para engrapadora estándar
en cajas de 5000 unidades), según asiento contable de ingreso AI 0466/05.
4. Que en fecha 12 de octubre de 2005, la empresa
Jiménez & Tanzi S. A., entregó al Almacén Institucional los bienes
adjudicados en la posición 14 (3000 unidades de marcadores fosforescentes color
verde claro, marca Faber, cajas con 12 unidades).
5. Que el cartel de la contratación, contempla
cláusula penal, la cual establece que: “La ejecución tardía del contrato
acarreará para el adjudicatario, como sanción, una multa a favor del Ministerio
de Seguridad Pública equivalente a un treintavo (1/30) del veinte por ciento
(20%) del monto adjudicado de la posición respectiva por cada día natural de
atraso en la entrega, de acuerdo con el plazo contractual a que se haya obligado,
y se hará efectiva del importe de los saldos de pago pendientes de
6. Que la actuación de la sociedad Jiménez &
Tanzi , según se manifiesta en el oficio 1319-07-DGFP de fecha 22 de mayo de 2007,
ocasionó un perjuicio a
II.—En primer término,
se debe considerar que en los procedimientos de licitación, deben privar los
principios de eficiencia y conveniencia de la satisfacción del interés público,
por lo que la contratación administrativa deberá ajustarse a los procedimientos
de racionalidad y proporcionalidad del acto administrativo, tal y como lo
establece el artículo 4 de
En el caso de marras, se pudo
constatar que la empresa Jiménez & Tanzi S. A., entregó en forma tardía los
bienes adjudicados en las posiciones 14 y 15 de Licitación Restringida 79-2005,
pues los bienes debieron entregarse el día 20 de setiembre y no es hasta el día
3 de octubre que se recibió la posición 15 y el 12 de octubre la posición 14,
además debe considerarse que no existió ningún elemento de atraso atribuible a
las actuaciones de
De conformidad con lo
establecido por el ordenamiento jurídico aplicable, el atraso en la entrega de
los bienes de la contratación, sólo encontraría justificación en motivos de
caso fortuito o fuerza mayor, como consecuencia de hechos o circunstancias que
exceden a la voluntad de las partes; por cuanto no pueden preverse, o que
previsto no pueda resistirse, situación que no acontece en la presente contratación.
Así las cosas, se logró
establecer que el actuar de la sociedad anónima Jiménez & Tanzi, deviene en
un incumplimiento de las obligaciones contraídas con este Ministerio, en cuanto
al plazo de entrega, toda vez que los bienes se entregaron los días 3 y 12 de
octubre cuando debió ser el 2o de setiembre de 2005, razón por la cual resulta
aplicable lo indicado en el cartel de la presente contratación en cuanto a la
cláusula penal de la siguiente forma:
Por entrega
tardía de la posición 14 (3000 marcadores fosforescentes).
Fecha de entrega |
Cantidad de bienes |
Precio unitario ¢94.00 |
Días de atraso |
20% de lo adjudicado |
1/30 del 20% adjudicado p/línea |
Multa por el atraso |
12 octubre 05 |
3000 |
¢282.000 |
22 |
¢56.400,00 |
¢1.880,00 |
¢41.360,00 |
Por entrega tardía de la posición 15 (2262 grapas para
engrapadora Standard).
Fecha de entrega |
Cantidad de bienes |
Precio unitario ¢179.00 |
Días de atraso |
20% de lo adjudicado |
1/30 del 20% adjudicado p/línea |
Multa por el atraso |
3 octubre |
2262 |
¢404.898,00 |
13 |
¢80.979,60 |
¢2.699,32 |
¢35.091,16 |
Para un
gran total de ¢76.451,16 (setenta y seis mil cuatrocientos cincuenta y un
colones con dieciséis céntimos).
Dicha suma deberá deducirse
de saldos de pago existentes y en caso contrario de la garantía de cumplimiento
y si existiese algún otro saldo deberá hacerse el apercibimiento
correspondiente.
Aunado a lo anterior, es
necesario recordar que en materia de contratación administrativa se encuentra
regulado dos tipos de sanciones administrativas a saber: apercibimiento e
inhabilitación. El apercibimiento se encuentra regulado en el artículo 99 de
Por su parte, la sanción de
inhabilitación esta dispuesta en el artículo 100 de
En el caso concreto tenemos
que a la empresa Jiménez & Tanzi, esta Asesoría como Órgano Director del
procedimiento en proceso de incumplimiento en
“...que se aperciba
de no incurrir en hechos de las misma índole en los próximos tres años a la
empresa Jiménez & Tanzi S. A., cédula jurídica N° 3-101-006463,
Representante Legal, y adjudicataria de la posición 1 en
Partiendo de lo
expuesto, tenemos que la empresa Jiménez & Tanzi, incurrió en una entrega
tardía en la contratación CD-288-05, motivo por el cual el Órgano Director
recomendó que se le apercibiera a la empresa de no incurrir en conductas
similares, so pena de ser sancionada con inhabilitación y siendo que en el
proceso de contratación en la licitación por registro 079-2005, la empresa
volvió a incurrir en una entrega tardía, resulta procedente aplicar la sanción
de inhabilitación que estipula en artículo 100 de
Resulta necesario rescatar,
que según lo dispuesto en aquel momento por
En virtud de todo lo anterior,
resulta procedente declarar responsable a la empresa Jiménez & Tanzi S. A.,
adjudicatario de la licitación restringida 079-2005, denominada “Compra de
útiles y materiales para oficina”, por lo que se hace acreedor : 1) De la
sanción prevista en la cláusula penal del cartel licitario, tal y como se
calculó supra y 2) Inhabilitación por el plazo de dos años para contratar con
esta Administración, según lo expuesto y de conformidad con el 100 de
Acoger la recomendación
emitida por el Órgano Director del procedimiento y por lo tanto: 1) Que se
ejecute lo dispuesto en la presente resolución en contra de la empresa Jiménez
& Tanzi S. A, cédula jurídica 3-101-006463, adjudicataria de la licitación
restringida 079-2005 “Compra de útiles y materiales para oficina”, para
Bach. José Ramírez
Pérez, Proveedor Institucional.—(Solicitud Nº 49031).—C-348560.—(86863).
HACIENDA
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE HEREDIA
Nº ED-DGT-AT. 001-2007.—Por desconocerse el domicilio fiscal actual y habiéndose agotada las formas de localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 137 y 169 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto los saldos deudores de los contribuyentes que a continuación indican:
Nº Req. |
Contribuyente |
Imp. |
Documento |
Período |
Monto ¢ |
1911001103137 |
Dehischlager Givan Cameron Cédula 0800820561 |
Renta |
1012005885572 |
12/2004 |
443,486.92 |
1911001269843 |
Distrib. Arepasa de C.R. S. A. Cédula 3-101-346638 |
Ventas |
1041051520022 |
10/2004 |
701.345.00 |
1911001269843 |
Distrib. Arepasa de C.R. S. A. Cédula 3-101-346638 |
Ventas |
1041051520074 |
11/2004 |
983.854.00 |
1911001269843 |
Distrib. Arepasa de C.R.S.A. Cédula 3-101-346638 |
Tec |
1261016094502 |
12/2004 |
750.00 |
Total 4 casos |
|
|
|
|
2.129.435.92 |
* Más recargos de ley *
Se concede un plazo de quince
días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que los
contribuyentes arriba indicados cancelen la deuda. De no hacerlo, el caso será
trasladado a
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
SUCURSAL DE
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
En virtud de no
haberse podido notificar administrativamente el aviso de cobro al patrono
Rodríguez Rojas Lorena, cédula Nº 108150462-001-001, por este medio se le pone
en conocimiento el adeudo pendiente ante
En virtud de no
haberse podido notificar administrativamente el aviso de cobro al patrono
Córdoba Valverde Mayra, cédula Nº 301941281-001-001, por este medio se le pone
en conocimiento el adeudo pendiente ante
En virtud de no
haberse podido notificar administrativamente el aviso de cobro al patrono
Vasbuck B K Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 31019424117-001-001,
representada por el señor Vásquez Rojas José Martín, cédula 204000957, por este
medio se le pone en conocimiento el adeudo pendiente ante
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Órgano Director.—Procedimiento Ordinario Administrativo contra la empresa Hanapaa S. A., hoy denominada Nasmate Indian Traditions S. A., propietaria del transporte acuático Hanapaa.—San José, a las nueve horas del veinticinco de setiembre del dos mil siete. Comunica:
Que con base en
el oficio DGA-2932-07,
Contra esa resolución proceden
los Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el
plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante
Órgano Director.—Procedimiento Ordinario Administrativo contra la empresa Viajes Hustler Limitada hoy denominada Pesca con Caña en Aguas Azules S. A., propietaria del transporte acuático Hustler Tour.—San José, a las diez horas del veinticinco de setiembre del dos mil siete. Comunica:
Que con base en
el oficio DGA-2931-07,
Contra esa resolución proceden
los Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el
plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante
Resolución Nº
G-1358-2007.—Instituto Costarricense de Turismo. Gerencia General. San José, a
las ocho horas del veinte de junio del dos mil siete.
