MINISTERIO DE SEGURIDAD
PÚBLICA
MINISTERIO DE ECONOMÍA,
INDUSTRIA Y COMERCIO
TRIBUNAL SUPREMO DE
ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS
PROGRAMAS
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE
DE ACUEDUCTOS
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE
DE ELECTRICIDAD
JUNTA DE PROTECCIÓN
SOCIAL DE SAN JOSÉ
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE
DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO NACIONAL DE
FOMENTO COOPERATIVO
BANCO POPULAR Y DE
DESARROLLO COMUNAL
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
PATRONATO NACIONAL DE LA
INFANCIA
CONSEJO NACIONAL DE
PRODUCCIÓN
INSTITUTO NACIONAL DE
FOMENTO COOPERATIVO
JUNTA DE PENSIONES Y
JUBILACIONES DEL
JUNTA DE PROTECCIÓN
SOCIAL DE SAN JOSÉ
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN
Y POLICÍA
Nº 479-2007-MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por
el artículo 28, inciso 1) de
Considerando:
1º—Que por acuerdo de viaje Nº 439-2007 MSP, del
12 de octubre del 2007, se autorizó a los funcionarios Lic. Luis Antonio Román,
Lic. María Elena Vásquez Rojas y Lic. Thomas Brealey Zamora, para asistir a la
actividad denominada “XII Congreso Internacional del CLAD, sobre
ACUERDA:
Artículo 1º—Modificar el considerando para que se
lea “Que se ha recibido cordial invitación para que funcionarios de este
Ministerio asistan a la actividad denominada “XII Congreso Internacional del
CLAD, sobre
Artículo 2º—Modificar el artículo 1º para que se lea: “Autorizar a los
funcionarios Luis Antonio Román Hernández cédula Nº 1-585-568, María Elena
Vásquez Rojas, cédula Nº 2-322-283 y Thomas Brealey Zamora, cédula Nº
1-848-359; funcionarios de este Ministerio, para que asistan a la actividad
denominada “XII Congreso Internacional del CLAD, sobre
Artículo 3º—Modificar artículo 3º para que se lea: Que durante los días del
29 de octubre al 04 de noviembre del 2007, en que se autoriza la participación
de los funcionarios mencionados en la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Modificar el artículo 4º para que se lea: “Rige a partir del 29
de octubre al 03 de noviembre del 2007”.
Artículo 5º—En lo no expresamente modificado el resto del acuerdo de viaje
Nº 439-2007 MSP., se mantiene igual.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad
Pública, a los veinticinco días del mes de octubre del dos mil siete.
Lic. Fernando Berrocal Soto, Ministro de Seguridad
Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº
49068).—C-18150.—(99956).
Nº 489-2007-MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por
el artículo 28, inciso 1) de
Considerando:
1º—Que se a recibido cordial invitación del
Ministerio del Ambiente y Energía, para que un funcionario de este Ministerio,
asista a la actividad denominada “Capacitación sobre Manejo y Facilidades del
Portal Web SERVIR)”, a realizarse en cuidad de Panamá, del 05 al 14 de
noviembre del 2007, se incluye salida y regreso.
2º—Que el objetivo de la actividad es conocer datos satelitales y
geoespaciales de la ocurrencia y detección de puntos de calor.
3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio
contar con un funcionario en dicho evento. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Max Alberto Apú
Zamora, cédula Nº 1-978-641, funcionario de Planes y Operaciones de este
Ministerio, para que asista a la actividad denominada “Capacitación sobre
Manejo y Facilidades del Portal Web SERVIR)”, a realizarse en cuidad de Panamá,
del 05 al 14 de noviembre del 2007, se incluye salida y regreso.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de hospedaje y alimentación se pagarán
mediante el programa 107-00 Seguridad Cuidadana, subpartida 1-05-04 Viáticos al
Exterior de acuerdo con la tabla de viáticos vigente. Los gastos de traslado
estará a cargo del Ministerio de Ambiente y Energía, Área de Conservación.
Artículo 3º—Que durante los días del 05 al 14 de noviembre del 2007, en que
se autoriza la participación del funcionario Apú Zamora en la actividad,
devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 05 al 14 de noviembre del 2007.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad
Pública a los veintiséis días del mes de octubre del dos mil siete.
Lic. Fernando Berrocal Soto, Ministro Seguridad
Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº
49070).—C-15750.—(99957).
N° 062-H.—San José, 11 de setiembre del 2007
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE
HACIENDA
Considerando:
I.—Que la señora Paula Catalina Rojas Amador,
mayor de edad, soltera, vecina de Goicoechea, 250 metros norte y 150 metros
este de
II.—Que
III.—Que la gestionante aportó los siguientes
documentos de interés:
a) Solicitud
de autorización para registrarse como Agente Aduanero Independiente, Personal
Natural caucionado con la compañía Agencias Marítimas Sociedad de
Responsabilidad Limitada. (Folios 01 y 02).
b) Solicitud de la compañía Agencias Marítimas Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-002712 para autorizar a
la señorita Paula Catalina Rojas Amador como Agente Aduanero. (Folios 02 y 13)
c) Declaración Jurada rendida por la señorita Rojas Amador, ante la
notaria pública Vera Violeta Arguedas Molina, en la que indica la ubicación de
su domicilio. Asimismo, se indica que el mismo es verdadero y actual. (Folio
12).
d) Copia de
e) Fotocopia certificada de la cédula de identidad. (Folio 03).
f) Fotocopia certificada del título de Licenciada en Administración
de Aduanas otorgado a la señorita Rojas Amador por
g) Copia del Reporte de Cuotas Activas emitido por
h) Declaración Jurada Protocolizada del Domicilio de la petente, a
saber Calle Blancos de
i) Certificación del Registro Judicial del Poder Judicial, en donde
se indica que no aparecen anotaciones a nombre de la petente. (Folio 10).
j) Constancia del Departamento de Incorporaciones del Colegio de
Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica, número CONST.CPCE-00828-07
de fecha 25 de enero del 2007, en la cual se indica que la señora Rojas Amador,
se encuentra registrada como miembro activa de dicha Institución. (Folio 09).
k) Copia de la certificación de personería emitida por el Notario
Público José Miguel Meléndez Duran, en la cual consta que la señora Lidieth
Arias Córdoba es Gerente con facultades de Apoderada Generalísima sin limite de
suma de la compañía Agencias Marítimas Sociedad de Responsabilidad Limitada.
(Folio 17)
IV.—Que al entrar en
vigencia el 19 de noviembre del 2003, el Segundo Protocolo de Modificación del
Código Aduanero Uniforme Centroamericano III, aprobado mediante Ley N° 8360 de
fecha 24 de junio del 2003, publicada en
Lo cual se infiriere de las disposiciones contenidas en los artículos 16 y
110, que señalan lo que de seguido se detalla:
“Artículo 16.—Agente
Aduanero. El agente aduanero es el Auxiliar autorizado para actuar
habitualmente, en nombre de terceros en los trámites, regímenes y operaciones
aduaneras, en su carácter de persona natural, con las condiciones y requisitos
establecidos en este Código, Reglamento y la legislación nacional”.
Artículo 110.—Normas
supletorias. En lo no previsto en el presente Código y su Reglamento se
estará a lo dispuesto por la legislación nacional”.
Con fundamento en el artículo anterior, la
legislación nacional procedió a regular los requisitos mínimos y las
obligaciones que deben acatar las personas que en adelante pretendieran ejercer
la actividad de Agente Aduanero Persona Natural.
Por lo anterior,
“Artículo 29.—Requisitos
generales. Para poder operar como auxiliares, las personas deberán tener
capacidad legal para actuar, estar anotadas en el registro de auxiliares que
establezca la autoridad aduanera, mantenerse al día en el pago de sus
obligaciones tributarias, cumplir los requisitos estipulados en ésta Ley, sus
Reglamentos y los que disponga la resolución administrativa que los autorice
como auxiliares.
El auxiliar que, luego de haber sido
autorizado, deje de cumplir algún requisito general o específico, no podrá
operar como tal hasta que demuestre haber subsanado el incumplimiento”.
“Artículo 29 bis.—Impedimentos.
No podrán ser auxiliares de
a) Los
funcionarios y empleados del Estado o de sus instituciones autónomas,
semiautónomas y empresas públicas.
b) Las personas que estén inhabilitadas, por sentencia judicial firme,
para ejercer cargos públicos”.
Artículo 34.—Requisitos.
Además de los requisitos establecidos en el artículo 29 de esta Ley, para ser
autorizadas como agentes aduaneros, las personas físicas requerirán haber
obtenido al menos el grado universitario de licenciatura en Administración
Aduanera y contar con experiencia mínima de dos años en materia aduanera.
Igualmente, podrán ser autorizadas personas con el grado de licenciatura en
Comercio Internacional, Derecho o Administración Pública, previa aprobación de
un examen de competencia en el área aduanera, que el Ministerio de Hacienda
deberá aplicar anualmente en coordinación con
Ninguna persona física será autorizada,
reconocida ni podrá ejercer la correduría aduanera ante el Servicio Nacional de
Aduanas, si no ha caucionado su responsabilidad con el fisco.
a) Por
la aduana en que se preste o se vaya a prestar el mayor servicio, diez mil
pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional.
b) Por las demás aduanas ante las cuales actúe o vaya a actuar, no
menos de cinco mil ni más de ocho mil pesos centroamericanos o su equivalente
en moneda nacional. En este caso, la fijación deberá contar con la aprobación o
el refrendo del Ministerio de Hacienda.
c) (DEROGADO, por el inciso b) del artículo 4° de
El monto de la caución o el seguro será
actualizado anualmente. Las cauciones deberán rendirse mediante los siguientes
instrumentos: cheque certificado, garantía de cumplimiento otorgada por cualquiera
de las entidades financieras registradas y controladas por
Asimismo, el Reglamento a
“Artículo 104.—Documentos
adicionales que se deben presentar con la solicitud. Las personas
interesadas en que se les autorice como agente aduanero, además de los
documentos señalados en el artículo 78 de este Reglamento, deberán adjuntar a
la solicitud respectiva, original o fotocopia debidamente certificada por un
notario público o de la institución de enseñanza respectiva, del título
académico de Licenciado en Administración Aduanera. Los funcionarios públicos
que cumplan los requisitos exigidos al efecto, podrán efectuar el examen de
competencia estando aún en funciones. En caso de aprobar el examen, deberán
renunciar a su cargo de previo a la autorización, para actuar como agente
aduanero. Además de los requisitos anteriores, los interesados, deberán
presentar una Declaración Jurada que demuestre la experiencia mínima de dos
años en materia Aduanera”.
Es decir, que al entrar a regir el CAUCA III antes
citado, surgió la necesidad de adecuar la legislación aduanera nacional a los
nuevos requerimientos del mercado común centroamericano y de los instrumentos
de integración. Asimismo, es evidente que las reformas sufridas en la
legislación nacional referente a los requisitos que deben cumplir las personas
que soliciten ser autorizados como Agentes Aduaneros cumplen a cabalidad con
los lineamientos establecidos en los instrumentos internacionales.
V.—Que la señorita Paula Catalina Rojas Amador ha cumplido a satisfacción
con los requisitos que ordenan los artículos 29 y 34 de
VI.—Que de conformidad con lo establecido en los
artículos 140 inciso 20) y 146, de
ACUERDAN:
Autorizar a la señorita Paula Catalina Rojas
Amador, de calidades indicadas, para actuar como Agente Aduanero Persona
Natural ante
Rige a partir de su publicación.
Comuníquese a
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro de Hacienda, Guillermo E. Zúñiga Chaves.—1 vez.—(99407).
Nº 071-MEIC
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE
ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
En uso de las facultades conferidas en el 1) del
artículo 140 y el artículo 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad a los siguientes
funcionarios según se indica:
Cédula Nº Nombre Clase
de puesto Puesto Nº Rige
03-0404-0749 Karen
Andrea Herrera Asistente 028196 17-09-2007
Solano Administrativo 1
01-0923-0359 Jorge Esteban Mora Asistente 090067 17-09-2007
Campos Administrativo 1
Artículo 2º—Cesar por renuncia a los siguientes
servidores, según se indica:
Cédula Nº Nombre Clase
de puesto Puesto Nº Rige
01-1045-0773 María
Fernanda Profesional 098843 01-08-2007
Hernández Rodríguez del MEIC D
01-0745-0634 Ricardo Valverde Pérez Jefe de Servicios 013597 17-09-2007
Informáticos
B MEIC
Artículo 3º—Los nombramientos y ceses antes
indicados rigen a partir de las fechas antes mencionadas.
Dado en
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—El Ministro de Economía, Industria y Comercio, Marco A. Vargas Díaz.—1
vez.—(Solicitud Nº 15896).—C-12120.—(100403).
Nº DM-RC-6691-07
Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y
146 de
Considerando:
I.—Que el 29 de octubre del 2007, tendrá lugar en
Panamá, el Taller de Consulta “Seguridad Alimentaria y Nutricional en
Centroamérica” y este Despacho considera importante la participación de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte, alimentación, hospedaje,
impuestos, tributos o cánones que se deban de pagar en las terminales de
transporte, de la funcionaria, serán cubiertos por el Programa Estado de
Artículo 3º—Que durante la vigencia del presente acuerdo en los que se
autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100%
de su salario.
Artículo 4º—Rige del 28 al 30 de octubre del 2007.
Dado en el Ministerio de Salud.—San
José a los veinticuatro días del mes de octubre del dos mil siete.
Publíquese.—Dra. María
Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1
vez.—(Solicitud Nº 318-07).—C-13320.—(99939).
Nº DM-RC-6711-07
Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y
146 de
Considerando:
I.—Que del 30 al 31 de octubre del 2007,
tendrá lugar en Nicaragua, la actividad “Taller Nacional para
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte, alimentación, hospedaje,
impuestos, tributos o cánones que se deban de pagar en las terminales de
transporte, de la funcionaria, serán
cubiertos por
Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los
que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará
el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 29 de octubre al 1º de noviembre del 2007.
Dado en el Ministerio de Salud.—San
José a los veinticinco días del mes de octubre del dos mil siete.
Publíquese.—Dra. María
Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1
vez.—(Solicitud Nº 314-07).—C-14540.—(99940).
Nº DM-6714-07
Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y
146 de
Considerando:
I.—Que del 3 al 11 de noviembre del 2007,
tendrá lugar en Ginebra, Suiza la “Segunda Reunión del Grupo de Trabajo
Intergubernamental (IGWG) Sobre Salud Pública, Innovación y Propiedad
Intelectual” y este Despacho considera importante la participación de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la licenciada Denney
Artavia Escalante, con cédula de identidad Nº 06-0150-0301, Asesora del
Despacho de
Artículo 2º—Los gastos de la licenciada Denney Artavia Escalante por
concepto de tiquete aéreo y transporte en el exterior (US$1.020,00), así como
los gastos por concepto de viáticos (US$2.241,00), serán cubiertos con
Presupuesto Fideicomiso 872-3, Centro de Costo 1131, Programa 621-00,
Subpartida 1.05.03 Transporte al Exterior y Subpartida 1.05.04, Viáticos en el
Exterior.
Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los
que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará
el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 3 al 11 de noviembre del 2007.
Dado en el Ministerio de Salud.—San
José a los veintiséis días del mes de octubre del dos mil siete.
Publíquese.—Dra. María
Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1
vez.—(Solicitud Nº 309-07).—C-15750.—(99941).
Nº DM-RC-6756-07
Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y
146 de
Considerando:
I.—Que del 4 al 9 de noviembre del 2007,
tendrá lugar en Managua, Nicaragua, el “V Congreso Centroamericano de ITS, VIH
y SIDA (CONCASIDA 200 y el IV Encuentro de Personas Viviendo con VIH/SIDA” y
este Despacho considera importante la participación de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte, alimentación y hospedaje
de la funcionaria, serán cubiertos por
el USAIDA.
Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los
que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará
el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 4 al 10 de noviembre del 2007.
Dado en el Ministerio de Salud.—San
José a los veintinueve días del mes de octubre del dos mil siete.
Publíquese.—Dra. María
Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1
vez.—(Solicitud Nº 315-07).—C-14520.—(99942).
Nº DM-RC-6758-07
Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y
146 de
Considerando:
I.—Que del 31 de octubre al 1º de noviembre
del 2007, tendrá lugar en Panamá, el “Taller Regional para
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte, alimentación y hospedaje
de la funcionaria, serán cubiertos por el USAIDA.
Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los
que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará
el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 31 de octubre al 1º de noviembre del 2007.
Dado en el Ministerio de Salud.—San
José a los veintinueve días del mes de octubre del dos mil siete.
Publíquese.—Dra. María
Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1
vez.—(Solicitud Nº 316-07).—C-15730.—(99943).
Nº DM-EC-6765-07
Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y
146 de
Considerando:
Que del 12 al 14 de noviembre del 2007, tendrá
lugar en Guatemala, la “Reunión Extraordinaria del Consejo Consultivo del
Instituto de Nutrición de Centro América y Panamá (INCAP) y el Taller Proceso
Desarrollo Organizacional” y este Despacho considera importante la
participación de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte, alimentación, hospedaje,
impuestos, tributos o cánones que se deban de pagar en las terminales de
transporte, de la funcionaria, serán
cubiertos por el Instituto de Nutrición de Centro América y Panamá (INCAP).
Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los
que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el
100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 11 al 15 de noviembre del 2007.
Dado en el Ministerio de Salud.—San
José a los veintinueve días del mes de noviembre del dos mil siete.
Publíquese.—Dra. María
Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud
Nº 313-07).—C-13915.—(99944).
Nº DM-EC-6767-07
Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y
146 de
Considerando:
I.—Que del 11 al 16 de noviembre del 2007,
tendrá lugar en México, el Taller Regional “Formulación de un Libro Blanco sobre
Política de Adquisición de Medicamentos Esenciales. Un Desafío para Promover
Cohesión Social” y este Despacho considera importante la participación de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a María de los Ángeles
Morales Vega, con cédula de identidad Nº 04-0100-1276, Directora de Registros y
Controles del Ministerio de Salud, para que asista y participe en el Taller
Regional “Formulación de un Libro Blanco sobre Política de Adquisición de
Medicamentos Esenciales. Un Desafío para Promover Cohesión Social”, que tendrá
lugar en México, del 11 al 16 de noviembre del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte, alimentación y hospedaje
serán cubiertos por el Programa EUROSOCIAL, y los gastos por concepto de
transporte interno (México) serán cubiertos por el Presupuesto de Fideicomiso
Centro de Costos 516, Programa 622.03, Dirección Registros y Controles, Partida
1.05.03.
Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los
que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará
el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 11 al 16 de noviembre del 2007.
Dado en el Ministerio de Salud.—San
José a los treinta días del mes de octubre del dos mil siete.
Publíquese.—Dra. María
Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1
vez.—(Solicitud Nº 310-07).—C-15750.—(99945).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
EDICTOS
El señor Óscar Araya Fonseca, número de cédula Nº
1-677-844, vecino de Alajuela, en calidad de regente veterinario de la compañía
Corpeco S. A., con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente
medicamento veterinario del grupo 3: Soldrin Oftálmico Veterinario. Fabricado
por: Pisa Agropecuaria S. A. de C.V, México, con los siguientes principios
activos: cada ml contienen: Fosfato de Dexametasona 1.0 mg, Sulfato de
Neomicina 3.5 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: en afecciones
inflamatorias del segmento anterior del ojo o de sus anexos. Con base en el
Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial
El señor Óscar Araya Fonseca, número de cédula Nº
1-677-844, vecino de Alajuela, en calidad de regente veterinario de la compañía
Corpeco S. A., con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente
medicamento veterinario del grupo 3: NF-180-NFL. Fabricado por: Pisa
Agropecuaria S. A. de C.V, México, con los siguientes principios activos: cada
ml contiene: Florfenicol 100 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas:
tratamiento de enfermedades infecciosas de las aves causadas por E.COLI y otras
bacterias aisladas comunmente de pollos que sean suceptibles al Florfenicol.
Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control
de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para
que lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial
El señor Óscar Araya Fonseca, número de cédula Nº
1-677-844, vecino de Alajuela, en calidad de regente veterinario de la compañía
Corpeco S. A., con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente
medicamento veterinario del grupo 3: Fosfodica. Fabricado por: Pisa
Agropecuaria S. A. de C.V., México, con los siguientes principios activos: cada
100 ml contienen: Fosfomicina Disodica 10 g, y las siguientes indicaciones
terapéuticas: para el tratamiento de enfermedades de aves y cerdos causadas por
bacterias susceptibles a la fosfomicina. Con base en el Decreto Ejecutivo N°
28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se
cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este
Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día
siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial
El señor Óscar Araya Fonseca, número de cédula Nº
1-677-844, vecino de Alajuela, en calidad de regente veterinario de la compañía
Corpeco S. A., con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente
medicamento veterinario del grupo 3: Neo-Sept Crema. Fabricado por: Pisa
Unipharm S. A. Guatemala, con los siguientes principios activos: cada 100 g
contiene: Clostebol Acetato 0.500 g, Neomicina Sulfato 0.500 g y las siguientes
indicaciones terapéuticas: en úlceras cutáneas, infecciones de la piel, heridas
infectadas, abrasiones de la piel y cirugía (corte de colas y orejas). Con base
en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial
El señor Rafael Herrera Herrera, con número de
cédula Nº 4-103-1358, vecino de Heredia, en calidad de representante legal de
la compañía Droguería Herrera y Elizondo con domicilio en Heredia. Solicita el
registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Virokiller. Fabricado
por: Centrovet, Chile, con los siguientes principios activos: cada 100 g
contienen: Cloramina T 80 g, Lactosa C.S.P 100 g, y las siguientes indicaciones
terapéuticas: germicida para enfermedades bacterianas de los peces. Con base en
el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial
CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL
Nº 142-2007.—Ministerio de Obras Públicas y
Transportes.—Consejo Técnico de Aviación Civil.—San José, a las diez horas y
treinta minutos del día once de julio del año dos mil siete.
Se procede a corregir parcialmente la resolución Nº 94-2007, de las 18:30 horas,
aprobada mediante artículo octavo de la sesión ordinaria 90-2006, de esa misma
fecha, mediante la cual otorgó la ampliación al certificado de explotación para
brindar servicios de transporte público internacional regular de pasajeros,
carga y correo en la ruta Ciudad de Panamá, Panamá-San José, Costa Rica-San
Pedro Sula, Honduras y v.v.; solicitado por Compañía Panameña de Aviación
(COPA).
Resultando:
1º—Que mediante artículo octavo de la sesión
ordinaria 90-2006, celebrada por el Consejo Técnico de Aviación Civil el 06 de
noviembre del 2006, se acordó aprobar resolución Nº 94-2007, de las 18:30
horas, mediante la cual otorgó la ampliación al certificado de explotación para
brindar servicios de transporte público internacional regular de pasajeros, carga
y correo en la ruta Ciudad de Panamá, Panamá-San José, Costa Rica-San Pedro
Sula, Honduras y v.v.; solicitado por Compañía Panameña de Aviación (COPA).
2º—Que mediante oficio DVT 07-0193 de fecha 17 de enero del 2007, suscrito
por
3º—Que mediante artículo octavo de la sesión ordinaria 34-2007 celebrada
por el Consejo Técnico de Aviación Civil el día 07 de mayo del 2007, se acordó:
“Trasladar a
4º—Que en el dictado de esta resolución se han observado las normas y
procedimientos de ley.
Considerando:
FONDO DEL ASUNTO
I.—El ordenamiento jurídico permite al emisor
de un acto administrativo o jurisdiccional, la corrección- en cualquier tiempo-
de los errores puramente materiales que contengan sus resoluciones, de acuerdo
a lo establecido en el artículo 157 de
“Artículo 157.- En cualquier tiempo podrá
II.—En vista de que la resolución Nº 94-2006 de
las de las 18:30 horas, mediante la cual se acordó otorgar la ampliación al
certificado de explotación para brindar servicios de transporte público
internacional regular de pasajeros, carga y correo en la ruta Ciudad de Panamá,
Panamá-San José, Costa Rica-San Pedro Sula, Honduras y v.v.; solicitado por
Compañía Panameña de Aviación (COPA), fue devuelta mediante oficio DVT-07-0193
de fecha 17 de enero del 2007, por parte del despacho de
Con fundamento en los hechos descritos y
citas de ley, por tanto:
EL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL, RESUELVE:
1.—Se corrige parcialmente la resolución Nº
94-2007, de las 18:30 horas, aprobada mediante artículo octavo de la sesión
ordinaria 90-2006, de esa misma fecha, mediante la cual otorgó la ampliación al
certificado de explotación para brindar servicios de transporte público
internacional regular de pasajeros, carga y correo en la ruta Ciudad de Panamá,
Panamá-San José, Costa Rica-San Pedro Sula, Honduras y v.v.; solicitado por
Compañía Panameña de Aviación (COPA), en el sentido de que se modificó el punto
de Considerando “Sobre el fondo del asunto”, el cual deberá leerse de la
siguiente manera:
“Sobre el fondo del asunto:
I.—Que de acuerdo con lo dispuesto con el
artículo 10 de
Asimismo el artículo 143 señala que para explotar
cualquier servicio aéreo, se requiere un certificado de explotación que
otorgará el Consejo de Aviación Civil y será aprobado por el Poder Ejecutivo
cuando se trate de servicios aéreos internacionales y e forma simultánea,
II.—Que realizado el procedimiento de
certificación legal que establece
En este sentido debemos indicar que mediante
oficio 060121 de fecha 31 de marzo del 2006, el Departamento de Transporte
Aéreo rinde informe respecto a la solicitud de la petente recomendando otorgar
la compañía COPA la ampliación del Certificado de Explotación.
De igual forma mediante oficio OA-0133-06 de fecha
21 de febrero del 2006, los departamento de
Operaciones Aeronáuticas y Aeronavegabilidad manifestaron no tener objeción
técnica para que se le otorgue la ampliación de la ruta Panamá – San José – San
Pedro Sula y viceversa.
III.—En cuanto a la audiencia pública, la misma
publicada en
Debido a lo anterior el departamento de Transporte
Aéreo mediante oficio 060413 de fecha 12 de octubre del 2006, presentó a
2.—Aprobar el proyecto de resolución
adjunto, que modifica parcialmente la resolución NO. 94-2006, con las
modificaciones, solicitadas por el despacho de
3.—Mantener el resto del texto incólume.
Notifíquese. Dra. Viviana Martín Salazar,
Presidenta.
Aprobado por el Consejo Técnico de
Aviación Civil, mediante artículo décimotercero de la sesión ordinaria Nº
52-2007 celebrada el 11 de julio del dos mil siete.
Aprobado: Lic. Karla González Carvajal,
Ministra de Obras Públicas y Transportes.—1
vez.—(Solicitud Nº 20614).—C-41140.—(99453).
DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD
Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo
1, Folio 65, Título N° 783, emitido por el Liceo Napoleón Quesada Salazar, en
el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Berrocal Jiménez Ana Jensy.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
“
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del título de bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
2, folio 55, título N° 815, emitido por el Saint Paul College, en el año dos
mil seis, a nombre de Guilá Lobo Sofía. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del título de bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
1, folio 101, título N° 483, emitido por el Colegio de Gravilias, en el año dos
mil tres, a nombre de Quintero Alvarado Wendy. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del título de bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
1, folio 57, título N° 509, emitido por el Liceo Anastasio Alfaro, en el año
mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de López Castro Luis Guillermo. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del Diploma de conclusión de Estudios de Educación Diversificada
en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 76 y título N° 2285, emitido
por el Liceo Diurno José Martí, en el año mil novecientos ochenta y siete, a
nombre de Mora Quintero Jaime. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
En sesión celebrada en San José a las diez horas
del día 03 de octubre del 2007, se acordó conceder pensión de gracia, mediante
la resolución JNPA-7939-2007, del día 03 de octubre del 2007, al señor Mata
Meza Félix Gerardo, cédula de identidad Nº 3-192-431, vecino de Limón; por un
monto de sesenta y cuatro mil trescientos dieciséis colones con cincuenta y un
céntimos (¢64.316,51); de acuerdo al II semestre del 2007, con un rige a partir
de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero
Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido
presupuestario correspondiente.—Lic. Francis Zúñiga
González, Director Ejecutivo.—1 vez.—(101128).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
Diligencias de disolución de
Juzgado de Trabajo Segundo Circuito Judicial de San José, a las diez horas
y un minuto del treinta de enero del año dos mil siete.
Proceso de disolución de la cooperativa, interpuesto por el INFOCOOP
representado originalmente por
Resultando:
Con base en los hechos que expone el INFOCOOP,
solicitó que en sentencia se declare disuelta
En los procedimientos se han observado las prescripciones y normas de ley y
no se notan defectos u omisiones capacidad de producir nulidad o indefensión a
las partes.
Considerando:
Hechos probados: de importancia para la resolución del presente
asunto se tiene por probado:
Que
Que los principales objetivos de
Que la citada cooperativa incurre en las siguientes anomalías: COOPESNE
R.L., no cumple con su objeto social, porque no se tiene evidencia de que está
desarrollando alguna actividad y no existe interés manifiesto por parte de los
asociados por reactivar la organización (causal de disolución de conformidad
con lo que establecen los artículos 86 inciso b) y 87 incisos a) y b) de
Sobre el fondo: en concordancia con
“... Por gestión de los organismos de
integración del sector que representen el 25 por ciento (25% de los asociados,
siempre y cuando ese número no sea inferior a diez o por iniciativa propia, el
INFOCOOP solicitará al Tribunal de Trabajo la disolución de una cooperativa, si
se le comprueba en juicio que: as) el número de afiliados se ha reducido a una
cifra inferior a la legal, b) por cualquier otra causa, se hace imposible el
cumplimiento de sus objetivos...”
Esta misma ley dispone que para la disolución de
una cooperativa deben cumplirse ciertos requisitos a saber: petición previa del
INFOCOOP ó de los organismos del sector
en un porcentaje de un 25% cuando el número de asociados sea inferior al
legal, o porque se haga imposible el cumplimiento de sus objetivos, se dejen de
llenar los requisitos exigidos en
Así las cosas la suscrita encuentra que estas razones y la aceptación del
profeso de disolución por parte del Gerente de COOPESNE R.L., son suficientes
para acoger la pretensión formulada por INFOCOOP y consecuentemente se ordena
la disolución de la cooperativa objeto de estas diligencias. Luego de todo y
cuanto queda expuesto, lo procedente se autoriza al Departamento de
Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que
efectúe la respectiva cancelación y a través de los personeros asignados lleve
a cabo la liquidación conforme con los artículos 89, siguientes y concordantes
de
De conformidad con lo expuesto, artículos 29, 85 a
89, 131 y 133 de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por
el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a
la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la
organización social denominada: Sindicato Unión Nacional de Empleados de
REGISTRO NACIONAL
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de
Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad
denominada: Asociación Nadadores Asociados de Goicoechea, con domicilio en la
provincia de San José, Guadalupe, Goicoechea. Cuyos fines principales entre
otros son los siguientes: Práctica y enseñanza de la natación en niños,
adolescentes, adultos. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la
asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con
las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Guido Gerardo
Prado Madrigal. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y
sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 573, asiento 09110,
adicional 573-34861).—Curridabat, 18 de octubre del
2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—(98092).
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. Nº 12694P.—Viveros
Bios S. A., solicita concesión de 1,2 lps del Pozo AB-2430, efectuando la
captación en su finca San Antonio Escazú, para uso consumo humano, piscina y
riego. Coordenadas 209.300/520.000 Hoja Abra. Quienes se consideren lesionados
deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de octubre del 2007.—Departamento de
Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(99422).
Exp. Nº 5836P.—Exportadora
Imperio Verde S. A., solicita concesión de 5 litros por segundo del Pozo
AB-1315, efectuando la captación en finca de su propiedad en Guácima, Alajuela,
para uso agropecuario-riego-ornamentales. Coordenadas 217.700/510.300 Hoja
Abra. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo, dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José,
30 de octubre del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón,
Jefe.—(99433).
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:
Girar a la orden de los interesados los presentes
montos para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargos a las
respectivas partidas del presupuesto.
