LA GACETA Nº 34 DEL 18 DE FEBRERO DEL 2008

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

Nº 34174-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, inciso 1); 27, inciso 1) y 28, inciso 2), acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos del 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN del 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley Nº 7317, Ley de Conservación de la Vida Silvestre del 30 de octubre de 1992 y sus reformas; la Ley Nº 7554, Ley Orgánica del Ambiente del 4 de octubre de 1995 y sus reformas; la Ley Nº 7788, Ley de Biodiversidad del 30 de abril de 1998; el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H del 29 de junio de 2005 y sus reformas y el Decreto Ejecutivo Nº 33646-H del 9 de marzo de 2007 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554, publicada en La Gaceta Nº 215 del 13 de noviembre de 1995, establece que el Estado debe velar por la utilización racional de los elementos ambientales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida de los habitantes del territorio nacional. Asimismo, está obligado a propiciar un desarrollo económico y ambientalmente sostenible, entendido como el desarrollo que satisface las necesidades humanas básicas, sin comprometer las opciones de las generaciones futuras.

2º—Que el Fondo de Vida Silvestre creado mediante Ley Nº 7317, Ley de Conservación de la Vida Silvestre, publicada en La Gaceta Nº 235 del 7 de diciembre de 1992, está administrado por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, según lo establecido en la Ley de Biodiversidad Nº 7788, publicada en La Gaceta Nº 101 del 27 de mayo de 1998.

3º—Que el Fondo de Vida Silvestre, solicita incrementar el gasto presupuestario máximo para el año 2008 en ¢32.490.000,00 (treinta y dos millones cuatrocientos noventa mil colones con cero céntimos), para cubrir necesidades de equipo que son importantes para el cumplimiento de las metas institucionales, materiales de resguardo y seguridad, cachadores, redes, varas con lazo, jaulas, cámaras fotográficas digitales, rifles y pistolas con dardos, entre otros.

4º—Que la erogación descrita en el considerando anterior, se incorporará en las subpartidas por objeto del gasto, servicios, materiales y suministros, maquinaria y equipo diverso y se financiará con superávit libre.

5º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 130 del 6 julio de 2005, se emite el “Lineamiento para la aplicación del artículo 6º de la Ley Nº 8131 de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada Financiamiento”.

6º—Que el artículo 7º del Decreto supracitado, dispone que los recursos provenientes del superávit libre forman parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden utilizarlos en períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a su actividad ordinaria, con los cuales se atienda el interés de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales, que como los aquí incluidos no tienen carácter permanente ni generan una obligación que requiera financiarse a través del tiempo.

7º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 33646-H y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 58 de 22 de marzo de 2007, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el 2008, estableciéndose en el artículo 1º del citado Decreto, el gasto presupuestario máximo del año 2008 para las instituciones cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria.

8º—Que con el oficio STAP-0558-07 de 29 de marzo de 2007, se comunicó al Fondo de Vida Silvestre el gasto presupuestario máximo autorizado para el año 2008, por un monto de ¢7.100.000,00 (siete millones cien mil colones sin céntimos), el cual no contempla los gastos adicionales que la institución requiere realizar.

9º—Que el señor Ministro Rector del Sector Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, mediante el oficio Nº DM-1187-07 de 25 de setiembre de 2007, avala la solicitud planteada por el Fondo.

10.—Que por lo anterior, se hace necesario modificar el gasto presupuestario máximo fijado al Fondo de Vida Silvestre para el año 2008. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Modifícase para el Fondo de Vida Silvestre, el gasto presupuestario máximo del 2008, establecido en el Decreto Ejecutivo Nº 33646-H y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 58 del 22 de marzo de 2007, quedando el límite de gasto presupuestario en la suma de ¢39.590.000,00 (treinta y nueve millones quinientos noventa mil colones con cero céntimos) para ese período.

Artículo 2º—Es responsabilidad de la administración activa del Fondo de Vida Silvestre, el cumplimiento del Decreto Ejecutivo Nº 32452-H y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 130 del 6 de julio de 2005, así como lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley Nº 8131 y sus reformas, publicada en La Gaceta Nº 198 del 16 de octubre de 2001.

Artículo 3º—La presente modificación al gasto presupuestario máximo del año 2008 del Fondo de Vida Silvestre, para efectos de la formulación del presupuesto, rige a partir de su publicación y para su ejecución, rige a partir del 1º de enero de 2008.

Dado en la Presidencia de la República, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo E. Zúñiga Chaves.—1 vez.—(Solicitud Nº 37619).—C-50235.—(D34174-12943).

Nº 34176-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, inciso l); 27, inciso l) y 28, inciso 2), acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos del 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN del 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley Nº 7554, Ley Orgánica del Ambiente del 4 de octubre de 1995 y sus reformas; la Ley Nº 7575, Ley Forestal del 13 de febrero de 1996 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 27505-MINAE del 17 de octubre de 1996 y sus reformas; la Ley Nº 7788, Ley de Biodiversidad del 30 de abril de 1998 y sus reformas; el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H del 29 de junio de 2005 y sus reformas y el Decreto Ejecutivo Nº 33646-H del 9 de marzo de 2006 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que la Ley Nº 7554, Ley Orgánica del Ambiente, publicada en La Gaceta Nº 215 de 13 de noviembre de 1995, establece que el Estado debe velar por la utilización racional de los elementos ambientales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida de los habitantes del territorio nacional. Asimismo, está obligado a propiciar un desarrollo económico y ambientalmente sostenible, entendido como el desarrollo que satisface las necesidades humanas básicas, sin comprometer las opciones de las generaciones futuras.

2º—Que el Fondo Forestal creado mediante la Ley Nº 7575, Ley Forestal, publicada en el Alcance Nº 21 a La Gaceta Nº 72 del 16 de abril de 1996, está administrado por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, según lo establecido en la Ley Nº 7788, Ley de Biodiversidad, publicada en La Gaceta Nº 101 del 27 de mayo de 1998.

3º—Que por medio del oficio DM-1187-07 de 25 de setiembre de 2007, el Ministro a. í. de Ambiente y Energía –Despacho que ejerce la Rectoría del Sector Ambiente y Energía– requirió ampliar el gasto presupuestario máximo fijado al Fondo Forestal para el año 2008 a fin de incorporar a su presupuesto la suma de ¢128.075.378,85 (ciento veintiocho millones setenta y cinco mil trescientos setenta y ocho colones con ochenta y cinco céntimos).

4º—Que de dicha cifra ¢18.361.678,10 (dieciocho millones trescientos sesenta y un mil seiscientos setenta y ocho colones con diez céntimos) corresponden a superávit libre y se destinarán a atender gastos en subpartidas como equipo de transporte, equipo y mobiliario de oficina, equipo y programas de cómputo, equipo y mobiliario educacional, deportivo y recreativo, maquinaria y equipo diverso.

5º—Que ¢19.829.179,67 (diecinueve millones ochocientos veintinueve mil ciento setenta y nueve colones con sesenta y siete céntimos) provienen de superávit específico y se emplearán para atender transferencias corrientes a instituciones descentralizadas no empresariales, transferencias corrientes a empresas públicas no financieras y transferencias corrientes a otras entidades privadas sin fines de lucro

6º—Que ¢89.884.521,08 (ochenta y nueve millones ochocientos ochenta y cuatro mil quinientos veintiún colones con ocho céntimos) se financiarán con recursos que el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal le trasladará al Fondo Forestal para la ejecución y operación de la Estrategia de Seguimiento y Fomento al Programa de Pago de Servicios Ambientales elaborada por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, específicamente para atender gastos administrativos tales como impresión, encuadernación y otros, viáticos dentro del país, viáticos al exterior, actividades protocolarias y sociales, mantenimiento y reparación de equipo de transporte, tintas, pinturas y diluyentes, entre otros.

7º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 del 6 de julio de 2005 y sus reformas, se emitió el “Lineamiento para la aplicación del artículo 6º de la Ley Nº 8131 de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada Financiamiento”.

8º—Que el artículo 7º del Decreto Ejecutivo Nº 32452-H supra citado, dispone que los recursos de financiamiento provenientes del superávit libre forman parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden utilizarlos en períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a su actividad ordinaria, con los cuales se atienda el interés de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales, siempre que –como en el presente caso– tales recursos no tengan carácter permanente ni generen una obligación que requiera financiarse a través del tiempo.

9º—Que el artículo 9º del Decreto Ejecutivo Nº 32452-H mencionado, señala que los recursos de vigencias anteriores que se refieren al superávit específico, podrán utilizarse para financiar los gastos definidos en los fines establecidos en las disposiciones especiales o legales aplicables a esos recursos.

10.—Que en el presente caso, la aplicación del superávit –tanto libre como específico– se ajusta a lo estipulado en el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H aludido en los considerandos 7, 8 y 9 del presente Decreto.

11.—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 33646-H, publicado en La Gaceta Nº 58 del 22 de marzo de 2007 y sus reformas, se emitieron las Directrices de Política Presupuestaria para el año 2008, estableciéndose en el artículo 1º del citado decreto, el gasto presupuestario máximo del año 2008 para las entidades cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria.

12.—Que por medio del Decreto Ejecutivo Nº 34073-H, publicado en La Gaceta Nº 211 del 2 de noviembre de 2007, se modificó el gasto presupuestario máximo fijado para el año 2008 al Fondo Forestal, quedando éste establecido en la suma de ¢280.420.000,00 (doscientos ochenta millones cuatrocientos veinte mil colones exactos), cifra que no contempla los gastos indicados en el considerando 3 de este Decreto.

13.—Que por lo anterior, se hace necesario modificar el gasto presupuestario máximo fijado al Fondo Forestal para el año 2008. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Modifícase para el Fondo Forestal el gasto presupuestario máximo fijado para el año 2008, establecido según el artículo 1º del Decreto Ejecutivo Nº 34073-H, publicado en La Gaceta Nº 211 del 2 de noviembre de 2007, de manera que éste no podrá exceder la suma de ¢408.495.378,85 (cuatrocientos ocho millones cuatrocientos noventa y cinco mil trescientos setenta y ocho colones con ochenta y cinco céntimos) para ese período.

Artículo 2º—Es responsabilidad de la administración activa del Fondo Forestal, el cumplimiento del Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 del 6 de julio de 2005 y sus reformas, así como lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley Nº 8131, publicada en La Gaceta Nº 198 del 16 de octubre de 2001 y sus reformas.

Artículo 3º—Para la formulación del presupuesto rige a partir de su publicación y para su ejecución, rige a partir de 1° de enero de 2008.

Dado en la Presidencia de la República, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo E. Zúñiga Chaves.—1 vez.—(Solicitud Nº 37621).—C-62940.—(D34176-12944).

Nº 34178-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, inciso l); 27, inciso l) y 28, inciso 2), acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos del 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN del 31 de enero de 2006 y sus reformas; la Ley Nº 6084, Ley del Servicio de Parques Nacionales del 24 de agosto de 1977 y sus reformas; la Ley Nº 7554, Ley Orgánica del Ambiente del 4 de octubre de 1995 y sus reformas; la Ley Nº 7788, Ley de Biodiversidad del 30 de abril de 1998; el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H del 29 de junio de 2005 y sus reformas y el Decreto Ejecutivo Nº 33646-H del 9 de marzo de 2007 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que la Ley Orgánica del Ambiente Nº 7554, publicada en La Gaceta Nº 215 del 13 de noviembre de 1995, establece que el Estado debe velar por la utilización racional de los elementos ambientales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida de los habitantes del territorio nacional. Asimismo, está obligado a propiciar un desarrollo económico y ambientalmente sostenible, entendido como el desarrollo que satisface las necesidades humanas básicas, sin comprometer las opciones de las generaciones futuras.

2º—Que el Fondo de Parques Nacionales creado mediante Ley Nº 6084, Ley del Servicio de Parques Nacionales, publicada en La Gaceta Nº 169 del 7 de setiembre de 1977, está administrado por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, según lo establecido en la Ley Nº 7788, Ley de Biodiversidad, publicada en La Gaceta Nº 101 del 27 de mayo de 1998.

3º—Que el Fondo de Parques Nacionales requiere incorporar recursos adicionales para atender gastos operativos en diferentes áreas silvestres protegidas, por lo que solicita incrementar el gasto presupuestario máximo aprobado para el 2008, en ¢535.870.000,00 (quinientos treinta y cinco millones ochocientos setenta mil colones exactos).

4º—Que los montos a incorporar se financiarán con recursos propios por un monto de ¢31.350.000,00 (treinta y un millones trescientos cincuenta mil colones exactos) los cuales financiarán gastos en servicios; y con recursos de Superávit Libre se financiarán gastos en maquinaria, equipo y mobiliario, otras construcciones, adiciones y mejoras y servicios de mantenimiento, por la suma de ¢504.520.000,00 (quinientos cuatro millones quinientos veinte mil colones exactos).

5º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 130 del 6 de julio de 2005, se emite el “Lineamiento para la aplicación del artículo 6º de la Ley Nº 8131 de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada Financiamiento”.

6º—Que el artículo 7º del decreto supracitado, dispone que los recursos provenientes del superávit libre forman parte del patrimonio de los órganos y las entidades y pueden utilizarlos en períodos subsiguientes para financiar gastos que se refieran a su actividad ordinaria, con los cuales se atienda el interés de la colectividad, el servicio público y los fines institucionales, que como los aquí incluidos, no tienen carácter permanente ni generan una obligación que requiera financiarse a través del tiempo.

7º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 33646-H y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 58 del 22 de marzo de 2007, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el año 2008, estableciéndose en el artículo 1º del citado Decreto, el gasto presupuestario máximo para el año 2008 para las instituciones cubiertas por el ámbito de la Autoridad Presupuestaria.

8º—Que con el oficio STAP-0795-07 del 26 de abril de 2007, se comunicó al Fondo de Parques Nacionales el gasto presupuestario máximo autorizado para el año 2008, por un monto de ¢3.106.490.000,00 (tres mil ciento seis millones cuatrocientos noventa mil colones exactos), el cual no contempla los gastos adicionales que la institución requiere realizar.

9º—Que el señor Ministro Rector del Sector Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, mediante el oficio DM-1187-07 del 25 de setiembre de 2007, avala la solicitud planteada por el Fondo de Parques Nacionales.

10.—Que por lo anterior, resulta necesario modificar el gasto presupuestario máximo fijado para el Fondo de Parques Nacionales para el año 2008. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Modifícase para el Fondo de Parques Nacionales, el gasto presupuestario máximo fijado para el año 2008, establecido en el Decreto Ejecutivo Nº 33646-H y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 58 del 22 de marzo de 2007, quedando el límite de gasto presupuestario en la suma de ¢3.642.360.000,00 (tres mil seiscientos cuarenta y dos millones trescientos sesenta mil colones sin céntimos) para ese período.

Artículo 2º—Es responsabilidad de la administración activa del Fondo de Parques Nacionales, el cumplimiento del Decreto Ejecutivo Nº 32452-H y sus reformas, publicado en La Gaceta Nº 130 del 6 de julio de 2005, así como lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley Nº 8131 y sus reformas, publicada en La Gaceta Nº 198 del 16 de octubre de 2001.

Artículo 3º—Para la formulación del presupuesto, rige a partir de su publicación y para su ejecución, rige a partir del 1º de enero de 2008.

Dado en la Presidencia de la República, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil siete.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Hacienda, Guillermo E. Zúñiga Chaves.—1 vez.—(Solicitud Nº 37620).—C-50235.—(D34178-12945).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Nº 396-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades legales que le confieren los artículos 140, incisos 8), 18) y 20) de la Constitución Política, 47 y 48 de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 y sus reformas: Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 7064 del 29 de abril de 1987: Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria que incorpora la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ganadería y Decretos Nos. 33151-MP del 18 de mayo del 2006, 33713-MP-PLAN-MTSS del 17 de abril del 2007 y 33783-MP-PLAN-MYSS del 30 de mayo del 2007 .

ACUERDA;

1º—Nombrar como Viceministro de la cartera de Agricultura y Ganadería al señor Román Solera Andara, mayor, casado, vecino de Alajuela, Ingeniero Agrónomo, portador de la cédula de identidad número 1-488-415, como Viceministro del Ministerio de Agricultura y Ganadería con los derechos, obligaciones y responsabilidades que dichos cargos implican de conformidad con la Ley.

2º—Rige a partir de su firma.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los quince días del mes de enero de dos mil ocho.

Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 40143).—C-13220.—(12444).

Nº 398-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo que establecen los artículos 139 de la Constitución Política; 28, inciso 2) acápite b) y 47 de la Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Javier Flores Galarza, Ministro de Agricultura y Ganadería, para que viaje y participe en la “Reunión del Consejo de Ministros de Ospesca”, a realizarse en San Salvador, República de El Salvador.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por OSPESCA.

Artículo 3º—Se nombra como Ministro a. í. al ingeniero Carlos Villalobos Arias, portador de la cédula de identidad Nº 2-302-704, Viceministro de Agricultura y Ganadería, durante la ausencia del señor Ministro, el cual tendrá a su cargo la atención de dicha Cartera Ministerial.

Artículo 4º—Rige a partir de las 6:30:00 horas del 25 de enero de 2008 y hasta las 10:00 horas del 26 de enero del 2008.

Dado en la Presidencia de la República, a los dieciocho días del mes de enero del dos mil ocho.

ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 40142).—C-13880.—(12445).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

Nº 014-2008.—San José, 10 de enero del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20, y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1), 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública,  Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978.  Así como lo dispuesto en la Ley N° 8562 de 7 de diciembre de 2006,  Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2007 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que del 20 al 22 de enero del 2008, se realizará en Santiago, Chile,  la reunión de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre Costa Rica y Chile, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

2º—Que la participación de la señora Laura Rodríguez Vargas en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Laura Rodríguez Vargas, cédula N° 2-353-794, funcionaria de la Dirección de Aplicación de Acuerdos Comerciales Internacionales, para que participe en la reunión de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre Costa Rica y Chile, a celebrarse en Santiago, Chile del 20 al 22 de enero de 2008. La señora Rodríguez Vargas viaja a partir del 19 de enero de 2008, por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino. Del 23 al 26 de enero de 2008 corresponde a viaje personal y todos los gastos en que incurra en las fechas indicadas, serán cubiertos en forma directa por la funcionaria y se rebajará del período de vacaciones que corresponda.

Artículo 2º—Los gastos de la señora Laura Rodríguez Vargas, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje, a saber $476,00 (cuatrocientos setenta y seis  con 00/100 dólares), serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del Programa 792, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como también para hacer escala en Panamá y Lima, Perú, por conexión.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 19 al 26 de enero del 2008, la señora Laura Rodríguez Vargas, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).

Artículo 4º—Rige a partir del 19 al 26 de enero del 2008.

San José, a los diez días del mes de enero del año dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 24852).—C-27740.—(11821).

Nº 019-2008.—San José, 16 de enero del 2008

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20, y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1), 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública,  Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978.  Así como lo dispuesto en la Ley N° 8562 de 7 de diciembre de 2006,  Ley de Presupuesto Ordinario y  Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2007, en los artículos 4 inciso d), 7, 31 y 34 del Reglamento de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República y en el Convenio de Cooperación Interinstitucional suscrito por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, el Ministerio de Comercio Exterior y el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, el día 6 de febrero del 2007.

Considerando:

1º—Que los días que van del 23 al 29 de enero del 2008, se realizará en Costa Rica, la reunión de Coordinación Centroamericana del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea en preparación para la II Ronda de dichas Negociaciones, evento de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior.

2º—Que la participación del señor Roberto Echandi Gurdián en la reunión, resulta necesaria, por cuanto en ella se tratarán temas de gran relevancia para este Ministerio, relacionadas con el proceso de negociación de un Acuerdo de Asociación con la Unión Europea. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Roberto Echandi Gurdián, cédula de identidad N° 1-698-520, Embajador de Costa Rica en Bélgica y Coordinador por Costa Rica de las negociaciones de un Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, para que viaje de Bruselas, Bélgica a Costa Rica para participar en la reunión de Coordinación Centroamericana del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea en preparación para la II Ronda de dichas Negociaciones, a celebrarse del 23 al 29 de enero del 2008.  El señor Echandi Gurdián viaja a partir del 22 de enero, y retorna  a Bruselas, Bélgica  hasta el 30 de enero del 2008 por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino.

Artículo 2º—Los gastos del señor Roberto Echandi Gurdián, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte, correspondiente al  viaje a Costa Rica, serán cubiertos con recursos de COMEX de las subpartidas 10501 del Programa 792, 10503 y 10504 del Programa 796. Los gastos de transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado e impresión de documentos y para el envío de documentos vía Internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como también para hacer escala en Madrid, España por conexión.

Artículo 3º—Que durante el período que va del 22 al 30 de enero del 2008, el señor Roberto Echandi Gurdián, devengará el 100% de su salario, el cual es cancelado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 4º—Rige a partir del 22 al 30 de enero del 2008.

San José, a los dieciséis días del mes de enero del año dos mil ocho.

Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior.—1 vez.—(Solicitud Nº 24852).—C-27740.—(11822).

MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Nº 004 -2008-MICIT

LA MINISTRA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

En uso de las facultades que le confieren los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la Republica, Nº 8562, publicada en el Alcance Nº 60 a La Gaceta Nº 250 de 29 de diciembre del 2006 y el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, R-CO-1-2007 de la Contraloría General de la Republica.

Considerando:

1º—Que el Licenciado Gustavo Adolfo Ulate González, cédula de identidad uno-cero siete tres uno-cero cero siete cuatro, es funcionario del Ministerio de Ciencia y Tecnología y destacado como Oficial Mayor.

2º—Que en ese contexto y atendiendo la invitación cursada por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología de México (CONACIT), asistirá al “Encuentro Mesoamericano de Ciencia y Tecnología en el Ámbito de Unión Europea”. Dicha actividad se realizará los días del 8 al 12 de febrero del presente año, en la ciudad de Guanajuato-México.

3º—Que la participación del funcionario reviste especial interés para el Ministerio de Ciencia y Tecnología. Por tanto,

ACUERDA:

1º—Autorizar al señor Gustavo Adolfo Ulate González, cédula de identidad uno-cero siete tres uno-cero cero siete cuatro, Oficial Mayor del Ministerio de Ciencia y Tecnología, para que viaje a la Ciudad de Guanajuato México del 8 al 12 de febrero del año dos mil ocho, con el propósito de asistir al “Encuentro Mesoamericano de Ciencia y Tecnología en el Ámbito de Unión Europea”.

2º—El Ministerio de Ciencia y Tecnología, cubrirá los gastos de pasajes aéreos, transporte en el exterior, traslado aeropuerto -hotel-aeropuerto y los impuestos, tributos o canones que el funcionario deba pagar por la utilización de las terminales aéreas, además cubrirá lo correspondiente a alimentación y gastos menores de los días del ocho al doce de febrero, por medio de las subpartidas 10503 y 10504, respectivamente.

Se adelantará la suma de $650,00 (seiscientos cincuenta dólares 00/100), sujetos a liquidación.

El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología de México, cubrirá los gastos de hospedaje los días del 8 al 12 de febrero del presente año.

3º—Rige a partir del día ocho de febrero, hasta el día doce de febrero del año dos mil ocho.

Dado en el Ministerio de Ciencia y Tecnología, el día seis de febrero del dos mil ocho.

Publíquese.—Dra. Eugenia M. Flores Vindas, Ministra de Ciencia y Tecnología.—1 vez.—(Solicitud Nº 0008).—C-20480.—(11813).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Nº 36/2007.—El señor Kuroosh Barinjou Mahjub, cédula o pasaporte Nº 8-066-232, en calidad de gerente general de la compañía Kaf Internacional S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita inscripción del equipo presión previa, marca Originale Volpi, modelo 81 PRG 12 LT. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Nº 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de diciembre del 2007.—Equipos y Fiscalización.—Ing. Emmanuel Villalobos Sánchez.—(11376).

Nº 37/2007.—El señor Kuroosh Barinjou Mahjub, cédula o pasaporte Nº 8-066-232, en calidad de gerente general de la compañía Kaf Internacional S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela, solicita inscripción del equipo presión previa, marca Originale Volpi, modelo DEA 2000. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Nº 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado, dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de diciembre del 2007.—Equipos y Fiscalización.—Ing. Emmanuel Villalobos Sánchez.—(11377).

N° 38/2007.—El señor: Kuroosh Barinjou Mahjub, cédula o pasaporte: 8 066 232. En calidad de Gerente General de la compañía: Kaf Internacional S. A. Cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela. Solicita la inscripción del equipo: Presión Previa Marca: Originale Volpi. Modelo: 3350 A. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037-MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de diciembre del 2007.—Equipos y Fiscalización.—Ing. Emmanuel Villalobos Sánchez,.—(11378).

N° 39/2007.—El señor Kuroosh Barinjou Mahjub, cédula o pasaporte: 8-066-232. En calidad de Gerente General de la compañía: Kaf Internacional S. A. Cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela. Solicita la inscripción del equipo: Presión Previa. Marca: Originale Volpi. Modelo: DEA LT 12 VITON. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto Nº 27037 MAG -MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 18 de diciembre del 2007.— Equipos y Fiscalización.—Ing. Emmanuel Villalobos Sánchez.—(11379).

Nº 06/2008.—El señor Héctor Adolfo Cruz Molina, cédula Nº 3-102-308, en calidad de presidente, de la compañía: Macori, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del equipo: abonadora, marca: JAN, modelo: 20000. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto Nº 27037-MAG - MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la última publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 4 de febrero del 2008.— Equipos y Fiscalización.—Ing. Emmanuel Villalobos Sánchez, Encargado.—(11385).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

AVISO

Que el señor Jorge Arce Lara, mayor, soltero, abogado y notario público, cédula número uno-setecientos treinta y dos-trescientos noventa y siete, vecino de San José; en su calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma; presentó una solicitud de renovación del certificado de explotación de la empresa Delta Airlines Inc., cédula jurídica número tres-cero doce-ciento treinta mil ochocientos setenta y nueve; ha solicitado para su representada una solicitud de renovación del certificado de explotación de la empresa para brindar servicios regulares de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo en las rutas Atlanta, Georgia-Liberia, Costa Rica-Atlanta Georgia. Todo lo anterior conforme a la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas y el Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación Decreto Nº 3326-T del 25 de octubre de 1973 publicado en el Alcance Nº 171 a La Gaceta Nº 221 de 23 de noviembre de 1973; el RAC 119 Reglamento de Certificado de Operador Aéreo (COA, Certificados operativos y autorizaciones de operación), publicado en La Gaceta 75 del 19 de abril del 2006, y demás disposiciones nacionales concordantes. El Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo décimo de la sesión ordinaria número 08-2008 celebrada el día 30 del mes de enero del 2008, señaló que la solicitud reúne los requisitos formales exigibles, por lo cual se emplaza a los interesados a fin de que apoyen o se opongan a dicha solicitud en forma escrita y con la prueba correspondiente, dentro del término de 15 días hábiles siguientes contados a partir del día de la publicación del presente aviso. La audiencia pública se celebrará a las 9:00 horas del tercer día hábil siguiente al vencimiento del emplazamiento.—Lic. Jorge Fernández Chacón, Director General.—1 vez.—(Solicitud Nº 20647).—C-15200.—(12446).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD Y

MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada Rama Académica, Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 91, título Nº 25, emitido por el Colegio Ricardo Fernández Guardia, en el año mil novecientos setenta y uno, a nombre de Solano Barrientos Luis Alejandro. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 1º de febrero del 2008.—Departamento de Pruebas de Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(10856).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 27, Título N° 151, emitido por el Colegio Técnico Profesional 27 de abril, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Rosales Angulo Carlos. Se solicita la reposición del título indicado por perdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 10 de diciembre del dos mil siete.—Departamento de Supervisión Nacional.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(10899).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Certificado de Conclusión de Estudios de Enseñanza Media, inscrito en el tomo 1, folio 37, título 268, emitido por el Colegio Carlos Gagini, en el año mil novecientos setenta y tres, a nombre de Vásquez Cordero María Isabel. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 4 de febrero del 2008.—Departamento de Pruebas de Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(11346).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 168, Título Nº 1815, emitido por el Liceo de Heredia, en el año dos mil uno, a nombre de Sojo Hernández Cynthia Arelys. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.—San José, 4 días del mes de febrero del 2008.—Departamento de Pruebas Nacionales de Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(11846).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 46, título Nº 408, emitido por el Liceo de Poás, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Núñez González Alejandro. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de diciembre del 2007.—Departamento de Supervisión Nacional.—MSc. Trino Zamora Zumbado, Director.—(11897).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 24, Asiento Nº 103, emitido por el Liceo San Gabriel de Aserrí, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Valverde Monge Luis Froilán. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.—San José, 20 días del mes de junio del 2007.—Departamento de Pruebas Nacionales de la Educación Abierta.—Lic. Marvin Loría Masís, Director.—(12396).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

AVISO

En sesión celebrada en San José, a las nueve horas del día 29 de octubre del 2007, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución Nº R-8040-2007, del día 29 de octubre del 2007, al señor Vargas Vargas Gonzalo, cédula de identidad Nº 4-078-867, vecino de Heredia; por un monto de sesenta y cuatro mil trescientos dieciséis colones con cincuenta y un céntimos (¢64.316,51), de acuerdo al II semestre del 2007, con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Lic. Francis Zúñiga González, Director Ejecutivo.—1 vez.—(11942).

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Cambio de nombre Nº 54835

Que el señor Manuel E. Peralta Volio, cédula Nº 9-012-480, en concepto de apoderado especial de American Telephone And Telegraph Company; solicitó a este Registro se anote la inscripción del Cambio de Nombre, otorgado por American Telephone And Telegraph Company de Estados Unidos de América por el de AT & T Corp, de Estados Unidos de América. Solicitud presentada a las 09:34 del 15 de enero, 2008; con respecto a la marca la Marca de Servicios USA DIRECT en Clase 38, Registro Nº 79024, inscrita el 6 de abril, 1992, la Marca de Fábrica USA DIRECTO en Clase 9, Registro Nº 79028, inscrita el 6 de abril, 1992. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(11872).

REGISTRO DE PATENTES DE INVENCIÓN

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Rafael A. Oreamuno Blanco, mayor, abogado, cédula Nº 2-387-850 en su condición de apoderado especial de Colgate Palmolive Company, de E.U.A., solicita el Modelo Industrial denominada ASA DE CEPILLO DENTAL ELÉCTRICO. Se trata de un diseño nuevo, original y ornamental de un asa de cepillo dental eléctrico, en el que se puede apreciar una disposición novedosa del asa, desde su parte inferior hasta la base del cuello del cepillo dental. El diseño posee una disposición especial de elementos figurativos alusivos a un pequeño caballo de fantasía (estilo pony o unicornio). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Dibujos y Modelos Industriales Sétima Edición es 28 / 03, cuyo inventor es Janet M. Cunniffe. La solicitud correspondiente lleva el número 6778 y fue presentada a las 10:08:00 del 11 de octubre de 2002. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de julio del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(11417).

 La señora(ita) Adriana Oreamuno Montano, abogada, en su condición de apoderara de Colgate Palmolive Company, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada PAÑO DE LIMPIEZA ANTIBACTERIANO. Un paño de limpieza que comprende una tela no tejida, en donde la tela no tejida está impregnada con una composición de limpieza antibacteriana. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C11D 17/04, cuyos inventores son Dastbaz Nathalie, Simon Joelle. La solicitud correspondiente lleva el número 8751, y fue presentada a las 11:47:51 del 14 de noviembre de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de agosto del 2007.—Lic. Katherine Jiménez, Registradora.—(11418).

El señor Rafael A. Oreamuno Blanco, mayor, abogado, cédula Nº 2-387-850 en su condición de apoderado especial de Colgate Palmolive Company, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN LIMPIADORA QUE CONTIENE UN POLÍMERO HIDROFILIZADO. La presente invención se refiere a una composición limpiadora que contiene un surfactante zwitteriónico, un cosurfante glicol éter, un polímero hidrofilizante y agua. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C11D 3 /37, cuyos inventores son: Natalie Dastbaz, Erick Ewbank. La solicitud correspondiente lleva el número 7780, y fue presentada a las 11:00:34 del 30 de marzo de 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de julio del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(11419).

La señora(ita) Adriana Oreamuno Montano, mayor, casada, abogada, vecina de San José, cédula 1-1147-550, apoderada especial de Colgate Palmolive Company, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPOSICIÓN LIMPIADORA LÍQUIDA QUE CONTIENE UN COPOLÍMERO DE POLIACRILAMIDA ANIÓNICO. Esta descrita una mejora en las composiciones limpiadoras líquidas para todos los propósitos las cuales son especialmente efectivas en la remoción de la suciedad aceitosa y grasosa y contienen un detergente aniónico, y/o surfactantes no jónicos etoxilatados, un copolímero de poliacrilamida aniónico, un copolímero de ácido maleico/olefina, un ingrediente de hidrocarburo y agua. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C11D 3 /37, cuyos inventores son: Myriam Mondin, Frederic Bessemans, Jean Massaux. La solicitud correspondiente lleva el número 8369 y fue presentada a las 11:56:37, del 27 de abril de 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de agosto del 2007.—Lic. Karen Quesada, Registradora.—(11420).

La señora(ita) Adriana Oreamuno Montano, mayor, Abogada, cédula 1-1147-550, en su condición de apoderada especial de Colgate Palmolive Company, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada PAÑO LIMPIADOR. Un paño limpiador que comprende una tela no tejida en donde la tela no tejida está impregnada con una composición limpiadora que comprende: (i) 0.5% por peso a 8% por peso de por lo menos un surfactante no iónico etoxilatado; (ii) 0.25% por peso a 10% por peso de un alcanol CI-C4 o una mezcla del mismo; (iii) 0.5% por peso a 8% por peso de un cosurfactante; (iv) 0.1% por peso a 1.5% por peso de un surfactante aniónico; 0.25% por peso a 5% por peso de un coplímero de Olefina/ácido maléico; y (iv) el resto siendo agua. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C11D                1 / 83, cuyos inventores son Dastbaz, Nathalie, Simon, Joelle. La solicitud correspondiente lleva el número 8038 y fue presentada a las 13:16:44, del 11 de octubre de 2005. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de julio del 2007.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(11421)

AMBIENTE Y ENERGÍA

INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. 12785P.—Dinorah, Lizano Madriz, solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del Pozo RG - 348, efectuando la captación en finca de su propiedad en Atenas, Atenas, Alajuela, para uso Consumo Humano. Coordenadas 219.100 / 496.085 hoja Rio Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 04 de febrero del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(10367).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Expediente Nº 12788A.—Carmen Yamileth Hidalgo Mora, solicita concesión de 0,05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Antonio Vargas Badilla en Rosario (Desamparados), Desamparados, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 199.300 / 323.600 hoja Caraigres. Predios inferiores. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de febrero del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 13591.—(10983).

Expediente Nº 12399A.—Hot Creek Hotel S. A., solicita aumento de caudal y ampliación de usos: 2 lps del nacimiento sin nombre 1, 2 l/s de nacimiento sin nombre 2 y 2 l/s de quebrada Guillermina, efectuando la captación en finca de Ganadera Copacabana S. A., en Fortuna, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano y turístico. Coordenadas 274.300 / 462.165; 274.300 / 462.160, 274.630 / 462.162 hoja Fortuna respectivamente. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de febrero del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 13371.—(10984).

Exp. 12747P.—Sabana del Caribe S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo del pozo MTP - 218, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tempate, Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario, consumo humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 271.724 / 344.052 hoja Matapalo. 2 litros, por segundo del pozo MTP - 244, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tempate, Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario, consumo humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 271.716 / 343.933 hoja Matapalo. 2 litros del Pozo MTP - 219, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tempate, Santa Cruz, Guanacaste, para uso agropecuario, consumo humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 271.597 / 343.888 hoja Matapalo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de diciembre del 2007.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 13844.—(11514).

Exp. 12791P.—Finca Atardecer de Nosara FDN S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del pozo GA - 240, efectuando la captación en finca de su propiedad en Nosara, Nicoya, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 216.364 / 356.955 hoja Garza. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de febrero del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(11700).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. Nº 6303P.—Ofibodegas del Oeste S. A., solicita concesión de 4,00 litros por segundo del Pozo AB-1386, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael, Alajuela, para uso consumo humano, en bodegas y riego de zona verde. Coordenadas 216.600 / 513.800 Hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de febrero del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(11921).

Expediente Nº 12794A.—Irma Carranza Chavarría, solicita concesión de: 0,02 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en su propiedad. Sita: en Zapotal, Nandayure, Guanacaste, para uso doméstico y abrevadero. Coordenadas: 219.400 / 390.100, hoja Cerro Azul. Predios inferiores: no hay. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de febrero del 2008.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 14176.—(12064).

DIRECCIÓN GENERAL TRANSPORTE

Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLE

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Nº DGTCC-00095-2008.—Que el día 25 de enero del dos mil ocho, se tiene por presentada la solicitud por parte del señor Daniel Emilio Álvarez, mayor, casado, de nacionalidad francesa, ejecutivo, portador del pasaporte número 05 AE 5394, en su condición de gerente, ostentando la representación judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma, de la empresa denominada “Total Petróleo Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-171670, para cambio de titularidad y prestación de servicio público por concepto de venta de la estación de servicio conocida como Servicentro Coyolar, ubicada en Coyolar de Orotina, Alajuela; cuyo permisionario de servicio público actual lo es la empresa Lubricentro El Pacífico Sociedad Anónima, cédula de jurídica número 3-101-097138, la cual es representada por su apoderado generalísimo, señor Humberto Calvo Mora, cédula de identidad número 3-132-013, quien ha manifestado que no se le tenga como prestatario del servicio público de estación de servicio Total Coyolar por haber vendido dicho local comercial. Se otorga un plazo de quince días hábiles a partir de la primera publicación en el Diario Oficial La Gaceta, para que aquellos acreedores e interesados se presenten a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 479 del Código de Comercio. Publíquese este aviso por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 30 de enero del 2008.—Ing. Carlos Barboza, Director a. í.—(11406).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

027-PTDH-2008-DGTCC.—San José, a los cinco días del mes de febrero del dos mil ocho. Se tiene por presentada la solicitud por parte del señor Luís Marciano Zúñiga Valverde, mayor, casado una vez, transportista, cédula de identidad Nº 1-358-780, y vecino de San Francisco de Dos Ríos, San José, en su condición de apoderado generalísimo de la sociedad denominada Transportes Chamuca de Guadalupe Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-085581, solicita autorización para la entrada en operación de un equipo cisterna para el transporte de producto limpio, específicamente gasolina súper, gasolina regular y diesel, el cual prestará el servicio desde los planteles de RECOPE hasta la estación denominada Estación de Servicio Insumos Federados S. A., ubicada en Plaza González Víquez, distrito Catedral del cantón Central, provincia de San José, y a las otras estaciones gasolineras autorizadas que requieran del servicio dentro del territorio nacional. Con fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 24813-MAE, se otorga un plazo de ocho días hábiles a partir de la publicación que resulte, en uno de los diarios de mayor circulación en el país y en el Diario Oficial La Gaceta, para que cualquier persona natural o jurídica, que tenga interés o pueda resultar afectada con la operación del nuevo equipo, haga llegar a esta Dirección su criterio, opinión u oposición al respecto, aportando toda la prueba que la sustente.—San José, a las ocho horas del día seis de febrero del dos mil ocho.—Ing. Carlos Barboza Villalobos, Director General a. í.—1 vez.—(11983).

PODER JUDICIAL

AVISOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada Jéssica María González Rojas, cédula de identidad Nº 02-0579-0895, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este despacho, dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 07-001531-624-NO.—San José, 11 de diciembre del 2007.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—Nº 13985.—(12063).

Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Freddy Valverde Rumoroso, cédula de identidad Nº 1-1010-0056, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Exp. 07-001689-624-NO.—San José, 4 de febrero de 2008.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—(12403).

RESEÑAS

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO: ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

Que en la acción de inconstitucionalidad que se tramitó en el expediente número 05-003588-0007-CO promovida por Danilo Villalta Loaiza, cédula de identidad número 3-164-089, en representación de “deloitte & Touche, Sociedad Anónima”; Erick Ricardo Alfaro Vargas, cédula 2-409-916,en representación de “KPMG, Sociedad Anónima”; Ernesto Eduardo Hempe Sintas, cédula de residencia número 726-180248114, en representación de “Price Waterhouse Coopers Y Compañía”; Juan Carlos Lara Povedano, cédula de identidad 1-560-607, en representación del “despacho Lara Eduarte, Sociedad Colectiva”; Mario Gómez Fernández, cédula 1-559-128 en representación de la “Asociación Cámara Costarricense de Emisores de Títulos Valores”; Ramón Mendiola Sánchez, cédula número 1-679-993, en representación de “Florida Ice and Farm Company, Sociedad Anónima”; Diego Artiñano Ferris, cédula de identidad número 1-526-231, en representación de “Atlas Eléctrica, Sociedad Anónima”; Francis Durman Esquivel, cédula número 1-514-231, en representación de “Durman Esquivel, Sociedad Anónima”, el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, representado por su Presidente, Guillermo Smith Ramírez, cédula 1-628-200; y Carlos Villalobos Carvajal, cédula 1-533-099, en representación de la Asociación Cámara Costarricense de Emisores de Títulos Valores contra el artículo 8° y el Transitorio I del Reglamento de auditores externos y medidas de gobierno corporativo aplicable a los sujetos fiscalizados por SUGEF, SUGEVAL y SUPEN, publicado en La Gaceta Nº 28 del nueve de febrero del dos mil cinco, se dictó el voto Nº 017599-2006 de las quince horas y seis minutos del seis de diciembre de dos mil seis, que literalmente dice: voto Nº 017599-2006. Por tanto: “Por extemporáneas, se deniegan las gestiones de coadyuvancia formuladas por Edgar Robles Cordero y Oscar Rodríguez Ulloa en su condición de Intendente General de Pensiones (SUPEN) y Superintendente General de Entidades Financieras (SUGEF), respectivamente. Se declara parcialmente con lugar la acción y en consecuencia se anulan del ordenamiento jurídico, el artículo 8° y el Transitorio I del Reglamento de auditores externos y medidas de gobierno corporativo aplicable a los sujetos fiscalizados por SUGEF, SUGEVAL y SUPEN. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de las normas anuladas, sea el nueve de febrero del dos mil cinco. Se declara sin lugar la acción respecto de la impugnación que por conexidad y consecuencia se hace de los artículos 11 incisos c) y f) y 171 incisos b), ñ) y o) de la Ley Reguladora del Mercado de Valores, 119, 131 incisos k), l) y n) de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica. Sin embargo, se hace la advertencia de que los mismos deben ser aplicados e interpretados en la forma como se indica en esta sentencia. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, y al Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese.”

San José, 6 de febrero del 2008.

                                                                                                                                                                                                           Gerardo Madriz Piedra,

1 vez.—(11835).                                                                                                                                                                                             Secretario

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil – Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 22249-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cincuenta y cinco minutos del veintitrés de noviembre del dos mil siete. José Antonio Duarte Martínez, cédula de identidad número ocho-cero setenta y siete-cero setenta y uno, vecino de centro Desamparados, San José, solicita la rectificación de su asiento de naturalización... en el sentido que los apellidos de la persona ahí inscrita son “Martínez Duarte”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Nº 14009.—(12065).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Chao Long Zheng, no indica otro apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3276-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas cinco minutos del veintitrés de noviembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 16232-2007. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Chao Long Zheng, no indica otro apellido con Sharon de los Ángeles Ovares Alvarado…, en el sentido que el nombre del cónyuge, el nombre del padre y el nombre y apellido de la madre del mismo son “Chaolong”, “Mingyou”, y “Lianying Su, no indica segundo apellido”, respectivamente y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(11993).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ana Isabel Soto León, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3096-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas y cincuenta y ocho minutos del catorce de noviembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 20805-04. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Karen Melissa Mora Delgado… en el sentido que el segundo apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Rojas”, y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 14268.—(12066).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jessica Oporta Romero, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1603-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas y doce minutos del once de junio del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 30165-2006. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Bayron Josué Muñoz Romero, en el sentido que los apellidos de la madre son “Oporta Romero”, y no como se consignaron. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 14178.—(12067).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por María Alejandra Barquero Gómez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2015-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas cincuenta y siete minutos del doce de julio del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 1941-2007. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento _de nacimiento de Jeremy Abraham Corrales Gómez, en el sentido que los apellidos de la madre del mismo son “Barquero Gómez”, y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 14028.—(12068).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Birmania Mendoza Pérez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1680-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas y doce minutos del quince de junio del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 34835-06. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Yerlyn Steffanie Pérez Mendoza… en el sentido que los apellidos de la madre de la persona ahí inscrita son “Mendoza Pérez”, y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 14119.—(12069).

AVISOS

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Aviso de solicitud de naturalización

Dabo Liang Zhang, mayor, casado, comerciante, chino, cédula de residencia Nº 626-171417-004815, vecino de San José, expediente Nº 591-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley de Opciones y Naturalizaciones Nº 1155 del 29 de abril de 1950 y sus reformas, solicitando se le conceda la nacionalidad costarricense por naturalización. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, motivando su oposición y aportando las pruebas del caso.—San José, veintiuno de diciembre del dos mil siete.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—1 vez.—(11992).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE LIBERIA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

PROGRAMA ADQUISICIONES AÑO 2008

Con fundamento en lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y Artículo 7 de su Reglamento, se informa de nuestro Programa de Adquisiciones proyectado para el período 2008.

