LA GACETA Nº 214

PODER LEGISLATIVO

ACUERDOS

Nº 6347-07-08

Nº 6348-07-08

Nº 6349-07-08

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 33930-MINAE-PLAN

Nº 34048-H

ACUERDOS

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

RESOLUCIONES

MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

AMBIENTE Y ENERGÍA

PODER JUDICIAL

AVISOS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

MUNICIPALIDADES

AVISOS

ADJUDICACIONES

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ

MUNICIPALIDADES

AVISOS

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MUNICIPALIDADES

REGLAMENTOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

AVISOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

CONCEJO MUNICIPAL DE CÓBANO

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

EDUCACION PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

CITACIONES

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

 

PODER LEGISLATIVO

ACUERDOS

Nº 6347-07-08

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

En sesión extraordinaria Nº 10, celebrada el 23 de octubre del 2007 y de conformidad con lo que disponen los artículos 90 y 91 del Reglamento de la Asamblea Legislativa

ACUERDA:

Nombrar una Comisión Especial que conocerá y dictaminará el proyecto de ley “Reforma de los artículos 56 y 345 del Código Penal, (Ley Nº 4573), y del artículo 55 de la Ley contra La Corrupción y el enriquecimiento ilícito en la Función Pública, (Ley Nº 8422) y derogatoria del artículo 343 bis del Código Penal, expediente legislativo Nº 16.511”, Expediente Nº 16.838. Dicha Comisión estará integrada por las señoras y señores Diputados: Francisco Molina Gamboa, Andrea Morales Díaz, Patricia Romero Barrientos, Alexander Mora Mora, Jorge Méndez Zamora, José Luis Valenciano Chaves, Xinia Nicolás Alvarado, Mario Núñez Arias y Bienvenido Venegas Porras.

Asamblea Legislativa.—San José, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil siete.

Publíquese.—Francisco Antonio Pacheco Fernández, Presidente.—Xinia Nicolás Alvarado, Primera Secretaria.—Guyon Holt Massey Mora, Segundo Secretario.—1 vez.—C-14520.—(97149).

Nº 6348-07-08

En sesión extraordinaria Nº 10, celebrada el 23 de octubre del 2007 y de conformidad con lo que disponen los artículos 90 y 91 del Reglamento de la Asamblea Legislativa

ACUERDA:

Nombrar una Comisión Especial que conocerá y dictaminará el proyecto de ley “Ley Reguladora del Mercado de Seguros, expediente legislativo Nº 16.305” , Expediente Nº 16.836. Dicha Comisión estará integrada por las señoras y señores Diputados: Olivier Pérez González, Sergio Alfaro Salas, Alberto Salom Echeverría, Clara Zomer Rezler, Maureen Ballestero Vargas, Silvia Charpentier Brenes, Óscar Núñez Calvo, Mario Quirós Lara, Jorge Eduardo Sánchez Sibaja, Evita Arguedas Maklouf y José Manuel Echandi Meza.

Asamblea Legislativa.—San José, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil siete.

Publíquese.—Francisco Antonio Pacheco Fernández, Presidente.—Xinia Nicolás Alvarado, Primera Secretaria.—Guyon Holt Massey Mora, Segundo Secretario.—1 vez.—C-14520.—(97150).

Nº 6349-07-08

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

En sesión extraordinaria Nº 10, celebrada el 23 de octubre del 2007 y de conformidad con lo que disponen los artículos 90 y 91 del Reglamento de la Asamblea Legislativa

ACUERDA:

Nombrar una Comisión Especial que conocerá y dictaminará el proyecto de ley “Aprobación del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, expediente legislativo Nº 16.590”, Expediente Nº 16.837. Dicha Comisión estará integrada por las señoras y señores Diputados: José Joaquín Salazar Rojas, Marvin Rojas Rodríguez, Ofelia Taitelbaum Yoselewich, Federico Tinoco Carmona, Yalile Esna Williams, Ovidio Agüero Acuña, José Luis Vásquez Mora, Guyón Massey Mora y José Merino del Río.

Asamblea Legislativa.—San José, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil siete.

Publíquese.—Francisco Antonio Pacheco Fernández, Presidente.—Xinia Nicolás Alvarado, Primera Secretaria.—Guyon Holt Massey Mora, Segundo Secretario.—1 vez.—C-14520.—(97151).

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 33930-MINAE-PLAN

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA

Y EL MINISTRO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL

Y POLÍTICA ECONÓMICA

En ejercicio de las facultades que les confiere el artículo 140, incisos 3) y 18) de la Constitución Política, artículos 25 y 27 de la Ley General de la Administración Pública y de conformidad con lo dispuesto en el artículo  3 inciso m de la Ley Forestal.

Considerando:

1º—Que de conformidad con la obligatoriedad que establecen los artículos 46 párrafo último, 50, y 78 de la Constitución Política, es un deber del Estado garantizar la salud, las condiciones ambientales y educación general básica.

2º—Que para cumplir con dichas obligaciones constitucionales debe el Estado velar porque los estudiantes cuenten con instalaciones que reúnan condiciones mínimas que ofrezcan seguridad y sobre todo un ambiente adecuado a sus necesidades.

3º—Que mediante el Convenio de Cooperación Interinstitucional número DIN-43, entre el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica y Temporalidades de la Iglesia Católica-Diócesis de Puntarenas, se asume la responsabilidad por parte del Estado de apoyo para la construcción del Centro de Atención Integral de La Islita,  que consiste en un aula con capacidad para veinte alumnos, una batería sanitaria ( baños), un pequeño salón multiuso y un apartamento para el maestro, sito en la pequeña comunidad de la  Islita, del distrito primero, del cantón primero de la Provincia de Puntarenas, que permita el mejoramiento de las condiciones de vida de los habitantes de dicha comunidad, en sus necesidades básicas de educación, salud, recreación, organización comunitaria, integración social, emocional, cultural y espiritual de sus habitantes.

4º—Que en el informe de inspección de campo realizado por el Licenciado Carlos Serrano Bulakar, Jefe de la Oficina Subregional Esparza Puntarenas del Sistema de Áreas de Conservación (SINAC), mediante oficio ACOPAC-OSREO-434-07, específicamente en el punto doceavo, se indica que el lugar en donde se pretende construir el proyecto Centro de Atención Integral de La Islita, se encuentra dentro de  los límites del Humedal Estero de Puntarenas, creado mediante Decreto Ejecutivo 29277-MINAE, y modificados por los Decretos Ejecutivos 32349-MINAE, y 33327-MINAE.

5º—Que mediante la Ley Forestal Nº 7575 del 16 de abril de 1996 en su artículo tercero, inciso m) se establece la definición de  las actividades de conveniencia nacional como aquellas realizadas por las dependencias centralizadas del Estado, las instituciones autónomas o la empresa privada, cuyos beneficios sociales sean mayores que los costos socio-ambientales, siendo que incluso, en el caso  específico del proyecto Centro de Atención Integral de La Islita no existe un costo ambiental identificado que afecte el entorno y hábitat de la zona  en razón de que según la descripción del perfil del proyecto adoptada en la cláusula tercera del convenio supra mencionado, no es necesaria la corta o eliminación de árboles ni realización de rellenos.

Decretan:

Artículo 1º—Declarar de Conveniencia Nacional las actividades del Proyecto de Construcción del Centro de Atención Integral de La Islita, descrito en el Convenio de Cooperación Interinstitucional número DIN-43, entre el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica y Temporalidades de la Iglesia Católica-Diócesis de Puntarenas, así como las acciones que permitan dotar de servicios básicos a los habitantes de la comunidad de La Islita para mejorar su calidad de vida, siendo que de previo a iniciarse las obras de construcción del mencionado proyecto, debe contarse los permisos que  correspondan.

Artículo 2º—Rige a partir de su firma.

Dado en la Presidencia de la República, a los trece días del mes de junio del dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro del Ambiente y Energía, Roberto Dobles Mora y el Ministro Planificación Nacional y Política Económica Kevin Casas Zamora.—1 vez.—(Solicitud Nº 38794 MINAE).—C-24220.—(33930-98141).

Nº 34048-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre del 2001 y sus reformas, su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero del 2006 y sus reformas; la Ley Nº 6541, Ley que Regula Instituciones de Enseñanza Superior Parauniversitaria del 19 de noviembre de 1980 y su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 30431-MEP del 23 de abril del 2002; la Ley Nº 7403, Creación del Colegio Universitario para el Riego y el Desarrollo del Trópico Seco del 3 de mayo de 1994, el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H del 29 de junio del 2005 y su reforma y el Decreto Ejecutivo Nº 32973-H del 1º de marzo del 2006 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que mediante la Ley Nº 7403, publicada en La Gaceta Nº 89 del 10 de mayo de 1994, se creó el Colegio Universitario para el Riego y el Desarrollo del Trópico Seco (CURDTS), como una entidad de educación superior parauniversitaria dedicada a impartir carreras completas, investigar, capacitar y promover la acción social.

2º—Que con el oficio CURDTS-D-206-2007, del 9 de agosto del 2007, el Colegio solicita incrementar el gasto presupuestario máximo fijado para esa entidad en el periodo 2007, con el fin de adquirir vehículos, equipo de cómputo, realizar tales efectos, requiere incurrir en gastos de Inversión y corrientes para la compra de materiales y suministros, Inversión en bienes duraderos y compra de servicios.

3º—Que el Colegio, financiará el incremento del gasto presupuestario máximo con recursos que provienen del superávit libre de periodos anteriores, lo que no afecta el déficit de gobierno.

4º—Que con el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H publicado en La Gaceta Nº 130 del 6 de julio del 2005 y su reforma, se emite el Lineamiento para la aplicación del artículo 6 de la Ley Nº 8131 de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada Financiamiento.

5º—Que el artículo 7º del Decreto supra citado, dispone que los recursos provenientes de vigencias anteriores -superávit libre- forman parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden utilizarlos en periodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a su actividad ordinaria, con los cuales se atienda el interés de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales, como los incluidos en este decreto que no tienen carácter permanente, ni generan una obligación que requiera financiarse a través del tiempo. De manera que, la utilización del superávit señalado en el considerando tercero no contraviene el presente lineamiento.

6º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32973-H, publicado en La Gaceta Nº 64 del 30 de marzo del 2006 y sus reformas, la Autoridad Presupuestaria formuló las Directrices de Política Presupuestaria para el año 2007, las cuales fueron conocidas por el Consejo de Gobierno y aprobadas por el Poder Ejecutivo, estableciendo en el artículo 1º el gasto presupuestario máximo para el año 2007, para las instituciones cubiertas por el ámbito del mencionado Órgano Colegiado.

7º—Que mediante el oficio STAP-CIRCULAR-0764-06 del 25 de abril del 2006, se comunicó a la Junta el gasto presupuestario máximo autorizado para el año 2007, por un monto de ¢536.300.000,00 (quinientos treinta y seis millones trescientos mil colones exactos) el cual no contempla estos gastos adicionales que la institución requiere presupuestar.

8º—Que el señor Ministro de Educación Pública, Rector del Sector Educación, mediante el oficio DM-3114-03-07 del 27 de marzo del 2007, avala la solicitud planteada por la entidad.

9º—Que por lo anterior, resulta necesario aumentar el gasto presupuestario máximo fijado al Colegio Universitario para el Riego y el Desarrollo del Trópico Seco para el año 2007, incrementándolo en la suma de ¢76.900.000,00 (setenta y seis millones novecientos mil colones exactos). Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Modificase al Colegio Universitario para el Riego y el Desarrollo del Trópico Seco el gasto presupuestario máximo fijado para el año 2007, establecido en el artículo 1º del Decreto Ejecutivo Nº 32973-H y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 64 del 30 de marzo del 2006, quedando el gasto presupuestario máximo en la suma de ¢613.200.000,00 (seiscientos trece millones doscientos mil colones exactos) para ese periodo.

Artículo 2º—Es responsabilidad de la administración activa del Colegio Universitario para el Riego y el Desarrollo del Trópico Seco el cumplimiento del Decreto Ejecutivo Nº 32452-H y su reforma, publicado en La Gaceta Nº 130 del 6 de julio del 2005, así como lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la Republica y Presupuestos Públicos, publicada en La Gaceta Nº 198 del 16 de octubre del 2001 y sus reformas.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la Republica, a los veintisiete días del mes de setiembre del año dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo E. Zúñiga Chaves.—1 vez.—(D34048-98111).

ACUERDOS

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

N° 447-2007 MG

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20, y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1, 28 inciso 1 acápite b de la Ley General de la Administración Pública o Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 8562 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2007 y los artículos 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que el “XII Congreso Internacional del CLAD”, es de interés para el Ministerio de Gobernación y Policía, porque en él se tratarán temas referentes a:- Asuntos relacionados con la función pública, concretamente se enfocarán temas sobre la reforma del Estado y de la Administración Pública, en la que asistirán el señor Luis Ángel Castro Solórzano, cédula de identidad N° 5-191-412 y Gerardo Jiménez Thomas, cédula 3-221-361.

2º—Que la participación de los funcionarios Luis Ángel Castro Solórzano, Director Financiero y Gerardo Jiménez Thomas, Asesor de la Viceministra del Ministerio de Gobernación y Policía en el “XII Congreso Internacional del CLAD”, es con el fin de capacitarse en temas relacionados a su gestión. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al Lic. Luis Ángel Castro Solórzano, cédula 5-191-412, Jefe del Departamento Financiero y al MBA. Gerardo Jiménez Thomas, cédula 3-221-361, Director del Despacho de la Viceministra del Ministerio de Gobernación y Policía, para que participe en el “XII Congreso Internacional del CLAD” a realizarse en Santo Domingo, República Dominicana, del 30 de octubre al 02 de noviembre del 2007.

Artículo 2º—Los gastos de  los  señores  Luis Ángel  Castro Solórzano, cédula de identidad N° 5-191-412 y Gerardo Jiménez Thomas, cédula de identidad 3-221-361, serán cubiertos con recursos de la subpartida 1.05.03, 1.05.04 y 1.07.01 del Programa 044-00, Actividad Central a saber de la siguiente forma: Por concepto de Viáticos al Exterior la suma de $135 diarios sujetos a liquidación subpartida 1.05.04, los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 1.05.03, inscripción del evento por $160.00, cubiertos con recursos de la subpartida 1.07.01, asimismo por la subpartida 1.09.99 del Programa 044-00, se cubrirán los gastos por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deba pagar en las terminales de transporte y /o aeropuerto.

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la participación de los señores Luis Ángel Castro Solórzano y Gerardo Jiménez Thomas, en la actividad, que se celebrará del 30 al 02 de noviembre del 2007, en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 29 de octubre hasta el 04 de noviembre del 2007.

San José, a los dieciséis días del mes de octubre del 2007.

Lic. Fernando Berrocal Soto, Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 49051).—C-25430.—(96557).

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Nº 190-07-RE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 7º y 31 del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos.

Considerando:

1º—Que se establece el interés que tiene para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto el evento, ya que el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos invita a miembros del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica, a participar en el “XIII Curso de Política Exterior de México para Funcionarios de las Cancillerías de América Latina y el Caribe” con el objetivo de intercambiar experiencias sobre las realidades políticas, económicas y sociales de los países representados.

2º—Que resulta necesario que la señora Paola Patricia Porras Pastrán, funcionaria del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de Costa Rica, quien ha sido designada por el Ministerio para que esté presente en este evento, ya que es una ocasión propicia para ampliar conocimientos sobre temas de actualidad mundial. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Paola Patricia Porras Pastrán, cédula de identidad 1-983-510 funcionaria del Ministerio de Relaciones exteriores y Culto, para que viaje a México D.F., a participar en el “XIII Curso de Política Exterior de México para Funcionarios de las Cancillerías de América Latina y el Caribe”, que se celebrará del 1° al 13 de octubre de 2007.

Artículo 2º—Los gastos de transporte, alojamiento y alimentación, serán cubiertos por el Ministerio de Relaciones Exteriores de México.

Artículo 3º—Rige del 30 de setiembre y hasta el 15 de octubre del 2007.

Firmado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los 18 días del mes de setiembre del dos mil siete.

Publíquese.—Edgar Ugalde Álvarez, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 04919).—C-14520.—(97463).

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Nº 419-2007-MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política, artículo 63 de la Ley General de Policía y artículos 11, inciso 2), 13, incisos 1), 2), 3) y 21 del Reglamento sobre Grados Policiales y Sistema de Ascensos de los Servidores de la Fuerza Pública, Decreto Ejecutivo Nº 30381-SP.

Considerando:

Que la Comisión de Grados Policiales y Ascensos del Ministerio de Seguridad Pública en la sesión Nº 36 del 20 de julio del 2007, se aprobó las solicitudes de otorgamiento de grados a funcionarios que se dirán.

2º—Que según oficio 1174-2007-DI, cada uno de los solicitantes, cumplen con todos los requisitos establecidos en el Reglamento sobre Grados Policiales y Sistemas de Ascensos de la Fuerza Pública. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Otorgar los grados solicitados a los funcionarios que a continuación se detallan:

Nombre

Cédula

Grado

Daniel Calderón Rodríguez

1-988-033

Comisario

José Fabio Pizarro Espinoza

2-416-258

Comisario

Rigoberto Rodríguez Sojo

3-268-623

Comisario

Allan Solano Aguilar

7-059-597

Comisario

Johnny Alvarado Zúñiga

5-256-760

Capitán

Edward Monestel Navarro

3-362-034

Capitán

José Miguel Álvarez Corrales

5-226-171

Comandante

Gilbert López Jiménez

1-894-944

Sub intendente

Marlon Cubillo Hernández

1-790-342

Comandante

Leandro Chaverri Cordero

3-360-623

Intendente

Jorge Castillo Sánchez

5-287-832

Sargento

 

Artículo 2º—Rige a partir de los veinte días de julio del dos mil siete.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los dos días de octubre del dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 49059).—C-24220.—(97152).

Nº 433-2007-MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28, inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículos 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos y el artículo 145 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Adscriptos al Ministerio de Seguridad Pública.

Considerando:

1º—Que se ha recibido cordial invitación del Programa D.A.R.E. para que funcionarios de este Ministerio asistan a la actividad denominada “Seminario de Capacitación Internacional”, a realizarse en Bolivia, del 02 al 11 de noviembre del 2007, se incluye salida y regreso.

2º—Que los objetivos y metas son brindar la instrucción a otros oficiales de D.A.R.E, de varios países de América Latina.

3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con estos funcionarios en dicho evento. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a los funcionarios Carlos Jiménez Salazar, cédula Nº 2-376-715, Olman Valverde Corrales, cédula Nº 1-893-010, José Orlando Chavarría Carmona, cédula Nº 1-921-812 y Gustavo Arguedas Brenes cédula Nº 1-770-099; funcionarios de este Ministerio, para que, asistan ala actividad denominada “Seminario de Capacitación internacional”, a realizarse en Bolivia, del 02 al 11 de noviembre del 2007, se incluye salida y regreso.

Artículo 2º—Los gastos de hospedaje, alimentación y transportes serán cubiertos por el Programa D.A.R.E. Internacional.

Artículo 3º—Que durante los días del 02 al 11 de noviembre de 2007, en que se autoriza la participación de los funcionarios mencionados en la actividad, devengan aun el 100% de su salario.

Articulo 4º—Rige a partir del 02 al 11 de noviembre del 2007.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los diez días del mes de octubre del dos mil siete.

Lic. Fernando Berrocal Soto, Ministro de Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 49059).—C-16960.—(97153).

Nº 442-2007-MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28, inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos y los artículos 7º, inciso e) y 145 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Adscriptos al Ministerio de Seguridad Pública.

Considerando:

1º—Que en sesión extraordinaria 599 celebrada el día 12 de octubre del 2007, el Consejo de Personal refrendó a varios funcionaros de este Ministerio para que asistan a la actividad denominada “Curso Inteligencia Aérea”, a realizarse en Lackland, San Antonio, Texas, Estados Unidos de América, del 23 de octubre al 15 de diciembre de 2007, se incluye salida y regreso.

2º—Que en la sesión extraordinaria Nº 11-2007-CB del 16 de octubre del 2007, de la Comisión de Becas, en su artículo 3, acuerdo 1 se acordó por unanimidad la participación de los señores Cristian Alvarado Fonseca, cédula Nº 3-372-677, Raúl Guevara Navarro, cédula Nº 1-950-475 y Norberto Ramírez González, cédula Nº 1-1118-844, funcionarios del Servicio de Vigilancia Aérea, para que asistan a la actividad denominada “Curso Inteligencia Aérea”, a realizarse en Lackland, San Antonio, Texas, Estados Unidos de América, del 23 de octubre al 15 de diciembre de 2007, se incluye salida y regreso.

3º—Que el objetivo del curso es lograr una mayor profesionalización de los funcionarios y cubrir áreas de interés.

4º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con estos funcionarios en dicho evento. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a los funcionarios Cristian Alvarado Fonseca, cédula Nº 3-372-677, Raúl Guevara Navarro, cédula Nº 1-950-475 y Norberto Ramírez González, cédula Nº 1-1118-844, funcionarios del Servicio de Vigilancia Aérea, para que asistan a la actividad denominada “Curso Inteligencia Aérea”, a realizarse en Lackland, San Antonio, Texas, Estados Unidos de América, del 23 de octubre al 15 de diciembre de 2007, se incluye salida y regreso.

Artículo 2º—Los gastos de hospedaje, alimentación y transportes serán cubiertos por el Comando Sur de los Estados Unidos de América.

Artículo 3º—Que durante los días del 23 de octubre al 15 de diciembre de 2007, en que se autoriza la participación de los funcionarios mencionados en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Articulo 4º—Rige a partir del 23 de octubre al 15 de diciembre de 2007.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los dieciséis días del mes de octubre del dos mil siete.

Lic. Fernando Berrocal Soto, Ministro Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 49058).—C-22990.—(97154).

Nº 449-2007-MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28, inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículo 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos y el artículo 145 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública.

Considerando:

1º—Que por acuerdo de viaje Nº 435-2007 MSP, del 10 de octubre del 2007, se autorizó al comisionado Erick Lacayo Rojas, cédula 1-791-681, para asistir a la Reunión de Ministros de Gobernación y Seguridad de Centroamérica, a realizarse en Guatemala del 14 al 16 de octubre. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Modificar el artículo 3 para que se lea: “Los gastos del viaje aéreo de salida y regreso, así como los gastos de transporte terrestre, alimentación y hospedaje de los días del 14 al 16 serán cubiertos por el Programa 107-00 Seguridad Ciudadana del Ministerio de Seguridad Pública, en la subpartida 1-05-04, Viáticos en el Exterior del país con la reserva número 3300018917 y en la subpartida 1-05-03 Transportes en el Exterior del país con la reserva Nº 3300018916.

Artículo 2º—Modificar el artículo 4 para que se lea: “Rige a partir del 14 al 16 de octubre del 2007.

2º—En lo no expresamente modificado el resto del acuerdo de Viaje Nº 435-2007 MSP, se mantiene igual.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los diez días del mes de octubre del dos mil siete.

Lic. Fernando Berrocal Soto, Ministro de Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 49061).—C-14520.—(97155).

Nº 465-2007-MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28, inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículos 7º del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos y el artículo 145 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública.

Considerando:

1º—Que se ha recibido cordial invitación de para que un funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada “Radares para la localización de trazas aéreas sospechosas, Segunda parte de la Conferencia de Centro de Coordinación Regional (RCC-por sus siglas en Inglés)”, a realizarse en Tegucigalpa, Honduras, del 28 de octubre al 03 de noviembre de 2007, se incluye salida y regreso.

2º—Que los objetivos y metas consisten en identificar los distintos programas similares que existen en Centroamérica, identificar métodos para lograr un consenso multinacional para establecer el RCC.

3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho evento. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al funcionario Oldemar Madrigal Medal, cédula Nº 6-088-895, Director del Servicio Nacional de Vigilancia Aérea de este Ministerio, para asistir a la actividad denominada “Radares para la localización de trazas aéreas sospechosas, Segunda parte de la Conferencia de Centro de Coordinación Regional (RCC-por sus siglas en Inglés)”, a realizarse en Tegucigalpa, Honduras, del 28 de octubre al 03 de noviembre de 2007, se incluye salida y regreso.

Artículo 2º—Los gastos de hospedaje, alimentación y transportes estarán cubiertos por el Comando Sur de los Estados Unidos de América.

Artículo 3º—Que durante los días del 28 de octubre al 03 de noviembre del 2007, en que se autoriza la participación del funcionario Madrigal Medal en la actividad, devengará el 100 % de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 28 de octubre al 03 de noviembre de 2007.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública a los veintidós días del mes de octubre del dos mil siete.

Lic. Fernando Berrocal Soto, Ministro de Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 49060).—C-16960.—(97156).

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Nº 077-2007-MEIC

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley Nº 6227 “Ley General de la Administración Pública” del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8562 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República” y la Ley Nº 6362 “Ley de Capacitación del Personal de la Administración Pública” del 3 de setiembre de 1979 y los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamentos de Gastos de Viaje y Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, reformado mediante la Resolución R-CO-1-2007 publicada en La Gaceta Nº 26 del 6 de febrero del 2007.

Considerando:

1º—Que es de interés para la Dirección de Apoyo al Consumidor del Ministerio de Economía, Industria y Comercio impartir la capacitación Resolución Alterna de Conflictos en el Derecho de Consumo, la Experiencia de Costa Rica.

2º—Que dicha capacitación se llevará a cabo en El Salvador, y tiene como objetivo impartir un taller, en virtud de las competencias otorgadas en el ordenamiento jurídico consideran necesario y oportuno conjuntar esfuerzos a fin de establecer los canales de coordinación que permitan el intercambio de conocimiento e información para el fortalecimiento de los mecanismos de resolución alterna de conflictos. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Autorizar la participación de la Licenciada Kattia Chaves Matarrita, cédula de identidad número 4-157-843, funcionaria de la Dirección de Apoyo al Consumidor del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que viaje a la ciudad de San Salvador, El Salvador, los días del 21 al 27 de octubre del 2007, a impartir el curso Resolución Alterna de Conflictos en el Derecho de Consumo, la Experiencia de Costa Rica.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje, así como el desarrollo del curso en mención, correrán por cuenta de GTZ fondos del Programa Fortalecimiento de la Economía y el Empleo (FORTALECE), los gastos de alimentación y otros gastos por el Programa 223 Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, correspondiéndole por concepto de viáticos la suma de $325,60.

Artículo 3º—La funcionaria Chaves Matarrita, devengará durante su ausencia el 100 % de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 21 al 27 de octubre del 2007.

Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio.—San José, a los doce días del mes de octubre del dos mil siete.

Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 15888).—C-21800.—(96125).

N° 080-MEIC

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 25, 27 y 28 de la Ley N° 6227 “Ley General de la Administración Pública” del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 8562 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República” y la Ley N° 6362 “Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública” del 3 de setiembre de 1979 y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República, reformado mediante la Resolución R-CO-1-2007, publicada en La Gaceta N° 26 del 6 de febrero del 2007.

Considerando:

1º—Que el Bureau Internacional des Poids et Mesures, (BIPM) París, Francia, está organizando la XXIII Conferencia General de Pesas y Medidas, de Institutos Metrológicos Nacionales (NMIS), de los países miembros de la Convención del Metro y Asociados a la Conferencia de Pesas y Medidas, se realizará en París Francia, los días del 12 al 16 de noviembre del 2007.

2º—Que por ser el Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), órgano de máxima desconcentración adscrito al MEIC, el laboratorio nacional de referencia en metrología en Costa Rica; asimismo, miembro activo del Bureau Internacional des Poids et Mesures, (BIPM), su participación en dicha Conferencia es de suma importancia. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar, en representación del Laboratorio Costarricense de Metrología, órgano de máxima desconcentración, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a la funcionaria Licenciada Sandra Rodríguez Zúñiga, cédula 1-820-152, para que participe en la XXIII Conferencia General de Pesas y Medidas, de Institutos Metrológicos Nacionales (NMIS), de los países miembros de la Convención del Metro y Asociados a la Conferencia de Pesas y Medidas, que se realizará en París, Francia, los días del 12 al 16 de noviembre del 2007.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, serán financiados por la subpartida, 10503, “transporte en el exterior”; los gastos por concepto de hospedaje, alimentación, y otros gastos, tales como: transporte dentro del país visitado e impuestos de salida, serán financiados por la subpartida, 10504, “Viáticos en el Exterior”, del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET). Correspondiéndole a la funcionaria la suma de $ 1 975,00, por concepto de viáticos.

Artículo 3º—La funcionaria devengará 100 % de su salario durante su ausencia.

Artículo 4º—Rige a partir del 10 de noviembre al 18 de noviembre del 2007.

Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio.—San José, a los diez días del mes de octubre del dos mil siete.

Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 24592-LACOMET).—C-23615.—(96126).

Nº 082-MEIC

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25, 27 y 28 de la Ley Nº 6227 “Ley General de la Administración Pública” del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8562 “Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República” y la Ley Nº 6362 “Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública” del 3 de setiembre de 1979 y los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte de la Contraloría General de la República, reformado mediante la Resolución R-CO-1-2007, publicada en La Gaceta Nº 26 del 6 de febrero del 2007.

Considerando:

1º—Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, participar en el curso “Intercambio de Experiencias de Implementación y Administración de Disposiciones sobre Propiedad Intelectual en Acuerdos Comerciales” auspiciado por el Departamento de Becas y Capacitación de la OEA y el Departamento de Comercio, Turismo y Competitividad de la OEA, a efectuarse del 22 al 26 de octubre del 2007, ambos días inclusive en el Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI), México D. F.

2º—Que el acuerdo de la OMC sobre Propiedad Intelectual, tiene como objetivo la protección y la observancia de los derechos de propiedad intelectual, para contribuir a la promoción de la innovación tecnológica y a la transferencia y difusión de tecnología. Esto beneficia tanto a los productores como a los usuarios de conocimientos tecnológicos; favoreciendo el bienestar social y económico y el equilibrio de los derechos y obligaciones.

3º—Que los estudios e investigaciones con respecto al tema de propiedad intelectual en acuerdos comerciales resultan una herramienta idónea para el desarrollo de las actividades de reglamentación, con el fin de evitar que los reglamentos técnicos constituyan obstáculos innecesarios al comercio y a la vez deben tener por finalidad estimular y garantizar una competencia leal y proteger a los consumidores y productores, haciendo que puedan elegir con conocimiento de causa entre diversos productos o servicios.

4º—Que dicho curso tiene como objetivo fortalecer la capacidad institucional de países latinoamericanos para la implementación de normas de propiedad intelectual en los acuerdos comerciales, intercambiando experiencias y mejores prácticas en materia de propiedad intelectual en apoyo al proceso de modernización de procedimientos institucionales, desarrollando políticas públicas y mecanismos para aprovechar los tratados comerciales conforme a las necesidades de los países latinoamericanos. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar la participación de la señora Marcela Rojas Gómez, cédula de identidad Nº 1-1091-557, funcionaria de la Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica, para que viaje a México D. F., del 22 al 26 de octubre del 2007, a participar en el curso “Intercambio de Experiencias de Implementación y Administración de Disposiciones sobre Propiedad Intelectual en Acuerdos Comerciales”.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje y viáticos serán cubiertos por el Departamento de Becas y Capacitación de la OEA y el Departamento de Comercio, Turismo y Competitividad de la OEA, cualquier otro gasto necesario, será cubierto por el Programa  218-Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

Articulo 3º—La funcionaria Marcela Rojas Gómez devengará el 100 % de su salario durante su ausencia.

Artículo 4º—Rige a partir del 20 de octubre y hasta su regreso el día 27 de octubre del 2007.

Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, San José, a los once días del mes de octubre del dos mil siete.

Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 15887).—C-34560.—(96127).

Nº 083-MEIC

EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25, 27 y 28 de la Ley N° 6227 “Ley General de la Administración Publica” del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 8562 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República” y la Ley N° 6362 “Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública” del 3 de setiembre de 1979 y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República, reformado mediante la Resolución R-CO-1-2007, publicada en La Gaceta Nº 26 del 6 de febrero del 2007.

Considerando:

1º—Que es de interés para la Dirección Nacional de Competitividad del Ministerio de Economía, Industria y Comercio participar en la reunión Técnica de Coordinadores Nacionales para los Sondeos Regionales de Precios, organizado por el Programa de Apoyo a la Integración Regional Centroamericana (PAIRCA).

2º—Que dicha reunión se llevará a cabo en San Salvador, El Salvador, los días 25 y 26 de octubre del 2007 y tiene como objetivo la coordinación regional (Centroamericana) de monitoreos de precios y de información al consumidor en productos de la canasta básica, medicamentos, combustibles y productos publicitados como de múltiple beneficio para la salud y que pueden ser engañosos, conocidos como “Productos Milagrosos”. En virtud de las competencias otorgadas en el ordenamiento jurídico se considera necesario y oportuno colaborar en los esfuerzos orientados al desarrollo e intercambio de conocimiento e información para el fortalecimiento de los mecanismos de verificación de mercados. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al Licenciado José Antonio Blanco Olivares, cédula de identidad Nº 1-656-988, Director de la Dirección Nacional de Competitividad del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que viaje a la ciudad de San Salvador, El Salvador, a participar de la reunión Técnica de Coordinadores Nacionales para los Sondeos Regionales de Precios, organizado por el Programa de Apoyo a la Integración Regional Centroamericana (PAIRCA).

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, alimentación y hospedaje, correrán por cuenta del Programa de Apoyo a la Integración Regional Centroamericana (PAIRCA).

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la participación del funcionario Blanco Olivares en la reunión en San Salvador, El Salvador, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 24 de octubre y hasta su regreso el día 27 de octubre del 2007.

Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio.—San José, a los dieciséis días del mes de octubre del dos mil siete.

Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 15889).—C-26640.—(96128).

Nº 084-2007-MEIC

EL MINISTRO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25, 27 y 28 de la Ley N° 6227 “Ley General de la Administración Publica”, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 8490 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la Republica”, la Ley N° 6362 “Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública”, del 3 de setiembre de 1979 y los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República, reformado mediante la resolución R-CO-1-2007, publicada en La Gaceta Nº 26 del 6 de febrero del 2007.

Considerando:

1º—Que mediante el Acuerdo de Viaje Nº 073-2007-MEIC, de fecha 2 de octubre del 2007, se autoriza la participación del señor Roberto Vargas Martínez, funcionario del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, al Taller Simplificación de Trámites: Experiencias desde Latinoamérica y el Caribe, el cual se realizará en la Capital de Washington DC, Estados Unidos de América, del 30 al 31 de octubre del 2007.

2º—Que mediante el artículo segundo de dicho acuerdo se establece que los gastos por concepto de hospedaje y alimentación serán cancelados, en su totalidad, por el Banco Interamericano de Desarrollo. No obstante, dicho organismo internacional, solo cubrirá un sesenta por ciento de dichos gastos. El cuarenta por ciento faltante lo cubrirá el Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Modificar el artículo segundo del Acuerdo de Viaje Nº 073-2007-MEIC, del 2 de octubre del 2007, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

“Artículo segundo. Los gastos por concepto de transporte aéreo, y el sesenta por ciento por concepto de hospedaje y alimentación, serán cubiertos por el Banco Interamericano de Desarrollo. El restante cuarenta por ciento, por concepto de hospedaje y alimentación; así como otros gastos serán cubiertos por el programa 219, subpartida 105-04 “Viajes al Exterior”, de la Dirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía Industria y Comercio, correspondiéndole al funcionario por concepto de viáticos la suma de $350”.

Artículo 2º—Rige a partir del 29 de octubre y hasta su regreso el día 1º de noviembre del 2007.

Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio.—San José, a los veintidós días del mes de octubre del dos mil siete.

Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 15890).—C-22405.—(96129).

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Nº 113

LA MINISTRA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; y los artículos 25, inciso 1), artículo 27, inciso 1), artículo 28, inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 8490 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley Nº 6362 o Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública del 3 de setiembre de 1979; y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República y el Decreto Ejecutivo Nº 25586-MOPT del Reglamento para la Adjudicación de Becas a los Servidores Públicos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, publicado en La Gaceta Nº 216 del 11 de noviembre de 1996.

Considerando:

1º—Que bajo el marco de la Secretaria Técnica de Gobierno Digital desde mayo del 2007 se conformó una Comisión Interinstitucional de Datos Geoespaciales integrada por varias organizaciones públicas, con el fin de definir estándares que correspondan a recomendaciones, terminologías, procedimientos y definiciones destinadas al uso común y transferencia de datos territoriales en nuestro país.

2º—Que la Comisión Interinstitucional de Datos Geoespaciales es coordinada bajo el liderazgo del Instituto Geográfico Nacional (IGN) por su competencia en materia cartográfica, geodésica, geográfica y geofísica.

3º—Que la estandarización de datos gesoespaciales es de gran importancia dentro del ámbito de los requerimientos del Programa de Regularización del Catastro y Registro en cuanto a la generación de datos cartográficos, ortofotos, y el Sistema Nacional de Información Territorial (SNIT) como parte del Componente I; y la demarcación y amojonamiento de las Zonas Bajo Regímenes Especiales (ABRE) como parte del Componente II.

4º—Que el Simposio Infraestructura de Datos Espaciales (IDE) América: Conceptos, Prácticas y Proyectos organizado por el Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH) ) -órgano técnico de la Organización de Estados Americanos (OEA)-, y el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) de Colombia, constituye un foro de análisis, estudio, intercambio, divulgación y transferencia de información relevante dentro del ámbito del continente Americano en materia de infraestructura de datos geoespaciales, y por tanto, la participación en el mismo es importante a efecto de conocer acerca de los desarrollos en materia de IDE, así como realizar contactos internacionales que coadyuven a la cooperación y organización que en esa materia se esta realizando en nuestro país.

5º—Que en el ámbito latinoamericano la Infraestructura Colombiana de Datos Espaciales (ICDE) bajo la coordinación del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, es una de las organizaciones del continente Americano mejor estructuradas en la definición de un conjunto de políticas, organizaciones, estándares y tecnologías que trabajan conjuntamente para producir, compartir y usar información geográfica necesaria para soportar el desarrollo sostenible.

6º—Que el Instituto Geográfico Agustín Codazzi coordina proyectos regionales bajo el auspicio del Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH en materia cartográfica y de estándares geoespaciales como la adopción y adaptación del catálogo de objetos promulgado por el Consejo Permanente de la Infraestructura de Datos Espaciales de las Américas (CP-IDEA), acorde y compatible con los estándares internacionales en esta materia (ISO-TC 211).

7º—Que la participación del señor Max Alberto Lobo Hernández y el Manuel Sánchez Mora, como funcionarios representantes del Instituto Geográfico Nacional en la Comisión Interinstitucional de Datos Geoespaciales, en el Simposio Infraestructura de Datos Espaciales (IDE) América: Conceptos, Prácticas y Proyectos organizado por el Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH) y el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), y visita técnica a la Infraestructura Colombiana de Datos Espaciales (ICDE) y al Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), responde a las funciones propias de competencia institucional y rectoría del Instituto Geográfico Nacional en materia cartográfica, geodésica, geográfica y geofísica, y constituye un hecho de alto interés para el Gobierno de Costa Rica y el Ministerio de Obras Públicas y Transportes. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Max Alberto Lobo Hernández, cédula 4-132-688, Director General del Instituto Geográfico Nacional y al Lic. Manuel Sánchez Mora, cédula 3-318-626, Asesor Legal, para que participen en el Simposio Infraestructura de Datos Espaciales (IDE) América: Conceptos, Prácticas y Proyectos organizado por el Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH) y el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), y visita técnica a la Infraestructura Colombiana de Datos Espaciales (ICDE) y al Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), a realizarse en la ciudad de Santa Fe de Bogotá, Colombia, del 6 al 9 de noviembre de 2007.

Artículo 2º—Los gastos de los señores Lobo Hernández y Sánchez Mora correspondientes a viáticos de alimentación y hospedaje serán cubiertos en su totalidad por el Programa de Regularización del Catastro y Registro. Los gastos correspondientes a pasajes aéreos de ida y regreso ($ 750,00), impuestos de terminales aéreas de Costa Rica ($ 26,00) y Colombia ($ 51.00) y transporte de taxi Hotel- Aeropuerto y viceversa ($30), serán cubiertos en su totalidad con cargo a la subpartida 1-05-03-Transporte en el exterior del Programa 330-Instituto Geográfico Nacional del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la participación de los funcionarios Lobo Hernández y Sánchez Mora en el Simposio Infraestructura de Datos Espaciales (IDE) América: Conceptos, Prácticas y Proyectos, y visita técnica a la Infraestructura Colombiana de Datos Espaciales (ICDE) y al Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), a realizarse en la ciudad de Bogotá, Colombia, del 6 al 9 de noviembre de 2007, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 5 de noviembre del 2007 al 10 de noviembre del 2007.

Dado en la ciudad de San José, a las 14:55 horas del día 24 del mes de octubre del 2007.

Karla González Carvajal, Ministra de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—(Solicitud Nº 15431).—C-48420.—(96597).

MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA

Nº 164

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA

En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18, 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del 28 de agosto de 1973 y el Decreto Ejecutivo Nº 24333-MP del 23 de mayo de 1995.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señora Ana Victoria Sotela Truque, mayor, cédula de identidad Nº 1-0549-0748, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación para el Desarrollo del Hospital Nacional de Niños, cédula jurídica Nº 3-006-078834, de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día 4 de octubre del 2007.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Justicia, Laura Chinchilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº 15717).—C-7865.—(97462).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

Nº 401-2007.—San José, 26 de setiembre del 2007

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20, y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1, 28, inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8562 de 7 de diciembre del 2006, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2007 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que del 01 al 05 de octubre de 2007, se realizará en Honduras, el curso de Introducción al Tema del Valor y Origen de las Mercancías, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

2º—Que la participación de la señora Fiorella Bulgarelli González, en el curso resulta necesaria, por cuanto en él se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Fiorella Bulgarelli González, cédula Nº 1-825-904, funcionaria de la Dirección de Aplicación de Acuerdos Comerciales Internacionales, para que participe en el curso de Introducción al Tema del Valor y Origen de las Mercancías, a celebrarse en Honduras del 01 al 05 de octubre de 2007. La señora Bulgarelli González viaja a partir del 30 de setiembre de 2007 y retorna a Costa Rica hasta el 06 de octubre de 2007, por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Fiorella Bulgarelli González, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, así como el transporte aéreo serán cubiertos con recursos del Proyecto Unión Aduanera Centroamericana-Convenio de Financiación ACR/AIDCO/2001/0270-Unión Europea.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 30 de setiembre al 06 de octubre del 2007, la señora Fiorella Bulgarelli González, devengará el 100 % de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 30 de setiembre al 06 de octubre del 2007.

San José, a los veintiséis días del mes de setiembre del año dos mil siete.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 05769).—C-23010.—(97159).

Nº 402-2007.—San José, 26 de setiembre del 2007

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8562 de 7 de diciembre del 2006, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2007 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que del 01 al 05 de octubre de 2007, se realizará en Honduras, el curso de Introducción al Tema del Valor y Origen de las Mercancías, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

2º—Que la participación de la señora Marcela Chavarría Granados, en el curso resulta necesaria, por cuanto en él se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Marcela Chavarría Granados, cédula Nº 1-981-441, funcionaria de la Dirección de Aplicación de Acuerdos Comerciales Internacionales, para que participe en el curso de Introducción al Tema del Valor y Origen de las Mercancías, a celebrarse en Honduras del 01 al 05 de octubre del 2007. La señora Chavarría Granados viaja a partir del 30 de setiembre y retorna a Costa Rica hasta el 06 de octubre del 2007, por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Marcela Chavarría Granados, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, así como el transporte aéreo serán cubiertos con recursos del Proyecto Unión Aduanera Centroamericana-Convenio de Financiación ACR/AIDCO/2001/0270-Unión Europea.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 30 de setiembre al 06 de octubre del 2007, la señora Marcela Chavarría Granados, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 30 de setiembre al 06 de octubre del 2007.

San José, a los veintiséis días del mes de setiembre del año dos mil siete.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 05769).—C-23010.—(97161).

Nº 404-2007.—San José, 28 de setiembre del 2007

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20), y 146 de la Constitución Política, artículos 25, inciso 1), 28, inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, así como en lo dispuesto por los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para los Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que del 01 al 09 de octubre del 2007, el señor José Carlos Quirce Rodríguez, Negociador Comercial en la Oficina Comercial en Washington D.C., Estados Unidos de América, con el rango de Agregado Comercial, viajará a Costa Rica para atender llamado a consultas, coordinación y discusión de la Agenda Comercial de Costa Rica con los Estados Unidos de América.

2º—Que el viaje del señor José Carlos Quirce Rodríguez es necesario para tratar asuntos relacionados con la Implementación del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica-Estados Unidos y República Dominicana. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor José Carlos Quirce Rodríguez, cédula Nº 1-645-798, Negociador Comercial en la Oficina Comercial en Washington D. C., Estados Unidos de América, con el rango de Agregado Comercial, para que viaje de Washington D. C, Estados Unidos de América a Costa Rica, del 29 setiembre al 10 de octubre de 2007. El señor Quirce Rodríguez viaja a partir del 29 de setiembre y retorna a Washington hasta el 10 de octubre de 2007, por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino. Los días 29 y 30 de setiembre del 2007, corresponden a fin de semana.

Artículo 2º—Los gastos del señor José Carlos Quirce Rodríguez, por concepto de transporte aéreo de ida y de regreso y transporte terrestre de ambos países, serán costeados por PROCOMER con cargo al Convenio de Cooperación Interinstitucional que tiene suscrito con el Ministerio de Comercio Exterior.

Artículo 3º—Durante el período que va del 29 de setiembre al 10 de octubre del 2007, el señor José Carlos Quirce Rodríguez, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 29 de setiembre al 10 de octubre del 2007.

San José, a los veintiocho días del mes de setiembre del año dos mil siete.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 05769).—C-24220.—(97162).

Nº 406-2007.—San José, 2 de octubre del 2007

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20, y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1, 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley N° 8562 de 7 de diciembre de 2006, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2007 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que del 11 al 12 de octubre de 2007, se llevará a cabo en Washington, Estados Unidos de América la Conferencia Solución de Controversias Inversionista-Estado: Desafíos emergentes para los países de Latinoamérica y los inversionistas (Investor-State Dispute Settlement: Emerging issues and challenges for Latin American countries and investors), evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

2º—Que la participación del señor Esteban Agüero Guier, en la Conferencia resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Esteban Agüero Guier, cédula Nº 1-1021-316, funcionario de la Dirección General de Comercio Exterior, para que participe en la Conferencia Solución de Controversias Inversionista-Estado: Desafíos emergentes para los países de Latinoamérica y los inversionistas (Investor-State Dispute Settlement: Emerging issues and challenges for Latin American countries and investors). El señor Agüero Guier viaja a partir del 10 de octubre de 2007, por efectos de itinerario y rutas de vuelo hacia el lugar de destino. Los días 13, y 14 de octubre del presente año corresponden a viaje personal y todos los gastos en que incurra en las fechas indicadas serán cubiertos en forma directa por el funcionario.

Artículo 2º—Los gastos del señor Esteban Agüero Guier, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $532,00 (quinientos treinta y dos con 00/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como también para hacer escala en Miami y New York, Estados Unidos de América por conexión.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 10 al 14 de octubre del 2007, el señor Esteban Agüero Guier, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 10 al 14 de octubre del 2007.

San José, a los dos días del mes de octubre del año dos mil siete.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 057-69).—C-29665.—(97460).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA

R-331-2007-MINAE.—Poder Ejecutivo.—San José, a las nueve horas del seis de julio del dos mil siete. Expediente Nº 4-2006. Frutas Tropicales Venecia S. A.

Se conoce solicitud de concesión de explotación de cauce de dominio público sobre el río Toro a favor de Frutas Tropicales Venecia S. A., para la explotación de arena, piedra y lastre.

Resultando:

1º—Que el señor Gabriel Jaime Montoya Aristizabal, mayor, casado una vez, ejecutivo, portador de la cédula de residencia Nº 420-193438-003963, vecino de San José, apoderado generalísimo de Frutas Tropicales Venecia S. A., solicita concesión de extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el río Toro; cuya localización geográfica es en Venecia, distrito: 05 Venecia, cantón: 10 San Carlos, provincia: 02 Alajuela; la hoja cartográfica es hoja Aguas Zarcas, escala 1:50.000 del I.G.N. La localización cartográfica es entre coordenadas generales: 236425.30 - 263412.65 norte, 515249.61 - 515335.81, este límite aguas arriba, 262039.95 - 261996.76 norte, 515801.24 - 515718.22, este límite aguas abajo; siendo el área solicitada de 14 ha 7 777.37 m2, según consta en plano aportado al folio 39. Para la revisión en el campo del amojonamiento se debe de presentar el plano respectivo de acuerdo con el párrafo IV del artículo 80 del Decreto Ejecutivo Nº 29300-MINAE, y el derrotero: Coordenadas del vértice Nº 1 263425.30 norte, 515249.61 este.

               Línea                             Acimut                Distancia (metros)

                 1-2                              098º 21’                             87.13

                 2-3                              198º 38’                             79.74

                 3-4                              188º 52’                             63.17

                 4-5                              148º 37’                           204.38

                 5-6                              150º 22’                           106.34

                 6-7                              156º 50’                             95.47

                 7-8                              145º 25’                             87.93

                 8-9                              149º 59’                           241.84

                9-10                             150º 30’                           121.97

               10-11                            180º 37’                           116.49

               11-12                            185º 55’                             39.59

               12-13                            265º 23’                           178.22

               13-14                            231º 10’                             42.36

               14-15                            232º 26’                             93.62

               15-16                            173º 18’                           118.53

               16-17                            136º 05’                             33.83

               17-18                            054º 53’                           108.57

               18-19                            096º 05’                           170.39

               19-20                            154º 15’                           156.09

               20-21                            242º 31’                             93.58

               21-22                            271º 28’                             38.17

               22-23                            013º 31’                             28.11

               23-24                            306º 07’                             71.24

               24-25                            257º 47’                           113.99

               25-26                            305º 17’                             86.05

               26-27                            309º 04’                             55.32

               27-28                            345º 15’                             65.96

               28-29                            358º 25’                             99.32

               29-30                            028º 30’                           156.86

               30-31                            092º 51’                             87.79

               31-32                            081º 49’                           132.55

               32-33                            346º 43’                             74.38

               33-34                            309º 03’                             64.98

               34-35                            005º 11’                             74.51

               35-36                            315º 24’                             91.47

               36-37                            324º 40’                           129.91

               37-38                            340º 17’                           110.38

               38-39                            339º 00’                             88.90

               39-40                            330º 58’                           101.81

               40-41                            329º 49’                           202.51

               41-42                            342º 51’                             86.70

               42-43                            004º 36’                             46.33

                43-1                             016º 55’                             45.68

2º—Que la Viabilidad Ambiental fue aprobado por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, mediante resolución Nº 474-2006-SETENA, de fecha ocho de marzo del dos mil seis, quedando condicionado al cumplimiento de lo establecido en dicha resolución.

3º—Mediante el memorando Nº DGM-CZN-160006, suscrito por la Geóloga Enid Gamboa, manifestó que el plazo recomendado es hasta por ocho años según memorándum Nº DGM-CZN-160006, suscrito por la Geóloga Enid Gamboa.

4º—El material a explotar es arena, piedra y lastre y el acceso es por vía pública.

5º—Que después de haber realizado las enmiendas al estudio de factibilidad, según oficio Nº DGM-CZN-107-2006; y efectuada su respectiva comprobación de campo el 29 de junio del 2006 junto con el responsable del estudio, el Geólogo Allan Alán Mora, se procede a su aprobación y a emitir los términos de otorgamiento del título:

1.  Plazo de vigencia a 8 años.

2.  Tasa de extracción máxima a 6000 metros cúbicos por mes.

3.  Solo podrá operar un bloque de explotación a la vez con una de las excavadora y dos de las vagonetas declaradas en este estudio.

4.  Los modelos de la maquinaria de extracción deberán ser superiores a 1997 y la misma deberá mantenerse en óptimas condiciones de funcionamiento para lo cual deberá llevarse al día un protocolo de mantenimiento.

5.  No se autoriza cargar a clientes en el río. Estos solo podrán hacerlo en las áreas destinadas para el despacho de los materiales.

6.  En todo momento se deberá preservar la pendiente natural del río, quedando en función de ello la profundidad de extracción.

7.  Para verificar lo anterior en los informes anuales se deberá presentar levantamiento reciente de las secciones transversales y sección longitudinal del área concesionada.

8.  La explotación será únicamente por la margen derecha por medio de los accesos indicados en el plano levantado en agosto 2006.

9.  La capacidad del quebrador no podrá exceder sustantivamente la tasa de extracción autorizada. Seis meses antes de su instalación se deberá indicar a esta Dirección el modelo con el diagrama de flujo respectivo.

10.  El funcionamiento de la planta de diesel queda sujeta a la autorización de parte de la Dirección de Combustibles.

11.  En un plazo máximo de seis meses se deberá presentar a esta Dirección el diseño de sitio definitivo de la infraestructura básica de operación (planteles, oficina, áreas de despacho) en plano a escala conveniente.

12.  El horario de operación será diurno, quedando excluidos domingos y días feriados.

13.  Se deberá mantener un área de protección a la margen de al menos cinco metros, que no será susceptible de explotación.

14.  Se deberá colocar en las inmediaciones del río al menos un banco de nivel debidamente monumentado y en lugar visible con indicación de las coordenadas nacionales y elevación al nivel medio del mar.

6º—Que en el edicto no se presentaron oposiciones.

7º—Mediante oficios Nos. IMN-DA-3700-2006, del Departamento de Aguas en el cual manifestó que se otorgue la concesión de explotación de materiales en el cauce del río Toro con las siguientes condiciones:

1.  El área a explotar será de 14 ha. 7777.37 m2 en el cauce del río Toro en Marsella, Venecia, San Carlos, provincia de Alajuela.

2.  El material a extraer será de arena piedra y grava, quedando claro que queda totalmente prohibido extraer material del piso firme del cauce del río por lo que será sólo permitida la extracción del material arrastrado.

