MINISTERIO
DE COMERCIO EXTERIOR
MINISTERIO
DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
MINISTERIO
DE CULTURA Y JUVENTUD
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUTO
DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO
HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
JUNTA
DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA Y DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
UNIVERSIDAD
ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUTO
DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD
DE MONTES DE OCA
MUNICIPALIDAD
DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
MINISTERIO
DE JUSTICIA Y GRACIA
INSTITUTO
DE DESARROLLO AGRARIO
EL PRESIDENTE DE
Y
LOS MINISTROS DE COMERCIO EXTERIOR, HACIENDA,
ECONOMÍA,
INDUSTRIA Y COMERCIO, AGRICULTURA
Y
GANADERÍA; Y
En uso de las facultades que
les confieren los incisos 3) y 18) del artículo 140 y el artículo 146 de
Considerando:
I.—Que mediante
II.—Que para la
debida aplicación de la disposición legal indicada, se debe regular la
organización y el funcionamiento de
III.—Que el
Estado, por medio de
Decretan:
El siguiente:
REGLAMENTO DE
DE CARÁCTER CONSULTIVO DE
DE APLICACIÓN DE ACUERDOS COMERCIALES
INTERNACIONALES DEL MINISTERIO
DE COMERCIO EXTERIOR.
CAPITULO I
OBJETO, PRINCIPIOS Y FUNCIONES
Artículo 1º—Objeto. El presente Reglamento tiene por objeto regular la
organización y funcionamiento de
Artículo 2º—Carácter Consultivo. Conforme con el artículo 2 quinquies de
Artículo 3º—Principios Generales. Serán principios generales que guiarán la acción de
a) La coordinación interinstitucional para el cumplimiento de los compromisos
asumidos por el Gobierno de Costa Rica en los tratados, convenios o cualquier
otro instrumento suscrito en materia de comercio e inversión en el ámbito
bilateral, regional o multilateral;
b) El intercambio de información y colaboración,
con el objetivo de analizar la evolución de los flujos comerciales y el
funcionamiento de estos acuerdos;
c) La participación activa de las distintas
instancias gubernamentales que conforman
Artículo 4º—Principios Operativos. Serán
principios operativos de
a) Todos los miembros de
b) El respeto absoluto al derecho de los
funcionarios designados por los Ministerios de Gobierno que conforman
c) El respeto al derecho de cada funcionario
designado, de expresar su parecer en cualquier asunto relacionado con el
quehacer de
d) La remisión previa de la información pertinente,
requerida por
Artículo 5º—Funciones. Las principales funciones de
a) Conocer en sus sesiones sobre aquellos asuntos tramitados y
sometidos por cada Ministerio de Gobierno que la conforman, en los temas
relativos a comercio exterior que les son de su competencia, en las siguientes
áreas:
1) En verificación de origen y procedimientos aduaneros
2) En medidas sanitarias y fitosanitarias el
Servicio Nacional de Salud Animal y el Servicio Fitosanitario del Estado, ambos
del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
3) En salud
4) En prácticas desleales de comercio y medidas
de salvaguardia, el Departamento de Prácticas de Comercio Desleal y Medidas de
Salvaguardia del Ministerio de Economía Industria y Comercio.
5) En reglamentación técnica
6) En comercio exterior, en general,
b) Formular recomendaciones sobre la aplicación de los compromisos
adquiridos por el país, en los distintos acuerdos comerciales internacionales, con
el fin de promoverlos e impulsarlos y, bajo esa perspectiva, contribuir a
resolver y prevenir los conflictos que puedan afectar al sector
productivo-exportador nacional;
c) Mantener una coordinación permanente con
d) Intercambiar conocimientos y experiencias con
las demás instituciones públicas que podrían eventualmente conocer de temas de
comercio exterior, en aplicación de los instrumentos comerciales
internacionales vigentes para el país;
e) Comunicar y divulgar sobre temas de su
interés, relativos a la aplicación de las disposiciones de los acuerdos
comerciales vigentes, entre las instituciones miembros y aquellas relacionadas
con los temas mencionados, así como al sector productivo nacional. Lo anterior
se podrá hacer mediante la programación de actividades conjuntas y públicas.
CAPITULO II
INTEGRACIÓN Y COORDINACIÓN
Artículo 6º—Representantes.
a) Del Ministerio de Comercio Exterior: el Director de Aplicación de
Acuerdos Comerciales Internacionales o su representante, quien presidirá
b) Del Ministerio de Hacienda: el Director
General de Aduanas o su representante.
c) Del Ministerio de Economía, Industria y
Comercio, el Director (a) de Mejora Regulatoria y
Reglamentación Técnica y el Jefe del Departamento de Prácticas de Comercio
Desleal y Medidas de Salvaguardia, o sus respectivos representantes.
d) Del Ministerio de Agricultura y Ganadería: el
Director del Servicio Nacional de Salud Animal y el Director del Servicio
Fitosanitario del Estado, o sus respectivos representantes.
e) Del Ministerio de Salud: el Director de
Registros y Controles, o su representante.
Los miembros de
Artículo 7º—De los suplentes y asesores. Cada
director de los Ministerios que conforman
Asimismo, cada representante propietario o suplente en ejercicio, podrá
asistir a la sesión de
Artículo 8º—Coordinación.
a) Convocar las sesiones de
b) Preparar la agenda de los asuntos a analizar
en cada sesión;
c) Preparar las actas de las sesiones en las que
se consignen los temas tratados y los acuerdos alcanzados;
d) Tramitar aquellas acciones necesarias para la
debida ejecución de los acuerdos;
e) Velar porque los Ministerios brinden la
información requerida por
f) Cualquier otra función que le sea encomendada
en este Reglamento o por el pleno de
CAPITULO III
DE LAS SESIONES
Artículo 9º—Frecuencia de las sesiones.
Artículo 10°—Quórum. Para que
Artículo 11.—Convocatorias. Las
convocatorias a las sesiones ordinarias y extraordinarias deberán realizarse
por escrito, utilizando medios electrónicos en primera instancia; sin embargo
cuando las circunstancias lo ameriten, tanto la convocatoria como la
documentación relacionada, se enviarán el día hábil siguiente, por medio de fax
o haciendo entrega de los mismos en las Direcciones correspondientes.
Las sesiones ordinarias serán convocadas con un plazo de quince días
naturales de antelación y las sesiones extraordinarias se convocarán con cinco
días naturales de anticipación. Ambas convocatorias se acompañarán de la agenda
propuesta, del documento de seguimiento de gestiones en proceso y cualesquiera
otros documentos pertinentes.
Artículo 12.—Suplencia. En caso de que
algún director no pudiera asistir y sea el suplente el que se apersone, éste
deberá comunicarlo a
Artículo 13.—Carácter de las sesiones.
Las sesiones de
Del mismo modo,
Artículo 14.—Asistencia. Para cada
sesión que celebre
Artículo 15.—De las Actas. De cada
sesión,
El acta preliminar será distribuida entre los funcionarios participantes
de la sesión a más tardar siete días hábiles después de efectuada la sesión,
con el objetivo de que quienes participaron de la misma hagan los comentarios y
observaciones que consideren pertinentes, esto dentro de un plazo de siete días
hábiles contados a partir del día en que reciban el documento.
En la sesión inmediata siguiente se presentará el acta final corregida
para que sea aprobada y suscrita entre los funcionarios presentes. En caso de
que no sea posible recoger alguna de las firmas correspondientes por no estar
presente el funcionario que debe firmar,
En todo caso, las actas firmadas quedarán a disposición de los restantes
miembros de
CAPITULO IV
COLABORACIÓN
DE LAS INSTITUCIONES
Artículo 16.—De la
colaboración. Con el objetivo de cumplir con lo dispuesto en el artículo 2°
quater de
a) participando en las comisiones o los grupos de trabajo, que de
conformidad con las áreas de sus respectivas competencias, se establezcan por
b) proporcionando la información requerida, para
efectos de la elaboración de los informes de resultados de la aplicación de los
acuerdos comerciales suscritos y vigentes que se realizan por
c) proporcionando la información requerida,
dentro de las competencias que le correspondan, por motivo de las
investigaciones que sobre temas de interés deba llevar a cabo
CAPITULO V
DISPOSICIONES VARIAS
Artículo 17.—De los
Recursos. Para el desempeño de su cometido
Artículo 18.—Normas Supletorias. En lo
no contemplado en este Decreto Ejecutivo,
Artículo 19.—Vigencia. El presente
reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez; El Ministro de
Hacienda, Guillermo Zúñiga Chaves; El Ministro de Economía, Industria y
Comercio, Marco Vargas Díaz; El Ministro de Agricultura y Ganadería, Javier
Flores Galarza;
Nº 90-H.—San
José, 4 de diciembre del 2007
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Considerando:
I.—Que el señor Guillermo Emilio Meléndez Valverde,
mayor de edad, vecino de Limón, Barrio Los Cangrejos, primera entrada segunda
casa, casa número setenta y tres, portador de la cédula de identidad número
siete-ciento cincuenta-trescientos ochenta y seis, presentó en fecha 17 de
agosto del 2007, solicitud a fin de que se le otorgue licencia para actuar como
Agente Aduanero, Persona Natural conforme lo dispuesto en el Código Aduanero
Uniforme Centroamericano (CAUCA), Ley Nº 8360 del 24 de junio 2003, publicado
en
II.—Que
III.—Que el gestionante
aportó los siguientes documentos de interés:
a) Solicitud de autorización para registrarse como Agente Aduanero
Independiente Persona Natural caucionado con la compañía Agencia Operadora
Logística Mundial, O.P.L. Sociedad Anónima (folios
01, 11, 22 y 23).
b) Documento de la compañía Agencia Operadora
Logística Mundial, O.P.L. Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-097482, suscrita por el señor Arnold
Vargas Herrera, en su condición de apoderado generalísimo sin limite de suma de
dicha sociedad, mediante el cual expresa la voluntad de inscribir al amparo de
la garantía que consta en el Registro de
c) Declaración jurada rendida por el señor
Guillermo Emilio Meléndez Valverde, ante la notaria pública Any
Clark Jiménez, en la que indica la ubicación de su domicilio, a saber Limón,
Barrio Los Cangrejos, primera entrada, segunda casa, casa número setenta y tres
(folio 6).
d) Copia certificada de
e) Fotocopia certificada de la cédula de
identidad (folios 8 y 9).
f) Fotocopia certificada del título de
Licenciado en Administración Aduanera otorgado al señor Guillermo Emilio
Meléndez Valverde por
g) Copia del Reporte de Cuotas Activas emitido
por
h) Certificación del Registro Judicial del Poder
Judicial, en donde se indica que no aparecen anotaciones a nombre del petente (folio 4).
i) Constancia emitida por el Colegio de
Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica, según la cual el señor
Meléndez Valverde es miembro activo, registrado en el Área de Administración de
Aduanas, y que. se encuentra al día en al pago de sus
obligaciones según
j) Certificación de personería emitida por el
notario público Ricardo Villalobos Arias en la cual consta que el señor Arnold Vargas Herrera, es presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin limite de suma de la compañía Agencia Operadora
Logística Mundial O.P.L Sociedad Anónima (folio 21).
IV.—Que
al entrar en vigencia el 19 de noviembre del 2003, el Segundo Protocolo de
Modificación del Código Aduanero Uniforme Centroamericano III, aprobado
mediante Ley Nº 8360 de fecha 24 de junio del 2003, publicada en
Lo cual se infiriere de las disposiciones
contenidas en los artículos 16 y 110, que señalan lo que de seguido se detalla:
“Articulo 16.—Agente Aduanero. El agente aduanero es el Auxiliar
autorizado para actuar habitualmente, en nombre de terceros en los trámites,
regímenes y operaciones aduaneras, en su carácter de persona natural, con las
condiciones y requisitos establecidos en este Código, Reglamento y la
legislación nacional.”
“Artículo 110.—Normas supletorias. En lo no previsto en el
presente Código y su Reglamento se estará a lo dispuesto por la legislación
nacional.”
Con fundamento en el artículo
anterior, la legislación nacional procedió a regular los requisitos mínimos y
las obligaciones que deben acatar las personas que en adelante pretendieran
ejercer la actividad de Agente Aduanero Persona Natural.
Por lo anterior,
“Artículo 29.—Requisitos generales. Para poder operar como
auxiliares, las personas deberán tener capacidad legal para actuar, estar
anotadas en el registro de auxiliares que establezca la autoridad aduanera,
mantenerse al día en el pago de sus obligaciones tributarias, cumplir los
requisitos estipulados en ésta Ley, sus Reglamentos y los que disponga la
resolución administrativa que los autorice como auxiliares.
El auxiliar que, luego
de haber sido autorizado, deje de cumplir algún requisito general o específico,
no podrá operar como tal hasta que demuestre haber subsanado el
incumplimiento.”
“Artículo 29 bis.—Impedimentos. No podrán ser auxiliares de la
función pública:
a) Los funcionarios y empleados del Estado o de sus instituciones
autónomas, semiautónomas y empresas públicas.
b) Las personas que estén inhabilitadas, por
sentencia judicial firme, para ejercer cargos públicos.”
“Artículo 34.—Requisitos. Además de los requisitos establecidos
en el artículo 29 de esta Ley, para ser autorizadas como agentes aduaneros, las
personas físicas requerirán haber obtenido al menos el grado universitario de
licenciatura en Administración Aduanera y contar con experiencia mínima de dos
araos en materia aduanera. Igualmente, podrán ser autorizadas personas con el
grado de licenciatura en Comercio Internacional, Derecho o Administración
Pública, previa aprobación de un examen de competencia en el área aduanera, que
el Ministerio de Hacienda deberá aplicar anualmente en coordinación con
Ninguna persona física
será autorizada, reconocida ni podrá ejercer la correduría aduanera ante el
Servicio Nacional de Aduanas, si no ha caucionado su responsabilidad con el
fisco.
a) Por la aduana en que se preste o se vaya a prestar el mayor
servicio, diez mil pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional.
b) Por las demás aduanas ante las cuales actúe o
vaya a actuar, no menos de cinco mil ni más de ocho mil pesos centroamericanos
o su equivalente en moneda nacional. En este caso, la fijación deberá contar
con la aprobación o el refrendo del Ministerio de Hacienda.
c) (DEROGADO, por el inciso b) del articulo 4 de
El monto de la caución o el
seguro será actualizado anualmente. Las cauciones deberán rendirse mediante los
siguientes instrumentos: cheque certificado, garantía de cumplimiento otorgada
por cualquiera de las entidades financieras registradas y controladas por
Asimismo, el Reglamento a
“Artículo 104.—Documentos adicionales que se deben presentar con la
solicitud. Las personas interesadas en que se les autorice como agente
aduanero, además de los documentos señalados en el artículo 78 de este
Reglamento, deberán adjuntar a la solicitud respectiva, original o fotocopia debidamente
certificada por notario público o de la institución de enseñanza respectiva,
del título académico de Licenciado en Administración Aduanera. Los funcionarios
públicos que cumplan los requisitos exigidos al efecto, podrán efectuar el
examen de competencia estando aún en funciones. En caso de aprobar el examen,
deberán renunciar a su cargo de previo a la autorización, para actuar como
agente aduanero. Además de los requisitos anteriores, los interesados deberán
presentar una Declaración Jurada que demuestre la experiencia mínima de dos
años en materia Aduanera.”
Que al entrar a regir el
CAUCA III antes citado, surgió la necesidad de adecuar la legislación aduanera
nacional a los nuevos requerimientos del mercado común centroamericano y de los
instrumentos de integración. Asimismo, es evidente que las reformas sufridas en
la legislación nacional referente a los requisitos que deben cumplir las
personas que soliciten ser autorizados como Agentes Aduaneros cumplen a
cabalidad con los lineamientos establecidos en los instrumentos
internacionales.
V.—Que el señor Guillermo Emilio Meléndez
Valverde ha cumplido a satisfacción con los requisitos que ordenan los
artículos 29 y 34 de
VI.—Que de
conformidad con lo establecido en los artículos 140 inciso 20) y 146 de
ACUERDAN:
Autorizar al señor Guillermo
Emilio Meléndez Valverde, de calidades indicadas, para actuar como Agente Aduanero
Persona Natural ante las aduanas Limón y Santamaría, en que se acredite a esos
efectos. Asimismo, se le indica que deberá cumplir con todas las obligaciones
legales y reglamentarias que el ejercicio de la función impone.
Rige a partir de su
publicación.
Comuníquese a
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo E. Zúñiga Chaves.—1
vez.—(6550).
N° 543-2007
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y
146, de
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N°
409-2000 de fecha 4 de diciembre del 2000, publicado en el Diario Oficial
II.—Que mediante documentos presentados los
días 26 de noviembre, 3 y 7 de diciembre del 2007, ante
III.—Que de conformidad con el artículo 30 inciso a) del Reglamento a
IV.—Que la instancia interna de
V.—Que la
empresa Exactus Software Development
S.R.L., rindió en su oportunidad el depósito de
garantía, el cual se encuentra vigente a la fecha.
VI.—Que se ha cumplido con el procedimiento de
Ley. Por tanto:
ACUERDAN:
1º—Aceptar la renuncia al Régimen de Zonas Francas
presentada por la empresa Exactus Software Development S.R.L.
2º—Se otorga a la empresa Exactus Software Development S.R.L., el plazo de
quince días hábiles a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo,
para que proceda con la liquidación de sus operaciones dentro del Régimen de
Zonas Francas. Una vez transcurrido dicho plazo, los bienes que no hayan salido
de sus instalaciones, conforme con los procedimientos aplicables, se
considerarán en estado de abandono a favor del Fisco.
3º—Rige a partir de su comunicación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(5518).
Nº 000927.—San José, a las
dieciséis horas treinta y seis minutos del día trece del mes de diciembre del
dos mil siete.
Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional
de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del
proyecto denominado “Corredor San José - San Ramón”.
Resultando:
1º—Mediante oficio N° 07/2407
de 6 de diciembre del 2007, remitido por el Departamento de Adquisición de
Bienes Inmuebles de
2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de
terreno equivalente a
3º—Constan en el expediente administrativo Nº
a) Plano Catastrado N° A-1199511-2007,
mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se
requiere del citado inmueble un área total de
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble;
c) Información básica sobre el propietario, la ubicación
y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere
obtener, y los bienes a valorar;
4º—En razón de lo anterior y
por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el
citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la
documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las
disposiciones contenidas en
En ese sentido
De conformidad con las disposiciones
normativas y con base, asimismo, en lo prescrito por los artículos 11, 129 y
140 de
a) Inscripción al Registro Público de
b) Naturaleza: Lote N°
22 B para construir.
c) Ubicación: Situado en el distrito 8º San
Rafael, cantón 1º Alajuela de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado
en el plano catastrado N° A-1199511-2007.
d) Propiedad:
e) De dicho inmueble se necesita un área total en
conjunto de
Además, conforme a lo
establecido por el artículo 20 de
Procedan las dependencias administrativas
competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda,
con sujeción a los plazos establecidos por
EL PRESIDENTE DE
Y
1º—Declarar de interés
público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de
2º—Ordénese mandamiento provisional de
anotación ante el Registro Público de
3º—Procedan las dependencias administrativas
competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la
adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos
fijados y en estricto apego a lo prescrito por
Notifíquese y publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
Nº 202-2007.—Ministerio
de Cultura y Juventud.—San José, a las trece horas diez minutos del día diez de
diciembre del año dos mil siete. Reelección de miembros de
Resultando:
1º—Que
2º—Que el Decreto Ejecutivo Nº 13611-C-H
del 4 de mayo de 1982, publicado en
3º—Que mediante resolución administrativa
Nº 146-2007 del 1º de noviembre del 2005, se reeligieron y agradecieron los
servicios prestados por los miembros de
Considerando único:
Que
1º—Reelegir como miembros de
1) Zaddie
María Cerdas Salazar, cédula de identidad Nº 2-196-927, en representación del
Instituto de Alajuela.
2) Luis Fernando
Sibaja Chacón, cédula de identidad Nº 9-003-122, en representación de
3) Chester
Zelaya Goodman, cédula de identidad Nº 8-024-523, en
representación del Ministerio de Cultura y Juventud.
4) José María Zonta
Arias, cédula de identidad Nº 1-676-890, en representación de
5) Marcelo Prieto
Jiménez, cédula de identidad Nº 2-283-288, en representación del Colegio
Universitario de Alajuela.
2º—Rige a partir del 4 de
diciembre del 2007 y por un período de dos años.
María Elena Carballo Castegnaro, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—(Solicitud Nº 35018).—C-27080.—(4886).
CONSEJO NACIONAL DE
VIALIDAD
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
RES-ODP-001-2008 (CD392-1999).—Órgano Director de Procedimiento.—Consejo de
Administración.—Consejo Nacional de Vialidad.—San José, a las ocho horas del veintidós
de enero de dos mil ocho.
Procedimiento administrativo
ordinario de cobro de pantalla indicadora de tarifas (display)
a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A. dentro de
la contratación directa Nº 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del
Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”.
Considerando:
I.—Mediante resolución número RES-06-121-2007 de las 15:45
horas del 5 de noviembre de 2007 el Consejo de Administración resolvió –entre otros– lo siguiente:
“(…)
1. Iniciar el presente procedimiento ordinario de cobro de pantalla
indicadora de tarifas (display) contra la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A. dentro de la contratación
directa Nº 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del Sistema
Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”.
2. Con el fin de sustanciar el presente
procedimiento, con total respeto a los derechos constitucionales de defensa y
debido proceso que asisten a todos los ciudadanos y de conformidad con lo
establecido en los artículos 308 y 319 de
6. Se nombra a
II.—Dada la imposibilidad de
notificar directamente dicha resolución a la empresa Telemóvil
de Costa Rica S. A., la misma se publicó los días 18, 21 y 22 de enero de 2008
en el Diario Oficial
III.—Inicialmente,
se había fijado el 7 de diciembre de 2007 para verificar la audiencia oral y
pública de este procedimiento, dados los inconvenientes de notificación de la
resolución número RES-06-121-2007. Por lo que los mismos días antes indicados,
apareció la resolución número RES-ODP-001-2007(CD392-1999) de las ocho horas
del 4 de diciembre de 2007, la cual fijó la fecha de la nueva audiencia para el
día 10 de diciembre de dos mil ocho, a las nueve horas, en el mismo lugar. No
obstante, la fecha correcta es el 28 de marzo de 2008. Por tanto,
EL ÓRGANO DIRECTOR DE
PROCEDIMIENTO, RESUELVE:
Corregir la resolución número
RES-ODP-001-2007(CD392-1999) de las ocho horas del 4 de diciembre de
Lic. Dixa
Córdoba Gómez, Órgano Director de Procedimiento.—(Solicitud
Nº 19540).—C-85100.—(5918).
INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL
DEPARTAMENTO DE GEODESIA Y
TOPOGRAFÍA
AVISO Nº 2008-001
ZONA MARÍTIMA TERRESTRE
Amojonamiento de zona
pública en un sector
entre Punta Pargos y Playa Lagartillo
De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 63 del Reglamento de
Sector costero entre Punta
Pargos y Playa Lagartillo
243 667 N - 335 287 E y 244 100 N - 335 200 E
(31 mojones, enumerados del 56 al 86)
En este sector están
incluidos dos sectores
de estero/manglar, que llevan la siguiente
numeración: del 61 al 66 y del 73 al 80.
Los datos técnicos oficiales
del trabajo han quedado registrados con el Nº 78-4, en el Registro de Zona
Marítima Terrestre del I.G.N.—San
José, 10 de enero del 2008.—Msc. Max
Lobo Hernández, Director General.—1 vez.—(6517).
DIVISIÓN DE CONTROL DE
CALIDAD Y
MACROEVALUACIÓN DEL
SISTEMA EDUCATIVO
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1 folio 323, Título N° 1949, emitido por el Liceo José Joaquín Vargas Calvo, en
el año dos mil seis, a nombre de Silvia Meoño Chaves.
Se solicita la reposición del título indicado cambio de apellidos, cuyo nombre
y apellidos correctos son: Silvia Jurburg Chaves. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada, “Rama Académica, Modalidad de Ciencias y Letras,
inscrito en el Tomo I, Folio 10, Título Nº 164, emitido por el Colegio San
Isidro, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Chaves Zamora Claribel. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo I, folio 159, título Nº 1589, emitido por el Colegio
de Limón Diurno, en el año dos mil tres, a nombre de Rodríguez Iglesias Dariana. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO
PARA
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición de título de Profesorado en Secretariado,
inscrito en el tomo 1, folio 70, asiento 1995, este título fue emitido por el Centro
de Investigación y Perfeccionamiento para
DIRECCIÓN NACIONAL DE
PENSIONES
En sesión celebrada en San
José a las diez horas del día 3 de octubre del 2007, se acordó conceder pensión
de gracia, mediante la resolución Nº JNPA-7941-2007, del día 3 de octubre del
2007, al señor Carranza Suárez Efraín, cédula de identidad Nº 2-161-699, vecino
de Alajuela, por un monto de sesenta y cuatro mil trescientos dieciséis colones
con cincuenta y un céntimos (¢64.316,51), de acuerdo al II semestre del 2007,
con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a
cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que
exista el contenido presupuestario correspondiente.—Lic.
Francis Zúñiga González, Director.—1 vez.—(6064).
DEPARTAMENTO DE
ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
De
conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y
Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social
denominada: Cooperativa de Servicios Múltiples de Puntarenas F. C., siglas
COOPFC R. L., en asamblea celebrada el 17 de setiembre del 2007. Resolución
1447. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de
Consejo
de administración:
Presidente Adrián Castro Velásquez
Vicepresidente Héctor Trejos
Benavides
Secretario Jorge Alarcon
Collignon
Vocal 1 Alejandra Ordóñez Lucovich
Vocal 2 Roberto Wong
Ordeñana
Suplente 1 Marco Vinicio Lucovich
Varela
Suplente 2 Pedro Emilio Quirós Vargas
Gerente: José Antonio Alvarado Badilla
San
José, 8 de enero del 2008.—Lic. Iris Garita Calderón,
Jefa a. í.—(4315).
De conformidad con la autorización extendida
por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se ha procedido a la
inscripción de la organización social denominada: Cooperativa de Productores de
Ropa y Afines R. L., siglas Coopemaqui R. L.,
acordada en asamblea celebrada el 21 de julio del 2007. Resolución 1448. En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de
CONSEJO DE ADMINISTRACION
Presidente: Marco
Vinicio Salas Rojas
Vicepresidente: Claudia
Rojas Matamoros
Secretario: Xinia Villegas Villegas
Vocal 1: Milena
Berrocal Rojas
Vocal 2: Ana
Cecilia Chacón Cambronero
Suplente 1: María
Canales Zúñiga
Suplente 2 Ana
Cristina Mena Soto
Gerente: Enrique
Sibaja Alpízar
San José, 8 de enero del 2008.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—(5437).
REGISTRO NACIONAL
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Cambio de nombre Nº 52630
Que la señora María del
Milagro Chaves Desanti, cédula Nº 1-626-794, en
concepto de apoderada general de International Jensen, Inc, solicitó a este
Registro se anote la inscripción del cambio de nombre, otorgado por International Jensen, Inc., de
Estados Unidos de América, por el de Recoton Audio Corporation de Estados Unidos de América. Solicitud
presentada a las 12:26 del 15 de enero del 2008, con respecto a la marca de
fábrica JENSEN (DISEÑO) en clase 9, Registro Nº 19341, inscrita el 24 de
setiembre de 1957. Publicar en
INSTITUTO
METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Exp.
12755.—Municipalidad de Turrialba solicita en
concesión
Exp. Nº 12749P.—Leonardo Arias
Fonseca, solicita concesión de:
Exp. 6520P.—Hotel Playa Carmel
Limitada S. A., solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº 12765-A.—Inmobiliaria Armaal S. A.,
solicita concesión de
Expediente Nº 12764-A.—Inversiones
Bogamur S. A., solicita concesión de
Expediente Nº 12762-P.—Inmobiliaria
Dolphins Cove E Y A S. A.,
solicita concesión de
Expediente Nº 12683P.—Gyen Adventure Properties S. A., solicita concesión de
Expediente Nº 12725-P.—Garuaba S. A., solicita
concesión de
Registro
Civil-Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este
Registro en diligencias de ocurso incoadas por
Porfirio Gómez Barquero, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 3001-2007.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas, treinta y dos
minutos del ocho de noviembre del dos mil siete. Ocurso.
Expediente Nº 12598-2007. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando:
I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...,
Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Kevin Steven Gómez Urbina..., en el sentido que los apellidos y
la nacionalidad de la madre de la persona ahí inscrita son “Picado Urvina” y “nicaragüense”, respectivamente y no como se
consignó, el de Fabián Jesús Gómez Urbina... y el de David José Gómez
Urbina..., en el sentido que los apellidos de la madre de las personas ahí
inscritas son “Picado Urvina” y como se
consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(6480).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Douglas Antonio Caracas Zapata, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3333-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas y diez minutos del veintisiete de noviembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 825-07. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Douglas Antonio Caracas Zapata con María Lidia Pereira Marín…, en el sentido que el apellido del cónyuge es “Caracas, no indica segundo apellido, hijo de Emilio Caracas Mairena”, y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(6508).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Rosa Elena Martínez Martínez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3508-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cinco minutos del tres de diciembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 25528-2007. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Pedro Antonio Prado Vindas con Rosa Elena Martínez Martínez, en el sentido que el apellido del padre de la cónyuge, así como el nombre y apellido de la madre de la misma son “Martínez, no indica segundo apellido” y “María Georgina Martínez, no indica segundo apellido”, respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(6551).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Abigail Herrera Tenorio, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3753-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas treinta minutos del once de diciembre del dos mil siete. Exp. Nº 29172-07. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, procédase a rectificar el asiento de matrimonio de José Joaquín Sergio Rodríguez Campos con Abigail Tenorio Elizondo, conocida como Herrera Tenorio... en el sentido que los apellidos de la cónyuge son “Herrera Tenorio, hija de Jorge Herrera Alfaro y Rosa Tenorio Elizondo, costarricenses”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(6626).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Rosa María Hernández no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3607-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas veinticinco minutos del cinco de diciembre del dos mil siete. Ocurso. Exp. Nº 24863-2007. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de matrimonio de Minor Eliécer Molina Miranda con Rosa María Hernández no indica otro apellido, en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de la cónyuge son “Lilliam del Carmen Hernández Arroz” y no como se consignaron.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 10734.—(7182).