Acuerdo Cédula Nombre Monto
1038 4-000-042147-03 Caja
Costarr. del Seguro Social 941.961.387,00
1039 3-101-077363-21 Secure S. A. 7.439.657,45
1040 02-0319-0535 Villalobos González Orlando 283.471,75
1040 3-012-370910-00 Elevadores Otis S. A. de Capital V. 213.640,00
1040 3-101-098063-16 Multinegocios Intern. América S. A. 382.122,72
1041 3-002-287079-37 Asoc. Solidarista Serv. Judiciales 18.055.793,49
1042 3-002-287079-37 Asoc. Solidarista Serv. Judiciales 15.011.465,94
1043 3-101-006090-03 Consultecnica S. A. 873.250,55
1043 3-101-058433-33 Constructora Navarro y Aviles S. A. 19.405.568,00
1043 3-101-076898-24 Direx Internacional S. A. 1.330.144,20
1043 3-101-095144-31 Cefa Central Farmacéutica S. A. 643.125,00
1043 3-101-255544-00 ATP Global Investments of C.R. 1.134.919,63
1043 3-101-452245-01 Siemens Enterprise Communicat. 5.189.209,95
1044 3-101-069227-25 Soin Soluciones Integrales S. A. 3.776.550,15
1044 3-101-076436-25 Mundo de Limpieza S. A. 781.433,96
1044 3-101-098063-16 Multinegocios Intern. América S. A. 8.437.341,76
1044 3-101-165549-16 Servicios de Consultoría de Occ. 369.299,18
1045 01-0424-0285 Jiménez Coto Édgar 65.658,90
1045 01-0829-0740 Salas Innecken Ronny 100.498,96
1045 3-101-063829-27 Praxair Costa Rica S. A. 238.492,80
1045 3-101-171670-35 Total Petróleo Costa Rica S. A. 100.778,04
1045 3-101-174285-23 Seguridad Alfa S. A. 229.865,78
1045 3-101-177156-19 Semans S. A. 1.088.037,88
1046 3-101-036735-00 Reenfrio Comercial Automotriz S. A. 12.133.869,65
1046 3-101-175916-09 Plásticos Puente S. A. 3.259.872,00
1046 3-101-257790-00 Chacón Mendoza Librería y Sumin. 399.350,00
1046 3-101-259063 Movel Movimiento Eléctrico S. A. 1.298.042,95
1046 3-101-271623-37 SCM Metrología y Laboratorios S. A. 96.333,20
1046 3-101-359404 It Security Services Viras S. A. 2.841.490,72
1047 01-0481-0742 Rodríguez Li Gilberto 231.484,45
1047 3-101-098063-16 Multinegocios Intern. América S. A. 287.162,39
1047 3-101-136708-35 Valmartino S. A. 228.727,60
1047 3-101-187386-01 Copias del Este S. A. 74.414,00
1048 2-300-042155-CH Oficial Presupuestal Poder Judicial 2.915.677,59
Acuerdo Cédula Nombre Monto
1049 2-300-042155-CH Oficial Presupuestal Poder Judicial 4.557.348,89
1050 3-004-045202-22 Coop. de Elect. Rural de Guanacaste 1.234.642,05
1051 3-007-045087-09 Jasec 1.635.101,75
1052 3-101-182125-12 Tecno Logística de Costa Rica S. A. 3.556.658,85
1053 2-300-042155-FO Oficial Presupuestal Poder Judicial 675.705,52
1054 01-0849-0113 Ching Cubero Magda 155.400,00
1054 3-101-073972-16 Copias Dinámicas S. A. 128.003,76
1054 3-101-076436-25 Mundo de Limpieza S. A. 51.704,09
1054 3-101-098063-16 Multinegocios Intern. América S. A. 204.477,81
1054 3-101-123083-33 Estac. Serv. Transp. Hnos. Orozco 6.310,19
1054 3-101-153193-08 Insumos Federados S. A. 247.592,77
1054 3-101-276800-16 Tecnolo. del Nuevo Milenio Sid. T. 235.200,00
1055 3-012-370910-00 Elevadores Otis S. A. de Capital V. 1.406.829,20
1055 3-101-063829-27 Praxair Costa Rica S. A. 160.992,00
1056 01-0791-0645 Poblador Ramírez Tomas 252.800,00
1056 01-0871-0537 Chaves López Ana Isabel 252.945,00
1056 01-0879-0479 Alvarado Aguirre Kenneth 252.800,00
1056 01-0896-0867 Hernández Mora Marco Tulio 252.800,00
1056 01-0911-0164 Araya Morales Hanzel 252.800,00
1056 01-0923-0136 Moncada Jiménez Indiana 252.800,00
1056 01-0942-0342 Renauld Castro Andrea 256.260,00
1056 03-0354-0110 Araya Vega Alfredo 252.800,00
1056 09-0101-0858 García Araya Tatiana 252.800,00
1057 3-101-009515-19 Documentos y Digitales Difoto S. A. 3.257.603,26
1057 3-101-085306-37 Editorama S. A. 1.764.793,80
1057 3-101-235985-07 CN Negocios S. A. 5.947.269,10
1058 01-0538-0963 Cárdenas Monge Yadira 184.240,60
1058 01-1081-0960 Bogantes Ledezma Simón 196.824,08
1058 01-1104-0313 Arguedas Rimola Vanessa 48.234,11
1058 01-1112-0162 Escalante Quirós Max 1.051.198,61
1058 01-1214-0887 Achi Madrigal Rebeca 123.256,00
1058 01-1258-0401 Duarte Acuña Jairo 44.414,84
1058 01-1269-0387 Badilla Bustamante Cesar 25.947,66
1058 01-1289-0041 Alfaro Camacho Stephani 176.708,40
1058 03-0370-0226 Garbanzo Matamoros Kattia 185.356,44
1058 03-0421-0412 Arguedas Mata Diana 79.127,76
1058 04-0176-0344 Bogantes Gómez Elieth 138.336,06
1058 06-0254-0472 Araya Cambronero Vanessa 221.105,56
1058 06-0297-0397 Arias Naranjo Crisian Ma. 95.318,13
1058 06-0316-0344 Badilla Chaves Cinthia 110.162,48
1058 06-0323-0562 Carrillo Reyes Brigitte 69.770,08
1059 3-101-003252-18 G.B.M. de Costa Rica S. A. 14.368.812,58
1059 3-101-423442-00 Corporación Tecnofrio CTF S. A. 1.826.364,01
1060 3-101-006090-03 Consultecnica S. A. 6.940.396,10
1060 3-101-058433-33 Constructora Navarro y Aviles S. A. 231.346.537,10
1060 3-101-141203-10 Arquitectura Jof S. A. 3.790.212,59
1060 3-102-007759-30 Hijos de Heriberto Hidalgo Sucs. 927.701,87
1061 3-101-007749-04 Recope S. A. 62.967.189,82
1062 3-101-280890-00 Solutions Network S. A. 16.778.525,90
1063 03-0280-0735 Sileski Jiménez Gustavo A. 490.000,00
1063 3-006-307008-00 Fundación Justicia y Genero 774.200,00
1063 3-101-007749-04 Recope S. A. 1.458.120,65
1063 3-101-080638-37 Distribuidora Ramírez y Castillo S. 1.844.850,00
1063 3-101-148012-19 Equipos Fotográficos Canon S. A. 1.796.144,00
1063 3-101-375451-00 Inversiones Sagupad JAmmber. S. A. 128.800,00
1063 3-101-409648-00 Consultores en Ingeniería de Soft. 1.230.096,00
1064 3-101-059552-20 I.S. Productos de Oficina C.A. S. A. 3.408.204,80
1064 3-101-192185-25 NMC Consultoría S. A. 4.036.032,00
1065 3-101-352750-30 Abbott Healthcare Costa Rica S. A. 3.714.953,40
1066 3-101-006090-00 Consultecnica Sociedad Anónima 16.562.000,00
1067 3-101-096527-10 Central de Servicios PC S. A. 12.906.395,65
1068 01-0598-0139 Montes de Oca Monge Lorena M. 45.200,00
1069 09-0069-0349 Ulate Zamora María Mercedes 158.525,76
1069 09-0069-0349 Ulate Zamora María Mercedes 14.739,96
1069 3-101-076436-25 Mundo de Limpieza S. A. 303.292,75
1070 01-0390-0306 Parra Sánchez Jorge 523.289,06
1070 01-0423-0576 Abarca López Carlos 80.275,68
1070 01-0829-0740 Salas Innecken Ronny 33.855,90
1070 01-1101-0483 Berrocal Murillo Cesar 28.988,00
1070 05-0078-0976 Abellán Cisneros Hebel 589.186,80
1070 3-101-025414-33 Conoco S. A. 118.882,99
1070 3-101-073972-16 Copias Dinámicas S. A. 893.419,38
1070 3-101-136708-35 Valmartino S. A. 69.143,92
1071 3-101-076436-25 Mundo de Limpieza S. A. 1.439.050,26
1071 3-101-153185-00 Fagem Electrónica S. A. 189.200,00
1072 01-0423-0576 Abarca López Carlos 80.545,32
1072 01-0636-0271 Alpízar Soto Martín 603.680,00
1072 3-101-179181-00 Distribuidora Mozee S. A. 1.188.399,68
1072 3-101-340543-00 Elevadores Schindler S. A. 113.915,66
1073 3-101-017468-06 Radio Mensajes S. A. 1.243.718,00
1074 01-0293-0024 Muñoz Retana Benjamín 518.722,21
1074 06-0173-0387 Cascante Tapia Aily 94.663,83
1074 3-101-179595-20 Cía. de Servicios Múltiples Masiza 237.001,02
1075 01-0423-0576 Abarca López Carlos 163.157,88
1075 3-012-370910-00 Elevadores Otis S. A. de Capital V. 100.000,00
Acuerdo Cédula Nombre Monto
1075 3-101-076436-25 Mundo de Limpieza S. A. 536.894,30
1075 3-101-096527-10 Central de Servicios PC S. A. 63.128,72
1075 3-102-151332-22 Amsa de San Ltda. 145.198,20
1076 02-0542-0760 Sibaja Soto Siller 183.466,00
1076 3-101-073308-12 Grupo Computación Modular A. 151.008,80
1076 3-101-165549-16 Servicios de Consultoría de Occ. 1.574.728,80
1077 2-300-042155-FJ Fondo de Jub. y
Pensiones P.J 85.883,27
1078 3-101-006463-19 Jiménez y Tanzi S. A. 1.562.252,30
1078 3-101-011663-01 Galería Musical S. A. 214.130,00
1078 3-101-015758-07 Artelec S. A. 1.528.800,00
1078 3-101-052789-24 Vtas. y Serv. Equp. Med y Elect.
Org. 3.367.887,60
1078 3-101-079546-03 Lemen de Costa Rica S. A. 1.932.898,10
1078 3-101-095144-31 Cefa Central Farmacéutica S. A. 73.350,00
1078 3-101-111502-18 Componentes El Orbe S. A. 1.273.092,15
1078 3-101-217607-04 Sauter Mayoreo S. A. 309.008,70
1078 3-101-368103-00 Santa Bárbara Technology S. A. 4.531.600,75
1079 2-300-042155-CH Oficial Presupuestal Poder Judicial 3.309.809,37
1080 2-300-042155-CH Oficial Presupuestal Poder Judicial 3.418.011,99
1081 2-300-042155-CH Oficial Presupuestal Poder Judicial 4.015.484,23
1082 2-300-042155-CH Oficial Presupuestal Poder Judicial 5.049.826,25
1083 2-300-042155-CH Oficial Presupuestal Poder Judicial 4.442.430,98
1084 2-300-042155-CH Oficial Presupuestal Poder Judicial 2.267.731,35
1085 2-300-042155-CH Oficial Presupuestal Poder Judicial 2.469.592,19
1086 2-300-042155-05 Collaborative Testing Services Inc. 172.215,83
1087 2-300-042155-01 Juzgado Trabajo Segundo Circuito Judicial 829.328,23
1088 3-101-046155 Comercio y Desarrollo Tinoco Y P. 4.586.400,00
1088 3-101-233569-00 Universidad Fundepos Alma Mater 14.419.641,60
1089 01-0836-0931 Fallas Abarca Huberth 965.300,00
1089 3-101-015758-07 Artelec S. A. 2.304.960,00
1089 3-101-217607-04 Sauter Mayoreo S. A. 444.441,75
1089 3-101-217830-00 Intece Electricidad de C. R. 2.021.985,00
1089 3-101-255544-00 ATP Global Investments of C.R. 1.366.009,38
1089 3-101-301272 Central American Worldwide Exp. 213.640,00
1089 3-101-336655-16 AQL Integral Solutions S. A. 425.412,10
1090 3-101-147670-00 Desca Sys Centroamérica S. A. 132.240.050,25
1091 2-300-042155-CH Oficial Presupuestal Poder Judicial 2.537.650,02
1092 01-0702-0654 Castillo Prado Roger 300.000,00
1093 3-101-007749-04 Recope S. A. 31.508.451,79
1093 3-101-235897 Capacitación Prehospitalaria JJ S. A. 505.386,00
1094 01-0459-0934 Valladares Bermúdez Leonidas 125.440,00
1094 01-0506-0304 Vargas Jiménez Grace 45.503,00
1094 01-1101-0483 Berrocal Murillo Cesar 268.028,14
1094 03-0247-0038 Pérez Ramírez Marvin 59.362,10
1094 05-0326-0027 Ruiz Duarte Adriano 75.020,00
1094 06-0097-1053 Cerdas Villegas Leda María 136.790,00
1095 01-0829-0740 Salas Innecken Ronny 13.078,60
1095 06-0134-0442 Alvarado Ugalde Carlos 628.394,15
1095 3-101-171670-35 Total Petróleo Costa Rica S. A. 76.290,18
1095 3-101-240146-31 Ambiente Limpio H. Montero S. A. 98.167,55
1095 3-102-151332-22 Amsa de San Ltda. 275.957,42
1096 01-0902-0356 Bertarioni Rodríguez Alexander 49.404,00
1096 06-0091-0471 Duarte Marín Álvaro 57.775,50
1096 3-012-370910-00 Elevadores Otis S. A. de Capital V. 245.000,00
1096 3-101-029593-24 Electrotecnica S. A. 500.061,05
1096 3-101-118357-00 Don Rodrigo S. A. 243.040,00
1096 3-101-165549-16 Servicios de Consultoría de Occ. 3.149.911,23
1096 3-101-171670-35 Total Petróleo Costa Rica S. A. 83.230,53
1097 3-101-402724-00 Chemlabs S. A. 5.590.326,90
1097 3-102-004445-31 Químicas Unidas Ltda. 66.000,00
1098 2-300-042155-CH Oficial Presupuestal Poder Judicial 4.073.309,80
1099 2-300-042155-CH Oficial Presupuestal Poder Judicial 5.291.845,92
1100 2-300-042155-FO Oficial Presupuestal Poder Judicial 24.301.089,82
1101 2-300-042155-FJ Fondo de Jub. y
Pensiones PJ 296.640,53
1102 3-002-287079-37 Asoc. Solidarista Serv. Judiciales 15.556.317,99
1103 2-300-042155-FJ Fondo de Jub. y
Pensiones PJ 3.269,21
1104 2-300-042155-FJ Fondo de Jub. y
Pensiones PJ 368.742.701,22
1105 2-300-042155-FJ Fondo de Jub. y
Pensiones PJ 163.360,81
1106 2-300-042155-FO Oficial Presupuestal Poder Judicial 25.322.530,51
1107 2-300-042155-CL Director Ejecutivo Poder Judicial 153.618,30
Total líquido 2.170.297.517,48
Lic. Luis A. Barahona C., Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—(O. P. Nº 100455).—C-106480.—(99037).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la
licenciada Mauren Marcela Rojas Bejarano, cédula de identidad Nº 2-0519-0676,
quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a
todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la
conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de
que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a
esta publicación. Expediente Nº 07-001419-624-NO.—San
José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—(99529).
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. N° 37752-2006.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas
treinta y cinco minutos del dos de octubre del dos mil siete. Procedimiento
administrativo de rectificación de los asientos de nacimiento de Randall
Enrique Carballo Jiménez, que lleva el número ochocientos uno, folio
cuatrocientos uno, del tomo mil ciento cuarenta y cuatro, de la provincia de
San José, Sección de Nacimientos y el de Édgar Alberto Carballo Jiménez, que
lleva el número ciento ochenta y siete, folio noventa y cuatro, del tomo mil
doscientos veinticuatro, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos,
en el sentido que los mismos son hijos de “Guillermo Enrique Díaz Flores,
costarricense y Rosario Carballo Jiménez, nicaragüense” y no como se
consignaron. Conforme lo señala el artículo 66 de
Exp. Nº 31157-06.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce
horas treinta y cinco minutos del diecinueve de setiembre del dos mil siete.
Procedimiento administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de
Alexander Gerardo Vega Torres, que lleva el número trescientos cuarenta y seis,
folio ciento setenta y tres, tomo ciento noventa y nueve, de la provincia de
Limón, Sección de Nacimientos, en el sentido que el mismo es hijo de “Bernardo
Acosta Méndez y María Ángela Torres Torres, costarricenses”. Conforme lo señala
el artículo 66 de
Exp. N° 28039-2005.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las catorce
horas veinte minutos del primero de octubre del dos mil siete. Procedimiento administrativo
de cancelación del asiento de nacimiento de Héctor Darío Alvarado Villegas, que
lleva el número trescientos cuarenta y cinco, folio ciento setenta y tres, tomo
ciento noventa y uno, de la provincia de Guanacaste, Sección de Nacimientos, por
aparecer inscrito como Héctor Darío Bustos Villegas, en el asiento número
ciento setenta y siete, folio cero ochenta y nueve, tomo cero ochenta y uno,
del Partido Especial, Sección de Nacimientos y de rectificación del precitado
asiento de nacimiento, en el sentido que el mismo es hijo de “José Alvarado
Herrera y María Villegas Murillo, costarricenses” y no como se consignó.
Conforme lo señala el artículo 66 de
Exp. N° 24233-2006.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas
del veintisiete de setiembre del dos mil siete. Procedimiento administrativo de
cancelación del asiento de nacimiento de Ana Lorena Campos Pérez, que lleva el
número setecientos veinticinco, folio trescientos sesenta y tres, del tomo
seiscientos cuarenta y cuatro, de la provincia de San José, Sección de
Nacimientos, por aparecer inscrita como Dina María Pérez Martínez, en el
asiento número trescientos sesenta y cuatro, folio ciento ochenta y dos, del
tomo ciento ochenta y tres, de la provincia de Puntarenas, Sección de
Nacimientos y rectificación del precitado asiento de nacimiento, en el sentido
que la persona ahí inscrita es hija de “Miguel Ángel Campos Monge y Rosa Lidia
Pérez Martínez, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el
artículo 66 de
Exp. N° 24178-2006.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas
veintitrés minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil siete.
Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Edier
Allen Solórzano Araya, que lleva el número quinientos noventa y cinco, folio
doscientos noventa y ocho, tomo ciento sesenta y siete, de la provincia de
Heredia, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Eddy Núñez Araya,
en el asiento número novecientos noventa y nueve, folio quinientos, del tomo
ciento sesenta y siete, de la provincia de Heredia, Sección de Nacimientos y
rectificación del precitado asiento de nacimiento, en el sentido que la persona
ahí inscrita es hija de “Marcos Solórzano Cubero y Rosa Araya Venegas,
costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de
Exp. N° 17277-2006.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas
del veinticinco de setiembre del dos mil siete. Procedimiento administrativo de
rectificación de los asientos de nacimiento de Rigoberto del Carmen Medina
Matarrita, que lleva el número veintiocho, folio catorce, del tomo noventa y
tres, del Partido Especial, Sección de Nacimientos, Sandra Mercedes Medina
Matarrita, que lleva el número cero noventa y ocho, folio cero cuarenta y
nueve, del tomo doscientos veintidós, de la provincia de Puntarenas, Sección de
Nacimientos, Miriam Medina Matarrita que lleva el número quinientos cuarenta y
ocho, folio doscientos setenta y cuatro, del tomo doscientos veintinueve, de la
provincia de Puntarenas, Sección de Nacimientos y de Gloria Esmeralda Medina
Matarrita, que lleva el número quinientos setenta y tres, folio doscientos ochenta
y siete, del tomo doscientos cuarenta y cinco, de la provincia de Puntarenas,
Sección de Nacimientos, en el sentido que las personas ahí inscritas son hijas
de “Encarnación Montes Montes y Marcelina Matarrita Matarrita, costarricenses”
y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de
Exp. Nº 14677-06.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve
horas diez minutos del diecinueve de octubre del dos mil siete. Proceso
administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Carlos Luis Navarro
Campos, que lleva el número cuatrocientos setenta y siete, folio doscientos
treinta y nueve, tomo ciento cincuenta y siete, de la provincia de Puntarenas,
Sección Nacimientos, por aparecer inscrito como Carlos Luis Campos Méndez, en
el asiento número seiscientos ochenta y uno, folio trescientos cuarenta y uno,
tomo setenta y dos, del partido Especial, Sección Nacimientos y de
rectificación del anterior asiento de nacimiento, en el sentido que la persona
ahí inscrita es hija de “Ramón Navarro Umaña y Martina Oliva Elisa Campos
Méndez, costarricenses”. Conforme lo señala el artículo 66 de
Se avisa a las partes interesadas que en este
Registro se encuentra en trámite el proceso administrativo de rectificación del
asiento de nacimiento de la menor Avril Sofía Masís Mesén. Exp. Nº 6674-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las nueve horas cincuenta minutos del veinticinco de
setiembre del dos mil siete. Proceso administrativo de rectificación del
asiento de nacimiento de Avril Sofía Masís Mesén, que lleva el número ciento
dieciséis, folio cincuenta y ocho, tomo mil novecientos setenta y cuatro, de la
provincia de San José, Sección de Nacimientos, en el sentido que la misma es
hija de “Erick Paulino González González y Ericka Sofía Masís Mesén,
costarricenses”. Conforme lo señala el artículo 66 de
Exp. Nº 1466-07.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce
horas diez minutos del diecinueve de setiembre del dos mil siete. Proceso
administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Elvia Nozara Araya Ramírez,
hija de Edwin Araya Brenes y Yadira Ramírez Ortíz, costarricenses, que lleva el
número cuatrocientos veintisiete, folio doscientos catorce, tomo setecientos
sesenta y cinco, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, por
cuanto aparece inscrita como Elvia Nozara de Jesús Hidalgo Ramírez, hija de
Miguel Ángel Hidalgo Fallas y Yadira Ramírez Ortiz, costarricenses, en el
asiento número cuatrocientos ochenta y cuatro, folio doscientos cuarenta y dos,
tomo setecientos setenta y uno, de la provincia de San José, Sección de
Nacimientos y de rectificación del precitado asiento de nacimiento en el
sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Edwin Araya Ramírez y Yadira
Ramírez Ortíz, costarricenses”. Conforme lo señala el artículo 66 de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de
ocurso incoadas por Hendrick Vladimir Mejía Ramos, ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución N° 1506-2007. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José,
a las catorce horas del cinco de junio del dos mil siete. Ocurso. Exp. Nº
30987-06. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:...,
II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el
asiento de matrimonio de Hendrich Vladimir Mejía Gochez con Ileana Reyes
Fernández... en el sentido que el primer nombre y el segundo apellido del cónyuge
son “Hendrick” y “Ramos” respectivamente, así como el nombre y apellido del
padre y el nombre y apellido de la madre son “Manuel de Jesús Mejía” y “Daisy
Antonia Ramos, no indican segundo apellido” por su orden y no como se consignó.
Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora
General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1
vez.—(99488).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓN
Avisos de solicitud de naturalización
Beatriz Duany Amieba, mayor, divorciada, asistente
de contabilidad, cubana, cédula de residencia 119200126229, vecina de San José,
expediente 1847-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información,
de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Ángel Antonio Prada Espitia, mayor, soltero,
estilista, colombiano, carné de refugiado Nº 117000765513, vecino de San José,
expediente 1449-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información,
de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
SISTEMA DE EMERGENCIAS 9-1-1
Según lo establecido en el programa anual de
compras, el Sistema de Emergencias 9-1-1 informa:
Monto Fecha estimada
Tipo de bien o estimado de inicio
de los Fuente de
servicio miles en colones procedimientos financiamiento
Capacitación en el Sistema
de
idioma inglés ¢46.500.000,00 IV trimestre Emergencias 9-1-1
San José, 7 de noviembre del 2007.—Ing. Rodolfo Jugo Romero, Director.—1 vez.—(101004).
CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO
PARA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000005-99999
Compra de cable y componentes eléctricos
El Centro de Investigación y Perfeccionamiento
para
Proveeduría.—Vinicio
Cascante Loría.—1 vez.—(101006).
INSTITUTO COSTARRICENSE DEL
DEPORTE Y
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000032-01
Colchonetas
Financiamiento: fondos públicos,
¢20.000.000,00 de colones.
El Instituto Costarricense del Deporte y
Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones en
San José, 9 de noviembre del 2007.—Proveeduría.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor
Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº
10817).—C-4255.—(101106).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000039-01
Servicios prehospitalarios, Final Nacional Juegos
Deportivos
Nacionales Heredia 2008
Financiamiento: fondos públicos, ¢30.000.000,00 de colones.
El Instituto Costarricense del Deporte y
Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones en
San José, 9 de noviembre del 2007.—Proveeduría.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor
Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº
10818).—C-6070.—(101125).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000104-PROV
Compra e instalación de un sistema modular de enfriamiento para
equipos
servidores ubicados en la sala de servidores del
Departamento
de Tecnología de
I Circuito
Judicial de San
José
Se invita a todos los potenciales proveedores a
presentar oferta. El cartel está disponible a partir de esta publicación, sin
costo alguno, en
El plazo para presentar ofertas vence el día 28 de noviembre del 2007, a
las 10:00 horas, momento en el cual se procederá con la apertura
correspondiente.
San José, 9 de noviembre del 2007.—Proveeduría.—Lic. _Ana I. Olivares Leitón, Jefa. a. í.—1 vez.—(101120).
COMPRA DIRECTA Nº 2007CD-001320-01
Contratación de una empresa internacional, para la validación del
modelo
interno credit scoring del Banco Nacional de Costa Rica
El cartel puede ser retirado en
ÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000126-1142
Válvula para el control de Glaucoma de niño
El Área de Adquisiciones de
Ítem único: 306 UD válvula para el control de
Glaucoma de niño.
Rigen para este concurso: Las especificaciones
técnicas, administrativas, las condiciones generales (publicadas en
Subárea de Carteles.—Lic.
Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—(U. E. Nº
1142).—C-8490.—(100958).
CLÍNICA DR. SOLÓN NÚÑEZ FRUTOS, HATILLO CENTRO
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000005-2312
Construcción de casetilla y traslado de compresores
El cartel, las especificaciones técnicas, así como las condiciones
generales para esta compra, se pueden retirar en
Se ha programado una visita al sitio el próximo martes 20 de noviembre del
2007 a las 10:30 a. m.
San José, 9 de noviembre del 2007.—Subárea de Bienes y Servicios.—Lic. Carmen L. Monge
Chaves, MSc.—1 vez.—(101043).
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000113-PRI
Contratación de servicio para la actualización
del sistema
de transportes
El Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se
recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 30 de noviembre del 2007, para
la “Contratación de servicio para la actualización del sistema de transportes”.
El archivo que conforma el cartel tendrá un costo de ¢500,00 y podrá
adquirirse en
San José, 8 de noviembre del 2007.—Proveeduría.—Lic. Jéniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(100975).
MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000003-PROV
Contratación de servicios de recolección de los desechos sólidos
en el
cantón de El Guarco y traslado a un relleno sanitario
Proveeduría.—Lic. José
Ml. González Molina, Proveedor.—1 vez.—(101026).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000002-PROV
Adquisición de vehículos
Un (1) vehículo 4x4 tipo Station Wagon para uso
del Alcalde Municipal.
Tres (3) vehículos tipo pick-up 4x4 doble cabina.
Los interesados podrán adquirir el cartel
respectivo en
Proveeduría.—Lic. José
Ml. González Molina, Proveedor.—1 vez.—(101028).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-500049-02
Suministro de vehículos
El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en
la caja del Departamento de Tesorería, situada en el primer piso del mismo
edificio, por un costo de ¢1.000,00; o bien, el mismo está disponible en el sitio
Web de Recope www.recope.com.
San José, 8 de noviembre del 2007.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales,
Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 2007-5-0272).—C-6070.—(100959).
PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000020-07
Compra de exhibidores de frutas y hortalizas
Heredia, 8 de noviembre del 2007.—Proveeduría.—Lic.
Ronald Miranda Villalobos.—1 vez.—(101091).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000016-07
Compra de jaulas para el almacenamiento de productos en frío
Heredia, 9 de noviembre del 2007.—Proveeduría.—Lic.
Ronald Miranda Villalobos.—1 vez.—(101092).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE INVESTIGACIÓN
Y ENSEÑANZA
EN NUTRICIÓN Y SALUD
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000007-00100
Compra de suministros para cómputo:
hardware,
software y licencias
Oferta 1: Consorcio de Importación y
Exportación CONISA S. A., cédula jurídica Nº 3-101-036807-03, plazo de entrega 30 días naturales,
garantía 12 meses, monto total adjudicado $122,04, línea 13.
Oferta 2: Ricardo Noguera Moraga, cédula
de identidad 1-0524-0968,
plazo de entrega: 8 días naturales, garantía: 12 meses, monto total adjudicado
$121,20, línea 12.
Oferta 4: Siemens Enterprises
Communicatios CAM S. A.: cédula jurídica Nº 3-101-0045-2245, plazo de entrega 30 días naturales,
garantía: con al menos tres años, monto total adjudicado $8.240,85, líneas 1 y
2.
Oferta 6: DT División de Tecnología LIMCE
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-101-281-14, plazo de entrega a 15 días naturales, garantía
12 meses, monto total adjudicado $20,10, línea 11.
Oferta 7: Mania Digital SN S. A.: cédula
jurídica Nº 3-101-237469,
plazo de entrega 15 días hábiles, garantía: mínimo doce meses, monto total
adjudicado: ¢259.503,95, líneas 7, 8 y 10.
Oferta 8: Alfa Group Tecnología S. A.:
cédula jurídica Nº 3-101-2522838, plazo de entrega 15 días hábiles, garantía 36 meses contra defectos de
fabricación, monto total adjudicado: $3.346,46, líneas 3, 4 y 5.
Oferta 9: Sistemas de Computación
Conzultek de Centro América S. A., cédula jurídica Nº 3-101-295878, plazo de entrega 5 días hábiles
posteriores de recibir la orden de compra. Garantía 12 meses, monto total
adjudicado $199,28, líneas 6 y 9.
San José, 6 de noviembre del 2007.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vielka Cubero Moya,
Proveedora Institucional a. í.—1 vez.—Nº
75369.—(100794).
INSTITUTO SOBRE ALCOHOLISMO
Y FARMACODEPENDENCIA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-99999
Contratación de Servicios Profesionales y Técnicos
El Instituto sobre Alcoholismo y
Farmacodependencia informa a las personas físicas como jurídicas que
participaron en
Con acuerdo firme Nº 6, sesión 06 del 26
de marzo del 2007, la junta directiva acordó adjudicar, la contratación de
servicios profesionales a la señora Shirley Santos Miranda, con el CAID
en Puntarenas, Aguirre. Asimismo, se deja sin efecto la adjudicación de
Con acuerdo firme Nº 02, sesión 13 del 13 de abril
del 2007, la junta directiva acordó dejar sin efecto la adjudicación de
Con acuerdo firme Nº 03, sesión 13 del 13 de abril
del 2007, la junta directiva acordó dejar sin efecto la adjudicación de Jessica
Chavarría Solórzano y en sustitución nombrar a Mariana Rojas Rojas, con
el CAID en los cantones de San Ramón y Palmares.
Subproceso Adquisición Bienes y Servicios.—Yamileth Carballo Rodríguez, Encargada.—1 vez.—Nº
75481.—(100795).
GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONES
DIRECCIÓN
ADMINISTRACIÓN PROYECTOS ESPECIALES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-4403
Equipamiento del
servicio de nutrición Hospital Tomás Casas-Osa
A los interesados en el presente concurso, se les
hace saber que por resolución de
Prorepuestos PHI S. A.—(Oferta
01).
Monto: $94.639,22.
Plazo de entrega: 40 días naturales.
Equipos Wonder S. A.—(Oferta
02).
Monto: $20.190,00.
Plazo de entrega: máximo 60 días naturales.
Ver más detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 9 de noviembre del 2007.—Área de Contratación Administrativa.—Lic. Helen Noelia
Godfrey Leal, Coordinadora.—1 vez.—(101097).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000003-4403
Equipamiento del servicio de lavandería y servicios
generales
para el Hospital Tomás
Casas-Osa
A los interesados en el presente concurso, se les
hace saber que por resolución de
Setec Internacional, Inc.—(Oferta
única)
Ítem Nº 01
equipamiento del servicio de lavandería $166.150,00.
Ítem Nº 02 infructuoso.
Monto total en dólares: $166.150,00 (Ciento sesenta y seis mil ciento
cincuenta dólares exactos).
Plazo de entrega: 150 días naturales.
San José, 8 de noviembre del 2007.—Área de Contratación Administrativa.—Lic. Helen Noelia
Godfrey Leal, Coordinadora.—1 vez.—(101098).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000005-4403
Equipos de diagnóstico por imágenes para el
Hospital Tomás Casas-Osa
A los interesados en el presente concurso, se les
informa que por resolución de
Adjudicado: Promoción Médica S. A.—(Oferta Nº Dos).
Ítem Nº 1: Equipo de rayos x convencional. Monto:
$113.795,57.
Monto total adjudicado: $113.795,57 (ciento trece mil setecientos noventa y
cinco dólares con cincuenta y siete centavos).
Plazo total: 60 días naturales.
Adjudicado: Corporación Almotec S. A.—(Oferta Nº Tres).
Ítem Nº 2: Equipo de ultrasonido. Monto:
$40.530,00.
Ítem Nº 3: Equipo de ultrasonido para ginecología. Monto: $29.099,00.
Monto total adjudicado: $69.629,00 (sesenta y nueve mil seiscientos
veintinueve dólares netos).
Plazo total: 60 días naturales.
San José, 8 de noviembre del 2007.—Área de Contratación Administrativa.—Lic. Helen Noelia
Godfrey Leal, Coordinadora.—1 vez.—(101102).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000083-PROV
Adquisición de una guillotina eléctrica automática
con mando
electrónico programable
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a
los interesados en la licitación arriba mencionada, que
Sommerus S. A. cédula jurídica 3-101023283.—(Oferta Nº 2).
Adquisición de una guillotina eléctrica automática
con mando electrónico programable.
Monto total adjudicado: ¢46.330.000,00.
Tiempo de entrega: 45 días hábiles a partir de la notificación de la orden
de compra.
Lugar de entrega: Plantel ICE, Rincón Grande de Pavas, Área Reproducción
Documental y Artes Gráficas, específicamente el taller de impresos.
Modalidad y forma de pago: El pago se realizará contra entrega y
presentación de facturas a 30 días plazo, una vez recibido el bien a
satisfacción del ICE.
Garantía sobre los bienes: 3 años contados a partir de la fecha en que el
ICE reciba el objeto del contrato a entera satisfacción quedando el equipo
debidamente instalado y funcionando.
Garantía de cumplimiento: 6 % del valor total adjudicado, con una mínima de
4 meses a partir de la notificación de la orden de compra.
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos
de la oferta adjudicada.
NOTA: Presentar
garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, personería jurídica y
certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada, a más
tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de
adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de
especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1000,00 (dos colones con
cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 9 de noviembre del 2007.—Dirección de Proveeduría.— Eugenio Fatjó Rivera,
Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 330291).—C-16960.—(101114).
LICITACIÓN RESTRINGIDA Nº 2006LR-000142-PROV
Servicios y materiales para el proyecto construcción
Almacén
Cedral, San Carlos
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a
los interesados en la licitación arriba mencionada, que en
Se declaran infructuosas las siguientes fórmulas: Fórmula Nº 5 Los precios
presentados por el único oferente “El Colono de San Carlos” son excesivos e
inaceptables.
Fórmulas Nº 16, 17, 18 y 19 no se recibieron ofertas.
Se aclara que en la adjudicación de la oferta Nº 3 “El Colono San Carlos S.
A”, incluye el artículo 192, lo anterior no modifica el monto adjudicado a esta
empresa.
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos
de la oferta adjudicada.
San José, 9 de noviembre del 2007.—Dirección de Proveeduría.— Eugenio Fatjó Rivera,
Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 330291).—C-8490.—(101115).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2006LN-000127-PROV
Contratación de servicios profesionales de una empresa
que se
encargue de la producción y transmisión del
programa “
A los participantes en la presente licitación se
les comunica que
Adjudicatario: EPGWORLD S. A.
Descripción: servicios profesionales de producción
y transmisión del programa “
Monto mensual: ¢9.700.000,00.
Monto anual: ¢116.400.000,00.
Todo de acuerdo con los términos del cartel y oferta respectiva.
Al adjudicatario se le recuerda que debe rendir una garantía de
cumplimiento equivalente a un 5 % (cinco por ciento) del monto total
adjudicado, dentro de los ocho días hábiles siguientes a la firmeza del
presente acto de adjudicación. Esta garantía debe tener una vigencia mínima de
dos meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto de
la presente contratación.
San José, 8 de noviembre del 2007.—Departamento de Proveeduría.—Jorge A. Villalobos F.,
Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 9471).—C-15750.—(100997).
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
CONTRATACIÓN DIRECTA 2007CD-010345-MMO
Contratación de abogados especialistas
en derecho administrativo
Así mismo, según el artículo 136 del Reglamento de Contratación
Administrativa, cuentan con un plazo de dos días hábiles siguientes a esta
notificación para interponer el recurso de revocatoria.
San José, San Pedro de Montes de Oca, 6 de
noviembre del 2007.—Lic. Víctor Hugo Portilla Madrigal
MBA, Proveedor Municipal.—1 vez.—(101083).
MUNICIPALIDAD DE BELÉN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000004-01
Control y vigilancia sanitaria del agua potable del
acueducto
del cantón de Belén
Se acuerda por unanimidad y en forma definitiva:
Declarar infructuoso el proceso de
San Antonio de Belén, Heredia, 9 de noviembre del
2007.—Unidad de Bienes y Servicios.—Marcos Porras
Quesada, Subcoordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 23667).—C-8490.—(101035).
MUNICIPALIDAD DE AGUIRRE
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000003-01
Adquisición de un vehículo doble tracción
El Concejo Municipal de
Departamento de Proveeduría.—Gerardo
Agüero Benavides, Proveedor.—1 vez.—(100932).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000016-CV
Demarcación horizontal con pintura
y
captaluces de varias rutas nacionales
Se comunica a las empresas interesadas en
participar en
San José, 8 de noviembre del 2007.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA. Arturo Alvarado
Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº
15197).—C-8490.—(101021).
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000012-00100
Compra de uniformes
El Departamento de Proveeduría del Consejo de
Seguridad Vial a través de
Todos los demás términos de la publicación permanecen invariables.
Departamento de Proveeduría.—Lic.
Alexander Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº
10949).—C-7885.—(101084).
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000030-00100
Demarcación horizontal de hasta 200 íconos (corazones con aureola)
en sitios
donde han fallecido peatones víctimas de atropellos
El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad
Vial a través de
Todos los demás términos de la publicación permanecen invariables.
Departamento de Proveeduría.—Lic.
Alexander Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº
10949).—C-7885.—(101085).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
UNIDAD EJECUTORA
PRÉSTAMO BID
1377/OC-CR
PROGRAMA
MODERNIZACIÓN
DE
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2007LN-000119-01
Adquisición de software para el fortalecimiento del sistema
de apoyo a
la toma decisiones del Poder Judicial
Demás condiciones se mantienen invariables.
San José, noviembre del 2007.—Lic.
Sonia Navarro S, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(101080).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2007LN-000140-01
(Fe de erratas Nº 1)
Contratación de una firma consultora para el diseño, desarrollo e
implantación de un sitio Web para la
defensa
pública de Costa Rica
Se amplía el plazo para la recepción de ofertas a las 10:00 horas del 22 de
noviembre del 2007.
Las demás condiciones del cartel se mantienen invariables.
San José, 6 noviembre del 2007.—Lic.
Sonia Navarro Solano, Directora.—1 vez.—(101082).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 107048 (2007LN-107048-UL) (Prórroga)
Servicio de asistencia remota para brindar soporte
técnico a
los usuarios de estaciones de trabajo
Se comunica a los interesados en la presente
contratación, cuya invitación se cursó mediante
Demás término y condiciones permanecen invariables.
San José, 6 de noviembre del 2007.—Departamento de Proveeduría.—MAP. Elizabeth Castro Fallas,
Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 18453).—C-4860.—(99443).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-107046-UL
Servicios profesionales (ingeniería y arquitectura) para realizar
estudios
preliminares, anteproyecto, planos, especificaciones
técnicas,
presupuesto detallado, asesoría para la licitación
y
adjudicación e inspección para la construcción del
Hospital en
el Complejo INS-Salud,
Se comunica a los interesados en el presente
concurso, cuya invitación se publicó en el Diario Oficial
ü La apertura de ofertas se prorroga para el 27 de
noviembre del 2007 a las 9:00 horas.
ü A partir del 21 de noviembre del 2007, se
podrá retirar el cartel debidamente consolidado con las modificaciones
pertinentes, mismas que no se publican en este acto dada
su extensión.
Todos los demás términos y condiciones permanecen
invariables.
San José, 9 de noviembre del 2007.—Departamento de Proveeduría.—MAP. Elizabeth Castro Fallas,
Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 18453).—C-10890.—(101036).