Resultando:
1º—Que mediante
sesión número 4347 del 31 de marzo de 1993,
2º—Que a la empresa Minelly S.
A., mediante acuerdo tomado por
3º—Que por medio del oficio
FOM-691-97 del 21 de abril de 1997 el señor Jesús Torres Herrera, Supervisor de
Empresas y Servicios Turísticos, presentó informe sobre la visita de inspección
realizada al Albergue Minelly, con el fin de obtener información sobre las actividades
de la empresa Minelly S. A. Según la investigación realizada se pudo constatar
que el albergue estaba cerrado y que en ese momento el local se llamaba City
Club; razón por la cual se recomendó la apertura del procedimiento
administrativo para
4º—Que mediante el oficio FOM-768-97 del 29 de abril de 1997 el Departamento de Fomento recomienda al Departamento de Incentivos el inicio del Procedimiento Administrativo para determinar posibles incumplimientos a la declaratoria turística otorgada a la empresa Albergue Minelly, propiedad de Minelly S. A.
5º—Que una vez realizado el
procedimiento administrativo correspondiente, por medio del comunicado de
acuerdo SJD-1409-97 del 02 de diciembre de 1997,
Considerando:
1º—Que de acuerdo
con el artículo 12 de
2º—Que la cláusula tercera,
incisos f) del Contrato Turístico, la empresa se compromete a “cumplir estrictamente
todas las obligaciones establecidas en
3º—Que de conformidad con el
artículo 15 del Reglamento de
En caso de que la empresa con
contrato turístico le fuera cancelada la declaratoria turística por
4º—Que tal y como lo señala la
doctrina jurídica los derechos pueden clasificarse por su naturaleza en
derechos principales y derechos accesorios. Los primeros existen por sí mismos,
de modo autónomo, o sea, independientemente de todo otro derecho que pueda
servirle de fundamento. Los segundos, por su misma naturaleza, se hallan subordinados
a otros, de modo que no pueden existir a no ser en conexión con otro derecho
principal. Esa relación de dependencia es la que existe entre la declaratoria
turística otorgada a una empresa y el contrato turístico, pues el segundo tiene
como presupuesto fundamental e indispensable la existencia de la primera, es
decir, si
5º—Que
Sobre lo expuesto anteriormente
“En
reiteradas ocasiones esta Sala ha dicho que en cumplimiento del debido proceso
establecido en el artículo 39 constitucional, el pretendido autor de un hecho
que le puede deparar una sanción debe tener oportunidad efectiva de ejercer su
derecho de defensa para lo cual es indispensable que se le otorgue audiencia
desde el inicio mismo del procedimiento disciplinario y se le haga una clara
imputación de los hechos y pruebas existentes en su contra para que el
sancionable pueda conocer de qué se le acusa concretamente. Pero cuando como
en este caso cuando (sic) los hechos son directamente constatables dado que con
el solo examen del registro de asistencia se comprueben los mismos, no hay
ningún debido proceso que cumplir y puede
“No lleva razón la recurrente al afirmar que se ha violado en su
perjuicio la garantía constitucional al debido proceso, toda vez que el hecho
de que no hubiera cancelado el monto correspondiente a la patente, ni atendido
supuesto por espacio mínimo de un mes, constituye un elemento objetivo cuya
constatación es fácilmente verificable por parte de
“Ciertamente el debido proceso se eleva a derecho fundamental, e implica para las Autoridades Administrativas la obligación de seguir un procedimiento previo cuando de la imposición de una sanción se refiere, procedimiento cuyo objetivo es la comprobación de la existencia de la conducta que amerita la sanción. Ahora bien, los actos de mera constatación no requieren de un procedimiento previo para comprobárselos, porque son justamente eso (sic) actos que se constatan a simple vista. El procedimiento es el medio para comprobar la conducta e imponer la sanción, pero si ya la conducta se constata no se requiere instaurar un procedimiento, cuyo objetivo era justamente constatar la conducta.” (Lo resaltado no es del original) Voto 2006-011097 de las diez horas con veinticinco minutos del veintiocho de julio de dos mil seis.
6º—Que en el caso
que nos ocupa
7º—Que la resolución que Cancela el Contrato Turístico es impugnable mediante los recursos ordinarios de Ley, garantizando de esta forma el derecho de defensa del administrado tal y como lo indica nuestra Sala Constitucional.
“Además, en este caso concreto no se demuestra que haya habido indefensión puesto que el recurrente presenta recurso de revocatoria con apelación en subsidio, (……) En conclusión, no se comprueba que se haya violado el derecho al debido proceso, ni porque deba seguirse un procedimiento previo para comprobar la ausencia a una sesión convocada (acto de mera constatación) ni porque se haya producido indefensión al recurrente, quien ha ejercido su derecho de defensa al interponer los recursos correspondientes. Así las cosas, el recurso debe declararse sin lugar en todos sus extremos.” (Lo resaltado no es del original) Voto 2006-011097 de las diez horas con veinticinco minutos del veintiocho de julio de dos mil seis.
“Considera esta Sala que no existe motivo para variar su criterio en
torno a este tema. En efecto, la entrega de los referidos índices es un deber
esencial de la función que realizan los notarios públicos. Ante su omisión o
simple atraso, no resulta necesario realizar un procedimiento administrativo
ordinario, pues la certeza de la falta proviene de la simple constatación de
que se carece de los índices en el Archivo Notarial. Por ello, el debido
proceso en un caso como éste es garantizado en tanto al afectado con la medida
se le permita en forma efectiva impugnar la resolución que lo sanciona,….
En vista de lo anterior, la directriz en cuestión, en tanto define una
procedimiento de mera constatación para la sanción de los notarios que omitan
entregar en tiempo sus índices, no resulta contraria a las normas consagradas
en los artículos 39 y 41 de
Por tanto:
El Instituto
Costarricense de Turismo resuelve: cancelar el Contrato Turístico quinientos
cuarenta y tres, otorgado a favor de la empresa Minelly S. A., por habérsele
cancelado
Resolución Nº
G-1359-2007.—Instituto Costarricense de Turismo. Gerencia General. San José, a
las nueve horas del veinte de junio del dos mil siete.
Resultando:
1º—Que mediante
sesión ordinaria número 4308 del 28 de octubre de 1992,
2º—Que a la empresa Oleajes
Serenos S. A., mediante acuerdo tomado por
3º—Que mediante addendum al contrato turístico número 529 otorgado a la empresa Oleajes Serenos S. A., se aclara que la razón social de la empresa es Oleaje Sereno S. A., cédula jurídica número tres – ciento uno – cero nueve tres cuatro nueve cuatro – uno cuatro, y no como se consignó en el contrato turístico original.
4º—Que por medio del oficio
FOM-1828-97 del 02 de setiembre de 1997 el señor Eligio Bonilla Carvajal,
Supervisor de Empresas y Servicios Turísticos, presentó informe sobre la visita
de inspección realizada al Hotel Pargo Rojo en donde se encontró que las
instalaciones en la parte exterior no habían sido objeto del mejor
mantenimiento, además se observó la puerta de recepción cerrada y enfrente el
estacionamiento cubierto casi en su totalidad por hierba. En el interior del
hotel se presenta la misma situación. Según manifestaciones del señor Ramiro
Murillo, no han operado en lo que va del año, debido a que él adquirió la
propiedad, sin embargo, los dueños originales no le habían hecho efectivos sus
derechos. Por esta razón, dijo el señor Murillo, es que no estaba en
disposición de invertir dinero en las mejoras, sino hasta que su situación se
haya aclarado; razón por la cual se recomendó la apertura del procedimiento
administrativo para
5º—Que mediante el oficio FOM-1854-97 del 05 de setiembre de 1997 el Departamento de Fomento recomienda al Departamento de Incentivos el inicio del Procedimiento Administrativo para determinar posibles incumplimientos a la declaratoria turística otorgada a la empresa Hotel Pargo Rojo, propiedad de Oleaje Sereno S. A.
