LA GACETA Nº 25 DEL 05 DE FEBRERO DEL 2008
EL PRESIDENTE DE
Y
EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA,
En uso de las facultades que confieren los
artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
I.—Que
II.—Que
III.—Que el Protocolo Adicional a
IV.—Que
V.—Que en
VI.—Que el daño al ambiente constituye un delito de carácter social,
económico, cultural y ético y por lo tanto es necesario que el Ministerio del
Ambiente y Energía cuente con un órgano especializado y facultado para
sancionar de manera efectiva aquellas actividades u omisiones que atenten
contra la legislación tutelar del ambiente y los recursos naturales. Por tanto,
Decretan:
Reglamento de Procedimientos del Tribunal
Ambiental
Administrativo
SECCIÓN I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Naturaleza jurídica y
competencia. El Tribunal Ambiental Administrativo, es un órgano del
Ministerio del Ambiente y Energía con desconcentración máxima, con competencia
exclusiva e independencia funcional en el desempeño de sus atribuciones. Los
principios que informan los procedimientos de este Tribunal serán los de
oralidad, informalidad, oficialidad, celeridad e inmediación de la prueba. Sus
fallos agotan la vía administrativa. Su sede estará en la ciudad de San José.
El Tribunal tendrá competencia en todo el territorio nacional y
resolverá las controversias ambientales administrativas de conformidad con lo
dispuesto en los incisos a), b), c) y d) del artículo 111 de
Artículo 2º—De su organización. El Tribunal Ambiental
Administrativo está compuesto por tres jueces propietarios y tres jueces
suplentes.
Artículo 3º—Requisitos de sus miembros. Para ser miembro del
Tribunal se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Licenciatura
en el área de la especialidad del cargo con práctica de al menos 5 años.
b) Amplia
experiencia en la realización de labores profesionales relacionadas con el
puesto, de esa experiencia, dos años deben de ser en materia ambiental.
c) Amplia
experiencia en supervisión de personal.
d) Incorporado
al Colegio Profesional respectivo, en los casos en que exista esa entidad para
la correspondiente regulación y control del ejercicio profesional.
Artículo 4º—Idoneidad, retribución,
exclusividad de los miembros del Tribunal Ambiental Administrativo. Los
miembros propietarios del Tribunal Ambiental Administrativo, deberán trabajar a
tiempo completo y ser personas que, en razón de sus antecedentes, títulos
profesionales y reconocida competencia en la materia, sean garantía de
imparcialidad y acierto en el desempeño de sus funciones.
La retribución de los integrantes de este Tribunal debe ser igual al
sueldo de los miembros de los Tribunales Superiores del Poder Judicial, la del
resto del personal deberá equipararse, según el caso, a la de los cargos
equivalentes del personal de esos Tribunales o de otros órganos del Poder
Judicial donde se desempeñen cargos iguales o similares.
Artículo 5º—Impedimentos, excusas y recusaciones. Son
aplicables a los miembros del Tribunal Ambiental Administrativo, las
disposiciones establecidas en
Artículo 6º—Sustitución de un juez por impedimento excusas o
recusación. Cuando un miembro del Tribunal deba separarse del conocimiento del
asunto, con motivo de una recusación, impedimento o excusa, se procederá según
lo establecido en los artículos 230 y siguientes de
Artículo 7º—Integración del Tribunal Ambiental Administrativo. El
Tribunal Ambiental Administrativo estará integrado por tres miembros
propietarios y tres suplentes, todos de nombramiento del Consejo Nacional
Ambiental, por un período de seis años. El resto del personal deberá ser
nombrado por
Artículo 8º—Validez para sesionar. Para que el Tribunal sesione
válidamente, se requerirá la concurrencia de los tres miembros. Las
deliberaciones del Tribunal serán privadas y la votación se recibirá en forma
nominal, tomándose las decisiones por mayoría simple. La redacción de los autos
y resoluciones finales, será por riguroso turno y dentro del término
establecido al efecto por
Artículo 9º—Nombramiento del Presidente del Tribunal Ambiental
Administrativo. Anualmente este Tribunal elegirá de su seno un presidente,
un vicepresidente y un secretario.
Artículo 10.—Resoluciones.
Corresponderá al Presidente del Tribunal dictar las providencias, las cuales
firmará en asocio con el Secretario. Las demás resoluciones serán dictadas por
el Tribunal y deberán ser firmadas por todos los miembros, aun cuando exista
voto salvado. Cuando exista voto salvado en la resolución de un caso, el miembro
que se aparte de la decisión de mayoría deberá salvar su voto, razonando los
motivos por los cuales se aparta del criterio de mayoría y en todo caso, deberá
firmar conjuntamente con los demás integrantes, la sentencia correspondiente.
El voto salvado deberá constar como parte integral de la sentencia, a
continuación de la parte dispositiva del fallo.
Artículo 11.—Principios jurídicos. El
Tribunal Ambiental Administrativo llevará a cabo el procedimiento ordinario
administrativo establecido en
Artículo 12.—Nulidades. Cuando sea del
caso, el Tribunal podrá, de oficio o a solicitud de parte, declarar nulidades y
disponer la reposición de trámites, a fin de corregir irregularidades que
pudieren afectar la validez del procedimiento ordinario administrativo, se
podrá aplicar por analogía, las normas del Código Procesal Civil, Código
Procesal Penal y el Código Agrario, con el objeto de proveer la debida
celeridad y eficacia del proceso.
Artículo 13.—Corrección de errores
materiales. El Tribunal Ambiental Administrativo podrá corregir con
fundamento en el artículo 157 de
SECCIÓN II
Procedimiento del Tribunal Ambiental Administrativo
Artículo 14.—Contenido
de la denuncia. En los procedimientos que lleve a cabo el Tribunal, las
tramitaciones se efectuarán en papel común; la denuncia deberá ajustarse a lo
señalado en el artículo 107 de
Artículo 15.—Denuncia oral. No
obstante de lo indicado en el artículo anterior, las partes podrán formular sus
denuncias en forma oral, mediante comparecencia al Despacho, sin embargo de
conformidad con lo establecido en el artículo 112 de
Artículo 16.—Documentos presentados ante
el Tribunal Ambiental Administrativo. Tendrán la validez y eficacia de un
documento físico original, las copias de documentos, siempre que cumplan con
los procedimientos establecidos para garantizar su autenticidad, integridad y
seguridad. Las alteraciones que afecten la autenticidad o integridad de dichos
documentos los harán perder el valor jurídico que se les otorga en el párrafo
anterior.
Artículo 17.—Denuncia tramitada o
documento recibido por fax. Las partes también podrán utilizar este medio
para presentar sus denuncias, solicitudes y recursos, siempre que remitan el
documento original dentro de los tres días hábiles siguientes, en cuyo caso la
presentación de la denuncia, petición o recurso se tendrá como realizada en el
momento de recibida la primera comunicación.
Artículo 18.—Actuación del Tribunal.
El Tribunal podrá actuar en días y horas inhábiles cuando la dilación pueda
causar perjuicio grave a los interesados o al medio ambiente, entorpecer el
procedimiento o hacer ilusorio el efecto de la resolución administrativa.
Artículo 19.—Medidas cautelares.
Cuando la gravedad de los hechos denunciados implique la eventualidad de que se
comentan daños ambientales de difícil o imposible reparación, el Tribunal
Ambiental Administrativo de conformidad con lo establecido en el artículo 99 de
a) Restricciones,
parciales o totales, u orden de paralización inmediata de los actos que
originan la denuncia.
b) Suspender
temporalmente, en forma total o parcial, el o los actos administrativos que
provocan la denuncia.
c) Clausurar
temporalmente, en forma total o parcial, las actividades que provocan la
denuncia.
d) Así
como cualquier otras medidas que a criterio de este
Tribunal estime pertinente a fin de evitar un daño de difícil o imposible
reparación.
Artículo 20.—Comunicación
de la denuncia. El Tribunal Ambiental Administrativo determinará, una vez
analizada y valorada la denuncia, si procede o no comunicar al denunciado de
que existe un reclamo.
Artículo 21.—Acceso al expediente
administrativo. Las partes y sus representantes y cualquier abogado tendrán
derecho en cualquier fase del procedimiento a examinar, leer y fotocopiar
cualquier pieza del expediente, así como solicitar certificación de la misma,
con las salvedades que indica el artículo 273 de
Artículo 22.—Solicitud de informes. Con
la finalidad de determinar la verdad real de los hechos, el Tribunal Ambiental
Administrativo se encuentra facultado para ordenar a los distintos órganos de
Artículo 23.—Inspección ocular “in situ”.
Cuando el Tribunal lo estime oportuno, podrá realizar las inspecciones oculares
o periciales que considere necesarias. Además tendrá la potestad de determinar
si procede o no citar a las partes a dicha diligencia.
Artículo 24.—Apertura del Procedimiento
Ordinario Administrativo. Una vez concluida la etapa de investigación se
dictará la apertura del procedimiento ordinario administrativo citando a las
partes con quince días hábiles de anticipación a una audiencia oral y privada,
de conformidad con las prescripciones establecidas en los artículos 308 y
siguientes de
Artículo 25.—Defensas previas y
excepciones. Una vez presentada una defensa previa o alguna excepción el
Tribunal Ambiental Administrativo deberá resolver previamente, mediante
resolución fundada las incidencias interpuestas.
Artículo 26.—Evacuación de la prueba.
El día de la audiencia, las pruebas serán evacuadas conforme el orden que
determine el Presidente del Tribunal, correspondiendo a este, el otorgamiento
de la palabra a las partes y la dirección en general del proceso de la
audiencia, conforme las prescripciones establecidas en
Con respecto a la prueba documental deberá estarse a lo dispuesto en
el artículo 295 de
Artículo 27.—Dictado de la resolución
final. Una vez que finalice la audiencia y recabadas las probanzas
necesarias o declaradas inevacuables las que se consideren como tal, en un
plazo máximo de 30 días se dictará la resolución final del procedimiento, los
cuales podrán ser aumentados en treinta días más de conformidad con lo
establecido en el artículo 110 de
Artículo 28.—Notificaciones. Las
resoluciones del Tribunal Ambiental Administrativo se notificarán en los
términos indicados en los artículos 239 siguientes y concordantes de
Artículo 29.—Recursos contra la resolución
final. Contra la resolución final podrá interponerse únicamente el recurso
ordinario de revocatoria en el plazo de tres días de conformidad con lo
establecido en el artículo 345 de
Artículo 30.—Aclaración y adición.
Cuando la resolución final fuere omisa u oscura en su parte dispositiva, podrá
ser adicionada o aclarada de oficio antes de que se notifique la resolución
correspondiente o a instancia de parte presentada dentro del plazo de tres
días.
Artículo 31—Derogaciones. Deróguese el Decreto Ejecutivo Nº 25084-MINAE del 15 de marzo de
1996, publicado en
Artículo 32.—Rige a partir de su publicación.
Dado en la ciudad de San José, a los veinte
días del mes de junio del dos mil siete.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro del Ambiente y Energía, Roberto Dobles Mora.—1 vez.—(D34136-7996).
EL PRESIDENTE DE
Y
EL MINISTRO DE
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 118 y 140 incisos 5) y 14), de
DECRETAN:
Artículo 1º—Retírase del conocimiento de
Sesiones Extraordinarias de
Expediente
16.123. ADHESIÓN DE COSTA RICA AL TRATADO DE BUDAPEST SOBRE EL RECONOCIMIENTO
INTERNACIONAL DEL DEPÓSITO DE MICROORGANISMOS A LOS FINES DEL PROCEDIMIENTO EN
MATERIA DE PATENTES.
Artículo 2º—Rige a partir del 14 de enero del
2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro de
EL PRESIDENTE DE
Y
EL MINISTRO DE
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 118 y 140 incisos 5) y 14), de
DECRETAN:
Artículo 1º—Retírase del conocimiento de
Sesiones Extraordinarias de
Expediente
Nº 16397, LEY DE FORTALECIMIENTO Y MODERNIZACIÓN DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS DEL
SECTOR TELECOMUNICACIONES.
Artículo 2º—Rige a partir del 14 de enero del
2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro de
EL PRESIDENTE DE
Y
EL MINISTRO DE
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 118 y 140 incisos 5) y 14), de
DECRETAN:
Artículo 1º—Retírase del conocimiento de
Sesiones Extraordinarias de
Expediente Nº 16305, LEY REGULADORA
DEL MERCADO DE SEGUROS.
Artículo 2º—Rige a partir del 14 de enero del
2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro de
EL PRESIDENTE DE
Y
EL MINISTRO DE
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 118 y 140 incisos 5) y 14), de
DECRETAN:
Artículo 1º—Retírase del conocimiento de
Sesiones Extraordinarias de
Expediente
Nº 16590, APROBACIÓN DEL CONVENIO INTERNACIONAL PARA
Artículo 2º—Rige a partir del 14 de enero del
2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro de
EL PRESIDENTE DE
Y
EL MINISTRO DE
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 118 y 140 incisos 5) y 14), de
DECRETAN:
Artículo 1º—Retírase del conocimiento de
Sesiones Extraordinarias de
Expediente
16.123. ADHESIÓN DE COSTA RICA AL TRATADO DE BUDAPEST SOBRE EL RECONOCIMIENTO
INTERNACIONAL DEL DEPÓSITO DE MICROORGANISMOS A LOS FINES DEL PROCEDIMIENTO EN
MATERIA DE PATENTES.
Artículo 2º—Rige a partir del 21 de enero del
2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro de
EL PRESIDENTE DE
Y
EL MINISTRO DE
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 118 y 140 incisos 5) y 14), de
DECRETAN:
Artículo 1º—Retírase del conocimiento de
Sesiones Extraordinarias de
Expediente
Nº 16397, LEY DE FORTALECIMIENTO Y MODERNIZACIÓN DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS DEL
SECTOR TELECOMUNICACIONES.
Artículo 2º—Rige a partir del 21 de enero del
dos mil ocho.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro de
EL PRESIDENTE DE
Y
EL MINISTRO DE
Con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 118 y 140 incisos 5) y 14), de
DECRETAN:
Artículo 1º—Amplíase la convocatoria a
Sesiones Extraordinarias de
Expediente
16.123. ADHESIÓN DE COSTA RICA AL TRATADO DE BUDAPEST SOBRE EL RECONOCIMIENTO
INTERNACIONAL DEL DEPÓSITO DE MICROORGANISMOS A LOS FINES DEL PROCEDIMIENTO EN
MATERIA DE PATENTES.
Artículo 2º—Rige a partir del 21 de enero del
2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro de
Nº 179-2007
EL PRESIDENTE DE
Y
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140, incisos
3) y 18) y 146 de
Considerando:
1º—Que el señor Tibor Bela Koros, de único
apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casado una vez,
ingeniero, portador del pasaporte de su país número 219134637, vecino de
Estados Unidos de América, en su condición de Presidente con facultades de
Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma de la empresa Westport S.A., cédula
jurídica número 3-101-469477, presentó solicitud para acogerse al Régimen de
Zonas Francas ante
2º—Que la instancia interna de
3º—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto:
ACUERDAN:
1º—Otorgar el Régimen de Zonas Francas a la
empresa Westport S.A., cédula jurídica número 3-101-469477, (en adelante
denominada la beneficiaria), clasificándola como Industria Procesadora de
Exportación, de conformidad con el inciso a) del artículo 17 de
2º—La actividad de la beneficiaria consistirá en la producción de
instrumentos y dispositivos médico quirúrgicos.
3º—La beneficiaria operará en el Parque Industrial Zona Franca
Cartago, ubicado en la provincia de Cartago.
4º—La beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados
en
Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en
virtud de
Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en
consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, Ley Nº 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas,
en lo que resulten aplicables.
5º—De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20, inciso g) de
Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus productos al mercado
local, observando rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el
artículo 22 de
6º—La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de empleo
de 06 trabajadores, a más tardar el 24 de abril del 2008. Asimismo, se obliga a
realizar una inversión nueva inicial y mínima total en activos fijos de al
menos US $150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de
los Estados Unidos de América), a más tardar el 24 de abril del 2009.
Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo
de valor agregado nacional de un 33,30%.
PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión nueva
inicial en activos fijos y la mínima total de la beneficiaria, de conformidad
con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a
7º—Una vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a
pagar el canon mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La
fecha prevista para el inicio de las operaciones productivas es el 31 de
diciembre del 2007. En caso de que por cualquier circunstancia la beneficiaria
no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada, continuará
pagando el referido canon, para lo cual
Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER
de los aumentos realizados en el área de techo industrial. El incumplimiento de
esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, a partir de la fecha
de la última medición realizada por la citada Promotora, quien tomará como base
para realizar el cálculo la nueva medida.
8º—La beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones
ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente y Energía y
9º—La beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un informe
anual de operaciones, en los formularios y conforme con las condiciones que
PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del año
fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER y,
en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades
requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y
de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá permitir que funcionarios de la
citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren
oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las
obligaciones de
10.—En caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria de las
condiciones de este Acuerdo o de las leyes, reglamentos y directrices que le
sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un
plazo desde un mes hasta un año, uno o varios incentivos de los indicados en el
artículo 20 de
11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo
Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de
Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de
Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá
a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el
Régimen.
Para el inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la
empresa deberá haber sido autorizada por
12.—Las directrices que para la promoción,
administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento
obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente
tengan relación con ellos o con la citada Promotora.
13.—El uso indebido de los bienes o servicios
exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda proceda a
la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás acciones
que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en materia de defraudación
fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que establece
14.—La empresa beneficiaria se obliga a
cumplir con todos los requisitos de
15.—De conformidad con el artículo 74 de
16.—Rige a partir de su comunicación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El
Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—Nº
11140.—(7194).
Nº 484-2007
EL PRESIDENTE DE
Y
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3)
y 18) y 146 de
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo número
415-2007 de fecha 22 de octubre del 2007, publicado en el Diario Oficial
II.—Que mediante documento presentado el día 23 de noviembre del 2007,
en
III.—Que la instancia interna de
IV.—Que se han observado los procedimientos de Ley.
Por tanto,
ACUERDAN:
1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo número
415-2007 de fecha 22 de octubre del 2007, publicado en el Diario Oficial
“2. La actividad de la beneficiaria consistirá en la comercialización
de material de empaque y embalaje.”
“15. De conformidad con el artículo 74 de
2º—En todo lo que no ha sido expresamente
modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo Nº 415-2007 de
fecha 22 de octubre del 2007, publicado en el Diario Oficial
3º—La empresa deberá suscribir un addéndum al Contrato de Operaciones.
4º—Rige a partir de su comunicación.
Dado en
Comuníquese y publíquese.—ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1
vez.—(7999).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
RES-ODP-001-2008 (CD392-1999).—Órgano Director
de Procedimiento.—Consejo de Administración.—Consejo Nacional de Vialidad.—San
José, a las ocho horas del veintidós de enero de dos mil ocho.
Procedimiento administrativo ordinario de
cobro de pantalla indicadora de tarifas (display) a la empresa Telemóvil de
Costa Rica S. A. dentro de la contratación directa Nº 392-99 “Mantenimiento
Preventivo y Correctivo del Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”.
Considerando:
I.—Mediante resolución número RES-06-121-2007
de las 15:45 horas del 5 de noviembre de 2007 el Consejo de Administración
resolvió –entre otros– lo siguiente:
“(…)
1. Iniciar
el presente procedimiento ordinario de cobro de pantalla indicadora de tarifas
(display) contra la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A. dentro de la
contratación directa Nº 392-99 “Mantenimiento Preventivo y Correctivo del
Sistema Automatizado de Cobro de Tasa de Peaje”.
2. Con
el fin de sustanciar el presente procedimiento, con total respeto a los
derechos constitucionales de defensa y debido proceso que asisten a todos los
ciudadanos y de conformidad con lo establecido en los artículos 308 y 319 de
6. Se nombra a
II.—Dada la imposibilidad de notificar
directamente dicha resolución a la empresa Telemóvil de Costa Rica S. A., la
misma se publicó los días 18, 21 y 22 de enero de 2008 en el Diario Oficial
III.—Inicialmente, se había fijado el 7 de diciembre de 2007 para
verificar la audiencia oral y pública de este procedimiento, dados los
inconvenientes de notificación de la resolución número RES-06-121-2007. Por lo
que los mismos días antes indicados, apareció la resolución número
RES-ODP-001-2007(CD392-1999) de las ocho horas del 4 de diciembre de 2007, la cual
fijó la fecha de la nueva audiencia para el día 10 de diciembre de dos mil
ocho, a las nueve horas, en el mismo lugar. No obstante, la fecha correcta es
el 28 de marzo de 2008. Por tanto,
EL ÓRGANO DIRECTOR DE PROCEDIMIENTO, RESUELVE:
Corregir la resolución número
RES-ODP-001-2007(CD392-1999) de las ocho horas del 4 de diciembre de
Lic. Dixa Córdoba Gómez, Órgano Director de
Procedimiento.—(Solicitud Nº 19540).—C-85100.—(5918).
DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD Y
MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
Ante esta dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo I, folio 159, título Nº 1589, emitido por el Colegio de Limón Diurno,
en el año dos mil tres, a nombre de Rodríguez Iglesias Dariana. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica,
Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el Tomo I, Folio 60, Título Nº
1012, emitido por el Liceo de Puriscal, en el año mil novecientos ochenta y
cinco, a nombre de Campos Charpentier Jhonny. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo 1, Folio 47, Título Nº 417, emitido por el Liceo Mauricio Alvarado
Vargas, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Alfaro Rodríguez
Johnny. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días, hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 63, título Nº 277, emitido por el Liceo Julio Fonseca
Gutiérrez, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Orozco Orozco
Cinthia María. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante esta dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo I, folio 48, título N° 322, emitido por el Liceo Pacífico Sur, en el
año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Guerrero Murillo Andy. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo I, folio 162, título N° 1619, emitido por el Colegio de Limón Diurno,
en el año dos mil cuatro, a nombre de Núñez Varela Eric José. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta Subdirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Letras, inscrito en el Tomo 1,
Folio 39, Título Nº 424, emitido por el Colegio Nocturno Braulio Carrillo
Colina, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Pacheco Castillo
Alexis Alberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 104, título Nº 864, emitido por el Liceo José Joaquín Vargas
Calvo, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Mora Garita Luis
Eduardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
En sesión celebrada en San José,
a las nueve horas del día 29 de octubre del 2007, se acordó conceder traspaso
de Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPTA-8050-2007, del día 29 de
octubre del
REGISTRO NACIONAL
Para ver imágenes solo en
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de
estatutos de la entidad denominada: Asociación de Ganaderos Independientes del
Pacífico. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones
establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y
sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por
quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para
que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 573, asiento:
50971.—Curridabat, siete de noviembre del dos mil siete.—Lic. Enrique Rodríguez
Morera, Director.—1 vez.—Nº 10477.—(6302).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada: Asociación Fraternidad de Pastores del Cantón de Carrillo,
con domicilio en la provincia de Guanacaste, Carrillo. Cuyos fines principales
entre otros son los siguientes: Dar a conocer el nombre y el poder de
Jesucristo en todo nuestro cantón y más allá de las fronteras. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociaci6n con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones establecidas
en el estatuto lo es el presidente: Jacinto Zúñiga Barrantes. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8
de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con
los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Tomo: 572, asiento: 64208, adicional 573-73788).—Curridabat, a los
cuatro días del mes de diciembre del dos mil siete.—Lic. Enrique Rodríguez Morera,
Director.—1 vez.—Nº 10485.—(6303).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada: Asociación de Pescadores Artesanales del Jobo de
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada: Asociación Iglesia Cristiana Camino de Libertad, con
domicilio en la provincia de Cartago. Sus fines principales entre otros es el
siguiente: Promover la actividad evangelística y espiritual y de incentivar los
valores éticos, morales y cristianos. Cuyo representante judicial y
extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el
presidente: Marco Antonio Quesada Granados. Por encontrarse dicha entidad
dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de
1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Tomo: 570, asiento: 80760, adicionales: tomo: 572, asiento: 96423 y
tomo: 573, asiento: 77727).—Curridabat, a los quince días del mes de noviembre
del dos mil siete.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº
10502.—(6305).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la
entidad denominada: Asociación Hogar de Ancianos Monseñor Delfín Quesada Castro
de Pérez Zeledón. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las
prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de
Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 573,
asiento: 96941).—Curridabat, a los siete días del mes de enero del dos mil
ocho.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 10505.—(6306).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada: Asociación Deportiva Tshirt Mundo, con domicilio en la
provincia de San José; cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover
el desarrollo del fútbol salón, fútbol y fútbol sala. Cuyo representante
judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el
estatuto lo es el presidente: Harvey Guido García. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de
agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Tomo: 573, asiento: 64802, adicional tomo: 574, asiento:
00050).—Curridabat, a los veintiún días del mes de enero del dos mil ocho.—Lic.
Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 10508.—(6307).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado
Sanitario de Tres Colinas de Potrero Grande de Buenos Aires de Puntarenas, con
domicilio en la provincia de Puntarenas, en Salón Comunal de Tres Colinas de
Puntarenas, cuyos fines principales entre otros son los siguientes:
Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas
condiciones el acueducto, de conformidad con las disposiciones y reglamentos que
al respecto emita el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados
que serán de acatamiento obligatorio. Cuyo representante judicial y
extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma y con las limitaciones establecidas en el estatuto es el
presidente: Manuel Ángel Barrantes Badilla. Por encontrarse dicha entidad
dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de
1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los
requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Tomo: 573, asiento: 94045).—Curridabat, a los veintiún días de
enero del dos mil ocho.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº
10627.—(6309).
El Registro de Personas Jurídicas,
Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la
entidad denominada Asociación Cultural Musical del Cantón de Alvarado, con
domicilio en la provincia de Cartago. Cuyos fines principales entre otros son
los siguientes: Propiciar conjuntamente con la escuela Municipal de Música de
Alvarado, el desarrollo cultural, educativo y formativo de los jóvenes del
cantón de Alvarado. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la
asociación, con facultades de apoderado generalísimo con una suma límite de
quinientos mil colones, siendo la asamblea la quo autorice montos superiores, y
con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente: Adrián
Arias Quesada. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y
sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 572 asiento 24621 y
adicional tomo 573 asiento 31130). Curridabat, a los catorce días del mes de
diciembre del año dos mil siete.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1
vez.—Nº 10644.—(6310).
REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
La señora María del Milagro Chaves Desanti,
cédula 1-626-794, en su condición de apoderada de Takeda Pharmaceutical Company
Limited, de Japón, solicita
La señora María del Milagro Chaves Desanti,
cédula de identidad 1-626-794, en su condición de apoderada de Takeda
Pharmaceutical Company Limited, de Japón, solicita
La señora María del Milagro Chaves Desanti,
mayor, abogada, cédula 1-626-794, vecina de San José, en su condición de
apoderada especial de Concordia Development S.R.L., de Italia, solicita el
Diseño Industrial denominado PREFORMA DE BOTELLA.
Para ver imágenes solo en
Un diseño ornamental, nuevo y
original de una botella. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados,
La señora María del Milagro Chaves Desanti,
mayor, abogada, cédula 1-626-794, vecina de San José, en su condición de
apoderada especial Takeda Pharmaceutical Company Limited, de Japón, solicita
La señora María del Milagro Chaves Desanti,
mayor, abogada, cédula 1-626-794, vecina de San José, en su condición de
apoderada especial de Newfrey LLC, de E.U.A., solicita el Diseño Industrial
denominado CUERPO DE GRIFO.
Para ver imágenes solo en
Es un diseño ornamental para
un cuerpo de grifo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados,
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 5946A.—
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
Exp. 12720P.—Tierra Extraña S. A., solicita
concesión de: ,05 lps del pozo RG-750, efectuando la captación en su finca en
Turrubares, para consumo humano. Coordenadas 210.050 / 489.750 hoja Río Grande.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 21 de noviembre del
2007.—Departamento de Aguas, J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(6266).
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 6457-03.—Registro Civil, Departamento Civil, Oficina de Actos
Jurídicos. Samantha de Michelis, no indica segundo apellido, mayor, divorciada,
publicista, cédula de residencia número setecientos cincuenta y ocho-ciento
ochenta y nueve mil setecientos noventa-cero cero dos mil trescientos cincuenta
y tres, vecina de centro Liberia; solicita la rectificación del asiento de
nacimiento de su hija Camilla Zamora de Michelis, que lleva el número… en el
sentido de que la misma es hija de “Eduardo Cordero Mora, costarricense y
Samantha de Michelis, no indica segundo apellido, italiana”; y no como se
consignó. Publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial de
conformidad con lo establecido el artículo 66 de
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias
de ocurso incoadas por Petronila Reyes Cruz, ha dictado una resolución que en
lo conducente dice: Nº 3046-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de
Actos Jurídicos.—San José, a las once horas y veinte minutos del nueve de noviembre
del dos mil siete. Ocurso, Exp. Nº 10073-07. Resultando 1º—...,
2º—…Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados…III.—Sobre el
fondo:.... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Bernardo
Santiago Cruz Mendoza con Petronila Reyes Cruz..., en el sentido que el segundo
apellido del padre de la cónyuge es “Rodríguez” y no como se consignó.—Lic.
Marisol Castro Dobles, Directora General, MSc. Ligia María González Richmond,
Jefa.—1 vez.—Nº 10487.—(6311).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Francisca Murillo Ampié, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3554-2007.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve
horas veinte minutos del cuatro de diciembre del dos mil siete. Ocurso. Exp. Nº
19377-2007. Resultando 1º—..., 2º—…, 3º—…Considerando: I.—Hechos probados:...
II.—Hechos no probados…III.—Sobre el fondo:.... Por tanto: rectifíquese el
asiento de nacimiento de Juan Carlos Ampié Murillo, en el sentido que los
apellidos de la madre del mismo son “Murillo Ampié” y no como se
consignaron.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í., MSc. Ligia
María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 10521.—(6312).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Aníbal Antonio García, único apellido, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
001-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del dos de enero del dos mil
ocho. Ocurso. Exp. Nº 28833-07. Resultando 1º—..., 2º—…, 3º—…Considerando:
I.—Hechos probados:... II.—Hechos no probados…III.—Sobre el fondo:.... Por
tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Aníbal Antonio García Castro...
en el sentido que el apellido del padre de la persona ahí inscrita es “García,
no indica segundo apellido” y el asiento de nacimiento de Kenneth Francisco
García Castro..., en el sentido que el segundo nombre y el apellido del padre de
la persona ahí inscrita son “Antonio” y “García, no indica segundo apellido”
respectivamente y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora
General, MSc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 10558.—(6313).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Yeyson Antonio Fouks López, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice Nº 815-2003.—Registro Civil.—Departamento
de Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del diecinueve
de de mayo del dos mil tres. Diligencias de ocurso incoadas por Yeyson Antonio
Fouks López, cédula de identidad número uno-mil setenta y siete-novecientos
ochenta y uno, vecino de Dulce Nombre, Coronado. Exp. 2230-2003. Resultando
1º—..., 2º—…Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:.... Por
tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Yeyson Antonio Fouks López...
en el sentido de que los apellidos y nacionalidad del padre son “Fowks Vásquez”
y “peruana” respectivamente y no como se consignó Publíquese esta resolución
por una vez en el Diario Oficial. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas,
Oficial Mayor, Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº
10655.—(6314).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Lisdari Bonilla Flores, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3675-2007. Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve
horas treinta minutos del siete de diciembre del dos mil siete Ocurso. Exp. N°
26668-2007. Resultando: 1º—…, 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:...,
II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el
asiento de matrimonio de David Ríos Álvarez con Lizdary Bonilla Flores, en el
sentido que el nombre de la cónyuge, así como el apellido del padre y el nombre
y apellido de la madre de la misma son “Lisdari”, “Bonilla, no indica segundo
apellido” y “Aleida Flores, no indica segundo apellido”, respectivamente y no
como se consignaron.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc.
Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(7292).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Sonja Ruth Harnau, ha dictado una resolución
que en lo conducente dice: Resolución Nº 3654-07.—Registro Civil.—Departamento
Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas y dieciocho minutos
del seis de diciembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 17972-07.
Resultando: 1º—…, 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…,
III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de José
Daniel del Socorro Soto Ortega con Sonya Ruth Harnau Harnau… en el sentido que
el nombre y los apellidos de la cónyuge así como el apellido de la madre de la
misma son “Sonja Ruth Harnau Wolk” y “Wolk, no indica segundo apellido”
respectivamente y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director
General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº
11448.—(7732).
Se hace saber que este Registro en diligencias
de ocurso incoadas por Karina Fabiola Bojorque, no indica segundo apellido, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
3367-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José,
a las nueve horas veinte minutos del veintisiete de noviembre del dos mil
siete. Expediente Nº 2397-2007. Resultando 1º—…, 2º—…, 3º—… Considerando:
I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por
tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Jimena de los Ángeles Mendoza
Bohorquez… en el sentido que el apellido de la madre… es “Bojorque, no indica
segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc.
Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 11462.—(7733).