CONSEJO NACIONAL DE
VIALIDAD
Cuadro Nº 16
Presupuesto Ordinario
Programa 1. Administración Superior
Justificación de partida
10400. Servicios de Gestión y Apoyo
Nombre de la contratación |
Justificación de la contratación |
Monto estimado a pagar en colones en el 2008 |
10401 |
|
15.000.000 |
RECURSOS HUMANOS |
|
|
Contratación de Servicios de Medicina de Empresa |
Brindar servicio de medicina de empresa para los funcionarios del CONAVI |
15.000.000 |
10402 |
|
1.000.000 |
LEGAL |
|
|
Registro de Elegibles de Profesionales en Derecho Litigantes |
En virtud de la pretensión por parte de esta
Dirección Jurídica de la conformación de un Registro de Elegibles de
Profesionales en Derecho Litigantes para conocer casos en |
1.000.000 |
10403 |
|
62.700.000 |
AUDITORIA |
|
|
Auditorias Técnicas selectivas de proyectos de conservación y construcción vial. |
No se dispone de personal especializado en esta
materia no obstante, el art.16 de Creación del CONAVI nos brinda la potestad para
contratar con terceros estos servicios. Además, durante el transcurso del año
podrían suscitarse disposiciones por parte de |
30.000.000 |
PLANEAMIENTO Y CONTROL |
|
|
Gerentes de proyecto |
Se requiere la contratación de al menos 3 Gerentes de
Proyecto para organizar y administrar los recursos involucrados en cada etapa
de proyecto, apropiándose del mismo desde que inicie hasta que finalice,
articulando las acciones de los diferentes involucrados para procurar
reducción en los plazos inherentes a |
30.000.000 |
Contratación de un asistente de ingeniería para la elaboración de las fichas técnicas de los proyectos del CONAVI, revisando planos, carteles, etc. |
Es preciso disponer de las fichas técnicas de los
proyectos que diseña y ejecuta el CONAVI. Esta importante tarea por las
limitaciones del recurso humano no pueden ser asumidas por funcionarios de |
2.700.000 |
10404 |
|
60.200.000 |
CONTABILIDAD |
|
|
Proceso de activos fijos, realización del levantamiento de inventarios de bienes en las regiones, actualización de los custodios en el SIBINET, levantamiento de inventario de terrenos expropiados y su inclusión en SIBINET, y cumplimiento de lo establecido en DECRETO 30720-H. |
Debido a que a la fecha, no existe personal suficiente para el cumplimiento establecido en DECRETO 30720-H. 1 Persona no es suficiente. El incumplimiento de la normativa implica sanciones y penalización a quien incumpla. |
12.000.000 |
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA |
|
|
Servicios de Auditoria Externa |
Con el fin de cumplir lo estipulado en el artículo 5
de |
7.000.000 |
PLANEAMIENTO Y CONTROL |
|
|
Marco Estratégico del CONAVI. Segunda Parte |
Actualmente se desarrolla la primera parte de |
40.000.000 |
TESORERÍA |
|
|
Personal de apoyo para el control y inclusión de facturas de combustibles |
Para Control de cuenta para combustibles y inclusión de facturas al sistema |
1.200.000 |
10405 |
|
78.100.000 |
AUDITORIA |
|
|
Auditoria en Tecnologías de Información |
Mediante Resolución R-CO-26-2007 publicada en |
5.000.000 |
INFORMÁTICA |
|
|
Dotar
a |
Se
requiere adquirir un sistema informático para |
19.350.000 |
Integración de sistemas |
Se requiere adquirir una solución informática que integre los diversos sistemas en producción del CONAVI. |
7.500.000 |
Dotar al CONAVI de un sistema integrado de administración para Proveeduría. |
El CONAVI requiere de sistemas Informáticos que apoyen la gestión realizada en el proceso de contratación y adjudicación de obras. |
3.750.000 |
Contratar los servicios de consultoría para realizar evaluaciones de Seguridad de la red Interna, Externa y otros servicios para los servidores del CONAVI. |
Para cumplir con la normativa de Control Interno y contar con un esquema de seguridad que controle eficientemente el acceso de Internet |
2.500.000 |
Dotar al CONAVI de un sistema de Gestión Vial el cual contemple el levantamiento de la información de la infraestructura vial. |
Para cumplir con el Plan Operativo Institucional. |
30.000.000 |
Dotar al CONAVI de un sistema de Gestión de documental. |
Para cumplir con el Plan Operativo Institucional. |
10.000.000 |
10499 |
|
29.800.000 |
INFORMÁTICA |
|
|
Implementación de Normas técnicas para la gestión y el control de las Tecnologías de Información |
Para cumplir con la normativa establecida por |
10.000.000 |
Digitalización de expedientes de las áreas de Proveeduría y Recursos Humanos. |
Para continuar con el proyecto de digitalización de
expedientes de |
15.000.000 |
RECURSOS HUMANOS |
|
|
Contratación de los servicios de un técnico en salud ocupacional |
Para
dar cumplimiento de |
4.800.000 |
Cuadro Nº 19
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
Presupuesto ordinario de egresos 2008
Programa 2. Conservación Vial
Justificación por partida
Miles de colones
CÓDIGO |
PARTIDA |
JUSTIFICACIÓN |
MONTO ¢ |
|
|
|
|
20301 |
MATER. Y PRODUCTOS METÁLICOS |
Compra de puentes modulares tipo Mabey
o similar, además de acero estructural y de refuerzo para poder solucionar
las emergencias presentadas en puentes
y estructuras mayores de |
3.000.300.000 |
20302 |
MATER Y PRODUCTOS MINERALES Y ASFÁLTICOS |
Se destina con el fin de suplir las emergencias que
se presentan en |
5.500.000 |
20303 |
MADERA Y SUS DERIVADOS} |
Para remplazar tablones de madera en mal estado de las estructuras de puentes que se mantienen con piso de madera |
400.000.000 |
20399 |
OTROS MATER. Y PROD. DE USO EN LA CONSTRUCCIÓN |
Para adquirir materiales varios para la construcción en las estructuras de puentes y estructuras mayores |
280.300.000 |
Cuadro Nº 20
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
PRESUPUESTO ORDINARIO
PROGRAMA 2. CONSERVACIÓN VIAL
Justificación de partida
10400. Servicios de Gestión y Apoyo
Nombre de la contratación |
Justificación de la contratación |
Monto estimado a pagar en colones en el 2008 |
10403 |
|
65.000.000 |
CONSERVACIÓN VIAL |
|
|
Servicios asistenciales y de soporte en ingeniera civil para el Director de Conservación Vial |
Supervisar, inspeccionar y administrar los proyectos fiscalizados
por |
65.000.000 |
10405 |
|
93.100.000 |
CONSERVACIÓN VIAL |
|
|
Dotar a |
Se requiere adquirir un sistema informático para |
19.350.000 |
Integración de sistemas |
Se requiere adquirir una solución informática que integre los diversos sistemas en producción del CONAVI. |
7.500.000 |
Dotar al CONAVI de un sistema integrado de administración para Proveeduría. |
El CONAVI requiere de sistemas Informáticos que apoyen la gestión realizada en el proceso de contratación y adjudicación de obras. |
3.750.000 |
Contratar los servicios de consultoría para realizar evaluaciones de Seguridad de la red Interna, Externa y otros servicios para los servidores del CONAVI. |
Para cumplir con la normativa de Control Interno y contar con un esquema de seguridad que controle eficientemente el acceso de Internet |
2.500.000 |
Dotar al CONAVI de un sistema de Gestión Vial el cual contemple el levantamiento de la información de la infraestructura vial. |
Para cumplir con el Plan Operativo Institucional. |
30.000.000 |
Dotar al CONAVI de un sistema de Gestión de documental. |
Para cumplir con el Plan Operativo Institucional. |
10.000.000 |
PESOS Y DIMENSIONES |
|
|
Servicio de escaneo |
Para contratar los servicios de escaneo así como para sistematizar los expedientes por el alto volumen de información y ante la necesidad de contar con una herramienta tecnológica que permita mayor eficiencia en la búsqueda de la información. |
20.000.000 |
10406 |
|
65.300.000 |
CONSERVACIÓN VIAL |
|
|
Contratación Servicios de Vigilancia, Limpieza, mensajería |
Brindar los Servicios de Seguridad y Vigilancia para las Oficinas del CONAVI, Estaciones de Pesaje, Servicios de traslado de Mensajería, y los Servicios de Limpieza para oficinas del CONAVI. |
65.000.000 |
PESOS Y DIMENSIONES |
|
|
Fumigación de oficinas centrales de Pesos y dimensiones |
Se requiere la fumigación de las oficinas centrales de Pesos y Dimensiones |
300.000 |
10499 |
|
602.400.000 |
PESOS Y DIMENSIONES |
|
|
Servicios de digitación |
Para contratar lo servicios de dos digitadores, para la emisión de permisos (modalidad pasante) |
2.400.000 |
Servicio de Pesaje Móvil |
Para controlar el peso vehicular en las carretera |
300.000.000 |
CONSERVACIÓN VIAL |
|
|
ASECAN |
Incluir actividades que los Proyectos de Conservación Vial no asumen tal como, limpieza de lotes baldíos del Estado, atención de Islas de autopistas, Mantenimientos de puentes peatonales y limpieza y sustitución de señales. |
300.000.000 |
CUADRO Nº 21
Consejo Nacional de Vialidad
Presupuesto Ordinario 2008
Programa 2 Conservación Vial
Subpartida 10802 Mantenimiento de Vías de Comunicación
Número de Contratación |
Nombre del Proyecto |
Monto Presupuestario 2008 ¢ |
SUBPARTIDA 10802 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE OBRAS |
|
|
Subtotal proyectos de Conservación Vial por 3 años (LP 01-2005) |
1.150.000.000,00 |
|
Por licitar |
Sellado de grietas y juntas en pavimentos de concreto hidráulico |
150.000.000,00 |
Por licitar |
Suministro y colocación de mezcla asfáltica en rutas nacionales |
50.000.000,00 |
Por licitar |
Mantenimiento de puentes en rutas nacionales |
200.000.000,00 |
Subtotal otros proyecto de Conservación Vial |
400.000.000,00 |
|
TOTAL SUBPARTIDA 10802 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE OBRAS |
1.550.000.000,00 |
|
|
|
|
SUBPARTIDA 50202 VÍAS DE COMUNICACIÓN TERRESTRE |
|
|
Por licitar |
Demarcación horizontal y vertical |
700.000.000,00 |
TOTAL SUBPARTIDA 50202 VÍAS DE COMUNICACIÓN TERRESTRE |
700.000.000,00 |
|
|
|
|
SUBPARTIDA 50204 OBRAS MARÍTIMAS Y PLUVIALES |
|
|
Por licitar |
Obras portuarias y pluviales |
50.000.000,00 |
TOTAL SUBPARTIDA 50204 OBRAS MARÍTIMAS Y PLUVIALES |
50.000.000,00 |
|
|
|
|
TOTAL PROYECTOS PROGRAMA 02 (Subpartidas 10802, 50202, 50204) |
2.300.000.000,00 |
CUADRO Nº 24
Consejo Nacional de Vialidad
Presupuesto Ordinario 2008
Programa 2 Conservación Vial
Detalle de Maquinaria, Equipo
y Mobiliario
NOMBRE DEL ACTIVO |
JUSTIFICACIÓN DE LA INCLUSIÓN |
COSTO TOTAL ¢ |
501 MAQUINARIA Y EQUIPO PARA MOBILIARIO |
|
|
50101 |
||
PESOS Y DIMENSIONES |
||
Planta de Emergencia |
Para Dar mantenimiento a las romanas que se ubican en las estaciones fijas, así como las romanas portátiles |
15.000.000,00 |
50102 |
||
EQUIPO DE TRANSPORTE |
||
CONSERVACIÓN VIAL |
||
Camión Grúa |
Para Garantizar una eficiente y rápida acción a la hora en que se presenta una emergencia en alguno de los puentes o estructuras mayores de la red vial nacional. Con la adquisición de este camión podrá darse atención a estas obras sin necesidad de recurrir a una contratación, lo que conlleva a un ahorra para la administración |
50.000.000,00 |
PESOS Y DIMENSIONES |
||
Vehiculo |
Para la compra de un vehículo que será utilizado en las funciones de esta dependencia en atención a operativos con otros entes relacionados con la materia así como otras gestiones propias de las jefaturas |
15.000.000,00 |
50103 |
||
EQUIPO DE COMUNICACIÓN |
||
PESOS Y DIMENSIONES |
||
Teléfonos Analógicos |
Para acondicionar las estaciones de trabajo así como la necesidad de comunicación con todos los servicios |
125.000,00 |
Fax |
Para tener comunicación mas directa con las Estaciones de Pesaje de Esparza y Siquirres |
200.000,00 |
Teléfono Celular |
Para tener comunicación directa con los superiores en las gestiones en que se requiera pronta atención |
200.000,00 |
50107 |
||
EQUIPO Y MOBILIARIO EDUCACIONAL DEPORTIVO Y RECREATIVO |
||
PESOS Y DIMENSIONES |
||
Pizarra de Corcho |
Se requiere para que los usuarios del servicio
revisen los comunicados de |
60.000,00 |
50199 |
||
MAQUINARIA Y EQUIPO DIVERSO |
||
Romanas portátiles |
Se requiere la compra de dos romanas que se ubicarán en el Proceso de Diagramación y Pesaje, en estos momentos no contamos con las propias |
24.000.000,00 |
Refrigeradoras |
Para uso de los funcionarios en el área de comedor de las oficinas centrales y Estaciones de Siquirres y Esparza |
600.000,00 |
Extintores |
Se requiere la compra de utilizado en el caso eventual de que ocurra un percance |
700.000,00 |
CUADRO Nº 26
Consejo Nacional de Vialidad
Presupuesto Ordinario 2008
Programa: 3 Subpartida 10400 Servicios de Gestión y Apoyo
Nombre de la contratación |
Justificación de la contratación |
Monto estimado a pagar en colones en el 2008 |
10403 |
SERVICIOS DE INGENIERÍA |
|
|
|
500.000.000,00 |
Contratación de servicios para apoyo a la fiscalización de proyectos específicos. |
|
500.000.000,00 |
CONSULTORÍA DE INGENIERÍA |
|
753.250.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para la elaboración de planos catastro para el proyecto: Mejoramiento de las Rutas Nacionales Nos. 145 y 606, secciones: Quebrada Grande-El Dos de Tilarán-Santa Elena Monteverde (Trabajos Finales). Licitación Pública No. 023-2004. |
Contratación de servicios profesionales para la elaboración de planos catastro. |
15.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales en topografía
para |
Contratación de servicios profesionales en topografía. |
48.250.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el
diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos constructivos,
especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento
vial horizontal y vertical y presupuesto para el Proyecto: Mejoramiento de
|
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
50.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el
diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro,
planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo,
propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto del siguiente
proyecto: Mejoramiento de |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
50.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el
diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de : planos catastro,
planos constructivos, especificaciones técnicas programa de trabajo,
propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto del Mejoramiento
de |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
20.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el
diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro,
planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo,
propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto del siguiente
proyecto: Mejoramiento de |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
20.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el
diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro,
planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo,
propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto del siguiente
proyecto: Mejoramiento de |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
30.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto del siguiente proyecto: Mejoramiento de las Rutas Nacionales Nos. 218 y 401, sección: Rancho Redondo-Llano Grande-Tierra Blanca |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
20.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el
diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro,
planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo,
propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto del siguiente
proyecto: Mejoramiento de |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
30.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el
diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro,
planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta
de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto del siguiente proyecto: Mejoramiento
de |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
20.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para la elaboración de planos catastro para el proyecto: Mejoramiento Ruta Nacional No. 606, sección: Los Ángeles-Santa Elena. |
Contratación de servicios profesionales para la elaboración de planos catastro. |
10.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para la elaboración de planos catastro y el diseño de las aproximaciones al Puente sobre el Río Banano, Ruta Nacional No. 36. Licitación por Registro No. 43-2001 |
Contratación de servicios profesionales para la elaboración de planos catastro y el diseño de las aproximaciones al Puente. |
10.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para la elaboración de planos catastro y el diseño de las aproximaciones al Puente sobre el Río Barranca, Ruta Nacional No. 1, Carretera Interamericana Norte. Licitación por Registro No. 050-2001. |
Contratación de servicios profesionales para la elaboración de planos catastro y el diseño de las aproximaciones. |
10.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para la
elaboración de planos catastro para el proyecto: Mejoramiento de |
Contratación de servicios profesionales para la elaboración de planos catastro. |
15.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para la
elaboración de planos catastro para el proyecto: Mejoramiento de |
Contratación de servicios profesionales para la elaboración de planos catastro. |
15.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para la
elaboración de planos catastro para el proyecto: Mejoramiento de |
Contratación de servicios profesionales para la elaboración de planos catastro. |
15.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para la
elaboración de planos catastro para el proyecto: Mejoramiento de |
Contratación de servicios profesionales para la elaboración de planos catastro. |
10.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para la
elaboración de planos catastro para el proyecto: Mejoramiento de |
Contratación de servicios profesionales para la elaboración de planos catastro. |
15.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto del siguiente proyecto: Mejoramiento de las Rutas Nacionales Nos. 931, 150, 906 y 929, sección: Santa Cruz-Santa Bárbara-Corralillo-Puerto Humo. |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
20.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el
diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro,
planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta
de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto del siguiente proyecto: Mejoramiento
de |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
5.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el
diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro,
planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo,
propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto del siguiente
proyecto: Construcción de |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
5.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para la
definición del programa de mantenimiento periódico y rutinario de la
estructura para el proyecto: Mantenimiento periódico y rutinario del Puente
|
Contratación de servicios profesionales para la definición del programa de mantenimiento periódico y rutinario de la estructura. |
5.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para el Mejoramiento Ruta Nacional No 1, Sección Barranca-Peñas Blancas. |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
50.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el
diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de: planos catastro,
planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta
de señalamiento vial horizontal y vertical y presupuesto para el Mejoramiento
de |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
20.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el
diseño del Mejoramiento de |
Contratación de servicios profesionales. |
50.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el
diseño de la obra en el tramo comprendido entre la intersección de |
Contratación de servicios profesionales. |
45.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el diseño
geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos
constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de
señalamiento horizontal y vertical y presupuesto del siguiente proyecto: Mejoramiento
de |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
10.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el
diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro,
planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta
de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto del siguiente proyecto:
Mejoramiento de |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
10.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el
diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro,
planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo,
propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto del siguiente
proyecto: Mejoramiento de |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
20.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el
diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro,
planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo,
propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto del siguiente
proyecto: Mejoramiento de |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
20.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el
diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro,
planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo,
propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto del siguiente
proyecto: Mejoramiento de |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
30.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto del siguiente proyecto: Construcción Radial Alterna a Escazú |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
5.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el diseño
geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos
constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de
señalamiento horizontal y vertical y presupuesto del siguiente proyecto: Mejoramiento
de |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
10.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el
diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro,
planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo,
propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto del siguiente
proyecto: Mejoramiento de |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
5.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el diseño
geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos
constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de
señalamiento horizontal y vertical y presupuesto del siguiente proyecto: Mejoramiento
de |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
30.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el
diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro,
planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta
de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. Incluye diseño de
estructura de drenaje sobre |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
5.000.000,00 |
Contratación de servicios profesionales para el
diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos
constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de
señalamiento horizontal y vertical y presupuesto del siguiente proyecto:
Mejoramiento de |
Contratación de servicios profesionales para el diseño geométrico, diseño de pavimentos y elaboración de planos catastro, planos constructivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo, propuesta de señalamiento horizontal y vertical y presupuesto. |
5.000.000,00 |
10405 |
SERVICIO DE DESARROLLO SISTEMAS INFORMÁTICOS |
42.500.000,00 |
|
INFORMÁTICA |
42.500.000,00 |
Contratar los servicios de consultoría para realizar evaluaciones de Seguridad de la red Interna, Externa y otros servicios para los servidores del CONAVI. |
Para cumplir con la normativa de Control Interno y contar con un esquema de seguridad que controle eficientemente el acceso de Internet |
2.500.000,00 |
Dotar al CONAVI de un sistema de Gestión Vial el cual contemple el levantamiento de la información de la infraestructura vial. |
Para cumplir con el Plan Operativo Institucional. |
30.000.000,00 |
Dotar al CONAVI de un sistema de Gestión de documental. |
Para cumplir con el Plan Operativo Institucional. |
10.000.000,00 |
10406 |
SERVICIOS GENERALES |
47.000.000,00 |
|
|
12.000.000,00 |
Seguridad |
Vigilancia |
12.000.000,00 |
|
|
35.000.000,00 |
Contratación Servicios de Vigilancia, Limpieza, mensajería |
Brindarlos servicios de Seguridad y Vigilancia para |
35.000.000,00 |
10499 |
OTROS SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO |
2.038.000.000,00 |
|
INGENIERÍA |
25.000.000,00 |
Contratar 1 (un) asistente administrativo que se encargue de las labores que se relacionen a la elaboración de presupuestos, informes y controles varios, todos de índole administrativa. |
Elaboración y seguimiento de los diversos informes
administrativos que solicitan las respectivas dependencias presupuestarias y
otras afines a este Consejo (MIDEPLAN, STAP, Ministerio de Hacienda y |
4.200.000,00 |
Contratar 2 (dos) inspectores de campo que refuerce el equipo de costos. |
Toma de rendimientos reales en campo para retroalimentación del sistema de costos, actualizar e inventario de fuentes de materiales, plantas de mac, otros proveedores |
16.800.000,00 |
Apoyo técnico para actualización de bases de datos del Sistema de Control de Costos |
Asistencia en |
4.000.000,00 |
|
|
2.010.000.000,00 |
Relocalización de servicios públicos |
Se requiere para la ejecución del proyecto |
2.000.000.000,00 |
Consultoría de apoyo en la gestión administrativa |
|
10.000.000,00 |
|
|
3.000.000,00 |
Apoyo administrativo |
Se requiere apoyo administrativo en la oficina de campo de la Unidad Ejecutora. |
3.000.000,00 |
CUADRO Nº 34
Consejo Nacional de Vialidad
Presupuesto Ordinario 2008
Programa 4 Operación e Inversión en Vías de Peaje
Justificación de partida
10400. Servicios de Gestión y Apoyo
Nombre de la contratación |
Justificación de la contratación |
Monto estimado a pagar en colones en el 2008 |
10400 |
|
73.100.000 |
10405 |
|
73.100.000 |
Dotar a |
Se requiere adquirir un sistema informático para |
19.350.000 |
Integración de sistemas |
Se requiere adquirir una solución informática que integre los diversos sistemas en producción del CONAVI. |
7.500.000 |
Dotar al CONAVI de un sistema de Control de Proveedores. |
El CONAVI requiere de sistemas Informáticos que apoyen la gestión realizada en el proceso de contratación y adjudicación de obras. |
3.750.000 |
Contratar los servicios de consultoría para realizar evaluaciones de Seguridad de la red Interna, Externa y otros servicios para los servidores del CONAVI. |
Para cumplir con la normativa de Control Interno y contar con un esquema de seguridad que controle eficientemente el acceso de Internet |
2.500.000 |
Dotar al CONAVI de un sistema de Gestión Vial el cual contemple el levantamiento de la información de la infraestructura vial. |
Para cumplir con el Plan Operativo Institucional. |
30.000.000 |
Dotar al CONAVI de un sistema de Gestión de documental. |
Para cumplir con el Plan Operativo Institucional. |
10.000.000 |
CUADRO Nº 36
Consejo Nacional de Vialidad
Presupuesto Ordinario 2008
Programa 4 Operación e Inversión en Vías de Peaje
Detalle de Proyectos
Número de Contratación |
Provincia |
Cantón |
Nombre del Proyecto |
Monto Presupuestario 2008 |
SUBPARTIDA 50202 VÍAS DE COMUNICACIÓN TERRESTRE |
|
|||
Por licitar |
San José |
Central |
Puente Peatonal Ruta Nacional No. 1 Frente al Hotel Irazú (Autopista General Cañas |
170.000.000,00 |
Por licitar |
Cartago |
Tres Ríos |
Puente Peatonal Ruta Nacional San Vicente de tres Ríos (Florencio del Castillo) |
140.000.000,00 |
Por licitar |
Limón |
Pococí |
Puente Peatonal Ruta Nacional No.32 Frente a la entrada a Guápiles (Autopista Braulio Carrillo) |
140.000.000,00 |
Por licitar |
San José |
Central |
Construcción y mejoras en Estación de Peaje Autopista General Cañas |
30.000.000,00 |
Por licitar |
Alajuela |
Río Segundo |
Construcción y mejoras en Estación de Peaje Autopista Bernardo Soto |
30.000.000,00 |
LR-44-2005 |
San José |
Tibás |
Reforzamiento de dovela del puente sobre el Río Virilla, Ruta Nacional No. 32, Carretera Braulio Carrillo. |
47.000.000,00 |
TOTAL SUBPARTIDA 50202 VÍAS DE COMUNICACIÓN TERRESTRE |
557.000.000,00 |
CUADRO Nº 37
Consejo Nacional de Vialidad
Presupuesto Ordinario 2008
Programa 4 Operación e Inversión en Vías de Peaje
Detalle de proyectos por
Estación de Peaje
Número de Contratación |
Nombre del Proyecto |
Monto Presupuestario 2008 ¢ |
|
|
|
SUBPARTIDA 50202 VÍAS DE COMUNICACIÓN TERRESTRE |
|
|
Por licitar |
Puente Peatonal Ruta Nacional San Vicente de tres Ríos (Florencio del Castillo) |
140.000.000,00 |
Por licitar |
Puente Peatonal Ruta Nacional No.32 Frente a la entrada a Guápiles (Autopista Braulio Carrillo) |
140.000.000,00 |
Por licitar |
Construcción y mejoras en Estación de Peaje Autopista General Cañas |
30.000.000,00 |
Por licitar |
Construcción y mejoras en Estación de Peaje Autopista Bernardo Soto |
30.000.000,00 |
Por licitar |
Construcción y mejoras en Estación de Peaje Autopista Próspero Fernández |
30.000.000,00 |
Por licitar |
Construcción de las obras de estabilización de
deslizamientos en |
280.000.000,00 |
LP03 |
Señalamiento Vial Horizontal con pintura y capataluces en Rutas Nacionales en todo el país |
100.000.000,00 |
TOTAL SUBPARTIDA 50202 VÍAS DE COMUNICACIÓN TERRESTRE |
750.000.000,00 |
|
|
|
|
TOTAL PROYECTOS PROGRAMA 02 (Subpartidas 10802, 50202, 50204) |
750.000.000,00 |
Suministro y Proveeduría.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 19539).—C-1231030.—(5880
VICERRECTORÍA DE DESARROLLO
Dirección programa anual
de adquisiciones periodo 2008
En cumplimiento con lo que
establece el artículo 6º de
Heredia, 23 de enero del 2008.—Proveeduría Institucional.—Dra. Ada Cartín Brenes,
Directora.—1 vez.—(6542).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE
LIMÓN
Plan de compras 2008
Descripción Total ¢
SERVICIOS 115.880.582,50
ALQUILERES 34.127.253,02
Alquiler de edificios, locales y terrenos 33.730.503,02
Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario 396.750,00
SERVICIOS BÁSICOS 11.159.881,84
Servicio de agua y alcantarillado 250.000,00
Servicio de energía eléctrica 5.021.000,00
Servicio de correo 25.000,00
Servicio de telecomunicaciones 5.404.689,84
Otros servicios básicos 459.192,00
SERVICIOS COMERCIALES Y FINANCIEROS 17.988.100,00
Información 2.740.100,00
Publicidad y propaganda 12.000.000,00
Impresión, encuadernación y otros 2.249.000,00
Comisiones y gastos por servicios
financieros y comerciales 999.000,00
SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO 31.219.242,24
Servicios generales 15.219.242,24
Otros servicios de gestión y apoyo 16.000.000,00
GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE 9.387.896,40
Transporte dentro del país 387.896,40
Viáticos dentro del país 9.000.000,00
SEGUROS,
REASEGUROS Y OTRAS
OBLIGACIONES 6.999.999,00
Seguros 6.999.999,00
CAPACITACIÓN Y PROTOCOLO 3.560.671,20
Actividades de capacitación 1.457.500,00
Actividades protocolarias y sociales 2.103.171,20
MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN 1.437.438,80
Mantenimiento de edificios y locales 390.610,00
Mantenimiento y reparación de equipo de transporte 746.828,80
Mantenimiento y reparación de equipo
y mobiliario de oficina 300.000,00
SERVICIOS DIVERSOS 100,00
Deducibles 100,00
MATERIALES
Y SUMINISTROS 27.925.000,00
PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS 15.510.000,00
Combustibles y lubricantes 6.510.000,00
Tintas, pinturas y diluyentes 9.000.000,00
MATERIALES
Y PRODUCTOS DE USO EN
Materiales
y productos metálicos 225.000,00
Madera y sus derivados 90.000,00
Materiales y productos eléctricos, telefónicos
y de cómputo 600.000,00
Descripción Total ¢
HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y ACCESORIOS 1.450.000,00
Herramientas e instrumentos 450.000,00
Repuestos y accesorios 1.000.000,00
ÚTILES,
MATERIALES Y SUMINISTROS
DIVERSOS 10.050.000,00
Útiles
y materiales de oficina y cómputo 2.000.000,00
Productos de papel, cartón e impresos 4.500.000,00
Textiles y vestuario 225.000,00
Útiles y materiales de limpieza 1.800.000,00
Útiles y materiales de cocina y comedor 225 000,00
Otros útiles, materiales y suministros 1.300.000,00
BIENES
DURADEROS 36.981.456,36
MAQUINARIA,
EQUIPO Y MOBILIARIO 36.981.456,36
Equipo
de transporte 500.000,00
Equipo y mobiliario de oficina 5.314.613,76
Equipo y Programas de Computo 15.191.550,60
Equipo y mobiliario educacional, deportivo
y recreativo 15.975.292,00
Limón, 25 de enero del 2008.—Proveeduría-Bodega.—Nancy Hewitt
Hines.—1 vez.—(6553).
ÁREA DE SALUD N° 5, BARRANCA, PUNTARENAS
SUBÁREA DE GESTIÓN DE BIENES
Y SERVICIOS
PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS
2008
Unidad Ejecutora: 2590
Código pre- Valor
supuestario Descripción estimado
210 SERVICIOS NO
PERSONALES
2112 Información 390.000,00
2114 Impresión,
encuadernación y otros 1.050.000,00
2122 Telecomunicaciones 4.200.000,00
2124 Servicios
de correo 250.000,00
2126 Energía
eléctrica 31.564.822,00
2128 Servicios
de agua 4.500.000,00
2130 Otros
servicios públicos 660.000,00
2131 Actividades
de capacitación 2.250.000,00
2134 Gastos
viajes dentro país 5.650.000,00
2140 Transporte
y fletes en el país 7.800.000,00
2141 Transportes
de bienes 1.700.000,00
2142 Seguro
de daños 1.250.000,00
2144 Seguro
riesgos 2.771.500,00
2146 Comis.
y otros cargos 60.000,00
2150 Conf.
repar. vest. 200.000,00
2151 Mantenim. instalac.
otras obras 4.800.000,00
2152 Mantenim. rep.
maq. y
equipo of. 5.500.000,00
2153 Mant. rep.
equipo por terceros 3.500.000,00
2154 Mantenim. rep.
maq. y
equipo 10.000.000,00
2156 Mant. repar.
ed. t. 25.000.000,00
2157 Mant. rep.
equipo comunicaciones 500.000,00
2159 Mant. rep.
equipo de cómputo 500.000,00
2184 Traslados 5.000.000,00
2186 Hospedajes 35.000,00
2191 Contrato
de limpieza edificios 22.000.000,00
2193 Cont.
serv. mantenim. zonas verdes 2.500.000,00
2199 Otros
serv. no personales 12.100.000,00
220 MATERIALES Y
SUMINISTROS
2201 Combus. maq.
equipo 100.000,00
2203 Medicinas 1.200.000,00
2205 Otros
prod. químicos y conexos 12.000.000,00
2206 Tintas,
pinturas y diluyentes 11.800.000,00
2207 Textiles
y vestuarios 9.000.000,00
2209 Llantas
y neumáticos 1.000.000,00
2210 Productos
papel y cartón 6.000.000,00
2211 Impresos
y otros 1.500.000,00
2212 Materiales
producción metal 2.000.000,00
Código pre- Valor
supuestario Descripción estimado
2213 Alimentos
y bebidas 2.520.000,00
2214 Maderas
y sus derivas 1.000.000,00
2215 Otros
mat. y prod.
uso en const. 2.000.000,00
2216 Mat.
y pro. elect. telef. y cómp. 2.000.000,00
2217 Instrumentos
y herramientas 260.000,00
2218 Mat.
y productos de vidrio 500.000,00
2219 Instrum. médicos y laboratorio 7.000.000,00
2220 Mat.
y productos de plástico 550.000,00
2221 Repuestos
equipo de transporte 2.000.000,00
2223 Otros
repuestos 7.000.000,00
2225 Útiles
y materiales de oficina 4.000.000,00
2227 Útiles
y materiales de limpieza 5.000.000,00
2228 Útiles
y mater. de resguardo y seg. 1.500.000,00
2229 Envases
y empaques med. 2.000.000,00
2231 Útiles
cocina y comedor 315.000,00
2233 Otros
útiles y materiales 2.330.000,00
2241 Combust. equip.
transporte 5.000.000,00
2243 Lubric. grasa eq.
transporte 510.000,00
220 MATERIALES Y
SUMINISTROS
2254 Medicinas 143.000.000,00
2256 Prod. quim.
laboratorio y reactivos 48.000.000,00
2258 Textiles
y vestuario 1.500.000,00
2261 Productos
papel y cartón 3.000.000,00
2262 Impresos
y otros 3.000.000,00
2270 Instrum. médico y laboratorio 33.000.000,00
2280 Envases
y empaques medicina 2.000.000,00
2284 Otros
útiles y materiales 600.000,00
230 MAQUINARIA Y
EQUIPO
2320 Equipo médico y
laboratorio 10.000.000,00
2340 Eq. para comunicaciones 300.000,00
2390 Equipos
varios 2.000.000,00
2392 Piezas
y obras de colección 1.700.000,00
2510 Construcción
módulo administrativo 170.000.000,00
2310 Mobiliario
para módulo administrativo 40.000.000,00
Barranca, 21 de enero del
2008.—Alejandra López Bonilla, Coordinadora a. í.—1
vez.—(5512).
REGIÓN HUETAR ATLÁNTICA
HOSPITAL DE GUÁPILES
Msc. Lorna Campbell
Bryan, Directora Administrativa y Financiera.—1 vez.—(5938).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN REGIONAL
Y RED DE SERVICIOS DE SALUD CHOROTEGA
UNIDAD PROGRAMÁTICA 2599
PROGRAMA DE ADQUISICIONES
AÑO 2008
En cumplimiento con lo
normado en los artículos 6 de
Liberia, 23 de enero del 2008.—Dr. Luis Fernando Ortega Canales, Director de Gestión
Regional.—1 vez.—(6063).
ÁREA DE SALUD ABANGARES
REGIÓN CHOROTEGA
PLAN ANUAL DE COMPRAS 2008
A los interesados en obtener
el Plan Anual de Compras del Área de Salud Abangares para el año 2008, se les
comunica que éste se encuentra disponible en la página de
Abangares, 23 de enero del
2008.—Lic. José A. León Aguilar, Administrador.—1 vez.—(6471).
ÁREA DE SALUD HEREDIA-VIRILLA
DIRECCIÓN DE GESTIÓN REGIONAL
Y RED DE SERVICIOS DE SALUD
CENTRAL NORTE
PROGRAMACIÓN ANUAL DE COMPRAS
DE BIENES Y SERVICIOS AÑO 2008
Vea detalles y mayor
información en http://www.ccss.sa.cr
Específicamente en Enlaces,
Transparencia, Contratación y Otros.
En caso de alguna consulta favor
comunicarse a los teléfonos: 260-1244 / 260-6463, ext.
123 con Sr. Rolando Rojas Umaña, Encargado de Contratación Administrativa.
Heredia, Guararí, 25 de enero
del 2008.—Lic. Mayra Arce Miranda, Administradora.—1 vez.—(6519).
CLÍNICA
U.P. 2255
Programa de compra de
bienes y servicios 2008
En cumplimiento con lo
establecido en el artículo 7 del Reglamento a
Asignación
Partida Descripción original
2152 Mant. y reparación eq. oficina 257.500,00
2154 Mant. y reparación maq. y equipo 1.120.000,00
2159 Mant. y reparación eq. cómputo 720.000,00
2203 Medicinas 650.000,00
2205 Otros
productos químicos y conexos 382.000,00
2206 Tintas
pinturas y diluyentes 278.000,00
2210 Productos
de papel y cartón 475.500,00
2211 Impresos
y Otros 132.000,00
2219 Instrumental
médico y laboratorio 1.885.000,00
2223 Otros
repuestos 670.000,00
2225 Útiles
y materiales de oficina 330.000,00
2227 Útiles
y materiales de limpieza 283.000,00
2229 Envases
y empaques médicos 687.000,00
2310 Equipo
de oficina 360.000,00
2315 Equipo
de cómputo 1.680.000,00
2320 Equipo
médico y de laboratorio 240.000,00
2360 Maquinaria
y equipo de talleres 100.000,00
2390 Equipos
varios 1.900.000,00
Fuente de financiamiento:
presupuesto ordinario 2008.