6º—Que una vez realizado el
procedimiento administrativo correspondiente,
Considerando:
1º—Que de acuerdo
con el artículo 12 de
2º—Que la cláusula tercera, incisos
f) del Contrato Turístico, la empresa se compromete a “cumplir estrictamente
todas las obligaciones establecidas en
3º—Que de conformidad con el
artículo 15 del Reglamento de
En caso de que la empresa con
contrato turístico le fuera cancelada la declaratoria turística por
4º—Que tal y como lo señala la
doctrina jurídica los derechos pueden clasificarse por su naturaleza en
derechos principales y derechos accesorios. Los primeros existen por sí mismos,
de modo autónomo, o sea, independientemente de todo otro derecho que pueda servirle
de fundamento. Los segundos, por su misma naturaleza, se hallan subordinados a
otros, de modo que no pueden existir a no ser en conexión con otro derecho
principal. Esa relación de dependencia es la que existe entre la declaratoria
turística otorgada a una empresa y el contrato turístico, pues el segundo tiene
como presupuesto fundamental e indispensable la existencia de la primera, es
decir, si
5º—Que
Sobre lo expuesto anteriormente
“En
reiteradas ocasiones esta Sala ha dicho que en cumplimiento del debido proceso
establecido en el artículo 39 constitucional, el pretendido autor de un hecho
que le puede deparar una sanción debe tener oportunidad efectiva de ejercer su
derecho de defensa para lo cual es indispensable que se le otorgue audiencia
desde el inicio mismo del procedimiento disciplinario y se le haga una clara
imputación de los hechos y pruebas existentes en su contra para que el
sancionable pueda conocer de qué se le acusa concretamente. Pero cuando como
en este caso cuando (sic) los hechos son directamente constatables dado que con
el solo examen del registro de asistencia se comprueben los mismos, no hay ningún
debido proceso que cumplir y puede
“No lleva razón la recurrente al afirmar que se ha violado en su
perjuicio la garantía constitucional al debido proceso, toda vez que el hecho
de que no hubiera cancelado el monto correspondiente a la patente, ni atendido
supuesto por espacio mínimo de un mes, constituye un elemento objetivo cuya
constatación es fácilmente verificable por parte de
“Ciertamente el debido proceso se eleva a derecho fundamental, e implica para las Autoridades Administrativas la obligación de seguir un procedimiento previo cuando de la imposición de una sanción se refiere, procedimiento cuyo objetivo es la comprobación de la existencia de la conducta que amerita la sanción. Ahora bien, los actos de mera constatación no requieren de un procedimiento previo para comprobárselos, porque son justamente eso (sic) actos que se constatan a simple vista. El procedimiento es el medio para comprobar la conducta e imponer la sanción, pero si ya la conducta se constata no se requiere instaurar un procedimiento, cuyo objetivo era justamente constatar la conducta.” (Lo resaltado no es del original) Voto 2006-011097 de las diez horas con veinticinco minutos del veintiocho de julio de dos mil seis.
6º—Que en el caso
que nos ocupa
7º—Que la resolución que Cancela el Contrato Turístico es impugnable mediante los recursos ordinarios de Ley, garantizando de esta forma el derecho de defensa del administrado tal y como lo indica nuestra Sala Constitucional.
“Además, en este caso concreto no se demuestra que haya habido indefensión puesto que el recurrente presenta recurso de revocatoria con apelación en subsidio, (……) En conclusión, no se comprueba que se haya violado el derecho al debido proceso, ni porque deba seguirse un procedimiento previo para comprobar la ausencia a una sesión convocada (acto de mera constatación) ni porque se haya producido indefensión al recurrente, quien ha ejercido su derecho de defensa al interponer los recursos correspondientes. Así las cosas, el recurso debe declararse sin lugar en todos sus extremos.” (Lo resaltado no es del original) Voto 2006-011097 de las diez horas con veinticinco minutos del veintiocho de julio de dos mil seis.
“Considera esta Sala que no existe motivo para variar su criterio en
torno a este tema. En efecto, la entrega de los referidos índices es un deber
esencial de la función que realizan los notarios públicos. Ante su omisión o
simple atraso, no resulta necesario realizar un procedimiento administrativo
ordinario, pues la certeza de la falta proviene de la simple constatación de
que se carece de los índices en el Archivo Notarial. Por ello, el debido
proceso en un caso como éste es garantizado en tanto al afectado con la medida
se le permita en forma efectiva impugnar la resolución que lo sanciona,….
En vista de lo anterior, la directriz en cuestión, en tanto define una procedimiento
de mera constatación para la sanción de los notarios que omitan entregar en
tiempo sus índices, no resulta contraria a las normas consagradas en los
artículos 39 y 41 de
Por tanto:
El Instituto
Costarricense de Turismo resuelve: cancelar el Contrato Turístico quinientos
veintinueve, otorgado a favor de la empresa Oleaje Sereno S. A., por habérsele
cancelado
Resolución Nº
G-1360-2007.—Instituto Costarricense de Turismo. Gerencia General. San José, a
las diez horas del veinte de junio del dos mil siete.
Resultando:
1º—Que mediante
sesión ordinaria número 4279 del 08 de julio de 1992,
2º—Que a la empresa Agencia de
Viajes el Mundo de los Viajes S. A., mediante acuerdo tomado por
3º—Que por medio del oficio
FOM-2103-00 del 04 de agosto del 2000 el señor Fernando Sáenz Zúñiga,
Supervisor de Empresas y Servicios Turísticos, presentó informe sobre la visita
realizada a la empresa, Agencia de Viajes Mundo de los Viajes S. A. Según la
investigación realizada se pudo constatar que dicha empresa no se encuentra
localizada en la dirección que consta en el expediente, razón por la cual se
recomendó la apertura del procedimiento administrativo para
4º—Que mediante el oficio
FOM-047-01 del 09 de enero del 2001 el Departamento de Fomento recomienda
5º—Que una vez realizado el
procedimiento administrativo correspondiente, por medio del oficio G-2369-2002
del 26 de noviembre del 2002, esta Gerencia General procedió a cancelar
Considerando:
1º—Que de acuerdo
con el artículo 12 de
2º—Que la cláusula tercera,
incisos f) del Contrato Turístico, la empresa se compromete a “cumplir
estrictamente todas las obligaciones establecidas en
3º—Que de conformidad con el
artículo 15 del Reglamento de
En caso de que la empresa con
contrato turístico le fuera cancelada la declaratoria turística por
4º—Que tal y como lo señala la
doctrina jurídica los derechos pueden clasificarse por su naturaleza en
derechos principales y derechos accesorios. Los primeros existen por sí mismos,
de modo autónomo, o sea, independientemente de todo otro derecho que pueda
servirle de fundamento. Los segundos, por su misma naturaleza, se hallan
subordinados a otros, de modo que no pueden existir a no ser en conexión con
otro derecho principal. Esa relación de dependencia es la que existe entre la
declaratoria turística otorgada a una empresa y el contrato turístico, pues el
segundo tiene como presupuesto fundamental e indispensable la existencia de la
primera, es decir, si
5º—Que
Sobre lo expuesto anteriormente
“En
reiteradas ocasiones esta Sala ha dicho que en cumplimiento del debido proceso
establecido en el artículo 39 constitucional, el pretendido autor de un hecho
que le puede deparar una sanción debe tener oportunidad efectiva de ejercer su
derecho de defensa para lo cual es indispensable que se le otorgue audiencia
desde el inicio mismo del procedimiento disciplinario y se le haga una clara
imputación de los hechos y pruebas existentes en su contra para que el
sancionable pueda conocer de qué se le acusa concretamente. Pero cuando como
en este caso cuando (sic) los hechos son directamente constatables dado que con
el solo examen del registro de asistencia se comprueben los mismos, no hay
ningún debido proceso que cumplir y puede
“No lleva razón la recurrente al afirmar que se ha violado en su
perjuicio la garantía constitucional al debido proceso, toda vez que el hecho
de que no hubiera cancelado el monto correspondiente a la patente, ni atendido
supuesto por espacio mínimo de un mes, constituye un elemento objetivo cuya
constatación es fácilmente verificable por parte de
“Ciertamente el debido proceso se eleva a derecho fundamental, e implica para las Autoridades Administrativas la obligación de seguir un procedimiento previo cuando de la imposición de una sanción se refiere, procedimiento cuyo objetivo es la comprobación de la existencia de la conducta que amerita la sanción. Ahora bien, los actos de mera constatación no requieren de un procedimiento previo para comprobárselos, porque son justamente eso (sic) actos que se constatan a simple vista. El procedimiento es el medio para comprobar la conducta e imponer la sanción, pero si ya la conducta se constata no se requiere instaurar un procedimiento, cuyo objetivo era justamente constatar la conducta.” (Lo resaltado no es del original) Voto 2006-011097 de las diez horas con veinticinco minutos del veintiocho de julio de dos mil seis.
