EL DIRECTORIO DE
DE
De
conformidad con la disposición adoptada en la sesión Nº 84-2007, celebrada por
el Directorio Legislativo el 28 de noviembre del 2007
SE ACUERDA:
Autorizar
la participación del señor Gerardo Chaves Ortiz en el Seminario sobre Control
Parlamentario que se llevará a cabo del 11 al 14 de diciembre del 2007, en el
Centro de
Asimismo se acuerda otorgarle
al funcionario los boletos aéreos y el pasaporte de servicio.
Publíquese
Asamblea
Legislativa.—San José, a los dieciséis días del mes de
enero del dos mil ocho.—Francisco Antonio Pacheco Fernández, Presidente.—Xinia
Nicolás, Primera Secretaria.—Guyon Holt Massey Mora, Segundo Secretario.—1
vez.—C-6620.—(7388).
EL DIRECTORIO DE
DE
De
conformidad con la disposición adoptada en la sesión Nº 85-2007, celebrada por
el Directorio Legislativo el 5 de diciembre de 2007.
SE ACUERDA:
Ampliar el
acuerdo tomado mediante artículo 21 de la sesión Nº 84-2007, para que la
funcionaria Carmen Vargas Hernández participe en el Seminario sobre Control
Parlamentario que se llevará a cabo del 11 al 14 de diciembre de 2007, en el
Centro de
Asimismo se acuerda otorgarle
a la funcionaria Vargas Hernández los boletos aéreos y el pasaporte de
servicio.
Publíquese
Asamblea
Legislativa.—San José, a los dieciséis días del mes de
enero del dos mil ocho.—Francisco Antonio Pacheco Fernández, Presidente.—Xinia
Nicolás Alvarado, Primera Secretaria.—Guyon Holt Massey Mora, Segundo
Secretario.—1 vez.—C-8580.—(7399).
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
En uso de las
facultades que les confiere el artículo 140, incisos 3), 5) y 18) de
Considerando:
1º—Que
corresponde al Poder Ejecutivo reglamentar las leyes de
2º—Que el espectro radioeléctrico
es un bien demanial de propiedad de
3º—Que para una adecuada administración de los bienes de dominio público es necesario modificar el artículo 125 del Reglamento de Radiocomunicaciones Decreto Ejecutivo Nº 31608-G, para adecuarlo a las necesidades del país en materia de servicios de radioaficionados.
4º—Que
DECRETAN:
Artículo 1º—Refórmese el artículo 125 del Reglamento de Radiocomunicaciones Decreto Ejecutivo Nº 31608-G, del 24 de junio del 2004, de forma que se lea así:
“Artículo
125.—De la solicitud del permiso para operar desde
Artículo 2º—Rige
a partir de su publicación en el Diario Oficial
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía, Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 11674).—C-26420.—(D34287-9368).
Nº 360-P
EL PRESIDENTE DE
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de
ACUERDA:
Artículo
1º—Modificar el artículo 2 del acuerdo de viaje Nº 343-P del 19 de octubre de
2007, del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte,
cédula Nº 8-0068-0578, para que en su lugar se lea lo siguiente:
“Artículo
2º—Se autoriza al señor Ministro la suma de US$500,00 de gastos de
representación, sujeto a liquidación.”
Artículo 2º—Rige del 7 de noviembre
a las 6:00 p. m. hasta el 11 de noviembre de 2007.
Dado en
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº
40817).—C-9920.—(7400).
Nº 361-P
EL PRESIDENTE DE
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de
Considerando:
Que el
señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte como
Presidente de
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto, cédula 8-0068-0578, para que participe de
Artículo 2º—Los gastos de
viaje serán cubiertos por
Artículo 3º—Durante la
ausencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se nombra como Ministro
a. í. de Relaciones Exteriores y Culto, al Sr. Edgar Ugalde Álvarez.
Artículo 4º—Rige del 29 de
noviembre al 05 de diciembre de 2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 40816).—C-
15200.—(7401).
Nº 370-P
EL PRESIDENTE DE
Con
fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 139 de
Considerando:
1º—Que es
de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, participar en
2º—Que es de interés para el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto participar en
3º—Que es de interés para el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto la participación del Ministro en
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto, cédula Nº 8-068-578, para que participe en
Artículo 2º—Los pasajes aéreos
y los viáticos en Nueva York, serán cubiertos por Corte Penal Internacional.
Los viáticos en
Artículo 3º—Durante la
ausencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se nombra como
Ministros a. í., de Relaciones Exteriores y Culto, el 11 de diciembre, al Sr.
Rodrigo Arias Sánchez y del 12 al 15 de diciembre, al Sr. Edgar Ugalde Álvarez.
Artículo 4º—Rige del 11 al 15
de diciembre de 2007.
Dado en
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.— 1 vez.—(Solicitud Nº
40815).—C-25100.—(7402).
Nº 393-P
EL PRESIDENTE DE
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de
Considerando:
1º—Que el
Acto Oficial de Traspaso de Mando Presidencial de
2º—Que el señor Bruno Stagno
Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, formará parte de
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto, cédula Nº 8-0068-0578, para que viaje a la ciudad de Guatemala el 14 de
enero de 2008, como parte de
Artículo 2º—Los pasajes
aéreos y los gastos por concepto de viaje serán cubiertos por el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto, bajo el programa 079-Actividad Central-Despacho
del Ministro. Se le adelanta la suma de US$220,00 diarios en Guatemala. Sujeto
a liquidación. Se le autoriza al señor Ministro realizar llamadas internacionales.
Artículo 3º—Durante la
ausencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se nombra como
Ministro a. í., de Relaciones Exteriores y Culto al señor Edgar Ugalde Álvarez.
Artículo 4º—Rige de las 13:00
horas a las 21:00 horas del 14 de enero de 2008.
Dado en
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº
40810).—C-17180.—(7403).
Nº 394-P
EL PRESIDENTE DE
Con
fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 139 de
Considerando:
1º—Que es
de interés para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto participar en
2º—Que es de interés para el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto participar en
3º—Que es de interés para el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto participar en las Sesiones de
Trabajo con
4º—Es necesario que el
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto participe, como Presidente de los
Estados Partes de
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Bruno Stagno Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto, cédula Nº 8-068-578, para que participe en las actividades que se
realizarán en
Artículo 2º—Los pasajes
aéreos serán cubiertos por
Artículo 3º—Durante la
ausencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se nombra como
Ministro a. í., de Relaciones Exteriores y Culto al señor Edgar Ugalde Álvarez.
Artículo 4º—Rige del 15 de
enero a las 9:00 horas al 19 de enero a las 22:00 horas del 2008.
Dado en
ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº
40811).—C-25100.—(7404).
Nº 079-MOPT
EL PRESIDENTE DE
Y
En el
ejercicio de las atribuciones que les confiere el artículo 140 inciso 1) y
artículo 146 de
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar en propiedad, en el Consejo de Seguridad Vial, Dirección General de
Cédula Nombre Clase Puesto
6-0144-0815 Alpízar Gutiérrez Helberth Técnico
Adm. Vial 1-A 500740
6-0168-0348 Núñez Castillo Enrique Antonio Técnico
Adm. Vial 1-A 500733
2-0302-0988 Fernández Esquivel Carlos Eduardo Técnico
Adm. Vial 1-A 500837
Artículo
2º—Estos nombramientos, rigen a partir del 11 de abril del 2007.
Dado en
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
Nº 080-MOPT
EL PRESIDENTE DE
Y
En el
ejercicio de las atribuciones que les confiere el artículo 140 inciso 1) y
artículo 146 de
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar interinamente, en el Consejo de Seguridad Vial, Dirección General de
Cédula Nombre Clase Puesto
1-0541-0406 Molina
Benavides Arturo Técnico
Adm. Vial 1-A 500199
2-0530-0406 Morales Sánchez José E. Técnico
Adm. Vial 1 -A 500090
2-0293-0647 Salazar Alfaro Danilo Técnico
Adm. Vial 1 -A 500725
3-0384-0404 Serrano Torres Ana María Técnico
Adm. Vial 1-A 500680
Artículo
2º—Estos nombramientos, rigen a partir del 02 de julio del 2007.
Dado en
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
Nº 081- MOPT
EL PRESIDENTE DE
Y
En el
ejercicio de las atribuciones que les confiere el artículo 140 inciso 1) y
artículo 146 de
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar interinamente, en el Consejo de Seguridad Vial, Dirección General de
Cédula Nombre Clase Puesto
2-0470-0416 Anchía
Rodríguez Keylor Técnico
Adm. Vial 1-A 500237
1-1013-0766 Díaz Vargas Rafael Técnico
Adm. Vial 1-A 500894
3-0253-0136 Mata Montoya Saúl Técnico
Adm. Vial 1-A 500863
6-0308-0818 Medina Martínez Nelson Técnico
Adm. Vial 1-A 500486
9-0103-0026 Sibaja Molina German Técnico
Adm. Vial 1-A 500773
3-0395-0159 Ureña Gutiérrez Esdras Técnico
Adm. Vial 1-A 500891
1-1234-0917 Ureña Leitón Walter Técnico
Adm. Vial 1-A 500050
6-0291-0074 Vargas Ruiz Gilberto Técnico
Adm. Vial 1-A 500794
6-0174-0687 Villegas Ramírez José Técnico
Adm. Vial 1-A 500941
Artículo
2º—Estos nombramientos, rigen a partir del 16 de agosto del 2007.
Dado en
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
Nº 518-2005
EN EL EJERCICIO DE
Y
Con
fundamento en los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
1º—Que
mediante Acuerdo Ejecutivo número 062-92 de fecha 26 de junio de 1992,
publicado en el Diario Oficial
2º—Que mediante carta de
fecha 7 de octubre del año en curso, la empresa Corporación GEC S. A., presentó
ante
3º—Que de conformidad con el
artículo 30, inciso a) del Reglamento a
4º—Que
5º—Que la empresa Corporación
GEC S. A., rindió en su oportunidad el depósito de garantía, el cual se
encuentra vigente a la fecha.
6º—Que en el procedimiento se
han seguido las prescripciones de Ley. Por tanto:
ACUERDAN:
1º—Aceptar
la renuncia al Régimen de Zonas Francas presentada por la empresa Corporación
GEC S. A.
2º—Se otorga a la empresa
Corporación GEC S. A., el plazo de quince días hábiles a partir de la
notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, para que proceda a la liquidación
de sus operaciones dentro del Régimen de Zonas Francas. Una vez transcurrido
dicho plazo, los bienes que no hayan salido de sus instalaciones, conforme a
los procedimientos aplicables, se considerarán en estado de abandono a favor
del Fisco.
3º—Rige a partir de su
comunicación.
Comuníquese
y publíquese.
Dado en
LINETH
SABORÍO CHAVERRI.—
INSTITUTO GEOGRÁFICO
NACIONAL
DEPARTAMENTO DE GEODESIA Y
TOPOGRAFÍA
AVISO Nº 2007-021
ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
Amojonamiento de zona
pública frente a playa
Palo Seco y estero / manglar Meros
De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento de
Sector costero frente playa
Palo Seco
382 380 N - 428 240 E y 382 390 N - 428
315 E
(2 mojones, enumerados del 920 al 921)
Sector estero / manglar Meros
382 450 N - 428 300 E y 382 435 N - 428
260 E
(2 mojones, enumerados del 489 al 490 )
Los datos
técnicos oficiales del trabajo han quedado registrados con los números 75-19 y
75-23, en el Registro de Zona Marítimo Terrestre del IGN.
San José,
19 de diciembre del 2007.—M.Sc. Max Lobo Hernández,
Director General.—1 vez.—Nº 11447.—(7731).
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
DIVISIÓN DE CONTROL DE
CALIDAD Y
MACROEVALUACIÓN DEL
SISTEMA EDUCATIVO
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada, Rama Académica, Modalidad de Ciencias y Letras,
inscrito en el Tomo I, Folio 60, Título Nº 1012, emitido por el Liceo de
Puriscal, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Campos
Charpentier Jhonny. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 47, Título Nº 417, emitido por el Liceo
Mauricio Alvarado Vargas, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre
de Alfaro Rodríguez Johnny. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días, hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 63, título Nº 277, emitido por el Liceo
Julio Fonseca Gutiérrez, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de
Orozco Orozco Cinthia María. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante esta dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo I, folio 48, título N° 322, emitido por el Liceo
Pacífico Sur, en el año mil novecientos noventa y nueve, a nombre de Guerrero
Murillo Andy. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante esta dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo I, folio 162, título N° 1619, emitido por el Colegio
de Limón Diurno, en el año dos mil cuatro, a nombre de Núñez Varela Eric José.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
Ante esta Subdirección
se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de
Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Letras,
inscrito en el Tomo 1, Folio 39, Título Nº 424, emitido por el Colegio Nocturno
Braulio Carrillo Colina, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de
Pacheco Castillo Alexis Alberto. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 104, título Nº 864, emitido por el Liceo
José Joaquín Vargas Calvo, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre
de Mora Garita Luis Eduardo. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada Rama Académica, Modalidad de Letras, inscrito en el
tomo 2, folio 43, asiento Nº 369-84, emitido por el Colegio Nocturno León XIII,
en el año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Garro Cordero Jorge
Arturo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante esta dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 184, título Nº 1886, emitido por el Liceo
de Paraíso, en el año dos mil cinco, a nombre de Sánchez Morales Cristian Eduardo.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios
de Educación Diversificada Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1,
folio 51, título Nº 579, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Quepos,
en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Hidalgo Rodríguez Leidy.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial
DEPARTAMENTO DE
ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su Estatuto Social de la organización social denominada: Sindicato Nacional
de Empleados Electorales y Civiles R.L., siglas UNEC, acordada en asamblea
celebrada el día 28 de marzo del 2007. Expediente E-55. En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Cambio de nombre Nº 42903
Que el
señor Édgar Zurcher Gurdián, cédula Nº 1-532-390, en concepto de apoderado
general de Saint Gobain Vitrage, solicitó a este Registro se anote la
inscripción del cambio de nombre, otorgado por Saint Gobain Vitrage de Francia
por el de Saint-Gobain Glass France de Francia. Solicitud presentada a las
08:35 horas del 4 de diciembre del 2007, con respecto a la marca de fábrica PARSOL
en clase 19, registro Nº 64096, inscrita el 13 de julio de 1984; la marca de
fábrica SGG en clase 20, registro Nº 113759, inscrita el 18 de mayo de
1999; la marca de fábrica SGG en clase 19, registro Nº 113776, inscrita
el 18 de mayo de 1999; la marca de fábrica SGG en clase 21, registro Nº
113779, inscrita el 18 de mayo de 1999. Publicar en
Cambio de nombre Nº 41331
Que el
señor Édgar Zurcher Gurdián, cédula Nº 1-532-390, en concepto de apoderado
general de Chanel S. A., solicitó a este Registro se anote la inscripción del
cambio de nombre, otorgado por Chanel S. A., de Suiza por el de Chanel Sarl, de
Suiza. Solicitud presentada a las 13:18 horas del 26 de noviembre del 2007, con
respecto a la marca de fábrica EGOISTE PLATINUM en clase 3, registro Nº
86890, inscrita el 4 de mayo de 1994; la marca de fábrica ALLURE en
clase 3, registro Nº 87580, inscrita el 20 de julio de 1994. Publicar en
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
El Registro
de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Pro Conservación y
Defensa de los Recursos Naturales y Culturales de la provincia de Guanacaste,
con domicilio en la provincia de Guanacaste. Sus fines principales entre otros,
es el siguiente: Fomentar y difundir métodos para la capacitación de los
asociados, en la defensa, preservación y fomento de los recursos naturales de
la provincia de Guanacaste. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la
asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con
las limitaciones que establece el estatuto, lo es el presidente: Óscar Calvo
Calvo. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas
en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación para el Ambiente
del Nuevo Pacuare, con domicilio en la provincia de Limón, Siquirres, Barra de
Nuevo Pacuare. Entre sus fines están: salvaguardar los recursos naturales de
Barra de Nuevo Pacuare y sus alrededores. Su presidente Ronald Barrientos
Quesada, es el representante judicial y extrajudicial con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma, pero para comprar bienes inmuebles o
vehículos automotores, así como vender, arrendar, hipotecar, permutar,
pignorar, o en cualquier forma enajenar esos bienes, deberá contar con la
autorización de la junta directiva. Por encontrarse dicha organización, dentro
de las prescripciones establecidas en
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción la reforma de
El Registro de
Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su
inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Iglesia Evangélica
Casa de Adoración al Padre, Hijo y Espíritu Santo, con domicilio en la
provincia de Alajuela, Grecia. Cuyos fines principales entre otros son los
siguientes: encaminar sus esfuerzos al mejor desarrollo y desenvolvimiento de
la comunidad, mediante la difusión del evangelio y la fe cristiana. Cuyo
representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de
apoderado generalísimo limitado a quinientos mil colones y con las limitaciones
establecidas en el estatuto lo es el presidente: Yénder Martín Bolaños Álvarez.
Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en
REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La señora
María del Milagro Chaves Desanti, cédula 1-626-794, en su condición de
apoderada de Takeda Pharmaceutical Company Limited, de Japón, solicita
La señora María del
Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad 1-626-794, en su condición de
apoderada de Takeda Pharmaceutical Company Limited, de Japón, solicita
La señora María del Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, cédula 1-626-794, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Concordia Development S.R.L., de Italia, solicita el Diseño Industrial denominado PREFORMA DE BOTELLA.
Para ver
imágenes solo en
Un
diseño ornamental, nuevo y original de una botella. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
La señora María del
Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, cédula 1-626-794, vecina de San José,
en su condición de apoderada especial Takeda Pharmaceutical Company Limited, de
Japón, solicita
La señora María del Milagro Chaves Desanti, mayor, abogada, cédula 1-626-794, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Newfrey LLC, de E.U.A., solicita el Diseño Industrial denominado CUERPO DE GRIFO.
Para ver
imágenes solo en
Es un diseño ornamental para
un cuerpo de grifo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados,
INSTITUTO
METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. Nº
5946A.—
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp.
12720P.—Tierra Extraña S. A., solicita concesión de:
,05 lps del pozo RG-750, efectuando la captación en su finca en Turrubares,
para consumo humano. Coordenadas 210.050 / 489.750 hoja Río Grande. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 21 de noviembre del 2007.—Departamento de Aguas,
J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(6266).
Registro Civil -
Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. Nº 6457-03.—Registro Civil, Departamento Civil, Oficina de Actos
Jurídicos. Samantha de Michelis, no indica segundo apellido, mayor, divorciada,
publicista, cédula de residencia número setecientos cincuenta y ocho-ciento
ochenta y nueve mil setecientos noventa-cero cero dos mil trescientos cincuenta
y tres, vecina de centro Liberia; solicita la rectificación del asiento de
nacimiento de su hija Camilla Zamora de Michelis, que lleva el número… en el
sentido de que la misma es hija de “Eduardo Cordero Mora, costarricense y
Samantha de Michelis, no indica segundo apellido, italiana”; y no como se
consignó. Publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial de
conformidad con lo establecido el artículo 66 de
PUBLICACIÓN DE
UNA VEZ
Se hace
saber que en diligencias de ocurso incoadas por Esmirna Almengor Almengor, este
Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº
3363-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección
de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cincuenta y cinco minutos del
veintisiete de noviembre del dos mil siete. Expediente Nº 5706-07. Resultando:
1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…,
II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Procédase a
rectificar el asiento de nacimiento de Katherinne Paola Vargas Márquez… en el
sentido que los apellidos de la madre… son “Almengor Almengor”.—Lic. Rodrigo
Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia
María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(7440).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Andrea Patricia Alvarado Arce, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3087-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas y cuarenta y dos minutos del trece de noviembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 10670-07. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Andrea Patricia Alvarado Arce... en el sentido que el nombre y apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Martha Lorena del Carmen Murillo Arce”, y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(7457).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yolanda Lorena Alvarado Arce, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3058-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas y treinta y siete minutos del doce de noviembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 10668-07. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Yolanda Lorena Alvarado Arce... en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Martha Lorena del Carmen Murillo Arce”, y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(7458).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Verónica Leitón Espinoza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3552-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas del cuatro de diciembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 17112-2007. Resultando 1º—…, 2º—…, 3º—… Considerando: I. Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Carlos Alberto Contreras Espinoza… en el sentido que los apellidos de la madre del mismo son “Leitón Espinoza” y no como se consignaron.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 11567.—(7734).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Julio César Barbosa Bravo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3949-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas cincuenta minutos del diecinueve de diciembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 34503-2007. Resultando 1º—…, 2º—… Considerando: I. Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Julio César Barbosa Bravo con Mónica María Ovares Navarro, en el sentido que el apellido del padre y el segundo nombre de la madre del cónyuge son “Barbosa, no indica segundo apellido” y “Alicia”, respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 11626.—(7735).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ana Concepción Soto Rodríguez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3617-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas del cinco de diciembre del dos mil siete. Ocurso. Exp No 17327-2007. Resultando 1º—…, 2º—… Considerando: I. Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Didier Carvajal Cascante con Ana Concepción Soto Rodríguez, en el sentido que el segundo nombre de la cónyuge, así como el nombre de la madre de la misma son “Consepción” y “Anabell de Rosario”, respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(7794).
SECCIÓN DE OPCIONES Y
NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de
naturalización
Nancy Yadira
Ochoa Elvir, mayor, soltera, operadora técnica, hondureña, cédula de residencia
Nº 135-RE-057283-00-1999, vecina de San José, expediente Nº 1373-2006. Se ha
presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto
por los artículos 11 y 12 de
María Rosa Hernández
Ventura, mayor, soltera, oficios domésticos, salvadoreña, cédula de residencia
Nº 220-188091-0008004, vecina de Heredia, expediente Nº 854-2007. Se ha
presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto
por los artículos 11 y 12 de
Luis Gutiérrez Marín,
mayor, casado, comerciante, español, cédula de residencia Nº 726-166885-003921,
vecino de Alajuela, expediente Nº 3134-2006. Se ha presentado a este Registro a
levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Katherine Rodríguez
Sánchez, mayor, soltera, asistente legal, colombiana, carné de refugiado
117000120812, vecina de San José, expediente 1773-2007. Se ha presentado a este
Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos
11 y 12 de
DEFENSORÍA DE LOS
HABITANTES
PROGRAMA DE ADQUISICIONES
2008
Se avisa a
todos los potenciales oferentes que con el fin de cumplir con lo que establece
el artículo 6 de
1) Alquiler de Local en provincia Puntarenas,
cantón Corredores, distrito primero Ciudad Neily, mes de febrero, monto anual
aprox. ¢2.160.000. Presupuesto ordinario Programa 808.
2) Compra de un rótulo luminoso para Oficina
Regional de
3) Servicio de catering, Ciudad Nelly, mes de
febrero. Presupuesto aprox. ¢100.000,00. Presupuesto ordinario Programa 808.
Servicio de catering, durante
todo el año, provincia San José. Presupuesto aprox. ¢600.000,00. Presupuesto
ordinario Programa 808.
4) Papel para fotocopiadora, impresora Bond 75
gr. Periodo aprox. enero, junio. Presupuesto aprox. ¢2.400.000,00. Presupuesto
ordinario Programa 808.
5) Compra de equipo de cómputo incluye diez
computadoras un router, tres impresora ¢6.500.000,00, mes de febrero.
6) Compra de dos aires acondicionados. Periodo
aprox. mes de marzo. Presupuesto aprox. ¢1.000.000,00. Presupuesto ordinario
Programa 808.
7) Lapiceros azules, negros y rojos, lápices,
borradores, sacapuntas, engrapadoras, perforadoras, broches para archivo, grapas,
sacagrapas, portaminas, minas, reglas, borrador tipo lapicero, discos
compactos, diskettes. Periodo aprox. durante todo el año. ¢1.000.000,00
Presupuesto ordinario Programa 808.
8) Productos de papel como block de notas, block
de papel adhesivo, cartulina para portadas, cartulina para tarjetas y para
certificados, papel bond 75 gramos de diferentes colores, papel de
construcción, etiquetas para discos compactos, etiquetas para carpetas manila y
etiquetas para correspondencia, sobres, papel membretado, papel higiénico,
servilletas. Periodo febrero - julio - octubre ¢700.000,00. Presupuesto
ordinario Programa 808.
9) Discos compactos, disquetes. Periodo aprox.
febrero, marzo y setiembre. Presupuesto: ¢300.000,00. Presupuesto ordinario
Programa 808.
10) Cajas de archivador personal, archivador de
revistas, archivador de cartón tamaño carta, archivador de cartón tamaño media
carta, carpetas manila tamaño carta, carpetas colgantes tamaño carta y oficio,
carpetas color azul, verde y rojo, cartulinas varios colores y tipos. Periodo
aprox. Febrero - julio y octubre. Presupuesto aprox. ¢700.000,00. Presupuesto
ordinario Programa 808.
11) Baterías triple A, doble A
y para foco. Periodo aprox. mayo. Presupuesto aprox. ¢200.000,00. Presupuesto
ordinario Programa 808.
12) Tubos fluorescentes, bombillos balastros,
fotoceldas. Periodo aprox. febrero, julio. Presupuesto: ¢600.000,00.
Presupuesto ordinario Programa 808.
13) Café, crema y azúcar en sobre. Periodo aprox.
febrero-agosto-noviembre ¢550.000,00. Presupuesto ordinario Programa 808.
14) Teléfono 3 COM, teléfonos convencionales y
teléfonos celulares. Presupuesto ordinario Programa 808. Periodo aprox.
febrero, monto aprox. ¢600.000,00.
15) Jabón líquido, jabón en crema para lavaplatos,
desinfectantes, cloro, jabón en polvo, shampoo para vehículo, cera para
vehículos. Periodo aprox. marzo y setiembre. Presupuesto ¢500.000,00.
Presupuesto ordinario Programa 808.
16) Transparencias para fotocopiadora,
transparencias para impresora láser y para impresora de inyección de tinta.
Periodo aprox. abril y julio. Presupuesto aprox. ¢400.000,00. Presupuesto
ordinario Programa 808.
17) Mueble para computadora-escritorio forrados en
plástico laminado mes de marzo. Presupuesto aprox. ¢880.000,00. Presupuesto
ordinario Programa 808.
18) Mantenimiento y reparación de vehículos. Monto
aprox. ¢3.800.000,00. Periodo aprox. mes febrero y meses siguientes 2008
Programa 808 Presupuesto ordinario.
19) Mantenimiento y reparación de canoas mes de
febrero, presupuesto aprox. ¢650.000,00 Presupuesto ordinario Programa 808.
20) Instalación cielo raso en la bodega. Periodo:
abril. Presupuesto aprox. ¢600.000,00. Presupuesto ordinario Programa 808.
21) Compra de horno de microondas. Periodo aprox.
mes de marzo. Presupuesto aprox. ¢150.000,00. Presupuesto ordinario Programa
808.
22) Empaste de gacetas 2007. Periodo aprox. marzo
¢200.000,00. Presupuesto ordinario Programa 808.
23) Memoria y cassette para cámara de video marca
Samsung, baterías para cámara fotográfica digital marca Sony y cassettes para
cámara de video Sony, mes de mayo ¢600.000,00. Presupuesto ordinario Programa
808.
24) Impresiones de desplegables, folletos,
calcomanías, afiches, banner con logo, abril-julio y setiembre ¢1.500.000,00.
Presupuesto ordinario Programa 808.
25) Monitores, teclados, mouse, parlantes, mes de
abril presupuesto ¢500.000,00. Presupuesto ordinario Programa 808.
26) Llantas, baterías para los vehículos de la
institución. Periodo aprox. durante todo el año. Presupuesto aprox.
¢1.500.000,00. Presupuesto ordinario Programa 808.
27) Compra de U.P.S. periodo aprox. marzo,
presupuesto aprox. ¢200.000,00. Presupuesto ordinario Programa 808.
28) Tonner y tintas para impresoras marca: Kyocera
Mita, H.P., Lexmark, Epson, Xerox, Brother, para fotocopiadoras marca: Ricoh,
Xerox y Mita y cintas para fax marca: Canon, Xerox, Panasonic, Brother. Periodo
aprox. febrero, junio y setiembre. Presupuesto aprox. ¢3.000.000,00.
Presupuesto ordinario Programa 808.
29) Compra de archivadores de metal, dos gavetas y
cuatro gavetas mes de febrero, presupuesto aprox. ¢300.000,00. Presupuesto
ordinario Programa 808.
30) Compra de Scanners. Periodo aprox. mes de
abril. Presupuesto aprox. ¢200.000,00. Presupuesto ordinario Programa 808.
31) Protectores para pantallas de visualización.
Periodo aprox. mes de agosto, presupuesto aprox. ¢200.000,00. Presupuesto
ordinario Programa 808.
32) Construcción de aleros para los corredores del
edificio de
33) Compra de faxes. Periodo aprox. mes de febrero.
Presupuesto aprox. ¢280.000,00 Presupuesto ordinario Programa 808.
34) Compra de ventiladores de techo y ventiladores
de pie. Periodo aprox. febrero. Presupuesto aprox. ¢200.000,00. Presupuesto
ordinario Programa 808.
35) Lector de código de barras. Periodo aprox. mes
de agosto. Presupuesto aprox. ¢100.000,00. Presupuesto ordinario Programa 808.
36) Compra de uniformes y gabachas, mes de octubre.
Presupuesto aprox. ¢600.000,00. Presupuesto ordinario Programa 808.
37) Compra de sillas ergonómicas tipo ejecutivas,
mesas redondas, sillas para mesas redondas. Muebles para papelería y
suministros de oficina. Presupuesto aprox. ¢700.000,00. Periodo aprox. mes de
marzo. Presupuesto ordinario Programa 808.
Departamento
de Proveeduría y Servicios Generales.—Roxana Hernández
Cavallini, Jefa.—1 vez.—(Solicitud Nº 30591).—C-63380.—(6606).
COMISIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN
DE RIESGOS
Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS
Programa de adquisiciones
para el 2008
San José,
a los veintitrés días del mes de enero del dos mil ocho.—Departamento
de Proveeduría.—Lic. Julieta Murillo Zamora.—1
vez.—(Solicitud Nº 49810).—C-7940.—(6395).
