LA
GACETA Nº 220
MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL
JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18), y 146 de la Constitución Política, los artículos 25, inciso 1), y 27 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública.
Considerando:
1º—Que la Presidencia de la República tiene entre sus objetivos brindar apoyo a la gestión del proyecto de Gobierno Digital para el cumplimiento de sus fines y metas para lograr una coordinación y ejecución de la política general del gobierno.
2º—Que el 22 de setiembre del 2007 el Dr. Kevin Casas, presentó la renuncia irrevocable al cargo de Segundo Vicepresidente de la República.
3º—Que se hace necesario adecuar la conformación de la Comisión Intersectorial de Gobierno Digital, para que cumpla el rol de Órgano de definición política de alto nivel que diseña y planifica las políticas públicas en materia de gobierno digital. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Modifíquese el artículo 2º inciso a) del Decreto Ejecutivo N° 33147-MP, para que en lo sucesivo se lea así:
“Artículo 2º—La Comisión Intersectorial de Gobierno Digital estará integrada por:
a) La Primera Vicepresidenta de la República, quien la coordinará.
b) El Ministro o Viceministro de la Presidencia.
c) Ministro sin cartera o Viceministro encargado de la coordinación interinstitucional.
d) El Ministro o Viceministro de Planificación Nacional y Política Económica.
e) Ministro o Viceministro encargado de las carteras de Agricultura y Ganadería, Economía, Industria y Comercio
f) Ministro o Viceministro de Ambiente y Energía.
g) Ministro o Viceministro de Ciencia y Tecnología. El secretario tendrá derecho a asistir con voz pero sin voto.
Para su funcionamiento se regirá por lo dispuesto en la Ley General de Administración Pública”.
Artículo 2º—Rige a partir del 10 de octubre del 2007.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los diez días del mes de octubre del dos mil siete.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de la Presidencia, Rodrigo Arias Sánchez.—1 vez.—(Solicitud Nº 171-2007).—C-22400.—(D34093-100914).
Nº 257-PE
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en los artículos 141 de la Constitución Política y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de Administración Pública.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Juan Arturo Barth García, cédula de identidad Nº 1-420-989, para que participe en la “Segunda Reunión Preliminar Operación Huracán de Jefes de Unidades Especializadas en Investigación de Robo, Hurto y Tráfico Ilícito de Vehículos y Jefes de OCNs de Centroamérica”, la cual se realizará en San Salvador, El Salvador, el 11 de octubre de 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de pasajes aéreos, hospedaje y alimentación, serán cubiertos por el gobierno de El Salvador.
Artículo 3º—Rige a partir del 10 de octubre al 12 de octubre del 2007.
Dado en la Presidencia de la República el primero de octubre del dos mil siete.
Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—(Solicitud Nº 30157).—C-9095.—(100013).
Nº 268-PE
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en los artículos 141 de la Constitución Política y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de Administración Pública.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Mario Monge Chacón, cédula de identidad Nº 3-200-329, para que atienda invitación de la Embajada de Inglaterra en nuestro país, para que visite varias instituciones de ese país, durante la semana del 27 de octubre al 1° de noviembre de 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de hospedaje y alimentación, serán cubiertos por el gobierno de Inglaterra.
Artículo 3º—Rige a partir del 28 de octubre al 02 de noviembre de 2007.
Dado en la Presidencia de la República, el diez de octubre de dos mil siete.
Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—(Solicitud Nº 30157).—C-9095.—(100014).
Nº 269-PE
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en los artículos 141 de la Constitución Política y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de Administración Pública.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor José Manuel Pérez Delgado, cédula de identidad Nº 1-553-676, para que viaje a Carolina del Norte, Estados Unidos de América, del 09 al 16 de octubre de 2007, para cumplir con misión oficial.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de pasajes aéreos, hospedaje y alimentación, serán cubiertos por el gobierno de los Estados Unidos de América.
Artículo 3º—Rige a partir del 09 de octubre al 16 de octubre de 2007.
Dado en la Presidencia de la República, el nueve de octubre de dos mil siete.
Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—(Solicitud Nº 30157).—C-9095.—(100015).
Nº 270-PE
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en los artículos 141 de la Constitución Política y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de Administración Pública.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Roberto Solórzano Sanabria, cédula de identidad Nº 2-237-175, Director General de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional y la Unidad Especial de Intervención, para que participe en la “Conferencia Iberoamericana sobre Inteligencia Estratégica y Operativa en la Lucha contra el Crimen Organizado”, por realizarse en Cartagena de Indias, Colombia, del 22 al 26 de octubre de 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de hospedaje y alimentación, serán cubiertos por el gobierno de España.
Artículo 3º—En tanto perdure la ausencia del Director General, se le encargará la atención de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional al doctor Guillermo López-Calleja París, Subdirector General de la Institución.
Artículo 4º—En lo que respecta a la Unidad Especial de Intervención, se le encargará la atención de la Unidad al Comisario Miguel Torres Sanabria, Jefe de Operaciones.
Artículo 5º—Rige a partir del 21 de octubre y hasta el 27 de octubre del 2007.
Dado en la Presidencia de la República, el once de octubre del dos mil siete.
Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de la Presidencia.—1 vez.—(Solicitud Nº 30157.—C-9095.—(100016).
Nº 272-PE
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en los artículos 141 de la Constitución Política y el artículo 28 de la Ley 6227, Ley General de Administración Pública.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Roberto Solórzano Sanabria, cédula de identidad Nº 2-237-175, Director General de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional y la Unidad Especial de Intervención, para que atienda invitación de la Embajada de los Estados Unidos de América, para visitar JIATF South en Cayo Hueso, Florida y el Comando Sur en Miami, Florida, Estados Unidos de América, del 6 de 9 de noviembre del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte, alojamiento y alimentación, serán cubiertos por el gobierno de Estados Unidos de América.
Artículo 3º—En tanto perdure la ausencia del Director General, se le encargará la atención de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional al doctor Guillermo López-Calleja París, Subdirector General de la Institución.
Artículo 4º—En lo que respecta a la Unidad Especial de Intervención, se le encargará la atención de la Unidad al Comisario Miguel Torres Sanabria, Jefe de Operaciones.
Artículo 5º—Rige a partir del 06 de noviembre y hasta 09 de noviembre del 2007.
Dado en la Presidencia de la República, el veintidós de octubre del dos mil siete.
Roberto Thompson Chacón, Ministro de la Presidencia a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 30158).—C-12120.—(100017).
N° 75-H.—San José, 18 de octubre del 2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE HACIENDA
En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, inciso 20) y 146, de la Constitución Política y artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 y la Ley de Almacenes Generales de Depósito, Ley N° 5 del 15 de octubre de 1934 y sus reformas.
Considerando:
1º—Que de conformidad con el artículo 48 de la Ley de Almacenes Generales de Depósito, Ley número 5 del 15 de octubre de 1934, los Bancos comerciales domiciliados en el país pueden establecer y mantener Almacenes Generales de Depósito en aquellos lugares en donde no se hayan establecido por iniciativa privada en el curso de los seis primeros meses de vigencia de dicha ley.
2º—Que mediante escrito de fecha 9 de julio del 2007, presentado ante la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda, el día 13 del mismo mes y año, la señora Ligia Berrocal Porras, portadora de la cédula de identidad número 1-414-090, en su condición de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la empresa Depósito Aduanero Lagunilla Sociedad Anónima, solicitó al Ministerio de Hacienda proceder a la habilitación del citado Depósito para que opere como Almacén General de Depósito en un área de dos mil ciento sesenta y dos metros cuadrados con ochenta y tres decímetros, de las instalaciones ubicadas en la finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, matrícula de Folio Real ciento ochenta y nueve mil setecientos cuarenta y tres-cero cero cero, sito en Heredia, setenta y cinco metros al norte de la antigua Fábrica Nestlé. (Folio 01).
3º—Que según consta en certificación de las ocho horas cinco minutos del veintinueve de junio del dos mil siete, emitida por el notario Jorge Alberto Molina Corrales, la empresa Depósito Aduanero Lagunilla Sociedad Anónima, posee la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y tres mil ochenta y siete. (Folios 02 y 03).
4º—Que mediante Contrato de Arrendamiento de fecha veintinueve de junio del dos mil siete, la empresa Inmobiliaria Emmanuel de San José I.E.S.J. Sociedad Anónima, portadora de la cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos quince mil seiscientos noventa y cuatro, representada en este acto por el señor Gonzalo Campos Estrada, portador de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos diez-novecientos cuarenta, en su condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma, arrendó a la empresa Depósito Aduanero Lagunilla Sociedad Anónima, portadora de la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y tres mil cero ochenta y siete, representada en este acto por la señora Ligia Berrocal, portadora de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos catorce-cero noventa, en su condición de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, la finca inscrita en el partido de Heredia, matrícula de Folio Real número ciento ochenta y nueve mil setecientos cuarenta y tres-cero cero cero, por un plazo de cuatro años a partir del primero de julio del presente año. (Folios 06 al 12).
5º—Que mediante entero a favor del Gobierno de Costa Rica, la empresa Depósito Aduanero Lagunilla Sociedad Anónima, depositó la suma de ¢5.000,00 (cinco mil colones exactos) por concepto de garantía de cumplimiento para que se le autorice como Almacén General de Depósito. (Folio 13)
6º—Que de conformidad con certificación del Registro Nacional, la finca partido de Heredia, matrícula de Folio Real número ciento ochenta y nueve mil setecientos cuarenta y tres-cero cero cero, es propiedad de la empresa Inmobiliaria Emmanuel de San José I.E.S.J. Sociedad Anónima, la cual mide dos mil ciento sesenta y dos metros cuadrados con ochenta y tres decímetros, cuyos limites son: al norte, con lotes de la empresa Expansión Eléctrica Sociedad Anónima, Víctor Manuel y Marina Arce Brenes; al sur, con Domingo Arce Villalobos; al este, con calle pública; y al oeste, con Ana Isabel y Marta Eugenia Arce Arce. (Folio 05).
7º—Que mediante oficio número AJMH-1745-2007 de fecha 18 de julio del 2007, la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda, solicitó al señor Ronald Grant Pérez de Edificaciones Nacionales del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, de conformidad con lo establecido en la Ley de Almacenes Generales de Depósito, rendir el respectivo dictamen en torno a la solicitud de la compañía Depósito Aduanero Lagunilla Sociedad Anónima. (Folio 16).
8º—Que la Dirección de Edificaciones del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, mediante oficio número DGEN-PD-07-468 recibido en fecha 29 de agosto del 2007, señaló, en lo que resulta de interés, lo siguiente: (Folio 17).
“(...)
La estructura de la bodega es columnas de metal, cerramientos de block con
cerchas metálicas y cuenta con iluminación y ventilación adecuadas. Además se
encuentra separada del resto de las bodegas mediante paredes de concreto.
Cuenta con extintores de incendio repartidos en toda el área de forma adecuada,
además de un estricto control de entrada y salida de personal y de mercadería
según se puso observar en el sitio.
Sobre
la base de dicha inspección y basados en el Reglamento a la Ley Nº 5 del 15 de
octubre de 1934, artículo 8, esta dependencia procede a emitir dictamen
positivo a la solicitud de operación como Almacén General de Depósito en dicha
bodega.
(…)”.
9º—Que mediante oficio número AJMH-2130-2007 de fecha 30 de agosto del 2007, la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda, solicitó al Departamento de Almacenes Generales de Depósito del Banco Nacional de Costa Rica, de conformidad con lo establecido en la Ley de Almacenes Generales de Depósito, rendir el respectivo dictamen en torno a la solicitud de la señora Ligia Berrocal Porras. (Folio 18).
10.—Que el Departamento de Almacenes Generales del Banco Nacional, mediante oficio número A. A. 105-2007 de fecha 10 de setiembre del 2007, en lo pertinente señaló: (Folio 19).
“(...)
El área en mención se compone de tres naves, las mismas se encuentran separadas
del resto de la operación, que son bodegas para el alquiler, la instalaciones
se componen de paredes de block con estructura de metal, cuenta con
dispositivos de seguridad y una vigilancia adecuada para el propósito.
Por
lo anterior y basados en el Reglamento a la Ley Nº 5 del 15 de octubre de 1934,
artículo 8. Esta dependencia, procede a emitir dictamen positivo, a la
solicitud de habilitación de esta área para ser operada bajo el régimen de
Almacén General de Depósito. (...)”.
11.—Que por haber emitido los respectivos dictámenes positivos tanto la Dirección de Edificaciones Nacionales del Ministerio de Obras Públicas y Transportes como el Departamento de Almacenes Generales del Banco Nacional, en torno a la habilitación como Almacén General de Depósito de las instalaciones arrendadas por la empresa Depósito Aduanero Lagunilla Sociedad Anónima y ubicadas en la finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, matrícula de Folio Real ciento ochenta y nueve mil setecientos cuarenta y tres-cero cero cero, sito en Heredia, setenta y cinco metros al norte de la antigua Fábrica Nestlé, cuyos linderos son: al norte, con lotes de Expansión Eléctrica Sociedad Anónima, Víctor Manuel y Marina Arce Brenes; al sur, con Domingo Arce Villalobos; al este, con calle pública; y al oeste, con Ana Isabel y Marta Eugenia Arce Arce, en criterio de este Despacho resulta procedente dar curso a dicha gestión, autorizando la misma.
12.—Que en observancia de lo dispuesto en la normativa vigente sobre Almacenes Generales de Depósito, artículos 5º siguientes y concordantes de la Ley número 5 del 15 de octubre de 1934 y sus reformas y de acuerdo con lo ordenado por los artículos 11 de la Constitución Política, 11 y 28 inciso 2), numeral b) de la Ley General de la Administración Pública, se procede a acoger la pretensión de la gestionante y a habilitar para ser utilizadas como Almacén General de Depósito, las instalaciones anteriormente descritas.
13.—Que de conformidad con el artículo 140 inciso 20) de la Constitución Política en concordancia con el artículo 146 del mismo texto legal, los decretos, acuerdos, resoluciones y órdenes del Poder Ejecutivo, requieren para su validez de las firmas del Presidente de la República y del Ministro del ramo. Por tanto:
ACUERDAN:
Habilitar el Depósito Aduanero Lagunilla Sociedad Anónima, portador de la cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y tres mil ochenta y siete, representada en este acto por la señora Ligia Berrocal Porras, para que opere como Almacén General de Depósito en un área de dos mil ciento sesenta y dos metros cuadrados con ochenta y tres decímetros, de las instalaciones ubicadas en la finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, matrícula de Folio Real ciento ochenta y nueve mil setecientos cuarenta y tres-cero cero cero, sito en Heredia, setenta y cinco metros al norte de la antigua Fábrica Nestlé, cuyos linderos son: al norte, con lotes de Expansión Eléctrica Sociedad Anónima, Víctor Manuel y Marina Arce Brenes; al sur, con Domingo Arce Villalobos; al este, con calle pública; y al oeste, con Ana Isabel y Marta Eugenia Arce Arce.
Contra el presente acto, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 345 incisos 1) y 2) de la Ley General de la Administración Pública, en concordancia con el artículo 31 inciso 3) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa procede el recurso de reposición o reconsideración, mismo que podrá interponerse ante este Despacho en el plazo de dos meses a partir de la notificación del presente acto.
Rige a partir de su publicación. Comuníquese a la Dirección General de Aduanas y al Departamento de Almacenes Generales de Depósito del Banco Nacional. Notifíquese a la señora Ligia Berrocal Porras en su condición de presidenta de la empresa Depósito Aduanero Lagunilla Sociedad Anónima y publíquese.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Hacienda a. í., Jenny Phillips Aguilar.—1 vez.—(99984).
Nº 078-2007 MEIC
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en el artículo 146 de la Constitución Política, artículo 28.2.b) de la Ley Nº 6227 “Ley General de la Administración Pública” y los artículos 4º y 5º de la Ley Nº 4383 “Ley Básica de Energía Atómica para Usos Pacíficos” de fecha 18 de agosto de 1969.
Considerando:
1º—Que por Ley Nº 4383 del día 18 de agosto del año 1969, se creó la Comisión de Energía Atómica.
2º—Que los artículos 4º y 5º de la citada Ley disponen que la Comisión de Energía Atómica estará integrada entre otros, por un delegado del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, designado por un período de cuatro años pudiendo ser reelegido.
3º—Que mediante el acuerdo Nº 069-2006-MEIC, publicado en La Gaceta Nº 223 del 12 de diciembre del 2006, se nombra como delegado del Ministerio de Economía, Industria y Comercio ante la Comisión de Energía Atómica, al señor Esteban Arias Monge, en su momento, Viceministro de Ciencia y Tecnología, hasta el día treinta de setiembre del dos mil nueve.
4º—Que en el mes de mayo del
2007, el señor Esteban Arias Monge, presentó su renuncia como miembro de la
Comisión de Energía Atómica, debido a su salida del Ministerio de Ciencia y
Tecnología, en razón de su nombramiento como miembro del servicio diplomático
nacional. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar como delegado del Ministerio de Economía, Industria y Comercio ante la Comisión de Energía Atómica al señor Carlos Cascante Duarte, Viceministro de Ciencia y Tecnología, en sustitución del señor Esteban Arias Monge, a quien se le agradece los servicios prestados.
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación y hasta el 30 de setiembre del 2009.
Dado en la Presidencia de la República a los diez días del mes de octubre del dos mil siete.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Economía, Industria y Comercio, Marco A. Vargas Díaz.—1 vez.—(Solicitud Nº 15896).—C-16960.—(100404).
Nº 085-2007-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25, 27 y 28 de la Ley Nº 6227 “Ley General de la Administración Pública”, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8490 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República”, la Ley Nº 6362 “Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública”, del 3 de setiembre de 1979 y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República, reformado mediante la resolución R-CO-1-2007, publicada en La Gaceta Nº 26 del 06 de febrero del 2007.
Considerando:
1º—Que el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República de Chile firmaron en noviembre del año 2006, en la ciudad de Santiago, Chile, un Convenio de Cooperación en materia de pequeña y mediana empresa.
2º—Que en el marco de dicha cooperación la Dirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía Industria y Comercio presentó el Proyecto “Fortalecimiento del Sistema de Fomento y Desarrollo de la PYME Costarricense.
3º—Que es de interés para la
Dirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de
Economía Industria y Comercio conocer el esquema que utiliza el gobierno
chileno, a través de la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO) y el
Servicio de Cooperación Técnica (SERCOTEC), para el fomento del sector
productivo. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar la participación de la Máster Cinthya Monge Castro, cédula de identidad Nº 1-819-725, funcionaria de la Dirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que viaje a Santiago, Chile a participar en una pasantía a CORFO y SERCOTEC, patrocinada por el Gobierno de Chile. Esta pasantía se realizará del 5 al 9 de noviembre del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto del tiquete aéreo serán cubiertos por el Gobierno de Chile; los gastos por hospedaje, alimentación, transporte y otros gastos serán cubiertos por el programa 219 del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, correspondiéndole a la funcionaria por concepto de viáticos la suma de mil cien dólares ($1.100).
Artículo 3º—La funcionaria devengará el 100% de su salario durante su ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del 03 de noviembre y hasta su regreso el día 10 de noviembre del 2007.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio a los veinticuatro días del mes de octubre del dos mil siete.
Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 15894).—C-21195.—(100405).
Nº 086-2007-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25, 27 y 28 de la Ley Nº 6227 “Ley General de la Administración Pública”, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8490 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República”, la Ley Nº 6362 “Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública”, del 3 de setiembre de 1979 y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República, reformado mediante la resolución R-CO-1-2007, publicada en La Gaceta Nº 26 del 06 de febrero del 2007.
Considerando:
1º—Que el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República de Chile firmaron en noviembre del año 2006, en la ciudad de Santiago, Chile, un Convenio de Cooperación en materia de pequeña y mediana empresa.
2º—Que en el marco de dicha cooperación la Dirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía Industria y Comercio presentó el Proyecto “Fortalecimiento del Sistema de Fomento y Desarrollo de la PYME Costarricense”.
3º—Que es de interés para la
Dirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de
Economía Industria y Comercio conocer el esquema que utiliza el gobierno
chileno, a través de la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO) y el
Servicio de Cooperación Técnica (SERCOTEC), para el fomento del sector
productivo. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar la participación de la Lic. Isabel Sandí Retana, cédula de identidad Nº 1-675-319, funcionaria de la Dirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que viaje a Santiago, Chile a participar en una pasantía a CORFO y SERCOTEC, patrocinada por el Gobierno de Chile. Esta pasantía se realizará del 5 al 9 de noviembre del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto del tiquete aéreo serán cubiertos por el Gobierno de Chile; los gastos por hospedaje, alimentación, transporte y otros gastos serán cubiertos por el programa 219 del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, correspondiéndole a la funcionaria por concepto de viáticos la suma de mil cien dólares ($1.100).
Artículo 3º—La funcionaria devengará el 100% de su salario durante su ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del 03 de noviembre y hasta su regreso el día 10 de noviembre del 2007.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio a los veinticuatro días del mes de octubre del dos mil siete.
Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 15894).—C-20590.—(100406).
Nº 087-2007-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley Nº 6227 “Ley General de la Administración Pública” del 02 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8562 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República” y la Ley Nº 6362 “Ley de Capacitación del Personal de la Administración Pública” del 03 de septiembre de 1979 y los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamentos de Gastos de Viaje y Transportes para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República, reformado mediante la Resolución R-CO-1-2007 publicada en La Gaceta Nº 26 del 6 de febrero del 2007.
Considerando:
1º—Que es de interés para la Dirección de Apoyo al Consumidor del Ministerio de Economía, Industria y Comercio participar en el foro denominado “Derecho a la alimentación”.
2º—Que dicha capacitación se
llevará a cabo en El Salvador, y tiene como objetivo la conmemoración del Día
Mundial de la Alimentación (DMA). Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1º—Autorizar la participación de la licenciada Cynthia Zapata Calvo, cédula de identidad Nº 1-744-149, funcionaria de la Dirección de Apoyo al Consumidor del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que viaje a la ciudad de San Salvador, El Salvador, los días 31 de octubre y 01 de noviembre del 2007, a participar como ponente.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje, gastos de alimentación, así como el desarrollo del curso en mención, correrán por cuenta de la FAO (Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación).
Artículo 3º—La funcionaria Zapata Calvo, devengará durante su ausencia el 100 % de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 31 de octubre y hasta el 01 de noviembre del 2007.
Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil siete.
Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 15897).—C-13925.—(100407).
Nº 088-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25, 27 y 28 de la Ley Nº 6227 “Ley General de la Administración Publica” del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8562 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República” y la Ley Nº 6362 “Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública” del 03 de septiembre de 1979 y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República, reformado mediante la Resolución R-CO-1-2007, publicada en La Gaceta Nº 26 del 6 de febrero del 2007.
Considerando:
I.—Que es de
interés para el país y el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a
través de la Secretaría Técnica del Órgano de Reglamentación Técnica participar
en la XIX Ronda de Negociaciones para la conformación de la Unión Aduanera
Centroamericana, a realizarse del día 12 al día 16 de noviembre de 2007 ambos
días inclusive, en Ciudad de Guatemala, Guatemala. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al funcionario Ronald Cortés Arguedas, cédula Nº 1-668-883, de la Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que participe en calidad de representante del país en la XIX Ronda de Negociaciones para la conformación de la Unión Aduanera Centroamericana, a celebrarse en Ciudad de Guatemala, Guatemala a partir del día lunes 12 y hasta el viernes 16 de noviembre del año en curso.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, alimentación, hospedaje, así como cualquier otro gasto necesario, serán cubiertos por el Programa 218 - Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica, del Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Le corresponderá al funcionario por concepto de viáticos la suma de US$ 780,00 (setecientos ochenta dólares con cero centavos), que cubrirá los días del 11 al 16 de noviembre de 2007, ambos días inclusive.
Artículo 3º—El funcionario devengará el 100% de su salario durante su ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del 11 de noviembre y hasta su regreso el día 16 de noviembre del 2007.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio en la ciudad de San José, al ser los 29 días del mes de octubre de dos mil siete.
Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 15895).—C-18170.—(100408).
Nº 089-2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 139 y 140 inciso 20) y artículo 146 de la Constitución Política; artículos 25 inciso 1), y 28 inciso 2.b), de la Ley N° 6227 “Ley General de la Administración Pública”.
Considerando:
1º—Que el Ministerio de Economía Industria Comercio dentro del Programa para el mejoramiento de la competitividad, llamado “Costa Rica Compite” ha venido desarrollando simposios de competitividad, orientados al estímulo de la competitividad mediante incrementos de la productividad de los factores de la producción.
2º—Que es de interés para el Ministerio de Economía Industria y Comercio, participar en el Taller “Desarrollo Empresarial y Globalización: Productividad y Competitividad Empresarial” Organizado por la Organización Internacional del Trabajo y la Universidad de Zaragoza. Este taller se realizará en Turín, Italia del 05 al 21 de noviembre del 2007.
3º—Que la dicha actividad tiene
como finalidad la especialización en dos temas críticos para el desarrollo
empresarial, como son la productividad y la competitividad en un entorno de
globalización. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Msc Eduardo Navarro Ceciliano funcionario del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, portador de la cédula de identidad número 3-334-256, para que viaje a Turín, Italia, para que participe en el Taller Desarrollo Empresarial y Globalización: Productividad y Competitividad Empresarial, como representante del Viceministro, el señor Jorge Woodbridge González.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje y alimentación serán financiados por la Organización Internacional del Trabajo. Otros gastos en que incurra el funcionario serán financiados por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a través del programa 21500 “Actividades Centrales”.
Artículo 3º—El Funcionario devengará 100% de su salario durante su ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del 03 al 22 de noviembre del 2007.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a los treinta días del mes de octubre del dos mil siete.
Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 15896).—C-20570.—(100409).
Nº 091-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25, 27 y 28 de la Ley Nº 6227 “Ley General de la Administración Publica” del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8562 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República” y la Ley Nº 6362 “Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública” del 03 de septiembre de 1979 y los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República, reformado mediante la Resolución R-CO-1-2007, publicada en La Gaceta Nº 26 del 6 de febrero del 2007.
Considerando:
I.—Que es de
interés para el país y el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a
través de la Secretaría Técnica del Órgano de Reglamentación Técnica participar
en la XIX Ronda de Negociaciones para la conformación de la Unión Aduanera
Centroamericana, a realizarse del día 12 al día 16 de noviembre de 2007 ambos
días inclusive, en Ciudad de Guatemala, Guatemala. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la funcionaria Carolina Badilla Esquivel, cédula 1-1043-273, de la Dirección de Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que participe en calidad de representante del país en la XIX Ronda de Negociaciones para la conformación de la Unión Aduanera Centroamericana, a celebrarse en Ciudad de Guatemala, Guatemala a partir del día lunes 12 y hasta el viernes 16 de noviembre del año en curso.
Artículo 2º—Los gastos de los días 11, 12 y 13 de noviembre del 2007 por concepto de transporte aéreo, alimentación, hospedaje, así como cualquier otro gasto necesario, serán cubiertos por el Programa 218-Mejora Regulatoria y Reglamentación Técnica, del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, correspondiéndole a la funcionaria por concepto de viáticos la suma de US $424,32 (cuatrocientos veinticuatro dólares con treinta y dos centavos), que cubrirá los días del 11 al 13 de noviembre de 2007, ambos días inclusive.
Los días 14 y 15 de noviembre del 2007 serán cubiertos por la Cuenta Especial de Salud y Producción Pecuaria SENASA, de conformidad con el artículo 29 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, por ambos días le corresponderá a la funcionaria por concepto de viáticos la suma de $312,00 (trescientos doce dólares con cero centavos).
Los días 16 y 17 serán cubiertos por la funcionaria sin erogación alguna por parte de la administración.
Artículo 3º—La funcionaria devengará el 100% de su salario durante su ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del 11 de noviembre y hasta su regreso el día 17 de noviembre del 2007.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio en la ciudad de San José al ser el primer día del mes de noviembre del dos mil siete.
Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 15895).—C-25430.—(100410).
Nº 094-2007-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 25, 27 y 28 de la Ley Nº 6227 “Ley General de la Administración Pública”, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8490 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República”, la Ley Nº 6362 “Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública”, del 3 de septiembre de 1979 y los artículos 7º, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República, reformado mediante la resolución R-CO-1-2007, publicada en La Gaceta Nº 26 del 06 de febrero del 2007.
Considerando:
1º—Que el Gobierno de Japón extiende asistencia oficial al desarrollo (ODA) a países en desarrollo para respaldar los esfuerzos de autoayuda que llevará al progreso económico y a una vida mejor para los ciudadanos de esos países.
2º—Que la Agencia de Cooperación Internacional de Japón (JICA) ha implementado la cooperación técnica de Japón bajo el ODA, realizando entre otros el programa de capacitación, como una de las actividades de cooperación técnica fundamentales para países en desarrollo como Costa Rica, con el fin de contribuir al desarrollo de los recursos humanos que promoverán el desarrollo y la promoción y entendimiento mutuo entre ambos países.
3º—Que es de interés para la
Dirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de
Economía, Industria y Comercio promover la capacitación de sus funcionarios
conociendo experiencias de países desarrollados, que mediante su cooperación
técnica apoyan dicha gestión, para el fomento del sector productivo. Por
tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar la participación de la Licenciada Rosa Elena Monge Rojas, cédula de identidad Nº 3-236-808, funcionaria de la Dirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que viaje a Osaka, Japón a participar en el curso Desarrollo de las Industrias Regionales Mediante la Cooperación Público - Privado (PPP) para Centroamérica, patrocinada por la Agencia de Cooperación Internacional de Japón (JICA) del Gobierno de Japón. Este curso se realizará del 18 de noviembre al 16 de diciembre del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto del tiquete aéreo, hospedaje, alimentación serán cubiertos por el Gobierno de Japón y otros gastos serán cubiertos por el programa 219 de la Dirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía, Industria y Comercio.
Artículo 3º—La funcionaria devengará el 100% de su salario durante su ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del 16 de noviembre y hasta su regreso el día 18 de diciembre del 2007.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio a los dos días del mes de noviembre del dos mil siete.
Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 15898).—C-20590.—(100411).
Nº DM-EC-6770-07
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los artículos 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la “Ley General de la Administración Pública” Nº 6227 del 02 de mayo de 1978; Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2007; y el artículo 34 del “Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios públicos”, emitido por la Contraloría General de la República, según resolución Nº R-CO-071-2006, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 184 del 26 de setiembre del 2006.
Considerando:
1º—Que del 07 al
15 de noviembre del 2007, tendrá lugar en San Juan, Puerto Rico, la “Reunión
del Comité Ejecutivo del Consejo del Istmo Centroamericano del Deporte y la
Recreación (CODICADER)” y este Despacho considera importante la participación
del Ing. Osvaldo Pandolfo Rímolo, con cédula de identidad Nº 09-0024-0115,
Viceministro de Salud y Deporte del Ministerio de Salud, en la actividad de
cita. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al Ing. Osvaldo Pandolfo Rímolo, con cédula de identidad Nº 09-0024-0115, Viceministro de Salud y Deporte del Ministerio de Salud, para que asista y participe “Reunión del Comité Ejecutivo del Consejo del Istmo Centroamericano del Deporte y la Recreación (CODICADER)”, que tendrá lugar en San Juan, Puerto Rico del 07 al 15 de noviembre del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban de pagar en las terminales de transporte, del funcionario, serán cubiertos por el Instituto Costarricense del Deporte (ICODER).
Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 06 al 16 de noviembre del 2007.
Dado en el Ministerio de Salud.—San José a los treinta días del mes de octubre del dos mil siete.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº 312-07).—C-13310.—(100018).
Nº DM-RM-6675-07
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1º y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública N° 6227 del 2 de mayo de 1978; Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2007; y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios públicos, emitido por la Contraloría General de la República, según resolución Nº R-CO-071-2006, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 184 del 26 de setiembre del 2006.
Considerando:
I.—Que del 5 al 9
de noviembre del 2007, tendrá lugar en Buenos Aires, Argentina, el “Primer
Seminario Regional de Estudios Químicos, Biológicos, Toxicológico y
Ecotoxicológicos para Registro Regional de Productos Fitosanitarios SEQUITOX
2007” y este Despacho considera importante la participación del MSc. Eduardo
Madrigal Abarca, con cédula de identidad Nº 1-429-527, funcionario de la
Dirección de Registros y Controles del Ministerio de Salud, en la actividad de
cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a MSc. Eduardo Madrigal Abarca, con cédula de identidad 1-429-527, funcionario de la Dirección de Registros y Controles del Ministerio de Salud, para que asista y participe en el “Primer Seminario Regional de Estudios Químicos, Biológicos, Toxicológico y Ecotoxicológicos para Registro Regional de Productos Fitosanitarios SEQUITOX 2007”, que tendrá lugar en Buenos Aires, Argentina, del 5 al 9 de noviembre del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte, alimentación y hospedaje del funcionario serán cubiertos por la Universidad de Morón.
Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 4 al 10 de noviembre del 2007.
Dado en el Ministerio de Salud.—San José, a los dieciocho días del mes de octubre del dos mil siete.
Publíquese.—Dra. Lidieth Carballo Quesada, Ministra de Salud a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 325-07).—C-15750.—(99934).
Nº DM-RM-6676-07
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública N° 6227 del 2 de mayo de 1978; Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2007; y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios públicos, emitido por la Contraloría General de la República, según resolución Nº R-CO-071-2006, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 184 del 26 de setiembre del 2006.
Considerando:
I.—Que del 12 al
16 de noviembre del 2007, tendrá lugar en Guatemala, la Reunión de la Unión
Aduanera Centroamericana y este Despacho considera importante la participación
de la Dra. Guiselle Rodríguez Hernández, con cédula de identidad Nº 2-312-640,
la Dra. Sonia Sequeiro Martínez, con cédula de identidad Nº 1-380-220 y la
licenciada Jennifer Lee Alvarado, con cédula de identidad Nº 1-519-808,
funcionarias de la Dirección de Registros y Controles del Ministerio de Salud,
en la actividad de cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la Dra. Guiselle Rodríguez Hernández, con cédula de identidad Nº 2-312-640, la Dra. Sonia Sequeiro Martínez, con cédula de identidad Nº 1-380-220 y la Licda. Jennifer Lee Alvarado, con cédula de identidad Nº 1-519-808, funcionarias de la Dirección de Registros y Controles del Ministerio de Salud, para que asistan y participen en la Reunión de la Unión Aduanera Centroamericana, que tendrá lugar en Guatemala, del 12 al 16 de noviembre del 2007.
Artículo 2º—Los gastos de la Dra. Guiselle Rodríguez Hernández, la Dra. Sonia Sequeiro Martínez y la Licda. Jennifer Lee Alvarado, serán cubiertos con Presupuesto Fideicomiso 872, MS – CTAMS BNCR, Centro de Costo 516, Programa 622-03, Dirección Registros y Controles, Partida 1.05.04 Viáticos al Exterior e Impuestos de Salida (US$3.363,00) y Partida 1.05.03, Transporte en el Exterior, (Tiquete aéreo: US$876,00).
Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de las funcionarias en la actividad, devengarán el 100 % de su salario.
Artículo 4º—Rige del 11 al 17 de noviembre del 2007.
Dado en el Ministerio de Salud.—San José, a los veintinueve días del mes de octubre del dos mil siete.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº 308-07).—C-16940.—(99935).
Nº DM-RM-6677-07
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1º y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública N° 6227 del 2 de mayo de 1978; Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2007; y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios públicos, emitido por la Contraloría General de la República, según resolución Nº R-CO-071-2006, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 184 del 26 de setiembre del 2006.
Considerando:
I.—Que del 21 al
25 de octubre del 2007, tendrá lugar en Santiago de Chile, la Reunión “Mesa de
Trabajo sobre Estudios de Costos de las Drogas” y este Despacho considera
importante la participación del Dr. Franklin Jiménez Rojas, con cédula de
identidad Nº 1-470-134, funcionario del Instituto sobre Alcoholismo y
Farmacodependencia, en la actividad de cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al Dr. Franklin Jiménez Rojas con cédula de identidad número 1-470-134, funcionario del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia, para que asista y participe en la Reunión “Mesa de Trabajo sobre Estudios de Costos de las Drogas”, que tendrá lugar en Santiago de Chile, del 21 al 25 de octubre del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban de pagar en las terminales de transporte, del funcionario, serán cubiertos por la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD).
Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación del funcionario en la actividad, devengará el 100 % de su salario.
Artículo 4º—Rige del 21 al 25 de octubre del 2007.
Dado en el Ministerio de Salud.—San José, a los dieciocho días del mes de octubre del dos mil siete.
Publíquese.—Dra. Lidieth Carballo Quesada, Ministra de Salud a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 329-07).—C-14540.—(99936).
Nº DM-RM-6678-07
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1 y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública N° 6227 del 02 de mayo de 1978; Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2007; y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios públicos, emitido por la Contraloría General de la República, según resolución Nº R-CO-071-2006, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 184 del 26 de setiembre del 2006.
Considerando:
I.—Que del 12 al
16 de noviembre del 2007, tendrá lugar en Lima, Perú, la actividad “Consulta
Regional de América Latina y el Caribe Después del 2008” y este Despacho
considera importante la participación de la Dra. Guiselle Amador Muñoz, con
cédula de identidad Nº 1-397-479, funcionaria del Instituto sobre Alcoholismo y
Farmacodependencia, en la actividad de cita. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la Dra. Guiselle Amador Muñoz, con cédula de identidad 1-397-479, funcionaria del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia, para que asista y participe en la actividad “Consulta Regional de América Latina y el Caribe Después del 2008”, que tendrá lugar en Lima, Perú, del 12 al 16 de noviembre del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban de pagar en las terminales de transporte, de la funcionaria, serán cubiertos por la Oficina de las Naciones Unidas para el Control de Drogas y Prevención del Delito (UNODC).
Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de la funcionaria en la actividad, devengará el 100 % de su salario.
Artículo 4º—Rige del 12 al 16 de noviembre del 2007.
Dado en el Ministerio de Salud.—San José, a los dieciocho días del mes de octubre del dos mil siete.
Publíquese.—Dra. Lidieth Carballo Quesada, Ministra de Salud a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 326-07).—C-14520.—(99937).
Nº DM-EC-6768-07
LA MINISTRA DE SALUD
Con fundamento en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; 25 párrafo 1º y 28 aparte segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública N° 6227 del 2 de mayo de 1978; Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2007; y el artículo 34 del “Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para funcionarios públicos”, emitido por la Contraloría General de la República, según resolución Nº R-CO-071-2006, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 184 del 26 de setiembre del 2006.
Considerando:
I.—Que del 3 al
10 de noviembre del 2007, tendrá lugar en Managua, Nicaragua, el “V Congreso
Centroamericano ITS Sobre VIH/SIDA” y este Despacho considera importante la
participación de la Dra. Lidieth Carballo Quesada, con cédula de identidad Nº
06-0125-0198, Viceministra de Salud y de la Dra. Teresita Solano Chinchilla,
con cédula de identidad Nº 04-0111-0109, funcionaria de la Dirección de
Vigilancia de la Salud del Ministerio de Salud, en la actividad de cita. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la Dra. Lidieth Carballo Quesada, con cédula de identidad Nº 06-0125-0198, Viceministra de Salud y a la Dra. Teresita Solano Chinchilla, con cédula de identidad Nº 04-0111-0109, funcionaria de la Dirección de Vigilancia de la Salud del Ministerio de Salud, para que asistan y participen en el “V Congreso Centroamericano ITS Sobre VIH/SIDA”, que tendrá lugar en Managua, Nicaragua, del 3 al 10 de noviembre del 2007.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte, alimentación, hospedaje, impuestos, tributos o cánones que se deban de pagar en las terminales de transporte, de las funcionarias, serán cubiertos por el Programa Regional VIH/SIDA para Centroamérica.
Artículo 3º—Que durante los días de vigencia del presente acuerdo en los que se autoriza la participación de las funcionarias en la actividad, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige del 3 al 10 de noviembre del 2007.
Dado en el Ministerio de Salud.—San José, a los treinta días del mes de octubre del dos mil siete.
Publíquese.—Dra. María Luisa Ávila Agüero, Ministra de Salud.—1 vez.—(Solicitud Nº 311-07).—C-15750.—(99946).
Nº REF. 011-2007-MTSS
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
En ejercicio de las facultades que les confiere los artículos 140, inciso 3) y 18, de la Constitución Política, artículos 25 y 27 de la Ley General de la Administración Pública en concordancia con los numerales 103 a 107 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, 13, inciso a) del Reglamento de Organización y Racionalización de dicho Ministerio y el Decreto Ejecutivo Nº 27272 -MTSS y sus reformas.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Que por vencimiento del período de nombramiento de los señores miembros del Consejo Superior de Trabajo, cesar funciones por parte del sector empleador como titulares, a los señores Oscar Bejarano Coto cédula Nº 1-336-713, Edgar Montoya Montealegre cédula Nº 1-415-905, Numa Estrada Zúñiga, cédula 1-334-549, como miembros suplentes a los señores: Germán Espinoza Guido, cédula Nº 6-086-990, Luis Renato Alvarado Rivera cédula Nº 1-561-205 y William Buckley Buckley cédula Nº 7-051-1365; por parte del sector laboral, a los miembros titulares: Gilberto Brown Young, cédula Nº 7-034-520, Mauricio Castro Méndez cédula 1-713-156, Olman Chinchilla Hernández, cédula Nº 1-517-241, como miembros suplentes a los señores: Mario Rojas Vílchez cédula Nº 4-110-863, Miguel Chávez Amador cédula Nº 1-402-861, Miguel Marín Calderón cédula Nº 1-476-577. Agradecerles los valiosos servicios prestados.
Artículo 2º—Nombrar como integrantes ante el Consejo Superior de Trabajo, a los siguientes señores en condición de propietarios, por parte del sector empleador: Oscar Bejarano Coto cédula Nº 1-336-713, Edgardo Montoya Montealegre cédula Nº 1-415-905 y Numa Estrada Zúñiga cédula Nº 1-334-549, como miembros suplentes a los señores: Germán Espinoza Guido cédula Nº 6-086-990, Alonso Elizondo Bolaños cédula Nº 1-928-540, y, Betty Villalobos Aguilar, cédula Nº 1-292-057. Por parte del sector laboral, en condición de propietarios, a: Mauricio Castro Méndez cédula 1-713-156, Olman Chinchilla Hernández cédula 1-517-241, y, Virgilio Díaz Morales cédula 2-440-438. Como miembros suplentes del mismo sector, a los señores: Miguel Chávez Amador cédula 1-402-861, Miguel Marín Calderón cédula 1-476-577 y, Mario Rojas Vílchez cédula 4-110-863.
Artículo 3º—Rige a partir del 28 de agosto de 2007 y hasta el 15 de agosto del 2010.
Dado en la Presidencia de la República, a los siete días del mes de setiembre de dos mil siete.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Francisco Morales Hernández.—1 vez.—(Solicitud Nº 15222).—C-22990.—(99958).
N° 085-C.—San José, 4 de octubre del 2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD
Con fundamento en los artículos 140 inciso 20), 146, de la Constitución Política y el artículo 25 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, y
Considerando:
1º—Que la “Quinta Semana Japonesa”, que organiza la Embajada de Japón en Costa Rica, está orientada a presentar la cultura japonesa a los costarricenses, para propiciar oportunidades de acercamiento cultural entre ambos países.
2º—Que esta actividad promoverá aún más las buenas relaciones entre Japón y Costa Rica, utilizando como vehículo las expresiones artísticas y deportivas japonesas.
3º—Que en este evento, se mostrará una amplia gama de artes japonesas, desde lo tradicional hasta lo moderno, lo que enriquecerá la diversidad cultural costarricense.
4º—Que en esta actividad, se presentarán los deportes originarios de Japón, arraigados en antiquísimas tradiciones, permitiéndonos un conocimiento de otros pueblos y estimulando una vida más sana.
5º—Que este evento tiene como uno de sus objetivos, estimular actividades culturales costarricenses, ya que los principales participantes en la Semana Japonesa son costarricenses, que tienen un conocimiento profundo sobre la cultura japonesa y disponen de buena voluntad de difundirla para enriquecer la diversidad cultural.
6º—Que además beneficia al turismo, ya que se cuenta con las actividades específicas para ello. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Declarar de interés cultural la “Quinta Semana Japonesa”, que se realizará en Costa Rica, del 24 al 30 de noviembre del 2007.
Artículo 2º—Rige a partir del 4 de octubre del 2007.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Cultura y Juventud, María Elena Carballo Castegnaro.—1 vez.—(99830).
Nº 169
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA
En uso de las facultades conferidas por los artículos 140, incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley Nº 5338 del 28 de agosto de 1973 y el Decreto Ejecutivo Nº 24333-MP del 23 de mayo de 1995.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a la señora Elizabeth Barquero Segura, mayor, cédula de identidad Nº 1-0401-1345, como representante del Poder Ejecutivo en la Fundación Tayutic para el Rescate del Patrimonio Pre-Hispánico, cédula jurídica Nº 3-006-491079, de la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día 17 de octubre del 2007.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Justicia y Gracia, Laura Chinchilla Miranda.—1 vez.—(Solicitud Nº 15722).—C-9095.—(101456).
CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO
El Consejo de Transporte Público, hace del conocimiento de las personas físicas y jurídicas prestatarias de los servicios de transporte público remunerado de personas en la modalidad de autobuses y taxis y demás interesados que, con fundamento en la Ley número 7969, publicada el 28 de enero del año 2000, que a partir del mes de noviembre del 2007 se encontrará al cobro el canon de regulación para el año 2008.
Modalidad
autobuses y taxis
El monto total por canon aprobado por la Contraloría General de la República mediante oficio 10105 del 31 de agosto del 2007, se cobrará anualmente por anticipado. La recaudación la realizará el Instituto Nacional de Seguros (INS), por medio del sistema de cobro masivo de seguro obligatorio de vehículos, que se iniciará en el mes de noviembre del año 2007. Aquellos concesionarios y permisionarios a los que el INS no les cobre el canon de regulación, con el fin de evitar hacerse acreedores a una multa por mora, se les recuerda que deben cancelarlo directamente en las Oficinas Centrales del Consejo de Transporte Público o bien en las Oficinas Regionales.
Los montos aprobados a cancelar por unidad son:
Modalidad Monto
anual
AUTOBUSES
Flota operativa ¢ 219.740,00
Flota Especial ¢ 70.970,00
TAXIS ¢ 35.560,00
Se recuerda a los operadores que la falta de cancelación del canon de regulación faculta al Consejo de Transporte Público a imponer las sanciones administrativas correspondientes. Así mismo, se indica que dicho documento es requerido para la realización de la Revisión Técnica Vehicular. Para mayor información comunicarse a los teléfonos 586-9094 ó 586-9095 o bien al telefax 586-9097.—Lic. Javier Vargas Tencio, Director Ejecutivo.—1 vez.—(Solicitud Nº 6619).—C-45395.—(100034).
DIVISIÓN
DE CONTROL DE CALIDAD
Y MACROEVALUACIÓN
DEL SISTEMA EDUCATIVO
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 65, Título N° 783, emitido por el Liceo Napoleón Quesada Salazar, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Berrocal Jiménez Ana Jensy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.—San José, 7 de mayo del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—Nº 63971.—(98948).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 55, título N° 815, emitido por el Saint Paul College, en el año dos mil seis, a nombre de Guilá Lobo Sofía. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de octubre del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(99096).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 101, título N° 483, emitido por el Colegio de Gravilias, en el año dos mil tres, a nombre de Quintero Alvarado Wendy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de octubre del 2007.—Departamento de Supervisión Nacional.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(99139).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 57, título N° 509, emitido por el Liceo Anastasio Alfaro, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de López Castro Luis Guillermo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Departamento de Supervisión Nacional.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Director.—Nº 64053.—(99324).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 76 y título N° 2285, emitido por el Liceo Diurno José Martí, en el año mil novecientos ochenta y siete, a nombre de Mora Quintero Jaime. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de noviembre del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—Nº 64171.—(99325).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 54, asiento Nº 311, emitido por el Liceo La Cruz, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Carmona Bonilla Félix. Se solicita la reposición del título indicado por error en el libro de Actas del Colegio, donde al momento de la confección se le otorgaron los apellidos Carmona Bonilla, el nombre y apellidos correctos son: Félix Carmona Medrano. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de noviembre del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(99402).
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
Diligencias de disolución de la Cooperativa de Consumo de Guadalupe de Alajuela R.L., siglas COOPEJUANSANTAMARÍA R.L.
Juzgado de Trabajo de mayor Cuantía de Alajuela, a las diez horas del 9 de enero del 2007.
Proceso de disolución de cooperativa seguido por el INFOCOOP, representado por su Director Ejecutivo Rolando Barrantes Muñoz, contra Cooperativa de Consumo de Guadalupe de Alajuela R.L., siglas COOPEJUANSANTAMARÍA R.L., representada por Luis Carlos Acuña Jara en su condición de Curador Procesal.
Resultando:
Con fundamento en los hechos que expone y derecho que invoca solicita el promovente que en sentencia se declare disuelta COOPEJUANSANTAMARÍA R. L., y se autorice al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a realizar la respectiva cancelación de su inscripción, conforme al artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas.
La Cooperativa demandada contestó la demanda a través de su curador procesal.
En los procedimientos se han observado los términos y prescripciones de ley, dictándose esta sentencia sin que se noten defectos u omisiones que puedan ocasionar nulidad.
Considerando:
Sobre el procedimiento: de conformidad con el artículo 402 inciso c) del Código de Trabajo, los Juzgados de Trabajo son competentes para conocer de todos aquellos juicios que se entablen para obtener la disolución de organizaciones sociales. Sin embargo, ese numeral establece como su procedimiento el del Código de Procedimientos Penales, para el juicio de conocimiento de los jueces penales comunes. No obstante lo anterior todo lo relativo a las cooperativas fue recogido por una ley posterior al Código de Trabajo, que es la Ley de Asociaciones Cooperativas y más propiamente por el artículo 86 de esa Ley reformado por Ley 7053 del 13 de noviembre de 1987.
Establece ese numeral que el INFOCOOP podrá incluso por iniciativa propia hacer esa solicitud al Tribunal de Trabajo, si se comprueba que el número de asociados se ha reducido a una cifra inferior a la legal, por cualquier otra causa que haga imposible el cumplimiento de sus objetivos.
Hechos probados: Como tales y de importancia se tienen los siguientes: Que COOPEJUANSANTAMARÍA R. L., se encuentra inscrita en el Registro que al efecto lleva el Departamento del Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo mediante resolución 492 del 16 de abril de 1982. Las personas que integraron los órganos de la administración de la citada Cooperativa tienen sus nombramientos vencidos. La entidad demandada durante el período de vigencia presentó varios problemas.
Que el departamento de Supervisión del INFOCOOP recomendó a la Dirección Ejecutiva gestionar la disolución de la Cooperativa.
Que la Dirección Ejecutiva resolvió solicitar la disolución legal de la Cooperativa accionada.
Hechos no probados: No existen.
Sobre el fondo: con fundamento en las pruebas evacuadas y presentadas por el INFOCOOP, se acredita en forma fehaciente e indubitable que la Cooperativa de Consumo de Guadalupe de Alajuela R. L., no puede seguir funcionando como entidad cooperativa porque no cumple con los fines y objetivos para los cuales fue creada. Se demostró que dicha entidad jurídica sólo existe en el plano del derecho, no así en el campo de los hechos o de la realidad.
Atendiendo lo expuesto y al hecho de que la parte accionada se ha allanado las pretensiones del ente accionante, procede acceder a lo solicitado y declarar la disolución de la Cooperativa de Consumo de Guadalupe de Alajuela R. L., siglas COOPEJUANSANTAMARÍA R. L., Se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales para que realice la respectiva cancelación de conformidad con el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas, para lo cual se ordena emitir el mandamiento respectivo una vez firme la sentencia que declare disuelta la cooperativa.
Sobre costas: con
fundamento en los artículos 452 del Código de Trabajo y 222 del Código Procesal
Civil, se resuelve sin especial condenatoria en costas. Por tanto:
Por las razones expuestas artículos 29, 86, 87 y 89 de la Ley de Asociaciones Cooperativas del 5 de mayo de 1982 y sus reformas, se declara disuelta la Cooperativa de Consumo de Guadalupe de Alajuela R. L., siglas COOPEJUANSANTAMARÍA R. L., Se autoriza al Departamento de Organizaciones Sociales para que realice la respectiva cancelación de conformidad con el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas, para lo cual se ordena emitir el mandamiento respectivo una vez firme la sentencia que declare disuelta la cooperativa.—San José, 14 de junio del 2007.—Departamento de Organizaciones Sociales.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 39633).—C-34505.—(98030).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada: Sindicato Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social, siglas UNDECA, acordada en asamblea celebrada los días 31 de mayo y 1º de junio del 2007 respectivamente. Expediente E-10. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma a sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 15, folio: 499, asiento: 4441 del día 31 de julio del 2007. La reforma afecta los artículos 13, 17, 20, 29, 51, 57, 58, 71, 104 y creación de un transitorio y además eliminaron el artículo 17 bis del estatuto.—San José, 31 de julio del 2007.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(99486).
REGISTRO NACIONAL
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cristiana Misionera El Camino, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Establecer iglesias en todo el país proclamando el evangelio de Jesucristo. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Manuel Carvajal Jiménez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 572, asiento: 94566).—Curridabat, 24 de octubre del 2007.—Registro de Personas Jurídicas.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 64373.—(99749).
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 12694P.—Viveros Bios S. A., solicita concesión de 1,2 lps del Pozo AB-2430, efectuando la captación en su finca San Antonio Escazú, para uso consumo humano, piscina y riego. Coordenadas 209.300/520.000 Hoja Abra. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de octubre del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(99422).
Exp. Nº 5836P.—Exportadora Imperio Verde S. A., solicita concesión de 5 litros por segundo del Pozo AB-1315, efectuando la captación en finca de su propiedad en Guácima, Alajuela, para uso agropecuario-riego-ornamentales. Coordenadas 217.700/510.300 Hoja Abra. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de octubre del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(99433).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. Nº 5919P.—Gerd Igel, solicita concesión de 1,26 lps del pozo sin número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tempate, Santa Cruz, Guanacaste, para uso doméstico y piscina. Coordenadas 272.500 / 341.800 Hoja Matapalo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de octubre del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 64397.—(99752).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
Hace saber: que ante esta Dirección, se ha recibido solicitud del Licenciado Carlos Humberto Valverde Delgado, cédula de identidad Nº 1-532-294, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 03-001816-624-NO.—San José, 10 de febrero del 2004.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—Nº 64483.—(99753).
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. N° 37752-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas treinta y cinco minutos del dos de octubre del dos mil siete. Procedimiento administrativo de rectificación de los asientos de nacimiento de Randall Enrique Carballo Jiménez, que lleva el número ochocientos uno, folio cuatrocientos uno, del tomo mil ciento cuarenta y cuatro, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos y el de Édgar Alberto Carballo Jiménez, que lleva el número ciento ochenta y siete, folio noventa y cuatro, del tomo mil doscientos veinticuatro, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, en el sentido que los mismos son hijos de “Guillermo Enrique Díaz Flores, costarricense y Rosario Carballo Jiménez, nicaragüense” y no como se consignaron. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a los señores Guillermo Enrique Díaz Flores, Randall Enrique Carballo Jiménez, Édgar Alberto Carballo Jiménez y a la señora Rosario del Carmen Carballo Jiménez o Rosario Carballo Jiménez, con el propósito que se pronuncien con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—(O. P. Nº 1179-06-TSE).—C-32670.—(99087).
Exp. Nº 31157-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas treinta y cinco minutos del diecinueve de setiembre del dos mil siete. Procedimiento administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Alexander Gerardo Vega Torres, que lleva el número trescientos cuarenta y seis, folio ciento setenta y tres, tomo ciento noventa y nueve, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos, en el sentido que el mismo es hijo de “Bernardo Acosta Méndez y María Ángela Torres Torres, costarricenses”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta y se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación en el mismo Diario a los señores Bernardo Acosta Méndez, Gerardo Vega Jiménez y a la señora María Ángela Torres Torres o María Ángela Cascante Torres, con el propósito que se pronuncien en relación con este proceso y se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—(O. P. Nº 1179-06-TSE).—C-32670.—(99088).
Exp. N° 28039-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas veinte minutos del primero de octubre del dos mil siete. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Héctor Darío Alvarado Villegas, que lleva el número trescientos cuarenta y cinco, folio ciento setenta y tres, tomo ciento noventa y uno, de la provincia de Guanacaste, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Héctor Darío Bustos Villegas, en el asiento número ciento setenta y siete, folio cero ochenta y nueve, tomo cero ochenta y uno, del Partido Especial, Sección de Nacimientos y de rectificación del precitado asiento de nacimiento, en el sentido que el mismo es hijo de “José Alvarado Herrera y María Villegas Murillo, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor Héctor Darío Alvarado Villegas o Héctor Darío Bustos Villegas, con el propósito que se pronuncie con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—(O. P. Nº 1179-06-TSE).—C-32670.—(99089).
Exp. N° 24233-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del veintisiete de setiembre del dos mil siete. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Ana Lorena Campos Pérez, que lleva el número setecientos veinticinco, folio trescientos sesenta y tres, del tomo seiscientos cuarenta y cuatro, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrita como Dina María Pérez Martínez, en el asiento número trescientos sesenta y cuatro, folio ciento ochenta y dos, del tomo ciento ochenta y tres, de la provincia de Puntarenas, Sección de Nacimientos y rectificación del precitado asiento de nacimiento, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Miguel Ángel Campos Monge y Rosa Lidia Pérez Martínez, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor Miguel Ángel Campos Monge y a la señora Ana Lorena Campos Pérez o Dina María Pérez Martínez con el propósito que se pronuncien con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—(O. P. Nº 1179-06-TSE).—C-32670.—(99090).
Exp. N° 24178-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas veintitrés minutos del veinticuatro de setiembre del dos mil siete. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Edier Allen Solórzano Araya, que lleva el número quinientos noventa y cinco, folio doscientos noventa y ocho, tomo ciento sesenta y siete, de la provincia de Heredia, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Eddy Núñez Araya, en el asiento número novecientos noventa y nueve, folio quinientos, del tomo ciento sesenta y siete, de la provincia de Heredia, Sección de Nacimientos y rectificación del precitado asiento de nacimiento, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Marcos Solórzano Cubero y Rosa Araya Venegas, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a los señores Allen Núñez Céspedes, Marcos Solórzano Cubero, Edier Allen Solórzano Araya o Eddy Núñez Araya con el propósito que se pronuncien con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—(O. P. Nº 1179-06-TSE).—C-32670.—(99091).
Exp. N° 17277-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas del veinticinco de setiembre del dos mil siete. Procedimiento administrativo de rectificación de los asientos de nacimiento de Rigoberto del Carmen Medina Matarrita, que lleva el número veintiocho, folio catorce, del tomo noventa y tres, del Partido Especial, Sección de Nacimientos, Sandra Mercedes Medina Matarrita, que lleva el número cero noventa y ocho, folio cero cuarenta y nueve, del tomo doscientos veintidós, de la provincia de Puntarenas, Sección de Nacimientos, Miriam Medina Matarrita que lleva el número quinientos cuarenta y ocho, folio doscientos setenta y cuatro, del tomo doscientos veintinueve, de la provincia de Puntarenas, Sección de Nacimientos y de Gloria Esmeralda Medina Matarrita, que lleva el número quinientos setenta y tres, folio doscientos ochenta y siete, del tomo doscientos cuarenta y cinco, de la provincia de Puntarenas, Sección de Nacimientos, en el sentido que las personas ahí inscritas son hijas de “Encarnación Montes Montes y Marcelina Matarrita Matarrita, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese el edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a los señores Dámaso Medina Medina o Domingo Medina Medina, Encarnación Montes Montes, Rigoberto del Carmen Medina Matarrita, Sandra Mercedes Medina Matarrita, Miriam Medina Matarrita y a Gloria Esmeralda Medina Matarrita, con el propósito que se pronuncien con relación al presente proceso y se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—(O. P. Nº 1179-06-TSE).—C-43560.—(99092).
Exp. Nº 14677-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas diez minutos del diecinueve de octubre del dos mil siete. Proceso administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Carlos Luis Navarro Campos, que lleva el número cuatrocientos setenta y siete, folio doscientos treinta y nueve, tomo ciento cincuenta y siete, de la provincia de Puntarenas, Sección Nacimientos, por aparecer inscrito como Carlos Luis Campos Méndez, en el asiento número seiscientos ochenta y uno, folio trescientos cuarenta y uno, tomo setenta y dos, del partido Especial, Sección Nacimientos y de rectificación del anterior asiento de nacimiento, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Ramón Navarro Umaña y Martina Oliva Elisa Campos Méndez, costarricenses”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta a los señores Ramón Nautilio Navarro Umaña o Ramón Navarro Umaña, Carlos Luis Campos Méndez o Carlos Luis Navarro Campos y a la señora Martina Oliva Elisa Campos Méndez o Martina Campos Méndez u Oliva Campos Méndez, con el propósito que se pronuncien en relación a este proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—(O. P. Nº 1179-06-TSE).—C-36300.—(99093).
Se avisa a las partes interesadas que en este Registro se encuentra en trámite el proceso administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de la menor Avril Sofía Masís Mesén. Exp. Nº 6674-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cincuenta minutos del veinticinco de setiembre del dos mil siete. Proceso administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Avril Sofía Masís Mesén, que lleva el número ciento dieciséis, folio cincuenta y ocho, tomo mil novecientos setenta y cuatro, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, en el sentido que la misma es hija de “Erick Paulino González González y Ericka Sofía Masís Mesén, costarricenses”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta y se confiere audiencia dentro del término de ocho días, a partir de la primera publicación en el mismo Diario a los señores Erick Paulino González González, Carlos Espinoza Benavides y a la señora Ericka Sofía Masís Mesén, con el propósito de que se pronuncien en relación a este proceso. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—(O. P. Nº 1179-06-TSE).—C-36300.—(99097).
Exp. Nº 1466-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas diez minutos del diecinueve de setiembre del dos mil siete. Proceso administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Elvia Nozara Araya Ramírez, hija de Edwin Araya Brenes y Yadira Ramírez Ortíz, costarricenses, que lleva el número cuatrocientos veintisiete, folio doscientos catorce, tomo setecientos sesenta y cinco, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, por cuanto aparece inscrita como Elvia Nozara de Jesús Hidalgo Ramírez, hija de Miguel Ángel Hidalgo Fallas y Yadira Ramírez Ortiz, costarricenses, en el asiento número cuatrocientos ochenta y cuatro, folio doscientos cuarenta y dos, tomo setecientos setenta y uno, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos y de rectificación del precitado asiento de nacimiento en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Edwin Araya Ramírez y Yadira Ramírez Ortíz, costarricenses”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta; se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación en el mismo diario a la señora Elvia Nozara Araya Ramírez o Elvia Nozara de Jesús Hidalgo Ramírez, con el propósito que se pronuncien con relación al presente proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—(O. P. Nº 1179-06-TSE).—C-36300.—(99098).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. N° 16193-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas del diecinueve de setiembre del dos mil siete. Diligencias de ocurso presentadas por Margarita Zamora Ortiz, mayor, casada, de oficios domésticos, costarricense, cédula de identidad número dos-cuatrocientos diecinueve-ciento setenta y cuatro, vecina de Alajuela, tendentes a la rectificación del asiento de nacimiento de Kembly Natalia Araya Zamora, que lleva el número quinientos treinta, folio doscientos sesenta y cinco, del tomo setecientos treinta y tres, de la provincia de Alajuela, Sección de Nacimientos, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Margarita Zamora Ortiz, costarricense” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor Israel Araya Parra, con el propósito que se pronuncie con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Nº 64242.—(99751).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yoyce Josué Martínez Briones, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2882-07. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cuarenta minutos del veintiséis de octubre del dos mil siete. Exp. Nº 10726-07. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Joycer Josué Martínez Briones con Glenda María Mora Corrales... en el sentido que el primer nombre del cónyuge es “Yoyce”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González, Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 64331.—(99750).
MODIFICACIÓN PLAN DE COMPRAS 2007
De conformidad con las modificaciones a la Ley de Contratación Administrativa, publicadas en el Diario Oficial La Gaceta Nº 128 del 4 de julio del 2006, y de acuerdo al artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa, se informa que se generó una modificación al Plan de Compras para el año 2007 del Centro Nacional de la Música, y se encuentra a disposición de los interesados en la página oficial del Ministerio de Cultura y Juventud www.mcjd.go.cr, así como en comprared, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared.
San José, 12 de noviembre del 2007.—Lic. Olga Robles Gamboa, Directora Administrativa.—1 vez.—(Solicitud Nº 13645).—C-6070.—(101568).
COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.
AMPLIACIÓN PROGRAMA DE ADQUISICIÓN
DE BIENES Y SERVICIOS
PRESUPUESTO 2007
Monto Fecha
Tipo de bienes estimado estimada
y servicios miles) inicio Fuente de
de
colones) proceso financiamiento
1- Luminarias
de alumbrado público 171.000 Noviembre 2007 Propios
tipo
horizontal cerrado
2- Postes
metálicos de alumbrado público 78.000 Noviembre 2007 Propios
3- Postes
ornamentales para parques 40.000 Noviembre 2007 Propios
y bulevares
4- Brazos
metálicos para luminarias 48.000 Noviembre 2007 Propios
de
alumbrado público
5- Cable de
cobre y aluminio de varios 113.000 Noviembre 2007 Propios
calibres
para alumbrado de calles,
autopistas,
parques y bulevares
6- Alambre de
aluminio y cobre, cable 83.000 Noviembre 2007 Propios
de acero,
aluminio y cobre
7- Cable de
aluminio triplex Nº 4 44.000 Noviembre 2007 Propios
8- Transformadores
de distribución tipo 972.000 Noviembre 2007 Propios
poste
convencional
9- Microcomputadores
y notebooks 175.000 Noviembre 2007 Propios
10- Pick ups,
doble cabina y cabina sencilla 500.000 Noviembre 2007 Propios
11- Vehículos
con equipo aéreo instalado 500.000 Noviembre 2007 Propios
12- Cable de aluminio
3/0 101.000 Noviembre 2007 Propios
13- Mano de obra
para poda de árboles 140.000 Noviembre 2007 Propios
y
limpieza de vegetación en
energizadas
de media tensión
San José, 9 de noviembre del 2007.—Sección Control de Presupuesto.—Juan M. Casasola Vargas, Jefe.—1 vez.—(101534).
PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO
AGROPECURIO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000023-07
Contratación de servicios de servicios
de gestión
y apoyo para realización de la EXPOPIMA 2008
La Proveeduría del PIMA avisa que a partir de la presente publicación, pondrá a disposición de los interesados el cartel de la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000023-07. Este concurso es formulado por la Administración con el propósito de contratar un proveedor que proporcione los servicios de gestión y apoyo para la realización de la EXPOPIMA 2008. El cartel y los términos de referencia pertenecientes a este concurso pueden ser adquiridos por los interesados, en las oficinas de Proveeduría del PIMA ubicadas 500 metros este del Mall Real Cariari en Barrial de Heredia y tienen un costo de ¢1000. Las ofertas para dicho concurso se recibirán hasta las 9:00 horas del día martes 27 de noviembre del 2007. Cualquier consulta o información adicional respecto a este concurso puede solicitarse al tel: 239-12-33, ext. 222 o 258 con personal de Proveeduría.—Barrial de Heredia, 12 de noviembre del 2007.—Proveeduría.—Lic. Ronald Miranda V.—1 vez.—(101481).
INSTITUTO COSTARRICENSE DEL
DEPORTE Y LA RECREACIÓN
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000042-01
Servicios informáticos
(Financiamiento: fondos públicos ¢ 9.600.000,00 colones)
El Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación, recibirá ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del día 27 de noviembre del 2007 en la Proveeduría Institucional para este concurso.
Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones en la Proveeduría del ICODER, sin costo alguno.
San José, 9 de noviembre del 2007.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 10819).—C-6070.—(101441).
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000026-99999
Compra de materiales para la
construcción de
Centro Semi Institucional de la Mujer Adulta
La Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 23 de noviembre del 2007, para la licitación supracitada.
El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema Comprared en forma gratuita, en la dirección www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta publicación, o podrá obtenerlo en la Proveeduría Institucional del Ministerio de Justicia, que se encuentra ubicada 50 metros al norte de la Clínica Bíblica, frente al Centro Educativo Marcelino García Flamenco, calle 1, avenida 12 y 14.
San José, 8 de noviembre del 2007.—Proveeduría Institucional.—Lic. Yorleny Zavala Martínez.—1 vez.—(Solicitud Nº 39835).—C-10305.—(101440).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2007LN-000034-PROV
Alquiler de local para alojar al Juzgado
Penal de Desamparados
El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados, a participar en la contratación de referencia.
El cartel está disponible a partir de esta publicación, sin costo alguno, en la Secretaría del Departamento de Proveeduría, sita en el cuarto piso del edificio Plaza de la Justicia, ubicado entre calles 17 y 19, avenidas 6 y 8, San José; o bien, obtenerlo a través de Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección licitaciones@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 295-3623/ 3295.
La fecha y hora de vencimiento para la recepción de ofertas está prevista para el día 13 de diciembre de 2007, a las 10:00 horas.
San José, 12 de noviembre del 2007.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í.—1 vez.—(101547).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA-000105-PROV
Contratación de servicios de limpieza y
jardinería para
el edificio de Tribunales de Justicia de Turrialba
El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el siguiente procedimiento de contratación:
Licitación Abreviada N° 2007LA-000105-PROV
Contratación de servicios de limpieza y jardinería para el edificio de Tribunales de Justicia de Turrialba.
Fecha y hora de apertura: 6 de diciembre de 2007, a las 11:00 horas.
El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Departamento de Proveeduría; sita en el 4° piso del edificio Plaza de la Justicia, ubicado entre calles 17 y 19, avenidas 6 y 8, San José; o bien, obtenerlos a través de Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección licitaciones@poder-judicial.go.cr.
En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 295-3136/ 3295.
San José, 12 de noviembre del 2007.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í.—1 vez.—(101549).
ÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000124-1147
Fluoruro de fosfato
El Área de Adquisiciones con la autorización de la Dirección de Recursos Materiales recibirá ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del día 13 de diciembre del 2007.
Ítem único: 10500 FC. Fluoruro de Fosfato acidulado: Fluoruro de Sodio y Fluoruro de Hidrógeno: Ion Fluoruro 1,23% ó al 1.2% (Indicar el contenido del Fluoruro de Sodio).
Rigen para este concurso las condiciones generales (publicadas en La Gaceta Nº 6 del 9 de enero del 2006) y addendum de fecha 7 de noviembre del 2007 y las notas complementarias del 27 de marzo del 2007, mismas que deben adquirir en la fotocopiadora ubicada en el piso comercial del edificio Genaro Valverde, costado sureste del Teatro Nacional (avenidas 2 y 4, calles 5 y 7). Asimismo, las especificaciones técnicas propias del cartel de este concurso consta de 78 páginas y están disponibles en la Subárea de Carteles del Área de Adquisiciones, piso 11, edificio Laureano Echandi Vicente, en horario de atención al público de 7:00 a. m. a 3:00 p. m. de lunes a viernes.
Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena.—1 vez.—(U. E. Nº 1142).—C-11495.—(101473).
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000109-PRI
Remodelación caseta estación bombeo
Manuel Antonio
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 8:00 horas del día 10 de diciembre del 2007, para la remodelación caseta estación bombeo Manuel Antonio.
Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del A y A, sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del A y A, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00.
San José, 12 de noviembre del 2007.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(101431).
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000124-PRI
Adquisición de cemento gris y concreto mezclado en seco
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 8:00 horas del día 6 de diciembre del 2007, para la “Adquisición de cemento gris y concreto mezclado en seco”.
Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del A y A, sita en el módulo C, piso 3, del edificio sede del AyA, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢ 500,00.
San José, 12 de noviembre del 2007.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(101433).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000004-01
Cambio red de conducción canoas -
Higuerones, primera etapa
La Municipalidad del cantón central de Alajuela, recibirá ofertas por escrito hasta la 10:00 horas del día 13 de diciembre del 2007, para la supracitada licitación.
Las especificaciones técnicas y condiciones generales deben retirarse en la Oficina de la Proveeduría, a partir de su publicación, sita diagonal a la esquina noroeste del parque central de Alajuela en la planta baja, de lunes a jueves de 7:30 horas hasta las 16:30 horas y viernes de 7:30 horas hasta las 15:30 horas. Se realizará visita de campo a las 8:00 horas del día 6 de diciembre del 2007.
Lic. Edgar Palma Solórzano, Proveedor Municipal.—1 vez.—(101532).
MUNICIPALIDAD DE PARAÍSO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000003-01
Compra de piedra 1000/24 para cuadrante
Paraíso, cuadrante
urbano de Santa Lucía, carpeta asfáltica costado sur
Iglesia
Orosi, carpeta asfáltica La Flor, cuadrante
Ciudadela Gutiérrez
La Municipalidad de Paraíso, recibirá ofertas por escrito en sobre sellado, hasta las 11:00 horas del 23 de noviembre del 2007. Las bases del concurso están a disposición de los oferentes, en el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Paraíso, costado noreste del Parque de Paraíso.
Paraíso, 9 de noviembre del 2007.—Juan Carlos Gamboa Quirós, Encargado de Compras.—1 vez.—Nº 75791.—(101341).
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES
Y RECREACIÓN DE SAN JOSÉ
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 13-2007
Contratación de persona física o
jurídica que brinde los servicios
para la construcción de dos canchas multipropósito en
concreto,
una en la Escuela Jorge Debravo, ubicada en Hatillo 8
y la otra en el Polideportivo de Aranjuez
El Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San José, comunica que recibirá ofertas por escrito, para el concurso antes mencionado, hasta las once horas del 28 de noviembre de 2007.
Asimismo, se indica que para visitar los lugares donde se realizará el trabajo se ha establecido el día miércoles 21 de noviembre de 2007, a las 10:30 a. m., partiendo de Plaza González Víquez.
Los respectivos carteles se encuentran a la disposición en la Proveeduría de este Comité, ubicada en el Complejo Deportivo de Plaza González Víquez y tienen un costo de ¢ 3.000.00 (tres mil colones).
San José, 8 de noviembre del 2007.—Lic. Maritza Calderón Arguedas, Encargada de Proveeduría.—1 vez.—Nº 75699.—(101336).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 14-2007
Instalación de mallas en los siguientes
lugares: Cancha de Fútbol
Óscar Felipe de Pavas, Cancha de Fútbol de Villa
Esperanza de
Pavas, Cancha de Fútbol de Plaza González Víquez, Cancha
de
Fútbol Infantil Hatillo 4, Cancha Multipropósito 15 de
Setiembre, Parque Recreativo del Polideportivo
Zapote y Polideportivo de Aranjuez
El Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San José, comunica que recibirá ofertas por escrito, para el concurso antes mencionado, hasta las once horas del martes 27 de noviembre de 2007.
Los interesados pueden retirar el cartel, sin costo alguno, en la Proveeduría de este Comité, ubicada en el Complejo Deportivo de Plaza González Víquez.
San José, 8 de noviembre del 2007.—Lic. Maritza Calderón Arguedas, Encargada de Proveeduría.—1 vez.—Nº 75700.—(101337).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 18 -2007
Contratación de los servicios de mano de
obra, equipo y materiales,
para la instalación de sistemas de riego en las canchas
de fútbol
del Polideportivo de Zapote y La Uruca centro
El Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San José, comunica que recibirá ofertas por escrito, para el concurso antes mencionado, hasta las once horas del 30 de noviembre de 2007.
Asimismo, se indica que para visitar los lugares donde se realizará el trabajo se ha establecido el día jueves 22 de noviembre de 2007, a las 10:30 a. m., partiendo de Plaza González Víquez.
Los interesados pueden retirar el cartel, sin costo alguno, en la Proveeduría de este Comité, ubicada en el Complejo Deportivo de Plaza González Víquez.
San José, 8 de noviembre de 2007.—Lic. Maritza Calderón Arguedas, Encargada de Proveeduría.—1 vez.—Nº 75702.—(101338).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 19-2007
Contratación de persona física o
jurídica que brinde los servicios
de mano de obra, equipo y materiales para la confección
de
estructuras metálicas de baloncesto y fútbol salón
El Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San José, comunica que recibirá ofertas por escrito, para el concurso antes mencionado, hasta las once horas del 23 de noviembre de 2007.
Los interesados pueden retirar el cartel, sin costo alguno, en la Proveeduría de este Comité, ubicada en el Complejo Deportivo de Plaza González Víquez.
San José, 8 de noviembre de 2007.—Lic. Maritza Calderón Arguedas, Encargada de Proveeduría.—1 vez.—Nº 75703.—(101339).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 20-2007
Contratación de persona física o
jurídica que brinde los servicios
de mano de obra, equipo y materiales, para demarcar
trece
canchas multipropósito, con el área de las tres
disciplinas
básicas: voleibol, baloncesto y fútbol salón
El Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San José, comunica que recibirá ofertas por escrito, para el concurso antes mencionado, hasta las once horas del 4 de diciembre de 2007.
Asimismo, se indica que para visitar los lugares donde se realizarán los trabajos se ha establecido el día viernes 23 de noviembre de 2007, a las 10:30 a.m., partiendo de Plaza González Víquez
Los interesados pueden retirar el cartel, sin costo alguno, en la Proveeduría de este Comité, ubicada en el Complejo Deportivo de Plaza González Víquez.
San José, 8 de noviembre de 2007.—Lic. Martiza Calderón Arguedas, Encargada de Proveeduría.—1 vez.—Nº 75704.—(101340).
DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y
EXTRANJERÍA
LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000064-05401
Servicio de limpieza de las oficinas sectoriales y regional de Limón
Se avisa a todos los interesados en esta Licitación para la Dirección General de Migración y Extranjería, que mediante resolución Nº 151-2007-TACHAGU del veinticinco de octubre del 2007 a las 10:00 horas en su Por Tanto y de forma resumida se indica lo siguiente se adjudica la licitación de la siguiente manera:
1. Adjudicar a:
Servicios de Consultoría de Occidente S. A. cédula jurídica 3-101-165549.—(Oferta Nº 1).
Posición Nº 1 y única.
El servicio de limpieza deberá prestarse en las siguientes Sedes Sectoriales ubicadas en Nicoya, Playas del Coco, Upala, Los Chiles, Sarapiquí, Guápiles, Pérez Zeledón, Sabalito, Golfito y Quepos y la Regional de Limón de la Dirección General de Migración y Extranjería. Deberá cumplirse con las obligaciones consignadas tanto en el cartel como en la oferta.
Monto mensual: ¢3.278.720,00.
Monto total adjudicado anual: ¢39.344.640,00.
Según el punto 1,3 del cartel, el adjudicatario debe presentar el programa de trabajo a la Dirección Regional para que se apruebe, una vez firme la adjudicación.
Garantía de cumplimiento: será de un 10% sobre el monto total adjudicado (¢3.934.464,00) tres millones novecientos treinta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y cuatro) y deberá tener una vigencia mínima de tres meses adicionales a la fecha de recepción definitiva del objeto contratado. La presente adjudicación tendrá una vigencia de un año, pudiendo otorgar prórrogas por tres períodos igualas hasta un máximo de 4 años.
La presente adjudicación queda condicionada a la efectiva disponibilidad presupuestaria o financiera de acuerdo a la legislación vigente y al cumplimiento de los requisitos de refrendo o formalización contractual. Todo de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución, el expediente de rito y la normativa vigente que regula la materia de Contratación Administrativa. Notifíquese mediante aviso el Por Tanto de la presente resolución.
Gestión de Proveeduría Institucional.—Erika García Díaz.—1 vez.—(Solicitud Nº 45970).—C-25430.—(101504).
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000495-13403
Mantenimiento de edificios y locales
(Edificios de habitación de funcionarios
de la Aduana de Paso Canoas)
Se avisa a todos los interesados en esta Licitación, para el programa Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda, que por resolución de adjudicación Nº 273-2007, de la Licitación Abreviada 2007LA-000495-13403, de las 14:00 horas del día 9 del mes de noviembre del 2007, se adjudica de la siguiente manera:
Suministros
Industriales Soto Espinoza S. A. cédula jurídica 3-101-174223.
Línea Nº 1: Remodelación y reparación del edificio de habitación de la gerencia.
Considerando las especificaciones técnicas del cartel se deberán realizar trabajos en:
- Pintura:
- Vidrios:
- Rodapié:
- Closet:
- Mueble de fregadero y mueble de cocina:
- Sustitución de puertas y reparación de portón de cuarto de pilas:
- Reparación de cuarto de pilas.
- Demás condiciones técnicas de la oferta y el cartel.
Monto unitario: ¢1.980.000,00.
Monto adjudicado: ¢1.980.000,00.
Línea Nº 2: Remodelación y reparación del edificio de habitación de los técnicos.
Considerando las especificaciones técnicas del cartel se deberán realizar trabajos en:
- Demolición de servicios sanitarios y acondicionamiento de áreas comunes.
- Demolición y construcción de closets.
- Demás condiciones técnicas de la oferta y el cartel.
Monto unitario: ¢4.934.000,00.
Monto adjudicado: ¢4.934.000,00.
Línea Nº 3: Remodelación y reparación del edificio de habitación de los guardas.
Considerando las especificaciones técnicas del cartel se deberán realizar trabajos en:
- Reparación del edificio de guardas.
- Construcción de dos tanques sépticos y sus respectivos drenajes.
- Demás condiciones técnicas de la oferta y el cartel.
Monto unitario: ¢7.881.708,00.
Monto adjudicado: ¢7.881.708,00.
Monto total adjudicado: ¢14.795.708,00.
Catorce millones setecientos noventa y cinco setecientos ocho colones exactos.
Tiempo de entrega: dos meses calendario.
Garantía del trabajo: cinco años contra defectos de fabricación y manufactura.
Forma de pago: usual de gobierno.
“De conformidad con la resolución Nº 770-2006, del Ministerio de Hacienda de las nueve horas del veintiocho de abril del dos mil seis, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 104 del 31 de mayo del 2006”.
Timbres: De conformidad con el Código Fiscal vigente y sus reformas, en acatamiento del oficio Nº 29 (DI-AA-016 del 02-01-02) de la Contraloría General de la República y el oficio y DGABCA-NP-133-05-K de fecha 09-02-05, de la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, por la presente adjudicación se debe cancelar la suma de ¢37.301,75 (Treinta y siete mil trescientos un colón con setenta y cinco céntimos), por concepto de pago de especies fiscales y lo que coloquialmente se denomina como “reintegro” de la contratación de marras.
La cancelación puede ser mediante la compra de las especies fiscales (timbres) o bien efectuando el pago en “Entero de Gobierno” en la oficina correspondiente.
Ese pago deberán demostrarlo al momento en que procedan a hacer formal entrega de los bienes y servicios contratados.
Garantía de cumplimiento: E adjudicatario deberá presentar una garantía de cumplimiento de un 5% sobre el monto total adjudicado con una vigencia mínima de tres meses adicionales a la fecha definitiva de la recepción del objeto del contratado.
Lugar de entrega: edificio de la Aduana de Paso Canoas.
Todo de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.
La presente adjudicación queda condicionada a la efectiva disponibilidad presupuestaria o financiera de acuerdo a la legislación vigente y al cumplimiento de los requisitos de refrendo o formalización contractual que correspondieren de conformidad con el Reglamento sobre Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública y sus respectivas modificaciones emitidas por la Contraloría General de la República.
Se les aclara a todos los participantes que la presente es solo el resumen final de la adjudicación, que el Análisis Integral de la Contratación se encuentra en el Expediente Administrativo; el cual pueden solicitar en la Recepción del Departamento de Contrataciones, para efectos de conocer los fundamentos técnicos y legales que motivan la presente adjudicación.
San José, 9 de noviembre del 2007.—Proveeduría.—Lic. Olman San Lee, Chacón, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 09103).—C-56890.—(101485).
PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO
AGROPECUARIO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000018-07
Reparación de la tubería perteneciente
al
equipo de refrigeración de REFRINA
La Proveeduría del PIMA, en apego a lo establecido por el artículo 88 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, procede a comunicar al público en general que según resolución tomada por la Gerencia General del PIMA mediante oficio 370 GG-07 del 9 de noviembre del año en curso, se procedió a adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000018-07 denominada “Reparación de 160 metros lineales de tubería perteneciente al equipo de refrigeración de REFRINA”, a la oferta presentada por Leaho Refrigeración Industrial S. A., por un monto de $ 22.500,00. Lo anterior según los resultados obtenidos a partir del análisis de las ofertas respectivas.
Heredia 12 de noviembre del 2007.—Proveeduría.—Lic. Ronald Miranda Villalobos.—1 vez.—(101482).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000015-PROV
Alquiler de local para alojar al Juzgado
Penal de Desamparados
Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación de referencia que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión N° 84-07, celebrada el ocho de noviembre del año dos mil siete, dispuso declarar infructuoso el siguiente procedimiento:
Licitación Objeto de
contratación
Pública N° 2007LN-000015-PROV Alquiler de local para alojar al
Juzgado Penal de Desamparados.
San José, 12 de noviembre del 2007.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í.—1 vez.—(101545).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-004859-01
Suministro, instalación, remodelación de
19
cubículos para cajero automático del BCR
El Banco de Costa Rica comunica a los interesados en la licitación en referencia que la Comisión de Contratación Administrativa, en reunión 61-2007 CCADTVA del 8 de noviembre del 2007, resolvió adjudicar dicha contratación según el siguiente detalle:
Muebles
y Remodelaciones Quirós Hnos. S. A.
Imprevistos Total de la Plazo de
Ítem Oferta de diseño oferta ¢ entrega
2 13.254.000,00 662.700,00 13.916.700,00 22
días naturales
15 13.410.000,00 670.500,00 14.080.500,00 22
días naturales
Constructora
Enrique Muñoz S. A.
Imprevistos Total de la Plazo de
Ítem Oferta de diseño oferta ¢ entrega
3 9.742.800,00 497.115,00 10.239.915,00 15
días naturales
13 11.960.000,00 598.000,00 12.558.000,00 20
días naturales
16 14.725.000,00 736.250,00 15.461.250,00 22
días naturales
17 14.438.200,00 721.910,00 15.160.110,00 22
días naturales
Sistemas
y Construcciones AG LTDA.
Imprevistos Total de la Plazo de
Ítem Oferta de diseño oferta ¢ entrega
5 15.565.500,00 778.275,00 16.343.775,00 22
días naturales
6 16.328.500,00 816.425,00 17.144.925,00 22
días naturales
12 15.039.500,00 751.975.00 15.791.475,00 15
días naturales
19 15.760.715,00 788.035,75 16.548.750,75 22
días naturales
Así mismo declaro desiertos los siguientes ítemes de dicha licitación:
Nº ítem Descripción
1 Complejo Wilmer López
7 Mercado Santa Cruz
18 Dos Pinos, Alajuela
Oficina de Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar S., Licitaciones.—1 vez.—(Solicitud Nº 49926).—C-26145.—(101505).
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000099-PRI
(Declaratoria de infructuosa)
Remodelación de la plataforma de servicio y Bancrédito
en el primer piso del edificio Autofores
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante resolución de Gerencia 2007-739 del 9 de noviembre del 2007, se procede a declarar infructuoso el procedimiento indicado.
San José, 12 de noviembre del 2007.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(101430).
MUNICIPALIDAD VÁZQUEZ DE CORONADO
La oficina de proveeduría de la Municipalidad Vázquez de Coronado comunica a todos los interesados que en la sesión ordinaria Nº 79 del día 29 de octubre de 2007, el Concejo Municipal mediante acuerdo Nº 2007-079-035 adjudicó las siguientes licitaciones:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000003-01
Recarpeteo y reparación calle puente
barrio El Carmen
distrito de Jesús del cantón de Coronado
Adjudicación a la empresa Concreto Asfáltico Nacional, por un monto de ¢6.222.500,00.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000006-01
Recarpeteo y reparación calle El
Rodeo-Sinai distrito
de Jesús del cantón de Coronado
Adjudicación parcial a la empresa Concreto Asfáltico Nacional, por un monto de ¢17.400.000,00.
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000007-01
Recarpeteo y reparación calle del Icaes
al Liceo de Coronado
distrito de San Isidro del cantón de Coronado
Adjudicación a la empresa Concreto Asfáltico Nacional, por un monto de ¢9.500.000,00.
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000008-01
Recarpeteo y reparación calle del Liceo
de Coronado a puente
Ipis distrito de San Isidro del cantón de Coronado
Adjudicación a la empresa Concreto Asfáltico Nacional, por un monto de ¢11.257.500,00.
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000009-01
Recarpeteo y reparación calle La
Catalina a urbanización
La Esmeralda distrito de San Isidro del cantón de
Coronado
Adjudicación a la empresa Concreto Asfáltico Nacional, por un monto de ¢6.697.500,00.
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000010-01
Recarpeteo y reparación calle La Máquina
distrito
de San Rafael del cantón de Coronado
Adjudicación a la empresa Concreto Asfáltico Nacional, por un monto de ¢17.575.000,00.
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000011-01
Recarpeteo y reparación calle Patio de
Agua distrito de
San Rafael del cantón de Coronado
Adjudicación parcial a la empresa Concreto Asfáltico Nacional, por un monto de ¢15.000.000.00.
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000012-01
Recarpeteo y reparación calle La Guaba
distrito
de Cascajal del cantón de Coronado
Adjudicación parcial a la empresa Concreto Asfáltico Nacional, por un monto de ¢30.000.000,00.
