LA GACETA Nº 75 DEL 18 DE ABRIL DEL 2008
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA
MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, incisos 3), 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, inciso 1), artículo 27, inciso 1) artículo 28, inciso 2), acápite B) y 121 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6725 de 10 de marzo de 1982 y reformado por Ley N° 7974 del 4 de enero del dos mil, acuerdo N° 1 tomado en la sesión ordinaria N° 097, celebrada el 10 marzo del 2008, de la Municipalidad de Hojancha. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de Hojancha, de la provincia de Guanacaste el día 1° de abril del 2008, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.
Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución el que determine con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa cartera que laboren para ese cantón.
Artículo 3º—En relación a los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, el que determine con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese cantón.
Artículo 4º—Rige el día 1° de abril del 2008.
Dado en la Presidencia de la República, San José a las diez horas del veinticuatro de marzo del dos mil ocho.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 17354).—C-16520.—(D34451-33500).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, incisos 3), 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, inciso 1), artículo 27, inciso 1) artículo 28, inciso 2), acápite B) y 121 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6725 de 10 de marzo de 1982 y reformado por Ley N° 7974 del 4 de enero del dos mil, acuerdo N° 10 tomado en la sesión ordinaria N° 47, celebrada el 20 de noviembre del 2007, de la Municipalidad de Abangares. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de Abangares de la provincia de Guanacaste, el día 23 de abril del 2008, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.
Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución el que determine con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa cartera que laboren para ese cantón.
Artículo 3º—En relación a los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, el que determine con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese cantón.
Artículo 4º—Rige el día 23 de abril del 2008.
Dado en la Presidencia de la República, San José a las trece horas del veinticuatro de marzo del dos mil ocho.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 17352).—C-16520.—(D34452-33501).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, incisos 3), 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25, inciso 1), artículo 27, inciso 1) artículo 28, inciso 2), acápite B) y 121 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6725 de 10 de marzo de 1982 y reformado por Ley N° 7974 del 4 de enero del dos mil, acuerdo N° 2 tomado en la sesión ordinaria N° 2127-08, celebrada el 3 de marzo del 2008, de la Municipalidad de Parrita. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de Parrita de la provincia de Puntarenas el día 4 de abril del 2008, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con motivo de la celebración de los festejos cívicos de dicho cantón.
Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución el que determine con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa cartera que laboren para ese cantón.
Artículo 3º—En relación a los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, el que determine con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese cantón.
Artículo 4º—Rige el día 4 de abril del 2008.
Dado en la Presidencia de la República, San José a las once horas del veinticuatro de marzo del dos mil ocho.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 17353).—C-16520.—(D34453-33503).
Nº 158-08-MG
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento con lo dispuesto en los artículos 140 incisos 1), 2) y 8), 146 de la Constitución Política, 25 y 27 de la Ley General de la Administración Pública.
Considerando:
Que el artículo 28 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública, establece que el Ministro es el órgano jerárquico superior del respectivo Ministerio y le corresponde de manera exclusiva dirigir y coordinar todos los servicios del Ministerio.
ACUERDA:
1º—Que el Licenciado Ronald Arce Umaña, cédula Nº 1-486-050, Director de Asesoría Jurídica, del Ministerio de Gobernación y Policía, se encuentra de vacaciones desde el 2 de enero del 2008, hasta el 30 de abril del 2008.
2º—Que en razón de lo anterior, se designa en calidad de Director a. í. al Lic. Adolfo Arguedas Fernández, cédula Nº 1-551-583, en tanto dure la ausencia del titular.
3º—Rige a partir del 2 de enero del 2008.
Fernando Berrocal Soto, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 17374).—C-9020.—(32645).
Nº 159-2008-MG
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20, y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1, 28 inciso 1 acápite b de la Ley General de la Administración Pública o Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2008 y los artículos 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que el “Foro Iberoamericano sobre Migración y Desarrollo (FIBEMYD)”, es de interés para el Ministerio de Gobernación y Policía, porque en ella se tratarán temas referentes a Migración, en la que la Lic. Ana Durán Salvatierra participará.
2º—Que la participación de la Lic. Ana Durán Salvatierra, Viceministra de Gobernación y Policía, cédula de identidad Nº 1-0633-0150, es con el fin de capacitarse en temas relacionados a su gestión. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la Licenciada Ana Eugenia Durán Salvatierra, cédula 1-0633-0150, Viceministra de Gobernación y Policía, para que participe en el “Foro Iberoamericano sobre Migración y Desarrollo (FIBEMYD)” a realizarse en Cuenca, Ecuador, del 09 al 12 de abril del 2008.
Artículo 2º—Los gastos de la señora Ana Eugenia Durán Salvatierra, por concepto de transporte aéreo, impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales aéreas serán cubiertos con recursos de la subpartida 1.05.03 y los gastos de hospedaje y alimentación de desayuno y cena, de los días 10 y 11 serán cubiertos por la Secretaría General Iberoamericana, los gastos por alimentación y hospedaje de los días 9 y 12 a saber $177 diarios sujetos a liquidación serán cubiertos por medio de la subpartida 1.05.04 del Programa 044 Actividad Central.
Artículo 3º—Que durante los días del 9 al 11 de abril del 2008, en que se autoriza la participación de la Lic. Ana Durán Salvatierra, en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 09 al 12 de abril del 2008.
San José, a los veintisiete días del mes de marzo del 2008.—Fernando Berrocal Soto, Ministro de Gobernación y Policía.—1 vez.—(Solicitud Nº 17373).—C-21020.—(32646).
Nº 009-2008-MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, artículos 7 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transportes para Funcionarios Públicos y el artículo 145 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública.
Considerando:
1º—Que se ha recibido cordial invitación por parte de la Embajada de los Estados Unidos en San José, para que un funcionario de este Ministerio asista a la actividad denominada “Visita al Centro de Intervenciones Telefónicas” a realizarse en Panamá, del 14 al 19 de enero del 2008. (Incluye salida y regreso del participante).
2º—Que el objetivo es el intercambio de experiencias.
3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho evento. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Allan Solano Aguilar, cédula de identidad número 7-059-597, Director de la Policía Control de Drogas, pata asistir a la actividad denominada “Visita al Centro de Intervenciones Telefónica” a realizarse en Panamá, del 14 al 19 de enero del 2008, (Incluye salida y regreso del participante).
Artículo 2º—Todos los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje y alimentación del participante serán financiados por el Gobierno de los Estados Unidos de América a través de la Embajada.
Artículo 3º—Que durante los días del 14 al 19 de enero del 2008, en que se autoriza la participación de este funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 14 al 19 de enero del 2008.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los diez días del mes de enero del dos mil ocho.
Lic. Fernando Berrocal Soto, Ministro de Gobernación, Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 17363).—C-15860.—(32644).
Nº 015-2008-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 25, 27 y 28 de la Ley Nº 6227 “Ley General de la Administración Pública” del 02 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República” del 30 de noviembre del 2007 y la Ley Nº 6362 “Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública” del 03 de setiembre de 1979 y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República, reformado mediante la Resolución R-CO-1-2007, publicada en La Gaceta Nº 26 del 6 de febrero del 2007.
Considerando:
1º—Que el Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), órgano de máxima desconcentración, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, ha venido realizando servicios de calibración por atribución legal.
2º—Que es de interés para el Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET) prestar servicios de calibración, solicitados por el Laboratorio de Aguas y Servicios Fisicoquímicos de la Universidad Autónoma de Chiriquí (LASEF-UNACHI).
3º—Que dicha calibración se llevará a cabo en David Panamá, los días 03 y 04 de abril del 2008, y su objetivo es brindar el servicio para calibrar un espectrofotómetro. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Carlos Acuña Cubillo, cédula de identidad 01-0487-0179, funcionario del Departamento de Metrología Química, del Laboratorio Costarricense de Metrología (LACOMET), órgano de máxima desconcentración, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que viaje a David, Panamá, del día miércoles 02 al sábado 05 ambos días inclusive del mes de abril del 2008, a efectos de prestar servicios de calibración específicamente, brindar el servicio para calibrar un espectrofotómetro; ello, en razón de haber sido solicitado por el Laboratorio de Aguas y Servicios Fisicoquímicos de la Universidad Autónoma de Chiriquí (LASEF-UNACH).
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, viáticos, y hospedaje y cualquier otro gasto, serán financiados por el Laboratorio de Aguas y Servicios Fisicoquímicos de la Universidad Autónoma de Chiriquí (LASEF-UNACHI).
Artículo 3º—El funcionario devengará el 100 % de su salario durante su ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del 02 de abril hasta su regreso el 05 de abril del 2008.
Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, a los doce días del mes marzo del año dos mil ocho.
Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 24600).—C-26420.—(32647).
Nº 019-2008-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 25, 27 y 28 de la Ley Nº 6227 “Ley General de la Administración Pública” del 02 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República” del 30 de noviembre del 2007 y la Ley Nº 6362 “Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública” del 03 de setiembre de 1979 y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República, reformado mediante la Resolución R-CO-1-2007, publicada en La Gaceta Nº 26 del 6 de febrero del 2007.
Considerando:
1º—Que es de interés para la Dirección de Apoyo a la Competencia, dependencia del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, participar en la “Doceava Sesión de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo” (UNCTAD XII).
2º—Que dicha reunión se llevará a cabo en el Centro Internacional de Conferencias de Accra, Ghana del 20 al 26 de abril del 2008, y tiene como objetivo el intercambio de experiencias y el fortalecimiento de los temas relacionados con la normativa y la política de competencia.
3º—Que en ese sentido, la participación de la Unidad Técnica de la Comisión para Promover la Competencia en estas actividades de capacitación de alto nivel, es favorable no sólo desde el punto de vista de los conocimientos adquiridos sobre temas específicos, sino también para fortalecer y crear nexos de cooperación de parte de estos organismos hacia nuestra institución.
4º—Que es de importancia para la Comisión para Promover la Competencia, mantener presencia en los foros internacionales, así como la de sostener buenas relaciones con los organismos internacionales que desean contar con una representación de nuestro país. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar la participación de la funcionaria Hazel Orozco Chavarría, portadora de la cédula de identidad Nº 1-719-255, funcionaria de la Dirección de Apoyo a la Comisión para Promover la Competencia del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que viaje a Accra, Ghana, y participe en la “UNCTAD XII”, la cual se llevará a cabo los días del 20 al 26 de abril del 2008.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje y alimentación serán cubiertos por el Gobierno de Suiza (Programa COMPAL). Otros gastos tales como visa, transporte en el interior del país visitado, impuestos de salida y llamadas telefónicas, serán financiados por el Programa 224 “Promoción de la Competencia” del Ministerio de Economía, Industria y Comercio.
Artículo 3º—Dicha funcionaria devengará el 100% de su salario durante su ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del 19 de abril y hasta su regreso el día 28 de abril del 2008.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio en la ciudad de San José, a los 28 días del mes de marzo del año dos mil ocho.
Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 15952).—C-23780.—(32649).
Nº 020-2008-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 25, 27 y 28 de la Ley Nº 6227 “Ley General de la Administración Pública” del 02 de mayo de 1978. Así como lo dispuesto en la Ley Nº 8627 “Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República” del 30 de noviembre del 2007 y la Ley Nº 6362 “Ley de Formación Profesional y Capacitación del Personal de la Administración Pública” del 03 de setiembre de 1979 y los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República, reformado mediante la Resolución R-CO-1-2007, publicada en La Gaceta Nº 26 del 6 de febrero del 2007.
Considerando:
1º—Que es de interés para la Dirección de Apoyo a la Competencia, dependencia del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, participar en la “Doceava Sesión de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo” (UNCTAD XII).
2º—Que dicha reunión se llevará a cabo en Centro Internacional de Conferencias de Accra, Ghana del 20 al 26 de abril del 2008, y tiene como objetivo el intercambio de experiencias y el fortalecimiento de los temas relacionados con la normativa y la política de competencia.
3º—Que en ese sentido, la participación de la Unidad Técnica de la Comisión para Promover la Competencia en estas actividades de capacitación de alto nivel, es favorable no sólo desde el punto de vista de los conocimientos adquiridos sobre temas específicos, sino también para fortalecer y crear nexos de cooperación de parte de estos organismos hacia nuestra institución.
4º—Que es de importancia para la Comisión para Promover la Competencia, mantener presencia en los foros internacionales, así como la de sostener buenas relaciones con los organismos internacionales que desean contar con una representación de nuestro país. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar la participación del funcionario Harold Hütt Herrera, portador de la cédula de identidad Nº 1-810-803, funcionario de la Dirección de Apoyo al Consumidor del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, para que viaje a Accra, Ghana, y participe en la “UNCTAD XII”, la cual se llevará a cabo los días del 20 al 26 de abril del 2008.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje y alimentación serán cubiertos por el Gobierno de Suiza (Programa COMPAL). Otros gastos tales como visa, transporte en el interior del país visitado, impuestos de salida y llamadas telefónicas, serán financiados por el Programa 223 “Defensa del Consumidor” del Ministerio de Economía, Industria y Comercio.
Artículo 3º—Dicho funcionario devengará el 100% de su salario durante su ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del 19 de abril y hasta su regreso el día 28 de abril del 2008.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio en la ciudad de San José, al ser los 27 días del mes de marzo del dos mil ocho.
Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 15951).—C-23120.—(32652).
Nº 006-08-C.—San José, 15 de febrero del 2008
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD
Con fundamento en lo establecido por los artículos 140, inciso 2), y 146 de la Constitución Política, 25, inciso 1) de la Ley General de Administración Pública y 2 del Estatuto de Servicio Civil,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Ministerio de Cultura y Juventud, al señor Didier Alexander Ortega Corrales, cédula de identidad Nº 01-1231-0715, en el puesto de Operador de Equipo Móvil 1, Especialidad: Vehículo Liviano, Nº 011052, escogido de Nómina de Elegibles Nº 003-2008 de Recursos Humanos del Ministerio de Cultura y Juventud.
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de febrero del 2008.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Cultura y Juventud, María Elena Carballo Castegnaro.—1 vez.—(O. C. Nº 1439).—C-10820.—(32653).
Nº 007-08-C.—San José, 15 de febrero del 2008
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD
Con fundamento en lo establecido por los artículos 140, inciso 2), y 146 de la Constitución Política, 25, inciso 1) de la Ley General de Administración Pública y 2 del Estatuto de Servicio Civil,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Ministerio de Cultura y Juventud, al señor Jorge Arturo Vargas Mora, cédula de identidad Nº 06-0115-0997, en el puesto de Trabajador Operativo del Museo Nacional, Especialidad: Operador de Equipo Móvil, Nº 300964, escogido de Nómina de Elegibles Nº 001-2008 de Recursos Humanos del Ministerio de Cultura y Juventud.
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de febrero del 2008.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—La Ministra de Cultura y Juventud, María Elena Carballo Castegnaro.—1 vez.—(Solicitud Nº 07254).—C-11240.—(32660).
Nº 043-MJ
LA MINISTRA DE JUSTICIA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al Lic. José Joaquín Barahona Vargas, cédula de identidad Nº 2-287-1361, Procurador Director del Área de Derecho Agrario y Ambiental, para que participe en el curso “Prevención del Tráfico Ilícito de Bienes Culturales” a celebrarse del 7 al 12 de abril de 2008, en la Ciudad de Antigua Guatemala.
Artículo 2º—Los gastos de alojamiento y alimentación serán cubiertos por el ente Organizador.
Artículo 3º—Los gastos de transporte serán cubiertos por el programa 781- Procuraduría General de la República, subpartida 1.05.03 Transporte en el Exterior.
Artículo 4º—Rige del 6 al 14 de abril del 2008.
Dado en el Ministerio de Justicia, a los veinticuatro días del mes de marzo del año dos mil ocho.
Laura Chinchilla Miranda, Ministra de Justicia.—1 vez.—(Solicitud Nº 37378).—C-11240.—(32661).
Resolución Nº DM-059-2008.—Ministerio de Cultura y Juventud. Despacho de la señora Ministra. San José, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del día diecisiete de marzo del dos mil ocho. Nombramiento de la señora Jody Deane Steiger Goodmen, cédula de identidad Nº 8-078-638, como Directora General del Teatro Nacional.
Resultando:
1º—Que el Teatro Nacional es un órgano desconcentrado del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes, que tiene como finalidad promover la producción de las artes escénicas en todas sus manifestaciones, en el más alto nivel artístico, según lo dispuesto en la Ley Nº 8290 del 23 de julio del 2002, publicada en La Gaceta Nº 159 del 21 de agosto de ese mismo año.
2º—Que según la citada Ley, el Teatro Nacional debe contar con un Director General, que será un funcionario de confianza, de libre nombramiento y remoción del Ministro de Cultura, Juventud y Deportes.
3º—Que por Resolución Administrativa Nº 080-2006 del 10 de mayo del 2006, corregida por las Resoluciones Nº 106-2006 de las nueve horas del día veintidós de mayo del dos mil seis y Nº 144-2006 de las diez horas del día once de julio del dos mil seis, se nombró al señor Samuel Rovinski Gruszko, como Director General del Teatro Nacional.
Considerando:
Único.—Que el señor Samuel Rovinski Gruszko presentó la renuncia a su cargo, siendo entonces necesaria la designación de una persona que ejerza la Dirección General del Teatro Nacional. Por tanto:
LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD, RESUELVE:
Artículo 1º—Agradecer los valiosos servicios prestados por el señor Samuel Rovinski Gruszko, cédula de identidad Nº 1-221-832, como Director General del Teatro Nacional y nombrar a la señora Jody Deane Steiger Goodmen, cédula de identidad Nº 8-078-638, en ese cargo.
Artículo 2º—Rige a partir del 24 de marzo del 2008 y hasta el 8 de mayo del 2009.
María Elena Carballo Castegnaro, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—(Solicitud Nº 29639).—C-19080.—(32664).
DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD
Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 52, título N° 648, emitido por el Liceo Luís Dobles Segreda, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Vásquez Novoa Óscar Rubén. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 1º de abril del 2008.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—Nº 25087.—(30845).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 156 y Título Nº 1539, en el año dos mil dos y el Título de Técnico Medio en la especialidad de Refrigeración y Aire Acondicionado, inscrito en el Tomo 1, Folio 120 y Título Nº 2492, en el año dos mil uno, emitidos por el Colegio Técnico Profesional Industrial de Calle Blancos, a nombre de Chen Francisco Valverde Tenorio. Se solicita las reposiciones de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los ocho días del mes de julio del dos mil cuatro.—Lic. Félix Barrantes Ureña, Director.—(31850).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica”, en el Área de Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 59, título Nº 773, emitido por el Colegio Nocturno Miguel Obregón Lizano, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Fatjó Martínez Marta. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los catorce días del mes de marzo del dos mil ocho.—Lucyna Zawalinski Gorska, Asesora Nacional.—(32046).
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Cambio de Nombre Nº 47687
Que la señora Marianella Arias Chacón, cédula de identidad Nº 1-679-960, en concepto de apoderada especial de Tricamp Alimentos Ltda.; solicitó a este Registro se anote la inscripción del cambio de nombre, otorgado por Tricamp Alimentos Ltda., de Brasil, por el de Bagley do Brasil Alimentos Ltda., de Brasil. Solicitud presentada a las 15:19 del 10 de marzo, 2008; con respecto a la marca de fábrica TRIUNFO en clase 30, Registro Nº 93674, inscrita el 31 de octubre, 1995. Publicar en el Diario Oficial La Gaceta por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Wendy Rosales Araya, Registradora.—1 vez.—(32460).
Cambio de Nombre Nº 56918
Que el señor Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad Nº 9-012-480, en concepto de apoderado especial de Mikkel S. A.; solicitó a este Registro se anote la inscripción del cambio de nombre, otorgado por Mikkel S. A. de Suiza por el de Vestergaard S. A. de Suiza. Solicitud presentada a las 14:38 del 10 de marzo del 2008; con respecto a la marca de fábrica LIFESTRAW (DISEÑO) en clase 11, Registro Nº 163245, inscrita el 20 de octubre del 2006, la marca de fábrica LIFESTRAW (DISEÑO) en clase 20, Registro Nº 163219, inscrita el 20 de octubre, 2006. Publicar en el Diario Oficial La Gaceta por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Wendy Rosales Araya, Registradora.—1 vez.—(32461).
Cambio de nombre Nº 57080
Que la señora Flor de María Carrillo Valverde, cédula 1-499-112, en concepto de apoderada especial de Juzno Sociedad Anónima; solicitó a este Registro se anote la inscripción del cambio de nombre, otorgado por Juzno Sociedad Anónima de Costa Rica por el de Ecolife S. A. de Costa Rica. Solicitud presentada a las 11:37 del 11 de diciembre, 2007; con respecto a la marca 1 nombre comercial ECOLIFE, Registro Nº 92839, inscrita el 12 de setiembre, 1995. Publicar en La Gaceta oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Ana Cecilia Calvo Astúa, Registradora.—1 vez.—Nº 25456.—(31259).
Cambio de Nombre Nº 57413
Que el señor Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad Nº 9-012-480, en concepto de apoderado especial de Ing. Loro Piana & C. S. P. A.; solicitó a este Registro se anote la inscripción del cambio de nombre, otorgado por Ing. Loro Piana & C. S. P. A. de Italia por el de Loro Piana S. p. A. de Italia. Solicitud presentada a las 11:27 del 12 de marzo, 2008; con respecto a la marca de fábrica EXTREME en clase 24, Registro Nº 89559, inscrita el 9 de diciembre, 1994, la marca de fábrica PRIEST CLOTH en clase 24, Registro Nº 89560, inscrita el 9 de diciembre, 1994, la marca de fábrica LORO PIANA en clase 23, Registro Nº 89557, inscrita el 9 de diciembre, 1994, la marca de fábrica LORO PIANA (DISEÑO) en clase 23, Registro Nº 89556, inscrita el 9 de diciembre, 1994, la marca de fábrica LORO PIANA (DISEÑO) en clase 25, Registro Nº 89558, inscrita el 9 de diciembre, 1994, la marca de fábrica ING. LORO PIANA & C. (DISEÑO) en clase 23, Registro Nº 89561, inscrita el 9 de diciembre, 1994, la marca de fábrica ING. LORO PIANA & C. en clase 23, Registro Nº 90471, inscrita el 8 de marzo, 1995, la marca de fábrica LORO PIANA (DISEÑO) en clase 24, Registro Nº 90111, inscrita el 6 de febrero, 1995, la marca de fábrica LORO PIANA en clase 24, Registro Nº 91738, inscrita el 14 de junio, 1995, la marca de fábrica LORO PIANA en clase 25, Registro Nº 91736, inscrita el 14 de junio, 1995, la marca de fábrica ING. LORO PIANA & C. en clase 24, Registro Nº 91734, inscrita el 14 de junio, 1995, la marca de fábrica ING. LORO PIANA & C. en clase 25, Registro Nº 91737, inscrita el 14 de junio, 1995, la marca de fábrica ING. LORO PIANA & C. (DISEÑO) en clase 24, Registro Nº 91735, inscrita el 14 de junio, 1995, la marca de fábrica ING. LORO PIANA & C. (DISEÑO) en clase 25, Registro Nº 91739, inscrita el 14 de junio, 1995. Publicar en el Diario Oficial La Gaceta por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Ana Cecilia Calvo Astúa, Registradora.—1 vez.—(32462).
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Cristiana Fuente de Vida de Potrero Grande de Buenos Aires Puntarenas, con domicilio en la provincia de Puntarenas. Sus fines, entre otros están: Proliferar y difundir las enseñanzas del evangelio de Cristo. Su presidente Alexander Flores Herrera, es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo, sin limite de suma, con las limitaciones del estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el tramite; tomo: 572 asiento: 69170 adicionales: 573-85730 y 573-10298.—Curridabat, 22 de enero del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—Nº 25228.—(30844).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación Muros de Salvación y Puertas de Alabanzas, con domicilio en la provincia de San José, La Uruca. Sus fines entre otros están: Promover la enseñanza y práctica del evangelio de Jesucristo y demás enseñanzas bíblicas. Su presidenta Marcia Clarke Tucker, es la representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, y demás limitaciones establecidas en el estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite. Tomo: 572, asiento: 39376, adicionales: 574-19235 y 575-18676.—Curridabat, a los veintiséis días del mes de marzo del dos mil ocho.—Lic. Grace Scott Lobo, Directora a. í.—1 vez.—Nº 25973.—(32502).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma de la Asociación de Concesionarios del Depósito Libre Comercial de Golfito. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 573, asiento: 52130.—Curridabat, siete del mes de abril del año dos mil ocho.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 26007.—(32503).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma estatutos de la entidad denominada Asociación Cámara de Ganaderos Unidos del Sur. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones) y sus reformas y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 574, asiento: 35894.—Curridabat, dieciséis de enero del dos mil ocho.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 26019.—(32504).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para la inscripción la reforma al estatuto de la Asociación Diabéticos Puntarenas e Hipertensos. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939 y habiendo cumplido con los requisitos, legales, se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 574, asiento: 80007.—Curridabat, a los diez días del mes marzo del dos mil ocho.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 26046.—(32505).
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción, el estatuto de la entidad denominada: Asociación de Manejo de Desechos Sólidos de la Comunidad de San Roque, Cristo Rey y San Miguel de Grecia, con domicilio en la provincia de Alajuela San Roque de Grecia. Entre sus fines están: Implementar un proyecto comunal sostenible del manejo integral de desechos sólidos, que permita reducir al máximo los desechos que se generan en las comunidades y que se vierten en los rellenos sanitarios. Su presidente Carlos Rodríguez Rodríguez, es el representante judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, y las limitaciones contenidas en el estatuto. Por encontrarse dicha organización, dentro de las prescripciones establecidas en la Ley de Asociaciones y sus reformas Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en el trámite; tomo: 573, asiento: 54366.—Curridabat, a los veintiséis días del mes de noviembre del dos mil siete.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 26062.—(32506).
REGISTRO DE PATENTE DE INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula Nº 1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Pfizer Limited, de Reino Unido, solicita la Patente de Invención denominada DERIVADOS DE CARBOXAMIDA COMO ANTAGONISTAS DEL RECEPTOR MUSCARÍNICO. La invención se refiere a compuestos de fórmula, a procedimientos e intermedios para su preparación, a su uso como antagonistas muscarínicos y a la composición farmacéutica que los contiene. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 207 /12, cuyos inventores son Paúl Alan Glossop, Simon John Mantell, Ross Sinclair Strang, Christine Anne Louise Watson, Anthony Wood. La solicitud correspondiente lleva el número 9814 y fue presentada a las 10:46:13 del 13 de marzo del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de marzo del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—Nº 25095.—(30837).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula de identidad Nº 1-669-228, vecino de San José, en condición de apoderado especial, Pfizer Products, Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS DE IMIDAZOL PARA EL TRATAMIENTO DE TRANSTORNOS NEUROLÓGICOS. La presente invención se refiere a los compuestos de fórmula I, en la que R1, R2, R3, R4, R6, R7, y A son como se ha definido. Los compuestos de la fórmula I tienen actividad en la inhibición de la producción de AB-péptidos. La invención también se refiere a las composiciones farmacéuticas y procedimientos para tratar enfermedades y trastornos por ejemplo, trastornos neurodegenerativos y/o neurólogicos, por ejemplo enfermedad de Alzheimer, en un mamífero que comprende los compuestos de la fórmula I. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 233 /54, cuyo(s) inventor(es) es(son) Michael Aarón Brodney, Yuhpyng Liang Chen, Karen Jean Coffman, Edward Fox Kleinman, Brian Thomas O’Neill. La solicitud correspondiente lleva el número 9815, y fue presentada a las 10:47:01 del 13 de marzo de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—Nº 25096.—(30838).
El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor, casado, abogado, cédula de identidad Nº 9-012-480, vecino de San José, Novartis AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada: SUBSTITUTED BENZIMIDAZOLES AS KINASE INHIBITORS.
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Se proporcionan nuevos compuestos de bencimidazol sustituidos de la fórmula (I), composiciones, y métodos para la inhibición de la actividad de cinasa asociada con tumorigénesis en un sujeto humano o animal. En ciertas modalidades, los compuestos y las composiciones son efectivos para inhibir la actividad de cuando menos una cinasa de serina/treonina o una cinasa de tirosina receptora. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 401 / 14, cuyos inventores son Aikawa, Mina, E., Amiri, Payman, Dove, Jeffrey, Levine, Barry Haskell, Mcbride, Christopher, Pick, Teresa E., Poon, Daniel, Ramurthy, Savithri, Renhowe, Paul, Shafer, Cynthia, Stuart, Darrin, Subramanian, Sharadha. La solicitud correspondiente lleva el número 9716, y fue presentada a las 09:16:43 del 7 de febrero del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 4 de marzo del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(32016).
