LA GACETA Nº 13

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

RESOLUCIONES

MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA

DOCUMENTOS VARIOS

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y GRACIA

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

SALUD

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MUNICIPALIDADES

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

SALUD

PODER JUDICIAL

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

REGISTRO DE PROVEEDORES

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

MUNICIPALIDADES

REGLAMENTOS

AVISOS

REMATES

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO DE COSTA RICA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE CARTAGO

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN

AVISOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

MUNICIPAL DE MORA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

JUSTICIA Y GRACIA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

AVISOS

MUNICIPALIDADES

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

N° DGM 56-2007

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN, POLICÍA

Y SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 7, 31, 34 y 36 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República mediante resolución R-CO-1-2007, de las 15:00 horas del 22 de enero de 2007, así como lo dispuesto en la Ley N° 8562 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2007.

Considerando:

I. Que la “Reunión sobre Retos de la Protección y Migración Mixta” a celebrarse en la Ciudad de Ginebra, Suiza de los días 10 al 12 de diciembre de 2007, es de interés para el Ministerio de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.

II. Que a efectos de representar a Costa Rica en la Reunión a que hace referencia el Considerando Primero anterior, se ha designado al Licenciado Luis Alonso Serrano Echeverría, cédula de identidad número 1-1004-464, Jefe de Planificación Institucional de la Dirección General de Migración y Extranjería órgano del Ministerio de Gobernación y Policía de conformidad con el artículo 12 de la Ley de Migración y Extranjería número 8487. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º Designar a Luis Alonso Serrano Echeverría, cédula de identidad número 1-1004-464, para que participe en la “Reunión sobre Retos de la Protección y Migración Mixta1” a celebrarse en la Ciudad de Ginebra. Suiza de los días 10 al 12 de diciembre del 2007.

Artículo 2º Los gastos del señor Luis Alonso Serrano Echeverría por concepto de viáticos, gastos de alimentación, impuestos, hospedaje y demás cánones que tengan que pagarse en las terminales aéreas, serán cubiertos con recursos del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).

Artículo 3º Que durante los días 10 al 12 de diciembre de 2007, se autoriza la participación de Luis Alonso Serrano Echeverría en la actividad a la que se refiere este acuerdo, devengando el 100% de su salario.

Artículo 4º Rige del 09 al 13 de diciembre de 2007.

Dado en el Ministerio de Gobernación y Policía, a los 07 días del mes de diciembre del 2007.

Fernando Berrocal Soto, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública. 1 vez. (Solicitud Nº 45982). C-18500. (2153).

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

N° 317-2007 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 140 inciso 1) y artículo 146 de la Constitución Política, artículos 65 y  67 de la Ley General de Policía.

Considerando:

Único. Que la Dirección de Recursos Humanos autoriza ascender en propiedad a los funcionarios que se dirán, ya que cumplen con los requisitos legales correspondientes. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º Aprobar el ascenso en propiedad, con las obligaciones y derechos que ello implica, a los siguientes funcionarios:

Nombre                                   Cédula                        Puesto

Francisco Abarca Cerdas                  1-767-967              Agente de Policía

Marlon Ledezma Fernández             1-885-911              Agente de Policía

Johnny Salas Trejos                         2-450-450              Agente de Policía

Artículo 2º Rige a partir del 16 de julio del 2007.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintiséis días del mes de noviembre del dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ. El Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública, Fernando Berrocal Soto. 1 vez. (Solicitud Nº 11648). C-12560. (2158).

N° 446-2007 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 146 de la Constitución Política y 53 inciso a) de la Ley General de Policía, resolución de recomendación N° 905-IP-2006-DDL del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial, Acuerdo tomado por el Consejo de Personal en la Sesión Ordinaria N° 516, Artículo VI, Acuerdo Trigésimo Sétimo y la resolución N° 3049-2007-DM del Ministro de Seguridad Pública.

ACUERDAN:

Artículo 1º Despedir por causa justificada sin responsabilidad para el Estado al señor William Delgado Villalobos, cédula de identidad número: 1-842-936.

Artículo 2º En el presente caso el señor Delgado Villalobos interpuso en tiempo el recurso de apelación mismo que fue declarado sin lugar, quedando firme el acto final que decidió el justo despido.

Artículo 3º Rige a partir del 16 de enero del 2007.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintiséis días del mes de noviembre del dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ. El Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública, Fernando Berrocal Soto. 1 vez. (Solicitud Nº 11648). C-11240. (2162).

N° 448-2007 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 146 de la Constitución Política y 53 inciso a) de la Ley General de Policía, resolución de recomendación N° 0660-IP-06-DDL, del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial; lo dispuesto en la Sesión Ordinaria 502, Artículo VI, Acuerdo Primero y oficio N° 2649-2006 CP del Consejo de Personal; así como la resolución N° 2894-2007-DM del Despacho del  Ministro de Seguridad Pública.

ACUERDAN:

Artículo 1º Despedir sin responsabilidad patronal, por causa justificada al señor Efraín Meneses Hall, cédula de identidad número: 7-067-638.

Artículo 2º En el presente caso el señor Meneses Hall interpuso en tiempo el recurso de apelación, mismo que fue declarado sin lugar quedando firme el acto final que decidió el justo despido.

Artículo 3º Rige a partir del 16 de setiembre del 2007.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintiséis días del mes de noviembre del dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ. El Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública, Fernando Berrocal Soto. 1 vez. (Solicitud Nº 11648). C-12580. (2159).

N° 450-2007 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 146 de la Constitución Política y 53 inciso a) de la Ley General de Policía, resolución de recomendación N° 227-IP-07-DDL del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial, Artículo VI, Acuerdo Tercero de la Sesión Ordinaria 546 del Consejo de Personal y Resolución N° 2295-2007-DM.

ACUERDAN:

Artículo 1º Despedir por causa justificada sin responsabilidad para el Estado al señor Martín Baltodano Romero, cédula de identidad número: 3-274-470.

Artículo 2º Que en el presente caso el señor Baltodano Romero, no interpuso en tiempo los recursos ordinarios establecidos por la Ley General de la Administración Pública, quedando en firme el acto final que decidió el justo despido con el dictado de la resolución N° 2295-2007-DM por el Ministro de Seguridad Pública, al amparo del artículo 84 de la Ley General de Policía.

Artículo 3º Rige a partir del 04 de diciembre del 2006.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintiséis días del mes de noviembre del dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ. El Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública, Fernando Berrocal Soto. 1 vez. (Solicitud Nº 11648). C-12560. (2160).

N° 451-2007 MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 146 de la Constitución Política y 53 inciso a) de la Ley General de Policía, resolución de recomendación N° 864-IP-06-DDL del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial, acuerdo tomado por el Consejo de Personal en la Sesión Ordinaria N° 514, Artículo VI, Acuerdo sétimo y la resolución N° 3067-2007-DM del Ministro de Seguridad Pública.

ACUERDAN:

Artículo 1º Despedir por causa justificada sin responsabilidad para el Estado al señor Guillermo Antonio Altamirano Castillo, cédula de identidad número: 2-569-459.

Artículo 2º En el presente caso el señor Altamirano Castillo interpuso en tiempo el recurso de apelación mismo que fue declarado sin lugar, quedando firme el acto final que decidió el justo despido

Artículo 3º Rige a partir del 16 de diciembre del 2006.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintiséis días del mes de noviembre del dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ. El Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública, Fernando Berrocal Soto. 1 vez. (Solicitud Nº 11648). C-11200. (2161).

N° 454-2007-MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los artículos 146 de la Constitución Política y 53 inciso a) de la Ley General de Policía, resolución de recomendación N° 875-IP-06-DDL del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial, Artículo VI, Acuerdo Décimo Sexto de la Sesión Ordinaria N° 516 del Consejo de Personal y Resolución N° 740-2007-DM del Ministro de Seguridad Pública.

ACUERDAN:

Artículo 1º Despedir por causa justificada sin responsabilidad para el Estado al señor Carlos Jiménez Blanco, cédula de identidad número: 7-120-232.

Artículo 2º Que en el presente caso el señor Jiménez Blanco, no interpuso en tiempo los recursos ordinarios establecidos por la Ley General de la Administración Pública, quedando en firme el acto final que decidió el justo despido con el dictado de la resolución N° 740-2007-DM por el Ministro de Seguridad Pública, al amparo del artículo 84 de la Ley General de Policía.

Artículo 3º Rige a partir del 16 de enero del 2007.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintiséis días del mes de noviembre del dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SANCHEZ. El Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública, Fernando Berrocal Soto. 1 vez. (Solicitud Nº 11648). C-13220. (2157).

N° 480-2007-MSP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 140 inciso 1), artículo 146 de la Constitución Política, artículos 39, 40, 41 y 42 de la Ley General de Policía Nº 7410.

ACUERDAN:

Artículo 1º Nombrar en el servicio activo de la Reserva de la Fuerza Pública a la siguiente señorita:

Nombre                                                           Cédula                                    Rige

Stephanie Contreras Segura                           2-655-226                             10/10/2007

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintidós días del mes de noviembre del dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ. El Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública, Fernando Berrocal Soto. 1 vez. (Solicitud Nº 11648). C-8600. (2155).

Nº 574-2007-MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por los numerales 28 inciso 2) aparte a) de la Ley General de la Administración Pública.

Considerando:

I. Que el articulo 28 inciso 2) aparte a) de la Ley General de la Administración Pública establece que el Ministro es el órgano jerárquico superior del respectivo Ministerio, y le corresponde de manera exclusiva, dirigir y coordinar todos los servicios del Ministerio.

II. Que de conformidad con la Ley de aprobación del presupuesto para el año 2008, mediante la cual se determinó la programación y ejecución de los recursos económicos aprobados y asignados por el Ministerio de Hacienda y la Asamblea Legislativa, se crea la estructura programática pata el Ministerio de Seguridad Pública para el año 2008, de la siguiente forma. Programa 090 Gestión Operativa de los Cuerpos Policiales con los siguientes Subprogramas: 090-1 Policía de Control de Drogas, Actividad Operaciones contra drogas y actividades conexas; 090-2 Escuela Nacional de Policía, Actividades de Formación Policial; 090-3 Seguridad Ciudadana, Actividad Servicios de Protección y Vigilancia; 090-4 Servicio Nacional de Guardacostas, Actividad Vigilancia Marítima; 090-5 Servicio de. Vigilancia Aérea, Actividad Vigilancia Aérea. Asimismo, se regula el programa 089, Gestión Administrativa de los Cuerpos Policiales, con el subprograma Administración Central y las Actividades Servicio Administrativo y Financiero y Auditoría General.

III. Que para efectos de la implementación y coordinación de la nueva programación presupuestaria, se hace necesario designar a un funcionario encargado de la supervisión y coordinación del Programa Presupuestario 090. Gestión Operativa de los Cuerpos Policiales, así como a los funcionarios encargados de los diferentes subprogramas.

IV. El funcionario designado como Director de Programa de Gestión Operativa de Cuerpos Policiales número 090, será el encargado de la dirección, coordinación, supervisión y ejecución de todas las acciones tendientes a la programación y ejecución de los recursos económicos, aprobados y asignados por el Ministerio de Hacienda y la Asamblea Legislativa al Programa Presupuestario 090, mediante publicación anual en la Ley de Presupuesto Nacional, para cumplimiento de las metas y objetivos de la Gestión Operativa de los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1° Designar al señor Juan Antonio Rodríguez Carazo, cédula de identidad número. 1-353-749, como Director del Programa Presupuestario 090: Programa de Gestión Operativa de los Cuerpos Policiales; dicho funcionario será el encargado de la dirección, coordinación, supervisión y ejecución de todas las acciones tendientes a la programación y ejecución de los recursos económicos aprobados y asignados del Programa Presupuestario 090: Gestión Operativa de los Cuerpos Policiales. Asimismo, le corresponderá solicitar las modificaciones necesarias, mediante traslado de partidas y subpartidas del presupuesto del Programa Presupuestario 090: Gestión Operativa de los Cuerpos Policiales, ante la Dirección de Presupuesto Nacional o la Asamblea Legislativa, y aprobar con su firma, la programación presupuestaria anual del Programa Presupuestario 090: Gestión Operativa de los Cuerpos Policiales, debiendo coordinar con los encargados del manejo de los Subprogramas.

Artículo 2° Designar al Comisario José Fabio Pizarra Espinoza, cédula de identidad número 2-416-258, Director General de la Fuerza Pública, como encargado del manejo del Subprograma 090-3 Seguridad Ciudadana.

Artículo 3º Los Comisarios Rigoberto Rodríguez Sojo, cédula número 3-268-623 y Daniel Calderón Rodríguez cédula número 1-988-033, Subdirectores Generales de la Fuerza Pública, sustituirán por su orden al Director General de la Fuerza Pública, cuando este se encuentre ausente por motivo de incapacidad, vacaciones, viaje fuera del país o por cualquier otro motivo que le imposibilite el ejercicio del cargo.

Artículo 4° El señor Alian Solano Aguilar, cédula de identidad número: 7-059-597, en la condición de Director de. la Policía Control de Drogas, será el encargado del manejo del Subprograma 090-1 Policía Control de Drogas.

Artículo 5º El señor Juan José Arévalo Montoya, cédula de identidad número. 8-060-767, Subdirector de Policía Control de Drogas, sustituirá por su orden al Director de Policía Control de Drogas, cuando este se encuentre ausente por motivo de incapacidad, vacaciones, viaje fuera del país o por cualquier otro motiva que le imposibilite el ejercicio del cargo.

Artículo 6° El Comisionado Eliseo Uba Durán, cédula de identidad número. 3-133-057, en su condición de Director de la Escuela Nacional de Policía, será el encargado del manejo del Subprograma 090-2 Escuela Nacional de Policía.

Artículo 7º El señor Félix Lizano Zúñiga, cédula de identidad número: 1-411-059, Subdirector de la Escuela Nacional de Policía, sustituirá por su orden al Director de la Escuela Nacional de Policía, cuando este se encuentre ausente por motivo de incapacidad, vacaciones, viaje fuera del país o por cualquier otro motivo que le imposibilite el ejercicio del cargo.

Artículo 8° El Comisionado Martín Arias Araya, cédula de identidad número. 6-138-968, en su condición de Director del Servicio Nacional de Guardacostas, será el encargado del Subprograma 090-4 Servicio Nacional de Guardacostas.

Artículo 9º El señor Javier Herrera Álvarez, cédula de identidad número. 1-586-652, Coordinador de Control Interno, sustituirá por su orden al Director del Servicio Nacional de Guardacostas, cuando este se encuentre ausente por motivo de incapacidad, vacaciones, viaje fuera del país o por cualquier otro motivo que le imposibilite el ejercicio del cargo.

Artículo 10. El Comisionado Oldemar Madrigal Medal, cédula de identidad número: 6-088-895, en su condición de Director del Servicio de Vigilancia Aérea, será el encargado del manejo del Subprograma 090-5 Servicio de Vigilancia Aérea.

Artículo 11. Que a los funcionarios designados del manejo de los subprogramas referidos les corresponderá las siguientes funciones:

1)  Firmar recibido conforme, en todas las facturas de mercancías por compras.

2)  Autorizar con su firma las solicitudes de pedido para compras por el procedimiento de contratación administrativa.

3)  Autorizar reservas de presupuesto para traslados a caja chica y compras urgentes por medio de la caga auxiliar y gastos fijos.

4)  Firmar conjuntamente con el Director Financiero o el Tesorero del Ministerio de Seguridad Pública, para la emisión de cheques para compras por caja chica y pago de viáticos.

5)  Aprobar las solicitudes de adelanto de viáticos y gastos de transporte y sus liquidaciones para gastos realizados dentro y fuera del país, para el personal del Subprograma que corresponda.

6)  Aprobar las órdenes de publicación en el Diario La Gaceta.

7)  Aprobar todas aquellas acciones en las que el se requiera de la firma del responsable del Subprograma para la autorización del trámite de ejecución presupuestaria.

Artículo 12. Rige a partir del 1° de enero del 2008.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública. San José, a los veintiún días del mes de diciembre del dos mil siete.

Fernando Berrocal Soto, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública. 1 vez. (Solicitud Nº 11648). C-73280. (2163).

N° 022-2008-MSP

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículos 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos y el artículo 145 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública.

Considerando:

1º Que se ha recibido cordial invitación por parte del Departamento de Defensa de los Estados Unidos de América, para que un funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada “Visita Oficial a la Escuela de Policía de Puerto Rico” a realizarse en Puerto Rico, del 07 al 11 de enero de 2008, (no se incluye salida y regreso del participante).

2º Que el objetivo de la actividad es el intercambio de experiencias.

3º Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho evento. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º Autorizar al señor Daniel Calderón Rodríguez, cédula de identidad número: 1-988-033, funcionario de la Dirección de la Fuerza Pública de este Ministerio, para asistir a la actividad denominada “Visita Oficial a la Escuela de Policía de Puerto Rico” a realizarse en Puerto Rico, del 07 al 11 de enero de 2008, (no se incluye salida y regreso del participante).

Artículo 2º Todos los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje y alimentación del participante serán financiados por la Embajada de los Estados Unidos.

Artículo 3º Que durante los días del 7 al 11 de enero de 2008, en que se autoriza la participación de este funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º Rige a partir del 07 y hasta el 11 de enero de 2008.

Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los cuatro días del mes de enero del dos mil ocho.

Fernando Berrocal Soto, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública. 1 vez. (Solicitud Nº 11648). C-17180. (2156).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 482-2007

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, número 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, número 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo número 29606-H-COMEX del 18 de junio del 2001, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas,

Considerando:

1º Que el señor Lanzo Luconi Esquivel, mayor, casado una vez, doctor en ciencias económicas, portador de la cédula de identidad número 1-249-152, vecino de San José, en su condición de Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa Productos de Espuma S. A., cédula jurídica Nº 3-101-173255, presentó ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante PROCOMER), solicitud para que se le otorgue nuevamente el Régimen de Zonas Francas a su representada, con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.

2º Que en la solicitud mencionada Productos de Espuma S. A., se comprometió a mantener una inversión de al menos US $1.187.467,88 (un millón ciento ochenta y siete mil cuatrocientos sesenta y siete dólares con ochenta y ocho centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, la empresa se comprometió a realizar una inversión nueva adicional total de US $1.000.000,00 (un millón de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), y un nivel de empleo adicional de 30 trabajadores, según los plazos y en las condiciones establecidas en la solicitud de ingreso al Régimen presentada por la empresa. Lo anterior implica una importante oportunidad para arraigar más a la citada empresa a Costa Rica, aumentar los empleos directos e indirectos, y fomentar el encadenamiento entre las empresas nacionales y compañías pertenecientes al Régimen de Zonas Francas, con la finalidad de aumentar el valor agregado de los productos nacionales.

3º Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo emitido por la Junta Directiva de la citada Promotora en la Sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre del 2006, conoció la solicitud de la empresa Productos de Espuma S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER número 37-2007 de fecha 21 de noviembre del 2007, acordó someter a consideración del Ministerio de Comercio Exterior la solicitud de ingreso al Régimen de Zonas Francas presentada, a fin de que dicho órgano ejerza la facultad establecida en el artículo 20 bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas, determine si en la especie resulta aplicable la excepción que contempla dicho artículo, y analice si se trata de una inversión adicional cuya magnitud y beneficios, justifican razonablemente el otorgamiento de los incentivos fiscales establecidos en la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.

4º Que en razón de lo anterior, el Poder Ejecutivo considera que en la especie resulta aplicable la excepción que contempla el referido artículo 20 bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas, en tanto se trata de una inversión adicional cuya magnitud conlleva una serie de beneficios, que justifican razonablemente el otorgamiento de los incentivos fiscales establecidos en la Ley número 7210, sus reformas y su Reglamento.

5º Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto:

ACUERDAN:

1º Otorgar el Régimen de Zonas Francas a la empresa Productos de Espuma S. A., cédula jurídica Nº 3-101-173255, (en adelante denominada la beneficiaria), clasificándola como Empresa Procesadora de Exportación, de conformidad con el inciso a) del artículo 17 de la Ley N° 7210 y sus reformas.

2º La actividad de la beneficiaria consistirá en la producción de láminas y empaques de todo tipo de material, tubos y láminas sin reforzar y reforzados, con diversos materiales, y resina peletizada.

3º La beneficiaria operará en el Parque Industrial Corporación de Inversión y Desarrollo Bes S. A., ubicado en la provincia de Alajuela.

4º La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados en la Ley N° 7210 y sus reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER.

Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en virtud de la Ley N° 7210 quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC. En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la concesión de las prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo, establecidos en la decisión de la Conferencia Ministerial de la OMC de fecha 14 de noviembre del 2001.

Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.

5º De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20, inciso g) de la Ley de Régimen de Zonas Francas (Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas) la beneficiaria gozará de exención de todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro, cuya base imponible se determine en relación con las ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados a los accionistas o ingresos o ventas, según las diferenciaciones que dicha norma contiene. No obstante, las exenciones últimamente mencionadas no se aplicarán cuando los beneficiarios potenciales puedan descontar, en su país de origen los impuestos exonerados en Costa Rica o cuando realice actividades de comercialización, caso éste último en el cual se le reducirá la exoneración del impuesto sobre la renta en la misma proporción en que las efectúe.

Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus productos al mercado local, observando rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de la Ley Nº 7210 y sus reformas, en particular los que se relacionan con el pago de los impuestos respectivos.

6º La beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 70 trabajadores, a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, y a realizar y mantener un nivel mínimo total de empleo de 100 trabajadores, a más tardar el 31 de agosto del 2009. Asimismo, se obliga a mantener una inversión de al menos US $1.187.467,88 (un millón ciento ochenta y siete mil cuatrocientos sesenta y siete dólares con ochenta y ocho centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y mantener una inversión nueva adicional de al menos US $1.000.000,00 (un millón de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 31 de agosto del 2009. Por lo tanto, la beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel de inversión total de al menos US $2.187.467,88 (dos millones ciento ochenta y siete mil cuatrocientos sesenta y siete dólares con ochenta y ocho centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América). Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del 80.33%.

7º Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el día en que se notifique el presente Acuerdo Ejecutivo. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica seguirá tomando como referencia para su cálculo las proyecciones de área de techo industrial consignadas en su respectiva solicitud.

Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de los aumentos realizados en el área de techo industrial. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, a partir de la fecha de la última medición realizada por la citada Promotora, quien tomará como base para realizar el cálculo la nueva medida.

8º La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente y Energía y la SETENA y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio ambiente que la legislación costarricense e internacional dispongan para el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado por las autoridades competentes.

9º La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá permitir que funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.

10. En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de la Ley Nº 7210, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zona Franca, sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento. La eventual imposición de estas sanciones será sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieren corresponderle a la beneficiaria o sus personeros.

11. Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.

Para el inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por la Dirección General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.

12. Las directrices que para la promoción, administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con la citada Promotora.

13. El uso indebido de los bienes o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que establece la Ley N° 7210 y sus reformas y demás leyes aplicables.

14. La empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos los requisitos de la Ley N° 7210, sus reformas y reglamentos, así como con las obligaciones propias de su condición de auxiliar de la función pública aduanera.

15. De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley N° 17 del 22 octubre de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del procedimiento administrativo correspondiente.

16. El presente Acuerdo Ejecutivo rige a partir de su notificación, y sustituye el Acuerdo Ejecutivo número 081-96 de fecha 03 de junio de 1996 y sus reformas, sin alterar los efectos producidos por el mismo durante su vigencia.

Comuníquese y publíquese.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ. El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez. 1 vez. (2137).

N° 536-2007

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, número 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, número 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo número 29606-H-COMEX del 18 de junio del 2001, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas,

Considerando:

1º Que el señor Claudio José Donato Monge, mayor, casado una vez, abogado, portador de la cédula de identidad número 1-563-539, vecino de San José, en su condición de Gerente Segundo con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa Boston Scientific de Costa Rica S. R. L., cédula jurídica número 3-102-357469, presentó ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante PROCOMER), solicitud para que se le otorgue el Régimen de Zonas Francas a su representada, con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.

2º Que en la solicitud mencionada Boston Scientific de Costa Rica S. R. L., se comprometió a mantener una inversión de al menos US $10.500.000,00 (diez millones quinientos mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, la empresa se comprometió a realizar una inversión nueva adicional total de US $3.000.000,00 (tres millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), según los plazos y en las condiciones establecidas en la solicitud de ingreso al Régimen presentada por la empresa. Lo anterior implica una importante oportunidad para arraigar más a la citada empresa a Costa Rica, aumentar los empleos directos e indirectos, y fomentar el encadenamiento entre las empresas nacionales y compañías pertenecientes al Régimen de Zonas Francas, con la finalidad de aumentar el valor agregado de los productos nacionales.

3º Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo emitido por la Junta Directiva de la citada Promotora en la Sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre del 2006, conoció la solicitud de la empresa Boston Scientific de Costa Rica S. R. L., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER número 40-2007 de fecha 11 de diciembre del 2007, acordó someter a consideración del Ministerio de Comercio Exterior la solicitud de ingreso al Régimen de Zonas Francas presentada, a fin de que dicho órgano ejerza la facultad establecida en el artículo 20 bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas, determine si en la especie resulta aplicable la excepción que contempla dicho artículo, y analice si se trata de una inversión adicional cuya magnitud y beneficios, justifican razonablemente el otorgamiento de los incentivos fiscales establecidos en la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.

4º Que en razón de lo anterior, el Poder Ejecutivo considera que en la especie resulta aplicable la excepción que contempla el referido artículo 20 bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas, en tanto se trata de una inversión adicional cuya magnitud conlleva una serie de beneficios, que justifican razonablemente el otorgamiento de los incentivos fiscales establecidos en la Ley número 7210, sus reformas y su Reglamento.

5º Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto:

ACUERDAN:

1º Otorgar el Régimen de Zonas Francas a la empresa Boston Scientific de Costa Rica S. R. L., cédula jurídica número 3-102-357469, (en adelante denominada la beneficiaria), clasificándola como Empresa Procesadora de Exportación, de conformidad con el inciso a) del artículo 17 de la Ley N° 7210 y sus reformas.

2º La actividad de la beneficiaria consistirá en la producción de instrumentos y aparatos de medicina, odontología o veterinaria, incluidos los de centellografía, y demás aparatos electromédicos, así como los aparatos para pruebas visuales, y cable arrollado de acero inoxidable.

3º La beneficiaria operará en el Parque Industrial denominado Parque Global S. A., ubicado en la provincia de Heredia.

4º La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados en la Ley N° 7210 y sus reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder Ejecutivo como PROCOMER.

Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en virtud de la Ley N° 7210 quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC. En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos para la concesión de las prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo, establecidos en la decisión de la Conferencia Ministerial de la OMC de fecha 14 de noviembre del 2001.

Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.

5º De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20, inciso g) de la Ley de Régimen de Zonas Francas (Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas) la beneficiaria gozará de exención de todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro, cuya base imponible se determine en relación con las ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados a los accionistas o ingresos o ventas, según las diferenciaciones que dicha norma contiene. No obstante, las exenciones últimamente mencionadas no se aplicarán cuando los beneficiarios potenciales puedan descontar, en su país de origen los impuestos exonerados en Costa Rica o cuando realice actividades de comercialización, caso éste último en el cual se le reducirá la exoneración del impuesto sobre la renta en la misma proporción en que las efectúe.

Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus productos al mercado local, observando rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de la Ley Nº 7210 y sus reformas, en particular los que se relacionan con el pago de los impuestos respectivos.

6º La beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 1.177 trabajadores, a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, y a realizar y mantener un nivel mínimo total de empleo de 1.307 trabajadores, a más tardar el 01 de marzo del 2011. Asimismo, se obliga a mantener una inversión de al menos US $10.500.000,00 (diez millones quinientos mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y mantener una inversión nueva adicional de al menos US $3.000.000,00 (tres millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 01 de marzo del 2011, de los cuales $1.500.000,00 los cumplirá el 1° de noviembre del 2009. Por lo tanto, la beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel de inversión total de al menos US $13.500.000,00 (trece millones quinientos mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América). Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del 24,68%.

PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión antes indicados, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados.

7º Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el día en que se notifique el presente Acuerdo Ejecutivo. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual PROCOMER seguirá tomando como referencia para su cálculo las proyecciones de área de techo industrial consignadas en su respectiva solicitud.

Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de los aumentos realizados en el área de techo industrial. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, a partir de la fecha de la última medición realizada por la citada Promotora, quien tomará como base para realizar el cálculo la nueva medida.

8º La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente y Energía y la SETENA y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del medio ambiente que la legislación costarricense e internacional dispongan para el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado por las autoridades competentes.

9º La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá permitir que funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.

10. En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de la Ley Nº 7210, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zona Franca, sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento. La eventual imposición de estas sanciones será sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieren corresponderle a la beneficiaria o sus personeros.

11. Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.

Para el inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por la Dirección General de Aduanas como auxiliar de la función pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su Reglamento.

12. Las directrices que para la promoción, administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con la citada Promotora.

13. El uso indebido de los bienes o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que establece la Ley N° 7210 y sus reformas y demás leyes aplicables.

14. La empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos los requisitos de la Ley N° 7210, sus reformas y reglamentos, así como con las obligaciones propias de su condición de auxiliar de la función pública aduanera.

15. De conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley N° 17 del 22 octubre de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las exoneraciones e incentivos otorgados, previa tramitación del procedimiento administrativo correspondiente.

16. El presente Acuerdo Ejecutivo rige a partir de su notificación, y sustituye el Acuerdo Ejecutivo número 1172-2003 de fecha 04 de diciembre del 2003 y sus reformas, sin alterar los efectos producidos por el mismo durante su vigencia.

Comuníquese y Publíquese.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ. El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez. 1 vez. (1680).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA

R-536-2007. San José, a las trece horas con cincuenta y cinco minutos del veintitrés de octubre del dos mil siete.

Resultando:

1º Que la Contraloría General de la República, mediante oficios FOE-AM-0787, FOE-AM-0782, FOE-AM-0784 y FOE-AM-0789, del 10 de diciembre del 2004; FOE-AM-0771, FOE-AM-0772, FOE-AM-0773, FOE-AM-0774 y el FOE-AM-0783 del 15 de diciembre del 2005; FOE-PGA-235, 22 de diciembre, 2006; FOE-PGA-223, 20 de diciembre, 2006; FOE-PGA-227, 22 de noviembre, 2006; FOE-PGA-224, 22 de diciembre, 2006; FOE-PGA-175, 13 de diciembre, 2006; OFICIO 05440 CO-175 Resolución Nº R-CO-41-2006 del 28 de abril, 2006; ordenó al FONAFIFO realizar los ajustes necesarios para que este órgano público ejecutara sus funciones en forma directa, contando con el personal necesario para cumplir con las competencias asignadas en la Ley Forestal número 7575 y sus reformas, de manera tal que el personal que en la actualidad labora a la orden de los fideicomisos del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal y del MINAE con el Banco Nacional de Costa Rica, sean trasladados al FONAFIFO, bajo el presupuesto y bajo la jerarquía directa del citado Fondo.

2º Que para cumplir con los postulados y directrices emanados por la Contraloría General de la República se requieren una serie de pasos y gestiones, siendo entre ellas la primera que el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal como órgano público, cuente con una estructura administrativa, formalmente aprobada.

3º Que la Junta Directiva del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, mediante acuerdo número siete del acta siete- dos mil siete, de fecha veintitrés de mayo del dos mil siete, dispuso aprobar la estructura organizativa propuesta por un estudio realizado por la consultora MSc. Monserrat Solano.

4º Que según oficio D-116-07 con fecha siete de junio del dos mil siete se remite a este Despacho la propuesta de Estructura Administrativa propuesta y aprobada por la Junta Directiva del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal.

Considerando:

1º Que mediante Oficio DPLA-336-2007, de fecha 30 de setiembre 2007, el Lic. Óscar Loza Mendoza en su condición de Director General de la Dirección General de Planificación de MINAE, pone en conocimiento de este Despacho el “Dictamen final sobre la Propuesta de Estructura Organizacional del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal”.

2º Que mediante el oficio FONAFIFO D-214-2007 de fecha 8 de octubre del 2007, el Ing. Jorge Mario Rodríguez Zúñiga Director del FONAFIFO, aclara las observaciones realizadas en el oficio DPLA-336-2007 indicado en el considerando anterior.

3º Que con fundamento en la Ley de Planificación Nacional y el Decreto Ejecutivo número 33713-MP-PLAN-MTSS publicado en La Gaceta 73 del martes 17 de abril del 2007, que reforma el artículo dos y tres del Reglamento a la Ley Marco para la Transformación Institucional y Reformas a la Ley de Sociedades Anónimas Laborales, la aprobación de una organización administrativa de un órgano será de competencia exclusiva del Jerarca Institucional. Y que se deberá remitir al Ministerio de Planificación y Política Económica, la aprobación y el estudio de estructura del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal. Por tanto,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA; RESUELVE:

1º Aprobar la estructura organizativa propuesta por el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal. Remitir al Ministerio de Planificación y Política Económica, la presente aprobación y el estudio de estructura del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal.

2º Rige a partir de su publicación.

Jorge Rodríguez Quirós, Ministro del Ambiente y Energía a. í. 1 vez. (Solicitud Nº 35474). C-1064840. (107483).

________________

 

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DEL FONDO

NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL

 

 

Aprobado mediante resolución MINAE R 536 2007

TABLA DE CONTENIDO

I.- INTRODUCCIÓN

2 DIAGNÓSTICO

a)  Marco Jurídico

3 Organización del FONAFIFO

a)  Marco Filosófico

MISIÓN

VISION

VALORES Y PRINCIPIOS

FACTORES CRÍTICOS DE ÉXITO

POLÍTICAS INSTITUCIONALES

OBJETIVO GENERAL Y

FUNCIONES POR CADA UNIDAD ADMINISTRATIVA

b)  Organigrama

c)  Objetivos y funciones de las Unidades Administrativas

Nivel Político y Estratégico

Área Funcional Administrativa

Áreas Funcionales Técnicas

Dirección de Servicios Ambientales

Dirección de Fomento Forestal

Dirección de Desarrollo y Comercialización

de Servicios Ambientales

Dirección de Asuntos Jurídicos

Oficinas Regionales

d)  Principales Cambios en la Estructura y en los Servicios

e)  Distribución del Recurso Humano por cada Unidad Administrativa

f)   Justificación del Impacto Presupuestario

Estructura actual bajo el esquema de Fideicomisos

ACCIONES POR ÁREA TÉCNICA

Crédito Forestal

Gestión de Recursos

I.- INTRODUCCIÓN

Con la aprobación de la Ley Forestal Nº 7575, en abril de 1996, se creó el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, al cual se le otorgó personería jurídica instrumental y autorización para la contratación de las plazas que considerara necesarias para cumplir sus fines. Adicionalmente el legislador en el artículo 49 faculta a dicho Fondo a operar utilizando la figura del Fideicomiso Bancario, El Reglamento a la Ley Forestal dispuso que el FONAFIFO tuviese la estructura de un órgano con desconcentración máxima respecto del Ministerio de Ambiente y Energía.

En 1997, con la creación del FONAFIFO, continúa su operación y cumplimiento de funciones utilizando la figura del fideicomiso (340 BNCR, 0487, 591 y 134 BANCOOP, a partir de 1999 los fideicomisos de BANCOOP se trasladan al Banco nacional con los números 550, 551 y 544 respectivamente). En agosto del año 1999, se suscribe el Contrato de Fideicomiso Banco Nacional, Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, denominado 544, en el cual se dispone que todos los recursos que por disposición de la ley 7575, forman parte de su patrimonio, serán administrados por dicho Fideicomiso, siendo que en el contrato señalado, se crea en forma contractual la figura de la Unidad Ejecutora, a fin de hacer la estructura homogénea respecto de los restantes fideicomisos, idea que pretendió optimizar el uso de los diferentes recursos de los diferentes fideicomisos.

Esta forma de administración implicó que desde 1997 a la fecha los fideicomisos citados contrataran el personal necesario para hacer frente a las competencias establecidas en la ley. Esta estructura ha permitido una gestión exitosa y de bajo costo, respecto de estructuras propias de la administración pública. Es por ello que el máximo de funcionarios no ha superado las 50 personas, pues para ello se ha contado con los servicios contratados al Banco Fiduciario.

Mediante los oficios FOE 38-2004 y FOE 49-2004,emitidos por la Contraloría General de la República y que conocen sobre el presupuesto de los fideicomisos 340, 550, 551 y 544 Banco Nacional de Costa Rica, dispuso que para el presupuesto del año 2006, el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, debía de tener su propio presupuesto como un órgano del MINAE, además señala que existe una transferencia improcedente de competencias del Fondo a favor del Banco Nacional de Costa Rica en su condición de fiduciario. Asimismo, que no es posible que funcionarios del Banco contratados por el Fideicomiso y regidos por el Derecho Laboral Privado, asuman funciones esenciales que corresponden a funcionarios del Poder Ejecutivo.

En forma más concreta disponen literalmente algunos párrafos: “Si bien existe fundamento legal para que ese Fondo administre los recursos otorgados para dichos fines bajo la figura del fideicomiso; en la práctica se ha producido un traslado de las funciones esenciales del FONAFIFO a la administración de los fideicomisos, a tal punto que podría decirse que el FONAFIFO se ha confundido con los fideicomisos.

Para llegar a la anterior conclusión vasta efectuar un repaso al presupuesto del fideicomiso y darse cuenta de que la presupuestación de las remuneraciones del personal que labora para el FONAFIFO, así como el resto de gastos administrativos, se carga al presupuesto de los fideicomisos y que el FONAFIFO como órgano del MINAE, no somete su propio presupuesto para aprobación de este órgano Contralor, tal como lo obliga el artículo 18 de la Ley Orgánica de esta Contraloría General, Ley 7428 del 7 de setiembre de 1994…. En los términos descritos resulta improcedente que a través de un contrato de fideicomiso, el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal pretenda hacer cumplir las funciones esenciales encomendadas en la Ley Forestal y su Reglamento, pues dicho instrumento legal es únicamente para administrar los recursos de su patrimonio, de tal manera que corresponde al FONAFIFO la realización de la función esencial encomendada, limitándose el fiduciario a la gestión de tales recursos según las instrucciones que previamente se han fijado…”

De acuerdo con lo dispuesto por el Ente Contralor, la Junta Directiva del Fondo y las autoridades superiores del Ministro de Ambiente y Energía (MINAE),inician una serie de consultas y trámites para aclarar y determinar el alcance de los criterios emitidos por dicha resolución. Asimismo se plantean ante el Ente Contralor, explicaciones acerca del funcionamiento de los fideicomisos y de las tesis institucionales para seguir operando de esa manera.

A pesar de esas gestiones, la Contraloría General de la Republica ha mantenido su criterio y el FONAFIFO, en noviembre del 2006 establece un cronograma de acciones para cumplir con las directrices emitidas, siendo una de las principales acciones el traslado del persona de los fideicomisos citados a una relación de empleados públicos con las condiciones que esto representa. Para lograr el cumplimiento de esta disposición es necesario, como un primer paso, según dispone la ley de Planificación Nacional, que el FONAFIFO, cuente con una estructura debidamente aprobada con los requerimientos que a su efecto a establecido el Ministerio de Planificación.

En la sesión ordinaria número 07-2007 del 23 de mayo, 2007, los miembros de Junta Directiva aprueban bajo protesta la estructura propuesta por la Dirección Ejecutiva, acuerdo que se transcribe a continuación:

ACUERDO SÉTIMO:

“Tomar nota de la estructura organizativa propuesta por la Dirección Ejecutiva, para el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal como órgano público con desconcentración máxima.

Solicitar una reunión con el señor Ministro de Ambiente y Energía a fin de gestionar un esquema administrativo para el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, que sea menos burocrático y con costos operativos mucho menores a los que se establecerán con la estructura propuesta por la Dirección Ejecutiva

Aprobar los términos de establecimiento de la estructura organizativa del FONAFIFO y de las plazas para dicho órgano, bajo protesta y en acato únicamente a las disposiciones de la Contraloría General de la República, lo anterior en virtud de que la Junta Directiva del FONAFIFO, por unanimidad, no esta de acuerdo con las implicaciones y alcances que a nivel de costos y servicio ocasionaran dichas estructuras, convirtiendo al Fondo en una entidad más burocrática y menos eficiente.

ACUERDO FIRME

El presente informe tiene por objetivo presentar la propuesta de estructura organizacional de FONAFIFO, a la luz del replanteamiento de la función de los Fideicomisos. Esta estructura propuesta, le permitirá al FONAFIFO dentro de esta nueva forma de operación cumplir con los objetivos para los cuales fue creado y beneficiar la naturaleza y el país.

La presente propuesta se hace sin perjuicio del Proceso de Modernización Integral, que se esta llevando a cabo en el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE). Asimismo, para una mejor comprensión de los cambios propuestos en el anexo 1 se presenta la estructura funcional actual de FONAFIFO.

OBJETIVO GENERAL

Establecer una propuesta de la estructura organizacional del FONAFIFO que le permita cumplir con lo establecido en la legislación vigente, atendiendo las directrices emitidas por la Contraloría General de la República.

OBJETIVOS ESPECIFICOS

    Qué el FONAFIFO, cuente con una estructura funcional, de acuerdo con los requerimientos del Ministerio de Planificación y Política Económica.

    Qué el FONAFIFO, cuente con una estructura funcional, que le permita atender en forma eficaz y eficiente los requerimientos de los habitantes del país.

    Garantizar la estabilidad laboral del actual personal de FONAFIFO, de manera que se asegure la prestación del servicio público.

2. DIAGNÓSTICO1

a)  Marco Jurídico

Los antecedentes legales del Fondo Nacional De Financiamiento Forestal, (FONAFIFO) se encuentran en la Ley Forestal 7174, la cual estableció en su artículo 24 la constitución de fideicomisos para financiar actividades de desarrollo forestal, realizadas por el sector privado.

El Reglamento a la Ley Forestal 7174, Decreto Ejecutivo Nº 19886 MIRENEM, crea el Departamento de Financiamiento Forestal, con el objetivo de “consolidar el financiamiento de actividades forestales”

Posteriormente, mediante la Norma Presupuestaria Nº 32, incluida en la Ley Nº 7216 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República” para el ejercicio económico de 1991, se autoriza la creación del Fondo Nacional De Financiamiento Forestal.

Seguidamente, en el año 1996 se consolida legalmente el FONAFIFO mediante las responsabilidades y facultades que le establece la Ley Forestal Nº 7575, reafirmándose su continuidad y fortaleciéndolo. Esta Ley Forestal en su artículo 46 crea el FONAFIFO y establece su objetivo de la siguiente forma:

“Financiar mediante créditos u otros mecanismos de fomento del manejo del bosque, intervenido o no, los procesos de reforestación, forestación, viveros forestales, sistemas agroforestales, recuperación de áreas denudadas y los cambios tecnológicos en aprovechamiento e industrialización de los recursos forestales. También captará financiamiento para el pago de los servicios ambientales que brindan los bosques, las plantaciones forestales y otras actividades necesarias para fortalecer el desarrollo del sector de recursos naturales”.

FONAFIFO, de acuerdo con la legislación actual, (reglamento a la Ley Forestal 7575 Art. 54), es un órgano de desconcentración máxima dentro de la estructura organizativa del MINAE, con personería jurídica instrumental, número de cédula Jurídica tres - cero cero siete - doscientos cuatro mil setecientos veinticuatro y su inscripción consta en el tomo ciento treinta y nueve de la sección de personas del Registro Público.

Además, en acatamiento de la Ley Forestal Nº 7575, para el cumplimiento de sus funciones el FONAFIFO cuenta con una Junta Directiva, que esta constituida por miembros del sector público y privado de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de dicha Ley.

El artículo 47 de la Ley Forestal indica, entre otros, que el patrimonio de FONAFIFO estará constituido principalmente por los aportes financieros recibidos del Estado, donaciones, créditos que reciba de Organismos Internacionales, captaciones, y productos financieros obtenidos por los créditos e inversiones realizadas, 40 % del monto de los ingresos provenientes del impuesto a la madera, emisiones de bonos forestales, etc.

Asimismo en el inciso “D” de ese mismo artículo se considera parte del patrimonio los:

“Recursos provenientes de la conversión de la deuda externa y del Pago por los Servicios Ambientales que, por su gestión realicen organizaciones privadas o públicas, nacionales o internacionales”.

De los ingresos provenientes del impuesto forestal, según el artículo 43 de la Ley Forestal 7575, inciso i), el cual establece que el 40% será administrado por el FONAFIFO.

____________________

1 No se consideran en este capitulo los incisos b),c) d) y e) de la “Guía para la elaboración el documento de organización y reorganización Institucional”  , por tratarse este Estudio Técnico de la organización inicial del órgano público FONAFIFO, que a la fecha no cuenta con recurso humano, ya que ha venido operando con base en fideicomisos. Sin embargo en el anexo1, se explica la operación y estructura actual.

Adicionalmente, según lo estipulado en la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria Nº 8114, en su artículo 5º, en donde se establece que el 3,5% del impuesto selectivo a los combustibles, se destinarán para el Pago de Servicio Ambientales administrado por FONAFIFO.

Asimismo, la Ley Nº 8058 Aprobación del Contrato de Préstamo suscrito entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (Banco Mundial) y el Gobierno de la República de Costa Rica, para el financiamiento del Pago por Servicios Ambientales. El contrato de aporte financiero del Gobierno Alemán a través del Banco KFW, ratificado mediante Ley Nº 8355, donde se aprueba la cooperación financiera al Programa Forestal Huetar Norte para ese mismo fin.

Dentro del marco de la sostenibilidad financiera para el fomento de la actividad forestal, se han realizado gestiones a nivel local e internacional, donde se suscriben convenios de pago por servicios ambientales a ecosistemas boscosos. Algunos de ellos se han suscrito con: Energía Global S. A., Hidroeléctrica Platanar S. A., Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL), Instituto Costarricense de Electricidad, Florida Ice & Farm, entre otros.

Teniendo como marco orientador la legislación vigente, se puede establecer claramente que, la actividad principal del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (en términos de mercado objetivo, producto y cobertura geográfica es:

“Financiar proyectos orientados a las actividades de desarrollo de los recursos forestales y el pago de servicios ambientales”.

En ese sentido, los servicios del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, que deben ser considerados al organizar su estructura, son:

·    Fomentar el desarrollo forestal del país utilizando mecanismos tales como créditos u otros instrumentos de fomento del manejo del bosque, intervenido o no, los procesos de reforestación, forestación, viveros forestales, sistemas agroforestales, recuperación de áreas denudadas y los cambios tecnológicos en aprovechamiento e industrialización de los recursos forestales.

·    Captar financiamiento para el pago de los servicios ambientales que brindan los bosques, las plantaciones forestales y otras actividades necesarias para fortalecer el desarrollo del sector de recursos naturales.

·    Ejecutar el Pago por los Servicios Ambientales que brindan los bosques y plantaciones forestales y que inciden directamente en la protección y mejoramiento del medio ambiente, los cuales son definidos en el inciso k) del artículo 6º de la Ley Forestal Nº 7575.

También es necesario destacar que, esta organización del FONAFIFO, debe contemplar lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) Ing. Jorge Manuel Dengo Obregón, estructurado en cinco ejes: política social, política productiva, política ambiental, reforma institucional y política exterior; los cuales agrupan a los 16 sectores.

Tomando como punto de referencia los ejes temáticos del PND, el eje 3” Política de Ambiente Energía y telecomunicaciones”, específicamente en el subsector ambiente, que establece los lineamientos que FONAFIFO, debe cumplir durante la presente administración.

Acción estratégica

4.  Programa de impulso de una agenda ambiental integral que permita el posicionamiento internacional de Costa Rica como país líder en conservación de la naturaleza.

Objetivo

Promover el manejo, conservación y uso sostenible de productos, bienes y servicios derivados de los bosques por medio de mecanismos novedosos tales como MDL, deforestación evitada, “Tierras Kyoto”.

Indicadores

230.400 has. con pago de servicios ambientales.

20.000 has. de reforestación establecidas.

Asimismo, no menos importante de tomar en cuenta en esta organización institucional, es lo establecido por la Ley Nº 7202 del Sistema Nacional de Archivos y la Directriz R-CO-64 del 1ro. de julio del 2005 (La Gaceta Nº 134- 12 de julio del 2005) sobre Sistema Específico de Valoración de Riesgo.

3. Organización del FONAFIFO

a)  Marco Filosófico

Tomando en cuenta el marco de antecedentes legales descrito anteriormente, la Junta Directiva del FONAFIFO aprobó, mediante el acuerdo sexto de la Sesión 17 del 25 de setiembre del 2003, el marco Filosófico que debe ser la guía para la nueva estructura organizacional.

MISIÓN

Identificamos y movilizamos recursos financieros para contribuir al logro de los objetivos y políticas nacionales relativas al manejo, conservación y desarrollo sostenible de los ecosistemas, con proyección internacional.

Contamos con la más alta tecnología disponible y colaboradores altamente capacitados para garantizar un servicio de calidad a nuestros socios y clientes

Debemos partir del reconocimiento que la Misión institucional tiene dos elementos con facetas diferentes: el primero está relacionado con la coherencia entre los postulados institucionales y las prioridades nacionales e internacionales, mientras el segundo está vinculada con la capacidad institucional. Veamos el alcance de cada uno de dichos elementos:

Identificamos y movilizamos recursos financieros para contribuir al logro de los objetivos y políticas nacionales relativas al manejo, conservación y desarrollo sostenible de los ecosistemas, con proyección internacional

Es claro que la principal función de FONAFIFO es la movilización de recursos financieros. Así está claramente definido en el Artículo 46 de la Ley Nº 7575 (Ley Forestal) que lo crea, con el objetivo de “financiar, para beneficio de pequeños y medianos productores, mediante créditos u otros mecanismos de fomento del manejo del bosque, intervenido o no, los procesos de forestación, reforestación, viveros forestales, sistemas agroforestales, recuperación de áreas denudadas y los cambios tecnológicos en aprovechamiento e industrialización de los recursos forestales”

Con relación a los mecanismos, vemos que no se trata únicamente del crédito, sino que se indican diversas modalidades que pueden ser utilizadas para el cumplimiento de los fines institucionales, incluyendo el pago por los servicios ambientales que brindan los bosques y las plantaciones forestales, compras futuras de productos de los bosques y plantaciones forestales; así como otras actividades.

Si bien es cierto la Ley Forestal limita de cierta manera el ámbito de trabajo del FONAFIFO, en términos generales, al bosque y las plantaciones forestales, las diversas modalidades específicamente identificadas desbordan esa limitación, y particularmente las amplía cuando hace referencia a “otras actividades necesarias para fortalecer el desarrollo del sector de recursos naturales”.

La movilización de recursos para atender las necesidades del país en este campo son sumamente amplias y no necesariamente dependen sólo de los recursos internos, sino que al contrario, la naturaleza de las actividades de que nos ocupamos están vinculadas con movimientos políticos y científicos de gran dinamismo a nivel internacional; así como por las políticas nacionales de inversión y gasto.

Así por ejemplo, a pesar de los grandes avances que el país ha logrado en materia de servicios ambientales, las corrientes internacionales indican que muchos de los recursos podrán ser captados mediante la comercialización de bienes y servicios ambientales en el mercado internacional, en particular lo relacionado con los derechos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, alrededor de lo cual ya se ha generado un mercado formal.

No obstante, existen otras áreas en las cuales los mercados están en proceso de identificación y formación; tanto a nivel interno como internacional, como son los temas de biodiversidad y belleza escénica. En el caso de los servicios ambientales de protección de los recursos hídricos, si bien es cierto actualmente podemos decir que es un mercado más focalizado en condiciones internas, hay corrientes que indican que perfectamente podría consolidarse un mercado internacional, especialmente si persisten las tendencias de desertificación y uso inadecuado de este recurso.

Una situación diferente sucede con el tema del crédito, ya que no hay claridad suficiente sobre la capacidad del mercado para absorber recursos de esta naturaleza en las actuales condiciones de mercado, por lo que los esfuerzos se orientan principalmente a identificar oportunidades que permitan mejorar las condiciones de acceso a éstos recursos en condiciones mejores a los prevalecientes en el mercado. Para lo cual además de poner a disposición recursos financieros, se cree oportuno que el FONAFIFO, desarrolle acciones de fomento en el sector forestal, que permitan ser apoyadas por los mecanismos financieros existentes tales como créditos y pago por servicios ambientales o por desarrollar tales como compra de futuros, titularización y otros instrumentos novedosos con potencial futuro.

Lógicamente las necesidades de movilización de recursos financieros dependen de la demanda, y en este sentido, resulta claro el indicador que muestra una tendencia creciente por parte de propietarios de tierras a ofrecer sus terrenos para labores de protección, manejo y conservación del bosque. Las estimaciones generales indican que la demanda supera la capacidad de oferta actual de recursos disponibles, en particular para el pago por servicios ambientales. De lo anterior se desprende claramente la necesidad de concentrar esfuerzos institucionales en la identificación y movilización de recursos financieros adicionales para este fin.

Como bien se desprende del Art. 47 de la Ley Forestal, las diferentes fuentes de financiamiento que el legislador pretendió conceder para el desarrollo y cumplimiento de los objetivos y actividades institucionales, incluyen una amplia gama de opciones, las cuales requieren sin duda una acción institucional planificada y permanente, lo que justifica su necesaria incorporación en los diferentes instrumentos y esfuerzos de planificación de la institución.

Ahora bien, las posibilidades de acceder recursos adicionales para los diferentes programas de la institución están supeditados a la creación o generación de nuevas opciones de financiamiento, tanto a nivel interno como externo. A nivel interno lógicamente debe servir de base el ordenamiento jurídico vigente y la voluntad política para las asignaciones presupuestarias correspondientes, mas no sucede lo mismo a nivel internacional, puesto que los recursos disponibles son limitados y existen criterios para su asignación. El desarrollo de acciones concretas con miras a buscar la “elegibilidad” para acceder dichos recursos es entonces fundamental.

En consecuencia con lo anterior, deben desarrollarse estrategias que le permitan a FONAFIFO identificar claramente las opciones de financiamiento que existen a nivel internacional y la forma de cumplir con los criterios de acceso a los recursos internacionales. De allí la necesidad de que los programas y proyectos que se ejecutan coincidan con dos elementos fundamentales: a) Las tendencias de la cooperación internacional en sentido amplio, y b) las prioridades que el país ha definido en materia de manejo, conservación y desarrollo sostenible de sus recursos naturales. La apropiada combinación entre estos dos criterios será fundamental para garantizar el éxito de las gestiones de cooperación internacional.

En síntesis, el hecho de que los elementos estratégicos de FONAFIFO sean consecuentes y respondan a prioridades políticas definidas por el país en el área de su competencia, es una condición indispensable para el acceso potencial a recursos internacionales que le permitan fortalecer los programas financiados con recursos internos. De allí que es totalmente acertado incorporar la proyección internacional que la institución debe tener en el ejercicio de sus programas de trabajo. El área de trabajo que se desprende de este primer conjunto de elementos de la Misión podemos denominarlo “sustantivo”.

Contamos con la más alta tecnología disponible y colaboradores altamente capacitados para garantizar un servicio de calidad a nuestros socios y clientes

La segunda dimensión de la Misión tiene relación directa con las capacidades institucionales para la prestación de servicios en función de los objetivos y metas institucionales con miras a asegurar la satisfacción de los clientes o usuarios de dichos servicios. Hay un compromiso evidente con la calidad del servicio, para lo cual se requiere asimismo desarrollar o actualizar las capacidades internas relacionadas con el recurso humano y la plataforma tecnológica (administrativa, gerencial, financiera) para tal efecto. Esto correspondería a la dimensión “gerencial” de la actividad institucional.

VISION

Ser la principal entidad financiera nacional que fomente el desarrollo sostenible, líder en la innovación de mecanismos de financiamiento, el mejoramiento de la productividad  competitividad, la generación de mercados para los bienes y servicios de los ecosistemas, contribuyendo a la calidad de vida de los habitantes.

FONAFIFO está llamado a ser la principal entidad financiera nacional que fomente el desarrollo sostenible. En la actualidad no existe a nivel nacional una institución que asuma ese papel con toda claridad, ya que si bien es cierto tanto la banca privada como la pública cuentan con programas orientados a subsectores o sectores del desarrollo general del país, no puede decirse que tengan como fin principal cubrir el ámbito del desarrollo sostenible, sino que se enfocan a un concepto más general de desarrollo económico.

La necesidad de una entidad de carácter técnico - financiero que atienda los retos del desarrollo sostenible, y en particular las acciones derivadas de las políticas de gobierno en este campo se han venido sintiendo desde hace muchos años, dadas las particularidades tanto de las inversiones como de las modalidades o instrumentos necesarios para atender esas necesidades.

Es bien sabido que las acciones de desarrollo sostenible, en muchos casos requieren de mecanismos de inversión que no son debidamente incorporados dentro de las políticas de crédito de la banca comercial ordinaria (por plazos, costos, tipo de fondos y garantías); ello se ha tratado de resolver, aunque parcialmente, a través de diversos mecanismos que han sido creados, para atender necesidades de sectores o subsectores particulares (café, ganadería, caña de azúcar, banano, etc.) en muchos casos como medidas de emergencia fomentadas por el Gobierno de la República, con mayores o menores grados de temporalidad, pero casi nunca permanente.

Recientemente se ha traído a la discusión pública la necesidad de crear una Banca de Desarrollo, lo cual tampoco garantiza que los temas de desarrollo sostenible, en particular aquellos que responden a las políticas y objetivos nacionales en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible vayan a ser cubiertos en toda su amplitud. A pesar de que es un tema al cual debe darse seguimiento por las posibles implicaciones que pueda tener en el marco jurídico-institucional y operativo de FONAFIFO, tampoco puede ser interpretado como una realidad dado que la presencia de un proyecto de ley en la Asamblea Legislativa no garantiza o implica necesariamente una solución a corto plazo al problema descrito.

Por otra parte, el actual marco legal vigente para FONAFIFO le otorga una amplitud, que consideramos, apropiada para la ampliación de acciones hacia áreas o sectores no cubiertos tales como el Sector Ambiental y el Subsector Forestal. Incluso puede hasta pensarse que dicho marco sea demasiado amplio para los efectos, cuyo objetivo será financiar, para beneficio de pequeños y medianos productores, mediante créditos u otros mecanismos de fomento del manejo del bosque, intervenido o no, los procesos de forestación, reforestación, viveros forestales, sistemas agroforestales, recuperación de áreas denudadas y los cambios tecnológicos en aprovechamiento e industrialización de los recursos forestales, ya que su misma ley de creación a través del artículo 46 (Ley Forestal Nº 7575) establece que el fondo “También captará financiamiento para el pago de los servicios ambientales que brindan los bosques, las plantaciones forestales y otras actividades necesarias para fortalecer el desarrollo del sector de recursos naturales, que se establecerán en el reglamento de esta ley”.

La interpretación de dicha norma legal permite inferir que el legislador quiso dejar una previsión “erga omnes” (de aplicación amplia) que permitiera, en caso de la existencia de vacíos – como es el caso en que nos podremos encontrar- contar un mecanismo que, sin necesidad de normas legales adicionales, pueda incursionar en el financiamiento de “otras actividades necesarias” para fortalecer el desarrollo del sector de recursos naturales. Nótese que tampoco limita el accionar de FONAFIFO a la agenda ambiental nacional, sino que la relaciona en forma más general con el tema de los recursos naturales.

De lo anterior, resulta claro que existe fundamento legal suficiente para la ampliación del marco de actividades, específicamente en materia de financiamiento, a otras áreas que puedan ser catalogadas como parte del sector de recursos naturales, de por sí, suficientemente amplio. La reglamentación de la ley forestal está llamada a definir los límites de esa actuación, conforme con el mismo articulado, por lo que cabe perfectamente señalar que esos límites dependen de las prioridades que se quieran perseguir; pero que no existe restricción legal alguna para ampliar el marco de actividades de financiamiento de FONAFIFO más allá de la definición misma del sector forestal.

Por otra parte, FONAFIFO debe orientarse a la consolidación de su accionar y mantener la posición de líder en la innovación de mecanismos de financiamiento. El carácter innovador de la gestión institucional no debe buscarse lógicamente en materia de financiamiento en general, sino en el área de financiamiento para el desarrollo sostenible.

En este sentido, resulta conveniente resaltar la pertinencia de continuar incursionando en el mercado financiero nacional e internacional con esfuerzos tales como: los Certificados de Servicios Ambientales, el fomento al sector forestal, los programas de crédito en combinación con pagos por servicios ambientales para el fomento de la reforestación, la comercialización nacional e internacional de créditos por reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, la combinación de endeudamiento externo con recursos de donación y presupuesto ordinario para fortalecer y ampliar los programas de Pagos por Servicios Ambientales; el crédito para el sector forestal industrial y la incorporación de metodologías y criterios nuevos para la valoración y retribución de los servicios ambientales brindados mediante la actualización de montos y su dolarización a efecto de reducir el riesgo de pérdida de valor adquisitivo, así como el fortalecimiento de la participación del sector privado, tanto nacional como internacional, en el mercado de servicios ambientales en general.

A este respecto debe tenerse presente que, si bien no es una norma de aplicación general a las actividades de FONAFIFO, sí lo es parcialmente por las disposiciones de la Ley Forestal, que establece la posibilidad de definir criterios de prioridad de conformidad con los recursos disponibles y la importancia relativa de los servicios ambientales que se quieran maximizar, para la asignación de recursos al cumplimiento de los diferentes fines. Esta puede ser una base de referencia legal para el establecimiento de un sistema diferenciado de valoración y asignación de montos para los pagos respectivos de servicios ambientales individualizados, que puede ser un área más de innovación institucional en materia financiera.

Lo anterior está también estrechamente vinculado con la búsqueda constante del mejoramiento de la productividad y competitividad de todas las acciones que promueve o desarrolla, en los diferentes sectores en que se involucre, en relación con otros sectores económicos del país y actividades desarrolladas por las entidades competidoras. Lo anterior tiene tanto una dimensión externa como interna, y debe ser la base por tanto de un programa de mejora continua en las operaciones y servicios institucionales.

El liderazgo institucional debe tener un enfoque particular en lo que se refiere a la generación de mercados para los bienes y servicios de los ecosistemas, como mecanismo fundamental para la garantía de la sostenibilidad de las acciones en el largo plazo. La generación de mercados debe asimismo verse en relación con los bienes y servicios que le entidad promueve o produce, tanto derivados de su marco legal de responsabilidad como propios de iniciativas nuevas. Estos mercados están vinculados con los ecosistemas, lo cual de por sí es una categoría sumamente amplia que debe ser oportunamente dimensionada.