UNIDAD DE LICITACIONES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000049-ULIC
Contratación de servicios profesionales para el análisis, diseño,
desarrollo
e implementación del software para el control
de trabajos
realizados por el Laboratorio Nacional de
Materiales y Modelos Estructurales-LANAMMEUCR
A los interesados en
Sabanilla de Montes de Oca, 9 de noviembre del
2007.—Oficina de Suministros.—MBA Eduardo Rojas Gómez,
Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 108327).—C-5465.—(101107).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000001-01
Remodelación de instalaciones del CUNLIMÓN
La hora y fecha de apertura de ofertas se mantiene invariable.
Limón, 9 de noviembre del 2007.—Proveeduría-Bodega.—Nancy
Hewitt Hines.—1 vez.—(100944).
GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONES
DIRECCIÓN
ADMINISTRACIÓN PROYECTOS ESPECIALES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000008-4403 (Alcance Nº 1)
Construcción y equipamiento de las zonas 9, 10
y 11 del Hospital de Liberia
A los interesados en el presente concurso, se les
informa que pueden retirar el Alcance Nº 1, en el Área de Contratación
Administrativa de
Las demás condiciones del cartel, permanecen invariables.
San José, 8 de noviembre del 2007.—Área Contratación Administrativa.—Lic. Helen Godfrey Leal,
Coordinadora.—1 vez.—(101100).
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000003-2104 (Aviso Nº 2)
Stents coronarios cubiertos y no cubiertos
Referente a la publicación del Diario Oficial
Concurso: Licitación Pública 2007LN-000003-2104
(Stents coronarios cubiertos y no cubiertos).
Donde se lee:
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000033-2104
(Tornillos cabeza de estrella, tornillos de bloqueo y placas)
Léase correctamente:
LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000003-2104
(Stents coronarios cubiertos y no cubiertos)
San José, 7 de noviembre del 2007.—Lic. Vilma Campos Gómez, Jefa a. í.—1
vez.—(101033).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LI-000050-PROV
Adquisición de equipos terminales de cliente-CPE-Router
ADSL con sus
respectivos Splitter
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a
los interesados en la licitación arriba mencionada, que la apertura de ofertas
fue prorrogada para las 8:00 horas del día 26 de noviembre del 2007.
Fecha de apertura de ofertas anterior: a las 14:00 horas del día 15 de
noviembre del 2007.
San José, 9 de noviembre del 2007.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera,
Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 330291).—C-6070.—(100961).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000082-PROV
Adquisición de madera semidura varias medidas
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a
los interesados en la licitación arriba mencionada, que en
La oferta presentada por Maderas y Ferretería Buen
Precio CBP S. A. no cumple con los requisitos técnicos solicitados para el ítem
7 “Madera semidura de 50.8 mm x 304.8 mm x 3360 mm” por lo que se declara
infructuoso este ítem.
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos
de la oferta adjudicada.
San José, 7 de noviembre del 2007.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera,
Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 330291).—C-7865.—(101117).
El Instituto Sobre Alcoholismo y
Farmacodependencia, informa que por error se subió al Sistema de Compras
Gubernamentales COMPRARED como Licitación Pública Nº 2006LN-000003-99999
“Adquisición de equipo de cómputo”. Asimismo en la publicación de
San Pedro, 24 de octubre del 2007.—Subproceso Adquisición Bienes y Servicios.—Yamileth
Carballo Rodríguez, Encargada.—1 vez.—Nº 75483.—(100796).
MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO
El Jefe del Departamento de Proveeduría comunica a
todos los interesados que por error de transcripción mecanográfica el número
correcto de
Proveeduría.—Lic. José
Ml. González Molina, Proveedor.—1 vez.—(101030).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-900105-02 (Prórroga Nº 3)
Contratación de los servicios de mano de obra, materiales
y equipo
para la ingeniería detallada, procura de
materiales,
construcción y puesta en marcha del
sistema de
enfriamiento del circuito
cerrado de
la refinería
Le comunicamos a los interesados en
participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y recepción
de ofertas se prorrogó para el día 21 de enero del 2008 a las 10:00 horas.
San José, 8 de noviembre del 2007.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales,
Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 2007-5-0272).—C-4860.—(100962).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-900140-02
Contratación de los servicios de limpieza y mensajería en
edificios e
instalaciones del plantel El Alto
Se comunica a todos los participantes en
San José, 9 de noviembre del 2007.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales,
Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 2007-5-0272).—C-6070.—(101126).
REGLAMENTO PARA EL SERVICIO DE NOTARIADO
Acuerdo adoptado por
“Se da por conocido el oficio de
Se acuerda aprobar el Reglamento para el Servicio
Notariado, en la forma presentada por el Proceso de Operaciones y que a
continuación se detalla:
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
REGLAMENTO PARA EL SERVICIO DE NOTARIADO
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—De las definiciones. Para
efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
Infocoop: Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.
Junta Directiva: Junta Directiva del Instituto Nacional de Fomento
Cooperativo.
Subdirección Ejecutiva: Es el encargado de asignar los actos notariales.
Proceso Operaciones: Es el encargado de la recepción, análisis,
tramitación y formalización de las solicitudes de crédito provenientes de las
cooperativas, así como el velar por la debida aplicación del presente
Reglamento y aplicar las sanciones.
Proveeduría:
Formalizador: Es el funcionario público designado por el
Proceso Operaciones para atender los requerimientos de la formalización de los
créditos.
Notario Externo: El profesional en derecho contratado por el
INFOCOOP por medio del procedimiento de contratación administrativa
correspondiente para brindar sus servicios como Notario Público, sin que medie
relación de subordinación jurídica laboral, para llevar a cabo las funciones
notariales que requiera el INFOCOOP.
Conotariado: La actuación conjunta de dos o más notarios en la
misma escritura de un Protocolo.
Función Notarial: Todo acto notarial.
Gastos: Toda suma de dinero correspondiente a los costos de los actos notariales,
con exclusión de los honorarios del notario, tales como impuestos, especies
fiscales y derechos de registro, entre otros.
Artículo 2º—Objeto. El presente reglamento tiene por objeto regular
las relaciones entre el INFOCOOP y los Notarios Externos.
El Servicio de Notariado comprenderá la ejecución de todos aquellos actos
notariales que requiera el INFOCOOP de conformidad con lo establecido en el
Código Notarial y el Arancel por Servicios Profesionales de Abogacía y
Notariado y el presente Reglamento.
Artículo 3º—De la contratación de los notarios externos. La
contratación de notarios externos para la prestación de servicios notariales al
INFOCOOP, se efectuará de conformidad con los procedimientos de contratación
establecidos en
La tramitación del procedimiento de contratación respectivo estará a cargo
de
Artículo 4º—Período de contratación. La contratación de los notarios
externos se hará por un período máximo de dos años. Dicho plazo podrá ser
prorrogado por un período igual, a juicio de
Artículo 5º—Finalización de la contratación por mutuo acuerdo. Cuando
un Notario Externo por razones de interés público no pueda continuar brindando
sus servicios al INFOCOOP así deberá notificarlo por escrito, con al menos un
mes de anticipación a
Las escrituras y demás actos notariales asignadas, deberán quedar
concluidos a entera satisfacción del INFOCOOP. No obstante
Artículo 6º—Suministro de información general al notario externo. El
INFOCOOP proporcionará a los Notarios Externos copia de los reglamentos,
resoluciones, lineamientos y acuerdos de Junta Directiva, que estime necesarios
para el buen desempeño de la labor.
Artículo 7º—De la aplicación del reglamento.
CAPÍTULO II
Deberes, prohibiciones y responsabilidad del notario externo
Artículo 8º—Deberes del notario externo. Son
deberes del Notario Externo:
a. Cumplir
con todos los requisitos sustanciales y formales impuestos por las leyes,
reglamentos, resoluciones y directrices aplicables, en la función notarial que
desempeñe, asignada por el INFOCOOP.
b. Ejecutar su labor dentro de los plazos y condiciones estipulados.
c. Brindar asesoría jurídico-notarial en los casos que se le asignen.
d. Realizar estudios regístrales de los bienes ofrecidos en garantía y
de las personas jurídicas participantes.
e. Llevar a cabo el acto notarial en el día y hora convenidos.
f. Confeccionar y tramitar por su cuenta y sin costo adicional las escrituras públicas adicionales,
complementarias o reproducciones que fueren necesarias para la inscripción de
la escritura principal, cuando existan errores u omisiones imputables al
Notario.
g. Rendir los informes contemplados en este Reglamento y todos
aquellos que le soliciten los funcionarios de INFOCOOP en el desempeño de su
labor.
h. Informar de sus ausencias temporales, con tiempo y por escrito, al
Proceso de Operaciones y al funcionario con quien esta coordinando el trabajo
pendiente.
Artículo 9º—Prohibición de litigar en contra
del INFOCOOP.
Los profesionales en
derecho que presten sus servicios al INFOCOOP como notarios externos, no podrán
bajo ningún concepto asumir la dirección profesional, asesorar o representar a
un tercero en cualquier clase de proceso judicial o administrativo en contra
del INFOCOOP. Tampoco podrán actuar como asesores o consejeros de clientes o
terceros que tengan derechos o intereses contrapuestos con los de INFOCOOP.
Cualquier acción judicial o extrajudicial en contra de INFOCOOP, se reputará
como falta grave y facultará al INFOCOOP a seguir el procedimiento para la
imposición de la respectiva sanción.
Artículo 10.—De la responsabilidad de los
notarios externos. Los notarios externos al servicio de INFOCOOP,
responderán de cualquier daño, pérdida y perjuicio que ocasionen por acción u
omisión, tanto a éste como a sus clientes o terceros. Lo anterior incluye la presentación
inoportuna de una escritura o sus errores y defectos no subsanables,
atribuibles al Notario Externo. El
INFOCOOP, previa valoración de los hechos y aplicando el debido proceso, podrá
sancionar al notario que incumpla los deberes contenidos en el presente
Reglamento.
CAPÍTULO III
De la asignación de las labores notariales y su trámite
Artículo 11.—De la
distribución de las labores notariales. Corresponde a
Las escrituras y demás actos notariales serán confeccionadas por uno o
varios notarios, según valor del acto o contrato, conforme a la siguiente
tabla:
De ¢ 1 hasta
¢ 100.000.000,00 1 Notario
De ¢ 101.000.000,00 hasta ¢
500.000.000,00 2 Notarios
De ¢ 501.000.000,00 en adelante 3
Notarios
Los montos indicados podrán ser ajustados
anualmente por
Artículo 12.—De la de
asignación de notario o notarios. Para el caso de las escrituras públicas
que deban ser otorgadas como consecuencia de la actividad crediticia, el
Proceso Operaciones solicitará a
a. Número
del acuerdo de Junta Directiva mediante el cual se autorizó el crédito.
b. Número de solicitud del crédito.
c. Nombre de la cooperativa.
d. Las garantías y el monto por el que cada una de ellas responden
dentro de la escritura pública.
e. Número de Operación cuando proceda.
f. Tipo de gravamen.
En el caso de actos notariales a realizar como
consecuencia del cobro judicial, el Proceso Operaciones solicitará en los
mismos términos anteriormente señalados, la asignación de notario, debiendo
contener el oficio al menos la siguiente información:
a. Nombre
del Despacho Judicial
b. Número de expediente
c. Naturaleza del acto notarial a realizar
d. Cuantía del acto
Para los demás casos en que se requiera la ejecución
de actos notariales, corresponderá a
a. Naturaleza
del acto notarial a realizar
b. Cuantía del acto
c. Cualquier otra información pertinente.
En caso de que la labor haya sido asignada a varios notarios,
Artículo 13.—De la comunicación al notario de
la asignación. El Proceso Operaciones o
El Notario contará hasta con dos días hábiles para retirar el respectivo
expediente, lo cual deberá hacer personalmente o autorizar mediante nota a la
persona que retirará el expediente.
Artículo 14.—Del procedimiento para el
otorgamiento de escrituras públicas como consecuencia de la aprobación de
créditos.
1) El
expediente que se entrega al Notario deberá contener la siguiente documentación
e información:
a) Copia
del acuerdo o acuerdos de Junta Directiva mediante los cuales se aprobó el
crédito.
b) Cuantía de la escritura.
c) Las garantías y su responsabilidad.
d) Acuerdo del Consejo de Administración firme y firmado mediante el
cual autoriza al Gerente de la cooperativa a suscribir la escritura
correspondiente, debidamente protocolizado, o en su defecto, una copia del
mismo, a condición de que a la hora y día convenido para otorgar la escritura,
el Gerente presente el Libro de Actas original del Consejo de Administración,
donde conste dicho Acuerdo. El incumplimiento de lo anterior impedirá el
otorgamiento de la escritura.
e) Copia de la cédula de identidad de los representantes de las
partes.
f) Copia de la cédula jurídica de las partes.
g) Personería de las partes.
h) Calidades de los representantes de las partes.
i) Dirección exacta de las partes.
j) El reintegro del crédito proporcional que corresponda a la
escritura y fecha a partir de la cual deberá realizarse.
k) Otra documentación o información que sea pertinente.
2) El
Notario contará hasta con cinco días hábiles para entregar por escrito la
asesoría legal que requiere el caso y la declaración jurada estipulada en el
artículo 14 del Reglamento de Cobro Administrativo y Judicial. Si procede la
ejecución dentro de ese mismo plazo entregará los estudios registrales
correspondientes completos, la liquidación de gastos y honorarios y el borrador
de la escritura al Formalizador del Proceso Operaciones, salvo casos especiales
en los cuales se justifique un plazo mayor, a juicio del Proceso Operaciones.
Caso contrario se reasignará la escritura a otro Notario y se expondrá a las
sanciones que contempla este Reglamento en su Capítulo VII.
3) En caso de que el Notario determine que por alguna razón no es
posible otorgar la escritura en los términos señalados por el INFOCOOP, así
deberá comunicarlo por escrito al Proceso Operaciones, dentro del plazo
señalado en el numeral 2) anterior, para lo cual brindará la asesoría jurídica
notarial pertinente, la que además deberá facilitar durante todo el proceso
para el otorgamiento e inscripción de la escritura, en protección de los
intereses del INFOCOOP.
4) El Formalizador del Proceso Operaciones deberá revisar el borrador
de la escritura en un término de dos días hábiles y comunicar por escrito su
visto bueno o en su defecto, indicar al Notario las observaciones a corregir de
inmediato. Esta revisión contemplará únicamente los aspectos básicos de
aprobación del crédito y los elementos o condiciones que integran el acuerdo de
Junta Directiva, tales como: fondos, clase, monto, plazo, tasa de interés,
reintegro, garantías y el monto por el cual responde cada una de ellas, plan de
inversión, forma de entrega, liquidación de gastos y honorarios. Los demás
aspectos legales serán de exclusiva responsabilidad del Notario, quien en todo
momento deberá velar por proteger los intereses del INFOCOOP.
5) El Notario contará hasta con un día hábil para efectuar las
respectivas correcciones.
6) Corresponde al Notario Director coordinar con el Formalizador, el
representante de la cooperativa, los conotarios, y demás partes, en caso de
haberlas, la fecha y hora del otorgamiento de la escritura, lo cual deberá
efectuarse a la mayor brevedad posible y a conveniencia de todas las partes. Si
por alguna circunstancia, el notario no puede otorgar la escritura a la hora y
día que convenga a las partes, la escritura se reasignará a otro notario. Sólo
si existe causa justificada, se le restituirá con una nueva escritura. De lo
contrario, perderá ese turno en el rol.
7) El mismo día del otorgamiento de la escritura el notario deberá
realizar un nuevo estudio registral para verificar que los bienes ofrecidos en
garantía no contengan anotaciones o gravámenes que puedan perjudicar la
inscripción.
8) El otorgamiento de la escritura se llevará a cabo en las oficinas
del INFOCOOP, del Notario director u otro lugar, a conveniencia del INFOCOOP,
previa coordinación con todos los firmantes. Ese día, el notario presentará por
escrito una constancia al Proceso Operaciones en la que haga constar que hasta
ese momento no existe impedimento para la inscripción de la escritura.
9) El Notario antes de iniciar la lectura en el Protocolo, deberá
entregar copia de la escritura a cada una de las partes y conotarios.
10) El Notario presentará el testimonio ante el Registro Público a más
tardar al día siguiente hábil de otorgada la escritura y ese mismo día o al día
siguiente remitirá copia al Proceso Operaciones de la “Boleta de presentación”
sellada por el Registro Nacional.
11) El Notario contará hasta con 30 días hábiles para la tramitación e
inscripción de la escritura respectiva, a partir de la fecha de su
otorgamiento. En ese plazo debe entregar al Proceso Operaciones el testimonio
de la escritura debidamente inscrito, con las cláusulas y condiciones
crediticias aprobadas, sin errores ni omisiones de carácter sustancial que
afecten la validez de la recuperación del crédito. Debe venir acompañado del
informe registral de la finca que sirve de garantía, del vehículo que soporta
el gravamen, o del contrato prendario si el bien, no está inscrito. Y adjuntar
las facturas timbradas que suman el total de los honorarios.
12) Si en el plazo indicado anteriormente no se inscribe el documento,
el Notario, al día siguiente de contar con la información, deberá enviar nota
al Proceso Operaciones explicando detalladamente el motivo por el cual no ha
sido inscrita la escritura e incluir una estimación del plazo que tardará en
quedar debidamente inscrito el documento respectivo. Asimismo deberá adjuntar
la documentación necesaria para acreditar su dicho.
13) El Notario deberá presentar los documentos razonablemente limpios,
de buena calidad y nitidez.
Artículo 15.—Del
procedimiento para el trámite de otros actos notariales. En los demás casos
y en lo pertinente se seguirá el procedimiento descrito en el artículo 13 pero
en situaciones muy calificadas y de urgencia institucional, los plazos
contemplados en los numerales 2, 3, 4 y 5 del artículo 14 podrán ser menores,
previa disposición escrita del INFOCOOP. En tales casos,
Artículo 16.—Reasignación por falta de
apersonamiento oportuno. El Notario Externo que por cualquier causa no se
apersone a la hora, fecha y lugar convenido para el otorgamiento de la
escritura pública o la función notarial asignada, será excluido de ésta.
En caso de conotariado, la falta de apersonamiento provocará que la
totalidad de los honorarios correspondan exclusivamente al Notario apersonado.
Cuando la falta de apersonamiento oportuna se deba a causas justificadas,
lo cual deberá comprobar el Notario a entera satisfacción del INFOCOOP, se le
reasignará una nueva escritura que sustituya la originalmente asignada.
CAPÍTULO IV
Del control de los servicios notariales
Artículo 17.—De la
rendición de informes de notarios externos. A los treinta días hábiles de
las escrituras que se encuentren pendientes de inscripción, a partir de la
fecha del otorgamiento, el notario externo deberá presentar un informe al
Proceso Operaciones o Proveeduría, según corresponda.
Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del INFOCOOP de solicitar en
cualquier momento informes de los casos asignados.
Artículo 18.—De la rendición de informes
internos. Semestralmente, en los primeros diez días naturales del mes que
corresponda, la persona encargada de la formalización y la encargada del cobro
judicial presentará al Proceso de Operaciones un informe sobre los actos
notariales asignados a los notarios externos. Deberá constar de dos apartados,
el primero referente a los servicios para la formalización de los Créditos, y
el segundo sobre la protocolización de Piezas por
a. Número
de operación
b. Tipo de acto o contrato y el respectivo monto.
c. Fechas de asignación, otorgamiento e inscripción de los documentos
d. Nombre del cliente
e. Nombre del notario o notarios externos designados,
f. Monto de los honorarios girados a cada uno de los notarios
externos por cada caso asignado.
g. Evaluación preliminar de cada uno de los Notarios Externos,
conforme a los criterios indicados en el artículo 19 de este Reglamento.
Corresponde a
a. Naturaleza
del acto o contrato.
b. Cuantía del acto o contrato.
c. Fechas de asignación, otorgamiento e inscripción de los
documentos.
d. Nombre del cliente.
e. Nombre del notario o notarios externos designados.
f. Monto de los honorarios girados a cada uno de los notarios
externos por cada caso asignado.
g. Evaluación preliminar de cada uno de los Notarios Externos
designados para la confección del acto o contrato asignado, conforme a los
criterios indicados en el artículo 19 de este Reglamento.
El Proceso de Operaciones presentará por lo menos
anualmente, un reporte a
Artículo 19.—Criterios
de evaluación de los servicios notariales. Los servicios prestados por los
notarios externos, pueden ser calificados como muy satisfactorios,
satisfactorios o insatisfactorios, de acuerdo a los lineamientos emitidos por
el Proceso de Operaciones, los cuales deberán ser notificados a los Notarios
previo a su aplicación.
Los factores que se tomarán en cuenta para las evaluaciones preliminares y
definitivas son los siguientes:
a. Asesoría
jurídica notarial.
b. Presentación oportuna y completa de estudios registrales.
c. Errores u omisiones de instrucciones y condiciones crediticias
aprobadas.
d. Cumplimiento de plazos, para lo cual debe tomarse en cuenta si
existen atrasos justificados.
e. Presentación oportuna y puntual de informes y su claridad a
satisfacción de INFOCOOP.
f. Puntualidad en la asistencia a los actos notariales.
g. Disponibilidad.
h. Ética de la actuación notarial.
i. Sanciones impuestas por el Proceso de Operaciones.
j. Permanencia en el rol como miembro activo, inactividad en el rol
por causas injustificadas.
k. Otros de naturaleza objetiva que sean de interés para el INFOCOOP.
Estas evaluaciones serán confidenciales y solo
serán utilizadas con el fin aquí descrito.
Para las escrituras otorgadas como consecuencia de la aprobación de
créditos, el Formalizador del Proceso Operaciones deberá llenar un formulario
mediante el cual verificará el cumplimiento de los factores a), b), c), d), e),
f), g), h) y k) por cada escritura otorgada y consignará las observaciones que
estime oportunas.
Para los demás actos notariales,
Tres meses antes de la fecha de vencimiento del contrato de servicios
profesionales de los notarios externos, el Proceso de Operaciones deberá
realizar la evaluación definitiva del desempeño del Notario, para lo cual
requerirá del formalizador, de la persona encargada del cobro judicial y
El Notario podrá solicitar copia de su evaluación definitiva y tres días
hábiles después de recibida, podrá manifestar lo que a bien tenga.
CAPÍTULO V
De las ausencias temporales y de los permisos
Artículo 20.—De las
ausencias temporales. El notario que se ausente de su oficina por un plazo
mayor a tres días hábiles y hasta 1 mes deberá informarlo por escrito a
En caso que el notario tenga asuntos pendientes, deberá presentar un
informe del estado en que se encuentran cada uno de ellos y las previsiones que
adoptó para no dilatar el trámite de formalización o inscripción.
Si tal aviso no fuere dado y el INFOCOOP llegare a tener conocimiento de su
ausencia, perderá el turno en el rol.
Artículo 21.—De los permisos. Cuando el
Notario deba ausentarse por un plazo superior a un mes deberá solicitar el
permiso respectivo al Proceso de Operaciones quien lo conocerá y resolverá. El
permiso no suspende el plazo del contrato y durante éste, el Notario perderá
los turnos que le hubieren correspondido en el rol. Para que el permiso sea
autorizado será condición indispensable que los casos asignados queden
debidamente resueltos.
CAPÍTULO VI
De los gastos y honorarios
Artículo 22.—Del
trámite de las liquidaciones y facturas de honorarios. El Proceso Operaciones
tramitará ante el Proceso Administración y Finanzas, las liquidaciones de
gastos y facturas de honorarios del servicio notarial en los casos de las
operaciones de crédito y del cobro judicial. En los demás casos, ese trámite le
corresponderá a
Artículo 23.—De los gastos. Las sumas de
dinero correspondientes a los gastos del servicio notarial deberán ser
verificadas por el Formalizador conforme a las tarifas regulares y giradas al
Notario el día de la firma del acto notarial y previo a su presentación al
Registro, cuando se trate de documentos sujetos a inscripción. Efectuados los
gastos, el Notario rendirá cuentas por escrito al INFOCOOP con los respectivos
comprobantes.
En las operaciones de crédito,
Artículo 24.—De la tarifa de honorarios. Los
honorarios por servicios notariales se rigen por lo dispuesto en el Arancel de
honorarios de abogados y notarios respectivo, conforme a los artículos 22 de
Artículo 25.—Del depósito de honorarios. Los
honorarios del Notario deberán ser depositados por el cliente en el INFOCOOP
previamente al otorgamiento de la escritura, a menos que dicha suma haya sido
contemplada como parte del plan de inversión del crédito. Fuera de este caso,
no se otorgará la escritura hasta tanto los honorarios hayan sido depositados.
CAPÍTULO VII
Del régimen sancionatorio
Artículo 26.—De las
sanciones. Podrán aplicarse gradualmente las siguientes sanciones:
a) Apercibimiento
escrito
b) Suspensión por una vez en el rol de asignación
c) Suspensión de dos a tres veces en el rol de asignación
d) Resolución contractual de conformidad con lo establecido en el
artículo 11 de
Estas sanciones serán aplicadas sin perjuicio de
las responsabilidades civil, penal o de cualquier otra naturaleza en que
pudiere incurrir el notario como consecuencia de su actuación.
Cuando a juicio del Proceso de Operaciones se considere que existe
incumplimiento grave por parte del notario, el INFOCOOP podrá apartarse de la
aplicación gradual de las sanciones y aplicara la resolución contractual
siguiendo el debido proceso y, cuando proceda, pondrá la denuncia
correspondiente ante
Artículo 27.—Del apercibimiento escrito El
Proceso Operaciones o
a) Cuando
entregue fuera de los plazos estipulados los informes de Notariado, los
informes del desarrollo del Proceso Judicial a su cargo en calidad de abogado,
consultas o cualquier otro asunto que le sea requerido.
b) No retire los expedientes dentro de los plazos establecidos a ese
efecto.
c) Cualquier otra falta de carácter leve que pueda ser subsanada y no
produzca consecuencias de tipo económico para el INFOCOOP o el cliente a juicio
del Proceso Operaciones o
Artículo 28.—De la
aplicación de las sanciones de suspensión, resolución y rescisión contractual. Corresponde
a
Artículo 29.—De la suspensión de asignación de
actos notariales por una vez.
a) Se
suspenderá la entrega de trámites notariales por una vez en el rol al notario
que incumpla por segunda vez las obligaciones a que se refiere el artículo 27.
b) No de aviso al INFOCOOP de una ausencia voluntaria mayor de tres
días hábiles e inferior a un mes.
Artículo 30.—De la
suspensión de asignación de actos notariales por varias veces. Se
suspenderá la asignación de trámites notariales de dos a tres veces del rol, al
notario que:
a) Incurra
en más de dos ocasiones las faltas del artículo 27.
b) Sea inhabilitado por
c) Omita avisar al INFOCOOP de documentos que se encuentran inscritos
o anotados en el bien objeto de la escritura.
d) No presente dentro del plazo indicado, el testimonio de la
escritura al Registro Público sin razones justificadas.
e) No inscriba el documento respectivo en el Registro Público dentro
del plazo indicado sin que haya presentado justificación satisfactoria.
f) Por cualquier otra causa injustificada le impida el ejercicio de
la profesión como notario por un plazo menor a tres meses.
En el caso de los notarios que ofrezcan servicios
objeto de uno o más contratos administrativos, la suspensión en uno de estos se
hará extensiva a los otros.
Artículo 31.—Del procedimiento para la
aplicación de la suspensión. En caso de incumplimiento de las disposiciones
de este Reglamento que puedan dar lugar a la aplicación de la suspensión, en la
realización del trámite encomendado, el formalizador o encargado de cobro
judicial o
El órgano director notificará al notario investigado la imputación de
cargos y le concederá un plazo de diez días hábiles para que aporte la prueba
que considere oportuna y señale lugar para notificaciones.
Contestada la audiencia, el órgano director emitirá en el plazo de un mes,
un informe recomendativo y
Esta resolución contendrá los recursos ordinarios y extraordinarios que
señala
Artículo 32.—De la inscripción de documentos en
caso de suspensión. Si el notario fuese suspendido en el ejercicio de su
profesión o si se declarare la resolución de su contrato con el INFOCOOP y
tuviere inscripciones a su cargo deberá concluirlos con la mayor diligencia.
Artículo 33.—De la resolución contractual. Procederá
la resolución contractual cuando el Notario:
a. Incurra
tres veces en un mismo año las faltas referidas en el artículo 27 de este
Reglamento.
b. Incurra dos veces en un mismo año las faltas referidas en el
artículo 30 de este Reglamento.
c. No renueva la garantía de cumplimiento en los términos requeridos
dentro del plazo otorgado.
d. Suministre al INFOCOOP información o documentación falsa, en
cualquier acto de los indicados en el presente Reglamento.
e. No avise al INFOCOOP de alguna suspensión en el ejercicio del
Notariado.
f. No avise al INFOCOOP de una ausencia voluntaria mayor a un mes.
g. No presente el testimonio de la escritura al Registro Público, no
lo inscriba totalmente, o lo inscriba tardíamente sin justificación alguna, si
esa circunstancia ocasiona un perjuicio patrimonial al INFOCOOP o al cliente.
h. Cuando realice escrituras para las cuales conocía tener impedimento
legal.
i. Cuando sea director en procesos judiciales o administrativos en
contra del INFOCOOP.
j. Sea suspendido en firme en sus funciones de notario por un plazo
mayor de 3 meses.
k. Cometa un delito así declarado en sentencia firme en perjuicio del
INFOCOOP o del cliente de éste.
l. Cualquier otra causa que resulte incompatible con su función como
Notario del INFOCOOP.
Artículo 34.—Del
procedimiento administrativo para la aplicación de la resolución contractual o
la rescisión contractual. Para efectos de determinación de la
responsabilidad de los Notarios y la eventual resolución contractual o
rescisión contractual, se empleará el procedimiento establecido en
CAPÍTULO VIII
Disposiciones finales
Artículo 35.—Régimen
supletorio. Para la aplicación e interpretación de este Reglamento en lo
que corresponda a normas supletorias se aplicarán las disposiciones del Código
Notarial, Ley de Contratación Administración y el Reglamento a
Artículo 36.—Derogatorias. El presente
Reglamento deroga expresamente el Reglamento para Servicios de Notariales en el
INFOCOOP, aprobado por junta directiva en sesión Nº 1596, del 9 octubre de 1986
y sus reformas.
Artículo 37.—Vigencia. El presente reglamento
rige a partir de su publicación en el Diario Oficial
Transitorio único.—La calificación y valoración de los servicios notariales
se aplicará a partir del momento en que el INFOCOOP comunique por escrito a los
notarios, cuales serán los valores de criterios de evaluación de los servicios
que prestan, mismos que se describen en el presente reglamento.
Para determinar dichos valores se conformará una Comisión específica
compuesta por las personas que ejerzan
Se instruye a
Acuerdo firme.”
Ana Lucía Solano Garro, Directora Ejecutiva.—Magaly Badilla Díaz, Asistente Ejecutiva Junta
Directiva.—1 vez.—(Solicitud Nº 39631).—C-271665.—(98022).
MUNICIPALIDAD DE BELÉN
El Concejo Municipal de
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DE
CAPÍTULO I
Organización de
Artículo 1º—Del concepto de Auditoría Interna.
En concordancia con el marco legal, reglamentario y técnico, que regula a
Artículo 2º—Visión, misión y enunciados éticos. El Auditor debe
definir la visión, la misión y las principales políticas que regirán el
accionar de
Artículo 3º—Independencia y objetividad. Los funcionarios de
Los funcionarios de
El Auditor debe establecer medidas formales para controlar y administrar,
las situaciones que pudieran presentarse sobre hechos o actuaciones que pongan
en duda o en peligro, la objetividad e independencia de
El Auditor no debe participar en forma permanente, en las sesiones o
reuniones del Concejo. Cuando el Concejo solicite su participación en alguna
sesión o reunión, la actuación del Auditor debe ser conforme con su
responsabilidad de asesor, según la normativa y criterios establecidos por
El Auditor y el personal de
Asimismo, en el cumplimiento de sus competencias, el Auditor y el personal
de
Artículo 4º—Ubicación y estructura organizativa. La ubicación de
Corresponde al Auditor, disponer la estructura organizativa de
La estructura de
Artículo 5º—Del Auditor Interno. El cargo de Auditor corresponde al
máximo nivel de competencia, responsabilidad y autoridad de
La jornada laboral del Auditor es de tiempo completo y su nombramiento es
por tiempo indefinido. El nombramiento le corresponde efectuarlo al Concejo,
conforme con lo establecido en el artículo 31 de
El Auditor Interno debe cumplir con los requisitos establecidos en el
manual de cargos de
El Auditor solo podrá ser suspendido o removido del cargo por justa causa,
conforme con las regulaciones contenidas en el artículo 15 de
Al Auditor le corresponde la dirección superior y administración de
El Auditor Interno definirá y mantendrá actualizadas, en el manual de
procedimientos de
Es competencia del Auditor, la elaboración del plan anual de trabajo de
El Auditor Interno depende orgánicamente del Concejo, quien establecerá las
regulaciones de tipo administrativo que le serán aplicables, las cuales no
deberán afectar negativamente la actividad de
El Auditor Interno, de acuerdo con lo establecido en
El Auditor Interno, deberá cumplir con pericia y debido cuidado profesional
sus funciones, haciendo valer sus competencias con independencia funcional y de
criterio, y será vigilante de que el personal de
El Auditor Interno deberá establecer un programa de aseguramiento de la
calidad para
Artículo 6º—Del personal de
Los funcionarios de
El Auditor le corresponde gestionar en forma oportuna, que las plazas
vacantes de
Le compete al Auditor, velar porque los funcionarios de
Artículo 7º—Ámbito de acción de
Es obligación del Auditor Interno, definir y mantener actualizado, en el
instrumento que corresponda, los órganos y entes sujetos al ámbito de acción de
Artículo 8º—Relaciones y coordinaciones. El Auditor establecerá a lo
interno de
El Auditor tendrá plena libertad para proveer e intercambiar información
con
Artículo 9º—Asignación de recursos. El Auditor, debe proponer al
Concejo, debidamente justificada, la necesidad de recursos, para llevar
adelante la prestación de sus servicios y para la propia administración de
Corresponde al Concejo y a los encargados del manejo presupuestario, velar
porque la asignación presupuestaria se efectúe en las diferentes partidas y
subpartidas, de manera que corresponda a los requerimientos propios y directos
de
Compete al Auditor, establecer los mecanismos de coordinación necesarios,
para que el responsable del control presupuestario de
CAPÍTULO II
Funcionamiento de
Artículo 10.—Competencias.
Compete a la auditoría interna, primordialmente lo siguiente, de acuerdo con el
artículo 22 de
a) Realizar
auditorías o estudios especiales semestralmente, en relación con los fondos
públicos sujetos a su competencia institucional, incluidos fideicomisos, fondos
especiales y otros de naturaleza similar. Asimismo, efectuar semestralmente
auditorías o estudios especiales sobre fondos y actividades privadas, de acuerdo
con los artículos 5 y 6 de
b) Verificar el cumplimiento, la validez y la suficiencia del sistema
de control interno de su competencia institucional, informar de ello y proponer
las medidas correctivas que sean pertinentes.
c) Verificar que la administración activa tome las medidas de control
interno señaladas en
d) Asesorar, en materia de su competencia, al jerarca del cual
depende; además, advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las
posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de
su conocimiento.
e) Autorizar, mediante razón de apertura, los libros de contabilidad y
de actas que deban llevar los órganos sujetos a su competencia institucional y
otros libros que, a criterio del auditor interno, sean necesarios para el
fortalecimiento del sistema de control interno.
f) Preparar los planes de trabajo, por lo menos de conformidad con
los lineamientos que establece
g) Elaborar un informe anual de la ejecución del plan de trabajo y del
estado de las recomendaciones de la auditoría interna, de
h) Mantener debidamente actualizado el reglamento de organización y
funcionamiento de la auditoría interna.
i) Las demás competencias que contemplen la normativa legal,
reglamentaria y técnica aplicable, con las limitaciones que establece el
artículo 34 de
Artículo 11.—Deberes.
El Auditor Interno y los demás funcionarios de
a) Cumplir
las competencias asignadas por ley.
b) Cumplir el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.
c) Colaborar en los estudios que
d) Administrar, de manera eficaz, eficiente y económica, los recursos
del proceso del que sea responsable.
e) No revelar a terceros que no tengan relación directa con los
asuntos tratados en sus informes, información sobre las auditorías o los
estudios especiales de auditoría que se estén realizando ni información sobre
aquello que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o
eventualmente penal de los funcionarios de los entes y órganos sujetos a
f) Guardar la confidencialidad del caso sobre la información a la que
tengan acceso.
g) Acatar las disposiciones y recomendaciones emanadas de
h) Facilitar y entregar la información que les solicite
i) Cumplir los otros deberes atinentes a su competencia.
Artículo 12.—Potestades.
