LA GACETA Nº 29

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 33851-MAG

Nº 34286-H

ACUERDOS

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y GRACIA

AMBIENTE Y ENERGÍA

PODER JUDICIAL

AVISOS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

EDUCACIÓN PÚBLICA

MUNICIPALIDADES

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

EDUCACIÓN PÚBLICA

LICITACIONES

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

SALUD

PODER JUDICIAL

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

AVISOS

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MUNICIPALIDADES

AVISOS

REGISTRO DE PROVEEDORES

AVISOS

FE DE ERRATAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS

REGLAMENTOS

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA Y ACUICULTURA

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD NACIONAL

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE VÁZQUEZ DE CORONADO

MUNICIPALIDAD DE NICOYA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

SEGURIDAD PÚBLICA

JUSTICIA Y GRACIA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

FE DE ERRATAS

AVISOS

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 33851-MAG

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3), 8), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25, 27.1, 28.2b de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y la Ley Nº 7064 del 29 de abril de 1987, Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria, que incorpora la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ganadería;

Considerando:

1º—Que en la Asamblea General de Delegados de la Federación Panamericana de Lechería (FEPALE), realizada durante el IX Congreso Panamericano de la Leche, que se llevó a cabo en Porto Alegre, Brasil, en junio del 2006, se escogió a Costa Rica como país sede del X Congreso Panamericano de la Leche.

2º—Que dicha actividad se ha programado del 8 al 10 de abril del 2008.

3º—Que el Congreso Panamericano de la Leche, se constituye a nivel panamericano, en el Congreso más relevante en materia de lechería.

4º—Que el Congreso Panamericano de la Leche es la primera vez que se lleva a cabo en un país centroamericano.

5º—Que el X Congreso Panamericano de la Leche es organizado por la Federación Panamericana de Lechería y la Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L.

6º—Que es de interés nacional el intercambio de ideas y experiencias, así como el seguimiento de los programas y proyectos en materia de lechería.

7º—Que en esta actividad se expondrán y analizarán un número importante de trabajos científicos, permitiendo de esta manera la adquisición de nuevos conocimientos e intercambio de experiencias y la identificación de acciones a seguir, que sin duda alguna beneficiarán a nuestro país. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Se declara de interés público y nacional, la celebración del X Congreso Panamericano de la Leche, que se llevará a cabo en nuestro país del 8 al 10 de abril del año 2008.

Artículo 2º—Las autoridades de las instituciones públicas nacionales involucradas y las instancias del sector agropecuario, dentro del Marco Legal respectivo, promoverán entre sus funcionarios interesados, la participación y divulgación de las investigaciones, estudios, experiencias y resultados que se realicen en este Foro, brindando todas las facilidades que estén a su alcance para la celebración de dicho Congreso.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los trece días del mes de junio del año dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Agricultura y Ganadería, Marco Vargas Díaz.—1 vez.—(D33851-9831).

Nº 34286-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso l), 27 inciso l) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre del 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero del 2006 y sus reformas; la Ley Nº 6541, Ley que Regula Instituciones de Enseñanza Superior Parauniversitaria de 19 de noviembre de 1980 y su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 30431-MEP del 23 de abril del 2002, el Decreto Ejecutivo Nº 33686-MICIT-MEP del 9 de marzo del 2007 y el Decreto Ejecutivo Nº 33646-H del 9 de marzo del 2007 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que la Ley Nº 6541, Ley que Regula Instituciones de Enseñanza Superior Parauniversitaria, publicada en La Gaceta Nº 241 de 17 de diciembre de 1980, crea el Colegio Universitario de Alajuela, el cual tiene como objetivos primordiales el ofrecer programas de formación, capacitación o perfeccionamiento a los miembros de la comunidad; promover y participar en labores de acción social y de investigación de los problemas de la comunidad; contribuir en la labor de conservar, enriquecer y transmitir la cultura nacional y ofrecer al educando oportunidades de nivelación académica que le permitan cursar carreras de la educación parauniversitaria sobre bases más sólidas.

2º—Que en el Decreto Ejecutivo Nº 33686-MICIT-MEP, publicado en La Gaceta Nº 71 del 12 de abril del 2007, se estipula que el Centro de Formación de Formadores y de Personal Técnico para el Desarrollo Industrial de Centroamérica (CEFOF) funcionará como un ente público menor adscrito al Colegio Universitario de Alajuela.

3º—Que el Colegio Universitario de Alajuela, solicita que en el gasto presupuestario máximo para el año 2008, se contemple como exclusión específica los recursos destinados a los gastos de operación del Centro de Formación de Formadores y de Personal Técnico para el Desarrollo Industrial de Centroamérica.

4º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 33646-H, publicado en La Gaceta Nº 58 del 22 de marzo del 2007 y sus reformas, se emitieron las Directrices de Política Presupuestaria para el año 2008, estableciendo en el artículo 2º del citado Decreto, las exclusiones específicas del presente año para las instituciones cubiertas por el ámbito de ese Órgano Colegiado.

5º—Que el señor Ministro Rector del Sector Educación avala la solicitud planteada por el Colegio Universitario de Alajuela, en el oficio DM-10312-12-07 del 4 de noviembre del 2007.

6º—Que por lo anterior, resulta necesario considerar como una exclusión específica del Colegio Universitario de Alajuela para el año 2008, los recursos destinados a los gastos de operación del CEFOF. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Adiciónase a las exclusiones específicas establecidas en el artículo 2° inciso b) del Decreto Ejecutivo Nº 33646-H, publicado en La Gaceta Nº 58 del 22 de marzo del 2007, los recursos que el Colegio Universitario de Alajuela destina a los gastos de operación del Centro de Formación de Formadores y de Personal Técnico para el Desarrollo Industrial de Centroamérica (CEFOF), de manera que el texto del artículo 2° se lea de la siguiente manera:

“Artículo 2º—Para la aplicación del artículo anterior, se excluyen del gasto presupuestario los siguientes conceptos:

a)  Para todas las entidades, según corresponda:

1.   Recursos asignados a proyectos de inversión, entendidos éstos como un conjunto de obras de infraestructura que incluyen las acciones del sector público, tendientes a la creación, ampliación y/o conservación de los bienes de capital del país, según su programación y recursos financieros disponibles.

2.   Sumas sin asignación presupuestaria.

3.   Amortización.

4.   Intereses y comisiones sobre deuda interna y externa.

5.   Adquisición de valores.

6.   Montos ordenados en ejecución de sentencias judiciales en firme.

7.   Impuestos por transferir.

8.   Otros recursos que se transfieren al Fondo General de Gobierno (incluye donaciones de títulos valores).

9.   Impuestos sobre ingresos y utilidades.

10. Contribuciones Patronales al Desarrollo y la Seguridad Social, Contribuciones Patronales a Fondos de Pensiones obligatorios y complementarios y Otros Fondos de Capitalización.

11. Reintegros o devoluciones al Fondo de Desarrollo Social de Asignaciones Familiares (FODESAF).

12. Recursos provenientes del FODESAF que reciben las instituciones para su uso en diversos programas sociales.

13. Montos asignados para la atención de lo dispuesto en Ley Nº 7972, Ley de cargas tributarias sobre bebidas alcohólicas y cigarrillos.

14. Recursos que transfieran las entidades públicas a la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, de conformidad con lo que establece la Ley Nº 8488, Ley Nacional de Emergencias y Prevención del Riesgo.

15. Recursos orientados a proyectos y programas en apoyo a la Ley Nº 7600 Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.

16. Canon Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP).

17. Recursos que transfieran las entidades públicas al Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (ICODER) Ley Nº 7800 Ley de ICODER, para la realización de los Juegos Deportivos Nacionales.

b)  Adicionalmente, se excluye para las siguientes:

ENTIDAD-CONCEPTO

Colegio Universitario de Alajuela (CUNA)- Recursos destinados a los gastos de operación del Centro de Formación de Formadores y de Personal Técnico para el Desarrollo Industrial de Centroamérica (CEFOF).

Colegio Universitario para el Riego y el Desarrollo del Trópico Seco (CURTS)-Tarifa de riego (Canon al SENARA).

Comisión Nacional de Préstamos para la Educación (CONAPE)-Reintegro efectivo fondos administrados seguro vida prestatarios. Concesión de préstamos.

Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias-Recursos destinados a la atención de emergencias referidos en el transitorio I de la Ley Nº 8276 y recursos para la atención de emergencias declaradas por el Poder Ejecutivo.

Consejo de Seguridad Vial (COSEVI)-Transferencia al PANI según Ley Nº 7648, Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia. Cruz Roja Costarricense y Gobiernos Locales, según Ley Nº 7331 Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres. Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), según Ley Nº 7798 Ley de Creación del Consejo de Vialidad.

Consejo Nacional de Producción (CNP)-Materias Primas y Mercaderías del Programa Abastecimiento Institucional. Reserva Alimentaria y Emergencia Nacional. Transferencia a FANAL según Ley Nº 6050 Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción.

Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI)-Recursos provenientes del préstamo con el Export-Import Bank de la República de China destinados al proyecto de construcción de la carretera Florencia a Naranjo, según Ley Nº 7624, publicada en La Gaceta Nº 186 del 30 de setiembre de 1996. Recursos destinados a la adquisición de terrenos, para dar cumplimiento al artículo 4º del Decreto Ejecutivo Nº 31688-MOPT, publicado en La Gaceta Nº 58 del 23 de marzo del 2004, sobre el pago de expropiaciones de la primera etapa del proyecto del tramo San José-San Ramón.

Consejo Técnico Asistencia Médico Social (CTAMS)-Transferencia al INCIENSA según Ley Nº 7851 Ley General de Distribución de Loterías y sus Reformas.

Dirección General de Aviación Civil-Transferencia al Instituto Meteorológico Nacional según Ley Nº 5222.

Editorial Costa Rica-Impresión y encuadernación. Derechos de autor en el programa producción y difusión. Pago de comisiones por ventas.

Escuela Centroamericana de Ganadería (ECAG)-Rubros que corresponden a materia prima y otros bienes para la producción y comercialización establecidos en el Decreto Ejecutivo Nº 33266-H.

Fábrica Nacional de Licores (FANAL)-Materia prima. Impuesto IDA. Impuesto IFAM. Transferencia al IAFA según Ley Nº 5152 y sus reformas, Ley Orgánica del Ministerio de Salud. Transferencia al CNP, por margen de comercialización y por utilidad neta y ventas proyectadas según Ley Nº 6050 reforma Ley Orgánica del Consejo Nacional de Producción.

Fondo de Parques Nacionales-Transferencias al Parque Nacional Manuel Antonio, Ley Nº 5100 y sus reformas, Ley que declara Parque Nacional Playas Manuel Antonio. Transferencia a CONAGEBIO, según la Ley de Biodiversidad Ley Nº 7788.

Fondo de Vida Silvestre-Transferencias a Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad (CONAGEBIO) Ley Nº 7317 y sus reformas, Ley de Conservación de la Vida Silvestre.

Fondo Forestal-Transferencias al Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO) Ley Nº 7575 y sus reformas Ley Forestal.

Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (INCOPESCA)-Transferencia a Universidad de Costa Rica, Universidad Nacional de Costa Rica; transferencia al Servicio Nacional de Guardacostas; transferencia a Colegios Universitarios de Guanacaste y de Limón de conformidad a los artículos 51 y 154 de la Ley Nº 8436 Ley de Pesca y Acuicultura; transferencia al Instituto Nacional de Innovación y Tecnología Agropecuaria (INTA) según Ley Nº 8149 Ley del Instituto Nacional de Innovación y Tecnología Agropecuaria.

Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD)-Transferencia al Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA), de conformidad con la Ley Nº 8204 Reforma Integral a la Ley de Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso no Autorizado, Legitimación de Capitales y Actividades Conexas.

Instituto Costarricense de Turismo (ICT)-Gastos de capital del Proyecto Turístico Golfo de Papagayo, según Decreto Ejecutivo Nº 21828-MT-MEIC, Reglamento Fondo Desarrollo Turístico.

Instituto de Desarrollo Agrario (IDA)-Transferencia a SENARA, según Convenio de Cooperación entre IDA y SENARA, para la Ejecución de un Programa de Construcción de Obras de Riesgo y Drenaje en Asentamientos del IDA.

Instituto de Fomento Cooperativo (INFOCOOP)-Concesión de Préstamos, Transferencias al CONACOOP y CENECOOP R. L., según artículo 185 de la Ley Nº 4179, Ley de Asociaciones Cooperativas y creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, reformada íntegramente por la Ley Nº 6756.

Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM)-Concesión de Préstamos; transferencia al ICODER según Ley Nº 7800 Ley de Creación del ICODER; transferencias a las municipalidades provenientes de los artículos 3º de la Ley Nº 6909 y sus reformas, Ley Venta Antiguo Palacio Municipal de San José: crea Impuesto Ruedo a favor de las municipalidades del país y 2º de la Ley Nº 6282 Ley Reforma Código Municipal, que reforma el artículo 37 de la Ley Nº 10 y sus reformas, Ley sobre Venta de Licores; recursos asignados al proyecto Fortalecimiento Municipal y Descentralización (FOMUDE) Ley Nº 8342 y sus reformas, Ley de Aprobación del Convenio - Marco Relativo a la Ejecución de la Ayuda Financiera y la Cooperación Económica en Costa Rica en Virtud del Reglamento “ALA”, según convenio de Financiación CRI/B7-310/99/0150, firmado por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN) en representación de la República de Costa Rica y la Unión Europea (UE).

Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS)-Mercaderías para la Venta Ley Nº 4760 y sus reformas, Ley de Creación del Instituto Mixto de Ayuda Social; transferencia a la Dirección General de Aviación Civil. Ley Nº 5150 y sus reformas, Ley General de Aviación Civil.

Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU)-Concesión de préstamos; construcciones adiciones y mejoras (Bono familiar de vivienda); transferencias de capital (Bono familiar de vivienda); amortización de obligaciones de contrato de ahorro y préstamo; Ley Nº 1788 Ley Orgánica del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo.

Junta Administrativa de la Imprenta Nacional-Compras de papel, tinta y planchas de imprenta.

Junta Administrativa del Registro Nacional-Transferencia a la Editorial Costa Rica; gastos por concepto de investigación y capacitación en materia de propiedad intelectual, según Ley Nº 7978 Ley de Marcas y otros signos distintivos y sus reformas.

Junta de Desarrollo Regional de la Zona Sur (JUDESUR)-Concesión de Préstamos.

Junta de Protección Social de San José (JPSSJ)-Pago de premios; costo de lotería instantánea; transferencias corrientes producto de las utilidades de la lotería tradicional, tiempos e instantánea, lotería electrónica, apuestas deportivas, del impuesto sobre el pago de premios y de la distribución de premios prescritos y productos financieros.

Refinadora Costarricense de Petróleo S. A. (RECOPE)-Impuesto único a los combustibles; compra de materia prima; compra de producto terminado; transporte y fletes internacionales; seguros por importación de hidrocarburos; canon aviación civil; comisión sobre tarjetas de crédito; póliza todo riesgo, daño físico y póliza responsabilidad civil por venta de combustible de aviaciónaeropuertos.

Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento (SENARA)-Transferencia al Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria (INTA). Ley Nº 8149 Ley del INTA.

Teatro Nacional-Transferencias a: Museo de Arte Costarricense, Compañía Nacional de Teatro y Centro Nacional de la Música (Unidad Técnica Especializada Orquesta Sinfónica Nacional). Según Leyes Nº 3632 Ley Declara Monumento al Teatro Nacional e Impuesto Espectáculos Públicos y Ley Nº 5780 Ley Distribuye Impuesto a favor del Teatro Nacional y el Decreto Nº 27762-H-C (Reglamento para la aplicación del impuesto sobre espectáculos públicos).”

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo Zúñiga Chaves.—1 vez.—(D34286-9843).

ACUERDOS

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Nº DM-087-2007

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en el artículo 140, inciso 18) de la Constitución Política de la República y la Ley de Traducciones e Interpretaciones Oficiales Nº 8142, publicada en La Gaceta Nº 227 de fecha 26 de noviembre de 2001.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar como Traductor e Intérprete Oficial al señor Saul Limonta Pacetti, cédula de residencia 138000062826, en el idioma Italiano.

Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, a las diez horas del día once de enero del dos mil.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte.—1 vez.—Nº 12676.—(9634).

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Nº MTSS-02-2008

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139, inciso 1), de la Constitución Política; y 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, y en el Artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que la Inauguración e Introducción del Módulo I: Observatorio del Mercado Laboral del “Máster de Gestión de Servicios Públicos de Empleo” es de interés para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, pues en virtud de que en el ámbito del Mercado Laboral es esencial el conocimiento, crecimiento y actualización de los funcionarios en el área de Empleo, siendo este Ministerio el ente rector en esta materia.

2º—Que la participación de la señora Carla Navarrete Brenes, en este evento, responde a las funciones propias de Jefe de Despacho del Señor Ministro. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Carla Navarrete Brenes, cédula 3-350-067, Jefe de Despacho, para que participe en el Módulo I: Observatorio del Mercado Laboral del “Máster de Gestión de Servicios Públicos de Empleo” que tendrán lugar del 4 al 8 de febrero de 2008 en Ciudad de Antigua, Guatemala.

Artículo 2º—Los gastos de tiquete aéreo, hospedaje y alimentación de la funcionaría serán cubiertos por el Proyecto de Formación e Inserción Laboral (FOIL) que financia la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI). Asimismo por la subpartida 105.04 del Programa 729 se cubrirán los gastos por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deba pagar en las terminales de transporte o cualquier erogación que por concepto de penalización deba girarse, por cambios imprevistos y debidamente justificados en los tiquetes aéreos.

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la participación de la funcionaría, en Módulo I: Observatorio del Mercado Laboral del “Master de Gestión de Servicios Públicos de Empleo”, que tendrán lugar los días 4, 5, 6, 7 y 8 de febrero del 2008, en Ciudad de Antigua, Guatemala, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 3 y hasta el 9 de febrero del 2008.

Dado en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.—San José, a los veintidós días del mes de febrero del 2008.

Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—(Solicitud Nº 15274).—C-24440.—(9739).

Nº MTSS-07-2008

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE TRABAJO

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; y los artículos 25 inciso 1), artículo 27 inciso 1), artículo 28 inciso 2) acápite b) de la Ley N° 6227 ó Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, la Ley N° 6362 ó Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública del 3 de setiembre de 1979 y el Decreto Ejecutivo N° 29384-MTSS Reglamento para la Capacitación de Desarrollo Profesional para funcionarios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del 26 de marzo del 2001 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que en la Inauguración e Introducción del Módulo I: Observatorio del Mercado Laboral del “Master Gestión de Servicios Públicos de Empleo”, es de interés para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, pues en virtud de que el ámbito del Mercado Laboral es esencial el conocimiento, crecimiento y actualización de los funcionarios en el área de empleo, siendo este Ministerio el ente rector en esta materia.

2º—Que la participación de la señora Carmen Capuano Fonseca, en este evento, responde a las funciones propias de Jefe de Intermediación y Prospección de la Dirección Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Designar a la señora Carmen Capuano Fonseca, cédula Nº 1-446-513, Jefa del Departamento de Intermediación y Prospección de la Dirección Nacional de Empleo, para que participe en Módulo I: Observatorio del Mercado Laboral del “Máster Gestión de Servicios Públicos de Empleo”, a realizarse en la Ciudad de Antigua, Guatemala, del 04 al 08 de febrero del año en curso.

Artículo 2°—Los gastos de transporte, hospedaje y alimentación de la funcionaría serán cubiertos por el Proyecto de Formación e Inserción Laboral (FOIL) que financia la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI). Asimismo por la subpartida 105.04 del Programa 729 se cubrirán los gastos por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deba pagar en las terminales de transporte o cualquier erogación que por concepto de penalización deba girarse, por cambios imprevistos y debidamente justificados en los tiquetes aéreos.

Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la participación de la funcionaria Carmen Capuano Fonseca, en la actividad denominada Módulo I: Observatorio del Mercado Laboral del “Máster Gestión de Servicios Públicos de Empleo”, que tendrá lugar los días 4, 5, 6, 7 y 8 de febrero del 2008, en la Ciudad de Antigua, Guatemala, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—Rige a partir del 3 y hasta el 9 de febrero del 2008.

Dado en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.—San José, a los veintitrés días del mes de febrero del dos mil ocho.

Francisco Morales Hernández, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—1 vez.—(Solicitud Nº 15276).—C-31020.—(9741).

MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA

Nº 192

LA MINISTRA DE JUSTICIA

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18), 146 de la Constitución Política y 28 de la Ley General de la Administración Pública.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Autorizar al señor Max Loría Ramírez, Asesor del Despacho de la Ministra de Justicia, con cédula de identidad Nº 01-1026-402, para que asista al “II Foro Centroamérica Segura” a realizarse en San Salvador, El Salvador del 13 al 14 de diciembre del 2007.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte, hospedaje y alimentación serán cubiertos en su totalidad por El Consejo Nacional de Seguridad Pública, El Salvador (CNSP).

Artículo 3º—Rige del 12 al 15 de diciembre de 2007.

Dado en el Despacho Ministerial, a las once horas del día 28 de noviembre de 2007.

Laura Chinchilla Miranda, Ministra de Justicia.—1 vez.—(Solicitud Nº 15743).—C-9920.—(10761).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 080-2007

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146, de la Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, número 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, número 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo número 29606-H-COMEX del 18 de junio del 2001, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas.

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 022-2007 de fecha 2 de febrero del 2007, en trámite de publicación, a la empresa Future Power Industries S. A., cédula jurídica número 3-101-439986, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley número 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que mediante nota presentada el 26 de febrero del 2007, en la Gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Future Power Industries S. A., solicitó la modificación de la fecha de cumplimiento de la inversión nueva inicial.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo No. 177-2006 del 30 de octubre del 2006, emitido por la Junta Directiva de la citada Promotora, conoció la solicitud de la empresa Future Power Industries S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER número 17-2007 de fecha 8 de marzo de 2007, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto:

ACUERDAN:

1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo número 022-2007 de fecha 2 de febrero del 2007, en trámite de publicación, para que en el futuro la cláusula sexta se lea de la siguiente manera:

“6. La beneficiaria se obliga a cumplir con un nivel mínimo de empleo de 47 trabajadores, a más tardar el 15 de diciembre del 2009. Asimismo, se obliga a realizar una inversión nueva inicial en activos fijos de al menos US$ 150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 31 de mayo del 2007, así como a realizar y mantener una inversión mínima total de US$ 1.000.000,00 (un millón de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 20 de noviembre del 2008. Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional de un 40,11 %.

PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión nueva inicial en activos fijos y la mínima total de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión anteriormente señalados”.

2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo número 022-2007 de fecha 2 de febrero del 2007, en trámite de publicación.

3º—La empresa deberá suscribir un addéndum al Contrato de Operaciones.

4º—Rige a partir de su comunicación.

Comuníquese y publíquese.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los trece días del mes de marzo del dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(8192).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA

N° 009.—Despacho de la Ministra de Justicia.—San José, a las diez horas y treinta y cinco minutos del 17 de enero del 2008.

Considerando:

1°—Que la Proveeduría Institucional del Ministerio de Justicia, se creó mediante Decreto Ejecutivo N° 29056-H de once de octubre del dos mil, publicado en La Gaceta N° 218 de catorce de noviembre del dos mil y sus posteriores reformas o modificaciones.

2°—Que el Decreto Ejecutivo N° 30640-H de veintisiete de junio del dos mil dos, denominado “Reglamento para el Funcionamiento de las Proveedurías Institucionales de los Ministerios de Gobierno”, publicado en La Gaceta N° 166 de treinta de agosto del dos mil dos en cumplimiento de lo estipulado en la Ley N° 8131 denominada “Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos establece la obligación de crear las Proveedurías Institucionales en todos los Ministerios de Gobierno, así como regular su funcionamiento y organización.

3°—Que de conformidad con el artículo 12 inciso g) del Decreto Ejecutivo N° 30640-H, corresponde al Ministro del ramo, dictar la resolución final de adjudicación en los distintos procedimientos de contratación administrativa, así como la declaratoria de deserción y de infructuosidad, pudiendo ser delegados esos actos en el Proveedor Institucional.

4°—Que de conformidad con el artículo 12 inciso h) del Decreto Ejecutivo N° 30640-H, la revisión y firma de las órdenes de compra originadas en adjudicaciones firmes, podrá ser delegada por el Ministro del ramo.

5°—Que de conformidad con el oficio PDRH-011-2008 de fecha 11 de enero del 2008 de la Dirección de Recursos Humanos, se nombra al señor Manuel Enrique Sánchez Cascante, cédula de identidad número uno-cuatrocientos setenta y nueve-quinientos treinta y nueve en el puesto N° 003342 clase Proveedor Institucional 4 a partir del 16 de enero del 2008.

6°—Que los incisos g) y h) del numeral 12 del Decreto Ejecutivo N° 30640-H en relación con el artículo 92 de la Ley General de la Administración Pública autorizan que el Ministro como superior jerárquico institucional delegue la firma de los actos de adjudicación y de declaratoria de deserción o infructuosidad en materia de contratación administrativa en los órganos inferiores; esto siempre y cuando el interés público así lo exija y justifique. Ahora bien, en el caso del Ministerio de Justicia, en lo atinente a los programas presupuestarios Nos. 779 (Actividad Central) y 783 (Administración Penitenciaria) resulta evidente que es indispensable delegar estas funciones en la Oficialía Mayor y en la Proveeduría Institucional -dada la relevancia y especialización de estos órganos en el proceso de ejecución presupuestaria y de contratación administrativa- a efectos de lograr una mayor celeridad y eficiencia en tramitación de los procedimientos de contratación de los programas presupuestarios citados. Por tanto,

LA MINISTRA DE JUSTICIA, RESUELVE:

Delegar en la señora Yorleny Zavala Martínez, cédula de identidad número cinco ciento ochenta y ocho-novecientos veinticuatro, en su condición de Oficial Mayor de este Ministerio, para que en adelante firme los actos de adjudicación y declaratoria de deserción e infructuosidad en los procesos de contratación administrativa en que participe este Ministerio y que correspondan a los programas presupuestarios Nos. 779 y 783. Asimismo, se delega estas funciones, en el señor Manuel Enrique Sánchez Cascante, cédula de identidad número uno cuatrocientos setenta y nueve-quinientos treinta y nueve, en su condición de Proveedor Institucional, en aquellos procesos de contratación administrativa cuyo monto sea hasta por la suma de cuatro millones ochocientos mil colones. En todo caso, el Oficial Mayor podrá avocarse el conocimiento de los actos de adjudicación y declaratoria de deserción e infructuosidad en los procesos de contratación administrativa en que participe este Ministerio, independientemente de la cuantía de los mismos.

Delegar en el Proveedor Institucional del Ministerio de Justicia, señor Manuel Enrique Sánchez Cascante, cédula de identidad número uno-cuatrocientos setenta y nueve-quinientos treinta y nueve, la revisión y firma de todas las órdenes de compra originadas en adjudicaciones firmes de los procesos de contratación administrativa, así como el conocimiento y resolución de los recursos de objeción al cartel.

En las ausencias temporales de la señora Oficial Mayor, la sustituirá el señor Viceministro de Justicia, Fernando Ferraro Castro, cédula de identidad número uno-setecientos treinta-trescientos ochenta y seis.

Publíquese.—Laura Chinchilla Miranda, Ministra de Justicia.—1 vez.—(Solicitud Nº 15741).—C-46220.—(10759).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

DIA-R-E-269-2007.—El señor Gilberto Meza Picado, cédula 3-202-529, en calidad de representante legal de la compañía Agrozamoranos S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Prominol Mn - Zn compuesto a base de Manganeso-Zinc-Extracto de Algas. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 17 de diciembre del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(8199).

DIA-R-E-268-2007.—El señor Gilberto Meza Picado, cédula 3-202-529, en calidad de representante legal de la compañía Agrozamoranos S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Prominol Calcio compuesto a base de Calcio-Aminoácidos-Materia Orgánica-Carbono. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 17 de diciembre del 2007.—Registro de Agroquímicos.—Ing. Ofelia May Cantillano, Encargada.—(8201).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Nº 05/2008.—El señor Jorge Arturo López Salas, cédula o pasaporte 5-209-583. En calidad de gerente de la compañía V-J Centroamérica S. A. Cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José. Solicita la inscripción del equipo: Inyector Dosificador de Fertilizantes. Marca Dosatron. Modelo D45RE 20 GPM. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto Nº 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 30 de enero del 2008.—Departamento de Insumos Agrícolas.—Equipos y Fiscalización.—Ing. Emmanuel Villalobos Sánchez.—(8598).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD Y

MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 122, título Nº 1251, emitido por el Instituto de Educación Clodomiro Picado Twight, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Ramírez Salas Maicol. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, catorce de diciembre del dos mil siete.—Departamento de Supervisión Nacional.—M.Sc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(7933).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 172, título Nº 587, emitido por el Liceo de Costa Rica Nocturno, en el año dos mil, a nombre de Montero Rodríguez María Elena. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 2 de noviembre del 2007.—Departamento de Supervisión Nacional.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(8091).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Enseñanza Diversificada en el Área de Letras, inscrito en el tomo 1, folio 97, título Nº 1198, emitido por el Liceo Nocturno de Nicoya, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Mondragón Orozco William. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de setiembre del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(8227).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 47, título Nº 202, emitido por el Liceo San Gabriel La Salle, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Cruz Mora Roy Alberto. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, diez de diciembre del dos mil siete.—Departamento de Supervisión Nacional.—M.Sc. Trino Zamora Zumbado, Director.—Nº 12003.—(8273).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica, Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo II, folio 20 y título Nº 431, emitido por el Liceo Unesco, en el año mil novecientos setenta y siete, a nombre de Johnny Garbanzo Vargas. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 25 de enero del 2008.—Departamento de Pruebas de Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—Nº 12472.—(8625).

Ante esta Supervisión Nacional se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 27 y asiento Nº 287 y el título de Técnico Medio en la especialidad de electromecánica, inscrito en el tomo 1, folio 100 y asiento Nº 989, emitidos por el Colegio Técnico Don Bosco, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Édgar Córdoba Esquivel. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de noviembre del 2003.—División de Control de Calidad.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector a. í.—(8681).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Letras, inscrito en el tomo 1, folio 6, título Nº 34, emitido por el Liceo Nocturno de Nicoya, en el año mil novecientos setenta y tres, a nombre de Cortés Enríquez Alfredo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintinueve días del mes de enero del dos mil ocho.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(9253).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 19, título Nº 68, emitido por el Liceo Nocturno Pacífico Sur, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Díaz Quiel Ileana. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original, y por corrección del nombre en los libros de actas del colegio, cuyo nombre y apellidos correctos son: Díaz Quiel Iliana María. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintinueve días del mes de enero del dos mil ocho.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(9330).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada Rama Técnica, inscrito en el Tomo 1, Folio 90, Título Nº 219, y del Título de Técnico Medio Radio y Televisión, inscrito en el Tomo 1, Folio 467, Título Nº 2467, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Quesada Vargas William. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de enero del 2008.—Departamento de Pruebas de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(9384).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 21, título N° 172, emitido por el Liceo de Curridabat, en el año mil novecientos noventa y dos, a nombre de Segura Carmona Rafael Antonio. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de junio del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—Nº 12582.—(9635).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa de Autogestión para el Desarrollo Local de Desamparados R. L., siglas COOPEDEL R. L., acordada en asamblea celebrada el 7 de setiembre del 2006. Resolución 1439. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente; se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Consejo de Administración:

Presidente:                  Sindily Price Agüero

Vicepresidente:           Jeymi Gamboa Jara

Secretario:                   Jeffrey Mora Arias

Vocal 1:                       Martha Rojas Villalobos

Vocal 2:                       Lucrecia Villegas Rojas

Suplente 1:                  Sara Restrepo Vargas

Suplente 2:                  Ángela Chávez Agüero

Gerente:                      Jerry Alonso Mora Arias

San José, 22 de octubre del 2007.—Lic. José Joaquín Orozco Sánchez, Jefe.—Nº 11832.—(8274).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Deportiva Pital, con domicilio en la provincia de Alajuela, Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Dirección, coordinación organización, supervisión, promoción y todo lo relacionado con el fútbol y el deporte en general. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es el presidente Luis Fernando Arias Salazar, Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 574 asiento 39548).—Curridabat, 28 de enero del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 12591.—(9628).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación Deportiva de Aficionados al Golf. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 574, asiento: 29193.—Curridabat, 17 de enero del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 12664.—(9629).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación de Personas con Limitaciones Gotitas de Amor, con domicilio en la provincia de Guanacaste. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover el desarrollo personal y empresarial de sus miembros, buscando generar con sus actividades y acciones el mayor impacto social, económico y empresarial de las personas que conforman las respectivas organizaciones y demás elementos que participan en la actividad de ayuda a personas discapacitadas de la provincia de Guanacaste. Cuya representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, lo es la presidenta Marleny Araya Álvarez. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 572, asiento 57694 y adicional tomo 572 asiento 88162).—Curridabat, 12 de diciembre del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 12681.—(9630).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Hermandad Ce.Efe.Efe, con domicilio en la provincia de Guanacaste. Cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Promover el desarrollo personal de sus miembros mediante la fe cristiana buscando generar con sus actividades y acciones el mayor impacto social de las personas que conforman las respectivas organizaciones y demás elementos que participan en la actividad de ayuda a personas de la provincia de Guanacaste. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación, con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto lo es el presidente Robert Dean Willis. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo 572, asiento 88100).—Curridabat, 12 de diciembre del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 12683.—(9631).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada: Asociación Deportiva Promotores de Salud, con domicilio en la provincia de San José. Sus fines principales entre otros es el siguiente: Fomentar la salud y la prevención de enfermedades por medio del ejercicio. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma y con las limitaciones que le establece el estatuto, lo es el presidente: Enrique José Corriols Mora. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. (Tomo: 571, asiento: 21668).—Curridabat, 6 de setiembre del 2007.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 12757.—(9632).

El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad denominada Asociación Centro de Restauración Evangelístico con domicilio en la provincia de San José, en Guayabo de Mora, cien metros sur de la Iglesia Católica, cuyos fines principales entre otros son los siguientes; Promover el rescate de los valores éticos y religiosos, así como fomentar la cultura cristiana en el ser costarricense. Cuyo representante judicial y extrajudicial de la asociación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y con las limitaciones establecidas en el estatuto, es el presidente. Rafael Ángel Chinchilla Arias. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en tramite. Tomo: 573, asiento: 83198.—Curridabat, 21 de enero del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 12886.—(9633).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, casado una vez, abogado, cédula de identidad número 1-669-228, vecino de San José, Pharmacia Corporation, de EUA, solicita la patente de invención denominada SULFONA-HIDROXAMATOS AROMATICOS Y SU USO COMO INHIBIDORES DE PROTEASAS. Sulfona hidroxamatos aromáticos (también conocidos como ácidos sulfona hidroxámicos aromáticos) y sales de los mismos que, entre otras propiedades, inhiben la actividad de metaloproteasas de matriz (también conocidas como “metaloproteasas de matriz o MMP”) y/o la actividad de la agrecanasa. Esta invención tambien tiene como objeto un método de prevención o tratamiento que comprende administrar dicho compuesto o sal en una cantidad eficaz para inhibir las MMP y/o la agrecanasa en un animal, particularmente un animal afectado (o con predisposición a ser afectado) por una condición patológica asociada con la actividad de MMP y/o de agrecanasa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 309/08, cuyos inventores son Thomas E. Barta, Daniel. P Becker, Louis J. Bedell, Terri L. Boehm, Jeffrey N. Carroll, Gary A. Decrescenzo, Yvette M. Fobian, John N. Freskos, Susan L. Hockerman, Darren J. Kassab, Steve A Kolodziej, Joseph J. Mcdonald, Deborah A. Mischke, Monica B. Norton, Joseph G. Rico, John J. Talley, Clara I. Villamil, Lijuan Jane Wang. La solicitud correspondiente lleva el número 7146, y fue presentada a las 15:01:34 del 11 de noviembre de 2003. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 12796.—(9626).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula 1-669-228, en su condición de apoderado de Amgen Inc., de EUA, solicita la patente de invención denominada DERIVADOS DE BENZAMIDA Y USOS RELACIONADOS CON LOS MISMOS. En este documento se describen derivados de benzamida de fórmulas I y II y las sales, solvatos, estereoisomeros o profármacos, farmacéuticamente aceptables, de los mismos. Se describen también composiciones farmacéuticas que incluyen a dichos compuestos, las cuales tiene utilidad terapéutica, en particular para el tratamiento de la diabetes, la obesidad y los estados de enfermedad y transtornos relacionados. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07C 235/42, cuyo inventor son Jay P. Powers, Michael R. Degraffenreid, Xiao He, Lisa Julian, Dustin L. Mcminn, Daqing Sun, Yosup Rew, Xuelei Yan. La solicitud correspondiente lleva el número 9667, y fue presentada a las 14:15:31 del 17 de enero de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de enero del 2008.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—Nº 12797.—(9627).

AMBIENTE Y ENERGÍA

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Expediente N° 12766P. Ana Carolina Badilla Arredondo y Roberto Vargas Badilla solicitan concesión de 2,5 litros por segundo del pozo RG- 818, efectuando la captación en finca de Iden en San Isidro (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso agropecuario, consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 218.353 / 489.550, hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de enero de 2008.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(8058).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. Nº 12776P.—Víctor Manuel Quirós Rojas, solicita concesión de 0,4 litros por segundo del Pozo NA-145, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano y piscina. Coordenadas 187.021 / 418.592 Hoja Río Ario. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de enero del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 12445.—(8626).

Expediente Nº 12777P.—Tres Palmeras S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del pozo PAT-47, efectuando la captación en finca de su propiedad en Parrita, Parrita, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas: 387.677 / 414.483, hoja Parrita. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de enero del 2008.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(9263).

Expediente Nº 6292P.—Gas Nacional Zeta S. A., solicita concesión de: 5 litros por segundo del pozo IS-346, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Nicolás, Cartago, Cartago, para uso comercial-lavado de vehículos. Coordenadas: 205.700 / 542.100, hoja Istaru. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 1º de febrero del 2008.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—(9280).

Expediente Nº 12775.—Municipalidad de Orotina, solicita en concesión 105,503 litros por segundo para abastecimiento poblacional de 10 fuentes ubicadas en el cantón de Orotina, según los siguientes datos: siete nacimientos y tres quebradas denominados: Rubí 1, Rubí 2, La Doctora, Guicho, El Gallinazo, La Catarata, La Llave, quebrada La Máquina, quebrada La Plata 1, quebrada La Plata 2, captando en su propiedad. Sita: en Orotina, Alajuela, caudal y coordenadas: Nac. Guicho: 3.98 litros por segundo. Coordenadas: 200.756 / 482.549. Nac. La Doctora: 0.25 litros por segundo. Coordenadas: 200.766 / 482.569. Nac. El Gallinazo: 10.23 litros por segundo. Coordenadas: 200.765 / 482.597. Nac. La Catarata: 3.86 litros por segundo. Coordenadas: 200.711 / 482.919. Nac. La Llave: 1,10 litros por segundo. Coordenadas: 200.781 / 482.626. Nac. Rubí 1: 2.11 litros por segundo. Coordenadas: 200.329 / 482.861. Nac. Rubí 2: 3.25 litros por segundo. Coordenadas: 200.387 / 482.892. Quebrada Plata 1: 14.08 litros por segundo. Coordenadas: 200.762 / 482.706. Quebrada Plata 2: 27.62 litros por segundo. Coordenadas: 200.870 / 481.771. Quebrada Máquina: 39 litros por segundo. Coordenadas: 200.245 / 482.566, respectivamente. Hoja Tárcoles. Propietarios de predios inferiores: no hay. Quienes se consideren lesionados con esta solicitud, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de enero del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(9311).

PODER JUDICIAL

AVISOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

La Dirección Nacional de Notariado, hace saber: que en esta Dirección se tramitan diligencias de reposición de los folios 82, 83 y 84 del tomo número veinte del protocolo del notario público Arnoldo Segura Rodríguez. Se cita a aquellas personas interesadas, a fin de que dentro del mes siguiente a la última publicación de este aviso, presenten a este Despacho las reproducciones de los instrumentos públicos en su poder y se apersonen a hacer valer sus derechos (artículo 64 del Código Notarial). Expediente Nº 07-000090-624-NO.—San José, 18 de julio del 2007.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—(9341).

3 v. 1.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Juan Carlos Radulovich Quijano, cédula de identidad Nº 1-1082-0244, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 08-000010-624-NO.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—Nº 12585.—(9636).

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Mauricio Paris Cruz, cédula de identidad Nº 1-1147-0408, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 07-001647-624-NO.—San José, 21 de enero del 2008.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—Nº 12781.—(9637).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Hiyen Franklin Pérez Castro, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2435-07. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas quince minutos del veintiuno de agosto del dos mil siete. Exp. Nº 8108-07, Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Hiyen Franklin Pérez Castro... en el sentido que el segundo apellido de la madre... es “Vargas”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 12392.—(8628).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Wilmer Herrera Escoto, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3257-2007. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cuarenta minutos del veintidós de noviembre del dos mil siete. Ocurso. Exp. N° 23073-2007. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Wilmer Ismael Herrera Escoto con Viviana Flores Concepción, en el sentido que el segundo apellido de la madre del cónyuge es “Ramírez” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—MSc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 12509.—(8630).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marco Antonio Sevilla Sequeira, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3420-07. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas y treinta y tres minutos del veintiocho de noviembre del dos mil siete. Ocurso. Exp. N° 17860-07. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Marcos Antonio Sevilla Sequeira con Doris María Aguilar Lizano..., en el sentido que el primer nombre del cónyuge, el nombre y apellido del padre y el nombre y apellido de la madre del mismo son “Marco”, “Marco Sevilla, no indica segundo apellido” y “Amalia Sequeira, no indica segundo apellido” respectivamente y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 12538.—(8679).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Rony Alberto Torres, único apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3336-07. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas y veinte minutos del veintisiete de noviembre del dos mil siete. Ocurso. Exp. N° 11531-07. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...; Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Rony Alberto Torres, no indica otro apellido con Maricela Mendoza Umaña..., en el sentido que el apellido de la madre del cónyuge es “Torres, no indica segundo apellido” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 11765.—(8688).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Edmunda Miranda Villatoro, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3335-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas veinticinco minutos del veintiséis de noviembre del dos mil siete. Ocurso. Exp. N° 18048-2007. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—...; Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Kenneth Alfonso Hernández Miranda en el sentido que el nombre de la madre es “Edmunda” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 12632.—(9638).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Humberto Enrique Madrigal Gutiérrez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3017-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del ocho de noviembre del dos mil siete. Ocurso. Exp. Nº 12686-2007. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto, rectifíquese el asiento de matrimonio de Humberto Enrique Madrigal Gutiérrez con Kattia María Paniagua Quirós, en el sentido que el nombre y apellido del padre, así como los apellidos de la madre del cónyuge son “Ramón Orlando Madrigal, no indica segundo apellido” y “Gutiérrez Urbina”, respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 12836.—(9639).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ricardo Nazario Gago Hernández, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3847-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil siete. Ocurso. Exp. N° 22680-2007. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto, rectifíquese el asiento de matrimonio de Ricardo Garro Hernández con Irma Lidia Rivas Candray, en el sentido que el primer apellido del cónyuge, así como el primer apellido del padre del mismo es “Gago” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 12853.—(9640).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Aviso de solicitud de naturalización

Luis Alfonso Torres Bermúdez, mayor, soltero, comerciante, colombiano, carné de refugiado 117000201600, vecino de San José, expediente 618-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones número 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, veintiuno de diciembre de dos mil siete.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—1 vez.—(8080).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

PLAN DE COMPRAS 2008

El Ministerio de Economía, Industria y Comercio, avisa a todos los interesados que el Plan anual de adquisiciones correspondiente al período presupuestario 2008 ya se encuentra a su disposición en la página de Compra Red, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet

San José, 14 de enero de 2008.—Proveeduría Institucional.—MBA. Francisco Cairol Castro, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 15925).—C-5300.—(8451).

EDUCACIÓN PÚBLICA

FONDO NACIONAL DE BECAS

Programa anual de compras 2008

(Cifras en colones)

De conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, la Junta Directiva del FONABE, en el acuerdo Nº 058-2008 tomado en sesión Nº 03-2008, de 29 de enero de 2008, informa a todos los interesados el Programa Anual de Compras para el periodo 2008.

                                                                                                                                                                                 Monto                          Monto total

                                                                                                                                                                         presupuestario           estimado por partida

Partidas                                                                                                  estimado                     presupuestaria

1                        SERVICIOS                                                                                                                                                                   121.605.239,46

1.01                   ALQUILERES                                                                                                                         1.823.000,00

1.01.02              Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario                                                                            1.023.000,00

1.01.03              Alquiler de equipo de cómputo                                                                                                  500.000,00

1.01.99              Otros alquileres                                                                                                                           300.000,00

1.03                   SERVICIOS COMERCIALES Y FINANCIEROS                                                                7.650.000,00

1.03.01              Información                                                                                                                              2.350.000,00

1.03.02              Publicidad y propaganda                                                                                                         3.500.000,00

1.03.03              Impresión, encuadernación y otros                                                                                          1.800.000,00

1.04                   SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO                                                                              105.682.239,46

1.04.04              Servicios en ciencias económicas y sociales                                                                             1.682.239,46

1.04.05              Servicios de desarrollo de sistemas informáticos                                                                   69.000.000,00

1.04.06              Servicios generales                                                                                                                 10.000.000,00

1.04.99              Otros servicios de gestión y apoyo                                                                                       25.000.000,00

1.05                   GASTOS DE VIAJE Y DE TRANSPORTE                                                                             850.000,00

1.05.01              Transporte dentro del país                                                                                                         300.000,00

1.05.02              Viáticos dentro del país                                                                                                              550.000,00

1.06                   SEGUROS, REASEGUROS Y OTRAS OBLIGACIONES                                                     500.000,00

1.06.01              Seguros                                                                                                                                        500.000,00

1.07                   CAPACITACIÓN Y PROTOCOLO                                                                                        300.000,00

1.07.01              Actividades de capacitación                                                                                                        300.000,00

1.08                   MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN                                                                               4.800.000,00

1.08.01              Mantenimiento de edificios y locales                                                                                      3.000.000,00

1.08.06              Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación                                                          300.000,00

1.08.07              Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina                                                 500.000,00

1.08.08              Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y  sistemas de información                   1.000.000,00

2                        MATERIALES Y SUMINISTROS                                                                                                                                50.408.199,00

2.01                   PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS                                                                            5.833.256,00

2.01.01              Combustibles y lubricantes                                                                                                     2.500.000,00

2.01.02              Productos farmacéuticos y medicinales                                                                                      300.000,00

2.01.04              Tintas, pinturas y diluyentes                                                                                                  3.033.256,00

2.02                   ALIMENTOS Y PRODUCTOS AGROPECUARIOS                                                         2.000.000,00

2.02.03              Alimentos y bebidas                                                                                                                2.000.000,00

2.03                   MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN LA CONSTRUCCIÓN

                          Y MANTENIMIENTO                                                                                                        11.575.000,00

2.03.01              Materiales y productos metálicos                                                                                           5.000.000,00

2.03.04              Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo                                                 6.575.000,00

2.04                   HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y ACCESORIOS                                                                65.000,00

2.04.01              Herramientas e instrumentos                                                                                                        65.000,00

2.99                   ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS DIVERSOS                                                  30.934.943,00

2.99.01              Útiles y materiales de oficina y cómputo                                                                                9.224.067,00

2.99.03              Productos de papel, cartón e impresos                                                                                    7.107.160,00

2.99.04              Textiles y vestuario                                                                                                                 1.200.000,00

2.99.05              Útiles y materiales de limpieza                                                                                              12.948.716,00

2.99.07              Útiles y materiales de cocina y comedor                                                                                    455.000,00

5                        BIENES DURADEROS                                                                                                                                                 118.970.313,00

5.02                   CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS                                                              1.092.913,00

5.02.02              Vías de comunicación terrestre                                                                                                1.092.913,00

5.01                   MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO                                                                   117.877.400,00

5.01.01              Maquinaria y equipo para la producción                                                                                    105.000,00

5.01.03              Equipo de comunicación                                                                                                        33.330.000,00

5.01.04              Equipo y mobiliario de oficina                                                                                               21.067.300,00

5.01.05              Equipo y programas de  cómputo                                                                                         58.105.100,00

5.01.06              Equipo sanitario, de laboratorio e investigación                                                                         400.000,00

5.01.99              Maquinaria y equipo diverso                                                                                                   4.870.000,00

Ing. Javier González Fernández, Director Ejecutivo.—1 vez.—(9370).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN MATEO

PROGRAMA DE COMPRAS PERÍODO

PRESUPUESTARIO 2008

La Municipalidad de San Mateo, informa a todos los interesados que en la oficina de la Secretaría Municipal, se encuentra a su disposición el Programa de Compras para el período presupuestario 2008.

Erwen Masís Castro, Alcalde Municipal.—1 vez.—Nº 9307.—(4148).

MUNICIPALIDAD DE LIBERIA

CONDICIONES GENERALES ADMINISTRATIVAS

La Proveeduría de la Municipalidad de Liberia, avisa a todos nuestros proveedores y público en general, que se encuentra a su disposición en el sitio web de la página de la Municipalidad de Liberia (www.muniliberia.go.cr), las Condiciones Generales Administrativas, en lo que a Contratación Administrativa se refiere, para el período 2008.

Liberia, 1 de febrero del 2008.—Lic. Óscar Hernández Segura, Proveeduría Municipal.—1 vez.—(9372).

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

EDUCACIÓN PÚBLICA

Modificaciones al Programa Anual de Adquisiciones 2008

De conformidad con el artículo 6° de la Ley de Contratación Administrativa, en concordancia con el numeral 7 de su Reglamento, el Ministerio de Educación Pública hace del conocimiento de todos aquellos potenciales oferentes que, en lo sucesivo, cualquier modificación al Programa Anual de Adquisiciones correspondiente al presente ejercicio económico, será debidamente publicado y visualizable en el Sistema Comprared en la dirección electrónica https://www.hacienda.go.cr/comprared.

San José, 4 de febrero del 2008.—Rosario Segura Sibaja, Directora Proveeduría.—1 vez.—(Solicitud Nº 20711).—C-7940.—(10695).

LICITACIONES

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2008LN-000003-02700

Publicidad y propaganda, agencia de publicidad

La Proveeduría Institucional del Ministerio de la Presidencia recibirá ofertas por escrito, hasta el 6 de marzo del dos mil ocho, a las 10:00 horas, para la contratación de “Agencia de publicidad que se encargue de la investigación, creatividad, diseño, realización y producción de campañas publicitarias y sus respectivos materiales para medios masivos en un marco de rendición de cuentas y transparencia en la función pública”.

Los interesados tienen el cartel a disposición en el sistema Compra Red en forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr Comprared de Internet, a partir del próximo día hábil de esta publicación o puede ser solicitado en las oficinas de la Proveeduría Institucional del Ministerio de la Presidencia ubicadas en las instalaciones del Ministerio de la Presidencia, sita en Zapote frente a la agencia del Banco Nacional de Costa Rica, o solicítelo al correo electrónico mgutierrez@casapres.go.cr.

San José, 6 de febrero del 2008.—Proveeduría Institucional del Ministerio de la Presidencia.—Lic. Jimmy Segura Sánchez, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 20-2008).—C-12560.—(10747).

SALUD

PATRONATO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000001-01

Frutas y verduras

El Departamento de Proveeduría del Patronato Nacional de Rehabilitación, comunica a los interesados en participar en la Licitación Abreviada 2008LA-000001-01, para la contratación de frutas y verduras que se estarán recibiendo ofertas hasta las 11.00 horas del día  29 de febrero 2008.

Los interesados pueden adquirir el cartel en forma gratuita en el Departamento de Proveeduría del Patronato Nacional de Rehabilitación ubicado en Pozos de Sana Ana, del depósito el Lagar 100 este, con horario de 7:00 a. m. a 4:00 p. m. de lunes a viernes.

Santa Ana, 5 de febrero del 2008.—Carlos Zúñiga Barquero, Administrador.—1 vez.—(10735).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000001-PROV

Compra de motocicletas para diversas zonas del país

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000124-PROV

Alquiler de local para alojar a los Juzgados

de Pensiones Alimentarias y Violencia Doméstica de La Unión

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en los siguientes procedimientos de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000001-PROV

Compra de motocicletas para diversas zonas del país

Fecha y hora de apertura: 3 de marzo de 2008 a las 10:00 horas.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000124-PROV

Alquiler de local para alojar a los Juzgados

de Pensiones Alimentarias y Violencia Doméstica de La Unión

Fecha y hora de apertura: 3 de marzo de 2008 a las 11:00 horas.

El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Departamento de Proveeduría; sito en el tercer piso del edificio anexo B, ubicado en el barrio González Lahmann, en la esquina formada por la calle 15 y la avenida 6, San José, o bien, obtenerlos a través de Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección licitaciones@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en las 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 295-3623/3295.

San José, 6 de febrero de 2008.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa.—1 vez.—(10884).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2008LN-000007-01

Suministro e instalación del Sistema de Supresión

de Incendios Tipo III Edificio Sede Central Banco Nacional

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las 10:00 horas del 10 de marzo del 2008, para el “Suministro e instalación del Sistema de Supresión de Incendios Tipo III para el Edificio de Oficinas Centrales del Banco Nacional”.

El cartel puede ser retirado en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Bienes del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca, previo pago de la suma de ¢2.000,00 (dos mil colones con 00/100).

La Uruca, 11 de febrero del 2008.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora.—1 vez.—(O. P. Nº 1977-2008).—C-9260.—(10866).

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2008LN-000008-01

Contratación de una empresa para la prestación

de servicios de archivo y localización de cheques

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las 14:00 horas del 10 de marzo del 2008, para la “Contratación de una empresa para la prestación de servicios de archivo y localización de cheques”.

El cartel puede ser retirado en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección de Bienes del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca, previo pago de la suma de ¢2.000,00 (dos mil colones con 00/100).

La Uruca, 11 de febrero del 2008.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora.—1 vez.—(O. P. Nº 1978-2008).—C-9260.—(10867).

CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES V SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2008LN-000001-2102

Suministro de papel higiénico y toallas de papel

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Juan de Dios les informa a todos los potenciales oferentes, que el plazo para recibir ofertas, por escrito en original y sobre cerrado, será hasta el día 29 de febrero del 2008, a las 8:00 horas; a la vez se les informa, que en caso de que existan varias empresas que cumplan técnica, administrativa, financiera, legalmente y ofrezcan el mismo precio, la administración para adjudicar, hará una cláusula de desempate al azar por medio de moneda para este concurso licitatorio.

Rigen las notas generales enero 2007, así como los componentes para efectos de formar contrato y las especificaciones técnicas para este concurso, que estarán a la venta en nuestra oficina en el Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital San Juan de Dios.

San José, 5 de febrero del 2008.—Subárea de Contratación Administrativa.—Bach. Kennia V. Lindor Monge, Jefa a. í.—1 vez.—(10689).

ÁREA DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000014-1147

Aluminio hidróxido y magnesio hidróxido

El Área de Adquisiciones con la autorización de la Dirección de Recursos Materiales recibirá ofertas por escrito hasta 9:00 horas del día 3 de marzo del 2008.

Ítem único:

88000 FC aluminio hidróxido y magnesio hidróxido.

Rigen para este concurso: las notas complementarios del 27 de marzo del 2007, y las notas generales de enero del 2006, publicadas en La Gaceta Nº 6 del 9 de enero del 2006 y su addéndum de fecha 23 de noviembre del 2007, mismas que se deben adquirir en la fotocopiadora ubicada en el piso comercial del edificio Jenaro Valverde, costado sureste del Teatro Nacional (avenidas 2 y 4, calles 5 y 7). Asimismo, las especificaciones técnicas propias del cartel de este concurso se encuentran disponibles en la Subárea de Carteles ubicada en el Área de Adquisiciones piso 11 del edificio Laureano Echando, Oficinas Centrales de la CCSS. El cartel consta de 74 páginas, el costo por página es de 15 colones.

Subárea de Carteles.—Lic. Vilma Arias Marchena.—1 vez.—(Solicitud Nº 1142).—C-9920.—(10863).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000019-PRI

Sustitución redes de distribución Acueducto

 Metropolitano Área 2 - Alajuelita

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 3 de marzo del 2008, para la sustitución redes de distribución Acueducto Metropolitano Área 2 - Alajuelita.

El archivo en CD que conforma el cartel tendrá un costo de ¢500,00 y podrá adquirirse en la Proveeduría Institucional de AyA, sita en el módulo C, piso 3, del edificio sede del AyA en Pavas, o bien, puede descargase en la dirección electrónica www.aya.go.cr

San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Jennifer Fernández Guillén, Proveeduría .—1 vez.—(10691).

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO

ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO

PROCESO CONTRATAR BIENES Y SERVICIOS

UEN DE APOYO

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2008LN-000001-01

Contratación de mano de obra y suministro

de materiales para la iluminación de parques públicos

Contratar Bienes y Servicios, avisa que para esta licitación se recibirán ofertas hasta las 9:00 a. m., del día 13 de marzo del 2008, acto seguido se procederá con la apertura de las ofertas que hubieren sido presentadas, lo cual tendrá lugar en las instalaciones de JASEC, sita en Cartago, Barrio Fátima, 300 metros norte y 100 oeste de la Iglesia María Auxiliadora. Los interesados podrán solicitar el cartel al correo electrónico rmolina@jasec.co.cr o bien presentarse a las Oficinas de la Proveeduría de JASEC con el respectivo diskette para grabar el mismo.

De igual manera se programa visita técnica el día 18 de febrero del 2008, a partir de las 9:00 a. m. en el Plantel de Barrio Fátima con el Ing. Isaac Reyes, teléfono 550-6800, ext. 318 o al correo electrónico Isaac_reyes@jasec.co.cr.

Cartago, 6 de febrero del 2008.—Lic. Abel Gómez Leandro, Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 181146).—C-7280.—(10864).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000001-01

Adquisición de luminarias y repuestos para parques

Contratar Bienes y Servicios, avisa que para esta licitación se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del 4 de marzo del 2008, acto seguido se procederá con la apertura de las ofertas que hubieren sido presentadas, lo cual tendrá lugar en las instalaciones de JASEC, sita en Cartago, Barrio Fátima, 300 metros norte y 100 oeste de la Iglesia María Auxiliadora. Los interesados podrán solicitar el cartel en la dirección indicada (CD o llave maya) o al correo electrónico pmarin@jasec.co.cr.

Cartago, 6 de febrero del 2008.—Lic. Abel Gómez Leandro, Coordinador.—1 vez.—(Solicitud Nº 14336).—C-6620.—(10865).

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación de referencia que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión Nº 09-08, celebrada el 5 de febrero del año dos mil ocho, dispuso declarar infructuoso el siguiente procedimiento:

Licitación                                                                 Objeto de contratación

Pública Nº 2007LN-000035-PROV                                      Alquiler de local para alojar la Ofi-

                                                                                              cina de Trabajo Social y Psicología

                                                                                              de Liberia, Guanacaste.

San José, 6 de febrero de 2008.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í.—1 vez.—(10885).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000234-85001

Compra de switches y enrutadores

La Proveeduría del Tribunal Supremo de Elecciones comunica por este medio, que a través de la resolución Nº 259-P-2008, de las once horas del primero de febrero del dos mil ocho, emitida por el Tribunal Supremo de Elecciones, se dispuso declarar infructuoso el ítem 3) del concurso de referencia, a falta de contenido presupuestario.

Lic. Ronny Jiménez Padilla, Proveedor a. í.—1 vez.—(O. C. Nº 144-2008).—C-5960.—(10748).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000063-01

Contratación de hasta 3000 horas anuales de programación,

para el mantenimiento y desarrollo de aplicaciones

al Sistema Integrado de la Proveeduría (SIPRO)

del Banco Nacional de Costa Rica

Se comunica a los interesados de esta Licitación Abreviada, que el Subcomité de Licitaciones, en el artículo 3 de la sesión ordinaria Nº 368-2008, celebrada el 29 de enero del 2008, acordó adjudicar según se detalla:

Adjudicar el ítem único: “contratación de hasta 3000 horas anuales de programación, para el mantenimiento y desarrollo de aplicaciones al Sistema Integrado de la Proveeduría (SIPRO) del Banco Nacional de Costa Rica”, a la empresa Proyectos y Sistemas Proyectica S. A., por el monto total de U$20,00 (veinte dólares) por cada hora profesional, para un total de U$60.000,00.

Plazo de inicio:

El adjudicatario deberá iniciar sus funciones dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al aviso del Banco al adjudicatario, para que pase a retirar copia del contrato refrendado. El adjudicatario debe tener claro que para el Banco es importante el inicio en el menor plazo posible.

Plazo de la contratación:

La empresa adjudicada será contratada por un plazo de un (1) año, prorrogable en forma automática hasta por dos (2) años adicionales, salvo que el banco por escrito y con al menos un (1) mes de anticipación al vencimiento del plazo, manifieste que no tiene interés en continuar con la contratación, a no ser que la terminación del contrato responda a una resolución contractual por incumplimiento del adjudicatario.

Garantía de cumplimiento:

Al presentarse a firmar el contrato, el adjudicatario deberá presentar una garantía de cumplimiento por un monto de $9.000,00, la misma deberá mantenerse vigente por todo el plazo de la contratación y hasta por tres (3) meses adicionales a la finalización del mismo, y cubrirá además todo incumplimiento que se pudiera presentar con respecto al desarrollo de los requerimientos cuyo desarrollo se le llegue a asignar al adjudicatario.

Se recuerda a todos los oferentes que en caso de presentar bonos o certificados, éstos se recibirán por su valor de mercado y deberán acompañarse de una estimación efectuada por un operador de alguna de las bolsas de valores legalmente reconocidas. Se exceptúan de la obligación de presentar esta estimación, los certificados de depósito a plazo emitidos por los bancos estatales, cuyo vencimiento ocurra dentro del mes siguiente al plazo máximo exigido en las reglas del concurso para la garantía respectiva.

En cumplimiento de la Directriz UIM/046/06/2000 de la Bolsa Nacional de Valores, cuando la garantía sea rendida con títulos o valores que posean cupones, con el fin de asegurar la ejecución del documento deberán entregarse junto con el documento principal los citados cupones para que se tenga por bien rendida la garantía. No obstante no se reconocerán intereses por las garantías mantenidas en depósito por el Banco, sin embargo, los que devenguen los títulos hasta el momento en que se ejecuten, pertenecen a su legítimo dueño o depositante.

La Uruca, 11 de febrero del 2008.—Proveeduría General.—Lic. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General.—1 vez.—(O. P. Nº 1976-2008).—C-22460.—(10869).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-004863-01

Respaldo del sistema eléctrico principal

de oficinas centrales

Nos permitimos informarles que la Comisión Ejecutiva en reunión 01-08 CE, del 22/1/2008, acordó adjudicar la licitación en referencia a la empresa Schneider Electric Centroamérica Ltda. de la siguiente manera:

Monto equipos, instalación y capacitación:         US$588.653,17

Mantenimiento:                                                      US$44.579,88 (*)

Imprevistos de diseño:                                            US$38.465,00

Monto total                                                          US$671.698,05

Plazo de entrega:                                                274 días naturales

Garantía:                                                             2 años

(*) Se contrata el mantenimiento preventivo por el plazo durante el cual esté vigente el plazo de garantía (2 años).