6º—Que en el caso
que nos ocupa
7º—Que la resolución que Cancela el Contrato Turístico es impugnable mediante los recursos ordinarios de Ley, garantizando de esta forma el derecho de defensa del administrado tal y como lo indica nuestra Sala Constitucional.
“Además, en este caso concreto no se demuestra que haya habido indefensión puesto que el recurrente presenta recurso de revocatoria con apelación en subsidio, (……) En conclusión, no se comprueba que se haya violado el derecho al debido proceso, ni porque deba seguirse un procedimiento previo para comprobar la ausencia a una sesión convocada (acto de mera constatación) ni porque se haya producido indefensión al recurrente, quien ha ejercido su derecho de defensa al interponer los recursos correspondientes. Así las cosas, el recurso debe declararse sin lugar en todos sus extremos.” (Lo resaltado no es del original) Voto 2006-011097 de las diez horas con veinticinco minutos del veintiocho de julio de dos mil seis.
“Considera esta Sala que no existe motivo para variar su criterio en
torno a este tema. En efecto, la entrega de los referidos índices es un deber
esencial de la función que realizan los notarios públicos. Ante su omisión o
simple atraso, no resulta necesario realizar un procedimiento administrativo
ordinario, pues la certeza de la falta proviene de la simple constatación de
que se carece de los índices en el Archivo Notarial. Por ello, el debido
proceso en un caso como éste es garantizado en tanto al afectado con la medida
se le permita en forma efectiva impugnar la resolución que lo sanciona,….
En vista de lo anterior, la directriz en cuestión, en tanto define una
procedimiento de mera constatación para la sanción de los notarios que omitan
entregar en tiempo sus índices, no resulta contraria a las normas consagradas
en los artículos 39 y 41 de
Por tanto:
El Instituto
Costarricense de Turismo resuelve: cancelar el Contrato Turístico cuatrocientos
ochenta y siete, otorgado a favor de la empresa Agencia de Viajes Mundo de los
Viajes S. A., por habérsele cancelado
Resolución Nº
G-1362-2007.—Instituto Costarricense de Turismo. Gerencia General. San José, a
las doce horas del veinte de junio del dos mil siete.
Resultando:
1º—Que mediante
sesión ordinaria número 4304 del 14 de octubre de 1992,
2º—Que a la empresa Operadora de
Turismo Diamante Tropical S. A., mediante acuerdo tomado por
3º—Que por medio del oficio
FOM-623-98 del 14 de abril de 1998 el señor Eligio Bonilla Carvajal, Supervisor
de Empresas y Servicios Turísticos, presentó informe sobre la visita de
inspección realizada a la empresa Operadora de Turismo Diamante Tropical S. A.
en la dirección conocida, con el fin de verificar la información contenida en
los archivos; sin embargo al llegar al lugar, se encontró que las instalaciones
que ocupaba
4º—Que mediante el oficio FOM-664-98 del 20 de abril de 1998 el Departamento de Fomento recomienda esta Gerencia General, el inicio del Procedimiento Administrativo para determinar posibles incumplimientos a la declaratoria turística otorgada a la empresa Agencia de Viajes Diamante Tropical, propiedad de Operadora de Turismo Diamante Tropical S. A.
5º—Que una vez realizado el
procedimiento administrativo correspondiente, por medio del oficio G-1776-98
del 24 de setiembre de 1998, esta Gerencia General procedió a cancelar
Considerando:
1º—Que de acuerdo
con el artículo 12 de
2º—Que la cláusula tercera,
incisos f) del Contrato Turístico, la empresa se compromete a “cumplir
estrictamente todas las obligaciones establecidas en
3º—Que de conformidad con el
artículo 15 del Reglamento de
En caso de que la empresa con
contrato turístico le fuera cancelada la declaratoria turística por
4º—Que tal y como lo señala la
doctrina jurídica los derechos pueden clasificarse por su naturaleza en
derechos principales y derechos accesorios. Los primeros existen por sí mismos,
de modo autónomo, o sea, independientemente de todo otro derecho que pueda
servirle de fundamento. Los segundos, por su misma naturaleza, se hallan
subordinados a otros, de modo que no pueden existir a no ser en conexión con
otro derecho principal. Esa relación de dependencia es la que existe entre la
declaratoria turística otorgada a una empresa y el contrato turístico, pues el
segundo tiene como presupuesto fundamental e indispensable la existencia de la
primera, es decir, si
5.- Que
Sobre lo expuesto anteriormente
“En
reiteradas ocasiones esta Sala ha dicho que en cumplimiento del debido proceso
establecido en el artículo 39 constitucional, el pretendido autor de un hecho
que le puede deparar una sanción debe tener oportunidad efectiva de ejercer su
derecho de defensa para lo cual es indispensable que se le otorgue audiencia
desde el inicio mismo del procedimiento disciplinario y se le haga una clara
imputación de los hechos y pruebas existentes en su contra para que el
sancionable pueda conocer de qué se le acusa concretamente. Pero cuando como
en este caso cuando (sic) los hechos son directamente constatables dado que con
el solo examen del registro de asistencia se comprueben los mismos, no hay
ningún debido proceso que cumplir y puede
“No lleva razón la recurrente al afirmar que se ha violado en su perjuicio
la garantía constitucional al debido proceso, toda vez que el hecho de que no
hubiera cancelado el monto correspondiente a la patente, ni atendido supuesto
por espacio mínimo de un mes, constituye un elemento objetivo cuya
constatación es fácilmente verificable por parte de
“Ciertamente el debido proceso se eleva a derecho fundamental, e implica para las Autoridades Administrativas la obligación de seguir un procedimiento previo cuando de la imposición de una sanción se refiere, procedimiento cuyo objetivo es la comprobación de la existencia de la conducta que amerita la sanción. Ahora bien, los actos de mera constatación no requieren de un procedimiento previo para comprobárselos, porque son justamente eso (sic) actos que se constatan a simple vista. El procedimiento es el medio para comprobar la conducta e imponer la sanción, pero si ya la conducta se constata no se requiere instaurar un procedimiento, cuyo objetivo era justamente constatar la conducta.” (Lo resaltado no es del original) Voto 2006-011097 de las diez horas con veinticinco minutos del veintiocho de julio de dos mil seis.
6º—Que en el caso
que nos ocupa
7º—Que la resolución que Cancela el Contrato Turístico es impugnable mediante los recursos ordinarios de Ley, garantizando de esta forma el derecho de defensa del administrado tal y como lo indica nuestra Sala Constitucional.
“Además, en este caso concreto no se demuestra que haya habido indefensión puesto que el recurrente presenta recurso de revocatoria con apelación en subsidio, (……) En conclusión, no se comprueba que se haya violado el derecho al debido proceso, ni porque deba seguirse un procedimiento previo para comprobar la ausencia a una sesión convocada (acto de mera constatación) ni porque se haya producido indefensión al recurrente, quien ha ejercido su derecho de defensa al interponer los recursos correspondientes. Así las cosas, el recurso debe declararse sin lugar en todos sus extremos.” (Lo resaltado no es del original) Voto 2006-011097 de las diez horas con veinticinco minutos del veintiocho de julio de dos mil seis.
“Considera esta Sala que no existe motivo para variar su criterio en
torno a este tema. En efecto, la entrega de los referidos índices es un deber
esencial de la función que realizan los notarios públicos. Ante su omisión o
simple atraso, no resulta necesario realizar un procedimiento administrativo
ordinario, pues la certeza de la falta proviene de la simple constatación de
que se carece de los índices en el Archivo Notarial. Por ello, el debido
proceso en un caso como éste es garantizado en tanto al afectado con la medida
se le permita en forma efectiva impugnar la resolución que lo sanciona,….
En vista de lo anterior, la directriz en cuestión, en tanto define una
procedimiento de mera constatación para la sanción de los notarios que omitan
entregar en tiempo sus índices, no resulta contraria a las normas consagradas
en los artículos 39 y 41 de
Por tanto:
El Instituto
Costarricense de Turismo resuelve: cancelar el Contrato Turístico quinientos
ocho, otorgado a favor de la empresa Operadora de Turismo Diamante Tropical S.
A., por habérsele cancelado
Resolución Nº
G-1363-2007.—Instituto Costarricense de Turismo. Gerencia General. San José, a
las trece horas del veinte de junio del dos mil siete.