El Auditor y lo demás funcionarios de
a) Libre
acceso, en cualquier momento, a todos los libros, los archivos, los valores,
las cuentas bancarias y los documentos de
El Auditor Interno queda autorizado para
acceder, para sus fines, en cualquier momento, a las transacciones electrónicas
que consten en los archivos y sistemas electrónicos, que realicen los entes con
los bancos u otras instituciones, para lo cual la administración deberá
facilitarle los recursos que se requieran.
b) Solicitar
a cualquier funcionario y sujeto privado que administre o custodie fondos
públicos de los entes y órganos de su competencia institucional, en la forma,
las condiciones y el plazo razonable, los informes, datos y documentos para el
cabal cumplimiento de sus competencias. En el caso de sujetos privados, la
solicitud será en lo que respecta a la administración o custodia de fondos
públicos de los entes y órganos de su competencia institucional.
c) El Auditor y el personal de
d) Cualesquiera otras potestades necesarias para el cumplimiento de
sus competencias, de acuerdo con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.
Artículo 13.—Prohibiciones.
El Auditor y los demás funcionarios de
a) Realizar
funciones y actuaciones de administración activa, salvo las necesarias para
cumplir sus competencias.
b) Formar parte de un órgano director de un procedimiento
administrativo.
c) Ejercer profesiones liberales fuera del cargo, salvo en asuntos
estrictamente personales, en los de su cónyuge, sus ascendientes, descendientes
y colaterales por consanguinidad y afinidad hasta tercer grado, o bien, cuando
la jornada no sea de tiempo completo, excepto que exista impedimento por la
existencia de un interés directo o indirecto del propio ente u órgano. De esta
prohibición se exceptúa la docencia, siempre que sea fuera de la jornada
laboral.
d) Participar en actividades político-electorales, salvo la emisión
del voto en las elecciones nacionales y municipales.
e) Revelar información sobre las auditorías o los estudios especiales
de auditoría que se estén realizando y sobre aquello que determine una posible
responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de los funcionarios
de los entes y órganos sujetos a
f) Otras que determine la normativa legal y técnica aplicable.
Artículo 14.—Servicios
que presta
El Auditor diseñará, documentará e implantará los procedimientos de los
servicios de auditoría y los preventivos que presta. Asimismo, al Auditor le
compete elaborar efectivos instrumentos para la administración de esos servicios
y de
Artículo 15.—Servicios de Auditoría.
Estos servicios de auditoría, abarcan a
A criterio del Auditor, si las circunstancias lo ameritan, se pueden emitir
informes parciales de control interno, en el transcurso de los estudios. En ese
caso, en el informe final de control interno, se hará referencia, a los
informes parciales que se hayan girado durante el estudio.
Los informes de control interno, parciales y finales y los informes sobre
responsabilidades (relaciones de hechos), están sujetos al trámite y a los plazos
improrrogables previstos en los artículos que van del 36 al 38 de
El Auditor, de previo a la comunicación oficial del informe de control
interno, debe realizar la discusión verbal de los resultados del estudio ante
los funcionarios de
La comunicación verbal no procede efectuarla respecto de las relaciones de
hechos.
Las relaciones de hechos que emita
Artículo 16.—Servicios preventivos. Como
parte de los servicios preventivos,
También
La asesoría y la advertencia, no son vinculantes para el que las recibe;
las decisiones que tome con base en ellas quedan bajo su entera
responsabilidad; sin embargo,
Los resultados de los servicios preventivos se comunican por escrito en lo
posible y por los medios que
El servicio de autorización de libros lo presta
Artículo 17.—Actividades de seguimiento.
La administración por su parte, debe establecer un plan de seguimiento del
avance de la implantación de las recomendaciones giradas por
Artículo 18.—Atención de denuncias. El
Auditor establecerá un procedimiento, para la admisibilidad y atención de
denuncias y para garantizar la confidencialidad del denunciante, de conformidad
con lo establecido en la legislación aplicable.
CAPÍTULO III
Disposiciones finales
Artículo 19.—Vigencia
del reglamento. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial
Eliécer Leitón Cambronero, Auditor Interno.—1 vez.—(O. C. Nº 24380).—C-160930.—(98665).
CENTRO DE CRÉDITO SOBRE ALHAJAS AMÓN
PROCESO DE PIGNORACIÓN
El Proceso de Pignoración (Monte Popular) del
Banco Popular y de Desarrollo Comunal, avisa que a las once horas del día 24 de
noviembre del 2007, se remataran al mejor postor las garantías de las operaciones
de crédito que tengan tres o más cuotas de atraso o que su fecha de cancelación
este vencida. El remate se efectuará en San José, calle primera, avenida nueve
y once, o de Radiográfica Costarricense 250 metros al norte, oficina del Centro
de Crédito sobre Alhajas Amón. Remate Nº 418.
Agencia 03
ALHAJAS
03-60-775756-7 LOTE
DE ALHAJAS 23.994,95 03-60-776575-8 LOTE DE ALHAJAS 88.234,50
03-60-780935-0 LOTE DE ALHAJAS 152.944,10 03-60-782660-5 LOTE DE ALHAJAS 176.340,60
03-60-783600-8 LOTE DE ALHAJAS 97.022,05 03-60-790752-7 LOTE DE ALHAJAS 116.276,15
03-60-790859-0 LOTE ALHAJAS 330.292,35 03-60-793306-3 LOTE DE ALHAJAS 10 K PS 49 217.229,05
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 08 1.202.333,75
03-60-787512-0 LOTE
DE ALHAJAS 10 K
PS
43.4 GR 127.642,40 03-60-790169-8 LOTE DE ALHAJAS 10 K PS 32 G 106.096,25
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 02 233.738,65
Agencia 04
04-60-785478-3 LOTE
DE ALHAJAS 159.882,15 04-60-785531-1 ANILLOS 12.659,90
04-60-786255-0 LOTE ALHAJAS 187.774,75 04-60-786415-1 LOTE ALHAJAS 101.840,20
04-60-786525-8 LOTE ALHAJAS 164.869,00 04-60-786573-6 LOTE ALHAJAS 80.171,50
04-60-786594-5 LOTE ALHAJAS 49.393,10 04-60-786678-0 LOTE ALHAJAS 89.935,05
04-60-786748-1 LOTE ALHAJAS 222.817,80 04-60-786794-9 LOTE ALHAJAS 333.992,15
04-60-786861-8 LOTE ALHAJAS 141.856,95 04-60-787074-0 LOTE ALHAJAS 85.614,75
04-60-789795-7 LOTE ALHAJAS 180.911,20 04-60-789828-9 LOTE ALHAJAS 304.321,45
04-60-789975-5 LOTE ALHAJAS 87.720,80 04-60-790057-6 LOTE ALHAJAS 106.590,40
04-60-790791-8 LOTE ALHAJAS 154.479,35 04-60-791045-7 LOTE ALHAJAS 45.932,70
04-60-791054-4 LOTE DE ALHAJAS 375.572,00 04-60-791223-4 LOTE DE ALHAJAS 39.504,80
04-60-791235-6 LOTE DE ALHAJAS 129.967,10 04-60-791262-1 LOTE ALHAJAS 82.321,85
04-60-793156-7 LOTE ALHAJAS 112.967,15 04-60-794608-2 CADENA 34.562,75
04-60-794676-6 LOTE ALHAJAS 201.745,50 04-60-794720-5 LOTE ALHAJAS 70.813,25
04-60-794765-0 LOTE ALHAJAS 113.452,25 04-60-794886-2 CADENA 132.554,80
04-60-795028-6 LOTE DE ALHAJAS 274.510,35 04-60-795046-4 CADENA 124.128,35
04-60-795064-0 LOTE DE ALHAJAS 64.759,85 04-60-795093-7 LOTE DE ALHAJAS 144.557,20
04-60-795124-0 LOTE DE ALHAJAS 127.129,80 04-60-795145-2 LOTE DE ALHAJAS 135.349,40
04-60-795148-5 ANILLOS 50.012,65 04-60-795160-6 PULSERA 105.207,60
04-60-795163-9 LOTE DE ALHAJAS 157.153,80 04-60-795174-7 CADENA CON DIJE 191.675,05
04-60-795175-2 LOTE DE ALHAJAS 217.059,15 04-60-795196-1 ANILLO 30.880,60
04-60-795203-2 LOTE DE ALHAJAS 66.688,90 04-60-795215-4 PULSERA 263.141,90
04-60-795227-4 LOTE ALHAJAS 138.416,30
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 43 5.894.895,55
04-60-790149-4 LOTE
DE ALHAJAS 84.287,70 04-60-790329-0 ANILLOS 74.813,50
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 02 159.101,20
Agencia 06
06-60-780075-4 LOTE
DE ALHAJAS 46.852,95 06-60-780941-4 LOTE DE ALHAJAS 61.674,25
06-60-781930-7 UNA CADENA Y UN DIJE 18.396,50 06-60-782027-6 LOTE DE ALHAJAS 35.295,85
06-60-783702-4 LOTE DE ALHAJAS 28.538,25 06-60-784117-7 LOTE DE ALHAJAS 351.932,70
06-60-784426-1 LOTE DE ALHAJAS 8.541,35 06-60-784578-1 LOTE DE ALHAJAS 45.370,75
06-60-786030-3 LOTE DE ALHAJAS 33.508,75 06-60-788867-0 LOTE DE ALHAJAS 266.667,80
06-60-788988-5 LOTE DE ALHAJAS 45.551,45 06-60-789063-9 LOTE DE ALHAJAS 153.307,85
06-60-789118-7 LOTE DE ALHAJAS 72.330,20 06-60-789173-5 LOTE DE ALHAJAS 84.517,10
06-60-789253-0 LOTE DE ALHAJAS 67.345,95 06-60-789291-3 LOTE DE ALHAJAS 37.511,25
06-60-791025-5 LOTE DE ALHAJAS 366.254,20 06-60-791043-3 LOTE DE ALHAJAS 48.024,25
06-60-791057-2 LOTE DE ALHAJAS 112.364,85 06-60-791130-8 LOTE DE ALHAJAS 16.916,70
06-60-791165-0 LOTE DE ALHAJAS 109.800,05 06-60-791210-4 LOTE DE ALHAJAS 189.046,40
06-60-791253-0 LOTE DE ALHAJAS 13.161,20 06-60-791256-2 LOTE DE ALHAJAS 230.321,35
06-60-791264-6 LOTE DE ALHAJAS 131.612,20 06-60-791277-3 LOTE DE ALHAJAS 25.733,80
06-60-791284-3 LOTE DE ALHAJAS 54.752,80 06-60-791285-9 LOTE DE ALHAJAS 113.885,85
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 28 2.769.216,60
Agencia 07
07-60-782593-5 LOTE
DE ALHAJAS 31.741,30 07-60-782689-0 LOTE DE ALHAJAS 90.191,90
07-60-783064-9 LOTE DE ALHAJAS 34.857,20 07-60-783123-4 LOTE DE ALHAJAS 164.643,70
07-60-783167-3 LOTE DE ALHAJAS 52.137,20 07-60-783185-3 LOTE DE ALHAJAS 43.836,50
07-60-785953-2 LOTE DE ALHAJAS 29.934,25 07-60-785970-7 LOTE DE ALHAJAS 34.018,05
07-60-786181-8 LOTE DE ALHAJAS 33.794,55 07-60-786285-8 LOTE DE ALHAJAS 60.330,05
07-60-786312-2 LOTE DE ALHAJAS 124.677,55 07-60-786325-0 LOTE DE ALHAJAS 89.456,40
07-60-786328-2 LOTE DE ALHAJAS 100.981,45 07-60-786359-6 LOTE DE ALHAJAS 242.385,85
07-60-786362-8 LOTE DE ALHAJAS 99.805,90 07-60-786406-0 LOTE DE ALHAJAS 64.060,75
07-60-786420-0 LOTE DE ALHAJAS 45.190,40 07-60-786426-5 1 CADENA 180.543,00
07-60-787599-5 LOTE DE ALHAJAS 357.874,90
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 19 1.880.460,90
07-60-779861-2 LOTE
DE ALHAJAS 25.054,15 07-60-785075-0 LOTE DE ALHAJAS 67.648,25
07-60-785822-5 LOTE DE ALHAJAS 87.521,60
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 03 180.224,00
Agencia 08
08-60-783372-1 LOTE
ALHAJAS 51.628,60 08-60-786155-8 LOTE DE ALHAJAS 894.539,65
08-60-789248-2 LOTE DE ALHAJAS 26.333,50 08-60-789278-2 LOTE DE ALHAJAS 263.965,95
08-60-789541-9 LOTE DE ALHAJAS 141.624,35 08-60-789574-1 LOTE DE ALHAJAS 42.525,75
08-60-789617-6 LOTE DE ALHAJAS 90.097,45 08-60-789622-7 1 PULSERA 19.505,55
08-60-789773-1 1 PULSERA 97.460,00 08-60-789783-4 1 PULSERA 14.771,70
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 10 1.642.452,50
Agencia 10
10-60-770584-5 LOTE
DE ALHAJAS 65.970,00 10-60-772157-0 LOTE DE ALHAJAS 43.117,20
10-60-773214-8 LOTE DE ALHAJAS 87.472,25 10-60-775394-7 LOTE DE ALHAJAS 55.812,55
10-60-775639-6 LOTE DE ALHAJAS 74.303,50 10-60-775915-0 LOTE DE 10K 785.702,75
10-60-776008-2 LOTE DE ALHAJAS ORO 10 K 65.114,65 10-60-776231-3 LOTE DE ALHAJAS 21.935,35
10-60-777396-8 LOTE DE ALHAJAS ORO 10 K 51.303,90 10-60-777491-8 LOTE DE ALHAJAS ORO 10K 81.395,90
10-60-778489-0 LOTE DE ALHAJAS 64.557,80 10-60-778591-2 LOTE DE ALHAJAS ORO 10K 12.523,95
10-60-778665-2 LOTE DE ALAHAJAS ORO 10K 52.384,55 10-60-780696-4 LOTE DE ALHAJAS ORO 10K 42.440,80
10-60-780931-8 LOTE DE ALHAJAS ORO 10K 111.712,20 10-60-781486-7 LOTE DE ALAHAJAS 164.638,35
10-60-781491-8 LOTE DE ALHAJAS 194.714,50 10-60-781554-1 LOTE DE ALHAJAS 90.389,65
10-60-781628-1 LOTE DE ALHAJAS ORO 10K 82.172,40 10-60-781653-0 LOTE DE ALHAJAS 59.794,05
10-60-782030-8 LOTE DE ALHAJAS 358.130,55 10-60-782033-0 LOTE DE ALHAJAS 230.226,80
10-60-782052-2 LOTE DE ALHAJAS 76.893,65 10-60-784455-6 LOTE ALHAJAS 199.533,40
10-60-784493-0 LOTE ALHAJAS 40.351,60 10-60-784544-1 LOTE ALHAJAS 126.554,90
10-60-784561-4 LOTE ALHAJAS 251.012,10 10-60-784567-0 LOTE ALHAJAS 170.604,30
10-60-784580-8 LOTE ALHAJAS 91.044,20 10-60-784609-2 LOTE ALHAJAS 48.415,85
10-60-784630-2 LOTE ALHAJAS 131.914,00 10-60-784634-9 LOTE ALHAJAS 528.003,90
10-60-784641-0 LOTE ALHAJAS 116.329,10 10-60-784646-2 LOTE ALHAJAS 309.442,10
10-60-784648-1 LOTE ALHAJAS 257.264,30 10-60-784655-1 LOTE ALHAJAS 76.394,70
10-60-784656-5 LOTE ALHAJAS 57.954,55 10-60-784658-4 LOTE ALHAJAS 192.962,35
10-60-784665-4 LOTE ALHAJAS 55.277,10 10-60-784695-4 LOTE ALHAJAS 108.495,35
10-60-784737-3 LOTE ALHAJAS 150.037,30 10-60-784744-5 LOTE ALHAJAS 18.382,50
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 42 5.802.680,90
10-60-781886-6 LOTE
DE ALHAJAS 100.729,10 10-60-783586-2 LOTE DE ALHAJAS O 10K 80.374,85
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 02 181.103,95
Agencia 14
14-60-776487-7 LT.
ALHAJAS 105.591,55
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 01 105.591,55
Agencia 15
15-60-777182-4 LOTE
ALHAJAS 177.650,55
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 01 177.650,55
Agencia 17
17-60-775635-4 LOTE
ALHAJAS 56.224,55 17-60-775723-4 LOTE ALHAJAS 152.815,20
17-60-775883-6 LOTE ALHAJAS 29.026,25 17-60-777449-1 LOTE DE ALHAJAS 222.470,20
17-60-778028-4 LOTE DE ALHAJAS 313.419,00 17-60-778774-8 LOTE DE ALHAJAS 137.260,60
17-60-778789-2 LOTE DE ALHAJAS 458.890,05 17-60-779138-0 LOTE DE ALHAJAS 72.253,95
17-60-779169-3 LOTE DE ALHAJAS 92.889,55 17-60-779190-5 LOTE ALHAJAS 240.894,60
17-60-779278-6 LOTE DE ALHAJAS 404.253,55 17-60-779318-8 LOTE DE ALHAJAS 19.890,80
17-60-779462-8 LOTE ALHAJAS 122.457,20 17-60-780572-3 LOTE DE ALHAJAS 49.316,05
17-60-782061-6 LOTE ALHAJAS 94.197,75 17-60-782067-1 LOTE ALHAJAS 38.559,85
17-60-782074-3 CADENA CON DIJE 84.975,95 17-60-782156-7 CADENA 701.295,60
17-60-782186-7 CADENA 136.740,80 17-60-782190-4 CADENA 252.900,65
17-60-782192-1 CADENA 88.951,25 17-60-782193-7 CADENA 140.229,10
17-60-782194-0 ESCLAVA 93.114,05 17-60-782200-8 LOTE ALHAJAS 151.600,90
17-60-782226-9 LOTE DE ALHAJAS 13.892,35 17-60-782249-9 LOTE ALHAJAS 173.414,40
17-60-782250-3 LOTE ALHAJAS 88.448,70 17-60-782251-7 LOTE ALHAJAS 205.806,45
17-60-782254-0 LOTE ALHAJAS 147.159,65 17-60-782268-0 LOTE ALHAJAS 157.946,20
17-60-782272-8 LOTE ALHAJAS 17.839,25 17-60-782298-0 LOTE ALHAJAS P/F 94.966,45
17-60-782303-2 LOTE ALHAJAS 117.950,85 17-60-782392-5 LOTE ALHAJAS 17.069,55
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 34 5.189.121,30
Agencia 21
21-60-779294-1 LOTE
DE ALHAJAS 579.944,15 21-60-779333-0 LOTE DE ALHAJAS 47.198,70
21-60-780885-4 LOTE 10K 24.651,75 21-60-784833-1 LOTE ALHAJAS 10K 138.957,85
21-60-785634-2 LOTE ALHAJAS 88.142,90 21-60-785716-8 LOTE DE ALHAJAS 242.675,20
21-60-788055-5 LOTE DE ALHAJAS 10K 181.157,00 21-60-788056-9 LOTE DE ALHAJAS 10 14 K 1.042.529,25
21-60-788216-0 LOTE DE ALHAJAS 85.458,10 21-60-788241-8 LOTE DE ALHAJAS 22.738,65
21-60-788244-0 LOTE 18K 154.530,50
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 11 2.607.984,05
Agencia 22
22-60-771052-0 LOTE
ALHAJAS 150.936,45
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 01 150.936,45
Agencia 24
24-60-778524-0 LOTE
DE ALHAJAS 60.312,30 24-60-781105-0 LOTE DE ALHAJAS 129.222,25
24-60-781500-8 LOTE DE ALHAJAS 47.084,25
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 03 236.618,80
Agencia 25
25-60-771930-1 LOTE
ALHAJAS 128.422,10 25-60-773870-6 LOTE DE ALHAJAS 31.463,90
25-60-776438-0 LOTE ALHAJAS 346.480,25 25-60-777373-1 LOTE ALHAJAS 236.353,60
25-60-777393-7 LOTE DE ALHAJAS 15.354,75 25-60-781177-4 LOTE ALHAJAS 130.362,60
25-60-782199-0 LOTE ALHAJAS 56.987,45 25-60-784459-4 LOTE ALHAJAS 205.762,90
25-60-784655-3 LOTE ALHAJAS 17.479,30 25-60-784765-8 LOTE ALHAJAS 44.282,55
25-60-784841-6 LOTE ALHAJAS 125.113,15 25-60-784860-8 LOTE ALHAJAS 169.057,25
25-60-784895-0 LOTE ALHAJAS 126.925,95 25-60-784922-4 LOTE ALHAJAS 178.321,75
25-60-784929-5 LOTE ALHAJAS 151.370,60 25-60-784995-1 ANILLOS 15.903,15
25-60-785018-1 LOTE ALHAJAS 63.562,90 25-60-785024-6 ANILLOS 21.918,25
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 18 2.065.122,40
25-60-784502-1 LOTE
ALHAJAS 11.400,75
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 01 11.400,75
Agencia 27
27-60-770797-0 LOTE
DE ALHAJAS 188.832,95 27-60-771068-1 LOTE DE ALHAJAS 106.668,05
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 02 295.501,00
Agencia 34
34-60-762205-1 LOTE
DE ALHAJAS 564.407,45 34-60-763402-1 LOTE DE ALHAJAS 153.897,20
34-60-763417-6 LOTE DE ALHAJAS 167.607,35 34-60-763443-0 LOTE ALHAJAS 316.976,35
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 04 1.202.888,35
34-60-761711-6 LOTE
ALHAJAS 100.499,95
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 01 100.499,95
Agencia 47
47-60-754976-7 LOTE
ALHAJAS 40.021,80 47-60-755294-0 LOTE ALHAJAS 118.350,30
47-60-755880-3 LOTE 48.836,00 47-60-755889-1 LOTE 178.933,45
47-60-755907-9 LOTE ANILLOS 126.029,90
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 05 512.171,45
47-60-755815-2 LOTE
GIGAS 69.431,25
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 01 69.431,25
Agencia 60
60-60-754616-9 LOTE
ALHAJAS 8.761,30 60-60-755828-5 LOTE ALHAJAS 102.657,55
60-60-756477-9 01 CADENA 87.977,65 60-60-756483-5 LOTE ALHAJAS 93.052,10
60-60-756523-9 LOTE ALHAJAS 58.434,50 60-60-756544-0 LOTE ALHAJAS 10K 180.684,25
60-60-756545-5 LOTE ALHAJAS 10K 78.275,30
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 07 609.842,65
60-60-756128-1 LOTE
ALHAJAS 119.775,65 60-60-756263-4 LOTE ALHAJAS 170.497,65
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 02 290.273,30
Agencia 61
61-60-754571-7 LOTE
DE ALHJAS ORO 10K
PESO
12GR 42.290,95 61-60-754604-9 LOTE DE ALHAJAS OROS
10
Y 14K 66 278.513,90
61-60-754631-4 LOTE DE ALHAJAS ORO 10K
PESO
58G 190.837,75
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 03 511.642,60
61-60-754441-3 LOTE
DE ALHAJAS 486.691,20
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 01 486.691,20
Agencia 63
63-60-751381-5 DOS
ANILLOS EN 10K 5,9 GR. 12.632,90 63-60-751399-2 LT DE ALHAJAS 10K PESO
DE
33,1 G 74.730,50
63-60-751530-0 LOTE ALHAJAS 164.772,10 63-60-751536-5 LOTE ALHAJAS 533.994,40
63-60-751540-4 LOTE DE ALHAJAS 83.484,55 63-60-751998-1 LOTE ALHAJAS 210.907,85
63-60-752013-7 LOTE ALHAJAS 124.690,20 63-60-752017-3 LOTE ALHAJAS 32.906,10
63-60-752034-6 LOTE ALHAJAS 72.587,70 63-60-752043-7 LOTE ALHAJAS 118.317,40
63-60-752055-9 LOTE ALHAJAS 95.050,80 63-60-752436-2 LT DE ALHAJAS 10K 19.5 GR. 68.822,90
63-60-752439-5 LT DE ALHAJAS 61.9 GR.
10
Y 14 K 224.658,00 63-60-752467-6 LOTE DE ALHAJAS 152.283,45
63-60-752468-1 LOTE DE ALHAJAS 132.984,85 63-60-752470-1 LOTE ALHAJAS 101.990,15
63-60-752475-3 LOTE DE ALHAJAS 108.964,90 63-60-752479-0 LOTE ALHAJAS 795.445,30
63-60-752481-8 LOTE DE ALHAJAS 16.218,05 63-60-752482-1 LOTE DE ALHAJAS 156.160,10
63-60-752483-7 LOTE DE ALHAJAS 40.782,95 63-60-752488-9 LOTE DE ALHAJAS 191.830,15
63-60-752490-7 LOTE ALHAJAS 131.927,60 63-60-752491-0 CADENA ORO 29.988,45
63-60-752492-4 LOTE ALHAJAS 45.257,45 63-60-752493-0 LOTE DE ALHAJAS 117.634,30
63-60-752494-3 LOTE ALHAJAS 90.939,05 63-60-752497-6 LOTE DE ALHAJAS 17.753,85
63-60-752498-1 LOTE ALHAJAS 708.178,60 63-60-752499-5 LOTE ALHAJAS 233.356,50
63-60-752500-2 LOTE ALHAJAS 123.029,55
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 31 5.012.280,65
63-60-751748-2 LOTE
DE ALHAJAS 249.062,95 63-60-751970-1 LOTE ALHAJAS 25.128,90
63-60-752061-3 LOTE ALHAJAS 28.969,05 63-60-752198-6 LOTE DE ALHAJAS 129.688,90
63-60-752367-4 LOTE ALHAJAS 1.204.779,00
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 05 1.637.628,80
Agencia 77
77-60-074810-8 LT
ALHAJAS 70.709,65 77-60-076917-0 LOTE DE ALHAJAS 36.799,10
77-60-077086-2 LOTE DE ALHAJAS 27.400,80 77-60-079640-9 LOTE DE ALHAJAS 91.690,60
77-60-080232-0 LOTE DE ALHAJAS 583.117,40 77-60-082178-1 LOTE DE ALHAJAS 82.935,30
77-60-083827-4 LOTE DE ALHAJAS 42.707,20 77-60-083866-3 LOTE DE ALHAJAS 83.573,80
77-60-084051-3 LOTE ALHAJAS 160.342,95 77-60-084405-3 LOTE DE ALHAJAS 59.300,85
77-60-085250-4 LOTE DE ALHAJAS 121.836,35 77-60-085883-0 6 ANILLOS 69.337,15
77-60-086845-7 LOTE ALHAJAS 154.533,40 77-60-087149-0 LOTE ALHAJAS 268.400,15
77-60-090825-1 LT ALHAJAS 26.191,65 77-60-091366-8 LOTE DE ALHAJAS 27.038,90
77-60-091768-6 LOTE ALHAJAS 102.158,70 77-60-092571-7 LOTE ALHAJAS 12.593,15
77-60-092602-0 LOTE DE ALHAJAS 29.566,50 77-60-094291-7 LOTE ALHAJAS 106.941,10
77-60-094980-5 LOTE ALHAJAS 33.869,05 77-60-096500-4 LOTE ALHAJAS 52.593,95
77-60-097479-2 LOTE ALHAJAS 47.989,15 77-60-097710-1 LT DE ALHAJAS 54.752,80
77-60-097865-0 LOTE DE ALHAJAS 95.160,35 77-60-097867-8 LOTE ALHAJAS 43.307,25
77-60-097960-0 ANILLO 10K 222.470,20 77-60-097968-5 PULSO 70.876,25
77-60-097971-9 LOTE ALHAJAS 69.818,25 77-60-097996-6 LOTE ALHAJAS 1.234.692,45
77-60-098003-8 RELOJ Y ANILLO 18K 478.937,65 77-60-098005-7 LOTE ALHAJAS 4.182.465,75
77-60-098103-0 LOTE DE ALHAJAS 75.695,80 77-60-098218-6 LOTE DE ALHAJAS 116.104,95
77-60-098302-8 LT DE ALHAJAS 227.208,30 77-60-098712-0 LOTE ALHAJAS 1.069.020,30
77-60-098725-7 CADENA 23.238,10 77-60-098828-1 LOTE DE ALHAJAS 72.499,70
77-60-098962-9 LOTE DE ALHAJAS 72.878,20 77-60-099242-0 LOTE ALHAJAS 164.057,15
77-60-099881-1 LOTE ALHAJAS 25.245,35 77-60-102160-6 LOTE ALHAJAS 69.765,70
77-60-102456-4 LOTE DE ALHAJAS 57.269,00 77-60-102558-7 LOTE ALHAJAS 723.523,05
77-60-102639-5 LOTE ALHAJAS 109.081,70 77-60-102680-4 LOTE DE ALHAJAS 178.950,50
77-60-102810-5 LOTE ALHAJAS 50.219,60 77-60-103238-3 LOTE DE ALHAJAS 38.540,65
77-60-103408-9 LOTE ALHAJAS 852.566,00 77-60-103506-3 PULSERA 161.642,60
77-60-103647-1 LOTE ALHAJAS 89.730,40 77-60-103872-3 ANILLO 10K 27.906,25
77-60-104096-1 LOTE DE ALHAJAS 159.300,00 77-60-104144-9 LT DE ALHAJAS 63.850,65
77-60-104210-4 LOTE ALHAJAS 217.184,50 77-60-104369-0 LOTE ALHAJAS 58.095,25
77-60-104424-7 CADENA 202.022,60 77-60-104515-3 LOTE ALHAJAS 62.833,20
77-60-104518-6 LT DE ALHAJAS 286.135,20 77-60-104564-3 LOTE ALHAJAS 250.514,25
77-60-104775-7 LOTE ALHAJAS 130.804,65 77-60-104897-1 LOTE DE ALHAJAS 150.257,25
77-60-104952-9 LOTE ALHAJAS 104.274,30 77-60-105057-3 LOTE DE ALHAJAS 116.190,55
77-60-105177-2 LOTE ALHAJAS 34.882,85 77-60-105214-1 LOTE ALHAJAS 316.038,30
77-60-105219-3 LOTE ALHAJAS 30.685,55 77-60-105558-0 LOTE ALHAJAS 52.137,20
77-60-107474-7 LT DE ALHAJAS 358.227,60 77-60-108145-8 LOTE ALHAJAS 156.727,90
77-60-108240-8 LOTE DE ALHAJAS 98.103,50 77-60-108740-9 LOTE ALHAJAS 43.212,25
77-60-108757-0 LOTE DE ALHAJAS 53.139,40 77-60-108892-3 LOTE ALHAJAS 107.350,40
77-60-109258-6 LOTE ALHAJAS 89.802,75 77-60-109274-5 LOTE ALHAJAS 29.686,35
77-60-109721-6 LT DE ALHAJAS 53.762,70 77-60-110045-4 LOTE ALHAJAS 73.164,10
77-60-110051-9 ANILLOS 26.861,65 77-60-110114-0 LOTE ALHAJAS 59.683,40
77-60-110159-5 LOTE ALHAJAS 38.816,70 77-60-110297-0 GARGANTILLA 44.152,40
77-60-110348-2 DIJE PULSERAS 26.666,15 77-60-110432-2 LT DE ALHAJAS 17.541,45
77-60-110479-8 CADENA C/DJ 106.979,95 77-60-110658-2 LOTE DE ALHAJAS 156.957,35
77-60-110677-4 LOTE DE ALHAJAS 59.225,50 77-60-110765-4 LOTE ALHAJAS 505.426,00
77-60-110856-7 ANILLO 27.397,80 77-60-111008-5 LOTE ALHAJAS 156.588,85
77-60-111009-9 LOTE ALHAJAS 72.609,60 77-60-111019-1 LOTE ALHAJAS 151.047,75
77-60-111038-3 LOTE ALHAJAS 227.733,45 77-60-111067-8 LT DE ALHAJAS 268.288,80
77-60-111147-4 LT DE ALHAJAS 673.877,50 77-60-111148-0 LOTE DE ALHAJAS 21.914,45
77-60-111171-9 LOTE DE ALHAJAS 68.052,70 77-60-111253-2 CADENA 13.868,25
77-60-111260-2 LT DE ALHAJAS 189.251,05 77-60-111272-4 LOTE ALHAJAS 88.505,45
77-60-111347-8 PULSERA 93.700,55 77-60-111389-0 LOTE ALHAJAS 87.329,20
77-60-111440-0 LOTE ALHAJAS 219.353,70 77-60-111466-1 ANILLO BRILLANTES 83.015,00
77-60-111619-4 LOTE ALHAJAS 172.468,85 77-60-111709-3 LOTE ALHAJAS 6.575,45
77-60-111741-1 LOTE DE ALHAJAS 461.018,65 77-60-113585-0 LOTE ALHAJAS 121.461,45
77-60-113753-5 LOTE ALHAJAS 41.460,40 77-60-114400-0 ANILLO 59.650,20
77-60-114409-9 LOTE ALHAJAS 64.234,45 77-60-114480-6 LOTE ALHAJAS 196.674,10
77-60-114500-4 LOTE ALHAJAS 517.686,30 77-60-114505-6 LOTE ALHAJAS 62.568,65
77-60-114533-5 LOTE ALHAJAS 169.298,10 77-60-114665-6 LOTE DE ALHAJAS 1.230.783,20
77-60-114675-0 LOTE DE ALHAJAS 201.093,80 77-60-114888-0 LOTE ALHAJAS 130.804,65
77-60-115014-3 LOTE ALHAJAS 79.475,30 77-60-115029-8 LT DE ALHAJAS 503.023,75
77-60-115062-0 LOTE ALHAJAS 380.074,35 77-60-115118-3 LOTE ALHAJAS 55.730,35
77-60-115188-6 LOTE DE ALHAJAS 160.378,20 77-60-115190-4 LOTE ALHAJAS 165.713,10
77-60-115191-8 LOTE DE ALHAJAS 102.378,45 77-60-115252-0 1 CADENA Y 1 DIJE 43.651,35
77-60-115272-8 LOTE ALHAJAS 145.756,35 77-60-115274-7 LOTE ALHAJAS 489.975,60
77-60-115301-3 LOTE DE ALHAJAS 123.934,85 77-60-115325-7 PULSERA 48.279,70
77-60-115366-3 LOTE ALHAJAS 118.906,45 77-60-115390-8 LOTE ALHAJAS 83.015,00
77-60-115437-9 LOTE ALHAJAS 23.562,10 77-60-115474-0 LOTE ALHAJAS 163.949,35
77-60-115482-4 LOTE DE ALHAJAS 262.813,50 77-60-115504-1 LOTE ALHAJAS 159.104,50
77-60-115563-6 LOTE ALHAJAS 155.435,05 77-60-115718-6 LOTE ALHAJAS 124.107,65
77-60-116566-0 LOTE ALHAJAS 246.221,30 77-60-116755-7 LOTE ALHAJAS 168.419,80
77-60-117034-0 LOTE DE ALHAJAS 61.039,45 77-60-117456-4 LOTE ALHAJAS 258.769,15
77-60-118183-7 1 ANILLO 140.147,80 77-60-118209-9 LOTE ALHAJAS 133.921,25
77-60-118269-7 LOTE ALHAJAS 92.264,00 77-60-118271-7 LOTE ALHAJAS 656.359,05
77-60-118282-3 UN ANILLO 40.876,45 77-60-118345-7 LOTE ALHAJAS 112.200,45
77-60-118404-0 ANILLO 8.761,30 77-60-118419-5 ANILLO 39.999,65
77-60-118468-7 CADENAS 152.994,70 77-60-118483-2 ARETES CADENA 24.561,85
77-60-118494-9 LOTE ALHAJAS 226.502,30 77-60-118497-1 LOTE ALHAJAS 227.880,45
77-60-118498-7 LOTE ALHAJAS 325.732,05 77-60-118548-5 LOTE ALHAJAS 134.406,80
77-60-118560-6 2 CADENAS 207.885,95 77-60-118587-2 LOTE ALHAJAS 386.530,55
77-60-118593-9 LOTE ALHAJAS 289.851,20 77-60-118625-7 LOTE ALHAJAS 363.062,45
77-60-118656-0 LOTE ALHAJAS 56.059,15 77-60-118657-4 PULSERA 91.096,10
77-60-118668-2 CADENA PULSERA 268.616,70 77-60-118724-3 ANILLO 157.666,30
77-60-118755-9 P/ARETES 24.307,30 77-60-118759-5 LOTE ALHAJAS 79.475,30
77-60-118764-6 LOTE ALHAJAS 109.782,45 77-60-118820-9 LOTE ALHAJAS 120.176,75
77-60-118847-5 LOTE ALHAJAS 305.355,95 77-60-118857-8 LOTE DE LAHAJAS 120.293,60
77-60-118913-0 LOTE ALHAJAS 172.058,70 77-60-118956-6 LOTE ALHAJAS 97.006,65
77-60-118986-6 LOTE ALHAJAS 187.304,40 77-60-118992-0 LOTE ALHAJAS 652.298,15
77-60-119033-9 LOTE DE ALHAJAS 34.413,50 77-60-119044-7 LOTE ALHAJAS 129.366,60
77-60-119050-3 ANILLO BRILLANTE 29.197,45 77-60-119072-8 CADENA DIJE 62.467,00
77-60-119075-2 LOTE ALHAJAS 321.631,15 77-60-119093-9 LOTE ALHAJAS 375.730,90
77-60-119094-2 1 CADENA 1 PULSERA 143.601,05 77-60-119101-3 1 PULSERA 78.253,80
77-60-119117-1 ANILLOS PULSERA 488.359,90 77-60-119145-4 LOTE ALHAJAS 92.023,65
77-60-119177-1 LOTE ALHAJAS 93.370,85 77-60-119181-9 LOTE ALHAJAS 256.388,95
77-60-119192-5 LOTE ALHAJAS 179.870,00 77-60-119197-7 PULSERA ANILLO 16.977,65
77-60-119198-2 LOTE ALHAJAS 425.013,25 77-60-119201-5 LOTE ALHAJAS 223.916,85
77-60-119204-8 LOTE ALHAJAS 122.723,00 77-60-119205-3 LOTE ALHAJAS 748.876,80
77-60-119215-6 LOTE ALHAJAS 46.136,20 77-60-119230-0 LOTE ALHAJAS 1.093.405,85
77-60-119234-6 LOTE ALHAJAS 73.540,85 77-60-119241-8 LOTE ALHAJAS 599.557,90
77-60-119252-4 LOTE ALHAJAS 305.038,90 77-60-119263-2 LOTE ALHAJAS 434.093,15
77-60-119264-6 LOTE ALHAJAS 58.186,50 77-60-119268-4 LOTE ALHAJAS 404.384,50
77-60-119270-4 LOTE ALHAJAS 109.848,10 77-60-119272-1 LOTE ALHAJAS 1.879.841,40
77-60-119288-1 LOTE ALHAJAS 1.690.342,00 77-60-119292-7 LOTE ALHAJAS 83.484,55
77-60-119294-6 ROSARIO 48.684,30 77-60-119300-3 LOTE ALHAJAS 267.880,35
77-60-119303-6 LOTE DE ALHAJAS 125.095,00 77-60-119304-0 LOTE DE ALHAJAS 41.127,15
77-60-119306-9 CADENA DIJE 38.446,80 77-60-119314-2 LOTE DE ALAHAJAS 1.272.251,45
77-60-119315-8 LOTE ALHAJAS 378.327,95 77-60-119320-9 LOTE ALHAJAS 165.826,80
77-60-119321-2 ANILLOS 21.901,10 77-60-119325-0 LOTE ALHAJAS 166.969,10
77-60-119334-8 LOTE ALHAJAS 198.360,10 77-60-119340-6 LOTE ALHAJAS 482.578,15
77-60-119342-3 LOTE ALHAJAS 270.901,85 77-60-119344-2 LOTE ALHAJAS 63.562,90
77-60-119345-8 LOTE ALHAJAS 232.151,90 77-60-119351-2 LOTE ALHAJAS 269.024,60
77-60-119357-8 LOTE ALHAJAS 35.597,50 77-60-119369-0 LOTE ALHAJAS 1.285.222,55
77-60-119370-6 LOTE ALHAJAS 73.049,00 77-60-119384-5 LOTE ALHAJAS 97.913,25
77-60-119387-8 LOTE ALHAJAS 100.611,50 77-60-119403-8 LOTE ALHAJAS 63.390,15
77-60-119414-4 LOTE ALHAJAS 122.646,30 77-60-119419-6 LOTE ALHAJAS 336.128,00
77-60-119420-0 LOTE ALHAJAS 94.314,20 77-60-119430-3 LOTE ALHAJAS 62.669,00
77-60-119460-3 LOTE ALHAJAS 482.954,85 77-60-119529-2 LOTE ALHAJAS 46.442,00
77-60-119610-3 LOTE ALHAJAS 257.691,15 77-60-119650-6 LOTE ALHAJAS 59.749,10
77-60-121107-9 LOTE ALHAJAS 670.073,30 77-60-121420-0 GARGANTILLA, DIJE 72.386,70
77-60-122381-3 LOTE DE ALHAJAS 446.190,20 77-60-122383-2 LOTE DE ALHAJAS 239.620,65
77-60-122448-3 ANILLO 39.999,65 77-60-122459-0 LOTE ALHAJAS 41.293,80
77-60-122463-7 LOTE DE ALHAJAS 1.078.814,05 77-60-122466-0 LOTE ALHAJAS 83.528,70
77-60-122471-2 RELOJ DICE ROLEX 671.641,15 77-60-122476-4 LOTE ALAHAJAS 238.647,65
77-60-122479-7 LOTE ALHAJAS 167.347,30 77-60-122480-1 ANILLO PULSERA 22.336,50
77-60-122495-6 LOTE ALHAJAS 89.345,95 77-60-122503-2 LOTE ALHAJAS 268.155,30
77-60-122512-0 CADENA 57.562,65 77-60-122513-5 LOTE ALHAJAS 85.756,60
77-60-122516-8 LOTE ALHAJAS 170.338,45 77-60-122520-5 LOTE ALHAJAS 72.834,35
77-60-122527-4 LOTE ALHAJAS 197.357,65 77-60-122531-1 LOTE ALHAJAS 93.979,85
77-60-122536-3 ANILLO 9.918,00 77-60-122540-2 LOTE ALHAJAS 505.141,60
77-60-122572-0 LOTE ALHAJAS 73.793,40 77-60-122580-5 CADENA 74.964,65
77-60-122583-8 PULSERA 60.908,80 77-60-122590-8 GARGANTILLA 32.328,55
77-60-122591-1 LOTE ALHAJAS 19.705,90 77-60-122592-5 LOTE ALHAJAS 39.825,00