3.  Queda totalmente prohibida la extracción de materiales de las márgenes del río.

4.  La extracción de materiales será mecanizada en forma laminar por lo que no se deben utilizar ningún tipo de equipo que no garantice este tipo de extracción.

5.  Podrá ser realizada en toda época del año en que no sea impedida por las crecidas normales del río.

6.  Queda prohibida la acumulación de materiales en el cauce del río para evitar que se puedan presentar represamientos.

7.  Se deberá dejar en el caso de estructuras existentes (puentes y tomas de agua) 200 metros de distancia necesaria para evitar posibles daños. Es importante indicar que de acuerdo a nuestros registros y en consulta a la base de datos de este Departamento, no existen concesiones de agua dentro de la zona de extracción ni aguas abajo del Río Zelaya que eventualmente podrían verse afectadas por la actividad de extracción de materiales de dicho río.

8.  Que habiéndose cumplido con los requisitos que establece el Código de Minería vigente, para la tramitación de concesión solicitada, así como la respectiva recomendación otorgada por la Dirección de Geología y Minas, señalada en el Considerando anterior, lo procedente es otorgar concesión solicitada al gestionante.

Considerando:

I.—El señor Gabriel Jaime Montoya Aristizabal, mayor, casado una vez, ejecutivo, portador de la cédula de residencia Nº 420-193438-003963, vecino de San José, apoderado generalísimo de Frutas Tropicales Venecia S. A., solicitó otorgamiento de concesión a nombre de su representada, el día 31 de marzo del 2006.

II.—“El proyecto minero con expediente Nº 4-2006 en cauce de dominio público sobre el río Toro, en Venecia de San Carlos, a nombre de Frutas Tropicales Venecia S. A., pretende el aprovechamiento de los materiales de arena, piedra y lastre, cuyo acceso es por vía pública.

III.—En razón de lo anterior, lo procedente es acoger la recomendación que la Dirección de Geología y Minas le realiza al Poder Ejecutivo, mediante memorándum Nº DGM-RNM-279-2007 de las doce horas del once de mayo del dos mil siete, para que se otorgue la concesión de explotación de materiales en el cauce de dominio público sobre el río Toro a favor de la sociedad Frutas Tropicales Venecia S. A., cédula jurídica Nº 3-101-083291, por un período de ocho años, y bajo las condiciones técnicas indicadas en el resultando sétimo de la presente resolución. Por tanto:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA,

RESUELVEN:

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 18 de la Ley General de la Administración Pública; y de los artículos 30 y 33 del Código de Minería.

1º—Otorgar concesión de explotación de cauce de dominio público sobre el río Toro a favor de de Frutas Tropicales Venecia S. A., para la explotación de arena, piedra y lastre.

2º—De conformidad al memorándum Nº CGM-CZN-160-2006 de fecha 14 de noviembre del 2006, suscrito por la Geóloga Enid Gamboa Robles, el plazo recomendado para otorgar la concesión es de 8 años.

3º—El material a explotar es arena, piedra y lastre.

4º—Las labores de explotación se ejecutarán de acuerdo con el plan inicial de trabajo, previamente aprobado y cumpliendo las recomendaciones que al efecto señaló la Secretaría Técnica Nacional Ambiental.

5º—Asimismo, queda sujeta al pago de las obligaciones que la legislación impone, así como acatar las directrices que le gire la Dirección de Geología y Minas.

6º—La concesionaria deberá cumplir con las disposiciones establecidas en el Transitorio I del Reglamento al Código de Minería.

7º—Contra la presente resolución podrá interponerse ante el Despacho el recurso de reposición o revocatoria según el artículo 345, inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública.

Notifíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro del Ambiente y Energía, Roberto Dobles Mora.—1 vez.—(96973).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

REGISTRO DE AGROQUÍMICOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

DIA-R-E-204-2007.—La señora Marta Cecilia Agudelo Viana, cédula o pasaporte Nº 1 170000 53710 en calidad de Representante Legal de la compañía Control Bio Planet S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita la inscripción del controlador biológico Bio-Planet Pachycrepoideus, compuesto a base de Pachycrepoideus vindemmiae, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de octubre del 2007.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada de Registro Insumos Agrícolas.—(95942).

DIA-R-E-154-2007.—El señor Héctor Sanabria, pasaporte A-313509, en calidad de representante legal de la compañía Atlántica Agrícola de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Microcat Calcio Boro compuesto a base de nitrógeno-calcio-boro-ácidos orgánicos-aminoácidos. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 12 de setiembre del 2007.—Departamento de Insumos Agrícolas.—Ing. Ofelia May Cantillano,  Encargada Registro Agroquímicos.—(96216).

DIA-R-E-153-2007.—El señor Héctor Sanabria, pasaporte A-313509, en calidad de representante legal de la compañía Atlántica Agrícola de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Raykat Desarrollo compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio-boro-hierro-manganeso-zinc-cobre-molibdeno-aminoácidos-vitaminas citoquininas- extracto de algas. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 12 de setiembre del 2007.—Departamento de Insumos Agrícolas.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada Registro Agroquímicos.—(96218).

DIA-R-E-152-2007.—El señor Héctor Sanabria, pasaporte A-313509, en calidad de representante legal de la compañía Atlántica Agrícola de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Microcat Cereal “Especial Inicio” compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio-hierro-manganeso-zinc-polisacáridos- aminoácidos. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 12 de setiembre del 2007.—Departamento de Insumos Agrícolas.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada Registro Agroquímicos.—(96219).

Nº DIA-R-E-197-2007.—El señor Frederick Helwig Guillén, cédula o pasaporte Nº 1-799-044 en calidad de Representante Legal de la compañía Agrigro de Costa Rica S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Turf Fórmula, compuesto a base de Nitrógeno - fósforo –potasio - magnesio - boro - calcio - manganeso - azufre-zinc-hierro-bacillus-ascophyllum/nodusum, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 8 de octubre del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(96540).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Nº 182/2007.—El señor Juan Vicente Barrantes Quirós, cédula número 2-338-665, en calidad de Representante Legal de la compañía Biobotanica Jala S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita el cambio de nombre del fertilizante de nombre comercial Abono Lombricompost al nuevo nombre Bio Micro, compuesto a base de nitrógeno-fósforo-potasio-calcio-zinc-hierro-magnesio-materia orgánica, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664.

Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.

Heredia, 28 de setiembre del 2007.—Registro Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(96573).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD

Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Dirección, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 65, título Nº 787, emitido por el Liceo Napoleón Quesada Salazar, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Chacón Campos Luis Ángel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de octubre del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(96101).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 44, Título Nº 532, emitido por el Liceo de Costa Rica, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de César Guillermo Mojica Chang. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 16 de octubre del 2007.—Departamento de Supervisión Nacional.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(95492).

Ante esta Dirección, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 49, título Nº 189, emitido por el Colegio Nocturno José Martí, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Mora Torres Lince Reina. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 24 de octubre del 2007.—Departamento de Supervisión Nacional.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(96147).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 20, título Nº 277, emitido por el Colegio Isaac Martín, en el año dos mil tres, a nombre de Rodríguez Valverde Priscilla. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellidos, cuyos nombres y apellidos correctos son: Pérez Valverde Venus Priscilla. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José 22 de octubre del 2007.—Departamento de Pruebas de Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(96350).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 76, título Nº 417, emitido por el Liceo de Chacarita, en el año dos mil, a nombre de Guevara Araya Douglas. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 24 de octubre del 2007.—Departamento de Supervisión Nacional.—Lic. MSc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(96534).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media inscrito en el tomo 1, folio 73, título Nº 1814 y el título de Técnico Medio en la Especialidad de Secretariado, inscrito en el tomo 2, folio 182, título Nº 6373 emitidos por el Colegio Técnico Vocacional Monseñor Sanabria en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Adriana Vanessa García Guevara. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 1º de julio del 2004.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(96553).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 21, asiento 3 y título Nº 47, emitido por el Liceo La Virgen, en el año dos mil dos, a nombre de Esteban Lobo Mora. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, cuatro de octubre del dos mil siete.—Departamento de Pruebas de Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—Nº 63205.—(97923).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 3, folio 138, título N° 1447, emitido por el Liceo de Nicoya, en el año mil novecientos ochenta y dos, a nombre de Gutiérrez Guevara Ana Lorena. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta.—San José, 5 de octubre del 2007.—Departamento de Supervisión Nacional.—Msc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(96605).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 72, Título N° 1174, emitido por el Liceo Dr. José María Castro Madriz, en el año dos mil uno, a nombre de Rojas Jones Xenia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta.—San José, 6 de julio del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—Nº 62609.—(96828).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 089, y Título N° 1207, emitido por el Liceo Nocturno de Pérez Zeledón, en el año dos mil, a nombre de Arroyo Mora Karen G. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta.—San José, 25 de setiembre del 2007.— Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—Nº 62714.—(96829).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada “Rama Académica” Área de Letras, inscrito en el tomo 1, folio 14, título Nº 193, emitido por el Liceo Nocturno Lic. Alfredo González Flores, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Berrocal Sánchez Xinia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinticinco días del mes de octubre del dos mil siete.—Departamento de Supervisión Nacional.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(96986).

AMBIENTE Y ENERGÍA

FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Fondo Nacional de Financiamiento Forestal-MINAE, avisa que: en sus oficinas se han recibido las solicitudes de personas que ejercen posesión en fincas sin inscribir en el Registro Nacional, con el objeto de que se les paguen los servicios ambientales que generan los bosques ubicados según el siguiente detalle:

 

Expediente

Solicitante

Plano

Ubicación geográfica

Área a proteger (ha)

PN01012507

Rosa Yadira Moreno Cascante

Juan Cubillo Gómez

P-535255-1999

Puntarenas

Osa

Sierpe

50.0

 

 

De conformidad con el artículo 107 del Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo 25721-MINAE y sus reformas, Decreto Ejecutivo 31633-MINAE, se concede un plazo de diez días hábiles posteriores a la segunda publicación de este aviso, para formular formal oposición a la solicitud, ante las oficinas centrales del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, toda oposición deberá formularse por escrito y deberá acompañar los argumentos y pruebas que fundamenten su oposición.

El expediente, su ubicación y otros elementos de interés podrán consultarse en las Oficinas Centrales del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, al teléfono 257-8475, primera publicación.—Guillermo Rojas V., Asistente Administrativo Financiero.—(Solicitud Nº 35471).—C-17640.—(95623).

DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS

SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN EN TAJO

EDICTO

En expediente Nº 2678 el señor Emilio Zúñiga Guevara, mayor, licenciado, cédula Nº 1-419-1372, vecino de San José, apoderado generalísimo de Granja Avícola Santa Marta S. A., solicita concesión de extracción de materiales en Tajo.

Localización geográfica:

Sito en: San Rafael, distrito: 08 San Rafael, cantón: 01 Alajuela, provincia: 02 Alajuela.

Hoja cartográfica:

Hojas Coco y Lindora. Escala 1:10.000 del I.G.N.

Localización cartográfica:

Entre coordenadas generales: 215981.771 - 216254.681 norte, 512301.586 - 512599.759 este.

Área solicitada:

3 ha. 0000.00 m2, según consta en plano aportado al folio 33, mismo que debe utilizarse para la revisión en el campo del amojonamiento.

Derrotero:

Coordenadas del vértice Nº 34A 216180.214 norte, 512301.586 este.

             Línea                           Acimut                      Distancia (metros)

            34A-35                        123º 45’                                 185.58

             35-36                          123º 39’                                 142.22

             36-37                          124º 36’                                     7.38

             37-38                          101º 30’                                   22.74

             38-39                          017º 16’                                     6.86

             39-40                          331º 37’                                   14.76

             40-41                          333º 47’                                   54.50

             41-42                          334º 26’                                   19.22

             42-43                          329º 44’                                   85.69

             43-44                          340º 55’                                   37.13

             44-45                          332º 11’                                   52.75

             45-46                          333º 23’                                   31.37

            46-34A                        245º 03’                                 187.16

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 19 de mayo del 2006, área y derrotero aportados el 10 de enero del 2007. Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, a las catorce horas cincuenta minutos del diecisiete de octubre del dos mil siete.—Registro Nacional Minero.—Lic. Rosa María Ovares Alvarado.—(97005).

                                                                                        2 v. 1. Alt.

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expediente Nº 12696A.—Jorge Acuña Cordero solicita concesión de ,02 lps de nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Arnoldo Acuña Cordero en Rivas, Pérez Zeledón para consumo humano. Coordenadas 378.100/497.900 hoja San Isidro. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de octubre del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 53080.—(95848).

Expediente 6100P.—Compañía Banadosmil S. A., solicita concesión de: 7,7 lps del pozo MN-57, efectuando la captación en finca de su propiedad en Matina, Matina, Limón, para uso Agroindustrial-Bananeras. Coordenadas 235.500 / 617.600 hoja Matina. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de octubre del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 52974.—(95849).

Expediente Nº 12692A.—Autral Finance Inc., solicita concesión de: ,057 lps del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en su finca en San Antonio, Escazú, para consumo humano y piscina. Coordenadas 207.350 / 520.800 hoja ABRA. Predios inferiores: Rodrigo Trejos Facio. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de octubre del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 53109.—(95850).

Exp. Nº 12693A.—Nidia Varela Arias, solicita concesión de: 0,01 lps del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de la solicitante en Pitahaya, Puntarenas, Puntarenas, para uso agropecuario y consumo humano. Coordenadas 241.000 / 452.000 Hoja Juntas. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de octubre del 2007.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(96107).

Exp. Nº 12685A.—Finca Los Bongos S. A., solicita concesión de: 0,02 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Pitahaya, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 239.000 / 451.000 Hoja Juntas. Predios inferiores: Nidia Varela Arias, María Luz Varela A. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de octubre del 2007.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(96108).

Expediente Nº 12698A.—Laura Morice Martínez solicita concesión de: ,18 lps del nacimiento San Florencio, efectuando la captación en finca Hacienda Quebrada de Agua S. A. en La Cruz, Guanacaste, para abrevadero y consumo humano. Coordenadas 337.400 / 357.250 hoja Bahía de Salinas. ,28 lps del nacimiento quebrada Tigre/Chistate, efectuando la captación en finca de Hacienda Quebrada de Agua S. A. en La Cruz, Guanacaste, para abrevadero y consumo humano. Coordenadas 336.600 / 356.900 hoja Bahía de Salinas. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de octubre de 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(96229).

Expediente Nº 12697A.—Quebrada de Agua S. A., solicita concesión de: ,69 litros por segundo del nacimiento Quebrada de Agua, efectuando la captación en su finca en La Cruz, Guanacaste, para abrevadero y consumo humano. Coordenadas 338.750 / 357.550 hoja Bahía de Salinas. ,28 litros por segundo del nacimiento quebrada Tigre Chistate, efectuando la captación en su finca en La Cruz, Guanacaste, para abrevadero y consumo humano. Coordenadas 336.600 / 356.900 hoja Bahía de Salinas. ,18 litros por segundo del nacimiento San Florencio, efectuando la captación en su finca en La Cruz, Guanacaste, para abrevadero y consumo humano. Coordenadas 337.400 / 357.250 hoja Bahía de Salinas. Predios inferiores: no existen. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de octubre del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(96248).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 6140P.—Guillermo Colombari Armijo, solicita concesión de 1 litros por segundo del pozo AB-789, efectuando la captación en finca de su propiedad en Escazú, Escazú, San José, para uso consumo humano-doméstico y turístico-piscina. Coordenadas: 211.500 / 521.400, hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de octubre del 2007.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(96972).

 

PODER JUDICIAL

AVISOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Johanna María Jiménez Rodríguez, cédula de identidad Nº 1-1101-0942, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este despacho, dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 07-001206-624-NO.—San José, 2 de octubre del 2007.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—(96989).

 

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. N° 35750-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas cincuenta minutos del veinticinco de setiembre del dos mil siete. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por José Aníbal Parada Hernández, soltero, operario de prensa rotativa, costarricense, cédula de identidad número ocho-cero ochenta y seis-cuatrocientos cuarenta y cinco, vecino de Tres Ríos, Cartago, tendentes a la rectificación de su asiento de naturalización, en el sentido que los apellidos del padre; consecuentemente el primer apellido del mismo son “Rodríguez Parada” y “Rodríguez”, respectivamente y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese el edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta y se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—(94691).

Se hace saber al señor Jhonys Javier Arias Espinoza, que en diligencias de procedimiento administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Nicole Pamela Arias Rodríguez, que lleva el número novecientos cuarenta y uno, folio cuatrocientos setenta y uno, del tomo ochocientos cuarenta y tres, de la provincia de Alajuela, Sección de Nacimientos, se ha dictado la resolución que en lo conducente dice: Nº 1620-PA-2007.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las siete horas con cuarenta y cinco minutos del doce de julio del dos mil siete. Procedimiento administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Nicole Pamela Arias Rodríguez. Resultando: 1)..., 2)..., 3)..., 4)..., 5)..., 6)...; Considerando:...; Por tanto: se aprueba la resolución consultada (...). Notifíquese. Dr. Luis Antonio Sobrado González.—Lic. Eugenia María Zamora Chavarría.—Lic. Zetty Bou Valverde.—Secretaría del Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las once horas del veinticuatro de octubre del dos mil siete. Para notificar al interesado en razón de ignorar su domicilio, se procede a hacerlo mediante edicto que se publicará por tres veces en el Diario Oficial.—Juan Rafael Salas Navarro, Prosecretario.—(O. C. Nº 5248-2007).—C-27245.—(96005).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Javier Emigdio Duarte Domínguez, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2099-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cincuenta minutos del veinte de julio del dos mil siete. Expediente Nº 37854-06. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Jaiver Emigdio Duarte Domínguez... en el sentido que el nombre y apellidos de la persona ahí inscrita, así como los apellidos del padre y el nombre y los apellidos de la madre son “Javier Emigdio Ríos Mairena”, “Ríos Duarte” y “Toribia Antonia Mairena Guido”, respectivamente.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(96975).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Rita María López Oberto, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2822-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta minutos del diecinueve de octubre del dos mil siete. Expediente Nº 29805-07. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Marco Antonio Bermúdez Quesada con Rita María López Coberto..., en el sentido que el primer apellido de la madre de la cónyuge, consecuentemente el segundo apellido de la misma es “Oberto”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(97000).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Zayda Yesenia Tercero Hernández, conocida como Zayda Eysenia Tercero Hernández, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2600-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas y cincuenta y cinco minutos del diecisiete de setiembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 16348-07. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Wálter Valerín Segura con Zayda Eysenia Tercero Hernández..., en el sentido que el nombre de la cónyuge es “Zaida Yesenia”, y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(97075).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Aviso de solicitud de naturalización

Ron Maicol Zavaleta La Rosa, mayor, soltero, estudiante, peruano, cédula de residencia Nº 16040000922, vecino de Alajuela, expediente Nº 1303-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, veintisiete de agosto del dos mil siete.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(96994).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-707095-UL

Obras complementarias para la modernización eléctrica

del edificio de Oficinas Centrales del INS

El Instituto Nacional de Seguros recibirá ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del 22 de noviembre 2007, con todo gasto pago, impuestos incluidos para el servicio citado, con un costo de ¢1.000,00.

La visita al sitio se realizará el miércoles 14 de noviembre a las 9:00 a. m.

Lo anterior constituye un resumen del cartel que podrá adquirir en el Departamento de Proveeduría, ubicado en el octavo piso de oficinas centrales.

Departamento de Proveeduría.—MAP. Elizabeth Castro Fallas, Jefa.—1 vez.—(Solicitud Nº 18453).—C-6070.—(98689).

COLEGIOS UNIVERSITARIOS

COLEGIO UNIVERSITARIO DE PUNTARENAS

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

UNIDAD DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-CUP

Compra de vehículo automotor tipo microbús

La Unidad de Proveeduría del Colegio Universitario de Puntarenas, recibirá ofertas por escrito hasta las 15:00 horas del día 29 de noviembre del 2007, para este proceso licitatorio.

Los interesados deberán retirar el cartel con las especificaciones técnicas, en la Unidad de Proveeduría, 100 metros oeste del Muelle de Cruceros, Paseo de los Turistas en Puntarenas, o bien solicitarlo vía electrónica al E-mail: proveeduría@cup.ac.cr.

Vicente Flores Vargas, Encargado de Proveeduría, telefax 661-44-44, ext. 230.

Puntarenas, 31 de octubre del 2007.—Vicente Flores Vargas, Encargado de Proveeduría.—1 vez.—(98548).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000110-PROV

Servicios y materiales para el proyecto

construcción Agencia Tortuguero

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 5 de diciembre del 2007, en la Proveeduría de este Instituto, sita 400 metros norte de la esquina este del edificio central, para el suministro de lo siguiente:

Requerimiento: servicios y materiales para el proyecto construcción Agencia Tortuguero.

Mayores especificaciones, condiciones generales y especiales podrán adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma en la Proveeduría de este Instituto, o accesando nuestra dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do.

San José, 2 de noviembre del 2007.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador-Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 330291).—C-9075.—(98730).

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000027-02

Construcción de módulo agroindustrial del

Colegio Técnico Profesional de Batáan

Se avisa a los interesados en participar en la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000027-02, promovida para la construcción de módulo agroindustrial del Colegio Técnico Profesional de Batáan, que la fecha límite para la recepción y apertura de ofertas será el día 28 de noviembre del 2007 hasta las 14:00 horas, en la oficina de la Proveeduría de la Administración de Desarrollo, sita en Moín, Limón, (Prevalecerá la hora oficial de la Proveeduría).

La visita al sitio se realizará el tercer día hábil posterior a esta publicación, a las 10:00 horas. El punto de encuentro será en las afueras del Colegio Técnico Profesional de Batáan. El cartel tiene un costo de ¢3.000,00; incluye los planos constructivos.

El cartel con las especificaciones técnicas, estará a la disposición en la oficina de la Proveeduría de la Administración de Desarrollo, así como en las oficinas de JAPDEVA en San José, ubicadas 200 metros sur y 25 oeste de la gran terminal de buses del Caribe.

San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Rosita Lemones Smith, Proveedora, Administración Desarrollo.—1 vez.—(98673).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000025-02

Adquisición de un camión

Se avisa a los interesados en participar en la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000025-02, promovida para la adquisición de un camión, que la fecha límite para la recepción y apertura de ofertas será el día 28 de noviembre del 2007 hasta las 11:00 horas, en la oficina de la Proveeduría de la Administración de Desarrollo, sita en Moín Limón. (Prevalecerá la hora oficial de la Proveeduría).

El cartel con las especificaciones técnicas, estará a la disposición, en la oficina de la Proveeduría de la Administración de Desarrollo, así común en las oficinas de JAPDEVA en San José, ubicadas 200 metros sur y 25 oeste de la gran terminal de buses del Caribe.

San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Rosita Lemones Smith, Proveedora, Administración de Desarrollo.—1 vez.—(98674).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-01

Perforación de pozo profundo

La Proveeduría de la Municipalidad de Santo Domingo, recibirá ofertas por escrito, hasta las 10:00 horas del día 30 de noviembre del 2007, para la contratación de la “Perforación de pozo profundo”.

El cartel puede ser retirado en la Oficina de la Proveeduría, de la Municipalidad de Santo Domingo, situada al costado noroeste del parque central de la ciudad de Santo Domingo, al precio de ¢ 5.000,00.

Santo Domingo, Heredia, 1º de noviembre del 2007.—Rocío Alfaro Salazar, Proveedora.—1 vez.—(98553).

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000008-01

Adquisición de un camión de tracción sencilla nuevo

El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Guácimo, invita a todos los interesados en participar en el proceso licitatorio “Adquisición de un camión de tracción sencillo nuevo” 2007LA-000008-01. Los carteles con la información los pueden adquirir en la Oficina de Proveeduría, a partir de la publicación de esta.

El precio del cartel es de setecientos colones sin céntimos.

El plazo para el recibido de las ofertas será hasta las diez horas del 19 de noviembre del 2007.

Katty Lobo Rodríguez, Proveedora Municipal.—1 vez.—(98596).

AVISOS

POPULAR VALORES, PUESTO DE BOLSA S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000005-01

Adquisición, planificación, implementación

y post-implementación de un Sistema

Operativo Bursátil (SOB)

Popular Valores, Puesto de Bolsa S. A., los invita a participar en el siguiente proceso de contratación:

Tipo de concurso: Licitación Abreviada Nº 2007LA-000005-01. Descripción: adquisición, planificación, implementación y post-implementación de un Sistema Operativo Bursátil (SOB). Fecha y hora límite para presentación de ofertas: 28 de noviembre del 2007, 10:00 horas.

Los interesados en este concurso podrán retirar el cartel, sin costo alguno, en las oficinas de Popular Valores, Puesto de Bolsa S. A., ubicadas en San José, Paseo Colón, octavo piso del edificio Torre Mercedes con un horario de lunes a jueves de 8:00 a. m., a 5:00 p. m., y viernes de 8:00 a. m., a 4:00 p. m.

San José, 1º de noviembre del 2007.—Servicios Administrativos.—Lic. Ricardo Hernández Agüero, Jefe.—1 vez.—(98593).

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-903053-02

Contratación de los servicios de mano de obra, materiales y equipo para la limpieza y pintura de tuberías en la refinería

La Dirección de Suministros de Recope invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2007LA-903053-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el primer piso de las oficinas centrales de Recope, sita en Urbanización Tournón Norte, hasta las 10:00 horas del día 28 de noviembre del 2007.

El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja del Departamento de Tesorería, situada en el primer piso del mismo edificio, por un costo de ¢ 1.000,00; o bien, el mismo está disponible, sin sus anexos, en el sitio Web de Recope, www.recope.com.

La visita al sitio para explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a cabo el día 13 de noviembre del 2007 a las 10:00 horas en el edificio Administrativo de la Refinería en Limón.

San José, 1º de noviembre del 2007.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 2007-5-0272).—C-8490.—(98652).

ADJUDICACIONES

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000395-05401

Compra de fotocopiadoras y cámaras fotográficas digitales

Se avisa a todos los interesados en esta licitación para la Dirección General de Migración y Extranjería, que la resolución de adjudicación Nº 160-2007-MABS de las 13 horas y 10 minutos del 31 de octubre del 2007, indicó en su Por Tanto en forma resumida lo siguiente:

1.) Adjudicar a:

I. S. Productos de Oficina Centroamérica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-059552.—(Oferta Nº 2).

Posición Nº 1: Once (11) fotocopiadoras digitales en blanco y negro, marca KYOCERA modelo KM-2035, con capacidad de 30.000 copias por mes, bandeja para carta, legal, 27,94 cm x 43,18 cm (11” x 17”) y oficio alimentador manual, con zoom ampliación y reducción entre 25 y 400%, compaginación electrónica, estándar con bandeja de papel para 300 hojas, bandeja multipropósito para 50 hojas, procesador de documentos para 50 hojas, duplex, y manejo de papel, resolución 600x 600 DPI, velocidad de 20 páginas por minuto mínimo en A4 y 10 páginas por minuto en A3, tiempo de calentamiento en menos de 20 segundos, cada fotocopiadora incluye además del que ya trae el equipo, tres toner originales adicionales y demás especificaciones técnicas y legales descritas en el pliego de condiciones y sus modificaciones (folios del 62 al 79), en la oferta presentada (visible a folios del 287 al 315) y los demás documentos aportados por el oferente.

(*)

Precio unitario: US $ 1.894,00. Precio total: US $ 20.834,00.

(*) Se adjudica una mayor cantidad (11) de las originalmente solicitadas (8), de conformidad con el artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y a solicitud de la Bach. Nancy Guerrero Rodríguez, Asistente de la Subdirección General, ya que se cuenta con el suficiente contenido presupuestario para adjudicar una mayor cantidad de equipos y así se pueda satisfacer mejor las necesidades que tiene la institución de los mismos.

Monto total adjudicado: veinte mil ochocientos treinta y cuatro dólares de Estados Unidos de América con cero centavos (US $ 20.834,00).

2.) Declarar infructuosas las posiciones Nº 2 y 3 ya que no se presentaron oferentes.

La presente adjudicación considera todas las demás especificaciones técnicas y legales descritas en el pliego de condiciones y sus modificaciones, en las ofertas presentadas y los demás documentos aportados por estas. La adjudicación queda condicionada a la efectiva disponibilidad presupuestaria o financiera de acuerdo a la legislación vigente y al cumplimiento de los requisitos de formalización contractual y de aprobación interna que corresponde de conformidad con el Reglamento sobre Refrendos de las Contrataciones de la Administración Pública, publicado por la Contraloría General de la República en La Gaceta Nº 43 del 1º de marzo del 2007. Todo de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución, el expediente de rito y la normativa vigente que regula la materia de Contratación Administrativa.

San José, 31 de octubre del 2007.—Proveeduría Institucional.—MBA. Erika García Díaz, Gestora de Proveeduría.—1 vez.—(Solicitud Nº 45964).—C-27850.—(98653).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000004-00100

Compra de grúas tipo policial, telescópicas y vehículos

El Departamento de Proveeduría a través de la Unidad de Licitaciones, informa a todos los interesados en esta licitación, que mediante artículo IX, de sesión 2469-07, celebrada el 31 de octubre del 2007, la Junta Directiva del Consejo de Seguridad Vial acordó adjudicar la licitación de referencia de acuerdo al siguiente detalle:

A la empresa Purdy Motor S. A.

Línea Nº 1: Compra de 5 vehículos tipo grúas para uso policial, con sus respectivos radios, marca Toyota, estilo Land Cruiser, totalmente nuevos, con conversión especial para grúas policial realizada en Costa Rica, por un monto total de $ 232.500,00 (doscientos treinta y dos mil quinientos dólares exactos).

Plazo de entrega: 80 días hábiles, después de  recibido el respectivo contrato debidamente refrendado.

Garantía: 24 meses ó 100.000 kilómetros (lo que ocurra primero).

A la empresa Gardi S. A.

Línea Nº 2: Compra de 2 grúas telescópica para mantenimiento de semáforos con canasta aislada totalmente nueva, por un monto total de $113.000,00 (ciento trece mil dólares exactos).

Plazo de entrega: 80 días hábiles, después de recibido el respectivo contrato debidamente refrendado.

Garantía: por la grúa 24 meses y en camión 24 meses ó 100.000 kilómetros (lo que ocurra primero).

Línea Nº 3: Infructuosa.

San José, 2 de noviembre del 2007.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 10945).—C-13330.—(98691).

LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000006-00100

Contratación de una empresa que realice el inventario de

señalamiento vertical y horizontal en las

diferentes rutas nacionales

El Departamento de Proveeduría a través de la Unidad de Licitaciones, informa a todos los interesados en esta licitación, que mediante artículo VIII, de sesión 2469-07X, celebrada el 31 de octubre del 2007, la Junta Directiva del Consejo de Seguridad Vial acordó adjudicar la licitación de referencia de acuerdo al siguiente detalle:

A la empresa: CS & A S. A., de acuerdo al siguiente detalle:

Línea única: contratación de una empresa que realice el inventario de señalamiento vertical y horizontal en las diferentes rutas nacionales, por un monto total de $ 201.923,00 (doscientos un mil novecientos veintitrés dólares exactos).

Plazo de ejecución: 120 días naturales después de recibido el contrato debidamente refrendado y la respectiva orden de inicio.

San José, 2 de noviembre del 2007.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 10945).—C-10890.—(98692).

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000013-00100

Compra de fotocopiadoras digital láser

El Departamento de Proveeduría a través de la Unidad de Licitaciones, informa a todos los interesados en esta licitación, que mediante resolución DE-2967-2007, de fecha 30 de octubre del 2007, la Dirección Ejecutiva del Consejo de Seguridad Vial acordó adjudicar la licitación de referencia de acuerdo al siguiente detalle:

A la empresa Instalaciones Telefónicas (C.R) S. A.:

Línea Nº 1: Compra de 1 (una) fotocopiadora digital, marca Brother modelo DCP.8060 por un monto total de ¢ 350.000,00 (trescientos cincuenta mil colones exactos).

Plazo de entrega: 15 días hábiles después de recibida la respectiva orden de compra.

Garantía: 13 meses contra defecto de fabricación a partir del recibido conforme a entera satisfacción por parte del Departamento de Presupuesto.

A la empresa Documentos Digitales Difoto S. A.:

Línea Nº 2: Compra de 14 (catorce) fotocopiadoras Digital-Láser, modelo Work Centre 4118x, marca Xerox, por un monto total de $14.756,00 (catorce mil setecientos cincuenta y seis dólares exactos).

Plazo de entrega: 15 días hábiles después de recibida la orden de compra.

Garantía: 12 meses contra defecto de fabricación a partir del recibido conforme a entera satisfacción por parte de la Dirección General Educación Vial.

San José, 2 de noviembre del 2007.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 10945).—C-12705.—(98693).

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000022-00100

Demarcación horizontal de líneas continuas con pintura

termoplástico, confección e instalación de letreros de

velocidad y escuela, señales verticales y de colocación

de mallas en 20 centros educativos del

gran Área Metropolitana

El Departamento de Proveeduría a través de la Unidad de Licitaciones, informa a todos los interesados en esta licitación, que mediante artículo X, de sesión 2469-07, celebrada el 31 de octubre del 2007, la junta directiva del Consejo de Seguridad Vial acordó adjudicar parcialmente la licitación de referencia de acuerdo al siguiente detalle:

A la empresa Consorcio de empresas formado por J L Señalización y Arquitectura S. A., M & P Obras Civiles S. A., y Horizontes de Vías y Señales de Centroamérica S. A.:

Línea única: demarcación horizontal de líneas continuas con pintura termoplástico, confección e instalación de letreros de velocidad y escuela, señales verticales y de colocación de mallas en 20 centros educativos del gran Área Metropolitana, por un monto total de ¢21.875.355,72 (veintiún millones ochocientos setenta y cinco mil trescientos cincuenta y cinco con 72/100 exactos).

Plazo de entrega: 30 días naturales, después de recibido el contrato refrendado y la respectiva orden de inicio.

San José, 2 de noviembre del 2007.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 10945).—C-10890.—(98695).

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000027-00100

Compra e instalación de planta eléctrica

El Departamento de Proveeduría a través de la Unidad de Licitaciones, informa a todos los interesados en esta licitación, que mediante resolución Nº DE-2992-2007, de fecha 2 de noviembre del 2007, la Dirección Ejecutiva del Consejo de Seguridad Vial acordó adjudicar la licitación de referencia de acuerdo al siguiente detalle:

Maquinaria y Tractores Limitada, de acuerdo al siguiente detalle:

Línea única: compra e instalación de una planta generadora de electricidad, marca Caterpillar, modelo GEP88, de combustible diesel con una salida de 80 kw, totalmente nueva, por un monto total de $26.500,00 (veintiséis mil quinientos dólares exactos).

Plazo de entrega: 30 días naturales para el generador con su respectiva instalación después de recibida la orden de compra debidamente refrendada.

Garantía: 24 meses contra defectos de manufactura y materiales a partir del recibido conforme por parte de la unidad solicitante.

San José, 2 de noviembre del 2007.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexánder Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 10945).—C-9680.—(98696).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

PROVEEDURÍA Y LICITACIONES

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000004-01

Compra de repetidoras de radio y radios de comunicación

Se avisa a los interesados en la Licitación Abreviada 2007LA-000004-01: “Compra de repetidoras de radio y radios de comunicación”, que una vez tramitado el debido proceso recursivo contra el acto de adjudicación publicado en La Gaceta Nº 104 del 31 de mayo del 2007, se ha resuelto anular el acto de adjudicación original y readjudicar la contratación de marras, a la firma Holst Van Patten S. A.

Cartago, 31 de octubre del 2007.—Lic. Julio Brenes R., Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 34).—C-4255.—(98737).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000052-PCAD

Contratación de servicios de una empresa para el diseño del

anteproyecto, presupuesto, estudio de suelos y planos

del nuevo edificio de tecnología de información

del Banco Popular

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados, según resolución adoptada por la Comisión de Aprobación de Licitaciones Abreviadas la cual consta en acta Nº 034-2007 del día 25 de octubre del 2007, que se adjudicó la presente licitación de la siguiente forma:

Consultoría y Diseños S. A. (CONDISA) cédula jurídica 3-101-20748-29.

Objeto: Contratación de una empresa para el diseño de anteproyecto, presupuesto, estudio de suelos, realización de planos, inspección del nuevo edificio de Tecnología de Información.

Monto: ¢ 200.000.000,00 (doscientos millones de colones exactos).

Plazo de entrega: Estudios preliminares: 3 meses, contados a partir de la entrega de la orden de compra y orden de inicio.

Anteproyecto: 2 meses, contados a partir de la aprobación de los estudios preliminares.

Presupuesto y estudio de suelos: 1 mes, contado a partir de la aprobación del anteproyecto.

Realización de planos constructivos: 3 meses, contado a partir de la aprobación del anteproyecto.

Garantía de cumplimiento: El adjudicatario rendirá la correspondiente garantía de cumplimiento, durante los 10 (diez) días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso, por un monto del 5 % del total adjudicado y con una vigencia mínima de dos meses adicionales al plazo de entrega del objeto del contrato.

Demás condiciones, especificaciones y detalles en conformidad con lo señalado en el pliego cartelario, la oferta y el informe de adjudicación Nº 324-2007.

San José, 2 de noviembre del 2007.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(98705).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE SUMINISTROS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000074-ULIC

Compra de motocicletas

A los interesados en la Licitación en Referencia, se les comunica que la Administración acordó adjudicar de la siguiente manera:

A: Todo Motor S. A., cédula jurídica Nº 3-101-193068. Renglones 1, 3, 4 y 5 por un monto de $4.225,00.

Se declara infructuoso el renglón 2.

Todo de acuerdo al cartel y a la oferta respectiva.

Sabanilla de Montes de Oca, 2 de noviembre del 2007.—Unidad de Licitaciones.—MBA Silvia Cordero Araya, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 108327).—C-6070.—(98720).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000075-ULIC

Compra de equipo y mobiliario para el

programa de residencias estudiantiles

A los interesados en la Licitación en Referencia, se les comunica que la administración acordó adjudicar de la siguiente manera:

A: Mercadeo Institucional BR S. A., cédula jurídica Nº 3-101-285289. Renglones 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8 y 9 por un monto de ¢16.191.300,00.

Se declara infructuoso el Renglón 7.

Todo de acuerdo al cartel y a la oferta respectiva.

Sabanilla de Montes de Oca, 2 de noviembre del 2007.—Unidad de Licitaciones.—MBA Silvia Cordero Araya, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 0108327).—C-6070.—(98721).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2007LN-000003-3003

Abarrotes varios

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael  Ángel Calderón Guardia, le comunica a los interesados en el siguiente concurso, que se resuelve adjudicar según se detalla: Número de concurso: Licitación Pública Nacional 2007LN-000003-3003. Objeto de contratación: abarrotes varios.

Empresa adjudicada: Roma Prince S. A.

                                          Ítem                                                                                                                                         Consumo                                                                            Precios

                           (Sub-                                                                                                                                      aproximado                                          Precios                          totales

Empresa            ítem)                        Objeto                                         Unidad                                                 por año unitarios ¢                    aproximado ¢

  Roma                43.1                   Canelón listo para

  Prince                                         hornear                                                    Kg.                                                          200                                               1.344,00                 268.800,00

  S. A                   43.2                   Lasagna precocida                                   Kg.                                                          900                                               2.932,00              2.638.800,00

                            43.3                   Chop Suey                                              Kg.                                                        1608                                               1.381,00              2.220.648,00

                            43.4                   Spaguetti                                                 Kg.                                                        2508                                                  700,00              1.755.600,00

                            43.5                   Caracolitos                                              Kg.                                                          408                                                  769,00                 313.752,00

                            43.6                   Coditos                                                   Kg.                                                          408                                                  769,00                 313.752,00

                            43.7                   Cabello (Fideo

                                                     cuerda fina)                                             Kg.                                                          732                                                  769,00                 562.908,00

                            43.8                   Tornillos                                                 Kg.                                                          960                                                  769,00                 738.240,00

Monto total aproximado                                                                                                                                                                              8.812.500,00

Tiempo de entrega: según demanda, la primera entrega en 5 días hábiles como máximo, previa coordinación con el servicio solicitante.

NOTA:   Por ser esta una compra a modalidad de entrega según demanda, las cantidades adjudicadas pueden aumentar o disminuir.

Se procede a declarar infructuoso los ítemes 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20,21,22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52 y 53 debido a que las ofertas presentadas no cumplen administrativamente lo solicitado por el cartel y la Ley del Reglamento de Contratación Administrativa, no cotizan o bien fueron descalificadas por el servicio solicitante por no cumplir con los requisitos técnicos.

Plazo revocatorias: 05 días hábiles a partir del día posterior a esta publicación.

Plazo apelaciones: 10 días hábiles a partir del día posterior a esta publicación.

San José, 1º de noviembre del 2007.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador.—1 vez.—(98649).

L1CITACIÓN ABREVIADA 2007LA-00038-3003

Compra de películas radiográficas

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, le comunica a los interesados en este concurso, que se resuelve adjudicar los ítemes de la siguiente manera:

Empresa adjudicada: Multiservicios Electromédicos S. A.

                                                                                                                                                Cantidad                                                                           Precio                                                               Precios

Ítem                                                       Objeto                                                                         UDS unitario $                                                                total $

1                                    Películas radiográficas 25.40 cm x 30.48

                                      cm no interfoliadas (10 x 12 pulgadas)                                              16.000                                                                               0.465                                      7.440,00

3                                    Películas radiográficas 27.94 cm x 35.56

                                      cm no interfoliadas (11 x 14 pulgadas)                                              18.000                                                                             0.5985                                      10.773,00

                                      Monto total                                                                                                                                                                                                                                  18.213,00

Monto en letras: dieciocho mil doscientos trece dólares exactos.

Tiempo de entrega: inmediata.

Empresa adjudicada: Carlos Federspiel y Compañía S. A.

                                                                                                                                                Cantidad                                                                           Precio                                                               Precios

Ítem                                                       Objeto                                                                         UDS unitario $                                                                total $

2                                    Películas radiográficas 35.56 cm x 43.18 cm

                                      no interfoliadas (14 x 17 pulgadas)                                                   34.000                                                                             472,00                                      16.048.000,00

                                      Monto total                                                                                                                                                                                                                                16.048.000,00

Monto en letras: dieciséis millones cuarenta y ocho mil colones exactos.

Tiempo de entrega: inmediata.

Plazo revocatorias: 5 días hábiles a partir del día posterior a esta publicación.

Plazo apelaciones: 10 días hábiles a partir del día posterior a esta publicación.

San José, 2 de noviembre del 2007.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador.—1 vez.—(98650).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000029-PROV

Mejoras en la red de la UEN producción de electricidad

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Sector Electricidad, mediante nota 0510-1523-2007 del 29 de octubre del 2007, acordó adjudicar la Licitación Pública Nº 2007LN-000029-PROV de la siguiente manera:

I.T. Servicios de Infocomunicaciones S. A. (ITS).—(Oferta única).

Partida Nº 1: Mejoras en las redes de la UEN Producción Electricidad.

Equipos: USD 611.323,00.

Impuesto de ventas 13%: USD 79.471,99

Subtotal equipos-Almacenes de centros de producción: USD 690.794,99.

Garantías: USD 131.297,00.

Instalación y configuración: USD 71.127,00.

Capacitación: USD 37.120,80.

Subtotal de contrato de mantenimiento: USD 25.800,00

Valor total adjudicado

Almacenes de Centros de Producción: USD 956.139,79.

Modalidad y forma de pago: transferencia electrónica, 30 días para equipo, 60 días para servicios de instalación.

Lugar de entrega: Almacenes de centros de producción. Para la instalación según cartel.

Fecha de entrega: Los bienes serán entregados en un plazo no mayor a 30 días naturales a partir de la notificación de la orden de compra.

La instalación de los mismos se deberá realizar en un plazo máximo de 30 días naturales a partir de la notificación del administrador del contrato por parte del ICE de que el oferente puede proceder con los trabajos de instalación.

Garantía del material: Los bienes a suministrar tienen una garantía de 36 meses contados a partir de la fecha en que el ICE reciba el objeto del contrato a entera satisfacción.

Garantía de cumplimiento: 5% del valor total adjudicado, con una vigencia mínima de 6 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta del adjudicatario.

NOTA:   Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS, personería jurídica o Poder Consularizado según corresponda, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 2 de noviembre del 2007.—Dirección de Proveeduría.—Sr. Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 330291).—C-25430.—(98732).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LI-000032-PROV

Adquisición de 50 000 microteléfonos para teléfonos públicos

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Sector Telecomunicaciones, mediante nota 6000-3892-2007 del 31 de octubre de 2007, acordó adjudicar la Licitación Pública 2007LI-000032.

Oferente: Magaz, S. A.—Representante: Válvulas y Conexiones Urrea S. A., cédula jurídica Nº 3-101-035901-16.—(Oferta Nº 1)

Requerimiento: Adquisición de 50 000 microteléfonos para teléfonos públicos.

Artículo Nº 1 (único): 50 000 c/u microteléfonos, que contienen: cápsula receptora, cápsula transmisora, cordón, dimensiones y pesos del microteléfono, cobertores de cápsulas, sujeción de coraza de acero inoxidable, sujeción de cápsulas, color de las partes plásticas, desarmado del microteléfono, prueba funcional y adaptador para teléfono connect.

Subtotal:                                               USD 8,79 c/u

Valor total CPT en depósito aduanero ICE Colima Tibás USD 439.500,00

Tiempo de entrega de bienes: El bien debe ser entregado en un plazo de 150 días hábiles, en dos entregas parciales de 25 000 microteléfonos, con sus respectivos adaptadores, de la siguiente forma:

La primera entrega parcial deberá ser de 75 días hábiles a partir de la notificación de la orden de compra.

La segunda entrega de 75 días hábiles después de la primera entrega.

Lugar de entrega de bienes: Depositario aduanero ICE Colima de Tibás.

Modalidad y forma de pago: Giro a la vista contra presentación de factura.

Garantía sobre bienes: 12 meses contados a partir de la fecha en que el ICE reciba el objeto del contrato a entera satisfacción.

Garantía de cumplimiento: 5 % del valor adjudicado, con una vigencia mínima de 10 meses, contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del pliego de condiciones y los términos de la oferta recomendada.

NOTA:   Presentar Garantía de Cumplimiento, Certificación CCSS, personería jurídica o poder conzularizado, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 2 de noviembre de 2007.—Dirección de Proveeduría.— Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(OS Nº 330291).—C-22990.—(98733).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000062-PROV

Adquisición de bombas centrífugas para agua área

de maquinaria y equipos UEN PYSA

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Sector Electricidad, mediante nota 0510-1531-2007 del 29 de octubre de 2007, acordó adjudicar la licitación abreviada Nº 2007LA-000062-PROV de la siguiente manera:

Oferta Nº 1 Samer Equips R.S.C., S. A., cédula jurídica 3-101-389690

Partida 1:

Bombas centrífugas para agua 35 litros por segundo                                                USD 55.300,00

Repuestos                                                                                                                  USD 5.107,00

Herramienta                                                                                                                  USD 318,00

Partida 2:

Bombas centrífugas para agua 50 litros por segundo                                             USD 102.375,00

Repuestos                                                                                                                  USD 4.421,64

Herramientas                                                                                                                 USD 318,00

Subtotal                                                                                                                  USD 167.839,64

13 %  I.V.                                                                                                                 USD 21.819,64

Valor total talleres MET Cebadilla de Alajuela                                                      USD 189.658,79

Capacitación sin costo adicional.

Tiempo de entrega: 90 días naturales a partir de la notificación de la orden de compra.

Lugar de entrega: Plantel MET Cebadilla de Alajuela.

Modalidad y forma de pago: Giro a 30 días contra entrega del suministro. 40 % contra documentos de embarque, y 60 % contra recibo conforme en lugar de entrega.

Garantía sobre los bienes: 12 meses a partir del recibo de los bienes a entera satisfacción del ICE.

Garantía de cumplimiento: 8 % del valor total adjudicado, con una mínima de 6 meses a partir de la firmeza del acto de adjudicación.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.

Nota:   Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, personería jurídica y certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 2 de noviembre de 2007.—Dirección de Proveeduría.— Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(OS Nº 330291).—C-19380.—(98734).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000071-PROV

Adquisición de filtros autolimpiantes para aceite de unidades generadoras Nº 1, 2, 3 y 4 para el Centro de Generación Moín

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Sector Electricidad, mediante nota 0510-1521-2007 del 25 de octubre de 2007, acordó adjudicar la licitación abreviada Nº 2007LA-000071-PROV de la siguiente manera:

Oferta Nº 2: Representaciones Ivancovich RA S. A., cédula jurídica 3-101-373793

Partida única

Artículos del 1 al 9

Precio total DDU Almacén ICE Planta Moín       USD 250 652,00

Tiempo de entrega: 90 días naturales a partir de la notificación de la orden de compra.

Lugar de entrega: Almacén ICE Moín.

Modalidad y forma de pago: Crédito documentario, confirmada, irrevocable y no transferible.

30 % del valor adjudicado contra presentación de documentos de embarque, el oferente deberá indicar si requiere la confirmación del crédito.

70 % del valor adjudicado contra recepción a satisfacción de los bienes en el lugar de entrega convenido, esta aceptación se dará a más tardar 30 días naturales a partir de la recepción en sitio.

Garantía sobre los repuestos: 10.000 horas de operación contados a partir de la fecha en que el ICE reciba el objeto del contrato a entera satisfacción o dos años a partir de la puesta en marcha del primero que se instale, lo primero que ocurra.

Garantía de cumplimiento: 5% del valor total adjudicado, con una mínima de 2 meses adicionales al tiempo de entrega.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.

NOTA:   Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, personería jurídica y certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢ 2,50 por cada ¢1000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 2 de noviembre de 2007.—Dirección de Proveeduría.— Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. 330291).—C-18170.—(98735).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000080-PRI

Ampliación de la solución de respaldo de los sistemas críticos

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante resolución de gerencia 2007-701 del 31 de octubre del 2007, se adjudica la Licitación Abreviada 2007LA-000080-PRI denominada “Ampliación de la solución de respaldo de los sistemas críticos”  de la siguiente forma:

Datadec S. A.—(Oferta única).

                                                                                                                                                                                                                   Precio                 Precio

Posición                                         Cantidad                                              Descripción                                                                     unitario $              total $

1                                                           2                                   Licencias para respaldo en línea Windows                                          1.052,31           2.104,62

2                                                           1                                   Licencias de respaldo a servidores                                                       1.024,62           1.024,62

3                                                           2                                   Licencia para base de Datos Oracle                                                     5.384,62         10.769,24

4                                                           1                                   Licencias para respaldo automático                                                   22.855,38         22.855,38

5                                                           1                                   Licencias para restauración                                                                  9.114,22           9.114,22

6                                                       ----                                   Servicios de configuración                                                                                          27.046,13

7                                                       ----                                   Soporte técnico                                                                                                             2.040,00

                                                                                                 Total                                                                                                                        $74.954,21

Monto total adjudicado $74.954,21 (setenta y cuatro mil novecientos cincuenta y cuatro dólares con 21/100) i.v.i.

Condiciones:

Precios: firmes, definitivos e invariables.

Forma de pago: de las posiciones Nº 1 a la 6: Crédito a 30 días naturales. El servicio correspondiente a la posición Nº 7 se cancelará por mes vencido dentro de los 30 días naturales posteriores a la presentación de la factura.

Plazo de entrega: de las posiciones Nº 1 a la 6: 30 días naturales contados a partir de la entrega del pedido respectivo. Para la posición Nº 7: 12 meses contados a partir de la instalación de la solución, pudiendo prorrogarse en igual de condiciones, en dos ocasiones, siempre y cuando la Administración no manifieste por escrito lo contrario, al menos un mes antes del vencimiento de cada contrato.

Lugar de entrega: tecnologías de información.

Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.

San José, 1º de noviembre del 2007.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(98199).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

LICTACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000001-01

Compra de servicios de vigilancia

El Patronato Nacional de la Infancia, por este medio informa que según acuerdo de Junta Directiva Nº J.D-299-007, sesión ordinaria 2007-050, artículo 003), aparte 01), del 30 de octubre del 2007, se readjudica la Licitación Pública Nº 2006LN-000001-01 de la siguiente manera:

    A la empresa Inversiones Camarias S. A., las líneas 1, 5, 8, 13, 20, 21, por un monto de ¢10.339.500,00 (diez millones trescientos treinta y nueve mil quinientos colones mensuales).

    A la empresa Agencia Valverde Huertas S. A., las líneas 2, 3, 4, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 22, 23, por un monto de ¢13.234.347,50 (trece millones doscientos treinta y cuatro mil trescientos cuarenta y siete colones con cincuenta céntimos mensuales).

    Se mantiene la adjudicación original de la línea 19, a favor de la empresa Inversiones Camarias S. A., por un monto de ¢2.067.900,00; (dos millones sesenta y siete mil novecientos colones con cero céntimos mensuales).

Por un monto total de ¢23.573.847,50 (veintitrés millones quinientos setenta y tres mil ochocientos cuarenta y siete colones con cincuenta céntimos).

San José, 2 de noviembre del 2007.—Departamento de Suministros Bienes y Servicios.—Ana Mayela Corrales Jiménez, Proveedora.—1 vez.—(98718).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ

LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 2006LG-000067-PROV

Contratación de servicios profesionales en ingeniería y arquitectura

A los interesados en la presente licitación se les informa que con fundamento en el artículo 13, inciso q), del Reglamento Orgánico de la Institución y el acuerdo de Junta Directiva JD-676, correspondiente al artículo V), inciso 6), de la sesión Nº 31-2007, celebrada el 4 de setiembre del 2007, la Gerencia General procedió a “Declarar desierta” la Licitación por Registro Nº 2006LG-000067-PROV por “Contratación de servicios profesionales en ingeniería y arquitectura”.

San José, 1º de noviembre del 2007.—Departamento de Proveeduría.—Jorge A. Villalobos F., Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 9441).—C-6070.—(98731).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE PARAÍSO

LICITACIÓN PÚBLICA 2007LP-000001-03

Compra de dos camiones recolectores de desechos reconstruidos

En acatamiento a lo dispuesto por el Concejo Municipal de Paraíso, según consta  en la sesión número 122, celebrada el 23 de octubre del 2007:

Artículo 08: Presento para toma de acuerdo de consejo para la compra de dos camiones recolectores de desechos sólidos.