Oficina de Contratación Administrativa.—Área de Licitaciones.—Francis Hernández M.—1 vez.—(Solicitud Nº 49969).—C-11240.—(10907).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ÁREA DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000019-1142

Guantes para cirugía estériles

A los interesados en el presente concurso, se les comunica que por resolución de la Gerencia División de Operaciones de fecha 24 de enero 2008 se adjudica a:

Kanam Látex Industries Private Limited, representante: Hospimédica S. A.

Ítem único

Monto total: €411.201,50 (Euros).

Subárea de Adjudicaciones.—Luz Mary Hidalgo Hernández, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 1142).—C-5960.—(10868).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000001-01

Contratación servicios para asfaltado de calle Gemelo y calle

Los Chavarría del cantón de San Isidro de Heredia

A los interesados en el presente concurso, se les informa que en Sesión Ordinaria Nº 07-2008 del 4 de febrero del 2008, el Concejo Municipal de San Isidro de Heredia tomo el acuerdo Nº 166-2008 avalado por los cinco regidores propietarios y declarado Acuerdo por Unanimidad y Definitivamente Aprobado que dice: adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000001-01 “Contratación servicios para asfaltado de calle Gemelo y calle Los Chavarría del cantón de San Isidro de Heredia a:

Constructora CBZ S. A., cédula jurídica Nº 3-101-338066 por un monto de ¢ 12.180.000,00

Quedando esta adjudicación sujeta para su ejecución al cumplimiento de los requisitos de refrendo y formalización contractual correspondientes.

San Isidro de Heredia, 6 de febrero del 2008.—Sandra Ramírez Villalobos, Proveeduría.—1 vez.—(10920).

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELÉCTRICO

MUNICIPAL DE CARTAGO

UNIDAD EJECUTORA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000006-03

Adquisición de estantería y raks

La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago, por medio de la Unidad Ejecutora comunica que la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000006-03 “Adquisición de estantería y raks” fue adjudicada por acuerdo de la Gerencia, según oficio Nº 56-G-2007, del 5 de febrero del 2007, de la siguiente manera: A la Oferta Nº 1 presentada por Isotex de Centroamérica S. A. se le adjudican las fórmulas Nº 1 y 2 por la suma de $9.384,00 y a la oferta Nº 2 presentada por CIA Leogar S. A. se le adjudica la Fórmula Nº 3, por la suma de ¢2.493.938,43.

Cartago, 6 de febrero del 2008.—Área Contratar Bienes y Servicios Unidad Ejecutora.—Lic. Héctor Tabarez de Tolentino.—1 vez.—(Solicitud Nº 19404).—C-10580.—(10906).

REGISTRO DE PROVEEDORES

AVISOS

RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S. A.

REGISTRO Y ACTUALIZACIÓN DE PROVEEDORES

Radiográfica Costarricense S. A. se permite comunicar a todas aquellas personas físicas o jurídicas, que de acuerdo con el capítulo VIII, artículo 116 del Reglamento de Contratación Administrativa; deben proceder a inscribirse y / o actualizar el Registro de Proveedores.

Para ello deberán retirar el formulario correspondiente en la Proveeduría de la Institución, sita avenida 5, calle 1, en horas de oficina.

Departamento Gestión de Compras y Materiales.—Área de Proveeduría.—Lic. Alejandro Lara Vargas, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 41040).—C-6620.—(9733).

FE DE ERRATAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE SUMINISTROS

LICITACIÓN PÚBLICA 2008LN-000001-ULIC

Concesión temporal de un local para la prestación de

servicios de alimentación en la Facultad de Derecho

A los interesados en el concurso indicado, publicado en La Gaceta Nº 21 del día 30 de enero del 2008, se les comunica que dicha licitación se suspende.

Sabanilla de Montes de Oca, 31 de enero del 2008.—Unidad de Licitaciones.—MBA. Vanessa Jauberth, Jefa.—1 vez.—(O. C. Nº 108327).—C-5960.—(8465).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LI-000068-PROV (Aclaración Nº 1)

Adquisición de 200 vehículos de diferentes tipos

El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que a la modificación Nº 1 publicada en La Gaceta Nº 23 del 1º de febrero del 2008, se le debe hacer la siguiente aclaración:

Para la partida M (punto 6 y 7), prevalece lo indicado en la página Nº 5 siendo necesario que se omita la información que se brinda en la primera página de esta modificación sobre este mismo punto.

Siendo la información correcta la siguiente:

Página 38 del cartel, puntos 6 y 7, partida M

Donde dice:

6      Potencia de motor       90 Kw. de potencia mínima neta (se admite

                                            una variación de hasta un 5 % en el límite

                                            inferior).

7      Torque                        300 Nm mínimo (se admite una variación de

                                            hasta un 5 % en el límite inferior).

Debe decir:

6      Potencia de motor       73 kw, se admite una variación de un 5 % en

                                            el límite inferior, rango superior 110 kw se

                                            admite de un 5 % en el límite superior.

7      Torque                        250 Nm se admite una variación de un 5 % en

                                            el límite inferior, rango superior 400 N-m, se

                                            admite de un 5 % en el límite superior.

Fecha de apertura de ofertas: a las 8:00 horas del día 18 de febrero del 2008.

San José, 6 de febrero del 2008.—Licitaciones. Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 332718).—C-13880.—(10870).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2007LA-000134-PRI

Alquiler de equipo de fotocopiado

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la Licitación arriba indicada, que se prorroga la fecha de apertura para el día 20 de febrero del 2008 a las 10:00 horas.

Así podrán retirar la Circular Nº 1, la cual está disponible en la Proveeduría Institucional de AyA, sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA en Pavas.

San José, 5 de febrero del 2008.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—(10690).

REGLAMENTOS

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

LIC. WALTER ULATE CALDERÓN

SECRETARIO GENERAL

DEL INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

CERTIFICA

Mediante la sesión ordinaria número cero treinta y nueve-dos mil siete, celebrada del doce de noviembre del dos mil siete, en su artículo número nueve acuerda literalmente lo siguiente: Se presenta a consideración de los señores Directores el oficio A-ciento veintiuno-cero siete, suscrito por la Auditoría General; referente al Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del Instituto de Desarrollo Agrario, el cual tiene algunas correcciones solicitadas por la Contraloría General de la República. Analizado el caso se acuerda:

Con fundamento en el oficio A-121-07, suscrito por la Auditoría General, y considerando:

a)  Que el Instituto de Desarrollo Agrario con fundamento en el artículo 188 de la Constitución Política y en el artículo 18 inciso g) de la Ley de Creación del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA), Nº 6735 del 29 de marzo de 1982, dispuso emitir mediante acuerdo de Junta Directiva en sesión 044-88 del 14 de junio de 1988 un Reglamento de Auditoría Interna que viniera a regular tanto la organización como el funcionamiento de ésta.

b)  Que mediante artículo XIII, sesión 039-00 efectuada el 5 de junio del 2000 se aprobó un nuevo reglamento y se derogó el anterior.

c)  Que posterior a este Reglamento surge la Ley General de Control Interno (Nº 8292), publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 169 del 4 de setiembre de 2002, la cual en su artículo 23 instaura que cada auditoría interna dispondrá de un reglamento de organización y funcionamiento, acorde con la normativa que rige su actividad.

d)  Que según artículo 9º de la ley de cita anterior, la administración activa y la auditoría interna serán los componentes orgánicos del sistema de control interno establecido e integrarán el Sistema de Fiscalización Superior de la Hacienda Pública.

e)  Que en consecuencia se impone la necesidad de dictar un nuevo reglamento que regule el ordenamiento de control de la auditoría conforme a las directrices generales relativas al reglamento de organización y funcionamiento de las auditorías internas del sector público, publicadas en el Diario Oficial La Gaceta Nº 236 del viernes 8 de diciembre del 2006; emitidas por la Contraloría General de la República, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley General de Control Interno y el propio ente rector.

Se acuerda aprobar el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna, como sigue:

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

DE LA AUDITORÍA INTERNA

Presentación

El presente Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna del Instituto de Desarrollo Agrario, fue elaborado con el propósito de contribuir en su gestión cotidiana, así como coadyuvar al éxito de la actuación del Instituto de Desarrollo Agrario, en aras del cumplimiento con el bloque de legalidad y efectividad en el manejo de los fondos públicos involucrados.

Así como coadyuvar con la Administración Activa en el logro de los objetivos institucionales mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de los sistemas de control y gestión de riesgos y de los procesos de dirección, y proporcionando a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del jerarca y del resto del personal se ejecute conforme al marco legal y técnico y a prácticas sanas.

Se pretende también, con dicho reglamento, dar cumplimiento con el artículo 23 de la Ley Nº 8292 Ley General de Control Interno, el cual pone de manifiesto, que en referencia a la organización y funcionamiento, toda auditoría deberá disponer de un reglamento acorde con la normativa que rige su actividad.

Dispone acatamiento de carácter obligatorio y en conformidad con las directrices emitidas por la Contraloría General de la República.

Se regulan y establecen disposiciones generales, organización y funcionamiento, para el ejercicio de la Auditoría Interna del Instituto de Desarrollo Agrario. En términos generales contiene los lineamientos legales y técnicos que le competen a la actividad de la Auditoría Interna.

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1º—Objetivo. El presente reglamento regula la organización y funcionamiento de la Auditoría Interna del Instituto de Desarrollo Agrario; de conformidad con las disposiciones del artículo 23 de la Ley General de Control Interno, de manera que su accionar se oriente y se perciba como una actividad que coadyuve al éxito de la gestión institucional, en aras de la legalidad y efectividad en el manejo de los fondos públicos involucrados.

Artículo 2º—Ámbito de aplicación. Su contenido es de acatamiento obligatorio para todos los funcionarios de la Auditoría Interna y del resto de los funcionarios de la Administración Activa en la materia que les concierne.

Artículo 3º—Modificaciones al reglamento. A efectos de mantener el marco normativo de la Auditoría Interna actualizado, le corresponde al Auditor Interno proponer y promover al jerarca, las modificaciones al mismo. Toda modificación debe contar de previo a su emisión oficial, con la aprobación de la Contraloría General de la República.

Artículo 4º—Definiciones. Para los efectos del presente reglamento, se entenderán los siguientes términos según se indica a continuación:

a)    IDA: Instituto de Desarrollo Agrario.

b)   Administración Activa: Desde el punto de vista funcional, es la función decisoria, ejecutiva, resolutoria, directiva u operativa de la Administración. Desde el punto de vista orgánico es el conjunto de órganos y entes de la función administrativa, que deciden y ejecutan; incluyen el jerarca, como última instancia.

c)    Auditoría Interna: Se refiere a la Auditoría Interna del Instituto de Desarrollo Agrario.

d)   Contraloría General: Contraloría General de la República.

e)    Titular subordinado: Funcionario del IDA responsable de un proceso, equipo de trabajo o unidad administrativa, con autoridad para ordenar y tomar decisiones.

f)    Cuidado profesional: Propósito de hacer las cosas bien, con toda integridad y responsabilidad en su desempeño, estableciendo una oportuna y adecuada supervisión en la labor que se realice.

g)    Ética: Es la interiorización de normas y principios que hacen responsable al individuo de su propio bienestar y consecuentemente de los demás, mediante un comportamiento basado en conductas morales socialmente aceptadas, para comportarse en consecuencia con éstas.

h)   Idóneo: Que una persona cuente con la pericia y el cuidado profesional requerido para efectuar una labor.

i)    Independencia: Libertad profesional que le asiste al auditor para expresar su opinión libre de presiones (políticas, religiosas, familiares, etc.) y subjetividades (sentimientos personales e intereses de grupo).

j)    Pericia: Conocimientos y aptitudes requeridas para efectuar una labor.

k)   Ambiente de Control: Conjunto de factores del ambiente organizacional que deben establecer y mantener el jerarca, los titulares subordinados y demás funcionarios, para permitir el desarrollo de una actitud positiva y de apoyo para el control interno y para una administración escrupulosa.

l)    Valoración del riesgo: Identificación y análisis de los riesgos que enfrenta la institución, tanto de fuentes internas como externas relevantes para la consecución de los objetivos; deben ser realizados por el jerarca y los titulares subordinados, con el fin de determinar cómo se deben administrar dichos riesgos.

m)  Actividades de Control: Políticas y procedimientos que permiten obtener la seguridad de que se llevan a cabo las disposiciones emitidas por la Contraloría General, por los jerarcas y los titulares subordinados para la consecución de los objetivos del sistema de control interno.

n)   Manual de Normas Generales de Control Interno: Manual de Normas Generales de Control Interno para la Contraloría General de la República y las Entidades y Órganos Sujetos a su Fiscalización.

o)   Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna: Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público.

p)   Manual de Normas Generales de Auditoría: Manual de Normas Generales de Auditoría para el Sector Público.

CAPÍTULO II

De la organización de la Auditoría Interna

SECCIÓN PRIMERA

Concepto de Auditoría Interna

Artículo 5º—Concepto funcional de Auditoría Interna: La Auditoría Interna es un órgano institucional del IDA, con dependencia orgánica de la Junta Directiva e independencia funcional, parte integral, indispensable y necesaria del sistema de control interno del Instituto y tiene como cometido la comprobación del cumplimiento de la suficiencia, de la legalidad, de la eficiencia y de la eficacia de dicho sistema. En su accionar debe ser percibida como una gestión independiente y objetiva que brinda servicios de aseguramiento y consulta al jerarca, creada para agregar valor y mejorar las operaciones del Instituto, coadyuva con la Administración Activa en el logro de los objetivos institucionales mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de los sistemas de control y gestión de riesgos y de los procesos de dirección, y proporciona a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del jerarca y del resto del personal se ejecute conforme al marco legal y técnico y a prácticas sanas.

Su valor agregado está directamente relacionado con su aporte a la administración de riesgos, controles y procesos de dirección en la consecución de los siguientes objetivos:

1.  Proteger y conservar el patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal.

2.  Exigir confiabilidad y oportunidad en la información.

3.  Garantizar eficiencia y eficacia de las operaciones.

4.  Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico.

Artículo 6º—Obligación de contar con Auditoría Interna. De acuerdo con la Ley Nº 6735, el Instituto contará con una sola Auditoría Interna, la que ejercerá vigilancia y fiscalización constantes de todas las dependencias del Instituto, así como las demás funciones y atribuciones que le corresponden, de conformidad con la ley y sus reglamentos.

Artículo 7º—Normativa aplicable. La Auditoría Interna se regula fundamentalmente por lo establecido en la Ley de Creación del Instituto de Desarrollo Agrario Nº 6735, Ley General de Control Interno Nº 8292 y su reglamento, Ley Orgánica de la Contraloría General de la República Nº7428, Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Nº 8422 y su reglamento, Ley General de la Administración Pública Nº 6227, en otras disposiciones legales concordantes y de acuerdo con las disposiciones, normas, políticas, procedimientos y otros preceptos emitidos por la Contraloría General.

Artículo 8º—Establecimiento de ideas rectoras: El cargo de Auditor Interno corresponde al máximo nivel de competencia, responsabilidad y autoridad de la Auditoría Interna. Es el líder y rector del proceso de planificación estratégica de la Auditoría Interna y en ese contexto le corresponde definir su misión, visión, principales políticas y los valores éticos que deben tener en cuenta los funcionarios de la Auditoría Interna al conducirse en sus distintas relaciones internas y externas.

Artículo 9º—Órganos del sistema de control interno. La Administración Activa junto con la Auditoría Interna, son los componentes orgánicos del sistema de control interno implantado en el Instituto.

SECCIÓN SEGUNDA

Independencia y Objetividad

Artículo 10.—Prohibiciones. El Auditor Interno y el personal de la Auditoría Interna tendrán las siguientes prohibiciones:

a)  Realizar funciones y actuaciones de Administración Activa, salvo las necesarias para cumplir con lo de su competencia.

b)  Formar parte de un Órgano Director de un procedimiento administrativo.

c)  Ejercer profesiones liberales fuera del cargo, salvo en asuntos estrictamente personales, en los de su cónyuge, sus ascendientes, descendientes y colaterales por consanguinidad y afinidad, hasta tercer grado, excepto que exista impedimento por la existencia de un interés directo o indirecto del IDA. De esta prohibición se exceptúa la docencia, siempre que sea fuera de la jornada laboral.

d)  Participar en actividades político electorales, salvo la emisión del voto en las elecciones nacionales y municipales.

e)  Revelar información sobre las auditorías o los estudios especiales de auditoría que se estén realizando y sobre aquello que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de los funcionarios de la Auditoría Interna.

f)   Participar con carácter resolutivo en comisiones de trabajo o similares, de naturaleza eminentemente administrativa.

Artículo 11.—Independencia funcional y de criterio. El Auditor y el Subauditor Internos, así como el resto del personal de la Auditoría Interna, ejercerán sus atribuciones con total independencia funcional y de criterio respecto de la Junta Directiva y de los demás órganos de la Administración Activa del IDA. El Auditor Interno deberá establecer procedimientos formales para controlar que el funcionamiento de la Auditoría Interna no se vea limitada por impedimentos que pongan en duda o peligro la objetividad e independencia de sus actuaciones.

Artículo 12.—Impedimentos al personal de la Auditoría Interna. A efectos de no perjudicar su objetividad individual y ética profesional, el personal de la Auditoría Interna deberá:

a)  Mantener una actitud independiente y objetiva en la ejecución de los estudios de auditoría y en la preparación de los informes correspondientes.

b)  Abstenerse de dar declaraciones o emitir juicios o expresiones que por su naturaleza lesionen la imagen de algún funcionario del IDA.

c)  Rechazar regalos o gratificaciones que puedan interpretarse como intentos de influir sobre su independencia e integridad, sin perjuicio del deber de denunciar tales hechos ante las instancias competentes.

d)  Guardar rigurosa reserva y discreción sobre el contenido de mensajes, documentos oficiales o cualquier clase de información que por índole de sus funciones llegue a ser de su conocimiento.

e)  Abstenerse de auditar operaciones específicas de las cuales hayan sido previamente responsables como funcionarios de la Administración Activa.

Artículo 13.—Asistencia a sesiones de Junta Directiva. El Auditor Interno asistirá a las sesiones de Junta Directiva, únicamente cuando éste lo convoque expresamente para asesorar en materia de competencia de la Auditoría Interna, sobre un asunto específico. Podrá además asistir cuando considere necesario referirse sobre aspectos relevantes de interés común. En cualquiera de los casos, ejercerá su función con las siguientes condiciones: derecho de expresar su opinión en materia estrictamente de su competencia; que dicha opinión conste en actas, y que se le posibilite a posponer su opinión en caso de que lo considere necesario.

Artículo 14.—Independencia de sus actividades. La Auditoría Interna, con el propósito de mantener su carácter asesor e independiente, no ejercerá ninguna labor propia de la Administración. Así, el Auditor y Subauditor Internos y sus subalternos no podrán pertenecer ni ejercer funciones de otra unidad administrativa del IDA, ni participar con carácter resolutivo en comisiones de trabajo o similares, de naturaleza eminentemente administrativa, con excepción del Comité de implementación de recomendaciones internas y externas o bien participar en calidad de asesor. Tampoco podrá participar en la implantación de acciones, diseños de formularios u otros procedimientos y actividades que normalmente deben examinar posteriormente en el desempeño de sus funciones.

Los funcionarios de la Auditoría Interna ejercerán sus atribuciones con total independencia funcional y de criterio respecto del jerarca y de los demás órganos de la Administración Activa, deben tener una actitud imparcial y neutral para evitar conflictos de intereses y proteger su independencia.

Artículo 15.—Atributos del personal de la Auditoría. El Auditor y Subauditor Internos, así como el resto del personal de la Auditoría Interna, deberán conducirse de conformidad con lo dispuesto en el capítulo I de “Normas Personales” del Manual de Normas Generales de Auditoría para el Sector Público, emitido por la Contraloría General.

SECCIÓN TERCERA

Ubicación y estructura organizativa

Artículo 16.—Rol de la Auditoría Interna. La Auditoría Interna es un órgano del Instituto de Desarrollo Agrario, con dependencia orgánica de la Junta Directiva e independencia funcional, que brinda servicios de asesoría con el propósito de que se alcancen sus objetivos organizacionales. Su ubicación dentro de la estructura institucional corresponde a la de un órgano de muy alto nivel.

Artículo 17.—Organización. La Auditoría Interna se organizará y funcionará conforme lo disponga el Auditor Interno, de conformidad con las disposiciones, normas y directrices que emita la Contraloría General y la Junta Directiva, según lo requiera el cumplimiento de sus funciones y contará con el personal profesional y asistente necesario, el que debe poseer suficiente conocimiento y experiencia en auditoría, contabilidad, administración, informática y otras especialidades relacionadas con el funcionamiento del IDA, así como en las disposiciones legales que rigen a la Administración Pública.

Artículo 18.—Estructura organizativa. La Auditoría Interna del IDA, para el desempeño de sus funciones, se divide en dos áreas, el Área Financiera/Contable/Tributaria y el Área Técnico/Operativa, las mismas deberán contar con personal especializado y reunir las condiciones de idoneidad profesional requerida para ejercer sus funciones.

Artículo 19.—Área Financiera. El propósito del Área Financiera, Contable y Tributaria es velar porque las funciones de carácter financiero, contable, presupuestario y tributario desempeñadas por la Administración Activa se realicen de forma oportuna, eficiente, eficaz y amparadas a la normativa vigente, para realizar un manejo apropiado de los recursos, con miras a alcanzar los objetivos organizacionales.

Artículo 20.—Área Operativa. El propósito del Área Técnico, Operativa es advertir, asesorar y evaluar las actividades técnicas y operativas desarrolladas por la Administración Activa, con la finalidad de determinar si éstas cuentan con los procedimientos y controles adecuados que coadyuven al logro de los objetivos organizacionales.

SECCIÓN CUARTA

Del Auditor y Subauditor Internos

Artículo 21.—Dirección y administración de la Auditoría Interna. La Auditoría Interna estará bajo la responsabilidad de un Auditor Interno y un Subauditor Interno, Jefe y Subjefe respectivamente.

Corresponde al Auditor Interno la dirección superior y administración de la Auditoría Interna. En esta condición responderá por su gestión ante la Junta Directiva.

El Subauditor Interno dependerá del Auditor Interno y será directamente responsable ante éste por su gestión o ante la Junta Directiva, cuando se encuentre ejerciendo interinamente el cargo de Auditor Interno.

Artículo 22.—De los requisitos para ocupar el cargo de Auditor Interno y Subauditor Interno. El Auditor Interno y el Subauditor Interno deberán cumplir en todo momento con los siguientes requisitos:

a)  Ser costarricenses.

b)  Ser contadores públicos autorizados.

c)  Cumplir con los requisitos establecidos en los lineamientos para la descripción de las funciones y requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos emitidos por la Contraloría General.

d)  Deberán caracterizarse por su idoneidad para el puesto correspondiente.

e)  Serán profesionales altamente capacitados en materia de auditoría que cuenten con cinco años de experiencia en la materia atinente al cargo.

La jornada laboral del Auditor y Subauditor Internos del IDA será de tiempo completo.

Artículo 23.—Nombramiento y remoción del Auditor y Subauditor Internos. Los nombramientos del Auditor y Subauditor Internos serán por tiempo indefinido, y los hará la Junta Directiva del IDA, de conformidad con lo que establece el artículo 25 de la Ley Nº 6735 -Ley de Creación del Instituto de Desarrollo Agrario-, y lo estipulado por el artículo 31 de la Ley Nº 8292 -Ley General de Control Interno-. El Auditor Interno dependerá y será responsable de su gestión ante ese mismo Órgano Colegiado. Este último conocerá, además, de las remociones y suspensiones de ambos cuando exista causa justa, según las causales normadas en el artículo 26 de la Ley Nº 6735 y con el dictamen previo favorable de la Contraloría General, según lo establece el artículo 15 de la Ley Nº 7428, Ley Orgánica de la Contraloría General, previa formación de expediente y con oportunidad suficiente de defensa en su favor.

Artículo 24.—Planificación estratégica. La planificación estratégica de la Auditoría Interna corresponde al Auditor Interno, en los siguientes términos:

a)  Definir los objetivos y valores fundamentales de la Auditoría Interna, así como, los factores claves para alcanzarlos dentro del marco estratégico institucional.

b)  Realizar un análisis de fortalezas y debilidades que junto a la evaluación de los riesgos a que está sujeta la Auditoría Interna le permita identificar los factores de riesgo e instaurar las actividades para solventarlos.

c)  Definir la totalidad del universo fiscalizable, así como fijar criterios y herramientas mediante los cuales pueda determinar, priorizar y abarcar los asuntos críticos de acuerdo con los recursos de que dispone por ciclos de fiscalización.

d)  Determinar las materias o asuntos que formarán parte de la planificación estratégica y de la operativa –corto plazo-, con su correspondiente priorización.

e)  Determinar los factores claves para cumplir la planificación.

f)   Evaluar los resultados de la planificación de la Auditoría Interna, de conformidad con los indicadores de gestión que haya definido.

g)  Definir la forma cómo se van a tratar las desviaciones significativas entre lo planeado y lo realizado.

h)  Mantener un archivo permanente actualizado, donde conste la documentación relativa al entorno institucional, al ordenamiento jurídico y técnico que rige los sujetos pasivos de su fiscalización, resultados de auditorias y estudios especiales, seguimiento de instrucciones del jerarca y titulares subordinados, para implantar recomendaciones. Así, como la información relacionada con solicitudes de fiscalización del jerarca, de órganos de control competentes y denuncias, entre otras.

i)   Determinar la definición y coordinación del personal directamente vinculado con las diferentes actividades de la Auditoría Interna.

j)   Otras propias de su competencia.

Artículo 25.—Deberes del Auditor Interno. Sin perjuicio de otras obligaciones que le encomiende la Junta Directiva atinentes a sus labores de asesoría y fiscalización, y las establecidas en el manual de cargos del IDA, son deberes del Auditor Interno:

a)  Programar, coordinar, dirigir y controlar la Auditoría Interna. Para ello dictará los lineamientos, directrices, políticas e instrucciones pertinentes y aplicará criterios adecuados en el ejercicio de las competencias y en las relaciones con los sujetos pasivos.

b)  Conocer, aprobar y dar trámite a los informes que se produzcan como resultado de las auditorías o estudios especiales que se realicen, poniéndolos en conocimiento de la Junta Directiva, Presidencia Ejecutiva, Gerencia o titulares subordinados según corresponda.

c)  A solicitud de parte interesada, asesorar en forma oportuna en asuntos de su competencia, a la Junta Directiva, al resto de la administración y al personal bajo su cargo.

d)  Definir, establecer y mantener actualizadas las políticas, procedimientos y prácticas requeridas por la Auditoría Interna para cumplir con sus competencias, considerando en cada caso lo relativo a los procesos que ejecuta.

e)  Definir, establecer y mantener actualizadas las políticas, procedimientos y prácticas de acceso y custodia de la documentación de la Auditoría Interna, en especial de la información relativa a los asuntos de carácter confidencial que se estipulan en el artículo 6º de la Ley General de Control Interno Nº 8292 y el artículo 8º de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Nº 8422.

f)   Formular, gestionar y mantener vigente el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna.

g)  Establecer un programa de aseguramiento de la calidad para la Auditoría Interna.

h)  Presentar ante la Junta Directiva un informe anual de la ejecución del plan anual de trabajo, y del estado de las recomendaciones formuladas por la Auditoría Interna, la Contraloría General de la República y de los despachos de contadores públicos.

i)   Diseñar, documentar e implantar los procesos de servicios que presta la Auditoría Interna, referidos a los servicios de fiscalización posterior y los servicios preventivos, estableciendo instrumentos efectivos para su administración.

j)   Presentar el plan anual de trabajo de la Auditoría Interna de conformidad con los lineamientos de la Contraloría General y proponer a la Junta Directiva, los requerimientos de recursos necesarios para ejecutar dicho plan.

El Auditor Interno deberá establecer en el Manual Administrativo y Técnico de la Auditoría Interna, los procedimientos administrativos y mecanismos específicos para operacionalizar estas funciones.

Artículo 26.—Delegación de funciones. El Auditor Interno podrá delegar en su personal sus funciones, utilizando criterios de idoneidad y conforme lo establece la Ley General de la Administración Pública, quedando el personal obligado a cumplir con el marco legal reglamentario y técnico que regula su accionar.

Artículo 27.—Pericia y cuidado profesional. El Auditor y Subauditor Internos deberán cumplir con pericia y debido cuidado profesional sus funciones, haciendo valer sus competencias con independencia funcional y de criterio, y vigilarán además porque el personal bajo su cargo actúe de igual manera.

SECCIÓN QUINTA

Del personal de la Auditoría Interna

Artículo 28.—Administración del personal. El Auditor Interno actuará como jefe de personal de la Auditoría Interna, en esa condición ejercerá las funciones que son propias en la administración de personal, tales como: evaluaciones, remociones, sanciones, promociones, permutas, traslados, concesión de licencias y demás movimientos de personal. Los nombramientos se realizarán conforme con la selección efectuada por el Auditor Interno, y otros movimientos de personal con su anuencia, de conformidad con el artículo 22, inciso i) de la Ley Nº 6735. El Auditor podrá modificar la estructura administrativa de la Auditoría Interna en la forma y cuando lo considere conveniente para el mejor cumplimiento de sus deberes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley General de Control Interno, para el nombramiento y remoción del personal a su cargo, se requerirá de la autorización del Auditor Interno.

Artículo 29.—Plazas vacantes. Las plazas vacantes de la Auditoría Interna deberán llenarse en un plazo máximo de tres meses, contado a partir del momento de la vacante. El plazo podrá prorrogarse por otros tres meses por razones debidamente acreditadas en el expediente que se confeccione para tal efecto. La disminución de plazas, de cualquier índole, deberá ser previamente autorizada por el Auditor General.

Artículo 30.—Cumplimiento de normativa jurídica y técnica. Corresponde al Auditor Interno vigilar y tomar las decisiones pertinentes para que el personal bajo su cargo cumpla en el ejercicio de sus competencias, con la normativa jurídica y técnica pertinente, así como con las políticas, procedimientos prácticas y demás disposiciones administrativas y mecanismos específicos que el Auditor Interno implemente para cumplir con esta función de vigilancia, las cuales deberán estar formalmente establecidos en el Manual Administrativo y Técnico de la Auditoría Interna.

Artículo 31.—Capacitación. La Auditoría Interna someterá a conocimiento de la Junta Directiva un plan anual de capacitación para sus funcionarios. La Administración debe proveer los medios para la capacitación y entrenamiento al personal de la Auditoría Interna, con el fin de lograr un adecuado desarrollo profesional en el área de su competencia y en disciplinas complementarias para el cumplimiento de sus funciones. Los beneficios serán concedidos por el Auditor Interno, o en su ausencia por el Subauditor Interno, en igualdad de condiciones. En el caso de becas al exterior sujetas a concurso, se observará el trámite previsto por el Reglamento de Becas y Licencias de Estudio de los Servidores del IDA.

Artículo 32.—Comportamiento de los funcionarios de la Auditoría Interna. Los funcionarios de la Auditoría Interna desempeñaran sus funciones de modo que su labor sea medio de mejoramiento y funcionamiento general del IDA. Por ello actuarán con buen trato verbal, tacto y cortesía en el desempeño de sus funciones, sin que por ello se deje de manejar la objetividad del trabajo.

SECCIÓN SEXTA

Ámbito de acción de la Auditoría Interna

Artículo 33.—Ámbito de acción. La Auditoría Interna cumplirá su función en relación con los fondos públicos sujetos al ámbito de competencia del IDA, incluyendo fideicomisos, fondos especiales y otros de naturaleza similar, o sobre fondos y actividades privadas de acuerdo con los artículos 5º y 6º de la Ley Orgánica de la Contraloría General, en el tanto éstos se originen en transferencias efectuadas por componentes dentro de la competencia del IDA.

El Auditor Interno deberá definir y mantener actualizado, en el instrumento correspondiente, el ámbito de acción de la Auditoría, donde se incluyan expresamente los órganos y entes sujetos a su fiscalización.

SECCIÓN SÉTIMA

De las relaciones y coordinación

Artículo 34.—Relaciones y coordinación. La Auditoría Interna mantendrá relaciones y coordinaciones con la Junta Directiva, Presidencia Ejecutiva, Gerencia, titulares subordinados del IDA y otras instancias internas y externas, fundamentalmente con la Contraloría General, Instituciones de Control y Fiscalización, Comisiones Legislativas, Ministerio Público, Procuraduría General de la República, denunciantes, y otras pertinentes.

Corresponderá al Auditor Interno administrar esas relaciones y regular las de los demás funcionarios de la Auditoría Interna, con los órganos internos y externos del ámbito de su competencia institucional, a fin de que se realicen de conformidad con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.

Artículo 35.—Suministro de información. El Auditor Interno tendrá la potestad de proveer e intercambiar información con la Contraloría General, así como con otros entes y órganos de control que conforme a la Ley correspondan, sin perjuicio de la coordinación que al respecto deba darse y sin que ello implique una limitación al respecto.

Artículo 36.—Creación de plazas. El Auditor Interno deberá proponer debidamente justificado a la Junta Directiva -de la cual depende- la creación de plazas y servicios que considere indispensables para el cumplimiento de su Plan Anual de Auditoría y en general, para el buen funcionamiento de la Auditoría Interna. Asimismo, deberá comunicar a la Junta Directiva del impacto que sobre la fiscalización y el control tendrá la limitación de recursos y sobre el riesgo que se asume y la eventual responsabilidad que podría imputársele al respecto.

Artículo 37.—Asignación de recursos. La Junta Directiva deberá asignar a la Auditoría Interna los recursos necesarios para la atención de una estrategia de fiscalización razonable, la cual debe ser presentada por el Auditor Interno y debe estar sustentada en el estudio técnico pertinente, principalmente lo relativo al recurso humano mínimo necesario para llevarla a cabo. Será también obligación de la Junta Directiva disponer lo necesario ante las autoridades competentes, para que se gestionen esos recursos en forma oportuna y adecuada.

Artículo 38.—Elaboración del presupuesto. Es competencia de la Auditoría Interna elaborar su propio proyecto de presupuesto anual, el cual se confeccionará de conformidad con el ordenamiento jurídico aplicable y se incorporará claramente identificado en el proyecto de presupuesto que se presenta para aprobación de la Junta Directiva. Cualquier modificación al presupuesto aprobado para la Auditoría Interna requerirá del conocimiento expreso del titular de la misma.

Artículo 39.—Registro separado del presupuesto. Será obligación de la administración del IDA, llevar un registro separado del monto asignado y aprobado para la Auditoría Interna, detallado por objeto del gasto, de manera que se controle con toda exactitud la ejecución y modificaciones del gasto asignado y aprobado.

Artículo 40.—Obligación de asesorar a la Auditoría. La Asesoría Legal del IDA, estará en la obligación de atender de manera oportuna y efectiva, las necesidades de orden jurídico de la Auditoría Interna, que le permitan cumplir sus competencias.

Artículo 41.—Protección al personal de la Auditoría Interna. Cuando el personal de la Auditoría Interna, en el cumplimiento de sus funciones, se involucre en un conflicto legal o una demanda, el IDA dará todo su respaldo tanto jurídico como técnico y cubrirá los costos para atender ese proceso hasta su resolución final.

Artículo 42.—Asesoría de profesionales. Cuando la Auditoría Interna realice evaluaciones en campos diferentes a su especialidad, podrá contar, cuando las circunstancias lo requieran, con la asesoría pertinente de profesionales en el área de examen.

Artículo 43.—Dependencia de profesionales asesores. Los profesionales en disciplinas distintas a las contables, financieras y administrativas que, en virtud de lo indicado en el artículo anterior, participen en estudios de auditoría estarán bajo la autoridad de la Auditoría Interna y los informes que rindan deber ser dirigidos al Auditor Interno o al Subauditor.

Artículo 44.—Plazos para el suministro de la información a la Auditoría Interna. La Auditoría Interna señalará en cada caso el plazo en el cual debe suministrarse la información o documentos que solicite. Este plazo será establecido considerando la importancia y urgencia que lo solicitado represente para la oportuna ejecución de sus funciones.

El incumplimiento de lo anterior deberá ser informado por la Auditoría a la Administración Superior para que ordene las medidas disciplinarias que correspondan.

Cuando una unidad o funcionario no pueda suministrar la información o los documentos solicitados dentro del plazo establecido, deberá comunicarlo así a la Auditoría dentro de los dos días hábiles siguientes al recibo de la solicitud. En casos debidamente justificados, la Auditoría podrá prorrogar el plazo originalmente establecido para el suministro de la información requerida.

Artículo 45.—Elevación a la Junta Directiva de conflictos sobre plazos para el suministro de la información. Si en cualesquiera de los casos de incumplimiento a este reglamento señalados en el artículo precedente inmediato la Administración Superior, no obstante las gestiones realizadas por el Auditor Interno, no tomara las medidas disciplinarias que correspondan o no se pronunciara al respecto dentro de un plazo prudencial, el Auditor Interno elevará el asunto a conocimiento de la Junta Directiva para que esta decida. Si el Auditor Interno estuviera en desacuerdo con la decisión tomada por ese Órgano Colegiado, así lo hará constar por escrito dentro de los ocho días hábiles posteriores a la fecha en que se tome el acuerdo o se conozca el asunto, exponiendo las razones en que fundamenta su oposición.

CAPÍTULO III

Del funcionamiento de la Auditoría Interna

SECCIÓN PRIMERA

Competencias de la Auditoría Interna

Artículo 46.—Competencias. De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Control Interno, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, la Ley de Creación del Instituto de Desarrollo Agrario, compete a la Auditoría Interna, primordialmente lo siguiente:

a)    Realizar auditorías o estudios especiales de auditoría, de acuerdo con las directrices y lineamientos emitidos por la Contraloría General, en el momento que considere oportuno.

b)   Evaluar en forma regular el sistema de control interno en relación con los riesgos y los aspectos contables, financieros y administrativos, con el fin de determinar el cumplimiento, suficiencia y validez del sistema integrado de control.

c)    Verificar que la Administración Activa tome las medidas de control interno señaladas en la Ley Nº 8292, en los casos de desconcentración de competencias, o bien la contratación de servicios de apoyo con terceros. Asimismo, examinar regularmente la operación efectiva de los controles críticos, en esas unidades desconcentradas o en la prestación de tales servicios.

d)   Verificar que los bienes patrimoniales se hallen debidamente controlados, contabilizados, protegidos contra pérdidas, menoscabo, mal uso o desperdicio e inscritos a nombre del IDA.

e)    Verificar que los recursos financieros, materiales y humanos de que dispone el IDA, se hayan utilizado por la Administración con eficiencia, economía y eficacia.

f)    Evaluar el contenido informativo, la oportunidad y la confiabilidad de la información contable, financiera, administrativa y de otro tipo producida en el IDA.

g)    Evaluar los informes que prepara la Administración sobre la eficiencia, economía y eficacia con que se han utilizado los recursos, en el cumplimiento de metas y objetivos.

h)   Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, de los objetivos y metas, de las políticas, de los planes, de los programas y de los procedimientos financieros y administrativos que rigen al IDA.

i)    Revisar en forma posterior las operaciones contables, financieras y administrativas, operativas, de sistemas y de otra naturaleza, así como los registros, los informes y los estados financieros cuando lo considere pertinente, de acuerdo con su Plan de Trabajo.

j)    Asesorar, en materia de su competencia, al jerarca del cual depende. Además, advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento.

k)   Autorizar, mediante razón de apertura, los libros de contabilidad y de actas que deban llevar los órganos sujetos a su competencia institucional y otros libros que, a criterio del Auditor Interno, sean necesarios para el fortalecimiento del sistema de control interno.

l)    Establecer los instrumentos administrativos y técnicos procedentes para el funcionamiento apropiado de la Auditoría Interna.

m)  Preparar los planes de trabajo y sus modificaciones, por lo menos de conformidad con los lineamientos que prescriba la Contraloría General.

n)   Elaborar un informe anual de la ejecución de su plan de trabajo y del estado de sus recomendaciones, de la Contraloría General y de los despachos de contadores públicos, en los últimos casos, cuando sean de su conocimiento, sin perjuicio de que se elaboren informes y se presenten a la Junta Directiva cuando las circunstancias lo ameriten.

o)   Realizar la evaluación de la gestión de tecnologías de información del IDA, y de la información producida por sus procesos. De conformidad con la normativa técnica aplicable y los lineamientos que establece la Contraloría General.

p)   Mantener debidamente actualizado el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna.

q)   Ejercer otras funciones de fiscalización inherentes a su competencia dentro de los lineamientos dictados por la Contraloría General.

SECCIÓN SEGUNDA

Deberes de la Auditoría Interna

Artículo 47.—Deberes. El Auditor Interno y el Subauditor, así como el resto del personal de la Auditoría Interna, tendrán los siguientes deberes:

a)  Practicar auditorías o estudios especiales de auditoría en cualesquiera unidades del IDA, en el momento que se considere oportuno, con base en su Plan Anual de Trabajo o de acuerdo con las prioridades del caso cuando medie petición de la Junta Directiva o la Contraloría General.

b)  Comunicar por escrito los resultados de cada auditoría o estudio especial de auditoría que se lleve a cabo, por medio de memorandos e informes con comentarios, conclusiones y recomendaciones, como medio de brindar la asesoría pertinente para mejorar la eficiencia y la eficacia en el sistema de control interno y en la gestión financiera y operativa del IDA.

c)  Ejecutar sus funciones con libertad e independencia de criterio respecto de las demás dependencias del IDA.

d)  Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.

e)  Colaborar en los estudios que la Contraloría General y otras instituciones realicen en el ejercicio de competencias de control o fiscalización legalmente atribuidas.

f)   No revelar a terceros que no tengan relación directa con los asuntos tratados, información sobre las auditorías o los estudios especiales de auditoría que se estén realizando, ni información sobre aquello que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de los funcionarios de la Institución.

g)  Guardar la confidencialidad del caso sobre la información a la que tengan acceso.

h)  Facilitar y entregar la información que les solicite la Asamblea Legislativa en el ejercicio de las atribuciones que dispone el inciso 23) del artículo 121 de la Constitución Política, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley General de Control Interno y el inciso h) del artículo 32 de ese mismo cuerpo normativo.

i)   Preparar el presupuesto anual de la Auditoría Interna.

j)   Cumplir los otros deberes atinentes a su competencia.

SECCIÓN TERCERA

Potestades de la Auditoría Interna

Artículo 48.—Potestades. El Auditor Interno y el Subauditor, así como el resto del personal de la Auditoría Interna tendrán las siguientes potestades:

a)  Libre acceso, en cualquier momento, a todos los libros, los archivos, los valores, las cuentas bancarias y los documentos de los entes y órganos de su competencia institucional, así como de los sujetos privados, únicamente en cuanto administren o custodien fondos o bienes públicos de los entes y órganos de su competencia institucional; también tendrán libre acceso a otras fuentes de información relacionadas con su actividad. El Auditor Interno podrá acceder, para sus fines, en cualquier momento, a las transacciones que realicen los entes con los bancos u otras instituciones, para lo cual la Administración deberá facilitarle los recursos que se requieran.

b)  Solicitar, a cualquier funcionario u órgano que administre o custodie fondos públicos, en la forma, las condiciones y el plazo razonable, los estados financieros, registros, informes, datos y documentos para el cabal cumplimiento de su competencia. En el caso de sujetos privados, la solicitud será en lo que respecta a la Administración o custodia de fondos públicos de los entes y órganos de su competencia institucional.

c)  Solicitar a funcionarios de cualquier nivel jerárquico, la colaboración, el asesoramiento y las facilidades que demande el ejercicio de la Auditoría Interna. Utilizar, según las circunstancias y su criterio profesional, el tipo, las técnicas y los procedimientos de auditoría que satisfagan de mejor forma, las necesidades de los exámenes y verificaciones que lleve a cabo.

d)  Verificar la seguridad física del centro de cómputo y los procedimientos de operación.

e)  Realizar la evaluación de los sistemas de procesamiento electrónico de información del IDA y de la información producida por tales sistemas de acuerdo con disposiciones generalmente aceptadas.

f)   Cualesquiera otras potestades necesarias para el cumplimiento de su competencia, de acuerdo con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.

SECCIÓN CUARTA

Otros aspectos de la función de Auditoría Interna

Artículo 49.—Naturaleza de las funciones. La gestión de evaluación de las Áreas de Auditoría es recomendativa para que la Administración adopte las medidas correctivas, fortaleciendo de esta manera el control interno en las actividades y funciones que están realizando y que dan como resultado mejores servicios.

Artículo 50.—Fiscalización de recursos. Para el cumplimiento de sus deberes, la Auditoría Interna, tiene la potestad de intervenir en todas las áreas y actividades de la Administración del IDA, a efecto de confrontar su ajuste con la normativa aplicable y con los principios básicos de servicio público y de la buena administración, todo de conformidad con las normas y procedimientos de auditoría generalmente aceptados, así como con las disposiciones de la Contraloría General. Los procesos incluyen el control y la vigilancia de la percepción, custodia, uso, disposición y administración de fondos públicos.

Artículo 51.—Servicios de la Auditoría Interna: La Auditoría Interna, dentro de sus actividades debe brindar servicios de auditoría que se refieren a los distintos tipos de auditoría, incluidos los estudios especiales, los de control interno, las relaciones de hechos y la atención de denuncias. Además, los servicios preventivos, que se refieren a los servicios de asesoría a la Junta Directiva en materia de su competencia, y sin perjuicio de las asesorías que en esa materia, a criterio del Auditor Interno, correspondan a otros niveles del Instituto.

Artículo 52.—Auditorías integrales o específicas. Las auditorias podrán ser integrales o referidas específicamente a aspectos financiero-contables, operacionales o de sistemas y estarán encaminadas, fundamentalmente, a evaluar la eficacia, eficiencia, economía y legalidad del sistema de control interno y promover su mejora.

Para cumplir con lo anterior, los funcionarios de la Auditoría Interna deben elaborar y registrar un plan para cada trabajo, que incluya el alcance, los objetivos, el tiempo, la asignación de recursos y elaboración de un programa de trabajo escrito. Estos estudios deberán ser adecuadamente supervisados por el responsable dentro de la Auditoría, para asegurar el logro de sus objetivos, la calidad del mismo y el desarrollo profesional del personal.

Artículo 53.—Comunicación de los productos de fiscalización posterior. El resultado de los servicios de fiscalización posterior se comunicarán mediante informes, los cuales serán básicamente de dos tipos: de control interno, incluidos los de seguimiento de recomendaciones y de responsabilidades (Relaciones de Hechos).

SECCIÓN QUINTA

De la ejecución de las auditorías

Artículo 54.—Alcance del trabajo. El alcance establecido debe ser suficiente para satisfacer los objetivos del trabajo. Debe tener en cuenta los sistemas, registros, equipos, materiales, el personal y la ubicación física de las propiedades o lugares a incluir y otros relevantes, incluso los que se encuentren bajo el control de terceros. La extensión y alcance de los tipos de prueba serán determinados según lo indique la evaluación del control interno y aplicando las técnicas de muestreo o el juicio profesional; estas serán utilizadas de conformidad con las atribuciones de la Auditoría Interna y las disposiciones de la Contraloría General. El alcance de los estudios deberá permitir evaluar y mejorar la adecuación y la eficiencia de los procesos de gestión de riesgo, control, gestión, y la calidad de la actuación en el desempeño de las responsabilidades asignadas.

Artículo 55.—Recopilación de evidencia en los papeles de trabajo. La recopilación de evidencia de los estudios de auditoría recabada por parte de los funcionarios y equipos de trabajo de la Auditoría Interna, se realizará por medio de papeles de trabajo que se codificarán y ordenarán en cédulas técnicamente elaboradas. Asimismo, los resultados obtenidos se sustentarán con evidencia suficiente y competente, que facilite la toma de decisiones al jerarca o titulares subordinados.

Artículo 56.—Procesamiento de la información. Los funcionarios de la Auditoría Interna deberán identificar, analizar, evaluar y registrar suficiente información de manera tal que les permita cumplir con los objetivos del trabajo. Además, deben identificar la información suficiente, confiable, relevante y útil y basar sus hallazgos, conclusiones, recomendaciones y demás resultados del trabajo en adecuados análisis y evaluaciones. Por otra parte, deben registrar la información relevante que les permita apoyar los hallazgos, conclusiones, recomendaciones y demás resultados del trabajo.

Artículo 57.—Acceso a los registros de trabajo. El Auditor Interno deberá controlar el acceso a los registros y papeles de trabajo de los estudios que se realicen, de personas ajenas a la Auditoría Interna. Deberá tomar las previsiones de modo que se requiera de su autorización o de la persona que él designe para que se pueda acceder a esta información. Además, deberá establecer requisitos de custodia para los registros y documentación del trabajo. Estos requisitos de retención deben ser consistentes con las regulaciones pertinentes u otros requerimientos sobre este tema.

Artículo 58.—Pericia y debido cuidado profesional. Los funcionarios de la Auditoría Interna deberán realizar su trabajo con pericia y cuidado profesional. Las personas asignadas a cada trabajo deberán poseer, en conjunto, los conocimientos, técnicas y otras competencias para desempeñarlo adecuadamente.

Artículo 59.—Políticas de administración y supervisión. El Auditor Interno emitirá políticas para administrar y supervisar la ejecución de los estudios contenidos en los planes de trabajo, con el objeto de asegurar su conformidad con las normas de auditoría interna, las políticas y los programas de auditoría.

Artículo 60.—Confidencialidad de la información. Será estrictamente confidencial la información que el personal de la Auditoría Interna obtenga en el ejercicio de sus funciones, sin embargo, esa confidencialidad no se aplicará a los requerimientos de la Contraloría General en el ejercicio de su competencia fiscalizadora, así tampoco cuando haya solicitud expresa de la autoridad competente. De igual manera, se guardará la confidencialidad de la identidad de las personas que presenten denuncias ante la Auditoría Interna. En cuanto a las evaluaciones el personal de Auditoría Interna deberá mantener una actitud independiente y guardar absoluta confidencialidad con respecto a sus estudios. No deberá hacer comentarios a terceras personas, en relación con los procedimientos de trabajo o los resultados obtenidos, sin la autorización de su superior.

SECCIÓN SEXTA

De la comunicación de resultados

Artículo 61.—Comunicación de resultados. La Auditoría Interna deberá comunicar por escrito, los resultados de sus auditorías o estudios especiales de auditoría. La comunicación de resultados durante el desarrollo de la auditoría o estudio especial de auditoría se deberá realizar por escrito mediante oficio o informes parciales, y al finalizar la labor de campo, por medio del informe final. Los hallazgos, las conclusiones y recomendaciones de los estudios realizados por la Auditoría Interna deberán comunicarse oficialmente, mediante informes a la Junta Directiva o al titular subordinado correspondiente, con competencia y autoridad para ordenar la implantación de las respectivas recomendaciones. La comunicación oficial de resultados de un informe de Auditoría se regirá de acuerdo con el Manual de Normas Generales para el ejercicio de la Auditoría Interna en el Sector Público y demás directrices emitidas por la Contraloría General.

Artículo 62.—Conferencia para presentar los resultados. Con posterioridad a la finalización de un estudio de auditoría y de previo a la comunicación oficial del informe, la Auditoría Interna realizará una conferencia final para exponer verbalmente los hallazgos del estudio a quienes tengan parte en los asuntos evaluados. Para ello la Auditoría Interna convocará por escrito a los interesados, dentro de un plazo razonable. Quedan excluidas de este requisito lo referente a las relaciones de hechos.

Artículo 63.—Obligación de acudir a la conferencia final de resultados. Será obligación de los funcionarios convocados, acudir a la presentación verbal de los resultados del estudio y se podrá reputar como un eventual debilitamiento del sistema de control interno, la ausencia injustificada a dicha presentación.

Artículo 64.—Acta de la conferencia final. El Auditor responsable del informe, debe confeccionar un acta de la conferencia final, en la cual resumirá los asuntos más relevantes ocurridos en ella y fijará los compromisos asumidos. En lo posible debe agotarse el tema en una sola sesión. El acta será firmada por todos los asistentes a dicha conferencia.

Artículo 65.—Plazos de los informes. Los informes de control interno, parciales y finales, así como las relaciones de hechos, están sujetos al trámite y los plazos improrrogables previstos en los artículos que van del 36 al 38 de la Ley General de Control Interno, excepto aquellos que la Contraloría General determine. El incumplimiento de lo estipulado en los artículos 36 al 38 anteriormente citados, es causal de responsabilidad administrativa conforme a lo dispuesto en los artículos 39 y 40 de la precitada ley.

Los plazos señalados en los artículos precitados empezarán a correr a partir del recibo del informe por parte de los titulares subordinados o de la Administración Superior, según corresponda.

Artículo 66.—Obligación de implantar las recomendaciones. La Junta Directiva o el titular subordinado, una vez aceptadas las recomendaciones de la Auditoría Interna, deberá girar por escrito, dentro de los plazos establecidos en los artículos 37 y 36 de la Ley General de Control Interno, respectivamente, la orden para su implantación al responsable designado, con copia a la Auditoría Interna. Dicha instrucción deberá emitirse dentro del plazo establecido en los artículos citados.

Artículo 67.—Responsabilidad de la Administración Activa. Es responsabilidad de la Administración la adopción de todas las medidas y acciones que aseguren y permitan la efectiva, eficiente y oportuna implantación de las recomendaciones emitidas por la Auditoría Interna y aceptadas por esa Administración, así como de incluir en sus planes anuales de trabajo la ejecución de aquellas que por su alcance y complejidad requieren la realización de una serie de actividades en el tiempo para su consecución.

Artículo 68.—Responsabilidad por incumplimiento de recomendaciones. Cabrá responsabilidad administrativa contra los funcionarios que incumplan las recomendaciones de la Auditoría Interna, ordenadas por la Junta Directiva o titular subordinado respectivo, sin perjuicio de las responsabilidades que les puedan ser imputadas civil y penalmente.

Artículo 69.—Obligación de iniciar el procedimiento administrativo recomendado por la Auditoría Interna. La Junta Directiva o el funcionario con la competencia para iniciar un procedimiento administrativo por recomendación de la Auditoría Interna, deberá tomar las medidas necesarias para que éste se inicie dentro de los plazos que correspondan a fin de que se interrumpa la prescripción de la responsabilidad. Se considerará falta grave el no gestionar lo necesario para que éste se inicie oportunamente o el dejar que la responsabilidad del infractor prescriba.

SECCIÓN SÉTIMA

De la admisibilidad de denuncias, confidencialidad de la información

y programa de seguimiento de recomendaciones

Artículo 70.—Lineamientos en materia de admisibilidad de denuncias. El Auditor Interno tendrá la responsabilidad de establecer los lineamientos que correspondan en relación a materia de admisibilidad de denuncias para su atención por parte de la Auditoría Interna.

Artículo 71.—Confidencialidad de los denunciantes y de la información. La Auditoría Interna guardará confidencialidad respecto de la identidad de terceros que le presenten denuncias. La información, documentación y otras evidencias de las investigaciones que efectúe la Auditoría Interna, cuyos resultados puedan originar la apertura de un procedimiento administrativo, serán confidenciales durante la formulación del informe respectivo. Una vez notificado el informe correspondiente y hasta la resolución final del procedimiento administrativo, la información contenida en el expediente será calificada como información confidencial, excepto para las partes involucradas, las cuales tendrán libre acceso a todos los documentos y las pruebas que obren en el expediente administrativo, según lo establecido en el artículo 6º de la Ley Nº 8292 y el artículo 8º de la Ley Nº 8422.

Las autoridades judiciales podrán solicitar la información pertinente, ante la posible existencia de un delito contra el honor de la persona denunciada.

Artículo 72.—Programa de seguimiento de recomendaciones. La Auditoría Interna formulará y ejecutará un programa de seguimiento enfocado a verificar la efectividad con que se implantaron sus recomendaciones, así como las disposiciones de la Contraloría General y demás recomendaciones de otros órganos de control que hayan sido puestas en su conocimiento.

SECCIÓN OCTAVA

De la planificación y programa del trabajo de Auditoría

Artículo 73.—Planificación del trabajo de Auditoría. La Auditoría Interna formulará la planificación estratégica y anual de sus procesos, conforme a los lineamientos aplicables al IDA y para ello debe basarse en las normas contenidas en el manual de normas para el ejercicio de la auditoría interna en el sector público, en la valoración de riesgo institucional hasta donde sea posible, con énfasis en temas sensibles y del sistema de control interno, incluidos los referentes a la prevención de la corrupción y del enriquecimiento ilícito.

Artículo 74.—Plan anual de trabajo. La Auditoría Interna confeccionará y presentará para su aprobación a la Junta Directiva, de conformidad con los lineamientos emitidos por la Contraloría General, un plan anual de trabajo que entrará en vigor a partir del primer mes del año a que corresponde.

Artículo 75.—Programas de trabajo específicos. El programa específico de trabajo de cada estudio de auditoría, será diseñado contemplando aquellos aspectos que se consideren de mayor interés para la Auditoría Interna. Este programa deberá ser elaborado por el profesional o equipo de trabajo asignado al estudio.

Artículo 76.—Modificación al plan anual de trabajo. La Auditoría Interna tendrá la competencia de elaborar y modificar sus planes anuales de trabajo de conformidad con la normativa vigente, sin perjuicio de que se atiendan sugerencias que le manifieste la Junta Directiva y la obligación que le asiste al Auditor Interno de dialogar y exponer su contenido y su relación con el plan estratégico de fiscalización.

Artículo 77.—Mejoramiento de la calidad. El Auditor Interno deberá formular criterios mínimos para implementar, divulgar y mantener un programa de aseguramiento continuo de la calidad y mejora en los principales procesos de la Auditoría Interna, que considere la aplicación de la normativa jurídica y técnica pertinente. Este programa será evaluado periódicamente tanto interna como externamente.

CAPÍTULO IV

Disposiciones finales

Artículo 78.—Obligatoriedad de disposiciones. Las disposiciones de este reglamento son de acatamiento obligatorio por todo el personal del IDA. La negativa injustificada para atender oportunamente las solicitudes de información o de otro tipo, planteadas por la Auditoría Interna se considerará como falta grave, para los efectos laborales y sin perjuicio de las responsabilidades de cualquier otra naturaleza. Cualquier discrepancia que se presente en cuanto a su interpretación y ejecución, será resuelta por la Junta Directiva, teniendo el criterio del Auditor Interno, previo a la toma de la decisión final.

Ningún funcionario puede alegar desconocimiento del presente reglamento, por lo anterior, es obligación y responsabilidad del jerarca, de la Auditoría Interna y de los respectivos titulares subordinados informar de su existencia al personal a su cargo.

Artículo 79.—Derogatoria. El presente Reglamento deroga el establecido mediante artículo XIII, sesión 039-00 efectuada el 5 de junio del 2000 y todas aquellas disposiciones que se le opongan.

Artículo 80.—Vigencia. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Acuerdo aprobado por unanimidad.

Es conforme: Se extiende en la ciudad de San José, a las diez horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil siete. A solicitud del Lic. Esteban Malavassi Montes de Oca, Auditor General, oficio A-129-2007. Exento de timbres y derechos por Ley Nº 6735 del 29 de marzo de 1982.

Lic. Walter Ulate Calderón, Secretario General.—1 vez.—(O. C. Nº 5302).—C-512050.—(8499).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA Y ACUICULTURA

A.J.D.I.P./569-2007.—Puntarenas, a los catorce días del mes de diciembre del 2007.

Considerando:

1º—Que de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley 7384 del 16 de marzo de 1994, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 62 del 29 de marzo de 1994, el INCOPESCA tiene competencia y facultad legal para normar lo concerniente al aprovechamiento, explotación y comercialización de los recursos pesqueros, el otorgamiento de los permisos de pesca, construcción de embarcaciones y permisos de inactividad.

2º—Que al amparo de esa potestad legal se adoptaron diversos acuerdos que regulan el otorgamiento de permisos de inactividad, como política para garantizar una adecuada y racional explotación de los recursos pesqueros y un óptimo rendimiento de las actividades pesqueras

3º—Que a efecto de lograr una mayor y mejor aplicación y comprensión de las disposiciones legales existentes en materia de inactividades, se ha estimado oportuno y conveniente regular esta situación de manera que su interpretación y aplicación sean acordes con los principios de fomento y desarrollo de la actividad pesquera y protección de los recursos pesqueros y acuícola. Por tanto,

La Junta Directiva del Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura INCOPESCA:

ACUERDA:

REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE PERMISOS

DE INACTIVIDAD PARA LICENCIAS DE PESCA DE

EMBARCACIONES DE LA FLOTA PESQUERA

NACIONAL CON FINES COMERCIALES

Artículo 1º—Definición de inactividad de licencia de pesca. Inactividad de la licencia de pesca, es aquella condición especial en la cual la administración activa, autoriza al administrado, a efecto de no hacer uso efectivo de su permiso de pesca durante un tiempo determinado y con ello evitar la cancelación de la licencia o permiso de pesca, sin perjuicio de los derechos y obligaciones que impone la licencia de pesca respectiva, siendo que la licencia de pesca permanece vigente.

Artículo 2º—De la solicitud de inactividad de la licencia de pesca. Cuando una embarcación nacional con licencia de pesca vigente, antes del vencimiento de la licencia de pesca comercial requiera de un período de inactividad mayor de sesenta días hábiles, sea por razones de reparación, sustitución, siniestro, accidentes o baja rentabilidad en la producción o del Jefe del Departamento de Protección y Registro, los Directores Regionales, los Jefes de Oficinas Regionales y Jefes de Oficinas Auxiliares, podrá otorgar previa valoración de la solicitud respectiva que el interesado deberá presentar y en la cual expondrá las razones de su solicitud, la justificación o prueba respectiva y lugar para atender notificaciones o fax para recibirlas, un permiso de inactividad inicial por un plazo máximo de un año calendario contado a partir de la fecha de emisión de la autorización respectiva por parte de dicho departamento, dirección u oficina, la cual se comunicará en forma inmediata al interesado, en todo caso la autorización entrará en vigencia a partir del momento en que sea debidamente notificada al solicitante.

Artículo 3º—El plazo del permiso de inactividad de la licencia de pesca concedido podrá ser prorrogado por períodos anuales y hasta un máximo de tres prorrogas, por parte de las dependencias administrativas mencionadas, si antes del vencimiento del término fijado, el interesado así lo solicita en escrito motivado al Instituto, quien previa valoración de la justificación señalada por el permisionario de los documentos de soporte aportados por el interesado, el análisis de las condiciones técnicas, científicas, esfuerzo pesquero, extracción de los recursos marinos, podrá otorgar la prorroga solicitada siempre y cuando concurran las circunstancias y justificaciones necesarias para su aprobación.

Artículo 4º—La Presidencia Ejecutiva del INCOPESCA, podrá conceder por acuerdo expreso de ésta, previa valoración de las razones que para ello exponga el permisionario, a la luz del expediente respectivo y las condiciones técnicas, científicas y de explotación de los recursos pesqueros un plazo adicional y perentorio dentro de un termino de uno a dos años máximo y podrá fijar las condiciones pertinentes para su otorgamiento.

