MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA Y ACUICULTURA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
En uso de las facultades que les
confieren los artículos 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y 146 de
Considerando:
1º—Que mediante Decreto Ejecutivo
Nº 23943-MOPT-MAG de 5 de enero de 1995, publicado en
2º—Que de conformidad con lo dispuesto en la
normativa aplicable en la materia, varios factores deben tomarse en cuenta por
el Estado, para definir los montos o cánones que deben cancelar las
embarcaciones atuneras con bandera extranjera, según lo dispuesto en el
considerando anterior, uno de los cuales es la definición y mantenimiento de
políticas de conservación y preservación del recurso, que en gran medida surgen
a través de los acuerdos que se establecen en el seno de
3º—Que mediante oficio de fecha 3 de agosto
del 2007,
4º—Que los recursos o montos destinados al
pago de la cuota país, son aplicados por
5º—Que en razón de lo anterior es necesario y
oportuno en defensa de los intereses del país, en la conservación y
preservación del aprovechamiento sostenible del recurso atunero, modificar el
artículo 6 del Decreto Ejecutivo Nº 23943 y sus reformas. Por tanto,
DECRETAN:
Artículo 1º—Modifíquese el
artículo 6º del Decreto Ejecutivo Nº 23943 de 5 de enero de 1995, para que el
mismo se lea de la siguiente manera:
“Artículo 6º—Toda embarcación
atunera de bandera extranjera interesada en, obtener una licencia o permiso de
pesca, deberá pagar la suma de $54.00 (dólares) por tonelada neta de registro.
La licencia o permiso tendrá una vigencia por viaje de pesca, hasta por sesenta
días naturales contados desde la fecha de obtención de la licencia o hasta la
descarga en cualquier país, de cualquier cantidad del producto obtenido.
El canon por registro anual de
los barcos pesqueros, equipados con redes, o los llamados “chinchorreros” será
de $10.00 (dólares), por tonelada neta de registro del barco, debiendo
adquirirse durante el mes de diciembre para el año inmediatamente posterior.
En el caso de que se solicite durante el
mismo año en que se va a utilizar, dicho canon será de $20.00 (dólares), por
tonelada neta de registro del barco y su vigencia será, exclusivamente, por el
resto del año calendario en que se otorgue.
El producto monetario obtenido por los
conceptos indicados, será recaudarlo v aplicado por el Instituto Costarricense
de
En adición con los cánones definidos
anteriormente, las embarcaciones atuneras supracitadas, debelan cancelar la
suma de $10.00 (dólares), por tonelada neta de registro del barco, que serán
destinados para atender el seguimiento de las políticas de conservación y
preservación del recurso atunero, ante
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Agricultura y Ganadería, Marco Antonio Vargas Díaz.—1 vez.—(D34085-101838).
EL PRESIDENTE DE
EL
MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO,
EL
MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,
Y
En uso de las atribuciones que
les confiere el artículo 140 en sus incisos 3) y 18) y el artículo 146 de
Considerando:
1º—Que es un deber ineludible
del Estado velar por la salud de la población, evitando o reprimiendo aquellos
actos u omisiones de particulares que impliquen un riesgo para la salud humana
como bien jurídico de importancia suprema para el desarrollo social y económico
del país.
2º—Que dentro de las actividades que el
Estado debe realizar para alcanzar el logro del objetivo citado se encuentra el
garantizar a la población el acceso a alimentos que reúnan condiciones
sanitarias, físicas, químicas, organolépticas, microbiológicas y fisiológicas
adecuadas para el consumo humano, máxime en aquellos casos en los cuales se
trate de alimentos de importancia dentro de la llamada Canasta Básica Moderna
debido precisamente a su alto nivel de consumo.
3º—Que los artículos 200, 201, 203 y 204 de
4º—Que ciertos estados de deterioro en los
tejidos vegetales fruto de la inadecuada manipulación de los mismos o la acción
de elementos naturales externos, tales como el ambiente, la temperatura y la
acción de insectos o agentes patógenos microscópicos, privan al consumidor de
su legítimo derecho a adquirir productos capaces de satisfacer sus expectativas
de consumo.
5º—Que cualquier regulación de las
actividades económicas en el mercado interno para producto nacional e importado
debe realizarse con respecto a la libertad de empresa, la defensa de la
productividad y de los derechos del consumidor, exigiéndose únicamente el
mínimo necesario para proteger la salud humana, animal o vegetal, el ambiente y
el cumplimiento de los estándares mínimos de calidad, previa audiencia a los
interesados.
6º—Que es un derecho de los consumidores la
protección contra los riesgos que puedan afectar potencialmente su salud, su
seguridad, el medio ambiente, o sus legítimos intereses económicos y sociales,
tal y como lo disponen los incisos a) y b) del artículo 32 de
7º—Que cualquier medida que el país ejecute
en materia comercial que pueda tener un efecto restrictivo sobre los flujos de
comercio en, desde y hacia Costa Rica debe hacerse con absoluto apego y respeto
hacia el ejercicio legítimo de la actividad comercial y los compromisos que el
país ha adquirido como miembro de
8º—Que los reglamentos técnicos están
limitados en su ámbito por los principios legítimos de la regulación, siendo
que las restricciones al comercio (nacional e internacional) de bienes se deben
aplicar únicamente en resguardo de la salud, la seguridad pública y el medio
ambiente y en la proporción necesaria y razonable para brindar la adecuada
protección.
9º—Que las normas técnicas deben aplicarse de
modo general e indiscriminado, respetando los principios de nación más
favorecida y de trato nacional en cuanto a los productos importados de otras
naciones y esto exige que la imposición de restricciones de ingreso por
parámetros de calidad, corresponda con criterios razonables y legítimos. Por
tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Aprobar el siguiente
Reglamento Técnico:
Vainica para consumo en estado fresco
1. Objetivo y ámbito de aplicación. Este reglamento técnico
tiene por objeto definir las características de calidad, inocuidad, empaque y
etiquetado de la vainica (Phaseolus vulgaris L) nacional e importada en estado
fresco, destinada al consumo humano en el país.
2. Referencias.
2.1 Costa Rica. Decreto Ejecutivo N° 22268-MEIC, Reglamento Técnico
NCR 143:1993. Metrología. Contenido Neto de Preempacados y sus reformas,
publicado en
2.2 Costa Rica. Decreto Ejecutivo N° 24907-MEIC,
NCR230:1995. Productos Hortícolas Frescos. Muestreo, publicado en
2.3 Costa Rica. Decreto Ejecutivo N° 26012-MEIC,
RTCR100:1997. Etiquetado de los Alimentos Preenvasados y sus reformas,
publicado en
3. Definiciones
3.1 Calibre de la vaina: Medición que se realiza en la
curvatura dorsal de la vainica del extremo proximal al extremo distal (donde se
inserta el pedúnculo o pezón hasta la punta de la vainica).
3.2 Curvatura: Desviación de la punta de
la vainica de alrededor de 4 cm con respecto al eje central, desviaciones tipo
media luna se tipifican como curvatura.
3.3 Daño por hongo: Lesión que se
manifiesta como una mancha de diferentes tonalidades desde el café hasta el
negro en las que pueden o no estar
presentes los micelios de los mismos.
3.4 Daño por insecto: Perforaciones
generalmente circulares, las cuales pueden ser entrada de microorganismos
patógenos. Otros daños de insectos se presentan como destrucción de tejido de
forma irregular.
3.5 Daño mecánico: Destrucción de
tejido causado por una manipulación inadecuada de la vaina durante la cosecha y
poscosecha, que se presenta como corte, raspaduras, golpes y desprendimiento de
una porción de la vaina.
3.6 Deformación: Desviaciones de la forma
característica o propia de la vaina, las mismas pueden ser hundimientos,
abultamiento, apéndices en el extremo distal y cualquier otra forma anormal de
la vaina.
3.7 Pérdida de Firmeza (deshidratación):
Es el resultado de la pérdida de agua y se reconoce por la falta de turgencia.
3.8 Presencia de fibra: Es un
filamento que atraviesa longitudinalmente la vaina y se encuentra en la parte
dorsal, es una característica no deseable para el consumidor; generalmente se
asocia con sobre maduración del producto.
3.9 Pudrición: destrucción de tejido
producida por microorganismos, generalmente bacterias, se manifiesta como un
tejido blando, que puede o no presentar olor desagradable y liberación de
líquidos.
3.10 Sin pedúnculo: Cuando al cosechar o
manipular la vaina el pedúnculo se desprende totalmente, quedando el tejido
expuesto a la entrada de patógenos.
3.11 Vainica: Para efectos de este
reglamento se entiende por vainica, al estado intermedio del desarrollo de las
leguminosas Phaseolus vulgaris L.
3.12 Vaina sazona: Vaina de tejido
duro, resistente al corte, puede presentar ensanchamiento por la presencia del
grano y fibra.
4. Disposiciones relativas a la calidad
4.1 Requisitos. En todos los grados de calidad, sin perjuicio
de las disposiciones especiales para cada uno de ellos y las tolerancias admitidas, las vainicas
deben ser:
4.1.1 De aspecto fresco, enteras, sanas e inocuas
4.1.2 Limpias, sin olor y sabor extraños.
4.2 Clasificación. La vainica se clasifica en dos grados de
calidad según se define a continuación:
4.2.1 Grado de calidad 1°. Además de los requisitos anteriores, la
vainica de esta categoría no debe sobrepasar los porcentajes de defectos
permitidos para este grado según Tabla
1. De igual manera debe cumplir con las especificaciones de los numerales 5, 6
y 7 de este reglamento.
4.2.2 Grado de calidad 2°. Además de los
requisitos anteriores, la vainica de esta categoría no debe sobrepasar los
porcentajes de defectos permitidos para este grado según Tabla 1. De igual
manera debe cumplir con las especificaciones de los numerales 5, 6 y 7 de este
reglamento.
5. Disposiciones sobre tolerancias
5.1 Tolerancias de calidad. Las tolerancias respecto a la
calidad, se establecen para cada empaque, lote o embarque de producto no
preempacado o preempacado, de acuerdo a lo establecido en este reglamento.
Tabla
1. Límites máximos de defectos permitidos
|
GRADOS DE CALIDAD % máximo en número |
|
Defectos |
1ª |
2ª |
Daño por hongo |
1 |
2 |
Daño por insecto |
1 |
2 |
Daño mecánico |
3 |
10 |
Pérdida de firmeza (deshidratación) |
1 |
2 |
Presencia de fibra |
1 |
2 |
Pudrición |
1 |
2 |
Sin pedúnculo |
3 |
8 |
Vaina sazona |
1 |
2 |
% máximo de defectos acumulados permitidos 1 |
7 |
14 |
_________
El porcentaje máximo de defectos acumulados
permitidos, no corresponde a la suma aritmética de la totalidad de defectos, se
refiere a un criterio estadístico y técnico.
5.2 Tolerancias del contenido neto. Para cualquier tipo de
empaque se permitirá una variación del 2,5% en el contenido neto.
5.3 Toma de muestra o muestreo. Téngase a lo dispuesto en el
Decreto Ejecutivo N° 24907-MEIC NCR230:1995. Productos Hortícolas Frescos.
Muestreo, publicado en
6. Disposiciones relativas a los contaminantes
6.1 Residuos de plaguicidas. Los residuos de plaguicidas permitidos
para este producto, no rebasarán los límites máximos establecidos en el Decreto
Ejecutivo N° 27630 MAG-MEIC-S RTCR 229:1996. Límites máximos de Residuos de
Plaguicidas en Vegetales (publicado en
6.2 Otros contaminantes. Los agentes contaminantes permitidos en este
producto, no rebasarán los límites máximos establecidos por la legislación
vigente del país. En su defecto, serán fijados por la lista de estos compuestos
y sus límites recomendados por los Comités del Codex Alimentarius competentes.
7. Disposiciones relativas a la higiene. Se aplica lo
establecido en el Código Internacional Recomendado de Prácticas y Principios de
Higiene de los Alimentos (CAC/RCP 1-1969 Rev. 3, 1997).
Cuando se analice siguiendo los
métodos apropiados de muestreo y examen, el producto no debe presentar
microorganismos patógenos, parásitos o sustancias en cantidades que puedan
afectar las características propias del producto o que puedan representar un
peligro para la salud humana.
8. Acondicionamiento
8.1 Las vainicas deben ser acondicionadas de manera que estén
protegidas de contaminaciones y de condiciones externas que afecten su calidad
e inocuidad.
8.2 El contenido de cada embalaje, empaque o
forma de presentación, debe ser uniforme, con vainicas de la misma calidad y
tamaño, y estar completamente limpias de residuos, suciedades y contaminantes.
9. Disposiciones relativas al marcado o etiquetado
9.1 La vainica que se comercialice preempacada debe cumplir con lo que
establece la legislación para el etiquetado de alimentos preempacados. Debe
además declarar:
Grado de calidad (primera o
segunda)
9.2 La
vainica que no se comercialice preempacada deben cumplir con la siguiente
información:
Grado de calidad (primera o
segunda)
Dicha información debe
permanecer en un lugar visible junto al producto de manera tal, que no induzca
a error o engaño al consumidor.
10. Verificación
10.1 El Ministerio de Economía, Industria y Comercio fiscalizará lo
establecido en el apartado 5 de Disposiciones sobre Tolerancias, y el apartado
9 de Disposiciones Relativas al Marcado o Etiquetado.
10.2 El Ministerio de Agricultura y Ganadería
fiscalizará lo establecido en el apartado 6 de Disposiciones Relativas a los
Contaminantes.
10.3 El Ministerio de Salud fiscalizará lo
establecido en el apartado 7 de Disposiciones Relativas a
11. Bibliografía
11.1 Consejo Nacional de
11.2 Consejo Nacional de Producción, Estudio de
Caracterización de vainica cosecha veranera 2005 para elaborar el Reglamento
Técnico de Vainica. 13 p.
11.3 México. 1982. NMX-FF-019-1982 Productos
Alimenticios no Industrializados para Uso Humano- Leguminosa- Ejote (Phaseolus
vulgaris) Especificaciones. Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, México
DF. 8 p.
11.4 Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación. 1986. Normas de calidad para hortalizas y frutas
destinadas al mercado interior Publicaciones Agrarias, Pesqueras y Alimentarias, Madrid, España. p 105-109.
11.5
Artículo 2º—Se debe restringir
la comercialización e internamiento al país de la vainica que no cumpla con las exigencias relativas
según lo establecido en
Artículo 3º—El costo de los servicios que
genere la aplicación del presente Reglamento, de conformidad con lo dispuesto
en Ley General de Salud, art. 112, art. 206 y en
Artículo 4º—Cualquier medida técnica que se
ordene, debe estar debidamente sustentada y cumplirse, según sea el caso, con el debido proceso establecido en
Artículo 5º—Los incumplimientos a la presente
regulación serán sancionados, según sea el caso, de acuerdo con los artículos
57, 59, 60, 61 y 63 de
Artículo 6º—Rige tres meses después de su
publicación en el Diario Oficial
Dado en
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—El Ministro de Agricultura y Ganadería y Economía, Industria y
Comercio, Marco A. Vargas Díaz.—
EL PRESIDENTE DE
EL
MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO,
EL
MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,
Y
En uso de las atribuciones que
les confiere el artículo 140 en sus incisos 3) y 18) y el artículo 146 de
Considerando:
1º—Que es un deber ineludible
del Estado velar por la salud de la población, evitando o reprimiendo aquellos
actos u omisiones de particulares que impliquen un riesgo para la salud humana
como bien jurídico de importancia suprema para el desarrollo social y económico
del país.
2º—Que dentro de las actividades que el
Estado debe realizar para alcanzar el logro del objetivo citado se encuentra el
garantizar a la población el acceso a alimentos que reúnan condiciones
sanitarias, físicas, químicas, organolépticas, microbiológicas y fisiológicas
adecuadas para el consumo humano, máxime en aquellos casos en los cuales se
trate de alimentos de importancia dentro de la llamada Canasta Básica Moderna
debido precisamente a su alto nivel de consumo.
3º—Que los artículos 200, 201, 203 y 204 de
4º—Que ciertos estados de deterioro en los
tejidos vegetales fruto de la inadecuada manipulación de los mismos o la acción
de elementos naturales externos, tales como el ambiente, la temperatura y la
acción de insectos o agentes patógenos microscópicos, privan al consumidor de
su legítimo derecho a adquirir productos capaces de satisfacer sus expectativas
de consumo.
5º—Que cualquier regulación de las
actividades económicas en el mercado interno para producto nacional e importado
debe realizarse con respecto a la libertad de empresa, la defensa de la
productividad y de los derechos del consumidor, exigiéndose únicamente el
mínimo necesario para proteger la salud humana, animal o vegetal, el ambiente y
el cumplimiento de los estándares mínimos de calidad, previa audiencia a los
interesados.
6º—Que es un derecho de los consumidores la
protección contra los riesgos que puedan afectar potencialmente su salud, su
seguridad, el medio ambiente, o sus legítimos intereses económicos y sociales,
tal y como lo disponen los incisos a) y b) del artículo 32 de
7º—Que cualquier medida que el país ejecute
en materia comercial que pueda tener un efecto restrictivo sobre los flujos de
comercio en, desde y hacia Costa Rica debe hacerse con absoluto apego y respeto
hacia el ejercicio legítimo de la actividad comercial y los compromisos que el
país ha adquirido como miembro de
8º—Que los reglamentos técnicos están
limitados en su ámbito por los principios legítimos de la regulación, siendo
que las restricciones al comercio (nacional e internacional) de bienes se deben
aplicar únicamente en resguardo de la salud, la seguridad pública y el medio
ambiente y en la proporción necesaria y razonable para brindar la adecuada
protección.
9º—Que las normas técnicas deben aplicarse de
modo general e indiscriminado, respetando los principios de nación más
favorecida y de trato nacional en cuanto a los productos importados de otras
naciones y esto exige que la imposición de restricciones de ingreso por
parámetros de calidad, corresponda con criterios razonables y legítimos. Por
tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Aprobar el siguiente
Reglamento técnico:
Lechuga para consumo en estado fresco
1. Objetivo y ámbito de aplicación. Este reglamento técnico
tiene por objeto definir las características de calidad, inocuidad, empaque y
etiquetado de la lechuga (Lactuca sativa) nacional e importada en estado
fresco, destinada al consumo humano en el país.
2. Referencias
2.1 Costa Rica. Decreto Ejecutivo N° 22268-MEIC, Reglamento Técnico
NCR 143:1993. Metrología. Contenido Neto de Preempacados, y sus reformas,
publicado en
2.2 Costa Rica. Decreto Ejecutivo N° 24907-MEIC,
NCR230:1995. Productos Hortícolas Frescos. Muestreo, publicado en
2.3 Costa Rica. Decreto Ejecutivo N° 26012-MEIC,
RTCR100:1997. Etiquetado de los Alimentos Preenvasados, y sus reformas
publicado en
3. Definiciones
3.1 Babosas: Moluscos nocturnos, comunes en los jardines,
huertas y lugares húmedos; huéspedes intermedios y eventualmente transmisores
del parásito Morerastrongilus costarricenses: el cual puede causar enfermedad
en el ser humano.
3.2 Daño por hongo: Lesión en la que
pueden o no estar presentes los micelios
de los mismos, se presenta como manchas o puntos de diferentes colores: gris,
blanco, café, anaranjado o negro; pudiendo ocasionar descomposición de los
tejidos, cubriendo al menos una cuarta parte de la totalidad de la hortaliza.
3.3 Daño por insecto: Orificios circulares
o irregulares de tamaño variable, que se presenta en las hojas y pueden
encontrarse insectos o larvas de los mismos,
este daño puede cubrir al menos una cuarta parte de la totalidad de la
hortaliza.
3.4 Daño mecánico: Destrucción de tejido
causada por una manipulación inadecuada del producto durante la cosecha y
poscosecha, que se presenta como hojas quebradas, desprendidas y con
raspaduras. Las áreas en donde ha habido un daño mecánico se oscurecen, este
daño puede cubrir una tercera parte de la totalidad de la hortaliza.
3.5 Lechuga: Para efectos de este
reglamento se entiende como lechuga a la hortaliza de hojas arrepollada o no de
Lactuca sativa.
3.6 Pérdida de Firmeza (deshidratación):
La pérdida de firmeza está asociada con la deshidratación y con la senescencia
de la hortaliza; y se manifiesta marchitez en las hojas, sin frescura ni
turgencia.
3.7 Pudrición: Destrucción de tejido
producida por microorganismos generalmente bacterias, se manifiesta en los
bordes de las hojas que se vuelven transparentes y puede o no presentar olor
desagradable y liberación de líquidos.
3.8 Quema de sol: Lesión producida por
efecto de los rayos del sol sobre las hojas, la cual inicialmente es de color
crema y luego el tejido puede ser invadido por microorganismos que lo
deterioran.
4. Disposiciones relativas a la calidad
4.1 Requisitos. En todos los grados de calidad, sin perjuicio de las
disposiciones especiales para cada uno de ellos
y las tolerancias admitidas, las lechugas deben ser:
4.1.1 De aspecto fresco, enteras, sanas e inocuas.
4.1.2 Limpias, sin olor y sabor extraños.
4.2 Clasificación. La lechuga se clasifica en dos grados de calidad
según se define a continuación:
4.2.1 Grado de calidad 1°. Además de los requisitos anteriores, la
lechuga de esta categoría no debe sobrepasar los porcentajes máximos de
defectos permitidos para este grado según Tabla 1. De igual manera debe cumplir
con las especificaciones de los numerales 5, 6 y 7 de este reglamento.
4.2.2 Grado de calidad 2°. Además de los requisitos
anteriores, la lechuga de esta categoría no debe sobrepasar los porcentajes
máximos de defectos permitidos para este grado según Tabla 1. De igual manera
debe cumplir con las especificaciones de los numerales 5, 6 y 7 de este reglamento.
5. Disposiciones sobre tolerancias
5.1 Tolerancias de calidad. Las tolerancias respecto a la calidad, se
establecen para cada empaque, lote o embarque de producto no preempacado o
preempacado, de acuerdo a lo establecido en este reglamento.
Tabla
1. Límites máximos de defectos
permitidos
|
GRADOS DE CALIDAD % máximo en número |
|
Defectos |
1ª |
2ª |
Babosas |
0 |
0 |
Daño por hongo |
1 |
6 |
Daño por insecto |
1 |
4 |
Daño mecánico |
2 |
6 |
Pérdida de firmeza (deshidratación) |
1 |
2 |
Pudrición |
1 |
2 |
Quema de sol |
1 |
3 |
% máximo de defectos acumulados permitidos1 |
3 |
8 |
________
El porcentaje
máximo de defectos acumulados permitidos, no corresponde a la suma aritmética
de la totalidad de defectos, se refiere a un criterio estadístico y técnico.
5.2 Tolerancias del contenido neto. Para cualquier tipo de
empaque se permitirá una variación del 2,5 % en el contenido neto.
5.3 Toma de muestra o muestreo. Téngase a
lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N°
24907-MEIC NCR230:1995. Productos Hortícolas Frescos. Muestreo,
6. Disposiciones relativas a los contaminantes
6.1 Residuos de plaguicidas. Los residuos de plaguicidas
permitidos para este producto, no rebasarán los límites máximos establecidos en
el Decreto Ejecutivo N° 27630 MAG-MEIC-S RTCR 229:1996. Límites máximos de
Residuos de Plaguicidas en Vegetales (
6.2 Otros contaminantes. Los agentes
contaminantes permitidos en este producto, no rebasarán los límites máximos
establecidos por la legislación vigente del país. En su defecto, serán fijados por la lista de
estos compuestos y sus límites recomendados por los Comités del Codex
Alimentarius competentes.
7. Disposiciones relativas a la higiene. Se aplica lo
establecido en el Código Internacional Recomendado de Prácticas y Principios de
Higiene de los Alimentos (CAC/RCP 1-1969 Rev. 3, 1997).
Cuando se analice siguiendo los
métodos apropiados de muestreo y examen, el producto no debe presentar
microorganismos patógenos, parásitos o sustancias en cantidades que puedan
afectar las características propias del producto o que puedan representar un
peligro para la salud humana.
8. Acondicionamiento
8.1 La lechuga debe ser acondicionada de manera que esté protegida de
contaminaciones y de condiciones externas que afecten su calidad e inocuidad.
El contenido de cada embalaje, empaque o forma de presentación, debe ser
uniforme, con lechuga de la misma calidad.
9. Disposiciones relativas al marcado o etiquetado
9.1 La lechuga que se comercialice preempacada debe cumplir con lo que
establece la legislación para el etiquetado de alimentos preempacados. Debe
además declarar:
Grado de calidad (primera o
segunda).
9.2 La lechuga que no se comercialice preempacada debe cumplir con la
siguiente información:
Grado
de calidad (primera o segunda).
Dicha información debe
permanecer en un lugar visible junto al producto de manera tal, que no induzca
a error o engaño al consumidor.
10. Verificación
10.1 El Ministerio de Economía, Industria y Comercio fiscalizará lo
establecido en el apartado 5 de Disposiciones sobre Tolerancias, y el apartado
9 de Disposiciones Relativas al Marcado o Etiquetado.
10.2 El Ministerio de Agricultura y Ganadería
fiscalizará lo establecido en el apartado 6 de Disposiciones Relativas a los
Contaminantes.
10.3 El Ministerio de Salud fiscalizará lo
establecido en el apartado 7 de
Disposiciones Relativas a
11. Bibliografía
11.1 Brasil, Ministerio Agricultura y Abastecimiento del Gobierno del Estado Sao Paulo (CEAGESP). Programa
Horti & Fruti, 4 p.
11.2 Cerdas, M.M.; Montero, M. 2004. Guías
técnicas del manejo poscosecha de: Apio y Lechuga para el mercado fresco. San
José, C. R., Imprenta Nacional, MAG, UCR, CNP, FITTACORI. 63 p.
11.3 Consejo Nacional de Producción, Estudio de
Caracterización de lechuga: Cosecha Veranera 2005 para desarrollo de Reglamento
Técnico. San José, Costa Rica. 16 páginas.
11.4 Consejo Nacional de Producción. Estudio de
Caracterización de Lechuga: Cosecha Invierno 2005 para desarrollo del
Reglamento Técnico. San José, Costa Rica. 19 páginas.
11.5 México 1982 NMX-FF-051-1982 Secretaría de
Comercio y Fomento Industrial. Productos Alimenticios no industrializados para
uso humano-Hortalizas en estado fresco-Lechuga. p. 9.
11.6 Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación. 1986. Normas de calidad
para hortalizas y frutas destinadas al mercado interior Publicaciones Agrarias,
Pesqueras y Alimentarias. Madrid, España. p. 241-251.
11.7 Namesky, A.
1993. Post-recolección de
hortalizas: hortalizas de hoja, tallo y flor.
Vol I. Ediciones de Horticultura, España, 330 p.
11.8 PIMA-CENADA.
2001. Guía Nº 4 para el manejo de lechuga (Lactuca Sativa) a
comercializar en el CENADA. San José, Costa Rica, 12 p.
11.9 PIMA-CENADA. 2001 Comercialización
hortifrutícola en CENADA.
11.10 S Standard for grades of lettuce, effective
december 1,1995, Reprinted-January 1997, 13 p.
Artículo 2º—Se debe restringir
la comercialización e internamiento al país de la lechuga que no cumpla con las exigencias relativas
según lo establecido en
Artículo 3º—El costo de los servicios que
genere la aplicación del presente Reglamento, de conformidad con lo dispuesto
en Ley General de Salud, art. 112, art. 206 y en
Artículo 4º—Cualquier medida técnica que se
ordene, debe estar debidamente sustentada y cumplirse, según sea el caso, con
el debido proceso establecido en
Artículo 5º—Los incumplimientos a la presente
regulación serán sancionados, según sea el caso, de acuerdo con los artículos
57, 59, 60, 61 y 63 de
Artículo 6º—Rige tres meses después de su
publicación en el Diario Oficial
Dado en
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—El Ministro de Agricultura y Ganadería y Economía, Industria y
Comercio, Marco A. Vargas Díaz.—
N° 343-P
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en lo dispuesto
en el artículo 139 de
Considerando:
1º—Que el señor Presidente de
2º—Que dada la importancia de ambos eventos,
se ha creado la necesidad de la participación del Sr. Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor
Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, cédula Nº
8-068-578, para que viaje a la ciudad de Santiago de Chile, del 7 al 11 de
noviembre del 2007, a participar de
Artículo 2º—Los gastos por concepto de viaje
y transporte interno, así como los tributos o tarifas que deba pagar en las
terminales de transporte para las diferentes visitas a realizar iniciando en
Santiago de Chile, serán cubiertos por el Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto, bajo el programa 082, Política Exterior Subpartida 105.3 pasajes y bajo
el Programa 079-Despacho del Ministro, Subpartida 105.4 viáticos. Se le
adelanta la suma de US$ 211,00 diarios en la ciudad de Santiago de Chile, para
un total de US$ 844,00. Todo sujeto a liquidación. Se le autoriza al señor
Ministro realizar llamadas internacionales.
Artículo 3º—Durante la ausencia del Señor
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se nombra como Ministro a. í. de
Relaciones Exteriores y Culto, al señor Édgar Ugalde Álvarez.
Artículo 4º—Rige del 7 de noviembre a las
6:00 p.m. hasta el 11 de noviembre del 2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1
vez.—(Solicitud Nº 45455-M.R.Ext.).—C-15145.—(100916).
Nº 344-P
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en lo dispuesto
en el artículo 139 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a
Artículo 2º—Todos los gastos por concepto de
pasaje aéreo, hospedaje, comidas y transporte interno que efectúe durante su
ausencia serán cubiertos por la señora Ministra.
Artículo 3º—Durante los días del 24 al 29 de
octubre del 2007, la cartera del Ministerio de Ciencia y Tecnología queda a
cargo del señor Ministro de Vivienda y Asentamiento Humanos, Fernando Zumbado
Jiménez. Los días 23 y 30 de octubre del 2007, se nombra como Ministro a. í. al
señor Carlos Cascante Duarte, Viceministro de Ciencia y Tecnología, durante la
ausencia de la señora Ministra de Ciencia y Tecnología.
Artículo 4º—Rige a partir del día veintitrés
de octubre del año dos mil siete hasta el día treinta de octubre del año dos
mil siete.
Dado en
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 52-Ciencia y Tecnología).—C-13935.—(100917).
Nº 345-P
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por el artículo 139 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor
Fernando Berrocal Soto, cédula de identidad Nº 1-337-722, Ministro de
Gobernación, Policía y Seguridad Pública, para que visite el Instituto de
Cooperación para
Artículo 2º—Durante los días del 4 al 9 de
noviembre del 2007, en ausencia del señor Fernando Berrocal Soto, se nombra
como Ministra a. í., del Ministerio de Gobernación y Policía y Seguridad
Pública a
Artículo 3º—Los gastos por concepto de
transporte aéreo serán cubiertos por
Artículo 4º—Rige a partir del 4 al 9 de
noviembre del 2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1
vez.—(Solicitud Nº 49066-MSP).—C-14540.—(100918).
Nº 094-07 SE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo
establecido en los artículos 7 y 31 del Reglamento de gastos de viaje y de
transporte para funcionarios públicos,
Considerando:
1º—Que con motivo de la
celebración de
2º—Que resulta necesario la participación del
Embajador de Costa Rica ante ese país, con el fin de evaluar y dar seguimiento
a las iniciativas y propuestas. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo primero.—Autorizar al
señor Fernando Borbón Arias, cédula 1-508-598, Embajador de Costa Rica en
Belice, para que participe en
Artículo segundo.—Los gastos de pasajes
aéreos, transporte interno y viáticos serán cubiertos por el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, Programa 081-Servicio Exterior Subpartida
1.05.03 Transportes en el exterior y 1.05.04 Gastos de viaje. De conformidad
con el artículo No. 34 del Reglamento de Gastos de viaje y transporte para
funcionarios públicos, por concepto de viáticos se le girará la suma de US$
204,00 diarios, para un total de US$ 816,00. Todo sujeto a liquidación.
Artículo tercero.—Rige a partir del 23 y
hasta el 26 de mayo de 2007.
Dado en
Edgar Ugalde Álvarez, Ministro
a. í., de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº
08238).—C-14520.—(97006).
Nº 099-07 SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo
40 del Decreto 29428-RE del 30 de marzo del 2001, el artículo 55 del Estatuto
del Servicio Exterior de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Cesar al señor
Eugene T. C. Wu, del cargo de Cónsul General Honorario de Costa Rica en
Artículo 2º—Rige a partir del 13 de junio del
2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto a. í., Édgar Ugalde Álvarez.—1 vez.—(Solicitud
Nº 08238).—C-6070.—(97007).
Nº 100-07 SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo
40 del Decreto 29428-RE del 30 de marzo del 2001, el artículo 55 del Estatuto
del Servicio Exterior de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Cesar al señor Wu
Pao-Tien, del cargo de Cónsul Honorario de Costa Rica en
Artículo 2º—Rige a partir del 13 de junio del
2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto a. í., Édgar Ugalde Álvarez.—1 vez.—(Solicitud
Nº 08238).—C-6070.—(97008).
Nº 101-07-SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo
140 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a la
señorita Karina Odio Hurtado, cédula N° 1-1066-0910, como Secretaria
Administradora en
Artículo 2º—Rige a partir del 1º de julio del
2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud Nº
08238).—C-6070.—(97009).
Nº 102-07-SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Según el artículo segundo del
acta de la sesión ordinaria número cuarenta y siete del Consejo de Gobierno,
celebrada el treinta de mayo del dos mil siete, y de conformidad con el
artículo 140 inciso 1), el artículo 146 y el artículo 147 inciso 3) de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al seño
Fernando Borbón Arias, portador de la cédula de identidad Nº 1-508-598,
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica ante el Gobierno de
Artículo 2º—Rige a partir del 1º de julio del
2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud Nº
08238).—C-7280.—(97010).
Nº 103-07-SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Según el artículo tercero del
acta de la sesión ordinaria número cuarenta y nueve del Consejo de Gobierno,
celebrada el trece de junio del dos mil siete, el artículo segundo del acta de
la sesión ordinaria número cincuenta y seis del Consejo de Gobierno celebrada
el primero de agosto del dos mil siete y de conformidad con el artículo 140,
inciso 1), el artículo 146 y el artículo 147, inciso 3 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a la señora
Isabel Montero De
Artículo 2º—Rectificar la fecha de rige para
que tenga vigencia a partir del 1º de agosto del 2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud Nº
08238).—C-7280.—(97011).
Nº 109-07 SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo dispuesto
en los incisos c) y g) del artículo 34 del Estatuto del Servicio Exterior de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Llamar en consulta
al señor Javier Guerra Laspiur, cédula 9-001-160, Embajador de Costa Rica en
Honduras, para que acompañe
Artículo 2º—Los pasajes aéreos serán
cubiertos por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa
081-Servicio Exterior, Subpartida 1.05.03 Transporte en el Exterior
Artículo 3º—Rige del 3 al 8 de julio del
2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto a. í., Rodrigo Arias Sánchez.—1
vez.—(Solicitud Nº 08238).—C-7280.—(97012).
Nº 111-07 SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Según el artículo tercero del
acta de la sesión ordinaria número cincuenta del Consejo de Gobierno, celebrada
el veinte de junio del dos mil siete, y de conformidad con el artículo 140,
inciso 1, el artículo 146 y el artículo 147, inciso 3 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al señor
Juan Fernando Cordero Arias, portador de la cédula de identidad número
4-094-086, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica ante
Artículo 2º—Rige a partir del 1º de julio del
2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud Nº
08238).—C-7280.—(97013).
Nº 112 07-SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con las
disposiciones del artículo 140 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Ampliar la
circunscripción consular del Consulado Honorario de Costa Rica en Leipzig,
Alemania, para que comprenda los Estados Federados de Sajonia y Westfalia del
Norte.
Artículo 2º—Ampliar la circunscripción consular
del Consulado Honorario de Costa Rica en Hannover, Alemania, para que incluya
los Estados Federados de Baja Sajonia y Bremen.
Artículo 3º—Rige a partir del 5 de julio del
2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud Nº
08238).—C-6070.—(97014).
Nº 113-07 SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con las
atribuciones emanadas de
Considerando:
1º—Que el fortalecimiento de las
relaciones comerciales de Costa Rica en el exterior son de vital importancia
para estimular el desarrollo económico y social de nuestro país.
2º—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar
al desarrollo de la política internacional, recursos humanos calificados, que
permitan ejecutar y promocionar el comercio exterior de Costa Rica.
3º—Que con el fin de cumplir lo establecido
en el considerando anterior el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto ha
suscrito un Convenio de Cooperación con
4º—Que una política exterior moderna ajustada
a la realidad mundial debe necesariamente contener un componente importante en
materia de comercio internacional, así como de recursos humanos que la
complementen y ejecuten.
5º—Que el conocimiento de esta materia, así
como de las técnicas de la negociación internacional, son requisitos
fundamentales para impulsar y fomentar la política de comercio exterior del
país en los foros internacionales.
6º—Que es de interés nacional que nuestras
representaciones en el exterior cuenten con funcionarios encargados de
desarrollar y promover las relaciones comerciales en otros países, con la
capacidad de alcanzar los objetivos planteados por el Gobierno en este campo
bajo los principios de oportunidad y eficiencia requeridos.
7º—Que la relación laboral y el presente
nombramiento se rigen por los términos del Convenio de Cooperación mencionado
en el considerando tercero.
8º—Que PROCOMER mediante nota GG-313-07 de
fecha 29 de junio de 2007 , comunica la autorización del traslado de
ACUERDAN:
Artículo primero.—Trasladar al
señor Zacarías Ayub Rojas, portador de la cédula 1-841-457, Agregado Comercial
en
Artículo segundo.—Rige a partir del 1º de
agosto del 2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud Nº
08238).—C-19380.—(97015).
Nº 114-07-SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo
140, incisos 3), 8), 12) y 20) y el artículo 146 de
Considerando:
1º—Que el artículo 8 del
Estatuto del Servicio Exterior de
2º—Que el artículo 19 del Estatuto del
Servicio Exterior de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar a la
funcionaria de carrera Roxana Terán Victory, cédula número 1-549-221, de su
cargo de Ministro Consejero de
Artículo 2º—Rige a partir del 30 de agosto
del 2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud Nº
08238).—C-9075.—(97016).
Nº 116-07-SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo
140, incisos 3), 8), 12) y 20) y el artículo 146 de
Considerando:
1º—Que el artículo 8 del
Estatuto del Servicio Exterior de
2º—Que el artículo 19 del Estatuto del
Servicio Exterior de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar al funcionario
de carrera Esteban Penrod Padilla, cédula número 1-1078-095, de su cargo de
Ministro Consejero de
Artículo 2º—Rige a partir del 31 de agosto
del 2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud Nº
08239).—C-10890.—(97017).
Nº 118-07-SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo
140, incisos 3), 8), 12) y 20) y el artículo 146 de
Considerando:
1º—Que el artículo 8 del
Estatuto del Servicio Exterior de
2º—Que el artículo 19 del Estatuto del
Servicio Exterior de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar al funcionario
de carrera Juan Salas Araya, cédula número 3-248-955, de su cargo de Cónsul
General de Costa Rica en Chicago, Estados Unidos de América, al servicio
interno para ocupar la plaza número 88179.
Artículo 2º—Rige a partir del 30 de setiembre
del 2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud Nº
08239).—C-10890.—(97018).
Nº 120-07-SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo
140, incisos 3), 8), 12) y 20) y el artículo 146 de
Considerando:
1º—Que el artículo 8 del
Estatuto del Servicio Exterior de
2º—Que el artículo 19 del Estatuto del Servicio
Exterior de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar a la
funcionaria de carrera Yolanda Gago Pérez, cédula número 1-311-869, de su cargo
Ministro Consejero y Segundo Delegado Alterno de Costa Rica ante
Artículo 2º—Rige a partir del 1º de octubre
del 2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud
Nº 08239).—C-10890.—(97019).
Nº 121-07-SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo
140, incisos 3), 8), 12) y 20) y el artículo 146 de
Considerando:
1º—Que el artículo 8 del
Estatuto del Servicio Exterior de
2º—Que el artículo 19 del Estatuto del Servicio
Exterior de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Trasladar a la
funcionaria de carrera María Amelia Hidalgo Zamora, cédula número 1-930-654, de
su cargo Cónsul General de Costa Rica en Sao Paulo, Brasil, a ocupar el cargo
de Ministro Consejero y Cónsul General en
Artículo 2º—Rige a partir del 1º de setiembre
del 2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud
Nº 08239).—C-10890.—(97020).
Nº 122-07-SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo
140, incisos 3), 8), 12) y 20) y el artículo 146 de
Considerando:
1º—Que el artículo 8 del
Estatuto del Servicio Exterior de
2º—Que el artículo 19 del Estatuto del Servicio
Exterior de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Trasladar a la
funcionaria de carrera Andrea Arroyo Mora, cédula número 1-1042-704, de su
cargo Cónsul de Costa Rica en Sao Paulo, Brasil, a ocupar el mismo cargo en el
Consulado de Costa Rica en Bogotá, Colombia.
Artículo 2º—Rige a partir del 1º de setiembre
del 2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud
Nº 08239).—C-10890.—(97021).
Nº 124-07 SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el Decreto
29428-RE del 30 de marzo del 2001, el artículo 55 del Estatuto del Servicio
Exterior de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al señor
Marcos Levy, en el cargo de Vicecónsul Honorario de Costa Rica en Río de
Janeiro, Brasil.
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de julio del
2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud
Nº 08239).—C-8490.—(97022).
Nº 125-07 SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el Decreto
29428-RE del 30 de marzo del 2001, el artículo 55 del Estatuto del Servicio
Exterior de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al señor
Luca Faccin, pasaporte número 95898 X, ciudadano italiano en el cargo de Cónsul
Honorario de Costa Rica en
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de julio del
2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud
Nº 08239).—C-8490.—(97023).
Nº 126-07 SE
Vistas las Letras Patentes
mediante las que el Gobierno de Chipre, acredita la designación del señor
Ernesto Ruiz Gutiérrez, como Cónsul Honorario de ese país en Costa Rica.
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo
140 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Extender el
correspondiente Exequátur de Estilo al señor Ernesto Ruiz Gutiérrez, para que
ejerza la función consular honoraria de Chipre en nuestro país.