Con seis votos positivos y uno negativo (Vera Barquero Solano) en firme y con carácter de definitivamente aprobado: El Concejo Municipal de Paraíso atendiendo las recomendaciones de la comisión de Gobierno y administrativo, se le adjudica la Licitación Pública 2007LP-000001-03 compra de dos camiones recolectores de desechos reconstruidos a la empresa Vifisa de Turrialba S. A., por un monto de ¢60.000.000,00.

Paraíso, 30 de octubre del 2007.—Concejo Municipal.—Ana Rosa Ramírez Bonilla, Secretaria.—Compras.—Juan Carlos Gamboa Quirós, Encargado.—1 vez.—(98668).

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000002-01

Compra de tubería plástica para alcantarillado

sanitario reforzada para cuadrante de Paraíso

En acatamiento a lo dispuesto por el Concejo Municipal de Paraíso, según consta en la sesión número 122 celebrada el 23 de octubre del 2007:

Artículo 07 inciso 01 Expediente de Licitación Abreviada 2007LA-000002-01, Compra de tubería plástica para alcantarillado sanitario reforzada para cuadrante de Paraíso.

Con seis votos positivos y uno negativo (Vera Barquero Solano) en firme y con carácter de definitivamente aprobado: se aprueba el informe de la comisión de Hacienda. Se le adjudica la Licitación Abreviada 2007LA-000002-01 Compra de tubería plástica para alcantarillado sanitario reforzada para cuadrante de Paraíso a la empresa Durman Esquivel S. A., por un monto de ¢14.999.950,00.

Paraíso, 30 de octubre del 2007.—Concejo Municipal.—Ana Rosa Ramírez Bonilla, Secretaria.—Compras.—Juan Carlos Gamboa Quirós, Encargado.—1 vez.—(98669).

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000001-01

Compra de piedra 1000/24 puestas en el plantel de Colima

En acatamiento a lo dispuesto por el Concejo Municipal de Paraíso, según consta en la sesión número 122 celebrada el 23 de octubre del 2007:

Artículo 02 Expediente de Licitación Abreviada 2007LA-000001-01, Compra de piedra 1000/24 puestas en el plantel de Colima.

Con seis votos positivos y uno negativo (Vera Barquero Solano) en firme y con carácter de definitivamente aprobado: Se aprueba el informe de la comisión de Hacienda. Se le adjudica la Licitación Abreviada 2007LA-000001-01, Compra de piedra 1000/24 puestas en el plantel de Colima a la empresa Quebradores H y E de Orosi S. A., por un monto de ¢12.600.000,00.

Paraíso, 30 de octubre del 2007.—Concejo Municipal.—Ana Rosa Ramírez Bonilla, Secretaria.—Compras.—Juan Carlos Gamboa Quirós, Encargado.—1 vez.—(98670).

CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CÓBANO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000002-01

El Concejo Municipal del Distrito de Cóbano, en sesión ordinaria número 35-07, artículo VII, inciso a, del día veintidós de octubre del dos mil siete, acordó: “Adjudicar a la empresa Vehículos Internacionales S. A. (VEINSA), cédula jurídica 3-101-025416-29, como único oferente, la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000002-01, por un monto de $22.800,00. El cual será desglosado de la siguiente manera: aporte del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal préstamo número 6-EQ-1267-0606, ¢ 10.000.000,00 y el resto corresponde a recursos propios los cuales se encuentran presupuestados y disponibles a la fecha”.

Cóbano, Puntarenas, 30 de octubre del 2007.—José Eladio Cortés Castrillo, Intendente.—1 vez.—(98714).

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO

ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000002-01

Adquisición de cable y equipo de medición

La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, avisa a todos los interesados en la Licitación arriba mencionada que la junta directiva de JASEC mediante sesión extraordinaria Nº 4207, artículo Nº 2 acordó adjudicarla de la siguiente manera:

1.  A la oferta Nº 1 presentada por CFS Sistemas S. A., los siguientes artículos: Fórmula 1, artículo 2. Monto total: $19.112,00. Tiempo de entrega: 120 días naturales.

2.  A la oferta Nº 2 presentada por Elmec S. A., los siguientes artículos: Fórmula 1, artículo 1. Monto total: $36.500,00. Tiempo de entrega: 84 días naturales.

3.  A la oferta Nº 5 presentada por Suministros Eléctricos S. A. representada por Electroval Telecomunicaciones & Energía S. A., los siguientes artículos: Fórmula 1 artículos 5- 6,1- 6,2- 6,3- 6,4- 6,5- 6,6- 6,7- 6,8- 6,9- 6,10- 6,11- 6,12- 6,13- 6,14- 6,15- 6,16- 6,17- 6,18- 6,19- 6,20- 6,21. Monto total: $30.165,05.

Tiempo de entrega: 45 días naturales.

4.  A la oferta Nº 6 presentada por Almacén El Eléctrico S. A., los siguientes artículos: Fórmula 2, artículos 4, 5, 8, 9, 10, 11, 12. Monto total: $133.360,00. Tiempo de entrega: 125 días naturales para los artículos Nº 4 y Nº 5. 50 días naturales para los artículos Nº 8, Nº 9, Nº 10, Nº 11 y Nº 12.

5.  A la oferta Nº 7 presentada por Electronic Engineering S. A., los siguientes artículos: Fórmula 1, artículo 4, fórmula 2, artículo 3. Monto total: $37.475,00. Tiempo de entrega: 80 días naturales para los artículos Nº 4 base y 50 días naturales para los artículos Nº 3 alternativo.

6.  A la oferta Nº 8 presentada por Productora de Cables S. A. representada por el Sr. Víctor De Greef Van Camp los siguientes artículos: Fórmula 2, artículos 1, 2, 6, 7 y 13. Monto total: $110.824,75.Tiempo de entrega: 120 días naturales.

7.  A la oferta Nº 11 presentada por Cooper Power S. A. representada por D. L. Maduro & Co. Susc. Lta., los siguientes artículos. Fórmula 1, artículo 3. Monto total: $48.400,00. Tiempo de entrega: 126 días naturales. Lugar de entrega: DDP Bodega Central de JASEC.

La forma de pago: Transferencia bancaria a 30 días plazo y lugar de entrega: DDP Bodega Central de JASEC, estos aspectos serán para todos los adjudicatarios conforme al cartel y la oferta.

A partir de la firmeza de este acto de adjudicación el adjudicatario dispone de cinco días hábiles para rendir la garantía de cumplimiento, la cual debe ser por un 5% del total adjudicado con una vigencia mínima de dos meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato.

Lic. Lucía Álvarez Gonzales, Lider UEN de Apoyo.—1 vez.—(Solicitud Nº 11109).—C-24825.—(98697).

UNIDAD EJECUTORA

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2007LI-000002-03

Adquisición de un sistema de medición remota

La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, por medio de la Unidad Ejecutora comunica que la Licitación Pública Internacional Nº 2007LI-000002-03 “Adquisición de un sistema de medición remota”, financiada con el Banco Centroamericano de Integración Económica, fue adjudicada por acuerdo de Junta Directiva, adoptado en el artículo 3 de la sesión extraordinaria Nº 4207, del 1º de noviembre del 2007, a favor de la oferta única, presentada por Elster Electricity LLC representada por Elmec S. A., por la suma de EUA $1.494.374,00.

Cartago, 2 de noviembre del 2007.—Área de Contratar Bienes y Servicios.—Lic. Héctor Tabarez De Tolentino.—1 vez.—(Solicitud Nº 14228).—C-7280.—(98698).

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONES

DIRECCIÓN RECURSOS MATERIALES

A todos los proveedores y Representantes de Casas Extranjeras se les comunica

1.  Que han sido avaladas por el Ente autorizado las siguientes fichas técnicas; las mismas rigen a partir de su publicación en el Diario Oficial:

Código

Descripción medicamento

Versión CFT

14-4397

Acido Zoledrónico

08206

04-3050

Aciclovir

07202

 

Las variaciones a las fichas técnicas, se encuentran disponibles en el edificio Jenaro Valverde, piso 11, calles 5 y 7, avenidas 2 y 4 (edificio anexo a la C.C.S.S.), o en la siguiente dirección electrónica: www.ccss.sa.cr, según la siguiente ruta: Publicaciones, Medicamentos, Fichas Técnicas de Medicamentos, Fichas Almacenables.

San José, 23 de octubre del 2007.—Área Gestión de Medicamentos.—Lic. Guiselle López Rubí, Jefa a. í.—Registro de Medicamentos y Materias Primas.—Ing. Marco V. Castro Hernández.—1 vez.—(UE-1147).—C-7280.—(96993).

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000021-DI

Construcción del puente sobre el Río Penitencia, Ruta Nacional

Nº 247, sección: Palmitas-Puerto Lindo

Se comunica a las empresas interesadas en participar en la Licitación en referencia, que debido a que se encuentra en trámite enmienda al cartel, la fecha para la recepción de ofertas queda en suspenso hasta nuevo aviso.

San José, 1º de noviembre del 2007.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 15192).—C-4860.—(98655).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000022-DI

Construcción del puente sobre el Río La Suerte, Ruta Nacional

Nº 247, sección: Palmitas-Puerto Lindo

Se comunica a las empresas interesadas en participar en la Licitación en referencia, que debido a que se encuentra en trámite enmienda al cartel, la fecha para la recepción de ofertas queda en suspenso hasta nuevo aviso.

San José, 1º de noviembre del 2007.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 15193).—C-4860.—(98656).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 107017 (2007LN-107017-UL)

(Prórroga de adjudicación)

Analgésicos antiinflamatorios

El Instituto Nacional de Seguros, comunica a los interesados en la presente licitación, cuya invitación a participar se publicó en La Gaceta Nº 115 del 15 de junio 2007, que con fundamento en el Capítulo II. Condiciones generales formales para el oferente, punto 12. del pliego de condiciones, el plazo para adjudicar se prorroga para el 14 de febrero del 2008.

Por lo tanto se debe, en caso de ser necesario, extender la vigencia de la oferta y de la garantía de participación, a fin de mantener el interés legítimo.

San José, 2 de noviembre del 2007.—Departamento Proveeduría.—MAP. Elizabeth Castro Fallas, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 18453).—C-6070.—(98699).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 107022 (2007LN-107022-UL)

(Prórroga de adjudicación)

Agujas, hemocatéter, jeringas, equipo de venoclisis y otros

El Instituto Nacional de Seguros, comunica a los interesados en la presente licitación, cuya invitación a participar se publicó en La Gaceta Nº 115 del 15 de junio 2007, que con fundamento en el Capítulo II.  Condiciones Generales Formales para el Oferente, punto 12. del pliego de condiciones, el plazo para adjudicar se prorroga para el 2 de marzo del 2008.

Por lo tanto se debe, en caso de ser necesario, extender la vigencia de la oferta y de la garantía de participación, a fin de mantener el interés legítimo.

San José, 2 de noviembre del 2007.—Departamento Proveeduría.—MAP. Elizabeth Castro Fallas, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 18453).—C-6070.—(98700).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 107031 (2007LN-107031-UL)

(Prórroga de adjudicación)

Algodones, apósitos, filos para bisturí, gasas,

guantes, suturas y otros

El Instituto Nacional de Seguros, comunica a los interesados en la presente licitación, cuya invitación a participar se publicó en La Gaceta Nº 115 del 15 de junio 2007, que con fundamento en el Capítulo II. Condiciones Generales Formales para el Oferente, punto 12. del pliego de condiciones, el plazo para adjudicar se prorroga para el 20 de febrero del 2008.

Por lo tanto se debe, en caso de ser necesario, extender la vigencia de la oferta y de la garantía de participación, a fin de mantener el interés legítimo.

San José, 2 de noviembre del 2007.—Departamento Proveeduría.—MAP. Elizabeth Castro Fallas, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 18453).—C-7280.—(98701).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 107049 (2007LN-107049-UL)

(Prórroga)

Servicios de odontólogos especialistas

Se comunica a los interesados en la presente contratación, cuya invitación se cursó mediante La Gaceta Nº 202 del 22 de octubre del 2007, que la apertura de ofertas se traslada para el 21 de noviembre del 2007 a las 9:00 a. m.

Demás términos y condiciones permanecen invariables.

Departamento de Proveeduría.—MAP. Elizabeth Castro Fallas, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 18453).—C-4255.—(98702).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE SUMINISTROS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000065-ULIC

Compra equipo colaboración para sede

Golfito-UCR del Proyecto Sur-Sur

A los interesados en la Licitación en referencia, cuya adjudicación se publicó en La Gaceta Nº 172 del 1º de noviembre del 2007, se les comunica donde dice: Sistemas de Mantenimiento S. A., debe leerse correctamente: Técnicos en Mantenimiento S. A.

Sabanilla de Montes de Oca, 7 de setiembre del 2007.—Unidad de Licitaciones.—MBA Silvia Cordero A., Jefa.—1 vez.—(O. S. Nº 108327).—C-6070.—(98657).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONES

DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN PROYECTOS ESPECIALES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000006-4403

(Alcance Nº 2)

Equipamiento médico del Hospital Tomás Casas-Osa

A los interesados se les informa que pueden retirar el Alcance Nº 2, en forma gratuita aportando disquete o CD, en el Área de Contratación Administrativa, ubicada en oficinas centrales CCSS, avenida 4, calles 5 y 7, edificio anexo Jenaro Valverde Marín, piso 10, en horario de lunes a viernes de 8:00 a. m., a 4:00 p. m.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.

San José, 1º de noviembre del 2007.—Área de Contratación Administrativa.—Lic. Helen Noelia Godfrey Leal, Coordinadora.—1 vez.—(98210).

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000033-2104

(Aviso Nº 2)

Tornillos cabeza en estrella, tornillos de bloqueo y placas

La Subárea de Adquisiciones del Hospital México comunica a los interesados en el concurso antes mencionado, que hubo modificación en las especificaciones técnicas, las cuales podrán ser retiradas en el servicio de fotocopiado público, situado en el pasillo que comunica al Banco de Sangre con el Laboratorio Clínico, planta baja de este Hospital.

Demás condiciones permanecen invariables.

San José, 1º de noviembre del 2007.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Vilma Campos Gómez, Jefa a. í.—1 vez.—(98579).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ACOSTA

La Municipalidad de Acosta, hace corrección en la numeración de la Licitación Pública Nº 01-2007 publicada en La Gaceta Nº 203 del 23-10-2007.

Debe leerse:

Licitación Pública Nº 2007LN-000001-01, Compra de un cargador retroexcavador nuevo.

Acosta, 30 de octubre del 2007.—Ronald Durán Gamboa, Alcalde Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 2067).—C-4255.—(98659).

MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000003-CL

Compra de equipo estación total topográfica

Con respecto a la Licitación Abreviada 2007LA-000003-CL, para la compra de equipo estación total topográfica, les comunico lo siguiente:

1.  Que la Municipalidad de Santa Bárbara mediante la Abreviada 2007LA-000003-CL, promovió la contratación para adquirir un equipo Estación total topográfica para el Departamento de Topografía.

2.  Que mediante petición de  participar  en la compra se publicó  en  La Gaceta número 201, del 19 de octubre, la invitación a presentar ofertas.

3.  Que la apertura de ofertas sería el 05 de noviembre del 2007.

4.  Que la empresa Guilá Equipos Técnicos S. A. presentó un recurso de objeción al cartel y por este motivo les comunico que se suspende la apertura de ofertas hasta nuevo aviso, todo esto por haberse presentado este recurso.

Cualquier consulta a los teléfonos 269-7073/269-9081, ext. 06.

Santa Bárbara, 29 de octubre del 2007.—Proveeduría.—Bach. Cynthia Salas Chavarría, Proveedora.—1 vez.—(98651).

REGLAMENTOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIO

El Consejo Directivo del Programa Integral de Mercadeo Agropecuario (PIMA), mediante el acuerdo número mil sesenta y nueve, artículo número seis, tomado en la sesión ordinaria número dos mil quinientos sesenta, celebrada el 4 de setiembre del 2007, con el propósito de:

    Acatar lo dispuesto sobre el tema en la Ley General de Control Interno, artículo 22, inciso h);

    Incorporar en la normativa interna las disposiciones contenidas en el Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público, emitido por la Contraloría General de la República; y

    Contar con un marco orientador de las actividades que le compete realizar a la Auditoría Interna;

Con fundamento en las Directrices Generales Relativas al Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Auditorías Internas del Sector Público (D-2-2006-CO-DFOE-DAGJ), emitidas por la Contraloría General de la República y publicadas en La Gaceta Nº 236, del 8 de diciembre del 2006, y con la aprobación de la Contraloría General de la República, comunicada mediante el oficio Nº DAGJ-1057-2007 (09856), del 22 de agosto del 2007, dispone publicar el siguiente Reglamento:

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DE LA AUDITORÍA INTERNA DEL PROGRAMA INTEGRAL

DE MERCADEO AGROPECUARIO

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Objetivo del Reglamento. El presente Reglamento constituye el marco regulador de las actividades de la Auditoría Interna del PIMA, conforme con lo establecido en el artículo 23 de la Ley General de Control Interno.

Artículo 2º—Auditoría Interna. De acuerdo con los artículos 20 y 21 de la Ley General de Control Interno, el PIMA tendrá una Auditoría Interna como actividad independiente, objetiva y asesora, creada para validar y mejorar sus operaciones, así como para brindar a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del Jerarca y la del resto de la Administración se ejecuta conforme con el marco legal y técnico y a las sanas prácticas.

Artículo 3º—Marco jurídico y técnico. La Auditoría Interna se regirá de acuerdo con la Ley General de Control de Interno, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, las disposiciones, normas, políticas y directrices que emita la Contraloría General de la República y el Gobierno de la República, en materia de control interno y ética.

Artículo 4º—Definiciones. Para efectos de este Reglamento se entenderá por:

Administración activa: Desde el punto de vista orgánico, es el conjunto de la función administrativa que deciden y ejecutan; incluyen al jerarca, como última instancia. Desde el punto de vista funcional, es la función decisoria, ejecutiva, resolutoria, directiva u operativa de la Administración.

Administración de riesgos: Gestión que se efectúa para limitar y reducir el riesgo asociado con todas las actividades de la organización a diferentes niveles. Incluye actividades que identifican, miden, valoran, limitan y reducen el riesgo. De esas actividades, el control interno contempla la identificación y valoración de los riesgos.

Análisis costo beneficio: Es el proceso mediante el cual se cuantifican los diferentes costos y beneficios de una actividad, para evaluar el impacto financiero del producto esperado.

Archivo permanente: Es el que contiene toda la información importante cuyo interés se conserva en el futuro operacional de la organización. Generalmente incluye documentos relacionados con los antecedentes generales del negocio, proceso de planificación, sistema de control interno, modelos de formularios de registro, planes operativos y estratégicos.

Atribuciones: Facultades o poderes que corresponden a cada una de las partes de la organización pública o privada.

Advertencia: Llamado de atención de la auditoría interna sobre las consecuencias de determinados actos.

Auditoría Interna: Es uno de los componentes orgánicos del sistema de control interno. Es la actividad independiente, objetiva, asesora, y que proporciona seguridad al ente u órgano, que se crea para agregar valor y mejorar sus operaciones. Contribuye a que se alcancen los objetivos institucionales mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad del control del riesgo, del control y de los procesos de dirección en las instituciones y órganos. Debe proporcionar a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del jerarca y demás servidores de la institución se realiza con apego a sanas prácticas y al marco jurídico y técnico aplicable.

Asesoría: Consejo o criterio de la auditoría interna acerca de un tema de su competencia y conocimiento.

Autorización de libros: Autorizar, mediante firma del Auditor o Subauditor Internos, la apertura de los libros de contabilidad, de actas y cualquier otro registro de esta índole establecido por la Administración.

Conferencia: Reunión en la que el Auditor Interno o Auditor Encargado de un estudio de auditoría expone a la contraparte de la Administración Activa los resultados de la revisión, conclusiones y recomendaciones, con el fin de obtener una aceptación de las observaciones expuestas y un compromiso para la implementación de las medidas correctivas y preventivas sugeridas.

Contraloría: Contraloría General de la República.

Consejo Directivo: Consejo Directivo del Programa Integral de Mercadeo Agropecuario.

Control interno: Es la serie de acciones diseñadas y ejecutadas por la administración activa, para proporcionar una seguridad razonable en torno a la consecución de los objetivos de la organización, fundamentalmente en las siguientes categorías: a) Proteger y conservar el patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal; b) Confiabilidad y oportunidad de la información; c) Eficiencia y eficacia de las operaciones, y d) Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico.

Cronograma de ejecución: Presentación gráfica de la distribución en el tiempo de la ejecución de los Servicios de Auditoría y Servicios Preventivos contemplados en el Plan Anual de Trabajo.

Ética: Interiorización de normas y principios que hacen responsable al individuo de su propio bienestar y, consecuentemente, del de los demás, mediante un comportamiento basado en conductas morales socialmente aceptadas, para comportarse consecuentemente con éstas.

Jerarca: Superior jerárquico supremo del órgano o del ente, unipersonal o colegiado, quien ejerce la máxima autoridad.

PIMA: Programa Integral de Mercadeo Agropecuario.

Plan Anual de Trabajo: Detalle de los servicios de auditoría y servicios preventivos, con definición de prioridades, justificación de los estudios, objetivos, actividades, tiempo y recurso humano.

Planificación estratégica: Proceso que permite a la organización y a sus dependencias establecer su misión, visión, valores y demás ideas rectoras, así como definir sus propósitos y elegir las estrategias para la consecución de sus objetivos, a efecto de satisfacer las necesidades a las cuales se orientan sus bienes y servicios.

Planificación operativa: Proceso mediante el cual la organización selecciona alternativas y cursos de acción, en función de los objetivos y metas generales, tomando en consideración la disponibilidad de recursos reales y potenciales para concretar programas y acciones específicas en el tiempo y el espacio.

Rendición de cuentas: Obligación de responder por la responsabilidad conferida. Incluye la obligación de explicar y justificar acciones específicas realizadas con el patrimonio público.

Riesgo: Probabilidad de que un factor, acontecimiento o acción, sea de origen interno o externo, afecte de manera inversa a la organización, área, proyecto o programa y perjudique el logro de sus objetivos.

Seguridad razonable: El concepto de que el control interno, sin importar cuán bien esté diseñado y sea operado, no puede garantizar que una institución alcance sus objetivos, en virtud de las limitaciones inherentes a todos los sistemas.

Sistema Institucional de Valoración del Riesgo: Conjunto organizado de elementos que interaccionan para la identificación, análisis, evaluación, administración, revisión, documentación y comunicación de los riesgos institucionales.

Titular subordinado. Funcionario de la Administración Activa responsable de un proceso, con autoridad para ordenar y tomar decisiones.

Universo auditable: Conjunto de áreas, dependencias, servicios, procesos, sistemas, etc. que pueden ser evaluados por la Auditoría.

Valoración del riesgo: Uno de los cinco componentes funcionales del control interno. Corresponde a la identificación y evaluación de los riesgos que enfrenta la institución, tanto de fuentes internas como externas, relevantes para la consecución de sus objetivos, que deben realizar el jerarca y los titulares subordinados, con el fin de determinar cómo se deben administrar dichos riesgos.

Valores éticos: Valores morales que permiten a quien toma una decisión, determinar un curso de comportamiento apropiado, basados en lo que está bien.

Artículo 5º—Documentos de referencia. La normativa legal y técnica relacionada con el objeto del presente Reglamento, la constituyen los siguientes documentos:

    Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la función pública;

    Ley de Creación del Programa Integral de Mercadeo Agropecuario y su Reglamento;

    Ley del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica y su Reglamento;

    Ley General de Control Interno;

    Ley General de la Administración Pública;

    Ley Orgánica de la Contraloría General de la República;

    Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, y las condiciones para las gestiones de nombramiento en dichos cargos;

    Manual de Normas Generales de Control Interno para la Contraloría General de la República y las Entidades y Órganos sujetos a su fiscalización;

    Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público,

    Normas Internacionales de Auditoría;

    Normas para el Ejercicio Profesional de la Auditoría Interna;

    Principios Éticos para el Ejercicio de la Función Pública;

    Directrices Generales Relativas al Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditorías Internas del Sector Público, emitidas por la Contraloría General de la República;

    Directrices Generales sobre Principios y Enunciados Éticos a observar por parte de los Jerarcas, Titulares Subordinados, Funcionarios de la Contraloría General de la República, Auditoría Interna y Servidores Públicos en general;

    Directrices para el Control en la Gestión Pública; y

    Reglamento del Consejo Directivo, Gerencia y Auditoría del PIMA.

CAPÍTULO II

Organización

Artículo 6º—Organización. El Auditor Interno organizará la estructura funcional de la Auditoría Interna de acuerdo con el crecimiento económico del PIMA y conforme lo amerite el universo auditable, según lo disponga la normativa técnica emitida por la Contraloría, así como la normativa presupuestaria y demás regulaciones aplicables. Los niveles de supervisión de las actividades de auditoría los definirá el Auditor Interno, conforme con dicha estructura. La estructura actual está compuesta por el Auditor Interno, dos asistentes de auditoría y una secretaria.

Artículo 7º—Dependencia jerárquica. El Auditor y el Subauditor Internos dependerán jerárquicamente del Consejo Directivo, el cual los nombrará y establecerá las regulaciones de tipo administrativo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de la Ley General de Control Interno. El personal restante de la Auditoría Interna se sujetará a las disposiciones administrativas aplicables a los demás funcionarios del PIMA; no obstante, el nombramiento, traslado, suspensión, remoción, concesión de licencias y demás movimientos de personal, deberán contar con la autorización del Auditor Interno.

Artículo 8º—Requisitos y descripción de funciones del Auditor y Subauditor Internos. Los requisitos y la descripción de funciones de los puestos de Auditor y Subauditor Internos constarán el Manual de Cargos y Clases del PIMA. Los requisitos se definirán en función de la idoneidad, naturaleza, de los perfiles académicos, de experiencia, de conocimiento, de relaciones y de la ética profesional. Lo anterior de acuerdo con las Directrices Generales Relativas al Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Auditorías Internas del Sector Público, emitidas por la Contraloría General de la República.

Artículo 9º—Jornada Laboral del Auditor y Subauditor Internos. La jornada laboral de estos cargos será por tiempo completo y plazo indefinido. Los demás funcionarios de la Auditoría Interna laborarán conforme con el horario ordinario aplicable al personal del área administrativa del PIMA.

Artículo 10.—Inamovilidad. La remoción o suspensión del Auditor y Subauditor Internos se hará de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Control Interno y en el artículo 15 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.

Artículo 11.—Vacantes. Las vacantes deberán llenarse en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la fecha en que queden desocupadas.

Artículo 12.—Requisitos para la creación u ocupación de plazas. Los requisitos para la creación u ocupación de plazas deben responder a las necesidades reales y no podrán ser aplicados en perjuicio del funcionamiento del sistema de control interno.

CAPÍTULO III

Objeto y competencias de la auditoría interna, funciones,

deberes, potestades y prohibiciones del Auditor

y Subauditor Internos

Artículo 13.—Objeto de la Auditoría Interna. La Auditoría Interna del PIMA tiene como objetivo brindar una asesoría de alto nivel, tendente a validar y mejorar las operaciones, mediante una fiscalización independiente, objetiva y con enfoque preventivo de la legalidad y eficiencia del sistema de control interno y del manejo de los recursos, todo esto como fundamento para brindar una garantía razonable a la ciudadanía de la actuación del Consejo Directivo y del resto del personal del PIMA.

Artículo 14.—Competencias de la Auditoría Interna. La Auditoría Interna del PIMA ejercerá sus competencias de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Control Interno y en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República. Según la normativa vigente, la Auditoría Interna del PIMA tiene las siguientes competencias:

a)  Realizar auditorías o estudios especiales semestralmente, en relación con los fondos públicos sujetos a su competencia institucional, incluidos fideicomisos, fondos especiales y otros de naturaleza similar. Asimismo, efectuar semestralmente auditorías o estudios especiales sobre fondos y actividades privadas, de acuerdo con los artículos 5º y 6º de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, en el tanto estos se originen en transferencias efectuadas por componentes de su competencia institucional;

b)  Verificar el cumplimiento, la validez y la suficiencia del sistema de control interno de su competencia institucional, informar de ello y proponer las medidas correctivas que sean pertinentes;

c)  Verificar que la administración activa tome las medidas de control interno señaladas en esta Ley, en los casos de desconcentración de competencias, o bien la contratación de servicios de apoyo con terceros; asimismo, examinar regularmente la operación efectiva de los controles críticos, en esas unidades desconcentradas o en la prestación de tales servicios;

d)  Asesorar, en materia de su competencia, al jerarca del cual depende; además, advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento;

e)  Autorizar, mediante razón de apertura, los libros de contabilidad y de actas que deban llevar los órganos sujetos a su competencia institucional y otros libros que, a criterio del auditor interno, sean necesarios para el fortalecimiento del sistema de control interno;

f)   Preparar los planes de trabajo, por lo menos de conformidad con los lineamientos que establece la Contraloría General de la República;

g)  Elaborar un informe anual de la ejecución del plan de trabajo y del estado de las recomendaciones de la auditoría interna, de la Contraloría General de la República y de los despachos de contadores públicos; en los últimos dos casos, cuando sean de su conocimiento, sin perjuicio de que se elaboren informes y se presenten al jerarca cuando las circunstancias lo ameriten;

h)  Mantener debidamente actualizado el Reglamento de organización y funcionamiento de la auditoría interna;

i)   Desarrollar un plan de aseguramiento de la calidad que incluya al menos una autoevaluación anual, una evaluación externa mínimo cada tres años, una supervisón sistemática y permanente de la gestión de auditoría, un plan de capacitación y formación continuo del personal;

j)   Las que establezca la Contraloría General de la República; y

k)  Las demás competencias que contemplen la normativa legal, reglamentaria y técnica aplicable, con las limitaciones que establece el artículo 34 de la Ley General de Control Interno.

Artículo 15.—Funciones. Corresponde al Auditor y Subauditor Internos del PIMA las siguientes funciones:

a)  El cargo corresponderá al máximo nivel de competencia, responsabilidad y autoridad de la Auditoría Interna. Por ende, las funciones que le son connaturales tienen características de orden sustantivo y estratégico, en el diseño, implementación, dirección, evaluación y mejora constante de la calidad de los procesos, procedimientos, productos y servicios que corresponden a esa unidad. Podrán delegar en su personal sus funciones, utilizando criterios de idoneidad y conforme lo establece la Ley General de la Administración Pública. Responderán por su gestión ante el jerarca y, en lo conducente, ante la Contraloría. Realizan funciones con independencia funcional y de criterio. Al Subauditor Interno le corresponderá apoyar al Auditor Interno en el descargo de sus funciones y lo sustituirá en sus ausencias temporales;

b)  Ejecutarán sus actividades de conformidad con el ordenamiento jurídico y técnico que rige el ejercicio de las materias que fiscaliza, razón por la que le será indispensable mantener un conocimiento actualizado sobre tales disposiciones y comprometerse con la capacitación y la calidad en el cumplimiento y la vigilancia de la normativa pertinente. Cumplirán con pericia y debido cuidado profesional, haciendo valer sus competencias con independencia funcional y de criterio, y velarán porque el personal a su cargo responda de igual manera;

c)  Deben procurar que las labores de la Auditoría Interna se efectúen con un tono constructivo, de apoyo y asesor que, en la medida de lo posible, propicien en las autoridades competentes: el conocer y detectar situaciones que requieran medidas correctivas, favorecer la optimización del nivel de confiabilidad de la información, prevenir fallas de control en el sistema contable, administrativo, presupuestario, operativo y de otra naturaleza, evitar actos de corrupción y mejorar la efectividad de los procesos que se desarrollan en el ente u órgano. En general, debe procurar un impacto positivo en la gestión y rendición de cuentas institucional, en congruencia con el propósito de coadyuvar en el desempeño eficaz, eficiente, económico, legal y transparente de la administración en el logro de los objetivos y metas institucionales; y

d)  En cuanto a la planificación estratégica les corresponde:

d.1)     Conocer los resultados que se han obtenido en el sistema institucional de valoración del riesgo;

d.2)     Conocer el planeamiento estratégico y operativo de la institución;

d.3)     Conocer la evaluación de los resultados de la planificación institucional de períodos anteriores, de conformidad con los indicadores de gestión en vigor;

d.4)     Definir los objetivos y valores fundamentales de la Auditoría Interna, así como los valores claves para alcanzarlos, dentro del marco estratégico institucional;

d.5)     Realizar y mantener actualizado un análisis de fortalezas y debilidades que, junto a la evaluación de los riesgos a que está sujeta la unidad, le permita identificar los factores de riesgo e instaurar las actividades para solventarlos;

d.6)     Definir la totalidad del universo fiscalizable, así como fijar criterios y herramientas mediante los cuales pueda determinar, priorizar y abarcar asuntos críticos, de acuerdo con los recursos de que dispone (ciclos de fiscalización);

d.7)     Determinar los factores claves para cumplir con la planificación;

d.8)     Evaluar los resultados de la planificación de su unidad, de conformidad con los indicadores de gestión que haya definido;

d.9)     Definir la forma cómo se van a tratar las desviaciones significativas entre lo planeado y lo realizado;

d.10)   Mantener un archivo permanente actualizado;

d.11)   Determinar la definición y coordinación del personal directamente vinculado con las diferentes actividades de la unidad; y

d.12)   Otras propias de su competencia.

e)  Definir y documentar la planificación de corto plazo de la Auditoría Interna. El plan debe ser congruente con la planificación estratégica y la normativa reglamentaria y técnica pertinente, a fin de asegurar el desarrollo de sus procesos con alta calidad y basados en el conocimiento y la comprensión del entorno interno y externo en que se desarrolla la institución;

f)   Dirigir y administrar la Auditoría Interna, para lo cual dictará los lineamientos, directrices, políticas e instrucciones pertinentes, según la normativa jurídica y técnica. Aplicará criterios uniformes; formulará, gestionará y mantendrá vigente el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna; establecerá un programa de aseguramiento de la calidad para la Auditoría Interna;

g)  Regular y administrar, mediante una comunicación cordial y efectiva, el manejo de las relaciones y coordinaciones de la dependencia a su cargo, enfocadas estas principalmente al jerarca, los titulares subordinados, otras instancias internas y externas, estas últimas fundamentalmente en lo que respecta a la Contraloría, Comisiones Legislativas, Ministerio Público, Procuraduría General de la República, denunciantes y otras Instituciones de control pertinentes. Regular las relaciones de los demás funcionarios de la Auditoría Interna con los órganos internos y externos del ámbito de su competencia institucional, todo esto de conformidad con el ordenamiento jurídico y técnico. Deberá asesorar al jerarca cuando este se lo solicite y en materias de su competencia e, igualmente, advertir a los órganos pasivos que fiscaliza, sobre las posibles consecuencias de determinados hechos, cuando estos sean de su conocimiento, a fin de realizar una gestión preventiva y promover el cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que rigen la función pública y la protección del patrimonio;

h)  Administrar el recurso humano mediante una adecuada planificación, organización, coordinación, dirección, supervisión, evaluación, motivación, información de decisiones, capacitación, entre otros, para el correcto logro de los objetivos y metas de la Auditoría Interna, así como garantizar un recurso humano competitivo en el ejercicio de las labores respectivas, todo lo anterior basado en lo dispuesto en los artículos 24 y 28 de la Ley General de Control Interno, así como en la normativa jurídica y técnica aplicable cuando le corresponda administrar personal de diversas disciplinas, en cuyo caso velará también por la debida integración y coordinación del personal;

i)   Incorporar y administrar el recurso humano profesional, técnico y multidisciplinario, funcionarios o no del PIMA, para que realicen labores de apoyo en los estudios que efectúe la Auditoría Interna;

j)   Diseñar y mantener actualizados manuales o guías escritas donde se establezcan las políticas, metodologías, procedimientos, programas y otros que orienten el trabajo de los funcionarios de la Auditoría Interna, así como instaurar archivos de gestión, sean estos permanentes y temporales, con la adecuada disposición física, codificación, identificación y revisión sobre los papeles de trabajo, informes, documentos de asesoría, advertencias y otra documentación;

k)  Definir, establecer y mantener actualizadas las políticas, procedimientos y prácticas para administrar, acceder y custodiar la documentación relativa a la fiscalización y especialmente de aquella de carácter confidencial estipulada en el artículo 6º de la Ley General de Control Interno y en el 8º de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública;

l)   El Auditor Interno intercambiará información con la Contraloría General de la República, así como con otros entes y órganos de control que según el marco jurídico y de acuerdo con sus competencias, adoptando para ello las disposiciones vigentes en el PIMA y sin menoscabo de las potestades del Auditor interno y del ámbito de acción de la Auditoría Interna.

m)  Definir y mantener actualizado el registro de los órganos públicos y entes sujetos al ámbito de acción de la Auditoría Interna, con fundamento en el artículo 22, inciso a), de la Ley General de Control Interno;

n   Desempeñar una adecuada supervisión para garantizar la calidad de los procesos, servicios y productos de la Auditoría Interna; y

o)  Las potestades en el ejercicio del cargo del Auditor y Subauditor Internos, son las comprendidas en el artículo 33 de la Ley General de Control Interno.

Artículo 16.—Deberes. El Auditor y Subauditor Internos, según el artículo 32 de la Ley General de Control Interno, así como al resto del personal de la Auditoría Interna del PIMA en lo que a estos competa, tendrán los siguientes deberes:

a)  Cumplir las competencias asignadas por ley;

b)  Cumplir el ordenamiento jurídico y técnico aplicable;

c)  Colaborar en los estudios que la Contraloría y otras instituciones realicen en el ejercicio de competencias de control o fiscalización legalmente atribuidas;

d)  Administrar, de manera eficaz, eficiente y económica, los recursos del proceso del que sea responsable;

e)  No revelar a terceros que no tengan relación directa con los asuntos tratados en sus informes, información sobre las auditorías o los estudios especiales de auditoría que se estén realizando ni información sobre aquello que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de los funcionarios de los entes y órganos sujetos a esta Ley;

f)   Guardar la confidencialidad del caso sobre la información a la que tengan acceso;

g)  Acatar las disposiciones y recomendaciones emanadas de la Contraloría. En caso de oposición por parte de la auditoría interna referente a tales disposiciones y recomendaciones, se aplicará el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República;

h)  Facilitar y entregar la información que les solicite la Asamblea Legislativa en el ejercicio de las atribuciones que dispone el inciso 23) del artículo 121 de la Constitución Política, y colaborar con dicha información; y

i)   Cumplir los otros deberes atinentes a su competencia.

Artículo17.—Potestades. El Auditor y Subauditor Internos, al amparo del artículo 33 de la Ley General de Control Interno, al igual que el resto del personal de la Auditoría Interna, tendrán las siguientes potestades:

a)  Libre acceso, en cualquier momento, a todos los libros, los archivos, los valores, las cuentas bancarias y los documentos del PIMA y órganos de su competencia institucional, así como de los sujetos privados, únicamente en cuanto administren o custodien fondos o bienes públicos transferidos por el PIMA al amparo de las facultades otorgadas por la ley; también tendrán libre acceso a otras fuentes de información relacionadas con su actividad. El auditor interno podrá acceder, para sus fines, en cualquier momento, a las transacciones electrónicas que consten en los archivos y sistemas electrónicos, realizadas con los bancos u otras instituciones, para lo cual la administración deberá facilitarle los recursos que se requieran;

b)  Solicitar, a cualquier funcionario y sujeto privado que administre o custodie fondos públicos del PIMA y órganos de su competencia institucional, en la forma, las condiciones y el plazo razonables, los informes, datos y documentos para el cabal cumplimiento de su competencia. En el caso de sujetos privados, la solicitud será en lo que respecta a la administración o custodia de fondos públicos de los entes y órganos de su competencia institucional;

c)  Solicitar, a funcionarios de cualquier nivel jerárquico, la colaboración, el asesoramiento y las facilidades que demande el ejercicio de la auditoría interna. En materia jurídica, la Asesoría Legal del PIMA tiene la obligación de brindar a la Auditoría Interna, en forma oportuna y efectiva, los servicios de asesoría que esta requiera; y

d)  Cualesquiera otras potestades necesarias para el cumplimiento de su competencia, de acuerdo con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.

Artículo18.—Prohibiciones. El Auditor y el Subauditor Internos, según el artículo 34 de la Ley General de Control Interno, al igual que el resto del personal de la Auditoría Interna tendrán las siguientes prohibiciones:

a)  Realizar labores y actuaciones de administración activa, salvo las necesarias para cumplir sus funciones, como lo es la participación del Auditor Interno y del personal a su cargo, en calidad de observadores y asesores en materias de su competencia, en comisiones y otros grupos de trabajo nombrados en el PIMA para el desarrollo de labores ajenas a las atribuidas a las auditorías internas del sector público. El Auditor Interno o el funcionario que éste designe para su representación en las sesiones del Consejo Directivo del PIMA, igualmente adaptarán su actuación al papel de observadores y asesores en los términos descritos;

b)  Formar parte de un órgano director de un procedimiento administrativo;

c)  Ejercer profesiones liberales fuera del cargo, salvo en asuntos estrictamente personales, en los de su cónyuge, sus ascendientes, descendientes y colaterales por consanguinidad y afinidad hasta tercer grado, o bien, cuando la jornada no sea de tiempo completo, excepto que exista impedimento por la existencia de un interés directo o indirecto del propio ente u órgano. De esta prohibición se exceptúa la docencia, siempre que sea fuera de la jornada laboral;

d)  Participar en actividades político-electorales, salvo la emisión del voto en las elecciones nacionales y municipales; y

e)  Revelar información sobre las auditorías o los estudios especiales de auditoría que se estén realizando y sobre aquello que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de los funcionarios de los entes y órganos sujetos a esta Ley.

Por estas prohibiciones se reconocerá el porcentaje que señala la Ley General de Control Interno, sobre el salario base.

Artículo 19.—Independencia y objetividad de las funciones. Los funcionarios de la Auditoría Interna tienen independencia funcional y de criterio respecto del Consejo Directivo y las demás dependencias de la Administración Activa. Asimismo, ejercerán sus funciones con objetividad. El Auditor Interno establecerá los controles necesarios para impedir situaciones que comprometan de hecho o en apariencia la aplicación de estos principios, para lo cual observará e instruirá al personal a su cargo de los impedimentos asociados a los deberes y prohibiciones contempladas en la Ley General de Control Interno y descritas en el presente Reglamento en los artículos 16 y 18 respectivamente, así como los impedimentos que se deriven de los deberes, funciones y demás atribuciones asignadas a las instancias correspondientes por el Reglamento del Consejo Directivo y Gerencia General del Programa Integral de Mercadeo Agropecuario (PIMA).

Artículo 20.—Protección del personal. Ante un conflicto legal en el que el personal de la Auditoría Interna sea objeto de una demanda, producto del cumplimiento de sus funciones, el PIMA debe brindar el respaldo legal y técnico, además de cubrir los costos del proceso hasta la resolución final.

Artículo 21.—Asistencia del Auditor Interno a las sesiones del Consejo Directivo. El Auditor Interno asistirá a las sesiones del Consejo Directivo, según lo estipulado en la reglamentación interna y la normativa que dicte la Contraloría. Su participación será como observador del proceso de toma de decisiones, procurando brindar los servicios de asesoría y advertencia oportuna en los temas de sean de su conocimiento y competencia, manteniendo siempre su independencia de criterio. Sus intervenciones deberán constar en el acta de la respectiva sesión.

CAPÍTULO IV

Planificación

Artículo 22.—Responsabilidad de la planificación. El Auditor Interno deberá planificar las actividades de la Auditoría Interna, tanto las que corresponden a la fiscalización como las de índole administrativo de la Oficina.

Artículo 23.—Plan estratégico. El Auditor Interno debe planificar las actividades de fiscalización del universo auditable con una proyección de mediano y largo plazo, de acuerdo con los objetivos estratégicos y con los resultados de la evaluación del riesgo institucional. Como marco orientador, el Auditor Interno definirá en el Plan Estratégico la misión, visión y principales políticas que regirán el accionar de la Auditoría Interna del PIMA, así mismo velará por la actualización conforme las circunstancias lo ameriten.

Artículo 24.—Plan anual de trabajo. Los servicios que la Auditoría Interna se programarán mediante el Plan Anual de Trabajo, atendiendo los lineamientos emitidos por la Contraloría y en concordancia con el Plan Estratégico de la Auditoría Interna. La distribución en el tiempo y la asignación de recursos a cada estudio se debe presentar en el Cronograma de Ejecución, el cual es parte constitutiva del citado plan. Independientemente de los objetivos y actividades descritos en el Plan Anual de Trabajo, cada estudio que asigne el Auditor Interno deberá contar, previo al inicio del trabajo, con un programa específico en el cual se incluyan con mayor grado de detalle los objetivos, actividades y procedimientos para identificar, analizar, evaluar y registrar información durante la tarea. El programa de trabajo de cada estudio debe contar con la aprobación del Auditor Interno.

Artículo 25.—Elaboración, aprobación y comunicación del plan estratégico y del plan anual de trabajo. El Plan Estratégico y el Plan Anual de Trabajo deben responder al objetivo de agregar valor al quehacer institucional, de manera que los diferentes servicios que ofrece la Auditoría Interna contemplen la identificación de oportunidades de mejora en los diferentes procesos productivos. En virtud de lo anterior, ambos planes deben ser aprobados por el Consejo Directivo. La comunicación a la Contraloría se rige por los términos y plazo que esta señale.

Artículo 26.—Gestión del riesgo. La Auditoría Interna realizará una evaluación del riesgo, por medio de las técnicas de auditoría aplicables, en forma independiente de la valoración que realiza la Administración Activa, con el fin de asignar a cada estudio la prioridad dentro del Plan Anual de Trabajo. Además del juicio del Auditor y del análisis costo beneficio, esta evaluación se nutrirá con los resultados del proceso de gestión del riesgo del PIMA.

CAPÍTULO V

Servicios de la Auditoría Interna

Artículo 27.—Servicios de la Auditoría Interna. Los productos de la Auditoría Interna del PIMA estarán representados por los servicios de auditoría y los servicios preventivos, los cuales se ejecutarán conforme con el Plan Anual de Trabajo y la normativa aplicable.

Artículo 28.—Servicios de auditoría. Los servicios de auditoría corresponden a los estudios de control interno, las relaciones de hechos y los especiales por petición de la Administración Activa, de la Contraloría y los que respondan a denuncias.

Artículo 29.—Servicios preventivos. Los Servicios Preventivos de la Auditoría Interna corresponden a las Asesorías que se brindan a la Administración Activa en materias de competencia y conocimiento, las Advertencias sobre los efectos de determinadas situaciones y la Legalización de los Libros contables, de Actas del Consejo Directivo y de cualquier otro libro que establezca la Administración.

Artículo 30.—Denuncias. La recepción y trámite de las denuncias que reciba la Auditoría Interna, se hará con apego a lo establecido por la Ley General de Control Interno, garantizando en todo momento la confidencialidad tutelada por dicho cuerpo normativo. La Auditoría Interna regulará a lo interno el procedimiento de recepción y atención de las denuncias recibidas directamente o por traslado de la Contraloría General de la República.

CAPÍTULO VI

Ejecución de las auditorías y seguimiento

de recomendaciones

Artículo 31.—Asignación de los estudios de auditoría. El Auditor Interno asignará las auditorías conforme con el Cronograma de Ejecución del Plan Anual de Trabajo y comunicará por escrito al titular subordinado el inicio del estudio, con indicación del tema y los auditores responsables. En el caso de los estudios especiales y demás requerimientos que realice la Contraloría, el Auditor Interno ejecutará los ajustes necesarios en el cronograma, con el fin de atenderlos oportunamente.

Artículo 32.—Supervisión del trabajo. El Auditor Interno, en el marco del debido cuidado profesional y con la finalidad de asegurar el logro de los objetivos y la calidad del trabajo, debe supervisar las actividades que desarrolla la Auditoría Interna, conforme con la estructura organizacional de la Oficina. Tratándose de estudios cuyo producto final esté representado por un informe, tal supervisión debe constar en los papeles de trabajo respectivos. Los diferentes niveles de supervisión de las labores de la auditoría interna los establecerá el Auditor Interno, conforme lo demande el crecimiento económico del PIMA y el universo auditable.

Artículo 33.—Revisión del borrador del informes de los servicios de auditoría. Una vez concluido un estudio de auditoría, se redactará el informe en borrador y se convocará a una conferencia, en la que se analizará con la contraparte en la Administración Activa, con el fin de obtener la aceptación del informe y un compromiso para la implementación de las recomendaciones. Como constancia de este acto se levantará un acta con al menos los detalles de la reunión, fecha, resultados y firma de cada uno de los participantes. La ausencia injustificada a la conferencia se asumirá como una aceptación total del borrador del informe, por lo que sin que medie comunicación alguna al auditado ausente, se dejará constancia de esto en el acta de la conferencia.

Artículo 34.—Papeles de trabajo. El producto final de los servicios de auditoría y los servicios preventivos deben contar con el respaldo representado por los papeles de trabajo, debidamente identificados, referenciados, numerados y firmados por el auditor responsable del servicio, así como por el supervisor.

Artículo 35.—Comunicación de resultados y tratamiento de los informes de auditoría en la Administración Activa. La comunicación oficial de los informes de auditoría la realizará el Auditor Interno y se regirá por las directrices emitidas por la Contraloría, contenidas en el Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público, y conforme con las regulaciones de destino, plazos de respuesta e implementación de recomendaciones, establecidas en la Ley General de Control Interno. La estructura de los informes producto de los Servicios de Auditoría, con excepción de las Relaciones de Hechos, como mínimo deben contener el origen, alcance, objetivos, hallazgos, conclusiones y recomendaciones. La estructura de las Relaciones de Hechos se regirá por las directrices que dicte la Contraloría General de la República. Independientemente del destinatario de los informes, la Auditoría Interna enviará copia de éstos al Consejo Directivo para ser conocidos en la sesión más próxima a la conclusión del estudio.

Artículo 36.—Seguimiento de recomendaciones y otras disposiciones. Las recomendaciones emitidas por la Auditoría Interna, así como las soluciones alternas, acogidas conforme lo estipula la Ley General de Control Interno, deben ser implementadas por la administración activa del órgano de que se trate en el plazo estipulado por dicha ley. Asimismo, la Administración Activa debe acoger oportunamente y en forma efectiva las disposiciones provenientes de la Contraloría General de la República y de otros órganos de fiscalización y control, cuando sean de su conocimiento. Para cerciorarse del cumplimiento de lo anterior, la Auditoría Interna realizará una verificación periódica e informará los resultados al Consejo Directivo del PIMA y a las entidades a las que competa.

CAPÍTULO VII

Capacitación

Artículo 37.—Capacitación. El Auditor Interno velará porque el presupuesto contenga recursos económicos suficientes para la actualización profesional del personal en temas relacionados con sus funciones y con la actividad de la auditoría en general. La dotación de contenido económico en el presupuesto responderá a un programa anual de capacitación, con indicación de los temas, fechas, participantes, entre otros aspectos.

Artículo 38.—Divulgación. El material didáctico y demás información relativos a las actividades de capacitación, deben quedar debidamente registrados, documentados y disponibles como fuente de consulta para el personal de la Auditoría Interna y del PIMA en general.

CAPÍTULO VIII

Aseguramiento de la calidad

Artículo 39.—Programa. El Auditor Interno debe desarrollar, aplicar, mantener y perfeccionar un programa de aseguramiento de la calidad, que cubra todos los aspectos de la actividad de la Auditoría Interna. Este programa contempla evaluaciones de calidad externas e internas periódicas. Los resultados de las evaluaciones deben constar en un informe y el Auditor Interno debe preparar un plan de mejora, si así lo requieren los resultados, y comunicarlo al personal de la Auditoría Interna y al Consejo Directivo del PIMA.

Artículo 40.—Evaluaciones internas. El Auditor Interno deberá efectuar una supervisión permanente del desempeño de la Auditoría Interna y autoevaluaciones por lo menos una vez al año.

Artículo 41.—Evaluaciones externas. El Auditor Interno gestionará la realización de auditorías externas de la Auditoría Interna del PIMA al menos una vez cada tres años.

Artículo 42.—Cumplimiento de las normas técnicas para el ejercicio profesional. Los funcionarios de la Auditoría Interna deben informar que sus actividades “son realizadas de acuerdo con el Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el sector público”, siempre y cuando las evaluaciones del programa de aseguramiento de la calidad así lo demuestren. Si se presenta un incumplimiento de estas normas y dicha situación afecta el alcance general o el funcionamiento de la Auditoría Interna, debe declararse con la debida justificación, así como ejercer las acciones que corresponda según las circunstancias.

CAPÍTULO IX

Ética de los funcionarios de la Auditoría Interna

Artículo 43.—Principios y enunciados éticos. Los funcionarios de la Auditoría Interna del PIMA guiarán su conducta de acuerdo con las directrices de Independencia, Objetividad, Neutralidad Política y Conflicto de Intereses, así como con los principios para el desempeño de los funcionarios públicos, definidos como Legalidad Constitucional, Igualdad, Regularidad, Eficiencia, Eficacia, Austeridad, Transparencia, Lealtad, Probidad, Responsabilidad, Integridad, Honestidad y Liderazgo, según las Directrices Generales sobre Principios y Enunciados Éticos a observar por parte de los Jerarcas, Titulares Subordinados, Funcionarios de la Contraloría General de la República, Auditorías Internas y Servidores Públicos en General, emitidas por la Contraloría. De igual forma, se acatarán los principios fundamentales dictados por la Presidencia de la República para el ejercicio de la función pública, adicionales a los ya citados, y definidos como Afán de Servicio, Rendición de cuentas, Honradez y Racionalidad. Tales valores habrán de ponerse de manifiesto en sus actuaciones y prevenir cualquier posibilidad de duda en su gestión.