LABORATORIO COSTARRICENSE
DE METROLOGÍA
PLAN DE COMPRAS 2008
SUBPARTIDA |
DESCRIPCIÓN |
UNIDAD |
PERIODO |
CANTIDAD |
MONTO ESTIMADO ¢ |
1.03.01 |
Información |
SERVICIO |
I-II-III-IV
TRIM. |
25 |
245.000,00 |
1.03.03 |
Impresión, encuadernación y otros |
SERVICIO |
I-II-III-IV
TRIM. |
100 |
225.000,00 |
1.03.05 |
Servicios aduaneros |
SERVICIO |
I-II-III-IV
TRIM. |
20 |
4.000.000,00 |
1.03.04 |
Transporte de bienes |
SERVICIO |
I-II-III-IV
TRIM. |
6 |
3.000.000,00 |
1.04.05 |
Servicios de desarrollo de sistemas informáticos |
SISTEMA |
II SEMESTRE |
2 |
3.000.000,00 |
1.04.99 |
Otros servicios de gestión y apoyo |
SERVICIO |
I-II-III-IV
TRIM. |
15 |
450.000,00 |
1.05.03 |
Transporte en el exterior |
TIQUETE |
I-II-III-IV
TRIM. |
10 |
4.000.000,00 |
1.07.01 |
Actividades de capacitación |
ACTIVIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
10 |
1.250.000,00 |
1.07.02 |
Actividades protocolarias y sociales |
SERVICIO |
I-II-III-IV
TRIM. |
10 |
850.000,00 |
1.08.01 |
Mantenimiento de edificios y locales |
REPARACIÓN |
I-II-III-IV
TRIM. |
4 |
5.000.000,00 |
1.08.05 |
Mantenimiento y reparación de equipo de transporte |
REPARACIÓN |
I-II-III-IV
TRIM. |
8 |
3.000.000,00 |
1.08.07 |
Mantenimiento y reparac. de equipo y mobil. de ofic. |
REPARACIÓN |
I-II-III-IV
TRIM. |
50 |
750.000,00 |
1.08.08 |
Manten. y reparac. de eq. de cómp. y sist. de inform. |
SERVICIO |
I-II-III-IV
TRIM. |
25 |
750.000,00 |
1.08.99 |
Mantenimiento y reparación de otros equipos |
REPARACIÓN |
I-II-III-IV
TRIM. |
25 |
8.000.000,00 |
2.01.02 |
Productos farmacéuticos y medicinales |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
250 |
4.800.000,00 |
2.01.04 |
Tintas, pinturas y diluyentes |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
100 |
1.186.740,00 |
2.01.99 |
Otros productos químicos |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
100 |
7.200.000,00 |
2.03.03 |
Madera y sus derivados |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
50 |
50.000,00 |
2.03.01 |
Materiales y productos metálicos |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
250 |
650.000,00 |
2.03.04 |
Materiales y productos eléctricos, telef. y de cómp. |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
250 |
950.000,00 |
2.03.05 |
Materiales y productos de vidrio |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
150 |
315.000,00 |
2.03.06 |
Materiales y productos de plástico |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
100 |
400.000,00 |
2.03.99 |
Otros materiales y productos de uso en la construc. |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
150 |
250.000,00 |
2.04.01 |
Herramientas e instrumentos |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
300 |
10.000.000,00 |
2.04.02 |
Repuestos y accesorios |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
200 |
5.000.000,00 |
2.99.01 |
Útiles y materiales de oficina y cómputo |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
250 |
2.200.000,00 |
2.99.02 |
Útiles y materiales médico, hospital. y de investigac. |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
100 |
650.000,00 |
2.99.03 |
Productos de papel, cartón e impresos |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
500 |
2.350.000,00 |
2.99.04 |
Textiles y vestuario |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
150 |
2.000.000,00 |
2.99.05 |
Útiles y materiales de limpieza |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
500 |
650.000,00 |
2.99.06 |
Útiles y materiales de resguardo y seguridad |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
150 |
225.000,00 |
2.99.07 |
Útiles y materiales de cocina y comedor |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
50 |
100.000,00 |
2.99.99 |
Otros útiles, materiales y suministros |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
200 |
725.000,00 |
5.01.04 |
Equipo y mobiliario de oficina |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
50 |
2.500.000,00 |
5.01.05 |
Equipo y programas de cómputo |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
10 |
5.000.000,00 |
5.01.06 |
Equipo sanitario, de laboratorio e investigación |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
20 |
53.450.000,00 |
5.01.99 |
Maquinaria y equipo diverso |
UNIDAD |
I-II-III-IV
TRIM. |
25 |
1.250.000,00 |
Lic. Wálter Zavala Ortega,
Director General.—1 vez.—(Solicitud Nº
24595).—C-83600.—(7341).
CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN
CIVIL
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN
CIVIL
De
conformidad con las modificaciones a
Asimismo se informa que las
modificaciones que surjan durante el año a este Programa de Adquisiciones,
serán puestas a disposición de los interesados en el sistema Comprared
supracitado.
San José,
24 de enero del 2008.—Lic. José Alberto Cascante
Torres, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº
12869).—C-7940.—(8011).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
PLAN DE COMPRAS 2008
PROYECTO MS-BID
De
conformidad con las modificaciones a
Basados en
el artículo 108 de la misma Ley, se invita a los proveedores a incorporarse al
registro de oferentes interesados en contratar con la administración.
San José,
23 de enero del 2008.—Lic. Vanessa Arroyo Chavarría,
Proveedora.—1 vez.—(6426).
INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE
Y
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
PROGRAMA DE ADQUISICIONES
2008
De
conformidad con el artículo 6º de
De igual manera se invita a
los proveedores interesados en contratar con la administración a incorporarse
al Registro de Proveedores Institucional y a los que se encuentran debidamente
inscritos favor actualizar su información para el actual período presupuestario.
San José,
25 de enero del 2008.—Lic. Eduardo Alonso Ramírez
Brenes, Proveedor Institucional.—1 vez.—(7789).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
PROGRAMA MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
UNIDAD EJECUTORA
CONTRATO DE PRÉSTAMO 1377/OC-CR
PROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO
2008
POR APORTE
Tipo de bien servicios u obra- Monto
estimado Fuente
de Período
Código Descripción en
colones financiam. (trimestre)
1.03.01 Información 3.898.000,00 LOCAL 1, 2, 3, 4
1.03.03 Impresión,
encuadernación y 3.249.000,00 LOCAL 1, 2, 3, 4
Otros 14.037.650,00 BID
1.0402 Servicios
jurídicos 203.271,55 BID 1, 2, 3, 4
1.0404 Servicios
en ciencias 112.798.401,68 BID 1, 2, 3, 4
económicas y sociales
1.0405 Servicios
de desarrollo de 212.040.000,00 LOCAL 1, 2, 3, 4
sistemas informáticos 685.631.700,30 BID
1.0499 Otros
servicios de gestión y 51.300.000,00 LOCAL 1, 2, 3, 4
Apoyo 549.539.284,80 BID
1.07.01 Actividades
de capacitación 20.520.000,00 LOCAL 1, 2, 3, 4
45.432.269,02 BID
1.07.02 Actividades
protocolarias y sociales 2.930.000,00 BID 1, 2, 3, 4
2.04 01 Herramientas
e instrumentos 2.500.000,00 BID 1, 2, 3, 4
2.99.01 Útiles y
materiales de ofic. y
cómputo 14.742.545,00 BID 1, 2, 3, 4
2.99.99 Otros
útiles, materiales y suministros 17.982.545,00 BID 1, 2, 3, 4
5.01.03 Equipo
de comunicación 709.120.378,80 BID 1, 2, 3, 4
5.01.04 Equipo y
mobiliario de oficina 19.317.090,65 BID 1, 2, 3, 4
5.01.05 Equipo y
programas de cómputo 1.404.891.151,02 BID 1, 2, 3, 4
5.01.99 Maquinaria
y equipo diverso 18.550.000,00
5.02.01 Edificios 1.851.444.000,00 BID 1, 2, 3, 4
6.02.01 Becas a
funcionarios 42.607.000,00 LOCAL 1, 2, 3, 4
975.000,00 BID
NOTAS:
1. Los montos indicados, para la fuente BID,
corresponden a la totalidad de ese aporte para el Programa Modernización de
2. El Programa de Adquisiciones, se cumplirá por
medio de los diferentes procedimientos de contratación, regulados en
3. Los montos aquí señalados, corresponden al
presupuesto del año 2008, y se encuentran divididos por la fuente (aporte).
4. Los procedimientos de contratación, promovidos
por el Poder Judicial, a través de
5. Esta publicación no implica compromiso alguno
de contratar, por parte del Programa.
6. Los objetos contractuales de cada
procedimiento, responderán a la adquisición de equipos, contratación de
servicios o una combinación de ambos.
Cualquier
otra información adicional, relativa al Programa, podrá obtenerse en la
siguiente dirección:
Unidad Ejecutora del Programa
de Modernización Poder Judicial - BID.
Edificio de
Sita 250 metros este Caja Costarricense
de Seguro Social
Ave. Segunda San José, Costa Rica.
Apdo. 111-1003 San José.
Teléfonos Nos. 211-9832, 211-9834
Fax No. (506) 256-5668.
www.poder-judicial.go.cr/bid
Correo electrónico:
rarroyo@poder-judicial.go.cr
San José,
28 de enero del 2008.—MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán,
Director Interino Programa Poder Judicial - BID.—1
vez.—(7437).
PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS
2008
Financiamiento Inicio
Presupuesto
Ordinario 2008 1°
y 2° Semestre
Partida Nombre Monto
asignado ¢
PARTIDA 1 SERVICIOS NO PERSONALES
1
01 01 Alquiler edif, locales, ter. 176.790.793,00
1 01 02 Alquiler de maq. equipo
y mob. 35.410.000,00
1 01 03 Otros alquileres 4.580.000,00
1 02 01 Servicio agua y alcantarillado 15.600.000,00
1 02 02 Servicio energía eléctrica 86.600.000,00
1 02 03 Servicio de correo 1.300.000,00
1 02 04 Servicio de telecomunicaciones 127.980.000,00
1 02 99 Otros servicios básicos 8.150.000,00
1 03 01 Información 54.225.000,00
1 03 02 Publicidad y propaganda 154.078.800,00
1 03 03 Impresión, encuader. y
otros 152.973.226,00
1 03 04 Transporte de bienes 27.450.000,00
1 03 05 Servicios aduaneros 5.000.000,00
1 03 06 Comis. gtos. serv. fin. y
com. 35.000.000,00
1 03 07 Servicios trans. elec.
de inf. 77.368.250,00
1 04 01 Servicios médicos y laboratorios 130.000,00
1 04 02 Servicios jurídicos 9.400.000,00
1 04 03 Servicios de ingeniería 8.725.000,00
1 04 04 Servicios ciencias econ. y soc. 25.088.000,00
1 04 05 Servicios desarrollo sist. inf. 13.893.870,00
1 04 06 Servicios generales 170.710.200,00
1 04 99 Otros servi, gestión y apoyo 78.604.975,00
1 05 01 Transportes dentro del país 62.893.500,00
1 05 02 Viáticos dentro del país 189.817.790,00
1 05 03 Transporte en el exterior 33.783.000,00
1 05 04 Viáticos en el exterior 34.927.200,00
1 06 01 Seguros 66.030.000,00
1 07 01 Actividades de capacitación 252.763.571,00
1 07 02 Actividad protocolarias y soc. 87.700.000,00
1 07 03 Gastos de representación inst. 600.000,00
1 08 01 Mantenimiento edificios y loc. 74.000.000,00
1 08 04 Mant. y rep. maq. eq. produc. 60.000.000,00
1 08 05 Mant. y rep. equipo transporte 11.300.000,00
1 08 06 Mant. y rep. equipo comunicac. 11.000.000,00
1 08 07 Mant. y rep. equipo y mob. of. 18.500.000,00
1 08 08 Mant. rep. eq. cómp. sist. in. 52.900.000,00
1 08 99 Mant.y rep. otros
equipos 3.000.000,00
1 99 99 Otros servicios no especif. 111.714.682,00
TOTAL 2.339.987.857,00
PARTIDA 2 MATERIALES Y SUMINISTROS
2
01 01 Combustibles y lubricantes 45.186.000,00
2 01 02 Productos farmacéuticos y med. 12.925.000,00
2 01 03 Productos veterinarios 1.012.000,00
2 01 04 Tintas, pinturas y diluyentes 61.450.050,00
2 01 99 Otros productos químicos 21.081.000,00
2 02 02 Productos agroforestales 2.400.000,00
2 02 03 Alimentos y bebidas 1.140.000,00
2 03 01 Materiales y produc. metálicos 7.000.000,00
2 03 03 Maderas y sus derivados 5.300.000,00
2 03 04 Mat. y prod. eléc., tel y com. 17.000.000,00
2 03 05 Materiales y prod. de
vidrio 600.000,00
2 03 06 Materiales y prod. de
plástico 1.700.000,00
2 03 99 Otros mat. y
prod. uso const. 7.150.000,00
2 04 01 Herramientas e instrumentos 10.180.000,00
2 04 02 Repuestos y accesorios 46.550.000,00
2 99 01 Útiles y mat. oficina
y comp. 75.717.915,00
2 99 02 Útiles y mat. méd., hosp. inv. 6.825.000,00
2 99 03 Productos papel, cartón e imp. 542.218.889,00
2 99 04 Textiles y vestuario 27.978.000,00
2 99 05 Útiles y materiales de limp. 21.180.000,00
2 99 06 Útiles y mat.de resguado y seg 600.000,00
2 99 07 Útiles y mat. cocina
y comedor 1.250.000,00
2 99 99 Otros útiles, mat. y
suminis. 137.028.991,00
TOTAL 1.053.472.845,00
PARTIDA 5 MAQUINARIA Y
EQUIPO
5
01 01 Maquinaria y equipo p.
produc. 360.700.000,00
5 01 02 Equipo de transporte 56.000.000,00
5 01 03 Equipo de comunicación 241.637.100,00
5 01 04 Equipo y mobiliario de oficina 71.631.000,00
5 01 05 Equipo y programas de cómputo 520.322.424,00
5 01 06 Eq. sanitario,
lab., e invest. 23.600.000,00
5 01 07 Eq. y mob.
educ., dep. y recr. 47.829.000,00
5 01 99 Maquinaria y equipo y diverso 240.357.000,00
5 02 01 Edificios 2.451.200.000,00
5 02 99 Otras construcciones 6.000.000,00
5 03 01 Terrenos 200.000.000,00
5 99 02 Piezas y obras de colección 23.000.000,00
5 99 03 Bienes intangibles 35.000.000,00
TOTAL 4.277.276.524,00
San José,
28 de enero del 2008.—Oficina de Contratación y
Suministros.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(7416).
SUCURSAL DEL SEGURO SOCIAL DE
QUEPOS
PROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO
2008
Cumpliendo
con lo establecido en el artículo 6º de
210 Servicios
no personales
2102 Alquiler de locales 7.828.000,00
2112 Información y publicidad 400.000,00
2114 Impresión, encuadernación
y otros 50.000,00
2122 Telecomunicaciones 1.200.000,00
2124 Servicio de correo 25.000,00
2126 Energía eléctrica 2.450.000,00
2128 Servicio de agua 100.000,00
2130 Otros servicios públicos 60.000,00
2134 Gastos de viajes en el
país 6.500.000,00
2140 Transportes y fletes en
el país 390.000,00
2141 Transporte de bienes 40.000,00
2142 Seguro de daños 83.000,00
2144 Seguro riesgos
profesionales 271.200,00
2152 Mantenimiento reparación
maquinaria equipo oficina 700.000,00
2153 Mantenimiento reparación
equipo de transporte por terceros 1.675.000,00
2154 Mantenimiento reparación
de otros equipos 780.000,00
2156 Mantenimiento reparación
de edificios por terceros 1.000.000,00
2157 Mantenimiento reparación
equipo comunicación 500.000,00
2159 Mantenimiento rep. equipo cómputo y sistemas de información 700.000,00
2160 Gastos judiciales 900.000,00
2199 Otros servicios no
personales 422.000,00
2200 Materiales
y suministros
2205 Otros productos químicos
y conexos 450.000,00
2206 Tintas, pinturas y
diluyentes 960.000,00
2207 Textiles y vestuarios 300.000,00
2209 Llantas y neumáticos 360.000,00
2210 Productos de papel y
cartón 750.000,00
2211 Impresos y otros 500.000,00
2212 Materiales y productos
metálicos 100.000,00
2215 Otros materiales y
productos de uso en construcción 180.000,00
2216 Materiales y productos
eléctricos, telefónicos y de cómputo 90.000,00
2217 Instrumentos y
herramientas 70.000,00
2218 Materiales y productos
de vidrio 110.000,00
2220 Materiales productos de
plástico 90.000,00
2221 Repuestos para equipo de
transporte 1.000.000,00
2223 Otros repuestos 700.000,00
2225 Útiles y materiales de
oficina 600.000,00
2227 Útiles y materiales de
limpieza 300.000,00
2233 Otros útiles y
materiales 90.000,00
2241 Combustible equipo de
transporte 3.400.000,00
2243 Lubricantes y grasas
equipo de transporte 300.000,00
Lic. Jimmy
Castro Arriola, Administrador.—1 vez.—(7456).
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
PLAN DE COMPRAS
INSTITUCIONALES AÑO 2008
El
Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) de acuerdo con lo establecido en el
artículo 7º del Reglamento a
San José,
28 de enero del 2008.—Lic. Gloria Jiménez Ramírez,
Proveedora General.—1 vez.—(7788).
PROGRAMA DE ADQUISICIONES
PARA EL AÑO 2008
De
conformidad con lo estipulado en el artículo 6º de
Código Monto Fuente
presupuestario Descripción estimado
en ¢ fondos
ALQUILERES
1.01.01 Alquiler de edificios, locales y
terrenos 5.500.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
SERVICIOS
BÁSICOS
1.02.01 Servicio
de agua y alcantarillado 450.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
1.02.02 Servicio
de energía eléctrica 1.600.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
1.02.03 Servicio
de correo 100.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
1.02.04 Servicio
de Telecomunicaciones 1.800.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
SERVICIOS COMERCIALES Y FINANCIEROS
1.03.01 Información 2.150.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
1.03.02 Publicidad y propaganda 3.850.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
avisos en prensa escrita, radio
1.03.03 Impresión, encuadernación y otros 60.906.938,00 Presupuesto Ordinario 2008
Impresión
de libros, diagramación,
corrección de pruebas,
separación
de color,
levantado texto, diseño de
portadas
1.03.04 Transportes
de Bienes 200.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
SERVICIOS
DE GESTIÓN Y APOYO
1.04.02 Servicios jurídicos 100.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Contratación
de abogado para
diferentes trabajos
jurídicos
1.04.06 Servicios
generales 1.500.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
1.04.99 Otros
servicios de gestión y apoyo 400.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
CAPACITACIÓN
Y PROTOCOLO
1.07.01 Actividades de capacitación 500.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Diversos
Cursos y seminarios para capacitar
a los Asesores y personal
de
1.07.02 Actividades
protocolorias y sociales 1.400.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
MANTENIMIENTO
Y REPARACIÓN
1.08.01 Mantenimiento de edificios y locales 200.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Mejoras
en el edificio, pintar oficinas,
acondicionamiento y fumigación, reparaciones menores de
edificio
1.08.03 Mantenimiento de instalaciones y
otras obras 200.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
1.08.05 Mantenimiento de equipo de transporte 300.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Mantenimiento
preventivo a los 3
vehículos de
de llantas,
arreglo de puertas, aire acondicionado
pintura
1.08.06 Mantenimiento y
reparación de equipo de
comunicación 80.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Mantenimiento
preventivo y correctivo
de central teléfonica,
teléfonos celulares y audio
1.08.07 Mantenimiento y
reparación de equipo y mobiliario de
oficina 150.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Sumadoras,
máquina de escribir, fotoco
piadora, sillas,
escritorios, archivos, etc
1.08.08 Mantenimiento y
reparación de equipo de cómputo y
sistemas de información 400.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Computadoras,
UPS, impresoras y demás
equipo de cómputo
MATERIALES Y SUMINISTROS
Productos
químicos y conexos
2.01.01 Combustibles y lubricantes, aceite,
lubricantes 2.250.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
2.01.02 Productos
Farmacéuticos y medicinales 110.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Varios medicamentos
2.01.04 Tintas, pinturas y diluyentes 1.309.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
2.01.99 Otros productos
químicos 25.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Desinfectante, desodorante ambiental,
jabón
detergente en polvo, cartuchos
de tinta,
tóner fotocopiadora, lavaplatos
jabón
liquido, cera
Alimentos
y productos agropecuarios
2.02.03 Alimentos
y bebidas 800.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Compra de productos alimenticios
varios
Materiales
y productos de uso en la construcción y
mantenimiento
2.03.01 Materiales
y productos metálicos 100.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Tubos varios, llavines varios,
clavos, grapas
bisagras,
varillas, otros
2.03.03 Madera
y sus derivados 50.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Piezas de madera varios tipos y
medidas
Materiales y productos eléctricos,
telefónicos y de
2.03.04 cómputo 100.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Cordón eléctrico, balastros varios,
breaker
varios,
tomacorrientes y otros materiales
2.03.05 Materiales
y productos de vidrio 25.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Vidrios varios, celosías, vasos
2.03.06 Materiales
y productos de plástico 25.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Artículos plásticos varios y de PVC.
Herramientas, repuestos y accesorios
2.04.01 Herramientas
e instrumentos 50.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Compra de varias herramientas
2.04.02 Repuestos y accesorios 350.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Útiles,
materiales y suministros diversos
2.99.01 Útiles
y materiales de oficina y cómputo 1.200.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Corrector liquido, borradores, cinta
adhesiva,
marcadores fosforescentes,
lápices,
bolígrafos, clips, cajas de
fasteners,
engrapadoras, porta clips,
ampos, cajas
de fólder, cintas para
impresoras,
minas, portaminas, disquetes, CDs,
zip y demás
útiles de oficina.
2.99.03 Productos
de papel, cartón e impresos 1.850.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Papel higiénico, papel continuo
impresora
resmas de papel
carta y oficio, toallas
para manos,
servilletas, toallas de cocina,
rollos papel
fax, cajas empaque, rollos
de papel
para sumadora sobres todo
tipo, papel
membretado y otros
2.99.04 Textiles y vestuarios 400.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
2.99.05 Útiles y
materiales de limpieza 450.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Esponja lavaplatos, escobas,
palopiso,
palitas para
recoger basura, hisopos sanitarios
2.99.06 Útiles y materiales de resguardo y seguridad 20.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
2.99.07 Útiles y
materiales de cocina y comedor 25.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Platos, tazas, cuchillos, ollas,
tenedores, cubiertos
y cualquier
otros utensilio de cocina
2.99.99 Otros
útiles, materiales y suministros 250.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Mouse, pad mouse, pantallas
antireflejos
filtros para coffe maker, bolsas basura, casetes.
BIENES DURADEROS
Maquinaria,
equipo y mobiliario
5.01.03 Equipo de comunicación 100.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
5.01.04 Equipo
y mobiliario de oficina 100.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
5.01.05 Equipo
y programas de cómputo 500.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Construcciones, adiciones y
mejoras
5.02.01 Edificios 100.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
5.02.07 Instalaciones 350.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
5.02.99 Otras
construcciones, adiciones y mejoras 200.000,00 Presupuesto Ordinario 2008
Hecho por: Lic. Marlene Angulo Gutiérrez, Servicios
Administrativos.—Revisado por: Lic. Ariel
Hernández Barrios, Jefe Administrativo Financiero.—Autorizado por: MBA. María
Isabel Brenes Alvarado, Gerente.—1 vez.—(Solicitud Nº 13531).—C-221280.—(8012).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
De conformidad
con lo que establece el artículo 6 de
Código Descripción Monto
1 SERVICIOS 1.093.845.438,00
1-01 Alquileres 168.800.000,00
01 Alquiler de edificios, locales y terrenos 166.000.000,00
02 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario 500.000,00
03 Alquiler de equipo de cómputo 500.000,00
04 Alquiler y derechos para telecomunicaciones 500.000,00
99 Otros Alquileres 1.300.000,00
1-02 Servicios básicos 47.650.000,00
01 Servicio de Agua y alcantarillado 9.000.000,00
02 Servicio de energía eléctrica 17.000.000,00
03 Servicio de Correo 150.000,00
04 Servicio de telecomunicaciones 20.000.000,00
99 Otros servicios básicos: basura 1.500.000,00
1-03 Servicios comerciales y
financieros 227.829.878,00
01 Información 125.560.000,00
02 Publicidad y Propaganda 5.500.000,00
03 Impresión, encuadernación y otros 94.814.878,00
04 Transporte de bienes 955.000,00
06 Comisiones y gastos por servicios financieros
y comerciales 1.000.000,00
1-04 Servicios de gestión y
apoyo 404.159.000,00
01 Servicios médicos y de laboratorio 3.000.000,00
02 Servicios Jurídicos: asesorías y consultarías legales 2.500.000,00
04 Servicios en ciencias económicas y sociales 201.360.000,00
05 Servicios de desarrollo de sistemas informáticos 19.449.000,00
06 Servicios Generales 170.000.000,00
99 Otros Servicios de Gestión y apoyo 7.850.000,00
1-05 Gastos de viaje y
transporte 80.543.860,00
01 Transporte dentro del país 12.633.210,00
02 Viáticos dentro del país 43.910.650,00
03 Transporte en el exterior 8.000.000,00
04 Viáticos en el exterior 16.000.000,00
1-06 Seguros, reaseguros y
otras obligaciones 17.000.000,00
01 Seguros 17.000.000,00
1-07 Capacitación y
protocolo 124.614.700,00
01 Actividades de capacitación 98.984.700,00
02 Actividades protocolarias y sociales 24.630.000,00
03 Gastos de representación institucional 1.000.000,00
1-08 Mantenimiento y
reparación 21.248.000,00
01 Mantenimiento de/edificios y locales 10.000.000,00
05 Mantenimiento y reparación equipo de transporte 5.000.000,00
06 Mantenimiento y reparación equipo de comunicación 1.000.000,00
07 Mantenimiento y reparación mobiliario y equipo
de oficina 2.150.000,00
08 Mantenimiento y reparación de eq. de cómputo
y sistema inf. 2.098.000,00
99 Mantenimiento y reparación de otros equipos 1.000.000,00
1-09 Impuestos 2.000.000,00
99 Otros impuestos 2.000.000,00
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 134.717.506,61
2-01 Productos químicos y
conexos 49.000.000.00
01 Combustibles y lubricantes: gasolina, diesel 17.600.000,00
02 Productos farmacéuticos y medicinales 2.550.000,00
04 Tintas, pinturas y diluyentes: cartuchos de tinta 27.950.000,00
99 Otros Productos Químicos 900.000,00
2-02 Alimentos y productos
agropecuarios 23.100.000,00
03 Alimentos y bebidas: Albergues 23.100.000,00
2-03 Materiales y productos
de uso en la
const. y mantenimiento 3.970.000,00
01 Materiales y productos metálicos 2.200.000,00
04 Materiales y productos eléctricos, telefónicos
y de cómputo 1.770.000,00
2-04 Herramientas, repuestos
y accesorios 4.500.000,00
01 Herramientas e instrumentos 1.500.000,00
02 Repuestos y accesorios: para vehículos 3.000.000,00
2-99 Útiles, materiales y
suministros varios 54.147.506,61
01 Otiles y materiales de oficina y cómputo 9.118.700,00
02 Otiles y materiales médico, hospitalario
y de investigación 500.000,00
03 Productos de papel, cartón e impresos 25.484.000,00
04 Textiles y vestuarios 8.400.000,00
05 Otiles y materiales de limpieza 5.000.000,00
07 Útiles y materiales de cocina y comedor 530.000,00
99 Otros útiles, materiales y suministros 5.114.806,61
5 BIENES DURADEROS 119.030.000,00
5-01 Maquinaria,
equipo y mobiliario 119.030.000,00
03 Equipo para Comunicación 6.500.000,00
04 Equipo y mobiliario de oficina 25.325.000,00
05 Equipo y programas de cómputo 84.000.000,00
07 Equipo educacional, deportivo y recreativo 1.025.000,00
99 Maquinaria y equipo diverso 2.180.000,00
TOTAL 1.347.592.944,61
San José, 23 de enero del 2008.—Lic. Abdenago López Chacón, Coordinador Administrativo.—1 vez.—(Solicitud Nº 10411).—C-79220.—(7378).
PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2008
En cumplimiento
con lo establecido en el artículo 6 de
Página WEB del INEC Sistema de Compras Gubernamentales CompraRED
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Columna izquierda Servicios del INEC
Proveeduría
Avisos de Proveeduría
Programa de Adquisiciones 2008
Las
modificaciones al Programa de Adquisiciones que se realicen durante el año
2008, se publicarán en las direcciones electrónicas antes citadas, asimismo en
observancia con el artículo 46 de
San José, 25 de enero del 2008.—Unidad de Proveeduría.—Lic. Mario Madriz Quirós, Coordinador.—1 vez.—(6609).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
PROVEEDURÍA MUNICIPAL
PROGRAMA DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
Según lo
dispuesto por el artículo Nº 6, párrafo tercero de
a- Servicios ¢153.618.653,99
(Publicidad, propaganda, impresión, encuadernación,
capacitación, mantenimiento y reparación de equipo
de cómputo y vehículos municipales, vías de comuni-
cación, etc., tratamiento de basura, servicio transpor-
te desechos y alquiler maquinaria y equipo atención
caminos vecinales, atención de emergencia, construcción
aceras, cordón y caño).
b- Materiales
y suministros ¢71.974.515,60
(Compra de productos químicos y conexos, materia-
les y productos de uso en la construcción y manteni-
miento, suministros de oficina, artículos de limpieza,
uniformes, zapatos, herramientas menores y repues-
tos).
c- Bienes duraderos ¢105.613.923,28
(Compra de equipo de cómputo, equipo de oficina,
construcción de rampas para discapacitados, cons-
trucción de aceras y cordón y caño y acondiciona-
miento de áreas de facilidades comunales).
Lo anterior se financiará con recursos del Presupuesto Ordinario del 2008.
Alajuelita, 18 de enero del 2008.—Tomás Poblador Soto, Alcalde Municipal.—1 vez.—(8150).
MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
PROGRAMA DE ADQUISICIONES DEL 2008
En cumplimiento
con lo que establece el artículo 6 de
Ítem Descripción Monto
estimado ¢
1 SERVICIOS 309.422.899,39
Servicios básicos y servicios comerciales y financieros (información, publicidad, propaganda, impresión), servicios gestión de apoyo (servicios jurídicos, ciencias económicas, desarrollo de sistemas informáticos y generales), seguros, capacitación, protocolo, mantenimiento y reparación (equipo transporte, equipo y mobiliario, cómputo y sistemas de información, alquileres (maquinaria y equipo), otros servicios básicos (recolección, transporte y disposición final de desechos sólidos del cantón).