Período estimado inicio de compras:
primer semestre 2008.
Alajuela, 24 de enero del
2008.—Administración.—Norman Sánchez Castillo,
Administrador.—1 vez.—(6577).
Y ALCANTARILLADOS
Programa anual de compras
para el año 2008
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica
Nº 4-000-042138, comunica que a partir de la presente publicación se encuentra
disponible en la dirección www.aya.go.cr el programa
anual de compras para el año 2008. Las eventuales modificaciones serán incluidas
en el mismo sitio.
San José, 25 de enero del
2008.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1
vez.—(6541).
PROGRAMA DE ADQUISICIONES
PARA EL AÑO 2008
En cumplimiento con el
artículo 6º de
En lo sucesivo toda modificación a ese
programa se publicará en la página electrónica indicada.
Moravia, 24 de enero del 2008.—Sección de Proveeduría.—Lic. Inés Vázquez Sánchez, Jefa.—1 vez.—(6490).
MUNICIPALIDAD DE NICOYA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
PLAN ANUAL DE COMPRAS
Se les comunica a todos los
interesados en obtener el Plan Anual de Compras de
Nicoya, Guanacaste, 21 de
enero del 2008.—Lic. Sully
Obando Villegas, Proveedora Municipal.—1 vez.—(5513).
BN VALORES PUESTO DE BOLSA S.
A.
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
PRESUPUESTO PARA
ADQUISICIONES 2008
En cumplimiento con lo establecido en el artículo 6 de
Cuenta Presup. |
Tipo de bien, servicio u obra por contratar |
Monto estimado (miles de colones) |
Período estimado de inicio del procedimiento de contratación administrativa |
Fuente de financiamiento |
|
SERVICIOS |
|
|
|
1.01.01 |
Alquiler de edificios, locales y terrenos |
166,157.37 |
I y II semestre |
Recursos propios |
1.01.99 |
Otros Alquileres |
50,208.00 |
I y II semestre |
Recursos propios |
1.03.02 |
Publicidad y propaganda |
91,200.00 |
I y II semestre |
Recursos propios |
1.04.02 |
Servicios jurídicos |
1,560.00 |
I y II semestre |
Recursos propios |
1.04.04 |
Servicios en ciencias económicas y sociales |
85,777.99 |
I y II semestre |
Recursos propios |
1.05.01 |
Transporte dentro del país |
3,000.00 |
I y II semestre |
Recursos propios |
1.05.02 |
Viáticos dentro del país |
5,000.00 |
I y II semestre |
Recursos propios |
1.05.03 |
Transporte en el exterior |
9,380.00 |
I y II semestre |
Recursos propios |
1.05.04 |
Viáticos en el exterior |
8,000.00 |
I y II semestre |
Recursos propios |
1.07.01 |
Actividades de capacitación |
34,200.00 |
I y II semestre |
Recursos propios |
1.07.02 |
Actividades protocolarias y sociales |
59,760.00 |
I y II semestre |
Recursos propios |
1.08.01 |
Mantenimiento de edificios y locales |
17,300.00 |
I y II semestre |
Recursos propios |
1.08.07 |
Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina |
4,200.00 |
I y II semestre |
Recursos propios |
1.08.08 |
Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas de información |
28,753.70 |
I y II semestre |
Recursos propios |
1.08.99 |
Mantenimiento y reparación de otros equipos |
4,200.00 |
I y II semestre |
Recursos propios |
|
MATERIALES Y SUMINISTROS |
|
|
|
2.01.01 |
Combustibles y lubricantes |
6,350.00 |
I y II semestre |
Recursos propios |
2.01.01 |
Alimentos y bebidas |
960.00 |
I y II semestre |
Recursos propios |
2.99.01 |
Útiles y materiales de oficina y cómputo |
73,780.00 |
I y II semestre |
Recursos propios |
|
BIENES DURADEROS |
|
|
|
5.01.02 |
Equipo de transporte |
2,000.00 |
I y II semestre |
Recursos propios |
5.01.04 |
Equipo y mobiliario de oficina |
45,300.00 |
I y II semestre |
Recursos propios |
5.01.05 |
Equipo y programas de cómputo |
333,207.00 |
I y II semestre |
Recursos propios |
5.02.99 |
Otras construcciones y mejoras |
30,000.00 |
I y II semestre |
Recursos propios |
San José, 22 de enero del
2008.—Lic. Carlos Zamora Quesada, Gerente
Administrativo Financiero.—1 vez.—(6054).
POPULAR SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN S. A.
PRESUPUESTO PARA
ADQUISICIONES 2008
En cumplimiento con lo
establecido en el artículo 6 de
Monto
estimado
Ítem Descripción (en miles)
1. Servicios Información,
publicidad y propaganda, impre-
Comerciales y financieros: sión, encuadernación y otros, comisiones y
gastos por servicios financieros y comerciales. 261,793
De gestión y apoyo: Servicios
jurídicos, en ciencias económicas y
sociales, generales y otros de gestión de apoyo. 100,664
Capacitación y protocolo: Actividades
de capacitación, protocolarias y
sociales, gastos de representación institucional. 13,793
Mantenimiento y repa- Mantenimiento y reparación de edificios y loca-
ración: les,
equipo de transporte y de comunicación,
mobiliario de oficina, equipo de cómputo,
sistemas de información y de otros equipos. 18,886
2. Materiales y suministros Útiles y
materiales de oficina y cómputo, de
Útiles, materiales y sumi- limpieza, de resguardo y seguridad, de cocina
nistros diversos: y comedor, productos
de papel, cartón e im-
presos, otros útiles materiales y suministros. 11,016
3. Bienes duraderos Equipo
de comunicación, equipo y mobiliario
Maquinaria, equipo y mo- de oficina, equipo y programas de cómputo. 88,962
biliario.
San José, 21 de enero del
2008.—Master Alejandro Centeno Roa, Gerente General.—1
vez.—(6511).
POPULAR VALORES, PUESTO DE BOLSA S. A
Programa de adquisiciones
2008
En cumplimiento de lo
establecido en el artículo 6 de
Monto
estimado Período de
Descripción (miles
de ¢) ejecución
1. Servicios:
Información,
publicidad
y propaganda, impresión,
encuadernación y otros 48.194,00 I y II semestre
Servicios
jurídicos, servicios en
ciencias económicas y sociales,
servicios de desarrollo de sistemas
informáticos y otros servicios
de gestión y apoyo 98.940,82 I y II semestre
Alquiler
de equipo de cómputo
y alquiler de local 46.691,49 I y II semestre
Mantenimiento
y reparación de:
edificios y locales, equipo de transporte,
equipo de comunicación, equipo
y mobiliario de oficina, equipo de
cómputo y sistemas de información 74.393,52 I y II semestre
2 Materiales
y Suministros:
Útiles
y materiales de oficina y cómputo,
productos de papel, cartón e impresos,
textiles y vestuario, útiles y materiales de
limpieza, útiles y materiales de cocina
y comedor y otros útiles, materiales
y suministros 28.598,10 I y II semestre
3 Bienes
duraderos:
Equipo
de comunicación, equipo
y mobiliario de oficina y equipo
y programas de cómputo 153.066,17 I y II semestre
San José, 25 de enero del
2008.—Servicios Administrativos.—Lic. Ricardo
Hernández Agüero, Jefe.—1 vez.—(6559).
PROCESO DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2008LN-000015-PCAD
Contratación de servicios de limpieza en todas las
oficinas
del
Banco Popular y de Desarrollo Comunal
(Consumo
por Demanda)
El Proceso de Contratación Administrativa del Banco
Popular y de Desarrollo Comunal, los invita a participar en
Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán
retirarse en nuestras oficinas, previa cancelación del cartel en las cajas Nº
12 y 13, ubicadas en el primer piso del Edificio Metropolitano, con un horario
de lunes a viernes de 8:15 a.m. a 12:00 m.d. y de 1:00
p.m. a 7:00 p.m. Valor del cartel (¢1.500,00 (mil quinientos colones con
00/100).
San José, 29 de enero del 2008.—Lic.
Maykel Vargas García, Coordinador.—1
vez.—(8009).
MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000001-ALMU
Adquisición de un vehículo, doble tracción, doble
cabina, pick up
Los interesados podrán adquirir el cartel en la oficina del Alcalde
Municipal. Informes al 657-7081 ó 657-7500.
Nandayure, 28 de enero del 2008.—Alcaldía.—Luis
Gerardo Rodríguez Quesada, Alcalde.—1 vez.—(7435).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000058-PCAD
Contratación de servicios de empresas que suministren
mano de obra,
materiales y equipos para la
construcción de redes
eléctricas y de
cableado estructurado
en todo el país
El Proceso de Contratación Administrativa del Banco
Popular y de Desarrollo Comunal, hace del conocimiento de los interesados,
según resolución adoptada en informe Nº 415-2007, acta Nº 447-2008 del día 24
de enero del 2008, declarar infructuosa la presente licitación.
San José, 28 de enero del 2008.—Subproceso
de Gestión y Análisis de Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Coordinadora.—1 vez.—(7865).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000077-PCAD
Contratación de sitio para la ubicación de un Centro de
Negocio
de
Desarrollo para el Banco Popular
El Proceso de Contratación Administrativa del Banco
Popular y de Desarrollo Comunal, hace del conocimiento de los interesados en
Grupo
Oro Verde S. A., cédula jurídica Nº 3-101-177957.
Objeto de la contratación:
Alquiler de local comercial para ubicar las oficinas del Centro de Negocios de
Desarrollo, según las siguientes características mínimas:
Área según Registro Nacional:
Área según plano catastrado:
Área útil total:
Valor del alquiler mensual: $5.062,00
(cinco mil sesenta y dos US dólares con 00/100).
Valor del alquiler por un año: $60.744,00
(sesenta mil setecientos cuarenta y cuatro US dólares con 00/100).
Valor del alquiler por tres años:
$182.232,00 (ciento ochenta y dos mil doscientos treinta y dos US dólares con
00/100).
Plazo de prestación contractual: El
arrendamiento es por un plazo de tres (3) años completos y prorrogable
por periodos iguales adicionales, por tiempo indefinido, siempre y cuando
ninguna de las partes manifieste lo contrario con tres meses de anticipación a
la fecha de vencimiento.
Demás condiciones, conforme lo plantea el
Proceso de Contratación Administrativa en su informe de adjudicación Nº
001-2008.
San José, 28 de enero del
2008.—Subproceso de Gestión y Análisis de
Compras.—Lic. Ana Victoria Monge Bolaños, Coordinadora.—1
vez.—(7868).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000073-PCAD
Alquiler de edificio para
ubicar el centro de archivo y acopio
de expedientes de cobro judicial del Banco Popular
El Proceso de Contratación
Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, hace del conocimiento
de los interesados en
San José, 28 de enero del
2008.—Lic. Maykel Vargas
García, Coordinador.—1 vez.—(8007).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL
CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2007LA-000044-3003
Mantenimiento preventivo
correctivo
de 97 equipos refrigeración
Declarar infructuosa esta
compra debido a que en virtud del artículo 86, párrafo tercero del Reglamento a
Se descalifica a la primera oferta de la
empresa MCO Medical & House Supplies S. A., por cuanto no se presenta la garantía
de participación de acuerdo a la vigencia fijada, ya que cotiza 52 días hábiles
lo cual corresponde a un 74.29% de 70 días hábiles solicitados en el pliego de
condiciones, por lo tanto no alcanza el 80% establecido en el artículo 38 del
Reglamento a
Se descalifica a la segunda empresa Servicios
Integrados de Mantenimiento Pérez & Zeledón S. A., ya que la garantía
de participación se presenta de manera extemporánea, al ser las 10:34 a. m.,
según consta en recibo de garantía, visible en el folio 0000068, cuando la apertura
se realizó al ser las diez horas con treinta minutos de la mañana del día 15 de
enero del presente año.
Así las cosas y considerando que ninguna
de las ofertas cumple con los requerimientos cartelarios
se procede a declarar infructuoso el concurso.
San José, 28 de enero del
2008.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas,
Coordinador.—1 vez.—(7446).
ÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA
2007LA-000125-1142
Artroscopia instrumental
para cirugía artroscópica
A los interesados en el
presente concurso, se les comunica que por resolución del Área de
Adquisiciones, de fecha 25 de enero de 2008, se resuelve adjudicar:
Ítem único:
Multiservicios Electromédicos S. A.
Monto total adjudicado:
€131.242,00 (Euros).
Subárea de Adjudicaciones.—Luz Mary Hidalgo Hernández, Jefa.—1 vez.—Nº
1142.—C-4640.—(8014).
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000113-1142
Tapones para cierre de vía
venosa
A los interesados en el
presente concurso, se les comunica que por resolución del Área de
Adquisiciones, de fecha 23 de enero de 2008, se resuelve adjudicar:
Ítem único:
Makol O.C.R. S. A.
Monto total adjudicado:
$147.920,00.
Subárea de Adjudicaciones.—Luz Mary Hidalgo Hernández, Jefa.—1 vez.—Nº
1142.—C-4640.—(8016).
REFINADORA COSTARRICENSE
DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2007LA-903125-02
Contratación de los
servicios de mano de obra, materiales
y equipo para el control de zacates
y malezas
en terrenos de RECOPE
Se comunica que
Oferente: Constructora
Tadeo Calderón Brenes S. A. Representante legal: Sr. Tadeo Calderón Brenes.—(Oferta Nº 2).
Monto total: ¢ 81.868.740,00 i.v.i.
Descripción: Servicios de mano de obra,
materiales y equipo para el control de zacates y
malezas en terrenos de RECOPE en Refinería.
Grupo Nº 1:
Área Nº 1: Área interna de
Refinería.
Área Nº 3: Área interna y externa del Polideportivo.
Área Nº 4: Área sur de
Grupo Nº 2:
Área Nº 2:
Área Nº 5: Lado derecho carretera al
puerto de Moín.
Área Nº 6: Lado izquierdo carretera hacia
Moín.
Área Nº 7: Urbanización Las Lomas.
Área Nº 8: Casa barrio Los Cangrejos y
casa Bº Cerro Mocho.
Área Nº 9: Finca Moín.
Área Nº 10: Zocolas.
Área Nº 11: Finca Sandoval.
Demás especificaciones
conforme el cartel y la oferta respectiva.
Forma de pago: Mensual en colones contra
avance en la presentación de los servicios de conformidad para RECOPE.
Plazo contractual: Un (1) año,
prorrogable por un período igual a opción y discrecionalidad de RECOPE.
Garantía de los trabajos: Doce (12)
meses.
Notas importantes:
1. El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a
partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente
garantía de cumplimiento, por un monto del siete por ciento (7 %) del total
adjudicado y con una vigencia mínima de dos (2) meses adicionales a la fecha
probable de recepción definitiva del objeto del contrato, observando todos los
requisitos y condiciones que al respecto establece
2. Según el Reglamento de Refrendo de las
Contrataciones de
3. Con el fin de validar jurídicamente el
documento definido para formalizar la presente contratación, se deberán reintegrar
las especies fiscales de ley correspondientes a un 0.5 % del monto total del
contrato pagadero en su totalidad por el contratista.
4. Por tratarse de servicios continuados para
esta contratación aplica la cláusula del cartel 1.15.2 por defectuosa
ejecución.
5. El adjudicatario de acuerdo a la sección
segunda del cartel, debe presentar a la supervisión programa de trabajo anual
de cada una de las áreas, basado en la duración y la cantidad de los períodos o
ciclos.
6. En relación a la cláusula 1.19 del cartel,
tratándose de contratos continuados de servicios, el precio pactado está sujeto
a variaciones, de conformidad con la fórmula recomendada por
7. En general, para la ejecución del proyecto el
adjudicatario se deberá someter estrictamente en todos sus extremos a los
dictados cartelarios de este concurso.
25 de enero del 2008.—Departamento de Contratación de Bienes y Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº
2007-5-272).—C-40940.—(7453).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-900203-02
Contratación de los
servicios de mano de obra, materiales y equipo
para la pintura externa de
Se comunica que la
presidencia de la empresa mediante oficio P-0091-2008 de fecha 23 de enero del
2008, acordó adjudicar la licitación en referencia de acuerdo con el siguiente
detalle:
Oferente: Edificaciones y
Pinturas S. A., EDIPSA. Representante legal: Hilario Araya Arias.
Monto total: ¢127.018.465,35
impuestos incluidos.
Descripción: Contratación de los
servicios de mano de obra, materiales y equipo, para la pintura externa del
recipiente de acero esférico YT-770, esfera de almacenamiento de LPG en la
refinería.
Demás especificaciones conforme el cartel
y la oferta respectiva.
Forma de pago: Mensualmente de acuerdo
con el avance de los trabajos por cada renglón de pago de conformidad para
RECOPE. RECOPE estará facultada para realizar los pagos bien sea por
transferencia bancaria o por carta de crédito, según convenga a sus intereses.
De cada pago por avance RECOPE retendrá
un 10% con el propósito de asegurarse la cabal ejecución de las obligaciones
por parte del contratista. Dichas retenciones le serán devueltas al contratista
dentro del mismo término previsto para la devolución de la garantía de cumplimiento.
Tiempo de entrega la ejecución, ciento
sesenta (160) días calendario.
Más: veintidós (22) días hábiles por
requisitos previos, de los cuales el contratista dispondrá de quince (15) días
hábiles para presentar los documentos requeridos según cláusula 1.29 del
cartel, lo restante corresponderá al ingeniero inspector para revisión y
aprobación.
-Treinta (30) días naturales por concepto
de condiciones climáticas adversas.
Garantía de la obra: cinco (5) años.
NOTAS IMPORTANTES:
1. El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a
partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente
garantía de cumplimiento, por un monto del siete por ciento (7%) del total
adjudicado y con una vigencia mínima de dos (2) meses adicionales a la fecha
probable de recepción definitiva del objeto del contrato, debiendo considerar
dentro de la vigencia los días establecidos en las cláusulas 1.5 y 1.29 del
cartel por condiciones climáticas adversas y requisitos previos, observando los
demás requisitos y condiciones que al respecto establece
2. Según el Reglamento de Refrendo promulgado por
3. Conforme se define en la cláusula 1.21 inciso
1 del cartel, el contratista podrá solicitar un anticipo de hasta un 10% (diez
por ciento) de los costos directos del monto adjudicado, que se deducirá de
cada; uno de los pagos por avance de obra. En caso que se de este anticipo de
pago, el mismo debe ser respaldado por el contratista con una garantía
colateral e incondicional, por un monto igual al anticipo y conforme las
disposiciones que establecen
4. El contratista podrá sustituir el monto de las
retenciones que se realizan a cada facturación por una garantía cuyo monto
deberá ajustarse periódicamente, para esta regirán las mismas disposiciones que
en esta materia establece
5. Sin detrimento de otras garantías de mayor
duración que de forma específica se solicitan, el contratista deberá rendir
adicionalmente una garantía de calidad y correcto funcionamiento de la obra
objeto de esta contratación, irrevocable y de cobro inmediato a favor de
RECOPE, por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del monto total
contratado. La misma deberá rendirse dentro de los cinco (5) días hábiles antes
del vencimiento del plazo establecido para la devolución de la garantía de
cumplimiento, según lo indicado en el artículo 45 del Reglamento a
6. Cuando hubiere atraso en la entrega del objeto
contractual por causas imputables al contratista, éste pagará a RECOPE un
décimo del uno por ciento (0,1%) del monto final del contrato por cada día
natural de atraso hasta un máximo de 25%. Se entiende por monto final del
contrato el monto efectivamente pagado por RECOPE en la ejecución contractual.
En caso que se haya pactado la adjudicación en moneda extranjera, las multas
que se apliquen se calcularán en la moneda en que fue presentada la oferta. Si
el objeto contractual es susceptible de ser ejecutado y por ende entregado por
etapas, la mora en la ejecución contractual será calculada en forma
proporcional al monto total de cada etapa, según las pautas indicadas en el
anterior párrafo. Los montos por imputación de la mora se deducirán de la
facturación correspondiente. Si resultare insuficiente el monto pendiente a
facturar, se acudirá a la garantía de cumplimiento, de conformidad con lo
establecido en el artículo 48 del Reglamento a
7. RECOPE impondrá una sanción pecuniaria de un
uno (1%) por ciento del monto total contratado por incumplimiento de al menos
uno de los requisitos previos indispensables que imposibiliten al Órgano
Fiscalizador dar la orden de inicio, si por razones imputables al contratista
transcurrieron los treinta (30) días sin haberse iniciado la ejecución de los
trabajos, RECOPE podrá además resolver el contrato sin responsabilidad alguna
de su parte.
8. Durante la ejecución contractual RECOPE
impondrá una sanción pecuniaria de doscientos (US$200)
por cada día natural de ausencia de los profesionales que conforman el personal
mínimo requerido en caso que este no haya sido sustituido, según se establece
en la cláusula 1.24 del cartel.
9. Señalado por el adjudicatario un monto total
cotizado de ¢127.018.465,35; conforme se presenta en la tabla de pagos, en el mismo
se presume incluido el monto correspondiente a los impuestos que señala en su
oferta.
10. Los precios de la presente contratación están
sujetos a reajuste de precios según se establece en la cláusula 1.22 de pliego
de condiciones.
11. Es condición del adjudicatario el someterse de
forma estricta a los dictados cartelarios del
presente concurso a lo plasmado en su oferta.
San José, 25 de enero del
2008.—Departamento de Contratación de Bienes y
Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1
vez.—(O. C. Nº 2007-5-272).—C-66020.—(7454).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-900204-02
Contratación de los
servicios de mano de obra, materiales
y equipo para la instalación e interconexión de bomba
para trasiego de bunker en
Se comunica que
Oferente: Productos Importados Mejía Pime
S. A. (PIMESA). Representante legal: Elkin Darío
Mejía López.—(Oferta Nº 2).
Monto recomendado:
$201.980,14 componente local.
$79.480,20 componente importado.
$281.460,34 monto
total.
Descripción: Contratación de los
servicios de mano de obra, materiales y equipo para la instalación e interconexión
de bomba para el trasiego de bunker en la refinería. Todo de acuerdo con las
especificaciones técnicas de aceptabilidad, generales y particulares del
proyecto, contemplando los alcances cita en el cartel de licitación y la oferta
respectiva.
Forma de pago:
• Componente local: se pagará mensualmente de acuerdo con el avance
de obra, siendo facultativo para RECOPE realizar los pagos bien sea por
transferencia bancaria o por carta de crédito, en la moneda en que fue pactada
la contratación o en colones, en cuyo caso se utilizara el tipo de cambio de
venta que reporte el Banco Central de Costa Rica para las operaciones del
sector público no bancario, al momento de hacerse efectivo el pago.
• Componente importado: de conformidad con la
cláusula 1.21.3 del cartel.
Plazo contractual:
• Treinta (30 días hábiles por cumplimiento de requisitos previos,
de los cuales el contratista contará con veinticinco días hábiles para la
presentación de documentos siendo el plazo restante para la revisión y
aprobación por parte del ingeniero inspector.
• Seis y medio (6,5) meses para la ejecución
de la obra.
• Cuarenta y cinco (45) días naturales por
concepto de condiciones climáticas adversas.
A. Notas importantes:
1. El adjudicatario dispone de diez (10) días hábiles contados a
partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente
garantía de cumplimiento por un monto del siete (7%) por ciento del total
adjudicado y con una vigencia mínima de dos (2) meses adicionales a la fecha
probable de recepción definitiva del objeto del contrato, debiendo considerar
dentro de la vigencia los días establecidos en las cláusulas 1.5 y 1.29 por
condiciones climáticas adversas y requisitos previos, en su orden; observando
los demás requisitos y condiciones que al respecto establece
2. El presente contrato estará sujeto a refrendo
conforme las disposiciones contenidas en el Reglamento para Refrendo de las
Contrataciones de
3. Sin detrimento de otras garantías de mayor
duración que de forma específica se solicitan, el contratista deberá rendir
adicionalmente una garantía de calidad y correcto funcionamiento de la obra
objeto de esta contratación, irrevocable y de cobro inmediato a favor de
RECOPE, por un monto equivalente al cinco (5%) por ciento del monto total
contratado. La misma deberá rendirse dentro de los cinco (5) días hábiles antes
del vencimiento del plazo establecido para la devolución de la garantía de
cumplimiento, según lo indicado en el artículo 45 del Reglamento a
4. El contratista podrá solicitar un anticipo de
hasta un 15% (quince por ciento) de los costos directos del monto total
adjudicado, excluyendo de este último monto el monto correspondiente a
componente importado, cuando en su oferta haya solicitado que RECOPE tramite
los pagos de éste. Caso contrario, en que el contratista realice por su cuenta
la compra del componente importado, el anticipo será sobre el total de los
costos directos del monto adjudicado, en cuyo caso será deducido en cada uno de
los avances de obra.
En caso que se de el anticipo de pago, el
mismo debe ser respaldado por el contratista con una garantía colateral e
incondicional, por un monto igual al anticipo.
De previo a girar este anticipo, el
contratista debe definir en el plazo de formalización si los pagos del componente
importado los efectuara RECOPE directamente a fabricante o será cancelados por él, a fin de determinar la base sobre el cual
calcular dicho anticipo.
5. RECOPE retendrá de cada uno de los pagos por
avance un diez (10%) por ciento con el propósito de asegurarse que la ejecución
total de las obras y demás obligaciones del contratista, dentro de las
condiciones contractualmente pactadas (cláusula 1.39 del cartel). Podrán ser
aplicadas por RECOPE a efecto de lograr el resarcimiento por defectuosa ejecución
de los trabajos contratados o para la cobertura de multas por mora en la
ejecución contractual. En todo caso, las retenciones dispuestas serán devueltas
al contratista dentro del mismo término previsto para la garantía de
cumplimiento, sea 20 días hábiles después de la recepción de conformidad del
objeto.
6. Cuando hubiere atraso en la entrega del objeto
contractual por causas imputables al contratista, éste pagará a RECOPE un
décimo del uno por ciento (0,1%) del monto final del contrato por cada día
natural de atraso hasta un máximo de 25%. Se entiende por monto final del
contrato el monto efectivamente pagado por RECOPE en la ejecución contractual.
En caso que se haya pactado la adjudicación en moneda extranjera, las multas
que se apliquen se calcularán en la moneda en que fue presentada la oferta. Si
el objeto contractual es susceptible de ser ejecutado y por ende entregado por
etapas, la mora en la ejecución contractual será calculada en forma
proporcional al monto total de cada etapa, según las pautas indicadas en el
anterior párrafo. Los montos por imputación de la mora se deducirán de la
facturación correspondiente. Si resultare insuficiente el monto pendiente a
facturar, se acudirá a la garantía de cumplimiento, de conformidad con lo
establecido en el artículo 48 del Reglamento a
7. RECOPE impondrá una sanción pecuniaria de un
uno (1%) por ciento del monto total contratado por incumplimiento de al menos
uno de los requisitos previos indispensables que imposibiliten al Órgano
Fiscalizador dar la orden de inicio, si por razones imputables al contratista
transcurrieron los treinta (30) días sin haberse iniciado la ejecución de los
trabajos, RECOPE podrá además resolver el contrato sin responsabilidad alguna
de su parte.
8. Durante la ejecución contractual RECOPE
impondrá una sanción pecuniaria de doscientos (US$200)
por cada día natural de ausencia de los profesionales que conforman el personal
mínimo requerido en caso que este no haya sido sustituido, según se establece
en la cláusula 1.24 del cartel.
9. Según se indica en la cláusula 1.20 inciso 1. del cartel, el adjudicatario será el responsable del
transporte de los equipos y materiales hasta el lugar de la instalación.
10. Para el presente concurso, el adjudicatario se
compromete a cumplir cabalmente con todos y cada uno de los puntos establecidos
en el cartel de licitación, a lo establecido en su oferta.
San José, 25 de enero del
2008.—Departamento de Contratación de Bienes y
Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1
vez.—(O. C. Nº 2007-5-272).—C-79880.—(7455).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
REGISTRO DE PROVEEDORES
El Departamento de
Proveeduría del Poder Judicial, invita a todos los proveedores interesados a
integrar su Registro de Proveedores o bien a aquellos que ya se encuentran
registrados, a actualizar su información y documentación.
En el Diario Oficial
En la dirección
electrónica: http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria se encuentra la solicitud de Inscripción al Registro
de Proveedores y la información a actualizar para los proveedores ya inscritos,
igualmente se encontrará un vínculo al sistema que le permitirá consultar el
estado actual del proveedor. Los Proveedores que finalmente obtengan la clave
de acceso, deberán incluir los artículos a ofrecer y otros datos, directamente
en el Sistema, a través de Internet. Se brindará información o los formularios
correspondientes haciendo gestión al teléfono 295-3623, con
Los proveedores actualmente activos en el
Registro de Proveedores que no actualicen su información y documentación, antes
del día 3 de marzo de 2008, se les asignará el estado inactivo. Los proveedores
existentes inactivos que actualicen su información y documentación, se les dará
el trámite correspondiente de aprobación.
Departamento de Proveeduría.—MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins,
Jefa.—1 vez.—(6470).
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
FINANCIERA
De acuerdo con lo que dispone
Los interesados deben enviar una carta de
presentación con la siguiente información:
A. INFORMACIÓN GENERAL.
• Nombre, razón o denominación social.
• Dirección postal y geográfica exacta.
• Números de teléfono, fax y dirección en internet.
• Descripción completa y detallada de cada uno
de los bienes y/o servicios que ofrecen, así como referencias básicas sobre su
solvencia, experiencia y personal capacitado con que cuentan. Esta descripción
puede ampliarse con folletos, panfletos; fotografías, catálogos, etc.
B. INFORMACIÓN ESPECÍFICA
1 - PERSONAS FÍSICAS.
• Nombre y apellidos.
• Estado civil.
• Profesión u oficio.
• Nacionalidad.
• Fotocopia de documento de identidad.
• Declaración bajo fe de juramento que no le
afectan las prohibiciones del artículo Nº 22 de
• Calidad en que potencialmente participaría,
sea como proveedor directo, intermediario o apoderado de otra persona física o
jurídica.
2 - PERSONAS JURÍDICAS.
Aportar los siguientes documentos originales con no más
de un mes de haberse emitido:
• Certificación de inscripción, su vigencia y el objeto de la
persona.
• Certificación de notario o del Registro
Público, de la personería jurídica del representante legal y la vigencia de la
misma.
• Certificación indicando el monto del capital
social, la cantidad, naturaleza de las cuotas y acciones que la conforman y la
propiedad de las mismas, con indicación del nombre y apellidos de los
propietarios de dichas acciones o cuotas, con vista del registro de
accionistas. Si estos propietarios fueran personas jurídicas, se certificará la
naturaleza de las cuotas y acciones de esas sociedades.
• Fotocopia certificada de la cédula jurídica,
puede ser de Notario o del Registro Público.
• Declaración bajo fe de juramento que no le
afectan las prohibiciones del artículo Nº 22 de
• Calidad en que potencialmente participaría,
sea como Proveedor directo, intermediario o apoderado de otra persona física o
jurídica
Las empresas que se
encuentren inscritas, solo en el caso de que hayan variado sus datos, deben
reportarlos para efectos de actualizar nuestra Bases
de Datos.
Para mayor información comunicarse con el
Departamento Administrativo, personalmente o al teléfono Nº 253-0233.
Lic. Nidya
Vargas Elizondo, Directora Administrativa Financiera.—1
vez.—(6050).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE
LIMÓN
El Colegio Universitario de
Limón, CUNLIMON les invita a formar y actualizar el Registro de Proveedores de
Bienes y Servicios de
Limón, 25 de enero del 2008.—Proveeduría-Bodega.—Nancy Hewitt
Hines.—1 vez.—(6555).
HOSPITAL NACIONAL
PSIQUIÁTRICO
CONDICIONES GENERALES 2008
San José, 23 de enero del
2008.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Tatiana López Quesada. Mba,
Jefa.—1 vez.—(6549).
SECCIÓN DE PROVEEDURÍA
ADMINISTRACIÓN DE DESARROLLO
Con el propósito de
actualizar el Registro de Proveedores de bienes y servicios, de conformidad con
el artículo 108 de
A- En caso de ser persona jurídica:
1) Nombre o Razón Social.
2) Dirección geográfica y postal, teléfono, fax.
3) Lugar para recibir notificaciones.
4) Descripción de la actividad a que se dedica la
empresa, descripción clara y específica de los bienes y servicios que ofrece.
5) Citas de inscripción en el Registro Público y
copia de la cédula jurídica.
6) Aportar certificación de la naturaleza y
propiedad de las acciones con vista en los libros del Registro, debidamente
autenticado.
7) Aportar certificación de la personería jurídica
con vista en los libros del Registro, debidamente autenticado.
8) En caso de representantes de casas
extranjeras, debe aportar la documentación que lo acredite como tal.
9) Número de responsable ante
10) Tratándose de Empresas Constructoras, deben
presentar certificación de inscripción al Colegio Federado de Ingenieros y
Arquitectos de Costa Rica y listado del equipo.
11) Sociedades, empresas y otros ligados a Colegios
deben presentar certificación.
12) Aportar sellos, lista de mercancías y
servicios.
13) Presentar declaración jurada de no encontrarse
sujeto a ninguna de las causales de prohibición de contratar con la
administración, según lo dispone el artículo 22 de
14) Se deberá acreditar la experiencia para el tipo
de bien ó servicio que ofrezca.
B- En caso de ser persona física:
1) Nombre completo
2) Dirección exacta, teléfono, fax.
3) Lugar pura recibir notificaciones.
4) Copia de la cédula de identidad por ambos
lados.
5) Descripción clara y especifica de la actividad
a que se dedica y de los bienes y servicios que ofrece.
6) Firma debidamente autenticada por un Notario
Público.
7) Declaración jurada de no encontrarse sujeto a
ninguna de las causales de prohibición de contratar con
8) Deberá poseer facturas debidamente timbradas
por
9) Deberá acreditarla experiencia para el tipo de
bien o servicio que ofrezca.