77-60-122593-0 ANILLO PULSERA 45.681,60 77-60-122601-5 ANILLOS, ARETES 371.309,50
77-60-122609-0 PULSERAS CADENA 31.602,60 77-60-122618-9 LOTE ALHAJAS 73.739,45
77-60-122623-0 LOTE ALHAJAS 273.304,10 77-60-122634-6 PULSERA 55.893,85
77-60-122635-1 LOTE ALHAJAS 257.314,45 77-60-122644-0 LOTE ALHAJAS 391.819,65
77-60-122647-3 RELOJ 80.001,35 77-60-122651-0 LOTE DE ALHAJAS 168.424,00
77-60-122654-3 LOTE ALHAJAS 879.781,40 77-60-122669-8 LOTE ALHAJAS 447.633,05
77-60-122671-8 ANILLOS 37.400,15 77-60-122673-7 LOTE ALHAJAS 1.665.475,60
77-60-122677-3 MONEDA 146.094,35 77-60-122683-0 LOTE ALHAJAS 998.993,15
77-60-122684-3 PULSERA 718.784,20 77-60-122697-9 LOTE ALHAJAS 77.023,00
77-60-122698-4 LOTE ALHAJAS 390.019,80 77-60-122699-8 LOTE DE ALHAJAS 214.893,35
77-60-122700-3 LOTE DE ALHAJAS 206.718,05 77-60-122701-7 CADENA 541.596,25
77-60-122704-0 CADENA, PULSERA 322.340,05 77-60-122707-2 LOTE ALHAJAS 228.674,50
77-60-122710-6 PULSERA CADENA 58.394,95 77-60-122717-5 CADENA 53.723,35
77-60-122718-0 GARGANTILLA 99.271,35 77-60-122720-9 PULSERA 99.198,60
77-60-122721-2 PULSERA 92.896,60 77-60-122722-6 LOTE ALHAJAS 344.277,55
77-60-122723-1 LOTE ALHAJAS 250.447,35 77-60-122732-9 CADENA 48.943,85
77-60-122738-6 LOTE ALHAJAS 81.573,10 77-60-122739-0 LOTE ALHAJAS 100.218,40
77-60-122745-8 ANILLO PULSERA 30.298,60 77-60-122765-3 ARGOLLAS CADENAS 58.266,50
77-60-122767-0 LOTE ALHAJAS 106.562,75 77-60-122794-8 LOTE DE ALHAJAS 165.112,15
77-60-122796-7 LOTE ALHAJAS 720.563,45 77-60-122797-0 LOTE ALHAJAS 1.154.040,95
77-60-122799-0 LOTE ALHAJAS 159.406,00 77-60-122801-9 LOTE ALHAJAS 395.338,95
77-60-122806-0 LOTE ALHAJAS 305.806,30 77-60-122807-4 LOTE ALHAJAS 62.789,10
77-60-122815-0 LOTE DIJES 98.602,10 77-60-122823-3 LOTE ALHAJAS 78.745,95
77-60-122827-0 LOTE ALHAJAS 456.515,10 77-60-122828-5 LOTE ALHAJAS 48.800,05
77-60-122829-9 LOTE ALHAJAS 403.181,20 77-60-122831-7 LOTE ALHAJAS 490.324,15
77-60-122835-5 LOTE ALHAJAS 83.657,15 77-60-122842-5 LOTE CADENAS 199.847,75
77-60-122843-0 PULSERA CADENA 946.952,95 77-60-122844-4 CADENA, PULSERA 125.571,90
77-60-122845-0 LOTE ALHAJAS 85.981,05 77-60-122848-2 LOTE ALHAJAS 406.666,90
77-60-122852-8 ANILLO, CADENA 70.824,00 77-60-122853-3 LOTE ALHAJAS 156.741,65
77-60-122855-2 ANILLO 16.855,10 77-60-122859-9 LOTE ALHAJAS 126.611,60
77-60-122860-3 LOTE DE ALHAJAS 112.621,75 77-60-122862-0 PULSERA 85.453,25
77-60-122863-6 LOTE DE ALHAJAS 163.707,95 77-60-122865-5 ANILLOS, ARGOLLAS 76.629,25
77-60-122867-2 LOTE ALHAJAS 74.365,15 77-60-122868-8 LOTE ALHAJAS 139.325,90
77-60-122869-1 CADENA 48.415,85 77-60-122873-0 LOTE DE ALHAJAS 312.322,25
77-60-122876-3 LOTE ALHAJAS 100.401,10 77-60-122878-2 LOTE ALHAJAS 182.347,80
77-60-122880-0 LOTE ALHAJAS 151.205,85 77-60-122881-4 LOTE DE ALHAJAS 698.555,20
77-60-122882-8 LOTE ALHAJAS 120.832,90 77-60-122884-7 MONEDA 246.059,70
77-60-122885-2 LOTE ALHAJAS 96.886,10 77-60-122887-0 LOTE DE ALHAJAS 261.438,45
77-60-122888-5 LOTE ALHAJAS 82.386,05 77-60-122891-7 LOTE ALHAJAS 494.316,35
77-60-122893-6 LOTE ALHAJAS 593.893,65 77-60-122895-5 LOTE ALHAJAS 58.219,50
77-60-122896-9 LOTE DE ALHAJAS 135.113,15 77-60-122900-7 LOTE ALHAJAS 694.239,90
77-60-122901-0 LOTE ALHAJAS 233.976,40 77-60-122902-4 LOTE ALHAJAS 198.001,95
77-60-122905-9 LOTE ALHAJAS 485.624,60 77-60-122911-3 LOTE ALHAJAS 809.580,40
77-60-122912-7 ANILLOS 20.698,60 77-60-122913-2 CADENA 71.792,95
77-60-122915-1 LOTE ALHAJAS 189.889,05 77-60-122916-5 ANILLO, ARGOLLAS 25.245,35
77-60-122918-4 LOTE ALHAJAS 223.915,40 77-60-122920-2 LOTE DE ALHAJAS 208.867,95
77-60-122921-6 LOTE ALHAJAS 519.176,45 77-60-122924-9 LOTE DE ALHAJAS 456.611,90
77-60-122925-4 LOTE ALHAJAS 420.390,25 77-60-122926-8 LOTE DE ALHAJAS 313.920,65
77-60-122927-1 LOTE DE ALHAJAS 567.471,95 77-60-122930-5 LOTE DE ALHAJAS 285.382,40
77-60-122931-9 LOTE ALHAJAS 436.076,35 77-60-122932-2 LOTE DE ALHAJAS 188.102,80
77-60-122933-8 LOTE ALHAJAS 63.662,20 77-60-122937-4 LOTE ALHAJAS 420.390,25
77-60-122939-3 CADENAS, PULSERA 58.174,15 77-60-122940-0 LOTE ALHAJAS 129.519,70
77-60-122941-3 LOTE ALHAJAS 110.860,10 77-60-122944-6 LOTE DE ALHAJAS 89.935,05
77-60-122945-1 LOTE ALHAJAS 208.386,00 77-60-122947-9 CADENAS, PULSERA 768.834,70
77-60-122949-8 CADENA 64.709,35 77-60-122951-6 RELOJ 65.806,10
77-60-122952-0 RELOJ 416.772,05 77-60-122953-5 LOTE ALHAJAS 148.063,75
77-60-122954-9 LOTE ALHAJAS 138.192,85 77-60-122958-7 LOTE DE ALHAJAS 80.064,10
77-60-122959-0 LOTE ALHAJAS 103.096,25 77-60-122962-2 LOTE ALHAJAS 35.024,05
77-60-122964-1 LOTE ALHAJAS 893.400,35 77-60-122966-0 PULSERA 8.883,85
77-60-122967-4 LOTE ALHAJAS 679.996,50 77-60-122970-0 LOTE ALHAJAS 88.768,90
77-60-122972-7 LOTE ALHAJAS 1.295.368,35 77-60-122973-2 DIJE 105.207,60
77-60-122975-1 LOTE DE ALHAJAS 106.303,45 77-60-122976-5 ANILLO 26.301,85
77-60-122977-9 3 ANILLOS 38.356,90 77-60-122978-4 CADENA 42.740,55
77-60-122979-8 LOTE ALHAJAS 174.210,10 77-60-122980-2 ANILLO 569.874,45
77-60-122983-5 LOTE ALHAJAS 164.386,85 77-60-122986-8 LOTE DE ALHAJAS 185.209,20
77-60-122988-7 LOTE ALHAJAS 227.949,75 77-60-122989-0 LOTE ALHAJAS 106.303,45
77-60-122990-5 LOTE ALHAJAS 52.932,50 77-60-122991-9 LOTE ALHAJAS 268.498,55
77-60-122994-1 LOTE ALHAJAS 179.414,25 77-60-122995-7 LOTE ALHAJAS 30.416,50
77-60-122998-0 LOTE ALHAJAS 1.279.846,90 77-60-123000-0 LOTE ALHAJAS 206.696,30
77-60-123001-3 LOTE DE ALHAJAS 76.653,90 77-60-123002-7 ANILLOS, PULSERA 121.315,25
77-60-123003-2 LOTE ALHAJAS 473.392,70 77-60-123005-1 LOTE ALHAJAS 87.604,50
77-60-123006-5 LOTE ALHAJAS 116.075,95 77-60-123008-4 LOTE ALHAJAS 98.555,05
77-60-123010-2 ANILLOS, CADENA 657.033,70 77-60-123011-6 LOTE ALHAJAS 832.242,70
77-60-123013-5 LOTE ALHAJAS 2.117.674,40 77-60-123014-9 LOTE ALHAJAS 105.125,40
77-60-123015-4 LOTE ALHAJAS 263.361,00
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 411 98.655.294,95
77-60-102294-4 LOTE
ALHAJAS 77.385,45 77-60-110694-7 LT DE ALHAJAS 106.171,65
77-60-113093-3 LOTE ALHAJAS 311.544,80 77-60-117959-8 LOTE ALHAJAS 435.938,70
77-60-118654-1 LOTE ALHAJAS 118.747,70 77-60-121977-8 DIJE MONEDA 337.650,65
77-60-122016-7 CADENA C DIJE 33.847,80 77-60-122092-4 CADENAS 62.002,85
77-60-122107-0 CADENA 20.404,95 77-60-122129-4 LOTE ALHAJAS 221.404,90
77-60-122385-1 LOTE ALHAJAS 26.889,95
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 11 1.751.989,40
Agencia 85
85-60-843921-6 LOTE
ALHAJAS 85.516,30 85-60-843922-0 LOTE ALHAJAS 95.786,55
85-60-844083-8 LOTE ALHAJAS 195.882,85 85-60-844907-7 LOTE ALHAJAS 62.324,05
85-60-845104-9 LOTE ALHAJAS 57.031,95 85-60-845872-7 LOTE ALHAJAS 10K 104.417,40
85-60-846908-4 LOTE ALHAJAS 83.253,80 85-60-846925-7 LOTE 10 K 20.6 GRS 8 PZAS 51.899,10
85-60-847621-4 LOTE ALHAJAS 64.234,45 85-60-847625-2 LOTE ALHAJAS 175.074,65
85-60-847633-6 RELOJES 234.527,55 85-60-847643-0 LOTE ALHAJAS 188.089,95
85-60-847646-3 ANILLO 47.603,00
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 13 1.445.641,60
85-60-845783-3 LOTE
ALHAJAS 92.575,00 85-60-847246-4 LOTE ALHAJAS 436.721,60
85-60-847474-9 ANILLO 37.123,40 85-60-847553-1 CADENA Y DJ 115.272,15
TOTAL DE ALHAJAS SEGUNDO REMATE: 04 681.692,15
Agencia 88
88-60-843901-6 LOTE
ALHAJAS 186.741,70 88-60-844470-5 LOTE ALHAJAS 715.071,70
88-60-848980-2 LOTE ALHAJAS 253.505,55 88-60-850096-2 LOTE ALHAJAS 59.783,70
88-60-850098-1 LOTE ALHAJAS 207.612,85 88-60-850115-5 LOTE ALHAJAS 310.078,95
88-60-850658-1 LOTE DE ALHAJAS 84.022,70 88-60-850718-0 LOTE DE ALHAJAS 151.737,75
88-60-850736-7 LOTE DE ALHAJAS 41.062,60
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 09 2.009.617,50
Agencia 90
90-60-846044-0 LT
DE ALHAJAS 168.705,00 90-60-846619-5 LT DE ALHAJAS 107.830,35
90-60-846689-8 LT DE ALHAJAS 160.282,80
TOTAL DE ALHAJAS PRIMER REMATE: 03 436.818,15
Se avisa a los dueños de las operaciones y publico
en general que los créditos pignorados siguientes fueron cancelados y no
retirados en el tiempo estipulado en el Reglamento de Crédito de Pignoración,
por lo que se adjudican automáticamente al Banco Popular y de Desarrollo
Comunal. Al momento de la publicación podrán ser ofrecidas mediante venta
directa.,
77-60-071698-1 LOTE
DE ALHAJAS 1.075.710,00
San José, 5 de noviembre del 2007.—Lic. Shirley Barboza Mena, Coordinadora.—1
vez.—(100994).
considerando que:
a.
b. la iniciativa en cuestión no tiene ninguna
relación con las labores y funciones que por ley le han sido asignadas al Banco
Central de Costa Rica, razón por la cual carece de competencia para hacerle
observaciones de fondo,
dispuso:
comunicar a
Sin embargo, considera esta Junta Directiva convenientes los esfuerzos que
se realicen en la implementación de iniciativas que conlleven la formación y el
rescate de valores para el mejoramiento en la función pública. En ese sentido,
esta Directiva ha implementado medidas con el propósito de prevenir actos de
corrupción e incrementar de forma óptima la transparencia y credibilidad en el
ejercicio de esa función, como por ejemplo, la aprobación del “Reglamento
para garantizar la imparcialidad, objetividad y probidad de los funcionarios
del Banco Central de Costa Rica y sus Organismos de Desconcentración Máxima”.
Lic. Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1 vez.—(O. C. Nº 8725).—C-12120.—(98722).
ÁREA DE INVESTIGACIÓN
FACULTAD DE DERECHO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
German Eduardo Rojas Mata, ha presentado
solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho.
Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del
solicitante, podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Carolina Hidalgo Herrera, ha presentado solicitud
para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona
interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá
hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de
Rosa Ángela Rodríguez Miranda, ha presentado
solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho.
Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la
solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
AVISOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ORI-R-2246-2007.—Erika
Andrea Esch Bermúdez, R-222-2007, costarricense, cédula de identidad 1-783-864,
ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría de Artes (Liderazgo
Educativo), Framingham State College, Estados Unidos. Cualquier persona
interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá
hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de
los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 26 días del mes
de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera
Monge, Jefe.—(O. C. 108327).—C-18170.—(99459).
ORG-235-07.—Rivas Jarquín
Zaida, costarricense, cédula 9-065-755, ha solicitado reposición del título de
Bachiller en Educación Primaria. Cualquier persona interesada en aportar datos
sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito
que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, a los 26 días del mes de octubre del año
2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Jefe.—(O. C.
Nº 108327).—C-18170.—(99460).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A Elizabeth Georgina Campos Romero y Juan Carlos Sánchez Jirón se les
comunica la resolución administrativa de las doce horas del día dieciséis de
octubre del dos mil siete, mediante la cual se ordenó el ingreso de la joven
Isabel Cristina Sánchez Campos al Hogar Crea para Niñas Y Adolescentes de San
Pablo de Heredia, con el fin de recibir tratamiento terapéutico para su
rehabilitación por consumo de sustancias adictivas. Garantía de defensa: se les
hace saber que tienen derecho a hacerse asesorar o representar por un
profesional en derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del
expediente administrativo que en lo concerniente existe en la oficina local.
Recurso: se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el
recurso de apelación si se interpone ante este despacho o ante la presidencia
ejecutiva dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera
publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe
señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las
resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas
veinticuatro horas siguientes.—Oficina Local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia
Xatruch Ledezma, Represente Legal.—(Solicitud Nº
0762).—C-5460.—(98604).
A Álvaro Jesús Vargas Picado, se le notifica la
resolución administrativa de las trece horas del día diecinueve de octubre del
dos mil siete, mediante la cual se ordenó como medida especial de protección el
ingreso a una organización no gubernamental comunidad encuentro en San Vito de
Coto Brus de su hijo Álvaro Steban Vargas Denes, con el fin de recibir
tratamiento terapéutico por consumo de sustancias adictivas. Garantía de
defensa: se les hace saber que tienen derecho a hacerse asesorar o representar
por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y
revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en
A quien interese, se le comunica la resolución de
las catorce horas del ocho de octubre del dos mil siete, que dictó medida de
protección de abrigo temporal en entidad pública en beneficio de la niña Marta
Velinda Aguilar Delgado, protegiéndola en el albergue institucional, ubicado en
Liberia, Guanacaste. Recurso: procede apelación, si se interpone ante este
despacho, dentro de las 48 horas siguientes a la tercera publicación de este
edicto. Expediente Nº 531-000021-2007.—Oficina local
de Liberia, octubre del 2007.—Lic. Ana Marcela Montero Noguera, Representante
legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-3900.—(98606).
A la señora Zaida Altamirano Blandón, se le
comunica la resolución de las once horas del día once de octubre del año dos
mil siete, que ordenó la medida de abrigo temporal de la niña Jossette Stefanie
Altamirano Blandón, en un albergue institucional, por un plazo de seis meses
prorrogables judicialmente. Se previene a las partes señalar lugar para futuras
notificaciones en el perímetro de la oficina local de Heredia, de lo contrario
las resoluciones posteriores quedarán notificadas con solo el transcurso de
veinticuatro horas después de ser dictadas. Plazo para oposiciones cuarenta y
ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto. Recurso de
apelación el cual deberá interponerse ante la oficina local de Heredia, la cual
elevará ante la presidencia ejecutiva de la institución, ubicada en San José,
de casa Matute Gómez, 350 metros al sur en forma verbal o escrita dentro de las
cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación, debiendo señalar lugar para
notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de la presidencia ejecutiva.
La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada.
Publíquese dos veces.—Oficina local Heredia Norte,
octubre del dos mil siete.—Lic. Ilse Trejos Salas, Representante legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-6240.—(98607).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se notifica mediante el presente edicto a
los señores Luis Obando Rivera y Xinia Segura Núñez, la resolución
administrativa de las nueve horas tres minutos del día doce de Octubre del año
dos mil siete, dictada a favor de sus hijas Yury Steffanny Obando Segura y
María del Carmen Obando Segura, la cual en su parte resolutiva dispone lo
siguiente: En base a la prueba documental existente en el presente proceso
administrativo, y seguimiento brindado por parte de esta oficina, se procede a
ordenar lo siguiente: en vista de que todas las medidas respecto a las personas
menores de edad deben estar basadas en la consideración del interés superior de
los mismos y corresponde al estado asegurar una adecuada protección y cuidados,
cuando sus progenitores o personas responsables no tienen capacidad para
hacerlo, es que se procede a iniciar proceso de protección en sede
administrativa mediante el dictado de medida de protección de cuido
provisional, con el fin de que las niñas Yury Stefanny Obando Segura y María del
Carmen Obando Segura, permanezcan en el hogar de la señora Margarita de
Al señor Yimy Garro Chaves, domicilio y
demás calidades desconocidas por esta oficina local ,
se le comunica que por resolución de este despacho de las siete horas cuarenta
minutos del veinticuatro de octubre del año dos mil siete, que ordenó remitir
la situación de las personas menores de edad Yendry, Jimy ambos Garro Sánchez y
Sharon Sequeira Sánchez al Instituto Mixto de Ayuda Social y refirió a la
señora Loreily Sánchez Hidalgo a un programa de víctimas de violencia
doméstica. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación
ante la oficina local de Heredia quien lo elevará a la presidencia ejecutiva de
la institución, ubicada en San José, de Matute Gómez 150 metros al sur antiguo
edificio de Dos Pinos, entre las 7:30 a.m. y las 4:00 p.m., se podrá interponer
en forma verbal o escrita dentro de las 48 horas siguientes a su notificación.
Se advierte que se debe señalar lugar donde recibir notificaciones dentro del
perímetro jurisdiccional de la presidencia ejecutiva. La presentación del
recurso no suspende la aplicación de las medidas de protección indicadas.
Notifíquese.—Oficina Local Norte de Heredia, octubre
2007.—Lic. Ilse Trejos Salas, Representante Legal.—(Solicitud
Nº 0762).—C-6240.—(98608).
A la señora Meylin de los Ángeles Díaz
Díaz, de domicilio y demás calidades desconocidas por esta oficina, se le
notifica la resolución administrativa de las once horas del once de octubre de
dos mil siete, dictada en favor de la persona menor de edad Wesly Tatiana Díaz
Díaz, que ordena cuido provisional ubicándola en el hogar de la señora Zulema
Dolores Díaz Díaz, por un plazo de seis meses prorrogables judicialmente en
caso necesario. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la
segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual
deberá interponerse ante la oficina local de Heredia norte, en forma verbal o
escrita; oficina que lo elevará ante la presidencia ejecutiva de la
institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la
resolución dictada. Expediente Nº 431-00095-2001.—Oficina
Local de Heredia Norte.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury,
Representante legal.—(Solicitud Nº
0762).—C-5460.—(98609).
A Noel Agustín Amador García se le
comunica la resolución de las catorce horas del diecisiete de octubre de dos
mil siete, en la cual se resuelve: 1º—se ordena el abrigo temporal de las
personas menores de edad Marjorie Alejandra, José Agustín y Elizabeth María
todos de apellidos Amador Morales en el Hogar de Niños Baik de Costa Rica. 2º—
bríndese por parte de trabajo social y psicología orientación y apoyo a la
familia para tratar la situación a nivel de grupo familiar e individual de las
citadas personas menores de edad. 3º—comuníquese al Juzgado de Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José. Contra esta resolución
procede el recurso de apelación que deberá interponer dentro de las cuarenta y
ocho horas siguientes a la tercera publicación de esta resolución ante el
órgano director que la dicta para ante la presidencia ejecutiva de la
institución. Así mismo, dentro de este mismo plazo pueden ofrecer el nombre de
personas de reconocida solvencia moral y medios económicos suficientes para
cuidar en su reemplazo a los niños, debiendo señalar lugar para oír
notificaciones, en caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por
notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Expediente administrativo
Nº 144-00007-2006.—Oficina Local Los Santos.—Lic.
Ingrid Iriana Quesada Rodríguez, Representante legal.—(Solicitud
Nº 0762).—C-9750.—(98610).
Se comunica al señor Leobardo Ahumada
Rojas la resolución de las ocho horas treinta minutos del dieciocho de octubre
del año dos mil siete, dictada en este despacho, en virtud de la cual se
resuelve: 1º—Recomendar a
A Joaquín Bernardo Cruz Bolaños se le
comunica la resolución del Patronato Nacional de
Al señor Víctor Vega Sibaja se le pone en
conocimiento la resolución de las once horas cuarenta y cinco minutos del día
veinte de setiembre del dos mil siete, que resolvió: “Ordenar el procedimiento
administrativo de medidas de protección, resolviendo el cuido provisional para
el adolescente José Luis Vega Morales en el hogar de los señores Juan Rafael
Acosta Ulate y Estelia Aguilar Chaves”. Notifíquese. Msc. Xinia Guerrero Araya.
Representante legal, Órgano Director del Procedimiento Administrativo, Oficina
Local de San Carlos. Plazo para presentar oposición cuarenta y ocho horas
después de la tercer publicación de este edicto,
señalando lugar para atender notificaciones. Expediente administrativo número
241-00070-2007.—Lic. Xinia Guerrero Araya,
Representante legal .—(Solicitud Nº
0762).—C-3120.—(98613).
A Juan Díaz Ortiz y Luis Donald Pérez
Badilla. Se le comunica la resolución de las 16:30 horas del 16 de octubre del
2007 donde: I.—Se ordena el abrigo temporal de los
niños Maylin Pamela Díaz Obregón y Donald Antonio Pérez Obregón en
A Carlos Alberto Valerín Vargas. Se le
comunica la resolución de las 21:00 horas del 26 de abril del 2007, donde se
ordena: I.—Se apercibe a la señora Hannia Yesenia
Araya Zamora su deber de cuidar a sus hijos e hijas con responsabilidad y que
el incumplimiento de deberes parentales le puede acarrear responsabilidad penal
en caso de ser comprobado el delito. Debe de matricular en forma inmediata a
Alfonso David y Génesis Esmeralda en el curso lectivo del presente año. Bajo
ninguna circunstancia sus hijos e hijas pueden permanecer solos sin la
supervisión de un adulto. II.—Se le previene a la
señora Hannia Yesenia Araya Zamora su deber de integrarse a un grupo de
crecimiento personal de educación a padres que imparte trabajo social de
A Gerardo David Ruiz Andrade, se le
comunica la resolución de las quince horas del veintisiete de agosto del dos
mil siete, se dicta medida protección a favor del niño Marcelo Cisneros Solano,
se ordena abrigo temporal en el albergue del Patronato Nacional de
A Róger Eduardo Naranjo Villalobos, se le
comunica la resolución de las 15:00 horas del 16 de octubre del 2007, mediante
la cual se depositó al adolescente Obed David Naranjo Baca, bajo la responsabilidad
de la señora María del Carmen Fernández Sosa. Plazo: Para ofrecer recurso de
revocatoria con apelación en subsidio, 3 días contados a partir de la tercera
publicación de este edicto, en el Diario Oficial
Al señor Ricardo Francisco Chinchilla, se
le comunica la resolución de las 15:00 horas del 21 de agosto del 2007, que se
ordenó medida de protección a favor de la niña Paula Melissa y del niño Danny
Francisco ambos Chinchilla Balmaceda. Plazo: Para ofrecer recurso de apelación,
48 horas a partir de la tercera publicación de este edicto, se le previene
además señalar lugar para oír notificaciones, en el entendido de no hacerlo las
mismas quedarán en firme veinticuatro horas después de dictadas.—Oficina Local
de Desamparados, 24 de octubre del 2007.—Lic. Ana Virginia Quirós Tenorio.
Representante Legal.—(Solicitud Nº
0762).—C-3900.—(98618).
A María de los Ángeles Blanco Sánchez, se
le comunican las resoluciones de las quince horas del veintiséis de junio del
dos mil siete, mediante la cual se declaró incompetencia de la oficina local de
Alajuelita y la de diez horas del nueve de julio del mismo año, en que se
ordenó medida de protección de sus hijos Kimberly, Luis Francisco, Moisés,
María Fernanda y José David todos Blanco Sánchez con la señora María Luisa
Sánchez Salas. Plazo: Para ofrecer recurso de revocatoria con apelación en
subsidio, 48 horas contadas a partir de la tercera publicación de este edicto,
en el diario oficial
A Yoselka Raquel Moran García, se le
comunica la resolución administrativa de las once horas del doce de junio deL
dos mil siete, que dicta medida de protección en beneficio de las niñas María
Fernanda y Fabiola Valeska ambas Moran García y se dispuso: Se inicia proceso
especial de protección en sede administrativa a favor de las niñas, ordenándose
el cuido provisional bajo responsabilidad de la abuela materna señora María
Ligia García, por un plazo máximo de seis meses. Se le ordena a la progenitora
tratamiento de uso de drogas ilícitas, así como asistir a programa de “Escuela
para Padres” y presentarse a citas de orientación y seguimiento de esta oficina
local, se ordena a la progenitora brindar ayuda económica a su hija. Contra la
presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante
A María Rosa Alfaro Pérez, se le comunica
la resolución administrativa de las ocho horas del veintiuno de agosto del dos
mil siete que dicta medida especial de protección de cuido provisional en
familia sustituta por hasta seis meses, en beneficio del joven José Roberto
Herrera Alfaro, en el hogar de la señora Patricia Mercedes Reyes Reyes. Indicándose
que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de Defensa: Se les
previene a las partes que es su derecho hacerse asesorar o representar por un
profesional en derecho de su elección y tener acceso al estudio y revisión del
expediente administrativo que en lo concerniente existe en esta oficina local.
Recurso: Procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro de las
48 horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente Nº
115-00140-03.—Oficina Local de Alajuelita, octubre del
2007.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-3900.—(98621).
Al señor Marco Vinicio Gutiérrez Montero,
se le comunica que por resolución de las catorce horas del veinticinco de de
octubre del dos mil siete, se modificó la medida de protección a favor de las
persona menor de edad Israel Jesús Gutiérrez Vargas en la cual se ordenó el
abrigo temporal del mismo para que permanezca a cargo de la institución. Se le
advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo o si el
lugar señalado fuere inexacto o si el medio seleccionado fuere defectuoso las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se le hace saber además que contra la presente resolución procede recurso de
apelación para ante
Al señor Luis Alberto Velásquez Mendoza,
se le comunica que por resolución de las quince horas con treinta minutos del
veintitrés de octubre del dos mil siete, se dictó medida de protección a favor
de las persona menor de edad Jason Eduardo Velásquez López, en la cual se
ordenó el abrigo temporal del mismo para que permanezcan ubicado en el
Hogarcito Blanca Flor. Esta medida rige por un período de hasta seis meses y
mientras no se modifique en vía administrativa o judicial. Se le advierte que
deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar
número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse
por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
inexacto o si el medio seleccionado fuere defectuoso las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se le hace saber,
además, que contra la presente resolución procede recurso de apelación ante la
presidencia ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta
representación legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a
partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las
partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene
en inadmisible.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic.
Ileana Ballard Romero, Representante Legal.—(Solicitud
Nº 0762).—C-7020.—(98623).
A Flor Astúa Ortega, se le comunica que
por resolución de las catorce horas treinta minutos del veintitrés de octubre
del dos mil siete, se ordenó la ubicación provisional con fines de adopción de
la persona menor de edad, Juan Jesús Astúa Ortega en los señores Enrique
Madrigal Ávila y Singrid Miranda Mena. Se advierte que deberá señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, o señalar número de facsímil para
recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuese inexacto, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Contra la presente resolución procede el recurso de revocatoria y/o apelación
en subsidio, los cuales deberán interponerse ante esta oficina local, dentro de
los tres días hábiles posteriores a la última publicación. Expediente Nº
631-0065-04.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Ileana
Ballard Romero, Representante legal.—(Solicitud Nº
0762).—C-5070.—(98624).
A Eliécer Román Ríos, se le comunica la
resolución administrativa de las catorce horas del once de octubre de dos mil
siete, que dicta medida especial de protección dirigida al IMAS que ordena
procurar la matrícula, asistencia regular y el aprovechamiento escolar,
orientación, apoyo y seguimiento a la familia, en beneficio del niño Víctor
Román Villalta, y sus hermanos. Previniéndole que debe señalar lugar para oír
notificaciones. Garantía de defensa: se les previene a las partes, que es su
derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su
elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo
que en lo concerniente existe en esta oficina local. Recurso: procede
apelación, si se interpone ante este despacho, dentro de las 48 horas siguientes
a la tercera publicación de este edicto. Expediente Nº 116-00227-1998.—Oficina Local de Alajuelita, octubre de 2007.—Lic. Kattia
Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—(Solicitud
Nº 0762).—C-3900.—(98625).