2 MATERIALES
Y SUMINISTROS 162.635.128,95
Productos químicos y conexos (combustibles y lubricantes) materiales para la construcción (productos metálicos, minerales, asfálticos, madera, eléctricos, vidrios, etc.), herramientas, repuestos y accesorios, útiles y materiales de oficina y cómputo, de papel e impresos, textiles y vestuarios, material de limpieza y de resguardo y seguridad.
5 BIENES
DURADEROS
01 Maquinaria,
equipo y mobiliario 13.150.000,00
Equipo y software de cómputo, mobiliario y equipo de oficina, equipo de transporte y otros equipos diversos.
2 Construcciones,
adiciones y mejoras (por contrato) 35.860.000,00
Construcción de obras públicas en edificios, vías de comunicación terrestre y otras construcciones, adiciones y mejoras.
San Rafael de Heredia, 21 de enero del 2008.—Alberto Vargas Esquivel, Alcalde Municipal.—1 vez.—(8010).
BN Vital O.P.C. S. A.
PLAN DE COMPRAS PARA EL PERÍODO 2008
En cumplimiento
de
Monto
Código Clasificación presupuestado
010101 Alquiler de edificios, locales y terrenos 202.800.000,00
010102 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario 63.240.000,00
010103 Alquiler de equipo de cómputo 1.800.000,00
010104 Alquileres y derechos para telecomunicaciones 24.000.000,00
010199 Otros alquileres 4.548.000,00
010301 Información 2.500.000,00
010302 Publicidad y propaganda 150.000.000,00
010303 Impresión, encuadernación y otros 117.053.203,84
010304 Transporte de bienes 1.200.000,00
010306 Comisiones y gastos por servicios financieros y comerciales 542.696.189,86
010307 Servicios de transferencia electrónica de información 88.180.000,00
010401 Servicios médicos y de laboratorio 1.750.000,00
010402 Servicios jurídicos 40.000.000,00
010403 Servicios de ingeniería 18.000.000,00
010404 Servicios en ciencias económicas y sociales 23.187.270,60
010405 Servicios de desarrollo de sistemas informáticos 44.425.000,00
010406 Servicios generales 55.000.000,00
010499 Otros servicios de gestión y apoyo 105.000.000,00,
010701 Actividades de capacitación 60.000.000,00
010702 Actividades protocolarias y sociales 15.500.000,00,
010801 Mantenimiento de edificios y locales 134.000.000,00
010803 Mantenimiento de instalaciones y otras obras 960.000,00,
010805 Mantenimiento y reparación de equipo de transporte 500.000,00
010806 Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación 3.000.000,00
010807 Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina 5.000.000,00
010808 Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas de información 66.000.000,00
010899 Mantenimiento y reparación de otros equipos 5.000.000,00
020101 Combustibles y lubricantes 350.000,00
020102 Productos farmacéuticos y medicinales 2.000.000,00
020104 Tintas, pinturas y diluyentes 20.000.000,00
020203 Alimentos y bebidas 7.478.000,00
020304 Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo 35.720.000,00
020399 Otros materiales y productos de uso en la construcción 30.000.000,00
020401 Herramientas e instrumentos 600.000,00
020402 Repuestos y accesorios 1.230.000,00
029901 Útiles y materiales de oficina y cómputo 17.017.146,72
029903 Productos de papel, cartón e impresos 15.520.000,00
029904 Textiles y vestuario 10.200.000,00
029905 Útiles y materiales de limpieza 2.500.000,00
029907 Útiles y materiales de cocina y comedor 810.000,00
029999 Otros útiles, materiales y suministros 2.670.000,00
050103 Equipo de comunicación 9.600.000,00
050104 Equipo y mobiliario de oficina 8.420.780,16
050105 Equipo y programas de cómputo 1.011.283.091,20
San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Nelson Calderón Cordero, Encargado de Contratación Administrativa.—1 vez.—(7430).
REGISTRO NACIONAL
JUNTA ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA 2008LN-000002-00100
Compra de materiales para la confección
de placas
metálicas para vehículos
automotores
El Departamento de
Proveeduría del Registro Nacional, invita a participar en
El cartel correspondiente se encuentra disponible en Compra-Red, en la siguiente dirección electrónica: WWW.hacienda.go.cr/comprared.
San José, 31 de enero del 2008.—Departamento de Proveeduría.— Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 19805).—C-7920.—(9346).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000013-PCAD
Contratación de una empresa para el
servicio de procesamiento
“Switch y Driving” y monitoreo de la red de “ATM BPDC”
llave en mano residiendo
en el Banco
El Proceso de
Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los
invita a participar en
Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en nuestras oficinas, previa cancelación del cartel en las cajas Nº 12 y 13, ubicadas en el primer piso del edificio metropolitano, con un horario de lunes a viernes de 8:15 a.m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p. m. a 7:00 p. m. Valor del cartel ¢2.500,00 (dos mil quinientos colones con 00/100).
Lic. Maykel Vargas García, Coordinador Proceso Contratación Administrativa.—1 vez.—(9297).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-108003-UL
Servicio para investigación de mercados
El Instituto Nacional de Seguros, recibirá ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del 27 de febrero del 2008, con todo gasto pago, impuestos incluidos para el servicio citado.
El cartel del concurso podrá adquirirse en el Departamento Proveeduría, ubicado en el octavo piso de oficinas centrales.
San José, 1º de febrero del 2008.—Departamento de Proveeduría.—MAP. Elizabeth Castro Fallas, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 18480).—C-7280.—(9288).
OFICINA DE SUMINISTROS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000004-ULIC
Concesión temporal de un local para la
prestación
de servicios de
cafetería en
Los interesados deberán retirar
el cartel en
Sabanilla de Montes de Oca, 1° de febrero del 2008.—Unidad de Licitaciones.—M.B.A. Vanessa Jaubert Pazanni, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 108327).—C-7940.—(9367).
LICITACIÓN PÚBLICA 2007LN-000010-BCCR
Reforzamiento eléctrico del edificio de museos del BCCR
El Departamento de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica, informa a los interesados en esta licitación, que mediante acta 633-2008, fue declarada infructuosa.
1º de febrero del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—(O. C. 9577).—C-6620.—(9347).
SUBPROCESO DE GESTIÓN Y ANÁLISIS DE COMPRAS
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2007LN-000075-PCAD
Alquiler de local para ubicar la
Dirección Regional Central Oeste
El Proceso de
Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, hace del
conocimiento de los interesados, según resolución adoptada por
Demás condiciones, especificaciones y detalles en conformidad con lo señalado en el pliego cartelario, las ofertas y el informe de Infructuosidad Nº 2-2008, visibles en el expediente administrativo.
San José, 30 de enero del 2008.—Proceso de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(8600).
DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES
LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000098-1147
Metadona
Clorhidrato
A los
interesados en
Pharmatrade Alliance Holding Limited, representada por Preempre Plaza S. A.
Bien o Valor Monto
Renglón servicio Cantidad unitario $ total $
Ítem único Metadona Clorhidrato 4.000 CN 38,00 152.000,00
Área Gestión de Medicamentos.—Lic. Gerardo Rodríguez Retana, M.E.S. Jefe a. í.—1 vez.—(Nº 1147).—C-6620.—(9289).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN REGIONAL
Y RED DE SERVICIOS DE SALUD HUETAR ATLÁNTICA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007-LN-000001-2699
Compra de servicios por terceros para
la construcción de obra
nueva
Comunica que el
resultado de
Unidad Regional de Contratación Administrativa.—Maritza Hernández Sánchez, Coordinadora.—1 vez.—(9365).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007-LN-000002-2699
Compra de servicios por terceros para
la construcción de obra
nueva
Comunica que el
resultado de
Unidad Regional Contratación Administrativa.—Maritza Hernández Sánchez, Coordinadora.—1 vez.—(9366).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000105-PROV
Servicio de mano de obra para la evaluación
general
de las instalaciones
eléctricas de baja tensión, levantamiento
y actualización de
planos eléctricos de todos los edificios
del plantel Colima
El Instituto Costarricense de Electricidad
avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que
Adjudicatario |
Requerimiento |
Monto adjudicado |
Oferta Nº 5 Asesores I.E.S. de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-398567 |
Servicio de mano de obra para la evalua-ción general
de las instalaciones eléctri-cas de baja tensión, levantamiento y actua-lización de planos eléctricos de todos los edificios del
plantel Colima. Duración del servicio plazo no mayor a cuatro meses. |
185.000.000,00 CRC |
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.
Nota: Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, personería jurídica y certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢ 2,50 por cada ¢ 1000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 1º de febrero de 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 332718).—C-16520.—(9348).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000120-PROV
Adquisición de repuestos para sistemas
de energía de CD
El Instituto
Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba
mencionada, que
Oferta
Nº 4.—Emerson Electronic and Connector and Components
S.A. de C. V.—Representante: Convertel CR S. A.
Partida 1: Repuestos para sistemas de suministro de energía marca Emerson Network Power.
Precio Precio
unitario total
Art. Descripción Cant. (USD) (USD)
1 Rectificador CA/CD -48 VCD 50 ACD
marca Lorain, modelo A50 B50, especi-
ficación Nº 486526400 18 1 988,83 35 798,94
2 Rectificador CA/CD-48VCD 50 ACD
marca Lorain, modelo RL50F50, especi-
ficación Nº 543103900 8 2 096,34 16 770,72
3 Rectificador CA/CD-48VCD 100 ACD
marca Lorain, modelo RL100F50, especi-
ficación Nº 545103300 8 2 885,42 23 083,36
6 Rectificador CA/CD -48 VCD 25 ACD
marca Marconi
Communications Inc.,
Vortex Power System (VPS), modelo
V25B50, especificación Nº 486530300 5 1 356,36 6 781,80
Valor total adjudicado CPT depositario aduanero ICE Colima-Tibás: USD 82 434,82
Oferta
Nº 3.—Netcomm Wire de Costa Rica S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-474307
Partida 1: Repuestos para Sistemas de Suministro de Energía de la marca Emerson Network Power.
Precio Precio
unitario total
Art. Descripción Cant. (USD) (USD)
4 Rectificador CA/CD -48 VCD 8 ACD
marca Marconi
Communications Inc.,
Vortex Power System (VPS) modelo
V8F50/P especificación Nº 486531600 5 696,48 3 482,40
5 Rectificador CA/CD -48 VCD 15 ACD
marca Marconi
Communications Inc.,
Vortex Power System (VPS) modelo
V15F50/P especificación Nº 486530400 9 466,96 4 202,64
7 Rectificador CA/CD -48VCD 50 ACD
marca Marconi
Communications Inc.,
Vortex Power System (VPS) modelo
V50B50 especificación Nº 486529901 16 1 160,79 18 572,64
8 Rectificador CA/CD -48VCD 200 ACD,
marca Marconi Conmmunications Inc.,
Vortex Power System (VPS) modelo
V200D50 especificación Nº 486527800 8 3 983,35 31 866,80
Subtotal adjudicado partida 1: USD 58 124,48
Partida 2: Repuestos para Sistemas de Suministro de Energía de la marca Gamatronic Electronic Industries Ltd.
Precio Precio
unitario total
Art. Descripción Cant. (USD) (USD)
1 Controlador para sistema de energía
PS 1006 marca Gamatronic Electronic
Industries
Ltd. modelo SC1006NET 3 624,00 1 872,00
2 Rectificador CA/CD -48 VCD 12 ACD
marca Gamatronic Electronic Industries
Ltd., modelo HPS mV48-12 catálogo
Nº 1020480012F/TE 50 416,00 20 800,00
3 Rectificador CA/CD -48 VCD 50 ACD
marca Gamatronic Electronic Industries
Ltd.,
modelo HPS mV 48-50 14 1 040,00 14 560,00
Subtotal adjudicado partida 2: USD 37 232,00
Partida 3: Repuestos para sistemas de suministro de energía de la marca Tyco Electronics.
Precio Precio
unitario total
Art. Descripción Cant. (USD) (USD)
1 Rectificador CA/CD -48 VCD 50 ACD
marca TYCO Electronics serie Galaxy
modelo 596 A2 ComCode CC 108796400 4 2 593,55 10 374,20
2 Rectificador CA/CD -48 VCD 24 ACD
(1200 W) marca Tyco Electronics
modelo NP 1200 ComCode CC109121836 25 439,82 10 995,50
3 Rectificador CA/CD, -48 VCD, 50 ACD
(2500 W), marca TYCO Electronics,
modelo NP 2500, ComCode CC 108959511 10 600,60 6 006,00
Subtotal adjudicado partida 3: USD 27 375,70
Valor total adjudicado CPT
Depositario aduanero ICE Colima-Tibás: USD 122 732,18
Oferta
Nº 5.—Bolwar S. R. L., cédula jurídica: Nº
3-102-068807
Partida 5: Repuestos para sistemas de Suministro de Energía de la marca Argus Technologies
Precio Precio
unitario total
Art. Descripción Cant. (USD) (USD)
1 Rectificador CA/CD, -48 VCD, 55
ACD (kw), marca Aarhus Technologies,
Serie Pathfinder, Nº de parte 010-537-20 10 1 556,00 15 560,00
Valor total adjudicado CPT depositario aduanero ICE Colima Tibás: USD 15 560,00
CONDICIONES A CUMPLIR DE LAS PARTIDAS 1, 2, 3 y 5 ADJUDICADAS:
Plazo de entrega: Los bienes deben ser entregados en un plazo no mayor a 60 día hábiles, a partir de la notificación de la orden de compra, la cual se considerará como la orden de inicio.
Lugar de entrega: Depósito Aduanero del ICE, ubicado en el Plantel del ICE en Colima, Tibás.
Modalidad y forma de Pago: Giro a 30 días vista o cuenta bancaria mediante un único pago correspondiente al 100% de los equipos una vez recibidos y aprobados los procedimientos de control de calidad a entera satisfacción del ICE.
Los pagos se realizarán contra la presentación de la factura original correspondiente, firmada por el adjudicatario y con visto bueno del administrador del contrato, la misma debe incluir el número de orden de compra y entregarse en el almacén respectivo.
Garantía de los Bienes: 12 meses contados a partir de la fecha en que el ICE reciba el objeto del contrato a entera satisfacción.
Vía de transporte: Aéreo
Declárese infructuosa la adquisición de las partidas 4 y 6, debido a que en la partida 4 no hubo oferentes y en la partida 6 la única oferta recibida presenta incumplimientos técnicos.
Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.
Nota: Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, personería jurídica y certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizada, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢ 2,50 por cada ¢ 1000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).
San José, 1º de febrero de 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 332718).—C-70640.—(9349).
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE ORO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007-LA-000011-01
Adquisición de 200 hidrómetros con sus
respectivas cajas metálicas
y accesorios para el
acueducto municipal de la
Municipalidad de Montes de Oro
El Concejo
Municipal de Montes de Oro, mediante Inciso 10, capítulo V, de la sesión
ordinaria Nº 04-08, celebrada el día 28 de enero del 2008, acordó en forma
definitiva adjudicar
Departamento de Secretaría.—Juanita Villalobos Arguedas, Secretaria.—1 vez.—(9266).
RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A.
LICITACIÓN PÚBLICA 2007LI-000003-DGCMRACSA
Actualización y ampliación del corazón de la red IP de Racsa
Radiográfica
Costarricense S. A., comunica a los oferentes en
San José, 1° de febrero del 2008.—Departamento de Gestión de Compras y Materiales.—Área de Proveeduría.—Luis Fonseca Arce, Jefe Departamento a. í.—1 vez.—(Solicitud Nº 41041).—C-5960.—(9350).
ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO DE PROVEEDORES
Con base en lo
establecido en el artículo 108 de
Los proveedores ya inscritos, podrán indicar mediante nota, si la información se mantiene invariable, de lo contrario, deberán suministrar la documentación con los cambios realizados.
San José, 14 de enero del 2008.—Departamento de Proveeduría.— Marta E. Navarro Sandoval.—1 vez.—(Solicitud Nº 9808).—C-7280.—(6397).
Aviso inscripción y actualización del Registro de Proveedores del IFAM
Moravia, 21 de enero del 2008.—Sección de Proveeduría.—Lic. Inés Vázquez Sánchez, Jefa.—1 vez.—(6399).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
Invitación a formar parte del Registro
de Proveedores
De conformidad
con los artículos 116 y 118 del Reglamento a
San José, 23 de enero del 2008.—Lic. Abdenago López Chacón, Coordinador Administrativo.—1 vez.—(Solicitud Nº 10410).—C-4640.—(7380).
MUNICIPALIDAD DE GRECIA
PROVEEDURIA MUNICIPAL
Grecia, 22 de enero del 2008.—Martín Castro Rodríguez, Coordinador de Proveeduría.—1 vez.—(6438).
PROVEEDURÍA GENERAL
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000001-01
(Prórroga Nº 2)
Compra e instalación de equipos de
alarmas
en ATM’s no bancarios
GERENCIA DIVISIÓN DE OPERACIONES
DIRECCIÓN ADMINISTRACIÓN PROYECTOS ESPECIALES
ÁREA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000010-4403 (Alcance Nº 1)
Construcción y equipamiento sede EBAIS
Purral Bellavista Goicoechea
A los interesados se les informa que pueden retirar el Alcance Nº 1, en forma gratuita aportando disquete o CD, en el Área de Contratación Administrativa, ubicada en oficinas centrales CCSS, avenida 4, calles 5 y 7, edificio anexo Jenaro Valverde Marín, piso 10, en horario de lunes a viernes de 8:00 a.m a 4:00 p.m.
Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.
Lic. Helen Noelia Godfrey Lea, Coordinadora.—1 vez.—(8678).
ÁREA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000002-1142 (Aviso Nº 3)
Prótesis total de rodilla, primaria con y
sin preservación del
ligamento cruzado
posterior, sistema completo para llevar a
cabo cirugía de revisión
del reemplazo total de rodilla
A los interesados en el presente concurso, se les comunica que la misma se prorroga para el día 18 de febrero del 2008, a las 9:00 horas.
El resto del cartel permanece invariable.
Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena.—1 vez.—(Nº 1142).—C-5960.—(9290).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000001-1142 (Aviso Nº 3)
Sistema completo de reemplazo total
primario de cadera, no
cementado de sistema
completo para cirugía de revisión
de reemplazo total de
cadera no cementado
A los interesados en el presente concurso, se les comunica que la misma se prorroga para el día 18 de febrero del 2008, a las 10:00 horas.
El resto del cartel permanece invariable.
Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena.—1 vez.—(Nº 1142).—C-6620.—(9291).
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
LICITACIÓN PÚBLICA 2007LA-000013-PROV (Prórroga)
Actualización de la seguridad de la
información
institucional y la red
que gestiona los datos
utilizando voz sobre
telefonía IP
El Departamento de Proveeduría, Área de Licitaciones, ubicado en el sótano del Edificio “José Figueres Ferrer”, Avenida 10, comunica a los interesados que se prorroga el acto de apertura para el día 10 de marzo del 2008, a las 9:00 a. m.
San José, 30 de enero del 2008.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 3803).—C-7280.—(9353).
MUNICIPALIDAD DE OROTINA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000001-01
Compra de motoniveladora totalmente
nueva
Orotina, 29 de enero del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Jairo Emilio Guzmán Soto, Proveedor.—1 vez.—(O. C. Nº 17552).—C-5960.—(9292).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE CARTAGO
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DE
(ROFAI CUC)
Contenido:
Presentación.
Capítulo I Disposiciones Generales.
Capítulo II Organización.
Capítulo III Objeto, Competencias, Deberes, Potestades y Prohibiciones
Capítulo IV Relación entre
Capítulo V Ejecución de
Capítulo VI Supervisión del Trabajo.
Capítulo VII Comunicación de los Resultados.
Capítulo VIII Asignaciones
Presupuestarias para
Capítulo IX Hechos o Actos Irregulares.
Capítulo X Atención a Denuncias.
Capítulo XI Capacitación y Entrenamiento.
Capítulo XII Disposiciones Finales.
Presentación
El presente
Reglamento de Organización y Funcionamiento de
Este Reglamento se encuentra
elaborado de acuerdo con una serie de directrices emitidas por parte de
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Objeto.
El presente Reglamento regula la organización y funcionamiento de
Conforme lo establecido en el
artículo 23 de
Artículo 2º—Definiciones. Para efectos de este Reglamento, los términos siguientes se entenderán conforme se detalla:
Actividades
de Control: Políticas y procedimientos que permiten obtener la seguridad de
que se llevan a cabo las disposiciones emitidas por
Administración Activa: Desde el punto de vista funcional, es la actividad decisoria, ejecutiva, resolutiva, directiva u operativa de la administración. Desde el punto de vista orgánico es el conjunto de órganos y entes de la función administrativa, que deciden y ejecutan; incluyen al jerarca como última instancia.
Administración de Riesgos: Gestión que se efectúa para limitar y reducir asociado con todas las actividades de la organización a diferentes niveles. Incluye actividades que identifican, miden, valoran, limitan y reducen el riesgo. De esas actividades, el control interno contempla la identificación y valoración de los riesgos.
Ambiente
del control: Conjunto de factores a nivel organizacional que debe
establecer y mantener
Auditoría Interna: Unidad de Auditoría Interna del Colegio Universitario de Cartago.
CUC: Colegio Universitario de Cartago.
Contraloría:
Contraloría General de
Auditor
Interno: Funcionario de mayor jerarquía dentro de
Información y comunicación: Conjunto de actividades que se realizan para garantizar que la información contenida en los sistemas de información es confiable y oportuna.
LGCI: Ley General de Control Interno, Nº 8292.
Ley
8422: Ley Contra
Misión: Asesorar, evaluar y fiscalizar en forma objetiva, oportuna e independiente, al Colegio Universitario de Cartago, para el cumplimiento de sus objetivos.
Plan anual de Auditoría: Cronograma de las actividades que deberán realizar los funcionarios de Auditoría Interna en determinado período de tiempo.
Rendición de cuentas: Obligación de responder por la responsabilidad conferida. Incluye la obligación de explicar y justificar acciones específicas realizadas con el patrimonio público.
Riesgo: Probabilidad de que un factor, acontecimiento o acción, sea de origen interno o externo, afecte de manera inversa a la organización, área, proyecto o programa y perjudique el logro de sus objetivos.
Seguridad razonable: El concepto de que el control interno, sin importar cuán bien esté diseñado y sea operado, no pude garantizar que una institución alcance sus objetivos, en virtud de las limitaciones inherentes a todos los sistemas.
Titular subordinado: Funcionario del CUC responsable de un proceso, con autoridad para ordenar y tomar decisiones.
Universo
auditable: Conjunto de áreas, dependencias, servicios, procesos, sistemas,
etc., que pueden ser evaluados por
Visión: Ser una unidad de asesoría, evaluación y fiscalización, motivada, capacitada y comprometida, que agregue valor al Colegio Universitario de Cartago, brindando servicios de calidad.
Valores: Sabiduría, Respeto, Comprensión, Paciencia, Integridad, Moralidad, Lealtad, Transparencia, Colaboración, Responsabilidad, Discrecionalidad, Confidencialidad, Excelencia, Compromiso, Objetividad, Independencia, Creatividad, Trabajo en equipo.
Valoración del riesgo: Identificación, análisis de los riesgos relevantes para la consecución de los objetivos, formando una base para la determinación de cómo deben administrarse los riesgos.
CAPÍTULO II
Organización
Artículo 3º—
Contribuye a que la organización cumpla sus objetivos mediante el enfoque sistemático para evaluar y perfeccionar la eficiencia y eficacia de los procesos de gestión, control y dirección.
Las actuaciones de
Artículo 4º—
Artículo 5º—La labor de Auditoría Interna es la actividad de evaluar en forma oportuna, independiente y posterior, dentro de la organización, las operaciones contables, financieras, administrativas, técnicas y de otra naturaleza, como base para prestar un servicio constructivo y de protección a la administración. Es un control que funciona midiendo y valorizando la eficacia y la eficiencia de todos los otros controles establecidos por la administración.
Artículo 6º—
Artículo 7º—
Artículo 8º—
Artículo 9º—El Consejo Directivo
del CUC nombrará por tiempo indefinido al Auditor Interno. Tal nombramiento se
realizará de conformidad con el Artículo 31 de
La suspensión o conclusión de la
relación de servicio, por justa causa, del auditor deberá ser conforme el
Artículo 15 de
Artículo 10.—En cuanto a la planificación estratégica corresponde al Auditor Interno:
a) Definir los objetivos y valores fundamentales
de
b) Realizar un análisis de
fortalezas y debilidades que junto a la evaluación de los riesgos a que está
sujeta la unidad,
c) Definir la totalidad del universo auditable, así como fijar criterios y herramientas mediante los cuales pueda determinar, priorizar y abarcar los asuntos críticos de acuerdo con los recursos que dispone.
d) Determinar las materias o asuntos que formarán parte de la planificación estratégica y de la operativa (corto plazo), con su correspondiente priorización.
e) Determinar los factores claves para cumplir la planificación.
f) Evaluar los resultados de la planificación de su unidad, de conformidad con los indicadores de gestión que haya definido.
g) Definir la forma cómo se van a tratar las desviaciones significativas entre lo planeado y lo realizado.
h) Mantener un archivo permanente actualizado, donde conste la documentación relativa al entorno institucional, al ordenamiento jurídico y técnico que rige los sujetos pasivos de su fiscalización, a resultados de auditorías y estudios especiales, seguimiento de instrucciones del jerarca y titulares subordinados, para implantar recomendaciones. Así como la información relacionada con solicitudes de fiscalización del jerarca, de órganos de control competentes y denuncias, entre otras.
i) Determinar la definición y coordinación del personal directamente vinculado con las diferentes actividades de la unidad.
j) Otras propias de su competencia.
Artículo 11.—Son funciones del Auditor Interno:
a) Asistir a las reuniones y demás actividades en
que fuere solicitado por el Consejo Directivo en calidad de asesor, siempre que
hubiere de tratarse algún asunto de importancia relacionado con
b) Planificar el funcionamiento
de
c) Dirigir las actividades del
personal de
d) Supervisar la labor del personal a su cargo, con el propósito de velar por el oportuno y efectivo cumplimiento de todas las labores asignadas.
e) Velar porque a
f) Dar cuenta al Consejo Directivo, con la mayor brevedad posible, de cualquier contingencia que pudiere dificultar en forma sustancial el cumplimiento oportuno del plan de trabajo o que ponga en peligro la seguridad de los bienes del CUC y proponer medidas de emergencia que estimare pertinentes para la normalización del trabajo.
g) Efectuar las investigaciones o
revisiones de la forma, alcance y oportunidad que considere necesarios sobre
cualquier tipo de transacción o actividad que realice
h) Poner en conocimiento del Consejo Directivo, con la mayor urgencia posible y por la vía más rápida y expedita a su disposición, cualquier caso de fraude, desfalco, malversación o distracción de fondos o de conducta impropia de algún funcionario o de otra irregularidad grave que pudiera conocer como resultado de alguna misión de Auditoría Interna o por cualquier otro medio.
i) Ejercer las demás funciones y
atribuciones que le asigne el Consejo Directivo del CUC, este Reglamento, las
leyes y reglamentos aplicables y las disposiciones que emita
Artículo 12.—La jornada laboral del Auditor Interno será de tiempo
completo, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 30 de
Artículo 13.—El
Auditor Interno está obligado a cumplir con el requisito de declarar sus bienes
de acuerdo con
Artículo 14.—
Artículo 15.—Los
funcionarios de
Artículo 16.—Cuando
el personal de
Artículo 17.—El Auditor Interno es el jefe de personal de su unidad y en esa condición ejercerá todas las funciones que le son propias en la administración de personal, tales como: nombramientos, remociones, sanciones, promociones, concesión de licencias y otros, todo de acuerdo con el marco jurídico que en la materia rige para el CUC.
Artículo 18.—El
personal de
Artículo 19.—El Consejo Directivo
del CUC de conformidad con el Artículo 27 de
Artículo 20.—Acorde con las
regulaciones jurídicas y técnicas pertinentes, el Auditor Interno deberá
administrar los recursos humanos, materiales, tecnológicos y de otra
naturaleza, por lo que le corresponde garantizar la utilización de dichos
recursos en forma económica, eficiente, eficaz, legal y transparente para la
consecución de las metas y objetivos de
Artículo 21.—En
aras del éxito en el desempeño de
Artículo 22.—
Artículo 23.—Área Financiera: incluye la gestión financiera, contable y presupuestaria del CUC. Su objetivo es examinar las operaciones financieras y contables, así como verificar el cumplimiento de las políticas, las normas y los procedimientos.
Área Operativa: incluye la gestión operativa del CUC. Su objetivo es evaluar la eficiencia y eficacia de las unidades administrativas y/procedimientos del CUC, tales como procedimientos administrativos, contratación administrativa, planificación estratégica y administración de materiales, gestión de recursos humanos, entre otros.
Área Técnica: incluye la gestión técnica del CUC. Su objetivo es evaluar y/o examinar los proyectos de Educación Parauniversitaria, realizar auditorías de gestión educativa necesarias, o cualquier otro proyecto en el que el CUC invierta sus recursos.
Área
Administrativa: incluye la atención de denuncias de presuntos actos de
corrupción o uso irregular de recursos, la realización de estudios especiales
solicitados por
Artículo 24.—Las plazas vacantes de
CAPÍTULO III
Objeto, competencias, deberes,
potestades y prohibiciones
Artículo 25.—El objeto fundamental de
Artículo 26.—Competencias.
a) Realizar auditorías o estudios especiales
semestralmente, en relación con los fondos públicos sujetos a su competencia
institucional, incluidos fideicomisos, fondos especiales y otros de naturaleza
similar. Asimismo, efectuar semestralmente auditorías o estudios especiales
sobre fondos y actividades privadas, de acuerdo con los artículos 5 y 6 de
b) Verificar el cumplimiento, la validez y la suficiencia del sistema de control interno de su competencia institucional, informar de ello y proponer las medidas correctivas que sean pertinentes.
c) Verificar que la administración activa tome las medidas de control interno señaladas en esta Ley, en los casos de desconcentración de competencias, o bien la contratación de servicios de apoyo con terceros; asimismo, examinar regularmente la operación efectiva de los controles críticos, en esas unidades desconcentradas o en la prestación de tales servicios.
d) Asesorar, en materia de su competencia, al jerarca del cual depende; además, advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento.
e) Autorizar, mediante razón de apertura, los libros de contabilidad y de actas que deban llevar los órganos sujetos a su competencia institucional y otros libros que, a criterio del auditor interno, sean necesarios para el fortalecimiento del sistema de control interno.
f) Preparar los planes de
trabajo, por lo menos de conformidad con los lineamientos que establece
g) Elaborar un informe anual de
la ejecución del plan de trabajo y del estado de las recomendaciones de la
auditoría interna, de
h) Mantener debidamente actualizado el reglamento de organización y funcionamiento de la auditoría interna.
i) Las demás competencias que
contemplen la normativa legal, reglamentaria y técnica aplicable, con las
limitaciones que establece el artículo 34 de
Artículo 27º—Deberes.
a) Cumplir las competencias asignadas por ley.
b) Cumplir el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.
c) Colaborar en los estudios que
d) Administrar, de manera eficaz, eficiente y económica, los recursos del proceso del que sea responsable.
e) No revelar a terceros que no tengan relación directa con los asuntos tratados en sus informes, información sobre las auditorías o los estudios especiales de auditoría que se estén realizando ni información sobre aquello que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de los funcionarios de los entes y órganos sujetos a esta Ley.
f) Guardar la confidencialidad del caso sobre la información a la que tengan acceso.
g) Acatar las disposiciones y
recomendaciones emanadas de
h) Facilitar y entregar la
información que les solicite
i) Cumplir los otros deberes atinentes a su competencia.