Código               Partidas y subpartidas                         Monto total

                                                                                   programas I, II y III

01                              Servicios                                             

01-01             Alquileres                                                                           

01-01-02       Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario     29.000.000,00

01-01-03       Alquiler equipo de cómputo                                  500.000,00

01-01-04       Alquiler y derechos p telecomunicaciones             820.000,00

01-02             Servicios básicos                                                                

01-02-01       Servicio de agua y alcantarillado                      15.000.000,00

01-02-02       Servicio de energía eléctrica                            26.000.000,00

01-02-03       Servicio de correo                                                495.000,00

01-02-04       Servicio de telecomunicaciones                       8.7500.000,00

01-03             Servicios comerciales y financieros                                

01-03-01       Información                                                         750.000,00

01-03-02       Publicidad y Propaganda                                    6.550.000,00

01-03-03       Impresión, encuadernación y otros                    7.000.000,00

01-04             Servicios de gestión y apoyo                                             

01-04-01       Servicios médicos y de laboratorio                        800.000,00

01-04-02       Servicios Jurídicos                                           24.364.976,00

01-04-03       Servicios de ingeniería                                     31.400.000,00

01-04-04       Servicios en ciencias económicas y sociales       2.000.000,00

01-04-05       Servicios generales                                               200.000,00

01-04-06       Otros servicios gestión y apoyo                        9.352.485,83

01-05             Gastos viaje y transporte                                                  

01-05-01       Transporte en el país                                        6.950.000,00

01-05-03       Transporte en el exterior                                  3.000.000,00

01-07             Capacitación y protocolo                                                  

01-07-01       Actividades de capacitación                             11.625.000,00

01-07-02       Actividades de protocolo                                   5.167.493,41

01-07-03       Gastos representación institucional                   3.000.000,00

01-08             Mantenimiento y reparación                                           

01-08-01       Mantenimiento edificios y locales                     7.600.000,00

01-08-03       Mantenimiento instalaciones y otras obras        1.000.000,00

Código               Partidas y subpartidas                         Monto total

                                                                                   programas I, II y III

01-08-04       Mant. y repar. de maquinaria y eq. Producción  9.600.000,00

01-08-05       Mant. y repar. equipo transporte                     11.222.763,88

01-08-06       Mant. y repar. equipo comunicación                    550.000,00

01-08-07       Mant. y repar. equipo mobiliario oficina              900.000,00

01-08-08       Mant. y repar. equipo cómputo sist. Informáticos 2.085.000,00

02                  Materiales y suministros                                                  

02-01-01       Combustibles y lubricantes                               93.079.498,59

02-01-02       Productos farmacéuticos y medicinales              1.110.000,00

02-01-04       Tintas, pinturas y diluyentes                             6.600.000,00

02-01-99       Otros productos químicos                                  3.450.000,00

02.02             Alimentos y productos agropec.                                       

02-02-02       Productos agroforestales                                   3.000.000,00

02-02-03       Alimentos y bebidas                                          3.790.000,00

02-03             Materiales y productos de uso en

                      construcción y mantenimiento                                        

02-03-01       Materiales y productos metálicos                    13.520.000,00

02-03-02       Materiales y productos minerales y asfálticos 195.559.549,94

02-03-03       Madera y sus derivados                                      2.100.000,00

02-03-04       Materiales y prod. eléctr, telef. y de computo   2.800.000,00

02-03-05       Materiales y productos de vidrio                           800.000,00

02-03-06       Materiales y productos de plástico                     2.970.000,00

02-03-99       Otros mat. y productos uso en construcción      2.150.000,00

02.04             Herramientas reptos y acces                                            

02-04-01       Herramientas e instrumentos                           13.150.000,00

02-04-02       Repuestos y accesorios                                    34.600.000,00

02-99             Útiles, materiales y sumin diversos                                

02-99-01       Útiles, mat. ofic. y cómputo                             7.375.000,00

02-99-02       Útiles y materiales hospital y de investigac          300.000,00

02-99-03       Prod., papel, cartón e impresos                       10.470.000,00

02-99-04       Textiles y vestuarios                                       11.650.000,00

02-99-05       Útiles y materiales de limpieza                          7.600.000,00

02-99-06       Útiles y mat. de resguardo y seguridad                2.400.000,00

02-99-07       Útiles y materiales de cocina y comedor                 50.000,00

02-99-99       Otros útiles, materiales y suministros                2.570.000,00

05                  Bienes duraderos                                                               

05.01             Maquinaria, equipo y mobiliario                                     

05-01-01       Maquinaria y equipo para producción            142.911.646,70

05-01-02       Equipo de transporte                                       15.000.000,00

05-01-03       Equipo de comunicación                                       680.000,00

05-01-04       Equipo y mobiliario de oficina                              900.000,00

05-01-05       Equipo y programas de cómputo                       7.940.000,00

05-01-99       Maquinaria y equipo diverso                              5.500.000,00

05.02             Construcciones adiciones y mejoras                               

05-02-01       Edificios                                                          13.762.634,64

05-02-02       Vías de comunicación                                        2.450.092,83

05-02-99       Otras construcciones, adiciones y mejoras       13.000.000,00

Estas compras están financiadas con presupuesto ordinario del año 2008, debidamente autorizado por la Contraloría General de la República.

Liberia, 30 de enero del 2008.—Sr. Carlos Luis Marín Muñoz, Alcalde Municipal.—1 vez.—(11415).

LICITACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

UNIDAD DE PROVEEDURÍA Y SUMINISTROS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000005-SG

Contratación de servicios de cinco talleres mecánicos

particulares para el mantenimiento preventivo y

correctivo, y reparación de la flota vehicular

del CONAVI

Se comunica a las empresas interesadas en participar en la licitación en referencia, que este Consejo recibirá ofertas, de conformidad con los términos cartelarios, hasta las 10:00 horas del día 13 de marzo del 2008, en las Oficinas de la Proveeduría, ubicadas de la rotonda de La Betania, 50 metros este y 10 metros norte, carretera a Guadalupe.

Los interesados en participar deberán adquirir los documentos de licitación a partir de la fecha indicada en esta invitación a participar, en la Unidad de Proveeduría y Suministros del CONAVI, previo depósito no reembolsable por la suma de dos mil colones (¢2.000,00) a favor del CONAVI, en la cuenta corriente Nº 001-215447-1 del Banco de Costa Rica, y la entrega del recibo de depósito correspondiente.

San José, 12 de febrero del 2008.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 19548).—C-8580.—(13452).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000002-00100

Contratación de los servicios de un centro de llamadas telefónicas

(Call Center) mediante un número único a nivel nacional

El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial, a través de la Unidad de Licitaciones, recibirá ofertas hasta las 9:00 horas del día 3 de marzo del 2008, para la licitación de referencia.

El interesado tiene el cartel a su disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita, en la dirección http://hacienda.go.cr, accesando en Link de Compra Red de Internet a partir de esta fecha, o podrá ser retirado en el Departamento de Proveeduría en el segundo piso. La dirección es la siguiente: La Uruca contiguo a la Agencia del Banco Nacional, previo a la cancelación de ¢1.000,00 (mil colones exactos), monto que deberá ser depositado a favor del Consejo de Seguridad Vial, en cualquier Agencia Bancaria del Banco de Costa Rica o del Banco Nacional de Costa Rica, en las cuentas que se detallan a continuación:

Entidad bancaria                                        Número de cuenta

Banco de Costa Rica                                              64590-7

Banco Nacional de Costa Rica                               75830-0

El contenido del comprobante emitido por la Agencia Bancaria debe contar con la siguiente información como mínimo:

Ÿ Nombre del depositante.

Ÿ Cliente y número de cuenta cliente.

Ÿ Monto depositado.

Ÿ Concepto: Pago de cartel de la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000002-00100.

San José, 13 de febrero del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexánder Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 10964).—C-13220.—(13467).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000003-00100

Alquiler de tres apartamentos (estilo apartotel)

El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial, a través de la Unidad de Licitaciones, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 26 de febrero del 2008, para la licitación de referencia.

El interesado tiene el cartel a su disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita, en la dirección http://hacienda.go.cr, accesando en Link de Compra Red de Internet a partir de esta fecha, o podrá ser retirado en el Departamento de Proveeduría en el segundo piso. La dirección es la siguiente: La Uruca contiguo a la Agencia del Banco Nacional, previo a la cancelación de ¢1.000,00 (mil colones exactos), monto que deberá ser depositado a favor del Consejo de Seguridad Vial, en cualquier Agencia Bancaria del Banco de Costa Rica o del Banco Nacional de Costa Rica, en las cuentas que se detallan a continuación:

Entidad bancaria                                        Número de cuenta

Banco de Costa Rica                                              64590-7

Banco Nacional de Costa Rica                               75830-0

El contenido del comprobante emitido por la Agencia Bancaria debe contar con la siguiente información como mínimo:

Ÿ Nombre del depositante.

Ÿ Cliente y número de cuenta cliente.

Ÿ Monto depositado.

Ÿ Concepto: Pago de cartel de la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000003-00100.

San José, 13 de febrero del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexánder Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 10964).—C-13220.—(13468).

EDUCACIÓN PÚBLICA

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000005-57307

Equipo educacional

La Proveeduría Institucional, recibirá ofertas hasta las 8:00 horas del 11 de marzo del 2008, para la compra de “Equipo educacional”, promovido a favor del Ministerio de Educación Pública.

Los interesados podrán retirar el cartel a partir de esta fecha en forma gratuita en la Proveeduría Institucional del Ministerio de Educación Pública, o bien estará a disposición en el Sistema de CompraRed de Internet a partir de esta fecha en la Dirección: http://www.hacienda.go.cr/comprared.

La Proveeduría Institucional se encuentra ubicada entre avenidas central y segunda, calle 6, Edificio Raventós, cuarto piso.

San José, 13 de febrero del 2008.—Lic. Rosario Segura Sibaja, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 20712).—C-9920.—(13450).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar en los siguientes procedimientos de contratación:

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000001-PROV

Compra de automotores de varios tipos

Fecha y hora de apertura: 14 de marzo de 2008 a las 10:00 horas.

———

LICITACIÓN ABREVIADA NÚMERO 2007LA-000121-PROV

Contratación de servicios de monitoreo de informaciones

en las diferentes radioemisoras, televisoras

y publicaciones del país

Fecha y hora de apertura: 10 de marzo de 2008, a las 10:00 horas.

———

LICITACIÓN ABREVIADA NÚMERO 2008LA-000010-PROV

Contratación de servicios de limpieza y jardinería

para el edificio del Anexo A de los Tribunales del II

Circuito Judicial de San José

Fecha y hora de apertura: 10 de marzo de 2008, a las 11:00 horas.

Los respectivos carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse a la Secretaría del Departamento de Proveeduría; sita en el tercer piso del edificio Anexo B, ubicado en el barrio González Lahmann, en la esquina formada por la calle 15 y la avenida 6, San José; o bien, obtenerlos a través de Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección licitaciones@poder-judicial.go.cr.

San José, 13 de febrero del 2008.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í.—1 vez.—(13059).

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados a participar:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000005-PROV

Contratación de servicios radiológicos

para las localidades de Puntarenas y Cartago

Fecha y hora de apertura: 10 de marzo de 2008, a las 09:00 horas.

Los respectivos carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben dirigirse al Proceso de Adquisiciones del Departamento de Proveeduría; sita en el 3º piso del edificio anexo B, ubicado en la esquina formada entre avenida 6 y calle 15, San José; o bien, obtenerlos a través de Internet, en la dirección htttp://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria, o solicitar el envío del correspondiente archivo por correo electrónico a la dirección licitaciones@poder-judicial.go.cr. En este último caso, de no atenderse su solicitud en la 24 horas hábiles siguientes a su requerimiento, deberá comunicarse tal situación a los teléfonos 295-3626/ 3295.

San José, 13 de febrero del 2008.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í.—1 vez.—(13437).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

PROVEEDURÍA Y LICITACIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000009-01

Contratación de una empresa de seguridad

para la custodia de bienes adjudicados

en pago de obligaciones

La Oficina de Proveeduría y Licitaciones del Banco Crédito Agrícola de Cartago, informa a los interesados que se recibirán ofertas hasta las 11:00 horas del día 25 de febrero del 2008, en las instalaciones del edificio del Depósito Agrícola y Almacén Fiscal de Cartago, sito: 600 metros sur del Autobanco Bancrédito, en Barrio La Lima de Cartago, para participar en la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000009-01 “Contratación de una empresa de seguridad para la custodia de bienes adjudicados en pago de obligaciones”. El pliego de condiciones se podrá retirar en la oficina antes mencionada, o bien, podrá solicitarse a través de la dirección electrónica: carmen.gonzalez@bancrédito.cr.com.

Lic. Ericka Granados Sánchez, Jefa.—1 vez.—(O. C. 5).—C-6620.—(13453).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000008-01

Contratación para el mantenimiento preventivo

y correctivo de equipos de captura de

imágenes y automailler

La Oficina de Proveeduría y Licitaciones del Banco Crédito Agrícola de Cartago, informa a los interesados que se recibirán ofertas hasta las 15:00 horas del día 25 de febrero del 2008, en las instalaciones del edificio del Depósito Agrícola y Almacén Fiscal de Cartago, sito: 600 metros sur del Autobanco Bancrédito, en Barrio La Lima de Cartago, para participar en la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000008-01 “Contratación para el mantenimiento preventivo y correctivo de equipos de captura de imágenes y automailler”. El pliego de condiciones se podrá retirar en la oficina antes mencionada, o bien, podrá solicitarse a través de la dirección electrónica: carmen.gonzalez@bancrédito.cr.com.

Lic. Ericka Granados Sánchez, Jefa.—1 vez.—(O. C. 4).—C-6620.—(13455).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL NACIONAL DE GERIATRÍA Y GERONTOLOGÍA

“DR. RAÚL BLANCO CERVANTES”

OFICINA DE COMPRAS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008 LA-000002-HBC2202

Lentes intraoculares por período de un año

con posibilidad de tres prórrogas

La Oficina de Compras del Hospital Nacional de Geriatría y Gerontología Dr. Raúl Blanco Cervantes con autorización de la Administración General, recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas del día 12 de marzo del 2008.

Las bases del concurso están a disposición de los oferentes en la Oficina de Compras, sótano norte del Hospital de lunes a viernes de 7:30 a.m., a 12:00 m.d., o en la dirección electrónica http/www.ccss.sa.cr.

El cartel tiene un costo de ¢230,00 (doscientos treinta colones exactos).

San José, 11 de febrero del 2008.—MBA. Rocío Serrano Calderón, Jefa.—1 vez.—(13088).

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

HOSPITAL WILLIAM ALLEN T.

La Subárea de Contratación de Bienes y Servicios del Hospital William Allen T., de Turrialba, con autorización de la Dirección Médica y Administración, les invita a participar en el siguiente concurso:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000001-2307

Por la contratación de arrendamiento de edificios

para la consulta externa del Hospital William Allen T.

Fecha y hora máxima de recepción y apertura de ofertas: 29 de febrero del 2008.

Hora de apertura 10:00 horas.

El cartel de especificaciones de este concurso se encuentra a la venta en la Subárea de Contratación Administrativa del Hospital William Allen de Turrialba, ubicado en la entrada principal del cantón, carretera San José-Turrialba.

Valor del cartel ¢500,00 (quinientos colones).

Turrialba, 11 de febrero 2008.—Lic. Orlando Céspedes Campos, Jefe.—1 vez.—(13434).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000006-PRI

Adquisición de cloro gas

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 25 de febrero del 2008, para la Adquisición de Cloro Gas.

Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del AyA, sita en el módulo C, piso 3 del edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00 colones o en el web www.aya.go.cr en el link Proveeduría Institucional-Contrataciones.

San José, 13 de febrero del 2008.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(13046).

INSTITUTO MIXTO DE AYUDA SOCIAL

PROVEEDURÍA GENERAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000001-PROVEE

Alquiler de local para ubicar las oficinas del Cedes de Quepos

El Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), recibirá ofertas hasta las diez horas del día veinticinco de febrero del 2008, para la licitación en referencia, el cartel deberá retirarse en la Proveeduría del IMAS, sita: barrio Francisco Peralta, de Pollos Kentucky 75 metros sur, primer piso, edificio central, o bien en la página www.imas.go.cr.

San José, 18 de febrero del 2008.—Lic. Gloria Jiménez R., Proveedora General a. í.—1 vez.—(13388).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN RAMÓN

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000003-DPMSR

Adquisición de cuatro vagonetas de volteo

de 12 m3 totalmente nuevas

La Municipalidad de San Ramón avisa a los interesados, que recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 14 de febrero en la Proveeduría de esta Institución, sita costado oeste del Estadio Municipal Guillermo Vargas Roldán para la compra de cuatro vagonetas totalmente nuevas modelo 2008.

Los interesados pueden retirar el cartel sin costo alguno en el Departamento de Proveeduría de esta Municipalidad en el siguiente horario: de lunes a viernes de las 06:00 horas hasta las 14:30 horas.

El cartel también estará disponible en la siguiente dirección http//www.sanramon.go.cr en la sección de Servicios Electrónicos, Proveeduría Municipal, Licitaciones Municipales, a partir del día hábil siguiente de la fecha de publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta. Los interesados en participar y que adquieran el cartel por ese medio deberán consignar la información que se solicita al acceder el cartel. El incumplimiento de este requisito exonera a la Municipalidad, la no comunicación de posibles Fe de Erratas que se puedan generar en el concurso.

Proveeduría Municipal.—Jorge Eladio Araya Picado, Proveedor Municipal.—1 vez.—(13438).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000001-DPMSR

Adquisición de compactadora totalmente nueva

La Municipalidad de San Ramón avisa a los interesados, que recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 10 de marzo en la Proveeduría de esta Institución, sita costado oeste del Estadio Municipal Guillermo Vargas Roldán para la compra de una compactadora totalmente nueva modelo 2008.

Los interesados pueden retirar el cartel sin costo alguno en el Departamento de Proveeduría de esta Municipalidad en el siguiente horario: de lunes a viernes de las 06:00 horas hasta las 14:30 horas.

El cartel también estará disponible en la siguiente dirección http//www.sanramon.go.cr en la sección de Servicios Electrónicos, Proveeduría Municipal, Licitaciones Municipales, a partir del día hábil siguiente de la fecha de publicación de este aviso en la Diario Oficial La Gaceta. Los interesados en participar y que adquieran el cartel por ese medio deberán consignar la información que se solicita al acceder el cartel. El incumplimiento de este requisito exonera a la Municipalidad, la no comunicación de posibles Fe de Erratas que se puedan generar en el concurso.

Proveeduría Municipal.—Jorge Eladio Araya Picado, Proveedor Municipal.—1 vez.—(13439).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000002-DPMSR

Adquisición de una motoniveladora totalmente nueva

La Municipalidad de San Ramón avisa a los interesados, que recibirá ofertas hasta las 10 horas del día 12 de marzo en la Proveeduría de esta Institución, sita costado oeste del estadio municipal Guillermo Vargas Roldán para la compra de motoniveladora totalmente nueva modelo 2008.

Los interesados pueden retirar el cartel sin costo alguno en el Departamento de Proveeduría de esta Municipalidad en el siguiente horario: de lunes a viernes de las 06:00 horas hasta las 14:30 horas.

El cartel también estará disponible en la siguiente dirección http//www.sanramon.go.cr en la sección de Servicios Electrónicos, Proveeduría Municipal, Licitaciones Municipales, a partir del día hábil siguiente de la fecha de publicación de este aviso en la diario Oficial La Gaceta. Los interesados en participar y que adquieran el cartel por ese medio deberán consignar la información que se solicita al acceder el cartel. El incumplimiento de este requisito exonera a la Municipalidad, la no comunicación de posibles Fe de Erratas que se puedan generar en el concurso.

Proveeduría Municipal.—Jorge Eladio Araya Picado, Proveedor Municipal.—1 vez.—(13440).

MUNICIPALIDAD DE SAN PABLO DE HEREDIA

CONCURSO EXTERNO Nº 03-2008

El Departamento de Recursos Humanos recibirá ofertas para llenar cuatro plazas para los cargos de Policías Municipales de la Municipalidad de San Pablo de Heredia.

Requisitos generales solicitados:

1.  Fotografía en color reciente.

2.  Ser mayor de edad.

3.  Noveno año aprobado de la Educación General Básica.

4.  Experiencia comprobada en materia de seguridad.

5.  Aprobar cada año mínimo, pruebas específicas de buena condición física y psicológica, que determine la Municipalidad, las cuales incidirán directamente en su carrera administrativa.

6.  No haber sido inhabilitado para el ejercicio de la función pública, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario.

7.  Carecer de antecedentes penales.

8.  Poseer licencia de conducir, B1 y A3.

9.  Aprobar el programa de capacitación que impartirá la Municipalidad, requerido al efecto.

10.   Poseer permiso de portación de armas vigente.

El período para recibir ofertas, cierra el día 22 de febrero del 2008, a las 2:00 p.m. Para entrega de currículum, con el señor Jorge J. Slon Jaikel, Jefe de Recursos Humanos.

Teléfonos: 238-3356, 261-6226 y 238-1882.

San Pablo de Heredia, 13 de febrero del 2008—Recursos Humanos.—Jorge Slon Jaikel, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 14911).—C-9260.—(13471).

CONCURSO EXTERNO Nº 02-2008

El Departamento de Recursos Humanos recibirá ofertas para llenar la Plaza de Guarda Nocturno en el Centro Cultural San Pablo de Heredia.

Requisitos Generales:

1-  Fotografía reciente.

2-  Hoja de delincuencia al día.

3-  Fotocopia de cédula de identidad.

4-  Experiencia en el puesto, comprobado mediante certificaciones o cartas de recomendación.

5-  Poseer permiso de portación de armas vigente, expedido por el Ministerio de Seguridad Pública.

6-  Presentar certificado médico-psiquiátrico en donde se le autoriza a portar armas de fuego.

El periodo para recibir ofertas cierra el día 22 de febrero del 2008, a las 2:00 p.m.

Para entrega de currículum con el señor Jorge J. Slon Jaikel, Jefe de Recursos Humanos. Teléfonos: 238-3356, 261-6226 y 238-1882.

San Pablo de Heredia, 13 de febrero del 2008.—Recursos Humanos.—Jorge Slon Jaikel, Jefe.—1 vez.—(O. C. N° 14911).—C-9260.—(13472).

MUNICIPALIDAD DE CORREDORES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 01-08

Compra de retroexcavador totalmente nuevo

A las empresas Distribuidoras de Equipo Pesado (maquinaria) a participar en la Licitación Pública Nº 01-08 “Compra de retroexcavador totalmente nuevo”. La fecha límite para el recibo de ofertas serán las trece horas del 12 de marzo del 2008. El cartel respectivo está disponible en el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad. Para mayor información, solicitarla a los teléfonos 783- 3939 - 783-3918.

Ciudad Neily, 11 de febrero del 2008.—Gerardo Ramírez Barquero, Alcalde Municipal.—1 vez.—(13413).

ADJUDICACIONES

PODER LEGISLATIVO

DEFENSORÍA DE LOS HABITANTES

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2007LN-000001-01

Contratación de los servicios de una empresa de seguridad

y vigilancia para la Defensoría de los Habitantes de la República

Se avisa a todos los interesados en esta contratación que por resolución de las diez horas del día ocho de febrero del dos mil ocho, se resuelve adjudicar la Licitación Pública Nacional 2007LN-000001-01 de la siguiente manera:

Servicios Administrativos Vargas Mejías S. A., cédula jurídica Nº 3-101-203897.

Servicios de seguridad y vigilancia para las oficinas centrales de la Defensoría de los Habitantes por un plazo de doce meses prorrogables y hasta por un plazo máximo de tres años, los trescientos sesenta y cinco días del año y durante las veinticuatro horas del día con dos oficiales de seguridad por jornada, uno para cada puesto, en tres turnos:

2 oficiales de las 6:00 a las 14:00 horas.

2 oficiales de las 14:00 a las 22:00 horas.

2 oficiales de las 22:00 a las 6:00 horas.

Monto mensual: ¢2.339.743,14 (dos millones trescientos treinta y nueve mil setecientos cuarenta y tres colones con 14/100).

Monto total anual: ¢28.076.917,65 (veintiocho millones setenta y seis mil novecientos diecisiete colones con 65/100).

Todo de acuerdo a los términos de la oferta y del cartel.

San José, 11 de febrero del 2008.—Lic. Carlos E. González L., Director Administrativo.—Departamento de Proveeduría y Servicios Generales.—Roxana Hernández Cavallini, Jefa.—1 vez.—(Solicitud Nº 30595).—C-13220.—(13460).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000001-00100

Alquiler de tres apartamentos (estilo apartotel)

El Departamento de Proveeduría del Consejo de Seguridad Vial a través de la Unidad de Licitaciones, informa que mediante Resolución N° DE-0298-2008, del 7 de febrero del 2008, la Dirección Ejecutiva del Consejo de Seguridad Vial, resuelve declarar infructuosa la contratación de referencia; por no recibir ofertas al concurso.

San José, 13 de febrero del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Alexánder Vásquez Guillén, Jefe.—1 vez.—(Solicitud Nº 10964).—C-5280.—(13469).

BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO

ALMACÉN FISCAL AGRÍCOLA DE CARTAGO S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA 2008LN-000001-01

Contratación del servicio integral de nacionalización,

transporte y distribución de mercaderías

El Almacén Fiscal Agrícola de Cartago, ubicado 600 metros sur del Autobanco de Bancrédito, La Lima, Cartago, informa a los interesados que la adjudicación del evento señalado, ha recaído sobre la empresa Agencia Aduanal Metrópolis, S. A. cédula jurídica 3-101-042919-06.

Cartago, 13 de febrero del 2008.—Wilberth Ramírez C., Gerente General.—1 vez.—(13444).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

SUBPROCESO DE GESTIÓN Y ANÁLISIS DE COMPRAS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000084-PCAD

Contratación de servicios profesionales para la implementación

de un sistema de gestión de equidad de género en el

Banco Popular y de Desarrollo Comunal

El Proceso de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los interesados en la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000084-PCAD, que la Comisión de Licitaciones Abreviadas, mediante acta Nº 47-2008 del 11 de febrero del 2008, resolvió adjudicar en los siguientes términos:

Asociación Centro de Acción Pro Derechos Humanos, cédula jurídica Nº 3-002-319714

Objeto: se contratará a la Asociación Centro de Acción Pro Derechos Humanos para que la misma le permita al Banco Popular y de Desarrollo Comunal, realizar las acciones necesarias para la implementación de un Sistema de Gestión de Equidad, tendiente a provocar igualdad y equidad en las relaciones internas de la Institución.

Monto total adjudicado por el servicio: ¢10.000.000,00 (diez millones de colones exactos).

Plazo de prestación contractual: el plazo de la consultoría será de doce meses, contados a partir del día en que se entregue copia de la orden de compra y se de la orden de inicio.

Garantía de cumplimiento: la Asociación Centro de Acción Pro Derechos Humanos dispondrá de cinco días hábiles, contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación, para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento por un monto del ¢500.000,00 (quinientos mil colones 00/100) y con una vigencia mínima de catorce meses.

Demás condiciones, especificaciones y detalles en conformidad con lo señalado en el pliego cartelario, la oferta y el informe de adjudicación Nº 015-2008, visible en el expediente administrativo.

San José, 13 de febrero del 2008.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(13042).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2008LN-000001-3003

(Anulación antes de la apertura)

Arroz pulido

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia les comunica a los interesados en el concurso Licitación Pública Nacional Nº 2008LN-000001-3003 por compra de Arroz Pulido, que se anula por cuanto la Subárea de Planificación indica que existe un contrato vigente, por lo que se hace innecesaria esta adquisición.

San José, 13 de febrero del 2008.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador.—1 vez.—(13433).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000135-PROV

(Declaratoria de infructuosa)

Adquisición de multiplexores portátiles

para emergencia

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Sector Telecomunicaciones mediante nota Nº 6000-402-2008 del 7 de febrero del 2008, acordó:

Declararse infructuosa la adquisición de multiplexores portátiles para emergencia de la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000135-PROV, debido a que no se presentaron ofertas.

San José, 12 de febrero del 2008.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 335364).—C-7280.—(13456).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000111-PROV

(Declaratoria de infructuosa)

Adquisición de equipos para medición de parámetros

de calidad y análisis de cobertura para el interfase

de aire en las redes celulares del ICE

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Sector Telecomunicaciones mediante nota Nº 6000-401-2008 del 7 de febrero del 2008, acordó:

Declararse infructuosa la adquisición de equipos para medición de parámetros de calidad y análisis de cobertura para el interfase de aire en las redes celulares del ICE de la Licitación Abreviada Nº 2007LA-000111-PROV, debido a que se presentaron ofertas que incumplen técnicamente y otras que cotizaron precios que sobrepasan el monto permitido según el artículo 14 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.

San José, 12 de febrero del 2008.—Sr. Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 335364).—C-9920.—(13457).

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2007LN-000043-PROV

Servicio de limpieza en varias áreas del Complejo

Sabana Norte, Plantel Colima y otras áreas

El Instituto Costarricense de Electricidad, avisa a los interesados en la licitación arriba mencionada, que la Subgerencia Administrativa Institucional, mediante nota Nº 5001-134-2008 del 7 de febrero del 2008, acordó adjudicar la Licitación Pública Nº 2007LN-000043-PROV, de la siguiente manera:

Oferente: Distribuidora Mozee S. A., cédula jurídica Nº 3-101-179181.—Oferta Nº 6

Fórmula A: Servicio de limpieza en varias áreas del Complejo Sabana Norte.

Fórmula B: Servicio de limpieza en varias áreas del Plantel de Colima-Tibás.

Subtotal mensual (fórmulas A y B):            CRC 16.278.513,79

Valor total anual adjudicado:                      CRC 195.342.165,50

(fórmulas A y B)

Período del contrato: Debe iniciar a más tardar 15 días hábiles a partir de la notificación de la orden de servicio y será por un período de un año, prorrogable por períodos iguales hasta completar cuatro años (tomando en cuenta el primer año).

Modalidad y forma de pago: Efectivo a 30 días por mes vencido, contra presentación de facturas, previa aprobación del administrador del contrato.

Garantía de cumplimiento: 7% del valor total adjudicado, con una vigencia de 12 meses, a partir de la firmeza del acto de adjudicación.

Oferente: Multinegocios Internacionales América S. A., cédula jurídica Nº 3-101-098063.—Oferta Nº 4

Fórmula C: Servicio de limpieza en varias áreas de Pavas, Escazú, Sabana Sur, Sabana Este, San José y San Pedro.

Subtotal mensual:                                           CRC 4.386.784,75

Valor total anual adjudicado:                        CRC 52.641.417,00

Período del contrato: Debe iniciar a más tardar 15 días hábiles a partir de la notificación de la orden de servicio y será por un período de un año, prorrogable por períodos iguales hasta completar cuatro años (tomando en cuenta el primer año).

Modalidad y forma de pago: Efectivo a 30 días por mes vencido, contra presentación de facturas, previa aprobación del administrador del contrato.

Garantía de cumplimiento: 7% del valor total adjudicado, con una vigencia de 12 meses, a partir de la firmeza del acto de adjudicación.

Todo de acuerdo con las condiciones y requisitos del cartel y los términos de la oferta adjudicada.

NOTA:   Presentar garantía de cumplimiento, certificación CCSS actualizada, personería jurídica y certificación de la naturaleza y propiedad de las acciones actualizadas, a más tardar dentro de los 10 días hábiles a partir de la firmeza del acto de adjudicación, así como comprobante original de pago de la cancelación de especies fiscales equivalente a ¢2,50 por cada ¢1.000,00 (dos colones con cincuenta céntimos por cada mil colones).

San José, 12 de febrero del 2008.—Sr. Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador de Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 335364).—C-36320.—(13459).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE POÁS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000001-ASISTA

Adquisición de 600 TM de mezcla asfáltica

en caliente para retirar en boca de planta

El Concejo Municipal de Poás, en su sesión ordinaria Nº 94 celebrada el 11 de febrero del 2008, tomó el acuerdo Nº 4031-02-2008, en forma unánime y definitivamente aprobado, adjudicar a la empresa Constructora Meco Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-035078-17; la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000001-ASISTA por “Adquisición de 600 TM de mezcla asfáltica en caliente para retirar en boca de planta”, para un monto total de ¢21.282.000,00. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

San Pedro de Poás, 12 de febrero del 2008.—Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria Municipal.—1 vez.—(13463).

MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000004-01

Concesión para el manejo, reducción y disposición final

de los desechos sólidos del cantón de Sarapiquí

Se comunica a los interesados del presente concurso, que en sesión ordinaria Nº 06-2008, artículo 4º, celebrada el día lunes 11 de febrero del 2008 por el Concejo Municipal, se acuerda en firme y por unanimidad adjudicar a la empresa M.L Maral del Norte S. A., cédula jurídica Nº 3-101-198210, la concesión para el manejo, reducción y disposición final de los desechos sólidos del cantón de Sarapiquí, según los términos evaluados y la oferta presentada.

Andrés Hernández Arguedas, Proveedor Municipal.—1 vez.—(13389).

REGISTRO DE PROVEEDORES

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE TIBÁS

Registro de Proveedores

La Proveeduría de la Municipalidad de Tibás de acuerdo al artículo 122 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, con el propósito de ampliar y actualizar el Registro de Proveedores Institucional, invita a todos los potenciales oferentes, tanto personas físicas como jurídicas a incorporarse a nuestro registro.

Los interesados pueden solicitar el formulario de inscripción de proveedores, al telefax 240-8050, al correo electrónico proveedor@racsa.co.cr o en el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Tibás, sita al costado norte del Parque de la Democracia, San Juan de Tibás.

Tibás, 11 de febrero del 2008.—Hómer Badilla Toledo, Proveedor Municipal.—1 vez.—(12404).

MUNICIPALIDAD DE TARRAZÚ

La Municipalidad de Tarrazú informa, conforme a lo que establece la Ley N° 7494, del 02 de mayo de 1995, (Ley de Contratación Administrativa), y el Decreto Ejecutivo N° 25038-H, del 06 de marzo del año en curso, denominado como “Reglamento General de Contratación Administrativa”; se invita a todas aquellas personas, sean físicas o jurídicas, que estén interesadas en formar parte del “Registro de Proveedores” de esta Municipalidad de Tarrazú.

Información al teléfono 546-6227, extensión-101 fax 546-6516, cédula jurídica Nº 3-014042060.

Iván Sáurez Sandí, Alcalde Municipal.—1 vez.—(12381).

FE DE ERRATAS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2008LA-000002-3003

Dientes acrílicos

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia les comunica a los interesados en el concurso Licitación Abreviada 2008LA-000002-3003 por compra de Dientes Acrílicos que se realizan las siguientes modificaciones:

En el punto Nº 1, se modifica la cláusula de la siguiente forma: “...Presentar certificación original del fabricante que garantice que la composición del diente contiene por lo menos un mínimo de tres capas de resina en dientes anteriores y dos o más capas en piezas posteriores, logrando los tonos en cuello (cervical), el centro y bordes incisales translúcidos...”.

En el punto Nº 3, se elimina “Que tengan alta resistencia a la abrasión” y en su lugar se incluyen los cuadros que contienen los parámetros para valorar las propiedades físicas de los dientes”

Para Dientes anteriores de tres capas como mínimo.

Propiedades Físicas

Resistencia a la flexión

120-130N/mm2

Módulo de elasticidad

3000-3200 N/mm2

Dureza bola

160-180 N/mm2

Fuerza adhesión al cizallamiento

120-140 N/mm2

Absorción de agua

25-27 p/mm3

Solubilidad de agua

0.1 pg/mm3

Dureza Vickers HV 0.5/30

180-190N/mm2

 

Para Dientes Posteriores de 2 capas como mínimo:

Propiedades Físicas

Resistencia a la flexión

110-130 N/mm2

Módulo de elasticidad

3000-3200 N/mm2

Dureza bola

160-180 N/mm2

Fuerza adhesión al cizallamiento

120-140 N/mm2

Absorción de agua

25-27 pg/mm3

Solubilidad de agua

0.1 pg/mm3

Dureza Vickers HV 0.5/30

180-190 N/mm2

 

Los dientes cuyos valores no se encuentran dentro de estos parámetros, se encuentran inelegibles.

En el punto Nº 5 se agrega al final de la especificación: “Debe venir indicado por el Fabricante”.

En el punto Nº 8 se agrega al final de la Especificación: “El Servicio de Odontología pone a disposición de los oferentes 2 guías Chromascope de Ivoclair para que puedan ser consultadas dentro del Servicio en horas hábiles”.

En el punto Nº 9, inciso 9.2, se amplia el rango de angulación quedando la especificación de la siguiente manera: “Dientes posteriores: 8 juegos, con angulación entre cúspides de 30º ó 33º”.

Los puntos Nos. 12, 12.1 y 12.2 se eliminan y en su lugar se deberá leer: “El Proveedor debe aportar el Certificado de la Fábrica que garantice la calidad de los dientes y además el resultado de las pruebas que se le efectuaron a los mismos”.

En el punto 13.2 se elimina y en su lugar deberá leerse: “Se observará el comportamiento de las piezas ante el acrílico liquido vrs tiempo. En este periodo de observación las piezas que se deformen o desintegren antes de 12 horas quedan inelegibles.

Además se agrega la siguiente cláusula a las Especificaciones Técnicas:

Es requisito indispensable que los oferentes posean en nuestro país un juego completo de todos los dientes que están ofreciendo con un stock mínimo de 24 tabletas de cada tipo y color de ellos, para lo cual deberá aportar nota que garantice lo anteriormente solicitado así como la dirección del establecimiento donde se encuentren los dientes, ya que dos días hábiles después de la apertura de las ofertas funcionarios de nuestro Hospital, debidamente identificados, puedan corroborar si cumple con este requisito a cabalidad, caso contrario la oferta se considerará inelegible.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.

San José, 13 de febrero del 2008.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador—1 vez.—(13435).

AVISOS

COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000004-PROV

(Aclaración Nº 2)

Mano de obra para la poda de árboles y limpieza

de vegetación en energizadas de media tensión

Les comunicamos que para esta licitación, se ha realizado la aclaración Nº 2, la cual pueden pasar a retirar en nuestras oficinas de la Proveeduría.

José Antonio Salas Monge, Proveedor Institucional.—1 vez.—(13081).

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE LIBERIA

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

DE LA AUDITORÍA INTERNA DE LA MUNICIPALIDAD

DE LIBERIA.

Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoria Interna de la Municipalidad de Liberia, el cual fue aprobado previamente por el Concejo Municipal de Liberia, en Sesión Ordinaria Nº 37-2007, Acuerdo 2, Artículo primero y en forma definitiva por la División de Asesoría y Gestión Jurídica de la Contraloría General de la República en su oficio Nº 14327 del 03 de diciembre de 2007.

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

DE LA AUDITORÍA INTERNA. MUNICIPALIDAD DE LIBERIA.

Resumen Ejecutivo

El presente reglamento se elaboró en cumplimiento con las Directrices Generales Relativas al Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Auditorias Internas del Sector Público emitidas por la Contraloría General de la República mediante Resolución R-CO-93-2006, publicada en La Gaceta Nº 236 del 8 de diciembre de 2006; en el cual se establece el marco básico que regula la obligación de cada auditoría interna de contar con un reglamento de organización y funcionamiento, acorde con la normativa que rige su actividad. El Reglamento contiene 3 capítulos a saber:

El Capítulo I contiene lo que corresponde a las disposiciones generales, como lo son el objetivo del reglamento, algunas definiciones, ámbito de aplicación del reglamento y actualización del mismo.

El Capítulo II se refiere a los aspectos relacionados con la organización de la auditoria interna. Este capítulo se subdivide en varias secciones, que continuación se detalla:

Sección A. Establece la organización, concepto, objetivos de la Auditoria Interna.

Sección B. Establece el ámbito de competencia, jornada laboral y regulaciones aplicables.

Sección C: Establece los Deberes, funciones, nombramiento y dependencia..

Sección D. Establece la objetividad, independencia y ética profesional.

Sección E. Establece la asignación de recursos.

Sección F. Establece las relaciones y coordinaciones.

En el Capítulo III se refiere a los aspectos relacionados con el Funcionamiento de la Auditoría Interna, Este capítulo se subdivide en varias secciones, donde se considera lo siguiente:

Sección A. Hace referencia a la dirección, administración y planificación.

Sección B. Hace referencia a la Competencia, deberes, potestades y prohibiciones.

Sección C. Hace referencia a la asistencia a sesiones del Concejo Municipal.

Sección D. Hace referencia a los servicios que brinda la auditoria.

Sección E. Hace referencia a lo concerniente con la comunicación de resultados

Sección F. Hace referencia a lo concerniente con el trámite de informes y aceptación de las recomendaciones.

Sección G. Hace referencia a lo concerniente con la responsabilidad y sanciones.

Sección H. Hace referencia a las Disposiciones finales.

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Objetivo. El presente Reglamento, en forma conjunta con las disposiciones contenidas en la Ley General de Control Interno, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y los manuales de normas técnicas para el ejercicio de la auditoria interna en el sector público, y las directrices emitidas por la Contraloría General de la Republica , constituyen el marco de organización y funcionamiento de la Auditoria Interna de la Municipalidad del Cantón de Liberia.

Artículo 2º—Definiciones. Para efectos del presente Reglamento se entiende por:

a)  Auditor Interno: El Coordinador (jefe) de la Auditoría Interna de la Municipalidad del Cantón de Liberia.

b)  Auditoria Interna: La Auditoria Interna de la Municipalidad de Liberia, que dentro de la organización institucional del Municipio corresponde a la Unidad referida en el artículo 20 de la Ley General de Control Interno.

c)  Advertencia: Servicio preventivo que brinda la Auditoría Interna al Jerarca o a los titulares subordinados, con fundamento en el inciso d) del artículo 22 de la Ley 8292 “Ley General de Control Interno”.

d)  Asesoría: Servicio preventivo que brinda el Auditor Interno en forma oral o escrita, a solicitud de la parte interesada, con fundamento en el inciso d) del artículo 22 de la Ley 8292 “Ley General de Control Interno”.

e)  Informe de Auditoría: Producto final con el que la Auditoría Interna comunica al jerarca o a los titulares subordinados los resultados de los estudios de auditoria o brinda servicios preventivos de asesoría y de advertencia.

f)   Municipalidad: Municipalidad del Cantón de Liberia.

g)  Concejo Municipal: Máximo Jerarca Institucional

Artículo 3º—Ámbito de aplicación. El presente Reglamento es de acatamiento obligatorio para todos los funcionarios de la Auditoria Interna y para el resto de los funcionarios de la Administración Activa y sus órganos adscritos que son objeto de fiscalización por parte de la Auditoria Interna de la Institución, en la materia que les resulte aplicable.

Artículo 4º—De la actualización del Reglamento. A efectos de mantener el marco normativo de la Auditoria Interna actualizado, le corresponde al Auditor Interno proponer y promover ante el Concejo Municipal, las modificaciones al mismo.

Toda modificación deberá contar de previo a su emisión oficial, con la aprobación de la Contraloría General de la República.

CAPÍTULO II

De la organización de la auditoría interna

SECCIÓN A.

Organización, concepto y objetivos de la auditoría interna

Artículo 5º—Organización. La Auditoria Interna está organizada en una sola unidad funcional, de acuerdo, la cual se ubicará, mantendrá y funcionará dentro de la organización como una de las unidades de mayor rango, en un nivel de fiscalización superior de la Hacienda Pública y con dependencia orgánica del máximo jerarca.

Artículo 6º—De la Auditoría Interna. La Auditoría Interna es un órgano institucional, con dependencia orgánica del Concejo Municipal , que brinda servicios de auditoria y preventivos , proporcionando seguridad a la Institución y contribuyendo a que se alcancen los objetivos institucionales, mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de la administración del riesgo de control y de los procesos de dirección de la Institución de conformidad con lo que establece el artículo 21 de la Ley General de Control Interno.

La visión, misión y políticas que rigen el accionar de la Auditoría Interna, se encuentran establecidas en el documento denominado “ planeamiento estratégico de la auditoria interna de la Municipalidad de Liberia”, el cual debe ser revisado periódicamente por el Auditor Interno para su actualización.

Artículo 7º—De los objetivos. La Auditoría Interna es un elemento orgánico, integral y vital del sistema de control interno de la Municipalidad. Su valor agregado está directamente relacionado con su aporte a la administración de riesgos, controles y procesos de dirección en la consecución de los siguientes objetivos:

a)  Proteger y conservar el patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal.

b)  Exigir confiabilidad y oportunidad en la información.

c)  Garantizar eficiencia y eficacia de las operaciones.

d)  Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico.

e)  Corresponde al Auditor Interno proponer la estructura organizativa y funcional de la Auditoría Interna.

SECCION B.

Ámbito de competencia, jornada laboral

y regulaciones aplicables

Artículo 8º—Ámbito de competencia. La Auditoría Interna cumplirá su función en relación con los fondos públicos sujetos al ámbito de competencia del Municipio, incluyendo órganos adscritos y sujetos de derecho privado que administren fondos públicos transferidos por el municipio de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley General de Control Interno.