ASAMBLEA LEGISLATIVA
DEPARTAMENTO
PROVEEDURÍA
PLAN DE COMPRAS
2008
PP-101-017
Registro Contable 1.1.1.1.101.000.002.00
|
CODIGO |
DESCRIPCION |
PERIODO DE GASTO |
PRESUPUESTO 2008 |
||||||
|
I SEMESTRE |
II SEMESTRE |
GENERAL |
DESGLOSE |
||||||
|
1-01 |
ALQUILERES |
¢423.540.000,00 ¢410.000.000,00 ¢9.500.000,00 ¢4.040.000,00 |
|||||||
|
1-01-01 |
ALQUILER DE EDIFICIOS, LOCALES Y TERRENOS |
||||||||
|
X |
X |
||||||||
|
1-01-02 |
ALQUILER DE MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO |
||||||||
|
1-01-03 |
ALQUILER DE EQUIPO DE COMPUTO Y OTROS |
X |
X |
||||||
|
1-03 |
SERVICIOS COMERCIALES Y FINANCIEROS |
¢242.500.000,00 |
|
||||||
|
1-03-01 |
INFORMACIÓN,PUBLICIDAD Y PROPAGANDA |
|
¢220.500.000,00 |
||||||
|
1-03-03 |
IMPRESIÓN, ENCUADERNACIÓN, CONFECCION REVISTA PARLAMENTARIA Y OTROS |
|
¢17.000.000,00 |
||||||
|
1-03-04 |
TRANSPORTE DE BIENES |
X |
X |
|
¢5.000.000,00 |
||||
|
1-04 |
SERVICIOS DE GESTION Y APOYO |
¢204.000.000,00 |
|
||||||
|
1-04-02 |
SERVICIOS JURÍDICOS |
|
¢1.000.000,00 |
||||||
|
1-04-03 |
SERVICIO DE INGENIERÍA |
|
¢167.000.000,00 |
||||||
|
1-04-06 |
SERVICIOS GENERALES: SERVICIO DE LAVADO DE ALFOMBRAS, DE CORTINAS, PULIDO DE TERRAZOS, RECOLECCION DE DESECHOS MEDICOS, DE CERRAJERIA, DE FUMIGACION, CONFECCION E INSTALACION DE CORTINAS, TOLDOS Y OTROS |
|
¢32.300.000,00 |
||||||
|
1-04-99 |
OTROS SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO |
X |
X |
|
¢3.700.000,00 |
||||
|
1-05 |
GASTOS DE VIAJE Y TRANSPORTE |
¢50.000.000,00 |
|
||||||
|
1-05-01 |
TRANSPORTE DENTRO DEL PAÍS: PEAJES, PAGO POR SERVICIO DE TAXI Y OTROS |
|
¢25.000.000,00 |
||||||
|
1-05-03 |
TRANSPORTE EN EL EXTERIOR |
X |
X |
|
¢25.000.000,00 |
||||
|
1-07 |
CAPACITACION Y PROTOCOLO |
¢85.623.000,00 |
|
||||||
|
1-07-01 |
ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN |
|
¢60.623.000,00 |
||||||
|
1-07-02 |
ACTIVIDADES PROTOCOLARIAS Y SOCIALES: SERVICIO DE CATERIN, MEZCLADORES, REFRESCOS, SOUVENIR, SERVICIO DE FLORISTERIA Y OTROSXX |
|
¢25.000.000,00 |
||||||
|
1-08 |
MANTENIMIENTO Y REPARACON |
¢290.600.000,00 |
|
||||||
|
1-08-01 |
MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS Y LOCALES: PINTURA GENERAL Y MEJORAS DE EDIFICIOS, REPARACIÓN DE CIELORRASOS, CONSTRUCCION DE RAMPAS DE ACCESO, SUMINISTRO E INSTALACION DE VIDRIOS Y CELOCIAS, REPARACIÓN DE SISTEMAS ELECTRICOS, REMODELACION PARCIAL DE OFICINAS, DE BAÑOS, MANTENIMIENTO Y REPARACION DE ASCENSORES, INSTALACION DE CANOAS Y BAJANTES, DE ALARMAS, SERVICIOS DE RECARGA DE EXTINTORES Y OTROS, LIMPIEZA DE TUBERIAS, DE REDES DE AGUAS NEGRAS Y OTROS |
|
¢138.100.000,00 |
||||||
|
1-08-03 |
MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES Y OTRAS OBRAS |
|
¢15.000.000,00 |
||||||
|
1-08-04 |
MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN MAQUINARIA Y EQUIPO PRODUCION: MANTENIMIENTO DE PLANTA DE EMERGENCIA Y OTROS. |
|
¢2.500.000,00 |
||||||
|
1-08-05 |
MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPO DE TRANSPORTE: ALINEAMIENTO DE LLANTAS, PINTURA DE CARROCERIAS, MANTENIMIENTO Y REPARACION DE VEHICULOS Y OTROS. |
|
¢17.000.000,00 |
||||||
|
1-08-06 |
MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE EQUIPO DE COMUNICACIÓN: MANTENIMIENTO DE VIDEO, GRABACION Y AUDIO, DE EQUIPO DE TELEVISIÓN, DE RADIOCOMUNICACION, DE FACSIMIL, DE TELEFONOS Y OTROS. |
|
¢20.000.000,00 |
||||||
|
1-08-07 |
MANTENIMIETON Y REPARACIÓN DE EQUIPO Y MOBILIARIO DE OFICINA: MANTENIMIENTO Y REPARACION DE ARCHIVOS, SILLAS, EBANISTERIA Y TAPICERIA DE CEPILLOS ELECTRICOS, ASPIRADORAS, CALCULADORAS, FOTOCOPIADORAS, MAQUINAS DE ESCRIBIR, DE AIRES ACONDICIONADOS, RELOJES TODO TIPO, DE ELECTRODOMESTICOS, DE ARMAS DE FUEGO, DE EQUIPO MEDICO Y OTROS. |
|
¢58.000.000,00 |
||||||
|
1-08-08 |
MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO DE COMPUTO Y SISTEMAS DE INFORMACION.XX |
|
¢40.000.000,00 |
||||||
|
2-01 |
PRODUCTOS QUIMICOS Y CONEXOS |
¢439.500.000,00 |
|
||||||
|
2-01-01 |
COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES: |
|
¢288.000.000,00 |
||||||
|
2-01-02 |
PRODUCTOS FARMACÉUTICOS Y MEDICINALES |
|
¢2.500.000,00 |
||||||
|
2-01-04 |
TINTAS, PINTURAS Y DILUYENTES |
|
¢123.000.000,00 |
||||||
|
2-01-99 |
OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS: TONNER, CARTUCHOS, INSECTICIDA Y OTROSXX |
|
¢26.000.000,00 |
||||||
|
2-02 |
ALIMENTOS Y PRODUCTOS AGROPECUARIOS |
¢38.000.000,00 |
|
||||||
|
2-02-02 |
PRODUCTOS AGROFORESTALES |
|
¢3.000.000,00 |
||||||
|
2-02-03 |
ALIMENTOS Y BEBIDAS: AZUCAR, CAFÉ, SACARINA, TE, LECHE EVAPORADA, GALLETAS, AGUA ELECTROPURA, SERVICIO DE BOCADILLOS Y OTROS.XX |
|
¢35.000.000,00 |
||||||
|
2-03 |
MATERIALES
Y PRODUCTOS DE USO EN |
¢88.000.000,00 |
|
||||||
|
2-03-01 |
MATERIALES Y PRODUCTOS METÁLICOS |
|
¢12.000.000,00 |
||||||
|
2-03-02 |
MATERIALES
Y PRODUCTOS MINERALES Y ASFÁLTICOS: CEMENTO, MADERA Y SUS DERIVADOS,
PRODUCTOS ELECTRICOS, TELEFONICOS Y DE COMPUTO, DE VIDRIO, PLASTICO, DE USO
EN |
|
¢6.000.000,00 |
||||||
|
2-03-03 |
MADERA Y SUS DERIVADOS |
|
¢10.000.000,00 |
||||||
|
2-03-04 |
MATERIALES Y PRODUCTOS. ELÉCTRICOS, TELEFÓNICOS Y DE COMPUTO |
|
¢28.000.000,00 |
||||||
|
2-03-05 |
MATERIALES Y PRODUCTOS DE VIDRIO |
|
¢1.000.000,00 |
||||||
|
2-03-06 |
MATERIALES Y PRODUCTOS DE PLÁSTICO |
|
¢6.000.000,00 |
||||||
|
2-03-99 |
OTROS MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN LA CONSTRUCCION.XX |
|
¢25.000.000,00 |
||||||
|
2-04 |
HERRAMIENTAS , REPUESTOS Y ACCESORIOS |
¢27.600.000,00 |
|
||||||
|
2-04-01 |
HERRAMIENTAS E INSTRUMENTOS: ESCALERAS, TODO TIPO, REPUESTOS, ANTENAS PARA VEHICULOS, LLANTAS, BATERIAS Y OTROS |
|
¢5.600.000,00 |
||||||
|
2-04-02 |
REPUESTOS Y ACCESORIOS Y OTROSXX |
|
¢22.000.000,00 |
||||||
|
2-99 |
UTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS DIVERSOS |
¢302.000.000,00 |
|
||||||
|
2-99-01 |
ÚTILES Y MATERIALES DE OFICINA Y COMPUTO: ALMOHADILLA, DISQUETTE, CINTA ADHESIVA, FECHADOR, HUMEDECEDOR, CLIPS, BOLIGRAFOS, LAPICES, MARCADORES, SELLOS, CASSETTES, DISCOS COMPACTOS, CINTAS PARA MAQUINA DE ESCRIBIR Y OTROS, |
|
¢38.000.000,00 |
||||||
|
2-99-02 |
ÚTILES Y MATERIALES MEDICO, HOSPITALARIO Y DE INVESTIGACION: ALGODÓN, JERINGAS, VENDAS, AGUJAS Y OTROS. |
|
¢3.000.000,00 |
||||||
|
2-99-03 |
PRODUCTOS DE PAPEL, CARTÓN E IMPRESOS: ARCHIVADORES DE CARTON, CARPETAS, PAPEL BOND, PAPEL HIGIENICO, SERVILLETAS, SOBRES, CUADERNOS, LIBROS Y OTROS |
|
¢75.000.000,00 |
||||||
|
2-99-04 |
TEXTILES Y VESTUARIO: FRANELA, PAÑOS, SABANAS, UNIFORMES, ALFOMBRAS DECORATIVAS, PERSIANAS Y OTROS |
|
¢85.000.000,00 |
||||||
|
2-99-05 |
ÚTILES Y MATERIALES DE LIMPIEZA: CERAS TODO TIPO, LIMPIADORES, CLOROS, DESINFECTANTES, ESCOBAS, PALAS, MECHAS, FELPAS, DETERGENTES, BOLSAS PARA BASURA Y OTROS |
|
¢50.000.000,00 |
||||||
|
2-99-06 |
ÚTILES Y MATERIALES DE RESGUARDO Y SEGURIDAD: MASCARILLAS, GUANTES, CHALECOS PROTECTORES, MUNICIONES Y OTROS |
|
¢14.000.000,00 |
||||||
|
2-99-07 |
ÚTILES Y MATERIALES DE COCINA Y COMEDOR: VASOS DESECHABLES, AZUCARERAS, COPAS, CUCHARAS, CUCHILLOS, PICHELES, AZAFATES, PLATOS, TENEDORES, FILTROS, FRASCO PARA COFFE MAKER Y OTROS |
|
¢16.000.000,00 |
||||||
|
2-99-99 |
OTROS ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS: BATERIAS, HIELERAS Y OTROSXX |
|
¢21.000.000,00 |
||||||
|
5-01 |
MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO |
¢2.044.356.000,00 |
|
||||||
|
5-01-02 |
EQUIPO DE TRANSPORTE |
|
¢15.500.000,00 |
||||||
|
5-01-03 |
EQUIPO DE COMUNICACIÓN:EQUIPO DE SONIDO, MINICOMPONENTE, FACSIMIL, FOTOCOPIADORAS, ASPIRADORAS, RELOJES, CEPILLOS ELECTRICOS, RADIOS DE COMUNICACIÓN, TELEVISORES, VIDEOGRABADORAS, TELEFONOS Y OTROS |
|
¢474.480.000,00 |
||||||
|
5-01-04 |
EQUIPO Y MOBILIARIO DE OFICINA: MUEBLES MODULARES, SILLAS ERGONOMICAS, GILLOTINA, ENCUADERNADORA, MAQUINAS DE LAVADO, ARCOS DETECTORES Y OTROS |
|
¢254.000.000,00 |
||||||
|
5-01-05 |
EQUIPO Y PROGRAMAS DE COMPUTO: DISCO DURO, IMPRESORAS, MICROCOMPUTADORAS, SCANNER, TECLADOS, QUEMADORES, LICENCIAS Y OTROS |
|
¢1.221.818.000,00 |
||||||
|
5-01-06 |
EQUIPO SANITARIO, DE LABORATORIO E INVESTIGACIÓN |
|
¢10.000.000,00 |
||||||
|
5-01-07 |
EQUIPO Y MOBILIARIO EDUCACIONAL, DEPORTIVO Y RECREATIVO: PIZARRA ACRILICA Y OTROS |
|
¢300.000,00 |
||||||
|
5-01-99 |
MAQUINARIA Y EQUIPO DIVERSO: , EQUIPO DE AIRE ACONDICONADO, GRABADORA, ARCHIVADOR METALICO, SILLONES, VENTILADORES, HORNO MICROONDAS, COFFE MAKER, PERCOLADOR, REFRIGERADORAS EXINTORES Y OTROSXX |
|
¢68.258.000,00 |
||||||
|
5-03 |
BIENES PREEXISTENTES |
¢1.580.000.000,00 |
|
||||||
5-03-01 TERRENOS |
|
¢1.580.000.000,00 |
|
|||||||
TOTAL DEL PRESUPUESTO ¢5.815.719.000,00 |
|
|
||||||||
|
San José, 17 de enero del 2008.—MBA. Melvin
Laines Castro, Director.—1 vez.—(Solicitud
Nº
6292).—C-141900.—(5879).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
Plan anual de compras 2008
Les informa a todos(as) los (a)
interesados(as) que a partir de la fecha de esta publicación, el plan anual de
adquisiciones del Colegio Universitario de Cartago, correspondiente al
presupuesto 2008, se encuentra disponible en la dirección electrónica:
www.cuc.ac.cr, en el link de Proveeduría, además de encontrarse disponible en
el Departamento de Pruveeduría del CUC.
Lic. Ligia Amador Brenes, Proveedora.—1
vez.—Nº 11449.—(7708).
Hospital San Vicente de Paúl,
Heredia
Área de Gestión Bienes y Servicios
Con el fin de cumplir con lo establecido en el
artículo 7 del Reglamento de
Heredia, 22 de enero del 2008.—Dirección
Administrativa Financiera.—Lic. Oscar Montero Sánchez, Director.—1 vez.—(6355).
REGION HUETAR NORTE
ÁREA DE SALUD GUATUSO
PROGRAMACIÓN ANUAL DE COMPRAS PERIODO 2008
En cumplimiento con el artículo 6 de
PROGRAMA:
Atención Integral de
Fuente de
Financiamiento: Presupuesto Ordinario de
Monto
Estimado
Código Periodo
de de la
Partida Presupuestaria del
artículo Objeto de
Contrato Contratación Contratación ¢
Mant. reparación maq. y eq.
oficina 0-03-10-0040 Mant. máquinas de escribir y calculadoras I Semestre 1.300.000,00
Mantenimiento equipo
transporte 0-03-30-0120 Mantenimiento vehículos Periodo
2008 4.500.000,00
Mant. rep. maquinaria y
equipo 0-03-22-0010 Mantenimiento de autoclaves I semestre 8.000.000,00
0-03-22-0010 Mantenimiento equipo de laboratorio I Semestre
Mant. rep. equipo producción 0-03-22-0010 Mantenimiento planta eléctrica y
motoguadaña Periodo 2008 245.000,00
Mant. rep. equipo comunicación 0-03-12-0010 fax y teléfonos Periodo
2008 230.000,00
Mant. rep. equipo computo 0-03-10-0040 Mantenimiento equipo computo Periodo 2008 1.300.000,00
Otros servicios no personales 0-05-05-0080 Limpieza tanques sépticos Periodo
2008 2.000.000,00
Otros productos químicos y
conexos 7-35-01-0240 Tanques de oxigeno Periodo 2008 5.000.000,00
1-90-02-0125 Jabón para manos I Semestre
1-70-10-0020 Recarga de extintores y reactivos
laboratorio
Llantas y neumáticos 6-30-11-0020 Llantas pick up, motocicleta y ambulancia I Semestre 1.900.000,00
Productos papel y cartón 4-50-02-0460 Papel impresora I Semestre
4-50-01-0820 Hojas bond I
Semestre
4-40-01-1000 Libros para actas I Semestre
4-30-03-0160 Papel higiénico I
Semestre
4-30-02-0150 Toallas I
Semestre
4-50-02-0285 Papel para electrocardiógrafo, I Semestre 2.350.000,00
4-10-02-0025 Ampos I
Semestre
4-50-01-0320 Cartulina I
Semestre
4-50-02-0085 Notas adhesivas I Semestre
4-70-10-0035 Papel continuo 3
tantos I
Semestre
4-70-10-0030 Papel continuo 2
tantos I
Semestre
4-70-10-0025 Papel continuo 1
tanto I
Semestre
Implementos
enfermería, odontología y laboratorio
Instrumental médico y de
laboratorio I
Semestre 800.000,00
Útiles y materiales de
oficina 4-10-01-0380 Grapas estándar
4-80-05-0028 CD
4-80-03-002 Discket
4-10-01-0290 Borradores
4-10-02-0530 Calculadoras
4-80-05-0020 Cintas impresora
4-10-01-0230 Cintas maquina escribir
4-10-01-0280 Cintas adhesivas I y II
Semestre 900.000,00
4-10-01-024 Clips
4-20-11-0400 Lápiz
4-10-01-0340 Prensas para fólder
4-10-02-0122 Lapiceros
4-10-02-0125 Marcadores
4-50-02-0328 Película para fax
4-10-02-0260 Tijeras
Útiles y materiales de
limpieza I
y II Semestre 1.600.000,00
Envases y empaques medicina 4-60-03-0015 Bolsas plásticas, frascos y goteros I Semestre 550.000,00
Otros útiles y materiales 4-10-02-0045 Baterías I
Semestre 100.000,00
Lubricantes y grasas equipo
de transp. 1-96-03-0002 Lubricantes y grasas equipo de transp. I Semestre 1.800.000,00
Equipo de comunicación Central
telefónica I
Semestre 6.900.000,00
Guatuso.—Lic. Ballardo Rojas Cerdas,
Administración.—1 vez.—(6356).
GERENCIA DIVISION PENSIONES
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
6 de
PARTIDA |
DESCRIPCIÓN DEL BIEN O SERVICIO |
MONTO EN COLONES |
|
Servicios no personales |
|
2112 |
Información |
6.512.400,00 |
2114 |
Impresión encuadernación y otros |
298.600,00 |
2130 |
Otros servicios públicos |
23.606.500,00 |
2131 |
Actividades de capacitación |
11.132.500,00 |
2149 |
Contratación de servicios de ingeniería |
6.325.000,00 |
2151 |
Mantenimiento de instalaciones y otras obras |
13.300.000,00 |
2152 |
Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina |
2.915.400,00 |
2153 |
Mantenimiento y reparación de equipos de transporte |
1.003.300,00 |
2156 |
Mantenimiento y reparación de edificios por terceros |
21.680.000,00 |
2157 |
Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación |
9.005.500,00 |
2162 |
Contratación de servicios jurídicos |
65.780.000,00 |
2170 |
Contratación servicios de desarrollo y sistemas informáticos |
36.000.000,00 |
2192 |
Contratación de servicios de vigilancia |
77.466.700,00 |
|
Materiales y suministros |
|
2206 |
Tintas, pinturas y diluyentes |
6.415.300,00 |
2207 |
Textiles y vestuarios |
572.500,00 |
2210 |
Productos de papel y cartón |
5.455.000,00 |
2211 |
Impresos y otros |
3.363 000,00 |
2212 |
Materiales y productos metálicos |
2.270.000.00 |
2215 |
Otros materiales y productos de uso en la construcción |
4.034.900,00 |
2216 |
Materiales y productos eléctricos , telefónico y de computo |
2.917.100,00 |
2223 |
Otros repuestos |
3.956.500.00 |
2225 |
Útiles y materiales de oficina |
3.351.000,00 |
2233 |
Otros Útiles y Materiales |
435.500.00 |
|
Maquinaria y equipo |
|
2305 |
Maquinaria y equipo de producción |
12.000.000,00 |
2310 |
Equipo y mobiliario de oficina |
22.930.000.00 |
2315 |
Equipo de cómputo |
15.000.000,00 |
2340 |
Equipo para comunicaciones |
32.000.000.00 |
2390 |
Equipos varios |
4.000.000.00 |
24 de enero del 2008.—Dirección Financiera
Administrativa, Lic. Gustavo Picado Chacón, Director.—1 vez.—(6429).
MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN
Jorge Eladio Araya Picado, Proveedor.—1
vez.—(8000).
MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
PROGRAMA DE ADQUISICIONES PERIODO 2008
De conformidad con lo
establecido en el artículo 6º de
PROGRAMA I. DIRECCIÓN, ADMINISTRACIÓN
GENERAL
Dirección,
Administración General y Auditoría Interna
Detalle de la cuenta |
Monto |
Servicios |
18.685.453,00 |
Materiales y suministros |
7.565.000,00 |
Bienes duraderos |
1.550.000,00 |
PROGRAMA II. SERVICIOS COMUNALES
Aseo de vías,
basura, calles y caminos, cementerio, parques, acueducto, educativos y
culturales, servicios sociales y complementarios, seguridad vial, protección
del medio ambiente, Dirección de Servicios, atención de emergencias.
Detalle de la cuenta |
Monto |
Servicios |
84.625.073,00 |
Materiales y suministros |
70.473.091,00 |
Bienes duraderos |
8.932.017,00 |
PROGRAMA III. INVERSIONES
Vías de
comunicación, Unidad Técnica Gestión Vial, Ley Nº 8114, mejoras viales del
cantón, Ley Nº 7600, Dirección Técnica y Estudios, mejoras campo ferial.
Detalle de la cuenta |
Monto |
Servicios |
3.029.098,00 |
Materiales y suministros |
1.550.000,00 |
Bienes duraderos |
132.074.825,00 |
San Rafael de Oreamuno, 28 de enero del
2008.—Isela Mata Quirós, Proveedora Municipal.—1 vez.—Nº 11631.—(7707).
UNIÓN NACIONAL DE GOBIERNOS LOCALES
Plan anual de adquisiciones proyectado año 2008
Dirección Ejecutiva.—1
vez.—(8589).
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
Plan de compras 2008
Gobierno Central
De conformidad con las
modificaciones a
Basados en el artículo 108 de la
misma Ley, se invita a los proveedores a incorporarse al registro de oferentes
interesados en contratar con la administración.
San José, 23 de enero del
2008.—Lic. Vanessa
Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—(6422).
FIDEICOMISO Nº 872
BANCO
NACIONAL DE COSTA RICA-MINISTERIO DE SALUD
De conformidad con las
modificaciones a
Basados en el artículo 108 de la
misma Ley, se invita a los proveedores a incorporarse al registro de oferentes
interesados en contratar con la administración.
San José, 23 de enero del
2008.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora.—1 vez.—(6424).
REGISTRO NACIONAL
JUNTA ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000001-00100
Concesión de uso de locales A, B, C, D y E, para la venta de timbres
y
especies fiscales en el Registro Nacional
El Departamento de Proveeduría
del Registro Nacional invita a participar en la licitación en referencia, para
la cual se recibirán ofertas hasta las 8:00 horas del día 27 de febrero del
2008.
El cartel correspondiente se encuentra
disponible en Comprared, en la página de Internet www.hacienda.go.cr/comprared.
San José, 28 de enero del
2008.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1
vez.—(Solicitud Nº 19804).—C-7220.—(8458).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2008LN-000004-01
Contratación de servicios profesionales en auditoría externa
El cartel puede ser retirado en
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000001-99999
Licitación con precalificación para la contratación
de
servicios profesionales y técnicos
El Subproceso de Adquisición de Bienes y
Servicios, recibirá ofertas hasta las 10:00 a. m. del día 6 de febrero del
2008, promovida a favor del Área Técnica y Organismos Regionales.
El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema Comprared en
forma gratuita, en la dirección electrónica https://www.hacienda.go.cr/
comprared de Internet, a partir del próximo día hábil de su publicación y podrá
obtenerlo inmediatamente en el Subproceso de Adquisición de Bienes y Servicios
del Instituto Sobre Alcoholismo y Farmacodependencia que se encuentra ubicado
en San Pedro, barrio
Subproceso Adquisición de Bienes y
Servicios.—MBA. Evelyn Phillips Barrantes, Encargada a. í.—1
vez.—Nº 12273.—(8229).
MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2008LN-000002-SPM
Compra de motoniveladora nueva para uso en labores
de
conservación técnica vial con recursos de
Ley
8114 y partidas específicas
El Subproceso de Proveeduría de
San Isidro de El General, 30 de enero del
2008.—Proveeduría.—Lic. Rafael Navarro Mora, Proveedor.—1 vez.—(8169).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2008LN-000003-SPM
Compra de vagoneta de
conservación
técnica vial con recursos de
El Subproceso de Proveeduría de
San Isidro de El General, 30 de enero del
2008.—Lic. Rafael Navarro Mora, Proveedor.—1 vez.—(8170).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000006-01
Contratación del servicio de limpieza de vías en el
distrito
primero del cantón Central de Alajuela
Alajuela, 30 de enero del 2008.—Subproceso
Proveeduría.—Lic. Giovanni Robles Rojas, Coordinador a. í.—1 vez.—(8208).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000070-33300
Mejoramiento de obras de drenaje y de la superficie de ruedo
de
los caminos vecinales de las regiones de
Pérez
Zeledón y Buenos Aires
Esta Proveeduría comunica que mediante
Resolución Nº 001-2008 de las 14 horas con 30 minutos del 29 de enero del 2008,
se declara desierta esta Licitación dado que las condiciones del camino han
variado, lo anterior amparado en el artículo 86 del RGCA.
San José, 29 de enero del 2008.—Proveeduría
Institucional.—MBA. Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora.—1 vez.—(8197).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000078-PCAD
Alquiler de local para ubicar
de
Procesamiento Integral
El Proceso de Contratación Administrativa del
Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados
en
San José, 28 de enero del 2008.—Proceso de
Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1
vez.—(8494).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2007LN-000066-PCAD
Alquiler de un edificio para ubicar la
Dirección
de Banca de Desarrollo
El Proceso de Contratación Administrativa del
Banco Popular y de Desarrollo Comunal, hace del conocimiento de los interesados
en
Consorcio Vista. (Fondo de Inversión Inmobiliario
Vista, cédula jurídica 3-110-272224. Representada legalmente por:
Vista Sociedad de Fondo de Inversión S. A., cédula
jurídica 3-101-180935, y 3101481352 S. A., cédula jurídica
3-101-481352).
Monto mensual del alquiler: $27.791,36
(Veintisiete mil setecientos noventa y un dólares con 36/100).
Monto total por el plazo de ejecución contractual: (3 años):
$1.000.488,96 (un millón cuatrocientos ochenta y ocho dólares con 96/100).
Plazo de entrega: el edificio ofertado será entregado en un plazo
máximo de tres meses.
Demás condiciones, especificaciones y detalles
en conformidad con lo señalado en el pliego cartelario, la oferta y el informe
de adjudicación Nº 009-2008, visible en el expediente administrativo.
San José, 28 de enero del 2008.—Proceso de
Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1
vez.—(8496).
GERENCIA DIVISIÓN PENSIONES
DIRECCIÓN FINANCIERA ADMINISTRATIVA
VENTA PÚBLICA VP-018-2007 (adjudicación)
Monto
de la
Ítem Descripción Adjudicatario adjudicación ¢
Ítem Nº 3 Casa de habitación Juan Carlos Ruiz Calero
Lomas,
Pavas Céd:
6-241-699 10.103.000,00
Ítem Nº 5 Casa
de habitación Natalia
Miranda Durán
Desamparados,
San Rafael Céd: 1-1189-0606 10.580.000,00
Ítem Nº 6 Casa
de habitación Natalia
Miranda Durán
Coronado,
Sinaí Céd:
1-1189-0606 9.861.000,00
Ítem Nº 7 Casa
de habitación Martín
Carvajal Montoya
Cartago,
y
Ana Oreamuno Gómez
Céd:
1-425-294 33.501.000,00
Ítem Nº 8 Casa
de habitación Lorena
Espinoza Fallas
Alajuela,
Montecillos Céd:
1-806-841 5.750.000,00
Ítem Nº 10 Casa
de habitación Guillermo
Vargas Villalobos
Limón,
Pococí,
La cancelación de los respectivos ítems debe
efectuarse de conformidad con los términos del cartel y la oferta.
Con respecto a los ítem 1, 2, 4, 9, 11, 12 y 13 se declaran
infructuosos por el no recibido de ofertas.
San José, 30 de enero del 2008.—Área Soporte
Administrativo Logístico.—Lic. Jorge Oviedo Cortés, Jefe.—1 vez.—(8490).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000041-3003
(Declaración
de desierta)
Arrendamiento de ventiladores pulmonares
En virtud del Art. 86 del
Reglamento de
Al ser esta una razón
justificada de protección al interés público, debido a que no se motivó
adecuadamente en que estado están las compras de dichos equipos a nivel
Institucional y no se fundamenta claramente la no inclusión del mismo en PAO,
se procede a declarar desierto el concurso en cuestión, por carecer de estos
requisitos previos de justificación a la necesidad a la compra.
San José, 30 de enero del
2008.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas,
Coordinador.—1 vez.—(8516).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000054-PROV
Concesión parcial de instalaciones institucionales para la
explotación
de los servicios de alimentación del Plantel
Rincón
Grande de Pavas y Central Oeste
El Instituto Costarricense de Electricidad
avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que
Oferente: Sr. Marco A. Alvarado Méndez,
cédula 5-0106-0952.—(Oferta única).
Ítem único: Concesión parcial de instalaciones
institucionales para la explotación de los servicios de alimentación del
Plantel Rincón Grande de Pavas y Central Oeste.
Precio del plato del día i.v.i.: CRC 1.100,00.
Tiempo de inicio y duración: Deberá iniciar en un plazo no mayor a 10
días hábiles, a partir de la notificación de la orden de servicio y la duración
del mismo será de un año, pudiendo prorrogarse por periodos iguales hasta
completar un total de cinco años.
Lugar de entrega o prestación: En las sodas del Plantel Rincón Grande
de Pavas y Central Oeste.
Garantía de cumplimiento: será por un monto de ¢ 750.000,00; con
vigencia mínima de 14 meses contados a partir de la firmeza del acto de
adjudicación.
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos
de la oferta adjudicada.
NOTA: Presentar
garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, personería jurídica y
certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada, a más
tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de
adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de
especies fiscales equivalente a ¢ 2,50 por cada ¢ 1000,00 (dos colones con
cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 31 de enero de 2008.—Dirección de
Proveeduría.— Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S.
Nº 332718).—C-23780.—(8461).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000119-PROV
Adquisición de conductores de aleación
de aluminio
6201
AAAC para la línea de distribución Las
Pailas
El Instituto Costarricense de Electricidad
avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que
Oferta Nº 2.—Electronic
Engineering S. A., cédula jurídica Nº 3-101-017208
Partida
única: Adquisición de
Total adjudicado 81
970,20 USD
Tiempo de entrega: 55 días hábiles a partir de
la notificación de la orden de compra.
Lugar de entrega: Plantel del Proyecto Geotérmico Las Pailas,
Modalidad y forma de pago: Giro a 30 días, contra el recibo conforme
del suministro y la presentación de facturas.
Garantía sobre los bienes: Según cartel y oferta 12 meses a partir del
recibo conforme del suministro.
Garantía de cumplimiento: 8 % del valor total adjudicado, con una
vigencia mínima de 5 meses, contados a partir de la firmeza del acto de
adjudicación.
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los
términos de la oferta adjudicada.
Nota: Presentar
garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, personería jurídica y certificación de la
naturaleza y propiedad de las acciones actualizada, a más tardar dentro de los
10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como
comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente
a ¢ 2,50 por cada ¢ 1000,00 (dos
colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 30 de enero de 2008.—Dirección de
Proveeduría.— Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S.
Nº 332718).—C-18500.—(8462).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-500049-02
Suministro de vehículos
Se comunica que
Oferta Nº 1. Oferente: Purdy Motor S. A. Representante
Legal: Jesús Castro Monge.
Monto total: $502.260,00 I.V.I.
(Incluye impuestos, derechos y gastos de inscripción).
Descripción: suministro de vehículos
Línea
1:
seis (6) vehículos marca Toyota, estilo Hilux, tipo pick up, doble cabina, 4x4,
modelo 2008, con las siguientes características:
Motor: cuatro
cilindros en línea, cilindrada 2.500cc, combustible diesel con
turboalimentador, potencia SAE neta del motor de 75kw, con sistema de inyección
electrónica con riel común, torque SAE neto 260 NM, enfriado por agua.
Carrocería: Cuatro puertas laterales con barras de protección
contra impactos laterales, carrocería para absorción de impactos frontales y;
con volante colapsible. Batea de metal original de fábrica. Tres espejos
retrovisores dos laterales exteriores y uno interior. Limpiaparabrisas con
funcionamiento intermitente con dos velocidades. Protector metálico vidrio
trasero. Agarraderas internas para todos los pasajeros. Tapa sol (viseras a
ambos lados): Cinturones de seguridad de tres puntos y retractiles en todos los
asientos laterales y de dos puntos en la posición central del asiento trasero.
Pintura con acabado de poliuretano. Plancha metálica original de fábrica que
protege el motor, deposito de aceite y cárter. Chasis tipo escalera
independiente de la carrocería.
Transmisión: caja de 5 velocidades hacia delante y una hacia
atrás. Con palanca selectora en el piso.
Diferenciales: Sistema de tracción trasera.
Suspensión: Suspensión trasera con ballestas y amortiguadores.
Sistema eléctrico: con luces principales de halógeno. Faros
antiniebla.
Frenos y llantas: frenos delanteros de disco y frenos traseros de
tambor con zapata. Llantas radiales de doble propósito todo terreno.
Capacidad: 5 pasajeros debidamente sentados.
Dirección: hidráulica. Volante ajustable.
Accesorios: Gata, llave de tuercas y herramientas mínimas
recomendadas por el fabricante. Dos triángulos de seguridad. Alfombrado de
fábrica y adicionales de hule. Extintor de incendios. Radio musical AM/FM con
CD. Aire acondicionado. Cabeceras en dos posiciones delanteras y dos posiciones
traseras. Botaguas acrílicos en cada puerta. Tercera luz original de fábrica.
Cierre central original de fábrica. Alarma. Desempañador vidrio trasero.
Loderas. Jala carretas (pegadero) y toma de corriente.
Precio unitario: $36.300,00
Precio total: $217.800,00 IVI
———
Línea
2: seis
(6) vehículos marca TOYOTA, estilo Hilux, tipo pick up, cabina sencilla 4x2,
modelo 2008, Low Bed
Motor: Dos cilindros en línea, cilindrada 2.500cc, combustible diesel con
turboalimentador, potencia SAE neta del motor de 75kw, con sistema de inyección
electrónica con riel común, torque SAE neto 260 NM, enfriado por agua.
Carrocería: Cuatro puertas laterales con barras de protección
contra impactos laterales, carrocería para absorción de impactos frontales y
con volante colapsible. Batea de metal original de fábrica, largo 2.315mm,
ancho
Tapa sol (viseras a ambos lados). Cinturones de seguridad de tres
puntos en los asientos laterales y uno de dos puntos en la posición central.
Pintura con acabado de poliuretano. Plancha metálica original de fábrica que
protege el motor, depósito de aceite y cárter. Agarraderas internas para todos
los pasajeros. Chasis tipo escalera independiente de la carrocería.
Transmisión: Caja de 5 velocidades hacia delante y una hacia
atrás. Con palanca selectora en el piso.
Diferenciales: sistema de tracción trasera.
Suspensión: suspensión trasera con ballestas y amortiguadores.
Sistema eléctrico: con luces principales de halógeno. Faros
antiniebla.
Frenos y llantas: Frenos delanteros de disco y frenos traseros de
tambor con zapata. Llantas radiales de doble propósito.
Capacidad: 3 pasajeros debidamente sentados. Capacidad de
carga mínima 1.350 kilos.
Dirección: hidráulica. Volante ajustable.
Accesorios: Gata, llave de tuercas y herramientas mínimas
recomendadas por el fabricante. Dos triángulos de seguridad. Alfombrado de
fábrica y adicionales de hule. Extintor de incendios. Radio musical AM/FM con
CD. Aire acondicionado. Cabeceras en dos asientos delanteras. Botaguas acrílicos
en cada puerta. Tercera luz. Cierre central. Alarma. Protector metálico del
parabrisas trasero. Loderas. Jala carretas (pegadero) y toma de corriente.
Precio Unitario: $23.685,00
Precio Total: $142.110,00 IVI
———
Línea
3:
seis (6) camiones marcha Daihatsu, estilo Delta, modelo 2008, cinco con cajón
adrales y uno con cajón furgón.
Motor: De cuatro cilindros en línea. Combustible diesel. Potencia SAE neta
del motor de 70kw, con sistema de inyección directa. Torque SAE neto 260 NM.
Enfriado por agua.
Carrocería: Llanta trasera sencilla. Dos puertas laterales.
Adrales: madera semidura, estructura de piso de viga c,
Dirección: Hidráulica.
Transmisión: Caja de 5 velocidades hacia delante y una hacia
atrás. Palanca Selectora en el piso.
Diferenciales: Sistema de tracción trasera.
Suspensión: Trasera con ballestas y amortiguadores.
Sistema eléctrico: Luces principales de halógeno. Faros-antiniebla.
Frenos: Delanteros y traseros de tambor con zapata. Freno
de motor.
Capacidad: 2 pasajeros debidamente sentados.
Accesorios: gata, llave de tuercas y herramientas mínimas
recomendadas por el fabricante. Dos triángulos de seguridad. Alfrombrado de
fábrica y adicionales de hule. Extintor de incendios. Radio musical AM/FM con
CD. Aire acondicionado original de fábrica. Cabeceras en todos los asientos.
Botaguas acrílicos en cada puerta. Tercera luz si procede. Loderas. Alarma.
Alarma de retroceso. Jala carretas (pegadero) y toma de corriente.
Precio Unitario: $23.725,00
Precio Total: $142.350,00 IVI
Demás especificaciones conforme el cartel y la
oferta respectiva.
Forma de pago: en un plazo máximo de treinta (30) días calendario,
previa verificación del cumplimiento a satisfacción, en la moneda en que fue
pactada la contratación o en colones, según convenga a los intereses de RECOPE.
Tratándose de moneda extranjera será facultativo realizar los pagos en colones,
en cuyo caso se utilizará el tipo de cambio de venta que reporte el Banco
Central de Costa Rica para las operaciones del sector publico no bancario, al
momento de hacerse efectivo el pago.
RECOPE retendrá el 10% del valor de cada vehículo, el cual se pagará
una vez que se haya inscrito el vehículo a su nombre.