Artículo 28.—Potestades.
a) Libre acceso, en cualquier momento, a todos los libros, los archivos, los valores, las cuentas bancarias y los documentos de los entes y órganos de su competencia institucional, así como de los sujetos privados, únicamente en cuanto administren o custodien fondos o bienes públicos de los entes y órganos de su competencia institucional; también tendrán libre acceso a otras fuentes de información relacionadas con su actividad. El auditor interno podrá acceder, para sus fines, en cualquier momento, a las transacciones electrónicas que consten en los archivos y sistemas electrónicos de las transacciones que realicen los entes con los bancos u otras instituciones, para lo cual la administración deberá facilitarle los recursos que se requieran.
b) Solicitar, a cualquier funcionario y sujeto privado que administre o custodie fondos públicos de los entes y órganos de su competencia institucional, en la forma, las condiciones y el plazo razonables, los informes, datos y documentos para el cabal cumplimiento de su competencia. En el caso de sujetos privados, la solicitud será en lo que respecta a la administración o custodia de fondos públicos de los entes y órganos de su competencia institucional.
c) Solicitar, a funcionarios de cualquier nivel jerárquico, la colaboración, el asesoramiento y las facilidades que demande el ejercicio de la auditoría interna.
d) Cualesquiera otras potestades necesarias para el cumplimiento de su competencia, de acuerdo con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.
Artículo 29.—Prohibiciones.
a) Realizar funciones y actuaciones de administración activa, salvo las necesarias para cumplir su competencia.
b) Formar parte de un órgano director de un procedimiento administrativo.
c) Ejercer profesiones liberales fuera del cargo, salvo en asuntos estrictamente personales, en los de su cónyuge, sus ascendientes, descendientes y colaterales por consanguinidad y afinidad hasta tercer grado, o bien, cuando la jornada no sea de tiempo completo, excepto que exista impedimento por la existencia de un interés directo o indirecto del propio ente u órgano. De esta prohibición se exceptúa la docencia, siempre que sea fuera de la jornada laboral.
d) Participar en actividades político-electorales, salvo la emisión del voto en las elecciones nacionales y municipales.
e) Revelar información sobre las auditorías o los estudios especiales de auditoría que se estén realizando y sobre aquello que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de los funcionarios de los entes y órganos sujetos a esta Ley.
Por las prohibiciones contempladas en esta Ley se les pagará un sesenta y cinco por ciento (65%) sobre el salario base.
CAPÍTULO IV
Relación de
Artículo 30.—Las
Direcciones de Educación Comunitaria y Asistencia Técnica, Dirección Académica
y
CAPÍTULO V
Ejecución de
Artículo
31.—Todas las intervenciones, exámenes o pruebas que realice
Artículo 32.—El
Auditor Interno deberá formular y mantener actualizado y en uso de su
dependencia el Reglamento de Organización y Funciones para
Artículo 33.—Si la independencia u objetividad del Auditor se viese comprometida de hecho o en apariencia, los detalles del impedimento deberán darse a conocer a las partes correspondientes. Asimismo, el Auditor no podrá evaluar operaciones específicas de las cuales haya sido previamente responsable en el año inmediato anterior.
Artículo 34.—Será
estrictamente confidencial la información que el personal de Auditoría Interna
obtenga en el ejercicio de sus funciones. Sin embargo, esta confidencialidad no
se aplicará a los requerimientos de
Artículo 35.—La
extensión y alcance de los tipos de prueba serán determinados según lo indique
la evaluación del control interno y aplicando las técnicas de muestreo o el
juicio profesional; éstas serán utilizadas de conformidad con las atribuciones
de
Artículo 36.—
En toda auditoría se hará uso de los papeles de trabajo consistentes en cédulas, cuestionarios, diagramas y otros documentos en los cuales quedarán registrados los datos e información relativa a cada actividad realizada.
El tipo de pruebas, extensión y
su alcance será determinado según las técnicas de muestreo o juicio
profesional. Dichas pruebas serán aplicadas de conformidad con las atribuciones
de
Artículo 37.—Cuando existan casos
bajo examen que indiquen irregularidades o conducta indebida, o exista, la
sospecha de la existencia de tales casos,
Artículo 38.—Los
papeles de trabajo por tratarse de documentos que sustentan y fundamentan los
hallazgos, deberán ser de acceso restringido y serán accesibles sólo a las
personas autorizadas o con orden judicial. Los miembros de
Artículo 39.—La oportunidad,
forma y herramientas a ser empleadas en los estudios o intervenciones serán de
exclusiva competencia de
Artículo 40.—Los
funcionarios de
CAPÍTULO VI
Supervisión del trabajo
Artículo 41.—Cada estudio que se realice en
Artículo 42.—El Auditor Interno será el responsable de que exista una adecuada supervisión del trabajo. La supervisión deberá comenzar con la planificación y continuar a través de las fases de examen, comunicación de resultados y seguimiento de recomendaciones.
Artículo 43.—Todos los papeles de trabajo serán revisados por el Auditor que realiza la investigación, evaluación y estudio, para asegurar que soportan adecuadamente las comunicaciones del trabajo y que todos los procedimientos de auditoría necesarios han sido aplicados.
CAPÍTULO VII
Comunicación de resultados
Artículo 44.—
Artículo 45.—En
cuanto a los requisitos, partes, revisión y remisión de los informes, se
aplicará principalmente, lo dispuesto sobre el particular en el Manual .de
Normas para el Ejercicio de
Artículo 46.—El texto de los informes de auditoría o estudio especial de auditoría constará, como principal división, de los cuatro siguientes capítulos: introducción, resultados, conclusiones y recomendaciones, que se subdividirán en secciones de acuerdo con las necesidades de exposición. Sin embargo los memorandos no necesariamente deben ordenarse de acuerdo con la división antes mencionada, siempre y cuando tal excepción no vaya en demérito de la concisión, exactitud, objetividad y claridad de la información.
Artículo 47.—Los
informes de Auditoría Interna tratarán sobre diversos asuntos de su competencia,
así como sobre asuntos de los que pueden derivarse posibles responsabilidades
para funcionarios, ex funcionarios de
Artículo 48.—Los hallazgos obtenidos en el transcurso de la auditoría o estudio especial de auditoría deben ser comentados con los funcionarios responsables, de previo a emitir las conclusiones y recomendaciones definitivas que contendrá el informe final, para obtener de ellos sus puntos de vista, opiniones, propuestas alternas de mejoras y que facilite la implantación de las recomendaciones. Dicho comentario quedará debidamente documentado.
Se exceptúan los casos de auditoría o estudio especial de auditoría con carácter reservado, en la que sus resultados no deberán discutirse, o cuando la auditoría o estudio es de índole ordinaria y se obtenga información de naturaleza confidencial.
Artículo 49.—Cuando los informes de Auditoría Interna contengan recomendaciones dirigidas a los titulares subordinados, se procederá de la siguiente manera:
a) El titular subordinado, en un plazo
improrrogable de diez días hábiles contados a partir de la fecha de recibido el
informe, ordenará la implantación de las recomendaciones. Si discrepa de ellas,
en el transcurso de dicho plazo elevará el informe de auditoría al Consejo
Directivo, con copia a
b) Con vista de lo anterior, el
jerarca deberá resolver, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir
de la fecha de recibo de la documentación remitida por el titular subordinado;
además, deberá ordenar la implantación de recomendaciones de
c) El acto en firme será dado a
conocer a
Artículo 50.—En
caso de que el informe de Auditoría esté dirigido al Consejo Directivo, el
mismo deberá ordenar al titular subordinado que corresponda, en un plazo
improrrogable de treinta días hábiles contados a partir de la fecha de recibido
el informe, la implantación de las recomendaciones. Si discrepa de tales
recomendaciones deberá, dentro del plazo indicado, ordenar las soluciones
alternas que disponga con fundamento; todo ello tendrá que comunicarlo por
escrito a
Artículo 51.—En caso de que no se
llegue a un acuerdo entre el funcionario responsable de la implantación de las
recomendaciones y
Artículo 52.—Firme
la resolución del Consejo Directivo que ordena soluciones distintas de las
recomendadas por
Artículo 53.—
Para tales propósitos,
Artículo 54.—Es responsabilidad
de
CAPÍTULO VIII
Asignaciones presupuestarias para
Artículo 55.—Se
dará a
Artículo 56.—
Artículo 57.—Cada año se debe
incluir para la aprobación del presupuesto ordinario del CUC, una certificación
brindada por el Auditor Interno, correspondiente a los recursos asignados a
Artículo 58.—
Artículo 59.—No
podrán hacerse modificaciones presupuestarias que afecten los recursos
asignados al desarrollo de las actividades de
CAPÍTULO IX
Hechos o actos irregulares
Artículo 60.—Cuando como parte de las auditorías programadas o estudios
especiales, se detecten actos o hechos irregulares o ilegítimos que puedan
eventualmente acarrear responsabilidades de tipo penal, civil o administrativas
sobre alguno de los funcionarios del CUC, por lesión patrimonial que se origine
a
CAPÍTULO X
Atención a denuncias
Artículo 61.—De acuerdo con lo establecido en
Artículo 62.—
Artículo 63.—Requisitos
esenciales que deben reunir las denuncias que se presenten a
1) Los hechos denunciados deberán ser expuestos en forma clara, precisa y circunstanciada, brindando el detalle suficiente que permita realizar la investigación: el momento y lugar en que ocurrieron tales hechos y el sujeto que presuntamente los realizó.
2) Se deberá señalar la posible
situación irregular que afecta
3) El denunciante deberá indicar cuál es su pretensión en relación con el hecho denunciado.
4) Información adicional: El denunciante también deberá brindar información complementaria respecto a la estimación del perjuicio económico producido a los fondos públicos en caso de conocerlo, la indicación de probables testigos y el lugar o medio para citarlos, así como la aportación o sugerencia de otras pruebas.
5) Solicitud de Aclaración: En
caso de determinar
6) Admisión de denuncias anónimas: Las denuncias anónimas serán atendidas en el tanto aporten elementos de convicción suficientes y se encuentren soportadas en medios probatorios idóneos que permitan iniciar la investigación, de lo contrario se archivará la denuncia.
Artículo 64.—El Auditor Interno desestimará o archivará las denuncias que se remitan a su dependencia cuando se presente alguna de las siguientes condiciones:
1) Si la denuncia no corresponde al ámbito de competencia.
2) Si la denuncia se refiere a
intereses particulares exclusivos de los denunciantes en relación con conductas
ejercidas u omitidas por
3) Si los hechos denunciados corresponde investigarlos o ser discutidos exclusivamente en otras sedes, ya sean administrativas o judiciales.
4) Si los hechos denunciados se
refieren a problemas de índole laboral que se presentaron entre el denunciante
y
5) Si la denuncia fuere evidentemente improcedentes o infundadas.
6) Si el costo aproximado de la investigación fuera superior al beneficio que se obtendría al darle curso al asunto denunciado.
7) Si el asunto planteado ante
8) Si la denuncia presentada
fuera una reiteración o reproducción de otras denuncias similares sin aportar
elementos nuevos y que ya hubieran sido resueltas con anterioridad por
9) Si la denuncia omite alguno de los requisitos esenciales mencionados en el artículo 50.
10) Las gestiones que bajo el formato de denuncia, sean presentadas con la única finalidad de ejercer la defensa personal sobre situaciones cuya discusión corresponda a otras sedes, ya sea administrativas o judiciales.
Artículo 65.—La desestimación o archivo de las denuncias se realizará mediante un acto debidamente motivado donde acredite los argumentos valorados para tomar esa decisión.
Artículo 66.—Al denunciante se le deberá comunicar cualquiera de las siguientes resoluciones que se adopte de su gestión:
1) La decisión de desestimar la denuncia y de archivarla.
2) La decisión de trasladar la gestión para su atención al Ministerio Público.
3) El resultado final de la investigación que se realizó con motivo de su denuncia.
Las anteriores comunicaciones se realizarán en el tanto haya especificado en dicho documento su nombre, calidades y lugar de notificación.
CAPÍTULO XI
Capacitación y entrenamiento
Artículo 67.—
Artículo 68.—Se deben establecer
y mantener programas de capacitación y entrenamiento continuo para el personal
de
Artículo 69.—Todos
los funcionarios de
Artículo 70.—Cada
dos años
Artículo 71.—Se promoverán acciones
y/o coordinaciones estratégicas de capacitación entre
CAPÍTULO XII
Disposiciones finales
Artículo 72.—Las disposiciones de este Reglamento son de acatamiento
obligatorio por todo el personal del CUC. La negativa injustificada a atender
oportunamente las solicitudes de información o de otro tipo planteadas por
Artículo 73.—En concordancia con
las directrices emitidas por
Artículo 74.—El
Auditor Interno debe desarrollar, aplicar mantener y perfeccionar un programa
de aseguramiento de la calidad que cubra todos los aspectos de la actividad de
Artículo 75.—Queda
bajo obligación y responsabilidad de los diferentes niveles jerárquicos del
CUC, en coordinación con
Artículo 76.—Todas las disposiciones inmersas en este Reglamento son de aplicación para todas las dependencias que conforman la organización del CUC, en lo que corresponda según sea el caso. Cualquier discrepancia que se presente en cuanto a su interpretación y ejecución, será resuelta por el Consejo Directivo, de común acuerdo con el Auditor Interno.
Artículo 77.—Las
modificaciones a este Reglamento solo pueden hacerse por el Auditor Interno y
aprobarse por el Consejo Directivo y
Artículo 78.—Rige a partir de su publicación, y deroga cualquier otro que se le oponga dentro de su mismo nivel jerárquico.
Aprobado por el Consejo Directivo del CUC, según acuerdo Nº 03-2583-2007, de la sesión Nº 2583, celebrada el 14-11-2007.
Cartago, 21 de enero del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Ligia María Amador Brenes, Proveedora.—1 vez.—Nº 11445.—(7736).
CONSEJO DIRECTIVO
Modificaciones al Reglamento de Becas (sesión 2597, del 21 de diciembre de 2007).
ACUERDO 01-2597-2007:
1. “Realizar las siguientes modificaciones al Reglamento de Becas vigente:
Título del reglamento: REGLAMENTO DEL SISTEMA DE BECAS PARA ESTUDIANTES DE LAS CARRERAS QUE IMPARTE EL CUC.
Artículo
2, inciso 1:
1. Contribuir con la tarea de propiciar una sociedad más justa, libre y
próspera que le fue encomendado a
Artículo
11, inciso c:
c) Matricular en cada cuatrimestre el bloque completo o el que legalmente le corresponda, según lo establezca el estudio respectivo del Departamento de Registro.
Artículo
13.—Beca por excelencia académica. La beca
por excelencia académica es una beca que se otorga a todo estudiante regular que lleve una carga
académica de bloque completo o el que legalmente le corresponda, según lo
establezca el estudio respectivo del Departamento de Registro y un promedio
ponderado igual o superior a 9,00, la beca asignada corresponde a
Segundo
párrafo del artículo 16: El funcionario deberá matricular como mínimo el
50% de las materias del bloque. Deberán cursarse fuera de su jornada laboral.
El cónyuge o compañero de hecho, deberá matricular como mínimo el 50% de las
materias del bloque, y en el caso de los hijos, estos deberán obligatoriamente
cursar el bloque completo o el que legalmente les corresponda, según lo
establezca el estudio respectivo del Departamento de Registro. Para todos
los casos, el no aprobar alguna de las materias matriculadas implicará el
inmediato retiro del beneficio, por el período solicitado.
Cartago, 21 de enero del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Ligia Amador Brenes, Proveedora.—1 vez.—Nº 11446.—(7737).
MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 4º DEL REGLAMENTO DE CRÉDITO Y ASIGNACIÓN
DE RECURSOS REEMBOLSABLES Y NO REEMBOLSABLES DEL PROGRAMA
DE RECONVERSIÓN
PRODUCTIVA DEL CONSEJO NACIONAL
DE PRODUCCIÓN
El Consejo Nacional de Producción, avisa que mediante acuerdo de junta directiva Nº 37169, de la sesión 2697 (ord), artículo 10º, celebrada el 28 de noviembre del 2007, se acordó:
Aprobar
la modificación del artículo 4º del Reglamento de Crédito y Asignación de
Recursos Reembolsables y No Reembolsables del Programa de Reconversión
Productiva del Consejo Nacional de Producción, aprobado originalmente, por
acuerdo tomado en la sesión Nº 2025, artículo 3 del 26 de agosto de 1998, de
conformidad con la redacción recomendada por
“Artículo 9º—Podrá establecerse según la evaluación técnica y financiera del proyecto, como recursos no reembolsables, los siguientes rubros:
... g. Inversiones estratégicas en un proyecto, entre estas, infraestructura, maquinarias y equipos que no generen ingresos directos a los beneficiarios en particular y cuyo costo de inversión no pueda ser directamente asignable a cada beneficiario, pero que son indispensables para la operación del proyecto.
Se podrá considerar como no reembolsable, el costo total o parcial de la infraestructura, si se determina con base en la evaluación financiera del proyecto y conforme a los Estados Financieros Auditados del último período, que la organización de agricultores no se encuentra en condiciones económicas para cancelar el monto del crédito correspondiente a este rubro.”
Publíquese en el
Diario Oficial
San José, 23 de enero del 2008.—Dirección Asuntos Jurídicos.—Lic. Victoria Villalobos Pagani, Directora.—1 vez.—(Solicitud Nº 49911).—C-13220.—(7894).
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DE
NACIONAL DE
Presentación
El presente
Reglamento constituye un instrumento jurídico que promueve la actividad de
auditoría interna con arreglo a la ética, principios y disposiciones de orden
legal, reglamentario y técnico y, su materialización en un efectivo valor
agregado al buen gobierno del Patronato Nacional de
Regula el marco fundamental
respecto de la organización y funcionamiento de
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Objeto.
El presente Reglamento tiene como finalidad regular, en sus aspectos
fundamentales, la organización y funcionamiento de
Artículo 2º—Ámbito de
aplicación. El presente Reglamento es de carácter obligatorio para todos
los funcionarios de
Artículo 3º—Del presente
Reglamento. Para la formulación, modificaciones, aprobación y promulgación
del presente Reglamento se siguió lo dispuesto en las Directrices generales
relativas al Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Auditorías
Internas del Sector Público, emitido por
CAPÍTULO II
Organización de
SECCIÓN A
Concepto de Auditoría Interna
Artículo 4º—Del
objetivo.
Artículo 5º—Marco normativo. El ejercicio de la actividad de auditoría interna se regirá fundamentalmente por lo que establece:
a.
b.
c. El presente Reglamento.
d. El Manual de normas para el ejercicio de la auditoría interna en el sector público.
e. El Manual de normas generales de auditoría para el sector público.
f. Las Directrices generales
sobre principios y enunciados éticos a observar por parte de los jerarcas,
titulares subordinados, funcionarios de
g. La visión, misión, políticas,
directrices, procedimientos y demás instrucciones que dicte el Auditor Interno
para orientar la gestión de
h. Otras normas legales,
reglamentarias y técnicas que le sean aplicables a
SECCIÓN B
Independencia y objetividad
Artículo 6º—Independencia funcional y de criterio. La actividad de auditoría interna deberá ser ejercida con total independencia funcional y de criterio, respecto del jerarca y de los demás órganos de la administración activa.
Artículo 7º—Objetividad
individual. Es obligación de los funcionarios de
a. Los artículos 32 y 34 de
b. Las Directrices generales sobre
principios y enunciados éticos a observar por parte de los jerarcas, titulares
subordinados, funcionarios de
c. El Manual de normas para el ejercicio de la auditoría interna en el sector público.
d. El Manual de normas generales de auditoría para el sector público.
e. El presente Reglamento.
Artículo 8º—Manifestación
de salvaguarda. Es obligación de los funcionarios de
Artículo 9º—Medidas de
resguardo. Los funcionarios de
a. Participar como miembro permanente en las
sesiones de
b. Ser miembro permanente de grupos de trabajo, comisiones o similares que ejerzan función propia de la administración activa. Cuando su participación sea solicitada por el Jerarca al Auditor Interno, ésta será exclusivamente en su función asesora.
c. Asesorar, advertir o auditar
operaciones específicas de las cuales hayan sido responsables, en los últimos
doce meses contados a partir de la fecha de su ingreso a
d. Ser miembros de órganos colegiados de un sujeto privado que administra fondos públicos que están sujetos a su fiscalización.
Artículo 10.—Evaluación independiente de
SECCIÓN C
Ubicación y estructura organizativa
Artículo 11.—Dependencia y ubicación orgánica.
Su ubicación orgánica dentro de la estructura institucional corresponderá a la de un órgano asesor de muy alto nivel.
Artículo 12.—Jerarquía.
El Auditor Interno es el superior jerárquico de
Artículo 13.—Organización
por procesos.
Dichos procesos son:
- Auditoría
- Seguimiento
- Servicios Preventivos
- Desarrollo
- Dirección y Administración.
SECCIÓN D
Del Auditor Interno, Subauditor y
personal a su cargo
Artículo 14.—Nombramiento, suspensión, remoción del Auditor y
Subauditor Interno y vacaciones y permisos del auditor Interno. El
nombramiento del Auditor y subauditor Interno lo hará
Tendrá garantía de inamovilidad
en los términos estipulados por el artículo 15 de
Los requisitos de sus cargos y
demás condiciones para el nombramiento del Auditor y subauditor Interno se
regirán en el Reglamento de Reclutamiento y Selección de personal del Patronato
Nacional de
Las vacaciones del Auditor
Interno, serán conocidas y resueltas por el Presidente Ejecutivo y solo en caso
de no ser aprobadas por éste podrá presentarse la solicitud a
Artículo 15.—Protección
al Personal de
Artículo 16.—Responsabilidades
y delegación. El Auditor Interno y el auditor encargado del estudio, son
los responsables, en ese orden, del correcto cumplimiento de las funciones
encomendadas a
Artículo 17.—De
la dirección y administración. Sin perjuicio de lo establecido en
a. Dirigir, según su criterio, la actividad de
auditoría interna, así como disponer la organización y funcionamiento de
b. Definir, establecer y mantener
actualizadas las políticas, procedimientos y prácticas requeridas por
c. Definir, establecer y
mantener actualizadas las políticas, procedimientos y prácticas sobre la
administración, acceso, custodia y revisión de la documentación inherente a sus
servicios preventivos y de auditoría, en especial de la información relativa a
los asuntos de carácter confidencial que estipulan los artículos 6º de
d. Mantener actualizado el
Reglamento de organización y funcionamiento de
e. Proponer al Jerarca la creación de las plazas que considere indispensables para la debida prestación de sus servicios preventivos y de auditoría y demás recursos que estime necesarios.
f. Comunicar sus planes de
trabajo a
g. Evaluar los resultados de su
gestión y rendir cuentas a
h. Asignar las funciones al subauditor interno.
i. El auditor y el subauditor internos deberán observar las respectivas funciones establecidas en los manuales institucionales de cargos y clases o de denominación similar.
j. El auditor y el subauditor internos deberán cumplir con pericia y debido cuidado profesional sus funciones, haciendo valer sus competencias con independencia funcional y de criterio, y serán vigilantes de que su personal responda de igual manera.
k. Al subauditor interno le corresponderá apoyar al auditor interno en el descargo de sus funciones y lo sustituirá en sus ausencias temporales, respondiendo ante él por su gestión.
l. Delegar en su personal,
cuando así lo estime, sus funciones, utilizando criterios de idoneidad y
conforme lo establece
m. Mantener en operación un
programa de aseguramiento de la calidad para
n. Actualizar de manera periódica
la visión, misión y políticas de
o. Administrar en forma efectiva los recursos financieros, materiales, humanos y tecnológicos en función de los objetivos institucionales.
p. Promover una gestión basada en los valores estratégicos de la organización.
q. Promover la eficiencia y eficacia en la prestación de los servicios, mediante la formación de una cultura institucional orientada al usuario.
r. Velar por la dotación de los recursos necesarios para el desarrollo efectivo de sus labores.
s. Adquirir y aplicar los conocimientos, técnicas, valores, creencias y actitudes que fortalezcan la efectividad de la actividad de auditoría interna.
t. El auditor y el subauditor
internos deberán presentar al final de su gestión un informe, de acuerdo con
las directrices emitidas por
Artículo 18.—Del personal. Es competencia del Auditor Interno en
cuanto al personal de
a. Autorizar los movimientos de personal y la
disminución de plazas de
b. Gestionar oportunamente ante el Departamento de Recursos Humanos la ocupación de las plazas vacantes de la unidad a su cargo.
c. Disponer, de conformidad con las regulaciones y políticas institucionales, la ocupación de las plazas vacantes mediante los mecanismos de traslado, ascenso directo de cualquiera de sus colaboradores o concurso interno o externo.
d. Vigilar y tomar las decisiones
que correspondan para que los funcionarios de
SECCIÓN E
Ámbito de acción
Artículo 19.—Ámbito de acción.
Corresponde al Auditor Interno
definir y mantener actualizado el ámbito de acción de
Para tales efectos mantendrá
actualizado, el listado que para tal efecto elaborará, de los órganos y entes
sujetos al ámbito de acción de
Artículo 20.—Archivo
permanente.
SECCIÓN F
Relaciones y coordinaciones
Artículo 21.—Pautas internas. El Auditor Interno deberá establecer y regular a lo interno de su unidad, las pautas principales sobre las relaciones y coordinaciones de sus funcionarios con los auditados.
Artículo 22.—Relaciones
externas. Es facultad del Auditor Interno solicitar, proveer e intercambiar
información con
Artículo 23.—Presupuesto
y plan de adquisiciones.
Artículo 24.—Ejecución
del presupuesto y del plan de adquisiciones de
Artículo 25.—Registro
presupuestario. El Departamento de Administración de Presupuesto mantendrá
un registro del presupuesto anual asignado a
Artículo 26.—Asesoría.
Es obligación de Asesoría y Gestión Jurídica brindar a
Artículo 27.—Apoyo
técnico.
CAPÍTULO III
Funcionamiento de
SECCIÓN A
De sus competencias, deberes y
potestades
Artículo 28.—Competencias.
a. Artículo 22 de
b. Artículo 17 Ley Orgánica 7648
del Patronato Nacional de
c. Artículo 80 del Reglamento a
d. Artículo 11 de las Directrices
que deben observar los funcionarios obligados a presentar el informe final de
su gestión, según lo dispuesto en el inciso e) del artículo 12 de
e. Otras leyes, Reglamentos y demás normativa de obligada observancia.
Artículo 29.—Deberes por ley. El Auditor y subauditor Interno y
el personal de
Artículo 30.—Potestades
por ley. El Auditor y subauditor Interno y el personal de
Artículo 31.—Señalamiento
de plazos.
Cuando la solicitud no pueda ser
atendida dentro del plazo establecido, el responsable deberá comunicarlo para
su resolución a
SECCIÓN B
De los servicios de
Artículo 32.—De los servicios. Los servicios que proporcionará
Artículo 33.—Servicios de auditoría. Proporcionarán exámenes objetivos de evidencia, en relación con la administración del riesgo, del control y proceso de dirección, así como sobre asuntos específicos de la institución, con el fin de proveer evaluaciones independientes orientadas a impulsar mejoras en la gestión, mejorar la responsabilidad pública y facilitar la toma de decisiones. Son parte de esos servicios los estudios de seguimiento dirigidos a verificar el cumplimiento por parte de la administración activa de las recomendaciones a ella dirigidas y que fueron de su aceptación.
Artículo 34.—Naturaleza de las auditorías. Los tipos de auditoría se definirán de acuerdo con su objetivo o con el campo de actividades en el que se desarrollarán.
Artículo 35.—Servicios
preventivos. Los servicios preventivos contemplarán las asesorías,
advertencias y autorización de libros. Las dos primeras deberán versar sobre
asuntos que sean estrictamente de la competencia de
Artículo 36.—Servicios de asesoría. Consisten en proveer criterios, opiniones u observaciones que coadyuven a la toma de decisiones sobre asuntos puntuales y no devienen en vinculante para quien los recibe. Las asesorías se brindarán a solicitud del jerarca. En cuanto a otros niveles gerenciales, éstas podrán darse de oficio o a solicitud de parte y quedará a criterio del Auditor Interno proporcionarla. Podrán ser escritas o verbales.
Artículo 37.—Servicios
de advertencia. Consisten en prevenir a la administración activa sobre las
posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones a contrarias al
ordenamiento jurídico y técnico, siempre y cuando sean del conocimiento de
Artículo 38.—Servicios de autorización de libros. Consisten en la apertura y cierre de libros y registros relevantes para el control interno institucional y en la fiscalización de su manejo y control.
Artículo 39.—Petición
de un directivo a
SECCIÓN C
De los informes de auditoría sobre
materia de control interno
Artículo 40.—Comunicación de resultados.
Corresponde a
Artículo 41.—Informe
parcial y final.
Artículo 42.—Conferencia final. Los resultados, conclusiones y recomendaciones se comentarán, de previo a su comunicación oficial, con el funcionario a quien se dirigen las recomendaciones, poseedor de la competencia y autoridad para ordenar su implantación, a fin de promover el intercambio y retroalimentación con respecto a éstos.
Las observaciones escritas que al
respecto ese funcionario proporcione en la conferencia final, se contemplarán
en el respectivo informe de auditoría y sobre ellas se manifestará, de
estimarlo necesario,
Se exceptuarán de esa conferencia final los asuntos relacionados con el establecimiento de responsabilidades administrativas, civiles o penales.
Artículo 43.—Audiencia
para la conferencia final.