Los Proveedores que ya estén inscritos,
no están obligados a aportar esta información, pero deberán notificar por
escrito si la documentación aportada permanece invariable o sí por el contrario
ha sufrido cambios. En caso de existir cambios en dicha documentación, deberá
suministrar la información correspondiente como:
o Sustitución
del apoderado legal.
o Incorporación de nuevos accionistas.
o Cambio de dirección, teléfonos o fax.
o Cambio de línea comercial ó actividad.
o Cualquier otro que considere pertinente.
La información solicitada
deberá entregarse en las oficinas de
Para cualquier información adicional
pueden comunicarse a los teléfonos: 799-11-51, 799-11-69, 799-11-70 Fax
799-11-71, Central Telefónica 799-10-00.
NOTA:
• Los documentos que se aportan deben ser autenticados (naturaleza
de las acciones, declaración jurada, citas de inscripción).
22 de enero del 2008.—Lic. Rosita Lemones Smith.—1 vez.—(6049).
MUNICIPALIDAD DE NICOYA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
Con el objetivo de actualizar
el Registro de Proveedores de Bienes y Servicios, según lo estipula el artículo
108 de
1. Nombre y apellidos o razón social.
2. Copia de la cédula física o jurídica
(certificada).
3. Dirección exacta, números de teléfono, fax,
apartado postal, dirección electrónica, demás.
4. Declaración jurada de la actividad
comercial a la que se dedica así como el tipo de bienes y servicios ofrecidos.
5. Declaración jurada de no estar afectados
por la prohibición prevista en el artículo Nº 22 de
6. Aportar certificación de personería
jurídica.
7. Aportar la certificación de la naturaleza y
propiedad de las acciones con vista en el libro de accionistas de la empresa.
8. Constancia de estar al día con los
impuestos municipales de este cantón.
9. Estar inscrito en
10. Señalar cualquier otra información que se
considere de relevancia.
Las personas físicas o
jurídicas que hayan presentado toda la información solicitada en los puntos
anteriores, deberán presentar un documento con los datos básicos y confirmar
que todo lo que se encuentra en el Registro de Proveedores se mantiene
invariable.
Si la información no se ha aportado en
forma completa o sufrió alguna variación, debe de manifestarlo por escrito y
aportar los documentos originales respectivos.
Nicoya, Guanacaste, 21 de
enero del 2008.—Lic. Sully
Obando Villegas, Proveedora Municipal.—1 vez.—(5514).
MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
Requisitos para Registro
de Proveedores 2008
Con el objetivo que se
inscriban en el Registro de Proveedores todas las personas físicas y jurídicas
que desean participar en los procesos de contratación administrativa promovidos
por
1. Solicitud por escrito con fecha a
• Razón o denominación social, en caso de persona física nombre y
apellidos.
• Número de cédula física (fotocopia) o
jurídica según corresponda.
• Certificación de cédula jurídica y
personería con un máximo de un mes de emitida.
• Certificación del Registro de Accionistas.
• Fotocopia de la cédula del representante
legal.
• Nombre con las personas autorizadas a firmar
ofertas.
• Certificaciones de incorporación a Colegios
Profesionales cuando lo amerite.
• Certificación de estar al día con las cuotas
obrero patronal de
• Certificación de estar al día con los
tributos municipales que le correspondan.
• Declaración jurada de que no alcanza las
prohibiciones del artículo 22 de
• Número de teléfono, número de fax.
• Dirección física y electrónica.
• Apartado postal.
• Nacionalidad.
• Descripción detallada de los bienes o
servicios que ofrece.
• Nombre de las casas que es representante.
• Referencias de contrataciones que haya
celebrado con entidades públicas.
• Deberán presentar facturas timbradas.
• Cualquier otra información.
Katty Lobo Rodríguez, Proveedora Municipal.—1
vez.—(5502).
POPULAR SOCIEDAD DE FONDOS
DE INVERSIÓN S. A.
Invitación para integrar y
actualizar
el Registro de Proveedores
Popular Sociedad de Fondos de
Inversión, les recuerda a todos nuestros respetables proveedores, actualizar la
información correspondiente, de igual forma se invita a todas aquellas personas
físicas o jurídicas que deseen ser consideradas en futuros procesos de
contratación, a formar parte de nuestro Registro de Proveedores, proporcionando
de manera escrita la información necesaria según lo establecido en el 122 del
Reglamento a
Los interesados podrán retirar el
formulario respectivo, sin costo alguno, en nuestras oficinas ubicadas en el octavo
piso del Edificio Torre Mercedes, Paseo Colón.
San José, 21 de enero del
2008.—Master Alejandro Centeno Roa, Gerente General.—1
vez.—(6513).
JUNTA ADMINISTRATIVA COLEGIO DE SAN LUIS GONZAGA
Invitación a proveedores
Los interesados en formar
parte del Registro de Proveedores de la institución en todo tipo de servicios,
suministros y equipo, especialmente en la contratación de servicios
profesionales de abogados, ingenieros civiles, ingenieros eléctricos,
transportistas, empresas constructoras y de servicio de mantenimiento;
suministro de alimentos, maquinaria y equipo para uso educacional y otros. Se
les informa que a partir del día de hoy se están entregando las formulas de
inscripción 2008.
Asimismo, se informa que ya esta
disponible el programa de adquisiciones de la institución. Ambos documentos
pueden ser retirados en nuestras oficinas de lunes a viernes de 7:00 a. m. a
2:00 p. m. o bajarlos de la página de internet:
www.cartagovirtual.com/sanluis/.
Lic. Marianela
Molina Pacheco, Tesorera, proveedora.—1 vez.—(6554).
POPULAR VALORES, PUESTO DE BOLSA S. A
Invitación para integrar y
actualizar el Registro de Proveedores
Con el fin de ampliar y
actualizar el Registro de Proveedores potenciales de bienes y servicios que
mantiene el Departamento de Servicios Administrativos, se invita a las personas
físicas y jurídicas que deseen ser consideradas para futuras contrataciones, a
que proporcionen por escrito la información necesaria, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 116, 117, 118 y 122 del Reglamento a
Los interesados podrán retirar el
formulario denominado “Registro de Proveedores” donde se establecen los
requerimientos para tal propósito, sin costo alguno, en nuestras oficinas
ubicadas en el octavo piso del edificio Torre Mercedes, Paseo Colón. Las
empresas o personas físicas que ya están inscritas, deberán presentar un
documento con los datos básicos y confirmar que toda la información que se
encuentra en el registro se mantiene invariable. Si ha cambiado alguno de los
datos de inscripción, deberán comunicarlo y enviar los documentos originales
respectivos. Se les recuerda el deber de actualizar dicha información para los
futuros procesos de contratación.
San José, 25 de enero del
2008.—Servicios Administrativos.—Lic. Ricardo
Hernández Agüero, Jefe.—1 vez.—(6558).
CONSEJO NACIONAL DE
CONCESIONES
CONCURSO Nº 16-2007
Contratación de servicios
de gestoría vial del corredor
vial del proyecto de concesión de la carretera
San José-Cartago
El Consejo Nacional de
Concesiones informa:
Léase correctamente: “..., y un pago mensual de $1.000,00 (mil dólares
americanos sin céntimos)”.
Publíquese.
División Administrativa.—Lic. Elizabeth Briceño Jiménez, Directora Administrativa
Financiera.—1 vez.—(Solicitud Nº
8828).—C-5960.—(7872).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2008LA-004886-01
Contratación del
desarrollo en Bizagi de una vertical de crédito
El Banco de Costa Rica comunica
a los interesados en la licitación en referencia, las siguientes modificaciones
y aclaraciones al cartel:
1. El Banco de Costa Rica (BCR), recibirá ofertas por escrito hasta
las diez horas con treinta minutos (10:30 a. m.) del día 12 de febrero del
2008, para la compra en referencia.
Anexo
Nº 1. Especificaciones técnicas
mínimas.
1. Punto 1.1 El proceso deberá ser implementado en la
versión 9 de la herramienta Bizagi Bussines Agility.
Actualmente el Banco cuenta
en producción con los procesos de apertura de cuentas corrientes y de ahorros;
además del proceso de crédito personal con garantía real y fiduciaria. No
obstante existen otros proyectos que se encuentran actualmente en desarrollo
como lo es el proceso de partidas pendientes y el proceso de reclutamiento y
selección de Recursos Humanos, las fechas estimadas de implementación en
producción son las siguientes:
Partidas
Pendientes: Marzo 2008.
Reclutamiento
y Selección: Abril 2008.
Dado lo anterior dependiendo
del momento en que se realice la migración, se deben de contemplar los procesos
en producción.
El resto de las condiciones se mantienen
invariables.
Oficina Contratación
Administrativa.—Rodrigo Aguilar S.—1 vez.—(Solicitud
Nº 49960).—C-13220.—(8040).
PROCESO DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2007LN-000090-PCAD (Prórroga Nº 2)
Contratación de
profesionales en Agronomía, Arquitectura,
Ingeniería Civil e Industrial, para la fiscalización
y avalúos de bienes muebles e inmuebles
Se comunica a los interesados
que la fecha de apertura de ofertas de este concurso, se prorroga de oficio
para las 10:00 horas del 19 de febrero del 2008.
Todas las demás condiciones y requisitos
permanecen invariables.
San José, 29 de enero del
2008.—Lic. Maykel Vargas
García, Coordinador.—1 vez.—(8008).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL
CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Nº 2008LN-000002-3003
Abarrotes varios
El Hospital Dr. Rafael Ángel
Calderón Guardia, comunica a todos los interesados en participar en el concurso
supraindicado que por error se consignó mal en
Las demás condiciones del cartel
permanecen invariables.
San José, 28 de enero del
2008.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas,
Coordinador.—1 vez.—(7447).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2008LN-000001-3003
Arroz pulido
El Hospital Dr. Rafael Ángel
Calderón Guardia, comunica a todos los interesados en participar en el concurso
supraindicado que por error se consignó mal en
Las demás condiciones permanecen
invariables.
San José, 28 de enero del
2008.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas,
Coordinador.—1 vez.—(7448).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000002-3003
Dientes acrílicos
El Hospital Dr. Rafael Ángel
Calderón Guardia, comunica a todos los interesados en participar en el concurso
supraindicado que por error se consignó mal en
Las demás condiciones del cartel
permanecen invariables.
San José, 28 de enero del
2008.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas,
Coordinador.—1 vez.—(7449).
GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONES
DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN PROYECTOS ESPECIALES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2007LN-000010-4403
(Prorroga Nº 1)
Construcción y
equipamiento sede Ebais
Purral Bellavista Goicoechea
A los interesados en el
presente concurso, se les informa que la fecha máxima para la presentación de
ofertas se prorrogará para el día 13 de febrero del
Las demás condiciones del cartel
permanecen invariables.
San José, 28 de enero del
2008.—Área Contratación Administrativa.—Lic. Helen Noelia Godfrey Leal,
Coordinadora.—1 vez.—(7813).
ÁREA DE ADQUISICIONES
SUBÁREA DE CARTELES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2008LN-000001-1142
(Aviso Nº 2)
Sistema completo de
reemplazo total primario de cadera
no cementado sistema completo para cirugía de revisión
de reemplazo total de cadera no cementado
A todos los interesados en el
presente concurso, se les informa que se prorroga la fecha de apertura de
ofertas, para el día 11 de febrero del
El resto del cartel permanece invariable.
Lic. Vilma Arias Marchena.—1 vez.—(Nº 1142).—C-7280.—(8018).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000002-1142
(Aviso Nº 2)
Prótesis total de rodilla,
primaria con y sin preservación
del ligamento cruzado posterior, sistema completo
para llevar a cabo cirugía de revisión
del reemplazo total de rodilla
A los interesados en el
presente concurso, se les comunica que la misma se prorroga para el día 11 de
febrero del
El resto del cartel permanece invariable.
Lic. Vilma Arias Marchena.—1 vez.—(Nº 1142).—C-5280.—(8019).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2007LI-000067-PROV
(Modificación Nº 1 y Prórroga Nº 2)
Adquisición de 268
vehículos de diferentes tipos
El Instituto Costarricense de
Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada que
pueden retirar en
Además se comunica que la misma se está
prorrogando para las 14:00 horas del 14 de febrero del 2008.
Fecha de apertura anterior: 10:00 horas
del día 04 de febrero del 2008.
San José, 28 de enero del
2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº
332718).—C-9260.—(7441).
DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº
2007LI-000058-PROV
(Modificación, aclaración y prórroga Nº 1)
Adquisición de reguladores
y reconectadores
para líneas de distribución eléctrica
El Instituto Costarricense de
Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que
el cartel de este concurso fue sujeto a la siguiente modificación:
En la página Nº 9 del cartel,
Debe leerse correctamente:
15.1 Si
existiera atraso en la entrega del suministro de los bienes o servicios, de
acuerdo con las condiciones del cartel y la oferta, el adjudicatario deberá
pagar al ICE por concepto de cláusula penal la suma del 0,5% del valor
adjudicado por cada día hábil de atraso, hasta un máximo de 25% del valor del
contrato.
En la página Nº 16 del
cartel,
Debe leerse:
AÑO 2009
La entrega para el año 2009,
debe realizarse en el mes de febrero del año 2009. Si el adjudicatario adelanta
las entregas del año 2009, para efectos de pago se considerará la entrega
realizada el 15 de febrero del 2009 y no serán reconocidos intereses ni ningún
tipo de compensación por la entrega adelantada.
En la página Nº 72, en las
especificaciones técnicas,
Debe leerse correctamente:
3.7 Los
terminales tipo paleta-cable, deben ser fabricados en aleación de aluminio o
bronce debidamente estañado, ambos materiales con alta resistencia mecánica en
condiciones de cortocircuito eléctrico. Los terminales deben ser apropiados
para la conexión de conductores de cobre y aluminio desnudo del tipo ACSR y
AAAC, en los rangos de calibre; según se indica en
Asimismo se le comunica que
la apertura de oferta fue prorroga para las 10:00 horas del día 11 de febrero
del 2008.
Fecha de apertura de ofertas anterior: A
las 09:00 horas del día 6 de febrero del 2008.
San José, 29 de enero del
2008.—Eugenio Fatjó Rivera,
Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. 332718).—C-20480.—(8042).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LI-000059-PROV
(Modificación Nº 1, prórroga Nº 2)
Adquisición de equipos y
materiales para
la subestación del Centro de
Control Energía
El Instituto Costarricense de
Electricidad, avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que el
cartel de este concurso fue sujeto a modificaciones las cuales podrán
adquirirse por medio de fotocopia cancelando
el costo de la misma en
Asimismo se le comunica que la apertura
de ofertas fue prorrogada para las 08:00 horas del día 19 de febrero del 2008.
Fecha de apertura de ofertas anterior: A
las 10:00 horas del día 7 de febrero del 2008.
San José, 29 de enero del
2008.—Eugenio Fatjó Rivera,
Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. 332718).—C-9280.—(8043).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LI-000068-PROV
(Modificación Nº 1 y prórroga Nº 2)
Adquisición de 200
vehículos de diferentes tipos
El Instituto Costarricense de
Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que
el cartel de este concurso fue sujeto a modificaciones
las cuales podrán adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la
misma en
Asimismo se le comunica que la apertura
de ofertas fue prorrogada para las 08:00 horas del día 18 de febrero del 2008.
Fecha de apertura de ofertas anterior: A
las 14:00 horas del 6 de febrero del 2008.
San José, 29 de enero del
2008.—Eugenio Fatjó Rivera,
Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. 332718).—C-7940.—(8044).
LICITACIÓN ABREVIADA
2007LA-000115-PRI
(Resolución de rectificación Nº 026)
Compra de maquinaria
construcción
Se corrige el acto de
adjudicación realizado mediante Resolución de Adjudicación Nº 809 del 11 de
diciembre del 2007. Analizando el expediente administrativo y con fundamento en
el artículo 157 de
Equipos Neumáticos S. A.—(Oferta
Nº 4).
Precio Precio
Ítem Cantidad Descripción unitario $ total $
6 2 Compresores con accesorios 11.675,00 23.350,00
Repuestos 872,48 1.744,96
Subtotal 25.094,96
Impuesto
de ventas 3.262,34
Total 28.357,30
Monto total adjudicado $
28.357,30 (veintiocho mil trescientos cincuenta y siete dólares con 30/100) i.v.i.
En todo lo demás permanece
invariable la resolución de adjudicación Nº 809 del 11 de diciembre del 2007 y
publicada en el Diario Oficial
San José, 29 de enero del
2008.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1
vez.—(7459).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
SERVICIO ELÉCTRICO
MUNICIPAL DE CARTAGO
PROCESO CONTRATAR BIENES Y
SERVICIOS
UEN DE APOYO
Contratar Bienes y Servicios
avisa que en
Cartago, 28 de enero del 2008.—Lic. Abel Gómez Leandro, Coordinador.—1
vez.—(O. C. Nº 18146).—C-5960.—(8020).
El Consejo Nacional de
Supervisión del Sistema Financiero, según lo resuelto en sesión 693-2008,
artículo 8, numeral I, del 7 de enero del 2008, y en sesión 698-2008, artículo
5, del 28 de enero del 2008,
considerando que:
I.—El Consejo Nacional de
Supervisión del Sistema Financiero, mediante artículo 28 del acta de la sesión
569-2006, celebrada el 6 de abril del 2006 aprobó el Reglamento general de
sociedades administradoras y fondos de inversión (publicado en
II.—En el Reglamento general sobre
sociedades administradoras y fondos de inversión se consideró conveniente y
oportuno incorporar, como medida prudencial en los fondos que no son del
mercado de dinero, la obligación del inversionista de compensar al fondo cuando
se retira anticipadamente sin cumplir con el plazo de permanencia mínimo
establecido. El objeto de esta norma es lograr que el inversionista coloque sus
recursos en productos más adecuados con sus preferencias de inversión y
permitir así una mejor administración del flujo de efectivo y de la cartera de
inversiones.
III.—En el artículo 61 del reglamento
solamente se incorporaba un único esquema de compensación por retiro
anticipado, en el cual cada orden de inversión debía permanecer un periodo
mínimo de tres meses, de modo que si el inversionista solicitaba el reembolso
parcial o total de las participaciones antes de cumplir dicho plazo, se debía
aplicar una reducción como compensación por el reembolso anticipado, no menor a
un cinco por ciento (5%) anualizado sobre el monto reembolsado y por los días
pendientes para completar el plazo definido.
IV.—En el proceso de implantación del
Reglamento se ha determinado que una gran mayoría de los fondos financieros que
no son del mercado de dinero cuentan con mecanismos alternativos que cumplen
razonablemente con el objetivo impulsado por la norma del artículo 61, pero no
se apegan estrictamente a lo allí establecido.
V.—Este Consejo estima conveniente incorporar alternativas
adicionales pero que cumplan con el objetivo original de la norma. Para ello se
incorporan los fondos con fecha focal y los fondos cuyas órdenes se vuelven
exigibles cumplido un año de permanencia. Para estos últimos, en vista de que
las órdenes se vuelven líquidas una vez cumplido el año, se consideró apropiado
incorporar el mecanismo de calce de plazos a un mes y la liquidación en t+5
para este tipo de fondos.
acordó:
Modificar los artículos 34,
61 y 67 del Reglamento general sobre sociedades administradoras y fondos de
inversión, para que se lean de la siguiente forma:
“Artículo 34.—Plazos para el reembolso.
En los fondos del mercado de dinero,
los reembolsos se realizan a partir del día hábil siguiente a la solicitud (t +
1) y hasta un plazo máximo de tres días hábiles contados a partir de la
solicitud (t + 3). En los fondos que no sean del mercado de dinero que utilicen
el esquema descrito en los incisos a y b del artículo 61, los reembolsos se
realizan a partir del día hábil siguiente a la solicitud (t + 1) y hasta un
plazo máximo de diez días hábiles contados a partir de la solicitud (t + 10).
Los fondos que utilicen
el esquema del inciso c del artículo 61, deben realizar los reembolsos al
quinto día hábil después de la solicitud (t + 5) y hasta un plazo máximo de
diez días hábiles contados a partir de la solicitud (t + 10).
Como excepción a lo
dispuesto en los apartados anteriores, en los fondos de mercado de dinero las
solicitudes de reembolso de un solo inversionista que superen el 10% del activo
total, pueden ser liquidadas hasta en un plazo máximo de 15 días naturales. En
los fondos abiertos que no sean del mercado de dinero, se pueden establecer
plazos mayores para las redenciones que superen un 10% del total de activo neto
del fondo. Adicionalmente, en los fondos abiertos que no sean del mercado de
dinero, se pueden establecer plazos mayores para la redención, cuando la suma
de las solicitudes presentadas durante el plazo de quince días naturales por
inversionistas diferentes, exceda el 25% del activo total.
En los casos en que se
establezcan plazos mayores, según lo indicado en el párrafo anterior, se debe
revelar en el prospecto el plazo que se aplicará.
Las solicitudes deben
atenderse por orden de presentación. Las solicitudes que se presenten después
de la hora de corte, son consideradas como del día hábil siguiente.”
“Artículo 61.—Compensación por reembolso anticipado.
Los fondos de inversión
abiertos que no sean del mercado de dinero deben contar con mecanismos que
reduzcan el riesgo de retiro anticipado y en caso de que se presente este ha de
conllevar una compensación para el fondo. Estos mecanismos deben adoptar alguna
de las siguientes modalidades:
a. Fondos de plazo definido con reinversión: Cada orden de
inversión debe permanecer un periodo mínimo de tres meses, de conformidad con
lo establecido en el prospecto del fondo. Si se solicita el reembolso parcial o
total de las participaciones antes de cumplir dicho plazo, se debe aplicar una
deducción como compensación por el reembolso anticipado, de al menos un cinco
por ciento (5%) anualizado sobre el monto reembolsado y por los días pendientes
para completar el plazo definido, o su equivalente en modalidad fija (flat). La compensación flat para
un plazo de permanencia de tres meses en fondos en colones es de al menos 0,65%
y en fondos en otras monedas de al menos 0,50%. Si el periodo de permanencia es
mayor a tres meses, la compensación flat anterior se
debe incrementar en forma proporcional al plazo que se defina en el prospecto
del fondo.
A lo sumo cinco días hábiles, previos o
posteriores al cumplimiento del periodo mínimo de tres meses, según se indique
en el prospecto, el inversionista puede solicitar el reembolso de sus
participaciones sin tener que retribuir al fondo por el reembolso anticipado.
Una vez pasados los cinco días sin que el cliente haya solicitado el reembolso,
el monto que el inversionista mantenga en el fondo se renueva por el periodo
mínimo de permanencia establecido en el prospecto y se continúa con el proceso
descrito en este inciso en forma sucesiva. Si se establece un periodo mínimo de
permanencia mayor a tres meses, se puede establecer en forma proporcional el
periodo para solicitar el reembolso sin el pago de la compensación.
b. Fondos con fecha focal: La inversión
debe permanecer como mínimo hasta una fecha focal determinada en el prospecto.
Desde que inician los aportes al fondo hasta la fecha focal debe mediar un
lapso de al menos seis meses.
Si se solicita el reembolso parcial o
total de las participaciones antes de cumplir con la fecha focal establecida,
se debe aplicar una deducción como compensación por el reembolso anticipado, de
al menos un cinco por ciento (5%) anualizado sobre el monto reembolsado y por
los días pendientes para completar la fecha focal del plan de inversión o su
equivalente en modalidad fija (flat). La compensación
flat para un plazo de permanencia de seis meses en
fondos en colones es de al menos 1,3% y en fondos en otras monedas de al menos
1%. Si el periodo de permanencia es mayor a seis meses, la compensación flat anterior se debe incrementar en forma proporcional al
plazo que se defina en el prospecto del fondo.
Al llegar a la fecha focal, durante un
lapso que debe ser indicado en el prospecto, pero que no debe ser mayor a diez
días hábiles, el inversionista puede solicitar el reembolso de sus
participaciones sin tener que retribuir al fondo por el reembolso anticipado.
Una vez pasado este período, el monto que el inversionista mantenga en el fondo
se renueva hasta la siguiente fecha focal y se continúa con el proceso descrito
en este inciso en forma sucesiva.
c. Fondos de plazo definido y liquidez
posterior: Cada orden de inversión debe permanecer un periodo definido en
el prospecto, el cual debe ser al menos de doce meses. Una vez que la orden de
inversión cumpla con el plazo mínimo, la solicitud del reembolso puede ser
realizada en cualquier momento. Si se solicita el reembolso parcial o total de
las participaciones antes de cumplir el plazo mínimo indicado en el prospecto,
se debe aplicar una deducción como compensación por el reembolso anticipado, de
al menos un cinco por ciento (5%) anualizado sobre el monto reembolsado y por
los días pendientes para completar el plazo definido o su equivalente en
modalidad fija (flat). La compensación flat para fondos en colones es de al menos 2,6% y en fondos
en otras monedas de al menos 2%.
Adicionalmente, los fondos de plazo
definido y liquidez posterior deben realizar el reembolso de las
participaciones en el plazo mínimo de cinco días hábiles (t+5) siguientes a la
solicitud del inversionista según lo dispuesto en el artículo 34, así como
cumplir diariamente con el calce de plazos de activos y obligaciones a un mes,
según los lineamientos establecidos mediante acuerdo por el Superintendente.
La compensación prevista en este artículo
también se cobrará cuando se trate de traslados de un fondo a otro administrado
por una misma sociedad administradora.
No procede el cobro de esta compensación,
cuando se presente alguna de las siguientes situaciones; cambio de la
naturaleza (abierta o cerrada) del fondo o se den modificaciones del régimen de
inversión, entendido como el cambio en las políticas de inversión; la
disminución en la periodicidad de distribución de los rendimientos; el aumento
en las comisiones máximas establecidas en el prospecto; el aumento en el monto
o plazo mínimo de inversión o permanencia; o el aumento del monto mínimo de
cada serie, cambio en el esquema de compensación de reembolso anticipado, y lo
indicado en el artículo 6 de este Reglamento.
El porcentaje de compensación y las
reglas de aplicación deben estar revelados en el prospecto del fondo. En todo
caso, la compensación por retiro anticipado prevista en este artículo ingresará
siempre al fondo de inversión.”
“Artículo 67.—Plazos para el reembolso en el caso de megafondos.
En el caso de megafondos abiertos, el plazo mínimo de redención es de t +
5 y el máximo de t + 15. No obstante, aplican las mismas excepciones
establecidas en el artículo 34 en relación con la posibilidad de que se
establezcan en el prospecto plazos mayores para el reembolso en caso de
solicitudes de reembolso provenientes de un mismo inversionista superior al 10%
y de solicitudes provenientes de diferentes inversionistas que en su conjunto
sean superiores al 25%.”
“Transitorio
Las sociedades
administradoras cuentan con 20 días hábiles posteriores a la entrada en
vigencia de la reforma al reglamento, para informar mediante Comunicado de
Hecho Relevante, para cada fondo de inversión abierto que no sea del mercado de
dinero, la introducción de alguno de los mecanismos previstos en el artículo
61. Se debe informar que esto da derecho a solicitar el reembolso de las
participaciones sin comisión de salida ni costo alguno.
Si en el prospecto
vigente ya se incluye algún mecanismo que permita cumplir en términos de plazos
y porcentajes con lo que establece el artículo 61, se debe comunicar el hecho
relevante con los cambios de forma correspondientes. En tal caso, no procede
otorgar el derecho a solicitar el reembolso de las participaciones sin comisión
de salida.
En un plazo de 20 días
hábiles posterior al comunicado del hecho relevante indicado al inicio del
párrafo anterior, las sociedades administradoras deben comunicar a los
inversionistas las modificaciones del fondo, con el mismo contenido y alcance
dispuesto en el Comunicado de Hecho Relevante del párrafo anterior. Este
comunicado debe indicar el derecho a solicitar el reembolso de sus
participaciones sin comisión de salida ni costo alguno dentro del mes siguiente
a su comunicación, en los casos en que aplique. Dicha carta de comunicación al
inversionista debe ser remitida a
En un plazo de 20 días
hábiles posterior a la remisión del comunicado a los inversionistas, los fondos
de inversión abiertos que no sean del mercado de dinero, deben cumplir con la
normativa dispuesta en ese artículo.”
Las presentes modificaciones rigen a
partir de su publicación en el Diario Oficial
Lic. Jorge Monge Bonilla,
Secretario del Consejo.—1 vez.—(O. C. Nº
9498).—C-95720.—(7421).
JUNTA DIRECTIVA
APROBACIÓN REFORMA
REGLAMENTARIA
REGLAMENTO PARA EL
OTORGAMIENTO
DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS DEL
SEGURO
DE INVALIDEZ, VEJEZ Y MUERTE
Se acuerda:
Acuerdo 1º—Reformar el inciso
d) del artículo 7 del Reglamento para el Otorgamiento de Créditos Hipotecarios
del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, para que en adelante se lea:
“Artículo 7
De los tipos de préstamos
Se pueden conceder los siguientes tipos de préstamos:
(…)
d. Cancelación de hipoteca originada en la compra o construcción de
casa, compra de lote o ampliación y/o mejoras de vivienda propia, suscrita con
una entidad autorizada por
Para efectos de claridad,
seguidamente se transcribe el texto completo reformado:
“REGLAMENTO PARA EL
OTORGAMIENTO
DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS EN EL
SEGURO
DE INVALIDEZ, VEJEZ Y MUERTE
Artículo 7
De los tipos de préstamos
Se pueden conceder los siguientes tipos de préstamos:
a. Compra o construcción de casa de habitación.
b. Compra de lote.
c. Ampliación y/o mejoras de vivienda propia.
d. Cancelación de hipoteca originada en la compra
o construcción de casa, compra de lote o ampliación y/o mejoras de vivienda
propia, suscrita con una entidad autorizada por
e. Compra o construcción de instalaciones
comerciales o industriales.
f. Programas de construcción, ampliación y
mejoras que desarrollen asociaciones solidaristas, cooperativas y sindicatos.
g. Otros a juicio de
REGLAMENTO PARA
PROVENIENTES DE EJECUCIONES DE GARANTÍAS
HIPOTECARIAS O PAGO DE OBLIGACIONES
DEL SEGURO DE PENSIONES DE
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
Se acuerda:
Acuerdo 3º—reformar los
artículos 4 y 36 del Reglamento para
REGLAMENTO PARA
PROVENIENTES DE EJECUCIONES DE GARANTÍAS
HIPOTECARIAS O PAGO DE OBLIGACIONES
DEL SEGURO DE PENSIONES DE
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
“Artículo 4
De
Se crea una comisión encargada de analizar cada una de
las propiedades objeto de venta conforme a este Reglamento, que será integrada
por:
1. Un representante de
2. El Jefe del Área Crédito y Cobros.
3. Un abogado en representación de
Asimismo, participará en las
reuniones el Jefe del Área Soporte Administrativo-Logístico, quien tendrá voz
pero no voto Las decisiones se tomarán por mayoría absoluta.
Artículo 36
Emma C. Zúñiga Valverde,
Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—(O. C. Nº
2112).—C-48860.—(4732).
REGLAMENTO PARA
DE RÉGIMEN DE INVALIDEZ, VEJEZ Y MUERTE
“Artículo 12º
(…)
Las inversiones se harán en
los siguientes títulos valores en las condiciones que se indican:
Títulos Valores
(…)
e) Títulos del sector privado, incluyendo aquellos asociados al financiamiento
de proyectos de infraestructura pública.”
(…)”.
Emma C. Zúñiga Valverde,
Secretaria Junta Directiva.—1
vez.—UE-2117.—C-7220.—(5915).
MUNICIPALIDAD DE PALMARES
REGLAMENTO DE COBRO DE
TRIBUTOS
E INCENTIVOS POR PAGO ADELANTADO
DE
Habiéndose sometido a
consulta pública por un período de 10 días hábiles, el Proyecto de Reglamento
de Cobro de Tributos e Incentivos por Pago Adelantado de
Palmares, Alajuela, 10 de
enero del 2008.—Eithel
Hidalgo Méndez, Secretaria del Concejo.—1 vez.—(6518).
CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE MONTEVERDE
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO
DE
PRESENTACIÓN
El siguiente Reglamento de
Organización y Funciones de
Este Reglamento regula y establece las
funciones de auditoría interna, así como las obligaciones, restricciones y
potestades de la auditoría interna y del personal que la conforma, de esta
manera se establece la obligatoriedad de su aplicación en la ejecución de las
labores y del comportamiento del personal de
Este documento está elaborado según
El presente Reglamento contempla los
siguientes aspectos:
En el Título I, se presenta las disposiciones generales del
reglamento: Su propósito, ámbito de aplicación, regulaciones, definiciones, que
debe contar la unidad de Auditoría Interna.
En el Título II, se muestra sobre la organización de
En el Título III, se muestra aspectos sobre el funcionamiento de la
auditoría interna y se divide en cuatro capítulos: Competencias de la auditoría
interna, deberes de la auditoría interna, potestades de la auditoría interna y
otros aspectos relativos de la auditoría interna.
En el Título IV, se presenta las disposiciones finales: Derogatorias y
vigencia.
El Concejo Municipal de
Distrito de Monteverde en sesión extraordinaria Nº 402 del 8 de octubre del
2007, en el capítulo II, artículo 02, Inciso a. y
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO
DE
TÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Objetivo.
El presente Reglamento, en conjunto con las disposiciones contenidas en
Artículo 2º—Ámbito de aplicación.
Este Reglamento es de acatamiento obligatorio para todos los funcionarios de la
auditoría interna y para los funcionarios de la administración activa del
Concejo Municipal de Distrito de Monteverde, en la materia que les resulte
aplicable, entendiendo como administración activa la definición contenida en el
Manual de Normas Generales de Control Interno para
Artículo 3º—Regulación del Reglamento.