Artículo 2º—Rige a partir del 17 de julio del
2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud
Nº 08239).—C-7865.—(97024).
Nº 127-07 -SE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Considerando:
1º—Que tomando en consideración
el establecimiento de las relaciones diplomáticas entre
2º—Que es necesario que el señor Antonio
Burgués Terán, viaje a Beijing, en representación del Gobierno de Costa Rica. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo primero.—Designar al
señor Antonio Burgués Terán, cédula de identidad 8-045-774 para que viaje a
Beijing, República Popular China, como Embajador en Misión Especial, a realizar
visita a
Artículo segundo.—Los gastos de viaje al
exterior, serán cubiertos por el Embajador Burgués Terán.
Artículo tercero.—Rige del 1º y hasta el 10
de agosto del 2007.
Firmado en el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, a los diecinueve días del mes de julio del 2007.
Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº
08239).—C-10890.—(97025).
Nº 128-07 SE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo
establecido en los artículos 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que es de interés para el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto participar en
2º—Es necesario que el Embajador de Costa
Rica en Panamá participe, ya que es el país anfitrión de dicha actividad y
asistirá como parte de la delegación de Costa Rica a dicha reunión.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor
Ekhart Peters Seevers, cédula Nº 1-306-301, Embajador de Costa Rica en Panamá,
para que en calidad de Asesor directo del Jefe de Delegación, participe en
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
viáticos así como los impuestos, de conformidad con el artículo 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos,
corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa
081, Subpartida 105.04 de viáticos, se le gira la suma de $171 diarios para un
total de $171. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—Rige el 27 de julio del 2007.
Firmado en el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, a los ocho horas del día diecinueve de julio del
año dos mil siete.
Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº
08239).—C-15750.—(97026).
Nº 129-07 SE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo
establecido en los artículos 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que es de interés para el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto participar en
2ºº—Es necesario que el funcionario de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor
Johnny Sáurez Sandí, cédula Nº 1-476-436 Ministro Consejero de
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
viáticos así como los impuestos, de conformidad con el artículo 34 del
Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos,
corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa
081, Subpartida 105.04 de viáticos, se le gira la suma de $145 diarios para un
total de $580. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—Rige a partir del 25 y hasta el
28 de julio del 2007.
Firmado en el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, a los ocho horas del día diecinueve de julio del
año dos mil siete.
Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº
08239).—C-15750.—(97027).
Nº 130-07-SE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo
establecido en los artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y
de Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que es de interés para el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto participar en
2º—Es necesario que el funcionario de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor
Marcelo Roldán Sauma, cédula Nº 1-873-728, Consejero y Cónsul de Costa Rica en
Panamá, para que participe en
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
viáticos, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y
de Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, programa 081, subpartida 105.04 de viáticos, se
le gira la suma de $145 diarios para un total de $435. Todo sujeto a
liquidación.
Artículo 3º—Rige a partir del 26 al 28 de
julio del 2007.
Firmado en el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, a las ocho horas del día diecinueve de julio del
año dos mil siete.
Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº
08241).—C-15750.—(97028).
Nº 131- 07 SE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo
establecido en los artículos No. 7 y No. 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y
de Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que la señora Marta Núñez
Madriz, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de Costa Rica en República
Dominicana, fue nombrada Embajadora Concurrente en
2º—Que ha sido convocada por
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la
señora Marta Núñez Madriz, cédula de identidad Nº 1-393-126, Embajadora de
Costa Rica en República Dominicana Concurrente en
Artículo 2º—Los gastos de pasajes aéreos y
viáticos, serán cubiertos por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto,
Programa 081-Servicio Exterior, Subpartidas 1-05-03 Transportes en el Exterior
y 1-05-04 Gastos de viaje. De conformidad con el Artículo 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y transporte para funcionarios públicos, por concepto de
viáticos se le girará la suma de $203.00 diarios, para un total de $609. Todo
sujeto a liquidación.
Artículo 3º—Rige a partir del 26 y hasta el
28 de julio del 2007.
Firmado en el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, a los veinticinco días del mes de julio del año
dos mil siete.
Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº 08241).—C-15750.—(97029).
Nº 132-07 -SE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Considerando:
1º—Que con motivo de
2º—Que es importante la participación del
señor Ekhart Peters Seevers, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de
Costa Rica en Panamá, en los actos de celebración de dicho evento. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor
Ekhart Peters Seevers, cédula de identidad Nº 1-306-301, Embajador
Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica en Panamá, para que viaje a
Costa Rica y participe en las actividades oficiales relacionadas con la visita
del Presidente de
Artículo 2º—No se incurrirá en gastos de
pasajes aéreos ni viáticos.
Artículo 3º—Rige del 6 y hasta el 9 de agosto
del 2007.
Firmado en el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, a los veintiséis días del mes de julio del 2007.
Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº
08241).—C-8490.—(97030).
Nº 133 -07 -SE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Considerando:
3. Que con motivo de
4. Que es importante la participación del
señor Javier Guerra Laspiur, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de
Costa Rica en Honduras, en los actos de celebración de dicho evento. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor
Javier Guerra Laspiur, cédula de identidad Nº 9-001-160, Embajador
Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica en Honduras, para que viaje a
Costa Rica y participe en las actividades oficiales relacionadas con la visita
del Presidente de
Artículo 2º—No se incurrirá en gastos de pasajes
aéreos ni viáticos.
Artículo 3º—Rige del 6 y hasta el 10 de
agosto del 2007.
Firmado en el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, a los veintiséis días del mes de julio del 2007.
Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº
08241).—C-9075.—(97031).
Nº 134-07-SE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Considerando:
1º—Que con motivo de
2º—Que es importante la participación de la
señora Ingrid Herrmann Escribano, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria
de Costa Rica en El Salvador, en los actos de celebración de dicho evento.
Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la
señora Ingrid Herrmann Escribano, cédula de identidad Nº 1-529-0001, Embajadora
Extraordinaria y Plenipotenciaria de Costa Rica en El Salvador, para que viaje
a Costa Rica y participe en las actividades oficiales relacionadas con la
visita del Presidente de
Artículo 2º—No se incurrirá en gastos de
pasajes aéreos ni viáticos.
Artículo 3º—Rige del 7 y hasta el 11 de
agosto del 2007.
Firmado en el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, a los veintiséis días del mes de julio del 2007.
Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº
08241).—C-9075.—(97032).
Nº 135-07-SE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Considerando:
1º—Que con motivo de
2º—Que es importante la participación de la
señora Lidiette Brenes Arguedas, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria
de Costa Rica en Guatemala, en los actos de celebración de dicho evento. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la
señora Lidiette Brenes Arguedas, cédula de identidad Nº 1-241-335, Embajadora
Extraordinaria y Plenipotenciaria de Costa Rica en Guatemala, para que viaje a
Costa Rica y participe en las actividades oficiales relacionadas con la visita
del Presidente de
Artículo 2º—No se incurrirá en gastos de
pasajes aéreos ni viáticos.
Artículo 3º—Rige del 7 y hasta el 11 de
agosto del 2007.
Firmado en el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, a los veintiséis días del mes de julio del 2007.
Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº
08241).—C-9075.—(97033).
Nº 136-07 SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo
140, incisos 3), 8), 12) y 20) y el artículo 146 de
Considerando:
1º—Que el artículo 8 del
Estatuto del Servicio Exterior de
2º—Que el artículo 19 del Estatuto del
Servicio Exterior de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar al funcionario
de carrera Roberto Antonio Céspedes Gómez, cédula número 1-1100-0456, de su
puesto en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a ocupar el cargo de
Consejero y Cónsul de Primera Clase de
Artículo 2º—Rige a partir del 1º de agosto
del 2007 y hasta el 1º de agosto del 2010.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno
Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud Nº 08241).—C-9700.—(97034).
Nº 137-07 SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con el artículo
140, incisos 3), 8), 12) y 20) y el artículo 146 de
Considerando:
1º—Que el artículo 8 del
Estatuto del Servicio Exterior de
2º—Que el artículo 19 del Estatuto del
Servicio Exterior de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar a la
funcionaria de carrera Mónica Cruz Bolaños, cédula número 1-1107-0543, de su
puesto en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a ocupar el cargo de
Consejero y Cónsul de Primera Clase de
Artículo 2º—Rige a partir del 1º de agosto
del 2007 y hasta el 1º de agosto del 2010.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud Nº
08241).—C-12120.—(97035).
Nº 139-07 SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Según el artículo Segundo del
Acta de la sesión ordinaria número Cincuenta y Cuatro del Consejo de Gobierno,
celebrada el dieciocho de julio del dos mil siete, y de conformidad con el
artículo 140, inciso 1), el artículo 146 y el artículo 147, inciso 3) de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al señor
Roberto Echandi Gurdián, portador de la cédula de identidad número 1-698-520,
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica en Bélgica, como
Embajador Concurrente ante el Gran Ducado de Luxemburgo, con sede en Bélgica.
Artículo 2º—Rige a partir del 1º de agosto
del 2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud
Nº 08241).—C-7280.—(97036).
Nº 139-07 PE
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con lo
establecido en los artículos Nº 7 y Nº 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y
de Transportes para Funcionarios Públicos.
Considerando:
1º—Que es de interés para el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto participar en
2º—Es necesario que el señor Alexander
Peñaranda Zárate, Consejero de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor
Alexander Peñaranda Zárate, cédula de identidad Nº 1- 809-510, Consejero de
Artículo 2º—Los pasajes aéreos y gastos de
viaje, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, Programa 081, Subpartida 105.03 de pasajes
aéreos y 105.04 de viáticos. Se le gira la suma de US$150 diarios, para un
total de US$300.00. Todo sujeto a liquidación.
Artículo 3º—Rige a partir del 9 al 10 de
julio del 2007.
Firmado en el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, a las dieciséis horas del día seis de julio del
año dos mil siete.
Publíquese.—Bruno Stagno Ugarte,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—(Solicitud Nº
08241).—C-15750.—(97037).
Nº 140-07 SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Según el artículo Cuarto del
Acta de la sesión ordinaria número Cincuenta del Consejo de Gobierno, celebrada
el veinte de junio del dos mil siete, y de conformidad con el artículo 140,
inciso 1), el artículo 146 y el artículo 147, inciso 3) de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Cesar al señor
Jacques Sagot Martino, portador de la cédula de identidad número 1-585-675, de
su cargo de Embajador Representante Permanente de Costa Rica ante
Artículo 2º—Rige a partir del 27 de junio del
2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud
Nº 08241).—C-6070.—(97038).
Nº 141-07 SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Según el artículo Tercero del
Acta de la sesión ordinaria número Cincuenta y Seis del Consejo de Gobierno,
celebrada el primero de agosto del dos mil siete, y de conformidad con el
artículo 140, inciso 1), el artículo 146 y el artículo 147, inciso 3) de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al señor
Antonio Burgués Terán, cédula de identidad número 8-045-774, en el cargo de
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica ante
Artículo 2º—Rige a partir del 1º de agosto
del 2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud
Nº 08240).—C-8490.—(97039).
Nº 142-07 SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto
en el Artículo 140 incisos 3), 8), 12), 20) y el artículo 146 de
Considerando:
1º—Que es labor del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto, buscar la excelencia y la idoneidad del
personal en las misiones diplomáticas, de acuerdo con las necesidades del
servicio y la importancia de las funciones que se deben desempeñar de acuerdo a
la estrategia establecida en
2º—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar
en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de
3º—Que
4º—Que de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 48 del Estatuto del Servicio Exterior de
5º—Que en agosto de 2004, se efectuó un concurso
de oposición para el ingreso al servicio diplomático y que se ha nombrado en
período de prueba a todas las personas aprobadas en dicho concurso que
aceptaron las designaciones.
6º—Que agotados los nombramientos del
conjunto de elegibles, mediante la resolución DM-098-05, de 18 de febrero de
2005, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto declaró la inopia de los
funcionarios de carrera y de las personas del conjunto de elegibles para ocupar
las plazas vacantes disponibles en el Servicio Exterior de
7º—Que en el interés nacional los
nombramientos en comisión deben hacerse tomando en cuenta las necesidades de la
administración y su satisfactorio cumplimiento, así como la garantía que las
personas nombradas cuenten con la experiencia y conocimientos que le permitan
desempeñar adecuadamente esas funciones, igualmente como deben demostrar los
más altos valores y observar la ética y la moral que distinguen a
8º—Que la señora Alexa Peters Stewart, ha
demostrado tener la preparación y la experiencia suficiente para desarrollar
las actividades que demanda el cargo en el cual se le está nombrando, por
cuanto ya ha demostrado su aptitud al haberse desempeñado en una función
similar; y goza de una impecable hoja de vida, lo que garantizará que el país
esté dignamente representado en las funciones que se le asignan con el cargo, y
que con ello se potenciará los intereses de la nación. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a la señora
Alexa Peters Stewart, cédula número 1-724-786, como funcionaria en comisión, en
el cargo de Agregada de
Artículo 2º—Dejar sin efecto el cargo de
Cónsul Honoraria que ocupaba en ese mismo lugar.
Artículo 3º—Rige a partir del 1º de agosto
del 2007.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud Nº
08240).—C-30270.—(97040).
Nº 143-07-SE
EL PRESIDENTE DE
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto
en el artículo 140 incisos 3, 8, 12, 20 y el artículo 146 de
Considerando:
1º—Que es labor del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto, buscar la excelencia y la idoneidad del
personal en las misiones diplomáticas, de acuerdo con las necesidades del
servicio y la importancia de las funciones que se deben desempeñar de acuerdo a
la estrategia establecida en
2º—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar
en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de
3º—Que
4º—Que de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 48 del Estatuto del Servicio Exterior de
5º—Que en el interés nacional los
nombramientos en comisión deben hacerse tomando en cuenta las necesidades de la
administración y su satisfactorio cumplimiento, así como la garantía que las
personas nombradas cuenten con la experiencia y conocimientos que le permitan
desempeñar adecuadamente esas funciones, igualmente como deben demostrar los
más altos valores y observar la ética y la moral que distinguen a
6º—Que la señora Mirce Pacheco Salazar, ha
demostrado tener la preparación y la experiencia suficiente para desarrollar
las actividades que demanda el cargo en el cual se le está nombrando, por
cuanto ya ha demostrado su aptitud al haberse desempeñado en una función
similar; y goza de una impecable hoja de vida, lo que garantizará que el país
esté dignamente representado en las funciones que se le asignan con el cargo, y
que con ello se potenciará los intereses de la nación. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Trasladar a la
señora Mirce Pacheco Salazar, cédula número 3-187-867, como funcionaria en
comisión en el cargo Ministro Consejero y Cónsul General de
Artículo 2°—Rige a partir del 1º de setiembre
del 2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—(Solicitud
Nº 08240).—C-25420.—(97041).
Nº 043-C.—San José, 17 de mayo del 2007
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en los artículos
140 inciso 20), 146 de
Considerando:
1º—Que el evento cultural
denominado “Acordes Navideños”, presentado por Andrea Abarca Jiménez, Gerente
de Servicios de Desarrollo Empresarial de Acorde, tiene como objetivo
principal, promover y difundir nuestra cultura.
2º—Que como parte importante de esta
orientación, está la preservación de nuestras tradiciones y valores, que
definen nuestra identidad costarricense.
3º—Que ofrece a los artistas nacionales un
espacio, mediante el cual éstos puedan dar a conocer sus trabajos,
facilitándoles de esta manera, su participación activa en el ámbito
artístico-cultural.
4º—Que paralelamente, se propone un
acercamiento e interacción con los beneficiarios de los servicios que brinda
esta entidad, brindándole simultáneamente, una oportunidad al público para su
disfrute y recreación artística y cultural. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Declarar de Interés
Cultural el evento cultural denominado “Acordes Navideños”, que se realizará el
21 y 22 de noviembre del 2007, en el Parque Morazán, con la participación de
varios artistas nacionales.
Artículo 2º—Rige a partir del 17 de mayo del
2007.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
TESORERÍA NACIONAL
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Para los efectos de los
artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Manuel Fernández
Rodríguez, portador de la cédula de identidad número uno ochocientos catorce
novecientos cuarenta, ha solicitado ante
DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD
Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y
Letras, inscrito en el tomo 1, folio 54, asiento Nº 311, emitido por el Liceo
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES
SOCIALES
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la autorización extendida
por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido
a la inscripción de la organización social denominada: Unión de Mujeres
Productoras de Limoncito, Siglas UPROLIM, aprobada en asamblea celebrada el 9
de setiembre del 2007. Habiéndose cumplido con las disposiciones contenidas en
los artículos 344 del Código de Trabajo y 49 de
Secretaria
General: María
Eugenia Guillén Salazar
Secretaria
General Adjunta: Roxana Prendas
Guillén
Secretaria
de Act y Correspo.: Flora Zúñiga Ávila
Secretaria
de Finanzas Virginia Díaz
Vargas
Secretaria
de Organización: Ana Luz Prendas
Saborío
Secretaria
Vocal: Jenny
Gamboa Mata
Secretaria
Fiscal: Aidee
Obregón Garbanzo
San José, 18 de octubre del
2007.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(100429).
REGISTRO NACIONAL
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISO
El Registro de Personas
Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad denominada Asociación Club Bakan de Recreación y
Esparcimiento, con domicilio en la provincia de Puntarenas, ciento cincuenta
metros al oeste de
DIRECCIÓN DE CERTIFICADORES DE FIRMA DIGITAL
Con fundamento en
La información puede adquirirse en versión
digital o física. El costo de las fotocopias o del disco compacto será cubierto
por el solicitante.
Apreciaremos recibir sus comentarios o las
sugerencias que estime pertinentes, en el correo electrónico
direccionfirmadigital@micit.go.cr o el fax 290-3343 o entregarlas personalmente
en
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. Nº 5919P.—Gerd Igel, solicita concesión de 1,26 lps del pozo sin
número, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tempate, Santa
Cruz, Guanacaste, para uso doméstico y piscina. Coordenadas 272.500 / 341.800
Hoja Matapalo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de octubre del
2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 64397.—(99752).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 12706A.—Hacienda
Exp. 12684P.—Fiduciaria Castro Garnier S. A.,
solicita concesión de: 6,50 litros por segundo del Pozo CN-581, efectuando la
captación en finca de su propiedad en Liberia, Liberia, Guanacaste, coordenadas
276.793 / 349.155 hoja Carrillo Norte. 5,5 litros por segundo del pozo CN-619,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Liberia, Liberia,
Guanacaste, coordenadas 277.104 / 349.100 hoja Carrillo Norte. 8 litros por
segundo del pozo CN-596, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso consumo humano, doméstico, turístico,
piscina. Coordenadas 276.680 / 349.218 hoja Carrillo Norte, respectivamente.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 16 de octubre de 2007.—Departamento
de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(100031).
Exp. 10919.—Elia María Morera Chaves,
solicita concesión de agua de un nacimiento en cantidad 1.00 litros por segundo
localizado en propiedad Rigoberto Álvarez Cordero, en coordenadas latitud
248.750, longitud 438.500, hoja Juntas. Se destinará a uso doméstico. Sita en
San Juan, Abangares, Guanacaste. Predios inferiores. Rigoberto Álvarez Cordero.
Quienes se consideren lesionados, deben presentar sus objeciones durante el
término de un mes contado desde la fecha de la primera publicación.—San José, 7
de enero del 2003.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº
75174.—(100308).
Exp. 11629P.—Global Toros Incorporation S.
A., solicita aumento de concesión 1,20 litros por segundo del Pozo AB-2302,
efectuando la captación en finca de su propiedad en San Antonio (Escazú),
Escazú, San José, para uso consumo humano - doméstico. Coordenadas 209.710 /
521.600 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 07 de noviembre
del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(100485).
Exp. 12707-P.—Cati del Valle S. A., solicita
concesión de: 0,1 litros por segundo del Pozo IS-84, efectuando la captación en
finca de Westomatic S. A., en San Nicolás, Cartago, Cartago, para uso consumo
humano - Doméstico. Coordenadas 209.300 / 541.600 hoja Istarú. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 7 de noviembre del 2007.—Departamento de
Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(100528).
N° 08-2007
EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
De conformidad con lo
establecido en el párrafo segundo del artículo 110 de
San José, 6 de noviembre del
2007.—Luis Antonio Sobrado González, Presidente.—Eugenia María Zamora
Chavarría, Magistrada.—Max Alberto Esquivel Faerron, Magistrado.—1 vez.—(O. P
Nº 5475-2007).—C-6070.—(100967).
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. N° 16193-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos
Jurídicos.—San José, a las once horas del diecinueve de setiembre del dos mil
siete. Diligencias de ocurso presentadas por Margarita Zamora Ortiz, mayor,
casada, de oficios domésticos, costarricense, cédula de identidad número
dos-cuatrocientos diecinueve-ciento setenta y cuatro, vecina de Alajuela,
tendentes a la rectificación del asiento de nacimiento de Kembly Natalia Araya
Zamora, que lleva el número quinientos treinta, folio doscientos sesenta y
cinco, del tomo setecientos treinta y tres, de la provincia de Alajuela,
Sección de Nacimientos, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de
“Margarita Zamora Ortiz, costarricense” y no como se consignó. Conforme lo
señala el artículo 66 de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Merlin Adriana Monjarrez, este Registro ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución Nº 2846-07.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta minutos
del veintitrés de octubre del dos mil siete. Exp. Nº 16148-07. Resultando:
1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no
probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: procédase a rectificar el
asiento de nacimiento de Eneida Paulina Monjarrez Fuentes... en el sentido que
el nombre y el apellido de la madre... son “Merlin Adriana Monjarrez, no indica
segundo apellido”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia
María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(99969).
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por José Abraham López Contreras, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2818-2007.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez
horas cincuenta minutos del diecinueve de octubre del dos mil siete. Ocurso. Exp.
N° 10452-2007. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos
probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Víctor Manuel Contreras Páramo, en el
sentido que los apellidos del padre son “López Contreras” y no como se
consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María
González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 75044.—(100309).
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por María Nikolaevna Vilesov Vilesova, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N°
2890-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José,
a las siete horas ocho minutos del veintinueve de octubre del dos mil siete.
Ocurso. Exp. N° 1520-07. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos
probados..., II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de matrimonio de Pedro José Corea Rodríguez con María
Nikolaevna Vilesova, no indica segundo apellido..., en el sentido que los
apellidos y el conocido como de la cónyuge son “Vilesov Vilesova” y “María
Nikolaevna Vilesova” respectivamente y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro
Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº
75245.—(100310).
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por, Aura Patricia Molina Palacio, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2872-07.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez
horas y cuarenta y dos minutos del veinticinco de octubre del dos mil siete.
Ocurso. Exp. Nº 22341-07. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando:
I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo:... Por
tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Angie Yadiht Potoy Vallejos...
en el sentido que el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita es
“Molina” y no como se consignó.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Lic.
Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(100446).
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por, Jason Alvarado Brown, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 744-07.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce
horas doce minutos del diecinueve de febrero del dos mil siete. Ocurso. Exp. Nº
26786-06. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos
probados..., II.—Hechos no probados..., III.—Sobre el fondo... Por tanto:
Rectifíquense los asientos de matrimonio de Jaison Alexis Alvarado Brown,
conocido como Jason Alvarado Brown con Carolina Victoria Carazo Abarca..., en
el sentido que el primer nombre del cónyuge es “Jason” y los asientos de nacimiento
de Andrés Steve Alvarado Zapata... y el de Jason Alvarado Carazo..., en el
sentido que el nombre del padre de las personas ahí inscritas es “Jason Alexis”
y no como se consignaron.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—1 vez.—(100480).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIÓN
Aviso de solicitud de naturalización
Sedy Yamileth Morales Ruiz,
mayor, casada, comerciante, nicaragüense, cédula de residencia
270-181836-105304, vecina de San José, expediente 4480-2005. Se ha presentado a
este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los
artículos 11 y 12 de
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-300152-02
Suministro de centros de distribución eléctrica
El cartel respectivo puede retirarse en el
lugar mencionado previo pago en la caja del Departamento de Tesorería, situada en
el primer piso del mismo edificio, por un costo de ¢1.000,00; o bien, el mismo
está disponible en el sitio Web de Recope, www.recope.com.
San José, 14 de noviembre del
2007.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1
vez.—(O. C. Nº 2007-5-0272).—C-6070.—(102261).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-900213-02
Contratación de los servicios para elaborar
y
ejecutar estrategia de comunicación
El cartel respectivo puede retirarse en el
lugar mencionado previo pago en la caja del Departamento de Tesorería, situada
en el primer piso del mismo edificio, por un costo de ¢1.000,00; o bien, el
mismo está disponible en el sitio Web de Recope, www.recope.com.
San José, 14 de noviembre del
2007.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1
vez.—(O. C. Nº 2007-5-0272).—C-7280.—(102262).
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2007LI-000002-33400
Ampliación y mantenimiento del puente sobre el Río Savegre,
carretera
Costanera Sur, ruta nacional Nº 34
Se avisa a todos los interesados
en esta licitación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que por
resolución de adjudicación Nº 312-2007 de las 9:15 horas del día 12 de
noviembre del 2007, se adjudica de la siguiente manera:
Constructora Hernán Solís
S.R.L., cédula
jurídica 3-102-008555.—(Oferta Nº 1).
Posición Nº 1:
“Ampliación y mantenimiento del
puente sobre el Río Savegre, carretera Costanera Sur, ruta nacional Nº 34.”
II. Monto total adjudicado: $
1.719.457,88 (un millón setecientos diecinueve mil cuatrocientos cincuenta y
siete dólares con 88/100).
San José, 13 de noviembre del
2007.—Proveeduría Institucional.—MBA. Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora.—1
vez.—(Solicitud Nº 15443).—C-13330.—(102285).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Se comunica a todos los
interesados que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión 85-07,
celebrada el día 13 de noviembre de 2007, dispuso adjudicar de la forma que se
indica en cada caso, las licitaciones siguientes:
LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000018-PROV
Desarrollo de un sistema de jubilaciones
y
pensiones para el Poder Judicial
A: Productos Informáticos
para el Desarrollo Prides S. A., cédula jurídica 3-101-057714.
El desarrollo de un sistema de
jubilaciones y pensiones para el Poder Judicial, por un monto total de $
680.800,00 y un plazo de entrega de 18 meses.
Gran total adjudicado para esta Licitación: $
680.800,00.
————
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000086-PROV
Compra e instalación de equipo de aire acondicionado
en
varias zonas del país
A: Corporación Tecnofrío CTF
S. A., cédula jurídica 3-101-423442.
La compra e instalación de
equipo de aire acondicionado marca ConfortStar, para diversas zonas detalladas
en el cartel, por un monto total de $ 78.005,00. Plazo de entrega 90 días
naturales después de recibido el pedido (45 días para la entrega de los equipos
y 45 días para la instalación).
Asimismo, se declara infructuoso el ítem 2 de
la zona 1.
Gran total adjudicado para esta licitación: $
78.005,00.
————
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000088-PROV
Contratación de servicios de bombeo de combustible para vehículos
del
Organismo de Investigación Judicial, Ministerio Público
y
despachos judiciales del I y II Circuito Judicial
A: Gentes en Acción Ltda.,
cédula jurídica 3-102-202610:
La línea uno por concepto de la
contratación de servicios de bombeo de combustible para los vehículos del
Organismo de Investigación Judicial y del Ministerio Público de San José, por
un precio de ¢ 20,00 por litro bombeado, equivalentes a 62,78 % del margen de
comercialización autorizado por
A: Insumos Federados S. A.,
cédula jurídica 3-101-153193.
La línea dos por concepto de la
contratación de servicios de bombeo de combustible para los vehículos de
A: Corporación Internacional
Céspedes S. A., cédula jurídica 3-101-080480.
La línea tres por concepto de la
contratación de servicios de bombeo de combustible para los vehículos del II
Circuito Judicial de San José, por un precio de ¢ 20,00 por litro bombeado,
equivalentes a 62,78 % del margen de comercialización autorizado por
————
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000092-PROV
Lavado, esterilización, secado y aplanchado de prendas utilizadas
en
las oficinas del Complejo Médico Forense
y I
Circuito Judicial de San José
A: Lavandería Lava Más S. A.,
cédula jurídica 3-101-076041.
El servicio de lavado, secado y
aplanchado de prendas para los diecinueve centros de acopio detallado en el
cartel, según los siguientes precios por pieza: Sábanas ¢ 630,00; Paños ¢
175,00; Gabachas ¢ 830,00; Camisas ¢ 595,00; Bolsas ¢ 715,00; Batas ¢ 465,00;
Fundas ¢ 175,00; Kimonos ¢ 1.200,00; Trajes cirugía ¢ 1.435,00; y Pantalones ¢
620,00.
Demás características, términos y condiciones
según cartel y oferta de cada licitación.
San José, 13 de noviembre del
2007.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1
vez.—(101949).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000044-01
Compra de hasta ciento diez (110) hornos microondas, setenta (70)
coffemaker,
ochenta (80) refrigeradoras, ciento diez (110)
televisores
y doscientos (200) reproductores DVD, con
entregas
por demanda para un periodo de dos años,
para
sustitución y nuevas necesidades
Se comunica a los interesados en
la licitación abreviada, que el Subcomité de Licitaciones en el artículo 7º
sesión ordinaria Nº 356-2007, celebrada el 6 de noviembre del 2007, acordó:
Adjudicar la licitación
abreviada Nº 2007LA-000044-01 promovida para la “Compra de hasta ciento diez
(110) hornos microondas, setenta (70) coffemaker, ochenta (80) refrigeradoras,
ciento diez (110) televisores y doscientos (200) reproductores DVD, con
entregas por demanda para un periodo de dos años, para sustitución y nuevas
necesidades”, de la siguiente manera:
Ítem 1: Compra de hasta ciento
diez (110) hornos microondas, a la oferta presentada por la empresa Consorcio
Sensey y Tech Center Impex, por un monto total de ¢ 6.963.037,40 I.V.I.,
con un plazo de entrega de 21 días hábiles para la primera solicitud y 15 días
hábiles para las siguientes solicitudes, y una garantía técnica de 12 meses
contados a partir del recibido conforme y por escrito.
Ítem 2: Compra de hasta setenta
(70) coffemaker, a la oferta presentada por la empresa Suplidora de Máquinas
y Reparaciones, por un monto total de $ 3.559,50 I.V.I., con un plazo de
entrega de 21 días hábiles para la primera solicitud y 15 días hábiles para las
siguientes solicitudes, y una garantía técnica de 6 meses contados a partir del
recibido conforme y por escrito.
Ítem 3: Compra de hasta ochenta
(80) refrigeradoras, a la oferta presentada por la empresa Consorcio Sensey
y Tech Center Impex, por un monto total de ¢ 18.204.028,80 I.V.I., con un
plazo de entrega de 21 días hábiles para la primera solicitud y 15 días hábiles
para las siguientes solicitudes, y una garantía técnica de 24 meses contados a
partir del recibido conforme y por escrito.
Ítem 4: Compra de hasta ciento
diez (110) televisores LCD, a la oferta presentada por la empresa Consorcio
Sensey y Tech Center Impex, por un monto total de ¢ 71.536.887,40 I.V.I.,
con un plazo de entrega de 21 días hábiles para la primera solicitud y 15 días
hábiles para las siguientes solicitudes, y una garantía técnica de 12 meses
contados a partir del recibido conforme y por escrito.
Ítem 5: Compra de hasta
doscientos (200) DVD, a la oferta presentada por la empresa Servicios
Electrónicos Costarricenses S. A., por un monto total de ¢ 11.051.400,00
I.V.I., con un plazo de entrega de 21 días hábiles para la primera solicitud y
15 días hábiles para las siguientes solicitudes, y una garantía técnica de 12 meses
contados a partir del recibido conforme y por escrito.
Al presentarse a firmar el
contrato el adjudicatario deberá presentar una garantía de cumplimiento
equivalente al 5% del total adjudicado para cada ítem en que resulte elegido
(110 hornos microondas, 70 coffeemaker, 80 refrigeradoras, 110 televisores y
200 DVD). La vigencia de esta garantía empezará a regir a partir de la fecha de
firma del contrato y se mantendrá vigente hasta por un mínimo de 60 (sesenta)
días naturales contados a partir del recibo de la totalidad de los equipos a
entera satisfacción del Banco.
Dicha garantía debe ser rendida en la misma
moneda en la cual se cotizó por parte del adjudicatario, al amparo de lo
previsto en el artículo 42 del Reglamento a
Se recuerda a todos los oferentes que en caso
de presentar bonos o certificados, estos se recibirán por su valor de mercado y
deberán acompañarse de una estimación efectuada por un operador de alguna de
las bolsas de valores legalmente reconocidas. Se exceptúan de la obligación de
presentar esta estimación, los certificados de depósito a plazo emitidos por
los Bancos Estatales, cuyo vencimiento ocurra dentro del mes siguiente a la
fecha en que se presenta.
En cumplimiento de
En caso de no cumplir con el plazo de
entrega, el Banco aplicará una multa del 2% del monto total solicitado, por
cada día natural del atraso. Esta multa se tomará hasta lograr un 25% del total
solicitado, luego de lo cual se tendrá por incumplido el contrato por parte del
adjudicatario, sin responsabilidad para el Banco. Queda entendido que toda suma
por concepto de multa será rebajada directamente de las facturas presentadas a
cobro.
En caso de incumplimiento en la reparación de
la falla o sustitución temporal o definitiva durante el periodo de garantía
técnica, según lo establecido en el apartado B Condiciones Especiales, el Banco
aplicará una multa del 2.5% del costo del equipo dañado por cada hora natural
de atraso, hasta lograr un 25% del costo del equipo dañado, luego de lo cual se
tendrá por incumplido el contrato sin responsabilidad para el Banco, quedando
en derecho de resarcirse de los daños y perjuicios que tal incumplimiento le
cause.
Todo monto por concepto de las multas así
como los costos derivados del incumplimiento citado en este punto, durante el
periodo de garantía técnica, serán indicados al adjudicatario mediante nota,
los mismos deberán ser cancelados en la oficina de Proveeduría Casa Matriz en
un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles posteriores al comunicado por parte
del Banco, bajo el entendido que de no cumplirse con tal pago en el plazo
establecido, el Banco podrá tener por incumplido el contrato.
Lo anterior, sin perjuicio del derecho del
Banco de recurrir a los tribunales para resarcirse de cualquier costo en que
pudiera incurrir, así como el pago de daños y perjuicios que le fueren
ocasionados en virtud de dicho atraso o falta, e iniciar el debido proceso para
sancionar al adjudicatario como proveedor del Banco.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LN-001882-01
Contratación de nueve (9) empresas que brinden servicios de
mantenimiento
por requerimiento en diferentes áreas
(obras
menores) hasta por treinta mil (30.000)
horas/hombre
para las oficinas del
Banco
Nacional de Costa Rica
Se comunica a los interesados en
la licitación pública nacional, que el Subcomité de Licitaciones en el artículo
11 sesión ordinaria Nº 355-2007, celebrada el 30 de octubre del 2007, acordó:
Adjudicar
Servicio |
Ítem 1 Guanacaste |
Ítem 1 Puntarenas |
Ítem 2 Heredia |
Ítem 4 Limón |
Ítem 5 Alajuela |
Ítem 6 Zona Norte |
Ítem 7 Cartago |
Ítem 8 Zona Sur |
Ítem 9 Área Metrop. |
Eléctrico |
3.500,00 |
3.000,00 |
2.800,00 |
3.500,00 |
2.500,00 |
3.300,00 |
3.100,00 |
3.900,00 |
2.800,00 |
Albañil |
3.500,00 |
3.000,00 |
2.800,00 |
3.500,00 |
2.500,00 |
3.300,00 |
3.100,00 |
3.900,00 |
2.800,00 |
Carpintero |
3.500,00 |
3.000,00 |
2.800,00 |
3.500,00 |
2.500,00 |
3.300,00 |
3.100,00 |
3.900,00 |
2.800,00 |
Fontanería |
3.500,00 |
3.000,00 |
2.800,00 |
3.500,00 |
2.500,00 |
3.300,00 |
3.100,00 |
3.900,00 |
2.800,00 |
Cerrajería |
3.500,00 |
3.000,00 |
2.800,00 |
3.500,00 |
2.500,00 |
3.300,00 |
3.100,00 |
3.900,00 |
2.800,00 |
Misceláneo |
2.800,00 |
2.500,00 |
1.900,00 |
2.500,00 |
1.800,00 |
2.500,00 |
2.100,00 |
2.700,00 |
1.700,00 |
• Precio con impuesto de ventas incluido.
• Según lo indica la empresa oferente, los
precios corresponden para horas hábiles por hora. El precio para horas no
hábiles corresponde a tiempo y medio (1 ½ hora) y el precio para feriados y
domingos correspondería a pago doble (2 horas).
• Precios no incluyen transporte ni viáticos.
Al presentarse a firmar el
contrato, cada adjudicatario deberá presentar una garantía de cumplimiento por
un monto de $ 500,00, que será rendida en cualesquiera de las formas indicadas
en el Reglamento General de
Si la terminación de la obra se atrasa por
motivos imputables a la empresa adjudicataria, la vigencia debe ampliarse y el
costo de la prórroga correrá por cuenta de la empresa adjudicataria.
Se recuerda a todos los oferentes que en caso
de presentar bonos o certificados, éstos se recibirán por su valor de mercado y
deberán acompañarse de una estimación efectuada por un operador de alguna de
las bolsas de valores legalmente reconocidas. Se exceptúan de la obligación de
presentar esta estimación, los certificados de depósito a plazo emitidos por
los Bancos estatales, cuyo vencimiento ocurra dentro del mes siguiente al plazo
máximo exigido en las reglas del concurso para la garantía respectiva.
En cumplimiento de
En caso de no cumplir con el plazo de entrega
del desarrollo del grupo de reportes debidamente terminados, el Banco
cobrará una multa del 2% sobre el monto total adjudicado para ese grupo de
reportes, por cada día natural de atraso. Esta multa se aplicará hasta un
máximo del 25% del total adjudicado, luego de lo cual se tendrá por incumplido
el contrato por parte del adjudicatario sin responsabilidad para el Banco.
Queda entendido que toda suma por concepto de multa será rebajada directamente
de las facturas presentadas al cobro.
En caso de incumplimiento en los tiempos de
respuesta que fueron estipulados en el apartado 3 Condiciones Especiales, punto
3.6, el Banco cobrará una multa del 1.0% sobre el monto total adjudicado para
ese grupo de reportes, por cada hora de atraso, esta multa se tomará hasta
lograr un 25% del total adjudicado para el grupo de reportes, luego de lo cual
el Banco podrá tener por incumplido el contrato sin responsabilidad de su
parte, quedando en el derecho de resarcirse de los daños y perjuicios que tal
incumplimiento le cause. Todo monto por concepto de multas así como por los
costos derivados del incumplimiento citado en este punto, serán rebajados
directamente de las facturas presentadas al cobro por parte de la empresa
preseleccionada.
Lo anterior, sin perjuicio del derecho del
Banco de recurrir a los Tribunales para resarcirse de cualquier costo en que
pudiera incurrir, así como el pago de daños y perjuicios que le fueren
ocasionados en virtud de dicho atraso o falta, e iniciar el debido proceso para
sancionar al adjudicatario como proveedor del Banco.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000040-PCAD
Suministro e instalación de láminas de protección en puertas
y
ventanales de oficinas del Banco Popular y de Desarrollo
Comunal
(Modalidad consumo por demanda)
El Proceso de Contratación
Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento
de los interesados según resolución adoptada por
Demás detalles se tienen de
acuerdo a lo consignado en el informe de deserción Nº 337-2007.
San José, 12 de noviembre del
2007.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García,
Coordinador.—1 vez.—(101954).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000047-PCAD
Contratación de empresas o personas físicas que brinden el servicio
de
mantenimiento de terrenos adjudicados y reparación
general
de los bienes inmuebles adjudicados al
Banco
Popular y de Desarrollo
Comunal
El Proceso de Contratación
Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento
de los interesados, según resolución adoptada por
Ítem Nº 6- Ing. Constancio
Umaña Arroyo.
La estimación de uso anual para
este ítem es por ¢ 7.200.000,00 (siete millones doscientos mil colones
exactos).
Ítem Nº 9- Menques S.
A.
La estimación de uso anual para
este ítem es por ¢ 710.000,00 (setecientos diez mil colones exactos).
Garantía de cumplimiento: Cada adjudicatario
dentro de los diez días hábiles, contados a partir de la firmeza del acto de
adjudicación, deberá rendir la correspondiente garantía de cumplimiento por un
monto de ¢ 300.000,00 (trescientos mil colones exactos) y con una vigencia
mínima de catorce meses.
Demás condiciones, especificaciones y
detalles en conformidad con lo señalado en el pliego cartelario, la oferta y el
informe de adjudicación Nº 351-2007.
Además se indica que se declaran infructuosos
los ítemes Nos. 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 10, 11, 12, 13 y 14.
San José, 12 de noviembre del
2007.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García,
Coordinador.—1 vez.—(101955).
OFICINA DE SUMINISTROS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000008-ULIC
Compra de conmutadores
A los interesados en
A: Desca SYS Centroamérica S.
A., cédula jurídica 3-101-147670.
Renglones 1, 3 y 4 por un monto
total de $ 289.161,17.
B: GBM de Costa
Rica S. A., cédula jurídica 3-101-003252-18.
Renglón número 2 por un monto de
$ 51.938,42.
Todo con fundamento en el
estudio técnico, en el estudio legal el cartel y la oferta.
Sabanilla de Montes de Oca, 13
de noviembre del 2007.—Unidad de Licitaciones.—MBA. Silvia Cordero Araya,
Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 0108327).—C-8490.—(102263).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000070-ULIC
Compra de materiales para el tendido de redes telemáticas
A los interesados en
Anphora S. A., cédula jurídica Nº
3-101-067925-11.
Renglón 62.
Precio total: $ 510,00.
Coasin Costa Rica S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-079786.
Renglones: 4, 7, 8, 11, 12, 14,
15, 17, 18, 20, 37, 47, 48.
Precio total: $ 27.001,34.
SPC Internacional S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-156970.
Renglones: 19, 28, 29, 38, 39,
40.
Precio total: $ 6.569,00.
C. N. Negocios S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-0235985.
Renglones: 1, 5, 6, 9, 10, 13,
16, 30, 33, 36, 44, 45, 46, 58 de la oferta principal.