El elemento final de la Visión de FONAFIFO se relaciona con el fin último que se persigue, consistente en su contribución a la calidad de vida de los habitantes del país; en otras palabras, esta es la interconexión del quehacer institucional con los objetivos de política de la institucionalidad dentro de la cual se ubica FONAFIFO, a saber, el Ministerio de Ambiente y Energía, pero además es el marco apropiado para el cumplimiento de su mandato legal de beneficiar principalmente a los pequeños y medianos productores forestales.

VALORES Y PRINCIPIOS

El conjunto de valores y principios que deben sustentar los ideales del FONAFIFO son:

Valores

·    Compromiso con los recursos naturales

·    Responsabilidad

·    Honestidad

·    Lealtad

·    Respeto mutuo

·    Calidad

·    Transparencia

·    Innovación

·    Excelencia

Principios

·    Integridad

·    Ética

·    Moral

·    Solidaridad

·    Adquisición de bienes y servicios de fuentes sostenibles y poco contaminantes.

·    Reconocimiento de los ecosistemas forestales como productores de bienes y servicios múltiples

FACTORES CRÍTICOS DE ÉXITO

Los siguientes elementos fueron identificados como factores críticos de éxito para la gestión institucional y serán incorporados como parte de los criterios para la elaboración de los objetivos estratégicos y el Plan de Acción.

·    Personal suficiente, capacitado y comprometido

·    Recursos financieros y mecanismos de administración adecuados

·    Sistemas de información gerencial apoyados en plataforma tecnológica

·    Compromiso y armonía y comunicación entre junta directiva, dirección y autoridades políticas

·    Infraestructura física y regionalización

·    Relaciones con clientes y socios

·    Trabajo en equipo

·    Posicionamiento nacional e internacional

·    Transparencia en la gestión técnica y administrativa

·    Compromiso con el logro de los objetivos institucionales

POLÍTICAS INSTITUCIONALES

Tomando como punto de partida, el Plan Nacional de Desarrollo, el Plan Nacional de Desarrollo Forestal, las políticas ministeriales y nuestro planeamiento estratégico así como las leyes y decretos; la Junta Directiva, promulgó las siguientes políticas específicas para la institución.

·    Mantener el posicionamiento del FONAFIFO como el principal órgano de fomento forestal, que apoye el mejoramiento de la productividad y competitividad en armonía con el ambiente, contribuyendo al bienestar, social y económico de los habitantes del país especialmente de las áreas más deprimidas.

·    Proveer la plataforma organizacional que permita un crecimiento racional, planificado y desconcentrado en pro de la modernización y fortalecimiento institucional para la óptima administración de los recursos, en concordancia con los objetivos y metas establecidas y teniendo en cuenta el mejoramiento continúo de la calidad en el servicio al cliente.

·    Gestionar en forma agresiva la captación de recursos tanto a nivel nacional como internacional.

·    Promover y fomentar el incremento de la reforestación, industrialización y el consumo de madera proveniente de plantaciones forestales, que permita la participación de los productores en los mercados locales y globales propiciando el aumento de la competitividad de dicha actividad.

·    Invertir los recursos financieros del FONAFIFO, en instrumentos que garanticen la mayor rentabilidad al menor riesgo, salvo que el donante disponga lo contrario.

·    Promover en los proyectos la participación en condiciones igualitarias, sin distingo de condición social género o etnia.

·    Apoyar el desarrollo sostenible y el mejoramiento de las condiciones socioeconómicas de los pequeños y medianos productores y productoras mediante el fomento al sector forestal.

·    Involucrar a las organizaciones públicas y privadas que representan a los diferentes sectores de la sociedad en general, relacionados con el accionar de la Institución.

OBJETIVO GENERAL Y FUNCIONES POR CADA UNIDAD ADMINISTRATIVA

Al tratarse de una organización, el objetivo general y las funciones de cada unidad administrativa se especificarán posteriormente a la formulación del organigrama propuesto.

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c)  Objetivos y funciones de las Unidades Administrativas

Nivel Político y Estratégico

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Objetivo: Este nivel es el responsable de tomar decisiones sobre las funciones sustantivas necesarias para que la institución logre alcanzar las metas que están expresadas en los objetivos organizacionales y que la ley le impone. Dirige, coordina y controla las acciones desarrolladas por las direcciones administrativas y técnicas de la institución. Tiene el mayor grado de responsabilidad, independencia y por ende de riesgo en la toma de decisiones. Por estas razones deben contar con insumos de información procedente de todos los niveles de la organización, en orden de disminuir los riesgos inherentes en su gestión.

Funciones de la Junta Directiva

Las principales funciones de la Junta Directiva del FONAFIFO son:

·    Velar por el cumplimiento de las funciones determinadas por ley para el FONAFIFO.

·    Otorgar el financiamiento mediante créditos u otros mecanismos de fomento del manejo del bosque, intervenido o no, los procesos de reforestación, forestación, viveros forestales, sistemas agroforestales, recuperación de áreas denudadas y los cambios tecnológicos en aprovechamiento e industrialización de los recursos forestales.

·    Captar financiamiento para el pago de los servicios ambientales que brindan los bosques, las plantaciones forestales y otras actividades necesarias para fortalecer el desarrollo del sector de recursos naturales.

·    Velar por la transparencia, oportunidad, legalidad de los actos y procedimientos administrativos que realice la Dirección General.

·    Conocer y aprobar el informe de labores que el Director General deberá presentar según el plazo establecido por la Junta Directiva.

·    Autorizar las contrataciones que realice la Dirección General y velar por la transparencia de las mismas.

·    Aprobar el Plan Anual Operativo así como su expresión financiera traducida en el presupuesto de ingresos y gastos anual del FONAFIFO.

En el Nivel Ejecutivo se conserva la figura de una Dirección General como la máxima autoridad administrativa de FONAFIFO, quien depende de la Junta Directiva y es quien ejecuta los acuerdos y directrices que emanen del ente colegiado.

De él dependen cinco Direcciones, las Oficinas Regionales, y cuenta además con un órgano staff compuesto por: la Unidad de Planificación y Control de Gestión quien llevará a cabo la gestión de control y valoración de riesgos institucional, además es la encargada del control interno, la elaboración y seguimiento de los compromisos del Plan Anual Operativo (PAO); por la Unidad de Informática y la Unidad de Archivo que se encargará de cumplir el diseño de los instrumentos, políticas y medidas necesarias que garanticen el cumplimiento de la Ley 7202 de la Ley del Sistema Nacional de Archivos. Además, la Dirección General, tiene la responsabilidad del monitoreo de las áreas sustantivas de la organización entre ellas:

·    Monitoreo del cumplimiento de los contratos de PSA (por parte de los finqueros)

·    Monitoreo de impactos en Biodiversidad del programa de PSA

·    Monitoreo de Carbono (CERs) en proyectos MDL

·    Monitoreo de servicios hidrológicos del programa PSA

·    Monitoreo de impactos económicos y sociales del programa PSA

·    Monitoreo del cumplimiento de convenios de compra venta de servicios ambientales específicos, tal como: Contratos de compra de carbono No-MDL

·    Monitoreo de la gestión de fomento de la actividad forestal

Para algunos de estos monitoreos, la Dirección General, deberá realizar contrataciones de especialistas y será la contra parte de los estudios.

Funciones del personal de staff

Funciones de la secretaria de actas

·    Coordinar las labores que demanda la Junta Directiva del FONAFIFO

·    Velar por el cumplimiento de las necesidades de cada uno de los miembros de la Junta Directiva.

·    Convocar a sesiones cuando así le sea solicitado y distribuir copias de la documentación y la agenda.

·    Estar presente en las reuniones de la Junta Directiva tomando nota de los asuntos tratados con el fin de levantar el acta correspondiente y posteriormente comunicar los acuerdos tomados.

·    Llevar al día el libro de actas de las reuniones de la Junta Directiva.

·    Velar por la correcta tramitación en orden administrativo de los asuntos presentados en la Junta Directiva.

·    Atender al Comité Interno de Crédito.

·    Transcribir las discusiones y acuerdo de la Junta Directiva.

·    Otras necesarias para el desarrollo normal de la Junta Directiva.

Funciones de la contraloría de servicios

·    Evaluación de los servicios que presta el FONAFIFO.

·    Aseguramiento de la calidad de los servicios.

·    Recepción de quejas (usuarios internos y externos).

·    Orientación a los usuarios sobre la ubicación de los diferentes oficinas del FONAFIFO, requisitos de los diferentes trámites, así como de sus derechos y deberes.

·    Velar preventivamente por la prestación de los servicios en la Sede Central y las regionales, identificando deficiencias para derivar de ahí recomendaciones y propuestas que conlleven a la modernización de los servicios.

·    Discriminar entre las diferentes quejas para elevar al jerarca, aquellas que ameriten su intervención.

·    Impulsar el establecimiento de instrumentos de información y procedimientos accesibles para formular quejas.

·    Propiciar encuestas que permitan consultar en forma regular y sistemática, el punto de vista de los usuarios acerca de los servicios que presta la institución.

·    Presentar propuestas ante el jerarca para que se adopten políticas, normas y procedimientos en procura de una prestación de servicios oportuna y eficaz.

·    Establecer un sistema de control, seguimiento, resolución y respuesta oportuna de los reclamos, quejas y sugerencias presentadas por los clientes.

·    Promover procesos de modernización en la prestación de servicios.

·    Promover la creación de funciones contraloras en las dependencias físicamente desconcentradas.

·    Establecer mecanismos de coordinación institucional que faciliten la resolución de quejas

Las funciones que a la Dirección General se le asignan son las siguientes:

·    Formular los planes y estrategias para el desarrollo de los proyectos del FONAFIFO de acuerdo con los lineamientos emitidos por la Junta Directiva.

·    Notificar los acuerdos y resoluciones emitidos por la Junta Directiva y las diferentes dependencias del Consejo a quien corresponda.

·    Elaborar el Orden del día con Instrucciones del Director General y en coordinación con el Presidente de la Junta

·    Directiva.

·    Preparar la documentación de las sesiones y enviar a los miembros de la Junta Directiva, así como todas las actividades que se generen de dichas sesiones.

·    Elaborar y comunicar los acuerdos de la Junta Directiva.

·    Dar seguimiento al cumplimiento de acuerdos del Consejo.

·    Tramitar las certificaciones de acuerdos.

·    Dirigir y coordinar todas las acciones relacionadas con la divulgación de las actividades de la Institución.

·    Promover la búsqueda en el ámbito nacional e internacional de financiamiento para la ejecución de proyectos de FONAFIFO.

·    Formular directrices para el establecimiento de Convenios Interinstitucionales de FONAFIFO

·    Aprobar contratación de los estudios técnicos requeridos para acreditar la realización de los proyectos.

·    Asesorar a la Junta Directiva en la iniciativa de proyectos de ley, decretos, acuerdos, reglamentos, convenios y elaborar los mismos; además de analizar, elaborar, corregir, ampliar y recomendar en las diversas disposiciones relacionadas con la labor del FONAFIFO.

·    Dirigir y coordinar las funciones de las distintas dependencias que componen el FONAFIFO.

·    Rendir informes periódicos a la Junta Directiva sobre las actividades realizadas o cuando así lo solicite.

·    Desarrollar el factor humano del FONAFIFO, mediante la capacitación, formación y adiestramiento que se requiera, para que este Órgano pueda enfrentar de la mejor manera los constantes cambios del entorno y determinar las soluciones óptimas a los distintos problemas y asuntos que son de su competencia.

Funciones del Personal de Staff

Unidad de Planificación y Control de Gestión

·    Asesora a la Dirección General en la Dirección, coordinación y supervisión de la implementación y desarrollo de un Sistema de Gestión de la Calidad.

·    Planificar e implementar actividades de seguimiento, medición, análisis y mejora para asegurarse que cada dependencia define, planifica e implementa actividades de seguimiento, medición, análisis y mejora coherentemente a través de la organización.

·    Planificar, ejecutar, reportar, registrar y dar seguimiento a las auditorias internas del Sistema de Gestión de la Calidad.

·    Iniciar, ejecutar y documentar las acciones correctivas y preventivas tomadas como respuesta a las deficiencias del sistema de la calidad.

·    Asesorar a la Dirección General en los temas relacionados con la Directriz R-CO-64 del 1ro. de Julio del 2005 (La Gaceta Nº 134- 12 de julio del 2005) sobre Sistema Específico de Valoración de Riesgo.

·    Asesorar a la Dirección General en materia de Control Interno de acuerdo con la Ley de Control Interno y la Ley de Enriquecimiento Ilícito.

·    Mantener una base de datos que permita dar seguimiento o monitoreo a las actividades que desarrolla su institución para cumplir con sus objetivos programáticos (evaluación y seguimiento).

·    Generar informes e insumos de información de carácter estratégico, que sirvan como base para la formulación de políticas públicas que guíen la acción institucional. (Plan Nacional de Desarrollo, Sistema de Inversiones, Cooperación Internacional y Reforma Institucional).

·    Tomar parte en las acciones que desarrolle el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica para la coordinación de los programas institucionales. Todos los enlaces de MIDEPLAN.

·    Evaluación los resultados en sus instituciones relacionados con el cumplimiento de los programas y objetivos organizacionales trazados. (Evaluación y Seguimiento).

·    Asesorar y coordinar la elaboración de los Planes Operativos Institucionales.

Unidad de Informática

·    Coordinar, ejecutar, controlar y supervisar los sistemas de procesamiento computarizado de datos y aplicaciones propios del FONAFIFO.

·    Asesorar a la Dirección General en el establecimiento de políticas informáticas institucionales que orienten a la institución en la vanguardia del campo.

·    Administrar los sistemas informáticos de apoyo a la gestión de las diferentes unidades del FONAFIFO.

·    Realizar los respaldos periódicos de la información institucional.

·    Velar por la actualización de los programas y licencias informáticas que deba tener el FONAFIFO

·    Asesorar a la Dirección General para desarrollar programas de capacitación para el personal del FONAFIFO tendientes a desarrollar el buen uso de las diferentes aplicaciones informáticas, con el fin de lograr la optimización de equipos y sistemas

·    Asesorar en el desarrollo de programas de mantenimiento preventivo y correctivo de los recursos informáticos de la institución

·    Presentar informes periódicos a la Dirección General sobre las labores realizadas.

·    Realizar cualesquiera otras funciones relacionadas con su objetivo general que le fuesen asignadas.

Área Funcional Administrativa

La Dirección Administrativa del FONAFIFO tendrá a su cargo las funciones que sirven de soporte o apoyo para que las unidades del Área Funcional Técnica realicen sus labores de forma eficaz y eficiente. Se esta proponiendo el siguiente organigrama para esa Dirección.

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Esta Dirección estará dividida en las siguientes áreas funcionales: Departamento Financiero Contable, que contendrá las Unidades de Tesorería y la de Contabilidad y Presupuestos y el Departamento Administrativo, que contendrá la Unidad de Proveeduría y Servicios Generales Institucionales, la de Unidad de Recursos Humanos, la Unidad de archivos y la Unidad de Salud Ocupacional.

Objetivo de la Dirección Administrativa: dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades de soporte administrativo financiero - contable, en aras que la Institución cumpla con los objetivos planificados.

Funciones de la Dirección Administrativa

·    Planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las labores administrativas, financieras y contables, necesarias para la buena marcha de los programas del FONAFIFO.

·    Emitir las normas y procedimientos, para el cumplimiento eficiente y eficaz de las labores administrativas, financieras y contables del FONAFIFO.

·    Administrar los sistemas de control contable, financiero y presupuestario del FONAFIFO.

·    Formular y ejecutar el Presupuesto y el Plan Operativo asignado al Consejo y evaluar su cumplimiento.

·    Administrar el Recurso Humano, así como aplicar las normas disciplinarias establecidas, incluyendo al personal contratado.

·    Planear, organizar, ejecutar, controlar y evaluar los planes y programas de capacitación del personal del FONAFIFO.

·    Planear, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar la programación, adquisición, aprovisionamiento y almacenamiento de bienes y servicios que requiera el FONAFIFO.

·    Administrar los Servicios Generales del FONAFIFO.

·    Presentar informes periódicos a la Dirección General sobre las labores realizadas.

·    Verificar que los recursos financieros, materiales y humanos se utilicen bajo lo estipulado por ley, con criterios de economía y bien público.

·    Realizar cualesquiera otras funciones relacionadas con su objetivo general que le fuesen asignadas.

Departamento Financiero - Contable

·    Cumplir los requerimientos financieros del FONAFIFO, y garantizar la eficiencia y eficacia en la administración de los recursos según lo establecido en la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos y normas conexas.

·    Garantizar el oportuno y adecuado cumplimiento de todas las etapas relacionadas con la gestión de los recursos financieros del FONAFIFO, que son: programación, formulación, ejecución, control y evaluación presupuestaria.

Unidad de Tesorería

·    Confección y aprobación de órdenes de pago a proveedores de bienes y materiales y pago de servicios ambientales.

·    Coordinar con las entidades bancarias las transferencias de fondos requeridos para el financiamiento de las obligaciones de la institución.

·    Manejo y control de los ingresos institucionales

·    Programación de requerimientos de recursos financieros.

·    Solicitud de fondos a los financiadores.

·    Custodia de Garantías de Participación y Cumplimiento.

·    Otras relacionadas a su quehacer sustantivo.

Unidad de Contabilidad y Presupuesto

·    Revisión de los estados financieros e informes de inversiones, proporcionados por las entidades bancarias.

·    Contabilidad especial por proyectos cuando así se estime pertinente o necesario.

·    Elaboración de información para instituciones públicas (tales como Ministerio de Hacienda, Banco Central, Contabilidad Nacional y Tesorería Nacional)

·    Revisión de los informes contables remitidos por las organizaciones beneficiarias de pagos de servicios ambientales.

·    Confección de los Estados Financieros de FONAFIFO

·    Efectuar el registro electrónico de las operaciones contables que se realizan durante el proceso de ejecución presupuestaria del FONAFIFO, en los sistemas de información que autorice el ente rector del Sistema de Administración Financiera, según la competencia que se defina al efecto en los Manuales de Procedimiento del Sistema Integrado de la Gestión de la Administración Financiera y la normativa legal vigente. Proponer, formular, ejecutar y controlar los presupuestos y planes anuales operativos del FONAFIFO y garantizar que la ejecución se realice tomando en consideración los lineamientos establecidos en la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos, así como las directrices emanadas por la Contraloría General de la Republica, la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria del Ministerio de Hacienda y la Junta Directiva del FONAFIFO.

·    Coordinar, preparar, evaluar y dar seguimiento a los presupuestos institucionales.

Departamento Administrativo

Planificar, dirigir, coordinar y ejecutar los procesos administrativos relativos a aspectos de proveeduría, control de bienes, servicios generales y de recursos humanos, coadyuvando al cumplimiento de los objetivos del FONAFIFO.

Unidad de Proveeduría Institucional y Servicios Generales

·    Proporcionar los bienes, suministros y servicios requeridos por el FONAFIFO, para el logro de objetivos institucionales, cumpliendo con las leyes, reglamentos y procedimientos establecidos, maximizando los recursos en forma ágil y oportuna.

·    Ejecutar los procesos de contratación administrativa de la Institución.

·    Control de los activos institucionales.

·    Registro de información en el sistema SIBINET.

·    Elaboración y seguimiento del Plan de Adquisiciones de los Fideicomisos.

·    Adquisición de Bienes, suministros y servicios para brindar apoyo a todas las áreas de la institución

·    Control del Registro de Proveedores

·    Registro de la información en el sistema de CompraRed del Ministerio de Hacienda.

·    Controlar el uso, mantenimiento y reparación de bienes.

·    Llevar el control de combustible y kilometraje.

·    Control de contratos de servicios generales y publicaciones institucionales.

·    Ofrecer el apoyo del servicio de mensajería

·    Ejecutar la logística de eventos

·    Realizar los trámites de Viáticos institucionales

Unidad de Recursos Humanos

·    Realizar las actividades básicas necesarias de Recursos Humanos orientadas en la planeación, organización, desarrollo, coordinación y control en aras de promover el desempeño eficiente del personal de FONAFIFO.

·    Realizar el proceso de selección de personal institucional.

·    Elaborar y dar seguimiento al Plan de Capacitación de funcionarios (as) para brindarles herramientas para su mejor desempeño.

·    Coordinar y dar seguimiento a las evaluaciones de desempeño del recurso humano de FONAFIFO.

·    Controlar las vacaciones, incapacidades, expedientes, evaluaciones de desempeño y todo lo relacionado con la especialidad de cada uno de los funcionarios y ex funcionarios del FONAFIFO.

Unidad de Archivo

·    Dirigir, coordinar y supervisar la implementación y desarrollo de un Sistema de Archivo Institucional.

·    Reunir, conservar, organizar y facilitar la consulta de la documentación con valor administrativo y legal, producida y recibida por la institución, cualquiera que sea su soporte (manuscritos, impresos, gráficos, audiovisuales, informáticos, etc.) cumpliendo con los artículos 40 y 46 de la Ley 7202 y 61 al 46 del reglamento de la misma.

Asesorar a la Dirección General en los temas relacionados con la Ley Nº 7202 del Sistema Nacional de Archivos

Unidad de salud ocupacional

·    Planear, administrar y hacer los cambios necesarios en el programa de salud ocupacional de FONAFIFO

·    b) Reportar al Director Administrativo el estado de la seguridad en la Institución.

·    c) En caso de accidentes, debe investigar y mantener un récord de los mismos, así como tomar las acciones correctivas necesarias. Deberá presentar sus observaciones y recomendaciones al director

·    d) Coordinar los programas de entrenamiento en seguridad.

·    e) Desarrollar y coordinar un programa médico de atención.

·    f) Hacer inspecciones con el propósito de descubrir y corregir practicas no seguras

·    g) Revisar y aprobar desde el punto de vista de la seguridad la adquisición de nuevos equipos y facilidades estructurales.

·    h) Supervisar las actividades de prevención de incendio y primeros auxilios.

·    Efectuar comprobaciones de la seguridad en relación con las técnicas y materiales en la realización de pruebas de laboratorio.

·    j) Contribuir a vigilar los casos de enfermedad o ausencia laboral del personal de laboratorio, por si pudieran estar relacionados con el trabajo.

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Objetivo de la Dirección Servicios Ambientales: Dirigir, coordinar, ejecutar, controlar y supervisar los asuntos relacionados con los servicios ambientales propios del quehacer sustantivo del FONAFIFO.

Funciones de la Dirección Servicios Ambientales

·    Proponer a la Dirección Ejecutiva las políticas institucionales en materia los servicios ambientales que orienten a la institución en la vanguardia del campo.

·    Coordinar las actividades relacionadas con el pago de servicios ambientales en proyectos de manejo forestal, reforestación, protección de bosques, sistemas agroforestales y regeneración natural, entre otros.

·    Llevar a cabo los estudios de solicitud de contratos remitidos por las diferentes oficinas regionales, bajo la modalidad reforestación, protección de bosques, protección de cuencas hidrográficas, sistemas agroforestales y regeneración natural, entre otros.

·    Coordinar con otras direcciones para la buena marcha de los proyectos con Pago de Servicios Ambientales.

·    Preparar la información del cálculo de las toneladas métricas de carbono que se pueden negociar en el ámbito nacional e internacional, así como de los otros servicios ambientales.

·    Realizar acciones conjuntas con los diferentes actores del sistema en materia de medio ambiente y conservación.

·    Coordinar y promover una estrecha relación con el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y demás instituciones interesadas en la protección del medio ambiente.

·    Presentar informes periódicos a la Dirección General sobre las labores realizadas.

·    Realizar cualesquiera otras funciones relacionadas con su objetivo general que le fuesen asignadas.

·    Departamento de Gestión de Pago por Servicios Ambientales

·    Proponer las políticas, lineamientos y criterios institucionales en materia los servicios ambientales que orienten a la institución en la vanguardia del campo.

·    Desarrollar mecanismos eficientes para la implementación de las políticas concernientes al pago de servicios ambientales.

·    Efectuar las actividades de planeamiento y seguimiento de todo lo concerniente a los contratos y pagos de servicios ambientales de los proyectos presentados al FONAFIFO y coordinar con las áreas pertinentes la buena marcha de esta labor.

·    Proponer áreas prioritarias para el Pago de Servicios Ambientales.

·    Evaluar los contratos remitidos por las diferentes oficinas regionales, bajo la modalidad de manejo, protección o reforestación para el Pago de Servicios Ambientales.

Departamento de Control y Monitoreo

·    Coordinar las actividades relacionadas con el control y monitoreo de proyectos con pago de servicios ambientales de protección del bosque, manejo de bosque, reforestación y sistemas agroforestales.

·    Establecer los mecanismos necesarios para el monitoreo que exijan los organismos internacionales, donantes, prestarios y benefactores de los diferentes programas y alimentará al sistema de Gestión y control con los datos.

·    Coordinar las labores como contraparte en estudios especiales contratados por la Dirección de Desarrollo y Comercialización de Servicios Ambientales en caso de ser necesario.

·    Ejecutar los convenios para el Pago de Servicios Ambientales en los proyectos de reforestación, protección de bosques, entre otros.

·    Administrar el Sistema de Información Geográfico del FONAFIFO

·    Brindar atención tanto a los clientes internos como externos que requieran información del Sistema de Información Geográfica.

·    Ubicar en el Sistema de Información Geográfica los proyectos que reciben pago por servicios ambientales incluyendo la ubicación de fincas con traslapes.

·    Elaboración de mapas y materiales de apoyo para las demás Direcciones, Oficinas Regionales de FONAFIFO así como para otras Instituciones que así lo soliciten.

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Objetivo de la Dirección de Fomento Forestal: Planificar, dirigir y ejecutar acciones de fomento de la actividad forestal en materia de manejo del bosque, intervenido o no, los procesos de reforestación, forestación, viveros forestales, sistemas agroforestales, recuperación de áreas denudadas y los cambios tecnológicos en aprovechamiento e industrialización de los recursos forestales.

Funciones de la Dirección de Fomento Forestal.

·    Planificar, dirigir y ejecutar acciones que propicien la competitividad del sector forestal costarricense, incluyendo acciones de financiamiento y diseño de instrumentos financieros novedosos

·    Planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, controlar y supervisar los asuntos relacionados con las actividades de fomento forestal generadas del quehacer sustantivo del FONAFIFO.

·    Promover y difundir las políticas institucionales en materia de fomento forestal de la institución y todo lo relacionado con este campo.

·    Proponer ante la Junta Directiva las políticas institucionales en materia de fomento forestal.

·    Coordinar con otros entes relacionados la planificación, definición y ejecución de acciones relativas al fomento de la actividad forestal.

·    Presentar informes periódicos a la Dirección General sobre las labores realizadas.

·    Coordinar la elaboración de estudios e investigaciones periódicas tendientes a conocer la situación del sector forestal y financiero en el país para proponer acciones de fomento relativas al sector forestal.

·    Realizar cualesquiera otras funciones relacionadas con su objetivo general que le fuesen asignadas.

Departamento de Gestión Crediticia

·    Planear, dirigir, coordinar evaluar y dar seguimiento estado al estado de la cartera de crédito y del estatus del pago del deudor, así como las gestiones de compulsión que hace el ente fiduciario.

·    Ejecutar, Promover y difundir las políticas institucionales en materia crédito de la institución y todo lo relacionado con este campo.

·    Analizar técnica y financieramente, las solicitudes de crédito que por ley se establecen para el financiamiento forestal

·    Efectuar todas las actividades preparatorias de la documentación para que sea aprobada por los organismos autorizados.

·    Realizar el debido seguimiento técnico y control con el fin de mantener el respectivo estado del crédito y del estatus del pago del deudor, así como las gestiones de compulsión que hace el ente fiduciario.

·    Coordinar todas las actividades preparatorias de la documentación para que sea aprobada por la Dirección General y la Junta Directiva.

·    Coordinar la elaboración de avalúos de las garantías de los créditos.

·    Realizar todas las gestiones involucradas en el cobro administrativo de los créditos cuando así lo amerite, en coordinación con la Dirección Jurídica.

Departamento de Fomento Forestal

·    Desarrollar instrumentos financieros y técnicos dirigidos al fomento de la actividad forestal en Costa Rica.

·    Apoyar el sector forestal en la introducción de nuevas tecnologías, incluyendo aquellas relacionadas con la disminución y utilización de residuos, utilización energética más eficiente y ligamen de la actividad con las iniciativas relativas a la mitigación del cambio climático.

·    Apoyar con el desarrollo de información técnica el manejo del bosque y la reforestación en Costa Rica.

·    Elaborar estudios e investigaciones periódicas tendientes a conocer la situación del sector forestal y financiero en el país para proponer acciones de fomento relativas al sector forestal.

·    Coordinar con otras instituciones relacionadas.

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Objetivo de La Dirección Desarrollo y Comercialización de Servicios Ambientales: Planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, controlar y supervisar los asuntos relacionados con las actividades generadas para el desarrollo y comercialización de servicios ambientales.

Funciones de la Dirección Desarrollo y Comercialización de Servicios Ambientales

·    Establecer las políticas institucionales en materia desarrollo comercialización y gestión de recursos de la institución y todo lo relacionado con este campo.

·    Identificar fuentes de recursos, tanto nacionales como internacionales para el financiamiento de los proyectos de Fonafifo.

·    Coordinar planes de acción para la obtención de recursos financieros.

·    Coordinar la divulgación, promoción y mercadeo del Fonafifo y sus proyectos según los lineamientos establecidos por la Junta Directiva y la Dirección General.

·    Presentar informes periódicos a la Dirección General sobre las labores realizadas.

·    Realizar las negociaciones de proyectos de Pago por Servicios Ambientales, en el ámbito nacional e internacional.

·    Gestionar la realización de convenios con empresas, organismos e instituciones que estén haciendo uso de los recursos naturales con el fin de que paguen cuotas para su protección.

·    Coordinar estrategias para el desarrollo de instrumentos financieros tendientes a aumentar los recursos para el Programa de Pago Por Servicios Ambientales, entre ellos los Certificados de Servicios Ambientales y la venta a través de medios telemáticos.

·    Realizar cualesquiera otras funciones relacionadas con su objetivo general que le fuesen asignadas.

Departamento de Desarrollo de Proyectos

·    Realizar las actividades relacionadas con la gestión de recursos como parte del quehacer sustantivo del FONAFIFO tanto en el ámbito nacional como en el internacional

·    Establecer las políticas institucionales en materia gestión de recursos y todo lo relacionado con este campo.

·    Identificar posibles fuentes de recursos nacionales e internacionales, para el financiamiento de los proyectos de FONAFIFO.

·    Realizar las actividades relacionadas con la gestión de recursos como parte del quehacer sustantivo del FONAFIFO.

·    Elaboración, negociación y seguimiento de proyectos de captación de recursos a nivel nacional e internacional.

·    Diseñar, desarrollar y ejecutar y acciones de promoción para atraer financiamiento.

Departamento de Mercadeo

·    Coordinar la divulgación, promoción y mercadeo del FONAFIFO y sus proyectos según los lineamientos establecidos por la Junta Directiva y la Dirección General.

·    Investigación de mercados y desarrollo de nuevos productos relativos a los servicios ambientales de los ecosistemas forestales.

·    Desarrollo de acciones de promoción para la venta de servicios ambientales

·    Desarrollo de material de promoción y divulgación para la comercialización de servicios ambientales.

Dirección de Asuntos Jurídicos

Pese a que según los lineamientos del MIDEPLAN, en el documento denominado Guía de nomenclatura para la estructura interna de las Instituciones públicas, las asesorías legales son típicamente estructuras de staff; para el caso de FONAFIFO, dado que la misma ejecuta y colabora en procesos tales como: análisis y elaboración de contratos y de contratación administrativa, participación en las negociaciones de búsqueda de recurso, acciones de cobro administrativo entre otros, se ha considerado que es necesario la estructuración de la Dirección de Asesoría Jurídica.

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Objetivo: Dirigir, coordinar, ejecutar, controlar y supervisar los asuntos jurídicos propios del quehacer sustantivo del FONAFIFO.

Funciones de la Dirección de Asuntos Jurídicos

·    Establecer las políticas institucionales en materia del manejo legal que orienten a la institución en la vanguardia del campo.

·    Brindar asesoría jurídica a la Junta Directiva respecto a consultas sobre temas legales vinculados al quehacer de la Institución.

·    Emitir los dictámenes técnico-legales necesarios correspondientes para que la Junta Directiva pueda tomar las medidas pertinentes.

·    Coordinar con la Dirección General la actualización de leyes, decretos, acuerdos, reglamentos, resoluciones y cualesquiera otras que se relacionen con el quehacer de la Junta Directiva del FONAFIFO.

·    Supervisar en materia legal todos los contratos y convenios que FONAFIFO mantenga tanto para el pago de Servicios Ambientales como los que se generen de la obtención y manejo de los recursos económicos.

·    Ejercer el seguimiento de los trabajos notariales que se contraten para realizar las afectaciones respectivas de los proyectos.

·    Elaborar los contratos que se generen de la relación del FONAFIFO con las diferentes instancias

·    Realizar los convenios con empresas, organismos e instituciones que estén haciendo uso de los recursos naturales,

·    Tramitar los recursos administrativos que se interpongan ante la institución y proyectar las resoluciones correspondientes de conformidad con lo dispuesto en las leyes y reglamentos, además de participar en los procedimientos administrativos internos cuando así se le solicite.

·    Proponer o recomendar modificaciones legales que mejoren el desempeño de la Institución y de los proyectos.

·    Asesorar en los procesos legales que se requieran para el procedimiento de contratación administrativa.

·    Preparar proyectos de resolución y recomendación de sanciones administrativas.

·    Presentar informes periódicos a la Dirección General sobre las labores realizadas.

·    Realizar cualesquiera otras funciones relacionadas con su objetivo general que le fuesen asignadas.

Departamento de Formalización de Contratos

En Servicios Ambientales

·    Realizar el estudio jurídico de las solicitudes de Servicios Ambientales remitidos por las diferentes oficinas regionales del FONAFIFO

·    Realizar la formalización de los contratos derivados del pago de servicios ambientales.

·    Emitir las resoluciones jurídicas que le soliciten sobre la materia específica.

·    Asesorar en todo lo concerniente a servicios ambientales desde el punto de vista legal.

En Crédito

·    Apoyar al Departamento de Gestión del Crédito en los documentos legales que se generen producto de un crédito.

·    Apoyar los trámites legales pertinentes para el cobro judicial en representación de FONAFIFO. ante las instancias respectivas.

·    Asesorar al Departamento de Crédito sobre los instrumentos legales aplicables a los diferentes tipos de créditos.

Departamento Legal

En Aspectos Legales/Administrativos

·    Llevar adelante todos los trámites legales pertinentes que genere la Dirección Administrativa.

·    Emitir el criterio legal en las diferentes contrataciones.

·    Revisar los carteles de licitación asegurándose que cumplan con la legislación vigente.

·    Mantener informado al Director Administrativo Financiero sobre las modificaciones que se realicen en todo lo concerniente a la contratación administrativa.

·    Mantener informado a las Direcciones en todos los lineamientos legales de las diferentes materias que ahí se trabajen por ejemplo: laboral, administrativa, medidas disciplinarias, etc.

En Contratos Especiales

·    Realizar los estudios jurídicos de los contratos especiales generados por FONAFIFO.

·    Elaborar todo tipo de contrato especial y darle seguimiento como apoyo a las diferentes direcciones.

Oficinas Regionales

Según lo estipulado en la Ley Forestal 7575, en su artículo 5, se establece que la estructura orgánica de la Administración Forestal del Estado será regionalizada, para lo cual el país se organiza en regiones forestales. Para lo cual se propone la estructuración de nueve oficinas regionales que ejecutarían a nivel regional las acciones sustantivas del FONAFIFO.

Estas oficinas se ubican físicamente en siguientes lugares:

Oficina Regional

FONAFIFO                                              Ubicación física

San José Occidental                B Amón Av. 7 C 3 y 5 San José.

                                                Oficinas Centrales de FONAFIFO

San José Oriental                    B Amón Av. 7 C 3 y 5 San José.

                                                Oficinas Centrales de FONAFIFO

Cañas                                      Oficina Sub Regional Canas del Área de

                                                Conservación Arenal Tempisque.

Nicoya                                    Oficina Sub Regional Área de

                                                Conservación Tempisque Nicoya

San Carlos                               Oficina Dirección Regional del SINAC

                                                Arenal Huetar Norte – Ciudad Quesada.

Sarapiquí                                 Oficina Sub regional Norte Área de

                                                Conservación Cordillera Volcánica

                                                Central (La Chaves de Sarapiquí)

Pococí                                     Oficina Dirección Regional del SINAC

                                                Área de Conservación Tortuguero

Limón                                      Oficina Dirección Regional del SINAC

                                                Área de Conservación Amistad Caribe

Palmar                                     Oficina Subregional Palmar, Dirección

                                                Regional del SINAC Área de

                                                Conservación Osa.

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Las siguientes son las funciones de dichas oficinas desconcentradas:

·    Recibir, tramitar y coordinar el envió de los trámites administrativos y de información de los proyectos, a las distintas dependencias centrales que componen el FONAFIFO.

·    Rendir informes periódicos a la Dirección General sobre las actividades realizadas o cuando así lo solicite.

·    Divulgar los lineamientos y directrices que la Dirección General y sus Direcciones establezcan relacionados con los proyectos del FONAFIFO.

·    Enviar a trámite las solicitudes de pago de los beneficios estipulados por ley, según lo pertinente y previa revisión de requisitos establecidos por oficinas centrales.

·    Fiscalizar en coordinación con las Direcciones de FONAFIFO los proyectos en ejecución.

d) Principales Cambios en la Estructura y en los Servicios

Con la estructura propuesta se estaría cumpliendo con lo establecido en la Ley Forestal, y legislaciones conexas. Debe considerarse que se requiere una estructuración completa del órgano público FONAFIFO, y que luego de la revisión del marco jurídico y las responsabilidades asignadas en el, se ha considerado que para cumplir eficientemente con un servicio de calidad a la ciudadanía costarricense la estructura presentada se convierte en un requisito indispensable, todo esto sin perjuicio de que se esta desarrollando un Plan de Modernización del MINAE.

e) Distribución del Recurso Humano por cada Unidad Administrativa

En el siguiente cuadro se establece la cantidad de personal requerida para el organigrama propuesto y de esa forma cumplir satisfactoriamente con objetivos establecidos para el FONAFIFO en la legislación vigente.

 

PUESTO

CANTIDAD

DIRECCION GENERAL

2

Director General 3

1

Secretaria Ejecutiva 3

1

Contraloría de Servicios

1

Profesional 3

1

Unidad de Planificación y Control de Gestión

5

Profesional Jefe 3

1

Profesional 4

1

Profesional 3

1

Profesional 2

1

Profesional 1

1

Unidad  de Informática

3

Jefe de Servicios de Informática 3

1

Analista de Sistemas de Información 4 A

1

Técnico en Informática 4

1

DIRECCION SERVICIOS AMBIENTALES

12

Dirección General

2

Director General 1

1

Secretaria Ejecutiva 2

1

Dpto Gestión de Servicios Ambientales

4

Profesional Jefe 3

1

Profesional 3

1

Oficinista 4

1

Oficinista 3

1

Dpto Control y Monitoreo PSA

6

Profesional Jefe 3

1

Profesional 4

1

Profesional 2

1

Profesional 1

1

Técnico 3

1

Técnico 2

1

DIRECCION DE FOMENTO FORESTAL

8

Dirección General

2

Director General 1

1

Secretaria Ejecutiva 2

1

Dpto Crédito

3

Profesional Jefe 3

1

Profesional 2

1

Profesional 1

1

Dpto de Desarrollo Forestal

3

Profesional Jefe 3

1

Profesional 2

1

Técnico  y Profesional 3

1

DIRECCION DESARROLLO Y COMERCIALIZACION DE SERVICIOS AMBIENTALES

9

Dirección General

2

Director General 1

1

Secretaria Ejecutiva 2

1

Dpto Desarrollo de Proyectos

4

Profesional Jefe 3

1

Profesional 3

1

Profesional 1

1

Profesional 1

1

Dpto Mercadeo de Servicios Ambientales

3

Profesional Jefe 3

1

Profesional 2

1

Profesional 1

1

DIRECCION ADMINISTRATIVA FINANCIERA

23

Dirección General

2

Director Área Financiera 5

1

Secretaria Ejecutiva 2

1

Dpto. Administrativo

2

Profesional Jefe 3

1

Secretaria Ejecutiva 1

1

Unidad de Proveeduría y Serv. Generales

8

Proveedor 3

1

Profesional 3

1

Secretaria Ejecutiva 1

1

Profesional 1

1

Técnico 4

1

Trabajador Misceláneo 2

1

Trabajador Misceláneo 2

1

Oficinista 4

1

Unidad de Recursos Humanos

2

Jefe de Recursos Humanos 2

1

Profesional 3

1

Dpto Financiero Contable

2

Profesional Jefe 3

1

Secretaria Ejecutiva 1

1

Unidad de Tesorería

2

Profesional Jefe 2

1

Profesional 1

1

Unidad de Contabilidad y Presupuesto

3

Profesional jefe 2

1

Profesional 3

1

Contador 4

1

Unidad de Archivo

1

Profesional 2

1

Unidad de salud Ocupacional

1

Profesional 1 (Bach en Salud Ocupacional)

1

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

7

Dirección General

2

Director General 1

1

Secretaria Ejecutiva 2

1

Dpto Formalización de Contratos

3

Profesional jefe 3

1

Profesional 4

1

Profesional 3

1

Dpto Legal

2

Profesional Jefe 3

1

Profesional 2

1

OFICINAS REGIONALES

19

Palmar

2

Profesional  Bachiller Jefe 3

1

Oficinista 4

1

San José Occidental

2

Profesional  Bachiller Jefe 3

1

Oficinista 4

1

San José Oriental

2

Profesional  Bachiller Jefe 3

1

Oficinista 4

1

Limón

2

Profesional  Bachiller Jefe 3

1

Oficinista 4

1

Guápiles

2

Profesional  Bachiller Jefe 3

1

Oficinista 4

1

Sarapiquí

2

Profesional  Bachiller Jefe 3

1

Oficinista 4

1

San Carlos

3

Profesional  Bachiller Jefe 3

1

Profesional 1

1

Oficinista 4

1

Cañas

2

Profesional  Bachiller Jefe 3

1

Oficinista 4

1

Nicoya

2

Profesional  Bachiller Jefe 3

1

Oficinista 4

1

TOTAL

89

 

f) Justificación del Impacto Presupuestario

Se ha estimado que para la implementación del organigrama propuesto se requiere un presupuesto para el primer semestre del año 2008 de ¢313,946,977 , para el segundo semestre del 2008 ¢378,218,950 para un total para el año 2008 de ¢ 692,165,927 , de el cual sería proporcionado por la transferencia presupuestaria establecida en la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria Nº8114, en su artículo 5, en donde se establece que el 3,5% del impuesto selectivo a los combustibles, se destinaran para el Pago de Servicio Ambientales administrado por FONAFIFO. Será necesario modificar la reglamentación vigente de manera que se autorice ajustar el monto permitido para gastos de personal y administrativos.

ANEXO 1

SITUACIÓN ORGANIZACIONAL ACTUAL

Es importante mencionar que el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, no tiene una estructura formalmente aprobada por MIDEPLAN, en virtud que desde su creación mediante la ley 7575, se ha operado a través de la figura de Fideicomisos, los cuales inicialmente fueron con BANCOOP y a raíz de su quiebra fueron trasladados al Banco Nacional de Costa Rica.

Dentro de los fideicomisos, la estructura administrativa ha sido muy sencilla, conformada por un nivel superior jerárquico (Junta Directiva), una Unidad Ejecutora al mando de un Director Ejecutiva y cinco mega procesos: Servicios Ambientales, Crédito, Gestión de Recursos, Legal y Administrativo. En estas estructuras están conformadas por 52 personas responsables del cumplimiento de los objetivos establecidos por la Ley y el Reglamento.

A la fecha dichos mega procesos, son apoyados por la estructura del Banco Nacional de Costa Rica. Por esa razón a la fecha en la estructura actual no se contempla unidades como tesorería, contabilidad, formalización de créditos, cobro administrativo y judicial, ejecución de inversiones, auditoria interna, administración de activos y otros servicios.

Este esquema de funcionamiento, ha permitido el cumplimiento eficiente de los objetivo establecidos por Ley, a un costo que no ha superado el 7% de las asignaciones presupuestarias anuales del Programa de Pago por Servicios Ambientales, permitiendo, además la existencia de un ambiente laboral favorable, ya que se cuenta entre otras facilidades con instalaciones físicas adecuadas, equipamiento conveniente y procesos administrativos ágiles y oportunos.

A nivel de las oficinas regionales, igualmente la figura del Fideicomiso, también ha permitido, dotar de los medios necesarios que permiten al personal un adecuado desempeño laboral. Lo anterior redunda en un clima organizacional adecuado y funcional.

No obstante, en acatamiento a las disposiciones emanadas de la Contraloría General de la República, se hace pertinente replantear este esquema funcional, lo cual irremediablemente nos llevará a un incremento de la planilla. Se ha estimado que solo para efectos de planilla se requerirá un 22% de las asignaciones presupuestarias. Lo anterior porque se hace necesario incorporar en el organigrama planteado las funciones que a la fecha ejecuta el fiduciario. También se debe destacar que el incremento en el número de funcionarios, además es derivado, por el hecho de que se esta pasando de un esquema de contratación privado a un esquema público, en donde se disminuye la jornada laboral, se incrementan los periodos de vacaciones entre otros aspectos.

Una consecuencia de lo anterior será que al aumentar el gasto, se disminuirán los recursos financieros para ejecutar el Programa de Servicios Ambientales, lo que eventualmente podría tener consecuencias negativas en la preservación de los ecosistemas boscosos, y consecuentemente provocaría una disminución de los servicios ambientales, lo cual podría debilitar la estrategia nacional para el cambio climático.

Estructura actual bajo el esquema de Fideicomisos

El quehacer institucional del FONAFIFO, específicamente en el aspecto técnico recae en las Áreas de Servicios Ambientales, Crédito y Gestión de Recursos. Cabe destacar que las Áreas Legal y Administrativa cumplen una función de apoyo logístico para cumplir en forma integral con los objetivos y metas preestablecidas.

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ACCIONES POR AREA TÉCNICA

A continuación se detallan las principales acciones relacionadas por las áreas técnicas.

Servicios Ambientales.

Esta área se encarga de coordinar y ejecutar el Programa de Pago de Servicios Ambientales, que empezó a operar en Costa Rica desde 1997. Hasta el año 2002 este programa se administró de manera conjunta con el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC). A finales del año 2002, mediante el decreto ejecutivo MINAE 30762, se trasladó al FONAFIFO, toda la responsabilidad de asignar, tramitar y aprobar las solicitudes para el Pago por Servicios Ambientales, para tal fin fue necesario que FONAFIFO, abriera ocho oficinas regionales2.

No obstante aún hoy SINAC, tiene la responsabilidad de controlar y supervisar los proyectos aprobados para lo cual FONAFIFO remite anualmente la información referida a los contratos de Pago por Servicios Ambientales que se van formalizando.

Dicho programa a la fecha no ha podido satisfacer la oferta de los interesados en someter sus fincas al PSA, tal y como se muestra en el siguiente cuadro, entre 1997 y el 2005, el FONAFIFO, identificó una oferta de tierras para el programa de servicios ambientales de 1 281980,03 has. Esta cifra representa cerca de un 25% del territorio nacional, lo cual da una idea de la gran aceptación del programa.

Área Anual en hectáreas ofertada por los propietarios

para cada modalidad de PSA

                      Protección                  Manejo                                            Plantaciones              Total

Año                Bosque                     Bosque           Reforestación         Recursos

                                                                                                                             Propios

1997            146.097,73               9.676,69             17.218,00                                              172.992,42

1998            214.477,00             24.104,00             15.243,00               1.807,00              255.631,00

1999            195.097,98             18.122,04             22.195,48               2.450,00              237.865,50

2000               83.006,83               3.799,60               3.962,23                                                 90.768,66

2001               88.380,57               3.799,60               6.689,70                                                 98.869,87

2002            120.152,13               7.639,30               6.673,04                                              134.464,47

2003            231.054,32                               -               8.758,56                                              239.812,88

2004            197.497,36                                             12.895,02                   446,60              210.838,98

2005            206.452,90                               -               8.560.70                               -              215.013,60

2006               80.743.00                                               8.260.00                                                 89.003.00

TOTAL    1.211.753,37             59.501,93             95.024.13               4.703,60           1.370.983.03

Por otro lado se ha identificado una demanda superior a los 650 mil árboles por año en la modalidad de Sistemas Agroforestales (SAF). Así mismo, se debe tener en consideración el área efectivamente contratada por año para el Pago por Servicios Ambientales. De acuerdo con el siguiente cuadro, FONAFIFO, entre 1997 y el 2006, ha contado con recursos para el programa de pago de servicios ambientales suficientes para incorporar 458,861.90 has que involucran un número superior a los 6000 beneficiarios.

Áreas en hectáreas contratadas en PSA. 1997-2006

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Fuente: www.fonafifo.com

Asimismo es importante recordar que a partir del año 2003, se incorporó la modalidad al denominada como sistemas agroforestales (SAF). Esta modalidad surge con el fin de apoyar a pequeños finqueros, con una visión integral de finca, reconociendo los servicios ambientales que brindan los árboles plantados en combinación con cultivos y repastos.

En el transcurso del programa de PSA, se han realizado algunas modificaciones en los manuales de procedimientos con el fin de simplificar el trámite, hasta donde las normas jurídicas y la seguridad en el uso de los recursos lo permitan.

_______________

2 Oficinas Regionales de San José Oriental, San José Occidental, Guápiles, Limón, Sarapiquí, Nicoya, Palmar Norte, Cañas y San Carlos.

Crédito Forestal

El Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO), se constituyó como uno de los órganos más importantes en el financiamiento de actividades forestales en el país. Su aporte, ha sido muy importante en el desarrollo de dicho sector en el país, sobretodo en el apoyo a los cambios tecnológicos requeridos en la transformación de la industria forestal.

No obstante, en los últimos siete años (a partir del cambio en la forma de cobrar el impuesto forestal), dicho aporte se ha limitado debido, fundamentalmente, a que el FONAFIFO, ha recibido muy poco recursos frescos provenientes del impuesto forestal, los cuales por disposición legal son los que se destinan al crédito. Las razones de esa situación se han fundamentado en los problemas legales que han imposibilitado el cobro por parte de las autoridades del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, del Ministerio de Ambiente Energía (SINAC). A pesar que el FONAFIFO, ha hecho esfuerzos en conjunto con la Oficina Nacional Forestal y el SINAC, para reactivar dicho impuesto, la complejidad como fue redactado por los legisladores y la carencia de mecanismos legales que castiguen a quienes no pagan hacen casi imposible la recuperación de este impuesto.

Esa razón obliga aun más, al FONAFIFO, a ser muy eficiente en el uso y en la recuperación de los recursos que estarán disponibles para crédito, provenientes fundamentalmente de los reembolsos de los préstamos.

El siguiente cuadro muestra los montos colocados mediante crédito desde 1999 a la fecha

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Gestión de Recursos

Con fundamento en el Inciso i) del Articulo 47 de la Ley Forestal 7575, publicada el 16 de Abril de 1996, se instruye al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO), a explorar nuevas opciones de las que brinda el mercado independientemente sea este nacional o internacional, para acceder recursos financieros adicionales que garanticen la sostenibilidad a mediano y principalmente a largo plazo los programas que desarrolla el Fondo, sobresale entre ellos el Pago de Servicios Ambientales (PSA); sustentado lo anterior en la existencia de una oferta de fincas en todo el territorio nacional sin atender por la falta de recursos financieros que permitan incluirlas dentro del Programa.

Bajo el contexto antes citado se han desarrollado diferentes instrumentos para la captación de recursos provenientes de la empresa privada entre ellos: Convenios, Certificados de Servicios Ambientales y Certificados de Servicios Ambientales de Carbono.

    En el caso de los Convenios se establecen cuando las empresas están interesadas en el reconocimiento de un solo Servicio Ambiental como por ejemplo la protección del Recurso Hídrico.

    En el caso de los Certificados de Servicios Ambientales el valor se basa en el costo de oportunidad que brinde el área de la emisión.

    En el caso de los Certificados de Servicios Ambientales de Carbono se el valor se basa en el mercado voluntario internacional interesado en la reducción de Gases con efecto invernadero.

Estratégicamente, la Junta Directiva del FONAFIFO emitió la directriz de fortalecer el Área de Gestión lo cual ha permitido participar en actividades de divulgación y posicionamiento tanto a nivel nacional como internacional dando como resultado la posibilidad de acceder otras fuentes de financiamiento en el ámbito nacional e internacional.

El propósito de FONAFIFO es aumentar en la mayor proporción posible la participación del sector privado mediante compromisos que establezcan una responsabilidad ambiental compartida en el ámbito nacional e internacional.

Asimismo, se pretende desarrollar las opciones que brindan los mercados internacionales que se desarrollan producto de las obligatoriedades que establece entrada en vigencia del Protocolo de Kyoto, fundamentado en proyectos bajo el concepto de Mecanismos de Desarrollo Limpio (MDL), por ello aprovechando la responsabilidad que tienen los países industrializados de disminuir las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI), por lo anterior la propuesta es la elaboración de Perfiles de Proyecto (PDD), utilizando como base el potencial que presenta el país para la implementación de proyectos en materia forestal; tratando de posicionar al FONAFIFO con programas y proyectos pioneros viables de ejecutar y con suficiente credibilidad ante inversionistas de la comunidad internacional.

Por otro lado existen otras iniciativas de carácter externo en las que se ha trabajado conjuntamente siempre orientadas a la captación de recursos financieros para el fortalecimiento de los programas del FONAFIFO, entre ellas esta la entrada en vigencia del “Documento de Canon por concepto de Aprovechamiento de Agua”, el cual contiene un componente de gran importancia para la internalización en las tarifas del servicio ambiental de protección del recurso hídrico, que viene a significar un aporte importante de recursos financieros al Pago de Servicios Ambientales. Igualmente se trabaja con el Comité de Campaña Osa que procura por medio de diferentes iniciativas la captación de recursos financieros a nivel internacional para orientarlos a la conservación de la biodiversidad en la Península de Osa, que mediante un compromiso de interés se pretende la colocación de nuevas hectáreas utilizando el instrumento de captación financiero denominado Certificados de Servicios Ambientales (CSA).

Producto del interés manifestado por el sector privado, se ha logrado suscribir una cantidad importante de acuerdos y convenios, que justifican un interés real de invertir en el mejoramiento de las condiciones ambientales estrechamente ligadas en muchos de los casos directamente a la protección de las cuencas y acuíferos garantes de brindar los recursos naturales necesarios para el desarrollo de sus actividades productivas, principalmente en los sectores de generación eléctrica privada y agrícola entre ellos productores de melón y caña de azúcar.

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DOCUMENTOS VARIOS

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE DROGAS

UNIDAD ADMINISTRACIÓN DE BIENES

DECOMISADOS Y COMISADOS

AVISO

Que en la causa Nº 04-200307-431-PE, por infracción a la Ley sobre Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso no Autorizado, Legitimación de Capitales y Actividades Conexas y su Reglamento, en perjuicio de la Salud Pública, el Tribunal de Juicio de Puntarenas, mediante Voto Nº 73-P-2007, de las siete horas treinta minutos del veintisiete de marzo del dos mil siete, ordena al ICD efectuar la publicación a que se refieren los artículo 83 y 84 párrafo segundo de la Ley Nº 8204, con el fin de que una vez efectuada dicha publicación comenzará a correr el plazo de caducidad para el comiso a favor del ICD de los bienes decomisados en dicha causa.

Bienes asumidos en depósito judicial provisional por el ICD:

Dinero extranjero decomisado:

1.    Un billete de mil pesos colombiano.

2.    Una moneda de doscientos pesos colombiano.

3.    Dos billetes de dos mil pesos colombianos.

4.    Treinta y seis billetes de diez pesos colombianos.

5.    Dos billetes de cincuenta mil pesos.

6.    Dos billetes de mil pesos colombianos.

7.    Un billete de cinco mil pesos colombianos.

8.    Un billete de veinte mil pesos colombianos.

9.    Cinco monedas de quinientos pesos colombianos.

10.  Tres monedas de doscientos pesos colombianos.

11.  Dos monedas de cincuenta pesos colombianos.

12.  Diez monedas de cien pesos colombianos.

13.  Un billete de veinte mil pesos colombianos.

14.  Un billete de cincuenta mil pesos colombianos.

Otros bienes:

15.  Un reloj marca Casio pequeño de color negro.

16.  Un cordón de tela con un dije de una cruz de plástico color transparente con borde dorados y una bolita arriba que adentro tiene una leyenda que indica el señor de los milagros.

17.  Un collar con trozos de madera en forma cilíndrica de color negro y bolitas de color blanco con un dije de cruz.

18.  Una faja negra con hebilla y borde color plateados.

19.  Un encendedor de plástico color transparente con morado.

20.  Una lancha rápida tipo Cigarrette, color azul con cuatro motores marca Yamaha de doscientos caballos de fuerza cada uno V6, sin números de serie aparente.

Dinero en colones depositado en la cuenta del ICD, Nº 181160-6 del BCR, bajo boleta de depósito Nº 351042.

Dinero en dólares depositado en la cuenta del ICD, Nº 183640-4 del BCR, bajo los siguientes números de boletas: 982615, 982618, 982617 y 982555. Luis Conte Guerra. 1 vez. (2436).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

EDICTOS

N° 31/2007. El señor Fernando Masís Pirie, cédula 3-237-137, en calidad de representante legal, de la compañía Tecniverde S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del equipo aplicador portátil de niebla térmica. Marca: Súper Hawk, modelo 2605 Serie 1. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Heredia, 6 de diciembre del 2007. Equipos y Fiscalización. Departamento de Insumos Agrícolas. Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez. (709).

N° 32/2007. El señor Fernando Masís Pirie, cédula 3-237-137, en calidad de representante legal de la compañía Tecniverde S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del equipo: Rociador de niebla de ultra bajo volumen, marca: Hurricane ultra, modelo: ULV 2794. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta. Heredia, 6 de diciembre del 2007. Equipos y Fiscalización. Departamento de Insumos Agrícolas. Ing. Agr. Emmanuel Villalobos Sánchez. (710).

DIA-R-E-256-2007. El señor Óscar Henriquez Portillo, cédula o pasaporte Nº 528498 en calidad de representante legal de la compañía Fertilizantes Sal del Istmo S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Ferti Feed Fosfato Monoamónico compuesto a base de Nitrógeno-Fósforo. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Heredia, 17 de diciembre del 2007. Registro de Agroquímicos. Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada. (1291).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD Y

MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Dirección, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 160, título Nº 1233, emitido por el Colegio El Carmen de Alajuela, en el año dos mil cinco, a nombre de González Guerrero Josephine Andrea. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Chacón González Josephine Andrea. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 29 de noviembre del 2007. Departamento de Pruebas Nacionales Educación Abierta. Lic. Marvin Loría Masís, Director. (960).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 82, título Nº 419, emitido por el Instituto Dr. Jaim Weizman, en el año dos mil siete, a nombre de Bibas Sredni Samuel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, veintiuno de diciembre del dos mil siete. Departamento de Supervisión Nacional. M.Sc. Trino Zamora Zumbado, Director. (975).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media “Ciencias, Letras y Arte”, inscrito en el tomo 1, folio 19, título Nº 210, emitido por el Conservatorio Castella, en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de Mora Chacón Galo Horacio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 18 de diciembre del 2007. Departamento de Supervisión Nacional. Msc. Trino Zamora Zumbado, Director. (1008).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo I, Folio 58, Título N° 1040, y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Electrotecnia, inscrito en el Tomo I, Folio 371, Título N° 4716, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de Heredia, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Campos León Jovel. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, los veintiún días del mes de diciembre del dos mil siete. Departamento de Supervisión Nacional. MSc. Trino Zamora Zumbado, Director. (1035).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 183, Título N° 1586, emitido por el Colegio Monterrey, en el año dos mil seis a nombre de Lazo Morera Rodrigo José. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los veintiún días del mes de diciembre del dos mil siete. Departamento de Pruebas Nacionales. MSc. Trino Zamora Zumbado, Director. (1047).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 9, Título 76, emitido por el Colegio Técnico Profesional de San Mateo, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Quesada González María Elena. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta. San José, 21 días del mes de diciembre del 2007. Departamento de Pruebas Nacionales. Msc. Trino Zamora Zumbado, Director. Nº 7406. (1192).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 128, Título N° 1678, emitido por el Liceo Académico de Puriscal, en el año dos mil tres, a nombre de Rojas Núñez Lilia Isabel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta. San José, 16 días del mes de octubre del 2007. Departamento de Pruebas Nacionales. Msc. Trino Zamora Zumbado, Director. (1242).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio 72, título Nº 296, y del Título de Técnico Medio en Secretariado, inscrito en el tomo 1, folio 442, título Nº 1899, emitido por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Zúñiga Bolaños Olga Lidia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, a los dos días del mes de noviembre del dos mil siete. Departamento de Pruebas Nacionales. MSc. Trino Zamora Zumbado, Director. (1269).

Ante esta Dirección, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 139, título Nº 892, emitido por el Liceo de Escazú, en el año dos mil, a nombre de Salazar Blandón Joselyn. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 10 de diciembre del 2007. Departamento de Supervisión Nacional. MSc. Trino Zamora Zumbado, Director. (1418).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 9, título N° 33, emitido por el Liceo Académico de Matina, en el año dos mil, a nombre de Chacón Quesada Ingrid. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por error en los libros de actas del colegio, donde invirtieron los apellidos en el acta, por lo que los apellidos correctos son Quesada Chacón Ingrid Yahaira. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 2 de enero del 2008. Departamento de Pruebas Educación Abierta. Lic. Marvin Loría Masís, Director. (1794).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 008, Título Nº 110, emitido por el Colegio Santa Ana de Liberia, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Ramos Ugarte Gerardo Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 7 de setiembre del 2007. Departamento de Pruebas Nacionales. MSc. Trino Zamora Zumbado, Director. Nº 7767. (1979).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 5, Asiento 15, emitido por el Colegio La Aurora, en el año dos mil, a nombre de Alemán Midence Maritza. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 10 de octubre del 2007. Departamento de Supervisión Nacional. MSc. Trino Zamora Zumbado, Director. (1656).

CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO

PARA LA EDUCACIÓN TÉCNICA

REPOSICIÓN DE TÍTULO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición de Título de Profesorado de Estado en Educación Familiar Comunal y Social, inscrito en el tomo 1, folio 18, asiento 408, este título fue emitido por el Centro de Investigación y Perfeccionamiento para la Educación Técnica, en el año de 1994, a nombre de Marcela Marchena Stewart, cédula 700740999. Se solicita la reposición del título indicado, por pérdida de título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Alajuela, 17 de setiembre del 2007. Dirección Ejecutiva. MSc. Luis Aguilar Villareal, Director Ejecutivo. (949).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición de Título de Profesorado de Estado en Educación Industrial en Artesanías con Énfasis en Pieles y Cueros, inscrito en el tomo 1, folio 23, asiento 558, este título fue emitido por el Centro de Investigación y Perfeccionamiento para la Educación Técnica, en el año de 1995, a nombre de Marcela Marchena Stewart, cédula 700740999. Se solicita la reposición del título indicado, por pérdida de título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Alajuela, 17 de setiembre del 2007. Dirección Ejecutiva. MSc. Luis Aguilar Villareal, Director Ejecutivo. (950).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el Señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su estatuto social la organización social denominada: Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Maestros de Parrita R. L., Siglas Coopeande Nº 6 R.L. acordada en asamblea celebrada el 24 de marzo del 2007. Resolución 168. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta la totalidad de los artículos del Estatuto. San José, 12 de octubre del 2007. Departamento de Organizaciones Sociales. Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe. Nº 4246. (110915).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada: Cooperativa de Servicios Múltiples Santa Elena R.L., siglas COOPESANTAELENA R.L., acordada en asamblea celebrada el 27 de octubre del 2007. Resolución 269. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 7 y 8 del estatuto. San José, 10 de enero del 2008. Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe. (1752).

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada: Cooperativa de Servicios Múltiples de los Funcionarios del Consorcio de Cooperativas de Consumo R. L., Siglas Coopeasecoopeco R. L., acordada en asamblea celebrada el 09 de noviembre del 2007. Resolución 1177. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta los artículos 9, 28 y 60 del Estatuto. San José, 18 de diciembre del 2007. Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe. (2193).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Natación El Milenio, con domicilio en la provincia de Heredia, de la intersección a San Antonio de Belén un kilómetro al oeste, contiguo al Hotel Meliá Cariari, Oficina de Natación, cuyos fines principales ente otros son los siguientes: Práctica y enseñanza de la natación en niños, adolescentes, adultos. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, es la presidenta. Elizabeth Zumbado Chaves. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N # 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 572, asiento: 93207. Curridabat, treinta de octubre del dos mil siete. Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director. 1 vez. (1651).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación para el Progreso de Vecinos en la Cultura Conservación y Educación de Carona de Pavón de Guaimí de Golfito de Puntarenas. Con domicilio en la provincia de Puntarenas. Sus fines principales entre otros es el siguiente: La creación de programas que enriquezcan la cultura Guaymí que está en peligro de extinción. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones que establece el estatuto, lo es el presidente: Reynaldo Sánchez Gallardo. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 571, asiento: 78525, adicional tomo: 573, asiento: 12889, tomo: 573, asiento: 87998). Curridabat, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil siete. Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director. 1 vez. Nº 7989. (2382).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Geotérmica Costarricense, con domicilio en la provincia de Guanacaste, Bagaces. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Servir de medio para el flujo de la información de la geotérmica, facilitando la diseminación de documentos, la colección de información y el intercambio de experiencias y conocimientos. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Osvaldo Vallejos Ruiz. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 573, asiento: 32919, adicional 573-94213). Curridabat, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil siete. Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director. 1 vez. Nº 8016. (2385).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Deportiva Fusión U. D, con domicilio en la provincia de San José, San Sebastián, Paso Ancho, Barrio El Carmen, Urbanización Finsa frente a la Escuela San Esteban, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover el desarrollo del fútbol salón, fútbol, fútbol de sala y otras disciplinas deportivas tanto en masculino como femenino. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, es el presidente Óscar Cerdas Ávila. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 573, asiento: 90262. Curridabat, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil siete. Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director. 1 vez. Nº 8017. (2386).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Iglesia de Cristo Guápiles, con domicilio en la provincia de Limón, Guápiles. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: El respaldo material a la Iglesia de Cristo en la promoción de la moral, las buenas costumbres así como todas aquellas actividades que enaltezcan el espíritu humano. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Orlando Valverde Arrieta. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 570, asiento: 03116, adicional 574-02928). Curridabat, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil siete. Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director. 1 vez. Nº 8020. (2387).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Rural de Santa Ana de Nicoya. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 573 asiento: 88839). Curridabat, a los siete días del mes de enero del dos mil ocho. Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director. 1 vez. Nº 8163. (2388).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Deportiva G.F, con domicilio en la provincia de San José. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover el desarrollo del fútbol de salón, fútbol, fútbol sala y de otras disciplinas deportivas, tanto en masculino como femenino. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Alberto Fernández Montes. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 573, asiento: 69887). Curridabat, a los siete días del mes de enero del año dos mil ocho. Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director. 1 vez. Nº 8027. (2389).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Grupo de Parceleros San Isidro Labrador del Norte, con domicilio en la provincia de Cartago, Cot de Oreamuno. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Cultivar y producir diversos productos agrícolas así como flores de diversa variedad en invernaderos. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Francisco Sanabria Serrano. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 572, asiento: 99520). Curridabat, a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil siete. Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director. 1 vez. Nº 8028. (2390).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Padres de Familia Pro Banda Mixta de Tilarán, con domicilio en la provincia de Guanacaste. Sus fines principales entre otros es el siguiente: dar soporte social, económico y de apoyo a la banda mixta de Tilarán, a partir de proyectos de bien común, llevando a cabo talleres culturales de todo tipo (música o arte, etc.). Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente: Álvaro Arce Ramírez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 573, asiento: 27832). Curridabat, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil siete. Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director. 1 vez. Nº 8118. (2391).

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Óscar Echeverría Pacheco, de Costa Rica, solicita la patente de invención denominada SISTEMA ABIERTO ECOLÓGICO PARA REFRIGERAR QUE SUSTITUYE EL GAS FREON POR AIRE. La invención consiste en usar el aire con gas refrigerante, utilizando para este fin un tanque metálico o una cámara de diseño apropiado que permita la inyección de aire a presión atmosférica, o mecánicamente aumentada en un recipiente o cámara a una presión inferior. Con el objeto de lograr una expansión violenta del aire actuando como gas refrigerante para lograr en esta forma el efecto refrigerante que producen los gases al expandirse. La presión negativa en el tanque o recipiente se logra a través de una bomba de vacío con capacidad para producir entre -50 y -100 kpa, con capacidad para mantener dicho vacío aún durante el tiempo de inyección de aire. Es necesario entre la cámara y la bomba instalar un regulador de vacío para lograr su estabilidad. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es F25D/, cuyo inventor es Óscar Echeverría Pacheco. La solicitud correspondiente lleva el número 8150, y fue presentada a las 14:37:15 del 14 de diciembre de 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional. San José, 29 de noviembre del 2007. Lic. Katherine Jiménez, Registradora. Nº 7539. (1585).

AMBIENTE Y ENERGÍA

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 12750P. Banco Improba S. A., solicita concesión de: 4.6 litros del pozo GA-148, efectuando la captación en finca de su propiedad en Nicoya, Guanacaste, para uso doméstico-abrevadero turístico-riego-piscina-restaurante. Coordenadas 211.460 / 357.860 hoja Garza. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 21 de diciembre de 2007. Departamento de Aguas. J. M. Zeledón Calderón, Jefe. Nº 7190. (878).

Expediente Nº 12753P. Caña Fístula de Ostional S. A., solicita concesión de 0,05 litros por segundo del Pozo MTP-327, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cabo Vela, Santa Cruz, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 263.265/335.265 hoja Matapalo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 8 de enero deL 2008. Departamento de Aguas. J.M. Zeledón Calderón, Jefe. (1031).

Expediente Nº 12636P. Roble Abad Fierds One S. A., solicita concesión de 4 litros por segundo del pozo CN-608, efectuando la captación en finca de su propiedad en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario-abrevadero-consumo humano-doméstico-piscina-centro comercial. Coordenadas 287.860 / 371.075 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 19 de diciembre del 2007. Departamento de Aguas. J.M. Zeledón Calderón, Jefe. (1062).

Exp. 12751P. F y C Reyes S. A., solicita concesión de: 3,15 litros por segundo del pozo BC-293, efectuando la captación en finca de propiedad en Tabarcia, Garabito, Puntarenas, para uso consumo humano, y agropecuario-riego. Coordenadas 204.300 / 464.800 hoja Barranca: 5 litros por segundo del pozo BC - 294, efectuando la captación en finca de propiedad en Tacares, Garabito, Puntarenas, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 204.000 / 465.200 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 4 de enero de 2008. Departamento de Aguas. J. M. Zeledón Calderón, Jefe. Nº 7380. (1193).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expediente Nº 12716P. Banco Improsa S. A., solicita concesión de 0,65 litros por segundo del pozo CHP-53, efectuando la captación en finca de su propiedad en Pitahaya, Puntarenas, Puntarenas para uso granja industria - otro. Coordenadas 231.180/447.450 hoja Chapernal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 16 de noviembre del 2007. Departamento de Aguas. J. M. Zeledón Calderón, Jefe. (111504).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 12744P. Po Jen Hsiao, solicita concesión de: 3,15 litros por segundo del pozo AB-1757, efectuando la captación en finca de su propiedad en Curridabat, para consumo humano. Coordenadas 210.900/532.350 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 14 de diciembre de 2007. Departamento de Aguas. J. M. Zeledón Calderón, Jefe. Nº 8008. (2397).

Expediente Nº 12754A. Cooperativa Cañera de San Ramón R.L., solicita concesión de: 40 litros por segundo de la Quebrada Bolívar, efectuando la captación en finca de su propiedad en Piedades Norte, San Ramón, Alajuela, para uso agroindustrial-ingenio. Coordenadas: 232.200 / 482.900, hoja Naranjo. Predios inferiores: Mario Monteriol Navarro, Juan Ramón Rodríguez Villalobos y Cecilio Rodríguez Chavarría. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. San José, 8 de enero del 2008. Departamento de Aguas. J. M. Zeledón Calderón, Jefe. (2441).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Expediente N° 32043-06. Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas y cincuenta minutos del dieciocho de setiembre del dos mil siete. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Glenda Otilia Darce Huete, casada, Ingeniera en Computación, costarricense, cédula de identidad número ocho-cero ochenta y cuatro-novecientos cincuenta y nueve, vecina de Santiago, Puriscal, San José, solicita la rectificación de su asiento de Naturalización, en el sentido que el estado civil de la misma es “casada” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos, dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación. Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General. M.S.c. Ligia María González Richmond, Jefa. (1041).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. Nº 19135-07. Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas, cinco minutos, del veintiuno de noviembre del dos mil siete. Manuel Colón García, mayor, casado, costarricense, cédula de identidad número uno-cuatrocientos cuarenta y seis-trescientos treinta y cinco, vecino de Santo Domingo de Heredia; solicita la rectificación de su asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha de nacimiento del mismo es “cuatro de julio de mil novecientos cincuenta”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil. Publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación. Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General. M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa. (2205).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Darlen Pondler Estrada, expediente N° 27398-2002, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: N° 641-2003. Registro Civil. Departamento Civil. Oficina Actos Jurídicos. San José, a las trece horas veinticinco minutos del cinco de mayo del dos mil tres. Diligencias de ocurso incoadas por Darlen Pondler Estrada, soltera, oficios del hogar, vecina de Limón, Barrio Limoncito, cédula de residencia número cero cero dos-RE-cinco tres cinco nueve-cero cero-mil novecientos noventa y nueve. Resultando 1º ..., 2º ..., Considerando: I. Hechos probados:..., II. Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Angeline Danisha Estrada Pondler... en el sentido de que el nombre y apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Darlen Pondler Estrada” y no como se consignó. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese. Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor a.í. Licda. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. Nº 7350. (1200).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yanin del Carmen Molina Molina, conocida como Fany Montano Altamirano, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2856-07. Registro Civil. Departamento Civil. Sección Actos Jurídicos. San José, a las doce horas y veintidós minutos del veinticuatro de octubre del dos mil siete. Ocurso. Exp. N° 22707-06. Resultando: 1º ..., 2º ..., 3º ..., Considerando: I. Hechos probados:..., II. Hechos no probados..., III. Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Kirian Michelle Montano Altamirano... en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Molina Molina” y no como se consignaron. Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General. M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. Nº 7353. (1201).

Se hace saber que este registro en diligencias de ocurso incoadas por María Teresa González González, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº  3472-2007. Registro Civil. Departamento Civil. Sección Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas siete minutos del tres de diciembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente N° 21377-2007. Resultando 1º ..., 2º ..., Considerando: I. Hechos Probados:..., II. Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento y defunción de Mario Antonio Peña González, en el sentido que el segundo apellido de la madre del mismo es “González” y no como se consignó. Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. i. M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. (1640).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por César Vega Colomer, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 463-2005. Registro Civil. Departamento Civil. Sección Actos Jurídicos. San José, a las once horas del cinco de mayo del dos mil cinco. Ocurso. Exp. N° 12391-2004. Resultando: 1º ..., 2º ..., Considerando: I. Hechos probados:..., II. Hechos no probados:..., III. Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Karla Vanessa Vega Espinoza, en el sentido que el nombre y el segundo apellido del padre de la persona ahí inscrita son “César” y “Colomer”, respectivamente, y no como se consignaron. Publiquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese. Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Diretor General a. í. Lic. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. (1699).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Mayra Marina Rivas Urbina. Exp. N° 5429-2002 ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Res. N° 715-2002. Registro Civil. Departamento Civil. Oficina Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas treinta minutos del dos de mayo del dos mil dos. Diligencias de ocurso incoadas por Mayra Marina Rivas Urbina, mayor, soltera, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia número ciento treinta y cinco-RE-cero cero siete mil novecientos setenta y dos-cero cero-mil novecientos noventa y nueve, vecina de Quebrada Grande, Liberia, Guanacaste. Resultando: I. ..., II. ..., Considerando: I. Hechos probados:..., II. Hechos no probados:..., III. Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Yunerlin González Rivas, en el sentido de que el sexo correcto de la persona ahí inscrita es “masculino” y no como se consignó. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese. Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor. Lic. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. (1700).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Luz María Alvarado Madrigal, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3702-07. Registro Civil. Departamento Civil. Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas diez minutos del diez de diciembre del dos mil siete. Ocurso. Exp. Nº 24842-2007. Resultando: 1º ..., 2º ..., Considerando: I. Hechos probados:..., II. Hechos no probados:..., III. Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Pedro Contreras Contreras con Luz María Madrigal Sosa, en el sentido que los apellidos de la cónyuge son “Alvarado Madrigal, hija de Leonardo Alvarado Carmona y Adilia Madrigal Soza” y no como se consignaron. Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í. M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. (1745).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Elizabeth Timoteo Beita, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3726-07. Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas del diez de diciembre del dos mil siete. Exp. Nº 29116-07. Resultando: 1º ..., 2º ..., Considerando: I. Hechos probados:..., II. Hechos no probados:..., III. Sobre el fondo:…; Por tanto: procédase a rectificar el asiento de nacimiento de María Elizabeth Timoteo Beita... en el sentido que el nombre y los apellidos del padre... son “Timoteo José Beita Hinrichs”. Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í. M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. (1747).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Seneida del Socorro Solís Pérez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 34-2008. Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas quince minutos del tres de enero del  dos  mil  ocho. Ocurso. Exp. Nº 34397-2007. Resultando 1º ..., 2º ..., 3º ..., Considerando: I. Hechos probados:..., II. Hechos no probados:..., III. Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Jennifer Tatiana Robleto Pérez, en el sentido que el primer apellido de la madre es “Solís” y no como se consignó. Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General. M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. (2197).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Carlos Luis Chaves López, en exp. Nº 12019-03, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 1694-03. Registro Civil. Departamento Civil. Oficina de Actos Jurídicos, San José, a las nueve horas diez minutos del veinticinco de agosto del dos mil tres. Diligencias de ocurso incoadas por Carlos Luis Chaves López, mayor, casado, costarricense, cédula de identidad número seis-doscientos sesenta y dos-ochocientos sesenta y cuatro, vecino de San Marcos de Tarrazú. Resultando; 1º ..., 2º …; Considerando: I. Hechos probados... 2º Hechos no probados... 3º Sobre el fondo: Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Flor María López Rodríguez... en el sentido de que los apellidos del padre... son “Chaves López”, Publíquese esta resolución una vez en el Diario Oficial. Notifíquese. Lic. Ricardo Patricio Chavarría Barquero, Oficial Mayor a. í. Lic. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. (2204).

Se hace saber que este Registro, en diligencias de ocurso incoadas por María Yorleny Mora Cruz, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3573-2007. Registro Civil. Departamento Civil. Sección Actos Jurídicos. San José, a las trece horas, cuarenta minutos del cuatro de diciembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 21453-2007. Resultando 1º ..., 2º ..., 3º ..., Considerando: I. Hechos probados:..., II. Hechos no probados:..., III. Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de María Yorleni Mora Cruz, en el sentido que los apellidos de la madre así como el segundo nombre de la misma son “Tenorio Mora” y “Yorleny” respectivamente y no como se consignaron; y el asiento de nacimiento de Cristopher Jesús Vargas Mora, en el sentido que el segundo nombre y los apellidos de la madre del mismo son “Yorleny” y “Tenorio Mora” respectivamente y no como se consignaron. Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í. M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. Nº 8054. (2392).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Héctor Fabio Valencia Gallego, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3489-07. Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas, quince minutos del tres de diciembre del dos mil siete. Expediente Nº 31625-07. Resultando: 1º ... 2º ...; Considerando: I. Hechos probados:... II. Hechos no Probados:... III. Sobre el fondo..; Por tanto: Precédase a rectificar el asiento de matrimonio de Héctor Fabio Valencia Gallego con Ángela Raquel Segura Valverde... en el sentido que el segundo apellido del padre y el nombre de la madre del cónyuge son “Henao” y “María Ceneida” respectivamente. Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í. M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. Nº 8057. (2393).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Adriana Yanet Ríos Santamaría, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3613-2007. Registro Civil. Departamento Civil. Sección Actos Jurídicos. San José, a las trece horas, veinticinco minutos del cinco de diciembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 24770-2007. Resultando 1º ..., 2º ..., Considerando: I. Hechos probados:..., II. Hechos no probados:..., III. Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Wady Gerardo Camacho Agüero con Adriana Yanet Ríos Santamaría, en el sentido que el segundo apellido de la madre de la cónyuge es “Agudelo” y no como se consignó. Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a.í. M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. Nº 8066. (2394).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ileana María Gutiérrez Jarquín. Expediente Nº 20695-03 ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Nº 2395-03. Registro Civil, Departamento Civil. Oficina de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas y treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil tres. Diligencias de Ocurso Incoadas por Ileana María Gutiérrez Jarquín, mayor, soltera, dependiente de tienda, nicaragüense, cédula de Residencia número dos siete cero-cero uno nueve ocho cinco cero nueve-cero uno uno dos dos cinco dos, vecina de La Carpio, Uruca. Resultando 1º …, 2º ..., Considerando: 1º Hecho probado:..., 2º Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Machelyne Jashuara Gutiérrez Jarquín, en el sentido de que el nombre de la persona ahí inscrita es “Micheline Jashuara” y no como se consignó. Publíquese esta resolución por una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese. Lic. Ricardo Patricio Chavarría Barquero, Director General a. í. M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. Nº 8078. (2395).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Petrona del Carmen Torres, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3765-2007. Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas, cincuenta minutos del doce de diciembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 25890-2007. Resultando: 1º ..., 2º ..., Considerando: I. Hechos probados:..., II. Hechos no probados:..., III. Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Víctor Manuel Delgadillo Aburto con Petrona del Carmen Torres Véliz, en el sentido que el apellido de la cónyuge es “Torres, no indica segundo apellido, hija de Gladys Torres, no indica segundo apellido” y no como se consignó. Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General. M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. Nº 8046. (2396).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Isela Isabel Picado, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3532-2007. Registro Civil. Departamento Civil. Sección Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas doce minutos del tres de diciembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 33439-2006. Resultando: 1º …, 2º …, 3º …; Considerando: I. Hechos probados:…, II. Hechos no probados:…, III. Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Mauricio José Picado Picado… en el sentido que el apellido de la madre del mismo es “Picado, no indica segundo apellido”, y no como se consignó. Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í. M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. (2473).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Alejandro Fidel Barahona Barahona, conocido como Fidel Jiménez Barahona, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3029-07. Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas veinte minutos del nueve de noviembre del dos mil siete. Expediente Nº 14255-07. Resultando: 1.º …, 2º …; Considerando: I. Hechos probados:…, II. Hechos no probados:…, III. Sobre el fondo:… Por tanto: Procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Alejandro Fidel Barahona González con Eugenia Antonia Martínez Grijalba… en el sentido que los apellidos del cónyuge son “Barahona Barahona”, conocido como “Fidel Jiménez Barahona”, hijo de “Eliza Barahona, no indica segundo apellido ni nacionalidad”. Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General. M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa. 1 vez. (2474).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

CONSEJO NACIONAL DE LA PERSONA ADULTA MAYOR

Con fundamento en el artículo Nº 7 del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, se le informa a todos los interesados que el Plan de Compras Institucional de 2008 del CONAPAM, podrá ser consultado a través del Sistema de Compras Gubernamentales Comprared, en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr/comprared. Notifíquese. San José, 9 de enero de 2008. Dpto. Recursos Materiales. Lic. Martín Aguilar Araya, Encargado. 1 vez. (Solicitud Nº 18001). C-5300. (2142).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES

PROGRAMA DE ADQUISICIÓN PARA EL AÑO 2008

 

ID-MINISTERIO

ID

ID-SUB

CODMERC

DESC-GENERICA

DESCRIPCION

MONTO

FUENTE

PERIODO

 

PROGRAMA

PROGRAMA

 

 

 

 

 

 

1. SERVICIOS

1.1.1.1.580.209

01

0

1.01.01

ALQUILER DE EDIFICIOS, LOCALES Y TERRENOS

 Para el arrendamiento de las oficinas que ocupa el CNC

70.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.01.04

ALQUILER Y DERECHOS PARA TELECOMUNICACIONES

Para el pago por servicio de alojamiento y mantenimiento de la pagina web del CNC

550.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.01.99

OTROS ALQUILERES

Pago de alquiler anual de la cajita de seguridad del Banco Nacional

100.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.02.01

SERVICIOS DE AGUA Y ALCANTARILLADOS

Esta subpartida se utilizará para el pago mensual del consumo de agua de las oficinas que ocupe el CNC.

1.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.02.02

SERVICIOS DE ENERGIA ELECTRICA

Corresponderá  al pago de energia eléctrica institucional de las oficinas del Consejo Nacional de Concesiones .  

7.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.02.03

SERVICIO DE CORREO

Este monto será utilizado para la cancelación del servicio de apartado institucional, además de envíos al interior o al exterior del país para posibles concesionarios de proyectos.

50.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.02.04

SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES

Este monto se utilizará para el pago del consumo de las líneas convencionales, líneas celulares, lineas dedicadas e Internet.

20.250.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.03.01

INFORMACION

Se solicita para el pago de publicacion en medios de comunicación escrita de  licitaciones, carteles, ofertas, asi como para dar a conocer asuntos de caracter oficial sobre proyectos de concesion.

5.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.03.03

IMPRESIÓN, ENCUADERNACIÓN Y OTROS

Se solicita para la impresión fotocopiado de planos y heliiográficas así como la encuadernacion de documentos referentes a expedientes de contrataciones, cheques , caja chica, actas de Junta Directiva, asi como documentos propios de los Proyectos de Concesion.

3.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.03.05

SERVICIOS ADUANEROS

Comprende los servicios de bodegaje, desalmacejane y otros relacionados con las importaciones de bienes que necesite realizar este Consejo.

100.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.03.06

COMISIONES Y GASTOS POR SERVICIOS FINANCIEROS Y COMERCIALES

Pago de gastos financieros y bancarios.

1.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01 Y 02

0

1.04.02

SERVICIOS JURIDICOS

Contratación de Asesoría en materia jurídica para los Proyectos de Concesión, Iniciativa Privada y las Gerencias de los Proyectos .

79.240.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01 Y 02

0

1.04.03

SERVICIOS DE INGENIERIA

Para el pago de Gerentes, Gestores de Vía y Servicios Topográficos de los difierentes Proyectos de Concesión.

179.900.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01 Y 02

0

1.04.04

SERVICIOS DE CIENCIAS ECONOMICAS  Y SOCIALES

Para el pago de Asesorias  Financieras para los diferentes Proyectos de Concesion.

166.430.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.04.06

SERVICIOS GENERALES

Se presupuestan para los diferentes servicios contratados dentro de los cuales se encuentra el contrato de limpieza,  fumigación de las oficinas del Consrejo Nacional de Concesiones, asi como pago de parqueo ocasional, confección de llaves y otros servicios incluidos en esta subpartida.

8.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.04.99

OTROS SERVICIOS DE GESTION Y APOYO

Contratación de autoevaluación externa de la calidad de la Auditoria Interna, para dar soporte al tema de control interno institucional y para la contratación de un gestor ambiental que apoye la ejecución del proyecto, financiar el pago del fiscalizador de los proyectos de concesión.

53.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.05.01

TRANSPORTE DENTRO DEL PAIS

Se tiene esta subpartida para la cancelación de transporte de taxi, autobuses a funcionarios del Consejo Nacional de Concesiones en ocasiones urgentes que no se le  puede brindar el servicio de transporte.

300.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.05.02

VIATICOS DENTRO DEL PAIS

Se presupuesta para cubrir los gastos de hospedaje y alimentacion de los funcionarios que realicen viajes al interior del país en actividades propias del quehacer institucional.

1.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.05.03

TRANSPORTE  EN EL EXTERIOR

Corresponde a los gastos en tiquetes y transporte en el exterior de los funcionarios cuando tengan que viajar en funciones propias de su cargo o a eventos internacionales orientados a la actualización y capacitacion del ejercicio profesional, previa autorizacón.

8.150.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.05.04

VIATICOS POR EL EXTERIOR

Se presupuesta para cubrir los gastos de alimentación y hospedaje de los funcionarios que realicen viajes al exterior en actividades propias del Consejo Nacional de Concesiones.

7.150.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.06.01

SEGUROS

Se requiere para la cancelación del seguro voluntario de la flotilla vehicular al servicio de la Institución,  seguro de los edificios (incendio  y robo) y menaje, así como el equipo de cómputo,  hardware y otros activos del Consejo Nacional de Concesiones.

9.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.07.01

ACTIVIDADES DE CAPACITACION

Para cursos, seminarios y talleres de capacitación en las difeentes labores que se realizan en el CNC para mantener actualizado al personal y lograr un mejor desempeño de las actividades y por ende brindar un mejor servicio al cliente, segun Plan Institucional de Capacitacion, asi como la capacitacion a los funcionarios en lenguaje LESCO para atender a la poblacion discapacitada.

10.200.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.07.02

ACTIVIDADES PROTOCOLARIAS Y SOCIALES

Se presupuesta para cubrir los gastos de eventos que se realicen para la promoción y divulgación de los proyectos del CNC

5.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.07.03

GASTOS DE REPRESENTACION INSTITUCIONAL

Para cubrir los gastos de atención a funcionarios de alto nivel que visiten el país y a los funcionarios de nivel jerarquico superior que deben ser atendidos por la Secretaría Técnica en la figura del Viceministro de Concesión de Obra Pública y/o eln Presidente del Consejo Directivo, según la normativa vigente y los lineamientos para ello establecidos por la Contraloría General de la República.

1.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.08.01

MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES

Se requiere para realizar diferentes trabajos de mantenimiento de las oficinas del CNC para mantener en óptimas condiciones que no permitan el deterioro de las mismas y dar mayor seguridad al inmueble ocupado por nuestros funcionarios. Además el monto de ¢1,000,000,00 para cumplir con la Ley de la Comisión Nacional de Emergencias que establece contemplar una suma por si ocurre algún siniestro, Ley 4325.

2.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.08.05

MANTENIMIENTO Y REP. DE EQUIPO DE TRANSPORTES

Para el mantenimiento preventivo, correctivo y reparación de la fllotilla vehicular asignada a ete Consejo.

1.500.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.08.06

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO DE COMUNICACIÓN

Para el mantenimiento correctivo y preventivo de la central telefónica, equipo de grabación de la Junta Directiva, teléfonos, equipo de radiocomunicación entre otros.

500.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.08.07

MANTENIMIENTO Y REP. DE  EQUIPO Y MOBILIARIO  DE OFICINA

Para el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos y mobiliario de oficina del Consejo como por ejemplo: la fotocopiadora, calculadoras, máquinas de escribir,  entre otros.

500.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.08.08

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO DE COMPUTO Y SISTEMAS DE INFORMACION

Para el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de cómputo y sistemas de información de la Institución

1.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.08.99

MANTENIMIENTO Y REPARACION DE OTROS EQUIPOS

Para el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos adquiridos por el CNC y que no estan incluidos en ninguna de las subpartidas anteriores.

500.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.09.99

OTROS IMPUESTOS (DERECHOS DE CIRCULACION Y TIMBRES)

Se requiere para la cancelacion del permiso de circulacion (marchamo) de la flotilla de vehiculos de la institución y de la compra de especies fiscales.

1.500.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.99.02

INTERESES MORATORIOS Y MULTAS

Corresponde al pago por concepto de multas que debe pagar la institucion por atraso en el pago de sus obligaciones y otros, de conformidad con la legislación vigente.

500.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.99.05

DEDUCIBLES

Para el pago de las sumas por concepto de deducibles de los seguros voluntarios de vehículos y de activos con el Instiituto Nacional de Seguros.

500.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

1.99.99

OTROS SERVICIOS NO ESPECIFICADOS

Se utilizara este monto para el pago de otros servicios no considerados en las subpartidas anteriores.

200.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

2 MATERIALES Y SUMINISTROS

1.1.1.1.580.209

01

0

2.01.01

COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

 Para la compra de cupones y/o tarjetas de gasolina  y diesel, lubricantes, grasas, líquido de frenos que serán utilizados en la flotilla de vehículos del CNC en tareas propias de este Consejo

10.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

2.01.02

PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES

Con el propósito de adquirir medicamentos para mantener artículos y suplir las necesidades en esta área a los funcionarios o visitas institucionales.

200.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

2.01.04

TINTAS , PINTURAS Y DILUYENTES

Para la compra de tonner para uso de la fotocopiadora, cartuchos para fax, cartuchos de tinta para impresoras blanco y negro y de colores, entre otros.

5.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

2.01.99

PRODUCTOS QUÍMICOS:

Para la compra de otros productos quimicos no incorporados en las subpartidas anteriores, como polvo para extintor.

200.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

2.02.03

ALIMENTOS Y BEBIDAS

Para el pago de en la atención de visitas del CNC, así como la atención a las cuadrillas de los operativos interinstitucionales de desalojo y/o expropiaciones de los proyectos de concesión.

3.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

2.03.01

MATERIALES Y PRODUCTOS METALICOS

Se utilizará para la adquisición de cerraduras, candados y otros materiales de construcción metálicos.

100.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

2.03.04

MATERIALES Y PRODUCTOS ELECTRICOS TELEFONICOS Y DE COMPUTO

Para la compra de materiales y productos electricos para el mantenimiento y reparacion de los sistemas eléctricos, telefónicos y de cómputo

700.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

2.03.99

OTROS MATETRIALES Y PRODUCTOS DE USO EN CONSTRUCCION

Para la adquisicion de materiales de construccion que seran utilizados para el mantenimiento del  Consejo Nacional de Concesiones

100.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

2.04.01

 HERRAMIENTAS E INSTRUMENTOS

Se utilizará para la adquisición de herramientas varias para la utilización en la reparación de vehículos de la flotilla del CNC así como instrumentos y herramientas médicas para la Comisión de Salud Ocupacional.

1.500.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

2.04.02

RESPUESTOS Y ACCESORIOS

Para la compra de repuestos, baterias y llantas varios en el uso de los vehículos y otros activos, que no incrementen la vida util del bien.

2.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

2.99.01

ÚTILES Y MATERIALES DE OFICINA Y COMPUTO

Para la adquisición de útiles y materiales necesarios para el desempeño de las labores normales de la oficina tales como: lápices, gomas de borrar y pegar, boligrafos,  numeradores, cintas para impresoras, carpetas plasticas, diskettes, discos compactos,  y cassettes, entre otros

2.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

2.99.03

PRODUCTOS DE PAPEL, CARTÓN E IMPRESOS

Se utilizará para la compra de papel en resmas  para ser utilizado en la fotocopiadora y en las impresoras en uso de este Consejo tanto tamaño carta como oficio,  compra de cartulina para empaste o encuadernación,  sobres, servilletas, entre otros.  Ademas, para el pago de las suscripciones de los diferentes diarios de circulación nacional y  Diario Oficial La Gaceta, Boletín Judicial y Gaceta Legislativa, con el propósito de mantener información actualizada de la realidad nacional y el impacto de las noticias relacionadas con la materia de concesiones.

5.200.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

2.99.04

TEXTILES Y VESTUARIOS

Compra de franela, paños  para lavar los vehículos así como para los diferentes usos que se le pueda dar, también para la compra de mantelería para actividades propias de recepción del CNC.

200.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

2.99.05

UTILES Y MATERIALES DE LIMPIEZA

Se  presupuestará para la adquisicón de materiales de limpieza, los cuales serán utlizados para mantener el aseo de los vehículos y las instalaciones  del CNC .

200.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

0

2.99.07

UTILES Y MATERIALES DE COCINA Y COMEDOR

Se presupuesta la compra de platos, vasos, cubiertos y demas utensilios desechables de cocina para la atención de visitas a este Consejo.

200.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

1

0

2.99.99

OTROS UTILES MATERIALES Y SUMINISTROS

Se requiere para la compra de baterías para equipos audiovisuales y radios de comunicación , gafetes de identificación de funcionarios y visitantes.

200.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

5. BIENES DURADEROS

1.1.1.1.580.209

01

 

5.01.02

EQUIPO DE TRANSPORTES

Compra de carretilla para transportar carga

100.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

 

5.01.03

EQUIPO DE COMUNICACION

Para la compra de radio comunicadores (walkie talkie) y teléfonos.

600.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

 

5.01.04

EQUIPO Y MOBILIARIO DE OFICINA:

Se presupuesta esta subpartida para la remodelación de los cubículos de las oficinas para albergar a las gerencias de proyectos en ejecución y formulación.

7.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

 

5.01.05

EQUIPO Y PROGRAMAS DE CÓMPUTO

Los recursos presupuestados en esta subpartida serán para la adquisición de equipo de cómputo para los diferentes proyectos así como para uso de los funcionarios administrativos, tanto estacionarias como portátiles,  así como para la actualizacion del software EMME 2, Master Lex, y adquirir licencias de programas informáticos.

13.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

 

5.01.07

EQUIPO Y MOBILIARIO EDUCACIONAL, DEPORTIVO Y RECREATIVO

Se incluye para la compra de equipo educacional como por ejemplo video beam, pizarras, enciclopedias para el Centro de Documentacion y otros, que apoyen la presentación de los proyectos a visitantes del CNC y en las Sesiones de Junta Directiva.

1.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

1.1.1.1.580.209

01

 

5.01.99

MAQUINA Y EQUIPO DIVERSO

Para la compra de extintores, cámaras fotograficas, lámparas de emergencia, entre otros.

1.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

6. TRANSFERENCIAS CORRIENTES

1.1.1.1.580.209

01

 

6.02.01

BECAS A FUNCIONARIOS

Previo estudio análisis y condiciones de las necesidades actuales del personal se determinará la necesidad de invertir en algunos funcionarios de planta para mejora sus conocimientos profesionales

3.000.000,00

Presupuesto Ordinario

I,II,III,IV

 

 

 

 

TOTAL PRESUPUESTO

 

701.620.000,00

 

 

 

Se procede a publicar según lo solicitado

Lic. Elizabeth Briceño Jiménez, Directora Administrativa Financiera. 1 vez. (Solicitud Nº 8826). C-604000. (1759).

SALUD

PATRONATO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

PROGRAMA DE COMPRAS AÑO 2008

De conformidad con lo estipulado en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7 del Reglamento General de Contratación Administrativa, se informa a todos los interesados que durante el período 2008, se contratara lo siguiente:

1.03.03      Impresión, encuad., otros                                         200.000,00

1.08.01      Mantenimiento edificios                                          160.000,00

1.08.05      Mant. repar. equipo de transporte                            600.000,00

1.08.07      Mant. repar. mob. eq. oficina                                   220.000,00

1.08.08      Mant. repar. equipo de comp. y sist. de inform.        175.000,00

1.08.99      Mant. repar otros equipos                                        330.000,00

1.99.99      Otros serv. no especificados                                     500.000,00

2.01.01      Combustibles y lubricantes                                     2.700.000,00

2.01.02      Productos farmacéuticos y medicinas                       600.000,00

2.01.04      Tintas, pinturas y diluyentes                                    250.000,00

2.01.99      Otros productos químicos                                      2.700.000,00

2.02.03      Alimentos y bebidas                                            11.000.000,00

2.03.01      Materiales y productos metálicos                             220.000,00

2.03.02      Materiales y product. min. y asfalt. (cemento)         200.000,00

2.03.03      Maderas y sus derivados                                            200.000,00

2.03.04      Materiales eléctricos telef. y de cómputo                 200.000,00

2.03.99      Otros materiales y productos de construc.                500.000,00

2.04.01      Herramientas e instrumentos                                    300.000,00

2.04.02      Repuestos y accesorios                                             550.000,00

2.99.01      Útiles mater. oficina y cómputo                               350.000,00

2.99.02      Útiles y materiales médico, hospit. y de invest.     3.000.000,00

2.99.03      Productos de papel, cartón e impresos                      600.000,00

2.99.04      Textiles y vestuario                                              4.800.000,00

2.99.05      Útiles mater. limpieza                                              300.000,00

2.99.99      Otros útiles, materiales y suministros                       700.000,00

De igual manera se invita a todos los proveedores a formar parte de nuestro Registro de Proveedores, los cuales deberán realizar su inscripción en la Oficina de Proveeduría de este Centro de Rehabilitación.

Santa Ana, 9 de enero del 2008. Dr. Steven Durán Salazar. Sr. Carlos Zúñiga Barquero, Administrador. 1 vez. (2460).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL EN CIUDAD NEILY

PROGRAMAS DE COMPRAS 2008

La Sucursal del Seguro Social en Ciudad Neily, Unidad Programática 1606, da a conocer el programa de compras para el año 2008:

                                                                                                    Código

Descripción bien o servicio                           Monto ¢      presupuestario

Información                                                                                          45.000,00                       2112

Impresión, Encuad. y otros                                                              30.000,00                       2114

Transportes dentro del País                                                      1.000.000,00                       2140

Mant. Rep. Maq. y Equipo Ofic. por Terc                                  400.000,00                       2152

Mant. y Rep. Vehic. por terceros                                              1.000.000,00                       2153

Mant. Rep. Edificios por terceros                                                700.000,00                       2156

Mant. Rep. Equipo de Comunicación                                        175.000,00                       2157

Mant. Rep. Eq. Eq. Cómputo y Sit. Inform                                500.000,00                       2159

Contrato Servicio Vigilancia                                                 15.750.000,00                       2192

Otros Servicios No Personales                                                   200.000,00                       2199

Combustible maquinaria equipo                                                    60.000,00                       2201

Tintas, pinturas y diluyentes                                                    1.300.000,00                       2206

Textiles y vestuarios                                                                       166.000,00                       2207

Llantas y neumáticos                                                                      300.000,00                       2209

Productos papel y cartón                                                              800.000,00                       2210

Impresos y otros                                                                               900.000,00                       2211

Maderas y sus derivados                                                                  60.000,00                       2214

Materiales de construcción                                                           550.000,00                       2215

Mater. Prod. eléctricos Telef. y Cómp                                         100.000,00                       2216

Instrumentos y herramientas                                                           15.000,00                       2217

Materiales y productos de vidrio                                                100.000,00                       2218

Repuestos equipo de transporte                                              1.200.000,00                       2221

Otros repuestos                                                                                500.000,00                       2223

Útiles y materiales de Oficina                                                       450.000,00                       2225

Útiles y materiales de Limpieza                                                   350.500,00                       2227

Otros útiles y materiales                                                                230.000,00                       2233

Combustible equipo de transporte                                          1.100.000,00                       2241

Lubricantes y grasas equipo de Transp.                                    110.000,00                       2243

Ciudad Neily, 11 de enero del 2008. Lic. Ronald Salazar Obando, Administrador. 1 vez. (2194).

ÁREA DE SALUD DE CARRILLO

PROGRAMA DE COMPRAS 2008

Por este medio solicito la publicación en el Diario La Gaceta de las cuentas para compras en el año 2008 del Área de Salud Carrillo Filadelfia, todo esto en cumplimento con el artículo 7 de la Ley de Contratación Administrativa.

Descripción                                               Cuenta                    Monto ¢

Equipo y mobiliario                                      2310                   4.120.000,00

Equipo de cómputo                                      2315                   4.300.000,00

Equipo médico y Lab.                                   2320                   2.057.000,00

Equipos varios                                              2390                      743.000,00

Otros productos químicos                            2205                 10.000.000,00

Prod. de papel y cartón                                2210                   1.392.000,00

Instrumental médico y Lab.                          2219                   2.653.000,00

Útiles y mat. de oficina                                 2225                   2.292.000,00

Envases y empaques med.                            2229                   1.326.000,00

El presupuesto para estas compras esta debidamente autorizado por la Autoridad Presupuestaria.

Filadelfia, 11 de enero del 2008. Lic. Lorena Guido Álvarez, Administradora. 1 vez. (2202).

SUCURSAL EN BUENOS AIRES

PROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO 2008

Cumpliendo con el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa, se realiza publicación de edicto en el Diario Oficial La Gaceta, del Presupuesto de Adquisiciones para el Año 2008.

Servicios no personales

Cuenta                      Nombre cuenta                                        Monto ¢

2102      Alquiler de edificios locales y terreno                        3.150.000,00

2112      Información                                                                122.000,00

2114      Impresión encuadernado y otros                                    45.000,00

2122      Telecomunicaciones                                                    570.000,00

2124      Servicios de correo                                                        66.000,00

2126      Energía eléctrica                                                       1.472.000,00

2128      Servicios de agua                                                            77.500,00

2130      Otros servicios públicos                                                   1.100,00

2134      Gastos viajes dentro del país                                     2.645.700,00

2140      Transportes en el país                                                 367.300,00

2141      Trasporte de bienes                                                       73.200,00

2142      Seguro de daños y otros seguros                                   135.600,00

2144      Seguro de riesgo de personal                                         216.600,00

2152      Mant. rep. de equipos y mob. de oficina                       378.400,00

2153      Mant. y rep. equipo de transp. por tercero                   260.500,00

2156      Mant. y rep. de edificio a tercero                                   25.000,00

2157      Mant. y  rep. de equipo de comunicación                     126.500,00

2159      Mant. y rep. de equipo de cómputo                              230.000,00

2160      Gastos judiciales                                                           456.700,00

2199      Otros servicios no personales                                      205.000,00

Materiales y suministros

2205      Otros productos químicos y conexos                                6.600,00

2206      Tintas pinturas y diluyentes                                         805.800,00

2207      Textiles y vestuarios                                                     64.500,00

2209      Llantas y neumáticos                                                   277.200,00

2210      Productos papel y cartón                                             382.600,00

2211      Impresos y otros                                                           61.500,00

2212      Materiales y productos metálicos                                   45.000,00

2215      Otros materiales y productos de uso en construcción     18.400,00

2216      Materiales y produc. eléctricos telef. y de computo       79.800,00

2217      Instrumentos y herramientas                                         17.400,00

2218      Materiales y productos de vidrio                                    35.500,00

2220      Materiales y productos de plástico                                 36.800,00

2221      Reparación de equipo de transporte                             950.800,00

2223      Otros repuestos                                                           739.200,00

2225      Útiles y materiales de oficina                                       240.000,00

2227      Útiles y materiales de limpieza                                    225.800,00

2233      Otros útiles y materiales                                              164.200,00

2241      Combustible y equipo de transporte                             998.600,00

2243      Lubricantes grasa y equipo de transporte                      308.000,00

                Total de actividad                                              ¢16.081.800,00

Buenos Aires, 10 de enero del 2008. Lic. Mercedes Morera Zúñiga, Administradora. 1 vez. Nº 8074. (2360).

ÁREA DE SALUD DE NARANJO

PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2008

El Área de Salud de Naranjo les informa a todos los interesados, que a partir de esta fecha el Plan Anual de Adquisiciones se encuentra a disposición en la dirección electrónica: www.ccss.sa.cr en el link Contratación y otros servicios.

Naranjo, 11 de enero del 2008. Dr. Luis Fernando Montero Castro, Director Médico. 1 vez. (2434).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN

PROVEEDURIA MUNICIPAL

En cumplimiento a la Ley 7494, modificada por la Ley 8511, sección segunda, artículo 6 y el Reglamento General de la Contratación Administrativa, capítulo II, artículo 7, comunica a todos los potenciales oferentes el Programa de Adquisiciones para el período 2008:

                                                                                                                                                                             Monto total                      Periodo

                                                                                                                                                                                                          Monto                          estimado por                estimado para

                                                                                                                               presupuestario                        partida                      el inicio del

                                                                                                                                    estimado                      presupuestaria              procedimiento

PROGRAMA I

DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN GENERAL

Fuente de financiamiento: Recursos Propios

SERVICIOS                                                                                                                                                         42,942,353,65

Servicios comerciales y financieros                                                                     5,095.000,00                                                                      I semestre

Información                                                                                                               2.155.000,00

Publicidad y propaganda                                                                                             652.410,00

Impresión, encuadernación y otros                                                                           1.780.000,00

Servicio de transferencia electrónica de información                                                    507.590,00

Servicios de gestión y apoyo                                                                               26 264.853,65                                                                      I semestre

Servicios jurídicos                                                                                                     3.350.000,00

Servicios ingeniería                                                                                                    4.500.000,00

Servicios generales (Contratación de vigilancia y limpieza) otros                          18.214.853,65

Otros servicios de gestión y apoyo (Revisión Técnica)                                              200.000,00

Contratación de servicios jurídicos para el Concejo Municipal

y Alcadía, para la confección de escrituras y planos de propiedades

municipales, contratación de servicios para diseño estructural y

electromecánico de un ascensor para ser instalado en el Palacio

Municipal, servicios de vigilancia y pago de revisión

técnica de vehículos

Gastos de viaje y de transporte                                                                             2 599.000,00                                                                  I y II semestre

Transporte dentro del país                                                                                       1.009.000,00

Viáticos dentro del país                                                                                            1.590.000,00

Capacitación y protocolo                                                                                         5 000 000,00                                                                  I y II semestre

Actividades de capacitación                                                                                      1.450.000,00

Actividades protocolarias y sociales                                                                        2.050.000,00

Gastos de representación institucional                                                                     1.500.000,00

Mantenimiento y reparación                                                                                3 793.500,00                                                                  I y II semestre

Mantenimiento de edificios y locales                                                                       1.360.000,00

Mantenimiento y reparación de equipo de transporte                                                360.000,00

Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación                                           305.000,00

Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina                                  633.500,00

Mantenimiento y reparación equipo de cómputo

y sistemas de información                                                                                        1.085.000,00

Mantenimiento y reparación de otros equipos                                                              50.000,00

Servicios diversos                                                                                                      190.000,00                                                                      I semestre

Otros servicios no especificados                                                                                 190.000,00

MATERIALES Y SUMINISTROS                                                                                                                   20.355.891,02

Productos químicos y conexos                                                                               7 558.360,00                                                                      I semestre

Combustibles y lubricantes                                                                                      1.650.000,00

Productos farmacéuticos y medicinales                                                                       300.000,00

Tintas, pintura y diluyentes                                                                                     5.602.160,00

Otros productos químicos                                                                                               6.200,00

Alimentos y productos agropecuarios                                                                       30.000,00                                                                      I semestre

Alimentos y bebidas                                                                                                      30.000,00

Materiales y productos de uso en la construcción                                              1.625.300,00                                                                     I !semestre

Materiales y productos metálicos                                                                               600.000,00

Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo                                     950.300,00

Otros materiales y productos de uso en la construcción                                               75.000,00

Herramientas, repuestos y accesorios                                                                    964.700,00                                                                      I semestre

Herramientas e instrumentos                                                                                         89.700,00

Repuestos y accesorios                                                                                               875.000,00

Útiles materiales y suministros diversos                                                          10.177.531,02                                                                      I semestre

Útiles y materiales de oficina y cómputo                                                                 2.287.965,92

Útiles y materiales médicos, hospitalarios y de investigación                                       75.000,00

Productos de papel, cartón e impresos                                                                     6.097.522,00

Textiles y vestuarios                                                                                                    205.000,00

útiles y materiales de limpieza                                                                                  1.129.543,10

Útiles y materiales de resguardo y seguridad                                                               200.000,00

Útiles y materiales de cocina y comedor                                                                     155.000,00

Otros útiles materiales y suministros                                                                            27.500,00

BIENES DURADEROS                                                                                                                                    15.297.000,00

Maquinaria, equipo y mobiliario                                                                       15.297.000,00                                                                      I semestre

Equipo de comunicación                                                                                              135.000,00

Equipo y mobiliario de oficina                                                                                  5.865.000,00

Equipo y programas de computo                                                                             8.755.000,00

Maquinaria y equipo diverso                                                                                       542.000,00

PROGRAMA II

SERVICIOS COMUNALES

Fuente de financiamiento: Recursos Propios,

préstamos (IFAM) (BNCR) y transferencias

SERVICIOS                                                                                                                                                       88.671.220,40

Alquileres                                                                                                              45.103.661,99                                                                  I y II semestre

Alquiler de edificios, locales y terrenos                                                                    4.625.000,00

Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario                                                           40.478.661,99

Para el alquiler del terreno del relleno sanitario, alquiler

de maquinaria y equipo para

atención de emergencias cantonales, relleno sanitario,

Medio Ambiente, Matadero

Municipal, entre otros,

Servicios comerciales y financieros                                                                     2.160.000,00                                                                      I semestre

Información                                                                                                                  500.000,00

Publicidad y propaganda                                                                                             300.000,00

Impresión, encuadernación y otros                                                                           1.260.000,00

Transporte de bienes                                                                                                   100.000,00

Servicios de gestión y apoyo                                                                               30.908.000,00                                                                      I semestre

Servicios de ingeniería                                                                                               4.100.000,00

Servicios generales (contratación servicios limpieza

y vigilancia) otros                                                                                                   24.800.000,00

Otros servicios de gestión y apoyo (Revisión Técnica)                                           2.008.000,00

Contratación de servicios de ingeniero eléctrico

para realizar diagnóstico del

sistema eléctrico del Palacio Municipal y diseño

eléctrico de la iluminación del

Cementerio Municipal, contratación de un tipógrafo

para la elaboración de planos

de las plazas municipales y para la contratación de

servicios de limpieza y vigilancia

Gastos de viaje y de transporte                                                                                100.000,00                                                                      I semestre

Viáticos dentro del país                                                                                               100.000,00

Capacitación y protocolo                                                                                       4.800.000,00                                                                  I y II semestre

Actividades de capacitación                                                                                      1.550.000,00

Actividades protocolarias y sociales                                                                        3.250.000,00

Mantenimiento y reparación                                                                                5.349.558,41                                                                  I y II semestre

Mantenimiento de edificios y locales                                                                       1.181.558,41

Mantenimiento de instalaciones y otras obras                                                            500.000,00

Mantenimiento y reparación de maquinaria

y equipo de producción                                                                                               730.000,00

Mantenimiento y reparación de equipo de transporte                                             2.550.000,00

Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación                                             50.000,00

Mantenimiento y reparación equipo de cómputo

y sistemas de información                                                                                           108.000,00

Mantenimiento y reparación de otros equipos                                                            230.000,00

Servicios diversos                                                                                                      250.000,00                                                                      I semestre

Otros servicios no especificados                                                                                 250.000,00

MATERIALES Y SUMINISTROS                                                                                                                  87.436.193,00

Productos químicos y conexos                                                                               42 454 600,00                                                                  I y II semestre

Combustibles y lubricantes                                                                                    36.545.000,00

Productos farmacéuticos y medicinales                                                                       250.000,00

Tintas, pinturas y diluyentes                                                                                   4.649.600,00

Otros productos químicos                                                                                        1.010.000,00

Alimentos y productos agropecuarios                                                                     550.000,00                                                                      I semestre

Productos agroforestales                                                                                              400.000,00

Alimentos para animales                                                                                              150.000,00

Materiales y productos de uso en la construcción                                            21.185.000,00                                                                      I semestre

Materiales y productos metálicos                                                                            4.265.000,00

Materiales y productos minerales y asfálticos                                                         7.245.000,00

Madera y sus derivados                                                                                            1.055.000,00

Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de computo                                  3.530.000,00

Materiales y productos de vidrio                                                                                840.000,00

Materiales y productos de plástico                                                                          3.795.000,00

Otros materiales y productos de uso en la construcción                                             455.000,00

Herramientas, repuestos y accesorios                                                               11.997.000,00                                                                  I y II semestre

Herramientas e instrumentos                                                                                    1.600.000,00

Repuestos y accesorios                                                                                          10.397.000,00

Útiles, materiales y suministros diversos                                                               11 249 593,00                                                                      I semestre

Útiles y materiales de oficina y computo                                                            1.748.162,00

Útiles y materiales médico, hospitalario y de investigación                                        107.000,00

Productos de papel, cartón e impresos                                                                     2.334.216,00

Textiles y vestuario                                                                                                     750.000,00

Útiles y materiales de limpieza                                                                                 3.438.215,00

Útiles y materiales de resguardo y seguridad                                                            2.310.000,00

Otros útiles, materiales y suministros                                                                         562.000,00

BIENES DURADEROS                                                                                                                                  576.959.045,00

Maquinaria, equipo y mobiliario                                                                     576.959.045,00                                                                  I y II semestre

Maquinaria y equipo para la producción                                                              454.400.000,00

Equipo de transporte                                                                                            118.558.045,00

Equipo de comunicación                                                                                              760.000,00

Equipo y mobiliario de oficina                                                                                  1.290.000,00

Equipo y programas de computo                                                                                330.000,00

Maquinaria y equipo diverso                                                                                    1.621.000,00

Compra de tractor, pala excavadora, retroexcavador,

vagoneta, camión recolector, para el Relleno Sanitario

y equipo de producción para el acondicionamiento del

cuarto de maquinas del Matadero Municipal

PROGRAMA III

INVERSIONES

Fuente de Financiamiento: Recursos de la Ley 8114, Recursos

Propios, Préstamos, Transferencias, Recursos del ICODER

SERVICIOS                                                                                                                                                       26.080.000,00

Alquiler                                                                                                                 15.000.000,00                                                                      I semestre

Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario                                                           15.000.000,00

Servicios comerciales y financieros                                                                     3.000.000,00                                                                      I semestre

Publicidad y propaganda                                                                                          1.200.000,00

Impresión, encuadernación y otros                                                                           1.300.000,00

Transporte de bienes                                                                                                   500.000,00

Servicios de gestión y apoyo                                                                                    360.000,00                                                                      I semestre

Otros servicios de gestión y apoyo (Revisión Técnica)                                              360.000,00

Gastos de viales y de transporte                                                                              450.000,00                                                                      I semestre

Transporte dentro del país                                                                                          200.000,00

Viáticos dentro del país                                                                                               250.000,00

Capacitación y protocolo                                                                                          700.000,00                                                                      I semestre

Actividades de capacitación                                                                                         700.000,00

Mantenimiento y reparación                                                                                6.570.000,00                                                                  I y II semestre

Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo de producción                      4.000.000,00

Mantenimiento y reparación de equipo de transporte                                             1.750.000,00

Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación                                             60.000,00

Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina                                  350.000,00

Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo

y sistemas de información                                                                                           410.000,00

MATERIALES Y SUMINISTROS                                                                                                                229.369.082,92

Productos químicos y conexos                                                                           104.036.278,59                                                                  I y II semestre

Combustibles y lubricantes                                                                                  101.800.000,00

Tintas, pinturas y diluyentes                                                                                   1.300.000,00

Otros productos químicos                                                                                           936.278,59

Alimentos y productos agropecuarios                                                                     500.000,00                                                                      I semestre

Alimentos y bebidas                                                                                                    500.000,00

Materiales y productos de uso en la construcción                                            72.522.804,33                                                                  I y II semestre

Materiales y productos metálicos                                                                            9.232.554,24

Materiales y productos minerales y asfálticos                                                       35.095.987,50

Madera y sus derivados                                                                                               300.000,00

Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo                                27.844.262,59

Materiales y productos de plástico                                                                               50.000,00

Herramientas, repuestos y accesorios                                                               49.790.000,00                                                                  I y II semestre

Herramientas e instrumentos                                                                                    1.790.000,00

Repuestos y accesorios                                                                                          48.000.000,00

Útiles, materiales y suministros diversos                                                           2.520.000,00                                                                      I semestre

Útiles y materiales de oficina y computo                                                                    650.000,00

Productos de papel, cartón e impresos                                                                     1.300.000,00

Textiles y vestuario                                                                                                     250.000,00

Útiles y materiales de resguardo y seguridad                                                               320.000,00

BIENES DURADEROS                                                                                                                               1.344.290.908,64

Maquinaria, equipo y mobiliario                                                                     418.889.888,64                                                                      I semestre

Maquinaria y equipo para la producción                                                              410.654.551,29

Equipo de transporte                                                                                                3.400.000,00

Equipo de comunicación                                                                                           1.500.000,00

Equipo y mobiliario de oficina                                                                                     350.000,00

Equipo y programas de computo                                                                             2.200.000,00

Maquinaria y equipo diverso                                                                                       785.337,35

Compra de un proyector multimedia, equipo diverso para

el taller mecánico y maquinaria pesada entre ellas niveladora,

vagoneta, para Conservación Técnica Vial, compra de dos

motocicletas, equipo y mobiliario de oficina y equipo

de computo para Dirección Técnica y Estudios

CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS                                       925.401.020,00                                                                  I y II semestre

Otras construcciones, adiciones y mejoras con el                                                 815.401.020,00

fin de realizar diversas contrataciones en adiciones

y mejoras a: gimnasio, camerinos, oficinas administrativas,

centro de hospedaje, servicios sanitarios, accesos a la

gramilla, banquillos, mejoras en el área técnico deportiva,

dentro de las instalaciones del estadio, construcción

de 40 m, de graderías elevadas, construcción de casetas

de transmisión,  instalación y mejoras de butacas, mejoras en

iluminación interna y externa, reparación de estructura de techo,

entre otros y para la construcción del nuevo Relleno Sanitario

PROGRAMA IV

INVERSIONES

Fuente de Financiamiento: Fondos Partidas Específicas

BIENES DURADEROS                                                                                                                                    55.000.000,00

Maquinaria, equipo y mobiliario                                                                            55.000.000,00                                                                      I semestre

Maquinaria y equipo para la producción                                                                55.000.000,00

Con el fin de adquirir una niveladora

Lic. Rafael Navarro Mora, Proveedor Municipal. 1 vez. (2064).

MUNICIPALIDAD DE POÁS

PLAN DE ADQUISICIONES 2008

Se avisa a todos los potenciales oferentes, que el detalle de las adquisiciones programadas para el año 2008, se encuentra en el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Poás y en la página Web www.cantonpoas.com.

San Pedro de Poás, 11 enero del 2008. Ing. José Joaquín Brenes Vega, Alcalde. 1 vez. (2117).

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE ORO

PROGRAMA DE ADQUISIÓN DE BIENES Y SERVICIOS AÑO 2008

En cumplimiento del artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa, se publica el siguiente Programa de Adquisición de Bienes y Servicios para el Período 2008

SERVICIOS                                                                       112.774.450,09

Alquileres                                                                              30.000.000,00

Servicios básicos                                                                     9.010.000,00

Servicios comerciales y financieros                                         1.090.000,00

Servicios de gestión y apoyo                                                26.700.000,00

Gastos de viaje y de transporte                                              2.650.000,00

Seguros, reaseguros y otras obligaciones                                 7.574.450,09

Capacitación y protocolo                                                        1.600.000,00

Mantenimiento y reparación                                                 34.150.000,00

MATERIALES Y SUMINISTROS                                  127.844.814,85

Productos químicos y conexos                                              36.300.815,68

Alimentos y productos agropecuarios                                                        

materiales y productos de uso                                                1.000.000,00

En la construcción y mantenimiento                                     63.447.416,00

Herramientas, repuestos y accesorios                                   16.220.000,00

Útiles, materiales y suministros diversos                             10.876.583,17

BIENES DURADEROS                                                      13.700.000,00

Maquinaria, equipo y mobiliario                                           13.700.000,00

Total                                                                                   254.319.264.94

Álvaro Jiménez Cruz, Alcalde Municipal. 1 vez. (1659).

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000036-PROV

Alquiler de local para alojar al Tribunal de Pavas-Hatillo

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados, a participar en la contratación de referencia.

El cartel está disponible a partir de esta publicación sin costo alguno, en la Secretaría del Departamento de Proveeduría, sita en el cuarto piso del edificio Plaza de la Justicia, ubicado entre calles 17 y 19, avenidas 6 y 8, San José; o bien, obtenerlo a través de Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduría, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección licitaciones@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 295-3623 / 3295.

La fecha y hora de vencimiento para la recepción de ofertas está prevista para el día 15 de febrero de 2008, a las 10:00 horas.

San José, 14 de enero del 2008. Proceso de Adquisiciones. Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í. 1 vez. (2861).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN DE GESTIÓN REGIONAL

Y RED DE SERVICIOS DE SALUD CENTRAL NORTE

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000005-2299

Compra de lavadoras extractoras industriales

La Dirección de Gestión Regional y Red de Servicios de Salud Central Norte de la Caja Costarricense de Seguro Social debidamente autorizada, los invita a participar en el proceso de Licitación Abreviada para la compra de 02 uds lavadoras extractores industriales, para lo cual se recibirán ofertas formales por escrito hasta las 10:00 horas del día 14 de febrero del 2008.