Tratándose de inactividades concedidas por baja rentabilidad en la extracción o producción de los recursos pesqueros, deberá aportar los insumos que certifiquen tal condición y además deberá verificarse que la embarcación se mantiene en condiciones aptas para ejecutar las faenas de pesca.

Artículo 5º—Vencido el término permitido de la inactividad según se hubiere concedido al interesado y no se reactiva la licencia de pesca por un plazo no menor de un año el permiso o licencia de pesca caducará de pleno derecho y el Instituto procederá a su cancelación administrativa.

Artículo 6º—El permisionario al que se le hubiere otorgado permiso de inactividad de la licencia de pesca, puede en cualquier momento durante la vigencia de este, comunicar por escrito al INCOPESCA, el reinicio de sus actividades o faenas de pesca, en cuyo caso el plazo concedido y la inactividad cesarán de pleno derecho.

Durante la vigencia del permiso de inactividad, el permisionario no podrá realizar faenas de pesca, caso contrario y mediante la realización del procedimiento respectivo, podrá hacerse acreedor a las sanciones administrativas correspondientes.

El Departamento de Protección y Registro, los Jefes de las Direcciones y Oficinas Regionales proporcionaran permanentemente a la Sección de Control y Administración del Combustible, la información pertinente sobre los permisos de inactividad concedidos al Instituto a los efectos del control de dicho beneficio.

Artículo 7º—Los interesados podrán recurrir ante el ente competente de conformidad con la ley, contra resoluciones que denieguen el trámite de inactividad requerido, por motivos de legalidad o de oportunidad debiendo interponerse el recurso pertinente dentro del término de tres días hábiles, plazo contado a partir de la comunicación del acto de denegación.

Artículo 8º—Quienes gocen de permisos de inactividad deberán mantener al día el canon correspondiente a la licencia de pesca, aún a pesar de no estar realizando labores de pesca.

Artículo 9º—Derogatoria. Deróguese los Acuerdos AJDIP-132-99, AJDIP-064-2003, AJDIP/380-2004, AJDIP/534-2004, AJDIP/109-2005 en sus artículos 5, 6, 7, 8, 9 y 10. Así como cualquier disposición legal de igual o menor rango que se le oponga.

Artículo 10.—Publíquese.

Dr. Carlos Villalobos Solé, Presidente Ejecutivo.—Yahaira Chambers Vargas, Secretaria.—1 vez.—(7958).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO DE COSTA RICA

OFICINA EN DESAMPARADOS

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

A quien interese, hago constar que el certificado de depósito a plazo del Banco de Costa Rica:

   Cert. Nº        Monto ¢          Plazo        Emisión          Vence       Tasa

  62056000    9.664.155,16      30 días      28/01/2008    28/02/2008  5,75 %

A la orden de Jorge E. Montoya Jiménez, cédula: 1-0313-0176. Ha sido reportado como extraviado, por lo que se solicita al Banco de Costa Rica su reposición de acuerdo con lo establecido. Solicita: Jorge E. Montoya Jiménez, cédula 1-0313-0176.

Desamparados, 29 de enero del 2008.—Yulia Ramírez Villalta, Oficial Comercial.—Nº 11886.—(8284).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

A quien interese hago constar que el certificado de depósito a plazo del Banco de Costa Rica, certificado Nº 61640700, monto 420.000,00 colones, plazo 524 días, emitido 22 de febrero del 2006, vence 1º de agosto del 2007, tasa 13.75%.

Certificado emitido a la orden de: E.S. Consultoría y Construcción S. A. Emitido por la oficina Banco de CR, Sucursal Saret, ha sido reportado como extraviado, por lo que se solicita al Banco de Costa Rica su reposición de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

Ing. Édgar Allan Solís Benavides, Solicitante.—(8420).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

ÁREA DE INVESTIGACIÓN

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Bernardo Mata Soto, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de enero del 2008.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(8113).

Arnoldo Esteban Acuña Alvarado, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 23 de enero del 2008.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 11745.—(8282).

UNIVERSIDAD NACIONAL

REPOSICIÓN DE TÍTULO

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por extravío, correspondiente al título de Bachillerato en Ciencias de la Educación con Énfasis en Problema de Aprendizaje, grado académico: bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo folio T… asiento 12118; a nombre de Benavides Castro Xinia María, con fecha 30 de mayo de 1987, cédula de identidad Nº 1-0635-0305. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Heredia, 24 de enero del 2008.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—(8592).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Se le comunica a la señora Ingrid Sánchez Briceño la resolución de las quince horas del seis de diciembre del dos mil siete, en la cual se resuelve conferir guarda, crianza y educación provisional a favor de las personas menores de edad Irvin, Justin, Abril; todos López Sánchez al progenitor Hallens López Gutiérrez. Notifíquese lo anterior a los interesados, de conformidad con la Ley de Notificaciones vigente. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, presentando verbalmente o escrito entre las siguientes cuarenta y ocho horas hábiles siguientes de esta notificación. El recurso podrá presentarse ante el mismo órgano que dictó la resolución. La interposición del recurso no suspende la ejecución de lo aquí resuelto. Deben señalar lugar o medio para el recibo de notificaciones. En caso de que el lugar señalado fuese incierto o no existiere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictadas, igual efecto se producirá si el medio electrónico informado no fuese eficaz en su transmisión. Expediente Nº 113-00051-07.—Oficina Local de Tibás, 10 de diciembre del 2007.—Lic. Kryssia Abigaíl Miranda Hurtado, Representante Legal.—(Solicitud Nº 776).—C-9020.—(7899).

A Ceferino Treminio Mendoza y Reina Vanessa Meléndez Fernández, se les comunica que por resolución de las trece horas con treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil ocho, se declaró la adoptabilidad de la persona menor de edad Briana Jimena Treminio Meléndez y se ordenó referir el expediente al Departamento de Adopciones a fin de ubicar en riesgo a la menor de edad con una pareja adoptiva. Notifíquese lo anterior a los interesados a quienes se les previene que deben señalar casa u oficina para recibir notificaciones, con la advertencia de que de no hacerlo las resoluciones posteriores que se dicten se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas, igual consecuencia se tendrá, si el lugar fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Garantía de defensa: se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina Local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: contra esta resolución proceden los recursos de revocatoria y de apelación, los que deberán interponerse dentro de los tres días siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto, siendo competencia de esta oficina Local resolver el de revocatoria, el de apelación corresponderá a la presidencia ejecutiva de la institución, es potestativo usar uno o ambos recursos, pero será inadmisible el interpuesto pasado los tres días señalados. Expediente Nº 115-00046-01.—Oficina Local de Alajuelita, enero 2008.—Lic. Kattia Vanessa Hernández Méndez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 776).—C-7670.—(7900).

Al señor Marco Vinicio Gutiérrez Montero, se le comunica que por resolución de las catorce horas del veinticinco de octubre del dos mil siete, se modificó la medida de protección a favor de la persona menor de edad Israel Jesús Gutiérrez Vargas, en la cual se ordenó el abrigo temporal del mismo para que permanezca a cargo del la institución. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto o si el medio seleccionado fuere defectuoso las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se le hace saber, además, que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Ileana Ballard Romero, Representante Legal.—(Solicitud Nº 776).—C-7220.—(7901).

A Mayra Delgado Martínez, nicaragüense, demás calidades desconocidas y a quien interese, se le comunica la resolución administrativa de las trece horas con treinta minutos del quince de enero de dos mil ocho, que dicta medida especial de protección de abrigo temporal en Ong Hogar Cuna por hasta seis meses, en beneficio de la niña Abigail Jazmín Delgado Martínez. Asimismo, se le ordena orientación, apoyo y seguimiento institucional. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en esta Oficina Local. Recurso: procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro de las 48 horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente Nº 115-00012-08.—Oficina Local de Alajuelita, enero del 2008.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 776).—C-4970.—(7902).

A Viviana Fiat Zúñiga, se le comunica que por resolución de las nueve horas quince minutos del veintiuno de diciembre del dos mil siete, se declaró la adoptabilidad a favor de la persona menor de edad Forres Fiat Zúñiga. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, si el medio seleccionado fuere defectuoso o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución y de revocatoria los cuales se deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Publíquese. Expediente Nº 115-00029-07.—Oficina Local del Sur.—Lic. Ileana Ballard Romero, Representante Legal.—(Solicitud Nº 776).—C-7220.—(7903).

Al señor se les pone en conocimiento, la resolución de las ocho horas y cuarenta minutos del día dieciséis de enero del año dos mil ocho, que resolvió: l)- ordenar el procedimiento administrativo de medidas de protección, resolviendo el cuido provisional de la niña Rubí Guevara Fernández, hija de Karla Guevara Fernández en el hogar de los señores Rosa Angélica González Oporta y de Erwing Oporta Oporta. Notifíquese la anterior resolución a los interesados con la advertencia que tienen que señalar casa u oficina donde recibir notificaciones. Expediente administrativo Nº 241-00002-2008.—Oficina Local de San Carlos.—Lic. Xinia Guerrero Araya, Representante Legal.—(Solicitud Nº 776).—C-4520.—(7905).

A María Auxiliadora Lozano Obando, se le comunica la resolución de este Despacho de las 11:00 horas del 20 de noviembre del 2007, por medio de las cual se ordenó medida de protección a favor de Steven José Parra Lozano donde se ordenó al padre asumir mayor responsabilidad en la atención y control de su hijo, mantenerlo incorporado al sistema educativo, no utilizar el castigo físico como forma de corrección. Gestionar regulación de visitas entre los padres, que la escuela Alberto Manuel Brenes continúe apoyando al niño y a la familia y seguimiento por parte de este Despacho por espacio de seis meses. Recurso: apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes al de la tercera publicación, ante la oficina local de San Ramón, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras en San Ramón y de alzada en San José, pudiendo señalar número de fax, para tal fin, de lo contrario las resoluciones que se dicte, se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. San Ramón, 08 de enero del 2008. Expediente Nº 244-001200-07.—Oficina Local de San Ramón.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director.—(Solicitud Nº 776).—C-6320.—(7906).

Se les hace saber a quien interese padres desconocidos: se comunica la resolución de las siete horas con cuarenta minutos del día diez de diciembre del dos mil siete, donde se dicta resolución administrativa proceso especial de protección a favor de Lillian Estrada López contra esta resolución proceden los recursos de revocatoria y de apelación los que deberá interponer dentro de los tres días siguientes a la publicación de este edicto, correspondiendo a la Presidencia Ejecutiva resolver dicho recurso. Debiendo señalar lugar para atender notificaciones dentro del perímetro de la Oficina Local de Cartago. En caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Expediente Administrativo Nº 331-00180-2007.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Lidiette Calvo Garita, Órgano Director.—(Solicitud Nº 776).—C-8120.—(7907).

Al señor Carlos Roberto Fernández Montero, de domicilio y demás calidades desconocidas por esta Oficina, se les notifica la resolución administrativa de las quince horas quince minutos siete de diciembre de dos mil siete, dictada en favor de entre otra la persona menor de edad Axel Roberto Fernández Oviedo, que refiere su situación y la de su grupo familiar al Instituto Mixto de Ayuda Social. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante la Oficina Local de Heredia Norte, en forma verbal o escrita; Oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Publíquese. Expediente Nº 431-00193-07.—Oficina Local de Heredia Norte.—Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—(Solicitud Nº 776).—C-5870.—(7908).

A los señores Karol Gutiérrez Zúñiga, Jonathan Ramírez y Alex Venegas de calidades desconocidas, se les comunica la resolución de este despacho de las catorce horas del día quince de diciembre del año dos mil siete, que ordenó el Depósito Administrativo de las personas menores de edad Jonathan Manuel Ramírez Gutiérrez y Gustavo Venegas Gutiérrez en la figura de la señora María Elena Zúñiga Fallas, contra la presente resolución proceden el recurso de apelación que deberá interponerse ante esta representación legal, sita en Heredia centro, doscientos metros al norte de la Municipalidad de Heredia y el segundo ante la Presidencia Ejecutiva de la Entidad ubicada en San José de Casa Matute Gómez ciento cincuenta metros al sur. Dicho recurso podrá interponerse en el término de cuarenta y ocho horas contadas a partir del día posterior a la notificación de la presente resolución. Publíquese.—Oficina Local de Heredia, diciembre 2007.—Lic. Ilse Trejos Salas, Representante Legal.—(Solicitud Nº 776).—C-6320.—(7909).

A los señores Marjorie Bermúdez López y Leonel Umaña González, de domicilio y demás calidades desconocidas por esta oficina, se les notifica la resolución administrativa de las once horas del seis de noviembre de dos mil siete, dictada a favor de entre otra la persona menor de edad Adriana Umaña Bermúdez, que sustituye medida de abrigo temporal por la medida de cuido provisional ubicando a la niña con su abuela materna. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante las Oficina Local de Heredia Norte, en forma verbal o escrita; Oficina que lo elevará ante la presidencia ejecutiva de la institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Publíquese. Expediente Nº 112-252-05.—Oficina Local de Heredia Norte.—Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—(Solicitud Nº 776).—C-5870.—(7910).

A los señores Zayda Arista Arista y Julio César Barboza Ramírez, domicilio y demás calidades desconocidas por esta oficina local, se les comunica que por resolución de este despacho de las quince horas del día trece de diciembre del año dos mil siete que ordenó la medida de cuido provisional de los niños Maike Rolando, Brandon Ali ambos Barboza Arista y Mariangel Arista, en el hogar de la señora Hazel Arista Flores. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Oficina Local de Heredia, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en San José de Matute Gómez 150 metros al sur antiguo edificio de Dos Pinos entre las 7.30 a.m. y las 16:00 p.m., se podrá interponer en forma verbal o escrita dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se advierte que se debe señalar lugar donde recibir notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de la presidencia ejecutiva. La presentación del recurso no suspende la aplicación de las medidas de protección indicadas. Notifíquese.—Oficina Local de Heredia Norte.—Lic. Ilse Trejos Salas, Representante Legal.—(Solicitud Nº 776).—C-7220.—(7911).

A la señora Antonia Hernández Andrade, se le hace saber la resolución de las ocho horas con treinta minutos del catorce de enero del dos mil ocho, medida de protección de cuido provisional del niño David Josué Hernández Andrade en el hogar de los señores Jessica Ramírez Camacho y Mauricio Ramírez Leitón, contra la presente resolución procede el recurso de apelación ante esta representación legal, sita en Llorente de Flores de Heredia, cien metros al sur de las Oficinas del Banco Nacional de Costa Rica, y setenta y cinco metros al oeste, quien lo elevará ante la presidencia ejecutiva de la entidad ubicada en San José, antiguo edificio Dos Pinos, dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación del presente edicto. Publíquese.—Oficina Local de Heredia Sur.—Lic. Marcela Ramírez Ulate, Representante Legal.—(Solicitud Nº 776).—C-5420.—(7912).

Al señor Álvaro Jesús Vargas Picado, se le comunica la resolución administrativa de las ocho horas del día ocho de enero del dos mil ocho, mediante la cual se revocó la medida especial de protección de las trece horas del diecinueve de octubre del dos mil siete, en la cual se había ordenado el ingreso del joven Álvaro Stevan Vargas Denes a Comunidad Encuentro en San Vito de Coto Brus, con el fin de recibir tratamiento terapéutico para su rehabilitación por consumo de sustancias adictivas, pero que egresó voluntariamente de dicho centro con apoyo familiar. Garantía de defensa: se les hace saber que tienen derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la oficina local. Recurso: se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este despacho o ante la Presidencia Ejecutiva, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente Nº 631-00046-2007.—Oficina Local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente Legal.—(Solicitud Nº 776).—C-9020.—(7915).

Al señor Didier Sequeira Badilla, se le comunica la resolución administrativa de las ocho horas del día quince de enero del dos mil ocho, mediante la cual se revocó la medida especial de protección de las catorce horas del treinta de noviembre del dos mil siete, en la cual se había ordenado el ingreso del joven Didier Sequeira Mata al Hogar Crea para Niños y Adolescentes de Birrisito de Cartago, con el fin de recibir tratamiento terapéutico para su rehabilitación por consumo de sustancias adictivas, pero que egresó voluntariamente de dicho centro. Garantía de defensa se les hace saber que tienen derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este despacho o ante la Presidencia Ejecutiva, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente Nº 631-00019-2006.—Oficina Local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente Legal.—(Solicitud Nº 776).—C-9020.—(7916).

Al señor Mario Eduardo Ríos Acevedo, se le comunica formalmente las resoluciones administrativas de las catorce horas del día once de julio del dos mil siete, de ingreso a Hogar Crea de Heredia del joven Andoni Eduardo Ríos Torrentes, de las diez horas del día siete de agosto del dos mil siete, mediante la cual se revoca la citada orden de ingreso a dicho centro, de las nueve horas del día diecisiete de diciembre del dos mil siete, nuevamente de ingreso a Hogar Crea para Niños y Adolescentes de Heredia; y de las catorce horas del día nueve de enero del dos mil ocho, que revoca la anterior orden de ingreso a dicho centro. Las órdenes de ingreso a la citada ONG, fueron el fin de recibir tratamiento terapéutico para su rehabilitación por consumo de sustancias adictivas. Garantía de defensa: se les hace saber que tienen derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este despacho o ante la Presidencia Ejecutivo, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente Nº 631-00027-2007.—Oficina Local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente Legal.—(Solicitud Nº 776).—C-9020.—(7917).

Al señor Víctor Eduardo González Matarrita, se le comunica la resolución de las quince horas del diecinueve de setiembre del dos mil siete, mediante la cual se ordenó como medida especial de protección la reubicación del joven Ernesto Eugenio González Cortés, en el hogar de su progenitora María de los Ángeles Cortés Vargas, con un seguimiento psico-social a efectos de definir situación legal de proceso de depósito judicial en el PANI de la citada persona menor de edad. Garantía de defensa: se les hace saber que tienen derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local. Recurso: se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este despacho o ante la Presidencia Ejecutivo, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente Nº 631-00033-2000.—Oficina Local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente Legal.—(Solicitud Nº 776).—C-9020.—(7918).

A María del Carmen Zúñiga González, se le comunica que por resolución de las diez horas treinta minutos del veintiuno de diciembre del año dos mil siete, se dictó medida de protección de abrigo temporal a fin que la persona menor de edad Shiri Zúñiga González, permanezca ubicado a cargo de la Organización No Gubernamental Asociación Comunidad Cristiana El Faro. Asimismo se le ordena a la señora Zúñiga González su inclusión en un programa de rehabilitación para toxicómanos en un centro reconocido de su predilección, para lo cual deberá aportar ante esta instancia comprobantes de asistencia en el tiempo y forma que la funcionaria a cargo del seguimiento de la situación le indique. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones; o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber, además, que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente Nº 243-00036-2000.—Oficina Local de La Unión.—Lic. Patricia Hernández Sánchez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 776).—C-9020.—(7919).

Se comunica a la señora Flory Eunice Gutiérrez Umaña, mayor, costarricense, portadora de la cédula de identidad Nº 6-322-903, de domicilio y demás calidades desconocidas, progenitora de las personas menores de edad José Mario Gutiérrez Umaña, de ocho años de edad, nacido el día veintitrés de agosto del año de mil novecientos noventa y nueve, en la ciudad de Hospital, central, San José, bajo las citas de nacimiento: tomo: 1753, folio: 269, asiento: 537 y Kristel Valeria Gutiérrez Umaña, de seis años de edad, nacida el día diecinueve de enero del año dos mil uno, en la ciudad de Hospital, central, San José, bajo las citas de nacimiento: tomo: 1807, folio: 157, asiento: 314, la resolución administrativa de las catorce horas del día catorce de diciembre del año dos mi siete, de la Oficina Local de Pococí, que ordenó entre otras medidas de protección el cuido provisional, de las personas menores de edad indicada en el hogar de sus tíos maternos, los señores Raquel Gutiérrez Umaña y Rafael Ángel Meléndez Mora, ambos en unión de hecho y vecinos de Ciudad Cortés, Puntarenas. Recurso: el de apelación, señalando lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto.—Oficina Local de Pococí.—Lic. Tatiana Torres López, Representante Legal.—(Solicitud Nº 776).—C-9020.—(7920).

Se comunica al señor Gilbert Lázaro Alvarado, mayor, costarricense, demás calidades, progenitor de la persona menor de edad Carlos Alberto, de dieciséis años de edad, nacido el día primero de octubre del año mil novecientos noventa y uno, en la ciudad de Carmen, central, San José, bajo las citas de nacimiento: tomo: 1478, folio: 360, asiento: 719, hijo de la señora Lucrecia Ballestero Fonseca, mayor, costarricense, administradora del hogar, vecina de Guápiles, Cascadas Cinco, portadora de la cédula de identidad Nº 1-627-707, la resolución administrativa de las trece horas del día siete de diciembre del año dos mil siete, de la Oficina Local de Pococí, que ordenó entre otras medidas de protección el abrigo temporal, de la persona menor de edad indicada en el Albergue Transitorio de Guácimo, ubicado en Guácimo, Limón. Recurso: el de apelación, señalando lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto.—Oficina Local de Pococí.—Lic. Tatiana Torres López, Representante Legal.—(Solicitud Nº 776).—C-7670.—(7921).

A Ancizar Hurtado Castaño se le comunica la resolución de las diez horas del veintinueve de enero del año dos mil ocho, en la que se promueven diligencias de salida del país de la persona menor de edad Brian Hurtado Ortiz contra la presente resolución procede el recurso de revocatoria ante este despacho y apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la entidad, dicho recurso podrá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a la tercera publicación del edicto de Ley. Publíquese tres veces.—Oficina Local de Heredia Sur.—Lic. Marcela Ramírez Ulate, Representante Legal.—(8048)

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se le comunica a la señora Lisbeth Morales Montoya, que en esta Oficina Local de San José Este, se ha recibido solicitud del señor Miguel Ángel Pérez Torres, a fin de que el Patronato Nacional de la Infancia recomiende a la Dirección General de Migración y Extranjería, autorizar la salida del país de las personas menores de edad Miguel Angelo y Hillary ambos de apellidos Pérez Morales, en compañía de su padre en los días del veintiséis de enero al treinta de febrero del año dos mil ocho, con motivo de sus vacaciones, teniendo como destino a la Nicaragua. Conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Personas Menores de Edad, artículo tercero, se otorga plazo de ocho días a partir de la última publicación, a fin de que quien tenga derecho o interés pueda manifestar su oposición o asentimiento. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un diario de circulación nacional a costa de la parte.—Oficina Local de San José Este, nueve de octubre del dos mil siete.—Lic. Alma Nuvia Zavala Martínez, Representante Legal.—(10857).

INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

AVISO

El Instituto Nacional de las Mujeres hace del conocimiento público que se ha extraviado el libro de actas de la Comisión De Contratos Administrativos. El INAMU no se hace responsable del uso que se le dé. Dirección Administrativa.—Juanita Grant Rojas, Directora.—(Solicitud Nº 10413-INAMU).—C-21800.—(8039).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE VÁZQUEZ DE CORONADO

Aviso Nº 2

La Municipalidad de Vázquez de Coronado, cédula jurídica 3-014-045149 solicita ante la unidad de Auditoría Interna la reposición del folio Nº 187 del tomo 30 del Libro de Actas del Concejo Municipal, quien se considera afectado puede manifestar su oposición ante la Unidad de sita, ubicada en la Municipalidad de Vázquez de Coronado, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Vázquez de Coronado, 4 de febrero del 2008.—Nydia Arroyo Mora, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—(9375).

MUNICIPALIDAD DE NICOYA

Conforme al numeral 53 de la Ley Nº 7794, transcribo acuerdo N° 12 de la sesión ordinaria 78 del 29 de octubre 2007, que dice:

Inciso b)

Se da lectura de Oficio firmado por el señor Luis Fernando Díaz Flores, Asistente Legal y miembro del Órgano Director sobre alteración de la ruta original del camino Nosara a Las Delicias de Garza.

Acuerdo N° 12: El Concejo Municipal en forma unánime aprueba el informe del Órgano Director sobre alteración de la ruta original del camino Nosara a Las Delicias de Garza, y por tanto haberse determinado que el camino que va de Nosara a Las Delicias ha sido cerrado en un tramo de 50 m, se ordena la reapertura de esa vía con base en el artículo 33 de la Ley General de Caminos Públicos.

Se autoriza al señor Alcalde Municipal a dicha reapertura, siendo de acatamiento obligatorio el cumplimiento del presente acto, previa publicación en el Diario Oficial La Gaceta y en observancia del debido proceso. Comuníquese a través del medio establecido.

Se edita el presente para la publicación de una sola vez, y cumplir con el Ordenamiento Jurídico.

Nicoya, 29 de enero del 2008.—Marco Antonio Jiménez Muñoz, Secretario Municipal.—1 vez.—Nº 12352.—(8632).

AVISOS

CONVOCATORIAS

KINGSLAND DEVELOPMENTS INC, S. A.

Se convoca a todos los accionistas de Kingsland Development Inc S. A. a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas a celebrarse a las 10:00 horas del 20 de marzo del año 2008, en el domicilio social de la empresa, en Playas del Coco, Sardinal de Carrillo Guanacaste, local rotulado Coco Vista localizado sobre el boulevard de El Coco, 150 metros sureste de la Parada de Buses Pulmitan. Agenda: 1) Verificación del Quórum. 2) Informe de la Junta Directiva sobre los dos últimos ejercicios fiscales, (2006 y 2007). 3) Análisis de la situación legal y financiera de la empresa. 4) Discutir y aprobar o improbar el informe sobre los resultados de dichos ejercicios anuales y la toma de medidas que se juzguen oportunas. A falta de quórum en primera convocatoria la asamblea se llevará a cabo en segunda convocatoria una hora después

San José, 25 de enero del año 2008.—Lic. James Anthony Bruno, Tesorero Apoderado Generalísimo.—1 vez.—N° 13038.—(9869).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

ROSSY TOURS SOCIEDAD ANÓNIMA

Rossy Tours Sociedad Anónima cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y nueve mil novecientos cincuenta y dos; solícita a la Dirección de Tributación Directa la reposición de tres libros: Actas de Consejo de Administración (ACA); Actas de Asambleas de Socios (AAS); Registro de Socios (RS). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y asistencia al contribuyente. Área de Administración Tributaria de Puntarenas, en él termino de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación.—Puntarenas, nueve de enero del 2008.—Lic. Carlos Luis Carrillo Campos, Representante Legal.—(8029).

Kattia Calvo Molina cédula de identidad número 1-826-691 solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los libros: inventarios y balances número 1, mayor número 1 y diario número 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Kattia Calvo Murillo.—(8049).

GRUPO MUTUAL ALAJUELA LA VIVIENDA

De conformidad con los artículos 708-709-710 del Código de Comercio, el señor Gilberto García Rodríguez, solicita la reposición del título valor certificado de depósito a plazo número 118 302 2000062728 por ¢9.697.416,07 y su respectivo cupón de intereses.—Heredia, 29 de enero de 2008.—Melissa Fallas Céspedes, Auxiliar de Servicios Financieros.—(8063).

LUJO SOCIEDAD ANÓNIMA

Lujo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-014741, solicita a la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros de Actas Diario Número Uno, Mayor Número Uno, Inventario y Balances Número Uno, Registro de Accionistas Número Uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia del Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la ultima publicación en el Diario Oficial La Gaceta y de un diario de circulación nacional.—Lic. Depsy Espinoza Fuentes, Notaria.—(8107).

EL PREBOSTE SOCIEDAD ANÓNIMA

El Preboste Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-183060, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del Libro de Actas de Asamblea General Nº 1 por reponer. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Ian William Rixon.—(8123).

INMOBILIARIA ENUR S. A.

La señora Cledy Cruz Angulo, con cédula 5-083-047, solicita ante esta Junta Directiva, la reposición del certificado de la serie B Nº 22, por 400 acciones comunes y nominativas y por un valor nominal de ¢ 1.000,00 cada una, de la sociedad denominada Inmobiliaria Enur S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-124956. Se cita y emplaza a terceros interesados a hacer valer sus derechos mediante escrito dirigido a la secretaría de la Junta Directiva, dentro del plazo improrrogable de 8 días contados a partir de la primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta de la presente reposición.—San José, 23 de febrero del 2004.—Rodrigo Uribe Sáenz, Presidente.—Nº 11939.—(8288).

Yo, Jorge Luis Torres Martínez, comerciante, cédula 7-065-235, en mi condición personal, hago constar que hemos iniciado la solicitud de reposición de los libros contables Mayor, Inventarios y Balances y Diario, todos números uno, ante la Dirección General de Tributación de Limón. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de Tributación en Limón, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este edicto.—Jorge Luis Torres Martínez.—Nº 11799.—(8289).

Yo, Mauricio Carballo Meza, comerciante, cédula 7-128-280, en mi condición personal, hago constar que hemos iniciado la solicitud de reposición de los libros contables Mayor, Inventarios y Balances y Diario, todos números uno, ante la Dirección General de Tributación de Limón. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de Tributación en Limón, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este edicto.—Mauricio Carballo Meza.—Nº 11800.—(8290).

Yo, Wilber Francisco Carballo Meza, comerciante, cédula 7-119-982, en mi condición personal, hago constar que hemos iniciado la solicitud de reposición de los libros contables Mayor, Inventarios y Balances y Diario, todos números uno, ante la Dirección General de Tributación de Limón. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de Tributación en Limón, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este edicto.—Wilber Francisco Carballo Meza.—Nº 11802.—(8291).

GANADERÍA RANCHO MACHO RAMSA SOCIEDAD ANÓNIMA

Ganadería Rancho Macho RAMSA Sociedad Anónima, con cédula 3-101-144297, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas Asambleas de Socios, Actas de Consejo de Administración y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de Liberia, Guanacaste, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Pía Picado González, Notaria.—Nº 11807.—(8293).

Yo, José Fernando López Rocha, cédula cinco-trescientos dieciséis-seiscientos cincuenta y cuatro, por haberse extraviado los libros legales, solicito a Tributación Directa la reposición de los libros Mayor, Diario, Inventario y Balances. Presentar oposiciones dentro del término de ley.—José Fernando López Rocha.—Nº 12033.—(8294).

CHICAS PODEROSAS S. A.

Chicas Poderosas S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno- trescientos dieciséis mil ochocientos noventa y ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Acta Asamblea General de Socios, por extravío del mismo. Quien se considere afectado podrá dirigir sus oposiciones ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente, (Legalización de Libros), Administración de San José, al término de ocho días hábiles a partir de la última publicación.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Xinia Patricia Mora Segura, Notaria.—Nº 12119.—(8295).

INVERSIONES EL JILGUERO SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones El Jilguero Sociedad Anónima, cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-cero dos seis cero dos seis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de Actas de Junta Directiva y libro de Registro de Socios de la presente compañía. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de aviso.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—Nº 12121.—(8296).

KALEB CASTRO S. A.

La sociedad Kaleb Castro S. A., cédula jurídica Nº 3-101-325083, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición por pérdida de los libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—Sonia Salas Víquez, Presidenta.—Nº 12245.—(8297).

UNIVERSIDAD INTERNACIONAL

SAN ISIDRO LABRADOR

La Universidad Internacional San Isidro Labrador, comunica que los Títulos de Bachillerato en la Enseñanza de los Estudios Sociales y Licenciatura en Educación con Énfasis en la Enseñanza de los Estudios Sociales, de la señora Hannis Obando Mora, cédula de identidad Nº 1-856-711, fueron extraviados, por lo cual la Universidad está tramitando la reposición de dichos títulos. Cualquier interesado comunicarse a la Universidad Internacional San Isidro Labrador.—San Isidro de El General, 25 de enero del 2008.—MSc. Ruth Rodríguez Quesada, Rectora.—(8413).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

JIMÉNEZ Y MONESTEL SOCIEDAD ANÓNIMA

Rodolfo Jiménez Jiménez, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Alajuela centro, con cédula dos-ciento noventa y cinco-trescientos seis, en mi condición de Presidente, hago constar que hemos iniciado la reposición de los libros diario uno, mayor uno, inventario y balances uno, actas de consejo de administración uno, actas de asamblea de socios uno y registro de socios uno, de la sociedad Jiménez y Monestel Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-095882, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público a tomo quinientos treinta y ocho, folio doscientos treinta y ocho, asiento cuatrocientos cincuenta y dos quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Alajuela, 30 de enero del 2008.—Rodolfo Jiménez Jiménez, Presidente.—(8417).

RODOLFO JIMÉNEZ DE ALAJUELA SOCIEDAD ANÓNIMA

Rodolfo Jiménez Jiménez, mayor, casado una vez, pensionado, vecino de Alajuela centro, con cédula dos-ciento noventa y cinco-trescientos seis, en mi condición de Presidente, hago constar que hemos iniciado la reposición de los libros diario uno, mayor uno, inventario y balances uno, actas de consejo de administración uno, actas de asamblea de socios uno y registro de socios uno, de la sociedad Rodolfo Jiménez de Alajuela Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-155297, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público a tomo ochocientos treinta y nueve, folio ochenta y uno, asiento ciento catorce. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Alajuela, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Alajuela, 30 de enero del 2008.—Rodolfo Jiménez Jiménez, Presidente.—(8418).

MONTEALEGRE Y CABRERA INC. SOCIEDAD ANÓNIMA

Montealegre y Cabrera Inc. Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-356735, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: diario-01, mayor-01, inventarios y balance-01, actas de consejo de administración-01, actas de asamblea de socios-01 y registro de socios-01. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.

Lic. José Manuel Mojíca Cerda.—(8460).

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

1.  Contrato OC-415538, propiedad del Ing. Jeffrey Morales Calvo. (IC-14480)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-415538, propiedad del Ing. Jeffrey Morales Calvo. (IC-14480)

2.  Contrato OC-418237, propiedad del Arq. Jorge Bertheau Odio. (A-0481)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-418237, propiedad del Arq. Jorge Bertheau Odio. (A-0481)

3.  Contrato SJ-330933, propiedad del Ing. Federico Carranza Mora. (IC-11878)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría SJ-330933, propiedad del Ing. Federico Carranza Mora. (IC-11878)

4.  Contrato OC-389937 propiedad del Arq. Alvaro Enrique Camacho Castañeda. (A-12017)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-389937 propiedad del Arq. Álvaro Enrique Camacho Castañeda. (A-12017)

5.  Contrato OC-393931 propiedad del Arq. William Gerardo Martínez Sandoval (A-7822)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-393931 propiedad del Arq. William Gerardo Martínez Sandoval. (A-7822)

6.  Contrato OC-410152, propiedad del Arq. Danny Morales Bolaños (A-11266)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-410152, propiedad del Arq. Danny Morales Bolaños. (A-11266)

7.  Contrato OC-402408, propiedad del Ing. Cristian Mata Quesada. (IC-10706)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-402408, propiedad del Ing. Cristian Mata Quesada. (Carné IC-10706)

8.  Contrato OG-365782, propiedad de la Arq. Brenda Sofía Ali Esquivel (A-11588)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OG-365782, propiedad de la Arq. Brenda Sofia Ali Esquivel. (A-11588)

9.  Contrato SC-410078-EX, propiedad del Ing. Antonio Sánchez Hidalgo. (IC-5593)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría SC-410078-EX, propiedad del Ing. Antonio Sánchez Hidalgo. (IC-5593)

10.   Contrato OC-409285, propiedad del Ing. Luis Guillermo Chaves Díaz. (IC-9145)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-409285, propiedad del Ing. Luis Guillermo Chaves Díaz. (IC-9145)

11.   Contrato OC-396890 propiedad del Ing. Diego Gómez Granados. (ICO-8173)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-396890, propiedad del Ing. Diego Gómez Granados. (ICO-8173)

12.   Contrato OC-416635, propiedad del Arq. Alejandro Schmidt Corrales. (A-5199)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-416635, propiedad del Arq. Alejandro Schmidt Corrales. (A-5199)

13.     Contrato OC-426242, propiedad del Arq. Javier Osvaldo Arce Sotillo. (A-10582)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-426242, propiedad del Arq. Javier Osvaldo Arce Sotillo. (A-10582)

14.   Contrato OC-384999, propiedad del Arq. Juan Antonio Robles Alvarado. (A-15804)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-384999, propiedad del Arq. Juan Antonio Robles Alvarado. (A-15804)

15.   Contrato OC-399932, propiedad del Ing. José Martín Serrano Solano. (IC-5404)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-399932, propiedad del Ing. José Martín Serrano Solano. (IC-5404)

16.   Contrato OG-424152, propiedad de la Arq. Ana Eugenia Briceño Carvajal. (A-10221)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OG-424152, propiedad de la Arq. Ana Eugenia Briceño Carvajal. (A-10221)

17.   Contrato OC-421701, propiedad del Ing. Gustavo Ramírez Pacheco. (IC-16791)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-421701, propiedad del Ing. Gustavo Ramírez Pacheco. (IC-16791)

18.   Contrato OC-407283, propiedad del Ing. Antonio de Jesús Iglesias. (IC-11070)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría OC-407283, propiedad del Ing. Antonio de Jesús Iglesias. (IC-11070)

19.   Contrato PZ-386355, propiedad del Ing. Sergio Rodríguez Castillo. (IC-6827)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría PZ-386355, propiedad del Ing. Sergio Rodríguez Castillo. (IC-6827)

20.   Contrato PZ-326514, propiedad del Ing. Rodolfo Hernández Quirós. (ICO-6661)

El Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, comunica el extravío del Cuaderno de Bitácora, correspondiente al contrato de consultoría PZ-326514, propiedad del Ing. Rodolfo Hernández Quirós. (ICO-6661)

San José, 25 de enero de 2008.—Departamento de Registro de Responsabilidad Profesional.—Ing. Silvia Ruiz Gutiérrez, Subjefa.—(O.C. Nº 5966).—C-192060.—(8502).

SOPORTEXPERTO.COM SOCIEDAD ANÓNIMA

Soportexperto.Com Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y cinco mil ciento dieciocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas Asamblea General, Actas de Junta Directiva, Actas de Registro de Accionistas, Diario, Mayor, Inventario y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Lorena Méndez Quirós, Notaria.—(9340).

MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO

La señora Rose Mary Anderson Cummings, cédula Nº 7-083-096, ha solicitado a MUCAP, la reposición del título valor Nº 311-300-408182, por un valor de ¢400.000,00, y su respectivo cupón de intereses por un monto de ¢2.000,10, los cuales fueron emitidos a su orden el día 18 de junio del 2007. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación.—Cartago, 1º de febrero del 2008.—Departamento de Captación de Recursos.—MBA. Javier Vanegas Villegas, Jefe.—(9358).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO

La señora Esperanza del Socorro Mejía Arauz, cédula Nº 8-081-065, ha solicitado a MUCAP la reposición de los títulos valores Nº 311-303-393822, por un valor de $ 3.960,06 y Nº 311-312-393823, por un valor de ¢514.194,50, los cuales fueron emitidos a su orden el día 13-12-2006. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de quince días naturales posteriores a la última publicación.—Cartago, 30 de enero del 2008.—Departamento de Captación de Recursos.—M.B.A. Javier Vanegas Villegas, Jefe.—Nº 12540.—(8633).

CENTRO LLANTERO DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA

Centro Llantero del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-93636, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Mayor, Diario e Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Pérez Zeledón, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Josué Martínez Quesada, Apoderado Generalísimo.—Nº 12380.—(8634).

DON FERNANDO CATERING SERVICE S. A.

Don Fernando Catering Service S. A., cédula jurídica Nº 3-101-290540, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros legales siguientes: Registro de Accionistas, Libros de Actas de Junta Directiva y Libro de Actas de Asamblea General. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—Nº 12488.—(8635).

TRANSPORTES DELDU SOCIEDAD ANÓNIMA

Transportes Deldu Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-118213, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asambleas de Socios, número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Ligia Bermúdez Barquero, Notaria.—Nº 12311.—(8636).

ITALCED S. A.

La empresa Italced S. A., cédula jurídica Nº 3-101-159459-03, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas, Asamblea General y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencial al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Luigino Scarpa, Apoderado Generalísimo.—Nº 12513.—(8637).

PRIMO CORPORATION LIMITADA

Primo Corporation Limitada, con cédula de persona jurídica número tres guión ciento dos guión trescientos noventa y cuatro mil seiscientos cuarenta, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: el libro número uno de Registro de Socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el área de información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación del aviso.—Lic. Víctor Manuel Lobo Quirós, Notario.—Nº 12519.—(8638).

CORPORACIÓN LAS ALTURAS DEL MIRAVALLES

SOCIEDAD ANÓNIMA

Se avisa que la sociedad Corporación Las Alturas del Miravalles Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- ciento doce mil doscientos noventa y ocho solicita a la Dirección General de Tributación Directa, Sede Liberia, Guanacaste, la reposición del libro de diario número uno, mayor número uno inventario y balances número uno, actas de asamblea general de socios número uno, actas del consejo de administración número uno y registro de socios número uno. Se cita a los interesados a acudir en el plazo de ley ante las oficinas respectivas para su oposición.—Liberia, 24 de enero del 2008.—Lic. Xinia González Rodríguez.—Nº 11777 y 12343.—(9090).

Importadora de Respuestos Usados Roluca RLC S A., se reforma cláusulas segunda, quinta, sétima y décima primera.—San José, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Adriana Chavarría Cordero, Notaria.—Nº 12510.—(9201).

2 v 2.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

ASOCIACIÓN DE PEQUEÑOS AGRICULTORES

DE ORTEGA DE SANTA CRUZ, GUANACASTE

El suscrito, José Villegas Vargas, quien es mayor, casado una vez, agricultor, vecino de la localidad de Ortega de Santa Cruz, cien metros al este y setenta y cinco metros al sur del Ebais, portador de la cédula de identidad número: cinco-ciento setenta y tres-setecientos diecinueve, en mi condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo in limites de suma de la Asociación de Pequeños Agricultores de Ortega de Santa Cruz, Guanacaste, con cédula de persona jurídica número: tres-cero cero dos-sesenta y un mil seiscientos seis, con todo respeto ante su respectiva autoridad me dirijo a solicitar: De conformidad con el numeral 25 del Reglamento de la Ley de Asociaciones, se nos autorice los siguientes libros por extravío de los anteriores: A) Libro de Actas de Asamblea General de Asociados. B) Libro de Actas de Junta Directiva. C) Libro de Registro de Asociados. D) Libro Mayor. E) Libro Diario. F) Libro de Inventario y Balance. Presento copia de los edictos publicados en el Diario Oficial La Gaceta y el Diario La Extra. Para notificaciones mediante el sistema de fax al teléfono 680-2345.—Santa Cruz, 28 de enero del 2008.—José Villegas Vargas, Presidente.—1 vez.—Nº 12244.—(9029).

ASOCIACIÓN AMERICANA DE AUTOMOVILISMO

Yo, Roberto Hernández González, cédula de identidad número uno-cuatrocientos ochenta y seis-setecientos treinta, en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación Americana de Automovilismo, cédula jurídica número tres-cero cero dos-trescientos veintidós mil quinientos ochenta y nueve, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición del libro de actas de asamblea general, número uno, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—31 de enero del 2008.—Roberto Hernández González, Presidente.—1 vez.—(9389).

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el suscrito notario, la sociedad Hasta La Maceta le vende a Las Sillas del Boulevar, el establecimiento comercial dedicado a bar, ubicado en el Mezzanine de Churrería Manolos,  para que conforme al artículo 479 del Código de Comercio, se apersonen los interesados a hacer valer sus derechos dentro del plazo establecido.—Lic. Francisco Hernán Barth Villalobos, Notario.—(9282).

Se hace constar que mediante escritura otorgada ante el suscrito notario, se realizo la compra venta del establecimiento mercantil Restaurante Nuestra Tierra, para que conforme al artículo 479 del Código de Comercio, se apersonen los interesados a hacer valer sus derechos dentro del plazo establecido.—Lic. Francisco Hernán Barth Villalobos, Notario.—(9283).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

En Guápiles de Pococí, ante el notario Joaquín Molina Hernández, los señores Alexander Rojas Álvarez y Carmen Corrales Hernández, constituyen sociedad de responsabilidad limitada denominada Erick de Pococí S.R.L.—Guápiles, veintiocho de enero del año dos mil ocho.—Lic. Joaquín Molina Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 11706.—(7705).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:00 horas del 24 de enero del 2008, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Brandon del Atlántico S. A., domicilio San Pedro, Vargas Araya, plazo social: 99 años. Capital social: suscrito y pagado, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Kattia Alvarado Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 11712.—(7706).

Mediante escritura otorgada, ante el suscrito notario público, a las quince horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Danenblock Sociedad Anónima. Capital: debidamente suscrito y pagado por los socios fundadores. Domicilio: San José. Representación: presidente de la junta directiva con facultades de apoderado general sin limitación de suma.—Lic. Miguel Herrera González, Notario.—1 vez.—(7815).

Por escritura de dieciséis horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de J Y R Inversiones Tres de Setiembre S. A., por la que se modificó la cláusula quinta del pacto social.—San José, veintiocho de enero del dos mil ocho.— Lic. Tobías D’Ambrosio Umaña, Notario.—1 vez.—(7874).

Álvaro Alfredo Ramírez Mora e Irma Pérez Pérez, constituyen Irmalva Sociedad Anónima. Domicilio: Bufete Navas & Navas, Sabana Oeste de Compañía Nacional de Fuerza y Luz, plantel Anonos, 100 m al oeste y 150 norte, casa 12. Representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente: Presidente y secretario. Escritura de 8:30 horas del ocho de noviembre del 2007, número noventa y seis del tomo cuatro de la notaria María Gabriela Valladares Navas.—Lic. María Gabriela Valladares Navas, Notaria.—1 vez.—(7998).

A las nueve horas, del veintiocho de enero del dos mil ocho, ante la notaría del Lic. Humberto Céspedes Chacón, se constituyo Asia-Europe Commodities ASEUCO Sociedad Anónima, con domicilio Alajuela Villa Bonita. Urbanización Santa Teresita, casa número cincuenta. Se va a dedicar a comercio general y llevar todo tipo de actividad mercantil. Es todo.—Heredia, veinticuatro de mayo del dos mil siete.—Lic. Humberto Céspedes Chacón, Notario.—1 vez.—(8003).

Mediante escritura pública otorgada en San José, ante el notario público Allan Maklouf Maklouf, a las doce horas del seis de diciembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Hecmonsa & Asociados.—San José, veintisiete de enero del año dos mil ocho.—Lic. Allan Maklouf Maklouf, Notario.—1 vez.—(8004).

El suscrito Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, notario público con oficina en Alajuela, hace constar que  mediante escritura pública número 358 otorgada en mi notaría, el día 29 de enero del 2008, se constituyó Inversiones Berealva S. A.—Alajuela, 29 de enero del 2008.—Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, Notario.—1 vez.—(8021).

El suscrito Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, notario público con oficina en Alajuela, hace constar que mediante escritura pública número 352 otorgada en mi notaría, el día 23 de enero del 2008, se constituyó Transportes Gonmu S. A.—Alajuela, 7:00 horas del 24 de enero del 2008.—Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, Notario.—1 vez.—(8022).

El suscrito Lic. Johnny Ramírez Sánchez, notario público con oficina en Alajuela, hace constar que mediante escritura pública número 353 otorgada en mi notaría, el día 29 de enero del 2008, se constituyó Inversiones Todáh La`El S. A.—Alajuela, 7:00 horas del 29 de enero del 2008.—Lic. Johnny Ramírez Sánchez, Notario.—1 vez.—(8023).

El suscrito, licenciado Asdrúbal Alfaro Miranda, notario público con oficina en Alajuela, hace constar que mediante escritura pública número 365 otorgada en mi notaría, el día 23 de enero del 2008, se constituyó Inversiones Joalde J.A.D. S. A.—Alajuela, 10 horas del 29 de enero del 2008.—Lic. Asdrúbal Alfaro Miranda, Notario.—1 vez.—(8025).

Por escritura número ciento cuarenta y ocho, del tomo 3, otorgada en esta notaría, a las 9:00 horas del 25 de enero del año 2008, se constituyó la sociedad Corporación Mavahcaleb Boyante Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones. Presidente y secretario son representantes judiciales y extrajudiciales con poder generalísimo sin límite de suma actuando conjunta o separadamente. Plazo social: noventa y nueve años.—Santa Ana, 29 de enero del 2008.—Lic. Marcos Osvaldo Araya Díaz, Notario.—1 vez.—(8026).

Por escritura número 3 otorgada en mi notaría, a las 10 horas del 12 de enero del 2008, se constituye la compañía Corporación Grupo Cubillo S. A. Capital suscrito y pagado. Domicilio social: San Sebastián, San José, representante judicial y extrajudicial: presidente.—San José, 14 de enero del 2008.—Lic. Martha Eugenia Villarreal Castillo, Notaria.—1 vez.—(8030).

Por escritura número ciento cuarenta y cinco, otorgada ante la suscrita notaria, se constituye una compañía que se denominará según el Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-jota del catorce de junio del año dos mil seis, igual que el número de cédula jurídica que les asigne el Registro de Personas Jurídicas Sociedad Anónima. Objeto: comercio en general. Plazo: noventa y nueve años. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Elizabeth Solano Duhart, Notaria.—1 vez.—(8031).

Por escritura número: ciento treinta y seis-tres, otorgada en San José, a las dieciséis horas treinta minutos del veintiocho de enero del año dos mil ocho, se constituyó la firma: Inversiones J.M.D. Argon Sociedad Anónima, domiciliada en San Juan de Tibás, de la Municipalidad seiscientos metros oeste y cincuenta metros sur, capital suscrito y cancelado, presidente y vicepresidente apoderados generalísimos sin límite de suma, efectuada ante la notaria Giovanna Ajun Murillo.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Giovanna Ajun Murillo, Notaria.—1 vez.—(8032).

Mediante escritura otorgada ante mí, el ocho de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza Roalje Incorporated del Sur Sociedad Anónima.—Veintiocho de enero del 2008.—Lic. Lilliana Larios Quesada, Notaria.—1 vez.—(8034).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad Senderos de la Victoria V. V. F. Sociedad Anónima, a las doce horas del veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Juan Bernardo Velázquez Rojas, Notario.—1 vez.—(8036).

Mediante escritura número doscientos siete otorgada ante el suscrito notario Antonio Maklouf Coto, al ser las nueve horas del día veintinueve de enero del año dos mil ocho, se protocolizó acta de la empresa tres ciento dos cuatrocientos ochenta y nueve mil setecientos sesenta y ocho limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y nueve mil setecientos sesenta y ocho, donde se reforman las cláusulas primera: en cuanto a su denominación que en adelante será N:O:A: Satelital SRL, la cláusula segunda en cuanto al domicilio y la cláusula quinta, en cuanto a la administración de la empresa y se hacen nuevos nombramientos de gerente y subgerente.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Antonio Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—(8037).

Mediante escritura número ciento noventa y nueve otorgada ante el suscrito notario Antonio Maklouf Coto, al ser las doce horas del día tres de diciembre del año dos mil siete, se constituye sociedad limitada denominada D.N.A. Cuarenta y Cuatro-Sesenta y Dos del Caribe Limitada.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Antonio Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—(8038).

Ante esta notaría, al ser las dieciséis horas del día veintiocho de enero del dos mil ocho, se ha protocolizado el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Range Blanco Noventa y Seis S. A., donde se modifican las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo y se cambia junta directiva.—Dado en esta capital, el día veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Vanessa Solano Zúñiga, Notaria.—1 vez.—(8047).

Mediante escritura 112 que autoricé a las 15:00 horas del 11 de enero del 2008, se constituye Itwebs Information Technology Web Solutions S. A. Plazo: 99 años; capital social: ¢10.000 colones; presidente: Allins Sánchez Cortés, a quien corresponde la representación judicial y extrajudicial.—Lic. José María Oreamuno Linares, Notario.—1 vez.—(8053).

El suscrito Daniel Eduardo Muñoz Herrera, manifiesto que por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veintinueve de enero de dos mil ocho, se acordó reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Primary Goods Market Sociedad Anónima, modificando su domicilio y la cláusula primera del nombre, para que en adelante se denomine Sampol Ingeniería y Obras Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de enero de dos mil ocho.—Lic. Daniel Eduardo Muñoz Herrera, Notario.—1 vez.—(8055).

Por escritura otorgada en connotaría con el notario Manfred Pino Sbravatti, a las once horas del veintiocho de enero del dos mil ocho, se modificó las cláusulas segunda y octava de la sociedad denominada Vinci Venditrix Dagax Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y siete mil.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(8061).

Por escritura otorgada en connotaría con el notario Manfred Pino Sbravatti a las doce horas del veintiocho de enero del dos mil ocho, se modificó las cláusulas segunda y octava de la sociedad denominada Vidi Sectio Optima Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y siete mil doscientos treinta y nueve.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(8062).

Por escritura otorgada ante la notaria Karol Tatiana Matamoros Corrales, se constituye la plaza Rodama Solutions Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, capital: cien mil colones, domicilio San José Sabana Norte, de la esquina suroeste del Instituto Costarricense de Electricidad, presidente: Irving Amador Sánchez, secretaria: Norma Sánchez Valverde, tesorero: Luis Amador Céspedez. Agente residente: Karol Tatiana Matamoros Corrales.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Karol Tatiana Matamoros Corrales, Notaria.—1 vez.—(8067).

Por escritura otorgada ante la notaria Karol Tatiana Matamoros Corrales, se constituye la plaza Cheese Cake Café Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, capital: cien mil colones, domicilio San José Sabana Norte, de la esquina suroeste del Instituto Costarricense de Electricidad, presidente: Donald W. Blair, secretario: Marvin Valverde Peraza, tesorero Manrique Sáenz Artavia. Agente residente: Karol Tatiana Matamoros Corrales.—San José, doce de octubre del dos mil siete.—Lic. Karol Tatiana Matamoros Corrales, Notaria.—1 vez.—(8068).

Por escritura otorgada ante la notaria Karol Tatiana Matamoros Corrales, se constituye la plaza B H Consulting Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, capital: cien mil Colones, domicilio San José Sabana Norte de la esquina suroeste del Instituto Costarricense de Electricidad, presidente: Jonathan Francisco Henry Bejarano, secretario: Jeremy Roberto Henry Bejarano, tesorera: Caridad Bejarano Leandro. Agente residente: Karol Tatiana Matamoros Corrales.—San José, cinco de diciembre del dos mil siete .—Lic. Karol Tatiana Matamoros Corrales, Notaria.—1 vez.—(8069).

Por escritura otorgada ante la notaria Karol Tatiana Matamoros Corrales, se constituye la plaza Jormania Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, Capital: cien mil Colones, domicilio San José Sabana Norte de la esquina suroeste del Instituto Costarricense de Electricidad. Presidente: Jorge Enrique Miranda Palma, secretario: Jorge Enrique Miranda Meza, tesorera: Jacqueline Meza Durán. Agente residente: Karol Tatiana Matamoros Corrales.—San José, veintiséis de enero de dos mil ocho .—Lic. Karol Tatiana Matamoros Corrales, Notaria.—1 vez.—(8070).

Por escritura otorgada ante la notaria Karol Tatiana Matamoros Corrales, se constituye la plaza Margio Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, capital: cien mil Colones, domicilio San José Sabana Norte de la esquina suroeste del Instituto Costarricense de Electricidad, presidente: Marvin Geovani Valverde Peraza, secretaria: María Eugenia Peraza Rivera, tesorero: Marvin Hernán Valverde Salas. Agente residente: Karol Tatiana Matamoros Corrales.—San José, veintiséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Karol Tatiana Matamoros Corrales, Notaria.—1 vez.—(8071).

Por escritura otorgada ante la notaria Karol Tatiana Matamoros Corrales, se constituye la plaza Inversiones Calayo Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, capital: cien mil Colones, domicilio San José Sabana Norte de la esquina suroeste del Instituto Costarricense de Electricidad, presidente: Carlos Eladio Gamboa Vargas, secretaria: Karla María Pérez Castro, tesorera: Elieth Vargas Piedra. Agente residente: Karol Tatiana Matamoros Corrales.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Karol Tatiana Matamoros Corrales, Notaria.—1 vez.—(8072).

Por escritura otorgada ante la notaria Karol Tatiana Matamoros Corrales, se constituye la plaza La Araña de Tesorería Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, capital: cien mil Colones, domicilio San José Sabana Norte de la esquina suroeste del Instituto Costarricense de Electricidad, presidente: Jack Mitchell, secretario: Rómulo Quirós Sánchez, tesorero: Michael Fox. Agente residente: Karol Tatiana Matamoros Corrales.—San José, veintiséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Karol Tatiana Matamoros Corrales, Notaria.—1 vez.—(8073).

Por escritura otorgada ante la notaria Karol Tatiana Matamoros Corrales, se constituye la plaza Thunderbird Casinos Embrujados Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, capital: cien mil Colones, domicilio San José Sabana Norte de la esquina suroeste del Instituto Costarricense de Electricidad, presidente: Jack Mitchell, secretario: Rómulo Quirós Sánchez, tesorero: Michael Fox. Agente residente: Karol Tatiana Matamoros Corrales.—San José, veintiséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Karol Tatiana Matamoros Corrales, Notaria.—1 vez.—(8074).

Por escritura otorgada ante la notaria Karol Tatiana Matamoros Corrales, se constituye la plaza Tres Ríos Hotel La Carpintera Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, capital: cien mil Colones, domicilio San José Sabana Norte de la esquina suroeste del Instituto Costarricense de Electricidad, presidente: Jack Mitchell, secretario: Rómulo Quirós Sánchez, tesorero: Michael Fox. Agente residente: Karol Tatiana Matamoros Corrales.—San José, diecinueve de noviembre del dos mil siete.—Lic. Karol Tatiana Matamoros Corrales, Notaria.—1 vez.—(8075).

Por escritura otorgada ante la notaria Karol Tatiana Matamoros Corrales, se constituye la plaza Thunderbird Estrellas del Caribe Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, capital: cien mil Colones, domicilio San José Sabana Norte de la esquina suroeste del Instituto Costarricense de Electricidad, presidente: Jack Mitchell, secretario: Rómulo Quirós Sánchez, tesorero: Michael Fox. Agente residente: Karol Tatiana Matamoros Corrales.—San José, veintiséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Karol Tatiana Matamoros Corrales, Notaria.—1 vez.—(8076).

Por escritura otorgada ante la notaria Karol Tatiana Matamoros Corrales, se constituye la plaza Thunderbird Arañita de Ensueños Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años, capital: cien mil Colones, domicilio San José Sabana Norte de la esquina suroeste del Instituto Costarricense de Electricidad, presidente: Jack Mitchell, secretario: Rómulo Quirós Sánchez, tesorero: Michael Fox. Agente residente: Karol Tatiana Matamoros Corrales.—San José, veintiséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Karol Tatiana Matamoros Corrales, Notaria.—1 vez.—(8077).

Por escritura 220-13, otorgada en San José, a las 13 horas del 25 de enero del 2008, Estrella Madrigal Jiménez, Luis Mario Marín Madrigal, constituyen Estrella Leoma-M&M A. Capital social diez mil Colones, plazo social 99 años, domicilio social San José, Santa Ana centro, de Casa Blanca setenta y cinco metros sur.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Annia Lobo Madrigal, Notaria.—1 vez.—(8078).

Por escritura 219-13, otorgada en San José, a las 15:00 horas del 23 de enero del 2008, Minor Johanni Castro Salazar y Gerardo Quesada Loría, Seguridad y Vigilancia Jireh S. A. Capital social cien mil Colones, plazo social 99 años, domicilio social San José, Santa Ana, de Casa Blanca setenta y cinco metros sur.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Annia Lobo Madrigal, Notario.—1 vez.—(8079).

Por escritura 218-13, otorgada en San José, a las 13:00 horas, del 23 de enero del 2008, Xinia Sáenz Rojas y Luis Raúl Arlenia Chinchilla, constituyen Xiluda S. A. Capital social diez mil Colones, plazo social 99 años, domicilio social San José, La Uruca, residencial El Solar, casa doce E.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Annia Lobo Madrigal, Notario.—1 vez.—(8081).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 8 horas del 24 de enero y a las 17 y 17 y 30 horas del 29 de enero del año en curso, se: a) protocolizó asamblea general de accionistas de Las Pozas S. A., donde se reforman las cláusulas segunda y décima del pacto constitutivo, b) se constituye la sociedad P.C.C. Parque Cascada Colosa S. A., capital social diez mil colones, presidente con facultades de apoderado generalísimo, y c) constituyeron dos sociedades anónimas, con nombres por designar, domicilio San José, capital social diez mil colones, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 29 de enero del dos mil ocho.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—(8083).

Ante esta notaría, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se establece de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta uno-J, con un plazo de noventa y nueve años y un capital social de cien mil colones exactos.—San José, treinta de enero del dos mil ocho.—Lic. Ingrid Gutiérrez Rojas, Notaria.—1 vez.—(8086).

Se constituye sociedad Coraje de Ley AM Guty SE Sociedad Anónima. Otorgada en San Isidro de Alajuela, a las 11 horas del 29 de enero del 2008.—Alajuela, 29 de enero del 2008.—Lic. Beatriz Saborío Álvarez, Notaria.—1 vez.—(8090).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas del día veintinueve de enero de dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Pacific Blue Marlin Estate One SRL. Donde se acuerda modificar las cláusulas tercera, sétima y octava del pacto constitutivo.—San José, veintinueve de enero de dos mil ocho.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(8092).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas del día veintinueve de enero de dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y un mil ochocientos cincuenta y tres s. a. Donde se acuerda reformar las cláusulas sexta y primera de los estatutos y se acuerda revocar todos los nombramientos de la junta directiva y fiscal.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(8093).

He constituido la sociedad Colorado JP Wall Real Estate S. A., con un capital de diez mil Colones. Plazo social de cien años a partir de su constitución. Apoderados generalísimos sin límite de suma. El presidente: Pier Paolo Sinigaglia Gago y el secretario: Miguel García Hidalgo, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(8094).

He constituido la sociedad International JP Wall Eleven S. A., con un capital de diez mil Colones. Plazo social de cien años a partir de su constitución. Apoderados generalísimos sin límite de suma. El presidente: Pier Paolo Sinigaglia Gago y el secretario: Miguel García Hidalgo, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(8095).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día treinta de enero del año dos mil ocho, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Naked Coral Developers Sociedad Anónima.—San José, treinta de enero del dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(8096).

He constituido la sociedad Orange View JP Wall Seven S. A., con un capital de diez mil Colones. Plazo social de cien años a partir de su constitución. Apoderados generalísimos sin límite de suma. El presidente: Pier Paolo Sinigaglia Gago y el secretario: Miguel García Hidalgo, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(8097).

He constituido la sociedad American JP Wall Investment S. A., con un capital de diez mil colones. Plazo social de cien años a partir de su constitución. Apoderados generalísimos sin límite de suma. El presidente: Pier Paolo Sinigaglia Gago y el secretario: Miguel García Hidalgo, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(8098).

He constituido la sociedad Costa Rica JP Wall Land S. A., con un capital de diez mil Colones. Plazo social de cien años a partir de su constitución. Apoderados generalísimos sin límite de suma. El presidente: Pier Paolo Sinigaglia Gago y el secretario: Miguel García Hidalgo, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(8099).

Formax GIM S. A., modifica nombre de la sociedad, en adelante Formax Car S. A. Escritura principal número 40-120, de las 13 horas del 4 de mayo del 2007 y escritura adicional número 40-128, de las 15 horas del 29 de enero del 2008.—Lic. Ananías Matamoros Carvajal, Notario.—1 vez.—(8100).