Artículo 44.—Cumplimiento del marco normativo. Los funcionarios de la Auditoría Interna deberán actuar con estricto apego al bloque de legalidad; o sea con respeto absoluto de la Constitución Política, las leyes y las demás disposiciones del sistema normativo patrio e institucional.

Artículo 45.—Límite de atribuciones. Los funcionarios de la Auditoría Interna deberán abstenerse de usar las atribuciones de su cargo o los recursos confiados a su custodia o administración, con el fin de obtener beneficio para sí mismo o para terceros. De ninguna forma deberán recibir, directa o indirectamente, beneficios originados en contratos o concesiones que celebre u otorgue el PIMA. Asimismo, no deberán solicitar o aceptar, directa o indirectamente, regalos, comisiones, premios, donaciones, favores, propinas o beneficios de cualquier tipo, que puedan interpretarse como intentos de influir sobre su independencia e integridad, sin perjuicio del deber de denunciar ante las instancias competentes esas acciones.

Artículo 46.—Neutralidad política. Los funcionarios de la Auditoría Interna deberán mantener la neutralidad política, en el ámbito privado y público, de acuerdo con el régimen de prohibiciones.

Artículo 47.—Actos de corrupción. Los funcionarios de la Auditoría Interna deberán denunciar, por las vías correspondientes y con sujeción al debido proceso, cualquier acto de corrupción.

Artículo 48.—Confidencialidad. Los funcionarios de la Auditoría Interna deberán mantener confidencialidad, respecto de la información que se les haya suministrado para el ejercicio de su trabajo o que hayan conocido con ocasión de este, con excepción de lo que permita la ley.

Artículo 49.—Conflicto de intereses. Los funcionarios de la Auditoría Interna deberán excusarse de participar en actos que ocasionen conflictos de intereses, por lo que deberán abstenerse razonablemente de participar en cualquier actividad pública, familiar o privada en general, donde pueda existir un conflicto de intereses con respecto a su investidura de servidor público, sea porque pueda comprometer su criterio u ocasionar dudas sobre su imparcialidad a una persona razonablemente objetiva.

Artículo 50.—Relaciones interpersonales. Los funcionarios de la Auditoría Interna deben evitar relaciones inconvenientes con los miembros del Consejo Directivo y con el personal del PIMA y otras personas que puedan influir, comprometer o amenazar su capacidad para actuar. Asimismo, evitarán otro tipo de relaciones con personas físicas o jurídicas que puedan suscitar dudas acerca de su objetividad e independencia.

Artículo 51.—Protección de los fondos y recursos públicos. Los funcionarios de la Auditoría Interna deben resguardar, proteger, tutelar los fondos y recursos públicos administrados por el PIMA. Todo acto contrario a tal imperativo, debe ser denunciado de inmediato ante las instancias correspondientes.

CAPÍTULO X

Administración de la oficina

Artículo 52.—Asignación de funciones administrativas. El Auditor Interno asignará las funciones relacionadas con el Plan Anual Operativo del PIMA, específicamente las que corresponden a la elaboración, ejecución y liquidación presupuestaria. Asimismo, asignará las funciones relacionada con la dotación de productos y servicios para el adecuado desempeño de la Oficina, en lo que se refiere a la requisición, autorización, control de existencias e identificación de las necesidades de la Oficina. Las funciones relativas a la administración del recurso humano las ejecuta el Auditor Interno, según la reglamentación vigente en el PIMA y con la autorización, en lo que compete, del Consejo Directivo.

Artículo 53.—Presupuesto. El Consejo Directivo debe asignar a la Auditoría Interna los recursos humanos, materiales, tecnológicos, de transporte y otros, necesarios y suficientes para el desempeño de su gestión. El Auditor Interno velará porque los requerimientos presupuestarios guarden proporcionalidad con el crecimiento económico del PIMA y con el universo auditable. En forma general, si el Auditor Interno comprueba que la insuficiencia de los recursos asignados a la Auditoría Interna afecta de manera negativa y en forma significativa la fiscalización oportuna del patrimonio institucional, debe informar al Consejo Directivo del PIMA acerca del riesgo que está asumiendo y de la eventual imputación de responsabilidad que esta situación puede acarrearle.

CAPÍTULO XI

Sanciones disciplinarias

Artículo 54.—Incumplimiento de funciones, deberes, potestades y prohibiciones. Incurrirán en responsabilidad administrativa el Auditor Interno, el Subauditor Interno y el resto del personal de la Auditoría Interna cuando, por dolo o culpa grave, incumplan con las funciones, deberes, potestades y prohibiciones referidas en el presente Reglamento, todo sin perjuicio de las responsabilidades que les puedan ser imputadas civil o penalmente.

Artículo 55.—Potestad disciplinaria. Las sanciones previstas serán impuestas por la autoridad competente en el PIMA en materia disciplinaria, de acuerdo con la normativa aplicable al personal de la Auditoría Interna, prescrita por la Ley General de Control Interno.

CAPÍTULO XII

Disposiciones finales

Artículo 56.—Derogatorias. Este Reglamento deroga:

a)  El título III Auditoría del Reglamento del Consejo Directivo, Gerencia y Auditoría del PIMA; y

b)  El Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del Programa Integral de Mercadeo Agropecuario (PIMA), publicado en La Gaceta Nº 176, del 13 de setiembre del 2006.

Artículo 57.—Reforma. Refórmese el nombre del Reglamento del Consejo Directivo, Gerencia y Auditoría del PIMA a “Reglamento del Consejo Directivo y Gerencia General”.

Artículo 58.—Vigencia del Reglamento. Este Reglamento rige a partir de la publicación en La Gaceta.

San José, 20 de setiembre del 2007.—Auditoría Interna.—Lic. José Rolando Pérez Soto.—1 vez.—(O. C. Nº 02708).—C-445300.—(94507).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ

La Junta Directiva, mediante acuerdo JD-789, artículo IV), inciso 3), sesión 36-2007 celebrada el 9 de octubre del 2007, aprobó el Reglamento para la Prestación de Ayudas Técnicas y Servicios de Apoyo para las Personas con Discapacidad.

REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE AYUDAS

TÉCNICAS PARA LAS PERSONAS

CON DISCAPACIDAD

Considerando:

1°—Que con fundamento en la Ley Nº 7600 “Igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad en Costa Rica” y su Reglamento, las instituciones públicas deberán proveer a las personas con discapacidad de los servicios de apoyo y las ayudas técnicas requeridas para garantizar el ejercicio de sus derechos y deberes.

2°—Que la Junta Directiva de la Junta de Protección Social de San José, ha considerado corno sector de gran interés social a la población con discapacidad del país.

3°—Que el artículo 56 de la ley 7600, obliga a la Junta de Protección Social de San José, a tomar las medidas presupuestarias para adquirir ayudas técnicas y prestar los servicios de apoyo, tratamientos médicos, equipo y prótesis para cumplir los fines dispuestos en esta normativa, relacionados con la población con discapacidad del país.

Por lo tanto se dicta el siguiente:

REGLAMENTO PARA LA PRESTACION DE AYUDAS

TECNICAS Y SERVICIOS DE APOYO PARA LAS

PERSONAS CON DISCAPACIDAD

CAPÍTULO I

Definiciones

Artículo 1°—De las definiciones. Para los efectos de esta normativa, se entenderá por:

Ayuda técnica: Elemento requerido por una persona con discapacidad para mejorar su funcionalidad y garantizar su autonomía.

Discapacidad: Cualquier deficiencia física, mental o sensorial que limite sustancialmente, una o varias de las actividades principales de un individuo.

Estudio social: Es un proceso metodológico mediante el cual se realiza una valoración de una situación problema desde un punto de visita integral, tomando en cuenta aspectos tales como: lo biopsico-social-cultural-económico-organizacional, del cliente o sistema cliente en su medio, donde debe estar presente la planificación de acciones para superar la situación.

Junta: La Junta de Protección Social de San José.

Junta Directiva: Órgano Superior Colegiado.

Ley 7600: Ley de igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad en Costa Rica.

Ortesis: Equipo utilizado para corregir o mejorar el funcionamiento de partes móviles del cuerpo.

Prótesis: Aparato que reemplaza una parte del cuerpo o que compensa una función ausente, deficiente o deformada.

CAPÍTULO II

Del objeto y la población

Artículo 2°—La Junta proveerá a las personas con discapacidad, las ayudas técnicas requeridas, en forma eficiente y eficaz, para garantizar el ejercicio de sus derechos y deberes, al amparo del artículo 56 de la Ley Nº 7600, y según las disposiciones del presente Reglamento.

Artículo 3°—Los beneficios indicados en el artículo anterior, estarán dirigidos a las personas con discapacidad permanente, de escasos recursos económicos, que les impidan o limiten el acceso a las ayudas técnicas, todo fundamentado con el estudio social del caso.

CAPÍTULO III

Del tipo de compras

Artículo 4°—La Junta realizará por medio de su Departamento de Proveeduría, las compras de las ayudas técnicas, observando los procedimientos establecidos en las disposiciones legales que regulan la materia y que mejor se ajusten al cumplimiento del fin público en forma eficiente y oportuna.

CAPÍTULO IV

De los requisitos y controles.

Artículo 5°—Las solicitudes serán entregadas al interesado y este las presentará con la documentación requerida, ante en el Departamento de Acción Social, en formulario especial que se suministrará para tal efecto. La solicitud escrita deberá contener como mínimo la siguiente información:

    Nombre del solicitante y cédula o identificación.

    Fecha de nacimiento

    Dirección exacta y número telefónico.

    Nombre del cónyuge, padres o encargado.

    Tipo de ayuda técnica que solicita.

    Razones por las que solicita.

    Firma del solicitante, padre o encargado.

Artículo 6°—En toda asignación de recursos para adquisición de ayudas técnicas, mediará un estudio social el cual podrá ser elaborado por trabajadores sociales de instituciones públicas o del Departamento de Acción Social de la Junta. El estudio social deberá adjuntarse al expediente del solicitante. Queda facultada la Junta para solicitar a cualquier institución pública el apoyo en este sentido.

Artículo 7°.—La Comisión de Aplicación de Fondos de Premios Prescritos, será la responsable de recomendar a la Junta Directiva la aprobación o no de las asignaciones de recursos para adquisición de ayudas técnicas, previo estudio de los expedientes. Para estos efectos, se deberá emitir un criterio por escrito.

Artículo 8°—Cuando a juicio de la Junta, sea necesario ampliar información, se establecerán las relaciones de coordinación necesarias, con instituciones públicas y privadas, las cuales deberán atenderse dentro de los cinco días siguientes a la solicitud realizada por la Junta.

Artículo 9°—La prestación de ayudas técnicas tiene carácter permanente. El beneficiario deberá comprometerse a no vender, alquilar, donar, ceder, prestar, traspasar, ni cambiar, la ayuda técnica, sin contar con autorización previa y por escrito de la Junta. El beneficiario deberá suscribir un convenio ante la Junta, con anterioridad a retirar el bien.

CAPÍTULO V

De los procedimientos de adquisición y entrega de la ayuda

Artículo 10.—Para la selección de la ayuda técnica, se contará con un especialista en el área que corresponda que podrá ser facilitado por alguna entidad a la Junta o bien, se podrá realizar la contratación para estos fines. Su labor consistirá en recomendar al Departamento de Proveeduría el artículo que técnicamente se ajuste a las necesidades de cada uno de los solicitantes.

Artículo 11.—El especialista recomendará la ayuda técnica según las características y necesidades de cada beneficiario; asimismo, intervendrá en el proceso de compra para determinar entre las ofertas presentadas por los proveedores que se tengan incorporados en el Registro del Departamento de Proveeduría, cual es el artículo que mejor se ajusta a las necesidades del beneficiario. También estará bajo responsabilidad del especialista verificar que el artículo entregado a la Institución cumpla con todas las especificaciones técnicas solicitadas y que el bien sea el óptimo para satisfacer las necesidades del beneficiario.

Artículo 12.—.A las ayudas técnicas que sean asignadas cuando sea materialmente posible, se les colocará una placa que contenga la siguiente leyenda “Donado por la JPSSJ”.

Artículo 13.—Una vez aprobada la asignación de la ayuda técnica por la Junta Directiva, el Departamento de Proveeduría procederá a llevar a cabo los procedimientos necesarios para realizar la compra.

Artículo 14.—En caso que el beneficiario, por alguna razón dejare de utilizar la ayuda técnica asignada por la Junta de Protección Social, deberá entregarla al Departamento de Trabajo Social, del Centro Nacional de Rehabilitación. Cuando se trate de una persona menor de trece años edad la entrega se realizará ante el Departamento de Trabajo Social del Hospital Nacional de Niños.

Estos departamentos a su vez, confeccionarán un documento de recibo, cuyo original debe ser remitido en un plazo máximo de 8 días hábiles al Departamento de Acción Social, para ser archivado en el expediente respectivo previa comunicación al Departamento de Revisión y Control.

Artículo 15.—Para la reasignación de las ayudas técnicas entregadas a los centros hospitalarios referidos en el artículo anterior, los departamentos de trabajo social deben seleccionar los nuevos beneficiarios y remitir los expedientes al Departamento de Acción Social, que contengan el estudio social, receta, cédula de identidad del solicitante o constancia de nacimiento en caso de ser menor de edad.

La Junta Directiva autorizará el cambio de beneficiario con fundamento en el criterio técnico emitido por el Departamento de Acción Social.

CAPÍTULO VI

De la coordinación y seguimiento

de las asignaciones de ayudas técnicas

Artículo 16.—Para el cumplimiento de este reglamento, la Junta establecerá coordinación técnica con el Ente Rector en Discapacidad y las instituciones públicas y privadas de todo el país.

Artículo 17.—El Departamento de Acción Social, evaluará el efecto producido por las ayudas técnicas asignadas, al menos una vez después de efectuada la entrega de la ayuda técnica; utilizando el sistema de muestreo al azar. También para cumplir este fin podrá solicitar la ayuda interinstitucional que requiera.

Artículo 18.—El Departamento de Revisión y Control de la Junta, deberá verificar el trámite de compra, levantar y mantener un inventario de las ayudas técnicas otorgadas por la Junta para su correspondiente Revisión y Monitoreo

Disposición final

Artículo 19.—Rige a partir de su aprobación por parte de la Junta Directiva de la Junta.

Artículo 20.—El presente Reglamento deroga el Reglamento para la Prestación de Ayudas Técnicas y Servicios de Apoyo para las personas con Discapacidad, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 204 del día miércoles 21 de octubre de 1998 y cualquier otra disposición que se contraponga a esta normativa.

San José, 25 de octubre del 2007.—Elizabeth Guzmán B., Jefa Acción Social.—1 vez.—(O. C. Nº 9423).—C-83325.—(96039).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE VÁZQUEZ DE CORONADO

Siguiendo con lo indicado por el Concejo Municipal transcribo acuerdo tomado en la sesión ordinaria 078 del lunes 22 de octubre, 2007 celebrada en la sala de sesiones de la Municipalidad de Vázquez de Coronado.

Acuerdo 2007-078-015: se aprueba Informe de la Comisión de Educación y Cultura, y se acuerda: que los artículos 05 y 06 del Reglamento para la entrega de Becas Municipales, sean modificadas de manera que el número de formularios para becas especiales y ordinarias pasen de 150 a 350, desglosándose de la siguiente manera:

-    125 Formularios para primaria (25 por distrito).

-    125 Formularios para secundaria (25 por distrito).

-    100 Formularios para becas especiales de primaria y secundaria (20 por distrito).

Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta, a la mayor brevedad posible, con el propósito de entregar dichos formularios en la primera semana del mes de noviembre, a los Concejos de Distrito. Acuerdo. Cuenta con siete votos afirmativos. Acuerdo definitivamente aprobado.

Vázquez de Coronado, 29 de octubre del 2007.—Lic. José D. Sánchez Porras, Proveedor Municipal.—1 vez.—(96359).

MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA

El Concejo Municipal con fundamento el acuerdo Nº 976-07 adaptado en la sesión ordinaria Nº 58 celebrada por la Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia el 5 de junio del 2007, aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Auditoría Municipal.

Considerando:

I.—Que el marco legal que rige la actividad de la Auditoría Interna ha tenido cambios significativos fundamentalmente con la promulgación de la Ley General de Control Interno (Ley Nº 8292 del 31 de junio del 2002), el Manual de Normas Generales de Control Interno emitido por la Contraloría General de la República publicado en La Gaceta Nº 107 del 5 de junio del 2002, los Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de Auditor y Subauditor y las condiciones para las gestiones de nombramiento de dichos cargos (L-2006-CO-DAGJ), publicados en La Gaceta Nº 236 del 8 de diciembre del 2006, la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (Ley Nº 8422 de 6 de octubre del 2004) y su Reglamento, el Manual de Normas para el ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público publicado en La Gaceta Nº 246 del 16 de diciembre del 2004, el Manual de Normas Generales y las Directrices Generales relativas al Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Auditorías Internas del Sector Público, publicadas en La Gaceta Nº 235 del 8 de diciembre del 2006.

II.—Que la Auditoría Interna es parte fundamental del Sistema de Control Interno Institucional y del Sistema de Control y Fiscalización Superiores de la Hacienda Pública y su acción requiere ser reforzada conforme con el marco legal y técnico que regula su gestión en defensa del interés público por lo que es necesario que se disponga de un Reglamento de organización y funcionamiento actualizado con la normativa que rige su actividad.

III.—Que la Contraloría General de la República dio su aprobación al presente Reglamento conforme al oficio Nº 1026 (DAGJ-1091-2007) de 4 de setiembre del 2007. Por tanto:

Se acuerda emitir el siguiente:

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DE LA AUDITORÍA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD

DE SANTA BÁRBARA

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Regulación. El presente Reglamento regula las actividades, organización, objetivos, funciones y atribuciones de la Auditoría Interna de la Municipalidad de Santa Bárbara.

Artículo 2º—Definiciones. Para efectos de este Reglamento se entenderá por:

Municipalidad: Municipalidad de Santa Bárbara.

Ayuntamiento: Municipalidad de Santa Bárbara.

Administración activa: Conjunto de las diferentes Direcciones del municipio de la función administrativa, que deciden y ejecutan, incluye al Jerarca, como última instancia.

Ley Nº 7428: Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.

Ley Nº 8292: Ley General de Control Interno.

Ley Nº 8422: Ley contra la corrupción y el enriquecimiento en la función pública.

Contraloría General: Contraloría General de la República.

Auditor Interno: Funcionario de mayor jerarquía dentro de la Auditoría Interna responsable por el funcionamiento eficiente, efectivo, legal y transparente de esa dependencia y de rendir cuentas por el uso de los recursos disponibles y de la calidad de los productos y servicios que se brindan. Sin perjuicio de la responsabilidad que sobre el particular recae en el máximo Jerarca de la institución.

Auditoría Interna: Auditoría Interna de la Municipalidad de Santa Bárbara. Es una dependencia de las de mayor rango dentro de la institución. Se organiza y funciona según lo establece, principalmente, el capítulo IV de la Ley General de Control Interno, Nº 8292 del 4 de setiembre del 2002, así como la demás normativa legal y técnica correspondiente. En su accionar, debe ser percibida como una instancia que realiza una gestión independiente y objetiva que (1) brinda servicios de aseguramiento razonables y de consulta a una institución; (2) se crea para agregar valor y mejorar las operaciones organizacionales; (3) coadyuva con la administración activa en el logro de los objetivos institucionales mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de los sistemas de control y gestión de riesgos y de los procesos de dirección, y (4) proporcionando a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del Jerarca y del resto del personal se ejecuta conforme al marco legal y técnico y a prácticas sanas.

Fiscalización: Realización de estudios de asesoría, advertencia, Auditoría en sus diferentes modalidades (Financiera, operativa o de carácter especial) y otros procesos o actividades afines, en la jurisdicción que corresponde a la Auditoría Interna. La asesoría, advertencia y otros afines forman parte de la gestión preventiva y los estudios de Auditoría de la gestión correctiva.

Jerarca: Superior jerárquico del órgano o del ente, dentro del cual ejerce la máxima autoridad, en este caso el Concejo Municipal.

Administración Superior: Se conforma del Concejo Municipal y del Alcalde Municipal de la Municipalidad de Santa Bárbara.

Ambiente de control: Conjunto de factores del ambiente organizacional que deben establecer y mantener la Administración Activa, para permitir el desarrollo de una actitud positiva y de apoyo para el control interno y para una administración escrupulosa.

Ubicación jerárquica: Rango de una unidad (denomínese Dirección, División, Departamento, Sección, u otra dentro de una institución), con sus correspondientes relaciones de competencia, responsabilidad y autoridad. En el caso de la Auditoría Interna, ésta forma parte de las unidades de mayor rango de la Institución, dependiendo exclusivamente del Jerarca. Su funcionamiento es asesor en su sentido amplio; por consiguiente, emite criterios, opiniones, sugerencias y recomendaciones; no emite órdenes ni instrucciones a la Administración. Las recomendaciones surgen como producto de los estudios de Auditoría; las opiniones, criterios o sugerencias, como producto de su asesoría y advertencia en asuntos puntuales, y una vez, aceptadas y giradas como órdenes del Jerarca o titular subordinado a quien se dirigieron, pasan a formar parte de las disposiciones administrativas.

Valoración del riesgo: Identificación y análisis de los riesgos que enfrenta el ayuntamiento, tanto de fuentes internas como externas relevantes para la consecución de objetivos; deben ser realizados por la máxima autoridad y los titulares subordinados, con el fin de determinar como se deben administrar dichos riesgos.

Actividades de control: Políticas y procedimientos que permiten obtener la seguridad de que se llevan a cabo las disposiciones emitidas por la Contraloría General, por la máxima autoridad y los titulares subordinados para la consecución de los objetivos del sistema de control interno.

Información y comunicación: Comprende las actividades que se realizan para garantizar una información confiable de los sistemas de información.

Seguimiento del sistema de control interno: Comprende las actividades que se realizan para valorar la calidad del funcionamiento del control interno a lo largo del tiempo y las actividades que garantizan que los hallazgos de Auditoría y los resultados de otras revisiones se atiendan con prontitud.

Advertencia: Trabajo de análisis que desarrolla y fundamenta responsablemente la Auditoría Interna, como producto de una solicitud o conocimiento de un asunto, que da como resultado criterios, opiniones y sugerencias que no son obligantes en cuanto al trámite de informes que prescribe la Ley General de Control Interno. La fundamentación no corresponde propiamente a la aplicación del proceso de Auditoría, pero en esencia observa sus principios generales, y los elementos de conformación de hallazgos, lo cual debe quedar documentado. Puede constituir un importante insumo para eventuales Auditorías. Esta se puede verbal o escrita, la primera no constituye un enfoque formal de la advertencia.

Asesoría: Trabajo de análisis que desarrolla y fundamenta responsablemente la Auditoría Interna, como producto de una solicitud del Jerarca y que da como resultado criterios, opiniones y sugerencias que no son obligantes en cuanto al trámite de informes que prescribe la Ley General de Control Interno. La fundamentación no corresponde propiamente a la aplicación del proceso de Auditoría, pero en esencia observa sus principios, y ello debe quedar documentado. Puede constituir un importante insumo para eventuales Auditorías. Esta se puede verbal o escrita, la primera no constituye un enfoque formal de la asesoría.

Artículo 3º—Ámbito de la Auditoría Interna. Este Reglamento aplica a todas las dependencias de la Municipalidad de Santa Bárbara así como a otras organizaciones públicas o privadas, en el tanto manejen por cualquier título fondos públicos que les sean transferidos por dicho Municipio.

Artículo 4º—Responsabilidad sobre el sistema de control interno. De acuerdo a lo establecido por el artículo 10 de la Ley Nº 8292 es responsabilidad del Concejo Municipal y del titular subordinado establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional.

Por otra parte, es responsabilidad de la administración activa realizar las acciones necesarias para garantizar su efectivo funcionamiento.

CAPÍTULO II

Organización de la Auditoría Interna

Artículo 5º—Del Concepto de Auditoría Interna. La Auditoría Interna es la actividad independiente, objetiva y asesora, que proporciona seguridad al ente u órgano, puesto que se crea para validar y mejorar sus operaciones. Contribuye a que se alcancen los objetivos institucionales, mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de la administración del riesgo, del control y de los procesos de dirección en las entidades y los órganos sujetos a esta Ley. Dentro de una organización, la Auditoría Interna proporciona a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del Jerarca y la del resto, de la administración se ejecuta conforme al marco legal y técnico y a las prácticas sanas.

La seguridad que ofrece la Auditoría Interna al ente u órgano se logra cuando se emiten adecuadas recomendaciones y opiniones y la administración las atiende y cuando de acuerdo con el alcance de su plan de trabajo, verifica el apego de la Administración al ordenamiento jurídico y técnico, y el cumplimiento, validez y suficiencia del sistema de control interno, lo que le permite validar las operaciones respectivas.

Artículo 6º—Visión, misión enunciados éticos de la Auditoría Interna.

a-  Visión: La auditoria debe ser una unidad asesora del Concejo Municipal, y de la administración activa que ejecute las funciones de control interno, con un amplio dominio del conocimiento institucional y una capacidad de análisis que contribuya al logro de los objetivos de la organización.

b-  Misión: La auditoria interna estructurara la información institucional, mediante evaluaciones, recomendaciones y dictámenes objetivos y oportunos con el propósito de mejorar la administración del riesgo, el control y los procesos de la gestión institucional.

     Aportar una sinergia adecuada en la promoción de los mecanismos de rendición de cuentas y el uso adecuado de los recursos.

     Ser un ente en permanente mejoramiento y capacitación, para afrontar los desafíos necesarios en la consecución de la mayor eficacia, eficiencia y efectividad de la gestión municipal.

c-  Políticas: La auditoria interna establecerá las políticas y procedimientos de trabajo para coadyuvar a la administración activa en el alcance de los objetivos institucionales.

d-  Código de Ética: El auditor interno incluirá dentro del código de ética los valores de independencia, justicia, equidad, oportunidad, servicio, lealtad, objetividad, integridad, y motivación para el aprendizaje y la mejora continua conforme a las normas de ética profesional emitidas por el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Artículo 7º—Independencia y objetividad funcional y de criterio. En lo relativo a la independencia de criterio, los funcionarios de la Auditoría Interna ejercerán sus deberes y potestades con total independencia funcional y de criterio respecto del Jerarca y de los demás órganos de la administración activa y de terceros.

Los funcionarios de la Auditoría Interna en el desarrollo de sus competencias deben estar libres de impedimentos e ingerencias para proceder con objetividad e imparcialidad al determinar la planificación del trabajo y sus modificaciones, al manejar sus recursos, al desempeñar su trabajo y al comunicar sus resultados.

Tienen la responsabilidad de estar alerta sobre cualquier circunstancia, situación o hecho, personales o externos, que puedan menoscabar o poner en duda su independencia.

El Auditor no debe participar en forma permanente, en las sesiones o reuniones del Concejo. Cuando el Concejo solicite su participación en alguna sesión o reunión, la actuación del Auditor debe ser conforme con su responsabilidad de asesor, según la normativa y criterios establecidos por la Contraloría General al respecto.

El Auditor y el personal de la Auditoría no deben, en resguardo de su independencia y objetividad, ser parte de comisiones o grupos de trabajo que ejerzan funciones propias de la administración activa. Cuando el jerarca solicite la participación del Auditor en esas comisiones, se debe tener en cuenta que esa participación será exclusivamente en su función de asesor, en asuntos propios de su competencia.

Artículo 8º—Ubicación y estructura organizativa de la Auditoría Interna. La ubicación de la Auditoría Interna en la estructura organizativa debe corresponder a la de un órgano de asesor, dependiente del Jerarca, conforme las facultades de que dispone legal, reglamentaria y técnicamente, esa ubicación debe permitirle con suficiente libertad realizar una fiscalización objetiva e independiente a su Jerarca y demás órganos que componen la institución.

Artículo 9º—Organización de la Auditoría Interna. La Auditoría Interna se organizará y funcionará conforme lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley Nº 8292, contará con el personal asistente necesario, el que deberá poseer los requisitos profesionales idóneos para el cabal cumplimiento de sus funciones, así como los conocimientos suficientes sobre las disposiciones legales contenidos en el Régimen Municipal y la Administración Pública.

Artículo 10.—Nombramiento del Auditor Interno. El nombramiento del Auditor se hará por tiempo indefinido y su responsabilidad recae sobre el Concejo Municipal, quien lo hará mediante concurso público, según lo establecido en el artículo 31 de la Ley Nº 8292 y deberá satisfacer los requisitos establecidos en los lineamientos para la descripción de las funciones y requisitos de los cargos de Auditor y Subauditor internos, publicados en La Gaceta Nº 205 del 24 de octubre del 2003. El Auditor deberá ser Contador Público Autorizado y deberá conocer las disposiciones legales que rigen el Régimen Municipal y la Administración Pública, y cumplir con los demás requisitos que establece el Manual Descriptivo de Puestos de la Municipalidad de Santa Bárbara.

Artículo 11.—Funciones y requisitos para el cargo de Auditor Interno. Para efectos de establecer los requisitos de los cargos de Auditor Interno el Jerarca debe acatar los lineamientos que sobre el particular ha emitido la Contraloría General de la República, de conformidad con el artículo 29 de la Ley General de Control Interno.

Son funciones del Auditor Interno:

Planificar el funcionamiento de la Auditoría, con el fin de obtener la mayor eficacia y eficiencia posible del servicio de la misma.

Dirigir las actividades del personal de la Unidad bajo su dirección.

Supervisar la labor del personal a su cargo, con el propósito de velar por el oportuno y efectivo cumplimiento de todas las labores asignadas.

Velar porque el personal de la Auditoría se le garantice en todo momento el libre ejercicio de los derechos y atribuciones que establece este Reglamento.

Dar cuenta al Concejo Municipal, con la mayor brevedad posible, de cualquier contingencia que pudiere dificultar en forma sustancial el cumplimiento oportuno del plan de trabajo o que ponga en peligro la seguridad de los bienes del Municipio y proponer medidas de emergencia que estimare pertinentes para la normalización del trabajo.

Verificar que se cumplan estrictamente las disposiciones y acuerdos del Concejo Municipal, en aquellos casos en que por la naturaleza de sus estudios así se requiera; actuando como asesor de éste en materias de su competencia.

El Auditor, en su calidad de asesor del Concejo Municipal de la Municipalidad, tiene facultades para efectuar las investigaciones o revisiones de la forma, alcance y oportunidad que considere necesarios sobre cualquier tipo de transacción o actividad que realice el Ayuntamiento, absteniéndose de interferir en la operación normal del municipio.

Poner en conocimiento del Concejo Municipal, con la mayor urgencia posible y por la vía más rápida y expedita a su disposición, cualquier caso de fraude, desfalco, malversación o distracción de fondos o de conducta impropia de algún funcionario o de otra irregularidad grave que pudiera conocer como resultado de alguna misión de Auditoría Interna o por cualquier otro medio.

Ejercer las demás funciones y atribuciones que le asigne el Concejo Municipal, este Reglamento, las leyes y Reglamentos aplicables y las disposiciones que emita la Contraloría General de la República.

Artículo 12.—Administración del personal. El Auditor Interno es el Superior Jerárquico de la Auditoría Interna y responsable directo de las actuaciones de la Unidad.

El personal de la Auditoría Interna estará sujeto a las disposiciones administrativas aplicables al resto del personal de la institución; sin embargo, el nombramiento, traslado, la suspensión, remoción, concesión de licencias y demás movimientos de personal, deberán contar con la autorización del Auditor Interno; todo de acuerdo con el marco jurídico que rige para la institución. Se considerarán nulos los movimientos de personal que se ejecuten sin la autorización del Auditor Interno, lo cual a su vez constituirá incumplimiento sujeto a las medidas que correspondan de conformidad con las causales de responsabilidad establecidas en el capítulo V de la Ley General de Control Interno.

También, le corresponderá proponer al Concejo Municipal la creación de plazas y servicios para el buen funcionamiento de la Auditoría, conforme a las normas y procedimientos establecidos por el ayuntamiento en esta materia.

Artículo 13.—El Auditor Interno tiene los siguientes deberes particular:

a)  Responder por su gestión ante el Concejo Municipal.

b)  Rendir al Concejo Municipal los informes anuales de trabajo y el informe de fin de gestión, cuando termine la relación de servicio.

c)  Gestionar oportunamente el llenado de las plazas vacantes de su unidad.

d)  Delegar en su personal sus funciones cuando ello corresponda, utilizando criterios de idoneidad y conforme a la Ley General de la Administración Pública.

e)  Definir y mantener actualizado en el instrumento que corresponda, los sujetos y entes sujetos a su ámbito de acción.

f)   Establecer un programa de aseguramiento de la calidad para la Auditoría Interna.

g)  Incorporar siempre que sea posible y necesario, profesionales o técnicos de diferentes disciplinas, funcionarios o no de la institución para que lleven a cabo labores en su especialidad de apoyo a las auditorias que realicé la Auditoría Interna.

h)  Definir establecer y mantener actualizadas las políticas, procedimientos y prácticas de administración para cumplir con sus compromisos, así como para el acceso y custodia de la documentación de la Auditoría Interna.

i)   Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento.

Artículo 14.—Planificación estratégica. La Auditoría Interna contará con la determinación de un proceso de planificación estratégica integral de la Auditoría Interna lo cual culmina en la formulación del plan estratégico, contar con un adecuado sistema de administración de los riesgos y potencialidades atribuibles a la Auditoría Interna, así como un análisis de aspectos tales como sus competencias, su universo auditable, sus factores claves de éxito, así como administrar adecuadamente lo relativo a los diversos temas de fiscalización, orientaciones estratégicas y lineamientos institucionales, de manera que contribuyan al objetivo de garantizar razonablemente la legalidad y eficiencia en el manejo de los sistemas de control interno y del manejo de los fondos públicos.

Artículo 15.—Planificación anual. Con fundamento en su planeamiento estratégico, lo que señala el Manual de normas para el ejercicio de la Auditoría Interna con respecto al plan presupuesto anual y los Lineamientos emitidos, en esa misma materia, por la Contraloría General de la República; la Auditoría Interna formulará su plan anual de trabajo, el cual se constituirá en su marco de acción. Las modificaciones a ese plan deben documentarse y comunicarse al Jerarca y a la Contraloría General.

Artículo 16.—Jornada laboral del Auditor Interno. La jornada laboral del Auditor Interno será de tiempo completo. Ante situaciones muy calificadas, para reducir la jornada laboral de la plaza del Auditor Interno, el Jerarca ordenará un estudio técnico, que deberá presentarse a la Contraloría General de la República, la que resolverá en definitiva lo que proceda. Dicho estudio debe sustentar en forma razonada la reducción de la jornada laboral, incluyendo como mínimo un análisis de los efectos en la fiscalización, considerando las condiciones organizacionales existentes desde el punto de vista del presupuesto asignado, del volumen de operaciones del ente u órgano, del sistema de identificación y valoración del riesgo institucional y otros elementos que considere pertinentes. Así también, deberá presentar una propuesta de controles alternos que se compromete a implantar y el criterio razonado del auditor interno sobre el particular.

Artículo 17.—Asignación de recursos por parte del Jerarca. El Jerarca de la Municipalidad, de conformidad con la normativa deberá asignar los recursos humanos, materiales, tecnológicos, de transporte y otros que sean necesarios y suficientes para que la Auditoría Interna pueda cumplir satisfactoriamente con los objetivos para los cuales se ha constituido.

La Auditoría Interna tiene el deber de establecer con claridad, técnica y objetivamente, la cantidad y características de los recursos profesionales y de otra naturaleza que requiere para que las condiciones de su funcionamiento sean las idóneas y le permitan cumplir sus competencias y deberes, y ejecutar su plan anual operativo en forma oportuna.

Los recursos referidos a la instalación física, mobiliario, capacitación, viáticos, transporte y equipo de oficina de la Auditoría Interna, deberán suministrarse atendiendo criterios de equidad a nivel institucional.

Artículo 18.—Categoría programática y fases presupuestarias. A nivel presupuestario se dará a la Auditoría Interna la categoría programática de subprograma, la cual podrá ser de un nivel superior; para la asignación y disposición de sus recursos, se tomarán en cuenta el criterio formal del Auditor Interno y las instrucciones que emita al respecto la Contraloría General de la República.

El Auditor Interno será el responsable de la formulación y ejecución del plan anual operativo y del presupuesto correspondiente al subprograma de Auditoría Interna, para lo cual se sujetará a los procedimientos y requerimientos técnicos establecidos en el ente u órgano para el manejo de programas y subprogramas presupuestarios. Tales procedimientos deberán garantizar la independencia del Auditor Interno para el manejo de la correspondiente categoría programática de la Auditoría Interna, de forma que en las etapas de formulación y ejecución se den las condiciones necesarias para la debida dotación de los recursos para el ejercicio de la Auditoría Interna, y la efectiva y oportuna fiscalización de los sujetos de su competencia institucional.

Para la tramitación de modificaciones presupuestarias que afecten los rubros asignados al subprograma de Auditoría Interna, se deberá contar con la autorización formal del auditor interno o del funcionario designado por él para esta función.

La Auditoría Interna ejecutará su presupuesto, conforme lo determinen sus necesidades para cumplir su plan de trabajo y de acuerdo con la asignación presupuestaria aprobada.

Artículo 19.—Respaldo legal al personal de la Auditoría Interna. Cuando el personal de la Auditoría Interna, en el cumplimiento de sus funciones, se involucre en un conflicto legal o una demanda, la institución dará todo su respaldo tanto jurídico como técnico y cubrirá los costos para atender ese proceso hasta su resolución final.

Si al concluir el proceso legal, mediante sentencia firme se condena a dicho funcionario, la administración activa deberá abrir un procedimiento administrativo para determinar si la causa de la condena es por impericia, falta de cuidado o negligencia del personal de Auditoría Interna, en cuyo caso deberá tomar las medidas pertinentes de conformidad con el ordenamiento jurídico.

Artículo 20.—Perfil de competencias. La capacitación y el reclutamiento del personal de la Auditoría Interna debe orientarse hacia un perfil de competencias (conocimientos, habilidades, actitudes, valores y aptitudes), que los faculte adecuadamente para el ejercicio de la Auditoría Interna en los distintos ámbitos de acción de los sujetos pasivos (Administrativo, financiero, áreas de la razón de ser o específicas del giro de la institución. Dicho perfil reunirá para los profesionales de las diversas disciplinas que conformen el equipo de funcionarios de la Auditoría Interna, las características académicas y personales deseables para garantizar el éxito en la fiscalización.

Todos los funcionarios de la Auditoría Interna deben de tener un amplio dominio de las Leyes, Reglamentos, normas y lineamientos que regulan la Auditoría Interna en el Sector Público Costarricense, de las Normas que regulan la Auditoría en el sector gubernamental a nivel internacional. Así como las Normas que regulan la Auditoría en el sector privado. Necesariamente.

Artículo 21.—Valores éticos. Los funcionarios de la Auditoría Interna -incluido el Auditor Interno- deberán mantener elevados estándares y principios éticos de conducta, honor y reputación para ejercer la actividad de la Auditoría Interna, asimismo, deberán procurarse esas conductas en todos los apoyos logísticos que se procuren, incluidos los valores de independencia, justicia, equidad, oportunidad, servicio, lealtad, objetividad, integridad, y motivación para el aprendizaje y la mejora continua. Tales estándares y principios habrán de ponerse de manifiesto en sus actuaciones y prevenir cualquier posibilidad de duda respecto de su credibilidad, transparencia e independencia. Además, actuarán conforme a las normas de ética profesional emitidas por el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, demás organismos profesionales, las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General y las contenidas en el Reglamento Autónomo de Servicios de la Municipalidad Santa Bárbara u otra normativa similar aplicable.

Artículo 22.—Ámbito de la Auditoría Interna. La Auditoría Interna tiene su ámbito establecido fundamentalmente en la Ley Nº 8292 publicada en La Gaceta Nº 169 del 4 de setiembre del 2002; la Ley Nº 7428 publicada en La Gaceta Nº 210 de 4 de noviembre de 1994; las disposiciones legales pertinentes; el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna; así como las normas, lineamientos, disposiciones, criterios u otros emitidos por la Contraloría General de la República, supletoriamente las normas y prácticas profesionales y técnicas pertinentes. También forman parte del ámbito de su gestión las instrucciones, metodologías, procedimientos y prácticas formalizadas por el Auditor Interno.

Adicionalmente, la Auditoría Interna en lo relativo a la administración de los recursos disponibles y su gestión debe aplicar la normativa contemplada en el Manual sobre Normas Generales de Control Interno para la Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización.

Artículo 23.—Relaciones y coordinaciones. En la Auditoría Interna deberá establecerse un marco general para administrar el manejo de las relaciones y coordinaciones con el Jerarca, titulares subordinados, u otros internos o externos de interés, así como, de las relaciones de los demás funcionarios de la Auditoría Interna con los órganos internos y externos de la organización. En cuanto al Jerarca debe asesorarlo, en materia de su competencia e igualmente advertir a los órganos pasivos que fiscaliza, sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones cuando sean de su conocimiento, a fin de proporcionar una gestión preventiva y así propiciar institucionalmente el cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que rigen la función pública y la protección del patrimonio.

En vista de lo anterior, en aras del éxito en el desempeño de la Auditoría Interna y de un mayor conocimiento de la función que ésta realiza, deberán mantener relaciones cordiales y de negociación con el Jerarca, los diferentes órganos de la Administración Activa, la Contraloría General de la República y las demás instituciones o entidades que corresponda.

CAPÍTULO III

Funcionamiento de la Auditoría Interna

Artículo 24.—Competencias. Las competencias que le corresponden a la Auditoría Interna, son las que establece el artículo 22 de la Ley Nº 8292:

a-  Realizar auditorias o estudios especiales semestralmente, en relación con los fondos públicos sujetos a su competencia institucional.

b-  Efectuar, de ser posible, semestralmente auditorias o estudios especiales sobre fondos y actividades privadas, en el tanto estos se originen en transferencias efectuadas por componentes de competencia municipal.

c-  Verificar el cumplimiento, la validez y la suficiencia del sistema de control interno de la Institución.

d-  Verificar que la administración tome las medidas de control interno señaladas en la Ley General de Control Interno, en los casos de desconcentración de competencias, o bien la contratación de servicios de apoyo con terceros.

e-  Asesorar, en materia de su competencia, al jerarca, siempre que el jerarca lo solicite formalmente y por escrito a la auditoria interna, y advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de conocimiento de la auditoria interna.

f-   Autorizar, mediante razón de apertura, los libros que a criterio de la auditoria interna, sean necesarios para el fortalecimiento del sistema de control interno.

g-  Preparar los planes de trabajo, tomando en consideración los lineamientos que establezca la Contraloría General de la República para cada período.

h-  Informar al Concejo Municipal sobre la ejecución del plan de trabajo y del estado de las recomendaciones de auditoria interna.

i-   Cuando sean de conocimiento de la auditoria interna, recomendaciones de la Contraloría General de la República o de despachos de contadores públicos, se podrán elaborar informes al jerarca cuando las circunstancias lo ameriten.

j-   Mantener debidamente actualizado el Reglamento de organización y funcionamiento de la auditoria interna.

k-  Las demás competencias que contemplen la normativa legal, reglamentaria y técnica aplicable, con las limitaciones que establece el artículo 34 de la Ley General de Control Interno.

Artículo 25.—Deberes del Auditor. El Auditor Interno y los demás funcionarios de la Auditoría Interna, tendrán los deberes que le asigna la Ley de Control Interno Nº 8292 por medio de su artículo 32:

a)  Cumplir las competencias asignadas por ley.

b)  Cumplir el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.

c)  Colaborar en los estudios que la Contraloría General de la República y otras instituciones realicen en el ejercicio de competencias de control o fiscalización legalmente atribuidas.

d)  Administrar, de manera eficaz, eficiente y económica, los recursos del proceso del que sea responsable.

e)  No revelar a terceros que no tengan relación directa con los asuntos tratados en sus informes, información sobre las auditorias o los estudios especiales de auditoria que se estén realizando ni información sobre aquello que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de los funcionarios de los entes y órganos sujetos a esta ley.

f)   Guardar la confidencialidad del caso sobre la información a la que tengan acceso.

     Acatar las disposiciones y recomendaciones emanadas de la Contraloría General de la República. En caso de oposición por parte de la auditoría interna referente a tales disposiciones y recomendaciones, se aplicará el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.

     Facilitar y entregar la información que les solicite la Asamblea Legislativa en el ejercicio de las atribuciones que dispone el inciso 23) del artículo 121 de la Constitución Política, y colaborar con dicha información.

     Cumplir los otros deberes atinentes a su competencia.

Artículo 26.—Potestades. Las potestades conferidas al auditor interno y los demás funcionarios de la Auditoría Interna se encuentran plasmadas en el artículo 33 de la Ley Nº 8292:

a-  Libre acceso, en cualquier momento, a todos los libros, los archivos, los valores, las cuentas bancarias y los documentos de los entes y órganos de su competencia institucional, así como de los sujetos privados, únicamente en cuanto administren o custodien fondos o bienes públicos de los entes y órganos de su competencia institucional, también tendrán libre acceso a otras fuentes de información relacionadas con su actividad. El auditor interno podrá acceder, para sus fines, en cualquier momento, a las transacciones electrónicas que consten en los archivos y sistemas electrónicos de las transacciones que realicen los entes con los bancos u otras instituciones, para lo cual la administración deberá facilitarle los recursos que se requieran.

b-  Solicitar, a cualquier funcionario y sujeto privado que administre o custodie fondos públicos de los entes y órganos de su competencia institucional, en la forma, las condiciones y el plazo razonables, los informes, datos y documentos para el cabal cumplimiento de su competencia. En el caso de sujetos privados, la solicitud será en lo que respecta a la administración o custodia de fondos públicos de los entes y órganos de su competencia institucional.

c-  Solicitar a funcionarios de cualquier nivel jerárquico, la colaboración, el asesoramiento y las facilidades que demande el ejercicio de la auditoria interna.

d-  Cualesquiera otras potestades necesarias para el cumplimiento de su competencia, de acuerdo con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.

Artículo 27.—Prohibiciones. El Auditor y Subauditor Internos y los demás funcionarios de la Auditoría Interna deberán ajustarse a las prohibiciones prescritas en el artículo 34 de la Ley Nº 8292:

a)  Realizar funciones y actuaciones de administración activa, salvo las necesarias para cumplir su competencia.

b)  Formar parte de un órgano director de un procedimiento administrativo.

c)  Ejercer profesiones liberales fuera del cargo, salvo en asuntos estrictamente personales, en los de su cónyuge, sus ascendientes, descendientes y colaterales por consanguinidad y afinidad hasta tercer grado, o bien, cuando la jornada no sea de tiempo completo, excepto que exista impedimento por la existencia de un interés directo o indirecto del propio ente u órgano. De esta prohibición se exceptúa la docencia, siempre que sea fuera de la jornada laboral.

d)  Participar en actividades político-electorales, salvo la emisión del voto en las elecciones nacionales y municipales.

e)  Revelar información sobre las auditorias o los estudios especiales de auditoria que se estén realizando y sobre aquello que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de los funcionarios de los entes y órganos sujetos a esta ley.

Artículo 28.—Otros procesos de la Auditoría Interna. Formarán parte de la normativa técnica pertinente las políticas, prácticas y órdenes de la unidad de Auditoría Interna debidamente formalizadas mediante las políticas, metodologías, procedimientos, guías e instrucciones escritas relativas a los procesos o actividades que generan los productos y servicios que se brindan. Por ejemplo sobre: casos de desconcentración de competencias, apertura de libros, seguimiento de recomendaciones, trabajos especiales de coordinación con Contraloría General y Órganos de control, y otras asignadas por norma competente. En todos los casos considerando las competencias antes descritas.

Artículo 29.—Comunicación de resultados de cada Auditoría y otros procesos. Los informes de auditoria interna versarán sobre diversos asuntos de su competencia, así como sobre asuntos que pueden derivar posibles responsabilidades para funcionarios, exfuncionarios de la Institución y terceros.

Cuando de un estudio se deriven recomendaciones sobre asuntos de responsabilidad y otras materias, la auditoria interna deberá comunicarlas en informes independientes para cada materia. Los hallazgos, las conclusiones y recomendaciones de los estudios realizados por la auditoria, deberán comunicarse oficialmente, mediante informes al Jerarca o a los titulares subordinados de la administración activa, con competencia y autoridad para ordenar la implantación de las respectivas recomendaciones. En la comunicación de resultados deberán observarse las disposiciones contenidas en los artículos 36, 37 y 38 de la Ley General de Control Interno.

Artículo 30.—Comunicación verbal de los resultados. Salvo en los casos en que exista presunción de responsabilidad administrativa, civil o penal, aspecto que queda a criterio del Auditor, la Auditoría Interna antes de emitir el informe definitivo realizará como mínimo una conferencia final, sesión de trabajo o reunión, previa audiencia solicitada con los funcionarios a quienes se dirigen y serán responsables de la implantación de las recomendaciones -incluido el Jerarca- para comunicarle, de manera verbal los resultados de los procesos de Auditoría, asesoría, advertencia u otros. Lo anterior, con el fin de analizar la viabilidad y pertinencia de las recomendaciones previstas y procurar que la administración las atienda con prontitud como mínimo programando su ejecución.

Para llevar a cabo dicha reunión, la Auditoría en un plazo razonable, cursara invitación a quien corresponda. Para lo cual se deberá considerar la agenda de las partes.

De lo actuado durante dicha reunión se levantará un acta que resuma las observaciones más importantes y se indicarán los compromisos asumidos. Los participantes artículos deberán firmar el acta.

Artículo 31.—Informe y otras comunicaciones de la Auditoría Interna. Producto de los procesos de auditoria, la Auditoría Interna genera por escrito informes con recomendaciones, sujetas al proceso establecido en el capítulo IV de la Ley General de Control Interno.

Artículo 32.—Requisitos y contenidos de los informes y otras comunicaciones. El texto de los informes de auditoria o estudio especial de auditoria constará como principal división, de los cuatro siguientes capítulos: introducción, comentarios, conclusiones y recomendaciones, que se subdividirán en secciones de acuerdo a las necesidades de exposición. Sin embargo los memorandos no necesariamente deben ordenarse de acuerdo con la división mencionada, siempre y cuando la excepción no vaya en demérito de la concisión, exactitud, objetividad, y claridad de la información.

Artículo 33.—Recordatorio al Jerarca o al Titular Subordinado sobre plazos. La Auditoría Interna en sus informes y oficio de remisión, cuando se usa, deberá recordar expresamente los plazos con que cuentan el Jerarca o el titular subordinado para ordenar o resolver lo que corresponda. En la copia del informe o de la nota de remisión de cada informe deberá quedar consignada la fecha de recibido por parte de la unidad o despacho destinatarios.

Artículo 34.—Solicitud de información para mejor resolver. El Jerarca o el titular subordinado podrán solicitar a la Auditoría Interna las aclaraciones u otra información adicional al contenido del informe para resolver lo que proceda, y la Auditoría Interna en la medida de sus posibilidades deberá proporcionarla. Sin embargo, la solicitud de nueva información o la falta de ésta no obstará para que el Jerarca observe el plazo improrrogable en que debe ordenar o resolver lo que juzgue pertinente, so pena de incurrir en incumplimientos.

Artículo 35.—Procesos típicos de Auditoría. Formarán parte de la normativa técnica pertinente, las prácticas y órdenes de la unidad de Auditoría Interna debidamente formalizadas, mediante las políticas, metodologías, procedimientos, guías e instrucciones escritas relativas al cómo deben llevarse a cabo y documentarse adecuadamente los procesos o actividades que generan los productos y servicios que se brindan mediante el proceso de Auditoría, en sus diversos tipos (financiera y operativa -informática, recursos humanos, jurídica, administrativa, integral etc.-), en sus subprocesos de Planificación, Examen, Comunicación de Resultados y Seguimiento, regulando en cada caso la descripción, las herramientas utilizadas, el control de calidad respectivo, los insumos y los procesos que se generan. Las auditorias se generan como producto del plan de trabajo anual y derivan de la planificación estratégica de la Auditoría Interna.

Artículo 36.—Procesos especiales de Auditoría. Formarán parte de la normativa técnica pertinente las prácticas y órdenes de la unidad de Auditoría Interna debidamente formalizadas, mediante las políticas, metodologías, procedimientos, guías e instrucciones escritas relativas al cómo deben llevarse a cabo y documentarse adecuadamente los subprocesos o actividades que generan los productos y servicios que se brindan mediante los procesos de admisibilidad de denuncias y estudios especiales. Políticas, procedimientos e instrucciones sobre:

Admisibilidad de denuncias en cuanto a Ingreso de la denuncia (Recepción, estudio de admisibilidad, formación de expediente, manejo confidencial de la información), admisibilidad de la denuncia (Análisis de admisibilidad -. Ampliación de la información, determinación del curso de acción sobre traslado, archivo, etc.). Atención, traslado o archivo de la denuncia (Aplicación de proceso de estudios especiales en caso de atención- Comunicación y seguimiento al traslado cuando procede a Administración, Ministerio Público u otro- Procedimiento de archivo y comunicación).

Sobre la accesibilidad durante la elaboración de los informes, relaciones de hechos y denuncias, debe tenerse presente lo siguiente:

Los informes de Auditoría por estar dirigidos a la identificación de vicios o debilidades en los sistemas de control interno o a la verificación de prácticas contrarias a los intereses de la Hacienda Pública, son totalmente confidenciales y no pueden ser conocidos por persona alguna hasta que sean emitidos.

Sobre las relaciones de hechos, debe advertirse que durante su fase de elaboración y análisis, el párrafo segundo del artículo 6º de la Ley General de Control Interno extiende la confidencialidad y la restricción de acceso aún a las personas involucradas en las mismas, condición que cesa hasta que sean emitidas y comunicadas, únicamente para los mencionados o sus abogados debidamente acreditados.

Sin embargo, estas restricciones en cuanto a los informes, relaciones de hechos y denuncias, ceden ante la potestad constitucional y legal de las Comisiones Legislativas de Investigación de acceso a las dependencias administrativas, lo cual les permite conocer las informaciones, pruebas, datos y documentos que fundamenten aquellos documentos, salvo claro está que las dos últimas hayan sido trasladadas al Ministerio Público. En todo momento debe mantenerse la confidencialidad del denunciante, confidencialidad que no puede ser oponible a las Comisiones Legislativas de Investigación.