Ítem                                               Descripción del artículo

 01           Ítem único: compra de 02 uds, lavadoras extractoras industriales.

                Unidad usuaria: Hospital Dr. Carlos Luis Valverde Vega.

A los interesados en participar en esta Licitación Abreviada, se les informa que el cartel con las especificaciones técnicas y demás condiciones generales y legales correspondientes a este procedimiento de contratación, se encuentra disponible en la Unidad Regional de Compras de la Dirección de Gestión Regional y Red de Servicios de Salud Central Norte, ubicada a 200 metros norte de la Municipalidad de Santo Domingo de Heredia, lugar donde también se recibirán las ofertas.

14 de enero del 2008. Unidad Regional de Compras. Lic. Ronald Villalobos Mejía. 1 vez. (2607).

HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000001-3003

Oxigenadores de membrana para máquina extracorpórea

El Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, invita a todos los interesados en participar en el siguiente concurso:

Licitación Abreviada Número 2008LA-000001-3003, “Oxigenadores de membrana para máquina extracorpórea.

Fecha de apertura: 7 de febrero del 2008.

Hora: 02:00 p. m.

Lugar recepción de ofertas: administración, Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia.

Lugar para la apertura: Sala aperturas, en la administración.

El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia a partir de esta fecha. Rigen las condiciones para concursos promovidas por la Subárea de Contratación Administrativa. Valor del cartel: ¢500,00.

San José, 15 de enero del 2008. Subárea de contratación Administrativa. Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador. 1 vez. (2873).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE OROTINA

Concurso Público para el nombramiento por tiempo indefinido

del Auditor Interno de la Municipalidad de Orotina

La Municipalidad de Orotina, recibirá ofertas para el nombramiento por tiempo indefinido del Auditor(a) Interno; quienes presenten su oferta de servicios deben cumplir con los requisitos establecidos en la normativa denominada Lineamientos para la descripción de las funciones y requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos (L-1-2003-CO-DDI) de la Contraloría General de la República, especialmente de interés en lo que concierne a los aspectos de la formación académica, experiencia, conocimientos complementarios y habilidades, que dicha norma indica. Se pone a disposición de los potenciales oferentes el pliego de especificaciones del presente concurso, mismo que indica la metodología de evaluación así como el formato y documentación que debe presentarse en la respectiva oferta de servicios. Dicho pliego se encuentra a disposición de los interesados en la Unidad de Recursos Humanos de la Municipalidad de Orotina, ubicado en el segundo piso del Palacio Municipal, costado sur del parque José Martí de Orotina; igual sitio en donde se recibirán las ofertas presentadas hasta las 16:00 horas del décimo (10º) día hábil posterior a la presente publicación, inclusive. Informes al telefax: 428-9884 de la Alcaldía Municipal o al teléfono 428-8047, ext. 101 con la señora Xinia Brenes Campos.

Orotina, 14 de enero del 2008. Ing. Emilio Jesús Rodríguez Molina, Alcalde. 1 vez. (O. C. Nº 17504). C-13880. (2877).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LN-000001-01

Compra de motoniveladora, modelo 2008, totalmente nueva

El Departamento de la Proveeduría Municipal, recibirá ofertas hasta las diez horas del veinte de febrero de 2008, para la adquisición de una motoniveladora, totalmente nueva. Los interesados podrán adquirir el cartel en la oficina de la Proveeduría Municipal, previo pago de dos mil colones. Informes al 427-9884.

Orotina, 7 de enero del 2008. Departamento de Proveeduría Municipal. Lic. Jairo Emilio Guzmán Soto, Proveedor. 1 vez. (O. C. Nº 17481). C-4640. (2878).

MUNICIPALIDAD DE MATINA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-00009-01

Compra de terreno Campo Ferial Matina

La Municipalidad de Matina, ubicada contiguo al puesto de la Fuerza Pública de Matina, recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del día 10 de febrero del año 2008, para la compra de un terreno para el proyecto “Compra de terreno Campo Ferial Matina”. El cartel de licitación podrá ser retirado en la oficina de proveeduría, ubicada en las instalaciones de la Municipalidad de Matina, previo pago de un importe de ¢2.500,00 en las cajas de la Institución.

Matina, 9 de enero del 2008. Departamento de Proveeduría. Mercedes Acevedo Calderón, Proveedora. 1 vez. (2871).

ADJUDICACIONES

SALUD

INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE

Y LA RECREACIÓN

CONCURSO: LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000020-01

Objeto de contrato: Cortadora de césped

Acto final

Se les comunica a todos los interesados en esta Licitación que el Consejo Nacional de Deportes y La Recreación en sesión ordinaria Nº 578-2008, celebrada el 10 de enero del 2008, acordó adjudicar este concurso a Agro Útil S. A., cédula jurídica 3-101-04111906, por el monto de (¢9.965.000,00) nueve millones novecientos sesenta y cinco mil colones.

San José, 11 de enero del 2008. Proveeduría Institucional. Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor. 1 vez. (2605).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000039-01

Servicios prehospitalarios, final nacional Juegos

Deportivos Nacionales Heredia 2008

Se les comunica a todos los interesados en esta Licitación que el Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, en sesión ordinaria Nº 578-2008, celebrada el 10 de enero del 2008, acordó adjudicar este concurso a la Asociación Cruz Roja Costarricense, cédula jurídica 3-002-045433, por el monto de (¢13.857.124,00) trece millones ochocientos cincuenta y siete mil ciento veinticuatro colones con 00/100.

San José, 11 de enero del 2008. Proveeduría Institucional. Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor. 1 vez. (2606).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000040-01

Radio comunicadores portátiles

Se les comunica a todos los interesados en esta Licitación que el Consejo Nacional del Deporte y la Recreación, en sesión ordinaria Nº 578-2008, celebrada el 10 de enero del 2008, acordó adjudicar este concurso a Electrotecnia Industrial S. A., cédula jurídica 3-101-068855; por el monto de (¢7.537.891,00) siete millones quinientos treinta y siete mil ochocientos noventa y un colones con 00/100.

San José, 11 de enero del 2008. Proveeduría Institucional. Lic. Eduardo Alonso Ramírez Brenes, Proveedor. 1 vez. (2608).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

-UNIDAD EJECUTORA-

PRÉSTAMO BID 1377/OC-CR

PROGRAMA DE MODERNIZACIÓN

DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2007-LN-000137-01

Contratación de servicios profesionales de consultoría para la

definición de un modelo replicable de señalización de

edificios judiciales y la respectiva implantación

en el II Circuito Judicial de San José

La Unidad Ejecutora del Programa de Modernización Poder Judicial-BID, comunica a los interesados en el Concurso arriba citado, que en sesión de Consejo Superior, celebrada el día 10 de enero del 2008, artículo XI, dispuso adjudicar este procedimiento, de la siguiente forma:

Adjudicatario: Fundación Justicia y Género.

Monto total: $40.000,00 (cuarenta mil dólares con 00/100).

Plazo de ejecución: Se pacta un plazo máximo de 8 meses de ejecución, en el cual se incluye un plazo de 2 meses para las aprobaciones de los diferentes productos por parte del Poder Judicial.

Se le recuerda al adjudicatario, la presentación de la garantía de cumplimiento, en la forma y plazo señalados en el cartel de concurso.

La Unidad Ejecutora, conforme las condiciones de concurso, procederá a la preparación del documento contractual.

La adjudicación aquí publicada, cuenta con la aprobación del Consejo Superior, conforme oficio Nº 0162-08 de la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia y del Banco Interamericano de Desarrollo.

San José, 14 de enero del 2008. Lic. Sonia Navarro Solano, Directora Ejecutiva. 1 vez. (2863).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000079-PCAD

Construcción de un local para ser arrendado al Banco Popular,

con el fin de instalar una oficina de negocio

bancario en la localidad de Sarapiquí

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, hace del conocimiento de los interesados, según resolución adoptada por la Comisión de Aprobación de Licitaciones Pública lo cual consta en Acta Nº 2008 del día de enero del 2008, que se adjudicó la presente licitación de la siguiente forma.

Adjudicado a: Saro. H.E.N.S. A., cédula jurídica Nº 3-101-371430.

Precio por metro cuadrado: ¢6.000,00.

Precio por mes: ¢2.393.700,00.

Monto total por el plazo de ejecución contractual (3 años): ¢86.173.200,00 (ochenta y seis millones ciento setenta y tres mil doscientos colones 00/100).

Demás condiciones, especificaciones y detalles en conformidad con lo señalado en el pliego cartelario, la oferta y el informe de adjudicación Nº 419, visibles en el expediente administrativo.

San José, 15 de enero del 2008. Proceso de Contratación Administrativa. Lic. Maykel Vargas García, Coordinador. 1 vez. (2867).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000060-PCAD

Contratación de servicios de contaduría para auditar estados

financieros del Banco Popular y subsidiarias

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados en la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000060-PCAD, que la Junta Directiva Nacional, en sesión 4541 acordó mediante Acuerdo Nº 1177 adjudicar la presente licitación en los siguientes términos:

Despacho Lara Eduarte S.C., cédula jurídica Nº 3-104-017989.

Objeto: Contratación de servicios de contaduría para auditar estados financieros del Banco Popular y subsidiarias.

Honorarios: Período terminado al 31 de diciembre del 2008, ochenta mil dólares (US$80.000,00) y período 2009 ochenta y tres mil dólares americanos (US$83.000,00).

Con posibilidad de prórroga para el período 2010.

Ochenta y seis mil dólares americanos (US$86.000,00) para el período 2010.

Por año se consumirán dos mil ochocientos cincuenta (2.850). Para un total de honorarios para los tres años de doscientos cuarenta y nueve mil dólares americanos (US$249.000,00).

Precio por hora profesional adicional: dieciocho dólares (US$18,00) para cada año.

Garantía de cumplimiento: Despacho Lara Eduarte S.C., dispondrá de cinco días hábiles, contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación, para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento del 5% del total adjudicado para el primer año más la estimación de 300 horas anuales y con una vigencia mínima de veintiséis meses, en caso de que el Banco ejerza la prórroga por un período más, la vigencia deberá ampliarse a un período no menor a catorce meses.

Demás condiciones, conforme lo plantea el Proceso de Contratación Administrativa en su informe de adjudicación Nº 397-2007.

San José, 15 de enero del 2008. Proceso de Contratación Administrativa. Lic. Maykel Vargas García, Coordinador. 1 vez. (2868).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-107020-UL

Agentes gastrointestinales, dermatológicos,

oftalmológicos y otros

El Instituto Nacional de Seguros, comunica a los interesados en la presente licitación que según sesión Nº 8870, acuerdo VII del 17 de diciembre del 2007, la Junta Directiva con sustento en las consideraciones de orden legal y técnico dictadas en oficio Nº PROV-07419-2007 del 30 de noviembre del 2007, el cual se tendrá como parte integral de este acuerdo, resuelve adjudicar la presente licitación de la manera que se detalla seguidamente:

I.   Adjudicar la presente licitación de la manera que se detalla seguidamente:

Nutricare S. A., cédula jurídica Nº 3-101-179050. Oferta Nº 1

                                                                                     Clave          Precio

Renglón Cantidad        Descripción General          SIFA       unitario $

01               5.600        Fórmula entera para vía oral  2000221             5.60

Medical Center M C C Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-406970. Oferta Nº 2

                                                                                     Clave          Precio

Renglón Cantidad        Descripción General          SIFA       unitario ¢

10             7.0000        Betametasona como valerato 2000249         580,00

35               8.000        Metoclopramida 10 mg tab    2000783           45,00

52                  200        Aciclovir 400 mg, tab                                   198,00

71                      4        Clotrimazol ungüento                                 1.000,00

93                    70        Lanzoprazol 30 mg, tab                                436,00

Laboratorios Compañía Farmacéutica L.C. Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-021545. Oferta Nº 6

                                                                                     Clave          Precio

Renglón Cantidad        Descripción General          SIFA       unitario $

05               2.700        Mucílago granulado                2000231             1,52

16               3.900        Sulfadiacina de plata               2000261             0,49

Corporación Zumar C.Z. S. A., cédula jurídica Nº 3-101-118386-33. Oferta Nº 7

                                                                                     Clave          Precio

Renglón Cantidad        Descripción General          SIFA       unitario $

30                  200        Sodio bicarbonato amp.          2000307             1,63

38                  300        Atropina sulfato, 5 mg           2000278             1,40

65                    50        Cimetidina 300 mg. Amp                                  2,00

Mariano Lara Chacón, cédula Nº 2-320-802. Oferta Nº 8

                                                                                     Clave          Precio

Renglón Cantidad        Descripción General          SIFA       unitario ¢

19                    75        Ciclopentolato 1% sol.

                                    oftálmica                               2000266      2.400,00

23               1.700        Metilcelulosa o hipromelosa   2000270      2.100,00

24                  250        Tetracaina clorhidrato           2000271      2.600,00

27                  290        Timolol 0.5% sol oftálmica   2000274      4.400,00

CEFA Central Farmacéutica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-095144. Oferta Nº 10

                                                                                     Clave          Precio

Renglón Cantidad        Descripción General          SIFA       unitario $

12               1.300        Enzimas proteolíticas             2000252             9,25

25               5.300        Tetraciclina ungüento oftálmico 2000272         1,05

Praxis Pharmaceuticals Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-464917. Oferta Nº 12

                                                                                     Clave          Precio

Renglón Cantidad        Descripción General          SIFA       unitario ¢

33               1.200        Jabón detergente neutro         2000323         597,00

46                    80        Crotamiton loción, fco                              1.560,00

54                    01        Ácido fusídico ungüento, tubo                     1.440,00

84                    60        Gemfibrosilo 600 mg, cap                               60,00

107             2,300        Omeprazol 20 mg, cap                                    84,00

Consorcio Civek S. A., cédula jurídica Nº 3-101-333612. Oferta Nº 13

                                                                                     Clave          Precio

Renglón Cantidad        Descripción General          SIFA       unitario ¢

06             34.500        Aluminio acetato.                  2000245         81.351

18               4.800        Miconazol nitrato al 2% crema 2000264       633,00

31               1.600        Aceite mineral                       2000315         885,00

34               8.800        Glibenclamida                         2000821           47,90

Laboratorios Stein S. A., cédula jurídica Nº 3-101-026633. Oferta Nº 14

                                                                                     Clave          Precio

Renglón Cantidad        Descripción General          SIFA       unitario $

02             71.000        Famotidina                             2000209           0.032

08               1.200        Beclometasona dipropionato

                                    aerosol bucal                          2000247             7,00

15             22.000        Neomicina con bacitracina     2000258             0,59

Vitalis S. A. CI, cédula jurídica Nº 3-012-295082. Oferta Nº 15

                                                                                     Clave          Precio

Renglón Cantidad        Descripción General          SIFA       unitario $

28                  400        Hioscina propinoxato o

                                    primaverina                           2000299             0,72

29                  450        Metoclopramida 10 mg          2000304             0,41

Farmacia Chavarría Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-0092221. Oferta Nº 17

                                                                                     Clave          Precio

Renglón Cantidad        Descripción General          SIFA       unitario ¢

43                    01        Aluminio acetato gotas óticas,

                                    fco                                                             3.714,00

44                    20        Benzoato bencilo, fco                                1.159,00

45                    30        Calamina loción, fco                                  1.320,00

47                    01        Mercuriocromo 2%, fco                                392,00

48                    01        Mercuriocromo 2%, litro                           2.851,00

49                    05        Peróxido de hidrógeno 10 vol,

                                    fco                                                                206,00

50                    05        Aceite de recino, fco                                     538,00

51                    01        Acetato de aluminio gotas

                                    óticas, fco                                                  3.731,00

53                  175        Aciclovir ungüento oftálmico,

                                    tubo                                                           1.973,00

55                  750        Amantadina 100 mg, tab                               177,00

57                    25        Antihemorroidal crema, tubo                     1.924,00

58                    25        Antihemorroidal supositorio                         221,00

60                    06        Bifonazol gotas, fco                                   3.736,00

62                    03        Brimonidina tartrato 0.2%

                                    gotas, fco                                                   6.831,00

63                    01        Calamina + óxido de zinc                           2.041,00

64                    15        Ciclosporina gotas                                       6024,00

66                    30        Cimetidina 400 mg, tab                                   91,00

67                  115        Ciprofloxacina 0.3%, gotas

                                    oftálmicas, fco                                           4.310,00

69                    02        Clotrimazol + dexametasona

                                    crema,tubo                                                 4.137,00

70                    10        Clotrimazol óvulos                                        474,00

74                    10        Dexametasona gotas oftálmicas,

                                    fco                                                             2.237,00

75                  100        Dimetilpoliciloxano + enzi

                                    panc, tab                                                       166,00

76                    45        Dorsolamida + timolol gotas

                                    oftálmicas, fco                                         15.496,00

77                    02        Dorsolamida gotas oftálmicas,

                                    fco                                                             6.295,00

78                  225        Enzimas digestivas, pancreáticas,

                                    tab                                                                180,00

79                  700        Estracto de hojas de sen                                221,00

80                    20        Filtro solar, fco                                          3.097,00

82                    20        Fluorometalona 1% gotas, fco                    5.881,00

83                    02        Fosfosoda oral (laxante), fco                      2.475,00

85                    20        Glicerina adultos, sup                                       61,00

86                  400        Hidróxido de al + mag +

                                    simeticona, tab                                                51,00

87                    03        Hipromelosa + carbomero

                                    gel, tubo                                                     8.084,00

88                  150        Itraconazol 100 mg, tab                                765,00

90                    20        Ivermectina 6 mg, tab                                   653,00

92                    01        Ketotifeno solución gotas,

                                    fco                                                             2.763,00

94                    15        Laranaprost + timolol

                                    gotas, fco                                                 11.751,00

95                    15        Latanaprost gotas oftálmicas, fco              6.982,00

96                    02        Leche de magnesia suspensión,

                                    fco                                                             2.041,00

97                    04        Lomefloxacina gotas, fco                           7.042,00

98                  560        Loperamida 2 mg, cap                                   101,00

100                150        Metixeno + dimeticona + celulosa

                                    + pectina, tab                                                160,00

101                  55        Miconasol óvulos                                          670,00

102                  25        Microenema, fco                                        2.216,00

103                  40        Moxifloxacina 0.5% gotas                         7.815,00

105                  25        Ofloxacina 0.3% gotas, fco                        5.214,00

108                  50        Óxido de zinc, crema, tubo                            525,00

109                  30        Pacreatina + dimetilpolisiloxano,

                                    tab                                                                195,00

110                  25        Pantoprazol 40 mg, amp                          10.058,00

111                  06        Picosulfato sodio gotas, fco                        2.658,00

112             2.000        Picosulfato sodio, tab                                    129,00

113                  01        Piojicida loción, fco                                      794,00

114                  03        Policresuleno crema, tub                            6.335,00

116                420        Prednisolona 1% gotas, fco                        3.439,00

117                  06        Sacaramyces boulardi, cap                             648,00

118                100        Senosido A y B, cap                                      221,00

119                  05        Shampoo de brea, fco                                 1.744,00

120                220        Simeticona, tab                                               70,00

121                  30        Spasmo canúlase, cap                                    188,00

122                  20        Sucralfato suspensión gel, fco                     7.034,00

123                  85        Suero oral, sobre                                              71,00

126                  30        Sulfato de glucoamina, sobre                       4.403,00

127                275        Tobramicina + dexametasona

                                    gotas, fco                                                   3.267,00

128                  10        Tobramicina + dexametasona

                                    ungüento

                                    oftálmico, tubo                                          8.163,00

129                  10        Tobramicina gotas, fco                              4.874,00

130                  10        Tobramicina ungüento

                                    oftálmico, tubo                                          7.763,00

131                  10        Tropicamida 1% gotas, fco                        6.523,00

132                  01        Ungüento hidrofílico + óxido

                                    zinc, tubo                                                 12.638,00

     Condiciones aplicables para todos los adjudicatarios:

    Costo: Cuantía inestimada.

    Metodología de ejecución del contrato: Aparte A. El Instituto realizará los pedidos según su necesidad, contando el Adjudicatario con un plazo de 30 días naturales para la entrega del suministro para todos los artículos, la entrega se realizará en las bodegas del Almacén de Medicamentos del Instituto. El plazo de entrega se tendrá por iniciado a partir del día siguiente a la notificación de la orden de compra o del aviso de inicio según sea el caso.

     Plazo de entrega siguientes períodos: Para los siguientes períodos la Administración no se compromete a realizar compras mínimas anuales, ya que estará facultada para solicitar entregas de acuerdo a sus requerimientos, por lo que solicitará el suministro según surja la necesidad. El Adjudicatario se compromete a brindar el suministro según el período indicado en la cláusula anterior luego del aviso por parte del INS. Esto en días y horas hábiles.

     Aparte B. Para lo artículos indicados en este aparte la entrega será inmediata.

    Forma de pago: Se realizará mediante trámite de cheque a 10 días naturales o a la cuenta cliente indicada en la oferta, posteriores a la presentación de la factura y una vez recibido el suministro a satisfacción.

    Conforme al artículo Nº 48 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, la adjudicación corresponde a la divisa cotizada por el oferente recomendado para adjudicatario, pero será cancelada en colones costarricenses, al tipo de cambio establecido por la Contraloría General de la República en oficio Nº DAGJ-01411-2005 (06193).

    Vigencia del contrato: Será por un año; las partes por mutuo acuerdo podrán renovar el contrato por períodos anuales hasta un máximo de tres (3) renovaciones. El acuerdo de renovación deberá ser suscrito formalmente por las partes con al menos un mes de antelación a la fecha de vencimiento de la anualidad respectiva.

     Los demás términos, condiciones y características técnicas según cartel y ofertas.

    Evaluación periódica de los precios: La Subdirección de Prestaciones Sanitarias podrá en cualquier momento realizar evaluaciones de los precios de mercado de medicamentos y/o implementos y/o instrumental contemplados en el presente cartel, según el procedimiento indicado en el cartel. (Capítulo I, aparte IV, numeral 4).

    Garantía de cumplimiento: Será responsabilidad del Adjudicatario(s) presentar la garantía, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firmeza del acto adjudicado, el cual se produce según los plazos estipulados en el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

    La garantía de cumplimiento debe estar a nombre del adjudicatario y rendirse en la misma moneda en la cual se cotizó, para lo cual la Administración adoptará las medidas contables que resulten necesarias. Se excepciona de lo anterior, las garantías rendidas mediante un depósito en efectivo o una transferencia, en cuyo caso podrán rendirse en su equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio de referencia para la venta, calculado por el Banco Central de Costa Rica, vigente al día anterior a la presentación de la oferta.

II.  Desestimar las siguientes ofertas:

     Renglón 2 Tabletas de famotidina 40 mg:

     Oferta Nº 5 de Sango Unido Int. S. A., por incumplir con lo solicitado en el cartel, al presentar una muestra cuyo etiquetado no se ajusta a lo requerido, por cuanto es una etiqueta adherida manualmente al blister lo que corre el riesgo de que pueda despegarse y no saber que producto se le suministra al paciente. Concordancia “Anexo Nº 1 Empaques” del pliego de condiciones.

     Renglón 8 Beclometasona dipropionato, aerosol bucal:

     Oferta Nº 4 Global Pharmed S. A., por presentar como muestra Bromuro Ipratropio.

     Oferta Nº 16 VMG Healthcare Products S. A., por presentar como muestra Salbutamol.

     Concordancia capítulo I, Aspectos técnicos, punto III. Condiciones generales técnicas, inciso i), Muestras, del pliego de condiciones que reza: “La oferta debe ser acompañada por 2 muestras por renglón en que se participa, idénticas al producto cotizado y debidamente rotuladas con el nombre del oferente y número de licitación de los artículos incluidos en el aparte A”.

     Renglón 31 Aceite mineral (Petrolato líquido):

     Oferta Nº 8 Mariano Lara Chacón, por incumplir con lo solicitado en el cartel, al presentar una muestra cuyo etiquetado no indica fabricante, vía de administración, ni fecha de vencimiento. Concordancia capítulo I, Aspectos técnicos, punto III. Condiciones generales técnicas, inciso i), Muestras, del pliego de condiciones.

III.  Declarar desiertos los por falta de ofertas los renglones Nos. 3, 4, 7, 9, 11, 13, 14, 17, 20, 21, 22, 26, 32, 36, 37, 39, 40, 41, 42, 56, 59, 61, 68, 72, 73, 81, 89, 91, 99, 104, 106, 115, 1234, 125, 133.

IV.  El acuerdo respectivo, conteniendo todas las consideraciones se encuentra a la vista en expediente de mérito.

San José, 15 de enero del 2008. Departamento de Proveeduría. MAP. Elizabeth Castro Fallas, Jefa. 1 vez. (O. C. Nº 18480). C-220100. (2887).

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONES

DIRECCIÓN RECURSOS MATERIALES

ÁREA GESTIÓN DE MEDICAMENTOS

A todos los proveedores y Representantes de Casas Extranjeras se les comunica:

1.  El Comité Central de Farmacoterapia en acuerdo CCF 2219-12-07 del 07 de diciembre del 2007 correspondiente a la Sesión 2007-46 del 21 de noviembre del 2007 y en complemento en acuerdo CCF 2386-12-07 del 20 de diciembre del 2007 correspondiente a la Sesión 2007-49 celebrada el 12 de diciembre del 2007 acordó ampliar la presentación en lo correspondiente al código 1-10-45-4169 en lo referente al Latanoprost, en una solución estéril isotónica, tamponada con el cloruro de benzalconio como preservante. La solución tiene un pH entre 6.2 a 7.2. Frasco gotero con 3 mL. La fórmula es la siguiente por cada mililitro:

Latanoprost                                                    0.05 mg (50 µg)

Hidroxipropilbetaciclodextrina                         75.000 mg

Hialuronato de sodio                                        2.000 mg

Fosfato monobásico de sodio                            7.000 mg

Fosfato dibásico de sodio anhidro                     6.000 mg

Cloruro de benzalconio (solución al 50%)         0.440 mg

pH                                                                   6.2 a 7.2

Condiciones de almacenamiento                       Temperaturas

                                                                        menores o iguales a 30°C

Por tanto la ficha técnica correspondiente al código 1-10-45-4169 queda en los siguientes términos:

Latanoprost al 0,005% (50 μg / mL), en una solución estéril isotónica, tamponada para uso oftálmico con el cloruro de benzalconio al 0,02% como preservante. La solución tiene un pH aproximado de 6,7 y una osmolaridad de aproximadamente 267 mOsmol/kg. Frasco gotero con 2,5 mL o Travoprost al 0,004% (40 μg/ mL), en una solución estéril isotónica, tamponada para uso oftálmico con el cloruro de benzalconio al 0,15% como preservante. La solución tiene un pH de aproximadamente 6,0 y una osmolaridad de aproximadamente 290 mOsmol/kg. Frasco gotero con 2,5 mL o Bimatoprost al 0,03% (300 μg/ mL), en una solución estéril isotónica, tamponada para uso oftálmico con el cloruro de benzalconio al 0,005% como preservante. La solución tiene un pH en un rango de 6,8 -7,8 y una osmolaridad de aproximadamente 290 mOsmol/kg. Frasco gotero con 2,5 mL ó Latanoprost, en una solución estéril isotónica, tamponada con el cloruro de benzalconio como preservante. La solución tiene un pH entre 6.2 a 7.2. Frasco gotero con 3 mL. La fórmula es la siguiente por cada mililitro:

Latanoprost                                                  0.05 mg (50 µg)

Hidroxipropilbetaciclodextrina                      75.000 mg

Hialuronato de sodio                                      2.000 mg

Fosfato monobásico de sodio                         7.000 mg

Fosfato dibásico de sodio anhidro                   6.000 mg

Cloruro de benzalconio (solución al 50%)      0.440 mg

pH                                                                 6.2 a 7.2

Condiciones de almacenamiento                    Temperaturas menores o

                                                                     iguales a 30°C

Vía de administración: Uso oftálmico.

2.  El Comité Central de Farmacoterapia en acuerdo CCF-2414-12-07 del 21 de diciembre del 2007 correspondiente a la Sesión 2007-50 celebrada el 19 de diciembre del 2007 acordó lo siguiente:

Independiente del planteamiento presentado por este oferente, es importante valorar que se cambie la presentación correspondiente al código 1-10-23-7095 por la siguiente:

Bromuro de ipratropio anhidro 0.02 mg (20 mg) / dosis (como Bromuro de ipratropio monohidrato 21 µg/dosis). Solución para aerosol. Para inhalación oral. Frasco presurizado con 10 mL (aproximadamente 12.9 gramos). Contiene 200 dosis. Con válvula dosificadora. No contiene propelentes clorofluorcarbonados (CFC).

El Bromuro de ipratropio monohidrato para inhalación oral disponible como una solución en aerosol conteniendo la droga en un vehículo de propelente HFA-134 a, además contiene etanol absoluto, ácido cítrico anhidro y agua purificada. Cada actuación del inhalador libera una dosis equivalente a 17 µg de Bromuro de ipratropio monohidrato ya que una porción de cada spray es retenida dentro del dispositivo de liberación. El contenido del inhalador oral es presurizado. Libera aproximadamente 17 µg (dosis) de Bromuro de ipratropio monohidrato por “spray” medido y libera aproximadamente 200 dosis (o “sprays” medidos) en forma total. 20 µg de Bromuro de ipratropio monohidrato liberado en la válvula es equivalente a 17 µg liberados a la pieza oral.

Vía de administración: Inhalación oral

Esto por cuanto, la ficha técnica actual se hizo a partir de la formulación original, con lecitina de soya y cuyos propelentes contienen CFC.

Indicando como una cláusula lo siguiente: Se dará un tiempo transitorio de un año para que los oferentes registrados con la formulación anterior correspondiente al código 1-10-23-7095 Bromuro de ipratropio monohidrato 0.02 mg (20 µg) / dosis. Suspensión en aerosol. Para inhalación oral. Frasco presurizado con 10 mL (14 gramos) Contiene 200 dosis. Con válvula dosificadora. El Bromuro de ipratropio monohidrato para inhalación oral disponible como un aerosol conteniendo una suspensión microcristalina de la droga en un vehículo de propelentes y lecitina de soya.

Todos los oferentes registrados inicien el proceso de actualización de la presentación de suspensión a solución para aerosol para inhalación oral, y en su formulación no contenga propelentes a base de CFC, sino de HFA, además que contenga ácido cítrico anhidro, agua purificada.

Nota: La ficha técnica con está nueva presentación se puede incluir, siempre y cuando se mantenga en forma transitoria la presentación anterior pero señalando la cláusula de actualización transitoria.

3.  El Comité Central de Farmacoterapia en acuerdo CCF-2360-12-07 del 18 de diciembre del 2007 correspondiente a la Sesión 2007-48 celebrada el 05 de diciembre del 2007 acordó ampliar la presentación en el código 1-10-32-1286 en el rango de la amilasa quedando así:

Código 1-10-32-1286: Pancreatina o Pancrealipasa (20.000 unidades F.E.U. de actividad lipasa, 56.000 unidades a 70.000 unidades F.E.U. de actividad amilasa, 44.000 unidades a 75,000 unidades F.E.U. de actividad proteasa), en microesferas con cubierta entérica. Cápsulas.

4.  A todos los potenciales oferentes de que tengan registrados en el Ministerio de Salud sus medicamentos y que actualmente no forman parte del Registro de Oferentes del Área Gestión Medicamentos, se les invita a apersonarse al Registro de Oferentes de Medicamento para que retiren los documentos necesarios para la inscripción de sus productos, a efectos de que puedan participar en los concursos que promueve la institución.

El Reglamento para la Compra de Medicamentos, Materias Primas, Envases y Reactivos, de la Ley Nº 6914 fue publicado en La Gaceta Nº 243, de fecha 18 de diciembre del 2001, página 44; además la reforma publicada en La Gaceta Nº 130, de fecha 30 de julio del 2004, página 44.

De conformidad con lo establecido en el artículo 116 s.s. del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se invita a todas las personas físicas y jurídicas, interesadas en formar parte del Registro de Oferentes del Área de Adquisiciones, a retirar los formularios en el Área de Adquisiciones.

A los proveedores inscritos, que han tenido algún cambio respecto a la información presentada en el Registro de Oferentes, se les recuerda que es de su entera responsabilidad hacer las notificaciones correspondientes.

El Área de Adquisiciones y el Área Gestión de Medicamentos están ubicados en el Piso 11 del edificio Laureano Echandi, calles 5 y 7, avenidas 2 y 4, Oficinas Centrales de la CCSS. Su horario de atención, al público, es de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. en jornada contínua, para todos los efectos.

San José, 08 de enero del 2008. Registro de Medicamentos y Materias Primas. Ing. Marco V. Castro Hernández. Lic. Guiselle López Rubi, Jefa a. í. 1 vez. (O. C. Nº 1147). C-73280. (1395).

REGISTRO DE PROVEEDORES

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

De acuerdo al artículo 122, del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa invita a las personas físicas y jurídicas, que aún no se han incorporado al Registro de Proveedores o que deseen actualizar la información existente para participar en las distintas contrataciones del período 2008.

En especial en el área de construcción, ebanistas, talleres de mantenimiento mecánico e hidráulico para maquinaria pesada, litografía, depósitos de materiales de construcción, hierro y forja, metales en general y quebradores.

Las personas interesadas podrán retirar el Formulario de Inscripción en las oficinas de la Proveeduría en el Palacio Municipal, ubicado contiguo al Mas x Menos de Guadalupe en horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. de lunes a viernes, para mayor información llamar a los teléfonos 224-5119 extensión 113 o al telefax 253-1003.

Lic. Óscar Figueroa Fieujeam, Alcalde. 1 vez. (1663).

MUNICIPALIDAD DE PEREZ ZELEDÓN

De conformidad con el capítulo 8, artículo 116 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se invita a personas físicas y jurídicas a formar parte de nuestro registro de proveedores o bien actualizar la información existente, para lo cual deberán cumplir con lo establecido en la Descripción de Requisitos y Trámites que se realizan en esta Municipalidad, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 8220, publicada en La Gaceta Nº 112, de fecha 12 de junio del 2002. Específicamente en el artículo 11 de dicha publicación. La documentación se recibirá personalmente en la Oficina de la Proveeduría Municipal, sita en San Isidro de El General, costado sur de la Catedral o bien al apartado 274-8000. Para información adicional al teléfono 771-0390, extensión 108. Pérez Zeledón, 9 de enero del 2008. Lic. Rafael Navarro Mora, Proveedor Municipal. 1 vez. (2065).

MUNICIPALIDAD DE POÁS

De conformidad con el artículo 46 de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 116 y siguientes del Reglamento a la Ley, se invita a los interesados en integrar el Registro de Proveedores para la adquisición de bienes y servicios de la Municipalidad de Poás, a inscribirse en la Unidad de Proveeduría de la Institución o solicitar la documentación al correo electrónico munipoas@racsa.co.cr.

San Pedro de Poás, 11 de enero del 2008. Ing. José Joaquín Brenes Vega, Alcalde. 1 vez. (2118).

FE DE ERRATAS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000093-33300

Mejoramiento de obras de drenaje y de la superficie de

ruedo para los caminos vecinales de Montes de Oro

Se avisa a los interesados en esta licitación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que la nueva fecha de apertura es para el 01 de febrero de 2008 a las 10:00 horas y se modifica de la siguiente manera la publicación en el Diario Oficial La Gaceta Nº 243 del 18/12/07.

Línea 1: Se modifican las cantidades de los caminos 6-04-014 y 6-04-001.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000094-33300

Mejoramiento de obras de drenaje y de la superficie

de ruedo para los caminos vecinales de Cañas

Se avisa a los interesados en esta licitación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que la nueva fecha de apertura es para el 1º de febrero del 2008, a las 14:00 horas y se modifica de la siguiente manera la publicación en el Diario Oficial La Gaceta Nº 243 del 18/12/07.

Línea 1: Se elimina el camino 5-06-020 y se modifican las cantidades de los caminos 5-06-003, 5-06-006 y 5-06-018.

Estas modificaciones se encuentran a disposición en el Sistema CompraRed en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de la fecha de esta publicación o también podrá obtenerlo en la Proveeduría Institucional del MOPT en Plaza González Víquez.

San José, 15 de enero del 2008. Proveeduría Institucional. MSc. Heidy Román Ovares, Proveedora a. í. 1 vez. (2862).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE SUMINISTROS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000026-ULIC (Prórroga)

Concesión temporal de un local para la prestación de

servicios de alimentación en la sede de Occidente

A los interesados en el concurso indicado, cuya invitación salió publicada en La Gaceta Nº 245 del 20 de diciembre de 2007, se les comunica que la apertura se prorroga para el día 25 de enero de 2008, a las 10:00 horas.

El resto permanece invariable:

Sabanilla de Montes de Oca, 15 de enero de 2008. Unidad de Licitaciones. MBA. Vanessa Jaubert Pazani, Jefa. 1 vez. (O. C. Nº 108327). C-4640. (2880).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2007LN-000019-3003

 (Prórroga en el plazo de recepción de ofertas)

Reactivos para determinación marcadores tumorales

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, les comunica a los interesados en el concurso Licitación Pública Nacional 2007LN-000019-3003 por compra de reactivos para determinación marcadores tumorales, que se prorroga el plazo para la recepción de las ofertas fijado inicialmente para el día 21 de enero del 2008, quedando fijado de la siguiente manera:

Apertura de las ofertas: 06 de febrero del 2008, al ser las 10:30 a.m. Las demás condiciones del cartel se mantienen invariables.

San José, 15 de enero del 2008. Subárea de Contratación Administrativa. Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador. 1 vez. (2874).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LI-000059-PROV (Prórroga Nº 1)

Adquisición de equipos y materiales para la subestación

del Centro de Control Energía

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que la apertura de ofertas fue prorrogada para las 10:00 horas del día 7 de febrero del 2008.

Fecha de apertura de ofertas anterior: a las 10:00 horas del día 29 de enero del 2008.

San José, 14 de enero del 2008. Dirección de Proveeduría. Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador Licitaciones. 1 vez. (O. S. Nº 332718). C-7280. (2881).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LI-000067-PROV (Prórroga Nº 1)

Adquisición de 268 vehículos de diferentes tipos

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación antes mencionada que la apertura de ofertas fue prorrogada para las 10:00 horas del día 4 de febrero del 2008.

Fecha de apertura de ofertas anterior: a las 10:00 horas del día 24 de enero del 2008.

San José, 14 de enero del 2008. Dirección de Proveeduría. Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador Licitaciones. 1 vez. (O. S. Nº 332718). C-6620. (2882).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LI-000068-PROV

(Prórroga Nº 1)

Adquisición de 200 vehículos de diferentes tipos

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la apertura de ofertas fue prorrogada para las 14:00 horas del 6 de febrero del 2008.

Fecha de apertura de ofertas anterior: a las 10:00 horas del día 28 de enero del 2008.

San José, 14 de enero del 2008. Dirección de Proveeduría. Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones. 1 vez. (O. S. Nº 332718). C-6620. (2883).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LI-000070-PROV

(Modificación Nº 1)

Adquisición de materiales complementarios para líneas

de distribución eléctrica BID/796 (grapas, cuchillas, conductores,

alambre, herrajes transformadores, aisladores, conectores, etc.)

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que el cartel de este concurso fue sujeto a la siguiente modificación (modificación Nº 1)

En el punto 14.1 del pliego cartelario “CLÁUSULA PENAL O MULTA” página 8.

Donde dice:

Si existiera atraso o adelanto en la entrega del suministro de los bienes o servicios, de acuerdo con las condiciones del cartel y la oferta, el adjudicatario deberá pagar al ICE por concepto de cláusula penal la suma de 0,5% del valor adjudicado por cada día hábil de atraso o adelanto, hasta un máximo de 25% del valor del contrato.

Debe decir:

Si existiera atraso en la entrega del suministro de los bienes o servicios, de acuerdo con las condiciones del cartel y la oferta, el adjudicatario deberá pagar al ICE por concepto de cláusula penal la suma del 0,5% del valor adjudicado por cada día hábil de atraso hasta un máximo de 25% del valor del contrato.

Fecha de apertura de ofertas: a las 10:00 horas del día 19 de febrero del 2008.

San José, 14 de enero del 2008. Dirección de Proveeduría. Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones. 1 vez. (O. S. Nº 332718). C-14540. (2884).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000142-PROV

(Modificación y prórroga Nº 1)

Adquisición de planta de emergencia

Centro de Producción San Antonio

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que el cartel de dicho concurso fue sujeto a modificaciones, las cuales las podrán adquirir en la Proveeduría de este Instituto, o accesando la siguiente dirección electrónica: https://www.grupoice.com/PELWeb/inicio.do

Asimismo se le comunica que la apertura de ofertas fue prorrogada para las 8:00 horas del día 6 de febrero del 2008.

Fecha de apertura de ofertas anterior: A las 9:00 horas del día 23 de enero del 2008.

San José, 14 de enero del 2008. Dirección de Proveeduría. Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador Licitaciones. 1 vez. (O. S. Nº 332718). C-8600. (2885).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000144-PROV (Prórroga Nº 1)

Adquisición de procesador de planchas de aluminio, tecnología

CTP THERMAL, con reveladora y RIP incluido

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la apertura de ofertas fue prorrogada para las 14:00 horas del 5 de febrero del 2008.

Fecha de apertura de ofertas anterior: a las 10:00 horas del día 23 de enero del 2008.

San José, 14 de enero del 2008. Dirección de Proveeduría. Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador Licitaciones. 1 vez. (O. S. Nº 332718). C-7280. (2886).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000003-01

(Modificación de plazo de recepción de ofertas)

Contratación de cuatro abogados externos despachos de abogado

o empresas para trámite de cobro extrajudicial y judicial

de las cuentas de los contribuyentes morosos de tributos

municipales en el cantón de Goicoechea

Se amplía plazo de recepción de ofertas para el 31 de enero del 2008, misma hora.

Goicoechea, 9 de enero del 2008. Departamento de Proveeduría. Mary Jane Lorente Marenco, Jefa a. í. 1 vez. (2845).

MUNICIPALIDAD DE LIBERIA

LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000004-01

(Prórroga para recepción de ofertas)

Adquisición de un recolector de desechos sólidos nuevo de 12 m3

La Proveeduría de la Municipalidad de Liberia, avisa a los interesados que la fecha y hora de apertura de ofertas de la Licitación Pública 2007LN-0000004-01, se traslada para el día 25 de enero del 2008 a las 10:00 horas, en la Proveeduría de este Municipio.

A partir de la fecha de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta, pueden pasar a retirar el cartel modificado de la licitación en mención.

Liberia, 14 de enero del 2008. Alcaldía. Carlos Luis Marín Muñoz, Alcalde. 1 vez. (2615).

REGLAMENTOS

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

Le solicito proceder con la publicación de la modificación del inciso i) de la Sección II del Reglamento de Junta Directiva, aprobada por la Junta Directiva de la Refinadora Costarricense de Petróleo, S.A., en el artículo Nº 3 de la Sesión Ordinaria Nº 4218-174, celebrada el miércoles 12 de diciembre de 2007, de la siguiente manera:

1)  Modificar el inciso I), del artículo Nº 8, del Reglamento de Junta Directiva, sobre las funciones del presidente, para que se lea de la siguiente manera:

“...i)    Nombrar y remover a los gerentes de área de la empresa, previa consulta y aprobación de la Junta Directiva, y otorgar los poderes que en derecho correspondan.”

La  anterior  modificación  rige  a  partir  de  su  publicación  en  el Diario Oficial La Gaceta.

2)  Dicha publicación debe cargarse a la orden de compra Nº 2005-05-0107.

San José, 9 de enero del 2008. Lic. Ana Lorena Fernández Solís, Secretaria de Actas. 1 vez. (O. C. Nº 2007-5-272). C-9920. (2167).

ESTATUTOS

FEDERACION DE MUNICIPALIDADES

DE LA PROVINCIA DE CARTAGO

Los Concejos Municipales de las Municipalidades de Cartago, Jiménez, La Unión, Paraíso, Turrialba, Alvarado, Oreamuno, El Guarco, y los Concejos de Distrito de Cervantes y Tucurrique:

Considerando:

    Que las municipalidades poseen autonomía política, administrativa y financiera que les confiere la Constitución Política.

    Que el Código Municipal tiene como objetivo desarrollar los principios constitucionales referentes a la organización, funcionamiento y ejercicio de las facultades autónomas de los municipios.

    Que el municipio constituye la unidad administrativa primaria dentro de la organización estatal, dotado de gobierno propio cuyo objetivo es la rectoría y el bien local.

    Que la municipalidad es una persona jurídica estatal, con patrimonio propio, personalidad y capacidad jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para cumplir sus fines.

    Que las municipalidades podrán pactar entre sí convenios cuyo objeto sea facilitar y posibilitar el cumplimiento de sus objetivos o su administración, a fin de lograr una mayor eficacia y eficiencia en sus acciones.

    Que los Concejos Municipales están conscientes de la necesidad de establecer áreas de cooperación y de trabajo común, que contribuyen a la planificación local y regional, así como a la eficacia y mejor aprovechamiento de sus recursos.

    Que las municipalidades podrán integrarse en federaciones y confederaciones a fin de aunar esfuerzos, conseguir una mejor dotación humana, técnica y material, mejorar los servicios, liderar la vida política local y optimizar recursos, entre otros.

    Que las nuevas realidades conllevan a una modernización institucional de las municipalidades con propuestas viables y dinámicas para garantizar un desarrollo participativo y sustentable y enfrentar los nuevos desafíos de la globalización de la economía, el desarrollo tecnológico, la revolución en las telecomunicaciones y la conservación del medio ambiente.

CAPÍTULO I

Constitución, fin y objetivos de la Federación

Artículo 1º. Las Municipalidades de Cartago, Jiménez, La Unión, Paraíso, Turrialba, Alvarado, Oreamuno, El Guarco, y los Concejos de Distrito de Cervantes y Tucurrique, constituyen una Federación de Municipios de Cartago, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9, 10 y 11 del Código Municipal, Ley 7794 de abril de 1998 y sus reformas.

Para ingresar a la Federación se requerirá del respectivo Acuerdo Municipal de ingreso el cual deberá ser tomado por las 2/3 partes, además de la aceptación de la Asamblea General de la Federación.

Artículo 2º. La Federación constituida se denominará FEDEMUCARTAGO y tendrá su domicilio en la ciudad de Cartago, provincia de Cartago. Sin embargo podrá abrir oficinas, sucursales o agencias en cualquier parte o lugar del territorio nacional o fuera de él si sus actividades futuras así lo requirieran.

Artículo 3º. Esta Federación de Municipalidades es un ente público municipal y tiene personería jurídica, independiente de los municipios que la integran, con patrimonio propio y personalidad y capacidad jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para cumplir sus objetivos. Su constitución queda regulada por los artículos 9, 10 y 11 del Código Municipal vigente, Ley 7794 y se regirá por sus propios Estatutos, el Código Municipal y la Ley General de la Administración Pública.

Artículo 4º. Del domicilio. El domicilio legal de la Federación será la ciudad de Cartago:

Artículo 5º. Duración. Esta Federación tendrá duración indefinida.

Artículo 6º. La Federación ejecutará su presupuesto anual conforme al correspondiente Plan Operativo.

Artículo 7º. Objetivos de la Federación.

Objetivos generales:

a.   Promover y fortalecer la integración y el progreso de la provincia, en los ámbitos social, territorial, económico, y que también se extenderá a cuantos aspectos tengan relación con intereses y acciones en pro y beneficio de la salud pública y el medio ambiente para una buena gestión y gobernabilidad.

b.  Impulsar una efectiva descentralización política, funcional y administrativa del Estado costarricense a favor del fortalecimiento del régimen municipal.

c.   Mejorar las capacidades técnicas, administrativas y financieras de las municipalidades integrantes.

Para la consecución de sus fines, la Federación tendrá como objetivos específicos:

a)  Facilitar la coordinación entre las municipalidades que la integran y el gobierno central e instituciones, federaciones de municipalidades, gobiernos locales y organizaciones relacionadas con el quehacer municipal.

b)  Coordinar y establecer alianzas estratégicas y convenios cooperativos con las instituciones públicas y privadas para el desarrollo de los fines contemplados en el presente estatuto y los respectivos planes operativos.

c)  Impulsar la organización comunal y promover la participación ciudadana en las decisiones municipales.

d)  Promover en todas las acciones y proyectos de la Federación los siguientes ejes transversales: equidad de género, desarrollo sostenible, derechos humanos e investigación.

e)  Coadyuvar en la realización de los planes de Desarrollo Urbano, ordenamiento territorial locales y directrices regionales, ambiente y salud, gestión local, cooperación y asistencia técnica y cualquier otro de interés regional y nacional.

f)   Impulsar, apoyar y promover proyectos e iniciativas a nivel local, nacional y extranjero relacionados con la conservación del ambiente, incluyendo la educación ambiental y la preservación de los recursos naturales.

g)  Impulsar, promover y contribuir en el adecuado manejo y recolección de los deshechos sólidos de las municipalidades integrantes de la federación, e incluso, si fuera necesario, a nivel nacional y extranjero.

h)  Gestionar y/o administrar fuentes de financiamiento a través de empresas públicas o privadas, nacionales o extranjeras, con el fin de financiar aquellas acciones tendentes a cumplir con los objetivos propuestos.

i)   Procurar la inversión productiva, tanto de empresas públicas como privadas, que propicie el desarrollo socio económico y el aumento de los ingresos municipales de sus afiliadas y de la propia Federación.

j)   Cooperar con otros organismos y/o entidades públicas o privadas en aquellos aspectos y actividades que interesen a la Federación y a sus afiliadas.

k)  Impulsar ante las instituciones públicas y privadas aquellas gestiones en defensa y tutela de intereses y derechos de la ciudadanía cartaginesa, sin perjuicio de los límites legales vigentes.

CAPÍTULO II

Estructura y atribuciones de los órganos de la Federación

Artículo 8º. La estructura orgánica de la Federación de Municipalidades queda definida de la siguiente forma:

1-Órganos de Gobierno

a)  La Asamblea General.

b)  El Concejo Directivo

c)  La Dirección Ejecutiva

2-  Órganos de Gestión

a)  La Secretaría

b)  La Tesorería

c)  La Unidad Técnica

3-  Órganos Consultivos

a) Comisión Técnica

Artículo 9º. De la Asamblea General: La Asamblea General es el órgano superior de la Federación y estará constituida por la Alcaldía de cada municipalidad e intendencia con voz y voto y dos miembros de cada Concejo Municipal afiliado, esto es, un regidor propietario y un regidor suplente, éste último con derecho a voz pero sin voto. Estos serán nombrados por sus respectivos Concejos Municipales y durarán en sus funciones el mismo período que dure su cargo electoral.

El quórum ordinario de la Asamblea será de la mitad más uno de sus integrantes y de las dos terceras partes para cambio de estatutos. En caso de empate el Presidente del Concejo Directivo tendrá doble voto.

La Asamblea General sesionará ordinariamente una vez al año en el mes de junio y en forma extraordinaria cuando sea así requerido por las 2/3 partes de sus miembros o por 1/3 parte de los miembros del Concejo Directivo, y se convocará con al menos, 72 horas de antelación; la cual se remitirá de forma personal o correo certificado acusando recibo en ambos casos.

Si efectuada la primera convocatoria no se estableciera el quórum, la Asamblea General se realizará treinta minutos después con los representantes por lo menos de la mitad más uno de los Concejos que integran la Federación.

En el caso de que la Asamblea no pudiera realizarse porque no hay quórum en los términos indicados en el párrafo anterior, se hará una nueva convocatoria un mes después, con los delegados que asistan a la misma.

Los miembros de la Asamblea General pierden su designación automáticamente al dejar sus funciones en la municipalidad, debiendo notificarse a la Asamblea y al Concejo Directivo el nuevo nombramiento que se haga, dentro del plazo de los siguientes 30 días, a partir del cese de sus funciones.

Los acuerdos de la Asamblea General serán tomados por simple mayoría, salvo aquellos que requieran una mayoría conforme al reglamento que oportunamente se adoptare.

Artículo 10. Son atribuciones de la Asamblea:

a)  Establecer las políticas de la Federación

b)  Aprobar el Plan Operativo Anual, el cual deberá contener toda la información y propuestas de actuación presupuestaria, financiera, administrativa, de tesorería y patrimonial, el programa de obras y servicios, entre otras.

c)  Aprobar Informe de Ejecución del Plan Operativo Anual y Detalle Presupuestario. (Liquidación Presupuestaria).

d)  Elegir y juramentar al Concejo Directivo.

e)  Nombrar al Director (a) Ejecutivo (a) a través de concurso de antecedentes y mediante una terna presentada por el Concejo Directivo.

f)   Remover o ejercer autoridad disciplinaria respecto al Director (a) Ejecutivo (a).

g)  Aprobar las modificaciones a los Estatutos y Reglamentos.

h)  Aprobar la adhesión de nuevos miembros, así como su separación.

i)   Acordar la disolución de la Federación de Municipios.

j)   Definir los aportes de las Municipalidades para la Federación.

k)  Aprobar las operaciones de empréstitos en los términos autorizados por ley.

l)   Conocer, evaluar y aprobar los informes de los restantes órganos.

m) Reunirse ordinariamente por lo menos una vez al año y extraordinariamente a solicitud del Concejo Directivo o de dos de los Concejos miembros.

n)  Aprobar proyectos para la zona que por sus dimensiones e implicaciones, el Concejo Directivo considere que debe ser aprobado por la Asamblea General.

o)  Ratificar los nombramientos de los integrantes del Concejo Directivo.

Artículo 11. Del Concejo Directivo. El Concejo Directivo estará integrado por quince miembros propietarios y quince suplentes. Todos serán regidores, alcaldes e intendentes, integrantes de la Asamblea General. Cada uno de los Concejos Municipales estarán representados en el Concejo Directivo con un directivo propietario y uno suplente. Los Alcaldes estarán representados en el Concejo Directivo por cinco Alcaldes o Intendentes propietarios y cinco suplentes. Los miembros propietarios tendrán voz y voto y los miembros suplentes tendrán únicamente voz en las reuniones del Concejo. Sólo tendrán voto cuando estén sustituyendo al miembro propietario.

Estará conformado por un Presidente, 2 Vicepresidentes, 1 Tesorero, 1 Secretario y 4 vocales. Dicha elección deberá llevarse a cabo la primera sesión ordinaria del Concejo Directivo.

El Concejo sesionará ordinariamente 1 vez al mes y extraordinariamente cuando así lo solicite el Presidente y el Director Ejecutivo. Preferiblemente deberá reunirse rotativamente en los cantones de las municipalidades miembros de la Federación.

La convocatoria a sesión extraordinaria debe comunicarse a todos los Miembros del Concejo Directivo, con una antelación mínimo de 24 horas.

El quórum del Concejo Directivo lo forman la mayoría simple y sus acuerdos se toman por la misma proporción, excepto los que requieran mayoría calificada según lo determine el presente Estatuto.

En caso de fallecimiento, renuncia, impedimento absoluto o de tres ausencias consecutivas injustificadas o cinco alternas de un miembro del Concejo Directivo, en un período de seis meses, será comunicado al Concejo Municipal que representa a fin de proceder a designar el sustituto.

Sus miembros podrán ser remunerados de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria y al acuerdo que al respecto tome el Concejo.

Artículo 12. Son atribuciones del Concejo Directivo:

a)  Interpretar el Estatuto y Reglamento

b)  Convocar, organizar y presidir la Asamblea General

c)  Elaborar y aprobar el proyecto de presupuesto anual ordinario junto con el Director Ejecutivo, lo mismo que los extraordinarios y liquidación del ejercicio.

d)  Ejecutar los proyectos dictados por la Asamblea General

e)  Presentar a la Asamblea General del Plan de Trabajo de la Federación y el Presupuesto Anual.

f)   Someter a conocimiento de la Contraloría General de la República los Estatutos y sus reformas, presupuesto ordinario y extraordinario.

g)  Elaborar los reglamentos y proponer sus reformas y aprobarlos.

h)  Definir el salario del Director Ejecutivo, el cual no podrá sobrepasar el salario mayor devengado por Alcaldes de las municipalidades afiliadas y en los términos que al respecto indica el Código Municipal.

i)   Recibir en audiencia a las Municipalidades, Instituciones y personas que así lo soliciten.

j)   Definir la forma de gestión de los servicios que conforman el fin de la Federación de Municipalidades, de conformidad con lo previsto en el Código Municipal.

k)  Crear los nuevos servicios que se consideren necesarios para el desarrollo de los fines previstos en este Estatuto.

l)   Examinar las memorias e informes anuales que deben presentar la Dirección Ejecutiva, Tesorero/a, Secretario/a, a fin de adoptar las medidas más convenientes en beneficio de los Cantones que forman parte de la Federación de Municipalidades.

m) Aprobar la creación de empresas públicas o mixtas, previo cumplimiento de lo previsto en el Código Municipal.

n)  Ejercer tareas de coordinación con las municipalidades, organismos públicos nacionales e internacionales y entidades privadas de todo tipo, ello en aspectos de interés general para la Federación y sus fines.

o)  Autorizar y aprobar la celebración de contratos sobre concesiones y otros modos de prestación de servicios públicos intermunicipales y lo relativo a la construcción y ejecución de obras públicas; ello siempre dentro del ámbito competencial de esta Federación. Para tales efectos, podrá autorizar la constitución de fideicomisos de todo tipo, donde la FEDEMUCARTAGO participe como fideicomisario, siempre y cuando el fiduciario sea una entidad autorizada y acreditada en el Sistema Bancario Nacional. Ello, para la consecución de cualesquiera proyectos y funciones que realice la Federación.

p)  Autorizar los convenios de la Federación con otras entidades u órganos de derecho público o privado.

q)  Las que le sean delegadas por la Asamblea General y la Presidencia.

Artículo 13. De la Presidencia. La Presidencia será electa por el Concejo Directivo por un período de dos años y podrá ser reelecta.

Artículo 14. Son atribuciones de la Presidencia:

a)  Abrir, presidir, suspender y cerrar las sesiones del Concejo.

b)  Preparar el orden del día.

c)  Recibir las votaciones y anunciar si hay aprobación o rechazo de un asunto.

d)  Conceder la palabra y retirarla a quien hiciere uso indebido de la misma.

e)  Vigilar el orden de las sesiones.

f)   Firmar con el secretario las actas de cada sesión.

g)  Procurar la solidaridad, la fraternidad y la equitativa participación entre los miembros del Concejo Directivo.

h)  Propiciar el intercambio de información intermunicipal.

i)   Delegar y coordinar con los demás Directores el trabajo a realizar.

j)   Nombrar a los miembros de las comisiones que el Concejo Directivo acuerde conformar.

k)  Rendir un informe anual a la Asamblea General sobre las actividades desarrolladas por la Federación.

l)   Tramitar y ejecutar los acuerdos del Concejo Directivo

Artículo 15. De la Vicepresidencia. La Vicepresidencia sustituirá al Presidente/a por razones de ausencia o enfermedad. Así mismo, lo hará como Presidente/a en funciones en caso de cese, dimisión, censura o fallecimiento del Presidente/a, en cuyo caso debe ser convocado el Concejo Directivo en los términos establecidos por el Reglamento de Régimen Interno.

Además, apoyar las funciones que le corresponden al Presidente.

Artículo 16. Del/la Secretario/a. El/la Secretario/a será nombrado por el Concejo Directivo y tendrá las siguientes funciones:

a)  Asistir a las sesiones del Concejo, leer y firmar las actas, teniéndolas listas para su respectiva aprobación.

b)  Transcribir, comunicar y notificar los acuerdos del Concejo, conforme a la Ley.

c)  Asistir al/la Presidente/a en el desempeño de sus funciones, así como en el trámite de todos los asuntos que provengan del Concejo Directivo.

d)  Recibir y dar lectura a la correspondencia de la Federación, así como del archivo de dicha correspondencia.

e)  Llevar el control de asistencia de los miembros de la Federación.

Artículo 17. Del/la Tesorero/a. El/la tesorero/a será nombrado por el Concejo Directivo y tendrá las siguientes funciones:

a)  Llevar el control de los ‘egresos según el presupuesto.

b)  Ejercer control del estado mensual de tesorería.

c)  Mantener controles variados sobre cheques emitidos y cancelados y de los egresos por concepto de aportes de las Municipalidades y de cualquier otro tipo.

d)  Preparar los informes de tesorería.

e)  Realizar además otras labores afines a su cargo, así como las que el Concejo le solicite.

Artículo 18. De la Comisión Técnica. Los Alcaldes Municipales e Intendentes, constituyen la Comisión técnica Especial de la Federación cuyas funciones serán las siguientes:

a)  Presentar sugerencias, proyectos, actividades conjuntas y de cooperación y coordinación entre las Municipalidades.

b)  Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Concejo Directivo y de la Asamblea General con voz pero sin voto, excepto sus representantes ante el Concejo Directivo los cuales tendrán voz y voto.

c)  Dar seguimiento a los acuerdos de la Federación en lo que les corresponda o asigne.

d)  Rendir informes de sus gestiones ante el Concejo Directivo cuando así se les requiera.

Artículo 19. Del/la Director/a Ejecutivo/a. Tendrá un perfil profesional universitario, con grado mínimo de Licenciatura, su selección se realizará atendiendo a criterios de experiencia en el ámbito municipal y capacidad ejecutiva o gerencial.

La Dirección Ejecutiva será electa por el Concejo Directivo, para un período de cuatro años, pudiendo ser reelecto y terminará sus funciones el último día hábil de mes de junio inmediato a la instalación de las nuevas autoridades municipales.

Podrá ser remunerado y su salario será fijado por el Concejo Directivo de acuerdo a los establecido al respecto en el Código Municipal y el Reglamento Autónomo de la Federación.

La oferta de empleo para el puesto será pública para favorecer la concurrencia de aspirantes.