Tiempo de entrega: treinta (30) días naturales
Lugar de entrega: almacén del Alto de Ochomogo.
Garantía: treinta y seis (36) meses libre de kilometraje.
A. NOTAS IMPORTANTES
1. El
adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la
firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de
cumplimiento, por un monto del siete por ciento (7%) del total adjudicado y con
una vigencia mínima de dos (2) meses adicionales a la fecha probable de
recepción definitiva del objeto del contrato, observando los demás requisitos y
condiciones que al respecto establece
2. Según
el Reglamento de Refrendo de las Contrataciones de
3. Con
el fin de validar jurídicamente el documento definido para formalizar la
presente contratación, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley
correspondientes a un 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su
totalidad por el contratista.
4. Cuando
hubiere atraso en la entrega del objeto contractual por causas imputables al
contratista, éste pagará a RECOPE un décimo del uno por ciento (0,1%) del monto
total adjudicado por cada día natural de atraso hasta un máximo del 25%. Para
dicha contratación debido a que la contratación es en moneda extranjera, las
multas que se apliquen se calcularán en moneda en que fue presentada la oferta.
5. De
acuerdo con la cláusula 1.25 Otras condiciones, los vehículos deben cumplir con
lo establecido en los artículos 33, 34, 35, 36 y 37 de
6. Los
vehículos deben ser entregados inscritos a nombre de RECOPE ante el Registro
Público de
7. El
tipo de placas que se le asigne a los vehículos debe ser de tipo oficial.
8. Los
vehículos deben entregarse preferiblemente con tratamiento anticorrosivo para
ambiente marino, aplicado en forma inyectada en el chasis y partes interiores
de la carrocería y garantizarlo por escrito.
9. El
oferente deberá entregar como mínimo dos catálogos de despiece, de operación y
de mantenimiento, de acuerdo a las unidades suministradas por este.
10. Los
vehículos deberán entregarse pintados en su carrocería de color blanco con el
logotipo de RECOPE, pintado en las puestas delanteras el cual deberá ser de
11. En
general, el adjudicatario se deberá someter estrictamente en todos sus extremos
a los dictados cartelarios de este concurso.
San José, 31 de enero del 2008.—Ing. Johnny
Gamboa Chacón, Jefe.—Departamento Contratación Bienes y Servicios.—1 vez.—(O.
C. Nº 2007-5-272).—C-130720.—(8463).
INSCRIPCIPÓN Y ACTUALIZACIÔN DEL REGISTRO DE PROVEEDORES
El Proceso de Contratación Administrativa del
Banco Popular y de Desarrollo Comunal, de conformidad con lo establecido en
Los interesados deberán retirar en
Tanto los proveedores inscritos actualmente como los que deseen
ingresar por primera vez, deberán demostrar la afinidad de su giro comercial
con el bien o servicio que se pretende ofrecer, a través de los documentos
probatorios respectivos y debidamente identificados con el código de bien o
servicio, para lo cual deberán indicar en la solicitud de inscripción, las
familias de bienes y servicios del Catálogo de Bienes y Servicios del Banco
Popular a la cual desean ser inscritos, señalando el código correspondiente.
En este caso, los interesados deberán presentar, junto con su
solicitud de inscripción, (ejemplo: 1-01-01 Microcomputadoras, 102-01
Suministros para equipo Bancario, etc), siempre que se adjunte la firma del
representante legal y el sello de la empresa en el documento.
Tanto los requisitos como el catálogo indicados se encuentran también
disponibles en la página web del Banco Popular y de Desarrollo Comunal (www.bancopopular.fi.cr).
Todos los proveedores inscritos actualmente y que no han actualizado
la información acorde con lo solicitado en las diferentes publicaciones
realizadas en el año 2007, conservarán su código asignado, pero deberán
presentar la información solicitada anteriormente. Asimismo, para todos
aquellos proveedores que atendieron las publicaciones realizadas y cuya
información haya sufrido alguna variación respecto a la que fue presentada para
su inscripción deberán actualizar la misma.
En caso de no presentar su solicitud formal de inscripción con la
información y documentos solicitados, especialmente lo relacionado a la o las
familias de bienes y servicios considerados en el Catálogo de Bienes y
Servicios del Banco Popular y la demostración de la afinidad de su giro
comercial, antes del último día hábil del mes de marzo del 2008, serán
inactivados a partir del primero de abril del 2008, pudiendo recuperar su
condición una vez que cumplan con dichos requisitos.
La información solicitada deberá entregarse directamente en el Proceso
de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal,
ubicado en el sexto piso de oficinas centrales del Banco, detrás de
Para cualquier aclaración o información podrá comunicarse a los
teléfonos 211-7617, 211-7606 o bien dirigirse a los siguientes correos
electrónicos: mcubri@bp.fi.cr o lbejarano@bp.fi.cr
San José, 25 de enero del 2008.—Proceso de
Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1
vez.—(6431).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
PROVEEDURÍA MUNICIPAL
Invitación para integrar Registro de Proveedores
De conformidad con lo establecido por el
artículo 108 de
Alajuelita, 18 de enero del 2008.—Tomás
Poblador Soto, Alcalde Municipal.—1 vez.—(6608).
MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES
El formulario también estará disponible en la siguiente dirección
http://www.sanramon.go.cr en la sección Servicios Electrónicos, Proveeduría
Municipal, Inscripción Proveedor Persona Jurídica.
Jorge Eladio Araya Picado, Proveedor.—1
vez.—(8001).
MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
PROVEEDURÍA MUNICIPAL
Invitación a formar parte del Registro de Proveedores
De conformidad con el artículo
108 de
San Rafael de Oreamuno, 28 de
enero del 2008.—Isela Mata Quirós, Proveedora Municipal.—1 vez.—Nº
11632.—(7709).
CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES
LICITACIÓN PÚBLICA CON INVITACIÓN
INTERNACIONAL
01-2007
Concesión de obra pública con servicios públicos para el
diseño,
construcción, operación y mantenimiento de la
nueva
terminal de pasajeros del Aeropuerto
Internacional
Daniel Oduber Quirós
El Consejo Nacional de Concesiones, informa
que de conformidad con los artículos 25 de
Elizabeth Briceño Jiménez, Directora
Administrativa-Financiera.—1 vez.—(Solicitud Nº 8829).—C-9920.—(8464).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL 2007LN-000019-3003
(Prórroga en el plazo de recepción de ofertas)
Reactivos para determinación marcadores tumorales
Apertura de las ofertas: 26 de
febrero al ser las 10:30 a. m.
Las demás condiciones del cartel
se mantienen invariables.
San José, 31 de enero del
2008.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas,
Coordinador.—1 vez.—(8515).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000001-3003
Oxigenadores de membrana para máquina extracorpórea
El Hospital Dr. Rafael Ángel
Calderón Guardia comunica a todos los interesados en participar en el concurso
supraindicado que se modifica el ítem 1 en la línea 1 de las especificaciones
técnicas de
“El oxigenador debe ser de
membrana de fibra hueca (no de burbuja) y superficie de contacto inferior de
Además se traslada la fecha
máxima para la recepción de ofertas del 7 de febrero de 2008 al 12 de febrero
de 2008 al ser las 2:00 p. m.
Las demás condiciones del cartel permanecen
invariables.
San José, 31 de enero del
2008.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas,
Coordinador.—1 vez.—(8517).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000016-PROV
(Aclaración
a readjudicación)
Contratación de 6200 horas de servicios profesionales de soporte
y
mantenimiento aumentativo de aplicaciones 3 capas para la
implementación
y adecuación de plataformas que soportan
la
prestación de servicios de valor agregado sobre
la
tecnología GPRS, SMS localización
El Instituto Costarricense de Electricidad,
avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que en
Donde dice:
Oferente: Proyectos y Servicios Proyectica S. A.,
cédula jurídica número 3-101-82831-33.—(Oferta Nº 4).
Debe leerse correctamente:
Oferente: Proyectos y Sistemas Proyectica S. A.,
cédula jurídica número 3-101-82831-33.—(Oferta Nº 4).
Se mantiene el resto de las condiciones de la
publicación original.
San José, 31 de enero del 2008.—Dirección de
Proveeduría.—Sr. Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O.
S. Nº 332718).—C-11900.—(8466).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LI-000055-PROV
(Modificación
Nº 2 y Prórroga Nº 3)
Adquisición de equipos y materiales para la
Subestación
de Transmisión P.H Pirrís
El Instituto Costarricense de Electricidad
avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que el cartel de
este concurso fue sujeto a modificaciones, las cuales podrán obtenerlas en
Asimismo, se comunica que la apertura de ofertas fue prorrogada para
las 14:00 horas del día 18 de febrero del 2008.
Fecha de apertura de ofertas anterior: a las 14:00 horas del día 7 de
febrero del 2008.
San José, 31 de enero del 2008.—Dirección de
Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº
332718).—C-11880.—(8467).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LI-000066-PROV
(Modificación
y Prórroga Nº 1)
Adquisición de plataforma para el soporte de servicios prepagados
El Instituto Costarricense de Electricidad
avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que el cartel de
este concurso fue sujeto a modificaciones, las cuales las podrán adquirir por
medio de fotocopia cancelando el costo de la misma en
Asimismo, se le comunica que la apertura de ofertas fue prorrogada
para las 10:00 horas del 27 de febrero del 2008.
Fecha de apertura de ofertas anterior: a las 14:00 horas del día 18 de
febrero del 2008.
San José, 31 de enero del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera,
Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 332718).—C-9260.—(8468).
MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ
REMATES DE VEHÍCULOS Nº 01-2008
1-Vehículo tipo Pick-up, doble cabina,
combustible diesel
Marca: Isuzu.
Placa: SM-2623.
Modelo: KB2500.
Año: 1990.
Chasis: Nº JAATFS54HL7101091.
Motor: Nº 411225.
Base: ¢2.315.324,00.
Vehículo en operación, sin revisión técnica,
inscrito, último pago del periodo de marchamo: año 1997. Estimación del costo
del marchamo ¢189.881,00.
2- Pick-up carrocería metálica.
Marca: Aro.
Placa: sin placas.
Modelo: 325.
Año: 2001.
Chasis: Nº UU3ASOPE411232785.
Motor: diesel, 2800 cc.
Base: ¢1.293.122,00.
Este vehículo está fuera de servicio, sin
revisión técnica, sin inscribir (vehículo donado por el IMAS).
3- Motocicletas:
Marca Año Modelo Nº
Motor Nº Chasis Base ¢
Jialing 1996 JH125L 156FM19500-2317 950017741 78,150
Yamaha 1997 YT115 3HB151103 3W114010 114,960
Yamaha 1998 RX100 1L1603381 97D1L1603381 83,640
1. Moto Jialing: Está fuera de servicio, sin
revisión técnica, último pago de placa temporal: Periodo 1998 (TMP-001741-01).
2. Moto Yamaha YT115: En servicio, con revisión técnica periodo 2008,
para inscribir, número de clase: 2205637. Estimación del costo del marchamo
¢305.374,00.
3. Moto Yamaha RX100: En servicio, con revisión técnica periodo 2008,
para inscribir, número de clase: 2205917. Estimación del costo del marchamo
¢307.609,00.
Nota: Al
adquirir el equipo se debe realizar el respectivo traspaso de los mismos, así
como cualquier pago adicional para poner a derecho de circulación e_
inscripción, debe ser cancelado por los posibles compradores, siendo deber de
la municipalidad únicamente facilitar todo tipo de documentos, firmas para los
trámites correspondientes.
Además se les comunica, que las condiciones
generales de este remate, estarán a su disposición a partir del momento de esta
publicación, en el Departamento de Proveeduría de esta institución. Para
obtener información adicional y aclaraciones pertinentes a este proceso
comunicarse a los telefax: 679-9292 / 679-9054.
Departamento de Proveeduría.—Gustavo Briceño
Álvarez, Proveedor.—1 vez.—(8172).
Superintendencia
General de Entidades Financieras
Presupuesto Ordinario 2008
(en
colones)
0 REMUNERACIONES 5.056.999.380,16
0 01 Remuneraciones Básicos 2.265.053.700,00
0 02 Remuneraciones Eventuales 30.260.780,40
0 03 Incentivos Salariales 1.626.341.853,18
0 04 Contribuciones Patronales al Desarrollo y
0 05 Contribuciones Patronales a Fondos de Pensiones y
otros Fondos de 527.794.625,56
0 99 Remuneraciones diversas 1.200.000,00
1 SERVICIOS 1.500.755.066,97
1 01 Alquileres 567.213.759,18
1 02 Servicios Básicos 127.482.632,64
1 03 Servicios Comerciales y Financieros 107.451.881,00
1 04 Servicios de Gestión y Apoyo 425.087.913,81
1 05 Gastos de Viaje y de Transporte 73.258.418,25
1 06 Seguros, reaseguros y otras obligaciones 32.804.430,00
1 07 Capacitación y protocolo 55.794.277,09
1 08 Mantenimiento y reparación 96.101.285,00
1 99 Servicios Diversos 15.560.470,00
2 MATERIALES
Y SUMINISTROS 72.682.879,60
2 01 Productos químicos y conexos 25.198.994,00
2 02 Alimentos y productos agropecuarios 1.805.373,00
2 03 Materiales y productos de uso en la construcción
y mantenimiento 6.975.400,00
2 04 Herramientas, repuestos y accesorios 4.940.477,50
2 99 Útiles, materiales y suministros diversos 33.762.635,10
5 BIENES
DURADEROS 1.179.105.076,50
5 01 Maquinaria equipo y mobiliario 819.403.326,50
5 02 Construcciones, adiciones y mejoras 359.701.750,00
6 TRANSFERENCIAS
CORRIENTES 97.407.033,00
6 02 Transferencias corrientes a personas 12.072.331,00
6 03 Prestaciones 70.000.000,00
6 06 Otras transferencias corrientes al sector privado 10.000.000,00
6 07 Transferencias corrientes al sector externo 5.334.702,00
TOTAL
EGRESOS 7.906.949.436,23
José Armando Fallas Martínez,
Intendente General.—1 vez.—(6359).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El Banco Popular y de Desarrollo Comunal,
(Periférica de Tres Ríos), hace del conocimiento del público en general, el
extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo fijo capitalizable a la
orden de Ana Lorena Calvo Ulate, cédula 01-0421-0723.
Certificado Número Monto total Fecha vencimiento
16105560210161536 ¢155.085,76 17-12-2007
Lo anterior para efectos de los artículos 708
y 709 del Código de Comercio.—18 de enero del 2008.—Lic. Carolina Navarro R,
Supervisora.—Nº 10572.—(6315).
ÁREA DE INVESTIGACIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Carlos Roberto García Araya, ha
presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en
Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor
Decano de
José Manuel Chaves Redondo, ha presentado
solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho.
Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del
solicitante, podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de
Francia Cecilia Carrillo Zurcher, ha
presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en
Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor
Decano de
Yanina de los Ángeles Jiménez Ugalde, ha presentado
solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho.
Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la
solicitante, podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de
María Gabriela Zúñiga Chavarría, ha
presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en
Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y
costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor
Decano de
Consejo Directivo
Considerando:
En dicho marco legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y
del consumo doméstico de electricidad que urgen los costarricenses, el
Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) necesita establecer un derecho de
servidumbre, necesario para el paso de la línea de transmisión denominada SIEPAC (Tramo Peñas Blancas-Cañas),
sobre una finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste,
matrícula 5-38.912-000 sita en el cantón 10 (
Ø Según Registro
Público, la finca es terreno de repastos, con una medida de
Ø El dueño de la
propiedad es la empresa Inversiones El Mirto de Liberia S. A., cédula de
persona jurídica 3-101-074.225.
Ø Que a solicitud
de Unidad Estratégica de Negocios, Proyectos y Servicios Asociados del
Instituto Costarricense de Electricidad, el derecho de servidumbre fue valorado
en la suma de ¢596.698,50 (quinientos noventa y seis mil seiscientos noventa y
ocho colones con cincuenta céntimos ), según avalúo Nº 584-2007.
A tenor de los estudios técnicos realizados
por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y
técnicamente demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de constituir
este derecho de servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las presentes diligencias por la
suma de ¢596.698,50 (quinientos noventa y seis mil seiscientos noventa y ocho
colones con cincuenta céntimos).
2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo,
constitúyase, sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de
servidumbre, el cual se describe así:
El
Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de pasos sobre
una franja de terreno; la longitud total sobe la línea del centro es de
El propietario deberá permitir el acceso a
funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con
fundamento en
3º—La servidumbre descrita se establecerán en favor de la finca del
Partido de Puntarenas, al sistema mecanizado matrícula ciento diecinueve mil
cuatrocientos cuarenta y dos-cero cero cero, que es terreno de repastos, sito
en el distinto primero del cantón noveno de la provincia de Puntarenas; mide
cincuenta mil setenta y ocho metros con cuarenta decímetros cuadrados, y linda
al norte, y este, con calle pública; al sur y oeste, con
4º—Continúese con los trámites de rigor.
5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5817
celebrada el 18 de diciembre del 2007.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Andrea
Campos Villalobos, Apoderada General Judicial.—1 vez.—(6444).
En dicho marco legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y
del consumo doméstico de electricidad que urgen los costarricenses, el
Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) necesita establecer un derecho de
servidumbre, necesario para el paso de la línea de transmisión denominada
SIEPAC (Tramo Peñas Blancas-Cañas ), sobre una finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Guanacaste, matrícula 5-83.116-000 sita en el cantón 10° (
Ø Según Registro
Público, la finca es terreno de potreros, con una medida de
Ø El dueño de la
propiedad es la empresa Inversiones El Mirto de Liberia S. A, cédula de persona
jurídica 3-101-074.225.
Ø Que a solicitud
de Unidad Estratégica de Negocios, Proyectos y Servicios Asociados del
Instituto Costarricense de Electricidad, el derecho de servidumbre fue valorado
en la suma de ¢2.649.261,95 (dos millones seiscientos cuarenta y nueve mil
doscientos sesenta y un colones con noventa y cinco céntimos ), según avalúo Nº
586-2007.
Ø A tenor de los
estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad,
está suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad pública, así
como la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base
en el artículo 45 de
1º—Apruébense las presentes diligencias por la
suma de ¢2.649.261,95 (dos millones seiscientos cuarenta y nueve mil doscientos
sesenta y un colones con noventa y cinco céntimos).
2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo,
constitúyase, sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de
servidumbre, el cual se describe así:
El
Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de paso sobre
una franja de terreno; la longitud total sobe la línea del centro es de
El propietario deberá permitir el acceso a
funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con
fundamento en
3º—La servidumbre descrita se establecerán en favor de la finca del
Partido de Puntarenas, al sistema mecanizado matrícula ciento diecinueve mil
cuatrocientos cuarenta y dos-cero cero cero, que es terreno de repastos, sito
en el distinto primero del cantón noveno de la provincia de Puntarenas; mide
cincuenta mil setenta y ocho metros con cuarenta decímetros cuadrados, y linda
al norte, y este, con calle pública; al sur y oeste, con la sucesión de Ana
María Solís Barboza, tiene el plano catastrado número P-quinientos diez mil
ochocientos sesenta y uno-mil novecientos noventa y ocho.
4º—Continúese con los trámites de rigor.
5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5817
celebrada el 18 de diciembre del 2007.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 24 de enero de 2008.—Lic. Andrea
Campos Villalobos, Apoderada General Judicial.—1 vez.—(6447).
Resolución RRG-7714-2008.—San José, a las
catorce horas y treinta minutos del ocho de enero del dos mil ocho.
Solicitud de ajuste tarifario, presentada por Julio Antonio Guido
Guido, para la ruta 520 descrita como Urbano de Liberia-San
Roque-Moracia-Capulín-Universidad-Corazón de Jesús-Buenos Aires-25 de Julio-Nazareth-Barrio
Resultando:
I.—Que el 18 de octubre del 2007, el señor
Julio Antonio Guido Guido, presentó solicitud de ajuste tarifario para el
servicio de transporte remunerado de personas en vehículos automotores
modalidad autobús que presta en la ruta 520, arriba descrita, visible en los
folios del 01 al 08.
II.—Que el señor Guido Guido, indica que de la corrida del modelo
tarifario, la ruta 520 requiere de un incremento del 25% porcentaje basado en
las tarifas vigentes a la fecha de presentar la solicitud, a la vez, solicita
tarifa para el nuevo trayecto Liberia-Aeropuerto Daniel Oduber. En lo
fundamental, la petición, se justifica en el aumento de los insumos para la
prestación del servicio, el cumplimiento de todas las disposiciones
establecidas por el Consejo de Transporte Público y
III.—Que el señor Julio Antonio Guido Guido; es permisionario de la
ruta mencionada, según acuerdo Nº 39 de la sesión Nº 3342 de la extinta
Comisión Técnica de Transportes, celebrada el 20 de setiembre de 1999 (folios
del 36 al 39).
IV.—Que la solicitud, fue revisada en su etapa de admisibilidad, por
V.—Que mediante oficio Nº 818-DITRA-2007, del 25 de octubre del 2007,
VI.—Que el 8 de noviembre del 2007, el señor Guido Guido, presentó la
información requerida en el oficio Nº 818-DITRA-2007 (folios del 33 al 111).
VII.—Que mediante el oficio Nº 952-DITRA-2007 de fecha 15 de noviembre
del 2007, se otorgó admisibilidad a la referida solicitud (folio 112).
VIII.—Que la convocatoria a audiencia pública, se publicó en los
diarios escritos
IX.—Que en el informe de instrucción, que corre agregado al
expediente, se indica que dentro del plazo legal no se presentaron posiciones.
X.—Que la audiencia pública, se realizó en
XI.—Que mediante oficio Nº 970-DITRA-2007, de fecha 19 de noviembre
del 2007, se le solicitó información al Consejo de Transporte Público, respecto
a los recorridos autorizados para la ruta 520 (folios 125 y 126). Dicho oficio
le fue comunicado el 21 de noviembre del 2007, y a la fecha no se recibió
respuesta.
XII.—Que la última fijación tarifaria individual solicitada por el
señor Julio Antonio Guido Guido, se otorgó mediante la resolución Nº RRG-570-
XIII.—Que las tarifas vigentes son las aprobadas en la fijación
general, mediante resolución Nº RRG-7037-2007 del 24 de setiembre del 2007,
publicada en
XIV.—Que la referida solicitud, fue analizada por
XV.—Que del 2 de diciembre del 2007 al 5 de enero del 2008, el
Regulador General estuvo fuera del país en actividades propias de sus funciones
y en el disfrute del derecho de vacaciones.
XVI.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y las
prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que del oficio Nº 1059-DITRA-2007 citado
anteriormente, que sirve de sustento a la presente resolución, conviene extraer
lo siguiente:
1. Para el análisis de la solicitud que aquí se resuelve, los técnicos
de
Sobre el modelo desarrollado por el MOPT
2. Flota: Se revisó la flota en operación que tiene autorizada
el petente, por el Consejo de Transporte Público, mediante el acuerdo 6.7.1 de
la sesión ordinaria Nº 42-2007 de
3. Para verificar la propiedad de las unidades, se consideraron las certificaciones
del Registro de
4. De las 11 unidades autorizadas, 5 unidades tienen de
5. Por otra parte, las unidades autorizadas, se cotejaron con el
listado de placas alteradas y con el listado de empresas que prestan servicio de
transporte de estudiantes, constatándose que ninguna aparece en dichos
listados.
6. Demanda: Para el análisis de esta variable, se consideró la
demanda reportada por el permisionario en sus estadísticas de operación a
partir de agosto del 2006, el cual es de 161.889 pasajeros transportados en
promedio mensual y se comparó con el dato de la demanda utilizada en el estudio
individual anterior, que corresponde a 131.123 pasajeros por mes. Al comparar
dicho dato con el reportado por el permisionario, se puede observar una
diferencia de 30.766 pasajeros, tal como se muestra en la siguiente tabla:
Demanda- Variación
Demanda-Empresa Estudio anterior Diferencia %
161.889 131.123 30.766 23,46
7. En cuanto a los tiquetes de adulto mayor presentados en tiempo,
Demanda bruta Adultos mayores Demanda neta
161.889 2.539 159.350
8. Carreras: Para el cálculo de las carreras se consideraron
los horarios autorizados mediante acuerdo Nº 39 de la sesión Nº 3342 de
Debido a que la empresa reporta menos carreras que las
autorizadas en algunos recorridos, para la corrida del modelo, se tomó el dato
de carreras reportado por el permisionario, considerando el siguiente criterio
de
- Si la empresa brinda menos carreras que las autorizadas, se
consideran las carreras que brinda la empresa.
- Si la empresa brinda más carreras que las autorizadas, se
consideran las carreras autorizadas.
En forma general las carreras consideras para el presente
estudio son de 3.885 carreras en promedio mensual, como se puede observar en el
siguiente cuadro:
CARRERAS POR MES
Detalle ramal Empresa MOPT-CTP Pte.
Estudio
Liberia-Nazareth 578 576 576
Liberia-Moracia 700 698 698
Liberia-San Roque 426 546 426
Liberia-Barrio
Liberia-Barrio
Liberia- Barrio Capulín 669 667 667
Liberia- Martina Bustos 100 91 91
Liberia-Aeropuerto 262 576 576
Total: 3.587 4.124 3.884
Para el trayecto Liberia-Aeropuerto, se consideraron las
carreras derivadas de los horarios autorizados y no las indicadas por el
permisionario, según se indicó en el criterio anterior, debido a que en marzo
del 2007, el Consejo de Transporte Público autorizó nuevos horarios.
9. Distancias: Para el cálculo tarifario de la presente
solicitud, se utilizaron las distancias indicadas por el equipo de calidad de
10. Resultado: Al aplicar el modelo desarrollado por el MOPT,
para la ruta 520, el mismo indica que la tarifa vigente requiere de un ajuste
de 39,98%.
Sobre la comparación Tarifa/Índice de Precios al Consumidor
(IPC) e Índice de Transporte y la tarifa nominal y real
11. Al graficar la recomendación tarifaria resultante del análisis de
la estructura general de costos para la ruta 520, la línea de tarifa está por
encima del Índice General (IPC) y del Índice de Transportes. El comportamiento
de la tarifa de la empresa incluye las fijaciones a nivel general y las
fijaciones dadas de manera individual, reflejando sus tendencias comparativas
de crecimiento.
Para ver imágenes solo en
12. De acuerdo con el resultado de la herramienta de análisis aplicada
para la presente solicitud tarifaria, se justifica el ajuste tarifario del
39,98% según la estructura general de costos, mecanismo que integra la
actualización de los costos operativos y de la variación en la inversión.
Adicionalmente, considerando que el trayecto Liberia-Aeropuerto posee
características diferentes a los otros recorridos de la ruta 520, y que el
permisionario indica en su solicitud que para brindar el servicio requiere de
una tarifa de 350 colones, se considera establecer para dicho trayecto lo
solicitado por el operador, tomando en cuenta que con base en la herramienta de
análisis utilizada, las tarifas de los otros recorridos requieren de un ajuste
mayor al solicitado.
II.—Que de conformidad con los resultandos y
considerandos que preceden y, de acuerdo con el mérito de los autos, lo
procedente es ajustar las tarifas vigentes en un 39,98% para la ruta 520
descrita como Urbano de Liberia-San Roque-Moracia-Capulín-Universidad-Corazón
de Jesús-Buenos Aires-25 de Julio-Nazareth-Barrio
Con fundamento en las facultades conferidas en
los artículos 5, inciso f), 6, inciso c), 30, 33, 57, incisos c) y g) de
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
I.—Fijar las tarifas para la ruta 520 descrita
como Urbano de Liberia-San Roque-Moracia-Capulín-Universidad-Corazón de
Jesús-Buenos Aires-25 de Julio-Nazareth-Barrio
Tarifa Adulto
Ruta Detalle ramal regular
(colones) mayor
Liberia-San Roque-Capulín 250 -
520 Liberia-Moracia-Capulín 250 -
Liberia-Aeropuerto
Daniel Oduber 350 -
II. Indicar
al señor Julio Antonio Guido Guido, que debe:
1. Mantener actualizado el expediente RA (Requisitos de Admisibilidad)
particularmente, en cuanto al vencimiento de la revisión técnica de las
unidades con que opera el servicio.
2. Remitir a esta Autoridad Reguladora lo señalado en el Por Tanto III
de la resolución Nº RRG-6155-2006 del 9 de noviembre del 2006, la cual de
conformidad con el artículo 33 de
3. Cumplir con el informe de quejas y denuncias establecido en la
resolución Nº RRG-7635-2007, del 30 de noviembre del 2007, publicada en
4. Corregir en la unidad placa GB-1146, la revisión técnica
desfavorable, así como las deficiencias encontradas en las unidades placa
GB-1890 y GB-1195, ya que dichas unidades cuentan con la revisión técnica
vencida. Si la situación descrita continúa sin variación para la siguiente
fijación tarifaria, estas unidades serán excluidas del análisis tarifario. Lo
anterior le será también comunicado al MOPT para lo que sea de su incumbencia.
En cumplimiento de lo que ordena el artículo
245 de
El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el
plazo de tres días contados a partir del siguiente a la notificación; el de
revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.
Notifíquese y publíquese.—Fernando Herrero
Acosta, Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 20204).—C-183260.—(8125).
Resolución RRG-7715-2008.—San José, a las
catorce horas y cuarenta minutos del ocho de enero del dos mil ocho.
Solicitud de ajuste tarifario presentado por Autotransportes Tilarán
S. A., para la ruta 502. Expediente Nº ET-171-2007.
Resultando:
I.—Que el 17 de octubre del 2007, ante
II.—Que Autotransportes Tilarán S. A., es permisionaria de la ruta
502, de conformidad con lo acordado por la extinta Comisión Técnica de
Transportes del MOPT, en el artículo 23 de la sesión ordinaria Nº 3040 del 8 de
mayo de 1996 (folios 18/25-26).
III.—Que mediante resolución Nº RRG-7037-2007 de las once horas con
veinte minutos, del 24 de agosto del 2007, publicada en
IV.—Que mediante oficio Nº 813-DITRA-2007/8110 de 24 de octubre del
2007,
V.—Que el 7 de noviembre del 2007, el petente aportó información
respecto a lo requerido en oficio indicado en el resultando anterior (folio
171-197).
VI.—Que mediante oficios Nos. 814-DITRA-2007/8112,
815-DITRA-2007/8113, 816-DITRA-2007/8111 de fecha 24 de octubre del 2007,
VII.—Que mediante oficio Nº 947-DITRA-2007/9137 del 14 de noviembre
del 2007, se otorgó la admisibilidad de la referida petición (folio 220).
VIII.—Que la convocatoria para audiencia pública, se publicó en los
diarios
IX.—Que de conformidad con el informe de instrucción, visible a folios
234-235 del expediente en análisis, dentro del plazo legal estipulado para ello
y de acuerdo con lo establecido en
X.—Que la audiencia pública se realizó en Colegio Nocturno Maurilio
Alvarado Vargas, Tilarán, Guanacaste, el 4 de diciembre del 2007 y consta en
acta 84-2007, folios 236-239.
XI.—Que la referida solicitud fue analizada por
XII.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y las
prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que del oficio Nº 1065-DITRA-2007, citado
en el resultando XI y que sirve de sustento a la presente resolución, conviene
extraer lo siguiente:
1. Para el análisis de la solicitud que aquí se resuelve, los técnicos
de
Sobre el modelo desarrollado por el MOP
Volúmenes de pasajeros movilizados (Demanda)
2. Que la empresa utiliza para el cálculo tarifario una demanda bruta
promedio mensual de 13.929 pasajeros y no señala la cantidad de boletos de
exoneración por concepto de adultos mayores. El dato de demanda acorde con las
estadísticas reportadas por la empresa, corresponde a 13.929 pasajeros promedio
por mes, como demanda bruta para la ruta, por lo que se considera para la
aplicación del modelo la información de las estadísticas. A la demanda bruta a
utilizar se le rebaja la cantidad de boletos de adulto mayor promedio remitidos
a
Demanda Adultos mayores Demanda
bruta mensuales neta
Empresa 13.929 0 13.929
Ditra 13.929 22 13.907
Información para
estudio
tarifario 13.929 22 13.907
Carreras
3. Las carreras fueron autorizadas mediante acuerdo del Consejo de
Transporte Público del MOPT: Artículo 17 de la sesión extraordinaria Nº 19-2003
del 4 de setiembre del 2003 (folios 177-180).
Empresa, Empresa
estudio petición ARESEP Presente
RUTA 502 anterior actual s/acuerdo estudio
Carreras 146,58 149 151,67 149
Distancia
4. Se utilizó para el cálculo tarifario la distancia ponderada, de
acuerdo con la medición reportada en la inspección de campo, realizada por los
técnicos del Ente Regulador el 21 de agosto del 2007 y corresponde a 385,43
kms/carrera en la ruta 502. Corresponde un tipo de bus inter-urbano largo.
Flota
5. La flota fue autorizada según artículo 7.4.6 de la sesión ordinaria
Nº 64-2006 del 24 de octubre del 2006, de
Resultado de aplicación estructura general de costos
6. El resultado de la aplicación del modelo tarifario para la ruta
502, indica que requiere un incremento del 44,04% en su tarifa, como producto
de la aplicación de
Análisis complementario de tarifa real
7. El análisis muestra el comportamiento a través de las diferentes
fijaciones de la tarifa de la ruta 502, se incluyen las fijaciones individuales
y generales y se comparan con el comportamiento de los índices general (Índice
de Precios al Consumidor) y de Transporte (como componente del IPC), y sus
tendencias comparativas de crecimiento.
Al graficar la recomendación tarifaria basada en la estructura
general de costos, la línea de tarifa se ubica bajo el índice general (IPC) a
partir del año 2003 y por debajo del índice de transporte (como componente del
IPC); tal y como se muestra en el siguiente gráfico.
Para ver imágenes solo en
Recomendación técnica sobre el análisis tarifario:
8. De acuerdo con el resultado de la herramienta de análisis aplicada
para la presente solicitud tarifaria, se justifica el ajuste tarifario del
44,04%, según la estructura general de costos, mecanismo que integra la
actualización de los costos operativos y de la variación de la inversión.
Recomendación tarifaria sobre el corredor común
9. El análisis de corredor que solicita la empresa con la ruta 508:
Tilarán-Puntarenas y viceversa, ruta 504: Las Juntas-San José y viceversa y
ruta 501 y 501 SD: San José-Cañas y viceversa (servicio regular y directo),
determina lo siguiente:
La ruta 502 que opera en condición de permiso Autotransportes
Tilarán S. A., tiene una tarifa única que se especifica como San José-Tilarán y
viceversa, es decir que no tiene fraccionamientos tarifarios autorizados a lo
largo de su recorrido, y es además la ruta larga con respecto a las otras rutas
para las que solicita el ajuste por corredor común; ajuste que en este caso no
aplica, en virtud del principio de protección a la ruta corta, que es la base
técnica de dicho análisis (Acuerdo 25, artículo VIII de la sesión ordinaria Nº
61 de 1998 de
II.—Que de conformidad con los resultandos y
considerandos que preceden y de acuerdo con el mérito de los autos, lo
procedente es ajustar las tarifas de la ruta 502, que opera la empresa
Autotransportes Tilarán S. A., y rechazar por improcedente, la fijación por
corredor común, para las rutas Nos. 501 y 501 S.D: San José-Cañas y viceversa,
Nº 508: Tilarán-Puntarenas y viceversa y Nº 504: Las Juntas-San José y
viceversa; tal y como se dispone. Por tanto:
Con fundamento en las facultades conferidas en
los artículos 5, inciso f), 6, inciso c), 30, 33, 57, incisos c) y g) de
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
I.—Fijar las tarifas para la ruta 502,
descrita como San José-Tilarán y viceversa, que opera Autotransportes Tilarán
S. A., según el siguiente detalle:
Tarifas
(en colones)
Descripción ruta Tarifa Adulto mayor
San José-Tilarán y viceversa.
Ruta 502
San José-Tilarán y viceversa 2.840 2.130
II.—Rechazar por improcedente la solicitud de
ajuste por corredor común para las rutas Nos. 501 y 501 S.D: San José-Cañas y
viceversa, Nº 508: Tilarán-Puntarenas y viceversa y Nº 504: Las Juntas-San José
y viceversa.