Los estudios especiales comprenden el examen de aspectos específicos de orden contable, financiero, presupuestario, administrativo, económico, jurídico, genéricos del sistema de control interno (auto evaluación) o de cualquiera actividad de la operación o giro principal; también comprenden, la investigación de presuntos hechos irregulares relacionados con la Hacienda Pública, que podrían derivar en eventuales responsabilidades administrativas, civiles o penales. Este proceso se caracteriza por utilizar técnicas que complementan las herramientas de Auditoría de acuerdo con la naturaleza de los estudios y por la celeridad de los procedimientos utilizados. Los estudios especiales se realizan de conformidad con el plan anual (normalmente de asuntos pendientes con origen en solicitudes del Jerarca, de la Contraloría General de la República, u otros Órganos competentes; denuncias de diversa índole; resultados de valoraciones o estudios propios de la Auditoría Interna), o como modificaciones al plan sobre asuntos que ameritan ese tipo de estudios. Los subprocesos principales son: Planificación. (Fundamentalmente el análisis previo del sistema de control interno y otros aspectos relevantes del asunto estudiado, coordinaciones pertinentes, definición objetivo, alcance, programa de estudio). Investigación (Ejecución de los procedimientos y análisis de la evidencia; Reporte sobre los resultados del estudio; Revisión y organización de los papeles de trabajo, elaboración y aprobación del informe; elaboración y aprobación de la Relación de Hechos). Comunicación de resultados (Tramitación de la Relación de Hechos y coordinaciones pertinentes). Seguimiento (programación, acciones, resultados).

Artículo 37.—Servicios preventivos. La asesoría y la advertencia constituyen los principales elementos de la Auditoría preventiva, procesos que conviene reforzar y fomentar en un tono constructivo, de apoyo y soporte al Jerarca, titulares subordinados y demás funcionarios de la administración. La asesoría que brinde la Auditoría Interna al Jerarca será en asuntos estrictamente de su competencia, y debe darla verbalmente o por escrito solo si se le solicita y sin que menoscabe o comprometa su independencia y objetividad en el desarrollo posterior de sus competencias. Si a juicio del auditor el asunto por asesorar amerita un cuidadoso análisis, de previo a pronunciarse puede convenir con el Jerarca en un plazo razonable para estudiar el asunto, sin perjuicio de la potestad del Jerarca para decidir de inmediato o postergar su decisión el tiempo que considere prudente y conveniente.

La asesoría del Auditor Interno al Jerarca colegiado, cuando éste lo convoque a sesiones, será de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior, y deberá constar en actas la opinión que emita. Ni la presencia ni el silencio del auditor interno en las sesiones releva al Jerarca de la responsabilidad de respetar el ordenamiento jurídico y técnico en lo que acuerde. No obstante el silencio, ello no impide que el auditor interno emita su opinión posteriormente de manera oportuna, sea de forma verbal en otra sesión, o por escrito.

La asesoría no es vinculante para el Jerarca en lo referente al trámite de informes previsto en la Ley General de Control Interno. Si luego del análisis del asunto por asesorar el auditor considera que el tema en su lugar deviene en una advertencia o amerita una Auditoría o un estudio especial, se estará a lo que sobre el particular disponen esos procesos.

La advertencia la dirigirá la Auditoría Interna a cualquiera de los órganos pasivos de la fiscalización, incluido el Jerarca. Debe darla por escrito de manera oportuna, cuando sean de su conocimiento conductas y decisiones que contravengan el ordenamiento jurídico y técnico y sin que menoscabe o comprometa su independencia y objetividad en el desarrollo posterior de sus demás competencias. Deberá verificar posteriormente lo actuado por la administración, sea mediante la comprobación particular del hecho advertido, o la inclusión del asunto en una Auditoría o un estudio especial relacionado con la materia, todo lo cual derivará en un informe si concluye que la administración actuó contraviniendo el ordenamiento jurídico y técnico. La advertencia no es vinculante para el Jerarca en lo referente al trámite de informes previsto en la Ley General de Control Interno.

Para los estudios, productos y servicios de advertencia y asesoría deberá definirse como parte de la normativa que regula el quehacer de la Auditoría, las políticas, procedimientos, documentación y sustentación técnica, legal y administrativa, respetando en o posible los principios, normas y prácticas de la Auditoría, procurando la oportunidad y la acción preventiva pertinente, siempre manteniendo la objetividad e independencia necesarias. Conviene reforzar la técnica de sustentación de hallazgo como una buena orientación al respecto (problemas, criterios, causas y efectos reales y potenciales).

Artículo 38.—Programa e informe de seguimiento de recomendaciones. La Auditoría Interna formulara y ejecutará un programa de seguimiento de recomendaciones y obtendrá la evidencia necesaria, suficiente y competente para comprobar si las recomendaciones, ordenadas por la Administración se están aplicando en la práctica, o de lo contrario, determinará las causas de incumplimiento. Para comunicar lo que corresponda.

En el programa citado se incluirá, el seguimiento de las disposiciones contenidas en los informes de la Contraloría General de la República, en los de los auditores externos, las instituciones de control, cuando sean de su conocimiento. Sobre el particular la Auditoría debe realizar un informe al Jerarca, mínimo anualmente.

Artículo 39.—Deber de denunciar. Los hechos irregulares que puedan representar perjuicio para los bienes e intereses de la Municipalidad, o que en alguna forma sean contrarios al ordenamiento jurídico, que lleguen a conocimiento de cualquier funcionario, deben ser informados de inmediato por éste a la Auditoría Interna, sin perjuicio de las demás acciones que pueda o deba ejercer como ciudadano o funcionario público municipal, de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente. Los resultados del estudio según su importancia y naturaleza serán elevados al Concejo Municipal, para que se dispongan las correspondientes medidas administrativas, y si fuera del caso sean trasladadas a las instancias judiciales correspondientes.

Artículo 40.—La admisibilidad y trámite de las denuncias. La admisibilidad y trámite de las denuncias por parte de la Auditoría Interna se resolverá conforme a los criterios y parámetros que dispone el Reglamento a la Ley Nº 8422.

CAPÍTULO IV

Disposiciones finales

Artículo 41.—Actualización y Modificaciones al Reglamento. Corresponde al Auditor, mantener actualizado el presente Reglamento. Para la debida actualización, el Auditor y el Concejo podrán proponer las modificaciones que estimen necesarias. Esas modificaciones deben ser aprobadas por el Concejo y la Contraloría, según sus competencias. El trámite de elaboración y aprobación de esas modificaciones, se ajustará en forma estricta a lo dispuesto por la Contraloría, en las directrices emitidas, relativas al Reglamento de organización y funcionamiento de las auditorias internas.

Artículo 42.—Divulgación. El Auditor y la administración, deben divulgar el Reglamento y sus modificaciones, cumplirlo en lo que les corresponda y velar porque se cumpla en la Municipalidad. El cumplimiento de este Reglamento es obligatorio también para el personal de la Auditoría y para el resto de la administración activa, en lo que les concierna.

Artículo 43.—Derogatoria y vigencia. El presente Reglamento rige a partir de su publicación en el diario La Gaceta, y deroga cualquier otra disposición legal que se le oponga.

Santa Bárbara de Heredia, 10 de octubre del 2007.—Beana C. Cubero Castro, Secretaria del Concejo.—1 vez.—(95029).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en el artículo 12 del acta de la sesión Nº 5350-2007, celebrada el 17 de octubre del 2007,

considerando que:

a)  la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa, mediante oficio CJ-157-09-07 del 18 de setiembre del 2007, solicitó al Banco Central de Costa Rica el criterio sobre el proyecto de ley “Autorización del Banco Central para donar a Rafael Ángel Pérez Córdoba la medalla de oro que obtuvo en la carrera de San Silvestre en 1974 y que obra en poder de la institución bancaria”, expediente 16.216,

b)  de conformidad con el artículo 190 de la Constitución Política, la consulta legislativa a los entes descentralizados sobre proyectos de ley requiere un criterio en el ámbito de acción de la institución consultada, limitándose por ello a aspectos de oportunidad y conveniencia propios de su competencia técnica, funcional y administrativa y no sobre los de legalidad o constitucionalidad, dado que éstos son revisados por la propia Asamblea Legislativa y sus órganos técnico - jurídicos,

c)  mediante el oficio AJ-863-2007 del 12 de octubre del 2007, la División de Asesoría Jurídica, informa que:

i.   considerando la posición de la División Económica, supone que han descartado que la donación en comentario represente un peligro para los fines y objetivos que en ese campo tiene el Banco Central de Costa Rica,

ii.  el Departamento de Tesorería hizo la observación de que, para esa Dependencia, la permanencia o no del bien en cuestión no tiene un impacto importante en los asuntos que ahí se administran,

dispuso:

comunicar a la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa que esta Junta Directiva considera apropiado que la medalla de oro obtenida por el señor Rafael Ángel Pérez Córdoba en la carrera de San Silvestre en 1974, sea preservada por el Estado costarricense y que, por tanto, está en la mejor disposición de llevar a cabo la respectiva donación al Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER).

No obstante, considera necesario aclarar que existe un error en la exposición de motivos de este proyecto, dado que el Banco Central de Costa Rica, tomando en cuenta el enorme valor que la sociedad costarricense reconoce en el señor Pérez Córdoba como deportista, nunca ha planeado fundir la citada medalla ni forma parte de algún proyecto de venta de metales preciosos.

Lic. Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1 vez.—(O. C. Nº 8725).—C-16345.—(96562).

El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero en el artículo 7º del acta de la sesión 681-2007, celebrada el 22 de octubre del 2007,

acordó:

en acatamiento de lo estipulado en el artículo 361, numeral 3 de la Ley General de la Administración Pública, remitir en consulta pública el proyecto de Acuerdo SUGEF 11-06 “Normativa para la inscripción ante la SUGEF de personas físicas o jurídicas que realizan alguna de las actividades descritas en el artículo 15 de la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, legitimación de capitales y actividades conexas, Ley 8240” que se copia más adelante, en el entendido de que, en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, deberá enviar al Despacho del Superintendente General de Entidades Financieras, sus comentarios y observaciones sobre el particular:

“PROYECTO DE ACUERDO

El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero,

considerando que:

1)  El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF), mediante artículo 10 del acta de la sesión 597-2006, celebrada el 17 de agosto del 2006, aprobó el Acuerdo SUGEF 11-06 “Normativa para la inscripción ante la SUGEF de personas físicas o jurídicas que realizan alguna de las actividades descritas en el artículo 15 de la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, legitimación de capitales y actividades conexas, Ley 8204”.

2)  En estricto apego a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 8204, las personas físicas y jurídicas que realizan al menos una de las actividades descritas en dicho artículo y que no se encuentran debidamente inscritas en los registros que al efecto mantiene la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF), no podrán continuar realizando dichas actividades. De manera consecuente, se hace necesario que el plazo de la SUGEF para presentar su dictamen ante el CONASSIF, sea reducido a 20 días hábiles.

3)  Ante el incremento en el número de solicitudes de inscripción, se considera necesario establecer de manera transitoria que las personas físicas y jurídicas que presenten una solicitud de inscripción antes del 30 de septiembre del 2008 y que se encuentre pendiente de resolución por parte del CONASSIF, podrán continuar realizando estas actividades mientras se tramita y se resuelva su solicitud.

4)  La definición de operaciones sistemáticas o substanciales incluida en el artículo 12, del Decreto Nº 31684-MP-MSP-H-COMEX-S, “Reglamento General a la Ley 8204”, debe complementarse con parámetros razonables de acuerdo con las características de las operaciones a que se refiere el artículo 15 de la Ley 8204, tales como la frecuencia de transacciones y un importe que se considere relevante.

5)  El estudio de las solicitudes de inscripción de las personas que realicen alguna de las actividades tipificadas en el artículo 15 de la Ley 8204, conlleva, en el caso del Manual de Cumplimiento, que pueda requerirse más de una verificación hasta que el documento presentado por el solicitante cumpla con lo establecido en el artículo 3º del Acuerdo SUGEF 12-04 “Normativa para el cumplimiento de la Ley 8204”. Por esto, no resulta aplicable la notificación al solicitante por una única vez, de correcciones o aclaraciones a dicho Manual.

6)  Es conveniente prever la posibilidad de otorgar una prórroga al plazo establecido en el artículo 3º del Acuerdo SUGEF 11-06, siempre que se encuentre debidamente justificada, así como aclarar el proceder de la SUGEF en caso de que la persona no presente nuevamente una solicitud de inscripción en caso de serle requerido.

7)  El artículo 361, numeral 2, de la Ley General de la Administración Pública dispone que debe concederse a las entidades representativas de intereses de carácter general o al público en general afectado por la disposición, la oportunidad de exponer su parecer.

dispuso:

Acuerdo SUGEF 11-06

Normativa para la inscripción ante la SUGEF de personas físicas

o jurídicas que realizan alguna de las actividades descritas en el

artículo 15 de la Ley sobre estupefacientes, sustancias

psicotrópicas, drogas de uso no autorizado,

legitimación de capitales y actividades

conexas, Ley 8204

Modificar el Acuerdo SUGEF 11-06 “Normativa para la inscripción ante la SUGEF de personas físicas o jurídicas que realizan alguna de las actividades descritas en el artículo 15 de la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, legitimación de capitales y actividades conexas, Ley 8204”, conforme se indica a continuación:

1)  Modificar el párrafo final del artículo 1 del Acuerdo SUGEF 11-06, y adicionar un párrafo final a dicho artículo, conforme al texto siguiente:

“Artículo 1.- Objeto

[…]

Lo anterior de conformidad con las definiciones de operaciones sistemáticas y operaciones sustanciales establecidas en el artículo 12 del Reglamento General a la Ley 8204. Para estos efectos se considera sistemática la realización, durante un año calendario, de más de dos transacciones de las descritas en los incisos a), b) y c) de este artículo, así como la formalización de más de dos fideicomisos o de cualquier tipo de administración de recursos según lo indicado en el inciso d) de este Artículo; y se considera sustancial cuando la suma de las transacciones realizadas en ese mismo periodo sea mayor a $100.000.

Las personas físicas y jurídicas sujetas a las disposiciones establecidas en este Reglamento, no podrán realizar las actividades descritas en el artículo 15 de la Ley 8204, en tanto no estén debidamente inscritas en los registros que al efecto mantiene la Superintendencia General de Entidades Financieras. Lo anterior, sin detrimento de otras disposiciones legales o reglamentarias que también deban cumplir a efecto de realizar sus actividades en general.”

2)  Modificar el artículo 3º, del acuerdo SUGEF 11-06, conforme al texto siguiente:

“Artículo 3º—Revisión de la solicitud de inscripción.

Previo al análisis de la solicitud presentada, la SUGEF verificará que ésta cumpla con todos los requisitos establecidos en el artículo 2 de la presente Normativa. En caso de que la solicitud de inscripción no adjunte la totalidad de requisitos, la SUGEF prevendrá al solicitante por una única vez, para que los complete en el plazo de ocho días hábiles. La Superintendencia podrá otorgar una prórroga del plazo anterior, a solicitud del interesado. Dicha solicitud deberá hacerse antes del vencimiento del plazo, con indicación clara de los motivos que la justifican y la presentación de pruebas si fuere del caso.

Si concluido este plazo, el solicitante no ha presentado la totalidad de la información requerida, la Superintendencia deberá rendir el dictamen negativo de la solicitud y remitirlo al Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero, junto con la información que conste en el expediente, para que éste desestime la solicitud. Una vez notificada la desestimación al solicitante este deberá suspender de inmediato la realización de las actividades descritas en el artículo 15 de la Ley 8204 y deberá iniciar nuevamente el trámite correspondiente.”

3)  Modificar el artículo 4º del Acuerdo SUGEF 11-06, conforme al texto siguiente:

“Artículo 4º—Análisis de la solicitud.

Como parte del proceso de análisis de la información y documentación aportada, la SUGEF podrá requerirle al solicitante que presente información adicional, o que corrija o aclare la información o documentación presentada, para lo cual le otorgará, un plazo que no podrá exceder de quince días hábiles. La Superintendencia podrá otorgar una prórroga del plazo anterior, a solicitud del interesado. Dicha solicitud deberá hacerse antes del vencimiento del plazo, con indicación clara de los motivos que la justifican y la presentación de pruebas si fuere del caso.

El plazo que se otorgue al solicitante para cumplir con lo prevenido suspenderá el cómputo del plazo para emitir la resolución. Si concluido este plazo, el solicitante no ha presentado la totalidad de la información requerida, la Superintendencia deberá rendir el dictamen negativo de la solicitud y remitirlo al Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero para que éste desestime la solicitud. Una vez notificada la desestimación al solicitante éste deberá suspender de inmediato la realización de las actividades descritas en el artículo 15 de la Ley 8204 y deberá iniciar nuevamente el trámite correspondiente.”

4)  Modificar el artículo 6 del Acuerdo SUGEF 11-06, conforme al texto siguiente:

“Artículo 6º—Plazo de resolución.

Una vez que se cuente con toda la información indicada en el artículo 2 de esta Normativa, la Superintendencia tendrá un plazo de veinte días hábiles contados a partir de la fecha de notificación al solicitante de que toda la información esta completa, para presentar ante el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero el dictamen a que se refiere el artículo 15 de la Ley 8204.”

5)  Modificar el artículo 7º del Acuerdo SUGEF 11-06, conforme al texto siguiente:

“Artículo 7º—Requerimiento de inscripción.

Cuando una persona física o el representante de una persona jurídica sea requerido por la Superintendencia General de Entidades Financieras para inscribirse y no presente la solicitud en el plazo de un mes, la Superintendencia podrá ejercer las facultades conferidas en el párrafo final del artículo 15 de la Ley 8204.

Cuando a juicio de la Superintendencia existan indicios fundados de que la persona física o jurídica debe estar inscrita y no tramite su inscripción, la SUGEF deberá comunicar este hecho al Ministerio Público para los efectos correspondientes.”

6)  Adicionar un inciso f) al artículo 11 del Acuerdo SUGEF 11-06, conforme al texto siguiente:

“Artículo 11.—Causales para la denegatoria de la solicitud o revocación de la inscripción.

Serán causales de denegatoria de la solicitud o de la revocación de la inscripción las siguientes:

[…]

f)   Cuando, la persona física o jurídica demuestre a la Superintendencia General de Entidades Financieras, mediante documentación idónea, que ya no realiza ninguna de las actividades señaladas en el artículo 15 de la Ley 8204.”

7)  Adicionar el Transitorio 4 al Acuerdo SUGEF 11-06, conforme al texto siguiente:

“Transitorio 4

En el caso de las solicitudes de inscripción que se presenten ante la SUGEF antes del 30 de setiembre del 2008 y que se encuentren pendientes de resolución por parte del CONASSIF, no les será aplicable el plazo de 20 días hábiles a que se refiere el Artículo 6 de este Reglamento, y los respectivos solicitantes podrán continuar realizando las actividades establecidas en el artículo 15 de la Ley 8204 durante el plazo que se realiza la valoración de la solicitud y hasta que el CONASSIF emite la resolución correspondiente.”

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.”

Lic. Jorge Monge Bonilla, Secretario del Consejo.—1 vez.—(Solicitud Nº 2007-008725).—C-67760.—(96966).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

OFICINA PERIFÉRICA SAN SEBASTIÁN

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo fijo normal en colones a nombre de Jiménez Acuña Manuel Alfonso, cédula 1-808-498 o Navarrete Bonilla Saray, cédula 5-238-485.

          Certificado                                              Monto                                                  Fecha                                        Cupón                                    Monto           Fecha

                                                                         ¢                                                 vencimiento                                                                                   ¢     vencimiento

16109860210020887                                  7.882.165,00                                           28-01-08                                                                                          

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

San José, 26 de octubre del 2007.—Lic. Robert Echeverría Morales, Supervisor.—(96203).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

Para ver imágenes solo en La Gaceta impresa ó en formato PDF

San José, 22 de octubre del 2007.—Departamento de Comunicaciones.—Lic. Ileana Castro F., Encargada de Prensa.—1 vez.—(O. C. Nº 18453).—C-150600.—(96130).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

FACULTAD DE DERECHO

EDICTO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-R-1998-2007.—Aguilar Rojas Maurilio, R-198-2007, costarricense, cédula 1 0605 0945, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Administración de Negocios en Finanzas, Universidad Interamericana de Puerto Rico, Puerto Rico, con sede en Costa Rica. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95369).

ORI-R-2056-2007.—Alfaro Escalante Mónica, R-219-2007, costarricense, cédula 1 0733 0638, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría de Artes en Liderazgo Educativo, Framingham State College, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95370).

ORI-R-2060-2007.—Alpízar Herrera Ramiro, R-217-2007, costarricense, cédula 1 0733 0150, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría Tecnológica, Colegio de Postgraduados, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95371).

ORI-R-2062-2007.—Alvarado Hernández Linet del Carmen, R-216-2007, costarricense, cédula 2 0580 0719, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95372).

ORI-R-2081-2007.—Antunez Pacheco Augusto César, R-211-2007, hondureño, pasaporte B200808, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Administracion Industrial y de Negocios, de la Universidad Tecnológica Centroamericana, Honduras. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95373).

ORI-R-2013-2007.—Arroyo Mora Daisy Cristina, R-191-2007, costarricense, cédula 1-634-190, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Filosofia en Ciencias Pesqueras en Ciencia y Tecnología Marinas, de la Universidad de Nagasaki, Japón. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 2 de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95374).

ORI-R-2040-2007.—Badilla Zamora Isabel, R-195-2007, costarricense, cédula 1-861-950, ha solicitado reconocimiento del diploma de Master en Educación, del Colegio Universitario Estatal de Framingham, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 2 de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95375).

ORI-R-2077-2007.—Cabezas Green Susana, R-6827-B, costarricense, cédula 1-482-136, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Artes, de Framingham State College, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95376).

ORI-R-2009-2007.—Deulofeu Millor Margarita, R-191-2007, cubana, residencia permanente 119200064302, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Educación en la Especialidad de Matemática, Instituto Superior Pedagógico “Enrico José Varona”, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95377).

ORI-R-2038-2007.—Fonseca Castro Jenniffer Liseth, R-194-2007, costarricense, cédula 3 0349 0742, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ciencias de la Educación, Universidad de Purdue, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95378).

ORI-R-2007-2007.—García López Priscila, R-192-2007, costarricense, cédula 2-0557-0829, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, de la Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información Estudiantil.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95379).

ORI-R-2005-2007.—Granados Rodríguez Cristian, R-193-2007, costarricense, cédula 1 1132 0353, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95380).

ORI-R-2019-2007.—Monge Valverde María Daniela, R-210-2007, costarricense, cédula 1-1185-903, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, de la Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 2 de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95381).

ORI-R-2034-2007.—Montero Briceño Luis Carlos, R-204-2007, costarricense, cédula 1-960-905, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, de la Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95382).

ORI-R-2023-2007.—Murillo Rojas Carla Patrica, R-208-2007, costarricense, cédula 1-1097-094, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, de la Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 2 de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95383).

ORI-R-2073-2007.—Oliva de Urrutia Karen Lizette, R-212-2007, salvadoreña, residente temporal 122200138514 ha solicitado reconocimiento del diploma de Arquitecta, de la Universidad Albert Einsten, El Salvador. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95384).

ORI-R-2079-2007.—Orduz Martínez Nelson Humberto, R-214-2007, colombiano, pasaporte: CC 19277851, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Civil, de la Universidad La Gran Colombia, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95385).

ORI-R-2075-2007.—Sarmiento Castañeda Lourdes del Socorro, R-213-2007, colombiana, pasaporte CC32830215, ha solicitado reconocimiento del diploma de Contador Público, de la Universidad Autónoma del Caribe, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95386).

ORI-R-2032-2007.—Solera Salazar Silvia Elena, R-205-2007, costarricense, cédula 1-1081-267, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, de la Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso .—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95387).

ORI-R-2021-2007.—Torres Cubero Jamer Guillermo, R-209-2007, costarricense, cédula 2-0582-883, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, de la Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95388).

ORI-R-2029-2007.—Valverde Gutiérrez Andrés Eduardo, R-206-2007, costarricense, cédula 1-1150-213, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, de la Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 2 de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95389).

ORI-R-2000-2007.—Venegas Rojas Heidy Patricia, R-197-2007, costarricense, cédula 1 0661 0411, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Filosofia (Estructura de Guiones, Libretos, Argumentos), University of Bergen, Noruega. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95390).

ORI-R-2042-2007.—Weingort Galeano Laura, R-196-2007, colombiana, pasaporte CC22516032, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Derecho, de la Universidad de Miami, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95391).

ORI-R-2058-2007.—Aguilar Solano Sergio, R-218-2007, costarricense, cédula 3 0222 0120, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Administración de Negocios con énfasis en Finanzas, Universidad Interamericana de Puerto Rico, Puerto Rico, con sede en Costa Rica. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95392).

ORI-R-2027-2007.—Zaldivar Espinal Karla María, R-201-2007, salvadoreña, pasaporte: B485492, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Ciencias Jurídicas, de la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas”, El Salvador. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95393).

ORI-R-2017-2007.—Zaldivar Espinal Karla María, R-201-2007B, salvadoreña, pasaporte B485492, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ciencias de la Computación en el grado de Licenciatura, la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95394).

ORI-R-2025-2007.—Gallego Sosa Rosa Esperanza, R-207-2007, colombiana, residente permanente 117000636428, ha solicitado reconocimiento del diploma de Arquitecta, Universidad Nacional de Colombia, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95395).

ORI-R-1996-2007.—Carrizo Ricardo Claudio, R-199-2007, argentino, residente permanente 103200040036, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Kinesiología y Fisioterapia, Universidad Nacional de Córdoba, Argentina. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95396).

ORI-R-2015-2007.—Revuelta Celestino José Antonio, R-202-2007, española, pasaporte AA201926, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Filosofía y Letras (Sección de Arte), Universidad Complutense de Madrid, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95398).

ORI-R-2066-2007.—Salgado Silva Maritza Tatiana, R-215-2007, costarricense, cédula 8 0086 0319, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría, Universidad de Carlos, Republica Checa. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95399).

ORI-R-2011-2007.—Valverde González German Eduardo, R-190-2007, costarricense, cédula 2 0488 0206, ha solicitado reconocimiento del diploma de Magister en Ciencias de la Ingeniería, Pontificia Universidad Católica de Chile, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 1º de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Antonio Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-14540.—(95400).

ÁREA DE INVESTIGACIÓN

FACULTAD DE DERECHO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Yesenia de los Ángeles Barrantes Madrigal, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de octubre del 2007.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 53158.—(95858).

Sofía Cordero Molina, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de octubre del 2007.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 53159.—(95859).

Diana Lorena Chinchilla Núñez, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 19 de octubre del 2007.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 52961.—(95860).

Susan Elena Naranjo López, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 19 de octubre del 2007.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 52962.—(95861).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Melissa Montiel Cubillo ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de octubre del 2007.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 53238.—(96257).

Oswaldo Patrick Jervis Quirós ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de octubre del 2007.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 53350.—(96258).

Ana Fletes Brenes ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de octubre del 2007.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 53470.—(96259).

Irene Atmetlla Kopper ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de octubre del 2007.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 53471.—(96260).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Melissa Acevedo Fajardo, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los dieciocho días del mes de octubre del dos mil siete.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(96968).

Jorlenny Alfaro Durán, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los dieciocho días del mes de octubre del dos mil siete.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(96970).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se comunica al señor Wilfrido Esquivel Fallas, cédula 1-0501-0446, con domicilio desconocido, se hace saber que en este despacho se tramita recomendación de salida del país a la Dirección Nacional de Migración y Extranjería, que promueve la señora Marta Isabel Agüero Valverde, cédula de identidad 1-0513-0645, en beneficio de las personas menores de edad: Anthony Diego y Yariela María ambos de apellidos Esquivel Agüero. Se comunica por el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto para que dicho señor dé su asentimiento a las presentes diligencias o en su lugar se oponga a las mismas, si en el tiempo previsto no se hiciera indicación sobre las presentes diligencias se tendrá por notificado. Recursos: contra la presente resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación; el primero deberá interponerse ante esta representación, sita en Pérez Zeledón, setenta y cinco metros al oeste de la Casa de la Juventud y el segundo para ante la Presidencia Ejecutiva de la entidad ubicada en San José, Barrio Luján, Centro de Cultura de los Derechos de la Niñez y Adolescencia del Patronato Nacional de la Infancia. Dichos recursos podrán interponerse en forma separada o conjunta en el término de tres días contados a partir del día posterior a la notificación de la presente resolución. Es potestativo usar ambos recursos ordinarios o uno de ellos pero será inadmisible el que se interponga vencido el plazo señalado.—Oficina Local de Pérez Zeledón.—Lic. Esperanza Reyes Sequeira, Representante Legal.—Nº 53007.—(95857).

Al señor Johnny Pizarro Gómez se le comunica la solicitud de permiso de salida del país que promueve la señora María Teresa Castro Gutiérrez para que se autorice la salida del país de su menor hija Dariana Nailyn Pizarro Castro para que viaje con destino a Nicaragua con su madre la señora María Teresa Castro Gutiérrez o con su tía abuela María del Carmen Castro Gutiérrez del primero de marzo del dos mil ocho al primero de junio del dos mil ocho. Se previene a las partes señalar lugar para futuras notificaciones en el perímetro de la Oficina Local de Heredia, de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de ser dictadas. Plazo para oposiciones: cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto. Recurso de apelación el cual deberá interponerse ante la Oficina Local de Heredia, la cual elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José, de Casa Matute Gómez 350 metros al sur, en forma verbal o escrita dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación, debiendo señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de la Presidencia Ejecutiva. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada.—.—Oficina Local de Heredia, octubre del 2007.—Lic. Ilse Trejos Salas, Representante Legal.—Nº 53308.—(96256).

Al señor Eylier Cayetano González Martínez se le comunica que tanto la Dirección General de Migración y Extranjería y la señora Damaris Alvarado Mayorga, ha solicitado la intervención del Patronato Nacional de la Infancia a fin de que la institución dé la recomendación para la salida del país de la persona menor de edad Elizanyela Damaris González Alvarado. Conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Salida del País de personas menores de edad, artículo tercero, se otorga el plazo de ocho días a partir de la última publicación a fin de que quien tenga derecho o interés pueda manifestar su oposición o asentimiento.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Ileana Ballard Romero, Representante Legal.—(95933).

2 v. 2.

A la señora Yoselka Raquel Morán García, se le comunica que la señora María Ligia García, ha solicitado autorización de salida del país de su nieta Fabiola Valeska Morán García, con el objeto de viajar a León, Nicaragua, por lo que se le concede el plazo de ocho días a partir de la última publicación para que se pronuncie al respecto. Asimismo, quien tenga derecho o interés pueda manifestar su oposición o asentimiento y señalar lugar o medio para oír notificaciones en el expediente administrativo. Una vez vencido el mismo, se procederá a resolver la presente solicitud. Publíquese dos veces en el Diario Oficial La Gaceta, a costa de la parte interesada. Exp. Nº 115-00122-07.—Oficina Local de Alajuelita, veinticinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—(96345).

2 v. 2.

Al señor Jaime Lorente Lanuza, nicaragüense, pasaporte número cero cinco dos seis nueve nueve, domicilio y demás calidades desconocidas por esta oficina local y a quien interese, se les comunica que esta Oficina Local de Heredia Norte ha recibido solicitud de la señora María Auxiliadora Calderón Hernández, madre en ejercicio de la patria potestad a fin de que el Patronato Nacional de la Infancia recomiende a la Dirección General de Migración y Extranjería, autorizar la salida del país de su hijo Elías Lorente Calderón con su sola autorización, para que el mismo viaje solo con rumbo a España donde su hermana saliendo el quince de diciembre de dos mil siete y regresando el dieciséis de enero de dos mil ocho para visitar sus familiares, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Personas Menores de Edad, artículo tercero, se otorga plazo de ocho días a partir de la última publicación a fin de que quien tenga derecho o interés pueda manifestar su oposición o asentimiento y señale para notificaciones en el expediente administrativo. Publíquese dos veces en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un diario de circulación nacional a costa de la parte.—Oficina Local de Heredia Norte, 31 de octubre del 2007.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—(97620).

2 v. 2.

Se les comunica a terceros interesados y al señor Mario Antonio Hincapié Álvarez, la resolución de las 9 horas del 16 de octubre del 2007, dictada por este Despacho, en virtud de la cual se resuelve: Recomendar a la Dirección General de Migración y Extranjería, se autorice la salida del país de las niñas Cindy Johana Hincapié Muriel y Rosa María Toro Muriel, para que viajen el 18 de diciembre del 2007, con destino a Colombia, con la sola autorización de su progenitora, Luz Emilce Muriel Muñoz. Recursos: contra la presente resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación, el primero deberá interponerse ante esta representación legal y el de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en las antiguas instalaciones de la Dos Pinos. Dichos recursos podrán interponerse en forma separada o conjunta en el término de ocho días contados a partir del día posterior a la notificación de la presente resolución. Es potestativo usar ambos recursos o uno de ellos, pero será inadmisible el que se interponga vencido el plazo señalado. Publíquese dos veces consecutivas en La Gaceta y una vez en un diario de circulación nacional.—Oficina Local de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan, Representante Legal.—(97638).

2 v. 2.

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

RES-D.E.-024-358-2007.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—Liquidación de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Entidades Evangélicas Responsabilidad Limitada (COOPEVAN R. L.).—A las diez horas del 27 de setiembre de 2007.

Resultando:

1º—Que la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Entidades Evangélicas Responsabilidad Limitada (COOPEVAN R. L.) se encuentra inscrita en el Registro Público de Asociaciones Cooperativas, el cual forma parte del Registro de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante resolución Nº 358 del 11 de diciembre de 1974.

2º—Que mediante sentencia Nº 5586 emitida por el Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, publicada en La Gaceta Nº 161 del 19 de agosto de 1999, se declaró disuelta a la organización social antes citada.

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo 4179 del veintidós de agosto de mil novecientos sesenta y ocho, acordada u ordenada la disolución de una cooperativa, ésta entrará en liquidación conservando su personalidad jurídica para esos efectos. Dicha liquidación estuvo a cargo de una Comisión Liquidadora integrada por tres miembros nombrados de acuerdo con lo establecido en este mismo artículo, quienes presentaron el informe final de liquidación en nota del 19 de agosto de 2007.

II.—Con fundamento en los artículos 88, 89, 90, 91, 92 y 93 de la Ley citada en el punto anterior, el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, considera que se han cumplido los requisitos para la liquidación de dicha Cooperativa. Por tanto,

Con base en las razones dichas y la Ley citada, el Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, declara liquidada a la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Entidades Evangélicas Responsabilidad Limitada (COOPEVAN R. L.) de conformidad con el informe final presentado por la Comisión Liquidadora, a fin de que el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, proceda a su cancelación definitiva.

Lic. Carmen Lía Guevara Torres, Proveedora.—(O. C. Nº 29136).—C-61730.—(95057).

AVISOS

INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA

Somete a consulta pública los siguientes proyectos de norma:

PN-INTE 15-02-08-08, “Método para evaluar el tratamiento de flameado y fijación de tinta en la superficie de envases de polietileno y polipropileno”.

PN-INTE 15-02-07-08, “Método para determinar la capacidad de las botellas plásticas al punto de llenado y al derrame”.

PN INTE 15-02-10-08, “Método para realizar pruebas de filtración a los envases plásticos”.

PN INTE 16-11-04-08, “Tubos de concreto sin refuerzo para alcantarillado”.

PN INTE 16-11-12-08, “Definiciones estándar de términos relacionados con tubería de concreto y productos afines”.

Se recibirán observaciones a los anteriores proyectos de norma hasta el 07 de enero de 2008.

Para mayor información, comuníquese con la Dirección de Normalización al teléfono 283-4522 o a los correos grodriguez@inteco.or.cr o csoto@inteco.or.cr.

Carlos E. Rodríguez L., Director Ejecutivo.—1 vez.—(96583).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

AVISO

La Municipalidad del cantón Central de Alajuela, comunica que con fundamento en el artículo Nº 4, capítulo IV de la sesión ordinaria Nº 39-07 del martes 25 de setiembre del 2007, que el Concejo Municipal aprobó trasladar las sesiones del 25 de diciembre del 2007 al 26 de diciembre, y la del 1º de enero al 4 de enero del 2008, lo anterior en razón de que las fechas del 25 de diciembre y 1º enero son feriados. Publíquese.

Dra. Joyce Zürcher Blen, Alcaldesa Municipal.—1 vez.—(96894).

MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO

El Concejo conoce y se acuerda con base en lo estipulado por la Ley de Planificación Urbana, se convoca a los vecinos del distrito de Tures y otros interesados, a la audiencia pública para la desafectación de zona de protección a zona de crecimiento urbano, en el terreno donde se ubica actualmente el proyecto de vivienda La Zamora, la cual se llevará a cabo el martes 27 de noviembre del 2007, a las 19:00 horas, en el salón pastoral de Tures. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

Sesión Nº 66-2007 de fecha 29 de octubre del 2007, artículo V, inciso b).

Santo Domingo, 30 de octubre del 2007.—Gabriela Vargas Aguilar, Secretaria Municipal.—1 vez.—(98555).

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

ÁREA DE SERVICIOS PÚBLICOS

Se les comunica a los propietarios de las siguientes fincas que se encuentran ubicadas en el cantón de Belén, que cuentan con 5 días hábiles para limpiar sus propiedades según los artículos 75 y 76 del Código Municipal, de no ser así se procederá de oficio a contratar la limpieza de los mismos y generar el cobro por dicho trabajo: Lotkay S. A. Finca: 68540 (¢19.345,19); Alexandra Salazar. Finca: 75569 (¢13.249,31); Masiel Tachyra Fariñas Santamaría. Finca: 91170 (¢11.591,60); Corporación Lurit Int S. A. Finca: 148030 (¢18.379,62); Miguel Arias Mora. Finca 77278 (¢9.526,28) - 77280 (¢8.665,08) - 77282 (¢9.311,23); Ruth María Peraza Mattey. Finca 68610 (¢20.471,22); Activos de Escazú del Sur S. A. Finca: 25121 (¢114.502,41); Inversiones Avenida de las Américas S. A. Finca: 190207 (¢567.175,29); Inversiones Lazo Treinta y Cuatro S. A. Finca: 45645 (¢432.228,18); Kedell Hidalgo Ulate. Finca: 162556 (¢13.251,59);  Inmobiliaria Vigo S. A. Finca: 77823 (¢9.450,98); F & F Callizo And Son S. A. Finca: 170166 (¢68.784,94); Activos de Escazú. Finca: 25121 (¢114.502,41); Carga Cuatro S. A. Finca: 75591 (¢15.874,36); Julio César Badilla. Finca: 77819 (¢9.476,25); Pan de Azúcar. Finca: 9523 (¢16.216,26) Finca: 92521 (¢14.719,01); La Rivera de Belén. Finca: 178512 (¢5.222,80), e Inmobiliaria Orgui Dos Mil. Finca: 148066 (¢51.097,20).

Belén, 26 de octubre del 2007.—Lic. Luis Carlos Chaves, Director a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 24262).—C-11495.—(97119).

CONCEJO MUNICIPAL DE CÓBANO

DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE

El Concejo Municipal de Cóbano, en sesión ordinaria número 35-07, artículo VI, inciso a, del día veintidós de octubre del dos mil siete, acordó: “Convocar a audiencia pública para conocer la propuesta de Plan Regulador de Playa Piedra Colorado, denominado “Plan Regulador Costero Playa Piedra Colorada”, esta se realizará el día seis de diciembre a las diez horas en el salón comunal de Tambor de Cóbano, Puntarenas.

Cóbano, Puntarenas, 1º de noviembre del 2007.—Alcides Fernández Elizondo, Coordinador a. í.—1 vez.—(98716).

AVISOS

CONVOCATORIAS

EDUCACIÓN BILINGÜE DE CARTAGO S. A.

Se convoca a los accionistas de Educación Bilingüe de Cartago S.A., a asamblea general ordinaria de accionistas, por celebrarse el martes 27 de noviembre del 2007, en su domicilio social, sito 300 metros oeste de la entrada principal del Instituto Tecnológico de Costa Rica, en Cartago, a las 17:30 horas en primera convocatoria y de no haber quórum, una hora después en segunda convocatoria. El orden del día será el siguiente: 1-Verificación del  quórum. 2. Discusión y  aprobación de la agenda. 3. Discusión y aprobación del borrador de acta de asamblea 38-2007. 4. Presentación de informes de fin de período: a) Informe de presidencia. b) Informe de tesorería. c) Informe de fiscalía. 5. Propuesta para distribución de dividendos. 6. Propuesta para modificación del estatuto orgánico. 7. Asuntos varios.—Lic. Ricardo Vargas Peralta, Presidente Junta Directiva.— 1 vez.—N° 63605.—(98436).

CONDOMINIO HORIZONTAL VILLAS DE VENECIA

Convoca a asamblea general ordinaria de condóminos a celebrarse el viernes 30 de noviembre del 2007, en las instalaciones del Rancho del Condominio Villas de Venecia. Primera convocatoria: 6 p. m. Segunda convocatoria: 7 p. m. Asamblea general extraordinaria. Orden del día: Artículo 1: Informe de la junta directiva. Artículo 2: Informe del administrador. Artículo 3: Informe del fiscal. Artículo 4: Aprobación del presupuesto 2007-2008. Artículo 5: Asuntos varios y mociones. Artículo 6: Clausura de la asamblea.—Carlos A. Briceño Obando, Secretario, Junta Directiva.—1 vez.—N° 63698.—(98437).

ELÁSTICA SURQUI S. A.

Se convoca a los socios de la empresa Elástica Surqui S. A., a la reunión ordinaria para conocer los asuntos a que se refiere el artículo 155 del Código de Comercio:

a)  Discutir y aprobar o improbar el informe sobre los resultados del ejercicio anual correspondiente al periodo octubre 2006 a setiembre 2007.

b)  Nombramiento de la junta directiva.

c)  Otros.

d)  Los demás asuntos de carácter ordinario que indica la escritura social.

La reunión se llevará a cabo, en las oficinas de la empresa en San Antonio de Desamparados, el día 5 de diciembre 2007 a las 10:00 a. m., si a la hora antes indicada no se diera el quórum de ley, se convocará a una segunda reunión que se celebrará una hora después de la convocatoria en el mismo lugar.

San José, 31 de octubre del 2007.—Rodrigo Surroca Jiménez, Vicepresidente.—1 vez.—(98660).

LAS HADAS S. A.

Se convoca a asamblea general extraordinaria de Las Hadas S. A., cédula jurídica 3-101-038182, a celebrarse a las 17:00 horas del 5 de diciembre del 2007, en primera convocatoria, así como a las 18:00 horas del mismo día, en segunda convocatoria, en San José, Barrio Los Yoses, frente a la Embajada de Uruguay, oficinas de Grupo Jurídico Especializado. La agenda a tratar será la siguiente:

-    Reposición de los libros contables: Inventarios y Balances, Diario y Mayor.

-    Asuntos varios que sugieran los socios.

De no haber quórum de ley en primera convocatoria, la asamblea se realizará en segunda convocatoria, con los votos presentes.—Fernando Campos González, Presidente.—1 vez.—(98677).

HOTEL Y CLUB PUNTA LEONA S. A.

Se convoca a los accionistas del Hotel y Club Punta Leona S. A., a la asamblea general ordinaria, que se celebrará en la Sala Columbus, en las instalaciones del Complejo Punta Leona en Quebrada Ganado, Garabito, Puntarenas; a las 18:00 horas del sábado 1 de diciembre del 2007, para conocer el siguiente orden del día:

1.  Informe del Fiscal.

2.  Informe del Presidente de la Junta Directiva.

3.  Aprobación del informe sobre los resultados económicos del periodo 2006-2007.

Si no hubiere quórum, se celebrará la asamblea en el mismo lugar una hora después, con cualquier número de accionistas. Se le recuerda a las personas jurídicas accionistas que para participar en la asamblea, deberán acreditar a su representante con la debida certificación notarial de personería jurídica, el mandato o autorización respectiva.

Nota: Se recuerda a los accionistas del Hotel y Club Punta Leona S. A., que los Estados Financieros Auditados al 30 de setiembre, se encontrarán a su disposición en las Oficinas Centrales a partir del 23 de noviembre del 2007.—Arq. Eugenio Gordienko Orlich, Presidente.— Boris Gordienko Echeverría, Secretario.—1 vez.—(98736).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

AUTO REPUESTOS LA CASTELLANA SOCIEDAD ANÓNIMA

Auto Repuestos La Castellana Sociedad Anónima, cédula 3-101-120934, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asambleas de Socios, Registro de Socios, seis en total. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Javier García Penón, MBA, Representante Legal.—Nº 52917.—(95248).

UNIVERSIDAD FEDERADA

Lic. Guillermo Mojica Chang, solicita a la Universidad Federada la reposición del Título de Licenciatura en Derecho, por extravío.—San José, 18 de octubre del 2007.—Lic. Guillermo Mojica Chang, Notario.—(95493).

LAMINADORA COSTARRICENSE S. A.

Laminadora Costarricense S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero cero ocho mil ciento sesenta y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro contable Inventarios y Balances Nº 5 de la compañía el cual se han extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 18 de octubre del 2007.—Wellerson Julio Ribeiro, Apoderado Generalísimo sin límite de suma.—(95588).

UNIVERSIDAD ADVENTISTA DE CENTRO AMÉRICA

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Adventista de Centro América se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachillerato en Administración de Empresas con Énfasis en Contabilidad, inscrito bajo el Tomo I, Folio 21, Asiento 271 de esta universidad y el Tomo 2, Folio 17, Asiento 255 del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), emitido al primer día del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Juan Ramón Alvarado Molina cédula de identidad Nº 5-0208-0120. Se solicita la reposición del título indicado por haberse extraviado el original del mismo. Se publica este edicto para oír oposición a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Alajuela, 22 de octubre del 2007.—Cecilia Espinosa, Directora de Registro y Admisiones.—(95631).

Hago constar que ante esta notaría, a las diez horas del día veintitrés de octubre del año dos mil siete, los señores Mario Jiménez Ledesma, mayor, soltero, comerciante, cédula de identidad número: seis-doscientos sesenta y dos-doscientos treinta y tres, José Heiner Jiménez Ledezma, mayor , soltero, comerciante, cédula de identidad número: seis-doscientos cincuenta-ciento once, venden negocio comercial, incluyendo los activos y pasivos que es dueño del negocio al señor Hernán Darío Vargas Yépes, mayor, divorciado una vez, comerciante, portador de la cédula de residencia permanente número uno uno siete cero cero cero cinco nueve ocho dos dos siete. Emplazo a los eventuales acreedores para que dentro del plazo de quince días, se apersone ante mí, hacer valer sus derechos, una vez vencido el término de indica este edicto. Es todo.—Santa Cruz, Guanacaste, 23 de octubre del 2007.—Lic. Maritza Matarrita Álvarez, Notaria.—Nº 52985.—(95862).

COMERCIALIZADORA BARAJAS SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Ana Teresa Castro Vásquez, mayor, casada una vez, decoradora, cédula de identidad número nueve-cero treinta y siete-ciento trece, en mi condición de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad Comercializadora Barajas Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento diecisiete mil doscientos ochenta y cuatro, domiciliada en San José, he iniciado la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas Asamblea General y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, 26 de octubre del 2007.—Sra. Ana Teresa Castro Vásquez, Presidenta.—Nº 53024.—(95864).

VILLAS COPAL PELÍCANOS SOCIEDAD ANÓNIMA

La suscrita, Germana Sartori, de un apellido en razón de su nacionalidad italiana, mayor, casada una vez, arquitecta, con cédula de residencia número uno tres ocho cero cero cero cero cero siete dos ocho, vecina de La Cruz, Guanacaste, en su condición de presidenta de Villas Copal Pelícanos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos setenta y un mil ciento cuarenta y cinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de actas del Consejo de Administración y el libro de actas de Asambleas de Socios, por haberse extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Central San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario oficial La Gaceta.—Germana Sartori, Representante legal.—Nº 53151.—(95865).

INDUSTRIA TURÍSTICA WAFOU SOCIEDAD ANÓNIMA

Industria Turística Wafou Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-122505, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los libros de Diario, Mayor, Inventarios y Balances Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Shirley Durán Alpízar, Notaria.—Nº 53156.—(95866).

BENEFICIO LAS CHUCARAS S. A.

Beneficio Las Chucaras S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y siete mil quinientos setenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Actas de Consejo de Administración (ACA) número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Ricardo Falla Girón, Representante legal.—(95928).

Quien suscribe, Marianela Somarribas Vallejo, código 5136, hago constar que se me han extraviado las recetas de psicotrópicos números 2012320, 2012322, 2012323, 2012325, 2012326, 2012327, 2012332, 2012360, 2012362, 2012363, 2012368, 2012372, 2012373, 2012380, 2012387, 2012393, 2012394, 2012395,2012398 y 2012399, por lo que me libero de responsabilidad y al Colegio de Farmacéuticos por el uso que se haga de las mismas.—Santa Cruz, Guanacaste, 22 de octubre del 2007.—Dra. Marianela Somarribas Vallejo.—(95932).

CASA DE DOÑA MARTA S. A.

Casa de Doña Marta Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno cuarenta y nueve mil ciento setenta y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Junta Directiva, Asamblea General, Registro de Accionistas, Diario, Mayor e Inventarios y Balances de dicha sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, 16 de octubre de 2007.—Fernando Quirós Castro, Apoderado.—(95959).

CONSULTORÍAS TANZOR SOCIEDAD ANÓNIMA

Consultorías Tanzor Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-uno dos cinco cero tres ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea de Socios, Actas de Junta Directiva y Registro de Socios, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Mary Quintero Durán.—(96024).

VEHÍCULOS VEYMA SOCIEDAD ANÓNIMA

Vehículos Veyma Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-uno seis ocho siete uno cero, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea de Socios, Actas de Junta Directiva y Registro de Socios, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Mary Quintero Durán.—(96026).

CONSORCIO CONTINENTAL S. A.

Consorcio Continental S. A., conocida como COCOSA, cédula jurídica tres-ciento uno- cero noventa y nueve mil trescientos cincuenta, solicita a la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta y de un diario de circulación nacional.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—(96131).

HOTEL BUENA VISTA SOCIEDAD ANÓNIMA

Hotel  Buena  Vista Sociedad  Anónima,  cédula  jurídica  número 3-101-147708, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros de actas: Asamblea de Socios, Registro de Socios y Acta de Consejo de Administración, así como Diario, Mayor e Inventarios y Balances; todos corresponden al número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Edwin Pratt Seymour.—(96145).

TAJO RÍO GRANDE LIMITADA

Zeneida Alfaro Quesada, cédula de identidad: 2-215-200, en calidad de gerente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de Tajo Río Grande Limitada, cédula jurídica número: tres - ciento dos - cero cuatro siete nueve uno ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación de Alajuela, la reposición de los siguientes cuatro libros: Diario número uno, Mayor número uno, Inventario y Balance número uno y Actas de Asamblea de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este edicto.—Zeneida Alfaro Quesada, Gerente.—(96164).

CARNES FINAS LA SABANA SOCIEDAD ANÓNIMA

Carnes Finas La Sabana Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-095197, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Asamblea General, Registro de Accionistas, Junta Directiva, Mayor, Diario e Inventarios, y Balances. Quien se considere afectado dirigir las oposiciones al Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José catorce de junio del dos mil siete.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—(96217).

INVERSIONES Y REPRESENTACIONES

UCROS SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones y Representaciones UCROS Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - ciento siete mil cuatrocientos seis, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los siguientes libros de Actas: Registro de Accionistas, Junta Directiva, y Asamblea de Socios, tres libros. Quien se considera afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—Nº 53427.—(96264).

AUTO LLANTES HUETAR S.R.L.

Yo Roy Alberto Alvarado Campos, cédula Nº 1-593-020, en calidad de representante legal de Auto Llantes Huetar S.R.L., cédula jurídica número tres-ciento dos-uno cinco seis ocho uno siete, solicito ante la Dirección General de la Tributación Directa San Carlos, la reposición de los libros Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Asamblea y Registro de accionistas todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de la Zona Norte San Carlos, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Zarcero, 4 de julio del 2007.—Roy Alvarado Campos, Representante.—Nº 53430.—(96265).

GARAGE SAN JOSÉ POCEN SOCIEDAD ANÓNIMA

Garage San José Pocen Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y un mil ochocientos once, solicita a la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: Actas de Junta Directiva, Acta de Registro de Accionistas, Acta de Asambleas Generales, Mayor, Inventario y Balances y Diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Luis Enrique Brenes Fallas.—Nº 53458.—(96266).

COMERCIALIZADORA RINO DE MAUSAN SOCIEDAD ANÓNIMA

Comercializadora Rino de Mausan Sociedad Anónima, cédula jurídica número ciento uno-doscientos ochenta y cuatro mil ochocientos treinta y uno, domiciliada en Heredia de la fosforera ochocientos metros sur Industrias MACA, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los libros Contables y Legales. Quien se considera afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Alexander Sánchez Montero, Presidente.—(96354).

AGROPECUARIA DEL ESTE AGROES SOCIEDAD ANÓNIMA

Agropecuaria del Este Agroes Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero setenta mil noventa y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los dos siguientes libros: Actas de Asamblea General de Accionistas y Actas de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Efraím Vargas Cordero, Notario.—(96555).

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

TRIBUNAL DE ELECCIONES

El Tribunal de Elecciones del Colegio de Abogados de Costa Rica, comunica que vencido el término reglamentario, se examinaron las candidaturas propuestas y quedan formalmente inscritas las siguientes papeletas para elegir los cargos directivos, en la asamblea general ordinaria que se realizará el sábado 1º de diciembre del 2007, a partir de las 9:00 y hasta las 17:00 horas.