El presente Reglamento regula las actividades, organización, objetivos,
funciones y atribuciones de
Artículo 4º—Definiciones.
a) Institución:
Concejo Municipal de Distrito de Monteverde.
b) Jerarca: Concejo Municipal de Distrito de
Monteverde.
c) Autoridad Superior Administrativa: Intendente
o funcionario administrativo de mayor rango dentro de la institución u
organización, según corresponda.
d) Órganos de competencia institucional:
Elementos internos y externos, establecidos en el organigrama institucional,
conjunto de sujetos privados y entes públicos que pueden tener personería o
estar adscritos de alguna forma a
e) Administración Activa: Conjunto de las
diferentes Direcciones de
f) Ley Nº 7428: Ley Orgánica de
g) Ley Nº 8292: Ley General de Control Interno.
h) Ley Nº 6872 y 8422: Ley sobre el
Enriquecimiento Ilícito de los Servidores Públicos y Ley Contra
i) Ley Nº 7794: Código Municipal.
j) Ley Nº 8173: Ley General de Concejos de
Distritos.
k) Contraloría General: Contraloría General de
l) Auditoría Interna: Auditoría Interna del
Concejo Municipal.
m) Administración Superior: Se conforma del
Concejo Municipal y
n) Ambiente de control: Conjunto de factores del
ambiente organizacional que deben establecer y mantener
o) Valoración del riesgo: Identificación y
análisis de los riesgos que enfrenta
p) Actividades de control: Políticas y
procedimientos que permiten obtener la seguridad que se llevan a cabo las
disposiciones emitidas por
q) Información y comunicación: Comprende las
actividades que se realizan para garantizar una información confiable de los
sistemas de información.
r) Seguimiento del sistema de control interno:
Comprende las actividades que se realizan para valorar la calidad del
funcionamiento del control interno a lo largo del tiempo y las actividades que
garantizan que los hallazgos de auditoría y los resultados de otras revisiones
se atiendan con prontitud.
TÍTULO II
Organización de
CAPÍTULO I
Concepto de Auditoría
Interna
Artículo 5º—Concepto de
auditoría interna. La auditoría interna es la actividad independiente,
objetiva y asesora, que da valor agregado y mejora las operaciones de la
institución, coadyuva en el cumplimiento de los objetivos y metas de la
administración, aportando un enfoque sistemático y profesional para evaluar y
mejorar la efectividad de los procesos de gestión de riesgos, de control y de
dirección, proporcionando a la ciudadanía una garantía razonable de que la
actuación del Jerarca y la del resto de la administración se ejecutan conforme
al marco legal y técnico y a las sanas prácticas, todo esto de conformidad con
lo establece el artículo 21 de
Artículo 6º—Marco Legal, Reglamentario
y Técnico que regula el accionar de
Artículo 7º—Misión, visión y
principales políticas que regirán el accionar de la auditoría interna. La
auditoría interna establecerá y mantendrá actualizadas la visión, misión y
principales políticas y procedimientos que regirán el accionar de
Artículo 8º—Enunciados o códigos
éticos. Los funcionarios de la auditoría interna deberán observar las
normas éticas que rige su profesión, que se caracterizan por valores de:
integridad, objetividad, confidencialidad, imparcialidad, justicia, respeto,
transparencia y excelencia, sin perjuicio de otros valores que la institución
promueva para guiar su actuación, tal y como lo establece la norma 106 del
Manual de normas generales de auditoría para el sector público.
CAPÍTULO II
Independencia y
objetividad
Artículo 9º—Independencia
y objetividad. Los funcionarios de la auditoría interna deberán ejercer sus
deberes, potestades y competencias con total independencia funcional y de
criterio respecto del jerarca y de los demás órganos de la administración
activa, de forma que los juicios y criterios que emitan sean imparciales y
equilibrados, manteniendo la objetividad y una conducta adecuada con el nivel
jerárquico superior que ocupa la auditoría interna dentro de la institución,
según lo establece la norma 104 del Manual de normas generales de auditoría
para el sector público y artículo 25 de
Artículo 10.—Deberes
y Prohibiciones del personal de Auditoría Interna. Los funcionarios de la
auditoría interna, en el ejercicio de sus funciones ejercerán sus deberes según
lo establece el artículo 32 de
Artículo 11.—Medidas
formales de control. El auditor interno deberá establecer políticas y directrices
que permitan prevenir y detectar situaciones, internas o externas que
comprometan la independencia y la objetividad del personal a su cargo. Para tal
efecto, deberá establecer medidas formales que le permitan controlar y
administrar estos impedimentos, formulando las comunicaciones que correspondan,
las cuales dependerán de la naturaleza del impedimento. No obstante lo
anterior, el personal de auditoría tiene el deber de informar a su superior de
cualquier impedimento que pueda tener.
Artículo 12.—Participación
del Auditor en sesiones o reuniones del jerarca. Con la finalidad de
mantener su objetividad e independencia de criterio, la participación del
auditor interno en las sesiones o reuniones del jerarca debe ser la excepción y
no la regla. Cuando se requiera de su participación en estas reuniones, deberá
de ser conforme con su carácter asesor, según la normativa y criterios
establecidos por
Si la participación del Auditor Interno
en las sesiones o reuniones del jerarca es requerida por ley,
Artículo 13.—Participación
en grupos de trabajo o comisiones de la administración. El auditor interno
y los funcionarios de auditoría no deben ser parte de grupos de trabajo o
comisiones que ejerzan funciones propias de la administración activa. Cuando el
jerarca solicite su participación en estos grupos o comisiones, ésta deberá ser
exclusivamente en función asesora, en asuntos de su competencia, y no podrá
tener carácter permanente, todo esto en resguardo de su objetividad e
independencia de criterio.
CAPÍTULO III
Ubicación y estructura
organizativa
Artículo 14.—Ubicación
y estructura organizativa de la auditoría interna. La auditoría interna en
la estructura organizativa se ubica como un órgano asesor de muy alto nivel
dentro de la estructura organizacional del Concejo Municipal de Distrito de
Monteverde, dependiente orgánicamente del jerarca institucional.
Artículo 15.—Jornada
laboral y plazo de nombramiento. La jornada laboral del auditor y
subauditor internos será de tiempo completo tal como lo establece el artículo
30 de
El plazo de nombramiento para estos
cargos será el establecido en el punto 2.2 de lo “Lineamientos sobre los
requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, y las condiciones
para las gestiones de nombramiento en dichos cargos”, publicado en
CAPÍTULO IV
Del Auditor y Subauditor
Internos
Artículo 16.—Nombramiento
del Auditor y Subauditor internos. El auditor y subauditor internos serán
nombrados considerando lo establecido en el artículo 31 de
Artículo 17.—Supervisión
o remoción del auditor y subauditor internos. El Auditor y Subauditor
Interno serán inamovibles, salvo en el caso de que se demuestre que no cumple
debidamente su cometido o que llegare a declararse en contra de ellos alguna
responsabilidad legal, en cuyo caso, para su remoción se procederá conforme a
dictamen previo y vinculante de
Artículo 18.—Requisitos
para los cargos de auditor y subauditor internos. Para su nombramiento, el
auditor y subauditor internos deberán cumplir los requisitos que se establecen
en los “Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor
internos, y las condiciones para las gestiones de nombramiento en dichos
cargos”, publicado en
Artículo 19.—Funciones
del Auditor y Subauditor Internos. Ambos cargos deberán observar las
respectivas funciones establecidas en los manuales institucionales de cargos y
clases o de denominación similar. Al auditor interno le corresponderá la
dirección superior y administración de la auditoría interna, debiendo cumplir
para ello, entre otras, con las siguientes responsabilidades:
a) Definir,
establecer y mantener actualizadas las políticas, procedimientos y prácticas
requeridas por la auditoría interna, para cumplir con sus competencias,
considerando en cada caso lo relativo a los procesos propios de esa dependencia
y observando la normativa legal y técnica vigente a tal efecto.
b) Definir, establecer y mantener actualizadas
las políticas, procedimientos y prácticas de administración, acceso y custodia
de la documentación de la auditoría interna, en especial de la información
relativa a los asuntos de carácter confidencial, que estipulan los artículos 6
de
c) Mantener actualizado el Reglamento de
Organización y Funcionamiento de la auditoría Interna, y cumplir y hacer
cumplir el reglamento.
d) Presentar el Plan Anual de Trabajo de la
auditoría interna, que debe constituirse en su marco de acción, y presentarlo de
acuerdo con los lineamientos que al respecto emita
e) Proponer al jerarca oportuna y debidamente
justificados, los requerimientos de recursos para llevar adelante su plan,
incluidas las necesidades administrativas de la unidad.
f) Responder por su gestión ante el jerarca.
g) Presentar ante el jerarca el informe de
labores previsto en
h) Establecer y mantener actualizado un programa
de aseguramiento de la calidad para la auditoría interna.
i) Delegar, cuando así lo estime necesario y en
el personal de la auditoría interna sus funciones, utilizando criterios de
idoneidad, conforme a lo que establece
j) Ambos cargos deberán cumplir con pericia y
debido cuidado profesional sus funciones, haciendo valer sus competencias con
independencia funcional y de criterio, siendo vigilante de que su personal
responda de igual manera.
k) Al subauditor le corresponderá apoyar al
auditor interno en el descargo de sus funciones y lo sustituirá en sus
ausencias temporales y deberá responder ante él por su gestión.
CAPÍTULO V
Del Personal de
Artículo 20.—Autorización
movimientos de personal de la auditoría interna. El nombramiento, traslado,
suspensión, remoción, concesión de licencias y demás movimientos de personal de
la auditoría interna, deberán ser autorizados por el auditor interno o en su
defecto por el subauditor, de acuerdo con el marco jurídico que rige para la
institución. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 24 y
28 de
Artículo 21.—Potestad
del Auditor Interno para gestionar oportunamente las plazas vacantes de
Artículo 22.—Cumplimiento
de normativas jurídicas y técnicas. Corresponde al auditor interno vigilar
y tomar las decisiones pertinentes para que el personal bajo su cargo cumpla en
el ejercicio de sus competencias, con la normativa jurídica y técnica
pertinente, así como con las políticas, procedimientos prácticas y demás
disposiciones administrativas, establecidas por el departamento o la
institución que les sean aplicables.
CAPÍTULO VI
Ámbito de acción
Artículo 23.—Ámbito
de acción de la auditoría interna. El ámbito de acción de
CAPÍTULO VII
Relaciones y
coordinaciones
Artículo 24.—Relaciones
y coordinaciones de los funcionarios de la auditoría interna con los auditados.
Corresponderá al Auditor Interno
administrar esas relaciones y regular las de los demás funcionarios de
Artículo 25.—Intercambio
de información. Proveer e intercambiar información con
Artículo 26.—Presupuesto
de
Artículo 27.—Asesoría
legal oportuna y efectiva a la auditoría interna. Coordinar lo necesario
para que la asesoría legal de la institución, brinde un servicio oportuno y
efectivo a la auditoría interna, mediante los estudios jurídicos que ésta le
solicite para la atención de asuntos dentro de su ámbito de acción y la atención
de necesidades de orden jurídico, en la medida en que se posibilite desde el
punto de vista presupuestario y del recurso humano, con fundamento en lo que
establece el artículo 33, inciso c) de
Artículo 28.—Asistencia
profesional o técnica. Tomando en consideración las posibilidades
presupuestarias y de disposición del recurso humano, gestionar lo pertinente a
fin de contar con los criterios técnicos o profesionales en diferentes
disciplinas, sea de funcionarios de la misma institución o ajenos a ella, para
que lleven a cabo labores de su especialidad en apoyo a las auditorias que
realice la dependencia a su cargo.
TÍTULO III
Funcionamiento de
CAPÍTULO I
Competencias de
Artículo 29.—Competencias
de la auditoría interna. Las competencias de la auditoría interna se
encuentran establecidas específicamente en el artículo 22 de
a) Ley General de
Control Interno (Nº 8292).
b) Ley Orgánica de
c) El presente Reglamento,
d) Manual de Normas Generales de Auditoría para
el Sector Público
e) Manual de Normas para el Ejercicio de
f) Lineamientos y directrices que emite
g) Las demás competencias que contemplen la
normativa legal, reglamentaria y técnica aplicable, con las limitaciones que
establece el artículo 34 de
CAPÍTULO II
Deberes de
Artículo 30.—Deberes
de la auditoría interna. Serán deberes del auditor interno, el subauditor,
y el personal de la auditoría interna los siguientes:
a) Los señalados
en el artículo 32 de
b) Los contemplados a lo largo del presente
Reglamento.
c) Las que le impone el Manual de Organización y
Funciones de
d) Los que establece
e) Los que le impone el Manual de Clases de
Puestos (Institucional).
f) Todos aquellos que contemplen la normativa
legal, reglamentaria y técnica aplicable, emitida por las demás instituciones de
control y fiscalización competentes.
CAPÍTULO III
Potestades de
Artículo 31.—Potestades
de la auditoría interna. Serán potestades del auditor, el subauditor
internos y demás personal de la auditoría interna todas aquellas contenidas en
el artículo 33 de
CAPÍTULO IV
Otros aspectos relativos
al funcionamiento de
Artículo 32.—Servicios
de auditoría y preventivos. De conformidad con la norma 1.1.1 del Manual de
normas para el ejercicio de la auditoría interna en el sector público, como
parte de las competencias de la auditoría interna, se encuentran los servicios
de fiscalización, los cuales se clasifican en los servicios de auditoría y los
servicios preventivos.
Los servicios de auditoría se refieren a
los distintos tipos de estudios orientados a evaluar el sistema de control
interno institucional, entre los cuales se encuentran los siguientes:
auditorias evaluadas por riesgos, labores y auditorias continuas, labores y
auditorias de carácter obligatorio, estudios especiales y de seguimiento.
Los servicios preventivos, corresponden a
la asesoría, advertencia y autorización de libros, así como el seguimiento
sobre estas labores.
Artículo 33.—Procesamiento
de la información de la auditoría interna. El auditor interno emitirá las
disposiciones, instrucciones y procesamientos que sean necesarios para el
debido procesamiento de la información, en aspectos tales como:
a) Cualidades de
la información.
b) Análisis y evaluación de la misma.
c) Registros.
d) Acceso y custodia de la información.
e) Supervisión de las labores realizadas.
Artículo 34.—Comunicación
de resultados. El auditor interno será responsable de comunicar los resultados
de los estudios mediante informes al Jerarca o a los titulares subordinados de
la administración activa, con competencia y autoridad para ordenar la
implantación de las respectivas recomendaciones. La remisión y trámite de los
informes se regirá por lo establecido en los artículos 35, 36,37 y 38 de
a) Informes de control
interno.
b) Relaciones de hechos.
c) Oficios producto de servicios preventivos.
d) Otros a criterio del Auditor Interno.
Artículo 35.—Admisibilidad
de la denuncia por parte de la auditoría interna. La auditoría interna dará
trámite únicamente a aquellas denuncias que versen sobre posibles hechos
irregulares o ilegales en relación con el uso y manejo de los fondos públicos o
que afecten
El Auditor Interno determinará los
procedimientos para la atención, la admisibilidad y el trámite de las denuncias
que se presenten y que sean atinentes al ámbito de su competencia.
Artículo 36.—Seguimiento
de recomendaciones por parte de la auditoría interna. La unidad de
auditoría interna dispondrá de un programa de seguimiento de las
recomendaciones aceptadas por la administración activa, que han sido formuladas
en sus memorandos, oficios e informes de auditoría interna o estudios
especiales de auditoría, en los de
Artículo 37.—Seguimiento
de recomendaciones y disposiciones por órganos externos de fiscalización y
control, cuando sean de su conocimiento.
TÍTULO IV
Disposiciones finales
Artículo 38.—Derogatoria.
Este Reglamento deroga el Reglamento de Organización y Funcionamiento de
Artículo 39.—Vigencia.
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial
Monteverde, 24 de enero del
2008.—Auditoría Interna.—Lic. Sonia Montiel López, Auditora Interna.—1
vez.—(6462).
AVISOS
COLEGIO DE PERIODISTA DE
COSTA RICA
“ACUERDO Nº 3-55-07:
Considerando:
1º—Que mediante oficio AIC-028-2007,
del 6 de noviembre del 2007,
2º—Que dicha propuesta pretende aprobar
el reglamento, con los aspectos establecidos por
3º—Que esta Junta Directiva no encuentra
objeción en acoger la recomendación de
Aprobar el siguiente:
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO
DE
DE PERIODISTAS DE COSTA RICA
Presentación
Propósito
Establecer un documento que
contenga los lineamientos de organización y funcionamiento, acorde con la
normativa que rige la labor de Auditoría Interna en el Sector Público, conforme
lo establecen los artículos 21 y 23 de
Alcance
El presente Reglamento regula
lo concerniente a la organización y funcionamiento de
Naturaleza vinculante
El presente Reglamento es de
acatamiento obligatorio para los funcionarios de
Disponibilidad del
Reglamento
Una vez que este Reglamento
sea aprobado por
Estructura
El presente Reglamento está
estructurado en 5 capítulos. El primero es sobre las disposiciones generales,
el segundo sobre la organización de
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—
La labor de
Artículo 2º—La administración activa del
Colegio de Periodistas de Costa Rica es la responsable principal del diseño, la
implantación, la operación, la evaluación, el mejoramiento y el
perfeccionamiento del sistema de control interno institucional, incluyendo
además los sistemas de información y será responsable de realizar las acciones
necesarias para garantizar su efectivo funcionamiento, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 10 de
Por su parte las jefaturas de cada área
de
Artículo 3º—
Artículo 4º—
a)
b)
c)
d)
e) El Manual de Normas Generales de Control
Interno y sus modificaciones.
f) El Manual de Normas Técnicas de Auditoría.
g) El Manual de Normas para el Ejercicio de
h) Los lineamientos para la descripción de funciones
y requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos.
i) Directrices generales relativas al Reglamento
de Organización y Funcionamiento de las Auditorías Internas del Sector Público.
j) Otras disposiciones, normas, políticas y
directrices emitidas por
k) Otros.
CAPÍTULO II
De la organización
Artículo 5º—
Artículo 6º—El Auditor dependerá
orgánicamente de
El rol de
La jornada laboral del auditor interno es
de medio tiempo y podrá ser modificada por el jerarca de
El nombramiento del Auditor Interno se
hará observando lo previsto en el artículo 31 de
Artículo 7º—Es obligación del Auditor
Interno establecer y actualizar la visión, misión y principales políticas que
rigen el accionar de
Asimismo el Auditor Interno deberá
cumplir con pericia y debido cuidado profesional sus funciones, haciendo valer
sus competencias con independencia funcional y de criterio.
Artículo 8º—El Auditor Interno
establecerá y mantendrá actualizado el Código de Ética, el cual deberá ser
acatado obligatoriamente por los funcionarios de
Artículo 9º—El Auditor Interno actuará
como jefe de personal de
Asimismo el Auditor Interno tiene la
potestad de gestionar oportunamente lo relativo a las plazas vacantes de
Artículo 10.—El Auditor Interno deberá
proponer debidamente justificada a
Artículo 11.—
Artículo 12.—El
Auditor Interno ejercerá sus atribuciones con total independencia funcional y
de criterio respecto del jerarca y de los demás órganos de
Artículo 13.—El Auditor Interno no podrá
pertenecer ni ejercer funciones de ninguna otra unidad administrativa del
Colegio de Periodistas de Costa Rica y tampoco ser miembro de juntas
directivas, comités, comisiones de trabajo o similares; con excepción del
Comité de Auditoría u otro que la función de Auditoría así lo amerite.
El auditor interno, tendrá las siguientes
prohibiciones:
a) Realizar
funciones y actuaciones de administración activa, salvo las necesarias para
cumplir su competencia.
b) Formar parte de un órgano director de un procedimiento
administrativo.
c) Ejercer profesiones liberales fuera del cargo,
salvo en asuntos estrictamente personales, en los de su cónyuge, sus
ascendientes, descendientes y colaterales por consanguinidad y afinidad hasta
tercer grado, o bien, cuando la jornada no sea de tiempo completo, excepto que
exista impedimento por la existencia de un interés directo o indirecto del
propio ente u órgano. De esta prohibición se exceptúa la docencia, siempre que
sea fuera de la jornada laboral.
d) Participar en actividades
político-electorales, salvo la emisión del voto en las elecciones nacionales y
municipales.
e) Revelar información sobre las auditorías o los
estudios especiales de auditoría que se estén realizando y sobre aquello que
determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente
penal de los funcionarios de los entes y órganos sujetos a esta Ley.
Artículo 14.—Competen
al Auditor Interno las siguientes responsabilidades:
a) Definir las
ideas rectoras de
b) Implantar las medidas necesarias para el
manejo eficaz de las relaciones y coordinaciones que en el ejercicio de las
competencias de
c) Regular los distintos tipos de planificación
para el desarrollo de las labores, basados en la valoración del riesgo.
d) Diseñar e implantar los procesos inherentes a
e) Supervisar los distintos trabajos que se
realizan.
f) Establecer los distintos trámites que se
darán a los resultados de
g) Referirse por escrito o comunicar lo que
corresponda (a nivel interno y externo), en los casos de recomendaciones,
comentarios, observaciones y otros resultados de Auditoría Interna no
aceptados.
h) Formular los criterios mínimos que se tomarán
en cuenta para mantener y divulgar un programa de aseguramiento continuo de la
calidad y mejora de todos los aspectos de
i) Presentar al jerarca y a las autoridades
superiores de la organización, informes periódicos sobre aspectos relevantes de
j) Analizar el procesamiento de la información,
en cuanto a las cualidades de la información, análisis y evaluación, registros,
acceso y custodia.
Artículo 15.—
Para efectos presupuestarios, se dará a
la auditoría interna una categoría programática; para la asignación y
disposición de sus recursos, se tomarán en cuenta el criterio del auditor
interno y las instrucciones que emita al respecto
La auditoría interna ejecutará su
presupuesto, conforme lo determinen sus necesidades para cumplir su plan de
trabajo.
El responsable del control del
presupuesto institucional deberá mantener un registro separado del monto
asignado y aprobado a
CAPÍTULO III
Del objeto, funciones y
atribuciones
Artículo 16.—El objeto
fundamental de
Los servicios de fiscalización de la
actividad de Auditoría Interna de conformidad con sus competencias se
clasifican en los servicios de Auditoría y los servicios preventivos. Los
servicios de Auditoría son los referidos a los distintos tipos de Auditoría,
incluidos los estudios de evaluación de riesgo, los estudios integrales, los
estudios regulares y los estudios especiales, entre otros. Por su parte, los
servicios preventivos incluyen la asesoría, advertencia y autorización de
libros.
Artículo 17.—Con
base en el artículo 32 de
a) Cumplir con
las competencias signadas por Ley.
b) Cumplir el ordenamiento jurídico y técnico
aplicable.
c) Colaborar en los estudios que
d) Administrar, de manera eficaz, eficiente y
económica, los recursos del proceso del que sea responsable.
e) No revelar a terceros que no tengan relación
directa con los asuntos tratados en sus informes, información sobre las
Auditorías o los estudios especiales de Auditoría que se estén realizando ni
información sobre aquello que determine una posible responsabilidad civil,
administrativa, o eventualmente penal de los funcionarios de los entes y
órganos sujetos a
f) Guardar la confidencialidad del caso sobre la
información a la que tengan acceso.
g) Acatar las disposiciones y recomendaciones
emanadas de
h) Facilitar y entregar la información que les solicite
i) Cumplir los otros deberes atinentes a su
competencia.
Artículo 18.—Para el cumplimiento
de sus deberes,
a) Preparar el
Plan Anual de Labores de conformidad con los lineamientos que establece
b) Evaluar las operaciones de servicios que
brinda
c) El Auditor Interna, asistirá a las sesiones de
Junta Directiva, cuando este Órgano Colegiado lo solicite expresamente, para
que en su función asesora, emita sus opiniones.
d) Elaborar un informe anual de la ejecución del
Plan Anual de Labores y del estado de las recomendaciones de
e) Las demás competencias que contemplen la
normativa legal, reglamentaria y técnica aplicable, con las limitaciones que
establece el artículo 34 de
Artículo 19.—Para el acertado
cumplimiento de su objeto, deberes y funciones
a) Libre acceso,
en cualquier momento, a todos los libros, los archivos, los valores, las
cuentas bancarias y los documentos de los entes y órganos de su competencia
institucional, así como de los sujetos privados, únicamente en cuanto
administren o custodien fondos o bienes públicos de los entes y órganos de su
competencia institucional; también tendrán libre acceso a otras fuentes de
información relacionadas con su actividad.
b) Solicitar, a cualquier funcionario y sujeto
privado que administre o custodie fondos y órganos de su competencia
institucional, en la forma, las condiciones y plazo razonables, los informes,
datos y documentos para el cabal cumplimiento de su competencia. En el caso de
sujetos privados, la solicitud será en lo que respecta a la administración o
custodia de los fondos y órganos de su competencia institucional.
c) Solicitar, a funcionarios de cualquier nivel jerárquico,
la colaboración, el asesoramiento y las facilidades que demande el ejercicio de
d) Cualesquiera otras potestades necesarias para
el cumplimiento de su competencia, de acuerdo con el ordenamiento jurídico y
técnico aplicable.
e) Libre acceso, en cualquier momento, a todos
los libros, los archivos, los valores, las cuentas bancarias y los documentos
del Fondo de Mutualidad del Colegio de Periodistas, Sindicato Nacional de
Periodistas y de
Artículo 20.—El
Auditor Interno no estará obligado a participar de las sesiones de Junta
Directiva, ni a reuniones de otros comités de
El auditor y su personal no deben ser
parte de grupos de trabajo o comisiones que ejerzan función propia de la
administración activa. Cuando así lo solicite el jerarca, se debe tener en
cuenta que su participación será exclusivamente en su función de asesor, en
asuntos de su competencia y no podrá ser con carácter permanente. Lo anterior, en
resguardo de la independencia y objetividad de
La participación del Auditor Interno en
las sesiones o reuniones de
El cargo de auditor interno deberá observar
las respectivas funciones establecidas en los manuales institucionales y
obedecer los requisitos establecidos en la normativa correspondiente de
Artículo 21.—Al
auditor interno le corresponderá la dirección superior y la administración de
Deberá proponer al jerarca, oportuna y
debidamente justificados, los requerimientos de recursos para llevar adelante
su plan, incluidas las necesidades administrativas de
Asimismo el Auditor Interno responderá
por su gestión ante el jerarca, para lo cual deberá presentar ante el jerarca
el informe de labores previsto en
Artículo 22.—Ámbito de acción: Le
corresponderá a
Es obligación del Auditor Interno definir
y mantener actualizado en el Manual de Auditoria, los órganos y entes sujetos
al ámbito de acción de
Artículo 23.—El
Auditor Interno tiene la facultad de proveer e intercambiar información con
Artículo 24.—Es obligación del Auditor
Interno incorporar profesionales o técnicos de diferentes disciplinas,
funcionarios o no del Colegio, para que lleven a cabo labores de su
especialidad en apoyo a las auditorias que realice
Artículo 25.—Los
estudios especiales de auditoría estarán encaminados al examen de aspectos
específicos de orden presupuestario, legal o reglamentario, y serán realizados
a solicitud de
En materia de admisibilidad de denuncias
Artículo 26.—Para
cumplir con lo anterior, los funcionarios de Auditoría Interna deben elaborar y
registrar un plan para cada trabajo, que incluya el alcance, los objetivos, el
tiempo, la asignación de recursos y elaboración de un programa de trabajo
escrito. Estos estudios deberán ser adecuadamente supervisados por el Auditor
Interno, para asegurar el logro de sus objetivos, la calidad del mismo y el
desarrollo profesional del personal.
CAPÍTULO IV
De
Artículo 27.—
Artículo 28.—El auditor Interno deberá
formular y mantener actualizado y en uso de
Estos documentos deberán emitirse
conforme con los lineamientos generales que dicte
Artículo 29.—Será
estrictamente confidencial la información que el Auditor Interno obtenga en el
ejercicio de sus funciones. Sin embargo, esta confidencialidad no se aplicará a
los requerimientos de
Será obligación de la asesoría legal de
la institución brindar el oportuno y efectivo servicio mediante los estudios
jurídicos que requiera
CAPÍTULO V
De la comunicación de
resultados
Artículo 30.—Los objetivos,
alcance, hallazgos, las conclusiones y recomendaciones de los estudios
realizados por
Artículo 31.—Durante
el desarrollo de Auditoría o estudio especial de Auditoría,
El texto de los informes de Auditoría o
estudio especial de Auditoría constará, como principal división, de los cuatro
siguientes capítulos: introducción, comentarios u observaciones, conclusiones y
recomendaciones, que se subdividirán en secciones de acuerdo con las
necesidades de exposición. Sin embargo los memorandos necesariamente deben ordenarse
de acuerdo con la división antes mencionada siempre y cuando tal excepción no
vaya en demérito de la concisión, exactitud, objetividad y claridad de la
información.
Artículo 32.—Los hallazgos obtenidos en
el transcurso de
Artículo 33.—Cuando
los informes de Auditoría obtengan recomendaciones dirigidas a los titulares
subordinados, se procederá de acuerdo con el artículo 36 de
Artículo 34.—
Artículo 35.—Durante
un proceso administrativo de carácter disciplinario, el informe de relación de
hechos u otro informe elaborado por
Artículo 36.—Los
funcionarios de Auditoría responsables de la investigación y confección del
informe de relación de hechos u otro informe, podrán comparecer en las
audiencias del Órganos Directores en su carácter exclusivo de experto calificado
y únicamente será cuestionado, sobre las dudas que del informe puedan surgir en
el curso del procedimiento administrativo en el ámbito de la materia en
investigación.
Artículo 37.—Rige
a partir de su publicación en el Diario Oficial
Acuerdo.
San José, 24 de enero del
2008.—Lic. Orlando Elizondo Araya, Secretario de Junta
Directiva.—1 vez.—(6494).
SUPERINTENDENCIA
GENERAL
DE ENTIDADES FINANCIERAS
SUGEF-A-007.—Superintendencia
General de Entidades Financieras.—Despacho del Superintendente General de
Entidades Financieras, a las diez horas del ocho de enero del 2008.
Considerando que:
1. Mediante Artículos 8 y 12, de las Actas de las Sesiones 639-2007 y
640-2007, respectivamente, celebradas el 9 de abril del 2007 el Consejo
Nacional de Supervisión del Sistema Financiero aprobó el Plan de Cuentas para
Entidades, Grupos y Conglomerados Financieros Homologado, el cual entrará a
regir a partir del primero de enero del 2008.
2. En lo pertinente, deben actualizarse las
referencias contables incluidas en los Acuerdo SUGEF A-002 “Lineamientos
generales para la aplicación del reglamento sobre la suficiencia patrimonial de
entidades financieras, Acuerdo SUGEF 3-
3. En acatamiento de lo estipulado en el Artículo
361, numeral 2, de
Dispone:
a) Modificar el aparte III CUENTAS CONTABLES PARA EL CÁLCULO DE
CÁLCULO
DEL CAPITAL BASE PARA ENTIDADES FINANCIERAS [2]
EXCEPTO ASOCIACIONES
MUTUALISTAS
DE AHORRO Y PRÉSTAMO
CAPITAL BASE (I +
II - III) |
|
I. Capital Primario |
|
C(311.01) – C(315.01) |
Capital pagado ordinario, neto de acciones comunes en tesorería |
C(311.05)*[100 –D(20115)] |
Aportaciones de capital cooperativo [se multiplica por (100 – porcentaje máximo para cubrir el retiro de aportes según el estatuto] |
C(311.02.1.02) – C(315.02.1.02) |
Capital pagado preferente, neto de acciones en tesorería, de carácter perpetuo o redimible a opción de la entidad emisora, con cláusula de dividendo no acumulativo. |
C(312) |
Capital donado |
C(321) |
Capital pagado adicional |
C(341) |
Reserva Legal |
(-) C(186.02) |
Plusvalía comprada |
(-) D(20105) |
Valor en libros de acciones de la entidad dadas en garantía de operaciones crediticias efectuadas por la misma entidad. |
II. Capital Secundario |
|
C(311.05)*D(20115) |
Aportaciones de capital cooperativo [se multiplica por el porcentaje máximo para cubrir el retiro de aportes según el estatuto ] |
C(331.01)*0,75 |
Superávit por revaluación inmuebles, mobiliario y equipo hasta el 75% del saldo de la cuenta patrimonial correspondiente |
(-) C(331.02) |
Ajuste por valuación de inversiones disponibles para la venta, cuando su saldo sea deudor |
(-) C(331.03) |
Ajuste por valuación de inversiones en respaldo de capital mínimo de funcionamiento y reserva de liquidez, cuando su saldo sea deudor |
(-) C(331.04) |
Ajuste por valuación de instrumentos financieros restringidos, cuando su saldo sea deudor |
(-) C(331.05) |
Ajuste por valuación de instrumentos financieros en cesación de pagos, morosos o en litigio, cuando su saldo sea deudor |
(-) C(331.07) |
Ajuste por valoración de instrumentos derivados, cuando su saldo sea deudor |
(-) C(331.08) |
Ajuste por valoración de obligaciones de entregar títulos en reportos y préstamo de valores, cuando su saldo sea deudor |
C(322) |
Aportes para incrementos de capital |
C(323) |
Donaciones y otras contribuciones no capitalizables |
C(332) |
Ajustes por revaluación de participaciones en otras empresas |
D(20146) |
Reservas patrimoniales voluntarias constituidas con el fin específico de cubrir pérdidas de la entidad y que mediante acuerdo del máximo órgano directivo se declaran no redimibles, de acuerdo a lo indicado en el inciso g del Artículo 7. |
C(350) |
Resultados acumulados de ejercicios anteriores |
C(360) |
Resultado de periodo |
C(500) - C(400) |
Resultado del periodo menos las deducciones que por ley correspondan |
C(311.02.1.01) – C(315.02.1.01) |
Capital pagado preferente, neto de acciones en tesorería, de carácter perpetuo o redimible a opción de la entidad emisora, que no califica como capital primario. |
D(20043) |
Instrumentos de deuda perpetuos (deben cumplir con lo indicado en el inciso k del Artículo 7) |
D(20044) |
Instrumentos de capital y deuda a plazo o con cláusula de amortización anticipada a opción del tenedor (deben cumplir con lo indicado en el inciso l del Artículo 7). Restricción: 50% del capital primario. |
III. Deducciones |
|
C(160) |
Las participaciones en el capital de otras empresas, netas de estimaciones |
D(20092) |
Créditos otorgados a la sociedad controladora del mismo grupo o conglomerado financiero, netos de estimaciones |
D(20116) |
Las inversiones en deuda subordinada o convertible en capital de otras empresas, netas de estimaciones según inciso a. Artículo 8 del Reglamento. |
CÁLCULO DEL CAPITAL BASE DE ASOCIACIONES MUTUALISTAS DE
AHORRO PRÉSTAMO [2]
CAPITAL BASE (I-II) |
|
I. Partidas Patrimoniales y otros Rubros |
|
C(300) |
Patrimonio |
C(500) - C(400) |
Resultado del periodo |
D(20043) |
Instrumentos de deuda perpetuos (deben cumplir con lo indicado con el inciso c) del Artículo 9) |
D(20044) |
Instrumentos de capital y deuda a plazo, con cláusula de amortización anticipada a opción del tenedor (deben cumplir con lo indicado en el inciso d) del Artículo 9). Restricción: 50% del patrimonio más los instrumentos de deuda perpetuos menos la deducción del inciso g) del Artículo 9. |
II. Deducciones |
|
C(160) |
Las participaciones en el capital de otras empresas, netas de estimaciones |
D(20092) |
Créditos otorgados a la sociedad controladora del mismo grupo o conglomerado financiero, netos de estimaciones |
C(186.02) |
Plusvalía comprada |
D(20116) |
Las inversiones en deuda subordinada o convertible en capital de otras empresas, netas de estimaciones según inciso a. del Artículo 8 del Reglamento. |
CÁLCULO DE LOS
EQUIVALENTES DE CRÉDITO
A continuación se indican las
cuentas contables cuyo saldo, neto de estimaciones registradas en la cuenta C(252), debe ser multiplicado con el factor de equivalencia
de crédito:
EQUIVALENTES DE CRÉDITO |
|
Factor de conversión de 0,05 |
|
C (611.03) |
Garantías de participación |
C(613) |
Cartas de crédito confirmadas no negociadas |
Factor de conversión de 0,25 |
|
C(611.01 + 611.02 + 611.04 + 611.05) |
Otras garantías y avales |
Factor de conversión de 0,50 |
|
C(615) |
Líneas de crédito de utilización automática |
PONDERACIONES SEGÚN EL RIESGO DE CRÉDITO [2]
A continuación se indican las
cuentas contables cuyo saldo total se pondera con un ponderador único o con un
ponderador en función de la naturaleza o la calificación del activo y pasivo
contingente. La ponderación debe aplicarse a los saldos netos de estimaciones,
las cuales están contenidas en las cuentas C(129),
C(139), C(149), (159), (179) y (252).