III.—Indicar a la empresa Autotransportes Tilarán S. A., que debe:
1. Mantener actualizado el expediente RA (Requisitos de Admisibilidad)
particularmente, en cuanto al vencimiento de la revisión técnica de las
unidades con que opera el servicio.
2. Remitir a esta Autoridad Reguladora lo señalado en el Por Tanto III
de la resolución Nº RRG-6155-2006 del 9 de noviembre del 2006, la cual de
conformidad con el artículo 33 de
3. Cumplir con el informe de quejas y denuncias establecido en la
resolución Nº RRG-7635-2007, del 30 de noviembre del 2007, publicada en
En cumplimiento de lo que ordena el artículo
245 de
El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el
plazo de tres días contados a partir del siguiente a la notificación; el de
revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.
Publíquese y notifíquese.—Fernando Herrero
Acosta, Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 20204).—C-133505.—(8128).
Resolución RRG-7716-2008.—San José, a las
catorce horas y cincuenta minutos del ocho de enero del dos mil ocho.
Solicitud de ajuste tarifario presentada por Autobuses Barrantes Araya
S. A., operadora de la ruta 105, descrita como: Santa Ana-San Antonio de Belén
con extensión al Balneario Ojo de Agua-San Vicente-Escobal. Expediente Nº
ET-192-2007.
Resultando:
I.—Que el 7 de noviembre del 2007, ante
II.—Que las tarifas vigentes son las fijadas mediante resolución Nº
RRG-7037-2007 del 24 de agosto del 2007, y publicada en
III.—Que mediante sesión ordinaria Nº 06-2007 de
IV.—Que mediante oficio Nº 948-DITRA-2007/9250 (folio 99), se le
otorgó admisibilidad a la solicitud de modificación tarifaria.
V.—Que la convocatoria a audiencia pública, se publicó en los diarios
escritos
VI.—Que en el Informe de Instrucción, visible a folios
VII.—Que la audiencia pública se realizó en el auditorio de
VIII.—Que la referida solicitud fue analizada por
IX.—Que del 2 de diciembre del 2007 al 5 de enero del 2008, el
Regulador General estuvo fuera del país en actividades propias de sus funciones
y en el disfrute del derecho de vacaciones.
X.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y las
prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que del oficio Nº 1060-DITRA-2007, arriba
citado, que sirve de sustento a la presente resolución, conviene extraer lo
siguiente:
Para al análisis de la solicitud tarifaria que aquí se resuelve,
los técnicos de
Sobre el modelo desarrollado por el MOPT
Volúmenes de pasajeros movilizados (Demanda): La empresa
utiliza en sus cálculos tarifarios, una demanda bruta promedio mensual de
92.960 pasajeros, la empresa no señala la cantidad de boletos de exoneración
por concepto de adultos mayores. El dato de demanda que mantiene
Carreras: Las carreras fueron autorizadas por medio del
artículo 5.1 de la sesión ordinaria Nº 26-2005 de
a. Si la empresa reporta menos carreras que las autorizadas, se
consideran solo las reportadas.
b. Si la empresa reporta más carreras que las autorizadas, se
consideran solo las autorizadas.
Para el caso en análisis, respetando el criterio expuesto, las
carreras reportadas por la empresa son inferiores a las autorizadas, por lo que
se consideran para el presente análisis 1.339 carreras.
Distancia: Se utilizó para el cálculo tarifario
Flota: Mediante artículo 6.7.17 de la sesión ordinaria Nº
77-2007 de
Resultado estructura general de costos: El resultado
de la aplicación del modelo tarifario para la ruta 105, indica que las tarifa
vigentes requieren de un ajuste del 41,6%.
Sobre la comparación Tarifa/Índice de Precios al Consumidor
(IPC) e Índice de transporte y la tarifa nominal y real
Muestra el comportamiento de la tarifa de la ruta 105,
incluyendo las fijaciones individuales y generales, que se comparan con el
comportamiento de los índices general (Índice de Precios al Consumidor) y de
Transporte (como componente del IPC), y sus tendencias comparativas de
crecimiento. Al graficar la recomendación tarifaria basada en la estructura
general de costos, la línea de tarifa se iguala con el índice general (IPC) y
con el índice de transporte (como componente del IPC).
Para ver imágenes solo en
Conclusiones
Luego de analizar el resultado que brindan las herramientas
tarifarias, destacamos que la ruta no ha recibido modificación de tarifas de
manera individual desde el año 1998, por ende desde esa época la tarifa
incorpora únicamente los gastos operativos y administrativos genéricos; pero no
así los demás costos operativos específicos como son la cantidad y antigüedad
de la flota autorizada, horarios, distancias y volúmenes de pasajeros. Por esta
razón la recomendación es otorgar el incremento tarifario que brinda la
herramienta general de costos.
II.—Que de conformidad con los resultandos y
considerandos que preceden y de acuerdo con el mérito de los autos, lo
procedente es ajustar las tarifas vigentes en un 41,6% para la ruta 105
descrita como Ana-San Antonio de Belén extensión Balneario Ojo de Agua-San
Vicente-Escobal y viceversa, como se dispone. Por tanto:
Con fundamento en las facultades conferidas en
los artículos 5, inciso f), 6, inciso c), 30, 33, 57, incisos c) y g) de
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
I.—Fijar para la ruta 105, descrita como:
Ana-San Antonio de Belén extensión Balneario Ojo de Agua-San Vicente-Escobal y
viceversa, las siguientes tarifas:
Tarifas
Descripción ruta Regular Adulto mayor
105
Santa Ana-San Antonio de
Belén-
Extensión Balneario Ojo de Agua-
San Vicente-Escobal
Santa Ana-San Antonio de
Belén-
Extensión Balneario Ojo de Agua-
San Vicente-Escobal 140 0
II.—Indicar a la empresa Autobuses Barrantes
Araya S. A., que debe:
1. Mantener actualizado el expediente RA (Requisitos de Admisibilidad)
particularmente, en cuanto al vencimiento de la revisión técnica de las
unidades con que opera el servicio.
2. Remitir a esta Autoridad Reguladora lo señalado en el Por Tanto III
de la resolución Nº RRG-6155-2006 del 9 de noviembre del 2006, la cual de
conformidad con el artículo 33 de
3. Cumplir con el informe de quejas y denuncias establecido en la
resolución Nº RRG-7635-2007, del 30 de noviembre del 2007, publicada en
En cumplimiento de lo que ordena el artículo
245 de
El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el
plazo de tres días contados a partir del siguiente a la notificación; el de
revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.
Publíquese y notifíquese.—Fernando Herrero
Acosta, Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 20204).—C-131965.—(8130).
Resolución RRG-7717-2008.—San José, a las
quince horas del ocho de enero del dos mil ocho.
Solicitud de ajuste de tarifario de venta de energía eléctrica por
parte de la empresa Hidroeléctrica Doña Julia S.R.L., al Instituto
Costarricense de Electricidad. Expediente Nº ET-204-2007.
Resultando:
I.—La empresa cuenta con concesión vigente
otorgada por el SNE, tramitada el 17 de enero de 1994, mediante expediente Nº
898-H con vigencia hasta el 17 de enero de 2014.
II.—Que el día 22 de noviembre del 2007, el señor Rafael Corrales
Villalobos, en su calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de la
empresa Compañía Hidroeléctrica Doña Julia S.R.L. (según folio 14) presentó en
III.—Las tarifas vigentes de la empresa fueron fijadas mediante la
resolución Nº RRG-6807-2007 de las 14:50 horas del 16 de julio del 2007, y
publicada en
IV.—La empresa adjunta información relativa al pago de cargas
sociales, pago de impuestos, existencia de póliza de riesgos de trabajo y
ausencia de denuncias por infringir las leyes laborales (folios 8-15). Dicha
documentación es suficiente para que este Organismo Regulador cumpla lo
establecido en el artículo 6º, inciso c) de
V.—Que la solicitud de Compañía Hidroeléctrica Doña Julia S.R.L., fue
analizada por
VI.—Que del 2 de diciembre del 2007 al 5 de enero del 2008, el
Regulador General estuvo fuera del país en actividades propias de sus funciones
y en el disfrute del derecho de vacaciones.
VII.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y
prescripciones de ley.
Considerando único:
I.—Que del informe Nº 1296-DEN-2007 del 21 de
diciembre del 2007, que sirve de base a esta resolución, conviene extraer lo
siguiente:
1. La recomendación de dicho informe técnico se hace con base en las
disposiciones de las resoluciones Nos. RRG-2557-2002, de las nueve horas del
once de marzo del dos mil dos, RRG-2589-2002, de las once horas del nueve de
abril del dos mil dos, y RRG-6166-2006, de las quince horas del diez de
noviembre del dos mil seis.
2. Los parámetros de la fórmula de ajuste muestran a la fecha de
presentación de la actual solicitud las siguientes variaciones:
IPEN-1 = 158,19 TCN-1 = 520,39 IPPIN-1 = 228,15
IPEN = 159,91 TCN =
521,23 IPPIN = 240,52
Variación 1,09% 0,11% 5,42%
II.—Una vez revisada la validez de los
parámetros presentados por la empresa y la aplicación de los mismos en la
fórmula de ajuste automático, se establece que las tarifas que le paga el
Instituto Costarricense de Electricidad a Compañía Hidroeléctrica Doña Julia
S.R.L., deben ser incrementadas en 3,48%. Por tanto:
Con fundamento en los resultandos y considerandos
precedentes, al tenor de las potestades conferidas en los artículos 5° inciso
a), 57 incisos c) y g) de
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
Fijar las tarifas de venta de energía
eléctrica que hace Compañía Hidroeléctrica Doña Julia S.R.L., al Instituto
Costarricense de Electricidad, de conformidad con el siguiente pliego
tarifario:
TARIFA 1
A) Precio de energía colones/kWh
Enero-Agosto Setiembre-Diciembre
Punta 56,44 48,76
Fuera de Punta 42,75 24,79
B) Precio equivalente de la potencia colones/kW
Enero-Agosto Setiembre-Diciembre
Punta 42.202,20 11.654,97
Fuera de punta 28.603,04 0,00
C) Penalización: Precio de los kWh de falla colones/kWh
Enero-Agosto Setiembre-Diciembre
Punta 121,54 66,83
Fuera de punta 14,40 0,00
TARIFA 2
Precio integrado de energía y potencia colones/kWh
Enero-Agosto Setiembre-Diciembre
Punta 66,26 52,93
Fuera de punta 45,04 24,78
PUNTA: De las 07:00 horas a las 22:00 horas de
los días lunes a viernes de cada semana. Dentro de este período el operador del
sistema, pactará con cada planta un horario que contendrá dos bloques de dos
horas y media cada uno, separados por no menos de cinco horas. FUERA DE PUNTA:
Restantes horas. Definición de la potencia equivalente: Pe (dc-di/1-di); pc =
potencia contratada, dc = coeficiente disponibilidad contratada, di = 0,20.
En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de
El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el
plazo de tres días contados a partir del siguiente a la notificación; el de
revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.
Notifíquese y publíquese.—Fernando Herrero
Acosta, Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 20203).—C-68000.—(8131).
Resolución RRG-7789-2008.—San José, a las
ocho y treinta horas del quince de enero del dos mil ocho.
Fijación tarifaria, para la ruta de cabotaje descrita como Costa de
Pájaros-Isla Chira-Isla Venado y viceversa. Expediente Nº ET-125-2007.
Resultando:
I.—Que la empresa Inversiones LEGU de Costa de
Pájaros S. A., es permisionaria de la ruta de cabotaje arriba descrita, según
resolución de
II.—Que mediante oficio Nº 359-DITRA-2007 de fecha 25 de junio del
2007 (folio 01) se determinó necesario llevar a cabo un ajuste de oficio en las
tarifas de la ruta Costa de Pájaros-Isla Chira-Isla Venado y viceversa.
III.—Que con oficio Nº 633-DITRA-2007/7396 de fecha 28 de setiembre
del 2007,
IV.—El 5 y 16 de octubre la permisionaria presentó la información
requerida (folios del 43 al 53).
V.—Que mediante oficio Nº 800-DITRA-2007/8033 de fecha 22 de octubre
del 2007,
VI.—Que la convocatoria a audiencia pública, se publicó en los diarios
escritos Al Día y
VII.—Que de acuerdo con el informe de instrucción, que corre agregado
al expediente, se indica que dentro del plazo legal no se presentaron
posiciones.
VIII.—Que la referida solicitud, fue analizada por
IX.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y las
prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que del oficio Nº 1075-DITRA-2007 citado
anteriormente, que sirve de sustento a la presente resolución, conviene extraer
lo siguiente:
Sobre el análisis de costos
1. Con base en los Estados Financieros de la empresa para el periodo
de octubre a julio del presente año, se determinó que la partida “Viajes
Especiales” representa un 4,18% del total de Ingresos. Como este servicio no
corresponde al servicio público autorizado por
2. Las partidas de “Combustible Viajes Especiales”, “Peaje y Parqueo”
y “Pérdida Venta Motor Dañado” se eliminaron, por considerarse que las mismas,
forman parte de costos no tarifarios. Asimismo la cuenta “Gastos Financieros”
no se consideró por indicarse por parte de la empresa, que es un préstamo a
nivel privado.
3. Como parte de los Costos de Operación, la partida de “Marinero
Auxiliar” no se le aplicó la rebaja indicada por considerarse que su trabajo no
es regular, sino que según lo indicó la empresa, se utiliza cada vez que se
requiera la utilización de las dos lanchas autorizadas para brindar el
servicio.
4. El costo más significativo para el servicio, es el de “Combustible”,
que representa un 64% del total de los Costos de Operación y un 58% del Total
de los Costos. Se estimó un consumo promedio en litros mensuales, con base en
los reportes brindados por la empresa, se multiplicó por el precio promedio del
combustible (gasolina regular); para el período de análisis considerado, y se
obtuvo de esta manera el costo por combustible en el consumo total.
El resumen es el siguiente:
Costos (miles
colones)
Operación 23.909,3
Depreciación 1051,3
Administrativos y generales 1.724,1
Total: 26.684,7
Sobre la base tarifaria
5.
Base tarifaria
(miles colones) Depreciación Activo bruto
Mobiliario y
equipo de oficina 186,7
Deprec. acum. 65,9
Lancha y motor 9.774,1
Deprec. acum. 1.653,4
Vehículo 550,0
Deprec. acum. 85,2
Total: 1804,5 10.510,8
Activo neto 8.706,3
Sobre el análisis del mercado
6. El servicio de cabotaje entre Costa de Pájaros-Isla Chira y
viceversa, responde a la necesidad de desplazamiento de personas tanto de los
pobladores de las localidades de área geográfica de influencia inmediata del
servicio, como de turistas nacionales y extranjeros. Según la información
suministrada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC),
mediante el censo realizado en el año 2000, la población en Isla Chira está
conformada por 1.534 habitantes (hombres y mujeres).
Adicionalmente, para el período de análisis del presente
estudio, se consideró la demanda promedio mensual reportada por la empresa, la
cual es de 1.292 pasajeros, conformada por 1.169 pasajeros mayores de edad y
123 pasajeros menores de ocho años de edad, tal como se muestra en el siguiente
cuadro:
Demanda promedio mensual de pasajeros
Costa
de Pájaros-Isla Chira y viceversa
(Agosto
2006-Julio 2007)
Categoría Pasajeros
Adultos 1.169
Menores 123
Total 1.292
Fuente: Estimado por DITRA con base en las estadísticas de la
empresa.
7. Debido a que la demanda reportada por la empresa (1.292 pasajeros)
incluye además de los residentes de Isla Chira a los turistas nacionales y
extranjeros, no se puede conocer con certeza si la mayoría de los pasajeros
transportados son residentes en la isla y si la población utiliza regularmente
el servicio para desplazarse hasta Costa de Pájaros.
Sobre el cálculo de la tarifa
8. Con base en lo indicado en el análisis de costos, se determinó
calcular la tarifa de la siguiente manera:
T/P = (R * B.T) + CT
N
Donde:
T/P = Tarifa pasajero
R = Rentabilidad
B = Base tarifaria
CT = Costos totales
N = Pasajeros
Se consideró una rentabilidad anual de un 15,89% con base en la
tasa de interés activa promedio del Sistema Financiero Nacional para préstamos
en moneda nacional al 19/10/2007, según información suministrada por el Banco
Central de Costa Rica.
En síntesis (cálculo en colones corrientes):
R = 15,89%
B = 8.706.300
CT = 26.684.700
N = 14.034
Lo que
implica que:
T/P = (R * B.T) + CT
N
T/P = (15,89% * 8.706.300) + 26.684.700
14.034
T/P = ¢2.000
9. Considerando que tampoco existe una tarifa fijada por
Dicho porcentaje se obtiene del reporte de las estadísticas de
menores para los meses de mayo a diciembre del año 2006, según el siguiente
detalle:
Pasajeros Transportados
Inversiones LEGU S. A.
Mes Adultos Menores de 8 años
Mayo 1.249 61
Junio 1.187 89
Julio 1.479 174
Agosto 1.498 125
Setiembre 1.481 148
Octubre 1.183 144
Noviembre 1.177 163
Diciembre 1.500 189
Totales: 10.754 1.093
Porcentaje de
variación 10,16%
Fuente: Elaboración por parte de DITRA, según datos estadísticos
de la empresa.
Por lo que la tarifa para los menores de edad, se establece
como:
T/P = ¢2.000 * 10,16% = ¢203,20 y que por redondeo a los ¢5 más
próximos se establece en ¢205.
10. Que para efectos de análisis y cálculo, no se considera la ruta
Costa de Pájaros-Isla Venado; toda vez que no existe información detallada y
suficiente para fijar tarifa.
II.—Que de conformidad con los resultandos y
considerandos que preceden y, de acuerdo con el mérito de los autos, lo
procedente es fijar las tarifas para el servicio de cabotaje brindado por
Inversiones LEGU de Costa de Pájaros S. A., en la ruta descrita como Costa de
Pájaros-Isla Chira y viceversa, como se dispone. Por tanto:
Con fundamento en las facultades conferidas en
los artículos 5º, inciso f), 57, incisos c) y g) de
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
I.—Fijar tarifa para el servicio de cabotaje,
modalidad lancha, en la ruta Costa de Pájaros-Isla Chira y viceversa, que opera
el permisionario Inversiones LEGU de Costa de Pájaros S. A.; según el siguiente
detalle:
Descripción (1) Tarifa
(colones)
Costa de Pájaros-Isla Chira y
viceversa
Adultos 2.000
Menores de edad (hasta los 12 años) 205
II.—No se autoriza tarifa en la ruta Costa de
Pájaros-Isla Venado, toda vez que no existe información suficiente y detallada
para fijarla.
III.—Indicar a la empresa Inversiones LEGU de Costa de Pájaros S. A.,
que debe:
1. Presentar a
2. Exhibir en lugar visible y de forma clara, en los puestos de la
boletería y/o en sus embarcaciones, las tarifas establecidas por esta
Autoridad, con la indicación precisa del monto autorizado.
3. Remitir a este Ente Regulador, el reporte de quejas y denuncias, de
acuerdo con la resolución Nº RRG-7635-2007, del 30 de noviembre del 2007,
publicada en
4. Cumplir con las disposiciones establecidas en el artículo 33 de
5. Que de acuerdo con el artículo 30 de
IV.—Que para efectos de una petición tarifaria
deberá presentar en forma ordenada, completa, clara y detallada, lo siguiente:
1. Requisitos de admisibilidad solicitados, de tipo legal y técnico,
de acuerdo con lo que se establece en la resolución Nº RRG-6570-2007 de las
quince horas del veintinueve de mayo del dos mil siete, publicada en
2. Información mensual de número de viajes y volumen de pasajeros,
adultos y menores transportados, además del consumo mensual y por viaje, en
combustible y lubricantes, de los dos años inmediatos anteriores a la
presentación tarifaria.
- Dicha información deberá presentarse procesada, mediante un
cuadro resumen; el que deberá acompañarse de todos los comprobantes y registros
necesarios.
3. Cuando la situación lo amerite, con antelación a solicitar tarifa
ante el Ente Regulador, deberá realizar ante el MOPT las gestiones respectivas
para renovar los permisos de operación respectivos, de modo que no pierdan su
vigencia durante el transcurso del procedimiento tarifario.
4. Información financiera:
- Estados financieros auditados o certificados por Contador Público
(Balance de Situación y Estado de Resultados) para los dos años con cierre
fiscal, inmediatos anteriores a la petición tarifaria.
- Los mismos deberán presentarse con el respectivo detalle de cada
una de las cuentas y sub-cuentas que conforman cada uno de los Estados
Financieros y que además contengan los ajustes financieros respectivos. Además,
la información deberá presentarse en forma electrónica.
En cumplimiento de lo que ordena el artículo
245 de
El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el
plazo de tres días contados a partir del siguiente a la notificación; el de
revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.
Notifíquese y publíquese.—Fernando Herrero
Acosta, Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 20203).—C-153000.—(8133).
Resolución RRG-7790-2007.—San José, a las
ocho horas y quince minutos del quince de enero del dos mil ocho.
Solicitud de ajuste tarifario presentada por Cuva Transportes Ltda.,
para la ruta: 219 descrita como: San Rafael de Río Cuarto-Santa Rita de Río
Cuarto-La Colonia-Toro Amarillo-Los Bajos del Toro Amarillo-Sarchí Norte-Grecia
y viceversa. Expediente Nº ET-198-2007.
Resultando:
I.—Que el 13 de noviembre del 2007, ante
II.—Que las tarifas vigentes para la ruta 219, son las aprobadas
mediante resolución Nº RRG-6761-2007 de fecha 9 de julio del 2007, y publicada
en
III.—Que de acuerdo con la información suministrada por el petente,
Cuva Transportes Ltda., ostenta el permiso de operación de la ruta 219, según
el acuerdo Nº 2 de la sesión ordinaria Nº 3032 del 13 de marzo de 1996,
celebrada por
IV.—Que una vez realizado el análisis preliminar, se solicitó a la
empresa Cuva Transportes Ltda., información faltante, mediante oficio Nº
973-DITRA-2007 del 20 de noviembre del 2007 (folios 113).
V.—Que el 4 de diciembre del 2007, el señor Egidio Rodríguez Vázquez,
presentó información a efecto de atender lo requerido en el oficio Nº
0973-DITRA-2007 citado (folios 114 al 132).
VI.—Que se le otorgó admisibilidad a la petición presentada mediante
oficio Nº 1039-DITRA-2007 de fecha 5 de diciembre del 2007 (folio 140).
VII.—Que la convocatoria a audiencia pública, se publicó en los
diarios
VIII.—Que en el Informe de Instrucción, visible a folios
IX.—Dentro de los registros que mantiene esta Autoridad al respecto de
las fijaciones tarifarias, no consta el detalle de la última fijación
individual que haya ajustado la tarifa para la ruta 219.
X.—Que la referida solicitud fue analizada por
XI.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y las
prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que del oficio Nº 1093-DITRA-2007 del 21 de
diciembre del 2007, arriba citado, que sirve de sustento a la presente
resolución, conviene extraer lo siguiente:
Para el análisis de la solicitud que aquí se resuelve, los
técnicos de
Sobre el modelo desarrollado por el MOPT
Volúmenes de pasajeros movilizados (Demanda): Al no tener
constancia del último ajuste de tarifa en forma individual y, en consecuencia,
de la cuantía de la demanda, se utilizó el dato ofrecido por el petente para
dicho registro. A este respecto, Cuva Transportes Ltda., reporta en su petición
un promedio mensual de 1824 pasajeros, basándose en sus estadísticas de
operación. En cuanto a los tiquetes de adulto mayor,
Carreras: El
permisionario mantiene horarios aprobados para la ruta 219, mediante acuerdo Nº
02 de la sesión Nº 3032 de la antigua Comisión Técnica, de fecha 13 de marzo de
1996 (folios del 116 al 117). De los horarios autorizados, se deriva un
promedio mensual de 44 carreras. La empresa por su parte, indica que está
realizando en promedio 43 carreras, según la información estadística
presentada. Para el análisis de las carreras se toma en cuenta el siguiente
criterio:
a. Si la empresa brinda menos carreras que las autorizadas, se
consideran las carreras que brinda la empresa.
b. Si la empresa brinda más carreras que las autorizadas, se
consideran las carreras autorizadas.
En arreglo con lo anterior, las carreras consideradas para el
presente estudio son 43 carreras en promedio mensual.
Distancia: Para el cálculo tarifario de la presente
solicitud, se utilizaron los datos de distancias emitidos por el Departamento
de Ingeniería a solicitud del petente (folio 137). En dicha información consta
que la distancia por carrera es de
Flota: Mediante artículo 6.8 de la
sesión ordinaria Nº 24-2006 de fecha 6 de abril del 2006,
Corredor común: No se
solicitan ajustes tarifarios por concepto de corredor común con otros concesionarios
o permisionarios.
Resultado estructura general de costos: El resultado
de la aplicación del modelo tarifario para la ruta 219, indica que las tarifas
vigentes requieren de un ajuste del 133,87%.
Sobre el análisis de costos e inversión
Mediante este instrumento, se analiza de forma particular el
comportamiento de los rubros de costo contemplados en el modelo desarrollado
por el MOPT, tomando como punto de partida los parámetros usados en la fijación
individual que se haya correspondido con la ruta 219, hasta la fecha;
considerando las variaciones específicas en el precio de los insumos (salarios,
llantas, etcétera) y, los cambios en las variables macroeconómicas, inflación y
tipo de cambio, que inciden directamente sobre los componentes de costo asociados
a la inversión (depreciación, rentabilidad, repuestos y accesorios). Pese a no
contar con el ajuste tarifario individual precitado, sí ha resultado posible
construir un escenario a partir del cual, se ha analizado la variación entre
las condiciones económicas y financieras pasadas y presentes para la ruta 219.
Dicho escenario está basado en las condiciones que vienen contenidas en el
primer ajuste tarifario obtenido por la ruta, en la fijación nacional, otorgada
por RRG-1510-2000 del 6 de julio del 2000, publicada en
Sobre la comparación de Tarifa/Índice de Precios al Consumidor
(IPC) e Índice de Transporte y
Al graficar la recomendación tarifaria resultante del análisis
complementario de comparación de costos para la ruta 219, en razón que este
resultado ha conseguido dotar a la empresa de una situación de equilibrio
financiero normal, la línea de tarifa está ligeramente por encima del Índice
General (IPC), sin que consiga alcanzar el nivel del Índice de Transportes. El
comportamiento de la tarifa de la empresa incluye, tal como se ha indicado al
respecto de la última tarifa individual para esta ruta, solamente las
fijaciones a nivel general, reflejando así, sus tendencias comparativas de
crecimiento.
Para ver imágenes solo en
Conclusiones
Tras analizar cada uno de los resultados, a través del análisis
complementario precitado, se ha conseguido dotar a la empresa de una situación
de equilibrio financiero normal, dentro del cual no se considera oportuno
conceder el incremento señalado por la estructura general de costos por
considerarse desproporcionado. Asimismo, alcanzado ya este punto de equilibrio,
resultó evidente que no han sido requeridas las restantes herramientas de
análisis complementario al servicio de este ente regulador, para resolver casos
extraordinarios.
De acuerdo con el resultado de la herramienta complementaria de
análisis aplicada para la presente solicitud tarifaria, se justifica el ajuste
tarifario del 34,70% por las razones precitadas.
II.—Que de conformidad con los resultandos y
considerando que preceden y de acuerdo con el mérito de los autos, lo
procedente es ajustar las tarifas vigentes en un 34,70% para la ruta 219
descrita como: San Rafael de Río Cuarto-Santa Rita de Río Cuarto-La
Colonia-Toro Amarillo-Los Bajos del Toro Amarillo-Sarchí Norte-Grecia y
viceversa, como se dispone. Por tanto:
Con fundamento en las facultades conferidas en
los artículos 5º, inciso f), 6º, inciso c), 30, 33, 57, incisos c) y g) de
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
I.—Fijar para la ruta 219, descrita como: San
Rafael de Río Cuarto-Santa Rita de Río Cuarto-La Colonia-Toro Amarillo-Los
Bajos del Toro Amarillo-Sarchí Norte-Grecia y viceversa, las siguientes
tarifas:
Tarifas
Adulto
Ruta Descripción ruta Regular mayor
219 Grecia-Bajos del Toro-Santa Isabel-
San
Rafael de Río Cuarto
Grecia-Santa Isabel de Río Cuarto 1475 1105
Grecia-Santa
Rita de Río Cuarto 1320 990
Grecia-Río
Cuarto 1130 850
Grecia-Bajos
del Toro Amarillo 665 335
II.—Indicar a la empresa Cuva Transportes
Ltda., que debe:
1. Mantener actualizado el expediente RA (Requisitos de Admisibilidad)
particularmente, en cuanto al vencimiento de la revisión técnica de las
unidades con que opera el servicio.
2. Remitir a esta Autoridad Reguladora lo señalado en el Por Tanto III
de la resolución Nº RRG-6155-2006 del 9 de noviembre del 2006, la cual de
conformidad con el artículo 33 de
3. Cumplir con el informe de quejas y denuncias establecido en la
resolución Nº RRG-7635-2007, del 30 de noviembre del 2007, publicada en
En cumplimiento de lo que ordena el artículo
245 de
El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el
plazo de tres días contados a partir del siguiente a la notificación; el de
revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.
Publíquese y notifíquese.—Fernando Herrero
Acosta, Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 20203).—C-149160.—(8135).
Resolución RRG-7791-2008.—San José, a las
ocho horas del dieciséis de enero del dos mil ocho.
Solicitud de ajuste de tarifas de venta de energía eléctrica que hace
Hidroeléctrica Platanar S. A., al Instituto Costarricense de Electricidad.
Expediente Nº ET-216-2007.
I.—La empresa cuenta con concesión vigente, la
cual fue otorgada en su momento por el SNE y ampliada según la resolución Nº
R-0152-Aguas-MINAE-2003 hasta el 8 de agosto del 2009 del expediente Nº 867-H.
II.—Que las tarifas vigentes de dicha empresa fueron aprobadas
mediante resolución Nº RRG-6606-2007 de las 08:10 horas del 11 de junio del
2007, publicada en
III.—Que el día 19 de diciembre del 2007, el señor Javier Matamoros
Agüero, en su calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de la
empresa Hidroeléctrica Platanar S. A. (según folio 07) presentó en
IV.—Que revisada preliminarmente la solicitud presentada por la firma,
se verificó la presentación y vigencia de la certificación de pago de
impuestos, certificación de cumplimiento de las leyes laborales (póliza de
riesgos del trabajo por parte del INS), certificación de pago de las cargas
obrero patronales, emitida por
V.—Que se previno a la interesada mediante oficio Nº 1293-DEN-2007,
fechado el 21 de diciembre del 2007 (folio 08), certificación de cumplimiento
de las leyes laborales (Póliza de riesgos del trabajo por parte del INS) y la
certificación por parte de
VI.—Que la empresa aportó la información solicitada en el oficio Nº
1293-DEN-2007, mediante la nota Nº HPSA-02-07, recibida en
VII.—Que la solicitud de Hidroeléctrica Platanar S. A., fue analizada
por
VIII.—Que en los procedimientos se han observado los plazos y
prescripciones de ley.
Considerando:
I.—Que del informe Nº 039-DEN-2008 del 21 de
enero del 2008, que sirve de base a esta resolución, conviene extraer lo
siguiente:
1. La recomendación de dicho informe técnico se hace con base en las
disposiciones de las resoluciones Nos. RRG-2557-2002, de las nueve horas del
once de marzo del dos mil dos, RRG-2589-2002, de las once horas del nueve de
abril del dos mil dos, y RRG-6166-2006, de las quince horas del diez de
noviembre del dos mil seis.
2. Los parámetros de la fórmula de ajuste muestran a la fecha de
presentación de la actual solicitud las siguientes variaciones:
IPEN-1 = 158,19 TCN-1 = 520,75 IPPIN-1 = 226,51
IPEN = 160,86 TCN =
501,42 IPPIN = 244,63
Variación 1,69% -3,71% 8,00%
Ajuste 3,36%
II.—Que una vez revisada la validez de los
parámetros presentados por la empresa y la aplicación de los mismos en la
fórmula de ajuste automático, se establece que las tarifas que le paga el
Instituto Costarricense de Electricidad a Hidroeléctrica Platanar S. A., deben
ser incrementadas en 3,36%, tal y como se dispone. Por tanto:
Con fundamento en los resultandos y
considerandos precedentes, al tenor de las potestades conferidas en los
artículos 5º inciso a), 57, incisos c) y g) de
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
Fijar las tarifas de venta de energía
eléctrica que hace Hidroeléctrica Platanar S. A., al Instituto Costarricense de
Electricidad, de conformidad con el siguiente pliego tarifario:
TARIFA 1
A) Precio de energía colones/kWh
Enero-Agosto Setiembre-Diciembre
Punta 56,94 49,20
Fuera de punta 43,12 25,06
B) Precio equivalente de la potencia colones/kW
Enero-Agosto Setiembre-Diciembre
Punta 42.591,41 11.758,35
Fuera de punta 28.861,95 0,00
C) Penalización: Precio de los kWh de falla colones/kWh
Enero-Agosto Setiembre-Diciembre
Punta 195,00 67,43
Fuera de punta 14,50 0,00
TARIFA 2
Precio integrado de energía y potencia colones/kWh
Enero-Agosto Setiembre-Diciembre
Punta 66,86 53,37
Fuera de punta 45,44 25,06
PUNTA: De las 07:00 horas a las 22:00 horas de
los días lunes a viernes de cada semana. Dentro de este período el operador del
sistema, pactará con cada planta un horario que contendrá dos bloques de dos
horas y media cada uno, separados por no menos de cinco horas. FUERA DE PUNTA:
Restantes horas. Definición de la potencia equivalente: Pe (dc-di/1-di); pc =
potencia contratada, dc = coeficiente disponibilidad contratada, di = 0,20.
En cumplimiento de lo que ordena el artículo 245 de
El recurso de revocatoria y el de apelación deberán interponerse en el
plazo de tres días contados a partir del siguiente a la notificación; el de
revisión, dentro de los plazos señalados en el artículo 354 de la citada ley.
Notifíquese y publíquese.—Fernando Herrero
Acosta, Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 20202).—C-65100.—(8137).
Resolución RRG-7792-2008.—San José, a las
ocho horas del diecisiete de enero del dos mil ocho.
Corrección por error material en la resolución Nº RRG-7350-2007.
Expediente Nº ET-126-2007.
Resultando:
I.—Que con fecha 4 de julio del 2007, el Ing.
Urías Ugalde Varela en su calidad de presidente ejecutivo del Instituto
Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP), presentó ante
II.—Que mediante resolución Nº RRG-7350-2007 de las trece horas del
dieciocho de octubre del dos mil siete, publicada en
III.—Que en dicha resolución se omitió indicar el detalle de la unidad
de cobro del servicio de almacenamiento, ya que los montos allí consignados
para los contenedores llenos y vacíos son por contenedor/día de almacenaje.
Considerando:
I.—Que según
II.—Que
III.—Que en la resolución Nº RRG-7350-2007 citada se cometió un error
material, pues se omitió indicar que los montos allí consignados para los
contenedores llenos y vacíos son por contenedor/día de almacenaje, no obstante
que tal situación fue considerada en los cálculos tarifarios.
IV.—Que de conformidad con los resultandos y considerandos, y con el
mérito de los autos, lo procedente es corregir dicha resolución en lo que
respecta a la unidad de cobro para la tarifa de almacenaje, tal como se
dispone. Por tanto:
Con fundamento en la facultad conferida en el
artículo Nº 157 de
EL REGULADOR GENERAL, RESUELVE:
I.—Rectificar el error material contenido en
la parte dispositiva de la resolución Nº RRG-7350-2007, en el sentido que la
unidad de medida de la tarifa de almacenaje sea por contenedor/día, quedando la
estructura tarifaria del servicio de almacenaje de la siguiente manera:
Almacenaje de contenedores vacíos:
Contenedor/día Contenedor/día
Detalle de cobro (US$) (US$)
Del día 1 al 5 Libre Libre
Del día 6 al día 10 1,50 3,50
A partir del día 11 3,50 6,50
Almacenaje de contenedores llenos:
Contenedor/día Contenedor/día
Detalle de cobro (US$) (US$)
Del día 1 al 5 Libre Libre
Del día 6 al día 10 3,50 6,50
A partir del día 11 6,50 12,50
II.—Los demás extremos y condiciones de la
resolución Nº RRG-7350-2007 de las trece horas del día dieciocho de octubre del
dos mil siete, notificada y comunicada a las personas y entidades involucradas
permanecen invariables.