Al señor Carlos Ramírez Camacho se le
comunica que por resolución de las siete horas con quince minutos del
veintitrés de octubre del dos mil siete, se dictó medida de protección de
abrigo temporal a favor de la persona menor de edad Jonathan Adolfo Ramírez
Ruiz, en la cual se ordenó su inclusión en comunidad de encuentro. Se advierte
que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien,
señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio. Se le hace saber, además, que contra la presente
resolución procede recurso de apelación para ante la presidencia ejecutiva de
esta institución, el cual deberá interponer ante esta representación legal
dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil
inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Ileana Ballard Romero,
Representante legal.—(Solicitud Nº
0762).—C-5850.—(98626).
Se les comunica a Paul Ferrer Lomuljo y a
Bianca Jiménez Cascante, la resolución de las nueve horas con cuarenta minutos
del doce de octubre de dos mil siete, que ubica en familia sustituta a María
Paula Lomuljo Jiménez, mediante depósito administrativo. En contra de la
presente resolución procede el recurso de apelación ante el superior en grado,
dentro de un plazo de tres días, después de la última publicación de este
edicto notificado. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir
sus notificaciones dentro del perímetro de esta oficina local, si el_ lugar
señalado fuese inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones
posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas
después de dictada. Expediente Nº 113-000103-2003.—Oficina
Local de Guadalupe, 16 de octubre del 2007.—Lic. Roberto Marín Araya,
Representante legal.—(Solicitud Nº
0762).—C-4680.—(98627).
Se le comunica a Carolaing Bonilla Alfaro,
la resolución de las once horas del veintidós de octubre del dos mil siete, que
ubica en familia sustituta a Carolina y Rachell, ambas Saravia Bonilla, al lado
de Jacqueline Bonilla Alfaro y José Chaverrí Zúñiga. Por incompetencia
territorial se remite el expediente a la oficina local de Heredia Norte. En
contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el
Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas, después de la tercera
publicación de este edicto. Deberá además señalar lugar o medio electrónico
para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si
el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las
resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de
24 horas después de dictadas. Expediente Nº 112-000175-2006.—Oficina
Local de Guadalupe, 22 de octubre del 2007.—Lic. Roberto Marín Araya,
Representante Legal.—(Solicitud Nº
0762).—C-5460.—(98628).
A Candy Catherine Orozco Mosquera, de
domicilio desconocido se le comunican las resoluciones de las 8 horas 45
minutos del 10 de setiembre y de las 8 horas 39 minutos del día 22 de
setiembre, ambas del presente año, que ubicara mediante cuido provisional a su
hija Sheily Orozco Mosquera en su abuela materna Olga María Mosquera Gómez por
un único plazo e improrrogable de seis meses y que la remitiera a programas
oficiales y comunitarios que impliquen orientación y tratamiento a su consumo
de drogas y licor y que la remitiera a terapia a la oficina de la mujer de
Guadalupe y la segunda resolución que dictara incompetencia a
Se le comunica a Edgardo Morales Lazo,
pasaporte N° 462467 y a María Ester Sánchez Sánchez, pasaporte N° 481362, que
por resolución administrativa de esta Representación Legal, Oficina Local de
San José Oeste, de las 13:40 horas del 20 de octubre del 2007, se modificó la
resolución de las 9:00 horas del 23 de setiembre del mismo año, y se otorgó el
depósito administrativo provisional de la persona menor de edad Moi Morales
Sánchez, a cargo de la señora Alicia Díaz Acosta, en lugar del abrigo temporal
ordenado anteriormente. Se les confiere audiencia por tres días hábiles, para
que presenten los alegatos de su interés y ofrezcan las pruebas que estimen
necesarias, y se les advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y
representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y
fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta
oficina local de San José Oeste, en días y horas hábiles, ubicada en San José,
de la esquina sureste del edificio Colón, 25 metros al sur, frente a parqueo
público. Deberán señalar lugar para recibir sus notificaciones, o bien, señalar
número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar
señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán notificadas
con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, conforme a la
aplicación supletoria del artículo 12 de
A Ligia Ortega Ruiz y Siglionolfi Madrid
E. se les hace saber que: mediante resolución de las nueve de abril del dos mil
siete, se resolvió: “...1º: Declarar la adoptabilidad de la persona menor de
edad Dixón y Danna, ambos de apellidos Madrid Ortega, de conformidad con la
normativa supra citada, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo ciento
trece del Código de Familia, toda vez que se ha constatado que la adopción en
cuestión conviene a su interés superior. Notifíquese lo anterior a los
legítimos interesados a quienes se les previene que deben señalar casa u
oficina para recibir notificaciones dentro del perímetro administrativo en el
cual se encuentra ubicada esta oficina, con la advertencia de que de no hacerlo
las resoluciones posteriores que se dicten se tendrán por notificadas
veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se tendrá si el
lugar fuese impreciso, incierto o ya no existiera. Contra esta resolución
proceden los recursos de revocatoria y de apelación, los que deberán
interponerse dentro de los tres días siguientes a partir de su notificación,
siendo competencia de esta oficina resolver el de revocatoria, el de apelación
le corresponderá a la presidencia ejecutiva de la institución. Es potestativo
usar uno o ambos recursos, pero será inadmisible el interpuesto, pasados los
tres días. Expediente Nº 116- 00321-2004.—Oficina
Local San José, Este.—Lic. Raquel Gamboa Nelson, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-6630.—(98631).
A Manuel Chaves Castillo, se le comunica
la resolución de esta oficina local de las ocho horas del dos de mayo del dos
mil siete, en la que se resuelve dictar medida especial de protección de cuido
provisional a favor de Leonel Antonio Chaves Suazo y otros, en el hogar recurso
comunal de los señores Olga Eduarte Corea y Harry Duarte Rojas y medidas de
orientación, apoyo y seguimiento temporal a favor de los niños y los
guardadores. Que dicha medida de protección tiene una vigencia de seis meses en
tanto no se resuelva otro asunto en vía administrativa o judicial. Recursos y
plazo: Proceden los recursos de revocatoria y apelación en 1 subsidio, los
cuales deberán presentarse ante esta oficina local; asimismo, se le previene
que debe señalar lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro
administrativo de esta oficina local; sita 200 metros oeste de servicentro
Nicoya, sino las resoluciones futuras se tendrán por notificadas con sólo el
transcurso de veinticuatro horas después de dictadas: el plazo para interponer
los recursos será dentro de los tres días hábiles siguientes a la segunda
publicación del presente edicto. Expediente Nº 543-00023-07.—Oficinal
Local de Nicoya.—Lic. Glenn Rubén Salazar Segura, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-5220.—(98600).
A Kattia Magallyz Sequeira Obando, se le
comunica la resolución de esta oficina local de las once horas del treinta y
uno de julio del dos mil siete, en la que se resuelve dictar medida especial de
protección de cuido provisional en recurso familiar a favor de Karen Pamela
Sequeira Obando, en el hogar del señor José Elías Sequeira Obando; medidas de
orientación, apoyo y seguimiento temporal a favor de Karen Pamela Sequeira
Obando, su progenitora, Kattia Magallyz Sequeira Obando y el guardador y medidas
de tratamiento psiquiátrico en el área de salud mental del Hospital de
A Dominga López Urbina, se le comunica la
resolución de esta Oficina Local de las diez horas del veintiséis de abril del
dos mil siete, en la que se resuelve dictar medida especial de protección de
cuido provisional a favor de Rebeca López Urbina, en el hogar recurso comunal
de los señores Roxana Zamora Valverde y de Alan Antonio Briceño Guevara. Que
dicha medida de protección tiene una vigencia de seis meses, en tanto no se
resuelva otro asunto en vía administrativa o judicial recursos y plazo:
Proceden los recursos de revocatoria y apelación en subsidio, los cuales
deberán presentarse ante esta oficina local; asimismo, se le previene que debe
señalar lugar para recibir notificaciones dentro del perímetros administrativo
de esta oficina local; sita 200 metros oeste de Servicentro Nicoya, sino las
resoluciones futuras se tendrán por notificadas con sólo el transcurso de
veinticuatro horas después de dictadas; el plazo para interponer los recursos
será dentro de los tres días hábiles siguientes a la segunda publicación del
presente edicto. Expediente Nº 543-00024-07.—Oficina
Local de Nicoya.—Lic. Glenn Rubén Salazar Segura, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-4700.—(98602).
ÁREA DE APROVISIONAMIENTO
LISTA DE BIENES GENÉRICOS DE ORIGEN
AGROPECUARIO
El Consejo Nacional de Producción informa que en
acuerdo Nº 35508, artículo 9º de la sesión ordinaria Nº 2485, celebrada el 22
de octubre del 2003, se dispone por unanimidad de
DESCRIPCIÓN |
PRODUCTOS |
A- |
Caña de azúcar y sus derivados Azúcar y sus derivados Dulce de tapa y granulado y sus derivados Melaza Otros derivados similares de la caña |
B- |
Carne de res, cerdo, pollo
y ovino fresco, refrigerada o congelada y sus derivados Carne de aves: fresca, refrigerada, congelada y sus
derivados Carne de cerdo: fresca, refrigerada, congelada y sus
derivados Carne de res: fresca, refrigerada, congelada y sus
derivados Carne de ovino: fresca, refrigerada, congelada y sus derivados |
C- |
Despojos comestibles de
animales de la especie bobina, porcina, ovina y avícola: frescos,
refrigerados, congelados y sus derivados Despojos comestibles de aves: frescos, refrigerados,
congelados y sus derivados Despojos comestibles de cerdo: frescos, refrigerados,
congelados y sus derivados Despojos comestibles de ovinos: frescos,
refrigerados, congelados y sus derivados Despojos comestibles de res: frescos, refrigerados, congelados y sus derivados |
D- |
Otros productos comestibles
de origen animal, frescos, procesados y sus derivados Huevos de aves: frescos, conservados, cocidos, procesados y sus derivados |
E- |
Leche y sus derivados |
F- |
Productos apícolas y sus
derivados Miel natural, ceras y otros derivados de la actividad apícola |
G- |
Sal |
H- |
Grasas y aceites animales Grasas y aceites animales y sus derivados |
I- |
Cereales frescos,
procesados y sus derivados Arroz y maíz: entero, procesado y sus derivados Cebada, avena: entera, procesada y sus derivados Amaranto: entero, procesado y sus derivados Fécula y harinas de maíz, trigo, amaranto y sus derivados |
J- |
Especies y sus derivados Achiote Canela en astilla o triturada Jengibre, curcuma, tomillo, laurel, y demás especies
similares: frescos, refrigerados, secos o triturados Cardamomos: enteros o triturados Pimienta: frescos, secos, triturados u otro proceso Semillas de anís, hinojo, enteras o trituradas Vainilla procesada Otras especies similares, frescos, secos, triturados y sus derivados |
K- |
Hortalizas (verdura): frescas, congeladas o procesadas Apio, culantro, perejil, pimientos: frescos,
refrigerados o procesados Ayotes, chayotes, berenjena: frescos, refrigerados o
procesados Cebollas, cholotes (cebollines), ajos, puerros y
demás hortalizas aliaceas: frescos, refrigerados o procesados Coles, coliflores, coles rizadas, colinabos, brócoli
y productos similares frescos, refrigerados o procesados Espinacas y espárragos: frescas, refrigeradas o
procesadas Hongos: frescos, refrigerados o procesados Pepinos, pepinillos y lechugas de todas las
variedades y achiorias: frescas o refrigeradas Maíz dulce, fresco, refrigerado o procesado Tomates y pimientos dulces, frescos, refrigerados y
procesados Otras hortalizas frescas: refrigeradas, congeladas, procesadas y sus derivados |
L- |
Legumbres (verdura)
desvainadas, frescas, refrigeradas o procesadas Arvejas, guisantes y garbanzos: frescas, refrigeradas
o procesadas Cubá, lentejas, habas, gandul y otros similares: frescos, refrigerados o procesados Frijoles (aluvias) de todas las especies y variedades Otras legumbres frescas, refrigeradas, congeladas, procesadas y sus derivados |
M- |
Palmito de pejibaye: fresco y enlatado. |
N- |
Productos frutícolas:
frescos, refrigerados, procesados y sus derivados Fresas, uvas, cerezas, frambuesa, zarzamora, mora,
melocotones, duraznos, ciruelas y manzanas: frescos, refrigerados o
procesados Café y coco: molido, procesado y sus derivados Banano, plátano, guineo: frescos, refrigerados, secos
o procesados y sus derivados Cítricos dulces y agrios: frescos, refrigerados o
procesados Cocos, nueces de marañón, almendras, castañas y
macadamia: frescos, con cáscara, secos o procesados y sus derivados Higos, aguacate, guayabas y mangos: frescos,
refrigerados, secos, procesados y sus derivados Guanábanas, maracuyá, granadillas y carambolas:
frescos, refrigerados o procesados Melones, piñas, guayabas, sandías y papayas: frescos,
refrigerados o procesados Otros productos frutícolas: frescos, refrigerados, congelados, procesados y sus derivados |
O- |
Raíces y tubérculos:
frescos, refrigerados o procesados Raíces de yuca, malanga, ñampí, ñame, tiquisque,
papas, chamol, camotes y tubérculos similares: frescos, refrigerados, procesados y sus
derivados Zanahorias, nabos, remolachas, rábanos y raíces
comestibles similares: frescos,
refrigerados, procesados y sus derivados Otras raíces y tubérculos: frescos, refrigerados, congelados, procesados y sus derivados |
P- |
Semillas y frutos
oleaginosas y sus derivados Maní Aceite de palma, de maíz, de soya, de girasol, de
coco y de otros similares y sus derivados Otras semillas oleaginosas, frescas, secas, procesadas y sus derivados |
Q- |
Plantas medicinales Productos para infusiones y otros usos: frescos y procesados |
R- |
Alcohol Alcohol en todas sus especificaciones industriales |
S- |
Fibras naturales Algodón y sus derivados Cabuya y sus derivados Papel de fibras naturales |
T- |
Cepillos y escobas de
fibras naturales y madera Cepillo de fibras naturales y madera Escobas de fibras naturales y madera |
U- |
Pastos y forrajes |
|
Pacas de heno Otros productos forrajeros para la alimentación animal |
V- |
Plantas ornamentales y flores |
Para mayor información comunicarse al teléfono:
257-9355 con las extensiones: 233 y 234.
San José, 24 de octubre del 2007.—Lic.
Isabel Castillo Picado, Coordinador de Área.—Dirección
Administrativa y Financiera.—Lic. Álvaro Aguilar Sobalbarro, Director.—1 vez.—(O. C. Nº 50277).—C-115410.—(98703).
PROCESO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
El Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, cédula jurídica Nº
4-000-045015, oficinas en Barrio México, hace del conocimiento público en
general, el extravío de 450 folios, pertenecientes al Libro de Actas de
San José, 26 de octubre del 2007.—Proveeduría.—Lic.
Carmen Lía Guevara Torres, Proveedora.—(Solicitud Nº
39634).—C-12120.—(98023).
El Instituto Nacional de Fomento Cooperativo,
cédula jurídica Nº 4-000-045015, oficinas en Barrio México, hace del
conocimiento público en general, el extravío de 470 folios, pertenecientes al
Libro de Actas de
San José, 26 de octubre del 2007.—Proveeduría.—Lic.
Carmen Lía Guevara Torres, Proveedora.—(Solicitud Nº
39635).—C-12120.—(98024).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber que Chinchilla Vindas Zelmira,
cédula 1-187-847, ha presentado solicitud de pensión por sucesión a su favor,
de quien en vida fue Rojas Chinchilla Gilberto, cédula 1-398-1438. Se cita y
emplaza a los posibles beneficiarios con mejor derecho, para que dentro del
plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de este
aviso, concurran a hacer valer sus derechos a las oficinas centrales, sitas en
esta ciudad, avenida 8, calles 21 y 23.
San José, 3 de octubre de 2007.—Lic.
Ruth Centeno Díaz, Secretaria de Junta Directiva.—(90233).
INSTITUCIÓN BENEMÉRITA
AVISO
Con fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 21384-S
en su artículo 15, Reglamento para
San José, 8 de octubre del 2007.—Manuel
Roldán Porras, Administrador de Cementerios.—1 vez.—Nº 64152.—(99330).
Reposición de Título de Patente de Licores
A quien pueda interesar, se hace saber que han solicitado a
Lo anterior por motivo de extravío de la misma.
Cualquier interesado podrá hacer valer sus derechos ante
Guadalupe, 26 de octubre del 2007.—Departamento de Cobro, Licencias y Patentes
Municipales.—Loc. Roberto Chacón Zúñiga, Jefe.—(98120). 3 v. 3.
Nandayure, 17 de setiembre del 2007.—Luis Gerardo Rodríguez Quesada, Alcalde Municipal.—1
vez.—Nº 64150.—(99332).
ZONA MARÍTIMA TERRESTRE
EDICTO
Enrique Vangendinden Vandenbleeken, cedula de
identidad número 6-161-277, en base a Ley sobre
Ciudad Cortés, 19 de octubre del 2007.—Alberto Cole De León, Alcalde Municipal.—1 vez.—Nº
64016.—(99331).
COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA
AGENDA:
1. Derogar
la normativa de creación de la fiscalía médica general la cual fue aprobada
mediante acuerdo tomado por la asamblea general extraordinaria Nº 01-04
celebrada el 18 de octubre del 2001.
2. Revisión acerca de la votación afirmativa de la petición de
Si a la hora señalada no se reuniere el quórum de
ley, la asamblea se realizará el día jueves veintinueve de noviembre, a la
misma hora y en el mismo lugar.
Se les solicita atentamente puntualidad a los médicos que deseen participar
en esta actividad.
San José, 8 de noviembre del 2007.—Dr. Minor Vargas Baldares, Presidente.—Dra. Erika Masís
Cordero, Secretaria.—Dr. Roulan Jiménez Chavarría,
Fiscal.—1 vez.—(100533).
PALMERAS DEL PARAÍSO TROPICAL
Se convoca a asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de Palmeras del Paraíso Tropical
ANRE DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Asamblea General de socios, ordinario y
extraordinaria, de Anre de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica Nº 3-101-016727, que se celebrará en bufete Morales, oficina Nº 1096
de calle 11, avenidas 10 y 12, para la reforma de la cláusula de administración
y nombramiento de nueva junta directiva, el próximo seis de diciembre a las
quince horas.—Mohammad Mahyar Shirazinia Riggioni,
Presidente.—1 vez.—Nº 75397.—(100798).
CONDOMINIO SANTANDER N UNO
Se convoca a los propietarios del Condominio
Santander N Uno a la asamblea extraordinaria que se realizará en las
instalaciones del condominio (rancho) el día 1º de diciembre del 2007.
La primera convocatoria se fija a las 2:00 p. m., de no haber el quórum de
ley se fija la segunda convocatoria a las 3:00 p. m., con el número de
propietarios presentes.
Orden del día
1- Apertura
de la asamblea.
2- Nombramiento de presidente y secretario de la asamblea.
3- Lectura y aprobación del acta anterior.
4- Punto único. Solicitud a la asamblea para respaldar económicamente
a
5- Cierre de asamblea.
Daniel Gamboa Castillo, Administrador.—1 vez.—(100921).
ASOCIACIÓN COSTARRICENSE DE HOSPITALES
Seguidamente se procede a realizar la asamblea general ordinaria, como lo
estipulan los estatutos de nuestra asociación. Primera convocatoria a las 4:15
p. m. Lugar, sede de la asociación, frente al Ministerio de Salud, confirmar su
asistencia al teléfono 221-4919.
San José, 8 de noviembre del 2007.—Junta Directiva.—Dr. Kenneth González Arias, Presidente.—1
vez.—(101015).
COLEGIO DE PROFESIONALES EN INFORMÁTICA
Y COMPUTACIÓN
El Colegio de Profesionales en Informática y
Computación, convoca a sus miembros a la asamblea general extraordinaria que se
celebrará el día 15 de diciembre 2007, a las 9:00 de la mañana en la finca de
Recreo de RECOPE, ubicada en Alajuela, San Rafael, de
La agenda para esta asamblea es la siguiente:
I. Establecimiento
del quórum.
II. Lectura y aprobación de agenda.
III. Elección de tesorero y vocal I para junta directiva.
IV. Aprobación del Reglamento de Gastos de Junta Directiva.
V. Actividad social y evento de fin de año.
Lic. Marlon Esquivel Díaz, Presidente.—M.Sc. Ricardo Monge Gapper, Secretario.—1 vez.—(101018).
ASOCIACIÓN COSTARRICENSE DE PROFESIONALES
EN ENFERMERÍA
PEDIÁTRICA
Invita asamblea extraordinaria.
Día: 1º de diciembre del 2007.
Primera convocatoria: 1:30 p. m.
Segunda convocatoria: 2:30 p. m.
Lugar: Aula de Educación de Enfermería, segundo piso, H.N.N.
AGENDA
Solidaridad con
Buscar póliza de riesgos profesionales.
Otros.
Lic. Cristina Herrera Sibaja, Secretaria.—1 vez.—(101022).
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS
DE COSTA RICA
Se les convoca a la asamblea de representantes Nº
01-07/08-AOR del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica,
que se celebrará en primera convocatoria el viernes 30 de noviembre del 2007 a
las 7:30 a. m. y en segunda y tercera convocatoria el miércoles 5 de diciembre
del 2007 a las 6:00 p. m. y 6:30 p. m. en las instalaciones del Colegio
Federado.
ORDEN DEL DÍA
1. Aprobación
orden del día.
2. Lectura y aprobación actas Nº 04-06/07-AER y Nº 05-06/07-AER.
3. Informe de labores de la junta directiva general.
4. Programa de trabajo y presupuesto del CFIA.
5. Programa de trabajo y presupuesto del Régimen de Mutualidad.
6. Reincorporación de miembros que cumplieron su obligación de pago
con la institución.
San José, 8 de noviembre del 2007.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—1 vez.—(O.
C. Nº 5730).—C-6655.—(101108).
INMOBILIARIA CRISTAL ALFA S. A.
Se convoca a sesión de Junta Directiva de la
empresa Inmobiliaria Cristal Alfa S. A., para el próximo miércoles 28 de
noviembre del 2007, a las 11:00 horas, asimismo se convoca a asamblea ordinaria
y extraordinaria, para el martes 17 de diciembre del 2007 a las 11:00 horas,
ambas se efecturán en el domicilio social de la empresa en San José, Barrio
México, 200 metros sur de
ESTACIÓN BIOLÓGICA MARENCO S. A.
Se convoca a sesión de Junta Directiva de la
empresa Estación Biológica Marenco S. A., para el próximo miércoles 28 de
noviembre del 2007, a las 13:00 horas, asimismo se convoca a asamblea ordinaria
y extraordinaria, para el martes 18 de diciembre del 2007 a las 10:00 horas,
ambas se efecturán en el domicilio social de la empresa en San José, Barrio
México, 200 metros sur de
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
VESEVICA COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Vesevica Costa Rica Sociedad Anónima, anteriormente denominada Hanton &
Williams Sociedad Anónima, cédula número tres- ciento uno-cuatrocientos ochenta
y seis setecientos ochenta y nueve, solicita ante
CEMEX (COSTA RICA) S. A.
Cemex (Costa Rica) S. A., avisa a los interesados que el Sr. Sergio Artavia
Barrantes, cédula 6-186-213, dueño del certificado número CP-1284 por
doscientas cincuenta acciones de Cementos del Pacífico S. A., ha solicitado se
le expida un nuevo título en reposición del original, por cuanto este fue
extraviado. Se publica este aviso, de conformidad y para los efectos del
artículo 689 del Código de Comercio.—William Solano
Sáenz, Apoderado Generalísimo.—Nº 63585.—(98481).
COMERCIAL CISALPINO S. A.
Comercial Cisalpino S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-054392,
solicita ante
CORPORACIÓN IDRIS SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación Idris Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-171529 ,
solicito ante
MINERÍA DE SANTA MARTA SOCIEDAD ANÓNIMA
Minería de Santa Marta Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-198987,
solicito ante
SUÁREZ Y TRUJILLO SOCIEDAD ANÓNIMA
Suárez y Trujillo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-198587,
solicito ante
CORPORACIÓN ICARO SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación Icaro Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-172308,
solicito ante
CORPORACIÓN GUANIA SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación Guania Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-198540,
solicito ante
ORFEBRERÍA CALIMA SOCIEDAD ANÓNIMA
Orfebrería Calima Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-198541,
solicito ante
CORPORACIÓN NARIGUERA SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación Nariguera Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-198493,
solicito ante
L.A Cano Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-129170, solicito ante
MULTIGRANJA
Multigranja
INVERSIONES GJS CASIOPEA DEL
ATLÁNTICO
SOCIEDAD ANÓNIMA
El suscrito Dicifredo Mora Gómez, cédula de identidad número
uno-cuatrocientos sesenta y cuatro-cuatrocientos ochenta y siete, hago constar
que he iniciado la reposición de los libros: Registro de Socios, Asamblea de
Socios, Consejo de Administración, Diario, Mayor e Inventario y Balances de la
entidad denominada Inversiones GJS Casiopea del Atlántico Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y ocho mil
trescientos veintiuno. Domiciliada en Guápiles, Pococí, del Bar Razas,
trescientos metros al sur. Solicita ante
MUDE SOCIEDAD ANÓNIMA
Mude Sociedad Anónima, cédula número tres-ciento uno-treinta y cinco mil
setecientos treinta y seis, solicita ante
QUÍMICAS UNIDAS LIMITADA
El suscrito, Arnold Hoepcker Lachner, en mi calidad de presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad de esta
plaza Químicas Unidas Limitada con cédula jurídica número 3-102-004445,
solicito ante
CONDOMINIO BELÉN TRECE A RONCESVALLES S. A.
Condominio Belén Trece A Roncesvalles S. A., cédula jurídica número
3-101-265277, solicita ante
BERLY SOCIEDAD ANÓNIMA
Berly Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - cero
cincuenta y dos mil seiscientos dieciséis, solicita ante
CORPORACIÓN FINANCIERA MIRAVALLES
Número trescientos sesenta: Ante mí, Patricia Zumbado Rodríguez, notaria
con oficina en Alajuela, comparece: Isabel Lizano Madrigal, cédula número dos-
ciento treinta- seis ocho uno, viuda, pensionada, vecina de Alajuela centro,
ciento cincuenta metros este del antiguo Seguro Social y dice: que debidamente
apercibida de las consecuencias legales que implica el delito de perjurio, bajo
fe de juramento, que dejo rendido en este acto, me presento a rendir
declaración jurada sobre lo siguiente: solicito a
INVERSIONES BRENES Y CALDERÓN S. A.
Inversiones Brenes y Calderón S. A., cédula Nº 3-101-074438, solicita ante
El San Jose Indoor Club S. A., tramita la reposición de
ARGRI
SOCIEDAD ANÓNIMA
Argri Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-48552, solicita ante
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
MATERIALES ZETA SOCIEDAD ANÓNIMA
Materiales Zeta Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres- ciento uno-cero veintidós mil doscientos noventa, solicita ante
RANCRIS DE HEREDIA SOCIEDAD
DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA
Rancris de Heredia Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-ciento setenta y ocho mil
treinta y dos, solicita ante
DG DISTRIBUIDORES GRÁFICOS SOCIEDAD ANÓNIMA
DG Distribuidores Gráficos Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-309198, solicita ante
T- COMUNICA S. A.
T- Comunica, S. A. cédula de persona jurídica
número 3-101-154198, solicita ante
CORPORACIÓN HEMERA S. A.
Corporación Hemera, S. A., cédula
de persona jurídica
número 3-101-058504, solicita ante
INSTITUTO DE ESTENOGRAFÍA CORTA DE COSTA RICA S.
A.
Instituto de Estenografía Corta de Costa Rica, S.
A., cédula de persona jurídica número 3-101-019487, solicita ante
LIMPIEZA DE TANQUES SÉPTICOS RAMÍREZ Y CANTILLO S.
A.
Limpieza de Tanques Sépticos Ramírez y Cantillo S.
A., con cédula jurídica 3-101-374694. Solicita ante
El suscrito Edwin Bolandi Ortiz, cédula 9-050-431,
solicito ante
INDUSTRIAS DE CONFECCIÓN POLIANDY S. A.
Industrias de Confección Poliandy S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-015588, solicita ante
RINCÓN EDUCATIVO S. A.
Rincón Educativo S. A., cédula jurídica
tres-ciento uno-ciento cincuenta y cinco mil seiscientos setenta y uno,
solicita a
TEXTILES S&R S. A.
Textiles S&R S. A., cédula jurídica Nº
3-101-069114, solicita ante
CONDOMINIO DOÑA RAQUEL
Condominio Doña Raquel, cédula 3-109-107704,
solicita ante el Registro de Bienes Inmuebles - Propiedad Horizontal del
Registro Nacional, la reposición del libro Actas Asamblea de Propietarios.
Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro de
Bienes Inmuebles - Propiedad Horizontal del Registro Nacional de San José,
dentro del término de ley.—Ofelia María Araya
Tristán.—(99136).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
CHISPA E.D.L. IMPORT Y EXPORT SOCIEDAD ANÓNIMA
Chispa E.D.L. Import y Export Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica 3-101-476200, solicita ante
PONTAL VERDE SOCIEDAD ANÓNIMA
Para efectos de reposición de la sociedad
denominada Pontal Verde Sociedad Anónima, cédula de persona Jurídica numero
tres-ciento uno- ciento setenta y un mil quinientos veintiuno, en la condición
de propietarios de la acción número 1260, hace constar que hemos solicitado a
Inmobiliaria Los Jardines S. A., la reposición de los mismos por haberse extraviado.
Por el término de ley, se atenderán oposiciones en el Departamento de
Secretaria de
JOYERÍA DE CALDAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Joyería de Caldas Sociedad Anónima, cedula
jurídica 3-101-198653, solicito ante Tributación Directa, la reposición de los
libros, Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea general, Actas
de Registro de Accionistas y Actas de Junta Directiva, todos número uno de la
sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante
VILLA DE ESCAZÚ CUATRO SOCIEDAD ANÓNIMA
Villa de Escazú Cuatro Sociedad Anónima, cedula
jurídica 3-101-203012, solicito ante Tributación Directa, la reposición de los
libros, Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea general, Actas
de Registro de Accionistas y Actas de Junta Directiva, todos número uno de la
sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante
CORPORACIÓN ARSA CUATRO SOLES SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación Arsa Cuatro Soles Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-tres dos seis nueve ochenta, solícita ante
EMPE DE COSTA RICA S. A.
Por haberse extraviado los libros legales de la
compaña Empe de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-093022, se solicita a
Tributación, la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances,
Actas de Concejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de
Socios.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Andrés Pérez González, Notario.—Nº 64207.—(99342).
GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA
De conformidad con lo estipulado por los artículos
708 y 709 del Código de Comercio, la señora Mariam Benavides Fuentes, cédula
205310592, ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de su
certificado CPH 100/301/1111971484 por el monto de $300.000,00 y el cupón N° 1
por ¢11.775,00 ambos con fecha de vencimiento del 30-10-2007.—Alajuela,
5 de noviembre del 2007.—Lic. Luis Carlos Morales Peña, Representante Grupo
Mutual.—(99401).
COSTA RICA FOUR SEASONS SOCIEDAD ANÓNIMA
Costa Rica Four Seasons Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-doscientos noventa y cinco
mil setecientos cuatro, solicita ante
UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA
Por medio de la presente
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
La empresa Publicidad Exterior Ipacto S. A.,
protocoliza acta. Se otorga poder general sin límite de suma.—San
José, a las diez horas del dos de
noviembre del año dos mil siete.—Lic. José Milton Morales Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 64203.—(99298).
JUNTA ADMINISTRATIVA DE CEMENTERIOS DE GOICOECHEA
Bóveda Sencilla
(A) 2 nichos ¢11.100,00
Bóveda Sencilla
(B) 3 nichos ¢12.210,00
Bóveda Doble 4 nichos ¢19.425,00
Bóveda Triple 6 nichos ¢27.750,00
Bóveda Cuádruple 8 nichos ¢36.075,00
Guadalupe, 31 de octubre del 2007.—Aracelly González Fernández, Administradora.—1
vez.—(99404).
En sesión ordinaria Nº 18-07 celebrada el día 29
de octubre del 2007, por
Cementerio Nuestra
Señora de Guadalupe
Ubicación
1. Cuadro Este, línea 22, fosa 1
Cementerio El Redentor (Purral)
Nombre Ubicación
1. Jorge Rafael Soto Solís Cuadro F, línea 11, fosa 6
Guadalupe, 31 de octubre del 2007.—Aracelly González Fernández, Administradora.—1
vez.—(99405).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por escritura otorgada ante la suscrita notaría, a
las diez horas del 19 de setiembre del 2007, protocolicé actas de asambleas
generales extraordinarias de accionistas de las sociedades Transacciones
Inmobiliarias K de Costa Rica S. A. y Sernat Volca S. A., mediante
las cuales ambas sociedades se fusionan prevaleciendo Sernat Volca S. A.,
la que reforma las cláusulas segunda y quinta de los estatutos.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Jessica Salas
Arroyo, Notaria.—(98114).
Por escrituras otorgadas ante mí, constituí, las
sociedades Certified Public Accountant Office S. A., Guanacaste on
Line Services R.C,B. S. A., e Inversiones Villareal S. A., y
protocolicé asambleas extraordinarias de socios de la sociedades Good
Morning In The Bed S. R. L. Centro Comercial de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura otorgada ante esta notaría,
a las once horas del día dieciséis de octubre del año dos mil siete, se
constituye la sociedad mercantil Inversiones Cristymaricruz Sociedad
Anónima.—Santo Domingo de Heredia, a las once horas del día dieciséis de
octubre del año dos mil siete.—Lic. Miguel Ángel Quesada Niño, Notario.—1 vez.—(91805).
Por escritura otorgada por el notario Lic.
Felipe Gómez Rodríguez, a las 15:00 horas del 10 de octubre del 2007, se
constituyó la sociedad Inversiones Los Gallos Jujolual Sociedad
Anónima, pudiendo abreviarse Inversiones Los Gallos Jujolual S.
A. Presidente: con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma,
el señor: Alonso Alfaro Zamora. Capital: suscrito y pago en su totalidad. Firmo
en la ciudad de Grecia, el día del 11 de octubre del dos mil siete.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1
vez.—(91807).
Por escritura otorgada en Grecia, a las
doce horas del diez de octubre del dos mil siete, ante el notario Giovanni
Barrantes Barrantes, compareció Víctor Julio Bolaños Oviedo, y protocolizó acta
de asamblea extraordinaria de socios de compañía Planos Vibosa de Grecia
Sociedad Anónima y se reforma la cláusula sexta, renuncia el vicepresidente
y el secretario y el tesorero de junta directiva y su representación, el
presidente y el vicepresidente con todas las facultades.—Grecia, once de
octubre del dos mil siete.—Lic. Giovanni Barrantes Barrantes, Notario.—1 vez.—(91808).
El suscrito notario público, hago constar
que por escritura del 16 de octubre del año 2007, se procedió a constituir la
compañía Atlas Publishers S. A., presidenta Cindy Monge Hernández.—San José, 16 de octubre del 2007.—Lic. Juan Antonio Madriz
Arce, Notario.—1 vez.—(91819).
Ante esta notaría se protocolizó el acta
de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Importaciones
& Exportaciones Exporticol M.W. Sociedad Anónima,
donde se reforman estatutos.—Guápiles, 4 de octubre de
2007.—Lic. Rocío Zamora Moya, Notaria.—1 vez.—(91854).
Mediante escritura número ciento
veintiséis del tomo tercero de mi protocolo, se reformó parcialmente la
cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad 3-101-497137 S. A.,
número de cédula jurídica asignada como razón social.—Lic.
Karol Gómez Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(91861).
Por escritura otorgada a las diez horas
cuarenta y cinco minutos del día dieciséis de octubre del dos mil siete, se
constituyó la sociedad denominada BCGG Press Sociedad Anónima.—Grecia,
16 de octubre del 2007.—Lic. Karol Gómez Hidalgo, Notaria.—1
vez.—(91862).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 20:00 horas del 11 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad
denominada Incasca Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente
suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma.—Lic. Edgardo Mena Páramo, Notario.—1 vez.—(91864).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18:00 horas con treinta minutos del 11 de octubre del 2007, se
constituyó la sociedad denominada Velo de mi Papa Sociedad Anónima.
Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic.
Edgardo Mena Páramo, Notario.—1 vez.—(91865).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 18:00 horas del 11 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad
denominada
Por escritura número setenta y nueve los
señores Kasey Palma Chavarría, Guido Palma Jiménez, Flora Chavarría Céspedes y
Geremy Palma Chavarría, constituyen la sociedad anónima denominada Palma
Alajuela S. A., capital social diez mil colones, apoderados generalísimos
sin límite de suma, Kasey Palma Chavarría, presidente, Guido Palma Jiménez,
tesorero, plazo social cien años, escritura otorgada en Alajuela, a las
dieciséis horas del veintisiete de setiembre del dos mil siete.—Lic. Erika Montano Vega, Notaria.—1
vez.—(91870).