El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor, casado, abogado, cédula de identidad Nº 9-012-480, vecino de San José, Novartis AG, de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada: SOLID PHARMACEUTICAL COMPOSITION COMPRISING 1-(4-CHLOROANILINO)-4 (4-PYRIDYL-METHYL) PHTHALAZINE AND A PH MODIFIER. La presente invención se refiere a composiciones farmacéuticas que comprenden el compuesto de fármaco dependiente del pH de 1-(4-cloro-anillo)-4-(4-piridil-metil)-ftalazina y un modificador del pH. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 9 / 48, cuyos inventores son Becker, Dieter, Loggia, Nicoletta, Lückel, Barbara, Krammer, Andrea, Siepe, Stefanie, Ries, Angelika. La solicitud correspondiente lleva el número 9713, y fue presentada a las 10:06:55 del 5 de febrero del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de marzo del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(32018).
El señor Claudio A. Quirós Lara, mayor, abogado, cédula Nº 1-389-572, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Novartis AG., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada: TRIFLUOROMETILPIRROLCARBOXAMIDAS. La invención se refiere a novedosas trifluorometilpirrol-carboxamidas plaguicidas de la fórmula I. En donde: R1 es hidrógeno, halógeno, haloalquilo de 1 a 4 átomos de carbono, o alquilo de 1 a 4 átomos de carbono, R2 es alquilo de 1 a 4 átomos de carbono, haloalquilo de 1 a 4 átomos de carbono, alcoxi de 1 a 4 átomos de carbono-alquilo de 1 a 4 átomos de carbono, ciano, alquilo de 1 a 4 átomos de carbono-sulfonilo, fenilsulfonilo, di (alquilo de 1 a 4 átomos de carbono) aminosulfonilo, alquilo de 1 a 6 átomos de carbono-carbonilo, benzoílo, o fenilsulfonilo o benzoílo sustituidos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C05G 5 /00, cuyos inventores son Martin Eberle, Harald Walter. La solicitud correspondiente lleva el número 6079, y fue presentada a las 13:50:00 del 26 de julio de 1999. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de febrero del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(32021).
La señora Marianella Arias Chacón, mayor, abogada, casada una vez, cédula Nº 1-679-960, vecina de San José, en su condición de apoderada especial de Luminex S. A., de Colombia, solicita la Patente de Invención denominada: CAJA DE DISTRIBUCIÓN PARA INSTALACIÓN ELÉCTRICA Y CONJUNTO QUE COMPRENDE DICHA CAJA. La caja está adaptada para alojar una pluralidad de aparatos cortacircuitos de forma general peralelepipédica. La misma comprende unos medios de montaje conformados para que cada aparato colocado sobre el zócalo esté en una posición acostada en la que una de sus caras principales se encuentra frente a la pared de fondo del zócalo. El conjunto comprende dicha caja y por lo menos un dicho aparato cortacircuitos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es G05F 1 /00, cuyo inventor es Paolo Rosseti. La solicitud correspondiente lleva el número 8379, y fue presentada a las 14:09:49 del 3 de mayo del 2006. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de febrero del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(32024).
El señor Claudio A. Quirós Lara, mayor, casado, abogado, cédula de identidad Nº 1-389-572, vecino de San José, Novartis AG., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada: FORMULACIONES PLAGUICIDAS QUE CONTIENEN TENSOACTIVO DE POLIARIFENOLFOSFATOESTER ALCOXILADO Y TENSOACTIVO DE LIGNOSULFONATO ALCOXILADO. La presente invención se refiere a un sistema tensoactivo para uso general en composiciones agrícolas, incluyendo, pero no limitándose a, formulaciones herbicidas, fungicidas, e insecticidas comprendidos de dos componentes: un tensoactivo de poliarilfenolfosfatoéster alcoxilado en combinación con un tensoactivo de sal de lignosulfonato alcoxilado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A01N 49 / 00, cuyos inventores son Víctor Shui-Chiu Chow, Douthitt Pruitt Merritt, Lear Michael Haulsee. La solicitud correspondiente lleva el número 6243, y fue presentada a las 10:23:00 del 8 de setiembre del 2000. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de febrero del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(32029).
El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor, abogado, cédula Nº 9-012-480, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Novartis AG., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada: TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES DEL HÍGADO EN LAS CUALES EL HIERRO JUEGA UN PAPEL EN LA PATOGÉNESIS. El invento se refiere al uso de compuesto I para la fabricación de composiciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades del hígado en humanos en el cual el hierro juega un papel en la patogénesis, incluyendo enfermedades virales, tal como hepatitis C crónica, opcionalmente en conjunto con agentes antivirus y para el tratamiento de enfermedades no virales tales como esteatohepatitis no alcohólica y enfermedad de hígado graso no alcohólica. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 31/4196, cuyos inventores son Daniele Alberti, Peter Marks, Hanspeter Nick, Lisa Grace Rojkjaer. La solicitud correspondiente lleva el número 9454, y fue presentada a las 08:44:20 del 19 de octubre del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de febrero del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(32041).
El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor, abogado, cédula Nº 9-012-480, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Galaxy Biotech LLC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: MÉTODOS PARA EL TRATAMIENTO DE TUMORES DE CEREBRO CON ANTICUERPOS. La presente invención es concerniente con un método para el tratamiento de un cerebro de tumor en un paciente, que comprende administrar sistémicamente un anticuerpo monocional. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A61K 39/395, cuyos inventores son Kim Kyung Jin, La Terra John, Lal Bachchu. La solicitud correspondiente lleva el número 9512, y fue presentada a las 14:12:00 del 12 de noviembre del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de febrero del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(32042).
El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor, casado, abogado, cédula de identidad Nº 9-012-480, vecino de San José, Alantos Pharmaceuticals INC., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada: INHIBIDORES DE LA DIPEPTIDIL PEPTIDASA-IV. La presente invención se refiere en general a compuestos inhibidores de la DPP-IV de pirrolidina y tiazolidina. La presente invención también provee métodos de síntesis para la preparación de tales compuestos, métodos para inhibir la DPP-IV usando tales compuestos y formulaciones farmacéuticas que los contienen para el tratamiento de enfermedades mediadas por DPP-IV, en particular, la diabetes tipo 2. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 403/12, cuyos inventores son Heiko Kroth, Tim Feuerstein, Frank Richter, Jurgen Boer, Michael Essers, Bert Nolte, Matthias Hochguertel, Fritz-Frieder Frickel, Arthur Taveras, Christoph Steeneck, Matthias Schneider. La solicitud correspondiente lleva el número 9462, y fue presentada a las 14:13:41 del 22 de octubre del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de febrero del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(32044).
El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor, abogado, cédula Nº 9-012-480, vecino de San José, en condición de apoderado especial de Bayer Healthcare AG., de R.D. Alemana, solicita la Patente de Invención denominada: COMPOSICIÓN FARMACÉUTICA EN FORMA DE UNA FORMA DE DOSIFICACIÓN SÓLIDA SOLUBLE EN AGUA. Se proporciona una composición farmacéutica que comprende una composición farmacéutica activa y una composición polimérica soluble en agua, convirtiéndose la mezcla resultante en una forma de dosificación sólida soluble en agua. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es A 01 37 / 52, cuyos inventores son Schay, Ernest, Focke, Walter, Walbrugh, Lushane. La solicitud correspondiente lleva el número 8973, y fue presentada a las 07:57:50 del 6 de marzo del 2007. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de febrero del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(32047).
El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor, abogado, cédula Nº 9-012-480, vecino de San José, en condición de apoderado especial de Bayer Cropscience AG., de R.F. Alemania, solicita la Patente de Invención denominada: INSECTICIDAL 3-ACYLAMINOBENZANILIDES. Nuevas 3-acilaminobenzanilidas de la fórmula (I) en la que R1 significa fenilo, que puede estar sustituido, o un grupo de anillo heterocíclico con 5 miembros o con 6 miembros, que puede estar sustituido, que contiene, al menos un heteroátomo elegido entre el grupo constituido por N, O y S; R2 significa halógeno, alquilo con 1 hasta 6 átomos de carbono o halógenoalquilo con 1 hasta 6 átomos de carbono; R3 significa halógenoalquilo con 1 hasta 6 átomos de carbono, halógenoalcoxi con 1 hasta 6 átomos de carbono. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07 237/42, cuyos inventores son Yanagi Akihiko, Watanabe Yukiyoshi, Wada Katsuaji, Murata Ttsuya, Mihara Jun, Shibuya Katsuhiko, Shimojo Eiichi, Emoto Akira. La solicitud correspondiente lleva el número 9690, y fue presentada a las 13:59:36 del 25 de enero del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de febrero del 2008.—Lic. Melissa Solís Zamora, Registradora.—(32048).
El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor, casado, abogado, cédula de identidad Nº 9-012-480, vecino de San José, Syngenta Participations AG., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada: PROCESO PARA LA PREPARACIÓN DE CIERTOS DERIVADOS DE FENILPROPARGILETER.
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Se revela un proceso para la preparación de un compuesto de fórmula (I) donde: R es un grupo alquinilo; R1 es alquilo, alquenilo, alquinilo, cicloalquilo, cicloalquilo-alquilo, fenilo y fenilalquilo, siendo posible a su vez para todos los grupos anteriores portar uno o más de átomos de halógeno iguales o diferentes; alcoxi; alqueniloxi; alquiniloxi; alcoxialquilo; haloalcoxi; alquiltio; haloalquiltio; alquilsulfonilo; formilo; alcanoílo; hidroxi; halógeno; ciano; nitro; amino; alquilamino; dialquilamino; carboxilo; alcoxicarbonilo; alqueniloxicarbonilo; o alquiniloxicarbonilo; y n es un entero de 0 a 3, dicho proceso que comprende la reacción de un compuesto de fórmula (III). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07C 231/02, cuyos inventores son Bowden Martin Charles, Clark Thomas Aitcheson, Giordano Fanny Delphine Brigitte, Jau Beat, Schneider Hans-Dieter, Seifert Gottfried, Wiss Juerg, Zeller Martin, Faber Dominik. La solicitud correspondiente lleva el número 9710, y fue presentada a las 14:14:40 del 1º de febrero del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de febrero del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(32049).
El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor, casado, abogado, cédula de identidad Nº 9-012-480, vecino de San José, Novartis AG., de Suiza, solicita la Patente de Invención denominada: CRYSTALINE FORMS OF 4-METHYL-N-(3(4-METHYL-IMIDAZOL-1-YL)-5-TRIFLUOROMETHYL-PHENYL)3-(4-PYRIDIN-3-YLPYRIMIDIN-2-YLAMINO)-BENZAMIDE.Se preparan formas cristalinas de la base libre de 4-metil-N-[3-(4-metil-imidazol-l-il)-5-trifluoro-metil-fenil]-3-(4-pirin-3-il-pir imidin-2-il-amino)-benzamida y sales de la misma mediante diferentes procesos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07D 401/14, cuyos inventores son Manley Paul W., Shieh Wen-Chung, Sutton Paul Allen, Karpinski Piotr H., Wu Raeann, Monnier Stephanie, Brozio Jorg. La solicitud correspondiente lleva el número 9657, y fue presentada a las 14:11:35 del 11 de enero del 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de febrero del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(32050).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
El señor Víctor Vargas Valenzuela, mayor, divorciado, abogado, cédula de identidad número 1-335-794, vecino de San José, Merck & Co., Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE PROTEASA NS3 DEL VHC.
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La presente invención se refiere a compuestos macrocíclicos de fórmula (I) que son útiles como inhibidores de la proteasa NS3 del virus de la hepatitis C (VHC), su síntesis, y su uso para tratar o prevenir la infección de VHC. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes Sexta Edición es C07K 5 / 08, cuyo(s) inventores son Holloway, M., Katharine, Liverton, Nigel, J., Mccauley, John, A., Rudd, Michael, T., Vacca, Joseph, P., Ludmerer, Steven, W., Olsen, David, B. La solicitud correspondiente lleva el número 9731, y fue presentada a las 14:22:36 del 14 de febrero de 2008. Cualquier interesado podrá oponerse dentro del mes siguiente a la primera publicación de este aviso. Publíquese en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de febrero del 2008.—Lic. Chantal Trejos Monge, Registradora.—(29674).
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Exp. 12845A.—Agrícola Caro Tzu S. A., solicita concesión de: 0,536 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Gerardo Montero Calderón en San Lorenzo, Tarrazú, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 400.370 / 457.983 hoja Dota. Predios inferiores: Ramón Ureña Jiménez. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de marzo del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 25237.—(30846).
Exp. Nº 12846P.—Sinpalco S. A., solicita concesión de 0,05 litros por segundo del Pozo AR-17, efectuando la captación en finca de su propiedad en Santa Rosa, Tilarán, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 277.660 / 430.970 Hoja Arenal. Predios inferiores no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de marzo del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 25824.—(31869).
Exp. Nº 12854P.—Inmobiliaria F.C.M. El Coyol S. A., solicita concesión de 20 litros por segundo del Pozo RG-930, efectuando la captación en finca de su propiedad en San José, Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 220.378 / 508.733 Hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 4 de abril del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 25625.—(31870).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Expediente Nº 5700P.—Mercedes, Rovira Guido, solicita concesión de 3,78 litros por segundo del pozo RG-237, efectuando la captación en finca de su propiedad en Garita, Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano, doméstico y agropecuario, riego, frutal. Coordenadas 217.900/503.200 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo, dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de abril del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(32069).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. Nº 5480A.—Exportaciones Prococo S. A., solicita concesión de 2 litros por segundo del Nacimiento El Ariete, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael, Oreamuno, Cartago, para uso agropecuario-riego-ornamentales. Coordenadas 207.000 / 548.250 Hoja Istarú. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de abril del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(32441).
Exp. Nº 5273P.—Salvador Madrigal Castro, solicita concesión de 1,25 lps del pozo AB-1200, efectuando la captación en finca de su propiedad en Pozos, Santa Ana, San José, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-hortaliza. Coordenadas 214.700 / 516.200 Hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de abril del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 26248.—(32508).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de la licenciada María Nayuribes Ramírez Jiménez, cédula de identidad Nº 1-697-238, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 08-155-624-NO.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—Nº 26205.—(32509).
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del Licenciado Mario Alberto Solano Rodríguez, cédula de identidad Nº 2-0274-0474, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 07-000389-624-NO.—San José, 4 de febrero del 2008.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—1 vez.—Nº 26277.—(32510).
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Exp. N° 24207-2001.—San José, a las ocho horas diez minutos del trece de noviembre del dos mil uno. Diligencias de ocurso incoadas en este Registro por Evelyn Patricia Retana Valverde, vecina de Poas de Aserrí, cédula de identidad número uno-setecientos setenta y nueve-cuatrocientos noventa y cinco, casada, ama de casa, costarricense,_tendente a la rectificación del asiento de nacimiento de su hijo Antony Francisco Cerdas Retana, que lleva el número setecientos treinta, folio trescientos sesenta y cinco, tomo mil seiscientos setenta y tres, de la Sección de nacimientos de la provincia de San José, en el sentido de que la fecha de nacimiento del mismo es: “dieciocho de abril de mil novecientos noventa y siete” y no como se consignó. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, practíquese la marginal de advertencia en el asiento correspondiente, se ordena publicar por tres veces el edicto de ley en el Diario Oficial La Gaceta y se previene a las partes interesadas hagan valer sus derechos, dentro del término anteriormente indicado. Notifíquese.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—Nº 24946.—(30847).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Expediente Nº 26664-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas treinta y cinco minutos del veintiséis de febrero del dos mil ocho. Proceso administrativo de cancelación del asiento de matrimonio de Randall Sergio Vega Víquez con Liz Catalina Rivera Durán, celebrado el cinco de febrero del dos mil cinco, que lleva el número cuatrocientos sesenta y siete, folio doscientos treinta y cuatro, tomo ciento veintiocho, de la provincia de Cartago, sección de matrimonios, por aparecer en proceso de inscripción certificado de declaración de matrimonio civil número doscientos treinta mil setenta y siete de los mismos contrayentes, celebrado el trece de diciembre del dos mil tres. Conforme lo establece el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación en el mismo Diario al señor Randall Sergio Vega Víquez y a la señora Liz Catalina Rivera Durán, con el propósito que se pronuncien con relación al presente proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a.i.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefe.—(Nº 294-2008).—C-37640.—(32087).
Expediente Nº 25432-07.—Registro Civil.—Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas cincuenta y cinco minutos del veinticinco de febrero del dos mil ocho. Proceso administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de María Elena Brenes Rojas, que lleva el número trescientos cinco, folio ciento cincuenta y tres, tomo trescientos cincuenta y cuatro, de la provincia de Alajuela, Sección de Nacimientos, por cuanto la misma aparece inscrita como María Elena Rojas Alfaro, en el asiento número trescientos cincuenta y ocho, folio ciento setenta y nueve, tomo cincuenta y seis, del partido Especial, Sección de Nacimientos y de rectificación del anterior asiento de nacimiento, en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Carlos Eloy Brenes Sánchez y Carmen Rojas Alfaro, costarricenses”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se confiere audiencia dentro del término de ocho días, a partir de la primera publicación en el mismo Diario a la señora María Elena Brenes Rojas o María Elena Rojas Alfaro, con el propósito que se pronuncie en relación a este proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a.í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—(Nº 294-2008).—C-37640.—(32088).
Se avisa a las partes interesadas que en este Registro se encuentra en trámite el proceso administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de la menor Yaselin Pamela Arroyo Álvarez.—Expediente Nº 25228-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas veinte minutos del diez de marzo del dos mil ocho. Proceso administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Yaselin Pamela Arroyo Álvarez, que lleva el número seiscientos, folio trescientos, tomo mil seiscientos treinta y ocho, de la provincia de San José, sección de nacimientos, en el sentido que la misma es hija de “Marco Vinicio Flores Pizarro y Clemencia de los Ángeles Arroyo Álvarez, costarricenses”. De conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se confiere audiencia dentro del término de ocho días, a partir de la primera publicación en el mismo Diario a los señores Marco Vinicio Flores Pizarro, Ronald Gerardo Salguero Ortiz y a la señora Clemencia de los Ángeles Arroyo Álvarez o Kattia Arroyo Álvarez, con el propósito que se pronuncien en relación a este proceso. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a.í.—Lic. Ligia María González Richmond, Jefa.—(Nº 294-2008).—C-37640.—(32089).
Expediente Nº 15713-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas diez minutos del veintiocho de febrero del dos mil ocho. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de matrimonio de Juan Pablo Slako Guajardo con Alejandra María Arguedas León, que lleva el número doscientos ochenta y ocho, folio ciento cuarenta y cuatro, tomo cuatrocientos sesenta y siete, de la provincia de San José, Sección de Matrimonios, por aparecer en trámite de inscripción en este Registro Civil el matrimonio de Rodrigo Au Alvarado con Alejandra María Arguedas León. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta y se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor Juan Pablo Slako Guajardo, al señor Rodrigo Au Alvarado y a la señora Alejandra María Arguedas León, con el propósito que se pronuncien con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.— MSc. Ligia María González Richmond, Jefa.—(Nº 294-2008).—C-37640.—(32090).
Expediente Nº 15011-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veintiséis de febrero del dos mil ocho. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de matrimonio de Herbert Frederick Gale, no indica otro apellido con María Ligia Rodríguez Ruiz, que lleva el número cero cincuenta y tres, folio cero veintisiete, tomo cuatrocientos setenta y nueve, de la provincia de San José, sección de matrimonios, por aparecer inscrito matrimonio de León Grodner, no indica otro apellido con María Ligia Rodríguez Ruiz, que lleva el número setecientos noventa y siete, folio trescientos noventa y nueve, tomo cuatrocientos diecisiete, de la provincia de San José, Sección de Matrimonios. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta y se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor Herbert Frederick Gale, no indica otro apellido, al señor León Grodner, no indica otro apellido y a la señora María Ligia Rodríguez Ruiz, con el propósito que se pronuncien con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a.í.— MSc. Ligia María González Richmond, Jefa.—(Nº 294-2008).—C-37640.—(32091).
Expediente Nº 13567-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas veinte minutos del once de marzo del dos mil ocho. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de María Candelaria Ermida Gutiérrez Gutiérrez, hija de Ermirando Gutiérrez Gutiérrez y Victoria Gutiérrez Leal, que lleva el número doscientos quince, folio ciento ocho, tomo ciento cincuenta y ocho, de la provincia de Guanacaste, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrita como Candelaria María Ermida Gutiérrez Leal, hija de Victoria Gutiérrez Leal, en el asiento número seiscientos sesenta y nueve, folio trescientos treinta y cinco, tomo cero cincuenta y tres, del Partido Especial, Sección de Nacimientos y rectificación del precitado asiento en el sentido que la persona ahí inscrita es hija de “Ermirando Gutiérrez Gutiérrez y Victoria Gutiérrez Leal, costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación a la señora María Candelaria Ermida Gutiérrez Gutiérrez o Candelaria María Ermida Gutiérrez Leal, con el propósito que se pronuncie con relación a la presente gestión. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.— MSc. Ligia María González Richmond, Jefa.—(Nº 294-2008).—C-37640.—(32092).
Expediente Nº 12828-00.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas treinta minutos del diez de marzo del dos mil ocho. Proceso administrativo de cancelación del asiento de matrimonio de José Rafael Solano Brenes con María de los Ángeles Valerio Madrigal, que lleva el número novecientos noventa y cinco, folio cuatrocientos noventa y ocho, tomo cuarenta y cinco, de la provincia de Heredia, sección de matrimonios, por cuanto el señor José Rafael Calderón Solano, contrajo matrimonio anteriormente con la señora María Alicia Loría Calderón, el cual se encuentra inscrito en el asiento número seiscientos noventa y cuatro, folio trescientos cuarenta y nueve, tomo cincuenta y tres, de la provincia de Cartago, Sección de Matrimonios. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el diario oficial La Gaceta. Se confiere audiencia dentro del término de ocho días, a partir de la primera publicación en el mismo Diario a los señores José Rafael Solano Brenes o José Rafael Calderón Solano, María de los Ángeles Valerio Madrigal y María Alicia Loría Calderón, con el propósito que se pronuncien en relación con este proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.— MSc. Ligia María González Richmond, Jefa.—(Nº 294-2008).—C-37640.—(32093).
Expediente Nº 7727-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del siete de marzo del dos mil ocho. Proceso administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de Migddas Alaister Mendoza Pavón, hijo de Félix Mendoza Rosales y Anita Pavón Robles, que lleva el número ochocientos veintitrés, folio cuatrocientos doce, tomo setecientos diecisiete, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Edwin Mendoza Pavón, hijo de Félix Mendoza Rosales y Anita Pavón Robles, en el asiento número novecientos, folio cuatrocientos cincuenta, tomo seiscientos once, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se confiere audiencia dentro del término de ocho días a partir de la primera publicación en el mismo diario al señor Edwin Mendoza Pavón o Migddas Alaister Mendoza Pavón, con el propósito que se pronuncien en relación a este proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.— MSc. Ligia María González Richmond, Jefa.—(Nº 294-2008).—C-37640.—(32094).
Expediente Nº 5326-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cinco minutos del veintisiete de febrero del dos mil ocho. Proceso administrativo de cancelación del asiento de matrimonio de Félix Alexis Jiménez Madrid con María Elieth Durán Matamoros, que lleva el número doscientos sesenta y tres, folio ciento treinta y dos, tomo cuatrocientos sesenta y dos, de la provincia de San José, Sección de Matrimonios, por encontrarse en trámite de inscripción certificado de declaración de matrimonio número ciento setenta y tres mil trescientos ocho de Félix Alexis Jiménez Madrid con Adriana Castro Chinchilla, celebrado el quince de noviembre del dos mil dos. Conforme lo establece el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil; se confiere audiencia por ocho días a partir de la primera publicación al señor Félix Alexis Jiménez Madrid, a la señora María Elieth Durán Matamoros y a la señora Adriana Castro Chinchilla, con el propósito que se pronuncien con relación al presente proceso administrativo. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término señalado.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.— MSc. Ligia María González Richmond, Jefa.—(Nº 294-2008).—C-37640.—(32095).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2008LN-000027-02100
Equipo de transporte (Compra de vehículos)
La Proveeduría Institucional de la Presidencia de la República, recibirá ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del día 19 de mayo del 2008, para la adquisición de equipo de transporte (compra de vehículos).
Los interesados tienen el cartel a disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita en la dirección: https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, a partir del próximo día hábil de esta publicación; o puede ser solicitado en las oficinas de la Proveeduría Institucional de la Presidencia de la República, sitas en Zapote diagonal a la agencia del Banco Nacional de Costa Rica, o solicitarlo por correo electrónico en la dirección: mpiedra@casapres.go.cr.
San José, 15 de abril del 2008.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jimmy Segura Sánchez, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 067-2008).—C-8580.—(34120).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2008LN-000028-04100
Equipo de transporte (Compra de vehículos)
La Proveeduría Institucional del Ministerio de la Presidencia, recibirá ofertas por escrito hasta las 14:00 horas del día 19 de mayo del 2008, para la adquisición de equipo de transporte (compra de vehículos).
Los interesados tienen el cartel a disposición en el Sistema Compra Red en forma gratuita en la dirección: https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet, a partir del próximo día hábil de esta publicación; o puede ser solicitado en las oficinas de la Proveeduría Institucional de la Presidencia de la República, sitas en Zapote, diagonal a la Agencia del Banco Nacional de Costa Rica, o solicitarlo por correo electrónico en la dirección: mpiedra@casapres.go.cr.
San José, 15 de abril del 2008.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jimmy Segura Sánchez, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 068-2008).—C-8580.—(34121).
PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIO
La Proveeduría del PIMA, invita a todos los interesados a participar en los siguientes concursos:
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2008CD-000048-03
Contratación de los servicios de un proveedor que proporcione
los servicios de atención médica al personal del PIMA,
por un periodo de un año
Fecha máxima para recibir ofertas: 10:00 a. m del día lunes 28 abril del 2008.
————
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2008CD-000052-02
Realizar reparaciones y mejoras en el drenaje de la batería sanitaria
ubicada en el sector de comercialización de naranja del CENADA
Fecha máxima para recibir ofertas: 09:00 a. m del día lunes 28 de enero del 2008.
Las especificaciones técnicas pertenecientes a estos concursos, pueden ser adquiridos por los interesados en las oficinas de Proveeduría del PIMA ubicadas 500 metros este del Mall Real Cariari en Barreal de Heredia sin costo alguno.
Cualquier consulta o información adicional puede solicitarse al teléfono: 22-39-12-33, ext. 222 ó 258 con personal de Proveeduría.
Heredia, 15 de abril del 2008.—Proceso de Proveeduría.—Lic. Ronald Miranda V.—1 vez.—(34103).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000011-00100
Contratación de servidores de Red para el Registro Nacional
El Departamento de Proveeduría del Registro Nacional, invita a participar en la Licitación de referencia, para la cual se recibirán ofertas hasta las 09:00 horas del día 12 de mayo del 2008.
El cartel correspondiente se encuentra disponible en Compra-Red, en la siguiente Dirección electrónica: www.hacienda.go.cr/comprared.
San José, 11 de abril del 2008.—Lic. Mauricio Madrigal Calvo, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 49464).—C-6620.—(34045).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-108008-UL
Suministro e instalación de aires acondicionados
El Instituto Nacional de Seguros, recibirá ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del 20 de mayo del 2008, con todo gasto pago, impuestos incluidos para el servicio citado.
El cartel del concurso podrá adquirirse en el Departamento de Proveeduría, ubicado en el octavo piso de oficinas centrales.
San José, 15 de abril del 2008.—Departamento de Proveeduría.—MAP. Elizabeth Castro Fallas, Jefa.—1 vez.—(PR. Nº 2365-2008).—C-5960.—(34122).
COLEGIO UNIVERSITARIO DE LIMÓN
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LA-000002-01
Compra de suministros tintas-tonners-otros
El Colegio Universitario de Limón, CUNLIMÓN invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2008LA-0000002-01, correspondiente a la compra de suministros tintas-tonner-otros. Los interesados pueden solicitar el cartel de licitación en nuestras instalaciones ubicadas 175 metros norte del Más x Menos en Limón Centro, o comunicarse al teléfono 2798-13-49 ext. 103. Fecha límite de recepción de ofertas y apertura: 09 de mayo del 2008 a las 11:00 horas.