Renglones: 34, 35, 41, 42, 43 de la oferta
alternativa.
Precio total: $ 22.784,25.
Declarar infructuosos los renglones: 2, 3,
21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 31, 32, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 59, 60,
61 y trasladarlos a
Todo con fundamento en el estudio técnico, en
el estudio legal, el cartel y la oferta.
Sabanilla de Montes de Oca, 13
de noviembre del 2007.—Unidad de Licitaciones.—MBA. Silvia Cordero Araya,
Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 0108327).—C-14520.—(102264).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000101-ULIC
Remodelación cocina y baño del club social en el
recinto
Ciudad Neotrópico Húmedo Golfito
A los interesados en
Ing. Constancio Umaña Arroyo,
cédula de identidad Nº 1-0739-0850.
Renglón único.
Monto total: ¢33.250.000,00.
Impuestos: ¢1.750.000,00.
Todo con fundamento en el estudio técnico, en
el estudio legal, el cartel y la oferta.
Sabanilla de Montes de Oca, 13
de noviembre del 2007.—Unidad de Licitaciones.—MBA. Silvia Cordero Araya,
Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 0108327).—C-6070.—(102267).
CENTRO NACIONAL DE REHABILITACIÓN
“DR. HUMBERTO ARAYA ROJAS”
UNIDAD DE COMPRAS
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2007CD 000183-2203
Mantenimiento correctivo de cocina,
plancha
y hornos
Ítem 1 único: Mantenimiento correctivo de
cocina, plancha y hornos, se adjudica a la oferta dos Ingeniería y
Mantenimiento Electromecánico, por un monto total de ¢456.000,00.
San José, 12 de noviembre del
2007.—Kattya Ortiz González, Jefa.—1 vez.—(101934).
GERENCIA DIVISIÓN PENSIONES
ADJUDICACIÓN VENTA PÚBLICA VP-014-2007
Se declara insubsistente la
adjudicación de los ítems 2, 6 y 7 de la venta publicada en
Monto
de la
Ítem Descripción Adjudicatario adjudicación
2 Casa de habitación en
Desamparados, Monte Paula Andrea Umaña
Claro FRM 348199-000 Ureña cédula 1-1090-929 ¢9.930.469,98
El pago de los respectivos ítems
deberá efectuarse de conformidad con los términos del cartel y la oferta.
San José, 14 de noviembre del
2007.—Dirección Financiera Administrativa.—Lic. Gustavo Picado Chacón,
Director, a. í.—1 vez.—(101966).
ADJUDICACIÓN PARCIAL VENTA PÚBLICA VP-016-2007
Monto
de la
Ítem Descripción Adjudicatario adjudicación ¢
7 Casa de habitación
Cartago, San Nicolás, Rafael Piedra Garro
FRM 172544-000 cédula 1-708-032 9.600.000,00
8 Casa
de habitación en María de los
Ángeles
Alajuela, San José, Álvarez Salazar
Lisboa, FRM-317878-000 cédula 9-055-633 25.700.000,00
9 Casa de habitación Inmobiliaria Surcos
Alajuela, Grecia, de Esperanza
FRM 231780-000 cédula 3-101-209076 7.800.000,00
10 Casa de habitación en Inmobiliaria Surcos
Alajuela, Gregorio José de Esperanza
Ramírez FRM 305971-000 cédula 3-101-209076 8.900.000,00
El pago de los respectivos
ítemes deberá efectuarse de conformidad con los términos del cartel y la
oferta.
San José, 14 de noviembre del
2007.—Dirección Financiera Administrativa.—Lic. Gustavo Picado Chacón, Director
a. í.—1 vez.—(101967).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000031-3003
Compra de Clopidrogel 75 mg. comprimido recubierto
Empresa adjudicada: Laboratorios
Stein S. A.
Precios Precios
Ítem Objeto Unidad Cantidad unitarios
$ totales $
1 Clopidrogel
75 mg.
comprimido recubiertos Cientos 700 22.95 16,065,00
Monto total 16.065,00
Monto total: $ 16.065,00.
Monto en letras: Dieciséis mil sesenta y
cinco dólares exactos.
Tiempo de entrega: entrega parciales: Primera
entrega de 159,46 Cn. En un máximo de 5 días hábiles. Las demás entregas
deberán ser de 60.06 Cn. por mes hasta completar la totalidad de la compra.
Plazo revocatorias: 05 días hábiles a partir
del día posterior a esta publicación.
Plazo apelaciones: 10 días hábiles a partir
del día posterior a esta publicación.
San José, 13 de noviembre del
2007.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas,
Coordinador.—1 vez.—(102255).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2007LN-000002-3003
Compra de suministro de gas LP
Número de concurso: Licitación
Pública Nacional 2007LN-000002-3003.
Objeto de contratación: suministro de gas LP.
Empresa adjudicada: Gas
Nacional Zeta S. A.
Descripción en el siguiente
cuadro:
Precios
Ítem Cantidad Precio totales
Empresa 1 Objeto Unidad aproximada unitario ¢ aproximado ¢
Gas
Gas
licuado licuado de
Gas 1 Suministro de petróleo petróleo
Nacional de gas 82.000,00 por litro por litro
Zeta S. A LP Litros litros 294,48 24.147.114,00
Modificaciones
a
efectuarse
en
las
instalaciones
1.646.383,20
Monto total
aproximado 25.793.497,20
Tiempo de entrega: según
demanda. Entrega parciales: mensuales, se estima un promedio de 12 entregas
anuales para el servicio ingeniería y mantenimiento. Para el servicio de
nutrición: los primeros y terceros martes de cada mes y para el servicio de
odontología: los primeros cinco días de cada mes.
NOTA: Por ser esta una compra a modalidad de entrega según demanda, la
cantidad puede aumentar o disminuir.
Plazo revocatorias: 05 días
hábiles a partir del día posterior a esta publicación.
Plazo apelaciones: 10 días hábiles a partir
del día posterior a esta publicación.
San José, 13 de noviembre del
2007.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas,
Coordinador.—1 vez.—(102257).
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000095-PRI
Compra de licencias
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica 4-000-042138, comunica que
mediante resolución de gerencia 2007-738 del 8 de noviembre del 2007, se
adjudica
Consorcio de Importación y
Exportación CONISA S. A.—(Oferta Nº 1).
Posición Nº 1.
2 Licencias Licencias de Adobe Ilustrador CS3
para Windows en español, precio unitario $1.076,06; para un total $2.152,12 más
impuesto de venta.
Monto total adjudicado $2.431.90 i.v.i.*.
*El precio incluye el plan de actualización
por un período de 2 años.
Condiciones:
Precios: firmes, definitivos e invariables.
Forma de pago: 30 días naturales.
Plazo de entrega: 20 días naturales contados
a partir de la entrega del pedido.
Lugar de entrega: Tecnologías de Información.
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la
oferta respectiva.
Alta Tecnología S. A.—(Oferta Nº
2).
Posición Nº 5.
2 Licencias TOAD for SQL server
Xpert with Quest DBA Module Module, precio unitario $2.345,00; para un total de
$4.690.00 i.v.i.
Plan de actualización por un período de 2
años, para un total $1.172,50 i.v.i.
Posición Nº 6.
8 Licencias TOAD for Oracle Xpert Edition
W/DBA Module, precio unitario $2.310,00; para un total de $18.480.00 i.v.i.
Plan de actualización por un período de 2
años, para un total $4.619.50 i.v.i.
Monto total adjudicado $28.962.00 i.v.i.*.
*Según el artículo Nº 25 del Reglamento de
Contratación Administrativa los impuestos se asumen incluidos.
Condiciones:
Precios: firmes, definitivos e invariables.
Forma de pago: 30 días naturales.
Plazo de entrega: 20 días naturales contados
a partir de la entrega del pedido.
Lugar de entrega: Tecnologías de Información.
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la
oferta respectiva.
Componentes El Orbe S.
A.—(Oferta Nº 4).
Posición Nº 2.
19 Licencias Autocad LT 2008
estándar, precio unitario $1.495,78; para un total de $28.419,82 más impuesto
de ventas.
Monto total adjudicado $32.114.40 i.v.i.*.
*El precio incluye el plan de actualización
por un período de 2 años.
Condiciones:
Precios: firmes, definitivos e invariables.
Forma de pago: 30 días naturales.
Plazo de entrega: 20 días naturales contados
a partir de la entrega del pedido.
Lugar de entrega: Tecnologías de Información.
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la
oferta respectiva.
Observación importante:
Se declaran infructuosas las
posiciones Nos. 3 y 4, por cuanto no se recibieron ofertas.
San José, 13 de noviembre del
2007.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1
vez.—(101945).
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000050-PRI
Compra de recibos AyA para el 2008
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados, cédula jurídica 4-000-042138, comunica que
mediante Resolución de Adjudicación de Gerencia Nº 2007-741, se adjudica
A: Moore de Centroamérica S.
A.—(Oferta Nº 1).
Precio Precio
Posición Cantidad Descripción unitario ¢ Total
¢
1 9.000 mls Recibos
AyA 3.200,00 28.800.000,00
Subtotal 28.800.000,00
Impuesto
13% 3.744.000,00
Total: 32.544.000,00
Monto total adjudicado ¢
32.544.000,00 (treinta y dos millones quinientos cuarenta y cuatro mil colones
con 00/100).
Condiciones:
Precios: Firmes, definitivos e invariables.
Forma de pago: 30 días naturales.
Plazo de ejecución: El primer tracto de 3.000
mls recibos, dentro de los primeros 30 días naturales a partir del momento en
que el proveedor recibe el pedido nacional. El segundo tracto de 3.000 mls
recibos, al tercer mes posterior a la entrega del primer tracto. El tercer
tracto al tercer mes posterior a la entrega del segundo tracto.
Lugar de entrega: Almacén Central del AyA en
Pavas.
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la
oferta respectiva.
San José, 13 de noviembre del
2007.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1
vez.—(101946).
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000060-PRI
Alquiler con opción de compra total o parcial de equipo de cómputo
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados cédula jurídica 4-000-042138, comunica que
mediante resolución de adjudicación de gerencia Nº 2007-742, se adjudica
A: Central de Servicios P. C.
S. A.—(Oferta Nº 1).
Precio Precio
alquiler alquiler
unitario total a 36
Posición Cantidad Descripción mensual $ meses $
1 15 Computadors
Dell Optiplex 745 45.05 24.327,00
2 2 Microcomputadora
personal
portátil Dell Latitude D820 66.03 4.754,16
Total: 29.081,16
Monto total adjudicado
$29.081,16 (Veintinueve mil ochenta y un dólares con 16 /100).
Condiciones:
Precios: firmes, definitivos e invariables.
Forma de pago: 30 días naturales posteriores
al recibido a satisfacción del A y A.
Plazo de ejecución: 36 meses, contados a
partir de la entrega e instalación del equipo.
Lugar de ejecución: Oficinas del Fondo de
Ahorro Retiro y Garantía del Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados, ubicado en San José, avenida 1, calle 5, edificio Triatón, 4º
piso.
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la
oferta respectiva.
San José, 13 de noviembre del
2007.—Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(101947).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000007-INCOPESCA
Alquiler de local para la oficina del INCOPESCA
en
la ciudad de Limón
Monto mensual del alquiler: ¢325.000,00; por
un edificio de 180 metros cuadrados de construcción y contrato por un plazo de
36 meses, rige a partir del 1º de enero del año 2007.
Además de haber cumplido con las condiciones
establecidas en el cartel y pliego de condiciones.
Los concursantes que tengan interés legítimo
en la licitación arriba mencionada se les informa que el expediente lo pueden
consultar en
Puntarenas, 9 de noviembre del
2007.—Lic. Eliécer Leal Gómez, Proveedor General.—1 vez.—(102244).
GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONES
DIRECCIÓN RECURSOS MATERIALES
ÁREA GESTIÓN DE MEDICAMENTOS
A todos los Proveedores y
Representantes de Casas Extranjeras se les comunica:
1. Que han sido avaladas por el ente autorizado las siguientes ficha
técnicas; las mismas rigen a partir de su publicación en el Diario Oficial:
Código Descripción medicamento Versión
CFT
41-3350 Z Daunorubicina base 20 mg 64500
Las variaciones a las fichas
técnicas, se encuentran disponibles en el Edificio Jenaro Valverde, piso 11,
calles 5 y 7, avenidas 2 y 4 (edificio anexo a
2. El Comité Central de Farmacoterapia en acuerdo CCF 2027-10-07 del
29 de octubre del 2007 correspondiente a la sesión 2007-41 celebrada el 17 de
octubre del 2007, acordó ampliar la presentación de la mercaptopurina 50 mg
tabletas a tabletas ranuradas quedando así:
Código 1-10-41-1140 Mercaptopurina
50 mg. Tabletas ranuradas o sin ranura.
1 vez.—(U. E. Nº
1147).—C-10285.—(100498).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Nº 364-VEC-2007.—Departamento de
Proveeduría. Poder Judicial. San José, a las quince horas treinta minutos del
cinco de noviembre del dos mil siete.
En cumplimiento de lo que establece el
numeral 106.5 del Reglamento General de Contratación Administrativa, Decreto
Ejecutivo Nº 25038-H del 06 de marzo de 1996, a toda
MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins,
Proveedora Judicial.—1 vez.—(100040).
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LA-000034-00100
Compra
de unidades de tecnología móvil (hand held)
El Departamento de Proveeduría
del Consejo de Seguridad Vial a través de
En el apartado 15.1 Garantía Mínima: La
programación mencionada en ese punto se refiere a la instalación y
funcionamiento del Sistema Operativo, no se refiere a la programación de la
aplicación ya que la misma existe.
En el apartado 16.2 Experiencia:
eliminar la palabra “....con GPS...”
Todos los demás términos del
cartel permanecen invariables.
Departamento de
Proveeduría.—Lic. Alexander Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº
10952).—C-8490.—(102272).
OFICINA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LN-004875-01
(Aclaraciones
Nº 1)
Remodelación oficina BCR Palmares
El Banco de Costa Rica comunica
a los interesados en participar en esta licitación las siguientes aclaraciones:
1. El plazo de entrega se tendrá que cotizar en días naturales, en las
tres etapas (primera etapa, segunda etapa y tercera etapa), tal y como se
indica en el punto 17 del cartel.
2. Dentro de su oferta no deberán de cotizar el
mantenimiento de los aires acondicionados ni el mantenimiento del grupo
electrógeno (planta eléctrica).
3. No se debe de contemplar los puntos de
consolidación y unifilar de telecomunicaciones en la lámina de cableado
estructural de la obra provisional (Traslado Temporal), siguiendo lo que
establece las especificaciones y notas en planos al respecto.
Área de Licitaciones.—Rodrigo
Arias S.—1 vez.—(Solicitud Nº 49928).—C-8490.—(102274).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000082-PCAD
(Enmienda
Nº 1)
Construcción de un local para ser arrendado al Banco
Popular,
con el fin de instalar una oficina de
negocio
bancario en la localidad de Escazú
Se les comunica a todos los
interesados en este concurso que el documento que contiene
San José, 13 de noviembre del
2007.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García,
Coordinador.—1 vez.—(101950).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000079-PCAD
(Enmienda
Nº 1)
Construcción de un local para ser arrendado al Banco
Popular,
con el fin de instalar una oficina de negocio
bancario
en la localidad de Sarapiquí
Se les comunica a todos los
interesados en este concurso que el documento que contiene
San José, 13 de noviembre del
2007.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García,
Coordinador.—1 vez.—(101951).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000076-PCAD
(Enmienda
Nº 1)
Construcción de un local para ser arrendado al Banco Popular,
con
el fin de instalar una oficina de negocio bancario
en
la localidad de San Vito de Coto Brus
Se les comunica a todos los
interesados en este concurso que el documento que contiene
San José, 13 de noviembre del
2007.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García,
Coordinador.—1 vez.—(101952).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000070-PCAD
(Enmienda
Nº 1)
Alquiler de un local para ubicar el programa de continuidad
del
negocio en el cantón de San José
Se les comunica a todos los
interesados en este concurso que el documento que contiene
San José,
13 de noviembre del 2007.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel
Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(101956).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000066-PCAD
(Enmienda
Nº 1)
Alquiler de un edificio para ubicar
de
Se les comunica a todos los
interesados en este concurso que el documento que contiene
San José, 13 de noviembre del
2007.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García,
Coordinador.—1 vez.—(101957).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA NÚMERO 2007LA-000039-3003
(Aclaración
y modificación)
Equipo de grapeo
El Hospital Dr. Rafael Ángel
Calderón Guardia comunica a todos los interesados en participar en el concurso
supraindicado las siguientes aclaraciones y modificaciones al cartel.
1- Se aclara que para los ítem 1
y 2, efectivamente las cantidades indicadas en el cartel solicitan más equipos
que cargas.
Además, para el ítem 01 se aclara que son
para cirugía abierta, lineal, y se amplía la longitud de las cargas que recibe
de la siguiente manera: • 80mm +/- 5mm y • 60mm +/- 5mm. Las cargas tienen
descrito el alto de las grapas, lo que está asociado a un color específico: •
3.5mm color azul: tejido normal, • 4.8mm: color verde: tejido grueso.
2- Para el ítem 2 se aclara que se solicita
equipo de grapeo similar TA para cirugía abierta, no cortante, lineal.
Asimismo, se amplía la longitud de las cargas que recibe de la siguiente forma:
• 55-60mm, 90mm. Ambas para tejido normal.
3- Con respecto al ítem 3 se aclara que el
equipo es descartable. Además el mismo es similar equipo de grapeo circular de
un solo uso EEA o para anastomosis término-terminal. Se amplía los diámetros de
la siguiente forma • 25+/-2mm de diámetro, • 28+/-2mm de diámetro, • 31+/-2mm
de diámetro, • 33+/-2mm de diámetro.
4- Se amplía el plazo de entrega 30 días
hábiles máximo.
Las demás condiciones del cartel
permanecen invariables.
San José, 14 de noviembre del
2007.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas,
Coordinador.—1 vez.—(102254).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2007LN-000014-3003
Tortillas de maíz
El Hospital Dr. Rafael Ángel
Calderón Guardia comunica a todos los interesados en participar en el concurso
supraindicado que por error se consignó mal en
Además se modifica la fecha de la apertura
para el 5 de diciembre del dos mil siete a las diez treinta de la mañana.
San José, 14 de noviembre del
2007.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas,
Coordinador.—1 vez.—(102258).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LI-000050-PROV
(Modificación
Nº 2)
Adquisición de 178 000 equipos terminales de
cliente
CPE Router ADSL
El Instituto Costarricense de
Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada que el
cartel de dicho concurso fue sujeto a la siguiente modificación.
Donde se lee, textualmente:
Características ATM:
El equipo terminal debe cumplir
con las siguientes características ATM:
Protocolos ATM:
a. ATM Forum UNI 3.1 / UNI 4.0 PVC.
b. ATM Adaptation Layer AAL2
c. ATM Adaptation Layer Type 5-AAL5
d. Multiprotocol encapsulation over ATM (RFC
2684) modos bridge (Puente) y router (enrutador).”
Deberá leerse de la siguiente
manera:
Características ATM:
El equipo terminal debe cumplir
con las siguientes características ATM:
Protocolos ATM:
a. ATM Forum UNI 3.1 / UNI 4.0 PVC.
b. ATM Adaptation Layer AAL2. El ICE aclara que este protocolo
es de carácter opcional y no obligatorio.
c. ATM Adaptation Layer Type 5-AAL5
d. Multiprotocol encapsulation over ATM (RFC
2684) modos bridge (Puente) y router (enrutador).
Donde se lee, textualmente:
Normas de regulación
internacionales:
Emisiones:
El equipo terminal debe cumplir
con alguna de las siguientes normas de regulación internacionales:
a. FCC
part 15 class B.
b. EN 55022.
Seguridad:
El equipo terminal debe cumplir
con alguna de las siguientes normas de regulación internacionales:
a. UL 1950.
b. EN 60950.
El oferente debe garantizar el
cumplimiento a estas normas”
Deberá leerse de la siguiente
manera:
Normas de regulación
internacionales:
Emisiones:
El equipo terminal debe cumplir
con alguna de las siguientes normas de regulación internacionales:
a. FCC
part 15 class B.
b. EN 55022.
Seguridad:
El equipo terminal debe cumplir
con alguna de las siguientes normas de regulación internacionales:
a. UL 1950.
b. EN 60950.
Se aceptarán otras normas de
Emisiones y Seguridad equivalentes o superiores a las mencionadas, siempre que
éstas sean emitidas por Organismos Certificadores de reconocimiento mundial.”
Esta modificación se podrá
adquirir por medio de fotocopia cancelando el costo de la misma en
Fecha de apertura: a las 8:00 horas del 26 de
noviembre del 2007.
San José, 13 de noviembre del
2007.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera,
Coordinador-Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 330291).—C-31480.—(102273).
LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000010-PRI
(Suspensión
de oferta)
Servicio de vigilancia en
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (A y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica
que debido al recurso de objeción interpuesto al cartel de la licitación arriba
indicada, se suspende la fecha de apertura hasta nuevo aviso.
San José, 14 de noviembre del
2007.—Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(101969).
LICITACIONES ABREVIADAS POR COMPRA DE MATERIALES
PARA
PROYECTOS DE CONSTRUCCIONES CON
FONDOS
DE PARTIDAS ESPECÍFICAS
Se comunica a los interesados en
las presentes licitaciones publicadas en el Diario Oficial
1. 2007LA-000018-01
2. 2007LA-000019-01
3. 2007LA-000020-01
4. 2007LA-000021-01
5. 2007LA-000022-01
6. 2007LA-000023-01
7. 2007LA-000024-01
El nombre de cada proyecto y
descripción de los mismos permanecen invariables. Así mismo se cambiaría la
fecha de apertura hasta el día: miércoles 28 de noviembre del 2007. La hora
queda exactamente igual a la de la publicación del día martes 6 de noviembre
del 2007.
Upala, 12 de noviembre del
2007.—Departamento de Proveeduría.—Elyin Shión Molina.—1 vez.—Nº 76273.—(102161).
MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000003-CL
Compra de equipo estación total topográfica
Santa Bárbara, 13 de noviembre
del 2007.—Proveeduría.—Bach. Cynthia Salas Chavarría, Proveedora.—1
vez.—(101972).
Licitación Abreviada
2007LA-000002-ALMU. “Adquisición de un vehículo Pick Up, doble tracción”.
Licitación Pública
2007LN-000001. Adquisición de 2 vagonetas de 10 metros cúbicos, totalmente
nuevas.
Licitación Pública
2007LN-000002. Adquisición de una compactadora totalmente nueva.
Nandayure, 9 de noviembre del
2007.—Luis Gerardo Rodríguez Quesada, Alcalde Municipal.—1 vez.—Nº
76332.—(102162).
PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIO
REGLAMENTO DE COMPRAS DEL PROGRAMA INTEGRAL
DE
MERCADEO AGROPECUARIO
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Ámbito: El presente
Reglamento regulará lo relativo a la contratación de productos o servicios
desarrollada por el Programa Integral de Mercadeo Agropecuario salvo lo
relativo a materia de requisitos previos, garantías, prohibiciones, sanciones y
recursos de conformidad con el artículo 109 de
Artículo 2º—Propósito: El presente reglamento
tiene como propósito establecer los criterios, procedimientos y controles para
el proceso de Gestión de Compras, así como los controles aplicables a los
proveedores y a los productos o servicios adquiridos por el Programa Integral
de Mercadeo Agropecuario.
Artículo 3º—Definiciones: Para la correcta
interpretación del presente reglamento se tendrán las siguientes definiciones:
Anticipos: Dinero de fondo de trabajo,
girado según el procedimiento operativo establecido, para el pago de las
necesidades descritas en el Capítulo VII del presente Reglamento.
Consejo Directivo de PIMA: Es el máximo jerarca del
Programa Integral de Mercadeo Agropecuario, compuesto de la forma prescrita en
la ley.
Gerencia General: Máximo Jerarca Ejecutivo del
PIMA.
Adjudicatario o Contratista: Oferente a quien se le asigna
por parte de
Comisión de Contratación
Administrativa:
Es un órgano interno auxiliar de
Jefe del Proceso de Proveeduría, es el funcionario público
responsable de los trámites de contratación del PIMA.
Contratación Defectuosa: Adquisición de bienes o
servicios que se hace en contra de los procedimientos establecidos en la ley y
los respectivos reglamentos, de modo tal que se afecten las formalidades
sustanciales.
Caja Chica de Proveeduría: La caja chica es el medio
establecido para efectuar compras de bienes y servicios de menor cuantía, en
efectivo, por medio de anticipos o reintegros, de acuerdo con lo previsto en
Proceso de Proveeduría: Unidad dependiente de
Expediente Administrativo: Archivo histórico de
determinado proceso de contratación, que físicamente estará ubicado en la
proveeduría, la cual lo mantendrá correctamente codificado, actualizado y
foliado en forma consecutiva de acuerdo al orden en que se incorporen los
respectivos documentos.
Finiquito del Contrato: Documento suscrito entre el
PIMA y el Contratista, mediante el cual, se da por finalizada su relación
contractual a satisfacción plena de ambas partes, una vez efectuados o
entregados los bienes y servicios por el contratista y debidamente cancelados
por parte del PIMA o bien producto de resolución anticipada por acuerdo de
partes.
Fraccionamiento Ilícito: Es la fragmentación de la
adquisición de bienes y servicios o de contratación de obras, con el propósito
específico de evadir el procedimiento concursal que correspondiera seguir de
acuerdo con una estimación adecuada del negocio, para atender una necesidad
prevista y dotada de respaldo presupuestario, acudiendo a principios menos
gravosos y con menor observancia de los principios procedimentales en la
contratación administrativa.
Oferente: Toda persona física o jurídica
que somete una propuesta al PIMA dentro del procedimiento de contratación, en
apego a los términos establecidos en el cartel y legislación correspondiente
con el objeto de una adjudicación.
Programa Anual de Compras: Es el plan mediante el cual
las unidades estratégicas, proponen las adquisiciones requeridas para cada año.
Reajuste de Precios: Mecanismo por el cual se
mantienen las condiciones o nivel económico pactado originalmente, ajustando a
los contratistas según las variaciones que ocurran en la economía y que afecten
los costos que conforman los precios del contrato.
Registro de Proveedores: Sistema de información que
constituye el instrumento en el que se inscriben los potenciales proveedores,
ya sean personas físicas o jurídicas, el cual se utiliza como herramienta para
cumplir con lo que dispone
Rescisión Contractual: Acción de dejar sin efecto un
contrato anticipadamente por acuerdo de ambas partes.
Resolución Contractual: Acción de
Producto: Es el resultado de un proceso.
Existen cuatro categorías genéricas de productos: Servicios, Software,
Hardware, Materiales Procesados.
Recurso: Es aquel producto que puede
ser utilizado como medio por los miembros de una organización para alcanzar
metas u objetivos previamente definidos.
SIFPIMA: Sistema integrado de cómputo
que automatiza los principales procesos administrativos y financieros que se
desarrollan en el Programa Integral de Mercadeo Agropecuario.
Supervisores de Contratos: Es el encargado de Administrar
los contratos de suministros de bienes y servicios que suscriba el PIMA con
particulares o terceros, el cual debe contar con los conocimientos técnicos
necesarios para el cargo, todo con el propósito de asegurar el fiel
cumplimiento del objeto de contratación, tanto cualitativa como
cuantitativamente.
Centro de costo: Unidad administrativa
encargada de definir las metas, el plan de acción y la estimación de los
recursos presupuestarios requeridos.
Responsables de Centro de Costo: Son los funcionarios
responsables de prever las necesidades anuales de bienes y servicios y de dar a
conocer esta información al proceso de Proveeduría para que este pueda definir
los procedimientos de contratación idóneos para la adquisición de los recursos.
CAPÍTULO II
De los Órganos de
Artículo 4º—Funciones de
Proveeduría: Son funciones del Proceso de Proveeduría:
a. Integrar y mantener actualizado el Plan Anual de Compras que
deberán publicar en el Diario Oficial
b. Realizar una medición constante de la gestión
de adquisición de bienes y servicios del PIMA.
c. Emitir mediante una circular los requisitos y
procedimientos a cumplir en relación con los programas de compras.
d. Recibir y custodiar todos los documentos
originales que conformen el Registro de Proveedores y establecer los mecanismos
administrativos, técnicos e informáticos, necesarios para que éste funcione
óptimamente.
e. Preparar y publicar los carteles de
licitación e invitar a participar en las contrataciones que se requieran.
f. Recibir las ofertas y proceder a su apertura.
g. Remitir a las instancias respectivas para su
evaluación, las ofertas recibidas en cada proceso.
h. Preparar las recomendaciones él, o en conjunto
con
i. Mantener actualizado y foliado el expediente
administrativo de contratación.
j. Comunicar y coordinar con las instancias que
correspondan la atención de los recursos de objeción a los carteles así como
contra los actos de adjudicación.
k. Normalizar los sistemas de reajuste de precios
a ser incluidos en los diferentes carteles de contrataciones, en coordinación
con
l. Servir de enlace con
m. Llevar un registro de sanciones e inhabilitaciones
de proveedores, para efectos de futuras contrataciones.
n. Velar por que los funcionarios involucrados en
los procesos de contratación reciban una adecuada capacitación en la materia.
ñ. Colaborar para mantener a derecho el estado de
las Garantías de Participación y Cumplimiento.
o. Evaluar a los oferentes de acuerdo a la
periodicidad y criterios definidos por
p. Revisar en la etapa inicial que las
solicitudes cumplan con los requerimientos técnicos, financieros y legales,
antes de iniciar el procedimiento en sí.
Artículo 5º—Funciones de
a. Revisar los carteles de licitación.
b. Analizar la procedencia de las actividades no
sujetas a concurso público.
c. Preparar las respuestas de las impugnaciones
a los carteles o a las adjudicaciones.
d. Hacer el estudio jurídico de las ofertas,
dictaminando si cumplen o no con los requisitos establecidos.
e. Confeccionar todos los contratos.
f. Autenticar las firmas de los contratos.
g. Otorgar el refrendo interno sobre aquellos
contratos que así lo requieran, según los límites económicos fijados por
h. Asesorar a
i. Rendir dictámenes sobre la imposición de
multas o sanciones, ejecuciones de garantías, modificación, ampliación o la
finalización de los contratos, y demás aspectos relativos a la interpretación y
ejecución de los mismos.
j. Valorar la legalidad de los reajustes de
precios.
k. Elaborar el finiquito contractual.
m. Cualquier otra que le señale la ley y el
Consejo Directivo.
n. Revisar antes de dar inicio a cualquier
proceso de contratación la viabilidad legal de la solicitud.
Artículo 6º—Funciones de las
Direcciones: Son funciones de las Direcciones del PIMA:
a. Ayudar a
b. Asesorar a los funcionarios de Proveeduría
para que puedan resolver en forma exitosa, todas aquellas dudas que surjan en
los diferentes procesos de Contratación Administrativa.
c. Garantizar que todo proceso de compra que se
genere en su Dirección, cumpla con la normativa vigente en materia de
contratación administrativa.
d. Coordinar la obtención de autorizaciones tanto
externas como internas para iniciar las contrataciones que se requieran.
e. Distribuir a los Supervisores de Contrato
para que se evacuen en tiempo y forma, las consultas que a través de
f. Proponer al Proceso de Proveeduría sus
recomendaciones a la normalización de los documentos para la adquisición de
bienes y servicios de su Dirección.
g. Fiscalizar en su dependencia, que todos los
expedientes administrativos que se lleven paralelos a los del Proceso de
Proveeduría, se mantengan actualizados con todos los documentos oficiales
generados en cada contratación.
h. Incorporar en el expediente administrativo que
custodia
i. Designar al Supervisor de Contratos, cuando
no lo designe se entenderá que él Director de Área asumirá dicho cargo.
j. Cualquier otra que le señale la ley y el
Consejo Directivo.
Artículo 7º—Funciones de los
Supervisores de Contratos: Son funciones de los supervisores de contratos:
a. Preparar en conjunto con el Director de Área y los técnicos
correspondientes, las solicitudes de recursos “R02GPV-01”, los términos de
referencia “R03GPV-01” y cualquier documento pertinente pertinentes necesario
para dar inicio con los trámites de Contrataciones Administrativas.
b. Atender cualquier consulta técnica que
surgiera durante el proceso de una contratación bajo su cargo y remitírsela al
Proceso de Proveeduría.
c. Intervenir en el proceso de análisis,
valoración de ofertas y recomendación de adjudicación.
d. Velar por una correcta ejecución de los
contratos que se les asignen y será responsable de la recepción de los bienes y
servicios así como de los pagos que realice la institución, según lo pactado.
e. Coordinar con el Proceso de Proveeduría la
respuesta de todos aquellos recursos que les competa, la ejecución de las
multas, cláusulas penales, garantías, prórrogas y sanciones a los contratistas
hasta la rescisión y resolución contractual.
Artículo 8º—Para los afectos del
presente Reglamento, se conformará una Comisión de Contratación Administrativa,
la cual será un órgano asesor de
a) El Director Administrativo Financiero, quién coordinara.
b) El Líder de
c) Un asesor Gerencial.
d) El Líder del Proceso de Proveeduría, salvo en
la etapa inicial del procedimiento.
e) Podrá la comisión requerir la presencia del
Líder (es) del proceso(s) o subproceso(s) que solicitaron el bien o servicio
cuando considere conveniente.
Artículo 9º—
El Director Administrativo Financiero será el
responsable de convocar a
Artículo 10.—De las sesiones que tenga
Todos los acuerdos se tomarán por mayoría
simple. De las divergencias se dejará constancia en el acta.
Para todo lo demás, sus sesiones se regirán
por
CAPÍTULO III
Programa anual de compras
Artículo 11.—El plan anual de
compras estará vinculado con los respectivos planes anuales operativos de cada
dirección, y deberá estar respaldado financiera y presupuestariamente para su
debida ejecución.
Artículo 12.—Cada Director preparará su
respectivo programa anual de compras, este deberá ser entregado a la gerencia
general a más tardar el último día hábil del mes de noviembre del año anterior
a su ejecución, en el formato destinado para tal fin en el SIFPIMA.
Artículo 13.—El Programa Anual de Compras
deberá estar aprobado en la primera semana de enero de cada año, para su debida
publicación y el respectivo seguimiento por parte de
Artículo14.—Las contrataciones que no estén amparadas
al Programa Anual de Compras original o modificado, no serán tramitadas por
Artículo 15.—Cuando surja una necesidad no
prevista, el Programa Anual de Compras podrá ser modificado siguiendo el mismo
procedimiento para su confección.
Artículo 16.—Si en el momento de realizar el
proceso de contratación se determina que el monto estimado y publicado en el
Programa Anual de Compras requiere un ajuste, este podrá realizarse con la
debida aprobación de
CAPÍTULO IV
Registro de Proveedores
Artículo 17.—El Proceso de
Proveeduría invitará a formar parte del Registro de Proveedores, como mínimo
una vez al año a todos los potenciales oferentes que puedan satisfacer los
requerimientos del PIMA en cuanto a calidad, oportunidad y costo, sin perjuicio
de que cualquier interesado pueda solicitar su incorporación en cualquier
momento.
Artículo 18.—La invitación mencionada en el
artículo anterior se realizará por medio de publicación en el Diario Oficial y
dos diarios de circulación nacional.
Artículo 19.—Los interesados en inscribirse
en el Registro de Proveedores deberán llenar y entregar en el proceso de
Proveeduría el R05GPV-2006 “Formulario para la inscripción en el Registro de
Proveedores”, dicho formulario puede ser retirado sin costo alguno por los
interesados directamente en las oficina de Proveeduría de PIMA.
Artículo 20.—En un plazo de cinco días de
recibida la solicitud de incorporación y verificados los requisitos se deberá
comunicar cualquier defecto o incumplimiento, dando un término de tres días
para su subsanación, de lo contrario se tendrá desestimada la solicitud.
Artículo 21.—Cuando un proveedor desee
participar en un determinado proceso de contratación administrativa y no esté
inscrito en el Registro de Proveedores, podrá presentar la información junto
con su oferta siempre que cumpla con todos los requisitos que se le solicitan
en la contratación y en el Formulario de Registro de Proveedores.
Artículo 22.—Todo proveedor inscrito está
obligado a verificar la información aportada al Registro de Proveedores. Dicha
inscripción tendrá la vigencia de un año, y podrá renovarse con la simple
indicación de querer continuar formando parte de tal registro, caso contrario
se des inscribirán automáticamente del Registro.
Artículo 23.—Además de lo expuesto en
a. Muerte o extinción.
b. Manifestación expresa del interesado.
c. Carencia de interés de
d. No actualización de la información según el
artículo 19 del presente reglamento.
CAPÍTULO V
Etapa inicial de contratación
Artículo 24.—Las diferentes
dependencias del PIMA, darán inicio al proceso de compra o adquisición de
recursos mediante la confección de una Solicitud de Recursos en el sistema del
SIFPIMA, el sistema informático no autorizará sistemáticamente la solicitud que
no cuente con el presupuesto correspondiente.
Artículo 25.—Dicha solicitud ingresará
sistemáticamente a
Artículo 26.—
Artículo 27.—Además de
CAPÍTULO VI
Procedimientos para recepción, solicitud y custodia de Garantías
Artículo 28.—El PIMA de acuerdo
a la complejidad del objeto del negocio y la necesidad de respaldar los daños
que pueda causar el incumplimiento del oferente o contratista podrá exigir
garantía de participación y cumplimiento según corresponda, con la legislación.
Artículo 29.—La definición del monto o del
porcentaje de cualquier tipo de garantía será competencia del Gerente General,
o del Consejo Directivo del PIMA según sea el procedimiento de contratación a
aplicar.
En todos los casos en que se exija una
garantía el monto o porcentaje de esta se deberá indicar en el requerimiento o
invitación de la contratación.
Artículo 30.—Las garantías que se rindan
serán independientemente para cada negocio y lo relativo a la devolución,
sustitución, ejecución y forma de la misma será de acuerdo con lo establecido
en el capítulo cuatro sección segunda del Reglamento a
Artículo 31.—La tesorería como proceso
responsable de la custodia de las garantías. En el caso de que la garantía haya
sido rendida con vigencia menor al plazo contractual
Artículo 32.—Una vez comprobado el
incumplimiento por parte del Contratista ya sea de conformidad con lo
establecido en el artículo 39 ó 41 del Reglamento a
De previo a la ejecución de la garantía,
Artículo 33.—La ejecución de las garantías no
excluye el cobro en cede judicial de los daños y perjuicios causados a PIMA con
el incumplimiento del oferente o del contratista, ni excluye la aplicación de
las cláusulas penales expresamente previstas en el contrato, ni las retenciones
acordadas por las partes, cuando resulte necesario para cubrir el monto de los
respectivos daños y perjuicios.
CAPÍTULO VII
De las materias de contratación extraordinaria
Artículo 34.—Cuando se trate de
contrataciones establecidas en el artículo 136 del Reglamento a
Artículo 35.—El proceso de análisis estará a
cargo del Proceso de Proveeduría. En cuanto a la adjudicación ésta deberá ser
remitir un informe de adjudicación a la gerencia general para que esta se
encargue de adjudicar. La adjudicación se notificará al oferente mediante la
suscripción de la respectiva orden de compra por parte de la proveeduría de
Artículo 36.—Se deberá formalizar el proceso
de adjudicación mediante contrato, cuando se trate de los siguientes casos:
a. Para la contratación de servicios superiores al monto establecido
para Caja Chica
b. Cuando el negocio posea características
especiales que deban ser amparadas o pactadas mediante documento contractual.
Artículo 37.—Cuando se trate de
procedimiento de Urgencia establecido en el artículo 131 inciso K) del
Reglamento a
Artículo 38.—Cuando se trate de procedimiento
de Interés de colaboración con el PIMA establecido en el artículo 131 inciso I)
del Reglamento a
CAPÍTULO VIII
Licitaciones
Artículo 39.—Es el medio idóneo
para que el PIMA adquiera los recursos que demanda para su normal operación.
Acorde con la normativa vigente y según el monto del concurso, las licitaciones
se clasifican según un rango económico en Pública y Abreviada. Las licitaciones
inician con la aprobación de la solicitud de materiales por parte del proceso de
presupuesto, legal y la contraprestación técnica.
Artículo 40.—El PIMA aplicará las diferentes
modalidades de Licitación según los rangos económicos que establece año con año
Artículo 41.—Este tipo de contratación
requiere la confección de un cartel de licitación en el cual se incorporan
todos los requisitos y pormenores del concurso, este cartel deberá ser aprobado
por
Artículo 42.—
Artículo 43.—El respectivo acto de
adjudicación por parte
Artículo 44.—El proceso de proveeduría en
coordinación con la asesoría legal deberá solicitar ante
Artículo 45.—En aquellos casos en que se
establezca en la licitación la necesidad de inspección, para evaluar la
experiencia y los equipos que se ofrecen, se integrará un solo grupo para que
visite todas las empresas que se vayan a evaluar, debiendo estar conformado por
un funcionario de
Artículo 46.—Previo a la formulación de la
una licitación abreviada o pública, el proceso solicitante deberá elaborar un
estudio de mercado que tiene como objetivo suministrar información más clara
sobre el precio y las características del recurso a adquirir.
Artículo 47.—En los procesos ordinarios
abreviados se seguirán las siguientes reglas:
a) Se requerirá de la aplicación del R06-GPV-01 Registro de
Proveedores de donde se seleccionará a cinco oferentes idóneos, de acuerdo a la
rotación correspondiente, a los cuales se les invitará a participar por escrito
en el proceso licitatorio, en caso de que el número de oferentes inscritos en
el R06-GPV-01 Registro de Proveedores sea inferior a cinco la proveeduría
dejará constancia en el expediente respectivo y se invitará mediante
publicación
b) La proveeduría deberá manejar un expediente
administrativo para cada proceso licitatorio el cual deberá contener copia del
cartel de licitación,
c) En el procedimiento de Licitación Abreviada se
aplicarán todos los principios que estipula
Artículo 48.—En las Licitaciones
Públicas aplicarán las siguientes reglas:
a) En este proceso de contratación el Líder de Proveeduría o el
asistente de Proveeduría invitarán a participar a los oferentes mediante
publicación en el diario oficial y en dos medios de comunicación escrita
nacional.
b) En este proceso Licitatorio se otorgará un
plazo a los oferentes para preparar y entregar su oferta de conformidad con
c) En el procedimiento de Licitación Pública se
aplicarán todos los principios que estipula
Artículo 49.—Las licitaciones o
contrataciones especiales que por su monto debe resolver el Consejo Directivo,
cuya fecha máxima de adjudicación esté por vencer, podrá ser prorrogada
mediante acuerdo del mismo.