Ante esta notaría al ser las dieciocho
horas del veintiuno de agosto del año dos mil siete, se constituye la sociedad
anónima denominada Axfa Internacional de Costa Rica Sociedad Anónima
cuyo domicilio social es cantón de Flores, distrito San Joaquín, provincia de
Heredia, doscientos metros al este de la escuela Llorente de San Joaquín de
Flores de Heredia. Y se nombra al señor Zhuang Wu presidente, a la señora
Xiaofei Zheng secretaria, y al señor Hongshen Liang Tesorero; todos con facultades
de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic.
Juan José Briceño Benavides, Notario.—1 vez.—(91875).
Por escritura otorgada hoy ante el
suscrito notario, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Hacienda Iztaru S. A.,
mediante los cuales se acuerda modificar el pacto constitutivo en sus cláusulas
segunda, cuarta, quinta y sétima, se revocan los puestos de la junta directiva,
fiscal y agente residente y se hacen nuevos nombramientos.—San
José, dieciséis de octubre del dos mil siete.—Lic. Pablo Enrique Guier Acosta,
Notario.—1 vez.—(91896).
Por escritura otorgada hoy, ante el
suscrito notario, los señores Max Doninelli Peralta y Paulo Antonio Doninelli
Fernández constituyen la sociedad Arrecifes de Ocotal S. A., para
dedicarse por cien años y con domicilio en la ciudad de San José, a la
industria y comercio en general. Capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, 10 de octubre del 2007.—Lic. Cristina Acosta
Páez, Notaria.—1 vez.—(91897).
Por escritura otorgada hoy, ante el
suscrito notario, los señores Max Doninelli Peralta y Paulo Antonio Doninelli
Fernández constituyen la sociedad Complejo Ajmer S. A., para
dedicarse por cien años y con domicilio en la ciudad de San José, a la industria
y comercio en general. Capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, 10 de octubre del 2007.—Lic. Cristina Acosta
Páez, Notaria.—(91898).
Por escritura otorgada hoy, ante el
suscrito notario, los señores Max Doninelli Peralta y Paulo Antonio Doninelli
Fernández constituyen la sociedad Kalián S. A., para dedicarse
por cien años y con domicilio en la ciudad de San José, a la industria y
comercio en general. Capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, 10 de octubre del 2007.—Lic. Cristina Acosta
Páez, Notaria.—1 vez.—(91899).
Por escritura otorgada hoy, ante el
suscrito notario, los señores Max Doninelli Peralta y Paulo Antonio Doninelli
Fernández constituyen la sociedad Havelis Investments S. A., para
dedicarse por cien años y con domicilio en la ciudad de San José, a la
industria y comercio en general. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 10 de octubre del 2007.—Lic. Cristina Acosta
Páez, Notaria.—1 vez.—(91900)
Por escritura otorgada hoy ante el
suscrito notario, los señores Max Doninelli Peralta y Paulo Antonio Doninelli
Fernández, constituyen la sociedad Dominios de Copalchi S. A.,
para dedicarse por cien años y con domicilio en la ciudad de San José, a la
industria y comercio en general. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 10 de octubre del 2007.—Lic. Cristina Acosta
Páez, Notaria.—1 vez.—(91901).
Ante esta notaría se constituyó la
sociedad Altos de Esterillos Sociedad Anónima, con un plazo de
cinco años y un capital social de cien mil colones exactos.—San
José, dieciséis de octubre del año dos mil siete.—Lic. Román Esquivel Font,
Notario.—1 vez.—(91903).
Por escritura otorgada hoy ante el
suscrito notario, los señores Max Doninelli Peralta y Paulo Antonio Doninelli
Fernández, constituyen la sociedad Ciudad Azul S. A., para dedicarse por
cien años y con domicilio en la ciudad de San José, a la industria y comercio
en general. Capital social totalmente suscrito y pagado.—San
José, 10 de octubre del 2007.—Lic. Cristina Acosta Páez, Notaria.—1 vez.—(91904).
Por escritura otorgada hoy ante el
suscrito notario, los señores Max Doninelli Peralta y Paulo Antonio Doninelli
Fernández, constituyen la sociedad Varanasi S. A., para dedicarse por
cien años y con domicilio en la ciudad de San José, a la industria y comercio
en general. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San
José, 10 de octubre del 2007.—Lic. Cristina Acosta Páez, Notaria.—1 vez.—(91905).
Por escritura otorgada hoy ante el
suscrito Notario, los señores Max Doninelli Peralta y Paulo Antonio Doninelli
Fernandez, constituyen la sociedad Punta Cirial S. A., para dedicarse
por cien años y con domicilio en la ciudad de San José, a la industria y
comercio en general. Capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, 10 de octubre del 2007.—Lic. Cristina Acosta
Páez, Notaria.—1 vez.—(91907).
Por escritura otorgada hoy, ante el
suscrito notario, los señores Max Doninelli Peralta y Paulo Antonio Doninelli
Fernández constituyen la sociedad Palacio de los Vientos S. A., para
dedicarse por cien años y con domicilio en la ciudad de San José, a la
industria y comercio en general. Capital social: talmente suscrito y pagado.—San José, 10 de octubre del 2007.—Lic. Cristina Acosta
Páez, Notaria.—1 vez.—(91908).
Ante esta notaría se constituyó la
sociedad Amaneceres de Esterillos Sociedad Anónima, con un plazo de
cinco años y un capital social de cien mil colones exactos.—San
José, dieciséis de octubre del año dos mil siete.—Lic. Román Esquivel Font,
Notario.—1 vez.—(91909).
Por
escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, los señores Max Doninelli
Peralta y Paulo Antonio Doninelli Fernández constituyen la sociedad Minarete
de Kalta S. A., para dedicarse por cien años y con domicilio en la
ciudad de San José, a la industria y comercio en general. Capital social
totalmente suscrito y pagado.—San José, 10 de octubre
del 2007.—Lic. Cristina Acosta Páez, Notaria.—1
vez.—(91910).
Ante esta notaría se constituyó la
sociedad Atardeceres de Esterillos Sociedad Anónima, con un plazo de
cinco años y un capital social de cien mil colones exactos.—San
José, dieciséis de octubre del año dos mil siete.—Lic. Román Esquivel Font,
Notario.—1 vez.—(91912).
El día de hoy protocolicé acta de asamblea
extraordinaria del once de junio del dos mil siete, de Real Irazú Quintas Ecológicas
Sociedad Anónima, en donde se procedió a reformar cláusulas quinta y novena
y se elimina cláusula sexta.—San José, 25 de octubre
del 2007.—Lic. Manuel Figueroa Loaiza, Notario.—1
vez.—Nº 63107.—(97697).
Ante esta notaría con fecha diez de octubre del
dos mil siete, se constituyó
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 15:00 horas del 29 de octubre del año dos mil siete, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de este
domicilio: Plaza Trastevere Sociedad Anónima. Se modifican las cláusulas
cuarta y décima del pacto constitutivo. Se realizan nombramientos en la junta
directiva.—San José, treinta de octubre del dos mil
siete.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1
vez.—Nº 63109.—(97699).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
dieciséis horas del veintiséis de octubre del dos mil siete, se constituyó la
sociedad Don Jota Sociedad Anónima, domiciliada en
Ante esta notaría el día de hoy, mediante
escritura número dos-ciento once de las ocho horas, Costcon Sociedad Anónima
constituye Costcon Sociedad Anónima Capital social diez mil colones.—San
José, veintidós de octubre del dos mil siete.—Lic. Ariel Ramírez Martínez,
Notario.—1 vez.—Nº 63114.—(97701).
Ante esta notaría el día de hoy mediante escritura
número dos-ciento cuatro de las diez horas cincuenta minutos, Yorleni Robles
Manzanares y Alexander Molina Navarro constituyen Artcure Limitada.
Capital social diez mil colones.—San José, seis de
octubre del dos mil siete.—Lic. Ariel Ramírez Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 63115.—(97702).
Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas
del día veintinueve de octubre del dos mil siete, se nombra al señor John
Andrew Spencer como presidente de Materiales de Construcción Ochomogo
Sociedad Anónima.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Juan de Dios Mora
Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 63116.—(97703).
En mi notaría el 5 de setiembre del 2007 a las
18:00 horas, se constituye la sociedad Limón Paradise Limitada,
domiciliada en Limón centro, capital social es la suma de 10.000,00 colones.—Lic. Romel Orane Anglin, Notario.—1
vez.—Nº 63117.—(97704).
En mi notaría el 5 de setiembre del 2007 a las
18:30 horas, se constituye la sociedad Costa Rica Paradise Realty Limitada,
domiciliada en Limón centro, capital social es la suma de 10.000,00
colones.—Lic: Romel Orane Anglin, Notario.—1 vez.—Nº 63118.—(97705).
En mi notaría el 22 de octubre del 2007 a las
18:00 horas, se constituye la sociedad Cartalimón Limitada, domiciliada
en Limón centro, capital social es la suma de 100.000,00 colones.—Lic. Deykel Edwards Ward, Notario.—1
vez.—Nº 63119.—(97706).
Por escritura autorizada a las diecisiete horas de
hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Demaroy
Sociedad Anónima, en que se modifican cláusulas segunda, en cuanto al
domicilio y décima, en cuanto a la vigilancia de la sociedad. Se acepta la
renuncia de secretario y tesorero y se hacen nuevos nombramientos.—San José, treinta de octubre del año dos mil siete.—Lic.
José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº
63121.—(97707).
Por escritura pública número diez, otorgada ante
ésta notaría, en Santa Cruz, Guanacaste; ciento setenta y cinco metros al sur
del edificio municipal; a las quince horas del día veinticuatro de octubre del
año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Lilosa Inversiones
Sociedad Anónima. Domicilio social Playa Junquillal de Santa Cruz,
Guanacaste; frente al Hotel Tatanka. Capital social: Cien mil colones. Plazo
social: Noventa y nueve años. Presidente: Loris (nombre) Baviero (apellido).—Santa Cruz, Guanacaste; veintiséis de octubre del año dos
mil siete.—Lic. Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, Notario.—1
vez.—Nº 63124.—(97708).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
catorce horas del veintiséis de octubre del año dos mil siete, se constituyó la
sociedad anónima denominada Shiraz BM Sociedad Anónima, el plazo es de
cien años, con capital social de cien mil colones, y el presidente es el
representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma
actuando conjunta o separadamente.—Lic. Jorge Chacón
Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 63127.—(97709).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
quince horas del veintiséis de octubre del año dos mil siete, se constituyó la
sociedad anónima denominada Persepolice BM Sociedad Anónima, el plazo es
de cien años, con capital social de cien mil colones, y el presidente es el
representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma
actuando conjunta o separadamente.—Lic. Jorge Chacón
Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 63128.—(97710).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
catorce horas treinta minutos del día diecisiete de octubre del año dos mil
siete, se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo, y se nombra nuevo
presidente y secretario de la sociedad anónima denominada Propiedades
Campinas Inc. S. A.—Lic. Jorge Chacón Villalobos, Notario.—1
vez.—Nº 63129.—(97711).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó
la empresa Agroecodesarrollo Fanuca NC S. A. Domicilio: Corralillo de
Filadelfia, Guanacaste. Objeto: Comercio en general. Plazo: 99 años.
Representación: Presidente y secretario.—Filadelfia,
25 de octubre del 2007.—Lic. Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1
vez.—Nº 63130.—(97712).
A las catorce horas del día de hoy, se constituyó
la empresa Inmobiliaria Curves Heredia Sociedad Anónima. Capital: Diez
mil colones.—San José, treinta de octubre del dos mil
siete.—Lic. María del Milagro Chaves Desanti, Notaria.—1
vez.—Nº 63131.—(97713).
Por escrituras otorgadas ante esta notaría el día
de hoy 30 de octubre del 2007, se constituyeron las siguientes sociedades: 1) Árbol
Dulce S. A., 2) Miel Brisa S. A., 3) Roca Encanto S. A., 4) Hoja
Plata S. A., 5) Bahía Ritmo S. A., 6) Sol Valiente S. A., 7) Luna
Sola S. A., y 8) Tango Canto S. A. En todas las sociedades el
presidente tiene las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma en
forma individual. En todas las sociedades el capital social está totalmente
suscrito y pagado y todas tienen un plazo social de 99 años.—San
José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Alejandro Matamoros Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 63132.—(97714).
Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, notario
público, se constituyó la sociedad anónima Villas Río Magnolia Uno S. A.
domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, cien metros al sur, veinticinco
metros oeste del Estadio Municipal, edificio de dos plantas, con un plazo
social de noventa y nueve años a partir del diecisiete de octubre del dos mil
siete, conformado por un capital social de diez mil colones, representado por
dos acciones comunes y nominativas de cinco colones cada una. Presidente: John
Hamilton Paterson.—Pérez Zeledón, diecinueve de
octubre del dos mil siete.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—Nº 63133.—(97715).
Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, notario
público, se constituyó la sociedad anónima Villas Río Magnolia Dos S. A.
domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, cien metros al sur, veinticinco
metros oeste del Estadio Municipal, edificio de dos plantas, con un plazo
social de noventa y nueve años a partir del diecisiete de octubre del dos mil
siete, conformado por un capital social de diez mil colones, representado por
dos acciones comunes y nominativas de cinco colones cada una. Presidente: John
Hamilton Paterson.—Pérez Zeledón, diecinueve de
octubre del dos mil siete.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—Nº 63134.—(97716).
Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, notario
público, se constituyó la sociedad anónima Villas Río Magnolia Cuatro S. A.
domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, cien metros al sur, veinticinco
metros oeste del Estadio Municipal, edificio de dos plantas, con un plazo
social de noventa y nueve años a partir del diecisiete de octubre del dos mil
siete, conformado por un capital social de diez mil colones, representado por
dos acciones comunes y nominativas de cinco colones cada una. Presidente: John
Hamilton Paterson.—Pérez Zeledón, diecinueve de
octubre del dos mil siete.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—Nº 63135.—(97717).
Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, notario
público, se constituyó la sociedad anónima Villas Río Magnolia Cinco S. A.
domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, cien metros al sur, veinticinco
metros oeste del Estadio Municipal, edificio de dos plantas, con un plazo
social de noventa y nueve años a partir del diecisiete de octubre del dos mil
siete, conformado por un capital social de diez mil colones, representado por
dos acciones comunes y nominativas de cinco colones cada una. Presidente: John
Hamilton Paterson.—Pérez Zeledón, diecinueve de
octubre del dos mil siete.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—Nº 63136.—(97718).
Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, notario
público, se constituyó la sociedad anónima Villas Río Magnolia Tres S. A.
domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, cien metros al sur, veinticinco
metros oeste del Estadio Municipal, edificio de dos plantas, con un plazo
social de noventa y nueve años a partir del diecisiete de octubre del dos mil
siete, conformado por un capital social de diez mil colones, representado por
dos acciones comunes y nominativas de cinco colones cada una. Presidente: John
Hamilton Paterson.—Pérez Zeledón, diecinueve de
octubre del dos mil siete.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—Nº 63137.—(97719).
Ante esta notaría se han constituido las
sociedades Islitas de Carrillo y Arricifes Dorados de Carrillo ambas
Sociedades Anónimas. Capital social suscrito y pagado.—Nicoya,
29 de octubre del 2007.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1
vez.—Nº 63139.—(97720).
Ante esta notaría se han constituido las
sociedades Playa Carrillo Blanca I, Playa Carrillo Bronce II, Playa Carrillo
Cobre III, Playa Carrillo Azulada IV, Playa Carrillo Oro V, todas Sociedades
Anónimas. Capital social suscrito y pagado.—Nicoya,
29 de octubre del 2007.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1
vez.—Nº 63140.—(97721).
Ante esta notaría se ha constituido la sociedad Inversionistas
Sin Zapato Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1
vez.—Nº 63141.—(97722).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
quince horas del día veintiséis de octubre del dos mil siete, se constituyó la
sociedad denominada JFC Asesoría y Litigio Penal Sociedad Anónima.
Capital social suscrito y pagado.—Lic. Gonzalo Vargas
Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 63142.—(97723).
Ante esta notaría se constituye Pepol Hermanos
Sociedad Anónima, domicilio San José, del Hospital de
Ante mi notaría, a las 14:00 horas del 24 de
setiembre del 2007, se constituyó la sociedad anónima denominada Treehouse
Daycare Sociedad Anónima S. A. Duración: 99 años. Domicilio: San José,
Guachipelín de Escazú, capital social: diez mil colones. Presidente,
Vicepresidente representantes legales con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma: Laura Soto Rovira y Mauricio Choto Cruz Ortiz.—San José, veintiséis de octubre del dos mil siete.—Lic.
Ana Yhansey Fernández Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº
63144.—(97725).
Por escritura número setenta y ocho, otorgada a las
15:00 horas del veinticinco de octubre del dos mil siete, la sociedad tres-ciento
uno-cuatrocientos setenta mil seis s. a., mediante asamblea ordinaria,
reforma la cláusula primera del pacto social a Componentes Interactivos
EBACR Sociedad Anónima.—San José, 30 de octubre
del 2007.—Lic. Ana Yhansey Fernández C., Notaria.—1
vez.—Nº 63145.—(97726).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, se
constituyó la sociedad denominada Ganadería Altagracia del Norte Sociedad
Anónima. Capital: suscrito y pagado. Domicilio:
Por escritura otorgada hoy, fue constituida la
sociedad Mama Activa Sociedad Anónima. Capital: ¢ 10.000,00. Domicilio:
Guachipelín de Escazú. Objeto: el comercio, la industria y la agricultura en
general. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de
suma.—San José, 26 de octubre del 2007.—Lic. Rafael
Ángel García Salas, Notario.—1 vez.—Nº 63150.—(97728).
Por escritura otorgada hoy, fue constituida la
sociedad Sublitex Sociedad Anónima. Capital: ¢ 10.000,00. Domicilio:
Guachipelín de Escazú. Objeto: el comercio, la industria y la agricultura en
general. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de
suma.—San José, 20 de octubre del 2007.—Lic. Rafael
Ángel García Salas, Notario.—1 vez.—Nº 63151.—(97729).
Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, notario
público, se constituyó la sociedad anónima Villas Río Magnolia Doce S. A.
Domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, cien metros al sur, veinticinco
metros oeste del Estadio Municipal, edificio de dos plantas, con un plazo
social de noventa y nueve años a partir del diecinueve de octubre del dos mil
siete, conformado por un capital social de diez mil colones, representado por
dos acciones comunes y nominativas de cinco colones cada una. Presidenta:
Maurren Anne Paterson.—Pérez Zeledón, 19 de octubre
del 2007.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1
vez.—Nº 63152.—(97730).
Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, Notario
Público, se constituyó la sociedad anónima Villas Río Magnolia Once S. A.
Domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, cien metros al sur, veinticinco
metros oeste del Estadio Municipal, edificio de dos plantas, con un plazo
social de noventa y nueve años a partir del diecinueve de octubre del dos mil
siete, conformado por un capital social de diez mil colones, representado por
dos acciones comunes y nominativas de cinco colones cada una. Presidenta:
Maurren Anne Paterson.—Pérez Zeledón, 19 de octubre
del 2007.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1
vez.—Nº 63153.—(97731).
Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, Notario
Público, se constituyó la sociedad anónima Villas Río Magnolia Diez S. A.
Domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, cien metros al sur, veinticinco
metros oeste del Estadio Municipal, edificio de dos plantas, con un plazo
social de noventa v nueve años a partir del diecinueve de octubre del dos mil
siete, conformado por un Capital social de diez mil colones, representado por
dos acciones comunes y nominativas de cinco colones cada una. Presidenta:
Maurren Anne Paterson.—Pérez Zeledón, 19 de octubre
del 2007.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1
vez.—Nº 63154.—(97732).
Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, Notario
Público, se constituyó la sociedad anónima Villas Río Magnolia Nueve S. A.
Domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, cien metros al sur, veinticinco
metros oeste del Estadio Municipal, edificio de dos plantas, con un plazo
social de noventa y nueve años a partir del diecinueve de octubre del dos mil
siete, conformado por un capital social de diez mil colones, representado por
dos acciones comunes y nominativas de cinco colones cada una. Presidenta:
Maurren Anne Paterson.—Pérez Zeledón, 19 de octubre
del 2007.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1
vez.—Nº 63155.—(97733).
Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, Notario
Público, se constituyó la sociedad anónima Villas Río Magnolia Ocho S. A.
Domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, cien metros al sur, veinticinco
metros oeste del Estadio Municipal, edificio de dos plantas, con un plazo
social de noventa y nueve años a partir del diecinueve de octubre del dos mil
siete, conformado por un capital social de diez mil colones, representado por
dos acciones comunes y nominativas de cinco colones cada una. Presidenta:
Maurren Anne Paterson.—Pérez Zeledón, 19 de octubre
del 2007.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1
vez.—Nº 63156.—(97734).
Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, Notario
Público, se constituyó la sociedad anónima Villas Río Magnolia Siete S. A.
Domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, cien metros al sur, veinticinco
metros oeste del Estadio Municipal, edificio de dos plantas, con un plazo
social de noventa y nueve años a partir del diecinueve de octubre del dos mil
siete, conformado por un capital social de diez mil colones, representado por
dos acciones comunes y nominativas de cinco colones cada una. Presidenta:
Maurren Anne Paterson.—Pérez Zeledón, 19 de octubre
del 2007.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1
vez.—Nº 63157.—(97735).
Por escritura otorgada ante mí a las quince horas
del treinta de octubre del dos mil siete, protocolicé acta de Australian
Wood Duck Ltda., de las trece horas del veintinueve de octubre del dos mil
siete, mediante la cual se reforma la cláusula primera.—Lic.
Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº
63159.—(97736).
Ante mí, Roy Harold Elizondo Durán, Notario Público,
se constituyó la sociedad anónima Villas Río Magnolia Seis S. A.
Domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, cien metros al sur, veinticinco
metros oeste del Estadio Municipal, edificio de dos plantas, con un plazo
social de noventa y nueve años a partir del diecisiete de octubre del dos mil
siete, conformado por un capital social de diez mil colones, representado por
dos acciones comunes y nominativas de cinco colones cada una. Presidente: John
Hamilton Paterson.—Pérez Zeledón, 19 de octubre del
2007.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1
vez.—Nº 63158.—(97737).
Por escritura otorgada ante mí a las catorce horas
del treinta de octubre del dos mil siete, protocolicé acta de Hitch Your
Wagon to a Star Ltda., de las trece horas del veintinueve de octubre del
dos mil siete, mediante la cual se reforma la cláusula sexta, se nombró nuevos
gerentes.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1
vez.—Nº 63160.—(97738).
En Guápiles de Pococí, los señores Rolando Quesada
Solano, Daisy Campos Herrera, Helen Patricia Quesada Campos y Fabricio Quesada
Campos, constituye sociedad denominada Inversiones Nohemia del Atlántico
Sociedad Anónima.—Guápiles, 25 de octubre del
2007.—Lic. Joaquín Molina Hernández, Notario.—1
vez.—Nº 63161.—(97739).
La sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos
ochenta y dos mil doscientos sesenta sociedad anónima, hace reforma de
cláusulas y cambia junta directiva en escritura otorgada ante el notario Luis
Ángel Sánchez Montero.—Lic. Jessica Brenes Camacho,
Notaria.—1 vez.—Nº 63162.—(97740).
Hoy, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Foresta Río Banano Sociedad Anónima, donde
se acordó reformar la cláusula sétima del pacto constitutivo y se nombró
presidente.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic.
Livia Meza Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 63163.—(97741).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se
constituyó la compañía Globalmark Comunicación & Marketing S. A., el
presidente de la junta directiva tendrá facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma, domicilio social será Alajuela, Tacacori del Súper Yireh,
veinticinco metros al este, con un capital social de mil colones.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Aldomar Ulate
Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 63164.—(97742).
Por escritura ciento sesenta y seis otorgada a las
ocho horas del día de hoy, Ana Victoria Rojas Gómez y Juan Carlos Vásquez
Berrocal, constituyen: Solutrans Logistics S. A.—San José, 25 de octubre del
2007.—Lic. Federico Brealey Zamora, Notario.—1 vez.—Nº
63166.—(97743).
Ante mi Notaría, al ser las once horas del
veintiocho de octubre de dos mil siete, se constituyó la entidad denominada Almacén
Agro Veterinario Felco Sociedad Anónima, cuyo presidente es Luis Enrique
Rojas Pineda, mayor, divorciado una vez, comerciante, cédula de identidad
número cinco-trescientos seis-cero ochenta y tres, vecino de Pilangosta de
Hojancha, Guanacaste, trescientos metros oeste del restaurante Río
Nosara.—Hojancha, a las once horas quince minutos del veintiocho de octubre del
dos mil siete.—Lic. Ariana Cecilia Li Barrantes, Notaria.—1
vez.—Nº 63167.—(97744).
Por escritura otorgada ante mi Notaría a las 16:00
horas del 29 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad Greenaville S.
A. Capital social: 15.000 colones. Presidenta: Amelia María Varela Vásquez,
cédula Nº 4-137-087.—Heredia, 29 de octubre del
2007.—Lic. Óscar Ramos Brenes, Notario.—1 vez.—Nº
63168.—(97745).
Por escritura otorgada ante mi Notaría a las 7:00
horas del 29 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad
Por escritura otorgada ante mi Notaría a las 10:00
horas del 29 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad Trasportes Daere
S. A. Capital social: 10.000 colones. Presidenta: María del Rsario Segura
Esquivel, cédula Nº 4-118-753.—Heredia, 29 de octubre
del 2007.—Lic. Óscar Ramos Brenes, Notario.—1 vez.—Nº
63170.—(97747).
Por escritura ciento diez, otorgada ante mi
Notaría a las catorce horas del treinta de octubre del dos mil siete, renuncia
presidente de Proyectos y Desarrollos V.D.S.A., y se nombra nuevo.
Presidente Rafael Ángel Vega Delgado, Nº 2-576-954.—Lic.
Karen Ramos González, Notaria.—1 vez.—Nº
63171.—(97748).
Por escritura otorgada hoy 28 de octubre del 2007
a las 13:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Shadow Valley
Ventures Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó modificar las
cláusulas quinta y novena de los estatutos.—San José, 28 de octubre del año
2007.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1
vez.—Nº 63172.—(97749).
Por escritura otorgada hoy 29 de octubre del 2007
a las 13:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Proyecto de
Merzeville Villa Colón Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó
modificar las cláusulas primera y novena de los estatutos.—San
José, 29 de octubre del año 2007.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 63173.—(97750).
Por escritura número noventa y seis-doce, otorgada
ante la notaria Lic. Laura Patricia Alvarado Peñaranda, de las diecinueve horas
del día veintiséis de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Comercializadora
Internacional de Frutas y Tubérculos de Costa Rica Sociedad Anónima.
Domicilio: San Rafael de Heredia. Urbanización Arguedas Molina, cien metros al
este de los juegos infantiles. Capital social: un millón doscientos mil
colones. Presidente: Dagoberto Solís Calvo.—Heredia,
26 de octubre del 2007.—Lic. Laura Patricia Alvarado Peñaranda, Notaria.—1 vez.—Nº 63174.—(97751).
Ante esta Notaría, se constituye sociedad anónima,
cuya denominación será el número de cédula jurídica que le asigne el Registro
Público más el aditivo S. A. Domiciliada en
Ante el suscrito notario William Alfredo
Chinchilla Sánchez, carné diez mil novecientos sesenta y dos, en escritura
nímero sesenta y siete, otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del
veinticuatro de octubre del año dos mil siete, se modificó
Por escritura otorgada ante mi Notaría, a las
catorce horas del treinta de octubre del dos mil siete, se protocolizó acta de
asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad anónima denominada Cala
de Mar Bonita Uno Sociedad Anónima. Nombramiento de junta directiva.—31 de octubre del 2007.—Lic. Irina Castro Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 63182.—(97754).
Por escritura otorgada ante mi Notaría, a las 8:00
horas del 17 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general de
socios de Berrocal & Steinvorth S. A., en la que se reforman los
artículos segundo y octavo del pacto social.—San José,
29 de octubre del 2007.—Lic. Karen Rokbrand Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 63183.—(97755).
Por escritura otorgada ante mi Notaría, a las 8:00
horas del 29 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general de
socios de Cabo Bowen S. A., en la que se reforman el artículo segundo
del pacto social.—San José, 29 de octubre del
2007.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº
63184.—(97756).
Por escritura otorgada ante mi Notaría, a las
15:00 horas del 17 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general
de socios de Balcones Abubilla B.M.L.S. A Tres A S. A. En la que se
reforman los artículos segundo y sétimo del pacto social.—San
José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Karen Rokbrand Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 63185.—(97757).
En escritura Nº 4-234 otorgada a las 16:00 horas
del 24 de octubre del 2007, tomo 4 del protocolo de esta Notaría, se constituyó
la sociedad de responsabilidad limitada de conformidad con el artículo segundo
del decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-J.—San
José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Lina Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—Nº 63187.—(97758).
Por escritura otorgada ante Notaría de
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las
14:00 horas del 25 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general
de socios de Grupo Visión Mundial GVM S. A., en que se reforma la
cláusula segunda del domicilio y se nombra nueva junta directiva. Presidente:
Geovanny Calderón Castro.—Lic. Patricia Guerrero
Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 63192.—(97760).
Por escritura número cincuenta y cuatro otorgada a
las 9 horas 30 minutos del día 26 de octubre del 2007, constituí la firma Juyodi
S. A. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos
sin límite de suma.—San José, 26 de octubre del 2007.—Lic. Lucila de Pedro
Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 63193.—(97761).
Por escritura número noventa y uno-tres
otorgada a las 16:00 horas el día 14 de setiembre del año 2007, protocolicé una
acta de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad: Hacienda
Leicester XV Limitada, en la cual se la acordó la modificación de la
cláusula primera del nombre, se denominará The Mannz CR Company Limitada
y se realizan nuevos nombramientos de gerente, subgerente y agente residente.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Óscar Noé Ávila
Molina, Notario.—1 vez.—Nº 63194.—(97762).
Por escritura número quince ante esta Notaría, se
protocolizó acta de la asamblea de cuotistas de la sociedad Hacienda Brest
XII Limitada, mediante la cual se revocan y nombran nuevo gerente y
subgerente.—San Ramón de Alajuela, 31 de octubre del 2007.—Lic. Miguel Antonio
Elizondo Soto, Notario.—1 vez.—Nº 63195.—(97763).
Por escritura número ciento noventa y ocho, de las
9:00 horas del día 29 de octubre del 2007, se protocoliza asamblea general
ordinaria y extraordinaria Ad Aster Go Di Sociedad Anónima, se reforman
las cláusulas: quinta y octava, y se nombra nuevo presidente de la junta
directiva.—Lic. Marcela Morales Álvarez, Notaria.—1
vez.—Nº 63198.—(97764).
Por la escritura otorgada a las 14:00 horas del 20
de octubre del dos mil siete. Marcelina Rodríguez Cambronero, Damaris Badilla
Rodríguez y Maritza Badilla Rodríguez, constituyen la sociedad anónima, cuyo
nombre será el número de cédula jurídica. Domicilio: Liberia. Guanacaste. Todo
conforme el Decreto Ejecutivo Nº 33171-J.—San José, 25
de octubre del 2007.—Lic. William Sing Zeledón, Notario.—1
vez.—Nº 63199.—(97765).
Por escritura número ciento cuarenta y uno,
otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas de hoy, en la ciudad de
Heredia, se constituyó la sociedad Tecno Corporación Aircom S. A., junta
directiva conformada por presidente, secretario y tesorero. Capital social:
íntegramente suscrito y pagado.—Heredia, veintisiete
de octubre del dos mil siete.—Lic. Mario Conejo Arias, Notario.—1 vez.—Nº 63200.—(97766).
Por escritura pública número ochenta y siete-tres,
otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas con treinta minutos del día
veintiséis de octubre de dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad HSBC Puesto de Bolsa (Costa
Rica) S. A., con cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - cero
setenta y cuatro mil setecientos treinta y ocho, donde se acordó reformar la
cláusula quinta del pacto social.—San José, treinta de octubre de dos mil
siete.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº
63201.—(97767).
Por escritura otorgada ante la notaría de
Se avisa que mediante la escritura número cuarenta
y uno visible al folio treinta y dos vuelto del tomo décimo de mi protocolo, se
protocolizó acta de asamblea de socios de la entidad Grupo Favihe de Barrio
Mercedes S. A., domiciliada en Heredia, Mercedes Norte, costado oeste del
parque, cédula jurídica tres - ciento uno - trescientos quince mil trescientos
ochenta y cuatro, mediante la cual se varió la representación social de la
misma.—Heredia, treinta y uno de octubre del año dos mil siete.—Lic. Manuel de
J. Zamora Araya, Notario.—1 vez.—Nº 63203.—(97769).
Mediante escritura otorgada el día de hoy, el
suscrito notario constituyó de conformidad con el Decreto Ejecutivo número
treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, cinco sociedades se denominarán de
acorde al número de cédula jurídica que el Registro de Personas Jurídicas del
Registro Público le otorgue a la hora de su inscripción, más los términos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de
octubre del 2007.—Lic. Rodrigo Atmetlla Molina, Notario.—1
vez.—Nº 63206.—(97770).
Ante nosotros, Jenny Vargas Quesada y José Jiménez
Fallas notarios públicos de Guácimo, actuando en el protocolo del 2do,
comparecieron: Denyer Pérez Romero, mayor, casado, cédula 7-140-954; Francisco
Mena Zúñiga, en unión libre, administrador, cédula 7-131-019; José Francisco
Ramírez Pérez, en unión libre, cédula 9-075-940; Ricardo Pérez Romero, en unión
libre, cédula 1-825-951, a constituir mediante escritura pública número 354
visible al folio 174F del tomo 2 del protocolo del 2do, la sociedad Proyecto
Limbo JFRD S. A. El capital social es de ¢10.000 distribuido en 100
acciones comunes y nominativas, de ¢100,00 c/u, suscritas y pagadas a partes
iguales. Figuran como apoderados generalísimos sin límite de suma actuando
conjuntamente los 2 1eros.—Lic. José Jiménez Fallas,
Notario.—1 vez.—Nº 63209.—(97771).
Por escritura de doce y media horas de hoy, en
esta ciudad protocolicé acta de asamblea general de
Hoy a las doce horas, se constituyó ante mí, la
sociedad Tierras Altas de Roca Verde S. A.—San José, 30 de octubre del
2007.—Lic. Rómulo Pacheco Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº
63212.—(97773).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
10:00 horas del 29 de octubre del año 2007, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza sin denominación
social y con cédula jurídica número 3-101-491537, se nombran nuevos presidente
y secretaria.—Guanacaste, 29 de octubre del 2007.—Lic. Ismene Arroyo Marín,
Notaria.—1 vez.—Nº 63214.—(97774).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas
del veintinueve de octubre del dos mil siete, se constituyeron diez sociedades
sin razón social, con base en el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil
ciento sesenta y uno-J, publicado en
Mediante escritura número trescientos cuarenta y
ocho, otorgada ante mi notaría, a las nueve y treinta horas del veintinueve de
octubre del dos mil siete, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la compañía Inversiones Industriales, Agrícolas
& Comerciales Continentales S. A., por virtud de la cual se reforma
cláusula sexta, renuncia miembro de junta directiva y se nombra nuevo.—Grecia, 30 de octubre del 2007.—Lic. Kerby Rojas Alfaro,
Notario.—1 vez.—Nº 63216.—(97776).
Por escritura otorgada, en mi notaría, a las
quince horas del día de hoy, protocolicé acta de la compañía Jorasch S. A.,
por la cual se nombra nueva junta directiva.—San José,
11 de octubre del 2007.—Lic. Bernal Vega Maroto, Notario.—1
vez.—Nº 63219.—(97777).
Mediante escritura número cuarenta y ocho, visible
al folio ciento cincuenta y cinco vuelto del tomo dos del protocolo de la
suscrita notaria, otorgada a las nueve horas del veinte de setiembre del año
dos mil siete, se constituyó la sociedad A-Rudin & Asociados Sociedad
Anónima. Es todo.—Heredia, a las nueve horas
treinta minutos del veinte de setiembre del año dos mil siete.—Lic. Andrea
Cordero Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 63222.—(97778).
Por escritura pública Nº 21, otorgada ante mí, a
las 16:00 horas del 19 de octubre del 2007, se constituye la sociedad, las
comparecientes autorizan expresamente al Registro a consignar como nombre de la
sociedad constituida el número de la cédula jurídica que se asignará con la
respectiva inscripción, de conformidad con el Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno del año dos mil seis. El domicilio social será: Turrialba,
Centro, setenta y cinco metros al este de la escuela de Jenaro Bonilla. El
objeto de la compañía será: todo tipo de comercio en sus diferentes ramas y
modalidades, así como la agricultura, la industria y la ganadería en general, y
bienes raíces en todas sus ramas y modalidades la compañía durará noventa y
nueve años, contados a partir del día de hoy. El capital social de la compañía
es la suma de diez mil colones sin céntimos, representando por dos acciones
comunes y nominativas de cinco mil colones cada una, debidamente suscritas y
pagadas.—Turrialba, 30 de octubre del 2007.—Lic.