GRUPO VISIÓN ACTIVA                                                                              MOVIMIENTO NON BIS IN IDEM

Lic. Roxana Sánchez Boza                                 Presidenta                               Dr. Wilbert Arroyo Álvarez                         Presidente

Lic. Humberto Gómez Alfaro                            Vicepresidente

Lic. Iván Mora Rodríguez                                  Tesorero

Lic. Flory Chaves Zárate                                   Secretaria

Lic. Roxana Salazar Cambronero                        Vocal I

Lic. Jesús Alberto Ramírez Campos                  Fiscal

GRUPO LA ALTERNATIVA                                                                           GRUPO INTEGRACIÓN

Lic. Juan José Delgado Zúñiga                           Presidente                               Lic. Gilberto Corella Quesada                       Presidente

Lic. Floribeth González Amador                       Vicepresidenta                        Dra. Marina Volio Brenes                             Vicepresidenta

Lic. Sergio José Solano Montenegro                  Secretario                                Lic. Roxana Pujol Sobalvarro                        Secretaria

GRUPO LA ALTERNATIVA                                                                           GRUPO INTEGRACIÓN

Lic. Ana Belicia Miranda Rivera                        Tesorera                                  Msc. Rocío Cerdas Quesada                         Tesorera

Lic. Cecilia García Murillo                                 Vocal I                                     Lic. Vianney Guzmán Alvarado                   Vocal 1

Lic. Everardo Chaves Ortiz                                Fiscal                                       Lic. Carlos Boza Mora                                 Fiscal

GRUPO AVANCE

Lic. Didier Carranza Rodríguez                          Presidente

Lic. Sandra Mº Quesada Vargas                         Vicepresidenta

Lic. Primo Ramón Chacón Barquero                  Secretario

Lic. Roberto Soto Salazar                                   Tesorero

Lic. Xinia Mayela Campos Campos                  Vocal I

Lic. Sonia Arias Gutiérrez                                  Fiscal

Asimismo, informa que los grupos quedan autorizados para hacer propaganda electoral a partir del 22 de octubre del 2007 y hasta el día anterior a las elecciones, con las restricciones que indica el Reglamento de Elecciones del Colegio. Las Elecciones se llevarán a cabo en el Edificio Fundadores y en las siguientes Sedes Regionales: Guápiles, Pérez Zeledón, Ciudad Neily, Grecia, San Carlos, Turrialba, Puntarenas y Liberia. (De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento de Elecciones).—San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. Miriam Anchía Paniagua, Presidenta.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez, Vicepresidente.—Lic. Jaime Garita Sánchez, Vocal.—Lic. José Alberto Fonseca D`Avanzo, Secretario.—Lic. Juan José Nassar Gûell, Prosecretario.—Lic. Stella Santamaría Jiménez, Suplente.—Lic. Gerardo Molina Venegas, Suplente.—Lic. Vielka Pitti Obando, Suplente.—(O. C. Nº 6235).—C-62150.—(96214).

2 v. 2.

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Yo, Mario Rafael Moreira Calvo, vecino de Santo Domingo de Heredia, con cédula de identidad Nº 4-101-1336, médico, código Nº 829, declaro que me fueron extraviados los formularios correspondientes al recetario de psicotrópicos bajo los Nos. 287201 a 287223, 287246, 287274 a 287302, 287311, 287312, 287395, 486663, 486675, 486689 y 486690. Por tanto no me hago responsable del uso indebido que le pudieren dar a los mismos.—Santo Domingo de Heredia, 25 de octubre del 2007.—Mario Rafael Moreira Calvo, Médico.—Nº 53461.—(96500).

COOPERATIVA DE CAFICULTORES

DE LLANO BONITO R.L.

Félix Cabezas Varela, gerente de la cooperativa Coopellanobonito R.L., cédula jurídica Nº 3-004-045235, comunica el extravío de su libro de Actas Nº 1, del Comité de Educación. Cualquier reclamo realizarlo ante las oficinas de la cooperativa y el Macroproceso Gestión y Seguimiento del INFOCOOP dentro del término de ocho días después de la publicación de este edicto.—Félix Cabezas Varela, Gerente.—(96980).

COAST SPAS DE COSTA RICA S. A.

Coast Spas de Costa Rica S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-317529, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Diario, Mayor e Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Michael John Williams, Presidenta.—(97104).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES

EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS

Y ARTES

A las siguientes personas se les comunica que se encuentran morosos, según nuestros registros al 30 de setiembre del 2007. Transcurridos diez días hábiles, contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan publicados en el Diario Oficial La Gaceta, de no cancelar la suma adeudada o firmar un arreglo de pago, se iniciará el proceso administrativo o judicial, según corresponda. Al mismo tiempo se les recuerda que este trámite tiene como consecuencia la inhabilitación para el ejercicio legal de la profesión.

Nombre                                                                              Cédula

Alemán Cortés Karla                                                        108150636

Alfaro Thompson Allan Gustavo                                     109540119

Arce Sancho Johanna Astrid                                             109090936

Bonilla Moya Martín                                                       303120328

Bula Villalobos Olmedo                                                    900950807

Chavarría Moreno Seidy                                                   502060581

Cortés Hernández Rosa María                                         602850040

González Marroquín Fernando                                        600720885

Hernández Caravaca Flor De Mar                                    600580971

Jaén Villafuerte Carmen                                                    502370310

León Saavedra Paula Consuelo                                         4251075541605

Lobo Núñez Saith German                                               104120399

Mora Brenes Gerardo Alberto                                          302380434

Murillo Cambronero Wendy                                            109940926

Núñez Alvarado Viviana                                                   302970384

Paniagua Gamboa Carlos German                                     301700572

Pereira Hernández Katalina                                              401530542

Quesada Ugalde Luis Fernando                                        105620311

Quirós Rodríguez Manuel Antonio                                  301310242

Rodríguez Vargas María Isabel                                         204230492

Ruiz Rojas Ronald                                                            501660284

Salas Camacho Karen Lucía                                              401810178

Simes Williams Sandra                                                      700610557

Solano Alvarado Alejandro                                               601140711

Solórzano Núñez María Isabel                                         203430279

Soto Chacón Alejandra                                                     204870252

Torres Guzmán Delia                                                       203030989

Valverde González Paúl Lawrence                                   108380591

Villarreal Gutiérrez Mirania                                              502850387

Víquez Arce Francine                                                       401430983

Yataco Villavicencio Julio                                                 800770744

Lic. Yolanda Hernández Ramírez, Secretaria de Junta Directiva.—1 vez.—(96888).

Alex Murillo Solís y Randall Herrera Valverde, constituyen sociedad denominada Macro Pack S. A., por escritura otorgada ante los notarios Joe Martín Montoya Mora y Gonzalo Song Shum, en San José, a las 10:00 horas del 31 de octubre del 2007. Objeto: industria, comercio, agricultura y ganadería en general. Plazo: 99 años. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Joe Montoya Mora, Notario.—1 vez.—Nº 63464.—(98435).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Por escritura número doscientos ochenta y nueve-once, de las ocho horas con treinta minutos del día veinte de julio del 2007, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Hidroeléctrica Río Lajas S. A., en la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social, referente al capital social ya que en dicha reforma se disminuye este.—San José, 17 de octubre del año 2007.—Ricardo González Fournier, Notario.—Nº 52094.—(94148).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

La suscrita notaria Yelba María Mairena Bermúdez, hace contar que mediante escritura número doscientos veintiuno, otorgada en San José, a las ocho horas del día doce de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Servicios de Seguridad Gómez G & M S. A. y se nombró la Junta Directiva.—San José, 23 de octubre de 2007.—Msc. Yelba María Mairena Bermúdez, Notaria.—1 vez.—Nº 52547.—(94921).

Ante esta notaría a las doce horas del día doce de setiembre del dos mil siete, se protocolizó la asamblea general ordinaria de la sociedad denominada Cuadraciclos de Alto Riesgo Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno-doscientos cincuenta y siete mil novecientos once, y se indican los siguientes estatutos cesición de las acciones a favor del señor Mauricio Morice Toledo cédula uno-mil ciento treinta y uno- setecientos cincuenta y tres, nuevos nombramientos Presidente: Mauricio Morice Toledo, Secretaria: Ana Eloísa Toledo Draper, Tesorera: William Eloisa Morice Toledo, cambio de domicilio social, La Cruz, Guanacaste, costado oeste del estadio municipal.—La Cruz, 19 de octubre del 2007.—Carmen Chavarría Marenco, Notaria.—1 vez.—Nº 52549.—(94922).

En mi notaría, mediante escritura 56 de las 7:30 horas del 23 de octubre de 2007, se constituyó la sociedad Feraalvi de Heredia Sociedad Anónima; plazo social 99 años; capital social ocho mil colones, representante judicial y extrajudicial el presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Agente residente, Licda. Lilliana Madrigal Valverde.—Lilliana Madrigal Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 52550.—(94923).

Por escritura otorgada a las 16:00 horas de hoy, ante mí, se constituyó la sociedad Ocho Cuerdas S. A. Domicilio: Santa Ana. Capital: diez mil colones. Plazo: 99 años a partir de su constitución. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 22 de octubre del 2007.—Lic. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—Nº 52551.—(94924).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría al ser las ocho horas del veintinueve de mayo del dos mil siete, se constituyó Dental Security M.A.C. Sociedad Anónima, cuyo domicilio es en San José, con capital social de quinientos mil colones suscrito y pagado, y cuya representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma corresponde al presidente. Es todo.—San José, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic.  Carlos Luis Salas Porras, Notario.—1 vez.—Nº 52552.—(94925).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría al ser las trece horas del diecisiete de octubre del dos mil siete, se constituyó Gator Investment & Technology Inc. Sociedad Anónima, cuyo domicilio es en San José, con capital social de quinientos mil colones suscrito y pagado, y cuya representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma corresponde al presidente. Es todo.—San José, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic.  Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 52553.—(94926).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría al ser las dieciocho horas del diecisiete de octubre del dos mil siete, se constituyó Silver Flor Capital Investment Sociedad Anónima, cuyo domicilio es en San José, con capital social de quinientos mil colones suscrito y pagado, y cuya representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma corresponde al presidente. Es todo.—San José, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic.  Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 52554.—(94927).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría al ser las ocho horas del dieciocho de octubre del dos mil siete, se constituyó Spring Holdings LLC Sociedad Anónima, cuyo domicilio es en San José, con capital social de quinientos mil colones suscrito y pagado, y cuya representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma corresponde al presidente. Es todo.—San José, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic.  Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 52555.—(94928).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría al ser las nueve horas del dieciocho de octubre del dos mil siete, se constituyó CAAML Capital Investment Sociedad Anónima, cuyo domicilio es en San José, con capital social de quinientos mil colones suscrito y pagado, y cuya representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma corresponde al presidente. Es todo.—San José, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic.  Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 52556.—(94929).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría al ser las diez horas del dieciocho de octubre del dos mil siete, se constituyó CAAML Painted Sky Sociedad Anónima, cuyo domicilio es en San José, con capital social de quinientos mil colones suscrito y pagado, y cuya representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma corresponde al presidente. Es todo.—San José, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic.  Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 52557.—(94930).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría al ser las dieciséis horas del diecisiete de octubre del dos mil siete, se reformaron los estatutos de Winter Park Capital Investment Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-408133. Es todo.—San José, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 52558.—(94931).

Que por escritura pública otorgada ante esta notaría al ser las diecisiete horas del diecisiete de octubre del dos mil siete, se reformaron los estatutos de Georgetown Village Co. Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-403269. Es todo.—San José, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Andrea Héctor Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 52559.—(94932).

Al ser las 10:00 horas del día de hoy, se constituyó la empresa Servicios Múltiples Fernández Ugalde S. A., capital social: diez mil colones cancelado en dinero efectivo, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, domicilio: Horquetas de Sarapiquí.—Río Frío, 20 de octubre del 2007.—Lic. German Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 52563.—(94933).

Ante esta notaría se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Desarrollo Urbanístico Iguana Verde Feliz S. A., donde se realiza cambio de presidente, secretario, tesorero y fiscal, la cual se encuentra en firme y debidamente firmada por los socios y los nuevos representantes.—San José, 12 de octubre del 2007.—Lic. Luis Alberto Apú Oviedo, Notario.—1 vez.—Nº 52564.—(93934).

Ante esta notaría se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Comercializadora Tabores C T S. A., donde se realiza cambio de presidente, secretario, tesorero y fiscal, la cual se encuentra en firme y debidamente firmada por los socios y los nuevos representantes.—San José, 12 de octubre del 2007.—Lic. Luis Alberto Apú Oviedo, Notario.—1 vez.—Nº 52565.—(93935).

Ante esta notaría se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Expotrans S. A., donde se realiza cambio de presidente, secretario, tesorero y fiscal, la cual se encuentra en firme y debidamente firmada por los socios y los nuevos representantes.—San José, 12 de octubre del 2007.—Lic. Luis Alberto Apú Oviedo, Notario.—1 vez.—Nº 52566.—(93936).

Ante esta notaría se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad P. I. Publitaria Internacional donde se realiza cambio de presidente, secretario, tesorero y fiscal, la cual se encuentra en firme y debidamente firmada por los socios y los nuevos representante.—San José, 12 de octubre del 2007.—Lic. Luis Alberto Apú Oviedo, Notario.—1 vez.—Nº 52567.—(93937).

Ante esta notaría se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Hacienda Sardinal Estate S. A. donde se realizó cambio en el secretario y tesorero, la cual se encuentra en firme y debidamente firmada por los socios y los nuevos representante.—San José, 12 de octubre del 2007.—Lic. Luis Alberto Apú Oviedo, Notario.—1 vez.—Nº 52568.—(93938).

Por escritura número doscientos dos del tomo dos, otorgada en esta notaría a las quince horas cincuenta y cinco minutos del dieciocho de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Inversiones Nicas La Buena Esperanza S. A. Capital social: cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Reinaldo Venegas Carrillo, Notario.—1 vez.—Nº 52569.—(94939).

Por escritura número doscientos siete del tomo dos, otorgada en esta notaría a las trece horas treinta y cinco minutos del veinte de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Inversiones Herge del Mar S.A. Capital social: cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años. presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Reinaldo Venegas Carrillo, Notario.—1 vez.—Nº 52570.—(94940).

Por escritura número doscientos seis del tomo dos, otorgada en esta notaría a las doce horas cincuenta y cinco minutos del veinte de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Inversiones Marana del Sol S.A. Capital social: cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Reinaldo Venegas Carrillo, Notario.—1 vez.—Nº 52571.—(94941).

Por escritura número cincuenta y tres, de las dieciséis horas del día dieciocho de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Carlitos C/O.R Sociedad Anónima. Su capital social es la suma de diez mil colones. Su presidente es Carlos Gilberto Oviedo Ramírez.—Heredia, dieciocho de octubre del dos mil siete.—Lic.  Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—Nº 52574.—(94942).

Se hace constar que a las 12:00 horas del día 3 de setiembre del 2007, por escritura número 52 del tomo sexto del notario Luis Diego Chacón Bolaños, se constituyó la sociedad denominada Actuality Forniture S. A., cuyo apoderado es el señor Marvin Díaz Briceño, cédula Nº 5-221-764.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Luis Diego Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 52575.—(94943).

Por escritura otorgada en mi notaría a las ocho horas del veintidós de octubre del dos mil siete, se reforma totalmente la cláusula primera del pacto constitutivo de la compañía Televisora del Itsmo Sociedad Anónima, la cual cambia su nombre a Importadora Logística Sigal Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Importadora Logística Sigal S.A.—Lic. Máximo Sequeira Alemán, Notario.—1 vez.—Nº 52577.—(94944).

Por escritura otorgada a las siete horas treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil siete, las señoras Ileana Ramírez Torres y Luz Arce Solano constituyen la sociedad Distribuidora Multiproductos del Trópico S. A.—San José, 18 de octubre del 2007.—Lic. Roberto Suñol Prego, Notario.—1 vez.—Nº 52578.—(94945).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas con quince minutos del diez de setiembre del dos mil siete, se constituye Financial Services P.J.M.S. Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital social: cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic.  Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—Nº 52579.—(94946).

Por escrituras públicas se constituyeron S O V Spectacular Ocean View One S. A., T L S Two Luminous Sunrises II S. A., M B N Moonlight Beach of Nosara III S. A., G S I Four Golden Sun Investments IV S. A., S B P Five Sandy Beach Productions V S. A. y   S S D Six Smart Developers VI S. A., en todas domicilio San José.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 52580.—(94947).

La asamblea general de accionistas de la sociedad Línea Emezeta S. A., en asamblea general extraordinaria celebrada a las ocho horas del día veintidós de octubre de dos mil siete acordó: “Acta numero tres. Asamblea general extraordinaria, de la sociedad Línea Emezeta S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y un mil cuatrocientos ochenta y cuatro, celebrada en su domicilio en San José, Rohrmoser, del Ministerio de Ciencia y Tecnología, setenta y cinco metros norte, a las ocho horas del día veintidós de octubre de dos mil siete, y por estar la totalidad del capital social se prescinde de convocatoria y se toman los siguientes acuerdos que en lo conducente dicen: “Primero: El señor Presidente conoce y acepta las renuncias que de sus cargos hacen los señores miembros de la Junta Directiva y El Fiscal, y se acuerda nombrar por todo el plazo social a las siguientes personas: Para Secretaria se nombra a la señorita Alejandra Orquídea Venegas Solano, mayor, soltera, abogada, vecina de Pavas, María Reina, casa número treinta y uno, cédula número uno-mil ochenta y tres-ciento sesenta y nueve, como Tesorero se nombra al señor Yoncer Venegas Solano, mayor, casado una vez, chofer, vecino de Pavas, Lomas del Río, frente al Higuerón, casa esquinera color blanca, cédula número uno-novecientos ochenta y cuatro-setecientos quince y como Fiscal se nombra a la señora Virginia Solano Arias, mayor, viuda, ama de casa, vecina de Pavas, María Reina, casa número treinta y uno, cédula número uno-quinientos cuarenta y seis-quinientos veinte. Presentes en este acto los designados, aceptan sus cargos y entran en posesión inmediata de los mismos. Segundo: Se designa a la notaria pública Tatiana María Vargas Quintana, a protocolizar esta acta en lo conducente. Se declaran firmes los anteriores acuerdos. No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión a las ocho horas veinte minutos del día veintidós de octubre de dos mil siete.” Publica el señor Craig Allen Salmond, Presidente de la sociedad Línea Emezeta S. A., cédula jurídica 3-101-461484.—Pavas, Rohrmoser, San José, 22 de octubre de 2007.—Lic. Tatiana María Vargas Quintana, Notaria.—1 vez.—Nº 52581.—(94948).

La asamblea general de accionistas de la sociedad Línea Emezeta S. A., en asamblea general extraordinaria celebrada a las diecisiete horas del dieciséis de octubre de dos mil siete acordó: “Acta numero dos. Asamblea general extraordinaria de la sociedad Línea Emezeta S. A. cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y un mil cuatrocientos ochenta y cuatro, celebrada a las diecisiete horas del dieciséis de octubre de dos mil siete en el domicilio de la sociedad en San José, Rohmorser, del Ministerio de Ciencia y Tecnología, setenta y cinco metros norte. Por esta la totalidad del capital social se prescinde del trámite previo de convocatoria y se toman los siguientes acuerdos: Primero: Se le agradece a la Presidenta su labor y se le acepta su renuncia. Segundo: Se hace el siguiente nombramiento por unanimidad de voto, Presidente: Craig Allen (nombre) Salmond (apellido), con un solo apellido en razón de su nacionalidad norteamericana, mayor, casado una vez, empresario, con pasaporte número cero cuatro siete ocho cero dos cinco uno ocho vecino de Escazú, doscientos metros norte del Súper Sareto, condominio número nueve, quien acepta su puesto en este acto. Tercero: Se autoriza a cualquier notario de su elección a protocolizar literalmente en lo conducente esta acta. Se declara acuerdo firme el presente acto y se levanta la sesión a las diecisiete horas, quince minutos del dieciséis de octubre de dos mil siete. Publica el señor Craig Allen Salmond, Presidente de la Sociedad Línea Emezeta S. A., cédula jurídica Nº 3-101-461484.—Pavas, Rohrmoser, San José, 22 de octubre de 2007.—Lic. Tatiana Vargas Quintana, Notaria.—1 vez.—Nº 52582.—(94949).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:45 horas del 18 de octubre del 2007, se nombra nueva junta directiva y fiscal de la sociedad Inversiones Cumberlang Washaca S. A.—Ciudad Quesada, 18 de octubre del 2007.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 52583.—(94950).

Por protocolización de acta de asamblea extraordinaria de accionistas otorgada en Palmares por la notaria Francisca Rojas Carranza a las ocho horas del día veintitrés de octubre del dos mil siete la sociedad denominada Mercantil de Tejidos Bal Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta mil setecientos ochenta, aumentó su capital en la suma de veinticuatro millones de colones.—Lic. Francisca Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—Nº 52585.—(94951).

Por escritura número 138-38, otorgada ante el suscrito a las 9:00 horas del 22 de octubre del 2007, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Gues Who Three EEE S. A., en la cual se acordó la reforma de la cláusula 1 de los estatutos sociales, en lo que respecta a su nombre social cambiando la denominación social a Reserva Oasis S. A., asimismo se acordó la reforma de la cláusula 8 de los estatutos sociales, en lo que respecta a su administración. Se acepta la renuncia de junta directiva y se nombra una nueva.—San José, 22 de octubre del 2007.—Lic. Humberto Piedra Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 52586.—(94952).

En esta notaría a las 10:00 horas del 20 de octubre del 2007, constituye la sociedad Calixto’s Inversiones Internacionales Sociedad, capital social: diez millones de colones. Presidente: José Calixto Vargas Díaz, mayor, casado en segundas nupcias, comerciante, vecino de Barrio San Martín de Nicoya, Guanacaste, doscientos metros norte y cincuenta este de la escuela, cédula de identidad cinco-ciento ocho-cero veinticuatro. Ante la notaria Anabelle Arias Pérez.—Lic. Anabelle Arias Pérez, Notaria.—1 vez.—Nº 52587.—(94953).

Mediante escritura número doscientos sesenta y tres otorgada ante mi notaría a las trece horas treinta minutos del seis de octubre del año en curso, se constituyó la compañía Villa Mocbre Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo plazo social es de noventa y nueve años, capital social: cien mil colones, gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Grecia, 23 de octubre del 2007.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 52589.—(94954).

Mediante escritura número trescientos dieciséis otorgada ante mi notaría, a las catorce treinta horas horas del veintidós de octubre del año en curso, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Prados K.R.C. Quince Limitada, por virtud de la cual se aumenta capital social, se reforma administración social, y se nombran gerentes y subgerentes. Se nombra agente residente.—Grecia, veintidós de octubre del dos mil siete.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 52590.—(94955).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas quince minutos del veintidós de octubre del dos mil siete, protocolicé acta de Wahoo Rojo Uno Tres BT S. A., de las quince horas del diecinueve de octubre del dos mil siete, mediante la cual se reforman las cláusulas primera y cuarta.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 52591.—(94956).

Mediante escritura Nº 171-10 de las 12:00 horas del 16 de octubre del 2007, otorgada ante la notaria Gladys Marín Villalobos, se constituye Garden Herat Company Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva y fiscal. Plazo social: 99 años. Capital social: cien mil colones. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Presidenta: Nuria Araya Chaverri.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 52592.—(94957).

Por escritura 212 de las 8:00 horas del día 17 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Cellux Centroamericana Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 52593.—(94958).

Por escritura 205 de las 8:45 horas del día 16 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Camporrobles Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 52594.—(94959).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 17 de octubre del 2007, procedí a protocolizar literalmente el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Repuestos Varsa O.V. S. A., en la cual se modifica la cláusula segunda y décima del pacto constitutivo, referentes al domicilio y la administración de la sociedad. Se nombra como presidente: Greivin Villalobos Méndez. Fiscal: Luis Ovidio Vargas Jara.—San Ramón, 17 de octubre del 2007.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1 vez.—Nº 52596.—(94960).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 19 de octubre del 2007, procedí a protocolizar literalmente el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Industria May S. A., en la cual se procede al nombramiento de nueva junta directiva y fiscal. Se nombra como presidente: Fulvio Carranza Chaves.—San Ramón, 22 de octubre del 2007.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1 vez.—Nº 52597.—(94961).

Juan Alberto Madrigal Abarca, cédula uno-uno cero tres nueve-dos cuatro seis, vecino de Sabanilla, protocoliza acuerdos de Jumalu J M Y L Sociedad Anónima, con domicilio en Escazú, cédula jurídica Nº 3-101-489965. Escritura número doscientos diecinueve-nueve, de las 15:00 horas del 12 de setiembre del 2007.—Lic. Rubén Ramírez Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 52598.—(94962).

Ante mí, se constituyó Inversiones Karlpani Sociedad Anónima. Presidente: Asdrúbal Paniagua. Capital social: diez colones. Domicilio: San Antonio de Escazú.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Melvin Arias Pizarro, Notario.—1 vez.—Nº 52600.—(94963).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 22 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Molrod R & V de Grecia S. A. Capital social inicial: ¢.10.000,00. Presidente: Rodolfo Molina Rodríguez.—Grecia, 23 de octubre del 2007.—Lic. José Francisco Chacón Acuña, Notario.—1 vez.—Nº 52601.—(94964).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del día diez de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Interamerican Assist Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Luis Alberto Narro Robles.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 52602.—(94965).

Por escritura otorgada ante el notario, el día 22 de octubre del 2007, se constituye la sociedad de esta plaza denominada Grupo Barguisa & A.S.O.C. Sociedad Anónima, con un capital de cien mil colones, cuyo presidente de junta directiva es Gerardo Barboza Jiménez.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Gonzalo Alberto Ramírez Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 52603.—(94966).

Ante mí, Lorena Montt Villacura, notaria pública con oficina en San José, se adicionó constitución de sociedad anónima, con el nombre Lifelab Laboratories S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, diecinueve de octubre del dos mil siete.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—Nº 52605.—(94967).

Yo, Lorena Montt Villacura, notaria pública con oficina en San José, el día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Import Trading Technology S. A. Se amplía el plazo social.—San José, diecinueve de octubre del dos mil siete.—Lic. Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—Nº 52606.—(94968).

En esta escritura mediante pública número 265-17 otorgada en San Isidro de Heredia a las 13:00 horas del 18 de octubre del 2007, se reformaron las cláusulas segunda, quinta, novena de los estatutos de la sociedad J Guevara y Dos S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-330819. Además se aumentó el capital social y nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Iván Villalobos Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 52609.—(94969).

Por escritura número ciento veintiocho-catorce de ocho horas veintidós de octubre del dos mil siete del notario Rigoberto Jiménez Vega. Se protocoliza asamblea general extraordinaria de Infarma Especialidades Farmacéuticas S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos dieciséis mil ochocientos sesenta y siete, donde se procede al nombramiento de presidenta y tesorero.—San José, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Rigoberto Jiménez Vega, Notario.—1 vez.—Nº 52610.—(94970).

Por escritura número ciento cuarenta y uno de esta notaría, se modificó la cláusula uno de los estatutos de la sociedad Arco Iris Verde Dos S. A., por cambio de nuevo nombre Video Juegos El Chino.—Lic. Roland García Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 52611.—(94971).

La suscrita, Emilia Verónica Chaves Cordero, notaria con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número doscientos uno, iniciado al folio ciento treinta y cinco frente del tomo tercero de mi protocolo, otorgada ante mi notaría a las diez horas del día dieciocho de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Empresas Alrohe de Atenas S. A., cuyo presidente y tesorero, tiene la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Emilia Verónica Chaves Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 52614.—(94972).

Por escritura número doscientos nueve, del tomo treinta y siete de mi protocolo, otorgada a las catorce horas del veintidós de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada M Y J Mercadeo al Comercio y Logística Sociedad Anónima.—San Rafael de Heredia, veintidós de octubre del dos mil siete.—Lic. Manuel Francisco Camacho Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 52615.—(94973).

Por escritura número ciento noventa y siete, se protocoliza acta número siete de Autos Roverr S. A. Se modifica la cláusula segunda del domicilio.—San José, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Marianela Corrales Pampillo, Notaria.—1 vez.—Nº 52616.—(94974).

Por esta escritura número trescientos setenta y uno, de las nueve horas quince minutos del doce de octubre del dos mil siete, otorgada por el notario Joaquín Molina Hernández, el señor Luis Ángel Campos Leiva, quien es mayor, costarricense, casado una vez, agricultor, cédula de identidad número siete-cero setenta-quinientos setenta y ocho, vecino de Guácimo, cien metros al este de la Escuela Agrimaga, solicita la inscripción al Registro Público de la sociedad Leiva & Leiva Sociedad Anónima.—Lic. Joaquín Molina Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 52618.—(94975).

Ante mi notaría a las 18:00 horas del día 21 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad anónima Industrias Famume.—Lic. Susana Bonilla Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 52619.—(94976).

Por escritura número 243 otorgada en esta notaría a las 12:00 horas del 19 de octubre del 2007, se protocoliza acta de Drenajes Porras y Gómez Sociedad Anónima, donde se cambia el nombre por Desarrollo Agrícola del Este Sociedad Anónima y se aumenta el capital social a cuarenta mil colones exactos. Domicilio: Guápiles. Presidente: Luis Edwin Fernández Delgado.—Limón, 19 de octubre del 2007.—Lic. Giovanna Brown Cunningham, Notaria.—1 vez.—Nº 52620.—(94977).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del dieciocho de octubre del dos mil siete, se constituye la sociedad denominada Trup Auto Sociedad Anónima, cuya representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente de la sociedad.—San José, 19 de octubre del 2007.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 52621.—(94978).

Por escritura trece otorgada en conotaría con Ingrid Lambert Millar a las ocho horas de hoy, se constituyó Salud y Vida Sociedad Anónima, pudiendo abreviar su aditivo en S. A.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Gerardo Ruin Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 52623.—(94979).

Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las 10:00 horas del 1º de octubre del 2007, se constituyó la empresa denominada Touche Europea Sociedad Anónima. Capital social: ¢ 10.000,00. Plazo: 99 años. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial y es apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Marco Vinicio Coll Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 52626.—(94980).

Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las 11:00 horas del 1º de octubre del 2007, se constituyó la empresa denominada Rakeuu Internacional Sociedad Anónima. Capital social: ¢ 10.000,00. Plazo: 99 años. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial y es apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Marco Vinicio Coll Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 52627.—(94981).

Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las 11:00 horas del 23 de octubre del 2007, se constituyó la empresa denominada Yoga Spa Natural Sociedad Anónima. Capital social: ¢ 10.000,00. Plazo: 99 años. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial y es apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Marco Vinicio Coll Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 52628.—(94982).

Ante este notario mediante escritura otorgada a las nueve horas del veintidós de octubre del dos mil siete se constituyó la sociedad de esta plaza Grupo Heil de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, a las once horas del veintidós de octubre del dos mil siete.—Lic. Jaime Garro Canessa, Notario.—1 vez.—Nº 52629.—(94983).

Mediante escritura otorgada ante los notarios Rafael Medaglia Araya y Laura Zumbado Loría en San José a las diez horas veinte minutos del veintitrés de octubre del dos mil siete, se protocoliza el acta de asamblea de socios de la empresa Playa Estrellas I.N.C.P. S. A. Se modifica la cláusula segunda, ubicando el domicilio en avenida diez, calles trece y quince. Es todo.—San José, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Laura Zumbado Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 52634.—(94984).

Por escrituras números ciento sesenta y cinco, y ciento sesenta y seis, del protocolo cuarto, otorgada ante la notaria Kembly Mora Salas, a las 8:00 horas y a las 9:00 horas, ambas del veintitrés de octubre del 2007, se constituyeron las siguientes sociedades: Inversiones Roca Chimi Ltda. e Inversiones Don Roger de V.E. Ltda., ambas con gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Grecia de Alajuela, 23 de octubre del 2007.—Lic. Kembly Mora Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 52635.—(94985).

Por instrumento otorgado ante mí hoy se constituyeron las sociedades Le Mouton Nouvelle Ltda., Porter & Miro Limitada y La Vicomte de Varende Limitada, plazo social: 99 años, objeto: comercio en general, gerente y subgerente apoderados generalísimos, domicilio: provincia de San José, cantón: Montes de Oca, distrito: Sabanilla.—San José, 22 de octubre del 2007.—Lic. Sergio Sánchez Bagnarello, Notario.—1 vez.—Nº 52636.—(94986).

En mi notaría al ser las 12:00 del día 16 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada La Habana Blues Telecom H.B.T. S. A. Presidente, con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 17 de octubre del 2007.—Lic. Marisol Marín Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 52638.—(94987).

En mi notaría al ser las 11:30 del día 16 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Tecnología de Comunicación Siglo XXI T.C.S. S. A. Presidente, secretario y tesorero con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando al menos dos de ellos en forma conjunta.—San José, 17 de octubre del 2007.—Lic. Marisol Marín Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 52639.—(94988).

A las nueve horas del veintidós de octubre del dos mil siete ante la notaría del Lic. Humberto Céspedes Chacón se constituyó la sociedad anónima de GlosebRQ Sociedad Anónima, domiciliada en Rohrmoser, dedicada comercio en general y brindar servicios profesionales. Es todo.—Lic. Humberto Céspedes Chacón, Notario.—1 vez.—(94990).

A las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil siete, ante la notaría del Lic. Luis Gustavo Zamora Pereira, se constituyó la sociedad anónima Corporación Céspedes y Arce Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Luis Gustavo Zamora Pereira, Notario.—1 vez.—(94991).

Por escritura número 110-2, otorgada a las 9:00 horas del 18 de octubre del 2007, ante este notario Jacobo Alter Montvelisky, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de
Coco Property on the Beach Ltda.
, en donde se modifica el pacto constitutivo.—Puntarenas, 18 de octubre del 2007.—Lic. Jacobo Alter Montvelisky, Notario.—1 vez.—(95005).

Ante esta notaría, al ser las nueve horas y diez minutos del veintidós de octubre del dos mil siete, mediante escritura pública número ciento treinta y siete se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Atardeceres en La Habana Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula novena de la representación y se nombra como nuevo presidente: Roger Frances Connor.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil siete.—Lic. Yohanka González González, Notaria.—1 vez.—(95008).

Ante esta notaría, al ser las nueve horas del cuatro de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Tejiendo Ideas Pacíficas Sociedad Anónima, con un capital social suscrito y pagado de veinte mil colones. Presidenta: Yalile Cabo Martín.—San José, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Yohanka González González, Notaria.—1 vez.—(95010).

Ante esta notaría, al ser las nueve horas del cuatro de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Proyecto Corales en el Desierto Sociedad Anónima, con un capital social suscrito y pagado de veinte mil colones. Presidenta: Yalile Cabo Martín.—San José, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Yohanka González González, Notaria.—1 vez.—(95012).

La suscrita notaria hago constar que hoy se ha constituido ante mí, la empresa ML Doscientos Ochenta ILD Sociedad de Responsabilidad Limitada, gerente: Julián Burlage Schott.—San José, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Annette Tapia Zumbado, Notaria.—1 vez.—(95019).

El suscrito notario hace constar, que ante esta notaría se constituyó una sociedad anónima al ser las 16:00 horas del 18 de octubre del 2007, cuya denominación social es Seed School S. A., capital social totalmente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio social en la ciudad de Heredia.—Heredia, 24 de octubre del 2007.—Lic. Raúl Escalante Soto, Notario.—1 vez.—(95023).

El notario público Jorge Eduardo Villegas Rojas, hace constar que mediante escritura número sesenta y siete-uno, inserta en el folio cuarenta y cuatro vuelto del tomo primero de mi protocolo, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Nacionales e Internacionales Río Verde Incorve Sociedad Anónima, con capital social representado por diez acciones de mil colones cada una. Presidenta con facultades generalísima sin lÍmite de suma: Ana María Vargas Solís, secretaria: Ericka María Vargas Otárola, tesorero: Jarry Barrantes Espinoza. Escritura otorgada en Heredia, a las catorce horas del trece de setiembre del dos mil siete.—Lic. Jorge Eduardo Villegas Rojas, Notario.—1 vez.—(95028).

Mediante escritura número dos-sesenta y siete otorgada ante mí, a las quince horas y treinta minutos del veinte de octubre del dos mil siete, se reformó la cláusula primera del pacto social de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y ocho mil quinientos dos sociedad anónima, que en adelante se llamará Loup Forest Sociedad Anónima, se revocaron los nombramientos y se designaron nuevos para los puestos de presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente. Presidenta: Nathalie López.—San José, 24 de octubre del 2007.—Lic. José Andrés Santos Mora, Notario.—1 vez.—(95035).

Por escritura número noventa-uno, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, a las dieciséis horas del diecinueve de octubre del dos mil siete, se reforma la cláusula quinta, se nombra nuevo presidente, tesorero y fiscal de la compañía Productos Tara Tica S. A.—San José, 22 de octubre del 2007.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—(95037).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del doce de octubre del dos mil siete, se modificó la cláusula primera del la razón social y la segunda del domicilio de Filial Cuarenta y Nueve Alambra Gales S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y nueve mil ciento cincuenta y ocho, la cual se denominará Filial Doce Gales Villas de Valencia S. A.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(95039).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del doce de octubre del dos mil siete, se modificó la cláusula segunda del domicilio de Filial Cincuenta Zafiro Fuerte Ventura S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y nueve mil cuatrocientos treinta y uno.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(95040).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del nueve de octubre del dos mil siete, se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y del fiscal de vigilancia, se realizan los nuevos nombramientos y se modifican la cláusula quinta (del capital social), la cláusula sétima (de la asamblea de accionistas) y la cláusula novena (de la administración) del pacto constitutivo de la compañía Selva Mágica S M Nueve Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Armando Ayala Wolter, Notario.—1 vez.—(95041).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del doce de octubre del dos mil siete, se modificó la cláusula segunda del domicilio de Filial Cincuenta y Uno Monasterio del Puig Fuerte Ventura S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y nueve mil cuatrocientos veintinueve.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(95042).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del nueve de octubre del dos mil siete, se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y del fiscal de vigilancia, se realizan los nuevos nombramientos y se modifican la cláusula quinta (del capital social), la cláusula sétima (de la asamblea de accionistas) y la cláusula novena (de la administración) del pacto constitutivo de la compañía Selva de Luz S L Siete Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Armando Ayala Wolter, Notario.—1 vez.—(95043).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del nueve de octubre del dos mil siete, se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y del fiscal de vigilancia, se realizan los nuevos nombramientos y se modifican la cláusula quinta (del capital social), la cláusula sétima (de la asamblea de accionistas) y la cláusula novena (de la administración) del pacto constitutivo de la compañía Selva de Sueño S S Cuatro Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Armando Ayala Wolter, Notario.—1 vez.—(95044).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del nueve de octubre del dos mil siete, se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y del fiscal de vigilancia, se realizan los nuevos nombramientos y se modifican la cláusula quinta (del capital social), la cláusula sétima (de la asamblea de accionistas) y la cláusula novena (de la administración) del pacto constitutivo de la compañía Guardianes de La Fauna G F Veintinueve Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Armando Ayala Wolter, Notario.—1 vez.—(95045).

Ante esta notaría, por escritura número ciento veintidós otorgada a las nueve horas treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil siete, se constituyó Magni-Grecchi Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Domicilio social: Cóbano de Puntarenas. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—Cóbano, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Patricia Francés Baima, Notaria.—1 vez.—(95046).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría, se constituyó Inversiones Fafel del Pacífico Sociedad Anónima, con un capital íntegramente suscrito y pagado y un plazo social de 99 años.—Puntarenas, 19 de octubre del 2007.—Lic. Gloria Cruz Cerna, Notaria.—1 vez.—(95049).

Por escritura otorgada hoy en mi notaría, se constituyó Inversiones Inmobiliarias Leeo de Esparza Sociedad Anónima, con un capital íntegramente suscrito y pagado y un plazo social de 99 años.—Puntarenas, 19 de octubre del 2007.—Lic. Gloria Cruz Cerna, Notaria.—1 vez.—(95050).

Ante esta notaría, al ser las nueve horas y diez minutos del veintidós de octubre del dos mil siete, mediante escritura pública número ciento treinta y siete se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Atardeceres en la Pradera Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula novena de la representación y se nombra como nuevo presidente: Roger Francés Connor.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil siete.—Lic. Yohanka González González, Notaria.—1 vez.—(95052).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas con treinta minutos del día veinticuatro de octubre del dos mil siete, se constituye la sociedad Bear Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Es todo.—Alajuela, a las ocho horas del día veinticinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Roger Sánchez Araya, Notario.—1 vez.—(95058).

Por escritura otorgada ante la notaría de los licenciados Vera Violeta Salazar Rojas y Walter Garita Quirós, se constituyó la sociedad denominada como el número de cédula jurídica limitada, constituida por César Cardozo y Gerardo Schreiber, de conformidad al Decreto Ejecutivo Nº 33171-J otorgada a las diez horas del ocho de junio del dos mil siete.—Lic. Walter Garita Quirós, Notario.—1 vez.—(95063).

Por escritura otorgada ante la notaría de los licenciados Vera Violeta Salazar Rojas y Walter Garita Quirós, se constituyó la sociedad denominada como el número de cédula jurídica limitada, constituida por César Cardozo y Gerardo Schreiber, de conformidad al Decreto Ejecutivo Nº 33171-J otorgada a las diez horas del trece de junio del dos mil siete.—Lic. Walter Garita Quirós, Notario.—1 vez.—(95064).

Por escritura otorgada ante la notaría de los licenciados Willy Curling Rutishsauser y Walter Garita Quirós, se constituyó la sociedad denominada Sun Island Limitada, otorgada a las dieciséis horas del veinticuatro de agosto del dos mil siete.—Lic. Walter Garita Quirós, Notario.—1 vez.—(95065).

En mi notaría se constituyó la sociedad denominada Servicios Integrados Vizcaya Sociedad Anónima, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, capital social debidamente cancelado y aportado.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil siete.—Lic. Cristian Soto Mora, Notario.—1 vez.—Nº 52640.—(95066).

Por escritura otorgada ante esta notaría Michael W. Murphy y Earl D. Ballance constituyen Busters Finca S. A.—San José, 21 de octubre del 2007.—Lic. Álvaro Barrantes Redondo, Notario.—1 vez.—Nº 52642.—(95067).

Por escrituras otorgadas ante esta notaría Preston Alexander Glitin y Propiedades y Construcciones La Visión Real del Futuro S. A. constituyen 18 sociedades anónimas. El Registro de Personas Jurídicas le asignará a cada una el número de cédula jurídica como denominación social.—San José, 21 de octubre del 2007.—Lic. Álvaro Barrantes Redondo, Notario.—1 vez.—Nº 52643.—(95068).

Por escritura otorgada ante esta notaría Jorge Fournier Patin y Martha Minica Fournier Patin constituyen Inmobiliaria Pozos Plus Inc. S. A.—San José, 21 de octubre del 2007.—Lic. Álvaro Barrantes Redondo, Notario.—1 vez.—Nº 52644.—(95069).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 10:00 horas del 23 de octubre del 2007 protocolicé acta de Inversiones Rhadajos S. A. mediante la cual renuncian presidente, secretario, tesorero y fiscal y se nombran nuevos, y se reforma cláusula sexta de estatutos sociales.—Escazú, 23 de octubre del 2007.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 52645.—(95070).

Por escrituras ciento sesenta y dos, y ciento sesenta y tres, otorgadas por su orden a las ocho horas y diez horas del veintidós de octubre del dos mil siete, se modificó la cláusula primera del domicilio, cláusula quinta del capital social, aumentándolo, y se revocaron e hicieron nombramiento de Presidente, secretario y tesorero de la junta directiva por el resto del plazo social de las sociedades denominadas: Inmobiliaria Vista de Mar Sociedad Anónima e Inmobiliaria La Alberca Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge Brealey Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 52646.—(95071).

Ante esta notaría por escritura número ciento cuarenta y seis otorgada a las ocho horas del día doce de octubre del dos mil siete se protocolizó asamblea extraordinaria de la sociedad denominada El Tequila y el Tabaco Sociedad Anónima, donde se modifican las cláusulas segunda, sétima y se nombra nueva junta directiva.—San José, 12 de octubre del 2007.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 52647.—(95072).

La suscrita licenciada Sonia María Saborío Flores, notaria pública hago constar que por escritura otorgada ante mi notaría a las trece horas del veintitrés de abril del dos mil siete constituyo una sociedad anónima cuya denominación social se estipuló de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres mil trescientos setenta y uno-J. Objeto: comercio en general. Capital social: cien mil colones íntegramente suscrito por los socios.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil siete.—Lic. Sonia María Saborío Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 52649.—(95073).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del doce de octubre del dos mil siete, se modifica la cláusula vigésima del pacto constitutivo de Inmobiliaria La Pista I.L.P. S. A.—San José, doce de octubre del dos mil siete.—Lic. Heike Kulzer Homann, Notario.—1 vez.—Nº 52653.—(95074).

Ante mí, Alejandro Alonso Román González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día ocho de septiembre del dos mil siete a las ocho horas en la ciudad de Atenas se realizo asamblea general extraordinaria de la sociedad Agropecuaria Sánchez y Vargas de Atenas Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula décima del pacto constitutivo y se nombra fiscal y vicepresidente.—Atenas, veinte de setiembre del dos mil siete.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—Nº 52654.—(95075).

Escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del 23 de octubre del 2007, constituyo Ededgu Desarrollos y Propiedades Sociedad Anónima. Domicilio social: San José.—23 de octubre del 2007.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 52655.—(95076).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 9:00 horas del 5 de septiembre de 2007, se constituyó la sociedad Robacorazones S. A.—San José, 22 de octubre del 2007.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 52656.—(95077).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 8:00 horas del 19 de octubre de 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Mecametal S.A., en virtud de la cual se reformó la cláusula décima del pacto social y se eligió nuevo presidente y nuevo tesorero.—San Juan de Tibás, 19 de octubre del 2007.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 52657.—(95078).

En mi notaría, mediante escritura otorgada a las 12:30 horas del 15 de octubre de 2007, se constituyó la sociedad mercantil denominada Malujo de San Jerónimo Sociedad Anónima. Plazo social: Noventa y nueve años. Objeto: el comercio, la consultoría en informática, el turismo, la construcción, la agricultura. la ganadería, la exportación e importación, los servicios y la industria. Presidente: Jorge Luis Álvarez Pérez.— San Ramón de Alajuela, 15 de octubre del 2007.—Lic. Gustavo Arturo Arroyo Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 52658.—(95079).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho horas del diecisiete de octubre del dos mil siete, Berrugate Inter Sociedad Anónima, modifica cláusula octava y se nombra tesorero.—San José, veinticuatro de octubre del año dos mil siete.—Lic. Carlos Alberto Méndez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 52660.—(95080).

Que al ser las nueve horas del día catorce de setiembre del año dos mil siete, mediante escritura número cuarenta y ocho del tomo noveno del protocolo del suscrito notario; se procede a protocolizar la constitución de la sociedad que se registrará con el número de cédula que le sea asignado por el Registro Público, Sección Mercantil. En la que se nombra, su junta directiva.—San Ramón, 17 de octubre del 2007.—Lic. Róger Barboza Lépiz, Notario.—1 vez.—Nº 52662.—(95081).

Por escritura otorgada ante la notaria María Isabel Rodríguez Herrera, a las ocho horas del once de setiembre del año dos mil siete, se constituyó la Sociedad Constructora Quiarco Sociedad Anónima.—Lic. María Isabel Rodríguez Herrera, Notaria.—1 vez.—Nº 52663.—(95082).

Por escritura otorgada ante este notario a las quince horas, del día veintidós de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Transportes y Encomiendas Díaz Ramírez Glorinelly GNCD Sociedad Anónima, domiciliada en Costa Rica, Cartago, Turrialba, Calle Puntarenas, cien metros al suroeste de la Estación de Servicio Super Barato. Capital social: Totalmente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—Turrialba, veintidós de octubre del dos mil siete.—Lic. Katty Cordero Leitón, Notaria.—1 vez.—Nº 52666.—(95083).

Por escritura otorgada ante mi a las 11:00 horas del 8 de agosto del 2007, se constituyó la sociedad denominada Cormor Familiar Sociedad Anónima. Domicilio: En San Ramón, específicamente en urbanización El CAI, casa 86. Capital: Totalmente suscrito. Presidente: Alexander Antonio Corrales Villegas.—San Ramón, 20 de octubre del 2007.—Lic. Carlos E. Salas Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 52668.—(95084).

Por escritura número: doscientos treinta y tres de las doce horas cuarenta minutos del veintitrés de octubre del año dos mil siete, visible en el tomo tercero del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Fitzgerald Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombra nuevo tesorero. Es todo.—San José, veintitrés de octubre del año dos mil siete.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—Nº 52669.—(95085).

Ante esta notaría se ha constituido la sociedad anónima denominada Inversiones Seguras Xilode Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, Domicilio Social en la ciudad de San Juan de Tibás de San José. Se lleva a cabo esta publicación para los fines pertinentes.—San José diecinueve de octubre del dos mil siete.—Lic. Mario Zamora Mata, Notario.—1 vez.—Nº 52670.—(95086).

Robert Alfaro Mejías, e Ileana Brenes Solera, constituyen Helechos El Bosque Tropical Ambresol Sociedad de Responsabilidad Limitada, en San Pedro de Poas. Alajuela, a las diez horas cincuenta minutos del ocho de octubre del dos mil siete.—Lic. Aura Céspedes Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 52671.—(95087).

Ante esta notaría se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social es de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo N° 33171-J del 29 de mayo del 2006. Capital social: un millón de colones. Administración: un gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Sabalito, Coto Brus, 9:00 horas del 9 de octubre del 2007.—Lic. Jorge Félix Araya Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 52673.—(95088).

Al ser las dieciocho horas del veintidós de octubre del dos mil siete, mediante asamblea general de socios, protocolizada ante notaría, la sociedad anónima Agrícola Cacho, nombró nueva secretaria, tesorera y fiscal, se modificó parcialmente la cláusula sétima del pacto constitutivo.—La Cuesta, 22 de octubre del 2007.—Lic. Marbiodal Saavedra Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 52674.—(95089).

La suscrita notaria Xinia Arias Naranjo hago constar que ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima Maquinaria Herrera y Vargas S. A., con domicilio en Ciudad Cortés, Osa Puntarenas, Urbanización Renacimiento casa número E-dos.—Ciudad Cortés, 18 de octubre del 2007.—Lic. Xinia Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—Nº 52675.—(95090).

Por escritura número ciento noventa y uno otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día diez de setiembre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Inmobiliaria Jurídica Kairos de Oriente Sociedad Anónima. Domicilio: Daremblum & Herrera Abogados, Atrium Centro Corporativo, cuarto piso, Multiplaza Escazú, San José, Costa Rica. Plazo social: noventa y nueve años. Representación: presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintitrés de octubre del año dos mil siete.—Lic. Yuri Herrera Ulate, Notaria.—1 vez.—Nº 52679.—(95091).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del diez de octubre del dos mil siete, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad 3-101-484817 sociedad anónima, en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintidós de octubre del dos mil siete.—Lic. Adriana Céspedes Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 52677.—(95092).

Ante esta notaría, en La Tigra de San Carlos, en escritura pública número doscientos setenta y dos-cuatro, otorgada al ser las diecisiete horas del diecinueve de junio de dos mil siete, se constituyó la Fundación Un Pulmón Verde para la Conservación, patrimonio: trescientos cincuenta mil colones, domicilio social: provincia de cero dos de Alajuela, cantón diez San Carlos, distrito cero ocho Tigra, ochocientos metros al noroeste de la delegación de policía, directivos nombrados: José Ignacio Araya Villalobos, Sergio Alonso Araya Villalobos y José Norman Araya Castro.—La Tigra de San Carlos, al ser las diez horas del doce de octubre de dos mil siete.—Lic. Silvia Arias Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 52681.—(95093).

La suscrita notaria hace constar que el día de hoy, mediante escritura número ciento cuarenta y siete cuatro, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad Sol de Oriente Lote Dos SRL, en la cual se reforma la cláusula octava.—San José, veintidós de octubre del dos mil siete.—Lic. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—Nº 52689.—(95094).

Al ser las nueve horas del día veintidós de octubre de dos mil siete, en mi notaría, se constituye la sociedad de esta plaza denominada Sylvia Santacruz Bikini Shop Sociedad Anónima. Se elije junta directiva y fiscal. Plazo 99 años.—San José, veintidós de octubre de dos mil siete.—Lic. Bernald Vargas Montero, Notario.—1 vez.—Nº 52690.—(95095).

Al ser las diez horas del día cinco de diciembre de dos mil seis, en mi notaría, se protocolizó acta de Grupo Grafico Industrial G G I S. A. Se elije junta directiva y fiscal.—San José, trece de junio de dos mil siete.—Lic. Bernald Vargas Montero, Notario.—1 vez.—Nº 52691.—(95096).

Al ser las ocho horas del día veintidós de octubre de dos mil siete, en mi notaría, se constituye la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Soca S & C Sociedad Anónima. Se elije junta directiva y fiscal. Plazo 99 años.—San José, veintidós de octubre de dos mil siete.—Lic. Bernald Vargas Montero, Notario.—1 vez.—Nº 52692.—(95097).

Ante mí Carlos Fernández Vásquez, notario público, se constituyó la empresa denominada K.H.J.D Vásquez Limitada, con un plazo social de noventa y nueve años y un capital social de doce mil colones, domiciliada en Buenos Aires de Palmares, Alajuela, cincuenta metros este de Concrepal. Es todo.—Palmares, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 52693.—(95098).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del doce de setiembre de dos mil siete, Víctor Hugo Salgado Mora, cédula tres-dos ocho cuatro-cero seis uno; viene a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima Comercial Darocri La Fortaleza Sociedad Anónima.—Cartago, trece de setiembre del dos mil siete.—Lic. Rafael Antonio Rojas Montoya, Notario.—1 vez.—Nº 52694.—(95099).

Por escritura autorizada a las 17:00 horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Oteomar Sociedad Anónima, mediante la cual se repuso nombramiento del presidente.—San José, 22 de octubre del 2007.—Lic. Sergio Donato Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 52696.—(95100).