Gerardo Matamoros Chavarría y Randal Matamoros Sandí constituyen sociedad anónima, Chopos Inversiones S. A. Domiciliada en San José, Mora, Ciudad Colón, doscientos oeste y cincuenta sur de la central telefónica del ICE, el capital social es de cien mil colones. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad le corresponde al presidente y en caso de ausencia definitiva del presidente, actuará el secretario, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, o mediante acuerdo de asamblea general de socios en los actos de disposición de bienes muebles o inmuebles. Escritura número cincuenta y nueve-doce, de las once horas del veintinueve de enero del dos mil ocho, del notario Juan Carlos Matamoros Carvajal.—29 de enero del 2008.—Lic. Juan Carlos Matamoros Carvajal, Notario.—1 vez.—(8101).

Vivien, conocida como Vivian Araya Gómez y Vianey Araya Gómez, constituyen sociedad anónima denominada Centro Cardiológico Integral Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, Mora, Ciudad Colón, cien norte y setecientos oeste del rancho El Higuerón, el capital social es de cien mil colones. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad le corresponde al presidente y en caso de ausencia definitiva del presidente actuará el secretario, quienes tendrán las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, o mediante acuerdo de asamblea general de socios en los actos de disposición de bienes muebles o inmuebles. Escritura número sesenta-doce, a las trece horas del veintinueve de enero del dos mil ocho, del notario Juan Carlos Matamoros Carvajal.—29 de enero del 2008.—Lic. Juan Carlos Matamoros Carvajal, Notario.—1 vez.—(8102).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las catorce y quince horas del veinticuatro de enero de dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Interlegal Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. José Luis Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(8109).

Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, notaria pública, con oficina abierta en San José, se reformaron las cláusula primera y novena sobre la denominación social y la administración de la sociedad de 3-101-479009 Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno cuatrocientos setenta y nueve mil nueve, por lo que su nuevo nombre es GF Grupo Fernández Sociedad Anónima y se modificaron los poderes; lo anterior a las catorce horas del diez horas del treinta de enero del año dos mil ocho. Es todo.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—(8110).

Por escritura de 16 horas de  hoy, protocolicé acta  de asamblea de J Y R Inversiones Tres de Setiembre S. A., por la que se reformó la cláusula quinta del pacto.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Tobías D’Ambrosio Umaña, Notario.—1 vez.—(8118).

Por escritura número setenta y nueve del segundo tomo, otorgada en mi notaría, se constituyó la sociedad Galaxia de Costa Rica Sociedad Anónima. Plazo 99 años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, 23 de enero del 2008.—Lic. Jamileth Narváez Valverde, Notaria.—1 vez.—(8126).

Por escritura número ochenta del segundo tomo, otorgada en mi notaría, se constituyó la sociedad Dakota Invesments of C.A. Sociedad Anónima. Plazo 99 años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, 30 de enero del 2008.—Lic. Jamileth Narváez Valverde, Notaria.—1 vez.—(8129).

Por escritura número veintiséis-treinta y ocho, otorgada ante el notario Juvenal Sánchez Zúñiga, a las diez horas con treinta minutos del día veinticinco de enero del año dos mil ocho, se reforman las cláusulas tercera, sétima y se nombran tres gerentes de la compañía Vientos del Tamarindo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Juvenal Sánchez Zúñiga, Notario.—1 vez.—(8134).

Por escritura número ciento cinco-dieciocho, otorgada en mi notaría, a las 14:00 horas, del 18 de enero de este año, Luis Guillermo Carvajal Soto, cédula 2-282-561; Luis Esteban Carvajal Villalobos, cédula 1-1259-888, y Marcela Carvajal Villalobos, cédula 1-262-523; constituyen Carvilla Gem Sociedad Anónima. Domicilio: el distrito y cantón primeros de la ciudad de Alajuela, concretamente en El Brasil de Alajuela, cien metros este del Colegio San Alfonso. Objeto: el comercio en general; la compra venta de vehículos nuevos y usados, repuestos nuevos y usados, la mecánica en general, la importación y exportación de toda clase de bienes muebles y artículos de comercio; el transporte, la industria, la agricultura, la ganadería. El plazo social es de 99 años a partir de hoy. Quinta: capital social doce mil colones exactos, representado por doce acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Alajuela, 18 de enero del 2008.—Lic. José Antonio Solís Sandoval, Notario.—1 vez.—(8151).

Ante esta notaría, por escritura número ciento ochenta y ocho-uno otorgada a las catorce horas del 9 de octubre, se constituye la sociedad de esta plaza, Klarimax KLRMX Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 30 de enero del dos mil ocho.—Lic. Luis Octavio Pérez Baires, Notario.—1 vez.—(8155).

Ante esta notaría por escritura pública, número dos, a las diez horas del día treinta de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad MedicoDeli Consulting Sociedad Anónima.—San José, trece horas del día treinta de enero de dos mil ocho.—Lic. Mónica Gago Brenes, Notaria.—1 vez.—(8162).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 9 horas del día 30 de enero del 2008, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de Bejuco Inversiones S. A., donde se nombra nuevo presidente de la junta directiva.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Álvaro López Jiménez, Notario.—1 vez.—(8168).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el artículo dos del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—(8173).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el artículo dos del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—(8174).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el artículo dos del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—(8176).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el artículo dos del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—(8177).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el artículo dos del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—(8178).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el artículo dos del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—(8179).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el artículo dos del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—(8180).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el artículo dos del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—(8181).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el artículo dos del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—(8182).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el artículo dos del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—(8183).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el artículo dos del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—(8184).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el artículo dos del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—(8185).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el artículo dos del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—(8186).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el artículo dos del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—(8187).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el artículo dos del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—(8188).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el artículo dos del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social. Capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Marcela Bonilla Castro, Notaria.—1 vez.—(8189).

Mediante escritura número treinta y dos de esta notaría, se modificaron estatutos de la sociedad denominada Golden Fin Fish Sociedad Anónima.—Puntarenas, 24 de enero del 2008.—Lic. Marianela Vargas Cousin, Notaria.—1 vez.—(8191).

Por escritura número 65, tomo 6 de mi protocolo, otorgada a las 8:00 horas del 30 de enero de 2008, se nombra por todo el plazo social nuevo secretario y tesorero de la junta directiva, así como fiscal, de Klagenfurt S. A.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Rodolfo Alfaro Pineda, Notario.—1 vez.—(8193).

Por escritura número 77, otorgada a las 16:00 del 25 de enero de 2008, Ignacio Solano Araya y Ana Leticia Solano Araya, constituyen Lancsol del Valle Uno Sociedad Anónima y Lancsol del Río Inversiones Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. Es todo.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Iara Lancaster Cortés, Notaria.—1 vez.—(8198).

Por escritura número uno, otorgada a las 12:00 del 26 de enero de 2008, Iara Lancaster Cortés y Dennis Chavarría Méndez, constituyen Cima de Piedra XXI Sociedad Anónima y Laja del Sol XIX Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. Es todo.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Ignacio Solano Araya, Notario.—1 vez.—(8200).

Ante esta notaría, por escritura número ciento ochenta y nueve otorgada a las ocho horas del día veintiocho de enero del dos mil ocho, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada D.I.L.O.M.I.R Consultores y Asociados Sociedad Anónima. Se modifica cláusula sétima.—San José, 28 de enero del dos mil ocho.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—(8202).

Ante esta notaría, por escritura número ciento noventa, otorgada a las diez horas del día veintiocho de enero del dos mil ocho, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Inversiones Maklon Sociedad Anónima. Se modifica cláusula octava se nombra nueva junta directiva y se ratifica poder generalísimo.—San José, 28 de enero del dos mil ocho.—Lic. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—(8203).

Por escritura otorgada a las 13:00 horas del 29 de enero del 2008, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Afluentes de Zubia Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y octava. Se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(8205).

Por escritura otorgada a las 17:00 horas del 29 de enero del 2008, protocolizo acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Plutón Topacio Ocho Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y octava. Se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Melissa Villalobos Ceciliano, Notaria.—1 vez.—(8206).

Por escritura de protocolización de acta otorgada de asamblea extraordinaria en esta notaría, a las 11:00 horas del día 28 de enero del 2008, se nombra presidente y fiscal de la sociedad El Mate de Anastasia S. A., y las cláusulas segunda y sexta del pacto social sociedad anónima.—Lic. Rebeca Milgram Fiseras, Notaria.—1 vez.—(8213).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 9:00 del día 21 de enero del 2008, se constituye la sociedad denominada Inversiones A.E.M. Sociedad Anónima. Ciudad de San José, Santa Ana, 225 oeste de la Musmanni. Plazo social: 99 años.—Lic. Rebeca Milgram Fiseras, Notaria.—1 vez.—(8215).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 10:00 horas del día 28 de enero del 2008, se constituye la sociedad denominada Picara. Sociedad Anónima. Ciudad de San José, Santa Ana, 225 oeste de la Musmanni. Plazo social: 99 años.—Lic. Rebeca Milgram Fiseras, Notaria.—1 vez.—(8216).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 6:00 horas del día 10 de octubre del 2007, se constituye la sociedad denominada Inversiones JAR Sociedad Anónima. Ciudad de San José, Santa Ana, 225 oeste de la Musmanni. Plazo social: 99 años.—Lic. Rebeca Milgram Fiseras, Notaria.—1 vez.—(8217).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 14:00 horas del día 18 de enero del 2008, se constituye la sociedad denominada número de cédula de persona jurídica que le sea asignado al momento de su inscripción. Ciudad de San José, Santa Ana, 225 oeste de la Musmanni. Plazo social: 99 años.—Lic. Rebeca Milgram Fiseras, Notaria.—1 vez.—(8219).

La suscrita, Rocío Hernández Ching, manifiesto que por escritura otorgada ante mí, a las quince horas treinta minutos, se acordó reformar las cláusulas primera, segunda y sexta del pacto constitutivo de la sociedad denominada The Box Cash Management Sociedad Anónima, correspondiente a la denominación, al domicilio y a la administración respectivamente.—San José, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Rocío Hernández Ching, Notaria.—1 vez.—(8222).

La suscrita, Rocío Hernández Ching, manifiesto que por escritura otorgada ante mí, a las quince horas, se acordó reformar las cláusulas primera, segunda y sexta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Risk Free Decision Sociedad Anónima, correspondiente a la denominación, al domicilio y a la administración respectivamente.—San José, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Rocío Hernández Ching, Notaria.—1 vez.—(8223).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del 28 de febrero del 2008, se constituye la sociedad Grupo Marta Gestión de Riesgos Limitada. Capital social: doce mil colones. Es todo.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Mauricio Campos Brenes, Notario.—1 vez.—(8224).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:30 horas del 18 de enero del 2008, se protocoliza acta de cuotistas de la sociedad Sueños del Trópico S & T Limitada, donde se reforma la cláusula sexta.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Mauricio Campos Brenes, Notario.—1 vez.—(8225).

Por escritura pública número cero dos-cero ocho, de las quince horas del treinta de enero, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Butterfly Songs Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la que se modificó la cláusula primera del nombre a Sopland S.R.L., la cláusula segunda del domicilio, se nombra nuevos gerentes y agente residente.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—(8226).

Por escritura pública otorgada a las catorce horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Vinanis Sociedad Anónima. Plazo: cien años. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, dieciséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—(8396).

Por escritura otorgada el día de hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Agropecuaria Toscana Sociedad Anónima, mediante los cuales se modifica completamente el pacto constitutivo de la sociedad, y se nombra nueva junta directiva.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario.—1 vez.—(8397).

Por escritura número once, otorgada ante mí, a las once horas treinta minutos del veintinueve de enero del dos mil ocho, se constituyó la empresa Joaquín Cal. One Hundred Thrity Four Ing. Sociedad Anónima.—Lic. Vivian Conejo Torres, Notaria.—1 vez.—(8399).

Por escritura número siete, otorgada ante mí, a las diez horas treinta minutos del veintiocho de enero del dos mil ocho, se modifican las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de la sociedad Ponderosa Tica One Ltda., cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos ocho mil trescientos treinta y dos.—Lic. Vivian Conejo Torres, Notaria.—1 vez.—(8400).

Por escritura número diez, otorgada ante mí, a las once horas del veintinueve de enero del dos mil ocho, se constituyó la empresa J. Revival One Hundred And One Ing. Sociedad Anónima.—Lic. Vivian Conejo Torres, Notaria.—1 vez.—(8401).

Por escritura número siete, otorgada ante mí, a las diez horas del veintiocho de enero del dos mil ocho, se modifican las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo de la sociedad Jungle Paradise Tours J.P.T. Ltda., cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos catorce mil novecientos seis.—Lic. Vivian Conejo Torres, Notaria.—1 vez.—(8402).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día 30 de enero del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Reales Veredas del Olmo S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas segunda, quinta y octava del pacto constitutivo, y se nombra nueva junta directiva por el resto del plazo social.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Alex Vargas Zeledón, Notario.—1 vez.—(8416).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las ocho horas cincuenta y cinco minutos del treinta de enero del presente año, la sociedad USA Home Network INC Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero dos-cuatro cero uno siete dos uno, se reforman los estatutos con respecto a su administración.—San José, treinta de enero del dos mil ocho.—Lic. Mayling Larios Alegría, Notaria.—1 vez.—(8433).

Por escritura otorgada hoy aquí, ante mí, a las 18:00 horas, José Pablo y Carlos Manuel, ambos Fonseca Alvarado, fundan Territorio del Sol S. A.; Territorio de Mercurio S. A.; Territorio de Venus S. A.; Planeta Tierra S. A.; Territorio de Marte S. A.; Territorio de Júpiter S. A.; Territorio de Saturno S. A.; Territorio de Urano S. A.; Territorio de Neptuno S. A., y Territorio de Plutón S. A., por un plazo de 99 años, para emprender en industria y comercio en general. Presidente: el segundo.—San José, 23 de agosto del 2007.—Lic. Gastón Baudrit Ruiz, Notario.—1 vez.—(8435).

Por escritura otorgada ante la notaria pública Ligia Noboa Houed, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Comerciales de Costa Rica Sociedad Anónima, la cual se abreviará así: Inversiones Comerciales de Costa Rica S. A., con domicilio social en La Guácima de Alajuela, cincuenta metros al este y treinta metros al sur del Bar Jamaica. Su presidente y tesorero, tendrán la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Su capital fue suscrito y pagado. Escritura número ciento treinta y cuatro, otorgada en Heredia, a las diez horas del martes once de setiembre del dos mil siete.—Lic. Ligia Noboa Houed, Notaria.—1 vez.—(8436).

Por escritura otorgada en mi notaría en Alajuela, a las once horas del treinta de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Inversiones GSM CELL CJO Sociedad Anónima, con domicilio social en Alajuela, del Registro Nacional, ciento cincuenta metros al sur. Capital social: ciento veinte mil colones, representados por ciento veinte acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente, tesorero y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de la sociedad, conjunta o separadamente.—Lic. Enrique Montero Gamboa, Notario.—1 vez.—(8437).

Por escritura otorgada en Cartago, ante esta notaría, a las 12:30 horas del 29 de enero del 2008, se hacen nuevos nombramientos de la sociedad Desarrollos Urbanísticos Megval Sociedad Anónima.—Cartago, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Laura Cordero Zamora, Notaria.—1 vez.—(8438).

Por escritura otorgada en Cartago, ante esta notaría, a las 11:30 horas del 29 de enero del 2008, se reforma cláusula sexta de la sociedad Condominio Clara Luna Dos Sociedad Anónima.—Cartago, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Laura Cordero Zamora, Notaria.—1 vez.—(8439).

Por escritura otorgada en Cartago, ante esta notaría, a las 12:00 horas del 29 de enero del 2008, se reforma cláusula sexta de la sociedad Villa Tulipanes Sociedad Anónima.—Cartago, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Laura Cordero Zamora, Notaria.—1 vez.—(8440).

Ante este notario, se constituyó la sociedad denominada Cielo Azul de Palmares Sociedad Anónima. Domicilio: en La Granja de Palmares de Alajuela, Urbanización La Esperanza, casa número quince. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: veinte mil colones. Fecha de constitución: catorce de enero del dos mil ocho.—Lic. Guido Mora Camacho, Notario.—1 vez.—(8441).

Por escritura otorgada en Cartago, ante esta notaría, a las 11:00 horas del 29 de enero del 2008, se hacen nuevos nombramientos de la junta directiva de la sociedad Condominio Claro del Monte Sociedad Anónima.—Cartago, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Laura Cordero Zamora, Notaria.—1 vez.—(8442).

Ante esta notaría, al ser las diecisiete horas del veintiocho de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Alequ Mensajería Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones.—Guápiles, 28 de enero del 2008.—Lic. Guiselle Arias López, Notaria.—1 vez.—(8443).

El suscrito hago costar que el día de hoy, se constituyó ante esta notaría, la sociedad de esta plaza denominada Nexitus IT Solutions S. A.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Rodolfo Golfín Leandro, Notario.—1 vez.—(8444).

Mediante escritura otorgada a las 12:00 horas del 29 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Cerros Verdes Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse a Cerros Verdes S. A., indicando que el anterior es un nombre de fantasía. Domicilio social: San José, Paseo Colón, de la Purdy Motor, trescientos cincuenta metros al norte edificio color amarillo con verde. Objeto: comercio y la industria en todas sus formas.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Arturo Parra Espinoza, Notario.—1 vez.—(8445).

Mediante escritura otorgada a las 12:10 horas del 29 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Mimet Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse a Mimet S. A., indicando que el anterior es un nombre de fantasía. Domicilio social: San José, Paseo Colón, de la Purdy Motor, trescientos cincuenta metros al norte edificio color amarillo con verde. Objeto: comercio y la industria en todas sus formas.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Arturo Parra Espinoza, Notario.—1 vez.—(8446).

La suscrita, Kattia Quirós Chévez, notaria pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día veintinueve de enero del dos mil ocho, se constituyó ante mí, la sociedad denominada T.L.H. López E Hijos Sociedad Anónima.—San José, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1 vez.—(8447).

El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día veintinueve de enero del dos mil ocho, se constituyeron ante mí, las siguientes sociedades: Distribuidora Vodianoi Maya D.V.M. S.R.L.; Administración Asclepios Lila A.A.L. S.R.L.; Administración Silvano Azul A.S.A. S.R.L.; Administradora Celta Logoves A.C.L. S.R.L.; Administradora Cronos Saturno A.C.S. S.R.L.; Administradora Héroe Divino A.H.D. S.R.L.; Administradora Jardines Vertumno A.J.V. S.R.L.; Administradora Loki Celeste A.L.C. S.R.L.; Administradora Suary Lila A.S.L. S.R.L.; Administradora Zeus Júpiter A.Z.J. S.R.L.; Comercial Demeter Ciros C.D.C. S.R.L.; Comercial El Globo Celeste C.G.C. S.R.L.; Comercial Espíritus de Hammurabi C.E.H. S.R.L.; Comercial Hestia Vesta C.H.V. S.R.L.; Comercial Protectores del Hogar Azul C.P.H.A. S.R.L. Así mismo, el día treinta de enero, se constituyeron ante mí, las siguientes sociedades: Comercial Yarilo y Koupala C.Y.K. S.R.L.; Comercializadora Hades Azul C.H.A. S.R.L.; Comercializadora Thor Negro C.T.N. S.R.L.; Distribución Comercial Caliope Café D.C.C.C. S.R.L.; Distribuidora Apolo Febo D.A.F. S.R.L.; Distribuidora Dionisos Verdes D.D.V. S.R.L.; Distribuidora Elfos de Fantasía D.E.F. S.R.L.; Distribuidora Los Ents Azules D.L.E.A. S.R.L.; Distribuidora Melpómene D.C. S.R.L., y Administradora Ran Morada A.R.M. S.R.L.—San José, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—(8448).

Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, las sociedades Hotelera Santa Marta S. A., y J Y R Inversiones Tres de Setiembre S. A., constituyen la sociedad Corp. Edificar Cero Seis S. A., para dedicarse por cien años, y con domicilio en la ciudad de San José, a la industria y comercio en general. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Cristina Acosta Páez, Notaria.—1 vez.—(8449).

Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Condominio Turia S. A. En la que se reforma la cláusula octava de la administración.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(8453).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 8:00 horas del 23 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Resplandor del Norte Otoñal CR S. A.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Roxana Villalobos Chaves, Notaria.—1 vez.—(8456).

Por escritura número ciento ochenta, de las veinte horas del veintinueve de enero del dos mil ocho, otorgada ante la notaria María José Chaves Cavallini, se constituyó la sociedad Dopo Mezzogiorno S. A., con un capital social de diez mil colones, dividido en diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Lic. María José Chaves Cavallini, Notaria.—1 vez.—(8470).

Maricela Alpízar Chacón, cédula 1-1035-0557, mayor, abogada, en concepto de apoderada especial de Himalaya Global Holdings Ltd., de Islas Caimán, solicita la inscripción de: Organique by Himalaya como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir: preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar, jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello dentífricos. Reservas no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de julio del 2007, según expediente Nº 2007-0009644. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 04 de julio del 2007.—Nº 12411—(8609).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Corporación Waymi Santa Ana Sociedad Anónima.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—(8511).

A las nueve horas del día treinta y uno de enero del dos mil ocho, protocolicé acta del libro de asamblea general de la compañía Cristina Development And Investments Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos quince mil quinientos setenta y ocho, donde se modificó la cláusula novena del pacto social constitutivo.—Lic. Luis Miguel Carballo Pérez, Notario.—1 vez.—(8512).

Por escritura otorgada a las nueve horas del día treinta de enero del dos mil ocho, ante esta notaría, se reforman las cláusulas segunda y novena del pacto social de la sociedad Talisay Sociedad Anónima.—San José, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(8513).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del treinta de enero del dos mil ocho, se constituyeron las sociedades: Arenas Blancas del Pacífico XCB Sociedad Anónima; Caricacos de Playa Blanca MJK Sociedad Anónima; Los Malecones de Piedra GFP Sociedad Anónima; Cataratas de Playa YMB Sociedad Anónima, y Malesas Boscosas GFL Sociedad Anónima. Es todo.—San José, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Karine Niño Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(8514).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, se constituye la compañía Grupo Doctores Cubamex Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Grupo Doctores Cubamex S. A. Objeto: comercio en general. Plazo: noventa y nueve años. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Elizabeth Solano Duhart, Notaria.—1 vez.—(8518).

Ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Garua y Chicullo Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, otorgándosele al presidente, vicepresidente y secretario, la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Fernando Ramírez Muñoz, Notario.—1 vez.—(8519).

Gary David Horn y Alejandro Torres Brenes, constituyen la sociedad Marianna Corporation Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 10:30 horas del 29 de enero del 2008. Se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y el capital social es suscrito y pagado.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. María Elena Gamboa Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(8591).

Por escritura otorgada ante este notario, a las catorce y cuarenta horas del once de enero del dos mil ocho, se constituye sociedad denominada Veremusa Sociedad Anónima, en donde el presidente, el secretario y el tesorero, son apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente, con un plazo social de noventa y nueve años, y un capital social de nueve mil colones. Domiciliada en Heredia centro, de la Iglesia de Los Ángeles, cien metros al sur y setenta y cinco metros al este.—Lic. Henry González Guerrero, Notario.—1 vez.—(8597).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de la compañía denominada tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y seis mil cuatrocientos dieciocho sociedad anónima, donde se modificó la cláusula primera y la cláusula sétima de los estatutos.—San José, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(8601).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de la compañía denominada tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cuatro mil trescientos ochenta y tres sociedad anónima, donde se modificó la cláusula primera y la cláusula sétima de los estatutos.—San José, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(8602).

Mediante escritura número trescientos treinta y ocho-dos, otorgada a las nueve horas con treinta minutos del día de hoy, se reformó la cláusula primera del estatuto social de Centro Internacional de Entrenamiento en Emergencias SMI S. A.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Sinda Góchez Vargas, Notaria.—1 vez.—(8683).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:30 horas del día 15 de enero del 2008, se constituye la sociedad Susalud-Servicios Unidos de Salud S. A. Domicilio: Santa Marta, San Pedro de Montes de Oca. Objeto: prestación de servicios integrales de salud, comercio, la industria, agricultura y ganadería en general. Capital social: ¢10.000,00. Plazo: 99 años. Presidenta: Karen Ortiz Aparicio.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Elizabeth Núñez Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 11986.—(8687).

En mi notaría, a las ocho horas del veinticinco de enero del dos mil ocho, se constituyeron las compañías: Malinche Florido Sociedad Anónima; Mirto Fragante Sociedad Anónima; Cafetos en Flor Sociedad Anónima; Jacinto Galán Sociedad Anónima; Azahar Perfumado Sociedad Anónima; Verolís Chispeante Sociedad Anónima; Claveles Silvestres Sociedad Anónima; Camelias de Nácar Sociedad Anónima; Crisantemo del Atardecer Sociedad Anónima, y Caléndula Azul Sociedad Anónima, con domicilio en San José, distrito Merced.—Bagaces, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. María Luz Calderón Retana, Notaria.—1 vez.—Nº 12151.—(8689).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima DNP Sociedad Anónima. Capital: cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Presidenta: Gloriana López Porras. Escritura otorgada en San José, a las 8:00 horas del 30 de enero del 2008. Es todo.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Alfredo Gutiérrez Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 12223.—(8690).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima Comidas Rápidas Santa Teresa Sociedad Anónima. Capital: cien mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Presidenta: Roxana González Arce. Escritura otorgada en San José, 12:00 horas del 18 de enero del 2007. Es todo.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Alfredo Gutiérrez Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 12224.—(8691).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó Spa Mecánica, con capital social de cien mil colones.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Cinthya Vanessa Abarca Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 11714.—(8692).

Yo, Magda Méndez Castro, notaria con oficina abierta en San Isidro de El General, procedí a protocolizar acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Romances del Trópico Seco R T S Sociedad Anónima. Se modifica cláusula sétima de pacto constitutivo en cuanto a la administración ya que quien la representa tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Se hace revocatoria de nombramiento de la junta directiva, fiscal y agente residente, y se procede a hacer nuevos nombramientos de junta directiva, fiscal y agente residente.—San Isidro de El General, 28 de enero del 2008.—Lic. Magda Méndez Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 11715.—(8693).

Por escritura número trescientos sesenta y tres, se constituyó la sociedad anónima denominada Grupo Franhey F & H E Hijos S. A., a las 9:00 horas del 29 de octubre del 2007. Capital social: ¢10.000,00.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Salvador Arauz Figueroa, Notario.—1 vez.—Nº 11716.—(8694).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas de hoy, Guillermo Moya Madrigal y Johan Yee Liu, constituyen Comercializadora Coyemo Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Barrio Luján.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 11717.—(8695).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la sociedad Servicios Profesionales Técnicos en Computación, SEPROTECOSA S. A., por medio de los cuales se modifica la cláusula sétima de la administración y vigilancia.—San José, 9 de enero del 2008.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 11718.—(8696).

Por escritura pública número 20-39, de las 14:00 horas del 28 de enero del 2008, protocolicé actas de asamblea ordinaria de socios y de junta directiva de la sociedad denominada Corporación de Suministros y Materiales de Construcción Sociedad Anónima, en la cual se nombra junta directiva, se acuerda aumentar el capital social y reformar la cláusula quinta de su pacto social (sobre el capital social).—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Humberto Piedra Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 11720.—(8697).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas de hoy, los señores Bernal Castillo Rojas y José Pablo Castillo Quirós, constituyen dos sociedades una cuyo nombre será el número de cédula jurídica conforme al Decreto Ejecutivo Nº 33171-J, y la otra denominada Esterillos Palms Sociedad Anónima. Domicilio: Llorente de Tibás.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 11721.—(8698).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:45 horas del 25 de enero del 2008, se constituyó la sociedad denominada Corqui Dos Mil Ocho S. A., cuyo capital se encuentra suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, 25 de enero del 2008.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 11722.—(8699).

Por escritura otorgada el día de hoy, ante mí, se constituyó Inversiones San Valentín (ISV) S. A.—San Pablo de Heredia, 28 de enero del 2008.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 11723.—(8700).

Por escritura número ciento cuarenta y siete, otorgada a las diez horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho, constituyeron la sociedad denominada Taller Equipo Agrícola Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Presidente: Azarías Sibaja Castro. Domicilio: Urbanización La Libertad, San Ramón de Alajuela, veinticinco metros este y veinticinco metros norte de primera entrada, Alameda Los Claveles.—Lic. Gerardo Arturo Delgado Soto, Notario.—1 vez.—Nº 11726.—(8701).

Ante esta notaría, el día veintiséis de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Transinver M Y M S. A. Capital social: cien mil colones. Domicilio: Palmares de Alajuela. Plazo social: noventa y nueve años. Presidenta: Mercedes Murillo Delgado. Notario cartulante y agente residente: Didier Solórzano Ruiz.—Lic. Didier Solórzano Ruiz, Notario.—1 vez.—Nº 11727.—(8702).

Ante esta notaría, se ha constituido sociedad anónima de acuerdo al Decreto Nº 33171-J. Capital: suscrito y pago. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Álvaro Garita Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 11730.—(8703).

Ante el suscrito notario William Alfredo Chinchilla Sánchez, carné diez mil novecientos sesenta y dos, en escritura número setenta y seis, otorgada a las once horas del veintiocho de enero del dos mil ocho, se modificó la junta directiva de la sociedad GWM Group de Costa Rica Sociedad Anónima, en donde se nombró como secretaria a María Elisa Pacheco Rojas, cédula de identidad número dos-doscientos noventa-un mil trescientos cincuenta, por todo el plazo social.—Lic. William Alfredo Chinchilla Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 11732.—(8704).

Por escritura otorgada ante mí, se constituye sociedad anónima de esta plaza Showbeez Producciones Sociedad Anónima. Presidenta: Ana Victoria Alvarado Núñez, corresponde a todos los miembros de la junta directiva las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, en forma conjunta siempre que actúen al menos dos de ellos. Capital social: ocho mil colones. Plazo: cien años.—San José, veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. Kattya Villegas Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 11733.—(8705).

Por escritura número treinta y dos, de las quince horas diez minutos del veinticuatro de enero del dos mil ocho, visible en el tomo cuarto del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa RR Conjunto Piedral Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula sexta y segunda del pacto constitutivo, y se nombra nuevo presidente y secretario. Es todo.—San José, veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—Nº 11736.—(8706).

Por escritura Nº 199, otorgada en esta notaría, a las 8:00 horas del día 24 de enero del 2008, se constituye la sociedad Inmobiliaria El Palomo Nocturno S. A. Plazo social: 99 años. Capital social: ¢15.000,00.—Alajuela, 28 de mayo del 2007.—Lic. Esteban Quesada Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 11737.—(8707).

Taker Over S. A., nombra como presidente a Joseph James O’Connell Jr.—Ciudad Quesada, 24 de enero del 2008.—Lic. Alejandra Arguedas Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 11741.—(8708).

Mediante escritura pública número cuarenta y dos-dos, otorgada a las doce horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Marcorod Hostaisi M.H. Sociedad Anónima, cuyo objeto es el comercio en general. Es todo.—Ciudad Quesada, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. José Antonio Brenes Trejos, Notario.—1 vez.—Nº 11742.—(8709).

Por asamblea de accionistas de la sociedad denominada Luxurious Sights of the Pacific S. A. Presidente: apoderado generalísimo. Asimismo por escrituras públicas, se constituyeron J. C. M. M. Mariyuli S. A., e I. C. A. O. Fam Majalfa S. A., en ambas domicilio: San José. Presidente: apoderado generalísimo.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Karol Claudel Palma, Notaria.—1 vez.—Nº 11746.—(8710).

A las 13:30 y 14:00 horas del día de hoy, se constituyeron en mi notaría, las compañías Jabes de Galaad S. A., y Arco de Luz Celeste S. A. Se nombra junta directiva.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic. Édgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—Nº 11748.—(8712).

Por escritura 303 - tomo 9, de esta notaría el 26 de enero del 2008, se constituyó Hacienda Jabes S. A., domiciliada en Uvita de Osa, provincia de Puntarenas, exactamente cien metros sur del Almacén El Colono, capital social 10.000 colones, representado por 10 acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, presidente y secretaria, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, con limitaciones para la secretaria. Es todo.—San Isidro, Pérez Zeledón, al ser las 12:40 horas del día 26 enero del 2008.—Lic. Nelson Quirós Naranjo, Notario.—1 vez.—Nº 11749.—(8713).

Por escritura número 094-3 del tomo 03 de mi protocolo, otorgada en esta ciudad a las ocho horas del 28 de enero de este año, se constituye sociedad de responsabilidad limitada, cuya denominación social lo será de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, publicado en La Gaceta número uno uno cuatro cuatro del catorce de junio del dos mil seis.—San Isidro de El General, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 11753.—(8714).

Que por escritura número 25, visible a folio 26 frente del tomo IX del protocolo del suscrito notario público, se constituyó la empresa representada por la gerente Julia María (nombres) Patrick (apellido), denominada Premier Tropical S.R.L., el motivo de este edicto es la constitución de la empresa indicada.—Uvita de Osa, a las 7:00 horas del 28 de enero del año 2008.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 11754.—(8715).

A las trece del día veinticinco de enero del año dos mil ocho, en mi notaría se constituye: La Piedra Compañía de Comercio Sociedad Anónima que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse en su aditamento La Piedra Trading Company S. A., que traducido al español es La Piedra Compañía de Comercio S. A.—Pérez Zeledón, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Jorge Luis Zúñiga Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 11755.—(8716).

A las doce horas diez minutos del día veinticinco de enero del año dos mil ocho, en mi notaría se constituye: Canaan Mountain Investments Holdings Sociedad Anónima, que traducido al español es Inversiones y Compañías Relacionadas Montaña Canaan Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse en su aditamento Canaan Mountain Investments Holdings S. A.—Pérez Zeledón, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Jorge Luis Zúñiga Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 11756.—(8717).

Se constituye la firma de esta plaza Miscegenate Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Presidente: William Cullen Embry Jr. Agente residente: Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo.—San José, veintiocho de enero del año dos mil ocho.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 11757.—(8718).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del veinticinco de enero del dos mil ocho, constitución de dos sociedades denominadas Corporación Kirsha Blue Rivers, The Waterfalls of Sauce JPV S. A. Sociedad Anónima. Presidente: Jorge Antonio Velásquez Padilla.—Lic. Yashir Wabe Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 11759.—(8719).

A las 11:00 del 14 de enero del 2007, se constituyó la sociedad denominada Constru Impo Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Constru Impo S. A. El cual es nombre de fantasía, en donde aparecen como representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar solo conjuntamente presidente: Eduardo Mora Sánchez, cédula de identidad número 9-083-098 y la secretaria: Teresa Marie de único apellido Uruski, en razón de su nacionalidad canadiense, pasaporte número J U seis seis seis cuatro ocho cuatro. Plazo social noventa y nueve años. Agente residente Lic. Sehaneth Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 11760.—(8720).

Que al ser las 14:30 horas del día 24 de enero del 2008, mediante escritura número cincuenta y cinco, visible al folio 64 frente del tomo 36 de mi protocolo, se constituyó ante mi notaría, la empresa denominada Inversiones Gemelas de Morazán Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social de diez mil colones representado por diez cuotas sociales de un mil colones cada una, administrada por un gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con domicilio en San Isidro de Pérez Zeledón, Barrio Morazán, de la iglesia católica, trescientos metros norte y ciento cincuenta metros este.—San Isidro de Pérez Zeledón, veinticuatro de enero del año dos mil ocho.—Lic. Carlos Eduardo Castro Mora, Notario.—1 vez.—Nº 11761.—(8721).

A las diez horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Unión Familiar Naranjo & Alfaro PD, con domicilio en San Antonio Debajo de Pejibaye de Pérez Zeledón, trescientos metros noreste de la escuela, corresponderá al presidente Fernando Naranjo Morales, cédula 1-476-567 y tesorera Nidia María Alfaro Víquez, cédula 1-542-366, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos actuando conjunta o separadamente. El plazo es de noventa y nueve años a partir de esta fecha.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, once horas del 25 de enero del 2008.—Lic. José Aurei Navarro Garro, Notario.—1 vez.—Nº 11762.—(8722).

A las 11:00 del 28 de enero del 2008, se disolvió la sociedad denominada Qubradores El Brunca Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiún mil trescientos trece, en donde aparecen como representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma presidente: Wilber Beiner Ortiz Céspedes, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Pérez Zeledón, cédula de identidad número nueve-cero ochenta y tres-quinientos ochenta y dos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 11763.—(8723).

Que por acta de asamblea general extraordinaria de Viviendas Nefeg and Zicri R&Z Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-412857, celebrada el día 15 de enero del año 2008, se eligen nuevos miembros de junta directiva y fiscal. Es todo.—San Isidro, 28 de enero del año 2008.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 11764.—(8724).

Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Lia Internacional S. A., a las diez horas quince minutos del día veinticinco de enero del año dos mil ocho, se nombra presidente de la junta directiva y apoderada general. Es todo.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Jeffry Alonso Hernández Romero, Notario.—1 vez.—Nº 11766.—(8725).

Por escritura de las 9:00 horas del 27 de noviembre del 2007, la sociedad Constructora Tecnológica Jura S. A., se reforma cláusula 7 de su pacto, de la administración y hace nombramientos.—Lic. Gabelo Rodríguez Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 11767.—(8726).

Constitución de Servicios Integrados Krisma Sociedad Anónima, domicilio San José Alajuelita, plazo noventa y nueve años, se nombra presidente, escritura otorgada ante los notarios Francisco Javier Madrigal Acosta y Asdrúbal Mena Bonilla, veinticinco de enero de dos mil ocho.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Asdrúbal Mena Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 11768.—(8727).

Constitución de Creaciones Manu Sociedad Anónima, domicilio San José Alajuelita, plazo noventa y nueve años, se nombra presidente, escritura otorgada ante los notarios Francisco Javier Madrigal Acosta y Asdrúbal Mena Bonilla, veinticinco de enero de dos mil ocho.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Asdrúbal Mena Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 11769.—(8728).

Ante esta notaría, a las nueve horas del veintiocho de enero del dos mil ocho, se modificó la cláusula quinta de la sociedad denominada Servicio de Taxis y Microbuses Cinco Estrellas S. A.—Colón, 28 de enero del 2008.—Lic. Milena Acuña Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 11770.—(8729).

Ante este notaría, a las diez horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Servicios Profesionales de Limpieza G&H Adriana Sociedad de Responsabilidad Limitada, plazo social noventa y nueve años, representación judicial y extrajudicial corresponde al gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Colón, 29 de enero del 2008.—Lic. Milena Acuña Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 11771.—(8730).

Que en la asamblea extraordinaria de la compañía Compañía Hotelera Playas de Tamarindo Sociedad Anónima, celebrada a las 10:30 horas del día 20 de noviembre del 2007, en su domicilio social, se acordó hacer nuevo nombramiento de la junta directiva.—Tamarindo, 8 de enero del 2008.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—Nº 11774.—(8731).

Que en la asamblea extraordinaria de la compañía Centro Comercial Plaza Tamarindo OCR Sociedad Anónima, celebrada a las 10:00 horas del día 20 de noviembre del 2007, en su domicilio social, se acordó modificar cláusula quinta y hacer nuevo nombramiento de la junta directiva.—Tamarindo, 8 de enero del 2008.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 11775.—(8732).

Por escritura otorgada, ante el notario Paul Oporta Romero, a las 16:00 horas del 9 de diciembre del 2007, se constituyó la sociedad D.K. Quality Home Construction Limitada.—Tamarindo, Guanacaste, 22 de enero del 2008.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—Nº 11776.—(8733).

Por escritura otorgada, ante el suscrito notario, a las diez horas del cuatro de setiembre del dos mil siete, se constituye la sociedad Colocaciones y Acabados A C R de San Rafael de Heredia Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Presidente: Marco Andrés Campos Retana.—Lic. Francisco Antonio Obando Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 11778.—(8734).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del día veintiuno de enero del dos mil ocho, se reformó la cláusula segunda del domicilio social de la compañía denominada Bahía Mediterráneo Azul C.D, Sociedad Anónima.—Lic. Roberto Facio Sáenz, Notario.—1 vez.—Nº 11784.—(8736).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las quince horas del día veintiuno de enero del dos mil ocho, se reformó la cláusula segunda del domicilio social de la compañía denominada Big Bluestem LTD.—Lic. Roberto Facio Sáenz, Notario.—1 vez.—Nº 11785.—(8737).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del día veintiuno de enero del dos mil ocho, se reformó la cláusula segunda del domicilio social de la compañía denominada Millon Uno Sociedad Anónima.—Lic. Roberto Facio Sáenz, Notario.—1 vez.—Nº 11787.—(8738).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del día veintidós de enero del dos mil ocho, se reformó la cláusula segunda del domicilio social de la compañía denominada Magic Waterfall Limitada.—Lic. Roberto Facio Sáenz, Notario.—1 vez.—Nº 11789.—(8739).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las quince horas del día veintiuno de enero del dos mil ocho, se reformó la cláusula segunda del domicilio social de la compañía denominada Pyxis Veintiuno Sociedad Anónima.—Lic. Roberto Facio Sáenz, Notario.—1 vez.—Nº 11788.—(8740).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las trece horas del día veintidós de enero del dos mil ocho, se reformó la cláusula segunda del domicilio social de la compañía denominada Hydrus Mil Uno H.M.U. Sociedad Anónima.—Lic. Roberto Facio Sáenz, Notario.—1 vez.—Nº 11790.—(8741).

Mediante escritura otorgada ante mí, a las doce horas del día veintidós de enero del dos mil ocho, se reformó la cláusula segunda del domicilio social de la compañía denominada Venado Cola Blanca Sociedad Anónima.—Lic. Roberto Facio Sáenz, Notario.—1 vez.—Nº 11791.—(8742).

El día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Agua Viva CB Internacional S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas primera y sétima, del pacto constitutivo.—Filadelfia, 26 de enero del 2008.—Lic. Luis Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 11793.—(8743).

El día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la empresa tres-ciento uno-quinientos quince mil ciento doce S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas primera y sétima, del pacto constitutivo.—Filadelfia, 26 de enero del 2008.—Lic. Luis Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 11794.—(8744).

El día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Sonshine Services CB de Guanacaste S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas primera y sétima, del pacto constitutivo.—Filadelfia, 26 de enero del 2008.—Lic. Luis Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 11795.—(8745).

El día de hoy se constituyó en mi notaría la sociedad Inversiones Meche S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Domicilio social: Cartago, Tejar de El Guarco, setenta y cinco metros al sur de la iglesia católica. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cartago, veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. William Buckley Buckley, Notario.—1 vez.—Nº 11796.—(8746).

Chaka Zulu Zafari Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres- ciento uno-ciento cincuenta y cuatro mil ochocientos noventa y tres, debidamente reunida en asamblea general extraordinaria de accionistas por renuncia de uno de sus socios se nombra nueva junta directiva.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—Nº 11797.—(8747).

Por escritura otorgada, ante esta notaría en San José, a las quince horas del veinticinco de enero del dos mil ocho se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de diez mil colones. Representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma; con poder de sustitución, revocación y de otorgar poderes.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Cristian Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—Nº 11801.—(8748).

Zahorí del Caribe Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres- ciento uno-cuatrocientos ochenta y cuatro mil doscientos setenta y cinco, debidamente reunida en asamblea general extraordinaria de accionistas, se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—Nº 11798.—(8749).

Mediante escritura otorgada, a las nueve horas del veintiocho de noviembre del año dos mil siete, se constituyó la empresa Intec Proyectos S. A., objeto: la construcción de proyectos habitacionales, edificios, puentes, carreteras, mediante contratación directa o por medio de licitación con los entes públicos y privados, construcción de proyectos de infraestructura, la industria y el comercio en general. Presidente: Ing. Carlos Solano Siles.—San José, 28 de noviembre del 2007.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 11805.—(8750).

Mediante escritura otorgada, a las diez horas del veintiocho de noviembre del año dos mil siete, se constituyó la empresa Intec Alquiler de Maquinaria S. A., objeto: el alquiler de maquinaria, la construcción de edificios, puentes, carreteras, y la construcción de proyectos de infraestructura. Presidente: Ing. Carlos Solano Siles.—San José, 28 de noviembre del 2007.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 11806.—(8751).

Por escritura pública otorgada, ante esta notaría, a las 8:00 horas del día 25 de enero del 2008, se reformó totalmente las cláusulas de los estatutos del pacto social. Se cambia al fiscal de la sociedad de esta plaza Teatro Moliere S. A.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Fernando León, Notario.—1 vez.—Nº 11808.—(8752).

Mediante escritura pública número treinta y ocho, se ha constituida la sociedad denominada JD Soft de Cosat MCA Sociedad Anónima, que es un nombre de fantasía, con domicilio en la ciudad de San José, objeto el comercio en general, representada por un presidente, con capital social de diez mil colones.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 11809.—(8753).

Por escritura número doscientos sesenta y uno, otorgada ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Transportes Rápidos del Norte Limitada, capital social de veinte mil colones. Gerentes con facultades de apoderados generalísimos, Juan Luis Rodríguez Rodríguez y Jorge Alberto Soto Méndez.—Lic. José Fabián Salazar Solís, Notario.—1 vez.—Nº 11810.—(8754).

Por escrituras números 29-31, 30-31, 31-31, 32-31, 33-31 y 34-3, autorizadas en mi notaría a las 9:00, 9:30, 10:00, 10:30, 11:00 y 11:30 horas del día 28 de enero de dos mil ocho, protocolicé actas de asamblea general extraordinaria de socios de las sociedades capital Island Enterprises S. A., Colour Of Day S. A., Fun In The Sun S. A., Marimba Sounds Corporation S. A., West Garden Gate W.G.G. S. A., y Yellow Sunset S. A., mediante las cuales se reforman las cláusulas del domicilio, de la administración, se revocan nombramientos de junta directiva y se hacen nuevos y se nombra nuevo agente residente.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Noe Kawer Dymantztien, Notario.—1 vez.—Nº 11812.—(8755).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las quince horas del día veinticuatro de enero del año dos mil ocho, se protocolizaron acuerdos de asamblea de accionistas de la compañía Inversiones Bareta Sociedad Anónima, mediante los cuales se reforman las cláusulas primera, cambiando el nombre a Bareta Representaciones Sociedad Anónima, pudiéndo abreviarse a Bareta Representaciones S. A.; segunda y quinta de los estatutos.—San José, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Sergio Jiménez Odio, Notario.—1 vez.—Nº 11813.—(8756).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las doce horas del día veinticuatro de enero del año dos mil ocho, se protocolizaron acuerdos de asamblea de accionistas de la compañía Tomates Maduros Sociedad Anónima, mediante los cuales se reforman los cargos de tesorera, secretario y fiscal, se revoca el nombramiento del agente residente y se anula cláusula octava.—San José, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Sergio Jiménez Odio, Notario.—1 vez.—Nº 11814.—(8757).

Genetak Análisis S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cinco mil cuatrocientos diecisiete, modifica la cláusula sétima de su pacto social. Escritura otorgada en San José, a las 7:00 horas del 29 de enero del 2008.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 11815.—(8758).

El suscrito Licenciado Rafael Humberto González Araya, hace constar que ante esta notaría, en escritura número 263, visible a folio 167 frente, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Corporación de Transporte Turisíticos C.T.T. Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social, a las diez horas del 17 de noviembre del 2007. En la cual se reforma la cláusula octava de la junta directiva y se nombra nuevo fiscal, debidamente autorizado por acuerdo décimo del acta número veintidós de dicha compañía.—Lic. Rafael Humberto González Araya, Notario.—1 vez.—Nº 11819.—(8759).

Ante esta notaría, se constituye Paisaje sin Descubrir Sociedad Anónima. Presidente: Luis Fernando Brenes Romero. Capital social: diez mil colones. Escritura otorgada en San José, a las 12:00 horas del 26 de enero del 2008.—Lic. Ana Gabriela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 11816.—(8760).

El suscrito notario Víctor Solís Castillo, hace constar que en esta notaría, se constituyeron: Hidden Paradise IN C.R. Sociedad Anónima, también Pure White Investments Sociedad Anónima. Es todo, firmo en Palmar Norte, Osa, Puntarenas, al ser las nueve horas veinte minutos del día veintiuno de enero del dos mil ocho.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 11820.—(8761).

Ante esta notaría, a las 14:00 horas del 22 de setiembre del año 2007, se constituyó FRHE S. A., cuyo plazo social es de 99 años, capital íntegramente pagado, representación judicial y extrajudicial con poder generalísimo sin límite de suma a cargo del presidente y vicepresidente.—Limón, 28 de enero del año 2008.—Lic. Ania Lorena Bonilla Rivas, Notaria.—1 vez.—Nº 11821.—(8762).

En mi notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Hermanas Gawen Sociedad Anónima, domiciliada en la Fortuna de San Carlos, en la que se reforma el estatuto social de la siguiente forma: en la cláusula décima segunda, en adelante se debe leer: que la representación judicial y extrajudicial de la compañía corresponde únicamente al presidente de la junta directiva, quien tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, así mismo podrá abrir cuentas corrientes a nombre de la sociedad y firmar contra ellas. Es todo.—La Fortuna de San Carlos, dieciocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Silenia Cedeño Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 11823.—(8763).

El día de hoy en mi notaría, se constituye A D Racing Sociedad Anónima, capital social diez mil colones, plazo social noventa y nueve años. Presidente: Abel Campos Paniagua. Es todo.—San ramón, veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. Silvia Chaves Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 11824.—(8764).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del 25/01/2008, se constituyó la sociedad Wachi Princes S.R.L. Domicilio: San José, plazo 100 años, objeto: genérico, capital social suscrito y pagado. Gerente como apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Guido Alberto Soto Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 11825.—(8765).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las trece horas treinta minutos del día veintiocho de enero del dos mil ocho, se constituyó la entidad denominada Extreme Cycling Sociedad Anónima.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Alejandro Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 11826.—(8766).

Ante la suscrita notaria, comparecieron Claudio Alejandro Vásquez con pasaporte argentino número 17636075, Yeison Martín Vargas Rodríguez con cédula de identidad número 2-0556-0587 y Jason Delgado Alvarado con cédula de identidad número 04-0177-0484, para constituir sociedad anónima que se denominará conforme al número de cédula jurídica que se le asigne y su aditamento será sociedad anónima. Es todo.—Heredia, 28 de enero del 2008.—Lic. Elizabeth Rodríguez Pereira, Notaria.—1 vez.—Nº 11827.—(8767).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 28 de enero del 2008, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Oro y Arena del Mar S. A. Se modifica la cláusula quinta de los estatutos.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Manrique Rojas Ibarra, Notario.—1 vez.—Nº 11828.—(8768).

Por escritura pública otorgada ante el suscrito notario, a las diez horas del seis de setiembre del dos mil siete, se constituye la sociedad Kevmon Sociedad Anónima. Capital social: de diez mil colones, enteramente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: San José, calle once, entre avenidas ocho y diez. Actividad: El comercio, la industria, el turismo, la ganadería, la agricultura y la prestación de toda clase de servicios.—Lic. Jorge Antonio Fournier Estrada, Notario.—1 vez.—Nº 11829.—(8769).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 horas del 21 de enero del 2008, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Alore S. A. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: 99 años contados a partir de la fecha de constitución. El presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Victoria Medrano Guevara, Notaria.—1 vez.—Nº 11831.—(8770).

Ante esta notaría, a las 8:00 horas del 28 de enero del año dos mil ocho, mediante escritura 34 del tomo 13, se constituyó la sociedad Adilub G Y G S. A. Presidente: Randall González Montero. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años.—Lic. Yamileth Fernández Sandí, Notaria.—1 vez.—Nº 11833.—(8771).

Ante esta notaría, a las 9:00 horas del 24 de enero del año dos mil ocho, mediante escritura 33, del tomo 13, se constituyó la sociedad Rojas y Rodríguez R.R. S. A. Presidente: Oiler Gerardo Rojas Rodríguez, capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años.—Lic. Yamileth Fernández Sandí, Notaria.—1 vez.—Nº 11834.—(8772).

Ante esta notaría, a las 8:00 horas del 24 de enero del año dos mil ocho, mediante escritura 32 del tomo 13, se constituyó la sociedad Desarrollo Inmobiliarios Oiler S. A. Presidente: Oiler Gerardo Rojas Rodríguez, capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años.—Lic. Yamileth Fernández Sandí, Notaria.—1 vez.—Nº 11835.—(8773).

Los señores José Pablo Cordero Brenes y Bernardo Bolaños Álvarez, constituyen sociedad denominada M & A Advisors S. A., en escritura número noventa y nueve, otorgada a las catorce horas del día veintiocho de enero del dos mil ocho, ante la notaría del Licenciado Juan Morgan Chamorro.—Lic. Juan Morgan Chamorro, Notario.—1 vez.—Nº 11839.—(8774).

Ante esta notaría, a las 8:00 horas del 3 de diciembre del año dos mil siete, mediante escritura 4 del tomo 13, se protocolizó asamblea extraordinaria de la sociedad B&Z Bogantes y Zepeda Consultores Asociados de Mercadeo S. A. Nombramientos junta directiva. Presidenta: Ina Mariel Zepeda Molina.—Lic. Yamileth Fernández Sandí, Notaria.—1 vez.—Nº 11836.—(8775).

Ante esta notaría, por medio de escritura pública número cien II, diecisiete horas del veintidós de enero del dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Wahoo Negro Uno Tres A L S. A., en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: Primero: se removió a los miembros de la junta directiva, fiscal y agente residente. Segundo: Se realizaron los siguientes nombramientos: Presidente: Denise Larraine Kutaj. Secretario: Richard Dale Kutaj. Tesorera: Jássica Larraine Kutaj. Fiscal: David Krasko. Agente residente: Laura Coto Rojas.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 11840.—(8776).

Por escritura otorgada a las trece horas del once de mayo del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Sure Fire Sociedad Anónima (Fuego Seguro Sociedad Anónima).—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—Nº 11841.—(8777).

Por escritura otorgada a las diez horas del dieciséis de noviembre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Asociación Pro Educación Médica Continua.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—Nº 11843.—(8778).

En mi notaría, a las dieciocho horas del veintiocho de enero del dos mil ocho, se modificó el pacto social en sus cláusulas primera y octava de la sociedad denominada Waterfall Creartions S. A.—San José, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Rocío Quirós Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 11845.—(8779).

Por escritura otorgada a las 16:00 horas del día de hoy, protocolicé acuerdos de la asamblea general de socios de Manufacturas El Marfil S.A., reformando la cláusula segunda de los estatutos, en cuanto al domicilio.—San José, 11 de enero del 2008.—Lic. Aurora Hernández Fuentes, Notaria.—1 vez.—Nº 11847.—(8780).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veinticuatro de enero del dos mil ocho, se protocolizó acta número seis de asamblea general extraordinaria de accionistas de Bodega Colón S. A., donde se reformó cláusulas segunda y novena del pacto social, y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Es todo.—Ciudad Quesada, a las nueve horas quince minutos del veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. Liana Sancho Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 11848.—(8781).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Inmobiliarias Crump Fallas Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, el domicilio social será la provincia de San José, en el cantón de Pérez Zeledón, en su distrito de San Isidro, setenta y cinco metros al oeste de Disco Centro, Edificio Dehegasa, todo segundo piso. Como presidente George Crump.—San José, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Rodolfo Herrera García, Notario.—1 vez.—Nº 11850.—(8782).

Por escritura número ciento diecinueve de mi protocolo segundo, se constituyó Arte y Movimiento Monsanjo Sociedad Anónima, con duración de 100 años, su domicilio social en San José, Santa Ana, Condominios San Rafael. La junta directiva está integrada por presidente, secretario y tesorero.—San José, a las once horas del veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Shirley Durán Alpízar, Notaria.—1 vez.—Nº 11851.—(8783).

Ante mi notaría, se constituyó la empresa denominada Estructuras Metálicas y Desarrollos Jima Sociedad Anónima, presidente: Marco Antonio Calvo Solís, es apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura otorgada a las dieciocho horas del veintiocho de enero del año dos mil ocho.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Dámaso Ruiz Carrión, Notario.—1 vez.—Nº 11852.—(8784).

Por medio de escritura otorgada a las 12:15 horas del día 28 de enero del año 2008, se protocolizó acta de la sociedad Los Platos Rotos S.A., por medio de la cual se reforma el pacto social.—Lic. Alejandra Echeverría Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 11854.—(8785).

Por escritura otorgada por el suscrito notario, a las 12:00 horas del 25 de enero del 2008, se reformó la sociedad anónima denominada Inmobiliaria Islas Gimnesias S. A., modificándose la cláusula de administración y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 11855.—(8786).

Por medio de escritura otorgada a las 12:00 horas del día 28 de enero del año 2008, se protocolizó acta de la sociedad Corporación Exportadora e Importadora D.V. S. A., por medio de la cual se reforma el pacto social y se nombran presidente y secretario.—Lic. Alejandra Echeverría Alfaro, Notaria.—1 vez.—Nº 11856.—(8787).

Ante esta notaría se ha constituido la sociedad Bolitas de Nosara Limitada. Capital social suscrito y pagado.—Nicoya, 28 de enero del 2008.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 11857.—(8788).

Ante esta notaría se ha constituido la sociedad Otra Vista Constructions Lewis Limitada. Capital social: suscrito y pagado.—Nicoya, 28 de enero del 2008.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 11858.—(8789).

Mediante escritura número setenta y siete de las diez horas del veintiocho de enero del año dos mil ocho, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Representaciones Logísticas Internacionales R L I Sociedad Anónima, cuya cédula jurídica es tres-ciento uno- cuatrocientos cuarenta y un mil ochocientos cuarenta y siete, mediante la cual se modificó la cláusula novena de los estatutos. Se publica el presente edicto para los efectos de ley.—Lic. Rodrigo Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 11859.—(8790).

Por escritura otorgada ante mí se ha solicitado la disolución de las compañías On The Net Consolidated Services S. A., cédula jurídica número 3-101-439505 y North Ocean Navy S. A., cédula jurídica número 3-101-381686. Fecha de otorgamiento: 29 de enero del 2008. Lugar de otorgamiento: San José, Costa Rica.—Lic. Giovanni Bruno Guzmán, Notario.—1 vez.—Nº 11860.—(8791).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las trece horas del veintiocho de enero del año dos mil ocho, se protocolizan los acuerdos de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Musgos del Roble Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula segunda del domicilio, y la sexta de la administración.—San José, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Martín José Alvarado Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 11861.—(8792).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las 11:00 horas del 25 de enero de 2008, se constituyó la sociedad anónima Rodha International Inc S. A. Representantes: presidente y secretario. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 28 de enero de 2008.—Lic. Eduardo Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 11862.—(8793).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 24 de enero del 2008, se constituyeron dos sociedades anónimas, las cuales se denominarán según el número de cédula de persona jurídica por asignar. Representante: Presidente. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, 28 de enero de 2008.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—Nº 11863.—(8794).

Por escritura otorgada ante el Notario Público Andrés Martínez Chaves, a las 15:30 horas del 8 de enero del 2008, los señores Pablo César Romero García y Marlene García Brenes, constituyen Paraíso Industrial Paroga S. A., domiciliada en Cartago, Paraíso, cien metros este y ciento cincuenta norte de la terminal de buses. Se nombra presidente, secretario y tesorero de la junta directiva y fiscal.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Andrés Martínez Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 11867.—(8795).

Por escritura número 131-13 de las 9:00 horas del 24 de enero de 2008, se constituyó Tiendas Valeria S. A. Presidenta: Anabelle Fuentes Rojas y vicepresidenta: Hilda Fuentes Rojas. Plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones.—San Isidro de El General, 24 de enero del 2008.—Fernando Alberto Gamboa Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 11870.—(8796).

Por escritura número 132-13 de las 10:30 horas del 24 de enero de 2008, se constituyó Bazares Valeria S. A. Presidente: Ólger Fuentes Rojas y vicepresidenta: Hilda Fuentes Rojas. Plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones.—San Isidro de El General, 24 de enero de 2008.—Lic. Fernando Alberto Gamboa Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 11871.—(8797).

Se constituye Fedeliz S. A., por escritura pública 235 visible a folio 179 frente del tomo tercero del protocolo del notario y ante la notaría de la licenciada Cinthya Hernández Alvarado, al ser las 14 horas del 28 de diciembre del 2007.—Lic. Cinthya Hernández Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 11878.—(8798).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del día diecisiete de agosto de dos mil seis, se constituyó la empresa de esta plaza Depósito de Materiales Santa Cruz Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado.—Lic. Wady A. Espinoza Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 11880.—(8799).

Por escritura autorizada a las diecisiete horas de hoy, en mi Notaría, protocolicé acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Club Campestre Griego S. A., celebrada a las diecinueve horas del ocho de noviembre del dos mil siete, mediante la cual se aumenta el capital social en la suma de veinticuatro millones seiscientos cincuenta mil colones; se modifica la cláusula quinta del capital; se nombran presidente, secretaria, prosecretaria, vocal I, suplente I y fiscal.—Grecia, 28 de enero de 2008.—Lic. José Javier Vega Araya, Notario.—1 vez.—N’ 11884.—(8800).

Ante mí, Azarías Barrantes Delgado, notario público, se ha constituido la compañía que se denomina Constructora Cumon Sociedad Anónima. Capital social: cuarenta y cinco mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente, vicepresidente, y tesoreros, apoderados generalísimos sin limitación de suma. Se emplaza a cualquier interesado.—Lic. Azarías Barrantes Delgado, Notario.—1 vez.—Nº 11882.—(8801).

Por escritura otorgada por el notario Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, a las 8:00 horas del 25 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Stonewood Properties Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Stonewood Properties S. A., cuyo presidente: con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, es el señor: Christopher Thomas de apellido Johnson. Capital: suscrito y pago en su totalidad. Firmo en la ciudad de Grecia, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—N’ 11885.—(8802).

Ante esta notaría comparecen los señores Fernando Sánchez Castillo, cédula uno-quinientos doce-seiscientos ochenta y nueve y Alina Pacheco Campos, cédula uno-quinientos setenta y nueve-seiscientos veintiuno y dicen: que vienen a constituir sociedad anónima denominada ABBQ Outsourcing Sociedad Anónima, dieciséis horas treinta minutos del día veinticuatro de enero del año dos mil ocho. Es todo.—Lic. Laura Lao Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 11887.—(8803).

El suscrito notario, hago constar que ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada T Böhler Corporación Sociedad Anónima, al ser las once horas del día diez de enero del año dos mil ocho. Capital suscrito y pago.—Alajuela, 22 de enero de 2008.—Lic. Yeric Gonzalez Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 11888.—(8804).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las once horas del veintiuno de enero de dos mil ocho, se constituyó la sociedad Integral de Logística Transval Sociedad Anónima, capital social diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, veintinueve de enero de dos mil ocho.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 11889.—(8805)

Mediante escritura número setenta y dos-dos, otorgada a las once horas del día treinta y uno de octubre de dos mil siete, se constituyó la sociedad ST Technologies Software Development Sociedad Anónima.—San José, veintinueve de enero de 2008.—Lic. Daniel González Saborío, Notario.—1 vez.—Nº 11894.—(8806).

A las diez horas del veintinueve de enero del dos mil ocho ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Grupo Industrial C Textiles S. A., donde se tiene por renovada la sociedad anónima, se nombra nueva junta directiva y se reforma la cláusula novena de los estatutos constitutivos de la sociedad.—Lic. Marjorie Moscoso Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 11890.—(8807).