A criterio del Auditor, el borrador del informe de auditoría se podrá suministrar con antelación a la realización de la conferencia final, con la finalidad de propiciar una mayor comprensión y análisis de su contenido y brindar un debido soporte a los comentarios a realizar por el funcionario al cual se dirigen las recomendaciones.
Artículo 44.—Respuesta
a los informes de auditoría. El funcionario al cual
Fenecidos esos plazos sin
producirse las manifestaciones de ley por el funcionario en cuestión y, sin
perjuicio de las responsabilidades que tal actuación genere, el informe de
auditoría deviene en válido, eficaz y firme y, es por tanto obligatorio a
efectos de que se implanten sus recomendaciones, bajo pena de incurrir, en caso
de incumplimiento injustificado, en responsabilidad administrativa y civil, de
conformidad con el artículo 39 de
Artículo 45.—Informes
de auditoría sobre entes privados. Los informes de auditoría sobre entes privados
a los que el Patronato Nacional de
A criterio del Auditor se podrá entregar una copia del informe al jerarca del ente privado.
Artículo 46.—Acceso a informes. Los informes de auditoría sobre materia de control interno (los cuales no hacen referencia a eventuales responsabilidades, característica que los diferencia de las relaciones de hechos y denuncias al Ministerio Público) una vez puestos en comunicación de la administración activa, son de libre acceso por parte de cualquier persona pública o privada.
SECCIÓN D
De las relaciones de hechos
Artículo 47.—Relaciones de hechos. El informe de auditoría que se denomine relación de hechos sólo tratará sobre asuntos de los que puedan derivarse posibles responsabilidades administrativas y civiles y, ha de contener los elementos necesarios para la identificación de los presuntos responsables contra los cuales enderezar las acciones que se recomiendan y precisar los hechos anómalos o irregulares que se les atribuyen.
Artículo 48.—Confidencialidad.
Las relaciones de hechos y toda la información y documentación de sustento
producto de la investigación de
Cuando la relación de hechos se
genere por una investigación cuyo origen es una denuncia,
Todo lo anterior de conformidad
con el artículo 6º de
Artículo 49.—Solicitudes
de
Artículo 50.—Comunicación.
Las relaciones de hechos, con la salvedad que dispone el artículo 42 de
Se acompañarán del respectivo
expediente, el cual debe enviarse en estricto orden cronológico y debidamente
foliado, con un índice de la prueba que la soporta. La identidad del
denunciante y denuncia por él suscrita no deben ser
considerados como parte del expediente en cuestión.
Artículo 51.—Comparecencia
ante Órganos Directores. Los funcionarios de
SECCIÓN E
De las denuncias
Artículo 52.—Ámbito de competencia.
Artículo 53.—Principios generales. En la admisión de las denuncias se atenderán los principios de simplicidad, economía, eficacia y eficiencia.
Artículo 54.—Confidencialidad.
La identidad del denunciante, la información, la documentación y otras
evidencias de las investigaciones que se efectúen serán confidenciales de
conformidad con lo establecido en el artículo 6º de
Artículo 55.—Requisitos
esenciales que deben reunir las denuncias que se presenten a
a. Los hechos denunciados deberán ser expuestos por escrito en forma clara, precisa y circunstanciada, brindando el detalle suficiente que permita realizar la investigación: el momento y lugar en que ocurrieron tales hechos y el sujeto que presuntamente los realizó.
b. Se deberá señalar la posible
situación irregular que afecta al Patronato Nacional de
Artículo 56.—Información adicional. El denunciante también deberá brindar información complementaria respecto a la estimación del perjuicio económico producido a los fondos públicos en caso de conocerlo, la indicación de probables testigos y el lugar o medio para citarlos, así como la aportación o sugerencia de otras pruebas.
Artículo 57.—Solicitud
de aclaración. En caso de determinar
Artículo 58.—Admisión de denuncias anónimas. Las denuncias anónimas serán atendidas en el tanto aporten elementos de convicción suficientes y se encuentren soportadas en medios probatorios idóneos que permitan iniciar la investigación, de lo contrario se archivará la denuncia.
Artículo 59.—Archivo
y desestimación de las denuncias.
a. Si la denuncia no corresponde al ámbito de
competencia de
b. Si la denuncia se refiere a intereses particulares exclusivos de los denunciantes en relación con conductas ejercidas u omitidas por la administración, salvo que de la información aportada en la denuncia se logre determinar que existen aspectos de relevancia que ameritan ser investigados.
c. Si los hechos denunciados corresponde investigarlos o ser discutidos exclusivamente en otras sedes, ya sean administrativas o judiciales.
d. Si los hechos denunciados se refieren a problemas de índole laboral que se presentaron entre el denunciante y la administración activa.
e. Si el costo aproximado de la
investigación fuera superior al beneficio que se obtendría al darle curso al
asunto denunciado, esto conforme a los parámetros que se dicten de conformidad
con el artículo 14 del Reglamento a
f. Si el asunto planteado ante
g. Si la denuncia presentada
fuera una reiteración o reproducción de otras denuncias similares sin aportar
elementos nuevos y que ya hubieran sido resueltas con anterioridad por
h. Si la denuncia es manifiestamente improcedente o infundada.
i. Si la denuncia omite alguno de los requisitos esenciales mencionados en el artículo 55 tras anterior que regula los requisitos esenciales.
j. Si la denuncia presenta las condiciones indicadas en los artículos 57 sobre solicitud de aclaración y 58 relacionado con la admisión de denuncias anónimas.
Artículo 60.—Fundamentación del acto de desestimación o archivo de denuncias. La desestimación o archivo de las denuncias se realizará mediante un acto debidamente motivado donde acredite los argumentos valorados para tomar esa decisión.
Cuando se desestime la atención de asuntos denunciados, esa situación deberá quedar debidamente acreditada en los papeles de trabajo de la investigación y en la razón de archivo.
Artículo 61.—Comunicación al denunciante en caso de denuncias suscritas. Al denunciante se le deberá comunicar cualquiera de las siguientes resoluciones que se adopte de su gestión:
a. La decisión de desestimar la denuncia y de archivarla.
b. La decisión de trasladar la
gestión para su atención a lo interno del Patronato nacional de
c. El resultado final de la investigación que se realizó con motivo de su denuncia. En caso de que tales resultados puedan originar la apertura de un procedimiento administrativo o la interposición de un proceso judicial, se le comunicará que se realizó el estudio correspondiente y de su remisión a la autoridad competente, sin aportar información, documentación u otras evidencias inherentes a la investigación.
Las anteriores comunicaciones se realizarán en el tanto haya especificado en dicho documento su nombre, calidades y lugar de notificación.
Artículo 62.—Denuncias
sobre asuntos disciplinarios o de la prestación de servicios de funcionarios.
Este tipo de denuncias serán trasladadas para el trámite que corresponda a la
respectiva gerencia o en su defecto, al superior inmediato del funcionario
denunciado, con indicación expresa de los artículos 6º de
Artículo 63.—Resguardo
de la identidad del denunciante. Todo papel de trabajo, razón de archivo o
comunicación a terceros generados por
SECCIÓN F
Del seguimiento en la implantación de
recomendaciones
Artículo 64.—Planificación de las actividades de seguimiento. El
Auditor debe establecer y mantener como parte vital y permanente de la
actividad de
Ese programa debe incluir los
resultados de las evaluaciones realizadas por auditores externos o
Artículo 65.—Priorización
y alcance de las actividades de seguimiento. La naturaleza, oportunidad y
dimensión de los estudios de seguimiento serán determinadas, entre otros, por la
importancia de los hallazgos reportados, la complejidad de la acción
correctiva, los riesgos a los que se enfrenta la institución de no corregirse
las situaciones detectadas y la disponibilidad de recursos de
Artículo 66.—Solicitudes
de información.
Artículo 67.—Seguimiento a cargo de la administración activa. El funcionario responsable de ordenar la implantación de las recomendaciones deberá ejercer el control para asegurarse la adopción de todas las medidas y acciones para su oportuna, adecuada y eficaz implantación y, adoptar, de ser preciso, las acciones disciplinarias y legales procedentes de incumplir los responsables injustificadamente sus órdenes, instrucciones, lineamientos, directrices u otros dados para ese propósito.
Igualmente, es responsabilidad de
ese funcionario proporcionar en los plazos que estipule
Artículo 68.—Incumplimiento
injustificado de recomendaciones aceptadas por la administración activa. De
comprobar
SECCIÓN G
Disposiciones finales
Artículo 69.—Derogatoria. El presente Reglamento deroga el
Reglamento de
Artículo 70.—Vigencia.
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial
Este Reglamento
fue aprobado por
Lic. María Auxiliadora Chaves Campos, MBA Auditora Interna.—1 vez.—(Solicitud Nº 778).—C-101870.—(7893).
Acta Nº 47-2007 del 21 de noviembre del 2007. Acuerdo número dos.
SE ACUERDA:
1º—Incluir un inciso “g)” al artículo veintitrés (23) del Reglamento de Capacitación y Becas para el Desarrollo del Recurso Humano (CCAD) aprobado por esta junta directiva de conformidad a la propuesta inicial y que se lea de la siguiente manera:
“G) Permiso con goce de salario para efectuar el trabajo de tesis de grado o posgrado hasta un máximo de diez (10) horas semanales durante seis (6) meses o un (1) mes calendario. Este permiso se otorgará solo una vez y en aquellos casos en que la persona no haya gozado de beneficios institucionales para la formación académica. A partir del vencimiento de este permiso, la persona que obtenga este beneficio tendrá el plazo de un año para presentar el trabajo final de tesis aprobado. Si la persona incumple con los plazos otorgados, tendrá que reintegrar el monto equivalente a valor actual y con intereses, conforme lo establece el Manual de Normas y Procedimientos del Reglamento de Capacitación y Becas para el Desarrollo del Recurso Humano INAMU”
2º—Rige a partir
de su publicación en el Diario Oficial
Junta Directiva.—Victoria Eugenia Montero Zeledón, Secretaria de Actas.—1 vez.—(Solicitud Nº 10406).—C-13220.—(7890).
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
REFORMA AL REGLAMENTO PARA OTORGAMIENTO
DE BECAS A ESTUDIANTES DE PRIMARIA Y SECUNDARIA
Artículo 1º—Refórmase el título del capítulo I, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera: Capítulo I.—De las becas a estudiantes de primaria y secundaria.
Artículo 2º—Refórmase el artículo I del Reglamento para el otorgamiento de becas a estudiantes de primaria y secundaria del Cantón de San José, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:
“Artículo 1º—De la naturaleza del beneficio:
Artículo 3º—Refórmase el inciso c) del artículo 2 del reglamento para el otorgamiento de becas a estudiantes de primaria y secundaria del Cantón de San José, cuyo texto dirá:
“Artículo
2º—De los requisitos para ser beneficiario(a) de una beca:
Para ser becado (a) municipal, los interesados (as) deben cumplir con los siguientes requisitos:
…”
c) Haber iniciado o concluido la enseñanza primaria, según sea el caso.
…”
Artículo 4º—Refórmase los incisos a) y c) del artículo 9 del Reglamento para el otorgamiento de becas a estudiantes de primaria y secundaria del Cantón de San José, cuyos textos dirán:
“Artículo
9º—De la asignación de los recursos presupuestarios:
a) Para las becas de educación primaria y secundaria a habitantes del cantón, anualmente se hará una asignación presupuestaria que posibilite al menos la concesión de 600 becas. De estas 250 serán para primaria y 350 para secundaria.
b) Toda beca
importa una remuneración mensual, cuyo monto será igual al 5% del salario base
establecida en
Artículo 5º—Derógase los incisos d) y e) del artículo 9º del Reglamento para el Otorgamiento de Becas a Estudiantes de Primaria y Secundaria del Cantón de San José.
Artículo 6º—Vigencia: Rige
a partir de su publicación en el Diario Oficial
Acuerdo firme:
Acuerdo 15, artículo IV, de la sesión ordinaria 90, celebrada por
San José, 23 de enero de 2008.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 3801).—C-24440.—(7895).
MUNICIPALIDAD DE OROTINA
El Concejo Municipal de Orotina, en acuerdo tomado en el acta de la sesión ordinaria 148, celebrada el 23 de enero del presente año, en su artículo VII, aparte 1, el cual reza: Moción escrita presentada por el señor Emilio Rodríguez Molina; considerando:
Primero:
Que el día jueves 20 de diciembre de 2007, en el Diario Oficial
Segundo: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 43 del Código Municipal, se tiene por cumplido el plazo mínimo de diez días hábiles para escuchar audiencias al respecto. Por tanto mocionó para que este Concejo acuerde la aprobación final y aplicación del citado reglamento. Publíquese este acuerdo en el Diario oficial.
Sometido a votación el acuerdo anterior el mismo se aprueba de forma unánime en firme y definitivamente aprobado.
Orotina, 28 de enero del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Jairo Emilio Guzmán Soto, Proveedor Municipal.—1 vez.—(Solicitud Nº 17546).—C-8580.—(9313).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El Banco
Popular y de Desarrollo Comunal, (Periférica de Tres Ríos), hace del
conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado de
ahorro a plazo fijo capitalizable a la orden de Ana Lorena Calvo Ulate, cédula
01-0421-0723.
Certificado
Número Monto total Fecha vencimiento
16105560210161536 ¢155.085,76 17-12-2007
Lo
anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.—18 de enero del 2008.—Lic. Carolina Navarro R, Supervisora.—Nº 10572.—(6315).
ÁREA DE INVESTIGACIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Carlos
Roberto García Araya, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
José Manuel Chaves
Redondo, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
Francia Cecilia
Carrillo Zurcher, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
Yanina de los Ángeles
Jiménez Ugalde, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
María Gabriela Zúñiga
Chavarría, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
CONVOCA A CONSULTA PÚBLICA
Se invita a los ciudadanos a presentar sus posiciones sobre la propuesta de la empresa Taxis Unidos Aeropuerto Internacional Juan Santamaría S. A., de ajuste extraordinario en las tarifas para el servicio de transporte remunerado de personas modalidad taxi (conforme a la metodología establecida por las resoluciones RRG-4316-2005 y RRG-4199-2004 para este servicio), que se brinda en el Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, tramitada en el expediente ET-003-2008, y se detalla de la siguiente manera:
Tarifa (en colones) Incremento
Tarifa según
tipo
de taxi Vigente Solicitada Absoluto Porcentual
TAXI
SEDÁN
Tarifa banderazo 615 690 75 12,2%
Tarifa variable 490 655 165 33,7%
Tarifa por espera 1.790 2.110 320 17,9%
Tarifa por demora 4.900 6.550 1650 33,7%
TAXI MICROBÚS
Tarifa banderazo 615 690 75 12,2%
Tarifa variable 615 690 75 12,2%
Tarifa por espera 1.910 2.235 325 17,0%
Tarifa por demora 6.150 6.900 750 12,2%
El plazo máximo
para presentar sus posiciones vence el 12 de febrero del 2008, a las dieciséis
horas (4:00 p. m.). Las mismas se pueden presentar mediante el fax 290-2010, de
forma personal en las oficinas de
Se hace saber a los interesados
que esta consulta pública se realiza conforme al Voto Nº 2007-11266 de
En el caso de una persona física deberá aportar fotocopia de su cédula; las personas jurídicas deberán aportar certificación de personería vigente.
Se informa que el Consejero del Usuario para estas solicitudes es el Lic. Daniel Fernández Sánchez.
Dirección de Protección al Usuario.—Álvaro Barrantes Chaves.—1 vez.—(Solicitud Nº 20205).—C-22760.—(9293).
CONCEJO MUNICIPAL
Nombramiento en Comisión de Festejos
Populares 2007-2008
Se comunica a los interesados y público en general, que de conformidad con los procedimientos de elección establecidos en el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Curridabat, dicho comité quedó constituido como sigue:
Presidente: Marco Álvarez Sequeira, cédula 1-586-406; Vicepresidenta: Ana Lucía Ferrero Mata, cédula 1-523-212; Tesorero: Fabricio Rodríguez Carazo, cédula 1-0893-0039; Secretaria: Sonia Madrigal Fernández, cédula 1-604-322; Vocal: Gabriela Vásquez Chaves, cédula 1-641-269.
Curridabat, 23 de enero de 2008.—Allan P. Sevilla Mora, Secretario del Concejo.—1 vez.—Nº 11702.—(7738).
Se comunica a
los interesados y público en general, que por acuerdo Nº 4 de la sesión
ordinaria Nº 87-2007, se dispuso designar a Alessandro Rafaele Semerano
Pastore, cédula de identidad Nº 6-0150-0058, como integrante de
Curridabat, 23 de enero de 2008.—Allan P. Sevilla Mora, Secretario del Concejo.—1 vez.—Nº 11704.—(7739).
Le transcribo artículo 7º, inciso g), de sesión ordinaria Nº 01-08, de fecha 08/01/08 y que textualmente dice:
f) El Concejo acuerda modificar artículo 4º, inciso c), de sesión ordinaria Nº 46-07, de fecha 27/11/07 debe de decir correctamente:
El Concejo Municipal
acuerda con base en oficio Nº 13323 enviado por
San Rafael de Guatuso, 11 de enero del 2008.—Ana Lía Espinoza Sequeira, Secretaria.—1 vez.—(7994).
Que en sesión ordinaria del Concejo Municipal de Cartago del día 30 de octubre del 2007, artículo Nº 12, acta Nº 116-07, con el fin de que la administración municipal pueda establecer un orden administrativo y guiar mayores esfuerzos en los procesos de fiscalización durante el resto del periodo, acordó “Aprobar el plazo comprendido del 07 de enero al 30 de mayo del 2008, como periodo de recepción de solicitudes de no afectación por concepto de inmueble único del Impuesto sobre Bienes Inmuebles...”.—Secretaría General Municipal.—Eduardo Castillo Rojas, Jefe Departamento.—1 vez.—(6369).
El Concejo
Municipal de Nandayure en la sesión ordinaria Nº 90, celebrada el 16 de enero
del 2008, artículo X, inciso 11), acordó: Acoger la resolución Nº PA-95-2007 de
las 8:00 horas del 21 de noviembre del 2007 y suspender sin goce de dieta
correspondiente de veinticinco días naturales a
Nandayure, 24 de enero del 2008.—Rebeca Chaves Duarte, Secretaria Municipal.—1 vez.—(7434).
El Concejo
Municipal de Nandayure en la sesión ordinaria Nº 91, celebrada el 23 de enero
del 2008, artículo XI, inciso 25), acordó: Amonestar a
Nandayure, 24 de enero del 2008.—Rebeca Chaves Duarte, Secretaria Municipal.—1 vez.—(7436).
DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
EDICTO
Jane Rosabal
Camarillo, mayor, divorciada, abogada, ciudadana de los Estados Unidos de
Norteamérica, vecina de Sabana Sur, del Colegio
COLEGIO DE MICROBIÓLOGOS Y
QUÍMICOS CLÍNICOS DE COSTA RICA
TRIBUNAL ELECTORAL
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
A realizarse en primera convocatoria el sábado 1º de marzo del 2008. En caso de no completar el quórum de ley se realizará en segunda convocatoria el sábado 8 de marzo del 2008. Ambas convocatorias a partir de las 8:00 a.m.
Agenda
1. Elección de junta directiva para el período 2008-2009.
2. Aprobación del acta de asamblea general ordinaria Nº 27: 2006-2007.
3. Conocer y aprobar los informes de presidente, secretaria, tesorero y fiscal de la junta directiva 2007-2008.
4. Aprobación del presupuesto para el período 2008-2009.
5. Asuntos varios.
El Tribunal Electoral convoca a los colegiados a participar en el proceso, confeccionando las propuestas del caso para los puestos de junta directiva. Estas proposiciones se recibirán en la sede del Colegio hasta el día 19 de febrero del 2008 a las 3:00 p.m
San José, 29 de enero del 2008.—Dr. Alberto Barrantes Boulanger, Presidente del Colegio.—Dra. Sandra Boza Oreamuno, Presidenta del Tribunal Electoral.—1 vez.—(8432).
INDUSTRIAL CONCHUDITA S. A.
Industrial Conchidita S. A., cédula jurídica Nº 3-101-203439, convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, a celebrarse a las 09:00 horas del 23 de febrero del 2008, en la oficina del Lic. Javier Llobeth Rodríguez, sita en Pavas, San José, centro comercial Plaza Mayor, II etapa, II piso, a fin de tratar los siguientes puntos:
1- Autorización para vender la finca del Partido de Alajuela, matrícula de folio real número 173103-000.
2- Autorizar la distribución de las utilidades producto de la venta de la finca entre los accionistas.
3- Asuntos Varios.
En caso de no contar con el quórum de ley, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria una hora después con el número de accionistas presentes, en el mismo lugar y para conocer los mismos asuntos indicados en esta convocatoria.—San José, 21 de enero del 2008.—Edgar Salazar Ramírez, Secretario.—1 vez.—Nº 12344.—(8603).
SEMILLAS OLSON SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a sesión ordinaria y extraordinaria de socios de la empresa Semillas Olson Sociedad Anónima, a celebrarse en las oficinas del Bufete Rojas Alfaro Sociedad Anónima, en San José, calle 5 avenidas 1 y 3, edificio Lines segundo piso, el día diez de marzo del dos mil ocho. La sesión ordinaria se convoca a las 15:00 horas del día indicado y en segunda convocatoria una hora después. Inmediatamente terminada la ordinaria se procederá con la reunión extraordinaria, la cual para efectos de seguridad de socios se cita a las 16:30 horas del día indicado. La sesión ordinaria se convoca para conocer los asuntos del artículo 155 del Código de Comercio. Se convoca la sesión extraordinaria para conocer reforma de estatutos específicamente aumento de capital social.—James Lee Olson, Presidente.—1 vez.—(9264).
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
UNIVERSIDAD CENTRAL
Por medio
de la presente
UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Ante mí
Leonardo Ugalde Cajiao, notario público con oficina en San José, compareció
Gerardo Alonso Benavides Sánchez, mayor de edad, abogado, con cédula de
identidad número: cuatro-ciento setenta y seis- novecientos nueve, vecino de
Heredia, condominio Rosedal Dos, casa número cuarenta y siete, y declaró bajo
la fe de juramento que su título de Licenciatura en Derecho, otorgado por
ULACIT, se encuentra al día de hoy extraviado y es su deseo la reposición del mismo.
El título de Licenciatura en Derecho otorgado por ULACIT, está inscrito bajo el
tomo: seis, folio: trescientos setenta y uno, asiento: ocho mil trescientos
cincuenta y uno, además inscrito por CONESUP al tomo: sesenta y uno, folio:
veintidós, asiento: once mil quinientos dieciocho, emitido el veinte de abril
de dos mil seis. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
POSADA VISTA NÚMERO TRES S. A.
Posada
Vista Número Tres S. A., cédula jurídica número 3-101-237520, solicita ante
BAVAKO DE SAN RAMÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, José
María Barahona Vargas, mayor, casado una vez, empresario, cédula dos-
doscientos veintitrés- setecientos sesenta y siete y vecino de San Ramón
costado norte del Mercado Municipal, en mi condición de presidente, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad
denominada Bavako de San Ramón Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-237685 inscrita en el Registro Público Sección Mercantil, bajo el tomo: 1164,
folio: 54, asiento: 65, hago constar que hemos iniciado la reposición de los
libros de Junta Directiva, Registro de Socios y Asambleas General de Socios,
todos número uno, de la sociedad, quien se considere afectado puede manifestar
su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de
Alajuela, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—Lic. José María Barahona Vargas, Notario.—Nº
10723.—(7202).
CORPORACIÓN SIGLEDA SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación
Sigleda Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-235907, solicita ante
INVERSIONES ANIFLOR
Guillermo
Gallardo Cordero, costarricense, portador de la cédula numero uno-doscientos
cinco-cero veinte, apoderado generalísimo sin límite de suma, con facultades
suficientes y bastantes para este acto, de Inversiones Aniflor, cédula jurídica
número tres-ciento dos-cero treinta y tres mil ochocientos ochenta y cuatro,
solicita ante
VILLAS COPAL PELÍCANOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Villas
Copal Pelícanos Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-271145, solicita
ante
CORPORACIÓN AGROPECUARIA
Corporación
Agropecuaria
INVERSIONES MERCASA
AMERICANA S.R.L.
Inversiones
Mercasa Americana S.R.L., cédula jurídica Nº 3-102-315590, solicita ante
WALKING ON THE MOON REAL ESTATE AND
INVESTMENTS CORPORATION REIC SOCIEDAD
ANÓNIMA
La
suscrita, Rosibel Díaz Arias, mayor, divorciada una vez, estudiante de derecho,
vecina de San José, Sabana Sur, Oficentro Ejecutivo
HOTELERA PLAYA FLAMINGO S. A.
Hotelera
Playa Flamingo S. A., comunica el extravío del certificado Nº C777 y CF778 de
acciones a nombre de Jack Hubbell. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto
por los artículos 690, 691, 692, 708, 709 del Código de Comercio. Se avisa que
se procederá a reponer las acciones aludidas, si transcurrido un mes a partir
de la publicación del último aviso no se hubiera presentado oposición al
respecto.—San José, 10 de enero del 2008.—Brenda Lee
Rodríguez Peyton, Tesorera.—(7314).
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
CENTRO VACACIONAL BANCOSTA S.
A.
El Centro
Vacacional Bancosta S. A., hace constar que revisado nuestro libro de
accionistas, aparece como socio el señor Fernández Guzmán Fernando, cédula
1-694-881, con las acciones número 130-507-526, las cuales se reportan como
extraviadas, por lo que se solicita su reposición.—San José, 21 de enero del
2008.—Leonel Vargas Leitón.—Nº 10580.—(6317).
CENTRO VACACIONAL BANCOSTA S. A.
El Centro
Vacacional Bancosta S. A., hace constar que revisado nuestro libro de
accionistas, aparece como socios los señores Clementina Galeano Caseres, cédula
4-074-190, con la acción número 077 y el señor Armando Zeledón Acuña, cédula
1-406-589, con la acción número 076, las cuales se reportan como extraviadas,
por lo que se solicita su reposición.—San José, 21 de
enero del 2008.—Leonel Vargas Leitón.—Nº 10581.—(6318).
BAKO DE SAN RAMÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, José
María Barahona Vargas, mayor, casado una vez, empresario, cedula dos-doscientos
veintitrés-setecientos sesenta y siete y vecino de San Ramón, costado norte del
mercado municipal, en mi condición de presidente, con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada Bako de San Ramón
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-123076 inscrita en el Registro Público
Sección Mercantil, bajo el tomo: 712, folio:14, asiento: 17, hago constar que
hemos iniciado la reposición de los libros de Junta Directiva, Registro de
Socios y Asambleas General de Socios, todos número uno, de la sociedad, quien
se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información
y Asistencia al Contribuyente de Alajuela, en el término de ocho días hábiles a
partir de la publicación de este aviso.—José María Barahona Vargas.—Nº
10434.—(6319).
EXOTIC SHELTERS SOCIEDAD ANÓNIMA
Exotic
Shelters Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos diecisiete mil ciento cincuenta y cinco, solicita ante
EPS ON LINE SYSTEM LIMITADA
Eps on
Line System Limitada, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
doce-seiscientos treinta y tres, solicita ante
FUSIÓN DE COLOR TROPICAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Fusión de
Color Tropical Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica tres-ciento
uno-trescientos setenta y seis mil seiscientos cincuenta y tres. Solicita ante
LIMPIEZA DE TANQUES SÉPTICOS RAMÍREZ Y CANTILLO S. A.
Limpieza
de Tanques Sépticos Ramírez y Cantillo S. A., con cédula jurídica 3-101-374694,
solicita ante
NGNS SOCIEDAD ANÓNIMA
NGNS
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos
noventa y nueve mil quinientos treinta y tres, solicita ante la dirección
General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de
Consejo de Administración uno, Actas de Asamblea de Socios uno, Registro de
Socios uno, Inventarios y Balances uno, Diario uno y Mayor uno. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y
Asistencia al Contribuyente de
Yo, Felipe Ferreiras
Juan Antonio, cédula 0800550344, solicito ante
GRUPO MUTUAL ALAJUELA
De
conformidad con los artículos 708-709-710 del Código de Comercio, el señor
Gustavo López Angulo, cédula de identidad 602800514, solicita la reposición del
certificado de Depósito a Plazo número 118 301 2000064330 por ¢4.400.000,00 con
fecha de vencimiento 21/01/2008, y el cupón Nº 1 por ¢22.000,00 con fecha de
vencimiento 21/01/08.—Heredia, 21 de enero del
2008.—Lic. Kattia Yannarella Montero, Encargada de Servicios Financieros.—(6363).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
PRETECMA SOCIEDAD ANÓNIMA
Pretecma
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y tres
mil cuatrocientos setenta y nueve, solicita ante
LACLINE SOCIEDAD ANÓNIMA
Lacline Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero sesenta y cinco mil
quinientos diecinueve, solicitó ante
INVERSIONES TIKIRI DE SAN JOSÉ SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones
Tikiri de San José Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-104420-11,
solicita ante
SOMALU INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Somalu
Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta
y ocho mil seiscientos treinta y cuatro, solicita ante
VISIÓN INFORMÁTICA S. A.
Visión
Informática S. A., cédula jurídica Nº 3-101-251986, solicita ante
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA
El Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, informa al Cuerpo Médico, que el Juzgado Penal II Circuito Judicial de San José ha ordenado por resolución de las 15:40 horas del 21 de diciembre de 2007, dictada en sumaria Nº 06-000162-0175-PE, “la inhabilitación para el ejercicio de la cirugía” de los doctores Manuel Piza Escalante, Manuel Piza Rodríguez y Ana Yanil Zúñiga Soto.—San José, 23 de enero de 2008.—Dr. Minor Vargas Baldares, Presidente.—Dr. Horacio Massotto Chaves, Secretario a. í.—1 vez.—(6610).
El Colegio de
Médicos y Cirujanos de Costa Rica, informa al Cuerpo Médico, que
El notario público Andrés Waisleder Goldberg, con cédula de identidad número uno-ochocientos noventa y uno-doscientos sesenta y cinco, con oficina abierta en la ciudad de San José, Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio Los Balcones A, primer piso, hago constar que he protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas celebrada a las dieciséis horas del dieciocho de agosto del año dos mil siete, de la sociedad Morpho Films S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veinticinco mil seiscientos cincuenta y siete, mediante la cual se modificó la cláusula de la administración y se realizaron nuevos nombramientos.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Andrés Waisleder Goldberg, Notario.—1 vez.—(6442).