San José, 30 de octubre del 2007.—Departamento de Proveeduría.—José Sánchez Porras, Proveedor.—1 vez.—(101423).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000023-01
(Declaratoria de infructuosa)
Aumento en la cobertura de micromedición
La Municipalidad de Alajuela informa a los interesados en la referida Licitación, que la Alcaldía Municipal del cantón central de Alajuela, a las 10:00 horas del día 2 de octubre del 2007, resuelve declarar infructuosa la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000023-01, “Aumento en la cobertura de micromedición”, por cuanto no se presentaron oferentes.
Lic. Edgar Palma Solórzano, Proveedor Municipal.—1 vez.—(101533).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO
ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000026-01
Contratación para la Aplicación de
Silicón
La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, avisa a todos los interesados en la Licitación arriba mencionada que la Subgerencia de JASEC, mediante oficio Nº 039-SG-2007, acordó adjudicarla de la siguiente manera:
A la única oferta presentada por CFS Sistemas S. A. bajo el siguiente detalle:
ítem Nº 1.
1. Patio de interruptores el Bosque: Servicios de instalación de dispositivos de aislamiento MIDSUN, precio unitario ¢3.465.569,32.
2. Línea Birris I-Birris III: Servicios de instalación de dispositivos de aislamiento MIDSUN. Precio unitario ¢ 3.946.325,47.
3. Subestación planta Birris I: Servicios de instalación de dispositivos de aislamiento MIDSUN, precio unitario ¢ 8.167.031,38.
4. Trayecto San Isidro del Guarco: Servicios de instalación de dispositivos de aislamiento MIDSUN, precio unitario ¢1.312.500,00.
Subtotal: ¢ 16.891.426, 17
ítem Nº 2.
1. Línea sector Caleras: servicio de aplicación de recubrimiento siliconado MIDSUN 570 para 100 aisladores. Precio unitario ¢3.377.413,27.
2. Línea Novartis-Coris: servicio de aplicación de recubrimiento siliconado MIDSUN 570 para 300 aisladores. Precio unitario ¢8.202.671,06.
3. Línea alrededores Holcim: Servicio de aplicación de recubrimiento siliconado MIDSUN 570 para 166 aisladores. Precio unitario ¢5.133.871,85.
4. Patio interruptores El Bosque: servicio de aplicación de recubrimiento siliconado MIDSUN 570 para 72 aisladores. Precio unitario: ¢ 3.293.172,35.
5. Subestación Birris I: servicio de aplicación de recubrimiento siliconado MIDSUN 570 para 190 aisladores. Precio unitario ¢5.992.735,87.
Subtotal: ¢ 25.999.864,40.
Monto total adjudicado: ¢ 42.891.290,58.
Tiempo de entrega: 4 semanas.
Garantía del equipo: 3 años por los dispositivos de aislamiento y su servicio de aplicación y 5 años por el servicio de aplicación de recubrimiento siliconado.
Forma de pago: crédito a 30 días.
Contratar Bienes y Servicios.—Lic. Abel Gómez L., Coordinador.—1 vez.—(Solicitud Nº 14330).—C-33680.—(101486).
La Oficina de Proveeduría y Licitaciones del Banco Crédito Agrícola de Cartago, informa que el número de Licitación Abreviada Nº 2007CD-000014-01 publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 208 del día martes 30 de octubre del 2007 es incorrecto, siendo lo correcto Licitación Abreviada Nº 2007LA-000014-01.
Cartago, 9 de noviembre del 2007.—Proveeduría y Suministros.—Lic. Julio C. Brenes Ramírez, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 36).—C-4255.—(101487).
ÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA 2007LA-000082-1142
Reactivos para determinación de genotipos de VIH
A los interesados en el presente concurso, se les comunica que el nombre del artículo de la Licitación Abreviada 2007LA-000082, publicada en La Gaceta Nº 216 del día 9 de noviembre del 2007, es:
Reactivos para determinación de genotipos de VIH.
Los demás términos de la publicación se mantienen invariables.
Subárea de Adjudicaciones.—Luz Mary Hidalgo Hernández, Jefa.—1 vez.—(U. E. Nº 1142).—C-6070.—(101474).
Adjudicación parcial de Venta Pública VP-015-2007
En el Diario Oficial La Gaceta Nº 217 del 12 de noviembre del 2007, en la página 32, con la referencia 99840, se publicó la Adjudicación Parcial de Venta Pública VP-015-2007, donde debe leerse correctamente lo siguiente y no como se publicó:
Monto
de la
Ítem Descripción Adjudicatario adjudicación ¢
10 Casa
de habitación en
Cartago,
Agua Caliente,
Hacienda
de Oro, Carmen
Ligia Aguilar
FRM
182128-000 Sánchez,
cédula 3-191-555 15.151.515,00
11 Casa de habitación en
Cartago,
Dulce Nombre, José Miguel
Torres
Florence
FRM 171035-000 Salazar, cédula
3-167-046 8.000.000
Todo lo demás queda igual.
La Uruca, San José, noviembre del 2007.—Lic. Nelson Loaiza Sojo, Director General de la Imprenta Nacional.—1 vez.—(101807).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000039-PROV
(Aclaración Adjudicación)
Adquisición herramientas especiales para
mantenimiento de unidades
generadoras Nos. 1, 2, 3 y 4 del Centro Generación MOIN
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que en La Gaceta Nº 167 del 31 de agosto del 2007, se publicó la adjudicación de la licitación abreviada Nº 2007LA-000039-PROV, a la que se le debe hacer la siguiente aclaración:
Precio Precio total
Ítem Descripción Cant. unitario EUR
2 Conjunto
de dos pistones
hidráulicos
parte T-108 ítem Nº 57 1 18.275,00 18.275,00
Debe
leerse correctamente
Precio Precio total
Ítem Descripción Cant. unitario EUR
2 Conjunto de dos pistones
hidráulicos
parte T-108 ítem Nº 57 1 18.725,00 18.725,00
Se mantiene el resto de las condiciones de la publicación original.
San José, 12 de noviembre del 2007.—Dirección de Proveeduría.— Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 330291).—C-9670.—(101442).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000107-PROV
Adquisición de montacargas
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada que el cartel de dicho concurso fue sujeto a la siguiente modificación. Modificación Nº 1.
CAPÍTULO II. Condiciones particulares.
Donde
dice:
8. Tiempo de entrega.
8.1 Los bienes deben ser entregados en un plazo no mayor a 60 días hábiles, a partir de la notificación de la orden de compra, la cual se considerará como la orden de inicio.
Debe
decir:
8. Tiempo de entrega.
8.1 Los bienes deben ser entregados en un plazo no mayor a 80 días hábiles, a partir de la notificación de la orden de compra, la cual se considerará como la orden de inicio.
San José, 9 de noviembre del 2007.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 330291).—C-9680.—(101443).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000108-PROV
Adquisición del interfaz del gestor de
elementos de la red SDH Lucent
para la integración con la plataforma de Gestión de Red
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada que la apertura de ofertas fue prorrogada para las 10:00 horas del 3 de diciembre del 2007.
Fecha de apertura de ofertas anterior: a las 9:00 horas del día 19 de noviembre del 2007.
San José, 9 de noviembre del 2007.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 330291).—C-6070.—(101444).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000109-PROV
Adquisición de equipo de cómputo
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada que el cartel de dicho concurso fue sujeto a las siguientes modificaciones. (Modificación y prórroga Nº 1).
Donde
se lee:
Ítem 1. Punto 2.10.
8 puertos USB 2.0, como mínimo, sin necesidad de tarjetas adicionales, 6 atrás y 2 adelante.
Ítem 2. Punto 10.4.
Velocidad de reescritura DVD-RW: 8X (8.1 MB/s) o superior.
Ítem 2. Punto 10.12.
Cargador de medio tipo bandeja, con uñas para operación en posición vertical.
Ítem 2. Punto 12.4.
Indicador de WiFi: LED Verde.
Ítem 2. Punto 21.6.1
Puerto Serial compatible 16550.
Ítem 2. Punto 32.
Debe pesar como máximo 2.5 Kg.
Debe
leerse
Ítem 1. Punto 2.10.
6 puertos USB 2.0, como mínimo, sin necesidad de tarjetas adicionales Al menos 2 adelante y los demás atrás.
Ítem 2. Punto 10.4
Velocidad de reescritura DVD-RW: 8X DVD 10,800 KB/s:
Ítem 2. Punto 10.12.
Se elimina este punto del cartel.
Ítem 2. Punto 12.4 Indicador LED de WiFi.
Ítem 2. Punto 21.6.
1 Puerto Serial compatible 16550 o dispositivo convertidor serial a USB.
Ítem 2. Punto 32.
Debe pesar como máximo 2.8 Kg.
Asimismo se le comunica que la apertura de ofertas fue prorrogada para las 9:00 horas del día 4 de diciembre del 2007.
San José, 9 de noviembre del 2007.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador-Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 330291).—C-19380.—(101445).
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A.
REGLAMENTO PARA LA ATENCIÓN DE DENUNCIAS
PLANTEADAS
ANTE LA AUDITORÍA INTERNA
DE
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE
SOCIEDAD
ANÓNIMA
CAPÍTULO I
Fundamento legal
Artículo 1º—El presente Reglamento se fundamenta en la Ley General de Control Interno Nº 8292 y la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Nº 8422.
CAPÍTULO II
Aspectos generales
Artículo 2º—Objetivo. El presente Reglamento tiene como objetivo informar y regular la forma en las que las personas deben presentar las denuncias ante la Auditoría Interna de Radiográfica Costarricense S. A., así como los requisitos que debe reunir una denuncia y el procedimiento que empleará la Auditoría Interna para valorar si es procedente verificar los hechos que se denuncian.
Artículo 3º—Ámbito de competencia. La Auditoría Interna dará trámite únicamente a aquellas denuncias que versen sobre posibles hechos irregulares o ilegales, en relación con el uso y manejo de fondos públicos por parte de los funcionarios de RACSA, o sujetos pasivos que se le hayan transferido recursos para su administración e hicieran mal uso de éstos y lo regulado por la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Nº 8422.
Artículo 4º—Principios generales: La admisión de denuncias se atenderá en concordancia con los principios de simplicidad, economía, eficacia, eficiencia y razonabilidad.
Artículo 5º—Recibo de la denuncia. La Auditoría Interna recibirá las denuncias en las oficinas centrales de RACSA, las cuales deberán venir dirigidas directamente hacia la Auditoría Interna. El Auditor Interno valorará la admisibilidad de las denuncias presentadas.
Artículo 6º—Confidencialidad de los denunciantes. La identidad del denunciante, la información, la documentación y otras evidencias de las investigaciones que se efectúen serán confidenciales, de conformidad con las regulaciones establecidas en el artículo 6º de la Ley General de Control Interno y en el artículo 8 de la Ley contra la Corrupción y Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.
Las infracciones a la obligación de mantener dicha confidencialidad por parte de los funcionarios de la Auditoría Interna podrán ser sancionadas según lo previsto en esas leyes.
Artículo 7º—De los requisitos que deben contener las denuncias presentadas ante la Auditoría Interna de RACSA:
1. Los hechos denunciados deberán ser expuestos en forma clara, precisa y circunstanciada, brindando el detalle suficiente que permita realizar la investigación: fecha y lugar en que ocurrieron tales hechos y el sujeto que presuntamente los ejecutó.
2. Se deberá señalar la posible situación irregular que afecta a RACSA.
3. El denunciante deberá indicar cuál es su pretensión en relación con el hecho denunciado.
4. Preferiblemente, deberá indicar el nombre y lugar de notificación, si así lo requiriera.
Artículo 8º—Información que debe acompañar adicionalmente el denunciante. Deberá brindar información complementaria respecto al posible monto en perjuicio a los fondos públicos manejados por RACSA, en caso de conocerlo; la indicación de probables testigos y el lugar o medio para localizarlos, además, aportará sugerencias de otras pruebas que considere conveniente para la investigación.
CAPÍTULO III
Tramitación de la denuncia
Artículo 9º—La Auditoría Interna podrá solicitar aclaración sobre lo denunciado. La Auditoría Interna, de acuerdo con sus facultades y una vez analizada la denuncia, si determinara que existen imprecisiones de los hechos denunciados, le otorgará al denunciante un plazo de 10 días hábiles para que éste aclare y complete la información que suministró. De no ser atendida la solicitud de la Auditoria Interna, quedará a criterio de ésta el archivo o desestimación de la denuncia; no obstante, podrá ser presentada con mayores elementos como una nueva gestión.
Artículo 10.—De las denuncias anónimas. La Auditoría Interna analizará el contenido y razonabilidad de la denuncia anónima presentada. Si la misma contiene elementos suficientes y prueba idónea que permita valorar los hechos presentados, se aceptará la denuncia. De no cumplir con dicho requisito, la Auditoría Interna archivará la denuncia, emitiendo una resolución escrita para ello, la cual se archivará junto con la denuncia.
Artículo 11.—De los resultados de la investigación producto de las denuncias. La Auditoría Interna informará a la Junta Directiva o a la Administración, según corresponda, sobre el resultado de la investigación producto de la denuncia. Asimismo, podrá informar al denunciante una vez conocido el informe por quien corresponde. La Administración activa deberá resolver con fundamento en los tiempos regulados en la Ley General de Control Interno.
Artículo 12.—La atención de denuncias trasladadas por la Contraloría General de la República. La Auditoría Interna atenderá, de acuerdo con su plan de trabajo, las denuncias que le sean remitidas por el Ente Contralor. No obstante, de acuerdo con el contenido de éstas, podrá dar prioridad a su atención en el menor tiempo posible.
Artículo 13.—Del traslado de la denuncia a la Administración activa. La Auditoría Interna, luego de analizar el contenido de las denuncias presentadas ante esta Unidad, podrá trasladar a la Administración activa para su atención, aquellas denuncias que por su contenido, sean, a criterio de la Auditoría Interna, soporte de atención por parte de la Administración activa, la que deberá atender e informar de su resultado a la Auditoría Interna e interesados.
Artículo 14.—Del seguimiento de los resultados y atención de las denuncias. La Auditoría Interna, como unidad del sistema de control interno, de acuerdo con los procedimientos establecidos, dará seguimiento a los resultados producto de las denuncias presentadas ante esta Unidad, para verificar el cumplimiento de las recomendaciones emitidas al respecto, así como de las denuncias que remita a la Administración activa para verificar que las mismas sean cumplidas.
CAPÍTULO IV
Desestimación de las denuncias
Artículo 15.—De los motivos para la desestimación y archivo de la denuncia. Se tendrá por desestimada una denuncia:
1. Si la denuncia no corresponde al ámbito de competencia descrito en el artículo 3 de estas regulaciones.
2. Si la denuncia se refiere a intereses particulares exclusivos de los denunciantes en relación con conductas ejercidas u omitidas por la Administración de RACSA, salvo que de la información aportada en la denuncia se logre determinar la existencia de aspectos relevantes que ameritan ser investigados por la Auditoría Interna.
3. Si los hechos denunciados corresponde investigarlos o ser discutidos exclusivamente en otras sedes, ya sean administrativas o judiciales.
4. Si los hechos denunciados se refieren a problemas de índole laboral que se presentaron entre el denunciante y RACSA.
5. Si se estima, producto del análisis del costo-beneficio, que la erogación de la investigación pudiera ser superior al beneficio que se obtendría al atender la denuncia. Para dicho efecto, se deberá dejar constancia del análisis realizado por parte del funcionario asignado.
6. Si el asunto planteado ante la Auditoría Interna ha sido hecho del conocimiento de otras instancias de la Administración activa con potestades para realizar la investigación. La Auditoría Interna coordinará con esas unidades a efecto de no duplicar el uso de recursos públicos y establecer la instancia que deberá atender la denuncia.
7. Si la denuncia presentada fuera una reiteración o reproducción de otras denuncias similares sin aportar elementos nuevos y que ya hubieran sido resueltas con anterioridad por la Auditoría Interna o por otras unidades de la Administración activa.
8. Si la denuncia omite alguno de los requisitos esenciales mencionados en el artículo 7 y 8 de este Reglamento.
Artículo 16.—De la desestimación de la denuncia. Cuando la Auditoría Interna desestime una denuncia, deberá motivar y dejar evidencia en el expediente correspondiente de los motivos por los cuales se desestimó dicha denuncia.
CAPÍTULO V
Comunicación de resultados
Artículo 17.—De la comunicación al denunciante. Cuando la denuncia sea presentada con el nombre, calidades y dirección para notificaciones del denunciante, la Auditoría Interna deberá comunicarle el resultado de la investigación o de cualquier gestión que se haya tomado en torno a la denuncia, sea ésta la desestimación, archivo o traslado de la misma a la Administración activa u otras instancias.
Artículo 18.—Fundamentación del acto, desestimación o archivo de denuncias: La desestimación o archivo de las denuncias se realizará mediante un acto debidamente motivado donde se acrediten los argumentos valorados para tomar esa decisión. Cuando se desestime la atención de asuntos denunciados, esa situación deberá quedar debidamente acreditada en los papeles de trabajo de la investigación y en la razón de archivo correspondiente o en las herramientas que defina la Auditoría Interna.
Artículo 19.—Comunicación al denunciante en caso de denuncias suscritas: Al denunciante se le deberá comunicar cualquiera de las siguientes resoluciones que se adopte de su gestión:
1. La decisión de desestimar la denuncia y de archivarla.
2. La decisión de trasladar la gestión para su atención a la Administración, al órgano de control que corresponda o al Ministerio Público.
3. El resultado final de la investigación que se realizó con motivo de su denuncia.
Las anteriores comunicaciones se realizarán en el tanto haya especificado en dicho documento su nombre, calidades y lugar de notificación.
Artículo 20.—De los procedimientos de Auditoría. La Auditoría Interna utilizará los procedimientos establecidos en el Manual para el Ejercicio de la Auditoría o aquellos que sean necesarios, cumpliendo con el ordenamiento jurídico.
Artículo 21.—Vigencia. El presente Reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
San José, 1º de noviembre del 2007.—Departamento Gestión de Compras y Materiales.—Lic. Alejandro Lara Vargas, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 41029).—C-72600.—(98147).
MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN
La Municipalidad de Pérez Zeledón comunica que mediante acuerdo de artículo 1º, de la sesión extraordinaria Nº E-024-07, del 18 de junio del 2007, se aprobó el siguiente Reglamento:
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DE LA AUDITORÍA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD
DE PÉREZ ZELEDÓN
PRESENTACIÓN
Como parte integrante y activa del Sistema de Control Interno Institucional de esta Municipalidad, a la luz de lo que establecen la Ley N° 8292, Ley General de Control Interno y el Manual de Normas Generales de Control Interno, en cumplimiento de lo que señalan los artículos 22 y 23 de la citada Ley, así como la nueva normativa vigente en materia de control y fiscalización superiores y ética en la función pública, la Auditoría Interna de la Municipalidad de Pérez Zeledón se ha dado a la tarea de revisar y actualizar su Reglamento de Organización y Funcionamiento, a la luz de los lineamientos que con tal fin emitiera la Contraloría General de la República mediante documento denominado “Directrices Generales Relativas al Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Auditorías Internas del Sector Público”, firmado por la Contralora General con el número D-2-2006-CO-DFOE-DAGJ y publicado en La Gaceta Nº 236 del 8 de diciembre del 2006.
De esta manera, nos preparamos para enfrentar los nuevos retos, facilitando al personal que ha de desempeñarse en los diferentes campos de acción de nuestra competencia, mecanismos más ágiles e instrumentos mejor diseñados para el óptimo desempeño de sus funciones, entre los que se contemplan en el corto plazo la formalización del “Compendio de Herramientas para el Ejercicio de la Auditoría Interna” con que ya cuenta esta oficina y la emisión del “Manual de Organización y Funciones de la Auditoría Interna” que complementará el presente Reglamento.
El instrumento normativo que aquí nos ocupa se ha estructurado en cinco capítulos, referidos el primero de ellos a las disposiciones generales, los dos siguientes a la organización y al funcionamiento de la Auditoría Interna, en los que se detalla el accionar interno de esta oficina, un cuarto capítulo sobre el trámite y atención de denuncias y el capítulo de disposiciones finales, en el que se hace referencia tanto a la derogatoria del Reglamento anterior como a la entrada en vigencia del presente, así como a las normas transitorias requeridas.
De esta forma, el Reglamento regula aquellas medidas necesarias sobre la organización y el funcionamiento de la Auditoría Interna, orientando su accionar de manera que la misma se perciba como una actividad que coadyuve al éxito de la gestión institucional, en aras de la legalidad y efectividad en el manejo de los fondos públicos que fiscaliza.
Así, este Reglamento de Organización y Funciones de la Auditoría Interna de la Municipalidad de Pérez Zeledón pretende ser un instrumento facilitador de los procesos de la Auditoría Interna, con la finalidad de contribuir al logro del objetivo fundamental del Sistema de Control y Fiscalización Superiores, dando valor agregado a la gestión municipal y otorgando a la ciudadanía una garantía razonable de que las operaciones de la institución se realizan con apego al marco legal vigente y que el personal que se desempeña en la Auditoría Interna lo hace dentro del marco de los más altos valores éticos, morales y profesionales que rigen la función pública costarricense.
Municipalidad de Pérez Zeledón
Auditoría Interna Municipal
ÍNDICE
PRESENTACIÓN
CAPÍTULO
I: DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º- Objetivo
Artículo 2º- Concepto de Auditoría Interna
Artículo 3º- Ámbito de aplicación
CAPÍTULO
II: ORGANIZACIÓN DE LA AUDITORÍA INTERNA
Artículo 4º- Independencia y objetividad
Artículo 5º- Ubicación y estructura organizativa
Artículo 6º- Del Auditor y Subauditor Interno
Artículo 7º- Del personal de la Auditoría Interna
Artículo 8º- Ámbito de acción
Artículo 9º- Relaciones y coordinaciones
Artículo 10º- Organización de la Auditoría Interna
Artículo 11º- Políticas y procedimientos
Artículo 12º- Planificación
CAPÍTULO
III: FUNCIONAMIENTO DE LA AUDITORÍA INTERNA
Artículo 13º- Competencias de la Auditoría Interna
Artículo 14º- Deberes de la Auditoría Interna
Artículo 15º- Potestades de la Auditoría Interna
Artículo 16º- Otros aspectos relativos al funcionamiento de la Auditoría
Interna
Artículo 17º- Confidencialidad de la información
Artículo 18º- Establecimiento de plazos
Artículo 19º- Prohibiciones del personal de Auditoría Interna
Artículo 20º- Servicios de fiscalización
Artículo 21º- Informes de Auditoría Interna
Artículo 22º- Programa de Seguimiento
CAPÍTULO
IV: DENUNCIAS
Artículo 23º- Presentación de denuncias
Artículo 24º- Denuncias anónimas
Artículo 25º- Solicitud de aclaración
Artículo 26º- Trámite de denuncias admitidas
Artículo 27º- Desestimación de las denuncias
Artículo 28º- Fundamentación del acto de desestimación o archivo
Artículo 29º- Comunicación al denunciante
Artículo 30º- Confidencialidad de los denunciantes y de los estudios
que podrían originar la apertura de procedimientos
administrativos
Artículo 31º- Detección de hechos irregulares
CAPÍTULO
V: DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
SECCIÓN I: Disposiciones
finales
Artículo 32º- Derogatoria
Artículo 33º- Vigencia
Artículo 34º- Modificaciones al Reglamento
SECCIÓN II: Disposiciones transitorias
Transitorio I Ajustes al Manual Institucional de Cargos y Clases
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Objetivo. El presente Reglamento, en conjunto con las disposiciones contenidas en la Ley General de Control Interno, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y los manuales técnicos, las disposiciones, normas, políticas y directrices emitidas por el órgano contralor, regula las actividades, organización, objetivos, funciones y atribuciones de la Auditoría Interna de la Municipalidad de Pérez Zeledón, con la finalidad de orientar su accionar de manera que la misma se perciba como una actividad que coadyuve al éxito de la gestión institucional, en aras de la legalidad y efectividad en el manejo de los fondos públicos que fiscaliza.
Artículo 2º—Concepto de Auditoría Interna. La Auditoría Interna, como actividad independiente, objetiva y asesora, que da valor agregado y mejora las operaciones de la institución, coadyuva en el cumplimiento de los objetivos y metas de la Municipalidad, aportando un enfoque sistemático y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de los procesos de gestión de riesgos, de control y de dirección, proporcionando a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del Jerarca y la del resto de la administración se ejecutan conforme al marco legal y técnico y a las sanas prácticas, todo esto de acuerdo con lo establece el artículo 21° de la Ley General de Control Interno.
Para ello, el Auditor Interno establecerá y mantendrá actualizadas la misión, visión y principales políticas que regirán el accionar de la Auditoría Interna, tal y como lo establece el artículo 11° del presente Reglamento.
Artículo 3º—Ámbito de aplicación. El presente Reglamento es de acatamiento obligatorio para todos los funcionarios de la Auditoría Interna y para los funcionarios de la Administración Activa, en la materia que les resulte aplicable, entendiendo como administración activa la definición contenida en el Manual de Normas Generales de Control Interno para la Contraloría General de la República y las entidades y órganos sujetos a su fiscalización.
CAPÍTULO II
Organización de la Auditoría Interna
Artículo 4º—Independencia y objetividad. Los funcionarios de la Auditoría Interna deberán ejercer sus deberes, potestades y competencias con total independencia funcional y de criterio respecto del jerarca y de los demás órganos de la administración activa, de forma que los juicios y criterios que emitan sean imparciales y equilibrados, manteniendo la objetividad y una conducta adecuada con el nivel jerárquico superior que ocupa la Auditoría Interna dentro de la institución. Para ello, debe garantizarse al menos lo siguiente:
a) Los funcionarios de la Auditoría Interna, en el desarrollo de sus competencias, deben estar libres de impedimentos para proceder con objetividad e imparcialidad y tienen la responsabilidad de estar alerta sobre cualquier circunstancia, situación o hecho, personales o externos, que puedan menoscabar o poner en duda su independencia u objetividad real y aparente.
b) El Auditor Interno debe mantenerse alerta para detectar los impedimentos del personal a su cargo, sean estos de hecho o en apariencia. Para tal efecto, deberá establecer medidas formales que le permitan controlar y administrar estos impedimentos, comunicando a las partes correspondientes los detalles del impedimento. El mecanismo empleado para esa comunicación dependerá de la naturaleza del impedimento, según cada caso en particular. No obstante esta responsabilidad del Auditor, el personal de auditoría tiene el deber de informarle de cualquier impedimento que puedan tener.
c) La participación del Auditor Interno en las sesiones o reuniones del jerarca debe de ser la excepción y no la regla, esto con la finalidad de mantener su objetividad e independencia de criterio. Cuando se requiera de su participación en estas reuniones, deberá de ser conforme con su carácter asesor, según la normativa y criterios establecidos por la Contraloría General al respecto.
d) El auditor interno y los funcionarios de Auditoría no deben ser parte de grupos de trabajo o comisiones que ejerzan funciones propias de la administración activa. Cuando el jerarca solicite su participación en estos grupos o comisiones, ésta deberá ser exclusivamente en función asesora, en asuntos de su competencia, y no podrá tener carácter permanente, todo esto en resguardo de su objetividad e independencia de criterio.
Artículo 5º—Ubicación y estructura organizativa. La ubicación de la Auditoría Interna en la estructura organizativa debe corresponder a la de un órgano de mayor rango, dependiente del Jerarca, conforme las facultades de que dispone legal, reglamentaria y técnicamente y debe garantizar lo siguiente:
a) Permitir que el actuar de la Auditoría Interna se dé con suficiente libertad para realizar una fiscalización objetiva e independiente a su Jerarca y demás órganos que componen la institución.
b) Los nombramientos del Auditor y Subauditor Internos pueden ser por recargo, interinos o por tiempo indefinido y deberán regirse por lo que al respecto indican los “Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, y las condiciones para las gestiones de nombramiento en dichos cargos” (L-1-2006-CO-DAGJ) publicados en La Gaceta N° 236 del 8 de diciembre del 2006 y cualquier otra regulación que al respecto emita la Contraloría General en el futuro. Su jornada de trabajo será de tiempo completo.
c) Por ser un funcionario del más alto nivel y por la naturaleza de sus funciones, el auditor interno estará excluido del control de asistencia que regula a los otros funcionarios de la Auditoría Interna.
d) El auditor interno organizará internamente las labores de su oficina acorde con los recursos materiales, humanos y tecnológicos con los que cuente.
e) El Auditor Interno velará porque la Oficina a su cargo mantenga su rol de asesor de muy alto nivel dentro de la estructura organizativa, con dependencia orgánica del jerarca institucional, tal y como lo establece la normativa vigente, de forma que esa estructura sea concordante con la razón de ser y la normativa que regula la institución, a efecto de garantizar, entre otros, una administración eficaz, eficiente y económica de los recursos asignados, así como la efectividad en el cumplimiento de sus obligaciones legales y técnicas.
f) La estructura organizativa de la Auditoría Interna cuenta con un profesional a cargo, para cuyo nombramiento deberá observarse la normativa emitida por la Contraloría General. Este profesional se desempeña como Auditor Interno y tiene a su cargo funcionarios profesionales, que realizan labores de análisis y brindan soporte mediante criterios especializados, funcionarios técnicos, que realizan labores propias de fiscalización y funcionarios administrativos que atienden los aspectos de control de agenda del programa seguimiento y manejo documental a lo interno de la oficina.
Artículo 6º—Del Auditor y Subauditor Interno. La Municipalidad de Pérez Zeledón contará con un Auditor Interno, cuyo nombramiento es potestad del Concejo Municipal, para lo cual ese Ente Colegiado deberá observar lo que establecen el artículo 31 de la Ley General de Control Interno, los requisitos para desempeñarse en ese cargo, contenidos en los “Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, y las condiciones para las gestiones de nombramiento en dichos cargos” (L-1-2006-CO-DAGJ) publicados en La Gaceta N° 236 del 8 de diciembre del 2006 y cualquier otra regulación que al respecto emita la Contraloría General en el futuro. Para su nombramiento, remoción o suspensión, deberán observarse los requisitos y procedimientos establecidos en la norma ya citada, en el artículo 15 de la Ley Nº 7428 y en los demás lineamientos vigentes que al respecto dicte la Contraloría General.
El puesto de Subauditor Interno (si llegara a crearse) corresponderá a un sustituto temporal del Auditor Interno y un colaborador de éste en el descargo de las funciones, y su nombramiento se regirá por las mismas regulaciones que el del Auditor Interno. El Auditor asignará las funciones al Subauditor y éste deberá responder ante él por su gestión.
Tanto el Auditor como el Subauditor Interno, deberán observar el cumplimiento de lo siguiente:
a) Cumplir con las obligaciones que le señalan la Ley General de Control Interno, este Reglamento y demás normativa legal y técnica que rija el accionar de la Auditoría Interna.
b) Observar las funciones establecidas en el Manual de Clases de Puestos de esta Municipalidad.
c) Al Auditor Interno le corresponderá la dirección superior y administración de la Auditoría Interna, debiendo cumplir para ello, entre otras, con al menos las siguientes responsabilidades.
i. Definir, establecer y mantener actualizadas las políticas requeridas por la oficina a su cargo para cumplir con sus competencias, considerando en cada caso lo relativo a los procesos propios de esa dependencia y observando la normativa legal y técnica vigente a tal efecto.
ii. Definir, establecer y mantener actualizadas las políticas, procedimientos y prácticas de administración, acceso y custodia de la documentación de la Auditoría Interna, en especial de la información relativa a los asuntos de carácter confidencial, según lo que estipulan las leyes y otra normativa legal y técnica que aplique según cada caso en particular.
iii. Mantener actualizado el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna, según lo que establece el artículo 32 del presente cuerpo normativo. Cumplir y hacer cumplir el Reglamento.
d) Preparar el Plan Anual de Trabajo de la Auditoría Interna, que debe constituirse en su marco de acción, y presentarlo de acuerdo con los lineamientos que al respecto emita la Contraloría General, con fundamento además en su planeamiento estratégico, en lo que señala el Manual de normas para el ejercicio de la Auditoría Interna con respecto al plan presupuesto anual y cualquier otra normativa interna y externa vigente, en lo que resulte aplicable.
e) Gestionar ante el jerarca, por los mecanismos que considere pertinentes, los recursos humanos, materiales, tecnológicos, de transporte y otros necesarios y suficientes para que la Auditoría Interna pueda cumplir con su gestión, en concordancia con lo que establece el artículo 27 de la Ley Nº 8292.
f) Responder por su gestión ante el Concejo Municipal, a quien presentará el informe anual de labores indicado en la Ley Nº 8292 y atenderá las consultas y solicitudes que este le formule de conformidad con lo establecido en el Código Municipal.
g) El Auditor Interno podrá delegar en su personal sus funciones, utilizando criterios de idoneidad, conforme a lo que establece la Ley General de Administración Pública.
h) Cumplir con pericia y debido cuidado profesional sus funciones, haciendo valer sus competencias con independencia funcional y de criterio, siendo vigilante de que su personal responda de igual manera.
i) Establecer y mantener actualizado un programa de aseguramiento de la calidad para la Auditoría Interna.
Artículo 7º—Del personal de la Auditoría Interna. Con respecto del personal a su cargo, el Auditor Interno tendrá al menos las siguientes potestades:
a) Autorizar los movimientos del personal, incluyendo nombramientos, ascensos, traslados, recalificaciones, vacaciones, suspensiones y ceses, de conformidad con lo que establecen los artículos 24 y 28 de la Ley Nº 8292.
b) Gestionar de forma oportuna lo relativo a las plazas vacantes de la dependencia a su cargo.
c) Vigilar y tomar las decisiones que correspondan para que los funcionarios de la Auditoría Interna cumplan en el ejercicio de sus competencias con la normativa jurídica y técnica pertinente, así como con las políticas, procedimientos, prácticas y demás disposiciones administrativas (de la institución y propias de la Auditoría Interna) que les sean aplicables.
Artículo 8º—Ámbito de acción. La acción de esta Auditoría Interna se circunscribe a la Municipalidad de Pérez Zeledón y a los entes y órganos públicos y privados sujetos a la competencia institucional de la misma. Para el fiel cumplimiento de esto, el Auditor Interno deberá definir y mantener actualizado, por medio del instrumento que considere idóneo y pertinente, cuáles serán los órganos y entes sujetos a su ámbito de acción, con fundamento en lo estipulado en el artículo 22, inciso a) de la Ley Nº 8292 y otra normativa legal y técnica que aplique en la materia.
Artículo 9º—Relaciones y coordinaciones. Con respecto de las relaciones y coordinaciones de la Auditoría Interna, el Auditor Interno tendrá las siguientes responsabilidades:
a) Establecer a lo interno de la Auditoría las pautas principales sobre las relaciones y coordinaciones de los funcionarios de su dependencia con los auditados.
b) Proveer e intercambiar información con la Contraloría General, así como con otros entes y órganos de control que corresponda, conforme a la legislación vigente, siempre en el ámbito de sus competencias. Esto sin perjuicio de la coordinación interna que pudiera ser requerida y sin que ello implique una limitación para la efectiva actuación de la Auditoría Interna.
c) Establecer los mecanismos de control necesarios para que el responsable del control presupuestario municipal mantenga un registro separado del monto asignado y aprobado a la Auditoría Interna, detallado por objeto del gasto, de manera que se controlen la ejecución y las modificaciones de los recursos presupuestados para esta oficina.
d) Coordinar lo necesario para que la asesoría legal de la institución brinde un servicio oportuno y efectivo a la Auditoría Interna, mediante los estudios jurídicos que ésta le solicite para la atención de asuntos dentro de su ámbito de acción y la atención de necesidades de orden jurídico, con fundamento en lo que establece el artículo 33, inciso c) de la Ley Nº 8292.
e) Gestionar lo pertinente a fin de contar con los criterios técnicos o profesionales en diferentes disciplinas, sea de funcionarios de la Municipalidad o ajenos a ella, para que lleven a cabo labores de su especialidad en apoyo a las auditorías que realice la dependencia a su cargo.
Artículo 10.—Organización de la Auditoría Interna. La Auditoría Interna se organizará y funcionará según lo disponga el Auditor Interno, de conformidad con las disposiciones, normas, políticas y directrices emitidas y que en el futuro emita la Contraloría General, las cuales serán de acatamiento obligatorio.
Artículo 11.—Políticas y procedimientos. El Auditor Interno debe establecer normativa interna, fundamentalmente políticas y procedimientos para guiar la actividad de Auditoría Interna, para orientar a su personal en el cumplimiento coherente de las normas del desempeño de la actividad de auditoría interna.
Asimismo, el Auditor Interno velará por la actualización de los enunciados, principios, reglas de conducta y códigos éticos que deben regir el accionar de todos los funcionarios de la Auditoría Interna al conducirse en las distintas relaciones internas y externas, todo de acuerdo con la normativa legal y técnica vigente, caracterizándose por valores como integridad, objetividad, confidencialidad, imparcialidad, justicia, respeto, transparencia y excelencia, sin perjuicio de otros valores que la Institución promueva para guiar la actuación de los funcionarios municipales.
Artículo 12.—Planificación. La Auditoría Interna contará con la determinación de un proceso de planificación integral de la Auditoría, el cual culmina en la formulación del plan estratégico. Contará además con un adecuado sistema de administración de los riesgos y potencialidades atribuibles a la Auditoría Interna, así como con un análisis de aspectos tales como sus competencias, su universo auditable, sus factores claves de éxito, el aporte a las ideas rectoras y objetivos estratégicos institucionales (misión, visión, valores, etc.), y los resultados esperados de su gestión con los indicadores aplicables, y de cómo administrar adecuadamente lo relativo a los diversos temas de fiscalización, orientaciones estratégicas y lineamientos institucionales, de manera que contribuyan al objetivo de garantizar la legalidad y eficiencia en el manejo de los sistemas de control interno y del manejo de los fondos públicos.
Asimismo definirá y documentará la planificación de corto plazo mediante un Plan Anual de Trabajo de Auditoría, congruente con la planificación estratégica y la normativa reglamentaria y técnica pertinente, a fin de asegurar el desarrollo de sus procesos con alta calidad, y según lo establecido en el artículo 6°, inciso d), del presente reglamento.
Para ello se mantendrá de conformidad con los recursos disponibles una adecuada y constante atención sobre el entorno, mediante el estudio de las fuerzas externas y de las características internas más relevantes, el cual servirá como base para establecer los objetivos generales, las acciones globales, la coordinación y los responsables de su ejecución. Asimismo, se definirán los mecanismos de control y evaluación del proceso a fin de cumplir con dicho plan, asegurar la apropiada cobertura de auditoría a todas las actividades de la Municipalidad e introducir mejoras en el sistema de control interno y en la eficiencia, efectividad, legalidad y transparencia de las operaciones institucionales, todo ello de acuerdo con la normativa legal y técnica, interna y externa, que rige esta materia.
CAPÍTULO III
Funcionamiento de la Auditoría Interna
Artículo 13.—Competencias de la Auditoría Interna. Para el desempeño eficiente y efectivo de las labores de Auditoría Interna serán competencia de esa dependencia todas aquellas que se contemplan en la siguiente normativa:
a) El artículo 22 de la Ley General de Control Interno (Nº 8292), especialmente referido a la realización de estudios de auditoría, evaluaciones de control interno, asesorías, advertencias, autorización de libros, programas de seguimiento, elaboración, ejecución y evaluación de planes de trabajo, entre otras.
b) Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (Nº 7428).
c) El presente Reglamento.
d) Manual de Normas Generales de Auditoría para el Sector Público.
e) Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público.
f) Lineamientos y directrices que emite la Contraloría General.
g) Las demás competencias que contemplen la normativa legal, reglamentaria y técnica aplicable, con las limitaciones que establece el artículo 34 de la Ley General de Control Interno.
Artículo 14.—Deberes de la Auditoría Interna. Serán deberes del Auditor Interno, el Subauditor (si lo hubiere), y el personal de la Auditoría Interna los siguientes:
a) Los señalados en el artículo 32 de la Ley General de Control Interno
b) Los contemplados a lo largo del presente Reglamento.
c) Las que le impone el Manual de Organización y Funciones de la Auditoría Interna.
d) Los que establece la Contraloría General, en manuales, resoluciones, lineamientos, circulares, directrices y otros documentos que son de carácter obligatorio.
e) Los que le impone el Manual de Clases de Puestos de la Municipalidad de Pérez Zeledón.
f) Todos aquellos que contemplen la normativa legal, reglamentaria y técnica aplicable, emitida por las demás instituciones de control y fiscalización competentes.
Artículo 15.—Potestades de la Auditoría Interna. Serán potestades del Auditor, el Subauditor (si lo hubiere) y demás personal de la Auditoría Interna todas aquellas contenidas en el artículo 33 de la Ley General de Control Interno, así como las que establezca otra normativa legal y técnica vigente. Entre ellas deben considerarse al menos las siguientes:
a) Libre acceso, en cualquier momento, a todos los libros, archivos, valores, cuentas bancarias y documentos de los entes y órganos de su competencia institucional, así como de los sujetos privados, únicamente en cuanto administren o custodien fondos o bienes públicos de los entes y órganos de su competencia institucional. También tendrán libre acceso a otras fuentes de información relacionadas con su actividad. El Auditor Interno podrá acceder, para sus fines, en cualquier momento, a las transacciones electrónicas que consten en los archivos y sistemas electrónicos de las transacciones que realicen los entes con los bancos u otras instituciones, para lo cual la administración deberá facilitarle los recursos que se requieran.
b) Solicitar, a cualquier funcionario y sujeto privado que administre o custodie fondos públicos de los entes y órganos de su competencia institucional, en la forma, condiciones y plazo razonables, los informes, datos y documentos para el cabal cumplimiento de su competencia. En el caso de sujetos privados, la solicitud será en lo que respecta a la administración o custodia de fondos públicos de los entes y órganos de su competencia institucional.
c) Solicitar a funcionarios de cualquier nivel jerárquico, la colaboración, el asesoramiento y las facilidades que demande el ejercicio de la auditoría interna.
d) Cualesquiera otras potestades necesarias para el cumplimiento de su competencia, de acuerdo con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.
Artículo 16.—Otros aspectos relativos al funcionamiento de la Auditoría Interna. Para el efectivo funcionamiento de la Auditoría Interna, entre otros, el Auditor Interno deberá velar por el cumplimiento de al menos lo siguiente:
a) Que se realicen los servicios de auditoría y preventivos que considere necesario y prudente efectuar, de acuerdo con las normas técnicas que rigen su actuar.
b) Emitir a su personal los lineamientos que considere necesarios en cuanto al procesamiento de la información, en aspectos como:
i. Cualidades de la información.
ii. Análisis y evaluación de la misma.
iii. Registros.
iv. Acceso y custodia de la información.
v. Supervisión de las labores realizadas.
c) Que el proceso de comunicación de los resultados se realice por los medios idóneos, a saber:
i. Informes de control interno
ii. Relaciones de Hechos
iii. Oficios producto de servicios preventivos
iv. Otros a criterio del Auditor Interno.
d) Girar instrucciones precisas al personal a su cargo, sobre aspectos relevantes en materia de seguimiento de las recomendaciones que emite la Auditoría Interna y las disposiciones giradas por la Contraloría General y otros órganos externos de fiscalización, cuando éstas son de su conocimiento.
Artículo 17.—Confidencialidad de la información. La información que el Auditor Interno o cualquiera de sus colaboradores obtenga en el ejercicio de sus funciones será estrictamente confidencial, con las siguientes excepciones:
a) Solicitudes o requerimientos de la Contraloría General de República en el ejercicio de su competencia fiscalizadora.
b) Solicitudes o requerimientos del Ministerio Público o ante solicitud expresa de autoridad competente.
c) Solicitudes o requerimientos de información de la Asamblea Legislativa en el ejercicio de las atribuciones que dispone el inciso 23) del artículo 121 de la Constitución Política, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 y el inciso h) del artículo 32 de la Ley General de Control Interno.
d) Solicitudes de las partes o del denunciante según que de conformidad con el derecho a la información les asistan de acuerdo con la normativa vigente.
Artículo 18.—Establecimiento de plazos. La Auditoría Interna señalará a la Administración activa, en cada caso particular y atendiendo a la razonabilidad, la lógica y oportunidad, el plazo en el cual debe de suministrarse la información y documentación solicitada. Este plazo será establecido considerando además el grado de complejidad y la urgencia de la información requerida.
Cuando la solicitud no pueda ser atendida dentro del plazo establecido, previa comprobación de los motivos que generan esa imposibilidad, el responsable de atender la solicitud deberá comunicarlo así a la Auditoría Interna, a fin de que ésta determine si procede una ampliación del plazo fijado.