Que mediante escritura ciento veinte, del tomo primero del notario Dennis León Chinchilla, se constituyó sociedad anónima cuya denominación social se realiza de conformidad con el artículo dos del decreto ejecutivo 33171-J. Domicilio: San José, San Francisco de Dos Ríos, representación: Presidente.—San José, veintinueve de enero de dos mil siete.—Lic. Dennis León Chinchilla, Notario.—1 vez.—Nº 11892.—(8808).

En esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Pittier GYJ Sociedad Anónima, consta en escritura veintidós, iniciada al folio doce frente del tomo cuatro del protocolo de la notaria Diana Salazar Vega. Capital social: cien mil colones.—San Vito, 24 de enero de 2008.—Lic. Diana Salazar Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 11897.—(8809).

Por escritura protocolizada en Playa Sámara, a las diecisiete horas del 26 de enero del año en curso, la sociedad Ihacgo D’CCR S. A., cédula jurídica 3-101-483764, modificó, la cláusula sexta del pacto constitutivo, sea de la administración. Se advierte que lo fue ante la notaria Fabiola López González.—San José, 29 de enero del dos mil ocho.—Lic. Rolando Angulo Gatgens, Notario.—1 vez.—Nº 11898.—(8810).

Por escritura número ciento noventa y cuatro otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veinte de enero de dos mil ocho, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Los Ángeles Ferso Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Representación: presidente y secretario de la junta directiva con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar de forma conjunta o separada. Domicilio: Cartago, Tres Ríos, de la Municipalidad cien metros oeste y trescientos metros sur, casa esquinera.—San José, veinte de enero de dos mil ocho.—Lic. Jaimie Pamela Pardo Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 11901.—(8812).

Por escritura número ciento trece-cinco, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del diecisiete de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Servicios Técnicos Ultra Siete S. A., domiciliada en Veintisiete de Abril, Santa Cruz, Guanacaste un kilómetro al norte de la Plaza de Puerto Los Pargos. Capital social: cien mil colones, representados por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Presidente: Felipe De La Espriella Peters.—San José, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 11902.—(8813).

Por escritura otorgada el día de hoy, se constituyó la sociedad a la que el registro Mercantil le asignará la denominación y de condición de limitada. Plazo 99 años, capital 20.000 colones. Gerente y subgerente apoderados generalísimos.—San José, 10 de enero del dos mil ocho.—Lic. Alvis Gonzalez Garita, Notario.—1 vez.—Nº 11903.—(8814).

Por escritura otorgada el día de hoy, se constituyó la sociedad de esta plaza H & H Auto Sales Limitada, (H & H Auto Venta Limitada). Plazo 99 años, capital 20.000 colones. Gerente y subgerente apoderados generalísimos.—San José, 10 de enero del dos mil ocho.—Lic. Alvis González Garita, Notario.—1 vez.—Nº 11904.—(8815)

Ante mi notaría, a las trece horas del veintiocho de enero del año dos mil ocho, se constituyó sociedad denominada Seguridad Ebenecer Lara y Silva Sociedad Anónima S. A., presidente El Santos Fabián Silva Palacios, capital suscrito y pagado.—San José, veintiocho de enero del 2008.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—Nº 11905.—(8816).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó actas de las compañías Action Property Group Parkview Square Ps y Condado del Country Apartamento Quinientos Cinco Torre Uno, todas sociedad Anónima. Se modifica la cláusula de administración y se nombra nueva junta directiva. Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Lic. Róger Petersen Morice, Notario.—1 vez.—Nº 11907.—(8817).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Exportadora Fruvecom Sociedad Anónima, con domicilio social en Sabanilla de Montes de Oca, capital suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Luis Carlos Gómez Robleto, Notario.—1 vez.—Nº 11909.—(8818).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Coyasa Consultoría y Asesoría Aduanera Sociedad Anónima, con domicilio social en Guadalupe, capital suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic. Luis Carlos Gómez Robleto, Notario.—1 vez.—Nº 11910.—(8819).

Ante Ignacio Sánchez Ramírez, notario, se constituyó la sociedad anónima Inversiones Saga RG S. A. Domicilio: San José. Plazo: 100 años. Presidente: Ruperto González Rodríguez.—San José, 11:00 horas del 2 de enero del 2008.—Lic. M. Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 11911.—(8820)

Ante, Ignacio Sánchez Ramírez, notario, se constituyó la sociedad anónima Grupo Karoko V & V S. A. Domicilio: San José. Plazo: 100 años. Presidente: Luis Diego Iglesias Vallejo.—San José, 8:00 horas del 16 de enero del 2008.—Lic. Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 11912.—(8821).

Ignacio Sánchez Ramírez, notario, hace saber que por escritura del 18 de enero del 2008, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria, donde se reforma la cláusula quinta del estatuto de: Comercializadora Oficomer S. A., cédula jurídica 3-101111535.—Lic. Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 11913.—(8822).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Sacaroca de Coronado Sociedad Anónima. Presidente y tesorero ambos con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma, debiendo conjuntamente.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Flor Eugenia Castillo Castro, Notaria.— 1vez.—Nº 11915.—(8823).

Por escritura número doscientos cuatro, otorgada en esta notaría, a las diecisiete horas con diez minutos del día veintiocho de enero del año dos mil ocho, se constituye la empresa denominada Proyterra E.I.R.L., con domicilio en la ciudad de Cartago.—Lic. José Alberto Fonseca D`Avanzo, Notario.—1 vez.—Nº 11917.—(8824).

Por escritura número tres-siete, otorgada a las quince horas, del día veintiocho de enero del año dos mil ocho, visible al folio cinco vuelto del tomo tercero del protocolo de la notaria pública Adriana Segura Balmaceda, se protocolizó el acta número dos de asamblea general extraordinaria de la sociedad Anochecer Azul Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos veinticinco mil quinientos ochenta y cinco. Es todo.—San José, veintiocho de enero del año dos mil ocho.—Lic. Adriana Segura Balmaceda, Notaria.—1 vez.—Nº 11918.—(8825).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las doce horas del veintinueve de enero del dos mil ocho, se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo referente a la representación judicial y extrajudicial de la compañía Universidad Central Centro de Estudios de La Pampa Cayejo Sociedad Anónima.—Lic. Marta Cecilia Jiménez Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 11919.—(8826).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil ocho, Margarita Martínez Fonseca por sí y como apoderada generalísima sin límite de suma de Ana Isabel Chaves Martínez constituyen, AC Y DC Sociedad Anonima, pudiendo abreviarse AC Y DC S. A., que es nombre de fantasía. Su domicilio estará en la ciudad de San Isidro de Pérez Zeledón, doscientos treinta metros al oeste del Colegio La Asunción, provincia de San José, pudiendo establecer agencias o sucursales en otro u otros lugares del país o fuera de el. Presidenta: Ana Isabel Chaves Martinez. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Plazo: noventa y nueve años.—San Isidro de Pérez Zeledón, 25 de enero del 2008.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 11921.—(8827).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veinticinco de enero del año dos mil ocho, la sociedad tres-ciento uno-quinientos un mil novecientos noventa y dos, sociedad anónima, reforma la cláusula primera de las constitutivas únicamente en cuanto al nombre para que en adelante se identifique como Escaleras Pacific Hillside Villas Sociedad Anónima.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 11922.—(8828).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de enero del año dos mil ocho, la sociedad Inversiones Casa Vista al Chirripó Sociedad Anónima, realiza el nombramiento de nuevo presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente, además se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo únicamente en cuanto al domicilio social.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinticinco de enero del año dos mil ocho.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 11923.—(8829).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veintitrés de enero del año dos mil ocho, la sociedad La Luz Del Mundo Realty Limitada, realiza el nombramiento de nuevo gerente y agente residente, además se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo únicamente en cuanto al domicilio social.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinticinco de enero del año dos mil ocho.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 11924.—(8830)

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del veinticinco de enero del año dos mil ocho, la sociedad tres-ciento uno-quinientos tres mil quinientos sesenta, sociedad anónima, realiza el nombramiento de nuevo presidente y secretario, además se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinticinco de enero del año dos mil ocho.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 11925.—(8831).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas del día veinticuatro de enero de dos mil ocho, se protocolizan acuerdos de asamblea ordinaria extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Raya Boca de Rosa Sociedad de Responsabilidad Limitada. Donde se reforman las cláusulas primera, segunda y novena del pacto social.—Liberia, veinticuatro de enero de dos mil ocho.—Lic. Luis Mariano Jiménez Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 11927.—(8832).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 12:00 horas del 28 de enero del 2008 la sociedad Solís Fallas y Compañía S. A., protocoliza acta de asamblea general extraordinaria, se modifican cláusulas tercera y sétima.—Lic. Zulema Villalta Bolaños, Notaria.—1 vez.—Nº 11929.—(8833).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas treinta minutos del veinticinco de enero del año dos mil ocho, Adrián Ceciliano Altamirano y Gloriana Loría Espinoza constituyen una sociedad cuyo nombre será Safran Investments Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Safran Investments, S. A. nombre que es de fantasía y cuya traducción es Inversiones Safran Sociedad Anónima. Su domicilio estará en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, exactamente frente al costado oeste del parque central, pudiendo establecer agencias o sucursales en otro u otros lugares del país o fuera de el. Presidente: El señor Luca Fagetti: capital social: diez mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de cien colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Plazo: noventa y nueve años.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 11928.—(8834).

El suscrito notario, hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del dieciséis de enero del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Corporación Metaltec Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta y nueve mil seiscientos quince, mediante la cual se reformó la cláusula sexta de los estatutos referente a la conformación de la junta directiva. Es todo.—San José, veintinueve de enero de dos mil ocho.—Lic. Carolina Gutiérrez Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 11930.—(8835).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día veintinueve de enero del año dos mil ocho, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria, de socios de la sociedad Ocasa de Alajuela Sociedad Anónima, se reforma la cláusula sexta en cuanto a la representación.—Lic. Mario Morales Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 11931.—(8836).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las quince horas del veintiséis de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Consolidadas Mar Azul Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones, moneda del curso legal de Costa Rica, totalmente suscrito y pagado. Distrito de Jaco, cantón de Garabito, provincia de Puntarenas.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—Nº 11932.—(8837).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día veinte de diciembre del dos mil siete, se constituyó la firma de esta plaza denominada Remesas y Envíos Servicol S. A. Plazo social noventa y nueve años. Presidente: José Wilson Rentería Banderas.—Lic. Rogelio Pol Araya, Notario.—1 vez.—Nº 11933.—(8838).

El suscrito Lic. Christian Ceciliano Mora, hago constar que ante esta notaría, al ser las 11:00 horas del 28 de enero de 2008, se constituyó Ciudad Salud Latinoamericana Doctor Guillermo Robles Arias Sociedad Anónima.—Lic. Christian Ceciliano Mora, Notario.—1 vez.—Nº 11937.—(8839)

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad F Y A Consultoría y Servicios Sociedad Anónima. Domicilio: Heredia. Capital social: diez mil colones. Representación: Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 12 de noviembre del 2007.—Lic. Lucrecia Gómez Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 11940.—(8840).

Por escritura que otorgué, a las ocho horas del día veintiséis del presente mes de enero protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Jenkins Chavarría S. A., en que se reforma su pacto social.—San José, enero veintiocho del dos mil ocho.—Lic. Carlos Fernández Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 11941.—(8841).

Por escritura 244 del tomo 28 de mi protocolo, de las 20:00 horas del 25 enero 2008, se constituyó Consultorías Profesionales y Seguridad Fenix del Fuego S. A. Domicilio social: Alajuela, Barrio El Arroyo, calle 3, avenida 2 y 4. Plazo social 100 años. Objeto principal: servicios de seguridad y consultaría. Presidente y tesorero con atribuciones del artículo 1253 del Código Civil, debiendo actuar conjuntamente para vender, hipotecar, prendar y de cualquier otra forma comprometer bienes sociales.—Alajuela, 28 de enero del 2008.—Lic. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1 vez.—Nº 11943.—(8842).

Ante mí, Maynor Barrantes Castro, notario público, a las ocho horas del veintiséis de enero del dos mil ocho se constituyó una sociedad anónima, que utilizará como denominación social el número de cédula de persona jurídica asignado al momento de su inscripción. La denominación social de esta sociedad se hace con base en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete uno-J.—Zarcero, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Maynor Barrantes Castro, Notario.—1 vez.—Nº 11944.—(8843).

Por escritura pública número diecinueve, otorgada el dieciocho de enero de dos mil ocho, a las dieciocho horas, ante el notario Jorge Manuel Chacón Mora, Luis Javier y Marcos ambos Solano González constituyen la sociedad Construcciones Sogo Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 21 de enero del 2008.—Lic. Jorge Manuel Chacon Mora, Notario.—1 vez.—N’ 11950.—(8844).

Por esta escritura otorgada en esta notaría, en San José, a las doce horas del día veinticuatro de enero de del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Construfersa Sociedad Anónima”. Se reforma cláusula sexta y se nombra secretario y tesorero. Notarios: Felipe Beeche Pozuelo y Carlos Morales Fallas.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Carlos J. Morales Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 11952.—(8845).

Por escritura de las 16 horas, del 13 de diciembre del 2007, se constituye Centros de Fotocopiado Digital S. A., domiciliada en San José, Montes de Oca, San Pedro, 200 este de Municipalidad. Actividad comercio en general. Plazo social cien años. Apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente. Junta directiva: Presidente Álvaro Jiménez Rodríguez, secretario Alejandro Jiménez Rodríguez, tesorero Santiago Jiménez Villegas, fiscal Jovita Rodríguez Bravo.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Silvia Garbanzo Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 11953.—(8846).

Por escritura de las 15 horas del 13 de diciembre del 2007, se constituye Centros de Fotocopiado AJR del Este S. A., domiciliada en San José, Montes de Oca, San Pedro, 200 este de Municipalidad. Actividad comercio en general. Plazo social cien años. Apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente. Junta directiva: Presidente Álvaro Jiménez Rodríguez, secretaria Jovita Rodríguez Bravo. Tesorero Alejandro Jiménez Rodríguez, fiscal Karla Maritza Sierra Monge.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Lic. Silvia Garbanzo Corrales, Notaria.—1 vez.—Nº 11954.—(8847).

Ante mi notaría, a las diecinueve horas, del día 27 de noviembre del año dos mil siete, se constituyó la sociedad Lufesa Sociedad Anónima. Presidente Luis Federico Sánchez Salazar, con domcilio social en San Miguel de Desamparados, provincia de San José. 29 enero 2008.—Lic. María de Los Ángeles Carmona González, Notaria.—1 vez.—Nº 11955.—(8848).

Hoy día he protocolizado acta de la sociedad de esta plaza cuya razón social es Suisscol Internacional Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos un mil ciento cuarenta y cuatro, en la cual se modifican la cláusula octava y se nombra nuevo agente residente.—San José, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Rosario Jiménez Delgadillo, Notaria.—1 vez.—Nº 11956.—(8849).

Mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria de Swisscol Mirador Vallauno S. A., celebrada en San José en San Rafael de Escazú a las diecisiete horas y treinta minutos del veintitrés de enero del dos mil ocho, debidamente protocolizada, se modificaron la cláusula primera de los estatutos sociales, relativo al nombre, la cláusula quinta de los estatutos sociales, relativo al capital social y la cláusula sexta de los estatutos sociales, relativo a la administración.—San José, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Michelle Dixon Jonson, Notaria.—1 vez.—Nº 11958.—(8850).

Ante esta notaría, a las 16:00 horas del 23 de enero de 2008, se constituyó Consultores en Impresiones Litográficas Hagia Sophia Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado.—San José, 24 de enero de 2008.—Lic. Orlando José Díaz Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 11962.—(8851).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las ocho horas del veintinueve de enero del año dos mil ocho, se constituye sociedad denominada Sportspbets International Betting Limited Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma y representante judicial y extrajudicial.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Clara Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 11965.—(8852).

Por escritura otorgada en esta notaría, el día veinticinco de enero del dos mil ocho, a las diez y treinta horas y conforme decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, se constituyó una sociedad anónima. Presidenta: Tania María Alvarado Fernández.—Palmares de Alajuela, 25 de enero del 2008.—Lic. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 11969.—(8853).

Por escritura otorgada en esta notaría, el día veinticinco de enero del dos mil ocho, a las diez horas y conforme decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, se constituyó una sociedad anónima. Presidente: Tania María Alvarado Fernández. Notaria Rosibel Quesada Vásquez, Palmares de Alajuela 25 de enero del 2008.—Lic. Lic. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 11970.—(8854).

Por escritura otorgada en esta notaría, el día veinticinco de enero del dos mil ocho, a las nueve y treinta horas y conforme decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, se constituyó una sociedad anónima. Presidente: Tania María Alvarado Fernández.—Palmares de Alajuela, 25 de enero del 2008.—Lic. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 11971.—(8855).

Por escritura otorgada en esta notaría, el día veinticinco de enero del dos mil ocho, a las nueve horas y conforme decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, se constituyó una sociedad anónima. Presidenta: Tania María Alvarado Fernández.—Palmares de Alajuela, 25 de enero del 2008.—Lic. Rosibel Quesada Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 11973.—(8856).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó la sociedad anónima que se denominará de conformidad con el Decreto Ejecutivo numero treinta y tres mil ciento setenta y uno-J con el número de cédula de persona jurídica más la abreviatura S. A. Domicilio: San José, (avenida ocho calles nueve y once, número novecientos sesenta y tres). Junta directiva compuesta por presidente, secretario y tesorero. Se nombra fiscal y agente residente. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. San José, 21 de enero de 2008.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 11975.—(8857).

Hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Euro Genes S. A., se modifica la cláusula novena del pacto social.—San José, 21 de enero del 2008.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 11976.—(8858).

Hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Enoc Villalobos y Asociados S. A. Se modifica la cláusula quinta del pacto social y se nombran secretario y tesorero de la junta directiva.—San José, 21 de enero de 2008.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 11977.—(8859).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada que se denominará de conformidad con el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J con el número de cédula de persona jurídica más la abreviatura S.R.L. Domicilio: San José, (avenida ocho calles nueve y once, número novecientos sesenta y tres). Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Se nombra agente residente.—San José, 21 de enero de 2008.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 11978.—(8860).

La notaria que suscribe, hace constar que por escritura número 1-38 otorgada a las 16:00 horas del 25 de enero de 2008, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Good Times Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra nueva junta directiva y fiscal y se reforma la cláusula segunda de los estatutos constitutivos.—San José, 28 de enero de 2008.—Lic. Ligia María Aguiar Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 11979.—(8861).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 28 de enero del 2008, se constituyó la compañía denominada Los Cananeas del Norte Sociedad Anónima. Con capital social de cien mil colones.—Ciudad Quesada, 30 de enero del 2008.—Lic. Ballardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 12141.—(8962).

El suscrito Arturo Montero Flores, notario público con oficina en la ciudad de Cartago, del costado sur de los Tribunales tres kilómetros al este, residencial Doña Flora, casa número ciento sesenta y siete, por este medio hace del conocimiento de quien interese, que a esta notaría, se ha presentado Gabriel Segura Corrales, mayor, soltero, comerciante cédula tres-trescientos setenta y dos-ciento veintisiete, vecino de San Isidro del Tejar El Guarco, Cartago, y dice que en su condición de presidente de junta directiva, viene a constituir sociedad denominada GBS y Asociados Sociedad Anónima. Comunicado que se hace público para los fines que correspondan.—Cartago, a los veintinueve días de enero del año dos mil ocho.—Lic. Arturo Montero Flores, Notario.—1 vez.—Nº 11983.—(8863).

El suscrito Arturo Montero Flores, notario público con oficina en la ciudad de Cartago, del costado sur de los Tribunales tres kilómetros al este, residencial Doña Flora, casa número ciento sesenta y siete, por este medio hace del conocimiento de quien interese, que a esta notaría, se ha presentado Gabriel Segura Corrales, mayor, soltero, comerciante cédula tres-trescientos setenta y dos-ciento veintisiete, vecino de San Isidro del Tejar El Guarco, Cartago, y dice que en su condición de presidente de junta directiva, viene a constituir sociedad denominada Constructora GBS de Costa Rica Sociedad Anónima. Comunicado que se hace público para los fines que correspondan.—Cartago, a los veintinueve días de enero del año dos mil ocho.—Lic. Arturo Montero Flores, Notario.—1 vez.—Nº 11985.—(8864).

El suscrito Arturo Montero Flores, notario público con oficina en la ciudad de Cartago, del costado sur de los Tribunales tres kilómetros al este, residencial Doña Flora, casa número ciento sesenta y siete, por este medio hace del conocimiento de quien interese, que a esta notaría, se ha presentado Gabriel Segura Corrales, mayor, soltero, comerciante cédula tres-trescientos setenta y dos-ciento veintisiete, vecino de San Isidro del Tejar El Guarco, Cartago, y dice que en su condición de presidente de junta directiva, viene a constituir sociedad denominada Grupo GBS Sociedad Anónima. Comunicado que se hace público para los fines que correspondan.—Cartago, a los veintinueve días de enero del año dos mil ocho.—Lic. Arturo Montero Flores, Notario.—1 vez.—Nº 11987.—(8865).

El suscrito notario, hace constar y da fe que mediante la escritura número ciento treinta y nueve se protocolizó el acta cinco de la sociedad denominada Constructora Dijesa Sociedad Anónima, cambiando su plazo y domicilio. Es todo.—Quepos, 28 de enero del dos mil ocho.—Lic. Steven Alvarado Bellido, Notario.—1 vez.—Nº 11988.—(8866).

El suscrito notario, hace constar y da fe que mediante la escritura número ciento treinta y cinco, se constituyó la sociedad llamada El Pescadito Cristal. Con un capital de cien mil colones; y sus apoderados serán William Romero Abarca y Henry Romero Quesada. Es todo.—Quepos, 28 de enero del dos mil ocho.—Lic. Steven Alvarado Bellido, Notario.—1 vez.—Nº 11989.—(8867).

La suscrita notaria, hace constar que ante mi notaría se constituyó la sociedad denominada Lady Liz del Mar Sociedad Anónima. Cuyo capital social: es de un millón de colones. El presidente: es el señor William Cortés Leal. Domicilio social: Barranca de Puntarenas, barrio Los Almendros, casa tres uno dos.—Puntarenas, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 11992.—(8868).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad Bosque Sabanero Sociedad Anónima. Domicilio: San Pedro. Objeto: comercio en general. Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Lic. Arturo Ramírez Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 11994.—(8870).

Mediante escrituras autorizadas por mí, a las diez horas, treinta minutos, a las once horas y a las once horas, treinta minutos del veintinueve de enero del dos mil ocho, se constituyeron las sociedades, Winnebago Two LLC Limitada; MJ Tico Marine LLC Limitada. Con un capital social de treinta mil colones cada una; y Mccumber Golf Central America Limitada. Con un capital social de cincuenta mil colones.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 11995.—(8871).

Ante mí, Róger S. Mora Calderón, notario público con oficina en la Unión, se constituyó sociedad anónima de nombre La Cureña GP Tierra Fértil Sociedad Anónima. Capital: quinientos mil colones netos. Duración: noventa y nueve años. Presidente: Álvaro Guzmán Rojas.—San José, veintinueve de enero de dos mil ocho.—Lic. Róger S. Mora Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 11996.—(8872).

Por escritura otorgada ante este notario, a las diez horas del veintinueve de enero del dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Punta Leona Development Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula cuarta del pacto social.—San José, veintinueve de enero de dos mil ocho.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 11997.—(8873).

A las 8:00, horas del veinticuatro de enero del año en curso, protocolice asamblea general extraordinaria de DURCO, Desarrollo Urbanístico Coyol Limitada en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto social, se nombra nuevo gerente. Además a las 8:00, 9:00, 10:00, 11:00, 12:00, 13:00 y 14:00 horas de hoy respectivamente protocolicé asamblea general extraordinaria de K Y A Ingenieros Asociados S. A., Inversana, Inversiones Inmobiliarias de Santa Ana S. A., Mercadeo Internacional de la Construcción S. A., Deconsla, Desarrolladora Constructiva Latina Ltda., Consla, Constructora Latinoamericana Ltda., Transportes K Y A Transkasa S. A. y K Y A División Maquinaria S. A., en las cuales se reforman respectivamente las cláusulas segunda y sexta, segunda, segunda, segunda, segunda, segunda y quinta y la última segunda, cuarta y sexta.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Álvaro Camacho Mejía, Notario.—1 vez.—Nº 11998.—(8874).

Por escritura otorgada a las once horas del día trece de diciembre del año dos mil siete, se constituye la empresa de esta plaza denominada Security Hill Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Representación: presidente. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, veintinueve de enero del año dos mil ocho.—Lic. Marcelo Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 12000.—(8875).

Por escritura otorgada en San José, a las 19:00 horas del día 23 de enero del año 2008, ante el notario público Abdenago Barboza Sánchez, se constituye la sociedad cuya razón social se denomina: Compañía de Mantenimiento Fobea de Quepos S. A. Con domicilio en el cantón de Aguirre, provincia de Puntarenas. Siendo su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor Juan Rafael Obando Obando.—Lic. Abdenago Barboza Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 12004.—(8876).

Ante mí, Luis Mariano Vargas Mayorga, notario se constituyó Protech S. A.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil siete.—Lic. Luis Mariano Vargas Mayorga, Notario.—1 vez.—Nº 12005.—(8877).

Ante mí, Luis Mariano Vargas Mayorga, notario se constituyó O.S.A.K.I.T. S. A.—San José, tres de octubre del dos mil siete.—Lic. Luis Mariano Vargas Mayorga, Notario.—1 vez.—Nº 12006.—(8878).

Ante mí, Luis Mariano Vargas Mayorga, notario se constituyó Navi-Raziru S. A.—San José, trece de noviembre del dos mil siete.—Lic. Luis Mariano Vargas Mayorga, Notario.—1 vez.—Nº 12007.—(8879).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 29 de enero del 2008, se constituyó Corporación Uno HMR de San José Sociedad Anónima. Con domicilio en Alajuela. Capital social: ¢ 10.000. Plazo: 99 años. Objeto: el comercio en general. Presidente: Uno Hogberg. Se nombra junta directiva.—Lic. Karla Rodríguez Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 12009.—(8880).

Por escritura otorgada ante mí, se reforman cláusulas segunda y quinta de Agencia de Viajes Aeronort Sociedad Anónima. El capital social se aumenta en la suma de cinco millones de colones.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 12010.—(8881).

Por asamblea de cuotistas de la sociedad Insanely Tropical Paradise Sociedad de Responsabilidad Limitada, se modificó la cláusula primera y se nombró nuevo gerente. Es todo.—San José, al ser las siete horas del día treinta de enero del año 2008.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 12011.—(8882).

Ante mi notaría, a las 15:00 horas del 23 de enero del año 2008, se constituyó Servicios Universales Com Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 24 de enero del año 2008.—Lic. Randall Camacho Monge, Notario.—1 vez.—Nº 12012.—(8883).

En la oficina del licenciado Jimmy Meza Lazarus, se constituyó la sociedad Costa Rica Best Exploreo’s Sociedad Anónima, donde el señor Howard Lee Partain es el representante de la sociedad. Es Todo.—San José veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Jimmy Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—Nº 12013.—(8884).

Por escritura protocolizada ante esta notaría, a las trece horas y treinta minutos del veintinueve de enero del dos mil ocho, se modifica el pacto constitutivo de la sociedad Empacadora La Perla S. R. S. A.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Manuel Chaves Marín, Notario.—1 vez.—Nº 12014.—(8885).

Por escritura otorgada esta notaría, a las 10 horas y 50 minutos del día treinta de octubre del dos mil siete, se constituye la sociedad Platanilla de Colores Limitada. Plazo social: 99 años. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Gerente: George Waldo Pettengill Williams.—Lic. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 12015.—(8886).

Por escritura otorgada esta notaría, a las 10 horas y 50 minutos del día treinta de octubre del dos mil siete, se constituye la sociedad Bastón del Emperador Limitada. Plazo social: 99 años. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Gerente: George Waldo Pettengill Williams.—Lic. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 12016.—(8887).

Por escritura otorgada esta notaría, a las 11 horas y 22 minutos del día treinta de octubre del dos mil siete, se constituye la sociedad Ave del Paraíso Limitada. Plazo social: 99 años. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Gerente: George Waldo Pettengill Williams.—Lic. Rosa María Artavia Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 12017.—(8888).

Por escritura número 223 de las 15:00 horas del 28 de enero del 2008, se constituyó la empresa Inversiones Keeycim Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Es apoderado generalísimo sin límite de suma el Presidente. Plazo: 100 años. Domicilio: Alajuela.— Alajuela, 29 de enero del 2008.—Lic. Johnny Hernández González, Notario.—1 vez.—Nº 12019.—(8889).

Por escritura número veinte-tres, otorgada ante la notaria pública Viviana Solís Gómez, a las ocho horas del veinticinco de enero del dos mil ocho, se reforman las cláusulas segunda y sétima de los estatutos y se nombra  nuevo  gerente  de  la  compañía  Ecollanuras  San  Carlos NE S. R. L.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Viviana Solís Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 12022.—(8890).

El suscrito notario, da fe de que en su protocolo 4º, al folio 141 vuelto, escritura Nº 202, se encuentra protocolizada el acta Nº 1 de la empresa Servicios Internacionales de Costa Rica Aranguren S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-402264, en la cual se modifica la cláusula primera referente a la razón social para que en lo sucesivo se llame Mundo Paint Car S. A. Asimismo se modifica la cláusula segunda referente al domicilio, que en adelante será, San José, Goicoechea, costado oeste de la plaza de fútbol de Calle Blancos. Por último se modifica la cláusula cuarta y se nombra la nueva junta directiva de la siguiente manera: Presidente: Damián Aranguren Acuña, mayor, soltero, estudiante y corredor de bienes raíces, vecino de Goicoechea, San José, portador de la cédula de identidad Nº 1-1202-593. Secretario: Wálter Rodríguez Valdes, mayor, casado una vez, mecánico, vecino de San José, San Francisco de Dos Ríos, de nacionalidad cubana, portador de la cédula de residencia permanente Nº 119-2001-24902. Tesorera: Kathya Lucía Acuña Durán, mayor, divorciada dos veces, egresada de derecho, vecina de Goicoechea, San José, con la cédula de identidad Nº 1-630-598. Fiscal: Sofía Melania Acuña Durán, mayor, soltera, ingeniera industrial, vecina de San José, Guadalupe, portadora de la cédula de identidad Nº 1-923-722.—Lic. Eduardo Vílchez Hurtado, Notario.—1 vez.—Nº 12023.—(8891).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Paraje Manantiales Azules Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Presidente: Germán Salazar Soto.—San José, 29 de enero de 2008.—Lic. Carlos Andrés Zapparolli Arrieta, Notario.—1 vez.—Nº 12024.—(8892).

El suscrito notario, da fe de que en su protocolo 4º, al folio 150 frente, escritura Nº 213, se encuentra protocolizada el acta Nº 1 de la empresa Gizlev S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-491663, en la cual se nombra al nuevo presidente y fiscal de la junta directiva, en su orden respectivamente: Oleg Ashirov, con un solo apellido en virtud de su nacionalidad estadounidense, portador del pasaporte de ese país, número 075531348, mayor, casado en segundas nupcias, empresario, vecino de Seattle, Washington, Estados Unidos de Norte América y Olexandr Ivanov, con un solo apellido en virtud de su nacionalidad ucraniana, mayor, casado una vez, empresario, portador del pasaporte de ese país número AK 716361, vecino de San José, Paso Ancho, 250 metros este, 100 metros norte y 75 metros este del Hipermás. Asimismo se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo para que en lo sucesivo se lea así: novena: corresponde exclusivamente al presidente de la sociedad, la representación judicial y extrajudicial de la misma, con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma, pudiendo sustituir su poder en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo.—Lic. Eduardo Vílchez Hurtado, Notario.—1 vez.—Nº 12025.—(8893).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 17:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Inversiones Saxifraga S. A. Capital social: 100.000 colones. Plazo social: cien años. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 28 de enero, 2008.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—Nº 12026.—(8894).

Jaime Pérez Rodríguez y Marlene Rodríguez Valerio, constituyen sociedad denominada Terrybop S. A. Con domicilio social en Heredia, Santo Domingo, Santa Rosa, de la escuela pública doscientos metros al norte. Con un capital social de dos mil colones exactos. Corresponde a la secretaria la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de representante apoderada generalísima con limitación de suma, hasta un millón de cocones.—San Isidro de Heredia, a las trece horas del veintidós de enero del dos mil ocho.—Lic. Gabriela Oviedo Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 12027.—(8895).

Por escritura número ciento tres, otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Camacho Vargas Sociedad Anónima. Capital social nueve mil colones exactos. Plazo social: noventa y nueve años. Al presidente y vicepresidente le corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, pudiendo actuar individualmente. Presidente: Teódulo Camacho Chacón, cédula tres-trescientos dieciséis-trescientos noventa y ocho, y vicepresidente Marcos Camacho Tencio, cédula tres-doscientos setenta y ocho-cuatrocientos cincuenta y ocho.—Cartago, 30 de enero de 2008.—Lic. Felicia Calvo Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 12028.—(8896).

Por escritura número noventa y ocho, otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Desarrollos Hoy y Mañana Sociedad Anónima. Capital social nueve mil colones exactos. Plazo social: noventa y nueve años. Al presidente y vicepresidente le corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, pudiendo actuar individualmente. Presidente: Teódulo Camacho Chacón, cédula tres-trescientos dieciséis-trescientos noventa y ocho, y vicepresidente Marcos Camacho Tencio, cédula tres-doscientos setenta y ocho-cuatrocientos cincuenta y ocho.—Cartago, 30 de enero de 2008.—Lic. Felicia Calvo Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 12029.—(8897).

Por escritura número ciento cinco, otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad Ángel Sotre Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones exactos. Plazo social: noventa y nueve años. Al presidente y vicepresidente le corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, actuando conjuntamente. Como presidente: Ronald José Calderón Rojas, y vicepresidenta: María Auxiliadora Brenes Hernández.—Cartago, 30 de enero de 2008.—Lic. Felicia Calvo Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 12030.—(8898).

Por escritura otorgada el veintiséis de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad cuya denominación será el número de cédula jurídica. Su capital social: diez mil colones. Corresponde al presidente y tesorera, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 12031.—(8899).

Por escritura otorgada en mi notaría al ser las 10:00 horas del 15 de mayo de 2007, se constituyó la firma denominada Importaciones Durasonic Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Junta directiva: nombrada por el resto del plazo social.—Lic. José Antonio Corea Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 12034.—(8900).

Importadora de Repuestos Usados Roluca RLC S. A., modifica cláusulas segunda, quinta y décimoprimera del pacto constitutivo.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Adriana Chavarría Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 12035.—(8901).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintinueve de enero del dos mil ocho, se constituyó Corporación Zuemarie Sociedad Anónima. Presidente: Sue Mariy Robles Hernández.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Carmen Alfaro Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 12036.—(8902).

En la notaría de la suscrita notaria, se constituyó la sociedad denominada Conversiones Energéticas de Centroamérica Dos Mil Siete Sociedad Anónima. Cuyo capital social: es de diez mil colones; donde se nombró la junta directiva, el fiscal y el agente residente. Es todo.—San José, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Kathya Mora Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 12039.—(8903).

Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en esta ciudad, el día de hoy se constituyó la sociedad Dangel y Dargel Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: Luis Alberto Campos Loría.—Barva de Heredia, veintinueve de enero del año dos mil ocho.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 12041.—(8904).

Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en esta ciudad, el día de hoy se constituyó la sociedad Soluciones Web Johnson Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: Andrés Nicolás Gorden Gracey.—Barva de Heredia, veintinueve de enero del año dos mil ocho.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 12042.—(8905).

Ante esta notaría, por escritura pública número 87, visible a folio 80 vuelto, a las 7:30 horas del día 29 de enero del 2008; se protocolizó acta de asamblea extraordinaria donde se modificó las cláusulas segunda, sétima del pacto constitutivo y se nombra nuevo gerente de The Green Circles S. R. L. Gerente: Joaquín Fernando Mora García.—Lic. María Auxiliadora Alfaro Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 12043.—(8906).

Ante esta notaría por escritura pública número 86, visible a folio 80 frente, a las 7:00 horas del día 29 de enero del 2008; se protocolizó acta de asamblea extraordinaria donde se modificó el domicilio social, se nombró gerente y agente residente de Hincey Realty S. R. L. Gerente: Célimo Esteban Soto Campos.—Lic. María Auxiliadora Alfaro Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 12044.—(8907).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las ocho horas, quince minutos del día veintitrés de enero del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa denominada Southland Group S. A., mediante la cual se modificó la cláusula sexta: de la administración; se nombró presidente, tesorero, secretario y fiscal. San José, veintinueve de enero del año dos mil ocho.—Lic. Luis Rodolfo Quirós Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 12045.—(8908).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del día de hoy, se ha constituido la sociedad Vegalon de Cuba D y A Sociedad Anónima. Capital: suscrito pagado, totalmente por sus socios. Domicilio: San Isidro, Pérez Zeledón, avenida González, ciento veinticinco metros oeste de la entrada principal al estadio. Plazo: 99 años. Presidente y secretaria con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Para vender, hipotecar y/o pignorar bienes de la sociedad deberán actuar conjuntamente.—San Isidro de Pérez Zeledón, 25 de enero de 2008.—Lic. Jorge Arturo Pereira Castro, Notario.—1 vez.—Nº 12046.—(8909).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día de hoy, se ha constituido la sociedad Agroinversiones Copeygua Sociedad Anónima. Capital: suscrito pagado totalmente por sus socios. Domicilio: Guadalupe de Rivas, Pérez Zeledón, San José, 600 metros sur de la escuela. Plazo: 99 años. Presidente y secretaria con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, 14 de noviembre de 2007.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 12047.—(8910).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día de hoy, se ha constituido la sociedad Hotel Diamante Real Sociedad Anónima. Capital: suscrito pagado totalmente por sus socios. Domicilio: Hotel Diamante Real, San Isidro, Pérez Zeledón, provincia de San José, cincuenta metros sur de oficinas del ICE. Plazo: 99 años. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San Isidro de Pérez Zeledón, 25 de enero del 2008.—Lic. Jorge Arturo Pereira Castro, Notario.—1 vez.—Nº 12048.—(8911).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del treinta y uno de octubre de dos mil siete, Mauricio Alberto Masís Mora y Armando López Sotomayor, constituyeron Grupo Estructuras Modernas Distribuidora Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Representación: presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Ciudad Quesada, 29 de enero de 2008.—Lic. Heylen Zamora Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 12049.—(8912).

Que por escritura otorgada, a las ocho horas del día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Buen Gusto S. A.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Edwin Vargas Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 12050.—(8913).

Por escritura ciento setenta y cuatro, otorgada a las ocho horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de NLC Editores de Costa Rica S. A., mediante la cual se modificó cláusula quinta aumentando capital.—San José, veintiocho de enero de dos mil ocho.—Lic. Federico Brealey Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 12051.—(8914).

En mi notaría, se constituyó la empresa Verano Interminable S. A. Domiciliada en Cóbano de Puntarenas. Presidente: Travis Cooper. Capital social: 100.000 colones.—San José, 26 de enero del 2008.—MBA. Alan Masís Angulo, Notario.—1 vez.—Nº 12053.—(8915).

Por escritura otorgada en San José, a las 17:00 horas del 8 de enero del 2008, se constituyó Agencia Aduanal J & M S. A. Presidente: Eduardo Javier Brenes Mora.—Lic. Alejandra Fallas Valerio, Notaria.—1 vez.—Nº 12054.—(8916).

Por escritura sesenta-dos, otorgada en San José, a las ocho horas, treinta minutos del quince de enero de dos mil ocho, se constituyó: ACOBA C&E S. A., nombre de fantasía. Capital: diez mi colones. Apoderado: Cristian Acosta Baltodano. Domicilio: provincia: San José, cantón Goicoechea, distrito Calle Blancos, condominio Guadalupe.—San José, ocho horas, treinta minutos, quince de enero, dos mil ocho.—Lic. Giovanni J. Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—Nº 12057.—(8917).

Por escritura otorgada en esta ciudad, a las 13:00 horas de hoy, ante la suscrita notaria pública se protocolizó acta de Compañía Textil del Golfo S. A., en la cual se reformaron las cláusulas segunda, quinta y octava de los estatutos.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 12059.—(8918).

Georgina Rodríguez Bastos, Ever Gerardo Rojas Rojas y Ever Vinicio Rojas Rodríguez, constituyen la entidad Inversiones La Gevi de Grecia Limitada. Escritura otorgada en Grecia, a las 15:00 horas del 21 de diciembre de dos mil siete.—Lic. Flory Yadira Alfaro Retana, Notaria.—1 vez.—Nº 12063.—(8919).

Por escritura número doscientos sesenta y uno-veintidós, otorgada en San Ramón, Alajuela, a las diecisiete horas, treinta minutos del veintiocho de enero del año dos mil ocho, Ronald José Jiménez Cruz y Mayra Enid Solórzano Salas, constituyeron la sociedad denominada Voldemor del Río S. A., que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Presidente: El socio Ronald José Jiménez Cruz. Domicilio: San Rafael exactamente mil quinientos metros norte y ciento quince metros de la iglesia de la localidad.—San Ramón, Alajuela.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—Nº 12066.—(8920).

En escritura número ciento diecinueve de las doce horas del día veintitrés de enero del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Condominio Monteran Lote Ochenta y Cuatro OBX Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas sétima y octava del pacto constitutivo, y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidenta: Milena Batalla Gallegos.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 12067.—(8921).

En escritura número ciento dieciocho de las once horas del día veintitrés de enero del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Condominio Hacienda Gregal Lote Ochenta y Nueve WMD Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas quinta, sétima y octava del pacto constitutivo, y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Arturo Jiménez Esquivel.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—Nº 12068.—(8922).

Por escritura otorgada en mi notaría en San José, a las doce horas del tres de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad domiciliada en Limón, denominada Productos Linda del Atlántico S. A., representada por su presidenta Josefina Valverde Mafla.—Lic. Blanca Cecilia Briceño Bustos, Notaria.—1 vez.—Nº 12069.—(8923).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Comandos de Seguridad F.E.V.I.N. Internacional Sociedad Anónima. Presidente: Cosme Fernández Sánchez. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Es todo.—Lic. Leonardo Ugalde Cajiao, Notario.—1 vez.—Nº 12073.—(8924).

Ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad denominada Euromármol de Centroamérica Sociedad Anónima, otorgada a las quince y treinta horas del veintinueve de enero del año dos mil ocho. Presidente: Marco Vinicio Araya Rapso. Capital social: diez mil colones. Domiciliada en Monte Azul, Paso Ancho, frente al ICE. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Jorge Mario Piedra Arias, Notario.—1 vez.—Nº 12074.—(8925).

Por escritura otorgada ante el firmante, a las 19:00 horas del 28 de enero del 2008, se constituyó la empresa Tropiplagas A & S Sociedad Anónima. Domiciliada en Guadalupe, San José. Representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente, Dolfo Ramón Cascante Mora, presidente y Sydney Borbón Meléndez, vicepresidente.—Lic. Róger Arias Agüero, Notario.—1 vez.—Nº 12075.—(8926).

En mi notaría, a las ocho horas del treinta de enero del año dos mil ocho, se constituyó S.K. Dos Mil Ocho Sociedad Anónima. Presidente y secretario representantes con facultades del apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 30 de enero de 2008.—Lic. Luis Fernando Jiménez Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 12076.—(8927).

Que en la asamblea extraordinaria de la compañía Desarrollo Bahía Tamarindo Sociedad Anónima, celebrada a las 10:30 horas del día 20 de noviembre del 2007, en su domicilio social, se acordó hacer nuevo nombramiento de la junta directiva.—Tamarindo, 8 de enero del 2008.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—Nº 12077.—(8928).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veintitrés de enero del dos mil ocho, se constituyó la entidad que denominada con razón social de acuerdo al número de cédula jurídica que resulte de su inscripción ante el Registro de Personas Jurídicas. Con domicilio en San Pedro de Barva de Heredia, setenta y cinco metros al oeste de la iglesia católica. Con un plazo de noventa y nueve años a partir de su constitución; y capital social de diez mil colones. El presidente de la compañía, ostentará la representación de la misma con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 12083.—(8929).

Constitución de sociedad anónima: Shitsuke Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, suscritas y pagadas así: el socio Olman Solís López, suscribe y paga nueve acciones, y la socia Violeta López Mongragon suscribe y paga una acción. El plazo social: cien años. Domicilio: San José.—San Isidro de Heredia.—Lic. Iliana Zúñiga Valerio, Notaria.—1 vez.—Nº 12086.—(8930).

Protocolización de acta número cuatro de asamblea extraordinaria de accionistas de Hermanos Alvarado Alfaro Sociedad Anónima, celebrada en Desamparados de Alajuela, a las 8:00 horas del 26 de diciembre del 2007, se modifica la cláusula novena del pacto Social. Mediante escritura otorgada ante el notario José Fabio Rodríguez Arguedas, a las 8:00 horas del día 22 de enero del 2008.—Lic. José Fabio Rodríguez Arguedas, Notario.—1 vez.—Nº 12087.—(8931).

Protocolización de acta número dos de asamblea extraordinaria de accionistas de Inversiones Jamal Sociedad Anónima, celebrada en Desamparados de Alajuela, a las 9:00 horas del 30 de noviembre del 2007, se modifica la cláusula novena del pacto Social. Mediante escritura otorgada ante el notario José Fabio Rodríguez Arguedas, a las 9:00 horas del día 22 de enero del 2008.—Lic. José Fabio Rodríguez Arguedas, Notario.—1 vez.—Nº 12088.—(8932).

Ante esta notaría, a las 15:30 horas del 29 de enero del 2008, se constituyó la sociedad denominada Petrick Sociedad Anónima.—Cartago, 30 de enero del 2008.—Lic. Rodolfo Jiménez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 12089.—(8933).

Ante mí, Ana del Carmen Morales Mora, notaría pública con oficina en la ciudad de Golfito, se constituyó la sociedad denominada Las Palmeras de Samia Sociedad Anónima. Con domicilio Puntarenas, Golfito, Puerto Jiménez, veinticinco metros al norte y cincuenta al oeste de la pulpería La Esquina. El plazo social será de noventa y nueve años a partir de esta fecha. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponde al presidente, Óscar Villalobos Gardela, costarricense, mayor, soltero, comerciante, con cédula de identidad número seis-trescientos dieciséis-novecientos setenta y ocho, vecino de Golfito, Puerto Jiménez, veinticinco metros norte y cincuenta al oeste de la pulpería La Esquina, y al secretario Wálter Anchía Rodríguez, costarricense, mayor, casado una vez, agricultor, con cédula de identidad número seis-ciento setenta y siete-cero treinta y ocho, vecino de Golfito, Puerto Jiménez, playa Preciosa, contiguo al muelle del lugar, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. El capital es la suma de diez mil colones, representada por cien acciones comunes y nominativas de cien colones exactos cada una. Es todo.—Golfito, diecisiete de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana del Carmen Morales Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 12096.—(8934).

Por escritura número ciento diecisiete-tres, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día veintitrés de enero de dos mil ocho, se constituyeron las sociedades Ingeaa Legal & Management Department Limitada e Ingeaa Escrow & Trust Services Limitada. El plazo social es de cien años. El capital social es la suma de diez mil colones, representado por diez cuotas comunes y nominativas de cien colones cada una, y la representación judicial y extrajudicial de la compañía le corresponde a los gerentes, actuando conjunta o separadamente. Escritura otorgada a las ocho horas del veintitrés de enero del dos mil ocho.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 12100.—(8935).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veinticinco de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Lang Alas del Mar Sociedad Anónima. Capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, treinta de enero del dos mil ocho.—Lic. Andre Wells Downey, Notario.—1 vez.—Nº 12101.—(8936).

Mediante escritura pública otorgada en San Mateo, a las quince horas del veintiséis de enero de dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Frutas y Transportes Rodríguez Rodríguez. Capital social: cien mil colones. Presidente: Edgar Rodríguez Montero.—Lic. Viviana Moscoso Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 12102.—(8937).

Ante mí, Marco Vinicio Chinchilla Sánchez, notario público, se constituyeron  las  sociedades  individuales  de  responsabilidad limitada S.R.L. Inversiones Jesús-María, a las 9:00 horas del 17 de enero del 2008 y Agrícola La Hilda, a las 10:00 horas misma fecha. Capital social: 20.000,00 colones cada una. Gerente: José Favio Ávila Díaz, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—Aguas Zarcas, 22 de enero del 2008.—Lic. Marco Vinicio Chinchilla Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 12106.—(8938).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituye Adintech Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del 24 de enero del 2008. Apoderados generalísimos: presidente y secretario. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Marco Antonio Fallas del Valle, Notario.—1 vez.—Nº 12107.—(8939).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituye Grupo Pelmas Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 15:00 horas del 29 de enero del 2008. Apoderados generalísimos: presidente y secretaria. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Marco Antonio Fallas del Valle, Notario.—1 vez.—Nº 12108.—(8940).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se reforma cláusula primera de Hidratación para Homeostísis Sociedad Anónima. Cambio de razón social a Homeostasis. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas, treinta minutos del veintiséis de enero del dos mil ocho.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Marco Antonio Fallas del Valle, Notario.—1 vez.—Nº 12109.—(8941).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas de hoy, en Ciudad Neily, se constituyó Inversiones Cerdas Vásquez Sociedad Anónima. Domicilio: Ciudad Neily, Corredores. Capital: totalmente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años, a partir de hoy. Representación judicial y extrajudicial de la sociedad: presidente de la junta directiva, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cuidad Neily, nueve de noviembre del dos mil siete.—Lic. Yadira Reyes Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 12111.—(8942).

Ante esta notaría, los señores Juan Andrés Ripoll García-Mansilla, pasaporte AA147829 y Flora Santamaría Quesada, cédula de identidad Nº 1-963-520, han comparecido para constituir la empresa Inversiones Solleric Dos Mil Ocho Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 11:30 horas del día 23 de enero del 2008, Juan Andrés Ripoll García-Mansilla, ejerce la presidencia. Agente residente el suscrito notario.—Lic. Óscar Mora Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 12114.—(8943).

La suscrita notaria Natalia Molina Chinchilla, hace constar que en esta notaría, el veinticuatro de enero del dos mil ocho, se constituyó Fielding-Sargis y Storer Sociedad Anónima. En calidad de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, se nombró a Gary Ralph de apellido Fielding. Es todo.—Palmar Norte, Osa, Puntarenas, al ser las ocho horas del veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Natalia Molina Chinchilla, Notaria.—1 vez.—Nº 12112.—(8944).

Ante esta notaría, los señores Juan Andrés Ripoll García-Mansilla, pasaporte AA147829 y Flora Santamaría Quesada, cédula de identidad Nº 1-963-520, han comparecido para constituir la empresa Inversiones Alayor Dos Mil Ocho Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las 11:00 horas del día 23 de enero del 2008, Juan Andrés Ripoll García-Mansilla, ejerce la presidencia. Agente residente el suscrito notario.—Lic. Óscar Mora Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 12115.—(8945).

Ante esta notaría, se realizó una asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Inversiones Italianas del Sol S. A., cédula jurídica Nº 3-101-509417, se modificó la cláusula segunda, la cual debe de leerse así: el domicilio social estará ubicado en la provincia de San José, cantón de Moravia, distrito de San Vicente, Residencial Colegios Norte, bloque K, avenida nueve, número k-diecisiete, sin perjuicio de tener sucursales o agencias en cualquier otro lugar en el país. Escritura otorgada a las 12:00 horas del día 23 de enero del 2008. Funge como presidente el señor Juan Andrés Ripoll García-Mansilla, pasaporte AA147829.—Lic. Óscar Mora Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 12116.—(8946).

Por escritura ciento sesenta y tres-tres, de las trece horas, quince minutos del veintinueve de enero del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y siete mil ochocientos cuarenta y uno s. a. En donde se reforma la cláusula primera modificándose el nombre de la sociedad por Dream Girl Sport Fishing Sociedad Anónima. Y se nombra presidente y secretarios de la junta directiva y fiscal.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Kathia Valverde Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 12118.—(8947).

Por asamblea de accionistas de las sociedades Mariano Lote Sociedad Anónima, y T L S Two Luminous Sunrises II Sociedad Anónima, se modificó la cláusula undécima y se nombró nuevo presidente. Es todo.—San José, al ser las siete horas del día treinta de enero del dos mil ocho.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 12122.—(8948).

Ante esta notaría por escritura pública otorgada a las veinte horas del veintiséis de enero, se constituyó la sociedad Dos Anclas Sociedad Anónima. Ante escritura pública número ciento ochenta y cuatro, la presidenta es Ismenlda Ugarte Retana y domiciliada en San José, Tibás. Es todo.—Heredia, veintiséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1 vez.—Nº 12125.—(8949).

Ante esta notaría por escritura pública otorgada a las veintiún horas del veintiséis de enero, se constituyó la sociedad Dos Babalue Sociedad Anónima. Ante escritura pública número ciento ochenta y cinco, el presidente es Randall Chang Ugarte y domiciliada en San José, Tibás. Es todo.—Heredia, veintiséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1 vez.—Nº 12126.—(8950).

Al ser las ocho horas del veinticinco de enero del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó la sociedad anónima Constructora Noral Sociedad Anónima. Cuyo principal objetivo son bienes raíces y comercio en general, su domicilio será la ciudad de San Pedro de Poás de Alajuela. El plazo social es de noventa y nueve años, a partir de esta fecha. El presidente tendrá representación judicial y extrajudicial en forma conjunta, el capital social es la suma de diez mil colones, representada por diez acciones de mil colones cada una, suscritas y pagadas en dinero efectivo.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Marta Shirley Fernández Cabalceta, Notaria.—1 vez.—Nº 12127.—(8951).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 21 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Inversiones Deportivas San Francisco DRF S. A., nombrándose agente residente, fondo de reserva legal, junta directiva y capital social. Domiciliada en Cartago, La Unión, Ayarco Norte, Residencial Omega, casa uno-cero.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic. Rafael Ángel Quesada Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 12128.—(8952).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 28 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Alimentos y Bebidas de Centroamérica FVM Sociedad Anónima, nombrándose agente residente, fondo de reserva legal, junta directiva y capital social. Domiciliada en San José, central, Catedral, calle once, avenidas seis y ocho, casa número seiscientos cuarenta y seis.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Rafael Ángel Quesada Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 12129.—(8953).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del catorce de  setiembre  del dos mil siete, se constituye la sociedad Zamora LA Fe S. A. Presidenta: Sandra Zamora Zamora. Domicilio: Santo Domingo de Heredia.—Ocho horas del veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Pablo A. Rivera C., Notario.—1 vez.—Nº 12131.—(8954).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del veintiocho de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Tecnotica S. A. Presidente: Esteban Rivera Jiménez. Domicilio: San José, San Sebastián, Colonia Kennedy.—Nueve horas del veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Pablo A. Rivera C., Notario.—1 vez.—Nº 12130.—(8955).

En mi notaría, se constituye El Lago en La Playa Sociedad Anónima. Presidenta: Zaira Vega Mendoza. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: San José. Objeto: comercio, industria, finanzas, agricultura, ganadería, prestación de servicios en general. Plazo: noventa y nueve años.—San José,  2 de enero del 2008.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 12133.—(8956).

En mi notaría, se constituye  Camino a La Montaña Sociedad Anónima. Presidenta: Zaira Vega Mendoza. Capital: suscrito y pagado. Domicilio: San José. Objeto: comercio, industria, finanzas, agricultura, ganadería, prestación de servicios en general. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 12134.—(8957).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 10 de diciembre del 2007, se constituye la sociedad Mavi Piedades Norte San Ramón Sociedad Anónima. Presidente: Manuel Alonso Salas Brenes. Plazo: noventa y nueve años.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Laura Cordero Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 12135.—(8958).

Langplasiete Sociedad Anónima, protocoliza acta de asamblea general extraordinaria, se nombra presidente, secretario, tesorero, fiscal y agente residente, se reforma la cláusula segunda. Otorgada a las 12:00 horas del día 22 de enero del 2008.—Lic. Claudia Barsaba Mena Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 12136.—(8959).

Por escritura otorgada a las catorce horas del veintidós de enero del dos mil ocho, ante esta notaría, se aumenta el capital social de la sociedad denominada Rabre Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente: Eduardo Brenes Agüero.—Cartago, veintidós de enero del dos mil ocho.—Lic. Katia Acuña Remon, Notaria.—1 vez.—Nº 12139.—(8960).

Mediante escritura Nº 430, del tomo del 11 del notario Arturo Méndez Jiménez, de fecha 25 de enero del 2008, se constituye la sociedad Alisimport Limitada. Gerente: Alex (mujer) Carranza Bermúdez.—San Vito de Coto Brus, 25 de enero del 2008.—Lic. Arturo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 12140.—(8961).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 28 de enero del 2008, se constituyó la compañía denominada Los Cananeas del Norte Sociedad Anónima. Con capital social de cien mil colones.—Ciudad Quesada, 30 de enero del 2008.—Lic. Ballardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 12141.—(8962).

Por escritura pública número ciento noventa y ocho, del tomo treinta y dos de las diecisiete horas con cuarenta y cinco minutos del veintinueve de enero del dos mil ocho, se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Laboratorio Clínico Lourdes Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento noventa y nueve mil setecientos noventa y tres.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Abel Nicolás Chinchilla Mata, Notario.—1 vez.—Nº 12142.—(8963).

Por escritura otorgada ante mí, Herman Apuy Chen, a las catorce horas del día veinticuatro de enero del dos mil cinco, se constituye la sociedad Maikotorr Sociedad Anónima. Cuyo presidente es el señor Marco Torres Gutiérrez. Plazo: noventa y nueve años.—Cañas, Guanacaste, 24 de enero del 2008.—Lic. Herman Apuy Chen, Notario.—1 vez.—Nº 12143.—(8964).

Que mediante escritura otorgada a las 9:00 horas del 24 de setiembre del 2007, se constituyó la compañía denominada Larilaso Mil Novecientos Noventa y Seis Sociedad Anónima. Con domicilio en San José. Presidente: Joel Chaves Ríos. Capital social: 10.000,00 colones.—San José, 15 de enero del 2008.—Lic. Jackeline Velásquez García, Notaria.—1 vez.—Nº 12145.—(8965).

Mediante escritura pública número doscientos cincuenta y seis, otorgada en esta notaría, a las diez horas con veinte minutos del día viernes veinticinco de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Maxcom Internacional Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. José David Hidalgo Bolaños, presidente.—Lic. Nancy Sandí Sanabria, Notaria.—1 vez.—Nº 12148.—(8966).

Por escritura número ciento veintisiete, de las dieciocho horas del veintiocho de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Instituto Costarricense de Capacitación Aeronáutica ICCA Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Jenny Rodríguez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 12149.—(8967).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 29 de enero del 2008, se reforma la cláusula primera (sobre la denominación social) del pacto constitutivo de la sociedad denominada Cadpro (GCC) Sociedad Anónima.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Mauricio Maroto Montero, Notario.—1 vez.—Nº 12150.—(8968).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 24 de enero del 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Novaedit S. A. cédula jurídica Nº 3-101-380696, en que se modificó cláusula segunda del pacto constitutivo y nombró a Ronny Mauricio Miranda Abarca, cédula Nº 1-946-644, presidente y a Loribeth Martínez Fallas, cédula Nº 3-348-962, tesorera.—Lic. Bolívar Ulate Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 12154.—(8969).

En esta notaría, se procedió a modificar las cláusulas primera y sétima del pacto constitutivo de la sociedad denominada Ergástula Salmonera Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y seis mil trescientos setenta y siete.—San José, veinte de diciembre del dos mil siete.—Lic. Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 12155.—(8970).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 9:00 horas del 30 de enero del 2008, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Abutillon Services S. A. Se reforma las cláusulas primera y quinta del capital social.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Mauricio Marín Sevilla, Notario.—1 vez.—Nº 12156.—(8971).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del día 28 de enero del 2008, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad anónima identificada bajo la cédula jurídica número 3-101-506.973, mediante la cual se acepta renuncia de miembros de junta directiva y fiscal, se nombra nuevos miembros de junta directiva y fiscal, se modifican cláusulas primera, segunda y quinta del pacto constitutivo, referidas respectivamente al nombre de la compañía, domicilio social y capital social.—29 de enero del 2008.—Lic. Carlos Eduardo Brilla Ferrer, Notario.—1 vez.—Nº 12157.—(8972).

Protocolización de actas de asamblea extraordinaria de sociedad mercantil denominada Investments International Incorporated D.I.A. S. A., cédula jurídica Nº 3-101-270910. Se reforman cláusulas segunda y sétima y se nombra junta directiva y fiscal. Escritura número ochenta y uno de las ocho horas, treinta minutos del veintinueve de enero del dos mil ocho.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Karla Gutiérrez Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 12159.—(8973).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del catorce de diciembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Caja A P Valores Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Se nombra presidente, secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar separadamente.—Cartago, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Wálter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—Nº 12160.—(8974).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 29 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Calirica Pacific Properties Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y pagado por los socios. Domicilio: Cartago. Plazo: noventa y nueve años.—Cartago, 30 de enero del 2008.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.—Nº 12161.—(8975).

Ante esta notaría, se modificó cláusula segunda, cláusula sexta y se reestructura junta directiva, fiscal y agente residente del pacto social de la empresa denominada Monte Verde del Este Sociedad Anónima.—San José, 29 de enero del 2008.—Notarios: Ramiro Salvador Arauz Montero y Sandra Arauz Chacón.—Lic. Sandra Arauz Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 12166.—(8976).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, el día veintitrés de enero del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de sociedad Rover Path of Guanacaste S. A. En la cual se acordó modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo y se estableció nuevo domicilio y se nombró nuevo agente residente.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic. Carlos Villalobos Soto, Notario.—1 vez.—Nº 12167.—(8977).

Ante esta notaría, se constituyó sociedad Gabromye E. I. R. L. Capital social: cien mil colones. Representación: gerente.—San José, 29 de enero del 2008.— Notarios: Ramiro Salvador Arauz Montero y Sandra Arauz Chacón.—Lic. Sandra Arauz Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 12168.—(8978).

Por escritura doscientos nueve, otorgada a las ocho horas del treinta de enero del dos mil ocho, se protocoliza acta de la sociedad Distribuidores Unidos de Artículos para Construcción DUARCO S. A. se nombra presidente, secretario, vocal uno y vicepresidente.—Lic. Cindy Sarita Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 12170.—(8979).

Ante esta notaría, se constituyó sociedad Investments Security Door E. I. R. L. Capital social: diez mil colines. Representación: gerente.—San José, 29 de enero del 2008.—Notarios: Ramiro Salvador Arauz Montero y Sandra Arauz Chacón.—Lic. Sandra Arauz Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 12169.—(8980).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintinueve de enero del dos mil ocho, se constituyó Sugar Shack Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Gerente uno y gerente dos: son representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar individualmente.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Rogelio Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 12172.—(8981).