Artículo 9º—Jornada laboral. La jornada laboral del Auditor, Subauditor y demás funcionarios de la Auditoria Interna será de tiempo completo.

Artículo 10.—Regulaciones aplicables. La Auditoría Interna se regula fundamentalmente por lo establecido en la Ley General de Control Interno , en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, en la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública y su Reglamento, y en cualesquiera otras disposiciones legales y disposiciones, emitidos por la Contraloría General de la República.

SECCIÓN C.

Deberes, funciones, nombramiento

y dependencia del auditor interno

Artículo 11.—Del Auditor Interno. La Auditoria Interna estará bajo la responsabilidad de un Auditor Interno quién deberá cumplir con todos los requisitos que exige la Ley General de Control Interno, y los lineamientos y directrices emitidos por la Contraloría General de la Republica. Además deberá conocer las disposiciones legales que rige la Administración Municipal y Pública. El Auditor Interno tendrá como parte de sus deberes y funciones, sin perjuicio de las establecidas por la Ley en mención y las disposiciones de la Contraloría General de la República:

a)  Ejercer el máximo nivel de competencia, responsabilidad y autoridad de la Auditoría Interna. Es el líder y rector del proceso de planificación estratégica de la Auditoria Interna y en ese contexto le corresponde definir sus objetivos, sus valores fundamentales y su proyección.

b)  Ejercer la dirección superior y administración de la Auditoría Interna; para ello podrá definir, establecer y mantener actualizados los lineamientos, directrices, políticas, procedimientos y prácticas, según la normativa jurídica y técnica, con criterios uniformes en el ejercicio de las competencias y en las relaciones con la Administración.

c)  Formular, gestionar y mantener vigente el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna, de conformidad con el artículo 4 de este Reglamento.

d)  Sus funciones tienen características de orden sustantivo y estratégico, en el diseño, implementación, dirección, evaluación y mejora constante de la calidad de los procesos, procedimientos, productos y servicios que corresponden a la Unidad a su cargo.

e)  El Auditor Interno responderá directamente por su gestión ante el Concejo Municipal a quién presentará el informe de labores que indica el artículo 22 inciso b) de la Ley General de Control Interno y en lo conducente, ante la Contraloría General de la República. Ejecutará sus funciones con independencia funcional y de criterio.

f)   Deberá implantar una adecuada gestión de supervisión, de manera que le permita asegurar la calidad de los procesos, servicios y productos de la auditoría.

g)  Será responsable por el proceso de supervisión y en tal condición, debe propiciar que los esfuerzos relacionados con este, se dirijan al cumplimiento de los objetivos de la unidad, de cada proceso y de cada estudio en particular, así como de las normas, procedimientos y prácticas prescritas, del mejoramiento de su calidad y de la generación del valor agregado tanto de los procesos como de los productos y servicios finales del trabajo de la Auditoría Interna.

h)  Administrar su personal (planificar, organizar, coordinar, dirigir, supervisar, y evaluar) tomar decisiones y brindar apoyo de capacitación, hacia el logro adecuado de objetivos y metas de la Auditoría Interna, así como garantizar un recurso humano competitivo en el ejercicio de las labores respectivas

Artículo 12.—De los requisitos para ocupar el cargo de Auditor Interno y Subauditor. El Auditor Interno deberá cumplir en todo momento con los siguientes requisitos: ser Contador Público o similar, y deberá satisfacer los requisitos establecidos en los Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, y las condiciones para las gestiones de nombramiento en dichos cargos, publicados en La Gaceta Nº 235 del Viernes 8 de diciembre del 2006. Además deberá conocer las disposiciones legales que rigen el Régimen Municipal y la Administración Pública, y cumplir con los demás requisitos que establece el Manual Descriptivo de Clases y Valoración de Puestos de la Municipalidad de Liberia.

Articulo 13.—El nombramiento del Auditor Interno será por tiempo indefinido y lo hará el Concejo Municipal, conforme lo establecido en el artículo 52 del Código Municipal, artículo 24 y 31 de la Ley General de Control Interno, como también en observancia al Manual Descriptivo de Clases y Valoración de Puestos con el que cuenta la Municipalidad y a los Lineamientos sobre los requisitos de los cargos de auditor y subauditor internos, y las condiciones para las gestiones de nombramiento en dichos cargos, publicados en La Gaceta Nº 235 del Viernes 8 de diciembre del 2006.

Artículo 14.—El Auditor Interno dependerá y responderá directamente ante el Concejo Municipal y solo podrá ser removido del cargo por justa causa, conforme al artículo 52 del Código Municipal, en estricta observancia a lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley General de Control Interno y 15 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.

Articulo 15.—La Auditoría Interna contará con un Auditor Interno y el personal asistente necesario, los cuales deberán poseer los requisitos profesionales idóneos para el cabal cumplimiento de sus funciones, así como los conocimientos suficientes sobre las disposiciones legales contenidos en el Régimen Municipal, y la Administración Pública.

Articulo 16.—El Auditor Interno, actuará como jefe del personal a su cargo y en esa condición ejercerá todas las funciones que le son propias en la Administración del Personal, tales como, autorizar nombramientos, sanciones, promociones, y concesión de licencias, y demás movimientos de personal, todo de acuerdo con el ordenamiento jurídico que rige en la Municipalidad de Liberia y en observancia a lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley General de Control Interno.

SECCIÓN D.

De la objetividad, independencia y ética profesional

Artículo 17.—Objetividad individual y ética profesional. Los funcionarios de la Auditoria Interna deberán tener una actitud imparcial y neutral para evitar conflictos de intereses y proteger su independencia.

Artículo 18.—Confidencialidad de la información. La información que el Auditor Interno o cualquiera de sus subalternos obtenga en el ejercicio de sus funciones será estrictamente confidencial. Esta confidencialidad no se aplicará ante:

a)  Solicitudes o requerimientos de la Contraloría General de República en el ejercicio de su competencia fiscalizadora.

b)  Solicitudes o requerimientos de autoridad competente.

c)  Solicitudes o requerimientos de información de la Asamblea Legislativa en el ejercicio de las atribuciones que dispone el inciso 23) del artículo 121 de la Constitución Política, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 y el inciso h) del artículo 32 de la Ley General de Control Interno.

Artículo 19.—Independencia funcional y de criterio. La actividad de Auditoría Interna al determinar su planificación y sus modificaciones, al manejar sus recursos, así como al desempeñar su trabajo y al comunicar sus resultados, tendrá independencia funcional y de criterio para con el Concejo Municipal y demás órganos de la administración activa, por lo que:

a)  No podrán ser empleados ni ejercer funciones en ninguna otra unidad administrativa del Municipio.

b)  No podrán ser miembros de juntas directivas, comisiones de trabajo o similares, ni formar parte de órganos directores de procesos, de conformidad con las disposiciones y prohibiciones que al respecto establecen la Ley General de Control Interno, en sus artículos 25 y 34 y la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.

SECCIÓN E.

De la asignación y administración de los recursos.

Artículo 20.—Asignación de Recursos. La Auditoría Interna contará con la organización y recursos necesarios y suficientes para cumplir su gestión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley General de Control Interno, El Concejo Municipal asignará dentro de sus disponibilidades presupuestarias, los recursos humanos, materiales, tecnológicos, de transporte y otros necesarios y suficientes para que la Auditoria Interna pueda cumplir su gestión.

Para efectos presupuestarios, se dará a la Auditoria Interna una categoría programática. En la asignación y disposición de sus recursos, se tomará en cuenta el criterio del Auditor Interno y las instrucciones que emita al respecto la Contraloría General de la República.

El Auditor Interno propondrá al Concejo Municipal, la creación de las plazas y servicios que considere indispensables para el cumplimiento del Plan Anual de la Auditoría y, en general, para el buen funcionamiento de su unidad, todo ello con el fin de mantener un efectivo liderazgo en la protección de la Hacienda Pública, en el ámbito de su competencia.

De presentarse serias limitaciones, que afecten el cumplimiento de la labor asignada a la Auditoría Interna, el Auditor Interno deberá comunicar y fundamentar esta situación ante El Concejo Municipal, para su oportuna atención.

Cuando el Auditor Interno demuestre fehacientemente que la falta de recursos de la Auditoría Interna propicia la ausencia de fiscalización oportuna del patrimonio institucional, deberá informar Concejo Municipal del riesgo que está asumiendo y de la eventual imputación de responsabilidad que esta situación puede generarle.

Artículo 21.—Administración de los recursos. Acorde con las regulaciones jurídicas y técnicas pertinentes, el Auditor Interno y demás funcionarios de la Auditoría Interna deberán administrar los recursos materiales, tecnológicos y de otra naturaleza de su dependencia, por lo que le corresponde garantizar la utilización de tales recursos en forma económica, eficiente, eficaz, legal y transparente para la consecución de las metas y objetivos de la Auditoría Interna.

Le corresponderá al Auditor Interno proponer el anteproyecto de presupuesto de la Auditoría Interna para el ejercicio presupuestal respectivo, para la aprobación del Concejo Municipal, quien valorará las posibilidades de atender tales requerimientos de conformidad con las regulaciones jurídicas y técnicas aplicables.

Artículo 22.—Protección al personal. Cuando el personal de la Auditoría Interna, en el cumplimiento de sus funciones, se involucre en un conflicto legal o sea objeto de una demanda, el Municipio brindará el apoyo jurídico como técnico competente, de conformidad con el artículo 26 de la Ley General de Control Interno y cubrirá los costos para atender ese proceso hasta su resolución final.

Asimismo, se deberá contar con la Asesoría Jurídica de la institución de manera oportuna y efectiva, en lo concerniente a estudios jurídicos que requiera la Auditoría Interna a fin de establecer adecuadamente su ámbito de acción, y atender sus necesidades de orden jurídico conforme lo establece el artículo 33 inciso c) de la Ley General de Control Interno.

SECCION F.

De las relaciones y coordinaciones

Artículo 23.—Relaciones y coordinación. La Auditoría Interna mantendrá una constante relación de coordinación con El Concejo y la Alcaldía Municipal, y con los titulares subordinados encargados de los procesos y subprocesos, y con cualquier otras instancias internas y/o externa, fundamentalmente con la Contraloría General de la República, Instituciones de Control y fiscalización, Comisiones Legislativas, Ministerio Público, Procuraduría General, y denunciantes.

Corresponderá al Auditor Interno administrar esas relaciones y regular las de los demás funcionarios de la Auditoría Interna con los órganos internos y externos del ámbito de su competencia institucional, a fin de que se realicen de conformidad con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.

CAPÍTULO III.

Del funcionamiento de la Auditoría Interna

SECCIÓN A

De la dirección, administración y planificación.

Artículo 24.—De la Dirección y Administración. La Auditoría Interna deberá ejecutar su trabajo de acuerdo con lo que establece el presente Reglamento, las normas de ejecución de la Auditoria, contenidas en el Manual sobre Normas Técnicas de Auditoria para la Contraloría General de la República y las Entidades y Órganos Sujetos a su Fiscalización, el Manual de Normas para el Ejercicio de la Auditoria Interna en el Sector Público, ambos emitidos por la Contraloría General de la República y cualesquiera otras disposiciones que dicte el órgano contralor.

Artículo 25.—Planificación. El Auditor Interno definirá, pondrá en práctica y liderará el proceso de planificación estratégica de la Auditoria Interna y presentará el Plan Estratégico formalmente al Concejo Municipal, de conformidad con la normativa legal y técnica.

Asimismo definirá y documentará la planificación de corto plazo mediante un Plan de Auditoria Anual, congruente con la planificación estratégica y la normativa reglamentaria y técnica pertinente, a fin de asegurar el desarrollo de sus procesos con alta calidad, basados en el conocimiento y la comprensión del entorno interno y externo del Municipio.

Con ese propósito, al efectuar su planificación el Auditor Interno considerará, entre otros, los siguientes elementos:

1.  Los resultados que se han obtenido con el sistema institucional de valoración del riesgo.

2.  El planeamiento estratégico y operativo del Municipio.

3.  La evaluación de resultados de la planificación institucional de períodos anteriores, de conformidad con los indicadores de gestión en vigencia.

4.  El monto de recursos presupuestarios que ejecuta el Municipio.

5.  Monto y detalle de transferencias que figuran en el presupuesto.

6.  Cantidad de funcionarios de la institución.

7.  Transferencias a órganos adscritos o sujetos de derecho privado.

SECCION B.

De las competencias, deberes, potestades, prohibiciones.

Artículo 26.—Compete a la Auditoría Interna, primordialmente lo siguiente:

a-  Realizar auditorías o estudios especiales semestralmente, en relación con los fondos públicos sujetos a su competencia institucional, incluidos los fideicomisos, fondos especiales y otros de naturaleza similar. Asimismo, efectuar semestralmente auditorias o estudios especiales sobre fondos y actividades privadas, de acuerdo con los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, en el tanto estos se originen en transferencias efectuadas por componentes de su competencia institucional.

b-  Verificar el cumplimiento, la validez y la suficiencia del sistema de control interno institucional, informar de ello y proponer las medidas correctivas que sean pertinentes.

c-  Verificar que la administración activa tome las medidas de control interno señaladas en la Ley de Control Interno, en los casos de desconcentración de competencias, o bien la contratación de servicios de apoyo con terceros, asimismo, examinar regularmente la operación efectiva de los controles críticos, en esas unidades desconcentradas o en la prestación de tales servicios.

d-  Asesorar, en materia de su competencia, al jerarca del cual depende; además advertir a los órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento.

e-  Autorizar, mediante razón de apertura, los libros de contabilidad y de actas que deban llevar los órganos sujetos a su competencia institucional y otros que, a criterio del auditor interno, sean necesarios para el fortalecimiento del sistema de control interno.

f-   Preparar los planes de trabajo, por lo menos de conformidad con los lineamientos que establece la Contraloría General de la República.

g-  Elaborar un informe de la ejecución de su plan de trabajo y del estado de sus recomendaciones, de las de la Contraloría General de la República y de los despachos de contadores públicos; en los últimos dos casos cuando sean de su conocimiento, sin perjuicio de que se elaboren informes y se presenten al jerarca cuando las circunstancias lo ameriten.

h-  Mantener debidamente actualizado el Reglamento de organización y funcionamiento de la Auditoría Interna.

i-   Las demás competencias que contemple la normativa, legal, reglamentaria y técnica, con las limitaciones que establece el articulo 34 de la Ley General de Control Interno.

j.   Y otras competencias que regulan el actuar de la auditoria interna.

Artículo 27.—La Unidad de Auditoría Interna, tendrá los siguientes deberes:

a-  Cumplir con las competencias asignadas por ley.

b-  Cumplir con el ordenamiento técnico y jurídico aplicable.

c-  Colaborar con los estudios que la Contraloría General de la República y otras instituciones realicen en el ejercicio de competencias de control y fiscalización legalmente atribuidas.

d-  Administrar de manera eficaz, eficiente y económica, los recursos del proceso del que sea responsable.

e-  No revelar a terceros que no tengan relación directa con los asuntos tratados en sus informes, información sobre las auditorías o los estudios especiales de auditoría que se estén realizando ni información sobre aquello que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de los funcionarios de los entes y órganos sujetos a su fiscalización.

f-   Guardar la confidencialidad del caso sobre la información a la que tengan acceso.

g-  Acatar las disposiciones y recomendaciones emanadas de la Contraloría General de la República. En caso de oposición por parte de la auditoria interna referente a tales disposiciones y recomendaciones, se observará lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.

h-  Facilitar y entregar la información que les solicite la Asamblea Legislativa en el ejercicio de las atribuciones que dispone el inciso 23) del articulo 121 de la Constitución Política.

i-   Cumplir los otros deberes atinentes a su competencia.

Artículo 28.—El Auditor Interno y los demás funcionarios de la Auditoria Interna tendrán las siguientes potestades:

a)  Libre acceso, en cualquier momento, a todos los libros, los archivos, los valores, las cuentas bancadas y los documentos de los entes y órganos de su competencia institucional, así como de los sujetos privados, únicamente en cuanto administren o custodien fondos o bienes públicos de los entes y órganos de su competencia institucional, así como de los sujetos privados únicamente en cuanto administren o custodien fondos o bienes públicos de los entes y órganos de su competencia institucional-también tendrán libre acceso a otras fuentes de información relacionadas con su actividad. El Auditor Interno podrá acceder para sus fines, en cualquier momento, a las transacciones electrónicas que consten en los archivos y sistemas electrónicos de las transacciones que realicen los entes con los bancos u otras instituciones, para lo cual la administración deberá facilitarle los recursos que se requieran.

b)  Solicitar a cualquier funcionario y sujeto privado que administre o custodie fondos públicos de los entes y órganos de su competencia institucional, en la forma, las condiciones y el plazo razonables, los informes, datos y documentos para el cabal cumplimiento de su competencia. En el caso de sujetos privados la solicitud-será en lo que respecta a la administración o custodia de fondos públicos de los entes y órganos sujetos a su competencia institucional.

c)  Solicitar en el plazo que estime necesario, a funcionarios de cualquier nivel jerárquico, la colaboración, el asesoramiento y las facilidades que demande el ejercicio de la Auditoría Interna.

d)  Cualesquiera otras potestades necesarias para el cumplimiento fiel de su competencia, de acuerdo con el ordenamiento jurídico y técnico aplicable.

Artículo 29.—El Auditor Interno, y los demás funcionarios de la Auditoría Interna, tendrán las siguientes prohibiciones:

a)  Realizar funciones y actuaciones de administración activa, salvo las necesarias para cumplir su competencia.

b)  Formar parte de un órgano director de un procedimiento administrativo.

c)  Ejercer profesiones liberales fuera del cargo, salvo en asuntos estrictamente personales, en los de su cónyuge, sus ascendientes, descendientes y colaterales por consanguinidad y afinidad hasta tercer grado, o bien, cuando la jornada no sea de tiempo completo, excepto que exista impedimento por la existencia de un interés directo o indirecto del propio ente u órgano. De esta prohibición se exceptúa la docencia, siempre que sea fuera de la jornada laboral.

d)  Participar en actividades político-electorales, salvo la emisión del voto en las elecciones nacionales y municipales.

e)  Revelar información sobre las auditorias o los estudios especiales de auditoria que se estén realizando y sobre aquello que determine una posible responsabilidad civil, administrativa o eventualmente penal de los funcionarios de los entes y órganos sujetos a su fiscalización.

f)   Y otras prohibiciones que por norma especial se determinen.

Artículo 30.—Impedimentos del personal de la Auditoría Interna. A efectos de no perjudicar su objetividad individual y ética profesional, el personal de la Auditoría Interna deberá:

a)  Rechazar regalos o gratificaciones que puedan interpretarse como intentos de influir sobre su independencia e integridad, sin perjuicio del deber de denunciar tales hechos ante las instancias competentes.

b)  Evitar relaciones de negocios o de cualquier otra naturaleza con personal del Municipio y otras personas, que puedan influir, comprometer o amenazar la capacidad para actuar o que puedan afectar su independencia o la imagen de la Auditoría Interna.

c)  Deber de no utilizar su cargo oficial con propósitos privados.

d)  Evitar relaciones que impliquen un riesgo de corrupción o que puedan suscitar dudas acerca de su objetividad e independencia. Si la independencia y objetividad se viesen comprometidas de hecho o en apariencia, los detalles del impedimento deben darse a conocer al jerarca y demás partes involucradas. La naturaleza de esta comunicación deberá ser por escrito.

e)  Abstenerse de auditar operaciones específicas de las cuales hayan sido previamente responsables como funcionarios de la Administración, proveedores u otras relaciones.

f)   Proveer servicios para una actividad en la que se tuvo responsabilidades o relaciones que puedan resultar incompatibles.

g)  Ejecutar sus competencias de asesoría y advertencia en relación con operaciones de las cuales hayan sido previamente responsables.

SECCIÓN C.

De la asistencia a las sesiones del Concejo Municipal

Artículo 31.—Los funcionarios de la Auditoria Interna podrán ser convocados a las sesiones del Concejo Municipal; ya sea por convocatoria del citado órgano o cuando el Auditor Interno estime necesaria su participación para un asunto particular. La asistencia de los funcionarios de la Auditoria Interna en las sesiones se regirá en observancia a lo establecido en el artículo 40 del Código Municipal y el inciso d) del artículo 22 de la Ley General de Control Interno bajo las siguientes condiciones:

a)  La participación de los funcionarios de la auditoría interna en las sesiones del Concejo Municipal no es de carácter permanente, salvo que por ley se establezca dicha participación en forma permanente.

b)  Asistencia con voz pero sin voto.

c)  Asistir cuando lo estime conveniente para el cabal cumplimiento de sus deberes, o cuando sea convocado por el Concejo Municipal.

d)  Brindar asesoría únicamente en asuntos de su competencia y sin que menoscabe o comprometa su independencia y objetividad en el desarrollo posterior de sus demás competencias.

e)  Pedir y vigilar que su opinión consten en las actas respectivas.

f)   Posponer su opinión, cuando a su criterio y por la complejidad del asunto en discusión requiera recabar a mayores elementos de juicio, sin perjuicio de la potestad del jerarca para decidir de inmediato o postergar su decisión el tiempo que considere prudente y conveniente.

g)  Ni la presencia ni el silencio del Auditor Interno en las sesiones releva al jerarca de la responsabilidad de respetar el ordenamiento jurídico y técnico en lo que acuerde. No obstante el silencio, no impide que el Auditor Interno emita su opinión posteriormente de manera oportuna, sea en forma verbal, en otra sesión o por escrito.

SECCIÓN D.

De los servicios de la Auditoría Interna

Artículo 32.—Servicios de fiscalización. Dentro del ámbito institucional del Municipio, la Auditoria Interna prestará los servicios de fiscalización, los cuales deberán darse con el debido cuidado profesional de conformidad con la Ley General de Control Interno, Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, normativa y otras disposiciones legales que rigen la función de Auditoria Interna en el Sector Público.

Estos servicios son los siguientes:

a)  Servicios de auditoría: Son aquellos referidos a los distintos tipos de auditoria: auditoria financiera, auditoria de sistemas, auditoria operativa, auditoria de gestión, auditoria de cumplimiento; auditoria integral, estudios especiales de auditoria de los que puedan derivarse posibles responsabilidades y auditoria de cualesquiera tipos que se requiera para evaluar el cumplimiento, suficiencia y validez del control interno dentro del ámbito de competencia del Municipio, para dar a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del jerarca y la del resto de la administración, se ejecuta conforme al marco legal y técnico y a las prácticas sanas en relación con:

1.  La protección y conservación del patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad y acto ilegal,

2.  Exigir confiabilidad, oportunidad e integridad de la información,

3.  Garantizar eficacia y eficiencia de las operaciones,

4.  Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico.

Asimismo, la admisibilidad y atención de denuncias se realizará de conformidad con lo que establece la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública y su reglamento.

b)  Servicios preventivos: Se refiere a los servicios de asesoría, de advertencia y de autorización de libros.

1.  Advertencia: Es un servicio preventivo que brinda la Auditoría Interna al Concejo Municipal a la Alcaldía y a los titulares subordinados, por medio del cual realiza observaciones para prevenir lo que legal, administrativa y técnicamente corresponde sobre un asunto determinado o sobre situaciones, decisiones o conductas, cuando sean de su conocimiento, a fin de prevenir posibles consecuencias negativas de su proceder o riesgos en la gestión, con fundamento en el inciso d) del artículo 22 de la Ley General de Control Interno.

2.  Asesoría: Es un servicio preventivo que brinda el Auditor Interno en forma oral o escrita, a solicitud de la parte interesada, mediante el cual emite su criterio, opinión u observación sobre asuntos estrictamente de su competencia y sin que menoscabe o comprometa la independencia y objetividad en el desarrollo posterior de sus demás competencias. Con este servicio el Auditor Interno coadyuva a la toma de decisiones, sin manifestar inclinación por una posición determinada ni sugerir o recomendar.

3.  Autorización de libros: Es un servicio preventivo que consiste en autorizar mediante razón de apertura, los libros de contabilidad y de actas que llevan las diferentes dependencias del Municipio, así como otros libros que a criterio del Auditor Interno sean necesarios para el fortalecimiento del sistema de control interno. El proceso de autorización se realiza de conformidad con las Normas Técnicas emitidas por la Contraloría General de la República específicas para ese servicio y con los procedimientos definidos al respecto por la Auditoría Interna

SECCIÓN E.

De la comunicación de resultados

Artículo 33.—Los informes de Auditoría Interna versarán sobre diversos asuntos de su competencia, así como sobre asuntos de que pueden derivarse posibles responsabilidades para funcionarios, exfuncionarios de la institución y terceros. Cuando de un estudio se deriven recomendaciones sobre asuntos de responsabilidad y otras materias, la auditoria interna deberá comunicarlas en informes independientes para cada materia. Los hallazgos, las conclusiones y recomendaciones de los estudios realizados por la auditoria deberán comunicarse oficialmente, mediante informes al jerarca o a los titulares subordinados de la administración activa, con competencia y autoridad para ordenar la implantación de las respectivas recomendaciones En la comunicación de resultados deberán observarse las disposiciones contenidas en Manual de Normas Generales de Auditoría para el Sector Público, Ley General de Control Interno y demás manuales y lineamientos que emita la Contraloría General de la República.

Articulo 34.—La Auditoría Interna deberá comunicar los resultados de sus auditorias o estudios especiales de auditoria, en forma oficial por escrito, ya sea mediante memorando u oficio o informe parcial, y al finalizar la labor de campo por medio del informe final cuando el caso lo amerite. Dichos informes deberán ser objetivos y dirigidos al Concejo Municipal , como superior jerarca de la institución, a la Alcaldía, o a los titulares subordinados competentes, de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley General de Control Interno y la normativa dictada al respecto por la Contraloría General de la República, a efecto de que se tomen las decisiones y las acciones pertinentes de conformidad con los plazos que la ley indicada señala y con aplicación de las regulaciones del Ministerio en esa materia. El Auditor Interno definirá los niveles y competencias para esa comunicación.

Articulo 35.—En cuanto a los requisitos, partes, revisión y remisión de los informes, se aplicará principalmente, lo dispuesto en los artículos 35,36, 37 y 38 de la Ley General de Control Interno, y lo dispuesto en el “Manual para el ejercicio de la Auditoría Interna en las entidades y órganos sujetos a la fiscalización de la Contraloría General de la República”.

Artículo 36.—El texto de los informes de auditoría o estudio especial de auditoría constaran de los siguientes capítulos: introducción, resultados, conclusiones y recomendaciones, que se subdividirán en secciones de acuerdo a las necesidades de exposición. Además deberá tomarse en cuenta en la elaboración de los mismos lo dispuesto en las normas 205, 308, 405 y 505 del Manual de Normas Generales de Auditoría para el Sector Público. Sin embargo los memorandos y oficios no necesariamente deben ordenarse de acuerdo con la división mencionada, siempre y cuando la excepción no vaya en demérito de la concisión, exactitud, objetividad, y claridad de la información.

Articulo 37.—Los hallazgos obtenidos en el transcurso de la auditoria o estudio especial de auditoria deben ser comentados con los funcionarios responsables de previo a emitir las conclusiones y recomendaciones definitivas a efecto de obtener de ellos sus puntos de vista, opiniones y cualesquiera acciones correctivas que sean necesarias, así como la aceptación de las mismas y su atención dentro de los plazos convenidos de preferencia en la conferencia final Se exceptúan de esta disposición los casos de los que se deriven eventuales responsabilidades, para funcionarios, exfuncionarios o terceras personas.

Articulo 38.—La Unidad de Auditoría Interna dispondrá de un programa de seguimiento de las recomendaciones aceptadas por la Administración, que hayan sido formuladas en sus memorandos e informes de auditoría, con la finalidad de verificar si esas recomendaciones han sido puestas en practica, también deberá dársele seguimiento a las disposiciones emitidas por la Contraloría General de la República.

SECCIÓN F.

Del trámite de los informes

y aceptación de las recomendaciones

Artículo 39—De los informes de auditoría. El informe es el producto sustantivo por medio del cual la Auditoría Interna agrega valor para el cumplimiento de los objetivos institucionales y brinda esa garantía razonable a los ciudadanos sobre el manejo de los fondos públicos.

Los informes de auditoría deben incluir los objetivos, el alcance, hallazgos, conclusiones y recomendaciones y demás resultados del trabajo, según la naturaleza de éste y con observancia de las disposiciones legales y normativa emitida por la Contraloría General de la República.

Para prevenir al Concejo Municipal, Alcaldía, o a los titulares subordinados, según corresponda, de sus deberes en el trámite de informes, en especial de los plazos que deben observarse, se debe incorporar en el informe un apartado con la trascripción de los artículos 36, 37 y 38 de la Ley General de Control Interno, así como el párrafo primero del artículo 39, para advertir sobre las posibles responsabilidades en que pueden incurrir por incumplir injustificadamente los deberes de dicha ley.

Los informes sobre los servicios de auditoría versarán sobre diversos asuntos de su competencia y sobre asuntos de los que puedan derivarse posibles responsabilidades. Los primeros, denominados informes de control interno, que contienen hallazgos con sus correspondientes conclusiones y recomendaciones; los segundos, llamados de relaciones de hechos. Ambos tipos de informe deben cumplir con la normativa legal, técnica y reglamentaria pertinente.

Los informes de relaciones de hechos, se exceptúan del proceso de comunicación oral de resultados.

Para los servicios preventivos el Auditor Interno definirá el contenido y la forma de los informes, oficios u otros medios de comunicación, conforme con la naturaleza de los estudios o las situaciones que los generan.

Artículo 40—Trámite de informes de servicios de auditoría. Los informes producto de los Servicios de Auditoría, se tramitarán de conformidad con lo dispuesto en los artículos 35, 36, 37 y 38 de la Ley General de Control Interno, con aplicación de las regulaciones establecidas en el Municipio y con observancia del Manual para el Ejercicio de la Auditoría Interna emitido por la Contraloría General de la República.

Artículo 41—Seguimiento a la aplicación de disposiciones y recomendaciones. El Auditor Interno deberá establecer y mantener, como parte vital y permanente de la actividad de la Auditoría Interna, un programa de seguimiento a las recomendaciones, observaciones y demás resultantes de su gestión para asegurarse de su oportuna, adecuada y eficaz atención por parte de la administración.

Ese programa deberá incluir los resultados de las evaluaciones realizadas por los auditores externos, la Contraloría General de la República y demás instituciones de control y fiscalización que corresponda. El resultado del programa de seguimiento será comunicado por el Auditor Interno al Concejo Municipal anualmente, de conformidad con lo dispuesto en el inciso g) del artículo 22 de la Ley General de Control Interno, sin perjuicio de otros informes relacionados, a juicio del Auditor, cuando lo considere pertinente, igualmente debe comunicarlo a la Contraloría General de la República.

Artículo 42—De los informes de gestión y rendición de cuentas. El Auditor Interno deberá rendir cuentas de su gestión por medio de la presentación de un informe anual de la ejecución del plan de trabajo, por medio del informe sobre el estado de las recomendaciones de la Auditoría Interna, de la Contraloría General de la República y de los despachos de contadores públicos; en estos dos últimos casos cuando sean de su conocimiento.

SECCIÓN G.

De la responsabilidad y sanciones

Artículo 43—Responsabilidades y sanciones. El incumplimiento a lo dispuesto en el presente Reglamento será causal de responsabilidad administrativa para el Auditor Interno y para los funcionarios de la Auditoria Interna, del Concejo Municipal, y de la Alcaldía Municipal, titulares subordinados, órganos adscritos y demás funcionarios del Municipio, de conformidad con lo establecido en el Capítulo V de la Ley General de Control Interno.

La determinación de responsabilidades y aplicación de las sanciones administrativas corresponde al órgano competente, según las regulaciones internas y la normativa que resulte aplicable.

Artículo 44.—Los resultados del estudio que se originen de acuerdo a lo establecido en el artículo anterior, serán según su importancia y naturaleza elevados al Concejo Municipal, para que se dispongan las correspondientes medidas administrativas, y si fuera del caso sean trasladadas a las instancias judiciales correspondientes. En la tramitación de estos casos la Auditoria deberá observar estrictamente lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley General de Control Interno, relativo a la confidencialidad de los denunciantes y estudios que originan la apertura de procedimientos administrativos.

Articulo 45.—En lo que corresponda, las disposiciones de este reglamento serán de aplicación en todas las unidades que conforman la estructura organizacional de la Municipalidad.

Articulo 46.—El Auditor Interno, podrá proponer las modificaciones que considere oportunas al presente reglamento, según lo dispuesto en el artículo 22 inciso h), de la Ley General de Control Interno.

SECCIÓN H.

Disposiciones finales

Artículo 47.—Derogatoria. Este reglamento deroga cualquier otra disposición legal que se le oponga.

Artículo 48—Vigencia. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La  Gaceta.

Liberia, 7 de febrero del 2008.—Donaldo Castañeda Abellán, Auditor Interno.—1 vez.—(11416).

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PROCESO DE ELABORACIÓN

DEL INFORME DE LIQUIDACIÓN PRESUPUESTARIA ANUAL

INTRODUCCIÓN

El presente trabajo tiene por objeto normar y regular una serie de aspectos relacionados con la presentación de la Liquidación Presupuestaria Anual por parte de la Institución ante los entes contralores externos, así como determinar internamente, las instancias inmersas en el proceso, los tiempos de respuesta y los productos esperados de cada instancia.

Basados en lo dispuesto en los artículos 183 y 184 constitucionales y los numerales 1, 4 y 12 de la Ley 7428 y en función de lo que señala, entre otra normativa, la Ley General de Control Interno Nº 8292 y el Manual de Normas Técnicas sobre presupuesto que deben observar las entidades, órganos descentralizados, unidades desconcentradas y municipalidades, sujetos a la fiscalización de la Contraloría General de la República, además en cumplimiento de los artículos 11 de la Constitución Política, 55 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Nº 8131, y 105 del Código Municipal.

CAPÍTULO I

De la naturaleza y principios

1º—La Liquidación Presupuestaria Anual es el proceso mediante el cual la Institución evalúa para el ejercicio económico anterior los aspectos físicos y financieros en términos de los resultados obtenidos frente a los objetivos y metas, analiza las variaciones y determina sus causas para tomar las medidas correctivas que sean necesarias. Esto se formaliza con la aplicación del presente manual y con la elaboración del documento de liquidación.

2º—Las Liquidaciones Presupuestarias se elaboran para un determinado período y dadas las características de continuidad del proceso presupuestario, estas servirán de fuente informativa para la formulación y ejecución de presupuestos de períodos posteriores.

3º—Las Liquidaciones Presupuestarias constituyen un elemento importante dentro del proceso presupuestario ya que permite retroalimentar y ajustar el mecanismo de estimación de futuros ingresos y gastos según el comportamiento real observado en la Institución.

4º—Las Liquidaciones Presupuestarias muestran el resultado financiero (déficit o superávit) de un período determinado, al relacionar lo presupuestado con la ejecución real. Este proceso de liquidación implica, obtener el resultado final de un período presupuestario en términos físicos, es decir, desde el punto de vista de las realizaciones de los objetivos y metas previamente establecidos. Por lo tanto, para la Municipalidad constituye una fuente de información importante para apreciar los diferentes aspectos de la ejecución presupuestaria y apoyar el análisis crítico de la gestión, así como un elemento importante para la etapa evaluación propiamente dicha.

5º—Consecuente con lo antes expuesto, es necesario que los Informes de Liquidación Presupuestaria se elaboren en las fechas establecidas y se presenten ante los entes externos, conforme las prescripciones establecidas en cuanto a fecha y contenido.

6º—Para el cumplimiento de las fechas de presentación es importante que la Alcaldía Municipal, su Asistente, la Contabilidad y Tesorería Municipal limiten y regulen los tiempos de recepción de documentos que originan los siguientes procesos y los cuales afectan la elaboración y presentación de la liquidación presupuestaria:

a)  Solicitudes de suministros

b)  Control de cheques y transferencias.

c)  Manejo de planillas y dietas.

d)  Liquidaciones de cajas chicas.

e)  Control de ingresos.

f)   Liquidación de gastos de viaje y transporte.

g)  Liquidación de otros gastos.

h)  Control de inversiones

Las disposiciones sobre este tema serán comunicadas a los Encargados de Departamentos o Jefaturas, Órganos adscritos a la Municipalidad, que manejan fondos públicos como el Comité Cantonal de Deportes y Recreación, Comisiones Especiales como la de Festejos Patronales y Oficinas involucradas con la suficiente antelación para que sean de acatamiento obligatorio y se harán al aproximarse el fin del período económico.

CAPÍTULO II

De las fechas de presentación ante la Contraloría

General de la República y otros entes externos

7º—La Municipalidad deberá presentar la Liquidación Presupuestaria Anual ante la Contraloría General de la República, conforme con las prescripciones establecidas en cuanto a fecha y contenidos, artículo 105 del Código Municipal.

CAPÍTULO III

De los requisitos

8º—Las liquidaciones presupuestarias preparadas por la Municipalidad para ser remitidas a la Contraloría General de la República o a otros entes externos deberán contar con los siguientes requisitos:

a)  Tener el visto bueno de la Alcaldía Municipal o de quien se delegue estas funciones.

b)  Contar con la aprobación del Concejo Municipal.

c)  Contener una explicación del grado de cumplimiento y logros alcanzados en relación con los objetivos y metas específicas que se definieron para el período en el presupuesto, o bien los motivos por los que no fueron alcanzados. Esta información deberá ser preparada por el Alcalde Municipal o funcionario en el que este delegue la función, en coordinación con el Departamento de Contabilidad, con las recomendaciones que los Encargados de Departamento emitan al respecto. La evaluación de cumplimiento de metas alcanzadas durante el período deberá efectuarse en total concordancia con la información financiera presupuestaria reflejada en los Informes de Ejecución Presupuestaria, cualquier variación con respecto a los informes o del cumplimiento de las metas, por condición especial deberá determinarse en el documento de evaluación

d)  Detalle de servicios especiales. Responsable: Contabilidad.

e)  Detalle de origen y aplicación de fondos para los recursos con finalidad específica (cifras reales). Responsable: Contabilidad.

f)   Detalle del superávit libre y específico y un resumen del resultado de la liquidación del ejercicio. Asimismo un detalle del superávit libre y específico acumulado a esa fecha: Contabilidad.

g)  Gastos reales según la clasificación económica: Contabilidad.

h)  Respecto a los ingresos y gastos por concepto de transferencias, incluir el nombre de las instituciones o empresas que otorgaron o recibieron los aportes, clasificarlas en corrientes o de capital acorde con lo aprobado en los documentos presupuestarios y ubicarlas en los distintos sectores y subsectores. Responsable: Tesorería.

i)   Determinación de Recursos Saldos Específicos, Gastos Corrientes y de Capital, Relación Ingreso Gasto en Servicios Públicos, Liquidación Deuda o financiamiento, Conciliación de Saldos de Caja Determinados por Contabilidad y Tesorería, Conciliaciones Bancarias, Estados de Cuenta, Detalle de Pendiente de Cobro, Detalle de Gasto en Cuñas y Avisos de Comerciales y Patrocinio de Programas en Radio y Televisión, Detalle de Saldos Partidas Específicas, Estados Financieros y de Tesorería; y cualquier otra documentación que se requiera por solicitud de órgano externo competente o a lo interno de la institución.

CAPÍTULO IV

Otros aspectos a considerar en su preparación

9º—Cualquier ingreso que se reciba debe reflejarse, aunque no haya sido presupuestado, y clasificarlo de acuerdo con el Clasificador Oficial de Ingresos del Sector Público. Se debe evidenciar documentalmente su fuente de origen y su justificación. Responsable: Contabilidad

La unidad responsable de la generación del ingreso deberá trasladar al Departamento de Contabilidad toda la información referente a cualquier ingreso recibido.

10.—La liquidación correspondiente a los egresos deberá ser presentada al mismo nivel de estructura programática (programa, subprograma, partida, subpartida, según corresponda) y de acuerdo con las clasificaciones de ingresos y gastos aprobadas para el Sector Público, mediante los informes de ejecución presupuestaria correspondientes: Contabilidad.

11.—Indicar si el presupuesto se ejecutó sobre la base de efectivo o devengado tanto en ingresos como en egresos con las explicaciones que al respecto se consideren necesarias. Aplicación del Presupuesto base efectivo, registro contable devengo: Contabilidad.

12.—Mediante el análisis del comportamiento de los ingresos y egresos consolidados, se debe preparar un detalle del superávit o déficit de acuerdo a los resultados del período e indicando la condición del superávit libre y específico, conforme a la liquidación de cada uno de los ingresos específicos correspondientes: Contabilidad.

CAPÍTULO V

De los procesos, sus fechas de ejecución

y los responsables del registro de ingresos

13.—En la última semana hábil del mes de diciembre, se gestionarán y depositarán todos los ingresos provenientes de transferencias corrientes, productos financieros, reintegros, donaciones e ingresos específicos por ley correspondientes al periodo. Responsable: Contabilidad y Tesorería.

14.—En la primera semana hábil del mes de enero, se llevará a cabo la clasificación y el registro de todos los ingresos, correspondientes al período en proceso de liquidación. Responsable: Contabilidad.

15.—A partir del primer día hábil del mes de enero, se inicia el cierre fiscal, elaborando el Informe del IV trimestre de la ejecución de los ingresos y egresos, con una duración de una semana para ejecutar el proceso. Responsable: Contabilidad.

16.—En la primera semana hábil del mes de enero se aplicará en el sistema de presupuesto, los asientos correspondientes al registro de ingresos efectivos del período. Responsable: Contabilidad.

17.—En la primera semana del mes de enero, se elabora los estados de tesorería y las conciliaciones bancarias. Responsable: Tesorería.

Del proceso de conciliación

18.—Una vez realizados todos los registros de ingresos y gastos correspondientes al período, se lleva a cabo el proceso de conciliación en el Sistema de Contabilidad y en el Sistema de Presupuesto. Esto se hará en segunda semana de enero. Responsables: Contabilidad y Tesorería.

19.—En la segunda semana del mes de enero, se preparará de conformidad con el informe presupuestario y el modelo electrónico dado por la Contraloría General o el que la institución disponga, la liquidación de saldos específicos.

20.—De acuerdo a los resultados del proceso de conciliación, en la segunda semana de enero se llevarán a cabo los ajustes necesarios en el sistema que corresponda. Responsables: Contabilidad y Tesorería.

Del detalle de superávit o déficit

21.—Se debe preparar un detalle del superávit o déficit de acuerdo a los resultados del período e indicando la condición del superávit libre y específico. Esto se realizará en la segunda semana de enero. Responsable: Contabilidad.

22.—De acuerdo a la estructura presupuestaria y los resultados del ejercicio, en la segunda semana de enero, se formulará un reporte de ingresos de acuerdo a la clasificación oficial de los mismos. Responsables: Contabilidad y Tesorería.

Del reporte de egresos

23.—De acuerdo a la estructura presupuestaria y los resultados del ejercicio, en la segunda semana de enero, se formulará un reporte de egresos. Responsables: Contabilidad y Tesorería.

Del detalle de origen y aplicación de recursos

24.—De acuerdo a los resultados del ejercicio, en la segunda semana hábil de enero, se formulará el detalle de origen y aplicación de recursos para identificar los recursos con finalidad especifica. Responsable: Contabilidad.

Del detalle de gastos reales según la clasificación económica

25.—De acuerdo a los resultados del ejercicio, en la segunda semana hábil de enero, se formulará el detalle de gastos reales según la clasificación económica. Responsable: Contabilidad.

Del informe de la subpartida de información y publicidad

26.—De acuerdo a los resultados del ejercicio y directrices emitidas por la Contraloría General de la República y otras entidades, en la segunda semana hábil de enero se formulará el detalle de la partida de información y publicidad. Responsable: Alcalde Municipal, con insumos suministrados por Contabilidad.

Del detalle de instituciones beneficiadas

con transferencias del ejercicio

27.—De acuerdo a los resultados del Ejercicio, en la segunda semana de enero, se debe preparar un detalle de las Instituciones beneficiadas con transferencias del ejercicio. Responsable: Contabilidad.

De la evaluación y comentarios sobre el grado de cumplimiento

y logros alcanzados en relación con los objetivos

y metas definidas para el periodo

28.                —Una vez conocidos los resultados económicos del período y recibidos los datos que reflejó el sistema de información, se le llevará a cabo una amplia explicación y comentarios sobre el grado de cumplimiento de las metas fijadas para el periodo respectivo (tercera semana de enero). Responsable: Alcaldía Municipal con insumos proporcionados por los Encargados de Departamento o Jefaturas.

De la certificación del superávit

29.                —Conocidos los resultados del período se procederá a certificar el superávit o déficit del mismo. Esto, en la segunda semana hábil de enero. Responsable: Contabilidad.

Revisión general de documentos propios

de la liquidación presupuestaria

30.                —Una vez terminado todo el proceso de liquidación presupuestaria y cumplidos los requisitos, se practicará una revisión general del documento antes de la remisión a convocatoria del Concejo Municipal. (Tercera semana de enero). Responsable: Alcaldía Municipal, Contabilidad, Tesorería.

31.                —En el SIPP se digitará por la persona encargada los informes de ejecución presupuestaria, el informe de ejecución presupuestaria de la liquidación. Esto, en la tercera semana hábil de enero Responsable: Contabilidad.