Artículo 19.—Prohibiciones del personal de Auditoría Interna. El Auditor Interno y los funcionarios de la Auditoría Interna deberán observar las prohibiciones que les impone el marco jurídico vigente, en especial las contenidas en el artículo 34 de la Ley General de Control Interno. Además, con la finalidad de no perjudicar su objetividad individual y ética profesional, el personal de la Auditoría Interna tendrá las siguientes prohibiciones:
a) Recibir regalos o gratificaciones que puedan interpretarse como intentos de influir sobre su independencia e integridad, sin perjuicio del deber de denunciar tales hechos ante las instancias competentes.
b) Mantener relaciones de índole personal, sentimental, de negocios o de cualquier otra naturaleza con personal de la Municipalidad de Pérez Zeledón y otras personas que puedan influir, comprometer o amenazar la capacidad para actuar o que puedan afectar su independencia o la imagen de la Auditoría Interna.
c) Utilizar su cargo oficial con propósitos privados.
d) Mantener relaciones que impliquen un riesgo de corrupción o que puedan suscitar dudas acerca de su objetividad e independencia. Si la independencia y objetividad se viesen comprometidas de hecho o en apariencia, los detalles del impedimento deben darse a conocer al jerarca y demás partes involucradas. La naturaleza de esta comunicación deberá ser por escrito.
e) Auditar operaciones específicas de las cuales hayan sido previamente responsables como funcionarios de la Administración, proveedores u otras relaciones.
f) Proveer servicios para una actividad en la que se tuvo responsabilidades o relaciones que puedan resultar incompatibles.
g) Ejecutar sus competencias de asesoría y advertencia en relación con operaciones de las cuales hayan sido previamente responsables.
Artículo 20.—Servicios de fiscalización. Dentro del ámbito institucional de la Municipalidad de Pérez Zeledón y conforme a sus competencias, la Auditoría Interna prestará dos clases de servicios de fiscalización, los cuales deberán darse con el debido cuidado profesional y de conformidad con la normativa y disposiciones legales que rigen la función de Auditoría Interna en el Sector Público. Estos servicios son los siguientes:
a) Servicios de auditoría: Son aquellos referidos a los distintos tipos de auditoría: auditoría financiera, auditoría de sistemas, auditoría operativa, auditoría de gestión, auditoría de cumplimiento; auditoría integral, estudios especiales de auditoría de los que puedan derivarse posibles responsabilidades y auditoría de cualesquiera tipos que se requiera para evaluar el cumplimiento, suficiencia y validez del control interno dentro del ámbito de competencia, para dar a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del jerarca y la del resto de la administración, se ejecuta conforme al marco legal y técnico y a las sanas prácticas en relación con:
i. La protección y conservación del patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad y acto ilegal.
ii. Exigir confiabilidad, oportunidad e integridad de la información.
iii. Garantizar eficacia y eficiencia de las operaciones.
iv. Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico vigentes.
b) Servicios preventivos: Se refiere a los servicios de asesoría, de advertencia y de autorización de libros.
i. Advertencia: Servicio preventivo que brinda la Auditoría Interna y que consiste en alertar al Jerarca y a la Administración sobre las posibles consecuencias de su proceder. En su forma más sencilla, consistirá en prevenir sobre las posibles consecuencias de una decisión, hecho o situación, con el sustento jurídico y técnico correspondiente, que se expresa en sesión del Concejo Municipal, o en reunión con el Titular Subordinado, y de la cual se dejará constancia en actas o mediante documento escrito. También puede consistir en un trabajo de análisis que desarrolla y fundamenta la Auditoría Interna, como producto del conocimiento de un asunto cuyas consecuencias pueden derivar en perjuicio para la Administración, emitiendo los resultados por escrito mediante criterios que previenen a la administración de las consecuencias de un hecho o decisión. El documento que se genera para ello no se rige por el trámite de informe previsto en la Ley General de Control Interno, pero debe sustentarse en evidencia, documentándose con papeles de trabajo y, si fuera necesario, aplicarse la revisión del ordenamiento jurídico y de los controles internos pertinentes, el muestreo y la respectiva supervisión. Este documento podría constituir un insumo para realizar una auditoría.
ii. Asesoría: Servicio preventivo que brinda la Auditoría Interna y que consiste en proveer al jerarca de criterios o elementos de juicio para la preparación y formación de su voluntad para la toma de determinadas decisiones. Puede brindarse de forma oral, pero de preferencia debe ser escrita y se emite a solicitud de la parte interesada, sin que le sea vinculante, excepto que así lo disponga el ordenamiento jurídico. En su forma más sencilla, consistirá en un criterio con el sustento jurídico y técnico correspondiente, que se expresa en sesión del Concejo Municipal dejando constancia en actas, o bien se remite de forma escrita. También puede consistir en un trabajo de análisis que se desarrolla y fundamenta a solicitud del jerarca, emitiendo los resultados por escrito, sin que el documento que se genera para ello deba regirse por el trámite de informe previsto en la Ley General de Control Interno. Debe sustentarse en evidencia, documentándose con papeles de trabajo y, si fuera necesario, aplicarse la revisión del ordenamiento jurídico y de los controles internos pertinentes, el muestreo y la respectiva supervisión. Este documento podría constituir un insumo para realizar una auditoría.
iii. Autorización de libros: Es un servicio preventivo que consiste en autorizar mediante razón de apertura, los libros de contabilidad y de actas que llevan las diferentes dependencias municipales, así como otros libros que a criterio del auditor interno sean necesarios para el fortalecimiento del sistema de control interno. El proceso de autorización se realiza de conformidad con las Normas Técnicas emitidas por la Contraloría General de la República específicas para ese servicio y con los procedimientos definidos al respecto por la Auditoría Interna.
Artículo 21.—Informes de Auditoría Interna. La emisión de informes de Auditoría Interna y la comunicación de resultados se realizarán de acuerdo con lo que establecen tanto el artículo 35 de la Ley Nº 8292 como el Manual de Normas Generales de Auditoría para el Sector Público y las directrices que con fundamento en el artículo de previa cita emite la Contraloría General. En el caso de que los informes sean remitidos al jerarca institucional, éste deberá pronunciarse sobre ellos en el plazo que al respecto establece el artículo 37 de la Ley Nº 8292. Cuando los informes de Auditoría Interna se remiten al Titular Subordinado, éste deberá proceder conforme con lo que señala el artículo 36 de la misma Ley.
Para la comunicación de los resultados, la Auditoría Interna podrá observar los siguientes procedimientos:
a) Comunicación oral. Los hallazgos obtenidos en el transcurso de la auditoría o estudio especial de Auditoría deberán ser comentados con los funcionarios responsables, previo a emitir las conclusiones y recomendaciones definitivas, a efecto de obtener de ellos sus puntos de vista, opiniones y cualquier acción correctiva que sea necesaria. Además, se analizará la viabilidad y pertinencia de las recomendaciones previstas y se procurará que la Administración las atienda con prontitud.
Con este objeto, y según el criterio del Auditor Interno, se convocará a los funcionarios responsables a conferencia final, sesión de trabajo o reunión, según cada caso particular, el día, la hora y en el lugar que disponga la Auditoría Interna. De lo comentado se levantará un acta que será firmada por todos los presentes, en la que se dejará constancia de los compromisos adquiridos por la Administración y los plazos establecidos para el efectivo cumplimiento. También se dejará clara constancia de la aceptación por parte de la Administración de las recomendaciones propuestas por la Auditoría Interna, cuando así suceda, procediendo a su incorporación definitiva en el informe correspondiente.
Cuando se presenten entre ambas partes diferencias insalvables durante la comunicación verbal de los resultados, la Auditoría Interna solicitará al responsable de la implementación de las recomendaciones, que presente sus argumentos y soluciones alternativas. Éstos deberán ser valorados adecuada y objetivamente por la Auditoría Interna de previo a emitir el informe definitivo, efectuando los ajustes correspondientes cuando sea procedente.
Se exceptúan los casos de auditoría con carácter reservado, en la que sus resultados no deberán discutirse, o cuando la auditoría o estudio es de índole ordinaria y se obtenga información de naturaleza confidencial, en que la discusión deberá ser parcial.
La comunicación de resultados oral la dispone el Auditor Interno en coordinación con el equipo que tuvo a cargo el estudio, de previo a la comunicación escrita del informe, excepto en los casos de informes especiales relativos a las relaciones de hechos y otros que la normativa contemple.
b) Comunicación escrita. La Auditoría Interna deberá comunicar los resultados de sus auditorias o estudios especiales de auditoría, en forma oficial por escrito, mediante informes objetivos dirigidos al Concejo Municipal, como superior jerárquico de la institución, o a los titulares subordinados competentes, de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley General de Control Interno y la normativa dictada al respecto por la Contraloría General de la República, a efecto de que se tomen las decisiones y las acciones pertinentes de conformidad con los plazos que la Ley indicada señala. El Auditor Interno definirá los niveles y competencias para esa comunicación.
c) Comunicación de los servicios preventivos. La comunicación de los servicios preventivos se hará a criterio del Auditor Interno, quien definirá el contenido y la forma de los informes, oficios u otros medios de comunicación, conforme a la naturaleza de los asuntos a que se refiera y su criterio profesional.
Artículo 22.—Programa de seguimiento. La Auditoría Interna formulará y ejecutará un programa de seguimiento de recomendaciones y obtendrá la evidencia necesaria, suficiente y competente para comprobar si las recomendaciones, una vez aceptadas y ordenadas por la Administración, se están aplicando en la práctica. De lo contrario, verificado el incumplimiento, deberá comunicar lo que corresponda.
En el programa citado se incluirá tanto el seguimiento de las recomendaciones que emite la Auditoría Interna como el de las disposiciones contenidas en los informes de la Contraloría General de la República, a efectos de presentar los informes anuales ante el Ente Contralor y el Concejo Municipal, según la normativa legal y técnica vigente, sin perjuicio de otros informes relacionados, a juicio del Auditor Interno, cuando así lo considere pertinente.
CAPÍTULO IV
Denuncias
Artículo 23.—Presentación de las denuncias. Las denuncias podrán presentarse ante la Auditoría Interna en forma escrita o por cualquier otro medio y, excepcionalmente, de manera verbal cuando las circunstancias así lo exijan. Para la presentación de la denuncia ante la Auditoría Interna se observarán al menos los siguientes aspectos:
a) Los hechos denunciados deberán ser expuestos en forma clara, precisa y circunstanciada, brindando el detalle suficiente que permita realizar la investigación: el momento y lugar en que ocurrieron tales hechos y el sujeto que presuntamente los realizó.
b) Se deberá señalar la posible situación irregular que afecta la Hacienda Pública por ser investigada.
c) El denunciante deberá indicar cuál es su pretensión en relación con el hecho denunciado.
d) El denunciante también deberá brindar información complementaria respecto a la estimación del perjuicio económico producido a los fondos públicos en caso de conocerlo, la indicación de probables testigos y el lugar o medio para citarlos, así como la aportación o sugerencia de otras pruebas.
e) Especificación en el documento de denuncia del nombre del denunciante, calidades y lugar de notificación, dentro del perímetro establecido en el artículo 58 del Reglamento de Procedimientos Internos de la Municipalidad de Pérez Zeledón y cuyo plano se exhibe en las diferentes dependencias municipales, incluida la oficina de Auditoría Interna. También podrá señalar, en el mismo documento y de forma expresa e indubitable, la atención de notificaciones por medios electrónicos o por facsímil, para lo cual se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 61 del citado Reglamento.
Excepcionalmente, cuando el caso así lo amerite, podrán recibirse denuncias verbales, que se ajusten a los requerimientos anteriores. En este caso, el funcionario que recibe la denuncia, conforme con lo que señala el artículo 114 del Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad de Pérez Zeledón, procederá a levantar una acta en la que consignará los datos de la denuncia, solicitando al denunciante las ampliaciones que pudieran ser pertinentes según la evidencia aportada.
Una vez tomada el acta se la leerá en voz alta al denunciante, para que confirme su consentimiento con lo escrito, le pedirá que lo firme y lo firmará también. De ser posible, consignará además la firma de otro funcionario de la Auditoría Interna, en calidad de testigo.
Artículo 24.—Denuncias anónimas. No se dará trámite a denuncias que sean presentadas de forma anónima. En casos excepcionales, ante una denuncia anónima podría abrirse de oficio una investigación preliminar, cuando con ésta se reciban elementos de prueba que den mérito para ello. En caso contrario, se dispondrá su archivo sin más trámite.
Artículo 25.—Solicitud de aclaración. En caso de que Auditoría Interna determine que existe imprecisión en los hechos denunciados, se otorgará a la parte un plazo no menor de 10 días hábiles para que el denunciante complete su información o de lo contrario se archivará o desestimará la gestión, sin perjuicio de que sea presentada con mayores elementos posteriormente, como una nueva gestión.
Artículo 26.—Trámite de las denuncias admitidas. Una vez establecida la admisibilidad de la denuncia, se abrirá la correspondiente investigación preliminar a efecto de determinar si existe suficiente mérito para iniciar el estudio correspondiente. En el caso de que concluida la investigación preliminar se considere que existe una base razonable para continuar con el estudio, se procederá, conforme a la normativa, a desarrollar el análisis correspondiente y a la emisión del informe final.
Si se concluye que existen elementos suficientes para abrir un procedimiento administrativo que establezca las responsabilidades disciplinarias, la Auditoría Interna en su informe final deberá acreditar debidamente los hechos que generaron conductas irregulares y relacionarlos con los presuntos responsables, emitiendo una Relación de Hechos tendiente a originar la apertura de los procedimientos administrativos procedentes.
Si se determinan responsabilidades de tipo penal, el informe final deberá documentar la realidad de los presuntos hechos ilícitos para su posterior traslado al Ministerio Público.
Si de la investigación preliminar se concluye que no existen méritos suficientes para iniciar un estudio, se procederá a comunicar al denunciante y a archivar la denuncia.
Artículo 27.—Desestimación de las denuncias. La Auditoría Interna desestimará o archivará las denuncias que se le remitan, cuando se presente alguna de las siguientes condiciones:
a) Si la denuncia no corresponde al ámbito de competencia descrito en el artículo 4° del presente Reglamento.
b) Si la denuncia se refiere a intereses particulares exclusivos de los denunciantes en relación con conductas ejercidas u omitidas por la Administración, salvo que de la información aportada en la denuncia se logre determinar que existen aspectos de relevancia que ameritan ser investigados por la Auditoría Interna.
c) Si los hechos denunciados corresponde investigarlos o ser discutidos exclusivamente a otras instancias, ya sean administrativas o judiciales, en cuyo caso remitirá la denuncia y documentación con que cuente a la instancia correspondiente.
d) Si los hechos denunciados se refieren a problemas de índole laboral que se presentaron entre el denunciante y la Administración.
e) Si el costo aproximado de la investigación fuera superior al beneficio que se obtendría al darle curso al asunto denunciado, esto conforme al juicio profesional del Auditor Interno, buscando siempre garantizar la correcta utilización de los fondos públicos y que el actuar de la Administración se de conforme a las sanas prácticas.
f) Si el asunto planteado ante la Auditoría Interna se encuentra en conocimiento de otras instancias con competencia para realizar la investigación, ejercer el control y las potestades disciplinarias. En estos casos se realizará la coordinación respectiva a efecto de no duplicar el uso de recursos públicos en diferentes instituciones o dependencias municipales y establecer la instancia que deberá atenderla.
g) Si la denuncia presentada fuera una reiteración o reproducción de otras denuncias similares sin aportar elementos nuevos y que ya hubieran sido resueltas con anterioridad por la Auditoría Interna o por otras instancias competentes.
h) Si la denuncia omite alguno de los requisitos esenciales mencionados en el artículo 23º del presente Reglamento.
Artículo 28.—Fundamentación del acto de desestimación o archivo de denuncias: La desestimación o archivo de las denuncias se realizará mediante un acto debidamente motivado donde se acrediten los argumentos valorados para tomar esa decisión.
Cuando producto de la investigación preliminar se desestime la atención de asuntos o denuncias admitidas, esa situación deberá quedar debidamente acreditada en los papeles de trabajo de la investigación y en la razón de archivo correspondiente o en las herramientas que defina la Auditoría Interna.
Artículo 29.—Comunicación al denunciante: Al denunciante se le deberá comunicar cualquiera de las siguientes resoluciones que se adopte de su gestión:
a) La decisión de desestimar la denuncia y de archivarla.
b) La decisión de trasladar la gestión para su atención por parte de la Administración, al órgano de control que corresponda o al Ministerio Público.
c) El resultado final de la investigación que se realizó con motivo de su denuncia.
Artículo 30.—Confidencialidad de los denunciantes y de los estudios que podrían originar la apertura de procedimientos administrativos. La Auditoría Interna guardará confidencialidad respecto de los denunciantes. La información, documentación y otras evidencias de las investigaciones que efectúa la Auditoría Interna, cuyos resultados puedan originar la apertura de un procedimiento administrativo, serán confidenciales durante la formulación del informe respectivo.
Una vez notificado el informe correspondiente y hasta la resolución final del procedimiento administrativo, la información contenida en el expediente será calificada como información confidencial excepto para las partes involucradas, las cuales tendrán libre acceso a todos los documentos y las prueban que consten en el expediente administrativo, según lo establecido en el artículo 6° de la Ley General de Control Interno, N° 8292, y el artículo 8° de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la función pública, N° 8422.
La Asamblea Legislativa, en el ejercicio de las facultades contenidas en el inciso 23) del artículo 121 de la Constitución Política, podrá acceder a los informes, la documentación y las pruebas que consten en poder de la Auditoría Interna Municipal.
Las autoridades judiciales podrán solicitar la información pertinente, según sus competencias.
Artículo 31.—Detección de hechos irregulares. Cuando como parte de las auditorías programadas, estudios especiales y denuncias, se detecten actos o hechos irregulares o ilegítimos que puedan eventualmente acarrear responsabilidades de tipo penal, civil o administrativas sobre funcionarios municipales, por lesión patrimonial que se origine a la Hacienda Pública, no se realizará la conferencia final y la Auditoría Interna deberá someterlo a conocimiento de la Administración activa en forma inmediata, mediante el informe de relación de hechos con sus respectivos anexos.
CAPÍTULO IV
Disposiciones finales y transitorias
SECCIÓN I
Disposiciones finales
Artículo 32.—Derogatoria. Este Reglamento deroga el publicado el La Gaceta Nº 34 del martes 18 de febrero de 1997 y cualquier otra normativa de rango igual o inferior que se le oponga.
Artículo 33.—Vigencia. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Artículo 34.—Modificaciones al Reglamento. El Auditor Interno, de acuerdo con el monitoreo constante de su entorno y las necesidades identificadas y demostradas de la dependencia a su cargo, podrá proponer las reformas que considere oportunas y pertinentes al presente Reglamento, todo esto conforme con el bloque de legalidad y las disposiciones técnicas que rigen la materia.
SECCIÓN II
Disposiciones transitorias
Transitorio I.—Ajustes al Manual Institucional de Cargos y Clases. De conformidad con lo que establecen las “Directrices Generales relativas al Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Auditorías Internas del Sector Público”, N° D-2-2006-CO-DFOE, publicados por la Contraloría General en La Gaceta N° 236 del 8 de diciembre del 2006, en el Manual Institucional de Cargos y Clases o el denominación similar que se encuentre vigente en la Municipalidad, la administración activa deberá definir las funciones correspondientes a los cargos de auditor y subauditor internos, de conformidad con lo establecido sobre el particular en la norma antes indicada, así como en los requisitos de estos cargos, según lo dispuesto por la Contraloría General en los “Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, y las condiciones para las gestiones de nombramiento en dichos cargos” (L-1-2006-CO-DAGJ) publicados en La Gaceta N° 236 del 8 de diciembre del 2006 y cualquier otra regulación que al respecto emita el Ente Contralor en el futuro.
Annia Picado Mesén, Secretaria Concejo Municipal.—1 vez.—(98075).
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
PROYECTO
REFORMA AL TRANSITORIO II
REGLAMENTO PARA LICENCIAS MUNICIPALES
DE LA MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
El Concejo Municipal del cantón de Escazú, en su sesión ordinaria Nº 80, acta 110 del 5 de noviembre del 2007, acordó: acuerdo AC-421-07: “Con fundamento en las disposiciones contempladas en los artículos 11 y 169 de la Constitución Política, 11 de la Ley General de la Administración Pública, 2, 3 y 43 del Código Municipal, someter a consulta pública no vinculante el proyecto de reforma al transitorio II del Reglamento para Licencias Municipales de la Municipalidad de Escazú publicado en La Gaceta Nº 130 del 5 de julio del 2004, que dirá: “Todos los titulares de licencias de licores y autorizados para explotar estas durante el bienio 2006/2007 tendrán por renovado el bienio 2008/2009 con la sola presentación del certificado de licencia de licores vigente ante la Sección de Licencias Municipales de este Gobierno Local durante los primeros quince días del mes de diciembre del año dos mil siete. Acuerdo firme.
Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.
Escazú, 6 de noviembre del 2007.—Sección de Licencias Municipales.—Cyntia Ávila Madrigal, Jefa.—1 vez.—(Solicitud Nº 11801).—C-9075.—(99960).
ÁREA DE INVESTIGACIÓN
FACULTAD DE DERECHO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Carolina Hidalgo Herrera, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de octubre del 2007.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 63762.—(98957).
Rosa Ángela Rodríguez Miranda, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 18 de octubre del 2007.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 63758.—(98958).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ORI-R-2246-2007.—Erika Andrea Esch Bermúdez, R-222-2007, costarricense, cédula de identidad 1-783-864, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría de Artes (Liderazgo Educativo), Framingham State College, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 26 días del mes de octubre del 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe.—(O. C. 108327).—C-18170.—(99459).
ORG-235-07.—Rivas Jarquín Zaida, costarricense, cédula 9-065-755, ha solicitado reposición del título de Bachiller en Educación Primaria. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los 26 días del mes de octubre del año 2007.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Jefe.—(O. C. Nº 108327).—C-18170.—(99460).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A Elizabeth Georgina Campos Romero y Juan Carlos Sánchez Jirón se les comunica la resolución administrativa de las doce horas del día dieciséis de octubre del dos mil siete, mediante la cual se ordenó el ingreso de la joven Isabel Cristina Sánchez Campos al Hogar Crea para Niñas Y Adolescentes de San Pablo de Heredia, con el fin de recibir tratamiento terapéutico para su rehabilitación por consumo de sustancias adictivas. Garantía de defensa: se les hace saber que tienen derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la oficina local. Recurso: se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este despacho o ante la presidencia ejecutiva dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes.—Oficina Local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente Legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-5460.—(98604).
A Álvaro Jesús Vargas Picado, se le notifica la resolución administrativa de las trece horas del día diecinueve de octubre del dos mil siete, mediante la cual se ordenó como medida especial de protección el ingreso a una organización no gubernamental comunidad encuentro en San Vito de Coto Brus de su hijo Álvaro Steban Vargas Denes, con el fin de recibir tratamiento terapéutico por consumo de sustancias adictivas. Garantía de defensa: se les hace saber que tienen derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este despacho o ante la presidencia ejecutiva dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes.—Oficina Local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-5460.—(98605).
A quien interese, se le comunica la resolución de las catorce horas del ocho de octubre del dos mil siete, que dictó medida de protección de abrigo temporal en entidad pública en beneficio de la niña Marta Velinda Aguilar Delgado, protegiéndola en el albergue institucional, ubicado en Liberia, Guanacaste. Recurso: procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro de las 48 horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente Nº 531-000021-2007.—Oficina local de Liberia, octubre del 2007.—Lic. Ana Marcela Montero Noguera, Representante legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-3900.—(98606).
A la señora Zaida Altamirano Blandón, se le comunica la resolución de las once horas del día once de octubre del año dos mil siete, que ordenó la medida de abrigo temporal de la niña Jossette Stefanie Altamirano Blandón, en un albergue institucional, por un plazo de seis meses prorrogables judicialmente. Se previene a las partes señalar lugar para futuras notificaciones en el perímetro de la oficina local de Heredia, de lo contrario las resoluciones posteriores quedarán notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de ser dictadas. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto. Recurso de apelación el cual deberá interponerse ante la oficina local de Heredia, la cual elevará ante la presidencia ejecutiva de la institución, ubicada en San José, de casa Matute Gómez, 350 metros al sur en forma verbal o escrita dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación, debiendo señalar lugar para notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de la presidencia ejecutiva. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Publíquese dos veces.—Oficina local Heredia Norte, octubre del dos mil siete.—Lic. Ilse Trejos Salas, Representante legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-6240.—(98607).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se notifica mediante el presente edicto a los señores Luis Obando Rivera y Xinia Segura Núñez, la resolución administrativa de las nueve horas tres minutos del día doce de Octubre del año dos mil siete, dictada a favor de sus hijas Yury Steffanny Obando Segura y María del Carmen Obando Segura, la cual en su parte resolutiva dispone lo siguiente: En base a la prueba documental existente en el presente proceso administrativo, y seguimiento brindado por parte de esta oficina, se procede a ordenar lo siguiente: en vista de que todas las medidas respecto a las personas menores de edad deben estar basadas en la consideración del interés superior de los mismos y corresponde al estado asegurar una adecuada protección y cuidados, cuando sus progenitores o personas responsables no tienen capacidad para hacerlo, es que se procede a iniciar proceso de protección en sede administrativa mediante el dictado de medida de protección de cuido provisional, con el fin de que las niñas Yury Stefanny Obando Segura y María del Carmen Obando Segura, permanezcan en el hogar de la señora Margarita de la Rocha Agüero, la cual se encuentra anuente a brindarles protección con el fin de que las mismas se vean expuestas a situaciones violatorias de derechos que atentan contra su normal desarrollo. II.—En vista de que es obligación del estado proteger a las personas menores de edad de todo acto que atente contra su normal desarrollo perpetrado por sus progenitores o cualquier otra persona responsable de su guarda, crianza y educación, y establecer medidas preventivas y de tratamiento al respecto, es que se le ordena a la señora Carmen Obando Rivas, lo siguiente: Se le ordena someterse ante esta oficina local por el plazo de seis meses a tratamiento con el fin de abordar con la misma temas relacionados con el control de la ira, formas adecuadas de corrección, tolerancia a la frustración, castigo físico, solución de conflictos y comunicación asertiva. III.—Se le ordena a la señora Carmen Obando Rivas que deberá incorporarse al grupo de apoyo de alcohólicos anónimos de Golfito, con el fin de que obtenga las herramientas necesarias para que pueda superar su problemática de ingesta de alcohol. Asimismo con el fin de demostrar su participación en dicho grupo deberá presentar ante esta oficina local algún documento idóneo con el fin de demostrar su incorporación. IV.—Remítase el presente proceso a funcionaria Yancy Mora González con el fin de que le brinde seguimiento a lo ordenado en la presente medida de protección. V.—Notifíquese la presente medida de protección al Juez de Familia de esta localidad, así como también a las demás partes involucradas. VI.—Se dicta la presente medida de protección por el plazo de seis meses._Recurso de apelación: dos días hábiles siguientes al de la segunda publicación. Ante este órgano director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este despacho y de alzada, en San José, sita en Barrio Luján antiguas oficinas de la Dos Pinos, de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Expediente Nº 641-060-2001.—Oficina Local de Golfito, 12 de octubre del 2007.—Lic. Enrique Gómez Rosales, Órgano Director.—(Solicitud Nº 0762).—C-32400.—(98603).
Al señor Yimy Garro Chaves, domicilio y demás calidades desconocidas por esta oficina local , se le comunica que por resolución de este despacho de las siete horas cuarenta minutos del veinticuatro de octubre del año dos mil siete, que ordenó remitir la situación de las personas menores de edad Yendry, Jimy ambos Garro Sánchez y Sharon Sequeira Sánchez al Instituto Mixto de Ayuda Social y refirió a la señora Loreily Sánchez Hidalgo a un programa de víctimas de violencia doméstica. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la oficina local de Heredia quien lo elevará a la presidencia ejecutiva de la institución, ubicada en San José, de Matute Gómez 150 metros al sur antiguo edificio de Dos Pinos, entre las 7:30 a.m. y las 4:00 p.m., se podrá interponer en forma verbal o escrita dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se advierte que se debe señalar lugar donde recibir notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de la presidencia ejecutiva. La presentación del recurso no suspende la aplicación de las medidas de protección indicadas. Notifíquese.—Oficina Local Norte de Heredia, octubre 2007.—Lic. Ilse Trejos Salas, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-6240.—(98608).
A la señora Meylin de los Ángeles Díaz Díaz, de domicilio y demás calidades desconocidas por esta oficina, se le notifica la resolución administrativa de las once horas del once de octubre de dos mil siete, dictada en favor de la persona menor de edad Wesly Tatiana Díaz Díaz, que ordena cuido provisional ubicándola en el hogar de la señora Zulema Dolores Díaz Díaz, por un plazo de seis meses prorrogables judicialmente en caso necesario. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante la oficina local de Heredia norte, en forma verbal o escrita; oficina que lo elevará ante la presidencia ejecutiva de la institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Expediente Nº 431-00095-2001.—Oficina Local de Heredia Norte.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-5460.—(98609).
A Noel Agustín Amador García se le comunica la resolución de las catorce horas del diecisiete de octubre de dos mil siete, en la cual se resuelve: 1º—se ordena el abrigo temporal de las personas menores de edad Marjorie Alejandra, José Agustín y Elizabeth María todos de apellidos Amador Morales en el Hogar de Niños Baik de Costa Rica. 2º— bríndese por parte de trabajo social y psicología orientación y apoyo a la familia para tratar la situación a nivel de grupo familiar e individual de las citadas personas menores de edad. 3º—comuníquese al Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José. Contra esta resolución procede el recurso de apelación que deberá interponer dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de esta resolución ante el órgano director que la dicta para ante la presidencia ejecutiva de la institución. Así mismo, dentro de este mismo plazo pueden ofrecer el nombre de personas de reconocida solvencia moral y medios económicos suficientes para cuidar en su reemplazo a los niños, debiendo señalar lugar para oír notificaciones, en caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Expediente administrativo Nº 144-00007-2006.—Oficina Local Los Santos.—Lic. Ingrid Iriana Quesada Rodríguez, Representante legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-9750.—(98610).
Se comunica al señor Leobardo Ahumada Rojas la resolución de las ocho horas treinta minutos del dieciocho de octubre del año dos mil siete, dictada en este despacho, en virtud de la cual se resuelve: 1º—Recomendar a la Dirección General de Migración y Extranjería, se autorice la salida del país de las personas menores de edad Mariana, Rebeca y Esteban todos de apellidos Ahumada Martínez, para que viajen a Estados Unidos, con la sola autorización de su madre, debiendo informarle a está entidad en el momento que las citadas personas menores de edad ingresen nuevamente al territorio nacional. Notifíquese la presente resolución a la señora Marjorie Martínez Abarca personalmente o en su casa de habitación, al señor Leobardo Ahumada Rojas, se le deberá notificar por medio de edictos en el periódico oficial La Gaceta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 numeral 2) de la Ley General de la Administración Pública. A la Dirección General de Migración y Extranjería en su departamento de asesoría jurídica. Recursos: contra la presente resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación, el primero deberá interponerse ante esta representación legal y el de apelación ante la presidencia ejecutiva de la entidad. Dichos recursos podrán interponerse de forma separada o conjunta en el término de tres días contados al día posterior a la notificación de la presente resolución. Es potestativo usar ambos recursos o uno de ellos, pero será inadmisible el que se interponga vencido el plazo señalado. Expediente Nº 245-00028-2007.—Oficina Local de Grecia.—Lic. Carmen Lidia Duran Víquez, Representante legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-7800.—(98611).
A Joaquín Bernardo Cruz Bolaños se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, oficina local de Grecia de las ocho horas treinta minutos del once de octubre del año en curso, en la que se resuelve: 1º—Se dicta medida de protección de cuido provisional de las personas menores de edad Josué y Nicole ambos de apellidos Cruz Aguilar en el hogar de su hermana Mónica Cruz Aguilar. 2º—Brindar atención psicológica de parte de esta oficina local a la madre y al niño por los problemas de agresión entre ambos. 3º—Se le ordena a la señora Cecilia Aguilar Rodríguez matricular a su hija Nicole Cruz Aguilar en la Escuela de Enseñanza Especial y cumplir con su asistencia en dicho centro. 4º—Se le ordena a la señora Cecilia Aguilar Rodríguez asistir a psiquiatría para que sea valorada y se le brinde la atención que corresponda. 5º—Se le ordena al IMAS brindarle ayuda económica a la señora Mónica Cruz Aguilar en beneficio del niño Josué Cruz Aguilar por enfrentar una difícil situación económica en este momento. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la presidencia ejecutiva de la institución; se podrá interponer en forma verbal o escrita dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Expediente Nº 245-00059-95.—Grecia, 10 de octubre del 2007.—Lic. Carmen Lidia Durán Viquez, Representante legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-7800.—(98612).
Al señor Víctor Vega Sibaja se le pone en conocimiento la resolución de las once horas cuarenta y cinco minutos del día veinte de setiembre del dos mil siete, que resolvió: “Ordenar el procedimiento administrativo de medidas de protección, resolviendo el cuido provisional para el adolescente José Luis Vega Morales en el hogar de los señores Juan Rafael Acosta Ulate y Estelia Aguilar Chaves”. Notifíquese. Msc. Xinia Guerrero Araya. Representante legal, Órgano Director del Procedimiento Administrativo, Oficina Local de San Carlos. Plazo para presentar oposición cuarenta y ocho horas después de la tercer publicación de este edicto, señalando lugar para atender notificaciones. Expediente administrativo número 241-00070-2007.—Lic. Xinia Guerrero Araya, Representante legal .—(Solicitud Nº 0762).—C-3120.—(98613).
A Juan Díaz Ortiz y Luis Donald Pérez Badilla. Se le comunica la resolución de las 16:30 horas del 16 de octubre del 2007 donde: I.—Se ordena el abrigo temporal de los niños Maylin Pamela Díaz Obregón y Donald Antonio Pérez Obregón en la Asociación Hogar de Vida, en Atenas. Se advierte a las partes que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial, pudiéndose prorrogar en vía judicial. II.— Gestiónese por parte del área de trabajo social de atención inmediata la valoración de recursos familiares y/o comunales u otra alternativa de protección para la reubicación de ambos niños, conforme con el compromiso adquirido con la Asociación Hogar de Vida, en Atenas. Salvo que dicha alternativa de protección reconsidere la posibilidad de que los niños se mantengan en dicha alternativa. III.—Valórese por parte del área social las condiciones actuales en que se encuentra la niña Ciara Estefanía Díaz Obregón en el hogar de su progenitora. IV.—Se advierte a la señora Ángela del Rosario Obregón García su deber de asistir al departamento de psiquiatría de la Caja Costarricense del Seguro Social a fin de ser valorada. V.—Se advierte a los señores Ángela del Rosario Obregón García, Juan Díaz Ortiz y Luis Donald Pérez Badilla su deber de integrarse a un grupo de crecimiento personal de educación a padres impartido por trabajo social de la Clínica Marcial Rodríguez y/o trabajo social del Hospital San Rafael de Alajuela y/o grupo a fin de su comunidad, debiendo rendir informes periódicos a esta oficina. VI.—Comuníquese esta resolución al Departamento de Acreditación de esta institución. VII.—Comuníquese esta resolución al Juzgado de Familia de Alajuela. Plazo para interponer recurso de apelación 48 horas, señalando lugar para atender notificaciones dentro del Perímetro Jurisdiccional de esta oficina, contados a partir de la tercera publicación de este edicto. Publíquese tres veces consecutivas.—Oficina de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 0762).—C-13260.—(98614).
A Carlos Alberto Valerín Vargas. Se le comunica la resolución de las 21:00 horas del 26 de abril del 2007, donde se ordena: I.—Se apercibe a la señora Hannia Yesenia Araya Zamora su deber de cuidar a sus hijos e hijas con responsabilidad y que el incumplimiento de deberes parentales le puede acarrear responsabilidad penal en caso de ser comprobado el delito. Debe de matricular en forma inmediata a Alfonso David y Génesis Esmeralda en el curso lectivo del presente año. Bajo ninguna circunstancia sus hijos e hijas pueden permanecer solos sin la supervisión de un adulto. II.—Se le previene a la señora Hannia Yesenia Araya Zamora su deber de integrarse a un grupo de crecimiento personal de educación a padres que imparte trabajo social de la Clínica Marcial Rodríguez y/o trabajo social del Hospital San Rafael de Alajuela y/o grupo a fin de su comunidad. III.—Remítase el expediente a trabajo social a fin de que se brinde seguimiento al caso y se verifiquen las condiciones de los niños y las niñas al lado de su progenitora. Plazo para interponer recurso de apelación 48 horas; señalando lugar para atender notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de esta oficina, contados a partir de la tercera publicación de este edicto. Publíquese tres veces consecutivas.—Oficina de Alajuela.—Lic. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 0762).—C-8580.—(98615).
A Gerardo David Ruiz Andrade, se le comunica la resolución de las quince horas del veintisiete de agosto del dos mil siete, se dicta medida protección a favor del niño Marcelo Cisneros Solano, se ordena abrigo temporal en el albergue del Patronato Nacional de la Infancia. Contra dicha resolución se puede aplicar recurso de apelación dentro de las cuarenta y ocho horas a partir de la tercera publicación de este edicto ante la presidencia ejecutiva de la institución en San José, señalando lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional, doscientos cincuenta metros sur de la Casa de Matute Gómez, en horas laborales de las siete horas a las quince horas con treinta minutos. El cual podrá ser interpuesto en forma verbal o escrita. Expediente Nº 116-00031-2006. Oficina Local de Puriscal.—Lic. Patricia M. Mesén Arroyo, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-4680.—(98616).
A Róger Eduardo Naranjo Villalobos, se le comunica la resolución de las 15:00 horas del 16 de octubre del 2007, mediante la cual se depositó al adolescente Obed David Naranjo Baca, bajo la responsabilidad de la señora María del Carmen Fernández Sosa. Plazo: Para ofrecer recurso de revocatoria con apelación en subsidio, 3 días contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta, debiendo señalar lugar o número de fax para oír notificaciones, caso contrario las resoluciones que se dicten quedarán en firme veinticuatro horas después de dictadas.—Oficina Local de Desamparados.—Lic. María de los Ángeles Mora Rojas, Representante legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-3900.—(98617).
Al señor Ricardo Francisco Chinchilla, se le comunica la resolución de las 15:00 horas del 21 de agosto del 2007, que se ordenó medida de protección a favor de la niña Paula Melissa y del niño Danny Francisco ambos Chinchilla Balmaceda. Plazo: Para ofrecer recurso de apelación, 48 horas a partir de la tercera publicación de este edicto, se le previene además señalar lugar para oír notificaciones, en el entendido de no hacerlo las mismas quedarán en firme veinticuatro horas después de dictadas.—Oficina Local de Desamparados, 24 de octubre del 2007.—Lic. Ana Virginia Quirós Tenorio. Representante Legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-3900.—(98618).
A María de los Ángeles Blanco Sánchez, se le comunican las resoluciones de las quince horas del veintiséis de junio del dos mil siete, mediante la cual se declaró incompetencia de la oficina local de Alajuelita y la de diez horas del nueve de julio del mismo año, en que se ordenó medida de protección de sus hijos Kimberly, Luis Francisco, Moisés, María Fernanda y José David todos Blanco Sánchez con la señora María Luisa Sánchez Salas. Plazo: Para ofrecer recurso de revocatoria con apelación en subsidio, 48 horas contadas a partir de la tercera publicación de este edicto, en el diario oficial La Gaceta. También se les previene que deben señalar lugar, o fax donde recibir notificaciones, el cual debe ser viable pues se intentará la comunicación en cinco oportunidades y en caso de estar ocupado, desconectado o sin papel a la quinta vez, se consignará así en el expediente y se tendrá por notificada la resolución. La interposición del recurso de apelación no suspende el acto administrativo.—Oficina Local de Desamparados.—Lic. María Elena Roig Vargas, Representante legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-5460.—(98619).
A Yoselka Raquel Moran García, se le comunica la resolución administrativa de las once horas del doce de junio deL dos mil siete, que dicta medida de protección en beneficio de las niñas María Fernanda y Fabiola Valeska ambas Moran García y se dispuso: Se inicia proceso especial de protección en sede administrativa a favor de las niñas, ordenándose el cuido provisional bajo responsabilidad de la abuela materna señora María Ligia García, por un plazo máximo de seis meses. Se le ordena a la progenitora tratamiento de uso de drogas ilícitas, así como asistir a programa de “Escuela para Padres” y presentarse a citas de orientación y seguimiento de esta oficina local, se ordena a la progenitora brindar ayuda económica a su hija. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará a la presidencia ejecutiva de la institución. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras dentro del perímetro de esta oficina local, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. Expediente Nº 115-0122-07.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Milton Gutiérrez Quesada, Representante Legal .—(Solicitud Nº 0762).—C-6630.—(98620).
A María Rosa Alfaro Pérez, se le comunica la resolución administrativa de las ocho horas del veintiuno de agosto del dos mil siete que dicta medida especial de protección de cuido provisional en familia sustituta por hasta seis meses, en beneficio del joven José Roberto Herrera Alfaro, en el hogar de la señora Patricia Mercedes Reyes Reyes. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de Defensa: Se les previene a las partes que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en esta oficina local. Recurso: Procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro de las 48 horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente Nº 115-00140-03.—Oficina Local de Alajuelita, octubre del 2007.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-3900.—(98621).
Al señor Marco Vinicio Gutiérrez Montero, se le comunica que por resolución de las catorce horas del veinticinco de de octubre del dos mil siete, se modificó la medida de protección a favor de las persona menor de edad Israel Jesús Gutiérrez Vargas en la cual se ordenó el abrigo temporal del mismo para que permanezca a cargo de la institución. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere inexacto o si el medio seleccionado fuere defectuoso las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se le hace saber además que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Ileana Ballard Romero, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-7020.—(98622).
Al señor Luis Alberto Velásquez Mendoza, se le comunica que por resolución de las quince horas con treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil siete, se dictó medida de protección a favor de las persona menor de edad Jason Eduardo Velásquez López, en la cual se ordenó el abrigo temporal del mismo para que permanezcan ubicado en el Hogarcito Blanca Flor. Esta medida rige por un período de hasta seis meses y mientras no se modifique en vía administrativa o judicial. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto o si el medio seleccionado fuere defectuoso las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se le hace saber, además, que contra la presente resolución procede recurso de apelación ante la presidencia ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta representación legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Ileana Ballard Romero, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-7020.—(98623).
A Flor Astúa Ortega, se le comunica que por resolución de las catorce horas treinta minutos del veintitrés de octubre del dos mil siete, se ordenó la ubicación provisional con fines de adopción de la persona menor de edad, Juan Jesús Astúa Ortega en los señores Enrique Madrigal Ávila y Singrid Miranda Mena. Se advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuese inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente resolución procede el recurso de revocatoria y/o apelación en subsidio, los cuales deberán interponerse ante esta oficina local, dentro de los tres días hábiles posteriores a la última publicación. Expediente Nº 631-0065-04.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Ileana Ballard Romero, Representante legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-5070.—(98624).
A Eliécer Román Ríos, se le comunica la resolución administrativa de las catorce horas del once de octubre de dos mil siete, que dicta medida especial de protección dirigida al IMAS que ordena procurar la matrícula, asistencia regular y el aprovechamiento escolar, orientación, apoyo y seguimiento a la familia, en beneficio del niño Víctor Román Villalta, y sus hermanos. Previniéndole que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en esta oficina local. Recurso: procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro de las 48 horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente Nº 116-00227-1998.—Oficina Local de Alajuelita, octubre de 2007.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-3900.—(98625).
Al señor Carlos Ramírez Camacho se le comunica que por resolución de las siete horas con quince minutos del veintitrés de octubre del dos mil siete, se dictó medida de protección de abrigo temporal a favor de la persona menor de edad Jonathan Adolfo Ramírez Ruiz, en la cual se ordenó su inclusión en comunidad de encuentro. Se advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio. Se le hace saber, además, que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la presidencia ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta representación legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Ileana Ballard Romero, Representante legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-5850.—(98626).
Se les comunica a Paul Ferrer Lomuljo y a Bianca Jiménez Cascante, la resolución de las nueve horas con cuarenta minutos del doce de octubre de dos mil siete, que ubica en familia sustituta a María Paula Lomuljo Jiménez, mediante depósito administrativo. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación ante el superior en grado, dentro de un plazo de tres días, después de la última publicación de este edicto notificado. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta oficina local, si el_ lugar señalado fuese inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Expediente Nº 113-000103-2003.—Oficina Local de Guadalupe, 16 de octubre del 2007.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-4680.—(98627).
Se le comunica a Carolaing Bonilla Alfaro, la resolución de las once horas del veintidós de octubre del dos mil siete, que ubica en familia sustituta a Carolina y Rachell, ambas Saravia Bonilla, al lado de Jacqueline Bonilla Alfaro y José Chaverrí Zúñiga. Por incompetencia territorial se remite el expediente a la oficina local de Heredia Norte. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas, después de la tercera publicación de este edicto. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas. Expediente Nº 112-000175-2006.—Oficina Local de Guadalupe, 22 de octubre del 2007.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-5460.—(98628).