Resultando:
1º—Que mediante
sesión ordinaria número 4170 del 19 de junio de 1991,
2º—Que a la empresa Club
Talolinga Playa Flamingo S. A., mediante acuerdo tomado por
3º—Que por medio del oficio FOM-2353-99 del 06 de julio de 1999 el señor Eligio Bonilla Carvajal, Supervisor de Empresas y Servicios Turísticos, presentó informe sobre la visita realizada a la empresa Club Talolinga Playa Flamingo S. A., con el fin de obtener información sobre sus operaciones. Según la investigación realizada no ha variado mucho en relación a las visitas anteriores, por cuanto solamente se ha terminado una habitación con todos los detalles de las siete habitaciones, ocupada en la actualidad por el señor Scout Fitzgerald. Tampoco se encontró personal trabajando ni se observan obras recientes y la única persona presente en el lugar dijo que sus funciones eran mostrar las instalaciones a los turistas que ingresan a conocer el proyecto.
4º—Que mediante el oficio FOM-2736-99 del 23 de agosto de 1999 el Departamento de Fomento recomienda esta Gerencia el inicio del Procedimiento Administrativo para determinar posibles incumplimientos a la declaratoria turística otorgada a la empresa Hotel Club Talolinga, propiedad de Club Talolinga Playa Flamingo S. A.
5º—Que una vez realizado el
procedimiento administrativo correspondiente, por medio del oficio G-1790-2000
del 14 de agosto del 2000, y de conformidad con los oficios FOM-1866-00 y
DL-685-2000, esta Gerencia General procedió a cancelar
6º—Que el día 29 de agosto del 2000, el señor Luis Francisco Castro Camacho Apoderado Especial de la empresa Club Talolinga Playa Flamingo S. A., presenta recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra la resolución fundada en el oficio DL-685-2000.
7º—Que mediante el memorando
DL-846-2000 del 20 de setiembre del 2000,
8º—Que mediante oficio
G-2194-2000, esta Gerencia General basada en el pronunciamiento de
9º—Que
Considerando:
1º—Que de acuerdo
con el artículo 12 de
2º—Que la cláusula tercera,
incisos f) del Contrato Turístico, la empresa se compromete a “cumplir
estrictamente todas las obligaciones establecidas en
3º—Que de conformidad con el
artículo 15 del Reglamento de
En caso de que la empresa con
contrato turístico le fuera cancelada la declaratoria turística por
4º—Que tal y como lo señala la
doctrina jurídica los derechos pueden clasificarse por su naturaleza en
derechos principales y derechos accesorios. Los primeros existen por sí mismos,
de modo autónomo, o sea, independientemente de todo otro derecho que pueda
servirle de fundamento. Los segundos, por su misma naturaleza, se hallan
subordinados a otros, de modo que no pueden existir a no ser en conexión con
otro derecho principal. Esa relación de dependencia es la que existe entre la
declaratoria turística otorgada a una empresa y el contrato turístico, pues el
segundo tiene como presupuesto fundamental e indispensable la existencia de la
primera, es decir, si
5º—Que
Sobre lo expuesto anteriormente
“En
reiteradas ocasiones esta Sala ha dicho que en cumplimiento del debido proceso
establecido en el artículo 39 constitucional, el pretendido autor de un hecho
que le puede deparar una sanción debe tener oportunidad efectiva de ejercer su
derecho de defensa para lo cual es indispensable que se le otorgue audiencia
desde el inicio mismo del procedimiento disciplinario y se le haga una clara
imputación de los hechos y pruebas existentes en su contra para que el
sancionable pueda conocer de qué se le acusa concretamente. Pero cuando como
en este caso cuando (sic) los hechos son directamente constatables dado que con
el solo examen del registro de asistencia se comprueben los mismos, no hay
ningún debido proceso que cumplir y puede
“No lleva razón la recurrente al afirmar que se ha violado en su
perjuicio la garantía constitucional al debido proceso, toda vez que el hecho
de que no hubiera cancelado el monto correspondiente a la patente, ni atendido
supuesto por espacio mínimo de un mes, constituye un elemento objetivo cuya
constatación es fácilmente verificable por parte de
“Ciertamente el debido proceso se eleva a derecho fundamental, e implica para las Autoridades Administrativas la obligación de seguir un procedimiento previo cuando de la imposición de una sanción se refiere, procedimiento cuyo objetivo es la comprobación de la existencia de la conducta que amerita la sanción. Ahora bien, los actos de mera constatación no requieren de un procedimiento previo para comprobárselos, porque son justamente eso (sic) actos que se constatan a simple vista. El procedimiento es el medio para comprobar la conducta e imponer la sanción, pero si ya la conducta se constata no se requiere instaurar un procedimiento, cuyo objetivo era justamente constatar la conducta.” (Lo resaltado no es del original) Voto 2006-011097 de las diez horas con veinticinco minutos del veintiocho de julio de dos mil seis.
6º—Que en el caso
que nos ocupa
7º—Que la resolución que Cancela el Contrato Turístico es impugnable mediante los recursos ordinarios de Ley, garantizando de esta forma el derecho de defensa del administrado tal y como lo indica nuestra Sala Constitucional.
“Además, en este caso concreto no se demuestra que haya habido indefensión puesto que el recurrente presenta recurso de revocatoria con apelación en subsidio, (……) En conclusión, no se comprueba que se haya violado el derecho al debido proceso, ni porque deba seguirse un procedimiento previo para comprobar la ausencia a una sesión convocada (acto de mera constatación) ni porque se haya producido indefensión al recurrente, quien ha ejercido su derecho de defensa al interponer los recursos correspondientes. Así las cosas, el recurso debe declararse sin lugar en todos sus extremos.” (Lo resaltado no es del original) Voto 2006-011097 de las diez horas con veinticinco minutos del veintiocho de julio de dos mil seis.
“Considera esta Sala que no existe motivo para variar su criterio en
torno a este tema. En efecto, la entrega de los referidos índices es un deber
esencial de la función que realizan los notarios públicos. Ante su omisión o
simple atraso, no resulta necesario realizar un procedimiento administrativo
ordinario, pues la certeza de la falta proviene de la simple constatación de
que se carece de los índices en el Archivo Notarial. Por ello, el debido
proceso en un caso como éste es garantizado en tanto al afectado con la medida
se le permita en forma efectiva impugnar la resolución que lo sanciona,….
En vista de lo anterior, la directriz en cuestión, en tanto define una
procedimiento de mera constatación para la sanción de los notarios que omitan
entregar en tiempo sus índices, no resulta contraria a las normas consagradas
en los artículos 39 y 41 de
Por tanto:
El Instituto
Costarricense de Turismo resuelve: cancelar el Contrato Turístico trescientos
cincuenta y seis, otorgado a favor de la empresa Club Talolinga Playa Flamingo
S. A., por habérsele cancelado
Resolución Nº
G-1399-2007.—Instituto Costarricense de Turismo. Gerencia General. San José, a
las doce horas del veintidós de junio del dos mil siete.
Resultando:
1º—Que mediante
sesión ordinaria número 4194 del 11 de setiembre de 1991,
2º—Que a la empresa Rogur del
Pacífico S. A., mediante acuerdo tomado por
3º—Que por medio del oficio FOM-044-97 del 08 de enero de 1997 el señor Eligio Bonilla Carvajal, Supervisor de Empresas y Servicios Turísticos, presentó informe sobre la visita realizada a la empresa Rogur del Pacífico S. A., con el fin de obtener información sobre sus actividades. Según la investigación realizada se observó una embarcación de recreo y deporte llamada Las Gardelas siendo acondicionada. En cuanto al motor fuera de borda y el bote inflable, estaban siendo reparados en un taller en Puntarenas, sin embargo el bote no sería reparado por encontrarse evidentemente deteriorado.
4º—Que mediante oficio DL-036-97
5º—Que mediante acuerdo de Junta Directiva SJD-281-97, los Señores Directores acuerdan dar un último plazo de tres meses para que la empresa Rogur del Pacífico S. A., finalice la acreditación de los cambios respectivos.