Por escritura número noventa y tres, otorgada en mi notaría, a las diecisiete horas del dieciocho de diciembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Macach S. A. Presidente: Mario Alberto Campos Chacón.—San José, quince de enero del dos mil ocho.—Lic. Gerardo Bogantes Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 12173.—(8982).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Credisolutions S. A. En la que se reforma las cláusulas segunda y sexta de los estatutos sociales.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—Nº 12174.—(8983).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas, treinta minutos del día veintinueve de enero del dos mil ocho, se reformó el pacto constitutivo de la entidad denominada El Jardín de la Polis Maravilloso Número Seis Sociedad Anónima. En cuanto a la cláusula segunda del domicilio social y la sétima de la representación y se nombró nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Alajuela, 30 de enero del 2008.—Lic. Hernán Fernando León Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 12175.—(8984).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día treinta de enero del dos mil ocho, se reformó el pacto constitutivo de la entidad denominada Prefabricados Sociedad Anónima. En cuanto a la cláusula segunda del domicilio social.—Alajuela, 30 de enero del 2008.—Lic. Hernán Fernando León Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 12176.—(8985).

Por escritura número doscientos veintidós, otorgada ante mi notaría, a las diez horas del día dieciocho de diciembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Las Brisas de Nicoya LBN Sociedad Anónima. Con un capital social de sesenta mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio social: Nicoya, Guanacaste, setenta y cinco metros al oeste de Correos de Costa Rica.—Nicoya, 22 de enero del 2008.—Lic. Kenia Pereira López, Notaria.—1 vez.—Nº 12178.—(8986).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas del día veintinueve de enero del dos mil ocho, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Los Topos Constructores de La Bahía Sociedad Anónima. Por medio de la cual se modifica la cláusula sexta del pacto social, se sustituye el nombramiento del presidente, secretaria y tesorero de la junta directiva, se nombra nueva junta directiva, se crea la cláusula undécima y se nombra agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 12179.—(8987).

Ante mi notaría, a las 14:00 horas del 11 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Tachi S. A., que es un nombre de fantasía. Presidente: Manuel Arturo Trejos Rodríguez, apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 11 de enero del 2008.—Lic. Luis A. Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 12180.—(8988).

Por escritura otorgada ante mí, licenciada Ana Ligia Arias Leiva, a las nueve horas con veintiún minutos del veinticinco de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Odontopolis Sociedad Anónima.—Turrialba, 25 de enero del 2008.—Lic. Ana Ligia Arias Leiva, Notaria.—1 vez.—Nº 12186.—(8989).

Por escritura otorgada ante mí, licenciada Ana Ligia Arias Leiva, a las diez horas del veinticinco de enero del dos mil ocho, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Transtusa Sociedad Anónima.—Turrialba, 25 de enero del 2008.—Lic. Ana Ligia Arias Leiva, Notaria.—1 vez.—Nº 12187.—(8990).

Por escritura otorgada ante esta notaría, número ciento veintidós de las diecinueve horas del veintinueve de enero del dos mil ocho, se cambió de nombre a la sociedad anónima Dr. Performance Sociedad Anónima por Dr. Performance IT División and Consulting Sociedad Anónima. Modificándose además las cláusulas segunda y sétima del pacto social. Es todo.—San José, al ser las diecinueve horas del día veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Marvin Madrigal Bermúdez, Notario.—1 vez.—Nº 12188.—(8991).

Mediante escritura pública ante esta notaría, al ser las dieciséis horas, treinta minutos del veintidós de enero del dos mil ocho, se ha constituido la sociedad anónima denominada Moya y Vargas Sociedad Anónima. Cuyo capital fue totalmente suscrito y pagado por los socios. Es todo.—Cartago, veintidós de enero del dos mil ocho.—Lic. Jacqueline Martínez Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 12189.—(8992).

Mediante escritura pública ante esta notaría, al ser las diecisiete horas, del día diecisiete de octubre del dos mil siete, se ha constituido la sociedad anónima denominada L.G.SH. Nuevo Mundo Dos Mil Siete Sociedad Anónima. Cuyo capital fue totalmente suscrito y pagado por los socios. Es todo.—Cartago, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Jacqueline Martínez Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 12190.—(8993).

Por escrituras otorgadas ante esta notaría, a las nueve horas y a las dieciséis horas, y a las diecisiete horas del diecisiete de diciembre del dos mil siete, Majid a Esfaranjani, de nacionalidad canadiense, cédula de residencia número uno uno dos cuatro cero cero cero cuatro cinco cero dos cero, y Ana Yancy Gómez Gómez, costarricense, cédula uno-novecientos cincuenta y cuatro-seiscientos ochenta y uno, constituyeron las sociedades anónimas que se denominarán: Metro Outlet Sociedad Anónima e Importadora Maz Sociedad Anónima, corresponderá en ambas sociedades al presidente, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. El capital social suscrito y pagado.—Cartago, veinte de diciembre del dos mil siete.—Lic. Víctor Hugo Salgado Mora, Notario.—1 vez.—Nº 12191.—(8994).

Por escritura otorgada ante este notario, a las 12:00 horas del 20 de noviembre del 2007, se constituyó la sociedad Meos Fillos Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: cien años. Presidenta: María de los Ángeles Pereira Zamora.—20 de enero del 2008.—Lic. Miriam Vanesa Cambronero Cerdas, Notaria.—1 vez.—Nº 12192.—(8995).

Por escritura otorgada ante este notario, a las 13:00 horas del 20 de noviembre del 2007, se constituyó la sociedad Coegi Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: cien años. Presidenta: Susana María Zamora Pereira.—20 de enero del 2008.—Lic. Miriam Vanesa Cambronero Cerdas, Notaria.—1 vez.—Nº 12193.—(8996).

Por escritura otorgada ante este notario, a las 12:00 horas del 21 de noviembre del 2007, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de Alas Cortas Sociedad Anónima. Se reforma la junta directiva. Capital social: diez mil colones. Plazo: cien años. Presidente: Lucas Anchía Rodríguez.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Miriam Vanesa Cambronero Cerdas, Notaria.—1 vez.—Nº 12194.—(8997).

Mediante escritura otorgada ante la notaria Gissella Yamily Víquez Cubero, a las nueve horas del seis de octubre del dos mil seis, se constituyó la presente sociedad de acuerdo al decreto ejecutivo número tres tres uno siete uno-J, por lo tanto su denominación social será número de cédula de persona jurídica. Presidente: Gustavo Enrique Ulloa Tabash. Capital social: veinte mil colones. Domicilio: Puntarenas, El Roble de Puntarenas, la China, de la central telefónica ciento cincuenta metros al sur.—Grecia, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Gissella Yamily Víquez Cubero, Notaria.—1 vez.—Nº 12197.—(8998).

Que por escritura otorgada ante mí, se constituyeron las siguientes sociedades Inversiones El Jobo de La Tigra Sociedad Anónima e Instalaciones y Diseño Electrónicos Infiel de Costa Rica Sociedad Anónima, ambas domiciliadas en la provincia de Alajuela.—Sarchí, 30 de enero del 2008.—Lic. Josué Campos Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 12198.—(8999).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 25 de enero del 2008, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de Villa Campanella Sociedad Anónima. Se modifica las cláusulas quinta y octava, se nombra nueva junta directiva.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Gianna Cersosimo D’Agostino, Notaria.—1 vez.—Nº 12204.—(9000).

Luis Enrique Chacón Abarca y Manuel Enrique Chacón Valverde, constituyen la sociedad denominada Asesoría, Servicios y Consultoría en Tecnología de Información y Comunicación S. A. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las quince horas del veinticinco de enero del dos mil ocho, ante el notario Joaquín Soto González.—Lic. Joaquín Soto González, Notario.—1 vez.—Nº 12205.—(9001).

El día de hoy en mi notaría, se constituyó la sociedad denominada RBRG Investment Sociedad Anónima. Domiciliada en la ciudad de Barranca de Puntarenas, 150 metros al norte de la Escuela Colombari. Representante legal: presidente.—Esparza, a las 8:00 horas del 25 de enero del 2008.—Lic. Franklin José Garita Cousin, Notario.—1 vez.—Nº 12206.—(9002).

Escritura otorgada a las once horas del veinticinco de enero del dos mil ocho, se constituyó la Fundación Vida Nueve. Domicilio: Alajuela, Atenas. Plazo social: perpetuo. Patrimonio: cien mil colones. Depositados en los miembros directores de la fundación. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Rebeca Linox Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 12208.—(9003).

Escritura otorgada a las diez horas del veinticinco de enero del dos mil ocho, se constituyó la Eggdesign Communication Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital social: totalmente suscrito y pagado por medio de letras de cambio. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, con la representación judicial y extrajudicial.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Rebeca Linox Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 12209.—(9004).

Ante la notaría de María de los Ángeles Hernández Mora, a las 17:00 horas del día 10 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad anónima denominada Inmobiliaria Familia Cerdas Fernández Sociedad Anónima. Capital: quince mil colones. La representación judicial corresponde a la presidenta, a la secretaria y a la tesorera actuando conjuntamente.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. María de los Ángeles Hernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 12210.—(9005).

Por escritura otorgada el día veintinueve de enero del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Centro de Actualización Jurídica Sociedad Anónima. Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, treinta de enero del dos mil ocho.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 12213.—(9006).

Por escritura otorgada hoy ante mí, los señores Norman Leo y Colleen Ann, ambos apellido Bonin, constituyeron la sociedad denominada Inversiones Klickitat de Berlín Limitada, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse Inversiones Klickitat Ltda. Gerentes: ellos mismos. Plazo: noventa y nueve años.—San Ramón, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Mario Eduardo Salazar Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 12217.—(9007).

La suscrita notaria, da fe de que a las ocho horas del veintinueve de enero del dos mil ocho, se constituyó Motor Media Group Sociedad Anónima. Con domicilio en San José, San Francisco de Dos Ríos, Urbanización La Pacífica, del Restaurante Nueva Ciudad, eligiéndose presidente a Eborif Varsi Gamboa, mayor, soltero, estudiante, con cédula de identidad uno-mil trescientos setenta-doscientos trece, vecino de San Francisco de Dos Ríos, Urbanización La Pacífica, del Restaurante Nueva Ciudad. Es todo.—29 de enero del 2008.—Lic Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—Nº 12218.—(9008).

La suscrita notaria, da fe de que el veintinueve de enero del dos mil ocho, a las nueve horas, se constituyó sociedad en la cual autoriza el Registro Nacional, la inscripción con el número de cédula jurídica de igual manera se eligió como presidente al señor Luis Lorenzo Rodríguez Bolaños, mayor, casado, pensionado, vecino de San Pedro de Montes de Oca, portador de la cédula de identidad número uno-trescientos cincuenta y nueve-novecientos seis.—Lic Rita Gerardina Díaz Amador, Notaria.—1 vez.—Nº 12219.—(9009).

Ante esta notaría, se ha otorgada escritura mediante la cual se constituye la sociedad anónima Transportes Henao S. A. Domiciliada en San Joaquín de Flores, cincuenta metros oeste y cincuenta Burdel Colegio. Con un capital social de diez mil colones que tiene como objeto el transporte y comercio en general y el plazo social es de noventa y nueve años, a partir de su constitución.—Alajuela, treinta de enero del dos mil ocho.—Lic. Ericka Masís Calderón, Notaria.—1 vez.—Nº 12220.—(9010).

Por escritura otorgada hoy ante mí, los señores Gerardo Rodríguez Vásquez, María de Los Ángeles Villalobos Ugalde y Luis Guillermo Rodríguez Villalobos, constituyen Finca Mi Herma S. A. Objeto: comercio en general. Domicilio: Sardinal de Piedades Sur, cincuenta al oeste de la iglesia. Capital social: cincuenta mil colones. Plazo: cincuenta años a partir de su constitución. Presidente: Gerardo Rodríguez Vásquez.—San Ramón, 14 de marzo del 2007.—Lic. Hider Rojas Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 12221.—(9011).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Los Holandeses Voladores. Se modifica cláusula tercera del plazo. Escritura otorgada en San José, a las trece horas del catorce de agosto del dos mil siete.—Lic. Alfredo Gutiérrez Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 12222.—(9012).

Mediante escritura número ciento treinta y uno, del tomo segundo: Hoy se constituyó la sociedad Cajetica Maar S. A.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. María de los Ángeles Venegas Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 12225.—(9013).

Ante esta notaría, a las diez horas del veintinueve de enero del dos mil ocho, se constituye Finca Okanagan Sociedad de Responsabilidad Limitada. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente.—San José treinta de enero del año dos mil ocho.—Lic. Ana Daisy Morales Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 12226.—(9014).

Ante esta notaría, a las nueve horas del veintinueve de enero del dos mil ocho, se constituye Rancho Damaso S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José treinta de enero del año dos mil ocho.—Lic. Ana Daisy Morales Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 12227.—(9015).

Ante esta notaría, a las siete horas del treinta de enero del dos mil ocho, se constituye Tárcoles Safari Sociedad Anónima. Con domicilio social en San Rafael de Escazú.—San José, treinta de enero del año dos mil ocho.—Lic. Ana Daisy Morales Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 12228.—(9016).

Ante mí, Abel Vladimir Chinchilla Bazán se constituye The BP Group Seven Sociedad Anónima, capital social: Setenta mil colones, suscrito y pagado, objeto: Comercio, plazo social: Noventa y nueve años, tomo: Segundo.—Heredia, 29 de enero del 2008.—Lic. Abel Vladimir Chinchilla Bazán, Notario.—1 vez.—Nº 12230.—(9017).

Por escritura otorgada hoy ante mí, Elena Williams Céspedes y Susana de los Ángeles Herrera Williams, constituyen, Elementos Modernos W Y H S. A. Capital social: Totalmente suscrito y pagado. Objeto: Actividades comerciales, industriales, agrícolas, etc. Domicilio: San José, Costa Rica. Plazo social: cien años. Junta directiva: Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 18 de diciembre del 2007.—Lic. Miguel Antonio Porras Mora, Notario.—1 vez.—Nº 12231.—(9018).

Pedro Pablo Mercado y Arecely del Carmen Ruiz Calero, constituyen la sociedad denominada Servicios Metalmecánica Mercado Sociedad Anónima, domicilio social es en San José, Desamparados, Los Guidos, Sector Uno de la iglesia católica cuatrocientos metros sur frente Bazar Carmen. Escritura otorgada a las 13:00 horas del 13 de noviembre del 2007.—Lic. Warren Alberto Flores Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 12232.—(9019).

Jorge Zúñiga Acuña y Xinia María Jiménez Mora, constituyen la sociedad anónima denominada Inversiones Grupo Zúñiga y Jiménez Sociedad Anónima. Domicilio social es Cipreses de Curridabat, casa veinticinco. Escritura otorgada a las 13:00 horas del 17 de octubre del 2007.—Lic. Harry Flores Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 12233.—(9020).

Por escritura otorgada ante mí a las dieciocho horas del veintiocho de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Inversiones y Construcciones Q y Q Sociedad Anónima.—Tres Ríos, treinta de enero del dos mil ocho.—Lic. Mary Flor Barrientos Bonilla, Notaria.—1 vez.—Nº 12234.—(9021).

Por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del nueve de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad de esta plaza G Mas G Logística Internacional. Capital suscrito y pagado.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº 12235.—(9022).

Mediante escritura pública se constituye sociedad anónima denominada J Siete Siete Siete Industry Sociedad Anónima, escritura número trescientos noventa y dos del tomo dos del protocolo de la licenciada Ana Rita Zamora Castillo, con fecha veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Ana Rita Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 12236.—(9023).

Ante mí, María de los Ángeles Solano Mora, notaria pública con oficina en Coronado, se constituyó a las ocho horas del veintiocho de enero del año dos mil ocho, la sociedad anónima Tvisat S. A. El plazo social será de noventa y nueve años. El capital social será la suma de diez mil colones exactos. El presidente es Douglas Armando Aguinaga González.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 12238.—(9024).

Por escritura otorgada ante mí, número ciento noventa y nueve, visible a folio ciento cuarenta y tres vuelto y ciento cuarenta y cuatro frente y vuelto del tomo tercero del protocolo de la notaria Carmen María Solano Rojas, se constituye la empresa Aluvitec Glass Systems Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones. Presidente: Rodolfo Vargas Chavarría.—Lic. Marcos Fernández Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 12239.—(9025).

Ante mí, María de los Ángeles Solano Mora, notaria pública con oficina en Coronado, se protocolizó en lo conducente el acta número uno de la asamblea general de accionistas de Mimomex M&M Sociedad Anónima, ocho horas del veintiocho de enero del año dos mil ocho, en donde se cambia la junta directiva, siendo su presidente Randall Ramírez Redondo. El domicilio social en Tibás del Salón Comunal setenta y cinco metros al oeste.—San José, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. María de los Ángeles Solano Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 12240.—(9026).

Ante mi notaría, al ser las ocho horas del diecinueve de noviembre del año dos mil siete, se constituye la sociedad denominada Campos Sequeira A & J Consultores Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado.—San José, nueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Héctor Enrique Segura Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 12241.—(9027).

Mediante escritura otorgada ante mí en conotariado con Abelardo Flores Torres, el 20 de diciembre del dos mil siete, se constituye Autos Fantásticos F y F Sociedad Anónima. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos. Domicilio en Santa Ana.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Adilia Caravaca Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 12242.—(9028).

Se pone en conocimiento a todos los interesados que El Constructor Cerdas Fallas del Caribe Sociedad Anónima, establece aumento de capital de la sociedad a doce millones de colones. Mediante escritura número doscientos cinco, otorgada en Guápiles, al ser las ocho horas del once de enero del dos mil ocho. Ante el notario público Reynaldo Arias Mora.—Lic. Reynaldo Arias Mora, Notario.—1 vez.—Nº 12246.—(9030).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veintiocho de enero del dos mil ocho, constitución de cinco sociedades denominadas Inversiones El Montezuma de Panica, Inversiones Silverio Platino, Hacienda La Alambra del Jobo, Hacienda El Carbacho Blanco, Corporación El Indio Espabelar S. A. Presidente Samuel Eicher.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Kattia Salas Guevara, Notaria.—1 vez.—Nº 12247.—(9031).

Franklin Alfaro Murillo y María Leiden Chávez Chavarría, constituyen sociedad anónima Empresa de Transportes del Caribe Frayjoss A CH. Escritura otorgada en Guápiles, al ser las diecisiete horas del veintitrés de enero del dos mil ocho, ante el notario público Reynaldo Arias Mora.—Lic. Reynaldo Arias Mora, Notario.—1 vez.—Nº 12248.—(9032).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria se constituyo la sociedad Zamora Ugalde He Hijos S. A., se nombra junta directiva y fiscal.—Heredia, a las dieciséis horas del veintiséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Diana Araya Steinvorth, Notaria.—1 vez.—Nº 12250.—(9033).

Ante esta notaría a las 9:00 horas del 18 de enero del año 2008, se constituyó la sociedad denominada Actton Corp. Sociedad Anónima. Duracion 100 años. Domicilio: San José. Capital social: Diez mil colones. Presidente representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 18 de enero del 2008.—Lic. Marielos Meléndez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 12254.—(9034).

La suscrita notaria pública, hace constar que ante esta notaría se constituyó la sociedad Consultorías Inteligentes P Y R Sociedad Anónima, domiciliada en Heredia, con un capital social de diez mil colones, con un plazo de noventa y nueve anos. Presidente: Roberto Antonio Pérez Rodríguez.—Heredia, 29 de enero del 2008.—Lic. Gabriela Ceciliano L., Notaria.—1 vez.—Nº 12256.—(9035).

El día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la entidad Siquirre Plant S. A. Presidente: Epifanio Porras Villegas.—Puerto Viejo, Sarapiquí, veintiocho de enero de dos mil ocho.—Lic. Gabriela Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 12259.—(9036).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Despertar Ecológico S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-dos uno cuatro seis ocho tres, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto social en lo referente al domicilio de la sociedad. Escritura número dieciocho, otorgada en Grecia, a las catorce horas treinta minutos del día veintinueve de enero del año dos mil ocho.—Lic. Juan Carlos Solís Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 12257.—(9037).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Grupo Kawó S. A., en la que se nombró presidente y secretario y se modificó la cláusula sétima de la escritura constitutiva.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 12260.—(9038).

Ante el suscrito notario se constituyó la sociedad denominada Centro de Servicio Moravia Sociedad Anónima, al ser las doce horas del veintinueve de enero del año dos mil ocho, cuyo presidente es Jorge Angulo Solano, capital social: diez mil colones, domicilio social: San José, San Francisco de Dos Ríos, frente al Centro Comercial Cupido, antigua Embajada de la República de Portugal. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Johnny González Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 12261.—(9039).

Ante el suscrito notario se constituyó la sociedad denominada Distribuidora e Importadora Mokaxi Sociedad Anónima, al ser las diez horas del veintinueve de enero del año dos mil ocho, cuyo presidente es Freddy Ulate Martínez, capital social: diez mil colones, domicilio social: En la provincia de Heredia, San Pablo, Urbanización Villas de la Quintana, casa ocho A. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Johnny González Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 12262.—(9040).

Por escritura número trescientos sesenta y ocho, de las quince horas del día veintiséis de enero del dos mil ocho, otorgada ante el notario Fernando Fernández Delgado, iniciada al folio ciento setenta y nueve vuelto del tomo quinto de su protocolo, se constituye la sociedad denominada: Inversiones Rocas de Pedernal Sociedad Anónima. Se nombra presidente, vicepresidente y junta directiva.—Puriscal, 28 de enero del 2008.—Lic. Fernando Fernández Delgado, Notario.—1 vez.—Nº 12263.—(9041).

Por escritura otorgada ante mi notaría el día de hoy, a las catorce horas del diecisiete de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Promodeport G.J.C. S. A. Domicilio: Cartago. Capital social diez mil colones totalmente suscrito y pagado en dinero efectivo.—Cartago, 30 de enero del 2008.—Lic. Jenni Valverde Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 12265.—(9042).

Ante el licenciado Marvin Ramírez Víque,z el día 26 de octubre del 2007, se nombra apoderado generalísimo sin límite de suma en la sociedad Hua Quan Sociedad Anónima.—San José, 26 de octubre del 2007.—Lic. Marvin Ramírez Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 12266.—(9043).

Ante el licenciado Marvin Ramírez Víquez, el día 29 de enero del 2008,  se  constituyen  las  sociedades Expresión Gráfica e Inversiones O Y P Sociedad Anónima.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Marvin Ramírez Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 12267.—(9044).

Ante el licenciado Marvin Ramírez Víquez, el día 29 de octubre del 2007, se constituyen las sociedades Florida Trading Import & Export Limitada.—San José, 29 de octubre del 2007.—Lic. Marvin Ramírez Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 12268.—(9045).

Mediante escritura otorgada en mi notaría a las 9:00 horas de 30 de enero de 2008, se constituyó Duques de Toyopan Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma actuando conjuntamente.—Lic. Rodrigo Aguilar Moya, Notario.—1 vez.—Nº 12270.—(9046).

Por escritura otorgada en San José a las 8:00 horas del 30 de enero del 2008, se constituyó que tendrá como razón social el número de cédula jurídica. Presidente: Mauricio Castro Salazar.—Lic. Annette Cambronero Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 12274.—(9047).

Por escritura número ciento setenta, iniciada al folio cincuenta y dos vuelto del tomo número sétimo de mi protocolo, otorgada a las diez horas del veintidós de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada S S Phillips Empresarial Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve años, capital social diez mil colones, se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma.—Alajuela, 22 de enero del 2008.—Lic. Rafael de la Peña Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 12278.—(9048).

Por esta escritura otorgada en esta notaría en San José a las dieciocho horas del día veintinueve de enero del ario dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Jenny Inversión Costa Rica Sociedad Anónima. Se reforma cláusula sexta y se nombra tesorero y fiscal.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 12279.—(9049).

Por escritura otorgada en esta notaría en San José de las ocho horas del día treinta de enero del ario dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Patrick & Janie del Trópico Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 12280.—(9050).

Mediante escritura número cuarenta y ocho otorgada a las nueve horas del veinte de setiembre del año dos mil siete, visible al folio ciento cincuenta y cinco vuelto del tomo dos del protocolo de la suscrita Notaría se constituyó la sociedad denominada A-Rudin Financial Group Sociedad Anónima. Es todo.—Heredia, a las ocho horas del veintinueve de enero del año dos mil ocho.—Lic. Andrea Cordero Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 12281.—(9051).

Por escritura otorgada en esta notaría en San José, a las trece horas del día veinticuatro de noviembre del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Cedrela Odorata Sociedad Anónima. Se reforma cláusula sexta y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 12282.—(9052).

Por escritura otorgada en esta notaria en San José, a las diecisiete horas del día veintinueve de diciembre del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Condominios CR Cincuenta y tres Cochinito S. A. Se reforma cláusulas segunda y sexta; se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 12283.—(9053).

En el día de hoy se constituyó la asociación denominada Luis García para el Desarrollo y el Progreso. Secretario y presidente. apoderados generalísimos sin límite de suma.—Golfito, veinticinco de mayo del dos mil siete.—Lic. Camilo Cedeño Castro, Notario.—1 vez.—Nº 12284.—(9054).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del veintisiete de diciembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad Place’s Place of Peace Limitada.—San José, treinta de enero del dos mil ocho.—Lic. Esteban Alfonso Chacón Solís, Notario.—1 vez.—Nº 12285.—(9055).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Corporación Adhysil Sociedad Anónima.—Curridabat, 29 de enero del 2008.—Lic. Arnulfo Carmona Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 12288.—(9056).

Por escritura otorgada ante mí se constituyó Internacional Calling Center C.L.M. S. A.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Arnulfo Carmona Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 12289.—(9057).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veintinueve de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Consolidadora de Carga Trilogistics Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Carlos Enrique Cruz Loría, Notario.—1 vez.—Nº 12290.—(9058).

Por escritura otorgada ante mí, se procedió a constituir la empresa Corporación Marva Diseños Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: Montes de Oca, provincia: San José. Preside: Luis Diego Monturiol Rojas.—Lic. Juan Rafael Zavala Tasies, Notario.—1 vez.—Nº 12292.—(9059).

Ante esta notaría se constituye sociedad anónima, se denominará Jardines El Edén MTB Costa Rica Sociedad Anónima, domiciliada en Guanacaste, Santa Cruz, veinticinco metros este del pozo de Acueductos y Alcantarillados.—Santa Cruz, Guanacaste, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 12293.—(9060).

El día siete de enero del año dos mil ocho, se constituyo la sociedad Gabmari Asociados Limitada. Capital social: diez mil colones.—Palmares, veintinueve de enero del año dos mil ocho.—Lic. Edgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—Nº 12297.—(9061).

Jesús Murillo Arguedas, mayor, casado una vez, ingeniero topógrafo, cédula número: dos-cuatrocientos cuatro-cuatrocientos veintinueve, y Carmen Rocío Soto Rojas, mayor, casada una vez, del hogar, cédula número: uno-setecientos noventa y siete-novecientos setenta y nueve, ambos vecinos de San Pedro de Poás, Alajuela, ciento cincuenta metros sur de la iglesia católica constituyen Automotores M.A.S.R M & S Sociedad de Responsabilidad Limitada. Escritura otorgada a las dieciocho horas del treinta de enero del dos mil ocho, ante la notaria: María del Milagro Ugalde Víquez.—Lic. María del Milagro Ugalde Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 12298.—(9062).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 18:00 horas del 30 de enero del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Palmeras y Follajes La Ceiba Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula octava de los estatutos.—Ciudad Quesada, 30 de enero del 2008.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 12301.—(9063).

En escritura otorgada a las 12:00 horas del 21 de diciembre del 2007, se protocolizan acuerdos por los que se reforma la cláusula octava de los estatutos de la sociedad Sauces A Número Cuatro Cenízaro H S.A. y se renueva totalmente la junta directiva y fiscalía.—San José, 30 enero del 2008.—Lic. Óscar Arias Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 12305.—(9066).

Mediante escritura otorgada ante el notario Juan Francisco Ruiz Monge, Charles Greaves y Paula Greaves, se constituye la sociedad anónima cuyo nombre se designará con el Decreto Ejecutivo Nº 33161-J. Presidente: Charles Greaves con facultades de apoderado generalísimo. Plazo 99 años.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. José Arguedas Solano, Notario.—1 vez.—Nº 12306.—(9067).

En escritura número ciento treinta y tres, de las once horas treinta minutos del veintiséis de abril del dos mil seis, se constituye Sociedad denominada. R Y J Seguridad Internacional Sociedad Anónima, capital social diez mil colones. Presidente: Cristian Evelio Bonilla Salazar, secretaria: Rita María Vargas Duarte.—Lic. Melania Jirón Estrada, Notaria.—1 vez.—Nº 12308.—(9068).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 9:00 horas del 9 de julio del año 2007, se constituye la sociedad Representaciones Keaapa MC Tres S. A.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 12313.—(9069).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 8:00 horas del 21 de enero del año 2008, se constituye la sociedad Funtyme Inc. S. A. Capital social: 100 mil colones.—Lic. Ricardo Morera Briceño, Notario.—1 vez.—Nº 12314.—(9070).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las 10:00 horas de hoy, he procedido a protocolizar el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Riviera del Mar Azul Y Z Y Inc. Sociedad Anónima, celebrada en San José, a las 15:00 horas del 7 de enero del 2008, mediante la cual se acordó aumentar el capital social de la empresa, nombrar nueva junta directiva y fiscal y reformar la cláusula sétima del pacto social.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Grethel Fernández Carmona, Notaria.—1 vez.—Nº 12315.—(9071).

Por escritura número doscientos noventa y uno, otorgada ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada BI Aurea Limitada, capital social de diez mil colones. Gerentes con facultades de apoderados generalísimos, María Fernanda Solís Hidalgo y Mariella González Soto.—Lic. José Fabián Salazar Solís, Notario.—1 vez.—Nº 12321.—(9072).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas treinta minutos del treinta de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Xtreme Legend Sociedad Anónima nombrándose como presidente al señor Carlos Manuel Sánchez Mora. Es Todo.—San José, treinta de enero del año mil ocho.—Lic. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1 vez.—Nº 12325.—(9073).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del treinta de enero del año dos mil ocho, se protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Strawberry Gardens Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del domicilio y se adiciona la cláusula décimo segunda del agente residente y se nombra gerente general y agente residente.—San José, treinta de enero del dos mil ocho.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—Nº 12324.—(9074).

Mediante escritura número ciento setenta y seis-doce de las catorce horas del veintiuno de setiembre del dos mil siete, ante mi notaría se constituye Lavendi Sociedad Anónima.—San José, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. María Eugenia Hidalgo Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 12326.—(9075).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Restaurante Café Minutos Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones. Domicilio social: San José, San Pedro de Montes de Oca, de la rotonda Betania, setenta y cinco metros sureste frente facultad de Odontología de la Universidad de Costa Rica. Representación: presidente, vicepresidente, tesorero y secretario con facultades de apoderados generalísimo sin límite de suma ocupando estos cargos Rodrigo Díaz Obando, cédula 1-389-005, Ericsson Montiel Arias, cédula 1-1016-963, Juan Pablo Quirós Cordero, cédula 3-350-506, Felipe Chaves Cortés, cédula 1-939-327 respectivamente. Es todo.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Elizabeth Fallas Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 12327.—(9076).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del veintinueve de enero del año dos mil ocho, la sociedad tres-ciento uno-quinientos un mil cuatrocientos sociedad anónima, realiza el nombramiento de nuevo presidente.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintinueve de enero del año dos mil ocho.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 12328.—(9077).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del treinta de enero del año dos mil ocho, la sociedad Corporación Águila del Desierto Sociedad Anónima, realiza reforma al pacto constitutivo, únicamente en cuanto a las cláusulas segunda y sétima.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, treinta de enero del año dos mil ocho.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 12329.—(9078).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del veintinueve de enero del año dos mil ocho, la sociedad Monkeying Around Sociedad Anónima, realiza el nombramiento de nuevo presidente por todo el resto del período social.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintinueve de enero del año dos mil ocho.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—Nº 12330.—(9079).

El suscrito notario hace constar que en esta notaría, se constituyó la empresa denominada Prácticos de Puerto PDP S. A., plazo social: 99 años, presidente, tesorero y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, quienes deberán actuar conjunta y separadamente. Domiciliada en la ciudad de Puntarenas, El Roble, ciento cincuenta metros al sur de la central telefónica, objeto principal es brindar servicios de pilotaje, el comercio en general, brindar asesorías.—Puntarenas, 3 de enero del 2008.—Lic. Marco Aurelio Zúñiga Angulo, Notario.—1 vez.—Nº 12332.—(9080).

El suscrito notario hace constar que en esta notaria se constituyó la empresa denominada Fanuel S. A., plazo social: 99 años. Presidente, tesorero y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, quienes deberán actuar conjuntamente y separadamente. Domiciliada en la ciudad de Puntarenas en el barrio El Carmen, Puntarenas, costado norte de la escuela. Objeto principal es brindar servicio de ventas de asesoría educativa, el comercio en general, brindar asesorías.—Puntarenas, 31 de enero del año 2008.—Lic. Jorge Alberto Vargas Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 12333.—(9081).

El suscrito notario hace constar que en esta notaróa se constituye la empresa denominada Guajiro Natural Sociedad Anónima, plazo social 99 años, presidente, tesorero y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, quienes deberán actuar conjunta y separadamente. Domiciliada en la ciudad de Miramar, Montes de Oca frente al salón Multiusos de la Escuela Linda Vista, objeto principal todo lo relacionado con el ejercicio amplio del comercio y en general la ganadería.—Puntarenas, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Nazira Yalile Ramírez Dinarte, Notaria.—1 vez.—Nº 12334.—(9082).

Por escritura otorgada en mi notaría a las diecinueve horas del día de hoy, se constituyó la sociedad de esta plaza: Inversiones Marchansol Sociedad Anónima. Capital: cien mil colones. Domicilio: Orosi, Cartago. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintinueve de enero del año dos mil ocho.—Lic. Ana Lidiette Solís Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 12336.—(9083).

A las diez horas del viernes diecinueve de octubre del dos mil siete, la sociedad denominada Avendaño & Aguilar A.V.A Sociedad Anónima nombró nuevo presidente y secretario de la junta directiva, se comisionó al notario Alexander Quesada Venegas para protocolizar el acta.—Lic. Alexander Quesada Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 12337.—(9084).

Mediante escritura número treinta y uno-treinta y cuatro, otorgada a la doce horas con veinticinco minutos del veinticinco de enero del año dos mil ocho, ante el notario William Méndez Rosales, se constituyó la sociedad denominada Empaque de Tubérculos Mary Sociedad Anónima, domiciliada en Pital de San Carlos, Alajuela, Barrio San Antonio, casa número sesenta y tres.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 12338.—(9085).

Mediante escritura número ciento veintiséis-dos, de las nueve horas del treinta de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Puerto de Catanzaro Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, treinta de enero del dos mil ocho.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—Nº 12339.—(9086).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veintiocho de enero del año dos mil ocho, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Daesko Construcciones Sociedad Anónima, mediante los cuales se reforma la cláusula sexta y se renombra al secretario.—San José, treinta de enero del dos mi ocho.—Lic. Sergio Jiménez Odio, Notario.—1 vez.—Nº 12340.—(9087).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día veintiocho de enero del año dos mil ocho, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Inmuebles Davalexcla Sociedad Anónima, mediante los cuales se reforma la cláusula sexta y se renombra al secretario.—San José, 30 de enero del dos mil ocho.—Lic. Sergio Jiménez Odio, Notario.—1 vez.—Nº 12341.—(9088).

Se avisa que ante la suscrita notaria Marelyn Jiménez Durán, se constituye Sociedad de Responsabilidad Limitada con capital un millón de colones, corresponde al gerente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Liberia, 31 de enero del 2008.—MSC. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 12342.—(9089).

Por escritura otorgada ante el notario público Andrés Martínez Chaves, a las 15:00 horas del 30 de enero del 2008, Evelio Chaves Chaves y Valery Cambronero Quesada, constituyen una sociedad anónima, la cual se denominará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo 33171-J, domiciliada en San José, Escazú, Residencial Bello Horizonte, del Restaurante El Novillo Alegre, cuatrocientos metros al sur. Se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Andrés Martínez Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 12345.—(9091).

Por escritura número trescientos treinta y tres-tres, de las once horas treinta minutos del veintisiete de enero del año dos mil ocho, otorgada ante el licenciado Pablo Valerio Soto. Se reformó la formación de la junta directiva y se nombró nueva representación judicial y extrajudicial la sociedad anónima denominada Asturias Constructora S. A. Es todo.—Alajuela, 30 de enero del 2008.—Lic. Pablo Valerio Soto, Notario.—1 vez.—Nº 12346.—(9092).

Por escritura otorgada ante el notario público Andrés Martínez Chaves, a las 14:00 horas del 30 de enero del 2008, Evelio Chaves Chaves y Valery Cambronero Quesada, constituyen una sociedad anónima, la cual se denominará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo 33171-J, domiciliada en San José, Escazú, Residencial Bello Horizonte, del Restaurante El Novillo Alegre, cuatrocientos metros al sur. Se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Andrés Martínez Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 12347.—(9093).

Adrián Eduardo Ramírez Vidal y Mónica Ramírez Vidal constituyen la sociedad, Alta Resolución S. A. Plazo social: 99 años, Domicilio: San José. Objeto: comercio, industria, agricultura y ganadería. Capital social: diez mil colones. Escritura otorgada en San José, el veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Ivannia Zúñiga Vidal, Notaria.—1 vez.—Nº 12348.—(9094).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:50 horas del 29 de enero del 2008, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Planeta Agua S. A., cédula jurídica Nº 3-101-303665. Nombramientos de nuevo presidente, secretario y tesorero.—San Isidro, Pérez Zeledón, 29 de enero del 2008.—Lic. Juan Rafael Alvarado Cervantes, Notario.—1 vez.—Nº 12349.—(9095).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:10 horas del 18 de enero del 2008, se constituyó la empresa Agropecuaria Don Franko Ltda., Gerente: Franklin Castro Alvarado. Plazo social: 99 años.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón.—San Isidro, Pérez Zeledón, 18 de enero del 2008.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 12350.—(9096).

Por escrituras otorgadas hoy en esta ciudad, a las 11:00 y 11:30 horas ante la suscrita notaria, los señores Álvaro y Jorge Hernández González constituyeron las sociedades denominadas Kinswick Carwash Limitada y G.M. Costa Rica Carwash Limitada. Domicilio: San José, Capital social: ciento veinte mil colones suscritos y pagados.—San José, 16 de enero del 2008.—Lic. Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1 vez.—Nº 12351.—(9097).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:35 horas del 30 de enero del 2008, se constituyó la sociedad denominada Sky Blue Truking S. A.; cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 30 de enero del 2008.—Lic. Ivannia Barboza Carvajal, Notaria.—1 vez.—Nº 12353.—(9098).

Se avisa que ante la suscrita notaria Marelyn Jiménez Durán, se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Ara Proveedores Sociedad Anónima.—Liberia, 31 de enero del 2008.—MSC. Marelyn Jiménez Durán, Notaria.—1 vez.—Nº 12354.—(9099).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las once horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de enero del dos mil ocho, Wayne Randolph Miller, Byron Iván Espinoza Ulate, constituyeron Sociedad Anónima. Cuyo capital social es la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Presidente: Wayne Randolph Miller, tesorero: Byron Iván Espinoza Ulate.—Pérez Zeledón, 17 de enero del 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 12356.—(9100).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las once horas cuarenta minutos del diecisiete de enero del dos mil ocho, Wayne Randolph Miller, Byron Iván Espinoza Ulate, constituyeron Sociedad Anónima. Cuyo capital social es la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Presidente: Wayne Randolph Miller, tesorero: Byron Iván Espinoza Ulate.—Pérez Zeledón, 17 de enero del 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 12357.—(9101)._

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las once horas veintiséis minutos del diecisiete de enero del dos mil ocho, Wayne Randolph Miller, Byron Iván Espinoza Ulate, constituyeron Sociedad Anónima. Cuyo capital social es la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Presidente: Wayne Randolph Miller, tesorero: Byron Iván Espinoza Ulate.—Pérez Zeledón, 17 de enero del 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 12359.—(9102)._

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad, a las once horas treinta y dos minutos del diecisiete de enero del dos mil ocho, Wayne Randolph Miller, Byron Iván Espinoza Ulate, constituyeron Sociedad Anónima. Cuyo capital social es la suma de cien mil colones íntegramente suscritos y pagados. Presidente: Wayne Randolph Miller, tesorero: Byron Iván Espinoza Ulate.—Pérez Zeledón, 17 de enero del 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 12360.—(9103)._

Por escritura otorgada ante mí, en esta ciudad, a las nueve horas veintidós minutos del quince de enero del dos mil ocho, se procede a protocolizar en sesión extraordinaria de asamblea general de socios de tres-ciento uno-quinientos un mil trescientos veintidós sociedad anónima el cambio de denominación social a King Of The Jungle Sociedad Anónima.—Pérez Zeledón, 29 de enero del 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 12361.—(9104).

Por escritura número treinta y seis, ante mi notaría de las ocho horas del veintiocho de junio del año dos mil seis, se constituyó Camabe Sociedad Anónima. Domicilio: Liberia, centro. Presidenta: Carmen María Betancourt Lacayo cédula uno-cuatro treinta y cinco-cuatro ochenta y dos con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—Liberia, 28 de junio del 2006.—Lic. Marlene Mendoza Ruiz, Notaria.—1 vez.—Nº 12362.—(9105).

Por escritura otorgada ante mí en esta ciudad, a las once horas treinta minutos del diecisiete de enero del dos mil ocho, se procede a protocolizar en sesión extraordinaria de asamblea general de socios de tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y ocho mil doscientos cuarenta y nueve sociedad anónima el cambio de denominación social a The Digits Sociedad Anónima.—Pérez Zeledón, 29 de enero del 2008.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 12363.—(9106).

Ante esta notaría al ser las once horas y treinta minutos del treinta de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad: Atletic And Football Coaching Club S. A. Presidente: John Thomas Mc Carty, apoderado. Capital social: cien mil colones. Domicilio: Curridabat.—Lic. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 12364.—(9107).

Ante esta notaría se constituyó a las diez horas treinta minutos del veintinueve de enero del dos mil ocho, la empresa denominada: A & M de Pittier Sociedad Anónima. Presidente: Enrique Morales Arias, cédula número: uno-cero ochocientos setenta y ocho-cero quinientos sesenta y uno.—San Vito de Coto Brus, Puntarenas, 30 de enero del 2008.—Lic. Mercedes Vásquez Agüero, Notaria.—1 vez.—Nº 12366.—(9108).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las catorce horas del treinta de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Borbón y Quirós Sociedad Anónima. Domiciliada en Urbanización Coocique primera etapa, ciento cincuenta metros al sur y setenta y cinco al este del Súper Coocique. Presidente: Oky Elieth Quirós Paniagua, con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, 30 de enero del 2008.—Lic. Fabricio José Quirós Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 12367.—(9109).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de El General, a las quince horas del día veintiuno de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Costaricajoy Sociedad Anónima. Domiciliada en Las Nubes de Santa Elena, tres kilómetros al este de la Escuela General Viejo de Pérez Zeledón. Se nombra presidente y secretario con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San Isidro de El General, 21 de enero del 2008.—Lic. Ivania Rojas Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 12368.—(9110).

Ante mí, a las dieciséis horas veinticinco minutos del veinticinco de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad que se denominará DRGMORAM Sociedad Anónima, donde aparece con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma su presidente Gerardo Mora Mora. Capital social: nueve mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Agente residente: Paola Ramírez Acosta.—Pérez Zeledón, 28 de enero del 2008.—Lic. Paola Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—Nº 12370.—(9111).

Ante mí, a las dieciséis horas quince minutos del veinticinco de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad que se denominará Tersaumo Sociedad Anónima, donde aparece con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma su presidente Gerardo Mora Mora. Capital social: nueve mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Agente residente: Paola Ramírez Acosta.—Pérez Zeledón, 28 de enero del 2008.—Lic. Paola Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—Nº 12371.—(9112).

Ante mí, a las dieciséis horas treinta minutos del veinticinco de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad que se denominará Morafam Sociedad Anónima, donde aparece con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma su presidente Gerardo Mora Mora. Capital social: nueve mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Agente residente: Paola Ramírez Acosta.—Pérez Zeledón, 28 de enero del 2008.—Lic. Paola Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—Nº 12372.—(9113).

Por escritura de las 15:00 horas de hoy, se constituye la sociedad Zulbarma Mil Novecientos Sesenta y Ocho Sociedad Anónima, y se nombra Junta Directiva. Presidenta: Yenny Zulema Barrantes Marín. Capital social: 10.000,00 colones. Plazo social: 99 años.—San Isidro de Pérez Zeledón, 28 de enero del 2008.—Lic. Lisbeth Fallas Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 12373.—(9114).

Por escritura otorgada ante esta notaría en San José, a las 10:30 horas del día 30 de enero del 2008, se protocoliza acta general ordinaria y extraordinaria, mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Parque Tropical Turu Ba Ri S. A.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Karla Santana Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 12374.—(9115).

Por escritura otorgada ante esta notaría en San José, a las 10:10 horas del día 30 de enero del 2008, se protocoliza acta general ordinaria y extraordinaria mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Mundo Ecológico, Educativo y de Aventura de Turrubares S. A.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Karla Santana Vega, Notaría.—1 vez.—Nº 12375.—(9116).

Por escritura otorgada hoy ante mí a las diez horas, se constituye Ballena Shores Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse S. A., que es nombre de fantasía. Domicilio: Uvita-Osa. Objeto: La industria, la agricultura, la ganadería y el comercio en general. Capital social: dos millones setecientos cincuenta mil colones íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años a partir de esta fecha. Presidente: Luis Alberto Sibaja González.—Pérez Zeledón, 28 de enero del 2008.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—Nº 12377.—(9117).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las catorce horas, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Elizondo y Santana S. A., en la que se revocan nombramientos y se hacen nuevos.—Pérez Zeledón, 23 de enero del 2008.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—Nº 12378.—(9118).

A las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Transporte Chacón Castillo KM con domicilio en Barrio Morazán de Pérez Zeledón, ciento cincuenta metros este de la segunda entrada de la Urbanización. Corresponderá al presidente Johnny Gerardo Chacón Castillo, cédula 1-809-227, y tesorero Errol Willian Chacón Castillo, cédula 9-106-993, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo actuando conjunta o separadamente. El plazo es de noventa y nueve años a partir de esta fecha.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, 30 de enero del 2008.—Lic. Mauricio Benavides Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 12379.—(9119).

El suscrito notario, hago constar que mediante escritura pública trescientos cincuenta y cuatro ante mí, en mi protocolo, misma otorgada a las 11:30 horas del 28 de enero del 2008, Patricia Carias Castillo y Ronald Castillo Ramírez, han constituido la sociedad denominada Modastar S. A. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio: en la ciudad de Heredia, San Antonio de Belén, residencial Los Manantiales, casa setenta y cuatro A. Presidenta: la socia Patricia Carias Castillo, cédula pasaporte 201532216.—Palmares, 28 de enero del 2008.—Lic. Jorge Fabricio Fernández Mayorga, Notario.—1 vez.—Nº 12381.—(9120).

Por escritura pública número 88, otorgada en Playas del Coco, Sardinal de Carrillo, Guanacaste, a las 10:00 horas, del día 24 de enero del año 2007, los señores Ariel José Morales Morice y Francisco Ernesto Morice Zamora constituyeron El Viejo Morice Sociedad Anónima. Capital social: ¢100.000,00.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 12382.—(9121).

Por asamblea de socios la sociedad denominada V M S Fifteen Green Lime XV S. A., modifica cláusula onceava y nombran nueva Junta Directiva.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 12387.—(9122).

Por escritura pública número 64 otorgada en mi notaría, a las 12:00 horas del día 23 de enero del año 2008, procedí a protocolizar acta número 1 de asamblea general extraordinaria de accionistas de Paundrerou F. D. Sociedad Anónima. Se nombró nueva junta directiva.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 12383.—(9123).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Multiservicios Yo Ja del Sur Sociedad Anónima, cuyo capital social es la suma de cincuenta mil colones netos.—30 de enero del 2008.—Lic. Wendy Mayela Mora Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 12389.—(9124).

Ante esta notaría se protocoliza el acta de asamblea extraordinaria de la sociedad anónima denominada C & S Alimentos Corso del Sur Sociedad Anónima, en dicha asamblea extraordinaria se modifica la cláusula décima del acta de constitución de la sociedad la cual en adelante dirá así: décima: Los negocios sociales serán administrados por una junta directiva formada por tres miembros, que serán: presidente, secretario y tesorero. Corresponderá al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades que indica el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, podrán sustituir su poder en todo o en parte, en otros socios, terceros o miembros del consejo administrativo y tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Los miembros de la Junta Directiva serán nombrados por todo el plazo social.—30 de enero del 2008.—Lic. Wendy Mayela Mora Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 12390.—(9125).

Ante mi Notaría, al ser las 12:00 horas del día 30 de agosto de 2007, se constituyó la sociedad denominada Cabinas Guapetonas S.R.L. con una vigencia de 99 años contados a partir de su constitución; administrada por un gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, con un capital social de diez mil colones, representado por diez cuotas sociales de un mil colones cada una.—San Isidro, 30 de enero del 2008.—Lic. Óscar Fernando Muñoz Linkimer, Notario.—1 vez.—Nº 12391.—(9126).

Ante la suscrita notaria, se constituyó la sociedad denominada Corporación Joalco Sociedad Anónima, otorgada mediante escritura pública número cuatro, a las trece horas treinta minutos del treinta de enero del dos mil ocho. Presidente: Jorge Mario Piedra Arias. Capital social: noventa mil colones. Domiciliada en San José, Paso Ancho, Mone Azul, frente al plantel del ICE. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Yensi Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 12395.—(9127).

Que mediante asamblea general extraordinaria se cambia el nombre de Avalúos Haug y Vicente S. A., a Avalúos Haug e Ingenieros Asociados S. A., y se nombra nueva junta directiva. Escritura de las ocho horas del veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Roxana Jara Tenorio, Notaria.—1 vez.—Nº 12393.—(9128).

Por escritura número ciento cincuenta y tres otorgada ante la suscrita notaria a las dieciocho horas del día veintisiete de enero del dos mil ocho, se modificó la cláusula sexta de los estatutos de la compañía denominada R T Roldan Torres y Compañía Sociedad Anónima.—San José, 27 de enero del 2008.—MSC. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 12397.—(9129).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del treinta enero del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Comercial Belén Tres CBT Sociedad Anónima. Nombramiento presidente.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Irina Castro Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 12399.—(9130).

Ante esta notaría se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad ACADECON Acabados y Detalle para Construcción Sociedad Anónima, en donde se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo, correspondiente a la representación social de la sociedad correspondiendo al presidente y al secretario la representación judicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o individualmente. Es todo.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 12401.—(9131).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y seis mil ciento cuatro sociedad anónima, en la que se modifican las cláusulas primera, segunda, quinta y sétima del pacto constitutivo.—San José, 17 de diciembre del 2007.—Lic. José Fabio Ramírez Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 12402.—(9132).

Por escritura otorgada a las doce horas del treinta de enero de dos mil ocho, se constituyó Representaciones Vive - Escazú S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente Ronald Haehner Siermann con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 12403.—(9133).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:30 horas del 30 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Constructora Lobo Alpízar Ltda. Domicilio: San Ramón, Alajuela. Capital: totalmente suscrito. Plazo: 99 años. Gerente: Carlos Luis Lobo Alpízar.—San Ramón, 30 de enero del 2008.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1 vez.—Nº 12405.—(9134).

Por escritura otorgada a las doce horas cuarenta y cinco minutos del treinta de enero de dos mil ocho, se constituyó Cuarenta y Uno-Escazú S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Presidente: Ronald Haehner Siermann con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 12404.—(9135).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del día 19 de diciembre de 2007, se constituyó la sociedad Inversiones Casares JPM S. A. Es todo.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Jenny M. Fernández Fumero, Notaria.—1 vez.—Nº 12406.—(9136).

Por escritura número ciento setenta se constituye Transcasa del Este y Asociados Sociedad Anónima.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Vilma C. Paco Morales, Notaria.—1 vez.—Nº 12408.—(9137).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del día treinta de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada RMK Holdings Of Costa Rica S. A.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Iván Granados Fischel, Notario.—1 vez.—Nº 12409.—(9138).

Por escritura otorgada ante este notario público a las 16:30 horas del 28 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Grant & Calvo Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: doce mil colones. Plazo: 99 años. Domicilio: Heredia. Gerentes: Jefferson Grant Mac Kenzie y Silva María Calvo Quirós.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Leonidas Vargas Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 12410.—(9139).

Por escritura otorgada ante esta Notaría el día veinticuatro de enero del dos mil ocho, de la compañía Korest S. A., se modifica la cláusula novena de la representación, corresponde al presidente y al secretario la representación judicial y extrajudicial de la compañía.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Isabella Martin Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 12414.—(9140).

En mi notaría se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Jomarri A Y C Sociedad Anónima, en la que se nombra nuevo tesorero en la junta directiva y se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Ligia León Marín, Notaria.—1 vez.—Nº 12415.—(9141).

Se constituyó la sociedad anónima Importadora J.J. S. A., con un capital de 10 colones por los señores Julio Cascante Tenorio y José Blanco Zeledón. Escritura de las 16:00 horas del 20 de enero del 2008.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Javier Solís Ordeñana, Notario.—1 vez.—Nº 12419.—(9142).

Norman Antonio Vega Arguedas y Rocío de los Ángeles Vega García, constituyen Palo del Río S. A. Escritura otorgada en Cóbano de Puntarenas el diez de enero del dos mil ocho.—Cóbano, 24 de enero del 2008.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 12421.—(9143).

Edgard Rodríguez Rojas, Yanory Cruz Villalobos, Nicholas Rodríguez Cruz y Errata Rodríguez Cruz, constituyen Nichosa S. A. Escritura otorgada en Cóbano de Puntarenas el veintiséis de diciembre del dos mil siete.—Cóbano, 24 de enero del 2008.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 12422.—(9144).

Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las 8:00 horas del 31 de enero del 2008, protocolicé en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de CH. Consultoría Internacional S. A., por medio de la cual se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto social.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Ana María Rodríguez Ocampo, Notaria.—1 vez.—Nº 12423.—(9145).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las diecinueve horas del veintiocho de enero de dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima Chandraluna M. T. Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones. Presidenta: Madeleine Marianne Cooper.—Cóbano de Puntarenas, 29 de enero del 2008.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 12428.—(9146).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las diez horas del veinte de diciembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima J V Dirty Sánchez For U Sociedad Anónima, con un capital social de cien mil colones. Presidente: James Robert Vicary.—Cóbano de Puntarenas, 20 de diciembre del 2007.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 12429.—(9147).

Ante esta notaría y por asamblea número cinco de la compañía Servicio de Vigilancia y Seguridad Total R. J. Tres Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-167345, se reformó la cláusula sétima, y nueva junta directiva.—San José, 19 de noviembre del 2007.— Lic. Aurea Morales Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 12430.—(9148).

Ante esta notaría y por asamblea número cinco de la compañía Autolavado San Pedro F.G.P. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-241005, se reformó la cláusula cuarta, y nueva junta directiva.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Aurea Morales Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 12431.—(9149).

Ante esta Notaría se constituyó la sociedad anónima denominada Aserradero Álvarez y Asociados Sociedad Anónima, cuyo capital social es la suma de setenta y cinco mil colones netos.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Wendy Mayela Mora Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 12433.—(9150).

Por escrituras otorgadas ante esta notaría, en el día de hoy, se constituyeron cuatro sociedades anónimas, cuya denominación social para tres de ellas será la cédula jurídica y la cuarta M S T  Coffee (Costa Rica) S. A. Presidente: con facultades de apoderado generalísimo, a las doce y dieciséis horas respectivamente del siete de enero del dos mil ocho.—Lic. Xinia Alfaro Mena, Notaria.—1 vez.—Nº 12435.—(9151).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del dieciocho de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada Heredia Rocamlu Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución y con un capital social de diez mil colones.—Heredia, 31 de enero del 2008.—Lic. Ana Lorena Mendoza Carrera, Notaria.—1 vez.—Nº 12436.—(9152).

Ante mi notaría por escritura veintitrés, se constituye sociedad anónima con nombre que asignará el registro según lo establece el Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno J que es nombre de fantasía, cuyo domicilio es San José La Uruca detrás del Hotel San José Palacio, Condominio Condado del Palacio.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Karolina Meléndez Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 12437.—(9153).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José a las 15:00 horas del 30 de enero del 2008, protocolizo acta de asamblea extraordinaria de socios de Sábila Industrial S. A., mediante la cual se reforma la cláusula quince del capital social.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 12438.—(9154).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 30 de enero del 2008, se constituyó Tunamar Shipping Inc S. A. Plazo: 99 años. Objeto: industria naviera, y transporte marítimo. Representante legal: el presidente y el secretario. Capital social: un millón de colones suscrito y pagado. Domicilio: San Francisco de Guadalupe, Barrio Tournón.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 12440.—(9155).

Por escritura otorgada, ante el notario público Andrés Morales Castrillo a las 18:00 del día 24 de enero del dos mil ocho, protocolizo el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Kellogg Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se acuerda reformar la cláusula tercera en cuanto al domicilio.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Andrés Morales Castrillo, Notario.—1 vez.—Nº 12442.—(9156).

En mi notaría, al ser las quince horas del veintitrés de enero del dos mil ocho, se modificaron las cláusulas segunda, quinta y tercera del pacto constitutivo de Set Transporte Marítimo Expreso S. A.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic. Galina Morales Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 12443.—(9157).

En mi notaría, al ser las dieciocho horas del quince de enero se constituyó sociedad anónima cuya denominación social será la cédula jurídica asignada por el Registro Público seguido de la palabra Sociedad Anónima.—San José, 23 de enero del 2008.—Lic. Galina Morales Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 12444.—(9158).

Mediante escritura pública número treinta y seis, otorgada en la ciudad de San José, a las once horas del veintiséis de junio del año dos mil siete, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada, Rolmax Sociedad Anónima, dirigida al comercio en general y con un capital social de cien mil colones.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Evelyn Gómez Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 12447.—(9159).

Inversora Hato S. A., cédula 3-101-154372, reforma cláusula sétima y nombra nueva junta directiva, presidente: Nelson Fernández Sánchez. Escritura otorgada a las quince horas del diecinueve de diciembre del dos mil siete.—Lic. Vanessa Ángulo Torres, Notaria.—1 vez.—Nº 12448.—(9160).

Mediante escritura autorizada por mí, a las catorce horas del veintinueve de enero del dos mil ocho, se constituyeron las siguientes sociedades: (i) Panoramic Viewpoint Investments, P.V.I., Sociedad Anónima; (ii) Grey House Internacional Properties G.H.P., Sociedad Anónima; (iii) Three Paths Enterprises T.P.E., Sociedad Anónima; (iv) Exclusive Getaway Investments E.G.I., Sociedad Anónima; y, (v) Hidden Springs Of Peace, Sociedad Anónima.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Tomás Federico Guardia Echandi, Notario.—1 vez.—Nº 12449.—(9161).

Mediante escritura autorizada por mí, a las dieciséis horas del veintinueve de enero del dos mil ocho, se constituyeron las siguientes sociedades: (i) Loganberry Hills Group Inc. Sociedad de Responsabilidad Limitada; (ii) Montrose Creek Investments Llc, Sociedad de Responsabilidad Limitada; (iii) Mount Pleasent Subset Llc. Sociedad de Responsabilidad Limitada; (iv) Brookside Heights Investments Llc. Sociedad de Responsabilidad Limitada; y, (v) Keystone Sound Manor Llc, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Tomás Federico Guardia Echandi, Notario.—1 vez.—Nº 12450.—(9162).

Por escritura número cincuenta, otorgada ante mí, a las doce horas del siete de enero del dos mil ocho, los señores Gerardo Alfonso Montero Camacho y María Cristina Fuentes Jiménez, cédula 3-286-813, se constituye la sociedad Centro Comercial Santa Teresita M Y F Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en su aditamento en S. A., conformada por un capital social de cien mil colones, formado por cien acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Turrialba, 31 de enero del 2008.—Lic. Otoniel Díaz Flores, Notario.—1 vez.—Nº 12452.—(9163).

Por escritura número tres-ocho, otorgada a las once horas del día treinta de enero del año dos mil ocho, visible al folio seis vuelto del tomo tercero del protocolo de la notaria pública Adriana Segura Balmaceda, se protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento uno-quinientos cinco mil novecientos diez, sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cinco mil novecientos diez. Es todo.—San José, treinta de enero del año dos mil ocho.—Lic. Adriana Segura Balmaceda, Notaria.—1 vez.—Nº 12454.—(9164).

Linford Édgar, Edgar Silvestre, Estehr Louise, Leolita Everlina, Mario Alberto, Ruth Evonne todos Grant Veitch constituyen la sociedad denominada Hermanos Grant Veitch Limitada en escritura número ciento diecinueve del tomo veintidós del protocolo del notario público Alexis Cervantes Barrantes.—Siquirres, veintiuno de enero de dos mil ocho.—Lic. Alexis Cervantes Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 12457.—(9165).

El suscrito notario Víctor Solís Castillo hace constar que en esta notaría, se constituyeron: Uno) Osa Tropical Properties Sociedad Anónima; Dos) OTP Escrow Account Sociedad Anónima; Tres) El Viejo Sabio de Osa Sociedad Anónima; Cuatro) Osa Pacific Personal Investment Sociedad Anónima; Cinco) New Investment In Osa Tropical Sociedad Anónima; Seis) Paradise Land In Osa Tropical Sociedad Anónima; Siete) Partnership Investment Tropical de Osa Sociedad Anónima; Ocho) Protection Priority In Osa Sociedad Anónima; Nueve) Villa del Payaso Sociedad Anónima. También se protocolizó ejecutivos del Dólar Sociedad Anónima. Es todo.—Palmar norte, Osa, Puntarenas, al ser las ocho horas cuarenta minutos del día veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 12458.—(9166).

El suscrito notario hace constar que en esta notaría el día de hoy se constituyeron las siguientes sociedades: Uno) P. M. S. Mecanic Services Inc. Sociedad Anónima. Dos) P. P. W. Construction Management C. R. 2008 Sociedad Anónima. Tres) Haymark Y Z F North Sociedad Anónima. Es todo.—Palmar, Osa, Puntarenas, a las quince horas del veintinueve de enero de dos mil ocho.—Lic. Víctor Solís  Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 12460.—(9167).

La suscrita Notaria Pública Xinia Arias Naranjo, hace constar que ante esta notaría se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de las siguientes sociedades anónimas: Tierras Cálidas S. A., Cruzando El Horizonte S. A., Colourful Ladybird S. A., Return of the Eagles S. A., con domicilio, todas en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaía. Asimismo la suscrita notaria hace constar que ante esta notaría se constituyó una sociedad anónima denominada Casa del Pacífico S. A., con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este de Hotel Villas Gaía.—Ciudad Cortés, veinticuatro de enero de dos mil ocho.—Lic. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—Nº 12461.—(9168).

Ante esta notaría, mediante escritura pública Nº 137 otorgada a las 11:30 horas del 29 de enero del 2008, se constituyó la sociedad denominada Bronx Financial Group BFG Sociedad Anónima.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Ericka Montoya Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 12462.—(9169).

El suscrito notario hace constar que mediante la escritura noventa y dos del tomo tres de mi protocolo se protocolizó asamblea general extraordinaria de la compañía Desarrollos Naturales de Costa Rica Sociedad Anónima, en la que se modificó su pacto constitutivo. Es todo.—San José, treinta de enero de dos mil ocho.—Lic. Mario José Varela Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 12463.—(9170).

Por escritura número 19-6, otorgada a las 8:00 horas del 28 de enero de 2008 ante este Notario Alfredo Gallegos Villanea, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Venture Eight Limitada, donde se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo.—Puntarenas, 29 enero del 2008.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—Nº 12464.—(9171).