A Candy Catherine Orozco Mosquera, de domicilio desconocido se le comunican las resoluciones de las 8 horas 45 minutos del 10 de setiembre y de las 8 horas 39 minutos del día 22 de setiembre, ambas del presente año, que ubicara mediante cuido provisional a su hija Sheily Orozco Mosquera en su abuela materna Olga María Mosquera Gómez por un único plazo e improrrogable de seis meses y que la remitiera a programas oficiales y comunitarios que impliquen orientación y tratamiento a su consumo de drogas y licor y que la remitiera a terapia a la oficina de la mujer de Guadalupe y la segunda resolución que dictara incompetencia a la Oficina Local de San Carlos. En contra de dichas resoluciones solo procede el recurso de apelación, presentado verbalmente o por escrito en las siguientes 48 horas a la publicación de estos edictos, ante quien emitió esta resolución y quien elevara a la presidencia ejecutiva de la entidad en San José, señalando lugar para notificaciones o fax. Legajo expediente Nº 241-24-2006. Publíquese por tres veces consecutivas en el diario oficial La Gaceta.—Oficina Local de Guadalupe, 22 de octubre del 2007.—Lic. Gerardo Sánchez Rodríguez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-10140.—(98629).
Se le comunica a Edgardo Morales Lazo, pasaporte N° 462467 y a María Ester Sánchez Sánchez, pasaporte N° 481362, que por resolución administrativa de esta Representación Legal, Oficina Local de San José Oeste, de las 13:40 horas del 20 de octubre del 2007, se modificó la resolución de las 9:00 horas del 23 de setiembre del mismo año, y se otorgó el depósito administrativo provisional de la persona menor de edad Moi Morales Sánchez, a cargo de la señora Alicia Díaz Acosta, en lugar del abrigo temporal ordenado anteriormente. Se les confiere audiencia por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente, que permanecerá a su disposición en esta oficina local de San José Oeste, en días y horas hábiles, ubicada en San José, de la esquina sureste del edificio Colón, 25 metros al sur, frente a parqueo público. Deberán señalar lugar para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, conforme a la aplicación supletoria del artículo 12 de la Ley de notificaciones, citaciones y otras comunicaciones judiciales y el contenido del voto Nº 11302-2002, de las 15:41 horas del 27 de noviembre del 2002. Se le hace saber, además que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la presidencia ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta representación legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el diario oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Administrativo Nº 111-00102-2007.—Oficina Local de San José, Oeste, 23 de octubre del 2007.—Lic. María Marta Corrales Cordero, Representante legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-12090.—(98630).
A Ligia Ortega Ruiz y Siglionolfi Madrid E. se les hace saber que: mediante resolución de las nueve de abril del dos mil siete, se resolvió: “...1º: Declarar la adoptabilidad de la persona menor de edad Dixón y Danna, ambos de apellidos Madrid Ortega, de conformidad con la normativa supra citada, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo ciento trece del Código de Familia, toda vez que se ha constatado que la adopción en cuestión conviene a su interés superior. Notifíquese lo anterior a los legítimos interesados a quienes se les previene que deben señalar casa u oficina para recibir notificaciones dentro del perímetro administrativo en el cual se encuentra ubicada esta oficina, con la advertencia de que de no hacerlo las resoluciones posteriores que se dicten se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se tendrá si el lugar fuese impreciso, incierto o ya no existiera. Contra esta resolución proceden los recursos de revocatoria y de apelación, los que deberán interponerse dentro de los tres días siguientes a partir de su notificación, siendo competencia de esta oficina resolver el de revocatoria, el de apelación le corresponderá a la presidencia ejecutiva de la institución. Es potestativo usar uno o ambos recursos, pero será inadmisible el interpuesto, pasados los tres días. Expediente Nº 116- 00321-2004.—Oficina Local San José, Este.—Lic. Raquel Gamboa Nelson, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-6630.—(98631).
A Manuel Chaves Castillo, se le comunica la resolución de esta oficina local de las ocho horas del dos de mayo del dos mil siete, en la que se resuelve dictar medida especial de protección de cuido provisional a favor de Leonel Antonio Chaves Suazo y otros, en el hogar recurso comunal de los señores Olga Eduarte Corea y Harry Duarte Rojas y medidas de orientación, apoyo y seguimiento temporal a favor de los niños y los guardadores. Que dicha medida de protección tiene una vigencia de seis meses en tanto no se resuelva otro asunto en vía administrativa o judicial. Recursos y plazo: Proceden los recursos de revocatoria y apelación en 1 subsidio, los cuales deberán presentarse ante esta oficina local; asimismo, se le previene que debe señalar lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro administrativo de esta oficina local; sita 200 metros oeste de servicentro Nicoya, sino las resoluciones futuras se tendrán por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas: el plazo para interponer los recursos será dentro de los tres días hábiles siguientes a la segunda publicación del presente edicto. Expediente Nº 543-00023-07.—Oficinal Local de Nicoya.—Lic. Glenn Rubén Salazar Segura, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-5220.—(98600).
A Kattia Magallyz Sequeira Obando, se le comunica la resolución de esta oficina local de las once horas del treinta y uno de julio del dos mil siete, en la que se resuelve dictar medida especial de protección de cuido provisional en recurso familiar a favor de Karen Pamela Sequeira Obando, en el hogar del señor José Elías Sequeira Obando; medidas de orientación, apoyo y seguimiento temporal a favor de Karen Pamela Sequeira Obando, su progenitora, Kattia Magallyz Sequeira Obando y el guardador y medidas de tratamiento psiquiátrico en el área de salud mental del Hospital de la Anexión de Nicoya a favor de Karen Pamela Sequeira Obando. Que dichas medidas de protección tienen una vigencia de seis meses en tanto no se resuelva otro asunto en vía administrativa o judicial. Recursos y plazo: Proceden los recursos de revocatoria y apelación en subsidio, los cuales deberán presentarse ante esta oficina local; asimismo, se le previene que debe señalar lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro administrativo de esta Oficina Local; sita 200 metros oeste de Servicentro Nicoya, sino las resoluciones futuras se tendrán por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas; el plazo para interponer los recursos será dentro de los tres días hábiles siguientes a la segunda publicación del presente edicto. Expediente Nº 541-00054-1993.—Oficina Local de Nicoya.—Lic. Glenn Rubén Salazar Segura, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-5740.—(98601).
A Dominga López Urbina, se le comunica la resolución de esta Oficina Local de las diez horas del veintiséis de abril del dos mil siete, en la que se resuelve dictar medida especial de protección de cuido provisional a favor de Rebeca López Urbina, en el hogar recurso comunal de los señores Roxana Zamora Valverde y de Alan Antonio Briceño Guevara. Que dicha medida de protección tiene una vigencia de seis meses, en tanto no se resuelva otro asunto en vía administrativa o judicial recursos y plazo: Proceden los recursos de revocatoria y apelación en subsidio, los cuales deberán presentarse ante esta oficina local; asimismo, se le previene que debe señalar lugar para recibir notificaciones dentro del perímetros administrativo de esta oficina local; sita 200 metros oeste de Servicentro Nicoya, sino las resoluciones futuras se tendrán por notificadas con sólo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas; el plazo para interponer los recursos será dentro de los tres días hábiles siguientes a la segunda publicación del presente edicto. Expediente Nº 543-00024-07.—Oficina Local de Nicoya.—Lic. Glenn Rubén Salazar Segura, Representante Legal.—(Solicitud Nº 0762).—C-4700.—(98602).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se hace saber que Chinchilla Vindas Zelmira, cédula 1-187-847, ha presentado solicitud de pensión por sucesión a su favor, de quien en vida fue Rojas Chinchilla Gilberto, cédula 1-398-1438. Se cita y emplaza a los posibles beneficiarios con mejor derecho, para que dentro del plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de este aviso, concurran a hacer valer sus derechos a las oficinas centrales, sitas en esta ciudad, avenida 8, calles 21 y 23.
San José, 3 de octubre de 2007.—Lic. Ruth Centeno Díaz, Secretaria de Junta Directiva.—(90233).
ACTAS
ACTA Nº 30-2007 CORRESPONDIENTE AL SORTEO
“RUEDA DE LA FORTUNA” DEL 04-8-07
“JUEGO 98 “GALLINA PONEDORA”
Y JUEGO 99 “TRÍO GANADOR”
Los que firmamos hacemos constar que hoy sábado 4 de agosto del 2007 a las 5:00 p.m. en el Cinema Star procedimos a revisar el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “RUEDA DE LA FORTUNA”, quedando en su orden el siguiente resultado:
Participantes que enviaron sobres
1- Juan Briceño Muñoz 05-0032-0486 195.000
2.- María Eugenia Pérez Salas 02-0255-0965 350.000
3.- Gerardo Antonio Rojas Quesada 02-0427-0926 150.000
4.- José Ramón Camacho Araya 03-0156-0965 250.000
Subtotal 945.000
Participante(s) presentes en sala de
estudio
5.- María Isabel Zúñiga Blanco 01-0199-0572 250.000
Subtotal 250.000
Participante(s) directo(s)
6.- Ana María Solano Chaves 01-0719-0986 225.000
Subtotal 225.000
Participante(s) de los asistentes
7.- Julieta Muñoz Brenes 03-0171-0289 300.000
8.- Luz Marina Arrieta Solórzano 02-0292-0910 230.000
Subtotal 530.000
Otro(s) participante(s)
9.- * Leonidas Alvarado Quesada 05-0147-0060 200.000
Subtotal 200.000
Total de premios a pagar: 2.150.000
Total acumulado gran premio para el 11-Ago-2007 5.400.000
Así mismo procedimos a extraer los sobres de las personas que enviaron o depositaron seis boletos sin premio para participar en el sorteo “RUEDA DE LA FORTUNA” para el sábado, 11 de agosto del 2007, quedando en su orden respectivo el siguiente resultado:
Participantes que depositaron sobres con
seis boletos
sin premio del juego 98 Gallina Ponedora
y juego 99 Trío Ganador
Participantes que enviaron sobres
1.- Norberto Marín Castro 01-0284-0019
2.- ** Myriam Marlelie Artavia Granados 03-0195-1208
3.- José Ramón Camacho Araya 03-0156-0965
4.- Edgar Martín Granados Barquero 01-0458-0576
Participante(s) presentes en sala de
estudio
5.- Carlos Alberto Ramírez Ramírez 03-0281-0673
Observaciones:
* Hará su participación de conformidad con la Nota L-1447-2007.
** Conocida como Marlene Artavia Granados.
Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—José Bernal Rodríguez Marín, Juez Contravencional.—1 vez.—(O. C. Nº 9172).—C-38190.—(100041).
ACTA Nº 31-2007 CORRESPONDIENTE AL SORTEO
“RUEDA DE LA FORTUNA” DEL 11 DE AGOSTO DEL 2007
JUEGO 98 “GALLINA PONEDORA”
Y JUEGO 99 “TRÍO GANADOR”
Los que firmamos hacemos constar que hoy sábado 11 de agosto del 2007 a las 5:00 p.m. en el Cinema Star procedimos a revisar el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “RUEDA DE LA FORTUNA”, quedando en su orden el siguiente resultado:
Participantes
que enviaron sobres
1.- Norberto Marín Castro 01-0284-0019 195.000
2.- * Myriam Marlelie Artavia Granados 03-0195-1208 250.000
3.- José Ramón Camacho Araya 03-0156-0965 260.000
4.- Edgar Martín Granados Barquero 01-0458-0576 300.000
Subtotal 1.005.000
Participante(s)
presentes en sala de estudio
5.- Carlos Alberto Ramírez Ramírez 03-0281-0673 250.000
Subtotal 250.000
Participante(s) de los asistentes
6.- Rigoberto Murillo Molina 04-0101-1441 250.000
7.- Ana Cecilia Jiménez Flores 01-0468-0303 265.000
Subtotal 515.000
Total de premios a pagar: 1.770.000
Total acumulado gran premio para el 18-Ago-2007 5.600.000
Así mismo procedimos a extraer los sobres de las personas que enviaron o depositaron seis boletos sin premio para participar en el sorteo “RUEDA DE LA FORTUNA” para el sábado, 18 de agosto del 2007, quedando en su orden respectivo el siguiente resultado.
Participantes que depositaron sobres con
seis boletos
sin premio del juego 98 “Gallina Ponedora”
y juego 99 “Trío Ganador
Participantes que enviaron sobres
1.- Yetty Zeledón Sequeira 06-0111-0646
2.- Luz Marina Acevedo Astúa 06-0054-0054
3.- Isabel Cervantes Calderón 03-0126-0022
4.- Tomás Federico Araya Pereira 03-0320-0703
Participante(s) vía telefónica
5.- Norma Sandoval Rivera 01-0681-0325
Observaciones:
* Conocida como Marlene Artavia Granados.
Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—Milton Vargas Mora, Dirección de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Flory Tames Brenes, Jueza Contravencional.—1 vez.—(O. C. Nº 9172).—C-38190.—(100042).
ACTA Nº 32-2007 CORRESPONDIENTE AL SORTEO
“RUEDA DE LA FORTUNA” DEL 18-8-07
“JUEGO 98 “GALLINA PONEDORA”
Y JUEGO 99 “TRÍO GANADOR”
Los que firmamos hacemos constar que hoy sábado 18 de agosto del 2007 a las 5:00 p.m. en el Cinema Star procedimos a revisar el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “RUEDA DE LA FORTUNA”, quedando en su orden el siguiente resultado:
Participantes
que enviaron sobres
1.- Yetty Zeledón Sequeira 06-0111-0646 300.000
2.- Luz Marina Acevedo Astúa 06-0054-0054 250.000
3.- Isabel Cervantes Calderón 03-0126-0022 300.000
4.- Tomás Federico Araya Pereira 03-0320-0703 195.000
Subtotal 1.045.000
Participante(s)
vía telefónica
5.- Norma Sandoval Rivera 01-0681-0325 250.000
Subtotal 250.000
Participante(s)
directo(s)
6.- Evarista Bertilda Rodríguez Rodríguez 05-0078-0035 195.000
7.- Flor Ibeth Sánchez Abarca 01-0537-0770 250.000
8.- Gloria Alpízar Barrantes 01-0798-0641 250.000
Subtotal 695.000
Participante(s)
de los asistentes
9.- Mercedes Valverde Vega 01-0271-0127 330.000
10.- Carlos Granados Morales 01-0301-0536 250.000
Subtotal 580.000
Total de premios a pagar: 2.570.000
Total acumulado gran premio para el 25-Ago-2007 5.800.000
Así mismo procedimos a extraer los sobres de las personas que enviaron o depositaron seis boletos sin premio para participar en el sorteo “RUEDA DE LA FORTUNA” para el sábado, 25 de agosto del 2007, quedando en su orden respectivo el siguiente resultado.
Participantes que depositaron sobres con
seis boletos
sin premio del juego 98 “Gallina Ponedora”
y juego 99 “Trío Ganador
Participantes que enviaron sobres
1.- Óscar Rodríguez Sánchez 3-0093-0211
2.- Santiago de la O Morera 07-0016-0110
3.- David Chaves Cambronero 06-0068-0508
4.- Hugo Barahona Salazar 03-0156-0958
Participante(s) presentes en sala de
estudio
5.- María Ester Avendaño Maldonado 01-1074-0258
Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—Rodrigo Fernández Cedeño, Dirección de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Gustavo Adolfo Barrantes Morales, Juez Contravencional.—1 vez.—(O. C. Nº 9172).—C-38190.—(100043).
ACTA Nº 33-2007 CORRESPONDIENTE AL SORTEO
“RUEDA DE LA FORTUNA” DEL 25 DE AGOSTO DEL 2007
JUEGO 99 “TRÍO GANADOR”
Los que firmamos hacemos constar que hoy sábado 25 de agosto del 2007 a las 5:00 p.m. en el Cinema Star procedimos a revisar el nombre y número de cédula de las personas que salieron seleccionadas para participar de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Sorteo “RUEDA DE LA FORTUNA”, quedando en su orden el siguiente resultado:
Participantes
que enviaron sobres
1.- Óscar Rodríguez Sánchez 03-0093-0211 300.000
2.- Santiago de la O Morera 07-0016-0110 195.000
3.- David Chaves Cambronero 06-0068-0508 250.000
4.- Hugo Barahona Salazar 03-0156-0958 300.000
Subtotal 1.045.000
Participante(s)
presentes en sala de estudio
5.- María Ester Avendaño Maldonado 01-1074-0258 300.000
Subtotal 300.000
Participante(s)
directo(s)
6.- Stevin Joel Guerra Rodríguez 06-0335-0019 250.000
7.- Marisol Hidalgo Abarca 01-0688-0947 5.800.000
8.- Mario Torres Navarro 07-0084-0196 250.000
Subtotal 6.300.000
Participante(s)
de los asistentes
9.- Carmen Sánchez Gamboa 01-0982-0873 500.000
10.- Sandra Leandro Garro 01-0417-0164 230.000
Subtotal 730.000
Total de premios a pagar: 8.375.000
Total acumulado gran premio para el 1º-Set-2007 5.000.000
Así mismo procedimos a extraer los sobres de las personas que enviaron o depositaron seis boletos sin premio para participar en el sorteo “RUEDA DE LA FORTUNA” para el sábado, 1º de setiembre del 2007, quedando en su orden respectivo el siguiente resultado.
Participantes que depositaron sobres con
seis boletos
sin premio del juego 99 “Trío Ganador”
Participantes que enviaron sobres
1.- Emilia Muñoz Medina 05-0114-0239
2.- David Portuguez Astúa 01-1010-0684
3.- Arnulfo Trigueros Navarro 06-0096-1055
4.- Alberto García Retana 06-0135-0264
Participante(s) presentes en sala de
estudio
5.- María de los Ángeles Guerrero Fonseca 07-0040-0797
Rafael Ángel Oviedo Chacón, Representante de la Gerencia.—Milton Vargas Mora, Dirección de Producción y Ventas.—Doris Chen Cheang, Auditora Interna.—Flory Tames Brenes, Jueza Contravencional.—1 vez.—(O. C. Nº 9172).—C-38190.—(100044).
CONDOMINIO RESIDENCIAL MAR DEL PLATA
A todos los propietarios del Condominio Residencial Mar del Plata, se les hace saber que el día jueves 22 de noviembre del 2007, a las dieciséis horas, se celebrará la asamblea general de propietarios, en primera convocatoria y una hora más tarde la segunda convocatoria, con el siguiente orden del día: elección de junta directiva, elección del administrador, aprobación del presupuesto para el 2008, aprobación cuota de propietarios para los gastos comunes. Es todo.—San José, 9 de noviembre del 2007.—Rodolfo Marín Salas.—Lic. Rigoberto Cubillo Mena, Notario.—1 vez.—Nº 75706.—(101342).
HIDRO SAN JUAN S. A.
De conformidad con lo establecido en los estatutos la sociedad denominada Hidro San Juan S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-146719, se convoca a todos los accionistas a la asamblea general ordinaria a celebrarse en La Casa del Maestro Pensionado, situada en Ciudad Quesada de San Carlos, Alajuela, de la Bomba Meco, cien metros oeste y cien metros norte, el día jueves 13 de diciembre del 2006, siendo la primera convocatoria a las dieciocho horas y, de ser necesaria, la segunda convocatoria para las diecinueve horas de la noche. Los temas de la agenda a tratar son:
1) Comprobación del quórum.
2) Bienvenida a los socios asistentes.
3) Lectura del acta anterior.
4) Informes de presidencia, tesorería y fiscalía.
5) Asuntos varios.
6) Cierre de la asamblea.
7) Refrigerio.
Cualquier duda por favor comunicarse con Enrique Herra Murillo al 468-04-19 ó 884-24-91.—Ciudad Quesada, 8 de noviembre del 2007.—Enrique Herra Murillo, Presidente.—1 vez.—Nº 75760.—(101343).
DISTRIBUIDORA SUQUE S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Distribuidora Suque S. A., que se celebrará en su domicilio social, Puntarenas, Quepos, doscientos metros al sur de la Gasolinera Serviagro, el día lunes tres de diciembre, a las quince horas.
Agenda:
Se conocerá:
1) Informe del presidente, tesorero y fiscal.
2) Aprobación de estados financieros y gestión administrativa.
3) Reforma de la cláusula octava del estatuto, referente al fondo de reserva legal, con el fin de retener dividendos para asegurar la comercialización y futura producción de mallas electrosoldadas.
4) Aprobación y retención de dividendos para asegurar la comercialización y futura producción de mallas electrosoldadas.
5) Conocimiento de la renuncia del fiscal y nombramiento del sustituto.
Francisco Ulibarri Pernus, Presidente.—1 vez.—Nº 75836.—(101344).
DISTRIBUIDORA GUSKA S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Distribuidora Guska S. A., que se celebrará en su domicilio social, Liberia, Guanacaste, Edificio Montiel, planta baja, local número dos, frente a avenida Veinticinco de Julio, el día lunes diecisiete de diciembre, a las quince horas.
Agenda:
Se conocerá:
1) Informe del presidente, tesorero y fiscal.
2) Aprobación de estados financieros y gestión administrativa.
3) Reforma de la cláusula sexta del estatuto, referente al fondo de reserva legal, con el fin de retener dividendos para asegurar la comercialización y futura producción de mallas electrosoldadas.
4) Aprobación y retención de dividendos para asegurar la comercialización y futura producción de mallas electrosoldadas.
5) Conocimiento de la renuncia del fiscal y nombramiento del sustituto.
Francisco Ulibarri Pernus, Presidente.—1 vez.—Nº 75837.—(101345).
GRUPO INDESA DE DESARROLLO INDUSTRIAL S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Grupo Indesa de Desarrollo Industrial S. A., que se celebrará en su domicilio social, Asunción de Belén, Heredia, Urbanización Industrial La Asunción, lote Nº 2, el día martes cuatro de diciembre del presente año, a las dieciséis horas.
Agenda:
Se conocerá:
1) Informe del presidente, tesorero y fiscal.
2) Aprobación de estados financieros y gestión administrativa.
3) Reforma de la cláusula novena del estatuto, referente al fondo de reserva legal, con el fin de retener dividendos para asegurar la comercialización y futura producción de mallas electrosoldadas.
4) Aprobación y retención de dividendos para asegurar la comercialización y futura producción de mallas electrosoldadas.
5) Conocimiento de la renuncia del fiscal y nombramiento del sustituto.
Francisco Ulibarri Pernus, Presidente.—1 vez.—Nº 75838.—(101346).
INMOBILIARIA DONOSTIA S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inmobiliaria Donostia S. A., que se celebrará en su domicilio social, Asunción de Belén, Heredia, Urbanización Industrial La Asunción, lote número dos, el día lunes diez de diciembre del presente año, a las doce horas.
Agenda:
Se conocerá:
1) Informe del presidente, tesorero y fiscal.
2) Aprobación de estados financieros y gestión administrativa.
3) Aumento de capital social por una suma no inferior a los seiscientos setenta y ocho millones doscientos mil colones.
4) Reforma de la cláusula sexta del estatuto, referente al fondo de reserva legal, con el fin de retener dividendos para la compra del inmueble colindante, finca del partido de Heredia, matrícula Nº 170160-000, cuya medida es de 4507 metros cuadrados con 94 decímetros y a la cual corresponde el plano catastrado Nº H-556440-99.
5) Aprobación y retención de dividendos para la compra del inmueble colindante, finca del partido de Heredia, matrícula Nº 170160-000, cuya medida es de 4507 metros cuadrados con 94 decímetros, y al cual corresponde el plano catastrado Nº H-556440-99.
6) Autorización al presidente de la junta directiva para que proceda a formalizar la compra del inmueble.
7) Conocimiento de la renuncia del fiscal y nombramiento del sustituto.
Francisco Ulibarri Pernus, Presidente.—1 vez.—Nº 75839.—(101347).
INGENIERÍA DEL CONCRETO S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria de accionistas de la sociedad denominada Ingeniería del Concreto S. A., que se celebrará en su domicilio social, Asunción de Belén, Heredia, Urbanización Industrial La Asunción, lote Nº 2, el día miércoles doce de diciembre del presente año, a las quince horas.
Agenda:
Se conocerá:
1) Informe del presidente, tesorero y fiscal.
2) Aprobación de estados financieros y gestión administrativa.
3) Conocimiento de la renuncia del fiscal y nombramiento del sustituto.
Francisco Ulibarri Pernus, Presidente.—1 vez.—Nº 75840.—(101348).
SUPERBLOQUE ALAJUELA S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Superbloque Alajuela S. A., que se celebrará en su domicilio social, Alajuela, cien metros al sur, ciento cincuenta metros al este del Cementerio de Alajuela, Comercial Sadi María, local número tres, el día jueves trece de diciembre del presente año, a las nueve horas.
Agenda:
Se conocerá:
1) Informe del presidente, tesorero y fiscal.
2) Aprobación de estados financieros y gestión administrativa.
3) Reforma de la cláusula sexta del estatuto, referente al fondo de reserva legal, con el fin de retener dividendos para asegurar la comercialización y futura producción de mallas electrosoldadas.
4) Aprobación y retención de dividendos para asegurar la comercialización y futura producción de mallas electrosoldadas.
5) Conocimiento de la renuncia del fiscal y nombramiento del sustituto.
Francisco Ulibarri Pernus, Presidente.—1 vez.—Nº 75841.—(101349).
ARMEPREF ARMADURAS PREFABRICADAS S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Armepref Armaduras Prefabricadas S. A., que se celebrará en su domicilio social, Asunción de Belén, Heredia, Condominio Industrial Bodegas Tipo uno de Belén, Finca Filial número ocho, el día lunes diez de diciembre del presente año, a las quince horas.
Agenda:
Se conocerá:
1) Informe del presidente, tesorero y fiscal.
2) Aprobación de estados financieros y gestión administrativa.
3) Reforma de la cláusula décima del estatuto, referente al fondo de reserva legal, con el fin de retener de dividendos para asegurar la comercialización y futura producción de mallas electrosoldadas.
4) Aprobación y retención de dividendos para asegurar la comercialización y futura producción de mallas electrosoldadas.
5) Conocimiento de la renuncia del fiscal y nombramiento del sustituto.
Francisco Ulibarri Pernus, Presidente.—1 vez.—Nº 75842.—(101350).
COMERCIAL SUPERBLOQUE S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Comercial Superbloque S. A., que se celebrará en su domicilio social, Asunción de Belén, Heredia, Urbanización Industrial La Asunción, Lote Nº 2, el día lunes diez de diciembre del presente año, a las quince horas.
Agenda:
Se conocerá:
1) Informe del presidente, tesorero y fiscal.
2) Aprobación de estados financieros y gestión administrativa.
3) Reforma de la cláusula sexta del estatuto, referente al fondo de reserva legal, con el fin de retener dividendos para expandir la comercialización de productos en los diferentes puntos de venta, nuevos inventarios y asegurar la continuidad en la producción de mallas electrosoldadas.
4) Aprobación y retención de dividendos para expandir la comercialización de productos en los diferentes puntos de venta, nuevos inventarios y asegurar la continuidad en la producción de mallas electrosoldadas.
5) Conocimiento de la renuncia del fiscal y nombramiento del sustituto.
Francisco Ulibarri Pernus, Presidente.—1 vez.—Nº 75843.—(101351).
DISTRIBUIDORA BLANZOR S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Distribuidora Blanzor S. A., que se celebrará en su domicilio social, San Antonio de Belén, Heredia, costado norte de la plaza de los deportes, Edificio San Casimiro, primera planta, oficina número uno, el día jueves trece de diciembre del presente año, a las diez horas.
Agenda:
Se conocerá:
1) Informe del presidente, tesorero y fiscal.
2) Aprobación de estados financieros y gestión administrativa.
3) Reforma de la cláusula novena del estatuto, referente al fondo de reserva legal, con el fin de retener dividendos para expandir la comercialización de productos en los diferentes puntos de venta, nuevos inventarios y asegurar la continuidad en la producción de mallas electrosoldadas.
4) Aprobación y retención de dividendos para expandir la comercialización de productos en los diferentes puntos de venta, nuevos inventarios y asegurar la continuidad en la producción de mallas electrosoldadas.
5) Conocimiento de la renuncia del fiscal y nombramiento del sustituto.
Francisco Ulibarri Pernus, Presidente.—1 vez.—Nº 75844.—(101352).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
MATERIALES ZETA SOCIEDAD ANÓNIMA
Materiales Zeta Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno-cero veintidós mil doscientos noventa, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Actas de Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Gerardo Acuña Valerio, Presidente.—Nº 63756.—(98960).
RANCRIS DE HEREDIA SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Rancris de Heredia Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-ciento setenta y ocho mil treinta y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Actas de Asamblea De Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Amalia Villalobos Sánchez, Subgerente.—Nº 63757.—(98961).
LA CASA DE LAS LLANTAS LIMITADA
La Casa de las Llantas Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-063931, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, de la Administración Tributaria, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Rodolfo Alfaro Morera, Notario.—Nº 63775.—(98962).
DG DISTRIBUIDORES GRÁFICOS SOCIEDAD ANÓNIMA
DG Distribuidores Gráficos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-309198, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros: Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información, Asistencia al Contribuyente. Legalización de Libros, Administración Tributaria de San José en el término de 8 días hábiles contados a partir de la última publicación del diario oficial La Gaceta.—Lic. Jessica Brenes Camacho, Notaria.—Nº 63796.—(98963).
T- COMUNICA S. A.
T- Comunica, S. A. cédula de persona jurídica número 3-101-154198, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro de tres libros: diario, mayor, e inventarios y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Nº 63925.—(98964).
CORPORACIÓN HEMERA S. A.
Corporación Hemera, S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-058504, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro de actas de asamblea de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Nº 63926.—(98965).
INSTITUTO DE ESTENOGRAFÍA CORTA DE COSTA RICA S. A.
Instituto de Estenografía Corta de Costa Rica, S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-019487, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de tres libros: Diario, Mayor, e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Nº 63927.—(98966).
LIMPIEZA DE TANQUES SÉPTICOS RAMÍREZ Y CANTILLO S. A.
Limpieza de Tanques Sépticos Ramírez y Cantillo S. A., con cédula jurídica 3-101-374694. Solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los libros contables Diario, Mayor y Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestarlo ante la Administración Tributaria de Cartago, con ocho días hábiles a partir de esta publicación.—Sandra Ramírez Cantillo, Responsable.—Nº 63942.—(98967).
El suscrito Edwin Bolandi Ortiz, cédula 9-050-431, solicito ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: diario-mayor -ventas y balances número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Puntarenas, 3 de noviembre del 2007.—Lic. Edwin Bolandi Ortiz.—(99026).
INDUSTRIAS DE CONFECCIÓN
POLIANDY S. A.
Industrias de Confección Poliandy S. A., cédula jurídica Nº 3-101-015588, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Actas del Consejo de Administración Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—(99106).
RINCÓN EDUCATIVO S. A.
Rincón Educativo S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cincuenta y cinco mil seiscientos setenta y uno, solicita a la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del siguiente libro: Acta de Asamblea Consejo de Administración o Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y Asistencia del Contribuyente (Legalización de libros) Administración Tributaria de San José, en el termino de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta y de un diario de circulación nacional.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—(99107).
TEXTILES S&R S. A.
Textiles S&R S. A., cédula jurídica Nº 3-101-069114, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Actas del Consejo de Administración Nº 1 y Registro de Socios Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación deL Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—(99108).
CONDOMINIO DOÑA RAQUEL
Condominio Doña Raquel, cédula 3-109-107704, solicita ante el Registro de Bienes Inmuebles - Propiedad Horizontal del Registro Nacional, la reposición del libro Actas Asamblea de Propietarios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro de Bienes Inmuebles - Propiedad Horizontal del Registro Nacional de San José, dentro del término de ley.—Ofelia María Araya Tristán.—(99136).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
CHISPA E.D.L. IMPORT Y EXPORT SOCIEDAD ANÓNIMA
Chispa E.D.L. Import y Export Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-476200, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea General y Actas Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración de San José en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Mario Berdini, Representante.—(98583).
PONTAL VERDE SOCIEDAD ANÓNIMA
Para efectos de reposición de la sociedad denominada Pontal Verde Sociedad Anónima, cédula de persona Jurídica numero tres-ciento uno- ciento setenta y un mil quinientos veintiuno, en la condición de propietarios de la acción número 1260, hace constar que hemos solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A., la reposición de los mismos por haberse extraviado. Por el término de ley, se atenderán oposiciones en el Departamento de Secretaria de la Junta Directiva, en el Cariari Country Club, San Antonio de Belén, Heredia, y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 10 de junio del 2007.—(99022).
JOYERÍA DE CALDAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Joyería de Caldas Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-198653, solicito ante Tributación Directa, la reposición de los libros, Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea general, Actas de Registro de Accionistas y Actas de Junta Directiva, todos número uno de la sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Dirección General de Tributación Directa, Sección de Autorización y Legalización de Libros.—San José, 31de octubre del 2007.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—Nº 64023.—(99339).
VILLA DE ESCAZÚ CUATRO SOCIEDAD ANÓNIMA
Villa de Escazú Cuatro Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-203012, solicito ante Tributación Directa, la reposición de los libros, Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea general, Actas de Registro de Accionistas y Actas de Junta Directiva, todos número uno de la sociedad. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Dirección General de Tributación Directa, Sección de Autorización y Legalización de Libros.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—Nº 64024.—(99340).
CORPORACIÓN ARSA CUATRO SOLES SOCIEDAD
ANÓNIMA
Corporación Arsa Cuatro Soles Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-tres dos seis nueve ochenta, solícita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Mayor, Inventarios y Balances, Diario. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Sandra Arauz Chacón, Notaria.—Nº 64175.—(99341).
EMPE DE COSTA RICA S. A.
Por haberse extraviado los libros legales de la compaña Empe de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-093022, se solicita a Tributación, la reposición de los libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Concejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Andrés Pérez González, Notario.—Nº 64207.—(99342).
GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA
De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, la señora Mariam Benavides Fuentes, cédula 205310592, ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de su certificado CPH 100/301/1111971484 por el monto de $300.000,00 y el cupón N° 1 por ¢11.775,00 ambos con fecha de vencimiento del 30-10-2007.—Alajuela, 5 de noviembre del 2007.—Lic. Luis Carlos Morales Peña, Representante Grupo Mutual.—(99401).
COSTA RICA FOUR SEASONS SOCIEDAD ANÓNIMA
Costa Rica Four Seasons Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-doscientos noventa y cinco mil setecientos cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes seis libros: Diario, Mayor e Inventario y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas Asambleas de Propietarios, Actas Registro de Socios, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de Heredia, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—(99483).
UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA
Por medio de la presente la Universidad Latina de Costa Rica certifica que, ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición del título de Bachillerato en Periodismo, emitido por la Universidad Latina de Costa Rica a nombre Barrantes Bolaños César Luis, cédula Nº 1-1018-187, inscrito en el Libro de la Universidad en el tomo V, folio 107, asiento 27657. Se solicita la reposición por motivo que de a el estudiante se le extravió el original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial. Se extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar de la fecha.—San José, 5 de noviembre del 2007.—José Prado Arroyo, Director de Registro.—(99492).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ASOCIACIÓN DE PEQUEÑOS PRODUCTORES DE RÍO FRÍO
Yo: Luz Marina Miranda Elizondo, en mi condición de presidenta, hago constar que hemos iniciado la reposición de los libros número uno: Libro de Actas de Junta Directiva, Libro Mayor, Libro Diario y Libro de Inventarios y Balances, de la Asociación de Pequeños Productores de Río Frío, por lo que se emplaza por ocho días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la reposición en trámite ante el Registro de Asociaciones.—Luz Marina Miranda Elizondo, Presidenta.—1 vez.—Nº 64215.—(99754).
JAIDAI S. A.
Jaidai S. A.; cédula jurídica número 3-101-22665, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de sus libros contables Diario, Mayor, Inventario y Balance. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, tres de noviembre del dos mil siete.—Lic. Ernesto Torres Torres, Notario.—Nº 64434.—(99755).
CHURUQUITA S. A.
Churuquita S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-55636, tramita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros todos los contables y todos los legales. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la publicación en este diario.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Arturo Founier F., Notario.—Nº 64407.—(99757).
FILIAL DIEZ QUERÉTARO DE
MONTE REAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Filial Diez Querétaro de Monte Real Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-409690, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Un Libro de Actas de Consejo de Administración. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.— Nº 64351.—(99758).
Kattia Calvo Molina, cédula de identidad número 1-826-691, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros Inventario, Actas y Mayor. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Kattia Calvo Molina.—(99829).
DESARROLLO LA COSTA S. A.
Desarrollo La Costa S. A., comunica a los interesados y público en general que por haberse extraviado la acción común y título de capital Nº 467, correspondiente a la semana Fija Nº 15, propiedad de Fotolit S. A., cédula jurídica Nº 3-101-031523, se procederá a su reposición dentro del término de ley. Cualquier interesado deberá hacer valer sus derechos dentro de este plazo.—San José.—Departamento Crédito y Cobro.— Arturo Ulate Vargas, Jefe.—(99860).
Desarrollo La Costa S. A., comunica a los interesados y público en general que por haberse extraviado la acción común y título de capital Nº 4153, correspondiente a la semana F.A. Nº 80, propiedad de Corrugadora de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-0274462, se procederá a su reposición dentro del término de ley. Cualquier interesado deberá hacer valer sus derechos dentro de este plazo.—San José.—Departamento Crédito y Cobro.—Arturo Ulate Vargas, Jefe.—(99862).
INMOBILIARIA SETECIENTOS CUARENTA Y UNO S. A.
Inmobiliaria Setecientos Cuarenta y Uno S. A., cédula jurídica número 3-101-072453, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Un Libro de Actas de Asamblea General de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Cecilia Gurdián Astúa, Presidenta.—(99867).
EL MONTE DE BARBA S. A.
El Monte de Barba S. A., cédula jurídica número 3-101-027545, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del siguiente libro: Un Libro de Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Cecilia Gurdián Astúa, Presidenta.—(99870).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Por escritura otorgada ante la suscrita notaría, a las diez horas del 19 de setiembre del 2007, protocolicé actas de asambleas generales extraordinarias de accionistas de las sociedades Transacciones Inmobiliarias K de Costa Rica S. A. y Sernat Volca S. A., mediante las cuales ambas sociedades se fusionan prevaleciendo Sernat Volca S. A., la que reforma las cláusulas segunda y quinta de los estatutos.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Jessica Salas Arroyo, Notaria.—(98114).
Por escrituras otorgadas ante mí, constituí, las sociedades Certified Public Accountant Office S. A., Guanacaste on Line Services R.C,B. S. A., e Inversiones Villareal S. A., y protocolicé asambleas extraordinarias de socios de la sociedades Good Morning In The Bed S. R. L. Centro Comercial de la Construcción San Sebastián S. A. y Construcciones Sarika S. A.—Lic. Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—(99072).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
La sociedad Agrobataán Sociedad Anónima, número de cédula jurídica Nº 3-101-093073, inscrita en el Registro Público al tomo 0529 folio 142, asiento 00153, modifica totalmente la cláusula sexta del pacto social para que se lea como sigue: Cláusula sexta: los negocios sociales serán administrados por una Junta Directiva formada por cuatro miembros que serán presidente, secretario, tesorero y un gerente general que podrán ser o no socios. Nombrados por todo el plazo social. Corresponderá al presidente y al gerente general la representación legal de la sociedad quienes podrán actuar en forma conjunta o separada y tendrán las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, de conformidad con lo estipulado en el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, podrán sustituir su poder en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo, reservándose o no su ejercicio, así como autorizar a las personas que crean convenientes para firmar en las cuentas corrientes que la compañía llegare a tener en el sistema bancario nacional y privado. Asimismo se hacen nuevos nombramientos en los cargos de gerente general y presidente quedando como sigue: Gerente general: Bernardo Alvarado Lizano, cédula Nº 2-301-572 y presidenta a María de los Ángeles Díaz Zeledón, cédula Nº 1-728-979.—Bernardo Alvarado Lizano, Presidente.—José Alvarado Lizano, Secretario.—Lic. José Martín Zúñiga Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 43752.—(79179).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, número 110-5 de las 14:20 horas del día 30 de octubre del 2007, se protocolizaron acuerdos de asamblea general de accionistas de Sama Valores (G.S.) Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula de la administración y se nombra junta directiva.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Marcela Arias Victory, Notaria.—1 vez.—Nº 63371.—(97884).
Ismael Romualdo Zúñiga Chacón, Carmen Julia Chaves Arias, Elena de los Ángeles Zúñiga Chaves, Ismael José Zúñiga Chaves, Pedro Zúñiga Chaves, Pablo Andrés Zúñiga Chaves, constituyen la sociedad Artesanías Ruma de Coronado Sociedad Anónima. Capital social: ciento treinta mil colones dividido en trece acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Ismael Romualdo Zúñiga Chacón. Escritura otorgada en San José, a las 17:00 horas del 23 de octubre del 2007.—Lic. Luis Ángel Leitón Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 63372.—(97885).
En esta notaría a las 9:00 horas del 9 de agosto del 2007, César Méndez Hernández y Sonia María Mora Rojas, constituyen sociedad anónima, Alfonso Mario Solís Vargas, Jorge Francisco Solís Pacheco y Mayro Gerardo Castillo Solís, constituyen Pizeria Hermaso Sociedad Anónima. San Ramón.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 63374.—(97886).
En esta notaría a las 10:00 horas del 4 de octubre del 2007, Víctor Julio Chaves Fernández y María de los Ángeles Mora Cavaría, constituyen sociedad de responsabilidad limitada, según Decreto Ejecutivo tres tres uno siete J. Capital social: 10 mil colones. Gerentes: ambos comparecientes. San Ramón.—Lic. José Manuel Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 63376.—(97887).
Por escritura número ciento noventa y siete otorgada ante esta notaría a las once horas del treinta y uno de octubre del dos mil siete, los señores Rosibel Villalobos Vindas y Randall Andrés Vargas Villalobos constituyeron una sociedad anónima cuya denominación social se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de la constitución de empresas comerciales, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del día catorce de junio del dos mil seis. Capital social: cien mil colones. Representación: presidente de la junta directiva. Domicilio: Santo Domingo de Heredia, ochocientos metros norte de la iglesia Basílica de Santo Domingo, Residencial Villa Adobe, casa doscientos nueve.—San José, tres treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—Nº 63377.—(97888).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas del día cinco de octubre del dos mil siete, ante la notaria Sandra Víquez Blanco, se constituyó la sociedad denominada Legend Information Technologies Sociedad Anónima. Su objetivo será, los servicios profesionales en informática y su presidente, tendrá facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Sandra Víquez Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 63378.—(97889).
Por escritura otorgada ante mí, el día ocho de octubre del 2007, se constituyó Reingeniería, Administración y Desarrollo MJ S. A., con domicilio en Cartago y plazo de cien años. Capital suscrito, pagado y representado por acciones comunes. Representante legal: el presidente de la junta directiva.—San José, 31 de octubre del dos mil siete.—Lic. Lorna Truque Arias, Notaria.—1 vez.—(97984).
Por escritura otorgada a las diecinueve horas del día veintiséis de octubre del dos mil siete, ante la notaria Sandra Víquez Blanco se constituyó la sociedad denominada K-Teck Calidad & Innovación Sociedad Anónima. Su objetivo será la venta, reparación y soporte técnico de computadoras y su presidente, tendrá facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Sandra Víquez Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº 63379.—(97985).
Por escritura número 53 otorgada ante la suscrita notaria a las 11:00 horas del 31 de octubre del 2007, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Coast Blue Ltda., en los que se reforma la cláusula del domicilio social: Guanacaste, Playas del Coco, camino a Ocotal, del cruce cinco kilómetros al este y kilómetro y medio al sur, casa a mano izquierda.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Manuelita Jiménez Esquivel, Notaria.—1 vez.—(97988).
Ante esta notaría a las diecisiete horas del día veintiséis de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Bellísimo Atardecer Sociedad Anónima, cuya presidenta es Isabel Cristina Eras Martínez. Domicilio: Guanacaste, Liberia costado sur de la comandancia de plaza.—Liberia, 31 de octubre del 2007.—Lic. José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1 vez.—(97995).
Ante esta notaría a las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del día veintiséis de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Grupo Seguridad Plena Sociedad Anónima, cuya presidenta es Isabel Cristina Eras Martínez. Domicilio: Guanacaste, Liberia costado sur de la comandancia de plaza.—Liberia, 31 de octubre del 2007.—Lic. José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1 vez.—(97996).
Ante esta notaría a las dieciséis horas treinta minutos del día veintiséis de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Turismo Extremo GTE Dos Mil Ocho Sociedad Anónima, cuya presidenta es Isabel Cristina Eras Martínez. Domicilio: Guanacaste, Liberia, costado sur de la comandancia de plaza.—Liberia, 31 de octubre del 2007.—Lic. José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1 vez.—(97997).
Ante esta notaría a las dieciséis horas quince minutos del día veintiséis de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Amigos y Amigas del Bosque Sociedad Anónima, cuya presidenta es Isabel Cristina Eras Martínez. Domicilio: Guanacaste, Liberia costado sur de la comandancia de plaza.—Liberia, 31 de octubre del 2007.—Lic. José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1 vez.—(97998).