32.—El validador (Tesorería) revisa la información digitada en el SIPP (sistema de Presupuestos públicos) de la Contraloría General de la República y realiza la aplicación de la información en caso de ser satisfactoria la revisión, caso contrario devolver al Encargado de digitación para su corrección inmediata y posterior repetición del proceso. Cuarta semana del mes enero.

Remisión de documento a convocatoria al Concejo Municipal.

33.—Se remitirá el documento de la liquidación debidamente revisado para conocimiento del Concejo Municipal. Este documento tendrá como mínimo los siguientes informes:

a)  El análisis del cumplimiento de las metas y justificación de las desviaciones presentadas entre lo programado y efectivamente logrado.

b)  Indicadores de gestión y el análisis de los resultados.

c)  El análisis del comportamiento de la ejecución de los ingresos y egresos presupuestarios y principales limitaciones presentadas. Para la buena gestión institucional y las acciones gerenciales y administrativas tomadas. Análisis vertical y horizontal. (Tercera semana hábil de enero). Responsable: Alcaldía Municipal.

Remisión de liquidación presupuestaria a Contraloría General de la República y otros entes fiscalizadores del Estado

34.—Una vez aprobado por el Concejo Municipal el documento de liquidación presupuestaria, será remitido a la Contraloría General de la República y demás Entes Contralores y Fiscalizadores del Estado, conforme a la normativa. (Primera o segunda semana de febrero). (Responsable: Alcaldía Municipal, Secretaría del Concejo).

35.—El incumplimiento de lo señalado en el presente procedimiento o reglamento deberá ser sancionado administrativamente, considerando la desviación como falta grave conforme a lo establecido en el artículo 151 del Código Municipal, se aplicará lo que defina el Reglamento Interno de Trabajo o Reglamento Interno de Organización de la institución y demás normativa vigente.

5 de enero del 2008.—Luis Gerardo Rodríguez Quesada, Alcalde Municipal.—1 vez.—(O. C. Nº 42910).—C-138620.—(11828).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS AÑO 2008

Cifras en miles de colones

Código                                                                  Nombre                                                                                                                                   Monto

Ingresos

1.0.0.0.00.00.0.0.000                              INGRESOS CORRIENTES                                                                                                         144,391,677.9

1.3.0.0.00.00.0.0.000                              Ingresos no tributarios                                                                                                                 144 391 677.9

1.3.1.0.00.00.0.0.000                              Venta de bienes y servicios                                                                                                             6, 022,379.1

1.3.1.2.00.00.0.0.000                              Venta de servicios                                                                                     6,022,379.1

1.3.2.0.00.00.0.0.000                              Ingresos de la propiedad                                                                                                                  134,118,812

1.3.2.1.00.00.0.0.000                              Traspaso de dividendos                                                                            4 980 062.5

1.3.2.3.00.00.0.0.000                              Renta de factores Productivos. y Financieros                                       129,138,750.3

1.3.2.3.01.00.0.0.000                              Intereses sobre títulos valores                                                                 15,423,935.1

1.3.2.3.02.00.0.0.000                              Intereses y Comisiones. sobre prestamos                                                    747,129.7

1.3.2.3.03.00.0.0.000                              Otras rentas de activos financieros                                                       112,967,685.6

1.3.3.0.00.00.0.0.000                              Multas, sanciones, remates y confiscaciones                                                                                        8,000.0

1.3.3.1.00.00.0.0.000                              Multas y sanciones                                                                                          8,000.0

1.3.9.0.00.00.0.0.000                              Otros ingresos no tributarios                                                                                                          1,386,312.7

1.3.9.1.00.00.0.0.000                              Reintegros en efectivo                                                                                  100,000.0

1.3.9.9.00.00.0.0.000                              Ingresos varios no especificados                                                               1,286,312.7

1.4.0.0.00.00.0.0.000                              Transferencias corrientes                                                                                                                2,856,173.4

1.4.1.0.00.00.0.0.000                              Transf. Corrientes del sector público                                                        2,856,173.4

2.0.0.0.00.00.0.0.000                              INGRESOS DE CAPITAL                                                                                                                     56,715.0

3.4.0.0.00.00.0.0.000                              RECURSOS DE EMISION                                                                                                            139,108,897.0

3.4.1.0.00.00.0.0.000                              Recursos de emisión                                                                              139,108,897.0

                                                     TOTAL INGRESOS                                                                                                                     283,557,289.9

EGRESOS

0                                                              REMUNERACIONES                                                                                                                     11,564,338.7

0-01                                                         Remuneraciones básicas                                                                                                                  4,939,613.1

0-01-01                                                   Sueldos para cargos fijos                                                                           4,783,356.9

0-01-03                                                   Servicios especiales                                                                                      156,256.2

0-02                                                         Remuneraciones eventuales                                                                                                               226,743.6

0-02-01                                                   Tiempo extraordinario                                                                                  115,244.8

0-02-02                                                   Recargo o sustitución de funcione                                                                  56,620.0

0-02-03                                                   Disponibilidad laboral                                                                                    18,000.0

0-02-05                                                   Dietas                                                                                                             36,878.8

0-03                                                         Incentivos salariales                                                                                                                         3,808,328.4

0-03-01                                                   Retribución por años servidos                                                                  2,197,665.1

0-03-02                                                   Restricci6n al ejercicio liberal de la profesión                                              181,512.9

0-03-03                                                   Decimotercer mes                                                                                         687,523.3

0-03-04                                                   Salario escolar                                                                                               413,348.7

0-03-99                                                   Otros incentivos salariales                                                                           328,278.3

0-04                                                         Contribuciones Patronales al desarrollo y la seguridad social                                                   1,381,922.4

0-04-01                                                   Contribución. Patronal al Seguro de Salud de la CCSS (9,25%)                   763,151.2

0-04-02                                                   Contribución. Patronal al Instituto Mixto de Ayuda Social                          41,251.4

0-04-03                                                   Contribución. Patronal al Instituto Nacional de Aprendizaje                      123,754.2

0-04-04                                                   Contrib Patrol al Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares    412,514.1

0-04-05                                                   Contribución Patronal al Banco Popular y de Desarrollo. Comunal              41,251.4

0-05                                                         Contribuci. Patronales. a fondos de pensiones y otros fondos de capitalización                                                                                                         1,202,891.3

0-05-01                                                   Contrib. Patronal al Seguro de Pensiones de la CCSS, (4,75%)                   391,888.4

0-05-02                                                   Aporte Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias   123,754.2

0-05-03                                                   Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral                                   247,508.5

0-05-05                                                   Contribución patronal a fondos administrados por entes privados (5.33%) 439,740.1

0-99                                                         Remuneraciones diversas                                                                                                                        4,840.0

0-99-99                                                   Otras remuneraciones                                                                                       4,840.0                                          

1                                                              SERVICIOS                                                                                                                                     33,249,847.9

1-01                                                         Alquileres                                                                                                                                              357,567.0

1-01-01                                                   Alquiler de edificios, locales y terrenos                                                       277,500.0                                          

1-01-02                                                   Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario                                                  74,567.0                                          

1-01-04                                                   Alquiler y derechos para telecomunicaciones                                                  5,000.0                                          

1-01-99                                                   Otros alquileres                                                                                                   500.0                                          

1-02                                                         Servicios básicos                                                                                                                                   400,505.7

1-02-01                                                   Servicio de agua y alcantarillado                                                                     15,620.0                                          

1-02-02                                                   Servicio de energía eléctrica                                                                          185,350.0                                          

1-02-03                                                   Servicio de correo                                                                                             1,500.0                                          

1-02-04                                                   Servicio de telecomunicaciones                                                                    168,502.0                                          

1-02-99                                                   Otros servicios básicos                                                                                  29,533.7                                          

1-03                                                         Servicios comerciales y financieros                                                                                              29,477,602.4

1-03-01                                                   Información                                                                                                    74,022.6                                          

Código                                                                  Nombre                                                                                                                                   Monto

1-03-02                                                   Publicidad y propaganda                                                                              100,000.0                                          

1-03-03                                                   Impresión, encuadernaci6n y otros                                                         28,398,849.4                                          

1-03-04                                                   Transporte de bienes                                                                                        1,577.5                                          

1-03-06                                                   Comisiones y gastos por servicios financieros y comerciales                      726,965.9                                          

1-03-07                                                   Servicios de transferencia electrónica de información                                  176,187.1                                          

1-04                                                         Servicios de gestión y apoyo                                                                                                            1,472,892.2

1-04-01                                                   Servicios médicos y de laboratorio                                                                   1,188.0                                          

1-04-02                                                   Servicios jurídicos                                                                                          73,253.0                                          

1-04-03                                                   Servicios de ingeniería                                                                                  135,528.5                                          

1-04-04                                                   Servicios en ciencias económicas y sociales                                                 717,000.0                                          

1-04-05                                                   Servicios de desarrollo de sistemas informáticos                                         190,720.0                                          

1-04-06                                                   Servicios generales                                                                                        337,146.8                                          

1-04-99                                                   Otros servicios de gestión y apoyo                                                               18,056.0                                          

1-05                                                         Gastos de viaje y de transporte                                                                                                           150,167.0

1-05-01                                                   Transporte dentro del país                                                                               5,000.0                                          

1-05-02                                                   Vi6ticos dentro del país                                                                                   8,250.0                                          

1-05-03                                                   Transporte en el exterior                                                                                51,250.0                                          

1-05-04                                                   Viáticos en el exterior                                                                                     85,667.0                                          

1-06                                                         Seguros, reaseguros y otras obligaciones                                                                                         206,280.0

1-06-01                                                   Seguros                                                                                                         206,280.0                                          

1-07                                                         Capacitación y protocolo                                                                                                                     156,475.6

1-07-01                                                   Actividades de capacitación                                                                         134,147.6                                          

1-07-02                                                   Actividades protocolarias y sociales                                                              20,228.0                                          

1-07-03                                                   Gastos de representación institucional                                                            2,100.0                                          

1-08                                                         Mantenimiento y reparación                                                                                                              922,815.0

1-08-01                                                   Mantenimiento de edificios y locales                                                           276,700.0                                          

1-08-04                                                   Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo de producción              6,500.0                                          

1-08-05                                                   Mantenimiento y reparación de equipo de transporte                                   17,000.0                                          

1-08-06                                                   Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación                            210,350.0                                          

1-08-07                                                   Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina                      7,000.0                                          

                                                     Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas de                                                                      

1-08-08                                                   información                                                                                                  398,515.0                                          

1-08-99                                                   Mantenimiento y reparación de otros equipos                                                6,750.0                                          

1-99                                                         Servicios diversos                                                                                                                                 105,543.0

1-99-05                                                   Deducibles                                                                                                        1,320.0                                          

1-99-99                                                   Otros servicios no especificados                                                                  104,223.0                                          

2                                                              MATERIALES Y SUMINISTROS                                                                                                     265,993.4

2-01                                                         Productos químicos y conexos                                                                                                               99,650.0

2-01-01                                                   Combustibles y lubricantes                                                                            25,300.0                                          

2-01-02                                                   Productos farmacéuticos y medicinales                                                           3,850.0                                          

2-01-04                                                   Tintas, pinturas y diluyentes                                                                         70,000.0                                          

2-01-99                                                   Otros productos químicos                                                                                  500.0                                          

2-02                                                         Alimentos y productos agropecuarios                                                                                                  12,500.0

2-02-03                                                   Alimentos y bebidas                                                                                      12,500.0

2-03                                                         Materiales y productos de use en la construcción y mantenimiento                                               34,884.0

2-03-01                                                   Materiales y productos metálicos                                                                    3,250.0                                          

2-03-02                                                   Materiales y productos minerales y asfálticos                                                   150.0                                          

2-03-03                                                   Madera y sus derivados                                                                                      250.0                                          

2-03-04                                                   Materiales y productos eléctricos, telef6nicos y de computo                       30,484.0                                          

2-03-06                                                   Materiales y productos de plástica                                                                     250.0                                          

2-03-99                                                   Otros materiales y productos de use en la construed&                                      500.0                                          

2-04                                                         Herramientas, repuestos y accesorios                                                                                                 11,250.0

2-04-01                                                   Herramientas e instrumentos                                                                           1,250.0                                          

2-04-02                                                   Repuestos y accesorios                                                                                  10,000.0                                          

2-99                                                         Útiles, materiales y suministros diversos                                                                                         107,709.4

2-99-01                                                   Útiles y materiales de oficina y computo                                                      14,770.0                                          

2-99-02                                                   Útiles y materiales medico, hospitalario y de investigación                            1,100.0                                          

2-99-03                                                   Productos de papel, carta e impresos                                                            45,000.0                                          

2-99-04                                                   Textiles y vestuario                                                                                          7,500.0                                          

2-99-05                                                   Útiles y materiales de limpieza                                                                      21,000.0                                          

2-99-06                                                   Útiles y materiales de resguardo y seguridad                                                   7,739.4                                          

2-99-07                                                   Útiles y materiales de cocina y comedor                                                             600.0                                          

2-99-99                                                   Otros útiles, materiales y suministros                                                           10,000.0                                          

3                                                              INTERESES Y COMISIONES                                                                                                    217,792,846.0

3-01                                                         Intereses sobre títulos valores                                                                                                     214,777,933.6

3-01-01                                                   Intereses sobre títulos valores internos de corto plazo                           70,376,400.3                                          

3-01-02                                                   Intereses sobre títulos valores internos de largo plazo                         144,401,533.3                                          

3-02                                                         Intereses sobre prestamos                                                                                                                2,653,042.1

3-02-08                                                   Intereses sobre prestamos del Sector Externo                                           2,653,042.1                                          

3-04                                                         Comisiones y otros gastos                                                                                                                   361,870.3

3-04-01                                                   Comisiones y otros gastos sobre títulos valores internos                                1,870.3                                          

3-04-05                                                   Diferencias por tipo de cambio                                                                    360,000.0                                          

5                                                              BIENES DURADEROS                                                                                                                     5,059,238.8

5-01                                                         Maquinaria, equipo y mobiliario                                                                                                    4,077,238.8

5-01-01                                                   Maquinaria y equipo para la producción                                                     156,400.0                                          

5-01-02                                                   Equipo de transporte                                                                                     65,000.0                                          

5-01-03                                                   Equipo de comunicación                                                                              704,844.0                                          

5-01-04                                                   Equipo y mobiliario de oficina                                                                         8,105.0                                          

5-01-05                                                   Equipo y programas de cómputo                                                              3,072,506.1                                          

5-01-06                                                   Equipo sanitario, de laboratorio e investigación                                             17,500.0                                          

5-01-07                                                   Equipo y mobiliario educacional, deportivo y recreativo                              20,000.0                                          

Código                                                                  Nombre                                                                                                                                   Monto

5-01-99                                                   Maquinaria y equipo diverso                                                                         32,883.8                                          

5-02                                                         Construcciones, adiciones y mejoras                                                                                                 975,000.0

5-02-01                                                   Edificios                                                                                                       975,000.0                                          

5-99                                                         Bienes duraderos diversos                                                                                                                       7,000.0

5-99-02                                                   Piezas y obras de colección                                                                              7,000.0                                          

6                                                              TRANSFERENCIAS CORRIENTES                                                                                            15,625,025.1

6-01                                                         Transferencias corrientes al sector público                                                                                 14,280,866.9

6-01-02                                                   Transferencias corrientes a Órganos Desconcentrados                           14,280,866.9                                          

6-02                                                         Transferencias corrientes a personas                                                                                                  41,320.0

6-02-01                                                   Becas a funcionarios                                                                                       40,000.0                                          

6-02-99                                                   Otras transferencias a personas                                                                       1,320.0                                          

6-03                                                         Prestaciones                                                                                                                                          744,000.0

6-03-01                                                   Prestaciones legales                                                                                      400,000.0                                          

6-03-02                                                   Pensiones y jubilaciones contributivas                                                        269,000.0                                          

6-03-99                                                   Otras prestaciones a terceras personas                                                          75,000.0                                          

6-04                                                         Transferencias corrientes a entidades privadas sin fines de lucro                                                348,188.0

6-04-02                                                   Transferencias corrientes a fundaciones                                                       348,188.0                                          

6-06                                                         Otras transferencias corrientes al sector privado                                                                            200,000.0

6-06-01                                                   Indemnizaciones                                                                                           200,000.0                                          

6-07                                                         Transferencias corrientes al sector externo                                                                                       10,650.2

6-07-01                                                   Transferencias corrientes a organismos internacionales                                 10,650.2                                          

                                                                TOTAL EGRESOS                                                                                                                       283,557,289.9

5 de febrero del 2008.—Msc. Rodrigo Madrigal F., Director Departamento de Contabilidad.—1 vez.—(O.C. Nº 9562).—C-146320.—(11344).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

SUCURSAL EN TURRIALBA

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal, hace del conocimiento del público en general, el extravío del siguiente certificado de ahorro a plazo fijo a la orden de Mora Chacón Marta Eugenia, cédula Nº 1-352-746:

                                                                               Fecha               Cupón                                          Fecha

Certificado Nº                    Monto ¢           emisión            número           Monto ¢       vencimiento

16102460210333613  1.800.000,00     20/06/07     007, 008, 009    29.069,25      20/03/2008

Lo anterior para efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

Turrialba, 5 de febrero del 2008.—Lic. Roberto Chaves Castillo.—Nº 14257.—(12070).

SUCURSAL DE HEREDIA

AVISO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El Banco Popular y de Desarrollo Comunal C.S.F. Heredia, hace del conocimiento del público en general que el señor González Arce José Adolfo, cédula Nº 4-0090-0674,  ha solicitado por motivo de extravío la reposición del certificado de depósito a plazo N° 16102160210625291 por un monto de ¢1.286.905,00 con vencimiento al  4 octubre del 2007. Lo anterior para los efectos de los artículos 708 y 709 del Código de Comercio.

Centro de Servicios Financieros de Heredia.—Lic. Benjamín García Vargas, Gerente.—(11424).

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

CONVOCA A CONSULTA PÚBLICA

Se invita a los ciudadanos a presentar sus posiciones sobre la propuesta de ajuste extraordinario de los precios de los combustibles, tramitada en el expediente ET-14-2008, y se detalla de la siguiente manera:

PRECIOS CONSUMIDOR FINAL EN ESTACIONES DE SERVICIO

(colones por litro)

Productos

Precio plantel sin impuesto

Precio con impuesto

Gasolina súper

359,793

559,988

Gasolina regular

355,296

548,241

Diesel  0,05% S

386,367

514,562

Diesel  0,25% S

380,050

508,244

Diesel  0,50% S

379,068

507,262

Keroseno

393,785

474,730

Av-Gas

428,516

598,735

Jet A-1 general

393,785

500,754

L.P.G.

342,971

374,00

PRECIO MÁXIMOS DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO

POR TIPO DE ENVASE Y POR CADENA DE DISTRIBUCIÓN

(en colones por litro y cilindros) incluye impuesto único

Tipos de envase

Precio a facturar por el envasador

Precio a facturar por distribuidor y agencias

Precio a facturar por detallistas

Tanques Fijos (Por Litro)

342,971

(*)

(*)

Cilindro de   8,598 Litros

2.949,00

3.391,00

3.900,00

Cilindro de 17,195 Litros

5.897,00

6.782,00

7.799,00

Cilindro de 21,495 Litros

7.372,00

8.478,00

9.750,00

Cilindro de 34,392 Litros

11.796,00

13.565,00

15.600,00

Cilindro de 85,981 Litros

29.489,00

33.912,00

38.999,00

PRECIOS DEL DISTRIBUIDOR DE COMBUSTIBLES

SIN PUNTO FIJO A CONSUMIDOR FINAL

(colones por litro)

Productos

Plantel sin impuesto

Con impuesto

Productos

Plantel sin impuesto

Con impuesto

Gasolina súper

359,793

528,040

Asfaltos AC-20, AC-30, PG-70  (1)

232,017

267,264

Gasolina regular

355,296

516,293

Diesel pesado

330,521

364,266

Diesel 0,05% S

386,367

482,615

Emulsión

178,711

205,706

Diesel 0,25% S

380,050

476,296

L.P.G.

266,445

301,692

Diesel 0,50% S

379,068

475,314

Av-Gas

428,516

589,513

Keroseno

393,785

442,781

Jet A-1 general

393,785

491,531

Búnker

268,219

287,716

Nafta Liviana

352,460

378,207

IFO 380

282,092

285,837

Nafta Pesada

352,990

378,736

PRECIOS PLANTEL RECOPE (colones por litro)

Productos

Plantel sin impuesto

Con impuesto

Productos

Plantel sin impuesto

Con impuesto

Gasolina súper

359,793

524,293

Asfalto AC-20, AC-30, PG-70

232,017

263,517

Gasolina regular

355,296

512,546

Diesel pesado

330,521

360,521

Diesel 0,05% S

386,367

478,867

Emulsión asfáltica

178,711

201,961

Diesel 0,25% S

380,050

472,550

L.P.G.

266,445

297,945

Diesel 0,50% S

379,068

471,568

Av-Gas

428,516

585,766

Keroseno

393,785

439,035

Jet A-1 general

393,785

487,785

Búnker

268,219

283,969

Nafta Liviana

352,460

374,460

IFO 380

282,092

282,092

Nafta Pesada

352,990

374,990

PRECIOS A CONSUMIDOR FINAL EXONERADOS DEL IMPUESTO ÚNICO A LOS COMBUSTIBLES

Para todos los consumidores finales que estén exonerados del impuesto único a los combustibles aplican los precios en plantel de RECOPE sin impuesto único a los combustibles, entre ellos la Flota Pesquera Nacional no Deportiva, según lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Nº 7384 de INCOPESCA y la Ley Nº 8114 de Simplificación y Eficiencia Tributarias.

 

El plazo máximo para presentar sus posiciones vence el 21 de febrero del 2008 a las dieciséis horas (4:00 p.m.). Las mismas se pueden presentar mediante el fax 290-2010, de forma personal en las oficinas de la Autoridad Reguladora, situadas en Sabana Sur, 400 metros oeste del Edificio de la Contraloría General de la República, San José y por medio del correo electrónico: usuario@aresep.go.cr

Se hace saber a los interesados que esta consulta pública se realiza conforme al Voto Nº 2007-11266 de la Sala Constitucional y la resolución RRG-7205-2007 de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, y que pueden consultar y fotocopiar el expediente que consta en la Dirección de Protección al Usuario y en la página web: www.aresep.go.cr

En el caso de una persona física deberá aportar fotocopia de su cédula; las personas jurídicas deberán aportar certificación de personería vigente.

Dirección de Protección al Usuario.—Laura Suárez Zamora.—1 vez.—(Solicitud Nº 20214).—C-55020.—(12826).

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

ÁREA DE ESTADÍSTICAS CONTINUAS

UNIDAD ÍNDICES DE PRECIOS

El Instituto Nacional de Estadística y Censos, avisa que los Índices de Precios de los Insumos Básicos de la Industria de la Construcción, correspondientes al mes de diciembre, son los siguientes:

ÍNDICES DE PRECIOS DE LOS INSUMOS BÁSICOS DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN

DICIEMBRE 2007

ÍNDICES DE PRECIOS DE INSUMOS PARA

LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS Y VIVIENDA

Base Enero 1976=100

                                                                          NOV 2007                DIC 2007              VARIACION (%)

EDIFICIOS                                                   16.479,26                 16.606,16                             0,77

VIVIENDA                                                   18.368,25                 18.514,25                             0,79

ÍNDICES DE PRECIOS DE MANO DE OBRA PARA

LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS Y VIVIENDA

Base Enero 1976=100

                                                                          NOV 2007                DIC 2007              VARIACIÓN (%)

MANO DE OBRA EN EDIFICIOS             16.615,64                 16.615,64                             0,00

MANO DE OBRA EN VIVIENDA       16.459,67                 16.459,67                             0,00

ÍNDICES DE PRECIOS DE ACTIVIDADES PARA

LA CONSTRUCCIÓN DE URBANIZACIONES

Base Enero 1984=100

RAMA DE ACTIV                                      NOV 2007                DIC 2007                      VARIACION (%)

TUBERIA AGUAS PLUVIAL                                                               2.030,94                                              2.069,89                                                            1,92

TUBERIA AGUAS NEGRAS PVC                                                 2.205,24                                              2.205,24                                                           0,00

TUBERIA AGUAS NEGRAS CONCRETO                      1.617,08                                              1.651,41                                                           2,12

TUBERIA AGUA POTABLE                                                                 2.481,06                                              2.481,06                                                           0,00

PREVISTA AGUAS NEGRAS PVC                                              2.204,73                                              2.204,73                                                           0,00

PREVISTA AGUAS NEGRAS CONCRETO                   2.102,33                                              2.131,30                                                           1,38

PREVISTA AGUA POTABLE                                                              2.071,33                                              2.071,33                                                           0,00

TRAGANTES                                                                                                                  2.385,69                                              2.415,49                                                           1,25

POZOS                                                                                                                                       2.627,33                                              2.671,30                                                           1,67

CAJAS DE SIFON                                                                                                      2.165,60                                              2.185,05                                                           0,90

CORDON Y CAÑO                                                                                                2.786,73                                              2.836,15                                                           1,77

ACERAS                                                                                                                                 2.875,90                                              2.917,38                                                           1,44

DESFOGUE                                                                                                                      2.792,01                                              2.836,12                                                           1,58

CUNETA MEDIA CAÑA                                                                              2.032,31                                              2.054,47                                                           1,09

CABEZALES PARA PASOS POR ACERA                     2.734,61                                              2.760,23                                                           0,94

PASOS POR ACERA                                                                                          2.738,88                                              2.777,79                                                           1,42

VALVULAS H. F.                                                                                                        1.051,06                                              1.052,47                                                           0,13

HIDRANTES                                                                                                                    1.262,71                                              1.262,71                                                           0,00

LIMPIEZA Y DESENRAICE                                                                        998,40                                                  975,23                                                          - 2,32

CORTE DE TIERRA                                                                                               1.208,45                                              1.175,72                                                          - 2,71

RELLENO Y COMPACTACION                                                    1.156,55                                              1.146,34                                                          - 0,88

SUB-BASE, BASE Y CONF. SUBRASANTE                   2.521,55                                              2.516,43                                                          - 0,20

CARPETA ASFALTICA                                                                                 2.403,28                                              2.402,60                                                          - 0,03

ÍNDICES DE PRECIOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ACUEDUCTOS

Base Enero 1983=100

RAMA DE ACTIVIDAD                          NOV 2007                DIC 2007              VARIACION (%)

TUBERIA PVC 150 mm                                                                                       2.472,38                                              2.473,21                                                           0,03

TUBERIA PVC 200 mm                                                                                       2.734,83                                              2.735,01                                                           0,01

TUBERIA PVC 250 mm                                                                                       2.708,01                                              2.708,13                                                           0,00

TUBERIA PVC 300 mm                                                                                       2.713,84                                              2.713,94                                                           0,00

RAMA DE ACTIVIDAD                          NOV 2007                DIC 2007              VARIACION (%)

PREVISTA 12 mm                                                                                                        2.861,56                                              2.861,56                                                           0,00

HIDRANTE                                                                                                                        2.134,63                                              2.135,52                                                           0,04

PROMEDIO TUBOS Y PREVISTA                                                2.634,24                                              2.634,81                                                           0,02

SIN COSTO TUBO 150 mm                                                                            2.291,98                                              2.293,62                                                           0,07

TUBO 200 - 500 mm                                                                                                   2.248,03                                              2.249,04                                                           0,04

PROMEDIO                                                                                                                      2.280,08                                              2.281,57                                                           0,06

INDICE GENERAL DE ACUEDUCTOS                             2.260,37                                              2.255,34                                                          - 0,22

ÍNDICES DE PRECIOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE ALCANTARILLADOS

Base Enero 1983=100

RAMA DE ACTIVIDAD                          NOV 2007                DIC 2007            VARIACION (%)

TUBERIA PVC 150 mm                                                                                       2.102,71                                              2.103,80                                                           0,05

TUBERIA PVC 200 mm                                                                                       1.804,72                                              1.805,83                                                           0,06

TUBERIA PVC 250 mm                                                                                       1.722,29                                              1.723,50                                                           0,07

TUBERIA PVC 300 mm                                                                                       1.711,81                                              1.713,81                                                           0,12

PREVISTA 100 mm                                                                                                    1.761,23                                              1.762,57                                                           0,08

PROMEDIO PVC                                                                                                      1.803,27                                              1.804,29                                                           0,06

TUBO DE CONCRETO 300 mm                                                            2.561,93                                              2.581,25                                                           0,75

TUBO DE CONCRETO 610 mm                                                            2.662,85                                              2.707,43                                                           1,67

TUBO DE CONCRETO 910 mm                                                            2.698,02                                              2.753,60                                                           2,06

PROMEDIO DE CONCRETO                                                               2.673,06                                              2.720,32                                                           1,77

CAJAS DE REGISTRO                                                                                       2.399,30                                              2.420,94                                                           0,90

CAJAS DE SIFON                                                                                                      2.077,79                                              2.088,79                                                           0,53

PROM. CAJAS REGISTRO Y SIFON                                            2.340,20                                              2.360,02                                                           0,85

REPOSICION DE CARPETA                                                                 2.170,42                                              2.162,94                                                          - 0,34

INDICE GENERAL ALCANTARILLADO                     2.252,52                                              2.264,63                                                           0,54

ÍNDICES DE PRECIOS DE ELEMENTOS PARA LA

CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS Y PUENTES

Base Julio 1990=100

ELEMENTOS                                               NOV 2007                DIC 2007               VARIACION (%)

ACERO ESTRUCTURAL                                                                      701,70333                                       738,94333                                                     5,30709

ACERO POSTENSION                                                                             387,27527                                       376,15456                                                    - 2,87153

ACERO REFUERZO                                                                                 1125,56946                                   1125,56946                                                     0,00000

ACETILENO                                                                                                         2718,90187                                   2718,90187                                                     0,00000

ADITIVO RETARDANTE /ACEL                                             838,94201                                       838,94201                                                     0,00000

ALAMBRE DE PUAS                                                                            1821,75422                                   1821,75422                                                     0,00000

ALAMBRE ELECTRICO                                                                       275,40105                                       275,40105                                                     0,00000

ALAMBRE NEGRO                                                                                     962,20491                                       962,20491                                                     0,00000

ARENA                                                                                                                         1251,82870                                   1251,82870                                                     0,00000

ASFALTO 85/100                                                                                           1468,18698                                   1453,46486                                                    - 1,00274

BARRAS O BARRENOS                                                                        607,51573                                       607,51573                                                     0,00000

BROCA 3” diámetro                                                                                    560,34783                                       544,25729                                                    - 2,87153

BUNKER                                                                                                                    2163,83550                                   2375,36179                                                     9,77553

CEMENTO                                                                                                               1589,04756                                   1665,80218                                                     4,83023

CLAVOS                                                                                                                      1280,10283                                   1280,10283                                                     0,00000

COLCHONETA 4 * 2 * 1,23 * 3,2 m                                            607,78028                                       590,32770                                                    - 2,87153

COSTO DE POSESION                                                                             673,01334                                       653,68759                                                    - 2,87153

DIESEL                                                                                                                          1991,97518                                   2095,16515                                                     5,18028

DINAMITA                                                                                                                  280,00439                                       280,00439                                                     0,00000

ELEM. VIGA PRETENS. GUARDACAMI                  920,00264                                       920,00264                                                     0,00000

EMULSION ASFALTICA                                                                 1327,91457                                   1333,99538                                                     0,45792

EPOXY P/ MARCADORES                                                              796,16023                                       773,29828                                                    - 2,87153

FLANGER 12 * 65                                                                                             621,23889                                       603,39985                                                    - 2,87153

FULMINANTE                                                                                                      291,68477                                       291,68477                                                     0,00000

GAVIÓN 2,4 m 2 * 1 * 0,5 MALLA 8 * 10                        1359,91328                                   1374,14890                                                     1,04680

GAVIÓN 2,4 m 2 * 1 * 1,0 MALLA 8 * 10                        1254,54673                                   1267,67938                                                     1,04680

GASOLINA                                                                                                            1609,01879                                   1664,80383                                                     3,46702

GRAPAS P/ ALAMBRE                                                                         641,77754                                       641,77754                                                     0,00000

LAMINA DE ALUMINIO LISO N ° 16                          1201,80659                                   1194,94169                                                    - 0,57121

LIQUIDO PARA CURA                                                                          558,79807                                       558,79807                                                     0,00000

LLANTAS                                                                                                                     724,91970                                       715,54997                                                    - 1,29252

LUBRICANTES                                                                                                1274,23745                                   1337,01521                                                     4,92669

MADERA CONTRACHAPA (PLYWOOD)      1250,07464                                   1304,56062                                                     4,35862

MADERA ESPECIAL PARA BARANDA                261,73000                                       261,73000                                                     0,00000

MADERA FORMALETA                                                                 2787,71727                                   2787,81617                                                     0,00355

MALLA CICLON                                                                                              906,70317                                       906,70317                                                     0,00000

MANGUERAS COMP. 600 c.c.                                                   1139,44871                                   1133,02243                                                    - 0,56398

MANO DE OBRA                                                                                         1039,13944                                   1039,13944                                                     0,00000

MARCADOR PAVIMENTO (REF. 1 CARA)            539,77812                                       524,27825                                                    - 2,87153

MARCADOR PAVIMENTO (REF. 2 CARAS)        525,97625                                       510,87270                                                    - 2,87153

MARCO Y REJILLA METAL 18” * 23”                             187,76095                                       187,76095                                                     0,00000

MARCO Y TAPA DE METAL                                                       187,76095                                       187,76095                                                     0,00000

MATERIAL P/ SELLADO JUNTAS                                      159,65079                                       159,65079                                                     0,00000

MATERIAL REFLECTANTE SEÑALES                       207,84323                                       207,84323                                                     0,00000

MEDIA CAÑA 36 cm. * 1 m                                                                     613,13658                                       632,95581                                                     3,23243

OXIGENO INDUSTRIAL                                                                  3118,24596                                   3118,24596                                                     0,00000

PIEDRA BRUTA                                                                                                 959,62857                                       959,62857                                                     0,00000

PIEDRA QUEBRADA                                                                              954,60992                                       954,60992                                                     0,00000

PILOTE ACERO ESTRUCT. 12 * 12 * 53”                       619,37296                                       601,58750                                                    - 2,87153

PILOTE ACERO ESTRUCTU. 12 * 12 * 74”                 608,42194                                       590,95094                                                    - 2,87153

PILOTE HORMIGON PRETEN 30 * 30                       1140,16138                                   1140,16138                                                     0,00000

PILOTE HORMIGON PRETEN35 * 35                        1381,64894                                   1381,64894                                                     0,00000

PILOTE HORMIGON REFORZADO                             1716,18298                                   1716,18298                                                     0,00000

PINTURA P/ ESTRUCTURAS                                                    1159,89140                                   1159,89140                                                     0,00000

PINTURA Y ESFERAS P/ VIAS                                                1119,93004                                   1117,59602                                                    - 0,20841

POSTE DE VIGA GALVANIZADA                                      571,51202                                       555,10090                                                    - 2,87153

POSTE PRETENSADO/GUARDACAMINO   1640,18357                                   1640,18357                                                     0,00000

ELEMENTOS                                               NOV 2007                DIC 2007               VARIACION (%)

POSTE P/ CERCA DE ALAMBRE                                      2735,96829                                   2735,96829                                                     0,00000

POSTE P/ SEÑAL VERTICAL                                                         699,26624                                       699,26624                                                     0,00000

REPUESTOS                                                                                                             932,94373                                       947,06229                                                     1,51333

SOLDADURA                                                                                                   1240,07821                                   1240,07821                                                     0,00000

TABLE ESTACA ACERO MP (116)                                       551,14710                                       535,32076                                                    - 2,87153

TELA DE FIBRA SINTETICA                                                           733,02696                                       733,02696                                                     0,00000

TERM. GALVANIZADO/GUARDA CAMINO  580,83762                                       564,15871                                                    - 2,87153

TERMINAL VIGA P/ GUARDA CAMINO            1050,58207                                   1050,58207                                                     0,00000

TINTA DE SERIGRAFÍA                                                                         218,34162                                       218,34162                                                     0,00000

TIPO DE CAMBIO                                                                                            560,32329                                       544,23346                                                    - 2,87153

TORNILLOS GALVANIZADOS                                               380,90634                                       380,90634                                                     0,00000

TUB. ACERO CORRUGADO 1,07 m CAL. 16          515,33670                                       500,53867                                                    - 2,87153

TUB. ACERO CORRUGADO 1,37 m CAL. 16          554,57433                                       538,64958                                                    - 2,87153

TUB. ACERO CORRUGADO 1,83 m CAL. 12          486,53553                                       472,56453                                                    - 2,87153

TUB. ACERO CORRUGADO 2,59 m CAL. 12          486,53553                                       472,56453                                                    - 2,87153

TUB. ACERO CORRUGADO 2,90 m CAL. 12          526,96495                                       511,83301                                                    - 2,87153

TUB. ACERO CORRUGADO 3,35 m CAL. 12          531,86626                                       516,59358                                                    - 2,87153

TUB. ACERO CORRUGADO 3,51 m CAL. 12          529,20558                                       514,00930                                                    - 2,87153

TUB. ACERO CORRUGADO 3,96 m CAL. 12          526,76222                                       511,63610                                                    - 2,87153

TUB. HORMIGON CLASE III 0,61 M DIAM.          1018,36239                                   1035,03559                                                     1,63726

TUB. HORMIGON CLASE III 0,76 M DIAM.          1007,53706                                   1007,53706                                                     0,00000

TUB. HORMIGON CLASE III 0,91 M DIAM.          1028,06473                                   1044,89104                                                     1,63670

TUB. HORMIGON CLASE III 1,07 M DIAM.              937,51454                                       937,51454                                                     0,00000

TUB. HORMIGON CLASE III 1,22 M DIAM.          1189,06354                                   1208,51253                                                     1,63566

TUB. HORMIGON CLASE III 1,37 M DIAM.              989,93513                                   1006,17161                                                     1,64016

TUB. HORMIGON CLASE III 1,52 M DIAM.          1043,55738                                   1060,65123                                                     1,63804

TUB. HORMIGON CLASE III 1,83 M DIAM.          1036,71296                                   1053,66083                                                     1,63477

TUB. HORMIGON CLASE III 2,13 M DIAM.          1088,20107                                   1088,20107                                                     0,00000

TUB. HORMIGON CLASE III 2,90 M DIAM.          1175,41044                                   1175,41044                                                     0,00000

TUB. HORMIGON CLASE IV 0,61 M DIAM.             675,33482                                       689,17668                                                     2,04963

TUB. HORMIGON CLASE IV 0,76 M DIAM.             454,77299                                       454,77299                                                     0,00000

TUB. HORMIGON CLASE IV 0,91 M DIAM.             693,15323                                       707,43895                                                     2,06098

TUB. HORMIGON CLASE IV 1,07 M DIAM.             604,75634                                       604,75634                                                     0,00000

TUB. HORMIGON CLASE IV 1,22 M DIAM.             686,78942                                       700,90781                                                     2,05571

TUB. HORMIGON CLASE IV 1,37 M DIAM.             713,91167                                       728,56947                                                     2,05317

TUB. HORMIGON CLASE IV 1,52 M DIAM.             691,59170                                       705,78503                                                     2,05227

TUB. HORMIGON CLASE IV 1,83 M DIAM.             692,89266                                       707,12238                                                     2,05367

TUB. HORMIGON CLASE IV 2,13 M DIAM.             690,63616                                       704,81433                                                     2,05291

TUB. HORMIGON CLASE IV 2,90 M DIAM.             624,15490                                       624,15490                                                     0,00000

TUB. HORMIGON CLASE V 0,61 M DIAM.               692,86151                                       707,09682                                                     2,05457

TUB. HORMIGON CLASE V 0,76 M DIAM.               451,56979                                       451,56979                                                     0,00000

TUB. HORMIGON CLASE V 0,91 M DIAM.               693,91698                                       708,15694                                                     2,05211

TUB. HORMIGON CLASE V 1,07 M DIAM.               574,90053                                       574,90053                                                     0,00000

TUB. HORMIGON CLASE V 1,22 M DIAM.               691,50436                                       705,69802                                                     2,05258

TUB. HORMIGON CLASE V 1,37 M DIAM.               688,06826                                       702,23986                                                     2,05962

TUB. HORMIGON CLASE V 1,52 M DIAM.               690,54893                                       704,73805                                                     2,05476

TUB. HORMIGON CLASE V 1,83 M DIAM.               696,69675                                       711,01455                                                     2,05510

TUB. HORMIGON CLASE V 2,13 M DIAM.               689,32162                                       703,54654                                                     2,06361

TUB. HORMIGON CLASE V 2,90 M DIAM.               660,73385                                       660,73385                                                     0,00000

TUB. HORMIGON PERFORADO 10 cm.                        442,46334                                       442,46334                                                     0,00000

TUB. HORMIGON PERFORADO 15 cm.                        426,29981                                       426,29981                                                     0,00000

TUB. HORMIGON PERFORADO 20 cm.                        426,74916                                       426,74916                                                     0,00000

TUB. SIN REFUERZO C-14 10 cm.                                                650,01673                                       659,58837                                                     1,47252

TUB. SIN REFUERZO C-14 15 cm.                                                609,29281                                       617,66911                                                     1,37476

TUB. SIN REFUERZO C-14 20 cm.                                                888,58214                                       897,28908                                                     0,97987

TUB. SIN REFUERZO C-14 25 cm.                                                795,38707                                       804,12034                                                     1,09799

TUB. SIN REFUERZO C-14 30 cm.                                                745,79353                                       756,16853                                                     1,39114

TUB. SIN REFUERZO C-14 38 cm.                                                836,57236                                       849,63103                                                     1,56097

TUB. SIN REFUERZO C-14 46 cm.                                                562,22343                                       562,22343                                                     0,00000

TUB. SIN REFUERZO C-14 53 cm.                                                832,05345                                       844,63279                                                     1,51184

TUB. SIN REFUERZO C-14 61 cm.                                                928,89675                                       943,73640                                                     1,59756

TUB. SIN REFUERZO C-14 76 cm.                                                581,81375                                       581,81375                                                     0,00000

TUB. SIN REFUERZO C-14 91 cm.                                                893,02682                                       908,83083                                                     1,76971

VIGA GALVANIZADA                                                                           528,13586                                       512,97030                                                    - 2,87153

WATER STOP 6”*3/16”                                                                            272,97219                                       272,97219                                                     0,00000

San José, 7 de febrero del 2008.—Jaime Vaglio Muñoz, Gerente.—(Solicitud Nº 38538).—C-217820.—(11343).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA

La Municipalidad de Alajuelita avisa a los estimables vecinos y público en general que por acuerdo definitivamente aprobado en la sesión Nº 94 ordinaria celebrada el día 12 del mes en curso, se traslada la sesión ordinaria correspondiente al 19 de febrero 2008 para el día 20 de febrero 2008 y la sesión ordinaria correspondiente al 18 de marzo 2008 para el día 27 de marzo 2008, ambas sesiones a las 19:00 horas en el salón de sesiones de la Municipalidad.

Alajuelita, 13 de febrero del 2008.—Gerardo Chavarría Jiménez, Secretario Municipal.—1 vez.—(13447).

MUNICIPALIDAD DE MORA

La Corporación Municipal del Cantón de Mora, le transcribe acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 93-2006-2008, celebrada el 4 de febrero del dos mil ocho, que textualmente dice:

Artículo Nº 8.—El Concejo Municipal acuerda aprobar dictamen de Comisión de Asuntos Jurídicos que dice: Se aprueba traspaso de nombre de la patente de licor número ocho, la cual estaba a nombre de Mercedes Hernández Carmona, cédula número 1-370-479, y pasa a nombre de Mercedes Hernández y Sucesores S.A., cédula jurídica número 3-101-197326. Acuerdo definitivo.

Ciudad Colón, 7 de enero del 2008.—Jubia Retana Mora, Secretaria Municipal.—1 vez.—(11958).

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

Acuerdo SCM-3093-2007 del 18 de diciembre del 2007

La Municipalidad de Heredia hace saber a quien interese que la Sra. Mayela Mª Pantoja Gómez, cédula Nº 4-138-038, es hija del Sr. Ismael Pantoja Brenes, cédula Nº 4-068-848, quien falleció el 09-10-2007 y es arrendatario de un derecho en el Cementerio Central. Su hija manifiesta es común acuerdo con sus hermanos que se traspase dicho derecho a su nombre como nueva arrendataria y beneficiarios a: Rosario Gómez Zamora, cédula Nº 4-072-925, Mario Alb. Pantoja Gómez, cédula Nº 4-129-451, Mª. del Rosario Pantoja Gómez, cédula Nº 4-150-893, Marta E. Pantoja Gómez, cédula Nº 4-142-170 y Luis Enrique Pantoja Gómez, cédula Nº 4-147-164, derecho ubicado en el Cementerio Central, lote Nº 109 bloque H, con una medida de 3 metros cuadrados para 2 nichos, inscrito en el folio 57, libro 2, solicitud Nº 411 recibo Nº 955-D, el cual fue adquirido el 06-05-2004. El mismo se encuentra a nombre de Ismael Pantoja Brenes, (fallecido). Datos confirmados según constancia extendida por nuestro Departamento de Rentas y Cobranzas de fecha 9 de octubre del 2007.

Se emplaza por 30 días a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente. Publíquese una vez.