Ante mí, Henry Ramírez Quesada, notario público con oficina en esta ciudad, se constituyó la sociedad Precisión Dinámica CMBP S. A. Capital social: diez mil colones, presidente: Philip Stephen Jarman, con domicilio social la ciudad de Santa Ana, cien metros al norte de Acueductos y Alcantarillados, Condominio Don Lalos, oficina número dos.—San José a las dieciocho horas con treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Henry Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—(7934).
Por escritura 168 otorgada en esta notaría, a las 8:00 horas del 21 de enero del 2008, la sociedad Cosmologix S. A., disminuye su capital social y reforma su plazo social.—Lic. German José Víquez Zamora, Notario.—Nº 11130.—(6917).
3 v. 2.
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las veinte horas del veinticuatro de enero del dos mil
ocho, se constituyó la sociedad anónima Heavyrent Sociedad Anónima. Con
un capital social de cien mil colones. Presidente: Thoren Ingalls Gatti.—Cóbano de Puntarenas, veinticuatro de enero del dos mil
ocho.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—Nº
11343.—(7056).
3 v. 2.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura otorgada en San José, a las nueve horas del dieciocho de enero del año dos mil ocho, Distribuidora e Importadora de Materias Primas de Centroamérica Sociedad Anónima, reforma la cláusula primera.—Lic. Gustavo Adolfo Ortiz Barrionuevo, Notario.—1 vez.—Nº 11073.—(6887).
Ante
esta notaría se constituyó Inversiones
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Delirios Liberianos DL Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veintidós mil seiscientos sesenta y siete, de las dieciséis horas del diecisiete de enero del dos mil ocho, mediante la cual se reforma las cláusulas primera y segunda del capital social, se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 11078.—(6889).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del día tres de diciembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada El Chilamate del Golfo Sociedad Anónima. Presidente: Luis Enrique Flores Quirós. Capital: cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. María Eugenia Céspedes Navas, Notaria.—1 vez.—Nº 11080.—(6890).
Mediante escritura número doscientos once de las quince horas del veintiuno de enero del dos mil ocho se constituyó la sociedad denominada Profeyca S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: cincuenta años. Capital social: suscrito y pagado.—Lic. Arlene Valverde Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 11082.—(6891).
El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad Transportes Nomagua de Sarapiquí Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domiciliada en El Jardín de Zapote, Puerto Viejo, Sarapiquí, cuatrocientos metros.—Puerto Viejo, Sarapiquí, 21 enero del 2008.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 11083.—(6892).
Por escritura otorgada en conotariado ante los notarios Daniel Arroyo Bravo y Ana Yensi Morera Jiménez actuando en el protocolo del primero, al ser las ocho horas veinte minutos del día veinticuatro de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Losdecoradores.Com Sociedad Anónima, presidente German Barrantes León.—Alajuela, 24 de enero del 2008.—Lic. Daniel Arroyo Bravo y Lic. Ana Yensi Morera Jiménez, Notarios.—1 vez.—Nº 11086.—(6893).
Ante esta notaría, al ser las siete horas del día veinticuatro de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Juanpa R. H. Sociedad Anónima. Presidente: José Enrique Rivas Álvarez.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Víctor Julio Rivas Tinoco, Notario.—1 vez.—Nº 11088.—(6894).
En esta notaría, a las 16:00 horas del 22 de enero del 2008, se constituyó Yelix de San Jerónimo Sociedad Anónima, con domicilio en San Jerónimo de Naranjo, 125 metros al norte de la iglesia, apoderados generalísimos presidentes Félix Arcadio Rodríguez Sánchez, cédula 2-474-690 y Marta Yenory Sanabria Vega, cédula 2-459-051. Capital social: 100.000 colones.—Naranjo, 22 de enero del 2008.—Lic. Silenia Villalobos Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 11089.—(6895).
A las 08:00 horas del 24 de enero del 2008, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de la sociedad PLTK Adfondos S. A., donde se hacen nombramientos de junta directiva y se reformaron las cláusulas segunda, novena y décima primera del pacto constitutivo.—Cartago, 25 de enero del 2008.—Lic. Marco Antonio Rojas Valle, Notario.—1 vez.—Nº 11090.—(6896).
Mediante
escritura otorgada ante este notaría, a las 13:00 horas del 17 de enero del
2008, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo:
Mediante escritura otorgada ante esta notaría el 10 de enero del 2008, se constituyó la siguiente sociedad: Desarrolladora Lagunilla S. A. 10:00 horas; con el domicilio en Santo Domingo de Heredia. Objeto: genérico. Plazo: 100 años, capital social: 120,000 colones, apoderado generalísimo sin límite de suma presidente, en su ausencia actuarán secretario y tesorero de forma conjunta. Se hacen los siguientes nombramientos: Presidente: Pasquale Pallotti, vicepresidente: Luigi Pallotti, secretario: Carlo Pallotti, tesorera: Ana Lorena Cordero Chinchilla, fiscal: Óscar Zelaya Hernández.—San José, 21 de enero del 2008.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 11094.—(6898).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 11:00 horas del 22 de enero del 2008, se constituye la sociedad Ballineen Ltda. Representación: un gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio: Heredia, San Rafael, Ángeles, Residencial del Monte, Casa B Ocho. Objeto: inversión y administración de bienes raíces. Capital: diez mil colones totalmente suscrito y pagado en efectivo.—Lic. Thomas Burke Maessen, Notario.—1 vez.—Nº 11095.—(6899).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría el 23 de enero del 2008, se constituyó a las 16:15 horas la sociedad cuya razón social será su número de cédula jurídica; con el domicilio en San José. Objeto: genérico. Plazo: 100 años. Capital social: 12,000 colones, apoderados generalísimos sin límite de suma presidente y secretario: Marco Antonio Fernández López y Adrián Echeverría Escalante.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—Nº 11096.—(6900).
Por escritura otorgada ante mí, en Cartago, hoy a las 15:00 horas, Carmen Mayela y Ana Grace, ambas Salazar Sequeira fundan Jardín de Iloe Sociedad Anónima. Domicilio: Ciudad de Cartago.—Cartago, 18 de enero del 2008.—Lic. Luis Guillermo Ramírez Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 11097.—(6901).
Por escritura otorgada ante mí, en Cartago, hoy a las 16:00 horas, Carmen Mayela y Ana Grace, Salazar Sequeira, fundan una sociedad anónima, con número de cédula jurídica como denominación. Domicilio: Ciudad de Cartago.—Cartago, 18 de enero del 2008.—Lic. Guillermo Ramírez Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 11098.—(6902).
Ante el suscrito notario se constituyó por escritura número 463 de las 09:00 horas del día 06 de enero del 2008, la sociedad de esta plaza Mafreda S y C S. A. Plazo: 99 años. Capital social: 10 mil colones. Su presidente es el señor Carlos Sanabria González, quien tiene las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—Lic. Jorge Fabio Sibaja Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 11104.—(6903).
Por
escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del veintidós de enero del dos
mil ocho, Adriana Bolaños Guido y Carlos Salas Esquivel, constituyen una
sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio social: provincia de Cartago,
cantón
Ante mí, Edgar Gerardo Campos Araya, Francisco Barrantes Campos y Liseth Vanessa Barrantes Cubero, por escritura otorgada a las 15:00 horas del 24 de enero del 2008, constituyen una sociedad que se denominará igual que el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Mercantil según el Decreto Ejecutivo numero: treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Capital social: cien mil colones. Es todo.—San Miguel de Naranjo, 24 de enero del 2008.—Lic. Edgar Gerardo Campos Araya, Notario.—1 vez.—Nº 11109.—(6905).
Bianca Yibirín Urueña y Juan Camilo Sabbagh Correa, constituyeron Inversiones Sabbagh Yibirín de Barranquilla Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del quince de noviembre del dos mil siete.—Lic. José Manuel Ortiz Durman, Notario.—1 vez.—Nº 11110.—(6906).
Por escritura otorgada ante el notario público Andrés Morales Castrillo, a las 12:00 horas del día 18 de enero del dos mil ocho, protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Empresas Ecos Sociedad Anónima. Se acuerda reformar las cláusulas segunda en cuanto al domicilio y undécima en cuanto a la representación.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic. Andrés Morales Castrillo, Notario.—1 vez.—Nº 11115.—(6907).
Mediante escritura 68 otorgada ante este notario, a las 8:00 horas del 18 de enero del dos mil ocho, se constituyen las sociedades Casino Real del Norte Seis GTE, Azul Oscuro del Mar GTE, Cuatro Esquinas XXI GTE, Rinoceronte Gris GTE, Sabor a Casa GTE, Salvaguardia XXVII GTE, Azul Rojo V Inversiones, Soldados Gigantes GTE, Espejo Dorado GTE, Blue Grass Investments GTE, Atardecer Infinito GTE, Amanecer Claro GTE, Romantic House GTE Investments, Water Front Properties GTE, Causa y Efecto GTE, Yellow Jackets GTE XXI, todas son Sociedad Anónima, con domicilio en Guardia, Liberia, Guanacaste Oficentro Vivero Tempisque, junto a Viveros Tempisque, oficina número uno, primer piso. Se nombra presidente a: Edry Mendoza Hidalgo.—18 de enero del 2008.—Lic. Ricardo Alfonso Estrada Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 11116.—(6908).
Por escritura otorgada por mí hoy, protocolicé acta de asamblea general de socios de Solcaran Cinco E Sociedad Anónima, que modifica las cláusulas segunda y octava de los estatutos.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic. Víctor Manuel Fernández Kopper, Notario.—1 vez.—Nº 11117.—(6909).
Ante mí Sandra Arrieta Sánchez, notaria pública con oficina en la ciudad de Aserrí, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Business Group Inc. Limitada. Domicilio: San José, Rohrmoser de Pavas costado este de la embajada de los Estados Unidos de América, edificio Saleimo, segundo piso, oficina 16; y la representación judicial y extrajudicial es de los señores: Pablo Rojas Muñoz y Marta Eugenia Vargas Pérez, con facultades de apoderados generalísimos con límite de suma actuando conjuntamente.—Aserrí, 25 de enero del 2008.— Lic. Sandra Arrieta Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 11118.—(6910).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 10:00 horas del 24 de enero del 2008, protocolicé acta de la empresa Transportes Santiago de Escazú S. A., mediante la cual se revoca nombramiento de presidente y secretario y se nombra nuevos.—Escazú, 24 de enero del 2008.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 11120.—(6911).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Constructora Darsa S. A.—Curridabat, 15 de enero del 2008.—Lic. Arnulfo Carmona Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 11123.—(6912).
Por
escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 9:00 horas del día 16 de
enero del 2008, se constituyó la sociedad Desarrollo Colima
La suscrita notaria, hace constar que por escritura número 13, otorgada a las 11:00 horas del 21 de enero del 2008, se protocoliza acta de la sociedad Compañía Ganadera Solís y Lizano S. A., se modifica la cláusula sexta.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Dinorah Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 11125.—(6914).
La suscrita notaria, hace constar que por escritura número 14, otorgada a las 12:00 horas del 21 de enero del 2008, se protocoliza acta de la sociedad M.S.C. Montaña Dorada del Valle Limitada, se modifica la cláusula sexta.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Dinorah Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 11126.—(6915).
Sonia Felisa Zamora Cruz y Zaira Cruz Corella, conocida como Zaida, constituyen Sofeza de Gran Vitara S. A. Domicilio: Curridabat, San José. Escritura otorgada en San José, el 15 de enero del 2008.—Lic. Wady Alonso Espinoza Hernández y Juan Ignacio Mata Centeno, Notarios.—1 vez.—Nº 11216.—(6969).
Ante
mi, Roy Harold Elizondo Durán, notario público, se constituyó la sociedad de
responsabilidad limitada, Jericho Project Development S.R.L. traducida
al español como Desarrollo Proyecto Jericho S.R.L domiciliada en San
Isidro de Pérez Zeledón, cien metros al sur, veinticinco metros oeste del
Estadio Municipal, frente viveros
Ante mi, Roy Harold Elizondo Durán, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas celebrada por Dagmar Summit Sociedad Anónima; cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y nueve mil ochocientos setenta y siete, en la cual se reforma cláusula segunda del pacto constitutivo; del domicilio se revoca agente residente y se nombra nuevo agente residente. Escritura otorgada en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, a las ocho horas cuarenta minutos del día nueve de enero del año dos mil ocho.—Lic. Roy Harold Elizondo Durán, Notario.—1 vez.—Nº 11233.—(6980).
Ante
mí, Roy Harold Elizondo Durán, notario público, se constituyó la sociedad de
responsabilidad limitada, Pura Vidaloha S.R.L. domiciliada en San Isidro
de Pérez Zeledón, cien metros al sur, veinticinco metros oeste del Estadio
Municipal, frente viveros
José
Enrique Brenes Montero, notario público de Cartago, avisa que mediante
escritura pública número doscientos setenta y ocho-veintidós, otorgada en mi
despacho a las dieciocho horas del veintidós de enero del año en curso, Rogelio
Eduardo Castro Quirós, presidente de la entidad denominada Finca
En
escritura pública otorgada a las 15:00 horas del 03 de octubre del 2007, se
constituyó la empresa Servicios Múltiples Benil R&A S. A. Domicilio
social: Palmares de Alajuela, Calle Ramírez, ochocientos metros noroeste de
Por
la escritura Nº 086-03 del tomo 03 del protocolo de la notaria Ana Lorena
Borges Montero, otorgada en esta ciudad, a las 15:10 horas del 23 de enero del
2008, la sociedad costarricense denominada
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del doce de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Agricola Irland Sociedad Anónima, nombrándose como presidente al señor Irlanda Prudente Cerdas. Es todo.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—Nº 11238.—(6985).
Por
la escritura Nº 087-03 del tomo 03 del protocolo de la notaria Ana Lorena
Borges Montero, otorgada en esta ciudad, a las 16:00 horas del 23 de enero del
2008, la sociedad costarricense denominada Reforestation & Real Estate
in Costa Rica S. A., cédula número tres-ciento uno-trescientos sesenta y
dos mil ochocientos ochenta. Modifica sus estatutos.—San
Isidro de El General, 24 de enero del 2008.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 11239.—(6986).
Ante
el licenciado Juan Federico Arias Chacón, se constituyó la sociedad que se
denominará según lo dispuesto en el artículo segundo del decreto ejecutivo
número tres tres uno siete uno cinco, publicado en
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas, veinte minutos del veinticinco de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Campo Caso G. Y G. Sociedad Anónima. Presidenta: Mercedes Lourdes González Rodicio. Vicepresidenta: María del Carmen García González. Se nombra junta directiva y fiscal. Capital social: diez mil colones.—Heredia, 28 de enero del 2008.—Lic. Leda María Mora Hernández, Notaria.—1 vez.—(7318).
Por escritura número cincuenta y uno, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día dieciocho de enero del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Trópico Alegre de Playa Hermosa Jacó S. A., mediante la cual se transformó la empresa de Sociedad Anónima en Sociedad de Responsabilidad Limitada y se nombró gerente.—San José, dieciocho de enero del año dos mil siete.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(7319).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas, treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad El Mambí Matancero G. Y G. Sociedad Anónima. Presidenta: Mercedes Lourdes González Rodicio. Vicepresidenta: María del Carmen García González. Se nombra junta directiva y fiscal. Capital social: diez mil colones.—Heredia, 28 de enero del 2008.—Lic. Leda María Mora Hernández, Notaria.—1 vez.—(7320).
Por escritura número cincuenta y dos, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día veintiuno de enero del año dos mil ocho, se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de socios de la sociedad Stay in Beach Hermosa Jaco S. A., mediante la cual se transformó la empresa de Sociedad Anónima en sociedad de Responsabilidad Limitada y se nombró gerente.—San José, veintiuno de enero del año dos mil siete.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(7321).
Por escritura número cincuenta y tres, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veintiuno de enero del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Arrecifes Marinos de Aguas Claras S. A., mediante la cual se transformó la empresa de Sociedad Anónima en Sociedad de Responsabilidad Limitada y se nombró gerente.—San José, veintiuno de enero del año dos mil siete.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(7322).
Por escritura número cincuenta y seis, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veintidós de enero del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad JDH Blue Ocean Coast S. A., mediante la cual se transformó la empresa de sociedad anónima en sociedad de responsabilidad limitada y se nombró gerente.—San José, veintidós de enero del año dos mil siete.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(7324).
Por escritura número cincuenta y seis, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del día diecisiete de enero del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Arrecifes de Ensueños P.H.J. S. A., mediante la cual se transformó la empresa de sociedad anónima en sociedad de responsabilidad limitada y se nombró gerente.—San José, diecisiete de enero del año dos mil siete.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(7326).
Por escritura número cincuenta y seis, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día diecisiete de enero del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad The White Coral P.H.J. S. A., mediante la cual se transformó la empresa de sociedad anónima en sociedad de responsabilidad limitada y se nombró gerente.—San José, diecisiete de enero del año dos mil siete.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(7327).
Por escritura número cincuenta y cinco, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día diecisiete de enero del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Le Maison de Hermosa S. A., mediante la cual se transformó la empresa de sociedad anónima en sociedad de responsabilidad limitada y se nombró gerente.—San José, diecisiete de enero del año dos mil siete.—Lic. Eugenio Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(7329).
Por escritura número catorce, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día quince de enero del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Las Nubes Scape Potter C.O.R.P. S. A., mediante la cual se transformó la empresa de sociedad anónima en sociedad de responsabilidad limitada y se nombró gerente.—San José, quince de enero del año dos mil siete.—Lic. Luis Lechtman Meltzer, Notario.—1 vez.—(7330).
Por escritura 89 otorgada ante mi notaría, al ser las 9:30 horas del 25 de enero del 2008, se modificó la cláusula primera del nombre; segunda del domicilio; la undécima de la representación y se nombró junta directiva de Tanytiny de Granadilla Sociedad Anónima.—San José, 25 de enero de 2008.—Lic. Gonzalo García Ferrario, Notario.—1 vez.—(7331).
Por escrituras otorgadas ante mí, constituí las sociedades: Valle del Pacífico S. A., Condominios Miravalles S. A. y Dos mil Ocho S. A. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: suscrito y pagado, y protocolicé asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Intelli-Messenger S. A. Se nombra junta directiva.—Lic. Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—(7332).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:15 horas del 13 de noviembre del 2007, se constituyó la sociedad Comercial de Servicios Dayjo K. E. S. A. Capital social: suscrito y pagado. Representación legal: presidente y secretario. Domicilio: Cartago.—San José, 12 de enero del 2008.—Lic. Walter Hellmund Chavarría, Notario.—1 vez.—(7339).
Por escritura otorgada ante mí, a las 19:15 horas del 19 de enero del 2008, la sociedad Soluciones Monetarias S. A., aumenta su capital social modificando la cláusula quinta de sus estatutos.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Walter Hellmund Chavarría, Notario.—1 vez.—(7342).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se ha constituido la sociedad denominada Integrity Golf Centroamerica Company LLC Sociedad Anónima. Representante: presidente. Domicilio: San José. Plazo: 99 años.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Aida Gabriela Araya Cascante, Notaria.—1 vez.—(7349).
Por medio de la escritura número doscientos doce, otorgada a las ocho horas del día veinticuatro de enero del dos mil ocho, ante esta notoría, se constituyó la sociedad denominada Master del Coco Sociedad Anónima. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: quince mil colones. Presidente: el señor Tonino Donati.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(7353).
Por medio de la escritura número doscientos diecisiete, otorgada a las ocho horas del día veinticinco de enero del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Transportes Privados Quesada TPQ Sociedad Anónima. Domicilio en la ciudad de Coronado, San José. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: quince mil colones. Presidenta: la señora Sonia Quesada Sancho.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(7354).
Por medio de la escritura número doscientos dieciocho, otorgada a las ocho horas treinta minutos del día veinticinco de enero del dos mil ocho ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Amigos en El Paraíso TGM Sociedad Anónima. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. Presidente: el señor John Gordon Lazzarotto.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(7355).
Por medio de la escritura número doscientos trece, otorgada a las nueve horas del día veinticuatro de enero del dos mil ocho ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Maxwell Pen High Sociedad Anónima. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Presidente el señor John James Millership.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(7356).
Juan
Carlos Morales Benavides, casado una vez, programador de computadoras, con
cédula uno-novecientos sesenta y ocho-seiscientos veinte, María Elvira
Benavides Azofeifa, casada una vez, de oficios del hogar, con cédula
cuatro-ciento veintinueve-seiscientos noventa y uno, y Deyanira Benavides
Azofeifa, casada una vez, de oficios del hogar, con cédula cuatro-ciento
veintinueve-seiscientos noventa y dos, todos vecinos de San Miguel de Santo
Domingo, constituyen la empresa Bosque de
Por medio de la escritura número doscientos seis, otorgada a las nueve horas del día veintidós de enero del dos mil ocho ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos doce mil novecientos setenta y siete sociedad anónima, por la cual se reforma la cláusula segunda en cuanto al domicilio y se revocan el nombramiento del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva y se nombran nuevos miembros para esos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(7358).
Por medio de la escritura número doscientos diez, otorgada a las once horas del día veintidós de enero del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos doce mil novecientos ochenta sociedad anónima, por la cual se reforma la cláusula segunda en cuanto al domicilio, y se revocan el nombramiento del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva y se nombran nuevos miembros para esos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(7359).
Por medio de la escritura número doscientos cinco, otorgada a las ocho horas del día veintidós de enero del dos mil ocho ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos doce mil novecientos ochenta y uno sociedad anónima, por la cual se reforma la cláusula segunda en cuanto al domicilio, y se revocan el nombramiento del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva y se nombran nuevos miembros para esos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(7361).
Por medio de la escritura número doscientos veinticuatro, otorgada a las trece horas del día veinticinco de enero del dos mil ocho ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos doce mil novecientos ochenta y cuatro sociedad anónima, por la cual se reforma la cláusula segunda en cuanto al domicilio, y se revocan el nombramiento del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva y se nombran nuevos miembros para esos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(7362).
Por medio de la escritura número doscientos ocho, otorgada a las diez horas del día veintitrés de enero del dos mil ocho ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Great Property Investment LLC Sociedad Anónima, por la cual se reforman la cláusula segunda en cuanto al domicilio, y se revocan el nombramiento del presidente, secretario y tesorero de la junta directiva y se nombran nuevos miembros para esos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(7365).
La suscrita notoria hace constar que mediante escritura número doscientos tres del tomo tres de mi protocolo, se ha constituido la sociedad SFN Surfing for Nature Limitada.—San José, veinticinco de enero de dos mil ocho.—Lic. Marisela Vázquez Brenes, Notaria.—1 vez.—(7368).
La suscrita notoria hace constar que mediante escritura número doscientos cinco del tomo tres de mi protocolo, se ha reformado el pacto social de la sociedad tres-ciento dos-quinientos mil ochocientos setenta y dos S. R. L.—San José, veintiséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Marisela Vázquez Brenes, Notaria.—1 vez.—(7369).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 16:00 horas del 25 de enero del 2008, se protocolizó el acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Elecaribe Electricistas del Caribe S. A., cédula jurídica Nº 3-101-326954, se reforma la cláusula sexta de la administración. Se remueven y nombran a nuevos miembros de junta directiva.—Limón, 25 de enero del 2008.—Lic. Adrián Paniagua Gamboa, Notario.—1 vez.—(7374).
Por escritura otorgada ante el notario Allan Pérez Montes, a las doce horas del siete de enero del dos mil ocho, Aaron Vargas Solano y Sergio Esteban Mora Solano, constituyeron Costa Rica All in One.Com Sociedad Anónima. Objeto: la asesoría técnica, el comercio en cualquier modalidad, la industria, la representación de casas extranjeras y cualquier otra actividad relacionada con las empresas con esos fines. Capital: íntegramente suscrito y pagado, Presidente: el socio Aaron Vargas Solano, con todas las facultades.—Grecia, siete de enero del dos mil ocho.—Lic. Allan Pérez Montes, Notario.—1 vez.—(7375).
Ante esta notaría, a las nueve horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Corporación Crozsma y Zúñiga Sociedad Anónima. Capital social: ¢ 10.000,00 totalmente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años. Presidenta: Celia Zúñiga Mayorga.—San José, 6 de noviembre del 2007.—Lic. Randall Fernández Argüello, Notario.—1 vez.—(7379).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veintiocho de enero del año dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria número nueve de la sociedad Panamerican Advance S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y cinco mil seiscientos sesenta y ocho, celebrada a las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de enero del dos mil ocho, donde se nombra nuevos apoderados, tesorero y la dirección de la sociedad.—San José, 28 de enero de 2008.—Lic. Álvaro Palma Vargas, Notario.—1 vez.—(7385).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho horas del veintiocho de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Pharmatrial Clinical Research Sociedad Anónima. Capital: pagado por los socios. Esteban Arroyo Barrera designado presidente.—San José, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(7389).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho horas del dieciocho de noviembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad Oficentro OE Santa Ana Larry Uno Cero Uno Sociedad Anónima. Capital: pagado por los socios. Julio Galtés Guevara queda designado presidente.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(7390).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho y diez horas del dieciocho de noviembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Oficentro OE Santa Ana Buhles Uno Cero Tres Sociedad Anónima. Capital: pagado por los socios. Julio Galtés Guevara queda designado presidente.—San José, veinticinco de enero de dos mil ocho.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(7391).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho y veinte horas del dieciocho de noviembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Oficentro OE Santa Ana Delmas Dos Cero Uno Sociedad Anónima. Capital: pagado por los socios. Julio Galtés Guevara queda designado presidente.—San José, veinticinco de enero de dos mil ocho.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(7392).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho y veinticinco horas del dieciocho de noviembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Oficentro OE Santa Ana Chaban Dos Cero Dos Sociedad Anónima. Capital: pagado por los socios. Julio Galtés Guevara queda designado presidente.—San José, veinticinco de enero de dos mil ocho.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(7393).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho y treinta horas del dieciocho de noviembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Oficentro OE Santa Ana Rastemburg Dos Cero Tres Sociedad Anónima. Capital: pagado por los socios. Julio Galtés Guevara queda designado presidente.—San José, veinticinco de enero de dos mil ocho.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(7394).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho y treinta y cinco horas del dieciocho de noviembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Oficentro OE Santa Ana Amara Dos Cero Cuatro Sociedad Anónima. Capital: pagado por los socios. Julio Galtés Guevara queda designado presidente.—San José, veinticinco de enero de dos mil ocho.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(7396).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho y cincuenta horas del dieciocho de noviembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad Oficentro OE Santa Ana Choltitz Tres Cero Tres Sociedad Anónima. Capital: pagado por los socios. Julio Galtés Guevara queda designado presidente.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(7398).
Por escritura otorgada hoy en esta ciudad a las 10:00, horas ante el suscrito notario los señores Álvaro Hernández González y Jorge Guillermo Hernández González constituyeron la sociedad anónima denominada Sociedad Española de Desarrollo Ambiental Sostenible SEDAS S. A. Domicilio: San José. Objeto: comercio en general. Plazo: 99 años. Capital social: ciento veinte mil colones suscritos y pagados. Presidente: Álvaro Hernández González.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—(7409).
Ante esta notaría se constituye la sociedad de esta plaza denominada Grupo PB Partner Business Group S. A., a las ocho horas del diecisiete de enero del año dos mil ocho, siendo su apoderado generalísimo William Isaac Prado Coto.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1 vez.—(7413).
Mediante escritura número ochenta y dos-siete, otorgada el día 25 de enero del 2008, ante el suscrito notario se constituyó la sociedad Bohl Arquitectos Limitada, con domicilio en San José, Sabana Sur, del Gimnasio Fitsimons doscientos metros al sur, casa a mano izquierda, segundo piso. Plazo social: 112 años. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad recae sobre el gerente. Capital: ¢10.000,00 colones.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Oswald Bruce Esquivel, Notario.—1 vez.—(7414).
Mediante escritura número ochenta y tres-siete, otorgada el día 25 de enero del 2008, ante el suscrito notario se constituyó la sociedad Frutos de Be Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Sabana Sur, del Gimnasio Fitsimons doscientos metros al sur, casa a mano izquierda, segundo piso. Plazo social: 112 años. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad recae sobre el presidente y secretario. Capital: ¢10.000,00 colones.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Oswald Bruce Esquivel, Notario.—1 vez.—(7415).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del 25 de enero del 2008, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria, celebrada a las 13:00 horas del 22 de enero del 2008, de la sociedad Inversiones Inka del Sol S. A., por medio de la cual se reforma la cláusula décima, de la representación legal, del pacto constitutivo, se nombra agente residente.—San José, 28 enero del 2008.—Lic. Carlos Humberto Ramírez Vega, Notario.—1 vez.—(7417).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas quince minutos del veintiocho de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Saddle Back Mountain Ltda. Domicilio: San José. Capital social: mil colones. Se nombró junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(7425).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del veintiocho de enero del dos mil ocho, protocolicé acta de Inversiones Pelícano Negro Siete G S. A., de las ocho horas del veintiocho de enero del dos mil ocho, mediante la cual se reforman las cláusula segunda y novena y se nombró nueva junta directiva.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(7427).
Por escritura otorgada ante mi notaría se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Terrenos y Lugares de Costa Rica Sociedad Anónima, en cuanto al domicilio. Se modificó la cláusula sexta de la administración, se nombra nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Alejandro Wyllins Soto, Notario.—1 vez.—(7428).
Ante este notario, en escritura cincuenta y cinco, tomo nueve se constituye Camisa Mojada C. M. S Sociedad Anónima, con capital social de cien mil colones, siendo su representante Carlos Simón Sánchez Marino, Miriam Moreno de Sánchez y Carlos Sánchez Moreno.—Alajuela, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.—(7432).
Por escritura otorgada en Alajuela, a las 13:00 horas del 24 de enero del 2008, ante la notaría de la licenciada Vera Violeta González Ávila, se constituyó una sociedad anónima de conformidad con el Decreto Ejecutivo 33171-J. Presidenta: Patricia Oreamuno Ulloa. Noventa y nueve años.—Lic. Vera Violeta González Ávila, Notaria.—1 vez.—(7433).
Por escritura otorgada, a las diez horas del veintiocho de enero del 2008, se constituyó la sociedad denominada Golosinas Avendaño Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Virginia Beckles Maxwell, Notaria.—1 vez.—(7439).
En esta notaría a las dieciocho horas del veintiséis de enero del año dos mil ocho, mediante escritura número treinta y tres, se constituyó la compañía F.M.L. Soluciones Sociedad Anónima. Domicilio: Barrio Lourdes de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, setenta y cinco metros al este de Radio San Carlos, casa número tres mil veintidós. Objeto: el comercio, la venta de servicios en general, la industria, el turismo, la agricultura, la ganadería, bienes raíces. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una. Presidente: Luis Alberto Madrigal Ulate, cédula número dos-trescientos veinticuatro-cero treinta y dos, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Luis Gerardo Valenciano Salazar, Notario.—1 vez.—(7443).