Notifíquese y publíquese.—Fernando Herrero
Acosta, Regulador General.—1 vez.—(Solicitud Nº 20202).—C-33020.—(8139).
DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN AL USUARIO
CONVOCA A AUDIENCIAS PÚBLICAS
Para exponer sobre las siguientes solicitudes
de concesión:
I. Solicitud presentada por Cogeneradora del Tempisque S. A. (COTSA),
con el fin de que se le otorgue concesión para generar energía eléctrica
(concesión de explotación de central eléctrica) por medio de biomasa, por 19,8
MW, al amparo de
El 6 de marzo del
II. Solicitud presentada por Vientos de Tila Corporación S. A.
(Tilawind Coporation), con el fin de que se le otorgue concesión para generar
energía eléctrica (concesión de explotación de centrales eléctrica) por medio
de fuerza eólica, por 20 MW, al amparo de
El 6 de marzo del
El plazo para recibir posiciones para ambas
solicitudes vence el 28 de febrero del
Se hace saber a los interesados que pueden consultar y fotocopiar los
expedientes que constan en
Cualquier interesado, con interés legítimo o derecho subjetivo, puede
participar en la audiencia y quien desee hacer uso de la palabra, debe formular
por escrito, en original, su posición ante esta Autoridad Reguladora,
sustentando su pretensión con las pruebas que sean pertinentes. En el documento
debe indicar lugar dentro del perímetro de San José o número de fax donde ser notificado
en el caso de una persona física deberá aportar fotocopia de su cédula y en el
caso de las personas jurídicas la posición deberá estar suscrita por el
representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería
vigente.
Dentro del plazo legal otorgado se recibirán posiciones mediante el
facsímile: 290-2010, mismas que deberán estar firmadas y debiendo presentar el
original a más tardar el día de la celebración de la audiencia. Se informa que
el Consejero del Usuario para estas solicitudes es el Lic. Daniel Fernández
Sánchez.
Dirección de Protección al Usuario.—Álvaro
Barrantes Chaves.—1 vez.—(Solicitud Nº 20202).—C-19800.—(8140).
CONDOMINIO CENTRO COLÓN ASOCIACIÓN
DE
COPROPIETARIOS
Condominio Centro Colón Asociación de
Copropietarios convoca a los señores Copropietarios a la asamblea general
ordinaria a celebrarse en el Hotel Centro Colón, tercer piso, Salón
1. Informe de las
actividades administrativas del 2007.
2. informe
del Auditor Independiente, correspondiente al año 2007.
3. Proyecto
de Presupuesto general ordinario para el año 2008.
4. Nombramiento
de los directores del Cuerpo Administrador a quienes se les vence su período.
5. Asuntos
varios.
Primera convocatoria: 17:00 horas; segunda
convocatoria: 18:00 horas del mismo día.
30 de enero del 2008.—Sr. Rafael Gutiérrez
Badilla, Presidente.—1 vez.—(8160).
JORCOSA S. A
La sociedad Jorcosa S. A., convoca a sus
asociados a la asamblea general ordinaria que se llevará a cabo el día 24 de
febrero del
INSTITUCIÓN CULTURAL GERMANO-COSTARRICENSE
1. Informes
anuales del Presidente, Tesorero, Directores, Comité Cultural y Fiscal y su
aprobación.
2. Elección
de Junta Directiva: Presidente, Secretario, Primer Vocal, cada uno por un
período de dos años. Elección del Fiscal, por un período de un año.
3. Elección
de los miembros de Junta Directiva, cuyos cargos hayan quedado vacantes en el
proceso de elección, en seguimiento al artículo 17 de los estatutos.
4. Asuntos
varios.
San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Dirk Niehaus M., Abogado.—1 vez.—Nº 12183.—(8228).
PELO LOCO SOCIEDAD ANÓNIMA
Pelo Loco Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-dos nueve cinco uno uno nueve, convoca a los socios a asamblea
extraordinaria para aumento del capital social, la cual será celebrada en su
domicilio social el día lunes veinticinco de febrero del año dos mil ocho a las
quince horas.—Riccardo Cedraro, Presidente.—1 vez.—(8395).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
PANAMERICAN WOODS PLANTATIONS SOCIEDAD ANÓNIMA
Panamerican Woods Plantations Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-243251, hace del conocimiento público que por
motivo de extravío, la señora Deyanira Gutiérrez Cisneros ha solicitad la
reposición de su certificado accionario Nº 0139, el cual representa acciones
numeradas del 0285-
BOSQUE PUERTO CARRILLO SOCIEDAD ANÓNIMA
Bosque Puerto Carrillo Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-054559, hace del conocimiento público que por motivo
de extravío, el señor Michael Gabour, ha solicitado la reposición de su
certificado accionario Nº 0244 y el señor Rodger Fowler sus certificados
accionarios Nos. 1095, 3055 y 6223. El señor Chris Smith ha solicitado la
reposición de sus certificados 6065, 6066, 6067, 6068, 6712, 6713, 6717, 6718.
Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a partir de
la última publicación de este aviso, manifiesten su oposición dirigida a:
Bosque Puerto Carrillo S. A. c/o bufete Baltodano y Asociados, edificio Galería
Ramírez Valido, avenida central, calles 5 y 7, San José.—Dr. Néstor G.
Baltodano Vargas, Presidente.—(5907).
PANAMERICAN WOODS INDUSTRY SOCIEDAD ANÓNIMA
PanAmerican Woods Industry Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-120714, hace del conocimiento público que el señor
Chris Smith, ha solicitado la reposición de sus certificados accionarios Nos.
6065, 6066, 6067 y 6068 por motivo de extravío: Se emplaza a cualquier
interesado para que en el término de un mes a partir de la última publicación
de este aviso, manifiesten su oposición dirigida a: PanAmerican Woods Industry,
S. A. c/o Bufete Baltodano y Asociados. edificio Galería Ramírez_Valido,
avenida central, calles 5 y 7, San José.— Dr. Néstor G. Baltodano Vargas,
Presidente.—(5916).
CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL
BALCONES
DE
Condominio Horizontal Residencial Balcones de
GRÚAS QUIROS SRL
Grúas Quirós SRL, cédula jurídica número
tres-ciento dos-ciento sesenta y seis mil seiscientos cincuenta y tres,
solicita ante
Manuel Enrique Quirós Olivares, mayor, casado
una vez, mecánico, vecino de Taras de Cartago, ochocientos metros sur de La Última
Copa, cédula número tres-ciento ochenta y seis-setecientos siete. Solicita ante
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
UNIVERSIDAD CENTRAL
Por medio de la presente
UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Ante mí Leonardo Ugalde Cajiao, notario
público con oficina en San José, compareció Gerardo Alonso Benavides Sánchez,
mayor de edad, abogado, con cédula de identidad número: cuatro-ciento setenta y
seis- novecientos nueve, vecino de Heredia, condominio Rosedal Dos, casa número
cuarenta y siete, y declaró bajo la fe de juramento que su título de
Licenciatura en Derecho, otorgado por ULACIT, se encuentra al día de hoy
extraviado y es su deseo la reposición del mismo. El título de Licenciatura en
Derecho otorgado por ULACIT, está inscrito bajo el tomo: seis, folio:
trescientos setenta y uno, asiento: ocho mil trescientos cincuenta y uno,
además inscrito por CONESUP al tomo: sesenta y uno, folio: veintidós, asiento:
once mil quinientos dieciocho, emitido el veinte de abril de dos mil seis. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
POSADA VISTA NÚMERO TRES S. A.
Posada Vista Número Tres S. A., cédula
jurídica número 3-101-237520, solicita ante
BAVAKO DE SAN RAMÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, José María Barahona Vargas, mayor, casado
una vez, empresario, cédula dos- doscientos veintitrés- setecientos sesenta y
siete y vecino de San Ramón costado norte del Mercado Municipal, en mi
condición de presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma de la sociedad denominada Bavako de San Ramón Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-237685 inscrita en el Registro Público Sección Mercantil,
bajo el tomo: 1164, folio: 54, asiento: 65, hago constar que hemos iniciado la
reposición de los libros de Junta Directiva, Registro de Socios y Asambleas
General de Socios, todos número uno, de la sociedad, quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente de Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de la
publicación de este aviso.—Lic. José María Barahona Vargas, Notario.—Nº
10723.—(7202).
CORPORACIÓN SIGLEDA SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación Sigleda Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-235907, solicita ante
INVERSIONES ANIFLOR
Guillermo Gallardo Cordero, costarricense,
portador de la cédula numero uno-doscientos cinco-cero veinte, apoderado
generalísimo sin límite de suma, con facultades suficientes y bastantes para
este acto, de Inversiones Aniflor, cédula jurídica número tres-ciento dos-cero
treinta y tres mil ochocientos ochenta y cuatro, solicita ante
VILLAS COPAL PELÍCANOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Villas Copal Pelícanos Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101-271145, solicita ante
CORPORACIÓN AGROPECUARIA
Corporación Agropecuaria
INVERSIONES MERCASA AMERICANA S.R.L.
Inversiones Mercasa Americana S.R.L., cédula
jurídica Nº 3-102-315590, solicita ante
WALKING ON THE MOON REAL ESTATE AND
INVESTMENTS
CORPORATION REIC SOCIEDAD ANÓNIMA
La suscrita, Rosibel Díaz Arias, mayor,
divorciada una vez, estudiante de derecho, vecina de San José, Sabana Sur,
Oficentro Ejecutivo
HOTELERA PLAYA FLAMINGO S. A.
Hotelera Playa Flamingo S. A., comunica el
extravío del certificado Nº C777 y CF778 de acciones a nombre de Jack Hubbell.
Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 690, 691, 692,
708, 709 del Código de Comercio. Se avisa que se procederá a reponer las
acciones aludidas, si transcurrido un mes a partir de la publicación del último
aviso no se hubiera presentado oposición al respecto.—San José, 10 de enero del
2008.—Brenda Lee Rodríguez Peyton, Tesorera.—(7314).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
CENTRO VACACIONAL BANCOSTA S. A.
El Centro Vacacional Bancosta S. A., hace
constar que revisado nuestro libro de accionistas, aparece como socio el señor
Fernández Guzmán Fernando, cédula 1-694-881, con las acciones número
130-507-526, las cuales se reportan como extraviadas, por lo que se solicita su
reposición.—San José, 21 de enero del 2008.—Leonel Vargas Leitón.—Nº
10580.—(6317).
CENTRO VACACIONAL BANCOSTA S. A.
El Centro Vacacional Bancosta S. A., hace
constar que revisado nuestro libro de accionistas, aparece como socios los
señores Clementina Galeano Caseres, cédula 4-074-190, con la acción número 077
y el señor Armando Zeledón Acuña, cédula 1-406-589, con la acción número 076,
las cuales se reportan como extraviadas, por lo que se solicita su
reposición.—San José, 21 de enero del 2008.—Leonel Vargas Leitón.—Nº
10581.—(6318).
BAKO DE SAN RAMÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, José María Barahona Vargas, mayor, casado
una vez, empresario, cedula dos-doscientos veintitrés-setecientos sesenta y
siete y vecino de San Ramón, costado norte del mercado municipal, en mi
condición de presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma de la sociedad denominada Bako de San Ramón Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-123076 inscrita en el Registro Público Sección Mercantil, bajo
el tomo: 712, folio:14, asiento: 17, hago constar que hemos iniciado la
reposición de los libros de Junta Directiva, Registro de Socios y Asambleas
General de Socios, todos número uno, de la sociedad, quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia
al Contribuyente de Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de la
publicación de este aviso.—José María Barahona Vargas.—Nº 10434.—(6319).
EXOTIC SHELTERS SOCIEDAD ANÓNIMA
Exotic Shelters Sociedad Anónima, titular de
la cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos diecisiete mil ciento
cincuenta y cinco, solicita ante
EPS ON LINE SYSTEM LIMITADA
Eps on Line System Limitada, cédula jurídica
número tres-ciento uno-cuatrocientos doce-seiscientos treinta y tres, solicita
ante
FUSIÓN DE COLOR TROPICAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Fusión de Color Tropical Sociedad Anónima,
titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y seis mil
seiscientos cincuenta y tres. Solicita ante
LIMPIEZA DE TANQUES SÉPTICOS RAMÍREZ Y
CANTILLO S. A.
Limpieza de Tanques Sépticos Ramírez y
Cantillo S. A., con cédula jurídica 3-101-374694, solicita ante
NGNS SOCIEDAD ANÓNIMA
NGNS Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y nueve mil quinientos
treinta y tres, solicita ante la dirección General de Tributación, la
reposición de los siguientes libros: Actas de Consejo de Administración uno,
Actas de Asamblea de Socios uno, Registro de Socios uno, Inventarios y Balances
uno, Diario uno y Mayor uno. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Área de información y Asistencia al Contribuyente de
Yo, Felipe Ferreiras Juan Antonio, cédula
0800550344, solicito ante
GRUPO MUTUAL ALAJUELA
De conformidad con los artículos 708-709-710
del Código de Comercio, el señor Gustavo López Angulo, cédula de identidad
602800514, solicita la reposición del certificado de Depósito a Plazo número
118 301 2000064330 por ¢4.400.000,00 con fecha de vencimiento 21/01/2008, y el
cupón Nº 1 por ¢22.000,00 con fecha de vencimiento 21/01/08.—Heredia, 21 de
enero del 2008.—Lic. Kattia Yannarella Montero, Encargada de Servicios
Financieros.—(6363).
Por escritura otorgada en esta ciudad, a las
9:00 horas de hoy, ante la suscrita notaria pública se protocolizó acta de Foto
Rápida S. A., en la que se disminuyó el capital social y se reformó la
cláusula cuarta de los estatutos.—San José, 8 de enero del 2008.—Lic. Irene
Lobo Hernández, Notaria.—Nº 10476.—(6142).
3 v. 3.
Por escritura 168 otorgada en esta notaría, a
las 8:00 horas del 21 de enero del 2008, la sociedad Cosmologix S. A.,
disminuye su capital social y reforma su plazo social.—Lic. German José Víquez
Zamora, Notario.—Nº 11130.—(6917).
3 v. 1.
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las veinte horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho, se constituyó la
sociedad anónima Heavyrent Sociedad Anónima. Con un capital social de
cien mil colones. Presidente: Thoren Ingalls Gatti.—Cóbano de Puntarenas,
veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera,
Notario.—Nº 11343.—(7056).
3 v. 1.
PUBLICACIÓN DE UNA
VEZ
Rolando Ureña Mora, mayor, soltero, guarda de
seguridad privada, vecino de
Que por escritura otorgada ante el notario
público Luis Fernando Sancho Mora, a las 8:00 horas del 15 de enero del 2008,
se ha constituido la compañía Corporación Into Costa Rica Sociedad
Anónima, capital cien mil colones íntegramente suscrito y pagado.
Presidente: Carlos Humberto Segura Rojas.—Desamparados, 15 enero del 2008.—Lic.
Luis Fernando Sancho Mora, Notario.—1 vez.—Nº 10620.—(6222).
Ante esta notaría el día de hoy, se
protocolizó la asamblea general extraordinaria de socios de fecha 15 de enero
del 2008, de la empresa denominada 3101500015 sociedad anónima, cédula
jurídica número 3-101500015, mediante la cual se nombró nueva junta directiva,
se nombró como presidente al señor Kenrick Édgar Cleveland, como
presidente.—San José, 23 de enero del 2007.—Lic. José Martínez Meléndez,
Notario.—1 vez.—Nº 10621.—(6223).
Ante esta notaría el día de hoy, se
protocolizó la asamblea general extraordinaria de socios de fecha 21 de enero
del 2008, de la empresa denominada 3101500007 sociedad anónima, cédula
jurídica número 3-101500007, mediante la cual se nombró nueva junta directiva,
se nombró como presidenta a la señora Constante Lyn Henninen, como
presidenta.—San José, 23 de enero del 2007.—Lic. José Martínez Meléndez,
Notario.—1 vez.—Nº 10622.—(6224).
Por escritura otorgada ante mí el día de hoy,
se reforma la cláusula quinta de los
estatutos sociales de la sociedad CR
Coast Development S. A.—San
José, 22 de enero del 2008.—Lic. Carlos Quesada Montero, Notario.—1 vez.—Nº
10623.—(6225).
Por escritura número cincuenta y uno-veintisiete,
otorgada ante mí el día de hoy en conotariado con David Arturo Campos Brenes,
he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Clarada S. A., según la cual se modifica el pacto
constitutivo en su cláusula cuarta. Es todo.—8 de enero del 2008.—Lic. Juan
Manuel Jiménez Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 10624.—(6226).
El día de hoy en mi notaría se protocolizó el
acta de cambio de estatuto de la sociedad Lomas del Bosque Azul RG Sociedad
Anónima. Representante legal el presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Miramar, a las 20:00 horas del 22 de enero del
dos mil ocho.—Lic. Jockseline Zúñiga Varela, Notaria.—1 vez.—Nº 10625.—(6227).
Condominio Puebla Real Bilbao Sociedad
Anónima, cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatro tres cero uno siete ocho,
comunica que reformó las cláusulas segunda y sétima del acta constitutiva y que
nombró nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Belén, veintidós de
enero del dos mil ocho.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—Nº
10628.—(6228).
Se constituye sociedad anónima denominada J.J.Z.C.
S. A., domicilio en Cartago, Concepción de Tres Ríos de la iglesia católica
en calle Naranjo, doscientos cincuenta metros al norte, última casa color verde
con portón negro, por un plazo social de noventa años, siendo su presidente
Carlos Gerardo Mora Calvo, portador de la cedula de identidad Nº 1-1033-840 y
el secretario Jonathan David Rivera González, portador de la cedula de
identidad numero 1-1213-937, su representante judicial y extrajudicial con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, quienes deberán actuar
en forma conjunta.—Lic. Olga Flory Zeledón Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº
10629.—(6229).
Por escritura otorgada ante mí, en San José a
las 9 horas y 30 minutos del 23 de enero del 2008, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporación
Peisa de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-135814,
reformándose la cláusula primera en cuanto al domicilio. Es todo.—San José, 23
de enero del 2008.—Lic. Asdrúbal Vega Castillo, Notario.—1 vez.—Nº
10633.—(6230).
Por escritura otorgada ante mí, en San José a
las 9:00 horas del 23 de enero del 2008, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Duce Río INN S. A.,
cédula jurídica 3-101-448896, reformándose las cláusulas quinta y sétima de los
estatutos, aumentándose el capital social, e incorporándose a la junta
directiva un vicepresidente. Es todo.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic.
Asdrúbal Vega Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 10635.—(6231).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las dieciséis horas del dieciocho de enero del dos mil ocho, se constituyó la
sociedad Inversiones Anjosa I.O.R. Sociedad Anónima. La representación
judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma corresponde al presidente.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic. Luis
Alberto Sáenz Zumbado, Notario.—1 vez.—N’ 10636.—(6232).
Por escritura trescientos-dos, a las 15:00
horas del 18 de enero del 2008, otorgada ante mi notaría, los señores Beatriz
Araya Salas y Cintya, Cristian, Mariela Del Carmen, Adrián, Mauren todos Arias
Araya, constituyen sociedad anónima cuya denominación social será únicamente su
número de cédula jurídica según decreto tres tres uno siete uno-J.—
En mi notaría, en esta fecha se constituyó la
sociedad Celulares TLC. J Y R Sociedad Anónima, con
domicilio en San José, San Antonio de Desamparados, de la escuela República de
Panamá, trescientos metros sur y setenta y cinco metros este, con plazo de
noventa y nueve años, su presidente comparece Johnny Alberto Rojas Campos.—Lic.
Odilí Altamirano Urrutia, Notaria.—1 vez.—Nº 10639.—(6234).
Ante esta notaría se protocoliza acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Grupo
Ramírez Junco Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula sexta del pacto
constitutivo. Otorgándosele al presidente y al secretario la representación
judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma. Es Todo.—San José, veintitrés de enero del dos mil ocho.—Lic. Fernando
Ramírez Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº 10641.—(6235).
En mi notaría al ser las 12:00 horas del 8 de
enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Construcciones y
Remodelaciones Munguía Sociedad Anónima.—Lic. Celenia Godínez Prado,
Notaria.—1 vez.—Nº 10643.—(6236).
Por escritura número veinticinco, otorgada en
Heredia, a las ocho horas del veintiuno de diciembre del presente año, visible
al folio dieciséis frente, del tomo dos de mi protocolo, la sociedad Daher
Issa El Khoury Sociedad Anónima, modifica cláusulas del pacto
constitutivo.—Heredia, veintidós de diciembre del dos mil siete.—Lic. Dorca
Enríquez Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 10647.—(6237).
Por escritura número veinticuatro, otorgada
en el tomo segundo de mi protocolo, a las ocho horas del veinte de diciembre
del dos mil siete, se constituyó la sociedad: FL Transportes Sociedad
Anónima, capital social: diez mil colones sin céntimos.—Heredia, veintiuno
de diciembre del dos mil siete.—Lic. Dorca Enriquez Mora, Notaria.—1 vez.—Nº
10648.—(6238).
En mi notaría por escritura número veintiocho
otorgada en San José, a las quince horas del diecinueve de enero del dos mil
ocho, del tomo primero, se otorgó poder generalísimo sin límite con límite de
suma hasta por la suma de trescientos mil dólares norteamericanos, por parte la
sociedad anónima Vallas y Gigantografías de Costa Rica Sociedad
Anónima, a favor de Mariano Javier Morelli. Así también se modificó el
domicilio social siendo el actual Condominio Industrial de Pavas, local número
cuatro, diagonal a
Por escritura otorgada en esta ciudad, ante
el notario Roberto Portilla Barrantes, a las 10:30 horas del 18 de enero del
2008, se constituyó Constructora Hermanos Méndez S.R.L. Capital social:
veinte mil colones. Domicilio social: San Antonio de Pejibaye de Pérez Zeledón,
Ante mí se constituyeron las empresas Grupo
Inmobiliario del Atlántico y Auropilijo V.B. ambas Sociedades
Anónimas. Plazo social cien años.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic.
Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 10652.—(6241).
Ante esta notaría, Ana Isabel Jiménez
González y Jorge Martín Chacón Oviedo por escritura número dos-cuatro, otorgada
a las catorce horas del dieciocho de enero del año dos mil ocho, constituyeron
setenta sociedades anónimas, cuya denominación social se ajusta a lo dispuesto
en el artículo dos del decreto ejecutivo numero treinta y tres mil ciento
setenta y uno-J, capital social: doce mil colones. Plazo: noventa y nueve
años.—Lic. Melania Gutiérrez Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 10653.—(6242).
Con vista en el libro de actas de asamblea
general de socios la sociedad, González y Ballestero GB Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-doscientos treinta mil
ochocientos setenta y ocho, de que a las nueve horas del veinticuatro de enero
del dos mil ocho, se realizó la asamblea general extraordinaria, la cual estuvo
representada por la totalidad del capital social, en la cual se tomó los
acuerdos que dicen así: se acuerda modificar las siguientes cláusulas: segunda:
del domicilio. Tercera: del objeto. Octava: de
En esta Notaría, por escritura pública Nº 7,
otorgada en connotariado a las 9:00 horas del 23 de enero del 2008, se
constituyó Desarrolladora Zurriago S. A. Presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic.
Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 10891.—(6761).
En esta Notaría, por escritura pública Nº 8,
otorgada en connotariado a las 9:30 horas del 23 de enero del 2008, se
constituyó Plaza Trechel S. A. Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic. Antonella
Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 10892.—(6762).
En esta Notaría, por escritura pública Nº 9
otorgada en connotariado a las 9:00 horas del 23 de enero del 2008, se
constituyó Inmobiliaria Trebolar S. A. Presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic.
Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 10893.—(6763).
Por escritura otorgada ante mí a las 10:30
horas del día 23 de enero del 2008. Protocolizo acta número uno de asamblea
general extraordinaria de socios, de la empresa denominada: 3-101-516016 S.
A. Modificación de las cláusulas cuarta y quinta de los estatutos y
nombramiento de nueva junta directiva. Notarios: Ellyn María Ramírez Quesada en
connotariado con Antonella Da Re Masís.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic.
Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 10894.—(6764).
Por escritura otorgada ante esta notaria
Paola Fonseca Rojas, carné Nº 15578, escritura otorgada en la cuidad de Grecia,
a las 11:30 horas del 14 de enero del 2008, se constituyó la sociedad
denominada Desarrollos Tempisque GABMPJ del Paraíso de Nicoya Sociedad
Anónima de la cual su domicilio será Alajuela, Grecia, Los Ángeles de
Bolívar, contiguo al puente sobre el río San Juan.—Lic. Paola Fonseca Rojas,
Notaria.—1 vez.—Nº 10895.—(6765).
Por escritura otorgada ante esta notaria
Paola Fonseca Rojas, carné Nº 15578, escritura otorgada en la cuidad de Grecia,
a las 12:00 horas del 23 de enero del 2008, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Bluesky Tempisque
Mediante escritura pública número ciento
siete- cuatro del diecisiete de enero del dos mil ocho, del notario Jimmy Núñez
Ramírez, se constituyó sociedad anónima denominada Sistemas Tecnológicos
Nacionales, representada por el presidente Diego Rodríguez Solórzano y
vicepresidente Jefrry Aguilar Bolaños.—Lic. Jimmy Núñez Ramírez, Notario.—1
vez.—Nº 10897.—(6767).
Ante la notaría de la licenciada Karoll Paola
Sancho Oconitrillo, mediante escritura Nº 109-3, visible al folio 57 vuelto,
del protocolo tercero de la suscrita Notaria, otorgada a las 11:00 horas del
día 23 de enero del año 2008, los señores Fabio Quesada Sancho, cédula Nº
2-240-386, Vanessa Quesada Morales, cédula Nº 1-1185-0069, Elsa Morales
Mairena, cédula Nº 5-138-876, Katalina Quesada Morales, cédula Nº 5-312-766, constituyen
la empresa denominada: Bisonte Alvino Sociedad Anónima.—Santo Domingo de
Heredia, 23 de enero del 2008.—Lic. Karoll Paola Sancho Oconitrillo, Notaria.—1
vez.—Nº 10899.—(6768).
Por escritura otorgada en esta Notaría a las
16:00 horas de hoy, los señores Jack Patrick Mitchell y Tony Sibaja Vargas,
constituyeron Negociadora W.H.Y.N.O.T., S. A. Objeto: inversiones de
capital, adquisición, administración, alquiler y toda clase de negocios con
bienes raíces y establecimientos comerciales, administración de bienes,
intermediación en asuntos comerciales, comercio, industria, ganadería, turismo
y agricultura, importación y exportación, y representación de casas
extranjeras. Plazo: cien años. Capital: cien mil colones. Presidente: don
Jack.—San José, 18 de enero del 2008.—Lic. Alfonso Herrera Vargas, Notario.—1
vez.—Nº 10900.—(6769).
Mediante escritura otorgada en San José, se
constituyó la sociedad Montes Argento S. A. Capital: cien mil colones.
Presidente: Jeffry Jones Hutchinson.—Lic. Jorge Eduardo Brenes Garro,
Notario.—1 vez.—Nº 10902.—(6770).
Por escritura otorgada en mi Notaría a las
diez horas del 26 de setiembre del 2007, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de Crossroads Land Trust S. A. donde se modifica
la cláusula sétima y se nombran nueva presidenta y secretario de la junta
directiva.—Grecia, 22 de enero del 2008.—Lic. Sylvia Eastwood Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—Nº 10906.—(6771).
Ante esta notaría, se ha protocolizado acta
de Mirago de Palmares, S. A. Se reforma estatutos y se realizan
nombramientos en junta directiva.—Palmares, 18 de enero del 2008.—Lic. Albino
Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 10909.—(6772).
Ante mí, se constituyó la sociedad denominada
Treasured Adventures Limitada. Plazo: cien años. Capital: diez mil
colones. Domicilio: San José, Costa Rica. Gerente: Roy Thomas Sarnecki. Es
todo.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Ariana Azofeifa Vaglio, Notaria.—1
vez.—Nº 10910.—(6773).
Ante esta notaría se han constituido dos
sociedades cuyas denominaciones serán los números de cédulas jurídicas.
Domicilios en Palmares de Alajuela. Objeto principal el comercio. Plazos
sociales de noventa y nueve años. Capitales de doscientos mil y cien mil
colones.—Palmares, 22 de enero del 2008.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1
vez.—Nº 10911.—(6774).
Ante esta notaría, se ha constituido sociedad
anónima cuya denominación es el número de cédula jurídica que otorgue el
Registro, conforme al Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento
setenta y uno-J. Su objeto lo constituye la actividad comercial e industrial.
Con plazo social de noventa y nueve años. Capital social de cien mil colones.
Domicilio: Palmares de Alajuela.—Palmares, 18 de enero del 2008.—Lic. Fernando
Ávila González, Notario.—1 vez.—Nº 10912.—(6775).
Ante esta notaría, se ha constituido sociedad
anónima cuya denominación es el número de cédula jurídica que otorgue el
Registro, conforme al Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y
uno-J. Su objeto lo constituye la actividad comercial e industrial. Con plazo
social de noventa y nueve años. Con domicilio en Palmares, Alajuela. Capital
social de cien mil colones.—Palmares, 14 de enero del 2008.—Lic. Albino
Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 10913.—(6776).
Ante esta notaría, se protocolizó acta de Inversiones
Abigail S. A. Se reforma estatutos. Se realizan nombramientos en la junta
directiva.—Palmares, 19 de enero del 2008.—Lic. Albino Solórzano Vega,
Notario.—1 vez.—Nº 10914.—(6777).
Ganadera Martínez y Jiménez Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
tres-ciento uno-cero seis dos dos cinco seis, domiciliada en la ciudad de San
José de Upala, distrito tercero, cantón trece de la provincia de Alajuela,
modifica la cláusula segunda y novena del pacto social, al ser las trece horas
del día catorce de enero del dos mil ocho.—Lic. Carolina Meléndez Gamboa,
Notaria.—1 vez.—Nº 10915.—(6778).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas
del once de enero del dos mil ocho, se constituye De Castro Robert Solutions
Sociedad Anónima.—San José, 11 de enero del 2008.—Lic. Warner Porras
Guzmán, Notario.—1 vez.—Nº 10916.—(6779).
Ante la suscrita notaria, se constituye Inversiones
y Desarrollo de Proyectos del Sur Sociedad Anónima. Capital social: cien
mil colones exactos, representado por cien acciones de mil colones exactos cada
una. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio social: Su domicilio será en
Ciudad Neily Corredores Puntarenas, barrio
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00
horas del 19 de enero del 2008, los señores Esteban Arata Herrero y Viviana
Jiménez Montero, constituyen una sociedad anónima, cuyo nombre será el número
de cédula de persona jurídica que se le asigne.—San José, 22 de enero del
2008.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 10918.—(6781).
Por escritura otorgada ante mi Notaría a las
quince horas del veintiocho de noviembre del dos mil siete, José Manuel Molina
Mora y Meiboll Castro Espinoza, constituyeron la sociedad denominada Discari
JMMM del Caribe Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Discari JMMM del
Caribe S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Capital: dos mil
colones.—Siquirres, 15 de enero del 2008.—Lic. Francisco Amador Rodríguez,
Notario.—1 vez.—Nº 10917.—(6782).
Ante mi Kathya Maritza Pérez González,
notaria pública de Siquirres, se constituyó
Ante mi: Kathya Maritza Pérez González,
notaria pública de Siquirres, se constituyó Corporación Los Palmiteros del
Caribe MG Atlántico Sociedad Anónima, en Siquirres a las quince horas del
veintiuno de enero del dos mil ocho.—Siquirres, 21 de enero del 2008.—Lic.
Kathya Maritza Pérez González, Notaria.—1 vez.—Nº 10921.—(6784).
En esta Notaría, se procedió a modificar las
cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de la sociedad denominada Arandanos
y Anasazis Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-trescientos treinta y un mil setecientos cincuenta y cuatro.—San José, 2 de
octubre del 2007.—Lic. Wálter Solís Amen, Notario.—1 vez.—Nº 10922.—(6785).
En esta Notaría, se procedió a modificar
tercera del pacto constitutivo de la sociedad denominada Lago Placido
Noventa y Cinco S.R.L., cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-ciento sesenta y seis mil novecientos veinticinco.—San José, 3 de octubre
del 2007.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 10923.—(6786).
En esta Notaría, se procedió a modificar la
cláusula segunda y quinta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Barbacos
y Umbraculos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y dos mil seiscientos ochenta y
seis.—San José, 7 de noviembre del 2007.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1
vez.—Nº 10924.—(6787).
Ante esta Notaría, por escritura otorgada
ante el suscrito Nº 19, otorgada a las 09:00 horas del 03 de agosto del 2007,
tomo quinto de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora
de Seguros A & J S. A. Plazo social 99 años, Presidente: Luis Acuña
Mejías, Capital social: cien mil colones exactos. Domicilio: Alajuela, San
Carlos, Ciudad Quesada, Sucre. Agente Residente: licenciado Carlos Francisco
Millet Nieto, Notario.—1 vez.—Nº 10925.—(6788).
La sociedad Pine River Knife Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro ocho nueve seis uno
cero, modifica artículo octavo del pacto constitutivo y cambia tesorero de
junta directiva. Escritura otorgada el veintiuno de enero del dos mil ocho, ante
la Lic. Mailing Quirós Barquero.—Lic. Mailing Quirós Barquero, Notaria.—1
vez.—Nº 10926.—(6789).
Por escritura otorgada en San José, ante esta
notaría a las veintitrés horas del veintitrés de enero del dos mil ocho, se
constituyó por Kattia Cortés y Helen Duarte Gamboa la sociedad denominada C.Y.A
Security Sociedad Anónima.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic. Natan Wager
Vainer, Notario.—1 vez.—Nº 10927.—(6790).
Por escritura otorgada ante mí a las once
horas del nueve de enero del dos mil ocho, se constituyeron las sociedades Magic
Island Developments Sociedad Anónima, que en idioma español significa Desarrollos
Isla Mágica Sociedad Anónima, y River Stone Corporation Sociedad Anónima,
que en idioma español significa Corporación Río Piedra Sociedad Anónima.
Representación: gerente individualmente. Plazo social: seis meses. Capital
social: debidamente suscrito y pagado.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic. Ana
Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 10929.—(6791).
Ante mí, Fausto Eduardo Gutiérrez Howell,
notario público, se constituyó la sociedad denominada, C Y S Constructora
del Sur S. A., domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, con un plazo
social de noventa y nueve años a partir del diecinueve de enero del dos mil
ocho, conformada por un capital social de diez mil colones, representado por
diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Allan
Campos Porras.—Pérez Zeledón, 22 de enero del 2008.—Lic. Fausto Eduardo
Gutiérrez Howell, Notario.—1 vez.—Nº 10935.—(6792).
Ante mí, Fausto Eduardo Gutiérrez Howell,
notario público, se constituyó la sociedad denominada, Inversiones FNB del
Sur S. A., domiciliada en San Isidro de Pérez Zeledón, con un plazo social
de noventa y nueve años a partir del siete de diciembre de dos mil siete,
conformada por un capital social de veinte mil colones, representado por veinte
acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Freddy
Núñez Barrantes.—Pérez Zeledón, 22 de enero del 2008.—Lic. Fausto Eduardo
Gutiérrez Howell, Notario.—1 vez.—Nº 10936.—(6793).
Por escritura otorgada hoy ante mí a las
dieciséis horas, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de
Ante mi notaría, se ha protocolizado acta de
asamblea general de la sociedad de esta plaza Sociedad Calificadora de
Riesgo Centroamericana Sociedad Anónima, mediante la cual se aumenta el
capital social a la suma de sesenta millones de colones.—San José, 15 de
noviembre del 2007.—Lic. Elian Jorge Villegas Valverde, Notario.—1 vez.—Nº
10938.—(6795).
Por escritura otorgada ente esta notaría,
escritura número cincuenta y dos, de las dieciséis horas del ocho de enero del
dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Durham Consulting
Corporation S.A. Capital social la suma de cien mil colones.—Lic. Nikohl
Vargas Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 10939.—(6796).