Limón, 15 de abril del 2008.—Proveeduría-Bodega.—Nancy Hewitt Hines.—1 vez.—(34115).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000003-01
Contratación de servicios profesionales de vigilancia
del Colegio Universitario de Limón
El Colegio Universitario de Limón, CUNLIMÓN invita a participar en Licitación Abreviada Nº 2008LA-000003-01, correspondiente a la contratación de vigilancia del Colegio Universitario de Limón CUNLIMÓN. Los interesados pueden solicitar el cartel de Licitación en nuestras instalaciones ubicadas 175 metros norte del Más x Menos en Limón centro, o comunicarse al teléfono 798-1349 ext. 103. Fecha límite de recepción de ofertas y apertura: 09 de mayo del 2008 a las 09:30 horas.
Limón, 15 de abril del 2008.—Proveeduría.—Nancy Hewitt Hines.—1 vez.—(34116).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2008LN-000003-PRI
Compra de vehículos doble cabina
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA); cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día 19 de mayo del 2008, para la “compra de vehículos doble cabina”.
El archivo que conforma el cartel podrá accesarse en la página www.aya.go.cr; o bien, adquirirse previo pago de ¢500,00 en la Proveeduría Institucional de AyA. Sita en el del módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA en Pavas.
San José, 15 de abril del 2008.—Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(34047).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000021-PRI
Compra de motocicletas
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día 12 de mayo del 2008, para la “Compra de motocicletas”.
El archivo que conforma el cartel podrá accesarse en la página www.aya.go.cr; o bien, adquirirse previo pago de ¢500,00 en la Proveeduría Institucional de AyA. Sita en el del módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA en Pavas.
San José, 15 de abril del 2008.—Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(34052).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000020-PRI
Compra de vehículos para la Unidad Ejecutora AYA-JBIC
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 14:00 horas del día 12 de mayo del 2008, para la “Compra de vehículos para la Unidad Ejecutora AyA-JBIC”.
Los documentos que conforman el cartel, pueden ser retirados en la Proveeduría del A y A. Sita en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00 o en el Web www.aya.go.cr Link Proveeduría Institucional.
San José, 15 de abril del 2008.—Proveeduría.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(34059).
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2008CD-000099-01
Servicios profesionales para incluir requerimientos
en el sistema de ingresos del IDA
El Instituto de Desarrollo Agrario, invita a los interesados a participar en la Contratación Directa Nº 2008CD-000099-01, el cartel no tiene costo alguno y puede adquirirse en Oficinas Centrales, Área de Contratación y Suministros del IDA, edificio módulo B primer piso, San Vicente de Moravia del antiguo Colegio Lincoln 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste.
Las ofertas se recibirán hasta las 14:00 horas del día 28 de abril del 2008 en dicha área, en la dirección señalada.
Se llama la atención a los oferentes para que tomen las previsiones oportunas para presentar sus ofertas a tiempo, ya que después de la hora establecida, “no se recibirá absolutamente ninguna oferta”.
Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños, Jefe.—1 vez.—(34105).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-903006-02
Suministro, instalación y puesta en marcha de reles digitales
y sensores de vibración
La Dirección de Suministros de Recope, invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2008LA-903006-02, para lo cual las propuestas deberán presentarse en el primer piso de las Oficinas Centrales de Recope, sita en Urbanización Tournón Norte, hasta las 10:00 horas del día 12 de mayo del 2008.
El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja del Departamento de Tesorería, situada en el primer piso del mismo edificio, por un costo de ¢3.000,00; o bien, el mismo está disponible, en el sitio Web de Recope www.recope.com.
La visita al sitio para explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este concurso se llevará a cabo el día 23 de abril del 2008 a las 10:00 horas en el Edificio Administrativo de la Refinería en Limón.
San José, 15 de abril del 2008.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(O. C. Nº 2008-5-329).—C-11240.—(34046).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000002-PROV
(Aviso de adjudicación)
Remodelación de las celdas del OIJ en el II Circuito
Judicial de San José
Se comunica a todos los interesados que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión Nº 26-08, artículo XI, celebrada el día diez de abril del año dos mil ocho, se dispuso adjudicar de la manera siguiente:
“Remodelación de las celdas del OIJ en el II Circuito Judicial de San José”, a: Molina Arce Construcción y Consultoría S. A., cédula jurídica Nº 3-101-070648.
La remodelación de las celdas del OIJ en el II Circuito Judicial de San José, incluye materiales, mano de obra y equipo, por un monto de ¢54.685.000,00; impuestos incluidos.
Plazo de entrega: 90 días naturales a partir del quinto día hábil luego de entregado el pedido, vía fax o en forma personal.
Demás características y condiciones según cartel, planos y oferta.
Gran total adjudicado: ¢54.685.000,00.
San José, 15 de abril del 2008.—Proceso de Adquisiciones.—Lic. Ana I. Olivares Leitón, Jefa a. í.—1 vez.—(34107).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000002-3003
Abarrotes varios
La Subárea de Contratación Administrativa, le comunica a los interesados en este concurso, que se ha resuelto de la siguiente manera:
Número de concurso: 2008LN-000002-3003. Objeto de contratación: abarrotes varios.
Se declara infructuosa esta compra de acuerdo con el análisis administrativo realizado, ya que la única empresa que cotiza para este concurso presenta una vigencia en la garantía de participación inferior al 80 % mínimo establecido en el artículo 38 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
La garantía de participación presentada mediante certificado de depósito a plazo por un plazo de 100 días corresponde a un 72 % de los días hábiles requeridos, y por consiguiente no alcanza el porcentaje necesario según el artículo mencionado para solicitar la subsanación, convirtiéndose así en garantía de participación insuficiente.
Al ser este aspecto insubsanable se declara infructuoso el concurso en cuestión, al no existir más ofertas participando.
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 15 de abril del 2008.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador.—1 vez.—(34118).
DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LA-000124-1147
Fluoruro de Fosfato Acidulado
Este concurso se adjudicó a la empresa Odontomédica Mercantil O.M. S. A., por un monto total de $ 70.035,00 (setenta mil treinta y cinco dólares exactos). “Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr”.
San José, 11 de abril del 2008.—Área Gestión de Medicamentos.—Lic. William Vargas Chaves, Masss, Jefe.—1 vez.—(U. P. Nº 1142).—C-7280.—(34123).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000014-1147
Aluminio Hidróxido
Este concurso se adjudicó a la empresa Global Pharmed Internacional S. A., por un monto total de $ 103.840,00 (ciento tres mil ochocientos cuarenta dólares exactos). “Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr”.
San José, 11 de abril del 2008.—Área Gestión de Medicamentos.—Lic. William Vargas Chaves, Masss, Jefe.—1 vez.—(U. P. Nº 1142).—C-7280.—(34124).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000019-1147
Latanoprost AL 0,005%
Este concurso se adjudicó a la empresa Laboratorios Sophia S. A., de C. V. representada por Corporación Raven S. A., por un monto total de $102.000,00 (ciento dos mil dólares exactos). Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 11 de abril del 2008.—Área Gestión de Medicamentos.—Lic. William Vargas Chaves, Masss, Jefe.—1 vez.—(U. P. Nº 1142).—C-7280.—(34125).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000002-ARESEP
Adquisición de cartuchos de tinta y tóner
para impresoras de inyección de tinta,
láser y fotocopiadoras
La Oficina de Proveeduría de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, cédula jurídica Nº 3-007-042042-09, comunica a los interesados en la licitación de referencia, que mediante el oficio Nº 132-GG-2008, se adjudica dicha licitación de la siguiente manera:
CR Conectividad S. A., quien cotiza lo siguiente:
Línea |
Cantidad |
Descripción |
Precio unitario |
Precio total |
2 |
12 |
bandas fusoras para impresora láser, marca Okidata, modelo C 5300 |
$183,00 |
$2.196,00 |
3 |
6 |
fusores para impresora láser, marca Okidata, modelo C 5400. |
$126,00 |
$756,00 |
4 |
6 |
bandas fusoras para impresora láser, marca Okidata, modelo C 5400 |
$183,00 |
$1.098,00 |
5 |
72 |
cartuchos de tóner negro para impresora láser, marca Okidata modelo C 5300, Nº de parte (42127404). |
$50,00 |
$3.600,00 |
6 |
26 |
tambores color amarillo para impresora láser, marca Okidata, modelo C 5300, parte (42126601) |
$86,00 |
$2.236,00 |
7 |
12 |
tambores color amarillo para impresora láser, marca Okidata, modelo C 5300, parte (42126601) |
$92,00 |
$1.104,00 |
8 |
14 |
tambores color magenta para impresora láser, marca Okidata, modelo C 5300, parte (42126602) |
$92,00 |
$1.288,00 |
9 |
6 |
tambores color cyan para impresora láser, marca Okidata, modelo C 5300, parte (42126602). |
$92,00 |
$552,00 |
28 |
8 |
cartuchos de tóner negro para impresora láser, marca Okidata, modelo b6200n, parte (52114501) |
$190,00 |
$1.520,00 |
Precio total: $ 14.350.00
Imp. venta: $ 1,865.50
Precio total: $ 16.215.50
Plazo de entrega: 20 días naturales, una vez que la orden de compra sea aprobada por la Unidad Interna de Aprobaciones.
Vigencia de la Oferta: 30 días hábiles.
Demás condiciones: De conformidad con la oferta y el cartel de licitación.
IPL Sistemas S. A., quien cotiza lo siguiente:
Línea |
Cantidad |
Descripción |
Precio unitario |
Precio total |
1 |
12 |
fusor para impresora láser, marca Okidata, modelo C5300 |
$107,96 |
$1.295,52 |
29 |
7 |
cartuchos de tóner negro para impresora láser, marca Okidata, modelo C 6100, Nº de parte (43324420). |
$70,97 |
$496,82 |
30 |
8 |
cartuchos de tóner color amarillo para impresora láser marca Okidata, modelo C 6100, parte (43324417) |
$135,08 |
$1.080,64 |
31 |
8 |
cartuchos de tóner color magenta para impresora láser marca Okidata, modelo C6100, parte (43324418) |
$127,88 |
$1.023,04 |
32 |
8 |
cartuchos de tóner color cyan para impresora láser marca Okidata, modelo C 6100, parte (43324419) |
$127,88 |
$1.023,04 |
46 |
8 |
cintas de matriz de punto para impresora láser marca Okidata, microline 421 |
$11,43 |
$91,44 |
Precio total: $5,010.50
Imp. venta: $ 651.36
Precio total: $5,661.86
Plazo de entrega: 20 días naturales, una vez que la orden de compra sea aprobada por la Unidad Interna de Aprobaciones.
Vigencia de la Oferta: 30 días hábiles.
Demás condiciones: de conformidad con la oferta y el cartel de licitación.
Oficina Comercializadora (OFICOMER S. A.), quien cotiza lo siguiente:
Línea |
Cantidad |
Descripción |
Precio unitario |
Precio total |
25 |
30 |
cartuchos de tinta color negro para impresora marca Epson, modelo Stylus C 60, parte (T028201) |
¢10.763,00 |
¢322,890,00 |
26 |
15 |
cartuchos de tinta a color para impresora marca Epson, modelo Stylus C 62, parte (T041020) |
¢10.763,00 |
¢161.445,00 |
27 |
20 |
cartuchos de tinta color negro para impresora marca Epson, modelo C Stylus C82, parte (T032120) |
¢12.300,00 |
¢246.000,00 |
39 |
10 |
cartuchos de tinta color cyan para impresora Epson, Stylus C 82 (T042220) |
¢4.613,00 |
¢46.130,00 |
40 |
10 |
cartuchos de tinta color magenta para impresora Epson, Stylus C 82 (T042320) |
¢4.613,00 |
¢46,130,00 |
41 |
12 |
cartuchos de tinta color amarilla para impresora Epson, Stylus C 82 (T042420) |
¢4.613,00 |
¢55.356,00 |
42 |
50 |
cartuchos de tinta color negro para impresora Epson Stylus 400,440,600 (S0201879) |
¢8.713,00 |
¢435.650,00 |
43 |
18 |
cartuchos de tinta a color para impresora Epson, Stylus 400,600, 1520 color (SO20089, SO200191). |
¢9.738,00 |
¢175.284,00 |
45 |
8 |
cintas de matriz de punto para impresora Epson LQ 2170 |
¢9.584,00 |
¢76.672,00 |
Precio total: ¢1,565.557,00
Imp. venta: ¢ 203.522,41
Precio total: ¢1,769.079,41
Plazo de entrega: 5 días hábiles después de recibida la orden de compra.
Vigencia de la Oferta: 30 días hábiles.
Demás condiciones: de conformidad con la oferta y el cartel de licitación.
Documentos y Digitales DIFOTO S. A., quien cotiza lo siguiente:
Línea |
Cantidad |
Descripción |
Precio unitario |
Precio total |
33 |
4 |
monocomponentes para fotocopiadora marca Xerox, modelo WCP 428, No. Parte 113R632. |
$274,00 |
$1.096,00 |
34 |
16 |
cartuchos de toner para fotocopiadora marca Xerox, modelo CC255 y C238, parte (6R1046) |
$115,00 |
$1.840,00 |
Precio total: $2,936.00
Imp. venta: $ 381.68
Precio total: $3,317.68
Plazo de entrega: 20 días naturales después de recibida la orden de compra.
Vigencia de la Oferta: 30 días hábiles.
Demás condiciones: de conformidad con la oferta y el cartel de licitación.
Direx Internacional S. A., quien cotiza lo siguiente:
Línea |
Cantidad |
Descripción |
Precio unitario |
Precio total |
10 |
275 |
cartuchos de tinta negro para impresora marca Epson, modelo Stylus C83, C63 y C85, parte (T046120) |
¢5.374,04 |
¢1.477.861,00 |
11 |
300 |
cartuchos de tinta color cyan para impresora marca Epson, modelo Stylus C83, C63 y C85, parte (T047220) |
¢3.582,69 |
¢1.074.807,00 |
12 |
100 |
cartuchos de tinta color magenta para impresora marca Epson, modelo Stylus C83, C63 y C85, parte (T047320) |
¢3.582,69 |
¢358.269,00 |
13 |
100 |
cartuchos de tinta color amarillo para impresora marca Epson, modelo Stylus C83, C63 y C85, parte (T047420) |
¢3.582,69 |
¢358.269,00 |
14 |
400 |
cartuchos de tinta color negro para impresora marca Epson, modelo Stylus C87, parte (T063120) |
¢3.838,60 |
¢1.535.440,00 |
15 |
175 |
cartuchos de tinta color cyan para impresora marca Epson, modelo Stylus C87, parte (T06322) |
¢3.838,60 |
¢671.755,00 |
16 |
100 |
cartuchos de tinta color magenta para impresora marca Epson, modelo Stylus C87, parte (T063320) |
¢3.838,60 |
¢383.860,00 |
17 |
120 |
cartuchos de tinta color amarillo para impresora marca Epson, modelo Stylus C87, parte (T063420) |
¢3.838,60 |
¢460.632,00 |
47 |
6 |
cartuchos de tóner para impresora láser HP 3050 |
¢29.547,74 |
¢177.286,44 |
Precio total: ¢6.498.179,44
Imp. venta: ¢ 844.763,33
Precio total: ¢7.342.942,77
Plazo de entrega: 19 días naturales después de recibo de la orden de compra.
Vigencia de la Oferta: 45 días hábiles.
Demás condiciones: De conformidad con la oferta y el cartel de licitación.
ALFATEC de Costa Rica S. A., quienes cotizan lo siguiente:
Línea |
Cantidad |
Descripción |
Precio unitario |
Precio total |
18 |
100 |
cartuchos de tinta color negro para impresora marca Lexmark, modelo X5470 |
¢8.474,53 |
¢847.452,91 |
19 |
100 |
cartuchos de tinta a color para impresora Lexmark, modelo X5470 |
¢9.318,78 |
¢931.877,69 |
20 |
18 |
cartuchos de tóner negro para impresora Lexmark, modelo C 524dtn |
¢47.091,53 |
¢847.647,61 |
21 |
12 |
cartuchos de tóner color magenta para impresora láser marca Lexmark, modelo C524dtn |
¢53.620,63 |
¢643.447,56 |
22 |
6 |
cartuchos de tóner color cyan para impresora láser, marca Lexmark, modelo C 524dtn |
¢53.620,63 |
¢321.723,78 |
23 |
6 |
cartuchos de tóner color amarillo para impresora láser marca Lexmark, modelo C524dtn |
¢53.620,63 |
¢321.723,78 |
Precio total: ¢3.913.873,33
Imp. venta: ¢ 508.803,53
Precio total: ¢4.422.676,86
Plazo de entrega: Inmediata después de recibir la orden de compra.
Vigencia de la Oferta: 30 días hábiles.
Demás condiciones: De conformidad con la oferta y el cartel de licitación.
Declarar desiertas las líneas Nos. 24, 35, 36, 37 y 38, 44 correspondientes a productos marca Canon y la N° 48 correspondiente a productos Panasonic, por cuanto no se presentaron ofertas o no fueron elegibles por incumplimiento de requisitos técnicos.
San José, 11 de abril del 2008.—Jorge Romero Vargas, Proveedor General.—1 vez.—(Solicitud Nº 20270).—C-225520.—(34133).
MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN
SUBPROCESO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000003-01
Contratación de obras, construcciones, adiciones
y mejoras del cantón de La Unión
La Municipalidad de La Unión, por este medio, informa que según Acuerdo del Concejo Municipal Nº SM 153-2008, sesión extraordinaria Nº 154, capítulo 2, celebrada el martes 08 de abril del presente año, se declara desierta la Licitación Abreviada Nº 2008LA-000003-01, lo anterior por cuanto la oferta recibida supera la estimación del costo establecida.
La Unión, 11 de abril del 2008.—Marvin Durán Vega, Proveedor Municipal.—1 vez.—(34090).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000003-PCAD
(Prórroga Nº 1)
Alquiler de servicios de comunicación inalámbrica para todas las
oficinas del Banco Popular y de Desarrollo Comunal
(Consumo por demanda)
Se les comunica a todos los interesados que debido a que se presentaron recursos de objeción al cartel de este concurso, ante la Contraloría General de la República, la fecha de apertura de ofertas de este concurso se traslada para las 10:00 horas del 13 de mayo del 2008.
Todas las demás condiciones y requisitos permanecen invariables.
San José, 15 de abril del 2008.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(34106).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000013-3003 (Modificación)
Jabón en polvo industrial y cloro
El Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia comunica a todos los interesados en participar en el concurso supraindicado que se modifica lo siguiente:
- En las Especificaciones Técnicas del Jabón Industrial se agregan los siguientes puntos:
8. El jabón en polvo debe ser sin clorar (no clorar).
9. Debe tener la propiedad de producir espuma al utilizarlo. (con ingredientes que produzcan espuma)
Además se traslada la fecha máxima para la recepción de ofertas del 18 de abril del 2008 al 22 de abril del 2008 al ser las 2:00 p. m.
Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.
San José, 11 de abril del 2008.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador.—1 vez.—(33739).
HOSPITAL NACIONAL PSIQUIÁTRICO
ÁREA DE GESTIÓN BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000002-2304
Adquisición de reactivos y equipo para la determinación de
marcadores tumorales, hormonas, enfermedades
Infecciosas y drogas terapéuticas y/o abuso
Se informa a los interesados de la licitación abreviada 2008LA-000002-2304 por adquisición de reactivos y equipo para la determinación de marcadores tumorales, hormonas, enfermedades infecciosas y drogas terapéuticas y/o abuso.
La fecha de la apertura es prorrogada hasta el 06/05/2008.
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 15 de abril del 2008.—Subárea Contratación Administrativa.—Lic. Tatiana López Quesada Mba., Jefa.—1 vez.—(33742).
LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000014-PRI
Compra equipo de bombeo, motores e interruptor
para la Región Metropolitana
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que se suspende la fecha de apertura hasta nuevo aviso.
San José, 15 de abril del 2008.—Lic. Jennifer Fernández Guillén, Proveeduría.—1 vez.—(33960).
MUNICIPALIDAD DE BARVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000001-01
Compra de vagoneta y retroexcavadora
A los interesados en participar en la Licitación Pública Nº 2008LN-000001-01, se les comunica que el plazo para recibir ofertas y apertura de las mismas para la línea Nº 1, ha sido prorrogado para el día 02 de mayo del 2008, a las catorce horas, en virtud de recurso de objeción interpuesto contra el cartel de dicha licitación.
Barva, 15 de abril del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Yesael Molina Vargas, Proveedora.—1 vez.—(34126).
MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES
El Concejo Municipal de Siquirres en sesión ordinaria Nº 095, del 25 de febrero del 2008, en el artículo V, Acuerdo 516, fue aprobado lo siguiente:
En el artículo 17 del Reglamento de Decomisos de Mercadería por Venta en la Vía Pública y Decomisos de Bebidas Fermentadas (Alcohólicas) en lugares no autorizados, publicado en La Gaceta Nº 207 del 29 de octubre del 2007, se lea correctamente que el mismo rige a partir de la segunda publicación en el Diario Oficial La Gaceta.”
Concejo Municipal.—Luis E. Gutiérrez S., Secretario.—1 vez.—(34102).
REGLAMENTO DE TARIFAS Y CONDICIONES
PARA LOS SERVICIOS DEL BCR
La Junta Directiva General del Banco en sesión 08-08, artículo XIVIII del 18 de febrero del 2008, aprobó modificar el Reglamento de Tarifas y condiciones para los servicios del BCR.
REGLAMENTO DE TARIFAS Y CONDICIONES
PARA LOS SERVICIOS DEL BCR
I Productos de colocación
1. Gastos de formalización de operaciones nuevas y prórrogas al vencimiento definitivo. Colones y Dólares la comisión es de 1,50%. Quedan abiertos los márgenes de negociación para clientes especiales. De acuerdo con la atribución del Reglamento de Crédito.
NOTAS:
1- Esta comisión será cobrada por una única vez al formalizarse el crédito o al establecerse prórrogas el vencimiento definitivo, aplicable directamente al monto del crédito en forma general.
2- No se cobrará la comisión de formalización en los contratos que se realicen de líneas de crédito revolutivas; tampoco se cobrará la comisión de formalización a los contratos de empleados y de Tarjetas de Crédito.
3- Se aplicará un 50 % de la comisión a las personas físicas cuyo salario o pensión es depositado en una cuenta del BCR.
4- No aplica a productos dirigidos a eventos, promociones (Condiciones especiales) u ofertas.
2. Comisión de manejo de Líneas de Crédito Revolutivas
Colones: 1.50% anual al formalizar
Dólares: 1.00% anual al formalizar
Ambas cobrarse por una única vez
3. Comisión por pago anticipado, pago parcial o cancelación de la deuda para créditos en colones y dólares.
3% para créditos superiores a $10.000,00 según el tipo de crédito*, sobre el abono extraordinario aplicado como amortización del principal o cancelación total.
* Aplica para los créditos Vivienda Cuota Fija Tres Años, Vivienda Integral, Residencial Hipotecario Dólares y Crédito Empresarial, no aplica a productos dirigidos (Condiciones Especiales) u ofertas.
4. Comisión de formalización por sobregiros documentados en cuenta corriente
SOBREGIROS FORMALES
Crédito en cuenta Corriente de 3 Meses
Primer crédito de 3 meses 1,50%
Primera Prórroga de 3 meses 1,50%
Segunda Prórroga de 3 meses 1,50%
Tercera Prórroga de 3 meses 1,50%
Crédito en Cuenta Corriente de 6 meses
Primer Crédito de 6 meses y prórrogas sucesivas 2,50%
5. Comisión por no cancelación de sobregiros conforme a la forma de pago
SOBREGIROS FORMALES E INFORMALES DOCUMENTADOS
Se cobrará, además de los intereses correspondientes, una comisión del 2% sobre el saldo no cubierto del sobregiro.
Mínima ¢10.400,00.
6. Comisión de manejo en Operaciones garantizadas con mercadería depositada en bodega de clientes (gastos, kilometrajes y otros)
¢50.00 mensual por cada $5.00 del principal adeudado
7. Estudios en el Registro de la Propiedad y estudios sobre Sociedades que realiza la División Jurídica.
¢1.000,00 cada estudio realizado en el Registro de la Propiedad.
¢2.600,00 cada estudio, cuando requiera trasladarse a la Dirección General de Deportes o al Ministerio de Trabajo.
Se exceptúan aquellas que por ley no deben cobrarse.
8. Conformidad salida del país a vehículos prendados al Banco ¢7.800,00
9. Cobro administrativo de operaciones en mora Créditos superiores a $1.000:
1-10 Días ¢5.200,00
11-30 Días ¢10.400,00
31-60 Días ¢15.600,00
61 Días de atraso en adelante ¢20.900,00
NOTA:
Rige para todos los créditos nuevos otorgados a partir de la aprobación de esta tarifa, cuyo monto original sea mayor o igual a $1.000 o su equivalente en colones y que al momento del pago se encuentre en cartera normal o en cobro judicial, cada vez que se realice un pago se les cobrará el monto indicado según el rango de atraso con base en la fecha de vencimiento de los intereses.
Los créditos otorgados antes de esta modificación se regirán por la anterior tarifa, según lo establezca el contrato de crédito respectivo.
10. Cobro Telegramas enviados oper. Vencidas ¢2.600,00
II Productos de captación
1. Cuentas corrientes con saldos promedios mensuales menores a $350.00.
1- Saldo menor a $350.00 – Giro hasta 5 cheques, s/ exceso de giro ¢500.00 c/u
2- De $350.00 a $2.350,00 – Giro hasta 10 cheques, s/ exceso de giro ¢500.00 c/u.
3- Saldo Superior a $2.350,00 – Giro de 15 cheques por cada $2.350,00 de promedio mensual por cliente, s/ exceso ¢500.00 c/cheque girado de más según cantidad permitida producto del saldo promedio mensual.
2. Órdenes de no pago de cheques y depósitos a plazo
Cheques ¢2.100,00
Depósitos a plazo ¢3.700,00
3. Cierre de cuentas motivo del extravío de cheques ¢5.200,00
4. Certificación de cheques colones y dólares ¢7.800,00
5. Información sobre solicitudes de conformidades de saldos sobre cuentas corrientes y otras, hechas para firmas de auditorias nacionales y extranjeras ¢10.400,00
6. Cargos enviados a clientes y devueltos por dirección errónea ¢500.00
7. Nota de débito generada por la devolución de un cheque defectuoso (no se incluyen cheques con fondos insuficientes a los cuales se les aplicará la tarifa establecida en el punto 22 de este mismo Capítulo) ¢1.600,00
8. Apertura nuevas cuentas corrientes
Apertura por extravío fórmulas en blanco ¢7.800,00
Chequera robada o perdida ¢7.800,00
Cuentas cerradas por decisión del Banco o saldo
insoluto ¢5.200,00
9. Chequeras
Colones y Dólares ¢3.100,00
10. Traspaso de fondos entre cuentas corrientes y de ahorros
manualmente en las Plataformas ¢2,600.00
por cada
traspaso
11. Cuentas Corrientes Inactivas.
Saldos inferiores a $20.00 (Cuentas en colones)
Saldos inferior $ 50.00 (Cuentas en Dólares)
Cuentas corrientes y de ahorro inactivas (180 días de inactividad):
Saldos inferiores a $20.00 (Cuentas en colones) ¢1.000,00 c/ mes hasta su liquidación
Saldos inferior $ 50.00 (Cuentas en Dólares) ¢1.600,00 c/ mes hasta liquidación.
12. Buzón Continuo
Bolso ¢9.400,00
Llave ¢3.900,00
13. Confección planillas
Confección y entrega ventanilla 1.50% sobre el monto. Mínimo ¢10,400.00
Confección y envío por transportadora de valores ¢9,400.00 la confección
El envío de acuerdo a la tarifa con la empresa transportadora.
14. Por cada cheque que giren los Intermediarios Financieros (Bancos Privados, Empresas Financieras no Bancarias, Cooperativas de Ahorro y Crédito, Mutuales y Puestos de Bolsa)
¢1.000,00 suma que se cobrará el primer día hábil del mes siguiente.
Esta tarifa será ajustada semestralmente.
15. Cobro de una comisión sobre el monto de cada cheque o transferencia cambiada en efectivo, contra cuentas corrientes que mantengan los Intermediarios Financieros con la Institución en dólares y colones. 0.35 % sobre el monto.
16. Giro sobre otros valores (fondos utilizados respaldados en otros valores)
0.07% sobre los fondos utilizados en moneda nacional
0.03% sobre recursos en moneda extranjera
17.- Descongelamiento de fondos (descongelamiento de recursos depositados en cuenta corriente por medio de cheques)
0.10 % sobre los fondos utilizados en moneda nacional
0.05 % sobre los fondos utilizados en moneda extranjera.