Departamento de Rentas y Cobranzas.—Ángela Aguilar Vargas, Jefa.—1 vez.—(11868).

AVISOS

CONVOCATORIAS

CHOTAS SOCIEDAD ANÓNIMA

La empresa Chotas Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-102-121551, convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, que se celebrará en primera convocatoria con el quórum de ley a la 19:00 horas del 10 de marzo de 2008, en la residencia del socio Aníbal Amador Madriz, sito en San José, Curridabat, carretera a Concepción de Tres Ríos, de la línea del tren 100 metros norte 100 este, 100 sur y 25 este y en segunda convocatoria media hora después con el quórum que exista. (convoca el fiscal ante la muerte del presidente de la junta directiva).

Agenda:

1.- Informe de Junta Directiva y revocatoria de nombramientos.

2.- Nombramiento de Nueva Junta Directiva.

3.- Modificación de la denominación de las acciones.

4.- Varios.

San José, 7 de febrero del 2008.—Fernando Ferraro Dobles, Fiscal.—1 vez.—(13063).

CONDOMINIO NUEVO CENTRO COLÓN

Convoca a los copropietarios a asamblea general ordinaria a celebrarse el día 28 de marzo del 2008, a las dieciocho horas, en el hotel Centro Colón, para conocer los siguientes puntos:

1.  Informe de Presidencia.

2.  Informe Estados Financieros período 2007.

3.  Elección Puestos Salientes Junta Directiva.

4.  Aprobación del Presupuesto para el período 2008.

5.  Puntos Varios.

La primera convocatoria será a las 18:00 horas de no haber quórum, la segunda convocatoria será a las 18:30 horas.—Lic. Wálter Arturo Valverde Madrigal, Presidente.—1 vez.—(13068).

RICH LAND INVESTMENTS LIMITADA

Se convoca a una asamblea general extraordinaria de cuotistas de Rich Land Investments Limitada, a celebrarse en el domicilio de la sociedad, en primera convocatoria a las quince horas y en segunda convocatoria a las dieciséis horas ambas el día veinticinco de febrero del dos mil ocho. El objeto de la convocatoria es conocer y aprobar el informe del Gerente y la revisión de los estados financieros de la sociedad.—San José, 8 de febrero del 2008.—Josef Mettler, Gerente.—Andrés Montejo Morales, Subgerente.—1 vez.—Nº 14781.—(13107).

Se convoca a una asamblea general extraordinaria de cuotistas de Rich Land Investments Limitada, a celebrarse en el domicilio de la sociedad, en primera convocatoria a las dieciséis horas y en segunda convocatoria a las diecisiete horas ambas el día veinticinco de febrero del dos mil ocho. La agenda es la siguiente: 1- Modificación de la cláusula octava, de la Administración, del pacto constitutivo. 2- Nombramiento de Gerente, Subgerente Uno y Subgerente Dos.—San José, 8 de febrero del 2008.—Josef Mettler, Gerente.—Andrés Montejo Morales, Subgerente.—1 vez.—Nº 14783.—(13108).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

PINESTRAN R Y G SOCIEDAD ANONIMA

Pinestran R Y G Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-038800, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los libros: diario, mayor, inventarios y balances, actas de consejo de administración, registro de socios, actas de asamblea de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 1° de enero del 2008.—Laura Carvajal Ramírez, Notaria.—(10922).

CLUB AMÉRICA S. A. D.

Club América S. A. D., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y tres mil sesenta y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros número uno de: Diario, mayor, inventario y balances y actas de asamblea general de socios y el de registro de accionistas y el libro número dos de actas de junta directiva. La anterior denominación era Deportivo Naranjo Fútbol Club Sociedad Anónima Deportiva y hoy es Club América Sociedad Anónima Deportiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de Alajuela, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Rodney Zamora Rojas, Notario.—(11293).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.

Para los efectos del artículo 689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

Certificado Nº                         Acciones                          Serie

376                                       280                                  A

377                                       250                                  B

Nombre del accionista: Sole Fray Antonio y Lesera Fray Antonio

Folio Nº 616

San José, 24 de enero del 2008.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—Nº 13376.—(10992).

UNIÓN DE AGRICULTORES DEL RÍO CUARTO GRECIA

Esteban Mora Núñez, cédula de identidad Nº 2-214-403, vecino de Río Cuarto de Grecia, Alajuela, de la escuela La Españolita, un kilómetro al este y un kilómetro al sur, en mi calidad de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, de la sociedad denominada Unión de Agricultores del Río Cuarto Grecia, con cédula jurídica número tres-cero cero dos-doscientos diecisiete mil novecientos veintisiete, domiciliada en Río Cuarto de Grecia; entidad debidamente inscrita bajo el expediente número: nueve mil quinientos treinta y seis; con el debido respeto solicito la reposición de los siguientes libros contables: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, todos número uno, por extravío de los mismos. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición, ante el Registro de Asociaciones del Registro Nacional; en término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Esteban Núñez Morales, Presidente.—Nº 13582.—(10996).

PRONDINE S. A.

Por este medio se hace constar que Prondine S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y seis mil doscientos treinta y cinco, ha solicitado a la Dirección General de Tributación Directa de Cartago, trámite de reposición de los libros número uno de: Registro de Actas de Asambleas de Socios, Actas de Consejo de Administración, Mayor, Diario e Inventarios y Balances, por extravío de los mismos.—Ileana Garita González.—Nº 13367.—(10997).

UNRRA SOCIEDAD ANÓNIMA

UNRRA Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-028384, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas de Asamblea General, Actas de Junta Directiva y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado podrá manifestar su oposición, ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José; dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Carmen María Arana Gómez, Notaria.—Nº 13374.—(10998).

VINDAS, VALENCIANO Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA

Vindas, Valenciano y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y cuatro mil ochocientos cuatro, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea General número uno, Actas de Junta Directiva número uno, Registro de Accionistas número uno, Mayor número uno, Diario número uno e Inventarios y Balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Jonathan Jiménez Ruiz.—Nº 13475.—(10999).

HOLCIM (COSTA RICA) SOCIEDAD ANÓNIMA

Holcim (Costa Rica) Sociedad Anónima, antes Industria Nacional de Cemento Sociedad Anónima, comunica que la señora Diana Joyce Guy, de único apellido Guy en razón de su nacionalidad estadounidense, que es su apellido de casada, mayor, casada en primeras nupcias, asistente de gerencia, vecina del uno seis dos tres Princess Margaret Court, Ricmond, Virginia dos tres dos tres seis, Estados Unidos de América, portadora del pasaporte de su país número: dos uno cinco tres dos dos cuatro cinco siete, en su calidad apoderada generalísima sin límite de suma del señor Elmer White, de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, soltero, pensionado, portador de la cédula de residencia número uno siete cinco siete cinco seis cero siete siete cuatro nueve cuatro, vecino del uno seis dos tres Princess Margaret Court, Ricmond, Virginia dos tres dos tres seis, Estados Unidos de América; poder debidamente inscrito al tomo: ciento setenta y cuatro, folio: doscientos noventa y uno, asiento: setecientos tres de la Sección Personas del Registro Público; ha solicitado la reposición de los títulos Nº 1086 Serie A por 872,532 acciones; Nº 3093 Serie A por 261,759 acciones; Nº 1411 Serie B por 113,429 acciones; Nº 903 Serie C por 99,324 acciones; Nº 898 Serie D por 269,409 acciones; Nº 876 Serie E por 998,202 acciones; Nº 850 Serie F por 627,517; Nº 805 Serie G por 682,788 acciones; los cuales fueron extraviados. Si hubiese alguna persona interesada en que no se haga esta reposición, favor hacerlo saber en las oficinas del emisor en los treinta días siguientes a esta.—20 de diciembre del 2007.—Diana Joyce Guy, Solicitante.—Nº 13307.—(11071).

INMOBILIARIA LOS JARDINES S. A.

Para efectos de reposición la sociedad denominada Lafer S. A., cédula jurídica Nº 3-101-012064, en la condición de propietarios de la acción y título Nº 194, hace constar que hemos solicitado a Inmobiliaria Los Jardines S. A., la reposición de los mismos por haberse extraviado. Por el término de ley, se atenderán oposiciones en el Departamento Secretaría de Junta Directiva, en el Cariari Country Club, San Antonio de Belén, Heredia y transcurrido el mismo se procederá a la reposición solicitada.—San José, 30 de enero del 2008.—Xinia Carranza Bonilla, Representante Legal.—Nº 13706.—(11524).

TECHNO MED SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Techno Med Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ciento veinticinco mil ochocientos noventa, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguiente libros: Registro de Cuotas número dos; Actas de Asamblea General número dos; Diario número dos; Mayor número dos; Inventarios y Balances número dos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Fernando Chinchilla Cooper, Notario.—Nº 13652.—(11525).

INVERSIONES RAYCA JUCAR S. A.

Inversiones Rayca Jucar S. A., cédula jurídica Nº 3-101-386287, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de la Junta Directiva, Actas de Asamblea General, Actas Libro de Accionistas, Mayor, Diario, Inventarios y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Pérez Zeledón, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Juan Carlos Valverde Granados, Apoderado Generalísimo.—Nº 13653.—(11526).

TRANSPORTES MAROZ SOCIEDAD ANÓNIMA

Transportes Maroz Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-229588, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Actas de la Junta Directiva y Actas de Asamblea General. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Pérez Zeledón, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Juan Carlos Valverde Granados, Apoderado Generalísimo.—Nº 13654.—(11527).

MULTIFRÍO SOCIEDAD ANÓNIMA

Multifrío Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos diez mil setecientos sesenta y dos, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Registro de Socios Número Uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—Nº 13781.—(11528).

TECNOPLÁSTICO DE COSTA RICA S. A.

Tecnoplástico de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-089789, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de libros siguientes: Diario Nº 1, Mayor Nº 1, Inventarios y Balances Nº 1, Actas Junta Directiva Nº 1, Actas Asambleas de Socios Nº 1 y Registro de Socios Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Ma. Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—Nº 13825.—(11529).

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CENTRO AMÉRICA

Ante el registro de la Universidad Autónoma de Centro América se ha presentado la solicitud de reposición de título de: Doctor en Medicina, emitido por esta casa de estudios el 17 de enero de 1992, inscrito en el tomo III-V3-603, a nombre de Alberto E. Tello Villalaz, con pasaporte Panameño Nº 1338583. Se solicita la reposición por haberse extraviado el original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la publicación en el Diario Oficial.—Campus Los Cipreses, Curridabat, 25 de enero del 2008.—Roxinia Castillo Córdoba, Registradora.—(11703).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ASFALTOS Y MAQUINARIAS E.A. S. A.

Asfaltos y Maquinarias E.A. S. A., cédula jurídica 3-101-224540, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros número uno de: Actas de Junta Directiva, Actas de Asamblea de Socios y Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Mario Saborío Rocafort, Notario.—(11891).

ANTONIO Y CONSUELO SOCIEDAD ANÓNIMA

Antonio y Consuelo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-405226, solicita ante la Dirección de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 1, Mayor Nº 1, Inventario y Balances Nº 1, Actas de Consejo de Administración Nº 1, Actas de Asamblea de Socios Nº 1, Registro de Socios Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ochos días hábiles a partir de la publicación.—Lic. Eduardo García Chaves, Notario.—(11945).

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES

SOCIEDAD ANÓNIMA

Para los efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses Sociedad Anónima (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones: Certificado: Nº 814, acciones: 453, serie: B, nombre del accionista: Robert Abbott, folio: número 1221.—Lic. Larissa Seravalli Saurez, Notaria.—Nº 14335.—(12071).

MUTUAL CARTAGO DE AHORRO Y PRÉSTAMO

La señora Esterlin del Socorro Mejía Arauz, cédula Nº 8-081-065, ha solicitado a MUCAP, la reposición de los títulos valores Nº 311-303-393822, por un valor de $3.960,06 y Nº 311-312-393823, por un valor de redención de ¢514.194,50, los cuales fueron emitidos a su orden el día 13 de diciembre del 2006. Se emplaza a los interesados a manifestarse dentro del plazo de 15 días naturales posterior a la última publicación.—Cartago, 7 de febrero del 2008.—Departamento de Captación de Recursos.—Lic. Ericka Cascante Serrano, Asistente.—Nº 14093.—(12072).

FERRETERÍA BRENES S. A.

Ferretería Brenes S. A., cédula jurídica Nº 3-101-090.000, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro de Actas de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Recaudación y Gestión de la Administración Tributaria de Heredia, en el término de ocho días hábiles, a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Freddy Brenes Campos.—Nº 14052.—(12073).

CENTRO NATURAL LA FUENTE S. A.

Centro Natural La Fuente S. A., cédula jurídica Nº 3-101-2180662, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro de Actas de Asamblea de Socios, de Registro de Accionistas y Actas de Junta Directiva. Se oirán oposiciones ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de San José, en el término de ocho días hábiles.—San José, 5 de febrero del 2008.—Flor de María Chacón Torres, Apoderada Generalísima.—Nº 14080.—(12074).

CORPORACIÓN Y DOS K S. A.

Corporación Y Dos K S. A., cédula jurídica Nº 3-101-215611, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición del libro de Actas de Asamblea de Socios, de Registro de Accionistas y Actas de Junta Directiva. Se oirán oposiciones ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de San José, en el término de ocho días hábiles.—San José, 5 de febrero del 2008.—María Jesús San Silvestre Chacón, Apoderada Generalísima.—Nº 14081.—(12075).

ASOCIACIÓN MISIONERAS CATEQUISTAS

LUZ DE CRISTO-COSTA RICA

Yo, Sor Petrona Vallejos Toruño, conocida como Sor Mercedes, nicaragüense, con cédula de residencia temporal Nº 1-55801404005, religiosa, con domicilio en Alajuelita, en mi condición de presidenta de la Asociación Misioneras Catequistas Luz de Cristo-Costa Rica, con cédula jurídica Nº 3-002-280051, hago constar que hemos iniciado la reposición de los libros de Diario, Mayor e Inventarios y Balances, todos número uno, que se extraviaron, por lo que se emplaza por ocho días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la reposición en trámite ante el Registro de Asociaciones.—San José, 9 de febrero del 2008.—Sor Petrona Vallejos Toruño, Presidenta.—Nº 14276.—(12076).

CUSO DEL NORTE S. A.

Cuso del Norte S. A., cédula jurídica Nº 3-101-203825, solicita a la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de: Asambleas Generales de Socios, Registro de Accionistas, Junta Directiva, Diario, Inventarios y Balances, y Mayor. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de este aviso.—Solón Chavarría Aguilar, Presidente.—Nos. 13714 y 14055.—(12077).

DECORACIÓN Y ENTRETENIMIENTO

SOCIEDAD ANÓNIMA

Decoración y Entretenimiento Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-137450, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario uno, Mayor uno, e Inventarios y Balances uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Cartago, dentro del término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso.—Cartago, 8 de febrero del 2008.—Lic. Ailyn Blanco Coto, Notaria.—Nº 14284.—(12078).

CENTRAL AZUCARERA TEMPISQUE S. A.

Central Azucarera Tempisque S. A., tramita por extravío, la reposición de los títulos definitivos de Acciones número 006957 C, que ampara 750 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de diez colones cada una de esta Sociedad; propiedad de la señora Pacheco Murillo Gladys, cédula número 2-385-510 y número 007533 C, que ampara 1500 acciones comunes y nominativas con un valor nominal de diez colones cada una de esta Sociedad; propiedad del señor Solano Carranza Arturo, cédula número 9-050-849. Quienes se consideren afectados, podrán dirigir sus oposiciones a las oficinas de Central Azucarera Tempisque S. A., situadas en Guardia, Liberia Guanacaste, 6.5 kilómetros al oeste de la escuela pública de la localidad, dentro del plazo indicado en el artículo 689 del Código de Comercio.—Liberia, 4 de febrero de 2008.—Lic. Alberto Garvey Rojas, Gerente Financiero.—(12401).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura otorgada a las catorce horas del día cuatro de febrero del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Bioservet Agro Costa Rica Sociedad Anónima. En la cual se modifica la cláusula primera, denominándose la sociedad Laboratorios Aranda Sociedad Anónima. San José, 4 de febrero del 2008.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 77643.—(10578).

Por escritura Nº 135-13, de las 9:00 horas del 31 de enero del 2008, se constituyó El Bastón de Aaron S. A. Presidenta: Elena Cordero Barquero. Plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones.—San Isidro de El General, 31 de enero del 2008.—Lic. Fernando Alberto Gamboa Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 77644.—(10579).

Por acta de asamblea general extraordinaria número cuatro de Catarata Ecolodge Sociedad Anónima, cedula jurídica número tres ciento uno tres ocho nueve dos uno siete, celebrada a las ocho horas del once de enero del dos mil ocho, se acordó modificar la cláusula quinta del acta constitutiva y aumentar el capital social.—La Fortuna, enero del 2008.—Lic. María Marcella Jiménez Retana, Notaria.—1 vez.—Nº 13361.—(11107).

Al ser las ocho horas del cinco de febrero del dos mil ocho, se protocoliza acta de asamblea general de socios de la entidad denominada Desarrolladora Retsa y Joloba Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se reforma cláusula tercera.—Lic. Allan Garro Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 13362.—(11108).

La suscrita notaria pública Xinia Arias Naranjo, hace constar que ante esta notaría, se constituyó la siguiente sociedad anónima: Casa del Pacífico Sociedad Anónima, tiene su domicilio social en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este de hotel Villas Gaía. Así mismo la suscrita notaria hace constar que ante esta notaría se modificó la cláusula octava de pacto constitutivo de las siguientes sociedades: Tierras Cálidas Sociedad Anónima, Return of The Eagles Sociedad Anónima, Colourful Ladybird Sociedad Anónima y Cruzando El Horizonte Sociedad Anónima, todas con domicilio social en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del hotel Villas Gaía.—Ciudad Cortés, 4 de febrero del 2008.—Lic. Xinia Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—Nº 13368.—(11110).

La suscrita notaria Maritza Araya Rodríguez, hace constar que en mi notaría, se constituyeron las siguientes sociedades: 1- Floricundo Sociedad Anónima, a las quince horas y diez minutos del diez de enero del dos mil ocho. 2- Ifigenia Sociedad Anónima, otorgada a las catorce horas y veinte minutos del quince de enero del dos mil ocho, 3- Falconidos Sociedad Anónima, otorgada a las catorce horas y diez minutos del quince de enero del dos mil ocho, 4- Flipar Sociedad Anónima, otorgada a las dieciséis horas y diez minutos del once de enero del dos mil ocho, 5- Jaracatal Sociedad Anónima, otorgada a las catorce horas y cuarenta minutos del quince de enero del dos mil ocho, 6- Indumentaria Sociedad Anónima, otorgada las catorce horas y treinta minutos del quince de enero del dos mil ocho, 7- Importaciones del Sur Sociedad Anónima, otorgada a las quince horas y treinta minutos del treinta de enero del dos mil ocho. Es todo.—San Vito, 4 de febrero del 2008.—Lic. Maritza Araya Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 13369.—(11111).

La suscrita notaria Maritza Araya Rodríguez, hace constar que en mi notaría se firmó la escritura de disolución de la sociedad Carniceros Unidos de Coto Brus, cédula jurídica número tres-uno cero uno-uno cuatro ocho siete seis seis, al ser las trece horas del seis de diciembre del dos mil siete.—San Vito, 31 de enero del 2008.—Lic. Maritza Araya Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 13370.—(11112).

Por escritura otorgada ante mi notaría en la ciudad de San José, a las 15:15 horas del 1º de febrero del 2008, se constituyó la sociedad Academia de Paracaidismo Desafió Vertical Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve años contados a partir del momento de su constitución, capital social totalmente suscrito y pago en dinero en efectivo.—San José, 4 de febrero del 2008.—Lic. Lic. Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 13372.—(11113).

El día de hoy se constituyó en mi notaria la sociedad Transportes y Cabezales La Guadalupana S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Domicilio social: Cartago, Guadalupe, setenta y cinco metros al oeste de la panadería Santa Ana. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cartago, 18 de setiembre del 2007.—Lic. Jorge Rivera Leandro, Notario.—1 vez.—Nº 13375.—(11115).

Por medio de la escritura número ciento noventa y siete otorgada ante la notaria Marianela Portuguez Sánchez, a las once horas del veintidós de enero del año dos mil ocho, compareciendo, Harry Esquivel Guzmán, mayor casado una vez, empresario, titular de la cédula número uno-uno cero siete tres-cero cero cinco siete, vecino de San José, Moravia, La Trinidad, urbanización La Fabiola, casa trece P, y Karen Mejías Solórzano, mayor, casada una vez, secretaria, cédula número uno-uno uno siete tres-cero ocho seis uno, vecina de la misma dirección del primer compareciente constituyen una sociedad anónima de esta plaza cuya razón social es HK Vipocorp Sociedad Anónima.—San José, 5 de febrero del 2008.—Lic. Marianela Portuguez Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 13377.—(11116).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las once horas del dos de febrero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Slam Sports Sociedad Anónima. Apoderados con la representación judicial y extrajudicial, el secretario, y el presidente: Roberto Antonio Chaverri Peuchen. Plazo: noventa y nueve años. Domiciliada en San José.—dos de febrero del año dos mil ocho.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 13379.—(11117).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las catorce horas del cinco de febrero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Técnicos de Altura Sociedad Anónima. Apoderados con la representación judicial y _extrajudicial, el secretario, y el presidente: Gerald Mauricio Zúñiga Sibaja. Plazo: noventa y nueve años. Domiciliada en Heredia.—Heredia, 5 de febrero del 2008.—Lic. Rodrigo Vargas Araya, Notario.—1 vez.—Nº 13380.—(11118).

Mediante asamblea extraordinaria la sociedad de esta plaza Faligu Lizano Gutiérrez Sociedad Anónima, reforma el artículo octavo de sus estatutos y nombra nueva junta directiva.—San José a las once horas del cinco de febrero de dos mil ocho.—Lic. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 13384.—(11119).

Mediante asamblea extraordinaria la sociedad de esta plaza Condominios CR Treinta y Ocho Almendares Sociedad Anónima, reforma el artículo segundo de sus estatutos y se nombra presidente y tesorero.—San José, a las diez horas del cinco de febrero del dos mil ocho.—Lic. Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 13385.—(11120).

Ante mi notaría, a las 09:00 horas del 5 de febrero del 2008, se protocolizaron las actas de asambleas que reformaron el pacto social de la sociedad anónima denominada: Almacén de Depósito del Pacífico ALFIPAC S. A. Y se nombró junta directiva, presidenta: Yolanda Pérez Benavides.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Farid Breedy González, Notario.—1 vez.—Nº 13386.—(11121).

Por escritura otorgada ante mí a las dieciséis horas con treinta minutos del primero de febrero del dos mil ocho, se reformó la cláusula segunda y se nombraron nuevos gerentes y se nombró agente residente de la sociedad Aqua Dorata Industrias Limitada.—San José, 1º de febrero del 2008.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—Nº 13388.—(11122).

Ante esta notaría, en la ciudad de San José, al ser las catorce horas del cinco de febrero del año dos mil ocho, mediante escritura número noventa y cuatro del tomo dos del protocolo de la licenciada María Gabriela De Franco Castro, se constituyó la sociedad denominada Especialidades Pediátricas M.O. Sociedad Anónima, plazo social: noventa y nueve años, capital social: diez mil colones, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. María Gabriela De Franco Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 13389.—(11123).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de 3-101-463461 S. A., mediante la cual se reforma la cláusula primera de los estatutos. Escritura otorgada a las 11:00 horas del 29 de junio del 2007.—Lic. Ana Sáenz Beirute, Notaria.—1 vez.—Nº 13390.—(11124).

Por escritura otorgada el día seis de febrero dos mil ocho, ante esta notaría, se constituye sociedad anónima Centro de Actualización Jurídica Muscio Scevola Sociedad Anónima_ Se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 6 de febrero del 2008.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 13391.—(11125).

Por escritura otorgada el día cuatro de febrero dos mil ocho, ante esta notaría, se constituye la sociedad anónima Inversora Zesoga Brujas Sociedad Anónima se designa presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 6 de febrero del 2008.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—Nº 13392.—(11126).

Por escritura número noventa otorgada ante mí, a las diecinueve horas con quince minutos del cuatro de febrero del dos mil ocho, se constituyó la siguiente sociedad La Foresta C.O.R.P. Sociedad Anónima. Presidente con plenas facultades, domicilio social en San José, Llorente de Tibás, capital íntegramente suscrito y pagado mediante letras de cambio.—San José, 5 de febrero del 2008.—Lic. Juan José Quirós Meléndez, Notario.—1 vez.—Nº 13393.—(11127).

En mi notaría en Esparza, a las dieciséis horas del treinta y uno de enero del año dos mil ocho, por escritura pública número doscientos treinta y dos, iniciada a folio ciento cincuenta y siete frente, del tomo treinta y cinco del protocolo del suscrito notario, Ramón Arturo Castillo, cédula de residencia número ciento cincuenta y cinco ochocientos tres setecientos veintiocho treinta y dos-dos, y Olga María Ramírez Navarro, cédula número uno-ochocientos diez-setecientos trece, constituyen la sociedad denominada Casram Sociedad Anónima.—Esparza, 31 de enero del 2008.—Lic. Luis Gerardo Álvarez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 13400.—(11128).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del día veintiséis de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Arrienda Costa Mafra CE. Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 13402.—(11129).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas treinta minutos del día veintiséis de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Arrienda Costa Povoa CF. Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—Nº 13403.—(11130).

Abel Jara Jiménez c.c. Ariel Jara Jiménez y otros constituyen sociedad anónima denominada House Dream Open de Tárcoles Sociedad Anónima y corresponde la representación legal, judicial y extrajudicial a Abel Jara Jiménez c.c. Ariel Jara Jiménez, el capital social es la suma de diez mil colones representado por diez acciones.—Lic. Álvaro Córdoba Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 13404.—(11131).

Alberto José Obando Medina y otros constituyen sociedad anónima denominada Agropecuaria Tiquirusas Aomomf Sociedad Anónima y corresponde la representación legal, judicial y extrajudicial a Alberto José Obando Medina, el capital social es la suma de diez mil colones representado por diez acciones.—Lic. Álvaro Córdoba Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 13405.—(11132).

José Manuel Chaves Badilla y otros constituyen sociedad anónima denominada Chava Jovi de San Ramón Sociedad Anónima y corresponde la representación legal, judicial y extrajudicial a José Manuel Chaves Badilla, el capital social es la suma de diez mil colones representado por diez acciones.—Lic. Álvaro Córdoba Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 13406.—(11133).

Gustavo Delgado Carranza y otros constituyen sociedad anónima denominada Compra Venta y Cerrajería Pipigui de Puntarenas Sociedad Anónima y corresponde la representación legal, judicial y extrajudicial a Gustavo Delgado Carranza, el capital social es la suma de diez mil colones representado por diez acciones.—Lic. Álvaro Córdoba Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 13407.—(11134).

Rodolfo Rodríguez Elizondo y otros constituyen sociedad anónima denominada Bolita Griega de Puntarenas Sociedad Anónima y corresponde la representación legal, judicial y extrajudicial a Rodolfo Rodríguez Elizondo, el capital social es la suma de diez mil colones representado por diez acciones.—Lic. Álvaro Córdoba Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 13409.—(11135).

Ante el Suscrito notario, se constituyó la sociedad El Closet Turquesa Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 13410.—(11136).

Ante el Suscrito notario, se constituyó la sociedad El Gato Angora Rosa Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 13411.—(11137).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, de 15:00 horas de hoy, se constituyó una sociedad anónima, que se denominará con su número de cédula jurídica, seguido del aditamento Sociedad Anónima. Capital social: suscrito y pagado.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Juan Antonio Mora Doninelli, Notario.—1 vez.—Nº 13413.—(11138).

Por escritura de las 11:00 horas del 29 de enero del 2008, se constituyó la compañía Inversiones Adasa del Sol S. A. Presidente: Alonso Gerardo Sánchez Rojas. Domicilio: Alajuela, Canoas, de la entrada principal del Colegio Vocacional Jesús Ocaña, veinticinco metros al este. Plazo social: 100 años a partir del 29 de enero del 2008.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Magally Herrera Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 13414.—(11139).

Por medio de la escritura número doscientos treinta y dos, otorgada a las ocho horas del día primero de febrero del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Prestige Travel P&L Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidente: el señor Paul Kholodoy.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 13415.—(11140).

Por escritura número diecisiete, folio ciento diecisiete frente, tomo diez de la notaria Lineth Serrano Lacayo, se constituyó Consultorías Tiquitas SRL. Apoderada generalísima sin límite de suma Alejandra Rodríguez Moya, cédula número uno-ochocientos diecisiete seiscientos once.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Lineth Serrano Lacayo, Notaria.—1 vez.—Nº 13416.—(11141).

Por medio de la escritura número doscientos treinta y ocho, otorgada a las ocho horas del día dos de febrero del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Lulu Appartamento LA Sociedad Anónima, Capital social: cien mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidente: el señor Diego Fabbri.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 13417.—(11142).

Por medio de la escritura número doscientos veintinueve, otorgada a las diez horas del día treinta y uno de enero del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Innova Comunications IC Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidente: el señor Andrés García Restrepo.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 13418.—(11143).

Por medio de la escritura número doscientos cuarenta y uno, otorgada a las once horas del día tres de febrero del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Kat’s Kondos Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidenta: la señora Allison Wensley.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 13419.—(11144).

Por medio de la escritura número doscientos cuarenta y tres, otorgada a las catorce horas del día tres de febrero del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada B&B Moncrief Holdings Sociedad Anónima. Capital social. diez mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Gerenta: la señora Bonnie Georgia Moncrief.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 13420.—(11145).

Por escritura otorgada hoy ante la suscrita notaria, se constituyó la sociedad denominada Cagesa del Quetzal Sociedad Anónima. Capital; íntegramente suscrito y pagado. Presidenta: María de los Ángeles de San Roman Johanning.—San José, 21 de enero del 2008.—Lic. Rosibel Chavarría, Notaria.—1 vez.—Nº 13421.—(11146).

Por medio de la escritura número doscientos cuarenta y siete, otorgada a las diez horas del día cuatro de febrero del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Steven Ebbony S.E. Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidente: el señor James Harviey Seip.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 13422.—(11147).

Por medio de la escritura número doscientos cuarenta y seis, otorgada a las nueve horas del día cuatro de febrero del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Nataly Ebbony N.E. Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidente: el señor James Harviey Seip.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 13423.—(11148).

Por medio de la escritura número doscientos cuarenta y cinco, otorgada a las ocho horas de día cuatro de febrero del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Michele Ebbony M.E. Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidente: el señor James Harviey Seip.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 13424.—(11149).

Por medio de la escritura número doscientos cuarenta y cuatro, otorgada a las quince horas del día tres de febrero del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada B&J Dupuis INC Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Gerente: la señora Jo-ann Dupuis.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 13425.—(11150).

Por escritura número doscientos setenta y seis, visible al folio noventa y cuatro vuelto del tomo treinta del protocolo del notario Roy Zumbado Ulate, se constituye la sociedad denominada Próspera Semilla INTE Sociedad Anónima. Capital social: doscientos mil colones. Presidente: Keith Howard Carter.—Heredia, 31 de enero del 2008.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 13426.—(11151).

Por medio de la escritura número doscientos cuarenta y dos, otorgada a las doce horas del día tres de febrero del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Dos Kidco H.U.M. Limitada. Capital social: cien mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Gerente: la señora Heidi Usinger Maetzold.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 13427.—(11152).

Por medio de la escritura número doscientos cuarenta, otorgada a las diez horas del día tres de febrero del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada L.A. Berard Holdings Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidenta la señora Arlene Berard.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 13428.—(11153).

Por medio de la escritura número doscientos treinta y nueve, otorgada a las ocho horas treinta minutos del día dos de febrero del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada MINU Appartamento MA Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidenta la señora Michela María Massanelli.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 13430.—(11154).

Ante mí, Rafael Salazar Fonseca notario con oficina en esta ciudad, el día de hoy, se constituyó la sociedad Autobuses Heredia - San Rafael y Viceversa Sociedad Anónima. Capital social: sesenta mil colones. Presidente: Rafael Ángel Zárate Sánchez.—Barva de Heredia, 5 de febrero del 2008.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 13429.—(11155).

Por medio de la escritura número doscientos treinta y tres, otorgada a las ocho horas treinta minutos del día primero de febrero del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Adrene Properties A.B. Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidente: el señor Adrián Bielat.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 13431.—(11156).

Por escritura numero catorce, otorgada ante este notario el día cuatro de febrero del año dos mil ocho, a las nueve horas, se constituyeron cinco sociedades anónimas cuya denominación social será la correspondiente de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: mil doscientos colones, dividido en mil doscientas acciones de un colón cada una. Representación judicial: presidente y secretario.—San José, 4 de febrero del 2008.—Lic. Melvin Rudelman W., Notario.—1 vez.—Nº 13432.—(11157).

Por medio de la escritura número doscientos veintiocho, otorgada a las dieciséis horas del día treinta de enero del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Costa Rican Hummer CRH Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Domicilio en Playas del Coco, Guanacaste. Presidente: el señor Gordon Bryan Little.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 13433.—(11158).

Por medio de la escritura número doscientos treinta y cuatro, otorgada a las nueve horas del día primero de febrero del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos doce mil novecientos ochenta y siete s. a., por la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio y se revoca el nombramiento de la junta directiva, se nombra nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 13434.—(11159).

Al ser las 18:00 horas del 14 de enero del 2008, ante mí se constituyó la sociedad Andretati S. A. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma. Plazo: 99 años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: Cartago, cantón y distrito central, 300 metros sur y 25 al este de la esquina sureste de los Tribunales de Justicia.—San José, 14 de enero del 2008.—Lic. Emil Steve Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 13435.—(11160).

Por medio de la escritura número doscientos treinta y cinco, otorgada a las nueve horas treinta minutos del día primero de febrero del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada tres-ciento uno- quinientos doce mil novecientos ochenta cinco s. a., por la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio y se revoca el nombramiento de la junta directiva y se nombra nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 13436.—(11161).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario a las nueve horas del cinco de febrero del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad 3-101-485212 sociedad anónima en la que se nombran nuevos presidente y secretario y se reforma la cláusula sexta del pacto social.—San José, 6 de febrero del 2008.—Dr. Rodrigo Barahona Israel, Notario.—1 vez.—Nº 13437.—(11162).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario a las once horas del cinco de febrero del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de la sociedad 3-101-483558 sociedad anónima en la que se nombran nuevos presidente y secretario y se reforma la cláusula sexta del pacto social.—San José, 8 de febrero del 2008.—Dr. Rodrigo Barahona Israel, Notario.—1 vez.—Nº 13438.—(11163).

Mediante escritura otorgada ante la suscrita notaria a las nueve horas del veintinueve de enero del dos mil ocho, se constituyeron veinte sociedades anónimas que serán denominadas de oficio por el Registro de Personas Jurídicas de acuerdo con lo establecido en el Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. María de los Ángeles Mata Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 13439.—(11164).

El suscrito notario hace constar, que mediante escritura otorgada a las once horas del día de hoy Roberto Ricardo Mclaren Magnus, y Daniel Edward Mclaren Magnus, constituyen R.M.DM. Asociados Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar sus últimas dos palabras en S. A. Presidente: Roberto Ricardo Mclaren Magnus, único con plenos poderes. Capital social: de un millón de colones, totalmente suscrito y pagado. Domicilio: Santa Ana. Objeto: el comercio, la industria, etc.—San José, 1º de febrero del 2008.—Lic. Ricardo Guardia Vázquez, Notario.—1 vez.—Nº 13440.—(11165).

El suscrito notario hace constar, que mediante escritura otorgada a las once horas del día de hoy David Hilbert Mclaren Calderón y Brian James Bickell Ulch, constituyen D.B. Pacific Property Management Sociedad Anónima, que en español se traduce: Manejo de Propiedades D.B. del Pacífico Sociedad Anónima, pudiéndose abreviar sus últimas dos palabras S. A. Presidente: David Mclaren Calderón. Capital social: de un millón de colones, totalmente suscrito y pagado. Domicilio: San Isidro de Pérez Zeledón. Objeto: el comercio, la industria, etc.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Ricardo Guardia Vázquez, Notario.—1 vez.—Nº 13441.—(11166).

Por escritura otorgada ante mí a las trece horas treinta minutos del quince de enero de dos mil ocho, se constituyó la sociedad Toromari del Norte Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, 5 de febrero del 2008.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 13442.—(11167).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del cinco de febrero del dos mil ocho, se adicionó la escritura otorgada a las once y treinta horas del cuatro de diciembre del dos mil siete, reformándose la cláusula primera de los estatutos sociales, por lo que el nombre de la sociedad es Toro River Adventures Sociedad Anónima.—San José, 5 de febrero del 2008.—Lic. Fernanda Linner de Silva, Notaria.—1 vez.—Nº 13443.—(11168).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del tres de febrero del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la Oficina de Diseño Integrado ODI Sociedad Anónima. Se reformó la cláusula cuarta de los estatutos sociales.—San José, 4 de febrero del 2007.—Lic. Hernán Velasco Sasso, Notario.—1 vez.—Nº 13444.—(11169).

En esta notaría, en connotariado Ellyn María Ramírez Quesada y Antonella Da Re Masís, mediante escritura pública número cinco, se constituyó la sociedad denominada: Inmobiliaria Rocalla de Lapislazuli S. A. Capital social: mil exactos. Plazo social: 99 años. Objeto: amplio. Representación: presidente. Escritura otorgada en San José, a las 08:00 horas del 23 de enero del 2008.—San José, 5 de febrero del 2008.—Lic. Antonella Da Re Masís, Notaria.—1 vez.—Nº 13446.—(11170).

Ante mí, Tatiana Arce Chaves notaria pública, en escritura número seis, se constituye Servicios Agropecuarios Integrales Limitada. Capital: cien mil colones. Plazo: cien años. Gerente general: Gabriela Gómez Chacón.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic. Tatiana Arce Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 13447.—(11171).

Ante el suscrito notario publico, siendo las 09:00 horas del día 18 de noviembre del 2007, se constituyó la sociedad Inversiones Internacionales ZAIR S. A. con un capital social totalmente pagados y cancelados.—San José, 18 de noviembre del 2007.—Lic. Olman Yorly Soto Vanegas, Notario.—1 vez.—Nº 13448.—(11172).

Por escritura otorgada por el suscrito, a las 9:00 horas de 4 de febrero del 2007, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Compañía Administradora Comercial S. A. Se modifica cláusula del domicilio y de la administración, se reorganiza junta directiva.—San José, 4 de febrero del 2008.—Lic. Valentín Barrantes Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 13449.—(11173).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del cuatro de febrero del año dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Atardecer Moncheño A.H.A. Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula primera del pacto social.—San José, 5 de febrero del 2008.—Lic. Olga Castillo Barahona, Notaria.—1 vez.—Nº 13450.—(11174).

Por escritura autorizada por el suscrito notario en San José, a las 14:30 horas del 17 de enero del 2008, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios en que se aumenta el capital social de la compañía Laboratorios Barly S. A. y se modifica la cláusula quinta de sus estatutos.—San José, 17 de enero del 2008.—Lic. Marco A. Jiménez Carmiol, Notario.—1 vez.—Nº 13451.—(11175).

Por escritura autorizada por el suscrito notario en San José, a las 15:00 horas del 17 de enero del 2008, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios en que se aumenta el capital social de la compañía Newport Pharmaceuticals of Costa Rica S. A. y se modifica la cláusula quinta de sus estatutos.—San José, 17 de enero del 2008.—Lic. Marco A. Jiménez Carmiol, Notario.—1 vez.—Nº 13452.—(11176).

Hace constar que ante esta notaría, se ha constituido la sociedad anónima denominada: Kilahuea del Sur Sociedad Anónima, en escritura número ciento diecisiete-dos de mi protocolo, constituida a las quince horas del cuatro de enero del dos mil ocho. Es todo.—MDE. Freddy Montes Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 13453.—(11177).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del cinco de febrero del dos mil ocho, ante el notario Mario Alberto Solano Campos, se constituyó la sociedad Dulce Capricho Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Mario Alberto Solano Campos, Notario.—1 vez.—Nº 13454.—(11178).

Que en la asamblea extraordinaria de la compañía Italicus Barroco Sociedad Anónima, celebrada a las 14:00 horas del día 30 de enero del 2008, en su domicilio social, se acordó hacer nuevo nombramiento de la junta directiva.—Tamarindo, 5 de febrero del 2008.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—Nº 13456.—(11179).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se designan: nuevo presidente y tesorero de la sociedad de este domicilio, denominada Eléctrico General Centroamericano S. A.—San José, 5 de febrero del 2008.—Lic. Juan Luis Calderón Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 13459.—(11180).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas, 30 minutos del 25 de enero del 2008, se constituyó la sociedad denominada Constructora AGEW Sociedad Anónima, con domicilio en Moravia, capital suscrito y pagado, con un plazo de 99 años. Presidente con facultados de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Pedro Dávila Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 13461.—(11181).

Constitución de sociedad Corporación R Y M Montero Sociedad Anónima.—San José, 5 de febrero del 2008.—Lic. Evelyn Sandoval Chavarría, Notaria.—1 vez.—Nº 13464.—(11182).

Por escritura 172 otorgada en esta notaría, a las 12:00 horas del 24 de enero del 2008, se constituyó la sociedad: Estafeta S. A. Capital social: de ¢1.000.000,00, representantes el presidente, vicepresidente y secretario.—Lic. German José Víquez Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 13489.—(11183).

Por escritura 159 otorgada en esta notaría, a las 8:00 horas del 18 de enero del 2008, se constituyó la sociedad: Magic Center Indoor Inflatables Sociedad Anónima, que se traduce en Centro Mágico de Inflables Bajo Techo. Capital social: de ¢10.000,00, representante el presidente.—Lic. German José Víquez Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 13470.—(11184).

Por escritura 174 otorgada en esta notaría, a las 12:00 horas del 28 de enero del 2008, la sociedad: Playa Blanca Tamarindo S. A., reforma la representación de su capital social por lo que reforma la cláusula quinta de los estatutos, y cambia parte de su junta directiva.—Lic. German José Víquez Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 13471.—(11185).

A las 16:00 horas del día 4 de febrero del año 2008, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de las sociedades Oleo Investments S. A. y GN Easing & Trading S. A. mediante las cuales se fusionaron las dos compañías, prevaleciendo la segunda y se reformó la cláusula quinta de los estatutos.—San José, 5 de febrero del 2008.—Lic. Allan Guerrero Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 13473.—(11186).

La sociedad Comercial Eco Dieciséis S. A. protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria y ordinaria de socios mediante la cual se modifican las cláusulas cinco y seis del pacto social.—San José, 2 de febrero del 2008.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—Nº 13474.—(11187).

Por medio de la escritura número quinientos cuarenta y siete, otorgada a las ocho horas del día primero de febrero de dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó una sociedad anónima, sujeta a las disposiciones del artículo segundo del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicada en La Gaceta número ciento catorce del día catorce de junio del dos mil seis, para utilizar como su razón social el número de cédula jurídica asignada por el Registro Público. Capital social: diez mil colones. Domicilio en la ciudad de Puntarenas, Puntarenas. Presidenta la señora Jeimy Carolina Miranda Guido, apoderada generalísima sin límite de suma.—Lic. Jenaro Sánchez Arias, Notario.—1 vez.—Nº 13476.—(11188).

Por acta de asamblea general extraordinaria de socios Condo IX Quarzo Andalucía Sociedad Anónima hace nombramiento de nueva junta directiva: presidenta Claudia Wiedemman Mayer, cédula de residencia Nº 120-60000-6315.—San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Heidy María Rivera Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 13481.—(11189).

Por acta de asamblea general extraordinaria de socios Condo IX Quarzo Andalucía Sociedad Anónima, hace modificación del domicilio social, el cual estará en Escazú, de plaza Rolex 400 metros sureste, 50 este y 50 sur, condominios Andalucía, Nº 9.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Heidy María Rivera Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 13483.—(11190).

Por medio de escritura otorgada ante mi notaría a las diez horas del veintitrés de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Multiservicios Lura ET Munera S. A. La representación judicial y extrajudicial recae en el presidente como apoderado generalísimo sin límite suma.—Lic. Róger Mario Venegas Argüello, Notario.—1 vez.—Nº 13484.—(11191).

Gonzalo Cervantes Barrantes, notario público con oficina en San José, hace constar que por escritura otorgada al ser las ocho horas del seis de diciembre del año dos mil siete, se reformó la cláusula quinta del capital social de la sociedad anónima denominada Bananera Bristol S.A.—San José, 6 de diciembre del 2007.—Lic. Gonzalo Cervantes Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 13487.—(11192).

Por escritura otorgada ante mi notaría el cuatro de febrero último, Esteban Espinach Mendieta y Gioconda Roesch de Bedout, constituyen una sociedad anónima, utilizando el número de cédula jurídica como denominación social. Decreto Nº 33171-J. Capital social: cien mil colones.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Jorge Luis Fonseca Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 13488.—(11193).

Por escritura otorgada ante esta notaría en San Ramón de Alajuela, a las 18:00 horas del 14 de enero del año 2008, se constituyó la sociedad que se denominará con su número de cédula y su aditamento S. A.—San Ramón, 4 de febrero del 2008.—Lic. Mario Alexis González Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 13489.—(11194).