Ludmila Voloshena, Notaria.—1 vez.—Nº 63223.—(97779).
Por escritura número ciento nueve (tomo diez)
otorgada ante el notario Henry Campos Vargas, en San José, a las ocho horas con
treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil cuatro, se ha constituido la
empresa Maanalmu Limitada. Se nombran gerentes. Es todo.—San José, a las quince horas con diez minutos del treinta
de octubre del dos mil siete.—Lic. Henry Campos Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 63224.—(97780).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Don Miguel de Campos de Oro Sociedad Anónima, con
domicilio social en Barreal de Heredia, del Súper Arguedas, cien metros al
norte y cincuenta al este, con capital social de diez mil colones y cuyos representantes
legales son su presidente, el señor Franklin Eduardo Arias Murillo, con cédula
de identidad número cinco - doscientos veintiuno - doscientos setenta y cinco y
su secretario Luis Alfonso Arias Murillo, con cédula de identidad número cinco
- ciento setenta y nueve - setecientos ochenta, ambos con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar en forma conjunta
o separada.—Lic. Alan Martín Picado Badilla, Notario.—1
vez.—Nº 63226.—(97781).
Por escrituras otorgadas, ante el notario público
José Rafael Fernández Quesada, a las 16:00, 16:30, 17:00, 17:30 y 18:00 horas
del día 17 de octubre del 2007, Mariela Solano Obando y José Pablo Sagot
Rosabal, constituyen Cambrige Lake Inversiones S. A., Gradec Inc
Corporation S. A., Corporación Sertorianas S. A., Durhammell
Adventures S. A. y Anklana Investment S. A., el plazo social de cada
compañía será de cien años, el capital social de las compañías es la suma de
mil doscientos colones y en todas la presidenta será Mariela Solano Obando con
facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, 30 de
octubre del 2007.—Lic. José Rafael Fernández Quesada, Notario.—1
vez.—Nº 63228.—(97782).
Por escritura número, 189 otorgada a las 19 horas
del día 30 de agosto del 2007, ante el notario Danilo Durán Collado, se
constituyó la sociedad Hermanos Portuguez Blanco Limitada, domicilio
Cartago, San Rafael de Oreamuno, plazo: 100 años, objeto: comercio, general,
bienes raíces y otros, capital: 100.000 colones en 100 cuotas nominativas de
1.000 colones cada una. Administración: dos gerentes, apoderados generalísimos
sin límite de suma actúan conjuntamente cuando se venden, enjenan o comprometen
bienes de la empresa.—Cartago, 31 de octubre del
2007.—Lic. Danilo Durán Collado, Notario.—1 vez.—Nº
63229.—(97783).
En esta notaría, por escritura pública otorgada, a
las 15:00 horas del 30 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de Los Jonker S. A., en la que nombró
nueva junta directiva y fiscal, y se reformó la cláusula quinta.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Antonella Da Re
Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 63230.—(97784).
Constitución de sociedad anónima denominada Proyectos
Ere Be Azulizno Sociedad Anónima, mediante escritura número: cero cuarenta
y cinco visible al folio cero treinta y siete vuelto cero treinta y ocho frente
y vuelto cero treinta y nueve frente y vuelto del tomo tercero del protocolo
del suscrito notario, de las ocho horas treinta minutos del día primero de
agosto del año dos mil siete.—Lic. Raúl Muñoz Álvarez,
Notario.—1 vez.—Nº 63231.—(97785).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho
horas del dieciocho de setiembre del dos mil siete, se constituyó la entidad
denominada Sociedad Anónima de C R XXI Servicios Fiduciarios Sociedad
Anónima. Plazo social: 99 años.—Lic. Alberto Rojas
Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 63233.—(97786).
Mediante escritura otorgada por esta notaría, al
ser las veinte horas del treinta de octubre del dos mil siete, se
protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Mimogui
S. A., mediante los cuales se modifica la cláusula quinta del pacto social,
referente al capital social. Presidenta: Myriam Morera Guillén.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. José Pablo Mata
Ferreto, Notario.—1 vez.—Nº 63234.—(97787).
Por escritura número treinta y dos, otorgada ante
la notaria Ana Carolina Prado Flores, a las doce horas del veinticuatro de
octubre del dos mil siete, se constituyó Arte Estructural Sociedad Anónima,
con un capital social de diez mil colones. Es todo.—Santa
María de Dota, veinticuatro de octubre del dos mil siete.—Lic. Ana Carolina
Prado Flores, Notario.—1 vez.—Nº 63235.—(97788).
Por escritura otorgada en San José, a las nueve
horas treinta minutos del día treinta de octubre del año dos mil siete, se
constituye sociedad: Amazon Beach Wear S. A. Capital social: cien mil
colones. Representación: presidente y tesorero. Plazo social: noventa y nueve
años.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Ana
Marianella Hernández Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº
63237.—(97789).
Por escritura otorgada el día treinta de octubre
del dos mil siete, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Obelisk
Internacional Sociedad Anónima, se designa presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 31 de octubre del
2007.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 63238.—(97790).
Por escritura otorgada el día veintiséis de
octubre del dos mil siete, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima
Angélica M.V.A. Sociedad Anónima, se designa presidente con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 31 de octubre del
2007.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 63239.—(97791).
Por escritura otorgada el día treinta de octubre
del dos mil siete, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Indo
Bagus Sociedad Anónima, se designa presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San José, 31 de octubre del 2007.—Dr. Fernando
Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 63240.—(97792).
Por escritura otorgada el día treinta de octubre
del dos mil siete, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Neltiz
Caribe NYO Sociedad Anónima, se designa presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 31 de octubre del
2007.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 63241.—(97793).
Por escritura otorgada el día diecisiete de
octubre del dos mil siete, ante esta notaría, se reforman estatutos de la
sociedad anónima Inversiones P.Q. Tamil Sociedad Anónima.—San José, 30
de octubre del 2007.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº
63242.—(97794).
Por escritura número ciento cinco, se constituyen
cuatro sociedades mediante el Decreto Ejecutivo número treinta y tres ciento
sesenta y uno-J, se nombra como presidente al señor Luis Carlos Vargas Estrada,
capital social diez mil colones.—San José, treinta y uno de octubre del año dos
mil siete.—Lic. Juan Antonio Delgado Sánchez, Notario.—1
vez.—Nº 63243.—(97795).
Por escritura número setenta y uno-dieciocho del
30 de octubre del 2007, se constituye Hulera Misaine Sociedad Anónima.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Goldy Ponchner
Geller, Notario.—1 vez.—Nº 63244.—(97796).
La suscrita Notaria hace constar que por escritura
otorgada a las dieciocho horas del día treinta de agosto del año dos mil siete,
ante mí, en Heredia, se constituyeron dos sociedades anónimas, cada una de las
cuales tendrán como denominación social el número de cédula de persona jurídica
que de oficio se le asigne al momento de su inscripción, de conformidad con el
Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado
en
Daniel Antonio Quesada Bogantes, Isaías Quesada
Bogantes y Rosaura Quesada Bogantes constituyen la sociedad anónima denominada Taller
Industrial Rodaisa S. A. Escritura otorgada en Grecia, a las 16:00 horas
del día 25 de octubre del año 2007.—Lic. Walter
Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—Nº 63248.—(97798).
Por escritura otorgada ante nosotros, a las quince
horas del veintiséis de octubre del dos mil siete, se protocolizó acta de la
sociedad Roca del Mar Territorial Sociedad Anónima, mediante la cual se
reforman las cláusulas quinta, novena, décima y décima sexta, se revocan
nombramientos de junta directiva y se nombran nuevos. Notarios Públicos: Lic.
Maribel Robles Macaya y Lic. Hernán Robles Oreamuno.—
Lic. Maribel Robles Macaya, Notaria.—1 vez.—Nº
63251.—(97799).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las
15:30 horas del 25 de octubre del 2007, se modificó la cláusula quinta del
pacto constitutivo de la compañía Rain Forest Internet Providers Sociedad
Anónima, cédula jurídica
3-101-379149.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic.
Alex Thompson Chacón, Notario.—1 vez.—Nº
63252.—(97800).
La suscrita notaria comunica que en esta notaría
se reformó la cláusula segunda de la sociedad Chariscal S. A., a las
ocho horas del diecinueve de octubre del dos mil siete, mediante escritura número
sesenta y uno, visible al folio cincuenta y cuatro vuelto frente, del tomo
cuatro de la suscrita notaria.—San José, 31 de octubre
del 2007.—Lizeth Martínez Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 63255.—(97801).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas
del veintiséis de octubre del dos mil siete, constitución de sociedad
denominada Dxeco Import Sociedad Anónima, Presidente: Sergio Arturo
Vargas Guzmán.—Lic. Kathya Salas Guevara, Notaria.—1 vez.—Nº 63256.—(97802).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce
horas del veintiséis de octubre del dos mil siete, constitución de sociedad
denominada Inter Trueno Import Sociedad Anómina. Presidente: Víctor Iván
Suárez.—Lic. Kathya Salas Guevara, Notaria.—1 vez.—Nº 63258.—(97803).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las
17:00 horas del 29 de octubre del 2007, se protocoliza acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Taco Loco S. A. Se
reforma la cláusula segunda del pacto social de la sociedad y se nombra
presidente de la junta directiva.—San José, 29 de
octubre del 2007.—Lic. José Pablo Rojas Benavides, Notario.—1
vez.—Nº 63260.—(97804).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las
16:00 horas del 29 de octubre del 2007, se constituye la sociedad denominada Sawadí
Próspero S. A. Capital social diez mil colones. Es todo.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. José Pablo Rojas
Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 63261.—(97805).
Ante esta notaría a las nueve horas del veintiséis
de octubre del dos mil siete se constituyó la sociedad de esta plaza denominada
Corporación Tierra Fértil G.J.A. Sociedad Anónima, cuyo presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Alexander
Montoya Álvarez. Domicilio: Liberia, Guanacaste cien metros al este de Coopecompro
Ante esta notaría, al ser las once horas del día
tres de octubre de dos mil siete, se otorgó escritura mediante la cual se
constituyó la sociedad Farabarq F.A.B. S. A. Presidente: Ricardo Araya
Mora.—Lic. Evelyn Jenkins Rodríguez, Notaria.—1
vez.—Nº 63263.—(97807).
Por la escritura doscientos cuarenta y nueve,
otorgada ante el licenciado Luis Diego de
Por la escritura doscientos cincuenta, otorgada
ante el licenciado Luis Diego de
Por la escritura doscientos cuarenta y ocho,
otorgada ante el licenciado Luis Diego de
El suscrito notario hago constar que en esta
notaría a las dieciocho horas treinta minutos del día veintiséis de octubre del
año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada: Promotora Boxistica
del Sur Sociedad Anónima, domiciliada en Oficinas de Repuestos Cabernario
Villa Ligia de Daniel Flores, Pérez Zeledón, un kilómetro al norte del Súper
Económico, con un capital social, totalmente suscrito y pagado.—San Isidro de Pérez Zeledón, 27 de octubre del 2007.—Lic.
Róger Valverde Sancho, Notario.—1 vez.—Nº
63267.—(97811).
El suscrito notario hago constar que en esta
notaría a las once horas del día veintitrés de octubre del año dos mil siete,
se constituyó la sociedad denominada: Inversiones M.G.D. El Canto del
Arco de Horeb Sociedad Anónima, domiciliada en Nueva Santa de San Pedro,
Pérez Zeledón, con un capital social, totalmente suscrito y pagado.—San Isidro
de Pérez Zeledón, 23 de octubre del 2007.—Lic. Róger Valverde Sancho, Notario.—1 vez.—Nº 63268.—(97812).
El suscrito notario hago constar que en esta
notaría a las ocho horas del día veinticinco de octubre del año dos mil siete,
se constituyó la sociedad denominada: Inversiones Frazun Vistas de
Por escrituras otorgadas ante el suscrito notario
a las 8:00 y 9:00 horas del 23 de octubre del 2007, Óptima Telemercadeo de
CA S. A. y R.C. Director de CA S. A. reforman cláusulas 5ta
del pacto social.—San José, 30 de octubre del 2007.—Luis Lapeira González,
Notario.—1 vez.—Nº 63270.—(97814).
Por escritura número ciento diecisiete, del tomo
uno, otorgada a las dieciséis horas del primero de octubre del dos mil siete,
ante esta notaría, se constituyó Royei Sociedad Anónima domiciliada en
Santa Fe de Guatuso, Alajuela. Presidente: Royman Varela Cruz. Capital social
¢10.000,00. Plazo noventa y nueve años.—San Rafael de
Guatuso, Alajuela, 25 de octubre del 2007.—Lic. Daniel Zeledón Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 63274.—(97815).
Ante mi notaría, el 30 de agosto del 2007, se
constituyó Jota Jota Automotriz & Compañía S. A.—San José, 31 de octubre del
2007.—Lic. German Obando Mena, Notario.—1 vez.—Nº
63275.—(97816).
La suscrita notaria da fe de que en esta notaría
en el día de hoy se constituyó la sociedad anónima denominada Opción de Tres
YMG. S. A., nombrándose como presidente al socio Yimmy Martín Villalobos
Delgado, secretario: Miguel Ángel Pérez Guerrero, tesorero: Gerardo Emel
Gutiérrez Abarca, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma. Es todo. Firmo en San José, a las once horas del treinta y uno de
octubre del año dos mil siete.—Lic. María Venegas
Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 63276.—(97817).
Por escritura otorgada hoy ante el suscrito, fue
constituida la sociedad Doka Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado
totalmente.—San José, 29 de octubre de 2007.—Lic.
William Chaves Villalta, Notario.—1 vez.—Nº
63277.—(97818).
Ante esta Notaria Pública, se protocoliza acta de
asamblea extraordinaria de sociedad Mengleis Importaciones Sociedad Anónima,
se destituye Presidente y se nombra nuevo.—San José,
25 de octubre del 2007.—Licda. Lilliam Solano Cruz, Notaria.—1
vez.—Nº 63280.—(97819).
Por escritura otorgada hoy ante el suscrito, fue
constituida la sociedad S.G.D. Seguridad Gutiérrez Delgado Sociedad
Anónima. Capital suscrito y pagado totalmente.—San
José, 29 de octubre de 2007.—William Chaves Villalta, Notario.—1 vez.—Nº
63278.—(97820).
Ante esta notaría se constituye la sociedad Servicio
de Manutención Envolvedoras Sociedad Anónima. Capital social diez mil
colones. Dedicada al diseño industrial.—San José, 30
de octubre del 2007.—Lic. Sergio Eduardo Víquez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 63281.—(97821).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
15:00 horas del diecisiete de octubre de dos mil siete, se constituye Sole
Di Catania Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidenta:
Adelita Olivares Ferrete.—San José, 17 de octubre de
2007.—Lic. Federico Torrealba Navas, Notario.—1
vez.—Nº 63282.—(97822).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
once horas treinta minutos del 24 de octubre de dos mil siete, se protocoliza
asamblea general extraordinaria de accionistas de Soda Tapia Sociedad
Anónima. Se modifica cláusula quinta, aumento de capital.—San
José, 24 de octubre de 2007.—Licda. Gianna Cersosimo D`Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 63283.—(97823).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las
14:50 horas del diecisiete de octubre de dos mil siete, se constituye Villa
Messina ABJ Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente:
Adelita Olivares Ferreto.—San José, 17 de octubre de
2007.—Lic. Federico Torrealba Navas, Notario.—1
vez.—Nº 63284.—(97824).
Pro-Salud S. A., comunica a terceros el cierre definitivo de la
sociedad, interesados comunicarse a la oficina de
Pro-Salud S. A., reforma cláusula cuarta constitutiva, escritura
otorgada ante Notaría Gabriela Rodríguez Méndez, a las diez horas del
veintinueve de octubre del dos mil siete. Es todo.—San
José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Gabriela Rodríguez Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº 63288.—(97826).
Por escritura otorgada ante mi notaría, número
cuatrocientos cincuenta y cinco, visible al folio ciento noventa frente del
tomo seis de mi protocolo, de las 15:00 horas del 27 de octubre del año 2007,
se protocolizan acuerdos de acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas, de la sociedad de esta plaza Ciclo Cartaginés S. A.,
cédula jurídica número 3-101-088548-35, mediante la cual se ratifica en sus
cargos al secretario, tesorero de junta directiva, se nombra al nuevo fiscal de
la sociedad y se reforma la cláusula sexta.—Cartago, 30 de octubre del
2007.—Lic. Alexis Elizondo Campos, Notario.—1 vez.—Nº
63292.—(97827).
Ante mí, León Felipe Ramos Santos, Notario Público
de Heredia, se ha constituido la sociedad denominada Costa Rica Bosque
Virgen y de Paz Sociedad Anónima, cuya presidenta y apoderada Paola
Catalina Cordero Salazar, el domicilio será en Guanacaste, Carrillo, Comunidad,
cincuenta metros al este de la escuela pública, el capital social de la misma
es de diez mil colones.—Lic. León Felipe Ramos Santos,
Notario.—1 vez.—Nº 63293.—(97828).
La suscrita, Deyanira Chinchilla Mora, abogada y
notaria pública con todo respeto solicito la publicación del siguiente edicto:
Por escritura pública otorgada ante
Por escritura doscientos cinco-dos, a las
dieciséis horas y treinta minutos, del veintisiete de setiembre del dos mil
siete, otorgada ante
El día de hoy ante esta notaría se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones
Estratégicas S. A., en la que se nombra junta directiva y se modificó el
domicilio.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic.
Javier Clausen Gutiérrez y Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notarios.—1 vez.—Nº 63298.—(97831).
Eduardo Suárez Montoya constituye
Ante el notario público Fernando Mena Alvarado, se
constituyó la sociedad H P H Costa Rica Sociedad Anónima, el plazo
social de la sociedad es de 99 años contados a partir del 12/10/2007, el
domicilio social será en Grecia, Alajuela, 200 metros sur de
Ana Lucía Chaves Castillo, Lidia Margarita Ufion
Chaves, Natalia Ufion Chaves, constituyen la compañía denominada Ornamentales
Portón Iberia S. A. Escritura número 403, otorgada al ser las 8:00 horas
del 21 de octubre 2007. Domicilio social
El suscrito notario hace constar que el día de
hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las trece horas treinta
minutos del veinte de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad
denominada Ecológica Tierra Verde Sociedad Anónima, capital suscrito y
pagado, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma, actuando solo de manera conjunta.—Cartago,
veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís,
Notario.—1 vez.—Nº 63305.—(97835).
El suscrito notario hace constar que el día de
hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las diecinueve horas del
diecinueve de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Fonseca & Alvarado COFA Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado,
presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma, actuando solo de forma conjunta.—Cartago,
diecinueve de octubre del dos mil siete.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís,
Notario.—1 vez.—Nº 63306.—(97836).
El suscrito notario hace constar que el día de
hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las once horas treinta
minutos del treinta de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Aragón C F V M Sociedad Anónima, capital suscrito
y pagado, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—Cartago, treinta de octubre del dos mil
siete.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1
vez.—Nº 63307.—(97837).
Por escritura número doscientos cuarenta y nueve
otorgada en esta notaría a las 17:30 horas del 30 de octubre del 2007, se
constituyó la sociedad WMC Inversiones Sociedad Anónima. Capital social:
doce mil colones exactos, plazo social: 100 años. Domicilio: Limón. Presidente:
Clive Roderick Watson McLean.—Limón, 30 de octubre del
2007.—Lic. Giovana Brown Cunninghan, Notaria.—1
vez.—Nº 63308.—(97838).
Por escritura número doscientos cincuenta otorgada
en esta notaría a las 18:00 horas del 30 de octubre del 2007, se constituyó la
sociedad Zontain Investment Sociedad Anónima. Capital social: diez mil
colones exactos, plazo social: 100 años. Domicilio: Limón, Talamanca.
Presidente: Taryn Bernice Chambers.—Limón, 30 de octubre
del 2007.—Lic. Giovana Brown Cunninghan, Notaria.—1
vez.—Nº 63309.—(97839).
El suscrito notario público hace constar que ante
mí al ser las quince horas del treinta de octubre del dos mil siete, se
constituyó la sociedad anónima denominada Construcciones Balymon Sociedad
Anónima, cuyo presidente y secretario son apoderados generalísimos sin
límite de suma. Domiciliada en Liberia. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: la
construcción en general y otros. Capital totalmente suscrito y pagado.—Liberia, treinta de octubre del dos mil siete.—Lic. Miguel
Eduardo Abarca Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº
63310.—(97840).
Por escritura otorgada en San José a las nueve
horas del treinta de octubre del dos mil siete, se constituye sociedad limitada
denominada Silencio del Mediterráneo Limitada. Capital social: diez mil
colones.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 63314.—(97841).
Por escritura otorgada en San José a las nueve
horas treinta minutos del treinta de octubre del dos mil siete, se constituye
sociedad limitada denominada World of Opportunities. Capital social:
diez mil colones.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 63315.—(97842).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
10:00 horas del 30 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas, de la sociedad Access CVM. Grup S. A. en
la que se reforma la cláusula sexta del pacto social.—San
José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Carlos Alberto Vargas Campos, Notario.—1 vez.—Nº 63317.—(97843).
A las catorce horas del día 18 de setiembre del
2007 se constituyó la sociedad BMR Notarios Master S. A., domiciliada en
San José, capital íntegramente pagado, presidente y secretario con facultades
de apoderados generalísimos sin límite de suma, plazo: cien años, objeto: comercio
en general.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Maximiliano Arias Sancho,
Notario.—1 vez.—Nº 63321.—(97844).
Ante mi notaría a las diez horas del veintiséis de
octubre del dos mil siete, se protocoliza acta donde la sociedad Bodegaje
Arger A.G.M.L. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos ochenta y nueve mil doscientos cincuenta y tres, reforma la
cláusula sétima, y se nombra junta directiva.—Lic.
Santiago Vargas Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº
63318.—(97845).
A las 16:00 horas del día 19 de setiembre del
2007, se constituyó la sociedad BMR Master Group S. A., domiciliada en
San José, capital íntegramente pagado; presidente y secretario con facultades
de apoderados generalísimos sin límite de suma, plazo: cien años, objeto:
comercio en general.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Maximiliano Arias
Sancho, Notario.—1 vez.—Nº 63322.—(97846).
Por la escritura número ciento treinta y siete,
otorgada ante esta notaría a las nueve horas y cuarenta minutos del día treinta
y uno del mes de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Almar
Jaball Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Domicilio social:
provincia de San José, Ciudad Colón, del Banco de Costa Rica setenta y cinco
metros oeste. Presidenta: Marcela Jacobo Chavarría.—San
José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1
vez.—Nº 63323.—(97847).
Por escritura otorgada hoy a las 8:20 horas, se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la
sociedad denominada Del Parque Ardilla S. A., mediante la cual se acuerda modificar las cláusulas segunda
del domicilio y sétima de la administración y se nombran presidente y
secretario de la junta directiva.—San José, 30 de
octubre del 2007.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1
vez.—Nº 63324.—(97848).
Mediante escritura pública número ciento sesenta y
uno otorgada ante mí a las doce horas quince minutos del treinta de octubre del
dos mil siete, se protocolizó acta de la sociedad Corporación Celular Cell
Corp S. A., mediante los cuales se modifica la cláusula quinta.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1
vez.—Nº 63326.—(97849).
Por escrituras otorgadas ante mí, a las ocho, ocho
y quince, ocho y treinta y ocho y cuarenta y cinco horas del veinticuatro de
octubre, los señores Esteban Arata Herrero y Viviana Jiménez Montero,
constituyen las empresas El Éxtasis de Cañas Dulces S. A., El
Descanso de Cañas Dulces S. A., El Retiro de Cañas Dulces S. A., El
Remanso de Cañas Dulces S. A.—San
José, treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Juan José Echeverría
Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 63327.—(97850).
Ante la notaría de la licenciada Andrea Argüello
Corrales, mediante escritura número ciento cincuenta y cuatro, del tomo trece
de mi protocolo, con fecha veintitrés de octubre del dos mil siete, se
constituyó la sociedad Camila de Oro S. A., con domicilio en Heredia,
representada por su presidenta, Kattia Córdoba Alpízar, cédula uno-siete siete
ocho-ocho uno siete, representante judicial y extrajudicial de la sociedad.—Heredia, 31 de octubre del 2007.—Lic. Andrea Argüello
Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 63328.—(97851).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
número 111-5 de las 14:25 horas del día 30 de octubre del 2007, se
protocolizaron acuerdos de asamblea general de accionistas de Edificio Grupo
Sama Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula de la
administración y se nombra junta directiva.—San José, 30 de octubre del
2007.—Lic. Marcela Arias Victory, Notaria.—1 vez.—Nº
63329.—(97852).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
número 112-5 de las 14:30 horas del día 30 de octubre del 2007, se
protocolizaron acuerdos de asamblea general de accionistas de Sama
Consultores Profesionales Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la
cláusula de la administración y se nombra junta directiva.—San José, 30 de
octubre del 2007.—Lic. Marcela Arias Victory, Notaria.—1
vez.—Nº 63330.—(97853).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
número 114-5 de las 14:40 horas del día 30 de octubre del 2007, se
protocolizaron acuerdos de asamblea general de accionistas de D J Pub
Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula de la
administración y se nombra junta directiva.—San José, 30 de octubre del
2007.—Lic. Marcela Arias Victory, Notaria.—1 vez.—Nº
63332.—(97854).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
número 113-5 de las 14:35 horas del día 30 de octubre del 2007, se
protocolizaron acuerdos de asamblea general de accionistas de Servicios
Hospitalarios Latinoamericanos Integrados (S.H.L.I.) Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforma la cláusula de la administración y se nombra junta
directiva.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Marcela Arias Víctory,
Notaria.—1 vez.—Nº 63331.—(97855).
Por escritura número cuarenta y siete-dos,
otorgada ante mí a las quince horas del veintiséis de octubre del dos mil
siete, en conotariado con Javier Francisco Monge Rodríguez, hemos protocolizado
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Imprex
en Positivo S.A., según la cual se modifica el pacto constitutivo en su
cláusula octava. Es todo.—29 de octubre del 2007.—Lic.
Ana Karina Somarribas Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº
63333.—(97856).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas
del veintisiete de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad
denominada Constructora Goal Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra
suscrito y pago.—Grecia, veintisiete de octubre del
dos mil siete.—Lic. Juan Carlos Rojas Bogantes, Notario.—1
vez.—Nº 63335.—(97857).
Por las escrituras número doscientos ochenta y
cuatro y doscientos ochenta y cinco, otorgadas ante esta notaría
respectivamente a las ocho horas y nueve horas, del veintisiete de octubre del
dos mil siete, se constituyeron dos sociedades anónimas, con un capital social
de diez mil colones, domiciliadas en Heredia, exactamente en San Rafael, ciento
veinticinco metros al norte, presidente, representante legal, cuya denominación
social será el número de cédula jurídica, de acuerdo con el Decreto Ejecutivo
número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en
Por escritura otorgada ante mí a las quince horas
del veintitrés de octubre de dos mil siete, se constituyó la sociedad Inversiones
Elhoym Sociedad Anónima, cuyo presidente es Víctor Salvador Delgado
Hernández.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Ana Victoria Mora Mora,
Notaria.—1 vez.—Nº 63337.—(97859).
Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 27 de
setiembre del 2007 se protocoliza acta de Hospital Clínica Santa Rita S. A.
en donde se establece que el domicilio social de esta entidad es San José,
avenida ocho, calles quince y diecisiete, frente a Tribunales de San José.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1
vez.—Nº 63338.—(97860).
Por escritura otorgada a las 8 horas treinta
minutos del 27 de setiembre del 2007, se protocoliza acta de Inversiones
Consolidadas en donde se establece que el domicilio social de esta entidad
es San José, avenida ocho, calles quince y diecisiete, frente a Tribunales de
San José.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 63339.—(97861).
El suscrito, Albino Solórzano Vega, notario
público, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la
sociedad denominada Marichi RCVJ Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-350168, para realizar cambio de presidenta de junta directiva.
Es todo.—Palmares, treinta de octubre del dos mil
siete.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº
63340.—(97862).
Por escritura otorgada en esta notaría en San
José, a las ocho horas treinta minutos del treinta de octubre del año dos mil
siete, se constituyó la sociedad denominada Stokelaholma Hills S. A.
Presidente, vicepresidente y tesorero con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Felipe
Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 63341.—(97863).
Por escritura otorgada en esta notaría en San
José, de las ocho horas del día treinta de octubre del año dos mil siete, se
constituyó la sociedad denominada JAC Holmes Enterprises S. A.
Presidente, vicepresidente y tesorero con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Felipe
Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 63342.—(97864).
Por escritura otorgada en esta notaría en San
José, a las dieciséis horas del veintinueve de octubre del año dos mil siete,
se constituyó la sociedad denominada Surfing on the Beach Shores S. A.
Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 63343.—(97865).
Por escritura otorgada en esta notaría en San
José, a las quince horas del veintinueve de octubre del año dos mil siete, se
constituyó la sociedad denominada Tempate Land Rising Sociedad Anónima.
Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de
suma.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Felipe
Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 63344.—(97866).
Por escritura número ciento setenta y cuatro, del
protocolo cuarto, otorgada ante la notaria Kembly Mora Salas, las 9:00 horas
del 31 de octubre del año 2007, realizó nombramiento de apoderado sustituto, y
se ratificó el nombramiento del actual apoderado de la sociedad Andani de
MGV Sociedad Anónima.—Grecia de Alajuela, 31 de octubre del 2007.—Lic.
Kembly Mora Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 63346.—(97867).
Por escritura de las 12:00 horas del 31 de octubre
del año 2007, se constituyó en mi notaría la sociedad denominada G L C Real
Estate Services & Trust Sociedad de Responsabilidad Limitada,
se nombra gerente.—San José, 31 de octubre del
2007.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—Nº
63348.—(97868).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas
del diecinueve de octubre del dos mil siete, se constituyó la compañía Negocios
Agrícolas del Río Sociedad Anónima. Objeto: agricultura,
industria, comercio, ganadería y actividades forestales en general. Domicilio:
San José. Plazo: cien años. Capital: suscrito y pagado. Representantes:
presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin
limitación de suma, actuando conjunta o individualmente.—Lic.
Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 63349.—(97869).
El suscrito notario hace constar que mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas con treinta minutos, del
veintinueve de octubre del dos mil siete, se acuerda reformar la cláusula sexta
y agregar la cláusula undécima de los estatutos, y proceder al nombramiento de
la nueva junta directiva y agente residente, de la sociedad Desarrollos
Costeros de Guanacaste S. A., cédula jurídica
3-101-488569.—San José, veintinueve de octubre del dos
mil siete.—Lic. Ronald Ramírez Acuña, Notario.—1
vez.—Nº 63351.—(97870).
La compañía denominada
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:30 horas
del día 29 de octubre del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Hacienda Los Maderos
Catorce Rosada Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda reformar la
cláusula sexta, y nombramientos de los miembros de junta directiva.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Ana Victoria
Sandoval León, Notaria.—1 vez.—Nº 63353.—(97872).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas
del día 29 de octubre del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Hacienda Los Maderos
Diez Plateada Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda reformar la
cláusula sexta, y se realiza nombramiento de junta directiva.—San
José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Ana Victoria Sandoval León, Notaria.—1 vez.—Nº 63354.—(97873).
Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas
del día 29 de octubre del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Hacienda Los Maderos
Treinta y Cinco Navy Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda
reformar la cláusula sexta, y se realiza nombramiento de junta directiva.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Ana Victoria
Sandoval León, Notaria.—1 vez.—Nº 63355.—(97874).
En la ciudad de San José, a las once horas del día
treinta y uno de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima
con un capital social de diez mil colones, yo Sally Madrigal Saborío notaria
pública, hago constar que están representados en diez acciones de mil colones
cada una. Conformada por una junta directiva de cuatro miembros: presidente,
secretario, tesorero, fiscal. El presidente y secretario son representantes con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma nombrados por todo el
plazo social.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 63357.—(97875).
En mi notaría se protocolizó acta número dos de
asamblea general extraordinaria donde se adiciona la cláusula octava en
relación con la representación de Lilima Vardel Sociedad Anónima cédula
jurídica número 3-101-473521.—San José, 31 de octubre
del año dos mil siete.—Lic. Ana Marlen Guillén Godínez, Notaria.—1 vez.—Nº 63359.—(97876).
En mi notaría se protocolizó acta número dos de
asamblea general extraordinaria donde se adiciona la cláusula octava en
relación con la representación de
Ante esta notaría bajo escritura número
cuatrocientos cincuenta y cuatro del tomo doce, de las once horas del treinta y
uno de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima Eco Tico
Tours.Com. Presidenta: Patricia María Víquez Vega. Capital social: diez mil
colones.—Lic. Mario Morales Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 63363.—(97878).
Que en escritura otorgada ante esta notaría, al
ser 15:20 horas del 28 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad
denominada Chaytrusalem Sociedad Anónima, la presidenta es la señora
Grethel Trujillo Méndez y el capital social diez mil colones.—Limón,
30 de octubre del 2007.—Lic. Jorge Castro Ortiz, Notario.—1
vez.—Nº 63364.—(97879).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
número 106-5 de las 14:00 horas del día 30 de octubre del 2007, se
protocolizaron acuerdos de asamblea general de accionistas de Grupo Empresarial
Sama Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula de la
administración y se nombra junta directiva.—San José, 30 de octubre del
2007.—Lic. Marcela Arias Victory, Notaria.—1 vez.—Nº
63367.—(97880).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
número 107-5 de las 14:05 horas del día 30 de octubre del 2007, se
protocolizaron acuerdos de asamblea general de accionistas de Sama
Internacional (G.S.) Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma
la cláusula de la administración y se nombra junta directiva.—San José, 30 de
octubre del 2007.—Lic. Marcela Arias Victory, Notaria.—1
vez.—Nº 63368.—(97881).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
número 108-5 de las 14:10 horas del día 30 de octubre del 2007, se
protocolizaron acuerdos de asamblea general de accionistas de Inversiones
Sama Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula de la
administración y se nombra junta directiva.—San José, 30 de octubre del
2007.—Lic. Marcela Arias Victory, Notario.—1 vez.—Nº
63369.—(97882).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
número 109-5 de las 14:15 horas del día 30 de octubre del 2007, se
protocolizaron acuerdos de asamblea general de accionistas de Sama Sociedad
de Fondos de Inversiones (G.S.) Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforma la cláusula de la administración y se nombra junta
directiva.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Marcela Arias Victory,
Notaria.—1 vez.—Nº 63370.—(97883).
DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
Por ignorarse el domicilio actual del patrono
Debriney Dos Mil Uno S. A., cédula jurídica Nº 3-101-296039, número patronal
2-03101296039-001-001 y número patronal anterior 262,884-00-0, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes,
de
Por ignorarse el domicilio actual del patrono
Abarca y Asociados Vigilancia Privada Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-199879, número patronal 2-03101199879-001-001 y número patronal anterior
286,058-00-1, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento
para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores
Independientes, de
Por ignorarse el domicilio actual de patrono
Seguridad Central Gopeca S. A. número patronal 2-03101209685-001-001, número
patronal anterior 295,916 00 2, actividad de investigación y seguridad, de
conformidad con lo dispuesto en el numeral 241 de
Total Salarios ¢343.015,63
Total de cuotas obreras y patronales CCSS 75.463,44
Fondo de Capitalización laboral 10.291,00
Fondo de Pensión Complementaria
Obligatoria 1.714,00
Banco Popular Obrera 3.431,00
Aporte Patronal Banco Popular 858,00
Instituto Nacional de Seguros 3.431,00
Consulta expediente: en esta oficina cita 2 piso
Edificio Da Vinci de
Por ignorarse el domicilio actual del patrono
Continental Property C P B S. A.,
cédula jurídica número
3-101-287198, número patronal
2-03101287198-001-001 y número patronal anterior 257,322-00-5, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes,
de
Por ignorarse el domicilio actual del patrono
Corporación Moishe S. A., cédula jurídica número 3-101-217727, número patronal
2-03101217727-001-001 y número patronal anterior 234,136-00-6, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento para Verificar el
Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes,
de
Por ignorarse el domicilio actual del patrono
Pacific Golden Woods S. A., cédula jurídica Nº 3-101-273014, número patronal
2-03101273014-001-001 y número patronal anterior 284,113-00-6, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento
de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, de
El Ministro de Gobernación y Policía, San José, a
las siete horas del día once de octubre del dos mil siete. Que en virtud de que
la funcionaria de este Ministerio, Sofía Ramírez González, cédula de identidad
número 1-1048-0161, debió retrasar su arribo al país por problemas climáticos y
conexiones de vuelos en los aeropuertos; se publica esta fe de erratas a efecto
de ampliar la fecha de rige del acuerdo Nº 370-2007 MG, de fecha 6 de setiembre
del 2007, publicado en
“Artículo cuarto: Rige desde el 22 de
setiembre hasta el 01 de octubre del 2007”.
San José, 10 de octubre del 2007.—Lic.
Fernando Berrocal Soto, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 49067).—C-6070.—(100964).