18. Retiro de efectivo en ventanilla, pensionados de la CCSS.
¢100.00 Por cada retiro, para aquellas cuentas cuyo saldo semestral sea inferior a $500.
19. Entrega de monedas en bolsas predefinidas exclusivo para clientes del BCR
¢1.000,00 por transacción, montos superiores a ¢5.000,00
20. Cancelación Anticipada CDP´s Desmaterializados y Electrónicos Colones y Dólares
50% de la tasa vigente del día de la cancelación para el plazo original del CDP.
21. Estados de cuenta corriente. ¢1,000.00 máximo 3 folios, s/ excesos ¢300.00 p/ folio
22. Cheques rechazados por insuficiencia de fondos colones y dólares
¢10.400,00 *Los empleados deberán pagar el 100%.
23. Traspaso de Operaciones de cobro administrativo a cobro judicial
1.5% s/ el total adeudado de cada operación
Mínima ¢10,400.00
Máxima ¢62,600.00
24. Venta de Cheques de Gerencia ¢5.200,00
25. Recolección depósitos especiales en cuenta corriente.
Hasta $ 7.000.00 cobrar la suma de ¢3.100,00
Remeseras
propias
¢4.200,00
Remeseras
privadas
Sobre el exceso se aplicará la siguiente fórmula Temporalmente
¢1.000,00
por cada
$3.500,00
26. Comisión para la recepción de efectivo para Instituciones del Sector Financiero
Nota: la tabla para el cálculo de la comisión se encuentra disponible en SOMOS BCR/DOCUBCR/Formularios
Colones Comisión por millón
Denominación Oficina Central y Oficinas Regionales
Billetes ¢ Billetes ¢: Comisión ¢
1.000 1.000 2.100,00
2.000 2.000 1.600,00
5.000 5.000 500,00
10.000 10.000 500,00
Para monedas Monedas ¢ ¢300 por bolsa
Dólares Comisión por millón
Denominación Oficina Central, GAM y Oficinas
Regionales NORTE Y SUR
Billetes $ Billetes $ Comisión
1 1 ¢18.300,00
2 2 ¢15.600,00
5 5 ¢13.000,00
10 10 ¢13.000,00
20 20 ¢13.000,00
50 50 ¢10.400,00
100 100 ¢10.400,00
27- Comisión para la entrega de efectivo para Instituciones del Sector Financiero
Nota: la tabla para el cálculo de la comisión se encuentra disponible en SOMOS BCR
Colones Comisión por millón
Denominación Denominación Oficina Central, Oficinas
GAM Regionales,
ZN Y ZS
Billetes ¢ Billetes ¢ Comisión Comisión
1.000 1.000 ¢3.100,00 ¢3.700,00
2.000 2.000 ¢1.600,00 ¢1.600,00
5.000 5.000 ¢800.00 ¢800.00
10.000 10.000 ¢300.00 ¢800.00
Para monedas Monedas ¢ ¢500 por bolsa ¢1.000,00
por bolsa
Dólares Comisión por cada dólar
> $0.00 < $1.0 millón ¢700.00
> $1.0 millón < $3.0 millones ¢400.00
De $3.0 millones en adelante ¢300.00
28. Comisión por sobregiros accidentales
Se cobrará tasa para los sobregiros, proporcional al número de días de su utilización.
Mínimo ¢5.200,00
** Los empleados deberán pagar el 100% de estas tarifas.
29. Informe Confidenciales ¢2.100,00 para personas
físicas y jurídicas
30. Reposición de comprobantes de operaciones
canceladas ¢2.100,00 cada uno
31. Aplicación de embargo judicial ¢2.100,00
32. Impresión de un desmaterializado.
Comisión administrativa ¢2.600,00
a. Para materializarlo es necesario aplicar la anulación del CDP.
b. Emitir un nuevo CDP físico, con las mismas características del anulado, tales como fecha de emisión, plazo, dueño.
c. Si el CDP anulado tenía asignado algún plus de tasa la pierde, pues la emisión del nuevo CDP físico, el sistema le asigna la tasa vigente de este tipo de CDP en esa fecha de emisión.
d. El cobro de la comisión
33. Reposición de Títulos, Certificados y Bonos.
Reposición certificados de depósito: 0.25% sobre el valor del título con un mínimo de ¢3.900,00 y un máximo de ¢38.700,00
34. Fraccionamiento de certificado de depósito a plazo. ¢3.900,00
por cada
fracción
35. Certificación o constancia de operación cancelada. ¢6.300,00
cada una
36. Movilización de efectivo
¢1.000,00 por cada depósito que realicen clientes de otras instituciones financieras que se compruebe que están utilizando la infraestructura del Banco.
III Tarjetas de crédito y débito
1. Comisión por reemplazo normal
¢2.600,00
NOTA:
Para los productos de Compras Institucionales, Empresariales y BCR Distribución no pagarán comisión por reemplazo.
2. Comisión por reemplazo de emergencia
Local ¢10.400,00
Internacional, Oro y Platino ¢15.600,00
3. Comisión por adelanto de efectivo
Tarjetas de Crédito
1 % avance efectivo en Bancobcr.com y Bancatel.
1% avance de efectivo en cajeros del BCR
1 % avance efectivo en cajeros dentro de los convenios que tenga el BCR (ATH y BNCR)
3 % avance efectivo en ventanilla del BCR.
$2.00 avance efectivo en ATM´S que no estén en convenio con el BCR.
- Por los avances de efectivo de la BCR Compras del ICE, pagarán una comisión igual a la tasa básica pasiva del BCCR, vigente al momento de la formalización de cada giro, más el margen que corresponda a una operación ubicada en el riesgo AAA en su límite inferior, ajustable mensualmente. (Según acuerdo Comité de Crédito 16-04 del 29-04-2004)
- Los funcionarios del BCR, Operadora de Pensiones, Puesto de Bolsa y Sociedad de Fondos de Inversión, pagarán el 50 % de las comisiones establecidas.
Tarjetas de Débito
No generará comisión avance efectivo en cajeros del BCR o en redes que el BCR realice convenios mediante conexión Host to Host, Bancatel o Bancobcr.com.
- ¢100.00 avance efectivo en cajeros del BCR después del quinto retiro en el mes, solamente en las cuentas cuyo saldo promedio semestral sea inferior a los $350.00.
- ¢300.00 por avances efectivo monetarios en cajeros dentro de los convenios que tenga el BCR (ATH y BNCR) y ¢100.00 para las consultas.
- ¢500.00 avance y retiro efectivo en ventanilla del BCR por transacción, excepto en las cuentas cuyo saldo promedio semestral sea mayor a $500.00 o cuando el retiro a solicitar por el cliente supere el monto permitido a dispensar por nuestros ATM´S.
- ¢1.000,00 avance efectivo en ATM´S que no estén en convenio con el BCR.
- Los funcionarios del BCR, Operadora de Pensiones, Puesto de Bolsa y Sociedad de Fondos de Inversión, pagarán el 50 % de las comisiones establecidas.
4. Comisión levantamiento bloqueo temporal por mora tarjetas ¢2.600,00
5. Membresía Anual
6. Comisiones a negocios afiliados
7. Monto a cobrar por tarjetas recuperadas.
Es cobrado al tarjetahabiente y pagado al recuperador de la tarjeta (persona física o negocio afiliado).
Por tarjetas localizadas en el exterior hasta un máximo de $165.00
(¢78.200,00 por localización más ¢7.800,00 por manejo o su equivalente en colones)
Por tarjeta localizada en el territorio nacional ¢5.200,00
8. Comisión por retiro de efectivo en ventanilla para intercambio con otros emisores internacionales y locales que no estén en convenio
¢1.000,00 + 0.33 % de la transacción
9. Multa por pago automático con débito a una cuenta (sin fondos)
1 % sobre el monto de la cuota
Máximo ¢1.000,00
10. Comisión por cargo administrativo por mora
5-10 Días ¢5.200,00
11-30 Días ¢10.400,00
31-60 Días ¢15.600,00
61-90 Días ¢20.900,00
NOTA:
Esta comisión se cobra mensualmente durante el período en que permanezca el crédito en esa condición.
11. Reposición de Pin para tarjeta de crédito y débito.
¢1,300.00
Se cobra esta tarifa cuando el cliente ha olvidado el PIN, pero si se le sustituye por problemas que se presenten con el Banco y que es responsabilidad de este no se le debe cobrar.
b) Para los productos de Compras Institucionales, Empresariales y BCR Distribución no pagarán comisión por reemplazo.
12. Comisión por servicios administrativos en tarjetas de débito
¢2,600.00 excepto tarjetas: Cuenta Conmigo, Cuenta Propia, Pensionados y ANAFA.
IV Servicios bancarios electrónicos
1. SINPE Sistema Interbancario de Negociación y Pagos Electrónicos, desarrollado por el BCCR, afecta en tiempo real la Cuenta de Reserva de dicho organismo, TCR Transferencias entre Cuentas de Reserva.
Transferencia de Fondos a Terceros:
1. Por la página Web: ¢800.00 por transferencia.
2. En forma manual por plataforma ¢2,100.00 por transferencia
2. Bancatel
Banca Fax-Módulo de Negocios
¢1,000.00 fijo mensual **
** Con derecho a 10 consultas de cheques mensuales sin costo.
Cada consulta adicional ¢100.00
3. Saldo impreso en el Módulo de Banca Comercial ¢100.00
por hoja
4. Teleban
Tarifa Mensual Tarifa Mensual ¢26.000,00
Transferencia Electrónica de Fondos 0.25 % por cada una
Mínima ¢18.300,00 diarios
siempre que se efectúe al
menos una transferencia.
Para el caso de instituciones
cuya actividad sea bancaria,
financiera o bursátil
5. Tasaban
Costo anual por microcomputadora ¢9.400,00
Costo anual por microcomputadora adicional ¢3.700,00
6. Plataforma de Conectividades
Según convenio: La comisión que para este servicio se acuerde entre el Banco y la empresa contratante, será establecida en el documento Reglas del Negocio que deben firmar las ambas partes.
7. Tesorería electrónica
8. Créditos Directos Salientes SINPE
Cuentas Clientes ¢300.00 por transacción
9. Bancobcr Empresarial ¢13.000,00 Dispositivo
de lectura (nuevo y reposición)
¢4.200,00 Tarjeta Smart Card
(nueva y reposición)
V Servicios Comercio Exterior
1. Carta de Crédito de Importación 0.45%, mínima $35.00
SWIFT Apertura $17.00
SWIFT Modificación $8.00
Modificaciones $22.00 c/u, si es al
valor se aplica la comisión
de apertura
2. Cobranzas del Exterior
(Cobranza de Importación) 0.27% del monto,
mínima $30.00,
máxima $80.00
Devolución $30.00
Porte aéreo $3.00
Traslado
SWIFT $8.00
Courier
3. Cheques en dólares por Cuentacorrentista
Cobranza Especial 0.30%
Mínima $ 7.00
Máxima $55.00
Devolución $15.00 c/u
SWIFT $8.00
4. Cartas de Crédito de Exportación 0.12% por cada
mes o fracción
Mínima $45.00
Modificación $30.00 c/u
0.50%, mínima $60.00,
máxima $550.00
Aviso $30.00
SWIFT $8.00
Aviso traslado $30.00
Traslado $35.00
5. Cobranzas al Exterior 0.25%, mínima $30.00,
(Cobros sobre el exterior) máxima $80.00
SWIFT $8.00
Porte Aéreo
6. Cartas de Garantía por cuenta 0.125% por cada mes o
corresponsal y Stand By fracción, mínima $30.00
Modificaciones $30.00 c/u
Si cambia el valor inicial
se aplica la tarifa
de confirmación
SWIFT $8.00
1.0% cada pago, mínima
$60, máxima $550.00
7. Garantías y Avales al Exterior 0.125% por cada mes
o fracción, mínima $30.00
Modificaciones $30.00
si cambia el monto inicial
se aplica tarifa de confirmación
SWIFT $17.00
1.0% cada pago, mínima
$50.00, máxima $550.00
8. Órdenes de Pago
Pago en dólares / colones De $1.00 a $ 100.00
comisión $1.00
De $101.00 a $2.000,00
comisión $12.00
De $2.001,00 a $30.000,00
comisión $23.00
Más de $30.000,00
Comisión $30
Depósito en cuenta corriente/
Ahorros, Inversiones De $1.00 a $ 100.00
comisión $1.00
De $101.00 a $2.000,00
comisión $12.00
De $2.001,00 a $30.000,00
comisión $23.00
Más de $30.000,00
Comisión $30
Traslado a Bancos Estatales
Traslado a Bancos Privados $6.00
$27.00
SWIFT $8,00
9. Transferencias
Apertura 0.42% mínima $12.00, máxima $65.00
SWIFT $8,00
10. Divisas depositadas cuenta corriente/ Ahorros
Depósito Cta. en dólares 1.5%, mínima $10.00
Depósito Cta. en colones 1.0%, mínima $7.00
11. Cheques enviados cobro por cuenta clientes
Pago en colones 0.75%, mínima $20.00, máxima $80.00
Pago en dólares 1.5%, mínima $20.00, máxima $80.00
SWIFT $8,00
12. Venta Cheque Viajero Servicio 1% del monto vendido
13. Venta Giros Emisión $10.00
14. Detención de Pago a Giros Bancarios
Bicsa MIAMI / PANAMÁ 1,0%, mínimo $7.00, máximo $45.00
Citibank NEW YORK $5.00
15. Anulación de Giros Servicio $7.00
16. Cheques devueltos Servicio $12.00 Más gastos
en dólares del corresponsal
17. Verificación de claves
a Bancos Privados Servicio $7.50
18. Pago de cheques viajero En colones: 1%, Mínima $2.00
19. Remesas Express a Nicaragua hasta $500 máximo por transacción
Envíos de:
$1.00 a $100.00 $3.00 comisión
$100.01 a $500.00 $5.00 comisión
20. Transferencias Salientes Alianza Bancaria Regionales en ventanilla
Montos hasta $5.000 $10.00
Montos mayores a $5.000 $15.00
21. Transferencias Entrantes Alianza Bancaria Regionales en ventanilla (Órdenes de Pago) $5.00
22. Money Gram, Servicio de remesas Familiares
De $1.00 a $100 $4.00
De $101 en adelante 2.00% sobre el monto
transado más $2.00 (*)
• Esta comisión puede variar dependiendo del país de destino de la transferencia según lo establezca el sistema Money Gram.
23. U.S. Direct Deposit - Acreditación Pensiones Gobierno de los E.E.U.U.
Acreditación $6.00 por transacción
De esta tarifa que cobra el BCR,
se comparte el 50% con el
Bank of New Cork
24. Comisión por exportación de dólares a través del BCR por Bancos Estatales y Privados
De $0 hasta $3.000.000 0.12%
De $3.001.000 hasta $5.000.000 0.09%
De $5.001.000 hasta $7.000.000 0.07%
De $7.001.000 en adelante 0.065%
25. Órdenes de Pago (Transf.) a otras oficinas bancarias
-Colones y Dólares
Montos % Acumulado
Hasta $ 200.00 2.0% $ 4.00
Exceso $200.00 a $1.800.00 1.5% $ 28.00
De $1,800.00 en adelante 0.5% Mínimo $ 3.00
26. Envió Estado de Cuenta Corriente $ 3.0 por cada estado
por Swift de cuenta enviado
27. Final Credit Service de Wachovia Bank
Costo de envío. $50.00 por cada cheque
VI Comisiones de confianza
COMISIONES DE CONFIANZA
Dentro de las Comisiones de Confianza están los Mandatos, los Fideicomisos y Otras Comisiones de Confianza.
A Mandatos
1. Cobro de documentos (Pagarés, letras, créditos hipotecarios o similares) en gestión de cobro aunque el Banco tenga en garantía esos documentos
Tarifa (porcentaje) a negociar de acuerdo al costo administrativo, obligaciones y responsabilidades del mandato.
Mínimo ¢26.000,00 mensual
2. Remesas directas de dinero al o del exterior
-10% sobre el principal - Mínimo ¢13.000,00 o equivalente
La Comisión se negociará si es parte de un servicio integral al cliente
B. Custodias
3 a- Custodia Física de valores: Servicio que se brinda para el depósito, cuidado y conservación de valores físicos.
De 0 hasta $12.500.00 ¢2.600,00 mensual
De $12.501.00 hasta $50.000.00 0.50% anual
De $50.001.00 hasta $100.000.00 0.45% anual
De $100.001.00 hasta $250.000.00 0.40% anual
De $250.001.00 hasta $1.000.000.00 0.30% anual
De $1.000.001.00 hasta
$10.000.000.00 0.20% anual
Mayor a $10.000.001.00 0.15% anual
Cobrados mensualmente por adelantado
Para Pensionados Rentistas 0.25% anual sobre el principal.
4 b- Custodia y administración de documentos en garantía:
Custodia física de documentos dados en garantía al Banco en operaciones de crédito, que incluye el proceso de administración, según los términos aprobados, excepto cuando la garantía sean títulos valores.
Comisión del 1.5% anual sobre el monto o saldo del crédito, debitando de una cuenta corriente o de ahorros del cliente la parte proporcional en forma mensual.
5. Custodia de objetos en paquetes cerrados, que corresponden a bienes extraídos de Cajitas de Seguridad que deben desocuparse por falta de uso o de pago del cliente.
Por bulto de 3.000 cm3 o menos ¢52.200,00 anuales.
Por cm3 adicional $0.05 o su equivalente en colones.
Máximo de ¢261.000.00 anual por bulto.
6. Custodio Electrónico
Tarifas Custodia Internacional: 0.0033% x
Promedio de Saldos al Final del mes
Servicios Custodia Local
Movimiento Costos (¢)
Traspasos 300
Cancelaciones físicas 600
Cancelaciones desmaterializadas 300
Entrada de valores físicos 300
Salidas 900
Traspasos no onerosos 26,100
Certificaciones 2,600
Certificaciones para auditores 7,800
Pago de redenciones por evento 300
Pignoración / despignoración 7,800
Servicios Custodia Internacional:
Servicios internacionales en ¢
Entrega
Entrega
Recibo
Transfe-
Ingreso
libre
contra
contra
rencia
de
de
Liquidación
de
pago
pago
pago
efectivo
fondos
Clerstream
8,500
8,500
8,500
11,200
4,700
Deutche
Bank
13,000
13,000
13,000
13,000
13,000
7. Comisión Medios Magnéticos.
Servicio que se brinda para el depósito, cuidado y conservación de los medios magnéticos
Estos espacios se alquilarán por mes adelantado.
Tipo de estante Centímetros cúbicos Tarifa mensual
1 30,720 $21
2.00 106,875 $71
3.00 201,600 $134
8. Comisión por transacción de medios magnético.
Se cobrará ¢1.000,00 para cada transacción (puede implicar Sustitución de una o varias cintas).
Transacción se refiere a cada visita realizada por las empresas para sustituir cintas, diskettes, etc por otras. Si una empresa sustituye estos artículos en distintas horas del día, la comisión por cobrar sería el número de visitas que hiciera por los ¢1.000,00
C. Fideicomiso
9. Apertura y Formalización
- Honorario anual
- Pagaderos mensual por anticipado
- Más gastos
- Elaboración proyectos
- Formalización contrato
- Modificaciones del contrato
- Declaración impuestos
- Monto mínimo del contrato
Sujeta a negociación de acuerdo a los requerimientos, mínimo ¢52.200,00 (una sola vez)
Monto mínimo
$100.000.00-personas físicas
$500.000.00 a personas jurídicas e instituciones.
Montos menores sujetos a negociación por BCR-Fideicomiso.
Fideicomisos de Administración y otros tipos
10. Fideicomisos de Administración
Tarifa (porcentaje) a negociar de acuerdo a los requerimientos y al costo administrativo, obligaciones y responsabilidades del fiduciario
Mínimo ¢65.000,00 mensuales.
Define BCR-Fideicomiso.
11. Fideicomisos de Administración e Inversión de Títulos Valores
Honorario 3% anual
Pagos mensuales o pagado anticipado
Honorario mínimo ¢ 365.000,00 mensual
Monto mínimo del Fideicomiso $250.000,00
Sujeto a negociación.
Define BCR-Fideicomiso.
D. Otras comisiones de confianza
12. Mandatos de Administración e inversión (Figura con servicios semejantes al Fideicomiso) Mínimo Administrado $100.000.00
Tarifa (porcentaje) a negociar de acuerdo al costo administrativo, obligaciones, y responsabilidades del mandato
Mínimo ¢130.400,00 mensual
Define BCR-Fideicomiso
13. Depósito inicial de garantía 50 % del costo anual de la cajita
E. Cajitas de seguridad
14. Reposición de llave en caso de extravío ¢8.900,00 costo
administración, más
costo de cerrajería
15. Costo anual de la cajita
T-1, ¢13.000,00
T-2, T-3, T-4, ¢20.900,00
T-5, T-6, ¢46.900,00
T-7, T-8 ¢99.000,00
16. Apertura de Cajita de Seguridad por falta de pago u orden Judicial (Mortual).
¢52.000,00 por cajita
Nota: Esta tarifa se cobrará a aquellos clientes que no han pagado la cajita de seguridad. Cuando se presenten a retirar sus bienes se les cobrará esta comisión más la comisión de custodia.
VII Garantías de participación y cumplimiento
1. Porcentajes corrientes
a. Bono de participación
Emisión En colones: 0.75% por trimestre o
fracción mínimo ¢10.400,00 por trimestre
En dólares: 0.60% por trimestre o
fracción mínimo ¢10.400,00 por trimestre.
Extensión de plazo En colones: 0.75% por trimestre o fracción
mínimo ¢10.400,00
En dólares: 0.60% por trimestre o fracción
mínimo ¢10.400,00
Incremento del valor En colones 0.75% y en dólares 0.60% sobre
el monto del incremento, por trimestre o
fracción existente entre la fecha de la
modificación y el vencimiento de la
garantía. Mínimo ¢10.400,00 por trimestre.
b- Bono de cumplimiento
Emisión En colones: 1.25% por trimestre o fracción
mínimo ¢10.400,00 por trimestre
En dólares: 0.60% por trimestre o fracción
mínimo ¢10.400,00
Extensión de plazo En colones: 1.25% por trimestre o fracción
mínimo ¢10.400,00 por trimestre.
En dólares: 0.60% por trimestre o fracción
mínimo ¢10.400,00
Incremento del valor En colones: 1.25% por trimestre o fracción
por trimestre.
En dólares: 0.60% por trimestre o fracción.
Del monto existente entre la fecha de la
modificación y el vencimiento de la
garantía, mínimo ¢10.400,00 por trimestre.
c- Bono de Garantía
tramitado y no retirado
o enmiendas ¢10.400,00
NOTA:
Los montos mínimos de las Garantías
de Participación y Cumplimiento dentro del
Bono de Garantía será de $180.00 y fuera
del Bono el mínimo será de $1.100.00 por
garantía. En caso de montos menores deben
ser autorizados por funcionarios autorizados
del área.
2. Porcentajes contratos bono abierto
a- Comisión de apertura anual (línea de Garantía)
0,50% por una sola vez mínimo ¢10,400.00
b- Comisión para emisión de garantías dentro del bono abierto.
Participación ¢: 1.50% por trim o fracción mínimo ¢10.400,00 por trimestre.
Participación $: 1.50% por trim o fracción mínimo ¢10.400,00 por trimestre.
Cumplimiento ¢: 1.50% por trim o fracción mínimo ¢10.400,00 por trimestre.
Cumplimiento $: 1.50% por trim o fracción mínimo ¢10.400,00 por trimestre.
VIII Avalúos, inspecciones y fiscalizaciones
1. Cobro de avalúos e inspecciones para operaciones de crédito y prórrogas, arreglos y otros solicitados por los clientes.
Monto
de crédito % Exceso Acumulado (¢)
HASTA
$15.000.00 --- --- 47.000,00
S/EXCESO DE
$15.000 a $70.000.00 0.6 $
330.00 219.000,00
S/EXCESO DE
$70.000 a $140.000.00 0.4 $
280.00 365.000,00
S/EXCESO DE
$140.000 a $280.000.00 0.2 $
280.00 511.000,00
S/EXCESO DE
$280.000 a $560.000.00 0.1 $
280.00 657.000,00
S/EXCESO DE
$560.000 a $1.120.000.00 0.05 $
280.00 803.000,00
MAS DE
$1.120.000.00 0.03 ------- -------
a. El total de la comisión acumulada forma la base para la siguiente categoría.
b. Para avalúos de vehículos, de cualquier tipo, la comisión corresponde al 50% del resultado según la tabla.
c. Cuando corresponda realizar avalúos para efectos de seguimiento, la comisión se calculará con base en el saldo adeudado, en lugar del monto de crédito, salvo cuando el avalúo sea factible realizarlo por el mismo valuador que realizó el avalúo anterior, en cuyo caso la comisión corresponderá al 50% del resultado según la tabla, calculado con base en el saldo adeudado, en lugar del monto de crédito en la tabla.
d. En el caso de solicitudes de crédito para compra de lote y construcción o solo construcción y siempre y cuando el monto del crédito sea superior al monto del avalúo, el cálculo de la comisión por avalúo es sobre el monto del avalúo.
e. Para efectos del cálculo de la comisión por avalúo en casos de cobro judicial, se usará como base el saldo de la operación sin considerar intereses acumulados, en lugar del monto de crédito en la tabla.
f. Para efectos del cálculo de la comisión por avalúo en casos de venta de bienes, se usará como base el monto de la adjudicación, en lugar del monto de crédito en la tabla.
g. En el caso que el avalúo no se realice debido a razones no imputables al Banco y siempre y cuando el valuador haya hecho la inspección de campo, para el cálculo de la comisión aplica la tarifa establecida para “Otras Inspecciones”.
h. Por entregar al cliente copia de un avalúo hecho por funcionarios del Banco o por valuadores externos contratados por el Banco, se cobrará la diferencia entre el pago original que hizo el cliente y la tarifa vigente del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica.
El cálculo de la comisión por inspecciones previas es sobre el monto del crédito y corresponde al 25% de la tarifa por concepto de avalúos.
Inspecciones previas
2. Las que son requeridas en el estudio y análisis de una solicitud de crédito y son efectuadas por profesionales designados por el Banco.
Otras inspecciones
Las que son efectuadas por profesionales designados por el Banco, para cualquier otro propósito, exceptuando las inspecciones previas y las inspecciones para el control y seguimiento de las garantías.
El cálculo de la comisión por otras inspecciones es sobre el monto del crédito y corresponde a un mínimo de ¢18.800,00 para un monto de crédito hasta $15.000 y para montos de crédito superiores, se conserva la base y se adiciona el 0,015% aplicable a la diferencia entre el monto de crédito y los $15.000.
Fiscalización de inversiones
3. Comprende la revisión del presupuesto y la fiscalización de la inversión realizada en la obra, por parte de los profesionales designados por el Banco y en los créditos para Construcción.
1.50 % sobre la proporción del monto del crédito destinado a construcción.
Por concepto de pago de kilometraje
4. Debido al desplazamiento de los profesionales designados por el Banco para hacer los avalúos, inspecciones y la fiscalización de inversiones.
Se cobrará al cliente de acuerdo con la tarifa vigente de la Contraloría General de la República.
IX Otras tarifas
1. Constancias o certificaciones para efectos de trámite de visa de ingreso a los Estados Unidos de América ¢5.200,00
Referencias Comerciales ¢5.200,00
Otras constancias ¢2.600,00
Reportes y constancias por CDP’S para
negociación en la Bolsa de Valores ¢5.200,00
2. Solicitud de información confidencial a otros Bancos del Sistema Estatal.
Personas físicas ¢1.000,00 c/u
Personas jurídicas ¢3.700,00 c/u
3. Copias de Microfilm ¢1.600,00
4. Uso de Fax ¢500,00
Nacional ¢2.600,00 ***
Internacional ***Nos ajustamos a tarifa
de RACSA ($2) + plus ($3)
Otros Se exceptúa el envío del estado
cuando el cliente no lo recibió.
5. Fotocopias ¢10.00 no se cobra cuando
las fotocopias son para trámites
bancarios internos
6. Copias Planos Según costo
7. Apartado Bancario ¢18.300,00 anual membresía
¢5.000,00 cada bolso de cuero
Nota: El costo por reposición
de llaves y cambio de llavín será
asumido totalmente por el cliente
Aspectos Generales
1. En el caso de que la atención de los servicios antes detallados demande un manejo especial o extraordinario, el Banco se reserva la facultad y el derecho de cobrar los gastos o intereses adicionales locales y del exterior. Cuando una negociación involucre dos o más operaciones con tarifas especificadas en este manual, se cobrarán las tarifas correspondientes a cada una de las operaciones.