Esta prórroga se dará en casos calificados
cuando resulte difícil para
Artículo 50.—En los casos en de licitaciones,
cual fuere su naturaleza será
CAPÍTULO IX
Caja chica de
Artículo 51.—Únicamente los
funcionarios de proveeduría podrán realizar compras por esta caja chica.
Artículo 52.—
Artículo 53.—En el caso de darse adelantos
deberán liquidarse por los funcionarios de proveeduría en el término de 3 días
hábiles mediante el comprobante de liquidación aprobado por el Líder del
proceso de Proveeduría; después de entregado el dinero, respaldado con los
documentos probatorios de la compra.
Artículo 54.—Únicamente se podrán tramitar
compras por medio de esta caja chica cuando cumplan con los requisitos aquí
establecidos, para lo cual solo procederán cuando por su limitado volumen y el
monto en colones resulte más conveniente tramitarla prescindiendo de los
procedimientos ordinarios de compra, de acuerdo con lo dispuesto en
Artículo 55.—Para que proceda la compra por
Caja Chica deberá verificarse:
a) Que dispongan de contenido presupuestario suficiente.
b) Que no constituyan un fraccionamiento ilícito
de acuerdo con lo señalado en el artículo 37 de
c) Que no existan anticipos pendientes de
liquidar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de este reglamento.
Artículo 56.—El monto máximo
para las compras de Caja Chica será determinado por el Consejo Directivo del
PIMA de conformidad con lo establecido en el decreto ejecutivo Nº 7863-A del 20
de diciembre de 1977 y sus reformas.
Artículo 57.—Toda compra tiene que
respaldarse mediante una factura comercial, tiquete o comprobante de caja y
cumplir con los siguientes requisitos para su cancelación:
a- Factura confeccionada en original a nombre de la institución
indicando los bienes y materiales adquiridos, la fecha de compra. Así mismo la
factura deberá cumplir con las disposiciones establecidas por Tributación
Directa. Toda factura deberá contar con la indicación de cancelación.
b- En caso de tiquete de caja u otro tipo de
comprobante que sustituya la factura, estos deberán cumplir con los requisitos
establecidos por
c- No se admitirán facturas con enmiendas,
raspaduras deterioradas o ilegibles. Las facturas no se pueden corregir con
líquido corrector, tachaduras o borrones.
d- La recepción de conformidad de los bienes o
servicios se efectuará con indicación expresa del nombre, firma y número de
cédula del funcionario de proveeduría que recibió el recurso.
Artículo 58.—En caso de pérdida
de la factura original, se podrá aceptar una copia o fotocopia, que deberá
estar autenticada por
CAPÍTULO X
Trámite de pago y reajuste de precios
Artículo 59.—El contratista
tendrá derecho a que se le reconozca el reajuste de precios, cuando así proceda
y lo solicite expresamente, adjuntando el cálculo y la información necesaria en
que fundamenta el reclamo. El Supervisor del contrato analizará la solicitud y
tramitará el pago correspondiente cuando así proceda, en caso contrario, se le
devolverá al contratista con las observaciones y deficiencias detectadas para
lo que corresponda.
Artículo 60.—Todo proceso de reajuste de
precio deberá ser tramitado ante la proveeduría de
Artículo 61.—En los casos de reajustes de
precio en los contratos de Obra Pública se regirá por lo establecido en el
Reglamento para el Reajuste de precios en los contratos de obra pública de
construcción y mantenimiento bajo decreto ejecutivo 33114-MEIC.
Artículo 62.—Para el trámite de pago de
facturas por concepto de reajuste de precios, el supervisor del contrato debe
enviar a
A. Nota de solicitud de pago suscrita por el contratista y con el visto
bueno de el Director correspondiente y dirigida a
B. Cuadro donde se indique para cada renglón de
pago, el monto total facturado o trabajo ejecutado, el índice de reajuste
inicial y final para cada componente porcentual, el porcentaje de reajuste y el
monto de reajuste. Si los índices de reajuste de precios son compuestos, debe
detallarse la composición de los mismos.
C. Facturas originales del contratista
debidamente revisadas por el supervisor de la contratación y firmadas por este,
indicando la fecha en la que fueron recibidas para trámite.
D. Copia de los boletines o documentación que
respalde los índices de precios utilizados en el cálculo del reajuste de
precios.
CAPÍTULO XI
Criterios de selección de ofertas y evaluación de proveedores
Artículo 63.—Para los criterios
de selección de las ofertas se utilizarán los contemplados para el caso de las
compras directas en
Artículo 64.—El Proceso de proveeduría es el
responsable por fiscalizar y revisar en detalle cada uno de los bienes que
ingresan a bodega con el objetivo de detectar faltantes, productos defectuoso o
inconsistencias de acuerdo a lo requerido en
Artículo 65.—Para evaluar el desempeño de los
proveedores el Proceso de Proveeduría podrá aplicar una evaluación al proveedor
mediante
CAPÍTULO XII
Prórroga
Artículo 66.—Cuando en el
Contrato se haya establecido la posibilidad de prórroga el supervisor del
contrato solicitará la prórroga correspondiente mediante el SIFPIMA la cual
seguirá el procedimiento inicial establecido para la contratación ordinaria.
Artículo 67.—Una vez verificados la
disponibilidad financiera, técnica y legal la proveeduría solicitará la
confección de la respectiva adenda contractual.
Vigencia
Artículo 68.—Rige a partir de su
publicación.
Heredia, 7 de noviembre del
2007.—Lic. Ronald Miranda Villalobos, Proveeduría.—1 vez.—(O. C. Nº
02733).—C-312800.—(100415).
MODIFICACIÓN AL REGLAMENTO SOBRE
DE
CAUCIONES A FAVOR DE
GENERAL
DE
R-SC-7-2007.—Despacho de
Considerando:
I.—Que el pasado 4 de octubre se
publicó en
“Artículo 3º—Forma de rendir
la caución. La caución a favor de
“Artículo 13.—Caución
mínima. El monto mínimo de la garantía a favor de
“Artículo 17.—Competencia.
Competerá a
…
d. Recordar por escrito al caucionante, con un mínimo de veinte días
hábiles de anticipación, cuando deba renovar o actualizar la caución. La
ausencia de recordatorio no exime al caucionante de su deber de renovación de
la caución.
…”
II.—Que la póliza es uno de los
instrumentos más utilizados como garantía en esta materia, pero también existen
otros medios diferentes susceptibles de cumplir ese fin, ampliamente utilizados
en el sector financiero.
III.—Que dada la existencia de otros medios
aptos para garantizar, que no suponen riesgo adicional para
IV.—Que con el propósito de establecer un
ordenamiento adecuado y ágil en el manejo administrativo de los ajustes de la
caución que establece el artículo 13, es conveniente regular el momento en que
tales ajustes se deben realizar, así como los medios por los que se debe
realizar la comunicación de dicha situación y del recordatorio de renovación de
la caución que se establece en el artículo 17 en su literal d. Por tanto,
Se modifican los artículos 3º,
13 y 17 literal d. del Reglamento de cita, a fin de que se lean de la siguiente
manera:
“Artículo 3º—Forma de rendir
la caución. La caución a favor de
“Artículo 13.—Caución
mínima. El monto mínimo de la garantía a favor de
“Artículo 17.—Competencia.
Competerá a
…
d. Recordar por documento escrito o medio electrónico al caucionante,
con un mínimo de veinte días hábiles de anticipación, cuando deba renovar o
actualizar la caución. La ausencia de recordatorio no exime al caucionante de
su deber de renovación de la caución.
…”
San José, 7 de noviembre del
2007.—Marta Acosta Zúñiga, Subcontralora.—1 vez.—(O. C. Nº
20015).—C-31480.—(102259).
COMISIÓN FIESTAS DE SAN JOSÉ 2007-2008
REMATE 03-2007
Áreas campo ferial
A celebrarse el lunes 26 de noviembre del 2007, a las dieciséis
horas
en el auditorio del edificio municipal
“José Figueres Ferrer” en avenida diez
Se comunica a los interesados del presente
proceso, que
I) Fundamentación técnica: El presente remate se hace determinando
el valor de los precios bases, conforme a los valores de años anteriores, de
los cuales se tomó un valor promedio y se indexó el mismo, utilizando el índice
de precios al consumidor. Además se realizará una rebaja en la base del 10%
(diez por ciento) con relación al segundo remate.
II) Fundamentación jurídica: El presente
remate se realiza de conformidad con lo dispuesto por
III) Áreas a rematar:
B. Área de carrouseles: Consta de un área de 4.600 metros
cuadrados, en la cual se podrá instalar carruseles, cuya base es de ¢33.000.000
de colones.
C. Área servicios sanitarios:
C1. Consiste en la colocación de 50 cabañas sanitarias y 10 lavamanos
en la zona de carruseles, sector denominado B-SUR. Las cabañas deben estar en
perfecto estado y con una atención de calidad para los usuarios. En este
sentido deberá tener la frecuencia de limpieza adecuada, así como la coordinación
necesaria con
El precio que el adjudicatario
pretenda cobrar por el uso de las cabañas sanitarias, será sometido a
conocimiento de
Las cabañas se colocarán en la zona que
determinó
El precio base será ¢2.025.000 colones.
IV) Regulaciones: El presente remate se regirá por los
numerales 49 y 50 de
1) Garantía para ingresar y participar: Cada participante
pagará ¢100.000 por paleta que le permite su ingreso y participación en el
remate. Dicho costo podrá ser aplicado en el monto adjudicado en el remate y/o
se reintegrará a más tardar 20 días hábiles posteriores a la fecha del remate.
2) Lugar y fecha del remate: El presente
remate se llevará a cabo el día lunes 26 de noviembre del año 2007 a las
dieciséis horas en el Auditorio Municipal ubicado en el quinto piso del edificio
municipal “José Figueres Ferrer”, avenida diez de esta ciudad, del Gimnasio
Nacional trescientos metros al este.
3) Adjudicación: En el presente remate se
adjudicarán los puestos a la persona que en el acto ofrezca el precio más alto.
4) De la forma de pago: Para la perfección
de la adjudicación, el adjudicatario deberá entregar inmediatamente a
Si el adjudicatario no efectuara
la cancelación total del precio,
5) Acta: Concluido el remate se levantará un acta en la cual se
acreditará todas las incidencias, la cual será firmada por el funcionario
responsable y el adjudicatario.
6) Otros:
- Cada adjudicatario deberá obtener para su puesto el respectivo
permiso de Salud.
- Todas las personas que laborarán en los
chinamos deben de aprobar el curso de manipulación de alimentos impartido por
el INA en coordinación con el Ministerio de Salud y
- Todas las actividades a desarrollarse en el
campo ferial funcionarán todos los días de 11:00 a. m. a 2:00 a. m.
- La comisión proporcionará los toldos y las
divisiones de cada uno de los puestos, sin que esto pueda variarse.
- La instalación de luz y agua será
gestionada por cada adjudicatario de acuerdo a los lineamientos de
- Todas las personas que laboren en las
diferentes actividades que se desarrollen en el campo ferial deben recibir un
curso de inducción en el manejo de medidas de seguridad básicas en caso de
alguna emergencia. Este curso será impartido por las oficinas de seguridad del
estado o por
- Todo tipo de ruido producido en el campo
ferial debe cumplir con las normativas vigentes.
San José, 14 de noviembre del
2007.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O. P. Nº
3734).—C-37620.—(102275).
FACULTAD DE DERECHO
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Nancy María Alvarado Rodríguez
ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en
Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor
Decano de
AVISO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A quien interese, se le comunica que esta Oficina Local San José Este,
ha recibido solicitud de la señora: Eveleidys Chávez Pérez, a fin de que el
Patronato Nacional de
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ASOCIACIÓN DE PEQUEÑOS PRODUCTORES DE RÍO FRÍO
Yo: Luz Marina Miranda Elizondo,
en mi condición de presidenta, hago constar que hemos iniciado la reposición de
los libros número uno: Libro de Actas de Junta Directiva, Libro Mayor, Libro
Diario y Libro de Inventarios y Balances, de
JAIDAI S. A.
Jaidai S. A.; cédula jurídica
número 3-101-22665, solicita ante
CHURUQUITA S. A.
Churuquita S. A., con cédula
jurídica Nº 3-101-55636, tramita ante
FILIAL DIEZ QUERÉTARO DE
MONTE
REAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Filial Diez Querétaro de Monte
Real Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-409690, solicita ante
Kattia Calvo Molina, cédula de
identidad número 1-826-691, solicita ante
DESARROLLO
Desarrollo
Desarrollo
INMOBILIARIA SETECIENTOS CUARENTA Y UNO S. A.
Inmobiliaria Setecientos
Cuarenta y Uno S. A., cédula jurídica número 3-101-072453, solicita ante
EL MONTE DE BARBA S. A.
El Monte de Barba S. A., cédula
jurídica número 3-101-027545, solicita ante
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
AGENCIA ADUANAL DESALMACENADORA
TICAL
DEL OESTE SOCIEDAD ANÓNIMA
Luis Alberto Ramírez Vargas,
mayor, casado una vez, empresario, con cédula uno-trescientos
cuarenta-quinientos ochenta y nueve, vecino de Residencial Bosques de Lindora,
Santa Ana, San José, en mi condición de presidente, hago constar que hemos
iniciado la reposición de los libros Diario Uno, Mayor Dos e Inventarios y
Balances Uno, de la sociedad Agencia Aduanal Desalmacenadora Tical del Oeste
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-142778, inscrita en
GUARDADOCUMENTOS S. A.
Guardadocumentos Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-100114, solicita ante
MUDANZAS MUNDIALES S. A.
Mudanzas Mundiales Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-013709, solicita ante
COMPAÑÍA INDUSTRIAL PROCESADORA
DE
ALIMENTOS MARINOS S. A.
La sociedad Compañía Industrial
Procesadora de Alimentos Marinos S. A., con cédula jurídica número:
3-101-177387, solicita ante
TOCA PUERTO S. A.
La sociedad Toca Puerto S. A.,
con cédula jurídica número: 3-101-177443, solicita ante
MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO
La señora María Chacón Mesén,
cédula 1-303-338, ha solicitado a MUCAP la reposición del título valor Nº
321-312-409936, por un valor de redención de ¢4.065.352,72, el cual fue emitido
a su orden el día 21-08-2007. Se emplaza a los interesados a manifestarse
dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación.—Cartago,
6 de noviembre del 2007.—Departamento de Captación de Recursos.—M.B.A. Javier
Vanegas Villegas, Jefe.—Nº 75239.—(100312).
AGRÍCOLA CHAVES VARGAS SOCIEDAD ANOMMA
Agrícola Chaves Vargas Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ochenta y cinco mil cuatrocientos
sesenta, solicita ante
BIOTECNOLOGÍA Y PREVENCIÓN VETERINARIA
SOCIEDAD
ANÓNIMA BIOPREV S. A.
Juan Carlos Fallas Muñoz, cédula
uno-ochocientos diecisiete-trescientos sesenta y cuatro, en calidad de
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la
sociedad Biotecnología y Prevención Veterinaria Sociedad Anónima, Bioprev S.
A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y ocho mil
cuatrocientos cinco, solicito la reposición de los seis libros de la sociedad
mencionada, los cuales en todos los casos son los tomos primeros a saber 1)
diario, 2) mayor, 3) inventarios y balances, 4) acta de asambleas generales de
socios, 5) actas de junta directiva y 6) registro de accionistas. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante
INVERSIONES RUHUEI SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo Ai Chiao Pan Tsai, mayor
casada, oficio de hogar, vecina de Escazú, San Rafael, Residencial Palma de
Mayorca, casa número 17, con cédula de residencia 627-107537-3111, en mi condición de presidenta de Inversiones
Ruhuei Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-286744, inscrita en
PRODUCTOS Y SERVICIOS C.G. S. A.
La empresa Productos y Servicios
C.G. S. A., cédula de persona jurídica 3-101-222474 solicita ante
LUPERON S. A.
Luperon S. A., cédula jurídica
número 3-101-153723, solicita ante
BAC SAN JOSÉ
Se comunica que el siguiente
Título Valor emitido por el BAC San José S. A., a la orden de American Express
ha sido extraviado:
Nº Giro Bofa* Monto Fecha de emisión
55635 $7.000,00 27/07/2007
* Bank Of America
Por lo tanto solicitamos
proceder de inmediato con los trámites de paro de pago y restitución de estos
títulos.
Alajuela, 6 de noviembre del
2007.—Sucursal Alajuela.—Lic. Rodolfo Corrales Herrera, Jefe.—(100473).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Por escritura otorgada hoy ante
el suscrito notario, la señora Zeneida Paniagua Vargas, vendió su
establecimiento mercantil denominado Disur Tilarán, sito en la provincia
de Guanacaste, exactamente en la ciudad denominada Tilarán, cincuenta metros al
este de la sucursal del Banco de Costa Rica en esa localidad a Sur Color
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-041509.
Que dicho traspaso incluye, en los términos que consigna el artículo 478 del
Código de Comercio, todos los elementos constitutivos de dicho establecimiento
comercial. El precio de la venta para los efectos de los artículos 481 y
siguientes del Código de Comercio, queda depositado por el término de ley en la
suscrita notaria, portadora de la cédula de identidad número 1-1001-384, con oficinas
en la ciudad de San José, exactamente en Barrio Los Yoses, en la intersección
de la calle treinta y siete con la avenida ocho.—San José, treinta de octubre
del año 2007.—Lic. Cristina Acosta Páez, Notaria.—(99877).
Por escritura otorgada hoy ante
el suscrito notario, la señora Zeneida Paniagua Vargas, vendió su
establecimiento mercantil denominado Disur Arenal, sito en la provincia
de Guanacaste, ciudad de Tilarán, exactamente al costado norte del Gimnasio
Comunal, Arenal Centro a Sur Color Sociedad Anónima, con cédula
de persona jurídica número 3-101-041509. Que dicho traspaso incluye, en los
términos que consigna el artículo 478 del Código de Comercio, todos los
elementos constitutivos de dicho establecimiento comercial. El precio de la
venta para los efectos de los artículos 481 y siguientes del Código de
Comercio, queda depositado por el término de ley en la suscrita notaría,
portadora de la cédula de identidad número 1-1001-384, con oficinas en la
ciudad de San José, exactamente en Barrio Los Yoses, en la intersección de la
calle treinta y siete con la avenida ocho.—San José, treinta de octubre del año
2007.—Lic. Cristina Acosta Páez, Notaria.—(99880).
He protocolizado el acta de la
sociedad Empresa Eléctrica Matamoros Sociedad Anónima, en la cual
se varía la cláusula quinta del capital social, disminuyendo a la suma de
doscientos cincuenta millones de colones.—9 de mayo del 2007.—Lic. Fernando
Alonso Castro Esquivel, Notario.—Nº 75033.—(100089).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura otorgada ante el notario
Rodolfo Loría Sáenz, a las quince horas del primero de noviembre del año dos
mil siete, se constituyó Estado Económico Sociedad Anónima, presidente
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: cien
años.—San José, 1° de noviembre del 2007.—Lic. Rodolfo Loría Sáenz, Notario.—1
vez.—Nº 63813.—(98826).
En esta notaría mediante escritura de las
9:00 horas del 30 de octubre del 2007, se reformaron las cláusulas quinta y
sétima de los estatutos de la sociedad: EPS Electronic Payment Solutions S.
A., se nombra presidente y secretario.—San José, 30 de octubre del
2007.—Lic. Kadir Cortes Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 63814.—(98827).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00
horas del 31 de octubre del 2007, se constituyó
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho
horas del 20 de octubre del 2007, se constituyó una sociedad anónima, cuya
razón social se solicita sea asignada de oficio por el Registro de Personas
Jurídicas, de conformidad con lo establecido en el decreto ejecutivo treinta y
tres mil ciento setenta y uno- J, publicado en
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho
horas, treinta minutos del 20 de octubre del 2007, se constituyó una sociedad
anónima, cuya razón social se solicita sea asignada de oficio por el registro
de personas jurídicas, de conformidad con lo establecido en el decreto
ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno- J, publicado en
Por escritura otorgada las dieciséis horas
del primero de noviembre del dos mil siete, se constituyó Consorcio
Euroestudios- Cacisa Sociedad Anónima.—Lic. Grace Barquero Varela y Lic.
Guiselle Mora Cordero, Notarias.—Lic. Guiselle Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº
63821.—(98831).
Por escritura 334 del 26 de octubre del dos
mil siete, se constituyó la sociedad denominada Basura a Energía Sociedad
Anónima, con domicilio en Jacó de Garabito, Puntarenas, veinticinco metros
norte del Banco Popular, en Edificio Costa Brava, local número cinco, con un
capital social de diez mil colones.—Jacó, 29 de octubre del dos mil siete.—Lic.
Saúl González Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 63824.—(98832).
Mediante escritura pública número treinta y
siete, otorgada a las trece horas del veintinueve de octubre del año dos mil
siete, se constituye la sociedad de esta plaza denominada: Hotelera Calle y
Avenida Real Sociedad de Responsabilidad Limitada, con capital social de un
millón de colones, representada por el gerente, y con el objeto del comercio en
general.—San José, treinta de octubre del dos mil siete.—Lic. Mauricio Mata
Monge, Notario.—1 vez.—Nº 63825.—(98833).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce
horas del treinta de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Recoleta
en Primavera SRL con un capital social de un millón de colones representado
por mil cuotas o títulos nominativos de mil colones cada una y un plazo de
noventa años a partir del treinta de octubre del dos mil siete.—San José,
treinta de octubre del dos mil siete.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1
vez.—Nº 63826.—(98834).
Mediante escritura pública número doscientos
once-seis, otorgada a las veinte horas del veintinueve de octubre del año dos
mil siete, se constituye la sociedad de esta plaza denominada Buena Suerte
al Instante Sociedad de Responsabilidad Limitada, con capital social de un
millón de colones, representada por el Gerente, y con el objeto del comercio en
general.—San José, treinta de octubre del dos mil siete.—Lic. Luis Fernando
Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 63827.—(98835).
Ante esta notaría al ser las once horas del
treinta de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Biscotela
Domingueña Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital social suscrito y
pagado un millón de colones, gerente Mariano Retana Marín.—San José, treinta y
uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross,
Notario.—1 vez.—Nº 63828.—(98836).
Que por escritura otorgada ante esta notaría
a las trece horas del día veintinueve de octubre del dos mil siete, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía Tesoro Real Rigel Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó
realizar nuevos nombramientos en
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las quince horas del veintinueve de octubre del año dos mil siete, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionista de la
compañía Englobal Ingeniería EGICR Sociedad Anónima. Se reforma la
cláusula sétima del pacto constitutivo y la junta directiva de la sociedad.—San
José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Olga Castillo Barahona, Notaria.—1 vez.—Nº
63830.—(98838).
Por escritura otorgada ante esta notaría a
las dieciséis horas del veintinueve de octubre del año dos mil siete, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionista de la
compañía Diseño de Tuberías Sociedad Anónima. Se reforma la junta
directiva de la sociedad.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Olga Castillo
Barahona, Notario.—1 vez.—Nº 63831.—(98839).
Ante esta notaría, mediante escritura
otorgada a las 16:00 horas del 31 de octubre del año 2007, se nombra nueva
junta directiva y se reforma cláusula segunda del domicilio del pacto
constitutivo de la sociedad denominada M L A Autolula Sociedad
Anónima.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Hansel Chavarría Cubero,
Notario.—1 vez.—Nº 63833.—(98840).
Por escritura número sesenta y nueve se
protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad PG
Agenciamiento y Estiba Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula
primera relativa al nombre.—San José, 1º de noviembre del dos mil siete.—Lic. Juan
Carlos González Lavergne, Notario.—1 vez.—Nº 63834.—(98841).
Domingo Ramos Araya y María Eugenia Solís
Castro, constituyen Amanecer del Itabo S. A. Escritura otorgada en la
ciudad de San José a las quince horas del día veintitrés de octubre del año dos
mil siete.—Lic. Aarón Montero Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 63835.—(98842).
Domingo Ramos Araya y María Eugenia Solís
Castro, constituyen Silampa S. A. Escritura otorgada en la ciudad de San
José a las quince horas y diez minutos del día veintitrés de octubre del año
dos mil siete.—Lic. Aarón Montero Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 63836.—(98843).
En mi notaría a las diecisiete horas cuarenta
minutos del día primero de noviembre del año dos mil siete, se constituyó la
sociedad anónima denominada Exclusive Tabacco Sociedad Anónima, capital
suscrito y pagado, objeto industria, comercio, agricultura y la ganadería,
acciones comunes y nominativas.—Heredia, primero de noviembre del dos mil
siete.—Lic. Rafael Ángel Barahona Mercar, Notario.—1 vez.—Nº 63838.—(98844).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca notario con
oficina en esta ciudad, el día de hoy se constituyó la sociedad Agropecuaria
Faldas del Volcán Barva Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones.
Presidente: Randall Chavarría Salas.—Barva de Heredia, primero de noviembre del
2007.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 63839.—(98845).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca notario con
oficina en esta ciudad, el día de hoy se constituyó la sociedad Inversiones
Pantera Negra Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones.
Presidente: Randall Chavarría Salas.—Barva de Heredia, primero de noviembre del
2007.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 63840.—(98846).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca notario con
oficina en esta ciudad, el día de hoy se constituyó la sociedad Agropecuaria
Tierra Abundante Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones.
Presidenta: Grettel Pérez Quesada.—Barva de Heredia, primero de noviembre del
2007.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 63841.—(98847).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca notario con
oficina en esta ciudad, el día de hoy se constituyó la sociedad Corporación
Ken Propierties Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones.
Presidenta: Grettel Pérez Quesada.—Barva de Heredia, primero de noviembre del
2007.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 63842.—(98848).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con
oficina en esta ciudad, el día de hoy, se constituyó una sociedad cuyo nombre
será el número de cédula jurídica que le asigne el Registro. Capital social
diez mil colones. Presidenta: Grettel Pérez Quesada.—Barva de Heredia, primero
de noviembre del 2007.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº
63843.—(98849).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con
oficina en esta ciudad, el día de hoy, se constituyó una sociedad cuyo nombre
será el número de cédula jurídica que le asigne el Registro. Capital social
diez mil colones. Presidenta: Grettel Pérez Quesada.—Barva de Heredia, primero
de noviembre del 2007.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº
63844.—(98850).
Ante esta notaría se ha procedido ha
protocolizar actas de asambleas generales extraordinarias de Arava Número
Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta
y seis mil seiscientos noventa y seis y Renexis Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta y cinco mil cincuenta y siete. Se
reforma cláusula cuarta del pacto constitutivo (plazo social), Palmares,
veintiséis de octubre del dos mil siete.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1
vez.—Nº 63846.—(98851).
Ante esta notaría se han constituido tres
sociedades con denominación de cédula jurídica conforme al Decreto Ejecutivo
treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, del día catorce de junio del dos mil
seis. Plazos sociales de 99 años. Objeto el comercio. Capitales de ciento
cincuenta mil colones; doscientos mil colones y ciento cincuenta mil colones.
Domicilios en: Palmares, Alajuela, treinta y cinco metros al oeste del centro
Infantil Elisa Álvarez; Esquipulas, Palmares de Alajuela ciento cincuenta
metros suroeste de la escuela y en
Ante esta notaría se ha constituido Gato y
Hermanos Ramírez S. A. Domicilio en Rincón de Zaragoza, Alajuela,
trescientos cincuenta metros norte de la plaza. Capital social de cien mil
colones. Plazo 99 años. Dos sociedades con denominación de cédula jurídica
conforme al Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, del
día catorce de junio del dos mil seis. Plazos sociales de 99 años. Capitales de
cien mil colones y doscientos mil colones. Objeto el comercio. Domicilios en:
Rincón de Zaragoza, Palmares de Alajuela, 100 metros norte y 400 oeste templo
católico.—Palmares, 1 de noviembre del 2007.—Lic. Albino Solórzano Vega,
Notario.—1 vez.—Nº 63848.—(98853).
Por escritura pública otorgada ante esta
notaría el día veintitrés de enero del año dos mil siete, se constituyó Aguas
Termales Salitral Sociedad Anónima con un capital social de diez mil
colones. El presidente y tesorero de la junta directiva serán apoderados
generalísimos sin límite de suma de la sociedad actuando conjuntamente. Es
todo.—Bagaces, treinta y uno de octubre del 2007.—Lic. Romell Alberto Chévez
Ordóñez, Notario.—1 vez.—Nº 63851.—(98854).
Mediante escritura otorgada a las 10:00 horas
del 26 de setiembre del 2007 se procedió a protocolizar acta de asamblea
general de Inversiones Víquez Morales S.
A., reforma de cláusula segunda del pacto social.—San José, 29 de
octubre del 2007.—Lic. Sandra Echeverría Mesén, Notaria.—1 vez.—Nº
63855.—(98855).
Se constituyó la sociedad denominada Inacontrol
Sociedad Anónima. Capital social: ¢10.000,00. Presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma. Otorgada en Barva de Heredia, a las
catorce horas del quince de octubre del dos mil siete.—Lic. Rebeca Alán
Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 63856.—(98856).
Ante este notario, mediante escritura número:
ciento veintiocho de las catorce horas del día veintidós de setiembre de dos
mil siete, se protocolizó el acta número uno de la asamblea general
extraordinaria de
Por escritura otorgada hoy, ante mí, se
constituyó Constructora Salazar y Bulacar S. A., para dedicarse por
noventa y nueve años a partir de su constitución, en especial a la construcción
de casas y edificios y en general al comercio, la industria, el turismo y la
agricultura. Capital social totalmente suscrito y pagado. El presidente y el
secretario son apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o
separadamente.—Alajuela, veintisiete de octubre del dos mil siete.—Lic. Marco
Tulio Araya Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 63858.—(98858).
En mi notaría a las once horas del treinta y
uno de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad limitada denominada
Dent Real Estate Limitada.—San José, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Mario
A. Arias Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 63859.—(98859).
En mi notaría, por escritura número cien de
las once horas del día veinticinco de octubre del año en curso, se nombró nueva
junta directiva y fiscal de la sociedad Oeste y Este Corporativo Magallanes
S. A.—San José, 25 de octubre del 2007.—Lic. Hugo Francisco Velásquez
Castro, Notario.—1 vez.—Nº 63861.—(98860).
Por escritura número ciento setenta y ocho,
otorgada en San Ramón, Alajuela, a las doce horas del veintinueve de octubre
del año dos mil siete, Eladio Mata Segura y Yolanda Villegas Salazar,
constituyeron la sociedad cuya denominación social se hace de conformidad con
lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil
ciento setenta y uno del veintinueve de mayo del dos mil seis. Duración:
noventa y nueve años. Presidente Eladio Mata Segura. Domicilio: San Ramón,
Alajuela, costado oeste del Banco de Costa Rica.—Lic. José Francisco Barahona
Segnini, Notario.—1 vez.—Nº 63863.—(98861).
Por escritura número ciento sesenta, otorgada
a las veinte horas, treinta minutos del tres de octubre del año dos mil siete,
German Fernando Campos Céspedes y Edgardo Pérez Rivera, constituyeron la
sociedad denominada Inversiones Fered de Occidente Sociedad Anónima, que
es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Presidente Edgardo Pérez
Rivera. Domicilio: Centro San Ramón, Alajuela, cien metros al norte y cincuenta
al este del cuerpo de bomberos.—Lic. José Francisco Barahona Segnini,
Notario.—1 vez.—Nº 63864.—(98862).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince
horas del día primero de noviembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad
Squid Tickler, Limitada. Gerentes: Janelle Anne Mercuro y Sharm Lanel
Maire.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 63865.—(98863).
Mediante escritura ante mí, otorgada en
Liberia, a las nueve horas del treinta de octubre del dos mil siete, se
constituyó la sociedad anónima sin nombre y cuya razón social será el número de
cédula jurídica que se le asigne.—Lic. Rita María Vargas Duarte, Notaria.—1
vez.—Nº 63866.—(98864).
Por escritura pública número 3, otorgada en
Playas del Coco, Sardinal de Carrillo, Guanacaste, a las 12:00 horas del día 26
de octubre del año 2007, los señores Gianfranco Gentili y Franco Calciolari
constituyeron Intimísima G & G Sociedad Anónima. Capital
100.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 63868.—(98865).
Ante esta notaría se protocolizó acta de la
sociedad: Bufete Jirón & Asociados S. A.; que nombra como secretaria
y apoderada generalísima sin limitación de suma a: Andrea González Quesada, con
cédula número: 2-0509-0848. Escritura otorgada en San José a las 18:00 horas
del primero de noviembre del 2007.—Lic. Carlos Mauricio Vargas Caravaca,
Notario.—1 vez.—Nº 63872.—(98866).
Por escritura pública otorgada ante esta
notaría a las ocho horas del día treinta y uno de octubre del año dos mil
siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad
denominada Conycon Sociedad Anónima.—Lic. Lindsay Jiménez Flores,
Notaria.—1 vez.—Nº 63875.—(98867).
El suscrito notario hace constar que en esta
notaría se constituyó la empresa denominada Inversiones Grecar Sociedad
Anónima, plazo social 99 años, presidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, quienes podrán actuar
conjuntamente o por separado, domiciliada en la ciudad de Puntarenas, Barrio El
Carmen, doscientos metros al norte de la puerta este del estadio municipal Lito
Pérez, objeto principal el comercio en general.—Puntarenas, 1º de noviembre del
2007.—Lic. Marco Aurelio Zúñiga Angulo, Notario.—1 vez.—Nº 63876.—(98868).
Ante mí, a las nueve horas del día cinco de
octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad con domicilio en San Juan
de Tibás denominada Asesoría Administrativa S P de Centroamérica Sociedad
Anónima. Plazo noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin limitación de suma.—Lic. Edgar Barrantes Mora, Notario.—1
vez.—Nº 63877.—(98869).
Por escritura de las diez horas del primero
de noviembre del año en curso, ante nosotros Edgar Barrantes Mora y Mario
Alberto Brenes Arroyo, notarios públicos actuando en el protocolo del primero
se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad S.C.G.H.
Radiólogos Asociados Sociedad Anónima. Se nombra secretario.—Lic. Mario
Alberto Brenes Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 63878.—(98870).
Por escritura de las ocho horas del primero
de octubre del año en curso ante nosotros Edgar Barrantes Mora y Mario Alberto
Brenes Arroyo notarios públicos actuando en el protocolo del primero se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Tac e
Imágenes Médicas San Antonio Sociedad Anónima. Se nombra fiscal.—Lic. Mario
Alberto Brenes Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 63879.—(98871).
Por escritura número cuarenta y cuatro,
otorgada ante el suscrito notario de las ocho horas del día treinta y uno de
octubre del dos mil siete, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria
de socios de Vimaju D L S. A., con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-doscientos cuarenta y siete mil seiscientos cuarenta y ocho,
mediante la cual se reforman las cláusulas quinta y novena del pacto
constitutivo de dicha sociedad y se nombra a los nuevos miembros de la junta
directiva.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Rodolfo
Montero Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 63880.—(98872).
Ante esta notaría y a solicitud de la señora
María Elena Astorga Calderón, en su condición de apoderada generalísima sin
límite de suma de la compañía de esta plaza denominada Industrias Adanis y
Astorga S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-uno cero seis cero nueve
cinco, se protocolizó asambleas generales extraordinarias celebradas en su
domicilio social, los días veinte de agosto y treinta y uno de octubre del dos
mil siete, en las cuales se reforma las cláusulas sexta y sétima del pacto
constitutivo en cuanto a la representación judicial y extrajudicial, de los
inventarios y balances y nombramiento de nueva junta directiva. Presidenta la
señora Astorga Calderón.—San José, 2 de noviembre del dos mil siete.—Lic.
Fernando Beirute Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 63881.—(98873).
Mediante escrituras otorgadas
ante la notaría del Licenciado Freddy Fachler Grinstein, a las 7:00 y 8:00
horas del día 24 de octubre del 2007, se constituyeron las sociedades limitadas
Image Capital Holdings Ltda. y Vision Factory International Ltda.—San
José, 24 de octubre del 2007.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1
vez.—Nº 63882.—(98874).
Ante la notaria María Isabel
González Rojas se constituye Leirfra M SS S. A. Capital 600 mil colones.
Plazo 99 años, domicilio San José, 300 norte de
A las 17:00 horas del 16 de mayo del año
2006, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad
de esta plaza Black Clouds Investments S. A., mediante la cual se
reforma la cláusula segunda de los estatutos. Se nombra junta directiva.—San
José, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1
vez.—Nº 63886.—(98876).
A las 10:00 horas del 31 de octubre del año
2007, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad
de esta plaza Manwe S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas
segunda, quinta y octava y se adicionan las cláusulas décima segunda y décima
tercera de los estatutos. Se nombra junta directiva.—San José, 2 de noviembre
del 2007.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº
63887.—(98877).
Protocolización de asamblea general ordinaria
y extraordinaria de accionistas de Terrazuespavel Cinco Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y vigésima del pacto social.
Escritura otorgada a las 13:00 horas del 1 de noviembre del 2007.—Lic. Cristian
Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—Nº 63889.—(98878).
Protocolización de asamblea general ordinaria
y extraordinaria de accionistas de Terrazumarañon Diez Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y vigésima del pacto social.
Escritura otorgada a las 14:00 horas del 1 de noviembre del 2007.—Lic. Cristian
Calderón Cartín, Notario.—1 vez.—Nº 63890.—(98879).
En esta notaría se otorgó a las 17:00 horas
del cuatro de octubre del 2007. Se constituye la sociedad deportiva Club
Deportivo Concepción F Venus Sociedad Anónima Deportiva, capital es la suma
de diez mil colones, plazo 99 años. Domicilio en Granadilla Sur de
Curridabat.—San José, 1 de noviembre del 2007.—Lic. Sonsire Ivonne Espinoza
Ríos, Notaria.—1 vez.—Nº 63891.—(98880).
Que en escritura pública número
cuatrocientos cuarenta y siete otorgada a las quince horas del cuatro de julio
del dos mil siete, en esta notaría se constituyó la sociedad que se denomina Liberia
Partnership Development Sociedad Anónima. Es todo.—Liberia, 2 de octubre
del año 2007.—Lic. Melania Jirón Estrada, Notaria.—1 vez.—Nº 63893.—(98881).
Que en escritura pública número
ciento cincuenta y nueve otorgada a las once horas del veintiuno de julio del
dos mil seis, en esta notaría se constituyó la sociedad que se denomina Restaurante
Típico
Ante
Ante la notaría, del licenciado
Piero Vignoli Chessler, se constituyó la sociedad denominada Consultores en
Estrategias de Negocios Sociedad Anónima. Capital social diez mil
colones.—San José, 1º de noviembre 2007.—Lic. Piero Vignoli Chessler,
Notario.—1 vez.—Nº 63897.—(98884).
Ante la notaría, del licenciado
Piero Vignoli Chessler, se constituyo la sociedad denominada Avances
Tecnológicos Occidental Sociedad Anónima. Capital social diez mil
colones.—San José, 1º de noviembre 2007.—Lic. Piero Vignoli Chessler,
Notario.—1 vez.—Nº 63898.—(98885).
Por escritura otorgada ante el
suscrito Notario Público a las 18:00 horas del día 30 de octubre de 2007, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Mamilica DK Nueve
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y
seis mil doscientos ochenta y uno, donde se revocan los nombramientos de
presidente, secretario, tesorero y fiscal, y se nombra nuevo presidente,
secretario, tesorero y fiscal por el resto del plazo social.—Heredia, 31 de
octubre de 2007.—Lic. Eugenio Rodríguez Zumbado, Notario.—1 vez.—Nº
63899.—(98886).
Por escritura otorgada ante el
suscrito Notario Público a las 07:00 horas del día 01 de noviembre de 2007, se
constituyó la compañía Alebrijes Sociedad Anónima. Presidente y
Secretario con facultades de Apoderados Generalísimos sin limitación de suma
actuando conjunta o separadamente.—Heredia, 31 de octubre de 2007.—Lic. Eugenio
Rodríguez Zumbado, Notario.—1 vez.—Nº 63900.—(98887).
Ante mi notaría a las 17:00
horas del día 1º de noviembre del 2007, se
protocolizó acta de
asamblea de socios de la entidad 3-101-473737
S. A. Se modifica la cláusula del domicilio.—San José, 1º de noviembre del
2007.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—Nº 63901.—(98888).
Ante esta notaría se constituyó
la sociedad Inversiones Resgu del Este S. A., en escritura número ciento
setenta.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Carmen Ruiz Hernández,
Notaria.—1 vez.—Nº 63904.—(98889).
En
Por escritura otorgada ante el
notario, el día 1º de noviembre del dos mil siete, se constituye la sociedad de
esta plaza denominada Grupo Tierra y Mar Funsealand Sociedad Anónima,
con un capital de cien millones de colones, cuya Presidenta de Junta Directiva
es: Gabriela Ríos Cascante.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Gonzalo
Alberto Ramírez Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 63906.—(98891).
Por escritura otorgada el día de
hoy en esta notaría se constituyó Comercializadora Dariana Sociedad Anónima,
representada por José Francisco Ayala Montes.—Guácimo, 17 de setiembre del
2007.—Lic. Gustavo Armando Edwards Valerín, Notario.—1 vez.—Nº 63907.—(98892).
Ante esta notaría por escritura
de las once horas del dos de noviembre del año en curso, se nombró nueva Junta
Directiva y se reformó cláusula sétima de la sociedad Inversiones Ángel de
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las dieciséis horas y cuarenta y cinco minutos del veintitrés de
octubre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de este domicilio: Divino
Niño Jesús Bendícenos Dos Mil Siete Sociedad Anónima, capital suscrito y
pagado.—San Ramón, 29 de abril de 2007.—Lic. José Rafael Steller Garro,
Notario.—1 vez.—Nº 63909.—(98894).