6º—Que el día 07 de julio de
1997,
7º—Que mediante memorando
DL-717-97,
8º—Que una vez realizado el
procedimiento administrativo correspondiente, por medio del comunicado de
acuerdo SJD-1002-97 del 26 de agosto de 1997,
Considerando:
1º—Que de acuerdo
con el artículo 12 de
2º—Que la cláusula tercera,
incisos f) del Contrato Turístico, la empresa se compromete a “cumplir
estrictamente todas las obligaciones establecidas en
3º—Que de conformidad con el
artículo 15 del Reglamento de
En caso de que la empresa con
contrato turístico le fuera cancelada la declaratoria turística por
4º—Que tal y como lo señala la
doctrina jurídica los derechos pueden clasificarse por su naturaleza en
derechos principales y derechos accesorios. Los primeros existen por sí mismos,
de modo autónomo, o sea, independientemente de todo otro derecho que pueda
servirle de fundamento. Los segundos, por su misma naturaleza, se hallan
subordinados a otros, de modo que no pueden existir a no ser en conexión con
otro derecho principal. Esa relación de dependencia es la que existe entre la
declaratoria turística otorgada a una empresa y el contrato turístico, pues el
segundo tiene como presupuesto fundamental e indispensable la existencia de la
primera, es decir, si
5º—Que
Sobre lo expuesto anteriormente
“En
reiteradas ocasiones esta Sala ha dicho que en cumplimiento del debido proceso
establecido en el artículo 39 constitucional, el pretendido autor de un hecho
que le puede deparar una sanción debe tener oportunidad efectiva de ejercer su
derecho de defensa para lo cual es indispensable que se le otorgue audiencia
desde el inicio mismo del procedimiento disciplinario y se le haga una clara
imputación de los hechos y pruebas existentes en su contra para que el
sancionable pueda conocer de qué se le acusa concretamente. Pero cuando como
en este caso cuando (sic) los hechos son directamente constatables dado que con
el solo examen del registro de asistencia se comprueben los mismos, no hay
ningún debido proceso que cumplir y puede
“No lleva razón la recurrente al afirmar que se ha violado en su
perjuicio la garantía constitucional al debido proceso, toda vez que el hecho
de que no hubiera cancelado el monto correspondiente a la patente, ni atendido
supuesto por espacio mínimo de un mes, constituye un elemento objetivo cuya
constatación es fácilmente verificable por parte de
“Ciertamente el debido proceso se eleva a derecho fundamental, e implica para las Autoridades Administrativas la obligación de seguir un procedimiento previo cuando de la imposición de una sanción se refiere, procedimiento cuyo objetivo es la comprobación de la existencia de la conducta que amerita la sanción. Ahora bien, los actos de mera constatación no requieren de un procedimiento previo para comprobárselos, porque son justamente eso (sic) actos que se constatan a simple vista. El procedimiento es el medio para comprobar la conducta e imponer la sanción, pero si ya la conducta se constata no se requiere instaurar un procedimiento, cuyo objetivo era justamente constatar la conducta.” (Lo resaltado no es del original) Voto 2006-011097 de las diez horas con veinticinco minutos del veintiocho de julio de dos mil seis.
6º—Que en el caso
que nos ocupa
7º—Que la resolución que Cancela el Contrato Turístico es impugnable mediante los recursos ordinarios de Ley, garantizando de esta forma el derecho de defensa del administrado tal y como lo indica nuestra Sala Constitucional.
“Además, en este caso concreto no se demuestra que haya habido indefensión puesto que el recurrente presenta recurso de revocatoria con apelación en subsidio, (……) En conclusión, no se comprueba que se haya violado el derecho al debido proceso, ni porque deba seguirse un procedimiento previo para comprobar la ausencia a una sesión convocada (acto de mera constatación) ni porque se haya producido indefensión al recurrente, quien ha ejercido su derecho de defensa al interponer los recursos correspondientes. Así las cosas, el recurso debe declararse sin lugar en todos sus extremos.” (Lo resaltado no es del original) Voto 2006-011097 de las diez horas con veinticinco minutos del veintiocho de julio de dos mil seis.
“Considera esta Sala que no existe motivo para variar su criterio en
torno a este tema. En efecto, la entrega de los referidos índices es un deber
esencial de la función que realizan los notarios públicos. Ante su omisión o
simple atraso, no resulta necesario realizar un procedimiento administrativo
ordinario, pues la certeza de la falta proviene de la simple constatación de
que se carece de los índices en el Archivo Notarial. Por ello, el debido
proceso en un caso como éste es garantizado en tanto al afectado con la medida
se le permita en forma efectiva impugnar la resolución que lo sanciona,….
En vista de lo anterior, la directriz en cuestión, en tanto define una
procedimiento de mera constatación para la sanción de los notarios que omitan
entregar en tiempo sus índices, no resulta contraria a las normas consagradas
en los artículos 39 y 41 de
Por tanto:
El Instituto
Costarricense de Turismo resuelve: cancelar el Contrato Turístico trescientos
setenta y seis, otorgado a favor de la empresa Rogur del Pacífico S. A., por
habérsele cancelado
Resolución Nº
G-1509-2007.—Instituto Costarricense de Turismo. Gerencia General. San José, a
las ocho horas del cuatro de julio del dos mil siete.
Resultando:
1º—Que mediante
sesión ordinaria número 4316 del 25 de noviembre de 1992,
2º—Que a la empresa Agencias,
Proyectos e Inversiones Turísticas Costazul S. A., mediante acuerdo tomado por
3º—Que por medio del oficio DIN-INS-044-98 del 31 de agosto de 1998 el señor Francisco Esquivel Espinoza, Supervisor del Departamento de Incentivos, presentó informe sobre la visita de inspección realizada a la empresa Agencias, Proyectos e Inversiones Turísticas Costazul S. A. Según la investigación realizada no fue posible localizar el sitio donde se desarrollará el mismo ni encontrar telefónicamente al representante de la empresa, por lo que se deduce que dicho proyecto aún no se ha llagada a desarrollar.
4º—Que mediante el oficio FOM-2701-98 del 06 de noviembre de 1998 el Departamento de Fomento recomienda esta Gerencia el inicio del Procedimiento Administrativo para determinar posibles incumplimientos a la declaratoria turística otorgada a la empresa Hotel Cocodrilo, propiedad de Agencias, Proyectos e Inversiones Turísticas Costazul S. A.
5º—Que una vez realizado el
procedimiento administrativo correspondiente, por medio del oficio G-1113-99
del 21 de junio de 1999, esta Gerencia General procedió a cancelar
Considerando:
1º—Que de acuerdo
con el artículo 12 de
2º—Que la cláusula tercera,
incisos f) del Contrato Turístico, la empresa se compromete a “cumplir
estrictamente todas las obligaciones establecidas en
3º—Que de conformidad con el
artículo 15 del Reglamento de
En caso de que la empresa con
contrato turístico le fuera cancelada la declaratoria turística por
4º—Que tal y como lo señala la
doctrina jurídica los derechos pueden clasificarse por su naturaleza en
derechos principales y derechos accesorios. Los primeros existen por sí mismos,
de modo autónomo, o sea, independientemente de todo otro derecho que pueda
servirle de fundamento. Los segundos, por su misma naturaleza, se hallan
subordinados a otros, de modo que no pueden existir a no ser en conexión con
otro derecho principal. Esa relación de dependencia es la que existe entre la
declaratoria turística otorgada a una empresa y el contrato turístico, pues el
segundo tiene como presupuesto fundamental e indispensable la existencia de la
primera, es decir, si
5º—Que
Sobre lo expuesto anteriormente
“En
reiteradas ocasiones esta Sala ha dicho que en cumplimiento del debido proceso
establecido en el artículo 39 constitucional, el pretendido autor de un hecho
que le puede deparar una sanción debe tener oportunidad efectiva de ejercer su
derecho de defensa para lo cual es indispensable que se le otorgue audiencia
desde el inicio mismo del procedimiento disciplinario y se le haga una clara
imputación de los hechos y pruebas existentes en su contra para que el
sancionable pueda conocer de qué se le acusa concretamente. Pero cuando como
en este caso cuando (sic) los hechos son directamente constatables dado que con
el solo examen del registro de asistencia se comprueben los mismos, no hay
ningún debido proceso que cumplir y puede
“No lleva razón la recurrente al afirmar que se ha violado en su
perjuicio la garantía constitucional al debido proceso, toda vez que el hecho
de que no hubiera cancelado el monto correspondiente a la patente, ni atendido
supuesto por espacio mínimo de un mes, constituye un elemento objetivo cuya
constatación es fácilmente verificable por parte de
“Ciertamente el debido proceso se eleva a derecho fundamental, e implica para las Autoridades Administrativas la obligación de seguir un procedimiento previo cuando de la imposición de una sanción se refiere, procedimiento cuyo objetivo es la comprobación de la existencia de la conducta que amerita la sanción. Ahora bien, los actos de mera constatación no requieren de un procedimiento previo para comprobárselos, porque son justamente eso (sic) actos que se constatan a simple vista. El procedimiento es el medio para comprobar la conducta e imponer la sanción, pero si ya la conducta se constata no se requiere instaurar un procedimiento, cuyo objetivo era justamente constatar la conducta.” (Lo resaltado no es del original) Voto 2006-011097 de las diez horas con veinticinco minutos del veintiocho de julio de dos mil seis.