2. Todas las comisiones y tarifas podrán ser pagadas en U.S. dólares o su equivalente en colones, al tipo de cambio BCR de venta vigente a la fecha de cancelación.
3. Todas las tarifas incluidas en dólares se refieren a moneda de los Estados Unidos de Norteamérica.
4. Para todas las comisiones y tarifas incluidas en el presente Reglamento, se establecen diferentes rangos de atribuciones para la negociación de las mismas cuando así se requiera, distribuidas de la siguiente forma:
Porcentaje a Negociar
Gerente General 100%
Subgerentes 100%
Director de División (1) 100%
Gerente de División (1) 100%
NOTAS:
(1) Directores de División y Gerentes de División informando a superior inmediato
San José, 28 de marzo del 2008.—Oficina Normativa Administrativa.—Lic. Carlos Ml. Calderón Gutiérrez.—1 vez.—(Solicitud Nº 49986).—C-439570.—(32103).
MUNICIPALIDAD DE ASERRÍ
El Concejo de Aserrí en sesión ordinaria Nº 98, celebrada el día 17 de marzo del año 2008, por medio del Acuerdo Nº 05-98, artículo tercero, aprobó en forma unánime y acuerdo declarado totalmente en firme, el siguiente:
REGLAMENTO DEL PARQUE DE ASERRÍ
Artículo 1º—Conforme a las atribuciones que confiere el inciso c), del artículo Nº 13 de la Ley Nº 7794, se emite el presente Reglamento que regula el uso de los parques públicos, propiedad de la Municipalidad de Aserrí.
Artículo 2º—La Municipalidad de Aserrí, podrá administrar directamente los parques públicos propiedad de la Municipalidad; o bien delegar ésta, en Organizaciones Comunales constituidas a nivel cantonal o distrital.
Artículo 3º—Los permisos para celebración de actos culturales u otro tipo en los parques, los otorgará el Concejo Municipal. Para otorgar dichos permisos, deberá considerarse lo dispuesto en el presente Reglamento.
Artículo 4º—Conforme lo establece el Código Municipal, la Municipalidad cobrará tasas para el mantenimiento de parques y zonas verdes públicas, para cada uno de los distritos, conforme el costo de inversión para cada uno de éstos.
Artículo 5º—Podrá autorizarse la celebración de actos culturales y deportivos en el parque del distrito central, siempre y cuando dichos actos no conlleven la destrucción del mismo.
Artículo 6º—Queda terminantemente prohibido, la instalación de carruseles, vehículos y chinamos dentro de los parques.
Artículo 7º—Se prohíbe el uso en el parque, de patinetas, bicicletas, (cuando se usen para transitar por los pasillos del parque), u otro tipo de objetos que puedan deteriorar las instalaciones del parque y causar accidentes a los usuarios del mismo.
Artículo 8º—Se excepciona de lo dispuesto en el artículo anterior, en cuanto a uso de bicicletas, para los niños menores a siete años que se encuentren al cuidado de sus padres.
Artículo 9º—Se prohíbe a las personas, caminar por las zonas verdes del parque, subir a los arbustos, cortar éstos, flores y cualquier planta sembradas en el mismo.
Artículo 10.—Es prohibido hacer mal uso de los asientos instalados en el parque.
Artículo 11.—Es prohibido la distribución, tenencia o consumo de cualquier tipo de drogas y licor en el parque.
Artículo 12.—Se autoriza a los Delegados de la Policía de Proximidad, para que hagan cumplir las disposiciones del presente Reglamento y de las Leyes; lo mismo que a cualquier otra autoridad pública existente, o que en el futuro pueda crearse.
Artículo 13.—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Lic. Mario Morales Guzmán, Alcalde.—1 vez.—(32641).
OFICINA DE CENTRO COMERCIAL TERRAMALL 188
PUBLICACIÓN DE TERCERa VEZ
Yo Suet Piu Wong Chou, cédula de identidad Nº 8-0052-0781, solicitante del certificado de depósito a plazo, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, Oficina de Centro Comercial Terramall 188, que se detalla a continuación: C.D.P: 400-02-188-000042-6. Monto: Capital $11.021,30. Interés $19.93. Emisión: 14/03/2008. Vencimiento: 15/04/2008. Título emitido a la orden de Suet Piu Wong Chou, a una tasa de interés del 2.10%. Solicito reposición de este documento por causa de extravío. Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el término de quince días.
Cartago, 4 de abril del 2008.—Leandra Sánchez Fernández, Gerente.—Nº 25795.—(31874).
FACULTAD DE DERECHO
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Ileana Andrea Orozco Herrera, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los cuatro días del mes de abril del dos mil ocho.—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(31851).
Gustavo Alexander Valverde Peña, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los cuatro días del mes de abril del dos mil ocho.— Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(31852).
Roberto Murillo Murillo, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 4 de abril del 2008.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 25890.—(31872).
David Augusto Pérez Rodríguez, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 4 de abril del 2008.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 25894.—(31873).
Diego Alonso Pacheco Guerrero, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 4 de abril del 2008.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(31915).
Gustavo Adolfo Tellini Mora, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 4 de abril del 2008.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(31917).
Jorge Arturo Sánchez Bolaños, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cincos días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Fació” 04 de abril del 2008..—Área de Investigación.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(31965).
Montero Aguilar Laura Eugenia, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Fació”, 07 de abril del 2008.—Area de Investigación.—Lic. Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—Nº 26183.—(32515).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
ORI-R-619-2008.—Quintero Echeverri Fabio Hernando, R-042-2008, colombiano, residente permanente Nº 117001084935, ha solicitado reconocimiento del diploma de Arquitecto, de la Universidad del Valle, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil ocho.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112287).—C-15860.—(32104).
ORI-R-615-2008.—Cuadra Avilés Alena Gresset, R-062-2008, nicaragüense, pasaporte Nº C1366967, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Civil, de la Universidad Nacional de Ingeniería, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil ocho.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112287).—C-15860.—(32105).
ORI-R-617-2008.—Castro Mora Sergio Alberto, R-063-08, costarricense, cédula Nº 1-0823-0656, ha solicitado reconocimiento del diploma de Magister Artium en Patología Oral y Maxilo Facial y Medicina Oral, de la Universidad Mariano Gálvez de Guatemala, Guatemala. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil ocho.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112287).—C-15860.—(32106).
ORI-R-625-2008.—Burgos Pérez Esperanza, R-067-08-B, colombiana, residente permanente Nº 117000273516, ha solicitado reconocimiento del diploma de Arquitecto, de la Universidad La Gran Colombia, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil ocho.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112287).—C-15860.—(32107).
ORI-R-621-2008.—Leitón Chacón José Enrique, R-137-08-B, costarricense, cédula de identidad Nº 1-0668-0489, ha solicitado reconocimiento del diploma de Postgrado en Administración Funcional, del INCAE, Nicaragua. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil ocho.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112287).—C-15860.—(32108).
ORI-R-623-2008.—Boersma Sandra Nanette, R-060-2008, holandesa, pasaporte Nº NG2470343, ha solicitado reconocimiento del diploma de Master en Artes (Psicología), de la Universidad Estatal de Leiden, Holanda (Países Bajos). Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil ocho.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112287).—C-15860.—(32109).
ORI-R-611-2008.—Jorge Andrés Burgos Vásquez, R-070-2008, colombiano, pasaporte Nº CC80062167, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Civil, Universidad de La Salle, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil ocho.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112287).—C-15860.—(32110).
ORI-R-605-2008.—Ana Lorena Zapata Monge, R-073-2008, costarricense, cédula de identidad Nº 1-579-883, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría de Francés Lengua Extranjera, Universidad Stendhal-Grenoble 3, Francia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil ocho.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112287).—C-15860.—(32111).
ORI-R-609-2008.—José Luis Barreto García, R-071-2008, cubano, cédula de refugiado Nº 119200085132, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniero Mecánico, Instituto Superior Politécnico “José Antonio Echeverría”, Cuba. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil ocho.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112287).—C-15860.—(32112).
ORI-R-607-2008.—Sofía Milena Alvarado Soto, R-072-2008, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1138-189, ha solicitado reconocimiento del diploma de Ingeniera Civil, Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil ocho.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112287).—C-15860.—(32113).
ORI-R-613-2008.—Juan Manuel Contasti Arias, R-069-2008, costarricense, cédula de identidad Nº 1-233-0374, ha solicitado reconocimiento del diploma de Abogado, Universidad Fermín Toro, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil ocho.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112287).—C-15860.—(32114).
ORI-R-2623-2007.—Vivian Priscila Kellerman Núñez, R-271-2007, costarricense, cédula de identidad Nº 1-1212-493, ha solicitado reconocimiento del diploma de Licenciada en Educación Preescolar, Escuela Normal Superior del Estado de Morelos, México. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veinte días del mes de noviembre del dos mil siete.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112287).—C-15860.—(32115).
ORI-R-599-2008.—Burgos Pérez Esperanza, R-067-2008, colombiana, residencia permanente Nº 117000273516, ha solicitado reconocimiento del diploma de Magistra en Planeación Urbana y Regional, la Pontificia Universidad Javeriana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil siete.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112287).—C-15860.—(32116).
ORI-R-597-2008.—Rossi Lara Ana Cristina, R-066-2008, costarricense, cédula de identidad Nº 01-04070914, ha solicitado reconocimiento del diploma de Maestría en Letras en Mujeres y Desarrollo, Instituto de Estudios Sociales, Holanda (Países Bajos). Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil ocho.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112287).—C-15860.—(32117).
ORI-R-595-2008.—Celis Esparza Dora Patricia, R-066-2008, colombiana, pasaporte Nº CC63336335, ha solicitado reconocimiento del diploma de Psicóloga, Universidad Pontificia Bolivariana, Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil ocho.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112287).—C-15860.—(32118).
ORI-R-593-2008.—González Quesada Jorge Andrés, R-064-2008, costarricense, cédula de identidad Nº 04-01620022, ha solicitado reconocimiento del diploma de Título de Profesional Especialista en Periodoncia, Universidad de Chile, Chile. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil ocho.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112287).—C-15860.—(32119).
ORI-R-601-2008.—Judith Vásquez Costa, R-068-2008, venezolana, pasaporte Nº 172568, ha solicitado reconocimiento del diploma de Odontólogo, Universidad de Carabobo, Venezuela. Cualquier persona interesada en aportar datos de la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta oficina, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, a los veintisiete días del mes de marzo del dos mil ocho.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—(O. C. Nº 112287).—C-15860.—(32120).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Carlos José Víquez Quirós, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, dentro de los cinco días posteriores a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria “Rodrigo Facio”, 3 de abril del 2008.—Facultad de Derecho.—Dr. Daniel Gadea Nieto, Director.—(32443).
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTO
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma por: extravío. Correspondiente al título de Ingeniero en Informática con grado de Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo el tomo 16, folio 76, asiento 474, a nombre de Jobson Vargas Carlos. Con fecha 7 de abril del 2000, cédula de identidad Nº 7-0113-0475. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—Heredia, 14 de enero del 2008.—Departamento de Registro.—MAE Marvin Sánchez Hernández, Director.—(31587).
APROBACIÓN INCREMENTO CUANTÍA BÁSICA DE
PENSIÓN DEL RÉGIMEN NO CONTRIBUTIVO
La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 21 de la sesión Nº 8232, celebrada el 6 de marzo del año 2008 acordó:
1. Incrementar la cuantía básica de pensión del Régimen no Contributivo de ¢50.000 (cincuenta mil colones) a ¢57.500 (cincuenta y siete mil quinientos colones) mensuales, a partir del 1º de marzo del año 2008.
2. Mantener la actual política de otorgamiento de 400 (cuatrocientas) nuevas pensiones ordinarias por mes.
Queda entendido como política institucional que, en lo posible, se mantenga una relación entre los montos de las pensiones contributivas y no contributivos de al menos un 50 % mayor de las primeras sobre las segundas. Además, que el principal criterio de fijación de los montos de las pensiones seguirá siendo el índice de inflación.
Rige a partir del 1º de marzo del año 2008.
Junta Directiva.—Emma C. Zúñiga Valverde, Secretaria.—1 vez.—(P. Nº 2112).—C-9260.—(33508).
CONSEJO DIRECTIVO
Considerando:
La Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, regula la expropiación forzosa por causa de interés público legalmente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, incluyendo servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.
En dicho marco legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) necesita establecer un derecho de servidumbre, necesario para el paso de la línea de transmisión denominada SIEPAC (Tramo Río Claro-Paso Canoas ), sobre parte de una finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, matrícula número 96.075-000, sita en el cantón 07 (Golfito ), distrito 03 (Guaycará), provincia de Puntarenas; localizada 25 metros al este de la escuela de San Ramón de Río Claro.
Según Registro Público, la finca es terreno para la agricultura, lote 11; tiene una medida, según el Registro, de 4 hectáreas, 9.217,41 metros cuadrados, de acuerdo al plano catastrado P-73.789-1992, pero en la realidad mide 2 hectáreas 7.688,65 metros cuadrados, según plano catastrado P-794.536/2002. Linda así: norte, Dagoberto Elizondo; sur, Gerardo Mena; este, calle; y oeste, Quebrada Chiricanos.
Ø El dueño registral de la propiedad es el señor José Alberto Mora Montero, casado una vez, con cédula Nº 6-163-037, pero su poseedor actual es el señor Marvin Elizondo Sartí, mayor, casado, vecino de San Ramón de Río Claro, con cédula Nº 1-702-384.
Ø Que a solicitud de la Unidad Estratégica de Negocios de Proyectos y Servicios Asociados de este Instituto, el valor de esta servidumbre se estableció en la suma de ¢4.060.359,10 (cuatro millones sesenta mil trescientos cincuenta y nueve colones con diez céntimos) según avalúo Nº 050-2007.
Ø A tenor de los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, procede decretar la expropiación correspondiente.
POR TANTO:
1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢4.060.359,10 (cuatro millones sesenta mil trescientos cincuenta y nueve colones con diez céntimos).
2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo, constitúyase, sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:
El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de servidumbre sobre la propiedad de la cual es poseedor del señor Marvin Elizondo Sartí, con una longitud por línea de centro de 34,16 metros y un ancho de 30 metros para un área total de 1.024,18 metros cuadrados; tiene forma similar a un trapecio. La orientación de la franja es de oeste a este, ingresando por el lindero oeste, colindante con el señor Gerardo Mena Vega y Álvaro Mora Villalobos, pasando sobre potrero con un azimut de 107° 27” hasta salir por el lindero este con la calle pública que comunica a San Ramón de Río Claro con Las Vegas. El área afectada corresponde a un 3,70% del área de la propiedad, afectando el sector medio de la propiedad. Además, se establece un sitio de torre de ángulo, que se ubica a 5,6 metros del lindero sur que da con la calle pública.
Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de las torres, antes deberá consultársele al ICE. El propietario deberá permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada.
3º—La servidumbre descrita se establecerán en favor de la finca del partido de Puntarenas, al sistema mecanizado matrícula ciento diecinueve mil cuatrocientos cuarenta y dos-cero cero cero, que es terreno de repastos, sito en el distinto primero del cantón noveno de la provincia de Puntarenas; mide cincuenta mil setenta y ocho metros con cuarenta decímetros cuadrados, y linda al norte y este, con calle pública; al sur y oeste, con la sucesión de Ana María Solís Barboza, tiene el plano catastrado número P-quinientos diez mil ochocientos sesenta y uno-mil novecientos noventa y ocho.
4º—Continúese con los trámites de rigor.
5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5791 celebrada el 10 de abril del 2007.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 8 de abril del 2008.—Lic. Andrea Campos Villalobos, Apoderada General Judicial.—1 vez.—(32178).
La Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, regula la expropiación forzosa por causa de interés público legal mente comprobado. La expropiación, exclusivamente ordenada por el Poder Judicial, se deriva del ejercicio del poder de imperio del Estado por medio de la Administración Pública, el cual comprende diferentes formas de afectación de la propiedad privada, incluyendo servidumbres, derechos reales o intereses patrimoniales legítimos, cualesquiera que sean sus titulares, previo pago de una indemnización que represente el precio justo de lo expropiado. Estos bienes podrán ser afectados, conforme a esta ley, en la búsqueda del bien común.
En dicho marco legal-institucional, en pos del desarrollo nacional y del consumo doméstico de electricidad que urgen los costarricenses, el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) necesita establecer un derecho de servidumbre, necesario para el paso de la línea de transmisión denominada SIEPAC (Tramo Parrita-Palmar Norte), sobre una finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, matrícula 579.264-000, sita en el distrito primero, San Isidro de El General, cantón 19, Pérez Zeledón, de la provincia de San José, localizada en San Luis de Bocana, de la escuela 1,5 km al norte, propietario número 134-C.
Ø Según Registro Público, la finca es terreno de agricultura; tiene una medida de 140.791 metros con 87 decímetros cuadrados y linda así: norte, calle pública; sur, Alejo Serrano Quesada; este, calle pública y oeste, Alejo Serrano Quesada, en parte y parte calle pública con un frente de 177 metros 48 centímetros. Se identifica en la materialidad por medio del plano inscrito en el Catastro Nacional bajo el número S.J. 1.062.705/2006.
Ø El dueño de la propiedad es la empresa B.A.L.A. del Pacífico S. A., cédula jurídica 3-101-393.171.
Ø Que a solicitud de la Unidad de Negocios de Proyectos y Servicios Asociados, del Instituto Costarricense de Electricidad, el valor de esta servidumbre fue actualizado, en la suma de ¢1.379.316,90 (un millón trescientos setenta y nueve mil trescientos dieciséis colones con noventa céntimos), según avalúo número 566-2007.
Ø A tenor de los estudios técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está suficientemente probada y técnicamente demostrada la utilidad pública, así como la urgencia de constituir este derecho de servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de la Constitución Política y la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, procede decretar la expropiación correspondiente.
POR TANTO:
1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢1.379.316,90 (un millón trescientos setenta y nueve mil trescientos dieciséis colones con noventa céntimos).
2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo, constitúyase, sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:
El Instituto Costarricense de Electricidad establecerá un derecho de servidumbre sobre una franja de terreno con una longitud total sobre la línea de centro, de 46,04 metros, con 30 metros de ancho ( 15 metros a ambos lados de la línea centro), para un área total de 1.344,09 metros cuadrados. La franja de servidumbre tiene una orientación noroeste-sureste; la línea ingresa a la propiedad con un azimut de 145° 59 30”, por el lindero norte con calle pública, hasta salir con el mismo azimut por la colindancia sur con Rodolfo Monge Esquivel. Afecta un área de tacotal. Se ubica en la parte este de la finca y afecta un 0,95% del área total de la propiedad y tiene forma irregular. No existen puestos de torre.
Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de las torres, antes deberá consultársele al ICE. El propietario deberá permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra. Todo con fundamento en la Ley Nº 6313 del 4 de enero de 1979, citada.
3º—La servidumbre descrita se establecerán en favor de la finca del partido de Puntarenas, al sistema mecanizado matrícula ciento diecinueve mil cuatrocientos cuarenta y dos-cero cero cero, que es terreno de repastos, sito en el distinto primero del cantón noveno de la provincia de Puntarenas; mide cincuenta mil setenta y ocho metros con cuarenta decímetros cuadrados, y linda al norte, y este con calle pública; al sur y oeste con la Sucesión de Ana María Solís Barboza, tiene el plano catastrado número P-quinientos diez mil ochocientos sesenta y uno-mil novecientos noventa y ocho.
4º—Continúese con los trámites de rigor.
5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión número 5821 celebrada el 12 de febrero del 2008.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 8 de abril del 2008.—Lic. Andrea Campos Villalobos, Apoderada General Judicial.—1 vez.—(32179).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Al señor Roy Oviedo Solórzano, domicilio y demás calidades desconocidas por esta Oficina Local y a quien interese, se les comunica que esta Oficina Local de Heredia Norte ha recibido solicitud de la señora Yorleny Santamaría Solano, madre en ejercicio de la patria potestad a fin de que el Patronato Nacional de la Infancia recomiende a la Dirección General de Migración y Extranjería, autorizar la salida del país de su hijo Roy Alberto Oviedo Santamaría con su sola autorización, para que el mismo viaje en su compañía y la de su hermana Daniela Martínez Santamaría con rumbo a San Andrés Colombia, saliendo el quince de mayo al diecinueve de mayo de dos mil ocho con fines vacacionales y para visitar a familiares en su país de origen, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Personas Menores de Edad, artículo tercero, se otorga plazo de ocho días a partir de la última publicación a fin de que quien tenga derecho o interés pueda manifestar su oposición o asentimiento y señale para notificaciones en el expediente administrativo. Publíquese dos veces en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un diario de circulación nacional a costa de la parte. Oficina Local de Heredia Norte.—abril, 2008.—Lic. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—(31971).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Al señor Pasquale Lepre, se le comunica la solicitud de autorización de salida del país con destino a Italia que promueve la señora Xiomara Guadalupe Alpízar Gutiérrez como madre en ejercicio de la patria potestad de las personas menores de edad Giovanni y Felipe Vincenzo Lepre Alpízar, para que puedan viajar a Italia donde se ubica su lugar de residencia, pues se encuentran de paso por Costa Rica, contra la presente resolución proceden el recurso de apelación que deberá interponerse ante esta representación legal, sita en Heredia centro, doscientos metros al norte de la Municipalidad de Heredia y el segundo ante la Presidencia Ejecutiva de la entidad ubicada en San José de Casa Matute Gómez 350 metros al sur, dicho recurso podrá interponerse en el termino de cuarenta y ocho horas contadas a partir del día posterior a la notificación de la presente resolución.—Oficina Local Heredia Norte.—Lic. Lorelly Trejos Salas, Representante Legal.—(33636).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se le comunica a Fausto Peguero C., de nacionalidad dominicano, la resolución de la unidad de Atención Inmediata de las 20:30 horas del 18 de mayo del 2007, y resoluciones de este despacho de las 13 horas del 16 de noviembre del 2007 y de las 09 horas del 14 de febrero del 2008, en la que el PANI se arroga la representación legal de la niña Jennifer Peguero Pizarro y se ordenó el abrigo temporal hasta por seis meses en un albergue de la Institución, luego se revoca y egresa con la madre, para posteriormente dictar el cuido provisional en la señora Marlene Salazar Araya. Se le hace saber que deberá señalar lugar conocido o número de facsímile para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 12 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Judiciales y el contenido del Voto Nº 11302-2002, de 15:41 horas de 27 de noviembre del 2002, de la Sala Constitucional. Se le hace saber, además, que contra la presente resolución procede recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante la Representación Legal de la Oficina Local de San José dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia. Expediente Nº 111-0507-1991.—Oficina Local de San José Oeste, 1º de abril del 2008.—Lic. Olga Marta Cabalceta Pérez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-11270.—(32679).
Se le comunica a Alfonso Rodríguez Rodríguez y a Jacqueline Mena Suazo la resolución de las diez horas del día veintisiete de marzo del dos mil ocho, que adiciona la resolución de las trece horas del once de marzo de dos mil ocho, depositando administrativamente a Racher y Monserrat ambos Rodríguez Mena, al lado de Martín Loría Velásquez y Rocío Mora García. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de tres días después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Nº 111-0046-1996.—Oficina Local de Guadalupe, 21 de febrero del 2008.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-6320.—(32680).
Se le comunica a Orlando Rojas Fernández y Yorlenny Soto Saborío, la resolución de las diez horas del veintisiete de febrero del dos mil ocho, que ubica a Orlando Rojas Soto, al lado de Kattia Saborío Madrigal. En contra de la presente resolución procede el recurso de apelación para ante el superior en grado, dentro de un plazo de 48 horas después de notificada. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Nº 112-00143-2007.—Oficina Local de Guadalupe, 10 de marzo del 2008.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-5420.—(32681).
A Aaron Marín Pérez, se le comunica que por resolución de las quince horas del diecisiete de marzo del dos mil ocho, se dictó medida de protección a favor de la persona menor de edad Ana Valeria Marín Almanza en la cual se ordenó el abrigo temporal a favor de la misma para que permanezca ubicada a cargo de la Institución en un albergue institucional. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Publíquese. Expediente Nº 115-00053-08.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Ileana Ballard Romero, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-7200.—(32682).
A Kimberly Mora Heuwitth, se le comunica que por resolución de las trece horas diez minutos del dieciocho de marzo del dos mil ocho, se declaró la adoptabilidad de la persona menor de edad Kimaura Nakisha Mora Heuwitt. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto o si el medio seleccionado fuere defectuoso o por cualquier otro modo no imputable a esta institución, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recursos de revocatoria el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes y se elevaran ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Publíquese. Exp. Nº 115-00030-2005.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Ileana Ballard Romero, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-7670.—(32683).
A Noilyn Gómez Álvarez y Douglas Castillo Gómez, se les comunica que por resolución de las once horas del diez de agosto del dos mil siete, se dictó medida de protección a favor de la personas menores de edad Michelle Juliana Castillo López y Douglas Gerardo Castillo Gómez, en la cual se ordenó medida de cuido provisional por el término de seis meses a favor de los mismos para que permanezcan bajo responsabilidad de la señora Lizzy Castillo Garita la primera y el segundo bajo el cuidado de la señora Carmen Castillo Garita y el señor Juan Félix Madrigal Mena. Esta medida rige por un período de hasta seis meses y mientras no se modifique en vía administrativa o judicial. Se le advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto o si el medio seleccionado fuere defectuoso o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Publíquese.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Ileana Ballard Romero, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-9920.—(32684).
A Olman Elizondo Vega, se le comunica la resolución administrativa de las catorce horas del trece de marzo de dos mil ocho, que dicta inicio de proceso especial de protección en sede administrativa, medida especial de protección dirigida al IMAS, y ordena orientación, apoyo y seguimiento a la familia no menor a tres meses, y otras. A favor del joven Esteban Jesús Elizondo Sandí y hermanos. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Procede recurso de apelación si se interpone ante este despacho dentro de las cuarenta y ocho horas luego de la publicación del tercer edicto. Garantía de defensa: se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo. Marzo del 2008. Legajo. Expediente Nº 113-002-01. Equipo B.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Kattia Vanesa Hernández Méndez, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-4520.—(32685).
A los señores José Alberto Ugalde Ugalde y Roxana María Salas Araya, se les comunica la resolución de las diez horas del seis de febrero del dos mil ocho, mediante la cual se ordenó medida de protección de cuido temporal con un plazo de seis meses, cuyo vencimiento es el seis de agosto del año dos mil ocho, de las personas menores de edad Byron Ugalde Salas a cargo de José Ángel Salas Rivera e Irene Araya Castillo. Trasladando el expediente al área de Hogares Solidarios, para el debido seguimiento. Plazo: para ofrecer Recurso de apelación, cuarenta y ocho horas contadas a partir de la tercera publicación de este edicto.—Oficina Local de Desamparados.—Lic. Ana Virginia Quirós Tenorio, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-5420.—(32686).
A los señores Kattia Vanessa Solano Campos y Edinson Montano Minotta, se les comunica la resolución de las ocho horas del siete de marzo del dos mil ocho, mediante la cual se ordenó medida de protección de cuido temporal con un plazo de seis meses, cuyo vencimiento es el diez de setiembre del año dos mil ocho, de las personas menores de edad Víctor y Mainor Montano Solano a cargo de la señora Grace Castro Hernández. Trasladando el expediente al área de Hogares Solidarios, para el debido seguimiento. Plazo: para ofrecer Recurso de apelación, cuarenta y ocho horas contadas a partir de la tercera publicación de este edicto.—Oficina Local de Desamparados.—Lic. Ana Virginia Quirós Tenorio, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-5420.—(32687).
A Rafael Antonio Vargas García, se le comunica la resolución de las nueve horas treinta minutos del cinco de marzo del dos mil ocho, mediante la cual esta Oficina Local se declaró incompetente para continuar conociendo el expediente de la persona menor de edad. Andrea Paola Vargas Vega y ordenó remitirlo a la Oficina Local de Aserrí. Plazo: para ofrecer recurso de apelación en subsidio, 48 horas contadas a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Oficina Local de Desamparados.—Lic. Ana Virginia Quirós Tenorio Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-4520.—(32688).