Por escritura otorgada ante mí, Daniel Eduardo Muñoz Herrera, a las quince horas del veintiocho de enero del dos mil ocho, se acuerda reformar la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad denominada Espuma de Riza Sociedad de Responsabilidad Limitada, para que en adelante se denomine SDC Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, y la cláusula segunda correspondiente al domicilio social.—San José, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Daniel Eduardo Muñoz Herrera, Notario.—1 vez.—(7444).
La notaria, Tatiana Zeledón Castro, informa a quien interese que en su oficina se constituyó Caldera Holdings Inc. Responsabilidad Limitada. Es todo.—Heredia, 24 de enero del 2008.—Lic. Tatiana Zeledón Castro, Notaria.—1 vez.—(7450).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día veintiocho de enero del dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Las Nueces Ecuatorianas Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y tres mil veintisiete, en la que se modificó la cláusula cuarta del pacto social del objeto.—San José, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—(7451).
Francisco José Castro Quirós, notario público de Cartago, avisa que en escritura pública número doscientos diecinueve-catorce, otorgada en mi despacho a las diez horas del veinticuatro de enero del año en curso, Elizabeth Solano Bravo, Marcela, Rocío, Gilberto, Mauricio e Iván, todos de apellidos Masís Solano; constituyeron la entidad denominada Propiedades Masissol XXIV & Asociados Sociedad Anónima, apoderados generalísimos sin límite de suma: presidente y vicepresidente, actuando conjunta o separadamente y los demás personeros cuando actúen tres de cuatro de ellos. Domicilio: Carmen, Cartago, Cartago, cuatrocientos metros al norte y cien al este de las Ruinas. Capital social: cien mil colones, dividido en cien acciones nominativas y comunes. Objeto: construcción, arrendamiento, bienes raíces, compraventa bienes muebles e inmuebles, actividad mercantil, comercio en general.—Cartago, 24 enero del 2008.—Lic. Francisco José Castro Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 11376.—(7460).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó empresa denominada Rancho Santa Mónica Sociedad Anónima. Domicilio social: del puente sobre Río Palmas doscientos metros oeste y cuatrocientos metros suroeste, Filadelfia, distrito primero del cantón de Carrillo, quinto de la provincia de Guanacaste. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: el ejercicio en general del comercio, industria, transporte, la construcción, la intermediación, turismo, agricultura.—Veintitrés de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana María Vargas Moya, Notaria.—1 vez.—Nº 11377.—(7461).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó empresa denominada Lubriquebrada Sociedad Anónima. Domicilio social: Quebrada Honda de Nicoya, en intersección carretera Puente sobre Río Tempisque hacia Nicoya y hacia Quebrada Honda. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: seis mil colones. Objeto: el ejercicio en general del comercio, industria, transporte, la construcción, la intermediación, turismo, agricultura.—Veintitrés de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana María Vargas Moya, Notaria.—1 vez.—Nº 11379.—(7462).
Por
escritura número doscientos veintinueve-dos, otorgada en San José, a las ocho
horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho, se constituyó asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Abro
Por la escritura número 090-03 del tomo 03 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad, a las 11:00 horas del 25 de enero del 2008, la sociedad costarricense denominada 3-101-505365 S. A., cédula tres-ciento uno-quinientos cinco mil trescientos sesenta y cinco. Modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, veinticinco de enero del 2008.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 11381.—(7464).
Por escritura número doscientos treinta y uno-dos, otorgada en San José, a las doce horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho, se constituyó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Microlabs Químicos Sociedad Anónima, se nombra nueva junta directiva y nuevo agente residente. Domiciliada en San José, Goicoechea, cincuenta metros norte de Cortel, edificio Tristan, primer piso. Capital: suscrito y cancelado. Presidente y tesorero apoderados generalísimos sin límite de suma, efectuada ante la notaria Evelyn Solís Solís.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Evelyn Solís Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 11382.—(7465).
Por la escritura número 091-03 del tomo 03 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 13:30 horas del 25 de enero del 2008, la sociedad costarricense denominada Centro Comercial Valle Prospero S. A., cédula tres-ciento uno-trescientos noventa y siete mil quinientos cincuenta y tres. Modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, veinticinco de enero del 2008.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 11383.—(7466).
Por escritura otorgada en mi notaría hoy, a las quince horas se protocolizó en lo conducente el acta número uno, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Cuatro Emes Limitada, mediante la cual se reforma el pacto constitutivo en sus cláusulas segunda y sexta, se nombra nuevo gerente. Primer subgerente y segundo subgerente, por el resto del plazo social.—San José, veinticinco de enero del año dos mil ocho.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—Nº 11384.—(7467).
Por
escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada The Lone
Papaya Sociedad Anónima (
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Simple Solutions Techinical Services Sociedad Anónima (Soluciones Simples Servicios Técnicos Sociedad Anónima). Domicilio social en Liberia, Guanacaste. Capital social: enteramente suscrito y pagado. Plazo social de noventa y nueve años.—Liberia, Guanacaste, 9 de enero del 2008.—Lic. Daisybell Casasola Guillén, Notaria.—1 vez.—Nº 11387.—(7469).
Por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del día veinticinco de enero del año dos mil ocho, ante el notario: Víctor Julio Víquez Arias, Se adicionó escritura para reformar la cláusula primera referente al nombre de la sociedad Hilltop Investiments of Costa Rica Sociedad Anónima.—Atenas, 25 de enero del año 2008.—Lic. Víctor Julio Víquez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 11390.—(7470).
El día de hoy se constituyó la sociedad Propiedades e Inversiones Estefi Sociedad Anónima. Presidente con amplias facultades.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Fernando Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 11391.—(7471).
Por escritura cuarenta y dos de las 7:38 del 25 de enero de 2008 del tomo cuatro del protocolo de esta notaría, se procedió a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Multidiv de Centroamérica S. A. Por la cual se revoca el nombramiento del presidente y secretario y se nombran nuevas personas para ocupar los indicados cargos.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 11392.—(7472).
Por escritura tres otorgada ante esta notaría al ser las 11:00 del día 25 de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Mi Eterno Sueño Puriscaleño S. A. Representación con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, su presidente y secretario. Capital social: diez mil colones. Plazo social: cien años. Domicilio: San José.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Rodolfo García Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 11393.—(7473).
Por escritura cuarenta otorgada ante esta notaría, al ser las 11:00 del día 24 de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Maira del Oeste Asociados S. A. Representación con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, su presidente. Capital social: diez mil colones. Plazo social: cien años. Domicilio: San José.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Lary Glorianna Escalante Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 11394.—(7474).
Por
escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veinticinco de enero del dos
mil ocho, los señores Carlos Meléndez Sequeira-Isela Carmona Soto,
constituyeron sociedad anónima, de conformidad con lo establecido en el Decreto
Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en
Por escritura autorizada a las 17:00 horas del día de hoy, se constituyó sociedad de responsabilidad limitada con denominación similar a la de su número de cédula de persona jurídica. Domiciliada en San José. Plazo: 99 años contados desde hoy. Gerente como representante con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Sergio Donato Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 11396.—(7476).
Por escritura autorizada en San José, a las 8:00 horas de hoy, por el suscrito notario, se protocolizó acta de la sociedad de San José Sinda Lou S. A., por la que se acuerda su disolución.—San José, 16 de enero del 2008.—Lic. Luis Alberto Sáenz Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 11398.—(7477).
He protocolizado acta asamblea general extraordinaria accionistas de Inversiones Edith del Sol S. A., se reforman cláusulas tercera, quinta, octava y se nombran nuevos directivos.—Moravia, San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Rafael Gutiérrez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 11399.—(7478).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye la sociedad anónima Steel Angels M.C. Sociedad Anónima. Capital social: seis mil colones, totalmente suscritos y pagados por los socios. Domicilio social: en San José.—San José, dieciocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Luis Diego Castillo Guzmán, Notario.—1 vez.—Nº 11400.—(7479).
La suscrita notaria hace del conocimiento público que se constituye la sociedad Hacienda Villa Alva Sociedad Anónima con un capital social de catorce mil colones, como objeto el comercio en general, representada por Carlos Manuel Villegas Espinoza, quien es presidente.—Lic. Lolita Arias Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 11401.—(7480).
Ante
esta notaría se constituyeron las sociedades Villa Vista de Oro Ocotal
K.D.S. S. A.;
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de asamblea de accionistas de la compañía Rover Express Sociedad Anónima, mediante los cuales se reforman las cláusulas tercera y octava de los estatutos.—San José, veinticinco de enero del año dos mil ocho.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—Nº 11405.—(7482).
Ante esta notaría, se otorga escritura número cien, al ser las once horas treinta minutos del día seis de diciembre del dos mil siete, en donde se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Los Tejares Antonio Número Veinticuatro Sociedad Anónima en la que se cambia el estatuto segundo, del domicilio, el estatuto sexto, de la junta administrativa, sustituye la junta directiva en su totalidad, fiscal y el agente residente Es todo.—Lic. Mario José Fonseca Solera, Notario.—1 vez.—Nº 11406.—(7483).
Ante esta notaría, se otorga escritura número noventa y ocho, al ser las diez horas con treinta minutos del día seis de diciembre del dos mil siete, en donde se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Los Tejares Dany Número Dieciocho Sociedad Anónima en la que se cambia el estatuto segundo, del domicilio, el estatuto sexto de la junta administrativa, sustituye la junta directiva en su totalidad, fiscal y el agente residente Es todo.—Lic. Mario José Fonseca Solera, Notario.—1 vez.—Nº 11407.—(7484).
Ante esta notaría, se otorga escritura número noventa y nueve, al ser las once horas del día seis de diciembre del dos mil siete, en donde se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Los Tejares Morales Número Veinte Sociedad Anónima en la que se cambia el estatuto segundo, del domicilio, el estatuto sexto, de la junta administrativa, sustituye la junta directiva en su totalidad, fiscal y el agente residente. Es todo.—Lic. Mario José Fonseca Solera, Notario.—1 vez.—Nº 11408.—(7485).
Ante esta notaría al ser las once horas del veinticinco de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Corporación A R A M S. A. Presidente: Hosup Song, apoderado. Capital social: cien mil colones. Domicilio: Curridabat.—Lic. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 11409.—(7486).
Por escritura número ciento setenta y ocho, otorgada a las diecisiete horas del dieciocho de julio del año dos mil siete, ante el notario público Ramón Badilla González, se constituye la sociedad denominada Servicios Técnicos WCL Sociedad Anónima. Se designa presidente, secretario y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, nueve de enero del año dos mil siete.—Lic. Ramón Badilla González, Notario.—1 vez.—Nº 11413.—(7487).
Por escritura otorgada mí, el día de hoy se constituyó la sociedad anónima denominada Canucks de Sámara Sociedad Anónima. Domicilio: Nicoya, Guanacaste, doscientos metros este de los Tribunales. Capital social: diez mil colones. Representación judicial y extrajudicial a cargo del presidente y secretario.—Nicoya, 10:00 horas del 15 de enero del 2008.—Lic. Jenifer Flores Stoviak, Notaria.—1 vez.—Nº 11414.—(7488).
Ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del día veintidós de enero del dos mil ocho, se realiza nombramiento de junta directiva, modificación de cláusula segunda y octava de la empresa Tres Ciento Uno Cuatrocientos Setenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Veintitrés Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Óscar Alberto Pérez Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 11416.—(7489).
Por escritura otorgada, a las ocho horas treinta minutos del día veinticinco de enero del año dos mil ocho, ante el notario Ricardo Castro Páez, se nombra nueva directora de compras y apoderada generalísima sin límite de suma en la sociedad denominada Colchones Ensueño Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de enero del año dos mil ocho.—Lic. Ricardo Castro Páez, Notario.—1 vez.—Nº 11419.—(7490).
Por escritura otorgada a las ocho horas del día veinticinco de enero del año dos mil ocho, ante el notario Ricardo Castro Páez, se nombra nueva directora de compras y apoderada generalísima sin límite de suma en la sociedad denominada Productos de Uretano Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de enero del año dos mil ocho.—Lic. Ricardo Castro Páez, Notario.—1 vez.—Nº 11420.—(7491).
La suscrita notaria pública hace constar que ante mí, se constituyó la compañía Ópticas del Occidente J&E Sore Sociedad Anónima. Domicilio: Alajuela, Palmares, centro comercial CEPSA, local número diez. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Representación: presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintiséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Cecilia Salazar Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 11421.—(7492).
Ante
el suscrito notario se constituyó, por escritura número 464 de las 9:00 horas
del día 26 de enero del 2008, la sociedad de esta plaza Ganadería
Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, la empresa Corporación Nangui Vargas S. A., modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo y aumenta capital social. Todo lo anterior dentro de la asamblea extraordinaria de socios, celebrada en el domicilio social, el día veintitrés de enero del dos mil ocho.—Palmares, veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 11423.—(7494).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 25 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Mana Franquiciadora S. A., nombrándose agente residente, fondo de reserva legal, junta directiva y capital social. Domiciliada en San José, barrio Naciones Unidas, de la esquina este del Colegio Seminario, ciento setenta y cinco metros sur.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. William Muñoz Bravo, Notario.—1 vez.—Nº 11424.—(7495).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veinticinco de enero del 2008, se aumenta el capital social de la sociedad Biotecnología y Prevención S. A.—25 de enero del 2008.—Lic. William Muñoz Bravo, Notario.—1 vez.—Nº 11425.—(7496).
Miguel Ángel Navarro Navarro, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Valle Verde, Aguas Claras, Upala, con cédula 5-198-569 y otros. Constituyen sociedad denominada Agropecuaria Mila de Vallverde S. A. Capital social: ¢ 10.000,00. Domicilio: Valle Verde, Aguas Claras, Upala, del kinder 400 metros al oeste, sociedad constituida mediante escritura número 334-6, visible al folio 179 frente, del tomo 6 del notario Melvin Lobo Palacio. Es todo.—Aguas Claras de Upala, 20 de enero del 2008.—Lic. Melvin Lobo Palacio, Notario.—1 vez.—Nº 11428.—(7497).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las ocho horas del diecinueve de diciembre anterior, se constituyó la sociedad Gómez Sandoval y Familia Sociedad Anónima. Los apoderados generalísimos sin límite de suma: el presidente y el secretario.—Heredia, 24 de enero del 2008.—Lic. Enrique Azofeifa Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 11429.—(7498).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó sociedad anónima por número de cédula. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social cien años. Presidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. El objeto es la compra y venta de propiedades y el comercio en general. Según Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno del dos mil seis.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Kattia Alvarado Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 11430.—(7499).
Ante mí, Javier Villalta Solano, notario público de San José, se constituyó la sociedad anónima denominada Bendición Benito López Sociedad Anónima, al ser las ocho horas del veintinueve de noviembre del dos mil siete, mediante la escritura número ciento treinta y nueve del tomo segundo de mi protocolo. Se designa a Julio César Benito Padilla como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, ocho horas del veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Javier Villalta Solano, Notario.—1 vez.—Nº 11433.—(7500).
Ante mí, Javier Villalta Solano, notario público de San José, se constituyó la sociedad anónima denominada Corporación Momo Sociedad Anónima, al ser las diez horas del tres de enero del dos mil ocho, mediante la escritura número ciento sesenta y dos, del tomo segundo de mi protocolo. Se designa a Gerardo Enrique Monge Fallas, como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, ocho horas del veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Javier Villalta Solano, Notario.—1 vez.—Nº 11434.—(7501).
Por escritura ante mí, otorgada a las 10:00 horas con 30 minutos del 14 de enero del 2008, se constituyó la entidad denominada USA Cielo Latino de Costa Rica Sociedad Anónima, en inglés USA Latin Sky Costa Rica Sociedad Anónima, pudiendo abreviar su aditivo como S. A. Objeto: la operación y representación de líneas aéreas. Domicilio: La ciudad de San José. Plazo social: Noventa y nueve años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José 28 de enero del 2008.—Lic. Julio Barquero Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 11435.—(7502).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del dieciocho de enero del dos mil ocho, se modificó la cláusula primera de la sociedad Mundo Anillo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y nueve mil sesenta y ocho.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—Nº 11436.—(7503).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del dieciocho de enero del dos mil ocho, se modificó la cláusula primera de la sociedad Inversiones Ámbar Aqua Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y dos mil seiscientos cincuenta y cuatro.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—Nº 11437.—(7504).
Por escritura otorgada a las dieciocho horas del dieciocho de enero del dos mil ocho, ante los notarios Eugenio Vargas Ramírez y Andrés Elliot Sule, los señores Scott Murray Hanrahan y Vanessa Cristina Valenzuela Sárraga constituyeron la sociedad denominada Zone Four Developments Sociedad Anónima. Presidente: Scott Murray Hanrahan.—San José, dieciocho horas del dieciocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Andrés Elliot Sule, Notario.—1 vez.—Nº 11439.—(7505).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintiséis de enero del dos mil ocho, se constituyó sociedad anónima que recibirá como denominación social, el número de cédula jurídica que le asigne el Registro de Personas Jurídicas. Capital: suscrito y pagado. Plazo social: cien años. Domicilio: Cartago.—26 de enero del 2008.—Lic. Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 11440.—(7506).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario público en San José, a las dieciocho horas, del día veinticinco de mayo del año 2007, los señores Joaquín Gustavo Calderón Medina, Edwin Aguzzi Valverde y Marvin Rojas Monge, constituyen la sociedad denominada Distribuciones G C R de Centroamérica Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, Zapote. Plazo social: 99 años. Capital social: veinte mil colones. La representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma le corresponde al presidente, al secretario y al tesorero de junta directiva, actuando conjunta o separadamente.—San José, 25 de mayo del 2007.—Lic. Óscar Gerardo Pereira Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 11441.—(7507).
Los señores Juan Carlos Cárdenas Estrada, colombiano, mayor, casado una vez, empresario, vecino de San Rafael Abajo de Desamparados, cédula de residencia: uno uno siete cero cero tres nueve uno cero uno y el señor Pablo Corrales Retana, mayor, casado una vez, vecino de Concepción Abajo de Alajuelita, cédula: uno novecientos setenta y cuatro-cero cero cuatro, como presidente y vicepresidente de la sociedad denominada Comercializadora Lome S. A., cédula jurídica: tres-ciento uno-doscientos cuarenta y cinco mil seiscientos ochenta y cuatro y dicen: que se modifica el pacto constitutivo de la cláusula primera, referida al nombre la cual debe leerse Cárdenas y Corrales Seguridad Privada Internacional Sociedad Anónima y siglas abreviadas a C.C. SPI. Company S. A., el día de hoy a las dieciséis horas ante esta notaría. Es todo.—San José, veintiséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Laura Ceciliano Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 11443.—(7508).
Por escrituras números ciento veinticuatro, ciento veinticinco y ciento veintiséis, de las doce, trece y quince horas respectivamente, del diecisiete de enero del dos mil ocho, se constituyeron las compañías Acuíferos Nimboyore Sociedad Anónima, Acuíferos Lagunilla Sociedad Anónima y Aguas Subterráneas Rancho Laguna, todos con capital social de diez mil colones.—Lic. Verny Valerio Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 11489.—(7534).
Por
escritura otorgada ante mí, se constituye la compañía Erfordia Sociedad Anónima,
domiciliada en San José, Sabana Sur, Oficentro Ejecutivo
Por
escritura otorgada ante mí, se constituye la compañía Imback Sociedad
Anónima, domiciliada en San José, Sabana Sur, Oficentro Ejecutivo
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas quince minutos del día catorce de enero del año dos mil ocho, se modifica la cláusula sexta, del pacto constitutivo de la sociedad Gary’s Land Ventures G.L.V Sociedad Anónima.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—Nº 11495.—(7537).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos, del día catorce de enero del año dos mil ocho, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Fire Water Ventures Sociedad Anónima.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1 vez.—Nº 11496.—(7538).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 15 de enero de 2008, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada: Compañía de Seguridad Privada El Halcón Dorado S y C S. A. Capital social inicial: ¢10.000,00. Presidente: Aileen Salvador Murillo Urey, vicepresidente: Carlos Enrique Jiménez Agüero.—Grecia, 18 de enero del 2008.—Lic. José Francisco Chacón Acuña, Notario.—1 vez.—Nº 11497.—(7539).
Por
escritura autorizada a esta notaría, a las 8:00 horas del 18 de diciembre del
año 2007, se constituyó la sociedad Corporación Doble M del Oeste S. A.
Domicilio San José, Pavas, de
Por escritura pública número sesenta y nueve, tomo II, otorgada en Grecia, se constituyó la sociedad denominada: Inversiones y Desarrollos Los Jaguares del Sol de Costa Rica Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia, a las nueve horas del día 19 de noviembre del 2007. Presidente: Thomas Leonard Proctor Jr.—Lic. Marvin Gerardo Quesada Castro, Notario.—1 vez.—Nº 11500.—(7541).
Ante mí, Ademar Soto Alpízar, notario público de Alajuela, a las 10:00 horas del 23 de enero del 2008, se constituyó Siete de Vastos S. A. con domicilio en San Pedro de Poás.—Lic. Ademar Soto Alpízar, Notario.—1 vez.—Nº 11501.—(7542).
Los señores Stéphane Naressi y Antonio Serpa constituyen la sociedad anónima Veo Europa de Centroamérica Sociedad Anónima. Capital social cien mil colones. Escritura otorgada en San José a las nueve horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. Luis Palma León y Rogelio Pol Araya, Notarios.—1 vez.—Nº 11502.—(7543).
El día de hoy, Adrián José Murillo Murillo y Gerardo Enrique Calvo Méndez, constituyeron la sociedad denominada Valle Tico S. A. Plazo: cien años. Presidente: Gerardo Enrique Calvo Méndez. Capital social: diez mil colones.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—Nº 11503.—(7544).
Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del dieciocho de diciembre de 2007, se constituyó la sociedad anónima denominada D.C. Desarrollando Competencias S. A. Plazo social: 99 años, capital suscrito y pagado de cien mil colones. La representación judicial y extrajudicial corresponde a presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José 19 de diciembre del 2007.—Lic. Julio César Muñoz Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 11506.—(7545).
Mediante escritura otorgada a las nueve horas del día dieciocho de enero del dos mil ocho, ante esta notaría, el señor Christopher Cunningham Smith, portador del pasaporte número uno cero cuatro tres cinco cero cero cero cinco, confiere poder generalísimo sin límite de suma al señor Oldemar Fallas Navarro, cédula de identidad número uno-siete seis cinco-cero nueve cuatro.—San José, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 11508.—(7546).
Por escritura número ciento tres, de nueve horas del veintiocho de noviembre de dos mil siete, otorgada ante la notaria Ana Vanesa Vargas Roldán, se constituyó sociedad anónima de nombre a determinar, de conformidad con decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Representación: presidente con facultades que determina el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Capital: suscrito y pagado.—San José, 30 de noviembre del 2007.—Lic. Ana Vanesa Vargas Roldán, Notaria.—1 vez.—Nº 11509.—(7547).
Por escritura número ciento seis, de las diez horas y treinta minutos, del veintiocho de noviembre del dos mil siete, otorgada ante la notaria Ana Vanesa Vargas Roldán, se constituye sociedad anónima de nombre a determinar, de conformidad con Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Representación: presidente con facultades que determina el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, capital: suscrito y pagado.—San José, 30 de noviembre de 2007.—Lic. Ana Vanesa Vargas Roldán, Notaria.—1 vez.—Nº 11510.—(7548).
Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las 9 horas del 7 de diciembre del 2007, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Inmobiliaria Margarita de Occidente S. A., en la que se reforma la cláusula nueve relativa a la administración.—Lic. Ana Lorena Umaña Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 11511.—(7549).
Por escritura número ciento cinco, de diez horas del veintiocho de noviembre del dos mil siete, otorgada ante la notaria Ana Vanesa Vargas Roldán, se constituyó sociedad anónima de nombre a determinar, de conformidad con Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Representación: presidente con facultades que determina el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Capital: suscrito y pagado.—San José, 30 de noviembre del 2007 .—Lic. Ana Vanesa Vargas Roldán, Notaria.—1 vez.—Nº 11512.—(7550).
Por escritura número ciento cuatro, de nueve y treinta horas del veintiocho de noviembre de dos mil siete, otorgada ante la notaria Vanesa Vargas Roldán, se constituyó sociedad anónima de nombre a determinar, de conformidad con Decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Representación: presidente con facultades que determina el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Capital: suscrito y pagado.—San José, 30 de noviembre del 2007.—Lic. Ana Vanesa Vargas Roldán, Notaria.—1 vez.—Nº 11513.—(7551).
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad, que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, Reglamento para la inscripción de la constitución de
empresas comerciales, publicado en
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de la constitución de
empresas comerciales, publicado en
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada la
inscripción de la misma de acuerdo con el decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de la constitución de
empresas comerciales, publicado en
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de la constitución de
empresas comerciales, publicado en
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de la constitución de
empresas comerciales, publicado en
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de la constitución de
empresas comerciales, publicado en
Por
escritura otorgada en mi notaría, a las catorce horas y treinta minutos de hoy,
se constituyó la sociedad Tecrent Sociedad Anónima. Domicilio social:
Mediante escritura número 427, del tomo 11 del notario Arturo Méndez Jiménez, de fecha 23 de enero de 2008; se constituye la sociedad, Aderlu de Coto Brus Limitada. Gerentes: Luis Ángel Carranza Suárez, Aderita Bermúdez Sánchez y Alex Carranza Bermúdez.—San Vito de Coto Brus, 23 de enero del 2008.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 11524.—(7559).
Por
escritura otorgada en mi notaría, a las catorce horas de hoy, se constituyó la
sociedad Técnica Mecánica de Costa Rica Sociedad Anónima. Domicilio
social:
Ante esta notaría, comparecen los señores: José Manuel Chacón Quirós, cédula de identidad número: cinco-ciento cuarenta y cinco-novecientos treinta y seis, Franklin Chacón Mora, mayor, cédula de identidad número: cinco-doscientos sesenta y ocho-ochocientos cincuenta y Luis Redondo Paz, mayor, cédula de identidad número: siete-ciento treinta-cuatrocientos veinticinco y dicen: que han convenido constituir sociedad anónima que se denominará Ticotaxi Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Asdrúbal Vega Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 11525.—(7561).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 24 de enero del 2008, se constituyó la sociedad García Espinoza S. A. Capital social debidamente suscrito y pagado. Plazo 90 años.—Liberia, 24 de enero del 2008.—Lic. Hugo Zúñiga Clachar, Notario.—1 vez.—Nº 11526.—(7562).
Por
escritura otorgada ante mí, a las nueve horas con treinta minutos del doce de
enero de dos mil ocho, se constituyó la sociedad Fumarolas de
Por escritura protocolizada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintitrés de enero de dos mil ocho, se reformó las cláusulas primera y segunda, de los estatutos de la sociedad Comerplax Interglobal Sociedad Anónima, cambiando su nombre a Soluciones Técnicas en Seguridad Sociedad Anónima.—San José, 25 de enero del dos mil ocho.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 11530.—(7564).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Triple J Murillo V Sociedad Anónima, plazo social de noventa y nueve años, capital social doce mil colones totalmente suscrito y pagado. Representada por su presidente Heriberto Murillo Lobo.—Monterrey de San Carlos, Alajuela, diez horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Ricardo Reyes Calix, Notario.—1 vez.—Nº 11532.—(7565).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Divino Niño H Cubero Sociedad Anónima, plazo social de noventa y nueve años, capital social catorce mil colones totalmente suscrito y pagado. Representada por su presidenta Anadolia Cubero González y secretario Octavio Cruz Cubero.—Monterrey de San Carlos, Alajuela, diez horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Ricardo Reyes Calix, Notario.—1 vez.—Nº 11533.—(7566).
Mediante escritura número setenta y dos, otorgada en Alajuela, a las once horas del día veinticuatro de enero del año dos mil ocho, visible al folio noventa y cuatro vuelto del tomo segundo de mi protocolo, los señores Robert Jay Zimmerman y Teresita Solórzano Quesada, constituyeron Tracy Baby Sociedad Anónima.—Alajuela, veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 11534.—(7567).
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, Reglamento para la inscripción de la constitución de
empresas comerciales, publicado en
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de la constitución de
empresas comerciales, publicado en
En mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Entracorp Radasi Internacional Sociedad Anónima, presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos, sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente, capital social debidamente cancelado y aportado.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Cristian Soto Mora, Notario.—1 vez.—Nº 11538.—(7570).
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de la constitución de
empresas comerciales, publicado en
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de la constitución de
empresas comerciales, publicado en
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de la constitución de
empresas comerciales, publicado en
Por escritura otorgada ante el notario público José Rafael Fernández Quesada, a las 11:00 horas del día 25 de octubre del 2007, Juan Carlos Ortiz Melgar y Mariana Avram Waganoff, constituyen la sociedad Tecnologías de Moravia Limitada. El plazo social de la compañía será de cien años y tiene dos apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. José Rafael Fernández Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 11543.—(7574).
La suscrita notaria hace constar que en mi notaría, se protocolizó el acta número tres de la asamblea general ordinaria de Orcin Inc. S. A., mediante la cual se modifica la cláusula final de la escritura de constitución y se nombra nuevo tesorero y fiscal en San José, a las diez horas del veintiuno de enero del dos mil ocho.—Lic. Rosa Nora Acuña Zapata, Notaria.—1 vez.—Nº 11544.—(7575).
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el registro una vez realizada
la inscripción de la misma, de acuerdo con el decreto número treinta y tres
mil, ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de
Por escritura otorgada mí, a las doce horas de hoy en Ciudad Neily, se constituyó Inversiones Mahuyo Sociedad Anónima. Domicilio: Ciudad Neily, Corredores. Capital: totalmente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años a partir de hoy la representación judicial y extrajudicial de la sociedad: presidente de la junta directiva, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Ciudad Neily, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Yadira Reyes Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 11546.—(7577).
En mi notaría, mediante escritura 147 de las 12:30 horas del 24 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Guevara Pearson Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: diez mil colones, representantes judiciales y extrajudiciales el presidente y secretaria, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Agente residente, Lic. Kermith Ceciliano Moreira.—Lic. Lilliana Madrigal Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 11547.—(7578).