Artículo 20. Son atribuciones de la Dirección Ejecutiva:

a)  Ejercer la administración general de la Federación conforme a las disposiciones y mandatos del Concejo Directivo.

b)  Elaborar y someter al Concejo Directivo el Plan Anual Operativo con su respectivo presupuesto y plan de trabajo.

c)  Elaborar y presentar el informe de labores correspondiente al Plan Anual Operativo, antes del 15 de enero.

d)  Remitir a los Concejos Municipales el Plan Anual Operativo y la memoria de labores correspondiente al ejercicio anterior.

e)  Cumplir y hacer cumplir las disposiciones, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y del Concejo Directivo.

f)   Convocar al Concejo Directivo a sesiones extraordinarias.

g)  Promover y desarrollar las actuaciones precisas para el mejor funcionamiento de los distintos servicios y actividades que desarrolle la Federación de Municipalidades.

h)  La preparación de anteproyectos y proyectos con destino a la captación de fondos e inversiones, con carácter público o privado.

i)   Nombrar, remover o ejercer la autoridad disciplinaria en relación con el personal administrativo de la Federación. Autorizar la gestión técnica de cada actividad y servicio que preste la FEDEMUCARTAGO.

j)   La gestión técnica de cada actividad y servicio.

k)  Ejercer la representación judicial y extrajudicial en conjunto con el Presidente, con facultades de apoderados generalísimos, con la limitación de suma que al efecto establezca el Concejo Directivo para el respectivo acto o contrato.

l)   Ejercer el control de la contabilidad de la Federación, así como refrendar con su firma todos los pagos que realice la Federación, conjuntamente con dos miembros del Concejo Directivo.

m) Asistir a las sesiones del Concejo Directivo, con voz pero sin voto. Tramitar y ejecutar los acuerdos del Concejo Directivo.

n)  Elaborar el proyecto de presupuesto anual, los proyectos de presupuestos ordinarios y la liquidación de los ejercicios económicos, en consulta y mutuo acuerdo con el Concejo Directivo.

o)  Desempeñar cualquier otra función que le asigne la ley, el Concejo Directivo o los reglamentos.

El Director Ejecutivo solo podrá ser removido o suspendido de su cargo por justa causa o por votación no menor de las dos terceras partes del los miembros de la Asamblea General.

CAPÍTULO III

Régimen Jurídico

Artículo 21. Las funciones públicas de secretaría y las de tesorería serán desempeñadas por los miembros que designe el Concejo, quedando sujetas a la normativa que con carácter específico establecen este Estatuto, el Reglamento y el vigente Código Municipal.

La Federación de Municipios adecuará su funcionamiento a la normativa de Régimen Municipal, a este Estatuto y a su Reglamento, así como a las normas de régimen interno que se apruebe y en concordancia con lo que establece el artículo tres de estos Estatutos.

La actividad económica de la Federación estará sometida a los controles y tramitaciones que con carácter general establece para las municipalidades el vigente Código Municipal.

CAPÍTULO IV

Régimen Financiero

Artículo 22. Del Patrimonio de la Federación. El patrimonio de la Federación lo constituyen los siguientes cursos:

a)  La posesión de todos los bienes, muebles e inmuebles, que se cedan o adscriban a la Federación por los municipios miembros u otras entidades públicas o privadas, los cuales deberán figurar inventariados. Los bienes que los entes, asociados o no, adscriban a esta Federación para el cumplimiento de sus fines, conservarán la calificación jurídica de origen, sin que ésta adquiera su propiedad.

b)  El derecho a recaudar las tasas a los usuarios y aportaciones municipales, que se establezcan conforme a la Legislación aplicable y según los acuerdos aprobados, por la prestación de los servicios de su competencia. Cuando los servicios se presten a otras Entidades u Organismos, los precios podrán recaudarse mediante convenio.

c)  Los bienes que puedan ser adquiridos por la Federación de Municipalidades que deberán figurar, igualmente, en el Inventario.

d)  Los estudios, anteproyectos, proyectos, obras e instalaciones que costee o realice la Federación de Municipalidades.

e)  Las subvenciones que acuerde en su favor el Estado y sus instituciones a través de sus presupuestos ordinarios y extraordinarios de la República.

f)   Las donaciones, herencias, legados y cualquier tipo de ingresos eventuales que se acuerden a su favor.

g)  Todo cheque se emitirá con dos firmas mancomunadas de las personas designadas y autorizadas por el Concejo Directivo.

Artículo 23. Recursos Económicos.

a)  Las rentas y productos de sus bienes patrimoniales y aquellos otros que tenga asignados.

b)  Los beneficios que puedan obtener en el cumplimiento de sus fines.

c)  Los ingresos por prestación de servicios y actividades de su competencia.

d)  Los intereses de depósitos o inversiones realizadas.

e)  Las aportaciones voluntarias, donativos, legados, auxilios y subvenciones de toda índole, que realice a su favor cualquier clase de persona física o jurídica, nacionales o extranjeras, sin perjuicio de los límites y controles establecidos al efecto por la legislación vigente. En todo caso esos recursos únicamente podrán invertirse en los proyectos de desarrollo y funciones que correspondan a la Federación.

f)   Las cuotas ordinarias y extraordinarias que, para cada ejercicio económico fije el Concejo Directivo a cada una de las entidades federadas.

g)  Las operaciones de empréstito.

h)  Cualesquiera otros ingresos.

Artículo 24. Las actividades económicas de la Federación estarán fiscalizadas por la Contraloría General de la República, de acuerdo con la Ley que rige la materia.

Artículo 25. De las aportaciones de las Municipalidades federadas y usuarios.

Los pagos ordinarios, extraordinarios o que por prestación de servicios que hayan de efectuar los miembros federados y los demás usuarios, de conformidad con lo previsto en estos. Estatutos, se abonarán a la Federación de Municipalidades, respecto de la cual se entenderá contraída la respectiva obligación de pago, y correlativamente, el derecho de la Federación de Municipalidades a exigirla. Para ello, las municipalidades federadas se obligan a incluir en sus respectivos presupuestos las cantidades necesarias.

Las Municipalidades signatarias del presente Estatuto, de conformidad con el artículo diez del Código Municipal habrá una cuota porcentual ordinaria anual de los presupuestos Ordinarios de las municipalidades signatarias equivalente a un dos por mil. Esa cuota se pagará en el primer trimestre del año calendario. No obstante, dicha cuota se podrá ajustar a las posibilidades reales de cada municipalidad sin que ello afecte los derechos y deberes de la misma ante la Federación.

Podrán fijarse cuotas extraordinarias a cargo de la totalidad de las municipalidades federadas para ser aplicadas a gastos ordinarios o extraordinarios de la Federación siempre que aquellas aprueben esas cuotas.

Asimismo, todas o algunas municipalidades federadas podrán acordar por iniciativa propia cuotas extraordinarias que se comprometan a pagar en forma individual y obligatoria para compra de equipo y/o el desarrollo y ejecución de programas específicos.

Asimismo, en caso de gestionarse por parte de esta Federación el cobro de impuestos y tasas, acordarán la autorización de -compensación en favor la Federación, siendo detraídas las aportaciones de los ingresos habidos para el Cantón por los diferentes conceptos.

Aquellos cantones que siendo requeridos por parte de la Federación de Municipalidades no hagan efectivo el pago de sus obligaciones, podrán ser suspendidos de la percepción de los servicios que ésta les preste.

Artículo 26. Del Régimen de Rentas y Gastos. Los ingresos por prestación de servicios y actividades de, su competencia habrán de ser fijados y modificados a través del correspondiente acuerdo, aprobado por el Concejo Directivo, aplicándose al efecto la legislación vigente. La Federación de Municipalidades recaudará y aplicará los rendimientos a sus fines específicos, utilizando los procedimientos administrativos que la ley establece.

La autorización, disposición y ordenación de gastos corresponde al/la director/a ejecutivo/a, en los términos y dentro de los límites que, anualmente, establezca el Presupuesto, con sujeción a lo establecido en este estatuto y a la legislación y con observación de aquello que fuere competencia del Concejo.

El reconocimiento de obligaciones corresponde al Concejo, en lo términos establecidos por la Legislación Vigente del Régimen Municipal. Todo cheque se emitirá con dos firmas mancomunadas de las personas designadas y autorizadas por el Concejo Directivo.

Artículo 27. Contabilidad y rendición de Cuentas. La Federación de Municipalidades está obligada a llevar contabilidad de todas las operaciones, conforme a lo establecido en el vigente Código Municipal y legislación que le fuera aplicable.

El/la Contador/a y el Director/a Ejecutivo/a, -rendirá ante el Concejo Directivo las siguientes cuentas:

       La Cuenta General del Presupuesto

    La Cuenta de Administración del Patrimonio

    La Cuenta Anual de Tesorería

CAPÍTULO V

Separación, disolución y liquidación

Artículo 28. La separación de uno de los miembros de la Federación se iniciará con el acuerdo del correspondiente Concejo Municipal, que deberá ser aprobado por las 2/3 partes. Su separación no invalida los acuerdos en vía de ejecución.

La separación será aprobada por la Asamblea General de forma que no se perjudiquen los intereses públicos que la Federación representa y que los miembros quienes pretendan tal separación, estén al corriente de sus obligaciones, quedando garantizada la liquidación de los créditos que tuviesen pendientes.

La separación seguirá el mismo trámite que una modificación de estatutos.

Artículo 29. La disolución de la Federación de Municipalidades podrá producirse por acuerdo de la Asamblea General, para ello se requerirá el voto de las 2/3 partes y la ratificación de la mayoría de las entidades asociadas, en acuerdos adoptados con igual quórum.

Artículo 30. Acordada la disolución por la Asamblea General, ésta designará una Comisión Liquidadora que se encargará de la gestión del servicio y del destino de los bienes que integran el Patrimonio de la Federación de Municipalidades. La Comisión Liquidadora realizará su cometido en el plazo máximo de un año. Este procedimiento requerirá de modo obligatorio el refrendo de la Contraloría General de la República.

Los bienes que hubiesen estado destinados a la prestación de los servicios desarrollados por la Federación de Municipalidades y adscritos por los Cantones federados, pasarán automáticamente a disposición de los mismos.

En cuanto a los demás bienes, la Comisión Liquidadora adoptará los acuerdos pertinentes. Los entes federados no responderán de las deudas y obligaciones contraídas por la Federación de Municipalidades.

CAPÍTULO VI

Modificación de los Estatutos

Artículo 31. La modificación de los Estatutos de la Federación de Municipalidades deberá seguir el siguiente procedimiento:

    Propuesta promovida indistintamente por una cuarta parte de la Asamblea General Ordinaria o un tercio de la del Concejo Directivo.

    Aprobación por parte de la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria con acuerdo de dos tercios de los votos.

    Elevarlo a conocimiento de los Concejos. Municipales Federados.

    Publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

    Informar al Registro Nacional en la sección correspondiente.

El presente Estatuto podrá ser reformado por la Asamblea General, por votación de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros, en sesión extraordinaria convocada exclusivamente para ese propósito.

CAPÍTULO VII

Disposiciones Generales

Artículo 32. Para cubrir los gastos generales de la Federación, cada Municipalidad signataria le girará anualmente la cuota acordada de su Presupuesto Ordinario. No obstante, las municipalidades podrán adelantar sumas mayores a las indicadas. Cada año, en virtud de nuevas necesidades de la Federación, la Asamblea General podrá variar el monto total de los aportes municipales a petición del Concejo Directivo. El monto y sistema de pago se definirá oportunamente en un reglamento.

Artículo 33. La separación de una de las Municipalidades integradas a la Federación, no invalida lo acuerdos en vía de ejecución.

Artículo 34. Las normas legales propias que rigen a las Municipalidades signatarias se aplicarán a la Federación en lo que no fueren incompatibles con sus especiales funciones.

Artículo 35. La Federación puede solicitar a los concejos municipales signatarios el personal técnico y administrativo que necesite para el cumplimiento de sus funciones y aquellos, los proporcionarán en la medida de sus posibilidades. Asimismo, la Federación brindará a las municipalidades de la Provincia asociadas o no, los servicios y asistencia que éstas requieran, sin perjuicio de las limitaciones existentes en cuanto a recursos humanos, presupuestarios y tecnológicos, así como de las prioridades establecidas por el Concejo Directivo o el Director Ejecutivo y por su orden.

Artículo 36. El personal municipal que se traslade en forma definitiva a prestar servicios en la Federación conservará en ésta sus derechos adquiridos en los regímenes de pensiones o jubilaciones a que estén amparados.

CAPÍTULO VIII

Disposiciones Transitorias

Artículo 37. El presente Estatuto rige a partir de su aprobación por parte de la Asamblea General de la Federación de Municipalidades de Cartago.

Artículo 38. Transitorio I. El presente Estatuto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Artículo 39. Transitorio II. La reforma del artículo 9 de estos estatutos aplicará a partir del próximo período constitucional siguiente a esta reforma, salvo que cada municipalidad manifieste por escrito su aprobación a la misma.

Artículo 40. Transitorio III. Los nuevos miembros que completarán el actual Concejo Directivo por el plazo correspondiente (Alcaldes e Intendentes), serán designados dentro del mes siguiente a la publicación de esta reforma, por acuerdo de mayoría de dichos funcionarios.

Estatutos aprobados Asamblea General, Federación de Municipalidades de Cartago a las doce horas del cinco de mayo del dos mil siete.

Alberto Camacho Pereira, Director Ejecutivo.

FEDERACION DE MUNICIPALIDADES DE LA PROVINCIA DE CARTAGO.

La Federación de Municipalidades de la Provincia de Cartago, con cédula jurídica número tres-cero cero siete-cero ochenta y cuatro mil novecientos cincuenta y uno, informa el nombramiento del Directorio para el período 2006-210. Según consta en el acta Número 83 debidamente aprobada en la Sesión celebrada en el Salón de Sesiones de la Municipalidad del Cantón Central de Cartago, el día sábado 10 de junio del 2006, Artículo 2.

Presidente: Alejandro Monge Ariño.

I Vicepresidente: Hilda Navarro Cordero

II Vicepresidente: Emilio Ortiz Cordero

Secretario: Gerardo Quirós Soto.

Tesorero: Arturo Rodríguez Morales.

I Vocal: Maribel Calvo Soto.

II Vocal: Carlos Martínez Rodríguez.

III Vocal: Nidia Alfaro Villalobos.

IV Vocal: Marco Vinicio Redondo Quirós.

Directivos suplentes:

Enrique Martínez Arias.

Sara Zúñiga Ramírez.

Pablo Sandoval Ramírez.

Vera Barquero Solano.

Carlos Franco Cabrera.

Elena Córdoba Soto.

Minor Gamboa Obando.

Mauricio Gudiño Garita.

Ángel Raquel López Gómez.

Alberto Camacho Pereira, Director Ejecutivo. 1 vez. (736).

REMATES

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

REMATE Nº 2008-01

Venta de maquinaria en desuso

El remate será realizado a las 11:00 horas del 15 de febrero del 2008, en el Salón de Sesiones de la Municipalidad de Nandayure.

El equipo que se rematará, es lo siguiente:

-    1 vagoneta, marca Pegaso, estilo 1216, modelo 1985, placa SM-2214.

-    1 vagoneta, marca Pegaso, estilo 1216, modelo 1985, placa SM-2200.

-    1 vagoneta, marca Pegaso, estilo 1216, modelo 1985, placas SM-2335.

-    1 tractor de llantas, marca Furukagua, estilo FL 120, modelo 1985, placa SM-2063.

-    1 tractor de orugas, marca Caterpillar, estilo Caterpillar, modelo 1978, placa SM-1390.

-    1 tractor de orugas, marca Fiat, estilo 11 B, modelo 1978, placa EE-9592.

Toda esta maquinaria se encuentra en mal estado.

Los interesados, en participar, deberán obligatoriamente inscribirse previo a la fecha del remate, mediante oficio dirigido a la Alcaldía Municipal, al fax: 657-7081. Fecha límite para inscribirse: 14 de febrero del 2008.

Nandayure, 11 de enero del 2008. Luis Gerardo Rodríguez Quesada, Alcalde Municipal. 1 vez. (2438).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO DE COSTA RICA

AVISO

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

A quien interese, hago constar que el certificado de depósito a plazo del Banco de Costa Rica:

Cert. Nº               Monto ¢                 Plazo              Emitido                   Vence                      Tasa

61106564        300.000,00           360 días       22/10/2002          22/10/2003               16.25%

Certificado emitido por la oficina La Uruca 943, ha sido reportado como extraviado por lo que se solicita al Banco de Costa Rica, su reposición de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

Marta Isabel Morúa G., Solicitante. (2056).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CENTRO SERVICIOS FINANCIEROS CATEDRAL

AVISO

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado y cupones de interés de ahorro a plazo fijo a la orden Chacón Ulate Rosamira, cédula de identidad 01-0340-0685 o Chacón Godínez Rodrigo, cédula de identidad 01 -0719-0392.

                                                     Monto             Fecha                                                                        Fecha

Certific. número                         ¢            vencimiento         Cupón Nº       Monto  ¢        vencimiento

1610846021071628-0     485.498,00    14/07/2005             003           4.741,70            08/05/2005

                                                                                                              004           4.741,70            08/06/2005

                                                                                                              005           4.741,70            08/07/2005

                                                                                                              006             948,30             14/07/2005

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

San José, 4 de enero del 2008. Plataforma de Ahorro a Plazo. Lic. Carmen Sánchez Rivas, Coordinadora. Nº 7170. (886).

SUCURSAL EN LIBERIA

AVISO

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal de este domicilio, hace del conocimiento público que el señor Rivas Ruiz Claudio Franklin, cédula Nº 5-071-881, ha solicitado por motivo de extravío la reposición del siguiente certificado y cupones de ahorro a plazo.

Número certificado                         Monto                           Fecha

        y cupones                              certificado                  vencimiento

16100260220163141                    $91.588,00                     26-12-2007

Cupón Nº 039                                    $998,30                     26-12-2007

Lo anterior para los efectos de los artículos Nos. 708 y 709 del Código de Comercio.

San José, 8 de enero del 2008. MBA. Deyanira Castro S., Sub-Gerente. (1274).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

AVISOS

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

ORG-002-08. Gómez Sandí Juan Carlos, costarricense, cédula número 1-1100-475, ha solicitado reposición del título de Bachillerato en Ingeniería Agronómica con Énfasis en Fitotecnia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de enero del 2008. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1702).

ORG-003-08. Peña Duarte Marisol, costarricense, cédula número 5-243-515, ha solicitado reposición de los títulos de Bachiller en Ciencias de la Comunicación Colectiva con énfasis en Publicidad y Licencia en Ciencias de la Comunicación Colectiva. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de enero del 2008. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1703).

ORG-004-08. Rodríguez Coronado Jecserlin, costarricense, cédula 6-349-334, ha solicitado reposición del título de Bachillerato en Ciencias de la Educación Primaria. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 7 de enero del 2008. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1704).

ORI-R-2661-2007. Cañon García Sandra Patricia, R-284-2007, colombiana, residente permanente: 117000353624, ha solicitado reconocimiento del diploma de Terapeuta Física, de la Universidad Nacional de Colombia, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 27 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1705).

ORI-R-2659-2007. Esmeral Maldonado Jaime Andrés, R-287-2007, colombiano, residente permanente: 117000911508, ha solicitado reconocimiento del diploma de Administrador de Empresas, de la Universidad Santiago de Cali, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 27 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1706).

ORI-R-2651-2007. Golcher Llobet Federico Xavier, R-052-2007-B, costarricense, cédula 1-1082-023, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ciencias, Especialidad Ingeniería Civil, de la Universidad de Tulane, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 26 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1707).

ORI-R-2665-2007. Orozco Coto Norman Eduardo, R-285-2007, costarricense, cédula 3-289-512, ha solicitado reconocimiento del diploma de Magíster en Economía aplicada con mención en Macroeconomía, de la Pontificia Universidad Católica de Chile, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 26 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1708).

ORI-R-2657-2007. Pérez Fernández María de los Ángeles, R-286-2007, colombiana, residente permanente: 117000057714, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Industrial, de la Universidad Autónoma del Caribe, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 26 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1709).

ORI-R-2608-2007. Barrantes Campbell Daniel, R-268-2007, costarricense, cédula 7-0157-0120 ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller en Técnica y Tecnología en la Especialidad de “Tecnología Química y Biotecnología”, Universidad Químico-Tecnológica de Rusia “D.I. Mendeleev”, Rusia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 20 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1710).

ORI-R-2529-2007. Centeno Quiñones María Auxiliadora, R-253-2007, venezolana, pasaporte D0208205, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Administración de Empresas, Universidad Gran Mariscal de Ayacucho, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1711).

ORI-R-2612-2007. Little Little Eloísa, R-269-2007, costarricense, cédula 7-077-087 ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Enfermería Oncológica, de la Pontificia Universidad Javeriana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 20 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1712).

ORI-R-2551-2007. Moreno Luna Yraida Carolina, R-258-2007, venezolana, pasaporte C-1596705 ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Psicología, Universidad Central de Venezuela, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1713).

ORI-R-2553-2007. Orochena Oconitrillo Ericka, R-259-2007, costarricense, cédula 1-1156-0793 ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1714).

ORI-R-2610-2007. Ulla Borges Lázaro, R-270-2007, cubano, carné de refugiado: 119200041935, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Derecho, de la Universidad de la Habana, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 20 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1715).

ORI-R-2547-2007. Vargas Casafont Luis Diego, R-256-2007, costarricense, cédula 1-1086-0955, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Civil, El Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1716).

ORI-R-2647-2007. Pociello Bové Jordi, R-279-2007, español, pasaporte AE024508, ha solicitado reconocimiento del diploma de Diplomado en Ciencias Empresariales, Universidad Politécnica de Cataluña, España. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 26 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1717).

ORI-R-2539-2007. Morales Ríos Herbert, R-255-2007A, costarricense, cédula 1-0804-0504, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Filosofía, Física, Universidad Kentucky, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1718).

ORI-R-2541-2007. Morales Ríos Herbert, R-255-2007B, costarricense, cédula 1-0804-0504, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ciencias, Física, Universidad de Kentucky, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 15 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1719).

ORI-R-2570-2007. Ricardo José Lozano Cruz, R-263-2007, nicaragüense, cédula de residencia 270-0220260-0118283, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Químico, Universidad Nacional de Ingeniería, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1720).

ORI-R-2564-2007. Karen Patricia Medina Muñoz, R-260-2007, colombiana, cédula de refugiado 117000969103, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero de Sistemas, Corporación Educativa Mayor del Desarrollo Simón Bolívar, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1721).

ORI-R-2572-2007. Fernández Núñez Rony Jesús, R-264-2007, costarricense, cédula de identidad 6-312-377, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1722).

ORI-R-2566-2007. Méndez Méndez Jimmy de los Ángeles, R-261-2007, costarricense, cédula de identidad 2-587-468, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1723).

ORI-R-2578-2007. Nancy Ramírez Castro, R-267-2007, costarricense, cédula de identidad 1-925-347, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ciencias de la Geoinformación y Observación, de la Tierra: Ingeniería Geológica, Instituto Internacional para Ciencias de la Geoinformación y Observación de la Tierra, Países Bajos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 13 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1724).

ORI-R-2568-2007. Cantillo Quirós Esteban, R-262-2007, costarricense, cédula de identidad 1-692-283, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Enfermería Oncológica, Pontificia Universidad Javieriana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1725).

ORI-R-2574-2007. Leiva Calderón Eduardo Andrés, R-265-2007, costarricense, cédula de identidad 1-862-837, ha solicitado reconocimiento del diploma de Especialista en Rehabilitación Oral, Pontificia Universidad Javieriana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1726).

ORI-R-2576-2007. Espinoza Morales Óscar Fernando, R-266-2007, mexicano, cédula de residencia 150-0212964-0001953, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciado en Derecho, Universidad Nacional Autónoma de México, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 16 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1727).

ORI-R-2653-2007. Pedro José Armijo Guillén, R-281-2007, costarricense, cédula de identidad 1-1002-040, ha solicitado reconocimiento del Diploma de Maestría en Ciencias, Ingeniería de Seguridad en Incendios, University Of Ulster, Reino Unido. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 26 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1728).

ORI-R-2645-2007. Villegas Araya Carolina, R-280-2007, costarricense, cédula de identidad 1-986-041, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 26 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1729).

ORI-R-2667-2007. Atunez Pacheco Rosbinda, R-283-2007, hondureña, pasaporte B080402, ha solicitado reconocimiento del diploma de Abogada, de la Universidad Tecnológica Centroamericana, Honduras. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 27 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1730).

ORI-R-2783-2007. Briceño Jiménez Alejandra, R-297-2007, costarricense, cédula 1-599-113, ha solicitado reconocimiento del diploma de Médico Cirujano, de la Universidad Mayor de San Simón, Bolivia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 04 de diciembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1731).

ORI-R-2744-2007. Condines Chicurel María Ximena, R-289-2007, uruguaya, pasaporte B717917, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Universidad de la Republica, Uruguay. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 29 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1732).

ORI-R-2533-2007. Esquivel Rodríguez Patricia, R-170-2000B, costarricense, cédula 1-0770-0100, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Ciencias Naturales (Dr.rer.nat), Universidad de Hohenheim, Alemania. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 28 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1733).

ORI-R-2787-2007. López Guevara Ángel, R-296-2007, venezolano, pasaporte D0132911, ha solicitado reconocimiento del diploma de Odontólogo, de la Universidad de Carabobo, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 4 de diciembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1734).

ORI-R-2675-2007. Marroquin Velásquez Lissette, R-291-2007, costarricense, cédula 1-0828-0548, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Ciencias de la Comunicación, Universidad de Montreal, Canadá. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 26 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1735).

ORI-R-2748-2007. Pacheco Banegas de Antunez Rosbinda, R-288-2007, hondureña, pasaporte C078656, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Químico Industrial, Universidad Nacional Autónoma de Honduras, Honduras. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 29 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1736).

ORI-R-2742-2007. Peña Briceño María del Pilar, R-290-2007, costarricense, cédula 9-0117-0438, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Derecho, Universidad Privada Boliviana, Bolivia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 29 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1737).

ORI-R-2683-2007. Ronnald Rodríguez, R-277-2007, estadounidense, pasaporte 201296277, ha solicitado reconocimiento del diploma de Bachiller en Ciencias en Farmacia, Universidad de Florida, Estados Unidos. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 26 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1738).

ORI-R-2655-2007. Emilio Julio Garreaud Indacochea, R-282-2007, peruano, pasaporte 2999017, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctor en Ciencias Sociales, Universidad Católica de Santa María, Perú. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 26 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1739).

ORI-R-2649-2007. Aura Patricia Baltodano Madrigal, R-278-2007, costarricense, cédula de identidad 1-1071-086, ha solicitado reconocimiento del diploma de Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 26 de noviembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1740).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ORI-R-2780-2007. Leonard Andrés Ardila Hernández, R-294-2007, colombiano, cédula de residencia 117000029921, ha solicitado reconocimiento del diploma de contador público, Universidad Militar Nueva Granada, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 4 de diciembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1741).

ORI-R-2778-2007. John Alexander Rodríguez Anzola, R-293-2007, colombiano, pasaporte CC80424918, ha solicitado reconocimiento del diploma de Odontólogo, Colegio Universitario Colombiano, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 4 de diciembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1742).

ORI-R-2776-2007. Ronald Briceño Marenco, R-292-2007, nicaragüense, cédula de residencia 003-RE-003014-00-1999, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Agrónomo en la Especialidad de Zootecnia, Universidad Nacional Agraria, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 4 de diciembre del 2007. Oficina de Registro e Información. M.B.A. José A. Rivera Monge, Jefe. (O. C. 112287). C-14520. (1743).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE CARTAGO

HERMANDAD DE LA CARIDAD DE CARTAGO

AVISO

Ante esta Junta de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de la Caridad de Cartago, de conformidad con las disposiciones que emanan del Decreto Ejecutivo Nº 32833-S de fecha 3 de agosto de 2005, “Reglamento General de Cementerios” y 704 del 7 de setiembre de 1949, se ha presentado: Elizabeth Cervantes González, cédula 1-370-682 y como madre en ejercicio de la patria potestad de sus hijos menores Rodolfo José y María José, ambos de Apellidos Fonseca Fernández, quienes bajo juramento de ley y exonerando a la Junta de Protección Social de Cartago, hoy Hermandad de la Caridad de Cartago, de responsabilidades ante terceros de iguales o mejores derechos, manifiestan que son los únicos y universales herederos de quien en vida se llamó Rodolfo Fonseca Jurado y a cuyo nombre y de Rodolfo José y María José, ambos de apellidos Fonseca Fernández, se encuentra inscrito el derecho de arrendamiento de la fosa Nº 337, de la sección Los Ángeles, del Cementerio General de Cartago y que en virtud de lo anterior solicitan que se inscriba el mencionado derecho por partes iguales y a nombre de cada uno de los solicitantes. Se mantiene invariable el plazo del contrato original. Lo anterior se hace del conocimiento de todos aquellos terceros de iguales o mejores derechos, para que puedan presentar las oposiciones de ley en el término de quince días naturales a partir de la publicación del presente edicto.

Cartago, 8 de enero de 2008. Rebeca Cerdas Mora, Asistente de Gerencia. 1 vez. Nº 8013. (2398).

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

CALENDARIO DE DIVULGACIÓN 2008

Publicación

Frecuencia

Ene

Feb

Mar

Abr

May

Jun

Jul

Ago

Sep

Oct

Nov

Dic

Boletín Índice de Precios al Consumidor

Mensual

4

4

4

2

5

3

2

4

2

2

4

2

Referencia

(Dic)

(Ene)

(Feb)

(Mar)

(Abr)

(May)

(Jun)

(Jul)

(Ago)

(Set)

(Oct)

(Nov)

Boletín Índices de Precios de los Insumos de la Construcción

Mensual

14

13

13

14

14

12

11

13

11

13

13

11

Referencia

(Dic)

(Ene)

(Feb)

(Mar)

(Abr)

(May)

(Jun)

(Jul)

(Ago)

(Set)

(Oct)

(Nov)

Boletín sobre el costo de la Canasta Básica de Alimentos

Mensual

9

11

13

9

12

11

11

12

11

10

12

11

Referencia

(Dic)

(Ene)

(Feb)

(Mar)

(Abr)

(May)

(Jun)

(Jul)

(Ago)

(Set)

(Oct)

(Nov)

Boletín de Comercio Exterior

Semestral

 

 

31

 

 

 

 

 

 

3

 

 

Referencia

 

 

Anual /07

 

 

 

 

 

 

1 Sem /08

 

 

Boletín de Estadísticas de la Construcción

Semestral

 

 

21

 

 

 

 

 

 

3

 

 

Referencia

 

 

Anual /07

 

 

 

 

 

 

1 Sem /08

 

 

Cálculo de Población

Semestral

 

 

 

7

 

 

 

 

5

 

 

 

Referencia

 

 

 

Anual /07

 

 

 

 

30 jun/08

 

 

 

Boletín electrónico Tasa de Mortalidad Infantil Interanual

Mensual

11

12

12

10

12

11

10

12

10

10

12

10

Referencia

(Nov)

(Dic)

(Ene)

(Feb)

(Mar)

(Abr)

(May)

(Jun)

(Jul)

(Ago)

(Set)

(Oct)

Boletín de Mortalidad Infantil

Anual

 

 

10

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Referencia

 

 

2007

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Boletín de Indicadores Demográficos

Anual

 

 

10

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Referencia

 

 

2007

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Estadísticas Vitales

Anual

 

 

 

 

 

 

 

 

 

27

 

 

Referencia

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2007

 

 

Boletín Panorama Demográfico

Anual

 

 

 

 

 

 

21

 

 

 

 

 

Referencia

 

 

 

 

 

 

2007

 

 

 

 

 

Actualización Proyecciones Población 2000 - 2050

Referencia 2000 - 2050

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

17

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Boletín de Pobreza e Ingresos de los Hogares 2008

Anual

 

 

 

 

 

 

 

 

 

30

 

 

Referencia

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Julio

 

 

Boletín de Fuerza de Trabajo 2008

Anual

 

 

 

 

 

 

 

 

 

30

 

 

Referencia

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Julio

 

 

Publicación Principales Resultados de la Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples 2008

Anual

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

19

Referencia

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Julio

Anuario Estadístico

Referencia

 

 

 

 

 

 

 

 

 

31

 

 

Referencia

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2007

 

 

Memoria Institucional

Anual

 

28

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Referencia

 

2007

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Calendario de Divulgación

Anual

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

19

Referencia

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2009

 

San José, 20  de diciembre del 2007. Jaime Vaglio Muñoz, Gerente. 1 vez. (Solicitud Nº 38536). C-71280. (580).

ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN

PROCEDIMIENTO GENERAL DE

EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN

TABLA DE CONTENIDO

1      OBJETIVO                                                                                        1

2      ALCANCE                                                                                        1

3      DOCUMENTOS DE REFERENCIA                                               2

4      DEFINICIONES                                                                                2

5      RESPONSABILIDADES                                                                  2

6      SISTEMAS DE ACREDITACIÓN                                                  3

7      VISITA PRELIMINAR                                                                    4

8      PROCESO GENERAL DE EVALUACIÓN Y

        ACREDITACIÓN                                                                             4

9      OPINION DIVERGENTE                                                              11

10    OEC CON SEDES CRÍTICAS                                                        12

11    DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS

        OEC ACREDITADOS                                                                    13

12    SEGUIMIENTO Y FISCALIZACIÓN                                          13

13    RENOVACIÓN                                                                               14

14    AMPLIACIÓN Y REDUCCIÓN DEL ALCANCE

        DE ACREDITACIÓN                                                                    14

15    RENUNCIA A LA ACREDITACIÓN                                          15

16    SUSPENCIÓN Y CANCELACIÓN DE LA ACREDITACIÓN   16

17    TARIFAS                                                                                        16

18    CONFIDENCIALIDAD                                                                 16

19    DIRECTORIO DE OEC ACREDITADOS                                    17

20    IDENTIFICACIÓN DE CAMBIOS                                              17

21    ANEXOS                                                                                         17

        ANEXO 1 DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCESO

        GENERAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN                  17

1. OBJETIVO

Establecer lineamientos para realizar la evaluación a los OEC, el otorgamiento, seguimiento, ampliación, reducción, renuncia, suspensión y cancelación de la acreditación.

2. ALCANCE

Aplica a todos los Organismos de Evaluación de la Conformidad, ubicados en Costa Rica o en Honduras, que soliciten la acreditación ante el ECA y a todo el personal involucrado en el proceso de evaluación y acreditación.

3. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

-    ECA-MC             Manual de Calidad

-    ECA-MC-P01      Confidencialidad, imparcialidad y objetividad.

-    ECA-MC-P08      Apelaciones

-    ECA-MC-P13      Ejecución de la evaluación

-    ECA-MC-P14      Otorgamiento de la acreditación

-    ECA-MC-P15      Seguimiento y renovación de la acreditación

-    ECA-MC-P16      Sanción, suspensión, retiro o reducción del

                                   alcance de acreditación

-    ECA-MC-MA-

     P06-F01               Encuesta de satisfacción al cliente

4. DEFINICIONES

-    CEE: Cuerpo de Evaluadores y Expertos Técnicos del ECA.

-    OEC: Organismos de Evaluación de la Conformidad.

-    OEC multisitios: OEC que cuenta con varias instalaciones fijas que

     tienen el mismo responsable de calidad y el mismo responsable de

     dirección técnica.

-    OEC con sedes críticas: OEC que realizan actividades claves.

-    Solicitud: Formulario que puede ser utilizado para solicitud de

     acreditación inicial, ampliación del alcance de acreditación o

     renovación de la acreditación. El ECA posee formulario de solicitud

     para: Laboratorio de Ensayo, Laboratorio de Calibración,

     Organismo de Inspección y Organismo de Certificación.

-    Admisibilidad técnica: Es el nombramiento en firme del Equipo

     Evaluador designado para realizar las evaluaciones al

     OEC solicitante dentro de un alcance de acreditación específico.

-    OHA: Oficina Hondureña de Acreditación.

5. RESPONSABILIDADES

Las responsabilidades se detallan en cada actividad incluida dentro del procedimiento. La simbología utilizada es la siguiente:

-    Responsable Junta Directiva: [JD]

-    Responsable Gerencia: [G]

-    Responsable Comisión de Acreditación: [CA]

-    Responsable Dirección Administrativo Financiera: [DAF]

-    Responsable Gestoría de Calidad: [GC]

-    Responsable Secretaría de Acreditación: [SA]

-    Responsable Comité Asesor Técnico: [CAT]

-    Responsable Organismo de Evaluación de la Conformidad: [OEC]

-    Responsable Evaluador Líder: [EL]

-    Responsable Equipo Evaluador y Evaluador Líder: [EE]

-    Responsable Oficina Hondureña de Acreditación: [OHA]

6 SISTEMAS DE ACREDITACIÓN

6.1   Los OEC pueden solicitar la acreditación como:

a.   Laboratorio de ensayo o laboratorio de calibración;

b.  Organismo de certificación;

c.   Organismo de inspección

6.2   La acreditación a Organismos de certificación se otorga en los siguientes sistemas de certificación:

a.   Certificación de producto.

b.  Certificación de sistemas de gestión, entre los cuales se incluye Firma Digital;

c.   Certificación de personas.

6.3   La acreditación de Laboratorios de Ensayo o Laboratorios de Calibración se otorga para las actividades de ensayo o calibración.

6.4   La acreditación de Organismos de Inspección se otorga para las actividades de inspección.

6.5   La acreditación inicial y las renovaciones tienen un periodo de vigencia de cuatro años. Las ampliaciones a alcances ya acreditados son vigentes desde la fecha en que se otorgan hasta la fecha de vencimiento de la acreditación inicial o la renovación.

6.6   Requisitos para la acreditación

Una de las condiciones para la acreditación es el cumplimiento de este documento y los requisitos de las siguientes normas o guías, en su versión vigente y de acuerdo al área de acreditación:

 

Norma INTE-ISO/IEC 17025

Requisitos generales para la competencia técnica de laboratorios de ensayo y calibración

Norma INTE-ISO/IEC 17020

Criterios generales para la operación de varios tipos de organismos que realizan inspección

Norma INTE-ISO/IEC 17021

Requisitos para los organismos que realizan la auditoría y la certificación de sistemas de gestión

Guía INTE-ISO/IEC 65

Requisitos generales para los organismos que operan sistemas de certificación de productos

Norma INTE-ISO/IEC 17024

Evaluación de la conformidad - Requisitos generales para los organismos que realizan certificación de personas

 

6.7   Toda la información provista al ECA es tratada de manera confidencial. ECA mantiene todas las solicitudes que se presenten resguardadas de forma segura y no se divulga el nombre de ningún OEC en proceso de acreditación, excepto los casos contemplados en ECA-MC-P01 Confidencialidad, imparcialidad y objetividad.

7. VISITA PRELIMINAR

7.1   La visita preliminar se realiza a solicitud del OEC con base en los criterios, políticas y procedimientos de acreditación establecidos por el ECA. El OEC debe solicitarla por medio del formulario de solicitud que corresponda conforme al alcance a acreditar. [OEC]

Nota 1: El OEC que solicite visita preliminar debe entregar, en la medida de lo posible, los anexos que se requieren en la solicitud.

Nota 2: El OEC, ubicado en Honduras, que solicite acreditación ante el ECA previamente debe cumplir lo establecido en ECA-MC-P09-I03 Instructivo para acreditación de OEC hondureño.

7.2   El OEC que solicite visita preliminar debe pagar la cotización realizada por la Dirección Administrativo Financiera conforme a las tarifas establecidas por la Junta Directiva del ECA. [OEC] [DAF]

7.3   La visita preliminar es de carácter general, la realiza en lo posible un funcionario del ECA o el equipo evaluador que ECA designe. Los evaluadores que participan en una visita preliminar no deben participar en la evaluación al mismo solicitante.

7.4   Los resultados de la visita preliminar no comprometen el resultado final de la evaluación.

7.5   Las visitas preliminares NO son de carácter obligatorio.

7.6   Para asegurar la independencia entre las actividades de visita preliminar y el proceso de evaluación y acreditación, el ECA mantiene la información y resultados de la visita preliminar en una carpeta independiente al expediente del OEC que se inicia cuando se presenta la solicitud formal de acreditación lleva esta información en carpetas separadas. [SA]

8. PROCESO GENERAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN

El proceso general de evaluación y acreditación se realiza en las siguientes etapas (ver Anexo 1 Diagrama de flujo del proceso de evaluación y acreditación):

Nota 1: Las Secretarías de Acreditación presiden las sesiones de los Comités Asesores. Durante todo el tiempo que las Secretarías de Acreditación sean órganos unipersonales, están facultadas para solicitar a su respectivo Comité Asesor las recomendaciones técnicas que considere pertinentes.

Nota 2: Para el caso de solicitudes de ampliación al alcance acreditado, la Secretaría de Acreditación no requiere presentar la solicitud ante el Comité Técnico.

8.1   Solicitud de acreditación o ampliación del alcance.

8.1.1   El OEC presenta a la Secretaria de Acreditación la solicitud de acreditación firmada por el representante legal de la organización, con la información requerida, los anexos y comprobante de pago inicial conforme a las tarifas establecidas por la Junta Directiva del ECA. [OEC]

Nota: Un OEC que presente solicitud de acreditación ante el ECA y no se comunique con la Secretaría de Acreditación durante un periodo máximo de 120 días hábiles, la Secretaría considera la solicitud inactiva y por tanto procede a su archivo definitivo. En caso de que este OEC retome su interés en la acreditación debe presentar una nueva solicitud. [OEC] [SA]

8.1.2   La Secretaría de Acreditación revisa la solicitud con base en la lista de verificación de cada área de acreditación y crea el expediente para cada solicitud asignándole un número de acuerdo con el orden de presentación, enumera sus folios en forma consecutiva y registra la solicitud en la bitácora, para lo cual dispone de un tiempo máximo de cinco días hábiles.

8.1.3   Si la Secretaría de Acreditación determina que la solicitud NO está completa, solicita, en los siguientes tres días hábiles, por única vez al OEC subsanar las deficiencias en un plazo máximo de diez días hábiles, mediante formulario ECA-MC-P09-F09 Solicitud para subsanar deficiencias a la solicitud de acreditación. [SA]

8.1.4   El OEC debe subsanar las deficiencias dentro de los siguientes diez días hábiles y presentar a la Secretaría de Acreditación. (Vuelve al punto 8.1.2). [OEC]

Nota: En caso de que el OEC no subsane las deficiencias en el plazo establecido, la Secretaría de Acreditación procede al archivo definitivo del expediente. [OEC] [SA]

8.1.5   Cuando la Secretaría de Acreditación determina que la solicitud SI está completa, en caso de requerirlo, la presenta junto con los anexos ante el Comité Asesor para realizar el estudio de admisibilidad técnica. [SA] [CAT]

8.2   Admisibilidad técnica de la solicitud

8.2.1   La Secretaría de Acreditación, con apoyo del Comité Asesor si lo requiere, realiza un estudio de admisibilidad técnica, para revisar la disponibilidad de recursos, según el alcance de los servicios de acreditación brindados por el ECA, conforma el equipo evaluador, de acuerdo a su competencia y al alcance de acreditación solicitado. [SA] [CAT]

Nota: En caso de que el ECA no cuente con evaluadores y/o expertos técnicos dentro del CEE, acorde con el alcance de acreditación solicitado por el OEC, podrá contratarlos en organismos internacionales homólogos u otras instituciones, siempre que cumplan con los criterios establecidos por ECA en ECA-MC-MA-P01, el OEC lo acepte y pague los viáticos y honorarios correspondientes. [SA] [OEC]

8.2.2   La Secretaría de Acreditación, dispone de un plazo máximo de veinte días hábiles para declarar la admisibilidad técnica según ECA-MC-P09-F10 Admisibilidad técnica de la solicitud, a partir de que la solicitud de acreditación se encuentre completa. [SA]

8.2.3   El OEC revisa la propuesta de equipo evaluador, puede objetar el equipo evaluador o parte de éste, con base en los criterios de conflicto de interés. [OEC]

Nota: Los motivos de impedimento y recusación referidos como conflicto de interés se mencionan a continuación:

a.   Tener interés directo en la actividad del OEC.

b.  Tener hasta un tercer grado de consanguinidad o afinidad con personas que posean un interés directo con la actividad del OEC o que laboren para ella o que tengan un interés directo en el asunto que se conozca.

c.   En los casos en que fuere tutor, curador, apoderado, representante o administrador de bienes del OEC.

d.  Haber tenido relaciones comerciales o préstamos mercantiles con el OEC.

e.   Existir o haber existido en los dos años anteriores a su asignación, proceso judicial de cualquier índole, en el que hayan sido partes contrarias el OEC y el Integrante del CEE, o sus parientes mencionados en el supuesto 2 b. de la presente nota.

f.   Haber brindado consultoría, haber sido empleado o socio del OEC en los últimos dos años.

8.2.4   Si el OEC NO acepta el equipo evaluador o parte de éste, envía carta informando su objeción acompañada de la prueba correspondiente. Para lo cual dispone de tres días hábiles desde el momento de la notificación. Si el OEC acepta el equipo evaluador procede según el punto 8.3.1. [OEC]

Nota: En caso de que el OEC no informe a la Secretaría de Acreditación su aceptación o rechazo dentro del periodo establecido, la Secretaría de Acreditación da por aceptado el equipo propuesto y continúa el proceso.

8.2.5   La Secretaría de Acreditación recibe nota de objeción y analiza las pruebas presentadas por el OEC. [SA]

8.2.6   Si la objeción procede vuelve al punto 8.2.1.

8.2.7   Si la objeción NO procede la Secretaría de Acreditación informa, en un plazo de tres días hábiles, por escrito al OEC. [SA]

Nota: El OEC puede objetar el nombramiento del equipo evaluador únicamente en dos oportunidades, agotadas las cuales la designación realizada quedará en firme. [OEC]

8.2.8   Aceptada la totalidad del equipo evaluador por parte del OEC, la Secretaría de Acreditación confirma con cada miembro del equipo su participación, los miembros del equipo deben informar a la Secretaría de Acreditación su respuesta en los siguientes cinco días hábiles, caso contrario la Secretaría procede al nombramiento de otra persona para que conforme el equipo. Si alguno de los miembros del equipo evaluador presenta conflicto de interés, debe notificar a la Secretaría de Acreditación para que el proceso de repita a partir de 8.2.2. [OEC] [SA] [EE]

8.3   Evaluación

Incluye evaluación documental y evaluación in situ:

8.3.1     La Secretaría de Acreditación confirma el nombramiento del equipo evaluador por parte del OEC y de los miembros del equipo. [SAL] [OEC] [EE]

8.3.2     La Secretaría de Acreditación dispone de dos días hábiles para preparar, entregar al Evaluador Líder, la documentación necesaria para realizar la evaluación. [SA] [EL]

8.3.3     El Evaluador Líder debe realizar la evaluación documental, siguiendo el procedimiento ECA-MC-P13 Ejecución de la evaluación, con su equipo evaluador y presenta a la Secretaría de Acreditación original firmado y copia digital del ECA-MC-P13-F06 Informe de evaluación documental y del ECA-MC-P13-F01 Plan de evaluación, para lo cual dispone de diez días hábiles. Los miembros del equipo evaluador son responsables del manejo y la custodia de la documentación y de su confidencialidad. [EE]

Nota 1: La fecha de evaluación in situ que establezca el equipo evaluador en el Plan de evaluación debe estar dentro de los veinte días hábiles posteriores a la presentación de dicho Plan ante la Secretaría de Acreditación. [EE]

Nota 2: En caso necesario, el OEC debe proporcionar la información adicional requerida por el equipo evaluador. [OEC] [EE]

8.3.4     La Secretaría de Acreditación revisa los documentos presentados por el Evaluador líder y los envía al OEC junto con el formulario ECA-MC-P09-F11 Entrega del plan de evaluación e informa al OEC sobre la confirmación de la evaluación in situ o la imposibilidad para continuar con el procedimiento, para lo cual dispone de cinco días hábiles. [SA]

Nota: En caso de requerirlo, la Secretaría de Acreditación puede solicitar enmiendas al informe presentado por el Evaluador Líder antes de enviarlo al OEC. [SA] [EL]

8.3.5     El OEC recibe los documentos enviados por la Secretaria y procede a implementar las acciones correctivas en caso necesario, las cuales se verifican en la evaluación in situ. Por razones de organización de su trabajo y/o proceso productivo, el OEC puede solicitar a la Secretaría de Acreditación ajustes en el Plan de Evaluación en los tres días hábiles siguientes a la entrega de dicho plan. [OEC]

8.3.6     La Secretaría de Acreditación confirma el plan de evaluación con el OEC. [SA] [OEC]

Nota: El 50% de la evaluación documental y el 50% de la evaluación in situ deben de ser cancelados por el OEC como máximo tres días hábiles antes de la evaluación in situ conforme a cotización enviada por la Dirección Administrativo Financiera, acorde con las tarifas establecidas por la Junta Directiva del ECA. Caso contrario, se aplica un 5% de recargo por mora al monto establecido dentro de la cotización. [OEC] [DAF]

8.3.7     El Evaluador Líder con su equipo evaluador realiza la evaluación in situ de acuerdo con el procedimiento ECA-MC-P13 Ejecución de la evaluación. En un plazo máximo de cinco días hábiles posteriores a la evaluación in situ, el Evaluador líder presenta original firmado y copia digital del ECA-MC-P13-F05 Informe final y del ECA-MC-P13-F03 Reporte de no conformidades y observaciones evaluación in situ a la Secretaría de Acreditación para que esta lo traslade al OEC en los siguientes tres días hábiles. [EE] [SA]

Nota: En caso de NO existir no conformidades ir al punto 8.3.20.

8.3.8     El Evaluador Líder en caso de que se detecten no conformidades u observaciones, entrega durante la reunión de cierre el ECA-MC-P13-F03 Reporte de no conformidades y observaciones evaluación in situ al OEC para su aceptación o rechazo. [EL] [OEC]

Nota 1: En caso de que alguna no conformidad sea rechazada por el OEC ver el apartado 9 Opinión divergente.

Nota 2: Concluida la evaluación in situ el OEC debe cancelar el monto correspondiente a esta evaluación conforme a las tarifas establecidas por la Junta Directiva del ECA. [OEC] [DAF]

8.3.9     Para las no conformidades detectadas y aceptadas, el OEC presenta a la Secretaría de Acreditación en los diez días hábiles siguientes a la reunión de cierre, original firmado y copia digital del plan de acciones correctivas junto con su respectivo análisis de causa en el formato propio de su sistema de gestión y el plazo para su implementación. [OEC]

Nota 1: El OEC debe entregar, a la Secretaría de Acreditación, el plan de acciones correctivas incluyendo todas las no conformidades que no presentaron opinión divergente. Una vez resueltas las no conformidades que si presentaron opinión divergente, el OEC debe entregar en los siguientes diez días hábiles a la Secretaría de Acreditación otro plan de acciones correctivas que incluya estas no conformidades. [OEC]

Nota 2: Si transcurrido el plazo establecido el OEC NO ha presentado el plan de acciones correctivas a la Secretaría de Acreditación, ésta procede al archivo definitivo del expediente. [SA]

Nota 3: El OEC debe entregar, a la Secretaria de Acreditación, los formularios ECA-MC-MA P06-F01 Encuesta de satisfacción al cliente, junto con el plan de acciones correctivas. [OEC]

8.3.10   La Secretaría de Acreditación envía el plan de acciones correctivas presentado por el OEC al Evaluador Líder para su respectivo estudio, en un plazo máximo de tres días hábiles. [SA] [EL]

8.3.11   Evaluador líder envía a la Secretaría de Acreditación en los siguientes cinco días hábiles sus observaciones al plan de acciones correctivas propuesto por el OEC. [EL]

8.3.12   En caso de que el Evaluador Líder requiera ajustes al plan de acciones correctivas propuesto, la Secretaría de Acreditación envía al OEC, en los siguientes tres días hábiles, la ECA-MC-P09-F14 Solicitud de ajustes al plan de acciones correctivas (vuelve al punto 8.3.9). El OEC tiene un plazo máximo de cinco días hábiles para subsanarlo, transcurridos los cuales sin que haya cumplido, se procederá al archivo definitivo del expediente. [EL] [SA] [OEC]

Nota: El plan de acciones correctivas puede ser presentado por el OEC como máximo en tres ocasiones, agotadas las cuales se procede al archivo definitivo del expediente. [OEC]

8.3.13   En caso de aceptación del plan de acciones correctivas propuesto, la Secretaría de Acreditación, en los siguientes tres días hábiles, informa al OEC mediante formulario ECA-MC-P09-F15 Aceptación del plan de acciones correctivas e informa la fecha máxima para la visita de verificación de implementación de acciones correctivas. [SA]

Nota 1: Para una evaluación inicial el plazo máximo de implementación de acciones correctivas es de ciento veinte días hábiles a partir de la fecha en que se aprueba la totalidad del plan propuesto por el OEC. Para cualquier otra evaluación el plazo máximo es de sesenta y seis días hábiles.

Nota 2: El OEC puede solicitar a la Secretaría de Acreditación que se realice la visita de verificación de implementación de acciones correctivas antes del plazo establecido. [OEC]

8.3.14   El OEC implementa las acciones correctivas dentro del plazo establecido e informa a la Secretaría de Acreditación. [OEC]

Nota: El OEC puede solicitar que se realice la visita de verificación de implementación de acciones correctivas antes del plazo fijado, caso en el cual la Secretaría de Acreditación debe concretar la fecha dentro de los ocho días hábiles siguientes.

8.3.15   La Secretaría de Acreditación, en los siguientes tres días hábiles, le solicita al Equipo Evaluador que realice la visita de verificación de implementación de acciones correctivas. [SA]

8.3.16   El Evaluador Líder con el equipo evaluador realiza la visita de verificación en un plazo no mayor a diez días hábiles y presenta original firmado y copia digital de ECA-MC-P13-F07 Informe de verificación de acciones correctivas a la Secretaría de Acreditación en los siguientes cinco días hábiles. [EE]

Nota 1: En caso de requerirlo, la Secretaría de Acreditación puede solicitar enmiendas al informe presentado por el Evaluador líder antes de enviarlo al OEC. [SA] [EL]

Nota 2: El OEC debe cancelar el pago correspondiente a la visita de verificación de acciones correctivas conforme a las tarifas establecidas por la Junta Directiva del ECA.

Nota 3: Siempre que una no conformidad sea cerrada con una acción correctiva que incluya un compromiso documental, se realiza una visita de verificación dentro de los sesenta y seis días hábiles siguientes, la cual debe ser pagada con anticipación por el OEC conforme a las tarifas establecidas por la Junta Directiva del ECA. [EE] [OEC] [DAF]

8.3.17   La Secretaría de Acreditación envía, en los siguientes tres días hábiles, al OEC el ECA-MC-P13-F07 Informe de verificación de acciones correctivas. [SA]

8.3.18   La Secretaría de Acreditación, convoca al Comité Asesor y le presenta los expedientes del OEC con la información que éste requiera. [SA] [CAT]

Nota: En caso de que no se detecten no conformidades, no se presenta informe de verificación de acciones correctivas.

8.3.19   El Comité Asesor revisa los expedientes del OEC, emite criterio técnico y presenta recomendación a la Secretaría de Acreditación. [CAT]

8.3.20   La Secretaría de Acreditación, aprueba con o sin enmiendas el informe de verificación y/o informe final, con base en el criterio técnico del Comité Asesor y presenta a la Comisión de Acreditación el ECA-MC-P14-F01 Resumen ejecutivo del proceso de evaluación y acreditación y los anexos. [SA]

8.4   Toma de decisión, otorgamiento de la acreditación

8.4.1     La Comisión de Acreditación, conforme al ECA-MC-P14-F01 Resumen ejecutivo del proceso de evaluación y acreditación y los anexos presentados por la Secretaría de Acreditación revisa que se hayan cumplido los requisitos de acreditación y toma la decisión de otorgar o denegar la acreditación en el alcance aprobado, siguiendo el procedimiento ECA-MC-P14 Otorgamiento de la acreditación. En un plazo máximo de 10 días hábiles. [CA]

8.4.2     La Comisión de Acreditación informa a la Secretaría de Acreditación la decisión tomada mediante ECA-MC-P14-F02 Resolución de la acreditación. [CA]

8.4.3     La Secretaría de Acreditación, en los siguientes cinco días hábiles, envía el ECA-MC-P14-F07 Notificación al OEC, comunicándole la resolución tomada por la Comisión de Acreditación. [SA]

8.4.4     El OEC recibe la notificación y en caso de que se otorgue la acreditación realiza el pago por otorgamiento según las tarifas establecidas por la Junta Directiva del ECA. [OEC] [DAF]

Nota: En caso de que NO se otorgue la acreditación, el OEC puede presentar por escrito una apelación ante la Junta Directiva la cual resuelve según el procedimiento ECA-MC-P08 Apelaciones. [OEC] [JD]

8.4.5     Una vez cancelado el monto por otorgamiento, el OEC informa a la Dirección Administrativo Financiera. [OEC] [DAF]

8.4.6     La Secretaría de Acreditación brinda al Gestor de Calidad la información del certificado de acreditación, alcance de acreditación y compromiso de acreditación. [SA]

8.4.7     La Dirección Administrativo Financiera confirma la recepción del pago por otorgamiento, e informa al Gestor de Calidad para que emita el certificado, alcance de la acreditación y compromiso de acreditación conforme al ECA-MC-P14 Otorgamiento de la acreditación y este los remite al Gerente para su firma. [DAF] [GC] [G]

8.4.8     El Gestor de Calidad tramita la firma del ECA-MC-P14-F03 Compromiso de acreditación ante el Presidente de la Junta Directiva del ECA y el representante legal del OEC. [GC] [JD] [OEC]

8.4.9     El Gestor de Calidad entrega al OEC el certificado, el alcance de acreditación y el compromiso de acreditación y recibe copia firmada por el OEC de estos documentos. [GC] [OEC]

8.4.10   La Gestoría de Calidad registra la información del OEC en el ECA-MC-P14-F06 Directorio de OEC acreditados, la publica en la página web del ECA (www.eca.or.cr) y elabora y entrega al Gerente texto a publicar en el Diario Oficial La Gaceta para aprobación. [GC] [G]

8.4.11   La Dirección Administrativo Financiera gestiona la publicación del texto aprobado en La Gaceta. [GC]

8.4.12   La Gestoría de Calidad entrega a la Secretaría de Acreditación para su archivo copia de: texto publicado en La Gaceta, certificado, alcance de acreditación y compromiso de acreditación. [GC] [SA]

9. OPINION DIVERGENTE

9.1   Si durante la reunión de cierre alguna o algunas de las no conformidades presentadas por el Evaluador líder es rechazada por el OEC, éste puede presentar una opinión divergente en el ECA-MC-P13-F03 Reporte de no conformidades y observaciones evaluación in situ. [EL] [OEC]

9.2   Al finalizar la reunión de cierre, el Evaluador líder entrega copia firmada de este reporte al OEC y envía el original firmado a la Secretaría de Acreditación. [EL]

9.3   La Secretaría de Acreditación eleva esta opinión divergente, junto con el expediente del OEC, a la Comisión de Acreditación para que esta resuelva en los siguientes cinco días hábiles. [SA] [CA]

9.4   Si la Comisión de Acreditación acepta la opinión divergente informa a la Secretaría de Acreditación para que esta comunique al OEC la resolución tomada. [CA] [SA]

9.5   En caso de que la Comisión de Acreditación rechace la opinión divergente, informa a la Secretaría de Acreditación para que esta comunique al OEC y se procede a partir de 8.3.9. [CA] [SA]

Nota: La Comisión de Acreditación puede solicitar información adicional al OEC o al Equipo Evaluador para tomar la decisión en cuanto a la opinión divergente. [CA] [OEC] [EE]

10. OEC CON SEDES CRÍTICAS

Nota: Las sedes críticas de un Organismo de Evaluación de la Conformidad son aquellas en las que se realizan actividades claves, las cuales involucran: formulación de políticas, desarrollo de procesos y procedimientos, y según corresponda, la revisión de contratos, la planificación de evaluaciones de la conformidad, la revisión, la aprobación y toma de decisión de los resultados de las evaluaciones de la conformidad.

10.1    El OEC con sedes críticas debe demostrar documentalmente la estructura de su organización, así mismo, el responsable de calidad (o como se le designe), el director técnico y el superior jerárquico deben aportar declaración jurada – debidamente autenticada – constatando que todas las instalaciones incluidas en el alcance cuentan con el mismo responsable de calidad y con el mismo director técnico.

Nota: En la estructura de la organización deben quedar claramente establecidas las líneas jerárquicas desde el director técnico hacia los responsables técnicos de cada instalación.

10.2    Además el OEC con sedes críticas debe de asegurar que: [OEC]

a.   La actividad de evaluación de la conformidad se realiza en todas las instalaciones fijas con los mismos métodos y procedimientos.

b.  El sistema de gestión es administrado de manera centralizada, considerando como mínimo: la documentación del sistema, gestión de quejas, control de registros, definición de requisitos de competencia técnica, evaluación y supervisión del personal.

c.   Todas las instalaciones fijas son sujeto de revisión por la dirección y del programa de auditorías internas.

d.  Los certificados de inspección, certificación, calibración o informes de ensayo deben ser emitidos bajo la responsabilidad y en nombre del OEC, indicando la instalación donde se realizó la actividad de evaluación de la conformidad.

e.   Evidenciar que cuando se identifica alguna no conformidad en cualquier instalación incluida dentro del alcance, las demás instalaciones no han sido afectadas por la desviación y/o establecer una acción correctiva de carácter general.

11. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS OEC ACREDITADOS

11.1    El OEC que solicite acreditación ante el ECA debe conocer la Ley Nº 8279 Ley del Sistema Nacional para la Calidad, el Decreto Ejecutivo Nº 33963 Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento del Ente Costarricense de Acreditación; y los procedimientos, criterios y políticas emitidos por el ECA, los cuales se incluyen dentro del paquete informativo que se brinda a los OEC solicitantes y que se encuentra disponible en www.eca.or.cr. [OEC]

11.2    Los derechos y obligaciones del OEC acreditado están definidas, según corresponda, en ECA-MC-P14-F03 Compromiso de Acreditación o en ECA-MC-P14-F09 Compromiso de acreditación para instituciones públicas, documento que el OEC firma en el momento en que recibe el certificado de acreditación.

11.3    El cumplimiento de las obligaciones del OEC se verifica en las visitas de seguimiento y fiscalización. [EE]

12. SEGUIMIENTO Y FISCALIZACIÓN

12.1    El ECA realiza visitas de seguimiento al OEC acreditado una vez al año durante la vigencia de la acreditación para verificar el cumplimiento de los requisitos de acreditación, siguiendo el procedimiento ECA-MC-P15 Seguimiento y renovación de la acreditación. [EE]

Nota 1: El OEC debe cancelar el 50% de la cotización entregada por la Dirección Administrativo Financiera tres días hábiles antes de la correspondiente visita de seguimiento según tarifas establecidas por la Junta Directiva del ECA. Caso contrario, se aplica un 5% de recargo por mora al monto establecido dentro de la cotización. El restante 50% se cancela posterior a dicha evaluación. [OEC] [DAF]

Nota 2: Para los OEC con sedes críticas el ECA evalúa las instalaciones incluidas en el alcance de acreditación, de forma tal que durante el periodo de vigencia de la acreditación todas hayan sido evaluadas. [EE]

12.2    El ECA puede establecer la necesidad de realizar evaluaciones extraordinarias en los siguientes casos: [JD] [CA] [CAT] [SA]

a.   Cambios significativos en el OEC acreditado, informados al ECA.

b.  Cambios en los requisitos de acreditación.

c.   Verificación de la implementación de las acciones correctivas.

d.  Quejas fundamentadas de cualquier interesado en contra de un OEC acreditado.