Ante esta notaría a las quince horas quince minutos del día veintiséis de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Club Campestre Las Calas Sociedad Anónima, cuya presidenta es Isabel Cristina Eras Martínez. Domicilio: Guanacaste, Liberia costado sur de la comandancia de plaza.—Liberia, 31 de octubre del 2007.—Lic. José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1 vez.—(97999).
Ante esta notaría a las dieciséis horas del día veintiséis de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada La Baraja Sociedad Anónima, cuya presidenta es Isabel Cristina Eras Martínez. Domicilio: Guanacaste, Liberia costado sur de la comandancia de plaza.—Liberia, 31 de octubre del 2007.—Lic. José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1 vez.—(98000).
Ante esta notaría a las quince horas cuarenta y cinco minutos del día veintiséis de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada El Ideal Seiscientos Cincuenta y Siete Sociedad Anónima, cuya presidenta es Isabel Cristina Eras Martínez. Domicilio: Guanacaste, Liberia costado sur de la comandancia de plaza.—Liberia, 31 de octubre del 2007.—Lic. José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1 vez.—(98001).
Ante esta notaría a las quince horas treinta minutos del día veintiséis de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Servicio Total DM Ciento Ochenta y Cinco Sociedad Anónima, cuya presidenta es Isabel Cristina Eras Martínez. Domicilio: Guanacaste, Liberia costado sur de la comandancia de plaza.—Liberia, 31 de octubre del 2007.—Lic. José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1 vez.—(98002).
Ante esta notaría a las diecisiete horas treinta minutos del día veintiséis de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Brisa de las Praderas Sociedad Anónima, cuya presidenta es Isabel Cristina Eras Martínez. Domicilio: Guanacaste, Liberia costado sur de la comandancia de plaza.—Liberia, 31 de octubre del 2007.—Lic. José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1 vez.—(98003).
Ante esta notaría a las diecisiete horas quince minutos del día veintiséis de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Dajais Trescientos Sesenta y Dos Sociedad Anónima, cuya presidenta es Isabel Cristina Eras Martínez. Domicilio: Guanacaste, Liberia costado sur de la comandancia de plaza.—Liberia, 31 de octubre del 2007.—Lic. José Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1 vez.—(98004).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las diez horas treinta minutos del veintinueve de octubre del presente año, la sociedad Time After Time LLC Limitada, cédula jurídica número tres-uno cero dos-cuatro cuatro siete siete cero nueve, se reforman los estatutos, cambia de nombre a Time Trading Inc. LLC Limitada, nombre de fantasía.—San José, veintinueve de octubre del dos mil siete.—Lic. Ramiro Villalobos Larios, Notario.—1 vez.—(98005).
Mediante escritura ciento dos se constituyó la sociedad Servicios de Mensajería León S. A. Presidente con la representación judicial y extrajudicial.—San José, 28 de setiembre del 2007.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1 vez.—(98008).
Por escritura número dieciséis-treinta y seis, otorgada ante el notario Juvenal Sánchez Zúñiga, a las dieciséis horas con quince minutos del treinta de octubre del año dos mil siete, se reforman las cláusulas segunda y octava y se nombra junta directiva, fiscal y agente residente de la compañía Pacific Bay S. A.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Juvenal Sánchez Zúñiga, Notario.—1 vez.—(98011).
Ante mí, María de Los Ángeles Solano Mora, notaria pública con oficina en San José, y actuando en connotariado con el Dr. Roberto Borbón Sartoresi, se constituyó al ser las dieciséis horas del treinta de octubre del año dos mil siete, el cambio de nombre de la sociedad anónima Condominio El Camino a Santiago de Compostela y Caceres XLII S.A., por el nombre de Estética Médica F & A del Este Sociedad Anónima.—San José, treinta y uno de octubre del 2007.—Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—(98015).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las diecinueve horas del treinta y uno de octubre del dos mil siete, se constituye la sociedad con domicilio en Alajuela, altos de Imprenta Alajuela, denominada Desarrollos Imponentes S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—Alajuela, primero de noviembre del dos mil siete.—Lic. Marvin Esteban Matarrita Bonilla, Notario.—1 vez.—(98016).
Por escritura pública número ochenta y uno, de las catorce horas del veintinueve de octubre del dos mil siete, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Babel Secret Limitada, en la que se modificó la segunda del domicilio, se nombra nuevo gerente y agente residente.—Lic. Álvaro Carballo Pinto, Notario.—1 vez.—(98018).
Por escritura pública número ochenta, de las nueve horas del veintinueve de octubre del dos mil siete, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Shapiro Enterprises S. A., en la que se modificó la cláusula primera del nombre a Hacienda Lobe S.A., la segunda del domicilio, la sexta de la administración y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Álvaro Carballo Pinto, Notario.—1 vez.—(98019).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del veinticuatro de octubre de dos mil siete, se protocolizó acta de la empresa Clínica Médico Quirúrgica Santa Catalina S. A., cédula jurídica 3-101-1002001, y en la cual se modificó la cláusula del domicilio, administración y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, 31 de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(98051).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las once horas y treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil siete, se protocolizó acta de la empresa Grupo Santa Catalina para la Formación Académica y Empresarial S. A., cédula jurídica 3-101-307239, y en la cual se modificó la cláusula del domicilio, administración y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, 31 de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(98052).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del veintinueve de octubre del dos mil siete, se protocolizó acta de la empresa Floars S. A., cédula jurídica 3-101-46182, y en la cual se modificó la cláusula del domicilio, administración y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, 31 de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(98054).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del veintinueve de octubre del dos mil siete, se protocolizó acta de la empresa Bonos de Salud Santa Catalina S. A., cédula jurídica 3-101-126172, y en la cual se modificó la cláusula del domicilio, administración y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, 31 de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(98055).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil siete, se protocolizó acta de la empresa Clínica La Asunción S. A., cédula jurídica 3-101-483292, y en la cual se modificó la cláusula del domicilio, administración y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, 31 de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(98056).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas cinco minutos del veintinueve de octubre del dos mil siete, se protocolizó acta de la empresa Vahan Tico S. A., cédula jurídica 3-101-224670, y en la cual se modificó la cláusula del domicilio, administración y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, 31 de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(98057).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del veintinueve de octubre del dos mil siete, se protocolizó acta de la empresa Bernira S. A., cédula jurídica 3-101-24814, y en la cual se modificó la cláusula del domicilio, administración y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, 31 de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(98058).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil siete, se protocolizó acta de la empresa Soul of Tamarindo S. A., cédula jurídica 3-101-435634, y en la cual se modificó la cláusula del domicilio, administración y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, 31 de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(98059).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del veintinueve de octubre del dos mil siete, se protocolizó acta de la empresa Totos del Sur S. A., cédula jurídica 3-101-74630, y en la cual se modificó la cláusula del domicilio, administración y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, 31 de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(98060).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil siete, se protocolizó acta de la empresa Artaban S. A., cédula jurídica 3-101-231727, y en la cual se modificó la cláusula del domicilio, administración y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, 31 de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(98062).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas diez minutos del treinta y uno de octubre del dos mil siete, se constituyó la empresa Almacén Lucky Star Sociedad Anónima, con un capital de diez mil colones, corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de la empresa. Es todo.—San José, 31 de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(98063).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de octubre del dos mil siete, se constituyó la empresa Importadora Kevin Sociedad Anónima, con un capital de diez mil colones, corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de la empresa. Es todo.—San José, 31 de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(98065).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del treinta y uno de octubre dos mil siete, se constituyó la empresa Almacén Yan Feng Sociedad Anónima, con un capital de diez mil colones, corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de la empresa. Es todo.—San José, 31 de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(98066).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del treinta y uno de octubre dos mil siete, se constituyó la empresa Importadora Lin Yang Sociedad Anónima, con un capital de diez mil colones, corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de la empresa. Es todo.—San José, 31 de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(98067).
La suscrita notaria hace constar que en mi notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Costa Vene L y J Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones totalmente suscrito y pagado. Presidente: Lope Enrique Cobeña Serrano.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Gioconda Ureña Leal, Notaria.—1 vez.—(98069).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil siete, se protocolizó acta de la empresa Mundo Vertical S. A., cédula jurídica 3-101-417296, y en la cual se modificó la cláusula del domicilio, administración y se nombra nueva junta directiva. Es todo.—San José, 31 de octubre del dos mil siete.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—(98071).
Por escritura número doscientos veinticuatro-tres, de las dieciséis horas del veintiséis de octubre del dos mil siete, otorgada ante el Lic. Pablo Valerio Soto, los señores Noily Zamora Segura y Evelyn Zamora segura constituyeron la sociedad con nombre Familia Zamora Segura S. A. Es todo.—Alajuela, al ser las veinte horas del treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Pablo Valerio Soto, Notario.—1 vez.—(98095).
Por escritura trescientos seis-nueve ante la notaria Ana Lorena Oviedo Campos, se constituye la sociedad Poso de Agua Sociedad Anónima, escritura otorgada en Heredia, a las nueve horas del veintiséis de marzo del dos mil siete.—Lic. Ana Lorena Oviedo Campos, Notaria.—1 vez.—(98100).
El suscrito notario avisa que mediante escritura número ciento ochenta y uno, del tomo primero de mi protocolo, las señoras Karen Chichilla Muñoz, Maureen Adriana Chinchilla Muñoz y María José Chinchilla Soto, constituyeron la sociedad denominada Jokama Sociedad Anónima. Informes al 494-2459.—Grecia, treinta de octubre del dos mil siete.—Lic. Gumer Montero Valverde, Notario.—1 vez.—(98107).
El suscrito notario avisa que mediante escritura número ciento setenta y cinco, del tomo primero de mi protocolo, los señores Óscar Danilo Ruiz Zeledón y Jeannette del Socorro Martínez Romero, constituyeron la sociedad denominada Powerful Hands DJ Sociedad Anónima. Informes al 494-2459.—Grecia, treinta de octubre del dos mil siete.—Lic. Gumer Montero Valverde, Notario.—1 vez.—(98108).
Mediante escritura número ciento diez-dos, de las once horas del treinta de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Proyecto MFMH Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, treinta de octubre del dos mil siete.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—(98112).
Ante esta notaría por escritura número ciento cincuenta y siete otorgada a las diez horas del primero de noviembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Juro y Annca Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones representado en diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Representación recae en su presidente.—San José, 1º de noviembre del dos mil siete.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—(98116).
Ante esta notaría por escritura número ciento cincuenta y tres, otorgada a las catorce horas del día veintiséis de octubre del dos mil siete, se protocolizó asamblea extraordinaria de la sociedad denominada Brisa Icaro Inc Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula sétima y se nombra nueva junta directiva.—San José, 1º de noviembre del dos mil siete.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—(98117).
Ante esta notaría por escritura número ciento cincuenta y cuatro, otorgada a las quince horas del día veintiséis de octubre del dos mil siete, se protocolizó asamblea extraordinaria de la sociedad denominada Brisalia Ágata Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula sétima y se nombra nueva junta directiva.—San José, 1º de noviembre del dos mil siete.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—(98118).
Ante esta notaría por escritura número ciento cincuenta y cinco, otorgada a las dieciséis horas del día veintiséis de octubre del dos mil siete, se protocolizó asamblea extraordinaria de la sociedad denominada Aretes de Bambú Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula segunda, sétima y se nombra nueva junta directiva.—San José, 1º de noviembre del dos mil siete.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—(98119).
Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 9:00 horas del 24 de octubre y 8:00 horas del 1º de noviembre del año en curso, se: a) constituyó sociedad anónima, nombre por designar, domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, b) se protocolizó asamblea general de accionistas de L.G. Glamour Salón S. A., donde se reforman las cláusulas quinta y novena y se reorganiza la administración.—San José, primero de noviembre del dos mil siete.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—(98121).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del treinta y uno de octubre del año en curso, se constituye la sociedad anónima denominada Cibernética Kauffmann & Guerrero Sociedad Anónima.—Alajuela, primero de noviembre del dos mil siete.—Lic. Robert Barrantes Arroyo, Notario.—1 vez.—(98124).
Ante esta notaría se constituye la sociedad denominada Grúas Telescópicas Castro Sociedad Anónima, escritura otorgada en San José, a las catorce horas del veinticinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Federico García Ulate, Notario.—1 vez.—(98127).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de Consorcio Amistad Cooffe Sociedad Anónima, nombrando nueva junta directiva, reformando cláusula referente a la administración y nombrando apoderado generalísimo.—San José, primero de noviembre del dos mil siete.—Lic. Lilliana Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—(98129).
Que por escritura otorgada en esta notaría se constituyó con fecha treinta de octubre del dos mil siete, la sociedad denominada Inversiones Travierso Sociedad Anónima. Plazo noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones.—San José, treinta y uno de octubre del año do mil siete.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—(98134).
Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Maison de Livre S.R.L., en la que se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, treinta de octubre del dos mil siete.—Lic. Gustavo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—(98137).
Hoy protocolicé acta constitutiva de la Asociación de Guardaparques de Costa Rica Agua.—San José, dieciséis de octubre del dos mil siete.—Lic. Gustavo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—(98138).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las 12:30 horas del 2 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad Comercializadora Tiadri S. A. Plazo: 99 años. Domicilio: Guachipelín, Escazú. Presidente y secretario tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades plenas, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Mario Saborío Rocafort, Notario.—1 vez.—(98163).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las 15:00 horas del 31 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Zeland It Consulting S. A., según la cual se modifican las cláusulas quinta y sétima del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y el fiscal.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Mario Saborío Rocafort, Notario.—1 vez.—(98164).
Ante esta notaría, al ser las doce horas del día primero de noviembre del dos mil siete, se ha constituido la sociedad Sajona de Corval-Uno Sociedad Anónima, con domicilio en San Luis de Santo Domingo de Heredia, teniendo la representación el presidente y el secretario. Dado en esta capital el primero de noviembre del dos mil siete.—Lic. Vanessa Solano Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(98188).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 1º de noviembre del 2007, se protocolizó acta de asamblea de socios de tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y ocho mil setecientos veintiocho sociedad anónima, mediante la cual se reformaron cláusulas primera, tercera y undécima y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—(98195).
Lisimaco Rodríguez Rojas y Ester Chacón Rojas constituyen la entidad Lister R Ch Ltda. Escritura otorgada en Grecia a las 18:00 horas del 23 de agosto del 2007.—Lic. Jehiner Alfaro Retana, Notario.—1 vez.—(98200).
El día de hoy se constituyó Premier Development S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Alfredo Aguilar Vargas, Notario.—1 vez.—(98211).
El día de hoy se constituyó Premier Realty Marketing S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Alfredo Aguilar Vargas, Notario.—1 vez.—(98212).
Por escritura de las 10:00 horas de hoy protocolizamos acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Hacienda Hermosa Costa Rica S. A., por medio de la cual se modifican las cláusulas quinta y sexta del pacto social. Lic. Gloria Virginia Vega Chaves e Imelda Arias Del Cid, Notarias.—1° de noviembre del 2007.—Lic. Gloria Virginia Vega Chaves, Notaria.—1 vez.—(98213).
Ante esta notaría se modifica
la cláusula primera del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva de
la sociedad Proyectos Deportivos Costa Rica FTC S. A.—San José, 1º de
noviembre del 2007.—Lic. Óscar Sáenz Ugalde, Notario.—1 vez.—(98214).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las once horas con treinta minutos del día primero de noviembre del año dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Agencia de Viajes La Soberana Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos trece mil quinientos veintidós, mediante la cual se revoca el nombramiento de gerente y se hace nuevo nombramiento por el resto del plazo social, a las once horas del día primero de noviembre del año dos mil siete.—Lic. Maritza Sanabria Miranda, Notaria.—1 vez.—(98215).
Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Jachur S. A., se reforman las cláusulas primera y sexta. Se nombra nueva junta directiva y fiscal. Escritura otorgada en San José, a las 15 horas 30 minutos del 31 de octubre del 2007.—Lic. Imelda Arias del Cid, Notaria.—1 vez.—(98216).
Ante esta notaría hoy se constituyó la sociedad Shoestring World Traveller Community S. A. Se nombra junta directiva, fiscal y agente residente. Escritura otorgada en San José, a las 15:00 horas del 31 de octubre del 2007.— Lic. Imelda Arias del Cid, Notaria.—1 vez.—(98218).
Por escritura de las 9:00 horas de hoy, se protocoliza ante esta notaría acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Blue Flag Farc S. A., por medio de la cual se modifica la cláusula segunda del pacto social y se reorganiza la junta directiva y la vigilancia.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Gloria Virginia Vega Chávez, Notaria.—1 vez.—(98219).
Al ser las quince horas del treinta de octubre del dos mil siete, procedo a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de la empresa denominada Servicios Inmobiliarios de Seguridad y Mantenimiento JP Sociedad Anónima, en la cual se reforman las cláusulas, segunda: del domicilio, sétima: de la administración.—San José, a las quince horas treinta minutos del treinta de octubre del dos mil siete.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—Nº 63381.—(98220).
Al ser las catorce horas del veintinueve de octubre del dos mil siete en la cuidad de Liberia, las señoras Seidy Vanessa Ibarra Lanza y Celina Salgado Lara, comparecen ante esta notaría, con la finalidad de constituir la compañía denominada Las Alturas del Quetzal Gte. Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia de Guanacaste, Liberia, Barrio Los Cerros, doscientos metros al norte de Pollo Pampero, a las catorce horas treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil siete.—Lic. Bernal Arrieta González, Notario.—1 vez.—Nº 63382.—(98221).
Al ser las dieciséis horas del veintinueve de octubre del dos mil siete en la cuidad de Liberia, las señoras Seidy Vanessa Ibarra Lanza y José Daniel Ibarra Guzmán, comparecen ante esta notaría, con la finalidad de constituir la compañía denominada Propiedades Ibarra Gte. Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia de Guanacaste, Liberia, Barrio Los Cerros, doscientos metros este y veinticinco sur de Estación de Bomberos, a las dieciséis horas treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil siete.—Lic. Bernal Arrieta González, Notario.—1 vez.—Nº 63383.—(98222).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil siete Novedades La Elegancia Sociedad Anónima, modifica las cláusulas segunda y sétima de las constitutivas. Se conoce y acepta la renuncia de todos los miembros de la junta directiva y se nombran nuevos; se conoce y acepta la renuncia de todos los miembros de la junta directiva y se nombran nuevos.—San Isidro de Pérez Zeledón, 31 de octubre del 2007.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 63384.—(98223).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veintiséis de octubre del año dos mil siete, Gloriana Loría Espinoza y María Isabel Padilla Bonilla, constituyen dos sociedades cuyo nombre será asignado por el Registro Nacional Sección de Personas Jurídicas, y que se referirá al mismo número de cédula jurídica, de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno - J. Su domicilio estará en San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, costado oeste del parque, altos de la Tienda Arco, pudiendo establecer agencias o sucursales en otro u otros lugares del país o fuera de él. Presidenta: Gloriana Loría Espinoza. Capital social en cada una de las sociedades es: diez mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de cien colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Plazo: noventa y nueve años.—San Isidro de Pérez Zeledón, treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 63385.—(98224).
Por escrituras otorgadas en esta notaría, se constituyen Tecnología e Información Tec Info S. A., J C Celular de Costa Rica S. A., J Z Celular Group S. A. y El Refugio del Alma S. A., con un capital de cien mil colones, plazo 99 años, regidas por el Código de Comercio, domicilio en San José y Herbamac S. A., aumenta el capital social.—San José, 1° de noviembre del 2007.—Lic. Alberto Ortega Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 63386.—(98225).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 14:00 horas del día de hoy, la sociedad Rasona Dos Mil S. A., modifica la cláusula 6 de sus estatutos, y nombra nuevo tesorero y fiscal.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—Nº 63387.—(98226).
Ante esta notaría se protocolizó constitución de la sociedad S Quinientos Seis Consulting Sociedad Anónima, a las doce horas del veinticinco de octubre del dos mil siete, con un capital de cien mil colones. Presidente Ignacio Galmarino, secretario Alejandro Castro Jiménez, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente.—San José, veinticinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Pedro Brenes Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 63389.—(98227).
Por escritura 222 de las 9:30 horas del día 23 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Gea Flamingo Trece Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 63390.—(98228).
Guido León & Asociados Sociedad Anónima, cambia su razón social a Inversiones Veintiséis de Setiembre Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las quince horas del treinta y uno de octubre del año dos mil siete, ante el notario Humberto Jarquín Anchía.—Lic. Humberto Jarquín Anchía, Notario.—1 vez.—Nº 63391.—(98229).
Jarvi de Jesús Pineda Vallejos y Craciela Jiménez Ulloa, constituyen la sociedad denominada Inversiones Stephani JJ Sociedad Anónima. Mediante escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del 31 de octubre del 2007. Ante el notario público Alberto Baraquiso Leitón.—Lic. Alberto Baraquiso Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 63393.—(98230).
Mediante escritura número ciento setenta y siete-uno, otorgada el día 30 de octubre 2007, ante el suscrito notario, se protocolizó el acta número uno de la sociedad 3-102-466684 sociedad de responsabilidad limitada. En la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo y se nombra nuevos gerentes y se nombra un agente residente por el resto del plazo social.—San José, catorce de agosto del dos mil siete.— Lic. Michael Bruce Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 63405.—(98231).
Ante mí, Carlos Manuel Arroyo Rojas, se constituyó la sociedad denominada Camila Samanta Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Camila Samanta S. A. Capital social suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, 31 de octubre del 2007.—Lic. Carlos Manuel Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 63406.—(98232).
En mi notaría, a las 9:00 horas del 31 de octubre del 2007, se protocolizó acta de la sociedad Ganadera Hermanos Gamboa Marín S. A., por la cual se modifica la cláusula sétima en cuanto a la administración de la sociedad.—Ciudad Quesada, 31 de octubre del 2007.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 63408.—(98233).
Por escritura otorgada ante mí, a las 17:30 horas del 31 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Palmeras del Paraíso Tropical La Ceiba Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula octava de los estatutos.—Ciudad Quesada, 31 de octubre del 2007.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 63409.—(98234).
Ante esta notaría, se procedió a constituir la sociedad denominada Égida y Dolonia B.A.J. Sociedad Anónima, plazo noventa y nueve años, objeto agricultura, industria y comercio en general, capital social cien mil colones y cuyo representante es Fernando Baltodano Córdoba.—San José, a las catorce horas cinco minutos del treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Wálter Solís Amen, Notario.—1 vez.—Nº 63410.—(98235).
Ante esta notaría, se procedió a constituir la sociedad denominada Cerdá y Catalunya Sociedad Anónima, plazo noventa y nueve años, objeto agricultura, industria y comercio en general, capital social cien mil colones y cuyo representante es Mauricio Baltodano Córdoba.—San José, a las catorce horas del treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Wálter Solís Amen, Notario.—1 vez.—Nº 63411.—(98236).
Que ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima Cuco Royedsa S. A., mediante escritura número ciento cinco-uno, visible al folio ochenta y nueve, vuelto del tomo primero del suscrito notario. Lo anterior de conformidad con el artículo diecinueve del Código de Comercio.—Atenas, treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Cristian Alejandro Chaverri Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 63413.—(98237).
Que mediante escritura número ciento ochenta y cuatro, otorgada a las trece horas del veintidós de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Uniformes FerMari Sociedad Anónima. La presidenta y el secretario, ostentan la representación de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Ramiro Saborío Picado, Notario.—1 vez.—Nº 63414.—(98238).
Por escritura otorgada hoy, se modificó el nombre de la empresa de Ojala Investments S. A., a Ojala Productions Cincuenta y Cinco S. A.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. José María Penabad Bustamante, Notario.—1 vez.—Nº 63416.—(98239).
Por escritura de esta notaría, de las diez horas de hoy, se constituyó la compañía Inversiones Solórzano y Rojas J.J.R. Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital: totalmente suscrito y pagado. Gerente y subgerente, con poder generalísimo sin límite de suma, actuando conjuntamente.—Alajuela, veinticinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Gerardo Araya Arias, Notario.—1 vez.—Nº 63417.—(98240).
Ante la suscrita notaria, se constituyó la sociedad denominada V.C Ingeniería Sociedad Anónima, otorgada a las nueve horas del veintitrés de octubre del dos mil siete. Presidente: Édgar Eladio Vindas Chacón. Capital social: diez mil colones. Domiciliada en San José, Monte Azul, Paso Ancho, frente al plantel del ICE, casa ocho L. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Yensi Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 63418.—(98241).
Ante la suscrita notaria, se constituyó la sociedad denominada Importadora de Autos Usados Jurobe Sociedad Anónima, otorgada mediante escritura pública número doce, a las dieciséis horas del veintinueve de octubre del dos mil siete. Presidente: Juan Vicente Chacón Arias. Capital social: diez mil colones. Domiciliada en San José, San Antonio de Desamparados, quinientos metros al sur de la Plazoleta, contiguo al Abastecedor San Bosco. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Yensi Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 63419.—(98242).
Constitución de la sociedad anónima Gecko Ridge Golf Cero Cero Cinco S. A. Capital social: de diez mil colones. Plazo: de noventa y nueve años. Representación judicial y extrajudicial: presidente y vicepresidente.—Bagaces, 30 de octubre del 2007.—Lic. Flor de María Aragón Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 63420.—(98243).
Constitución de la sociedad anónima Gecko Ridge Golf Cero Cero Cuatro S. A. Capital social: de diez mil colones. Plazo: de noventa y nueve años. Representación judicial y extrajudicial: presidente y vicepresidente.—Bagaces, 30 de octubre del 2007.—Lic. Flor de María Aragón Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 63421.—(98244).
Constitución de la sociedad anónima Gecko Ridge Golf Cero Cero Tres S. A. Capital social: de diez mil colones. Plazo: de noventa y nueve años. Representación judicial y extrajudicial: presidente y vicepresidente.—Bagaces, 30 de octubre del 2007.—Lic. Flor de María Aragón Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 63422.—(98245).
Constitución de la sociedad anónima Gecko Ridge Golf Cero Cero Dos S. A. Capital social: de diez mil colones. Plazo: de noventa y nueve años. Representación judicial y extrajudicial: presidente y vicepresidente.—Bagaces, 30 de octubre del 2007.—Lic. Flor de María Aragón Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 63423.—(98246).
Constitución de la sociedad anónima Gecko Ridge Golf Cero Cero Uno S. A. Capital social: de diez mil colones. Plazo: de noventa y nueve años. Representación judicial y extrajudicial: presidente y vicepresidente.—Bagaces, 30 de octubre del 2007.—Lic. Flor de María Aragón Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 63424.—(98247).
A las 10:00 horas del 31 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad denominada Agrícolas Las Tres M S.B.W. del Sur Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Agrícolas Las Tres M S.B.W. del Sur S. A. El cual es nombre de fantasía, en donde aparece como representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente, presidente: Wilber Beiner Ortiz Céspedes, cédula de identidad número nueve-cero ochenta y tres-quinientos ochenta y dos, y secretaria: Marta Guiselle Rojas Granados, cédula de identidad número uno-setecientos cuarenta y dos-setecientos noventa. Plazo social: noventa y nueve años. Agente residente: Lic. Sehaneth Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 63425.—(98248).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las trece horas con cincuenta minutos del día veinticuatro de octubre del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Desarrollos Maolma del General Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma la cláusula sexta del pacto social, el domicilio y oficio del presidente de la junta directiva, así como el domicilio del secretario de la junta directiva.—San Isidro de Pérez Zeledón, ocho de junio del dos mil cinco.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 63426.—(98249).
Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas con cuarenta y cinco minutos del día treinta de octubre del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Inversiones El Bullerengue Tico Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula sexta del pacto social, se sustituyen a los miembros de la junta directiva, se nombra nueva junta directiva, se revoca el nombramiento del fiscal, se nombra nuevo fiscal, se crea la cláusula décimo primera, y se nombra agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, treinta de octubre del dos mil siete.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 63427.—(98250).
En mi notaría, el ocho de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Inversiones García y Sancho S. A. Plazo social: 99 años. Capital social: 10.000 colones dividido en diez acciones de 1.000 colones cada una. Presidente Álvaro García Rojas. Secretaria: Esther Sancho Benamburg, ambos con representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Es todo.—Palmares de Pérez Zeledón, 31 de octubre del 2007.—Lic. Mayra Vindas Ureña, Notaria.—1 vez.—Nº 63428.—(98251).
Constitución de la sociedad anónima Gecko Ridge Golf Cero Cero Seis S. A. con un capital social de diez mil colones, por un plazo de noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial. Presidente y vicepresidente.—Bagaces, 30 de octubre del 2007.—Lic. Flor de María Aragón Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 63430.—(98252).
Constitución de la sociedad anónima Gecko Ridge Golf Cero Cero Siete S. A., con un capital social de diez mil colones, por un plazo de noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial: Presidente y vicepresidente.—Bagaces, 30 de octubre del 2007.—Lic. Flor de María Aragón Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 63431.—(98253).
Constitución de la sociedad anónima Gecko Ridge Golf Cero Cero Ocho S. A., con un capital social de diez mil colones, por un plazo de noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial: Presidente y vicepresidente.—Bagaces, 30 de octubre del 2007.—Lic. Flor de María Aragón Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 63432.—(98254).
Constitución de la sociedad anónima Gecko Ridge Golf Cero Cero Nueve S. A., con un capital social de diez mil colones, por un plazo de noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial: Presidente y vicepresidente.—Bagaces, 30 de octubre del 2007.—Lic. Flor de María Aragón Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 63433.—(98255).
Constitución de la sociedad anónima Gecko Ridge Golf Cero Cero Diez S. A., con un capital social de diez mil colones, por un plazo de noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial: Presidente y vicepresidente.—Bagaces, 30 de octubre del 2007.—Lic. Flor de María Aragón Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 63434.—(98256).
Constitución de la sociedad anónima Gecko Ridge Golf Cero Cero Doce S. A., con un capital social de diez mil colones, por un plazo de noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial: Presidente y vicepresidente.—Bagaces, 30 de octubre del 2007.—Lic. Flor de María Aragón Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 63436.—(98257).
Constitución de la sociedad anónima Gecko Ridge Golf Cero Cero Trece S. A. con un capital social de diez mil colones, por un plazo de noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial. Presidente y vicepresidente.—Bagaces, 30 de octubre del 2007.—Lic. Flor de María Aragón Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 63437.—(98258).
Constitución de la sociedad anónima Gecko Ridge Golf Cero Cero Catorce S. A. con un capital social de diez mil colones, por un plazo de noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial. Presidente y vicepresidente.—Bagaces, 30 de octubre del 2007.—Lic. Flor de María Aragón Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 63438.—(98259).
Constitución de la sociedad anónima Gecko Ridge Golf Cero Cero Quince S. A. con un capital social de diez mil colones, por un plazo de noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial. Presidente y vicepresidente.—Bagaces, 30 de octubre del 2007.—Lic. Flor de María Aragón Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 63439.—(98260).
Constitución de la sociedad anónima Gecko Ridge Golf Cero Cero Dieciséis S. A. con un capital social de diez mil colones, por un plazo de noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial. Presidente y vicepresidente.—Bagaces, 30 de octubre del 2007.—Lic. Flor de María Aragón Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 63440.—(98261).
El suscrito Jorge Guillermo Oreamuno Retana, notario público con oficina en San José, hace constar que en fecha treinta y uno de octubre del dos mil siete, se protocolizó acta de la empresa Inversiones Espinel y Vargas S. A.—San José, 1° de noviembre del 2007.—Lic. Jorge Guillermo Oreamuno Retana, Notario.—1 vez.—Nº 63441.—(98262).
Mediante escritura otorgada ante esta misma notaría a las 10:00 horas del día 31 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad Ducados de Vilerrera S. A. Capital social: treinta mil colones. Presidente: Juan Manuel Villasuso Estomba, secretaria: Rebeca Herrera Bogarín.—31 de octubre del dos mil siete.—Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 63442.—(98263).
El suscrito notario hace constar que el día tres de setiembre del año dos mil siete, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad A. S Technologies Sociedad Anónima en virtud de la cual se reforma la cláusula primera en la que se cambia el nombre de la sociedad la cual se denominará Nofim Yafim Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de octubre del año 2007.—Lic. Ricardo Harbottle Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 63443.—(98264).
Constitución de la sociedad anónima G. R Desarrolla en Bagaces S. A. con un capital social de diez mil colones, por un plazo de noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial. Gifford Mast, presidente.—Bagaces, 31 de octubre del 2007.—Lic. Flor de María Aragón Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 63447.—(98265).
Constitución de la sociedad anónima Gecko Ridge Golf Cero Cero Once S. A. con un capital social de diez mil colones, por un plazo de noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial. Presidente y vicepresidente.—Bagaces, 30 de octubre del 2007.—Lic. Flor de María Aragón Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 63448.—(98266).
En esta notaría, por escritura de las ocho horas treinta minutos del dieciséis de octubre del año en curso, se constituyó la sociedad Eventos Especiales y Alquileres Catalva S. A. Presidenta: Ana Catalina Alvarado Gómez.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Hugo Francisco Velásquez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 63449.—(98267).
En esta notaría al ser las 11:00 horas del 30 de octubre del dos mil siete, se protocolizó la sociedad 3-102-475117 Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se nombra como gerente a: Álvaro Aguilar Saborío.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Andrea Alvarado Mondol, Notaria.—1 vez.—Nº 63450.—(98268).
En esta notaría al ser las 8:40 horas del 30 de octubre del dos mil siete, se constituye la sociedad de responsabilidad limitada. Gerente: Jeremy Andrés Moya Bermúdez. Capital doce mil colones.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Rodrigo Urra Galdames, Notario.—1 vez.—Nº 63452.—(98269).
En esta notaría al ser las 8:00 horas del 30 de octubre del dos mil siete, se constituye la sociedad de responsabilidad limitada. Gerente: Jeremy Andrés Moya Bermúdez. Capital doce mil colones.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Rodrigo Urra Galdames, Notario.—1 vez.—Nº 63453.—(98270).
En esta notaría al ser las 8:30 horas del 30 de octubre del dos mil siete, se constituye la sociedad de responsabilidad limitada. Gerente: Jeremy Andrés Moya Bermúdez. Capital doce mil colones.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Rodrigo Urra Galdamés, Notario.—1 vez.—Nº 63454.—(98271).
Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, Hacienda Verde del Trópico S. A. y Mireya Padilla Guevara constituyen la sociedades “TRÓPICO MARINO UNO, TRÓPICO DE MAR DOS, TRÓPICO PARAJES TRES, TRÓPICO CORAL CUATRO, TRÓPICO ARENA CINCO, TRÓPICO CIELO SEIS, TRÓPICO ACUÁTICO SIETE, TRÓPICO PALMAS OCHO, TRÓPICO SOL NUEVE, TRÓPICO LUNA DIEZ, TRÓPICO TIERRA ONCE, TRÓPICO GAVIOTA DOCE, TRÓPICO PELÍCANO TRECE, TRÓPICO TORTUGA CATORCE, TRÓPICO PLAYA QUINCE, TRÓPICO DELFÍN DIECISÉIS, TRÓPICO CALETAS DIECISIETE, TRÓPICO BALLENA DIECIOCHO, TRÓPICO VELA DIECINUEVE, TRÓPICO NAVIO VEINTE, TRÓPICO BRISA VEINTIUNO, TRÓPICO VIENTO VEINTIDÓS, TRÓPICO HORIZONTE VEINTITRÉS, TRÓPICO COSTA VEINTICUATRO, TRÓPICO COLINAS VEINTICINCO, TRÓPICO VELERO VEINTISÉIS, TRÓPICO VISTAS VEINTISIETE, TRÓPICO PALMERA VEINTIOCHO, TRÓPICO COCAL VEINTINUEVE, TRÓPICO CELAJES TREINTA, TRÓPICO ATARDECER TREINTA Y UNO, TRÓPICO AMANECER TREINTA Y DOS, TRÓPICO SOLEADO TREINTA Y TRES, TRÓPICO NATURAL TREINTA Y CUATRO, TRÓPICO ARRECIFE TREINTA Y CINCO, TRÓPICO OLAS TREINTA Y SEIS, TRÓPICO SELVA TREINTA Y SIETE, TRÓPICO AGUA TREINTA Y OCHO, TRÓPICO OCÉANO TREINTA Y NUEVE, TRÓPICO NUBES CUARENTA, TRÓPICO FARO CUARENTA Y UNO, todas SOCIEDAD ANÓNIMA” La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente del consejo administración. Capital social de doce mil colones.—San José, a las doce horas del día veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. José Andrés Masís Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 63456.—(98272).
Ante esta notaría, por escritura otorgada en La Suiza de Turrialba, a las catorce horas del diez de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Dacejud & Dacejud Sociedad Anónima con domicilio: la provincia de Cartago, cantón quinto Turrialba, distrito segundo La Suiza, setenta y cinco metros al norte del almacén Los Orozco. Capital social: diez mil colones exactos. Cuya representación judicial y extrajudicial la ostentan el presidente y vicepresidente, quienes en forma conjunta tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Andrea Carmona Coto, Notaria.—1 vez.—Nº 63455.—(98273).
Ante esta notaría el veintinueve de setiembre del dos mil siete, se constituyó por noventa y nueve años: Óptica Swaby S. A., domiciliada en San José, Sabanilla, Residencial La Españolita, casa ochenta y nueve, con capital social de diez mil colones. Su administración está a cargo de la junta directiva y la representan el presidente y el tesorero. Se emplaza a los interesados para que hagan valer sus derechos. Es todo.—San José, primero de noviembre del dos mil siete.—Lic. Juan Diego Vargas Garita, Notario.—1 vez.—Nº 63462.—(98274).
Deyanira Esquivel Chang y Adolfo Atan Chen constituyen sociedad denominada Centro Cultural Chino Costarricense S. A., por escritura otorgada ante los notarios Joe Martín Montoya Mora y Gonzalo Song Shum, en San José, a las 11:00 horas del 31 de octubre del 2007. Objeto: industria, comercio, agricultura y ganadería en general. Plazo: 99 años. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Joe Martín Montoya Mora, Notario.—1 vez.—Nº 63463.—(98275).
En mi notaría se protocolizó acta de la empresa Representaciones Occidentales Sociedad Anónima, nombrando nueva junta directiva.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Carlos Soto Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 63467.—(98276).
Que por escritura número 145, visible a folio 165 frente del tomo VIII del protocolo del suscrito notario público, se constituyó la empresa representada por el gerente Mark Kevin (nombres) Cannalte (apellido), pasaporte número 216752349, denominada Yafykram SRL, el motivo de este edicto es la constitución de la empresa indicada.—San Isidro de Pérez Zeledón, 30 de octubre del 2007, a las 7:00 horas.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 63468.—(98277).
Por escritura otorgada ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa: Mi Vida Entera está en Cada Amanecer S.R.L. Reformas: cláusula segunda (domicilio). Nombramiento de nuevo agente residente.—San Isidro, Pérez Zeledón, al ser las 18:30 horas del 29 de octubre del 2007.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 63469.—(98278).
Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las trece horas cuarenta y cinco minutos del treinta de octubre del dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria, de la tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y tres mil sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y tres mil, al ser las dieciséis horas doce minutos del día diez de mayo del año dos mil siete, donde se aprobó la revocatoria de la presidenta de la sociedad Silvia Elena Castro Ruphuy y su lugar se nombra por el resto del plazo social a Harding Neil (nombre) Peter (apellido).—Pérez Zeledón, treinta de octubre del 2007.—Lic. Paola Andrea Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—Nº 63470.—(98279).
Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las doce horas veintinueve minutos del dieciocho de setiembre del dos mil siete, Langenheim (apellido) Liliana (nombre), María Jesús Espinoza Garro, Byron Iván Espinoza Ulate y Éricka Espinoza Brenes, constituyeron una sociedad anónima denominada Gianna The Princess cuyo capital social: es la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Langenheim (apellido) Liliana (nombre).—Pérez Zeledón, diecinueve de setiembre del dos mil siete.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 63471.—(98280).
Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las quince horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de octubre del dos mil siete, Marianela Rojas Alfaro, Sonia Rojas Alfaro, Liliana Rojas Alfaro y Rosibel Díaz Naranjo, constituyeron sociedad anónima cuyo capital social: es la suma de diez mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidenta: Marianela Rojas Alfaro.—Pérez Zeledón, diecisiete de octubre del dos mil siete.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 63472.—(98281).
En esta notaría a las 8:00 horas del 31 de octubre del 2007, se constituye sociedad anónima, denominada Inversiones Carisco J Y J Sociedad Anónima. Apoderado: José Manuel Castro Álvarez.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Doris Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—Nº 63473.—(98282).
Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las quince horas veinte minutos del doce de enero del dos mil siete, Mark Allan (nombre) Punak (apellido), Leonard William (nombre) brongo, María Jesús Espinoza Garro, Byron Espinoza Ulate, constituyeron una sociedad anónima denominada Cerritos del Mar CD - DOS cuyo capital social: es la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Mark Allan (nombre) Punak (apellido).—Pérez Zeledón, quince de marzo del dos mil siete.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 63474.—(98283).
Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las quince horas diez minutos del doce de enero del dos mil siete, Mark Allan (nombre) Punak (apellido), Leonard William (nombre) Brongo (apellido), María Jesús Espinoza Garro y Byron Espinoza Ulate, constituyeron una sociedad anónima denominada Cerritos del Mar AB – UNO, cuyo capital social: es la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Mark Allan (nombre) Punak (apellido).—Pérez Zeledón, quince de marzo del dos mil siete.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 63475.—(98284).
Al ser las dieciséis horas del día tres de octubre del año dos mil siete, ante mi notaría se cambió el domicilio de la sociedad Cavipe Sociedad Anónima.—Pérez Zeledón, treinta de octubre del dos mil siete.—Lic. Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 63476.—(98285).
Al ser las diecisiete horas del día tres de octubre del año dos mil siete, ante mi notaría se cambió el domicilio de la sociedad Propiedades Cantón Diecinueve Sociedad Anónima.—Pérez Zeledón, treinta de octubre del dos mil siete.—Lic. Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 63477.—(98286).
Ante mi notaría al ser las diecisiete horas del día veintisiete de marzo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Multisabores Boston R & M Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Multisabores Boston R & M S. A.—Pérez Zeledón, treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 63478.—(98287).
Erick Schmidt Jiménez y Wolfgang Schmidt Barrios, constituyen la sociedad Distribuidora Bubisa S Y B Sociedad Anónima. En San José, a las nueve horas del treinta de octubre del dos mil siete, ante el notario Jorge Miranda Murillo.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Jorge Miranda Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 63479.—(98288).
El suscrito notario público, protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la asociación Hogar Carlos María Ulloa, escritura número setenta y cuatro otorgada en San José, a las ocho horas y treinta minutos, del tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Ricardo Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 63482.—(98289).
El suscrito notario público, protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la asociación Hogar Carlos María Ulloa, escritura número setenta y cinco, otorgada en San José, a las nueve horas y treinta minutos, del tres de octubre del dos mil siete.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Ricardo Vargas Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 63483.—(98290).
Por escritura número doscientos veintiuno, otorgada ante el suscrito notario, a las dieciséis horas, cero minutos, del diez de octubre del año dos mil siete, con su respectiva nota se constituyó la empresa Q y P Sociedad Anónima. Es todo.—San José, diez de octubre del 2007.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—Nº 63488.—(98291).
Por escritura número doscientos trece-tomo cinco, otorgada a las diez horas del veintiséis de octubre del dos mil siete, ante el notario Milton González Vega, se revoca nombramiento de presidente y se nombra otro en su lugar de la sociedad denominada Sky Motors Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintiséis de octubre del dos mil siete.—Lic. Milton Luis González Vega, Notario.—1 vez.—Nº 63489.—(98292).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del treinta y uno de octubre del dos mil siete, protocolicé acta de Ocean Lyrics Ltda, de las diez horas del treinta de octubre del dos mil siete, mediante la cual se reforma la cláusula quinta.— Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 63490.—(98293).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas cuarenta y cinco minutos del treinta y uno de octubre del dos mil siete, protocolicé acta de Hitch Your Wagon To A Star Ltda, de las nueve horas del treinta de octubre del dos mil siete, mediante la cual se reforma la cláusula quinta.— Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 63491.—(98294).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del treinta y uno de octubre del dos mil siete, protocolicé acta de Heavenly Grass Ltda, de las trece horas del treinta de octubre del dos mil siete, mediante la cual se reforma la cláusula sexta y se nombró nuevo gerente.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 63492.—(98295).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del treinta y uno de octubre del dos mil siete, protocolicé acta de Don’t Stay Home Ltda, de las once horas del treinta de octubre del dos mil siete, mediante la cual se reforma la cláusula sexta.— Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 63493.—(98296).
Ante esta notaría se protocolizó la asamblea general extraordinaria de Importaciones Arkat S. A., en donde se cambia el nombre a Inversiones Arkad S. A., el domicilio y los nuevos representantes de la sociedad. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José diecisiete de octubre del dos mil siete.—Lic. Luis Diego Corella Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 63494.—(98297).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:40 horas del 29 de octubre del 2007, se constituyó la empresa Dos Robles del Sur S. A. Presidente: Frank Samuel Shore. Plazo social 99 años.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 63495.—(98298).