Por escrituras otorgadas a las 8:00 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la sociedad Corcovado Eco-Lodge Sociedad Anónima, por la cual se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo y se reorganiza la junta directiva.—San José, 2 de abril del 2007.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 52697.—(95101).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del día once de setiembre del dos mil siete. Se constituye la sociedad denominada Suministros de Limpieza del Pacífico SULIPA Sociedad Anónima, presidente el señor Hayson Agüero Zúñiga, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: un millón de colones netos. Plazo social: noventa y nueve años.—Quepos, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Yuri Alonso Ramírez Acón, Notario.—1 vez.—Nº 52698.—(95102).

Ante nosotros Gilberto y Yalile ambos Villalobos Zamora, se modifica el nombre social, el domicilio, la representación y la junta directiva, de la sociedad Consultores 22 24 Sociedad Anónima, por Inversiones Samaná S. A., y el domicilio, mediante escritura número 23 del tomo 23 del primer notorio.—San José, 9 de octubre del 2007.—Lic. Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 52699.—(95103).

Ante nosotros Gilberto y Yalile ambos Villalobos Zamora, se protocoliza el acta por la que se modifica el domicilio, de la sociedad Inversiones Mayana Sociedad Anónima, mediante escritura número 26 del tomo 23 del primer notorio.—San José, 17 de octubre del 2007.—Lic. Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 52700.—(95104).

Por escritura otorgada ante esta notaria se constituye la sociedad con domicilio en Alajuela denominada Kimberly Holdings CR Sociedad Anónima.—Heredia, 23 de octubre del 2007.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 52704.—(95105).

Por escritura otorgada ante esta notaria se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Badu Sociedad Anónima.—Heredia, 23 de octubre del 2007.—Lic. Maribel Chavarría Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 52705.—(95106).

Ante esta notaría se procedió a constituir la sociedad denominada La Taquiza Taco Bar Sociedad Anónima, plazo cien años, objeto agricultura, industria y comercio en general, capital social cien mil colones y cuyo representante es Rogelio García Pineda, María Fernanda Peralta Rivera y Gregorio Brilla Peralta.—San José, ocho horas del veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—Nº 52708.—(95107).

Ante esta notaría se procedió a reformar la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad Fontana Troz S. A. siendo su nueva razón social Ditroz Estética un Paso para la Belleza Sociedad Anónima.—San José, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—Nº 52709.—(95108).

Mediante escritura número: ciento cincuenta del tomo uno de mi protocolo, protocolicé acta de modificación de la cláusula segunda, en cuanto al domicilio social, de los estatutos de la empresa Compañía Financiera Comercial Sociedad Anónima.—Lic. Arturo Alejandro Pérez Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 52710.—(95109).

Servicentro Pacayas Cartago Norte Sociedad Anónima protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, se nombra nuevo fiscal. Escritura otorgada en Cartago a las ocho horas del veintitrés de octubre 2007, ante el notario Ronald Gerardo Cerdas Rojas.—San José, 24 de octubre del 2007.—Lic. Ronald Gerardo Cerdas Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 52712.—(95110).

Ante esta notaría mediante escritura número doscientos cincuenta y dos de las diez horas del seis de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Kabull Serigráficos Sociedad Anónima, plazo noventa y nueve años, capital cien mil colones, presidente Kabull Vílchez Calderón.—San José, diecisiete de octubre del dos mil siete.—Lic. Carina Mattera Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 52714.—(95111).

Ante esta notaría mediante escritura número doscientos cincuenta y siete de las catorce horas del veinte de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Soldadura R & N del Oeste Sociedad Anónima, plazo noventa y nueve años, capital cien mil colones, presidente Gilberto Ramón Núñez.—San José, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Carina Mattera Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 52715.—(95112).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veinte de octubre del dos mil siete, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Jugando Como Gato Pansa Arriba Sociedad Anónima, se cambia presidente de junta directiva.—Lic. Lilliam Solano Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 52717.—(95113).

Por escritura número ciento sesenta y seis, otorgada en San Ramón; a las nueve horas del diecisiete de octubre del año dos mil siete, Glen Alonso Chavarría Rojas y Elsa María Castillo Sibaja, constituyeron la sociedad denominada Costa Rican Lands Investments Sociedad Anónima, que por ser nombre en el idioma inglés se traduce así Inversiones Tierras Costarricenses, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en S. A.; que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Presidente: el socio Glen Alonso Chavarría Rojas. Domicilio: Urbanización Los Parques, tercera etapa, lote número diez, San Rafael, San Ramón, Alajuela.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—Nº 52720.—(95114).

Ante este notario se ha constituido el día doce de setiembre en curso la sociedad denominada Inversiones Dream Makerts Internacional Sociedad Anónima. Capital social de un millón de colones. Plazo de noventa y nueve años. Domicilio en Palmares de Alajuela doscientos metros sur colegio bilingüe. Objeto el comercio.—Palmares, 16 de octubre del 2007.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 52723.—(95115).

A las 13:00 y 14:00 horas del día de hoy protocolicé en mi notaría actas de asamblea general de las compañías 3-102-491869 Ltda. y 3-102-494260 Ltda. Se reforma cláusula VI del pacto social.—San José, 19 de octubre del 2007.—Lic. Édgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—Nº 52726.—(95116).

Se constituyen las firmas de esta plaza Miller Kowalski J C M Sociedad Anónima; Miller & Son J C M Sociedad Anónima. Capital social: Cien mil colones. Presidente: José Christopher Miller. Agente residente: Marco Vinicio Araya Arroyo.—San José, veintitrés de octubre del año dos mil siete.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 52727.—(95117).

Se constituye la firma de esta plaza Brainwave Sportfishing Sociedad Anónima. Capital social: Cien mil colones. Presidente: Adam Caton. Agente residente: Marco Vinicio Araya Arroyo.—San José, veintitrés de octubre del año dos mil siete.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 52728.—(95118).

Por escritura otorgada ante esta notaría se constituyó la sociedad que lleva como nombre: Desarrollos Inmobiliarios Cubero y González Sociedad Anónima, capital enteramente pagado y suscrito.—Pérez Zeledón, veinte de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge William Ávila Obando, Notario.—1 vez.—Nº 52729.—(95119).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 23 de octubre del año 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada Krsna Dharma S. A., se nombra nuevo secretario y agente residente, se cambia el domicilio social y la representación legal.—Guanacaste, 23 de octubre del 2007.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 52739.—(95120).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del día diecisiete de octubre del dos mil siete, se constituyó la Sociedad de Usuarios de Agua de Playa Panamá. Presidente: Baix Ebre Limitada.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—Nº 52740.—(95121).

Por escritura número ciento sesenta y tres, otorgada ante esta notaria el día diecinueve de octubre del año dos mil siete, a las nueve horas, se protocolizó el acta número uno de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de Propiedades Silmore Inc. S. A., mediante la cual se modificó la cláusula quinta de los estatutos sociales y se nombró nuevo presidente de la junta directiva.—San José, diecinueve de octubre del año dos mil siete.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 52743.—(95122).

La suscrita notaria hace constar que ha protocolizado acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, a las nueve horas del dieciséis de octubre del dos mil siete, de la sociedad de esta plaza denominada Blue and Green S. A., en la cual se modifica la cláusula octava: de la administración.—Lic. Olga Doris Torres Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 52745.—(95123).

Por escritura número cuarenta y cinco - tres otorgada en mi notaría a las diecisiete horas del veintitrés de octubre del dos mil siete, se constituyó Electro G Limitada, su domicilio será en San Rafael de Heredia, Barrio La Suiza setenta y cinco metros al oeste del abastecedor Zurquí, plazo cincuenta años, capital íntegramente suscrito y pagado.—Heredia 24 de octubre del 2007.—Lic. Edwin Astúa Porras, Notario.—1 vez.—Nº 52746.—(95124).

Por escritura otorgada ante mí, hoy a las diez horas, se constituye Magraso Caribe Sociedad Anónima, abreviadas últimas palabras S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo, objeto: industria y comercio en general. Capital social ¢1.000.000,00 dividido en acciones comunes. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio: Talamanca, provincia de Limón.—San José, 3 de agosto del 2007.—Lic. Rolando Soto Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 52747.—(95125).

En mi notaría por escritura de las once horas del diecinueve de octubre del año en curso, se nombró nuevo presidente de la sociedad Global Two Construcción A. B. S. A.—San José, 19 de octubre del 2007.—Lic. Hugo Fco. Velazquez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 52748.—(95126).

En mi notaría por escritura de las once horas treinta minutos del diecinueve de octubre del año en curso, se nombró nuevo presidente de la sociedad All State Constructions S. A.—San José, 19 de octubre del 2007.—Lic. Hugo Fco. Velazquez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 52749.—(95127).

En mi notaría por escritura de las doce horas treinta minutos del diecinueve de octubre del año en curso, se nombró nuevo presidente de la sociedad Mega Construcciones Cariari S. A.—San José, 19 de octubre del 2007.—Lic. Hugo Fco. Velazquez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 52750.—(95128).

En mi notaría por escritura de las doce horas del diecinueve de octubre del año en curso, se nombró nuevo presidente de la sociedad Artistic Construction S. A.—San José, 19 de octubre del 2007.—Lic. Hugo Fco. Velazquez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 52751.—(95129).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy se reformó la cláusula novena de los estatutos de Lomas de Tiribi S. A.—San José, 27 de agosto del 2007.—Lic. Alexandra Mena Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 52752.—(95130).

Por escritura número 530 de las 17:00 horas de 23 de octubre de 2007, se constituyó sociedad S.C.S Saunders CR Sociedad Anónima. El presidente tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Lic. Mayela Mora Robles, Notaria.—1 vez.—Nº 52753.—(95131).

Ante esta notaría, se constituyó la empresa dominada Gómez & Arley Sociedad Anónima mediante escritura otorgada en San José a las dieciocho horas del día diecinueve de setiembre del año dos mil siete.—San José, 21 de setiembre del año 2007.—Lic. Yanina Cordero Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 52754.—(95132).

Mediante escritura número ciento treinta y ocho otorgada en mi notaría a las 8:00 horas del día 22 de octubre de 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada Ravasa Internacional RV Sociedad Anónima. Donde se reforma la cláusula sétima de la Administración y la cláusula octava de la vigilancia.—San José, 22 de octubre de 2007.—Lic. Yohanna Valverde Carvajal, Notaria.—1 vez.—Nº 52756.—(95133).

Mediante escritura número ciento treinta y cinco, otorgada en mi notaría a las 13:00 horas del día nueve de octubre de 2007, se constituyó una sociedad anónima denominada Vill Dream Sociedad Anónima. Presidente: Alex Villegas Méndez. Domiciliada en San José, Pavas, Residencial Santa Fe, casa 93.—San José, 23 de octubre de 2007.—Lic. Yohanna Valverde Carvajal, Notaria.—1 vez.—Nº 52757.—(95134).

Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en esta ciudad, la sociedad Anik Apartments Sociedad Anónima, reforma cláusula segunda del pacto constitutivo, nombra nuevo presidenta: Suzanne Balsam Nagel.—Heredia, veintidós de octubre del año dos mil siete.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 52759.—(95135).

Por escritura numero treinta y tres otorgada ante el notario público Mauricio Mata Monge, al ser las quince horas del veintitrés de octubre del dos mil siete, se constituyen cinco sociedades anónimas, con un capital social suscrito y pagado doce mil colones, y se nombra como presidente a Johnnathan Elizondo Reyes.—San José, 24 de octubre del 2007.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—Nº 52761.—(95136).

Ante mi notaría, a las once horas del doce de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Desarrollo del Talento & Consultores Sociedad Anónima, siendo el presidente el señor Manuel Muñoz Lizano.—San José, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Juan Carlos Castillo Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 52762.—(95137).

Por escritura otorgada ante mí, Nicolás Saborío Cubillo, a las doce horas del cinco de setiembre del dos mil siete, se funda la sociedad Inversiones Soto Family Sociedad Anónima. Presidente: Álvaro Rodolfo Soto Gómez. Domicilio social Guápiles, Pococí, Limón, Residencial Llamas del Bosque, ciento cincuenta metros al sur de la entrada principal. Agente residente: Licenciado Nicolás Saborío Cubillo.—Guápiles, quince de octubre del dos mil siete.—Lic. Nicolás Saborío Cubillo, Notario.—1 vez.—Nº 52764.—(95138).

Por escritura número noventa y cuatro-uno, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, a las diez horas del veintitrés de octubre del año dos mil siete, se reforma la cláusula segunda de los estatutos, se nombra nuevo gerente y agente residente de la compañía Patio Olivo Ltda.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—Nº 52765.—(95139).

Protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada The Last Moment Until Dawn Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-403008, mediante la cual se reformó la cláusula sexta de la administración, y se nombra junta directiva. Escritura otorgada ante la notaria pública Ariana Azofeifa Vaglio a las diez horas del veintitrés de octubre del año dos mil siete.—Lic. Ariana Azofeifa Vaglio, Notaria.—1 vez.—Nº 52767.—(95140).

En escritura número cuarenta y seis de las catorce horas del día diecinueve de octubre del dos mil siete, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Condominio La Ladera Bloque AFG Lote Nueve III Sociedad Anónima mediante la cual se reforman las cláusulas sétima y octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Federico Rubinstein Barquero.—San José, 19 de octubre del 2007.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 52768.—(95141).

Que por escritura otorgada ante la notaría del licenciado Rafael Medaglia Gómez, a las 10:00 horas del día 23 de octubre del año 2007, se protocoliza acta de la compañía Las Tortugas de Playa Grande S. A., donde se acuerda reformar la cláusula quinta de los estatutos de la compañía, sea el domicilio.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Rafael Medaglia Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 52769.—(95142).

Ante esta notaría a las 14:00 horas del 22 de octubre del año dos mil siete, mediante escritura 294 del tomo 12 se constituyó la sociedad La Cabaña de La Aurora L.C.A. S. A. Presidente: Edgar Fernando González Montero. Capital social: Doce mil colones. Plazo: 99 años.—Lic. Yamileth Fernández Sandí, Notaria.—1 vez.—Nº 52770.—(95143).

Por escritura número ciento noventa y nueve otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del treinta y uno de agosto del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Consultorías Ambientales El Guayacán Sociedad Anónima. Presidente: Germán Retana Calvo. Capital social: dos millones de colones exactos. Domicilio: Turrialba.—Lic. Marvin José Villagra López, Notario.—1 vez.—Nº 52771.—(95144).

En mi notaría, escritura número 131 del 16 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Propiedades Triparte S. A. Se reforma pacto social y se hacen nombramientos.—San José, 18 de octubre del 2007.—Lic. Aarón Mauricio Arias Artavia, Notario.—1 vez.—Nº 52772.—(95145).

En esta fecha y ante esta notaría comparecieron Oscar José Porras Cascante y Marta Eugenia Calderón Ramírez, constituyeron la empresa denominada Las Luces de San Rafael LSR Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, con un plazo social de cien años a partir de la fecha de constitución; su capital social lo constituye la suma de diez mil colones costarricenses exactos, su domicilio social se localiza en San José, cantón Desamparados, distrito San Rafael Arriba, cincuenta metros al norte del Beneficio. Presidente: Oscar José Porras Cascante.—San José, veinticuatro de octubre del año dos mil siete.—Lic. Gonzalo Alberto Chacón Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 52773.—(95146).

Los señores, Joanna Latham Schneider y Luis Arturo Solís Salazar, constituyen la sociedad anónima BGGB Estates Sociedad Anónima. Escritura número ciento setenta y seis, otorgada en San José ocho horas del diez de octubre del dos mil siete, ante la notaria Giovanna Barrantes Esquivel, visible al folio ciento dieciocho frente del protocolo noveno.—Lic. Giovanna Barrantes Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 52774.—(95147).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las once horas del dieciocho de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada J J & F Sarana V P Sociedad Anónima, con domicilio social en Alajuela. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social sesenta mil colones totalmente suscrito y pagado. Plazo social noventa y nueve años.—San José, 28 de setiembre del 2007.—Lic. Lenín Rojas López, Notario.—1 vez.—Nº 52775.—(95148).

Hago constar que el día nueve de octubre de dos mil siete, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Farmacia Chavarría S. A., en las cuales se reforman las cláusulas, segunda del domicilio y la novena del pacto social de esta compañía.—San José, veintidós de octubre de dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 52776.—(95149).

Hago constar que el día nueve de setiembre de dos mil siete, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la compañía Propiedades Calvo Rojas S R L, en las cuales se reforman las cláusulas, segunda del domicilio y la cuarta de la administración del pacto social de esta compañía.—San José, veintidós de octubre de dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 52777.—(95150).

Hago constar que el día nueve de octubre de dos mil siete, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Lafer S. A., en las cuales se reforman las cláusulas, cuarta del pacto social en lo que respecta plazo y la novena de la administración del pacto social de esta compañía.—San José, veintidós de octubre de dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 52778.—(95151).

Hago constar que el día nueve de octubre de dos mil siete, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Inversiones y Propiedades Chavarría Carranza de Alajuela S. A., en la cual se modifica la cláusula de la administración del pacto social de esta compañía.—San José, veintidós de octubre de dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 52780.—(95152).

Hago constar que el día nueve de octubre de dos mil siete, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Scarleth S. A., en la cual se modifica la cláusula de la administración del pacto social de esta compañía.—San José, veintidós de octubre de dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 52779.—(95153).

Hago constar que el día nueve de octubre de dos mil siete, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Fincorp de Hiero S. A., en las cuales se reforman las cláusulas, segunda del domicilio y la sexta de la administración del pacto social de esta compañía.—San José, veintidós de octubre de dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 52781.—(95154).

Hago constar que el día nueve de octubre de dos mil siete, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Península de Fiesta S. A., en las cuales se reforman las cláusulas, segunda del domicilio y la sexta de la administración del pacto social de esta compañía.—San José, veintidós de octubre de dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 52782.—(95155).

Hago constar que el día nueve de octubre de dos mil siete, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Distribuidora Farcha Comercial S. A., en la cual se modifica la cláusula de la administración del pacto social de esta compañía.—San José, veintidós de octubre de dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 52783.—(95156).

Hago constar que el día nueve de octubre de dos mil siete, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Grupo Lily Pol S. A., en la cual se modifica la cláusula de la administración del pacto social de esta compañía.—San José, veintidós de octubre de dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 52784.—(95157).

Hago constar que el día nueve de octubre de dos mil siete protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Counter Asesores CIF S. A., en la cual se modifica la cláusula de la administración del pacto social de esta compañía.—San José, veintidós de octubre de dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 52785.—(95158).

Hago constar que el día nueve de octubre de dos mil siete protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Fincorp de Petróleo FP S. A., en las cuales se reforman las cláusulas, segunda del domicilio y la sexta de la administración del pacto social de esta compañía.—San José, veintidós de octubre de dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 52786.—(95159).

Hago constar que el día nueve de octubre de dos mil siete protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Creditronic Property Brokers S. A., en la cual se modifica la cláusula de la administración del pacto social de esta compañía.—San José, veintidós de octubre del dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 52787.—(95160).

Hago constar que el día nueve de octubre de dos mil siete protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Alpha Capital Services S. A., en la cual se modifica la cláusula de la administración del pacto social de esta compañía.—San José, veintidós de octubre del dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 52788.—(95161).

Hago constar que el día nueve de octubre de dos mil siete protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Real Tech Capital Services S. A., en la cual se modifica la cláusula de la administración del pacto social de esta compañía.—San José, veintidós de octubre del dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 52789.—(95162).

Por la escritura número ciento treinta y cuatro, otorgada ante esta notaría a las catorce horas del día veintitrés del mes de octubre del dos mil siete, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Servicios Austriacos Uno Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra nuevo tesorero y fiscal. Domicilio social: provincia de Alajuela, La Garita, Quinta Hennerbichler, frente a Restaurante Ticoland.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—Nº 52791.—(95163).

Por la escritura número ciento treinta y uno, otorgada ante esta notaría a las trece horas del día veintitrés de octubre del dos mil siete, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Finca Los Austriacos Número Dos Sociedad Anónima mediante la cual se nombra nuevo tesorero y fiscal. Domicilio social: provincia de Alajuela, La Garita, Quinta Hennerbichler, frente a Restaurante Ticoland.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—Nº 52792.—(95164).

Por la escritura número ciento treinta y dos, otorgada ante esta notaría a las trece horas y quince minutos del día veintitrés del mes de octubre del dos mil siete, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Finca de La Teca Sociedad Anónima mediante la cual se nombra nuevo tesorero y fiscal. Domicilio social: provincia de San José San Pedro Montes de Oca, Lourdes, del Pali cien al norte, cincuenta al este.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—Nº 52793.—(95165).

Por la escritura número ciento treinta y cinco, otorgada ante esta notaría a las catorce horas y treinta minutos del día veintitrés del mes de octubre del año dos mil siete, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Plantación Austriaca Teca Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal. Domicilio social: provincia de Alajuela, La Garita, Quinta Hennerbichler, frente a Restaurante Ticoland.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—Nº 52794.—(95166).

Por la escritura número ciento treinta y tres, otorgada ante esta notaría a las trece horas y treinta minutos del día veintitrés de octubre del dos mil siete, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Finca de Los Austriacos Teca Tres Sociedad Anónima mediante la cual se nombra nuevo tesorero y fiscal. Domicilio social: provincia de Alajuela, La Garita, Quinta Hennerbichler, frente a Restaurante Ticoland.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—Nº 52796.—(95167).

Por la escritura número: Ciento treinta y seis, otorgada ante esta notaría a las quince horas del día veintitrés del mes de octubre del año dos mil siete, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Segunda Plantación Austriaca Teca Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra nuevo tesorero y fiscal. Domicilio Social: provincia de Alajuela, La Garita, Quinta Hennerbichler, frente a Restaurante Ticoland.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—Nº 52795.—(95168).

Hago constar que el día nueve de octubre de dos mil siete, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Pharmaregentes S. A., en la cual se modifica la cláusula de la administración del pacto social de esta compañía.—San José, veintidós de octubre del dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 52797.—(95169).

Hago constar que el día nueve de octubre de dos mil siete, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía CAPCONSA Capitales Contables S. A., en la cual se modifica la cláusula de la administración del pacto social de esta compañía.—San José, veintidós de octubre del dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 52799.—(95170).

Hago constar que el día nueve de octubre de dos mil siete, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía ABSA Asientos y Balances S. A., en la cual se modifica la cláusula de la administración del pacto social de esta compañía.—San José, veintidós de octubre del dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 52800.—(95171).

Escritura 2-219, True Star Incorporated S. A, cédula 3-101-423544, reformó la cláusula segunda (del domicilio) del pacto constitutivo y eliminó la cláusula décimo segunda (del agente residente).—Santo Domingo de Heredia, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 52801.—(95172).

Por escritura otorgada en San José a las diecinueve horas treinta y dos minutos del siete de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad: Altos de Santa Ana Trescientos Cuatro Quebec Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado; Domicilio social: Santa Ana. Plazo: Noventa y nueve años.—Lic. Carolina Sánchez Umaña, Notaria.—1 vez.—Nº 52802.—(95173).

Por escritura otorgada en San José a las dieciocho horas quince minutos del siete de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad: Altos de Santa Ana Doscientos Tres India Sociedad Anónima. Capital social: Suscrito y pagado; domicilio social: Santa Ana. Plazo: Noventa y nueve años.—Lic. Carolina Sánchez Umaña, Notaria.—1 vez.—Nº 52803.—(95174).

Por escritura otorgada en San José, a las diecinueve horas cuarenta y cinco minutos del siete de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Altos de Santa Ana Trescientos Cinco Róger Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado. Domicilio social: Santa Ana. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Carolina Sánchez Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 52804.—(95175).

Luis Gerardo Vargas Chavarría, Manuel Emilio Vargas Chavarría, y Fressia Sinfonte Elizondo, constituyen empresa denominada Elite Fishing And Pleasure Sociedad Anónima, representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: quince mil colones. Escritura otorgada a las 8:00 horas del 23 de julio del 2007.—Lic. Alonso Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 52805.—(95176).

Mediante escritura número 14, iniciada al folio 14 vuelto del tomo 5 de mi protocolo, se ha constituido la empresa Cielo Azul Pacific Golden Coast S. A. El domicilio es: San José, Paseo Colón de la Torre Mercedes, cincuenta metros oeste, veinticinco metros sur, casa S 33, y el presidente ostenta la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, 17 de octubre del 2007.—Lic. Nairy Ulate Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 52806.—(95177).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, se constituyó Guanabacoa Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 52809.—(95178).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, se constituyó la sociedad Tierra Deseable Sociedad Anónima.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 52810.—(95179).

Hago constar que el día nueve de octubre del dos mil siete, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Santa Ana de Orosol HRZ S. A., en la cual se modifica la denominación de la compañía a nombre de CCFC Corporación Comercial de Farmacias Chavarría Sociedad Anónima, se reforman las cláusulas tercera del domicilio y la octava de la administración del pacto social de esta compañía.—San José, veintidós de octubre del dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 52813.—(95180).

Hago constar que el día nueve de octubre de dos mil siete, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Fincorp de Platino S. A., en la cual se modifica la denominación de la compañía a nombre de CIFC Corporación Inmobiliaria Farmacia Chavarría Sociedad Anónima y se modifica la cláusula sexta de la administración del pacto social de esta compañía.—San José, veintidós de octubre del dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 52814.—(95181).

Por escritura número ciento cincuenta y seis, otorgada en mi notaría, a las diecisiete horas del dos de octubre del dos mil siete, se constituye la sociedad denominada Servicios de Peritaje y Asesorías en Seguros (SEPAS) Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Servicios de Peritaje y Asesorías en Seguros (SEPAS) S. A. Capital social cien mil colones. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Jorge Danilo Campos Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 52817.—(95182).

Hago constar que el día nueve de octubre de dos mil siete, protocolicé el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Torre Servicota S. A., en la cual se modifica la cláusula de la administración del pacto social de esta compañía.—San José, veintidós de octubre de dos mil siete.—Lic. Guillermo Solórzano Marín, Notario.—1 vez.—Nº 52718.—(95183).

Por escritura otorgada el día de hoy, Andrés Fait Pacheco y Arlette Fait Monge constituyen sociedad denominada Comercial Fraduca S. A. Capital social cien mil colones. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma, domicilio Cartago, cincuenta metros norte de La Mucap.—Quince de octubre del dos mil cuatro.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 52820.—(95184).

Por escritura otorgada el día de hoy, Gerhart Czech Leal y Crista Dyanne Czech Leal constituyen sociedad denominada Grupo Inversionista Czech S. A. Capital social cien mil colones. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma debiendo actuar conjuntamente domicilio Cartago, cincuenta metros norte de la Mucap.—Dieciocho de octubre del dos mil siete.—Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 52821.—(95185).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas con treinta minutos del día veintitrés de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Phoenix Alba Limitada. Gerente: Ginger Fitzpatrick.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 52823.—(95186).

Por escritura otorgada, ante el notario Luis Fernando Castro Gómez, a las veintiún horas treinta y un minutos del dos octubre del dos mil siete, tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y cuatro mil setecientos diecinueve sociedad anónima. Se modificó la cláusula primera del nombre a La Mansión de Barrio Amón B.G. S. A.—San José, 19 de octubre del 2007.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 52824.—(95187).

Por escritura pública número ciento diecinueve-cinco, otorgada por la suscrita notaria, a las 11:30 horas del día 19 de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Kealy A. R. Sociedad Anónima. Con domicilio social doscientos cincuenta metros norte de la Clínica de Miramar-Montes de Oro-Puntarenas. Representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma: presidente y tesorero.—Lic. Yesenia Villalobos Leitón, Notaria.—1 vez.—Nº 52825.—(95188).

Por escritura otorgada, en mi notaría, al ser las 20:00 horas del 10 de octubre del 2007, se constituyó la fundación denominada Fundación La Gran Esperanza Internacional Colegio Japonés abreviándose FUNDAGESCOL-JAPÓN; domicilio San Pablo de Heredia; plazo: perpetuo; junta administrativa: debidamente constituida; presidente Ricardo Gutiérrez Sandoval.—Lic. José Antonio Corea Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 52826.—(95189).

Ante esta notaría, por escritura otorgada ante el suscrito, número cincuenta y tres, otorgada a las 16:00 horas del día 12 de octubre del 2007, tomo quinto de mi protocolo, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo 33171-J. Plazo social: 99 años, presidenta: Catalina Rodríguez Chinchilla, capital social: diez mil colones exactos, domicilio: Alajuela San Carlos, Ciudad Quesada. Agente residente: Licenciado Carlos Francisco Millet Nieto.—Lic. Carlos Francisco Millet Nieto, Notario.—1 vez.—Nº 52827.—(95190).

Gary (nombre) Eugene (nombre) Rowlett (apellido), y Linda (nombre) Faye (nombre) Rowlett constituyen sociedad denominada Gary And Linda Farm Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las quince horas del veintidós de octubre del dos mil siete, ante la Licenciada Mailing Quirós Barquero.—Lic. Mailing Quirós Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 52829.—(95191).

Por escritura número 63 del tomo 11 de mi protocolo, otorgada las 11:30 horas del 23 de octubre del 2007, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Marinoski S. A., cuyos representantes judiciales y extrajudiciales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma son el presidente y secretario, quienes podrán actuar conjunta o separadamente.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Carlos Mariano Arrea Anderson, Notario.—1 vez.—Nº 52836.—(95192).

Al ser las veinte horas del dieciocho de octubre del dos mil siete, los señores Willy Hernández Chan y Wilbert Jiménez Pérez, comparecen ante esta notaría, con la finalidad de constituir la compañía denominada Vía DTEC Desarrollo y Tecnología Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia de San José, Goicoechea, Guadalupe, Urbanización Esquivel Bonilla, del Colegio de Microbiólogos de Costa Rica, veinticinco metros este y cincuenta norte.—San José, a las dieciocho horas diez minutos del veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Francisco Li González, Notario.—1 vez.—Nº 52838.—(95193).

Al ser las diecinueve horas del dieciocho de octubre del dos mil siete, los señores Willy Hernández Chan y Wilbert Jiménez Pérez comparecen ante esta notaría, con la finalidad de constituir la compañía denominada Inversiones y Desarrollos Costa Pacífico del Mar CPM Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia de San José, Goicoechea, Guadalupe, Urbanización Esquivel Bonilla, del Colegio de Microbiólogos de Costa Rica, veinticinco metros este y cincuenta norte.—San José, a las dieciocho horas del veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Francisco Li González, Notario.—1 vez.—Nº 52839.—(95194).

Al ser las diecinueve horas treinta minutos, del dieciocho de octubre del dos mil siete, los señores Willy Hernández Chan, Fernando Rojas Piedra y Wilbert Jiménez Pérez, comparecen ante esta notaría, con la finalidad de constituir la compañía denominada Central Valley Developers Sociedad Anónima, el cual en idioma español significa Desarrolladores del Valle Central Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia de San José, Goicoechea, Guadalupe, Urbanización Esquivel Bonilla, del Colegio de Microbiólogos de Costa Rica, veinticinco metros este y cincuenta norte.—San José, a las dieciocho horas diez minutos del veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Francisco Li González, Notario.—1 vez.—Nº 52840.—(95195).

Al ser las dieciocho horas treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil siete, los señores Willy Hernández Chan, Wilbert Jiménez Pérez y Fernando Rojas Piedra, comparecen ante esta Notaría con la finalidad de constituir la compañía denominada Lapa Valley Herradura LVH Sociedad Anónima, el cual en idioma español significa Villa Lapa Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia de San José, Goicoechea, Guadalupe, Urbanización Esquivel Bonilla, del Colegio de Microbiólogos de Costa Rica, veinticinco metros este y cincuenta norte.—San José, a las dieciocho horas del veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Francisco Li González, Notario.—1 vez.—Nº 52841.—(95196).

Al ser las dieciocho horas del dieciocho de octubre del dos mil siete, los señores Willy Hernández Chan y Wilbert Jiménez Pérez comparecen ante esta Notaría con la finalidad de constituir la compañía denominada Residencias del Gran Área Metropolitana GAMSA Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia de San José, Goicoechea, Guadalupe, Urbanización Esquivel Bonilla, del Colegio de Microbiólogos de Costa Rica, veinticinco metros este y cincuenta norte.—San José, a las dieciocho horas del veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Francisco Li González, Notario.—1 vez.—Nº 52842.—(95197).

Por acuerdo de junta administrativa de la Fundación Costarricense para Ciegos (FUCOPCI), se modificó el domicilio social, que en adelante será: San José, avenida tercera, Edificio Herdocia. La misma fue protocolizada por la notaria Vilma Solano Pérez.—San José, 22 de octubre del 2007.—Lic. Vilma Solano Pérez, Notaria.—1 vez.—Nº 52846.—(95198).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, Carlos José Muñoz Herrera y Griselda Freer Alfaro constituyen la sociedad Inversiones Griscar de Costa Rica S. A. Escritura otorgada en San José a las doce horas del once de octubre del 2007.—Lic. Roxana Herrera Peña, Notaria.—1 vez.—Nº 52847.—(95199).

Dairo Antonio Vinasco Largo, con cédula de refugiado número 117000743719, Julio Alberto Meneses Londoño, cédula de refugiado número 117000934303, Lenis Yasmid Sánchez, con cédula de refugiada número 117000349022, Angie Marcela Vinasco Parra, número 117000144003. Solicitan al Registro Mercantil inscripción de constitución de la sociedad anónima denominada Construcol Andina S. A.—San José, 18 de octubre del 2007.—Lic. Ana Rosario Hernández Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 52848.—(95200).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Comercializadora Fronsmarc Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Domicilio social: San José, Goicoechea.—San José, 24 de octubre del 2007.—Lic. Piero Vignoli Chessler, Notario.—1 vez.—Nº 52849.—(95201).

Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las diez horas del día veinte de setiembre del dos mil siete, José Antonio Fallas Navarro y Gerardo Antonio Vásquez  Alfaro, constituyeron  Construcción Actual  S. A., objeto: el objeto de la sociedad es la construcción en general, administración de proyectos, movimientos de tierra, asfaltados, consultorías, así como el comercio en el sentido más amplio, agricultura, industria, ganadería, turismo, prestación de servicios y toda clase de actividades y servicios conexos. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: el socio José Antonio Fallas Navarro con todas las facultades.—Grecia, 24 de octubre del 2007.—Lic. Greivin Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 52851.—(95202).

Ante esta notaría, se ha constituido la sociedad Bufalo Costa Rica Limitada. Capital social suscrito y pagado.— Nicoya, 22 de octubre del 2007.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 52852.—(95203).

Protocolización de acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Quinta Llano Bonito Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-doscientos sesenta y cuatro mil quinientos dos, en la cual se modifican las cláusulas sexta de los estatutos sociales, y se nombra nuevo gerente. Escritura otorgada a las dieciocho horas del veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. María del Carmen Calvo Monney, Notaria.—1 vez.—Nº 52854.—(95204).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del quince de octubre del 2007, Gioconda Soto Corrales y Miguel Ángel Soto Arce constituyeron APRONE Asesoría en Procesos de Negocio Sociedad Anónima. Presidenta: Gioconda Soto Corrales. Domicilio social: San Pablo de Heredia Residencial Rincón Verde etapa uno casa 23-A, capital social de dos mil colones. Plazo social: 100 años.—Heredia, quince horas del quince de octubre del dos mil siete.—Lic. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 52856.—(95205).

En 1a ciudad de Cartago a1 ser las quince horas del veintidós de octubre del dos mil siete, Alvín Gerardo Thames Rojas y Huberth Trejos Camacho, constituyen la sociedad anónima Contrataciones T Y T de Cartago Sociedad Anónima. Ante el notario Christian Chinchilla Monge.—Cartago, al ser las quince horas del veintidós de octubre del dos mil siete.—Lic. Christian Chinchilla Monge, Notario.—1 vez.—Nº 52857.—(95206).

Se constituye la firma de esta plaza: Masked Tityra Sociedad Anónima. Presidente: Oldemar Fallas Navarro, cédula número uno - siete seis cinco - cero nueve cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil siete.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 52859.—(95207).

Por escritura número sesenta y uno-dos, otorgada ante mí, a las catorce horas veinte minutos del diecinueve de octubre del dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Precipicios Bale S. A., por la que se reforma la cláusula segunda del domicilio y se acepta la renuncia del presidente de la sociedad y se hace un nuevo nombramiento.—San José, 22 de octubre del 2007.—Lic. Manfred Fischel Robles, Notario.—1 vez.—Nº 52860.—(95208).

Se constituye la firma de esta plaza: Antifacito Coronigrís Sociedad Anónima. Presidente: Oldemar Fallas Navarro, cédula número uno-siete seis cinco-cero nueve cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil siete.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 52861.—(95209).

Se constituye la firma de esta plaza: Mosquerito de la Isla del Coco Sociedad Anónima. Presidente: Oldemar Fallas Navarro, cédula número uno-siete seis cinco - cero nueve cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución.—San José, seis de setiembre del dos mil siete.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 52862.—(95210).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las 10:00 horas, del día de hoy, se constituyó la sociedad anónima denominada CRV Viajes Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 24 de octubre del 2007.—Lic. Emilia Ma. Chacón Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 52863.—(95211).

Ante: Ignacio Sánchez Ramírez, notario, se constituyó la sociedad anónima Muebles Rústicos del Sur MRS S. A. Domicilio: San José. Plazo: 100 años. Presidenta: Sandra Vargas Hernández.—San José, a las 13:00 horas de 3 de octubre del 2007.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.— 1 vez.—Nº 52865.—(95212).

Por escritura otorgada, en San José a las 10:00 horas del 5 de octubre 2007. Constitución de sociedad anónima cuya denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Representación Judicial y extrajudicial a cargo de presidente y secretario.—San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. Karla Naranjo Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 52867.—(95213).

Por escritura otorgada, en San José a las 11:00 horas del 5 de octubre 2007. Constitución de sociedad anónima cuya denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Representación judicial y extrajudicial a cargo de presidente y secretario.—San José, 5 de octubre del 2007.—Lic. Karla Naranjo Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 52868.—(95214).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las once horas del veintidós de octubre del dos mil siete, se constituye la sociedad con domicilio en la ciudad de Parrita, denominada The Best Food In Quepos Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social la suma de cien mil colones.—Lic. Nikohl Vargas Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 52872.—(95215).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del once de octubre del dos mil siete, se constituye la sociedad denominada Pesca Momo del Pacífico S. A. Capital social la suma de cien mil colones.—Lic. Nikohl Vargas Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 52873.—(95216).

Por escritura número 36, otorgada ante mi notaría, el 13 de mayo del 2006, se constituye la empresa P C R Coto Sociedad Anónima, con domicilio en Santa Rosa (distrito noveno) de Turrialba, con el objeto de ejercer el comercio, la agricultura, la industria y la ganadería, en general, plazo: noventa y nueve años a contar de la constitución, capital: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Turrialba, veintidós de octubre del dos mil siete.—Lic. Luis Carlos Montoya Piedra, Notario.—1 vez.—Nº 52877.—(95217).

Por escritura número 78, otorgada ante mi notaría, el 12 de setiembre del 2007, se constituye la empresa Inversiones Felca Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Guayabos de Curridabat, de la casa del Embajador de Italia, cien metros este, veinticinco sur y ciento cincuenta este, con el objeto de ejercer el comercio, la agricultura, la industria y la ganadería, en general, plazo: noventa y nueve años a contar de la constitución, capital: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Turrialba, veintidós de octubre del dos mil siete.—Lic. Luis Carlos Montoya Piedra, Notario.—1 vez.—Nº 52878.—(95218).

Mediante escritura número doscientos tres, de las 10:00 horas del 30 de junio del 2007, se constituye Constructora Hermanos Carpio Limitada, con domicilio en El Cairo, Siquirres. Capital: cien mil colones. Gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Romel Orane Anglin, Notario.—1 vez.—Nº 52880.—(95219).

Por escritura número 90, otorgada a las 8:00 horas del día 24 de octubre del año 2007, Notaría Internacional S. A. y Notaría Metropolitana S. A. constituyeron 20 sociedades anónimas que llevarán como denominación social el número de cédula jurídica que se les asigne. Capital cien mil colones. Domicilio San José, presidente Francisco Javier Vargas Solano.—Lic. Guido Laboranti Marchini, Notario.—1 vez.—Nº 52882.—(95220).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las dieciocho horas cuarenta y cinco minutos del diecinueve de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Gilnav del Mar Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital suscrito y pagado, gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, diecinueve de octubre del dos mil siete.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 52883.—(95221).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las doce horas veinte minutos del veintitrés de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Hec & Shi de Cipreses Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital suscrito y pagado, primer gerente y segundo gerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando solo de forma conjunta.—Cartago, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 52884.—(95222).

Por escritura otorgada, a las quince horas del veintidós de octubre de dos mil siete. Ante el notario José Joaquín Soto Chavarría, los señores Gabriel Chávez Miranda y Adriana Gómez Espinoza, constituyeron una sociedad anónima denominada Camate-Ito Sociedad Anónima, domicilio: el domicilio, será en San José, calle once, avenidas dos y dos bis, número doscientos cincuenta y cinco, capital social: el capital social es la suma de diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas con un valor de mil colones cada una. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, 22 de octubre del 2007.—Lic. José Joaquín Soto Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 52886.—(95223).

En mi notaría el día diecisiete de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Cuatro por Cuatro W D Sociedad Anónima, como presidente Heiner Valdés Castillo, capital social diez mil colones, diez acciones comunes y nominativas.—Lic. Pedro Farrier Brais, Notario.—1 vez.—Nº 52887.—(95224).

Por escritura otorgada, a las catorce horas treinta minutos del veintidós de octubre del dos mil siete. Ante el notario José Joaquín Soto Chavarría, los señores Gabriel Chávez Miranda y Adriana Gómez Espinoza, constituyeron una sociedad anónima denominada Pajija Mikaus Sociedad Anónima, domicilio: el domicilio, será en San José, calle once, avenidas dos y dos bis, número doscientos cincuenta y cinco, capital social: el capital social es la suma de diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas con un valor de mil colones cada una. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, 22 de octubre del 2007.—Lic. José Joaquín Soto Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 52888.—(95225).

El suscrito notario, Salvador Calderón Alvarado, hago constar que a las ocho horas del veinte de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Fresaire S. A., con un capital de cien mil colones, plazo de noventa y nueve años a partir de la constitución. Presidente con las facultades de apoderado generalísimo.—San José, veinte de octubre del dos mil siete.—Lic. Salvador Calderón Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 52889.—(95226).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veintidós de octubre del año dos mil siete, se constituye la sociedad denominada Veintiocho de Octubre del Sesenta y Siete Sociedad Anónima. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital suscrito y pagado con aporte y letras de cambio.—Tilarán, veintidós de octubre del año dos mil siete.—Lic. Ana Isabel Paniagua Lacayo, Notaria.—1 vez.—Nº 52891.—(95227).

Por escritura otorgada, a las 9:00 horas de hoy ante mí, se constituyó la sociedad Distribuidora Chiny Natural S. A. Domicilio: Barva de Heredia. Capital: diez mil colones. Plazo: 99 años a partir de su constitución. Presidenta y tesorera con facultades de apoderadas generalísimas sin límite de suma, actuando separadamente.—San José, 21 de setiembre del 2007.—Lic. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—Nº 52894.—(95228).

Por escritura otorgada, el 5-10-2007, se constituyó Servicios Médicos Zafrani Barrantes Ltda. Domicilio San José, dos gerentes. Plazo 99 años, capital diez mil colones.—Lic. Jimmy Solano Ulloa, Notario.—1 vez.—Nº 52895.—(95229).

Mediante escritura otorgada, a las 15:00 horas del 12 de octubre del 2007, se constituyó la entidad Unallend Sociedad Anónima, nombre de fantasía. Plazo social 99 años a partir de dicha fecha. Domicilio San Pedro, Los Yoses, costado sur Iglesia Fátima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 22 de octubre del 2007.—Lic. Lyannette Petgrave Brown, Notaria.—1 vez.—Nº 52896.—(95230).

En esta notaría, a las nueve horas del veintidós de octubre del dos mil siete, por escritura número doscientos cuarenta y seis, protocolo octavo,  protocolizo  acta  número  uno  de  Inversiones y Más R. C. G. S. A., que modifica los estatutos segundo, quinto y sétimo, de su constitución. Se nombra por todo el plazo social vicepresidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma a Evelyn Solórzano Morera.—Lic. Clara Isabel Loría Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 52898.—(95231).

Por escritura otorgada, ante la notaria pública Gladys Inés Barquero Melchor, a las quince horas del día veinticinco de setiembre del año dos mil siete, comparece el señor Raúl Camarena Flores abrir sucursal de la sociedad panameña Wyeth Pharmaceuticals Central América Services Sociedad Anónima (Wyeth Farmacéutica Centroamérica Servicios, Sociedad Anónima), pudiendo abreviarse Wyeth Pharmaceuticals Central América Services S. A. (Wyeth Farmacéutica Centro América Servicios S. A.) denominación social de fantasía.—San José, 24 de octubre del año dos mil siete.—Lic. Gladys Inés Barquero Melchor, Notaria.—1 vez.—Nº 52897.—(95232).

En esta notaría, a las ocho horas del veinticuatro de octubre del dos mil siete, por escritura número doscientos cuarenta y siete, protocolo octavo, protocolizo acta número seis de la empresa Solórzano y Morera S. A., que modifica el estatuto noveno de su constitución. Los apoderados generalísimos deben actuar en forma conjunta únicamente.—Lic. Clara Isabel Loría Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 52899.—(95233).

Por escritura otorgada, a las 16:00 horas del 17 de octubre del 2007, se efectúa nuevos nombramientos de junta directiva de la entidad La Princesa de Bello Horizonte S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y seis mil ochocientos siete.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 52901.—(95234).

Por escritura número ciento noventa y uno, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veintitrés de octubre de dos mil siete, las señoras Silvia Cristina Hernández Garnier y Rosibel Villalobos Vindas, constituyeron una sociedad anónima cuya denominación social se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de la constitución de empresas comerciales, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del día catorce de junio de dos mil seis, capital social: cien mil colones. Representación: presidente de la junta directiva, domicilio: provincia de San José, Barrio Los Yoses, San Pedro, costado norte de la Iglesia de Fátima, casa veinte cuarenta y uno.—San José, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—Nº 52902.—(95235).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Eco Acabados de Centroamérica Sociedad Anónima con domicilio social en la provincia de Heredia, Santo Domingo, a las catorce horas del primero de setiembre del dos mil siete. Su plazo de noventa y nueve años. El capital social se constituye con la suma de ciento veinte mil colones, representado por doce acciones comunes y nominativas de diez mil colones. Su objeto son los servicios constructivos y acabados especiales en distintas áreas de la construcción civil así como ejercer prácticas comerciales en la especialidad. Se nombra como presidente a Tomas Arce Villalobos, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma junto con Alberto Villalobos Ramírez y Orlando Antonio Marín Arguedas.—San José, 1º de setiembre del dos mil siete.—Lic. Víctor Manuel Blanco Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 52903.—(95236).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 22 de octubre del 2007, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social corresponderá la cédula jurídica que se le asigné al finalizar el proceso de inscripción, lo anterior conforme al Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, publicado en La Gaceta ciento catorce, que se refiere al reglamento para inscripción de la constitución de empresas comerciales, utilizando únicamente el número de cédula de persona jurídica como denominación social. Sociedad cuyo domicilio social corresponde a: San José, Zapote, Barrio Córdoba, cien metros y ciento cincuenta metros este de Autos Bohío. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, dieciséis de octubre del dos mil siete.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº 52904.—(95237).

Por escritura otorgada, ante este notario Comp. Lab Rojas y Bucardo S. A., cédula jurídica 3-101-359500, nombra nueva junta directiva, cambia su razón social, domicilio y representación. Presidente: Leonel Antonio Bucardo.—Lic. Alfredo Álvarez Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 52905.—(95238).

Por escritura número ciento veintisiete otorgada ante la suscrita notaria, a las diez horas del día veintidós de octubre del dos mil siete; se modificó la cláusula sexta de los estatutos de la compañía denominada Bosque B. M. T. Sociedad Anónima.—San José, veintidós de octubre del dos mil siete.—Msc Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 52906.—(95239).

Por medio de escritura otorgada en San José, a las 11:00 horas del 22 de octubre del 2007, se protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, de la empresa denominada Globalcom Enterprise Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula quinta.—San José, 23 de octubre del año 2007.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 52907.—(95240).

Por medio de escritura otorgada en San José, a las 10:00 horas del 22 de octubre del 2007, se protocolizaron acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, de la empresa denominada Morgan Warehouse Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula cuarta.—San José, 23 de octubre del año 2007.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 52908.—(95241).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del día dos de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Ocean View of The Pacific Limitada. Capital suscrito y pagado. Es todo.—San José, dos de octubre del dos mil siete.—Lic. Alberto Castillo Barahona, Notario.—1 vez.—Nº 52910.—(95242).

Ante la notaría de esta plaza, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Adventures Divers Sociedad Anónima, denominada en español Buzos de Aventura Sociedad Anónima, la representación la ostenta el presidente.—Ciudad Quesada, seis de setiembre del dos mil siete.—Yeiner Araya Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 52911.—(95243).

Ante Lic. Douglas Avendaño Chaverri, a las 8:00 horas del 12 de octubre del 2007, se constituyó J. C. Segura y Chaves San Francisco Uno S. A.—San José, 12 de octubre del 2007.—Lic. Douglas Avendaño Chaverri, Notario.—1 vez.—Nº 52912.—(95244).

Ante Lic. Douglas Avendaño Chaverri, a las 9:00 horas del 12 de octubre del 2007, se constituyó J. C. Segura y Chaves San Francisco Dos S. A.—San José, 12 de octubre del 2007.—Lic. Douglas Avendaño Chaverri, Notario.—1 vez.—Nº 52913.—(95245).

Ante Lic. Douglas Avendaño Chaverri, a las 10:00 horas del 12 de octubre del 2007, se constituyó J. C. Segura y Chaves San Francisco Tres S. A.—San José, 12 de octubre del 2007.—Lic. Douglas Avendaño Chaverri, Notario.—1 vez.—Nº 52914.—(95246).

Ante esta co-notaría, a las 11:00 horas del día de hoy, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Jardines de Viena S. A., donde se reforma la cláusula de la representación de los miembros de junta directiva y se nombra nuevo Consejo de Administración.—San José, 24 de octubre del año 2007.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 52916.—(95247).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Recursos Humanos Valle del Sol Sociedad Anónima. Capital debidamente suscrito y pagado.—San José, 24 de octubre del 2007.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—Nº 52919.—(95249).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa San Juan de las Damas L M S S. A., por medio de la cual se reforman las cláusulas: tercera y sétima de los estatutos, y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Escritura otorgada en San José, a las 18:00 horas del 23 de octubre del 2007.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Carlos Chaverri Negrini, Notario.—1 vez.—Nº 52920.—(95250).

Por escritura otorgada, a las once horas del siete de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Filtros Orotina Torres Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, con un plazo de noventa y nueve años, domiciliada en Orotina centro, Alajuela. Presidente: Aglaee Avilés Campos.—Lic. Alexa Rodríguez Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 52921.—(95251).

Por escritura pública, se constituyen las sociedades denominadas: MV Associates In Legal Services ALS Sociedad Anónima, MV Providing Full Services Company PFS Sociedad Anónima, MV Costa Rican Partners In Business CRPB Sociedad Anónima, MV Intelligent Investments In Central American IICA Sociedad Anónima y MV Clever International Union CIU Sociedad Anónima, en todas presidente, secretario y tesorero, representantes y domicilio San José.—San José, 24 de octubre del 2007.—Lic. Karol Claudel Palma, Notaria.—1 vez.—Nº 52922.—(95252).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día veinte de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Cleantronis Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado, presidente: Fernando Borbón Ortega, plazo: noventa y nueve años.—San José, 24 de octubre del 2007.—Lic. Eric Rodríguez Steller, Notario.—1 vez.—Nº 52923.—(95253).

Mediante escritura pública otorgada, a las trece horas del día de hoy, ante la suscrita notaria, se constituye la compañía Mobero Sociedad Anónima, capital social: suscrito y pagado en dinero efectivo. Objeto: comercio e industria en general. Plazo: noventa y nueve años. Administración: junta directiva de tres miembros.—Alajuela, veintidós de octubre del dos mil siete.—Lic. Lilliana Soto Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 52924.—(95254).

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la Administración en la presente resolución, se ordena la publicación por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente resolución Nº 154-2006 DFCA. Ministerio de Seguridad Pública. Dirección Financiera. Departamento de Cobros Administrativos. San José, a las doce horas dos minutos del día veinticuatro de abril del dos mil seis. Acorde con lo ordenado por el artículo 214, siguientes y concordantes, de la Ley General de Administración Pública, y con los acuerdos y alcances y con los acuerdos y alcances del Decreto Ejecutivo Nº 32177 SP, artículo 44, inciso 2), Alcance Nº 1, del Diario Oficial La Gaceta Nº 6 del 10 de enero del 2005, procede este Departamento en calidad de órgano director, a iniciar Procedimiento Ordinario Administrativo en contra del señor Parrales Miranda Álvaro, portador de cédula de identidad número 2-470-701, ex servidor de este Ministerio, vecino San Felipe de Aurora de Alajuelita, de la subestación de la CNFL, 300 norte, casa Nº 26, color negro, por cuanto según oficio 2876-06 DRH-RC, de fecha 06 de abril del 2006, suscrito por el Lic. Francisco López Trejos, jefe del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones, indica que por el total de 41 jornadas pagadas y no laboradas entre el año 2003 y 2005, adeuda la suma de ¢232.426.75 (doscientos treinta y dos mil cuatrocientos veintiséis colones con setenta y cinco céntimos), jornadas que a continuación se citan y que mediante resoluciones en firme se confirma su pago: del 20 al 23 julio del 2003, del 28 de julio al 07 de agosto del 2003, del 04 al 18 de julio del 2004, 11 y 15 enero del 2005, 9, 11, 30, 31 de marzo del 2005, 2 y 4 abril del 2005, 3, 5, 6 de mayo del 2005. Dicho proceso será instruido por el Lic. Francisco Santos Méndez, teléfono 227-4866, ext 322. Recábese la prueba a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, y en razón de lo anterior, se le hace saber al señor Parrales Miranda que este órgano director ha ordenado realizar una comparecencia oral y privada por lo que deberá presentarse dentro de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la última publicación de esta resolución en el Departamento de Cobros Administrativos ubicado en las Oficinas Centrales, sita en barrio Córdoba, frente al Liceo Castro Madriz, a las 10:30 a. m. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa al señor que dicho proceso se realiza para esclarecer la verdad real de los hechos, y en razón de lo anterior, se le hace saber que la comparecencia oral y privada es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes, por lo que la prueba que estime necesaria en defensa de sus intereses puede hacerla llegar a este Despacho, antes o al momento de la comparecencia, si lo hiciera antes deberá hacerlo por escrito. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución proceden los recursos de Revocatoria y Apelación en Subsidio, a interponer ante el órgano director que dicta esta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el segundo al conocimiento del superior jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la notificación de este acto y los enviados vía fax. De igual manera, se le hace saber al mencionado (a) que deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado aunque puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Departamento Cobros Administrativos, Órgano Director.—Lic. Kattia Sequeira Muñoz, Jefa.—(Solicitud Nº 49053).—C-76250.—(95527).