Por medio de protocolización de acta de la asamblea general de accionistas de Aserradero WTI de Arenal Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuatro mil quinientos ochenta y seis, instrumento público número seis-veintidós de las ocho horas del día siete de diciembre del año dos mil siete, visible al folio veinticuatro frente del tomo sexto del suscrito notario público, se acuerda: (i) la adición de una nueva cláusula al pacto social de la compañía por medio de la cual se crea el cargo de gerente general y se definen sus atribuciones, y (ii) la modificación de la cláusula del pacto social relativa a la administración de la compañía.—San José, 5 de febrero del 2008.—Lic. Juan Ignacio Gallegos Gurdián, Notario.—1 vez.—Nº 13490.—(11195).

Por medio de protocolización de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Fortune Global Trading - FGT - Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- trescientos treinta y dos mil diecinueve, instrumento público número veinticuatro-ochenta y tres otorgado a las nueve horas treinta minutos del día siete de diciembre del año dos mil siete, visible al folio noventa y cinco vuelto del tomo veinticuatro del suscrito notario público, se acuerda: (i) la adición de una nueva cláusula al pacto social de la compañía, convención décimo sexta, por medio de la cual se crea el cargo de subgerente general y se definen sus atribuciones, (ii) la modificación de la cláusula décimoquinta del pacto social relativa al cargo y atribuciones del gerente general, y (iii) la modificación de la cláusula octava del pacto social relativa a la administración de la compañía. Es todo.—San José, 5 de febrero del 2008.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—Nº 13491.—(11196).

Mediante escritura número veintiséis otorgada ante el notario Alberto Raven Odio, a las nueve horas del cuatro de febrero del año dos mil ocho, se protocolizó el acta de la sociedad tres-ciento dos- cuatrocientos setenta y cinco mil seiscientos veinte s.r.l., en la cual la sociedad se transformó en una sociedad anónima por lo que modificó su pacto social, modificó su nombre a Aventuras Baltodano de Liberia S.A., modificó su domicilio y aumentó el capital social a un millón de colones.—San José, 5 de febrero del 2008.—Lic. Alberto Raven Odio, Notario.—1 vez.—Nº 13492.—(11197).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del cinco de febrero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Inversiones Inmobiliarias Torres del Mar (IITM) Sociedad Anónima.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 13493.—(11198).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del cinco de febrero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Inmobiliaria Turística Bacotemo Sociedad Anónima.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 13494.—(11199).

Se hace saber que en mi notaría a las catorce horas del cinco de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada A. G. E. Auditores & Consultores de Costa Rica Sociedad Anónima, siendo su domicilio social en San José, cantón central, distrito: San Francisco de Dos Ríos, de la Iglesia Católica, doscientos metros al sur y doscientos setenta y cinco metros al oeste, con un capital social de diez mil colones.—5 de febrero del 2008.—Lic. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—Nº 13495.—(11200).

En mi notaría al ser las diecisiete horas treinta minutos del veintidós de enero del año dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad denominada Desarrollos Clacari HP Sociedad Anónima.—San José, 22 de enero del 2008.—Lic. Doris E. Rodríguez Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 13496.—(11201).

Se hace saber que en mi notaría a las dieciséis horas con treinta minutos del cinco de febrero del año dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo, de la sociedad denominada Imagen Creativa G & N Siglo XXI Sociedad Anónima.—5 de febrero del 2008.—Lic. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—Nº 13497.—(11202).

Ante esta notaría del licenciado José Miguel Jirón Chavarría, por escritura pública número ciento sesenta y dos-diecisiete de las catorce horas del nueve de enero del dos mil ocho, constituyeron una S. A. cuya denominación social se ajusta en lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Capital social: diez mil colones. Plazo social: cien años.—Lic. José Miguel Jirón Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 13498.—(11203).

Que ante la notaría del suscrito, Lic. Jorge Hernández Calvo, notario público se ha constituido la sociedad anónima denominada Majuma S. A. escritura número ciento dieciocho.—Lic. Jorge Hernández Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 13505.—(11206).

Palo Verde Arenal Fortuna Sociedad Anónima, domiciliada en Alajuela, San Carlos, Fortuna, ciento cincuenta metros de Volcano Lodge, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y tres mil cuatrocientos noventa y cuatro, cambia junta directiva, a las doce horas del día cinco de febrero del año dos mil ocho.—Lic. Freddy Antonio Rojas López, Notario.—1 vez.—Nº 13506.—(11207).

Ante esta notaría, se constituye la sociedad de esta plaza denominada Grupo PB Inversiones S. A., a las ocho horas del diecisiete de enero del año dos mil ocho, siendo su apoderado generalísimo William Isaac Prado Coto, ante el notario Mauricio Bolaños Delgado.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1 vez.—Nº 13508.—(11208).

Mildred del Carmen López Castro y Harold Aguilera Córdoba, la sociedad denominada, la que el registro designe por decreto ejecutivo. Capital: totalmente suscrito y pago corresponde a su presidente, la representación. Escritura otorgada en Guápiles, al ser las quince horas y doce minutos del veintiuno de enero del dos mil ocho, ante la notaria Cindy Villalobos Valverde.—Lic. Cindy Villalobos Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 13642.—(11537).

Alvarado Calles Alirio Alfonso y Portillo Rivera Dilma Ivette, la sociedad denominada, la que el registro por Decreto Ejecutivo. Capital: totalmente suscrito y pago corresponde a su presidente, la representación. Escritura otorgada en Guápiles, al ser las catorce horas del cinco de febrero del dos mil ocho, ante la notaria Cindy Villalobos Valverde.—Lic. Cindy Villalobos Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 13643.—(11538).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 8:00 horas del 1º de febrero del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Alcaparra del Sur S. A. En virtud de la cual se reformó la cláusula sétima del pacto social y se eligió nuevo presidente y nuevo secretario.—San Juan de Tibás, 1º de febrero del 2008.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—Nº 13645.—(11539).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las doce horas del cuatro de febrero del dos mil ocho, se constituyó una sociedad que se denominará Nicolás Ni Dejas Colar Sociedad Anónima.—Heredia, 4 de febrero del 2008.—Lic. Kattya Liseth Mora Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 13647.—(11540).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 9:00 horas del 5 de febrero del 2008, se constituyó una sociedad que se denominará con el número de cédula jurídica, que le asigne el Registro Público, seguido de la sociedad anónima.—San Juan de Tibás, 5 de febrero del 2008.—Lic. Jorge Ronald García Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 13648.—(11541).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 15:00 horas del 5 de febrero del 2008, protocolicé acta de la empresa Inversiones Granada Occidental S. A. Mediante la cual se revoca nombramientos de junta directiva y fiscal y se nombran nuevos y se reforma cláusula segunda del pacto social.—Lic. Marlene Bustamante Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 13649.—(11542).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las quince horas se constituye Guapil Gardens I Matapalo Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse  S. A. que es nombre de fantasía. Domicilio: en Pérez Zeledón. Objeto: la industria, la agricultura, la ganadería y el comercio en general. Capital social: diez mil colones, íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años, a partir de esta fecha. Presidente: Travis Richard de único apellido Jervey.—Pérez Zeledón, 6 de diciembre del 2007.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—Nº 13651.—(11543).

A las 8:00 horas del 5 de febrero del 2008, se constituyó la sociedad denominada Long Star Pacific Boutique Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Long Star Pacific Boutique S. A. Cuyo significado en el idioma español es Gran Estrella del Pacífico Boutique S. A. El cual es nombre de fantasía, en donde aparecen como representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar solo o de manera conjunta. Presidente: Manuel Enrique Cubero Gómez, cédula de identidad Nº 9-065-975, vicepresidente: Georgina Vargas Pereira, cédula de identidad Nº 1-443-744. Plazo social: noventa y nueve años. Agente residente: licenciada Sehaneth Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 13655.—(11544).

A las 9:00 horas del 5 de febrero del 2008, se constituyó la sociedad denominada Finish Line Sport Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Finish Line Sport S. A. Cuyo significado en el idioma español es Línea Final del Deporte S. A. El cual es nombre de fantasía, en donde aparecen como representantes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar solo o de manera conjunta. Presidente: Manuel Enrique Cubero Gómez, cédula de identidad Nº 9-065-975, vicepresidenta: Georgina Vargas Pereira, cédula de identidad Nº 1-443-744. Plazo social: noventa y nueve años. Agente residente: licenciada Sehaneth Varela Trejos.—Lic. Sehaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 13657.—(11545).

Por escritura número ciento dieciséis, otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del cinco de febrero del dos mil ocho, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Linda Vista del Norte L.G.A. Mediante la cual se nombra secretaria y tesorera.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Manuel Figueroa Loaiza, Notario.—1 vez.—Nº 13658.—(11546).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las ocho horas del catorce de diciembre del dos mil siete, se modificó la cláusula de representación judicial y extrajudicial de la sociedad denominada Corredor Natural del Pacífico Sociedad Anónima. Correspondiéndole al presidente y secretario, el cargo de apoderado generalísimo sin límite de suma, como presidente Jillar Toomas Roonem y secretario: Joham Emmanuell Chateau.—Veintinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Wálter Chacón Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 13659.—(11547).

Por escritura número ciento diecisiete, otorgada ante mi notaría, a las dieciocho horas del cinco de febrero del dos mil ocho, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Importaciones y Exportaciones Visol S. A. Mediante la cual se nombra secretaria y tesorera.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Manuel Figueroa Loaiza, Notario.—1 vez.—Nº 13660.—(11548).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:30 horas del 4 de febrero del 2008, se reforman cláusulas segunda: del domicilio, cuarta del capital social, sétima: atribuciones de la asamblea general de accionistas, octava: de la junta directiva, décima: de las sesiones de junta directiva, décimo segunda: de las reservas de ley, ganancias y pérdidas de los estatutos de Laboratorios Compañía Farmacéutica L.C. Sociedad Anónima. Domicilio: San José, cantón de Goicoechea, del Segundo Circuito Judicial 250 metros al oeste, 150 metros al sureste.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº 13661.—(11549).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del 4 de febrero del 2008, se reforman cláusulas segunda: del domicilio, cuarta del capital social, sétima: atribuciones de la asamblea general de accionistas, octava: de la junta directiva, décima: de las sesiones de junta directiva, décimo segunda: de las reservas de ley, ganancias y pérdidas de los estatutos de Compañía Farmacéutica Sociedad Anónima. Domicilio: San José, cantón de Goicoechea, del Segundo Circuito Judicial 250 metros al oeste, 150 metros al sureste.—Lic. Mireya Padilla García, Notaria.—1 vez.—Nº 13662.—(11550).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 17:00 horas del 28 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Inversiones Saxifraga Blanca S. A. Capital social: 100.000,00 colones. Plazo social: cien años. Presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—Nº 13663.—(11551).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituye El Castaño Gigante Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones. Domicilio: San José, Santa Ana.—San José, cuatro de febrero del dos mil ocho.—Lic. Sonia María Calderón Montero, Notaria.—1 vez.—Nº 13664.—(11552).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 9:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Software Souvenirs Softvenir S. A. en español Souvenirs Digitales Softvenir S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos. Capital social: 1.000,00 colones. Plazo social: 100 años.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—Nº 13665.—(11553).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del día 4 de febrero del 2008, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria de accionistas de la compañía Laminadora Costarricense S. A. Mediante la cual se reforma la cláusula sétima y se nombra junta directiva.—San José, 4 de febrero del 2008.—Lic. Beatriz Eugenia Camacho Román, Notaria.—1 vez.—Nº 13668.—(11554).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:30 horas del día 4 de febrero del 2008, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria de accionistas de la compañía Trefilería Colima S. A. Mediante la cual se reforma la cláusula sétima y se nombra junta directiva.—San José, 4 de febrero del 2008.—Lic. Beatriz Eugenia Camacho Román, Notaria.—1 vez.—Nº 13670.—(11555).

Por escritura otorgada hoy ante nosotros, Soluciones Rápidas Gemsa S. A. aumentó el capital social.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Franklin Matamoros Calderón y Lic. Yanit Arias Herrera, Notarios.—1 vez.—Nº 13671.—(11556).

En mi notaría, mediante escritura otorgada a las 17:00 horas del 6 de febrero del 2008, se reformó la cláusula segunda de los estatutos sociales de la sociedad Alicruz S. R. L. En el sentido de consignar que cambiar y precisar su domicilio social.—Alajuela, 6 de febrero del 2008.—Lic. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 13673.—(11557).

A las quince horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Corporation The Progresses P.R. S. A. Por medio de la cual nombra junta directiva y fiscal, así como que se modifican las cláusulas segunda, quinta y sexta del pacto constitutivo.—San José, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 13674.—(11558).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 14:00 horas del día de hoy, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad de esta plaza Distribuidora Ordóñez S. A. Mediante la cual se reforman las cláusulas sétima, octava y novena de los estatutos.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Jéssica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 13675.—(11559).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 14:30 horas del día de hoy, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad de esta plaza La Cocina Internacional S. A. Mediante la cual se reforman las cláusulas sétima, octava, novena y décima de los estatutos.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Jéssica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 13676.—(11560).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 15:30 horas del día de hoy, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad de esta plaza Valle del Golfo S. A. Mediante la cual se reforman las cláusulas sexta, sétima, octava y novena de los estatutos.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Jéssica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 13677.—(11561).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 15:00 horas del día de hoy, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad de esta plaza El Verdugo y Asociados Número Dos S. A. Mediante la cual se reforman las cláusulas sétima, octava, novena y décima de los estatutos.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Jéssica Salas Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 13678.—(11562).

Mediante la escritura otorgada ante mí, en la ciudad de Puntarenas, a las 15:00 horas del día primero de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Imperial Sunset S. A.—Lic. Mariano Núñez Quintana, Notario.—1 vez.—Nº 13679.—(11563).

Ante mí, se ha constituido la sociedad denominada JS, Sánchez Monge Sociedad Anónima. Presidente y vicepresidenta con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: cien años.—Lic. Ligia Mora Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 13680.—(11564).

Por escritura otorgada ante mí a las diez horas del seis de febrero del dos mil ocho, protocolicé acta de Right At Your Door S. A. de las quince horas del cinco de febrero del dos mil ocho, mediante la cual se reforma la cláusula primera y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 13681.—(11565).

Por escritura otorgada ante mí a las dieciocho horas, quince minutos del veintiocho de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Galicia-Pantera Ltda. Domicilio: San José. Capital social: mil colones. Se nombró gerente.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 13683.—(11566).

Por escritura otorgada ante mí a las diecisiete horas, del seis de febrero del dos mil ocho, protocolicé acta de Divided We Fall Ltda. De las catorce horas del cinco de febrero del dos mil ocho, mediante la cual se reforma la cláusula sexta y se nombró nuevo gerente.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 13684.—(11567).

Ante esta notaría, han comparecido los señores Raúl Antonio Cruz Briceño, cédula de residencia permanente libre de condición, cero uno uno RE-cero cero cero cero tres tres-cero cero-mil novecientos noventa y nueve y la señora Alexis María Hurtado Mora, cédula de residencia permanente libre de condición cero uno uno RE-cero cero cero dos cinco cinco cero cero-mil novecientos noventa y nueve, a constituir una sociedad anónima que se denominará Corporación en Acabados Remodeyic R. C. Sociedad Anónima. Con domicilio en la ciudad de San José, Goicoechea, Ipís, de la Fábrica Fuertejidos, ciento cincuenta metros al oeste.—Veintidós de enero del dos mil ocho.—Lic. Félix Ángel Herrera Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 13686.—(11568).

En esta notaría, se constituye bajo la escritura número ciento doce, con fecha doce de diciembre del dos mil siete, Inmobiliaria Luimar Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, con domicilio en San José, con plazo de noventa y nueve años, y un capital social de diez mil colones, integrada por un gerente con la representación judicial y extrajudicial y facultades de apoderados generalísimos.—San José, seis de febrero del dos mil ocho.—Lic. Ronald Rodolfo López Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 13687.—(11569).

En esta notaría, se constituye bajo la escritura número ciento treinta y  nueve,  con fecha  siete  de  febrero  del  dos  mil  ocho,  Arte  Perte  E. I. R. L. con domicilio en San José, con plazo de noventa y nueve años, y un capital social de diez mil colones, integrada por gerente a cargo de Evelyn del Carmen Nieto Denisopez con la representación judicial y extrajudicial y facultades de apoderado generalísimo.—San José, siete de febrero del dos mil ocho.—Lic. Ronald Rodolfo López Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 13688.—(11570).

En esta notaría, se constituye bajo la escritura número ciento treinta y ocho, con fecha seis de febrero del dos mil ocho, Gaby’Stilos Limitada, con domicilio en San José, con plazo de noventa y nueve años, y un capital social de cien mil colones, integrada por cuatro gerentes María Gabriela Ramírez Ortega, con la representación judicial y extrajudicial de apoderados generalísimos.—San José, seis de febrero del dos mil ocho.—Lic. Ronald Rodolfo López Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 13689.—(11571).

Ante la notaria de Yalile Villalobos Zamora, se constituyen las sociedades: a) Inmobiliaria Córdoba y Asociados F. S. S. A. b) Inversiones El Nuevo Caribe C.S. S. A. c) propiedades Cóndor C.S. S. A. d) Inversiones Faro S.C.S. Sociedad Anónima, e) Inversiones San Fernando C.S.C. S. A. Correspondiendo en todas a Fernando Córdoba Solís, cédula Nº 4-145-508, las facultades de presidente, apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 2 de febrero del 2008.—Lic. Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 13691.—(11572).

Ante la notaria de Yalile Villalobos Zamora, se constituye la sociedad Editores de Directorios Internacionales EDISA S. A. correspondiendo a Maribel Arias Calvo, cédula Nº 1-393-852, las facultades de presidenta, apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, 28 de noviembre del del 2007.—Lic. Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 13692.—(11573).

En mi notaría, el 16 de enero del 2008, a las 12:00 horas, se constituye la sociedad Inversiones Kiribri PV Sociedad Anónima. Domiciliada en Limón. Capital social: es la suma de 10.000,00 colones.—Lic. Deykel Edwards Ward, Notaria.—1 vez.—Nº 13697.—(11574).

La suscrita notaria solicita la publicación del siguiente edicto, sociedad denominada Mormen Real States Consultores Sociedad Anónima. Capital: debidamente suscrito y pagado.—San José, 7 de febrero del 2008.—Lic. Deyanira Chinchilla Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 13699.—(11575).

Por escritura otorgada en San José, a las trece horas del veintinueve de enero del dos mil ocho, se constituye sociedad limitada denominada Estrellas de Tango Mar Limitada. Capital social: diez mil colones, ante la notaria Karla Chaves Mejía.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 13700.—(11576).

Por escritura otorgada en San José, a las quince horas del seis de febrero del dos mil ocho, se constituye sociedad limitada denominada Benson Investment Limitada. Capital social: diez mil colones, ante la notaria Karla Chaves Mejía.—Lic. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 13701.—(11577).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, la compañía Desarrollo de Inversiones Venus Sociedad de Responsabilidad Limitada, reforma cláusulas segunda, quinta y sétima del pacto constitutivo.—San José, seis de febrero del dos mil ocho.—Lic. Elizabeth Solano Duhart, Notaria.—1 vez.—Nº 13703.—(11578).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, se constituyó la compañía que se denominará Casirojo Sociedad Anónima. Objeto: comercio en general. Plazo: noventa y nueve años. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, seis de febrero del dos mil ocho.—Lic. Elizabeth Solano Duhart, Notaria.—1 vez.—Nº 13704.—(11579).

En escrituras otorgadas ante Carlos Alberto Guardia Gutiérrez a las 11:00 horas del once de octubre del dos mil seis, se protocoliza acta de asamblea de Comercial Belén Catorce C B C S. A. Donde se modifica la cláusula sétima, y se nombra nuevo presidente de la junta directiva, a las 17:00 horas del veintidós de enero del dos mil ocho, protocoliza acta de Condominio Poniente Amarilo Número Uno C P A Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula segunda y se nombra nuevo presidente y secretario, y a las 14:00 horas del cuatro de febrero del dos mil ocho, se protocoliza acta de 3-101-505018 sociedad anónima, donde se modifica la cláusula segunda y se nombra nuevo presidente.—San José, cinco de febrero del dos mil ocho.—Lic. Carlos Alberto Guardia Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 13705.—(11580).

Por escritura otorgada ante mi notaría, en San José, a las 16:30 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Kreston Sistemas Sociedad Anónima. Domicilio: Santo Domingo de Heredia.—San José, 9 de enero del 2008.—Lic. Edward Monge Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 13708.—(11581).

Por escritura otorgada ante Allan Ortega Vega, a las 12:00 horas del 28 de enero del 2008, se constituyó Gic-Grupo Integrado de Cobro Total S. A. Domicilio: San José, Jardines de Cascajal, del parque Carmen Lyra cien metros al este. Su objeto servicios de cobro, el comercio y la industria en general. Plazo social: 99 años. Capital social: ¢50000, junta directiva: presidente, secretario y tesorero. Presidenta: María Virginia Méndez Ugalde, agente residente: licenciado Allan Ortega Vega.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. Allan Ortega Vega, Notario.—1 vez.—Nº 13709.—(11582).

Por escritura otorgada ante María Virginia Méndez Ugalde, a las 10:00 horas del 28 de enero del 2008, se constituyó PCI-Procesos de Cobro Independiente S. A. Domicilio: San José, Moravia, del Colegio Saint Francis, 200 oeste y 100 sur. Su objeto servicios de cobro, el comercio y la industria en general. Plazo social: 99 años. Capital social: ¢50000, junta directiva: presidente, secretario y tesorero. Presidente: Erik Ortega Vega, agente residente: licenciada María Virginia Méndez Ugalde.—San José, 28 de enero del 2008.—Lic. María Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 13710.—(11583).

Ante mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, se constituyó la empresa denominada Ferretería E.S.L.E. Limitada. Con un plazo social de noventa y nueve años y un capital social de cien mil colones. Domiciliada en Rincón de Zaragoza de Palmares de Alajuela, cincuenta metros sur de la iglesia católica. Es todo.—Palmares, cuatro de febrero del dos mil ocho.—Lic. Carlos Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—Nº 13713.—(11584).

En mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Magna Moda Alta Costura Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: debidamente cancelado y aportado.—San José, seis de febrero del dos mil ocho.—Lic. Cristian Soto Mora, Notario.—1 vez.—Nº 13715.—(11585).

En mi notaría, se constituyó la sociedad denominada E. Zegna de Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: debidamente cancelado y aportado.—San José, seis de febrero del dos mil ocho.—Lic. Cristian Soto Mora, Notario.—1 vez.—Nº 13716.—(11586).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día 30 de enero del 2008, se constituyó la compañía denominada Tierra de Fuego Misteriosa Xtrema Sociedad Anónima. Domiciliada en La Fortuna de San Carlos, Alajuela.—Misma fecha.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 13720.—(11587).

Los suscritos Freddy Arce Quesada y Jhoselyn Patricia Tenorio Chacón, han constituido la entidad Inversiones Jolika del Norte S. A. Domiciliada en Heredia, con un capita de diez mil colones. Administración de empresa de venta de suministros para mascotas. Sociedad constituida en San José, a las 18:00 horas del 30 de enero del 2008.—Lic. Edgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—Nº 13721.—(11588).

Por escritura otorgada ante esta misma notaría, a las 15:00 horas del día 31 de enero del 2008, se protocolizó el acta número diecinueve de asamblea general ordinaria de la Asociación Acueducto Rural del Tanque de La Fortuna de San Carlos, en la cual se nombran todos los miembros de la junta directiva y fiscal por el período.—Misma fecha.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 13722.—(11589).

Los suscritos María José Flaque Moll y Jaime Flaque Jiménez, notifican  que  han  constituido la entidad Copihue y Orquídea Dorada S. A. Domiciliada en San José, Escazú, con un capital social de diez mil colones. Administración de empresa de venta de suministros para mascotas. Sociedad constituida en San José, a las 8:10 horas del 4 de febrero del 2008.—Lic. Edgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—Nº 13723.—(11590).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del día 1º de febrero del 2008, se constituyó la compañía denominada Seis Familiares en La Unión R Y Z Sociedad Anónima. Domiciliada en La Fortuna de San Carlos, Alajuela.—Misma fecha.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 13724.—(11591).

Los suscritos María José Flaque Moll y Jaime Flaque Jiménez, notifican  que  han  constituido la entidad Copihue & Orquídea Blanca S. A. Domiciliada en San José, Escazú, con un capital social de diez mil colones. Administración de empresa de venta de suministros para mascotas. Sociedad constituida en San José, a las 8:00 horas del 5 de febrero del 2008.—Lic. Edgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—Nº 13725.—(11592).

Los suscritos Marc García Pujol y Francisca Paz Flaque Moll, han constituido la entidad Terres de Segria S. A. Domiciliada en San José, Escazú, con un capital social de diez mil colones. Administración de empresa de venta de suministros para mascotas. Sociedad constituida en San José, a las 8:00 horas del 1º de febrero del 2008.—Lic. Edgar Montero Mejía, Notario.—1 vez.—Nº 13726.—(11593).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de B & M Ingeniería y Construcción Sociedad Anónima. En la que se modificó la cláusula quinta del pacto social constitutivo.—San José, seis de febrero del dos mil ocho.—Lic. Luis Humberto Barahona de León, Notario.—1 vez.—Nº 13727.—(11594).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día primero de febrero del dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada Machavar Costa Rica Sociedad Anónima.—Heredia, 1º de febrero del 2008.—Lic. Óscar Alberto Arias Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 13728.—(11595).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día primero de febrero del dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada Daas Costa Rica Sociedad Anónima.—Heredia, 1º de febrero del 2008.—Lic. Óscar Alberto Arias Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 13729.—(11596).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas, cincuenta minutos del veinticinco de enero del dos mil ocho, Adrián Ceciliano Altamirano y Gloriana Loría Espinoza, constituyen una sociedad cuyo nombre será Marin del Sur Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Marin del Sur S.A. nombre que es de fantasía. Su domicilio estará en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, exactamente frente al costado oeste del parque central, pudiendo establecer agencias o sucursales en otro u otros lugares del país o fuera de el. Presidente: el señor Robert Leslie Crumpler. Capital social: diez mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de cien colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Plazo: noventa y nueve años.— San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veinticinco de enero del dos mil ocho.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 13731.—(11597).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del treinta y uno de enero del dos mil ocho, Adrián Ceciliano Altamirano y Gloriana Loría Espinoza, constituyen una sociedad cuyo nombre será Wheell of Ka Ventures Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Wheell of Ka Ventures S. A. nombre que es de fantasía y que su traducción al español es Ruedas de Aventura de Ka Sociedad Anónima. Su domicilio estará en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, exactamente frente al costado oeste del parque central, pudiendo establecer agencias o sucursales en otro u otros lugares del país o fuera de el. Presidente: el señor Keith Allen Pisano. Capital social: diez mil colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de cien colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Plazo: noventa y nueve años.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. Olman Vargas Cubero, Notario.—1 vez.—Nº 13732.—(11598).

Ante esta notaría comparecieron Janyk Houle y Daniel Calderón Solís, y constituyen la sociedad anónima Babalou Ganesha S. A. Dicha sociedad fue constituida a las 20:00 horas del 8 de enero del 2008, ante el notario público Javier Alonso Blanco Benavides, en escritura Nº 125-3.—San José, 10 de enero del 2008.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—Nº 13736.—(11600).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas de hoy, se constituyó Inversiones ER Mana Siglo Veintiuno S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: San José. Presidente: Manuel Gutiérrez Chaves.—San José, 31 de enero del 2008.—Lic. Eugenio Francisco Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 13738.—(11601).

Ante mi notaría, mediante la escritura número noventa y siete, del tomo quince otorgada al ser las diecisiete horas del día seis de febrero del dos mil ocho, se realizó nuevo nombramiento de presiente de la sociedad Beneficio Los Valles D Y G Sociedad Anónima.—Pérez Zeledón, seis de febrero del dos mil ocho.—Lic. Maycol Alejandro Borbón Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 13739.—(11602).

Por escritura de las 14:40 horas, se constituye la sociedad Bolemr Verde Uno Sociedad Anónima, y se nombra junta directiva. Presidente: Christian de único apellido Lemr. Capital social: ¢20.000,00 colones. Plazo social: 99 años.—San Isidro de Pérez  Zeledón, 24 de enero del 2008.—Lic. Miguel Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—Nº 13740.—(11603).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Candace Back Porch Sociedad Anónima. Donde aparecen con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma su presidente: Jimmy Rhudon Mann. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Pérez Zeledón, 6 de febrero del 2008.—Lic. Iris Valverde Usaga, Notaria.—1 vez.—Nº 13741.—(11604).

Que en esta notaría, mediante escritura doscientos ochenta y cuatro, del folio ciento treinta y cinco del tomo tercero, se ha constituido la compañía Horizon Ladscape and Desing S. A. Domiciliada en San Isidro, Pérez Zeledón, provincia de San José, calle Moya detrás de la iglesia católica.—Seis de febrero del dos mil ocho.—Lic. Sandra Cubillo Díaz, Notaria.—1 vez.—Nº 13743.—(11605).

Por escritura otorgada hoy ante mí, en esta ciudad a las quince horas, cuarenta y cuatro minutos del cuatro de febrero del dos mil ocho, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria Great Blue Heron Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cuatro mil trescientos cincuenta y siete, al ser las once horas del veinte de enero del dos mil ocho, se modificó los nombramientos de la junta directiva de la siguiente forma presidenta: Marilyn Jo-Ann Macdonlds, secretario: Joel Vargas Mata, tesorero: Josué González Brenes, asimismo se modificó y revocó el puesto del fiscal y agente residente, correspondiéndole los mismos a Erika Conejo López y a Iris Valverde Usaga, respectivamente. Así mismo se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo, para que por el resto del plazo social, la representación judicial y extrajudicial le corresponda a la presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.— Pérez Zeledón, cuatro de febrero del dos mil ocho.—Lic. Federico Núñez Mata, Notario.—1 vez.—Nº 13744.—(11606).

Andrés Quintana Cavallini y Eduardo Quinta Cavallini, constituyen Cadena Radial Costarricense Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse los dos últimos aditamentos S. A. El cual es nombre de fantasía. Escritura otorgada en San José, a las diecinueve horas del veintitrés de enero del dos mil ocho.—Lic. Rosa Gullermina Aguilar Ureña, Notaria.—1 vez.—Nº 13746.—(11607).

Por escritura pública, de las once horas del seis de febrero del dos mil ocho, y otorgada ante el notario público Abraham Stern Feterman, se constituyó la sociedad anónima Hudson Waterways Corporation S. A. Con domicilio social en San José. Plazo social: cien años. Capital social: de diez mil colones, representación le corresponde al presidente. Es todo.—San José, seis de febrero del dos mil ocho.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—Nº 13747.—(11608).

Por escritura pública, de las dieciséis horas y treinta minutos del seis de febrero del dos mil ocho, y otorgada ante el notario público Abraham Stern Feterman, se constituyó la sociedad anónima Tossa Dorada del Pacífico S. A. Con domicilio social en San José. Plazo social: cien años. Capital social: de diez mil colones, representación le corresponde al presidente. Es todo.—San José, seis de febrero del dos mil ocho.—Lic, Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—Nº 13748.—(11609).

Por escritura pública, de las dieciocho horas del seis de febrero del dos mil ocho, y otorgada ante el notario público Abraham Stern Feterman, se constituyó la sociedad anónima Cantrala Hills de Development S. A. Con domicilio social en San José. Plazo social: cien años. Capital social: de diez mil colones, representación le corresponde al presidente. Es todo.—San José, seis de febrero del dos mil ocho.—Lic, Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—Nº 13749.—(11610).

Por escritura pública, de las quince horas del seis de febrero del dos mil ocho, y otorgada ante el notario público Abraham Stern Feterman, se constituyó la sociedad anónima Tradot del Pacífico Azul S. A. Con domicilio social en San José. Plazo social: cien años. Capital social: de diez mil colones, representación le corresponde al presidente. Es todo.—San José, seis de febrero del dos mil ocho.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—Nº 13750.—(11611).

Mediante escritura Nº 97, del tomo 18 de mi protocolo, se constituyó  la  sociedad denominada Walking on Tiquicia Corporation S. A.—Guadalupe, 30 de noviembre del 2007.—Lic. Aurelia Vargas Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 13753.—(11612).

Mediante escritura Nº 96, del tomo 18 de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Walking on The Sunshine Corporation S. A.—Guadalupe, 30 de noviembre del 2007.—Lic. Aurelia Vargas Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 13755.—(11613).

Ante mí, Daniel Guillermo Fernández Morales, don Carlos Manuel Arias Castro y doña Evelyn del Carmen Alvarado Chacón, constituye Seprose S. A. Presidente: el socio Arias Castro.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Daniel Fernández Morales, Notario.—1 vez.—Nº 13756.—(11614).

Ante mí, Grace Marie Robinson Arias, notaria pública de Siquirres, se constituyó Constructora E y L e Hijos Sociedad Anónima. Nombramientos: presidente: Marvin Edwards Lewism, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital: diez mil colones. Domicilio social: Limón, Siquirres, Los Laureles, frente al Abastecedor Los Laureles.—6 de febrero del 2008.—Lic. Grace Robinson Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 13763.—(11615).

Ante mi notaría, se constituyó la sociedad Ganadería La Siquirreña J.B.S.O. Sociedad Anónima. El presidente y secretario son los apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidente: José Miguel Salas Abarca y secretario: Carlos Roberto Salas Abarca. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años. Constitución: 11:30 horas del 5 de febrero del 2008.—Lic. Susana Zamora Fonseca, Notaria.—1 vez.—Nº 13764.—(11616).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 horas del 30 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Zamora Aldecoba & Compañía S. A. Domicilio: Hatillo, San José. Capital: totalmente suscrito. Plazo: 99 años. Presidenta: Jennifer Zamora Aldecoba, secretario. Christopher Zamora Aldecoba, tesorero: Rubén Cajina Villarreal.—San Ramón, 5 de febrero del 2008.—Lic. José Enrique Jiménez Bogantes, Notario.—1 vez.—Nº 13765.—(11617).

Esta escritura número dos, de las nueve horas del cinco de febrero del dos mil ocho, otorgada por el notario Dowglas Leiva Díaz, en tomo cuarto de su protocolo, el señor Álvaro Alejandro Jiménez Sáenz, quien es mayor, costarricense, casado por segunda vez, ginecoobstetra, cédula de identidad número uno-trescientos cincuenta y dos-trescientos sesenta y uno, vecina de Guápiles, Urbanización Garabito, solicita la inscripción al Registro Público de la sociedad JI.CUB: Ltda.—Lic. Dowglas Leiva Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 13792.—(11627).

Se hace saber que mediante escritura número ciento setenta y seis-doce, de las catorce horas del veintiuno de setiembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Propiedades Lavendi Sociedad Anónima.—San José, siete de febrero del dos mil ocho.—Lic. María Eugenia Hidalgo Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 13797.—(11628).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 8:00 horas del 10 de enero; 8:00 horas del 30 de enero; 10:00 horas del 30 de enero; 16:00 horas del 30 de enero; 8:00 horas del 1º de febrero y 9:00 horas del 1º de febrero todas del 2008, protocolicé las actas de asamblea de socios de 1) Hispanic Coalition S. A., donde se reforma cláusula 2º del pacto constitutivo, 2) Wai-Semicon Ltda., donde se disuelva la compañía y se nombra liquidador, 3) Shore Red Ocean S. A., donde se reforman las cláusulas 2º y 6º del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal, 4) Ciyat Torre S. A., donde se reforma cláusula 6º del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal, 5) Maxfield Century S. A. donde se reforma la cláusula 2º del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente y 6) se constituyó la sociedad anónima New Fastbell Business S. A.—San José, 4 de febrero del 2008.—Lic. Marvin Céspedes Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 13798.—(11629).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 1200 horas del 3 de diciembre, 16:00 horas del 3 de diciembre, 9:05 horas del 4 de diciembre, 9:15 horas del 4 de diciembre y 9:30 horas del 4 de diciembre, todas 2007, protocolicé respectivamente las actas de asamblea de cuotistas de: 1) La Vida Nutrición S. R. L., donde se reformó la cláusula 6º del pacto constitutivo y se nombró gerente, 2) Spinal Decompression Clinics Ltda., donde se reformó la cláusula 6º del pacto constitutivo y se nombró gerente, 3) Unodomani Costa Rica Ltda., donde se reformó la cláusula 6º del  pacto constitutivo y se nombró gerente, 4) Wind in The Willows S. A., donde se transformó la compañía en una sociedad limitada, se transcribió totalmente su pacto social y se nombró nuevo gerente, 5) Las Palmeras Soleadas del Sur S. R. L., donde se reformó la cláusula 6º del pacto constitutivo y se nombró nuevo gerente.—San José, 4 de febrero del 2008.—Lic. Marvin Céspedes Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 13800.—(11630).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 1200 horas, 12:30 horas, 13:00 horas, 13:10 horas, 13:15 horas y 13:30 horas del 5 de febrero del 2008, se constituyeron las sociedades Inversiones Mesalles Capra (IMC) S. A.; Inversiones Mesalles Escribans (IME) S. A.; Inversiones Mesalles Lara (IML) S. A.; Tenedora Mescap (SFCO) S. A.; Tenedora Mescrib (DMAV) S. A.; Tenedora Meslar (GJV) S. A.—San José, 5 de febrero del 2008.—Lic. Marvin Céspedes Méndez, Notario.—1 vez.—Nº 13801.—(11631).

Ante Ignacio Sánchez Ramírez, notario, se constituyó la sociedad anónima: Fuente del Cambio S. A. Domicilio: San José. Plazo: 100 años. Presidente: Gustavo Umaña Abarca.—San José, 18:00 horas del 29 de enero del 2008.—Lic. Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.1 vez..—Nº 13809.—(11637).

Por escritura número veintitrés otorgada ante esta notaría, en Curridabat a las dieciocho horas del día cinco de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada: Ingmaserv, Sociedad Anónima. Presidente: Jaime Angulo, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Enny Mary Cordero Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 13812.—(11638).

Por escritura número veintidós otorgada ante esta notaría en Curridabat, a las diecisiete horas del día cinco de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada: Ingserpet, Sociedad Anónima. Presidente: Jaime Angulo, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Enny Mary Cordero Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 13813.—(11639).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del seis de febrero del dos mil ocho, se modificó la cláusula sexta y se nombra gerente de la sociedad Quiet Waves Of The Sea, Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-trescientos noventa y siete mil treinta y dos.—San José, seis de febrero del dos mil ocho.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—Nº 13814.—(11640).

Por escritura otorgada ante nosotros, se constituyó Casa Orquídeas de San Josecito S. A. Capital social cien mil colones. Presidente y secretaria apoderados generalísimos sin límite de suma.—Golfito, 01 de febrero del 2008.—Lic. Gerardo Madrigal Campos, Lic. Bernal Castro Gutiérrez, Notarios.—1 vez.—Nº 13817.—(11641).

Mediante escritura pública número doscientos sesenta, otorgada en esta notaría, a las doce horas del día miércoles seis de febrero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada A. R. e Hijos Sociedad Anónima, capital social diez mil colones. Alex Ramírez Quesada. Presidente.—Lic. Nancy Sandí Sanabria, Notaria.—1 vez.—Nº 13818.—(11642).

Mediante escritura pública número doscientos cincuenta y seis, otorgada en esta notaría, a las diez horas con veinte minutos del día viernes veinticinco de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Maxcomputación Internacional Sociedad Anónima, capital social cien mil colones. José David Hidalgo Bolaños, Presidente.—Lic. Nancy Sandí Sanabria, Notaria.—1 vez.—Nº 13819.—(11643).

En esta notaría, se constituyó Dantawn Sociedad Anónima. Con domicilio social en San Vito Coto Brus, Puntarenas; capital social totalmente suscrito y pagado, la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente.—Lic. Erick González Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 13820.—(11644).

Que en mi notaría, se constituyeron 4 sociedades anónimas cuyas denominaciones sociales se hacen de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del decreto ejecutivo Nº 33171-J, a las 15:10 horas del 17 de enero del 2008. Domicilio social: Palmar Norte, Osa, Puntarenas, 50 metros oeste de la Sucursal CCSS. Presidente. Fabián Marchena Marchena.—5 de febrero del 2008.—Lic. Minor Zamora Castellón, Notario.—1 vez.—Nº 13821.—(11645).

Se protocolizan los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Administradora de Bienes Uno Uno B Yaguarundi Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y ocho mil seiscientos cincuenta y cinco mediante los cuales se revocan las nombramientos de toda la junta directiva, el fiscal, se transforma la compañía en una sociedad de responsabilidad limitada y se nombra gerente y agente residente por medio de escritura otorgada en la ciudad de San José, a las siete horas del dieciséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 13822.—(11646).

Se protocolizan los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tres Tres – B - Carpintera, Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y dos mil trescientos cincuenta y seis, mediante los cuales se revocan las nombramientos de toda la junta directiva, el fiscal, se transforma la compañía en una sociedad de responsabilidad limitada y se nombra gerente y agente residente, por medio de escritura otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas quince minutos del dieciséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez..—Nº 13823.—(11647).

Se protocolizan los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Dos Tres .— B - Grison, Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y dos mil seiscientos diecinueve, mediante los cuales se revocan las nombramientos de toda la junta directiva, el fiscal, se transforma la compañía en una sociedad de Responsabilidad Limitada, y se nombra gerente y agente residente por medio de escritura otorgada en la ciudad de San José a las nueve horas quince minutos del dieciséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario..—1 vez..—Nº 13824.—(11648).

Se protocolizan los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Cuatro Uno - A - Garzon Azulado, Sociedad Anónima., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y dos mil seiscientos veintitrés, mediante los cuales se revocan las nombramientos de toda la junta directiva, el fiscal, se transforma la compañía en una sociedad de responsabilidad limitada y se nombra gerente y agente residente por medio de escritura otorgada en la ciudad de San José a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 13826.—(11649).

Se protocolizan los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Cuatro Dos - B - Gavilán Cabecigris, Sociedad Anónima., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y dos mil doscientos trece, mediante los cuales se revocan las nombramientos de toda la junta directiva, el fiscal, se transforma la compañía en una sociedad de responsabilidad limitada y se nombra gerente y agente residente por medio de escritura otorgada en la ciudad de San José, a las nueve horas del dieciséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 13827.—(11650).

Se protocolizan los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Uno Uno - A - Caucel, Sociedad Anónima., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y dos mil quinientos sesenta y tres, mediante los cuales se revocan las nombramientos de toda la junta directiva, el fiscal, se transforma la compañía en una sociedad de responsabilidad limitada y se nombra gerente y agente residente por medio de escritura otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas treinta minutos del dieciséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez..—Nº 13828.—(11651).

Ante esta notaría, se constituyó la compañía denominada Diseño Emequ Sociedad Anónima.—San José, 5 de febrero del 2008.—Lic. Arnoldo José Parini Guevara, Notario.—1 vez.—Nº 13829.—(11652).

Ante esta notaría,  se constituyó  la compañía  denominada  Gajid  S Y S Sociedad Anónima.—San José, 4 de febrero del 2008.—Lic. Arnoldo José Parini Guevara, Notario.—1 vez.—Nº 13830.—(11653).

Se protocolizan los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Dos Dos A Cacomistle, Sociedad Anónima., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y cuatro mil doscientos diecisiete. Mediante los cuales se revocan las nombramientos de toda la junta directiva, el fiscal, se transforma la compañía en una sociedad de responsabilidad limitada y se nombra gerente y agente residente por medio de escritura otorgada en la ciudad de San José, a las siete horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Mauricio González, Notario.—1 vez.—Nº 13831.—(11654).

Se protocolizan los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tres Tres – A - Carey, Sociedad Anónima., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y tres mil ochocientos veintidós, mediante los cuales se revocan las nombramientos de toda la junta directiva, el fiscal, se transforma la compañía en una sociedad de responsabilidad limitada y se nombra gerente y agente residente por medio de escritura otorgada en la ciudad de San José, a las ocho horas del dieciséis de enero del dos mil ocho..—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 13832.—(11655).

Se protocolizan los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Cuatro Cuatro tres A Águila Pescadora Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y dos mil quinientos setenta. Mediante los cuales se revocan las nombramientos de toda la junta directiva, el fiscal, se transforma la compañía en una sociedad de responsabilidad limitada y se nombra gerente y agente residente por medio de escritura otorgada en la ciudad de San José, a las siete horas quince minutos del dieciséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 13833.—(11656).

Se protocolizan los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tres Uno - A- Baula, Sociedad Anónima., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y dos mil ciento ochenta y cuatro. Mediante los cuales se revocan las nombramientos de toda la junta directiva, el fiscal, se transforma la compañía en una sociedad de responsabilidad limitada y se nombra gerente y agente residente por medio de escritura otorgada en la ciudad de San José, a las siete horas treinta minutos del dieciséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—Nº 13834.—(11657).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del primero de febrero del dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda del domicilio social de la sociedad de esta plaza Jazmín Vistana Segunda S. A.—San José, 4 de febrero del 2008.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—Nº 13840.—(11658).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del primero de febrero del dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda del domicilio social de la sociedad de esta plaza Los Helechos B.G., S. A.—San José, 4 de febrero del 2008.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—Nº 13841.—(11659).