Nota 1: Las evaluaciones extraordinarias pueden ser parciales o totales.

Nota 2: El OEC debe cancelar el monto por evaluaciones extraordinarias cuando se corrobora una queja fundamentada en su contra. [OEC]

12.3    La Secretaría de Acreditación debe informar al OEC la visita de evaluación extraordinaria con cinco días hábiles de anticipación. [SA]

12.4    El plazo máximo establecido para la implementación de acciones correctivas de no conformidades detectadas en las visitas de seguimiento no puede ser superior a sesenta días y seis hábiles, una vez aprobado el plan de acciones correctivas. [OEC]

12.5    La Comisión de Acreditación, con base en los resultados de la evaluación de seguimiento y fiscalización toma la decisión de mantener, reducir, suspender o cancelar la acreditación, siguiendo el procedimiento ECA-MC-P16 Sanción, suspensión, retiro o reducción del alcance de la acreditación. [SA]

Nota: El OEC debe cancelar el monto correspondiente al mantenimiento según tarifas establecidas por la Junta Directiva del ECA. [OEC]

13. RENOVACIÓN

13.1    Si el OEC desea renovar la acreditación, debe presentar la solicitud de renovación y los anexos con por lo menos seis meses de anticipación al vencimiento de la acreditación. Se ejecuta siguiendo el procedimiento ECA-MC-P15 Seguimiento y renovación de la acreditación. [OEC]

Nota: en caso de que el OEC no presente la solicitud de renovación en el plazo establecido, pierde la acreditación otorgada. [OEC]

13.2    El plazo máximo establecido para la implementación de acciones correctivas de no conformidades detectadas en los procesos de reevaluación no puede ser superior a sesenta días y seis hábiles. [OEC]

14. AMPLIACIÓN Y REDUCCIÓN DEL ALCANCE DE ACREDITACIÓN

14.1    El OEC acreditado puede solicitar la ampliación del alcance de su acreditación, por medio del formulario de solicitud correspondiente. [OEC]

Nota: solicitar la ampliación del alcance de acreditación en lo posible, tres meses antes de la visita de seguimiento programada.

14.2    El OEC debe definir claramente el alcance de acreditación para el cual solicita la ampliación en el formulario de solicitud. [OEC]

14.3    El proceso de evaluación y acreditación se lleva a cabo de igual forma como una evaluación inicial conforme al apartado 8 de este procedimiento.

Nota 1: El ECA firma un addéndum del certificado y alcance de acreditación (anexo técnico).

Nota 2: El período de vigencia de una ampliación del alcance de acreditación está en función de la acreditación vigente.

14.4    El OEC acreditado puede solicitar la reducción del alcance de su acreditación, por medio escrito informando de las razones que le motivan a tomar esta decisión.

Nota: El ECA firma un addéndum del certificado y alcance de acreditación (anexo técnico).

15 RENUNCIA A LA ACREDITACIÓN

15.1    El OEC puede renunciar a la acreditación manifestándolo por escrito a la Secretaría de Acreditación e informando de las razones que le motivan a tomar esta decisión. [OEC]

15.2    La Secretaría de Acreditación informa a la Dirección Administrativo Financiera para que esta revise el estado de cuenta del OEC y lo presente a la Comisión de Acreditación. [SA] [DAF]

Nota 1: En caso de que el OEC presente atraso en los pagos la Dirección Administrativo Financiera le solicita efectuarlos. [DAF]

15.3    La Comisión de Acreditación revisa la renuncia y la información presentada por la Dirección Administrativo Financiera y le solicita a la Secretaría de Acreditación proceder. [CA]

15.4    La Secretaria de acreditación informa a la Gestoría de Calidad sobre la Renuncia aceptada. [SA]

15.5    La Gestoría de Calidad excluye la acreditación del OEC de: El ECA-MC-P14-F06 Directorio de OEC acreditado, la pagina web (www.eca.or.cr) y elabora y entrega al Gerente el texto a publicar en el Diario Oficial La Gaceta para aprobación. [GC] [G]

15.6    La Dirección Administrativo Financiera gestiona la publicación del texto aprobado en la Gaceta. [DAF]

15.7    La Gestoría de Calidad entrega a la Secretaria de Acreditación para su archivo copia del texto publicado. [GC] [SA]

16. SUSPENCIÓN Y CANCELACIÓN DE LA ACREDITACIÓN

El ECA suspende o cancela la acreditación de un OEC cuando incurra en el incumplimiento de alguna de sus obligaciones o de los procedimientos del ECA, siguiendo el procedimiento ECA-MC-P16 Sanción, suspensión, retiro o reducción del Alcance de la acreditación. [CA]

17. TARIFAS

17.1    El ECA cobra por concepto de prestación de servicios de evaluación, acreditación y capacitación, mediante depósito que se debe realizar en las cuentas bancarias del ECA y según tarifas establecidas por su Junta Directiva. Cada vez que el ECA fije sus tarifas, debe publicarlas con los respectivos cálculos en el Diario Oficial La Gaceta y en su página web www.eca.or.cr. [JD] [G] [DAF]

17.2    El OEC debe cancelar todos los costos por concepto de evaluación y acreditación; dichos montos están definidos en el documento tarifas de la acreditación. La cancelación de los costos es independiente para cada solicitud presentada y de acuerdo con la cotización enviada por la Dirección Administrativo Financiera. [OEC]

Nota 1: Los costos a cancelar por el OEC incluyen la presentación de cualquier de solicitud (inclusive visita preliminar), el monto correspondiente a la evaluaciones (visita preliminar, documental, in situ, verificación de implementación de acciones correctivas, seguimientos y extraordinarias), el monto por otorgamiento y el monto por mantenimiento.

Nota 2: El OEC cancela el costo de las evaluaciones extraordinarias en caso de queja comprobada en su contra.

17.3    Los interesados en los programas abiertos de capacitación que el ECA dicte, deben pagar costo del curso.

17.4    El ECA puede realizar convenios para permutar tarifas de acreditación por bienes, servicios y/o recursos humanos, de conformidad con los lineamientos que establezca la Junta Directiva. [JD] [G]

17.5    En los casos en que el OEC suspenda el proceso de evaluación y acreditación, el ECA no reembolsa los montos ya cancelados. [OEC] [DAF]

18. CONFIDENCIALIDAD

18.1    El ECA asegura la confidencialidad de toda la información generada u obtenida durante el proceso de evaluación y acreditación, mediante la firma de ECA-MC-P01-F01 Compromiso de confidencialidad, imparcialidad y objetividad y a través de capacitación a todo el personal involucrado en el proceso de evaluación y acreditación. [EE] [GC]

18.2    Las personas involucradas en los procesos de evaluación y acreditación deben mantener la discreción profesional requerida con relación a la información conocida durante las etapas de la acreditación.

19. DIRECTORIO DE OEC ACREDITADOS

El ECA publica en la página web y actualiza un Directorio de todos los OEC acreditados indicando el número de acreditación, nombre del OEC, alcance de la acreditación otorgada y su vigencia, así como la ampliación, reducción del alcance de acreditación, retiro suspensión y cancelación de la acreditación.

20. IDENTIFICACIÓN DE CAMBIOS

 

Motivo:

Modificación de documento

Apartado / Inciso

Páginas

Cambio(s)

Observaciones: Sustituye por completo la Versión 04 del ECA-MC-P09

 

 

21. ANEXOS

Anexo 1 Diagrama de flujo del proceso general de evaluación y acreditación.

San José, 20 de diciembre del 2007. Lic. Maritza Madriz P., Gerente General. 1 vez. (2174).

El Ente Costarricense de Acreditación ECA, en cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 12 del Reglamento de Estructura Interna y Funcionamiento, Decreto Ejecutivo número 33963-MICIT, da a conocer el otorgamiento de las siguientes acreditaciones:

1.  Área: Laboratorios de Ensayos y Calibración

OEC acreditado contra la Norma INTE-ISO/IEC 17025:2005 Requisitos generales para la competencia de laboratorios de ensayo y calibración

 

Nº de acreditación

Organismo de Evaluación

de la Conformidad OEC

Alcance de la acreditación

Fecha de vigencia

Dirección, correo postal, e-mail, teléfono y fax

LE-012-R01

Laboratorio San Martín del Centro Médico San Martín S. A.

Ver Anexo Técnico LE-012-R01 (disponible en la página web www.eca.or.cr)

08 octubre 2007 al 08 octubre 2011

Dirección: Avenida 10, calles 1 y 3, Edificio No.127. San José. Correo Postal: N.A  E-mail: jcrojas@laboratoriosanmartin.com, msanchez@cool.co.cr   Teléfono: 222-3635 Fax: 222-2486

LE-044

Laboratorio Punta Morales LAICA

 

Ver Anexo Técnico LE-044 (disponible en la página web www.eca.or.cr)

13 agosto 2007 al 13 agosto 2010

Dirección: Judas de Chomes  Terminal Portuaria Correo Postal: 2330-1000 E-mail: amata@laica.co.cr  Teléfono: 661-0120 Fax: 661-0566

LE-045

Castro & De la Torre S.A.

 

Ver Anexo Técnico LE-045 (disponible en la página web www.eca.or.cr)

19 setiembre 2007 al 19 setiembre 2010

Dirección: 600 m Oeste de la Embajada Americana, Pavas, San José, Costa Rica Correo Postal: 5462-1000 E-mail: castorre@castroydelatorre.com opicado@castroydelatorre.com Teléfono: 232-2273 Fax: 296-0076

LC-046

Metrología Consultores S.A.

Ver Anexo Técnico LC-046 (disponible en la página web www.eca.or.cr)

19 setiembre 2007 al 19 setiembre 2010

Dirección: 50 m Este y 175 m Sur de la Municipalidad de Guadalupe, Goicoechea, San José  Correo Postal: 1013-2100 E-mail:

jhmartinez@metrocal.co.cr / mmartinez@metrocal.co.cr Teléfono: 280-1347 280-9406 Fax: 253-4687

LC-047

Laboratorio de Control de Calidad de Industria Farmacéutica S.A. de C.V. (Infarma)

Ver Anexo Técnico LC-047 (disponible en la página web www.eca.or.cr)

10 diciembre 2007 al 10 diciembre 2011

Dirección: Barrio La Granja, Comayagüela, Honduras C.A. Correo Postal: n.a. E-mail: info@infarma.hn maribel.martinez@infarma.hn

Teléfono:(00504)225-1272 Fax: (00504) 225-0271

LE-048

IMNSA Ingenieros Consultores S.A. Laboratorio de Geotecnia y Materiales

Ver Anexo Técnico LE-048 (disponible en la página web www.eca.or.cr)

10 diciembre 2007 al 10 diciembre 2011

Dirección: 150 metros Norte de Ottos Bar, contiguo a los tanques de AyA, La Guácima, Alajuela, Costa Rica  Correo Postal: 118-2050 E-mail: lfrodriguez@imnsa.com Teléfono: 438-7951 234-1587 Fax: 225-9551

 

 

 

 

 

 

OEC acreditado con transición completa a la Norma INTE-ISO/IEC 17025:2005 Requisitos generales para la competencia de laboratorios de ensayo y calibración

 

Nº de Acreditación

Organismo de Evaluación de la Conformidad OEC

Alcance de la acreditación

Fecha de vigencia

LE-018-A01

VIGENTE

Laboratorio Nacional de Materiales y Modelos Estructurales (LANAMME)

Ver Anexo Técnico LE-018-A01 (disponible en la página web www.eca.or.cr)

09 julio 2007 al 05 diciembre 2008

LE-027

Laboratorio de Ensayo Standard Fruit Company de Costa Rica. S.A. DOLE

Ver Anexo Técnico LE-027 (disponible en la página web www.eca.or.cr)

31 julio 2007 al 14 noviembre 2008

LE-012

Laboratorio San Martín del Centro Médico San Martín,

S. A.

Ver Anexo Técnico LE-012 (disponible en la página web www.eca.or.cr)

31 julio 2007 al 08 diciembre 2006

LE-012-

A01

Laboratorio San Martín del Centro Médico San Martín,

S. A.

Ver Anexo Técnico LE-012-A01 (disponible en la página web www.eca.or.cr)

31 julio 2007 al 08 diciembre 2006

LE-015-R01

Laboratorio Central de LAICA

Ver Anexo Técnico LE-015-R01 (disponible en la página web www.eca.or.cr)

31 julio 2007 al 15 mayo 2009

LC-031

Laboratorio de la Consultora Costarricense para Programas de Desarrollo S.A., COPRODESA

Ver Anexo Técnico LC-031 (disponible en la página web www.eca.or.cr)

31 julio 2007 al 03 abril 2009

 

Asimismo el Ente Costarricense de Acreditación ECA da a conocer el estado de las siguientes acreditaciones:

 

Nº de Acreditación

Organismo de Evaluación de la Conformidad OEC

Fecha de vigencia

Levantamiento de suspensión a partir del

LE-029

VIGENTE

Agrotec Laboratorios de Análisis S. A.

10 octubre 2005 al 10 octubre 2008

09 julio 2007

OI-001

VIGENTE

Saybolt de Costa Rica S. A.

08 marzo 2004 al 08 marzo 2007

13 agosto 2007

 

Corrección: La publicación de La Gaceta N° 152 del jueves 9 de agosto del 2007 hace referencia a la transición de la acreditación del Laboratorio Clínico de la Oficina de Bienestar y Salud-UCR número de acreditación LE-021, el Número de acreditación correcto es LE-032.

“El ECA contribuyendo a la competitividad del país”

San José, 20 de diciembre del 2007. Lic. Maritza Madriz P., Gerente General. 1 vez. (2175).

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELÉCTRICO

MUNICIPAL DE CARTAGO

La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico de Cartago, comunica, que en artículo Nº 4, de la sesión Nº 4221, celebrada el día doce de diciembre del 2007, nuestra Junta Directiva con las potestades que le confiere la Ley Nº 7799.

Considerando:

I. Que la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, JASEC, conforme a las Leyes Nº 7799 del 30 de abril de 1998 y 8345 del 20 de febrero del 2003, presta el servicio público de electricidad en la región central de la provincia de Cartago, conforme a su área de concesión.

II. Que conforme fue contemplado en el programa de obras del contrato de préstamo con el Banco Centroamericano de Integración Económica Nº 1772 “Programa de Fortalecimiento y Modernización de los Servicios Eléctricos de Cartago” la Subestación Reductora Tejar tiene como objetivo principal garantizar los niveles de calidad y la disponibilidad en la prestación del servicio de manera eficiente y de acuerdo a las expectativas y necesidades de los diferentes segmentos de clientes; de forma que, se cuente con disponibilidad de energía de calidad de estándares internacionales, en los próximos diez años.

III. Que el proyecto en mención es de importancia estratégica para JASEC, ya que la fuente actual de energía del Sistema Nacional Interconectado (SNI) tiene una capacidad limitada de 90 MVA desde la Subestación Reductora Cóncavas, que de acuerdo a la estimación del crecimiento de la demanda del sistema de JASEC, se saturará dentro de dos años, periodo requerido para la construcción de la subestación de marras.

IV. Que con la construcción de la Subestación se consolida otro alimentador del Sistema Nacional Interconectado (SNI) de Transmisión propiedad del ICE, a partir de otro circuito de Transmisión, por lo que con la redundancia obtenida, la operación del Sistema de Distribución será más versátil. Adicionalmente, se estaría asumiendo el acelerado crecimiento del sector industrial en la zona suroeste de la ciudad de Cartago y su consecuente aumento poblacional.

V. Que con el proyecto de referencia, se persigue aumentar los niveles de calidad actuales del servicio prestado a los clientes industriales según sus expectativas, cuyos requerimientos responden a estándares internacionales, y al mismo tiempo brindar un respaldo adicional de suministro de energía para el sistema de distribución de la JASEC.

VI. Que resulta de interés público para el suministro de electricidad en el área geográfica de cobertura de JASEC, la construcción de una Subestación Reductora de 90 MVA 230/34.5 KV en la zona sur de Cartago, concretamente en la localidad de Tejar en un periodo de dos años, la cual debe ser alimentada por una línea de transmisión cuyo trazo requiere la adquisición de derechos de servidumbre sobre propiedades privadas.

VII. Que sin la construcción de dicha línea de transmisión, la subestación pierde cualquier sentido y no se cumplirían las metas y objetivos de servicio de JASEC, razón por lo cual se recomienda declarar de interés público la adquisición de las servidumbres necesarias para el éxito del proyecto.

VIII. Que de conformidad con el artículo 18 de la Ley de Expropiaciones, Nº 7495 del 3 de mayo de 1995, debe de procederse con la declaratoria de interés público para la adquisición de los derechos de servidumbre que se dirán y que se encuentran situadas en fincas de la provincia de Cartago, Cantón El Guarco, Distrito San Isidro.

Se acuerda: de manera unánime y en firme:

1)  Declarar de interés público la finca del Partido de Cartago, Folio Real Nº 3-184370-000, Área Registral de la propiedad 16.756.83 metros cuadrados, derecho de servidumbre: 2.098.51 metros cuadrados.

Propietario: Orlando Molina Rodríguez

 Finalidad del avalúo: derecho de servidumbre, cuya adquisición resulta de interés público para la construcción de la Subestación Reductora Tejar.

Ubicación: 1 km sur de la Iglesia de San Isidro sobre la carretera Interamericana Sur.

2)  Declarar de interés público la finca del Partido de Cartago, Folio Real Nº 3-29595-002, Área Registral de la propiedad 43.840.04 metros cuadrados, derecho de servidumbre: 6.814.41 metros.

Propietario: Sucesión de Juvenal Fuentes Robles, representada por su albacea Betzaida Fuentes Ángulo.

Finalidad del avalúo: Derecho de servidumbre, cuya adquisición resulta de interés público para la construcción de la Subestación Reductora Tejar

Ubicación: 2.600 metros al sur del centro de San Isidro y 600 metros noroeste sobre calle de lastre.

3)  Declarar de interés publico la finca del Partido de Cartago, Folio Real Nº 3-29595-001, Área Registral de la propiedad 46.294.21 metros cuadrados, derecho de servidumbre: 9.429.09 metros cuadrados

Propietario: Fabio Luis Monge Cerdas

Finalidad del avalúo: derecho de servidumbre, cuya adquisición resulta de interés público para la construcción de la Subestación Tejar.

Ubicación: 2.600 metros al sur del centro de San Isidro y 600 metros noroeste sobre calle de lastre.

4)  Ordénese el mandamiento de anotación provisional ante el Registro Público de la Propiedad sobre la fincas matrícula de folio real del Partido de Cartago: Nº 3-184370-000, Nº 3-29595-002, Nº 3-29595-001.

5)  Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta la declaratoria de interés público de las propiedades citadas.

6)  Procédase con la confección de los avalúos de las fincas del Partido de Cartago Nº 3-184370-000, Nº 3-29595-002, Nº 3-29595-001.

7)  Proceda la Gerencia General a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de los derecho de servidumbre en mención, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo establecido por la Ley de Expropiaciones, No. 7495 del 3 de mayo de 1995.

Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

Cartago, enero, 2008. Flor Ma. Bonilla Mora, Asistente Administrativa. 1 vez. (Solicitud Nº 14334). C-57440. (2168).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

DEPARTAMENTO DE COBROS, LICENCIAS

Y PATENTES MUNICIPALES

Reposición de patentes de licores

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

A quien pueda interesar, se hace saber que han solicitado a la Municipalidad de Goicoechea, la reposición del título de patente de licor nacional Nº 22 del distrito 05, inscrita a nombre de Quesada Fernández Emisael, cédula Nº 301430566, la cual se encuentra explotándose en el bar La Amistad, ubicado en Ipís de Goicoechea, 200 sur 100 este del Liceo de Coronado. Lo anterior por extravío de la misma. Cualquier interesado podrá hacer valer sus derechos ante la Municipalidad dentro de un período de ocho días a partir de la última publicación de este aviso.

Guadalupe, 9 de enero del 2008. Carmen Bermúdez Siles, Asistente. (1261).

MUNICIPAL DE MORA

La Corporación Municipal del cantón de Mora le transcribe acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 88-2006-2008, celebrada el 27 de diciembre del 2007, que textualmente dice:

Artículo 8 El Concejo Municipal acuerda aprobar dictamen de omisión de Asuntos Jurídicos que dice: se aprueba traspaso de patente de licor número seis del distrito Tabarcia, a nombre del señor Rafael Sandí Carmona, portador de la cédula de identidad número uno-ciento cuarenta y seis-setecientos cuarenta y seis, quien cede dicha patente al señor José Manuel Sandí Pérez, portador de la cédula de identidad número uno-quinientos sesenta y dos-novecientos treinta y siete. acuerdo definitivo.

Ciudad Colón, 9 de enero del 2007. Jubía Retana Mora, Secretaria Municipal. 1 vez. (1657).

AVISOS

CONVOCATORIAS

COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS DE COSTA RICA

Asamblea general extraordinaria número 63-2008

La Junta Interventora del Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica, convoca a todas/os sus agremiadas/os a la asamblea general extraordinaria número sesenta y tres dos mil ocho, por celebrarse el día sábado nueve de febrero del dos mil ocho, al ser las ocho horas, en primera convocatoria. De no haber quórum, se procederá a una segunda convocatoria, al ser las nueve horas de ese mismo día, la cual se realizará con los miembros presentes, en la Sede del Colegio, sita setecientos metros al este del Servicentro La Galera, carretera a Tres Ríos.

Orden del día:

1.  Comprobación del quórum.

2.  Lectura y aprobación del orden del día.

3.  Lectura y aprobación de la tabla de distribución del tiempo.

4.  Lectura y aprobación de los acuerdos del acta Nº 61-2007.

5.  Informe parcial de la Junta Interventora.

6.  Elección y juramentación de los miembros del Tribunal de Honor.

7.  Elección y juramentación de los miembros de las comisiones.

Recordatorios:

1.  Las y los colegiados deben estar al día en sus responsabilidades financieras con la institución, para poder participar como miembros de pleno derecho durante la asamblea. Si cancela por medio de transferencia, debe consignar el nombre, el monto pagado y enviar el comprobante de pago, para garantizar el registro en el sistema. El Colegio no se hará responsable por los inconvenientes que genere la suspensión por morosidad.

2.  Se recuerda a las y los asambleístas que, en caso de no poder asistir a la asamblea, deberán justificar su ausencia por escrito, dirigir una nota a la Junta Directiva, en un plazo no mayor a un mes, después de celebrada la asamblea. “Quien dejare de asistir sin justa causa a la asamblea será sancionado/a con una multa equivalente a una cuota de colegiatura”. (Artículo 32, Reglamento de la Ley Orgánica).

3.  Se invita a las y los colegiados a visitar la página Web del Colegio en la siguiente dirección electrónica: www.psicologos.or.cr del Colegio, en la que se encontrarán la documentación a analizar en esta actividad.

4.  Se les recuerda a los y las colegiadas el pago de la cuota extraordinaria de ¢5.000,00 (cinco mil colones), correspondiente al Fondo de Ayuda Mutua. Infórmese en el Departamento de Contabilidad.

NOTA:   Solicitamos confirmar la asistencia para efectos del almuerzo que se ofrecerá al terminar la asamblea, al teléfono: 271-3101, al fax: 105, o a la dirección electrónica: junta@psicologos.or.cr.

Lic. Magalli Márquez Wilson, Secretaria a. í. Junta Interventora. (2442).

2 v. 1.

CONDOMINIO MAR ARENA

Se cita y emplaza a todos los propietarios, poseedores, inquilinos con autorización expresa y demás interesados debidamente acreditados para la celebración en primera convocatoria de la asamblea de condóminos y administración del Condominio Mar Arena, con cédula jurídica número tres-ciento nueve-ciento noventa y un mil ciento setenta y cinco, a celebrarse en el Condominio Mar y Arena, en el área de la piscina a las nueve horas del día nueve de febrero del dos mil ocho. El quórum para la asamblea de condóminos estará formado por los votos que representen un mínimo de dos tercios del valor del condominio; en caso de no completar el quórum de ley, se estará celebrando segunda convocatoria una hora después y el quórum se alcanzará con cualquier número de asistentes presentes. La asamblea conocerá el informe del administrador y las cuentas que este rendirá, conocerá el inventario de los haberes propiedad del condominio, conocerá el resultado de los estados y balances financieros del período por concluir, aprobará el presupuesto del año siguiente, revisará la función del administrador, nombrará nuevo administrador si fuere necesario, decidirá acciones a tomar contra condóminos y/o los inquilinos que incumplen el Reglamento del Condominio y la Ley que le da sustento; además de lo anterior, se conocerá y discutirá los siguientes temas: El arreglo de la piscina, la instalación de cámaras de vigilancia en áreas comunes, la construcción de una caseta de guarda, cercar el frente y la parte de atrás de las áreas comunes, discutir el mantener o eliminar la lavandería y discutir el arreglo de la calle del frente del Condominio Mar Arena. Es todo. Jacó, ocho de enero del dos mil ocho. 1 vez. Nº 7981. (2358).

AIRE OCÉANO DE NOSARA S. A.

Se convoca a los socios accionistas de la sociedad Aire Océano de Nosara S. A., a una asamblea extraordinaria de socios accionistas la cual se realizará en sus principales oficinas en Playas de Nosara, Guanacaste, exactamente en el Hotel Playas de Nosara, el día dieciocho de febrero del dos mil ocho. La primera convocatoria será a las diez horas del día indicado con el quórum de ley. De no existir a la hora indicada el quórum, quedan citados a la segunda convocatoria que será a las once horas del mismo día indicado y la misma se realizará con cualquier número de accionistas presentes. Los asuntos a tratar serán los siguientes:

1.  Definir el destino de la finca del partido de Guanacaste, propiedad de la sociedad la cual se encuentra inscrita en el Folio Real matrícula número ciento dieciséis mil cuatrocientos veinticuatro-cero cero cero, la cual tiene una casa en construcción abandonada.

2.  Definir en cuanto al contrato de construcción de la casa indicada en el punto anterior, entre los señores John Fraser D., y Rebecca St. Claire.

3.  Se tratará el tema de la valoración de la edificación existente para la posible destrucción de la edificación, finalización de la misma o bien venta de la totalidad de la propiedad con la casa en el estado en que se encuentra.

Playas de Nosara, Guanacaste, 10 de enero del 2008. Rebecca St. Claire, Presidenta. 1 vez. Nº 8029. (2359).

FUNDACIÓN PARA EL PACIENTE CON CÁNCER

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN

GUARDIA

La Fundación para el Paciente con Cáncer Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, convoca a todos sus patrocinadores con derecho a voz y voto, a la asamblea general extraordinaria, a celebrarse el día viernes 1º de febrero del 2008, a las 13:00 horas la primera convocatoria, sita: Oficinas del Instituto Costarricense contra el Cáncer, Barrio Escalante, de la antigua Pulpería La Luz, 100 metros al norte y 25 metros al oeste. El único tema de la agenda será el cambio de estatutos.

Lilliam Vásquez Campos, Presidenta. 1 vez. (2449).

ANCARES INTERNACIONAL S. A.

Convoca a asamblea general extraordinaria de accionistas, a realizarse en las instalaciones del Hotel Doce Lunas ubicado en Quebrada Seca del cantón Garabito de la provincia de Puntarenas, un kilómetro al este de la primera entrada a Quebrada Seca, a las diez horas del 26 de enero del 2008, en primera convocatoria y treinta minutos después en segunda convocatoria, con las personas que estén presentes, en la cual se discutirán los siguientes asuntos: 1) Modificar el domicilio registrado de la empresa. 2) Nombrar nueva junta directiva y fiscal de la empresa. 3) Otorgar poder especial a los nuevos apoderados de la empresa para abrir nuevas cuentas bancarias en cualquiera de los bancos del sistema bancario nacional así como para operar y/o cerrar las cuentas bancarias que la empresa posea en la actualidad. 4) Otros asuntos de interés para la empresa. Jacó, 11 de enero del 2008. Christopher Charles Denko, Accionista mayoritario. 1 vez. (2640).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

PINESTRAN R Y G SOCIEDAD ANÓNIMA

Pinestran R Y G Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-038800, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los libros diario, mayor, inventarios y balances, actas de consejo de administración, registro de socios, actas de asamblea de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta. San José, 19 de diciembre del 2007. Lic. Laura P. Carvajal Ramírez, Notaria. (714).

RESTAURANTES TREINTA DE OCTUBRE S. A.

Restaurantes Treinta de Octubre S. A., cédula jurídica 3-101- 326687, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición del libro número uno de Acta de Asamblea de Socios y el libro número uno de Acta de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Es todo. San José, 7 de enero del 2008. Lic. Mauricio Campos Brenes, Notario. (718).

MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO

El señor Alfredo Rojas Roldan, cédula 301610778, ha solicitado a MUCAP la reposición del título valor Nº 410493 por un monto de ¢1.016.338,18. El cual fue emitido a su orden el día 10 de julio del 2007. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación. 2 de enero del 2008. Agencia Cartago centro. Lic. Enrique Martínez Solano, Jefe. (768).

THE BREATH OF GOD SOCIEDAD ANÓNIMA

The Breath of God Sociedad Anónima, cédula jurídica número, tres -ciento uno-tres nueve dos seis ocho dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios, todos número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Liberia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Liberia, 4 de enero del 2008. Lic. Johanna María Moreno Bustos, Notaria. Nº 1234. (892).

Se hace saber al público en general y a todos sus acreedores que el señor Gerardo Antonio Vega Protti, cédula Nº 1-0475-0801, propietario del negocio ubicado en Escazú centro cincuenta metros oeste de la esquina noroeste del parque de San Miguel de Escazú denominado “Super Servicio Vega”, vende y traspasa a partir de hoy en su totalidad dicho negocio a la sociedad denominada Márquez Santos y Cía. Sociedad de Responsabilidad Ltda., cédula jurídica 3-102-306914, quien para todos los efectos será la nueva propietaria de dicho local comercial. Dicha sociedad no se hace cargo de deudas contraídas por dicho señor, por lo que el vendedor exonera de toda responsabilidad a la sociedad compradora, por lo que se deja constancia de lo mismo, y se emplaza a acreedores de dicho señor a hacer valer sus derechos dentro de los diez días hábiles después de la última publicación. Es todo. San José, 27 de diciembre del 2007. Lic. Rogelio Acuña Altamirano. (953).

SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.

El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción Nº 0175 a nombre de Frank Victory Sasso, cédula de identidad Nº 1-458-934, por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas, sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio. San José, 21 de diciembre del 2007. Lic. Álvaro Coto Pacheco, Gerente General. (959).

RELOJERÍA Y JOYERÍA ÁLVAREZ

Yo, Oldemar Álvarez Castro, cédula de identidad 2-292-415, mayor, divorciado, comerciante y vecino de Sarchí Norte, solicito ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Diario Nº 1 de Relojería y Joyería Álvarez. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de este aviso. Oldemar Álvarez Castro, Propietario. (977).

LA VACA MUCA S. A.

La Vaca Muca S. A., cédula jurídica Nº 3-101-182823, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Actas de Asamblea General, libro de Actas de Registro de Accionistas, libro de Actas de Junta Directiva, libro de Diario, libro Mayor y libro de Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de Zona Norte San Carlos, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Rodrigo Valverde Sánchez, Tesorero. (982).

VAGU VALVERDE Y GUZMÁN FJ S. A.

Vagu Valverde y Guzmán FJ S. A., cédula jurídica Nº 3-101-361095, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Actas de Asamblea General, libro de Actas de Registro de Accionistas, libro de Actas de Junta Directiva, libro de Diario, libro Mayor y libro de Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de libros) Administración Regional de Zona Norte, San Carlos, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Gerardo Antonio Valverde Sánchez, Presidente. (983).

FOLLAJE ORNAMENTAL DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Quien suscribe Horacio Herrara Murillo, en calidad de Representante Legal de la Sociedad Anónima Follaje Ornamental de Costa Rica, cédula jurídica número tres, ciento uno, cero treinta y un mil doscientos sesenta y uno-cero nueve, solicitó ante la Dirección General de Tributación de Alajuela, la reposición de los libros de Diario, Mayor, Inventarios y Balances, todos número dos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al contribuyente de la administración tributaria de Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Alajuela, 7 de enero del 2008. Lic. Walter Rodríguez Castro, Notario. (1049).

EXCAVACIONES HERMANOS CAMPOS SOCIEDAD ANÓNIMA

La empresa Excavaciones Hermanos Campos Sociedad Anónima, cédula de personería jurídica 3-101-200690, solicita a la Tributación Directa de la Zona Norte, San Carlos, la reposición por pérdida de los tomos uno de los libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea de socios y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria dicha, en el término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Porfirio Campos Cordero, Presidente. Nº 7322. (1214).

COMPAÑÍA BESE S. A.

La sociedad Compañía Bese S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cien mil trescientos diez, mediante acta de asamblea general extraordinaria de socios de las ocho horas del día veintinueve del mes de octubre del año dos mil siete, ha solicitado la reposición de los libros: diario, mayor, inventarios y balances, todos por haberse extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el Área de de Información y Asistencia al Contribuyente, (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el termino de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta. Playa Sámara, Guanacaste, 6 de diciembre del 2007. Carlos Alberto Víquez Alvarado. Nº 7362. (1215).

KALEB CASTRO S. A.

Sonia Salas Víquez, cédula 2-386-132, como Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límites de suma de la sociedad denominada Kaleb Castro S. A., con cédula jurídica 3-101-325083. Manifiesto al público que por extravío de los libros: diario, mayor, inventarios y balances, actas de consejo de administración, actas de asamblea de socios y registro de socios, se ha solicitado la reposición de ellos. 8 de enero del 2008. Sonia Salas Víquez, Presidenta. Nº 7418. (1216).

QUICK GRAPHIC DESIGN AND WEB PAGE PRODUCTION

SOCIEDAD ANÓNIMA

Quick Graphic Design And Web Page Production Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintiuno seiscientos ochenta y nueve, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: mayor número uno, diario número uno e inventarios y balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Licda. Nicole preinfalk Lavagni, Notaria. (1245).

United Phosphorus C.R. Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cinco mil seiscientos veintiséis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Asamblea General de Socios, Junta Directiva, Registro de Accionistas, Diario, Mayor e Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Lic. Harry Castro Carranza, Notario. (1370).

ADEROSIL RUIZ SOCIEDAD ANÓNIMA

La suscrita Adela Ruiz Gutiérrez, mayor, costarricense, casada dos veces, vecina de Curridabat, San José, cédula Nº 700370476, en su condición de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad denominada Aderosil Ruiz Sociedad Anónima, advertida de las implicaciones legales que conlleva este acto, declaro bajo la fe del juramento que dejó rendido, que el cheque número 120088, girado por el INVU, de su cuenta del Banco Nacional, a nombre de Aderosil Ruiz Sociedad Anónima, por un monto de un millón quinientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y cinco colones, de fecha 17 de agosto del 2007, me fue sustraido. San José, 9 de enero del 2008. Adela Ruiz Gutiérrez, Presidenta. (1387).

GIMSAU SOCIEDAD ANÓNIMA

La empresa Gimsau Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-217112, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público al tomo 1.064, folio 65, asiento 100, comunica que se extraviaron los libros Mayor, Diario y de Balances, por lo que ordenó la reposición de los mismos. San José, 9 de enero del 2008. Lic. Hilber Segura Segura, Notario. Nº 7536. (1600).

EL MERCADO DEL TAPICERO DE OCCIDENTE

SOCIEDAD ANÓNIMA

El Mercado del Tapicero de Occidente Sociedad Anónima, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas del Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios, siendo todos los número uno. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria. Nº 7605. (1601).

ESTRELLAS SANTIAGUEÑAS A.H.A. SOCIEDAD ANÓNIMA

Estrellas Santiagueñas A.H.A. Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro tres nueve seis cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros número uno Diario, Mayor, Inventario de Balances, Actas Asamblea de Socios, Actas Consejo de Administración, y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Lic. Adolfo Hidalgo Agüero, Notario. Nº 7650. (1602).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Yo, Eugenia Hernández Corea, soltera, ama de casa, vecina de Limón, Centro, Carrandi, Saborío, seiscientos metros al norte de la pista y con cédula siete-ciento sesenta y cuatro-doscientos doce, hago constar que he iniciado la reposición del libro de Diario y Balances, se escuchan por ocho días hábiles oposiciones en la Administración Tributaria de mi localidad. Eugenia Hernández Corea. (1674).

MARIOLA SOCIEDAD ANÓNIMA

Mariola, Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-020766, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Legales) actas de asamblea general, actas de junta directiva, registro de accionistas, (contables) diario, mayor, inventarios y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.. Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario. (1765).

GUARDURIBE, SOCIEDAD ANÓNIMA

Guarduribe Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-017364, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Legales) actas de asamblea general, actas de junta directiva, registro de accionistas, (contables) diario, mayor, inventarios y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario. (1768).

GUARDIA YGLESIAS, SOCIEDAD ANÓNIMA

Guardia Yglesias, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-015988, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Legales) actas de asamblea general, actas de junta directiva, registro de accionistas, (contables) diario, mayor, inventarios y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario. (1769).

CRISTALES DEL CARIBE SOCIEDAD ANÓNIMA

El señor Randall Arias Céspedes, en su calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Cristales del Caribe Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-357503, avisa por este medio al público en general, que por haberse extraviado los siguientes libros legales: Actas de Asamblea General, Registro de Accionistas, Actas de Asamblea de Junta Directiva, Diario, Mayor y Inventarios y Balances, ha solicitado ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los mismos en el tiempo de rigor. Consecuentemente, quien se considere afectado deberá dirigir sus manifestaciones a la unidad de Timbraje, autorización y legalización de libros en el término de ocho días a partir de la última notificación. Limón, 9 de enero del 2008. Randall Arias Céspedes Apoderado generalísimo. Nº 7690. (1989).

ALIM TECH SOCIEDAD ANÓNIMA

Alim Tech S. A., con cédula jurídica número 3-101-133269, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Actas de Asamblea de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente Legalización de Libros, Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta. Lic. Gabriela Muñoz Vargas, Notaria. Nº 7843. (1990).

PUBLICACION DE PRIMERA VEZ

BRONCO EXPEDICIONES A.L. SOCIEDAD ANÓNIMA

La sociedad Bronco Expediciones A.L. Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y nueve mil ciento treinta y dos, por motivo de extravío, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Consejo de Administración Registro de Accionistas, Asamblea General. Quien se considere afectado dirigir oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta. (113686).

Tomas Norberto Aguirre Cortes, con cédula de identidad número seis-doscientos uno-ochocientos cincuenta y uno constituye Aguirre Inversiones Sociedad Anónima, siendo su nombre de fantasía Aguirre Inversiones S. A. Domicilio: Limón Centro central frente a las oficinas de la sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social, siendo el señor Tomas Norberto Aguirre Cortes el apoderado generalísimo sin límites de suma y el presidente de la sociedad. Escritura trescientos treinta y cuatro, visible al folio ciento cincuenta vuelto del tomo treinta y cuatro del protocolo del suscrito notario Adrián Paniagua Gamboa. Otorgada en Limón, Centro a las dieciséis horas treinta minutos del trece de agosto de dos mil siete. Lic. Adrián Paniagua Gamboa, Notario. 1 vez. (1028).

LUDHEC SOCIEDA ANÓNIMA

Ludhec Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta y un mil novecientos cuarenta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas del Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios, todos correspondientes al número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Heredia, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Lic. Marcela Brooks Calderón, Notaria. (1642).

Yo, José Luís García Díaz, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Cuatro Millas de Matina de Limón, portador de la cédula de identidad numero uno-cinco cuatro cinco-cuatrocientos treinta y tres, a título personal, hago constar que he iniciado el trámite de reposición del libro de Compras del Régimen Simplificado, por extravío del mismo. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Limón, en el término de ocho días hábiles a partir de ese aviso. Lic. Elvis Eduardo Lawson V., Notario. Nº 8019. (2399).

DOLOMITI SOCIEDAD ANÓNIMA

Dolomiti Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y nueve mil sesenta y cuatro, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros siguientes: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno, tres libros en total a reponer. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta. Luigi Giacomin Carmiol, Presidente. Nº 8094. (2400).

INVERSIONES GIACOMIN CARMIOL SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones Giacomin Carmiol Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta mil ciento cincuenta y uno, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros siguientes: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno, tres libros en total a reponer. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta. Luigi Giacomin Carmiol, Presidente. Nº 8095. (2401).

PLAZA COYOACAN SOCIEDAD ANÓNIMA

Plaza Coyoacan Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y cuatro mil doscientos setenta y seis, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa, la reposición de los libros siguientes: Diario número uno, Mayor número uno, Inventarios y Balances número uno, tres libros en total a reponer. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta. Óscar Cabada Corvisier, Presidente. Nº 8096. (2402).

FINBACK WHALE LIMITADA

Finback Whale Limitada, cédula de persona jurídica Nº 3-102-400362, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros siguientes: Acta Asambleas de Cuotistas, Registro de Cuotistas, Mayor, Diario e Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Liberia, Guanacaste, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta. Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario. Nº 8114. (2403).

CENTRAL INDUSTRIALIZADORA

M Y G SOCIEDAD ANÓNIMA

Central Industrializadora M Y G Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-151110, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: Libro de Diario, libro de Mayor, libro de Inventarios y Balances, libro de Actas de Asamblea de Socios y libro de Actas de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Miguel Ángel Valverde Mora. Nº 8137. (2404).

SEFARINVEST SOCIEDAD ANÓNIMA

Sefarinvest Sociedad Anónima, cédula jurídica numero tres-ciento uno-setenta mil novecientos veinticinco, solicita ante la Dirección Nacional de Tributación, la reposición del libro de Actas de Asamblea de Socios número uno y el libro de Registro de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Publíquese tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un diario de circulación nacional de forma simultanea. Juan Andrés Gurdián Bond, Representante Legal. (2644).

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

El Colegio de Abogados de Costa Rica hace del conocimiento de sus asociados (as); Colegios Profesionales, Poderes Públicos, Instituciones y Público en general:

Como resultado de la asamblea general ordinaria, celebrada el 1º de diciembre del 2007, con fin de la elección de los miembros de Junta Directiva de este Colegio, para ocupar los puestos de Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, Vocal I y Fiscal, fueron designados (as) los (as) siguientes abogados (as):

Presidente           Lic. Gilberto Corella Quesada

Vicepresidenta    Dra. Marina Volio Brenes

Secretaria            Lic. Roxana Pujol Sobalvarro

Tesorera             MSc. María del Rocío Cerdas Quesada

Vocal I                Lic. Viamney Guzmán Alvarado

Fiscal                  Lic. Carlos Boza Mora

Que continuarán en sus funciones hasta el 6 de enero de 2009, los siguientes miembros de Junta Directiva:

Prosecretaria           Lic. Marta Esquivel Rodríguez

Vocal II                   Lic. Rogelio Fernández Moreno.

Vocal III                 Lic. Patricia Vega Herrera

Vocal IV                 Lic. Alejandro Madrigal Benavides

Vocal V                   Lic. Miriam Álvarez Ross

En consecuencia; la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Costa Rica, que fungirá para el período comprendido entre el 6 de enero del 2008 y el 6 de enero del 2009, queda integrada de la siguiente manera:

Presidente               Lic. Gilberto Corella Quesada

Vicepresidenta        Dra. Marina Volio Brenes

Secretaria                Lic. Roxana Pujol Sobalvarro

Tesorera                 MSc. María del Rocío Cerdas Quesada

Vocal I                    Lic. Viamney Guzmán Alvarado

Prosecretaria           Lic. Marta Esquivel Rodríguez

Vocal II                   Lic. Rogelio Fernández Moreno

Vocal III                 Lic. Patricia Vega Herrera

Vocal IV                 Lic. Alejandro Madrigal Benavides

Vocal V                   Lic. Miriam Álvarez Ross

Fiscal                      Lic. Carlos Boza Mora

Lic. Gilberto Corella Quesada, Presidente. Lic. Roxana Pujol Sobalvarro, Secretaria. (O. C. Nº 6291). C-47540. (1767).

2 v. 2.

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Por escritura otorgada ante esta notaría, el 13 de diciembre del 2007, se protocoliza la asamblea general extraordinaria de Federal Mogul de Costa Rica Sociedad Anónima, donde se acordó iniciar el proceso para la reposición del título valor Nº VII, serie A, por un valor de ¢500.000,00, emitido el 26 de junio de 1996, a nombre de Federal Mogul Corporation. Una vez cumplido con los requisitos legales se instruye a la Junta Directiva de la compañía la reposición y entrega del título. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de quince días naturales posterior a la última publicación. San José, 9 de enero del 2008. Lic. Alexander Araya Zúñiga, Notario. (1756).

PUBLICACIÓN DE una VEZ

Por escritura otorgada ante este notario, a las 9:30 horas del 23 de noviembre del 2007, se constituyó sociedad anónima, respecto de la cual se faculta expresamente al Registro de Personas Jurídicas para que se le indique de oficio su número de cédula jurídica como denominación social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Lic. Daniel de la Garza Chamberlain, Notario. 1 vez. Nº 7673. (1558).

Por escritura otorgada ante este notario, a las 11:00 horas del 23 de noviembre del 2007, se constituyó sociedad anónima, respecto de la cual se faculta expresamente al Registro de Personas Jurídicas para que se le indique de oficio su número de cédula jurídica como denominación social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Lic. Daniel de la Garza Chamberlain, Notario. 1 vez. Nº 7674. (1559).

Por escritura otorgada ante este notario, a las 9:00 horas del 23 de noviembre del 2007, se constituyó la sociedad denominada Light House Proyections L.H.P S. A.. Lic. Daniel de la Garza Chamberlain, Notario. 1 vez. Nº 7675. (1560).

Protocolización de asamblea general de accionistas de Rostipollos Internacional Risa Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera de los estatutos. Escritura otorgada, a las 15:00 horas del 8 de enero del 2008. Lic. Fiorella Flores Rivera, Notaria. 1 vez. Nº 7676. (1561).

Por escritura otorgada ante este notario, a las 12:00 horas del 23 de noviembre del 2007, se constituyó la sociedad denominada Black Box Group B.B.G Limitada. Lic. Daniel de la Garza Chamberlain, Notario. 1 vez. Nº 7677. (1562).

Por escritura otorgada ante este notario, a las 11:30 horas del 23 de noviembre del 2007, se constituyó la sociedad denominada The Right Scope, Limitada. Lic. Daniel de la Garza Chamberlain, Notario. 1 vez. Nº 7678. (1563).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de One Resort & Residences Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera de los estatutos. Escritura otorgada, a las 10:00 horas del 21 de diciembre del 2007. Lic. Maureen Hernández Díaz, Notaria. 1 vez. Nº 7679. (1564).

Por escritura otorgada ante este notario, a las 8:30 horas del 23 de noviembre del 2007, se constituyó la sociedad denominada Green Light Allocations G.L.A. S. A. Lic. Daniel de la Garza Chamberlain, Notario. 1 vez. Nº 7680. (1565).

Protocolización de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Nº 3-101-503756, sociedad anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y vigésima de los estatutos. Escritura otorgada a las 10:15 horas del 21 de diciembre del 2007. Lic. Maureen Hernández Díaz, Notario. 1 vez. Nº 7681. (1566).

Por escritura otorgada ante esta notario, a las 8:00 horas del 23 de noviembre del 2007, se constituyó la sociedad denominada Bluecast Trading Company B.T.C. Lic. Daniel de la Garza Chamberlain, Notaria. 1 vez. Nº 7682. (1567).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del día 9 de enero del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Origami Innovations Cri Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula sexta. San José, 9 de enero del 2008. Lic. Larissa Seravalli Sáurez, Notaria. 1 vez. Nº 7683. (1568).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del día 9 de noviembre del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Colite Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula segunda del pacto domicilio social. San José, 29 de mayo del 2007. Lic. Daniel de La Garza Chamberlain, Notario. 1 vez. Nº 7684. (1569).

Por escritura otorgada ante mí, número doscientos cincuenta del tomo primero, a las 12:00 horas del día 7 de enero del 2008, se reformó la junta directiva y la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad denominada Sistemas de Potencia de Centroamérica SPC Sociedad Anónima. Domicilio: San José, San Francisco de Dos Ríos. 9 de enero de 2008. Lic. Iliana María Flores Díaz, Notaria. 1 vez. Nº 7686. (1570).

Los suscritos, Walter Salas Artavia, cédula de identidad Nº 6-254-133, y Marianella Brenes Vega, cédula de identidad Nº 1-928-240, constituyen la empresa denominada Construcciones Salas y Brenes Sociedad Anónima. Es todo. Las Palmitas de La Rita, Pococí. Lic. Rosa Nelly Rivera Meza, Notaria. 1 vez. (1636).

El suscrito notario, hace constar que el día de hoy, se constituyó la sociedad Tropical Dreams of San Ramón 2008 S.R.L. San Ramón, 9 de enero del 2008. Lic. José María Penabad Bustamante, Notario. 1 vez. (1638).

Por escritura otorgada hoy, se constituyó la empresa Evans Eco/Investments S. A. San José, 11 de diciembre del 2007. Lic. José María Penabad Bustamante, Notario. 1 vez. (1639).

Por escritura número 71, otorgada a las 20:00 horas del 8 de enero del 2008, José Diego González Solís, Zulay González Solís e Irma González Solís, constituyen Grupo Gonzasoli del Sol Sociedad Anónima, con un capital social de nueve mil colones. Es todo. San José, 8 de enero del 2008. Lic. Iara Lancaster Cortés, Notaria. 1 vez. (1664).

Por escritura número treinta y uno, visible al folio veintidós frente del tomo cuarenta y ocho de mi protocolo, otorgada a las 10:00 horas del día 10 de enero del 2008, se nombra nueva presidenta de la junta directiva, fiscal y agente residente de la empresa Condominio Belén Veinte I Amalfi Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-265248. Es todo. San José, 10 de enero del 2008. Lic. Harry Wohlstein Rubinsten, Notario. 1 vez. (1696).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día veintiuno de diciembre del dos mil siete, a las quince horas, se constituyó Asarle Construcciones Sociedad Anónima. Domicilio social: Santa Elena, Monteverde, Puntarenas, frente al Hotel El Establo. Presidente y secretaria, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital social: cien mil colones. Monteverde, Puntarenas, a las ocho horas del ocho de enero del dos mil ocho. Lic. Guerin Lacayo González, Notario. 1 vez. (1697).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 9 de octubre del 2007, se constituye la sociedad Beal Sula Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Es todo. San José, 9 de enero del 2008. Lic. Mauricio Campos Brenes, Notario. 1 vez. (1746).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciocho horas treinta minutos del día seis de diciembre del dos mil siete, Isabel Cristina Moya Segnini y Andrea González Rojas, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada denominada Responsabilidad Ambiental Corporativa RAC Limitada. San José, ocho de enero del dos mil ocho. Lic. Anneth Jiménez Calvo, Notaria. 1 vez. (1749).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas del día nueve de enero del dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Chicory Azul Ltda., donde se acuerda reformar la cláusula primera del estatuto social y se adiciona la cláusula décima segunda. San José, nueve de enero del dos mil ocho. Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria. 1 vez. (1750).

Por escritura otorgada a las doce horas del nueve de enero del dos mil ocho, se protocoliza acta de la sociedad Aerogrupos del Caribe S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas primera, segunda, quinta y sétima de los estatutos. Palmares, 9 de enero del 2008. Lic. Fernando Ávila González, Notario. 1 vez. (1753).

Ante esta notaría por escritura número 214-12, de las 08:30 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Andrabas S. A. Objeto: comercio en general. Capital: íntegramente pagado y suscrito. Plazo: 99 años. Poás, 8 de enero del 2008. Lic. Mario Rivera Campos, Notario. 1 vez. (1754).

Ante esta notaría por escritura número 215-12, de las 09:30 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Llano Dorado S. A. Objeto: comercio en general. Capital: íntegramente pagado y suscrito. Plazo: 99 años. Poás, 8 de enero del 2008. Lic. Mario Rivera Campos, Notario. 1 vez. (1755).

Por escritura otorgada ante mí, Restaurant Rincón de los Mariscos S. A., modifica cláusula del pacto social. Heredia, 9 de enero del 2008. Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario. 1 vez. (1777).

El suscrito Wálter Acosta Campos, notario público con oficina en Heredia, señala que ante su notaría, se presentó Edith María Mora Mora y William Ridings Navas, quienes vienen a constituir la sociedad denominada Chile Willies S.R.L. Capital social: doce mil colones. Domiciliada en San Francisco de Heredia, Condominios Avicenia, casa número cuarenta y dos, con una duración de noventa y nueve años. Lo anterior consta en la escritura número cincuenta y tres, de las diecisiete horas del nueve de enero del dos mil ocho. Lic. Walter Acosta Campos, Notario. 1 vez. (1779).

Ante mi notaría, se constituyó Global Amerika On Line S. A. Escritura dada en San José, a las 15:00 horas del 2 de noviembre del 2007. Lic. German Obando Mena, Notario. 1 vez. (1783).

Por escritura ciento diez, otorgada a las siete horas del día siete de enero del dos mil ocho, Jénnifer María Fonseca Morales y David Gerardo Solís Calvo, constituyeron la sociedad mercantil denominada Jemada Sociedad Anónima, y que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Presidenta: Jénnifer María Fonseca Morales. Domicilio: Palmares de Alajuela, sita en Buenos Aires, Urbanización Las Tres Marías, trescientos metros al norte del Colegio San Agustín. Lic. David Ricardo Hernández Orozco, Notario. 1 vez. (1785).

Por escritura ciento once, otorgada a las nueve horas con treinta minutos del día siete de enero del dos mil ocho, Yirlania Arroyo Fonseca y Jénnifer María Fonseca Morales, constituyeron la sociedad mercantil denominada Grupo Corporativo y Empresarial Fonseca Sociedad Anónima, y que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Presidenta: Yirlania Arroyo Fonseca. Domicilio: Palmares de Alajuela, sita en Buenos Aires, Urbanización Las Tres Marías, trescientos metros al norte del Colegio San Agustín. Lic. David Ricardo Hernández Orozco, Notario. 1 vez. (1786).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día nueve de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Sari Express Costa Rica Sociedad Anónima, cuya representación legal les corresponde a su presidente, secretario y tesorero. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Lic. Lency Jhannory Salas Araya, Notaria. 1 vez. (1787).

He protocolizado asamblea extraordinaria de Arbo de San Pablo Sociedad Anónima, se modifica pacto social para que presidente y tesorero, sean apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo. San José, diez de enero del dos mil ocho. Lic. Edgardo René Ramos Carmona, Notario. 1 vez. (1788).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las trece horas del tres de diciembre del dos mil siete, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social será asignada por el Registro Público, Sección de Personas Jurídicas, indicando el número de cédula jurídica como denominación social. San José, diez de enero del dos mil ocho. Lic. Pablo Fernando Ramos Vargas, Notario. 1 vez. (1797).

Los señores Alba Jiménez Alpízar y Jorge Enrique Monge Jiménez, constituyen la sociedad denominada Diseños Alba Sociedad Anónima, en la ciudad de Cartago, a las diez horas del dieciocho de junio del dos mil siete, ante el notario Miguel Ángel Ortega Bastos. Cartago, nueve de enero del dos mil ocho. Lic. Miguel Ángel Ortega Bastos, Notario. 1 vez. Nº 7918. (1804).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:00 horas del 11 de diciembre del 2007, se modificaron del pacto constitutivo de El Castillo Oostelijke Sociedad Anónima, las cláusulas segunda: domicilio en Cañas, Guanacaste; quinta: del capital social íntegramente suscrito y pagado; novena: de la integración de la junta directiva; se agrega la cláusula novena bis del consentimiento para enajenar bienes, se revoca junta directiva y se nombra nueva junta directiva, se revoca fiscal y se nombra nuevo fiscal. Grecia, 11 de diciembre del 2007. Lic. José Aníbal Cascante Soto, Notario. 1 vez. Nº 7919. (1805).

En esta notaría, se constituyó la sociedad denominada MJR Familia Fernández Vindas Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Escritura doce, iniciada el folio cinco vuelto del tomo cuarto del protocolo de la suscrita notaria. Lic. Diana Salazar Vega, Notaria. 1 vez. Nº 7924. (1806).

Ante esta notaría, y al ser las diez horas del nueve de enero del dos mil ocho, mediante escritura número ciento nueve-dos, del tomo segundo de mi protocolo, se constituyó la sociedad Consultores e Ingenieros del Chirripó C.I.C. Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Se nombró miembros de junta directiva, fiscal y agente residente. Es todo. San José, a las once horas con treinta minutos del diez de enero del dos mil ocho. Lic. Jorge Eugenio Porras Mora, Notario. 1 vez. Nº 7925. (1807).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 15:00 horas del 9 de enero del 2008, donde se cambian las cláusulas segunda, cuarta, quinta, sexta, octava y novena del pacto constitutivo, y se nombra nueva junta directiva y fiscalía de la sociedad de esta plaza, Correduría y Servicios de Seguros Sociedad Anónima. San José, 9 de enero del 2008. Lic. Anabelle López Delgado, Notaria. 1 vez. Nº 7926. (1808).

Por medio de escritura otorgada ante el suscrito notario público en San Isidro de Pérez Zeledón, a las nueve horas con quince minutos del día siete de enero del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Creaciones Yain Deglú Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula sexta del pacto social, se revoca el nombramiento del presidente, secretaria y tesorero de la junta directiva, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, se crea la cláusula décimo primera y se nombra agente residente. San Isidro de Pérez Zeledón, ocho de enero del dos mil ocho. Lic. Juan Carlos Mora Granados, Notario. 1 vez. Nº 7928. (1809).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada F. A. Jiménez & Asociados Consultores Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio: Ciudad Quesada, San Carlos. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Fabio Allin Jiménez García. Ciudad Quesada, 3 de enero del 2008. Lic. Geovanny Villalobos Guzmán, Notario. 1 vez. Nº 7930. (1810).

Ante mí, María de los Ángeles Solano Mora, notaria pública con oficina en Coronado, se constituyó a las ocho horas del nueve de enero del dos mil ocho, la sociedad anónima según Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno guión J, conforme al artículo segundo y será sociedad anónima. El plazo social será de noventa y nueve años. El capital social será la suma de diez mil colones exactos. El presidente es Jerry Alberto Sandoval Delgado. San José, 9 de enero del 2008. Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria. 1 vez. Nº 7931. (1811).

Ante mí, María de los Ángeles Solano Mora, notaria pública con oficina en Coronado, se constituyó a las ocho horas del nueve de enero del dos mil ocho, la sociedad anónima según Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno guión J, conforme al artículo segundo y será sociedad anónima. El plazo social será de noventa y nueve años. El capital social será la suma de diez mil colones exactos. El presidente es Jerry Alberto Sandoval Delgado. San José, 9 de enero del 2008. Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria. 1 vez. Nº 7932. (1812).

Ante mí, María de los Ángeles Solano Mora, notaria pública con oficina en Coronado, se constituyó a las ocho horas del nueve de enero del dos mil ocho, la sociedad anónima según Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno guión J, conforme al artículo segundo y será sociedad anónima. El plazo social será de noventa y nueve años. El capital social será la suma de diez mil colones exactos. El presidente es Jerry Alberto Sandoval Delgado. San José, 9 de enero del 2008. Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria. 1 vez. Nº 7933. (1813).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 9 de enero del 2008, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Andreka Inversiones y Desarrollos S. A.. Lic. Wilber Barquero Bolaños, Notario. 1 vez. Nº 7687. (1814).

Ante esta notaría se ha constituido la sociedad anónima denominada Representaciones Meli y Adays Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, domicilio social en la ciudad de San Juan de Tibás de San José. Se lleva a cabo esta publicación para los fines pertinentes. San José, diez de enero del dos mil ocho. Lic. Mario Zamora Mata, Notario. 1 vez. Nº 7691. (1815).

Por escritura otorgada a las doce horas del día tres de diciembre del dos mil siete, se constituyó la empresa HD Producciones y Eventos de Costa Rica Sociedad Anónima, cuyo presidente es Óscar Gerardo Mora Corrales. San José, 9 de enero del 2008. Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario. 1 vez. Nº 7692. (1816).

Pablo Calderón Murillo, mayor, cédula número: uno-mil veintitrés-cuatrocientos treinta y uno, casado una vez, empresario y Hellen Rocío Ávila Conejo, mayor, con cédula de identidad número: uno-mil cincuenta y cuatro-siete seis seis, constituyen Inmoviliaria Calavi C Y A Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del ocho de enero del dos mil ocho. Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria. 1 vez. Nº 7693. (1817).

Por escritura número veinticinco otorgada a las diecisiete horas del ocho de enero del dos mil ocho, se protocolizó acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad DP S. A., mediante el cual se reforma la cláusula octava de la administración y revocan los nombramientos de junta directiva, fiscal y agente residente y se hacen nuevos nombramientos. San José 14 de enero del 2008. Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Notario. 1 vez. Nº 7694. (1818).

Pablo Calderón Murillo, mayor, cédula número uno-mil veintitrés-cuatrocientos treinta y uno, casado una vez, empresario y Hellen Rocío Ávila Conejo, mayor, con la cédula de identidad número uno-mil cincuenta y cuatro-siete seis seis. Constituyen Repuestos P & J Calderón Ávila Sociedad de Responsabilidad Limitada. Escritura otorgada a las quince horas del ocho de enero del dos mil ocho. Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria. 1 vez. Nº 7695. (1819).

Que por escritura otorgada ante mí, se constituyó la siguiente sociedad: Landscapes Tempisque River and Nicoya Gulf Sociedad Anónima, domiciliada en la provincia de Alajuela. Sarchí, 8 de enero del 2008. Lic. Josué Campos Madrigal, Notario. 1 vez. Nº 7698. (1820).