PONDERACIONES ÚNICAS |
|
Ponderador de 0% |
|
C(111) |
Efectivo |
C(115) |
Documentos de cobro inmediato |
C(116) |
Disponibilidades Restringidas |
C(160) |
Participaciones en el capital de otras empresas |
C(186.02) |
Plusvalía comprada |
C(611.01.M.01 +611.02.M.01 + 611.03.M.01 + 611.04.M.01) |
Garantías y avales valor en depósito previo |
C(612.01 + 612.03) |
Cartas de crédito emitidas no negociadas valor depósito previo |
C(613.01.M.01) |
Cartas de crédito confirmadas no negociadas valor depósito previo |
C(614) |
Documentos descontados |
C(615.02) |
Líneas de crédito para tarjetas de crédito |
C(617.02) |
Otras contingencias no crediticias |
Ponderador de 75% |
|
C(122.12 + 122.51) |
Inversiones en reportos y reportos tripartitos |
Ponderador de 100% |
|
C(140 – 142.01 – 145) |
Cuentas y productos por cobrar no asociadas (Cuentas y productos por cobrar excepto de disponibilidades, inversiones y créditos, netos de estimaciones) |
C(150 – 151.01) |
Bienes realizables excepto instrumentos financieros adquiridos en recuperación de créditos |
C(170) |
Inmuebles, mobiliario y equipo |
C(180 – 186.02) |
Otros activos excepto Plusvalía comprada |
C(190) |
Inversiones en propiedades |
PONDERACIÓN SEGÚN |
|
C(112 + 113 + 114 + 118.01 + 118.08 ) |
Disponibilidades (excepto efectivo y documentos de cobro inmediato) y productos por cobrar asociados (netos de estimaciones) |
C(121 + 122 + 123 – 122.12 - 122.51 + 124 + 125 + – 129 + 128 + 151.01) |
Inversiones y productos por cobrar asociados (netos de estimaciones). Incluye valores adquiridos en recuperación de créditos. |
PONDERACIÓN SEGÚN |
|
C(131 + 132 + 133 + 134 + 138 - 139 – D(20092) |
Cartera de créditos y productos por cobrar asociados (netos de estimaciones). No incluye los créditos otorgados a la sociedad controladora de su mismo grupo o conglomerado financiero. |
C(142.01) |
Comisiones por cobrar por créditos contingentes |
C(145) |
Cuentas por cobrar por operaciones con partes relacionadas |
C(611.01.M.02 +611.02.M.02 + 611.03.M.02 + 611.04.M.02 + 611.05) |
Garantías y avales otorgados sin depósito previo (ponderación de los respectivos equivalentes de crédito) |
C(612.02 + 612.04) |
Cartas de crédito emitidas no negociadas sin depósito previo |
C(613.01.M.02) |
Cartas de crédito confirmadas no negociadas sin depósito previo (equivalente de crédito) |
C(615.01 + 615.03 + 615.99) |
Líneas de crédito de utilización automática excepto tarjetas de crédito (equivalentes de crédito) |
C(616) |
Créditos de contingencia comprometidos |
C(617.01) |
Otras contingencias crediticias |
C(619) |
Créditos pendientes de desembolsar |
– C(252) |
Estimación por deterioro de créditos contingentes |
CUENTAS SUJETAS A RIESGO
DE PRECIO [2]
A continuación se indican las
cuentas contables en las cuales se registran los valores cuyo saldo total bruto
(sin deducir las estimaciones) está sujeto al cálculo del Valor en Riesgo (VeR).
CUENTAS SUJETAS AL CÁLCULO DEL VeR |
|
C(121 + 122 -122.12 - 122.51 + 123 + 124 + 125) – D 20173 |
Inversiones en Instrumentos financieros excepto las inversiones en operaciones de reporto y reporto tripartito, los valores y depósitos a plazo no estandarizados y las inversiones en valores y depósitos en entidades en cesación de pagos. |
C(151.01) |
Instrumentos financieros adquiridos en recuperación de créditos excepto las inversiones en operaciones de recompra (valores con pacto de reventa) y los valores y depósitos a plazo no estandarizados. |
Rige a partir del 1° de enero
del 2008.
José Armando Fallas Martínez,
Intendente General.—1 vez.—(3699).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Yo, Zahyra Mata
Corrales, cédula Nº 1-294-903, solicito por motivo de extravío la orden de no
pago y la reposición del certificado de depósito a plazo Nº 400-02-147-14634-2
del Banco Nacional de Costa Rica por un monto de $4.048,48, emitido el 26
diciembre del 2007, con vencimiento el 26 junio del 2008, con sus respectivos
cupones.—Zahyra Mata
Corrales, Solicitante.—Nº 9817.—(5386).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El Banco Popular y de
Desarrollo Comunal (Centro de Servicios Financieros del Este), hace del
conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado de
ahorro a plazo fijo, a la orden de Rodríguez Centeno Francis, cédula de
identidad 1-1258-225.
Certificado Monto Fecha de Cupón Monto Fecha de
número (¢) vencimiento número (¢) vencimiento
16102860216209016 121.473,00 14/06/2006 n/a n/a n/a
San José, 21 de enero del 2008.—Francis Rodríguez Centeno.—Nº 10180.—(5785).
FACULTAD DE DERECHO
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
María del Mar González
Villar, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
licenciatura en derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
VICERRECTORÍA EJECUTIVA
OFICINA DE REGISTRO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante
Diplomado Tomo
VI Folio 939 Asiento 06
Bachillerato Tomo
VII Folio 1077 Asiento 19
Licenciatura Tomo
VIII Folio 1149 Asiento 12
Extendido a nombre de Marcela
Hernández Baltodano, cédula de identidad Nº 5-307-291. Se solicita la
publicación del edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del
término de quince días hábiles, a partir de la tercera publicación en
Dado a solicitud de la
interesada en San José, a los veintiún días del mes de enero del dos mil ocho.—Lic. Tatiana Bermúdez Vargas, Encargada de Graduación y
Certificaciones.—(4816).
Nº 2007-631
ASUNTO: Adquisición
de lote propiedad de GW Reyes Limitada, para el proyecto de Acueducto de Palmar
Norte.
Considerando:
I.—Que conforme lo solicitó
II.—Que la finca
afectada está inscrita en la provincia de Puntarenas, del Registro Público al
Sistema de Folio Real Nº 48001-000, con un área total de
III.—Que el
documento LNA-2007-598 del Laboratorio Nacional de Aguas, expresa:
“...Certificación de calidad del agua del Acueducto de Palmar Norte... En
conclusión esta Dirección del Laboratorio Nacional de Aguas certifica que el
consumo del agua del acueducto de Palmar Norte es de alto riesgo para la salud
humana, por lo que se recomienda buscar otra fuente subterránea de agua y
someter el agua a desinfección constante...”. En otro de los documentos
adjuntos se indica: “... PUNTO DE MUESTREO...POZO... En este análisis puntual
el agua no cumple los criterios microbiológicos establecidos para aguas de
consumo humano...”.
IV.—Que
V.—Que el Departamento de Avalúos, mediante oficio Nº
DEP-A-2007-016 del 5 de febrero del 2007, valoró el lote así:
“...Características del
sector:
El sector donde se ubica el
inmueble a afectarse es de características sub-urbanas
y se encuentra localizado aproximadamente a
El uso actual del
terreno en el inmueble a expropiarse es de charral y
pozo perforado, el cual no está armado ni en funcionamiento aún. En el costado
este del lote se ubica un taller para la reparación de llantas y cambio de
aceite de automotores; aproximadamente
Los servicios públicos,
con que cuenta el inmueble son los indicados en el apartado anterior; pero
además debe citarse que el sector cuenta con servicio de transporte público y
privado hacia Puerto Cortés, Río Claro y otros puntos de interés.
La topografía
predominante es de una pendiente plana bajo nivel de
Conforme a la
información consultada, los terrenos cercanos al pueblo de Palmar Norte han
experimentado una alta plusvalía en el transcurso de los últimos dos años; con
un aumento de su valor de mercado de hasta un 2000%. La compra de terrenos por
parte de extranjeros ha elevado considerablemente los valores de mercado de los
bienes inmuebles, los cuales se ubican relativamente cerca de la zona costera.
Del mismo modo se han
realizado compra ventas por parte de una cadena de supermercados,
Características del terreno:
La finca a expropiarse
tiene un área según Registro de
De conformidad a la
información registral, la finca colinda: al norte, al
este, (quebrada en medio), y al oeste, con GW Reyes Ltda., y al sur, con
La finca es de forma
irregular, con una relación frente - fondo de
Determinación del valor del terreno:
Para la determinación
del valor del terreno se considerarán los siguientes aspectos:
1- Características
del sector tales como: Tipo de zona, grado de desarrollo, vías de acceso,
topografía, servicios públicos y privados y otros.
2- Ubicación del terreno
con respecto al centro de población de Palmar Norte.
3- Investigación
de valores en la zona; criterio profesional de peritos del área de avalúos,
valor de mercado de propiedades con características homogéneas en la zona;
consulta de propiedades en venta y otras expropiaciones realizadas en la zona.
4- Uso actual del
terreno.
5- Motivo del
avalúo.
Tomando en cuenta las
características de la finca y considerando su cercanía con la cabecera distrito
de Palmar, así como los precios de mercado en la zona, los valores a efectos de
Tributación ante
Valor del terreno =
¢82.356.340,00
Avalúo de las obras
civiles:
Tomando en consideración los
costos de movilización de maquinaria y equipo hasta el lugar del pozo; la perforación
y el armado del pozo, el ademe, la rejilla, el empaque de grava, las pruebas de
bombeo, la colocación de sellos sanitarios, brocal y tapa, por criterio
profesional y conforme a su estado de conservación, edad y vida útil estimada
del pozo se fija su valor neto de reposición (VNR) en ¢3.800.000,00, sin
embargo por haber sido esta mejora realizada por el AyA
no se incrementará el monto de este avalúo por el valor del pozo perforado.
Valor de las obras civiles
= ¢6.258.967,00
Por tanto:
Se fijan los siguientes
valores:
Valor del terreno de lote para pozo ¢ 82.356.340,00
Valor de las obras civiles (Pozo perforado) ¢ No
se incluirá por haber
sido hechas por el AyA.
Total de la indemnización ¢ 82.356.340,00
Valor en letras: Ochenta y
dos millones trescientos cincuenta y seis mil trescientos cuarenta colones sin
céntimos...”.
VI.—Que
la adquisición señalada, es de evidente interés público, para el cumplimiento
de los fines institucionales. Por tanto:
Con fundamento en el artículo
45 y 50 de
1º—Declarar de utilidad
pública y necesidad social la adquisición de un lote con un área de
2º—Aprobar el avalúo Nº DEP-A-2007-016 de
fecha 5 de febrero del 2007, rendido por el Departamento de Avalúos, en la suma
de ¢82.356.340,00 (ochenta y dos millones trescientos cincuenta y seis
mil trescientos cuarenta colones sin céntimos).
3º—Autorizar a los apoderados del
Instituto, para que realicen las Diligencias necesarias a fin de expropiar en
vía administrativa o judicial, en caso de negativa del afectado a aceptar el
precio fijado administrativamente o de que subsista el impedimento legal en
este caso, por las anotaciones que obliga a
4º—Autorizar, a los notarios de
5º—Notificar al propietario y se otorga
un plazo de ocho días hábiles para manifestar lo que considere relacionado con
el precio asignado al bien, bajo apercibimiento de que en caso de silencio éste
será tenido como aceptación del avalúo administrativo, de conformidad con el
artículo 25 de
Acuerdo firme.
San José, 15 de enero del
2008.—Lic. Victoriano Conejo Aguilar, Secretario
General.—1 vez.—(6520).
Nº 2008-015
ASUNTO: Adquisición
de lote propiedad de Inversiones Río Orinoco S.A., necesario para el Acueducto
de Papagayo.
Considerando:
I.—Que mediante acuerdo de Junta Directiva Nº 2001-368 de
fecha del 7 de noviembre del 2001, se acordó:
“1. Declarar de utilidad
pública y necesidad social la adquisición de un lote con un pozo perforado por
SENAS hoy SENARA, con un área de
II.—Que
mediante acuerdo de Junta Directiva Nº AN-2001-413 de fecha 5 de diciembre del
2001, se acordó:
“1. Modificar el
acuerdo de Junta Directiva Nº AN-2001-368 del 7 de noviembre del 2001, en el
sentido de que la finca de interés para AyA está
inscrita en el partido de Guanacaste, al Folio Real Nº 34648-
III.—Que
a solicitud verbal del propietario, el Departamento de Topografía de
IV.—Que el
Departamento de Topografía, procedió a corregir, únicamente, el número de finca
y a elaborar y catastrar un nuevo plano, del lote y servidumbre de interés para
el AyA, manteniéndose la misma ubicación y medida del
lote y servidumbre, los
V.—Que del estudio topográfico se determinó que el número
correcto de la finca afectada con el pozo es la finca inscrita en el Registro
Público, partido de Guanacaste, al Sistema de Folio Real Nº 34646-
VI.—Que por lo
expuesto, es necesario modificar los acuerdos indicados, en cuanto a las citas
de inscripción de la finca afectada, manteniéndose su área y ubicación del lote
con el pozo y el derecho de servidumbre.
VII.—Que es
necesario desafectar la finca inscrita en el Registro
Público, partido de Guanacaste, Folio Real Nº 34648-000, declarada en su
oportunidad de interés público, erróneamente y declarar de utilidad pública y
necesidad social el lote de
VIII.—Que la
adquisición señalada, es de evidente interés público, para el cumplimiento de
los fines institucionales.
IX.—Que dentro
del área de la servidumbre no se podrá construir edificaciones permanentes ni
sembrar árboles, ni mantener obstáculos en la franja que impidan el
mantenimiento de la tubería o impidan el acceso a funcionarios o empresas
contratadas por el AyA.
X.—Que en todo lo demás quedan firmes y valederos los
acuerdos citados. Por tanto:
Con fundamento en el artículo
45 y 50 de
1º—Modificar el acuerdo de
Junta Directiva Nº AN-2001-413 de fecha 5 de diciembre del 2001, en el sentido
de que las citas de inscripción del lote con un área de
2º—Desafectar
la finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Folio Real Nº
34648-000, declarada en su oportunidad de interés público, erróneamente y
declarar de utilidad pública y necesidad social el lote de
3º—Autorizar a los apoderados del
Instituto, para que realicen las modificaciones que correspondan dentro del
proceso de expropiación tramitado ante el Juzgado Contencioso Administrativo
seguido por el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados contra
Inversiones Río Orinoco S. A.
4º—Autorizar a los apoderados del
Instituto a realizar cualquier gestión para cancelar el mandamiento inscrito al
tomo 515, asiento 17526, del Diario del Registro, anotado al margen de la
finca, inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, al Folio Real Nº
34648-000, citada incorrectamente dentro del proceso de expropiación.
Asimismo se autoriza realizar cualquier
gestión a fin de anotar la finca con las citas de inscripción correcta, Folio
Real Nº 34646-000, provincia de Guanacaste, con el mandamiento de anotación de
demanda ante el mismo Registro Público.
5º—En todo lo demás queda firme y
valedero el citado acuerdo. Notifíquese. Publíquese en el Diario Oficial
Acuerdo firme.
Acuerdo Nº 2008-015, tomado por
San José, 15 de enero del
2008.—Lic. Victoriano Conejo Aguilar, Secretario
General.—1 vez.—(6522).
Nº 2008-012
ASUNTO: Convenio
de delegación de acueducto y alcantarillado de Asociación de Acueducto Villa
Fátima, San José de Upala.
Conoce esta Junta Directiva
de la solicitud de delegación de la administración del Sistema de Acueductos y
Alcantarillados.
Resultando:
1º—Que de conformidad con el
artículo 50, 129 de
2º—Que de conformidad con los artículos
11, 21, 129 y 169 de
3º—Que de conformidad con los artículos
1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de
Considerando:
I.—Que la participación de la comunidad o sociedad civil,
constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del
desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA,
desde
II.—Que la
comunidad Villa Fátima de San José Upala, con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos
comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.
III.—Que en
asamblea general de vecinos celebrada, dispusieron constituir la organización y
solicitar al AyA, que delegue la administración de
los sistemas en dicha organización.
IV.—Que por las
características del sistema, es procedente delegar la administración en la
organización comunal constituida al efecto, denominada Asociación de Acueducto
Villa Fátima San José de Upala, cédula jurídica número tres-cero cero
dos-doscientos treinta y un mil seiscientos seis, que se encuentra debidamente
inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo el
expediente número diez mil doscientos veinticinco.
V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento,
VI.—Que mediante
el dictamen legal Nº DJ-SC-0068-2007 del día 6 del mes de diciembre del 2007,
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de
ACUERDA:
1º—Acordar la delegación de
la administración de los sistemas de acueducto y alcantarillado sanitario de la
comunidad, en
2º—Autorizar
3º—Disponer que
4º—Aprobado el convenio, notifíquese a
todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio
de publicación en el Diario Oficial
Acuerdo firme.
Acuerdo Nº 2008-012, adoptado por
San José, 21 de enero del
2008.—Lic. Victoriano Conejo Aguilar, Secretario
General.—1 vez.—(6524).
Nº 2008-011
ASUNTO: Convenio
de delegación de acueducto y alcantarillado de Asociación de Acueducto de Tres
Equis de Turrialba.
Conoce esta Junta Directiva
de la solicitud de delegación de la administración del Sistema de Acueductos y
Alcantarillados.
Resultando:
1º—Que de conformidad con el
artículo 50, 129 de
2º—Que de conformidad con los artículos
11, 21, 129 y 169 de
3º—Que de conformidad con los artículos
1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de
Considerando:
I.—Que la participación de la comunidad ó sociedad civil,
constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del
desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA,
desde
II.—Que la
comunidad Tres Equis de Turrialba, con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos
comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.
III.—Que en
asamblea general de vecinos celebrada, dispusieron constituir la organización y
solicitar al AyA, que delegue la administración de los
sistemas en dicha organización.
IV.—Que por las
características del sistema, es procedente delegar la administración en la
organización comunal constituida al efecto, denominada Asociación de Acueductos
de Tres Equis de Turrialba, cédula jurídica número tres-cero cero
dos-doscientos veinticinco mil cincuenta y dos, que se encuentra debidamente
inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo el
expediente número nueve mil ochocientos ochenta y nueve.
V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento,
VI.—Que mediante
el dictamen legal Nº DJ-SC-0067-2007 del día 6 del mes de diciembre del 2007,
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de
ACUERDA:
1º—Acordar la delegación de la
administración de los sistemas de acueducto y alcantarillado sanitario de la
comunidad, en
2º—Autorizar
3º—Disponer que
4º—Aprobado el convenio, notifíquese a
todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio
de publicación en el Diario Oficial
Acuerdo firme.
Acuerdo Nº 2008-011, adoptado por
San José, 21 de enero del
2008.—Lic. Victoriano Conejo Aguilar, Secretario
General.—1 vez.—(6525).
Conoce esta Junta Directiva de la solicitud de delegación de la administración del Sistema de Acueductos y Alcantarillados.
Resultando:
1º—Que de conformidad con el
artículo 50, 129 de
2º—Que de conformidad con los artículos
11, 21, 129 y 169 de
3º—Que de conformidad con los artículos
1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de
Considerando:
I.—Que la participación de la comunidad o sociedad civil,
constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del
desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA,
desde
II.—Que la
comunidad San Rafael de San Ramón de Alajuela, con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos
comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.
III.—Que en
asamblea general de vecinos celebrada, dispusieron constituir la organización y
solicitar al AyA, que delegue la administración de
los sistemas en dicha organización.
IV.—Que por las características del
sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal
constituida al efecto, denominada Asociación Administradora del Acueducto y
Alcantarillado Sanitario de San Rafael, cantón de San Ramón, provincia de
Alajuela, cédula jurídica número tres-cero cero dos-trescientos sesenta y siete
mil setecientos cincuenta y ocho, que se encuentra debidamente inscrita en el
Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo el tomo número quinientos
veinticinco, asiento número once mil ochocientos cincuenta.
V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento,
VI.—Que mediante
el dictamen legal Nº DJ-SC-0066-2007 del día 6 del mes de diciembre del 2007,
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de
ACUERDA:
1º—Acordar la delegación de
la administración de los sistemas de acueducto y alcantarillado sanitario de la
comunidad, en
2º—Autorizar
3º—Disponer que
4º—Aprobado el convenio, notifíquese a
todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio
de publicación en el Diario Oficial
Acuerdo firme.
Acuerdo Nº 2008-010, adoptado por
San José, 21 de enero del
2008.—Lic. Victoriano Conejo Aguilar, Secretario
General.—1 vez.—(6526).
Nº 2008-009
ASUNTO: Convenio
de delegación de Acueducto y Alcantarillado de Asociación Administradora del
Acueducto San Buenas, Coronado de Ciudad Cortés, Osa, Puntarenas.
Conoce esta Junta Directiva
de la solicitud de delegación de la administración del Sistema de Acueductos y
Alcantarillados.
Resultando:
1º—Que de conformidad con el
artículo 50, 129 de
2º—Que de conformidad con los artículos
11, 21, 129 y 169 de
3º—Que de conformidad con los artículos
1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de
Considerando:
I.—Que la participación de la comunidad o sociedad civil,
constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del
desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA,
desde
II.—Que la
comunidad San Buenas de Coronado de Ciudad Cortés, con aporte de la comunidad,
de AyA y del Estado, se ha construido un sistema de
acueductos comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.
III.—Que en
asamblea general de vecinos celebrada, dispusieron constituir la organización y
solicitar al AyA, que delegue la administración de
los sistemas en dicha organización.
IV.—Que por las características del
sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal
constituida al efecto, denominada Asociación Administrativa del Acueducto San
Buenas-Coronado de Ciudad Cortés, Osa, Puntarenas, cédula jurídica número
tres-cero cero dos-doscientos doce mil doscientos ocho, que se encuentra
debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo
el tomo número cuatrocientos cuarenta y tres, asiento número diez mil
trescientos treinta y dos.
V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento,
VI.—Que mediante
el dictamen legal Nº DJ-SC-0065-2007 del día 6 del mes de diciembre del 2007,
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de
ACUERDA:
1º—Acordar la delegación de
la administración de los sistemas de acueducto y alcantarillado sanitario de la
comunidad, en
2º—Autorizar
3º—Disponer que
4º—Aprobado el convenio, notifíquese a
todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio
de publicación en el Diario Oficial
Acuerdo firme.
Acuerdo Nº 2008-009, adoptado por
San José, 21 de enero del
2008.—Lic. Victoriano Conejo Aguilar, Secretario
General.—1 vez.—(6529).
Nº 2008-008
ASUNTO: Convenio
de delegación de Acueducto y Alcantarillado de Asociación Administradora del
Sistema de Acueducto de Rancho Redondo de Goicoechea.
Conoce esta Junta Directiva
de la solicitud de delegación de la administración del Sistema de Acueductos y
Alcantarillados.
Resultando:
1º—Que de conformidad con el
artículo 50, 129 de
2º—Que de conformidad con los artículos
11, 21, 129 y 169 de
3º—Que de conformidad con los artículos
1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de
Considerando:
I.—Que la participación de la comunidad o sociedad civil,
constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del
desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA,
desde
II.—Que la
comunidad Rancho Redondo de Goicoechea, con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos
comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.
III.—Que en
asamblea general de vecinos celebrada, dispusieron constituir la organización y
solicitar al AyA, que delegue la administración de
los sistemas en dicha organización.
IV.—Que por las características del
sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal
constituida al efecto, denominada Asociación Administradora del Sistema de
Acueducto de Rancho Redondo de Goicoechea, cédula jurídica número tres-cero
cero dos-cuatrocientos ochenta y un mil novecientos setenta y siete, que se
encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro
Nacional bajo el tomo número quinientos sesenta y nueve, asiento número setenta
y tres mil novecientos cuarenta y tres.
V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento,
VI.—Que mediante
el dictamen legal Nº DJ-SC-0064-2007 del día 6 del mes de diciembre del 2007,
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de
ACUERDA:
1º—Acordar la delegación de
la administración de los sistemas de acueducto y alcantarillado sanitario de la
comunidad, en
2º—Autorizar
3º—Disponer que
4º—Aprobado el convenio, notifíquese a
todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio
de publicación en el Diario Oficial
Acuerdo firme.
Acuerdo Nº 2008-008, adoptado por
San José, 21 de enero del
2008.—Lic. Victoriano Conejo Aguilar, Secretario
General.—1 vez.—(6531).
Nº 2008-005
ASUNTO: Convenio
de delegación de acueducto y alcantarillado de Asociación Administradora del
Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Caimitos y San Francisco.
Conoce esta Junta Directiva
de la solicitud de delegación de la administración del Sistema de Acueductos y
Alcantarillados.
Resultando:
1º—Que de conformidad con el
artículo 50, 129 de
2º—Que de conformidad con los artículos
11, 21, 129 y 169 de
3º—Que de conformidad con los artículos
1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de
Considerando:
I.—Que la participación de la comunidad o sociedad civil,
constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del
desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA,
desde
II.—Que la
comunidad Caimitos y San Francisco, con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos
comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.
III.—Que en
asamblea general de vecinos celebrada, dispusieron constituir la organización y
solicitar al AyA, que delegue la administración de
los sistemas en dicha organización.
IV.—Que por las características del
sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal
constituida al efecto, denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado
Sanitario de Caimitos y San Francisco, cédula jurídica número tres-cero cero
dos-cuatrocientos noventa y siete mil ciento uno, que se encuentra debidamente
inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo el tomo
número quinientos setenta y uno, asiento número treinta y un mil setenta y uno.
V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento,
VI.—Que mediante
el dictamen legal Nº DJ-SC-0061-2007 del día 6 del mes de diciembre del 2007,
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de
ACUERDA:
1º—Acordar la delegación de
la administración de los sistemas de acueducto y alcantarillado sanitario de la
comunidad, en
2º—Autorizar
3º—Disponer que
4º—Aprobado el convenio, notifíquese a
todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio
de publicación en el Diario Oficial
Acuerdo firme.
Acuerdo Nº 2008-005, adoptado por
San José, 21 de enero del
2008.—Lic. Victoriano Conejo Aguilar, Secretario
General.—1 vez.—(6532).
Nº 2008-006
ASUNTO: Convenio de delegación de acueducto y
alcantarillado de Asociación del Acueducto de Golfito.
Conoce esta Junta Directiva
de
Resultando:
1º—Que de conformidad con el
artículo 50, 129 de
2º—Que de conformidad con los artículos
11, 21, 129 y 169 de
3º—Que de conformidad con los artículos
1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de
Considerando:
I.—Que la participación de la comunidad o sociedad civil,
constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del desarrollo
sostenible en Costa Rica, por lo que AyA, desde
II.—Que la
comunidad Golfito, con aporte de la comunidad, de AyA
y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos comunales, para el
abastecimiento de una población de habitantes.
III.—Que en
Asamblea general de vecinos celebrada, dispusieron constituir la organización y
solicitar al AyA, que delegue la administración de
los sistemas en dicha organización.
IV.—Que por las características del
sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal
constituida al efecto, denominada Asociación de Acueducto de Golfito, cédula
jurídica tres-cero cero dos-doscientos cuatro mil cuarenta y cuatro, que se
encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro
Nacional bajo el expediente número ocho mil seiscientos cuarenta y siete.
V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento,
VI.—Que mediante
el dictamen legal Nº DJ-SC-0062-2007 del día 6 del mes de diciembre de 2007,
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de
ACUERDA:
1º—Acordar la delegación de
la administración de los sistemas de acueducto y alcantarillado sanitario de la
comunidad, en
2º—Autorizar
3º—Disponer que
4º—Aprobado el Convenio, notifíquese a
todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio
de publicación en el Diario Oficial
Comuníquese y publíquese.
Acuerdo firme.
Acuerdo Nº 2008-006, adoptado
por
San José, 8 de enero del 2008.—Lic. Victoriano Conejo Aguilar, Secretario General.—1 vez.—(6534).
Nº 2008-007
ASUNTO: Convenio de delegación de acueducto y
alcantarillado de Asociación de Acueducto de Herradura.
Conoce esta Junta Directiva
de
Resultando:
1º—Que de conformidad con el
artículo 50, 129 de
2º—Que de conformidad con los artículos
11, 21, 129 y 169 de
III.—Que de conformidad con los artículos
1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de
Considerando:
I.—Que la participación de la comunidad o sociedad civil,
constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del
desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA,
desde
II.—Que la
comunidad Golfito, con aporte de la comunidad, de AyA
y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos comunales, para el
abastecimiento de una población de habitantes.
III.—Que en
asamblea general de vecinos celebrada, dispusieron constituir la organización y
solicitar al AyA, que delegue la administración de
los sistemas en dicha organización.
IV.—Que por las
características del sistema, es procedente delegar la administración en la
organización comunal constituida al efecto, denominada Asociación de Acueducto
de Herradura, cédula jurídica tres-cero cero dos-ciento noventa y un mil
novecientos setenta y dos, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro
de Asociaciones del Registro Nacional bajo el Tomo número cuatrocientos treinta
y uno Asiento número tres mil seiscientos veintitrés.
V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento,
VI.—Que mediante
el dictamen legal Nº DJ-SC-0063-2007 del día 6 del mes de diciembre de 2007,
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de
ACUERDA:
1º—Acordar la delegación de
la administración de los sistemas de acueducto y alcantarillado sanitario de la
comunidad, en
2º—Autorizar
3º—Disponer que
4º—Aprobado el Convenio, Notifíquese a
todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio
de publicación en el Diario Oficial
Comuníquese y publíquese.
Acuerdo firme.
Acuerdo Nº 2008-007, adoptado
por
Lic. Victoriano Conejo
Aguilar, Secretario General.—1 vez.—(6535).
Nº 2008-013
ASUNTO: Convenio de delegación de acueducto y alcantarillado
de Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de
Veracruz, Cuajiniquil, Santa Cruz, Guanacaste.
Conoce esta Junta Directiva
de
Resultando:
I.—Que de conformidad con el artículo 50, 129 de
II.—Que de conformidad con los artículos
11, 21, 129 y 169 de
III.—Que de conformidad con los artículos
1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de
Considerando:
I.—Que la participación de la comunidad o sociedad civil,
constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del
desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA,
desde
II.—Que la
comunidad Veracruz de Cuajiniquil de Santa Cruz, con
aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha
construido un sistema de acueductos comunales, para el abastecimiento de una
población de habitantes.
III.—Que en
Asamblea general de vecinos celebrada, dispusieron constituir la organización y
solicitar al AyA, que delegue la administración de
los sistemas en dicha organización.
IV.—Que por las características del
sistema, es procedente delegar la administración en la organización comunal
constituida al efecto, denominada Asociación Administradora del Acueducto y
Alcantarillado Sanitario de Veracruz, Cuajiniquil,
Santa Cruz, Guanacaste, cédula jurídica tres-cero cero dos-quinientos un mil
quinientos nueve, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de
Asociaciones del Registro Nacional bajo el tomo número quinientos setenta y uno
Asiento número doce mil cuatrocientos trece.
V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento,
VI.—Que mediante
el dictamen legal Nº DJ-SC-0069-2007 del día 6 del mes de diciembre de 2007,
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de
ACUERDA:
1º—Acordar la delegación de
la administración de los sistemas de acueducto y alcantarillado sanitario de la
comunidad, en
2º—Autorizar
3º—Disponer que
4º—Aprobado el Convenio, Notifíquese a
todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio
de publicación en el Diario Oficial
Comuníquese y publíquese.