Por escritura número 21-6, otorgada a las 8:40 horas del 28 de enero de 2008, ante este notario Alfredo Gallegos Villanea, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Dropback Sociedad Anónima, donde se modifica la totalidad del pacto constitutivo.—Puntarenas, 29 de enero de 2008.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—Nº 12465.—(9172).

Por escritura número 215-5, otorgada a las 15:00 horas del 4 de enero de 2008, ante este notario Alfredo Gallegos Villanea, se protocolizan acuerdos de asamblea general de propietarios de Condominio Bella Vista Los Sueños, donde se da la modificación de junta directiva.—Puntarenas, 29 de enero de 2008.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—Nº 12466.—(9173).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas del día veintiocho de enero de dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Alabastro Turquesa y Rojo de Herradura Ltda. Donde se acuerda modificar la cláusula novena de la administración, y se modifica parte de la junta directiva.—San José, veintinueve de enero de dos mil ocho.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—Nº 12467.—(9174).

Por escritura otorgada ante esta misma notaría a las 9:00 horas del 30 de enero del 2008, se protocolizó el acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios de la Compañía Inversiones Sahara Tropical de Pavones S. A.; en la cual se reforma la cláusula sétima de los estatutos y se prescinde de los servicios del secretario y fiscal y se nombran sustitutos por el resto del plazo social. Misma fecha.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 12469.—(9175).

Por escritura otorgada ante esta misma notaría a las 8:00 horas del 30 de enero del 2008, se protocolizó el acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios de la Compañía Cortijo Mantarraya S.A.; en la cual se prescinde de los servicios del secretario y fiscal y se nombran sustitutos por el resto del plazo social. Misma fecha.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 12470.—(9176).

El suscrito Lic. Christian Ceciliano Mora hago constar que ante esta notaría al ser las 11:00 horas del 30 de octubre de 2007 se constituyó Inversiones Finca Rosas y Corderos de Colorado Sociedad Anónima.—Lic. Christian Ceciliano Mora, Notario.—1 vez.—Nº 12471.—(9177).

Protocolización de acuerdo de la firma Ajun Gutiérrez Multiservicios S. A., en la cual se reforma su administración y representación.—San José, a las 9:30 horas, del 31 de enero de 2008.—Lic. Juan José Lara Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 12474.—(9178).

Por escritura número doce-tres, otorgada en mi notaría, a las diez horas cincuenta minutos del treinta y uno de enero del dos mil ocho, se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Jori Jori Surfo Sociedad Anónima.—San José, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Sandra Madriz Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 12475.—(9179).

Por escritura otorgada ante mí, se protocoliza acta de la compañía con domicilio en San José, Cortijo Joma S. A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto social, se revoca nombramiento del presidente de la junta directiva y se nombra sustituto.—San José, a las quince horas del veinte de diciembre del año dos mil siete.—Lic. Jorge Enrique Gonzalo Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 12478.—(9180).

Por escritura número ciento cuarenta otorgada ante mi notaría, a las diez horas del treinta y uno de enero de dos mil ocho, se constituyó la sociedad Sphaera Consultores Ambientales Sociedad Anónima, representantes con facultades de apoderados generalísimos. Presidente y secretaria. Capital social totalmente suscrito y pagado.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Juan José Lara Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 12476.—(9181).

Ante mí, Víctor Armando Rodríguez Vado, notario público de Alajuela, se ha constituido mediante escritura número ciento catorce, visible al folio sesenta frente del tomo cuarto de mi protocolo, la sociedad denominada Ningún Dinero No Miel Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, domiciliada en Barrio San José de Alajuela, del Bar Copa Blanca cincuenta metros al este.—Alajuela, treinta de enero del dos mil ocho.—Lic. Juan José Lara Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 12479.—(9182).

En mi notaría, al ser las 14:00 horas del 22 de enero de 2008, protocolicé acuerdos de la sociedad anónima Ferticlón S. A., reforma cláusulas segunda del domicilio, décimo quinta de la junta directiva y vigésima de la representación; nombra nueva junta directiva y revoca nombramiento gerente y sus poderes. Cualquier oposición referida dentro del término de ley a la Sección Mercantil del Registro Público.—Cartago, 31 de enero de 2008.—Lic. Freddy Coto Varela, Notario.—1 vez.—Nº 12481.—(9183).

Por escritura otorgada ante mi notaría en Liberia, a las dieciocho horas con treinta y cuatro minutos de veintiocho de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Grupo Inmobiliario Equus Sociedad Anónima. El capital social: el capital será la suma de diez mil colones. Los apoderados generalísimos con actuación conjunta o separada son presidente: Sergio Alberto Rojas Araya; secretaria: Jaimie Thomas Ulate.—Liberia, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1 vez.—Nº 12483.—(9184).

Por escritura otorgada ante mi notaría en Liberia, a las dieciséis horas con treinta y cuatro minutos del veintiocho de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Servicios Comerciales El Tempisque Sociedad Anónima, el capital social: el capital será la suma de cien mil colones. Los apoderados generalísimos con actuación conjunta o separada son presidente: Gonzalo Eliécer Gamboa Fallas; vicepresidente: Rodolfo de la Trinidad Matamoros Mora; secretario: Alex Antonio Villegas Pérez; tesorero: Carlos Vásquez Hernández.—Liberia, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1 vez.—Nº 12484.—(9185).

Por protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad V P H Isla de la Fantasía S. A. Escritura y testimonios otorgados en Liberia a las doce horas con cinco minutos del veintinueve de enero del dos mil ocho, en la que se acordó cambiar el domicilio social, modificar la cláusula novena del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva.—Liberia, veintinueve de enero de dos mil ocho.—Lic. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1 vez.—Nº 12485.—(9186).

Por escritura otorgada ante esta notaría se constituyó el día de hoy la compañía denominada Rockwall Capital Group Sociedad Anónima.—San Pablo de Heredia, 30 de enero de 2008.—Lic. Edgardo Campos Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 12487.—(9187).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Caraguatatuba S. A., mediante la cual se reformaron las cláusulas segunda, décima cuarta, vigésima y se nombró junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Juan Luis Jiménez Surcar, Notario.—1 vez.—Nº 12491.—(9188).

En la ciudad de San José, a las diecinueve horas treinta minutos del día treinta de enero del año dos mil ocho se constituyó, sociedad anónima, cuyo nombre será el número de cédula que se le asigne con un capital social de diez mil colones, yo Sally Madrigal Saborío, notaria pública, hago constar que están representados en diez acciones de mil colones cada una. Conformada por una junta directiva de cuatro miembros presidente, secretario, tesorero, fiscal. El presidente y secretario son representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjuntamente, nombrados por todo el plazo social.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 12493.—(9189).

Se hace constar que en acta uno de las ocho horas del veintiocho de enero del año dos mil ocho modifico la cláusula del pacto constitutivo, la sociedad de esta plaza denominada Ikaria Tres Beta Sociedad Anónima,  yo Sally Madrigal Saborío, notaria pública, hago constar, que se encuentra debidamente firmada. El secretario y tesorero son representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma nombrados por el resto del plazo social.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 12494.—(9190).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad Olas Sonoras de Manzanillo Sociedad Anónima en la cual se nombra presidente en Junta Directiva.—Tibás, a las 17:00 horas del 29 de enero del año 2008.—Lic. Nancy Baraquiso Leitón, Notaria.—1 vez.—Nº 12498.—(9193).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las veintidós horas del seis de junio del dos mil seis, se constituyó la firma denominada Yunava Producciones Sociedad Anónima, capital íntegramente suscrito y pagado, plazo noventa y nueve años. Domicilio Guanacaste, Cañas.—ocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Ligia Marta Chavarría Lavagni, Notaria.—1 vez.—Nº 12499.—(9194).

En mi notaría mediante escritura otorgada a las 16:50 horas del 11 de enero del año 2008, se constituyó la Sociedad L Y F Vivencias de Occidente S. A. Plazo: noventa y nueve años. Objeto: Desarrollo de actividades de servicios en general, además de industriales y comerciales. Presidente: Luis Emilio Chassoul Acosta.—San Ramón, Alajuela, 30 de enero del año 2008.—Lic. Luis Alberto Muñoz Montero, Notario.—1 vez.—Nº 12500.—(9195).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11 horas de hoy se constituyó la compañía Inversiones Familiares Olrocha Sociedad Anónima.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Bernal Ulloa Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 12502.—(9196).

Ante mí notaría a las nueve horas del día treinta y uno de enero del dos mil ocho, se modificaron las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de la sociedad denominada Triada Capitolia Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica numero tres-ciento uno-cuatro ocho ocho nueve tres cinco.—San José, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. María Eugenia Corrales Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 12503.—(9197).

Ante esta notaría se constituyó sociedad anónima K & K Corporación Krique S. A. a las seis horas diez minutos del treinta y uno de octubre del dos mil siete.—Lic. Rodolfo Barrantes Delgado, Notario.—1 vez.—Nº 12504.—(9198).

Ante mi notaría a las 10:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de la Sociedad Santully City S. A., donde se modifican cláusulas segunda, sexta, y se nombra nueva junta directiva.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic. Gustavo Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 12505.—(9199).

Por medio de la escritura doscientos veintidós de las dieciocho horas del nueve de octubre del dos mil siete, iniciada al folio ciento treinta y siete frente, se constituyó la sociedad Aspar Tas Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Alajuela, se dedicará al comercio y la industria en general, con un plazo social de noventa y nueve años. El presidente tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Se nombra junta directiva, presidente: Thomas Alfaro Rodríguez, secretaria: Dunia Rodríguez Mora, tesorera: Sofía Zamora Pardo.—Alajuela, treinta de enero del dos mil ocho.—Lic. Sianny Arce Álvarez, Notaria.—1 vez.—Nº 12507.—(9200).

En mi notaría el 29 de enero del 2008, a las 15:40 horas, se constituye la sociedad Paradise Paraíso EFER Responsabilidad Limitada, domiciliada en Limón Capital Social es la suma de 10.000,00 colones.—Lic. Romel Orane Anglin, Notario.—1 vez.—Nº 12512.—(9202).

Por escritura otorgada ante el día de hoy, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios en la que se modifica la cláusula sétima de la Sociedad Unión Turan HL S. A.—Alajuela, 28 de enero del 2008.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—Nº 12514.—(9203).

Por escritura número ciento cincuenta y siete, protocolo tomo nueve, se constituye sociedad anónima con denominación social asignada de oficio por el registro de personas jurídicas. Domiciliada en Cartago, La Unión Tres Ríos, San Diego, Urbanización La Eulalia, cuarta alameda, casa ciento cuarenta y tres; capital social cien mil colones; el señor Edgar Mauricio Gómez Rímolo, cédula de identidad uno-cero novecientos veinte-cero trescientos cincuenta, es Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la citada sociedad.—San Pedro de Montes de Oca, veintiséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Carlos José Vargas Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 12515.—(9204).

La suscrita notaria, hago constar que ante mi notaría se constituyó la sociedad Remodelaciones O Y M Sociedad Anónima. Escritura pública otorgada en San José, a las catorce horas del catorce de enero del dos mil ocho. Apoderados Generalísimos sin límite de suma Mario Alejandro Villalta Ortiz y Óscar Armando Castro Coto.—Lic. Tatiana Martínez Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 12516.—(9205).

Mediante escritura número doscientos diez, otorgada ante mi notaría, a las ocho y treinta horas del treinta y uno de enero del año en curso, se constituyó la compañía que utilizará como denominación social el numero de cédula jurídica que le asigne a la misma por dicho registro, además de las palabras Sociedad de Responsabilidad Limitada, todo conforme al decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J (reglamento para la inscripción de la constitución de empresas comerciales), cuyo plazo social es de noventa y nueve años; capital social doscientos mil colones. Gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Grecia, 31 de enero  del 2008.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 12520.—(9206).

Mediante escritura número 233 de las 14:00 horas del 29 de enero del año 2008, procedí a protocolizar acta de asamblea extraordinaria de socios de Ganadera El Cornizuelo Sociedad Anónima, en la que se reforma la cláusula segunda del domicilio social, y además se elige una nueva junta directiva y fiscal.—Grecia, 30 de octubre del 2008.—Lic. Marco Antonio Rojas Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 12521.—(9207).

Mediante escritura número ciento sesenta y tres otorgada ante mi notaría, a las nueve y treinta horas del veintidós de enero del año en curso, se constituyó la compañía v.j.i.b. Inversiones Franciny S.R.L., cuyo plazo social es de noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones. Gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Grecia, 31 de enero del 2008.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 12522.—(9208).

Mediante escritura número doscientos diez, otorgada ante mí notaría, a las ocho y treinta horas del treinta y uno de enero del año en curso, se constituyó la compañía que utilizará como denominación social el número de cédula jurídica que le asigne a la misma por dicho registro, además de las palabras Sociedad de Responsabilidad Limitada, todo conforme al decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J (reglamento para la inscripción de la constitución de empresas comerciales), cuyo plazo social es de noventa y nueve años; capital social doscientos mil colones; gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Grecia, 31 de enero del 2008.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 12524.—(9209).

Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 30 de enero del 2008, se constituyeron cinco sociedades de conformidad con el artículo 2 del decreto número 33171-J. Publicado en La Gaceta número 114, del 14  de junio del 2006. Las cinco sociedades se encuentran domiciliadas en Alajuela, Grecia, costado oeste del parque, altos de la soda Dos Pinos, por un plazo: 99 años. Capital Social: diez mil colones. Presidente: Randall Wayne Berg.—Grecia, 31 de enero del 2008.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 12525.—(9210).

Mediante escritura número doscientos dos, otorgada ante mi notaría, a las diez horas del veintinueve de enero del año en curso, se constituyó la compañía que utilizará como denominación social el número de cédula jurídica que le asigne a la misma por dicho registro, además de las palabras sociedad de responsabilidad limitada, todo conforme al decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-j (reglamento para la inscripción de la constitución de empresas comerciales). Cuyo plazo social es de noventa y nueve años; capital social: doscientos mil colones. Gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Grecia, 31 de enero del 2008.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, notario.—1 vez.—N° 12526.—(9211).

Por escritura otorgada ante mí, a las 08:30 horas del 30 de enero del 2008, se constituyeron cinco sociedades de conformidad con el artículo 2 del decreto número 33171-J. Publicado en La Gaceta número 114, del 14 de junio del 2006. Las cinco sociedades se encuentran domiciliadas en Alajuela, Grecia, costado oeste del parque, altos de la soda Dos Pinos, por un plazo: 99 años, capital social: diez mil colones. Presidente: Sebastián Gatgens León.—Grecia, 31 de enero del 2008.—Lic. Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—N° 12527.—(9212).

Los señores Nohel Eligio Valverde Navarro, mayor, cédula número uno-setecientos cuarenta y siete-setecientos ochenta y cuatro, Randall Esteban Méndez Picado, mayor, cédula número tres-trescientos setenta y nueve-setecientos ochenta y uno, constituyen asociación denominada  Asociación de vecinos de Mata de Caña de Tarrazú, domiciliada en Mata de Cañas de Tarrazú, costado este de la escuela. Es todo.—San Lorenzo de Tarrazú, treinta de enero del año dos mil ocho.—Lic. Andrea Mora Badilla, Notaria.—1 vez.—Nº 12532.—(9213).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza Accesorios y Reparación de Celulares Anderson Sociedad Anónima, por un periodo de noventa y nueve años, representación presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limite de suma, pudiendo actuar conjuntamente únicamente judicial y extrajudicialmente.— San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Carlos Isidro Rojas Solano, Notario.—1 vez.—Nº 12533.—(9214).

Que en mí notaría se constituyó la sociedad denominada Interpretando las formas en el Cielo Ltda. Plazo: 99 años. Gerente: Antonio (nombre) Marra (apellido).—Puntarenas, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Sandra Alvarado Mondol, Notaria.—1 vez.—Nº 12534.—(9215).

Ante el licenciado Juan Federico Arias Chacón, del pacto constitutivo, se cambia presidente, secretario y tesorero y se reforma la cláusula sétima de la administración judicial de la sociedad: a) Grupo Mi-JR-JP Inversionistas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y cuatro mil doscientos treinta y ocho, b) Sociedad Inmobiliaria C.A & C.R. del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y siete mil setecientos treinta y cinco. c) Inversiones Grupo Norte de la Montaña Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y un mil novecientos sesenta y seis.—Lic. Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 12539.—(9216).

Ante mí, Wagner Bocker Barrantes notario público, se constituyó sociedad denominada Servicios Múltiples R Y R del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada, pudiéndose abreviar como Servicios Múltiples R Y R del Sur S. R. L., con un plazo social de noventa y nueve años a partir del ser las diez horas del veintiséis de enero del año dos mil ocho, conformado por un capital social de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Gerente el señor: Allan Rojas Bonilla.—Pérez Zeledón, a las ocho horas del veintiocho de enero del año dos mil ocho.—Lic. Wagner Bocker Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 12536.—(9217).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día dieciocho de enero del dos mil ocho, se ha constituido la sociedad denominada Camposanto La Piedad Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años y representada por el presidente, secretario, vocal I y vocal II.—San José, treinta de enero del dos mil ocho.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—N° 12541.—(9218).

Mediante escritura pública número doscientos ochenta y nueve otorgada ante mí, a las catorce horas con treinta minutos del veintinueve de diciembre del dos mil siete, se protocolizó acta la sociedad tres- ciento uno-cuatrocientos ochenta y siete mil doscientos ochenta y seis, sociedad anónima, mediante la cual se modifica la Junta Directiva.—Lic. Marlon Sánchez Cortes, Notario.—1 vez.—Nº 12542.—(9219).

Ante mí se constituyó la sociedad Inversiones Radulobre S. A.. Capital: totalmente suscrito y pagado. La representación judicial y extrajudicial les corresponde al presidente y al secretario. Domicilio: Guápiles.—Guápiles, 30 de enero del 2008.—Lic. Jesús Pablo Baltodano Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 12543.—(9220).

Por escritura número doscientos setenta y ocho del tomo primero, otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintisiete de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada Villalfa S. A. Se nombra al presidente apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cien mil colones.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 12544.—(9221).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del treinta y uno de enero del dos mil ocho, María Leticia Calderón Meza, cédula número uno- seiscientos treinta y dos-doscientos ochenta y uno, Jessica Gamboa Calderón, cédula número uno-mil trescientos cincuenta y ocho-seiscientos noventa y nueve, constituyen la sociedad denominada Merryen del Siglo XXI Sociedad Anónima, como nombre de fantasía. Domicilio social en la Provincia de San José, cantón Desamparados, distrito décimo Damas, Barrio Fátima, Urbanización Monte Verde, casa ochenta y dos D. Capital social: cien mil colones.—Lic. Juan Luis Calvo Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 12545.—(9222).

Por asamblea de socios las sociedades denominadas ACC Pelicans at Subset S.R.L. y Under The Amazing Current S.R.L., modifican cláusula onceava y nombran nueva Junta Directiva.—San José, 31 de enero del año 2008.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 12546.—(9223).

Cayenne Titanio Sociedad Anónima, en asamblea general y extraordinaria reforma la cláusula dos del domicilio y la cláusula sexta del pacto constitutivo cambiando la junta directiva y nombramiento de nuevos personeros con poder generalísimo.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Alexander Granados Loaiza, Notario.—1 vez.—Nº 12548.—(9224).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del primero de diciembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad PSA Ingeniería Tecnificada AX S. A., capital totalmente suscrito y pagado.—Alajuela, 30 de enero del 2008.—Lic. Marlen Alfaro Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 12549.—(9225).

Por escritura número doscientos veintitrés-nueve, celebrada en el tomo noveno del protocolo del suscrito notario José Joaquín Herrera Arias, a las catorce horas con quince minutos del treinta y uno de enero del dos mil ocho, se protocolizó el cambio de junta directiva de la sociedad denominada Corporación CSSA Sociedad Anónima, cambio de junta directiva.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—1 vez.—(9260).

Por escritura número doscientos quince-nueve, celebrada en el tomo nueve del protocolo suscrito notario José Joaquín Herrera Arias, a las nueve horas del dieciséis de enero del año dos mil ocho, se protocolizó la constitución de la sociedad denominada Ángeles de Mupi Sociedad Anónima, en la que se nombra junta directiva. Así mismo, se solicita la cédula jurídica.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—1 vez.—(9261).

Por escritura número once, otorgada ante este notario el día veintiocho de enero del año dos mil ocho, a las quince horas, se constituyó la sociedad Alexseal Inc Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: mil doscientos colones, dividido en mil doscientas acciones de un colón cada una. Representación judicial: presidente y secretario.—San José, veintiocho de enero del año dos mil ocho.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(9267).

Por escritura número uno, otorgada ante este notario el día ocho de enero del año dos mil ocho, a las catorce horas, se constituyó la sociedad Aritex Inc Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: mil doscientos colones, dividido en mil doscientas acciones de un colón cada una. Representación judicial: presidente y secretario.—San José, ocho de enero del año dos mil ocho.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—(9268).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del primero de febrero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad, denominada Mi Ángel de Alajuela Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones exactos, con un plazo de noventa y nueve años, domiciliada en Alajuela, Santiago Oeste El Coco, cuarenta metros norte del Mini Súper Pedregal; cuya representación la ostenta el presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, primero de febrero del 2008.—Lic. Lisidia Villalobos Loría, Notaria.—1 vez.—(9269).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del primero de febrero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Mamud de Alajuela Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones exactos, con un plazo de noventa y nueve años, domiciliada en Alajuela, Santiago Oeste El Coco, cuarenta metros norte del Mini Súper Pedregal; cuya representación la ostenta el presidente y tesorero, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Alajuela, primero de febrero del 2008.—Lic. Lisidia Villalobos Loría, Notaria.—1 vez.—(9270).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 9:00 del 23 de enero del 2008, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Cortijo Turquesa XXIX S. A., en virtud de la cual, se hacen nuevos nombramientos de junta directiva y fiscal.—San José, 1º de febrero del dos mil ocho.—Lic. Silvia Arce López, Notaria.—1 vez.—(9272).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 16:00 horas del 23 de enero del 2008, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Servisolaire S. A., en virtud de la cual, se reforma la cláusula octava y se hacen nuevos nombramientos de junta directiva y fiscal.—San José, 1º de febrero del dos mil ocho.—Lic. Silvia Arce López, Notaria.—1 vez.—(9273).

Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaria pública, a las 9:00 horas del 31 de enero del 2008, se constituyó la sociedad de conformidad con lo establecido en el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis. Domicilio Heredia. Capital social: diez mil colones, apoderado generalísimo sin límite suma presidente. Plazo: noventa y nueve años.—Alajuela, 31 de enero del 2007.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(9274).

Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaria pública a las 9 horas 30 minutos del 31 de enero del 2008, se constituyó la sociedad de conformidad con lo establecido en el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis. Domicilio Heredia. Capital social diez mil colones, apoderado generalísimo sin límite suma presidente. Plazo: noventa y nueve años.—Alajuela, 31 de enero del 2007.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(9275).

Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaria pública a las 9 horas 40 minutos del 31 de enero del 2008, se constituyó la sociedad de conformidad con lo establecido en el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis. Domicilio Heredia. Capital social: diez mil colones, apoderado generalísimo sin límite suma presidente. Plazo: noventa y nueve años.—Alajuela, 31 de enero del 2007.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(9276).

Por escritura de las quince horas del veintinueve de enero del año dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos ocho mil seiscientos noventa y uno sociedad anónima, por reforma de estatutos y junta directiva. Es todo.—San José, veintinueve de enero del año dos mil ocho.—Lic. Hildred Román Víquez, Notario.—1 vez.—(9299).

Por escritura de las quince horas del 25 de diciembre del 2007, se protocoliza acta de asamblea general de cuotistas de Get Your Act Together Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto social y se nombra nuevo gerente.—Liberia, cinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Rolando González Calderón, Notario.—1 vez.—(9331).

El día de hoy ante mi notaría he constituido la sociedad Inversiones Varmol Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar individualmente. Domiciliada en Alajuela. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones.—Alajuela, a las diez horas del primero de febrero del dos mil ocho.—Lic. Luis Javier Blandino Herrera, Notario.—1 vez.—(9338).

Por escritura número 150 del cuarto tomo, otorgada en mi notaría, se constituye la sociedad Intramundus-Investments Sociedad Anónima. Plazo 99 años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, veintinueve de enero del 2008.—Lic. David Aarón Garita Madrigal, Notario.—1 vez.—(9339).

Ante mí, a esta hora y fecha se constituyó constituí sociedad Deipsa Consultores S. A. Domiciliada: Grecia, cien metros este de Palí S. A. Capital social: noventa mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Gerentes con facultades apoderados generalísimos sin límite suma Leonel Francisco Rojas Castro, Rafael Antonio Sequeiro Paniagua y Gustavo Adolfo Céspedes Quesada, actuando conjunta o separadamente asumiendo representación judicial extrajudicial de la compañía.—Grecia, a las 9:30 horas 28  de diciembre del 2007.—Lic. Flory Yadira Alfaro Retana, Notaria.—1 vez.—(9344).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 31 enero del 2008, se protocoliza acta de Terratec S. A. En la que se reforman las cláusulas primera y sexta del pacto constitutivo y se nombra tesorero de la junta directiva.—Lic. Flory Yadira Alfaro Retana, Notaria.—1 vez.—(9345).

Por escritura otorgada el día 1º de febrero del año 2008, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general ordinaria de la asociación: Asociación de Profesionales del Instituto Nacional de Aprendizaje; mediante los cuales se conforma nuevo Tribunal Electoral, elección de nuevos miembros de junta directiva de la asociación.—San José, 1º de febrero del 2008.—Lic. Gustavo Koutsouris Canales, Notario.—1 vez.—(9361).

Por escritura otorgada a las diez horas de día de hoy, se protocolizó acta número tres de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Vicoforte Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma la cláusula octava del pacto social, y se hacen nuevos nombramientos de secretario y tesorero.—San José, 17 de enero del 2008.—Lic. Cristina Acosta Páez, Notaria.—1 vez.—(9362).

Por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del día de hoy, se protocolizó acta número tres de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Inversiones Bahía Griega Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma la cláusula sexta del pacto social y se hacen nuevos nombramientos de secretario y tesorero.—San José, 17 de enero del 2008.—Lic. Cristina Acosta Páez, Notaria.—1 vez.—(9363).

Por escritura otorgada ante el notario, el día 25 de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad de esta plaza denominada Comunicaciones Juan Valdez & Asoc Sociedad Anónima, con un capital de diez mil colones, cuyo presidente de junta directiva es: Gustavo Solano Barquero.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Gonzalo Ramírez Zamora, Notario.—1 vez.—(9373).

La suscrita Kattia Quirós Chévez, notaria pública con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día diecisiete de enero del dos mil ocho, se constituyó ante mí la sociedad denominada Inversiones Alfa Stanshi Sociedad Anónima.—San José, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Kattia Quirós Chévez, Notaria.—1 vez.—Nº 12699.—(9474).

Según escritura número dieciocho, otorgada ante mí, a las 16:45 horas del 29 de enero del 2008, se modifican las cláusulas dos, del domicilio y nueve de la administración de la empresa denominada Quebracho Monte Sociedad Anónima, se nombra junta directiva.—Nicoya, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Luis Espinoza Picón, Notario.—1 vez.—Nº 12700.—(9475).

Al ser las siete horas el veinticuatro de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Juanpa R. H. Sociedad Anónima. Presidente: José Enrique Rivas Álvarez.—Lic. Víctor Julio Rivas Tinoco, Notario.—1 vez.—Nº 12701.—(9476).

Por escritura otorgada ante los notarios públicos José Fernando Jiménez García y Andrea María Quesada Méndez, a las catorce horas del treinta y uno de enero del 2008, se constituyó la sociedad S & M Asesores y Consultores Jurídicos Sociedad Anónima, su apoderado generalísimo es: presidente Guillermo Sandí Baltodano, cédula número: 1-529-802.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Andrea María Quesada Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 12702.—(9477).

Por escritura número 74, otorgada ante la notaria pública Manuelita Jiménez Esquivel, a las 17:00 horas del 31 de enero del 2008, se constituyó Lemur Caribu de Centroamérica S. A. Domicilio: San José, Barrio Los Yoses, de Pastelería Spoon 125 metros al sur. Plazo social: 100 años. Objeto: comercio en general. Capital social: cien mil colones. Representación: la tendrán el presidente y el secretario de la junta directiva.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Manuelita Jiménez E., Notaria.—1 vez.—Nº 12703.—(9478).

El suscrito notario, German Hernández Zamora hace constar que ante esta notaría se ha constituido la sociedad Portátiles de Costa Rica Sociedad Anónima, cuyos presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma son los señores: Graciela María Barquero Anchía y Manrique González Sánchez, cédulas números 2-538-922 y 1-1011-979 respectivamente y cuyo domicilio social será Alajuela, cantón Central, distrito primero. En Alajuela a las catorce horas del veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. German Hernández Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 12705.—(9479).

Al ser las nueve horas del primero de febrero del dos mil ocho, al folio ciento veintinueve vuelto, escritura noventa y ocho, del tomo segundo de la Lic. Margie Conejo Carmona, se constituye sociedad denominada.—San José, 1º de febrero del 2008.—Lic. Margie Conejo Carmona, Notaria.—1 vez.—Nº 12706.—(9480).

El día de hoy se constituyó en mi notaría la sociedad Teto-Car Sociedad de Responsabilidad Limitada. Plazo social: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones. Domicilio social: Cartago, setenta y cinco metros al sur del costado del Estadio Fello Meza. Gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cartago, veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. William Buckley Buckley, Notario.—1 vez.—Nº 12707.—(9481).

Ante esta notaría, al ser las ocho horas del diecisiete de diciembre del dos mil siete, se constituyeron las sociedades: One Thousand Little Tuttle Eggs, Sociedad Anónima, Two Thousand Little Duck Eggs Sociedad Anónima, Three Thousand Little Chicken Eggs Sociedad Anónima, Four Thousand Little Ostrich Eggs Sociedad Anónima, Five Thousand Little Eagle Eggs, Sociedad Anónima y Six Thousand Little Falcon Eggs Sociedad Anónima, con un capital social de doce mil colones, gerente: Marlen Muñoz Herrera.—San José, treinta de enero del dos mil ocho.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—Nº 12708.—(9482).

Ante esta notaría, al ser las ocho horas del veintisiete de enero del dos mil ocho, se constituyeron las sociedades denominadas i) Our Place at La Reserva A-One Sociedad de Responsabilidad Limitada, ii) New Home at La Reserva A-Two Sociedad de Responsabilidad Limitada, iii) Point Break at La Reserva A-Three Sociedad de Responsabilidad Limitada, iv) Private Dreams at La Reserva A-Four Sociedad de Responsabilidad Limitada, v) New Life at La Reserva A-Five Sociedad de Responsabilidad Limitada, vi) Amazing Views at La Reserva A-Six Sociedad de Responsabilidad Limitada, vii) Cold Breeze at La Reserva A-Seven Sociedad de Responsabilidad Limitada, viii) Sweet Sensation at La Reserva A-Eight Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuya traducción al idioma español es Dulce Sensación en La Reserva A-Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada, ix) Hot Spot at La Reserva A-Nine Sociedad de Responsabilidad Limitada, x) Black Sand at La Reserva A-Ten Sociedad de Responsabilidad Limitada, xi) Dancing Trees at La Reserva A-Eleven Sociedad de Responsabilidad Limitada, xii) High Hills at La Reserva A-Twelve Sociedad de Responsabilidad Limitada, xiii) Small Creeks at La Reserva A-Thirteen Sociedad de Responsabilidad Limitada, xiv) Blue Waterfalls at La Reserva A-Fourteen Sociedad de Responsabilidad Limitada, xv) Long Trails at La Reserva A-Fifteen Sociedad de Responsabilidad Limitada, xvi) Traveling Birds at La Reserva A-Sixteen Sociedad de Responsabilidad Limitada, xvii) Green Nature at La Reserva A-Seventeen Sociedad de Responsabilidad Limitada, xviii) Beautiful Day at La Reserva A-Eighteen Sociedad de Responsabilidad Limitada, xix) Big Waves at La Reserva A-Nineteen Sociedad de Responsabilidad Limitada, xx) White Streams at La Reserva A-Twenty Sociedad de Responsabilidad Limitada, xxi) Broken Shells at La Reserva A-Twenty One Sociedad de Responsabilidad Limitada, xxii) Working Ants at Reserva A-Twenty Two Sociedad de Responsabilidad Limitada, xxiii) Howler Monkeys at La Reserva A-Twenty Three Sociedad de Responsabilidad Limitada, xxiv) Smart Raccoons at La Reserva A-Twenty Four Sociedad de Responsabilidad Limitada, xxv) Nesting Turtles at La Reserva A-Twenty Five Sociedad de Responsabilidad Limitada, xxvi) Great Oceans at La Reserva A-Twenty Six Sociedad de Responsabilidad Limitada, xxvii) Running Rivers at La Reserva A-Twenty Seven Sociedad de Responsabilidad Limitada, xxviii) Water Spring at La Reserva A-Twenty Eight Sociedad de Responsabilidad Limitada, xxix) Heavy Rain at La Reserva A-Twenty Nine Sociedad de Responsabilidad Limitada, xxx) New Land at La Reserva A-Thirty Sociedad de Responsabilidad Limitada, xxxi) Green Gardens at La Reserva A-Thirty One Sociedad de Responsabilidad Limitada, xxxii) Colorful Flowers at La Reserva A-Thirty Two Sociedad de Responsabilidad Limitada, xxxiii) Deep Water at La Reserva A-Thirty Three Sociedad de Responsabilidad Limitada, xxxlv) Sun Eclipse at La Reserva A-Thirty Four Sociedad de Responsabilidad Limitada, xxxv) Blue Moon at La Reserva A-Thirty Five Sociedad de Responsabilidad Limitada, xxxvi) Bright Stars at La Reserva A-Thirty Six Sociedad de Responsabilidad Limitada, xxxvii) Open Skies at La Reserva A-Thirty Seven Sociedad de Responsabilidad Limitada, xxxviii) White Clouds at La Reserva A-Thirty Eight Sociedad de Responsabilidad Limitada, xxxix) Blowing Wind at La Reserva A-Thirty Nine Sociedad de Responsabilidad Limitada, xl) Morning Mist at La Reserva A-Forty Sociedad de Responsabilidad Limitada, xli) Red Frogs at La Reserva A-Forty One Sociedad de Responsabilidad Limitada, xlii) Green Dragonflies at La Reserva A-Forty Two Sociedad de Responsabilidad Limitada, xliii) Flying Grasshoppers at La Reserva A-Forty Three Sociedad de Responsabilidad Limitada, xliv) Sunrises at La Reserva A-Forty Four Sociedad de Responsabilidad Limitada, xlv) Hummingbirds at La Reserva Condominium B Sociedad de Responsabilidad Limitada, xlvi) Toucans Place at La Reserva C One Sociedad de Responsabilidad Limitada, xlvii) Alligators Party at La Reserva C Two Sociedad de Responsabilidad Limitada, xlviii) Rolling Stones at La Reserva C Three Sociedad de Responsabilidad Limitada, xlix) Coral Reef at La Reserva C Four Sociedad de Responsabilidad Limitada, l) Distant Seas at La Reserva C Five Sociedad de Responsabilidad Limitada, li) Constellations at La Reserva C Six Sociedad de Responsabilidad Limitada, lii) Silent Night at La Reserva C Seven Sociedad de Responsabilidad Limitada, liii) Grey Owls at La Reserva C Eight Sociedad de Responsabilidad Limitada, llv) Red Macaws at La Reserva C Nine Sociedad de Responsabilidad Limitada, lv) Iguanas at La Reserva C Ten Sociedad de Responsabilidad Limitada, lvi) Geckos at La Reserva C Eleven Sociedad de Responsabilidad Limitada, lvii) Seahorses at La Reserva C Twelve Sociedad de Responsabilidad Limitada, lviii) Smiling Sharks at La Reserva C Thirteen Sociedad de Responsabilidad Limitada, lix) Coatis Coatis at La Reserva C Fourteen Sociedad de Responsabilidad Limitada, lx) Eagles at La Reserva C Fifteen Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxi) Sunsets at La Reserva C Sixteen Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxii) Coyotes at La Reserva C Seventeen Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxiii) Armadillos at La Reserva C Eighteen Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxiv) Jaguars at La Reserva C Nineteen Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxv) Crocodiles at La Reserva C Twenty Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxvi) Ocelots at La Reserva C Twenty One Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxvii) Possums at La Reserva C Twenty Two Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxviii) Foxes at La Reserva C Twenty Three Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxix) Marlins at La Reserva C Twenty Four Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxx) Wild Pigs at La Reserva C Twenty Five Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxxi) Flying Stingrays at La Reserva C Twenty Six Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxxii) Busy Bees at La Reserva C Twenty Seven Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxxiii) Friends Together at La Reserva C Twenty Eight Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxxiv) Sea Songs at La Reserva C Twenty Nine Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxxv) Falling Stars at La Reserva C Thirty Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxxvi) Relaxing Days at La Reserva C Thirty One Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxxvii) Distant Shores at La Reserva C Thirty Two Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxxviii) High Tide at La Reserva C Thirty Three Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxxix) Palm Trees at La Reserva C Thirty Four Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxxx) Castaway at La Reserva Condominium D Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxxxi) Gulf View at La Reserva Condominium E Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxxxii) Crossing Roads at La Reserva F One Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxxxiii) Warm Nights at La Reserva F Two Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxxxiv) Lighthouse at La Reserva F Three Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxxxv) Exotic Lands at La Reserva F Four Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxxxvi) Endless Summer at La Reserva F Five Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxxxvii) Personal Paradise at La Reserva F Six Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxxxviii) Wild Orchid at La Reserva F Seven Sociedad de Responsabilidad Limitada, lxxxix) Adventures at La Reserva F Eight Sociedad de Responsabilidad Limitada, xc) One Way Ticket at La Reserva F Nine Sociedad de Responsabilidad Limitada, xci) Rainbow at La Reserva F Ten Sociedad de Responsabilidad Limitada, xcii) Tree House at La Reserva F Eleven Sociedad de Responsabilidad Limitada, xciii) Lifestyle at La Reserva F Twelve Sociedad de Responsabilidad Limitada, xciv) Greenhouse at La Reserva Condominium G Sociedad de Responsabilidad Limitada, y xcv) Green Turtle at La Reserva Condominium H Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital social suscrito y pagado de doce mil colones, gerente: Johnnathan Elizondo Reyes.—San José, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—Nº 12710.—(9483).

Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las ocho horas del veintiuno de diciembre del año dos mil ocho, que en asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Monopolio Canela Sociedad Anónima, se acuerda reformar la cláusula sexta del pacto social. Es todo.—San José, treinta y uno de enero del año dos mil ocho.—Lic. Karla Villalobos Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 12715.—(9484).

Por escritura de once horas de hoy, en esta ciudad protocolicé acta de socios de Franco Tica S. A., en la cual reforma sus estatutos.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—Nº 12714.—(9485).

Ante esta notaría, se reforma la cláusula novena del pacto social de La Toscaza Mia Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento sesenta y tres mil novecientos ochenta y dos, en cuanto a la administración.—San José, 1º de febrero del 2008.—Lic. Lissette S. Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 12711.—(9486).

Por escrituras 196, 198, 199 y 200 del día 31 de enero del 2008, Vristina Morales Calvo, Andrew Steven Leib, Olor Henrik Andreas Nejner y Stepan Meter Zickler, constituyeron las sociedades My Little Self S. A.; Forbes Consulting S. A.; Kingsley Consulting S. A. y MMT Business Asistance S. A. Presidentes ellos mismos en ese orden. Capital cien mil colones. Domicilio San José.—Lic. Francisco Vargas Solano, Notario.—1 vez.—Nº 12716.—(9487).

Los señores, Mitchell Fred Cohen y Luis Arturo Solís Salazar, constituyen la sociedad anónima Finca Colinas del Golfo Azul Sociedad Anónima. Escritura número ciento ochenta y seis, otorgada en San José diez horas del tres de diciembre del dos mil siete, ante la notaria Giovanna Barrantes Esquivel, visible al folio ciento veinticinco frente del protocolo noveno.—Lic. Giovanna Barrantes Esquivel, Notaria.—1 vez.—Nº 12717.—(9488).

Agropecuaria Gorrión del Sur S.R.L., el día 31 de enero del 2008, celebro asamblea general extraordinaria a las 14:00 horas y nombró gerente.—Ciudad Neily, 31 de enero del 2008.—Lic. Luis A. Canales Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 12718.—(9489).

Mediante escrituras de las catorce horas, y catorce horas y treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil ocho, Pablo Garro Badilla y Maarifa Roho, constituyeron E Currrency Ventures Sociedad Anónima, y Digital Currrency Financial Sociedad Anónima, respectivamente, donde el presidente es: Maarifa Roho, plazo social será de noventa y nueve años, capital social un millón de colones constituido por diez acciones de cien mil colones cada una.—Heredia, quince horas del treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Ronny Esteban Retana Moreira, Notario.—1 vez.—Nº 12720.—(9490).

Por asamblea de accionistas de las sociedades The Eternal Waters Kissing The Sand S. A. y Beautiful Sandy White Castles S. A., se modificó la cláusula primera y se nombró nuevo presidente y secretario. Es todo.—San José, al ser las ocho horas del día primero de febrero del año 2008.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—Nº 12721.—(9491).

Ante esta notaría, se protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Diamond GYM S. A., a las diecisiete horas del día treinta y uno de enero del año dos mil ocho, se modifica la cláusula sétima del consejo de administración. Es todo.—1º de febrero del 2008.—Lic. Jeffry Alonso Hernández Romero, Notario.—1 vez.—Nº 12722.—(9492).

Por escritura pública número doscientos cuatro, otorgada en mi despacho, a las catorce horas del trece de diciembre del dos mil siete, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la firma Muñecos Paco S. A., por virtud de la cual se aumenta capital social, se reforma cláusula sobre administración y se nombra vicepresidente.—Grecia, 31 de enero del 2008.—Lic. Rodolfo Alfaro Morera, Notario.—1 vez.—Nº 12723.—(9493).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta del día treinta de enero del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Vista Dakar VD Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó reformar la cláusula sexta del acta constitutiva.—San José, treinta de enero del año dos mil ocho.—Lic. Giselle Pacheco Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 12724.—(9494).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas treinta del día treinta de enero del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Whitetail Pino Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó reformar la cláusula sexta del acta constitutiva.—San José, treinta de enero del año dos mil ocho.—Lic. Giselle Pacheco Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 12725.—(9495).

Ante esta notaría, se constituye la sociedad de esta plaza C.A.D.S Group S. A. Es todo.—San José, a las doce horas del veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Juan Carlos Herrera Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 12727.—(9496).

Ante esta notaría, se constituyó la entidad jurídica denominada Finca Antonio CY J I Incorporated Sociedad Anónima.—Heredia, primero de febrero del dos mil ocho.—Lic. Patricia Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—Nº 12728.—(9497).

Por escritura número cincuenta y dos-dos, otorgada ante mí, a las nueve horas del primero de febrero del dos mil ocho, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Pinilla Las Brisas Treinta y Uno S. A., por la que se acuerda reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo y la cláusula quinta del capital social.—San José, 1º de febrero del 2008.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—Nº 12729.—(9498).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 8 de agosto del 2007, se constituyó la sociedad denominada Santa Ana de Berlín Sociedad Anónima. Domicilio, Berlín de San Rafael de San Ramón, Alajuela, específicamente 800 metros oeste de la escuela. Plazo: noventa y nueve años. Capital: totalmente suscrito. Presidente. Miguel Enrique Quirós Córdoba.—San Ramón, 9 de agosto del 2007.—Lic. Carlos E. Salas Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 12732.—(9499).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó la empresa The Cockroach Of The Desert Sociedad Anónima; capital social totalmente suscrito y pagado; acciones comunes y nominativas, plazo noventa y nueve años, domicilio en San José, Desamparados. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, once de enero del año dos mil ocho.—Lic. Clay Neil Bodden, Notario.—1 vez.—Nº 12733.—(9500).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó la empresa L.H.R. The Red Ant Sociedad Anónima; capital social totalmente suscrito y pagado; acciones comunes y nominativas, plazo noventa y nueve años, domicilio en San José, Desamparados. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, once de enero del año dos mil ocho.—Lic. Clay Neil Bodden, Notario.—1 vez.—Nº 12734.—(9501).

Luis Alberto Miranda Villegas y Ana Victoria Miranda Mejía, constituyen Valle de San Fernando Sociedad Anónima.—Puerto Viejo de Sarapiquí, a las diez horas del treinta de enero del año dos mil ocho.—Lic. Maikol Sebastián Segura Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 12736.—(9502).

Por escritura número doscientos cuarenta y cinco, otorgada en mi notaría, a las diecisiete horas del treinta y uno de enero del dos mil ocho, se modifica cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Propiedades Huang Wang Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veintitrés mil novecientos setenta y siete. Se realiza nombramiento de junta directiva.—San José, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Fabricio Arauz Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 12737.—(9503).

Ante el licenciado Marvin Ramirez Víquez, el día 29 de enero del 2008, se constituyen las sociedades R Y C Y Rod Sociedad Anónima.—San Joaquín de Flores, 29 de enero del 2008.—Lic. Marvin Ramírez Víquez., Notario.—1 vez.—Nº 12738.—(9504).

El día al ser las veinte horas del treinta de enero del dos mil ocho, en esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Rogendre Locky Sociedad Anónima, domiciliada en Cariari Centro, en Barrio San Alberto Astúa Pirie, de la Bodeguita cuatrocientos cincuenta metros al este, Cariari, Pococí, Limón, con un capital social de ¢10.000,00, representada por Roberto Carlo Naranjo Chacón, mayor, soltero, comerciante, con cédula de identidad número uno-mil siete-ochocientos veintidós, vecino de Astúa Pirie, Barrio San Alberto, cuatrocientos cincuenta metros al este del Mini Súper La Bodeguita, Cariari, Pococí, Limón.—Cariari, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 12743.—(9505).

Ante esta notaría, al ser las diez horas del catorce de enero del dos mil ocho, se cambió junta directiva de Mujeres Sostenibles de Londres Paso de Los Indios S. A.—San José, once horas del veintidós de enero del dos mil ocho.—Lic. Ólger Ruiz Matarrita, Notario.—1 vez.—Nº 12744.—(9506).

El día al ser las doce horas con cincuenta minutos, del treinta de enero del dos mil ocho, en esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Almacén General Servicasa Sociedad Anónima, domiciliada en Servicasa S. A. Cariari, Pococí, Limón, con un capital social de ¢10.000,00, representada por Roberto Carlo Naranjo Chacón, mayor, soltero, comerciante, con cédula de identidad número uno-mil siete-ochocientos veintidós, vecino de Astúa Pirie, Barrio San Alberto, cuatrocientos cincuenta metros al este del Mini Súper La Bodeguita, Cariari, Pococí, Limón.—Cariari, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 12745.—(9507).

El día al ser las doce horas con treinta minutos, del treinta de enero del dos mil ocho, en esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Transportes Servicasa Sociedad Anónima, domiciliada en Servicasa S. A. Cariari, Pococí, Limón, con un capital social de ¢10.000,00, representada por Roberto Carlo Naranjo Chacón, mayor, soltero, comerciante, con cédula de identidad número uno-mil siete- ochocientos veintidós, vecino de Astúa Pirie, Barrio San Alberto, cuatrocientos cincuenta metros al este del Mini Súper La Bodeguita, Cariari, Pococí, Limón.—Cariari, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 12746.—(9508).

El día ser las diecinueve horas del treinta de enero del dos mil ocho, en esta notaría, se constituyó la sociedad anónima denominada Fábrica Servicasa Sociedad Anónima, domiciliada en Servicasa S. A. Cariari, Pococí, Limón, con un capital social de ¢10.000,00, representada por Roberto Carlo Naranjo Chacón, mayor, soltero, comerciante, con cédula de identidad número uno-mil siete-ochocientos veintidós, vecino de Astúa Pirie, Barrio San Alberto, cuatrocientos cincuenta metros al este del Mini Súper La Bodeguita, Cariari, Pococí, Limón.—Cariari, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Alfredo Calderón Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 12748.—(9509).

Por escritura otorgada, a las 16:00 horas, 30 minutos del 25 de enero del 2008. Ante la notaria Mónica Soto Herrera, los señores Mauricio Solís Marín y Tulio Solís Rodríguez, constituyeron la sociedad anónima Cuatro Hermanos Solmar S. A. Domicilio: San José, Coronado, seiscientos metros este de la Iglesia de  San Pedro. Capital social: La suma de diez mil colones, representado por 10 acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Plazo social: Noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Mónica Soto Herrera, Notaria.—1 vez.—Nº 12749.—(9510).

Por escritura otorgada, a las 13:30 minutos del 25 de enero del 2008. Ante el notario José Joaquín Soto Chavarría, los señores Carlos Alfonso Campos Otoya y Kattia Raquel Campos Otoya, constituyeron la sociedad anónima Kevracho Farms de Sarapiquí S. A. Domicilio: en San Miguel de Sarapiquí, cien metros norte de la Iglesia Católica. Capital social: la suma de diez mil colones, representado por 10 acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Plazo social: noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. José Joaquín Soto Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 12750.—(9511).

Por escritura otorgada, ante esta notaría, el día de hoy, se constituyó la compañía Las Chicas Inc. S. A., domiciliada en San José, con capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidenta y secretario apoderados generalísimos sin límite de suma. Alejandra Barboza Loáciga: Presidenta.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Sergio Masís Olivas, Notario.—1 vez.—Nº 12751.—(9512).

Por escritura otorgada, a las dieciséis horas de hoy ante el suscrito notario, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Grupo Financiero Mercado de Valores de Costa Rica S. A., por medio de la cual se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, siete de enero del año dos mil ocho.—Lic. Jorge Fernando Salgado Portuguez, Notario.—1 vez.—Nº 12752.—(9513).

Por escritura otorgada, a las quince horas de hoy ante el suscrito notario, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Frisia Dos S. A., por medio de la cual se modifican las cláusulas, sétima, octava, novena y decimotercera. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, treinta de noviembre del año dos mil siete.—Lic. Sharon Ferris Macaya, Notaria.—1 vez.—Nº 12754.—(9514).

Por escritura otorgada, a las 8:00 horas del treinta de enero del año dos mil ocho, el señor Jorge Marín Arrieta y Finca Internacional del Bosque Sociedad Anónima, constituyeron cuarenta sociedades anónimas de acuerdo con el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, domiciliadas todas en San José, Guadalupe ciento cincuenta metros oeste de la Municipalidad.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 12760.—(9515).

El suscrito notario, hace constar que mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las dieciséis horas del treinta de enero del año dos mil ocho, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Servicios de Limpieza de Césped Serlice S. A., en la cual renuncia presidente y tesorero de la junta directiva y se proceden a hacer nuevos nombramientos.—San Rafael de Heredia, 30 de enero del 2008.—Lic. Guillermo Miranda Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 12762.—(9516).

Flor María Delgado Zumbado, comunica que ante su notaría, se constituyó sociedad anónima cuya denominación social se hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, por los señores Alonso José Araya Gómez, Dagoberto Garita Castro y Luis Alonso Salas Garita, cédulas 1-0988-0182, 1-0959-0671, 1-0897-0927, respectivamente, para dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—Nº 12763.—(9517).

Por escrituras otorgadas, a las diecisiete horas del veinte de diciembre del dos mil siete y a las doce horas de hoy, en mi notaría, se constituyó la compañía Cimentar Soluciones Constructivas Bramp S.A. El plazo social será de noventa y nueve años. El capital social es la suma de quince millones de colones. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la compañía, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Javier Rojas Segura.—Grecia, treinta de enero del dos mil ocho.—Lic. José Javier Vega Araya, Notario.—1 vez.—Nº 12764.—(9518).

Por escritura otorgada por el notario Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Fernández, a las 10:00 horas del 27 de junio del 2007, se constituyó la sociedad Inversiones Brankia Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Inversiones Brankia S. A. Presidente y vicepresidenta con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, los señores: Mainor Ramírez Alfaro y Yesenia Herrera Marín, respectivamente. Capital suscrito y pago en su totalidad. Firmo en la ciudad de Grecia, a las once horas del 22 de enero del 2007.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 12765.—(9519).

Mediante escritura número ciento cuarenta y cuatro, en esta notaría, se constituyó la sociedad Sentido Común G.F.L. Sociedad Anónima. Capital social debidamente suscrito y pagado.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. María Lourdes Rojas Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 12766.—(9520).

Ante esta notaría, mediante escritura otorgada, a las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de enero de dos mil ocho, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad denominada B.A.E. My Best Business In Costa Rica Sociedad Anónima.—Grecia, a las diez horas quince del treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic Emanuell Alfaro Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 12767.—(9521).

Ante esta notaría, por escritura pública número noventa, visible al folio ochenta y cuatro vuelto, a las nueve horas del día treinta de enero del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria donde se modificó la cláusula sétima del pacto constitutivo de Antioquia & Neguev Sociedad Anónima. Presidente: Joaquín Fernando Mora García.—Lic. María Auxiliadora Alfaro Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 12862.—(9580).

Ante mí, José Cordero Chavarría, notario público se constituyó la sociedad denominada Arpolu Sociedad Anónima. El día primero de octubre del dos mil siete, con un plazo social de cien años y un capital social de tres mil colones. Domiciliada en Carmona de Nandayure, Guanacaste, cincuenta metros al norte de la iglesia católica.—Nandayure, 9 de diciembre del 2007.—Lic. José Cordero Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 12864.—(9581).

Ante mí, José Cordero Chavarría, notario público se constituyó la sociedad denominada Tobycho Sociedad Anónima. El día primero de octubre del dos mil siete, con un plazo social de cien años y un capital social de tres mil colones. Domiciliada en Carmona de Nandayure, Guanacaste, cincuenta metros al norte de la iglesia católica.—Nandayure, 9 de diciembre del 2007.—Lic. José Cordero Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 12866.—(9582).

Ante mí, José Cordero Chavarría, notario público se constituyó la sociedad denominada Deysler Sociedad Anónima. El día primero de octubre del dos mil siete, con un plazo social de cien años y un capital social de tres mil colones. Domiciliada en Carmona de Nandayure, Guanacaste, cincuenta metros al norte de la iglesia católica.—Nandayure, 9 de diciembre del 2007.—Lic. José Cordero Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 12867.—(9583).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del treinta de enero del dos mil ocho, se constituyó Luxury Lifestyle Living Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Gerente uno y gerente dos son representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar individualmente.—San José, treinta de enero del dos mil ocho.—Lic. Henry Lang Wien, Notario.—1 vez.—Nº 12869.—(9584).

Ante mí, Lenín Segura Bolaños, notario público, se constituyó la sociedad denominada Gilma Trejos CDN Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento S. A. que es nombre de fantasía. Su apoderada generalísima sin límite de suma es su presidenta, la señora Magdalena Trejos Hidalgo, titular de la cédula de identidad número uno-cero setecientos treinta y cinco-cero cuatrocientos setenta y tres. El capital social es la suma de veinte mil colones. El plazo es de noventa y nueve años. Constitución el día veinticuatro de enero del dos mil ocho. Es todo.—Guápiles, veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. Lenín Segura Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 12870.—(9585).

Que por instrumento público número ciento noventa y nueve, otorgada en connotariado con el licenciado José Pablo Arce Sánchez, a las once  horas la sociedad de esta plaza denominada Corporación Fonten Internacional Sociedad Anónima. Se modificaron las cláusulas segunda y sexta del pacto social constitutivo, nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez Morales, Notario.—1 vez.—Nº 12871.—(9586).

En Guápiles, Pococí, se constituye la sociedad denominada con su número de cédula jurídica. Presidenta: Reina Vargas Rodríguez. Plazo social: cien años. Domicilio: Guácimo centro, diagonal al Colegio Nocturno de Guácimo.—Guápiles, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. Jesús Pablo Baltodano Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 12872.—(9587).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 22 de enero del 2008, protocolizo el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Cuquesa Aleka Inversiones Sociedad Anónima. Se acuerda modificar la cláusula sétima de la escritura constitutiva y se nombra nuevo presidente y tesorero de la junta directiva.—Grecia, 1º de febrero del 2008.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 12874.—(9588).

Protocolización de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de 3-101-502841 S. A. Mediante la cual se reforma la cláusula vigésima de los estatutos. Escritura otorgada a las 16:15 horas del 29 de enero del 2007.—Lic. Fiorella Flores Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 12876.—(9589).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-102-503251 S. R. L., mediante la cual se reforman las cláusulas primera y sexta de los estatutos. Escritura otorgada a las 10:00 horas del 31 de enero del 2007.—Lic. Fiorella Flores Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 12877.—(9590).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 9:00 horas del 1º de febrero del 2008, protocolizo acta de asamblea extraordinaria de socios de Surfers Dream JS S. A. Mediante la cual se reforma la cláusula quince tal capital social y la totalidad de los estatutos sociales.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 12878.—(9591).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-102-500058 S. R. L., mediante la cual se reforman las cláusulas primera y sexta de los estatutos. Escritura otorgada a las 10:15 horas del 31 de enero del 2007.—Lic. Fiorella Flores Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 12879.—(9592).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-102-502020 S. R. L., mediante la cual se reforman las cláusulas primera y sexta de los estatutos. Escritura otorgada a las 10:30 horas del 31 de enero del 2007.—Lic. Fiorella Flores Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 12880.—(9593).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-486228 S. A., mediante la cual se reforma la cláusula primera de los estatutos. Escritura otorgada a las 11:00 horas del 31 de enero del 2007.—Lic. Fiorella Flores Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 12882.—(9594).

Mediante escritura número doscientos treinta y seis, otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del 29 de enero del 2008, los señores Rimantas Zukauskas y Lorena Ramírez Valverde, constituyen la empresa denominada Publicidades Rimantas del Oriente Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Cristina Roper Williams, Notaria.—1 vez.—Nº 12883.—(9595).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del nueve de enero del dos mil ocho, se constituyó la empresa Innovaciones Agrícolas del Trópico Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: Johnatan Isaac Brenes Monge.—San José, 1º de febrero del 2008.—Lic. María Elena Salazar Díaz, Notaria.—1 vez.—Nº 12885.—(9596).

El suscrito notario hace constar que ante esta notaría, la empresa denominada Compañía Forestal Tica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-411127, realizó un cambio de junta directiva, nombrando como presidente al señor Pietro Bisconti.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. José Martínez Meléndez, Notario.—1 vez.—Nº 12889.—(9597).

Por escritura otorgada ante esta notaría, de las quince horas del día diecisiete del  mes de diciembre del dos mil siete, constituyen una sociedad anónima denominada Kabamas Servicios S E O Sociedad Anónima. Presidente: Krisnal Frewin Alfaro Barrantes, secretaria: Ana Madrigal Soto, ambos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: Alajuela, Sabanilla de Alajuela, diagonal al Colegio Sabanilla.—San José, primero de febrero del dos mil ocho.—Lic. Mayra González León, Notaria.—1 vez.—Nº 12890.—(9598).

Mediante escritura número doscientos treinta y siete, otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 29 de enero del 2008, los señores Rimantas Zukauskas y Lorena Ramírez Valverde, constituyen la empresa denominada Publicidades Zukauskas del Occidente Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Cristina Roper Williams, Notaria.—1 vez.—Nº 12891.—(9599).

Por escritura otorgada ante nosotros el día de hoy, se constituyó Atrium Dreams S. A. Con domicilio en San José y plazo de cien años. Capital: suscrito y pagado, representado por acciones comunes. Representantes legales: el presidente y secretario de la junta directiva.—San José, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. German Serrano García y Lic. Douglas Soto Campos, Notarios.—1 vez.—Nº 12892.—(9600).

Por escritura otorgada ante esta notaría, las señoras: Karen María Ulate y Olga María Vargas Alpízar, constituyeron una sociedad que se inscribirá con el nombre de conformidad con el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J publicado en La Gaceta del catorce de junio del dos mil seis, con el aditivo Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Heredia, cinco de febrero del dos mil ocho.—Lic. Maira Torres López, Notaria.—1 vez.—(10392).

NOTIFICACIONES

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la publicación por tres veces consecutivas en La Gaceta la siguiente resolución Nº 422-2007 DMC. Ministerio de Seguridad Pública.—Despacho del Señor Ministro.—San José, a las dos horas con quince minutos del catorce de diciembre del dos mil siete. Diligencias cobratorias incoadas contra el señor Jonathan Castro Pérez, cédula de identidad Nº 1-1028-979.

Resultando:

1º—Según resolución Nº 445-2006 DM de las diez horas del 3 de febrero del 2006, emitida por el Despacho del Ministro declara su responsabilidad por incumplimiento en el contrato de adiestramiento Nº 245-2001-14, del curso básico policial Nº 14, al faltar a la cláusula sexta de dicho contrato al hacer abandono del mismo sin una causa justificada, por lo que deberá cancelar la suma de ¢1.800.000,00 al Estado.

2º—Que mediante resolución Nº 432-2007 DFCA de las 10:02 horas del 15 de diciembre del 2006, dictada por el Órgano Director, se convocó al señor Castro Pérez, a una comparecencia oral y privada con la Administración a realizarse el 29 de noviembre del 2007, de conformidad con los artículos 308, siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, siendo que dicho señor no se presentó a la comparecencia anteriormente mencionada, a pesar de haber sido debidamente notificado mediante publicación de edictos, según consta a folios 10-12 del expediente, por lo que se remite el caso a este despacho para que se determine si procede el envío de las presentes diligencias a cobro en la vía judicial, pues la deuda se mantiene.

3º—Que se han realizado las diligencias útiles y necesarias a fin de dictar la presente resolución.

Considerando:

Único.—Que la Administración hizo del conocimiento del señor Castro Pérez, la existencia de la presente causa administrativa incoada en su contra, en atención a los principios jurídicos del debido proceso; para que ejerciera su derecho de defensa y ofreciera los argumentos y pruebas de descargo que estimare pertinentes con relación al hecho que se le imputa; sin embargo, no se presentó a la comparecencia oral y privada a la cual fue invitado, que se realizó el 29 de noviembre del 2007, a pesar de haber sido debidamente notificado mediante edicto; es por lo anterior, que se deben continuar con las diligencias de cobro en vía judicial y proseguir con el trámite que en derecho corresponda de conformidad con la Ley General de la Administración Pública, ya que la deuda de ¢1.800.000,00 persiste. Por tanto:

EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA,

RESUELVE

1º—Proseguir con el trámite cobratorio que en derecho corresponda, a fin de incoar las acciones pertinentes en contra del señor Jonathan Castro Pérez, cédula de identidad Nº 1-1028-979, ya que según resolución Nº 445-2006 DM de las diez horas del 3 de febrero del 2006, emitida por el Despacho del Ministro declara su responsabilidad por incumplimiento en el contrato de adiestramiento Nº 245-2001-14, del curso básico policial Nº 14, al faltar a la cláusula sexta de dicho contrato al hacer abandono del mismo sin una causa justificada, por lo que deberá cancelar la suma de ¢1.800.000,00 al Estado, siendo que dicha deuda persiste.

2º—La presente resolución tiene únicamente recurso de revocatoria, deberá interponerse dentro de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución y debe presentarse ante el Órgano Director del presente proceso.