Ante mi notaría a las 17:00 horas del día 12
de diciembre del 2007, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad
Help to Children S. A en donde se reforma la cláusula primera.—San José,
23 de enero del 2008.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—Nº
10942.—(6797).
Mediante escritura otorgada en San Rafael de
Heredia, a las 16:00 horas del veintidós de enero del año 2008, Alexánder
Brenes Brenes y Elizabeth Campos Hernández, constituyeron la sociedad anónima
denominada Breca Precisión S. A. Domicilio social: San Rafael de
Heredia. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Presidente: Alexánder
Brenes Brenes.—San Rafael de Heredia, 23 de enero del 2008.—Lic. Guillermo
Miranda Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 10943.—(6798).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí,
se constituyen diez sociedades anónimas, con domicilio social en San José.
Capital social de mil colones. Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic. Aldomar
Ulate Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 10947.—(6799).
En San José ante el notario público Héctor
Ml. Fallas Vargas, al ser las diez horas treinta y ocho minutos, del veintidós
de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima Pilgrims´
Perilous Homeward Journey Sociedad Anónima. Capital social: diez mil
colones. Plazo social: noventa y nueve años a partir de la constitución.
Presidente: Tauton (apellido) Joel Christopher (nombres).—San José, 22 de enero
del 2008.—Lic. Héctor Ml. Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 10948.—(6800).
Reforma total de los estatutos de
Por escritura otorgada ante mí, a las diez
horas del quince de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Superior
Stucco International Sales Limitada. Objeto: importación y venta de stucco.
Capital social: cien mil colones. Es todo.—Jacó, veintidós de enero del dos mil
ocho.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 10951.—(6802).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce
horas del dieciocho de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Ole`
Fabrics Distribution Limitada. Objeto: decoración de interiores. Capital
social: seis mil colones. Es todo.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1
vez.—Nº 10952.—(6803).
Por escritura otorgada ante el notario César
Augusto Mora Zahner, a las nueve horas treinta minutos del diecisiete de enero
del dos mil ocho, se constituyó una sociedad limitada de conformidad con
Directriz número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Objeto:
administración de bienes. Capital social: cuatro mil colones. Es todo.—Lic.
César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 10954.—(6804).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez
horas del diecinueve de enero del dos mil ocho, se protocolizó acta de la
sociedad Corporación Tiffany June Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-trescientos veinte mil trescientos veintitrés,
reformando su cláusula novena. Es todo.—Jacó, diecinueve de enero del dos mil
ocho.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 10953.—(6805).
Por escritura número tres, otorgada ante esta
notaría, a las dieciocho horas del quince de enero del dos mil ocho, se
constituye la sociedad denominada Lacsmon Sociedad Anónima. Presidente:
Luis Alfonso Cascante Soto.—Heredia, veintidós de enero del dos mil ocho.—Lic.
Leonel Antonio Cruz Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 10955.—(6806).
Ante esta notaría, el día quince de enero del
dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Consultores Maedla
Sociedad Anónima, cuyo presidenta lo es la señora: Ana Cecilia Oviedo
López. El capital social lo es por la suma de veinte mil colones.—Lic. Mario
Enrique Ulate Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 10956.—(6807).
Ante esta notaría, por escritura de las 17:45
horas del 10 de agosto del 2007, se constituyó Azofeifa Alvarado Consultores
y Constructores Sociedad Anónima. Presidente y tesorero: poder
generalísimo. Domicilio: San Francisco de Dos Ríos.—San José, 22 de enero del
2008.—Lic. Annette Cambronero Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 10957.—(6808).
Ante esta notaría, por escritura de las 16:00
horas del 22 de agosto del 2007, se constituyó Quinta Cantarana San Pablo
Sociedad Anónima. Presidente: poder generalísimo. Domicilio. San Pablo de
Heredia.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic. Annette Cambronero Valverde,
Notaria.—1 vez.—Nº 10958.—(6809).
Ante esta notaría por escritura de las 17:00
horas del 10 de enero del 2008, se constituyó Global Therapy Costa Rica
Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pago. Presidente: poder generalísimo.
Domicilio: San Antonio de Desamparados.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic.
Annette Cambronero Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 10959.—(6810).
Por escritura de las 16:00 horas del 17 de
enero del 2008, se constituyó
Mediante escritura Nº 67 de las 19:30 horas
del 10 de setiembre del 2007, se constituyó la sociedad Primetec Solutions
Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Primetec Solutions S. A.
Plazo: 100 años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Se nombra
junta directiva y fiscal.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic. Cecilia García
Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 10961.—(6812).
La suscrita notaria comunica que en esta
notaría, se constituyó la sociedad Izquierdo y Asociados S. A., a las
quince horas del veintidós de enero del dos mil ocho, mediante escritura número
ochenta y seis, visible al folio setenta y cuatro frente del tomo cuatro de la
suscrita notaria.—San José, veintidós de enero del dos mil ocho.—Lic. Lizeth
Martínez Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 10964.—(6813).
Por escritura número tres-seis, otorgada a
las trece horas treinta minutos del día veintitrés de enero del dos mil ocho,
visible al folio cuatro vuelto del tomo tercero del protocolo de la notaria
pública Adriana Segura Balmaceda, se protocolizó el acta número veintitrés de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Ericsson de Costa
Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cuarenta
y siete mil ochocientos noventa y seis. Es todo.—San José, veintitrés de enero
del dos mil ocho.—Lic. Adriana Segura Balmaceda, Notaria.—1 vez.—Nº
10965.—(6814).
Por escritura otorgada a las 16:00 horas del
22 de enero del 2008, ante el suscrito notario público, se constituyó sociedad
anónima denominada Cetelco Sociedad Anónima.—San José, a las 16:00 horas
del 21 de enero del 2008.—Lic. Alejandro Rodríguez Castro, Notario.—1 vez.—Nº
10966.—(6815).
En escritura número ciento cincuenta y tres,
visible a folio setenta y cinco vuelto del tomo número uno de la notaria
Estrella Quesada Guerrero, se otorgó protocolizar el acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Prenal Terapia y Consultoría
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
diecinueve mil trescientos cincuenta y cuatro.—San José, veinticuatro de enero
del dos mil ocho.—Lic. Estrella Quesada Guerrero, Notaria.—1 vez.—Nº
10967.—(6816).
Por escritura otorgada el día de hoy ante
esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Willoughby Enterprises
Sociedad Anónima. Capital social: de cien mil colones. Domicilio: en Puerto
Viejo, Talamanca. Objeto: comercio, agricultura e industria en general.—San
José, veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. Rosalío Ortega Hegg,
Notario.—1 vez.—Nº 10968.—(6817).
3-101-467030 s. a., reforma cláusula sétima y
nombra junta directiva.—Lic. María Lourdes Delgado Lobo, Notaria.—1 vez.—Nº
10971.—(6818).
Que en esta notaría, ubicada en la ciudad de
Liberia, Guanacaste, compareció Isis Alexandra Guillén Martínez, cédula número
cinco-cero dos tres tres-cero cinco cinco dos, protocolizar acta número uno de
la compañía El Verdun de
El suscrito Arturo Montero Flores, notario
público con oficina en la ciudad de Cartago, del costado sur de los Tribunales,
ochocientos cincuenta metros al este, Residencial Doña Flora, casa número ciento
sesenta y siete, por este medio hace del conocimiento de quien interese, que a
esta notaría se ha presentado Alonso Merayo Cedeño, mayor, casado una vez,
empresario, cédula número uno-setecientos ochenta-seiscientos siete, vecino de
Curridabat Centro, setenta y cinco metros al sur de
En mi notaría hoy, Javier Cano Rodríguez,
José Mauricio González Díaz y Warner Álvarez Vallejos, constituyeron la
sociedad Renovación Verde Ltda., con domicilio en Tamarindo de Santa
Cruz de Guanacaste, la cual tendrá por objeto la venta de servicios turísticos
y el comercio en general, con un capital de trescientos mil colones, plazo
social de noventa y nueve años a partir de hoy.—Ciudad Neily, 22 de enero del
2008.—Lic. Marvin Alvarado Vega, Notario.—1 vez.—Nº 10975.—(6821).
Por escritura número 76 del tomo 11 de mi
protocolo, otorgada a las 18:00 horas del 22 de enero del 2008, ante el
suscrito notario, se constituyó la sociedad Finca Bolívar Ltda., cuyo
representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma es el gerente.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic. Carlos
Mariano Arrea Anderson, Notario.—1 vez.—Nº 10977.—(6822).
Por escritura otorgada a las quince horas del
veintidós de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Inversiones
Gombarfa Sociedad Anónima. Presidente: Jorge Arturo Gómez Valverde.—Grecia,
veintidós de enero del dos mil ocho.—Lic. Isabel Cristina Vargas Trejos,
Notaria.—1 vez.—Nº 10978.—(6823).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00
horas del 24 de enero del 2008, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de Globaltec Servicios en Ingeniería S. A.—Lic. Sandra
Araya Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 10980.—(6824).
Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00
horas del 23 de enero del 2008, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de Piache de Centroamérica S. A.—Lic. Sandra Araya Vega,
Notaria.—1 vez.—Nº 10981.—(6825).
Por escritura otorgada ante Víctor Raúl
Obando Mendoza, y el suscrito notario, a las trece horas del 8 de octubre del
2007, Facilitadores de Bienes y Servicios del Trópico FABISETRO S. A.,
se nombra gerente a Sadie Barrantes Santamaría, con facultades de apoderada
generalísima sin límite de suma, se aceptan renuncias de Julio Méndez Zamora,
secretario y Eddy Blanco López, tesorero, y fiscal Ana Romero Quirós.
Nombrándose como secretario a Andrés Arias Barrantes, tesorera a Estela
González Barrantes, y fiscal a Hellen Fonseca Barrantes. Se reforma cláusula
sexta para que los miembros de junta directiva sean presidente, secretario y
tesorero.—Lic. Carlos Mora Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 10982.—(6826).
Se ha constituido ante esta notaría,
Se ha constituido ante esta notaría, Inversiones
Agrícolas Villalobos Arias Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve
años. Capital social: quinientos mil colones. Se ha nombrado junta directiva,
con presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma y agente residente.—San José, a las doce horas quince minutos
del veintidós de enero del dos mil ocho.—Lic. Manuel Ballesteros Ortega,
Notario.—1 vez.—Nº 10984.—(6828).
Por escritura otorgada a las dieciocho horas
del veintitrés de enero del dos mil ocho, se procedió a protocolizar acta
número dos de asamblea general extraordinaria de socios de Commemorative
Matoira Trust Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-504932, donde se acordó insertar
una cláusula décima en el pacto constitutivo, relativa a la forma de disponer
de los bienes inscribibles de la sociedad, además se transmiten las cuotas
nominativas de la empresa.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic. Michelle Vega
Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº 10985.—(6829).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Mae
de Escazú Cero Ocho S. A. Rolando Laclé Castro - Mónica Zamora Ulloa.—San
José, a las catorce horas del once de diciembre del dos mil siete.—Lic. Laura
Mónica Zamora Ulloa, Notaria.—1 vez.—Nº 10986.—(6830).
Por escritura pública número doscientos
diecisiete-cinco, otorgada a las dieciocho horas del día veintidós de enero del
dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Santa Rita Consultores Mil Novecientos
Setenta y Uno Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula
sexta del pacto constitutivo de la empresa en cuanto a la actuación se refiere.
Es todo.—Miramar, Montes de Oro, Puntarenas, 23 de enero del 2008.—Lic. Yesenia
Villalobos Leitón, Notaria.—1 vez.—Nº 10988.—(6831).
Ante mí, Héctor Rolando Vargas Sánchez,
notario público con oficina en Heredia, en escritura otorgada a las once horas
del dieciocho de enero del dos mil ocho, se constituyó la empresa Transportes
Turísticos Transbasa TRB Sociedad Anónima. Capital social: se encuentra
totalmente suscrito y pagado.—24 de enero del 2008.—Lic. Héctor Rolando Vargas
Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 10989.—(6832).
La suscrita notaria da fe de que a las nueve
horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho, se constituyó Inversiones
Wolana Sociedad Anónima, eligiéndose como presidente a Wolfgang Helmut
Wermter, mayor, de nacionalidad alemana, pensionado, casado una vez, vecino de
Escazú, San Rafael, casa número veintiuno, con pasaporte de su país número tres
dos uno dos cero dos tres dos uno dos. Es todo.—San José, 24 de enero del
2008.—Lic. Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—Nº 10990.—(6833).
La suscrita notaria da fe de que a las ocho
horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho, se constituyó Inversiones
Wolfana Sociedad Anónima, eligiéndose como presidente a Wolfgang Helmut
Wermter, mayor, de nacionalidad alemana, pensionado, casado una vez, vecino de
Escazú, San Rafael, casa número veintiuno, con pasaporte de su país número tres
dos uno dos cero dos tres dos uno dos. Es todo.—San José, 24 de enero del
2008.—Lic. Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—Nº 10991.—(6834).
A las once horas del veinticuatro de enero
del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Lafiya de Nosara Sociedad Anónima, donde
se nombra nuevo presidente y tesorero.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio,
Notario.—1 vez.—Nº 10992.—(6835).
Que mediante escritura número cuarenta, otorgada
el día 18 de enero del
La suscrita notaria pública Lic. Pamela
Cerdas Cerdas, hace constar que en escritura número noventa y dos-dos, visible
a folio cuarenta y seis vuelto del tomo segundo de mi protocolo, otorgada a las
dieciséis horas del veintitrés de enero del dos mil ocho, se constituyó la
sociedad Corporación Detalles Mairel Sociedad de Responsabilidad Limitada,
pudiéndose abreviar el aditamento como S.R.L.—San José, veintitrés de enero del
dos mil ocho.—Lic. Pamela Cerdas Cerdas, Notaria.—1 vez.—Nº 10994.—(6837).
Se hace constar que en esta notaría, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la empresa de esta
plaza denominada Planes Responsabilidad Limitada, en la cual se hace el
nombramiento de sus tres gerentes.—San José, veintiuno de enero del dos mil
ocho.—Lic. Géraldine Gené Barrios, Notario.—1 vez.—Nº 10996.—(6838).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 1:00 del día 24 de enero del 2008, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Deportes de Pesca
Dominical Sociedad Anónima, según la cual se nombra nueva junta directiva y
fiscal.—María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 10997.—(6839).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 12:30 del día 24 de enero del 2008, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento
uno-quinientos diez mil doscientos treinta y siete sociedad anónima, según
la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra nueva
junta directiva y fiscal.—María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº
10998.—(6840).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 14:00 del día 23 de enero del 2008, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Suruwak Sociedad
Anónima, según las cuales se reforman las cláusulas segunda y sétima del
pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—María Viviana
Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 10999.—(6841).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 18:00 del día 23 de enero del 2008, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada 3-101-490317
Sociedad Anónima, según la cual se reforma la cláusula segunda del pacto
constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—María Viviana Jiménez
Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 11000.—(6842).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el
día de hoy a las once horas se constituyó la empresa Mr. Brain & Mr.
Soul Consulting, Sociedad Anónima. Domicilio: San José; Plazo: 99 años.—San
José, 22 de enero del 2008.—Herman Julio Kierszenson Mamet, Notario.—1 vez.—Nº
11003.—(6843).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve
horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho se constituyó una sociedad de
responsabilidad limitada con nombre de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº
33171-J. Plazo social cien años.—San José, 24 de enero del 2008.—Javier
Apéstegui Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 11008.—(6844).
Ante esta notaría, con fecha 3 de noviembre
2007, se constituyó la sociedad Los Chenchos M Moge Sociedad Anónima.
Capital social ¢10.000,00. Presidenta: Martha Eugenia Campos Trejos.—San José,
21 de diciembre del 2007.—Lic. Rafael Soto Suárez, Notario.—1 vez.—Nº
11009.—(6845).
Por escritura otorgada el día de hoy, se
constituyeron treinta y ocho sociedades anónimas cuyos nombres serán los
números de cédula jurídica que les asigne en su momento de inscripción el
Registro Nacional, Sección Mercantil. Plazo 99 años, capital 10.000,00 colones.
Presidente y vicepresidente apoderados generalísimos sin límite de suma
actuando conjunta o separadamente. Domicilio Escazú, San José.—San José, 17 de
enero del 2008.—Lic. Carlos Chaverri Negrini y Lic. Alvis Gonzalez Garita,
Notarios Públicos.—1 vez.—Nº 11010.—(6846).
Por escritura numero ochenta y seis-cero uno,
otorgada en mi notaría, en la ciudad de San José a las nueve horas del
diecinueve de enero del año dos mil ocho, se constituyen sociedades,
denominadas Alegría Vista Tres S. A. y Alegría Mar Vista Cuatro S. A.
Domicilio San José Plazo social: 99 años, Capital: ¢10.000.00 (Diez mil
colones) cada una suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial,
con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma al presidente. Es
todo.—San José, 19 de enero 2008.—Lic. Manuel Hernández Pandolfi, Notario.—1
vez.—Nº 11011.—(6847).
Ante esta notaría, a las 12:00 horas del día
veintidós de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
K & R Celulares del Norte Sociedad Anónima, cuyo presidente es Kenneth
Arturo Cruz Montiel. Domicilio:
Por escritura otorgada ante mí, a las quince
horas del veintitrés de enero del dos mil ocho, se constituyó la empresa Grupo
Industrial Plastimex Sociedad Anónima, domicilio social Buenos Aires de
Palmares de Alajuela, capital social cien mil colones plazo noventa y nueve
años. Presidente Julio Antonio Salas Ugalde.—Lic. Fernando Ávila Gonzáles,
Notario.—1 vez.—Nº 11017.—(6849).
Por escritura otorgada ante mí, a las
dieciséis horas del veintitrés de enero del dos mil ocho, se constituyó la
empresa Transportes Gayco Sociedad Anónima, domicilio social Buenos
Aires de Palmares de Alajuela, capital social cien mil colones plazo noventa y
nueve años. Presidenta: Gabriela Chaves Hernández.—Lic. Fernando Ávila
Gonzáles, Notario.—1 vez.—Nº 11018.—(6850).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó
la sociedad Pacific Floral Events S. A., capital suscrito y pagado.
Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Objeto:
Confección de arreglos florales para toda clase de eventos, comercio,
agricultura, ganadería y la prestación de toda clase de servicios.—Liberia, 21
de enero del 2008.—Lic. Xenia Saborío García, Notaria.—1 vez.—Nº 11019.—(6851).
Por escritura otorgada en San José, ante la
notaría de la licenciada Nancy Vieto Hernández, de las quince horas del
veintitrés de enero del dos mil ocho, actuando en connotariado, se protocolizó,
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada Constructora Poval Sociedad Anónima, por la cual se reforma
la cláusula quinta del pacto social y se adiciona acta.—San José, 23 de enero
del 2008.—Nancy Vieto Hernández y Vera Denise Mora Salazar, Notarias.—1 vez.—Nº
11020.—(6852).
En escritura número ciento ochenta y
ocho-tres, se protocolizó la constitución de la sociedad Spider Company,
Sociedad Anónima.—Santa Cruz, Guanacaste, a las 16:00 horas del 20 de enero
del 2008.—Sick Rosidol Rezak Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 11022.—(6853).
Que en escritura número ciento noventa-tres,
se cambio la junta directiva y representación de la sociedad Inversiones Gul
de Costa Rica Sociedad Anónima.—Santa Cruz, Guanacaste, a las 16:00 horas
del 23 de enero del 2008.—Sick Rosidol Rezak Corrales, Notario.—1 vez.—Nº
11023.—(6854).
Por escritura número 232, otorgada ante esta
notaría, se constituye la sociedad denominada Transportes Turísticos Sol y
Arena S. A. Presidente, vicepresidente y tesorero con facultades de
apoderados generalísimos sin limite de suma.—San José, 23 de enero de
2008.—Lilliam Soto Hines, Notaria.—1 vez.—Nº 11025.—(6855).
Por escritura número 233 otorgada ante esta
notaría, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de Agropecuaria López Uribe S. A. Se nombra presidente y secretario de
la junta directiva.—San José, 23 de enero de 2008.—Lilliam Soto Hines,
Notaria.—1 vez.—Nº 11026.—(6856).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las doce horas, treinta minutos, del día veintitrés de enero de dos mil ocho,
donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de cuotistas de la sociedad denominada, Residencias Semillas del Almendro
SRL. Donde se acuerda reformar la cláusula tercera del acto social.—San
José, 23 de enero de 2008.—Lic. Andrea González Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº
11027.—(6857).
Por escritura número veinticuatro-cuatro, de
las siete horas cuarenta y cinco minutos del día veintiuno de enero de dos mil
ocho, visible al folio veinte frente al veintiuno vuelto del tomo cuatro, los
señores, Jorge Luis Sandí Saborío, con cédula uno-cuatrocientos diez-quinientos
veintitrés y la señora Flory Sánchez Saborío con cédula uno-quinientos
veinticuatro-setecientos uno, constituyen la sociedad Inversiones Jitorama
S. A.—San José, 24 de enero del 2008.—Magda González Salas, Notaria.—1
vez.—Nº 11029.—(6858).
Por escritura número veintitrés-cuatro, de
las siete horas treinta minutos del día veintiuno de enero de dos mil ocho,
visible al folio dieciocho vuelto al veinte frente del tomo cuatro, los
señores, Jorge Luis Sandí Saborío, con cédula uno-cuatrocientos diez-quinientos
veintitrés y la señora Flory Sánchez Saborío, con cédula uno-quinientos
veinticuatro- setecientos uno, constituyen la sociedad Corporación Yursa S.
A..—San José, 24 de enero del 2008.—Magda González Salas, Notaria.—1
vez.—Nº 11030.—(6859).
A las 8:00 horas de hoy, protocolicé asamblea
general extraordinaria de Posformados y Algo Más S. A., en la cual se
reforman las cláusulas segunda y octava del pacto social, se nombra nueva junta
directiva, fiscal y agente residente.—San José 23 de enero del 2008.—Álvaro
Camacho Mejía, Notario.—1 vez.—Nº 11031.—(6860).
Por escritura número dos-cuatro, de las diez
horas del día veintiocho de noviembre del dos mil siete, visible al folio
cuatro frente al cinco vuelto del tomo cuatro, los señores, Ligia María Murillo
Valverde, con cédula dos-doscientos setenta y nueve-seiscientos setenta y uno y
el señor Marco Antonio Porras Murillo, con cédula dos-quinientos cuarenta y
seis-novecientos ochenta, constituyen la sociedad Inversiones Faporr de
Poás, S. A..—San José, 22 de enero del 2008.—Magda González Salas,
Notaria.—1 vez.—Nº 11032.—(6861).
Por asambleas de accionistas de las
sociedades denominadas Riding the Sunlit Waves S. A., Nothing But
Deep Blue Skies S.R.L. y A Dozen Happy Mermaids S.R.L., se reforma la
cláusula primera y se nombraron nuevos miembros de la junta directiva. Asimismo
por escritura pública se constituyó la sociedad denominada Rajos S. A.—San
José, 24 de enero del año 2008.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1
vez.—Nº 11033.—(6862).
Que mediante escritura número cincuenta y
uno, ante la notaria Judyth Ramírez
Morera, se constituyó
Se constituye sociedad anónima denominada Remodelaciones
y Construcciones Houston Sociedad Anónima, domicilio social. Tejar de el
Guarco, Barrio Santo Cristo, del Puente de Taras, cincuenta metros este y cien
norte y cien oeste, capital social la suma de diez mil colones netos, acciones
10 acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, representación
judicial y extrajudicial de la compañía al presidente y tesorero, pudiendo
actuar conjunta o separadamente.—Lic. María del Pilar Araya Céspedes,
Notaria.—1 vez.—Nº 11038.—(6864).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las ocho horas del dieciocho de enero del dos mil ocho, mediante la escritura
cincuenta y uno, se protocoliza acta de asamblea general de cuotistas de la
sociedad tres-ciento dos-cuatrocientos sesenta y ocho mil seiscientos
treinta y nueve s. a., mediante la cual se modifica el nombre de la
sociedad y se nombran nuevos gerentes y nuevo agente residente.—San José, 22 de
enero del 2008.—Harry Zurcher Blen, Notario.—1 vez.—Nº 11042.—(6865).
Por escritura otorgada ante mí, a las
diecisiete horas del ocho de enero del dos mil ocho, Moramuri Limitada
reforma, la cláusula primera de los estatutos.—San Isidro de Pérez Zeledón, 8
de enero del año 2008.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez.—Nº
11043.—(6866).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario público German Serrano García, al ser las 12:00 horas del día 18 de
enero de 2008, se constituyó Auto Mercado del Pacífico Sociedad Anónima.
Se nombra junta directiva. San José, 18 de enero de 2008.—Lic. German Serrano
García, Notario.—1 vez.—Nº 11044.—(6867).
Ante el notario, Evelio Pacheco Barahona, se
constituye la sociedad Inversiones Quintana Icaza Sociedad Anónima, domiciliada
en: Cartago, Agua Caliente de
Ante la notaria Andrea Norelky Icasa Romero,
se constituye la sociedad Inversiones del Atlántico Norte Internacional Dos
Mil Ocho Sociedad Anónima, domiciliada en Cartago, calle diecisiete,
avenida tres, frente a
Ante la notaria Andrea Norelky Icasa Romero,
se constituye la sociedad Petróleos de
Ante la notaria Andrea Norelky Icasa Romero,
se constituye la sociedad Caribbean Aeronautical Services Sociedad Anónima,
que traducido al idioma español significa, Servicios Aeronáuticos del Caribe
Sociedad Anónima, domiciliada en Cartago, calle diecisiete, avenida tres,
frente a
Mediante escritura pública número treinta y
dos otorgada en Grecia a las diecisiete horas del cuatro de diciembre del año
dos mil siete, se constituyó la compañía denominada Inversiones Rosaylili
A.P.J.M. Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente y subgerente con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: Noventa y
nueve años.—Grecia 17 de enero del año 2008.—Enrique Alonso Vargas Alfaro,
Notario.—1 vez.—Nº 11054.—(6872).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las dieciocho horas del veintitrés de enero del dos mil ocho, se reformó la
cláusula segunda del pacto social de la sociedad Laramonte S. A..—San
José, 23 de enero del 2008.—Lic. Gabriela Calderón Murillo, Notaria.—1 vez.—Nº
11055.—(6873).
Constitución de la sociedad denominada Dogallu
Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las doce horas con
treinta minutos del veinticuatro de enero del dos mil ocho. Representación
judicial y extrajudicial: Presidenta. Laura Castro Alvarado.—Ana Grettel Chaves
Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 11056.—(6874).
Por escritura número doscientos, otorgada en
esta notaría, a las a las once horas con diez minutos del día veintitrés de
enero del año dos mil ocho, se constituye la empresa denominada: Gavilucho
Macguy E.I.R.L, con domicilio en la ciudad de Cartago.—José Alberto Fonseca
D’Avanzo, Notario.—1 vez.—Nº 11057.—(6875).
El veinticuatro de enero del dos mil ocho se
constituyó, una sociedad en la que se facultó al registro para que le asignara
como denominación social el número de cédula jurídica. Presidenta: Laura Castro
Alvarado. Capital social: cien mil colones.—San José, 24 de enero del 2008.—Ana
Grettel Chaves Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 11058.—(6876).
Que por escritura otorgada ante esta notaría,
a las doce horas del veintitrés de enero del año dos mil ocho se constituyó la
sociedad denominada Importadora Cajoos M.O.N., Sociedad Anónima. Capital
social íntegramente suscrito y pagado. Se nombra presidente, vicepresidente, y
tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo
actuar separadamente.—Cartago, 23 de enero del 2008.—Lic. Walter Mora Cerdas,
Notario.—1 vez.—Nº 11059.—(6877).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas
del diecisiete de enero del dos mil ocho, se reforma la cláusula sétima de la
administración de la sociedad de esta plaza, Lasudelcar Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Capital suscrito y pagado.—Fernando Alfaro
Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº 11060.—(6878).
El día trece de noviembre del año dos mil
siete, ante esta notaría se protocolizó acta de la sociedad Impresiones
Amerrique S. A., cédula jurídica 3-101-293745, en la cual se hacen nombramientos
de junta directiva.—Cartago, 13 de de noviembre del año 2007.—Rodolfo Camacho
Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 11061.—(6879).
A las 13:00 horas de hoy protocolice acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Condominio
Avicenia Número Ciento Treinta y Dos Santander S. A. Mediante las cuales se
modifican las cláusulas segunda, cuarta y sexta de los estatutos. Se revoca los
miembros de junta directiva y fiscal y se nombran otros.—
Hoy he protocolizado el acta de Business
Conexión Sociedad Anónima, en la cual se reforman las cláusulas primera,
segunda, quinta y novena de los estatutos y se agrega la cláusula quinta
bis.—San José, 24 de enero, 2008.—Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1
vez.—Nº 11065.—(6881).
Por escritura otorgada, ante el suscrito
notario, al ser las 19 horas con 20 minutos del seis de diciembre del año dos
mil siete, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la sociedad Retrasol Sociedad Anónima, cédula jurídica
número 3-101-333138, reformando las cláusula quinta del pacto
constitutivo.—Heredia, 23 de enero del 2008.—Lic. Eddy José Cuevas Marín,
Notario.—1 vez.—Nº 11066.—(6882).
Por escritura número 128-26, otorgada hoy se
protocoliza acta de Pequis de Liberia S. A. Se reforman
estatutos. Se otorgan facultades a la tesorera.—Alajuela, 22 de enero del
2008.—Mario Cerdas Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 11067.—(6883).
Mediante escritura otorgada a las doce horas
del día veinticuatro de enero del dos mil ocho, ante esta notaría, se
protocoliza acta de la asamblea general de la sociedad
Por escritura pública de las 9:00 horas del
23 de enero del 2008, otorgada ante el suscrito notario, se constituyó la
sociedad: J D Desarrollos e Inversiones de Santa Ana S. A., Sociedad Anónima.
Domicilio: Piedades de Santa Ana. Plazo. 99 años. Objeto: comercio industria y
similares. Capital: diez mil colones. El presidente y el secretario de la junta
directiva serán apoderados generalísimos y sin límite de suma actuando en forma
conjunta o separada.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Humberto Piedra
Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 11070.—(6885).
El día quince de enero del año dos mil ocho,
se constituyó la sociedad Cuatro Hermanos Fernández Fernández S. A.
Capital social diez mil colones..—Palmares, 21 de enero del año 2008.—Lic. Edgar
Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 11072.—(6886).
Por escritura otorgada el día de hoy ante mí,
se protocoliza acta de asamblea general de accionistas de la compañía Horus
Diecinueve C del Coco S. A., por la que se confiere poder generalísimo sin
límite de suma.—San José, veintiuno de enero del dos mil ocho.—Lic. José
Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 11127.—(6916).
Por escritura 329 de las 9:00 horas del día
11 de enero del 2008, María Cristina Chacón Sánchez y Augusto Trejos Molina,
constituyeron sociedad denominada El Valle de los Palacios Sociedad Anónima.
Capital social: ¢ 1.000.000,00. Plazo social: 99 años. Presidenta: María
Cristina Chacón Sánchez.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº
11131.—(6918).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
dieciséis horas del once de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad
denominada Transportes Sancor R Y S S. A., capital íntegramente suscrito
y pagado.—Alajuela, veintitrés de enero del dos mil ocho.—Lic. José Mario Rojas
Ocampo, Notario.—1 vez.—Nº 11134.—(6919).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las
catorce horas del once de diciembre enero del dos mil siete, se constituyó la
sociedad denominada Sediflex S. A., capital íntegramente suscrito y
pagado.—Alajuela, veintitrés de enero del dos mil ocho.—Lic. José Mario Rojas
Ocampo, Notario.—1 vez.—Nº 11135.—(6920).
Por escritura número cinco-dos otorgada en
esta notaría el día veintitrés de enero del dos mil ocho, a las diez horas, se
constituyó la sociedad denominada Despacho D.E.L. Monge & Navarro
Sociedad Anónima. Presidente: Eduardo Monge Navarro.—Cartago, a las ocho
horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. Paula Aragón Gómez,
Notaria.—1 vez.—Nº 11136.—(6921).
El suscrito Eduardo Antonio Zúñiga Guillén,
notario público, por este medio hace constar que mediante escritura pública
número ciento setenta, iniciada a folio setenta y siete vuelto del tomo segundo
de mi protocolo, se constituyó la sociedad de nombre Mi Mercado Ramonense
Sociedad Anónima, capital social: la suma de doscientos mil colones.
Domicilio: San Ramón de Alajuela, ciento setenta y cinco metros al sur de la
esquina suroeste de la plaza de deportes de San Pedro, distrito noveno Alfaro,
cantón segundo de la provincia de Alajuela.—Lic. Eduardo Antonio Zúñiga
Guillén, Notario.—1 vez.—Nº 11139.—(6922).
Julio Adán Novelo, Andrey Quesada García,
Herbert Ignacio Quesada García, constituyen la sociedad Real Consultores
Sociedad Anónima, quienes son presidente, secretario y tesorero, todos
apoderados generalísimos sin límite de suma actuando en forma conjunta o
separadamente. Escritura número ciento noventa y cinco otorgada en Heredia, a
las dieciocho horas del tres de diciembre del dos mil siete, ante la notaria
Sandra Obando Juárez.—Lic. Sandra Obando Juárez, Notaria.—1 vez.—Nº
11141.—(6923).
En escritura número ciento diez de las ocho
horas del día veintiuno de enero del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-cuatrocientos
ochenta mil seiscientos cuarenta y seis sociedad anónima, mediante la cual
se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra nueva junta
directiva y fiscal. Presidenta: Andrea Marchetti Bertolani.—San José, 21 de
enero del 2008.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 11143.—(6924).
Julio Adán Novelo, Karen Sandoval Chaves,
constituyen sociedad anónima. Su denominación social es el número de cédula
jurídica asignado por el Registro de Personas Jurídicas, de acuerdo con Decreto
Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en
En escritura número ciento once de las nueve
horas del día veintiuno de enero del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-cuatrocientos
noventa mil novecientos ochenta sociedad anónima, mediante la cual se
reforma la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta
directiva y fiscal. Presidente: Arturo Enrique Apéstegui Barzuna.—San José, 21
de enero del 2008.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº
11144.—(6926).
Por escritura otorgada ante mí se constituyó Ornamentales
Aguilera S. A. Domicilio: Sabanilla, Montes de Oca. Capital social
íntegramente suscrito. Representación judicial y extrajudicial: presidente y
secretario.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Óscar Navarro Mondragón,
Notario.—1 vez.—Nº 11145.—(6927).
En escritura número ciento doce de las diez
horas del día veintiuno de enero del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Condominio Monteran Lote Ochenta y
Siete SHI Sociedad Anónima mediante la cual se reforma la cláusula octava
del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente:
George Russel Stewart Zúñiga.—San José, 21 de enero del 2008.—Lic. Ronald Odio
Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 11146.—(6928).
En escritura número ciento doce de las nueve
horas del día veintidós de enero del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-cuatrocientos
setenta mil seiscientos ochenta sociedad anónima mediante la cual se
reforma la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombra nueva junta
directiva y fiscal. Presidente: George Russel Stewart Zúñiga.—San José, 22 de
enero del 2008.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 11147.—(6929).
En escritura número ciento quince de las once
horas del día veintidós de enero del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Condominio Cerro Alto Lote Noventa
y Siete CLN Sociedad Anónima mediante la cual se reforma la cláusula cuarta
del pacto constitutivo, y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente:
Marco Antonio Garro Masís.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic. Ronald Odio
Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 11148.—(6930).
Por escritura otorgada ante mi notaría, se
constituyó la sociedad denominada Jungla Jive Sociedad Anónima, capital
totalmente suscrito y pagado.—San José, 15 de enero del 2008.—Lic. Rosette
María Morgan Asch, Notaria.—1 vez.—Nº 11149.—(6931).