Por escritura pública número veinticuatro-ciento trece, otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día cinco de febrero del año dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada Agunsa Costa Rica, Sociedad Anónima, la cual tiene un plazo de cien años contados a partir del día cinco de febrero del año dos mil ocho, un capital social de diez millones de colones exactos, representados por cien acciones comunes y nominativas de cien mil colones cada una y su objeto social será la industria, la agricultura, el comercio y los servicios en todas sus formas. San José, siete de febrero del año dos mil ocho.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—Nº 13843.—(11660).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del cinco de febrero del dos mil ocho, se reforman las cláusulas primera y segunda, y se nombra nueva junta directiva de  la  sociedad  Primavera  en York  P E Y, Sociedad Anónima.—San José, seis de febrero del dos mil ocho.—Lic. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 13846.—(11661).

Por escritura número: 109 del tomo 18 de mi protocolo, se constituyó Comercial El Indalo Escazú, S. A. Presidente. Juan Alfonso Garre. Secretario: Nasser Muhammad Odeh La Rosa. Tesorera: María Dolores Arteaga Méndez y fiscal: José Roberto Céspedes González.—Lic. Luis Fdo. Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—Nº 13847.—(11662).

Los suscritos José Manuel Carvajal Sánchez cédula de identidad número 1-591-463 y Luis Ángel Quirós Díaz cédula de identidad número 6-225-659, Luis Guillermo Fallas Cubillo cédula de identidad número 7-126-870, constituyen la empresa denominada Ecoflora Agrícola Sociedad Anónima. Es todo.—Palmitas de La Rita, Pococí.—Lic. Rosa Nelly Rivera Meza, Notaria.—1 vez.—Nº 13850.—(11663).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Paseos y Aventuras del Puerto S. A. Capital social: ¢100.000,00. Plazo: 99 años. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Gerardo Valle Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 13852.—(11664).

Ante esta notaría, por escritura numero ciento setenta y dos, otorgada el treinta de enero de dos mil ocho, se constituyó Basic Transportation Sociedad Anónima. Domicilio Social: Tambor de Puntarenas. Capital social: diez mil colones. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—Cóbano, treinta de enero de dos mil ocho.—Lic. Patricia Francés Baima, Notaria.—1 vez.—Nº 13855.—(11665).

Por escritura otorgada ante esta notaria, el día de hoy se constituyó la sociedad Corporación Mercantil Los Ángeles de Maydee Sociedad Anónima. Presidente Ángel Gwam García. Domicilio: San Pedro.—San José, tteinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. María Lorna Ballestero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 13856.—(11666).

Ante esta notaría, por escritura número ciento setenta y nueve, otorgada a las diez horas del cinco de febrero de dos mil ocho se constituyó Grecale S. A., Capital social: diez mil colones. Domicilio social: Cóbano de Puntarenas. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—Cóbano, cinco de febrero de dos mil ocho.—Lic. Patricia Francés Baima, Notaria..—1 vez.—Nº 13857.—(11667).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy se constituyó la sociedad Comercial Breve Sociedad Anónima. Presidente Róger Brenes Guillen. Domicilio: San José.—San José, veintiocho de enero del dos mil ocho.—Lic. María Lorna Ballestero Muñoz, Notaria..—1 vez..—Nº 13858.—(11668).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy se constituyó la sociedad Industrias Metálicas Imawem Sociedad Anónima. Presidente Wilson Eduardo Osman Guisa. Domicilio: Heredia.—San José, doce de diciembre del dos mil siete.—Lic. María Lorna Ballestero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 13859.—(11669).

Marcela Rodríguez Chaves, notaria pública. Hace contar que ante esta notaría, al ser las 13:00 horas del 4 de febrero del año en curso, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Abesx del Norte, S. A. cédula jurídica 3-101-126193, inscrita al tomo 730, folio 31, asiento 44, mediante la cual se modifica la cláusula segunda referente al domicilio y la cláusula segunda sobre el plazo social.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Marcela Rodríguez Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 13861.—(11670).

Marcela Rodríguez Chaves, notaria pública. Hace contar que ante esta notaría, al ser las 9:00 horas del 5 de febrero del año en curso, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Financial Educational Services, S. A. cédula jurídica 3-101-150924, inscrita al tomo 826, folio 54, asiento 58, mediante la cual se modifica la cláusula cuarta reduciendo el plazo social.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Marcela Rodríguez Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 13862.—(11671).

Marcela Rodríguez Chaves, notaria pública. Hace contar que ante esta notaría, al ser las 11:00 horas del 5 de febrero del año en curso, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Developp Bary, S. A. cédula jurídica 3-101-236861, inscrita al tomo 1147, folio 240, asiento 291, mediante la cual se modifica el nombre y la cláusula sétima de la administración.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Marcela Rodríguez Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 13863.—(11672).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la empresa Ventanería y Accesorios Ibéricos Sociedad Anónima, donde se modificó la cláusula cuarta del pacto social.—San José, 28 de enero 2008.—Lic. Francisco José Campos Aguilar, Notario..—1 vez.—Nº 13866.—(11673).

A las doce horas del tres de diciembre del dos mil siete, en esta notaría se construyó Asesorías Empresariales R Y S Asociados Sociedad Anónima, capital: 10.000; domicilio. San José.— Lic. Rose Mary Zúñiga Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 13868.—(11674).

En mi notaría en Esparza, a las doce horas del seis de febrero del año dos mil ocho, por escritura pública número doscientos cuarenta y tres, iniciada a folio ciento sesenta y seis frente, del tomo treinta y cinco del protocolo del suscrito notario, Luis Ángel Centeno Ramírez, cédula número seis-ciento ochenta y cuatro-cero veinticinco y Luz Mireya Ramírez Oviedo, cédula número uno-trescientos diez-ochocientos cuarenta y ocho, constituyen la sociedad denominada Blue Bird Flying Sociedad Anónima.—Esparza, 6 de febrero del año 2008.—Lic. Luis Gerardo Álvarez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 13869.—(11675).

Mediante escritura número trescientos noventa-cuatro, de las dieciséis horas treinta minutos del día veintiséis de noviembre del dos mil siete, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada: Excavaciones Internacionales de San Luis, S. R. L., con domicilio San Luis de Alfaro Ruiz, Alajuela.—Lic. Víctor Edo. Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 13870.—(11676).

Hoy protocolicé acuerdos de la sociedad Las Tres Columnas Dapsa S. A., mediante la cual se eliminó la cláusula décima primera del agente residente por no requerirlo la sociedad.—San José, 21 de enero de dos mil ocho.—Lic. Ana Carolina Benavides Víquez, Notaria.—1 vez..—Nº 13874.—(11677).

La suscrita notaria, hace constar que por escritura ciento cincuenta del tomo dieciocho de la suscrita notaria, se reformo la cláusula segunda, referente al objeto social del pacto constitutivo de la sociedad Owners Investments, S. A.—Heredia, 6 de febrero del 2008.—Lic. Xenia Lupita Sánchez González, Notaria.—1 vez.—Nº 13875.—(11678).

La suscrita notaria, hace constar que por escritura ciento cincuenta y uno del tomo dieciocho de la suscrita notaria, se reformó la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad Owners Investments S. A.; y se nombró nueva junta directiva, elegido presidente, Francisco González Lépiz.—Heredia, 6 de febrero del 2008.—Lic. Xenia Lupita Sánchez González, Notaria.—1 vez.—Nº 13876.—(11679).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Joma Sobre Inventario Punto Com Sociedad Anónima, capital social debidamente suscrito y pagado por los socios, la representación de dicha sociedad será por medio de los representantes, Marco Campos Gutiérrez y José Miguel Campos Echeverría, en su condición de presidente y tesorero respectivamente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. El plazo social es de noventa y nueve años.—San José, nueve horas del siete de febrero del dos mil ocho.—Lic. Víctor Hugo Maffioli Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 13878.—(11680).

Por escritura otorgada en San José, a las quince horas del treinta de enero de dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Comercializadora de Sistemas Dos Mil Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos mil ciento cincuenta, por la cual se reforma la cláusula décima de los estatutos y se nombra nueva tesorera.—San José, 30 de enero .—2008.—Lic. Rosemarie Maynard Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 13880.—(11681).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del día veintiocho de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad Miami Elite Brokers International - Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: ciento veinte mil colones. Duración: Noventa y nueve años. Corresponde la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma al presidente, secretario y tesorero. Presidente: Leslie Marenza Vega Vega.—San José, enero 28, del año 2008.—Lic. Juan de Dios Mora Díaz, Notario.—1 vez.—Nº 13881.—(11682).

Constitución de Parihl International Holdings Limitada. Ante la notaría de la licenciada Hazel Solano Siles.—Zapote, 7 de febrero del 2008.—Lic. Hazel Solano Siles, Notaria.—1 vez.—Nº 13882.—(11683).

Por protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Borge Guillen S. A. Escritura y testimonios otorgados en Liberia a las catorce horas con dos minutos del cinco de febrero del dos mil ocho, se acordó cambiar el domicilio social, la cláusula segunda y sexta del pacto constitutivo, se agrega una cláusula décima cuarta y se nombra nueva junta directiva.—Liberia, cinco de febrero de dos mil ocho.—Lic. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1 vez.—Nº 13883.—(11684).

Ante este notario, mediante escritura número ciento noventa y ocho de las doce horas del día cinco de febrero de dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada El Eneldo de Oro Sociedad Anónima.—San José, seis de febrero de dos mil ocho.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 13884.—(11685).

Ante este notario, mediante escritura número ciento ochenta y ocho de las ocho horas del veinticinco de enero de dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada Flor de Cuapinol Sociedad Anónima.—San José, seis de febrero de dos mil ocho.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 13885.—(11686).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del día de hoy, los señores: Mario Alberto Chavarría Espinoza, cédula número: nueve-ciento dos-setecientos setenta y tres y Ricardo Chavarría Espinoza, cédula número: nueve-cero noventa y seis-cero setenta y cinco, constituyen la empresa denominada “Seguridad Coinse S. A.”, capital social diez mil colones, domicilio social, costado sur, de la Comandancia de Heredia, segundo piso, altos de Mueblería Las Flores. Se nombró como presidente y secretario, en su orden, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, a los socios constituyentes.—San Rafael de Heredia, tres de enero del dos mil ocho..—Lic. Orlando Hernández Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 13886.—(11687).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diez horas del día siete de febrero del dos mil ocho, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa de esta plaza, denominada Inmobiliaria Savi S.V. Internacional Sociedad Anónima.—. Se reforman las cláusulas segunda sobre el domicilio social, quinta sobre el capital social, novena sobre la representación, se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 7 de febrero del dos mil ocho.—Lic. Ana Lorena Ramírez González, Notaria..—1 vez.—Nº 13887.—(11688).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 07:15 horas del 24 de enero del presente año, se constituyó la sociedad denominada.Xaganet de Costa Rica, S. A.”, capital social: diez mil colones.—San José, 7 de enero del 2008.—Lic. Manuel Rey González, Notario.—1 vez.—Nº 13888.—(11689).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 6 de febrero del presente año, se constituyó la sociedad denominada: “Guanacaste Heights, S. A.”, capital social: cien mil colones.—San José, 7 de febrero del 2008.—Lic. Manuel Rey González, Notario.—1 vez.—Nº 13890.—(11690).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 7:00 horas del 24 de enero del presente año, se constituyó la sociedad denominada: Xaga Real Estate, S. A.”, capital social: diez mil colones.—San José, 7 de enero del 2008.—Lic. Manuel Rey González, Notario.—1 vez.—Nº 13891.—(11691).

Protocoliza acta de asamblea de accionistas de la sociedad Beauty Costa Rica Properties Yokama S. A., cambio de razón social, domicilio y junta directiva. Escritura otorgada en San José a las 9:00 horas del 6 de febrero del 2008.—Lic. Xinia Mata Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 13894.—(11692).

Que ante este notario, mediante escritura pública número ochenta y dos-uno, otorgada en Playas del Coco, Guanacaste a las ocho horas del veintidós de octubre del dos mil siete, se protocolizó acta de junta directiva, numero uno, de la sociedad anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-cuatro siete ocho dos cinco dos. Mediante la cual se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva y fiscal de la sociedad.—Lic. Néstor Eduardo Guillén Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 13900.—(11693).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 4 de febrero del 2008, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de asociados de la Asociación Roblealto Probienestar del Niño” celebrada el 23 de noviembre del 2007, mediante la cual se constituyó una filial de la asociación con personería jurídica propia.—San José, 4 de febrero del 2008.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario.—1 vez.—(11697).

Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Importaciones Duponmax Sociedad Anónima. Reforma cláusula novena. Presidente: Conrado Ortiz Ramírez. Domicilio Social.—San José, Hatillo.—7 de febrero del 2008.—Lic. Leslie Moreira Apú, Notaria.—1 vez.—(11705).

Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Twin Shoes Sociedad Anónima. Reforma cláusula octava. Presidente: Roberth Villalobos Rosales. Domicilio Social.—San José, Pavas.—7 de febrero del 2008.—Lic. Leslie Moreira Apú, Notaria.—1 vez..—(11707).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las veintiuna horas y veinte minutos del tres de diciembre de dos mil siete, se constituyó la sociedad de este domicilio W Y G Asesores en Gestión Sociedad Anónima, capital suscrito y pagado.—San Ramón, cinco de febrero de dos mil ocho.—Lic. José Rafael Steller Garro, Notario.—1 vez.—Nº 13902.—(11721).

En el día de hoy, he protocolizado el acta de la asamblea de socios de la empresa C J Hotel Tamarindo S. A., la cual se celebró en el domicilio social a las once horas del quince de enero del dos mil ocho, en la cual se reformaron las cláusulas quinta y sétima (aumento de capital), se reformó la junta directiva, además de otros acuerdos.—San José, cinco de febrero del dos mil ocho.— Lic. Carlos Fuentes Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 13904.—(11722).

Alexis Calvo Morales, cédula de identidad uno-cuatrocientos cinco -tres cinco siete y Elieth Valverde Elizondo, cédula uno-quinientos veinticinco-seis tres dos, constituyen Agrícola Ganadera La Congoja Frailes ACM, Sociedad Anónima. Presidente: Alexis Calvo Morales, Capital Social: un millón de colones, suscribe licenciado Luis César Monge Hernández.—Veintisiete de enero del dos mil siete.—Lic. Luis César Monge Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 13906.—(11723).

Ante esta notaría auxiliar de la Industria Mecánica Costa Rica Sociedad Anónima modifica cláusula segunda del domicilio, cláusula sexta nombrando nueva junta directiva, y adiciona cláusula décima segunda del agente residente.—Lic. Marcia Matarrita Varela, Notaria..—1 vez..—Nº 13907.—(11724).

Por escritura otorgada ante esta notaría, Rosa Argentina Jiménez Ortiz, Leonel, Ana Lucrecia y José Pablo todos Ramírez Jiménez, constituyen la sociedad Inmobiliaria Palo de Rosa Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José a las 10:00 horas del 11 de enero del 2008.—Lic. Roxana Herrera Peña, Notaria..—1 vez..—Nº 13908.—(11725).

Ante esta notaría se constituye la sociedad Datasat Connection And System S. A. escritura otorgada el seis de febrero del dos mil ocho a las once horas.—Lic. Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 13909.—(11726).

En mi notaria a las doce horas del treinta y uno de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Canoas de Calidad S. A. capital social íntegramente suscrito y pagado, presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente, domiciliada en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, barrio San Martín, setenta y cinco metros este del salón comunal, plazo social por noventa y nueve años.—Lic. Gretel María Chaves Berrocal, Notaria.—1 vez.—Nº 13910.—(11727).

Por escritura otorgada en mi notaría el día de hoy, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Hacienda Ticolandia S. A., se modifica la cláusula octava.—Paso Canoas, 7 de febrero del 2008.— Lic. Ginette Miranda Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 13912.—(11728).

Se constituye ante la notaría del Lic. Ricardo Núñez Estrada, el día veintinueve de enero del año dos mil ocho, sociedad anónima, denominada Depomaderas Sociedad Anónima. El domicilio social. El domicilio social será en la provincia de Limón, cantón de Siquirres, distrito Siquirres, barrio Las Palmiras, del taller de tractores ciento cincuenta metros sur, el plazo social será de noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. Es todo.—Siete de febrero del año dos mil ocho.—Lic. Ricardo Núñez Estrada, Notario.—1 vez.—Nº 13913.—(11729).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho y treinta horas del catorce de noviembre del dos mil siete, Salomón Mabari, de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense y Sheyni Raquel Salas Céspedes constituyen “Top Of The Pacific Holding Sociedad Anónima. Es todo.—San José, ocho horas treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil siete.—Lic. Randy José Araya Vallejos, Notario.—1 vez.—Nº 13914.—(11730).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho y cuarenta y cinco horas del catorce de noviembre del dos mil siete, Salomón Mabari, de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense y Sheyni Raquel Salas Céspedes constituyen “BB Or Pacifico Holdings Sociedad Anónima”. Es todo.—San José, ocho horas cuarenta y cinco minutos del catorce de noviembre del dos mil siete.—Lic. Randy José Araya Vallejos, Notario.—1 vez.—Nº 13915.—(11731).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del veintidós de enero del dos mil ocho, la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y un mil seiscientos trece sociedad anónima, modifica cláusulas del pacto constitutivo y nombra miembros de junta directiva. Es todo.—San José, ocho horas del veintidós de enero del dos mil ocho.—Lic. Randy José Araya Vallejos, Notario.—1 vez.—Nº 13916.—(11732).

Por escritura otorgada en Heredia a las diecisiete horas treinta minutos del 2 de febrero del 2007, se constituyó la sociedad denominada Construcciones y Remodelaciones Blondy S. A. Presidente: Jimmy Lizano Solano. Capital Social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años.—Heredia, 4 de febrero del 2008.—Lic. Lorna Massiell Aguilar Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 13917.—(11733).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 6 de febrero del 2008, los señores Claudio Porras Sandí y Vitalia Elieth Cedeño Umaña, constituyeron la Sociedad denominada. Industrial Laundry Luvis. S. A. Domicilio San Rafael arriba de Desamparados, capital social, un millón de colones para cada una.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Carlos Alberto Vargas Campos, Notario.—1 vez.—Nº 13920.—(11734).

Mediante escritura ante mí otorgada, a las 18:00 horas del 6 de febrero del 2008, André Miguel Hernández Chaves y Mónica Arias Ramírez, constituyeron una sociedad que se denominará según el número de cédula jurídica que asigne el Registro de Personas Jurídicas.—San José, 7 de febrero del 2008.—Lic. Marjorie Retana Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 13921.—(11735).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó una acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de “Casa de Playa Penca, S. A.”, mediante la cual se modifican la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, 9:00 horas del 23 de enero del año 2008.—Lic. Sonia Patricia Tacsan Chen, Notario.—1 vez.—Nº 13922.—(11736).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del día 4 de febrero del año en curso se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Editorial San José Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda realizar un cambio en la denominación monetaria y se acuerda aumentar el capital social de la sociedad.—San José, 4 de febrero del 2008.—Lic. Daniel de la Garza Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº 13924.—(11737).

Por escritura pública número ciento cinco-seis, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día siete de diciembre del dos mil siete, las señoras Leyden Briceño Bran y Verónica Zúñiga Arauz, constituyen la sociedad denominada San Telmo de Mi Tierra S. A., capital social: diez mil colones, Domicilio: Santa Cruz.—San José, siete de febrero del dos mil ocho..—Lic. Gabriela Ross Jiménez, Notaria..—1 vez..—Nº 13925.—(11738).

Por escritura pública número ciento catorce-seis otorgada ante esta notaría a las diez horas del cuatro de enero del dos mil ocho, los señores Mauricio Bagigalupo y Cristina Bacigalupo, constituyen la sociedad denominada Bacigawaikiki de Guanacaste Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones, Domicilio: Santa Cruz.—San José, siete de febrero del dos mil ocho.—Lic. Gabriela Ross Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 13926.—(11739).

Corporación López Díaz E. L. Sociedad Anónima, reforma las cláusulas primera, segunda, quinta y sexta del pacto constitutivo, su denominación social será: Holding B & F Incorporated Sociedad Anónima; nombra junta directiva y fiscal. Escritura otorgada en San José, a las 07:00 horas del día 17 de enero del año 2008, ante el notario Nelson Gerardo Palacio Díaz-Granados.—Lic. Nelson Gerardo Palacio Díaz-Granados, Notario.—1 vez.—Nº 13927.—(11740).

Por escritura otorgada ante las licenciadas Carolina Ulate Zárate y Betsy Camacho Porras, a las dieciséis horas del dieciséis de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Construingenia Milenio Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado.—Heredia, 6 de enero del 2008.—Lic. Betsy Camacho Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 13928.—(11741).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la compañía denominada Orosi Property y protocolizó acta My Ride, ambas Sociedad Anónima. Domicilio: Escazú. Objeto: comercio general. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Róger Petersen Morice, Notario.—1 vez.—Nº 13930.—(11742).

Por escritura Nº 116 otorgada ante el notario público Marco Antonio Jiménez Carmiol a las 16:00 horas del 6 de febrero del 2008, se constituyó Inversiones Famesgu S. A. Domicilio: San José, Pavas, Rohrmoser, costado oeste frente a la antigua AID, casa Nº 7. Plazo social: 100 años. Objeto: comercio en general. Capital social: diez mil colones. Representación: la tendrán el presidente y el secretario de la junta directiva.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Marco A. Jiménez Carmiol. Notario.—1 vez.—Nº 13931.—(11743).

Protocolización de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Cindu de Costa Rica Sociedad Anónima. Mediante la cual se reforma la cláusula quinta de los estatutos. Escritura otorgada a las 10:00 horas del 6 de febrero del 2008.—Lic. Fiorella Flores Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 13932.—(11744).

Hago constar que por escritura otorgada hoy ante mí a las 8:00 horas, se ha constituido la compañía Melkar Ltda. Domicilio social: San José.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Roberto Leiva Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 13934.—(11745).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 13 de diciembre del 2007, se constituyó Lactaria U.H.T. S. A.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 13937.—(11746).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas del día 18 de enero del dos mil ocho, ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Ontario Vacation M.O.M. Sociedad Anónima, Gaston Sanders, presidente. Capital social: debidamente suscrito y pagado.—Puntarenas, Jacó, 6 de febrero del 2008.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—Nº 13938.—(11747).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas del día 18 de enero del dos mil ocho, ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada Lolaonejaco Sociedad Anónima, Gaston Sanders, presidente. Capital social: debidamente suscrito y pagado.—Puntarenas, Jacó, 6 de febrero del 2008.—Lic. Sylvia Vega Carballo, Notaria.—1 vez.—Nº 13940.—(11748).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas de hoy ante mí, se constituyó la sociedad Cascadas de la Prosperidad S. A. Domicilio: Bello Horizonte de Escazú. Capital: diez mil colones. Plazo: 99 años a partir de su constitución. Presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San José, 5 de febrero del 2008.—Lic. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—Nº 13941.—(11749).

Por escritura otorgada, ante el notario público José Rafael Fernández Quesada, a las 09:00 horas del día 25 de enero del dos mil ocho, protocolizo el acta de asamblea general ordinaria de socios de la sociedad Terradona Landscapes LLC Sociedad Anónima. Se acuerda reformar la cláusula primera del pacto social, en cuanto a la denominación, para que en adelante se lea Grupó J. C. Cuesta Sociedad Anónima.—San José, 4 de febrero del 2008.—Lic. José Rafael Fernández Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 13942.—(11750).

Por escritura otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, a las doce horas del siete de febrero de dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Brisas del Bosque Cinco EEE Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - doscientos veintitrés mil cuatrocientos noventa y ocho, en la cual se acepta la renuncia presentada por los miembros de la junta directiva, fiscal y agente residente y en razón de ello se hacen los nuevos nombramientos, además se modificó la cláusula segunda de los estatutos relativa al domicilio social de la compañía.—San José, 7 de febrero del 2008.—Lic. Rolando Morris Burton, Notario.—1 vez.—Nº 13943.—(11751).

Por escritura otorgada hoy en esta ciudad a las 14:00 horas ante la Suscrita Notaria los señores Álvaro y Jorge Hernández González, constituyeron la sociedad denominada G.A.P. Autowash Costa Rica Limitada. Domicilio: San José. Capital social: ciento veinte mil colones suscritos y pagados. Gerente: Guy Anthony Paolozzi.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Irene Lobo Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 13944.—(11752).

Por escritura otorgada a las 17 horas 45 minutos del 25 de enero del 2008, se constituyó Europerfumes Latinoamericana Sociedad Anónima, capital social totalmente suscrito y pagado, domiciliada en San José, se nombró junta directiva, presidente, secretario y tesorero.—Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 13947.—(11753).

Se modifica claúsula quinta sobre el capital social, de El León Meridional Sociedad Anónima por escritura pública 245 visible a folio 187 frente del tomo tercero del protocolo del notario y ante la Notaría la licenciada Cinthya Hernández Alvarado, al ser las 9:30 horas del 6 de febrero del 2008.—Lic. Cinthya Hernández Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 13948.—(11754).

Se constituye Lisobo Sociedad Anónima por escritura pública 236 visible a folio 180 frente del tomo tercero del protocolo del Notario y ante la notaría la licenciada Cinthya Hernández Alvarado, al ser las 15 horas del 28 de diciembre del 2007.—Lic. Cinthya Hernández Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 13949.—(11755).

Por escritura otorgada a las 18 horas 10 minutos del 25 de enero del 2008, se constituyó sociedad anónima con nombre de fantasía con fundamento en el decreto ejecutivo Nº 33171-J publicado en La Gaceta Nº 114 del 14 de junio del 2006, capital social totalmente suscrito y pagado, domiciliada en San José, se nombró junta directiva. Presidente, secretario y tesorero.—Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 13950.—(11756).

Se constituye Siacca Sociedad Anónima por escritura pública 242 visible a folio 184 frente del tomo tercero del protocolo del Notario y ante la notaría la licenciada Cinthya Hernández Alvarado, al ser las 11:30 horas del 1º de febrero del 2008.—Lic. Cinthya Hernández Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 13951.—(11757).

Por escritura otorgada a las 18 horas 10 minutos del 23 de enero del 2008, se constituyó sociedad anónima con nombre de fantasía con fundamento en el decreto ejecutivo Nº 33171-J publicado en La Gaceta Nº 114 del 14 de junio del 2006, capital social totalmente suscrito y pagado, domiciliada en San José, se nombró junta directiva presidente, secretario y tesorero.—Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 13952.—(11758).

Por escritura otorgada a las 18 horas 10 minutos del 25 de enero del 2008, se constituyó sociedad anónima con nombre de fantasía con fundamento en el decreto ejecutivo Nº 33171-J publicado en La Gaceta Nº 114 del 14 de junio del 2006, capital social totalmente suscrito y pagado, domiciliada en San José, se nombró junta directiva presidente, secretario y tesorero.—Lic. María Cecilia Ramírez Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 13953.—(11759).

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó la sociedad Dacafa Real S. A. Domicilio: San José, (avenida ocho, calles nueve y once, número novecientos sesenta y tres). Junta directiva compuesta por presidente, secretario y tesorero. Se nombra fiscal y agente residente. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 13954.—(11760).

El día de hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada tres-ciento uno-quinientos dieciséis mil quinientos sesenta y cinco s. a., en la que se modifican las cláusula primera para que la nueva razón social de la sociedad sea RRHH Lahmann S. A. y, se modifica la cláusula sétima de la representación.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 13955.—(11761).

Ante esta notaría, se constituyó la empresa La Yunta Publicidad y Diseño Sociedad Anónima, otorgada por escritura número sesenta y cuatro del tomo primero de mi protocolo, de las 16 horas del 31 de enero del 2008.—San José, 4 de febrero del 2008.—Lic. Ericka Esquivel Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 13956.—(11762).

El día de hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada tres-ciento uno-quinientos quince mil quinientos cincuenta y cuatro s. a., en la que se modifican las cláusula primera para que la nueva razón social de la sociedad sea Corporación Tabaco Shop S. A. y, se modifica la cláusula sétima de la representación.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 13957.—(11763).

El día de hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada Inversiones Bogach S. A., titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y siete mil seiscientos cuarenta y nueve, en la que se modifican las cláusulas segunda y sétima y se nombra nueva junta directiva.—San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 13958.—(11764).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, en la ciudad de San José, a las trece horas del día siete de febrero del dos mil ocho, Cristal Dream Sociedad Anónima, otorgó poder generalísimo sin limitación de suma a Ana María Moraleda Morales.—San José, siete de febrero del dos mil ocho.—Lic. Mónica Patricia Umaña Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 13959.—(11765).

Ante esta notaría, mediante escritura otorgada, a las diez horas treinta minutos del veintidós de enero de dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza Constructora Yendry María R&V Sociedad Anónima.—Grecia, a las doce horas cuarenta y cinco minutos del dos de febrero del dos mil ocho.—Lic. Emanuell Alfaro Umaña, Notario.—1 vez.—Nº 13960.—(11766).

Al ser las 8:00 horas del día de hoy, se constituyó la empresa Narex Dental S. A., capital social diez mil colones cancelado en dinero efectivo, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, domicilio Horquetas de Sarapiquí.—Río Frío, 7 de febrero del 2008.—Lic. Germán Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 13961.—(11767).

Al ser las 17:00 horas del día de hoy, se constituyó una empresa mediante escritura 51, cuya denominación es por número de cédula jurídica, más S. A., capital social diez mil colones cancelado en dinero efectivo, presidente y secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, domicilio Horquetas de Sarapiquí de Heredia.—Río Frío, 11 de enero del 2008.—Lic. Germán Vega Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 13962.—(11768).

Por medio de la escritura número ciento treinta y siete, del tomo sétimo de mi protocolo, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tarimas Patterson S. A. Mediante la cual se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, siete de febrero del dos mil ocho.—Lic. Albán Sing Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 13963.—(11769).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 9:00 horas del día de hoy, se constituyó Frabresa Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Domicilio: Santa Ana. Presidente y secretario apoderados generalísimos. Objeto: comercio en general.—San José, 6 de junio del 2007.—Lic. Manuel Enrique Badilla Chavarría, Notario.—1 vez.—Nº 13965.—(11770).

Por escritura número veinte, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día veintinueve de enero de dos mil ocho, se constituyó la sociedad Los Milagros de Santa María Sociedad Anónima. Capital: treinta mil colones. Representación: presidente, secretario y tesorero de la junta directiva con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domicilio: Barreal de Heredia, de la Musmanni ciento cincuenta metros norte.—San José, veintinueve de enero de dos mil ocho.—Lic. Raúl A. Camacho Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 13966.—(11771).

Por escritura número ciento noventa y tres - dos otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del día quince de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad anónima Corporación Bushi Internacional. Correspondiéndole la representación judicial y extrajudicial al presidente, secretario y tesorero de la junta directiva con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, requiriendo la firma de al menos dos de ellos, debiendo estar siempre presente la del presidente. Presidente: Allan Badilla Jiménez, secretario: Adrián Soto Aguilar. Capital social: nueve mil colones.—San José, dieciséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Jaimie Pamela Pardo Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 13967.—(11772).

El suscrito Maykool Acuña Ugalde, notario público con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las 13:00 horas del día 31 de octubre del 2007, se ha constituido la sociedad denominada Grupo Daycom de San José Sociedad Anónima, con un plazo social de 99 años, siendo su presidente el señor Diego Solís Chavarría.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 13971.—(11774).

El suscrito Maykool Acuña Ugalde, notario público con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las 9:00 horas del día 21 de marzo del 2007, se ha reformado la cláusula con respecto a la administración de la sociedad denominada Rótulos Arte Visión Sociedad Anónima, presidente el señor Gustavo Solís Alpízar.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 13972.—(11775).

Por escritura otorgada en esta ciudad, ante el notario Roberto Portilla Barrantes, a las 10:30 horas del 31 de enero del 2008, se constituyó Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: veinte mil colones. Domicilio social: Las Mesas de Pejibaye de Pérez Zeledón, 1500 metros este escuela. Gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente: Juan Castro Cubero y Esther María Rojas Agüero.—San Isidro de El General, 4 de febrero del 2008.—Lic. Roberto Portilla Barrantes, Notario.—1 vez.—Nº 13973.—(11776).

La suscrita Esther Moya Jiménez, abogada y notaria hago constar que con fecha 15 de enero 2008, se constituyó la empresa Portos, Athos & Aramis S. A., con un capital social de 10.000, plazo 99 años, presidente: Philip Roffey.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Esther Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 13974.—(11777).

La suscrita Esther Moya Jiménez, abogada y notaria hago constar que con fecha 1º de febrero 2008, se constituyó la empresa La Sucia Centroamericana Producciones S. A., con un capital social de 10.000, plazo 99 años, presidente: Ernesto Villalobos Brenes.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Esther Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 13975.—(11778).

La suscrita Esther Moya Jiménez, abogada y notaria hago constar que con fecha 29 de enero 2008, se constituyó la empresa Colinas de San Matero S. A., con un capital social de 1.000.000, plazo 99 años, presidente: Jorge Roca Vallejo.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Esther Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 13976.—(11779).

En esta fecha ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Costa SPA Sociedad Anónima. Presidente y tesorero ostentan la representación judicial y extrajudicial con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: 99 años.—San José, 4 de febrero del 2008.—Lic. Eric Jiménez Trejos, Notario.—1 vez.—Nº 13622.—(11780).

Por escritura del día de hoy protocolicé acuerdos de tres ciento uno quinientos tres mil trescientos cincuenta y uno sociedad anónima, en donde se modifica domicilio social, capital y administración, se nombra nueva junta directiva y fiscal, presidente y secretario con poderes generalísimos sin límite de suma, para vender, hipotecar, constituir contratos de fideicomiso, se necesita acuerdo de asamblea general de accionistas que así lo indique literal, expresa y tácitamente.—San José, cuatro de febrero del dos mil ocho.—Lic. Minorth Solís Ulate, Notario.—1 vez.—(11784).

Por escritura número doscientos dos-uno, a las diez horas del día cinco de febrero del dos mil ocho, otorgada ante la Licenciada Andrea Bolaños Pizarro, los señores Ana Cristina Blanco Musmanni, José Miguel Blanco Musmanni, Antonieta Musmanni Ureña y Angélica Blanco Musmanni, constitulyen la sociedad anónima Hacienda Verde S. A.—Heredia, al ser quince horas seis minutos del día seis de febrero del dos mil ocho.—Lic. Andrea Bolaños Pizarro, Notaria.—1 vez.—(11786).

Por escritura número ciento cincuenta y nueve - uno a las trece horas del día ocho de noviembre del dos mil siete. Otorgada ante la Licenciada Andrea Bolaños Pizarro. Los señores Luis Fernando Rojas Alvarez y Eduardo Chávez Mata, Marjuri Montero Ulate, Giovanny Esquivel Segura, constituyen la sociedad anónima Manantial en el Desierto LFRA S. A.—Heredia, al ser catorce horas seis minutos del día seis de febrero del dos mil ocho.—Lic. Andrea Bolaños Pizarro, Notaria.—1 vez.—(11787).

Ante este notario público, Bernardo Guzmán Núñez, se constituye escritura número ciento treinta y siete; en donde se constituye Fonmor Rem Electrónica Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento final en S. A., inscrita en el tomo segundo, folio sesenta y cinco vuelto, del protocolo del suscrito notario; cuyo capital social está representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Dado en Alajuela el treinta de enero del dos mil ocho.—Lic. Bernardo Guzmán Núñez, Notario.—1 vez.—(11800).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 21 de enero del 2008, se constituyó la sociedad Park Rose CR S. A., en español es Parque Rosa CR S. A. Domicilio: San José, objeto: en general, la agricultura, ganadería, industria y comercio. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Acciones: comunes y nominativas. Plazo: 100 años a partir de su constitución. Presidente ostenta la representación judicial y extrajudicial de la empresa.—San José, 6 de febrero del 2008.—Lic. Luis Alberto Arias Naranjo, Notario.—1 vez.—(11837).

Ante mi notaría, se protocolizó el día de hoy acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria numero uno de Costa Rica Yellow Card C R Y C Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cuatro mil seiscientos cincuenta y cinco, celebrada en su domicilio social. Mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto social.—San José, a las catorce horas del siete de febrero del año dos mil ocho.—Lic. Miguel Córdoba Retana, Notario.—1 vez.—(11839).

En mi notaría, el 5 de febrero del 2008, se constituyó La Sabor Ejecutivo M & M Sociedad Anónima, capital íntegramente suscrito y pagado, plazo 99 años a partir de la fecha de constitución, domicilio en Alajuela Urbanización El Cafetal, contiguo parque infantil, representación a cargo del presidente y secretario de la junta directiva, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 5 de febrero del 2008.—Lic. Sergio Rodríguez Garita, Notario.—1 vez.—(11845).

Por escritura número trescientos cincuenta y seis, se constituye la sociedad denominada Grupo Zaraya Sociedad Anónima, escritura otorgada en Alajuela, a las catorce horas con treinta minutos del diecinueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Flory Yali de la Peña Rojas, Notaria.—1 vez.—(11862).

Por escritura otorgada ante mí, Gustavo Martínez Catón, a las catorce horas del treinta de enero del dos mil ocho, se constituyó Corporación Holm Sociedad Anónima. Presidente Inga de un solo apellido Ross, por su nacionalidad canadiense. Plazo social noventa y nueve años. Capital social diez mil colones.—Golfito, dos de febrero del dos mil ocho.—Lic. Gustavo Martínez Catón, Notario.—1 vez.—(11873).

Por escritura número diecisiete - catorce, otorgada ante el notario Jorge González Roesch, a las nueve horas del siete de febrero del año dos mil ocho, se reforman las cláusulas tercera y sétima de los estatutos y se nombran dos gerentes de la compañía Ecoquintas y Paisajes del Caribe Mel Limitada.—San José, 7 de febrero del 2008.—Lic. Jorge González Roesch, Notario.—1 vez.—(11877).

Se modifica cláusula sexta del pacto constitutivo de la empresa Mar, Arena y Brisas de la Costa S. A. Se hace nombramiento de nuevo presidente de la junta directiva: Daniel Clayton (nombres) Wells (apellido), de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, divorciado, comerciante, vecino de Jacó de Garabito, Puntarenas, en los altos del Restaurante Zuñirse, con pasaporte estadounidense número uno cero cinco tres tres tres cuatro siete cuatro. Es todo.—Alajuela, siete de febrero de dos mil ocho.—Lic. Santiago Herrera Quirós, Notario.—1 vez.—(11908).

Se nombra nuevo presidente de la junta directiva, de la empresa Nandar del Cantón S. A. Se nombra en el puesto dicho a: Arvie Dale (nombres) Grady (apellido), mayor, de un solo apellido en razón de su nacionalidad norteamericana, divorciado, vecino de Punta Leona, Puntarenas, cien metros este y cien metros sur de la iglesia, carné de residente pensionado número diez mil setenta y uno. Es todo.—Alajuela, siete de febrero de dos mil ocho.—Lic. Santiago Herrera Quirós, Notario.—1 vez.—(11912).

Se constituye Empresa de Construcciones y Remodelaciones Licho S. A., vigencia: cien años a partir del siete de febrero del dos mil ocho, capital: diez mil colones. Es todo.—Alajuela, siete de febrero del dos mil ocho.—Lic. Libni Muñoz Sarmiento, Notario.—1 vez.—(11915).

Por escritura otorgada ante mí, Akira Alberto Akon Rodríguez y Vera María Rodríguez Ramírez, constituyen Cafenet Moravia Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Cafenet Moravia S. A. Domicilio social: San Lorenzo de Flores, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez millones de colones. Objeto: comercio. Presidente: Akira Alberto Akon Rodríguez.—Heredia, ocho de febrero del año dos mil ocho.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(11951).

Por escritura otorgada ante mí, Akira Alberto Akon Rodríguez y Vera María Rodríguez Ramírez, constituyen Cafenet Heredia Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Cafenet Heredia S. A. Domicilio social: San Lorenzo de Flores Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez millones de colones. Objeto: comercio. Presidenta: Akira Alberto Akon Rodríguez.—Heredia, ocho de febrero del año dos mil ocho.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(11955).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día ocho de febrero del dos mil ocho, se constituyeron las sociedades  Baci Corporation S. A. y LTCM Corporation S. A. Capitales sociales suscritos y pagados. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Bernal Zamora Arce.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—(11959).

Franklin Vargas Vargas, Bernal Arce Benavides y Federico Valerio Sánchez, constituyen la sociedad Terruños de Escazú Sociedad Anónima. Domicilio: Bello Horizonte de Escazú. Plazo 99 años. Capital: doce mil colones. Junta directiva: presidente, secretario y tesorero. Presidente con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma de hasta cien mil colones. Escritura otorgada en San José, a las doce horas del cuatro de diciembre del dos mil siete.—San José, 5 de febrero del 2008.—Lic. Víctor Manuel Alfaro Chavarría, Notario.—1 vez.—(11960).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del día veintiuno de enero del dos mil ocho, se protocoliza asamblea general de socios de la Compañía Ocampo Arroyo Sociedad Anónima. Se modifica cláusula quinta de la administración y se nombra secretario, tesorero y fiscal.—Alajuela, veintiuno de enero del dos mil ocho.—Lic. Mario Alberto Morera Lara, Notario.—1 vez.—(11962).

Por escritura pública otorgada, a las diez horas del treinta y uno de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Tierras Afortunadas Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones, un plazo de noventa y nueve años, una junta directiva compuesta por un presidente, un secretario y un tesorero, en la que el presidente y el secretario, conjunta o separadamente, ostentarán la representación de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Asimismo, la sociedad tendrá un fiscal y un agente residente.—San José, treinta y uno de enero del dos mil ocho.—Lic. José Andrés Corvetti Aguado, Notario.—1 vez.—(11964).

Ante esta notaría, mediante escritura otorgada, a las diecisiete horas del siete de febrero del dos mil ocho, se constituyen las sociedades de estas plazas Grosso del Waialeales BR&A Sociedad Anónima, La Lira del Zloty BR&A Sociedad Anónima y Fiti y Paramaribo BR&A Sociedad Anónima.—Grecia, a las diecisiete horas quince minutos del siete de febrero del dos mil ocho.—Lic. Emanuell Alfaro Umaña, Notario.—1 vez.—(11965).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:30 horas del 7 de febrero del 2008, se constituye la sociedad Desarrolladora Inmobiliaria Los Ángeles B&J Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones. Es todo.—San José, 8 de febrero del 2008.—Lic. José Pablo Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(11979).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 7 de febrero del 2008, se constituye la sociedad Desarrolladora Inmobiliaria La Roca LES B&J Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones. Es todo.—San José, 8 de febrero del 2008.—Lic. José Pablo Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(11980).

Por escritura número veintiséis, otorgada ante esta notaría, el día ocho de febrero del año dos mil ocho, a las nueve horas con treinta minutos, se constituyó la sociedad Abington Investments Inc Sociedad Anónima, plazo social: noventa y nueve años, capital social: mil doscientos colones de mil doscientas acciones de un colon cada una representación judicial: presidente y secretario.—San José, ocho de febrero del año dos mil ocho.—Lic. Marco Antonio Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(11988).

Por escritura número diecinueve, otorgada ante esta notaría, el día cuatro de febrero del año dos mil ocho, a las nueve horas, se protocolizó el acta número uno de sesión de asamblea general extraordinaria de socios de Meni Realty S. A., mediante la cual se modificó la cláusula quinta de los estatutos sociales y se nombró nuevo secretario de la junta directiva de la empresa.—San José, cuatro de febrero del año dos mil ocho.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(11989).

Por escritura número veintisiete, otorgada ante esta notaría, el día ocho de febrero del año dos mil ocho, a las diez horas, se constituyó la sociedad Fenwick Properties Inc Sociedad Anónima, plazo social: noventa y nueve años, capital social: mil doscientos colones de mil doscientas acciones de un colón cada una. Representación judicial presidente y secretario.—San José, ocho de febrero del año dos mil ocho.—Lic. Marco Antonio Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(11990).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 8 de febrero del 2008, se modificó cláusula sétima del pacto constitutivo de Bromelia Vistana Cuarta S. A., y se nombró presidente.—San José, 8 de febrero del 2008.—Lic. Alex Thompson Chacón, Notario.—1 vez.—(11994).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del veintidós de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Constructivas Roca Fuerte Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado.—Lic. Alejandro Villalobos Hernández, Notario.—1 vez.—(11996).

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y GRACIA

REGISTRO NACIONAL

REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se hace saber al señor Ómar Quesada Acuña, cédula 6-0099-0713, que en este Registro se han iniciado Diligencias Administrativas de oficio originadas en virtud de escrito presentado ante esta Dirección por el Registrador N° 401, Marco Antonio Mesén Cepeda, presentado ante esta Dirección el día 25 de octubre del 2007, por medio del cual informo sobre la posible doble inmatriculación de las fincas del Partido de Heredia, ciento sesenta y nueve mil noventa (169090) y ciento sesenta y nueve mil noventa y uno (169091), que publicitan el mismo plano H-984417-1991. Debido a lo anterior y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 13:15 horas del 31 de enero de 2008, se dispuso notificar a don Omar y conferirle audiencia por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la tercera publicación del presente edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convengan. Y se le previene que dentro de este término debe señalar apartado postal, casa u oficina, dentro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 93, 94, 98 y del Reglamento del Registro Público, (Decreto Ejecutivo Nº 26771-J del 18 de febrero de 1998); en concordancia con el numeral 3 de la Ley Nº 7637 (Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales); bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de la citada Ley Nº 7637, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Exp. Nº 2007-668-BI).—Curridabat, 31 de enero del 2008.—Lic. Eduardo Alvarado Miranda, Asesor Jurídico.—(Solicitud Nº 24279).—C-41680.—(11348).