Por escritura número cincuenta y nueve del tomo nueve de mi protocolo, otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, el día treinta de octubre del año dos mil siete, se constituyó sociedad anónima cuya denominación social será el número de cédula jurídica que el Registro le asigne de oficio y con el aditamento Sociedad Anónima; de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo N° 33171-J. Presidente: Javier Jiménez Álvarez. Domicilio social: San Isidro de Pérez Zeledón, San José, cincuenta metros al sureste del bar El Uno Más. Plazo social: 99 años.—Lic. Ronny Jiménez Porras, Notario.—1 vez.—Nº 63496.—(98299).
Que en el acta de asamblea general extraordinaria de la Asociación Cristiana hacia una Generación Restaurada. Celebrada en su sede central San Antonio de Coronado, el día dos de junio del año dos mil siete, a las diecinueve horas. Acta número catorce. Se adicionó a los estatutos, el inciso g) del artículo décimo sexto. Sobre atribuciones de la junta directiva.—San José, veintiséis de octubre del dos mil siete.—Lic. Rolando Porras Mejías, Notario.—1 vez.—Nº 63499.—(98300).
Por adición a la escritura número 141-1 de las 12:00 horas del 23 de julio del 2007 y se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo, del nombre: Montaña Púa de León Sociedad Anónima.—San José, 11 de octubre del 2007.—Lic. Paula Marcela Medrano Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 63500.—(98301).
Por escritura 163-2, otorgada a las 10:00 horas, del 29 de octubre del 2007, se adiciona escritura y se modifica la cláusula primera de Tour de Force S.R.L ahora Destino de Fuego Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Julián Antonio Batalla Gallegos, Notario.—1 vez.—Nº 63501.—(98302).
Por adición a la escritura número 141-1, de las 12:00 horas, del 23 de julio del 2007 y se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo, del nombre: Cebra Negra de la Bajura Sociedad Anónima.—San José, 11 de octubre del 2007.—Lic. Paula Marcela Medrano Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 63502.—(98303).
Argo de Sarapiquí A Y G S. A., modifica constitución escritura otorgada en Puerto Viejo de Sarapiquí a las 10:15 horas del 27 de abril de 2007.—Lic. Linnet Marcella Sanabria Burgos, Notaria.—1 vez.—Nº 63504.—(98304).
El Colono La Virgen S. A., modifica razón social a Desarrollos Constructivos Gedalmome S. A., y domicilio social. Escritura otorgada en Puerto Viejo de Sarapiquí a las 10:00 horas del 29 de octubre del 2007.—Lic. Linnet Marcella Sanabria Burgos, Notaria.—1 vez.—Nº 63505.—(98305).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:30 horas del 29 de octubre del 2005, se constituyó Pardieg de Liz S. A., capital social un millón de colones.—Lic. Gustavo Acuña Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 63506.—(98306).
Hoy a las diez horas se constituyó ante mí la sociedad Matix Pro S.A.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Rómulo Pacheco Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 63507.—(98307).
Ante esta notaría, se constituyó la empresa denominada Real Estate Ballena de Osa Sociedad Anónima, mediante escritura otorgada en San José a las catorce horas del día veintiocho de octubre del año dos mil siete.—San José, 28 de octubre del año 2007.—Lic. Yanina Cordero Pizarro, Notaria.—1 vez.—Nº 63508.—(98308).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca notario con oficina en esta ciudad, el día de hoy, se constituyó la sociedad Café Valdi Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones. Presidente: Jorge Luis Rodríguez Vargas.—Barva de Heredia, treinta y uno de octubre del dos mil siete.— Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 63509.—(98309).
Mediante escritura pública de las nueve horas del veintinueve de setiembre del año dos mil siete, Ganadera Doble C Sociedad Anónima, protocoliza piezas donde se nombra nueva junta directiva y fiscal, y se modifican las cláusulas segunda, cuarta y quinta de los estatutos. Presidente: Carlos Manuel Castro Domínguez.—Lic. Salvador Arauz Figueroa, Notario.—1 vez.—Nº 63510.—(98310).
Ante mí, Roy Zumbado Ulate, se constituye la sociedad Multiservicios Profesionales Rodríguez Chavarría S. A. Capital social la suma de diez mil colones. Presidente: Esteban Chavarría Porras.—Santa Bárbara de Heredia, 31 de octubre del 2007.—1 vez.—Nº 63511.—(98311).
En mi notaría, en escritura número doscientos setenta-dos, de las nueve horas del veintinueve de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Multiservicios Obando S. A. Capital social: diez mil colones. Domicilio social: trescientos metros al norte de la Policía de Proximidad en el taller Obando, Cañas, Guanacaste. Plazo: noventa y nueve años. Junta Directiva: Presidente nombrado: Geovanny Isaías Obando Fletes.—Cañas, Guanacaste, 29 de octubre del 2007.—Lic. Ana Judith Porras Bolívar, Notaria.—1 vez.—Nº 63512.—(98312).
Por escrituras otorgadas a las 12:00 horas y 13:00 horas del 31 de octubre del 2007, se constituyeron las sociedades denominadas The Obrien Group LLC Ltda y Panasia LLC Ltda. En todas: Plazo: 99 años. Objeto: la construcción, bienes raíces, la industria y el comercio en general. Representante legal: el gerente. Capital social: diez mil colones suscrito y pagado. Domicilio: Barrio Tournón, oficinas de Facio & Cañas.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 63514.—(98313).
Ante la suscrita notaria Kerling Araya Madrigal, se constituyó una sociedad la cual se faculta al Registro de Personas Jurídicas para que como denominación social, establezca el número de persona jurídica que le sea asignado, al cual deberá seguirse con el aditamento Responsabilidad Limitada, el cual podrá abreviarse Ltda. Domiciliada: ochocientos metros al oeste de la escuela de Porto Llano de Sabalito, Coto Brus, Puntarenas.—Sabalito, Coto Brus, a las 8:00 horas del 30 de octubre del 2007.—Lic. Kerling Araya Madrigal, Notaria.—1 vez.—Nº 63516.—(98314).
Por escritura otorgada a las 10:30 horas del día 31 de octubre del 2007, se constituyó Reproductores Musicales S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: sesenta mil dólares.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Ariana Araya Yockchen, Notaria.—1 vez.—Nº 63517.—(98315).
Mediante escritura del día de hoy, se protocolizó acta de la sociedad de esta plaza denominada Magic Motown S. A., mediante la cual se reforma el pacto social en la cláusula sexta de la administración.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Idreana Solano Hayling y Agnes Fajardo Jirón, Notarias.—1 vez.—Nº 63518.—(98316).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye la compañía Inversiones La K.ES Sociedad Anónima. Domiciliada en San José. Capital social: suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Óscar Soley Loría, Notario.—1 vez.—Nº 63521.—(98317).
Por escritura número ciento seis, se protocolizó acta de accionistas de Ceiba Gorda R.H. Sociedad Anónima, se reforma cláusula de junta directiva.—Liberia, 30 de octubre del 2007.—Lic. Aida María Montiel Héctor, Notaria.—1 vez.—Nº 63526.—(98318).
El suscrito notario avisa que mediante la escritura número doscientos treinta y uno, visible al folio ciento noventa y nueve vuelto del tomo noveno de mi protocolo, otorgada a las doce horas del diecisiete de setiembre del año dos mil siete, se constituyó la entidad denominada Carreteras D.P. Zurquí S. A. Domiciliada en Heredia, Santa Rosa de Santo Domingo, de la Guardia Rural, doscientos norte y un kilómetro y medio al oeste, su objeto principal es la administración de personal para la prestación de servicios de todo tipo. Su plazo es de cien años contados a partir de hoy. Su capital son cien mil colones representado por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. La representación judicial y extrajudicial le corresponde al Presiente de la Junta Directiva.—Heredia, 25 de octubre del 2007.—Lic. Manuel de J. Zumbado Araya, Notario.—1 vez.—Nº 63527.—(98319).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Yoja Sociedad Anónima, cuyo capital social es la suma de cincuenta mil colones netos.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Wendy Mayela Mora Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 63533.—(98320).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del veinticinco de octubre del año 2007, se constituyó la sociedad Productos Bellindora, Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Productos Bellindora S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo 99 años. Capital: totalmente suscrito y pagado.—San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. Noilly Vargas Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 63535.—(98321).
Ante mi notaría a las nueve horas del dieciséis de octubre del dos mil siete, se constituye Paez & Asociados Sociedad Anónima.—San José 16 de octubre del 2007.—Lic. Nidia Arrieta Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 63536.—(98322).
En mi notaría a las 08:00 horas del 29 de octubre del 2007, se constituyó A.E.I. Guanacaste Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Santa Ana, 29 de octubre del 2007.—Lic. Miguel Armando Villegas Arce, Notario.—1 vez.—Nº 63539.—(98323).
En mi notaría a las 19:00 horas del 22 de mayo del 2006, se constituyó Inversiones Italianas del Sol S. A. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—Santa Ana, 29 de octubre del 2007.—Lic. Miguel Armando Villegas Arce, Notario.—1 vez.—Nº 63540.—(98324).
El día de hoy, Adolfo Eduardo Pons Ávila y Ernesto Pardi Finrhaber, constituyeron la sociedad denominada Agropecuaria Valle Arriba S. A. Plazo: cien años. Presidente: Ernesto Pardi Finrhaber. Capital social: cien mil colones.—San José, 26 de octubre del 2007.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—Nº 63541.—(98325).
En mi notaría, al ser las dieciséis horas del día veinticinco de octubre del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Compañía Internacional para el Servicio de la Exportación S. A. Es todo.—San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. Gonzalo Saavedra Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 63542.—(98326).
La sociedad de esta plaza Inmobiliaria Giulia S. A., modifica cláusula del pacto constitutivo.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—Nº 63546.—(98327).
La sociedad de esta plaza Sistemas Constructivos Edcaso S. A., modifica su pacto constitutivo en cuanto a la razón social.—San José, octubre del 2007.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1 vez.—Nº 63547.—(98328).
Por escritura otorgada a las 16:00 horas del día 10 de octubre del 2007, se modifica la cláusula sexta de la administración de la sociedad denominada Bienes Inmuebles Rosita Jiménez Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatro cinco siete siete dos seis. Apoderados generalísimos sin límite de suma: presidente y vicepresidente, en forma conjunta o separada.—Alajuela, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Cynthia Sandoval Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 63549.—(98329).
Por escritura de las 09:00 horas del 1º de noviembre del 2007, se protocoliza acta de Rogazur S. A., cédula jurídica Nº 3-101-498315, por la que se modifica cláusula novena del acta constitutiva, y se nombra junta directiva: Presidente: Rodolfo Miguel Garbanzo Arguedas. Secretaria: Ana Gabriela Garbanzo Arguedas. Tesorero: Arnoldo Miguel Garbanzo Mena.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Silvia Garbanzo Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 63550.—(98330).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las quince horas del día veintiséis de enero del dos mil siete, se constituye la sociedad Costa Rican New Beginnigs Inc Sociedad Anónima.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—Nº 63551.—(98331).
Por escritura número ciento sesenta y nueve, tomo cinco, otorgado a las dieciséis horas con treinta y cinco minutos del 30 de octubre del 2007, se reformaron las cláusulas primera, segunda y sexta, de la sociedad Glorious Sunrises Company Limitada.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Rosario Jiménez Delgadillo, Notaria.—1 vez.—Nº 63553.—(98332).
Mediante escritura setenta y seis, otorgada a las diez horas veinte minutos del nueve de octubre del dos mil siete, se constituye la entidad South Pacific Beautiful Cost Limitada. Domicilio social: Sabana Norte, del Banco Scothiabank, doscientos metros al norte y cincuenta al oeste, diagonal al Kinder Discovery.—San José, Costa Rica, veintinueve de octubre del dos mil siete.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—Nº 63554.—(98333).
Por escritura otorgada ante mí, el veintiséis de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Sociedad J&T Sociedad Anónima. Capital social de la sociedad: diez mil colones, suscritos y pagados. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Notarios: María Auxiliadora Gutiérrez Acevedo y Alejandro Castro Carvajal.—San José, primero de noviembre del dos mil siete.—Lic. María Auxiliadora Gutiérrez Acevedo, Notaria.—1 vez.—Nº 63555.—(98334).
Naranjo de la Colina Sociedad Anónima, reforma cláusula segunda en cuanto a su domicilio social. Escritura otorgada en San José, a las 14:00 horas del día 25 de octubre del 2007.—Lic. Lisandro Valverde Porras, Notario.—1 vez.—Nº 63556.—(98335).
Mediante escritura número ciento noventa y dos, otorgada ante el suscrito notario Antonio Maklouf Coto, al ser las doce horas del día treinta de octubre del dos mil siete, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Opportunities Land Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y ocho mil trescientos noventa y nueve; The Best Investments Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y siete mil setecientos setenta y siete, en la cual se acordó por unanimidad reformar las cláusula de los estatutos, segundo en cuanto a la administración, se nombra nuevo presidente.—San José, a las doce horas del treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Antonio Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—Nº 63557.—(98336).
Mediante escritura número ciento noventa y tres, otorgada ante el suscrito notario Antonio Maklouf Coto, al ser las doce horas con quince minutos del día treinta de octubre del dos mil siete, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la empresa The Best Investments Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y siete mil setecientos setenta y siete, en la cual se acordó por unanimidad reformar las cláusulas de los estatutos, segundo en cuanto a la administración, se nombra nuevo presidente.—San José, a las doce horas del treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Antonio Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—Nº 63558.—(98337).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del 25 de octubre del 2007, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: La primera del nombre: se denominará George of the Jungle S. A. La segunda: del domicilio: San José, Pinares de Curridabat, en la tercera entrada, 300 norte, casa con rejas negras, frente al parque. La sétima: del consejo de administración: apoderado generalísimo sin límite de suma: el presidente. Se hacen los siguientes nombramientos: Presidente: Jorge Ernesto Herrero Aragón. Secretaria: Geianina María Coto Aguilez. Tesorero: Jorge Herrero Lara. Fiscal: Rigoberto Calvo Argeñal, en la sociedad George of the Jungle S. A.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—Nº 63559.—(98338).
Hoy ante esta notaría, Jorge Flores Guevara y Ligia Flores Guevara, adicionan la escritura otorgada ante esta notaría, 213-26, y modifican la razón social a Aventuras Interoceánicas Marlin S. A., otorgada en San José, a las 08:00 horas del 26 de octubre del 2007.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—Nº 63560.—(98339).
Hoy ante esta notaría, Luis Ballar Jiménez y Ricardo Ballar González, constituyen Luis Ballar S. A. Capital: ¢10.000,00. Domicilio: Moravia, San José. Apoderado: presidente. Otorgada en San José, a las 15:00 horas del 25 de octubre del 2007.—Lic. Arturo Blanco Páez, Notario.—1 vez.—Nº 63561.—(98340).
Por escritura pública número ochenta y nueve-tres, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día veintinueve de octubre del dos mil siete, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Fiduciaria Metropolitana S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento veintiocho mil novecientos trece, donde se acordó reformar la cláusula primera del pacto social y proceder a la disolución y liquidación de la sociedad de conformidad con lo dispuesto en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, treinta de octubre del dos mil siete.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 63563.—(98341).
Por escritura otorgada a las doce horas y diez minutos del primero de octubre del dos mil siete, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Delmondo Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sexta de la administración.—San José, 1° de noviembre del 2007.—Lic. María Lupita Quintero Nassar, Notaria.—1 vez.—Nº 63564.—(98342).
Por escritura número ochenta y ocho-siete, otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Ganadería J and B de Nicoya Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: José Tomás Jiménez Baltodano.—San José, veinticinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Ricardo Suárez Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 63567.—(98343).
Ante el notario público de San José, Harold Núñez Muñoz, al ser las 11:00 horas del 25 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad Exportadora S & H Sociedad Anónima. Domicilio: San Isidro de Heredia. Plazo: 99 años. Capital: 100.000,00 colones. Presidente: Sergio Chavarría Fieuyean.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Harold Núñez Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 63569.—(98344).
Ante el notario público Harold Núñez Muñoz, al ser las dieciocho horas del día treinta de octubre del dos mil siete, se constituyó Construcciones Espirituales Rojas Espinoza Limitada. Domicilio: San José, San Sebastián. Plazo: 99 años. Capital social: 100.000,00 colones. Gerente: Noel de Jesús Rojas Rodríguez.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Harold Núñez Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 63570.—(98345).
Ante esta Notaría al ser las 16:00 horas del 10 de julio del 2007; Maryorie Otoya Chaves, cédula Nº 1-780-907 y Zaida Chaves Solera, cédula Nº 9-010-131, constituyeron sociedad denominada Las Sibilas Ticas S. A. Escritura otorgada en Venecia de San Carlos a las 16:00 horas del 10 de julio del 2007. Presidenta: Maryorie Otoya Chaves.—Venecia de San Carlos, 24 de octubre del 2007.—Lic. José Enrique Arce Salas, Notario.—1 vez.—Nº 63571.—(98346).
Por escritura otorgada ante mí hoy a las 11:00 horas, se constituye la sociedad Hermanos Navarro Camacho Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Hermanos Navarro Camacho S. A. Objeto: el comercio, la industria, la agricultura. Domicilio: Cartago, Tejar de El Guarco, del Reno City cien metros al sur y cien al este. Capital social: íntegramente suscrito y cancelado por los socios fundadores.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Liliana Marín Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 63573.—(98347).
El día de hoy, se constituyó en mi Notaría la sociedad J.D.R. Seguridad Sociedad Anónima. Domicilio social: Cartago, Tejar de El Guarco, residencial Fundación, casa once-G. Plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy.—Cartago, 2 de octubre del 2007.—Lic. Jorge Rivera Leandro, Notario.—1 vez.—Nº 63577.—(98348).
Por escritura número doscientos cuarenta y uno, del tomo primero, otorgada en San José, a las nueve horas del primero de noviembre del año dos mil siete, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad anónima J.F. Mesalles de La Meseta S. A. Presidente: José Mesalles Murillo, cédula Nº 1-404-642.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Gerardo Barboza Mesén, Notario.—1 vez.—Nº 63580.—(98349).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las quince horas con cuarenta minutos del veintiséis de octubre del dos mil siete, Nuria Sandoval Mendoza y Keilor Espinoza Sandoval, constituyen la entidad Servicios Radiológicos K.E.S. Sociedad Anónima, domiciliada en Los Chiles, Alajuela, cincuenta metros al norte del Cencinae. Objeto: comercio e industria en general. Capital social: diez mil colones. Presidente: Keilor Espinoza Sandoval.—Ciudad Quesada, 26 de octubre del 2007.—Lic. Cristian Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 63581.—(98350).
Que por escritura otorgada ante esta Notaría, se constituyó Josta Rica J E S Inversiones Turísticas Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: cien años. Domicilio: Bejuco de Nandayure, provincia de Guanacaste. Presidente: Joseph Edward Skyward.—Lic. Franklin Carrillo Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 63582.—(98351).
Mediante la escritura número dieciocho-treinta y cuatro del protocolo dieciocho de notario José F. Chaves Campos, de sociedad denominada Costa Rica one Stoph Sociedad Anónima.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. José Francisco Chaves Campos, Notario.—1 vez.—Nº 63588.—(98352).
Mediante escritura pública ante esta Notaría, al ser las diecisiete horas del día veinticinco de setiembre del dos mil siete, se ha constituido la sociedad anónima, denominada Invercom Refcorp Sociedad Anónima, cuyo capital fue totalmente suscrito y pagado por los socios. Es todo.—Cartago, 31 de octubre del 2007.—Lic. Jacqueline Martínez Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 63583.—(98353).
Ante esta Notaría, a las 10:00 horas del 31 de octubre del 2007, se constituyó Alfa-Zulu Asesores en Seguros Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Orlando José Díaz Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 65590.—(98354).
Por escritura otorgada ante la suscrita Notaria, en San José, a las 20:00 horas del 30 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad Alternativas Granados Cuende Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital social: suscrito y pagado. Objeto: comercio en general. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Nidya Calderón Carvajal, Notaria.—1 vez.—Nº 63591.—(98355).
Por escritura 156-10 otorgada ante mi Notaría a las 14:00 horas del 31 de octubre del 2007, se constituye la sociedad cuya denominación social será el número de cédula de persona jurídica que le asignará de oficio el Registro de Personas Jurídicas de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo Nº 33171-J publicado en La Gaceta del 14 de junio del 2006. Capital: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Mario Romero Navarro.—Cartago, 31 de octubre del 2007.—Lic. Edwin Arias Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 63592.—(98356).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José a las 15:00 horas del 19 de octubre del 2007, he procedido a constituir la sociedad anónima que se denominará La Esmeralda de Costa Rica E C R Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Domicilio: Pital de San Carlos. Objeto: actividades comerciales, industriales, agrícolas y ganaderas. Capital social: diez mil dólares.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—Nº 63593.—(98357).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las quince horas treinta y cinco minutos del veinte de octubre del dos mil siete, se constituyó una sociedad anónima, cuya denominación social corresponderá a su número de cédula jurídica, de conformidad con el Decreto número tres tres uno siete uno-J del catorce de junio del dos mil seis.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Daniel Fabián Poveda Vílchez, Notario.—1 vez.—Nº 63594.—(98358).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las quince horas veinte minutos del veinte de octubre del dos mil siete, se constituyó una sociedad anónima, cuya denominación social corresponderá a su número de cédula jurídica, de conformidad con el decreto número tres tres uno siete uno-J del catorce de junio del dos mil seis.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Daniel Fabián Poveda Vílchez, Notario.—1 vez.—Nº 63595.—(98359).
Por escritura pública de las dieciséis horas y treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima Equilibrio Urbano I.N.C. S. A., con domicilio social en San José. Plazo social: cien años. Capital social de diez mil colones, representación le corresponde al presidente de la junta directiva. Es todo.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Violeta Rojas Soza, Notaria.—1 vez.—Nº 63602.—(98360).
Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 5 de octubre del 2007, ante la notaria Rosibelle Dejuk Xirinachs, se protocoliza la constitución de Altos del Mar de Goya Sociedad Anónima.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Rosibelle Dejuk Xirinachs, Notaria.—1 vez.—Nº 63603.—(98361).
Por escritura otorgada a las 11:30 horas treinta minutos del 4 de octubre del 2007 ante la notaria Rosibelle Dejuk Xirinachs, se protocoliza la constitución de Vistazul de Goya Sociedad Anónima.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Rosibelle Dejuk Xirinachs, Notaria.—1 vez.—Nº 63604.—(98362).
Según escritura Nº 35-2 otorgada ante esta Notaría, se protocolizan acuerdos de asamblea de A.M.R. Las Orquidias S.R.L., que modifican el pacto constitutivo en cuanto al capital social.—Cartago, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Jorge Vega Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 63606.—(98363).
El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada a las nueve horas del día veinticinco de octubre del año dos mil siete, en San José, ante mi, se constituyó la sociedad anónima denominada Worldwide Logistics Costa Rica Sociedad Anónima, con domicilio en San José. Presidente: Moji Mojtaba Malekshahi, quien es representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, catorce horas del día treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. José Antonio Giralt Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 63610.—(98364).
Por escritura otorgada por mí, al ser las 8:00 horas del 17 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad El Cid Sociedad Anónima, cédula jurídica: número tres-ciento uno-ciento dieciocho mil quinientos dieciséis, por medio de la cual: se revoca el nombramiento de la totalidad de la junta directiva, fiscal y agente residente y se hacen nuevos nombramientos. Se reforma totalmente la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—San José, 7 horas del 1º de noviembre del 2007.—Lic. Sergio Gerardo Ugalde Godínez, Notario.—1 vez.—Nº 63611.—(98365).
Por escritura otorgada por mí, al ser las 10:00 horas del 17 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Madelein Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-veintiocho mil novecientos cincuenta y nueve, por medio de la cual: Se revoca el nombramiento del vice-presidente, secretario, y vocal dos de la junta directiva y se hacen nuevos nombramientos. Se revoca poder generalísimo. Se reforma totalmente la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, 7:00 horas del 1º de noviembre del dos mil siete.—Lic. Sergio Gerardo Ugalde Godínez, Notario.—1 vez.—Nº 63612.—(98366).
Por escritura otorgada por mí, al ser las 12:00 horas del 17 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria extraordinaria de accionistas de la sociedad Opticolonial Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta mil seiscientos ochenta y ocho, por medio de la cual: Se revoca el nombramiento de la totalidad de la junta directiva y agente residente y se hacen nuevos nombramientos. Se reforma totalmente la cláusula novena, del pacto constitutivo. Se nombra apoderado generalísimo.—San José, 7:00 horas del 1º de noviembre del 2007.—Lic. Sergio Gerardo Ugalde Godínez, Notario.—1 vez.—Nº 63613.—(98367).
Por escritura otorgada ante mi notaría, se constituyó sociedad anónima denominada Servicios de Climatización Sociedad Anónima, que su domicilio será Santa Cruz, Guanacaste, barrio Lajas veinticinco metros este de la Escuela Pública, que la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma le corresponde al presidente y secretaria, quienes pueden actuar conjunta o separadamente de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres de Código Civil.—Santa Cruz, Guanacaste, 29 de octubre del 2007.—Lic. Luis Eduardo Leal Vega, Notario.—1 vez.—Nº 63615.—(98368).
Rigoberto Gerardo Jiménez Pereira, Yolanda Marín Miranda, constituyen sociedad anónima denominada Inversiones Jiménez y Marín RYJ S. A. con domicilio en el cantón de Paraíso, Cartago, cincuenta metros sur del bar Continental, cuyo representante es: presidente Rigoberto Gerardo Jiménez Pereira, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura otorgada en Cartago ante el Notario Óscar Vinicio Solano Méndez.—Cartago, 22 de octubre del 2007.—Lic. Óscar Vinicio Solano Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 63616.—(98369).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las nueve horas del dieciocho de octubre del dos mil siete, Raúl Hernández Núñez y Rolando Rojas Alvarado, constituyen una sociedad anónima que de acuerdo al decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-Jota se denominará igual que el número de cédula jurídica que le asigne el Registro de Personas Jurídicas seguido de sociedad anónima. Es todo.—San José, 18 de octubre del 2007.—Lic. Randy José Araya Vallejos, Notario.—1 vez.—Nº 63619.—(98370).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las nueve horas quince minutos del dieciocho de octubre del dos mil siete, Raúl Hernández Núñez y Rolando Rojas Alvarado, constituyen una sociedad anónima que de acuerdo al decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-Jota, se denominará igual que el número de cédula jurídica que le asigne el Registro de Personas Jurídicas seguido de sociedad anónima. Es todo.—San José, 18 de octubre del 2007.—Lic. Randy José Araya Vallejos, Notario.—1 vez.—Nº 63620.—(98371).
Por escritura número ciento veintiséis, se protocolizó el acta número dos de la empresa Condominio Horizontal Residencial Vía Verde Filial Número Diez UVW Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica Nº 3-101-485952; donde se nombró nueva junta directiva y fiscal, asimismo se modificaron las cláusulas segunda y décima del pacto constitutivo, que corresponden al domicilio social y la representación judicial y extrajudicial de la compañía, respectivamente.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Arturo Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 63622.—(98372).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las doce horas del veintiocho de agosto del dos mil siete, Juliana Rodríguez Palacio y Zulma del Pilar Mesa Santos, constituyen Juszu Logística Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 28 de agosto del 2007.—Lic. Randy José Araya Vallejos, Notario.—1 vez.—Nº 63623.—(98373).
Ante mi Carlos Fernández Vásquez, notario público, se constituyó la empresa denominada Importadora Kamasutra J Y M Limitada, con un plazo social de noventa y nueve años y un capital social de cien mil colones, domiciliada en Buenos Aires de Palmares, Alajuela, ciento veinticinco metros este de la Escuela. Es todo.—Palmares, 31 de octubre del 2007.—Lic. Carlos Luis Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 63624.—(98374).
Ante esta Notaría la sociedad denominada Urbanización Los Cafetales Lote Cuatro Bloque G Sociedad Anónima, acuerda modificar las siguientes cláusulas: cláusula segunda de sus estatutos sociales, referente al domicilio de la sociedad, para que en lo sucesivo se lea: “el domicilio de la compañía será en Heredia, San Francisco, cincuenta metros este y setecientos metros norte del Ebais de la Aurora, urbanización Los Cafetales, casa numero cuatro G”. Asimismo acuerdan reformar la cláusula sexta de la administración de la sociedad para que en lo sucesivo se lea: “La sociedad será administrada por un consejo de Administración o una Junta Directiva compuesta por cuatro miembros socios o no que serán: presidente, secretario, tesorero y fiscal, quienes duraran en sus cargos por todo el plazo social de la Compañía. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá al presidente, quien tendrá facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma, conforme al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Pudiendo sustituir su poder en todo o en parte, revocar sustituciones o hacer otras de nuevo con o sin reserva de su ejercicio, así como otorgar toda clase de poderes sin que por ello pierda sus facultades.—Cartago, 30 de octubre del 2007.—Lic. Mario Redondo Poveda, Notario.—1 vez.—Nº 63626.—(98375).
Mediante escritura autorizada por mí, a las diez horas del treinta y uno de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad, Green Pacific Developments INC Sociedad Anónima cuya traducción al idioma español es Desarrollos Pacifico Verde INC. Sociedad Anónima con un capital social de ciento cinco mil colones.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 63632.—(98376).
Que en mi Notaría por escritura del tomo segundo de mi protocolo, las señoras Clara Alvarado Jiménez y Carmen Isabel Zúñiga Quesada, constituyeron la sociedad denominada G L C Abogados Corporativos S. A.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—Nº 63633.—(98377).
Por escritura otorgada en esta Notaría a las ocho horas del primero de noviembre del año dos mil siete, se constituye sociedad denominada Exotic Isles Solutions INC Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma y representante judicial y extrajudicial.—San José, 24 de octubre del 2007.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 63634.—(98378).
Por escritura ciento doscientos treinta y uno- dos de las nueve horas del primero de noviembre dos mil siete, ante mi Notaría, se protocoliza acta de Enrique Román Sociedad Anónima, en donde se modifica la cláusula de representación.—Alajuela, diez horas del primero de noviembre del dos mil siete.—Lic. Giselle Arroyo Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 63637.—(98379).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del día 26 de octubre del 2007, se protocoliza acta de la sociedad denominada Infinity Group Realty S. A. Se reforma la cláusula octava de los estatutos y se nombra vicepresidente.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 63638.—(98380).
Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del día 26 de octubre del 2007, se protocoliza acta de la sociedad denominada Punta del Sol Rojo S. A. Se reforman las cláusulas octava, quinta y de los estatutos y se nombra vicepresidente.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 63639.—(98381).
Por escritura otorgada ante mí protocolicé acuerdos de la sociedad Ferretería El Costo Canoas Sociedad Anónima, se reforma las cláusulas primera y segunda de los estatutos, Paso Canoas.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Ginette Miranda Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 63641.—(98382).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas de hoy, protocolicé acuerdos de la sociedad con domicilio en San José, Corporación Dirpro Sociedad Anónima, en las que se reforman las cláusulas segunda y octava de los estatutos.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Federico Martén Sancho, Notario.—1 vez.—Nº 63642.—(98383).
Por escritura número ciento cincuenta y cinco-cinco, otorgada ante mi notaría a las catorce horas del seis de agosto del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Adasmari de Liberia Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Adasmarí de Liberia S. A., domiciliada en distrito primero, Liberia, cantón primero, Liberia, provincia de Guanacaste, con un capital social de quinientos mil colones.—Liberia, 20 de octubre del 2007.—Lic. Zedy Guevara Contreras, Notaria.—1 vez.—Nº 63645.—(98386).
Por escritura 187-31, otorgada ante el notario Óscar Julio Bastos Matamoros a las 12:00 horas del 15-10-07, la sociedad K Y W Mil Novecientos Cuarenta y Ocho S. A., nombran nuevo presidente. Presidente nombran a Warner Chávez Fernández, cédula Nº 2-469-723.—Ciudad Quesada, 30 de octubre del 2007.—Lic. Óscar Julio Bastos Matamoros, Notario.—1 vez.—Nº 63646.—(98387).
Por escritura 190-31, otorgada ante el notario Óscar Julio Bastos Matamoros a las 12:30 horas del 15-10-07, la sociedad Centro de Maderas Muell W Y D S. A., nombran nuevo presidente y secretario. Presidente nombran a Delio Chávez Peraza, cédula Nº 9-071-465. Secretaria: se nombra a Evelin Chaves Fernández, cédula Nº 2-570-099.—Ciudad Quesada, 30 de octubre del 2007.—Lic. Óscar Julio Bastos Matamoros, Notario.—1 vez.—Nº 63647.—(98388).
Por escritura 188-31, otorgada ante el notario Óscar Julio Bastos Matamoros a las 12:10 horas del 15-10-07, la sociedad Forestales Paso Real de San Carlos S. A., modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, para que en vez de su texto original se lea así: la administración estará a cargo de una junta directiva de 3 miembros, que pueden ser socios o no, que serán presidente, secretario y tesorero, corresponde al presidente y tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. La junta directiva en pleno o los directores con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, individualmente podrán nombrar gerentes y apoderados o representantes, así como rendir finanzas a favor de la sociedad. Formarán quórum 2 miembros y en caso de empate, decidirá el presidente con doble voto. La junta directiva se reunirá ordinariamente en el domicilio social cada año y extraordinariamente cuando sea convocada por su presidente.—Ciudad Quesada, 30 de octubre del 2007.—Lic. Óscar Julio Bastos Matamoros, Notario.—1 vez.—Nº 63649.—(98389).
Por escritura 189-31, otorgada ante el notario Óscar Julio Bastos Matamoros a las 12:15 horas del 15-10-07, la sociedad Forestales Paso Real de San Carlos S. A., nombran nuevo presidenta y secretaria. Presidenta nombran a Teresa Fernández Delgado, cédula Nº 9-071-465. Tesorera: se nombra a Evelin Chaves Fernández, cédula Nº 2-570-099.—Ciudad Quesada, 30 de octubre del 2007.—Lic. Óscar Julio Bastos Matamoros, Notario.—1 vez.—Nº 63648.—(98390).
Por escritura 145-31, otorgada ante el notario Óscar Julio Bastos Matamoros, a las 12:30 horas del 12 de marzo del 2007, Lourdes Vargas Guerrero y Miguel Ángel Herrera Monge, constituyen la sociedad Lomera S. A. Su objeto lo constituye la industria, el comercio, y las actividades agropecuarias en general y para llenar sus fines podrá comprar, vender, hipotecar, arrendar, alquilar, pignorar en cualquier otra forma, poseer y disponer de toda clase de bienes y derechos. Podrá formar parte de otras sociedades y rendir fianzas, tanto en favor de socios como de terceros, siempre y cuando en virtud de ello perciba alguna retribución económica. Su plazo social será de noventa y nueve años a partir de hoy. El capital social es la suma de tres mil colones, representado por tres acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una. La administración estará a cargo de una junta directiva de cuatro miembros que serán: presidente, tesorero, secretario y vocal. Corresponde al presidente, tesorero, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. La junta directiva en pleno o los directivos con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, individualmente podrán nombrar gerentes y apoderados o representantes, así como rendir fianzas en favor de la sociedad. Formarán quórum dos miembros y en caso de empate, decidirá el presidente con doble voto. La junta directiva se reunirá ordinariamente en el domicilio social cada año y extraordinariamente cuando sea convocada por su presidente. Se hacen los siguientes nombramientos: Presidenta: Lourdes Vargas Guerrero. Tesorero: Miguel Ángel Herrera Monge. Secretario: Edson Gerardo Herrera Vargas. Vocal: Arturo Miguel Herrera Vargas. Fiscal: Rosa María Herrera Vargas. Agente residente: al abogado y notario: Óscar Julio Bastos Matamoros.—Ciudad Quesada, 30 de octubre del 2007.—Lic. Óscar Julio Bastos Matamoros, Notario.—1 vez.—Nº 63650.—(98391).
El suscrito Maykool Acuña Ugalde, notario público con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las 13:00 horas del día 31 de octubre del 2007, se ha constituido la sociedad denominada Grupo Daycom S. A., con un plazo social de 99 años, siendo su presidente el señor Diego Alberto Solís Chavarría.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 63651.—(98392).
El suscrito Maykool Acuña Ugalde, notario público con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las 10:00 horas del día 31 de octubre del 2007, se ha constituido la sociedad denominada Depósito y Ferretería Olme SRL, con un plazo social de 99 años, siendo su gerente el señor Mauricio Acuña Carpio.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 63652.—(98393).
Por escritura otorgada en San José, a las 17:00 horas del 29 de octubre del 2007, constitución de sociedad anónima cuya denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Representación judicial y extrajudicial a cargo de presidente.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Milena Acuña Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 63653.—(98394).
Por escritura otorgada en San José, a las 17:15 horas del 29 de octubre del 2007, constitución de sociedad anónima cuya denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Representación judicial y extrajudicial a cargo de presidente.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Milena Acuña Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 63654.—(98395).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del treinta de octubre del dos mil siete, se modificó el pacto constitutivo de Puente Prefa Sociedad de Responsabilidad Limitada, en lo referente a la administración y propiedad de las cuotas o títulos nominativos.—Lic. Margarita Arias Formoso, Notaria.—1 vez.—Nº 63655.—(98396).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las nueve horas del treinta de octubre del dos mil siete, se modificó el pacto constitutivo de Grúas Gava Sociedad de Responsabilidad Limitada, en lo referente a la administración y propiedad de las cuotas o títulos nominativos.—Lic. Margarita Arias Formoso, Notaria.—1 vez.—Nº 93656.—(98397).
Ante este notario, mediante escritura otorgada a las diecisiete horas del treinta de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza Walker Commercial Funding Sociedad Anónima.—San José, a las diecisiete horas cincuenta minutos del treinta de octubre del dos mil siete.—Lic. Alexander Uhrig Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 63660.—(98398).
Ante este notario, mediante escritura otorgada a las doce horas del treinta de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza Participaciones HJ Dos Mil Ocho Sociedad Anónima.—San José, a las ocho horas del treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Jaime Garro Canessa, Notario.—1 vez.—Nº 63661.—(98399).
Melba Oviedo Salas, Bienvenido Granados Durán, Magaly, Willy, Johnny y Deivis, todos Granados Oviedo, constituyen Grovi Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 17:00 horas del 31 de octubre del 2007.—Lic. Laura Ramírez Torres, Notaria.—1 vez.—Nº 63662.—(98400).
María de los Ángeles Solano
Pérez, cédula número tres-cero setenta y nueve-cuatrocientos cuarenta y dos, y
Biagio Aita Vaglio, cédula número uno-trescientos cincuenta y tres-novecientos
cuarenta y ocho, constituyen la sociedad anónima denominada Oilgay Onalos.—San
José, 24 de octubre del 2007.—Lic. Harry Flores Castillo, Notario.—1 vez.—Nº
63663.—(98401).
Por escritura otorgada en esta notaría, el día de hoy, los señores William Alonso Gutiérrez Sandí y William Gutiérrez Alfaro, cédulas Nos. 4-167-543 y 9-025-596, constituyeron la sociedad denominada Innovaciones y Proyectos Tecnológicos Innprotec Sociedad Anónima. Este edicto se publica para corrección del nombre social.—Heredia, 24 de octubre del 2007.—Lic. Rolando Sáenz Ulloa, Notario.—1 vez.—Nº 63665.—(98402).
Ante mi notaría, escritura número veintiocho, otorgada a las quince horas del veinticuatro de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Flores y Candelabros de Nicoya Sociedad Anónima. Domicilio social: Nicoya, Guanacaste, Urbanización Nayuribe. Capital social: quinientos mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de cincuenta mil colones cada una. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su inscripción en el Registro Mercantil. Objeto: comercio en general. Presidente: William Flowers VI. Agente residente: Lic. Juan Edwin Yockchen Mora.—Nicoya, 24 de setiembre del 2004.—Lic. Juan Edwin Yockchen Mora, Notario.—1 vez.—Nº 63666.—(98403).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 30 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad denominada Diseños Avanzados en Computación de Costa Rica Sociedad Anónima, siendo presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, Walter Sánchez Román. Plazo: 99 años. Capital social: cien mil colones.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Allan Valverde Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 63667.—(98404).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del seis de octubre del dos mil siete, Martín Javier Zumbado Zumbado y Martha Elena Arroyo Murillo, constituyeron sociedad anónima, cuyo nombre de fantasía será el número de cédula que le asigne el Registro de Personas Jurídicas. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Representación: presidente y secretaria, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Ciudad Quesada, 30 de octubre del 2007.—Lic. Heylen Zamora Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 63669.—(98405).
Ante esta notaría, por escritura número ciento diecisiete-tres, otorgada en la ciudad de Cartago, a las catorce horas con treinta minutos del nueve de octubre del dos mil siete, hago constar que se constituyó la sociedad denominada EMC Quirós de Occidente Sociedad Anónima. Presidente: Édgar Quirós Coto. Plazo: noventa y nueve.—A las dieciocho horas del treinta de octubre del dos mil siete.—Lic. Xochitl Camacho Medina, Notario.—1 vez.—Nº 63670.—(98406).
Por escritura número ciento catorce, otorgada ante mi notaría, a las dieciséis horas del once de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad My Little Gym Stimulation GC Sociedad Anónima. Representante con facultades de apoderado generalísimo: presidente. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Juan José Lara Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 63671.—(98407).
En esta notaría, a las doce horas del dos de octubre del dos mil siete, protocolicé acta de asamblea número seis de la sociedad CRIC Conexiones Internacionales Costa Rica S. A., en la que se hacen nombramientos de junta, y se reforma la cláusula octava del pacto social.—San José, 20 de octubre del 2007.—Lic. Rose Mary Zúñiga Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 63672.—(98408).
Ante mi notaría, Lic. Catalina Bustos Jiménez, se constituyó Casa Hermanos Cedeño Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, y su presidenta Gabriela Gutiérrez Matarrita. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 63673.—(98409).
Ante esta notaría, por escritura número ciento dos, del tomo segundo, se constituyó la sociedad Hartley Holdings de Costa Rica S. A. Capital social: la suma de doce mil colones.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 63675.—(98410).
La empresa Educares Investment International S. A., modifican las cláusulas segunda y sétima del pacto social, referente al domicilio y administración de la empresa. Escritura de protocolización otorgada ante el notario Álvaro Rojas Morera, el trece de diciembre del dos mil seis.—San José, primero de noviembre del dos mil siete.—Lic. Álvaro Rojas Morera, Notario.—1 vez.—Nº 63676.—(98411).
Por escritura otorgada en San José, a las 15:00 horas del 25 de octubre del 2007, protocolicé acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de LFC Real Estate S. A., reformándose la cláusula segunda.—San José, 26 de octubre del 2007.—Lic. Hernando París Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 63678.—(98412).
Por escritura otorgada en San José, a las 16:00 horas del 25 de octubre del 2007, protocolicé el acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de Comerlat S. A., en la cual modifica la cláusula segunda, se elimina la cláusula décimo primera, y se revocan los nombramientos de secretario y fiscal, y en sus lugares se nombran a Milena Acuña Ugalde y Marlene Villalobos Vásquez, respectivamente.—San José, 26 de octubre del 2007.—Lic. Hernando París Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 63679.—(98413).
Por escritura otorgada en San José, a las 15:30 horas del 25 de octubre del 2007, protocolicé el acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de LFC Abogados S. A., en la cual se revoca el nombramiento de tesorero, y en su lugar se nombra a Carolina Hidalgo Herrera.—San José, 26 de octubre del 2007.—Lic. Hernando París Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 63680.—(98414).
Que por escritura otorgada a las 12:00 horas de hoy, se protocolizó acta de Servicios Logísticos del Carmen S. A. Se modifica cláusula décima primera.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Alexander Adolfo Chacón Porras, Notario.—1 vez.—Nº 63682.—(98415).
Por escritura autorizada hoy por el suscrito notario, se reformó la cláusula primera cuarta del pacto social de la empresa denominada Omega y Musical S. A.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Mario Brenes Luna, Notario.—1 vez.—Nº 63683.—(98416).
Mediante escritura pública, se constituye sociedad anónima denominada Solo Yo y La Palmitera Sociedad Anónima. Escritura número ciento cincuenta y dos, del tomo dos del protocolo de la licenciada Ana Rita Zamora Castillo, con fecha diez de agosto del dos mil siete.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 63685.—(98417).
Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Januka Guelt Sociedad Anónima, en la que se modifica la cláusula octava de los estatutos de la empresa, se nombra nueva junta directiva, se nombra nuevo fiscal y se nombra agente residente.—San José, a las dieciséis horas del veintinueve de octubre del dos mil siete.—Lic. Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—Nº 63686.—(98418).
Ante mi notaría, se reforman las cláusulas primera y novena del pacto social de la compañía Servicios Globales Turísticos El Cacique Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y un mil ciento treinta y seis.—San José, primero de noviembre del dos mil siete.—Lic. Carolina Soto Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 63687.—(98419).