Acuerdo firme.
Acuerdo Nº 2008-013, tomado
por
San José, 8 de enero del 2008.—Lic. Victoriano Conejo Aguilar, Secretario General.—1 vez.—(6538).
Nº 2008-014
ASUNTO: Convenio de delegación de acueducto y
alcantarillado de Asociación Administradora del Acueducto Rural de Agua Blanca
de Acosta.
Conoce esta Junta Directiva
de
Resultando:
I.—Que de conformidad con el artículo 50, 129 de
II.—Que de conformidad con los artículos
11, 21, 129 y 169 de
III.—Que de conformidad con los artículos
1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de
Considerando:
I.—Que la participación de la comunidad o sociedad civil,
constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la consecución del
desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA,
desde
II.—Que la
comunidad Agua Blanca de Acosta, con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos
comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.
III.—Que en
asamblea general de vecinos celebrada, dispusieron constituir la organización y
solicitar al AyA, que delegue la administración de
los sistemas en dicha organización.
IV.—Que por las
características del sistema, es procedente delegar la administración en la
organización comunal constituida al efecto, denominada Asociación
Administradora del Acueducto Rural de Agua Blanca de Acosta, cédula jurídica
tres-cero cero dos-cuatrocientos cuarenta y un mil seiscientos dos, que se
encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro
Nacional bajo el tomo número quinientos cincuenta y dos Asiento número once mil
quinientos setenta y seis.
V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento,
VI.—Que mediante
el dictamen legal Nº DJ-SC-0070-2007 del día 6 del mes de diciembre de 2007,
Con fundamento en lo
dispuesto en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de
ACUERDA:
1º—Acordar la delegación de
la administración de los sistemas de acueducto y alcantarillado sanitario de la
comunidad, en
2º—Autorizar
3º—Disponer que
4º—Aprobado el Convenio, notifíquese a
todos los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio
de publicación en el Diario Oficial
Comuníquese y publíquese.
Acuerdo firme.
Acuerdo Nº 2008-014, adoptado
por
Lic. Victoriano Conejo
Aguilar, Secretario General.—1 vez.—(6539).
AVISO
Al señor José David Correa
Flores se le comunica la resolución de las once horas del dieciséis de enero
del dos mil ocho, dado que la señora Marta Ruiz Pérez ha solicitado
autorización de salida del país de sus hijos Samanta y Jonathan ambos Correa
Ruiz, siendo que conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Salidas del País
se le concede el plazo de ocho días para que rinda sus manifestaciones, al cabo
de los cuales se procederá a resolver dicha solicitud. Plazo Para ofrecer
recurso de revocatoria con apelación tres días a partir de la segunda
publicación de este edicto.—Oficina Local de
Desamparados.—Lic. María Elena Roig Vargas,
Representante Legal.—Nº 10228.—(5784).
2 v. 2.
Se hace saber a Rigoberto
Salas Carvajal y a quien interese, que la señora María Eulalia Morales Orozco, presentó
ante este Despacho el 17 de diciembre del 2007, solicitud de salida del país,
para su hijo Rafael Andrey Salas Morales, por
desconocer el paradero del padre. Para la recepción de la prueba testimonial y
la manifestación de la persona menor de edad, se señalan las 09:00 horas del 23
de enero del 2008. Se le hace saber a las partes, que cuentan con un plazo de
ocho días hábiles para oponer excepciones y ofrecer la prueba que considere
pertinente. Contra esta resolución proceden los recursos de revocatoria y
apelación en subsidio, los que se interpondrán en el plazo de tres días hábiles
posteriores a la notificación, ante este Órgano Director quien resolverá el
primero y el segundo
2 v. 1.
TASA DE INTERÉS CORRIENTE DE
CONFORMIDAD CON LO REGULADO EN LOS ARTÍCULOS 57 Y 58 DEL CÓDIGO
DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS
Establecer un 12,56% para la
tasa de interés corriente a cargo del sujeto pasivo y de la administración
tributaria, de conformidad con lo regulado en los artículos 57 y 58 del Código
de Normas y Procedimientos Tributarios.
Se deja sin efecto la
publicación de
Rige a partir de su
publicación.
Moravia, 24 de enero del 2008.—Sección de Contabilidad y Finanzas.—Lic. Adrián Salazar
Vega, Jefe.—1 vez.—(6489).
DIRECCIÓN
FINANCIERA-DIRECCIÓN SERVICIOS
A las y los vecinos del
cantón, comunica: Tasas por la prestación de los servicios de recolección de
basura, aseo de vías y sitios públicos:
Tasa
trimestral
Recolección de basura (en
colones)
Residencial
tipo 1 4.309.70
Residencial tipo 2 4.740,67
Residencial tipo 3 5.171,64
Residencial tipo 4 5.602,61
Residencial tipo 5 6.033,58
Residencial tipo 6 6.464,55
Residencial tipo 7 6.895,52
Residencial tipo 8 7.326,49
Residencial tipo 9 7.757,46
Industria manufacturera 30.167,91
Industria, edificio y construcción 21.548,51
Otras industrias 30.167.91
Comercio en detalle 17.238.81
Cines, teatro y diversión 25.858,21
Hoteles, bares y restaurantes 38.787.32
Otros servicios a particulares 21.548,51
Servicios particulares especializados 21.548,51
Sociedades de transporte y telecomunicaciones 17.238.81
Instituciones financieras 21.548,51
Servicios comerciales especializados 21.548,51
Escuelas, universidades 30.167.91
Hospitales y centros médicos particulares 21.548,51
Administraciones públicas 21.548,51
Servicio
de aseo de vías y sitios públicos Tasa
trimestral
(en colones)
Por
metro lineal 521,67
De acuerdo con el articulo Nº
74 del Código Municipal, dichas tasas entraran a regir treinta días después de
su publicación en el Diario Oficial
Acuerdo tomado por el Concejo
Municipal de Montes de Oca, en su sesión ordinaria Nº 87/2007, artículo Nº 5.1,
del 17 de diciembre del 2007 y debidamente refrendado por
Montes de Oca, 10 de enero
del 2008.—Lic. Fernando Trejos
Ballestero, Alcalde Municipal.—Lic. Ronny Fallas Salazar, Director Financiero.—Ing.
Héctor Bermúdez Víquez, Director de Servicios.—1 vez.—(6547).
El Concejo Municipal de San
Isidro de Heredia, en sesión extraordinaria 02-2008, del 10 de enero de 2008, según
acuerdo 30-2008 por unanimidad y definitivamente aprobado con dispensa de
trámite de Comisión, aprobó el incremento de las tasas por concepto de
recolección de basura en el cantón de San Isidro de Heredia:
Usuarios Tasa
mensual
Residenciales,
públicos y religiosos 1.830,00
Categoría A 3.665,00
Categoría B 7.325,00
Categoría C 10.990,00
Categoría D 14.655,00
Y mediante acuerdo
31-2008-2008 por unanimidad y definitivamente aprobado con dispensa de trámite
de Comisión, aprobó el incremento de las tasas por concepto de Servicio de
Limpieza de Vías y Sitios Públicos del Cantón de San Isidro de Heredia:
Tarifa
anual, por metro lineal Tarifal mensual, por metro lineal
¢
1.530,00 ¢
127,50
Rige treinta (30) días
después de su publicación.
San Isidro de Heredia, 24 de
enero de 2008.—Marcela Guzmán Calderón, Secretaria
Municipal.—1 vez.—(6463).
Nueva tasa de
mantenimiento de parques y obras de ornato
El Concejo Municipal de Tilarán
en sesión ordinaria Nº 89, celebrada el 9 de enero de 2008, acordó por
unanimidad y en firme aprobar la tasa de mantenimiento de parques y obras de
ornato, en ¢ 49,00 por metro lineal.
Tilarán, 21 de enero del 2008.—Silvia María Centeno González, Secretaria del Concejo
Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 4420).—C-4640.—(5908).
Nueva tasa de recolección de basura
El Concejo Municipal de
Tilarán en sesión ordinaria Nº 89, celebrada el 9 de enero de 2008, acordó por
unanimidad y en firme aprobar la tasa de Recolección de Basura, la cual
quedará:
Recolección de basura residencial: ¢ 3.059,00 por
trimestre.
Recolección de basura comercial: ¢
7.648,00 por trimestre.
Tilarán, 21 de enero del 2008.—Silvia María Centeno González, Secretaria del Concejo
Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 4420).—C-4640.—(5909).
Nueva tasa de mantenimiento de cementerio
El Concejo Municipal de
Tilarán en sesión ordinaria Nº 89, celebrada el 9 de enero de 2008, acordó por
unanimidad y en firme aprobar la tasa de Mantenimiento de Cementerio, según lo
siguiente:
- Mantenimiento de cementerio: ¢ 980,00 por nicho por trimestre.
- Inhumación exhumación: ¢ 5.144,00.
Tilarán, 21 de enero del 2008.—Silvia María Centeno González, Secretaria del Concejo
Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 4420).—C-4640.—(5910).
Nueva tasa de aseo de vías y sitios públicos
El Concejo Municipal de
Tilarán en sesión ordinaria Nº 89, celebrada el 9 de enero de 2008, acordó por
unanimidad y en firme aprobar la tasa de aseo de vías y sitios públicos, la
cual quedará en ¢.546,00 el costo de metro lineal por trimestre.
Tilarán, 21 de enero del 2008.—Silvia María Centeno González, Secretaria del Concejo
Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 4420).—C-4640.—(5911).
Sanción mediante amonestación escrita al
Regidor Suplente Manuel Alberto Durán Loaiza
El Concejo Municipal de
Tilarán en sesión ordinaria Nº 90, celebrada el 16 de enero de 2008, acordó por
unanimidad y en firme:
De conformidad con la
resolución PA-72-2007 de las 10:00 horas del 26 de setiembre de 2007, emitida
por
Tilarán, 18 de enero del 2008.—Silvia María Centeno González, Secretaria del Concejo Municipal.—1
vez.—(O. C. Nº 4421).—C-11880.—(5912).
Sanción sin goce de dietas al Regidor Suplente
Rolando Gerardo Mejías Moreira
por 15 días naturales
El Concejo Municipal de
Tilarán en sesión ordinaria Nº 90, celebrada el 16 de enero de 2008, acordó por
unanimidad y en firme:
Sancionar mediante una
suspensión sin goce de dietas por espacio de quince días naturales del día 17
de enero del 2008 hasta el 31 de enero de 2008, al señor Rolando Gerardo Mejías
Moreira, con cédula de identidad 5-233-485, en calidad de regidor suplente de
Tilarán, 18 de enero del 2008.—Silvia María Centeno González, Secretaria del Concejo
Municipal.—1 vez.—(Solicitud Nº 4421).—C-11880.—(5913).
Sanción mediante amonestación escrita al
Regidor Propietario Ólger Artavia
Arias
El Concejo Municipal de
Tilarán en sesión ordinaria Nº 90, celebrada el 16 de enero de 2008, acordó por
unanimidad y en firme:
De conformidad con la resolución
PA-74-2007 de las 9:00 horas del 28 de setiembre de 2007, emitida por
Tilarán, 18 de enero del 2008.—Silvia María Centeno González, Secretaria del Concejo
Municipal.—1 vez.—(Solicitud Nº 4421).—C-11880.—(5914).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
COLEGIO FEDERADO DE
INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
CONVOCATORIA COMPARECENCIA
ORAL Y PRIVADA
Nº 365-2007-CIT
Procedimiento disciplinario
Contra: TA. Juan Alberto Retana Sánchez (TA-11446).
Denunciante: Sra. Victoria Carballo Cubillo.
Expediente: 141-05.
Tribunales de Honor.—Convocatoria a audiencia oral y privada, a las 11:00 horas
del 17 de diciembre del 2007. El Tribunal de Honor del Colegio de Ingenieros
Topógrafos nombrado por Junta Directiva General en la sesión Nº 17-06/07-G.E., celebrada el día 21 de marzo del 2007, acuerdo 20,
cita al topógrafo Juan Alberto Retana Sánchez en calidad de denunciado, para
que comparezca personalmente y no por apoderado a la sede de este órgano en
Oficina de Tribunales de Honor del Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos, ubicada en la casa anexa del edificio del Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos en Granadilla de Curridabat, contiguo al Indoor Club con el fin de celebrar comparecencia oral y
privada a que se refiere el artículo 82 del “Reglamento del Proceso Disciplinario
de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa
Rica”, que se llevará a cabo el día miércoles 27 de febrero del
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
CONDOMINIO LOS PRADOS
Se convoca a todos los
propietarios de fincas filiales del Condominio Residencial Horizontal Vertical
Los Prados, cédula jurídica Nº 3-109-
1. Verificar el quórum y designar el presidente y secretario de la
asamblea.
2. Conocer, aprobar y ratificar o no, el informe
de
3. Conocer y aprobar o no el presupuesto para el
año en curso y fijar las cuotas condominales.
4. Conocer de la renuncia del actual
Administrador y designar su sustituto, para lo cual se presenta una terna de
empresas con experiencia.
5. Designar el presidente y secretario de la
asamblea de Condóminos, para el siguiente período.
6. Otros asuntos.
San Rafael de Escazú, 16 de
enero del 2008.—Arq. Fabio Lemos Mejía, Gerente.—1 vez.—(6624).
ASOCIACIÓN DE JUBILADOS DE
Día: 14 de febrero del 2008.
Lugar: Paraninfo Daniel Oduber Quirós-UNED.
Hora: A las catorce horas primera
convocatoria.
Catorce horas y 30 minutos segunda
convocatoria, en caso de no completar el quórum, con los miembros presentes.
AGENDA
• Comprobación del quórum.
• Aprobación del orden del día.
• Lectura de actas anteriores.
• Informe de
• Informe de
• Informe de
• Reforma a la cuota mensual.
• Mociones de los asambleístas.
• Integración de comisiones.
• Elección de nuevos miembros a
• Juramentación de los miembros electos.
Dra. Emma Tuk
Mena, Presidenta.—Lic. Maureen Mora R., Secretaria.—1
vez.—Nº 11193.—(7082).
ASOCIACIÓN TEOCALI
Asamblea extraordinaria de
asociados, de
AGENDA:
1. Informe del presidente.
2. Elección fiscal suplente.
3. Cuotas de ingreso y mensualidades de
asociados.
4. Aprobar presupuesto y actividades del 2008.
5. Asuntos varios.
Marelyn Jiménez Durán, Presidenta.—1
vez.—Nº 11223.—(7083).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
TAMBOR HILLS S. A.
Tambor Hills
S. A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101-281973, domiciliada en San José,
calle 21, avenidas 6 y 8, Nº 630, solicita ante
CORPORACIÓN DE INVERSIONES ZÚÑIGA MORA ZUMO S. A.
Corporación de Inversiones
Zúñiga Mora Zumo S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-195770,
solicita ante
CHEVRON COSTA RICA S. A.
Chevron Costa Rica S. A., cédula jurídica N°
3-101-007218, comunica el extravío de los cheques N°
159941-8 del Banco Citi Bank
por un monto de 77093.00 y 159940-1 del Banco Citi Bank por un monto de ¢15.740,00, por los cuales no nos
hacemos responsables del mal uso que hagan con dichos documentos.—San José, 18
de enero del 2008.—Lic. Fernando Rohrmoser S., Representante Legal.—(5462).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
DEPARTAMENTO DE TRIBUNALES DE
HONOR
COMUNICA:
512-2007-TH
26 de noviembre del 2007
Señor
Juan Alberto Retana Sánchez
Presente
Estimado señor:
Después de saludarlo, se le comunica
que para los efectos del expediente Nº 141-05 correspondiente a la denuncia
presentada por la señora Victoria Carballo Cubillo, la integración del Tribunal
de Honor que analiza el caso es la siguiente:
- Ing. Juan
Carlos Saborío Zeledón, presidente.
- Ing. Juan
Andrés Mora Monge, secretario.
- Ing. Luis
Enrique Portilla Barquero, coordinador.
Ing. Juan Carlos Saborío
Zeledón, Presidente.—(O. C. Nº 5936).—C-19820.—(5007).
Yo, Benigno Barrantes
Venegas, cédula 5-0172-0289, solicito ante
SULA KASKA SOCIEDAD ANÓNIMA
Sula Kaska
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-388089, solicita ante
MUEBLERÍA LÍNEA ACTUAL DE COSTA
RICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Mueblería Línea Actual de
Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-ciento veintiséis mil cuatrocientos ochenta, solicita ante
DISTRIBUIDORA DE TELEVISIÓN Y CABLE SOCIEDAD ANÓNIMA
Distribuidora de Televisión y
Cable Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-154152, solicita ante
TRANSTEL INTERNACIONAL SOCIEDAD
ANÓNIMA
Transtel Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica:
3-101-97344, solicita ante
EDGAR ARRIETA E HIJOS LIMITADA
Edgar Arrieta e Hijos
Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-veintinueve mil ciento
cuarenta y nueve, solicita ante
SISTEMAS IDEALES SISTIDE S. A.
Sistemas Ideales Sistide S. A., cédula jurídica número 3-101-178677,
solicita ante
ÁRBOL MAPLE S. A.
Árbol Maple
S. A., cédula jurídica número 3-101-095606, solicita ante
Raquel Alvarado S. solicita
en S. J., CR, la reposición del cheque 63311 del Banco Bank
of América por $890 exactos, emitido el 17 de
diciembre
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
PANAMERICAN WOODS PLANTATIONS
SOCIEDAD ANÓNIMA
Panamerican Woods Plantations
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-243251, hace del conocimiento
público que por motivo de extravío, la señora Deyanira
Gutiérrez Cisneros ha solicitad la reposición de su certificado accionario Nº
0139, el cual representa acciones numeradas del 0285-
BOSQUE PUERTO CARRILLO SOCIEDAD ANÓNIMA
Bosque Puerto Carrillo
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-054559, hace del conocimiento
público que por motivo de extravío, el señor Michael Gabour,
ha solicitado la reposición de su certificado accionario Nº 0244 y el señor Rodger Fowler sus certificados
accionarios Nos. 1095, 3055 y 6223. El señor Chris Smith ha solicitado la reposición de sus certificados 6065,
6066, 6067, 6068, 6712, 6713, 6717, 6718. Se emplaza a cualquier interesado
para que en el término de un mes a partir de la última publicación de este
aviso, manifiesten su oposición dirigida a: Bosque Puerto Carrillo S. A. c/o
bufete Baltodano y Asociados, edificio Galería Ramírez Valido, avenida central,
calles 5 y 7, San José.—Dr. Néstor G. Baltodano Vargas, Presidente.—(5907).
PANAMERICAN WOODS INDUSTRY SOCIEDAD
ANÓNIMA
PanAmerican Woods Industry
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-120714, hace del conocimiento
público que el señor Chris Smith,
ha solicitado la reposición de sus certificados accionarios Nos. 6065, 6066,
6067 y 6068 por motivo de extravío: Se emplaza a cualquier interesado para que
en el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso,
manifiesten su oposición dirigida a: PanAmerican Woods Industry, S. A. c/o Bufete
Baltodano y Asociados. edificio Galería Ramírez_Valido, avenida central, calles 5 y 7, San José.—
Dr. Néstor G. Baltodano Vargas, Presidente.—(5916).
CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL
BALCONES DE
Condominio Horizontal
Residencial Balcones de
GRÚAS QUIROS SRL
Grúas Quirós SRL, cédula
jurídica número tres-ciento dos-ciento sesenta y seis mil seiscientos cincuenta
y tres, solicita ante
Manuel Enrique Quirós
Olivares, mayor, casado una vez, mecánico, vecino de Taras de Cartago,
ochocientos metros sur de La Última Copa, cédula número tres-ciento ochenta y
seis-setecientos siete. Solicita ante
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
ASOCIACIÓN SALÓN DE ASAMBLEAS
DE VALLE CENTRAL
Yo Rodolfo Verley Alexander, portador de la cédula de identidad número
siete-cero cero treinta y cuatro-cero cero ochenta y cuatro, en mi calidad de
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de
Por escritura otorgada en esta ciudad, a las 9:00 horas de hoy, ante la suscrita notaria pública se protocolizó acta de Foto Rápida S. A., en la que se disminuyó el capital social y se reformó la cláusula cuarta de los estatutos.—San José, 8 de enero del 2008.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—Nº 10476.—(6142).
3 v. 1.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por medio de
escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, a las doce horas del día
dieciséis de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Comerciales Estrellas Verdes del Océano Sociedad Anónima. Plazo social:
noventa y nueve años. Domicilio social: San Isidro de Pérez Zeledón, provincia
de San José, cincuenta metros al norte de
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad AIM Security Equipment of Costa Rica S. A. Presidente: con facultades de apoderado generalísimo. Capital social: ¢10.000,00. Plazo social: 100 años.—San José, 18 de enero del 2008.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—Nº 10087.—(5573).
Por escritura Nº 52, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas con treinta minutos del día 20 de diciembre del 2007, se constituyó esta sociedad Los Laureles y Los Soles S. A. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Lizet Ileana Castillo Guido.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Henry Alberto Salas Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 10088.—(5574).
Por escritura otorgada ante Edward Monge Abarca, a las 8:00 horas, del 7 de diciembre del 2007, se constituyó Alborada Dos Mil Ocho S. A. Domicilio: San José, Jardines de Cascajal, del Parque Carmen Lyra cien metros al este. Su objeto el comercio y la industria en general. Plazo social: 99 años. Capital social: ¢110000. Junta directiva: presidente, secretario y tesorero. Presidenta: Marta Méndez Ugalde. Agente residente: licenciada María Virginia Méndez Ugalde.—San José, 17 de enero del 2008.—Lic. Edward Monge Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 10089.—(5575).
Por escritura otorgada ante
Edward Monge Abarca, a las ocho horas, treinta
minutos, del 7 de diciembre del 2007, se constituyó A L T Asesoría Legal y
Tributaria para
Ante mí, licenciado Anthony Fernández Pacheco, por escritura número doscientos seis del tomo octavo de mi protocolo, de las dieciséis horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de noviembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza Zebol Construcciones Z & B S. A. Cuyo capital social quedó suscrito y pagado, y en la junta directiva, se nombró como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, al señor Juan Guillermo Zeledón Bolaños. Asimismo, por escritura número doscientos veintitrés del tomo octavo de mi protocolo, de las dieciséis horas del nueve de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza Fermonte F Y N S. A. Cuyo capital social quedó suscrito y pagado y en la junta directiva, se nombró como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, al señor Luis Fernando Fernández Quesada. Asimismo, por escritura número doscientos veinticuatro del tomo octavo de mi protocolo, de las diez horas del quince de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza Dibujantes Unidos S. A. Cuyo capital social quedó suscrito y pagado, y en la junta directiva se nombró como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, al señor Juan Pablo Rodríguez Sánchez.—Lic. Anthony Fernández Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 10091.—(5577).
Mediante escritura ciento noventa del tomo tercero de mi protocolo, a las diez horas del dieciséis de enero del dos mil ocho, ante mi notaría, se constituyó L Y G Seguridad y Mensajería Sociedad Anónima. Presidente: Julio César López Ramírez.—San José, veintiuno de enero del dos mil ocho.—Lic. Beatriz Rivas Ríos, Notaria.—1 vez.—Nº 10092.—(5578).
Por escritura pública de las catorce horas del veintiuno de enero del dos mil ocho, se protocolizó asamblea general extraordinaria de Espacios Inteligentes Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo por lo que la nueva razón social va a ser Modulares PBCR S. A. Es todo.—San José, a las quince horas del veintiuno de enero del dos mil ocho.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—Nº 10096.—(5579).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las veinte horas del día quince de enero del dos mil ocho, se
constituyó la sociedad anónima denominada Trámites Los Enanos Sociedad
Anónima. El plazo es de cien años. Con capital social de cien mil colones y
el presidente es representante con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—Lic.
Jorge Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº
10098.—(5580).
Por escritura otorgada en San José, a las nueve horas del doce de noviembre del dos mil siete, ante la notaria Laura Avilés Ramírez, se constituyó la sociedad anónima denominada Sabanamotor del Este Sociedad Anónima. Con un capital de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, cuya representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente, cargo que ostenta Alejandro Carballo Rivera respectivamente. Es todo.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 10099.—(5581).
Por escritura otorgada en San José, a las nueve horas del veintiuno de diciembre del dos mil siete, ante la notaria Laura Avilés Ramírez, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Garjy del Este Sociedad Anónima. Con un capital de veinte mil dólares, moneda de los Estados Unidos de Norteamérica, representado por veinte acciones comunes y nominativas de mil dólares cada una, cuya representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente, cargo ostentado por Luis Eduardo Garcés Tapia. Es todo.—San José, diecinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 10100.—(5582).
Por escritura otorgada ante
mí, se constituye “Raven” S Nest de Playa Hermosa Sociedad Anónima. Presidenta: Jéssica Quesada Guzmán. Capital social: diez mil colones.
Domicilio: el domicilio social será en Liberia, Guanacaste, de Mundo de
Juguetes, setenta y cinco metros hacia el sur, en edificio Anacar
Dos Mil Uno, local número seis.—Liberia, dieciocho de
enero del dos mil ocho.—Lic. Julieta Elizondo Araya, Notaria.—1
vez.—Nº 10104.—(5583).
Por escritura otorgada ante
mí, se constituye Development Quirós y
Arguedas Sociedad Anónima. Presidente: Juan Diego Quirós Mejías. Capital
social: diez mil colones. Domicilio: el domicilio social será en Liberia,
Guanacaste, de Mundo de Juguetes, setenta y cinco metros hacia el sur, en
edificio Anacar Dos Mil Uno, local número seis.—Liberia, catorce de enero del dos mil ocho.—Lic. Julieta
Elizondo Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 10106.—(5584).
Por escritura otorgada ante
mí, se constituye Corporation Strong Building Sociedad Anónima.
Presidente: Juan Diego Quirós Mejías. Capital social: diez mil colones.
Domicilio: el domicilio social será en Liberia, Guanacaste, de Mundo de
Juguetes, setenta y cinco metros hacia el sur, en edificio Anacar
Dos Mil Uno, local número seis.—Liberia, catorce de
enero del dos mil ocho.—Lic. Julieta Elizondo Araya, Notaria.—1
vez.—Nº 10107.—(5585).
Por escritura otorgada ante
el suscrito notario, a las nueve horas de hoy, se constituyeron trece
sociedades para dedicarse por cien años al comercio en general, que se
denominarán de acuerdo a los números respectivos de cédula jurídica que les
asigne el Registro Nacional, más el aditamento S. A. de acuerdo con
Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en
Ante esta notaría, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Madinina
Tres de Las Américas Sociedad Anónima. Donde
aparece con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma su
presidente: David Delaine. Capital social: ochenta
mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Pérez
Zeledón, 21 de enero del 2008.—Lic. Iris Valverde Usaga,
Notaria.—1 vez.—Nº 10121.—(5587).
En mi notaría, escritura Nº
37-9, de las 13:00 horas del 18 de enero del 2008, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Orbus del Sur Sociedad
Anónima. Con domicilio social en Puerto Jiménez de Golfito. Capital social:
cien mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de diez
mil colones cada una, representación judicial y extrajudicial con carácter de
apoderados generalísimos sin límite de suma, presidente y secretario de la
junta directiva. Agente residente el notario Albán Gámez
Rivera, con oficina abierta en San Isidro de Pérez Zeledón, Comercial Elizur, local cuatro.—San Isidro de Pérez Zeledón, 21 de
enero del 2008.—Lic. Albán Gámez Rivera, Notario.—1 vez.—Nº 10122.—(5588).
Ante esta notaría, se
constituyeron las sociedades Tranquilo Village Earth E.I.R.L., Tranquilo Village Fire E.I.R.L.,
Tranquilo Village Water E.I.R.L., Tranquilo Village
Air E.I.R.L.—San José, 21 de enero del 2008.—Lic. Gonzalo Fajardo Lee,
Notario.—1 vez.—Nº 10123.—(5589).
Por escritura hoy, otorgada
ante mí se constituye la sociedad denominada Servicios Profesionales Rockbrand Campos Sociedad Anónima. Capital social:
debidamente suscrito y pagado.—Liberia, dos de enero
del dos mil ocho.—Lic. Hernán Rodríguez Chaves, Notario.—1
vez.—Nº 10126.—(5590).
Por escritura hoy, otorgada
ante mí se constituye la sociedad denominada Estudios y Asesorías Campos Rockbrand Sociedad Anónima. Capital social: debidamente
suscrito y pagado.—Liberia, dos de enero del dos mil
ocho.—Lic. Hernán Rodríguez Chaves, Notario.—1 vez.—Nº
10128.—(5591).
Por escritura otorgada hoy
ante mí, en esta ciudad a las quince horas del catorce de enero del dos mil ocho,
Ricardo Barrantes Gamboa, Karol Estefanni Barrantes
Cartín, constituyeron Corporación Ribaga-K
Sociedad Anónima. Capital social: la suma de diez mil colones,
íntegramente suscritos y pagados. Plazo social: noventa y nueve años, a partir
de esta fecha. Presidente: Ricardo Barrantes Gamboa.—Pérez
Zeledón, quince de enero del dos mil ocho.—Lic. Jenny Sandí Romero, Notaria.—1 vez.—Nº 10129.—(5592).
Por escritura otorgada ante
mí, a las ocho horas del veintiuno de enero del dos mil ocho, se reformó las
cláusulas segunda, octava, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente
residente de la sociedad Ganadera Don Daniel Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta y dos mil ochocientos
veintisiete.—Liberia, 21 de enero del 2008.—Lic. Lisseth
Yessenia Jaén Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—Nº 10130.—(5593).
Por escritura número trescientos sesenta y dos, de las trece horas del doce de enero del dos mil ocho, ante el notario Jesús Díaz Viales, se constituye la sociedad anónima Raíces Creativas Cero Ocho Sociedad Anónima.—Liberia, 12 de enero del 2008.—Lic. Jesús Díaz Viales, Notario.—1 vez.—Nº 10131.—(5594).
Por escritura otorgada ante el notario Carlos Luis Mellado Soto, en Esparza a las 12:30 horas del día 15 de enero del 2008, los señores Joaquín Herra Abella y José Joaquín Herra Lippi, constituyen sociedad anónima denominada Transportes y Estructuras Esmajo S. A. Capital social: ¢10.000,00. Agente residente: Carlos Luis Mellado Soto.—Lic. Carlos Luis Mellado Soto, Notario.—1 vez.—Nº 10133.—(5595).
Por escritura de las ocho horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa tres ciento uno cuatrocientos ochenta mil setecientos ochenta y nueve s. a., por la cual se reformó la cláusula quinta del pacto social, se nombró junta directiva y agente residente.—San José, veintidós de enero del dos mil ocho.—Lic. Karen Zamora Román, Notaria.—1 vez.—Nº 10135.—(5596).
Ante Ignacio Sánchez Ramírez, notario, se constituyó la sociedad anónima D & H Midnight Mood S. A. Domicilio: San José. Plazo: 100 años. Presidente: Henri Hamid Fard.—San José, 16:00 horas del 21 de enero del 2008.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 10137.—(5597).
Por escritura de las nueve horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Tuanix-Com S. A., por la cual se reformó la cláusula octava del pacto social.—San José, veintidós de enero del dos mil ocho.—Lic. Karen Zamora Román, Notaria.—1 vez.—Nº 10136.—(5598).
El suscrito notario hago
constar que en el tomo número dos del protocolo del licenciado Carlos Luis
Guerrero Salazar, se están constituyendo las compañías denominadas Salazar
& Partners (Salazar & Socios); Forest Warranty
(Garantía del Bosque); Land For Teak (Suelo para Teca); Lowland Rivers (Ríos de
Que el día catorce de enero del dos mil ocho, ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Negocios Inmobiliarios del Sur J K M S Sociedad Anónima, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponde al presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjuntamente o separadamente.—San Isidro de El General, 17 de enero del 2008.—Lic. Danis Astrid Méndez Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 10139.—(5600).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del veintiocho de noviembre del dos mil siete, se protocoliza acta de la empresa Brejai S. A., cédula jurídica 3-101-197787, en la cual se modifican las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—San José, 18 de enero del 2008.—Lic. Luis Alonso Salazar Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 10140.—(5601).
Que el día catorce de enero
del dos mil ocho, ante este notaría se constituyó la sociedad anónima
denominada de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto
Ejecutivo numero tres tres uno siete uno-J publicado
en
Por escritura número treinta y tres, otorgada el día dieciocho de diciembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Soluciones Ambientales Bio Terra S. A., por un plazo de noventa y nueve años, cuya presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma es Marisol Zumbado Bustillos.—San José, veintiuno de enero del 2008.—Lic. Ricardo Granados Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 10145.—(5603).
Por escritura otorgada en
Liberia, a las 11:45 horas del 14 de enero del 2008, se constituyó ante esta
notaría, la sociedad denominada Familia Lara Sociedad Anónima, con
domicilio en
Por escritura número treinta y cuatro, otorgada el día dieciocho de diciembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Jawlink Production S. A., por un plazo de noventa y nueve años, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es Jubilio White Montoya.—San José, veintiuno de enero del dos mil ocho.—Lic. Ricardo Granados Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 10147.—(5605).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se ha constituido una sociedad anónima, cuyo nombre será igual al número de cédula jurídica que se le asigne. Capital social: suscrito y cancelado. Presidenta: Flora Elizondo Solís.—Heredia, 21 de enero del 2008.—Lic. Marco Antonio Gutiérrez Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 10151.—(5606).
Ileana Beatriz Castro Arriola, cédula de residencia 2401166391490, Hilda Leticia Castro Arriola, pasaporte 5560237, constituyen la sociedad Aus Liebe S. A. Capital social de ¢12.000,00. Escritura otorgada a las 9:00 horas del 17 de enero del 2008.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 10153.—(5607).