6º—Que en el caso
que nos ocupa
7º—Que la resolución que Cancela el Contrato Turístico es impugnable mediante los recursos ordinarios de Ley, garantizando de esta forma el derecho de defensa del administrado tal y como lo indica nuestra Sala Constitucional.
“Además, en este caso concreto no se demuestra que haya habido indefensión puesto que el recurrente presenta recurso de revocatoria con apelación en subsidio, (……) En conclusión, no se comprueba que se haya violado el derecho al debido proceso, ni porque deba seguirse un procedimiento previo para comprobar la ausencia a una sesión convocada (acto de mera constatación) ni porque se haya producido indefensión al recurrente, quien ha ejercido su derecho de defensa al interponer los recursos correspondientes. Así las cosas, el recurso debe declararse sin lugar en todos sus extremos.” (Lo resaltado no es del original) Voto 2006-011097 de las diez horas con veinticinco minutos del veintiocho de julio de dos mil seis.
“Considera esta Sala que no existe motivo para variar su criterio en
torno a este tema. En efecto, la entrega de los referidos índices es un deber
esencial de la función que realizan los notarios públicos. Ante su omisión o
simple atraso, no resulta necesario realizar un procedimiento administrativo
ordinario, pues la certeza de la falta proviene de la simple constatación de
que se carece de los índices en el Archivo Notarial. Por ello, el debido
proceso en un caso como éste es garantizado en tanto al afectado con la medida
se le permita en forma efectiva impugnar la resolución que lo sanciona,….
En vista de lo anterior, la directriz en cuestión, en tanto define una
procedimiento de mera constatación para la sanción de los notarios que omitan
entregar en tiempo sus índices, no resulta contraria a las normas consagradas
en los artículos 39 y 41 de
Por tanto:
El Instituto
Costarricense de Turismo resuelve: cancelar el Contrato Turístico quinientos
veinte, otorgado a favor de la empresa Agencias, Proyectos e Inversiones
Turísticas Costazul S. A., por habérsele cancelado
Resolución Nº
G-1532-2007.—Instituto Costarricense de Turismo. Gerencia General. San José, a
las trece horas del cinco de julio del dos mil siete.
Resultando:
1º—Que mediante
sesión ordinaria número 3901 del 20 de setiembre de 1988,
2º—Que a la empresa Deportes
Acuáticos del Pacífico S. A., mediante acuerdo tomado por
3º—Que por medio del oficio FOM-070-03 del 08 de enero del 2003 el señor Eligio Bonilla Carvajal, Supervisor de Empresas y Servicios Turísticos, presentó informe sobre la visita realizada a la sede de operaciones del transporte acuático citado, ubicadas en el Hotel Condovac, Playa Hermosa, sin embrago las puertas estaban cerradas y por las ventanas se observó que el local estaba vacío. Así las cosas se le dio a la empresa un plazo de diez días para que se pronunciara, y con fecha 17 de febrero del 2003 el señor Shlomo Setto quien dice ser el nuevo representante de la empresa, se pronuncia y dice que se tenga a su persona como nuevo presidente de la empresa y que se actualice la dirección de las oficinas administrativas, entre otras cosas.
4º—Que mediante pronunciamiento
de
5º—Que mediante el oficio FOM-687-03 del 03 de marzo del 2003 el Departamento de Fomento recomienda a esta Gerencia General el inicio del Procedimiento Administrativo para determinar posibles incumplimientos a la declaratoria turística otorgada a la empresa Deportes Acuáticos del Pacífico S. A.
6º—Que una vez realizado el
procedimiento administrativo correspondiente, por medio del oficio G-900-2003
del 28 de mayo del 2003, esta Gerencia General procedió a cancelar
Considerando:
1º—Que de acuerdo
con el artículo 12 de
2º—Que la cláusula tercera,
incisos f) del Contrato Turístico, la empresa se compromete a “cumplir
estrictamente todas las obligaciones establecidas en
3º—Que de conformidad con el
artículo 15 del Reglamento de
En caso de que la empresa con
contrato turístico le fuera cancelada la declaratoria turística por
4º—Que tal y como lo señala la
doctrina jurídica los derechos pueden clasificarse por su naturaleza en
derechos principales y derechos accesorios. Los primeros existen por sí mismos,
de modo autónomo, o sea, independientemente de todo otro derecho que pueda
servirle de fundamento. Los segundos, por su misma naturaleza, se hallan
subordinados a otros, de modo que no pueden existir a no ser en conexión con
otro derecho principal. Esa relación de dependencia es la que existe entre la
declaratoria turística otorgada a una empresa y el contrato turístico, pues el
segundo tiene como presupuesto fundamental e indispensable la existencia de la
primera, es decir, si
5º—Que
Sobre lo expuesto anteriormente
“En
reiteradas ocasiones esta Sala ha dicho que en cumplimiento del debido proceso
establecido en el artículo 39 constitucional, el pretendido autor de un hecho
que le puede deparar una sanción debe tener oportunidad efectiva de ejercer su
derecho de defensa para lo cual es indispensable que se le otorgue audiencia
desde el inicio mismo del procedimiento disciplinario y se le haga una clara
imputación de los hechos y pruebas existentes en su contra para que el
sancionable pueda conocer de qué se le acusa concretamente. Pero cuando como
en este caso cuando (sic) los hechos son directamente constatables dado que con
el solo examen del registro de asistencia se comprueben los mismos, no hay
ningún debido proceso que cumplir y puede
“No lleva razón la recurrente al afirmar que se ha violado en su
perjuicio la garantía constitucional al debido proceso, toda vez que el hecho
de que no hubiera cancelado el monto correspondiente a la patente, ni atendido
supuesto por espacio mínimo de un mes, constituye un elemento objetivo cuya
constatación es fácilmente verificable por parte de
“Ciertamente el debido proceso se eleva a derecho fundamental, e implica para las Autoridades Administrativas la obligación de seguir un procedimiento previo cuando de la imposición de una sanción se refiere, procedimiento cuyo objetivo es la comprobación de la existencia de la conducta que amerita la sanción. Ahora bien, los actos de mera constatación no requieren de un procedimiento previo para comprobárselos, porque son justamente eso (sic) actos que se constatan a simple vista. El procedimiento es el medio para comprobar la conducta e imponer la sanción, pero si ya la conducta se constata no se requiere instaurar un procedimiento, cuyo objetivo era justamente constatar la conducta.” (Lo resaltado no es del original) Voto 2006-011097 de las diez horas con veinticinco minutos del veintiocho de julio de dos mil seis.
6º—Que en el caso
que nos ocupa
7º—Que la resolución que Cancela el Contrato Turístico es impugnable mediante los recursos ordinarios de Ley, garantizando de esta forma el derecho de defensa del administrado tal y como lo indica nuestra Sala Constitucional.
“Además, en este caso concreto no se demuestra que haya habido indefensión puesto que el recurrente presenta recurso de revocatoria con apelación en subsidio, (……) En conclusión, no se comprueba que se haya violado el derecho al debido proceso, ni porque deba seguirse un procedimiento previo para comprobar la ausencia a una sesión convocada (acto de mera constatación) ni porque se haya producido indefensión al recurrente, quien ha ejercido su derecho de defensa al interponer los recursos correspondientes. Así las cosas, el recurso debe declararse sin lugar en todos sus extremos.” (Lo resaltado no es del original) Voto 2006-011097 de las diez horas con veinticinco minutos del veintiocho de julio de dos mil seis.
“Considera esta Sala que no existe motivo para variar su criterio en
torno a este tema. En efecto, la entrega de los referidos índices es un deber
esencial de la función que realizan los notarios públicos. Ante su omisión o
simple atraso, no resulta necesario realizar un procedimiento administrativo
ordinario, pues la certeza de la falta proviene de la simple constatación de
que se carece de los índices en el Archivo Notarial. Por ello, el debido
proceso en un caso como éste es garantizado en tanto al afectado con la medida
se le permita en forma efectiva impugnar la resolución que lo sanciona,….
En vista de lo anterior, la directriz en cuestión, en tanto define una
procedimiento de mera constatación para la sanción de los notarios que omitan
entregar en tiempo sus índices, no resulta contraria a las normas consagradas
en los artículos 39 y 41 de
Por tanto:
El Instituto
Costarricense de Turismo resuelve: cancelar el Contrato Turístico ciento
setenta y nueve, otorgado a favor de la empresa Deportes Acuáticos del Pacífico
S. A., por habérsele cancelado
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Res. RRG-7243-2007.—San José, a las 11:05 horas del 21 de setiembre del dos mil siete. (OT-347-2007).