Mediante la escritura número 16-3, autorizada en mi notaría, al ser las 17:00 horas del día 25 de enero del 2008, se constituyó la sociedad con domicilio en San José, Zapote, de la rotonda de las Garantías Sociales trescientos metros al sur y doscientos cincuenta metros al este, denominada Inversiones LP del Este Sociedad Anónima, con un capital suscrito y pagado de ¢10.000,00 y una duración de 99 años.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Fresia María Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—Nº 11549.—(7579).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Corporación Varram F. V. S. Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Duración: noventa y nueve años.—San José, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. José A. Zeledón Colombari, Notario.—1 vez.—Nº 11551.—(7580).
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que le designe el registro una vez
realizada la inscripción de la misma de acuerdo con el decreto número treinta y
tres mil ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de
La suscrita notaria, hago constar que el día 16 de enero del año 2008, se constituyó el ente jurídico, Fire Valley Sociedad Anónima, siendo los apoderados generalísimos sin límite de suma los señores Edwin Ramírez Brenes y Daniel Shanahan Renken, ente jurídico con un capital social de 100.000 colones.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 11554.—(7583).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y Transportes Herrera & Araya Sociedad Anónima, cuyo presidente es el señor William Gerardo Herrera Herrera.—San José, veinticuatro de enero del dos mil ocho.—M.Sc. María Eugenia Murillo Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 11557.—(7585).
Ante mi notaría, a las once horas del veintiuno de enero del año dos mil ocho, se reformó la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Papelería y Suministros Balto de C. R. Sociedad Anónima, siendo la presidenta la señora Gloria Aguirre Sánchez.—San José, 21 de enero del 2008.—Lic. Juan Carlos Castillo Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 11558.—(7586).
Por escritura otorgada a las once horas del día veinticuatro de enero del año dos mil ocho, se constituye la empresa de esta plaza denominada V.I.S.O Security Sociedad Anónima. Capital social: diez millones de colones. Representación: presidente y tesorera. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, veinticinco de enero del año dos mil ocho.—Lic. Marcelo Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 11561.—(7587).
Por escritura otorgada a las catorce horas del día diez de junio del año dos mil siete, se constituye la empresa de esta plaza denominada Acuario Santa Cruz ASC Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Representación: presidente y vicepresidente. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, veintiocho de enero del año dos mil ocho.—Lic. Marcelo Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 11562.—(7588).
Por escritura otorgada en San José, a las siete horas del día dieciséis de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Bienes y Raíces Jearsi Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Marcial R. Aguiluz Barboza, Notario.—1 vez.—Nº 11563.—(7589).
Por escritura otorgada en San José, a las ocho horas, del día dieciséis de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Juegos Electrónicos del Oriente Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Marcial R. Aguiluz Barboza, Notario.—1 vez.—Nº 11564.—(7590).
Por escritura otorgada en San José, a las siete horas treinta minutos del día dieciséis de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Sunshine Developments Incorportated Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—Lic. Marcial R. Aguiluz Barboza, Notario.—1 vez.—Nº 11565.—(7591).
El día de hoy, se adicionó en mi notaría, la escritura constituida ante la notaria Jennie Valverde Solano, mediante la cual se constituye la sociedad Taller Seis Dedos S. A.; siendo el nombre correcto: Seis Dedos S. A.—Cartago, veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. William Buckley Buckley, Notario.—1 vez.—Nº 11566.—(7592).
La compañía denominada Agropecuaria Pirrís Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-044916, modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo, sobre el capital social, aumenta el capital social a ocho millones de colones.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Hendrix Gutiérrez Menocal, Notario.—1 vez.—Nº 11568.—(7593).
La compañía denominada GV Consultores de Centroamérica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-469169, modifica la cláusula octava del pacto constitutivo, otorgando representación con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma al presidente y secretario, quienes podrán actuar en forma conjunta o separadamente. Se nombra como presidente al señor Gerardo Vargas Rojas.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Hendrix Gutiérrez Menocal, Notario.—1 vez.—Nº 11569.—(7594).
La compañía denominada Inversiones Proyecto Varcas Dos Mil Tres Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-470133, modifica la cláusula octava del pacto constitutivo, otorgando representación con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma al presidente y secretario, quienes podrán actuar en forma conjunta o separadamente. Se nombra como presidente al señor Gerardo Vargas Rojas.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Hendrix Gutiérrez Menocal, Notario.—1 vez.—Nº 11570.—(7595).
La compañía denominada Desarrollos Turísticos Río Grande de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-484336, modifica la cláusula octava del pacto constitutivo, otorgando representación con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma al presidente y secretario, quienes podrán actuar en forma conjunta o separadamente. Se nombra como presidente al señor Gerardo Vargas Rojas.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Hendrix Gutiérrez Menocal, Notario.—1 vez.—Nº 11571.—(7596).
Ante mí, Luis Alberto Campos Flores, notario público, se protocoliza acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de Hiperlab S. A. Se reforma cláusula sétima del pacto constitutivo. Se nombra nuevos secretario; director uno, director dos, director tres de la junta directiva. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Luis Alberto Campos Flores, Notario.—1 vez.—Nº 11573.—(7597).
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, Reglamento para la inscripción de
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, Reglamento para la inscripción de
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, Reglamento para la inscripción de
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, Reglamento para la inscripción de
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, Reglamento para la inscripción de
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, Reglamento para la inscripción de
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, Reglamento para la inscripción de
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, Reglamento para la inscripción de
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, Reglamento para la inscripción de
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, Reglamento para la inscripción de
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, Reglamento para la inscripción de
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, Reglamento para la inscripción de
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, Reglamento para la inscripción de
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier, constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el Registro una vez realizada la
inscripción de la misma de acuerdo con el Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, Reglamento para la inscripción de
Por escritura 3, de las 9:00 horas del día 16 de enero del dos mil ocho, se protocolizó, acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Químicas Laminar Industrial Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 11589.—(7613).
Por escritura pública número ochenta y cinco, visible al folio cuarenta y dos, frente y vuelto del tomo primero, otorgada ante esta notaría, a las diez horas con treinta minutos del quince de diciembre de dos mil siete, se procedió a nombrar nueva junta directiva y a cambiar el domicilio social de la sociedad denominada Inmobiliaria Internacional Aleva Sociedad Anónima.—Cartago, veintidós de enero de dos mil ocho.—Lic. Luis Guillermo Orozco Solano, Notario.—1 vez.—Nº 11592.—(7614).
Ante esta notaría el día de hoy, los señores Noé Valverde Alpízar y Michael Barrantes Cordero, constituyeron Portón del Lago Azul S. A., con domicilio en Monserrat, ciudad de Alajuela y un capital social de diez mil colones. Presidente: Noé Valverde Alpízar. Escritura otorgada en la ciudad de Alajuela, a las catorce horas del veintiséis de enero de dos mil ocho.—Lic. Óscar Gerardo Chavarría Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 11593.—(7615).
Por escritura número ciento nueve, otorgada en mi notaría, a las ocho horas del veinticinco de enero del dos mil ocho, los señores Róger Adolfo Abarca Ríos, Marianela Susana Bermúdez Bermúdez y Óscar Eduardo Abarca Ríos, constituyeron la sociedad denominada ATI Asesores en Tecnología Informática Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Róger Adolfo Abarca Ríos. Domicilio: San José, Desamparados. Agente residente y notaria Yenny Rocío Arguello Chaverri.—Lic. Yenny Rocío Arguello Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº 11595.—(7616).
El suscrito notario, hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública, de las catorce horas cincuenta minutos del veintiséis de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Servicios Neuroquirúrgicos del Este S.R.L. Capital: suscrito y pagado, gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 11596.—(7617).
El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaría y mediante escritura pública de las dieciséis horas cincuenta minutos del dieciséis de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Saneb Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, veintidós de enero del dos mil ocho.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—Nº 11597.—(7618).
Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Bosque Tropical Lluvioso S. A. realizada a las trece horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho, donde se reorganiza junta directiva y se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Morales Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 11604.—(7619).
Ante esta notaría, a las ocho horas del veintiocho de enero del dos mil ocho, se constituye; Eidos de Alajuela S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiocho de enero del año dos mil ocho.—Lic. Ana Daisy Morales Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 11605.—(7620).
Ante
esta notaría, a las siete horas con treinta minutos del veintiocho de enero del
dos mil ocho, se constituye
Ante esta notaría, a las siete horas del veintiocho de enero del dos mil ocho, se constituye El Afro Que Corre S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintiocho de enero del año dos mil ocho.—Lic. Ana Daisy Morales Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 11607.—(7622).
Ante
esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Grupo
Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Vista Cocodrilo S. A., realizada a las catorce horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho, donde se reorganiza junta directiva y se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Morales Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 11609.—(7624).
Ante esta notaría, se constituyó, Pro Funda Comunicación Sociedad Anónima. Otorgada en Alajuela, a las 13:00 horas del 21 enero del dos mil ocho.—Lic. Eddy Guevara Mora, Notario.—1 vez.—Nº 11610.—(7625).
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de
Por
escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy se constituyó la sociedad
denominada conforme al decreto ejecutivo número 33171-J. Domicilio. Centro de
Palmares, costado sur de
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el Decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de
Protocolización de acuerdos adoptados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Capital Bresseydan Tres S.A. Se revocan los cargos de presidente, secretario y tesorero de la junta directiva, así como el de fiscal y se hacen nuevos nombramientos. Escritura autorizada en San José, por el notario Ulises Alberto Obregón Alemán, a las 12:00 horas del 28 de enero del 2008.—Lic. Ulises Obregón Alemán, Notario.—1 vez.—Nº 11616.—(7631).
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de
Rogelio
Thomas Córdoba y Alejandro Moreno Charpentier constituyen la sociedad que se
denominará según la cédula jurídica que designe el registro una vez realizada
la inscripción de la misma de acuerdo con el decreto número treinta y tres mil
ciento setenta y uno-J, reglamento para la inscripción de
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO PÚBLICO DE
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a:
I.- Interflex de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-183910,
como propietaria de la finca del partido de Guanacaste, matrícula Nº 64348,
entidad representada por Ángel Maru Sánchez López, cédula Nº 6-201-627. II.-
William Antonio Palacios Castillo, cédula Nº 2-466-132 como propietario de la
finca del partido de Guanacaste, matrícula Nº 64350. III.- Martín Arias Arias,
cédula Nº 2-415-220, como acreedor en el crédito garantizado con la finca del
partido de Guanacaste, matrícula Nº 64350. IV.- Lic. Isberto González
Contreras, cédula Nº 5-143-480 como notario ante quien se otorgó el poder usado
para realizar el traspaso de las fincas del partido de Guanacaste matrículas
Nos. 64348 y 64349. V.- Lic. Sergio Elizondo Garófalo, cédula Nº 1-641-322 como
notario ante quien se realizó el traspaso de la finca del partido de Guanacaste
matrícula Nº 64350 mediante poder. VI.- Lic. José Luis Cascante Vázquez, cédula
Nº 1-465-488 como notario ante quien se otorgó el poder mediante el cual se
realizó el traspaso de la finca del partido de Guanacaste matrícula Nº 64350.
VII.- Marco Vinicio Castro Alfaro, cédula Nº 1-738-636 como anterior
propietario de la finca del partido de Guanacaste matrícula Nº 64350 quien
adquiere del denunciante mediante el documento tomo 570, asiento 52873 y vende
dicho inmueble mediante el documento tomo 570, asiento 81482. VIII.- Gerald
Joseph Salazar Bolaños, cédula Nº 2-588-944 como anterior propietario de la
finca del partido de Guanacaste matrícula Nº 64350 y que adquiere mediante el
documento tomo 570, asiento 81482 y vende dicho inmueble mediante el documento
tomo 570, asiento 91027. IX.- Inversiones Mariana del Norte Sociedad Anónima,
cédula Nº 3-101-365440 como anterior propietaria de la finca del partido de Guanacaste
matrícula Nº 64350 quien vendiera dicho inmueble mediante el documento tomo
571, asiento 10579, entidad representada por Ademar Villalobos Villalobos
cédula Nº 5-188-461. A quienes en virtud de que esta Oficina desconoce sus
domicilio, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o
a sus representantes legales, se les comunica por este medio, que
Se hace saber
a: I.- Elizabeth Quirós Brenes, cédula Nº 1-1012-472, como adquirente de la
finca del partido de Heredia, matrícula Nº 72405 mediante el documento que se
denuncia en estas diligencias, sea tomo 571 asiento 20496 y como demandada en
el documento que contiene
Se hace saber
a: I.- Olke de Pococí Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-0207426 como
demandada en el proceso ejecutivo simple que ocupa el tomo 540, asiento 09605 y
que afecta las fincas del partido de Limón, matrículas Nos. 74808, 86295,
86296, 86297, 86300, 86301, 86304, 86305, 86306, entidad representada por
Sandra González Camacho cédula Nº 9-081-996. II: Credomatic de Costa Rica
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-024180 como demandante en el proceso
ejecutivo simple que ocupa el tomo 553, asiento 09447 y que afecta la finca del
partido de Limón, matrícula Nº 86297, entidad representada por Alberto Chamorro
Chamorro pasaporte Nº C-335387. III.- Junior Leiva Guido, cédula Nº 7-139-326
como propietario del derecho 001 de la finca del partido de Limon, matrícula
86298. IV.-Dayana Espinoza Espinoza, cédula Nº 1-1144-710 como propietaria del
derecho 002 de la finca del partido de Limón, matrícula 86298. V.- Alberto
Hurtado Naranjo, cédula Nº 7-085-025 como propietario del derecho 001 de la
finca del partido de Limón, matrícula 86229. VI.- Johana Cortés Lazo, cédula Nº
7-145-336 como propietaria del derecho 002 de la finca del partido de Limón,
matrícula 86229. VII.- Víctor González Álvarez, cédula 5-066-960 como
propietario del derecho 001 de la finca del partido de Limón, matrícula 86302.
VIII.- Graciela Vargas Jiménez, cédula Nº 1-496-050 como propietaria del
derecho 002 de la finca del partido de Limón, matrícula 86302. IX.- Yamileth
González Camacho, cédula Nº 7-082-347 como propietaria de la finca del partido
de Limón, matrícula 86303 y como madre en ejercicio de la patria potestad del
menor Johan González Camacho como beneficiario de la habitación familiar que
soporta dicho inmueble, terceros interesados ó representantes, que
Se hace saber a
Audilio Valverde Soto, cédula Nº de identidad Nº 6-0051-0666, en su condición
de propietario del derecho cero cero tres de la finca del partido de Alajuela,
matrícula Nº 246028, Eduardo Elizondo Valverde, cédula Nº 5-275-313, en su condición
de comprador de los derechos cero cero uno cero cero dos y cero cero cuatro de
la finca del partido de Alajuela, matrícula Nº 246028, Geovanny Paniagua
Villalobos, cédula Nº 4-0128-0436, en su condición de propietario de la finca
del partido de Alajuela, matrícula Nº 292299, que fue segregada de la finca del
partido de Alajuela, matrícula Nº 246683 y a Javier Campos Guzmán, cédula Nº
2-281-120, en su condición de acreedor en la adjudicación de la finca del
partido de Alajuela, matrícula Nº 246683 que en Diligencias Administrativas de
oficio, que se llevan en este Despacho, bajo expediente 07-373-BI, mediante
resolución de las nueve horas cincuenta y seis minutos del veintidós de enero
de dos mil ocho se resolvió: publicar por tres veces consecutivas en el Diario
Oficial
Se hace saber a
Irene Arias Colina y Alexander Unfried Salazar, en calidad de titular registral
y deudor hipotecario; respectivamente, del inmueble del partido de San José Nº
496115-000, que en este Registro se iniciaron diligencias administrativas de
oficio, sobre una supuesta duplicidad de plano en las fincas del partido de San
José Nº 496117-000 y 496115-000. En virtud de lo denunciado esta Asesoría,
mediante resolución de las 10:00 horas del 08/10/2007, ordenó consignar
Advertencia Administrativa sobre dichas fincas. Con el objeto de cumplir con el
principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 13:53 horas
del 21/01/2008, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un
edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de
quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del
edicto en el Diario Oficial
Se hace saber a
Theresa María Anderson, titular registral de los inmuebles del partido de Puntarenas,
matrículas Nos. 127975 y 24367-F, que en este Registro se iniciaron diligencias
administrativas de oficio, sobre una supuesta nulidad de en los documentos de
de citas 571-92923 y 571-64920 relacionados a las fincas de Puntarenas,
matrículas Nos. 127975 y 24367-F. En virtud de lo denunciado, mediante
resolución de las 10:45 horas del 02/07/2007, ordenó consignar advertencia
administrativa sobre dichas fincas. Con el objeto de cumplir con el principio
constitucional del debido proceso, por resolución de las 15:00 horas del
22/01/2008, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto
para conferirle audiencia a la persona mencionada, por el término de quince
días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en
el Diario Oficial
Se hace saber a
Mirna Centeno Chaves y Marvin Centeno Chaves, como representante del Grupo
Jorama M C S. A., cédula jurídica Nº 3-101-332154, en calidad de titular
registra respectivamente, del inmueble del partido de Limón Nº 10593-000, que
en este Registro si iniciaron diligencias administrativas de oficio, sobre una
supuesta duplicidad de plano en las fincas de partido de Limón Nos. 84116-000 y
10593-000. En virtud de lo denunciado esta Asesoría, mediante resolución de las
09:30 horas del 21/09/2007, ordenó consignar advertencia administrativa sobre
la finca Nº 7-10593-000. Con el objeto de cumplir con el principio
constitucional del debido proceso, po resolución de las 09:00 horas del
23/01/2008, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas di un edicto
para conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince
día: contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en
el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
REGISTRO PÚBLICO DE
Se hace saber a quien interese, que en Diligencia Administrativa de Oficio, que se lleva en este Despacho, mediante resolución de las diez horas trece minutos del día diecinueve de diciembre de dos mil siete, se resolvió lo siguiente: una vez firme esta resolución se ordena: I. Consignar inmovilización sobre la finca del partido de Limón, matrícula cincuenta y cuatro mil ochenta y ocho (54088), la cual se mantendrá hasta que la autoridad judicial competente conociendo del error que la originó, ordene su cancelación; o todas las partes involucradas por los mecanismos que establece el Ordenamiento, manifiesten su voluntad de rectificar el error cometido. II. Cancelar la advertencia administrativa que publicita la finca del partido de Limón, treinta y nueve mil ciento veintiséis (39126). Para ejecutar lo resuelto, se comisiona al Departamento de Asesoría Jurídica de este Registro o, a cualquier otro funcionario destacado en esa unidad de trabajo. Notifíquese. (Referencia. Expediente Nº 2007-443-BI).—Curridabat, 16 de diciembre del 2007.—Master Óscar Rodríguez Sánchez, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 24224).—C-9920.—(7879).
Se
hace saber a quien interese, que en Diligencia Administrativa de Oficio, que se
lleva en este Despacho, mediante resolución de las ocho horas y treinta minutos
del día ocho de enero del dos mil ocho, se resolvió lo siguiente: una vez firme
la presente resolución, se ordena consignar inmovilización sobre las fincas
partido de San José, matrículas cuatrocientos dos mil ochocientos
veintitrés-cero cero cero (402823-000) y cuatrocientos ochenta y tres mil
novecientos cincuenta y ocho-cero cero cero (483958-000) misma que se mantendrá
hasta que autoridad judicial competente conociendo del error que la originó,
ordene su cancelación; o todas las partes involucradas por los mecanismos que
establece el Ordenamiento, manifiesten su voluntad de rectificar el error cometido.
La inmovilización se levantará en el momento en que el funcionario respectivo
manifieste expresamente su verificación de que los defectos de ese instrumento
fueron debida y correctamente subsanados. II. Comisionar a
Se hace saber a quien interese, que en Diligencia Administrativa de Oficio, que se lleva en este Despacho, mediante resolución de las ocho horas del día trece de diciembre del dos mil siete, se resolvió lo siguiente: una vez firme esta resolución se ordena la inmovilización sobre las fincas del partido de Guanacaste matrículas ciento diecisiete mil seiscientos cuarenta y cuatro (117644) y ciento veintitrés mil trescientos noventa y nueve (123399), la cual se mantendrá hasta que la autoridad judicial competente conociendo la duplicidad que la originó, ordene su cancelación; o todas las partes involucradas por los mecanismos que establece el Ordenamiento, manifiesten su voluntad de rectificar el error cometido. Para ejecutar lo resuelto, se comisiona al Departamento de Asesoría Jurídica de este Registro. Notifíquese. (Referencia expediente Nº 2007-613-BI).—Curridabat, 14 de diciembre del 2007.—Master Óscar Rodríguez Sánchez, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 24258).—C-7940.—(7881).
De la
gestión de ocurso presentada por el notario Helberto Moreira González, cédula
de identidad Nº 4-100-1495, para que esta Dirección declare la prescripción de
la medida administrativa que soporta el automotor placas 235207 y se inscriba
el traspaso presentado bajo el tomo 2007, asiento 266603, para que en el
término que se dirá haga valer sus derechos, se notifica y concede audiencia
hasta por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente
de la fecha de publicación del presente edicto, al vendedor del automotor
William Alfaro Corrales, cédula de identidad 7-056-728, en condición de
apoderado generalísimo de la sociedad denominada Compañía Nacional de Tierras y
Administración S. A., cédula jurídica Nº 3-101-080577, previniéndole que dentro
del término establecido para la audiencia, señale medio o lugar para oír
futuras notificaciones de esta Dirección, bajo apercibimiento que de no cumplir
con lo anterior, las demás resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro
horas después de dictadas, de conformidad con lo establecido en los artículos
18 y siguientes de
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
Resolución
RRG-7750-2008.—San José, a las 15:30 horas del 11 de
enero del año dos mil ocho. Expediente OT-494-2007.
Considerando:
1º—Que
mediante boleta número 2007-246620, el día 12 de diciembre del 2007, se retuvo
como medida cautelar el vehículo placa 365360, por supuesta violación de lo
establecido en el artículo 38.d) de la ley 7593, Ley de
2º—Que según la boleta supra
indicada, Edgar Valenciano Marchena, documento de identificación número
1-552-426, podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de
un servicio público sin la correspondiente autorización.
3º—Que consultada la página electrónica
del Registro Público de
4º—Que
5º—Que en virtud de la
jurisprudencia de
6º—Que para dar inicio a los
procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente
las competencias establecidas en
7º—Que conforme la resolución
RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio del 2007, se delegó en el
Director de
Con
fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en
EL REGULADOR GENERAL DE
REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS,
RESUELVE:
1º—Dar
inicio al procedimiento administrativo contra Edgar Valenciano Marchena, en
calidad de conductor y Edgar Alberto Valenciano Mora, como dueño registral del
vehículo involucrado, que se tramitará bajo el número OT-494-2007, nombrando
como órgano director del procedimiento a Tatiana Quesada Espinoza, cédula
1-952-537 y Shirley Alfaro Alfaro, cédula 4-148-789, funcionarias de
2º—Notifíquese a Edgar
Valenciano Marchena, en calidad de conductor por medio del fax 258-9057,
señalado a folio 9 y a Edgar Alberto Valenciano Mora, como dueño registral del
vehículo mencionado, por medio de publicación tres veces en
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº
20201).—C-130700.—(7364).
Resolución RRG-7796-2008.—San José, a las 8:30 horas del 17 de enero del año dos mil ocho. Expediente OT-501-2007.
Considerando:
1º—Que
mediante boleta número 2007-221182, el día 18 de diciembre del 2007, se retuvo
como medida cautelar el vehículo placa 645293, por supuesta violación de lo
establecido en el artículo 38.d) de
2º—Que según la boleta supra
indicada, Jorge Luis Bolaños Quirós, documento de identificación número
1-562-665, podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de
un servicio público sin la correspondiente autorización.
3º—Que consultada la página
electrónica del Registro Público de
4º—Que
5º—Que en virtud de la
jurisprudencia de
6º—Que para dar inicio a los
procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente
las competencias establecidas en
7º—Que conforme la resolución
RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio del 2007, se delegó en el
Director de
Con
fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en
EL REGULADOR GENERAL DE
REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS,
RESUELVE:
1º—Dar
inicio al procedimiento administrativo contra Jorge Luis Bolaños Quirós, en
calidad de conductor y dueño registral del vehículo involucrado, que se
tramitará bajo el número OT-501-2007, nombrando como órgano director del
procedimiento a Tatiana Quesada Espinoza, cédula 1-952-537 y Shirley Alfaro
Alfaro, cédula 4-148-789, funcionarias de
2º—Notifíquese a Jorge Luis
Bolaños Quirós, como conductor y dueño registral del vehículo placa 645293, por
medio de publicación tres veces en
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº
20201).—C-130700.—(7366).
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y
DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
“
Acuerdo
Nº 5:
Se conoce
informe del Departamento Régimen Disciplinario Nº 5089-2006-DRD de la denuncia
interpuesta por el Sr. Daniel Marchena Ruiz en contra de
Hechos denunciados: Según lo expresado por el Sr. Daniel Marchena Ruiz,
habría contratado a
Como respuesta al reclamo
planteado por el señor Marchena Ruiz,
Descargo de
Pronunciamiento del
Asesor, Ing. José Gerardo Roig Loría, IT-3379: El Asesor, a partir del análisis de la información que
conforma el expediente y de la normativa legal aplicable, concluye lo
siguiente:
“El suscrito autor
del presente informe preliminar, con base en la documentación contenida en el
expediente, considera que la profesional denunciada ha actuado en forma
contraria a la ética profesional, por cuanto autorizo (sic) (…) con su firma la
inscripción del plano Nº G-676536-2001 sin haber (…) ejecutado ella misma el
levantamiento de campo”.
“Así
mismo, según el plano levantado por el Ing. Rivas Vallejos, se comprueba que
existen diferencias sustanciales con la información contenida en el plano Nº
G-676536-2001, no obstante debe tomarse en consideración que un levantamiento
es de Enero del 2001 y otro de junio del 2003”.
“Pese a
lo anterior, el hecho denunciado en Enero de 2001 y el denunciante tuvo
conocimiento de ello al verificar el plano, la denuncia fue presentada cinco
años después de cometidos los hechos, por lo que el caso ha prescrito según lo
indicado en el artículo Nº 101 del Reglamento del Proceso Disciplinario de los
miembros del CFIA”.
Recomendaciones
del Asesor:
1. “Archivar el expediente”.
2. “Verificar
si el padre de
Pronunciamiento
del Fiscal del CIT: Mediante oficio Nº
017-2006-FCIT, el Fiscal del Colegio de Ingenieros Topógrafos, Ing. Juan Manuel
Castro Alfaro emite su pronunciamiento, en el que concuerda en todo con las
recomendaciones establecidas por el Asesor.
Solicitud de R.D.: Archivar el expediente.
Fundamento: Sobre la base de la documentación que acompaña la
denuncia, de los pronunciamientos de los ingenieros Roig Loría, Asesor del
Departamento de Régimen Disciplinario, y Castro Alfaro, Fiscal del Colegio de
Ingenieros Topógrafos, se presume que la profesional responsable (quien
evidenció falta de interés para referirse a los hechos que se denuncia como de
su responsabilidad) habría firmado el plano de catastro Nº G-676536, no conforme
a la normas legales y reglamentarias vigentes, por contener errores y no haber
sido levantado por ella, por lo cual habría, además, contravenido y permitido
que terceros faltaran a lo que establece la normativa que rige el
comportamiento profesional y ético de los miembros del Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, no habría promovido ni defendido la
integridad, el honor y la dignidad de su profesión, ni habría actuado como una
agente leal con su cliente.
Independientemente de lo
anterior, sobre la base de la información que consta en el expediente, se tiene
como cierto que los hechos que se investiga ocurrieron entre Enero de 2001 y
Julio de 2003, por lo que transcurrió de sobra el plazo de prescripción a que
se refiere el Reglamento del Proceso Disciplinario de los Miembros del Colegio
Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica.
Establece el artículo 101 del
precitado Reglamento:
“Artículo 101.—La acción para demandar la responsabilidad por violación
al Código de Ética de un agremiado del Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos prescribirá en dos años, contados a partir de que la parte afectada
tenga conocimiento de los hechos que den lugar a la comisión de la falta,
siempre y cuando demuestre que no estuvo en posibilidad razonable de haberse
enterado de su comisión”.
Por su
parte, el artículo 102 del mismo cuerpo normativo, señala:
“Artículo 102.—Si
“La
decisión de
Por lo
anteriormente expuesto y en aras de la economía procesal, el Departamento de
Régimen Disciplinario considera que no es necesario continuar con la siguiente
etapa del proceso, dado que no existe interés actual. Por lo tanto, este
Departamento recomienda a
SE ACUERDA:
a. Acoger la recomendación de Departamento
Régimen Disciplinario y archivar la causa seguida en contra de
b. Indicar a
Este es un
acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento
Interior General.
Contra la
anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA
ÓRGANO DIRECTOR DEL DEBIDO PROCESO
EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO
DISCIPLINARIO Nº 08-2007
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
QUEJOSOS: Sr. John Edward Dorsey, con INVESTIGADO: CPI. Michael
un solo apellido por razón de su nacionalidad González Rodríguez. Colegiado
estadounidense, portador del pasaporte núme- Nº 17389. Cédula de identidad
ro 039722530, y Sr. Carlos Rolando Zúñiga, Nº 1-0928-0025.
ciudadano estadounidense, con un único ape- CAUSA: Supuesta mala praxis y
llido en razón de su nacionalidad. Residencia sustracción de dinero
permanente Nº 184000333529. En calidad de Recibida denuncia en Fiscalía
apoderados generalísimos sin límite de suma Fecha: 15 de noviembre del 2007
de la sociedad: Costa Vista Land S. A., cédu-
la jurídica Nº 3-101-462538.
Comuníquese a: CPI. Michael González Rodríguez
Al contador privado Michael
González Rodríguez, colegiado Nº 17389, cédula de identidad Nº 1-0928-0025, se les
comunica que se ha dictado por parte de
Por lo que con fundamento en las
potestades que le asisten a este Órgano Director emite la siguiente resolución:
Según acuerdo Nº 01-2007 de la sesión extraordinaria Nº 01-2007, realizada
el 22 de noviembre del 2007. Se inicia procedimiento administrativo
disciplinario, Órgano Director, San José. Por acuerdo de
Deberá comparecer de carácter personalísimo y no por medio de un apoderado. Igualmente se le informa que tiene el derecho de hacerse asistir por un profesional en derecho durante la tramitación del presente procedimiento y durante la comparecencia oral y privada. Notifíquese los integrantes del Órgano Director.—San José, a las diecinueve horas con treinta minutos del día treinta de enero del dos mil ocho.—Lic. José Antonio Corrales Chacón, MBA. Presidente del Órgano Director.—(O. C. 18470).—C-218215.—(4744).