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la Administración en la presente resolución, se ordena la publicación por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente Resolución Nº 432-2006 DFCA.—Ministerio de Seguridad Pública. Departamento de Cobros. Dirección Financiera. San José, a las diez horas con dos minutos del quince de diciembre del dos mil seis. Acorde con lo ordenado por los artículos 214, 308, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública y con fundamento en lo preceptuado en el Decreto 32177-SP, artículo 44, inciso 2), Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad Pública, publicado en el Alcance Nº 1, La Gaceta Nº 6, del 10 de enero del año 2005, procede este Órgano Director, a iniciar Procedimiento Ordinario de Cobro Administrativo contra Jonathan Castro Pérez, cédula de identidad Nº 1-1028-979, exestudiante de este Ministerio, vecino de Puntarenas, San Vito, San Antonio de Sabalito, en pulpería San Antonio, por cuanto según resolución Nº 445-2006 DM de las diez horas del tres de febrero del 2006, emitida por el Despacho del Ministro, resuelve acoger la recomendación del órgano director, según se desprende de la resolución Nº 78-2006 AJ de las nueve horas del tres de febrero del 2006 de Proceso Jurídico Contractual, por haber sido declarado responsable por incumplimiento contractual al no completar 1050 horas, según contrato de adiestramiento 245-2001-14 de las siete horas treinta minutos del día dieciséis de enero del 2001, correspondiente al Curso Básico Policial Profesional Nº 14, como daños y perjuicios derivados de lo establecido en la cláusula sexta de dicho Contrato. El monto de lo adeudado por el encausado asciende a la suma de ¢1.800.000,00 (un millón ochocientos mil colones exactos). Dicho proceso será instruido por el Lic. Francisco Santos Méndez, teléfono 227-48-66, ext. 322. Recábese la prueba a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, y en razón de lo anterior, se le hace saber al señor Castro Pérez, que este órgano director ha ordenado realizar una comparecencia oral y privada, por lo que deberá presentarse dentro de los siguientes quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la última publicación de esta resolución, a las diez de la mañana en el Departamento de Cobros Administrativos de esta Dirección, ubicada en las Oficinas Centrales, módulo Hernán Garrón, sita en barrio Córdoba frente al Liceo “Castro Madriz” en la ciudad de San José. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiadas a costa del interesado, advirtiéndose que por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 de la Constitución Política, el 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa al señor Castro Pérez, que la comparecencia oral y privada es el momento procesal oportuno para aportar, recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes, por lo que la prueba que estime necesaria en defensa de sus intereses, puede hacerla llegar a este Despacho, antes o al momento de la comparecencia, si lo hiciera antes deberá hacerlo por escrito. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en subsidio, a interponer ante el órgano director que dicta esta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el segundo al conocimiento del superior jerárquico, pero ello no suspende la comparecencia. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la notificación de este acto y los enviados vía fax. De igual manera, se le hace saber al exfuncionario que deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado aunque puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Departamento Cobros Administrativos, Órgano Director.—Lic. Kattia Sequeira Muñoz, Jefa.—(Solicitud Nº 49053).—C-78065.—(95528).

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la Administración en la presente resolución, se ordena la publicación por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente resolución Nº 143-2006 DFCA. Ministerio de Seguridad Pública. Dirección Financiera. Departamento de Cobros Administrativos. San José, a las ocho horas treinta y dos minutos del día veintinueve de marzo del dos mil seis. Acorde con lo ordenado por el artículo 214, siguientes y concordantes, de la Ley General de Administración Pública, y con los acuerdos y alcances y con los acuerdos y alcances del Decreto Ejecutivo Nº 32177 SP, artículo 44, inciso 2), Alcance Nº 1, del Diario Oficial La Gaceta Nº 6 del 10 de enero del 2005, procede este Departamento en calidad de órgano director, a iniciar procedimiento ordinario administrativo en contra del señor Álvaro Jiménez Soto, portador de cédula de identidad Nº 1-942-411, exservidor de este Ministerio, vecino Puntarenas, Esparza centro, 225 metros norte del hotel Castañuelas. Tel: 636-6372, ya que según resolución Nº 2985-2005 DM, de las 14:30 horas del 14 de julio del dos mil cinco, suscrita por el Despacho del Señor Ministro, la cual ordena a este despacho, “verificar si el citado señor devengó salarios de más los cuales en caso de detectarse deberán serle cobrados”, es así como de conformidad con el oficio 1769-2006 DRH-RC-R del 28 de febrero del presente año, la encargada de Remuneraciones de este ministerio, indica que adeuda las siguientes cantidades: por tres días de la segunda quincena de agosto del 2005, la suma de ¢4.481,74; por incapacidades no deducidas de su salario correspondiente a 75 días del período 14 al 26 de junio del 2004, del 28 de junio al 18 de agosto del 2004 y del 20 al 29 de agosto del 2004, la suma total de ¢237.690,10 lo que genera un total adeudado de ¢242.171,84) doscientos cuarenta y dos mil ciento setenta y un colones con ochenta y cuatro céntimos). Dicho proceso será instruido por el Lic. Francisco Santos Méndez, teléfono 227-4866, ext 322. Recábese la prueba a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, y en razón de lo anterior, se le hace saber al señor Jiménez Soto que este órgano director ha ordenado realizar una comparecencia oral y privada por lo que deberá presentarse dentro de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la última publicación de esta resolución, en el Departamento de Cobros Administrativos, ubicado en las Oficinas Centrales, sita en barrio Córdoba, frente al Liceo “Castro Madriz “ en la ciudad de San José. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa al señor esclarecer la verdad real de los hechos y en razón de lo anterior, se le hace saber al señor Jiménez Soto que la comparecencia oral y privada es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes, por lo que la prueba que estime necesaria en defensa de sus intereses puede hacerla llegar a este Despacho, antes o al momento de la comparecencia, si lo hiciera antes deberá hacerlo por escrito. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución proceden los recursos de Revocatoria y Apelación en Subsidio, a interponer ante el Órgano Director que dicta esta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el segundo al conocimiento del superior jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la notificación de éste acto y los enviados vía fax. De igual manera, se le hace saber al mencionado que deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado aunque puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Departamento Cobros Administrativos, Órgano Director.—Lic. Kattia Sequeira Muñoz, Jefa.—(Solicitud Nº 49053).—C-78065.—(95529).

EDUCACION PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El Despacho del señor Ministro de Educación Pública, a las catorce horas y quince minutos del tres de setiembre del año dos mil siete. Conoce procedimiento administrativo para la recuperación de sumas giradas en exceso a nombre de las personas citadas en la lista que a continuación se detalla en la publicación.

Resultando:

1º—Que el Departamento de Planillas tramitó procedimiento administrativo contra las personas citadas en la presente publicación, tendente a la recuperación de sumas giradas en exceso por el concepto y monto citado en el listado.

2º—Que a las personas citadas no asistieron a audiencia oral y privada, que se realizó en el Departamento de Planillas, sita en San José, antigua escuela Porfirio Brenes, 150 oeste de la Iglesia La Dolorosa, Barrio La Dolorosa, cantón central con el fin que presentara los alegatos, formulara las conclusiones de hecho y de derecho en cuanto a la prueba recabada.

Considerando I

Sobre los Hechos Probados: en este Despacho se tiene por demostrados los siguientes hechos de interés en la resolución final de este asunto:

Primero: Que las personas citadas en el listado laboraron para el Ministerio de Educación Pública.

Segundo: Que a las personas citadas se les giró en exceso los montos y conceptos citados en el listado.

Considerando II

Sobre los Hechos no Probados: este Despacho considera que no existen hechos que deban tenerse por no demostrados y que sean de interés en el presente asunto.

Considerando III

Sobre el Fondo del Asunto: la administración pública está en la obligación de velar porque todas las operaciones financieras que efectúe, de cualquier naturaleza que éstas sean, se realicen dentro de los mandatos legales vigentes. Asimismo está autoriza ejecutar según el artículo 210, inciso 3), de la Ley General de la Administración Pública, a la acción de recuperación de las sumas de dinero que adeuden aquellas personas que son, o han sido, servidores públicos. Dicha acción será ejecutiva y el título que la respalde será la certificación sobre el monto de lo adeudado.

En el caso de marras, las personas citadas en el listado no presentan prueba alguna que demuestre la inexistencia de la obligación que se le imputa, en tanto que el Departamento de Planillas cuenta con acciones de personal e histórico de salarios, donde se evidencia que a este se le giró en exceso los montos y conceptos según se detalla en el listado, por lo que dichos montos constituyen el capital que le adeudan las personas citadas en el listado al Estado. En virtud de lo anterior es conforme a derecho ordenar al administrado el pago de lo que fue girado sin corresponderle, más los intereses que haya percibido por tal circunstancia. Por tanto:

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en las consideraciones citas legales que anteceden.

RESUELVE:

I.—Declarar, para los efectos legales pertinentes que las personas citadas en el listado adeudan a la Administración Pública la sumas que se detallan en el listado.

II.—Comunicar a las personas citadas en el listado que contra la presente resolución puede interponerse el recurso de reposición, que ha de plantearse dentro de los tres días hábiles siguientes a su publicación, de conformidad con el artículo 346 de la Ley General de la Administración Pública

Nombre

Cédula Nº

Concepto

Monto

líquido

ALVARADO MORALES MARVIN

2-338-252

INCAPACIDAD

¢ 2.710.797.37

ARBUROLA PACHECO FRANCISCO

1-329-812

INCAPACIDAD

¢ 1.954.481.76

BRIZUELA MIRANDA ALICIA

1-911-096

INCAPACIDAD

¢ 611.088.49

CARRANZA ROJAS CARMEN

2-416-648

CESE PENSIÓN

¢ 1.310.706.82

CHACÓN QUIRÓS JOSÉ A.

1-686-481

AUSENCIAS

¢ 425.686.13

CHACÓN QUIRÓS JOSÉ A.

1-686-481

CESE 11/05/06

¢ 512.477.12

CHAVES BARBOZA EDUARDO

2-474-254

DIS. LECCIONES

¢ 98.446.24

CHAVES BARBOZA EDUARDO

2-474-254

PERMISO SIN SUELDO

¢ 134.429.28

CHAVES BARBOZA EDUARDO

2-474-254

SUPRESIÓN DE DEDICACIÓN EXCLUSIVA

¢ 1.009.891.56

CHAVES BRENES ZAIDA

3-183-873

CESE POR PENSIÓN

¢ 13.413.508.08

CHAVES HERRERA FLOR DE MA.

4-106-689

INCAPACIDAD

¢ 923.035.00

DE LA O ROJAS MARLENNE

4-110-637

CESE PENSIÓN

¢ 783.574.97

GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ FRANCIS

5-130-706

INCAPACIDAD

¢ 1.270.521.38

MADRIGAL ORTIZ ANDRÉS

1-976-622

CESE DE INTERINIDAD

¢ 490.310.29

MADRIGAL ORTIZ ANDRÉS

1-976-622

AUSENCIA

¢ 4.561.82

MORALES ALVARADO LUCY

6-318-737

CESE DE INTERINIDAD

¢ 962.453.70

MORALES ALVARADO LUCY

6-318-737

DIS. LECCIONES

¢ 50.951.00

QUESADA DÍAZ MA. DE LOS ÁNG.

3-226-428

RENUNCIA

¢ 3.807.366.35

SALAZAR MORA HELLEN

1-936-496

CESE DE INTERINIDAD

¢ 1.285.742.90

SALAZAR MORA HELLEN

1-936-496

PAGOS CON CÉDULA INCORRECTA

¢ 2.404.412.72

SÁNCHEZ QUESADA SYDNEY

1-458-903

CESE POR PENSIÓN

¢ 1.742.535.30

SEQUEIRA SOTO RONALD

6-151-790

PERMISO SIN SUELDO

¢ 170.387.92

SEQUEIRA SOTO RONALD

6-151-790

RENUNCIA

¢ 785.747.26

 

San José, 3 de setiembre del 2007.—Departamento de Planillas.—Máster Fernando Arce Herrera, Jefe a. í.—(Solicitud Nº 44377).—C-92530.—(85148).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución RMT-873 de las nueve horas del día 30 de agosto del 2007, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve: Impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-2847-2007 de sesión celebrada en San José, a las diez horas del día 2 de mayo del 2007, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de Pensión de Guerra incoadas por Campos Cordero Romelia, cédula de identidad Nº 1-190-401, a partir del día 1º de marzo del 2005, por la suma de diez mil doscientos ocho colones con noventa y nueve céntimos (¢10.208,99) mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Lic. Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Lic. Francis Zúñiga González, Director.—1 vez.—(96987).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL EN GUADALUPE

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El suscrito Licenciado Juan Carlos Delgado Cabalceta Administrador de la Sucursal de la Caja Costarricense del Seguro Social en Guadalupe, mayor, casado, vecino de Escazú, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, se procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Publica. En el cuadro se indica el número patronal, nombre de la razón social y monto de la deuda al 24 de octubre del 2007. La institución le concede 5 días hábiles para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedara firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la vía civil como penal, los periodos notificados anteriormente que ya poseen firmeza administrativa y aparecen en este aviso de cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.

Nombre o razón social

N° patronal

Deuda total

Advanced Electronic of CR S. A.

2-03101273270-001-001

¢ 234.286,00

Agroveterinaria El Alto S. A.

2-03101046794-001-001

¢ 2.325.311,00

Aguilar Marín Antonio

0-00103400688-999-001

¢ 233.170,00

Aguilar Ramírez Adrián Alexander

0-00114830707999-001

¢ 130.038,00

Aguinaga Araya Jennifer

0-00112040940-999-001

¢ 176.710,00

Alfaro Carballo Luis Diego

0-00401820210-999-001

¢ 220.548,00

Almacén Discosol S. A.

2-03101036214-001-001

¢ 77.479,00

Alvarado Aguilar Livia Mercedes

0-00105660497-999-001

¢ 252.412,00

Alvarado Venegas Deikel Dylana

0-00110240637-999-001

¢ 341.084,00

Álvarez Sánchez Flora Maria

0-00103570119-001-001

¢ 217.762,00

Amaris Cervantes Orlando Enrique

0-00800820603-999-001

¢ 219.068,00

Amir Nitzan Daniel

7-00016222048-999-001

¢ 417.410,00

Araya Arias Carlos Luis

0-00202590136-999-001

¢ 208.644,00

Araya Calvo Guillermo Alexander

0-00700920462-999-001

¢ 208.644,00

Arévalo Céspedes Eric Mauricio

0-00108180916-999-001

¢ 117.660,00

Arévalo De Bastidas Blanca Cecilia

7-00025823059-999-001

¢ 244.364,00

Arévalo Rosales Melissa

0-00112690004-999-001

¢ 77.416,00

Arias Sequeira Edgar Antonio

0-00104600949-999-001

¢ 222.098,00

Asep Agencia de Seguridad Especial Profesional Dos Mil S. A.

2-03101284980-001-001

¢ 17.224,00

Asesor Y Constructores Arquitectos E Ingenieros ACAI S. A.

2-03101253840-001-001

¢ 19.297,00

Asesorías Docsa S. A.

2-03101335103-001-001

¢ 766.605,00

Asociación Centro Para El Desarrollo Cristiano

2-03002078963-001-001

¢ 48.699,00

Asociación Solidarista de Empleados de Novatex del Este S. A.

2-03002177813-001-001

¢ 65.172,00

Atavus S. A.

2-03101153582-001-001

¢ 4.688.764,00

Auto transporte Fallas Segura Hermanos S. A.

2-03101149794-001-001

¢ 1.702.906,00

Avendaño Araya Jonathan

0-00111340766-999-001

¢ 177.188,00

Baars Guzmán Sandra Mayela

0-00111520952-999-001

¢ 143.042,00

Badilla Villanueva Otoniel

0-00106300757-999-001

¢ 252.412,00

Baltodano Aragón Javier

0-00105250968-999-001

¢ 50.920,00

Bananera Canta Gallo S. A.

2-03101115017-001-001

¢ 160.821.726,00

Barahona Esquivel María de los Ángeles

0-00103290567-001-001

¢ 33.634,00

Baudrit Ruiz Giselle

0-00105150072-001-001

¢ 905.516,00

Bermúdez Sánchez Anilu

0-00108330859-999-001

¢ 222.454,00

Blanco Arroyo Patricia Lorena

0-00107190422-999-001

¢ 141.978,00

Blanco Solano Gabriel

0-00107410379-999-001

¢ 177.188,00

Bravo Lizano Ronny Alonso

0-00113150592-999-001

¢ 274.790,00

Brown Ferguson Ermelinda Emilce

0-00303560411-999-001

¢ 245.552,00

Builes Franco Fernando Augusto

7-00017914829-999-001

¢ 334.164,00

Cabletel S. A.

2-03101183909-001-001

¢ 29.539.708,00

Cajina Salguero Alberto

7-00017716051-999-001

¢ 129.936,00

Calderón Montiel Juan Miguel

0-00108170026-999-001

¢ 307.030,00

Calderón Sánchez Olman

0-00109060317-999-001

¢ 114.196,00

Calderón Solano Randall

0-00110920030-999-001

¢ 142.346,00

Camacho Alpízar Luis José

0-00108350363-001-001

¢ 17.723,00

Camacho Brizuela José Manuel

0-00302120881-999-001

¢ 129.936,00

Camacho Umaña Roy Fernando

0-00108220535-001-001

¢ 2.612.999,00

Canales Montes & Asociados Desarrollos Constructivos S. A.

2-03101322392-001-001

¢ 2.595.601,00

Carballo Chaves Martina

0-00102120412-001-001

¢ 152.984,00

Carlos Manuel Barrantes Romero

0-00104510767-001-001

¢ 73.011,00

Carmona Mata Iván Alexander

0-00107620601-999-001

¢ 287.732,00

Carranza Calvo Vera

0-00700540978-999-001

¢ 124.540,00

Carrillo Alfaro Cristina Vianney

0-00106140909-001-001

¢ 210.066,00

Carvajal Martínez Juan Carlos

0-00111030986-999-001

¢ 219.590,00

Castillo Acuña Leonard

0-00204800967-999-001

¢ 210.266,00

Castillo Rostran Marvin

7-00017813160-999-001

¢ 167.552,00

Castillo Soto Allan

0-00111860049-999-001

¢ 295.744,00

Castillo Villalobos José Antonio

0-00105900725-999-001

¢ 71.951,00

Castro Fernández Maribel

0-00601710696-999-001

¢ 108.236,00

Céspedes González José Joaquín

0-00105990382-999-001

¢ 308.468,00

Céspedes Grant Evelyn Marlene

0-00110940720-999-001

¢ 154.886,00

Chacón Montoya Edwin Eladio

0-00105040547-001-001

¢ 50.781,00

Chang González Ana Zoraya

7-00026720794-999-001

¢ 109.376,00

Chaves Agüero Carlos Enrique

0-00202831365-999-001

¢ 193.638,00

Chaves Fonseca Luis Fernando

0-00302700531-999-001

¢ 2.826.529,00

Chaves Peraza Willy

0-00104190584-002-001

¢ 1.472.148,00

Chinchilla Cervantes Julio Cesar

0-00700540933-999-001

¢ 584.448,00

Cirrus S. A.

2-03101018102-001-001

¢ 1.828.213,00

Clark Duncan Zeida Patricia

0-00701190144-999-001

¢ 367.218,00

Comercializadora Aryu del Norte S. A.

2-03101185866-001-001

¢ 6.864.262,00

Comercializadora Infamo S. A.

2-03101371014-001-001

¢ 6.336.730,00

Comercializadora Masón & Raheem CMR S. A.

2-03101276237-001-001

¢ 3.263.202,00

Comercializadora Novatex del Este S. A.

2-03101160419-001-001

¢ 91.084.189,00

Compañía de Refrescos Y derivados Lácteos Codelsa S. A.

2-03101297532-001-001

¢ 65.858,00

Compañía de Remodelaciones y Construcciones STVG S. A.

2-03101323573-001-001

¢ 2.100.164,00

Confecciones Textiles LG S. A.

2-03101124354-001-001

¢ 36.311.168,00

Consorcio PNW S. A.

2-03101132718-001-001

¢ 44.316.047,00

Construcciones Teknicas Constructek S. A.

2-03101387507-001-001

¢ 84.849,00

Constructora Quirós Y Matamoros S. A.

2-03101434993-001-001

¢ 339.160,00

Consycorse de CR S. A.

2-03101274793-001-001

¢ 43.803,00

Cordero Arroyo Edgar

0-00104290851-999-001

¢ 241.662,00

Cornejo Cornejo Delmy Arely

7-00026619902-999-001

¢ 130.380,00

Corporación G.P.S.J.H.A Internacional Seguridad S. A.

2-03101428779-001-001

¢ 956.685,00

Corporación Inversiones y Construcción ICON S. A.

2-03101267131-001-001

¢ 1.182.600,00

Corporación Poja S. A.

2-03101150393-001-001

¢ 23.063.563,00

Corporación Q & Q de Costa Rica S. A.

2-03101269816-001-001

¢ 978.741,00

Corporación Risque S. A.

2-03101333686-001-001

¢ 157.151,00

Corrales Brenes Fred Alberto

0-00109510172-999-001

¢ 187.938,00

Cortes Jiménez Alberto Steven

0-00111630425-999-001

¢ 241.662,00

Cova Desarrollos S. A.

2-03101128055-001-001

¢ 47.618,00

Crawford Bolton Wendy

0-00108810912-999-001

¢ 109.376,00

Crediahorro S. A.

2-03101158087-001-002

¢ 42.932.585,00

Cruz Solano Julio Alonso

0-00107930624-999-001

¢ 234.170,00

Dávila Cárdenas Luis

0-00102020046-001-001

¢ 71.068,00

De León Del Rosario Basilio

0-00800620361-001-001

¢ 70.648,00

Delgado Varel José Manuel

0-00106530913-999-001

¢ 143.082,00

Desarrollos comerciales e y e S. A.

2-03101167761-001-001

¢ 4.376.474,00

Desarrollos en Construcción Naguin S. A.

2-03101300827-001-001

¢ 42.196,00

Díaz González Rodolfo y German

0-00106560800-001-001

¢ 544.245,00

Díaz Herrera Javier Antonio

0-00106250734-999-001

¢ 123.864,00

Distribuidora de Materiales Bonilla Limitada

2-03102012181-001-001

¢ 212.011,00

Distribuidora de Servicios Internacionales DISI S. A.

2-03101253229-001-001

¢ 18.038,00

Distribuidora L Y M Chadel S. A.

2-03101340262-001-001

¢ 270.245,00

DPI Formularios S. A.

2-03101205684-001-001

¢ 2.402.261,00

Edifega S. A.

2-03101023515-001-001

¢ 44.167,00

Espinoza Blanco Johnny

0-00107240883-999-001

¢ 201.224,00

Espinoza Hernández Beatriz Isabel

0-00701580252-999-001

¢ 197.398,00

Esquivel Rodríguez José Francisco

0-00106670442-999-001

¢ 135.362,00

Etrairu Costa Rica S. A.

2-03101387591-001-001

¢ 327.142,00

Fajardo Palacio Duban Fabián

7-00017126252-999-001

¢ 321.430,00

Fallas Campos José Rigoberto

0-00109210066-999-001

¢ 273.726,00

Farma Comercial FC S. A.

2-03101137540-001-001

¢ 480.911,00

Fernández Quirós Diego Enrique

0-00112360505-999-001

¢ 238.192,00

Fonseca Bustos Ronald Ángel

0-00104880152-999-001

¢ 483.462,00

Formoso Herrera María del Rocío

0-00102370356-001-001

¢ 22.905,00

Foto Coto Aranjuez Limitada

2-03102017712-001-001

¢ 546.886,00

Fruta Fresca S. A.

2-03101161600-001-001

¢ 40.586,00

Funghon S. A.

2-03101151708-001-001

¢ 569.704,00

Gabriel Sairos John Kennedy

0-00106510125-999-001

¢ 201.168,00

Gabuardi Chaves José Raúl

0-00601230527-999-001

¢ 702.643,00

Galván Mora Anayansy

0-00108390084-999-001

¢ 213.412,00

Gálvez Arias Sergio Enrique

0-00107810141-999-001

¢ 131.826,00

Gamboa Duran José Ricardo

0-00106560268-999-001

¢ 353.098,00

Gamjoly S. A.

2-03101413663-001-001

¢ 94.408,00

Ganadera Víctor S. A.

2-03101020061-001-001

¢ 116.916,00

García Barquero Alex Alberto

0-00601780013-999-001

¢ 241.494,00

García Brenes María de Los Ángeles

0-00103670214-999-001

¢ 245.400,00

García Villalobos Jonathan

0-00109450359-999-001

¢ 310.904,00

Gintec S. A.

2-03101269756-001-001

¢ 1.156.933,00

Godínez Barboza Gender

0-00108760243-999-001

¢ 159.800,00

Gómez Gómez Maria Rosibel

0-00502650264-999-001

¢ 189.060,00

Góngora Mendoza Francisco

7-00015050326-999-001

¢ 201.168,00

González Arias Iván

0-00108570505-999-001

¢ 180.270,00

González Chavarría Jerónimo

0-00501510618-999-001

¢ 319.904,00

González Jiménez Félix

0-00501340824-999-001

¢ 419.014,00

Graciela Paterno Marcela

7-00026524055-001-001

¢ 947.422,00

Grundaker Mirabal Irma María

7-00025219730-002-001

¢ 19.430,00

Grupo Estratégico de Seguridad S. A.

2-03101252183-001-001

¢ 210.545.691,00

Grupo Lagos Corporación Inmobiliaria S. A.

2-03101337184-002-001

¢ 17.666.775,00

Guevara Fernández Rodrigo

0-00109710604-999-001

¢ 154.804,00

Guevara Mora Maikol

0-00111300258-999-001

¢ 257.458,00

Gutiérrez Rodríguez Marco Vinicio

0-00109940971-999-001

¢ 294.244,00

Hernández Calero Antonia

7-00026421979-999-001

¢ 245.400,00

Hernández Obando Sianny Francela

0-00111580022-999-001

¢ 117.212,00

Herrera Vega Luis Humberto

0-00112660644-999-001

¢ 177.864,00

Herrera Zúñiga Omar Francisco

0-00107450647-999-001

¢ 352.004,00

Hogar Nuestra Señora de la Caridad del Cobre S. A.

2-03101137011-001-001

¢ 8.968.747,00

IC New Horizont Holding S. A.

2-03101329737-001-001

¢ 3.342.354,00

Importadora Nassiri y Muñoz S. A.

2-03101077947-001-001

¢ 884.267,00

Industrias Alimenticias El Maguey S. A.

2-03101284907-001-001

¢ 5.037.413,00

Industrias del Este S. A.

2-03101163993-001-001

¢ 12.433.370,00

ING Consultores S. A.

2-03101231966-001-001

¢ 1.285.849,00

Instrutec S. A.

2-03101194698-001-001

¢ 3.217.246,00

Inversiones Michelle de Ramiovi GGJL S. A.

2-03101291142-001-001

¢ 343.034,00

Inversiones Mil Cincuenta y Seis S. A.

2-03101166174-001-001

¢ 126.355,00

Jara Ulate Róger Enrique

0-00203220045-002-001

¢ 115.936,00

Jaramillo Muñoz Juan Carlos

7-00016303013-001-001

¢ 21.689,00

Jiménez Ureña Juan Eduardo

0-00104290664-999-001

¢ 287.821,00

Johnson University Of Engineering Anh High Technology S. A.

2-03101264625-001-001

¢ 1.941.761,00

JR Imprenta S. A.

2-03101046300-001-001

¢ 1.524.444,00

JV Tecnología Medica S. A.

2-03101364768-001-001

¢ 675.888,00

Linge Krohn Denis

7-00016222045-999-001

¢ 321.886,00

Lobo Alfaro Maria Elena

0-00105930271-999-001

¢ 190.886,00

López Jiménez Rafael

0-00900370719-999-001

¢ 368.655,00

Loría Fonseca Johnny

0-00108590064-999-001

¢ 193.652,00

Madrigal Hernández Evelyn

0-00108680508-999-001

¢ 147.146,00

Manufactura Provasa S. A.

2-03101079160-001-001

¢ 2.821.061,00

Mari Mari Cristina

7-00025417763-001-001

¢ 54.188,00

Marín Duran Gerardo

0-00103830076-999-001

¢ 97.882,00

Marín Gutiérrez Ileana

0-00105450016-999-001

¢ 195.252,00

Marín Pacheco Enrique Alberto

0-00104530096-999-001

¢ 379.334,00

Marín Ríos Adriela

0-00110720307-001-001

¢ 1.170.862,00

Marquesada de Goicoechea S. A.

2-03101085060-001-001

¢ 117.786,00

Martínez Zelaya Carlos Valentín

7-00017381152-999-001

¢ 161.264,00

Max koberg S. A.

2-03101040523-001-001

¢ 82.818,00

Mayorga Álvarez Edwin Gerardo

0-00601220433-999-001

¢ 56.270,00

Mayorga Zúñiga Anselmo

0-00601820068-999-001

¢ 189.008,00

Medina De Balbín Amanda Del Socorro

7-00025219473-999-001

¢ 348.950,00

Mejía Melespin Feliz Francisco

7-00016724546-999-001

¢ 147.156,00

Mena Gutiérrez Rafael

0-00900110484-999-001

¢ 177.316,00

Méndez Mata Cesar Enrique

7-00017524325-999-001

¢ 167.004,00

Méndez Mora Luis Eduardo

0-00112620640-999-001

¢ 137.506,00

Méndez Solano Herman

0-00107140933-999-001

¢ 268.434,00

Méndez Vargas Roberto

0-00109100108-999-001

¢ 197.640,00

Mendieta Mercado Julio

7-00017381143-999-001

¢ 225.372,00

Mesen Chacón Róger

0-00110810793-999-001

¢ 269.868,00

Meteora Mueblería Italiana S. A.

2-03101404090-001-001

¢ 1.152.593,00

Meza Sánchez Carlos Luis

0-00303190102-999-001

¢ 130.384,00

Montero Vargas Sebastián

0-00110590547-999-001

¢ 117.578,00

Mora Badilla Maria Cristina

0-00202950206-999-001

¢ 77.318,00

Mora Chavarría John

0-00900680214-999-001

¢ 482.808,00

Mora Flores Kevin Andrés

0-00112050452-999-001

¢ 180.562,00

Mora Mena Christopher José

0-00109670707-999-001

¢ 364.798,00

Mora Rojas Jessica

0-00110140535-999-001

¢ 193.140,00

Morales Fonseca Carlos Luis

0-00104200428-999-001

¢ 223.214,00

Morales Rodríguez Marcos

0-00600680052-999-001

¢ 97.960,00

Moran Moran Oscar Danilo

7-00016224297-999-001

¢ 161.408,00

Moya Salazar José Alberto

0-00109370060-999-001

¢ 304.026,00

Muñoz Benavides Mauricio

0-00108600921-999-001

¢ 225.300,00

Navarrete García Sebastián

7-00017481725-999-001

¢ 271.484,00

Obando Méndez Juan Diego

0-00111260194-999-001

¢ 86.690,00

Odio Angulo Eduardo Alfonso

0-00701210555-999-001

¢ 162.536,00

Olga Gas S. A.

2-03101188736-001-001

¢ 216.802,00

Onis de Centroamérica S. A.

2-03101166848-001-001

¢ 3.806.416,00

Organismo de Seguridad E Investigación del Caribe S. A.

2-03101086129-001-001

¢ 647.264,00

Paseo Tablado S. A.

2-03101277177-001-001

¢ 842.740,00

Peña Lara Mario Alberto

0-00109160915-999-001

¢ 206.984,00

Pérez Colman Daniel

7-00015921912-999-001

¢ 313.190,00

Pérez Herrera Manuel Francisco

0-00106150233-999-001

¢ 167.382,00

Producticos Lo Mejor de Costa Rica S. A.

2-03101359977-001-001

¢ 452.807,00

Productos Populares S. A.

2-03101025629-001-001

¢ 88.119,00

Protección y Seguridad Internacional Prosegur S. A.

2-03101294153-001-001

¢ 133.527,00

Proveedora de Personal Calificada RPA S. A.

2-03101247322-001-001

¢ 138.958.501,00

Proveedora de Servicios M S. A.

2-03101127130-001-001

¢ 811.041,00

Provequi S. A.

2-03101072056-001-002

¢ 922.856,00

Proyectos Residenciales CR S. A.

2-03101175578-002-001

¢ 10.976.136,00

Quesada Benavides Johnny

0-00107040528-999-001

¢ 379.540,00

Quesada Fernández Gustavo Adolfo

0-00109900006-999-001

¢ 97.380,00

Quesada Morales Luis Guillermo

0-00106420644-999-001

¢ 167.382,00

Quesada Pineda Irma Yahaira

0-00110550296-999-001

¢ 287.400,00

Quiraga de Guadalupe S. A.

2-03101065675-001-001

¢ 6.326.139,00

Quirós Mora Ricardo

0-00109580888-001-001

¢ 901.523,00

Quirós Ramírez Gilbert Jesús

0-00106170905-999-001

¢ 129.818,00

Ramírez Mena José Francisco

0-00302680886-001-001

¢ 733.059,00

Ramírez Miranda Pedro

0-00700690226-001-001

¢ 27.370.264,00

Ramírez Vargas Minor Enrique

0-00109700082-999-001

¢ 224.858,00

Rapifletes Matagalpa S. A.

2-03101244562-001-001

¢ 1.779.396,00

Revuelta Montoya y Asociados

2-03101036528-001-001

¢ 697.518,00

Reyes Arguello Rigoberto

7-00017262302-999-001

¢ 154.072,00

Roberto Aldecoba S. A.

2-03101094456-001-001

¢ 1.581.614,00

Robinson Bailey Kristel Shelyn

0-00111860361-001-001

¢ 28.183,00

Rocovapc S. A.

2-03101179779-001-001

¢ 9.786.047,00

Rodríguez Borges Edie Enrique

0-00502910538-999-001

¢ 189.152,00

Rodríguez Castillo Eduardo

0-00109080500-999-001

¢ 202.674,00

Rodríguez Jiménez Elizabeth

0-00107550334-999-001

¢ 209.256,00

Rodríguez Montoya José Leonardo

0-00017713526-999-001

¢ 410.856,00

Rodríguez Porras José Luis

0-00701550458-999-001

¢ 314.494,00

Rodríguez Rodríguez Carlos Eduardo

0-00205870114-999-001

¢ 216.354,00

Rodríguez Rodríguez Juan Manuel

0-00107540602-999-001

¢ 374.234,00

Rodríguez Vargas Víctor

0-00202680088-001-001

¢ 627.680,00

Rojas Alpízar Ronald

0-00204090033-001-001

¢ 29.375,00

Rojas Ceciliano Luis Alberto

0-00108090011-999-001

¢ 284.374,00

Rojas Solís Carlos Eduardo

0-00106940088-999-001

¢ 248.582,00

Romero Angulo Walter

0-00112080924-999-001

¢ 208.400,00

Rosales Arce Rosario Cristina

0-00106920853-002-001

¢ 413.835,00

Rosales Rosales Greidin Asdrúbal

0-00501770016-999-001

¢ 270.300,00

Ross Edmond Taylor

7-00016526404-001-001

¢ 54.487,00

Rossi Lara Floria María

0-00106810391-001-001

¢ 1.456.970,00

Ruiz Abarca Luis Alberto

0-00104660570-999-001

¢ 385.164,00

Ruiz Marín Gustavo

0-00107000375-999-001

¢ 193.432,00

Sae Yong Kim Park

0-00800560862-001-001

¢ 1.772.013,00

Sala de Belleza Bere Chica S. A.

2-03101355045-001-001

¢ 72.818,00

Salas Aguilar Mildred María

0-00501260176-002-001

¢ 71.834,00

Salas Aguilar Mildred María

0-00501260176-001-001

¢ 45.663,00

Salazar González William Hernando

0-00800770824-999-001

¢ 176.992,00

Salazar Rojas Kattia Elena

0-00107680628-001-001

¢ 232.567,00

Salazar Salazar Stanley

0-00106060842-999-001

¢ 174.412,00

Salazar Soto Luis Wilbert

0-00108290845-999-001

¢ 167.538,00

Salazar Villar Maria Elena

0-00101540375-001-001

¢ 219.091,00

Sanchez López Raquel

7-00027909527-999-001

¢ 130.354,00

Sanchez Siles Greivin

0-00108190418-001-001

¢ 463.753,00

Sanchez Umaña Luis Fernando

0-00107740120-999-001

¢ 147.004,00

Sancho Solís Natalia Maria

0-00108580731-999-001

¢ 266.082,00

Santana Núñez Cesar Alejandro

0-00111900726-999-001

¢ 120.654,00

Scivetti Méndez Matthew

0-00900960303-999-001

¢ 441.500,00

Seas Poveda Jorge

0-00303210602-999-001

¢ 233.898,00

Segura Sandí Víctor Julio

0-00900450205-999-001

¢ 328.302,00

Seguri servicios Privados JPP S. A.

2-03101353895-001-001

¢ 4.358.359,00

Seguridad Ando S. A.

2-03101215942-001-001

¢ 120.779,00

Seguridad Avanzada del Pacifico SAPSA S. A.

2-03101279051-001-001

¢ 286.348,00

Seguridad Bancaria, Industrial Y Comercial de Costa Rica S. A.

2-03101333701-001-001

¢ 22.333.521,00

Seguridad Brefer S. A.

2-03101290296-001-001

¢ 3.957.049,00

Sequeira Castro Álvaro

0-00104680510-999-001

¢ 735.714,00

Sequeira Gómez Carlos Eduardo

0-00106230148-999-001

¢ 220.148,00

Serrano Arias Marcial

0-00301630232-999-001

¢ 104.200,00

Serrano Mora Manuel Antonio

0-00302370149-999-001

¢ 525.534,00

Servicios Operativos Múltiples Yajo S. A.

2-03101358429-001-001

¢ 422.803,00

Servilim S. A.

2-03101094596-002-001

¢ 69.228.922,00

Smith Smith Alejandro

0-00700130343-999-001

¢ 219.342,00

Sociedad Grupo de Comunicación Creativo S. A.

2-03101299836-001-001

¢ 286.133,00

Solano Paninsky Dora Emilia

0-00106660653-001-001

¢ 210.567,00

Solera Fernández Gustavo Adolfo

0-00110610236-999-001

¢ 183.456,00

Soluciones Alta Tecnología DS S. A.

2-03101256930-001-001

¢ 140.657,00

Soto Retana Erick Mauricio

0-00112020817-999-001

¢ 308.100,00

Soto Retana Jonathan

0-00110790015-999-001

¢ 177.786,00

Talento Producciones S. A.

2-03101110041-001-001

¢ 162.343,00

Teclink S. A.

2-03101241131-001-001

¢ 2.998.064,00

Teknon Dos Mil S. A.

2-03101213080-001-001

¢ 5.644.036,00

Torres Recinos Mario Emilio

0-00800780502-999-001

¢ 225.244,00

Tramites Aduaneros Uno S. A.

2-03101136340-001-001

¢ 66.224,00

Transportes de Este S. A.

2-03101189830-001-001

¢ 673.611,00

Travierso Ulate Karen Andrea

0-00112520283-999-001

¢ 316.062,00

Trelles Rivera Pura

0-00800400174-001-001

¢ 21.016,00

Umaña Castro Milagro

0-00900950960-999-001

¢ 295.386,00

Valdelomar Mora Víctor Manuel

0-00601350235-999-001

¢ 336.112,00

Valverde Fernández Miguel Gerardo

0-00302320508-999-001

¢ 154.832,00

Varela Peña Horacio Hernán

7-00014008372-999-001

¢ 331.656,00

Vargas Elizondo Edgar

0-00202320911-999-001

¢ 63.546,00

Vargas Guerrero Nidia María

0-00105440909-001-001

¢ 4.306.133,00

Vargas Montenegro José Rodrigo

0-00112340883-999-001

¢ 176.992,00

Vásquez Castiblanco Montserrat

0-00112240396-999-001

¢ 793.800,00

Vega Robles Marta Lilliett

0-00303920144-999-001

¢ 130.354,00

Veterinaria Agro Comercial S. A.

2-03101040320-001-001

¢ 26.034.713,00

Vidrios del Valle S. A.

2-03101271360-001-001

¢ 764.705,00

Vigilancia Rose MC Calla S. A.

2-03101330651-001-001

¢ 1.036.784,00

Vindas Sandí Varian Eduardo

0-00602960434-999-001

¢ 98.852,00

White Ritchie Alexis

0-00700810183-999-001

¢ 1.428.418,00

Wimax revolution S. A.

2-03101435051-001-001

¢ 793.430,00

Zamora Chaves Melinda

0-00110390723-999-001

¢ 421.038,00

Zhequ Tang

7-00017914836-999-001

¢ 291.968,00

Zúñiga Agüero Wilberth

0-00108550157-999-001

¢ 308.108,00

Zúñiga Cubillo Eugenio Alberto

0-00111380450-999-001

¢ 124.428,00

Zúñiga Mora José Rogelio

0-00111120760-999-001

¢ 154.724,00

Zúñiga Ramírez Zayaka

0-00112600891-999-001

¢ 256.758,00

 

Lic. Juan Carlos Delgado Cabalceta, Administrador.—(95938).

SUCURSAL DE CIUDAD NEILY

ÁREA GESTIÓN DE COBRO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

EDICTO

El suscrito, Lic. Ronald Salazar Obando, Jefe Administrativo de la Sucursal de la Caja Costarricense del Seguro Social de Ciudad Neily, mediante el presente edicto y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos incluidos en el cuadro que se detalla de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública. La institución le concede 5 días hábiles, para que se presente a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto el la vía civil como penal. Los montos adeudados se reflejan al 25 de setiembre del 2007 y puede contemplar períodos que ya poseen firmeza administrativa.

Razón social                                                                                                                     Número Patronal                                             Montos

AGROPECUARIA DEL MUNDO LIMITADA                                                                                                                                                     2-03102073486-002-001                                                              579,542.00

AGROPECUARIA LA PURRUJA SOCIEDAD                                                                                                                                                    2-03101097199-001-001                                                              534,096.00

ANÓNIMA

AGROPECUARIA LOS ARCHIBOL SOCIEDAD                                                                                                                                               2-03101257931-001-001                                                              425,802.00

ANÓNIMA

AGROPECUARIA PRICE SOCIEDAD ANÓNIMA                                                                                                                                            2-03101190602-001-001                                                                 88,487.00

ALFARO ZÚÑIGA JORGE ENRIQUE                                                                                                                                                                      0-00107240630-001-001                                                              155,620.00

ÁLVARO JIMÉNEZ QUIRÓS                                                                                                                                                                                        0-00900450858-001-001                                                              747,252.00

ARIAS PICADO MARVIN                                                                                                                                                                                            0-00203080515-001-001                                                              575,869.00

ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DEL                                                                                                                                                              2-03002249213-001-001                                                                 87,522.00

ACUEDUCTO DE BAHÍA CHAL SAN JUAN

Y RINCÓN DE OSA

BARRANTES ARRIETA EMILETH                                                                                                                                                                          0-00601180519-001-001                                                              192,120.00

BARRANTES RAMÍREZ MARÍA LORENA                                                                                                                                                          0-00104680614-001-001                                                                 68,562.00

CASTRO CONTRERAS ADÁN JOSÉ                                                                                                                                                                        0-00111460801-001-001                                                              399,147.00

CHACÓN CHAVARRÍA LILLIAM                                                                                                                                                                            0-00601690557-001-001                                                           1,157,116.00

CHAVARRÍA ARROYO ALEXIS                                                                                                                                                                              0-00203080230-001-001                                                           1,067,864.00

COMPU-FRÍO SOCIEDAD ANÓNIMA                                                                                                                                                                   2-03101314329-001-001                                                              486,379.00

CONSTRUCTORA ARRIMA SOCIEDAD                                                                                                                                                               2-03101262184-001-001                                                              558,338.00

ANÓNIMA

CONSTRUCTORA DURÁN SOCIEDAD                                                                                                                                                                 2-03101284409-001-001                                                              118,093.00

ANÓNIMA

CONSTRUCTORA MELALVA SOCIEDAD                                                                                                                                                          2-03101319239-001-001                                                              227,372.00

ANÓNIMA

CONSTRUCTORA QUIRÓS Y ASOCIADOS                                                                                                                                                         2-03102132159-001-001                                                              178,308.00

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD

LIMITADA

DESARROLLO VISTA DULCE DE PAVONES                                                                                                                                                   2-03101182591-002-001                                                                 63,948.00

SOCIEDAD ANÓNIMA

DUARTES DELGADO EDWIN OMAR                                                                                                                                                                  0-00700900562-001-001                                                                 66,674.00

ELIZONDO CAMACHO JENARO ELADIO                                                                                                                                                         0-00302030009-001-001                                                                 21,591.00

EL NACIENTE DE MARISCOS DEL SUR                                                                                                                                                             2-03101318643-001-001                                                           1,696,973.00

SOCIEDAD ANÓNIMA

ESPINOZA ZÚÑIGA RAFAEL Y CÍA.                                                                                                                                                                     0-00103660402-001-001                                                                 45,879.00

PALMA TICA

FALLAS MONTOYA MARVIN                                                                                                                                                                                  0-00602170615-001-001                                                           1,279,859.00

FLORISTERÍA HANS SOCIEDAD ANÓNIMA                                                                                                                                                    2-03101255150-001-001                                                                 48,796.00

FUSECA SOCIEDAD ANÓNIMA                                                                                                                                                                              2-03101248852-001-001                                                              264,885.00

GARCÍA ALVARADO MARLENE                                                                                                                                                                           0-00601520061-002-001                                                                 98,702.00

GLADYS ANA ÁLVAREZ MORA                                                                                                                                                                            0-00102260358-001-001                                                                 42,409.00

GRANOS INTERNACIONALES SOCIEDAD                                                                                                                                                       2-03101100928-001-001                                                              204,486.00

ANÓNIMA

GONZÁLEZ BARQUERO VICTOR HUGO                                                                                                                                                            0-00900300923-001-001                                                                 93,894.00

GONZÁLEZ MONTALBÁN LUIS ANTONIO                                                                                                                                                       0-00601390055-002-001                                                              283,678.00

GONZÁLEZ SOLIS YESENNIA                                                                                                                                                                                 0-00602520014-001-001                                                                 29,051.00

GUEVARA MOREIRA JUAN CARLOS                                                                                                                                                                  0-00109950148-001-001                                                              152,477.00

GUILLÉN JIMÉNEZ BLANCA EMILCE                                                                                                                                                                 0-00105170707-001-001                                                              593,303.00

HERRAMIENTAS Y EQUIPOS DEL SUR                                                                                                                                                             2-03101203833-002-001                                                              489,165.00

SOCIEDAD ANÓNIMA

INMOBILIARIA EYDO SOCIEDAD ANÓNIMA                                                                                                                                                2-03101268185-001-001                                                              274,435.00

INVERSIONES PUBLIGOLFITO SOCIEDAD                                                                                                                                                      2-03101312064-001-001                                                                 67,586.00

ANÓNIMA

JIMÉNEZ PICADO HEINER                                                                                                                                                                                        0-00109160325-001-001                                                              207,981.00

JUAN BAUTISTA MAYORGA CRUZ                                                                                                                                                                      0-00501150865-003-001                                                                 53,572.00

JUNTA EDUCACIÓN ESCUELA COTO                                                                                                                                                                 2-03008092907-001-001                                                                 23,669.00

50 51 DE CORREDORES

JUNTA EDUCACIÓN ESCUELA LA                                                                                                                                                                       2-03008118339-001-001                                                                 38,306.00

CONCORDIA CORREDORES

JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA                                                                                                                                                        2-03008117445-001-001                                                                 38,306.00

ABROJO GUAYMI

KAVI INTERNACIONAL DEL SUR SOCIEDAD                                                                                                                                                2-03101288641-001-001                                                              214,076.00

ANÓNIMA

LABORATORIO CLÍNICO EL VALLE                                                                                                                                                                   2-03101284654-001-001                                                                 23,141.00

SOCIEDAD ANÓNIMA

LEÓN FALLAS ROY FERNANDO                                                                                                                                                                           0-00109300561-001-001                                                                 60,933.00

LIANG YUHAI                                                                                                                                                                                                                 7-00016958474-001-001                                                              949,602.00

LÓPEZ LÓPEZ SAUL                                                                                                                                                                                                     0-00601760302-002-001                                                                 78,284.00

LOSADA Y VIGIL ASOCIADOS SOCIEDAD                                                                                                                                                      2-03101240489-001-001                                                                 21,820.00

ANÓNIMA

MONTOYA FUENTES RAFAEL GERARDO                                                                                                                                                       0-00601180844-001-001                                                              243,274.00

MORENO FAJARDO LUIS ÁNGEL                                                                                                                                                                         0-00501310280-001-001                                                                 50,580.00

MORENO TREJOS JUNIOR                                                                                                                                                                                         0-00602170166-001-001                                                              236,558.00

MOYA ROJAS MARIANELLA                                                                                                                                                                                  0-00109460301-001-001                                                              160,857.00

MULTISERVICIOS DEL SUR M & M                                                                                                                                                                       2-03101278003-001-001                                                           2,045,026.00

SOCIEDAD ANÓNIMA

MULTISERVICIOS EL CAMINO S. A.                                                                                                                                                                     2-03101244295-001-001                                                                 63,830.00

NÚÑEZ ARIAS GUILLERMINA                                                                                                                                                                                0-00202530703-001-001                                                                   2,484.00

NÚÑEZ RODRÍGUEZ ANA CECILIA                                                                                                                                                                      0-00601460475-002-001                                                                 36,564.00

PADILLA QUIRÓS JORGE GUILLERMO                                                                                                                                                             0-00104191290-001-001                                                                 63,656.00

PALMERA ELIDU SOCIEADAD ANÓNIMA                                                                                                                                                      2-03101281358-001-001                                                                 90,181.00

PERALTA ÁLVAREZ LIDIA                                                                                                                                                                                       0-00502520278-001-001                                                                 26,469.00

PÉREZ HERNÁNDEZ JAIRO                                                                                                                                                                                       0-00900890349-001-001                                                              736,906.00

RAJU DE BERMU SOCIEDAD ANÓNIMA                                                                                                                                                           2-03101279120-001-001                                                                 64,907.00

REYES Y MEDINA SOCIEDAD ANÓNIMA                                                                                                                                                        2-03101144515-002-001                                                                 81,840.00

RIVERA VARGAS AUGUSTO                                                                                                                                                                                    0-00301921405-001-001                                                                 33,283.00

RODRÍGUEZ CASTILLO JORGE ANTONIO                                                                                                                                                        0-00202340302-001-001                                                                 24,552.00

ROMERO BLANCO EDGAR                                                                                                                                                                                      0-00900930899-001-001                                                              250,388.00

SEGURA ROMERO JHONNY                                                                                                                                                                                    0-00602500228-001-001                                                              144,146.00

SEGURA ROMERO JHONNY                                                                                                                                                                                    0-00602010437-001-001                                                              313,528.00

SEGURICHAVEZ SOCIEDAD ANÓNIMA                                                                                                                                                            2-03101228789-001-001                                                              638,854.00

SERVICIOS ESPECIALES EL EDEN                                                                                                                                                                       2-03101196778-001-001                                                              377,684.00

SOCIEDAD ANÓNIMA

SISTEMAS DE PROTECCIÓN PROFESIONAL                                                                                                                                                   2-03101252328-001-001                                                           3,374,918.00

S P P SOCIEDAD ANÓNIMA

VALLE DEL EDÉN SOCIEDAD ANÓNIMA.                                                                                                                                                       2-03101257825-001-001                                                                 28,948.00

VALLE PARRA YANETH                                                                                                                                                                                           0-00602710213-001-001                                                              208,397.00

VARGAS BEITA FRANKLIN                                                                                                                                                                                      0-00601720964-001-001                                                                 92,245.00

VEGA RODRÍGUEZ ANDRÉS                                                                                                                                                                                    0-00601570216-001-001                                                                 74,944.00

Lic. Ronald Salazar Obando.—(96328).

CITACIONES

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores: Castro Salazar María José, cédula de identidad Nº 113470155, estado civil: soltera, ocupación: estudiante, vecina de: San José, Goicoechea, Guadalupe. Caso Nº 2007O02338, para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen al Departamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren pasará en derecho a quien corresponda.

San José, 29 de octubre del 2007.—Departamento Obligatorio Vehículos Automotores.—Lic. Horacio Ureña Romero, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 018453).—C-7280.—(97520).

Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores: Vindas Tenorio Jorge Alberto, cédula de identidad Nº 104111236, estado civil: soltero, ocupación: ocupaciones no declaradas, vecino de: San José, Desamparados, San Miguel. Caso Nº 2007V00269, para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen al Departamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren pasará en derecho a quien corresponda.

San José, 29 de octubre del 2007.—Departamento Obligatorio Vehículos Automotores.—Lic. Horacio Ureña Romero, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 018453).—C-7280.—(97521).