3º—Que conforme al artículo 150 de la Ley General de la Administración Pública y el 169 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se le indica que debe cancelar su deuda con la Administración dentro de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, debiendo presentar el original de pago ante el Órgano Director, caso contrario se remitirán las presentes diligencias a la vía judicial. Notifíquese.—Lic. Fernando Berrocal Soto, Ministro de Seguridad Pública.—(Solicitud Nº 11665).—C-71280.—(9314).

SEGURIDAD PÚBLICA

Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la Administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente resolución: Resolución Nº 507-2007 DFCA.—Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección Financiera.—Departamento de Cobros Administrativos.—San José, a las quince horas diez minutos del día diez de octubre del dos mil siete. Acorde con lo ordenado por el artículo 214, siguientes y concordantes, de la Ley General de Administración Pública, y con los acuerdos y alcances del Decreto Ejecutivo Nº 32177 SP, artículo 44, inciso 2), Alcance Nº 1, del Diario Oficial La Gaceta Nº 6 del 10 de enero del 2005. Se procede a iniciar procedimiento ordinario administrativo de cobro contra Floribeth Portilla Fonseca, cédula de identidad Nº 7-070-951, por cuanto según oficio Nº 9252-2007 DRH-DRC del 10 de setiembre del 2007, suscrito por el CPI. Lic Francisco López Trejos, Jefe del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones, se informa que adeuda a este Ministerio la suma de ¢1.683.761,49 (un millón seiscientos ochenta y tres mil setecientos sesenta y un colones con cuarenta y nueve céntimos), por concepto de sumas pagadas de más a partir del 16 de noviembre del 2005, al haber cesado a partir de esa fecha, la temporalidad de la clasificación del puesto 005732 a Profesional III en Derecho y volver a su estado original de Oficinista 3, según las resoluciones Nos. OSCSP-103-2004 del 30 de junio del 2004 y OSCSP-005-2006 del 19 de enero del 2006; ambas de la Oficina de Servicio Civil Responsable de la Dirección General de Servicio Civil del Ministerio de Seguridad Pública; así como la resolución Nº 083-2005 del 16 de noviembre del 2005 de la Dirección de Recursos Humanos y oficio DNI 1707-2005 suscrito por la Lic. Miriam Mejía M., Directora Nacional e Inspector General de Trabajo. Dicho proceso será instruido por la Lic. Beatriz López González, telefax: 227-69-57.

Recábese la prueba a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, y en razón de lo anterior, se le hace saber que este Órgano Director ha ordenado realizar una comparecencia oral y privada por lo que deberá presentarse dentro de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación a las diez horas en el Departamento de Cobros Administrativos ubicado en las Oficinas Centrales, sita en Barrio Córdoba, frente al Liceo “Castro Madriz “ en la ciudad de San José. De no hacerse presente el día señalado sin justificada razón se entenderá que automáticamente autoriza al rebajo de su salario mediante el Departamento de Planillas en 24 tractos quincenales de ¢22.000,00 (veintidós mil colones exactos) durante el primer año, 24 tractos quincenales de ¢25.000,00 (veinticinco mil colones) el segundo año, y 18 tractos quincenales de ¢30.875,63 (treinta mil ochocientos setenta y cinco colones con sesenta y tres céntimos) el último año. Asimismo, debe aclararse a la administrada que el rebajo de cita es en procura de su mínimo menoscabo en su liquidez salarial, pese a que las deudas con el Estado tienen prioridad y el rebajo es a plazo y sin intereses. En forma opcional, puede cancelar la suma adeudada mediante el depósito bancario a través el sistema de Entero de Gobierno, en un sólo momento, y aportando la copia respectiva a este Departamento. Toda la documentación habida en el expediente administrativo: Oficio 9252-2007 DRH-DRC; oficio 6891-2007 DRH-R-A; fotocopia del oficio DMT-2217-2005; fotocopia del oficio DNI-1707-05; fotocopia de la resolución Nº OSCSP-005-2006; fotocopia del oficio AE-104-2006; fotocopia del oficio Nº 1156-2006-DRH-RC; fotocopia de la resolución Nº 001-2006 DRH-DRC; fotocopia del oficio 1781-2006-DRH-RC; fotocopia de las acciones de personal Nº 805016577; 206015296; 206072215; 806000856; copia del oficio CP-021-2007; cuatro referencias a oficio 6891-2007 DRH-R-A; copia de desgloses de las siguientes quincenas: 30-11-05, 15-12-05, 30-12-05, 15-1-06, 30-1-06, 15-2-06, 28-2-06, 15-3-06, 30-3-2006, 15-4-2006, 30-4-2006, 15-5-2006, 30-5-06, 15-6-06, 30-6-06, 15-7-06, 30-7-06, 15-8-06, 31,12-05, 31-12-06; fotocopia de oficio AE-700-2004, fotocopia de la resolución Nº OSCSP-103-2004; fotocopia de la resolución Nº 083-05 AD-DRH-Administrativa, fotocopia de la resolución Nº 0038-2005 DRH; fotocopia de la resolución Nº 372-2007 DM; desglose del 30-9-07, puede ser consultada en este despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa que la comparecencia oral y privada es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes, por lo que la prueba que estime necesaria en defensa de sus intereses puede hacerla llegar a este despacho, antes o al momento de la comparecencia, si lo hiciera antes deberá hacerlo por escrito. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución proceden los recursos de revocatoria y apelación en subsidio, a interponer ante el Órgano Director que dicta esta resolución, a quien corresponde resolver el primero, y elevar el segundo al conocimiento del superior jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24:00 horas contadas a partir de la notificación de éste acto y los enviados vía fax y dicha interposición no suspende la comparecencia a la que se le invita de conformidad con el artículo 148 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera, se le hace saber que puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Departamento de Cobros Administrativos.—Órgano Director.—Lic. Kattia Sequeira Muñoz, Jefa.—(Solicitud Nº 11665).—C-95060.—(9315).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

PUBLICACIÓN DE segunda VEZ

Se hace saber a los señores Flor María Saravia Jiménez, cédula 1-286-814, Cynthia Paniagua Saravia, conocida como Cynthia María de los Ángeles Paniagua Saravia, cédula 1-619-498, Hazel Amelia Paniagua Saravia, cédula 1-1093-962, Flor María Saravia Jiménez, cédula 1-286-814, José Joaquín de Jesús Paniagua Saravia, cédula 1-736-453, Floribeth María Paniagua Saravia, cédula, 1-784-210, que en este Registro se han iniciado diligencias administrativas de oficio originadas a instancia del Registrador Joe Herrera Carvajal, quien ha informado del documento 570-62202 en el cual se solicita una adjudicación extrajudicial de derecho una vez realizado el estudio en la finca del partido de San José 441380-001-002, se constató que el plano SJ-0216480-1994 se encuentra registrado en las fincas 441380-000 y 447753-000 las dos del partido de San José. Mediante resolución de las 11:15 horas del 9 de marzo de 2007, la Dirección de este Registro, ordenó consignar nota de advertencia administrativa sobre las relacionadas fincas. Debido a lo anterior y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 7:42 horas del 2 de noviembre de 2007, se confirió audiencia a todos los posibles interesados, y por ignorarse el domicilio y en algunos otros casos es desconocido en el domicilio que esta Dirección dispuso para notificar a los anteriores señores, se les confiere audiencia a todos los anteriores por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la publicación del presente edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convengan. Y se les previene que dentro de este término debe señalar apartado postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94, 98 y del Reglamento del Registro Público, (Decreto Ejecutivo Nº 26771-J del 18 de febrero de 1998); en concordancia con el numeral 3 de la Ley Nº 7637 (Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales); bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de la citada Ley Nº 7637, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. Ref. expediente Nº 07-078-BI.—Curridabat, 22 de enero de 2008.—Asesoría Jurídica Registro Público de Bienes Inmuebles.—Lic. Eduardo Alvarado Miranda.—(Solicitud Nº 24260).—C-59420.—(8505).

Se hace saber a: I. Inversiones Caminazul Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-320982, en su condición de propietaria de la finca del partido de Alajuela, matrícula 188983, entidad representada por Inna Yuremkova, pasaporte 51N0817693, terceros interesados o representantes, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado diligencias administrativas oficiosas para investigar la posible doble inmatriculación que involucra las fincas del partido de Alajuela matrículas 180585 y 188983. Por lo anterior se procedió a conferir audiencia a las partes interesadas de conformidad con los asientos registrales, mediante la resolución de las 10:37 horas del 5 de octubre de 2007, no obstante, a pesar de haber realizado la referida notificación a la dirección que consta en los respectivos documentos, esta Oficina no cuenta con el correspondiente “acuse de recibo”, razón por la cual, para cumplir con el debido proceso se le notifica por este medio y se le confiere audiencia hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del respectivo edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convenga (artículo 98 del reglamento del Registro Público, Decreto Ejecutivo Nº 26771-J del 18 de febrero de 1998 y sus reformas, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año). E igualmente se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, debe señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94 y concordantes del Reglamento de la materia, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere (artículo 20 de la Ley sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, 185 del Código Procesal Civil y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales Nº 7637 vigente a partir del 4 de noviembre de 1996). (Ref. expediente Nº 07-358-BI). Notifíquese.—Curridabat, 22 de enero de 2008.—Departamento de Asesoría Jurídica Registral.—Lic. Kattia Meza Brenes, Asesora.—(Solicitud Nº 24259).—C-65360.—(8506).

Se hace saber al señor José Rodolfo González Aguilar, cédula Nº 3-227-036, representante de Lubricantes Gomo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-149381, como titular registral de las fincas del partido de Guanacaste, matrículas 100210, 100211, 100212, que se le brinda audiencia por medio de edicto por desconocerse su domicilio exacto, a sus albaceas o a sus representantes legales, o a cualquier otra persona con interés legítimo; en diligencia administrativa de oficio, mediante expediente administrativo 07-459-BI, donde se investiga una supuesta doble inmatriculación que involucra los inmuebles del partido de Guanacaste, matrículas 100210, 100211, 100212, 107428, 107429 y 107427, según planos catastrados número G-411130-1997, G-413320-1997 y G-413319-1997, y en resguardo de la seguridad jurídica que debe dimanar de la publicidad de los asientos registrales, este Registro, mediante resolución de las nueve horas treinta minutos del catorce de junio último, ordenó consignar una nota de advertencia, al margen de los asientos de inscripción de los inmuebles de previa cita, y por resolución de las 11:00 horas del 26 de setiembre de 2007, conferir la audiencia a las partes interesadas. Debido a la devolución de Correos de Costa Rica, del acuse número RR137794712CR, dirigido al indicado González Aguilar, en su representación dicha, por resolución de las 11:18 horas del 24 de enero del 2008, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto. Lo anterior, a los efectos de conferirle audiencia hasta por el término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente, a la fecha de la tercera publicación consecutiva del presente edicto para que en el término indicado haga valer sus derechos; de conformidad con el artículo 98 del Reglamento del Registro Público, (que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J publicado el 18 de marzo de 1998). Y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar apartado postal, número de fax, casa u oficina dentro de la ciudad de San José en donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del citado Reglamento; en concordancia el artículo 3 de la Ley de Notificaciones Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637; bajo apercibimiento de que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuera impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de la citada ley Nº 7637, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. (Ref. expediente Nº 07-459-BI). Notifíquese.—Curridabat, 24 de enero de 2008.—Lic. Esther Martínez Cerdas, Asesora Jurídica Registral.—(Solicitud Nº 24262).—C-71780.—(8507).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se hace saber a Alexánder Arroyo González, cédula Nº 1-951-288, y Oliver Hidalgo Rodríguez, cédula Nº 2-163-269, como representante de A S S Tres Amigas Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-358345, en calidad de titular registral y acreedor hipotecario, respectivamente, de los inmuebles del partido de San José, Nº 249076-000 y 249078-000, que en este Registro se iniciaron diligencias administrativas a instancia de la señora Flory Campos Vega, cédula Nº 1-207-538, quien denuncia que desposeída ilegítimamente de las propiedades mencionadas. En virtud de lo denunciado esta Asesoría, mediante resolución de las 10:00 horas del 4 de octubre del 2007, ordenó consignar advertencia administrativa sobre dichas fincas. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 12:30 horas del 25 de enero del 2008, se autorizó la publicación por tres veces consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días, contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta, a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Se les previene que dentro de dicho término deben señalar apartado postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94 y 98 del Reglamento del Registro Público, en concordancia con el numeral 3 de la Ley Nº 7637 (que es Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales); bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de la citada ley, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia. Expediente Nº 07-632-BI).—Curridabat, 28 de enero del 2008.—Master Marianella Solís Víquez, Asesora Jurídica.—(Solicitud Nº 24267).—C-41580.—(9336).

Se hace saber a Francisco conocido como Jesús Castro Sandí, cédula de identidad Nº 1-678-963, propietario de las fincas del partido de San José, matrículas Nos. 564538 y 564613; Geovanni Vindas Abarca, cédula de identidad Nº 9-054-430, presidente de la Junta de Educación de Pirrís de Parrita, Puntarenas, cédula jurídica Nº 3-008-078195, propietario de las fincas del partido de San José, matrícula Nos. 564539 y de Puntarenas 139710; Wilfredo Chinchilla Hidalgo, cédula de identidad Nº 6-107-622, propietario de las fincas del partido de San José, matrículas Nos. 564540 y de Puntarenas Nº 139711; Luis Enrique Obando Sánchez, cédula de identidad Nº 6-173-152, presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de Pueblo Nuevo de Parrita, cédula jurídica Nº 3-002-78115, propietario de las fincas del partido de San José, matrículas Nos. 564543 y de Puntarenas 139714; José Delio Porras Sánchez, cédula de identidad Nº 1-396-311, propietario de las fincas del partido de San José, matrículas Nos. 564545 y 139716; Marvin Porras Sánchez, cédula de identidad Nº 1-427-886, propietario de las fincas del partido de San José, matrículas Nos. 564546 y 139717; Adias Morera Morales, cédula de identidad Nº 5-139-916, propietario de las fincas del partido de San José, matrículas Nos. 564549 y 139720; que en diligencias administrativas de oficio, que se llevan en el Registro Público de la Propiedad de Bienes Inmuebles, bajo expediente Nº 07-609-BI, mediante resolución de las nueve horas del catorce de diciembre del dos mil siete, se resolvió: Publicar por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta, la audiencia conferida, por ser interesados en las presentes diligencias y por desconocer este Registro dirección exacta donde notificarles. Lo anterior para que en el término de quince días hábiles a partir del día hábil siguiente de la tercera publicación, presenten los alegatos que a sus derechos convengan. Y se les previene: 1) Que dentro del término establecido para la audiencia deben señalar apartado postal, número de fax, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, en donde oír futuras notificaciones de este despacho, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. 2) Igual consecuencia se producirá, si el lugar señalado fuere impreciso o incierto o si ya no existiere, según lo establecido en los artículos 98 del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº 26771-J del 18 de febrero de 1998 y sus reformas, y 185 del Código Procesal Civil, así como los artículos 3º y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley Nº 7637. Notifíquese.—Curridabat, veinticuatro de enero del dos mil ocho.—Lic. Leticia Acuña Salazar, Asesora Jurídica Registral.—(Solicitud Nº 24266).—C-57420.—(9337).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

A quien interese, se hace saber que en la Dirección de este Registro por resolución de las doce horas treinta minutos del nueve de enero del dos mil ocho, dentro del expediente administrativo Nº 07-039-BI, se ordenó la inmovilización del derecho de concesión inscrito en el partido de Puntarenas, bajo la matrícula Nº 1804-Z-000, en los siguientes términos: “...Por tanto: En virtud de lo expuesto, normas legales y jurisprudencia citadas, se resuelve: Una vez firme la presente resolución: 1) Consignar inmovilización del derecho de concesión del partido de Puntarenas mil ochocientos cuatro-Z (1804-Z-000), la cual se mantendrá hasta que la autoridad judicial competente, mediante la ejecutoria respectiva rectifique el error y ordene la cancelación de dicha inmovilización; o bien, lo soliciten la parte interesada, mediante escritura pública que sea sometida al proceso de calificación por parte del registrador que corresponda, subsanando la inexactitud contenida en su asiento de inscripción. 2) Se comisiona a la MSc. Marianella Solís Víquez, o en su ausencia a cualquiera de los demás asesores del Departamento de Asesoría Jurídica, para la consignación de la inmovilización referida. Notifíquese. Publíquese el edicto de estilo. Master. Óscar Rodríguez Sánchez, Director...” (Referencia. Expediente Nº 07-039-BI).—Curridabat, 11 de enero del 2008.—Master. Óscar Rodríguez Sánchez, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 24268).—C-41580.—(9316).

Se hace saber a quien interese, que en diligencias administrativas originadas en virtud del escrito presentado ante esta Dirección por el Lic. Víctor Rafael Herrera Flores, como apoderado especial de María Isabel Quesada Gómez, albacea de la sucesión de Carlos Luis Naranjo Segura. Por lo anterior, a efecto de realizar toda la investigación, se levantó al efecto el expediente Nº 379-2006, dentro del cual se dictó la resolución final en Curridabat, a las 08:21 horas del martes 15 de enero del 2008, cuyo por tanto literalmente dice: “Por tanto: En virtud de lo expuesto, de la normativa, doctrina y jurisprudencia citadas, se resuelve: Una vez firme la presente resolución, se ordena inmovilizar las fincas del partido de Puntarenas, números tres mil ochocientos setenta y tres (3873), ciento treinta y siete mil novecientos ochenta y ocho (137988), ciento cuarenta y dos mil novecientos sesenta (142960), ciento cuarenta y dos mil novecientos sesenta y uno (142961), ciento cuarenta y dos mil novecientos sesenta y dos (142962), ciento cuarenta y dos mil novecientos sesenta y tres (142963), ciento cuarenta y dos mil novecientos sesenta y cuatro (142964), ciento cuarenta y dos mil novecientos sesenta y cinco (142965), ciento cuarenta y dos mil novecientos sesenta y seis (142966), y ciento cuarenta y dos mil novecientos sesenta y siete (142967), de conformidad con lo que al efecto indica el artículo 88 del Reglamento del Registro Público. La inmovilización se mantendrá hasta tanto una autoridad judicial haya conocido de la subsanación de la inexactitud registral que dio origen a estas diligencias y ordene el levantamiento de la referida inmovilización, o que los propietarios registrales de la fincas de marras comparezcan a otorgar escritura pública, cuyo testimonio sea presentado ante este Registro, de conformidad con el artículo 450 del Código Civil, mediante el cual cancele alguna de las dos fincas duplicadas y sobrepuestas. Tal documento deberá ser sometido al control de legalidad de rigor por el Registrador que corresponda, para así proceder, previa solicitud de autorización, a la corrección del error y a la cancelación de la inmovilización. Se ordena al Departamento de Asesoría Jurídica consignar la inmovilización en las fincas. Notifíquese. [] Master. Óscar Rodríguez Sánchez, Director”. (Referencia. Expediente Nº 379-2006).—Curridabat, 15 de enero del 2008.—Master. Óscar Rodríguez Sánchez, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 24269).—C-21140.—(9332).

Se hace saber a quien interese, que en diligencia administrativa de oficio, que se lleva en este despacho, mediante resolución de las diez horas treinta minutos del nueve de enero del dos mil ocho, se resolvió lo siguiente: Una vez firme esta resolución se ordena la inmovilización sobre la finca del partido Cartago, números: ciento cuarenta y dos mil trescientos veintisiete (142327) y ciento sesenta mil doscientos veintisiete (160227), la cual se mantendrá hasta que la autoridad judicial competente conociendo del error que la originó, ordene su cancelación; o todas las partes involucradas por los mecanismos que establece el ordenamiento, manifiesten su voluntad de rectificar el error cometido. Para ejecutar lo resuelto, se comisiona al Departamento de Asesoría Jurídica de este Registro. Notifíquese. (Referencia. Expediente Nº 2007-487-BI).—Curridabat, nueve de enero del dos mil ocho.—Master. Óscar Rodríguez Sánchez, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 24263).—C-7280.—(9333).

Se hace saber a quien interese, que en diligencia administrativa de oficio, que se lleva en este despacho, mediante resolución de las ocho horas del veintidós de enero del dos mil ocho, se resolvió lo siguiente: Una vez firme esta resolución se ordena la inmovilización sobre las fincas del partido de San José, matrículas trescientos ochenta y dos mil seiscientos doce (382612) y cuatrocientos veintinueve mil ciento ochenta y uno (429181), la cual se mantendrá hasta que la autoridad judicial competente conociendo del error que la originó, ordene su cancelación; o todas las partes involucradas por los mecanismos que establece el ordenamiento, manifiesten su voluntad de rectificar el error cometido. Para ejecutar lo resuelto, se comisiona al Departamento de Asesoría Jurídica de este Registro. Notifíquese. (Referencia. Expediente Nº 448-2006).—Curridabat, 28 de enero del 2008.—Lic. Wálter Méndez Vargas, Subdirector.—1 vez.—(Solicitud Nº 24265).—C-7280.—(9334).

Se hace saber a quien interese, que en diligencias administrativas interpuestas por Óscar Guillermo Fernández Salgado, a efecto de investigar el posible error de inscripción del documento tomo 494, asiento 6717, que afectan la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento setenta y tres mil cincuenta y cuatro (173054), se levantó al efecto el expediente administrativo Nº 301-2005 dentro del cual se dictó la resolución final, en Curridabat, a las 14:44 horas del 21 de enero del 2008, cuyo por tanto literalmente dice: “En virtud de lo expuesto, normas de derecho y jurisprudencia citadas, se resuelve: I.—Una vez firme esta resolución ordenar la inmovilización de la finca del partido de Heredia, matrícula número ciento setenta y tres mil cincuenta y cuatro (173054), la cual se mantendrá hasta tanto una autoridad judicial competente haya conocido de la subsanación de la inexactitud registral conocida en estas diligencias y como resultado de tal competencia ordene el levantamiento de la referida inmovilización o que todas las partes involucradas comparezcan a otorgar escritura pública, cuyo testimonio sea presentado ante este Registro, de conformidad con el artículo 450 del Código Civil, mediante la cual se corrija el error indicado. Documento que deberá ser sometido al control de legalidad de rigor por el Registrador que corresponda, para así proceder, previa solicitud de autorización, a la corrección del error y a la cancelación de inmovilización. II.—Para consignar la inmovilización referida, se comisiona al Departamento de Asesoría Jurídica de este Registro en la persona de la Lic. Kattia Meza Brenes, o en su ausencia de cualquier otro asesor de ese Departamento. Notifíquese. Publíquese el edicto de estilo. Lic. Wálter Méndez Vargas, Subdirector”. (Referencia. Expediente Nº 301-2005).—Curridabat, 21 de enero del 2008.—Lic. Wálter Méndez Vargas, Subdirector.—1 vez.—(Solicitud Nº 24270).—C-16520.—(9335).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL DE CIUDAD QUESADA

ANTIGUO HOSPITAL SAN CARLOS, CENTRO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

En virtud de no haberse podido notificar administrativamente el aviso de cobro a los patronos abajo indicados, por este medio se le pone en conocimiento el adeudo pendiente ante la Caja Costarricense del Seguro Social.

Razón social                                                       Número Patronal                                   Montos ¢

Alfaro Morales Enrique                                  0-00202360432-998-001                                  66.666,00

Azofeifa Vargas Melvin Alfredo                     0-00104180442-001-001                                  39.071,00

Britney Radoney S M  S. A.                            2-03101338462-001-001                                195.161,00

Centeno Achio Freddy                                   0-00203640623-001-001                             1.359.346,00

Centro de Afinamiento Check

Engine de SC S. A.                                          2-03101427598-001-001                                184.979,00

Cooperativa de Urbanización

y Vivienda R. L.                                             2-03004084341-001-001                                129.872,00

Copyprint Mayro G & G S. A.                        2-03101330621-001-001                                425.184,00

Cordero Gómez Guido                                    0-00202190836-001-001                             4.716.905,00

González Blanco Rigoberto                            0-00204280065-001-001                             1.086.915,00

González Blanco Rigoberto                            0-00204280065-003-001                                  60.221,00

González Quesada Marcos                              0-00202530038-001-001                             1.041.105,00

Gutiérrez y Sori S. A.                                      2-03101090567-001-001                             2.221.928,00

Herrera Monge Nuria                                     0-00203110473-002-001                                  70.878,00

Herrera Monge Nuria                                     0-00203110473-999-001                                  35.135,00

Industriales de Occidente S. A.                        2-03101183680-001-001                             7.136.675,00

Inst. de Educ. Abierta IDEA de

Centro América S. A.                                     2-03101199208-001-001                                294.643,00

Inst. de Educ. Abierta IDEA

de Centro América S. A.                                 2-03101199208-002-001                                457.212,00

Jiménez Delgado Danilo                                 0-00104600265-002-001                                209.985,00

Nortronica S. A.                                             2-03101124529-001-001                                468.838,00

Orozco López Carlos Luis                              0-00602350305-001-001                                349.509,00

Parrales Sánchez Carlos                                  0-00203250064-002-001                                305.583,00

Plantaciones El Carmen S. A.                         2-03101247600-001-001                             1.012.611,00

Quintanilla de Reyes Martha Emilia               7-00025862179-001-001                                116.019,00

Quintanilla de Reyes Martha Emilia               7-00025862179-999-001                                  80.936,00

Rodríguez Baldi S. A.                                      2-03101064554-001-001                                254.785,00

Rodríguez Herrera Huberth                             0-00203780707-001-001                                229.064,00

Rodríguez Vargas Juan José                             0-00203890772-001-001                                288.177,00

Sánchez y Acevedo S. A.                                2-03101085889-001-001                             1.545.887,00

Sancho González Humberto                            0-00500900495-001-001                                935.757,00

Valerio Piedra María Ester                             0-00202530800-001-001                             1.525.975,00

Zamora Rojas Gerardo                                    0-00203910284-001-001                                344.800,00

Italtur Viajes S. A.                                          2-03101233788-001-001                             1.160.367,00

Ciudad Quesada, 2 de febrero del 2008.—Olivier Steller Guzmán, Jefe Administrativo.—(9388).

AVISOS

COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA

FISCALÍA

PUBLICACIÓN DE tercera VEZ

Al licenciado Jorge Francisco González Ramírez, colegiado Nº 9793, cédula de identidad Nº 1-793-582, se le hace saber: que en proceso disciplinario Nº 646-04 seguido en su contra se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Junta Directiva del Colegio de Abogados de Costa Rica, constituida en Consejo de Disciplina. Sesión ordinaria Nº 42-2007, celebrada el treinta de octubre del dos mil siete, acuerdo 2007-42-045. Resultando: 1.- Este órgano disciplinario en sesión ordinaria Nº 40-2006 celebrada el veinticuatro de octubre del dos mil seis, mediante acuerdo 2006-40-057 declaró con lugar la denuncia e impuso al Lic. Jorge González Ramírez la sanción disciplinaria de tres meses de suspensión en el ejercicio de la abogacía y se le previno devolver al señor Alexander Padilla Castro la suma de ¢ 1500,000 (un millón quinientos mil colones) en el plazo de dos meses, luego de la firmeza de la presente resolución; ya sea, directamente al señor Alexander Padilla Castro, o mediante depósito en la Caja del Colegio o mediante depósito a la cuenta bancaria del Colegio de Abogados de Costa Rica; lo anterior bajo apercibimiento de que en su omisión la sanción impuesta podría incrementarse según el rango definido para las faltas graves en el Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho, que va de tres meses a tres años, de conformidad con lo establecido en los ordinales de ese mismo cuerpo normativo 14, 31, 34, 50, 83 incisos a) y e), 85 inciso b) y 86; y, 10 inciso 3) de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados de Costa Rica, modificada por Ley 7333 del 5 de mayo de 1993. 2.- En la misma resolución dictada mediante acuerdo y sesión dichos se informaba a las partes que contra la misma procedía el recurso de revocatoria, debiendo este interponerse dentro del plazo de tres días a partir de su notificación, de conformidad con los artículos 12 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados y 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública. 3.- Notificada debidamente la resolución antes indicada, transcurrido el plazo dado al Lic. Jorge González Ramírez para devolver la suma prevenida, esta devolución no se hizo según informa el Departamento de Contabilidad del Colegio. 4.- En los procedimientos se han observado los términos y prescripciones de ley, y; Considerando: I.- En sesión ordinaria 32-06, celebrada el veintinueve de agosto del año dos mil seis, mediante acuerdo 2006-32-026, se acogió el proceso de cálculo presentado por la Fiscalía para los casos de incumplimiento por parte del abogado denunciado de la prevención de devolver dinero. II.- a) Del estudio de las presentes diligencias administrativas que ha realizado esta Junta Directiva, se evidencia que al Lic. González Ramírez debe imponérsele una sanción de suspensión incrementada según le fue advertido en el acto final, teniendo como base y punto de partida la falta que ya fue acreditada y sancionada con tres meses de suspensión y que no sufrió variación alguna, entrando ahora a considerar la sanción que pueda recaer en correspondencia y relación al monto del dinero que el denunciante entregó al Licenciado para que llevara a cabo un arreglo conciliatorio dentro de la causa en la cual lo representaba. b) De esta forma, queda establecida y por resolución firme la sanción de tres meses de suspensión al denunciado por no haber hecho la labor para la que fue contratado. Ahora, comprobada la omisión de pagar por parte del denunciado, según obligación que fuera establecida a su cargo por la conducta acreditada en daño de la denunciante, mediante acuerdo 2006-40-057 de la sesión ordinaria Nº 40-2006, debe entrarse a considerar en cuanto debe incrementarse esa sanción, ya impuesta en firme, y conforme fuera advertido, en virtud precisamente del incumplimiento de devolución al denunciante de ¢1500,000 (un millón quinientos mil colones) en el plazo de dos meses, luego de la firmeza del acto final. No se tiene tampoco noticia o gestión alguna de la parte denunciada que explique o justifique tal incumplimiento. III.- Lo se debe devolver es lo que el denunciante entregó al denunciado sea la suma de ¢1500,000 (un millón quinientos mil colones), pero sin soslayar que el dinero entregado al denunciado no conserva el mismo valor que tenía en el tiempo que le fue entregado y de ahí que deba utilizarse un criterio que le de un valor actual al dinero debidamente entregado. La indemnización debe ser justa, objetiva y plena. Debe fundarse en criterios objetivos, es decir, reconocerse el valor real y verdadero, o sea, vigente en el mercado. Es el mismo concepto de valor objetivo, actual o venal, incluso, de valor equitativo en plaza. La indemnización debe ser integral; ello supone una indemnización del valor real de cambio (actual en plaza o de mercado). El momento del cálculo o tasación de la indemnización es de vital importancia, por la influencia de los procesos inflacionarios o deflacionarios, la devaluación de la moneda, la mutación del valor de los bienes en el mercado y el tiempo de los procesos o procedimientos. Conforme lo anterior, debe considerarse para imponer la sanción el tiempo que transcurre desde el momento en que al denunciado se le cancela el dinero requerido por él para el pago de un arreglo conciliatorio dentro de del proceso por lesiones culposas seguido bajo el expediente judicial Nº 02-615871-489-TC, al momento en que se notifica la resolución final que impone la sanción, es decir, tres días después de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta Nº 120 del 22 de junio del 2007, siendo este último momento en que lo fallado alcanza firmeza en sede administrativa y certeza en éste sentido para el denunciado de que la obligación de devolver impuesta no variará, siendo todo este tiempo que ha pasado desde la entrega del dinero e inclusive hasta el dictado de la presente resolución es el tiempo que el denunciante no ha podido utilizar ni sacar provecho del dinero que le dio al denunciado y es por eso que la indemnización debe ser justa y proporcional al valor que durante todo ese tiempo perdió el dinero entregado y durante el cual se privó a su legítima propietaria de su derecho al disfrute y explotación del mismo de la manera que mejor considerara. Recuérdese que la facultad disciplinaria otorgada a este Colegio es de aplicación discrecional y ajustada a la razonabilidad y las reglas de la sana crítica, reglas que en doctrina se ha dicho son las de la experiencia, la psicología y la lógica. La discrecionalidad es la potestad que tiene la Administración Pública para escoger entre varias hipótesis y tiene como límites la eficiencia, la razonabilidad, las reglas unívocas de la ciencia y la técnica, los principios elementales de justicia, lógica y conveniencia y los derechos del particular frente a la Administración. Los actos deben ajustarse al cumplimiento de exigencias fundamentales de equidad, proporcionalidad y razonabilidad, entendidas como idoneidad para realizar los fines propuestos, los principios supuestos y los valores presupuestos en la normativa. Esta es la doctrina de los ordinales 15, 16 y 17 de la Ley General de la Administración Pública. La validez del uso de tales atribuciones, está condicionada al ejercicio razonable y donde exista una relación lógica y justa entre los medios empleados y los fines perseguidos, sea una relación real y sustancial con el objeto del proceso. Se distingue entonces entre razonabilidad técnica, que es, como se dijo, la proporcionalidad entre medios y fines; razonabilidad jurídica, o la adecuación a la normativa en general, y en especial, a los derechos y libertades reconocidos o supuestos por la normativa fundamental; y finalmente, razonabilidad de los efectos sobre los derechos personales, en el sentido de no imponer a esos derechos otras limitaciones o cargas que las razonablemente derivadas de la naturaleza y régimen de los derechos mismos, ni mayores que las indispensables para que funcionen razonablemente en la vida de la sociedad. IV.- a) Los afiliados a los colegios profesionales se encuentran en lo que la doctrina llama una relación de sujeción especial, en la cual se encuentran sólo los colegiados y no los demás ciudadanos. Esta particular relación entre el Colegio y sus agremiados, que implica la aceptación por parte de los profesionales, de una serie de obligaciones propias del ejercicio de su cargo, le permite a la corporación actuar en la sanción de todas aquellas conductas que se alejan de tales deberes, imponiendo las medidas necesarias a fin de reparar los daños causados y prevenir su reiteración; y es en virtud de esta relación que la corporación (Colegio) puede actuar en contra de estos, pues con el acto de incorporación el colegiado pasa a formar parte de ese grupo bajo la relación dicha, lo que implica también la aceptación por parte del incorporando de la normativa del Colegio, el juramento de su fiel cumplimiento y sometimiento a la autoridad del Colegio por medio de su Junta Directiva o de su Junta General. En este sentido la Ley Orgánica del Colegio de Abogados en su artículos 5 que el Colegio ejerce sus funciones por medio de Juntas Generales y de una Junta de Gobierno (Junta Directiva); en su artículo 22 que son atribuciones de la Directiva: “ (…) 11. Conocer de las faltas de los miembros del Colegio en la forma que establece esta Ley (…) y aplicar las sanciones correspondientes; (…) 16. Las demás funciones que la ley y los reglamentos le señalen”. Es así como es un deber del colegiado acatar las órdenes que de la Junta Directiva del Colegio emanen, máxime en el ejercicio de sus facultades disciplinarias; respetar su investidura y autoridad. b) La potestad sancionadora de la Administración, puede ser definida como “una potestad de signo auténticamente represivo, que se ejercita a partir de una vulneración o perturbación de reglas preestablecidas” (Cano Campos (Tomás). Derecho Administrativo Sancionador, Revista Española de Derecho Constitucional, Madrid, Nº 43, enero-abril de 1995, p.339). Esta potestad de la Administración para imponer sanciones se justifica en el “ius puniendi único del Estado”, del cual es una de sus manifestaciones (Nieto García, Alejandro. “Derecho Administrativo Sancionador”. Madrid, Editorial Tecnos, 2da Edición, 1994, p.22. En igual sentido, véase, entre otros, el Voto Nº 8193-2000 de las 15:05 hrs. del 13 de setiembre del 2000, de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia). Este ius puniendi ha sido delegado por el Estado en el caso de las profesiones liberales en los colegios profesionales para ejercer el régimen disciplinario sobre sus colegiados. La potestad sancionadora administrativa, como manifestación de la potestad punitiva única del Estado, se fracciona en diversas variedades, dependiendo de que se esté en presencia o no, de una relación especial previa con la Administración (Ver al respecto, entre otros, García de Enterría (Eduardo) y Fernández (Tomás-Ramón), Curso de Derecho Administrativo, Madrid, Editorial Cívitas, sétima edición, T. I. 1996, p.148; Garrido Falla (Fernando) Tratado de Derecho Administrativo, Madrid, Editorial Tecnos, décima edición, T.II, 1992, p.151; Parada Vázquez (Ramón). El Poder Sancionador de la Administración y la Crisis del Sistema Judicial Penal, Revista de Administración Pública, Madrid, Nº 67, enero-abril de 1972, p.47 y Ortiz Ortiz (Eduardo). Materia y Objeto del Contencioso Administrativo, Antología de Derecho Procesal Administrativo, 1964. p.63). De allí derivan algunas construcciones doctrinales que intentan explicar las formas en las que generalmente se manifiesta la potestad sancionadora de la Administración. Dos de las más reconocidas y que han tenido una directa incidencia en nuestro medio jurídico son las relaciones de sujeción general y las relaciones de sujeción especial. Para el caso del Colegio de Abogados es una relación de sujeción especial la que los agremiados tienen con este, sea una sujeción a la que sólo esta sometido un grupo determinado por una relación especial previa, cual tiene su origen con el acto de incorporación y es precisamente la condición de colegiado que se adquiere y el ejercicio profesional que se hará lo que fundamenta un régimen disciplinario propio. Así bajo esta premisa puede pensarse que del ordenamiento jurídico administrativo pueden originarse una serie de deberes que pesan no sobre todos los individuos hacia los que se extiende la actividad de la administración, sin que exista una relación jurídica de aquella que vincula a todo ciudadano con el Estado (Otto Mayer citado por Gallego Anabitarte (Alfredo). las Relaciones Especiales de Sujeción y el Principio de la Legalidad de la Administración, Revista de Administración Pública, Madrid, Nº 34, enero-abril de 1961, p.14), que es lo que se ha denominado relación de sujeción general o de supremacía general (Carrero Pérez (Adolfo) y Carrero Sánchez (Adolfo), op. cit. p.89 y 90). En forma paralela, de ese mismo ordenamiento derivan una serie de deberes determinados para un administrado en particular o grupo de ellos, en virtud de una relación jurídica preestablecida, que la doctrina ha llamado: relaciones de sujeción especial (Montoro Puerto (Miguel). La Infracción Administrativa, características, Manifestaciones y Sanción, Barcelona, Ediciones Nauta, 1965, p.122) o relaciones especiales jurídico-administrativas (Gallego Anabitarte (Alfredo), op. cit. p.24), como podría ser la existente entre la Administración y el funcionario, el estudiante, el privado de libertad, etc; para la especie, el colegiado. De esta clasificación deriva otra que, a juicio de la Sala Constitucional es la que se aplica en nuestro ordenamiento, y ésta es: la potestad correctiva y la disciplinaria. Esta postura divide el contenido del ius puniendi de la Administración en dos potestades: la correctiva y la disciplinaria. La potestad disciplinaria y la correctiva se diferencian en cuanto la primera, porque sanciona para mantener el buen funcionamiento de una relación especial de la administración con el particular, en beneficio de ambas partes; mientras que la segunda sanciona para mantener exclusivamente el interés colectivo o del Estado por encima del interés privado, aún si ello ocurre dentro de una relación concreta. (Al respecto véase Ortiz Ortiz, Eduardo. “Derecho Administrativo”, San José, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica, T. III, 1972-1979, p.53). Por consiguiente, la correctiva está dirigida a sancionar a los particulares que infringen las leyes y reglamentos que regulan el ejercicio de la gestión administrativa, mientras que la disciplinaria, tiene como función mantener el cumplimiento fiel de los deberes (Ortiz Ortiz, (Eduardo). op. cit. p. 63 y 65). V.- Como parámetro objetivo y punto de partida para sus consideraciones respecto del monto en que debe incrementarse la sanción de suspensión al Lic. González Ramírez, éste órgano disciplinario tomará dos puntos fundamentales, a saber: Primero, el momento en que la obligación de devolver quedó establecida por resolución firme en esta sede administrativa disciplinaria y así notificada, mas allá del momento procesal para ello que sería una vez resuelta la revocatoria, debe partirse del momento en que se hace saber así a la parte denunciada, desestimando su posición de criterio reflejada en sus impugnaciones. Para éste primer momento, se debe tomar en cuenta que la resolución final fue notificada mediante edicto publicado tres veces en el Diario oficial La Gaceta en los avisos Nº 118 del 20 de junio del 2007, 119 del 21 de junio del 2007 y 120 del 22 de junio del 2007 (folios 241-244) y el día del vencimiento del plazo otorgado para devolver, sea el 27 de agosto del 2007 (dos meses contados a partir del 27 de junio del 2007). El segundo elemento y punto fundamental para fijar el incremento de sanción es tanto el salario mínimo en el sector privado como el salario base utilizado en sede penal para la definición en las penas a aplicar por la comisión de diversas figuras delictivas, vigentes, para la última fecha dicha, sea el 16 de julio del 2007. Lo anterior con el fin de establecer una relación proporcional del dinero que no fue devuelto a la denunciante y la sanción al denunciado, y el dar respuesta a una interrogante básica, cual es: cuanto tiempo toma a una persona, a un ciudadano promedio, percibir mediante trabajo la suma de dinero que no fue devuelta, tomando en cuenta los parámetros dichos. Para el ejercicio del año dos mil siete, según aviso publicado en el Boletín Judicial Nº 05, del 08 de enero del 2007, el salario base a aplicar para definir las penas por la comisión de diversas figuras delictivas contenidas en el Código Penal es de ¢ 210,600.00 (doscientos diez mil seiscientos colones exactos). Por su parte, según el Decreto Nº 33840-MTSS, publicado en Gaceta 132 del 10 de julio de 2007, el salario mínimo mensual para el sector privado correspondiente al segundo semestre del año dos mil siete, para el trabajador no calificado es de ¢ 156,049 colones. El anterior decreto para el segundo semestre del presente año comenzó a regir a partir del 1 de julio del 2007 según su propio ordinal octavo. Así se tiene que el punto medio entre los indicados salario base y salario mínimo es de ¢183,324.5 colones (resultante de la suma de ambos y la división del resultado entre dos), y tomando esta suma de referencia, como divisor; y como dividendo la suma no devuelta, sea ¢ 1,500,000, la división da como cociente 8,18. Tal cociente indica que, con la referencia indicada, se requeriría para que el ciudadano promedio en un período cercano al mes de agosto del 2007 gane ¢1,500,000 colones, en tiempo de trabajo o producción, sería de 8 meses (pues las referencias dichas son sumas mensuales). La Ley Orgánica del Colegio establece que tratándose de la sanción de suspensión el mínimo es un mes, de ahí que no exista autorización para imponer fracciones de mes como sanción. Conforme al anterior cálculo y por las circunstancias particulares del caso, se opta por redondear el anterior cociente a ocho, lo que representa hasta ocho meses de suspensión más a adicionarse a la sanción de tres meses de suspensión que ya se había impuesto, y quedó firme, en virtud de no haber realizado el denunciado la labor profesional para la cual fuera contratado por el denunciante. Lo anterior y el ejercicio hecho para la fijación del aumento de sanción es en aplicación de la advertencia que le fuera hecha en el acto final al denunciado, sea bajo apercibimiento de que en su omisión la sanción impuesta (tres meses) se incrementaría, pudiendo llegar hasta el extremo máximo de la sanción establecida para las faltas graves en el Código de Deberes Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho, que va de tres meses a tres años, de conformidad con lo establecido en los ordinales de ese mismo cuerpo normativo 14, 31, 34, 50, 83 incisos a) y e), 85 inciso b) y 86; y, 10 inciso 3) de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados de Costa Rica, modificada por Ley 7333 del 5 de mayo de 1993. Este órgano disciplinario considera que la falta de devolución de la suma de dinero en cuestión es una conducta digna de reproche y que amerita la aplicación del régimen disciplinario por cuanto contiende con los mas altos valores que rigen la profesión, ya que el abogado en su función y en sus actividades debe pugnar por conseguir la justa, pacífica y armónica y funcional convivencia del conglomerado social, y debe aprestar su actuar ajustado a claras normas éticas y morales que exigen de cada profesional, honor, decoro, rectitud, respecto y dignidad profesional en todas y cada una de sus actuaciones, exigiendo de cada miembro una conducta recta y ejemplar, debiendo ser paradigma de honestidad, siendo una conducta que de manera alguna puede prohijarse. Se procede a hacer la estimación prudencial de la sanción y se fija su incremento en ocho meses, mismo que será adicionado a los tres meses de suspensión ya impuestos, dando así como resultado una sanción final de once meses de suspensión. Así las cosas, esta Junta Directiva procede a sancionar el incumplimiento por parte del denunciado de la prevención hecha y acuerda imponerle la sanción disciplinaria de once meses de suspensión en el ejercicio de la profesión de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Colegio de Abogados, artículos 10 inciso 3), 12 y 13; y 14, 31, 34, 50, 83 incisos a) y e), 85 inciso b) y 86 del Código de Deberes, Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho y con base en los fundamentos para la acreditación de la falta disciplinaria y según fuera resuelto. Por tanto: la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Costa Rica, constituida en Consejo de Disciplina, con fundamento en lo expuesto y previa deliberación en votación secreta, acuerda: Imponer al licenciado Jorge González Ramírez la sanción disciplinaria de once meses de suspensión en el ejercicio de la profesión, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Colegio de Abogados, artículos 10 inciso 3), 12 y 13; y 14, 31, 34, 50, 83 incisos a) y e), 85 inciso b) y 86 del Código de Deberes, Jurídicos, Morales y Éticos del Profesional en Derecho y con base en los fundamentos para la acreditación de la falta disciplinaria y según fuera resuelto y expuesto ampliamente en el acto final, al no haber cumplido el licenciado González Ramírez con el pago que se le previno debía hacer al denunciante bajo apercibimiento en caso de omisión. Notifíquese. Lic. Carlos Sánchez Fernández – Fiscal. Se ordena comunicar por edicto. Fiscalía del Colegio de Abogados. Zapote, San José, a las nueve horas cinco minutos del diez de enero del dos mil ocho. Vistas las constancias del notificador y las diligencias realizadas, según folios 177 vuelto, 176 a 186, 190 vuelto, 197 vuelto, 204 vuelto, 207, 210 a 217, 231 a 234 y 257, de conformidad con el artículo 241.2 de la Ley General de la Administración Pública, comuníquese mediante publicación por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta, la liquidación de sanción del acto final dictada por la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Costa Rica, constituida en Consejo de Disciplina, mediante acuerdo Nº 2007-42-045 adoptado en sesión ordinaria 42-2007 celebrada el treinta de octubre del dos mil siete. Procédase.—Lic. Carlos Eduardo Boza Mora, Fiscal.—(Solicitud Nº 6307).—C-431660.—(7935).

COSTA RICA TENNIS CLUB S. A

El Costa Rica Tennis Club S. A., avisa a las siguientes personas que de conformidad con los Estatutos del Club, la Junta Directiva ha decidido iniciarles los trámites para su desinscripción del registro de accionistas por diversas obligaciones que, facultados por el estatuto, ha impuesto la Junta Directiva. Se ruega a los mencionados a acercarse a la Gerencia del Club en el término de dos semanas calendario a partir de esta publicación para que, si lo desean, regularicen su situación y tutelen sus derechos.

Acción                                                     Nombre

220                                           Abrahams Alvarado Patricia

3682                                         Acón Laws Malcom

679                                           Acosta Musmani Julio

3313                                         Acuña Guerrero Víctor Enrique

1530                                         Acuña Madrid Reina

306                                           Acuña Paganella Jorge Enrique

1040                                         Affentranger Félix Karl

36                                             Agüero Garro Trino

3511                                         Agüero Sandí Sergio

984                                           Aguilar Arias Ignacio

2589                                         Alvarado Fernández Sergio

1446                                         Antillón Muñoz Alvaro

2434                                         Apéstegui Hoffmaister Patricia

2167                                         Arauz Ortiz Jorge Arturo

3485                                         Arias Garro Francisco

2974                                         Arias González Óscar Mario

2620                                         Arias Méndez Guillermo Enrique

2115                                         Arias Naranjo Luis Alberto

1978                                         Arrieta Salas Carlos

1548                                         Arroyo Solórzano Alina

120                                           Atencio Atencio Ricardo

2443                                         Azofeifa Aguilar José Martín

3712                                         Báez Ramírez Warren

195                                           Balhen Ardila Jesús

1052                                         Balhen Martín Ariel

3025                                         Balhen Martín Jesús Fabrizio

2523                                         Balhen Martín Soraya

1379                                         Balma Echeverría Javier

1888                                         Bang Henrik PhilHp

2586                                         Barrantes Mora Mónika

2799                                         Barrenechea Álvarez Rolando

2074                                         Baruch Goldberg David A.

939                                           Baungartner Sáenz Guillermo

1375                                         Beer Earl Ira

3451                                         Behm López Patrick P.

3337                                         Behm López Robert C.

3086                                         Beirute Prada Pedro

443                                           Benavides Pacheco Federico

1365                                         Benavides Vega Fernando

274                                           Berciano Rodríguez José M

3739                                         Bermúdez Rodríguez Eugenio

2133                                         Betancur Sánchez Guillermo L.

2018                                         Blanco Coto Ricardo

2262                                         Blanco Pandolfo Mario

929                                           Blasio Báez Octavio

1053                                         Blunda Mas Yessika Monserrat

265                                           Bonilla Quesada Carlos

3164                                         Bordallo Murillo José Ignacio

1813                                         Borge Bartorelli Gabriel

134                                           Borges Soubirous Mario

1943                                         Boscaro Baldan Sergio

89                                             Bravo Rudín Roger

1775                                         Brenes Fallas Luis E.

3501                                         Brenes Mata Erik Mauricio

2569                                         Brenes Taylor Ana Cristina

2426                                         Brenes Vargas José Enrique

359                                           Brizuela Blanco Elda

682                                           Brizuela Monge Adolfo

2137                                         Bruno Jiménez Roberto

2454                                         Bukele Kattan Humberto

3582                                         Butler Joshua Thomas

530                                           Cabada Corvisier José Luis

2785                                         Cabezas Garita Thervin

1712                                         Calderón Hernández Federico

2417                                         Calvo Trejos Cristina

2260                                         Camacho Bevacqua Marcelo

953                                           Camacho Monge Guillermo

1574                                         Campos Camacho Roberto

1001                                         Campos Castillo Miguel Ángel

3659                                         Campos Madriz Jeaustin

3072                                         Cañas Montero Javier

943                                           Carballo Carazo Enrique

1875                                         Carmona Astorga Rubén

156                                           Carmona Gómez Alex

816                                           Carpentier Tim

1507                                         Carrillo Rojas Zoila

2660                                         Carvajal Campos Franklin

2755                                         Casanova Carballo Tomás

3660                                         Castagnet Batanero Frank Donald

2720                                         Castellanos García Jason Luis

1467                                         Castellanos Rodríguez Manuel

1617                                         Castillo Rodríguez Karen Lorena

3575                                         Castillo Ruiz José Joaquín

1168                                         Castro Gil Carlos A.

1140                                         Castro Jenkins Juan Ramón

1454                                         Castro León Regina

2332                                         Castro Pochet Milena

334                                           Chacón Gómez Daniel

3151                                         Chacón Rivera Karla Beatriz

1591                                         Chacón Rodríguez Esteban

956                                           Charpantier Ramírez Marcos Eugenio

1873                                         Chavarría Mora Ana Cecilia

1522                                         Chinchilla Corrales Álvaro

1188                                         Chinchilla Fernández Arsenio

2519                                         Chinchilla Salazar Rafael Emilio

2897                                         Christensen Jeff Dane

2500                                         Cohen Retelny José

1803                                         Conta Nicola

2681                                         Cordero Bonilla Jorge

820                                           Cordero Madrigal Carlos

1426                                         Corrales Castro Ana Julia

2608                                         Corrales Castro Olga Marta

575                                           Cortés Diez Víctor Julio

1576                                         Covernton Bruce Douglas

2366                                         Cuellar Martínez Roberto

2813                                         Cunniggham Stewart Derek Peter

879                                           Dada Vasiliades Juan

3614                                         D’Ambrosio Guerrero Tarda

1050                                         Delgado Barajas Francisco

2738                                         Delgado Barrera William

2129                                         Delgado Philippón Javier Gustavo

1626                                         Dodero Aragón Andrés

3256                                         Duncan Ramírez Franklin Gerardo

1399                                         Duque Gómez Diego

1279                                         Echandi Zamora Sttieven R.

1910                                         Egea Montero Alejandro

463                                           Eluchans Irene

1870                                         Escalante Gutiérrez Melania

1166                                         Eskenazi Cauvi Isidoro

1916                                         Esquivel Arias José Joaquín

3288                                         Esquivel Porras Lisbeth

1735                                         Evans Rodríguez Enrique

2752                                         Facetti Horacio Emilio

1332                                         Faeth Sáenz Javier Francisco

31                                             Fallas Martínez José Armando

2496                                         Fallas Valverde Luis Agustín

1665                                         Favarón Riveras Leonardo

927                                           Faxon Elstun Dorpthy

3278                                         Felderhoff Kirsten María

1859                                         Fernández Alfaro Rosanna

1479                                         Fernández Carranza Alejandro

2916                                         Fuentes Aguilar Tatiana

1397                                         Gabert Peraza Paul Santiago

405                                           Gabert Prosper Luis Palermo

1462                                         Gamboa de Retana Roxana

1358                                         Gamboa Isaza Alberto

1588                                         García Montero Sonia Alejandra

3731                                         Garita Vargas Luis Diego

1138                                         Gervasoni Brugiotti Piero

1012                                         Ghio Agüero Atilio

2160                                         Gómez Gamboa Óscar E.

1125                                         González Alvarado Carlos Manuel

2690                                         González Carvajal Marta Elena

1647                                         González Fonseca Gabriel

1483                                         González May Carlos

2053                                         González Pinto Carlos

230                                           González Solís Rubén

898                                           Grabman Robert Britt

1936                                         Granera Alonso Luis Enrique

1534                                         Grijalva Odio Mauricio

830                                           Guevara Beltrán Mauricio

46                                             Guevara Campos Ronald

2716                                         Guillen Fischel Luis Alberto

2765                                         Gurfinkiel Hermann Gina

1395                                         Gutiérrez Arias Rodrigo

2428                                         Gutiérrez Bolaños Yamileth

3125                                         Gutiérrez Israel Álvaro

2498                                         Gutiérrez Moya Maricarmen

3555                                         Gutiérrez Sánchez Javier

1060                                         Gutiérrez Valverde María Angélica

529                                           Hansen Skov Poul

710                                           Hasen Heidi

431                                           Hering Quijano Alberto

2803                                         Hernández Leguizamón Germán

885                                           Herrera Amighetti Juan José

2788                                         Herrera León Diana

27                                             Hidalgo Solano Johnny

1708                                         Hine Renauld Fernando

912                                           Hirsch Keibel Ronaldo

1271                                         Holst Quirós Rosemary

3648                                         Horan Jeffrey Scott

2314                                         Hourani Maher Michel

2617                                         Huberty Mitchel Donald

1152                                         Iwasawa Iwasawa Hawo

1048                                         Jaikel Gazel Juan

2518                                         Jenkins Rivas Ana Mercedes

651                                           Jiménez Chaves Patricia

3117                                         Jiménez Morales Morayme

3675                                         Jirón García Álvaro Fernando

784                                           Kader Koch Tobías

2682                                         Kaufman Kappari Alfred

914                                           Keibel Rodríguez Eduardo

78                                             Kopper Castillo Donald Alberto

3735                                         Koster Salini Ricardo Enrique

3197                                         Kuo Wang Ying-Chi (Lisa)

571                                           Lampert Róger

2798                                         Langworthy Byron Hugh

1159                                         Lascaris-Comneno Slepuhin Tatiana

1296                                         Lastres García José Manuel

2592                                         Lastres Rodríguez Carlos

1441                                         Laurencich Castro Alberto

1500                                         Ledezma Carmona Grace

505                                           Leiva Escalante Rolando

3546                                         Lépiz Coronado Gabriela

2030                                         Lialina Natalia

3706                                         Libby Daniel Day

2782                                         Linares Gómez Roberto

1415                                         Lizano Silva José Joaquín

1523                                         Lizano Víquez José Manuel

1783                                         Lizano Víquez Marco

3477                                         Lobo Madrigal Eduardo Enrique

2269                                         López Alvarado Jaime

2571                                         López Galimany Silvia

2194                                         López Montero Gustavo

1835                                         López-Callejas París Guillermo

3678                                         López-Cepero Sánchez Rafael

2206                                         Lumes Geoffrey

2477                                         Madriz Castro José María

514                                           Marín Olmos Miguel

123                                           Márquez Santos José Gabriel

1604                                         Martín Rósete Alejandro

2241                                         Martín Rósete Marta Elena

1184                                         Martínez Quintero Jaime

2647                                         Martino Peña Ernesto

2779                                         Maya Bohorquez Edgardo

703                                           Miranda Montero Raymundo

2174                                         Molina Quijano Ana Gabriela

3494                                         Monge Blanco Carlos

2310                                         Monge Zeledón Jorge Enrique

1772                                         Montero Bulgarelli Luis E.

1278                                         Montero Esquivel Marta Eugenia

936                                           Montero Herra Alejandro

1072                                         Montero Molina Anabelle

775                                           Mora Balma Johnny

3247                                         Mora Hidalgo Esteban Gerardo

2022                                         Mora Madriz Alfredo

2943                                         Mora Villareal Víctor Hugo

2697                                         Morales Galindo Gustavo

870                                           Moreno Mata Flory María

880                                           Moscarella Pacheco Mauricio Andrés

966                                           Moya Montero Jorge

3370                                         Mullan Thomas Michael

2214                                         Muñoz Mora Allan

3180                                         Nash Anthony Marvin

1759                                         Navarro Chaves Heana María

2656                                         Noguera Flores Franklin

2076                                         Núñez Gamboa Alfredo

2298                                         Oreamuno Fernández María Alexandra

3698                                         Orlich Villalobos Alejandro

140                                           Ortiz Araya José Luis

179                                           Ortiz Garrido Francisco

1102                                         Oviedo Rojas David

3759                                         Páez Soto Carlos Roberto

2697                                         Palavicini Rojas Marvin

1832                                         Pan Tsai Ai-Chiao

2135                                         París Coronado Pedro

893                                           Pasos Odio Mauricio

3135                                         Patterson Vargas Adolfo Eugenio

2845                                         Pelz Seyfarth Petra Annette

1556                                         Pena Marque José Manuel

1812                                         Peña Chacón José Daniel

125                                           Pereira García Alfonso

3015                                         Pereira Ugalde Carlos Alberto

2315                                         Pereira Ugalde María de la Cruz

3265                                         Petry Len David

660                                           Pfeiffer Marín Jaime

2031                                         Phillips Araya Russela

626                                           Picado García Cristina

2801                                         Quesada Gómez Cynthia

1129                                         Quesada Segura Elizabeth

543                                           Quinaz Rodríguez Nelson J.

1131                                         Quirós Quirós María Cecilia

3040                                         Radovich Jr. John Joseph

3557                                         Rajpal Ram

2382                                         Ramírez Aguilar José Hans

413                                           Ramírez Hernández Marcos Paulino

3468                                         Ramírez Márquez Carlos Fernando

2092                                         Ramírez Miranda Pedro José

1438                                         Ramírez Montero Rodolfo

819                                           Ramírez Mora Rolando

8                                               Ramírez Oconitrillo Julián

80                                             Ramos Gaitán Eduardo

3231                                         Redondo Vega Allan Alberto

3514                                         Reider Mitchel

1430                                         Retana Poltronieri Fernando

2013                                         Retana Ruiz José Alberto

748                                           Retana Ureña José Alberto

12                                             Rivera Pérez Jorge Eduardo

3683                                         Rivera Romero Giovanni

1439                                         Rodó Ortuño Manuel

313                                           Rojas Carro Edgar

2312                                         Rojas Cruz Dennis

1617                                         Rojas Molina Esteban Alonso

1690                                         Rojas Montero Luis

1058                                         Ross González Jorge Francisco

1689                                         Sáenz Elizondo José A.

1450                                         Sáenz Zúñiga Ricardo

2415                                         Sala Hidalgo Roberto

1733                                         Salas Navarro Manuel

3490                                         Salaverry Dickudt Lisselin

1042                                         Salierno Gaetano

976                                           Sáurez Meseguer Marcial

78                                             Schiff “Coronel” Jon Edward

2299                                         Segares de La Vega Álvaro

1100                                         Segares Masís Reinaldo

2124                                         Sherril Squirel Frontis William

792                                           Sibaja Montes Belarmino

2568                                         Sklar Rubén

510                                           Solano Vargas Virginia

1174                                         Solera Lara Rodolfo

1828                                         Soto Pacheco Renato Alberto

1483                                         Soto Rodríguez Manuel E.

1658                                         Srur Feris Miguel A.

3139                                         Steinpichler Michael

829                                           Tabash Alvarez Astrid

294                                           Taylor Vega Gina

1018                                         Tomic Vicuña Silvia

2077                                         Toms Merik Stuart

1750                                         Ulate Sancho Juan Carlos

296                                           Ulibarri Pernus Francisco

1793                                         Ulloa Saborío Fernando

1445                                         Umaña Hidalgo Glenda

9                                               Valverde Bustamante Amalia

767                                           Valverde Stark Giovanna

2393                                         Van Hussen Schurink Peter

302                                           Vargas Callejas José María

2745                                         Vargas Pizarro Mario Alberto

2227                                         Vargas Rodríguez Jorge

526                                           Vaughan Dickhaut Chistopher

1766                                         Vázquez Gutiérrez José Antonio

2476                                         Vázquez Novoa Jorge

1903                                         Vega Morales Claudia

414                                           Velasco Jiménez Alvaro

2744                                         Velásquez Chávez Eddie Darío

3524                                         Vélez Agudelo Doneira

2644                                         Venegas Fabián Alvaro

2225                                         Venegas Ferrer José Enrique

2016                                         Verdesia Solano Manuel Roberto

2303                                         Villalobos Brenes Syrvia

226                                           Vindas Sibaja José Fabio

1513                                         Víquez Jiménez Henry

1759                                         Víquez Jiménez Norman

2165                                         Volio Elbrecht Jaime

2369                                         Weber Teresa Elaine

3545                                         Williams H Charles Judson

684                                           Yglesias Piza Rodolfo

248                                           Yong Chang José

577                                           Zavadsky Stefan

2289                                         Zavaleta Mora Rodolfo

1993                                         Zecca Aviles Ericka

2593                                         Zwarter Soto Alberto Ernesto

Nota:     Si ya usted canceló, hacer caso omiso a su nombre en esta lista.

San José, 1º de febrero del 2008.—MBA. Juan Carlos Núñez Fernández, Gerente General.—1 vez.—(9359).

FE DE ERRATAS

AVISOS

ARCO DEL PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA

Léase correctamente en los edictos de la sociedad Arco del Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-098131, publicados en Las Gacetas número 244, pagina 26, publicada el 19/12/2007, La Gaceta número 245 página 18 publicada el 20/12/2007, La Gaceta número 246 página 21 publicada el 21/12/2007, diario número dos, mayor número dos, inventarios y balances número dos y en lugar de Actas de Asamblea de Socios debe leerse correctamente Actas de Junta Directiva, quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente legalización de libros Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación en el diario oficial La Gaceta.—San José 31 de enero del 2008.—Ignacio Beirute Gamboa, Apoderado generalísimo.—1 vez.—Nº 77613.—(10437).