A los señores Yalit del Carmen Guadamuz Gutiérrez y al señor Felipe Rodríguez Rodríguez, se les comunica la resolución de las 14 horas del 22 de febrero del dos mil ocho, mediante la cual se ordenó el archivo de la situación por parte de esta oficina. Niñas N y S ambas R. G. Expediente Nº 116-0018-2006. Plazo: para ofrecer recurso de apelación, cuarenta y ocho horas contadas a partir de la tercera publicación de este edicto.—Oficina Local Desamparados, 14 de marzo del 2008.—Lic. Ana Virginia Quirós Tenorio, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-4520.—(32689).
A los señores Ana Lorena Porras Brown y Odir Ramírez Writh, domicilio actual desconocido, se le comunica la resolución de las ocho horas de las quince horas del día veintinueve de febrero del dos mil ocho, donde se dicta proceso especial de protección de la persona menor de edad Andrés Ramírez Porras contra esta resolución procede el recurso de apelación dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la publicación de este edicto, correspondiendo a la Presidencia Ejecutiva resolver dicho recurso debiendo señalar lugar para atender notificaciones dentro del perímetro de la Oficina Local de Cartago. En caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Expediente administrativo Nº 331-00032-0.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Lidieth Calvo Garita, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(Solicitud Nº 790).—C-9020.—(32690).
Oficina Local de Santa Ana. Expediente administrativo Nº 118-00133-97. Debido a que se desconoce su actual domicilio, se comunica al señor Mario Alberto Obando Moya, que en esta oficina se dictó la resolución administrativa de las diez horas con veinticinco minutos del diecinueve de febrero del dos mil ocho. Por medio de dicha resolución se ordenó revocar la resolución administrativa dictada al ser las nueve horas con quince minutos del día nueve de agosto del dos mil siete y que los niños y niñas Benjamín Andrés, Megan Valeria, Bryan Josué, Fabián Alexis y Sebastián Antonio, todos ellos de apellidos Obando Jiménez, regresen y permanezcan en el hogar de su progenitora, señora Rosa Jiménez Navarro. Dicha resolución fue dictada con el fin de asegurarles su derecho a crecer y ser cuidados por su familia, tomándose en cuenta que la progenitora, con el apoyo brindado por la Institución, logró organizarse y se encuentra en condiciones de asumir su rol de madre. Se le confiere audiencia por tres días para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias. Se le indica que tiene el derecho de hacerse asesorar por abogado y técnicos de su elección, así como de consultar y fotocopiar las piezas del expediente administrativo Nº 118.00133-97, el cual permanecerá a su disposición en la Oficina Local de Santa Ana. Se le indica que contra dicha resolución procede el recurso de Revocatoria que será resuelto por este órgano director y de manera subsidiaria el de Apelación, que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la Institución, debiendo presentarlos ante la Oficina Local de Santa Ana, ubicada cuatrocientos metros oeste y ciento veinticinco sur de la panadería Musmanni, en el cual debe señalar lugar o medio para recibir futuras notificaciones. De no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o por cualquier razón no funcionara adecuadamente, las notificaciones que se dicten se tendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Plazo para interponerlos: Los recursos deberán ser presentados dentro de los tres días siguientes a la tercera publicación de este edicto. Publíquese en el Diario Oficial.—Oficina Local de Santa Ana.—Lic. Nelson Salazar Murillo, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-15770.—(32691).
A Eddie Baltodano Mora y Laura Vega Marín, se les comunica la resolución de las siete horas treinta minutos del veintinueve de febrero del dos mil ocho, se dicta medida d protección a favor de la niña María Fernanda Baldodano Marín, se ordena abrigo temporal. Contra dicha resolución se puede aplicar recurso de apelación dentro de las cuarenta y ocho horas a partir de la tercera publicación de este edicto ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución en San José, señalando lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional, doscientos cincuenta metros sur de la Casa Matute Gómez, en horas laborales de las siete horas treinta minutos a la dieciséis horas. El cual podrá ser interpuesto en forma verbal o escrita. Publíquese. Expediente Nº 142- 00041-96.—Oficina Local de Puriscal.—Lic. Patricia M. Mesén Arroyo, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-6320.—(32692).
A Lucía Rojas Vargas, se le comunica la resolución de las nueve horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil siete, se dicta medida de protección a favor de las niñas Fallas Mora Karol Lucía, Damaris Katalina e Ingrid Vanessa, se ordena cuido, guarda, crianza y educación, provisional al señor Alfredo Fallas Valverde. Contra dicha resolución se puede aplicar recurso de apelación dentro de las cuarenta y ocho horas a partir de la tercera publicación de este edicto ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución en San José, señalando lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional, doscientos cincuenta metros sur de la Casa Matute Gómez, en horas laborales de las siete horas treinta minutos a las dieciséis horas. El cual podrá ser interpuesto en forma verbal o escrita. Publíquese. Expediente Nº 142- 00040-2007.—Oficina Local de Puriscal.—Lic. Patricia M. Mesén Arroyo, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-6770.—(32693).
A Marjorie Rojas Sánchez, se le comunica la resolución de las ocho horas del seis de noviembre del dos mil siete, se dicta medida de protección a favor de los niños Flor Julissa y Yustin Martín ambos Cedeño Rojas, se ordena cuido provisional en familia sustituta en el hogar de Isabel Rojas Sánchez. Contra dicha resolución se puede aplicar recurso de apelación dentro de las cuarenta y ocho horas a partir de la tercera publicación de este edicto ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución en San José, señalando lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional, doscientos cincuenta metros sur de la Casa Matute Gómez, en horas laborales de las siete horas treinta minutos a las dieciséis horas. El cual podrá ser interpuesto en forma verbal o escrita. Publíquese. Expediente Nº 115-00383-92.—Oficina Local de Puriscal.—Lic. Patricia M. Mesén Arroyo, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-6770.—(32694).
A Ramona Rojas Mora, se le comunica la resolución de las ocho horas del cuatro de diciembre del dos mil siete, se dicta medida de protección a favor de las adolescentes Sánchez Carvajal Carmen Gerardina y Flora, se ordena cuido provisional en familia sustituta en el hogar de Ana Yancy Sánchez Carval. Contra dicha resolución se puede aplicar recurso de apelación dentro de las cuarenta y ocho horas a partir de la tercera publicación de este edicto ante La Presidencia Ejecutiva de la Institución en San José, señalando lugar para recibir notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional, doscientos cincuenta metros sur de la Casa Matute Gómez, en horas laborales de las siete horas treinta minutos a las dieciséis horas. El cual podrá ser interpuesto en forma verbal o escrita. Publíquese. Expediente Nº 142-0015-2007.—Oficina Local de Puriscal.—Lic. Patricia M. Mesén Arroyo, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-6770.—(32695).
El Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de San Carlos, le comunica al señor Mario Rojas Fonseca, que se dictaron a las ocho horas del día once de marzo del año dos mil ocho, medidas de protección de tratamiento dictada en sede administrativa a favor del adolescente Johan Ernesto Rojas Núñez, en el Hogar Crea, ubicado en Birrisito de Cartago. Se le concede al interesado un plazo de cuarenta y ocho horas después de la tercera publicación de este edicto para que haga valer sus derechos. Contra la resolución procede recurso de apelación. Deberá señalar lugar para recibir notificaciones.—Oficina Local de San Carlos.—MSc. Xinia Guerrero Araya, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 790).—C-4520.—(32696).
A Xinia María Vindas Arias y Adrián Madrigal Álvarez, se le comunica la resolución de este Despacho de las 10:00 horas del 05 de marzo del 2008, por medio de la cual se ordenó medida de protección donde se ordenó a los padres, abstenerse de agredir física, psicológica a los hijos y entre ello ofrecer a sus hijos condiciones adecuadas para su desarrollo, mantener a los hijos integrados al sistema educativo que les convenga. Ingresar a los hijos a hogar comunitario. Referir la situación familiar al IMAS y a MUSADE y seguimiento por parte de este Despacho por seis meses. Recurso: apelación. Plazo: dos días hábiles siguientes al de la tercera publicación. Ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones en San Ramón y de alzada en San José, de lo contrario las resoluciones posteriores se darán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Podrán señalar número de fax para notificarles. Expediente Nº 244-00138-06.—San Ramón, 7 de marzo del 2008.—Lic. Ana Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(Solicitud Nº 790).—C-7220.—(32697).
Al señor Alexander López Rodríguez, de domicilio y demás calidades desconocidas por esta Oficina, se le notifican las resoluciones administrativas de la trece horas treinta minutos del catorce de diciembre del dos mil siete y de las siete horas cuarenta minutos del veintisiete de marzo del dos mil ocho a favor de las personas menores de edad Silvia Elena, Fabián y Andrés José todos López Ramírez en que se recuerda a ambos progenitores sus obligaciones parentales y se solicita a la Clínica originalmente de Heredia, posteriormente de Guápiles brinde la terapia que corresponde a la progenitora. Lo anterior en vista de no haber sido localizado en la dirección por él mismo aportada. Asimismo se le informa que el expediente administrativo fue remitido para el respectivo seguimiento a Guápiles por incompetencia visto el domicilio actual de la progenitora y los niños. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante la Oficina Local de Heredia Norte, en forma verbal o escrita; oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Publíquese. Expediente Nº 431-00196-07. Oficina Local de Heredia Norte.—Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-9020.—(32698).
Al señor Henry Villalobos Ledezma, de domicilio y demás calidades desconocidas por esta Oficina, se le notifica la resolución administrativa de las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del seis de marzo del dos mil ocho, de cuido provisional dictada en favor de la persona menor de edad Henry Isaac Villalobos Peña, ubicándolo en el hogar de su abuela materna por el plazo de seis meses prorrogables judicialmente, asimismo se remite el expediente al Área de Trabajo Social para la respectiva intervención. Plazo para oposiciones cuarenta y ocho horas partir de la segunda publicación de este edicto, mediante recurso de apelación el cual deberá interponerse ante la Oficina Local de Heredia Norte, en forma verbal o escrita, oficina que lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución. La presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada. Publíquese. Expediente Nº 431-00026-08.—Oficina Local de Heredia Norte.—Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-6770.—(32699).
Al señor Marco Antonio Gaitán, se le comunica la resolución de este despacho de las nueve horas del día diez de marzo del año dos mil ocho, que resolvió remitir al Instituto Mixto de Ayuda Social la situación de los niños María Lourdes y Adriana Gaitán Rostran, Francis Verónica y Francisco Barahona Rostran, remitiendo asimismo el expediente al área de psicología para seguimiento. contra la presente resolución proceden el recurso de apelación que deberá interponerse ante esta representación legal, sita en Heredia centro, doscientos metros al norte de la Municipalidad de Heredia y el segundo ante la Presidencia Ejecutiva de la Entidad ubicada en San José de la Casa Matute Gómez, ciento cincuenta metros al sur antiguo edificio de la Dos Pinos. Dicho recurso podrá interponerse en el término de cuarenta y ocho horas contados a partir del día posterior a la notificación de la presente resolución. Publíquese.—Oficina Local de Heredia, marzo del 2008.—Lic. Ilse Trejos Salas, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-6320.—(32700).
A Keilyn Arguedas Rosales, se le comunica la resolución administrativa de las catorce horas y quince minutos del ocho de enero del año dos mil ocho, que dictó modificación de medida especial de protección de abrigo temporal en entidad pública, albergue institucional, en beneficio de la niña Zeilyn Michelle Contreras Arguedas, medida dictada por esta entidad a las once horas cincuenta y cinco minutos del día diez de setiembre del año dos mil siete; se pone en conocimiento a la progenitora que la niña se reubica en ONG Hogar Infantil de Pavas, que la modificación se da únicamente en cuanto al lugar en que se dará la guarda protectora de la niña, las demás condiciones y fundamentos se mantienen incólumes. Recurso: procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro de las 48 horas siguientes a la segunda publicación de este edicto. Expediente 542-00034-2007.—Oficina Local de Cañas, febrero 2009.—Lic. Dinnia María Marín Vega, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-6770.—(32701).
A los señores Dennis Villalobos Peña y Kathia Gabriela Jiménez González se les comunica la resolución administrativa de las once horas treinta minutos del cinco de marzo del dos mil ocho, mediante la cual se ordenó como medida especial de protección el cuido provisional de su hijo Jader Villalobos Jiménez a los señores Ericka Cortés Espinoza y Tony Benavides Retana por el plazo de seis meses que vence el día cinco de setiembre del dos mil ocho. Garantía de defensa se les hace saber que tienen derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en la Oficina Local recurso Se hace saber a las partes que contra esta resolución procede el recurso de apelación si se interpone ante este Despacho o ante la Presidencia Ejecutivo dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. En caso de interponer recurso de apelación debe señalar lugar para atender notificaciones futuras de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas siguientes. Expediente Nº 631-00047-2007.—Oficina Local de Puntarenas.—Lic. Kattia Nydia Xatruch Ledezma, Represente Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-6770.—(32702).
A quien interese notifica mediante el presente edicto, la resolución administrativa de las nueve horas veinticinco minutos del veinticinco de febrero del dos mil ocho, dictada a favor de la menor Marisol Salguera Cerdas, la cual en su parte resolutiva dispone lo siguiente: I. Declarar administrativamente en estado de abandono, a la adolescente Marisol Salguera Cerdas, en virtud de ser persona menor de edad en condición de huérfana. II. Depositar administrativamente a la adolescente Marisol Salguera Cerdas, en el hogar de la señora Esmeralda Álvarez Corrales, la cual le ha brindado protección desde fecha diecinueve de junio del dos mil siete, brindadole a la misma de acuerdo a sus posibilidades socioeconómicas todos los elementos necesarios para su normal desarrollo. III. Comuníquese y notifíquese la presente resolución conforme a la Ley, a todas las partes involucradas en el Proceso. Debe ponerse en conocimiento al Juez de Familia de Golfito. Recurso de apelación: dentro del plazo de dos días hábiles siguientes al de la tercera publicación. Ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este Despacho y de alzada, en San José, sita en Barrio Luján antiguas Oficinas de la Dos Pinos de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Expediente Nº 641-006-2007.—Oficina Local de Golfito, 25 de febrero del 2008.—Lic. Dinia Vallejos Badilla, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 790).—C-9920.—(32703).
Oficina Local de Golfito, notifica mediante el presente edicto a la señora Marjorie Campos Salablanca, la resolución administrativa de las doce horas treinta minutos del día siete de diciembre del año dos mil siete, dictada a favor de su hijo Jorge Steven Campos Salablanca, la cual en su parte resolutiva dispone lo siguiente: I. Dictar medidas de Protección y Abrigo Temporal en el Alberge Heinz, ubicado en Pérez Zeledón, a fin de gestionar cupo para que se valore el posible ingreso en la Alternativa de Protección a la persona menor de edad Jorge Steven Campos Salablanca, esto con el único fin de brindarle protección. Segundo: esta medida se dicta en el plazo de seis meses. Tercero: refiérase el presente proceso administrativo al Área Psicológica de la Oficina Local de Golfito para poder brindar el seguimiento respectivo y definir la situación legal de la persona menor de edad, en el mismo plazo, tiempo en el cual se debe dar seguimiento, a lo ordenado en la presente resolución administrativa y quince días antes de finalizar el proceso de protección en sede administrativa emita las recomendaciones pertinentes para resolver la situación psico-socio-legal de la persona menor de edad involucrada en el presente asunto. Cuarto: que la persona menor de edad continúe con un Tratamiento Siquiátrica Especializado. Quinto: comuníquese y notifíquese la presente resolución conforme a la Ley, a todas las partes involucradas en el Proceso. Debe ponerse en conocimiento al Juez de Familia de Golfito. Recurso de apelación: dos días hábiles siguientes al de la segunda publicación. Ante este Órgano Director, debiendo señalar lugar para notificaciones futuras dentro del perímetro administrativo de este Despacho y de alzada, en San José, sita en barrio Luján antiguas Oficinas de la Dos Pinos de lo contrario las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas transcurridas veinticuatro horas. Expediente Nº 641-001-2007.—Oficina Local de Golfito, 5 de febrero del 2008.—Lic. Enrique Gómez Rosales, Órgano Director del Procedimiento.—(Solicitud Nº 790).—C-13520.—(32704).
A la señora Gloria Salguera Cerdas y Gloria Salguera Cheves, se le comunica la resolución de las ocho horas del 25 de marzo del 2008 emitida por la Oficina Local de Osa, en la cual resolvió dictar medida de protección de cuido provisional a favor de los niños Alejandra Salguera Cheves y Álvaro Salguera Cerdas, mientras no se resuelva otra cosa en vía administrativa o judicial. Recurso: procede el recurso de apelación ante la Oficina Local de Osa, la cual lo elevará ante la Presidencia Ejecutiva de la Institución, ubicada en barrio Luján antigua Cooperativa Dos Pinos, para oír notificaciones dentro del perímetro jurisdiccional de esta Oficina Local el cual es un kilómetro a la redonda, de lo contrario la resolución posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Plazo para oposiciones: 48 horas contadas a partir de la tercera publicación de este edicto.—Oficina Local de Osa, Ciudad Cortés, 25 de marzo del 2008.—Lic. Nury Barrantes Picado, Abogada.—(Solicitud Nº 790).—C-7220.—(32705).
A Yali Enrique Castillo Morales, se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela, de las dieciséis horas del catorce de marzo del dos mil ocho, se resolvió ordenar medida de protección de cuido provisional, a favor de la persona menor de edad Ginger Castillo Estrada en el de Betty Castillo Estrada. Recursos: apelación. Plazo: 48 horas contadas a partir del siguiente a la última publicación de este aviso, señalando lugar para atender notificaciones dentro del perímetro administrativo de esta oficina, el cual es de un kilómetro alrededor de la sede y si no lo hacen, las resoluciones futuras se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas.—Oficina Local de Alajuela, 25 de marzo del 2008.—Lic. Alejandra Solís Lara, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-4220.—(32676).
A Silvia Miranda Vásquez, se les comunica la resolución del Patronato Nacional de la. Infancia, Oficina Local de Alajuela, de las nueve horas y cuarenta minutos del cuatro de marzo del dos mil ocho, se resolvió Incompetencia en razón del territorio y se envía el expediente perteneciente a las personas menores de edad Zaira Melina, Ileana y Jairo todos de apellidos Montero Miranda, a la Oficina Local de San Carlos. Recursos: apelación. Plazo: 48 horas contadas a partir del siguiente a la última publicación de este aviso, señalando lugar para atender notificaciones dentro del perímetro administrativo de esta oficina, el cual es de un kilómetro alrededor de la sede y si no lo hacen, las resoluciones futuras se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas.—Oficina Local de Alajuela, 4 de marzo del 2008.—Lic. Alejandra Solís Lar a, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-4220.—(32677).
A Jostin Antonio Álvarez Alvarado, Middrethd María Alvarado Acuña y Christian Álvarez Rodríguez, se les comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Alajuela, de las quince horas del ocho de febrero del dos mil ocho, se resolvió ordenar revocar. medida de protección de inclusión en programas oficiales o comunitarios de auxilio, que impliquen orientación y tratamiento a alcohólicos y toxicómanos, a favor de la persona menor de edad Jostin Antonio Álvarez Alvarado en Hogar Crea, Santa Lucía de Heredia. Recursos: apelación. Plazo: 48 horas contadas a partir del siguiente a la última publicación de este aviso, señalando lugar para atender notificaciones dentro del perímetro administrativo de esta oficina, el cual es de un kilómetro alrededor de la sede y si no lo hacen, las resoluciones futuras se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas.—Oficina Local de Alajuela, 4 de marzo del 2008.—Lic. Alejandra Solís Lara, Representante Legal.—(Solicitud Nº 790).—C-5120.—(32678).
Resolución RRG-8143-2008.—San José, a las 13:10 horas del 28 de marzo del año dos mil ocho. Expediente OT-114-2008.
Considerando:
1º—Que mediante boleta número 2007-362501, el día 4 de marzo del 2008, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 365121 por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos.
2º—Que según la boleta supra indicada, Ulises Trujillo Valle, documento de identificación número 135-RE-050997, podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización.
3º—Que consultada la página electrónica del Registro Público de la Propiedad, el vehículo placa 365121 es propiedad de Maryuri Liseth Trujillo Hernández, documento de identificación 135-RE-050996.
4º—Que la Ley 7593 en sus artículos 38 y 41, faculta a la Autoridad Reguladora a tramitar procedimientos ordinarios sancionatorios contra los prestadores de servicios públicos que incurra en las circunstancias ahí descritas, aplicando el procedimiento ordinario establecido en los artículos 214 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.
5º—Que en virtud de la jurisprudencia de la Procuraduría General de la República y el artículo 57. b) y 58.e) de la Ley 7593, el Regulador General ostenta la condición de órgano decisor en dichos procedimientos ordinarios.
6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en la Ley General de la Administración Pública, según criterio de la Procuraduría General de la República emanado en opinión jurídica número OJ-047-2000.
7º—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6 de julio del 2007, se delegó en el Director de la Asesoría Jurídica la firma de las resoluciones de nombramiento de órgano director del procedimiento administrativo que el Regulador General realice y cuyo fin sea sancionar conforme los artículos 38, 41 y 44 de la Ley 7593. Por tanto,
Con fundamento en las competencias otorgadas al órgano decisor del procedimiento en la Ley General de la Administración Pública.
EL REGULADOR GENERAL DE LA AUTORIDAD REGULADORA
DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, RESUELVE:
1º—Dar inicio al procedimiento administrativo contra Ulises Trujillo Valle, en calidad de conductor y contra Maryuri Liseth Trujillo Hernández, como dueña registral del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el número OT-114-2008, nombrando como órgano director del procedimiento a Tatiana Quesada Espinoza, cédula 1-952-537 y Shirley Alfaro Alfaro, cédula 4-148-789, funcionarias de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, quienes actuaran en forma conjunta o separada, a fin de que realicen todos los actos necesarios para averiguar la verdad real de los hechos denunciados según la boleta antes citada, otorguen y vigilen el respeto al debido proceso y concedan, el derecho de defensa al administrado, para lo cual tendrán todas las competencias otorgadas en la Ley. General de la Administración Pública como órgano director del procedimiento.
2º—Notifíquese a Ulises Trujillo Valle, como conductor, por medio del fax 214-2748, señalado a folio 6 y a Maryuri Liseth Trujillo Hernández, como dueña registral del vehículo mencionado, por medio de publicación tres veces en La Gaceta, a la última se le previene para que dentro del tercer día posterior a la notificación de este acto, señale lugar en las cercanías de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, o medio para recibir notificaciones, a efecto de comunicarle los actos emitidos en el presente procedimiento, bajo apercibimiento de que si no lo hiciere, éstos se tendrán por notificados con el transcurso de 24 horas después de emitidos.
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 20262).—C-95420.—(33574).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
UNIVERSIDAD CENTRAL
Por medio de la presente la Universidad Central certifica que, ante este Registro se ha presentado solicitud de reposición de título de Maestría en Ciencias de la Educación con énfasis en Administración Educativa a nombre de Margarita Gutiérrez Acevedo, cédula Nº 1-654-991, inscrito en el tomo 1, folio 228, asiento 4736 de la Universidad y en el CONESUP en el tomo 37, folio 73, asiento 3693. Se solicita la reposición por el robo del original, se publica este edicto para oír oposición a esta reposición dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en este Diario Oficial.—San José, 2 de abril del 2008.—Departamento de Registro.—Kennia González.—(30199).
NOVEDADES FREDDY ROYO SUCESORES
SOCIEDAD ANÓNIMA
Novedades Freddy Royo Sucesores Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-120.091, domicilio en Turrialba 75 metros sur de la iglesia, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de Asamblea de Socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Mayra Centeno Mejía, Notaria.—Nº 24802.—(30255).
INMOBILIARIA ELARA AUSTRAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Elara Austral Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-tres siete seis cinco siete uno, solicita a la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario, Mayor, Inventario y Balances, Actas de Consejo de Administración, Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios, los cuales todos corresponden al número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Eugenia Jara Morúa, Notaria.—Nº 24944.—(30256).
HANSIGBARBKI SOCIEDAD ANÓNIMA
Hansigbarbki Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero cuatro cuatro uno uno tres, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: actas de asamblea general número uno, actas de junta directiva número uno, registro de accionistas número uno, mayor número uno, diario número uno e inventarios y balances número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Jonathan Jiménez Ruiz.—Nº 24973.—(30850).
VISURGIS S. A.
Visurgis S. A., cédula de persona jurídica 3-101-030.682, solicita a la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros de actas consejo de administración, actas de asambleas de socios, registro de socios, diario, mayor e inventarios y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho dios hábiles a partir de esta publicación.—San José, 26 de noviembre del 2007.—María Eugenia Merino Murray, Apoderada Especial.—Nº 24983.—(30851).
DELICOSA S. A.
Delicosa S. A., cédula de persona jurídica 3- 101-101.480 antes denominada Distribuidora de Licores S. A. antes denominada, Pajillas Diamante S. A., solicita a la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros de diario, mayor e inventarios y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y Asistencia al Contribuyente, Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de esta publicación.—San José, 26 de febrero del 2008.—Clodomiro Quesada Portuguez.—Nº 24984.—(30852).
INVERSIONES PUNTA ISLA BEJUCO INT. SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Inversiones Punta Isla Bejuco Int. Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-doscientos treinta y tres mil ochocientos veinticinco, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de actas de asamblea general y registro de accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de Heredia, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 13 de marzo del 2008.—Nº 24996.—(30853).
EMPRESA ITALCED S. A.
La Empresa Italced S. A., cédula jurídica Nº 3-101-159459-03, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los siguientes libros: actas asamblea general, actas de junta directiva, actas de registro de accionistas, diario, mayor, inventario, y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Luigino Scarpa, Apoderado Generalísimo.—Nº 25038.—(30854).
VIA VENETO S. A.
Via Veneto S. A. cédula Nº 3-101-062418, solicita ante la Dirección General de la Tributación, la reposición de los libros siguientes: diario Nº 2, mayor Nº 2, inventarios y balances Nº 1, actas de consejo de administración Nº 1, Actas de asamblea de socios Nº 1, actas registro de socios Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante Tributación de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Mario Cornejo Ramsbotton.—Nº 25133.—(30855).
LIGZEC SOCIEDAD ANÓNIMA
Ligzec Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero cincuenta y cinco mil trescientos ochenta, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros de actas de junta directiva, actas de asamblea general, registro de accionistas, mayor, diario e inventarios y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 12 de marzo del 2008.—Nº 25139.—(30856).
BEACH TIMES PUBLISHING SOCIEDAD ANÓNIMA
Beach Times Publishing Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-362666, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguiente seis libros: diario Nº uno, mayor Nº uno, inventarios y balances Nº uno, actas de consejo de administración Nº uno, acta de asamblea de socio Nº uno y registro de socios Nº uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Liberia, Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Zoraida Díaz Castañeda, Secretaria y representante Legal de la Compañía.—Nº 25182.—(30857).
CASA NIOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Casa Nios Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-350264, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguiente seis libros: diario Nº uno, mayor Nº uno, inventarios y balances Nº uno, actas de consejo de administración Nº uno, acta de asamblea de socio Nº uno y registro de socios Nº uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Liberia, Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Zoraida Díaz Castañeda, Secretaria y Representante Legal de la Compañía.—Nº 25183.—(30858).
METALURGIA ROMÁN S. A.
Metalurgia Román S. A, cedula jurídica 3-101-105556, solicita a la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: diario libro número uno, mayor libro número uno, inventarios y balances libro número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del termino de 8 días a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Rodrigo Alcazar Hernández.—Nº 25244.—(30859).
SOFTWARE AND CONSULTING GROUP C R C S. A.
Software and Consulting Group C R C S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y ocho mil setecientos cuatro solicita ante la Dirección General de Tributación Directa la reposición de los libros número uno de registro de accionistas, diario, mayor e inventarios y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al contribuyente, Administración Tributaria de San José, en término de ocho días hábiles después de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—Nº 25269.—(30860).
UNIVERSIDAD CASTRO CARAZO
El departamento de registro de la Universidad Castro Carazo, sede San José informa que se ha extraviado el título de Licenciatura en Ciencias de la Educación con énfasis en Docencia en la Enseñanza de la Ingeniería Informática registrado en el control de emisiones de título tomo uno folio trescientos sesenta y dos asiento número siete mil ochocientos ochenta y ocho con fecha seis de julio del 2007, a nombre de Carlos Jobson Vargas cédula siete, ciento trece, cuatrocientos setenta y cinco se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José, 31 de marzo del 2008.—MBA. Javier Sánchez Corrales, Rector.—(31588).
EDUDIMAR SOCIEDAD ANÓNIMA
Edudimar Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-218.462, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros sociales: actas de consejo de administración número uno, actas de asamblea de socios número uno y registro de socios número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Eduardo Medina Alvarado.—(31833).