Ileana Beatriz Castro Arriola, cédula de residencia 2401166391490, Hilda Leticia Castro Arriola, pasaporte 5560237, Matthew Victor Caseta, pasaporte Z 8256176, constituyen la sociedad Terra Dos Anjos S. A. Capital social de ¢12.000,00. Escritura otorgada a las 7:00 horas del 21 de enero del 2008.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 10155.—(5608).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Distribuidora Exclusiva Jimba AJS S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 12 de noviembre del 2007.—Lic. Álvaro Villalobos García, Notario.—1 vez.—Nº 10157.—(5609).
Por escritura otorgada a las diez horas del día diecisiete de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada The South Pacific Sunsets Sociedad Anónima y cuya traducción el idioma español es Los Atardeceres del Pacífico Sur S. A., que es nombre de fantasía pudiéndose abreviar en su aditamento S. A., su capital social es la suma de treinta mil colones, corresponde la representación judicial y extrajudicial al presidente, secretario y al tesorero de la sociedad.—Dominical, Osa, Puntarenas, 17 de enero del 2008.—Lic. José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 10166.—(5610).
Por escritura otorgada a
las quince horas del día dieciséis de enero del dos mil ocho, se constituyó la
sociedad denominada Lokis Loca Vida Investments Sociedad Anónima y cuya traducción el
idioma español es Inversiones
El suscrito notario hace constar que por escritura sesenta y ocho del tomo dos del suscrito notario, se constituyó la sociedad Wayjol Club Inversiones Familiares S. A., elegido presidente; Wayne Miranda Gómez.—Heredia, 21 de enero del 2008.—Lic. Lindberg Arrieta Zárate, Notario.—1 vez.—Nº 10168.—(5612).
El suscrito notario, hace constar que por escritura sesenta y ocho, del tomo dos del suscrito notario, se constituyó la sociedad Wayne Miranda Sucesores e Hijos S. A., elegido presidente: Wayne Miranda Gómez.—Heredia, 21 de enero del 2008.—Lic. Lindberg Arrieta Zárate, Notario.—1 vez.—Nº 10170.—(5613).
Por escritura otorgada ante mí, el día cuatro de diciembre del dos mil siete, regístrese nombre de la entidad Grupo Robrahe Sociedad Anónima, capital social de diez mil colones.—San José, veintiuno de enero del dos mil ocho.—Lic. Ihara González Medina, Notaria.—1 vez.—Nº 10176.—(5614).
Por escritura que autoricé hoy, se constituyó la sociedad Centro de Nutrición y Salud Gina Chaverri Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Zapote, frente a las Torres de Radio Columbia. Objeto: la sociedad se dedicará a dar consultas y asesorías nutricionales a personas jurídicas o físicas, en forma individual o grupales para niños y adultos y otros; también se dedicará al comercio, a la importación y exportación, distribución, comercialización y asesorías de productos y cualesquiera otras actividades lícitas. Plazo: 99 años a partir de hoy.—San José, 18 de enero del año 2008.—Lic. Marta Isabel Alvarado Granados, Notaria.—1 vez.—Nº 10179.—(5615).
Escritura otorgada a las dieciséis horas del diecinueve de enero del dos mil ocho, se constituyó Vortex Digital Productions Sociedad Anónima. Plazo social: cien años; capital social: totalmente suscrito y pagado por medio de letras de cambio, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—San José, veintiuno de enero del año dos mil ocho.—Lic. Rebeca Linox Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 10181.—(5616).
Por escritura otorgada por mí, al ser las 15:00 horas del 21 de enero del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada, Reserva Tomone Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y un mil seiscientos sesenta y dos, por medio de la cual: Se revoca el nombramiento del presidente, secretario de la junta directiva y se hacen nuevos nombramientos. Se reforman las cláusulas primera y quinta, del pacto constitutivo.—San José, a las 7:00 horas del 22 de enero del 2008.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 10182.—(5617).
Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las once horas treinta minutos del veintisiete de diciembre del dos mil siete, se constituyó la empresa Place’s Golden Place Limitada.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic. Esteban Alfonso Chacón Solís, Notario.—1 vez.—Nº 10183.—(5618).
Por escritura número sesenta y cinco, se protocolizó acta de accionistas de Cainge Ingeniería del Caribe Sociedad Anónima, se modifica la cláusula segunda del plazo constitutivo y se realizan nombramientos y renuncias en la junta directiva.—Liberia, 21 de enero del 2008.—Lic. José Humberto Alvarado Angulo, Notario.—1 vez.—Nº 10184.—(5619).
Ante esta notaría, a las 10:00 horas del 17 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Gicema Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital social: un millón doscientos mil colones. Plazo social: 99 años.—Lic. Santos Javier Saravia Baca, Notario.—1 vez.—Nº 10186.—(5620).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las catorce horas del dieciocho de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada Rocamlu Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución y con un capital social de diez mil colones.—Heredia, 22 de enero del 2008.—Lic. Ana Lorena Mendoza Carrera, Notaria.—1 vez.—Nº 10187.—(5621).
Se avisa que ante la suscrita notaria Marelyn Jiménez Durán, se constituye sociedad anónima cuya razón social será el número de cédula jurídica con capital cien mil colones. Corresponde al presidente y tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Liberia, 18 de enero del 2008.—Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 10188.—(5622).
Se avisa que ante la suscrita notaria Marelyn Jiménez Durán, se constituye la sociedad No Problema Property Management Sociedad Anónima, con capital un millón colones. Corresponde al presidente y tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 10189.—(5623).
La suscrita, Ana Gabriela Alfaro Jirón, hace constar que ante mí se constituyó la compañía denominada Amigas Limitada, cuya representación judicial y extrajudicial le corresponde al gerente y al subgerente, actuando conjunta o separadamente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Con un capital de cien mil colones.—Liberia, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1 vez.—Nº 10190.—(5624).
Ante esta notaría, a las 8:00 horas del 19 de marzo del año 2007, se constituye Grupo Arcampo S. A., plazo: 99 años.—Lic. Francine Campos Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 10192.—(5625).
Mediante la escritura número ciento veintisiete del protocolo uno del notario Andrés Francisco González Anglada, se constituye la sociedad denominada Big Daddy’s Real Estate and Tourism Sociedad Anónima, capital social diez mil colones con dos acciones comunes y nominativas, representación a cargo del presidente de la compañía. Es todo.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1 vez.—Nº 10194.—(5626).
Constitución de la sociedad denominada Corporación Montero R Y M S. A.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic. Evelyn Sandoval Chavarría, Notaria.—1 vez.—Nº 10195.—(5627).
Por escritura otorgada en San José, a las dieciocho horas del veintiuno de enero del dos mil ocho, se constituye sociedad limitada denominada Prados del Mar Condominium Proyect Sociedad Anónima. Capital social: un millón de colones, ante la notaria Karla Chaves Mejía.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 10198.—(5628).
Ante esta notaría por escritura número ciento veinte del tomo segundo de mi protocolo, otorgada a las dieciséis horas del dieciséis de diciembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Bufete López Baudrit Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones.—Cartago, 16 de diciembre del 2007.—Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 10199.—(5629).
Por escritura otorgada ante este notario, a las ocho horas y treinta minutos del cuatro de setiembre del dos mil siete, se constituye sociedad anónima denominada Fasandeling S. A., representada por su presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar en forma conjunta o separada. Domiciliada en la ciudad, la provincia de Heredia, cantón Central, distrito San Francisco, Guararí, Urbanización Los Nísperos casa cincuenta y tres - seis. Con un capital social de diez mil colones.—Lic. Mauricio Camacho Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 10200.—(5630).
Al ser las 11:00 horas del 8 de enero del 2008, se constituyó Empacadora y Distribuidora de Fresas R & D S.R.L. Gerentes: Roberto Sandoval Quirós y Danny Andrés Meléndez Sandoval.—Lic. Vera Garro Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 10202.—(5631).
Ante esta notaría, a las
doce horas del veintiuno de enero del año 2008, escritura trescientos quince,
del tomo treinta y dos del protocolo, constituye
La suscrita Paula Morales González, avisa que por escritura 68 del 16 de noviembre del 2007, se constituyó la sociedad anónima Corporación Thesaurus, con un capital de cien mil colones y domiciliada en Tibás.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic. Paula Morales González, Notaria.—1 vez.—Nº 10204.—(5633).
Por escritura pública número 164 de las 10:30 horas del 11 de enero del año 2008, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se constituyó la sociedad denominada Tecnología Mundial C & C Sociedad Anónima, domicilio San Juan, Tibás, San José, plazo 100 años a partir de la constitución. Objeto comercio y otros. Capital social 100.000 colones en 100 acciones comunes y nominativas de 1.000 colones. Administración un presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, 21 de enero del año 2008.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 10205.—(5634).
Por escritura otorgada, en esta notaría, a las 15:00 horas del 21 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Constructora Turrubares Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 21 de enero del 2008.—Lic. Carlos Rivera Bianchini, Notario.—1 vez.—Nº 10206.—(5635).
Por escritura número noventa y uno-cinco del 21 de enero del 2008, se reformó la cláusula de la administración y representación de Filial Dos Condominio Sierra Nevada Sociedad Anónima.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—Nº 10207.—(5636).
Por escritura otorgada, en esta notaría, a las 11:30 horas del 21 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Shfela Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 21 de enero del 2008.—Lic. Carlos Rivera Bianchini, Notario.—1 vez.—Nº 10208.—(5637).
Por escritura otorgada, en esta notaría, a las 12:00 horas del 21 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Carmel Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José.—San José, 21 de enero del 2008.—Lic. Carlos Rivera Bianchini, Notario.—1 vez.—Nº 10209.—(5638).
Ante esta notaría, se protocolizó acta de la sociedad Valores Rentables JI & RO S. A., que cambia su domicilio social y nombra como nuevo presidente y apoderado generalísimo sin limitación de suma a Pablo Solano Salas, con cédula número 1-0954-0533. Escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del veintidós de enero del 2008.—Lic. Ricardo Jirón Medina, Notario.—1 vez.—Nº 10212.—(5639).
Por escritura otorgada ante mí, se ha constituido las firmas One Green Car Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, Costa Rica. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: 10.000,00 colones. Presidente: George Swchartzembach. Fecha de otorgamiento: 18 de enero del 2008. Lugar de otorgamiento: San José, Costa Rica.—Lic. Giovanni Bruno Guzmán, Notario.—1 vez.—Nº 10216.—(5640).
Por escritura otorgada ante mí, se ha solicitado la disolución de la compañía Effort Enterprises S. A., cédula jurídica número 3-101-132600. Fecha de otorgamiento: 18 de enero del 2008. Lugar de otorgamiento: San José, Costa Rica.—Lic. Giovanni Bruno Guzmán, Notario.—1 vez.—Nº 10217.—(5641).
Por escritura otorgada ante mí, se reforma cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo y se nombra secretario, tesorera y fiscal de la sociedad Corporación Caos Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, veinte de enero del dos mil ocho.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 10218.—(5642).
Por escritura otorgada ante mí, se reforma cláusula segunda y se nombra secretario en la junta directiva de la sociedad Facomo de Cariari F Y D Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, veinte de enero del dos mil ocho.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 10219.—(5643).
El suscrito notario, Óscar Carrillo Baltodano, he protocolizado acuerdos de la sociedad anónima denominada: Investors Realty Costa Rica I R.C Sociedad Anónima, mediante el cual se modificó la cláusula sétima del pacto social y se modificó su forma de representación legal. Es todo.—Puntarenas, 21 de enero del 2008.—Lic. Óscar Carrillo Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 10221.—(5644).
Mediante escritura número cincuenta y cuatro, otorgada en Alajuela, a las once horas del día quince de noviembre del año dos mil siete, visible al folio setenta frente del tomo segundo de mi protocolo, las señoras Hilda Acuña Delgado y Natalia Castro Chaves, constituyeron Seminole Natural C.R. Sociedad Anónima.—Alajuela, diecisiete de enero del año dos mil ocho.—Lic. Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 10223.—(5645).
Por escritura otorgada en San José, ante la notaría de la licenciada Nancy Vieto Hernández, de las doce horas del veintiuno de enero del dos mil ocho, actuando en connotariado, se constituyó sociedad anónima, pudiendo abreviarse su aditamento en S. A. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de diez mil colones. Representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiuno de enero del dos mil ocho.—Lic. Nancy Vieto Hernández y Vera Denise Mora Salazar, Notarias.—1 vez.—Nº 10224.—(5646).
Por escritura otorgada en San José, ante el suscrito notario público, a las trece horas treinta minutos del veintiuno de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza Cornutt Properties Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento en S. A. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de diez mil colones. Representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiuno de enero del dos mil ocho.—Lic. Cristian Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—Nº 10225.—(5647).
Por escritura otorgada en San José, ante la notaría de la licenciada Nancy Vieto Hernández, de las diecisiete horas del dieciséis de enero del dos mil ocho, actuando en connotariado, se protocolizó, acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres- ciento uno-quinientos catorce mil doscientos nueve Sociedad Anónima, por la cual se reforman las cláusulas primera y sétima del pacto social, se revocan todos los miembros de la junta directiva y fiscal y se nombran nuevos.—San José, dieciséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Nancy Vieto Hernández y Vera Denise Mora Salazar, Notarias.—1 vez.—Nº 10226.—(5648).
Por escritura otorgada en San José, ante la notaría de la licenciada Nancy Vieto Hernández, de las catorce horas del veintiuno de enero del dos mil ocho, actuando en connotariado, se constituyó Ciudad Luz Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento en S. A. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de diez mil colones. Representada por su presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, veintiuno de enero del dos mil ocho.—Lic. Nancy Vieto Hernández y Vera Denise Mora Salazar, Notarias.—1 vez.—Nº 10227.—(5649).
Por asamblea general ordinaria de la sociedad Hospedaje Casa de Escazú S. A. celebrada el día diez de enero del dos mil ocho, se revoca nombramiento del tesorero y se nombra sustituto.—San José, once de enero del dos mil ocho.—Lic. María del Rocío Mendoza Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 10229.—(5650).
Por escritura otorgada ante la notaria María del Rocío Mendoza Castro, el dieciséis de enero del dos mil ocho, Michael Wade Patterson y Hermiyeni Delgado Flores, constituyen la sociedad Corporación Patterson & Delgado S. A.—San José, dieciséis de enero del dos mil ocho.—Lic. María del Rocío Mendoza Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 10230.—(5651).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Integral Procomer Sociedad Anónima. Capital: diez mil colones suscrito y pagado.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 10233.—(5652).
Por escritura otorgada ante mí a las once horas del veintiuno de enero de dos mil ocho se constituyó la sociedad Integral de Logística Sociedad Anónima. Capital diez mil colones suscrito y pagado.—San José, 21 de enero del 2008.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 10235.—(5653).
Por escritura otorgada ante mí a las diez horas cincuenta minutos del veintiuno de enero de dos mil ocho se constituyó la sociedad Integral Pacífico Norte Sociedad Anónima. Capital diez mil colones suscrito y pagado.—San José, 21 enero del 2008.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 10237.—(5654).
Por escritura otorgada ante mí a las diez horas del veintiuno de enero de dos mil ocho, se constituyó la sociedad Integral de Comercio y Seguridad Sociedad Anónima. Capital diez mil colones suscrito y pagado.—San José, 21 enero del 2008.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 10238.—(5655).
Por protocolización de acta de asamblea general se reformó la cláusula sétima del acta constitutiva de la empresa L’ Investimenti Tropicale di Giovanna Sociedad Anónima. Se hizo nuevo nombramiento de junta directiva, cuyo presidente es Sergio (nombre) Tonegutti (apellido).—San José, veintiuno de enero del dos mil ocho.—Lic. Andrea Karolina Rojas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 10240.—(5656).
Por protocolización de acta de asamblea general se reformó la cláusula sétima del acta constitutiva de la empresa Avallon Sociedad Anónima. Se hizo nuevo nombramiento de junta directiva, cuyo presidente es Francisco Luis Vargas Guillén.—San José, veintiuno de enero del dos mil ocho.—Lic. Andrea Karolina Rojas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 10241.—(5657).
En escritura otorgada ante
Carlos Alberto Guardia Gutiérrez, a las 13:00 horas, del dieciocho de enero del
2008, se constituyen diez sociedades anónimas, que denominarán de acuerdo al
reglamento para la inscripción de constitución de empresas comerciales
utilizando únicamente el número de cédula de persona jurídica como denominación
social, publicado en
Por escritura doscientos ochenta se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la empresa: tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y seis mil novecientos diecisiete. Se revocan nombramientos y se eligen nuevos cargos en el presidente y secretario de la empresa. Es todo.—Jacó, Garabito, Puntarenas dieciocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Oldemar Vargas Machado, Notario.—1 vez.—Nº 10243.—(5659).
Por escritura número setenta y nueve se constituyó la empresa denominada: Chaim Tehorim Inc S. A. Capital social diez mil colones. Plazo social noventa y nueve años. Nombramientos presidente y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—Jacó, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Oldemar Vargas Machado, Notario.—1 vez.—Nº 10245.—(5660).
A las nueve horas del día diez de enero del dos mil ocho, protocolicé acta número siete de Carcar Internacional Sociedad Anónima. Se nombra nueva junta directiva y se reforma la cláusula segunda.—Lic. Cynthia Corrales Mairena, Notaria.—1 vez.—Nº 10246.—(5661).
Por escritura otorgada ante
mí, a las doce horas con cuarenta y cinco minutos del dieciséis de enero de dos
mil ocho, se modifica la cláusula cuarta, en relación al plazo respectivamente,
del pacto constitutivo de la compañía
Ante esta notaría por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del cuatro de diciembre del dos mil siete, se protocolizo acta de asamblea extraordinaria de cuotistas de la sociedad Inversiones Babanki Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos noventa y seis mil ochocientos cincuenta y nueve, por medio de la cual se transformaron los artículos primero y sétimo del pacto constitutivo de la sociedad.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre, Notario.—1 vez.—Nº 10248.—(5663).
Mediante escritura pública número treinta y cuatro, se ha constituida la sociedad denominada Mayibal Sesenta y Dos Sociedad Anónima, que es un nombre de fantasía, con domicilio en la ciudad de San José, objeto el comercio en general, representada por un presidente, con capital social de diez mil colones.—San José, veinte de enero del dos mil ocho.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 10249.—(5664).
Ante esta notaría se constituyo la sociedad anónima denominada con el numero de cedula jurídica S. A. Presidenta: Jennifer Rojas Briceño. Capital social: diez mil colones, domiciliada en San José, Coronado Centro, cuatrocientos metros este del Super Can.—San José, quince de diciembre del dos mil siete.—Lic. Guisella Rojas Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 10250.—(5665).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del quince de enero del dos mil ocho, se constituyó la firma denominada Soluciones Agropecuarias de Cañas U Y A Sociedad Anónima, capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años, domicilio en la ciudad de las Tilarán, Guanacaste, cantón número ocho, distrito primero de la provincia de guanacaste, trescientos veinticinco metros al norte de la sucursal del Banco Nacional en Tilarán, Guanacaste.—Cañas, quince de enero del dos mil ocho.—Lic. Ligia Marta Chavarría Lavagni, Notaria.—1 vez.—Nº 10258.—(5666).
Por escritura otorgada ante esta notaría los señores Robert Taylor Budd, William Sims Edwards y Anthony Reid, constituyen la sociedad Casus Foederis S. A. Domicilio: San José. Capital social: cien mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente el socio: Budd, secretario el socio: Edwards y tesorero el socio: Reid, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Jorge Sánchez Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 10263.—(5667).
En mi notaría, Borany Zeledón Benítez y Christopher Zeledón Benítez, constituyen Creaciones Dragón Zel S. A. Presidente: Borany Zeledón Benítez.—Lic. Alejandro Villegas Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 10265.—(5668).
Por escritura número 88, del tomo 18 de mi protocolo, se constituyó sociedad con número de cédula jurídica. Presidente: José Joaquín Murillo Soto. Secretaria: Marisol Arroyo Herrera. Tesorera: Priscilla Alejandra Murillo Arroyo. Fiscal: María Eugenia Murillo Soto.—Lic. Luis Fdo. Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—Nº 10267.—(5669).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:00 horas del 14 de enero del 2008, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Adinixan Services S. A. Se reforma cláusulas quinta y sexta, se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 14 de enero del 2007.—Lic. Mauricio Marín Sevilla, Notario.—1 vez.—Nº 10269.—(5670).
Ante esta notaría, a las nueve horas del veintidós de enero del dos mil ocho, se cambia la denominación de la sociedad Lugadish Cave S. A. a Lagadish Cave S. A.—San José, veintidós de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Morales Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 10270.—(5671).
Ante esta notaría, a las nueve horas del veintidós de enero del dos mil ocho, se constituye Vista Azul Carara. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente.—San José, veintiuno de enero del año dos mil ocho.—Lic. Ana Daisy Morales Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 10271.—(5672).
Ante esta notaría por escritura de las diez horas del siete de diciembre del año dos mil siete, se nombró nueva junta directiva y fiscal de la sociedad El Pisaverde S. A., cedula jurídica numero tres-ciento uno-cuatrocientos nueve mil quinientos sesenta y ocho.—San José, 16 de enero del año 2008.—Lic. Hugo Francisco Velásquez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 10275.—(5673).
Por escrituras números 198, 200 y 201 de las 8, 9 y 10 horas del 22 de enero del 2008 comparecen Adrián Soto López y Andrea Sirias Rodríguez, a constituir las sociedades limitadas Viciknn Home Limitada, Lubojentabor Limitada y Hershey and Keshka Supercats Company Limitada en su respectivo orden. Es todo.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic. Ana Mercedes Ajoy Zeledón, Notaria.—1 vez.—Nº 10280.—(5674).
Ante esta notaría a las 13:00 horas del día de hoy se constituyó la sociedad Macare Movimientos de Tierra S. A. Domicilio social: El Roble de Alajuela. Presidente: Leovogildo Sandí Rojas.—Alajuela, 16 de enero del 2008.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—Nº 10283.—(5675).
Por escrituras números 194 de las 3:00 horas del 3 de diciembre del 2007 comparecen Adrián Soto López y Andrea Sirias Rodríguez a constituir sociedad limitada cuyo nombre será la cédula jurídica otorgada por Registro Público. Es todo.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 10281.—(5676).
Ante esta notaría a las 18:00 horas del día de hoy se constituyó la sociedad Armaduras Alfaro Solera S. A. Domicilio social El Roble de Alajuela. Presidente Mario Enrique Alfaro Solera.—Alajuela, 16 de enero del 2008.—Lic. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—Nº 10284.—(5677).
Por escritura número ciento cincuenta y ocho, otorgada ante esta notaría, a las diecinueve horas del día veintiuno de enero del año dos mil ocho, se reformó la junta directiva de la sociedad Lubricación Técnica Lubritec Sociedad Anónima.—San José, a las ocho horas del veintidós de enero del dos mil ocho.—Lic. Rodolfo Jiménez Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 10287.—(5678).
Se ha constituido ante esta notaria la sociedad Taller Automotriz Jorge Luis Méndez Mendieta Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social diez mil colones. Se ha nombrado junta directiva, con presidente y tesorero con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y agente residente.—San José, nueve horas quince minutos del veintidós de enero de dos mil ocho.—Lic. Manuel Ballesteros Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 10288.—(5679).
Ante mí, Édgar Gerardo Campos Araya, Katherine Montero Mendoza y Blanca Núñez Vega, por escritura otorgada a las 14:45 horas del 5 de enero del 2008, constituyen una sociedad que se denominará Pacific Sur Rent a Car Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones. Es todo.—San Miguel de Naranjo, a las quince horas del cinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Édgar Gerardo Campos Araya, Notario.—1 vez.—Nº 10292.—(5680).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí se constituyó Study Hair S. A.—Heredia, 15 de enero del 2008.—Lic. Mario Benavides Rubí, Notario.—1 vez.—Nº 10297.—(5681).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del día dos de enero del dos mil ocho, mediante la escritura número seis-veintisiete, se modifica la cláusula primera del pacto social de la sociedad 3-102-482125 S. R. L. que se denominará Inversiones Marianas y Cristianas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic. Juan Ignacio Gallegos Gurdián, Notario.—1 vez.—Nº 10298.—(5682).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día dieciséis de enero del dos mil ocho, de la compañía Infraestructuras Punta de Mono S. A., se modifica la cláusula novena de la representación, corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la compañía.—San José, dieciséis de enero del 2008.—Lic. Kattya Villegas Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 10299.—(5683).
Por escritura otorgada ante la notaría del licenciado José Esteban Olivas Jiménez, ubicada en Upala, Alajuela, costado este del Hospital a las quince horas del veintiocho de noviembre del dos mil siete, en la ciudad de Upala, Alajuela, constitución de la sociedad anónima denominada Construcciones Derivale Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: el socio José Pablo Castillo Quirós. Es todo.—San José, 3 de diciembre del 2007.—Lic. José Esteban Olivas Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 10300.—(5684).
Ante mi notaría el día de
hoy, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y el acta de sesión
de instalación de la nueva junta administrativa de
Los señores: Ronald Rubén Madrigal Luna, Mayra Luz Luna Vargas y Ronald Gerardo Madrigal Chinchilla constituyen la sociedad denominada Transportes Sebastián Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Guápiles de Pococí, Limón, al ser las dieciocho horas del diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Geiner Solano Dormond, Notario.—1 vez.—Nº 10306.—(5686).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyeron el día de hoy las compañías denominadas Millenium Capital Group Sociedad Anónima y Westgate Capital Group Sociedad Anónima.—San Pablo de Heredia, 22 de enero del 2008.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 10307.—(5687).
Por escritura otorgada en San José, a las 9:30 horas del 23 de noviembre del 2007, los señores Eugenio Verzili y José Joaquín Portilla Campos, constituyen la sociedad anónima denominada Corporación Emajuli de Costa Rica S. A. Presidente: Robert Charles Snyder. Capital social: cien mil colones. Domicilio social: San José.—Lic. Sagrario Padilla Velazquez, Notario.—1 vez.—Nº 10312.—(5688).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad Stralis C.N.Q. Sociedad Anónima. Presidente con facultades. Capital social: diez mil colones.—San José, 6 de junio del 2007.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 10313.—(5689).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las veinte horas del dieciocho de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Americana de Repuestos PMM S.R.L. Capital: suscrito y pagado, primer gerente y segundo gerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando de manera conjunta o separada.—Cartago, veintiuno de enero del dos mil ocho.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 10314.—(5690).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy se constituyó la sociedad Stralis D.Q.B. Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado. Capital social: diez mil colones.—San José, 6 de junio del 2007.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 10315.—(5691).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy se constituyó la sociedad; Stralis N.R.B. Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado. Capital social: diez mil colones.—San José, 6 de junio del 2007.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 10316.—(5692).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Servicios de Arte y Fotomecánica SEARFO Sociedad Anónima. Se nombra nueva junta directiva y se otorgan facultades.—San José, 8 de marzo del 2007.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 10317.—(5693).
Ante esta notaría, por escritura pública otorgada, a las 9:00 horas del 17 de enero del 2008, se procede a protocolizar literalmente, los acuerdos firmes de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Eco Real Estate S. A., cédula jurídica número 3-101-345333, celebrada en su domicilio social, a las 14:00 horas del 3 de agosto del 2007; en la que se acuerda modificar las cláusulas cuarta y sexta del pacto constitutivo.—San José, 21 de enero del 2008.—Lic. José R. Estrada Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 10321.—(5694).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del día 18 de enero del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la firma Dos Fremar Azul RCB S. A., mediante la cual se reforman cláusulas segunda, octava de los estatutos y se revoca el presidente, secretario, tesorero de la junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic. Andrés Eduardo Calvo Herra, Notario.—1 vez.—Nº 10325.—(5695).
REGISTRO PÚBLICO DE
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
Se hace saber a
Comercializadora
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
Se hace saber al señor Juan Arsenio del Socorro Guerrero Rojas, cédula 4-121-665, en su
condición de presidente de la sociedad Importadora Internacional Arguero Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-090554,
por desconocerse su domicilio social exacto por no constar en el asiento
constitutivo mercantil, así como a cualquier tercero con interés legítimo, o a
cualquier otro representante legal, que
Se hace saber a Iveht María Sirias Avilés, portadora de la cédula Nº
6-260-250, en calidad de acreedora anotante, según
documento Nº 564-9760, que pesa sobre las fincas del partido de Alajuela,
matrículas Nos. 221056-002 y 347488-002, que
EDICTOS
Instituto de Desarrollo Agrario, Asesoría Legal, Región
Brunca, San Isidro de Pérez Zeledón, a las ocho horas
con treinta minutos del veinticuatro de enero del dos mil ocho. Se han dictado
resoluciones finales dentro procedimientos administrativos de revocatoria de
adjudicación y nulidad de título incoado contra los administrados que se
detallan, indicándoles a cada uno de ellos que
Nombre |
Cédula |
Predio y
Asentamiento |
Expediente |
Acuerdo de
Junta Directiva |
Carlos María Jiménez Godínez |
9-094-436 |
Lote 10 centro población barrio Bonito
Sándalo |
B-036-2007 |
Artículo 10,
sesión ordinaria 034-2007, del 8 octubre 2007 |
|
3-002-118321-26 |
Lote 32-4 Haciendas del Sur |
B-038-2007 |
Artículo 27, sesión ordinaria 041-2007,
del 3 diciembre 2007 |
Rigoberto Álvarez Quirós |
1-339-192 |
Parcela 55, cc/
37 y 37-A Viquillas |
B-040-2007 |
Artículo 15, sesión ordinaria 042-2007,
del 10 diciembre 2007 |
Heriberto Cruz Solórzano Guiselle Picado Mora |
5-162-166 1-663-427 |
Parcela 34 La Gamba |
B-047-2007 |
Artículo 14, sesión ordinaria 043-2007,
del 17 diciembre 2007 |
Juan José Baltodano Sequeira Alba Iris Zúñiga Sanabria |
5-141-465 6-172-897 |
Parcela 25 Ganadera Guaycará |
B-048-2007 |
Artículo 15, sesión ordinaria 043-2007,
del 17 diciembre 2007 |
Rafael Ángel Chinchilla Calderón Elizabeth Umaña Hidalgo |
1-429-052 6-194-245 |
Lote 20 centro Población barrio Bonito,
Sándalo |
B-052-2007 |
Artículo 16, sesión ordinaria 043-2007,
del 17 diciembre 2007 |
Marco Tulio Umaña Rodríguez |
1-655-664 |
Lote 9 centro de Población Asentamiento El Tigre |
B-053-2007 |
Artículo 17, sesión ordinaria 043-2007, del 17
diciembre 2007 |
Se advierte a los interesados
que contra esta resolución cabe un Recurso de Apelación ante el Tribunal
Superior Agrario, en el término de cinco días a partir de la notificación, con fundamento
en los artículos 66 y 177 de
Asesoría Legal Región Brunca.—Lic. Álvaro Chanto Ureña.—(6070).
2 v. 1.
Instituto de Desarrollo Agrario, Asesoría Legal, Región
Brunca, San Isidro de Pérez Zeledón, a las nueve
horas del dieciocho de enero del dos mil ocho. Que habiéndose dictado
resolución inicial dentro del procedimiento administrativo de revocatoria de
adjudicación y subsecuente nulidad de título, por la
causal de incumplimiento del artículo 68 inciso 4) apartado b), en relación con
el 66 de
Nombre |
Cédula |
Predio y Asentamiento |
Expediente |
Fecha de audiencia |
Miguel Ángel Zúñiga Fonseca y María Araya Navarro |
1-469-246 3-238-696 |
Lote 21-3 Baidambu I etapa |
2007-A-017 |
11 de marzo 8 horas |
Santos Delgado Mavisca |
6-046-816 |
Parcelas 5 y 5-A Siete Colinas |
2007-A-043 |
11 de marzo 9 horas |
Daniel Vega Morales Sory María Venegas
Castro |
6-198-281 5-245-938 |
Parcela 6 La Granja |
2007-A-46 |
11 de marzo 10 horas |
Luis Ángel Campos Esquivel Zulma Elena Rosales Granados |
6-120-457 6-204-833 |
Parcela 3 Ganadera
Guaycará |
B-001-2008 |
3 de marzo 9 horas |
Dimas Lorenzo Jiménez Cadrano |
9-042-219 |
Parcela 29 Ganadera Guaycará |
B-002-2008 |
4 de marzo 9 horas |
Se pone en conocimiento que
la prueba de la administración esté contenida en el expediente que se encuentra
en
Asesoría Legal Región Brunca.—Lic. Álvaro Chanto Ureña.—(6071).
2 v. 1.
Por única vez se cita y
emplaza a los causahabientes e interesados en la indemnización que otorga el
Seguro Obligatorio de Vehículos Automotores: Molina Maldonado Leonidas, cédula
Nº 800830411, soltero, vendedores de puestos de mercado, vecino de Heredia.
Caso Nº 2007J00017. Para que dentro del término de nueve días hábiles a partir
de la publicación de este aviso, se apersonen al Departamento de Seguro
Obligatorio para Vehículos Automotores, en reclamo de sus derechos, apercibidos
de que si no lo hicieren pasará en derecho a quien corresponda.—San José, 20 de
enero del 2008.—Departamento Obligatorio de Vehículos Automotores.—Lic. Olman Madrigal Solórzano, Subjefe.—1
vez.—(O. C. Nº 18480).—C-8020.—(5919).
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
San José, 28 de enero del
2008.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1
vez.—(O. C. Nº 3802).—C-11240.—(8024).
MUNICIPALIDAD DE NARANJO
CORRECCIÓN DEL REGLAMENTO DE
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
El artículo Nº 3 léase correctamente
“La aprobación de las modificaciones presupuestarias corresponderá en principio
al Jerarca Institucional, quien no podrá delegar dicha competencia de
conformidad a lo establecido en el artículo 100 de
El artículo Nº 4, se deroga y que se
corre la numeración.
Naranjo, 7 de enero del 2008.—Eugenio Padilla Bonilla, Alcalde Municipal.—Margarita
González Arce, Secretaria Municipal.—1 vez.—(6018).
KOPLA S. A
KOPLA S. A., cédula jurídica
3-101-083962-13, en publicación de extravío de libros, se omitió indicar que le
corresponde a
Alberto Palaco
Herrera.—1 vez.—(7335).