Ante mí, notaria Sonia Carrillo Ugalde, se constituyó la sociedad denominada Madrigal Custom Home Builders Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en su aditamento S. A., que es nombre de fantasía, cuya traducción en español es Construcción de Casas Exclusivas Madrigal Sociedad Anónima. El apoderado generalísimo sin límite de suma, es su presidente: Rolando Gerardo Madrigal Carrillo, cédula de identidad número siete-cero cuarenta y ocho-setecientos treinta y ocho. El plazo es de noventa y nueve años. Es todo.—Guápiles, primero de noviembre del dos mil siete.—Lic. Sonia Carrillo Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 63688.—(98420).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Bienes y Propiedades Mi Casa S. A., donde se modifican la cláusulas segunda, quinta y octava de su pacto constitutivo.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—Nº 63689.—(98421).
Ricardo Paniagua Luna, cédula Nº 6-203-389, y Juan Bautista Paniagua Luna, cédula Nº 6-181-092, constituyen sociedad anónima, cuya denominación social se establecerá con el número de cédula de persona jurídica que dicho Registro de oficio, le asigne al momento de su inscripción, con el aditamento sociedad anónima, de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Siendo Ricardo Antonio, representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Ramón, veinticinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Julia María Zeledón Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 63690.—(98422).
Por escritura otorgada en San José, a las once horas del treinta y uno de octubre del dos mil siete, ante el notario Édgar Arroyo Cordero, se modifican cláusulas del pacto social de la sociedad Altos de la Ladera Lote Setenta y Cinco Sociedad Anónima.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Édgar Arroyo Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 63691.—(98423).
Por escritura otorgada hoy ante mí, a las 09:00 horas, se constituyeron Valles y Prados de un Clima Perfecto en La Garita Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—Nº 63695.—(98424).
Por asamblea de accionistas la sociedad MV Nine Beach Hotels in Paradise IX S. A., se reforma cláusula undécima, y se nombra nuevo presidente. Es todo.—San José, al ser las trece horas del día primero de noviembre del dos mil siete.—Lic. Karol Claudel Palma, Notaria.—1 vez.—Nº 63697.—(98425).
Por escritura número ocho-ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Yedefal Car Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. Presidenta: Yessenia Delgado Fallas, cédula número uno-nueve tres siete-cuatro uno ocho.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Randall Francisco Alvarado Cubillo, Notario.—1 vez.—Nº 63699.—(98426).
Ante mí, Viviana Navarro Miranda, con oficina abierta en San José, doscientos este y cincuenta sur de la Maternidad Carit, comparece el señor Walter Antonio Lacayo, mayor, soltero, empresario, vecino San José, Desamparados, frente al Cementerio Central, de un solo apellido en razón de ser nacional de Nicaragua, pasaporte de su país número C cero nueve cinco uno cinco uno tres, constituye la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada Solutions General Service W.A.L. Es todo.—San José, dos de noviembre del dos mil siete.—Lic. Viviana Navarro Miranda, Notaria.—1 vez.—Nº 63700.—(98427).
Por escritura otorgada ante los notarios Cristián Villegas Coronas y Vera Denise Mora Salazar, en San José, a las dieciséis horas treinta minutos del treinta y uno de octubre del dos mil siete, se constituyó una sociedad anónima, pudiendo abreviarse su aditamento en S. A. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de diez mil colones. Representada por su presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 63701.—(98428).
Por escritura otorgada ante los notarios Cristián Villegas Coronas y Vera Denise Mora Salazar, en San José, a las quince horas del treinta y uno de octubre del dos mil siete, se constituyó una sociedad anónima, pudiendo abreviarse su aditamento en S. A. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de diez mil colones. Representada por su presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 63702.—(98429).
Por escritura otorgada en San José, ante la suscrita notaria, a las diecisiete horas del siete de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza Grupo Coname Diseño e Ingeniería Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento en S. A. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de diez mil colones. Representada por su presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—Nº 63703.—(98430).
Gisella Gutiérrez Zúñiga, notaria pública, el día treinta de octubre del dos mil siete, a las veintitrés horas, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de la sociedad anónima Adquisiciones Sovama de San Pablo, en la que se realiza reforma de la cláusula segunda del domicilio social de la mencionada sociedad.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Gisella Gutiérrez Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 63710.—(98432).
Por escritura número ciento once, ante esta notaría, a las 10:00 horas del 1º de noviembre del 2007, se constituyó la sociedad de esta plaza Electrificaciones Umaña Jiménez Sociedad Anónima, con dos apoderados generalísimos sin límite de suma. Objeto: asesoría e instalación de tendidos eléctricos. Se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Olma Cartín Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 63711.—(98433).
Ante esta notaría, a las trece horas treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Muebles y Diseños Saysa Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, y con domicilio social en Alajuela.—Alajuela, al ser las once horas del día primero de noviembre del dos mil siete.—Lic. Vinicio Villegas Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 63712.—(98434).
Freddy Alberto Matamoros Ramírez, Martha Elena Ortega de Fernández, Nereida Matamoros Ramírez y Wilfredo Matamoros Ramírez fundan la sociedad: Constructora Pirámide Color Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Freddy Alberto Matamoros Ramírez.—Santa Rosa de Pocosol, 26 de octubre del 2007.—Lic. Rocío Villalobos Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 63714.—(98524).
Ante esta Notaría a las nueve horas del veintiséis de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Taguamanía Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones y con domicilio social en Alajuela.—Alajuela, al ser once horas del día primero de noviembre del dos mil siete.—Lic. Vinicio Villegas Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 63713.—(98525).
Ante mi Notaría, se protocolizó el día de hoy acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria número uno de Inmobiliaria Delgado Barrantes S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuatro mil ciento noventa y cuatro, celebrada en su domicilio social. Mediante la cual se modifica la cláusula tercera del objeto.—San José, a las ocho horas del dos de noviembre del año dos mil siete.—Lic. Miguel Córdoba Retana, Notario.—1 vez.—(98547).
Por escritura número ciento ochenta y ocho, otorgada ante mí, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del tres de octubre del año dos mil siete, se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Sebastian´s International Cuisine Ltda., cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos treinta mil setecientos treinta y cinco.—Lic. Vivian Conejo Torres, Notaria.—1 vez.—(98549).
Mediante escritura de las 13:00 horas del día 1º de noviembre del 2007, se constituyó la sociedad denominada Constructora y Consultora Zelcons S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años.—Lic. Mario Alberto Mesén Araya, Notario.—1 vez.—(98554).
Ante esta Notaría, se ha constituido la sociedad denominada: Bienes y Seguros JSC Sociedad Anónima.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Álvaro Garita Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(98571).
Por escritura Nº 163-13, otorgada en Heredia, a las 8:00 horas del día de hoy, ante esta Notaría la compañía de esta plaza Soluciones Ofiogar Sociedad Anónima mediante acta de asamblea general extraordinaria de accionistas número uno modificó la cláusula quinta de los estatutos.—Heredia, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Wayner González Arguedas, Notario.—1 vez.—(98587).
Por escritura otorgada ante mí al ser las quince horas del primero de noviembre del dos mil siete, se reformó la cláusula primera de los estatutos de la sociedad Ranvaldi M J T del Sur Sociedad Anónima, cambiando de nombre a Grupo Conexis Sociedad Anónima.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—(98592).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las dieciocho horas del día de hoy, protocolicé acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa K C P Los Llanos de Guachipelín Quince Sociedad Anónima, en la cual se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo, se nombran nueva junta directiva y fiscal.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Mario Montealegre Peña, Notario.—1 vez.—(98658).
El suscrito notario hace constar que hoy he constituido la sociedad denominada Calidas Vacaciones en Verano en el Océano Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—(98661).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas del día primero de octubre de dos mil siete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Decatur Street DBDS SRL. Donde se acuerda modificar las cláusulas segunda y novena del pacto social.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Luis Manuel Castro Ventura, Notario.—1 vez.—(98675).
Ante esta Notaría, mediante escritura otorgada a las doce horas del veintinueve de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social será: el número de cédula jurídica. El presidente será el señor: Craig Allen Salmond. Domicilio social será en Pavas, capital social veinte mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Rolando Alberto Segura Ramírez, Notario.—1 vez.—(98678).
Ante esta Notaría, mediante escritura otorgada a las doce horas con treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social será: el número de cédula jurídica. El presidente será el señor: Craig Allen Salmond, domicilio social será en Pavas, capital social veinte mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Rolando Alberto Segura Ramírez, Notario.—1 vez.—(98679).
Ante esta Notaría, mediante escritura otorgada a las trece horas del veintinueve de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social será: el número de cédula jurídica. El presidente será el señor: Craig Allen Salmond, domicilio social será en Pavas, capital social veinte mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Rolando Alberto Segura Ramírez, Notario.—1 vez.—(98680).
Ante esta Notaría, mediante escritura otorgada a las trece horas con treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social será: el número de cédula jurídica. El presidente será el señor: Craig Allen Salmond. Domicilio social será en Pavas, capital social veinte mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Rolando Alberto Segura Ramírez, Notario.—1 vez.—(98681).
Ante esta Notaría, mediante escritura otorgada a las catorce horas del veintinueve de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social será: el número de cédula jurídica. El presidente será el señor: Craig Allen Salmond. Domicilio social será en Pavas, capital social veinte mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Rolando Alberto Segura Ramírez, Notario.—1 vez.—(98682).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las quince horas del veintinueve de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social será el número de cédula jurídica. El presidente será el señor: Craig Allen Salmond. Domicilio social será en Escazú. Capital social veinte mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Rolando Alberto Segura Ramírez, Notario.—1 vez.—(98683).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las quince horas con treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social será el número de cédula jurídica. El presidente será el señor: Craig Allen Salmond. Domicilio social será en Escazú, capital social veinte mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—San José 29 de octubre del 2007.—Lic. Rolando Alberto Segura Ramírez, Notario.—1 vez.—(98684).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las dieciséis horas del veintinueve de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social será el número de cédula jurídica. El presidente será el señor: Craig Allen Salmond. Domicilio social será en Escazú, capital social veinte mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Rolando Alberto Segura Ramírez, Notario.—1 vez.—(98685).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las dieciséis horas con treinta minutos del veintinueve de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social será el número de cédula jurídica. El presidente será el señor: Craig Allen Salmond, domicilio social será en Escazú, capital social veinte mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Rolando Alberto Segura Ramírez, Notario.—1 vez.—(98686).
Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las diecisiete horas del veintinueve de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social será el número de cédula jurídica. El presidente será el señor: Craig Allen Salmond. Domicilio social será en Escazú, capital social veinte mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Rolando Alberto Segura Ramirez, Notario.—1 vez.—(98687).
Por escritura número cuarenta y dos, otorgada ante esta notaría a las nueve horas del veintiséis de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Becas MD Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, 27 de setiembre del 2007.—Lic. Rita María Salazar R., Notaria.—1 vez.—(98688).
Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó una sociedad anónima, cuya denominación social se ajustará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Capital: totalmente suscrito y pagado.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(98694).
Por escritura número 273, se constituye la sociedad denominada Odiroga V Y A Sociedad Anónima, escritura otorgada en Alajuela, a las 8:30 horas del día 2 de noviembre del 2007.—Lic. Flory Yalí De la Peña Rojas, Notaria.—1 vez.—(98710).
Se ha constituido ante esta notaría, mediante la escritura número ochenta y uno del quinto protocolo de fecha dos de noviembre del dos mil siete, sociedad bajo el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, en donde José Rivera Serrano, figura como apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Antonio Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—(98715).
Que ante esta notaría, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de Compañía Costarrican Bagagge Services Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma cláusula sexta de la administración y se nombra presidente y secretario.—Alajuela, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Rogelio Montenegro Herrera, Notario.—1 vez.—(98723).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las nueve horas del dieciocho de octubre de dos mil siete, se constituyó la sociedad Oficentro O.E. Santa Ana Parqueos Sociedad Anónima. Capital pagado por los socios. Julio Galtés Guevara fue designado presidente.—San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(98740).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las ocho horas del dieciocho de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Oficentro O.E. Santa Ana Uno Cero Uno Sociedad Anónima. Capital pagado por los socios. Julio Galtés Guevara fue designado presidente.—San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(98742).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las ocho y cinco horas del dieciocho de octubre de dos mil siete, se constituyó la sociedad Oficentro O.E. Santa Ana Uno Cero Dos Sociedad Anónima. Capital pagado por los socios. Julio Galtés Guevara fue designado presidente.—San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(98743).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las ocho y diez horas del dieciocho de octubre de dos mil siete, se constituyó la sociedad Oficentro O.E. Santa Ana Uno Cero Tres Sociedad Anónima. Capital pagado por los socios. Julio Galtés Guevara fue designado presidente.—San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(98744).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las ocho y quince horas del dieciocho de octubre de dos mil siete, se constituyó la sociedad Oficentro O.E. Santa Ana Uno Cero Cuatro Sociedad Anónima. Capital pagado por los socios. Julio Galtés Guevara fue designado presidente.—San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(98745).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las ocho y veinte horas del dieciocho de octubre de dos mil siete, se constituyó la sociedad Oficentro O.E. Santa Ana Dos Cero Uno Sociedad Anónima. Capital pagado por los socios. Julio Galtés Guevara fue designado presidente.—San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(98746).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las ocho y veinticinco horas del dieciocho de octubre de dos mil siete, se constituyó la sociedad Oficentro O.E. Santa Ana Dos Cero Dos Sociedad Anónima. Capital pagado por los socios. Julio Galtés Guevara fue designado presidente.—San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(98747).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las ocho y treinta horas del dieciocho de octubre de dos mil siete, se constituyó la sociedad Oficentro O.E. Santa Ana Dos Cero Tres Sociedad Anónima. Capital pagado por los socios. Julio Galtés Guevara fue designado presidente.—San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(98748).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las ocho y treinta y cinco horas del dieciocho de octubre de dos mil siete, se constituyó la sociedad Oficentro O.E. Santa Ana Dos Cero Cuatro Sociedad Anónima. Capital pagado por los socios. Julio Galtés Guevara fue designado presidente.—San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(98749).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las ocho y cuarenta horas del dieciocho de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Oficentro O.E. Santa Ana Tres Cero Uno Sociedad Anónima. Capital pagado por los socios. Julio Galtés Guevara fue designado presidente.—San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(98750).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las ocho y cuarenta y cinco horas del dieciocho de octubre de dos mil siete, se constituyó la sociedad Oficentro O.E. Santa Ana Tres Cero Dos Sociedad Anónima. Capital pagado por los socios. Julio Galtés Guevara fue designado presidente.—San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(98751).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho y cincuenta horas del dieciocho de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Oficentro O.E. Santa Ana Tres Cero Tres Sociedad Anónima. Capital pagado por los socios. Julio Galtés Guevara fue designado presidente.—San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(98752).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho y cincuenta y cinco horas del dieciocho de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Oficentro O.E. Santa Ana Tres Cero Cuatro Sociedad Anónima. Capital pagado por los socios. Julio Galtés Guevara fue designado presidente.—San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(98753).
Ante la notaría del licenciado Carlos Luis Fernández Fallas, notario público con oficina en Desamparados, al ser las veinte horas del veintidós de octubre del dos mil siete, se ha constituido la sociedad Jukavas Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Jukavas S. A. su domicilio será Río Segundo de Alajuela, condominio Agua Clara, casa ciento veintidós y cuya representación recae en su presidente.—Desamparados, 22 de octubre del 2007.—Lic. Carlos Luis Fernández Fallas, Notario.—1 vez.—(98754).
Por escritura número doscientos noventa y ocho, otorgada ante esta notaría, a las once horas del veintinueve de octubre del dos mil siete, se nombró nuevo presidente y secretario de la sociedad BBC Baja Servicios Dos mil seis S. A.—29 de octubre del 2007.—Lic. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 63715.—(98755).
Yo Eduardo Guardia Williams, notario público con oficina abierta en San José, hago constar que mediante la escritura número ciento quince, otorgada ante este notario, a las diecisiete horas del día treinta y uno de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Russell Mcdonnell Costa Rica Sociedad Anónima, cuyo presidenta, secretaria y tesorera son las representante legales y es presidenta la señora Helen Margaret Russell con un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, soltera, administradora de empresas, portadora del pasaporte estadounidense número cero cinco cinco siete cero seis seis uno tres, vecina de tres Woodbridge Way Novato, California, nueve cuatro nueve cuatro nueve, Estados Unidos de Norteamérica, la secretaria es la señora Brooke Jeanne McDonnell con un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, soltera, administradora de empresas, portadora del pasaporte estadounidense número uno cinco siete cero ocho dos nueve cinco dos, vecina de tres Woodbridge Way Novato, California, nueve cuatro nueve cuatro nueve, Estados Unidos de Norteamérica y la tesorera es la señora Maureen Judith McHugh con un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, soltera, portadora del pasaporte estadounidense número cero cinco cinco cero seis cinco nueve ocho cero, vecina de cuatro tres ocho Bolinas Road Fairfax, California nueve cuatro nueve tres cero, Estados Unidos de Norte América. Capital social: 10.000,00 colones. Plazo social: 99 años.—San José, 1° de noviembre del dos mil siete.—Lic. Eduardo Guardia Williams, Notario.—1 vez.—Nº 63717.—(98756).
Por escritura pública otorgada hoy ante mí, en San José, a las 11:00 horas protocolicé acta de la compañía Condominio Amberes del Oeste Café Número Diez J S. A., por la cual se modificaron las cláusulas segunda y tercera del pacto social.—San José, 1° de noviembre del 2007.—Lic. Mario Antonio Morelli Astúa, Notario.—1 vez.—Nº 63718.—(98757).
El día trece de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Familia Naar S. A.—Palmares, veintiséis de octubre del dos mil siete.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 63719.—(98758)
El día veintiséis de octubre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Empresa de Porteo Zúñiga Mora Ltda.—Palmares, veintiséis de octubre del dos mil siete.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 63720.—(98759)
Los señores Alfonso Ruiz Ugalde y Dafne Elizondo Reyes constituyen la sociedad denominada Hemarfa Sociedad Anónima, la cual tendrá su domicilio en San José, avenida diez, calle diecinueve, número mil setecientos setenta y uno. El capital social de la sociedad es la suma de cien mil colones y el objeto será la actividad comercial, científica, industrial, agraria, de turismo. Plazo: 99 años. Presidente: Alfonso Ruiz Ugalde, escritura otorgada a las catorce horas del día treinta y uno de octubre del 2007.—Lic. Jorge Henry Vega Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 63721.—(98760).
Por esta escritura número 032-03 del tomo 03 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad, a las 9:00 horas del 29 de octubre del dos mil siete, la sociedad costarricense denominada 3-101-472139 S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y dos mil ciento treinta y nueve modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 31 de octubre del 2007.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 63722.—(98761).
Por escritura otorgada a las catorce horas con cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de octubre dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Oportunidades Educativas Costa Ballena Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiéndose abreviar en su aditamento S. A., su capital social es la suma de diez mil colones, corresponde la representación judicial y extrajudicial al presidente y el secretario de la sociedad.—Dominical de Osa, Puntarenas, 1° de noviembre del 2007.—Lic. Merlin Leiva Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 63723.—(98762).
Por escritura otorgada ante esta notaría se constituyó la sociedad Coastal Line, Constructions Service S. A., capital suscrito y pagado.—San José, 30 de octubre del dos mil siete.—Lic. José Fabio Fallas Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 63725.—(98763).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas treinta minutos del día veintitrés de octubre del dos mil siete, se constituye Praderas de Cóbano Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Duración: noventa y nueve años. Corresponde la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma al presidente y tesorero. Presidente: José Manuel Porras Garita.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic Juan de Dios Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 63726.—(98764).
Por escritura número doscientos diecisiete-VII, otorgada el día de hoy ante esta notaría, protocolicé acta de asamblea general de accionistas de la sociedad La Luciérnaga Maravillosa S. A. en que se reformó la cláusula del domicilio, de la administración y del nombre, cambiándose el mismo a Hacienda Tucuñados S. A.—San José, treinta de octubre del dos mil siete.—Lic. José A. Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—Nº 63727.—(98765).
Se hace saber que por escritura número ciento sesenta y dos del tomo segundo de mi protocolo, otorgada a las veinte horas del primero de noviembre del dos mil siete, esta notaría procedió a protocolizar el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios celebrada por la firma de esta plaza Abajo Drive S. A. Los acuerdos tomados reforman la cláusula segunda y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, dos de noviembre del dos mil siete.—Lic. Sergio Echandi Casal, Notario.—1 vez.—Nº 63728.—(98766).
Por escritura de las once horas de hoy ante mi notaría, se reformó el pacto social de la empresa Agencia Valverde Huertas Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforma el capital social aumentándose a diez millones de colones. Domicilio: San José.—San José, treinta y uno de octubre de dos mil siete.—Lic. Miguel Ángel Rojas Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 63729.—(98767).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se reformó la cláusula quinta de los estatutos sociales para aumentar el capital social que queda íntegramente suscrito y pagado de Importadora y Distribuidora Ancyfer Sociedad Anónima.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Enrique Alberto Van Browne Olivier, Notario.—1 vez.—Nº 63730.—(98768).
En esta notaría, al ser las 14:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad denominada Tania de La Garita S.R.L. Capital ¢100.000,00. Plazo 99 años.—San José, 18 de octubre del 2007.—Lic. Bernal Alberto Chavarría Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 63731.—(98769).
En esta notaría, al ser las 16:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad denominada Chang Lin Quinientos Dieciocho Sociedad Anónima. Capital ¢2.000.000,00. Presidente Jiun Hsiao. Plazo 99 años.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Bernal Alberto Chavarría Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 63732.—(98770).
Ante mí, licenciado Javier Carvajal Portuguez a las dieciocho horas del primero de noviembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Multiservicios Automotrices M & M Sociedad Anónima.—San José, dos de noviembre del dos mi siete.—Lic. Javier Gerardo Carvajal Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 63733.—(98771).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las a las catorce horas del día treinta y uno de octubre del año dos mil siete, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inmobiliaria Avenida Cuatro Sociedad Anónima mediante la cual se reforma cláusula sexta en cuanto a los órganos sociales y se nombra secretario.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—Nº 63736.—(98772).
Por acta de asamblea extraordinaria protocolizada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintiséis de octubre de dos mil siete, se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Blue Sunset on the Pacific Coast Sociedad Anónima.—Guanacaste, veintiséis de octubre del dos mil siete.—Lic. Rosa Cortés Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 63737.—(98773).
Por asamblea de accionistas la sociedad Her Majesty’s Dolphins Sociedad de Responsabilidad Limitada, modifica cláusulas primera, sexta y nombra gerente.—San José, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Karol Claudel Palma, Notaria.—1 vez.—Nº 63739.—(98774).
Por escritura número cincuenta y siete, otorgada en mi notaría en San José, a las diecisiete horas del veintidós de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jacareri Sociedad Anónima, con domicilio en San Antonio de Alajuelita, frente a la iglesia católica. El plazo social es de noventa y nueve años a partir de esta fecha y su capital social es la suma de doce mil colones. La junta directiva integrada por tres miembros: presidente, secretario y tesorero; correspondiendo al presidente y tesorero la representación judicial y extrajudicial, quienes tendrán, actuando conjunta o separadamente las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Dagoberto Rivera Betancourth, Notario.—1 vez.—Nº 63740.—(98775).
Ante mi notaría, se constituyó la sociedad que se denominará según lo dispuesto en el artículo segundo del Decreto Ejecutivo número: tres tres uno siete uno-J, que su aditamento será Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse S. A.. Presidente: Guillermo Pacheco Valle.—San José, primero de noviembre del 2007.—Lic. Alexander Arguedas Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 63742.—(98776).
Por escritura protocolizada ante mi notaría, de las 16 horas del 29 de octubre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la entidad social con domicilio en San Ramón de Alajuela, denominada Vidriera de Occidente S. A., mediante la cual se acuerda modificar la cláusula novena de los estatutos y se nombra gerente general con poder generalísimo sin límite de suma.—San Ramón, 29 de octubre del 2007.—Lic. Róger Alexis Barboza Lépiz, Notario.—1 vez.—Nº 63743.—(98777).
Por escritura otorgada a las 10 horas quince minutos del 30 de octubre de 2007, se protocoliza acta de Clinilab S. A. donde se modifica cláusulas segunda y sétima del pacto social y se sustituye al fiscal.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 63745.—(98778).
Por escritura otorgada a las 9 horas treinta minutos del 27 de setiembre del 2007, se protocoliza acta de Consorcio Inmobiliario S. A. donde se establece que el domicilio social de esta entidad es San José, avenida ocho, calles quince y diecisiete, frente a Tribunales de San José.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 63746.—(98779).
Mediante escritura pública se constituye sociedad anónima denominada Rojas Varela Sociedad Anónima, escritura número trescientos ocho del tomo cinco de mi protocolo, con fecha dos de julio del dos mil siete.—Lic. José Manuel Vásquez Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 63747.—(98780).
Ante esta notaría mediante escritura ciento treinta y ocho-cuatro de las doce horas del trece de setiembre del año dos mil siete, se constituyó Tecnologías de Yatu Enterprises Sociedad Anónima. Presidente: Eric Yundt.—Guanacaste, treinta y uno de octubre del 2007.—Lic. Alexander Lobo Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 63750.—(98781).
Yo Quenin Lobo Céspedes, con cédula número 5-212-685 y otros; constituyen sociedad Las Lomas del Miravalles Leyer Ffry S. A. con domicilio social en Aguas Claras de Upala, de la escuela Porfirio Ruiz Navarro ,125 metros al sur, con un capital social de veinte mil colones, sociedad constituida mediante escritura 250 visible al folio 133, frente del tomo sexto del notario Melvin Lobo Palacio, código 13017.—Lic. Melvin Lobo Palacio, Notario.—1 vez.—Nº 63751.—(98782).
En el día de hoy se ha constituido ante esta notaría la empresa denominada Jamch, empresa domiciliada en El Roble, Puntarenas, presidente con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 20 de setiembre del 2007.—Lic. Dunia Leideth Flores Li, Notaria.—1 vez.—Nº 63753.—(98783).
Por escritura doscientos veintidós otorgada al ser las veinte horas del treinta y uno de octubre del año dos mil siete, ante esta notaría se constituye la sociedad Safe Payment Sociedad Anónima.—San José, dos de noviembre del dos mil siete.—Lic. Federico José Jiménez Solano, Notario.—1 vez.—Nº 63754.—(98784).
En esta notaría a las 17:00 horas del 31 de octubre del 2007, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el Decreto Ejecutivo 33171-J publicado en La Gaceta 114 del 14 de junio del 2006, apoderado generalísimo Luis Martín Barrantes Alvarado, cédula 2-411-994.—Naranjo, 1° de noviembre del dos mil siete.—Lic. Wilberth Hidalgo Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 63755.—(98785).
Por escritura número doscientos sesenta y siete del tomo primero de mi protocolo otorgada ante esta notaría a las catorce horas del treinta y uno de octubre del año dos mil siete, se constituyen diez sociedades anónimas, las sociedades se denominarán con el número de cédula jurídica que les asigne el Registro Público seguido de Sociedad Anónima, domiciliadas en San José. Es todo.—San José, primero de setiembre del dos mil siete.—Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1 vez.—Nº 63760.—(98786).
Por escritura número doscientos sesenta y cuatro del tomo primero de mi protocolo otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas treinta minutos del veintitrés de octubre del año dos mil seis, se modifica el pacto constitutivo en las cláusulas primera, segunda y sexta, de la empresa Tres-ciento uno-cinco cero tres uno seis dos Sociedad Anónima, cédula jurídica numero tres-ciento uno-cinco cero tres uno seis dos, quedando ahora con el nombre Sueños Realizados en mi Vida Sociedad Anónima. Con nuevo domicilio en la provincia de Puntarenas, Garabito y recayendo en adelante la representación judicial y extrajudicial en el presidente.—Primero de noviembre del dos mil siete.—Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1 vez.—Nº 63761.—(98787).
Mediante escritura número veintiocho, visible al folio diecisiete vuelto, del tomo décimo primero del protocolo del notario José Álvaro Bonilla Rojas, se constituyó la sociedad denominada Maluji J F Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, San Carlos, catorce horas del día primero de noviembre del año dos mil siete.—Lic. José Álvaro Bonilla Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 63763.—(98788).
Por escritura otorgada a las quince horas del día de hoy, en mi notaría protocolicé acta de la compañía de este domicilio denominada Monte Carlo Gauguin Limitada, por la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social.—Escazú, primero de noviembre del dos mil siete.—Lic. Harold Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 63764.—(98789).
Ante esta notaría, a las 15:00 horas del 29 de octubre del dos mil siete; escritura número 116-16 visible al folio 146 vuelto, del tomo 16 del protocolo del suscrito notario, se constituyó Invernatec Sociedad Anónima. Plazo 99 años, presidente, secretario y tesorero representantes judiciales y extrajudiciales.—San José, 29 de octubre del dos mil siete.—Lic. Julio Renato Jiménez Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 63765.—(98790).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas treinta minutos del dieciséis de octubre del dos mil siete, se constituye la sociedad T & T Tecnología y Telecomunicaciones Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Presidente: Alejandro Torres Vargas. Pejibaye de Pérez Zeledón, treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Silvia Elena Barrantes Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 63766.—(98791).
Por medio de la escritura número treinta, otorgada a las catorce horas treinta minutos del día treinta de octubre del dos mil siete, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Villas Guarumos Incg S. A. Por la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio, se revoca el nombramiento del presidente y se nombra nuevo miembro para este puesto.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 63767.—(98792).
Por medio de la escritura número treinta, otorgada a las quince horas del día treinta de octubre del dos mil siete, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Villas Mata de Caña S. A. por la cual se modifica las cláusulas segunda del domicilio, se revoca el nombramiento del presidente y se nombra nuevo miembro para este puesto.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 63768.—(98793).
Por medio de la escritura número treinta y dos, otorgada a las quince horas treinta minutos del día treinta de octubre del dos mil siete, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Villas El Rincón S. A. por la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio, se revoca el nombramiento del presidente y se nombra nuevo miembro para este puesto.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 63769.—(98794).
Por medio de la escritura número treinta y cinco, otorgada a las nueve horas del día primero de noviembre del dos mil siete, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Tropical Fergate Group (Central America) S. A. Por la cual se modifica la cláusula primera del nombre para que en adelante se lea el nombre de esta sociedad como Tropical Homes Development CR S. A.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 63770.—(98795).
Por medio de la escritura número treinta y seis, otorgada a las diez horas del día primero de noviembre del dos mil siete, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos tres mil ciento sesenta y ocho sociedad anónima, por la cual se modifican las cláusulas segunda del domicilio y sexta de la administración. Se revocan los nombramientos de los miembros de la junta directiva y se nombran nuevos miembros para esos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 63771.—(98796).
Por escritura ciento ocho, otorgada ante mi notaría a las ocho horas del veintiséis de octubre del dos mil siete, se nombra nueva Junta Directiva de Centro Médico Cambronero J y F S. A. Presidenta: Flor Emilia Gutiérrez León.—Lic. Karen Ramos González, Notaria.—1 vez.—Nº 63773.—(98797).
Mediante escritura pública número veintinueve, otorgada por la notaria Sara María Barrantes Hernández, a las trece horas del primero de noviembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social de la nueva empresa se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del decreto ejecutivo número: treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma el señor Pablo Eugenio Ferrer Fleites. Capital suscrito y pago en su totalidad.—Grecia, 1 de noviembre del dos mil siete.—Lic. Sara María Barrantes Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 63774.—(98798).
Ante esta notaría se constituyó la compañía denominada M J V D Jovisa Sociedad Anónima.— San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Arnoldo José Parini Guevara, Notario.—1 vez.—Nº 63776.—(98799).
Por escritura pública número 141-38 de las 07:00 horas del 2 de noviembre del 2007, protocolicé acta de la asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Solano-Aubry Sociedad Anónima, en la cual se acuerdan su disolución. Se pública lo anterior a efecto de cumplir lo dispuesto en el artículo 207 del Código de Comercio y se otorga 30 días a los eventuales interesados para oír sus disposiciones.—San José, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Humberto Piedra Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 63777.—(98800).
Por escritura número setenta y seis otorgada a las 14:00 horas, 30 minutos del día 23 de octubre del 2007, constituí la firma a Wealso Designi S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Lucila de Pedro Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 63778.—(98801).
Por escritura número ochenta y cuatro otorgada a las 12:00 horas del día 1º de noviembre del 2007 protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la firma La Viña Verde S. A. Se reforma cláusula cuarta de los estatutos sociales.—San José 1º de noviembre del 2007.—Lic. Lucila de Pedro Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 63779.—(98802).
Kattia Gamboa Viquez y Uriel Ortega Hegg constituyen la sociedad domiciliada en la ciudad de San José, denominada Nation Wide Real State Sociedad Anónima escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Hubert Salas Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 63781.—(98803).
Hermes Rodríguez Ríos, notario público, con oficina abierta en Guácimo, manifiesta que mediante escritura número ciento sesenta y uno otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del ocho de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada, Yamagp Sociedad Anónima.—Guácimo, Limón, veinte de octubre del dos mil siete.—Lic. Hermes Rodríguez Ríos, Notario.—1 vez.—Nº 63782.—(98804).
Hermes Rodríguez Ríos, notario público, con oficina abierta en Guácimo, manifiesta que mediante escritura número ciento veintiuno otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del seis de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada, Fesme de Carambola Sociedad Anónima.—Guácimo, Limón, 15 de setiembre del 2007.—Lic. Hermes Rodríguez Ríos, Notario.—1 vez.—Nº 63783.—(98805).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las quince horas de hoy, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Hojas de Ubajay S. A. mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Oscar Bejarano Coto, Notario.—1 vez.—Nº 63784.—(98806).
Por escritura pública número ciento diecinueve, del tomo dos, otorgada el veinticinco de octubre de dos mil siete a las diez horas, ante el notario Francisco Martí Meneses, Rafael Ángel Alfaro Prendigas, Ligia María Ramírez Martínez, María de los Ángeles Alfaro Ramírez, y Rafael Ángel Alfaro Ramírez, constituyen la sociedad Transportes Limara Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. Francisco Martí Meneses, Notario.—1 vez.—Nº 63787.—(98807).
Se constituye la firma de esta plaza: Rudy Crake Sociedad Anónima. Presidente: Oldemar Fallas Navarro, portador de la cédula de identidad número uno-siete seis cinco-cero nueve cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución.—San José treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 63789.—(98808).
Se constituye la firma de esta plaza: Sooty Robin Sociedad Anónima. Presidente: Oldemar Fallas Navarro, cédula número uno-siete seis cinco-cero nueve cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de constitución.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 63790.—(98809).
Se constituye la firma de esta plaza: Black and White Becard Sociedad Anónima Presidente: Oldemar Fallas Navarro, portador de la cédula de identidad número uno-siete seis cinco-cero nueve cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 63791.—(98810).
Ante esta notaría se constituyó la Sociedad de Usuarios de Agua Las Pavas de Llano Grande. Quedando la representación de la sociedad y como apoderado general el Presidente de la junta directiva.—Cartago, treinta de octubre del año dos mil siete.—Lic. Carlos Enrique Leiva Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 63793.—(98811).
Por escritura doscientos treinta y cuatro-diez, ante la notaria Ana Lorena Oviedo Campos, se constituye la sociedad Prefabricado las Palmeras Sociedad Anónima, escritura otorgada en Heredia a las dieciocho horas del veinticinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Lorena Oviedo Campos, Notario.—1 vez.—Nº 63794.—(98812).
Se constituye la sociedad Mapa de Colonia Blanca S. A., mediante escritura otorgada ante el notario público: Luis Ángel Sánchez Montero, carné ocho mil doscientos noventa.—San José, a las trece horas del veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Jéssica Brenes Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 63797.—(98813).
Por medio de la escritura número veinticinco, otorgada a las once horas del día treinta de octubre del dos mil siete, ante este notario se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Arroyo Adventures S. A., por la cual se modifican las cláusulas segunda del domicilio y sexta de la administración, se revocan el secretario y se nombran nuevos miembros para esos puestos.—José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 63799.—(98814).
Por medio de la escritura número veintinueve, otorgada a las catorce horas del día treinta de octubre del dos mil siete, ante este notario se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Villas Vista Laguna S. A., por la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio, se revoca el nombramiento del presidente y se nombra nuevo miembro para este puesto.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 63800.—(98815).
Por medio de la escritura número veintisiete, otorgada a las trece horas del día treinta de octubre del dos mil siete, ante este notario, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Yellow Force S. A., por la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio, se revoca el nombramiento del presidente y se nombra nuevo miembro para este puesto.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 63801.—(98816).
Por medio de la escritura número veintiocho, otorgada a las trece horas treinta minutos del día treinta de octubre del dos mil siete, ante este notario se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Villas los Guarumos Incg S. A., por la cual se modifican las cláusulas segunda del domicilio, se revocan el nombramiento del presidente y se nombra nuevo miembro para este puesto.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 63802.—(98817).
En mi notaría, mediante escrituras otorgadas a las 15:00 horas del 31 de octubre del año 2007, se reformó la cláusula décima de los estatutos sociales de la sociedad Distribuidora Florex Centroamericana S. A., en el sentido de consignar que los representantes judiciales y extrajudiciales de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pueden o no ser socios, de conformidad con el artículo ciento ochenta y uno del Código de Comercio.—San Ramón, Alajuela, 1° de noviembre del año 2007.—Lic. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 63803.—(98818).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Órgano Director. Procedimiento ordinario administrativo contra la empresa Inversiones Acuáticas Internacionales S. A. propietaria del Transporte Acuático del mismo nombre. San José, a las trece horas del diecisiete de octubre del dos mil siete. Comunica:
Que con base en el oficio DGA-3683-07, la Gerencia General de este Instituto, según resolución G-2619-2007 del 10 de octubre del 2007, motiva la presente resolución de acto final del procedimiento seguido contra la empresa Inversiones Acuáticas Internacionales S. A., cédula jurídica Nº 3-101-123102-18, propietaria del Transporte Acuático del mismo nombre, resolviendo dar por cancelada la Declaratoria Turística concedida a la citada empresa, por haber infringido el artículo 13, incisos a), d), i) y j) del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, al no cumplir con lo dispuesto en ese Reglamento y con la legislación vigente que regula su funcionamiento y al no tener la empresa en operación.
Contra esa resolución proceden los Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante la Gerencia General de esta Institución. El Recurso de Revocatoria será resuelto por la Gerencia de este Instituto y el de Apelación por la Junta Directiva.—Bach. Pablo Valverde Madrigal, Órgano Director del Procedimiento.—(O. C. Nº 10474).—C-39950.—(99961).
Órgano Director. Procedimiento ordinario administrativo contra la empresa Pesca Deportiva Internacional S. A. Propietaria del Transporte Acuático del mismo nombre. San José, a las catorce horas del diecisiete de octubre del dos mil siete. Comunica:
Que con base en el oficio DGA-3682-07, la Gerencia General de este Instituto, según resolución G-2618-2007 del 10 de octubre del 2007, motiva la presente resolución de acto final del procedimiento seguido contra la empresa Pesca Deportiva Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-112207-15, propietaria del transporte acuático del mismo nombre, resolviendo dar por cancelada la Declaratoria Turística concedida a la citada empresa, por haber infringido el artículo 13, incisos a), d), i) y j) del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, al no cumplir con lo dispuesto en ese Reglamento y con la legislación vigente que regula su funcionamiento y al no tener la empresa en operación.
Contra esa resolución proceden los Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante la Gerencia General de esta Institución. El Recurso de Revocatoria será resuelto por la Gerencia de este Instituto y el de Apelación por la Junta Directiva.—Bach. Pablo Valverde Madrigal, Órgano Director del Procedimiento.—(O. C. Nº 10474).—C-41775.—(99962).
ASESORÍA LEGAL REGIÓN BRUNCA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Asesoría Legal Región Brunca.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas del seis de noviembre del dos mil siete. Que habiéndose dictado resolución inicial dentro del procedimiento administrativo de revocatoria de adjudicación y subsecuente nulidad de título, por la causal de incumplimiento del artículo 68 inciso 4) apartado b), en relación con el 66 de la Ley Nº 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, sea abandono injustificado del terreno, se cita y emplaza a los administrados que a continuación se detallan, para que comparezcan a una audiencia oral y privada, que se realizará en el día y hora que se indica en cada caso particular, todas del año 2007, realizadas todas en las instalaciones de la Dirección Regional Brunca del Instituto de Desarrollo Agrario en San Isidro de Pérez Zeledón.
Nombre |
Cédula |
Predio y asentamiento |
Expediente |
Fecha de audiencia |
Antonio Arias Astúa y Julia Chávez Zúñiga |
6-095-335 1-435-057 |
Lote 35 Asentamiento Sándalo |
B-057-2007 |
17 de diciembre a las 10:00 horas |
Se pone en conocimiento que la prueba de la administración esté contenida en el expediente que se encuentra en la Asesoría Legal de la Región Brunca en la sede de la Dirección Regional del Instituto de Desarrollo Agrario en San Isidro de Pérez Zeledón, el cual podrá ser consultado y fotocopiado a su costo. Deben los administrados, dentro de los tres días posteriores a la notificación de la presente, señalar o ratificar lugar para escuchar notificaciones dentro del perímetro judicial de la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, o un fax que se encuentre dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere o fuese imposible la comunicación, toda resolución se tendrá por notificada con el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Por la trascendencia del procedimiento que se califica como ordinario se le advierte a los administrados que el día de la comparecencia pueden hacerse acompañar por un abogado. En caso de no presentarse sin justa causa que lo motive se procederá a resolver lo que corresponda con la prueba que obra en el expediente. Se les hace saber que máximo al día y hora de la audiencia pueden ofrecer y aportar toda la prueba que consideren oportuna en defensa de sus derechos y que en el caso de ser testimonial, su presentación corre por su cuenta y deben de comparecer a la misma fecha y hora de la audiencia señalada, para lo cual deben venir debidamente identificados. A la audiencia deben comparecer en forma personal y no por medio de apoderado, de igual forma se les hace saber que de comprobarse los hechos investigados se le revocará la adjudicación del terreno y se ordenará al Registro Público de la Propiedad anular el título de propiedad señalado supra, lo que consecuentemente trae aparejado que el mismo se revierta al Instituto de Desarrollo Agrario. Se informa a los administrados que la presente resolución inicial tiene los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, debiéndose interponer dentro de las veinticuatro horas contadas a partir de la última comunicación del acto. Dichos recursos deberán presentarse ante la Asesoría Legal Región Brunca del IDA. Notifíquese.—Lic. Álvaro Chanto Ureña, Asesoría Legal.—(99876).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Resolución RRG-7351-2007.—San José, a las 13:10 horas del 18 de octubre del año 2007. Expediente ET-400-2007.
Considerando:
1º—Que mediante boleta Nº 2006-400348, el día 19 de setiembre del 2007, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 241570 por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos.
2º—Que según la boleta supra indicada, Jorge Rosales Obando, documento de identificación Nº 5-344-709, podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización.
3º—Que consultada la página electrónica del Registro Público de la Propiedad, el vehículo placa 241570 es propiedad de Harley Félix Obando López, cédula Nº 5-0287-0685.
4º—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.
5º—Que en virtud de la jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el artículo 57. b) y 58. e) de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decisor en dichos procedimientos ordinarios.
6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley General de la Administración Pública, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica Nº OJ-047-2000.
7º—Que conforme la resolución
RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el
Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de nombramiento
de órgano director del procedimiento administrativo que el Regulador General
realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley
7593. Por tanto:
Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la Administración Pública.
EL REGULADOR GENERAL
DE LA AUTORIDAD REGULADORA
DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, RESUELVE:
1º—Dar inicio al procedimiento administrativo contra Jorge Rosales Obando, en calidad de conductor y Harley Félix Obando López como dueña registral del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el Nº OT-400-2007, nombrando como órgano director del procedimiento a Tatiana Quesada Espinoza, cédula Nº 1-952-537 y Shirley Alfaro Alfaro, cédula Nº 4-148-789, funcionarias de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, quienes actuaran en forma conjunta o separada, a fin de que realicen todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos denunciados según la boleta antes citada, otorguen y vigilen el respeto al debido proceso y concedan, el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrán todas las competencias otorgadas en la Ley General de la Administración Pública como órgano director del procedimiento.
2º—Notifíquese a Jorge Rosales Obando, en calidad de conductor y a Harley Félix Obando López, en calidad de dueño registral del vehículo placa 241570, por medio de publicación tres veces en La Gaceta, a quienes se le previene para que dentro del tercer día posterior a la notificación de este acto, señale lugar, en las cercanías de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, o medio para recibir notificaciones, a efecto de comunicarle los actos emitidos en el presente procedimiento, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, éstos se tendrán por notificados con el transcurso de 24 horas después de emitidos.—Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 20047).—C-94380.—(100492).
Por única vez se cita y emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores: Rodríguez Gairauld Gerardo David, cédula Nº 116760393, soltero, estudiante, vecino de San José, San José, Pavas. Caso Nº 2007O02398. Para que dentro del término de nueve días hábiles a partir de la publicación de este aviso, se apersonen al Departamento de Seguro Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de sus derechos, apercibidos de que si no lo hicieren pasará en derecho a quien corresponda.—San José, 5 de noviembre del 2007.—Departamento Obligatorio de Vehículos Automotores.—Horacio Ureña Romero, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 18453).—C-8490.—(99964).