La suscrita Notaria hace constar
que el día de hoy ante esta Notoría, se modificó la cláusula primera del pacto
social de la compañía Instituto de Estenografía Corta de Costa Rica S. A.,
para que en adelante su razón social sea: Ulacit Sociedad Anónima.—San
José, 1º de noviembre de 2007.—Licda. Ma. Gabriela Sancho Carpio, Notaria.—1
vez.—Nº 63910.—(98895).
La suscrita Marta Emilia Rojas
Carranza, Notaria Pública con oficina abierta en Palmares de Alajuela,
constituí la sociedad denominada Sakura Sociedad de Responsabilidad Limitada,
con un capital social de cien mil colones y un plazo social de noventa y nueve
años. Es todo.—Palmares, 2 de noviembre del año 2007.—Licda. Marta Emilia Rojas
Carranza, Notaria.—1 vez.—Nº 63911.—(98896).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las once horas del día primero de noviembre del año dos mil siete,
se constituyó la sociedad Inversiones Cala-Cala del Este Sociedad Anónima.
Presidente: Alfredo Alvarado Hernández. Capital social: diez mil colones
exactos.—Licda. Evelyn María Obando Pradella, Notaria.—1 vez.—Nº 63914.—(98897).
Ante mí, Pablo Arias González,
notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima
denominada Ridgeway de Atenas Sociedad Anónima, a las quince horas
quince minutos del doce de octubre del dos mil siete. Presidente con la representación
judicial y extrajudicial de la sociedad, quien tendrá las facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, 12 de octubre del 2007.—Lic.
Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 63917.—(98898).
Al ser las 14:00 horas del
primero de noviembre del dos mil siete, según escritura número 306 del tomo 25,
los señores Josué Campos Madrigal y Carlos Francisco Vega Barrantes, comparecen
ante esta notaría a fin de constituir la empresa que se denominará Lote Corredor
Biológico Sociedad Anónima. Domiciliada en Sarchí Norte, Alajuela.—Sarchí,
1º de noviembre del 2007.—Lic. Federico Villalobos Chacón, Notario.—1 vez.—Nº
63918.—(98899).
Que por escritura otorgada ante
mí, los señores Frederick Lanceley Hayden y Mayela María Chaves Rodríguez,
constituyeron las siguientes sociedades: First Lot Cerro de Naranjo Sociedad
Anónima; Tenth First Lot Cirri de Naranjo Sociedad Anónima; Inversiones
Setiembre y Atenas Sociedad Anónima; Inversiones Octubre y Sarchí
Sociedad Anónima e Inversiones Diciembre y Grecia Sociedad Anónima,
todas domiciliadas en la ciudad de Atenas, Alajuela.—Sarchí, 1º de noviembre
del 2007.—Lic. Josué Campos Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 63919.—(98900).
Por acta protocolizada por el
suscrito notario la sociedad Danamedical Sociedad Anónima, nombró nuevo
agente residente y cambió su domicilio social.—San José, primero de noviembre
del dos mil siete.—Lic. Rolando Angulo Gatgens, Notario.—1 vez.—Nº
63920.—(98901).
Por escritura otorgada ante mí,
número ciento sesenta y cuatro, de las diecinueve horas del día diecinueve de
octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Nurasca de San Roque S. A. Domiciliada en San Roque de Barva de Heredia.
Objeto: el comercio en todas sus formas, la industria, la ganadería, la
agricultura y en general toda actividad lucrativa. Plazo social: noventa y
nueve años. Presidenta: Nuria Rodríguez Castillo. Capital social: cien mil
colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones
cada una, suscritas y pagadas.—Lic. Carlos Manuel Chaves Delgado, Notario.—1
vez.—Nº 63921.—(98902).
Ante mi notaría en San José, a
las once horas del de veintiocho de julio del dos mil siete, se constituye
sociedad denominada de nombre Inversiones Dooby de Isidro Sociedad Anónima
S. A., cambió de junta de sociedad y el presidente: Isidro Fernando
Segura Montoya. Capital: suscrito y pagado.—San José, 12 de octubre del
2007.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—Nº 63922.—(98903).
Ante mi notaría, a las diez
horas del día treinta y uno de octubre del dos mil siete, se cambia el
domicilio de sociedad denominada El Sol Chorotega S.C S. A. Presidenta
la señora: Marcia Viviana Solano Castro. Capital: suscrito y pagado.—San José,
31 de octubre del 2007.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—Nº
63923.—(98904).
Por escritura otorgada ante mí,
a las doce horas del primero de noviembre del dos mil siete, constitución de
sociedades denominadas Inmobiliaria
Por escritura otorgada ante mí,
a las diez horas del primero de noviembre del dos mil siete, constitución de
sociedades denominadas The Caramels and Rel Flowers; The Chocolate -
Shoes; The Citrus and Sugar Sociedad Anónima. Presidente: Stanley
Mejía.—Lic. Kathya Salas Guevara, Notaria.—1 vez.—Nº 63930.—(98906).
Mediante escritura otorgada a
las 10:00 horas del 1º de noviembre del 2007, se constituyó de conformidad con
el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta
y uno-J, del catorce de junio del dos mil seis, una sociedad anónima cuya razón
social será la cédula jurídica que le asigne de oficio el Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional. Domicilio social: Heredia, Santo Domingo,
Calle Ronda, seiscientos metros al este del antiguo Beneficio Montealegre.
Objeto: comercio y la industria en todas sus formas.—San José, 2 de noviembre
del 2007.—Lic. Allan Maklouf Maklouf, Notario.—1 vez.—Nº 63931.—(98907).
Por escritura otorgada hoy ante
nosotros Amaneceres de Navona S. A., reformó las cláusulas segunda y
octava del pacto constitutivo, y nombró junta directiva y fiscal. Notarios:
Yanit Arias Herrera y Franklin Matamoros Calderón.—San José, 26 de octubre del
2007.—Lic. Franklin Matamoros Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 63935.—(98908).
Por escritura otorgada hoy ante
nosotros, se constituyó Prindisa Shared Service Center Limitada, con
domicilio en San Antonio de Belén, Heredia. Capital social: pagado. Plazo
social: 100 años. Notarios: Yanit Arias Herrera y Franklin Matamoros
Calderón.—San José, 26 de octubre del 2007.—Lic. Franklin Matamoros Calderón,
Notario.—1 vez.—Nº 63936.—(98909).
Por escritura otorgada hoy ante
nosotros, se constituyó Prindisa Industrial Park Limitada, con domicilio
en San Antonio de Belén, Heredia. Capital social: pagado. Plazo social: 100
años. Notarios: Yanit Arias Herrera y Franklin Matamoros Calderón.—San José, 26
de octubre del 2007.—Lic. Franklin Matamoros Calderón, Notario.—1 vez.—Nº
63937.—(98910).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 11:00 horas del 29 de agosto del 2007, se constituyó la sociedad
denominada Grupo America Gruam Sociedad Anónima. Capital: suscrito y
pagado.—San José, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Rodney Zamora Rojas, Notario.—1
vez.—Nº 63940.—(98911).
Por escritura otorgada ante mí,
a las nueve horas del treinta y uno de octubre del dos mil siete, se constituyó
la sociedad Platinum KK Investments Limitada. Capital social: totalmente
suscrito y pagado.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic.
André Wells Downey, Notario.—1 vez.—Nº 63941.—(98912).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las ocho horas del treinta y uno de octubre del dos mil
siete, se hacen nuevos nombramientos en la junta directiva y se le aumenta el
capital de la sociedad Farga Sociedad Anónima.—San José, treinta y uno
de octubre del dos mil siete.—Lic. Alexander Uhrig Martínez, Notario.—1 vez.—Nº
63946.—(98913).
Por escritura otorgada a las
quince horas de hoy, se constituyó Maxiconsumo Sociedad Anónima.
Domicilio: San José. Plazo: 99 años. Capital: íntegramente suscrito y pagado.
Objeto: comercio, agricultura, ganadería, industria.—San José, tres de octubre
del dos mil siete.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº
63950.—(98914).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las nueve horas del día veinticinco de octubre del dos mil
siete, se constituyó la sociedad denominada Corporación Varriet Sociedad
Anónima. Capital social: suscrito y pagado. Presidente: Juan Rafael Vargas
Arrieta. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 2 de noviembre del 2007.—Lic.
Eric Rodríguez Steller, Notario.—1 vez.—Nº 63951.—(98915).
Las señoras: Leda Cristina
Madrigal Saborío y Teresa Saborío Valverde, conforman la sociedad que se
denominará Inversiones Marijo Ochenta y Nueve Sociedad Anónima.
Presidenta: Leda Cristina. Mediante escritura otorgada en Puriscal, ante el
notario Álvaro Herrera Madrigal, a las once horas del veintiséis de octubre del
dos mil siete. Escritura número 109 del tomo cuarenta y siete de mi
protocolo.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Álvaro Herrera Madrigal,
Notario.—1 vez.—Nº 63954.—(98917).
Andrea Hulbert Volio, notaria
pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que en fecha treinta
y uno de octubre del dos mil siete, se modificó el estatuto y se nombró nuevo
presidente de la sociedad Cien Mil Ocho Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-uno cero uno-dos cero uno uno cero ocho.—San José,
primero de noviembre del dos mil siete.—Lic. Andrea Hulbert Volio, Notaria.—1
vez.—Nº 63955.—(98918).
Ante mí, a las once horas del
día primero de noviembre del dos mil siete, los señores Ignacio Esquivel
Seevers y Roberto Quintana Chaves, constituyen la sociedad Casa Bella Decr
Sociedad Anónima.—San José, primero de noviembre del dos mil siete.—Lic.
Flory Gabriela Arrieta Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 63956.—(98919).
Ante esta notaría y mediante
escritura número veintisiete, los señores Daniela Lucía Chin Pampillo y Cesar
Armando Montero Montero González, constituyen la sociedad denominada DLCA y
Asociados Sociedad Anónima. Representada por su presidente y secretario,
quienes actúan conjunta o separadamente. Es todo.—San José, veinticuatro de
octubre del dos mil siete.—Lic. María Cristina Solís Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº
63961.—(98920).
En mi notaria por escritura
número seis otorgada en San José, a las once horas treinta minutos del cinco de
octubre del año dos mil siete, del tomo primero, se constituyó la siguiente
sociedad anónima: Pack Systems Sociedad Anónima, con un capital social
de diez mil colones. Domiciliada en Cartago. Representantes: presidente y
secretario.—San José, 1° de noviembre del 2007.—Lic. Carlos Francisco Soto
Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 63962.—(98921).
En mi notaría por escritura
número seis otorgada en San José, a las diez horas treinta minutos del treinta
de octubre del año dos mil siete, del tomo primero, se constituyó la siguiente
sociedad anónima: Cow Parade San José Dos Mil Ocho Sociedad Anónima, con
un capital social de diez mil colones. Domiciliada en San José. Representantes:
presidente y secretario.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic. Carlos
Francisco Soto Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 63963.—(98922).
En asamblea general ordinaria y
extraordinaria de Maná Transfer de Escazú Sociedad Anónima, celebrada el
día 30 de setiembre del 2007, se nombró nuevo presidente y tesorero, por el
resto del plazo social. Así consta en escritura pública número cuarenta y uno
del día primero de octubre del 2007, otorgada ante los notarios públicos Jorge
Eugenio Porras Mora y Marco Acuña Esquivel.—San José, 31 de octubre del
2007.—Lic. Marco Acuña Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 63964.—(98923).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 16:00 horas del 31 de octubre de 2007, se constituyó la compañía Importaciones
En escritura doscientos treinta
y tres-trece de
En escritura Nº 24 otorgada a
las 13:30 horas del 29 de octubre de 2007, tomo dos del protocolo de esta
notaría, se constituyó: PE W- Pacific Exca Sociedad Anónima.—San
José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Adriana Chavarría Araya, Notaria.—1 vez.—Nº
63968.—(98926).
En esta notaría, a las trece
horas del veinticinco de octubre del dos mil siete, mediante escritura número
ciento ochenta y cuatro, se constituyó la compañía cuya denominación será su
número de cédula de persona jurídica asignado por el Registro Nacional más las
palabras Sociedad Anónima. Domicilio: Zona Fluca de Ángeles de Fortuna,
San Carlos, Alajuela, setecientos metros al norte del Camposanto del lugar.
Objeto: la agricultura, la ganadería, el comercio, la industria, el turismo y
bienes raíces. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil
colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de un mil colones
cada una. Presidente: Arsenio Méndez Villegas, cédula número dos-ciento ochenta
y seis-novecientos noventa y ocho, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite suma.—Lic. Luis Gerardo Valenciano Salazar, Notario.—1 vez.—Nº
93944.—(98982).
El suscrito Asdrúbal Alfaro
Miranda, notario público con oficina en Alajuela, hace constar que mediante
escritura pública número 332-12 otorgada en mi notaría, el día 1° de noviembre
del 2007, se constituyó Piscinas del Sol Ilussions S. A.—Alajuela,
1° de noviembre del 2007.—Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, Notario.—1
vez.—(99016).
Ante esta notaría con fecha
siete de julio del dos mil siete, se constituyó la sociedad Anónima denominada Santa
Ana Flats Holdings Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Barrio
Luján. Cuyo capital social fue íntegramente suscrito y pagado por los socios
constituyentes. Es todo.—San José, 8 de julio del 2007.—Lic. Juan Carlos Ayala
Montero, Notario.—1 vez.—(99018).
Ante esta notaría con fecha
veinticinco de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima
denominada Familia Varji y Asociados Sociedad Anónima, con domicilio en
San José, San Vicente de Moravia. Cuyo capital social fue íntegramente suscrito
y pagado por los socios constituyentes. Es todo.—San José, 26 de octubre del
2007.—Lic. Juan Carlos Ayala Montero, Notario.—1 vez.—(99019).
Ante esta notaría con fecha
siete de julio del dos mil siete, se constituyó la sociedad Anónima denominada Feddick
Holdings Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Barrio Luján. Cuyo
capital social fue íntegramente suscrito y pagado por los socios
constituyentes. Es todo.—San José, 8 de julio del 2007.—Lic. Juan Carlos Ayala
Montero, Notario.—1 vez.—(99020).
El suscrito Asdrúbal Alfaro
Miranda, notario público con oficina en Alajuela, hace constar que mediante
escritura pública número 333-12 otorgada en mi notaría, el día 2 de noviembre
del 2007, se constituyó Alimentos y Bebidas M Y M Alajuela S. A.—Alajuela,
17 de noviembre del 2007.—Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, Notario.—1
vez.—(99021).
Por escritura de las 15:00 horas
de hoy se constituyó la compañía L. Cinco H.R. S. A., apoderado:
presidente. Plazo: 99 años. Domicilio: Alajuela. Objeto: Inversiones, venta Mobiliarias
e Inmobiliarias.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Joaquín Alonso Pérez
Calvo, Notario.—1 vez.—(99023).
Por escritura de las 15:00 horas
de hoy se constituyó la compañía Autos Cinco H.R. S. A. Apoderado:
presidente. Plazo: 99 años. Domicilio: Alajuela. Objeto: Inversiones, venta
mobiliarias e inmobiliarias.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Joaquín
Alonso Pérez Calvo, Notario.—1 vez.—(99024).
La suscrita notaria hago constar
que hoy se ha constituido ante mí, la empresa ML Doscientos Ochenta Negro
Obsidiana S. A. Presidente Julián Burlage Schott.—San José, 05 de noviembre
del 2007.—Lic. _Annette Tapia Zumbado, Notaria.—1 vez.—(99045).
Hoy ante esta notaría se
constituyo Inmobiliaria Carvajal Ulloa Limitada. Capital social cien mil
colones. Representada por diez títulos comunes y nominativos de diez mil
colones. Plazo noventa y nueve años. Domicilio San José. Gerentes con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando en forma
conjunta.—San José, 02 de noviembre del 2007.—Lic. Alejandro Fernández
Carrillo, Notario.—1 vez.—(99052).
Que el día de hoy, el suscrito
Notario Público, ha protocolizado acta de asamblea extraordinaria de socios de Korat
Investments Sociedad Anónima, donde se revocan los nombramientos del
presidente y secretario de la junta directiva y se nombra a las personas que
ocuparán los nuevos cargos.—San José, 31 de octubre del 2007.—Lic. José Carlos
Álvarez Varela, Notario.—1 vez.—(99054).
Ante esta notaría, Jorge Jara
Ayub y Lesbia Ayub Lacayo constituyen Grupo Jal-Ayub Sociedad Anónima.
Escritura otorgada en Alajuela a las dieciocho horas del día dos de noviembre
del dos mil siete.—Lic. Selma Alarcón Fonseca, Notaria.—1 vez.—(99055).
Por escritura otorgada hoy ante
mí, Kimberly-Clark Costa Rica S. A., se transforma en sociedad limitada,
reforma estatutos y nombra gerente y subgerentes.—San José, 05 de noviembre del
2007.—Lic. Yanit Arias Herrera, Notaria.—1 vez.—(99066).
Por escritura otorgada ante mí,
a las quince horas del treinta de octubre de dos mil siete, protocolizo acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Vía Golán Veintitrés
Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sexta del pacto
social, se nombra presidente, fiscal y agente residente.—Heredia, 30 de octubre
del 2007.—Lic. Luis Alberto Varela Campos, Notario.—1 vez.—(99068).
Por escritura número cuatro,
otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día veintitrés de octubre del
año dos mil siete, se protocolizó el acta número uno de la sociedad Las Nubes
Narvik Dieppe S. A., mediante la cual se transformó de sociedad anónima a
sociedad de Responsabilidad Limitada y se nombra gerente y agente
residente.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Luis Moshe Lechtman Meltzer,
Notario.—1 vez.—(99069).
Por escritura número tres,
otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día veintitrés de octubre del
año dos mil siete, se protocolizó el acta número dos de la sociedad Inversiones
Internacionales de Chattswortth S. A., mediante la cual se reformó las
cláusulas primera, segunda y sexta de los estatutos de la sociedad y se nombró
nueva junta directiva.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Luis Moshe
Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(99070).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las diez horas del cinco de noviembre del dos mil siete, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios, de Grupo S Y
C Sachel Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos cuatro mil cuatrocientos setenta y siete. En la que se nombra
nuevo presidente, secretario, fiscal y cambia su domicilio.—San José, 05 de
noviembre del 2007.—Lic. Royner Barrientes Alfaro, Notario.—1 vez.—(99094).
Por escritura número 112-2,
otorgada a las 17:00 horas del 18 de octubre del 2007, ante este Notario Jacobo
Alter Montvelisky, se protocolizan acuerdos de acta de Los Sueños Fundation
For Schools donde se da la sesión de Junta Administrativa.—Puntarenas, 02
de noviembre del 2007.—Lic. Jacobo Alter Montvelisky, Notario.—1 vez.—(99099).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, el día dos de noviembre del dos mil siete, a las catorce horas, se
constituyó Servicios de Encomiendas y Transportes Kendall C & S Sociedad
Anónima. Domicilio social: Santa Elena Monteverde, Puntarenas, veinticinco
metros sur del Supermercado
Por escritura otorgada ante esta
notaría, el día cuatro de octubre del dos mil siete, a las ocho horas, se
reformó la cláusula octava (cambio de facultades) de Almacén Agro Verde
Sociedad Anónima.—Monteverde, Puntarenas, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Guerin
Lacayo González, Notario.—1 vez.—(99101).
Por escritura otorgada ante el
suscrito Notario, a las quince horas del día primero de noviembre del año dos
mil siete; se constituyó la sociedad denominada Centro Comercial Plaza
Fortuna & Tecnomar Computer Center M & R Sociedad Anónima, por un
plazo social de noventa y nueve años, con un capital social de diez mil
colones, y su domicilio será: su domicilio social será la ciudad de
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las trece horas del día primero de noviembre del año dos
mil siete; se constituyó la sociedad denominada Corporación Agropecuaria San
Francisco S & D Mil Novecientos Sesenta y Seis Sociedad Anónima, por un
plazo social de noventa y nueve años, con un capital social de diez mil
colones, y su domicilio será: su domicilio social será la ciudad de
Por escritura número ciento
sesenta y cuatro de las once horas del cinco de noviembre del dos mil siete,
otorgada ante
Por escritura número ciento
sesenta y tres de las once horas del dos de noviembre del dos mil siete,
otorgada ante
Por escritura número treinta y
cinco-treinta y seis, otorgada ante los notarios Juvenal Sánchez Zúñiga y
Alberto Sáenz Roesch, a las doce horas con treinta minutos del día primero de
noviembre del año dos mil siete, se reforma la cláusula primera de la compañía Corporación
Rincón Celestial S. A.—San José, 1 de noviembre del 2007.—Lic. Juvenal
Sánchez Zúñiga, Notario.—1 vez.—(99113).
Por escritura número uno-trece,
otorgada ante los Notarios Jorge González Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, a
las diez horas treinta minutos del día treinta y uno de octubre del año dos mil
siete, se reforma la cláusula segunda, novena y se nombra nueva junta directiva
y fiscal de la compañía Inmobiliaria Piedra Laja Sociedad Anónima.—San
José, 01 de noviembre del 2007.—Lic. Juvenal Sánchez Zúñiga, Notario.—1
vez.—(99117).
3-101-485965 S. A., modifica cláusula primera y
vigésimo segunda. Nombra nueva junta directiva y fiscal. Escritura otorgada
ante mi notaría a las 9:00 horas del 5 de noviembre del 2007.—Lic. Juan Carlos
Esquivel Favareto, Notario.—1 vez.—(99118).
Ante
Por escritura otorgada ante mí,
a las diez horas del dos de noviembre del dos mil siete, Juan Portela
Palavicini protocolizó acta de asamblea general ordinaria de socios de la
entidad Concierge Premium Services S. A., celebrada en su domicilio
social a las nueve horas del primero de noviembre del dos mil siete, en la que
se modificó el domicilio, cláusula sexta y nombró secretaria y
tesorera.—Alajuela, 05 de noviembre del 2007.—Lic. Rodrigo Chacón Martínez,
Notario.—1 vez.—(99124).
Por escritura otorgada ante mí,
a las dieciséis horas del veintiséis de octubre del dos mil siete, Juan Portela
Palavicini protocolizó acta de asamblea general ordinaria de socios de la
entidad Inmobiliaria Kigelia K H V S. A., celebrada en su domicilio
social a las ocho horas del veintinueve de mayo del dos mil tres, en la que se
modificó el domicilio y nombró junta directiva.—Alajuela, 05 de noviembre del
2007.—Lic. Rodrigo Chacón Martínez, Notario.—1 vez.—(99125).
El suscrito Notario hace constar
que mediante escritura número sesenta y dos del tomo tres de mi protocolo se
constituyó la compañía Tambor Hospitality Services Sociedad Anónima, con
domicilio en la ciudad de San José, Escazú, ochocientos metros al este de
Scotiabank y cien al sur. Presidente: Jerry Ten Brink Tabah. Es todo.—San José,
5 de octubre del 2007.—Lic. Mario Varela Martínez, Notario.—1 vez.—(99126).
Por escritura número 79 otorgada
a las 11:00 horas del 01 de noviembre del 2007, la sociedad Arena Blanca de
Costa Rica Sociedad Anónima protocoliza actas 4, 5, 6, 7 y 8_, mediante las
cuales se reforma las cláusulas segunda y novena de sus estatutos y nombra
nueva junta directiva.—San José, 5 de noviembre del 2007.—Lic. Ligia Rojas
Valverde, Notaria.—1 vez.—(99129).
Por escritura otorgada hoy, ante
el suscrito Notario, los señores Enrico Giordano Sesia y Max Doninelli Peralta
constituyen la sociedad FSA Limitada, para dedicarse por cien años y con
domicilio en la ciudad de San José, a la industria y comercio en general.
Capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, 01 de noviembre del
2007.—Lic. Cristina Acosta Páez, Notaria.—1 vez.—(99130).
Belle Vista Sociedad Anónima y
Stephen Wayne Hertzog constituyen 17 sociedades, ajustadas de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, publicado en
el Diario Oficial
Mediante escritura de las quince
horas del dos de noviembre del año del dos mil siete, Ronald Antonio Mendoza
García y Daniel Alonso Arce Barboza, constituyen la sociedad Ronald y Daniel
S. A. Presidente: Ronald Antonio Mendoza García. Plazo: noventa y nueve
años. Capital social: cien mil colones representado por cien acciones comunes y
nominativas de mil colones cada una. Objeto: actividades de comercio,
transporte, la industria, la agricultura y la ganadería en general,
etc.—Guadalupe, cinco de noviembre del 2007.—Lic. Miguel Ángel Alfaro Muñoz,
Notario.—1 vez.—(99134).
Por escritura otorgada a las
diez horas del día cinco de noviembre del presente año, se protocoliza acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Importadora
El Trovador Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforma la cláusula
segunda del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la
sociedad.—San José, 05 de noviembre del 2007.—Lic. Uri Weinstok Mendelewicz,
Notario.—1 vez.—(99137).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria, a las 9:00 horas del 24 de octubre del dos mil siete, se
constituye la sociedad Academia de Etiqueta y Protocolo Eleganza Ltda.
Representación: un Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma. Domicilio: Heredia, San Pablo, del Más x Menos 100 metros sur, 100
este y 75 norte. Objeto: administración de una academia de etiqueta y
protocolo. Capital: diez mil colones totalmente suscrito y pagado en
efectivo.—Lic. Glenda Burke Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 63973.—(99144).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria, a las 18:00 horas del 23 de octubre del dos mil siete, se
constituye la sociedad J&J Aplicaciones Casco Amarillo Ltda.
Representación: dos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma. Domicilio: Heredia, San Rafael, San Josecito, Condominio
Angarillas, casa Nº 56. Objeto: desarrollo de aplicaciones de excel,
consultoría en comercio electrónico. Capital: diez mil colones totalmente
suscrito y pagado en efectivo.—Lic. Glenda Burke Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº
63974.—(99145).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria, a las 14:30 horas del 31 de octubre del 2007, se constituye
la sociedad Biroga Caribe Ltda. Representación: dos gerentes con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: Heredia,
San Rafael, Ángeles, Residencial Del Monte, Casa B Ocho. Objeto: inversión y
administración de bienes raíces. Capital: diez mil colones totalmente suscrito
y pagado en efectivo.—Lic. Glenda Burke Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº
63975.—(99146).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15:00 horas del 01 de noviembre del dos mil siete, se
protocolizó el acta número dos de la asamblea general extraordinaria de la
sociedad Global Asset Management Enterprise GAME S. A., en la cual se
reforma el domicilio.—Heredia, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Glenda Burke
Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 63976.—(99147).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15:15 horas del 1º de noviembre del 2007, se protocolizó el acta
número dos de la asamblea general
extraordinaria de la
sociedad Maravillas
Investments MISA S. A., en la cual se reforma el domicilio.—Heredia, 1º de
noviembre del 2007.—Lic. Glenda Burke Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº
63977.—(99148).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15:30 horas del 1º de noviembre del 2007, se protocolizó el acta
número dos de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones
Mahalo MMO S. A., en la cual se reforma el domicilio.—Heredia, 1º de
noviembre del 2007.—Lic. Glenda Burke Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº
63978.—(99149).
Mediante escritura pública
otorgada a las doce horas del veinticinco de octubre del dos mil siete, ante la
notaria Laura Granera Alonso, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria
de la sociedad: Conducen S. A. Asimismo, se acuerda la
transformación de la sociedad para que de ahora en adelante se transforme a una
sociedad de responsabilidad limitada, de acuerdo con las disposiciones del
Código de Comercio. En el mismo acto y por virtud de la transformación de la
sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, se acuerda la reforma
integral del pacto social vigente de la compañía.—San José, veinticinco de
octubre del dos mil siete.—Lic. Laura Granera Alonso, Notaria.—1 vez.—Nº
63979.—(99150).
Ante esta notaría, mediante
escritura pública número catorce, otorgada en la ciudad de Santa Cruz,
Guanacaste, ciento setenta y cinco metros al sur del edificio municipal; a las
diez horas veinte minutos del día dos de noviembre del año dos mil siete, se
protocolizó acta número dos de asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad Waterfront Enterprises Sociedad Anónima, mediante la cual
se procede acordar la liquidación de dicha sociedad. Se nombra liquidador al
señor Rodrigo González Hernández.—Santa Cruz, Guanacaste, dos de noviembre del
dos mil siete.—Lic. Álvaro Jesús Guevara Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº
63980.—(99151).
Por esta escritura número 033-03
del tomo 03 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en
esta ciudad a las 13:00 horas del 31 de octubre del dos mil siete, la sociedad
costarricense denominada 3-102-470976 S.R.L., cédula jurídica
tres-ciento dos-cuatrocientos setenta mil novecientos setenta y seis. Modifica
sus estatutos.—San Isidro de El General, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Casimiro
Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 69981.—(99152).
Por escritura otorgada ante mí
el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada DCR Tecnology
Sociedad Anónima. Objeto: comercio, industria, agricultura, ganadería y la
prestación de servicios en general. Plazo social: 99 años. Capital social:
¢1.200.000,00 suscrito y pagado. Presidente: César Calderón Arias.—San José, 25
de octubre del 2007.—Lic. Jorge Sánchez Chacón, Notario.—1 vez.—Nº
63982.—(99153).
Por escritura número ciento
sesenta-treinta y seis, otorgada ante mi notaría a las ocho horas del dos de
noviembre del 2007, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria
de accionistas de Taller Don Pedro S. A., mediante la cual se nombra
nueva junta directiva y se reforma la cláusula octava del pacto
constitutivo.—San José, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Dora María Fernández
Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 63983.—(99154).
Alejandro Achoy Hernández,
notario público domiciliado en Turrialba avisa, que al ser las 10:00 horas del
21 de setiembre del año 2007, mediante escritura número 267, iniciada al folio
185 frente y vuelto y ciento ochenta y seis frente del tomo 01 de mi protocolo
los señores Bryan Castro Vega y Dayana Karina Herrera Cerdas, constituyen Soluciones
en Ingeniería y Seguridad Costa Rica Sociedad Anónima. Domiciliada en San
José, siendo apoderado generalísimo sin límite de suma Bryan Castro Vega.—Turrialba,
1º de noviembre del 2007.—Lic. Alejandro Achoy Hernández, Notario.—1 vez.—Nº
63985.—(99155).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diecisiete horas treinta minutos del día dos de noviembre del
año dos mil siete, se constituye la sociedad denominada Transportes Hermanos
Murias Don Chepe Cinco de Noviembre Sociedad Anónima.
Domicilio social: República de Costa Rica, provincia de Cartago, cantón de
Turrialba, distrito
Ante esta notaría se ha
constituido la empresa denominada Transportes Granados de Hojancha
Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. Plazo social
de noventa y nueve años y donde figuran como presidente y secretario y
representantes judiciales y extrajudiciales con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma de la compañía Miguel Ángel Granados Porras y
María Tranquilina Obregón Castrillo, respectivamente.—Nicoya, 2 de noviembre
del 2007.—Lic. Erick Guerrero Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 63987.—(99157).
Ante esta notaría, Milena de
Lourdes Zavaleta Castillo, cédula de identidad número 1-595-142, constituye
sociedad denominada Bambupark S. A.—San José, 2 de noviembre del
2007.—Lic. Edgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—Nº 63988.—(99158).
Ante esta notaría, Milena de
Lourdes Zavaleta Castillo, cédula de identidad número 1-595-142, constituye
sociedad denominada Comercializadora Bambú del Este S. A.—San
José, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Edgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—Nº
63989.—(99159).
Ante esta notaría, Milena de
Lourdes Zavaleta Castillo, cédula de identidad número 1-595-142, constituye
sociedad denominada Nirozaba de Costa Rica S. A.—San José, 2 de
noviembre del 2007.—Lic. Edgar Hernández Mora, Notario.—1 vez.—Nº
63990.—(99160).
Que en mi notaría se reformaron
estatutos de la sociedad Loma de Comadreja S. A., a las
10:30 horas del 2 de noviembre del 2007. Presidente: Robert Bruce Milstead.—San
José, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Minor Zamora Castellón, Notario.—1 vez.—Nº
63991.—(99161).
Ante la suscrita notaria Kerling
Araya Madrigal, se constituyó una sociedad la cual se faculta al Registro de
Personas Jurídicas para que como denominación social establezca el número de
persona jurídica que le sea asignado, al cual deberá seguirse con el aditamento
“Responsabilidad Limitada”, el cual podrá abreviarse “Ltda.”.
Domiciliada mil metros al sur de la escuela de San Antonio de Sabalito, Coto
Brus, Puntarenas.—Sabalito, Coto Brus, a las dieciséis horas del primero de
noviembre del dos mil siete.—Lic. Kerling Araya Madrigal, Notaria.—1 vez.—Nº
63992.—(99162).
Por escritura número ciento
ochenta y siete se constituye la sociedad denominada IMCS Assitance
Inc & Esv Sociedad Anónima. Presidente: Edmund Santiago.—San José,
primero de noviembre del dos mil siete.—Lic. José Manuel Mojica Cerda,
Notario.—1 vez.—Nº 63995.—(99163).
Ante esta notaría a las nueve
horas con cuarenta y cinco minutos del día veinticuatro de octubre del dos mil
siete, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Maylen Geannina
Sociedad Anónima.—Upala, treinta y uno de octubre del dos mil
siete.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 63996.—(99164).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17:00 horas del 2 de noviembre del 2007, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Osblana Treinta
y Uno Doce Sociedad Anónima, en donde se reforman las cláusulas
quinta, sétima y octava del pacto social.—San José, 2 de noviembre del
2007.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1 vez.—Nº 63998.—(99165).
Por escritura número 256-7
otorgada ante mí, a las 10:10 horas del 13 de setiembre del 2007, se constituye
la sociedad Cerros Blancos de
Por escritura número 262-7
otorgada ante mí, a las 11:10 horas del 13 de setiembre del 2007, se constituye
la sociedad Cerros Dorados de
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las 8:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Tierra
Cosmética S. A. Plazo: 99 años.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic.
Zaida Zúñiga Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 64003.—(99168).
En esta notaría se constituyó la
compañía Wasco Consultorías Sociedad Anónima. El objeto social
será brindar consultorías en gerencia técnica de mercadeo y ventas. Plazo
social: 99 años. Domicilio social: Tres Ríos de Cartago. Capital social:
totalmente suscrito y pagado.—San José, 3 de noviembre del 2007.—Lic. María de
los Ángeles Jiménez Acuña, Notaria.—1 vez.—Nº 64004.—(99169).
Protocolización de actas de la
sociedad Sociedad Anónima Taclare, donde se modifica pacto constitutivo
y cambio de junta directiva. Escritura de las 10:00 horas del día 31 de octubre
del 2007.—Lic. Ana Gabriela Massey Machado, Notaria.—1 vez.—Nº 64005.—(99170).
Ante esta notaría se constituyó
la sociedad Modificaciones Estructurales Ramonenses Sociedad Anónima.
Domicilio en San Isidro de San Ramón. Plazo: noventa años. Capital social:
noventa mil colones. Fecha de constitución: tres de noviembre del dos mil
siete.—Lic. Ana Luz Villalobos Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 64008.—(99171).
Ante esta notaría a las trece
horas del día treinta de mayo del dos mil siete, se constituye la empresa Conservatory
Of Fallen And Harvested Timber Sociedad Anónima. Plazo: cincuenta años.
Presidente: Friedrich Wolfgang Sebatían.—San José, 30 de octubre del 2007.—Lic.
Óscar Alberto Pérez Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 64007.—(99172).
En mi notaría a las ocho horas
del veinticuatro de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Vitezamo
y Asociados Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Domicilio:
San José, Pozos de Santa Ana. Plazo social: cien años a partir de su
constitución. Presidente y secretario con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—San José, veintiséis de octubre del dos mil
siete.—Lic. Dora María Figueroa González, Notaria.—1 vez.—Nº 64010.—(99173).
Por asamblea de socios de las
sociedades denominadas Toucan Properties L L C S.R.L. y B M V L Fifty
Three Bamboo Shoots S. A., modifican cláusula de representación.—San José,
18 de octubre del 2007.—Lic. Karol Claudel Palma, Notaria.—1 vez.—Nº
64011.—(99174).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las once horas del día treinta de octubre del dos mil siete, se
constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Vista Quinta Sociedad Anónima.
Capital social: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Presidente:
Carlos Armando Contreras Dam.—Lic. María Lilly Alvarado Acosta, Notaria.—1
vez.—Nº 64012.—(99175).
Por escritura otorgada hoy ante
mí, a las 12:00 horas, Rolando Bonilla Madriz, Natalia Bonilla Pérez, Melissa
Bonilla Pérez, Hannia Pérez Morais y Rolando José Bonilla Pérez, constituyeron
la compañía en nombre colectivo Rolando Bonilla, Consultores & Asociados,
para la prestación de servicios profesionales en el ramo de
Mediante escritura número
noventa y cuatro otorgada a las catorce horas del dos de noviembre del dos mil
siete, visible al folio ochenta y dos frente del tomo trece del suscrito
notario, se constituyó la sociedad denominada Veterinaria Ganagro Sociedad
Anónima. Es todo.—San José, a las quince horas del dos de noviembre del dos
mil siete.—Lic. Ignacio Beirute Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 64015.—(99177).
Por escritura otorgada en San
José, a las doce horas del primero de noviembre del dos mil siete, ante la
notaría de Laura Avilés Ramírez, se constituyó la sociedad anónima denominada Clínica
por su Salud Patryliz Sociedad Anónima, con un capital de cien mil colones,
representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada
una, cuya representación judicial y extrajudicial corresponden al presidente y
al secretaria, cargo que ostentan los señores Jorge Luis León Gonzáles y Zaida
Rodríguez Cruz, respectivamente. Es todo.—San José, primero de noviembre del
dos mil siete.—Lic. Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 64017.—(99178).
Protocolización de asamblea
general extraordinaria de accionistas de 3-101-461444 sociedad
anónima, mediante la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos.
Escritura otorgada a las 16:00 horas del 2 de noviembre del 2007.—Lic. María
Gabriela Bogantes González, Notaria.—1 vez.—Nº 64019.—(99179).
En esta notaría comparecieron
Manfred Cyrman Alvarado y Maureen Patricia de los Ángeles Muñoz Calderón, para
constituir una sociedad anónima cuya denominación será el número de cédula
jurídica que le asigne el Registro Nacional. Capital social: doscientos mil
colones. Objeto: comercio, industria, etc. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.
Presidente: Manfred Cyrman Alvarado y secretaria Maureen Patricia de los
Ángeles Muñoz Calderón. Presidente con 1253 Código Civil. Escritura otorgada en
San José, a las 13:00 horas del 2 de noviembre del 2007.—Lic. Kathia Valverde
Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 64020.—(99180).
Ante mi notaría a las dieciocho
horas del treinta de octubre del año dos mil siete, constituí sociedad Costarrican
Buildings and Logistic Sociedad Anónima, la representación judicial y
extrajudicial le corresponderá al presidente y al secretario quienes podrán
actuar de forma conjunta o separadamente.—Palmares, cinco de noviembre del dos
mil siete.—Lic. Oliva Fernández Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 64021.—(99181).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 8:00 horas del 26 de octubre del 2007, se protocoliza acta de la
empresa Corporación Selva Negra Asmi S. A., mediante la cual reforma la
cláusula primera del nombre para que en adelante se llame Community Costa
Rica Uno S. A.—Lic. Teresita Miranda Bermúdez, Notaria.—1 vez.—Nº
64025.—(99182).
Por escritura otorgada a las
ocho horas de hoy se constituyó la sociedad Círculo Ganadero Jenkins y
Jenkins Sociedad Anónima, con domicilio en Tilarán, Guanacaste, su
capital totalmente suscrito y pagado y como objeto todas las ramas del
comercio, la industria, la agricultura y la ganadería.—San José, cuatro de
noviembre del dos mil siete.—Lic. Aymará Fernández Madrid, Notaria.—1 vez.—Nº
64026.—(99183).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria, a las 10:00 horas del 18 de octubre del 2007, se constituyó
la sociedad Brisas de Tunisia CR S. A.—San José, 2 de del
2007.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 64030.—(99184).
Por escritura otorgada ante mí,
se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad
denominada Las Terrazas de los Condes Griegas T. C. G.
Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula segunda: del domicilio, décima:
de la representación y se hacen nuevos nombramientos. Décimo segunda: se deja
sin efecto dicha cláusula por cuanto la sociedad no contará con vigilancia.—San
José, 4 de noviembre del 2007.—Lic. María Gabriela Sandoval Chinchilla,
Notaria.—1 vez.—Nº 64031.—(99185).
Por escritura número trece
visible al folio siete vuelto del tomo cuarenta y ocho de mi protocolo, otorgada
a las 9:00 horas del día 25 de octubre del año 2007, se constituye la empresa Modas
Liberia Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 25 de octubre del 2007.—Lic.
Harry Wohlstein Rubinstein, Notario.—1 vez.—Nº 64032.—(99186).
Mediante escritura número ciento
treinta y nueve visible al folio ciento doce vuelto del tomo tercero de mi
protocolo, otorgada a las veinte horas del día veintitrés de octubre del año
dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Socios en
Mediante escritura número ciento
treinta y dos visible al folio ciento tres frente del tomo tercero de mi
protocolo, otorgada a las trece horas del día once de octubre del año dos mil
siete, se constituyó la sociedad denominada Desarrollo Las Concavas DLC
Sociedad Anónima. Es todo.—San José, primero de noviembre del año dos
mil siete.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—Nº 64034.—(99188).
Por escritura número doscientos
treinta y cinco, otorgada ante el suscrito notario a las dieciséis horas cero
minutos del día de hoy, se constituyó la empresa Eclipse Dos Mil Ocho
Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veinticinco de octubre del año dos mil
siete.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—Nº 64035.—(99189).
Por escritura de las catorce
horas de hoy en esta ciudad, los señores Luis Alejandro Aubert Zeledón y Marie
Lys Aubert Guardia, constituyeron la sociedad Cosecha A Tiempo L A Z S. A.
Presidente don Luis. Domicilio: Guanacaste.—San José, 24 de octubre del
2007.—Lic. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—Nº 64036.—(99190).
La suscrita notaria Elena
Rodríguez Cheung, hago constar que el nuevo presidente de la sociedad anónima Grupo
Inversor Corona Internacional S. A. cédula jurídica 3-101-164001, es el
señor Christopher Lance Clough, con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma. Es todo.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Elena
Rodríguez Cheung, Notaria.—1 vez.—Nº 64037.—(99191).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las dieciséis horas del día treinta y uno de octubre del dos mil
siete, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Cosenza Sociedad
Anónima. Capital social: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años.