Se hace saber a Asociación de Servicios Múltiples de Pococí. cédula jurídica 3-002-165331, como titular registral del inmueble del partido de Limón Nº 76307, así como a cualquier tercero con interés legítimo o a sus representantes legales, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado diligencias administrativas iniciadas de oficio donde se investiga una supuesta doble inmatriculación que involucra los inmuebles del partido de Limón números 76307 y 76779 según el plano catastrado número L-417472-1997. Por lo que, mediante Resolución de las 8:45 horas del 30 de octubre de 2007, se ordenó anotar advertencia administrativa sobre las fincas de previa cita. Con tal fin, se le confiere audiencia, hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la tercera y última publicación del presente edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convengan, según el artículo 98 del Reglamento del Registro Publico de la Propiedad Inmueble. E igualmente se le previene que dentro de dicho término, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, o número de facsímil, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad Inmueble, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, de 18 de febrero de 1998, publicado en La Gaceta N° 54 del 18 de marzo del mismo año, en concordancia con el numeral 3 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judicial, Ley N° 7637, así bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se le tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Artículo 99 del citado Reglamento y artículo 185 del Código Procesal Civil, en concordancia con el numeral 12 de la mencionada Ley Nº 7637. (Exp. Nº 07-669-B.I.).—Curridabat, 28 de enero del 2008.—Lic. Yolanda Víquez Alvarado, Asesora Jurídica.—(Solicitud Nº 24278).—C-41680.—(11349).

Se hace saber a los señores: Antonio Lonero, pasaporte 550369A, representante de Multiservicios Internacional Dos Mil Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-184686, como adquirente y deudora en crédito hipotecario en finca 1-578162 por testimonio tomo 568 asiento 80598 y Frank Michael Catalano, pasaporte 044985663, representante de Inversiones Los Laureles Alvamonta Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-164604, titular registral de la finca 1-578162, por ser cesionaria y adjudicataria, según testimonio, tomo 571 asiento 27848; que se les brinda audiencia por medio de edicto por desconocerse su domicilio exacto, a sus albaceas o a sus representantes legales, o a cualquier otra persona con interés legítimo; en diligencia administrativa a instancia del señor Marco Antonio Segura Seco, cédula 1-270-147, representante de la Municipalidad de Escazú, cédula jurídica 3-014-042050, mediante expediente administrativo 07-606-BI, donde se investiga un supuesto fraude inmobiliario, que involucra los inmuebles del Partido de San José, matrículas 86225A y 578162, por lo que en resguardo de la seguridad jurídica que debe dimanar de la publicidad de los asientos registrales, este Registro, mediante resolución de las 14:45 horas del 17 de setiembre de 2007, ordenó consignar una nota de advertencia, al margen de los asientos de inscripción de los inmuebles de previa cita, y por resolución de las 9:00 horas del 16 de noviembre de 2007, conferir la audiencia a las partes interesadas. Debido a la devolución de Correos de Costa Rica, de los acuses números: RR137795925CR, y RR137795911CR dirigidos por su orden a las indicadas sociedades Multiservicios Internacional Dos Mil S. A. e Inversiones Los Laureles Alvamonta S. A., a través de sus citados representantes legales, por resolución de las 10:00 horas del 01 de febrero del 2008, se autorizó la publicación por 3 veces consecutivas de un edicto. Lo anterior, a los efectos de conferirles audiencia hasta por el término de quince días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente, a la fecha de la tercera publicación consecutiva del presente edicto, para que en el término indicado hagan valer sus derechos; de conformidad con el artículo 98 del Reglamento del Registro Público, (que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J publicado el 18 de marzo de 1998). Y se les previene que dentro del término establecido para la audiencia, deben señalar apartado postal, número de fax, casa u oficina dentro de la Ciudad de San José en donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94, 98 y concordantes del citado Reglamento; en concordancia el artículo 3 de la Ley de Notificaciones Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales, Ley N° 7637; bajo apercibimiento de que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuera impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 99 del Reglamento de la materia y 12 de la citada ley N° 7637, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Lo anterior en aplicación a la circular administrativa DPR-008-2007, de 21 de agosto del 2007. (Exp. Nº 07-606-BI). Notifíquese.—Curridabat, 1° de febrero del 2008.—Lic. Esther Martínez Cerdas, Asesora Jurídica.—(Solicitud Nº 24277).—C-79820.—(11350).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se hace saber a: I.- Wildcat Assets Corporation Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-423803, como adquirente de las fincas del partido de Limón, matrículas 23601 y 23641 mediante el documento que se investiga, entidad representada por David Allan Doll pasaporte estadounidense Nº 132524846; terceros interesados o representantes, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado Diligencias administrativas a instancia de: Lic. Sergio Sánchez Bagnarello en su condición de agente residente de DC-Drunk Cow Farms Limitada, para investigar el posible fraude que involucra las fincas del partido de Limón, matrículas 23601 y 23641 mediante el documento tomo 572, asiento 30225. Además se procedió a conferir audiencia a las partes interesadas de conformidad con los asientos registrales, no obstante, a pesar de haber realizado la referida notificación a la dirección que consta en los respectivos documentos, esta Oficina no cuenta con el correspondiente “acuse de recibo”, razón por la cual, para cumplir con el debido proceso se le notifica por este medio y se le confiere audiencia hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del respectivo edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convenga (artículo 98 del Reglamento del Registro Público, Decreto Ejecutivo Nº 26771-J de 18 de febrero de 1998 y sus reformas, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año). E igualmente se le previene que dentro de dicho término partir de la publicación del presente edicto, debe señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94 y concordante: del Reglamento de la materia, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere (artículo 20 de la Ley sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, 185 del Código Procesal Civil y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales Nº 7637 vigente a partir del 4 de noviembre de 1996). (Ref. expediente Nº 07-692-BI). Notifíquese.—Curridabat, 4 de febrero del 2008.—Departamento de Asesoría Jurídica Registral.—Lic. Kattia Meza Brenes, Asesora.—(Solicitud Nº 24282).—C-69320.—(11831).

Se hace saber a: I.-Ángel Maru Sánchez López, cédula Nº 6-201-627 como adquirente de la finca del partido de San José, matrícula 241560 mediante el documento que se investiga. II.-Lic. Ana Mercedes Salas Víquez, cédula Nº 2-456-175 como notaria autorizante del documento que se investiga, terceros interesados o representantes, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado diligencias administrativas a instancia de Alicia Bogarín Parra en su condición de Directora de la Dirección Nacional de Notariado, para investigar el posible fraude que involucra la finca del partido de San José, matrícula 241560 mediante el documento tomo 572, asiento 96847. Además se procedió a conferir audiencia a las partes interesadas de conformidad con los asientos registrales, no obstante, a pesar de haber realizado la referida notificación a la dirección que consta en los respectivos documentos, esta Oficina no cuenta con los correspondientes “acuses de recibo”, razón por la cual, para cumplir con el debido proceso se les notifica por este medio y se les confiere audiencia hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del respectivo edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presenten los alegatos que a sus derechos convenga (artículo 98 del Reglamento del Registro Público, Decreto Ejecutivo Nº 26771-J de 18 de febrero de 1998 y sus reformas, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año). E igualmente se les previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, deben señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94 y concordantes del Reglamento de la materia, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere (artículo 20 de la Ley sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, 185 del Código Procesal Civil y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales Nº 7637 vigente a partir del 04 de noviembre de 1996). (Ref. Expediente Nº 07-647-BI). Notifíquese.—Curridabat, 4 de febrero del 2008.—Departamento de Asesoría Jurídica Registral.—Lic. Kattia Meza Brenes, Asesora.—(Solicitud Nº 24283).—C-69320.—(11832).

Se hace saber a: I.- Jorge Eduardo Sánchez Rodríguez, cédula número 4-082-085, como adquirente de los derechos a que se refiere el asiento Nº 57, de la finca del partido de Heredia, matrícula 9677, visible al folio 182 del tomo 1977 de Heredia, mediante el documento anotado bajo el tomo 573 asiento 59472, así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales, se les comunica por este medio, que la Dirección del Registro Público de la Propiedad Inmueble ha iniciado diligencias administrativas para investigar el posible error de inscripción del documento tomo 459 asiento 2164 que afecta la finca del partido de Heredia, matrícula 9677. Por lo anterior, se procedió a conferir audiencia a las partes interesadas de conformidad con los asientos registrales, no obstante, a pesar de haber realizado la referida notificación a la dirección que consta en los respectivos documentos, esta Oficina no cuenta con el correspondiente “acuse de recibo”, razón por la cual, para cumplir con el debido proceso se le notifica por este medio y se le confiere audiencia hasta por el término de 15 días hábiles_ contados a partir del día siguiente a la publicación del respectivo edicto, a efecto de que dentro de dicho término, presente los alegatos que a sus derechos convenga (artículo 98 del reglamento del Registro Público, Decreto Ejecutivo Nº 26771-J de 18 de febrero de 1998 y sus reformas, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 54 del 18 de marzo del mismo año). E igualmente se le previene que dentro de dicho término a partir de la publicación del presente edicto, debe señalar apartado postal, casa u oficina dentro del perímetro de la ciudad de San José, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, conforme a los artículos 93, 94 y concordantes del Reglamento de la materia, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere (artículo 20 de la Ley sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público Nº 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, 185 del Código Procesal Civil y 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales Nº 7637 vigente a partir del 4 de noviembre de 1996). (Ref. expediente Nº 07-734-BI). Notifíquese.—Curridabat, 4 de febrero del 2008.—Departamento de Asesoría Jurídica Registral.—Lic. Kattia Meza Brenes, Asesora.—(Solicitud Nº 24281).—C-69320.—(11833).

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

G/Nº 058-2008.—Banco Central de Costa Rica.—Órgano Decisor del Procedimiento Administrativo Ordinario de Eduardo Armijo Carvajal, Exportaciones Tecnológicas del Sur S. A., Walter Calderón Molina y Francisco Martínez Alpízar.—San José, a las diez horas del primero de febrero del dos mil ocho. Visto el recurso de reconsideración contra el acto final de despido presentado por el señor Francisco Martínez Alpízar, y ante la denuncia formulada por este último ante la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica, contra el órgano director del procedimiento administrativo por supuestas irregularidades en la tramitación del presente procedimiento administrativo; y considerando que para resolver el recurso de reconsideración resulta trascendental conocer de previo el resultado del trámite que se le de a la citada denuncia, conforme a lo estipulado por el Reglamento para el trámite de denuncias e investigaciones preliminares en el Banco Central de de Costa Rica y sus órganos de desconcentración máxima, resulta procedente, en atención a los principios de economía procesal, debido proceso, razonabilidad e imparcialidad, suspender la resolución del recurso de reconsideración hasta tanto no se concluya con la tramitación de la citada denuncia. Por tanto:

Suspéndase la resolución del recurso de reconsideración presentado por el señor Francisco Martínez Alpízar hasta que el trámite que se siga a la denuncia planteada por él mismo ante la Junta Directiva del Banco Central, por supuestas irregularidades en la tramitación del presente procedimiento administrativo, concluya conforme a lo establecido por el Reglamento para el trámite de denuncias e investigaciones preliminares en el Banco Central de de Costa Rica y sus órganos de desconcentración máxima. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno conforme a lo establecido por el artículo 345 de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese y publíquese según corresponda.—San José, 8 de febrero del 2008.—Roy González Rojas, Gerente.—(O. C. Nº 9498).—C-57440.—(12423).

INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Órgano Director del Procedimiento Administrativo Ordinario de revocatoria de adjudicación y anulación de título de propiedad de la parcela Nº 45 Asentamiento Vesta y Suruy contra Seidy del Carmen Agüero Muñoz. Expediente Nº 397-R. A las catorce horas con cuarenta y tres minutos  del dieciocho de enero del dos mil ocho. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 88, 89 y 90 del Reglamento Autónomo para la Selección y Adjudicación de Solicitantes de Tierra, publicada en La Gaceta Nº 13 del 20 de enero del 2004, en el artículo 12, inciso a) del Reglamento Autónomo de Procedimientos Administrativos del Instituto de Desarrollo Agrario publicado en La Gaceta Nº 238 del viernes 15 de diciembre de 1995, en los artículos 214 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, en el acuerdo de Junta Directiva artículo 1º, sesión 31-003 celebrada el 1º de julio del 2003, se constituye este Órgano Director para instruir la investigación administrativa a fin de determinar la verdad real de los hechos ocurridos en la parcela Nº 45 del Asentamiento Vesta y Suruy, inscrita en el Registro Público Partido de Limón  Matrícula 069623-001-002 a favor de Seidy del Carmen Agüero Muñoz cédula 5-0233-0833 por cuanto la Oficina Subregional de Talamanca determina en su informe ORS:486-2007 de fecha 23 de octubre del 2007, que la adjudicataria presuntamente ha incurrido en incumplimiento del artículo 68 inciso 4) párrafos b) y d ) por explotación indirecta y abandono del predio, contenido en la Ley de Tierras y Colonización 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, ya que en dicha parcela opera una situación irregular con la explotación indirecta a favor de otros poseedores no autorizados legalmente por la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Agrario. Aclara la Oficina Subregional Talamanca mediante acta, que la administrada reside en otra región del país, por lo que se desconoce su domicilio habitacional exacto, y al no poderse notificar personalmente, se procede a notificar vía edicto en el Diario Oficial La Gaceta. Se informa a la citada adjudicataria que tiene derecho a  los recursos ordinarios según el artículo 346  de la Ley General de la Administración Pública, los cuales deben interponerse ante este Órgano Director. Se tiene como parte en este procedimiento a la señora Seidy del Carmen Agüero Muñoz cédula 5-0233-0833 a quien se le da traslado de la presente investigación y se le previene del señalamiento para atender notificaciones, de casa u oficina dentro del perímetro administrativo de la Dirección Regional sita en Batán de Matina, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, sede del Órgano Director, o un número de fax ubicado dentro del territorio nacional bajo apercibimiento que de no hacerlo, las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuese impreciso, incierto o ya no existiere. Con fundamento en el artículo 218 de la Ley General de la Administración Pública se concede audiencia, por el término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, para que se apersone ante el Órgano Director en defensa de sus derechos y ofrezca las pruebas de descargo que considere oportunas. Se previene que debe comparecer personalmente y no por medio de apoderado, aunque si tiene derecho a estar asesorada por un abogado si lo desea. Asimismo se le indica  que en el mismo acto de la comparecencia o en fecha anterior, en cuyo caso deberá hacerse por escrito, podrán aportar las pruebas en su favor que considere oportunas, y hacer los alegatos que estimen pertinentes, so pena de caducidad de tal derecho, en el entendido de que no le serán recibidos en fecha posterior a la señalada. Se hace del conocimiento de la administrada que el proceso se instruye por presunto incumplimiento del 68 inciso 4), párrafos b) c) y d) de la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas. Adicionalmente se tiene como parte en este proceso a los ocupantes de la parcela señores Carlos Antonio Ramírez Lobo cédula 7-0089-0811 y a Marlene Castrillo Castrillo cédula 5-0250-0990 a quienes se les concede el mismo plazo para que se apersonen al proceso en defensa de cualquier derecho que estimen sobre dicha parcela para lo cual se les notifica esta resolución en forma personal. Con fundamento en el artículo 217 de la Ley General de Administración Pública, se pone en su conocimiento, el expediente administrativo número trescientos noventa y siete-R, el cual se encuentra en la Oficina de la Dirección Regional Huetar Atlántica, sita en Batán del cantón de Matina provincia de Limón, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, el cual podrán revisar y fotocopiar dentro del horario normal del Instituto. Notifíquese.—Rolando Chaves Castro, conocido como Castro Arce, Órgano Director.—(11714).

DIRECCIÓN REGIÓN HUETAR ATLÁNTICA

Instituto de Desarrollo Agrario.—Dirección Región Huetar Atlántica.—Se hace saber a Berenice Valverde Valverde, cédula Nº 1-0504-0513, que la Oficina Sub Regional de Talamanca, ha solicitado la iniciación de un procedimiento administrativo de revocatoria de adjudicación y anulación del respectivo título de propiedad en su contra sobre las parcelas Nos. 6-C-214 y 6-215, Sector Volio del Asentamiento PAIS, por lo que en el expediente administrativo Nº 378-R, se ha dictado la resolución que dice: Instituto de Desarrollo Agrario.—Dirección Región Huetar Atlántica, a las diez horas del día diecinueve de enero del dos mil ocho, con fundamento en el artículo 68 la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, Ley de Creación del Instituto de Desarrollo Agrario Nº 6735, el procedimiento indicado en los artículos 88, 89 y 90 del Reglamento Autónomo para la Selección y Adjudicación de Solicitantes de Tierra, publicada en La Gaceta Nº 13 del 20 de enero del 2004, en el artículo 12, inciso a) del Reglamento Autónomo de Procedimientos Administrativos del Instituto de Desarrollo Agrario, publicado en La Gaceta Nº 238 del viernes 15 de diciembre de 1995, en los artículos 214 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, el Código Procesal Civil, el acuerdo de Junta Directiva artículo 1º, sesión Nº 031-003 celebrada el 1º de julio del 2003, se constituye este Órgano Director para instruir investigación administrativa a fin de determinar la verdad real de los hechos ocurridos en las parcelas Nos. 6-C-214 y 6-215, Sector Volio del Asentamiento PAIS, inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Folio Real, matrícula Nº 056683-002 y Nº 056684-002 a favor de Berenice Valverde Valverde, cédula Nº 1-0504-0513, por cuanto la Oficina Sub Regional de Talamanca determina en informes Nº OSTA-320-2007 del 18 de julio del 2007, que la adjudicataria presuntamente ha incurrido en la causal de abandono injustificado de la parcela y la familia, contenido en el artículo 68, inciso 4), párrafo b) de la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825. Se tiene como parte en este procedimiento a Berenice Valverde Valverde copropietaria de las parcelas Nos. 6-C-214 y 6-C-215, Sector Volio del Asentamiento PAIS, a quien se le otorga traslado de la presente investigación y se previene el señalamiento para atender notificaciones, de casa u oficina dentro del perímetro administrativo de la Dirección Regional, sita en Batán de Matina, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, sede del Órgano Director, o un número de fax ubicado dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo, las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuese impreciso, incierto o ya no existiere. Con fundamento en el artículo 218 de la Ley General de la Administración Pública. Se concede audiencia, por el término de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, para que se apersonen ante este Órgano Director en defensa de sus derechos y ofrezca las pruebas de descargo que consideren oportunas. Asimismo se previene que debe comparecer personalmente y no por medio de apoderado, pero esto no la excluye de su derecho a tener asesoría de un abogado. Asimismo que en el mismo acto de la comparecencia o en fecha anterior, en cuyo caso deberá hacerse por escrito, podrán aportar las pruebas en su favor que considere oportunas, y hacer los alegatos que estime pertinentes, so pena de caducidad de tal derecho, en el entendido de que no le serán recibidos en fecha posterior a la señalada. Por su naturaleza, el presente proceso administrativo se califica como ordinario. Se hace del conocimiento de los administrados que el proceso que se instruye por incumplimiento de los artículos y 68, inciso 4), párrafo b) de la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, por la presunta causal de abandono injustificado de la parcela y la familia. Se le informa que tiene derecho a plantear los recursos ordinarios que señala la Ley General de Administración Pública en artículo 346 y que fundamento en el artículo 217 de la Ley General de Administración Pública, se pone en su conocimiento, el expediente administrativo Nº 378-R el cual se encuentra en la Oficina de la Dirección Regional Huetar Atlántica, sita en Batán del cantón de Matina, provincia de Limón, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, el cual podrán revisar y fotocopiar dentro del horario normal del Instituto. Adicionalmente se tiene como parte en este proceso al señor Gerardo Torres León, a quien se le previene que puede apersonarse al proceso durante el mismo plazo concedido a la señora Berenice Valverde Valverde. Se convoca como testigo a los señores Óscar Taylor Bielly y Sergio Álvarez Agüero, a los cuales se les debe notificar esta resolución formalmente. Se aclara que la Oficina Sub Regional Talamanca en oficio Nº OSTA: 358-2007 de fecha 10 de agosto del 2007, informa y aporta acta con testigos, indicando que se desconoce totalmente el domicilio de la administrada por lo que se solicita notificarla por medio de edicto en La Gaceta por dos ocasiones. A fin de sanear el procedimiento y evitar nulidades que afecten el debido proceso, se anula de oficio la resolución dictada a las catorce horas con cuarenta minutos del día tres de diciembre del dos mil siete, que se publicó mediante edicto en el Diario Oficial La Gaceta número doce y trece de diecisiete y dieciocho de enero del dos mil ocho, respectivamente. Notifíquese.—Rolando Chaves Castro conocido como Rolando Castro Arce, Órgano Director.—(11717).

AVISOS

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La Junta Directiva General en su sesión Nº 11-07-08-G.E., de fecha 21 de enero de 2008, acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el acuerdo Nº 14 de la sesión Nº 43-06-07-G.O., debido a que según oficio Nº 038-2008-TH, no fue posible notificar a la empresa Constructora Alfa y Omega S. A., en el expediente Nº 166-04:

“La Junta Directiva General en su sesión Nº 43-06-07-G.O. de fecha 12 de setiembre del 2007, acordó lo siguiente:

Acuerdo Nº14:

Se conoce informe final Nº 069-2007-166-04-INFIN, relacionado con expediente Nº 166-04 de denuncia interpuesta por la Sra. María de los Ángeles Molina González en contra de la empresa Constructora Alfa y Omega S. A., CC-2738 y del Ing. Juan Bernardo Soto Calderón IC-11015.

Resultando:

A)  Con fecha 23 de setiembre de 2004, en nota dirigida a la Ing. Vanesa Rosales Ardón, Jefe del Departamento Régimen Disciplinario del CFIA, la Sra. María de los Ángeles Molina González presenta denuncia en contra de Compañía Alfa Omega S. A. basada en los siguientes puntos:

1.  Indica que suscribió contrato con la Compañía Constructora Alfa y Omega para la construcción de una casa de habitación de 84 m², por un monto de $ 45,244. La ubicación del terreno es en Calle González, San Isidro de Alajuela.

2.  La construcción se inició el 23 de abril de 2004, para ser entregada en un plazo de tres meses a partir de la fecha de aprobación de los planos por parte de CFIA, o sea el 20 de julio de ese año.

3.  Por problemas que tuvo la Compañía, no se pudo tramitar los planos hasta que se cancelaran los impuestos municipales y el monto correspondiente a los permisos de construcción. El permiso se aprobó el 13 de julio de 2004.

4.  Se presentaron muchos defectos en la construcción, según se indica en el informe que se adjunta, haciendo por lo anterior, que tuviese que descuidar los negocios personales.

5.  A la fecha 23 de junio de 2004, no se habían instalado varias de la partes de la obra, como lo son puertas, ventanas, acometida eléctrica, apagadores, lámparas de emergencia, breaker, construcción de dos closets, entre otros detalles adicionales.

6.  Presenta un detalle de la situación de pago por concepto del proceso de la construcción, haciendo ver que ante el pago final a realizar, no alcanzaba el mismo para la terminación de la obra.

7.  Se hace ver que a la fecha de la denuncia no se tiene electricidad en vista que los requisitos pedidos por el ICE no se han realizado. Indica, que no obstante que firmó carta de recibo oficial de la obra el 27 de octubre, en la misma se hizo constancia de su inconformidad en la página 113 de una bitácora de la obra. La bitácora oficial nunca le fue enseñada.

8.  Que no obstante que se dio por recibida la obra aparecen defectos como una ventana grande en la sala y en el dormitorio principal y defectos en las cacheras de los baños. Folios 001 a folio 034.

B)  Con fecha 22 de diciembre de 2004, el Ing. Juan Bernardo Soto Calderón presenta ante el Departamento de Régimen Disciplinario un descargo referente a su actuación en este caso. Hace ver que no trabajaba con la empresa Alfa Omega S. A., en la fecha que se presentó la denuncia por parte de la Sra. Molina. Indica que no firmó contrato con la Sra. Molina y que fue el Representante Legal de la empresa, Ing. Miguel Alfaro Quirós, quien firmó dicho contrato. Hace ver que con respecto a los problemas de dineros adelantados para la obra y para los permisos ante la municipalidad, fueron en parte motivo de su renuncia de la empresa tal como se indica ante el Departamento Régimen Disciplinario en fecha 18 de noviembre de 2004. Se hace una descripción de los problemas tenidos por su persona ante la falta de materiales, discrepancias con el Presidente de la empresa constructora, Sr. Miguel Ángel Alfaro, en cuanto a la ejecución de la obra, especialmente en lo respecta a el inicio de la obra ante las discrepancias en cuanto a la sustitución de los suelos. Indica que durante el período que estuvo al frente de la obra hizo visitas de inspección casi a diario. Se indica que con base en nota enviada al Arq. Medardo López el 5 de enero de 2005 se resume que la obra se hubiera podido llevar a cabo en forma satisfactoria si no hubiesen tenido problemas económicos, lo que hizo que su persona no tenía la posibilidad de realizar una dirección de la obra. Se ofrecen por parte del Ing. Soto testigos que pueden corroborar lo dicho anteriormente. Analiza algunos aspectos que se presentaron por parte del maestro de obras y el constructor en cuanto a reparaciones y extras en la construcción. Folios 097 a 098.

C.  Con fecha 18 de noviembre de 2004, en nota dirigida por el Ing. Juan Bernardo Soto Calderón dirigida a la Arq. Alexandra Picado, Inspectora de Régimen Disciplinario, hace algunos comentarios sobre la inspección realizada en la casa de la Sra. Molina González y que se resumen así: a) En la construcción de la Sra. Molina el profesional responsable de la obra es su persona, la empresa contratada para la construcción es Constructora Alfa y Omega S. A. La constructora me contrató en planilla para llevar a cabo varios proyectos, uno de los cuales es el mencionado. b) Existe un contrato entre la empresa y el maestro de obras para la mano de obra del proyecto. c) Señala que su labor fue la de inspeccionar la obra y coordinar los pedidos de materiales. d) Se presentan problemas entre el maestro de obras y la empresa a raíz de la ejecución de las extras. e) La falta de materiales por parte de la empresa comienza a perjudicar gravemente el avance de la obra. f) La empresa comienza a tener problemas financieros y sin su consulta solicita a la propietaria un adelanto para compra de materiales. g) Se tienen atrasos en los pagos de sus honorarios. h) Los problemas económicos y los atrasos en los materiales son parte del por qué renunciara al proyecto. i) En cuanto al cuaderno de bitácora en la obra se llevaba una bitácora de la empresa con fin posterior de pasarla a la bitácora del CFIA una vez que se solicitaron los permisos. La bitácora del CFIA está en poder de la propietaria. j) Por instrucciones que me dieron en el CFIA, presento cartas de renuncia a la empresa y otra a la empresa, aclarando que hacía un mes que había renunciado a la empresa. Por falta de conocimientos no renuncié ante el CFIA. Folios 142 a 145.

1º—En nota Nº 1773-2006-DRD de fecha 25 de abril de 2006 dirigida al Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo del CFIA por parte del Ing. Gerardo Campos Chacón, Jefe del Departamento Régimen Disciplinario, le solicita que ante la denuncia de la Sra. Molina González se instituya un tribunal de honor a los denunciados: empresa Constructora Alfa y Omega S. A. y al Ing. Juan Bernardo Soto Calderón por incumplimiento de las normativas establecidas. Folios 226 a folio 230.

2º—Según el acuerdo N° 26 de la sesión N° 19-05 / 06 del 11 de mayo de 2006, se aprueba lo recomendado por el Régimen Disciplinario de integrar un tribunal de honor a la empresa Constructora Alfa Omega S. A. y al Ing. Juan Bernardo Soto Calderón ante la denuncia interpuesta por la Sra. María de los Ángeles Molina González. El Tribunal de Honor estaría conformado de la siguiente manera: Presidente: Ing. Ricardo Charpentier García, Secretario: Ing. Roy Acuña Prado, Coordinador: Ing. Mario Velázquez Bonilla, Suplente: Ing. Yesenia Calderón Solano. El Ing. Charpentier sustituiría al Director Ejecutivo. Folio 232 a folio 234.

3º—El Tribunal de Honor a las catorce horas del 12 de setiembre de 2006, presenta auto de intimación en contra de los denunciados: empresa Constructora Alfa Omega S. A. y el Ing. Juan Bernardo Soto Calderón (folio 248 a folio 251). Los hechos intimados son los siguientes:

Constructora Alfa Omega S. A.:

  Iniciar la construcción de la obra sin los correspondientes permisos municipales. (folio 01)

  Realizó la construcción con problemas de calidad.

  Durante el proceso constructivo no se usó el cuaderno de bitácora. (folio 144)

Ing. Juan Bernardo Soto Calderón:

  Iniciar la obra sin el visado de las instituciones involucradas, ni el correspondiente permiso municipal. (folio 144).

  No custodiar el cuaderno de bitácora que le suministró el CFIA. (folio 144)

  No inspeccionar técnicamente la obra en forma satisfactoria. (folio 138).

4º—Con fecha 28 de setiembre de 2006, el Ing. Juan Bernardo Soto Calderón, presenta ante los Tribunales de Honor, recurso de revocatoria y apelación en subsidio en contra del auto de intimación, basado en los siguientes puntos:

a.   Que la denuncia interpuesta se hizo en contra de la empresa constructora y no en su contra.

b.  Que no es cierto que los planos no tuvieran visado del CFIA. Indica que él empezó a trabajar con la constructora el 15 de abril del 2004, es decir para la fecha en que se inició la construcción, por lo tanto fue la constructora la que se encargó de iniciar la obra sin los permisos municipales.

La denunciante contrató con la constructora la construcción de la casa y no con su persona, él debía velar que la obra se llevara adecuadamente. La constructora era la que se encargaba de obtener los permisos. La obra se inició sin los permisos correspondientes con la anuencia de la propietaria. La denunciante contrató con la constructora y el contrato entre ellos fue el de la construcción. En tal entendido las condiciones en que inició la construcción es un hecho imputable únicamente a la constructora, pues es ella la que debía velar por que estuvieran los permisos. A mi persona se me encargó por parte de la constructora que hiciera las inspecciones de varias obras, entre ellas la casa de la denunciante, habiendo comprometido a cumplir órdenes. Se me indicó que como la empresa debía poner a alguien en el contrato de consultoría, se me dijo que firmara como ingeniero responsable y así se hizo en los proyectos que yo visitaba. En fecha 12 de abril del 2004 se realizó el contrato de consultoría, cuando yo no estaba en la empresa y simplemente firmé el contrato por lo que la empresa, mis jefes, me lo ordenaron. Durante el proceso de construcción no estaba enterado de la situación de los permisos, mi labor fue la de que los planos se siguieran al pie de la letra.

c.   Se hace ver que el Colegio nunca me dio la bitácora. No fue mi persona que retiró los planos ni la bitácora. De lo anterior fue la empresa quien se encargó de tal gestión. Se me dio una bitácora la cual llevaba y llenaba en todas la visitas de inspección. Si esa no era la bitácora oficial del colegio, no fue mi culpa. La constructora me indujo a error. Lamentablemente la bitácora que fue retirada por la constructora del CFIA, parece que nunca apareció, pero lo importante es que mi persona no la retiró, y que nunca me la dieron y fueron mis jefes quienes me dieron otra, momento en que yo no sabía que no era la adecuada o que no servía.

d.  Con respecto a que mi persona no hizo inspección técnica adecuada, considero que lo anterior es falso, ya que realicé adecuadamente las inspecciones. Cuando se indica duró más de lo debido, es una apreciación errónea ya que en el contrato firmado entre las partes hacía que ver que la obra duraría tres meses a partir de que salieran los permisos municipales, de lo que se desprende que la denunciante sabía que los permisos no estaban listos, lo que era de mi desconocimiento y que si los permisos salieron el 13 de julio del 2004, y la obra se terminó y se entregó el 27 de octubre del 2004, el atraso realmente fue nada más de unos diez días. Se hacen algunos comentarios referentes a la época en que se presentó la situación financiera de la constructora y su actuación en esa época. Se hace ver que durante esa época la cuadrilla de mano de obra abandonó la construcción.Folio 259 a folio 270.

5º—Con fecha 13 de octubre de 2006, en nota dirigida al Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, presenta descargo a nombre de la empresa Constructora Alfa y Omega S. A. (CC-02738), basado en el oficio dictado en sesión Nº 19-06-GE, celebrada el 11 de mayo del 2006.

Se hace referencia a la iniciación de la construcción sin los permisos correspondientes. Se analiza la situación de la calidad de los materiales usados en la construcción. En cuanto a la mano de obra se usó personal capaz de realizar la obra. Analiza que la empresa fue víctima de una mala praxis del ingeniero inspector. Se indica que todos lo defectos que se tuvieron por la mala praxis fueron corregidos por la constructora. Se hace ver que la bitácora de obra fue retirada por el ingeniero inspector, quien laboraba para la constructora. La constructora desconoce el por qué no se usó en la obra. Folios 271 y 272.

6º—Con fecha 10 de octubre de 2006, el Tribunal de Honor acuerda “rechazar el recurso de revocatoria presentado por el Ing. Juan Bernardo Soto y se suspende la tramitación del expediente y de conformidad con el artículo 112 de RPD del CFIA se remite el expediente a la Junta Directiva General”. Folio 292 a folio 296.

7º—Ante el recurso de apelación presentado por el Ing. Juan Bernardo Soto Calderón, la Junta Directiva General, con fecha 10 de octubre de 2006, en sesión 19-05 / 06-GE. , acuerdo número 26, resuelve (folio 300 a folio 303):

a    “Rechazar el recurso de revocatoria y la nulidad concomitante interpuesta por el Ing. Juan Bernardo Soto Calderón , por cuanto el acuerdo recurrido se encuentra dictado de conformidad con el mérito de los autos”.

b.  “Reservar el conocimiento de los argumentos de descargo y excepciones interpuestas, para el momento en que el Tribunal de Honor emita el informe final a la Junta Directiva General”.

c.   “Comunicar lo resuelto”.

8º—Con fecha 13 de marzo de 2007, el Tribunal de Honor de Empresas cita a las partes a una audiencia oral y privada que se llevaría a cabo el lunes 11 de abril de 2007, a las 9:00 horas, en las oficinas de Tribunales del CFIA. Folio 314.

9º—La audiencia se realizó el 11 de abril de 2007 a las 9:00 horas en la oficina de Tribunales de Honor. Estuvieron presentes los tres miembros del Tribunal, el Ing. Juan Bernardo Soto Calderón, el Sr. Miguel Ángel Alfaro Quirós, representante de la empresa Constructora Alfa Omega S. A. y la denunciante, Sra. María de los Ángeles Molina González, quien presentó como testigo al Sr. Minor Alberto Villalobos Álvarez. La audiencia inició a las 9 a. m. y terminó a las 11 a. m.

Considerando:

Del análisis fáctico, y de las probanzas presentadas en este proceso disciplinario por las partes, y evacuadas mediante la audiencia efectuada, esta Junta Directiva tiene por demostrados los siguientes hechos:

Hechos probados:

Empresa Constructora Alfa y Omega S. A.

1º—La empresa Constructora Alfa Omega S.A firmó contrato de construcción con la Sra. María de los Ángeles Molina González para la construcción de una casa de habitación ubicada en Calle González de San Isidro de Alajuela, por la suma de $45,244. Folio 003 a folio 015.

2º—La empresa Constructora Alfa y Omega S. A y la Sra. María de los Angeles Molina firmaron contrato de servicios profesionales para consultoría OC-340469, de fecha 12 de abril de 2004, en el que aparece como consultor la constructora, como propietaria la Sra. Molina y como profesional responsable el Ing. Juan Bernardo Soto Calderón, IC-11015. Folio 178.

3º—El plazo de entrega de la obra es de tres meses a partir de la fecha de aprobación de planos por parte del CFIA y la Municipalidad de la localidad. Folio. 013.

4º—La construcción se inició con los visados del CFIA pero sin los respectivos permisos municipales. Folio 336.

5º—Durante el proceso constructivo no se hizo uso del cuaderno de bitácora. Folio 144, folio 338.

6º—Durante el proceso se presentaron problemas constructivos y los responsables por parte de la constructora no realizaron las reparaciones correspondientes, por lo que se les instó a que se presentaran al Centro de Resolución de Conflictos del CFIA, pero no hubo resultados positivos. Folio 129.

7º—La obra estaba proyectada para ser realizada de tres meses a cuatro meses y medio y se hizo entre nueve y diez meses. Folio. 339

Ingeniero Juan Bernardo Soto Calderón

1º—Comenzó y siguió el proceso de construcción sin contar con los permisos de construcción correspondientes hasta un grado bastante avanzado. Folio 347.

2º—No hizo uso del cuaderno de bitácora oficial del CFIA durante el proceso de la construcción. Folio 347.

3º—Firmó como profesional responsable el Contrato de Servicios Profesionales para Consultoría firmado entre la Sra. María de los Ángeles Molina González y la Constructora Alfa y Omega S. A., con fecha 20-04- 2004, contrato OC-340469. Folio 178.

4º—Durante el proceso de la construcción en la que fue el profesional responsable se presentaron varios defectos en los acabados. Folio 129.

Hechos no probados:

1º—Que se llegará a una solución satisfactoria entre las partes a raíz del arreglo llevado a cabo en Centro de Resolución de Conflictos del CFIA. Folio 340.

Análisis del fondo del asunto:

La señora María de los Angeles Molina González firma contrato para la realización de una casa de habitación con la empresa Constructora Alfa Omega S. A. En este contrato se incluía la realización de los planos, la obtención de los permisos correspondientes y la construcción de su casa de habitación. En esta construcción aparece como profesional responsable el Ing. Juan Bernardo Soto Calderón. El Ing. Soto firma los planos constructivos y el contrato de servicios de consultoría.

La construcción se inicia sin tener los permisos de la Municipalidad de Alajuela, los cuales fueron obtenidos cuando la construcción se encontraba bastante avanzada. La construcción, según contrato firmado entre las partes, debería se entregada en un plazo de tres a cuatro meses y su proceso duró entre nueve y diez meses. Durante el proceso de construcción se presentaron varios defectos en los acabados, los cuales no fueron reparados por la constructora a satisfacción de la propietaria. Las partes concurrieron al Centro de Resolución de Conflictos del CFIA, sin que se llegara a un acuerdo satisfactorio. En el proceso de la construcción no se hizo uso del cuaderno de bitácora de la obra.

Esta junta directiva considera que la empresa Constructora Alfa Omega S. A. faltó a los siguientes reglamentos:

•    Ley de construcciones, artículo 74, por iniciar las obras sin la licencia municipal.

•    Reglamento de empresas constructoras y consultoras, artículo 10, inciso d), por no haber cumplido el compromiso con su cliente de entregar la obra en el tiempo pactado y con la calidad esperada, lo cual representó daño económico.

Esta Junta directiva considera que el Ing. Juan Bernardo Soto Calderón. faltó a los siguientes reglamentos:

•    Ley de construcciones, artículo 74, por iniciar las obras sin la licencia municipal.

•    Reglamento de servicios de consultoría en Ingeniería y Arquitectura, artículo 10.B, incisos a y b, por no actuar con lealtad con el cliente y por no haber dispuesto de su máximo esfuerzo para brindar un trabajo de excelencia.

•    Reglamento especial de uso cuaderno de bitácora en obra, artículo 2º, pues no utilizó el cuaderno de bitácora oficial en el proyecto. Por lo tanto,

SE ACUERDA:

Acoger lo recomendado por el Tribunal de Honor de imponer una sanción de seis meses de suspensión en el ejercicio profesional a la empresa Constructora Alfa y Omega S. A. y al Ing. Juan Bernardo Soto Calderón, al haber violado los artículos 2, 3 y 18 del Código de ética profesional de los miembros del CFIA y de conformidad con los artículos 26, 31 y 45.

Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General, y en consecuencia, las sanciones son ejecutables de conformidad con lo establecido en el artículo 146 de la Ley General de la Administración Pública.

Contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de dos meses contados a partir de la notificación a la presente resolución, según se dispone en el artículo 31 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y Civil de Hacienda. Igualmente, se podrá acudir directamente ante la jurisdicción indicada, sin agotar la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por la Sala Constitucional, en el voto N° 06-3669, de 15 de marzo de 2006.

La interposición del recurso de reconsideración no suspende la ejecución de la sanción, conforme se señala en el artículo 148 de la citada Ley General de la Administración Pública.

San José, 31 de enero del 2008.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 5987).—C-409020.—(11351).

La Junta Directiva General en su sesión Nº 11-07/08-G.E., de fecha 21 de enero de 2008, acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el acuerdo Nº 24 de la sesión Nº 07-07/08-G.E., debido a que según oficio Nº 028-2008-TH, no fue posible notificar al Ing. Jorge Salazar Álvarez, en el expediente Nº 52-06:

“La Junta Directiva General en su sesión Nº 07-07/08-G.E. de fecha 10 de diciembre de 2007, acordó lo siguiente:

Acuerdo Nº 24

a.   Acoger lo recomendado por el Departamento Régimen Disciplinario, según oficio DRD-4166-2007, de instaurar un Tribunal de Honor en el expediente 52-06 de denuncia interpuesta por las señoras Lucina Chévez Chévez e Ilse González Chévez, en contra de la empresa Arquitectura, Vivienda y Construcción Arvico del Norte S.A. CC-04374, del Ing. Rodolfo Ureña Campos IC-11317 y del Ing. Jorge Salazar Álvarez ICO-3532, por presunta inobservancia de la siguiente normativa:

Por parte de la empresa Arquitectura, Vivienda y Construcción Arvico del Norte S.A.

Ley Orgánica del Colegio Federado: Artículos 8 (incisos a y b), 12, 53 y 54.

Reglamento Interior General: Artículo 53.

Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora en Obras: Artículos 1, 2, 3, 9, 10, 16, 18, 19 y 20.

Reglamento de Empresas Consultoras y Constructoras: Artículo 10 (incisos a, d y e).

Código de Ética Profesional: Artículos 2, 3, 4, 5, 7, 13, 18 y 19.

Por parte del Ing. Jorge Salazar Álvarez:

Ley Orgánica del Colegio Federado: Artículos 8 (incisos a, b y c) y 12.

Reglamento Interior General: Artículo 53.

Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora en Obras: Artículos 2, 5, 8, 9, 10, 16, 17, 18 y 19 (incisos c, d, e, f y g).

Reglamento Especial para el Miembro Responsable de Empresas Constructoras: Artículos 2º, 4º, 6º (incisos a), c) y f)), 7º (inciso c), 8º, 9º, 14, 15, 17, 18 y 20.

Código de Ética Profesional: Artículos 2º, 3º, 5º, 7º y 13.

Por parte del Ing. Rodolfo Ureña Campos:

Ley Orgánica del Colegio Federado: Artículos 8 (incisos a, b y c) y 12.

Reglamento Interior General: Artículo 53.

Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura: Artículos 7º, 10, 11 B (incisos a, b, c, d, i y j) y 17 (inciso f).

Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora en Obras: Artículos 2, 9, 10, 16, 17, 18, 19 y 20.

Código de Ética Profesional: Artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 18 y 19.

b.  El Tribunal de Honor para los denunciados estará conformado de la siguiente manera: Presidente: Ing. Jorge Montero Cabezas, Secretario: Ing. Gilberth Delgado Álvarez, Coordinador: Arq. Francisco Castillo Camacho y Suplente: Ing.  Jorge  Araya  Serrano.

c.   El Ing. Montero Cabezas sustituirá al Director Ejecutivo, de conformidad con lo establecido en el artículo Nº 78 del Reglamento Interior General del C.F.I.A.

d.  El Tribunal de Honor podrá contar con asesoría legal para cualquier fase del procedimiento.

Contra la anterior resolución cabe el recurso de revocatoria ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de tres días contados a partir de la notificación a la presente resolución, según se dispone en el artículo 345 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.

San José, 31 de enero del 2008.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—(O. C. Nº 5987).—C-71340.—(11352).

FE DE ERRATAS

AVISOS

ACADEMIA NACIONAL DE CIENCIAS

NIC-INTERNET COSTA RICA

En La Gaceta Nº 30 del 12 de febrero del 2008, de la página 43 a la página 50, se publicaron las Políticas para el Funcionamiento del Dominio de Nivel Superior .CR. En el apartado 1.1 Dominios de segundo y tercer nivel, Categoría, Sector, Dominios de segundo nivel, .cr, el párrafo segundo cita: “Los nombres de dominio que se encuentren registrados bajo .ac.cr, .co.cr, .ed.cr, .fi.cr, .go.cr, .or.cr y .sa.cr hasta el día anterior a la entrada en vigencia de este documento de “Políticas para el Funcionamiento del Dominio de Nivel Superior .CR”, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 8 del mismo...” siendo lo correcto: “Los nombres de dominio que se encuentren registrados bajo .ac.cr, .co.cr, .ed.cr, .fi.cr, .go.cr, .or.cr y .sa.cr hasta el día anterior a la entrada en vigencia de este documento de “Políticas para el Funcionamiento del Dominio de Nivel Superior .CR”, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 9 del mismo...”. Se corrige el error formal en la publicación que se indica.—Dr. Gabriel Macaya Trejos, Presidente.—1 vez.—(13055).