Por escritura pública número 49 otorgada ante
mí el día 24 de enero del 2008, protocolicé actas de asambleas generales
extraordinarias de cuotistas de las empresas Finca San Estanislao de Kostka
S. R. L. y Finca San Renato S. R. L. celebradas a las 15:10 horas
del día 16 de octubre del 2007, asambleas en las cuales se aprobó el proyecto
de fusión, se acordó fusionar las empresa antes mencionadas, prevaleciendo la
primera (Finca San Estanislao de Kostka S. R. L.) y se acordó para la
compañía prevaleciente la reforma de la cláusula cuarta (del capital) del pacto
constitutivo. De los acuerdos de fusión y de la reforma de estatutos antes
mencionada se publica el siguiente extracto: “V. (…) (iii) Aprobar proyecto de
acuerdo de fusión (…) (iv) Aprobar fusión de Finca San Estanislao de Kostka
S. R. L. y Finca San Renato S. R. L. (…) (v) Modificación de la
cláusula cuarta de los estatutos de Finca San Estanislao de Kostka S. R. L. (…).”.—San
José, 24 de enero del 2008.—Lic. Rodrigo Cordero Campos, Notario.—1 vez.—Nº
11150.—(6932).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Guest
Home Salas y Padilla S. A., capital social: veinte mil colones, plazo
social: cien años, representación: el presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Sonia
Montero Briceño, Notaria.—1 vez.—Nº 11151.—(6933).
Por escrituras otorgadas ante esta notaría, a
las 12:00 y 11:00 horas del día martes 23 de octubre del 2007, se constituyeron
las sociedades denominadas Inversiones Esmaco de Costa Rica S. A. y Esmaco
Uno Rojo Ltda. Capital social: enteramente suscrito y pagado.
Representación: presidente. Domicilio: Sabana Sur, San José, ambas.—San José,
23 de octubre del 2007.—Lic. Arturo Gutiérrez Ballard, Notario.—1 vez.—Nº
11153.—(6934).
Clifton Braddock Bradford y Jessica Adams
Bradford, constituyen sociedad denominada El B-Rad Sol Sociedad Anónima,
mediante escritura número setenta y uno del tomo dieciséis del protocolo de la
licenciada Carmen Lidia Elizondo Vásquez, con fecha veinticuatro de enero del
dos mil ocho.—Lic. Carmen Lidia Elizondo Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº
11154.—(6935).
Por escritura pública otorgada ante esta
notaría, a las diez horas del veintitrés de enero del dos mil ocho, se
constituyó la sociedad anónima Comercializadora The House Variety Sociedad
Anónima, con domicilio social en San José. Presidente: apoderado
generalísimo sin límite de suma. Es todo.—Lic. Lindsay Jiménez Flores,
Notaria.—1 vez.—Nº 11155.—(6936).
Por escritura pública otorgada ante esta
notaría, a las nueve horas del día veintitrés de enero del dos mil ocho, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Conycon
Sociedad Anónima. Reforma
cláusula cuarta.—Lic. Lindsay Jiménez Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 11156.—(6937).
Ante el suscrito notario se constituyó la
sociedad anónima denominada Alma Brumosa Sociedad Anónima, a las diez
horas del dieciocho de enero del dos mil ocho. Presidenta: Ana Lucrecia Maroto
Arias. Capital social: diez mil colones. Domiciliada en Cartago, cien metros al
oeste del Palí Los Ángeles. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Kenneth
Arce Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 11160.—(6938).
Por escritura número ciento veinte otorgada
en mi protocolo, tomo décimo, a las once horas del diecisiete de enero del dos
mil ocho, protocolicé acta de asamblea general mediante la cual se modificaron
las cláusulas sétima, novena y se adicionó cláusula decimotercera de la sociedad
Unicornio de los Lagos Templados Sociedad Anónima. Se nombró nueva junta
directiva, fiscal y agente residente.—San José, dieciocho de enero del dos mil
ocho.—Lic. Guido Sánchez Canessa, Notario.—1 vez.—Nº 11167.—(6939).
Por escritura número ciento dieciséis
otorgada en mi protocolo, tomo décimo, a las dieciséis horas del quince de
enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima Tresco
International Inc. Sociedad Anónima.—San José, dieciséis de enero del dos
mil ocho.—Lic. Guido Sánchez Canessa, Notario.—1 vez.—Nº 11165.—(6940).
Al ser las catorce horas del dieciocho de
enero del dos mil ocho, los señores Willy Hernández Chan y Wilbert Jiménez
Pérez comparecen ante esta notaría con la finalidad de constituir la compañía
denominada Cargas Especiales de
Por medio de escritura otorgada a las 11:30
horas del día 22 de enero del 2008, se protocoliza asamblea general
extraordinaria de accionistas de la empresa Sunset Spells Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-489156, mediante la cual se nombra nueva secretaria y
la cláusula de la administración.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic. Carolina
Arguedas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 11176.—(6942).
Yo, Arturo Terán París, notario público con
oficina en San José, hago de conocimiento público que ante esta notaría, a las
11:30 horas del 23 de julio del 2007, en escritura número 24-9, se constituyó
la sociedad Oasis de Sierpe Sureño S. A. Presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 23 de julio del 2007.—Lic.
Arturo Terán París, Notario.—1 vez.—Nº 11177.—(6943).
Por escritura otorgada ante nosotros, se
modifica la cláusula primera del nombre, segunda del domicilio, quinta del
capital social, de Los Ríos del Edén S. A., fecha: 24 de enero del 2008.
Lugar de otorgamiento: San José.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1
vez.—Nº 11179.—(6944).
Se constituye la firma de esta plaza Amancer
O Quest en
Por escritura número cuarenta y siete
otorgada ante la licenciada Sara Miranda Osorio, a las diez horas del veintidós
de enero del dos mil ocho, la sociedad denominada Alliance IP Networks S. A.
nombra nueva junta directiva.—San José, veinticinco de enero del dos mil
ocho.—Lic. Sara Miranda Osorio, Notaria.—1 vez.—Nº 11183.—(6946).
Por escritura número cuarenta y seis otorgada
ante la licenciada Sara Miranda Osorio, a las nueve horas del veintidós de
enero del dos mil ocho, la sociedad denominada Alliance International Businnes Group S. A. nombra nueva junta
directiva.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Sara Miranda
Osorio, Notaria.—1 vez.—Nº 11184.—(6947).
El suscrito notario hago constar que en esta
notaría, a las quince horas del día cuatro de diciembre del dos mil siete, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones
Por escritura número cuarenta y ocho otorgada
ante la licenciada Sara Miranda Osorio, a las doce horas del veintidós de enero
del dos mil ocho, la sociedad denominada Guevara Corporation Division
Farmaceutica S. A. nombra nueva junta directiva.—San José, veinticinco de
enero del dos mil ocho.—Lic. Sara Miranda Osorio, Notaria.—1 vez.—Nº
11186.—(6949).
El suscrito notario hago constar que en esta
notaría, a las quince horas del día veintidós de enero del dos mil ocho, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Farming Dale Sociedad Anónima,
domiciliada en Plaza Comercial El Arado, segundo piso contiguo a Western Union,
San Isidro de El General de Pérez Zeledón de San José, con un capital social
totalmente suscrito y pagado.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, al ser
las nueve horas del veintidós de enero del dos mil ocho.—Lic. Roger Valverde
Sancho, Notario.—1 vez.—Nº 11187.—(6950).
Por escritura número cincuenta otorgada ante
la licenciada Sara Miranda Osorio, a las catorce horas del veintidós de enero
del dos mil ocho, la sociedad denominada Industrias de Cerámica El Salitre
S. A. nombra nueva junta directiva.—San José, veinticinco de enero del dos
mil ocho.—Lic. Sara Miranda Osorio, Notaria.—1 vez.—Nº 11188.—(6951).
Por escritura número cuarenta y nueve
otorgada ante la licenciada Sara Miranda Osorio, a las trece horas del
veintidós de enero del dos mil ocho, la sociedad denominada GPS V=Track de
Centroamérica S. A. nombra nueva junta directiva.—San José, veinticinco de
enero del dos mil ocho.—Lic. Sara Miranda Osorio, Notaria.—1 vez.—Nº
11189.—(6952).
Que en asamblea general extraordinaria de la
compañía Edge of the Night Sociedad de Responsabilidad Limitada,
celebrada a las 9:00 horas del día 9 de enero del 2008 en su domicilio social,
se acordó reformar las cláusulas primera y segunda y nombrar nuevos
gerentes.—Playa Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, 9 de enero del 2008.—Paúl
Oporta Romero, Notario.—1 vez.—Nº 11190.—(6953).
Lic. Liseth E. Acosta Porras hago constar que
en mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Dalujo
Limitada, cuyo representante es Luis Humberto Murillo Salazar, en fecha
nueve horas del siete de noviembre del dos mil ocho.—Valverde Vega, catorce de
enero del dos mil ocho.—Lic. Liseth E. Acosta Porras, Notaria.—1 vez.—Nº
11192.—(6954).
Por escritura número cuarenta y siete
otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Bellas Huellitas
Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones exactos. Plazo social:
noventa y nueve años. Al presidenta y secretaria le corresponde la
representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados
generalísimos sin limitación de suma. Presidenta: Olga Ligia Loaiza Garita,
cédula tres-doscientos setenta y siete-treinta y nueve, secretaria: Alegandra
Monge Gómez, cédula tres-trescientos cero seis-setecientos cincuenta.—Cartago,
16 de enero del 2008.—Lic. Lucrecia Rojas Calvo, Notaria.—1 vez.—Nº
11194.—(6955).
Por medio de la escritura número doscientos
cincuenta y uno, otorgada ante el notario Wálter Soto Mora, a las veinte horas
del diecisiete de enero del año dos mil ocho, compareciendo Carlos Rodolfo
Quesada Ramírez, mayor de edad, casado una vez, comerciante, vecino de Ipís de
Guadalupe, setenta y cinco metros noreste de
Ante la notaría de la licenciada Andrea
Argüello Corrales, mediante escritura número doscientos setenta, del tomo trece
de mi protocolo, con fecha tres de enero del año dos mil ocho, se constituyó la
sociedad Inversiones Solis Montoya S. A., con domicilio en Heredia,
representada por Diana Montoya Solano, con cédula de identidad número tres-tres
cuatro tres-dos cuatro dos, y Vladimir Solís Barquero, con cédula de identidad
número uno-ochocientos uno-seiscientos siete. Presidente y secretario
respectivamente, los cuales tienen la representación judicial y extrajudicial
de la sociedad pudiendo actuar únicamente de manera conjunta.—Heredia, 24 de
enero del 2008.—Lic. Andrea Argüello Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº
11201.—(6957).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó
Bracam Sociedad Anónima. Plazo social de noventa y nueve años. Capital
social cien mil colones totalmente suscrito y pagado. Representado por su
presidente Randall Rojas Piedra.—Pital de San Carlos, 17 de enero del 2008.—Lic.
Zoraida Zúñiga Eduarte, Notaria.—1 vez.—Nº 11202.—(6958).
Por escritura Nº 124-III, otorgada ante la
suscrita notaria pública, a las 13:30 horas del 24 de enero del 2008, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía
denominada Inversiones Ruhuei Sociedad Anónima. Modificación de las
cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo. Revocación y nombramiento de
nueva junta directiva.—San José, 13:30 horas del 24 de enero del 2008.—Lic. Chi
Chuan Tseng Chang, Notario.—1 vez.—Nº 11203.—(6959).
Por escritura Nº 123-III, otorgada ante la
suscrita notaria pública, a las 13:00 horas del 24 de enero del 2008, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía
denominada Importaciones Maro Sociedad Anónima. Modificación de la
cláusula segunda del pacto constitutivo. Revocación y nombramiento de nueva
junta directiva.—San José, 13:00 horas de 24 de enero del 2008.—Lic. Chi Chuan
Tseng Chang, Notario.—1 vez.—Nº 11204.—(6960).
Por escritura otorgada ante mí, a las
dieciséis horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho, se reforma la
cláusula sétima y octava del pacto constitutivo de la sociedad Aldesa
Sociedad de Fondos de Inversión Sociedad Anónima.—San José, 24 de enero del
2008.—Lic. Alejandra Brenes San Gil, Notaria.—1 vez.—Nº 11207.—(6961).
Mediante escritura otorgada ante este notaría
a las 10:00 horas del 24 de enero del 2008, se modifican las siguientes
cláusulas del pacto constitutivo: la novena: del consejo de administración:
apoderado generalísimo sin límite de su el presidente. Se hacen los siguientes
nombramientos presidente: Claudio Rodríguez Rodríguez, secretario: Luis
Fernando Rodríguez Rodríguez, tesorero: Carlos Enrique Rodríguez Rodríguez. En
la sociedad Silk Beach Guanacaste S. A.—San José, 24 de enero del
2008.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—Nº 11208.—(6962).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó
la sociedad de esta plaza denominada Corporación Rocavecas R. C. S. Sociedad
Anónima. Capital: suscrito y pagado, duración noventa y nueve años.—San
José, 21 de enero del 2008.—Lic. José Antonio Zeledón Colombari, Notario.—1
vez.—Nº 11209.—(6963).
Ante el suscrito notario han comparecido
Ángel Wilbert Angulo Angulo, cédula número cinco-cero trescientos siete-cero
seiscientos cuarenta y cinco, y Luis A. Angulo Ramírez, cédula número
cinco-cero doscientos sesenta y siete-cero cuatrocientos veintinueve. A
constituir la sociedad Inversiones Angulo & Angulo Sociedad Anónima,
se emplaza a cualquier persona que se oponga a que se inscriba dicha sociedad
que en el plazo de ocho días a presentarse a esta oficina.—San José, 25 de
enero del 2008.—Lic. Neiver P. Gutiérrez Ondoy, Notario.—1 vez.—Nº
11211.—(6964).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se
constituye la entidad denominada Auto Parts Depot, Sucursal Uno Sur Sociedad
Anónima, (en español Depósito de Partes de Autos Sucursal Uno Sur S. A.).—San
José, 22 de enero del 2008.—Lic. Alberto Rojas Chaves, Notario.—1 vez.—Nº
11212.—(6965).
Ante esta notaría, por escritura número
ciento sesenta y seis otorgada a las doce horas del veintiuno de enero del dos
mil ocho, se constituyó Prama Vista Sociedad Anónima. Capital social:
diez mil colones: Domicilio social: Cóbano de Puntarenas. Presidente y
secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es
todo.—Cóbano, 22 de enero del 2008.—Lic. Patricia Francés Baima, Notaria.—1
vez.—Nº 11213.—(6966).
Andrea Pulfer Pardo y María Elvira Pulfer
Pardo, constituyen Tamawi de Río Oro S. A. Domicilio: Santa Ana, San
José. Escritura otorgada en San José, el 15 de enero del 2008.—Lic. Wady Alonso
Espinoza Hernández y Lic. Juan Ignacio Mata Centeno, Notarios.—1 vez.—Nº
11214.—(6967).
Sonia Felisa Zamora Cruz y Zaira Cruz
Corella, conocida como Zaida, constituyen Sofeza de Monte Carlo S. A.
Domicilio: Curridabat, San José. Escritura otorgada en San José, el 15 de enero
del 2008.—Lic. Wady Alonso Espinoza Hernández y Lic. Ignacio Mata Centeno,
Notarios.—1 vez.—Nº 11215.—(6968).
Ileana Emilia Valerín Guerrero y Anayansi
Bonilla Valerín, constituyen R & G Enterprices S. A. Domicilio:
Montes de Oca, San José. Escritura otorgada en San José, el 24 de enero del
2008.—Lic. Wady Alonso Espinoza Hernández y Lic. Juan Ignacio Mata Centeno,
Notarios.—1 vez.—Nº 11217.—(6970).
Gary Mahon y Andrea Pulfer Pardo, constituyen
Mickey Green S.A. Domicilio: Montes de Oca, San José. Escritura otorgada
en San José, el 18 de enero del 2008.—Lic. Wady Alonso Espinoza Hernández y
Lic. Juan Ignacio Mata Centeno, Notarios.—1 vez.—Nº 11218.—(6971).
Derin Rodolfo Marín Chévez y Yenifer del
Carmen Cheves Núñez, constituyen, Corporación D. M. C., S. A. Domicilio:
San José. Escritura otorgada en San José, el 16 de enero del 2008.—Lic. Wady
Alonso Espinoza Hernández y Lic. Juan Ignacio Mata Centeno, Notarios.—1 vez.—Nº
11219.—(6972).
El suscrito notario hace constar que por
escritura cuarenta y dos del tomo seis del suscrito notario, se constituyó la
sociedad Platinum Advisors Enterprise S. A. elegido presidente, Bolívar
Arrieta Pizarro.—Heredia, 24 de enero del 2008.—Lic. Carlos Manuel Sánchez
González, Notario.—1 vez.—Nº 11224.—(6973).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se
constituyó la sociedad Centro de Regalos Cahuita para Usted S. A.
Capital suscrito y pagado.—San José, 20 de enero del 2008.—Dr. César Hines
Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 11225.—(6975).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las diez horas del once de enero de dos mil ocho, se constituyó IPC Ingeniería
y Construcción Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social:
totalmente suscrito y pagado. El gerente uno, gerente dos y gerente tres son
representantes con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma
pudiendo actuar individualmente.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Henry
Lang Wien, Notario.—1 vez.—Nº 11226.—(6976).
Ante: Ignacio Sánchez Ramírez, notario, se
constituyó la sociedad anónima: Inversiones Tres de Mayo MCC S. A.
Domicilio: San José. Plazo: 100 años. Presidente: Ruperto González
Rodríguez.—San José, 12:00 horas del 2 de enero del 2008.—Lic. M. Ignacio
Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 11229.—(6977).
Mediante escritura número ciento treinta y
cinco de las diez horas del cinco de diciembre del dos mil siete, se cambia
junta directiva, domicilio, agente residente y representación de la sociedad N.S.
San Pablo Dos Two Sociedad Anónima.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic.
María Lourdes Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 11230.—(6978).
Ante el licenciado Juan Federico Arias
Chacón, se constituyó Inmobiliaria Montauk Trust Extreme S. A. Presidente:
Juan Carlos Chávez Alvarado, apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital
social: seis mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Juan Federico Arias
Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 11241.—(6988).
Ante esta notaría, al ser las diez horas,
veinte minutos, se nombran miembros de junta directiva y se modifica el capital
social y el domicilio de la empresa denominada ART & Technology Sociedad
Anónima. Es todo.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic.
Francela López Vílchez, Notaria.—1 vez.—Nº 11242.—(6989).
Por escritura otorgada ante mí, se
protocolizan los acuerdos de asamblea extraordinaria de cuotistas de la empresa
Yellow Reeds Prairie Limitada, donde se reforma la cláusula primera,
sétima y se nombran nuevos gerentes y agente residente. Es todo.—San José,
veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. Ariana Azofeifa Vaglio, Notaria.—1
vez.—Nº 11243.—(6990).
Mediante escritura número cuarenta y uno, a
las doce horas, veinte minutos del veintitrés de enero del dos mil ocho,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria en donde se reforma la
junta directiva de MRS Celulares Sociedad Anónima.—Lic. Carolina Morales
García, Notaria.—1 vez.—Nº 11246.—(6991).
Mediante escritura otorgada en esta notaría,
a las catorce horas del día siete de enero del dos mil ocho, se reforma la
cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza Grupo
Computación Modular Avanzada Sociedad Anónima.—San José, 22 de enero del
2008.—Lic. Raúl Alberto Guevara Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 11247.—(6992).
Escritura Nº 2-290, ante la suscrita se
protocoliza acta de Resto Distribuidor Imperial S. A., cédula Nº
3-101-462144, los socios acuerdan la disolución de esta sociedad.—Santo Domingo
de Heredia, 24 de enero del 2008.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1
vez.—Nº 11249.—(6993).
Por escritura número ciento sesenta y cinco,
otorgada ante mí, a las diez horas del veintitrés de enero del dos mil ocho, se
constituye sociedad anónima, la cual tendrá como razón social el número de
cédula jurídica de conformidad con el decreto número treinta y tres mil ciento
setenta y uno-J. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Plazo:
noventa y nueve años, a partir de su constitución.—San José, veintitrés de
enero del dos mil ocho.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—Nº
11250.—(6994).
Por escritura número ciento setenta y uno,
otorgada ante mí, a las trece horas del veintitrés de enero del dos mil ocho,
se constituye sociedad anónima, la cual tendrá como razón social el número de
cédula jurídica de conformidad con el decreto número treinta y tres mil ciento
setenta y uno-J. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Plazo:
noventa y nueve años, a partir de su constitución.—San José, veintitrés de
enero del dos mil ocho.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—Nº
11251.—(6995).
Por escritura número ciento sesenta y seis,
otorgada ante mí, a las diez horas con treinta minutos del veintitrés de enero
del dos mil ocho, se constituye sociedad anónima, la cual tendrá como razón
social el número de cédula jurídica de conformidad con el decreto número
treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Domicilio: San José. Capital social:
diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años, a partir de su constitución.—San
José, veintitrés de enero del dos mil ocho.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li,
Notaria.—1 vez.—Nº 11252.—(6996).
Por escritura número ciento sesenta y siete,
otorgada ante mí, a las once horas del veintitrés de enero del dos mil ocho, se
constituye sociedad anónima, la cual tendrá como razón social el número de
cédula jurídica de conformidad con el decreto número treinta y tres mil ciento
setenta y uno-J. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Plazo:
noventa y nueve años, a partir de su constitución.—San José, veintitrés de
enero del dos mil ocho.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—Nº
11253.—(6997).
Por escritura número ciento sesenta y ocho,
otorgada ante mí, a las once horas con treinta minutos del veintitrés de enero
del dos mil ocho, se constituye sociedad anónima, la cual tendrá como razón
social el número de cédula jurídica de conformidad con el decreto número
treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Domicilio: San José. Capital social:
diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años, a partir de su constitución.—San
José, veintitrés de enero del dos mil ocho.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li,
Notaria.—1 vez.—Nº 11254.—(6998).
Por escritura número ciento sesenta y nueve,
otorgada ante mí, a las doce horas del veintitrés de enero del dos mil ocho, se
constituye sociedad anónima, la cual tendrá como razón social el número de
cédula jurídica de conformidad con el decreto número treinta y tres mil ciento
setenta y uno-J. Domicilio: San José. Capital social: diez mil colones. Plazo:
noventa y nueve años, a partir de su constitución.—San José, veintitrés de
enero del dos mil ocho.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1 vez.—Nº
11255.—(6999).
Por escritura número ciento setenta, otorgada
ante mí, a las doce horas con treinta minutos del veintitrés de enero del dos
mil ocho, se constituye sociedad anónima, la cual tendrá como razón social el
número de cédula jurídica de conformidad con el decreto número treinta y tres
mil ciento setenta y uno-J. Domicilio: San José. Capital social: diez mil
colones. Plazo: noventa y nueve años, a partir de su constitución.—San José,
veintitrés de enero del dos mil ocho.—Lic. Hannia Mayela Cubero Li, Notaria.—1
vez.—Nº 11256.—(7000).
Por escritura número ciento ochenta y cuatro,
se aumenta capital social de la sociedad Comercializadora Mega Seguros
Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic.
Alessio Blandón Castellón, Notario.—1 vez.—Nº 11257.—(7001).
Por escritura otorgada el día veinticuatro de
enero del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Euro-Habana
Sociedad Anónima. Se designa presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San José, veinticinco de enero del dos mil
ocho.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 11258.—(7002).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las siete horas con treinta minutos del día veinticuatro de enero del dos mil
ocho, la sociedad de esta plaza Vicente Álvarez y Compañía Sociedad Anónima.
Reforma las cláusulas segunda y cuarta de los estatutos y otorga poder
generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Roberto
Suñol Prego, Notario.—1 vez.—Nº 11262.—(7004).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce
horas, treinta minutos del día seis de diciembre del dos mil siete, se
constituye Furniture Corporation Sociedad Anónima. Capital social: diez
mil colones. Duración: noventa y nueve años. Corresponde la representación
judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma al presidente: Edward Rodney Smith Jr.—San
José, 17 de noviembre del 2007.—Lic. Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1
vez.—Nº 11264.—(7006).
Por escritura otorgada ante mí, a las
dieciséis horas del día cuatro de diciembre del dos mil siete, se constituye Linial
Seiscientos Cuarenta Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones.
Duración: noventa y nueve años. Corresponde la representación judicial y
extrajudicial de la compañía con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma a la presidenta: Ileana Ramírez Vega.—San José, 17 de diciembre
del 2007.—Lic. Juan Luis Mora Cascante, Notario.—1 vez.—Nº 11265.—(7007).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al
ser las 17:00 horas del 24 de enero del 2008, se protocoliza acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad tres-ciento
uno-quinientos ocho mil cuarenta y seis s. a., en la cual se acuerda
modificar las cláusulas primera y novena, se nombra nuevo presidente de la
junta directiva y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San José, 24
de enero del 2008.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—Nº 11266.—(7008).
Protocolización de asambleas generales
extraordinarias de accionistas de 3-101-490825 s. a. Mediante la cual se
reforman las cláusulas primera y vigésima del pacto social. Escritura otorgada
a las 11:00 horas del 24 de enero del 2008.—Lic. Cristian Calderón Cartín,
Notario.—1 vez.—Nº 11268.—(7009).
Protocolización de asambleas generales
extraordinarias de accionistas de 3-102-503768 s.r.l., mediante la cual
se reforma la cláusula primera del pacto social. Escritura otorgada a las 10:00
horas del 24 de enero del 2008.—Lic. Cristian Calderón Cartín, Notario.—1
vez.—Nº 11269.—(7010).
Juan Francisco Ordeñana Vargas, Wilberth Ruiz
Medina, Elmer León Núñez, Carlos Sequeira Moraga, constituyen la sociedad Inversiones
Sofía de
Ante esta notaria, a las nueve horas del
veintitrés de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Seguridad
Kong Kong Vargas Berrocal Sociedad Anónima. Presidente: Efraín Vargas Hernández.
Capital social: cien mil colones.—Quepos, 24 de enero del 2008.—Lic. Giovanni
Ruiz Mata, Notario.—1 vez.—Nº 11271.—(7012).
Ante esta notaría, en la ciudad de San José,
exactamente Curridabat, trescientos metros al este del San José Indoor Club,
Edificio Peugeot, tercer piso, al ser las catorce horas del día veintinueve de
noviembre del dos mil siete, autorizado para este acto, procedí a protocolizar
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Servicentro
San Ramón de Turrialba Sociedad Anónima, mediante la cual se aumenta el
capital social de la sociedad.—Lic. Rolando Morris Burton, Notario.—1 vez.—Nº
11273.—(7013).
Ante esta notaría, en la ciudad de San José,
exactamente en San Pedro, Barrio Los Yoses, del Restaurante Le Chandelier
cincuenta metros al sur, en la oficina de la firma Pricewaterhouse Coopers, a
las diecisiete horas del día ocho de diciembre del dos mil siete, se procedió a
protocolizar acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas
de la sociedad de esta plaza Marcotal Marea de Ocotal Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Mediante la cual se modifica el pacto social, las
cláusulas segunda del domicilio, la sexta de la administración y se nombran
gerentes.—Lic. Ingrid Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—Nº 11274.—(7014).
Por asamblea de las diecisiete horas del
catorce de enero del dos mil ocho, se constituyó la compañía Número de
Cédula Ltda. Socios: Ronald Robert Devine y Rebeca Narváez Bastos. Capital:
suscrito y pagado. Domicilio: San José, Escazú. Gerente: Ronald Robert
Devine.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Jorge Fernando Calvo Mora,
Notario.—1 vez.—Nº 11276.—(7015).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó
J. LOP. Air Conditioning S. A. Objeto: industria, agricultura, ganadería
y comercio en general. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—Heredia,
25 de enero del 2008.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—Nº
11277.—(7016).
Setecoop R. L. y Edgar Díaz Alvarado,
constituyen STC Suministros Ferreteros Sociedad Anónima. Domicilio: San
José, Ciudadela Calderón Muñoz. Presidente: Danilo Alberto Oconitrillo Fonseca.
Escritura número noventa y tres-doce-mil dieciséis, otorgada en San José, a las
ocho horas del catorce de enero del dos mil ocho.—Lic. Carlos Eugenio Vargas
Masís, Notario.—1 vez.—Nº 11278.—(7017).
Por escritura otorgada el día de hoy ante
esta notaría, Carmen León León, Sonia León León y Lucía Pupo Araya, constituyen
la sociedad Despertares Caluso Sociedad Anónima. La representación judicial
y extrajudicial corresponde al presidente. Capital social: diez mil
colones.—San José, a las catorce horas del día veintitrés de enero del dos mil
ocho.—Lic. María Lourdes Borbón Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 11279.—(7018).
Yo, Hazel Rojas Rojas, notaria pública con
oficina en San Antonio de Belén, el día dos de enero del dos mil ocho,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Risk
Technologies Sociedad Anónima. En la cual se nombró nuevo presidente y
secretaria.—San Antonio de Belén, al ser las doce horas del día veintiuno de
enero del dos mil ocho.—Lic. Hazel Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº
11280.—(7019).
Por escritura otorgada hoy, en esta notaría
se constituyó la sociedad cuya denominación social de dicha empresa será el
número de cédula jurídica que se le asigne, de conformidad con el artículo dos
del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—San
José, trece de enero del dos mil ocho.—Lic. Elidiette Patricia Vargas Chacón,
Notaria.—1 vez.—Nº 11285.—(7020).
Por escritura otorgada hoy, en esta notaría
se constituyó la sociedad cuya denominación social de dicha empresa será el
número de cédula jurídica que se le asigne, de conformidad con el artículo dos
del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—San
José, trece de enero del dos mil ocho.—Lic. Elidiette Patricia Vargas Chacón,
Notaria.—1 vez.—Nº 11286.—(7021).
Por escritura otorgada hoy, en esta notaría
se constituyó la sociedad cuya denominación social de dicha empresa será el
número de cédula jurídica que se le asigne, de conformidad con el artículo dos
del decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—San
José, trece de enero del dos mil ocho.—Lic. Elidiette Patricia Vargas Chacón,
Notaria.—1 vez.—Nº 11287.—(7022).
Por escritura otorgada hoy, en esta notaría
se constituyó la sociedad cuya denominación social de dicha empresa será el
número de cédula jurídica que se le asigne, de conformidad con el artículo dos
del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—San
José, trece de enero del dos mil ocho.—Lic. Elidiette Patricia Vargas Chacón,
Notaria.—1 vez.—Nº 11288.—(7023).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 8:00 horas del día 25 de enero del 2008, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento
uno-quinientos doce mil doscientos cuarenta y dos sociedad anónima. Según
la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra nueva
junta directiva y fiscal.—Lic. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1
vez.—Nº 11289.—(7024).
Ante la notaría de Jacqueline Villalobos
Durán, se constituyó la sociedad anónima Transportes H.H.V. Internacional
Sociedad Anónima. Domiciliada en San José. Plazo social: 99 años.
Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital
social: diez mil colones, suscrito y pagado. Otorgada en la ciudad de San José,
escritura Nº 37 de las 8:00 horas del 30 de mayo del 2007.—Lic. Jacqueline
Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 11290.—(7025).
Ante la notaría de Jacqueline Villalobos
Durán, se constituyó la sociedad anónima con su denominación social de su
número de cédula jurídica. Domiciliada en San José. Plazo social: 99 años. Presidente
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social:
diez mil colones, suscrito y pagado. Otorgada en la ciudad de San José,
escritura Nº 145 de las 10:20 horas del 28 de noviembre del 2007.—Lic.
Jacqueline Villalobos Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 11291.—(7026).
Por escritura número doscientos noventa y
tres, del tomo treinta y siete de mi protocolo, otorgada a las dieciséis horas
del veinticuatro de enero del dos mil ocho, protocolicé asamblea general
extraordinaria de accionistas de Transportes Cobra Sociedad Anónima. En
la cual se modifican las cláusulas primera y sexta del pacto constitutivo,
referentes a la razón social y la administración.—San Rafael de Heredia,
veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. Manuel Francisco Camacho Ramírez,
Notario.—1 vez.—Nº 11292.—(7027).
La suscrita notaria hace constar que por
escritura otorgada a las diez horas del día veintidós de enero del dos mil
ocho, en San José, ante mí se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de
socios de la empresa Inversiones Lens Tres Sociedad Anónima. Se nombra
nueva junta directiva. Presidenta: Karen Ebanks. Tesorero: Christopher Behanny
Prasas. Ambos son apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar
en forma separada.—San José, once horas del día veintidós de enero del dos mil
ocho.—Lic. Nikole Amerling Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 11294.—(7028).
El suscrito Albino Solórzano Vega, notario
público con oficina abierta en Palmares de Alajuela, constituí la sociedad
denominada Propiedades y Avalúos de Costa Rica Sociedad Anónima. Con un
capital social de cien mil colones y un plazo social de noventa y nueve años.
Es todo.—Palmares, veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. Albino
Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 11295.—(7029).
Por escritura Nº 181, de fecha 4 de diciembre
del 2007, se constituyó la sociedad Pamagahama S. A. compuesta por diez
acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, en la cual funge como
presidente Alexánder Cordero Céspedes, cédula Nº 1-732-096, por un plazo de
noventa y nueve años.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Manuel González
Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 11297.—(7030).
Mediante escritura pública número seis-ciento
cincuenta y uno, otorgada en el protocolo seis de la notaria pública Ileanna
Navarro Castro, mediante acta de asamblea extraordinaria de socios de la
sociedad anónima denominada Desarrollos Metálicos Demasa Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y nueve mil novecientos
sesenta, se modificaron los nombramientos de los miembros de la junta directiva
y el agente residente, la cláusula segunda en cuanto al domicilio, la cláusula
novena en cuanto a la representación judicial y extrajudicial.—Lic. Ileanna
Navarro Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 11298.—(7031).
Rivel y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-317477, solicita cambio de domicilio de la sociedad que de ahora en
adelante estará domiciliada en San José, del Balcón Verde cincuenta metros
oeste, Edificio Corporación Sura. Es todo.—San José, veinticuatro de enero del
dos mil ocho.—Lic. Henry Arroyo Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 11293.—(7032).
Por escritura otorgada ante mi notaría, al
ser las siete horas, cinco minutos del veintiocho de noviembre del dos mil
siete, se constituyó la sociedad denominada Grupo Chaves de
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho
horas del veinticinco de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Eidos
Consultores S.C. Sociedad Anónima. Presidente, vicepresidente, secretario,
tesorero y fiscal. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 25 de enero del
2008.—Lic. Augusto César Castillo Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 11304.—(7034).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11:00 horas del 10 de diciembre del 2007, se constituyó la sociedad
denominada H.R.O. Servicios de Outsourcing en Recursos Humanos Sociedad
Anónima. Con domicilio en San José, Pavas, Rohrmoser, de
Por escritura otorgada ante esta notaría, en
Santa Bárbara de Heredia, a las nueve horas del veinticuatro de enero del dos
mil ocho, se constituyó la sociedad Flor de Sol y Luna Sociedad Anónima,
y podrá abreviarse Flor de Sol y Luna S. A. Plazo social: noventa y
nueve años. Capital social: diez mil colones, suscritos y pagados. Representada
por su presidenta Flory Garro Alfaro, cédula Nº 1-457-144, representación
judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de
suma.—Santa Bárbara, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Vidal Castillo
Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 11306.—(7036).
Ante mi notaría, se constituyó la sociedad
denominada Juamar B & B Internacional Sociedad Anónima, a las nueve
horas del veintitrés de enero del dos mil ocho.—Lic. Flor de María Moreno Mora,
Notaria.—1 vez.—Nº 11307.—(7037).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 19:00 horas del 20 de enero del 2008, se protocolizó reforma al domicilio y
aumento de capital de la sociedad Electrónica Industrial y Médica S. A. Domiciliada
en San Francisco de Dos Ríos. Presidente: Luis Fernando Anchía Campos. Misma
fecha.—Lic. María del Milagro Cantillano Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº
11308.—(7038).
A las 18:00 horas del 24 de enero del 2008,
protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Místika
del Norte Sociedad Anónima. En donde se reforman las cláusulas segunda y
sétima del pacto, y se nombra nuevo presidente y secretario de la junta
directiva.—Lic. Michael Arce Sancho, Notario.—1 vez.—Nº 11313.—(7039).
Mediante escritura pública número ciento
veintitrés del protocolo número doce de la notaria Hellen Alfaro Alfaro,
otorgada el día trece de diciembre del dos mil siete, a las nueve horas, se
constituyó la sociedad denominada Desarrollos Elinojo Sociedad Anónima.