Mediante protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas, se ha modificado la cláusula quinta del pacto social de Tornillos, Herramientas y Materiales (Torhema) Sociedad Anónima. Se aumenta el capital social hasta la suma de ochenta millones de colones. Escritura otorgada en San José a las doce horas del nueve de enero del año dos mil ocho. Lic. José Manuel Ortiz Durman, Notario. 1 vez. Nº 7697. (1821).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del nueve de enero del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Empresa Internacional de Comercio (EICSA) S. A., por la cual se reforman las cláusulas primera, cuarta, quinta, se agregan las cláusulas décima y décima primera y se reorganiza junta directiva y fiscal. Lic. Sergio Leiva Urcuyo, Notario. 1 vez. Nº 7700. (1822).

Ante esta notaría se constituyó la compañía denominada: Inmobiliaria Garonne Beterave I.G.B Sociedad Anónima. San José, 10 de enero del 2008. Lic. Luz Virginia Zamora Rodríguez, Notaria. 1 vez. Nº 7702. (1823).

Por escritura otorgada ante mí el 17 de diciembre del 2007, se constituyó la sociedad Siete Cumbre S. A., capital social de 100.000,00 colones totalmente suscrito y pagado. Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria. 1 vez. Nº 7703. (1824).

Ante esta notaría se constituyó la compañía denominada: Inmobiliaria Argent Bientot R. E. E. G Sociedad Anónima. San José, 10 de enero del 2007. Lic. Luz Virginia Zamora Rodríguez, Notaria. 1 vez. Nº 7704. (1825).

Francisco Antonio Quesada Morán y Yamel de Lourde Reyes Jarquin, constituyen sociedad Seguridad Rosalinda Sociedad Anónima quienes son presidente y secretaria, los cuales son apoderados generalísimos sin límite de suma actuando en forma conjunta o separadamente. Escritura número ciento veintitrés otorgada en Heredia, a las trece horas del ocho de enero del dos mil ocho. Lic. Sandra Obando Juárez, Notaria. 1 vez. Nº 7706. (1826).

Mediante escritura otorgada a las trece horas del día dieciocho de diciembre del dos mil siete, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general de la sociedad Suirirí Cariblanco S. A., cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-cinco uno uno dos cinco nueve, en la que se sustituye miembro de la junta directiva nombrando presidente a: Graig Edward Zumbroegel, de único apellido en virtud de su nacionalidad estadounidense, portador del pasaporte número: tres cero tres uno tres uno tres nueve cinco. San José, nueve de enero del dos mil ocho. Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario. 1 vez. Nº 7707. (1827).

Mediante escritura otorgada a las quince horas del día dieciocho de diciembre del dos mil siete, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general de la sociedad Semillerito Negriazulado de los Bosques Densos S. A., cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-cinco cero ocho ocho tres tres, en la que se sustituye miembro de la junta directiva nombrando presidente a Graig Edward Zumbroegel, de único apellido en virtud de su nacionalidad estadounidense, portador del pasaporte número: tres cero tres uno tres uno tres nueve cinco. San José, nueve de enero del dos mil ocho. Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario. 1 vez. Nº 7708. (1828).

Se constituye la Fundacion Habitat Urbano, fundadora María Emilia Soto Pacheco, cédula número dos-cuatro uno cero-tres cero cinco y otros. Plazo perpetuo. San José, nueve de enero del dos mil ocho. Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario. 1 vez. Nº 7709. (1829).

Se constituye la firma de esta plaza Oropéndola Cabecicastaña Company Sociedad Anónima, presidente: Oldemar Fallas Navarro, cédula número uno-siete seis cinco-cero nueve cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. San José, siete de enero del dos mil ocho. Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario. 1 vez. Nº 7710. (1830).

Se constituye la firma de esta plaza Picoguadaña Andino Sociedad Anónima, presidente: Oldemar Fallas Navarro, cédula número uno-siete seis cinco-cero nueve cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. San José, siete de enero del dos mil ocho. Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario. 1 vez. Nº 7711. (1831).

Se constituye la firma de esta plaza Tirahojas Gorgigris Sociedad Anónima, presidente: Oldemar Fallas Navarro, cédula número uno-siete seis cinco-cero nueve cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. San José, siete de enero del dos mil ocho. Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario. 1 vez. Nº 7713. (1832).

Se constituye la firma de esta plaza: Trepatroncos Sepia Sociedad Anónima. Presidente: Oldemar Fallas Navarro, cédula número uno-siete seis cinco-cero nueve cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. San José, siete de enero del dos mil ocho. Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario. 1 vez. Nº 7714. (1833).

Se constituye la firma de esta plaza: Elenia Montañera Sociedad Anónima. Presidente: Oldemar Fallas Navarro, cédula número uno-siete seis cinco-cero nueve cero cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. San José, nueve de enero del dos mil ocho. Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario. 1 vez. Nº 7715. (1834).

Se constituye la firma de esta plaza: Collared Aracari Sociedad Anónima. Presidente: Rodrigo Zumbado Sancho, cédula número dos-cero cinco tres cuatro-cero uno cero cero. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. San José, nueve de enero del dos mil ocho. Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario. 1 vez. Nº 7716. (1835).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas cuarenta minutos del día ocho de enero del dos mil ocho, Larp Associates S. A. y Yellow Innovative Lands S. A., constituyen veinte sociedades anónimas. San José, nueve de enero del dos mil ocho. Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria. 1 vez. Nº 7717. (1836).

Se constituye la firma de esta plaza: Ruddy Woodcreeper Sociedad Anónima. Presidente: Rodrigo Zumbado Sancho, cédula número dos-cero cinco tres cuatro-cero uno cero cero. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. San José, siete de enero del dos mil ocho. Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario. 1 vez. Nº 7718. (1837).

Se constituye la firma de esta plaza Ringed Kingfisher Sociedad Anónima. Presidente: Rodrigo Zumbado Sancho, cédula número dos-cero cinco tres cuatro-cero uno cero cero. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. San José, siete de enero del dos mil ocho. Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario. 1 vez. Nº 7719. (1838).

Se constituye la firma de esta plaza Mangrave Hummingbird Sociedad Anónima. Presidente: Rodrigo Zumbado Sancho, cédula número dos-cero cinco tres cuatro-cero uno cero cero. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. San José, siete de enero del dos mil ocho. Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario. 1 vez. Nº 7720. (1839).

Se constituye la firma de esta plaza Ocellated Poorwill Sociedad Anónima. Presidente: Randall Wayne Berg, pasaporte número siete uno uno cinco seis nueve uno cero dos. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. San José, siete de enero del dos mil ocho. Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario. 1 vez. Nº 7721. (1840).

Se constituye la firma de esta plaza Pheasant Cuckoo Sociedad Anónima. Presidente: Randall Wayne Berg, pasaporte número siete uno uno cinco seis nueve uno cero dos. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. San José, siete de enero del dos mil ocho. Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario. 1 vez. Nº 7722. (1841).

Se constituye la firma de esta plaza Grayish Saltator Sociedad Anónima. Presidente: Randall Wayne Berg, pasaporte número siete uno uno cinco seis nueve uno cero dos. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. San José, siete de enero del dos mil ocho. Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario. 1 vez. Nº 7723. (1842).

Se constituye la firma de esta plaza: Magnificent Frigatebird Sociedad Anónima. Presidente: Steven Walter Eric Nessman, pasaporte número uno uno dos cuatro cero cero cero seis seis dos cero cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. San José, siete de enero del dos mil ocho. Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario. 1 vez. Nº 7724. (1843).

Se constituye la firma de esta plaza: Least Bittern Sociedad Anónima. Presidente: Steven Walter Eric Nessman, pasaporte número uno uno dos cuatro cero cero cero seis seis dos cero cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. San José, siete de enero del dos mil ocho. Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario. 1 vez. Nº 7725. (1844).

Se constituye la firma de esta plaza: Variable Seedeater Sociedad Anónima. Presidente: Steven Walter Eric Nessman, pasaporte número uno uno dos cuatro cero cero cero seis seis dos cero cuatro. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. San José, siete de enero del dos mil ocho. Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario. 1 vez. Nº 7726. (1845).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día 21 de diciembre del año 2007, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Piedra de Oro S. A., mediante la cual se reforma la cláusula novena y la cláusula décima primera y se revocan nombramientos de la junta directiva. Heredia, 21 de diciembre del 2007. Lic. Karina Rojas Solís, Notaria. 1 vez. Nº 7729. (1846).

Hoy protocolicé los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Grupo de Inversiones El Cedro S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta mil quinientos cincuenta y uno, mediante los cuales se reforma las cláusulas segunda, quinta y sétima referentes al domicilio social. Capital social y administración respectivamente y se revocan los nombramientos de toda la junta directiva y el fiscal y se nombran nuevos, por medio de escritura otorgada en la ciudad de San José a las nueve horas del nueve de enero del dos mil ocho, por el Notario Público Rodrigo Maffioli Márquez. Lic. Rodrigo Maffioli Márquez, Notario. 1 vez. Nº 7731. (1847).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del día 07 de enero del año 2008, se modifica la cláusula sexta de la administración de la sociedad Farmacia Ansoma S. A., con cédula jurídica 3-101-468681, inscrita en la sección mercantil al tomo 579, asiento 78036, los apoderados serán presidente, secretaria y tesorero siempre actuando en forma conjunta dos de los tres. Alajuela, 7 de enero del 2008. Lic. Cynthia Sandoval Salazar, Notaria. 1 vez. Nº 7733. (1849).

Mediante escritura 37 otorgada ante este notario, a las 08:00 horas del 19 de diciembre del dos mil siete, se modifican las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de la sociedad Snow Springs Sociedad Anónima. Guanacaste, 19 de diciembre del 2007. Lic. Ricardo Alfonso Estrada Murillo, Notario. 1 vez. Nº 7734. (1850).

Mediante escritura otorgada ante este notario a las 8:00 horas del 14 de diciembre del 2007, se modifica la cláusula octava de la administración, la sociedad será administrada por un gerente general y un subgerente general de la sociedad Las Brisas Uno de Guanacaste Limitada. Es todo. Guanacaste, 14 de diciembre del 2007. Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario. 1 vez. Nº 7735. (1851).

Mediante escritura 39 otorgada ante este notario, a las 10:00 horas del 19 de diciembre del dos mil siete, se modifican las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de la sociedad Tres-Ciento Dos-Cuatro Seis Siete Dos Cero Tres. Guanacaste, 19 de diciembre del 2007. Lic. Ricardo Alfonso Estrada Murillo, Notario. 1 vez. Nº 7737. (1852).

Mediante escritura 38 otorgada ante este notario, a las 09:00 horas del 19 de diciembre del dos mil siete, se modifican las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de la sociedad Eager Beaver Enterprises Ltda. Guanacaste, 19 de diciembre del 2007. Lic. Ricardo Alfonso Estrada Murillo, Notario. 1 vez. Nº 7738. (1853).

Mediante escritura 36 otorgada ante este notario, a las 8:00 horas del 18 de diciembre del dos mil siete, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Country Court Inc. Sociedad Anónima. Guanacaste, 18 de diciembre del 2007. Lic. Ricardo Alfonso Estrada Murillo, Notario. 1 vez. Nº 7739. (1854).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las trece horas del nueve de enero del dos mil ocho, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Condominio Ofi-Bodegas Capri Zeta H I J S. A., donde se reforma la cláusula segunda y se nombra nueva junta directiva. San José, 9 de enero del 2008. Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria. 1 vez. Nº 7740. (1855).

Leonel Oviedo Arias, Marta Elieth Porras Bogantes, Leonardo, Ariel Gerardo, Estiven José, y Melany María, todos Oviedo Porras, constituyen Leomarsitio Sociedad Anónima, en San Pedro de Poás, Alajuela, a las quince horas del ocho de enero del dos mil ocho. Lic. Aura Céspedes Ugalde, Notaria. 1 vez. Nº 7743. (1856).

Por escritura ciento trece, otorgada a las doce horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Logística Aire Mar Costa Rica S. A., mediante la cual se modificaron las cláusulas segunda, sétima y se nombra nueva junta directiva y fiscal. San José, 9 de enero del 2008. Lic. Federico Brealey Zamora, Notario. 1 vez. Nº 7745. (1857).

Por escritura pública número treinta y seis, otorgada ante esta Notaría a las dieciséis horas del día tres de diciembre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Montero y Merlo Sociedad Anónima. Presidente: Jorge Vinicio Montero Benavídez. Lic. Esteban Solano Gamboa, Notario. 1 vez. Nº 7746. (1858).

Por escritura pública otorgada en esta Notaría a las diecinueve horas del día veinticinco de junio del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Grupo Mueblitec de Naranjo Sociedad Anónima, abreviándose su aditamento a S. A. Naranjo, Alajuela, 09 de enero del 2008. Lic. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria. 1 vez. Nº 7748. (1859).

Por escritura otorgada ante mí, a las 19:00 horas, del día 08 de enero del 2008, se constituyó Rieco Comercial Sociedad Anónima, con domicilio en Santo Domingo de Heredia. Plazo social: 99 años. Capital: diez mil colones suscrito y pagado. Presidente y secretario con representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Santo Domingo de Heredia, 09 de enero del 2008. Lic. Miryam Eugenia Jiménez Bolaños, Notaria. 1 vez. Nº 7750. (1860).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del día nueve de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada La Casa de Doña Betina Sociedad Anónima. Presidente: Orlando Montero Mora. Capital social: sesenta mil colones. Lic. Byron Vargas Vásquez, Notario. 1 vez. Nº 7751. (1861).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas treinta minutos del día siete de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Agro-Inversiones Mongrase A Y A de Buenos Aires Sociedad Anónima. Presidente: Andrés Gerardo Sequeira Anchía. Capital social: diez mil colones. Lic. Byron Vargas Vásquez, Notario. 1 vez. Nº 7752. (1862).

Por escritura número doscientos veinticinco-cuatro, otorgada ante mí, a las diez horas del nueve de enero del dos mil siete, ante el suscrito notario se constituye la sociedad de este domicilio denominada: Academia de Tenis Van Der Laat Sociedad Anónima. Corresponde representación: presidente, secretario y tesorero. San José, 09 de enero del 2008. Lic. Raquel Quirós Mora, Notaria. 1 vez. Nº 7753. (1863).

Por escritura otorgada ante la suscrita Notaria, las 11:00 horas del 09 de enero del 2008, se constituyó la sociedad denominada Corporación Caliente Coches S. A. Domicilio Alto de Monterrey, San Carlos, Alajuela. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Ciudad Quesada, 09 de enero del 2008. Lic. Cristina Córdoba Hidalgo, Notaría. 1 vez. Nº 7754. (1864).

A las once horas del martes cuatro de diciembre del dos mil siete, la sociedad denominada V.S. Tecno Soluciones M.V Sociedad Anónima, modificó las cláusulas cuarta y sétima de los estatutos se comisionó al notario Lic. Alexander Quesada Venegas para protocolizar el acta. Lic. Alexander Quesada Venegas, Notario. 1 vez. Nº 7755. (1865).

Ante mí, licenciado Javier Carvajal Portugués a las trece horas del nueve de enero del dos mil ocho, se constituyo la sociedad R. D. E. Desarrollo Inmobiliario A Z B Deinmivin Sociedad Anónima. San José, 09 de enero del 2008. Lic. Javier Carvajal Portugués, Notario. 1 vez. Nº 7756. (1866).

La suscrita Notaria Xinia Arias Naranjo, hago constar que ante esta Notaría se constituyeron las siguientes sociedades anónimas, Garden Party in the Tropics Sociedad Anónima, A Winter Without Snow Sociedad Anónima, Cinamon Scent Sociedad Anónima,, Walking Through the Paths Sociedad Anónima, The Tree of Destiny Sociedad Anónima, The Mariachi in Love Sociedad Anónima, White Racoon Sociedad Anónima, North Winds Sociedad Anónima, Red Lobster Sociedad Anónima, Jungle Drum Sociedad, Catching the Sun Sociedad Anónima, Scarlet Macaws at Sunset Sociedad Anónima, After Sun Delight Sociedad Anónima, Sandy Soul Sociedad Anónima, Every Move You Make Sociedad Anónima, The Mighty Jungle Sociedad Anónima, The Power of Peace Sociedad Anónima, The Power of Silence Sociedad Anónima, Cool Cascade Sociedad Anónima, Paradise Lost Sociedad Anónima, Esmerald Green Garden Sociedad Anónima, Field of Fireflies Sociedad Anónima, Mist on the Mountain Sociedad Anónima, Magnificent Life on the Coast Sociedad Anónima, Forest of Faith Sociedad Anónima, Faith And Freedom Forever Sociedad Anónima, Secret Life of Bees Sociedad Anónima, The Sweet Escape Sociedad Anónima, A Perfect Moment in Time Sociedad Anónima y Magic Moments to Remember Sociedad Anónima, todas con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaía. Ciudad Cortés, 08 de enero del 2007. Lic. Xinia Arias Naranjo, Notaria. 1 vez. Nº 7758. (1867).

Que en mi notaría se constituyó la sociedad denominada Diquis Land Company Sociedad Anónima, a las 13:40 horas del 06 de diciembre de 2007. Domicilio social: Palmar Norte, Osa, Puntarenas, 50 metros oeste de la Sucursal CCSS. Presidente. Onías García Pérez. Capital social: diez mil colones. 07 de diciembre del 2007. Lic. Minor Zamora Castellón, Notario. 1 vez. Nº 7759. (1868).

Por escritura otorgada número veintidós de las catorce horas, treinta minutos del nueve de enero del año dos mil ocho, visible en el tomo cuarto del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Automotores Dinastía Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva. Es todo. San José, 9 de enero del 2008. Lic. Alexander Calderón Mora, Notario. 1 vez. Nº 7761. (1869).

Ante esta notaría, Lic. Cristian Pérez Quirós, se constituyó la sociedad denominada Selma del Valle C.G.P. Sociedad Anónima, con domicilio social en la provincia San José, cantón: San José, distrito: San José, Urbanización Las Tres Marías, casa número tres. El plazo social durará noventa y nueve. El capital social es la suma de diez mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Juan Diego Cabezas. San José, 18 de diciembre del 2007. Lic. Cristian Pérez Quirós, Notario. 1 vez. Nº 7766. (1870).

Ante mi notaría, se han presentado los señores Ronald Arrieta Corrales, cédula uno-seiscientos cincuenta y cinco- seiscientos cincuenta y ocho y Albert Hidalgo Prado, cédula uno-setecientos seis-novecientos sesenta y tres, a constituir una sociedad anónima denominada Servicios Centroamericanos de Telecomunicaciones Secetel S. A. Escritura otorgada a las doce horas del día cuatro de diciembre del dos mil siete. Es todo. San José, 9 de enero del 2008. Lic. Fernando González Medina, Notario. 1 vez. Nº 7768. (1871).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se reforma la cláusula sexta de los estatutos constitutivos de Stone Works Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y tres mil novecientos noventa y nueve. San José, 22 de noviembre del 2007. Lic. Sonia Ma. Calderón Montero, Notaria. 1 vez. Nº 7770. (1872).

Ante mi notaría, se han presentado los señores Olga Marta Zúñiga Aguilar, cédula tres-ciento ochenta y siete-novecientos noventa y ocho, Augusto Sánchez Zúñiga, cédula uno-mil ochenta y uno-ochocientos cincuenta y seis y Keren Raquel Sánchez Zúñiga, cédula tres-trescientos veintiocho-ochocientos doce, a constituir una sociedad anónima denominada Suza de Lima Sociedad Anónima S. A. Escritura otorgada a las 11:00 horas del día seis de diciembre del dos mil siete. Es todo. San José, 9 de enero del 2008. Lic. Fernando González Medina, Notario. 1 vez. Nº 7769. (1873).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó Costa Rica MLS, Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, Santa Ana. Capital social: diez mil colones. San José, 8 de enero del 2008. Lic. Sonia Ma. Calderón Montero, Notaria. 1 vez. Nº 7771. (1874).

Ante mí, Lic. Anthony Fernández Pacheco, por escritura número doscientos veintiuno del tomo octavo de mi protocolo, de las doce horas y treinta minutos del siete de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza Vida Xtrema S. A., cuyo capital social quedo suscrito y pagado, y en la junta directiva se nombró como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma al señor Álvaro Badilla Castillo. Lic. Anthony Fernández Pacheco, Notario. 1 vez. Nº 7772. (1875).

Por escritura otorgada ante mí a las 9:00 horas del 9/01/2007, se constituyó la sociedad Caribbean Delight Restaurants S. A. Domicilio: San José. Plazo: 100 años. Objeto genérico. Capital social suscrito y pagado. Presidente y secretario como apoderados generalísimos sin límite de suma. Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario. 1 vez. Nº 7773. (1876).

Por escritura otorgada a las dieciocho horas del veinte de diciembre del dos mil siete, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Valle Encantado de Santa Ana Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula sétima del consejo de administración y se conforma nueva junta directiva. Liberia, 20 de diciembre del 2007. Lic. Julieta Elizondo Araya, Notaria. 1 vez. Nº 7774. (1877).

Por escritura otorgada ante mí, a 16:00 horas del 04 de diciembre del 2007, se constituyó la sociedad Huertos y Jardines Multicolores Sociedad Anónima. Presidente: representación judicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidenta: Kennia Guerrero Ruiz. Domicilio: San José, calles 21 y 23, avenida 10 bis, Nº 2161. Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria. 1 vez. Nº 7776. (1878).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las catorce horas treinta minutos del día veintinueve de noviembre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Asesorías Administrativas Moscoso Sociedad Anónima. Presidente: Jonathan Moscoso Porras. Lic. Didier Mena Aguilar, Notario. 1 vez. Nº 7777. (1879).

Por escritura otorgada a las quince horas del ocho de enero del dos mil ocho,  se  constituyó  la sociedad denominada W.E.V. Instalaciones S. A., con domicilio social en Grecia centro, trescientos metros al oeste del costado sur del Cementerio local. Apoderado generalísimo sin límite de suma: su presidente William Vásquez Abarca, cédula número dos-cuatrocientos dieciocho-cero ochenta y tres. Capital social: diez mil colones. Lic. Marianela González Fonseca, Notaria. 1 vez. Nº 7778. (1880).

Por escritura otorgada a las catorce horas del trece de diciembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Real Estate Dos Mil Ocho S. A., con domicilio social en Liberia en el barrio Guadalupe, doscientos norte y cien este del puente sobre el río Santa Inés. Apoderado generalísimo sin límite de suma: su presidente José Manuel González Fonseca, cédula número dos-cuatrocientos seis-trescientos treinta y cinco. Capital social: un millón de colones. Lic. Yesenia Hidalgo Solano, Notaria. 1 vez. Nº 7779. (1881).

A las ocho horas del día de hoy, protocolice acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Arzala del Sol S. A., en la que se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo. San José, 7 de enero del 2008. Lic. Carmen Estrada Feoli, Notaria. 1 vez. Nº 7781. (1882).

Ante mi Notaría, se constituyó la sociedad denominada Developing Costa Rica Sociedad Anónima, cuyo domicilio es Liberia, de la escuela Laboratorio, trescientos metros al oeste y trescientos veinticinco metros al norte, Guanacaste. Capital social: diez mil colones. Presidente: Pascal Roland Bitterli. Nandayure, 3 de enero del 2008. Lic. Nancy Elena Rivas Elizondo, Notaria. 1 vez. Nº 7783. (1883).

Ante mi Notaría, se constituyó la sociedad denominada Barrio Tropical La Cruz Sociedad Anónima, cuyo domicilio es Liberia, de la escuela Laboratorio, trescientos metros al oeste y trescientos veinticinco metros al norte, Guanacaste. Capital social: diez mil colones. Presidente: Pascal Roland Bitterli. Nandayure, 3 de enero del 2008. Lic. Nancy Elena Rivas Elizondo, Notaria. 1 vez. Nº 7784. (1884).

Ante mi Notaría, se constituyó la sociedad denominada Río Negro Lodge Sociedad Anónima, cuyo domicilio es Liberia, de la escuela Laboratorio, trescientos metros al oeste y trescientos veinticinco metros al norte, Guanacaste. Capital social: diez mil colones. Presidente: Pascal Roland Bitterli. Nandayure, 3 de enero del 2008. Lic. Nancy Elena Rivas Elizondo, Notaria. 1 vez. Nº 7785. (1885).

Constitución de la sociedad Chiles y Salsas Marvin S. A., presidente Marvin Murillo Gómez; secretaria Fiorella Moya Arias, tesorero Marvin Murillo Moya, fiscal Mariano Murillo Moya. Otorgada en Alajuela, el tres de diciembre del año dos mil siete, en escritura número doscientos dieciséis, visible al folio ciento veintinueve frente del tomo décimo del protocolo de la notaria Doris Céspedes Elizondo. San José, 9 de enero del 2008. Lic. Doris Céspedes Elizondo, Notaria. 1 vez. Nº 7787. (1886).

Por escritura número dos, del tomo tres del protocolo del suscrito notario, otorgada a las diez horas del siete de octubre del dos mil seis, ante esta Notaría, se constituyó la sociedad Construcciones R Y G Pampas del Norte de Costa Rica Sociedad Anónima, domiciliada en San José. Presidente: Ronaldo Bismark Gutiérrez. Capital social: ¢ 50.000,00. Plazo: noventa y nueve años. San José, 7 de diciembre del 2007. Lic. Juan E. Martínez Fuentes, Notario. 1 vez. Nº 7790. (1887).

Por escritura otorgada en mi Notaría a las 8:00 horas del 8 de enero del 2008; se protocoliza acta mediante la cual se modifica la cláusula novena el pacto constitutivo de la sociedad denominada Desarrollos Matrera S. A., cédula jurídica Nº 3-101-492789, en el sentido de que la representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá al presidente, al vicepresidente y al secretario; quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar en forma conjunta únicamente. Además se nombra como nuevo secretario al señor Marvin Gerardo Arias Díaz, cédula Nº 6-205-026. Lic. Wálter Navarro Guadamuz, Notario. 1 vez. Nº 7791. (1888).

Se protocoliza acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Ópticas Clínica Bíblica S. A. celebrada en San José, el 9 de enero del 2008, en la cual se acordó: reformar la cláusula primera del pacto social. Otorgada en San José, a las 8:00 horas del 10 de enero del 2007. Lic. Ivannia Zúñiga Vidal, Notaria. 1 vez. Nº 7796. (1889).

Ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Servicios Cheng S. A. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Domicilio social: sito en cantón quinto de la provincia de Cartago, Campabadal, ciento cincuenta metros al sur del tránsito. Presidente: Abelardo Eliécer Solís Mena, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Turrialba, 19 de diciembre del 2007. Lic. Andrea Carazo Campos, Notaria. 1 vez. Nº 7798. (1890).

Por escritura otorgada el día nueve de enero dos mil ocho, ante esta Notaría, se constituye la sociedad anónima Inversiones Galgani del Oeste Sociedad Anónima se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. San José, 10 de enero del 2008. Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario. 1 vez. Nº 7805. (1891).

Ante esta Notaría, a las 15:00 horas del 29 de octubre del dos mil siete, escritura Nº 116-16, visible al folio 146 vuelto, del tomo 16 del protocolo del suscrito Notario, se constituyó Invernatek Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Presidente, secretario y tesorero representantes judiciales y extrajudiciales. San José, 9 de enero del 2008. Lic. Julio Renato Jiménez Rojas, Notario. 1 vez. Nº 7806. (1892).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las quince horas de hoy, se protocolizó acta de asamblea general de Río Amapola S. A., en la que se reforma la cláusula 5a de los Estatutos, se agregan las cláusulas 9a y 10a y se nombran miembros de junta directiva y fiscal. San José, 9 de enero del 2008. Lic. Carlos Eduardo Quesada Hernández, Notario. 1 vez. Nº 7807. (1893).

El suscrito Notario hace constar que el día de hoy protocolicé, acta de asamblea general extraordinaria de Outsourcing Administrativo S. A. en la que se reforma la cláusula sexta de los estatutos sociales. San José, 9 de enero del 2008. Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario. 1 vez. Nº 7808. (1894).

Ante esta Notaría, al ser las catorce horas treinta y cinco minutos del ocho de enero del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad denominada tres ciento uno cuatrocientos setenta y un mil quinientos sesenta y seis sociedad anónima, donde se acordó modificar, la cláusula sexta de la administración, se nombra nueva nueva junta directiva. San José, 10 de enero del 2008. Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario. 1 vez. Nº 7810. (1895).

Mediante escritura 07 de las 13:00 horas del 08 de enero del 2008, otorgada ante esta Notaría, los señores María Elena Quesada Cordero y Juan Agustín Navarro Jiménez, constituyen la sociedad anónima denominada QCL Doscientos Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Capital: 10 000 colones. Domicilio: Cañas, Guanacaste, 500 metros norte y 50 este del Liceo Miguel Araya Venegas. Presidente: María Elena Quesada Cordero, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma. Cañas, 8 de enero del 2008. Lic. Eva Cristina Alvarado Zapata, Notaria. 1 vez. Nº 7815. (1896).

Ante esta Notaría, se constituyó la sociedad Miso Sociedad Anónima, domiciliada en Aguas Zarcas, San Carlos. Con un capital social de ciento cincuenta mil colones. Presidente: Norman Gerardo Arias Quesada. Escritura otorgada en Aguas Zarcas, San Carlos, a las once horas del doce de diciembre del dos mil siete. Lic. Óscar Eduardo Corrales Fernández, Notario. 1 vez. Nº 7823. (1897).

El suscrito Notario hace constar que por escritura otorgada a las quince horas del veintiuno de diciembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Ernesto y Clemencia Hermanos Lacayo Ríos Sociedad de Responsabilidad Limitada, elegido gerente Lacayo Ríos. Heredia, 9 de enero del 2008. Lic. Lindbergh Arrieta Zárate, Notario. 1 vez. Nº 7824. (1898).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Estibadores del Sur S. A., capital social seiscientos mil colones. Presidente con representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo. Golfito, 4 de enero del 2008. Lic. Bernal Castro Gutiérrez, Notario. 1 vez. Nº 7827. (1899).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Corporación Jurcru J. R. C. Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado, duración noventa y nueve años. San José, 7 de enero del año 2008. Lic. Luis Diego Corella Rodríguez, Notario. 1 vez. Nº 7829. (1900).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Corporación Joncas J. C. G. Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado, duración noventa y nueve años. San José, 7 de enero del año 2008. Lic. José A. Zeledón Colombari, Notario. 1 vez. Nº 7830. (1901).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las nueve horas del veintiuno de diciembre del dos mil siete, se protocolizó reformas al pacto constitutivo de la sociedad denominada según su cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos diez mil setecientos veintitrés sociedad anónima. San José, 10 de enero del 2008. Lic. Rafael Quirós Bustamante, Notario. 1 vez. Nº 7832. (1902).

Ante Ignacio Sánchez Ramírez, notario, se constituyó la sociedad anónima: Cucciolo Feliz S. A. Domicilio: San José. Plazo: 100 años. Presidenta: Sonia Traini. San José, 11:00 horas del 07 de enero del 2008. Lic. M. Ignacio Sánchez Ramírez, Notario. 1 vez. Nº 7834. (1903).

Mediante escritura número ciento sesenta y dos, visible al folio ciento treinta y seis vuelto del tomo tercero de mi protocolo, otorgada a las quince horas del día doce de diciembre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Chitopusiete Sociedad Anónima. Es todo. San José, 9 de enero del año 2008. Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario. 1 vez. Nº 7835. (1904).

Por escritura otorgada ante mi Notaría, a las 8:00 horas del 8 de enero del 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Aquamenti Services S. A. Se crea cláusula décima segunda y se nombra agente residente. Es todo. San José, 8 de enero del 2008. Lic. Mauricio Marín Sevilla, Notario. 1 vez. Nº 7836. (1905).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas de hoy, se constituyó la compañía Clawima Dos Mil Ocho Sociedad Anónima. San José, 8 de enero del 2008. Lic. Bernal Ulloa Flores, Notario. 1 vez. Nº 7838. (1906).

Ante esta Notaría, hoy se constituyó la sociedad Acuacultura Adrimar Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva, fiscal y agente residente. Escritura otorgada en San José, a las 16 horas del 9 de enero del 2008. Lic. Imelda Arias del Cid, Notaria. 1 vez. Nº 7839. (1907).

Ante esta Notaría, mediante escritura número doscientos noventa y cinco, de las diecisiete horas del cinco de diciembre de dos mil siete, se constituye la sociedad denominada: Insumos Dentales A & S “INSUDENSA” S. A., con capital social suscrito y pagado. Presidente: Andrés Arce Acon. San José, 8 de enero del 2008. Lic. Adalid Otoya Quirós, Notario. 1 vez. Nº 7841. (1908).

La suscrita Notaria hace consta que hoy otorgué escritura de constitución de sociedad Mareargentina del Sur SRL. Capital: diez mil colones. Sede social: Limón. Objetivo: comercio. Gerenta: Ana María Pittaluga. San José, 9 de enero del 2008. Lic. Rose Mary Madden Arias, Notaria. 1 vez. Nº 7848. (1909).

Por escritura número ciento noventa y ocho-seis otorgada ante esta Notaría a las 9:00 horas del 30 de noviembre del 2007, se constituyó la sociedad Estrategias Psicológicas E P S I Sociedad Anónima. Domicilio: San Vicente de Moravia. Capital social: cien mil colones. Tibás, 7 de enero del 2008. Lic. Catherine Uribe Lorío, Notaria. 1 vez. Nº 7849. (1910).

El suscrito Notario hace constar que el día de hoy, ante esta Notaría y mediante escritura pública de las diecisiete horas cuarenta minutos del ocho de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Valram Cuatro AM S. A., capital suscrito y pagado. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando solo de manera conjunta. Cartago, 10 de enero del 2008. Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario. 1 vez. Nº 7851. (1911).

En esta Notaría a las dieciséis horas del siete de enero del año dos mil ocho, mediante escritura número dieciocho, se constituyó la compañía: Ferretería H.R. Santa Clara Sociedad Anónima. Domicilio: Santa Clara de Florencia de San Carlos, Alajuela, mil metros al suroeste del Colegio Agropecuario. Objeto: el comercio, agricultura, la ganadería, la industria, el turismo y bienes raíces. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una. Presidente: Vinicio Hernández Rodríguez, cédula número dos-cuatrocientos sesenta-seiscientos noventa y cuatro, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Lic. Luis Gerardo Valenciano Salazar, Notario. 1 vez. Nº 7852. (1912).

En esta Notaría a las once horas del nueve de enero del dos mil ocho, mediante escritura veintidós, se constituyó la compañía cuya denominación será su número de cédula de persona jurídica asignado por el Registro Nacional más las palabras sociedad anónima. Domicilio: barrio Hogar de Ancianos de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, ciento cincuenta metros al norte de Radio Santa Clara. Objeto: la ganadería, el comercio, la industria, el turismo y bienes raíces. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Representado por diez acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una. Presidente: Stanley Segundo Murillo Guzmán, cédula número dos-quinientos cuatro-setecientos sesenta y seis, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Lic. Luis Gerardo Valenciano Salazar, Notario. 1 vez. Nº 7853. (1913).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 10:00 horas del 12 de diciembre del 2007, se constituyó la sociedad Jesús María Inversiones Sociedad Anónima. Presidente: Jesús María León Valerio. Barva, 12 de diciembre del 2007. Lic. Isaac Montero Solera, Notario. 1 vez. Nº 7857. (1914).

La suscrita notaria pública Xinia Patricia Aguilar Picado, doy fe que el día trece de noviembre del dos mil siete, en escritura pública doscientos ochenta y cinco, ante mi notaria se constituyó la sociedad anónima Hermandos D.A.B.R.E y RP Sociedad Anónima, se nombró presidente y secretario como apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjuntamente y por separado a Rodolfo Víquez Arrieta, cédula número cuatro-ciento veintiuno-cuatrocientos treinta y seis y Girlany Rojas Víquez, cédula número cuatro-ciento cincuenta y tres- trescientos treinta y uno, pudiendo actuar conjuntamente o por separado excepto para vender, hipotecar, gravar, pignorar o de cualquier forma comprometer el patrimonio de la sociedad deberán actuar conjuntamente. Capital: suscrito y pagado. Es todo firmo en Heredia, el día dos de enero del dos mil ocho. Lic. Xinia Patricia Aguilar Picado, Notaria. 1 vez. Nº 7859. (1915).

Por escritura otorgada ante esta notaría, de las quince horas del día diecisiete del mes de diciembre del dos mil siete, los señores Krisnal Frewin Alfaro Barrantes, Ana Madrigal Soto, Yolanda Soto Carvajal, Andrea Madrigal Soto, constituyen Tours Kabamas Sociedad Anónima. Presidente: Krisnal Frewin Alfaro Barrantes, secretaria: Ana Madrigal Soto, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: Alajuela, Sabanilla de Alajuela, diagonal colegio Sabanilla. San José, ocho de enero del dos mil ocho. Lic. Mayra González León, Notaria. 1 vez. Nº 7863. (1916).

Por escritura otorgada el día de hoy, P. Maroto Publicidad S. A., reforma cláusula segunda referente al domicilio, del pacto constitutivo y se nombra secretario. Se aprueba emisión de acciones. Diecinueve de diciembre del dos mil siete. Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria. 1 vez. Nº 7864. (1917).

Por escritura otorgada el día de hoy Real Marfino S. A., reforma cláusula quinta del pacto constitutivo, presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma actuando separadamente y para vender hipotecar, enajenar bienes y dar poderes y fianzas actúan conjuntamente y nombran apoderados general sin límite de suma. Veintidós de diciembre del dos mil siete. Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria. 1 vez. Nº 7865. (1918).

Por escritura otorgada el día de hoy, Real Ponce S. A., reforma cláusula quinta del pacto constitutivo: presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando separadamente y para vender, hipotecar, enajenar bienes y dar poderes y fianzas actúan conjuntamente. Doce de diciembre del dos mil siete. Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria. 1 vez. Nº 7866. (1919).

Por escritura otorgada el día de hoy, Rocío y Uriel Quesada Román constituyen sociedad denominada Inversiones El Rocío Q.R. S. A., capital social cien mil colones. Presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente. Domicilio cincuenta metros al norte de la MUCAP en Barrio Los Ángeles Cartago. Veintidós de diciembre del dos mil siete. Lic. Maribel Castillo Masís, Notaria. 1 vez. Nº 7867. (1920).

Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas del nueve de enero del dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Inversiones Pooles B N Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y novena del pacto social. San José, nueve de enero de dos mil ocho. Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario. 1 vez. Nº 7868. (1921).

Mediante escritura autorizada por mí, a las dieciocho horas del doce de diciembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad, Aqua Club Piscinas y SPA Sociedad Anónima, con un capital social de treinta mil colones. San José, diez de enero del dos mil ocho. Lic. Federico Andrés Acevedo Cornejo, Notario. 1 vez. Nº 7869. (1922).

Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas del diez de enero del dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía VLV Guácimo Nueve Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social. San José, diez de enero del dos mil ocho. Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario. 1 vez. Nº 7870. (1923).

Por escritura otorgada ante mí, el 8 de enero del 2008 se constituyó la sociedad Playa Cativo Innc Limitada, capital social de 10.000,00 colones totalmente suscrito y pagado, gerente uno, con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. Lic. Andrea Fernández Bonilla, Notaria. 1 vez. Nº 7871. (1924).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 7, 8, 9,10,11 y 12 horas del 9 de enero del 2008, protocolicé las actas de asamblea general de Cuotistas de El Canal de Corinto Ltda., Gratia Plena Ltda., El Toro de Poseidón Ltda., Los Argonautas de Oro Ltda.. Cronos y Zeus Ltda., y El Abismo de Urano Ltda., mediante las cuales se reformó sus cláusulas Nº 2 y Nº 6 del pacto constitutivo y se nombró nuevo gerente. San José, 9 de enero del 2008. Lic. Marvin Céspedes Méndez, Notario. 1 vez. Nº 7872. (1925).

Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de Condominio Jardines Santo Tomás. Reelección de Comité Administrador. Presidente: Johannes Van der Wielen. Domicilio social: Heredia, 9 de enero del 2008. Lic. Leslie Moreira Apú, Notaria. 1 vez. Nº 7873. (1926).

Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Liebre de Mar Sociedad Anónima. Reforma domicilio social, y nombramiento de junta directiva, fiscal y agente residente. Presidente: Israel Cruz Martín, secretaria: Iris Dalys Casanova Santana. Domicilio social: Puntarenas. 10 de enero del 2008. Lic. Leslie Moreira Apú, Notaria. 1 vez. Nº 7874. (1927).

La suscrita notaria pública Xinia Arias Naranjo, hace constar que ante esta notaría se constituyeron las siguientes sociedades anónimas denominadas Spiders, Butterflies, And Bees Sociedad Anónima, Cascade Of Happiness And Serenity Sociedad Anónima, Tranquility, Truth And Treasure Sociedad Anónima, Shark Tales Sociedad Anónima, todas con domicilio en Ciudad Cortés, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al sur del Patronato Nacional de la Infancia. Asimismo se constituyeron las siguientes sociedades anónimas: The Noise Of The Waves Sociedad Anónima, Game Bird Sociedad Anónima, Flora And Fauna Surrounding Sociedad Anónima, Exquisite Beauty Sociedad Anónima, Outdoor Living Sociedad Anónima, Colourful Sunsent Sociedad Anónima, A Visit Of Pleasure Sociedad Anónima, todas con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este de Hotel Villas Gaía. Asimismo se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de las siguientes sociedades anónimas Path to The River S. A., Meteortte Shower S. A., Flower Of The Mountain S. A., con domicilio social las dos primeras en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este de Hotel Villas Gaía, y la tercera con domicilio social en Ojochal de Ciudad Cortés, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este de Hotel Villas Gaía. Ciudad Cortés, cuatro de enero de dos mil ocho. Lic. Xinia María Arias Naranjo, Notaria. 1 vez. Nº 7875. (1928).

La suscrita notaria hace constar que bajo esta notaría a las 16:00 horas del 14 de diciembre del 2007, se constituyó la sociedad anónima denominada Information Security & Infrastructure Corporation-INFOSEC- Sociedad Anónima, cuyo domicilio social se encuentra en San José, San Francisco de Dos Ríos de la Lavandería La Margarita doscientos metros norte y setenta y cinco metros al este, con un capital social de diez mil colones, y un plazo social de noventa y nueve años. San José, 10 de enero del 2008. Lic. Rocío Castro Jarquín, Notaria. 1 vez. Nº 7878. (1930).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del nueve de enero del año dos mil ocho, la sociedad Pacific Trade Winds Sociedad Anónima, reforma cláusulas octava, segunda y quinta del pacto constitutivo, y nombra vicepresidente, vocal y nuevo secretario y agente residente. San Isidro de El General, Pérez Zeledón, nueve de enero del 2008. Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria. 1 vez. Nº 7879. (1931).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas cinco minutos del veinte de diciembre del dos mil siete, protocolicé acta de Inversiones M Y O Sociedad Anónima, en la que se reforman las cláusulas tercera y sexta de las constitutivas. Se crea una nueva cláusula que es la décima segunda, se revocan nombramientos de la junta directiva y del fiscal y se nombran nuevos. San Isidro de Pérez Zeledón, veinte de diciembre del año dos mil siete. Lic. Jorge Arturo Pereira Castro, Notario. 1 vez. Nº 7880. (1932).

Ante el suscrito notario, se constituye la empresa: Toruño & Solano Dos Mil Ocho Sociedad Anónima. Domicilio social: la Ciudadela Veintidós de Octubre de Ciudad Neily, casa número siete del bloque B, distrito, cantón Corredores, de la provincia de Puntarenas. Capital social: diez mil colones exactos, representados por diez acciones comunes y nominativas. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente José Alberto Toruño Bolívar. Ciudad Neily, a las dieciocho horas del ocho de enero del dos mil ocho. Lic. Saúl López López, Notario. 1 vez. Nº 7881. (1933).

En mi protocolo, escritura número 262 del 4 de enero del 2008, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Propiedades Rancho Tico S. A. Se reforma pacto social. San José, 4 de enero del 2008. Lic. Víctor Joel Valverde Rodríguez, Notario. 1 vez. Nº 7887. (1934).

Grupo Financiero Improsa S. A., titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintinueve mil doscientos noventa y dos, reforma la cláusula quinta (referente al capital social) de su pacto constitutivo. San José, 10 de enero del 2008. Lic. Adriana Varela Solís, Notaria. 1 vez. Nº 7889. (1935).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del día 10 de enero del año en curso se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Corporación Vinifera Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula décima. San José, 10 de enero del 2008. Lic. Ana Victoria Sandoval León, Notaria. 1 vez. Nº 7890. (1936).

Por escritura número 145 de esta Notaría Pública, se constituyó la empresa Tuner Carrocerías y Pinturas S. A. Capital de diez mil colones, suscrito y pagado por los socios. Presidente y secretario con la representación judicial y extrajudicial. San José, 10 de enero del 2008. Lic. Jimmy Enrique Ramos Corea, Notario. 1 vez. Nº 7891. (1937).

En mi notaría se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo se nombra nueva junta directiva de Calú de Jacó S. A., cédula jurídica 3-101-178368. Lic. Luis Peraza Burgdorf, Notario. 1 vez. Nº 7892. (1938).

El suscrito notario, hace constar que ante esta notaría se constituyó la sociedad Consultoría Digital Exis Sociedad Anónima. Escritura treinta y cuatro-uno de las diez horas del diez de enero de dos mil ocho, visible al folio cuarenta y cuatro frente del tomo primero del protocolo del notario público José Duarte Sibaja, carné dieciséis mil trescientos nueve. San José, diez de enero de dos mil ocho. Lic. José Eduarte Sibaja, Notario. 1 vez. Nº 7893. (1939).

Ante mí Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario publico con oficina en Heredia, en escritura otorgada a las quince horas del veinte de diciembre del dos mil siete, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la empresa RRSS Vereda de La Sierra Oeste S. A. 20 de diciembre del 2007. Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario. 1 vez. Nº 7894. (1940).

Mediante escritura número 134, de las 14:00 horas del día 10 de enero del 2008, del notario David Gerardo Arrieta Carvajal, en su tomo 1, con oficina en Heredia, Barrio Fátima, se constituye Construcciones Arguedas y Morales S. A., presidente: José Manuel Arguedas Castro, mayor, casado una vez, constructor, cédula 6-100-150, vicepresidenta: María del Carmen Morales Rodríguez, mayor, casada una vez, administradora del hogar, cédula 4-107-0064, secretario: José Arguedas Morales, mayor, casado una vez, contador, cédula 4-158-359, tesorero: Giovanni Arguedas Morales, mayor, soltero, estudiante, cédula 4-192-158, fiscal: Juan Diego Arguedas Morales, mayor, soltero, estudiante, cédula 4-168-367, todos vecinos y domicilio social San Juan de Santa Bárbara de Heredia de la iglesia católica 75 metros sur, 75 metros este y 75 metros sur. Es todo. Lic. David Gerardo Arrieta Carvajal, Notario. 1 vez. Nº 7895. (1941).

Ante esta notaría, se constituyó Servicios Eléctricos Coto e Hijos S. A. Objeto, la electricidad, el comercio, la construcción, la industria, la ganadería, la importación y la exportación. Socios: Guido Gilberto Coto Romero y Magali Cambronero Fernández. Presidente: el primero. Capital social ciento veinte mil colones. Domicilio: San Felipe de Alajuelita. Alajuelita, 9 de enero del 2008. Lic. Fernando Calderón Salazar, Notario. 1 vez. Nº 7897. (1942).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Alaskan Malamute Limitada, donde se acordó reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo, cambiando el domicilio social. San José, 11 de diciembre del dos mil siete. Lic. _Livia Meza Murillo, Notaria. 1 vez. Nº 7900. (1943).

Mediante escritura número ciento treinta y dos ante esta notaria, se modificó la cláusula primera en cuanto a la denominación en el pacto constitutivo de la sociedad Edusoft Sociedad Anónima, para que en lo sucesivo se lea LEE-Softconnecting Sociedad Anónima. Otorgada en San José, el día 9 de enero del 2008. Lic. Sharon Marcela Esquivel Morales, Notaria. 1 vez. Nº 7902. (1944).

Por escritura número cuarenta y dos-tres, otorgada ante mí, a las once horas del veinte de diciembre del dos mil siete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Constructora Santos S. A., por la que se reforma la cláusula tercera. San José, 20 de diciembre del 2007. Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario. 1 vez. Nº 7903. (1945).

NOTIFICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

DE-002-2008. Dirección Ejecutiva, Consejo Nacional de Vialidad, San José, a las quince horas del ocho de enero de dos mil ocho.

Procedimiento administrativo ordinario de cobro de pantalla indicadora de tarifas (Display) a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A. dentro de la Contratación Directa número 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”.

Considerando:

I. Mediante resolución número RES-06-120-2007 de las 15:30 horas del 05 de noviembre de 2007, el Consejo de Administración del Consejo Nacional de Vialidad resolvió: (Folios 40-49)

“…

1)  Prevenir a Telemóvil de Costa Rica S. A. para que -en el término improrrogable de diez días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente resolución- proceda a depositar la suma de ¢6.105.026,70 (seis millones ciento cinco mil veintiséis colones con setenta céntimos) por concepto de cláusula penal dentro de la Contratación Directa número 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”.

2)  En caso de que dicha suma no sea depositada en el plazo conferido, se comisiona al Ing. Alejandro Molina, Director Ejecutivo a. í. del Consejo Nacional de Vialidad para que realice una segunda intimación de pago, otorgando igual plazo a dicha empresa para realizar el pago.

3)  Si después de realizar estas dos intimaciones, la empresa no ha depositado dicha suma a satisfacción del CONAVI, se autoriza a la Licda. Karla González, en su doble condición de Ministra de Obras Públicas y Transportes y Presidenta del Consejo de Administración de este Órgano para que certifique dicho adeudo y remita los autos a la Procuraduría General de la República a fin de que se instauren los procedimientos judiciales respectivos…”

II. Dicha resolución no fue posible notificar a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., en razón de ignorarse la dirección donde atender notificaciones. Por esta razón se realizó la publicación de dicha resolución por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta, números 224, 225 y 226 de los días 21, 22 y 23 de noviembre de 2007 respectivamente.

III. En razón que la comunicación de dicha resolución quedó verificada cinco días después de la tercera publicación, es decir, 30 de noviembre de 2007, la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., contaba hasta el 14 de diciembre de 2007 para proceder al pago de la suma de ¢6.105.026,70 (seis millones ciento cinco mil veintiséis colones con setenta céntimos) por concepto de cláusula penal dentro de la Contratación Directa número 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”. No obstante, no consta la realización de dicho pago.

IV. En razón de lo anterior y habiendo sido comisionado por parte del Consejo de Administración de CONAVI para este acto, corresponde realizar una segunda intimación de pago a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., para que proceda a depositar a favor de este Consejo la suma adeudada. Por tanto,

LA DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEL CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD, RESUELVE:

Prevenir por segunda vez a la empresa Telemóvil de Costa Rica S.A., para que -dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir de la notificación del presente acto- proceda al pago de la suma de ¢6.105.026,70 (seis millones ciento cinco mil veintiséis colones con setenta céntimos) por concepto de cláusula penal dentro de la Contratación Directa número 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”.

Ing. Alejandro Molina Solís, Director a. í. (Solicitud Nº 19527). C-103455. (1693).

Licenciada Gabriela Trejos Amador, Directora Jurídica del Consejo Nacional de Vialidad, certifica que:

Dentro del expediente legal número 0384-07, se encuentra la constancia del señor Carlos Carvajal Fernández, cédula N° 1-1076-179, notificador de esta oficina, según la cual a las 10:50 horas del 7 de noviembre de 2007, se apersonó en la siguiente dirección: 50 metros al este, 350 metros al sureste del Hospital Clínica Jerusalén, calle a Mozotal de Goicoechea, con el propósito de notificar la resolución número RES-06-121-2007 de las 15:45 horas del 05 de noviembre de 2006, sin poder notificar dicha resolución a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., cédula jurídica número 3-101-080972-25, por no encontrarse más en ese sitio. En razón de no encontrarse otra dirección conocida de dicha empresa y de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública se ordena publicar en el Diario Oficial La Gaceta por tres veces consecutivas la siguiente resolución, la cual es reproducción fiel de la original. Dicho documento quedará debidamente comunicado a la empresa, cinco días después de su tercera publicación:

“RES-06-121-2007

Consejo de Administración, Consejo Nacional de Vialidad, San José, a las quince horas con cuarenta y cinco minutos del cinco de noviembre de dos mil siete.

Procedimiento administrativo ordinario de cobro de pantalla indicadora  de  tarifas  (Display)  a  la  empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., dentro de la Contratación Directa número 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”.

Resultando:

I. Que el Consejo de Seguridad Vial (COSEVI) promovió la Contratación Directa número 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”, del cual resultó adjudicataria la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A.

II. Que la Ley 7798 “Creación del Consejo Nacional de Vialidad” estableció la competencia del CONAVI para la administración, mantenimiento y cobro de las rutas sujetas a peaje, por lo que las obligaciones anteriormente contraídas con el COSEVI en este contrato debieron ser asumidas por el CONAVI con fundamento en dicha ley.

III. Que el contrato se suscribió entre el COSEVI y Telemóvil de Costa Rica S. A., el día 25 de julio de 1999. (Folios 80-85, Anexo 1).

IV. Que mediante oficio número CCP-056-03 del 16 de mayo de 2003 la Lic. Dora Fallas, Directora de la Dirección de Administración de Peajes del Consejo Nacional de Vialidad le indica - entre otros - a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., lo siguiente:

“…Peaje de Escazú.

1)  Pantalla de tarifas.

     Con la boleta de entrega de equipo Nº 631 del 20/5/02, se les hizo entrega de las pantallas Nº 18667 y 18668. En nota de fecha 20/1/03 nos indican que a uno de los display se le daño en el Peaje la tarjeta controladora y la fuente de alimentación y se descartó su reparación; el otro display que se estaba usando como base de comparación para tratar de reparar el anterior, se dañó en sus talleres y que la reparación de éste la asumía Telemóvil. Además, que la fábrica les ha prometido enviar una de repuesto lo antes posible; sin embargo, a la fecha desconocemos que resultados han tenido con este display…” (Folio 25).

V. Que mediante escrito número CNV210503-2 del 21 de mayo de 2003 la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., se refirió a lo anterior, manifestando: (Folio 27).

“…Pantalla de tarifas.

Aún a la fecha no hemos tenido respuesta satisfactoria del fabricante de los display ya que según ellos la tarjeta controladora está descontinuada, estamos intentando reparar el display para devolverlo cuanto antes a la administración. El problema es que el equipo está sumamente dañado y se ha dificultado mucho la reparación, si no es posible su reparación mi representada asumirá el costo de dicho equipo tal y como se había establecido…”

VI. Que en el “Acta de Conclusión de los Servicios de Mantenimiento Preventivo y Correctivo, del Sistema automatizado de cobro de tasa de peaje en la estación de peaje de la Carretera Próspero Fernández-Escazú, según Contratación Directa Nº 0392-99”, se dejó constancia de que: (Folio 32).

“…Asimismo, en esta acta en los renglones siguientes, se describe aquellos equipos o componentes pendientes de reparar o atender por parte de la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., y sujeta al finiquito del contrato en cuestión.

Estación de peaje Escazú

Pantalla de tarifas 18668…”

VII. Que según oficio número PP-0501-2007 del 23 de marzo de 2007 la Lic. Dora Fallas Directora de Administración de Peajes señaló que: “…Según se indica en el oficio una de las pantallas (18668) se dañó en el taller de Telemóvil, situación que se confirma en la página 4 del oficio de fecha 20 de enero del 2003, firmado por la señora Ana Lucía Santamaría, Presidenta de Telemóvil de Costa Rica…” (Folio 22).

VIII. Que en el escrito sin número del 20 de enero de 2003 la                                          señora  Ana  Lucía  Santamaría,  Presidenta  de Telemóvil de Costa Rica S. A., manifiesta:  (Folio 129 Anexo 1).

“…Display 18667 y 18668

Uno de estos “display” (pantalla electrónica que indica a los conductores el monto del peaje a pagar y va reduciendo el monto a medida que se van recibiendo las monedas a través del MAM) sufrió un daño interno y al intentar diagnosticarlo y hacer las pruebas en nuestro laboratorio se dañó e otro que se estaba usando como base de comparación. Para el primer display fue descartada su reparación ya que se determinó que venían dañadas tanto la tarjetera controladora como la fuente de alimentación, lo cual hace suponer la presencia de un “chispazo” en el voltaje de alimentación…”

IX. Que de conformidad con el oficio número PP-0501-2007 del 23 de marzo de 2007 el costo - según factura - de dicho equipo es de $4.890,00. (Folios 22 y 29).

X. Que el proyecto de resolución fue sometido al Consejo de Administración del CONAVI para su debida aprobación, lo cual se realizó mediante Sesión número 525-07 artículo IX.1 del día 30 de octubre de 2007.

Considerando:

I. Del fondo. En la especie nos encontramos en presencia de una supuesta deuda de $4.890,00 a cargo de la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., por supuestamente haber dañado y no haber devuelto a la Administración la pantalla indicadora de tarifas (Display), patrimonio número 18668 en buen estado.

II. En razón de lo anterior, resulta procedente iniciar el presente procedimiento ordinario en su contra, a fin de determinar la verdad real de los hechos objeto de investigación.

III. De llegarse a comprobar dichos hechos, la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., podría ser obligada al pago de la suma de $4.890,00.

IV. A efectos de sustanciar el presente procedimiento con total respeto a los derechos constitucionales de defensa y debido proceso que asisten a todos los ciudadanos y de conformidad con lo establecido en los artículos 308 y 319 de la Ley General de la Administración Pública, se cita y emplaza a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., a una audiencia oral y privada a celebrarse a las nueve horas del día 7 de diciembre de dos mil siete; en la Sala de Sesiones ubicada en el cuarto piso del edificio de las oficinas centrales del Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), localizado en el Edificio Plaza Universitaria, 50 metros este y 10 metros norte de la rotonda Betania, pudiéndose acompañar por su abogado y presentar sus alegatos.

Dentro de los próximos diez días hábiles, contados a partir de la notificación del presente acto, se previene a la parte para que ofrezca toda la prueba que estime pertinente, la cual será evacuada durante la citada audiencia. En el caso de ofrecimiento de testigos y - de así requerirlo -, la parte deberá solicitar las respectivas cédulas de citación, a efectos de que éstas se puedan diligenciar dentro de los plazos y formalidades fijadas en los artículos 248 al 254 de la Ley General de la Administración Pública. (Arts.: 312.2 y 264 de la Ley General de la Administración Pública).

Asimismo, deberá señalar lugar o medio donde atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento de que - en caso de omisión - o si el lugar señalado fuere incierto, impreciso o no existiere, los futuros actos que se dicten quedarán notificados con el solo transcurso de veinticuatro horas.

Se previene al representante legal de dicha empresa para que - al momento de apersonarse en autos - aporte personería jurídica debidamente actualizada.

V. Se nombra a la Lic. Dixa Córdoba Gómez, cédula 1-727-611, funcionaria de la Dirección Jurídica del CONAVI para que, en calidad de órgano director de procedimiento, reciba la prueba que se ofrezca en este procedimiento y rinda las recomendaciones correspondientes en este procedimiento. Por tanto,

EL ÓRGANO DIRECTOR DE PROCEDIMIENTO, RESUELVE:

Con base en los hechos y normativa expuestos:

1)  Iniciar el presente procedimiento ordinario de cobro de pantalla indicadora de tarifas (Display) contra la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., dentro de la Contratación Directa número 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”.

2)  Con el fin de sustanciar el presente procedimiento - con total respeto a los derechos constitucionales de defensa y debido proceso que asisten a todos los ciudadanos y de conformidad con lo establecido en los artículos 308 y 319 de la Ley General de la Administración Pública, se cita y emplaza a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., a una audiencia oral y privada a celebrarse a las nueve horas del día 7 de diciembre de dos mil siete; en la Sala de Sesiones ubicada en el cuarto piso del edificio de las oficinas centrales del Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), localizado en el Edificio Plaza Universitaria, 50 metros este y 10 metros norte de la rotonda Betania, pudiéndose acompañar por su abogado y presentar sus alegatos.

3)  Dentro de los próximos diez días hábiles, contados a partir de la notificación del presente acto, se previene a la parte para que ofrezca toda la prueba que estime pertinente, la cual será evacuada durante la citada audiencia. En el caso de ofrecimiento de testigos y - de así requerirlo -, la parte deberá solicitar las respectivas cédulas de citación, a efectos de que éstas se puedan diligenciar dentro de los plazos y formalidades fijadas en los artículos 248 al 254 de la Ley General de la Administración Pública. (Arts.: 312.2 y 264 de la Ley General de la Administración Pública).

4)  Asimismo, deberá señalar lugar o medio donde atender futuras notificaciones, bajo apercibimiento de que - en caso de omisión - o si el lugar señalado fuere incierto, impreciso o no existiere, los futuros actos que se dicten quedarán notificados con el solo transcurso de veinticuatro horas.

5)  Se previene al representante legal de dicha empresa para que - al momento de apersonarse en autos - aporte personería jurídica debidamente actualizada.

6)  Se nombra a la Lic. Dixa Córdoba Gómez, cédula 1-727-611, funcionaria de la Dirección Jurídica del CONAVI para que, en calidad de órgano director de procedimiento, reciba la prueba que se ofrezca en este procedimiento y rinda las recomendaciones correspondientes en este procedimiento.

7)  En la Dirección Jurídica del CONAVI, ubicada en el cuarto piso del Edificio Plaza Universitaria, quedará - a disposición del interesado - el expediente administrativo número 0384-07 levantado al efecto, así como el anexo 1, del expediente 0025-07.

8)  Contra el presente acto proceden los recursos de revocatoria y de apelación en subsidio para ante el Ministro de Obras Públicas y Transportes, siempre que se interpongan ante este Órgano dentro del plazo de veinticuatro horas contadas a partir de su notificación. (Artículo 346.1 de la Ley General de la Administración Pública).

Notifíquese al interesado. Consejo de Administración. Lic. Karla González Carvajal, Presidenta. (Solicitud Nº 19526). C-313520. (1694).

RES-ODP-001-2007(CD392-1999). Órgano Director de Procedimiento, Consejo de Administración, Consejo Nacional de Vialidad, San José, a las ocho horas del cuatro de diciembre de dos mil siete.

Procedimiento administrativo ordinario de cobro de pantalla indicadora de tarifas (Display) a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., dentro de la Contratación Directa número 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”.