Presidente: Álvaro Castro Salazar.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—Nº
64040.—(99192).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las quince horas treinta minutos del día treinta y uno de octubre
del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Castellón de
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las quince horas del día treinta y uno de octubre del dos mil siete,
se constituyó la sociedad denominada Namsos Sociedad Anónima. Capital
social: suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Carlos
Fonseca Pilarte.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 64042.—(99194).
Ante esta notaría se constituyó Estedian
& Lembor de Santa Ana Sociedad Anónima.
Presidente: Esteban Lemus Laporte. Capital: diez mil colones. Escritura
otorgada a las 9:00 horas del 8 de setiembre del 2007.—Lic. Clara Zúñiga
Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 64043.—(99195).
Francisco Carrillo Porras,
cédula 1-681-629, Aurelia Porras Jiménez, cédula 1-364-577, constituyen la
sociedad denominada Enchapes Ornamentales Francisco Carrillo Sociedad
Anónima S. A., con domicilio social en San José, Desamparados, de
Radio Fundación 400 metros sur. Escritura otorgada ante el notario Lic. Warner
Castro Mathieu, a las nueve horas del día veinticuatro de octubre del año dos
mil siete.—San José, 5 de noviembre del 2007.—Lic. Warner Castro Mathieu,
Notario.—1 vez.—Nº 64045.—(99196).
Óscar Humberto Sancho, cédula
1-512-504, Gladys Solano Mora, cédula 3-102-969, constituyen la sociedad
denominada Arqoss Arquitectura & Construcción S. A., con domicilio
social en San José, cinco esquinas de Tibás, 200 metros sur de la iglesia
católica. Escritura otorgada ante el notario Lic. Warner Castro Mathieu, a las
doce horas del día veintinueve de octubre del dos mil siete.—San José, 5 de noviembre
del 2007.—Lic. Warner Castro Mathieu, Notario.—1 vez.—Nº 64046.—(99197).
Ante mí, Álvaro Barboza Orozco,
notario público con oficina abierta en San José, escritura otorgada a las 12:00
horas del 31 de octubre del 2007, se constituyó
Mediante escritura otorgada en
esta notaría, a las doce horas del día veintitrés de octubre del año dos mil
siete, se constituye PLC Villa Nova Esperanzas Sociedad Anónima.
Capital social de cien mil colones. Presidente: Remberto Aguirre Gonzáles.—San
José, a las siete horas del cinco de noviembre del dos mil siete.—Lic. Felipe
Calvo Argeñal, Notario.—1 vez.—Nº 64050.—(99199).
Ante esta notaría, el día de hoy
protocolicé en lo conducente acta de asamblea general y extraordinaria de
la sociedad denominada
Pirucho S. A., mediante la cual se reforman varios
artículos de sus estatutos.—San José, 27 de octubre del 2007.—Lic. René Reyes
Cajina, Notario.—1 vez.—Nº 64051.—(99200).
Mediante escritura número
sesenta, otorgada en mi notaría a las 8:00 horas del día 2 de noviembre de
2007, se constituyó A-Val Comercializadora de Vehículos Sociedad Anónima.
Presidenta: Johanna Valverde Carvajal. Domiciliada en San José, Desamparados,
Gravillas, 150 metros al sur de
Mediante escritura número ciento
cuarenta y tres, otorgada en mi notaría a las 13:30 horas del día primero de
noviembre de 2007, se constituyó una sociedad anónima denominada JCS
Consultores Mecánicos Sociedad Anónima. Presidente: Juan Carlos Solano
Palavicini. Domiciliada en San José, Moravia, de la entrada principal del Club
Mediante escritura número ciento
cuarenta y uno, otorgada en mi notaría a las 13:00 horas del día primero de
noviembre de 2007, se constituyó una sociedad anónima sin nombre de conformidad
con el Decreto 33171-J. Presidente: Rodolfo Matamoros Mora. Domiciliada en San
José, San Sebastián, del Hipermás, trescientos metros al sur.—San José, 2 de
noviembre de 2007.—Lic. Yohanna Valverde Carvajal, Notaria.—1 vez.—Nº
64056.—(99203).
Escritura Nº 237 de las 11:00
horas del 2 de noviembre de 2007, Amoldo Segura Santisteban y Arnoldo Segura
Rodríguez, constituyen Segura & Segura Consultores Jurídicos
S. A.—Lic. Alejandro Wyllins Soto, Notario.—1 vez.—Nº 64057.—(99204).
Por escritura otorgada ante mí,
a las quince horas del treinta de octubre de dos mil siete, se modifica la
cláusula segunda y la cláusula sexta, en relación con el domicilio y la
administración respectivamente, del pacto constitutivo de la compañía Grupo
Kinney Sociedad Anónima.—San José, primero de noviembre de dos mil
siete.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 64067.—(99205).
Ante mi notaría, mediante
escrituras otorgadas: Uno) a las diez horas del catorce de junio de dos mil
cinco, se constituyó Canessa de Turrialba S. A.
Dos) a las doce horas del veintitrés de octubre de dos mil siete, se
constituyeron tres sociedades de responsabilidad limitada cuyos nombres serán
asignados de oficio por el Registro de Personas Jurídicas de conformidad con lo
establecido por el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y
uno-J y Tres) a las once horas del dos de noviembre, se modificó la cláusula
sexta del pacto social de Uno Punto Diez Uwyac Limitada.—San José, 2 de
noviembre del 2007.—Lic. Juan Carlos Castro Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº
64070.—(99206).
Por escritura otorgada ante mí,
a las quince horas del primero de noviembre del dos mil siete, constitución de
sociedades denominadas El Accord Oportuno P-K S. A., presidente: Jorge
Velásquez Padilla.—Lic. Lilliam Solano Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 64071.—(99207).
Ante el notario público,
Fernando Mena Alvarado, con oficina en la ciudad de Grecia, Alajuela 125 metros
norte de Periféricos, se constituyó la sociedad Importación de Vehículos
Alfa Car de Grecia de Responsabilidad Limitada. El domicilio social será,
en el distrito ocho, cantón tres, de la provincia de Alajuela, exactamente en
San Juan de Grecia, 600 metros este de la escuela. El plazo social es de 99
años a partir del dieciséis de octubre del dos mil siete. Su objeto será la
importación de vehículos y toda clase de productos, el comercio en su forma más
amplia. Sus apoderados generalísimos son: Dagoberto Alfaro Hidalgo, cédula
2-426-304, y Francela Castro Rojas, cédula 2-491-559.—Grecia, 1 de noviembre del
2007.—Lic. Fernando Mena Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 64072.—(99208).
Mediante escritura setenta y uno
del tomo dos de mi protocolo se protocolizó el acta nueve de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Luces de Costa Rica Sociedad Anónima, en
la cual se modifica cláusula novena del pacto constitutivo.—Lic. Carolina Mora
Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 64073.—(99209).
Ante esta notaría se constituyó
la sociedad denominada Grupo Inmobiliario Viento Fresco Sociedad Anónima.
Escritura otorgada en Aguas Zarcas, San Carlos a las diecinueve horas del
veintiocho de agosto del dos mil siete. Presidente: Javier Gómez Morales.
Capital social: treinta mil colones.—Lic. Oscar Eduardo Corrales Fernández,
Notario.—1 vez.—Nº 64075.—(99210).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria, las 17:00 horas del 2 de noviembre del 2007, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones Mayjova S. A. Domicilio Ciudad Quesada,
San Carlos, Alajuela; presidente y secretario con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar conjuntamente.—Ciudad
Quesada, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Cristina Córdoba Hidalgo, Notaria.—1
vez.—Nº 64076.—(99211).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 10:00 horas del 2 de noviembre del 2007, se constituye la
sociedad Avance Rojo Corporación ARC, Sociedad Anónima. Capital social
diez mil colones. Es todo.—San José, 5 de noviembre del 2007.—Lic. Mauricio
Campos Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 64077.—(99212).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 8:00 horas del 2 de noviembre del 2007, se constituye la sociedad Niebla Azul N Y A Producciones
Limitada. Capital social: diez mil colones. Es todo.—San José, 5 de
noviembre del 2007.—Lic. Mauricio Campos Brenes, Notario.—1 vez.—Nº
64078.—(99213).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 8:40 horas del 2 de noviembre del 2007, se constituye la sociedad
Fuerte Lluvia Tropical FLLT Limitada. Capital social diez mil colones.
Es todo.—San José, 5 de noviembre del 2007.—Lic. Mauricio Campos Brenes,
Notario.—1 vez.—Nº 64079.—(99214).
Protocolización de acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Estancia El
Surá S. A. por medio de la cual se reforman los estatutos en cuanto al
período por el cual se nombra al fiscal de la junta directiva.—San José a las
16:00 horas del 1 de noviembre del 2007.—Lic. Carlos Chaverri Negrini,
Notario.—1 vez.—Nº 64080.—(99215).
Mediante escritura noventa
otorgada a las quince horas del dos de noviembre del dos mil siete, ante la
notaria pública Alejandra Montiel Quirós, se protocoliza acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria mediante la que se reforma el pacto social
en su cláusula sexta y se nombran gerentes.—San José, dos de noviembre del dos
mil siete.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 64081.—(99216).
Por escritura otorgada a las
11:30 horas del 2 de noviembre del 2007, se constituye la empresa Sia Sebika
S. A.—San José, 5 de noviembre del 2007.—Lic. Roberto Arguedas Pérez,
Notario.—1 vez.—Nº 64083.—(99217).
Ante esta notaría se constituyó
la compañía denominada Agrigome Sociedad Anónima, en la escritura
pública número doscientos ochenta y nueve, del tomo tercero de la notaria
Eliette Pérez Méndez, al ser las dieciocho horas del tres de noviembre del año
dos mil siete. Cuyos representantes legales son los señores Juan Carlos Gómez
Solano y Francisco Alberto Gómez Alvarado.—Cartago cinco de noviembre del año
dos mil siete.—Lic. Rosa Eliette Pérez Méndez, Notaria.—1 vez.—Nº
64084.—(99218).
El suscrito notario hace constar
que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las nueve
horas del veintiséis de octubre del año dos mil siete, se constituyó la
sociedad denominada Timmy’s Sociedad de Responsabilidad Limitada capital
suscrito y pagado, gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma.—Cartago, veintiséis de octubre del dos mil siete.—Lic. Erick Fabricio
Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 64085.—(99219).
Por escritura otorgada, ante el
notario público José Rafael Fernández Quesada a las 11:00 horas del día 25 de
octubre del 2007, Juan Carlos Ortiz Melgar y Mariana Avram Waganoff,
constituyen Zitrotek Limitada, el plazo social de la compañía será de
cien años, el capital social de la compañía es la suma de mil colones y los
gerentes serán Juan Carlos Ortiz Melgar y Mariana Avram Waganoff con facultades
de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 5 de noviembre del
2007.—Lic. José Rafael Fernández Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 64086.—(99220).
Por escritura otorgada en esta
notaría se constituye la sociedad anónima denominada:
Por escritura otorgada en San
José, a las dieciocho horas del doce de setiembre de dos mil siete, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Alquileres
y Toldos Fiesta Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cero ochenta y seis mil cuatrocientos cuatro, por la cual se reforma la
cláusula octava de los estatutos y se elimina el cargo de Vicepresidente.—San
José, 10 de octubre de 2007.—Lic. Rosemarie Maynard Fernández, Notaria.—1
vez.—Nº 64088.—(99222).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las dieciocho horas del diez de octubre del dos mil siete, se constituye
Industria, Electrónica y Seguridad INELSE Sociedad Anónima, plazo social
noventa y nueve años, presidente y secretario con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—Heredia, cinco de noviembre del dos mil
siete.—Lic. Roberto Ulate González, Notario.—1 vez.—Nº 64089.—(99223).
Por escritura otorgada ante mí a
las diez horas del treinta y uno de octubre del año dos mil siete, se
protocolizó acta de la sociedad Palitesi S.A., cédula jurídica número
3-101-120701, reformando su cláusula tercera. Es todo.—Jacó, 31 de octubre del
año dos mil siete.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº
64090.—(99224).
Por escritura otorgada ante mí a
las diez horas del cinco de noviembre del dos mil siete, se constituyó la
entidad MM Creative Solutions Consulting Sociedad Anónima, capital
debidamente suscrito y pagado.—San José, cinco de noviembre de dos mil
siete.—Lic. Marcia Solano Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 64091.—(99225).
Ante mí Henry Alonso Viquez
Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día primero de
noviembre del dos mil siete, a las catorce horas en la ciudad de Atenas, se
realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Sanguisarba Officinalis
Sociedad Anónima, en la cual se nombra nuevo presidente y
tesorero y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, dos de
noviembre del dos mil siete.—Lic. Henry Alonso Viquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº
64093.—(99226).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaría, Christian Charpentier Morales y Ana Maritza Rojas Chinchilla,
constituyen Macrordan Sociedad Anónima. Plazo Social noventa y nueve
años. Capital Social cien mil colones Domicilio Guadalupe de Goicoechea,
setenta y cinco metros este de Comercial Capresso. Presidenta Ana Maritza Rojas
Chinchilla.—San José, dos de noviembre de dos mil siete.—Lic. Heidy María
Rivera Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 64094.—(99227).
En esta notaría por escritura
pública número 40 otorgada a las 11:00 horas, del 8 de octubre del 2007, se
constituyó sociedad anónima, cuya denominación social se ajustará de
conformidad a lo dispuesto en el artículo 2º del decreto ejecutivo 33171-J.
Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, 1 de noviembre del 2007.—Lic. Carlos Alberto Valenciano Kamer, Notario.—1
vez.—Nº 64095.—(99228).
En esta notaría por escritura
pública otorgada a las 15:00 horas del 2 de noviembre del 2007, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de socios de Gaugamela Cinco
Estrellas S. A., en la que se reformó el domicilio social y se nombró nueva
junta directiva y fiscal, y se otorgó poder general.—San José, 2 de noviembre
del 2007.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 64096.—(99229).
Por escritura de las 15:00 horas
del 3 de noviembre del 2007, otorgada ante esta notaría pública, se reforma la
cláusula sexta del estatuto social para que en adelante, en lo referente a los
suplentes de los miembros de la junta directiva, se lea así: “...Cada uno de
los miembros de la junta directiva tendrá un suplente personal, el cual asistir
a las sesiones de junta directiva cuando el miembro que suple esté ausente, los
cuales serán nombrados por la asamblea general de accionistas en su
oportunidad. A discreción del miembro principal podrán estar presentes ambos en
las sesiones, pero el voto le corresponderá únicamente al principal y al
suplente, el cual tendrá derecho a voz solamente...”; y se nombra nuevo
vicepresidente y vicepresidente suplente de la junta directiva de la sociedad
denominada Sociedad Portuaria Granelera de Caldera (SPGC)
Sociedad Anónima.—San José, 3 de noviembre del 2007.—Lic.
Cristian Chacón Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 64097.—(99230).
En mi notaría, mediante
escritura 67 de las 19:00 horas del 2 de noviembre de 2007, se constituyó la
sociedad Corporación Coles CYC Sociedad Anónima; plazo social 99 años;
capital social diez mil colones, representante judicial y extrajudicial el
presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma. Agente Residente Lic. Kermith Ceciliano Moreira.—Lic. Lilliana
Madrigal Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 64098.—(99231).
Por escritura otorgada ante esta
notaría se protocoliza acta de la compañía Logística Recreativa M & Q,
Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda,
sexta y décima primera del pacto constitutivo.—Lic. Maxwell García Barquero,
Notario.—1 vez.—Nº 64100.—(99232).
Por escritura otorgada el día 2
de noviembre del 2007 se constituyó Encantos de Pasyflora MF S. A.
y el día de hoy se constituyó Costa Syntegra Consulting S. A.—San Pablo
de Heredia, 5 de noviembre del 2007.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1
vez.—Nº 64101.—(99233).
Mediante escritura de las nueve
horas del dos de noviembre del año dos mil siete, los señores Edgardo
Ormarlebrón Zapata, Adrián Neri Cordero Rodríguez y otros, constituyen la
sociedad Caribbean Petroleum Solutions –Capesol-INC, S. A.
Presidente: Edgardo Ormarlebrón Zapata. Plazo social será de noventa y nueve
años. Capital social: diez mil dólares estadounidenses exactos, constituido por
cien acciones de cien dólares estadounidenses cada una comunes y nominativas de
cien dólares cada una. Objeto: la importación y exportación de crudo, productos
semi-procesados, refinados y todo tipo de derivados de petróleo para Costa
Rica, Centroamérica y cualquier otro país, etc.—San José, cinco de noviembre
del año dos mil siete.—Lic. Edgar Gilberto Alfaro Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº
64102.—(99234).
José Manuel Castro Segura y
Aceneth Campos Fallas constituyen sociedad anónima Agencia de Viajes
Viajeros del Sur S. A.—30 de octubre del 2007.—Lic. Johnny Pérez Vargas,
Notario.—1 vez.—Nº 64103.—(99235).
José Manuel Castro Segura y
Aceneth Campos Fallas constituyen sociedad anónima Ascafallas S. A.—30
de octubre del 2007.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº
64104.—(99236).
Constitución de sociedad Grupo
M & M Sociedad Anónima.—San José, 5 de noviembre del 2007.—Lic. Evelyn
Sandoval Chavarría, Notaria.—1 vez.—Nº 64112.—(99237).
Cambio de junta directiva de Inversiones
Cotroyo S. A. cédula jurídica 3-101-176938, se nombra a Presidente Jorje
Alvarado Bonilla, cédula 1-663-057, secretario Juan Montero Araya, cédula
6-209-252, tesorera Alejandra Barquero Hernández, cédula 1-706-251.—San José, 5
de noviembre del 2007.—Lic. Evelyn Sandoval Chavarría, Notaria.—1 vez.—Nº
64113.—(99238).
Por medio de escritura otorgada
en San Isidro de El General de Pérez Zeledón a las quince horas treinta minutos
del veintidós de octubre del año dos mil siete. Se constituyó la sociedad
denominada Desarrollos Inmobiliarios Chong e Hijos Sociedad Anónima, con
un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia
de San José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro,
setenta y cinco metros al oeste de Disco Centro, Edificio Dehegasa, todo segundo
piso; como presidente Zhang Deji.—Veintidós de octubre del dos mil siete.—Lic.
Walter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 64115.—(99239).
Por medio de escritura otorgada
en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las ocho horas treinta minutos
del veintidós de octubre del año dos mil siete. Se constituyó la sociedad
denominada Las Tres Hermanas de Diego Sociedad Anónima, con un plazo
social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia de San
José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro, setenta y
cinco metros al oeste de Disco Centro, Edificio Dehegasa, todo segundo piso.
Como presidente Tood Allan Mc Nett.—Veintidós de octubre del dos mil
siete.—Lic. Wálter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 64116.—(99240).
Por medio de escritura otorgada
en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las nueve horas del veintiséis
de octubre del año dos mil siete. Se constituyó la sociedad denominada Amanecer
en
Por medio de escritura otorgada
en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las ocho horas con quince
minutos del veintiséis de octubre del año dos mil siete. Se constituyó la
sociedad denominada Kalia Food Sociedad Anónima, con un plazo social de
noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia de San José, en el
cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro, setenta y cinco metros
al oeste de Disco Centro, edificio Dehegasa, todo segundo piso. Como Presidente
Rodolfo Herrera García.—Veintiséis de octubre del dos mil siete.—Lic. Wálter
Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 64118.—(99242).
Por medio de escritura otorgada
en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las ocho horas del veintiséis
de octubre del año dos mil siete. Se constituyó la sociedad denominada Refugio
Almendra Silvestre Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa
y nueve años, el domicilio social será la provincia de San José, en el cantón
de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro, setenta y cinco metros al oeste
de Disco Centro, edificio Dehegasa, todo segundo piso. Como Presidente Rodolfo
Herrera García.—Veintiséis de octubre del dos mil siete.—Lic. Wálter Chacón
Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 64119.—(99243).
Por medio de escritura otorgada
en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las ocho horas con cuarenta y
cinco minutos del veintiséis de octubre del año dos mil siete. Se constituyó la
sociedad denominada Sinfonía de Nirvana Sociedad Anónima, con un plazo
social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia de San
José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro, setenta y
cinco metros al oeste de Disco Centro, edificio Dehegasa, todo segundo piso.
Como Presidente Rodolfo Herrera García.—Veintiséis de octubre del dos mil
siete.—Lic. Wálter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 64120.—(99244).
Por medio de escritura otorgada
en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las ocho horas con cincuenta
minutos del veintiséis de octubre del año dos mil siete. Se constituyó la
sociedad denominada Corredor Natural del Pacífico Sociedad Anónima, con
un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia
de San José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro,
setenta y cinco metros al oeste de Disco Centro, edificio Dehegasa, todo
segundo piso. Como Presidente Rodolfo Herrera García.—Veintiséis de octubre del
dos mil siete.—Lic. Wálter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 64121.—(99245).
Por escritura número ciento
seis, otorgada ante mí a las diez horas del cinco de noviembre del dos mil
siete, se constituyó la siguiente sociedad: Medicosta C.L.Q.M. Sociedad
Anónima, presidente con plenas facultades, domicilio en la ciudad de San
José, capital íntegramente suscrito y pagado mediante letras de cambio.—San
José, cinco de noviembre del dos mil siete.—Lic. Christian Jiménez Ramírez,
Notario.—1 vez.—Nº 64122.—(99246).
Ante la suscrita notaría se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Corporación Inversiones Romo y Guzmán Internacional
Sociedad Anónima, otorgada a las nueve y cincuenta horas del dos de
noviembre del año dos mil siete.—Lic. Yensi Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº
64123.—(99247).
El suscrito notario público,
hago constar que ante esta notaría, al ser las ocho horas del treinta y uno de
octubre del dos mil siete, el señor Jorge León González y la señora Lilliana
Paniagua Araya, constituyeron la sociedad denominada Distribuidora Doce Más
Uno L G Sociedad Anónima, con un capital de cien mil colones; domicilio en
provincia de Heredia, cantón de San Isidro, distrito San Francisco, costado
norte de la escuela; presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma. Presidente: Mario Jorge León González.—San José, treinta y uno
de octubre del dos mil siete.—Lic. Minor Gerardo Álvarez López, Notario.—1
vez.—Nº 64124.—(99248).
La suscrita notaria hace constar
que ante esta notaría se constituyo la sociedad denominada The Nighlife Tour
S. A., presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma por un plazo de noventa y nueve años. Capital pagado y suscrito, domiciliada
en Liberia.—San José, primero de noviembre dos mil siete.—Lic. Olga Marta
Morice Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 64125.—(99249).
La suscrita notaria hace constar
que ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Aqua Park
del Pacífico S. A., presidente, secretario y tesorero con facultades
de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o
separadamente el plazo de es noventa y nueve años. Capital pagado y suscrito,
domiciliada en Liberia, Guanacaste.—San José, veintiocho de octubre del dos mil
siete.—Lic. Olga Marta Morice Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 64126.—(99250).
Ante esta notaría se constituyó
la sociedad denominada Cobuce Costa Rica Bussines Centers Sociedad Anónima,
capital social veinte mil colones, presidente Fernando Lecuna García,
secretaria Soren Araya Madrigal.—San José, dieciséis horas del dieciséis de
octubre del año dos mil siete.—Lic. Fabio Solórzano Rojas, Notario.—1 vez.—Nº
64128.—(99251).
Por escritura otorgada ante mí,
fecha de las 11:30 horas del 16 de octubre del 2007, se constituyeron Compañía
de Inversiones Europeas Mag & Bis Ltda. y Tierras Exóticas de
Por escritura número ochenta y
cinco-trece, otorgada en Liberia a las ocho horas del diecisiete de marzo del
dos mil siete, se constituyó ante esta notaría, la sociedad denominada Inversiones
Montenegro & Jirón Sociedad Anónima, con domicilio en Liberia,
Guanacaste, Barrio Corazón de Jesús, casa número M-veintitrés. Presidente: José
Antonio Montenegro Sánchez.—Lic. Hugo Eduardo Peña Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº
64132.—(99253).
Mediante escritura Nº 177-10 de
las 14:00 horas del 30 de octubre de 2007, otorgada ante la notaria Gladys
Marín Villalobos, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la empresa Selvas y Mares Turismo de Aventura Sociedad Anónima,
donde se reforman las cláusulas quinta, décima y undécima. Se nombra presidente
y vicepresidente.—Lic. Gladys Marín Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº
64133.—(99254).
Mediante escritura Nº 176-10 de
las 13:30 horas del 30 de octubre de 2007, otorgada ante la notaria Gladys
Marín Villalobos, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la empresa
Mediante escritura Nº 175-10 de
las 13:00 horas del 30 de octubre de 2007, otorgada ante la notaria Gladys
Marín Villalobos, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la empresa Palacios y Paraísos Tropicales
Por escritura número cuarenta y
tres, otorgada ante mí a las once horas del día tres de noviembre del dos mil
siete, se reformó la cláusula segunda del pacto social de la sociedad
denominada Aplicaciones y Tecnología Athel de Costa Rica Sociedad Anónima,
por lo que en adelante el domicilio social de la misma será en San José, Dulce
Nombre de Coronado, Urbanización Sevilla, casa número cincuenta y seis C.—San
José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Juan José Quirós Meléndez,
Notario.—1 vez.—Nº 64136.—(99257).
Por escritura otorgada hoy ante
mí, Ulises Fernández Ramírez y María del Rocío Alvarado Quesada constituyen
Inversiones Ulimaro Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo
abreviarse Inversiones Ulimaro S. A. Domicilio social: San Ramón,
Alajuela. Plazo social: 99 años. Objeto social: comercio en general. Capital
social: 20.000,00 colones. Presidente Ulises Fernández Ramírez.—San Ramón, 9 de
marzo del 2007.—Lic. Willy Rojas Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 64137.—(99258).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las ocho horas del cinco de noviembre del año dos mil siete,
protocolicé acuerdos de asambleas generales ordinarias y extraordinarias de
accionistas de la sociedad F.C.B de Costa Rica Sociedad Anónima. Se
reforman las cláusulas segunda y cuarta.—San José, cinco de noviembre del año
dos mil siete.—Lic. Karla Villalobos Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 64138.—(99259).
Mediante escritura otorgada en
mi notaría a las 15:00 horas de hoy, Corporación e Inversiones Grupo Gosan
S. A., y Jaime Eduardo Gómez San Gil, constituyeron la sociedad Inmobiliaria
Grupo Gosan Sociedad Anónima. Capital: cien mil colones. Domicilio. Sabana
Oeste, Mata Redonda, San José. Plazo: cien años. Presidente: Jaime Ricardo
Gómez, Granados.—San José, 24 de octubre del 2007.—Lic. Rodolfo Aguirre Gómez,
Notario.—1 vez.—Nº 64139.—(99260).
Mediante escritura otorgada en
mi notaría a las 12:00 horas de hoy, los señores Kattia Arias Araya, Pablo
Rivera Segura, Mario Mainemer Kelman y Ana Patricia Mainemer Kelman
constituyeron la sociedad Costa Rica Trade Consolidators C.T.C. Sociedad
Anónima. Capital. cien mil colones. Domicilio: San Antonio de Coronado, San
José. Plazo: cien años. Presidenta: La socia Arias Araya.—San José, 18 de
octubre del 2007.—Lic. Rodolfo Aguirre Gómez, Notario.—1 vez.—Nº
64140.—(99261).
Por escritura otorgada ante mi
notaría a las 14:15 horas del 10 de setiembre del 2007, se constituyó la
sociedad denominada Servicios Inmobiliarios y de Desarrollo
P.J.M.S. S. A. Presidente: El señor Paulus Johannes Maria Spee, pasaporte
número NY 9 C 08 FJ 6. Plazo noventa y nueve años.—San José, 5 noviembre del
2007.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—Nº 64141.—(99262).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, en San José, a las 8:00 horas del 1º de noviembre del 2007, se
constituyó la sociedad D R K Global S.A., plazo: 100 años, capital
social: ¢10.000,00. Giro: El comercio en general, etc. Domicilio: Cartago,
Por escritura otorgada ante mi
notaría, en San José, a las 8:00 horas del 1º de noviembre del 2007, se
constituyó la sociedad Van Zurech S.A., plazo: 100 años, capital social:
¢10.000,00, giro: el comercio en general, etc. Domicilio: Cartago,
Por escritura número ochenta y
seis-tres, otorgada ante mí a las once horas treinta minutos del cinco de
noviembre del dos mil siete, se reformó la cláusula primera de los estatutos y
se nombró nuevo gerente y subgerente de la sociedad denominada Lonely Shores
Of The Pacific LLC SRL.—San José, 5 de noviembre del 2007.—Lic.
Ingrid Marcela Fallas Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 64144.—(99265).
Jonathan Marcos Diez Menk y
María Gabriela Guevara Artavia, constituyen la sociedad Anprier Sociedad
Anónima, mediante escritura otorgada en San Pedro de Montes de Oca, ante mi
notaría a las doce horas del veintiséis de octubre del dos mil siete.—Lic.
Jenny Anne Vargas Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 64145.—(99266).
Sandra Balladares Diez y Matías
Siverio Visconti, constituyen la sociedad Abuela Eduarda Sociedad Anónima,
mediante escritura otorgada en San Pedro de Montes de Oca, ante mi notaría a
las once horas del veintiséis de octubre del dos mil siete.—Lic. Jenny Anne
Vargas Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 64146.—(99267).
Por escritura número doscientos
treinta y tres, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del diecinueve de
octubre del dos mil siete se constituyó la sociedad P J Y R Asesores
Jurídicos Sociedad Anónima, domiciliada en la ciudad de Playas del Coco, de
Carrillo, Guanacaste; setenta y cinco metros al sur de Villas Nacascol. Capital
social: ciento cincuenta mil colones. Plazo social: noventa años a partir del
diecinueve de octubre del dos mil siete.—Lic. José Madrigal Chavarría.
Notario.—1 vez.—Nº 64157.—(99268).
Por escritura número uno,
otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del veintitrés de
octubre del dos mil siete se constituyó la sociedad D& F
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las diecinueve horas del dos de abril del dos mil siete, se
constituyó la sociedad Climática Sociedad Anónima; capital social
diez mil colones; presidente Esteban Salazar Méndez; plazo social noventa y
nueve años; domicilio San Ramón de Alajuela.—Lic. Alex Benjamín Gen Palma,
Notario.—1 vez.—Nº 64161.—(99270).
Por escritura otorgada ante esta
notaria se constituyó la sociedad Wayme Sociedad Anónima.—San José, 27
de octubre del 2007.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº
64162.—(99271).
Por escritura otorgada ante esta
notaría se constituyó la sociedad Corporación Baymo Sociedad Anónima.—San
José, 27 de octubre del 2007.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1
vez.—Nº 64163.—(99272).
Por escritura otorgada ante esta
notaria se constituyó la sociedad Corporación Bamo Santa Ana Sociedad
Anónima.—San José, 27 de octubre del 2007.—Lic. Laura Gabriela Chaverri
Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 64164.—(99273).
Por escritura pública número 4,
otorgada en Playas del Coco, Sardinal de Carrillo, Guanacaste, a las 11:00
horas, del día 30 de octubre del año 2007, los señores Giampiero Greppi y Anna
Gabrielli constituyeron Perticara G & G Sociedad Anónima. Capital
social; ¢200.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº
64166.—(99274).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 10:00 horas del día 1º de noviembre del año en curso se protocoliza acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Hacienda
Los Maderos Seis Naranja Sociedad Anónima, mediante la cual se
acuerda reformar la cláusula sexta, y se realiza nombramiento de junta
directiva. San José, 1° de noviembre del 2007.—Lic. Ana Victoria Sandoval León,
Notaria.—1 vez.—Nº 64168.—(99275).
Por escritura pública número
167, otorgada en Playas del Coco, Sardinal de Carrillo, Guanacaste, a las 14:00
horas del día 27 de marzo del año 2007, las señoras María Auxiliadora Pizarro
Abarca y Adriana María Pizarro Abarca constituyeron Promociones El Encanto
M. P. A. Sociedad Anónima. Capital social: ¢120.000,00.—Lic.
Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 64167.—(99276).
Por asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la entidad Multidiseños RB de Heredia Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y
cuatro mil trescientos sesenta y siete, celebrada a las quince horas del
treinta y uno de octubre del año dos mil siete, protocolizada por el suscrito
notario, se destituye al presidente y tesorero de la junta directiva, así como
al fiscal y en su lugar se nombra a Geanina Ureña Solano, Henry Ureña Fallas y
Víctor Víquez Aragón.—San José, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Guillermo
Guerrero Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 64170.—(99277).
Ante esta notaría se constituyó
la sociedad anónima de este domicilio denominada Juegos Sociales
Iberoamericanos Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones
representado por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una y
con un plazo social de noventa y nueve años.—Alajuela, 23 de octubre del
2007.—Lic. Lic. Ronald Durán Molina, Notario.—1 vez.—Nº 64172.—(99278).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las ocho horas del veintitrés de octubre del año dos mil siete, se
constituye la sociedad Mantenimiento EAJ de Desamparados
S. A.—San José, 5 de noviembre del 2007.—Lic. María Gabriela Ramírez
Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 64173.—(99279).
Ante esta notaría, se constituyó
la compañía denominada Aspen Holistic Sociedad Anónima. Domiciliada en
Ante esta notaría a las 10:00
horas del 3 de noviembre del 2007, Luis Diego Zeledón Valverde y Viviana Chacón
Calderón, constituyeron la sociedad Corporación Farmazel Sociedad
Anónima. Domicilio social:
Por escritura otorgada ante la
notaria Sharon Núñez Milgram, a las once horas del tres de noviembre del dos
mil siete, se constituyó la sociedad Agroservicios el Campesino del Norte
Sociedad Anónima. Capital debidamente suscrito y pagado.—San José, 5 de
noviembre del 2007.—Lic. Sharon Núñez Milgram, Notaria.—1 vez.—Nº
64183.—(99282).
Por escritura otorgada ante la
notaria Sharon Núñez Milgram, a las once horas con treinta minutos del tres de
noviembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Montes de
Por escritura otorgada ante mí,
a las 21:00 horas del 22 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad
denominada Alcafire Logistic Sociedad Anónima, siendo presidente,
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor Alexander
Campos Méndez. Plazo: 99 años. Capital social: cien mil colones.—San José, 21
de octubre del 2007.—Lic. Allan Valverde Vargas, Notario.—1 vez.—Nº
64186.—(99284).
El suscrito notario hace constar
que ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Grupo Prisofio
Azul Sociedad Anónima, con domicilio social en Puntarenas costado norte del
Hotel Fiesta, teniendo la representación judicial y extrajudicial de la
sociedad el presidente Orlando Zamora Alfaro.—Puntarenas, veinticinco de mayo
del dos mil siete.—Lic. Víctor Herrera Flores, Notario.—1 vez.—Nº
64187.—(99285).
Ante la suscrita notaría se
constituye Inversiones Múltiples Supermares Sociedad Anónima. Capital
social: cien mil colones exactos, representado por cien acciones de mil colones
exactos cada una. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio social: su
domicilio será en Río Claro de Pavones, Golfito, Puntarenas, setenta y cinco
metros sureste de la escuela Las Gemelas. Presidente: Eduardo Rojas
Barrantes.—San José, a las catorce horas del dos de noviembre del dos mil
siete.—Lic. Zeidy Cruz Castañeda, Notaria.—1 vez.—Nº 64188.—(99286).
Por escritura otorgada ante mí,
a las catorce horas diez minutos del veintidós de octubre del año dos mil
siete, la sociedad tres-ciento uno-quinientos cuatro mil trescientos noventa
y siete sociedad anónima, nombra nuevo presidente por el
resto del período social.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintitrés de octubre
del dos mil siete.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº
64189.—(99287).
Por escritura otorgada ante mí,
a las dieciséis horas del veinticinco de octubre del año dos mil siete, Adrián
Ceciliano Altamirano y Gloriana Loría Espinoza, constituyen una sociedad cuyo
nombre será D y T Enterprises Sociedad Anónima pudiendo
abreviarse D y T Enterprises S. A. nombre que es de fantasía. Su
domicilio estará en San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José,
exactamente frente al costado oeste del parque central, pudiendo establecer
agencias o sucursales en otro u otros lugares del país o fuera de el.
Presidente: el señor Haimraj Sooknanan: Capital social: diez mil colones,
representado por cien acciones comunes y nominativas de cien colones cada una,
íntegramente suscritas y pagadas. Plazo: noventa y nueve años.—San Isidro de
Pérez Zeledón, veinticinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Ana Patricia
Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 64190.—(99288).
Por escritura otorgada ante mí,
a las dieciocho horas del veinticinco de octubre del año dos mil siete, la
sociedad Leet International Sociedad Anónima, nombra nuevo
presidente, tesorero y secretario por el resto del período social.—San Isidro
de Pérez Zeledón, veinticinco de octubre del año dos mil siete.—Lic. Ana
Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 64191.—(99289).
Por escritura otorgada ante mí,
a las diez horas del treinta de octubre del dos mil siete, se constituyó la
sociedad denominada Aire Acondicionado Industrial Loaiza Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—Lic. Carlos Enrique Cruz Loría, Notario.—1
vez.—Nº 64192.—(99290).
Por escritura otorgada ante mí,
a las ocho horas del seis de agosto del dos mil siete, se constituye la
sociedad denominada Eriana de Santo Domingo S. A.—Heredia.—Lic.
Marcelo Wilson Cole, Notario.—1 vez.—Nº 64194.—(99291).
Por escritura otorgada ante mí,
a las once horas del diez de agosto del dos mil siete, se constituye la
sociedad denominada Lugoma de Santo Domingo S. A.—Heredia.—Lic.
Marcelo Wilson Cole, Notario.—1 vez.—Nº 64195.—(99292).
Hoy protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de CIAP Sociedad Anónima,
en la que se reforman las cláusulas segunda, tercera, quinta y sexta del pacto
social; se agrega cláusula al pacto social y se nombra junta directiva y
fiscal.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Fernando
Montero López, Notario.—1 vez.—Nº 64196.—(99293).
Por escritura otorgada ante esta
notaría el día de hoy a las 14:00 horas, la sociedad Sueños de Tulum S.
A., protocolizó acuerdos en que reformó la cláusula tercera del pacto
social.—San José, 1º de noviembre del 2007.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez,
Notario.—1 vez.—Nº 64199.—(99294).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11:30 horas del día 5 de noviembre del 2007, se constituyó
la sociedad D’ Eaubonne ET Thiallet Sociedad Anónima.
Presidente: Philippe Gerard Charles D’ Eaubonne.—San José, 5 de noviembre del
2007.—Lic. Marianela Moya Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 64200.—(99295).
Por escritura otorgada ante mí,
en esta ciudad a las 10:30 horas de hoy, se constituyó la sociedad EFI Escuela
de Fútbol Integral Julio Cesar “Pocho Cortés” Sociedad Anónima.
Domicilio: San José. Objeto: servicios turísticos, el comercio en general,
enseñanza y preparación técnica y táctica del fútbol, preparación de porteros,
etc. Plazo: 99 años. Presidente: don Julio César Cortés Lagos.—San José, 8 de
octubre del 2007.—Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1 vez.—Nº
64201.—(99296).
El suscrito notario hace constar
que en su notaría al ser las 10:00 horas del 30 de octubre del 2007, Evelyn Madrigal
Briceño y Elvis Sequeira Ruiz, constituyen cinco sociedades anónimas sin
nombre, cuyo capital es de cien mil colones cada una. Domiciliadas en Bagaces,
75 sur de
Mediante la escritura número
dieciocho-cuarenta y cuatro del protocolo dieciocho de notario José F. Chaves
Campos de sociedad Econovanu Sociedad Anónima. Aumenta su capital.—5 de
noviembre del 2007.—Lic. José Francisco Chaves Campos, Notario.—1 vez.—Nº 64204.—(99299).
Mediante la escritura número
dieciocho-cuarenta y tres, del protocolo dieciocho de notario José F. Chaves
Campos de sociedad Inmobiliaria Casa Roca Guanacaste Sociedad Anónima.
Aumenta su capital.—5 de noviembre del 2007.—Lic. José Francisco Chaves Campos,
Notario.—1 vez.—Nº 64205.—(99300).
Mediante la escritura número
dieciocho-cuarenta y cinco, del protocolo dieciocho de notario José F. Chaves
Campos de sociedad Empresas Navco de Costa Rica Sociedad Anónima.
Aumenta su capital.—5 de noviembre del 2007.—Lic. José Francisco Chaves Campos,
Notario.—1 vez.—Nº 64206.—(99301).
Por escritura otorgada en la
notaría del Notario Público Óscar Luis Trejos Antillón, número 159, del tomo
11, de las 8:00 horas, del día 01 del mes de noviembre del año 2007, se
constituye la sociedad Casa Indio Sociedad Anónima.—San José, 05 de
noviembre del 2007.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—Nº
64208.—(99302).
Por escritura otorgada en la
notaría del Notario Público Óscar Luis Trejos Antillón, número 164, del tomo
11, de las 18:00 horas, del día 02 del mes de noviembre del año 2007, se
constituye la sociedad Mamma Paola Sociedad Anónima.—San José, 05 de
noviembre del 2007.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—Nº
64209.—(99303).
Por escritura otorgada en la
notaría del Notario Público Óscar Luis Trejos Antillón, número 163, del tomo
11, de las 15:00 horas, del día 02 del mes de noviembre del año 2007, se
constituye la sociedad Inversiones Moran y Hernández Sociedad Anónima.—San
José, 05 de noviembre del 2007.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1
vez.—Nº 64210.—(99304).
Por escritura otorgada en la
notaría del Notario Público Óscar Luis Trejos Antillón, número 161, del tomo
11, de las 8:30 horas, del día 01 del mes de noviembre del año 2007, se
constituye la sociedad Residencia Mejías Sánchez Sociedad Anónima.—San
José, 05 de noviembre del 2007.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1
vez.—Nº 64211.—(99305).
Por escritura otorgada en la
notaría del Notario Público Óscar Luis Trejos Antillón, número 160, del tomo
11, de las 8:15 horas, del día 01 del mes de noviembre del año 2007, se
constituye la sociedad Transportes El Indio Sociedad Anónima.—San José,
05 de noviembre del 2007.—Lic. Óscar Luis Trejos Antillón, Notario.—1 vez.—Nº
64212.—(99306).