Cuya presidenta es la socia Norma Acosta Leitón.—Sarchí Norte, catorce de enero
del dos mil ocho.—Lic. Hellen Alfaro Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 11317.—(7040).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las once horas del diecisiete de enero del dos mil ocho, se constituyó la
sociedad denominada Connections International (CIT) Sociedad de Responsabilidad
Limitada, pudiendo abreviarse Connections International S. R. L. El
capital social es la suma de quinientos mil colones. El señor Joshua Paul Gang,
es el gerente de la sociedad, con facultades de apoderado generalísimo limitado
a la suma de diez mil dólares, moneda de los Estados Unidos de América.—San
José, 25 de enero del 2008.—Lic. Alexánder Araya Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº
11319.—(7041).
La suscrita notaria pública Vera Mora Rojas,
doy fe que el día veintiuno de enero del dos mil ocho, en escritura treinta y
tres, ante mi notaría, se constituyó la sociedad anónima Strocion Ciento
Cuatro Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Es todo.—Heredia, el
día veintiuno de enero del dos mil ocho.—Lic. Vera Mora Rojas, Notaria.—1
vez.—Nº 11321.—(7042).
Manantial Refrescante Cr S. A. Modifica cláusula del pacto
constitutivo y cambia el nombre de la sociedad a Alfaquímica de
Centroamérica AQC S. A. Escritura otorgada en San José, a las 13:00 horas
del 18 de enero del 2008.—Lic. Grace María Sánchez Granados, Notaria.—1 vez.—Nº
11323.—(7043).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las ocho horas de hoy, se constituyó la sociedad Hielera El
Glaciar Sociedad Anónima. Con domicilio en San Francisco de Guadalupe. Un
plazo de cincuenta años y como objeto todas las ramas del comercio, la
industria, la agricultura y la ganadería.—San José, veinticuatro de enero del
dos mil ocho.—Lic. Carlos Fernández Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 11324.—(7044).
Por escritura otorgada ante este notario, a
las nueve horas del veintitrés de enero del dos mil ocho, se protocolizó acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Desarrollo
Inmobiliario
Por escritura número ciento uno, otorgada en
San José, a las trece horas del diecisiete de enero del dos mil ocho, se
constituyó la sociedad anónima denominada Fradana de Costa Rica Sociedad
Anónima. Capital: cien mil colones. Domicilio en San José, calle cinco
entre avenidas uno y tres, Edificio Lines en el segundo piso. Presidenta:
Anabelle Salas Torres.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Alicia Susana Urani
Serrano, Notaria.—1 vez.—Nº 11326.—(7046).
Ante esta notaría, al ser las trece horas del
día nueve de enero del dos mil ocho, se otorgó escritura mediante el cual se
constituyó la sociedad Tiempo Líquido Responsabilidad Limitada, el cual
es nombre de fantasía. Gerente: Patricia Velásquez Guzmán.—Lic. María Lucrecia
Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 11327.—(7047).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Pacayma
Sociedad Anónima. Mediante escritura pública número trescientos veintidós-uno,
a las doce horas del veintiuno de enero del dos mil ocho, con un capital social
de diez mil colones.—Cartago, 25 de enero del 2008.—Lic. Patricia Quesada
Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 11328.—(7048).
Que en asamblea extraordinaria de socios de
la sociedad denominada Finca Esperanza Hermanos Limitada, con cédula
jurídica tres-ciento dos-cero setenta y mil setecientos sesenta y uno,
celebrada al ser las doce horas del día diez de febrero del dos mil seis, en
San Isidro de El General en las oficinas del Bufete Fernández y Asociados,
ubicado doscientos cincuenta metros al oeste y veinticinco al norte de la
esquina noroeste del parque central de San Isidro de El General, Pérez Zeledón,
cuya acta ha sido protocolizada por el suscrito notario según consta en la
escritura veintidós-cuatro, visible al folio veintiocho frente del tomo cuarto
del protocolo del suscrito notario, se modificó la cláusula segunda del pacto
constitutivo de la sociedad, la cual en adelante deberá leerse así: “El
domicilio de la sociedad será en San Isidro de Pérez Zeledón, doscientos metros
al oeste y veinticinco al norte de la esquina noroeste del parque central. No
obstante podrá establecer agencias o sucursales en cualquier lugar dentro y/o
fuera del país”. Es todo.—Dominical de Osa, Puntarenas, al ser las ocho horas y
treinta y cinco minutos, del veintitrés de enero del dos mil ocho.—Lic. José
Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 11330.—(7049).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las
nueve horas del trece de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad
anónima domiciliada en San José, Hatillo Ocho, Importadora Rafiwil Sociedad
Anónima. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado.
Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite
de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Agente residente: Hazel
Salas Desanti.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Hazel
Salas Desanti, Notaria.—1 vez.—Nº 11331.—(7050).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15:05 horas del día 24 de enero del 2008, se reformó la cláusula
primera y sexta del pacto constitutivo de la sociedad anónima Wave Runner S.
A.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Carlos Villalobos Soto, Notario.—1
vez.—Nº 11333.—(7051).
Por escritura número quince-dos, otorgada a
las 12:00 horas del 23 de enero del 2008, se constituyó la sociedad denominada
Por medio de escritura otorgada ante mi
notaría, a las diez horas del veintitrés de enero del dos mil ocho, se
constituyó la sociedad Multiservicios Rain Sociedad Anónima. La
representación judicial y extrajudicial recae en el presidente como apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Lic. Róger Mario Venegas Argüello, Notario.—1
vez.—Nº 11336.—(7053).
Ante mí, Marco Vinicio Campos Araya, en mi
notaría en Cóbano, Puntarenas, Bufete Mach & Asocs. Por escritura Nº 155
tomo tres de mi protocolo, se instituyeron las sociedades Olas del Bongo
Sociedad Anónima, abreviándose las dos últimas palabras en S. A.
teniendo todas como plazo social noventa y nueve años. El capital social cien
mil colones exactos, en diez acciones de diez mil colones cada una. El
presidente será Brian C. Mohr. Las compañías se dedicarán al comercio en
general, además a la agricultura, ganadería y en general a cualquier otra
actividad lícita. Domicilio: Finca
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las doce horas del veintitrés de enero del dos mil ocho, se constituyó la
sociedad anónima Hermanas Alvarado Conejo Sociedad Anónima. Con un
capital social de cien mil colones. Presidenta: María Isabel Alvarado
Conejo.—Cóbano de Puntarenas, veintitrés de enero del dos mil ocho.—Lic. Juan
Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 11341.—(7055).
En mi notaría, a las dieciséis horas del
dieciocho de diciembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada
Se hace constar que en mi notaría, mediante
escritura número cuarenta del tres de diciembre del dos mil siete, se
constituyó Valeria del Mar V.A.O. Setiembre Dos Mil Seis Sociedad Anónima.
Por los socios Claudia Evelyn Orellana Osorio y José Antonio Orellana Mancía.
Plazo: noventa y nueve años.—San José, catorce de enero del dos mil ocho.—Lic.
Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 11344.—(7058).
Por escritura otorgada por el notario
licenciado Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, a las 8:00 horas del 22 de enero
del 2008, se constituyó la sociedad Barnabus Investments of Colorado
Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Barnabus Investments of Colorado
S. A. Cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite
de suma, es el señor Thomas Everett de apellido Johnson. Capital: suscrito y
pagado en su totalidad.—Firmo en la ciudad de Grecia, veintidós de enero del
dos mil ocho.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—Nº
11346.—(7059).
Mediante escritura ciento diecisiete, se
modifica la cláusula novena, de la sociedad Transportes Chamuca Sociedad
Anónima.—San José, enero del dos mil ocho.—Lic. Ericka Castro Argüello,
Notaria.—1 vez.—Nº 11347.—(7060).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10:00 horas del 22 de enero del 2008, se protocoliza asamblea general
extraordinaria de accionistas de Meridia RX Limitada. Se modifica
cláusula segunda..—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo
D’Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 11348.—(7061).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 15:00 horas del 9 de enero del 2008, se constituye Daycare Center
Sociedad Anónima. Presidenta: Blanca Mora Madrigal. Capital social: diez
mil colones.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D’Agostino,
Notaria.—1 vez.—Nº 11349.—(7062).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11:00 horas del 22 de enero del 2008, se protocoliza asamblea general
extraordinaria de accionistas de Medsplus RX Limitada. Se modifica
cláusula segunda.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D’Agostino,
Notaria.—1 vez.—Nº 11350.—(7063).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 9:00 horas del 22 de enero del 2008, se protocoliza asamblea general
extraordinaria de accionistas de Olabrima de San Esteban Sociedad Anónima.
Se modifica cláusula segunda, se nombra nueva junta directiva.—San José, 24 de
enero del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº
11351.—(7064).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 17:40 horas del 17 de enero del 2008, se protocoliza asamblea general
extraordinaria de accionistas de Castello Giordano Sociedad Anónima. Se
modifica cláusula segunda.—San José, 17 de enero del 2008.—Lic. Gianna
Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 11352.—(7065).
Protocolización de acta de asamblea general
de socios de la sociedad DRC Dos Rosas C. Limitada, renuncia y
nombramiento de gerentes y cesión de cuota nominativa de los socios.—Lic. José
Antonio Díaz Montero, Notario.—1 vez.—Nº 11355.—(7066).
En mi notaría, al ser las dieciséis horas,
treinta minutos del veinticuatro de enero del dos mil ocho, se modificaron las
cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de la sociedad denominada Las
Niñas de Ibarra Sociedad Anónima.—San José, veinticinco de enero del dos
mil ocho.—Lic. Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—Nº 11356.—(7067).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas
del trece de noviembre del dos mil siete, ante mí se constituyó la sociedad
anónima denominada Lucas Solano de Osa Sociedad Anónima. Capital social:
íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: de noventa y nueve años.
Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. El
objeto es el comercio en general. Otorgada en Puerto Jiménez, veintitrés de
enero del dos mil ocho.—Lic. Francisco González Morales, Notario.—1 vez.—Nº
11357.—(7068).
En esta notaría, mediante escritura número
dos, otorgada en San José, a las doce horas del día veintiuno de enero del dos
mil ocho, se constituyó Loriasa C&E Sociedad Anónima. Cuyo
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es José
Emilio Loría Vargas. El capital social es de un millón de colones. Plazo:
noventa y nueve años.—San José, veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic.
Mireya Elizondo Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 11358.—(7069).
Ante la notaría de Yalile Villalobos Zamora,
se constituyen las siguientes sociedades: a) Propiedades Condor S. A.,
b) Inversiones San Fernando S. A., c) Inversiones Faro de Costa Rica
S. A., d) Consorcio Córdoba y Asociados
S. A. Correspondiendo en todas a Fernando Córdoba Solís, cédula Nº
4-145-508, las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, 24 de noviembre del 2007.—Lic.
Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 11359.—(7070).
Por escritura número doscientos ochenta y
uno, se constituyó la empresa denominada Osterling Holdings Sociedad Anónima.
Capital social: diez mil colones, nombramientos presidente, secretario y
tesorero, apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: noventa y
nueve años. Es todo.—Jacó, Garabito, Puntarenas, 24 de enero del 2008.—Lic.
Oldemar Vargas Machado, Notario.—1 vez.—Nº 11360.—(7071).
Constitución de la sociedad anónima L. C.
R. Lucaroa S. A. Con un capital social de diez mil colones. Por un plazo de
noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial, presidente y
secretario.—Bagaces, diez de enero del dos mil ocho.—Lic. Guiselle Lara
Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 11362.—(7072).
En mi notaría el año pasado en enero, el
diecisiete se constituyó Forland Motors y el diecisiete de diciembre El Monte Galil.
Este año y mes el nueve L C Lukas Cell del Oeste cambió su razón social
a Importadora de Electrónica Andujar hoy
En esta notaría, se constituye bajo la
escritura número ciento veintisiete, con fecha diecinueve de enero del dos mil
ocho, Fast-Cash Limitada. Con domicilio en San José, con plazo de
noventa y nueve años y un capital social de diez mil colones, integrada por dos
gerentes, ambos con la representación judicial y extrajudicial y facultades de
apoderados generalísimos.—San José, veinticuatro de enero del dos mil
ocho.—Lic. Ronald Rodolfo López Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 11363.—(7074).
Por escritura otorgada ante mí se constituyó Rama
del Arroyo S.A.—Alajuela, 2 de mayo del 2005.—Lic. Sarita Castillo Saborío,
Notaria.—1 vez.—Nº 11364.—(7075).
Por escritura otorgada ante mí se constituyó Quimo
del Arroyo S.A.—Alajuela, 2 de mayo del 2005.—Lic. Sarita Castillo Saborío,
Notaria.—1 vez.—Nº 11366.—(7076).
Mediante escritura a las 12:00 horas del 25
de enero del 2008, se constituye Eco Verde Cabinet Solutions CR Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Carlos
Alejandro Ubico Durán, Notario.—1 vez.—Nº 11368.—(7077).
Por escritura número veintidós, otorga ante
mí, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de socios de tres-ciento
uno-quinientos trece mil trescientos ochenta y siete, de dieciocho horas de
enero veintitrés del dos mil ocho, se reforman las cláusulas segunda y novena
del pacto constitutivo y se nombra nueva directiva, fiscal y agente
residente.—San José, enero veintitrés del dos mil ocho.—Lic. Francis Porras
León, Notario.—1 vez.—Nº 11369.—(7078).
Mediante escritura ante mí, otorgada en San
José, a las ocho horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho, se constituyó
T & M Multigráficos S. A.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1
vez.—Nº 11371.—(7079).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 9:00 horas del 23 de enero del 2008, se constituyó Equs Technologies
Sociedad Anónima. Domicilio social: en San José, Pinares de Curridabat.
Capital social: diez mil colones, totalmente suscrito y pagado. Presidente:
Miguel Ángel Mena Solano, secretario: Ernesto Javier Núñez Alfaro, ambos con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 25 de enero
del 2008.—Lic. María Gabriela Ulloa Raabe, Notaria.—1 vez.—Nº 11373.—(7080).
Yo, María Cecilia Ramírez Gómez, notaria
pública con oficina en San José, he protocolizado acuerdos de asamblea general
extraordinaria de socios de Albanta Primera S. A., donde se nombra nueva
junta directiva y fiscal. Escritura otorgada en San José, a las 7:00 horas del
16 de enero del 2008.—San José, 16 de enero del 2008.—Lic. María Cecilia
Ramírez Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 11375.—(7081).
La suscrita notaria Rocío Hernández Ching,
manifiesto que por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veinticinco
de enero de dos mil ocho, José Pablo Mena Villegas y Karina Villalobos Muñoz,
constituyen sociedad anónima cuyo nombre será el número de cédula jurídica que
le asigne
Mediante escritura otorgada en mi notaría, el
día de hoy, se constituyó la sociedad Servicios Profesionales Mariana y Sara
Sociedad Anónima. Presidenta: Sonia Mata Valle. Capital social: 100.000,00
(cien mil colones). Plazo social: 99 años.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic.
Ligia Mayela Arce Quesada, Notaria.—1 vez.—(7302).
Mediante escritura número setenta y seis
otorgada a las nueve horas del tres de enero del año dos mil siete, visible al
folio ciento ochenta y dos vuelto del tomo dos del protocolo de la suscrita
notaria, se constituyó la sociedad denominada ED MAG Costa Rica Sociedad
Anónima. Es todo.—Heredia, a las ocho horas del veintiocho de enero del año
dos mil ocho.—Lic. Andrea Cordero Montero, Notaria.—1 vez.—(7303).
Debidamente facultado al efecto, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de socios de Por supuesto que si S.
A., mediante la cual se nombra nuevo presidente.—San José, a las 8:00 horas
del 23 de enero del 2008.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(7306).
Debidamente facultado al efecto, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de socios de Briscar S. A.,
mediante la cual se nombra reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y
se nombra nuevo secretario.—San José, 9:00 horas del 23 de enero del 2008.—Lic.
Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(7307).
Debidamente facultado al efecto, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria
de socios de Top of the Hills Number Six - Five S. A.,
mediante la cual se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 10:00
horas del 23 de enero del 2008.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1
vez.—(7308).
Debidamente facultado al efecto, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de socios de Desarrollo Habitacional
Vista de Invierno S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sétima del
pacto constitutivo.—San José, 12:00 horas del 23 de enero del 2008.—Lic. Manuel
Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(7309).
Debidamente facultado al efecto, protocolicé
acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Huawei
Technologies Costa Rica S. A., mediante la cual se revoca poder
general, y se confiere poder generalísimo sin límite de suma y se confiere
poder general únicamente para abrir cuentas y firmar cheques en el Citibank
(Costa Rica) S. A. y realzar gestiones bancarias ante el referido Banco
relativas a las cuentas de la mandante en dicha entidad bancaria.—San José,
9:00 horas del 17 de enero del 2008.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1
vez.—(7311).
Por escritura número cuarenta y ocho,
otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del día
diecisiete de enero del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad Las Ardillas Soñadoras del
Pacífico S. A., mediante la cual se transformó la empresa de sociedad
anónima en Sociedad De Responsabilidad Limitada y se nombró gerente.—San José,
diecisiete de enero del año dos mil siete.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez,
Notario.—1 vez.—(7315).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
ocho horas del veinticinco de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad
Asturias y Matanzas Sociedad Anónima. Presidente: Guillermo García Calvo.
Vicepresidenta: Mercedes Lourdes González Rodicio. Se nombra junta directiva y
fiscal. Capital social: diez mil colones.—Heredia, 28 de enero del 2008.—Lic.
Leda María Mora Hernández, Notaria.—1 vez.—(7316).
Por escritura número cuarenta y nueve
otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día diecisiete de enero del
año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la sociedad Atardecer del Pacífico de Hermosa S. A., mediante
la cual se transformó la empresa de Sociedad Anónima en Sociedad de
Responsabilidad Limitada y se nombró gerente.—San José, diecisiete de enero del
año dos mil siete.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(7317).
Ante esta notaría, se presentaron los señores
Vaidote Urbonaite, Lituania, mayor, casada una vez, músico, vecina de San
Sebastián, residencial, Montecarlo, cédula de residencia: uno cuatro cuatro
cero cero cero cero cero cero uno tres cero, Virginia Berrocal Ríos, mayor,
casada una vez, ama de casa, vecina de Hatillo centro, urbanización Belgrano,
casa cuarenta y siete, cédula: nueve-cero diecisiete-trescientos cincuenta y
tres y José María Umaña Zúñiga, mayor, casado una vez, comerciante, del mismo
domicilio de la segunda, cédula: seis-cero setenta y seis-novecientos noventa y
ocho, y dicen que en escritura adicional corrigen el nombre de la sociedad
denominada Internetsolutions Sociedad Anónima, a Internet Experts
Sociedad Anónima, el día de hoy. Es todo.—San José, veinticuatro de enero
del dos mil ocho.—Lic. Laura Ceciliano Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº
11444.—(7509).
Por escritura de las doce horas del día de
hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la empresa Ancares Internacional S. A., por la cual se reformaron las
cláusulas segunda y sétima del pacto social, y se nombró junta directiva y
fiscal.—San José, veintiséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Karen Zamora
Román, Notaria.—1 vez.—Nº 11451.—(7510).
Ante esta notaría mediante escritura número
cuarenta y seis, de las 13 horas 30 minutos del 23 de enero del 2008, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Distribuidora
Los Sauces S. A., en donde se acordó: 1) Reformar la cláusula cuarta
del pacto de constitución.—Alajuela, 24 de enero del 2008.—Lic. José Alberto
Fernández Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 11456.—(7511).
Por medio de escritura otorgada en San José,
a las 15:00 horas del 24 de enero del 2008, ante la notaria Lina Rebeca
Rodríguez Otárola, se constituyó la sociedad Acomodadores Unidos Múltiples
Sociedad Anónima. Plazo: 99 años. Domicilio: San José. Capital social:
¢10.000,00. Presidente: Víctor Castro Gabuardi.—Lic. Lina Rebeca Rodríguez
Otárola, Notaria.—1 vez.—Nº 11457.—(7512).
Mediante escritura otorgada en esta notaría,
a las catorce horas cinco minutos del día veinticinco de enero del dos mil
ocho, se constituyó la entidad denominada Cocina Exquisita Sociedad Anónima.—San
José, 25 de enero del 2008.—Lic. Alejandro Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº
11458.—(7513).
En esta notaría, por escritura de las quince
horas del veinticinco de enero del año en curso, se constituyó la sociedad Efrainyoli
S. A. Presidente: Javier Alonso Hidalgo Saborío.—San José, 25 de enero del
año 2008.—Lic. Hugo F. Velázquez Castro, Notario.—1 vez.—Nº 11459.—(7514).
Por escritura de las 19:00 horas del 22 de
enero del 2008, otorgada ante esta notaría pública, se constituyó la sociedad
denominada Imágenes Médicas Santa Clara S. A. Plazo: 99 años a partir
del 22 de enero del 2008. La representación judicial y extrajudicial
corresponde al presidente y al secretario de la junta directiva con facultades
de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando en forma conjunta o
separadamente. Capital social: ¢10.000,00. Domicilio: Puntarenas, cantón
Esparza, distrito Espíritu Santo, frente al Correo y Telégrafos de Esparza,
propiamente en
Ante esta notaría, mediante escritura pública
número veintiséis, se han constituido las siguientes cinco sociedades anónimas,
todas con un capital social de mil doscientos colones, Hollister Co. Sociedad
Anónima, Group T.C. Investment Sociedad Anónima, The Best Property
Sociedad Anónima, Essential Luxuries Sociedad Anónima, A Natural
Resort of Happiness Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veinticuatro de
enero del dos mil ocho.—Lic. Fernando Ramírez Muñoz, Notario.—1 vez.—Nº
11466.—(7516).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, se constituyó la sociedad Depositario Aunero y Logístico del
Pacífico Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y
pagado.—San José, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Hoover González
Garita, Notario.—1 vez.—Nº 11465.—(7517).
Por escritura otorgada ante mí, a las
diecisiete horas del veinticinco de enero del dos mil ocho, protocolicé acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de In The Shadow of
the Moon Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-quinientos cuatro mil ciento ochenta y siete, de las nueve horas del
veinticuatro de enero del dos mil ocho, mediante la cual se reforma la cláusula
sexta, y se nombra nuevo gerente.—Lic. Luis Enrique Gómez Portuguez, Notario.—1
vez.—Nº 11467.—(7518).
Ante esta notaría por escritura número
setenta de las veinte horas del día veinticinco de enero del dos mil ocho, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones Vectoriales Sociedad Anónima.
Domiciliada en San José, Moravia, Urbanización Los Robles, casa número cinco N,
cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es
el señor Esteban Miguel Mejía Arce, cédula uno-once diecisiete-siete seis
ocho.—Lic. María Yisela Quesada León, Notaria.—1 vez.—Nº 11468.—(7519).
Ante esta notaría, se constituyó hoy, la
sociedad Distribuidora Mundo Verde S. A. Capital: 2.000.000 colones,
apoderado generalísimo: presidente.—25 de enero del 2008.—Lic. Amado Hidalgo
Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 11469.—(7520).
La suscrita notaria, hago constar que a las
8:00 horas del día 28 de noviembre del año 2007, bajo la escritura número 29-3
de mi tercer protocolo, se realiza protocolización de acta de asamblea de
socios del ente jurídico Pacific Blue Skies Costa Rica Sociedad
Anónima, con cédula jurídica 3-101-348480, en la cual se nombra nueva junta
directiva y se cambia cláusula segunda.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic.
Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 11470.—(7521).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las catorce horas treinta minutos del día veinticuatro de enero del año dos mil
ocho, se constituye la sociedad denominada Corporación Turrialbeña Aguzzi WN
Sociedad Anónima. Domicilio social: República de Costa Rica, provincia
de Cartago, cantón de Turrialba, distrito Turrialba, El Mora, calle dos, frente
al salón comunal, sin perjuicio de establecer sucursales o agencia en otros
lugares del país. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social:
totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo. Presidente y secretaria con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, con la
representación judicial y extrajudicial.—Turrialba, veinticuatro de enero del
dos mil ocho.—Lic. Alexander Zamora Ovares, Notario.—1 vez.—Nº 11471.—(7522).
La suscrita notaria, hago constar que a las
7:00 horas del día 28 de noviembre del año 2007, bajo la escritura número 28-3
de mi tercer protocolo, se realiza protocolización de acta de asamblea de
socios del ente jurídico Santosha Sociedad Anónima, con cédula
jurídica 3-101-316711, en la cual se nombra nueva junta directiva y se cambia
cláusula segunda.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Paola Arias Marín,
Notaria.—1 vez.—Nº 11472.—(7523).
Hoy en esta notaría se constituyó Representaciones
ACP del Sur Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones
totalmente suscrito y pagado por la socia. Domicilio: San José, Barrio El
Carmen.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 11474.—(7524).
Ante esta notaría, las señoras Ana Jeenseey
Pacheco Araya, cédula uno-setecientos cincuenta y cuatro-setecientos cuatro y
Benedicta Sandoval Gómez, cédula dos-cuatrocientos veintiuno-quinientos
cincuenta y ocho, han constituido diez sociedades y se hace constar que la
denominación social de las empresas se hace de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 2º del Reglamento para la inscripción de la constitución de empresas
comerciales Nº 33171-J. Capital social: diez mil colones. Funge como
presidenta: Ana Jeenseey Pacheco Araya.—Lic. Guadalupe Montero Ugalde,
Notaria.—1 vez.—Nº 11477.—(7525).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye
la compañía Inversiones Garrejo Punto Com S. A. Capital: suscrito y
pagado. Domicilio: San José, Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin limitación de suma.—San José, a las nueve horas del dieciocho
de diciembre del dos mil siete.—Lic. Roxana Gómez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº
11478.—(7526).
Por escritura otorgada ante mí, se
protocoliza acta de la compañía con domicilio en San José, Inversiones
Ovinas del Llano S. A., mediante la cual se modifican las
cláusulas segunda y quinta del pacto social, se revoca nombramiento de agente
residente y se nombra sustituto. En San José, a las nueve horas del veinticinco
de enero del dos mil ocho.—Lic. Roxana Gómez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº
11480.—(7527).
Por escritura número cincuenta, se constituye
la sociedad denominada Desarrollo D. M. D. Levy S. A., constituida el
ocho de enero del dos mil ocho, representación social corresponde al presidente
y secretario.—San José, veintidós de enero del año dos mil ocho.—Lic. Salvador
Arauz Figueroa, Notario.—1 vez.—Nº 11482.—(7528).
Ante mí, Yeudi Aguirre Aguirre, notario
público, se ha constituido una sociedad anónima, cuyo representante con calidad
de apoderado generalísimo sin límite de suma es José Cruz Trejos Rodríguez en
su condición de presidente. Escritura número 307, otorgada a las trece horas
treinta minutos del día primero de noviembre del dos mil siete.—Ciudad Neily,
25 de enero del 2008.—Lic. Yeudi Aguirre Aguirre, Notario.—1 vez.—Nº
11483.—(7529).
Ante mí, Yeudi Aguirre Aguirre, notario
público, se ha constituido una sociedad anónima denominada Pacific Motors
Sociedad Anónima en su traducción Motores del Pacífico Sociedad Anónima,
cuyo representante con calidades de apoderado generalísimo sin límite de suma
es Kenneth Ulloa González, en su orden de presidente. Escritura número
trescientos treinta y uno, otorgada a las 10:20 horas del día 20 de noviembre
del 2007.—Ciudad Neily, 4 de diciembre del 2007.—Lic. Yeudi Aguirre Aguirre,
Notario.—1 vez.—Nº 11484.—(7530).
Ante mí, Yeudi Aguirre Aguirre, notario
público, se ha constituido una sociedad anónima denominada Casa de
Cambiomorales y Asociados Sociedad Anónima, cuyo
representante con calidades de apoderado generalísimo sin límite de suma es
Bolívar Morales Concepción, en su orden de presidente. Escritura número
trescientos siete, otorgada a las 13:10 horas del día 27 de noviembre del
2007.—Ciudad Neily, 4 de diciembre del 2007.—Lic. Yeudi Aguirre Aguirre,
Notario.—1 vez.—Nº 11485.—(7531).
Por escritura otorgada ante esta notaría en
San José, Escazú, a las once horas con quince minutos del veintisiete de enero
del año dos mil ocho, se constituye la sociedad Nascar Pits Autoservicio
Sociedad Anónima, con un plazo social de cien años, con un capital social
de cien mil colones, correspondiendo al presidente la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad, con facultad de apoderado generalísimo sin límite
de suma.—San José, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Elizabeth Chan
Chan, Notaria.—1 vez.—Nº 11486.—(7532).
Por escritura Nº 78 de las 12:00 horas del 25
de enero del 2008, protocolicé acta de reforma a la cláusula primera del
domicilio y nombramiento de junta directiva, fiscal y agente residente de FR-467
Azul S. A.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Álvaro Lara Vargas,
Notario.—1 vez.—Nº 11488.—(7533).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Resolución RRG-7750-2008.—San José, a las
15:30 horas del 11 de enero del año dos mil ocho. Expediente OT-494-2007.
Considerando:
1º—Que mediante boleta número 2007-246620, el
día 12 de diciembre del 2007, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa
365360, por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley
7593, Ley de
2º—Que según la boleta supra indicada, Edgar Valenciano Marchena,
documento de identificación número 1-552-426, podría haber realizado la acción
típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente
autorización.
3º—Que consultada la página electrónica del Registro Público de
4º—Que
5º—Que en virtud de la jurisprudencia de
6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano
director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en
7º—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas
del 6 de julio del 2007, se delegó en el Director de
Con fundamento en las competencias otorgadas
al órgano decisor del procedimiento en
EL REGULADOR GENERAL DE
REGULADORA
DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS,
RESUELVE:
1º—Dar inicio al procedimiento administrativo
contra Edgar Valenciano Marchena, en calidad de conductor y Edgar Alberto
Valenciano Mora, como dueño registral del vehículo involucrado, que se
tramitará bajo el número OT-494-2007, nombrando como órgano director del
procedimiento a Tatiana Quesada Espinoza, cédula 1-952-537 y Shirley Alfaro
Alfaro, cédula 4-148-789, funcionarias de
2º—Notifíquese a Edgar Valenciano Marchena, en calidad de conductor
por medio del fax 258-9057, señalado a folio 9 y a Edgar Alberto Valenciano
Mora, como dueño registral del vehículo mencionado, por medio de publicación
tres veces en
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta,
Regulador General.—(Solicitud Nº 20201).—C-130700.—(7364).
Resolución RRG-7796-2008.—San José, a las
8:30 horas del 17 de enero del año dos mil ocho. Expediente OT-501-2007.
Considerando:
1º—Que mediante boleta número 2007-221182, el
día 18 de diciembre del 2007, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa
645293, por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de
2º—Que según la boleta supra indicada, Jorge Luis Bolaños Quirós,
documento de identificación número 1-562-665, podría haber realizado la acción
típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente
autorización.
3º—Que consultada la página electrónica del Registro Público de
4º—Que
5º—Que en virtud de la jurisprudencia de
6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano
director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en
7º—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas
del 6 de julio del 2007, se delegó en el Director de
Con fundamento en las competencias otorgadas
al órgano decisor del procedimiento en
EL REGULADOR GENERAL DE
REGULADORA
DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS,
RESUELVE:
1º—Dar inicio al procedimiento administrativo
contra Jorge Luis Bolaños Quirós, en calidad de conductor y dueño registral del
vehículo involucrado, que se tramitará bajo el número OT-501-2007, nombrando
como órgano director del procedimiento a Tatiana Quesada Espinoza, cédula
1-952-537 y Shirley Alfaro Alfaro, cédula 4-148-789, funcionarias de
2º—Notifíquese a Jorge Luis Bolaños Quirós, como conductor y dueño
registral del vehículo placa 645293, por medio de publicación tres veces en
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta,
Regulador General.—(Solicitud Nº 20201).—C-130700.—(7366).
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y
DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
“
Acuerdo Nº 5:
Se conoce informe del Departamento Régimen
Disciplinario Nº 5089-2006-DRD de la denuncia interpuesta por el Sr. Daniel
Marchena Ruiz en contra de
Hechos denunciados: Según lo expresado por el Sr. Daniel Marchena
Ruiz, habría contratado a
Como respuesta al reclamo planteado por el señor Marchena Ruiz,
Descargo de
Pronunciamiento del Asesor, Ing. José Gerardo Roig Loría, IT-3379: El Asesor, a
partir del análisis de la información que conforma el expediente y de la
normativa legal aplicable, concluye lo siguiente:
“El suscrito autor del presente informe preliminar,
con base en la documentación contenida en el expediente, considera que la
profesional denunciada ha actuado en forma contraria a la ética profesional,
por cuanto autorizo (sic) (…) con su firma la inscripción del plano Nº
G-676536-2001 sin haber (…) ejecutado ella misma el levantamiento de campo”.
“Así mismo, según el plano levantado por el
Ing. Rivas Vallejos, se comprueba que existen diferencias sustanciales con la
información contenida en el plano Nº G-676536-2001, no obstante debe tomarse en
consideración que un levantamiento es de Enero del 2001 y otro de junio del
“Pese a lo anterior, el hecho denunciado en
Enero de 2001 y el denunciante tuvo conocimiento de ello al verificar el plano,
la denuncia fue presentada cinco años después de cometidos los hechos, por lo
que el caso ha prescrito según lo indicado en el artículo Nº 101 del Reglamento
del Proceso Disciplinario de los miembros del CFIA”.
Recomendaciones del Asesor:
1. “Archivar el expediente”.
2. “Verificar si el padre de
Pronunciamiento del Fiscal del CIT: Mediante oficio
Nº 017-2006-FCIT, el Fiscal del Colegio de Ingenieros Topógrafos, Ing. Juan
Manuel Castro Alfaro emite su pronunciamiento, en el que concuerda en todo con
las recomendaciones establecidas por el Asesor.
Solicitud de R.D.: Archivar el expediente.
Fundamento: Sobre la base de la documentación que acompaña la
denuncia, de los pronunciamientos de los ingenieros Roig Loría, Asesor del
Departamento de Régimen Disciplinario, y Castro Alfaro, Fiscal del Colegio de
Ingenieros Topógrafos, se presume que la profesional responsable (quien
evidenció falta de interés para referirse a los hechos que se denuncia como de
su responsabilidad) habría firmado el plano de catastro Nº G-676536, no
conforme a la normas legales y reglamentarias vigentes, por contener errores y
no haber sido levantado por ella, por lo cual habría, además, contravenido y
permitido que terceros faltaran a lo que establece la normativa que rige el
comportamiento profesional y ético de los miembros del Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, no habría promovido ni defendido la
integridad, el honor y la dignidad de su profesión, ni habría actuado como una
agente leal con su cliente.
Independientemente de lo anterior, sobre la base de la información que
consta en el expediente, se tiene como cierto que los hechos que se investiga
ocurrieron entre Enero de 2001 y Julio de 2003, por lo que transcurrió de sobra
el plazo de prescripción a que se refiere el Reglamento del Proceso
Disciplinario de los Miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica.
Establece el artículo 101 del precitado Reglamento:
“Artículo 101.—La acción para demandar la
responsabilidad por violación al Código de Ética de un agremiado del Colegio
Federado de Ingenieros y de Arquitectos prescribirá en dos años, contados a
partir de que la parte afectada tenga conocimiento de los hechos que den lugar
a la comisión de la falta, siempre y cuando demuestre que no estuvo en
posibilidad razonable de haberse enterado de su comisión”.
Por su parte, el artículo 102 del mismo cuerpo
normativo, señala:
“Artículo 102.—Si
“La decisión de
Por lo anteriormente expuesto y en aras de la
economía procesal, el Departamento de Régimen Disciplinario considera que no es
necesario continuar con la siguiente etapa del proceso, dado que no existe
interés actual. Por lo tanto, este Departamento recomienda a
SE ACUERDA:
a. Acoger la recomendación de Departamento Régimen Disciplinario y
archivar la causa seguida en contra de
b. Indicar a
Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos
36 y 40 del Reglamento Interior General.
Contra la anterior resolución cabe el recurso
de reconsideración ante
AVISOS
En
Lo demás se mantiene igual.