Considerando:

I. Mediante resolución número RES-06-121-2007 de las 15:45 horas del 05 de noviembre de 2007 el Consejo de Administración resolvió - entre otros - lo siguiente:

“(…)

1)  Iniciar el presente procedimiento ordinario de cobro de pantalla indicadora de tarifas (Display) contra la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., dentro de la Contratación Directa número 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”.

2)  Con el fin de sustanciar el presente procedimiento - con total respeto a los derechos constitucionales de defensa y debido proceso que asisten a todos los ciudadanos y de conformidad con lo establecido en los artículos 308 y 319 de la Ley General de la Administración Pública, se cita y emplaza a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., a una audiencia oral y privada a celebrarse a las nueve horas del día 7 de diciembre de dos mil siete; en la Sala de Sesiones ubicada en el cuarto piso del edificio de las oficinas centrales del Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), localizado en el Edificio Plaza Universitaria, 50 metros este y 10 metros norte de la Rotonda Betania, pudiéndose acompañar por su abogado y presentar sus alegatos. (…)

6)  Se nombra a la Lic. Dixa Córdoba Gómez, cédula 1-727-611, funcionaria de la Dirección Jurídica del CONAVI para que, en calidad de órgano director de procedimiento, reciba la prueba que se ofrezca en este procedimiento y rinda las recomendaciones correspondientes en este procedimiento…”

II. La imposibilidad de notificar directamente al interesado ha ocasionado que la audiencia señalada no se pueda verificar el 07 de diciembre de 2007, siendo necesario fijar una fecha que garantice los derechos de la parte en cuanto a este punto se refiere, por lo que resulta procedente señalar nueva fecha de audiencia para el día 10 de diciembre de dos mil ocho, a las nueve horas, en el mismo lugar. Por tanto,

EL ÓRGANO DIRECTOR DE PROCEDIMIENTO, RESUELVE:

Fijar para las nueve horas del día diez de diciembre de dos mil ocho, en la Sala de Sesiones ubicada en el cuarto piso del edificio de las oficinas centrales del Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), localizado en el Edificio Plaza Universitaria, 50 metros este y 10 metros norte de la Rotonda Betania en el mismo lugar, la realización de la audiencia dentro del Procedimiento administrativo ordinario de cobro de pantalla indicadora de tarifas (Display) a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., dentro de la Contratación Directa número 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”.

Lic. Dixa Córdoba Gómez, Órgano Director de Procedimiento. (Solicitud Nº 19526). C-80885. (1695).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE BIENES INMUEBLES

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Se hace saber: que en diligencia administrativa de oficio, que se tramita en este Registro, se dictó la siguiente resolución: “(exp.-07-648-BI) Registro Público de la Propiedad de Bienes Inmuebles. Curridabat, a las ocho horas del día catorce de diciembre del año dos mil siete. Diligencia administrativa de oficio, iniciada a partir de informe presentado por la Registradora Nº 361 del Grupo 4, Norma Guadamuz Chavarría, relacionado con el documento bajo citas de tomo 573, asiento 14847, que se refiere a compraventa de la finca del partido de Heredia, matrícula 178974, con el plano catastrado número H-19204-1991, debido que al hacer el respectivo estudio, dicho plano también aparece en la inscripción de la finca del mismo partido, matrícula 152212. En virtud de lo informado por la citada Registradora, mediante resolución de las 10:00 horas del 17 de octubre de 2007, se consignó una nota de advertencia administrativa, al margen de los asientos de inscripción de las referidas fincas. Debido a lo anterior y estando de por medio un interés público, sea la seguridad jurídica, que emana de la publicidad registral, y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso; de conformidad con lo expuesto en el oficio DGRN-831-2007, y la circular administrativa DRP-008-2007 de 21 de agosto del año 2007; y con el propósito de no causar estado de indefensión, por no existir dirección exacta según asientos de registro, se resuelve: conferir audiencias a los señores Geovanny Sánchez Zúñiga, mayor de edad, soltero, cédula de identidad 4-164-992, en condición de propietario de la finca del partido de Heredia, matrícula 152212; y también en condición de demandado, junto a Jeyson Chaves Sibaja, cédula de identidad 2-545-793, según documento bajo citas de tomo 572, asiento 90547; Mario Alexis Sequeira Molina, mayor de edad, soltero, agricultor, nicaragüense, cédula de residencia actual 115801606803, según documento de venta, en condición de propietario de la finca del partido de Heredia, matrícula 178974; y vendedor de dicha finca, según documento anotado bajo citas de tomo 573, asiento 14847: se publicará en el Diario Oficial La Gaceta, para que en término de quince días hábiles, a partir de la tercera publicación consecutiva, hagan valer sus derechos; y se les previene: 1- Que dentro del término establecido, debe señalar apartado postal, número de fax, casa u oficina dentro del perímetro judicial de San José, en donde oír futuras notificaciones de este Registro, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. 2- Igual consecuencia se producirá, si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o si ya no existiere, según lo establecido en los artículos 185 del Código Procesal Civil, 98 del Reglamento del Registro público, que es Decreto Ejecutivo 26771-J del 18 de febrero de 1998 y sus reformas, así como los artículos 3 y 12 de la Ley de Notificaciones Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637. Notifíquese”. Curridabat, 17 de diciembre del 2007. Lic. Leticia Acuña Salazar, Asesora Jurídica Registral. (Sol. 24249). C-.77240. (1312).

Se hace saber: que en diligencia administrativa de oficio, que se tramita en este Registro, se dictó la siguiente resolución: “(exp.-07-426-BI) Registro Público de la Propiedad de Bienes Inmuebles. Curridabat. a las siete horas treinta y cinco minutos del día catorce de diciembre del año dos mil siete. Visto que la Oficina de Correos de Zapote, devolvió el sobre certificado Nº 137791115, con el contenido de la notificación de la Resolución de las 14:00 horas del 6 de agosto de 2007, de la audiencia dirigida a Kathia María Vallejos Molina, cédula de identidad 6-198-586, en condición de cónyuge beneficiaria, de patrimonio familiar de la finca del partido de San José, matrícula 487026: de conformidad con lo expuesto en el oficio DGRN-831-2007, y la circular administrativa DRP-008-2007 de 21 de agosto del año 2007; con el propósito de no causar estado de indefensión y en cumplimiento con el principio constitucional del debido proceso, se resuelve: publicar la audiencia conferida, en el Diario Oficial La Gaceta, para que en el término de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la tercera publicación consecutiva, haga valer sus derechos; y se le previene, que dentro del término establecido, debe señalar apartado postal, número de fax, casa u oficina dentro del perímetro judicial de San José, en donde oír futuras notificaciones de este Registro, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. 2- Igual consecuencia se producirá, si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o si ya no existiere, según lo establecido en los artículos 185 del Código Procesal Civil, 98 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo 26771-J del 18 de febrero de 1998 y sus reformas, así como los artículos 3 y 12 de la Ley de Notificaciones Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637. Notifíquese”. Curridabat, 17 de diciembre del 2007. Lic. Leticia Acuña Salazar, Asesora Jurídica. (Sol. 24248). C-.49520. (1313).

Se hace saber a quien interese, que en diligencia administrativa de oficio, tramitada ante este Registro, a efecto de investigar la supuesta doble inmatriculación de las fincas del partido de Alajuela, matrículas 290468 y 292272, que publicitan el mismo plano catastrado número A-0020998-91 se originó el expediente N° 299-96. Dentro del mismo se dictó resolución de adición y ampliación de la resolución final, a las nueve horas treinta minutos del doce de diciembre de 2007, cuya resolución literalmente manifiesta en lo que interesa: “Vista la resolución de las doce horas del veinte de marzo de mil novecientos noventa y siete en la cual se ordenó consignar nota de advertencia administrativa e inmovilización en la finca del partido de Alajuela matrícula doscientos noventa y dos mil doscientos setenta y dos (292272), en vista que se omitió en tal oportunidad ordenar el levantamiento de la advertencia administrativa que publicita la finca de Alajuela número 290468, y considerando que el numeral del artículo 158 del Código Procesal Civil autoriza la aclaración y adición de la parte dispositiva de las resoluciones, se resuelve: 1- Aclarar y adicionar la resolución de las doce horas del veinte de marzo de mil novecientos noventa y siete para que en su parte dispositiva se ordene el levantamiento de la nota de advertencia administrativa que afecta la finca del partido de Alajuela matrícula 290468. Se comisiona al departamento de Asesoría Jurídica del Registro Público de Bienes Inmuebles para el levantamiento de la nota de advertencia administrativa anteriormente referida. 2- Una vez ejecutado lo anterior archívese. Notifíquese. Master Oscar Rodríguez Sánchez, Director”. (Referencia exp. N° 299-96). Curridabat, 12 de diciembre del 2007. Master Oscar Rodríguez Sánchez, Director. (Sol. 24218). C-.45560. (1314).

Se hace saber: que en diligencia administrativa de oficio, que se tramita en este Registro, se dictó la siguiente resolución: “(exp.-07-552-BI) Registro Público de la Propiedad de Bienes Inmuebles. Curridabat, a las nueve horas diez minutos del día catorce de diciembre del año dos mil siete. Visto que la Oficina de Correos de Zapote, en el acuse de recibo dice que el certificado Nº RR137792985CR, fue devuelto al remitente, y siendo que dicho certificado es sobre con el contenido de la notificación de la Resolución de las 11:00 horas del 22 de octubre de 2007, de la audiencia dirigida a Gilberto José Brown Camacho, cédula de identidad 1-722-221. En condición de deudor de gravamen hipotecario inscrito bajo citas de tomo 556, asiento 3065, garantizado con la finca del partido de Limón, matrícula 105967: de conformidad con lo expuesto en el oficio DGRN-831-2007, y la circular administrativa DRP-0082007 de 21 de agosto del 2007; con el propósito de no causar estado de indefensión y en cumplimiento con el principio constitucional del debido proceso. Se resuelve: publicar la audiencia conferida, en el Diario Oficial La Gaceta, para que en el término de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la tercera publicación consecutiva, haga valer sus derechos; y se le previene, que dentro del término establecido, debe señalar apartado postal, número de fax, casa u oficina dentro del perímetro judicial de San José, en donde oír futuras notificaciones de este Registro, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. 2- Igual consecuencia se producirá, si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o si ya no existiere, según lo establecido en los artículos 185 del Código Procesal Civil, 98 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo 26771-J del 18 de febrero de 1998 y sus reformas, así como los artículos 3 y 12 de la Ley de Notificaciones Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637. Notifíquese”. Curridabat, 17 de diciembre del 2007. Lic. Leticia Acuña Salazar, Asesora Jurídica Registral. (Sol. 24217). C-.51500. (1315).

Se hace saber al señor William Paniagua Sánchez, cédula 4-0109-462, por ser parte interesada en las presentes diligencias, que se le brinda audiencia por medio de edicto, por desconocerse su lugar de residencia o domicilio exacto, así como a cualquier , tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado diligencias administrativas incoadas por el Registrador Rodolfo Murillo Murrillo, presentado a esta Dirección, por medio del cual informa sobre la supuesta doble inmatriculación de las fincas del partido de Alajuela trescientos setenta y cinco mil trescientos cincuenta y uno (375351) y trescientos setenta y seis mil trescientos catorce (376314), que publicitan el mismo plano catastrado con el número: A-seiscientos setenta y siete-dos mil uno (A-674577-2001). Así, por resolución de las 10 horas del 29 de noviembre de 2007, se ordenó consignar advertencia administrativa sobre las fincas dichas, a fin de publicitar la investigación que se realiza; y por Resolución de las 8:30 horas del 13 de diciembre de 2007, se brindó audiencia respectiva a todas las partes interesadas. Con tal fin, se les confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del presente edicto, a efecto que dentro de dicho término, presenten los alegatos que a sus derechos devengan. E igualmente se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 96 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año, en concordancia con el numeral 3 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637, así como el señalamiento de lugar y medio para recibir notificaciones en el Segundo Circuito Judicial de la Ciudad de San José (Goicoechea), ante la Sección Tercera del Tribunal Superior Contencioso Administrativo, conforme a los artículos 2, 3 y 5 de la Ley Nº 7274 de 10 de diciembre de 1991, Ley de Creación de la Sección Tercera del Tribunal Superior Contencioso Administrativo, órgano superior jerárquico impropio de este Registro, en el eventual caso de ulterior recurso de apelación en contra de lo que resuelva en definitiva este registro, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas.  Igual consecuencia se producirá si el señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Artículos 20 y 21 de la Ley 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas y artículo 185 del Código Procesal Civil. (Ref. exp. 717-2007). Curridabat, 13 de diciembre del 2007. Lic. Eduardo Alvarado Miranda, Asesor Jurídico. (Sol. 24216). C-.79880. (1316).

Se hace saber; a las personas que se indicará adelante, que en este Registro se han iniciado diligencias administrativas oficiosas mediante expediente administrativo 07-383-BI, según escrito del 24 de abril de 2007 de la registradora licenciada Paula Monge Aguilar, mediante el cual pone en conocimiento la existencia de una duplicidad del plano SJ-747021-98, inscrito en las fincas 464829 y 393564 de San José. Esta Dirección dictó resolución de 11:10 horas del 11 de mayo de 2007, ordenando consignar nota de advertencia administrativa sobre las fincas indicadas. Debido a lo anterior y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, se confirió audiencia a todos los posibles interesados, sin embargo, debido a la devolución, por parte de Correos de Costa Rica, de los acuses dirigidos a las siguientes personas; por Resolución de 09:52 horas del 4 de diciembre de 2007, se autorizó conferir audiencia mediante publicación de edicto por 3 veces consecutivas, a: Francisco Aguilar Gamboa, cédula 1-472-988, Emilce Salazar Porras, cédula 1-462-235, Kuan Yuan Ting Hsieh, cédula 8-070-750, Melissa Aguilar Salazar, cédula 7-179-861, a quienes se les confiere audiencia por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convengan. Y se les previene que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar apartado postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número de facsimil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94, 98 y del Reglamento del Registro Público, (que es Decreto Ejecutivo N 26771-J del 18 de febrero de 1998); en concordancia con el numeral 3 de la Ley Nº 7637 (que es Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales); bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento citado y 12 de la Ley Nº 7637, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia expediente 07-383-BI). Curridabat, 4 de diciembre del 2007. MSC. Marta Ruiz Chacón, Asesora Jurídica. (Sol. 24215). C-.65360. (1317).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL EN SAN RAMÓN

ÁREA DE COBROS

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

En virtud de no haberse podido notificar administrativamente el aviso de cobro de los siguientes patronos, por este medio se les pone en conocimiento el adeudo pendiente ante la Caja Costarricense de Seguro Social:

Marín Vega Giselle, 0-00106060415-001-001, planillas de 07/2007, 08/2007, por un monto de ¢255.162,00.

Álvarez Estévez Álvaro, 0-00800760758-001-001, planilla de 09/2002, por un monto de ¢39.106,00.

Arroyo Cordero Víctor E., 0-00202380454-002-001, planilla de 01/1999, por un monto de ¢36.293,00.

Angulo Porras Rebeca, 0-00106420231-001-001, planilla de 10/2007, por un monto de ¢73.734,00.

San Ramón, 21 de diciembre del 2007. Lic. Rodrigo Villalobos Arrieta, Administrador. (666).

Resolución Nº 104060439-07-01. San José, edificio Jorge Debravo, Área Gestión de Pensiones, al ser las 8:44 horas del día jueves, 19 de julio del 2007 se emite la presente resolución tendiente a iniciar el proceso ordinario administrativo, para determinar la posible nulidad sobrevenida y en consecuencia, la cancelación del pago relativo a la pensión que por concepto de Invalidez se le otorgó a Cuadra Ramírez Flor, cédula de identidad Nº 104060439, por lo que se resuelve,

Resultando:

1º Que mediante resolución Nº 0104060439-04, de fecha 12 de mayo de 2004, a Cuadra Ramírez Flor se le otorgó pensión por Invalidez con fecha de vigencia 26 de abril de 2004.

2º Que de conformidad con el artículo 159 de la Ley General de la Administración Pública, la nulidad del acto podrá sobrevenir por la desaparición de una de las condiciones exigidas por el ordenamiento para su adopción, cuando la permanencia de dicha condición sea necesaria para la existencia de ese acto. Asimismo el Reglamento de Invalidez, Vejez y Muerte establece expresamente en el artículo 20 las condiciones por las cuales el pago de la pensión se termina.

3º Que de acuerdo con nuestros registros, la Comisión Calificadora del Estado de Invalidez, mediante sesión Nº 128 del 05 de octubre de 2005, ha determinado que con fundamento en los diagnósticos, exámenes clínicos, de laboratorio y gabinete practicados por los médicos evaluadores que aparecen en el expediente, y atendiendo a las enfermedades que se refiere el paciente, se acuerda declararlo No Inválido, criterio reiterado por la Comisión Calificadora del Estado de Invalidez en Sesión 34 del 16 de marzo del 2006. Que asimismo en criterio DJ-2428-2007 de fecha 17 de abril del 2007, la Dirección Jurídica Institucional señala “… de previo a declarar lesivos los actos, siendo que existen fondos públicos de por medio, la Administración deberá suspender el beneficio de las pensiones otorgadas para no seguir pagándolas, en aplicación del artículo 20 inciso e) del Reglamento de Invalidez, Vejez y Muerte, y así dar término al pago de tales pensiones, claro está, siguiendo un procedimiento ordinario, en el cual se informe a los beneficiarios y se les de la oportunidad de presentar sus argumentos”. La negrita y el subrayado no es del original. Todo lo anterior se constituye como el (los) elemento(s) de prueba con que cuenta esta Administración para señalar los hechos resultantes y para dar inicio al presente procedimiento administrativo, que facultaría, una vez concluido el mismo, la cancelación del pago del beneficio de pensión, por desaparecer una de las condiciones exigidas en el ordenamiento para su adopción, según los artículos 7, 8, párrafo primero, 20 inciso e), y el artículo 9 inciso d) del Reglamento del Seguro de IVM, sobre la calificación, valoración y dictamen del Estado de Invalidez en el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte.

Considerando único

Que con base en el resultando precedente, y de conformidad con los lineamientos establecidos en los artículos 7º, 8º, párrafo primero del Reglamento del Seguro de I.V.M, al contravenirse y no cumplirse las condiciones legales y reglamentarias ahí establecidas, se facultaría a esta Administración para proceder, una vez concluido el proceso según los términos de ley, con la cancelación del pago de pensión otorgado, y con la recuperación de las sumas por concepto de pensión e intereses legales pagados de más durante el período del 05 de octubre del 2005 al 31 de agosto de 2007, mismos que ascienden a la suma de ¢3,552,613.97 por concepto de pensión, la suma de ¢159,336.86 de aguinaldo y ¢415,542.35 por intereses sobre los períodos indicados, para un total de ¢4,127,493.18. Se advierte al pensionado(a) que dicha suma podrá haber variado al momento de finalizar el procedimiento, por lo que el monto aquí señalado no se debe considerar como único y definitivo. Por tanto:

Esta Administración le notifica oficial y personalmente por medio de la presente resolución, que al contravenir y no cumplir con lo dispuesto en los artículos 7º, 8º, párrafo primero, 20 inc. e del Reglamento de I.V.M., según se desprende de los hechos y pruebas aportadas, se procederá con la recuperación de las sumas pagadas en forma improcedente, mismas que fueron consignadas en el Considerando precedente. A efectos de determinar la verdad real de los hechos y de conformidad con lo establecido en los artículos 248, 249, 250, 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, se le citará oportunamente a la comparecencia oral y privada, en el Área de Gestión de Pensiones I.V.M., ubicado en el cuarto piso del edificio Jorge Debravo, situado en avenida 8, calle 21, al costado sureste de la Corte Suprema de Justicia en San José. Asimismo se le informa que antes o durante la comparecencia, podrá presentar la prueba documental y testimonial de descargo que requiera, en el entendido de que toda presentación previa deberá hacerse por escrito. La prueba de los hechos que dan base a este procedimiento consta dentro del expediente de pensión, el cual está conformado por 455 folios, mismo que queda a disposición del pensionado, su representante legal o persona debidamente autorizada, quienes podrán examinar y/o fotocopiar el expediente administrativo de pensión, el cual se encuentra en el Área de Gestión de Pensiones I.V.M., ubicada en el cuarto piso del Edificio Jorge Debravo, situado en avenida 8, calle 21, al costado sureste de la Corte Suprema de Justicia en San José, no omitiendo indicarle que en caso de fotocopiar el expediente, el costo de dicha gestión correrá por su cuenta.

Se previene al pensionado que deberá señalar por escrito lugar preciso o medio (fax) donde recibir notificaciones, dentro de tercero día después de ser personalmente notificado. De no hacerlo, o bien, si el lugar indicado fuera impreciso o inexistente, se le tendrá por notificado en lo sucesivo de forma automática, con el sólo transcurso de veinticuatro horas, para lo cual se efectuará el levantamiento del acta respectiva. Asimismo de no encontrarse presente en el lugar señalado, de previo deberá indicar por escrito con quién dejarle las notificaciones. En caso de señalar un lugar, el mismo deberá estar ubicado dentro de un radio de un kilómetro de la Gerencia División de Pensiones, edificio Jorge Debravo. De igual manera se le informa que cualquier cambio en el lugar señalado para recibir notificaciones, deberá comunicarlo por escrito a esta Administración a efectos de que conste dentro del expediente de pensión respectivo.

Contra la presente resolución cabe el Recurso Ordinario de Apelación, de conformidad con el artículo 55° de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, el cual deberá interponerse ante esta misma instancia dentro de los tres días hábiles inmediatos y posteriores al recibo de la presente notificación. En dicho recurso podrá incorporar todos aquellos documentos que usted considere necesarios, los que serán valorados también en la audiencia respectiva, así mismo se le indica que en caso de interponer recurso de apelación la comparecencia oral y privada será suspendida hasta tanto se resuelva el recurso presentado.

Se hace de su conocimiento que de conformidad con el debido proceso, tanto la cancelación del pago de su pensión, como la recuperación de las sumas cobradas de más, quedarán en suspenso hasta que se dicte el acto final, sumas que quedarán sujetas a variación mientras dure el proceso.

Comuníquese lo aquí resuelto al (a la) (a los) interesado(a)(os) y a las dependencias de la Caja Costarricense de Seguro Social correspondientes.

20 de diciembre del 2007. Jorge Valverde Castillo, Jefe. Área Gestión de Pensiones. (O. C. Nº 2112). C-63380. (692).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Órgano Director. Procedimiento ordinario administrativo contra el señor José Antonio Rojas Murillo, propietario de la empresa José Rent A Car. San José, a las once horas, del doce de noviembre del dos mil siete. Comunica: que con base en el oficio DGA-3611-07, la Gerencia General de este Instituto, según resolución G-2547-2007 del 05 de octubre del 2007, procede a cancelar la Declaratoria Turística otorgada a la empresa José Rent a Car, propiedad del señor José Antonio Rojas Murillo, cédula de identidad Nº 2-402-590, por haber infringido lo establecido en los incisos a), d), i), j) y k) del artículo 13 del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas, al no cumplir con lo dispuesto en ese Reglamento y con la legislación vigente que regula su funcionamiento, al no estar operando en las condiciones óptimas con las que debe operar una empresa arrendadora de vehículos a turistas nacionales y extranjeros al no contar con las Patentes de Funcionamiento que se otorgan para ese fin. Contra esta resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación, los cuales deberán interponerse en el plazo de tres días posteriores a la tercera publicación, ante el Departamento de Fomento de esta Institución. El recurso de revocatoria será resuelto por la Gerencia de este Instituto y el de Apelación por la Junta Directiva. Bach. Pablo Valverde Madrigal, Órgano Director. (Solicitud Nº 10597). C-43580. (2029).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

REGIÓN PACÍFICO CENTRAL

ASUNTOS JURÍDICOS

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE AVALÚOS DEL IDA

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

El Instituto de Desarrollo Agrario, se permite notificar por medio del presente edicto, el resultado de avalúos realizados a predios que fueron revertidos mediante los diversos procesos de revocatoria de la adjudicación con la subsecuente nulidad del titulo de propiedad, por desconocerse los domicilios de sus ex adjudicatarios. A tal efecto se transcribe conducentemente el acuerdo tomado por la Junta Directiva EN el artículo 8º de la sesión ordinaria Nº 022-2007, celebrada el 16 de julio del 2007. “Artículo ocho: Se presenta a consideración de los señores Directores el oficio DRPC-340-07, suscrito por la Dirección Pacífico Central, referente a avalúos a predios, que están en proceso de revocatoria de adjudicación y nulidad de título. Analizado el caso: Acuerdo Nº 8. Con fundamento en el oficio DRPC-340-07, suscrito por la Dirección Pacífico Central, se acuerda: Aprobar los siguientes avalúos: 1- Nº 3275, lote 5, Asentamiento Cámara, con un área de 800 m² según plano, a Eduardo Peraza Rodríguez, cédula 2-295-548, por un monto de ¢ 0,00. Con un saldo por tierra de ¢ 40.702,50. 2- Nº 3276, lote 2, Asentamiento Cámara, con un área de 800 m² según plano, a Johnny Jiménez Adanis, cédula 1-761-658, por un monto de ¢ 0,00. No tiene saldo por tierra. 3- Nº 3277, lote 10, Asentamiento Cámara, con un área de 883,73 m² según plano, a Rolando Mata Delgado, 3-292-365, por un monto de ¢ 0,00. No tiene saldo por tierra. 4- Nº 3278, lote 73, Asentamiento Cerro Bajo, con un área de 965,22 m² según plano, a Claudio Muñoz Valverde, cédula 2-283-1355, por un monto de ¢ 0,00. No tiene saldo por tierra. 5- Nº 3279, lote 16-3, Asentamiento Cerro Bajo, con un área de 800 m² según plano, a Dora Chavarría Arguello, cédula 2-284-1386, por un monto de ¢ 30.436,00. No tiene saldo por tierra. 6- Nº 3280, lote 56-2, Asentamiento El Vivero, con un área de 529,22 m² según plano, a Eduardo Campos Hernández, cédula 1-926-359, por un monto de ¢ 11.454,00. Con un saldo por tierra de ¢.29.644,25. 7- Nº 3281, lote 45, Asentamiento El Vivero, con un área de 1.203,18 m² según plano, a Luis A. Brenes Morales, cédula 4-107-060, por un monto de ¢.14.889,00. No tiene saldo por tierra. 8- Nº 3282, lote 23, Asentamiento El Vivero, con un área de 1.166,51 m² según plano, a Gladis Venegas Chávez, cédula 2-171-683, por un monto de ¢.26.243,00. No tiene saldo por tierra. 9- Nº 3283, granja familiar 140, Asentamiento Cebadilla, con un área de 3.181,93 m² según plano, a Germán Murillo Jiménez, cédula 2-366-634, por un monto de ¢ 0,00. No tiene saldo por tierra. 10- Nº 3284, granja familiar 177, Asentamiento Cebadilla, con un área de 2.235,87 m² según plano, a Mauricio Sánchez Desanti, cédula 9-082-054, por un monto de ¢ 0,00. No tiene saldo por tierra. Ordenar a la Dirección Administrativa Financiera el pago de dichos avalúos, en algunos casos existen saldos pendientes por tierra, por lo que debe deducirse de los montos a cancelar. Ordenar a la Dirección Regional Pacífico Central y a la Asesoría Legal de dicha Región proceder en forma definitiva a la recuperación de los inmuebles descritos y hacer lo necesario por recuperar los saldos pendientes por tierra. Acuerdo aprobado por unanimidad. Comúniquese. Acuerdo firme. Atentamente, Lic. Walter Ulate Calderón Secretario General de la Junta Directiva.” Se hace del conocimiento de los ex adjudicatarios aquí interesados, que los antecedentes del caso respectivo se encuentran a su disposición en la Dirección Regional, ubicada en Coyolar de Orotina, a la cual podrán acceder personalmente o por interpuesta persona debidamente autorizada por ellos así como obtener fotocopias del mismo. Bajo el apercibimiento, que deberán señalar lugar o fax donde atender notificaciones dentro de las veinticuatro horas siguientes a la segunda publicación, en el entendido de que si no lo hicieren, o que el lugar señalado no se encuentre dentro del perímetro judicial de la ciudad de Orotina, o que el medio señalado no esté destinado a ello, conforme a la ley, se tendrá por notificada cualquier resolución veinticuatro horas después de dictada. Se apercibe también, que si se hicieren cinco intentos de notificar por el medio que indiquen y no fuere posible obtener la comunicación respectiva, la misma se tendrá por notificada, bastando para ello la constancia que en el expediente deje el funcionario encargado de la diligencia; Igual suerte correrá en caso de no señalar lugar ni medio para atender notificaciones. Se advierte, que transcurrido el plazo improrrogable de cinco días hábiles, contados a partir de la segunda publicación, sin que se hiciera presente el interesado a firmar el respectivo finiquito y retirar el correspondiente cheque de pago de mejoras, la Dirección Administrativa Financiera, procederá de inmediato a destruir los indicados cheques, lo anterior, sin perjuicio de que a futuro el interesado se pueda presentar ante este Instituto a hacer valer sus derechos; y en el mismo sentido, se proseguirá con el proceso que en derecho corresponda, a fin de proceder en forma definitiva a la recuperación de los inmuebles descritos. Publíquese el presente edicto por dos veces en el Diario Oficial La Gaceta, debido a que se desconoce el domicilio de los interesados. Lic. Adán Arnoldo Gómez Calvo, Asesor. (O. C. Nº 5227). C-138640. (106878).

Dirección Región Huetar Atlántica, se hace saber a Berenice Valverde Valverde, cédula 1-0504-0513, que la Oficina Subregional de Talamanca ha solicitado la iniciación de un procedimiento administrativo de revocatoria de adjudicación y anulación del respectivo titulo de propiedad en su contra sobre las parcelas 6-C-214 y 6-215 Sector Volio del Asentamiento PAIS, por lo que en el expediente administrativo número 378-R, se ha dictado la resolución que dice: Instituto de Desarrollo Agrario. Dirección Región Huetar Atlántica, a las catorce horas cuarenta minutos del día tres de diciembre del dos mil siete ,con fundamento en el artículo 68 la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, Ley de Creación del Instituto de Desarrollo Agrario Nº 6735, el procedimiento indicado en los artículos 88, 89 y 90 del Reglamento Autónomo para la Selección y Adjudicación de Solicitantes de Tierra, publicada en La Gaceta Nº 13 del 20 de enero del 2004, en el Articulo 12 inciso a ) del Reglamento Autónomo de Procedimientos Administrativos del Instituto de Desarrollo Agrario publicado en La Gaceta número 238 del viernes 15 de diciembre de 1995, en los artículos 214 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, el Código Procesal Civil, el acuerdo de Junta Directiva Artículo 1, sesión 031-003 celebrada el 1º de julio del 2003, , se constituye este Órgano Director para instruir investigación administrativa a fin de determinar la verdad real de los hechos ocurridos en las parcelas 6-C-214 y 6--215 Sector Volio del Asentamiento PAIS, inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Folio Real matrícula 056683-002 y 056684-002 a favor de Berenice Valverde Valverde, cédula 1-0504-0513 por cuanto la Oficina Subregional de Talamanca determina en informes OSTA-320-2007 del 18 de julio del 2007, que la adjudicataria presuntamente ha incurrido en la causal de abandono injustificado de la parcela y la familia, contenido en el artículo 68 inciso 4) párrafo b) de la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825. Se tiene como parte en este procedimiento a, Berenice Valverde Valverde copropietaria de las parcelas 6-C-214 y 6-215 Sector Volio del Asentamiento PAIS, a quien se le da traslado de la presente investigación y se previene el señalamiento para atender notificaciones , de casa u oficina dentro del perímetro administrativo de la Dirección Regional sita en Batán de Matina, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, sede del Órgano Director, o un número de fax ubicado dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo, las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuese impreciso, incierto o ya no existiere. Con fundamento en el artículo 218 de la Ley General de la Administración Pública se concede audiencia, por el término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, para que se apersonen ante este Órgano Director en defensa de sus derechos y ofrezca las pruebas de descargo que consideren oportunas. Para dicha audiencia se señalan las ocho horas treinta minutos del día treinta y uno de enero del dos mil ocho. Asimismo se previene que debe comparecer personalmente y no por medio de apoderado, pero esto no la excluye de su derecho a tener asesoría de un abogado. Asimismo que en el mismo acto de la comparecencia o en fecha anterior, en cuyo caso deberá hacerse por escrito, podrán aportar las pruebas en su favor que considere oportunas, y hacer los alegatos que estime pertinentes, so pena de caducidad de tal derecho, en el entendido de que no le serán recibidos en fecha posterior a la señalada. Por su naturaleza, el presente proceso administrativo se califica como ordinario. Se hace del conocimiento de los administrados que el proceso que se instruye por incumplimiento de los artículos y 68 inciso 4) párrafo b) de la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, por la presunta causal de abandono injustificado de la parcela y la familia. Se le informa que tiene derecho a plantear los recurso ordinarios que señala la ley General de Administración Pública en artículo 346 y que fundamento en el artículo 217 de la Ley General de Administración Pública, se pone en su conocimiento, el expediente administrativo número 378-R el cual se encuentra en las oficina de la Dirección Regional Huetar Atlántica, sita en Batán de cantón de Matina provincia de Limón, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, el cual podrán revisar y fotocopiar dentro del horario normal del Instituto. Se aclara que la Oficina Subregional Talamanca en oficio OSTA:358-2007 de fecha 10 de agosto del 2007 informa y aporta acta indicando que se desconoce totalmente el domicilio de la administrada por lo que se ordena notificar por medio de edicto en La Gaceta por dos ocasiones. Notifíquese Rolando Chaves Castro conocido como Rolando Castro Arce, Órgano Director. (110285).

AVISOS

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Procedimiento disciplinario contra: TA-11446 Juan Alberto Retana Sánchez. Denunciante: Sra. Victoria Carballo Cubillo. Expediente: 141-05.

Tribunales de Honor, auto de intimación, a las 16:00 horas del veintiuno de setiembre de dos mil siete, el Tribunal de Honor Nº 4, nombrado por la Junta Directiva General en la sesión Nº 17-06/07-G.E, celebrada el 21 de marzo del 2007, acuerdo Nº 20, con sede en oficinas de Tribunales de Honor del Colegio Federado, ubicada en el tercer piso del edificio del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos en Granadilla de Curridabat comunica:

Al TA Juan Alberto Retana Sánchez, registro número TA-11446, cédula número 1-0587-0030, que de conformidad con el acuerdo de Junta Directiva General arriba citado, se abrió el presente procedimiento ordinario disciplinario en su contra por supuestas faltas a:

    Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos: artículo 8, inciso a) y 12.

    Reglamento Interior General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos: artículo 53.

    Reglamento a la Ley de Catastro Nacional: artículos 49 y 50.

    Código de Ética Profesional del CFIA: artículos 1, 2, 3, 4, 7, 9,18 y 19.

Los hechos que se le imputan, por su actuación como profesional en el proceso de catastro de parte de finca Nº 1306950-000, son los siguientes:

1.  Falta de lealtad, responsabilidad y fidelidad para con su cliente al haber recibido dinero para la confección de un plano catastro y no haber realizado el trabajo encomendado.

2.  Emitir recibos membretados como Ingeniero siendo Topógrafo Asociado.

De encontrarse alguna violación a la reglamentación vigente arriba indicada, se estaría sancionando al denunciado según lo establecido en los artículos 3, 33 y 45 del Código de Ética Profesional. Corresponde la sanción máxima, según los artículos citados, a 24 meses de suspensión en el ejercicio profesional.

Se le previene ademán de lo establecido en el artículo 25 del Código de ética profesional que dice; “cuando con una misma conducta se violen varias disposiciones del presente Código, se aplicará la sanción establecida para la falta más grave”.

Sobre los cargos que se le hacen al profesional denunciado, se le concede el plazo improrrogable de veintiún días hábiles, contados a partir de la notificación del presente auto para que conteste y diga si los rechaza por ser falsos, si los acepta por ser ciertos o si los acepta sólo parcialmente y con modificaciones y rectificaciones, así como para ofrecer toda la prueba de descargo que considere oportuna y conveniente.

En caso de no comparecer en el plazo conferido en esta resolución, se le advierte que el proceso continuará sin su participación, sin perjuicio de que pueda apersonarse en cualquier momento pero sin reposición de ningún trámite y tomando el proceso en el estado en que se encuentre (artículo 81 del Reglamento del proceso disciplinario del CFIA).

Se le hace saber al denunciado que este procedimiento ordinario disciplinario se tramita con estricto apego a todas las normas y principios del procedimiento administrativo establecidos en el Reglamento de proceso disciplinario de los miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, número 225 del jueves 22 de noviembre del 2001, y con garantía de todos los medios para que ejerza su defensa, indicándole que debe apersonarse a hacer valer sus derechos, que tiene derecho a ser oído y ofrecer prueba de descargo, acceso en todo momento al expediente y sus piezas y los antecedentes de la denuncia presentada en su contra. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un abogado, técnico o cualquiera persona calificada que estime conveniente. La presente resolución tiene los recursos ordinarios de revocatoria con apelación (artículo 107 del Reglamento de proceso disciplinario), para lo cual cuenta con un plazo de siete días hábiles contados a partir de la notificación de esta resolución. El recurso de revocatoria deberá plantearse ante este mismo tribunal y será resuelto en la misma sede. El de apelación será planteado de igual forma y será resuelto por la Junta Directiva General.

Actualmente obra en poder del Tribunal de Honor el expediente disciplinario, cuyo acceso se regulará conforme lo establecido en los artículos 48,49 y 50 del Reglamento del proceso disciplinario de los miembros del CFIA.

Se previene al denunciado, IT-6886 Juan Alberto Retana Sánchez, que en el acto de ser notificado o dentro del tercer día y por escrito, deberá señalar lugar, oficina o número de fax donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas siguientes a que sean dictadas. Igual consecuencia sufrirá si el lugar o medio designado fuere impreciso, incierto o se encontrare cerrado o ya no existiere. Se le advierte que si señala un fax, deberá velar porque este se encuentre funcionando normalmente. Asimismo, en caso de desperfecto o inhabilitación deberá comunicarlo en forma inmediata y señalar nuevo lugar para atender futuras notificaciones.

Copia de este traslado está siendo remitido al IT-6886 Ricardo Moreno Aquino, Sra. Victoria Carballo Cubillo, e Ing. Gerardo Campos Chacón, en su condición de Jefe del Departamento de Tribunales, como partes interesadas en este proceso. Notifíquese.

San José, 20 de noviembre del 2007. Ing. Juan Carlos Saborío Zeledón, Presidente. (O. C. Nº 5765). C-239580. (104848).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

DEPARTAMENTO DE BIENES INMUEBLES

AVALÚOS DE BIENES INMUEBLES

La Municipalidad de Cartago, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17, 19, 36 de la Ley Nº 7509, Impuesto sobre Bienes Inmuebles, sus Reformas y su Reglamento, artículo 4º de la Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales, artículos 30, 121, 124, 137 inciso d), 144 y 169 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, notifica por este medio a los siguientes sujetos pasivos, por haber agotado esta Administración Tributaria los medios previos de notificación o porque no quisieron recibir la notificación, o por no existir dirección o la misma es inexacta, los avalúos que se indican a continuación:

 

Nombre

Cédula

Avalúo

Finca

Derecho

Valor terreno

Valor construcción

Valor total

Acuña Quesada Aura

9-004-661

AV- 2- 07-05- 150-11012

51297

000

36.273.268,80

7.658.900,00

43.932.168,80

Agrícola Balo Limitada

3102172422

AV- 8- 07-01- 000-10882

191254

000

7.796.439,36

-

7.796.439,36

Alvarado Méndez Berny

3-141-416

AV- 2- 11-08- 110-11126

71081

000

5.515.084,80

3.501.740,00

9.016.824,80

Álvarez Rodríguez Ramón Francisco

3-161-249

AV- 2- 07-09- 180-10918

80069

000

7.071.504,00

2.104.403,00

9.175.907,00

Araya Quirós Cira Yorleny

3-335-013

AV- 6- 05-3- 1985-10890

174198

000

3.753.600,00

10.315.700,00

14.069.300,00

Arce Coto Víctor Julio

3-266-823

AV- 2- 07-06- 110-10945

118340

001-002

6.313.464,00

756.350,00

7.069.814,00

Arias Ávila Virgilio

2-297-136

AV- 4- 09-05- 000-10958

207656

000

13.601.155,80

-

13.601.155,80

Asociación Misión Pentecostal de Fe y Santidad de Costa Rica

3002051701

AV- 3- 03-04- 290-10369

78188

000

13.263.868,80

27.492.620,00

40.756.488,80

Asociación Primera Bautista de Cartago

3002051479

AV- 2- 03-13-130A-11023

63310

000

14.275.821,00

5.896.008,00

20.171.829,00

Asociación Primera Iglesia Bautista

3002051479

AV- 2- 07-04- 090-11030

54167B

000

28.218.555,60

28.741.024,00

56.959.579,60

Astorga Cascante Carmen María

3-323-467

AV- 4- 04-01-130C-10740

186427

000

3.228.372,00

13.771.810,00

17.000.182,00

Barrantes Monge Feranando

3-236-754

AV- 2- 04-03- 250-11262

40953

000

8.710.891,50

5.811.408,00

14.522.299,50

Berrocal Bravo María de los Ángeles

3-179-968

AV- 1- 20-02- 320-10697

100530

001-002

7.944.100,50

7.292.800,00

15.236.900,50

Block Gallop Erick Jurggen

3-327-790

AV- 2- 07-04- 020-11026

67169

000

7.457.446,20

772.660,00

8.230.106,20

Bloise Villanueva Vera Estrella

9-055-682

AV- 2- 12-05- 050-10791

16931

000

10.899.837,00

3.292.720,00

14.192.557,00

Bonilla Calvo Cruz Belania

1-527-190

AV- 3- 02-07- 010-10412

88042

001-002

5.105.259,32

9.024.200,00

14.129.459,32

Brenes Monge Carlos Adolfo

1-732-782

AV- 2- 07-08- 090-10751

184614

001-003

20.909.707,20

6.112.250,00

27.021.957,20

Brenes Monge Carlos Adolfo

1-732-782

AV- 2- 07-08- 100-10752

184615

001-002

12.478.190,40

4.148.800,00

16.626.990,40

Brenes Portuguez Carlos Manuel

3-157-362

AV- 2- 07-08- 100-10752

184615

001-002

12.478.190,40

4.148.800,00

16.626.990,40

Brenes Portuguez Luis Jorge

3-146-363

AV- 2- 07-08- 090-10751

184614

001-003

20.909.707,20

6.112.250,00

27.021.957,20

Brenes Serrano Antonio

3-095-188

AV- 9- 10-01- 000-10971

54315

000

2.688.021,95

-

2.688.021,95

Brenes Solano María Gabriela

3-345-423

AV- 4- 04-01- 10B-10671

167086

000

4.138.089,62

-

4.138.089,62

Cafetalera Santa Elena S.A.

3101004204

AV- 7- 07-01- 000-10236

43795

000

2.912.739,31

16.575.675,00

19.488.414,31

Calderón Céspedes Grace Natalia

3-371-487

AV- 2- 07-05- 160-11013

11836

001-009

18.306.918,00

-

18.306.918,00

Calderón Céspedes Gustavo Adolfo

1-1176-638

AV- 2- 07-05- 160-11013

11836

001-009

18.306.918,00

-

18.306.918,00

Calderón Céspedes Raquel Patricia

3-356-688

AV- 2- 07-05- 160-11013

11836

001-009

18.306.918,00

-

18.306.918,00

Calvo Calvo Lidia

3-404-2080

AV- 2- 11-01- 110-10905

42784

001-002

8.283.382,80

1.839.120,00

10.122.502,80

Calvo Monge Cristina

3-192-318

AV- 4- 15-01- 000-11193

88040

001-005

5.563.622,68

-

5.563.622,68

Calvo Monge María Mayela

3-169-452

AV- 4- 15-01- 000-11193

88040

001-005

5.563.622,68

-

5.563.622,68

Calvo Monge María Mayela

3-169-452

AV- 4- 15-01- 000-11193

88040

001-005

5.563.622,68

-

5.563.622,68

Calvo Monge Ramón Sebastian

3-122-240

AV- 4- 15-01- 000-11193

88040

001-005

5.563.622,68

-

5.563.622,68

Calvo Núñez Zaira

3-299-511

AV- 4- 04-1- 130B-10675

165999

000

3.408.876,00

4.790.640,00

8.199.516,00

Calvo Sanabria Ana Bertilia

3-165-001

AV- 4- 02-10- 040-11190

67314

001-012

8.380.527,71

1.182.330,00

9.562.857,71

Calvo Sanabria Carlos Luis

3-156-789

AV- 4- 02-10- 040-11190

67314

001-012

8.380.527,71

1.182.330,00

9.562.857,71

Calvo Sanabria José Joaquín

3-137-788

AV- 4- 02-10- 040-11190

67314

001-012

8.380.527,71

1.182.330,00

9.562.857,71

Calvo Sanabria Luis Ricardo

9-039-854

AV- 4- 02-10- 040-11190

67314

001-012

8.380.527,71

1.182.330,00

9.562.857,71

Calvo Sanabria María Elena

3-143-320

AV- 4- 02-10- 040-11190

67314

001-012

8.380.527,71

1.182.330,00

9.562.857,71

Campos Fuentes Raúl

3-179-479

AV- 6- 08-04- 197-10992

75698

000

13.134.950,40

8.878.540,00

22.013.490,40

Campos Quesada Grettel de los Ángeles .

3-361-433

AV- 6- 08-04- 000-10993

208711

000

5.032.660,60

-

5.032.660,60

Cimeq de Cartago S.A.

3101247240

AV- 2- 07-06- 040-10942

185891

000

11.837.935,20

1.103.800,00

12.941.735,20

Compañía T.M. Asociados S.A.

3101070694

AV- 02-08-01-080-10860

54487

000

16,875,518,00

45,536,400,00

62,411,918,00

Construcciones Cartago Concar S.A.

3101435014

AV- 2- 08-02- 070-11201

93018

000

67,568,854,50

10,492,920,00

78,061,774,50

Construcciones Urbanas Navarro y Brenes S.A.

3101267139

AV- 1- 05-6- 190A-10940

18451

000

44.860.618,80

-

44.860.618,80

Davanzo García Georgina

3-178-745

AV- 2- 11-01- 240-10910

163572

000

23.689.329,60

9.396.920,00

33.086.249,60

Desarrollo Comercial Mil trescientos uno S.A.

3101094881

AV- 1- 20-02- 040-10686

56067

000

11.305.113,40

4.540.200,00

15.845.313,40

Duran Rojas José Luis

3-207-547

AV- 4- 04-01-110H-10727

186470

000

4.106.680,59

12.871.200,00

16.977.880,59

Duran Ruiz Pedro Rolando

3-233-569

AV- 4- 09-04- 250-10600

75720

000

4.979.805,90

3.220.400,00

8.200.205,90

Elizondo Elizondo Luis Guillermo

3-036-9379

AV- 3- 02-07- 380-10433

76195

003-006

4.450.734,40

5.246.460,00

9.697.194,40

Elizondo Gómez Olga M.

3-157-575

AV- 3- 02-07- 380-10433

76195

003-006

4.450.734,40

5.246.460,00

9.697.194,40

Elizondo Gómez Sandra María

3-191-1061

AV- 3- 02-07- 380-10433

76195

003-006

4.450.734,40

5.246.460,00

9.697.194,40

Emefal S.A.

3101104380

AV- 2- 12-07- 170-10831

65387

000

4.821.768,00

1.759.240,00

6.581.008,00

Emefal S.A.

3101104380

AV- 2- 12-07- 180-10832

45837

000

1.962.692,16

-

1.962.692,16

Familia Gómez Córdoba Fagocor S.A.

3101470315

AV- 8- 03-02- 000-10889

26496

000

6.928.884,99

4.739.200,00

11.668.084,99

Fuentes Montoya Ana María

3-058-477

AV- 2- 07-09- 140-10917

7118

001-009

25.894.200,00

5.845.500,00

31.739.700,00

Gómez Chacón Anita Argentina

3-050-2996

AV- 3- 02-07- 380-10433

76195

003-006

4.450.734,40

5.246.460,00

9.697.194,40

Gómez Fuentes Pedro

3-155-898

AV- 2- 07-09- 140-10917

7118

001-009

25.894.200,00

5.845.500,00

31.739.700,00

Gómez Fuentes Ruth

3-126-634

AV- 2- 07-09- 140-10917

7118

001-009

25.894.200,00

5.845.500,00

31.739.700,00

Gómez Fuentes Zoila Rosa

3-174-763

AV- 2- 07-09- 140-10917

7118

001-009

25.894.200,00

5.845.500,00

31.739.700,00

Gómez Fuentes Zoila Rosa

3-174-763

AV- 2- 07-09- 140-10917

7118

001-009

25.894.200,00

5.845.500,00

31.739.700,00

Gómez Monge Eduardo Iván

3-268-516

AV- 2- 07-09- 140-10917

7118

001-009

25.894.200,00

5.845.500,00

31.739.700,00

Gómez Pereira Guido Alejandro

3-245-368

AV- 2- 07-09- 140-10917

7118

001-009

25.894.200,00

5.845.500,00

31.739.700,00

Gómez Pereira Guido Alejandro

3-245-368

AV- 2- 07-09- 140-10917

7118

001-009

25.894.200,00

5.845.500,00

31.739.700,00

Gómez Pereira Marjori

1-852-999

AV- 4- 04-01- 50A-10667

167079

000

3.606.182,88

6.512.280,00

10.118.462,88

González Alvarado Abel

3-018-1182

AV- 3- 02-07- 480-10438

20035

001-003

26.021.606,24

11.658.800,00

37.680.406,24

González Corrales Rosa

200775176

AV- 2- 04-04- 120-11102

48713B

000

5.952.908,54

7.288.440,00

13.241.348,54

González Loría Vicente

3-140-085

AV- 3- 02-07- 480-10438

20035

001-003

26.021.606,24

11.658.800,00

37.680.406,24

González Ortega Odilia María

3-112-803

AV- 3- 08-1- 050I-10552

74694

001-002

6.788.646,20

6.549.000,00

13.337.646,20

González Rivera Carlos Eduardo

3-135-877

AV- 2- 04-02- 290-11156

50500

001-003

10.908.254,16

-

10.908.254,16

González Rivera Johnny

62952730

AV- 2- 04-02- 290-11156

50500

001-003

10.908.254,16

-

10.908.254,16

González Rivera José Pablo

1-655-765

AV- 2- 11-02- 170-11047

66942

001-002

7.272.921,60

9.865.000,00

17.137.921,60

Grupo El Magnolia del Sur Limitada

3102244773

AV- 2- 04-05- 020-11077

68289

000

5.343.773,84

1.416.560,00

6.760.333,84

Guzmán Moya Olga

3-092-254

AV- 2- 08-07- 060-10894

30473

000

14.291.340,00

1.281.840,00

15.573.180,00

Hacienda Obando S.A. Rep. Gerardo Abarca O.

3101065689

AV- 4- 05-04- 400-10783

171571

000

5.775.300,00

-

5.775.300,00

Hernández Morales Ana Teresa

3-210-594

AV- 4- 12-02- 040-10651

71925

001-004

3.122.080,26

5.885.376,00

9.007.456,26

Herrera Calvo Virginia Yadira

1-546-154

AV- 4- 04-01- 70C-10741

186421

000

5.850.109,34

-

5.850.109,34

Herrera Gómez Laura Patricia

3-293-947

AV- 2- 04-07- 050-11134

76539

000

6.558.273,68

841.280,00

7.399.553,68

Ibarra Hernández Manuel

3-037-9794

AV- 2- 11-01- 110-10905

42784

001-002

8.283.382,80

1.839.120,00

10.122.502,80

Infante Céspedes María de los Ángeles

1-431-760

AV- 2- 07-08- 090-10751

184614

001-003

20.909.707,20

6.112.250,00

27.021.957,20

Inmobiliaria Churuca S.A.

3101324046

AV- 1- 24-1- 290B-10622

175289

000

9.020.000,00

-

9.020.000,00

Inmobiliaria Remapro EC LTDA

3102296194

AV- 4- 12-02- 390-10666

49906

000

6.533.248,90

-

6.533.248,90

Inversiones Caroe de Cartago S. A.

3101231310

AV- 01-24-1-260C-10627

175300

 

15,385,878,12

44,725,220,00

60,311,097,12

Inversiones Comerciales Calvo Herrera S. A.

3101154859

AV- 02-04-03-170-11259

26062

 

14,930,294,02

14,393,700,00

29,323,994,02

Inversiones del Futuro S.A.

3101164007

AV- 2- 04-05- 260-11085

63803

000

13.731.606,00

-

13.731.606,00

Inversiones Plena Voz S.A.

3101452333

AV- 1- 16- 7- 000-10978

207792

000

8.596.420,80

-

8.596.420,80

Inversiones y Distribuidora Gremapi S.A.

3101350283

AV- 2- 04-02- 120-11149

65450

000

8.549.719,50

-

8.549.719,50

Leiva Agüero Carlos Gerardo

2-292-008

AV- 2- 03-13-100B-10996

63020

000

8.841.348,45

8.744.100,00

17.585.448,45

Leiva Martinez Guillermo

1-828-533

AV- 4- 04-1- 110B-10674

166567

001-002

3.408.876,00

5.189.860,00

8.598.736,00

Llano del Tigre de Cartago S.A.

3-101-208235

AV- 07-07-01-000-11304

189072

002

29,241,003,96

 

29,241,003,96

Loría Monge Victoriano

3-024-6470

AV- 3- 02-07- 480-10438

20035

001-003

26.021.606,24

11.658.800,00

37.680.406,24

Martínez Álvarez Gonzalo Enrique

3-164-301

AV- 2- 04-02- 030-11147

62411

000

10.033.013,61

5.059.425,00

15.092.438,61

Mata Ramos Roxana

3-219-335

AV- 2- 12-08- 140-10804

103046

000

3.557.825,28

6.905.500,00

10.463.325,28

Mobre S.A.

3101024973

AV- 1- 24-1- 010B-10614

175284

000

18.245.577,28

-

18.245.577,28

Monge Brenes Francisco Eliseo

3-281-390

AV-10-05-3A-000-11274

205878

 

4,263,734,40

 

4,263,734,40

Monge Garita Martín Gonzalo

3-263-661

AV- 3- 02-07- 010-10412

88042

001-002

5.105.259,32

9.024.200,00

14.129.459,32

Monge González Hermanos S.A.

3101020798

AV- 2- 08-01- 130-10863

18654

000

24.987.903,75

26.624.320,00

51.612.223,75

Monge Monge Martha Elena

3-246-753

AV- 6- 06-04- 000-10988

125342

000

4.895.666,16

-

4.895.666,16

Monge Monge Martha Elena

3-246-753

AV- 6- 06-04- 000-10989

125341

000

4.853.882,88

-

4.853.882,88

Monge Monge Martha Elena

3-246-753

AV- 6- 06-04- 000-10990

129693

000

5.798.444,40

-

5.798.444,40

Navarro Gómez José Humberto

3-209-680

AV- 2- 07-09- 140-10917

7118

001-009

25.894.200,00

5.845.500,00

31.739.700,00

Ocraya del Este S.A.

3101303121

AV- 1- 12- 8- 000-10977

207235

000

10.394.966,40

-

10.394.966,40

Orozco Ballestero Rodrigo

1-419-1214

AV- 4- 09-07- 010-10959

208532

000

4.978.196,82

-

4.978.196,82

Ortega Calderón Paulo Andrés

3-368-032

AV- 7- 06-04- 000-11239

199595

000

1.213.784,88

-

1.213.784,88

Ortega Solano Cecilia

3-141-343

AV- 2- 11-08- 100-11127

94559

000

6.042.506,88

3.501.740,00

9.544.246,88

Pacheco Peralta Gonzalo

3-097-221

AV- 2- 12-07- 220-10833

49382

000

7.456.512,00

6.810.300,00

14.266.812,00

Patricia Mora

53375535

AV- 3- 08-1- 050I-10552

74694

001-002

6.788.646,20

6.549.000,00

13.337.646,20

Pérez Calderón Víctor

3-114-761

AV- 2- 11-06- 350-10937

21419

000

6.714.248,16

4.436.400,00

11.150.648,16

Piedra Cerdas Marta Cecilia

3-163-791

AV- 02-11-05-400-11355

6245

 

10,753,896,96

 

10,753,896,96

Pontigo Aguilar Julio Alberto

1-993-118

AV- 1- 24-01- 120-10632

169576

000

12.875.817,12

15.330.141,00

28.205.958,12

Porras Mora Noemy

3-158-179

AV- 7- 03-04- 000-11238

170900

001-002

1.469.077,68

-

1.469.077,68

Portuguez Calderón María Luisa

3-068-049

AV- 2- 07-08- 080-10750

165069

000

6.314.704,20

1.955.920,00

8.270.624,20

Quirós Quirós Ana Cristina

3-202-506

AV- 4- 05-04- 020-10766

64814

000

24.804.775,50

11.277.900,00

36.082.675,50

Quirós Silesky María de los Ángeles

3-207-326

AV- 2- 04-03- 110-11255

55605

001-002

7.732.855,70

3.452.790,00

11.185.645,70

Quirós Silesky Marjorie

3-207-326

AV- 2- 04-03- 110-11255

55605

001-002

7.732.855,70

3.452.790,00

11.185.645,70

Ramírez Martínez Olman

3-094-289

AV- 4- 12-02- 340-10662

72742

000

4.767.443,45

-

4.767.443,45

Ramírez Villafuerte Martha

9-043-585

AV- 4- 09-04- 280-10602

69472

000

4.001.635,68

4.140.000,00

8.141.635,68

Rivera Mata María del Carmen

1-105-3164

AV- 2- 04-02- 290-11156

50500

001-003

10.908.254,16

-

10.908.254,16

Rojas Barboza Marcela

3-286-088

AV- 2- 11-02- 170-11047

66942

001-002

7.272.921,60

9.865.000,00

17.137.921,60

Rojas Carballo Alejandra María

3-299-259

AV- 02-04-06-070-11313

153001

 

6,245,510,00

 

6,245,510,00

Roldan Piedra Francisco

3-185-679

AV- 4- 13-2B- 000-11192

70233

000

21.141.304,80

-

21.141.304,80

Romero Valverde Evelia

3-194-1463

AV- 07-07-01-000-11304

189072

001

29,241,003,96

 

29,241,003,96

Romero Valverde Evelia

3-194-1463

AV- 06-06-05-755-11303

124346

000

19,795,090,00

 

26,252,210,00

Romero Valverde Luz Maria

3-167-0057

AV- 07-07-01-000-11304

189072

003

29,241,003,96

 

29,241,003,96

Romero Valverde Luz Maria

3-167-0057

AV- 06-06-05-750-11301

124347

000

20,154,412,32

6,457,120,00

26,611,532,32

Romero Valverde Luz Maria

3-167-0057

AV- 06-06-05-000-11302

108046

000

29,424,669,12

 

29,424,669,12

Sanabria Marín Prudina

3-036-8782

AV- 4- 02-10- 040-11190

67314

001-012

8.380.527,71

1.182.330,00

9.562.857,71

Santa Oliva

3101183333

AV- 2-11 05- 340-11351

199964

000

14,218,375,68

 

14,218,375,68

Shukkar Young

6269391122

AV- 1- 24-1- 130B-10621

175272

000

9.020.000,00

-

9.020.000,00

Silesky Guevara Fernando

3-169-698

AV- 2- 07-08- 180-10754

75944

000

7.739.802,00

8.407.680,00

16.147.482,00

Solano Bravo Rigoberto

3-217-183

AV- 1- 20-02- 320-10697

100530

001-002

7.944.100,50

7.292.800,00

15.236.900,50

Solano Quesada Nora María

3-162-573

AV- 1- 24-1- 220A-10611

175260

000

8.747.760,00

13.771.810,00

22.519.570,00

Trejos Hernández Rodrigo

3-065-126

AV- 2- 07-09- 030-10913

42765

000

20.147.265,60

3.647.316,00

23.794.581,60

Ulloa Vega Marlene

3-284-178

AV- 2- 07-06- 110-10945

118340

001-002

6.313.464,00

756.350,00

7.069.814,00

Vargas Castillo Jaqueline

1-1034-360

AV- 4- 04-1- 110B-10674

166567

001-002

3.408.876,00

5.189.860,00

8.598.736,00

Vega Calvo Guiselle

3-308-547

AV- 4- 02-10- 040-11190

67314

001-012

8.380.527,71

1.182.330,00

9.562.857,71

Vega Calvo Guiselle

3-308-547

AV- 4- 02-10- 040-11190

67314

001-012

8.380.527,71

1.182.330,00

9.562.857,71

Vega Calvo Rodrigo Alexánder

3-300-337

AV- 4- 02-10- 040-11190

67314

001-012

8.380.527,71

1.182.330,00

9.562.857,71

Vega Rojas Rodrigo

3-131-767

AV- 4- 02-10- 040-11190

67314

001-012

8.380.527,71

1.182.330,00

9.562.857,71

Villalta Solano Luis Humberto

3-241-481

AV- 9- 07-01- 958-10976

206223

000

3.205.001,25

18.466.165,55

21.671.166,80

Víquez Solano Edgar Gabelo

3-266-031

AV- 3- 08-01- 860-10586

54079

000

2.993.282,88

-

2.993.282,88

Zúñiga García Reyes Gerardo

2-276-099

AV- 7- 03-04- 000-11238

170900

001-002

1.469.077,68

-

1.469.077,68

Zúñiga Hernández Adriana María

3-343-397

AV- 4- 12-02- 040-10651

71925

001-004

3.122.080,26

5.885.376,00

9.007.456,26

Zúñiga Hernández Freddy José

3-378-557

AV- 4- 12-02- 040-10651

71925

001-004

3.122.080,26

5.885.376,00

9.007.456,26

Zúñiga Rivera Freddy Gerardo

3-231-952

AV- 4- 12-02- 040-10651

71925

001-004

3.122.080,26

5.885.376,00

9.007.456,26

Zúñiga Zúñiga María Marcela

3-317-774

AV- 4- 12-02- 170-10656

SIN INSCRIBIR

000

3.171.700,00

-

3.171.700,00

 

De conformidad con la Ley Nº 7637, Ley de Notificaciones, Citaciones y Otras Comunicaciones Judiciales, artículo 7º, esta notificación  se tendrá por notificada tres días después de su publicación. Rolando Rodríguez Brenes, Alcalde Municipal. 1 vez. (2468).