A las 17:00 horas de hoy, se
constituyó la empresa IMPONCO, Importadora Oncológica de Medicamentos
Limitada, con el capital suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve
años. Domicilio en San José.—San José, 01 de noviembre del 2007.—Lic. Pablo
González González, Notario.—1 vez.—Nº 64214.—(99307).
Por escritura otorgada hoy ante
esta Notaría, se constituyó la fundación denominada Fundación para
Por escritura número doscientos
diez, otorgada ante mi notaría el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la empresa denominada Hotel Internacional
HLC del Oeste S. A., mediante la cual se reforma la cláusula dos referente
al domicilio y se cambia junta directiva entre otros. Es todo. San José, a las
8:00 horas del 6 de noviembre del 2007. San José, Uruca, contiguo a Incesa
Standard..—San José, 06 de noviembre del 2007.—Lic. Michel Salim Semaan
Khachab, Notario.—1 vez.—(99386).
Mediante escritura otorgada ante
esta Notaría a las diez horas del treinta y uno de octubre del año dos mil
siete, se modificó de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y
seis mil seiscientos once s. a., la cláusula primera del nombre por:
Industrias Melgees Costa Rica S. A., la cláusula quinta y por medio de la cual
se aumenta el capital social se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente
residente.—Lic. María Gabriela Arroyo Vargas, Notaria.—1 vez.—(99388).
Que por escritura número
doscientos veintinueve-cuatro, otorgada ante la notaría del Licenciado Carlos
Roberto López León, a las dieciocho horas del cinco de noviembre del dos mil
siete, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía denominada 3-101-506216 Sociedad Anónima, en la que se reforma
la cláusula primera: de la razón social; cláusula sétima: de la administración,
y se nombra nueva junta directiva.—San José, 06 de noviembre del 2007.—Lic.
Carlos Roberto López León, Notario.—1 vez.—(99397).
En escritura número uno-uno de
las dieciocho horas del día treinta de agosto del dos mil cinco, otorgada ante
Por escritura número ciento
ochenta y uno, otorgada ante esta Notaría, a las nueve horas del veintitrés de
octubre del dos mil siete, se constituyó la empresa Óptica Linda Vista
Veinte- Veinte- Y- M. de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital: suscrito y
pagado.—Heredia, 05 de noviembre del 2007.—Lic. Carlos Manuel Soto Quirós,
Notario.—1 vez.—(99410).
Yo, Carlos Manuel Segura Quirós
Notario Público de Escazú, San José, procedí a protocolizar mediante escritura
pública las actas de las siguientes sociedades anónimas: Acta número 16 de la
sociedad: Inversiones Ketelhonh S. A., en la cual se reforma la cláusula
quinta, noventa y se nombra junta directiva. Acta número 7 de la sociedad Villas
Toledo S. A., en la cual se reforma la cláusula número quinta, sétima, y se
nombra Junta Directiva. Acta número cinco de la sociedad Developp Ara
Sociedad Anónima, en la cual se nombra junta directiva y fiscal. Acta
número uno de la sociedad Andreamo Sociedad Anónima, en la cual se
reforma la cláusula segunda, décima y se nombra Junta Directiva. Así mismo
mediante escritura pública se constituyó la sociedad denominada Luber
Philips Sociedad Anónima, con un plazo social de cien años.—Es todo, 01 de noviembre
del 2007.—Lic. Carlos Ml. Segura Quirós, Notario.—1 vez.—(99425).
Ante esta Notaría se constituyó Corporación
Fransil del Pacífico S. A. Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma: Francisco Chinchilla Mora. Capital social:
10.000.00 colones. Escritura otorgada a las 10:00 horas del 08 de agosto del
2007.—Lic. Johanna Mora Solano, Notaria.—1 vez.—(99485).
A quien interese y en
cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 216 del Código de Comercio, se
publica un extracto del estado final elaborado
en la disolución y liquidación de
la sociedad Boreal Estética S. A. Los estados financieros al 30 de
setiembre del 2006, los cuales estaban conformados con el siguiente detalle de
sus cuentas de balance de situación: Activos por veintitrés millones
setecientos noventa y cinco mil cuatrocientos diecisiete colones con diecinueve
céntimos compuestos de la siguiente forma: activos circulantes por un monto de
ochocientos sesenta y un mil cuatrocientos treinta y ocho colones con cincuenta
y siete céntimos, inventarios por siete millones seiscientos ochenta y nueve
mil cuatrocientos dieciocho colones exactos y activos fijos por quince millones
doscientos cuarenta y cuatro mil quinientos sesenta colones con sesenta y dos
céntimos; Pasivos distribuidas entre: pasivos a corto plazo por catorce
millones seiscientos noventa y seis mil seiscientos ochenta y ocho colones con
diez céntimos, pasivos a largo plazo por tres millones ciento veintidós mil
novecientos dos colones con trece céntimos y cuentas de Patrimonio compuestas
por: capital en acciones de cuatro millones de colones exactos aportes de
socios por once millones seis mil colones exactos y pérdidas acumuladas de
periodos anteriores de nueve millones treinta mil ciento setenta y tres con
cuatro céntimos. Al transcurrir nueve meses se procedió a informar del cierre
final de la empresa y a su liquidación al cierre fiscal al 30 de setiembre del
2007. Se realizó la venta de todos los activos fijos e inventario vendibles y
se desechó los activos e inventarios deteriorados y vencidos quedando como
resultado un saldo de sus cuentas de activos, activos circulantes de un millón
ciento cincuenta y cinco mil seiscientos noventa y seis colones con veintisiete
céntimos. La empresa logró honrar todas sus deudas satisfactoriamente quedando
las cuentas de Pasivos en cero colones y las cuentas de Patrimonio en capital
en acciones de cuatro millones de colones exactos aportes de socios por nueve
millones cuatrocientos tres mil setecientos veintiséis con cuatro céntimos y
pérdidas acumuladas de periodos anteriores de nueve millones treinta mil ciento
setenta y tres colones con cuatro céntimos y una pérdida del período
comprendido entre primero de octubre del dos mil seis al treinta de setiembre
del dos mil siete de tres millones doscientos diecisiete mil ochocientos
cincuenta y seis colones con setenta y tres céntimos. Quedando un remanente a
favor de los socios de un millón ciento cincuenta y cinco mil seiscientos
noventa y seis colones con veintisiete céntimos, menos los gastos legales
finales de liquidación. La sociedad cuenta con 4 acciones, por tanto a cada
socio de una acción le corresponde la suma de doscientos ochenta y ocho mil
novecientos veinticuatro colones con seis céntimos, menos los gastos legales
finales.—Lic. Carlos Luis Castillo Vargas, Contador Público Autorizado.—1
vez.—(99487).
Ante esta notaría, al ser las
quince horas treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil siete, se
protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad Las Magnolias de
Susan Sociedad Anónima, donde se acordó modificar la razón social a Blue
Ridege Homes Sociedad Anónima, se acordó modificar la cláusula segunda del
domicilio, novena de la administración y se acordó nombrar nuevos presidente y
secretario. Presidente: Gregory Lapatovski.—San Antonio de Belén, 3 de
noviembre del 2007.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—(99500).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría a las 9:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad que acogerá
como denominación social el número de cédula de persona jurídica. Capital:
suscrito y pagado. Apoderado generalísimo sin límite de suma: Presidente.—San
José, 06 de noviembre del 2007.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1
vez.—(99502).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría a las 18:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad: Medical
Enterprises A & R S. A. Capital suscrito y pagado. Apoderados
generalísimos sin límite de suma: presidente y tesorero actuando
conjuntamente.—San José, 19 de octubre del 2007.—Lic. Manuel Giménez Costillo,
Notario.—1 vez.—(99504).
Por escritura otorgada ante esta
Notaría a las dieciséis horas del día seis de noviembre del dos mil siete, se
constituyó la sociedad, R & G Trusts S. A. Capital suscrito y
pagado. Apoderados generalísimos sin límite de suma: presidente y tesorero
actuando conjuntamente o separadamente.—San José, 06 de noviembre del
2007.—Lic. Federico Carlos Sáenz de Mendiola, Notario.—1 vez.—(99506).
Por escritura otorgada hoy en mi
Notaría, se constituyó la sociedad
Por escritura otorgada ante mí,
a las siete horas del día cinco de noviembre del dos mil siete, se constituye
la sociedad Aca Heredia Internacional S. A. Plazo social: 99 años. Es
todo.—Alajuela, 05 de noviembre del 2007.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas,
Notario.—1 vez.—(99522).
Por escritura otorgada ante mí,
a las siete horas del día cinco de noviembre del dos mil siete, se constituye
la sociedad JM Distribuidores Belén S. A. Plazo social: 99 años. Es
todo.—Alajuela, 05 de noviembre del 2007.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas,
Notario.—1 vez.—(99523).
Por escritura número ciento
cincuenta y dos - uno otorgada ante mí, se constituyó Ganadera
Por escritura número ciento
cincuenta y dos - uno otorgada ante mí, se constituyó Geroa Sancarleña
Sociedad Anónima. Plazo social de noventa y nueve años. Capital social:
ciento sesenta mil colones totalmente suscritos y pagados. Representada por su
presidenta Eva Bejarano Sáenz.—San Ramón de Alajuela, 05 de noviembre del
2007.—Lic. Kembly Corrales Cruz, Notaria.—1 vez.—(99526).
Por escritura número ciento
cincuenta y uno - uno otorgada ante mí, se constituyó Roybe del Norte
Sociedad Anónima. Plazo social de noventa y nueve años. Capital social:
doscientos mil colones totalmente suscritos y pagados. Representada por su
Presidenta Eva Bejarano Sáenz.—San Ramón de Alajuela, 05 de noviembre del
2007.—Lic. Kembly Corrales Cruz, Notaria.—1 vez.—(99527).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada: Ganadería El Mirador
del Golfo (G.M.G) Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones.
Presidente y tesorero serán los representantes judiciales y extrajudiciales.
Freddy Jiménez Varela y Kenia Jiménez Vindas, respectivamente.—San José, 01 de
noviembre del 2007.—Lic. Laura Francini Chacón Chavarría, Notaria.—1 vez.—(99528).
En mi Notaría, protocolicé el
día hoy acta número dos del libro de actas de asamblea general de la sociedad
Por escritura ante mí, Mauricio
José Molina Valverde, de las 11:00 horas del 2 de noviembre del 2007, se
constituyó la sociedad denominada Fainardi Enterprises S. A. Capital
social 10.000 colones. Presidenta: Elisa Mesen Fainardi.—San José, 05 de
noviembre del 2007.—Lic. Mauricio José Molina Valverde, Notario.—1 vez.—Nº
64218.—(99536).
Ante mí, Adriana Astúa Quesada,
Notaria Pública se constituyó la sociedad anónima Katmanndu Sociedad Anónima.
Capital: diez mil colones. Domicilio: veinticinco metros al sur del Registro
Civil en Pérez Zeledón en la provincia de San José. Plazo: noventa y nueve años
por escritura otorgada a las catorce horas del dos de noviembre del año dos mil
siete.—Lic. Adriana Astúa Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 64220.—(99537).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diez horas del día veintiuno de setiembre del dos mil siete, se
constituye la sociedad Comercializadora de Productos Cárnicos Don Tico
Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: totalmente
suscrito y pagado. Presidente. Jorge Hernán Ramírez Sibaja.—Lic. Rosa María
Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 64221.—(99538).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las quince horas del veinte de setiembre del año dos mil seis, se
constituyó la sociedad denominada Casiopea Mori Sociedad Anónima, con un
plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución y un capital
social de diez mil colones.—San José, 05 de noviembre del 2007.—Lic. Martín
José Alvarado Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 64222.—(99539).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las dieciséis horas del veintisiete de junio del año dos mil seis, se
constituyó la sociedad denominada Supernova Investments Sociedad Anónima,
con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución y un
capital social de veinte mil colones.—San José, 05 de noviembre 2006.—Lic.
Martín José Alvarado Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 64223.—(99540).
Por escritura número doscientos
veintiocho-ocho, otorgada en esta notaría a las quince horas del catorce de
setiembre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada, Mecapre
Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Capital social de diez mil colones,
Plazo social: noventa y nueve años. Presidenta con facultades de apoderada
generalísima sin límite de suma, quien tendrá la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad Clara Rivera Landaverde, salvadoreña, con cédula
de residencia número uno dos dos dos cero cero cero cero cinco cinco tres
dos.—San Isidro de Pérez Zeledón, 14 de setiembre del 2007.—Lic. Rafael Eliécer
Cascante Arias, Notario.—1 vez.—Nº 64224.—(99541).
La suscrita notaria Rosa María
Corrales Villalobos, hace constar que se constituyó la sociedad anónima Pivijay
Magdalena Sociedad Anónima, en la ciudad de San José, a las dieciséis horas
del cinco de noviembre del dos mil siete.—Lic. Rosa María Corrales Villalobos,
Notaria.—1 vez.—Nº 64225.—(99542).
Por escritura diez otorgada ante
esta Notaría al ser las 13:26 horas del día 01 de noviembre de dos mil siete,
se constituyó la sociedad anónima denominada Familia Duarte Dorronsoro S. A.
Representación con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma,
su presidente y secretario en forma conjunta. Capital social: diez mil colones.
Plazo social: cien años. Domicilio: San José.—San José, 01 de noviembre de
2007.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 64226.—(99543).
Protocolización de acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa American Data
Networks S. A. Se conoce y se aceptan la renuncia de la secretaria y
tesorera. Se hacen los nuevos nombramientos del secretario y del tesorero. Se
reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo en lo referente al
domicilio. Escritura número dieciocho otorgada en San José, a las ocho horas
del veintiséis de octubre del año dos mil siete.—San José, 26 de octubre del
2007.—Lic. Ana Giselle Zamora Espinosa, Notaria.—1 vez.—Nº 64227.—(99544).
Ante mí, Sandra Arrieta Sánchez,
Notaría Pública con oficina en la ciudad de Aserrí, se protocolizó asamblea
general extraordinaria de la sociedad Arca Pasiva P M J Sociedad Anónima.
Domicilio: San José, cantón de Moravia, Residencial Los Colegios de Romanas
Ballar, quinientos metros al oeste y cincuenta metros al sur San José; y la
representación judicial y extrajudicial es de los señores: Pablo Rojas Muñoz y
Juan Pablo Rojas Vargas, con facultades de apoderados generalísimos con límite
de suma.—Aserrí, 05 de noviembre del 2007.—Lic. Sandra Arrieta Sánchez,
Notaria.—1 vez.—Nº 64231.—(99545).
El día 03 noviembre del 2007, se
celebró asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada Probelar S. A., para lo cual se tomaron los siguientes acuerdos
del inmueble de la cual es propietaria inscrito bajo el Folio Real matrícula
uno-veinte mil trescientos cincuenta y siete, derecho cero cero cero, se
acuerda segregar un lote, la asamblea acuerda autorizar expresamente al
secretario de la empresa a comparecer ante notario para otorgar escritura de
segregación y venta del lote segregado, mismo que será traspasado al señor Juan
Edgar Loría Jaen. el resto reservado se mantendrá a nombre de Probelar S. A.,
se acuerda además la rectificación de datos sobre el inmueble en cuestión, se
acuerda comisionar a
Por escritura otorgada ante mí,
a las diecinueve horas del día veintitrés de octubre del dos mil siete, se
constituye Praderas de Cristal Sociedad Anónima. Capital social: diez
mil colones. Duración: noventa y nueve años. Corresponde la representación
judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma, al presidente y tesorero. Presidente: José
Manuel Porras Garita.—San José, 23 de octubre 2007.—Lic. Juan de Dios Mora
Díaz; Notario.—1 vez.—Nº 64233.—(99547).
Por escritura otorgada ante mí,
a las veinte horas del día veintitrés de octubre del dos mil siete, se
constituye Running Trees Sociedad Anónima. Capital social: diez mil
colones. Duración: noventa y nueve años. Corresponde la representación judicial
y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma al presidente y tesorero. Presidente: José Manuel Porras
Garita.—San José, 23 de octubre del 2007.—Lic. Juan de Dios Mora Díaz,
Notario.—1 vez.—Nº 64234.—(99548).
Mediante escritura de las 16:30
horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Quiet Moon Sociedad
de Responsabilidad Limitada, por la cual se reforman las cláusulas primera,
segunda y sexta de los estatutos.—San José, 02 de noviembre del 2007.—Lic.
Jéssica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 64235.—(99549).
Por escritura número ciento
veintisiete, otorgada a las quince horas veinte minutos del veintidós de
setiembre del dos mil siete, ante el Notario Público Roberto Marín Segura en su
protocolo se constituyó la sociedad Grupo K. R. R. Carcruz Sociedad Anónima, pudiendo
abreviarse en S. A.—Heredia,
06 de noviembre del 2007.—Lic. Roberto Marín Segura, Notario.—1 vez.—Nº
64236.—(99550).
Mediante escritura número
ochenta y nueve, otorgada ante mí, a las quince horas treinta minutos del
treinta de octubre del año dos mil siete, del tomo primero de mi protocolo, se
constituyó la sociedad anónima Tabernáculo de Ágape A.P.E. Sociedad Anónima.—Lic.
Otto Alberto Neil Bodden, Notario.—1 vez.—Nº 64240.—(99551).
Mediante escritura número
ochenta y nueve, otorgada ante mí, a las quince horas treinta minutos del
treinta de octubre del año dos mil siete, del tomo primero de mi protocolo, se
constituyó la sociedad anónima Tabernáculo de Ágape A.P.E. Sociedad Anónima.—Lic.
Otto Alberto Neil Bodden, Notario.—1 vez.—Nº 64241.—(99552).
Por escritura otorgada a las
10:00 horas del 01 de noviembre del 2007, protocolizo acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Los Grandes Pastos de
Orosol Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda
y octava. Se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Melissa Villalobos
Ceciliano, Notaria.—1 vez.—Nº 64246.—(99553).
Por escritura otorgada a las
08:00 horas del 01 de noviembre del 2007, protocolizo acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Inmobiliaria Bahía
Blanca Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda.
Se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1
vez.—Nº 64247.—(99554).
Por asamblea de socios de las
sociedades Palm Trees And Ocean Breeze S.R.L., y BMVL Forty One Liles
in The Valley S. A., se reforman cláusula primera, cláusula de
representación y se nombran nuevos apoderados. Es todo.—San José, 06 de
noviembre del 2007.—Lic. Karol Claudel Palma, Notaria.—1 vez.—Nº
64249.—(99555).
La sociedad Consorcio Campos
y Campos S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro cuatro cero siete
tres nueve, reforma sus estatutos y renuncian el presidente y fiscal.—San José,
seis de noviembre del dos mil siete.—Lic. Sileny María Viales Hernández,
Notaria.—1 vez.—Nº 64250.—(99556).
Al ser las ocho horas del dos de
mayo del dos mil siete, por escritura pública otorgada ante mi notaría, se
constituyó
Yo, Rebeca González Porras, en
mi condición de notaria pública y según escritura número doscientos cincuenta y
tres de fecha cinco de octubre del presente año, se constituyó ante mí,
El día de hoy protocolicé acta
de asamblea general extraordinaria de la empresa Transportes OCC Tours
S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sétima del pacto
constitutivo.—Filadelfia, 3 de noviembre del 2007.—Lic. Luis Roberto Paniagua
Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 64253.—(99559).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 14:00 horas del 30 de octubre del 2007, se protocolizó acta de la
sociedad Quesada Zamora Maquinaria del Norte S. A.,
en la que se reformó el pacto social en sus cláusulas: primera, segunda,
tercera y octava y se nombró nueva junta directiva y nuevo fiscal.—Ciudad
Quesada, 5 de noviembre del 2007.—Lic. Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—Nº
64255.—(99560).
Ante mí, Javier Villalta Solano,
notario público de San José, se constituyó la sociedad anónima denominada Bazar
y Pañalera Jireh Sociedad Anónima, al ser las doce horas del cinco de
noviembre de dos mil siete, mediante la escritura número ciento catorce del
tomo segundo de mi protocolo. Se designa a Maribel Chavarría Piedra como
presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Es todo.—San
José, siete horas del seis de octubre del dos mil siete.—Lic. Javier Villalta
Solano, Notario.—1 vez.—Nº 64256.—(99561).
Ante mí, Javier Villalta Solano,
notario público de San José, se constituyó la sociedad anónima denominada Apoyo
Educativo Sociedad Anónima, al ser las once horas del treinta de octubre
del dos mil siete, mediante la escritura número ciento doce del tomo segundo de
mi protocolo. Se designa a Christian Manuel Araya Soto como presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José,
doce horas del cinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Javier Villalta Solano,
Notario.—1 vez.—Nº 64257.—(99562).
Por escritura pública número
142-38 de las 8:00 horas del 6 de noviembre del 2007, protocolicé acta de la
asamblea general extraordinaria de la entidad denominada Finca Valle del
Arenal Sociedad Anónima, en la cual se acuerda la modificación de la
cláusula tercera de su pacto constitutivo en lo referente al objeto de la
compañía.—San José, 6 de noviembre del 2007.—Lic. Humberto Piedra Hernández,
Notario.—1 vez.—Nº 64265.—(99563).
La suscrita notaria hago constar
que a las 10:00 horas del día 2 de noviembre del año 2007, bajo la escritura
número 208-2 de mi protocolo segundo otorgada en San José, los señores Edwin Ramírez
Brenes y Daniel Shanahan Renken, constituyeron el ente jurídico Satsang Sociedad
Anónima, con un capital social de 100.000 colones.—San José, 5 de noviembre
del 2007.—Lic. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 64266.—(99564).
La suscrita notaria hago constar
que a las 11:00 horas del día 2 de noviembre del año 2007, bajo la escritura
número 209-2 de mi segundo protocolo se realiza protocolización de acta de
asamblea de socios del ente jurídico Green Island Sociedad Anónima,
en la cual se nombra nueva junta directiva.—San José, 5 de noviembre del
2007.—Lic. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 64267.—(99565).
Por escritura número 97 otorgada
ante la suscrita notaria, a las 16:00 horas del 30 de octubre del 2007, se
constituye la sociedad denominada Agrícola Dueck Jiménez S. A., cuya
representación la ostenta el presidente, otorgándole facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma. El plazo social será de 99 años. Capital
social: suscrito y pagado.—Santa Rita de Río Cuarto, 5 de noviembre del
2007.—Lic. Doris Rojas Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 64268.—(99566).
Por escritura número 102
otorgada ante la suscrita notaria, a las 11:00 horas del 1º de noviembre del
2007, se constituye la sociedad denominada Servicios Múltiples Lorianso S.
A., cuya representación la ostenta el presidente, otorgándole facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma. El plazo social será de 99 años.
Capital social: suscrito y pagado.—Santa Rita de Río Cuarto, 5 de noviembre del
2007.—Lic. Doris Rojas Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 64269.—(99567).
Por escritura número 111
otorgada ante la suscrita notaria, a las 18:00 horas del 1º de noviembre del
2007, se constituye la sociedad denominada Multiservicios Víquez German S.
A., cuya representación la ostenta el presidente y secretario, otorgándoles
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. El plazo social será
de 99 años. Capital social: suscrito y pagado.—Santa Rita de Río Cuarto, 5 de
noviembre del 2007.—Lic. Doris Rojas Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 64270.—(99568).
Por escritura número 110
otorgada ante la suscrita notaria, a las 17:00 horas del 1º de noviembre del
2007, se constituye la sociedad denominada Industria Agrícola Vivas Ojeda S.
A., cuya representación la ostenta el presidente, otorgándole facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma. El plazo social será de 99 años.
Capital social: suscrito y pagado.—Santa Rita de Río Cuarto, 5 de noviembre del
2007.—Lic. Doris Rojas Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 64271.—(99569).
Por escritura número 108
otorgada ante la suscrita notaria a las 15:00 horas del 1 de noviembre del
2007, se constituye la sociedad denominada Agro Eco Aragon Sánchez S. A.,
cuya representación la ostenta el presidente, otorgándole facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma. El plazo social será de 99 años.
Capital social: suscrito y pagado.—Santa Rita de Río Cuarto, 5 de noviembre del
2007.—Lic. Doris Rojas Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 64272.—(99570).
Por escritura número 107
otorgada ante la suscrita notaria, a las 14:00 horas del 1º de noviembre del
2007, se constituye la sociedad denominada Agrícola Zelpez S. A., cuya
representación la ostenta el presidente, otorgándole facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma. El plazo social será de 99 años. Capital
social: suscrito y pagado.—Santa Rita de Río Cuarto, 5 de noviembre del
2007.—Lic. Doris Rojas Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 64273.—(99571).
Por escritura numero 106
otorgada ante la suscrita notaria, a las 13 horas del 1º de noviembre del 2007,
se constituye la sociedad denominada CIA Agrícola González Rojas S. A.,
cuya representación la ostenta el presidente, otorgándole facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma. El plazo social será de 99 años.
Capital social: suscrito y pagado.—Santa Rita de Río Cuarto, 5 de noviembre del
2007.—Lic. Doris Rojas Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 64274.—(99572).
Por escritura número 105
otorgada ante la suscrita notaria, a las 12:00 horas del 1º de noviembre del
2007, se constituye la sociedad denominada Operadora Agrícola JCB S. A.,
cuya representación la ostenta el presidente, otorgándole facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma. El plazo social será de 99 años.
Capital social: suscrito y pagado.—Santa Rita de Río Cuarto, 5 de noviembre del
2007.—Lic. Doris Rojas Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 64275.—(99573).
Por escritura número 104
otorgada ante la suscrita notaria, a las 11:20 horas del 1º de noviembre del
2007, se constituye la sociedad denominada Agroservicios G Y B S. A.,
cuya representación la ostenta el presidente, otorgándole facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma. El plazo social será de 99 años.
Capital social: suscrito y pagado.—Santa Rita de Río Cuarto, 5 de noviembre del
2007.—Lic. Doris Rojas Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 64276.—(99574).
Por escritura número 103
otorgada ante la suscrita notaria, a las 11:10 horas del 1º de noviembre del
2007, se constituye la sociedad denominada Multiservicios Michell S.
A. cuya representación la ostenta el presidente, otorgándole facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma. El plazo social será de 99 años.
Capital social: suscrito y pagado.—Santa Rita de Río Cuarto, 5 de noviembre del
2007.—Lic. Doris Rojas Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 64277.—(99575).
Por escritura otorgada en esta
notaría a las diecisiete horas del veintidós de octubre del dos mil siete, RJ
Scott y Diana Marcela Zúñiga Ureña constituyeron Scott Investment Properties
Sociedad Anónima, traducido al español Inversiones Propiedades Scott
Sociedad Anónima que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse S. A.
Domicilio: Pérez Zeledón. Objeto: industria, la agricultura, la ganadería,
exportación e importación, comercio y actividad mercantil en general e
inversiones inmobiliarias. Capital social: doce mil colones íntegramente
suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años a partir de hoy.
Presidente: RJ Scott.—Pérez Zeledón, veintidós de octubre del dos mil
siete.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 64278.—(99576).
Por escritura número trescientos
setenta y seis-tres, otorgada ante esta notaria, a las 8:00 horas del 12 de
octubre del 2007 se constituyó la sociedad anónima denominada The First
Paradise S. A. Capital social doscientos mil colones, representada por 4
acciones nominativas de 50 mil colones cada una. Objeto: comercio en general,
así como cualquier fin lícito. Domicilio: Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, un
kilómetro al sur de Ferretería
Por escritura cuarenta y dos
otorgada ante esta notaria a las once horas treinta minutos del primero de
noviembre del dos mil siete se protocolizó acta de asamblea general de
accionista de Auto Transportes Blanco y Hernández S. A., se nombra nueva
junta directiva.—San Isidro de Pérez Zeledón, primero de noviembre del dos mil
siete.—Lic. Lizeth Mata Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 64281.—(99578).
Que por acta de asamblea general
extraordinaria de Desarrollos Industriales Abriendo Caminos en
Por escritura otorgada ante la
notaria María Isabel Rodríguez Herrera, a las catorce horas del diecinueve de
setiembre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Zealin Sociedad
Anónima.—Lic. María Isabel Rodríguez Herrera, Notaria.—1 vez.—Nº
64284.—(99580).
Protocolización del acta de la
asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la empresa
denominada Tega Limitada, cédula jurídica número tres - ciento dos-
siete mil trescientos siete, en la cual se acuerda modificar la cláusula sexta
del pacto constitutivo de la empresa, se revoca y suprime figura del agente
residente. Escritura otorgada en San José, al ser las diecisiete horas del
cinco de noviembre del dos mil siete ante la notaria Eleonora Badilla Delgado.
Es todo.—San José, al ser las ocho horas del seis de noviembre del dos mil
siete.—Lic. Eleonora Badilla Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 64285.—(99581).
Por escritura otorgada ante mí,
a las quince horas del tres de noviembre del año dos mil siete, el suscrito
notario protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Cuatrocientos
Cincuenta y Cuatro Mil Doscientos Noventa y Seis Sociedad Anónima mediante
la cual se modifica la cláusula sexta de la administración nombrándose nueva
junta directiva.—San José, cinco de noviembre del dos mil siete.—Lic. Alberto
Coto Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 64286.—(99582).
Por escritura otorgada ante mí a
las nueve horas del cinco de noviembre del dos mil siete, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad My Habit off
Sociedad Anónima, en la cual se reforman las cláusulas primera y sexta del
pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, seis de
noviembre del dos mil siete.—Lic. Adriana Céspedes Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº
64287.—(99583).
Por escrituras otorgadas ante mí
a las ocho y nueve horas del cinco de noviembre del dos mil siete, protocolicé
actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades Blue
Walk Sociedad Anónima y 3-101-484815 Sociedad Anónima,
respectivamente, en las cuales se reforma la cláusula sexta del pacto social y
se nombra nueva junta directiva y fiscal, y se cambia la razón social de la
segunda sociedad.—San José, seis de noviembre del dos mil siete.—Lic. Ana
Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 64288.—(99584).
Por escritura pública otorgada
en esta notaría, a las siete horas del cinco de noviembre del dos mil siete,
Luis Enrique Arguedas Chaves y Ana Gabriela Hernández Ramírez, constituyen la
sociedad denominada Leach Sociedad Anónima.—Alajuela, 5 de noviembre del
2007.—Lic. Yamileth Rodríguez Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 64289.—(99585).
Por escritura 233 de las 9:00
horas del día 2 de noviembre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de Comunicaciones Milenio Sociedad Anónima, donde se
modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº
64290.—(99586).
Por escritura 230 de las 10:00
horas del día 1º de noviembre del 2007, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de Laminak Comercial Sociedad Anónima, donde se modificó
pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 64291.—(99587).
El día de hoy, ante el suscrito
notario se constituyó Finca Guicho S. A. Presidente: Natividad Barquero
Granados.—Ciudad Neily, 23 de octubre del 2007.—Lic. Ricardo Otárola Otárola,
Notario.—1 vez.—Nº 64292.—(99588).
A quien interese: Se hace de
conocimiento que en escritura número ochenta y seis visible al folio cuarenta y
siete frente del tomo tercero del protocolo del notario Carlos Enrique Devandas
Artavia, se constituyó la sociedad Varinu Sociedad Anónima.—San José,
primero de noviembre del año dos mil siete.—Lic. Priscila Devandas Artavia,
Notaria.—1 vez.—Nº 64294.—(99589).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las doce horas treinta minutos del día segundo de noviembre del año
dos mil siete, se constituyo la sociedad Clínica Rebouteu Jacó Costa Rica S.
A. Presidente Jean Paul Louis Alphonse Bessiere.—San José, dos de noviembre
del dos mil siete.—Lic. Róger Carmona González, Notario.—1 vez.—Nº
64295.—(99590).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las catorce horas treinta minutos del día segundo de noviembre del
año dos mil siete, se constituyo la sociedad Web Tek Costa Rica S. A. Presidente
Hendrik Johannes Spindler.—San José, dos de noviembre del dos mil siete.—Lic.
Róger Carmona González, Notario.—1 vez.—Nº 64296.—(99591).
Por escritura otorgada hoy ante
mí, a las nueve horas quince minutos del treinta de octubre del dos mil siete,
debidamente comisionado protocolice el acta de asamblea general de accionistas
de la sociedad denominada Centro Italiano Promoción Iniciativas en Costa
Rica Sociedad Anónima mediante la cual se modifica la cláusula sexta, de la
administración, se revoca el nombramiento de la junta directiva y fiscal y se
nombran otros nuevos, se revocan poderes y se nombran nuevos apoderados
generalísimos.—San José, treinta de octubre del año dos mil siete.—Lic. Alberto
Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 64298.—(99592).
Por escritura otorgada hoy ante
mí, a las diez horas del treinta de octubre del dos mil siete, debidamente
comisionado protocolicé el acta .de asamblea general de accionistas de la
sociedad denominada Proyectos y Desarrollos Zeta Sociedad Anónima
mediante la cual se modifica la cláusula octava, de la administración, se
revoca el nombramiento de la junta directiva y fiscal y se nombran otros
nuevos, se revocan poderes y se nombran otras nuevos poderes y se nombran
nuevos apoderados generalísimos.—San José, treinta de octubre del año dos mil
siete.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 64300.—(99593).
Por escritura otorgada hoy ante
mí, a las trece horas del treinta de octubre del dos mil siete, debidamente
comisionado protocolice el acta de la asamblea general de accionistas de la
sociedad denominada Haciendas Unidas Mecanizadas Sociedad Anónima
mediante la cual se modifica la cláusula séptima, de la administración, se
revoca el nombramiento de la junta directiva y fiscal y se nombran otros
nuevos, se revocan poderes y se nombran nuevos apoderados generalísimos.—San
José, treinta de octubre del año dos mil siete.—Lic. Alberto Rojas Chaves,
Notario.—1 vez.—Nº 64301.—(99594).
Por escritura otorgada hoy ante
mí, a las catorce horas del treinta de octubre del dos mil siete, debidamente
comisionado protocolicé el acta de la asamblea general de accionistas de la
sociedad denominada Plantas Industriales Sociedad Anónima mediante la
cual se modifica la cláusula octava, de la administración, se revoca el
nombramiento de la junta directiva y fiscal y se nombran otros nuevos, se
revocan poderes y se nombran nuevos apoderados generalísimos.—San José, treinta
de octubre del año dos mil siete.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—Nº
64302.—(99595).
La suscrita Notaria hace constar
que con vista en la matriz, escritura número ochenta visible al folio veintiocho
frente del tomo veintitrés de mi protocolo, se constituyó la sociedad Anjeelsa
Almacenes de Carga S. A. Es todo, al ser catorce horas cuarenta minutos del
día cinco de noviembre del dos mil siete.—Lic. Zarella Obando Retana,
Notaria.—1 vez.—Nº 64303.—(99596).
Por escritura otorgada hoy ante
mí, a las quince horas, se constituye Finca El Desenredo TJ Sociedad Anónima,
que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse S. A. Domicilio en Pérez
Zeledón. Objeto; la industria, la agricultura, la ganadería y el comercio en
general. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado. Plazo
social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Artavia
Mata.—Pérez Zeledón, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Eduardo Román Gómez,
Notario.—1 vez.—Nº 64304.—(99597).
En mi notaría, el veintitrés de
octubre del 2007, se constituyó la sociedad Donmar S. A. Plazo social:
noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones dividido en diez
acciones comunes y nominativas: mil colones cada una, con presidente Marvin
Mora Guadamuz, con representación judicial y extrajudicial. Es todo.—San Isidro
de Pérez Zeledón, 31 de octubre del 2007.—Lic. Ana I. Rodríguez Arguedas,
Notaria.—1 vez.—Nº 64305.—(99598).
En mi notaría, el veintidós de
octubre del 2007, se constituyó la sociedad Jurishi S. A., con plazo
social: noventa y nueve años, con capital social: diez mil colones dividido en
diez acciones comunes y nominativas: mil colones cada una, figurando como
presidenta Heidy Soto Ruiz, con representación judicial y extrajudicial. Es
todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, 31 de octubre del 2007.—Lic. Ana I.
Rodríguez Arguedas, Notaria.—1 vez.—Nº 64306.—(99599).
Por escritura otorgada hoy ante
mí, a las ocho horas treinta minutos del treinta de octubre del dos mil siete,
debidamente comisionado protocolicé el acta de asamblea general de accionistas
de la sociedad denominada P.H. Pacífico Hermosa Sociedad Anónima
mediante la cual se modifica la cláusula octava, de la administración, se
revoca el nombramiento de la junta directiva y fiscal y se nombran otros
nuevos, se revocan poderes y se nombran nuevos apoderados generalísimos.—San
José, treinta de octubre del año dos mil siete.—Lic. Alberto Rojas Chaves,
Notario.—1 vez.—Nº 64307.—(99600).
Por escritura otorgada hoy ante
mí, a las nueve horas del treinta de octubre del dos mil siete, debidamente
comisionado protocolicé el acta de asamblea general de accionistas de la
sociedad denominada Bodega Zeta Nueve Sociedad Anónima mediante la cual
se modifica la cláusula sexta, de la administración, se revoca el nombramiento
de la junta directiva y fiscal y se nombran otros nuevos, se revocan poderes y
se nombran nuevos apoderados generalísimos.—San José, treinta de octubre del
año dos mil siete.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—Nº
64308.—(99601).
Por escritura otorgada ante mí,
a las nueve horas del trece de noviembre del dos mil siete, protocolicé
acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía con
domicilio en Alajuela, Sistemas Logísticos Caribenos Sislocar Sociedad
Anónima en que se reforma la cláusula octava del Pacto Social y se nombra
junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic. Harry Castro Carranza,
Notario.—1 vez.—Nº 64309.—(99602).
Por escritura otorgada ante mí,
a las ocho horas del trece de noviembre del dos mil siete, protocolicé acuerdos
de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía con domicilio en
Alajuela, Central de Contenedores Limón Sociedad Anónima en que se
reforma la cláusula octava del Pacto social y se nombra junta directiva, fiscal
y agente residente.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—Nº
64310.—(99603).
Mediante escritura número 45-5
de la notaria Lucy Dayana Camacho Guzmán, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Panadería
Suprema S. A.—Guadalupe, seis de noviembre del dos mil siete.—Lic. Aurelia
Vargas Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 64311.—(99604).
Por escritura otorgada ante mí
se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Astecon S.
A. en la que se modifica cláusulas cuarta y segunda de los estatutos.—San
José, 5 de noviembre del 2007.—Lic. Arnulfo Carmona Martínez, Notario.—1
vez.—Nº 64313.—(99605).
Ante mi notaría, el 30 de agosto
del 2007, se constituyó Global Amerika S. A.—San José, 2 de noviembre
del 2007.—Lic. German Obando Mena, Notario.—1 vez.—Nº 64314.—(99606).
Cambio de junta directiva de la
sociedad Aciertos Felices CEM S. A., cédula jurídica número
tres-uno cero uno-cuatro tres dos siete siete dos. Presidente: Emilio Torres
Segreda. Escritura otorgada en San José, a las dieciocho horas del cinco de
noviembre del dos mil siete.—Lic. Floria Segreda Sagot, Notaria.—1 vez.—Nº
64315.—(99607).
Se constituye la sociedad de
este domicilio Coseda S. A. Presidente: Miguel Badilla Cordero.
Escritura otorgada en San José, a las diez horas del cinco de noviembre del dos
mil siete.—Lic. Floria Segreda Sagot, Notaria.—1 vez.—Nº 64316.—(99608).
Mediante escritura otorgada en
San Rafael de Heredia, a las 13:00 horas del 3 de noviembre del 2007, Andrey
Chaves Chacón, Maureen Rojas Esquivel, Yorleny Álvarez Calvo, constituyeron la
sociedad anónima denominada Amajo CH. & CH. E Hijos S. A. Domicilio
social: San Rafael de Heredia. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años.
Presidente: Andrey Chaves Chacón.—San Rafael de Heredia, 3 de noviembre del
2007.—Lic. Guillermo Miranda Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 64317.—(99609).
Mediante escritura otorgada en
San Rafael de Heredia, a las 16:00 horas del 3 de noviembre del 2007, José
Francisco Chacón Esquivel y Angeline María Sánchez Román, constituyeron la
sociedad anónima denominada Serback S. A. Domicilio social: San Rafael
de Heredia. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Presidente: José
Francisco Chacón Esquivel.—San Rafael de Heredia, 3 de noviembre del 2007.—Lic.
Guillermo Miranda Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 64318.—(99610).
Mediante escritura otorgada en
San Rafael de Heredia, a las 14:00 horas del 3 de noviembre del 2007, Evin
Gerardo Carvajal Araya conocido como Edwin Carvajal Araya y Yorleny Álvarez
Calvo, constituyeron la sociedad anónima denominada Caral J & P S. A.
Domicilio social: San Rafael de Heredia, Getsemaní. Capital: suscrito y pagado.
Plazo: 99 años. Presidente: Evin Gerardo Carvajal Araya conocido como Edwin
Carvajal Araya.—San Rafael de Heredia, 3 de noviembre del 2007.—Lic. Guillermo
Miranda Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 64319.—(99611).
Mediante escritura otorgada en
San Rafael de Heredia, a las 11:30 horas del 31 de octubre del 2007, Carlos
Manuel Chaves Montero y Jennifer Paola Vargas Zúñiga, constituyeron la sociedad
anónima denominada Pavacacha S. A. Domicilio social: San Rafael de
Heredia. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Presidente: Carlos Manuel
Chaves Montero.—San Rafael de Heredia, 31 de octubre del 2007.—Lic. Guillermo
Miranda Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 64320.—(99612).
Mediante escritura otorgada en
San Rafael de Heredia, a las 15:30 horas del 29 de setiembre del 2007, Rocío
Paniagua Gutiérrez y Eileen Abarca Paniagua, constituyeron la sociedad anónima
denominada Roxio S. A. Domicilio social: Heredia, Barva, Santa Lucía.
Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Presidenta: Rocío Paniagua
Gutiérrez.—San Rafael de Heredia, 30 de setiembre del 2007.—Lic. William
Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 64321.—(99613).
Mediante escritura número
cuarenta y nueve, otorgada en Alajuela, a las catorce horas del día treinta y
uno de octubre del dos mil siete, visible al folio sesenta y cuatro frente del
tomo segundo de mi protocolo, los señores Carlos Monge Acosta y Sara Monge
Rojas, constituyeron Frutimel de Jicote C.M Sociedad Anónima.—Alajuela,
treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. María Vanesa Murillo
Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 64324.—(99614).