COASTAL PROPERTY MANAGEMENT (CPM) S. A.
Coastal Property Management (CPM) S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-399454, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del libro de actas de Registro de Accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Paul Iwankowski, Presidente.—(31849).
STRASMICH Y AMIGOS CASA MATRIZ S. A.
Strasmich y Amigos Casa Matriz S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos dieciocho mil ciento ochenta y seis, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición del Libro de Registro de Accionistas 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Es todo.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Rogelio Navas Rodríguez, Notario.—Nº 25647.—(31876).
TORRESCORDERA S. A.
Torrescordera S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero cuarenta y cuatro noventa y cuatro cero, solicita ante la Dirección General de la Tributación Directa la reposición del Libro de Accionistas número Uno. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante la. Administración Tributaria de Cartago, en el término de ocho días hábiles a partir de la última publicación.—San José, 3 de abril del 2008.—Lic. Francisco Vico Martínez, Presidente.—Nº 25883.—(31877).
COMERCIAL S Y S. SOCIEDAD ANÓNIMA
Comercial S Y S. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y seis mil treinta y dos, solicita a la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros (Mayor Número Dos, Inventario y Balances Número Dos y Diario Número Dos). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Sonia Corella Céspedes.—Nº 25886.—(31878).
COMERCIAL DALIA DE COSTA RICA S. A.
Comercial Dalia de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-086157-23, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros siguientes: actas de junta directiva, actas de asamblea de socios y actas de registro de socios. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 07 de abril del 2008.—Ing. Róger González Díaz, Presidente.—(31968).
AKYRA SOCIEDAD ANÓNIMA
Akyra Sociedad Anónima, portadora de la cédula jurídica número tres - ciento uno - diecinueve mil setecientos noventa y dos; solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de un libro: libro de registro de accionistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria de San José en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, 26 de marzo del 2008.—Peter Frorer.—(31972).
DISTRIBUIDORA MAYORISTA HERMANOS
SALAS JIMÉNEZ SOCIEDAD ANÓNIMA
Distribuidora Mayorista Hermanos Salas Jiménez Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y siete mil ochocientos ocho, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: diario, mayor, inventario y balances, actas de consejo de administración, actas de asamblea de socios y registro de socios, en virtud que los mismos se extraviaron. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Liberia, Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Carlos Luis Ramírez Badilla, Notario.—Nº 25914.—(32517).
GRANDES MIRADORES COSTEROS DEL OCÉANO
PACÍFICO SUR S. A.
La sociedad Grandes Miradores Costeros del Océano Pacífico Sur S. A., con cédula jurídica numero 3-101-332490 solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los libros de actas, diario, mayor e inventario y balances. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de este aviso.—Eraida Pineda Quirós, Apoderada Generalísima.—(32611).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
PROTAMAR S. A.
Protamar S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-uno tres cero cero cuatro cinco, representada por Tseng Cheng Huang Huang, cédula ocho-cero setenta y siete-seis tres siete, solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros de actas: Asamblea General, Registro de socios, Asambleas de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Puntarenas, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 31 de marzo del 2008.—Lic. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—(31217).
CONCRETO COLOREADO, SOCIEDAD ANÓNIMA
Benoit Dessard, con pasaporte número EG336760, apoderado generalísimo sin límite de suma, con facultades suficientes y bastantes para este acto, de Concreto Coloreado Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta mil seiscientos catorce, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los libros legales los cuales se extraviaron: Actas de Junta Directiva N° 1, Actas de Asamblea General N° 1, Registro de Accionistas N° 1, Diario N° 1, Mayor N° 1, Inventarios y Balances N° 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Benoit Dessard, Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma.—(32447).
AGRÍCOLA DEL MUELLE G.Z.M. SOCIEDAD ANÓNIMA
Agrícola del Muelle G.Z.M. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento trescientos setenta y un mil ciento cuarenta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de su libro Actas Asamblea General, por haberse extraviado. Quien se considere afectado dirigir la oposición al Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros), Administración Regional de San José en el término de ocho días a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 8 de abril del 2008.—Lic. Leonel Alvarado Zumbado, Notario.—(32449).
GESOMO SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Enith Murillo Araya, mayor, casada una vez, del hogar, vecina de Guápiles, Pococí, con cédula de identidad número 2-278-777, en mi condición de presidenta, hago constar que hemos iniciado reposición de todos los libros de la sociedad denominada Gesomo Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-049727, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público.—Lic. Enith Murillo Araya, Notaria.—Nº 25864.—(32590).
TABOGÁN SOCIEDAD ANÓNIMA
Tabogán Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-107216-32, solicita ante la Dirección de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Diario Nº 2, Mayor Nº 2, Inventarios y Balance Nº 2, Actas de Consejo de Administración Nº 2, Actas de Asamblea de Socios Nº 2, Registro de Socios Nº 2) porque se extraviaron los Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de Guanacaste, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Óscar Luis Elizondo Salas, Solicitante.—(32674).
PROYECTOS URBANISTICOS DEL OESTE MAR
DE PLATA SOCIEDAD ANÓNIMA
Proyectos Urbanísticos del Oeste Mar de Plata Sociedad Anónima, cedula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y uno ochocientos sesenta y uno, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: Diario Nº 1, Mayor Nº 1, Inventarios y Balances Nº 1, libros de Actas de Junta Directiva Nº 1, libro de Actas de Asamblea General Nº 1y libro de Actas de Registros de Accionistas Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 8 de abril del 2008.—Lic. María Elena Sandoval Solano, Notaria.—Nº 26283.—(32971).
IMPLEMENTOS AGROPECUARIOS INTERNACIONALES SOCIEDAD ANÓNIMA
Implementos Agropecuarios Internacionales Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-ciento veintinueve mil trescientos ochenta y cinco (3-101-129385), solicita ante la Dirección General de Tributación la reposición de los siguientes libros: actas de asambleas generales, actas de junta, directiva y registro de accionistas y los contables de mayor, diario e inventarios y balances, en todos los casos el libro número uno. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso.—San José, 7 de abril de 2008.—Lic. María Elena Salazar Díaz, Notaria.—Nº 26473.—(32972).
CETANA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA
Cetana Internacional Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-setenta y nueve mil novecientos cuarenta y siete, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes seis libros: diario número uno, mayor número uno, inventario y balances número uno, actas de junta directiva número uno, actas de asamblea general número uno, actas de registro de accionistas número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la última publicación de este aviso.—Lic. Liliana Alfaro Rojas, Notaria.—Nº 26476.—(32973).
CORPORACIÓN INVERSIONISTA BUENA VISTA
DEL PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA
La sociedad Corporación Inversionista Buena Vista del Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-241881, con domicilio en San José, solicita ante la Dirección General de Tributación Directa, la reposición de los siguientes libros: 1) Diario, 2) Mayor, 3) Inventarios y Balances, 4) Actas de Asamblea General, 5) Actas Junta Directiva o Consejo de Administración, y 6) Registro de Socios. Dicha reposición se solicita en virtud de que los anteriores libros fueron extraviados. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Regional de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—Nº 26574.—(32974)
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
ASOCIACIÓN CUIDADOS PALIATIVOS LA UNIÓN
Yo, Ruht Mora Rodríguez, con número de cédula tres-ciento cuarenta-quinientos veintisiete, en calidad de presidenta y representante legal de la Asociación Cuidados Paliativos La Unión, con número de cédula jurídica tres-cero cero dos-trescientos ochenta y nueve mil seiscientos nueve, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídica, la reposición de los libros los tres contables y el libro de asociados de todos son los primeros, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días, hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Fecha: siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Marjorie Poveda Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 26406.—(32970).
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Por escritura autorizada en San José, a las 8:00 horas de hoy, por el suscrito Notario, se protocolizó acta de la sociedad de Alajuela Rapé de Alajuela S. A., por la que se disminuye su capital social.—San José, 11 de marzo del 2008.—Luis Alberto Sáenz Carranza, Notario.—Nº 22308.—(26389).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once y treinta horas del doce de diciembre del dos mil siete, se reformó la cláusula quinta de los estatutos de Seguridad Eulen S. A. Capital social: ciento cincuenta y siete millones de colones.—San José, dos de abril del dos mil ocho.—Lic. Jaime Andrés Fortado, Notario.—Nº 25612.—(31208).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del doce de diciembre del dos mil siete, se reformó la cláusula quinta de los estatutos de Eulen de Costa Rica S. A. Capital social: setenta y tres millones de colones.—San José, dos de abril del dos mil ocho.—Lic. Jaime Andrés Rojas Fortado, Notario.—Nº 25613.—(31209).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José a las 15:00 horas del 25 de marzo del 2008, protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de Arrendadora APH del Oeste S. A. mediante la cual se disminuye el capital social a la suma de diez mil dólares y se reforma la cláusula cinco del pacto social.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—Nº 25838.—(31768).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura otorgada ante el suscrito notario el día 21 de febrero del 2008, se constituyó la sociedad Edificaciones Chaconka E C C, Sociedad Anónima, con domicilio en San José, La Uruca, Representación: Presidente y secretario, separadamente. Plazo: cien años.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Manuel Barboza Arce, Notario.—1 vez.—(30986).
Santa Ana Import S. A., modifica domicilio social y fiscal de la sociedad y nombra junta directiva. Escritura número 9-130, de las nueve horas del cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Ananías Matamoros Carvajal, Notario.—1 vez.—(30989).
Por escritura otorgada ante mí a las 19,00 horas del 01 de abril de 2008, se constituyó la compañía Exportaciones Altamira M y M, Sociedad Anónima, con capital social de diez mil colones.—Ciudad Quesada, 01 de abril del 2008.—Lic. Ballardo Ávalos Sequeira, Notario.—1 vez.—Nº 25325.—(31041).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del día veintisiete de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Grupo Oriental Hong Xin Sociedad Anónima. Presidente: Chun-Jung (nombre) Lin (apellido).—Lic. Didier Mena Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 25326.—(31042).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 08:00 horas del 02 de abril del año 2008, se constituye la sociedad con denominación social, conforme al Decreto 33171-J. Capital social: 100 mil colones.—Lic. Ricardo Morera Briceño, Notario.—1 vez.—Nº 25328.—(31043).
En mi notaría, mediante escritura otorgada a las 11:00 horas del 18 de marzo de 2008, se constituyó una sociedad de Responsabilidad Limitada, para cuya denominación social se solicitó al Registro que establezca como tal el número de cédula jurídica que le sea asignado al momento de su inscripción, seguido del aditamento Limitada. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: el comercio, la consultoría en informática, el turismo, la construcción, la agricultura, la ganadería, la exportación e importación, los servicios y la industria. Gerente: Guillermo Solano Solano.—San Ramón de Alajuela, 18 de marzo del 2008.—Lic. Gustavo Arturo Arroyo Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 25329.—(31044).
En mi notaría, mediante escritura otorgada a las 17:00 horas del 13 de marzo del 2008, se constituyó una sociedad anónima, para cuya denominación social se solicitó al Registro que establezca como tal el número de cédula jurídica que le sea asignado al momento de su inscripción, seguido del aditamento Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: el comercio, la consultoría en informática, el turismo, la construcción, la agricultura, la ganadería, la exportación e importación, los servicios y la industria. Presidenta: Yamileth Vega Rodríguez.—San Ramón de Alajuela, 13 de marzo de 2008.—Lic. Gustavo Arturo Arroyo Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 25330.—(31045).
Por escritura pública otorgada ante esta Notaría, a las 12:00 horas 30 minutos del 03 de abril del 2008, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada que se denominará de conformidad con lo dispuesto por el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J publicado en La Gaceta número 114 del 14 de junio del 2006. Capital social: 100.000 colones. Plazo social: 99 años.—San José, 03 de abril del 2008.—Lic. Luis Casafont Terán, Notario.—1 vez.—Nº 25332.—(31046).
Que mediante escritura número veinticinco, ante la notaria Judyth Ramírez Morera, se constituyó la sociedad Palugi Sociedad Anónima, correspondiéndole la representación judicial y extrajudicial a la señora presidenta Emilce Fonseca García.—Puntarenas, 02 de abril del 2008.—Lic. Judyth Ramírez Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 25333.—(31047).
Por escritura otorgada ante el notario Misael Chacón Corrales, en Puntarenas, a las dieciocho horas del día dos del mes de abril del año dos mil ocho, las señoras Ana Lorena Carranza Molina y la señora Ángela Alicia Solera Martínez, constituyen una sociedad anónima denominada Multiservicios Kalore DGKA S. A.—Lic. Misael Chacón Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 25334.—(31048).
Ante mí, Luis Mariano Vargas Mayorga, Notario, se constituyó: Trescientos Sesenta Aulia S.A.—San José, 05 de marzo del 2008.—Lic. Mariano Vargas M., Notario.—1 vez.—Nº 25335.—(31049).
Por escritura número doscientos setenta y tres, otorgada en mi notaría, a las veinte horas del tres de abril del dos mil ocho, se constituye la sociedad anónima denominada Zona Net Technologies, nombre de fantasía. Capital social: diez mil colones. Presidente: Jorge Chacón Villalobos, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Agente residente: Lic. Fabricio Arauz Rodríguez. Domicilio social: San José, San Rafael de Coronado, ciento cincuenta metros sur del restaurante La Cava del Duende.—San José, 03 de abril del 2008.—Lic. Fabricio Arauz Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 25340.—(31050).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del treinta y uno de marzo del año dos mil ocho, se protocolizó acta de la sociedad Villas Las Lomas Cero Diecisiete F Q R Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - cuatrocientos cincuenta y cinco mil ciento cuarenta y uno, cuyo nuevo nombre será Casa V R Cien Palmas Sociedad Anónima, reformando su cláusula primera, segunda y sexta, y se nombra nuevos apoderados. Es todo.—Jacó, 02 de abril del 2008.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 25342.—(31051).
En mi notaría, al ser las once horas del primero de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Ínter World Freigth Costa Rica S. A.—San José, 04 de abril del 2008.—Lic. Galina Morales Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 25344.—(31052).
Ante esta Notaría, los señores Isabel Rímolo Fernández, cédula de identidad 1-879-326 y Óscar Mora Vargas, cédula de identidad 1-801-770; han comparecido para constituir una sociedad anónima. La razón social es el número de cédula jurídica de acuerdo al Decreto Ejecutivo 33171-J publicado en La Gaceta número 114 del 14 de junio del 2006. Escritura otorgada a las doce horas del día veintiséis de marzo del 2008. Óscar Mora Vargas ejerce la Presidencia.—Lic. Heidy Rivera Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 25345.—(31053).
En mi notaría, al ser las catorce horas del tres de marzo del dos mil ocho se modificaron las cláusulas segunda octava del pacto constitutivo de Resolución Estudio S. A.—San José, 05 de marzo del 2008.—Lic. Galina Morales Sánchez, Notaria.—1 vez.—Nº 25346.—(31054).
Ante esta Notaría, los señores Isabel Rímolo Fernández, cédula de identidad 1-879-326 y Óscar Mora Vargas, cédula de identidad 1-801-770; han comparecido para constituir la empresa Aracari Holding A.H. Dos Mil Ocho Sociedad Anónima. Escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del día 26 de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Óscar Mora Vargas ejerce la Presidencia.—Lic. Heidy Rivera Campos, Notaria.—1 vez.—Nº 25347.—(31055).
Ante esta Notaría, se realizó una asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Plantation Acres Zambeze Veinticinco IYQ S. A., cédula jurídica 3-101-434410, se modificó la cláusula segunda, la cual debe de leerse así: “El domicilio social estará ubicado en la provincia de San José, cantón de Moravia, distrito de San Vicente, Residencial Colegios Norte, Bloque K, Avenida nueve, número K-Diecisiete; sin perjuicio de tener Sucursales o Agencias en cualquier otro lugar en el País”. Se modificó la cláusula sétima, la cual debe de leerse así: “Las asambleas de accionistas serán convocadas por el presidente de la junta directiva, con ocho días naturales de anticipación a su celebración por medio de carta circular, no contándose dentro del término, el día de la expedición de la misma ni el de celebración de la asamblea. Se prescindirá del trámite de convocatoria cuando esté presente la totalidad del capital social”. Se modificó la cláusula novena, la cual debe de leerse así: “Los negocios sociales serán administrados por una junta directiva formada por tres miembros que serán: presidente, secretario, y tesorero, quienes podrán ser socios o extraños y durarán en sus cargos por todo el plazo social. Corresponde al presidente, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma que indica el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, pudiendo otorgar nuevos poderes, revocarlos, sustituir su poder parcial o totalmente, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo, delegar su poder en todo o en parte, sin perder por ello su representación. Por igual la asamblea y junta directiva podrán designar gerentes, apoderados y representantes con las denominaciones, poderes y remuneraciones que estimen convenientes, pudiendo revocar dichos nombramientos. Tendrán además las facultades de abrir cuentas bancarias en colones o dólares en la banca estatal o en la banca privada, firmar en ellas y autorizar a terceras personas; asimismo podrán girar y cambiar cheques a nombre de la sociedad”. Escritura otorgada a las doce horas del día cuatro de marzo del año dos mil ocho. Funge como presidente el señor Juan Andrés Ripoll García-Mansilla, pasaporte AA147829.—Lic. Óscar Mora Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 25348.—(31056).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del doce de marzo del dos mil ocho, Anderson Cordero Chavarría y Marcia Cordero Chavarría, constituyen Corcha Industria Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerentes: apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo social: 99 años.—Palmares, 02 de abril del 2008.—Lic. Denia Pacheco Moreira, Notaria.—1 vez.—Nº 25349.—(31057).
Wilvi de Alajuela Sociedad Anónima, realiza cambio total de junta directiva asamblea general extraordinaria celebrada al ser las diecinueve horas del dieciocho de marzo del año dos mil ocho. Protocoliza el notario Lic. William Quiel Rivera.—Lic. William Quiel Rivera, Notario.—1 vez.—Nº 25350.—(31058).
Ante mí, Luis Alberto Campos Flores, Notario Público, se protocoliza acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de Hiperlab S. A. Se reforma cláusula sétima del pacto constitutivo. Se nombra nuevo director cuatro de la junta directiva. Escritura otorgada en San José a las ocho horas del tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Luis Alberto Campos Flores, Notario.—1 vez.—Nº 25354.—(31059).
Ante mí, Luis Alberto Campos Flores, Notario Público, con oficina en San José, se protocoliza acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de Corporación Cefa S. A. Se reforma cláusula sétima del pacto constitutivo Se nombra nuevo director seis y director siete de la junta directiva. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas treinta minutos del tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Luis Alberto Campos Flores, Notario.—1 vez.—Nº 25355.—(31060).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 17:00 horas del 26 de marzo del dos mil ocho, se constituye la sociedad con domicilio en Alajuelita, San José; denominada Inversiones Arias y Pérez Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—Alajuela, 01 de abril del 2008.—Lic. Carlos Martínez Ocampo, Notario.—1 vez.—Nº 25358.—(31061).
Ante mí, Alejandro Sanabria Romero, Notario con oficina en San José, al tomo catorce de mi protocolo, escritura número doce se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Dermatoestetica S. A. Capital: suscrito y pagado. Representación presidente, secretario. Es todo.—San José, 04 de abril del 2008.—Lic. Alejandro Sanabria Romero, Notario.—1 vez.—Nº 25359.—(31062).
Por escritura autorizada en mi notaría a las 18:00 horas del día 03 de abril de 2008, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad 3-101-498075 S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sétima del pacto social, se acepta la renuncia de la junta directiva y se nombran sustitutos.—San José 04 de abril del 2008.—Lic. Noé Kawer Dymantztein, Notario.—1 vez.—Nº 25360.—(31063).
Por escritura número 46-31 otorgada a las 16:00 horas del día 03 de abril del año 2008, se constituyó la sociedad denominada Americatel S. A. Domicilio: cantón primero distrito octavo de San José. Capital: totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—Lic. Noé Kawer Dymantztein, Notario.—1 vez.—Nº 25361.—(31064).
Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Smark de Palmares S. A. Capital social diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Vicepresidente y secretario actuando conjunta o individualmente.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Jéssica Brenes Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 25362.—(31065).
Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Depofit de Palmares S. A. Capital social diez mil colones. Presidente y vicepresidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando conjunta o individualmente.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Jéssica Brenes Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 25363.—(31066).
Publíquese la constitución de la sociedad Propiedades Sol del Naciente S. A. Presidente: Horacio Francisco Fabres Pérez, vicepresidente Adishwar Kumar Jain, secretario José Alberto Tiruño Acosta, fiscal Marvin Murillo Gómez. Otorgada en Alajuela el tres de abril del año dos mil ocho, en escritura número doscientos setenta y ocho, visible al folio ciento sesenta y ocho frente del tomo décimo del protocolo de la Notaria Doris Céspedes Elizondo.—San José, 03 de abril del 2008.—Lic. Doris Céspedes Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 25366.—(31067).
Publíquese la constitución de la sociedad Cabo Nuevo S. A., Presidente Roberto Marín Cambronero, secretario Relnoud Willem, tesorera Tatiana Hernández Alvarado, fiscal Carlos Mata Rojas. Otorgada en Alajuela el tres de abril del año dos mil ocho, en escritura número doscientos setenta y nueve, visible al folio ciento sesenta y nueve vuelto frente del tomo décimo del protocolo de la Notaria Doris Céspedes Elizondo.—San José, 03 de abril del 2008.—Lic. Doris Céspedes Elizondo, Notaria.—1 vez.—Nº 25367.—(31068).
Las señoras, Iván Madrigal Fernández y Karen Mora López, constituyen la sociedad denominada Deportivo Sarapiquí Sociedad Anónima Deportiva, mediante escritura doscientos noventa y ocho otorgada a las siete horas del día tres de marzo del año dos mil ocho, ante la Notaria Pública, Adriana Chavarría Cordero. Teléfono 2233-06-38.—Lic. Adriana Chavarría Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 25369.—(31069).
El suscrito notario con vista en la matriz hace constar y da fe de que ante mí, se constituye la sociedad anónima Servicios G- Rel Express Sociedad Anónima, con un capital social de ciento veinte mil colones y un plazo social de noventa y nueve años.—Palmares, 03 de abril del 2008.—Lic. Roberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 25370.—(31070).
Mediante escritura otorgada número treinta y nueve de esta notaría a las doce horas del día dos de abril del dos mil ocho, se acepta renuncia y se nombre como presidente de la compañía Solverde Tico Oro Sociedad Anónima, al señor Adriano Dell Orsi, a las trece horas del día tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Ileana María Arguedas, Notaria.—1 vez.—Nº 25372.—(31071).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 8:00 horas del 02 de abril del 2008, se constituyó la sociedad Importadora de Vehículos Rancar R. O. de Occidente Sociedad Anónima. Presidente: Randall Villalobos Bolaños. Capital: cien mil colones (¢100.000,00). Domicilio: provincia: Alajuela, cantón: Valverde Vega, distrito, San Pedro, Barrio Trojas, contiguo al Súper La Sorpresa.—Lic. Wendy Monge Alpízar, Notaria.—1 vez.—Nº 25373.—(31072).
Amalio y Graciano ambos Urbina Rodríguez, constituyen la sociedad denominada Ura Sociedad Anónima, con domicilio en Liberia, Guanacaste. Registro Nacional. Sección Mercantil.—Lic. María Lourdes Delgado Lobo, Notaria.—1 vez.—Nº 25374.—(31073).
Ante mi notaría, mediante escritura número 326 de las 8:00 horas del 11 de marzo de 2008, se ha constituido la sociedad denominada Tect Grandis Refo Sociedad Anónima, con domicilio en la ciudad de Turrubares, con un capital social de diez mil colones.—Orotina, 11 de marzo del 2008.—Lic. Douglas Marín Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 25380.—(31074).
Ante este notario se constituyeron cuatro sociedad anónima cuyo nominación será su cedula jurídica, siendo su presidente el señor Hugo Ribadeneira con un capital social de diez mil de colones exactos, cada una, otorgada a las veinte horas del día tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Jean Christian Navarro del Valle, Notario.—1 vez.—Nº 25381.—(31075).
El día de hoy, Carlos Javier Rincón Sandoval y Gianni Lisciani Magnanini, constituyeron la sociedad denominada Constructora Club de Campo S. A. Plazo: Cien años. Presidente: Carlos Javier Rincón Sandoval. Capital social: Cien mil colones.—San José, tres de abril del año dos mil ocho.— Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—Nº 25383.—(31076).
Ante la notaría de la licenciada Karoll Paola Sancho Oconitrillo, mediante escritura número ciento cuarenta y uno- tres, visible al folio setenta y nueve vuelto, del protocolo tercero de la suscrita notaria, otorgada a las 19 horas del día 3 de abril del año 2008, las señoras Ana Irene García Solís, cédula número 1-1140-0634 y Johanna Margot Calderón Aguilar, cédula número 7-140-551, constituyen la empresa denominada: Tecnologías Agroambientales JI Sociedad Anónima.—Santo Domingo de Heredia, 3 de abril del 2008.—Lic. Karoll Paola Sancho Oconitrillo, Notaria.—1 vez.—Nº 25384.—(31077).
Por escritura ciento treinta y uno, otorgada ante mi notaría a las ocho y treinta horas del siete de marzo del dos mil ocho, La Alegría de Heredia S. A. reforma cláusula quinta y se nombra junta directiva. Presidente Rodolfo Ugalde Víquez, cédula 4-104-004.—Lic. Karen Ramos González, Notaria.—1 vez.—Nº 25386.—(31078).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Deucalion Villa Quinientos Cincuenta y Dos Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula primera, del nombre y cláusula segunda, del domicilio. Escritura otorgada en San José a las ocho horas, del treinta y uno de marzo del dos mil ocho.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 25387.—(31079).
Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Operaciones con Bienes Inmuebles Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula segunda, del domicilio, se conoció de renuncia y se realizaron nuevos nombramientos. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas, del veintisiete de marzo del dos mil ocho.—Lic. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 25388.—(31080).
Por escritura número dos otorgada ante esta notaría en San José, notaria pública Shukshen Young Au-Yeung, a las diecisiete horas del dos de abril del año dos mil ocho, se constituye la sociedad C C T V Profesional Sociedad Anónima , con un plazo social de noventa y nueve años, con un capital social de veinte mil colones netos, representado por dos acciones comunes y nominativas de diez mil colones exactos cada una, correspondiendo al presidente y al tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar en forma conjunta y/o separadamente.—San José, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—Nº 25389.—(31081).
De la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Aventura Bojina Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres -ciento uno- cinco uno tres nueve cero seis, celebrada en su domicilio social, en cincuenta metros al este de Matute Gómez, por encontrarse presente la totalidad del capital social, se prescinde del trámite previo de convocatoria y se inicia sesión a las quince horas del veinticuatro de marzo del dos mil ocho, con el carácter de firmes se toman los siguientes acuerdos y dicen: Primero: Se modifica la cláusula segunda para que en adelante se lea así: “Segunda: El domicilio de la sociedad será el siguiente: Puntarenas, Parrita, Desarrollo Inmobiliario Las Palmas, lote número veintiocho-A, pudiendo establecer agencias o sucursales tanto dentro o fuera del país. Es todo.—San José, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—Nº 25390.—(31082).
De la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Fortuna Bojina Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres -ciento uno- cinco uno cinco dos uno nueve, celebrada en su domicilio social, en cincuenta metros al este de Matute Gómez, por encontrarse presente la totalidad del capital social, se prescinde del trámite previo de convocatoria y se inicia sesión a las diecisiete horas del veinticuatro de marzo del dos mil ocho, con el carácter de firmes se toman los siguientes acuerdos y dicen: Primero: Se modifica la cláusula segunda para que en adelante se lea así: “Segunda: El domicilio de la sociedad será el siguiente: Puntarenas, Parrita, Desarrollo Inmobiliario Las Palmas, lote número ocho-A, pudiendo establecer agencias o sucursales tanto dentro o fuera del país. Es todo.—San José, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—Nº 25391.—(31083).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizan acuerdos de asambleas general extraordinaria y ordinaria de asociados de Asociación Latinoamericana de Avicultores, mediante los cuales se modifica los artículos veinticinco y treinta y cuatro de los estatutos y se designa nuevo organismo directivo y fiscal.—San José, 2 de abril del 2008.—Lic. Jorge Goicoechea Guardia, Notario.—1 vez.—Nº 25392.—(31084).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del día treinta y uno de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Lluvia de la Montaña Azul Sociedad Anónima, el plazo es de cien años, con capital social de cien mil colones, y el presidente es representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando conjunta o separadamente.—Lic. Jorge Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 25393.—(31085).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12.50 horas del 3 de abril del 2008, se constituyó la empresa QUE BA S. A. Plazo social 99 años. Presidente. Miguel Ángel Quesada Chinchilla.—San Isidro, Pérez Zeledón, 3 de abril del 2008.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 25394.—(31086).