Considerando:
1º—Que
mediante boleta número 2007-096278, el
día 31 de agosto del 2007, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa
413866 por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley
7593, Ley de
2º—Que según la boleta supra indicada, Cristian Umaña Alfaro, documento de identificación número 1-1269-0557, podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización.
3º—Que consultada la página
electrónica del Registro Público de
4º—Que
5º—Que en virtud de la
jurisprudencia de
6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe
nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias
establecidas en
7º—Que conforme la resolución
RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas
del 6 de julio de 2007, se delegó en el Director de
Con fundamento en las
competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
1º—Dar inicio al
procedimiento administrativo contra Cristian Umaña Alfaro, en calidad de
conductor e Iris Alfaro Araya como dueña registral del vehículo involucrado,
que se tramitará bajo el número OT-347-2007, nombrando como órgano director del
procedimiento a Tatiana Quesada Espinoza, cédula 1-952-537 y Shirley Alfaro
Alfaro, cédula número 4-148-789, funcionarias de
2º—Notifíquese a Cristian Umaña
Alfaro, en calidad de conductor y a Iris Alfaro Araya en calidad de propietaria
del vehículo 413866, por medio de
publicación tres veces en
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 20026).—C-85325.—(89363).
Res. RRG-7248-2007.—San José, a las 11:30 horas del 21 de setiembre del dos mil siete. (OT-352-2007).
Considerando:
1º—Que
mediante boleta número 2006-400038, el
día 1° de setiembre del 2007, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa
663672 por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley
7593, Ley de
2º—Que según la boleta supra indicada, José Guadamuz Villafuerte, documento de identificación número 5-176-431, podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización.
3º—Que consultada la página
electrónica del Registro Público de
4º—Que
5º—Que en virtud de la
jurisprudencia de
6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe
nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias
establecidas en
7º—Que conforme la resolución
RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas
del 6 de julio de 2007, se delegó en el Director de
Con fundamento en las
competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
1º—Dar inicio al
procedimiento administrativo contra José Guadamuz Villafuerte, en calidad de
conductor y contra Allen Gerardo López Flores, en calidad de dueño registral
del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el número OT-352-2007,
nombrando como órgano director del procedimiento a Tatiana Quesada Espinoza,
cédula 1-952-537 y Shirley Alfaro Alfaro, cédula 4-148-789, funcionarias de
2º—Notifíquese a José Guadamuz
Villafuerte, en calidad de conductor por medio de publicación tres veces en
3º—Notifíquese a Allen Gerardo
López Flores como dueño registral del vehículo placa 663672, aplicándose lo
dispuesto en el artículo 12 de
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 20026).—C-85325.—(89364).
Res. RRG-7251-2007.—San José, a las once horas y cuarenta y cinco minutos del 21 de setiembre del año dos mil siete. (OT-355-2007).
Considerando:
1º—Que
mediante boleta número 2007-058910, el
día 29 de agosto del 2007, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa
179304 por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38. d) de la ley
7593, Ley de
2º—Que según la boleta supra indicada, Luis Fernando Quirós Meneses, documento de identificación número 5-339-612, podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización.
3º—Que consultada la página
electrónica del Registro Público de
4º—Que
5º—Que en virtud de la
jurisprudencia de
6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe
nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias
establecidas en
7º—Que conforme la resolución
RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas
del 6 de julio de 2007, se delegó en el Director de
Con fundamento en las
competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
1º—Dar inicio al
procedimiento administrativo contra Luis Fernando Quirós Meneses, en calidad de
conductor y contra Línea Uno de San José Sociedad Anónima, en calidad de dueña registral
del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el número OT-355-2007,
nombrando como órgano director del procedimiento a Tatiana Quesada Espinoza,
cédula 1-952-537 y Shirley Alfaro Alfaro, cédula 4-148-789, funcionarias de
2º—Notifíquese a Luis Fernando
Quirós Meneses, en calidad de conductor por medio de publicación tres veces en
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 20026).—C-85325.—(89365).
Res. RRG-7254-2007.—San José, a las 12:00 horas del 21 de setiembre del año dos mil siete. (OT-358-2007).
Considerando:
1º—Que mediante
boleta número 2006-439656, el día 1° de setiembre del 2007, se retuvo como
medida cautelar el vehículo placa 360165 por supuesta violación de lo
establecido en el artículo 38. d) de la ley 7593, Ley de
2º—Que según la boleta supra indicada, Nicolás Castillo Calderón, documento de identificación número CR-002RE4772001999, podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización.
3º—Que consultada la página
electrónica del Registro Público de
4º—Que
5º—Que en virtud de la
jurisprudencia de
6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe
nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias
establecidas en
7º—Que conforme la resolución
RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas
del 6 de julio de 2007, se delegó en el Director de
Con fundamento en las
competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
1º—Dar inicio al
procedimiento administrativo contra Nicolás Castillo Calderón, en calidad de
conductor y dueño registral del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el
número OT-358-2007, nombrando como órgano director del procedimiento a Tatiana
Quesada Espinoza, cédula 1-952-537 y
Shirley Alfaro Alfaro, cédula 4-148-789, funcionarias de
2º—Notifíquese a Nicolás Castillo
Calderón, en calidad de conductor y dueño registral del vehículo 360165, por
medio de publicación tres veces en
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 20027).—C-76250.—(89366).
Res. RRG-7260-2007.—San José, a las 12:30 horas del 21 de setiembre del año dos mil siete. (OT-364-2007).
Considerando:
1º—Que
mediante boleta número 2007-077254, el
día 7 de setiembre del 2007, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa
619960 por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38. d) de la ley
7593, Ley de
2º—Que según la boleta supra indicada, Nelson Viales Sandí, documento de identificación número 6-293-851, podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización.
3º—Que consultada la página
electrónica del Registro Público de
4º—Que
5º—Que en virtud de la
jurisprudencia de
6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe
nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias
establecidas en
7º—Que conforme la resolución
RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas
del 6 de julio de 2007, se delegó en el Director de
Con fundamento en las
competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
1º—Dar inicio al
procedimiento administrativo contra Nelson Viales Sandí, en calidad de
conductor y a José Luis Bellido Vargas
como dueño registral del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el número
OT-364-2007, nombrando como órgano director del procedimiento a Tatiana Quesada
Espinoza, cédula 1-952-537 y Shirley Alfaro Alfaro, cédula 4-148-789,
funcionarias de
2º—Notifíquese a Nelson Viales
Sandí, en calidad de conductor por medio de publicación tres veces en
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 20027).—C-76250.—(89367).
Res. RRG-7266-2007.—San José, a las 13:00 horas del 21 de setiembre del año dos mil siete. (OT-348-2007).
Considerando:
1º—Que
mediante boleta número 2007-068696, el
día 31 de agosto del 2007, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa
285363 por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38. d) de la ley
7593, Ley de
2º—Que según la boleta supra indicada, Luis Alfonso Chacón Vargas, documento de identificación número 1-507-834, podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización.
3º—Que consultada la página
electrónica del Registro Público de
4º—Que
5º—Que en virtud de la
jurisprudencia de
6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe
nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias
establecidas en
7º—Que conforme la resolución
RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas
del 6 de julio de 2007, se delegó en el Director de
Con fundamento en las
competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
1º—Dar inicio al
procedimiento administrativo contra Luis Alfonso Chacon Vargas, en calidad de conductor
y contra Fernando Quesada Solano, en calidad de dueño registral del vehículo
involucrado, que se tramitará bajo el número OT-348-2007, nombrando como órgano
director del procedimiento a Tatiana Quesada Espinoza, cédula 1-952-537 y
Shirley Alfaro Alfaro, cédula 4-148-789, funcionarias de
2º—Notifíquese a Luis Alfonso
Chacón Vargas, en calidad de conductor por medio del fax 552-4756 ó 258-8947,
señalado a folio 08 y a Fernando Quesada
Solano, en calidad de propietario del vehículo 285363, por medio de publicación
tres veces en
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 20027).—C-76250.—(89368).
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores: Victoria Vanegas Nuvia María, cédula CC031373241, estado civil soltera, ocupación: ama de casa, vecina de: San José, Desamparados, San Rafael Abajo. Caso Nº 2006R00220, para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen al Departamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren pasará en derecho a quien corresponda.
San José, 2 de octubre del 2007.—Departamento Obligatorio de Vehículos Automotores.—Horacio Ureña Romero, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18453).—C-7895.—(88267).