Por escritura otorgada hoy ante
mí, a las quince horas del treinta de octubre del dos mil siete, debidamente
comisionado, protocolicé el acta de la asamblea general de accionistas de la
sociedad denominada Porcina Americana Sociedad Anónima, mediante la cual
se modifica la cláusula sétima de la administración, se revoca el nombramiento
de la junta directiva y fiscal, y se nombran otros nuevos, se revocan poderes y
se nombran nuevos apoderados generalísimos.—San José, treinta de octubre del
dos mil siete.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 64325.—(99615).
Por escritura otorgada hoy ante
mí, a las doce horas del treinta de octubre del dos mil siete, debidamente
comisionado, protocolicé las actas de asambleas generales de accionistas de las
sociedades denominadas Key Punch Sociedad Anónima; Leastways Sociedad
Anónima e Inmobiliaria Zeta Sociedad Anónima, mediante la cual las
dos primeras sociedades se fusionan por absorción con la sociedad que prevalece
sea Inmobiliaria Zeta Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula quinta
del capital social de la sociedad prevaleciente, al igual que la cláusula
octava de la administración, se revoca el nombramiento de la junta directiva y
fiscal, y se nombran otros nuevos, se revocan poderes y se nombran nuevos
apoderados generalísimos.—San José, treinta de octubre del dos mil siete.—Lic.
Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 64326.—(99616).
Por escritura otorgada hoy ante
mí, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del treinta de octubre del dos
mil siete, debidamente comisionado, protocolicé el acta de asamblea general de
accionistas de la sociedad denominada Inversiones Zeta Sociedad Anónima,
mediante la cual se modifica la cláusula sexta de la administración, se revoca
el nombramiento de la junta directiva y fiscal, y se nombran otros nuevos, se
revocan poderes y se nombran nuevos apoderados generalísimos.—San José, treinta
de octubre del dos mil siete.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—Nº
64327.—(99617).
Por escritura otorgada hoy ante
mí, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del treinta de octubre del dos
mil siete, debidamente comisionado, protocolicé el acta de asamblea general de
accionistas de la sociedad denominada Zona Franca Milenium Tres Sociedad
Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sétima de la administración,
se revoca el nombramiento de la junta directiva y fiscal, y se nombran otros
nuevos, se revocan poderes y se nombran nuevos apoderados generalísimos.—San
José, treinta de octubre del dos mil siete.—Lic. Alberto Rojas Chaves,
Notario.—1 vez.—Nº 64328.—(99618).
Por escritura otorgada hoy ante
mí, a las nueve horas treinta minutos del treinta de octubre del dos mil siete,
debidamente comisionado, protocolicé el acta de asamblea general de accionistas
de la sociedad denominada Zetafin Sociedad Anónima, mediante la cual se
modifica la cláusula octava de la administración, se revoca el nombramiento de
la junta directiva y fiscal, y se nombran otros nuevos, se revocan poderes y se
nombran nuevos apoderados generalísimos.—San José, treinta de octubre del dos
mil siete.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 64329.—(99619).
Por escritura otorgada a las
once horas del día de hoy, se constituyó la entidad denominada Bioimplantes
Sociedad Anónima. Domiciliada en Alajuela. Representada por su presidente,
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José,
veintisiete de octubre del dos mil siete.—Lic. Alejandro Vargas Alfaro,
Notario.—1 vez.—Nº 64332.—(99620).
Por escritura otorgada a las
quince horas del día de hoy, se constituyó la entidad denominada Los
Gaviales Sociedad Anónima. Domiciliada en Alajuela. Representada por su
presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Alejandro Vargas Alfaro,
Notario.—1 vez.—Nº 64333.—(99621).
Mediante escritura número 111,
autorizada a las 14:30 horas de hoy, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora
G. T. U. S. A. Domicilio: San José. Capital: ¢12.000,00. Representación
conjunta.—San José, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Carlos Manuel Serrano Castro,
Notario.—1 vez.—Nº 64334.—(99622).
Victoria Ramírez Castillo,
Gladis Ramírez Castillo y Gloria Ramírez Castillo, constituyen la sociedad
denominada
Protocolización de acta de
asamblea general extraordinaria de la empresa Desert Dunes Sociedad Anónima,
mediante la cual se modifica la cláusula primera, segunda y sexta del pacto
constitutivo, y se nombra junta directiva y fiscal. Escritura otorgada en la
ciudad de San José, a las ocho horas del veintidós de octubre del dos mil
siete.—Lic. Alejandra Castro Peck, Notaria.—1 vez.—Nº 64336.—(99624).
Eric Fonseca Guillén y Alexandra
Gonzáles Pacheco, constituyen la sociedad denominada Libertades Financieras
del Este Sociedad Anónima. Domicilio en la ciudad de San José, Mercedes de
Monte de Oca, costado noroeste de
Por escritura número ciento
cincuenta, otorgada ante la suscrita notaria, en la ciudad de San José, a las
14:00 horas del día 5 de noviembre del 2007, se cambió la junta directiva de la
sociedad denominada Blanco y Negro S. A., pudiendo abreviarse las dos
últimas palabras en “S. A.”.—San José, 5 de noviembre del 2007.—Lic.
Carola Suárez Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 64339.—(99626).
El suscrito notario Wilberth
Navarro Sánchez, hace constar que mediante escritura número cuatrocientos
cincuenta y dos-quince, se constituyó en esta notaría, la sociedad anónima
denominada Compañía Constructora Beitara del Sur Sociedad Anónima, la
misma tiene un capital social de diez mil colones, y su presidente es Denis
Beita Navarro. Es todo. Dado en la ciudad de San Isidro de El General, Pérez
Zeledón, al ser las diecisiete horas del seis de noviembre del dos mil
siete.—Lic. Wilberth Navarro Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 64343.—(99627).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18:00 horas del 29 de octubre del 2007, se constituyeron las
siguientes sociedades: Un Nuevo Aire para el Alma S.R.L.; Un
Maravilloso Atardecer en Uvita S.R.L.; Los Arrecifes de Punta Uvita
S.R.L.; Las Maravillas de un Día en Alta Mar S.R.L.; Una
Eternidad en las Manos del Amor S.R.L., cláusulas. Plazo social: 99 años.
Gerente: Carolina Mora Araya. Notario: Juan Rafael Alvarado Cervantes, en
conotariado con Jorge Zúñiga Calderón.—San Isidro, Pérez Zeledón, 29 de octubre
del 2007.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Conotario y Lic. Juan Rafael Alvarado
Cervantes, Notario.—1 vez.—Nº 64344.—(99628).
Por escritura 292, otorgada en
esta notaría, a las 08:00 horas del 26 de octubre del 2007, se constituyó la
sociedad Araya Morales S. A. Capital social: de ¢20.000,00.
Representantes el presidente y secretario.—Lic. Ilem Tatiana Rojas Rojas,
Notaria.—1 vez.—Nº 63347.—(99629).
Por escritura 293, otorgada en
esta notaría, a las 10:00 horas del 26 de octubre del 2007, se constituyó la
sociedad Hathus All Fun S. A. Capital social: de ¢20.000,00.
Representantes el presidente y secretario.—Lic. Ilem Tatiana Rojas Rojas,
Notaria.—1 vez.—Nº 63346.—(99630).
Que por escritura número ciento
sesenta y siete, se protocolizó acta número cuatro de asamblea general
extraordinaria de socios de Gomen S.A., en la cual se acordó reformar la
cláusula cuarta del pacto constitutivo para que la representación de la
sociedad la comparta el presidente, secretario y tesorero.—San José, 6 de
noviembre del 2007.—Lic. Erika Vázquez Boza, Notaria.—1 vez.—Nº 64348.—(99631).
Por escritura otorgada hoy ante
mí, a las ocho horas del treinta de octubre del dos mil siete, debidamente
comisionado, protocolicé el acta de asamblea general de accionistas de la
sociedad denominada Estructuras de Concreto Sociedad Anónima, mediante
la cual se modifica la cláusula sétima de la administración, se revoca el
nombramiento de la junta directiva y fiscal, y se nombran otros nuevos, se
revocan poderes y se nombran nuevos apoderados generalísimos.—San José, treinta
de octubre del dos mil siete.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—Nº
64349.—(99632).
Mediante escritura otorgada ante
la suscrita notaria, a las 07:00 horas del 30 de octubre del 2007, se
constituye la sociedad denominada Inversiones Migdonio del Pacífico S. A.,
representada por su presidente y su secretario, ambos con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o
separadamente. Domicilio: Heredia, de
Por escritura otorgada ante mí,
a las trece horas del primero de noviembre del dos mil siete, constitución de
sociedades denominadas Wilcraf Inversiones Sociedad Anónima. Presidente:
Wilber Adalberto Panameño Nerio.—Lic. Kathya Salas Guevara, Notaria.—1 vez.—Nº
64353.—(99634).
El suscrito notario, hace
constar que por escritura otorgada a las ocho horas del día veintidós de
octubre del dos mil siete, en Heredia, ante mí, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad domiciliada en Heredia,
denominada tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y un mil setecientos
setenta y dos sociedad anónima, titular de la cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y un mil setecientos setenta y
dos, asamblea celebrada en su domicilio social con la participación de la
totalidad del capital social y en la cual se resolvió lo siguiente: a) Cambio
de nombre, denominada de ahora en adelante Proyectos Sostenibles de
Inversión del Pacífico Central Sociedad Anónima. b) Cambio de domicilio
social de la sociedad. c) Sustitución del presidente y del tesorero de la
sociedad por el resto del periodo legal. d) Sustitución del agente residente
por el resto del periodo legal. Acta protocolizada por el notario Álvaro Masís
Montero.—San José, nueve horas del cinco de noviembre del dos mil siete.—Lic.
Álvaro Masís Montero, Notario.—1 vez.—Nº 64354.—(99635).
El suscrito notario, hago
constar que en mi notaría el día de hoy, Ángel Marú Sánchez López, portador de
la cédula Nº 6-201-627 y Danny Antonio
Galvez Chavarría, portador de la cédula Nº 1-1330-0739, constituyeron la
empresa de esta plaza denominada Inversiones Marú de Los Ángeles Sociedad
Anónima.—San José, 5 de noviembre del 2007.—Lic. Carlos Mauricio Cartín
Solís, Notario.—1 vez.—Nº 64355.—(99636).
Se protocoliza acta número tres
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
El Carao de los E. S. A., reforma las cláusulas primera
y cuarta del pacto social, integra junta directiva y fiscal. Escritura otorgada
en la ciudad de Heredia, a las nueve horas del día primero de noviembre del dos
mil siete.—Lic. Víctor Manuel González Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº
64360.—(99639).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16:10 horas del 5 de noviembre del 2007, se protocolizó el acta
de asamblea general extraordinaria de la empresa Grupo Industrial
Por escritura otorgada ante mí,
el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
totalitaria de accionistas de Propiedades Casa Palo Alto Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Gerente: Robert Langdon (nombres) Harley (apellido).
Plazo: noventa y nueve años. Capital social: cuatro acciones de dos mil
quinientos colones cada una.—San Isidro de El General, seis de noviembre del
dos mil siete.—Lic. Alejandra González Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº
64362.—(99641).
Que por las escrituras números
75, 77, 78 y 79 visibles a folios 93 vuelto, 97 frente, 99 frente y 100 vuelto
del tomo VIII del protocolo del notario público Lic. Eduardo Abarca Vargas, se
constituyeron las empresas representadas por Christiaan Cornelus Hendrik
(nombres) Vijselaar (apelidos), pasaporte número N K dos uno cinco siete siete
seis nueve, denominadas Palmvita de Uvita Lote Uno S. A.; Vista del
Mar Palmvita Lote Cuatro S. A., y Atardecer Palmvita Lote Cinco S. A.;
Palmvita del Nuevo Amanecer Lote Siete S. A., el motivo de este edicto
es la constitución de la empresa dicha.—San Isidro, Pérez Zeledón, a las 14:00
horas del 5 de noviembre del 2007.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1
vez.—Nº 64363.—(99642).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16:00 horas del 5 de noviembre del 2007, se protocolizó el acta
de asamblea general extraordinaria de la empresa Cerro Porteño S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-329210. Nombramiento de tesorera y fiscal.—San Isidro,
Pérez Zeledón, 5 de noviembre del 2007.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1
vez.—Nº 64364.—(99643).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15:50 horas del 5 de noviembre del 2007, se protocolizó el acta
de asamblea general extraordinaria de la empresa Ferretería Palmares S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-181964. Reformas: cláusula quinta del pacto
constitutivo.—San Isidro, Pérez Zeledón, 5 de noviembre del 2007.—Lic. Jorge
Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 64365.—(99644).
Mediante escritura número
veintiocho-nueve, otorgada ante mí, a las catorce horas del dieciséis de
octubre del presente año, la entidad Repunta Sociedad Anónima, reforma
su cláusula del domicilio y efectúa nombramiento de presidente.—Pérez Zeledón,
dos de noviembre del dos mil siete.—Lic. Carlos Luis Quesada Elizondo,
Notario.—1 vez.—Nº 64366.—(99645).
Por escritura otorgada a las
12:00 horas del 2 de noviembre del 2007, Alejandro Baster Rojas y Rolando
Baster Ávila, constituyen la sociedad Baxter’s Corporation S. A.
Domicilio: Colima, Tibás. Capital: diez mil colones. Presidente: Rolando Baster
Ávila. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Leonel Sanabria Varela,
Notario.—1 vez.—Nº 64367.—(99646).
Nugasa S. A., modifica cláusula primera y
octava, se modifica junta directiva. Escritura otorgada en Santa Ana, a las
10:00 horas del 22 de octubre del 2007, ante la notaria Maritza Quintanilla
Jiménez.—Lic. Maritza Quintanilla Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 64369.—(99647).
Por escritura Nº 87 de esta
fecha, Servicios y Asesorías SEASSA Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica Nº 3-101-134539, modificó pacto constitutivo.—San José, 22 de octubre
del 2007.—Lic. Walter Francisco Corrales Granados, Notario.—1 vez.—Nº
64370.—(99648).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria, al ser las siete horas veinte minutos del día seis de noviembre
del dos mil siete, se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo,
cambio de junta directiva de la sociedad Interhand Servicios Profesionales
Sociedad Anónima.—Alajuela, al ser las ocho horas treinta minutos del día
seis de noviembre del dos mil siete.—Lic. Ana Yensi Morera Jiménez, Notaria.—1
vez.—Nº 64371.—(99649).
Ante mi notaría, al ser las ocho
horas del cinco de noviembre del dos mil siete, se protocolizó el acta de
asamblea general extraordinaria de la compañía Edificio de Inversiones Adjo
S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y dos mil
ochocientos noventa y ocho, donde se acuerda reformar la cláusula sexta del
pacto constitutivo, y se reorganizan los nombramientos de la junta
directiva.—San José, cinco de noviembre del dos mil siete.—Lic. Abraham
Waisleder Budzinska, Notario.—1 vez.—Nº 64374.—(99650).
Por escritura número 331 ante
esta notaría se nombra nueva junta directiva de Olmeyo de El Guarco S. A.,
cédula jurídica 3-101-422686. Presidente Jonathan Brenes Arrieta.—Cartago, 2 de
noviembre del 2007.—Lic. Esteban Martínez Fuentes, Notario.—1 vez.—Nº
64375.—(99651).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario en San Isidro de Pérez Zeledón al ser las 15:00 horas del 2 de
noviembre del 2007, se constituyó K Y M del Sur Sociedad Anónima. Se
nombra presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.
Capital íntegramente suscrito y pagado.—Pérez Zeledón, 5 de noviembre del
2007.—Lic. Miguel Ángel Larios Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 64378.—(99652).
Por escritura otorgada ante mí,
se ha constituido la firma Hornhilow S. A. Domiciliada en San José,
Costa Rica. Plazo social noventa y nueve años. Capital: un millón de colones;
presidente: Paul Lewis Horn, fecha de otorgamiento 5 de noviembre del 2007.—San
José, Costa Rica.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—Nº
64384.—(99653).
Por escritura otorgada ante mí,
a las dieciocho horas del día cinco de noviembre del dos mil siete, se
constituyó la sociedad denominada Primavera Galilea S. A. El presidente
tiene la representación de la sociedad. Capital social diez mil colones.—San
José, 6 de noviembre del 2007.—Lic. Ana Lorena Gamboa Salazar, Notaria.—1
vez.—Nº 64385.—(99654).
Protocolización de asamblea
general extraordinaria de accionistas de 3-101-491985 Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforman las cláusulas quinta, décimo quinta, décimo octava
y vigésima del pacto social. Escritura otorgada a las 12:40 horas del 5 de
noviembre del 2007.—Lic. María Gabriela Bogantes González, Notaria.—1 vez.—Nº
64386.—(99655).
El suscrito licenciado Christian
Ceciliano Mora hago constar que ante esta notaría al ser las 12 horas del 1° de
noviembre de 2007 se constituyó Inversiones Tecnológicas J D del Sur
Sociedad Anónima.—Lic. Christian Ceciliano Mora, Notario.—1 vez.—Nº
64387.—(99656).
Mediante escritura noventa y
tres otorgada a las once horas del cinco de noviembre del dos mil siete, ante
la notaria pública Alejandra Montiel Quirós se protocoliza acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria mediante la que se reforma el pacto social
en su cláusula primera y se nombra gerente.—San José, cinco de noviembre del
dos mil siete.—Lic. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº
64390.—(99657).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 16:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad anónima
denominada Dental SPA Clínica Odontológica S. A. Capital íntegramente
suscrito y pagado.—San José, 3 de noviembre del 2007.—Lic. Emilia Ma.
Chacón Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 64392.—(99658).
Ante mi notaría hoy se ha
constituido la sociedad de esta plaza denominada Calcam de Atenas Sociedad
Anónima. Presidente: Julio Calderón Campos. Capital totalmente suscrito y
pagado. Escritura otorgada en la ciudad de Atenas, a las 18 horas del día 24 de
octubre del año 2007.—Lic. Sonia Teresa González Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº
64398.—(99659).
Por escritura otorgada el día
veintiséis de octubre dos mil siete, ante esta notaría, se constituye la
sociedad anónima Tiempos Especiales F y G Sociedad Anónima se designa
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, seis de noviembre del dos mil siete.—Dr. Fernando Zamora Castellanos,
Notario.—1 vez.—Nº 64399.—(99660).
Por escritura otorgada el día
veintiséis de octubre dos mil siete, ante esta notaría, se constituye la
sociedad anónima Miro y Tuty Juntos Sociedad Anónima se designa
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, seis de noviembre del dos mil siete.—Dr. Fernando Zamora Castellanos,
Notario.—1 vez.—Nº 64400.—(99661).
Por escritura otorgada el día
veintiséis de octubre de dos mil siete, ante esta notaría, se constituye la
sociedad anónima Pepe E Isis Juntos Sociedad Anónima se designa
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, seis de noviembre del dos mil siete.—Dr. Fernando Zamora Castellanos,
Notario.—1 vez.—Nº 64401.—(99662).
Por escritura otorgada el día
primero de noviembre dos mil siete, ante esta notaría, se constituye la
sociedad anónima Servicios Fisioterapéuticos Sánchez Sociedad Anónima se
designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma.—San José, seis de noviembre del dos mil siete.—Dr. Fernando Zamora
Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 64402.—(99663).
Por escritura otorgada en mi
notaría el día de hoy se constituye: Grekita Internacional Sociedad Anónima.
Plazo: noventa y nueve años, domicilio: provincia de San José. Objeto: el
comercio en general. Apoderados generalísimos: presidente y tesorero.—San José,
1º de noviembre del 2007.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº
64409.—(99664).
Ante mi notaría se ha presentado
el señor Fernando José González Medina, cédula uno-novecientos sesenta y
ocho-novecientos sesenta, a protocolizar actas de
Por escritura pública de las
quince horas del cinco de noviembre del dos mil siete, se protocolizó asamblea
general extraordinaria de Granadela Investments Inc. Sociedad Anónima.
Se modifican las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo y se cambian
miembros de la junta directiva. Es todo.—San José, dieciséis horas del cinco de
noviembre del dos mil siete.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—Nº 64413.—(99666).
Por escritura pública de las
ocho horas del cinco de noviembre del dos mil siete, se protocolizó asamblea
general extraordinaria de Firmemente Positivo Sociedad Anónima. Se
modifican las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y se cambian
miembros de la junta directiva. Es todo.—San José, diecisiete horas del cinco
de noviembre del dos mil siete.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—Nº
64414.—(99667).
Mediante escritura autorizada
por mí, a las diecisiete horas del cinco de noviembre de dos mil siete, se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas
de Occa de Brasilito Sociedad Anónima (la compañía) de esta plaza,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintisiete mil seiscientos
ocho; por medio de la cual (i) se modifican las cláusulas segunda y sexta del
pacto constitutivo de
Por escritura otorgada en
Puntarenas, Cóbano, Santa Teresa, a las doce horas del día treinta de octubre
del dos mil siete se constituye firma denominada Joba Dewhurst Properties Limitada,
capital social diez mil colones. Domicilio social Puntarenas, Cóbano, Santa
Teresa. Ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, a las diez horas
del cinco de noviembre del dos mil siete.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1
vez.—Nº 64421.—(99669).
La suscrita notaria, Belzert
Espinoza Cruz, notaria pública, carné catorce mil ciento sesenta y uno, doy fe
que en mi notaría procedí a constituir ocho sociedades anónimas, donde la
representación judicial y extrajudicial la ejercen el presidente y secretario,
mediante escritura número doscientos siete. Es todo.—Guácimo, al ser las
diecisiete horas y cinco minutos del dieciséis de octubre del dos mil
siete.—Lic. Belzert Espinoza Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 64422.—(99670).
Por escritura pública otorgada
ante esta notaría a las doce horas del veintidós de octubre del dos mil siete,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad
Rancho El Robledal Limitada, cédula jurídica tres-ciento uno-cero
noventa y un mil cuatrocientos ochenta y ocho, mediante la cual se reforma la
cláusula sétima del pacto constitutivo, se revoca el nombramiento del gerente y
se hacen nuevos nombramientos de gerente y subgerente de la sociedad.—San José,
veintitrés de octubre del dos mil siete.—Lic. Roxana Sofía Lao Méndez,
Notaria.—1 vez.—Nº 64423.—(99671).
Mediante escritura otorgada en
esta notaría a las 15:00 horas del 2 de noviembre del 2007, se constituyó: Tecnología
y Sistemas Wilcasji S.A. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Costa
Rica, San José, Vázquez de Coronado, Patalillo, trescientos metros al norte del
restaurante
Mediante escritura autorizada
por mí, a las 18:15 horas del 31 de octubre de 2007, se constituyó Pacific
Coast Transport Sociedad Anónima, con capital social de cinco mil colones.—San
José, 6 de octubre del 2007.—Dr. Daniel Muñoz Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº
64428.—(99673).
Mediante escritura autorizada
por mí, a las 18:00 horas del 31 de octubre del 2007, se constituyó Pacific
Coast Adventures Sociedad Anónima con capital social de cinco mil
colones.—San José, 6 de octubre del 2007.—Dr. Daniel Muñoz Jiménez, Notario.—1
vez.—Nº 64429.—(99674).
Ante mí, Víctor Armando
Rodríguez Vado, notario público de Alajuela, se ha protocolizado el acta número
dos de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada No Gordas
Aquí Por Favor Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos sesenta y nueve mil cincuenta y ocho, mediante escritura
número sesenta y uno, visible al folio treinta y dos vuelto del tomo cuarto de
mi protocolo, en donde se nombra nuevo tesorero de la junta
directiva.—Alajuela, dos de noviembre del dos mil siete.—Lic. Víctor Armando
Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—Nº 64431.—(99675).
Ante mí, Víctor Armando
Rodríguez Vado, notario público de Alajuela, se ha protocolizado el acta número
tres de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Rafa Dos
Mil Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos tres mil setecientos sesenta y seis, mediante escritura número
sesenta y seis, visible al folio treinta
y cinco frente del tomo cuarto de mi protocolo, en donde se nombra nueva junta
directiva.—Alajuela, cinco de noviembre del dos mil siete.—Lic. Víctor Armando
Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.—Nº 64432.—(99676).
Ante mí, Tatiana Rodríguez
Arroyo, notaria pública con oficina abierta en San José, se reformó cláusula
segunda sobre el domicilio social de Inmobiliaria Valle Soleado Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-077905. Es todo.—San José, cinco de
noviembre del dos mil siete.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº
64433.—(99677).
Mediante escritura pública
número ciento cuarenta y cuatro, otorgada a las doce horas quince minutos del
diez de octubre del dos mil siete, ante la suscrita notaria Andrea Hütt
Fernández, se reformó totalmente la cláusula diecinueve de los estatutos de la
sociedad Siemens Networks CR S. A., y se crearon los puestos de gerente
comercial y gerente de ventas. Se nombró agentes residentes.—San José, cinco de
noviembre del dos mil siete.—Lic. Andrea Hütt Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº
64435.—(99678).
Mediante escritura pública
número cuatro, otorgada a las trece horas del dieciséis de octubre de dos mil
siete, protocolicé el acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de
cuotistas de la sociedad denominada Tres-Ciento Dos-Cuatrocientos Setenta y
Ocho Mil Ciento Treinta y Cuatro Limitada, en la cual se modificó la razón
social a MH Premium SRL, se revocaron nombramientos de gerente y
subgerente y se nombraron nuevos directores.—San José, cinco de noviembre del
dos mil siete.—Lic. Sylvia Montero Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 64436.—(99679).
Por escritura otorgada a las
13:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Casa Luna
Azul S. A.—San José, 2 de noviembre del 2007.—Lic. Jorge Jiménez Cordero,
Notario.—1 vez.—Nº 64438.—(99680).
Por medio de la escritura número
ciento catorce, del tomo primero de mi protocolo, procedí a protocolizar acta
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Sing y Compañía
S. A. Mediante la cual se modificó la cláusula sétima del pacto
constitutivo.—San José, seis de noviembre del dos mil siete.—Lic. Ana Retana
Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 64439.—(99681).
Por escritura otorgada en esta
notaría a las nueve y quince horas del treinta de julio del dos mil siete, se
constituyó la sociedad con domicilio en San Antonio de Desamparados, Corporación
Glice Internacional de Costa Rica Sociedad Anónima, objeto: comercio, compra
y venta de productos relacionados con belleza y la estética.—San José,
veinticinco de octubre del dos mil siete.—Lic. Annette Cambronero Valverde,
Notaria.—1 vez.—Nº 64441.—(99682).
Por escritura número 154,
otorgada en Guápiles, a las 12:00 horas, del 22 de mayo del 2007, ante la
notaria pública María del Milagro Mora Mendoza, se constituyó la sociedad Solutions
Office Tour Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en Solutions Office
Tour S. A. Plazo: 99 años. Capital social: 10.000,00 colones. Presidente:
Fulvio Javier Hernández Soto.—Guápiles, 5 de noviembre del 2007.—Lic. María del
Milagro Mora Mendoza, Notaria.—1 vez.—Nº 64442.—(99683).
Por medio de la escritura número
cinco, otorgada a las quince horas del día veinticuatro de octubre del dos mil
seis, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Cocomarindo
Unidad Número Nueve CUN S. A. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste.
Plazo noventa y nueve. Capital social: cien mil colones, presidente: el señor
Michael Asheghian.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº
64443.—(99684).
Por medio de la escritura número
seis, otorgada a las quince horas treinta minutos del día veinticuatro de
octubre del dos mil seis, ante esta notaría, se constituyó la sociedad
denominada Cocomarindo Unidad Numero Diez CUD S. A. Domicilio en Playas
del Coco, Guanacaste. Plazo noventa y nueve. Capital social: cien mil colones,
presidente: el señor Michael Asheghian.—Lic. José Manuel Arias González,
Notario.—1 vez.—Nº 64444.—(99685).
Por medio de la escritura número
nueve, otorgada a las diez horas del día veintiséis de octubre del dos mil
seis, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Condominio
Treinta y Seis D Turquoise S. A. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste.
Plazo noventa y nueve. Capital social: cien mil colones, presidente: el señor
Massimo Marchi.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº
64445.—(99686).
Por medio de la escritura número
doce otorgada a las trece horas del día veintiséis de octubre del dos mil seis,
ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos tres mil
ciento sesenta y cuatro s. a., por la cual se reforma la cláusula segunda
del domicilio, se revocan los nombramientos del presidente y secretario de la
junta directiva y se nombran nuevos miembros para estos cargos.—Lic. José
Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 64446.—(99687).
Por medio de la escritura número
diez, otorgada a las once horas del día veintiséis de octubre del dos mil seis,
ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Condominio
Cocomarindo Unidad Treinta y Ocho S. A. Domicilio, en Playas del Coco,
Guanacaste. Plazo noventa y nueve. Capital social: cien mil colones,
presidente; el señor Massimo Marchi.—Lic. José Manuel Arias González,
Notario.—1 vez.—Nº 64447.—(99688).
Por escritura otorgada a las
ocho horas del seis de noviembre del dos mil siete, ante mi notaría se
constituyó la sociedad anónima denominada Atlantic Cargo G Y G Sociedad
Anónima. Capital social: un millón de colones exactos. Plazo social: cien
años. Domicilio: San José, Barrio Escalante, costado sureste del Parque
Francisco, edificio veintinueve treinta.—San José, seis de noviembre del dos
mil siete.—Lic. Martín Hernández Treviño, Notario.—1 vez.—Nº 64448.—(99689).
Por medio de la escritura número
uno, otorgada a las trece horas del día veinticuatro de octubre del dos mil
seis, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Wojo & V
Corporación Ltda. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Plazo noventa y
nueve. Capital social: cien mil colones, gerente: el señor Pawel
Wojtowicz.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 644450.—(99690).
Por medio de la escritura número
dos, otorgada a las trece horas treinta minutos del día veinticuatro de octubre
del dos mil seis, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Cocomarindo
Unidad Número Seis S. A. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Plazo
noventa y nueve. Capital social: cien mil colones, presidente: el señor
Feraidoon Hakimi.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº
64451.—(99691).
Por medio de la escritura número
tres, otorgada a las catorce horas del día veinticuatro de octubre del dos mil
seis, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Cocomarindo
Unidad Número Siete CUS S. A. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste.
Plazo noventa y nueve. Capital social: cien mil colones, presidente: el señor
Feraidoon Hakimi.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº
64452.—(99692).
Por medio de la escritura número
cuatro, otorgada a las catorce horas treinta minutos del día veinticuatro de
octubre del dos mil seis, ante esta notaría, se constituyó la sociedad
denominada CUO Cocomarindo Unidad Número Ocho S. A. Domicilio en Playas
del Coco, Guanacaste. Plazo noventa y nueve. Capital social: cien mil colones,
presidente: el señor Michael Asheghian.—Lic. José Manuel Arias González,
Notario.—1 vez.—Nº 64453.—(99693).
Ante el notario Carlos Rodríguez
Paniagua, a las dieciséis horas del seis de setiembre del dos mil siete, se
constituyó la entidad Mar y Meli Camacho Sociedad Anónima, con capital
social de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y
nominativas, domiciliada en San Joaquín de Flores, Heredia, teniendo como
apoderadas generalísimas sin límite de suma a María Camacho Víquez, cédula de
identidad nueve-cero treinta y tres-trescientos ochenta y uno y Melisa Madrigal
Camacho, cédula de identidad uno-mil diecinueve-ciento treinta y ocho. Es todo.—Alajuela,
cinco de noviembre del dos mil siete.—Lic. Carlos Rodríguez Paniagua,
Notario.—1 vez.—Nº 64455.—(99694).
Por escritura otorgada ante mi
notaría a las 11:00 horas del 5 de noviembre del 2007, se protocoliza asamblea
general extraordinaria de la sociedad denominada tres-ciento
uno-cuatrocientos ochenta y siete mil ochocientos dos, modificando la
cláusula primera, del nombre, del pacto constitutivo, la cual se llamará de
ahora en adelante Arrecife Musical Sociedad Anónima.—San José, 5 de
noviembre del 2007.—Lic. Oscar Mario Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—Nº
64456.—(99695).
Por escritura autorizada a las
catorce horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
socios de Burgos Sáenz Producciones Sociedad Anónima, en que se
modifican cláusulas segunda, en cuanto al domicilio y sétima, en cuanto a la
administración.—San José, cinco de noviembre del año dos mil siete.—Lic. José
Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 64457.—(99696).
Por escritura otorgada en mi
notaría el día de hoy se constituyó la sociedad de este domicilio Hand To
Hand Company Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado, presidente el
socio Rodolfo Gómez Madrigal.—Paso Canoas, seis de noviembre del dos mil
siete.—Lic. Ginette Miranda Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 64458.—(99697).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Órgano Director. Procedimiento
ordinario administrativo contra la empresa Inversiones Acuáticas
Internacionales S. A. propietaria del Transporte Acuático del mismo nombre. San
José, a las trece horas del diecisiete de octubre del dos mil siete. Comunica:
Que con base en el oficio
DGA-3683-07,
Contra esa resolución proceden
los Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el
plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante
Órgano Director. Procedimiento
ordinario administrativo contra la empresa Pesca Deportiva Internacional S. A.
Propietaria del Transporte Acuático del mismo nombre. San José, a las catorce
horas del diecisiete de octubre del dos mil siete. Comunica:
Que con base en el oficio
DGA-3682-07,
Contra esa resolución proceden
los Recursos de Revocatoria y Apelación, los cuales deberán interponerse en el
plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Resolución RRG-7351-2007.—San
José, a las 13:10 horas del 18 de octubre del año 2007. Expediente ET-400-2007.
Considerando:
1º—Que mediante boleta Nº
2006-400348, el día 19 de setiembre del 2007, se retuvo como medida cautelar el
vehículo placa 241570 por supuesta violación de lo establecido en el artículo
38.d) de la ley 7593, Ley de
2º—Que según la boleta supra indicada, Jorge
Rosales Obando, documento de identificación Nº 5-344-709, podría haber
realizado la acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin
la correspondiente autorización.
3º—Que consultada la página electrónica del
Registro Público de
4º—Que
5º—Que en virtud de la jurisprudencia de
6º—Que para dar inicio a los procedimientos
se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las
competencias establecidas en
7º—Que conforme la resolución RRG-6753-2007
emitida a las 8:20 horas del 6 de julio de 2007, se delegó en el Director de
Con fundamento en las
competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en
EL REGULADOR GENERAL
DE
DE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS, RESUELVE:
1º—Dar inicio al procedimiento
administrativo contra Jorge Rosales Obando, en calidad de conductor y Harley
Félix Obando López como dueña registral del vehículo involucrado, que se
tramitará bajo el Nº OT-400-2007, nombrando como órgano director del
procedimiento a Tatiana Quesada Espinoza, cédula Nº 1-952-537 y Shirley Alfaro
Alfaro, cédula Nº 4-148-789, funcionarias de
2º—Notifíquese a Jorge Rosales Obando, en
calidad de conductor y a Harley Félix Obando López, en calidad de dueño
registral del vehículo placa 241570, por medio de publicación tres veces en
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE HEREDIA
ÁREA DE RECAUDACIÓN Y ATENCIÓN AL CONTRIBUYENTE
COBRO ADMINISTRATIVO
Edicto de notificación de cobro administrativo
Nº ED-DGT-AT.003-2007.—Por desconocerse el domicilio fiscal actual y
habiéndose agotada las formas de localización posibles, para dar cumplimiento a
lo establecido en los artículos 137 y 169 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, se procede a notificar por edicto los saldos deudores de los
contribuyentes que a continuación indican:
Nº REQ. |
CONTRIBUYENTE |
IMP. |
DOCUMENTO |
PERIODO |
MONTO ¢ |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261176 |
10/2000 |
3.584.339,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261185 |
11/2000 |
4.066.180,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261194 |
12/2000 |
4.043.499,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261212 |
01/2001 |
2.746.553,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261221 |
02/2001 |
2.789.714,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261237 |
03/2001 |
1.148.893,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261246 |
04/2001 |
1.417.363,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261255 |
05/2001 |
1.394.388,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261273 |
06/2001 |
1.555.583,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261291 |
07/2001 |
5.781.926,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261325 |
08/2001 |
6.016.947,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261334 |
09/2001 |
5.566.832,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261352 |
10/2001 |
6.128.356,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261386 |
11/2001 |
5.879.627,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261447 |
12/2001 |
5.761.498,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261456 |
012002 |
1.222.687,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261483 |
02/2002 |
1.228.669,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261501 |
03/2002 |
1.359.255,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261535 |
04/2002 |
1.131.690,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261562 |
05/2002 |
5.745.032,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261571 |
06/2002 |
5.497.809,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261587 |
07/2002 |
4.909.762,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261596 |
08/2002 |
11.828.240,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261605 |
09/2002 |
5.464.425,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261614 |
10/2002 |
6.412.913,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261623 |
11/2002 |
6.181.640,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
VENTAS |
9090000261632 |
12/2002 |
20.940.145,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261641 |
10/2000 |
539.117,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261657 |
11/2000 |
539.117,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261666 |
12/2000 |
539.117,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261675 |
01/2001 |
404.338,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261684 |
02/2001 |
404.338,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261693 |
03/2001 |
202.169,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261702 |
04/2001 |
202.169,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261711 |
05/2001 |
202.169,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261727 |
06/2001 |
202.169,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261736 |
07/2001 |
808.675,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261745 |
08/2001 |
808.675,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261754 |
09/2001 |
808.675,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261763 |
10/2001 |
853.217,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261772 |
11/2001 |
853.217,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261781 |
12/2001 |
853.217,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261797 |
01/2002 |
213.304,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261806 |
02/2002 |
213.304,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261815 |
03/2002 |
213.304,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261824 |
04/2002 |
213.304,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261833 |
05/2002 |
853.217,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261842 |
06/2002 |
775.619,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261851 |
07/2002 |
686.023,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261867 |
08/2002 |
1.617.617,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261876 |
09/2002 |
816.908,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261885 |
10/2002 |
848.731,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261894 |
11/2002 |
839.150,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
CONSUMO |
9090000261903 |
12/2002 |
2.852.481,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
RENTA |
9090000261921 |
12/2001 |
1.615.990,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261203 |
10/2000 |
12.176.634,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261264 |
11/2000 |
12.503.787,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261282 |
12/2000 |
12.394.723,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261307 |
01/2001 |
9.296.042,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000262034 |
02/2001 |
9.296.042,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261343 |
03/2001 |
4.811.588,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261361 |
04/2001 |
4.811.588,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261377 |
05/2001 |
4.811.588,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261395 |
06/2001 |
5.016.046,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261404 |
07/2001 |
20.064.184,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261422 |
08/2001 |
20.064.184,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261431 |
09/2001 |
20.391.318,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261465 |
10/2001 |
20.391.318,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261474 |
11/2001 |
20.391.318,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261492 |
12/2001 |
20.674.833,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000262043 |
01/2002 |
5.168.708,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261526 |
02/2002 |
5.168.708,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261544 |
03/2002 |
5.324.097,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261553 |
04/2002 |
5.324.097,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261912 |
05/2002 |
21.296.387,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261937 |
06/2002 |
19.318.843,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261955 |
07/2002 |
17.344.816,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261973 |
08/2007 |
40.545.205,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000261991 |
09/2002 |
19.595.011,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000262007 |
10/2002 |
19.766.134,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000262016 |
11/2002 |
19.224.214,00 |
1911001293214 |
TERRANOVA OCCIDENTAL S. A. Cédula: 3-101280969 |
BEBIDAS ALCHOLICAS |
9090000262025 |
12/2002 |
67.835.838,00 |
1911001293205 |
NECTAR DEL PRADO S. A. Cédula: 3-101-224475 |
RENTA |
9090000261964 |
12/2001 |
9.813.519,00 |
1911001293205 |
NECTAR DEL PRADO S. A. Cédula: 3-101-224475 |
RENTA |
9090000261982 |
12/2002 |
3.015.609,00 |
Total 84 casos |
|
|
|
|
605.619.675,00 |
*Más
recargos de ley *
Se concede un plazo de quince
días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que los
contribuyentes arriba indicados cancelen la deuda. De no hacerlo, el caso será
trasladado a
ÁREA DE RECAUDACIÓN Y ATENCIÓN AL CONTRIBUYENTE
COBRO ADMINSTRATIVO
Edicto de notificación de cobro administrativo
Nº ED-DGT-AT.004-2007.—Por desconocerse el domicilio fiscal actual y
habiéndose agotada las formas de localización posibles, para dar cumplimiento a
lo establecido en los artículos 137 y 169 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, se procede a notificar por edicto los saldos deudores de los
contribuyentes que a continuación indican:
Nº Req. |
Contribuyente/Nº cédula |
Imp. |
Nº cédula |
Documento |
Período |
Monto ¢ |
1911001229541 |
Servicio Expreso de Repuestos Americanos Seral Llda |
Renta |
3-10213435115 |
9090000231453 |
12/2000 |
1.858.935,00 |
* Más recargos de ley *
Se concede un plazo de quince días a partir del tercer día hábil de
esta publicación, para que los contribuyentes arriba indicados cancelen la
deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a
COMISIÓN NACIONAL DEL CONSUMIDOR
DEPARTAMENTO TÉCNICO DE APOYO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Departamento Técnico de Apoyo a
A) Que por denuncia presentada por María
Graciela Zúñiga Brenes contra Arroba Celular Gaa Punto Com Sociedad de
Responsabilidad Limitada (@ Celular Cartago), este Departamento Técnico de
Apoyo ordenó abrir el procedimiento ordinario administrativo mediante
resolución de las quince horas quince minutos del veintisiete de marzo del dos
mil siete, visible a folios del 19 a 24, señalando hora y fecha para la
comparecencia oral y privada y cuyo texto íntegro es el siguiente: “(...)
Departamento de Apoyo a
Departamento Técnico de Apoyo a
A) Que por denuncia presentada por Carlos
Alberto Ovares Segura contra Importaciones Miami S. A., este Departamento
Técnico de Apoyo ordenó abrir el procedimiento ordinario administrativo
mediante resolución de las once horas treinta minutos del veintisiete de
setiembre del dos mil siete, visible a folios del 144 a 150, señalando hora y
fecha para la comparecencia oral y privada y cuyo texto íntegro es el
siguiente: “(...) Departamento de Apoyo a