Por escritura número trescientos sesenta y nueve, otorgada ante mí, a las quince horas con veinticinco minutos del día catorce de enero del dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada Empresarios Rodríguez de Tilarán S. A. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente. Capital suscrito y pagado en dinero en efectivo.—Tilarán, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Emmanuel Ruiz Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 25403.—(31087).
Por escritura número trescientos ochenta y cuatro - once, otorgada ante mí a las nueve horas del veinticuatro de marzo del dos mil ocho se constituyó la sociedad Aduanera Tropical TLS Sociedad Anónima, capital social de 2.000.000.00 colones totalmente suscrito y pagado, Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma.—Lic. Ricardo González Fournier, Notario.—1 vez.—Nº 25409.—(31088).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizaron actas de la empresa denominada Tropitransport Logistics Services S. A., en las cuales se acuerda reformar la cláusula quinta del pacto social correspondiente al capital social, asimismo la cláusula octava correspondiente a la administración y representación y se nombra nueva junta directiva.—San José, 4 de abril del 2008.—Lic. Ricardo González Fournier, Notario.—1 vez.—Nº 25411.—(31089).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del día 3 de abril del presente año, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: 3-101-508920 S. A., mediante la cual se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero de la junta directiva.—San José, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Néstor Gabriel Baltodano Vargas. Notario.—1 vez.—Nº 25419.—(31090).
Por asamblea de accionistas las sociedades denominadas Fishing Under the Sun S. R. L., MV Central Pacific Investments CPI S. R. L., BMVL One Home Made of Stone I S. R. L., PB & J Investments Inc S.A., Tres-Ciento Dos-Quinientos Veintidós Mil Ciento Ochenta y Ocho S. R. L., MV Nine Beach Hotels in Paradise IX S. A. y In Solitude With the Oceam S. A., reforman cláusula de representación y se nombran nuevos representantes.—San José, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Karol Claudel Palma, Notaria.—1 vez.—Nº 25420.—(31091).
Por escritura pública número 139, otorgada en mi notaría, a las 9:00 horas, del día 27 de marzo del año 2008, procedí a protocolizar acta número 1 de asamblea general extraordinaria de accionistas de Mondo Italico Sociedad Anónima. Se nombró nueva junta directiva.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 25422.—(31092).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las veinte horas del veintiséis de febrero de dos mil ocho, se constituyó la sociedad Btsurf Camp Sociedad Anónima, capital diez mil colones, plazo social, noventa y nueve años. Domicilio Guanacaste, Nicoya, Nosara. Presidente. Meeki Haider.—San José, cuatro de marzo de dos mil ocho.—Lic. Luis Gonzalo Cortés Enríquez, Notario.—1 vez.—Nº 25423.—(31093).
Ante esta notaría se constituyo la sociedad anónima denominada Agroindustrial Carit Sociedad Anónima, cuyo capital social es la suma de cincuenta mil colones netos.—2 de abril del 2008.—Lic. Wendy Mayela Mora Garro, Notaria.—1 vez.—Nº 25424.—(31094).
Por escritura de esta notaría a las 8:00 horas. Se constituye la sociedad Vidrios Pereira P. S. Sociedad Anónima. Se nombra junta directiva. Capital social diez mil colones. Domicilio Guadalupe de Cartago.—Cartago, 28 de marzo del 2008.—Lic. Juan Carlos Carballo Zeuli, Notario.—1 vez.—Nº 25426.—(31095).
Ante mi notaría, mediante escrituras otorgadas: Uno) a las dieciséis horas del primero de abril de dos mil ocho se constituyó American Craftsmen Costa Rica Ltda y Dos) a las diecisiete horas del dos de abril de este año se constituyó Soluciones Globales Siglo Ltda.—San José, 4 de abril del 2008.—Lic. Juan C. Castro Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 25427.—(31096).
Por asamblea extraordinaria de socios de la firma Grupo Inmobiliario M Y R de Guanacaste Ltda., celebrada en su domicilio a las 14:00 horas del 31 de marzo del 2008, se modificó la cláusula de la representación de los estatutos.—Cartago, 3 de abril del 2008.—Lic. Carlos Eduardo Mata Ortega, Notario.—1 vez.—Nº 25428.—(31097).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas quince minutos del tres de abril del dos mil ocho, se constituye la sociedad Ilajevi Inversiones Sociedad Anónima.—San José, cuatro de abril del año dos mil ocho.—Lic. Maykol V. Lara Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 25429.—(31098).
En esta notaría a las 8:00 horas del 2 de abril del 2008 se constituyó Cubal de la Cueva Sociedad Anónima, con domicilio en Naranjo, 100 metros oeste y 75 norte de la iglesia, apoderados generalísimos presidente Geidy Alpízar Rojas, cédula 2-530-085, secretario, Luis Diego Cubero Marín, cédula 2-536-058, capital social 100.000 colones.—Naranjo, 2 de abril del 2008.—Lic. Silenia Villalobos Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 25431.—(31099).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las once horas treinta minutos del tres de abril del año dos mil ocho, Mario Rodríguez Solís y Laura Ulloa González constituyen Electronic Information Management EIM Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Presidente: Mario Rodríguez Solís.—San José, 3 de abril del 2008.—Lic. Mauricio José Garro Guillén, Notario.—1 vez.—Nº 25433.—(31100).
La suscrita notaria Ana Patricia Villalobos Chinchilla, hace saber que en mi notaría se constituyó, la sociedad anónima Medicare Pharma Internacional, el 26/03/2008, cuyo presidente y apoderado es Carlos Alberto Salas Benavides, cédula 2-317-358.—San José, 26 de marzo del 2008.—Lic. Ana Patricia Villalobos Chinchilla, Notaria.—1 vez.—Nº 25434.—(31101).
La suscrita notaria Ana Patricia Villalobos Chinchilla hace saber que en mi notaría se constituyó, la sociedad anónima Tramacsa Veinticinco, el 14/03/2008, cuyo presidente y apoderado es Alejandro Agüero Moya, cédula 1-1222-216.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Ana Patricia Villalobos Chinchilla, Notaria.—1 vez.—Nº 25435.—(31102).
Por escritura número noventa y nueve, otorgada ante el suscrito notario a las diez horas treinta minutos del tres de abril del año dos mil ocho y visible en el tomo cuarto de mi protocolo se constituyó la empresa BYD Sociedad Anónima. Es todo.—San José, tres de abril del año dos mil ocho.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—Nº 25437.—(31103).
Mediante escritura número 253 de las 11:00 horas del 3 de abril del 2008, ante la notaría de la licenciada Paula Vanessa Chavarría Bolaños, se constituyó la entidad Control Ecoplagas T.K.C Sociedad Anónima. Domicilio social en San José, Tibás. Capital social cien mil colones suscrito y pagado.—Heredia, 4 de abril del 2008.—Lic. Paula Vanessa Chavarría Bolaños, Notaria.—1 vez.—Nº 25439.—(31104).
En mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Inversiones y Comercializadora El Gurrión Sociedad Anónima. Representante, Pedro Damián Báez Sequeira, en condición de presidente. Capital social enteramente suscrito y pagado.—Puntarenas, 13 de agosto del 2007.—Dr. Santos Gerardo Zúñiga Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 25441.—(31105).
Por escritura 173-1 otorgada a las 08:00 horas del 01 de abril del 2008, se crea Laboratorios Galab-Costa Rica S. R. L. Representación: Gerente.—San José, 01 de abril del 2008.—Lic. Paula Medrano Barquero, Notaria.—1 vez.—Nº 25442.—(31106).
Juana Rosa Ortiz Rivera, José Enrique Villavicencio Tosso, constituyen sociedad Textisur S. A. los cuales son presidente y tesorero. El presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma. Escritura número doscientos setenta y uno de las once horas del quince de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Sandra Obando Juárez, Notaria.—1 vez.—Nº 25443.—(31107).
Por escritura otorgada, ante mi notaría, a las veinte horas del tres de abril del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de la sociedad El Bodegón S. A. Para reestructuración de la junta directiva; así como el domicilio social y la cláusula octava del pacto social que rige el funcionamiento de la junta directiva y representación de la sociedad.—San José, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Efrén Rivera Garbanzo, Notario.—1 vez.—Nº 25448.—(31108).
Por escritura número 176 otorgada ante el suscrito notario a las 16.00 horas del día 31 de marzo del 2008 se constituyó Planck Quantum Consulting S. A. Capital social 10.000.00 colones íntegramente suscritos y pagado. Domicilio social será en San José, barrio Dent, cien metros norte de Taco Bell, cien metros oeste Condominio Florazat. Plazo social 99 años. Presidente Vanessa Mcphee.—San José, 31 de marzo del 2008.—MSC. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 25449.—(31109).
Por escritura número ciento setenta y cinco otorgada ante la suscrita notaria a las doce horas del día treinta y uno de marzo del dos mil ocho; se modificó la cláusula octava de los estatutos de la compañía denominada Comunicaciones Avanzadas Wedatel Sociedad Anónima.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil ocho.—Msc. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—Nº 25450.—(31110).
Flor María Delgado Zumbado, comunica que ante su notaría constituyó sociedad anónima cuya denominación social será M & H Fair Amon S. A., la señora Johanna Margot Marín García, cédula cuatro-uno seis cuatro-ocho uno ocho; y Marjorie García Castro, cédula cuatro –cero uno cinco ocho-cero cuatro cero cuatro; para dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—Nº 25452.—(31111).
Mediante escritura número veintinueve-cinco otorgada a las quince horas del tres de abril del dos mil ocho se aumentó el capital social, reformándose la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Rock Constructions and Development S. A.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 25453.—(31112).
Mediante escrituras números 24 y 25, otorgadas a las ocho y nueve horas respectivamente del veinticinco de marzo del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de las sociedades de esta plaza: Costa Montaña Estates Limón Cero Veinticuatro S. A. y Costa Esterillos Estates Ferula Ciento Ochenta y Tres S.A., respectivamente.—San José, veinticinco de marzo del dos mil ocho.— Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 25454.—(31113).
Mediante escritura veintiséis otorgada a las diez horas del veinticinco de marzo del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza: Costa Montaña Estates Sofora Plateada Ciento Sesenta y Ocho S. A.—San José, veinticinco de marzo del dos mil ocho.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 25455.—(31114).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:30 horas del primero de abril del 2008 se constituyó la sociedad Natura Shakes Sociedad Anónima, nombrándose agente residente, Fondo de Reserva Legal, junta directiva y capital social, domiciliada en San José, Desamparados, San Antonio, de la Escuela Republica de Panamá trescientos metros al sur y setenta y cinco al este.—San José, 1º de abril del 2008.—Lic. Rafael Ángel Quesada Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 25457.—(31115).
Se hace constar que mediante escritura número cincuenta y cuatro otorgada las diecisiete horas del tres de abril del año dos mil ocho ante los notarios Alberto Raven Odio y Douglas Soto Campos, se protocoliza el acta de Asamblea de Socios de la sociedad Free Town Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- doscientos noventa y tres mil novecientos dieciséis, en la cual se reforma la cláusula de administración de la sociedad.—San José, tres de abril del año dos mil ocho.—Lic. Alberto Raven Odio, Notario.—1 vez.—Nº 25460.—(31116).
Se hace constar que mediante escritura número cincuenta y tres otorgada a las dieciséis horas del tres de abril del año dos mil ocho, ante los notarios Alberto Raven Odio y Douglas Soto Campos, se protocoliza el acta de asamblea de socios de la sociedad Selva de Osa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos mil cuatrocientos, en la cual se reforma la cláusula de administración de la sociedad.—San José, tres de abril del año dos mil ocho.—Lic. Alberto Raven Odio, Notario.—1 vez.—Nº 25461.—(31117).
Por escritura Nº 522 visible al folio 79 vuelto del tomo 30 del protocolo del notario Roy Zumbado Ulate, se constituye la sociedad denominada Parra Núñez Inte Inte S. A. Capital social diez mil colones. Presidente, Luis Diego Parra Vargas.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 25465.—(31118).
Escritura otorgada ante mí, a las 08:00 horas del tres de abril del 2008, se constituye Distribuidora de Productos Naturales Aguilera. S.A., con plazo social de 99 años. Domicilio en San José, San Rafael Abajo de Desamparados, Barrio Valencia, Urbanización Mónaco, casa E veinte, para dedicarse a distribuir importar y exportar productos naturales, y comercio en general. Capital social de diez mil colones totalmente suscritos y pagados. Presidenta Rosa Esmeralda Aguilera Valladarez.—Lic. Martha E. Castro Carranza, Notaria.—1 vez.—Nº 25468.—(31119).
Por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del trece de marzo del 2008, se modifican las cláusulas segunda, quinta, sexta y décima del pacto social de la compañía Aztica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-014974.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—Nº 25469.—(31120).
Por escritura otorgada a las quince horas del treinta y uno de marzo se constituyó, la sociedad cuya denominación social será su cédula jurídica.—San José, 31 de marzo del 2008.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—Nº 25470.—(31121).
Por acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Enexport Sociedad Anónima, celebrada a las quince horas del treinta de marzo del dos mil ocho, protocolizada ante esta notaría, a las diecinueve horas del dos de abril del dos mil ocho, se modifica la cláusula segunda en cuanto al domicilio social, renombra secretaria, tesorera y fiscal.—Heredia, dos de abril del dos mil ocho.—Lic. María Gabriela Villalobos Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 25471.—(31122).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas del treinta y uno de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Rustic Home Sociedad Anónima, (Casa Rústica Sociedad Anónima).—San José, 31 de marzo del 2008.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—Nº 25472.—(31123).
Por escritura otorgada a las trece horas del tres de abril del 2008, se modifican las cláusulas segunda, cuarta, quinta, sexta y décima del pacto social de la compañía Super Pet Limitada, cédula jurídica 3-102-014416.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—Nº 25473.—(31124).
Por escritura otorgada a las ocho horas del trece de marzo del 2008, se modifican las cláusulas segunda, quinta, sexta y décima primera del pacto social de la compañía Doctores Echandi Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-8158.—Lic. Luis Diego Núñez Salas, Notario.—1 vez.—Nº 25474.—(31125).
Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, notaria pública con oficina abierta en San José, se reformaron las cláusulas primera y novena sobre la denominación social y la administración de la sociedad de 3-101-461995 Sociedad Anónima; la cual pasó a llamarse Tres en Uno Enterprises Sociedad Anónima, lo anterior a las nueve horas del primero de abril del año dos mil ocho. Asimismo, se reformaron las cláusulas primera, quinta y novena sobre la denominación social capital social y la administración de la sociedad de 3-101-457909 Sociedad Anónima; la cual pasó a llamarse CR Caribbean Tres (LDE) Sociedad Anónima, lo anterior a las diez horas del primero de abril del año dos mil ocho. San José. Es todo.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 25475.—(31126).
Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, notaria pública con oficina abierta en San José, se constituyó la sociedad denominada Cultivos del Este Sociedad Anónima, a las once horas del primero de abril del año dos mil ocho, en San José. Es todo.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 25476.—(31127).
Ante mí, Tatiana Rodríguez Arroyo, notaria pública con oficina abierta en San José, se constituyó sociedad denominada Contreras Sánchez & Espinoza Sociedad Anónima, a las diez horas del veintiséis de marzo del dos mil ocho, en San José. Es todo.—Lic. Tatiana Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—Nº 25477.—(31128).
Ante esta notaría, comparecieron Nelson Esquivel Barrantes, con cédula número cinco-doscientos tres-novecientos ochenta y tres, y Dennis Esquivel Barrantes, cédula número cinco-doscientos veintiuno-trescientos sesenta y dos, para constituir la sociedad denominada Llantas Los Esquivel Sociedad Anónima, con objeto el comercio, y por plazo de noventa y nueve años.—Nicoya, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—Nº 25484.—(31129).
Ante mí, se constituyó la sociedad denominada Forza Rojafe Sociedad Anónima. Capital: doce mil colones. Domicilio: San José, Costa Rica. Presidente: Roberto de Mezerville Arias. Es todo.—San José, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Rodrigo Maffioli Márquez, Notario.—1 vez.—Nº 25485.—(31130).
En mi notaría, mediante escritura otorgada el diecisiete de enero del dos mil ocho, número ciento noventa y tres, del tomo primero de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Jimepsa GS Sociedad Anónima. Domiciliada: en Santa Bárbara de Santa Cruz, Guanacaste. Capital: cien mil colones, y como sus apoderados figuran su presidente y secretaria.—Nicoya, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Karen Zúñiga Berrios, Notaria.—1 vez.—Nº 25486.—(31131).
Por escritura pública otorgada el 27 de febrero del 2008, se constituyó la sociedad Jeikamafa Sociedad Anónima Deportiva. Capital social: diez mil colones. Domiciliada: en Puntarenas. Plazo social: de noventa y nueve años. Presidente: Jesús Martín Adaniz Castillo.—Lic. Mariano Alfredo Solórzano Olivares, Notario.—1 vez.—Nº 25487.—(31132).
Por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del diez de marzo del dos mil ocho, se constituye la sociedad de responsabilidad limitada Sanmatel Inversiones. Gerentes: Sandra Baquero González y Leonardo Vázquez Sora.—Grecia, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Isabel Cristina Vargas Trejos, Notaria.—1 vez.—Nº 25488.—(31133).
Por escritura número treinta y siete, otorgada ante este notario, a las nueve horas del día primero de abril del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Maratexza Inc S. A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta de los estatutos de la sociedad, y se nombró nueva junta directiva.—San José, primero de abril del dos mil ocho.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—Nº 25490.—(31134).
Wendy Barrantes Zúñiga, mayor, soltera, con cédula de identidad número uno-ochocientos ochenta y cinco-seiscientos seis, y Karina Barrantes Zúñiga, mayor, soltera, con cédula de identidad número uno-novecientos cincuenta y cinco-setecientos veinticinco, comparecen en la escritura número dieciséis, tomo tres del notario público Pablo Camacho Arias, a las nueve horas del tres de abril del dos mil ocho, a constituir la sociedad de responsabilidad limitada denominada Merkapublicidad del Este Limitada, con domicilio en San Pedro de Montes de Oca, cuyo objeto social será el desarrollo y la comercialización de proyectos en publicidad. El capital social es la suma de sesenta mil colones, y el plazo social será de cien años a partir de la constitución. Será administrada por un gerente quien para el primer período de un año será Wendy Barrantes Zúñiga.—San José, a las diez horas del día tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Pablo Camacho Arias, Notario.—1 vez.—Nº 25492.—(31135).
Por escritura número treinta y ocho, otorgada ante este notario, a las diez horas del día primero de abril del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Dockloan Inc S. A., mediante la cual se reformó la cláusula tercera de los estatutos de la sociedad, y se liquida el plazo social de la sociedad.—San José, primero de abril de dos mil ocho.—Lic. Melvin Rudelman Wohlstein, Notario.—1 vez.—Nº 25493.—(31136).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el día dos de abril del dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad San Rafael Plaza Azul Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cero noventa y nueve mil ciento sesenta y tres, en la que se modificó la cláusula segunda del domicilio.—San José, dos de abril del dos mil ocho.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 25494.—(31137).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el día tres de abril del dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-quinientos diecisiete mil cuatrocientos veinticuatro sociedad anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos diecisiete mil cuatrocientos veinticuatro, en la que se modificó la cláusula primera del nombre siendo su nueva denominación Bienes Raíces Alpes Nevados Sociedad Anónima y la cláusula segunda del domicilio.—San José, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 25495.—(31138).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del veintiséis de marzo del dos mil ocho, procedí a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Parque Natural Agropecuario de Costa Rica S. A.—San José, veintiséis de marzo del dos mil ocho.—Lic. Luis Vargas Ferrandino, Notario.—1 vez.—Nº 25496.—(31139).
Ciclo Los Renegados Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y nueve mil seiscientos ocho, reforma cláusula octava y se revoca el nombramiento del primer vicepresidente y se elimina el cargo del mismo.—Liberia, primero de abril del dos mil ocho.—Lic. María José Núñez Palma, Notaria.—1 vez.—Nº 25497.—(31140).
Mediante escritura otorgada a las nueve horas del tres de abril del dos mil ocho, ante esta notaría, se protocoliza acta de la asamblea general de la sociedad Nictibio Urutan S. A., cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-cinco dos cuatro cuatro dos cuatro, en la que se sustituye miembro de la junta directiva nombrando presidente a: Russell Gene Unruh, de único apellido en virtud de su nacionalidad estadounidense, portador del pasaporte número cero tres ocho siete cuatro tres cuatro tres nueve y se modifica el pacto constitutivo.—San José, dos de abril del dos mil ocho.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 25498.—(31141).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del día 01 de abril del 2008, se constituyó la sociedad Las Alturas de Tarrazú Sociedad Anónima. Presidente: José Fabián Garro Aragón.—San José, 01 de abril del 2008.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 25500.—(31142).
Por escrituras otorgadas en la ciudad de San José, a las 11:00 horas y 11:15 horas del 3 de abril del 2008, se protocolizó actas de asambleas extraordinarias de socios de Tree Trust S. A., y Hacienda Delicias de San Mateo S. A., mediante las cuales se reforman las cláusulas del domicilio social, el capital social, la administración y la junta directiva.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 25501.—(31143).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día 2 de abril del 2008, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, con su domicilio en provincia de Heredia, cantón primero Heredia, distrito cuarto Ulloa, Barrio Lagunilla, cuyo objeto será el comercio en general, plazo 99 años y un gerente como apoderado generalísimo sin limitación de suma.—San José, 4 de abril del 2008.—Lic. Simón Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 25504.—(31144).
Por escritura número 101, otorgada a las 10:00 horas del 31 de marzo del 2008, Francisco José Velázquez Viloria y Lourymari Martínez Torres, constituyeron Inversiones Días PTG S. A., con un capital social de diez mil colones exactos. Es todo.—San José, 3 de abril del 2008.—Lic. Iara Lancaster Cortés, Notaria.—1 vez.—Nº 25505.—(31145).
Por escritura número 100, otorgada a las 09:45 horas del 31 de marzo del 2008, Rubén Ruibal Guevara y Francisco José Velázquez Viloria, constituyeron Acabados Rústicos del Sol XIX S. A., con un capital social de diez mil colones exactos. Es todo.—San José, 3 de abril del 2008.—Lic. Iara Lancaster Cortés, Notaria.—1 vez.—Nº 25506.—(31146).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó un acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía denominada Montsemari Sociedad Anónima, mediante los cuales se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, así como la junta directiva y fiscal.—Lic. Andre Jesús Vargas Siverio, Notario.—1 vez.—Nº 25509.—(31147).
Mediante escritura pública número seis-ciento sesenta y cinco, otorgada en el protocolo seis de la notaria pública Ileanna María Navarro Castro, los señores: Pablo Paniagua Tenorio, cédula de identidad número uno-setecientos noventa-novecientos noventa, y Yamileth Paniagua Tenorio, cédula de identidad número uno-quinientos ochenta y ocho-trescientos cuarenta y siete, constituyeron la sociedad anónima denominada Sorcery Sociedad Anónima. Corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Ileanna María Navarro Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 25514.—(31148).
Por escritura otorgada el día 1º de abril del 2008, se constituyó la sociedad Treinta Segundos Producciones Sociedad Anónima.—San José, 4 de abril del 2008.—Lic. Cristian Cordero Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 25517.—(31149).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Condominio La Ladera Bloque CJK Lote Cuatro DDD Sociedad Anónima, en la que se modificaron las cláusulas del domicilio, del capital, de la administración y de la representación. Asimismo se nombra nueva junta directiva del capital.—San José, 4 de abril del 2008.—Lic. Juan Carlos Hernández Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25518.—(31150).
Ante mi notaría, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación se hará de acuerdo al Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, el día treinta y uno de marzo del dos mil ocho. Capital social: cien mil colones. Presidente y secretario, poder conjunto o separado, generalísimo sin límite de suma. Domicilio: San José. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil ocho.—Lic. Jorge Gerardo Cerdas Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 25519.—(31151).
Ante mi notaría, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación se hará de acuerdo al Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, el día treinta y uno de marzo del dos mil ocho. Capital social: cien mil colones. Presidente y secretario, poder conjunto o separado, generalísimo sin límite de suma. Domicilio: San José. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil ocho.—Lic. Jorge Gerardo Cerdas Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 25520.—(31152).
Por escritura pública otorgada en esta notaría, a las diecisiete horas del día dos de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima cuya denominación social se solicita de conformidad con lo dispuesto en el artículo número dos del Decreto Nº 33171-J.—Naranjo, Alajuela, dos de abril del dos mil ocho.—Lic. Analive Matamoros López, Notaria.—1 vez.—Nº 25523.—(31153).
Por escritura pública otorgada en esta notaría, a las once horas del día primero de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Grupo Avícola Las Palmas F. R. S. de San Antonio de La Cueva de Naranjo Sociedad Anónima.—Naranjo, Alajuela, primero de abril del dos mil ocho.—Lic. Analive Matamoros López, Notaria.—1 vez.—Nº 25524.—(31154).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas cuarenta minutos del primero de abril del dos mil ocho, se constituyó la entidad que se denominará U Manos Crecimiento Empresarial Sociedad Anónima, con domicilio en Paso Ancho, contiguo a la Escuela República de Haití, Condominio Carmel, casa número dos; con un plazo de noventa y nueve años a partir de su constitución, y capital social de doce mil colones. El presidente, el secretario y el tesorero de la compañía, ostentarán la representación de la misma con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, debiendo actuar en forma conjunta.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—Nº 25525.—(31155).
Ante esta notaría, el señor Patrocinio Salas Solís, cédula de identidad número nueve-cero dieciocho-cero setenta y dos, ha otorgado poder generalísimo sin límite de suma a favor del señor Alexander Salas Leitón, cédula de identidad número seis-doscientos cincuenta y tres-doscientos setenta y siete, por un plazo indefinido.—Puntarenas, 4 de abril del 2008.—Lic. Roy Quesada Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 25526.—(31156).
Mediante escritura número dieciocho, otorgada ante mi notaría, a las catorce veinte horas del dos de abril del año en curso, se constituyó la compañía que utilizará como denominación social el número de cédula jurídica que le asigne a la misma por dicho registro además de las palabras sociedad de responsabilidad limitada, todo conforme al decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J (Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales). Cuyo plazo social es de noventa y nueve años. Capital social: doscientos mil colones. Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Grecia, 3 de abril del 2008.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 25527.—(31157).
Ante mí, Ademar Soto Alpízar, notario público de San Pedro de Poás, Alajuela, a las 09:00 horas del 2 de abril del 2008, se constituyó Lubricentro Lubricar S. A., con domicilio en Santa Gertrudis Sur de Grecia, Alajuela.—Lic. Ademar Soto Alpízar, Notario.—1 vez.—Nº 25528.—(31158).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas del día cinco de marzo, se constituyó Compañía de Danzas Folclóricas Zurquí S. A. Capital: suscrito y pagado. Presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 5 de marzo del 2008.—Lic. Roxana Taylor Barrios, Notaria.—1 vez.—Nº 25529.—(31159).
Por escritura otorgada a las 16:00 horas de hoy, Livio Moscone y Luca Moscone, constituyeron Corporation Monforte International S.A.—San José, 13 de abril del 2008.—Lic. Rubén Hernández Valle, Notario.—1 vez.—Nº 25530.—(31160).
Que en mi notaría se reformaron estatutos de la sociedad Serafín del Mar S. A. Presidente: Michelle Ducharme.—San José, a las 09:10 horas del 21 de febrero del 2008.—Lic. Minor Zamora Castellón, Notario.—1 vez.—Nº 25533.—(31161).
La suscrita notaria Xinia Arias Naranjo, hago constar que ante esta notaría se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de las sociedades: Destiny Found S. A., Quiet Nights S. A., La Flor de Almendra S. A., con domicilio en Ojochal, Osa, Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del Hotel Villas Gaía y se constituyó la siguiente sociedad anónima: DELAB S. A., con domicilio en Ciudad Cortés, Osa, Puntarenas, cien metros al sur de la Pulpería Cinco Esquinas.—Ciudad Cortés, treinta y uno de marzo del dos mil ocho.—Lic. Xinia Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—Nº 25534.—(31162).
Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Hooked On Corporation Sociedad Anónima, en la que se reforman la cláusulas sétima, se revocan los puestos de la junta directiva, secretario y tesorero y se nombran nuevos.—Santa Ana de Belén de Carrillo, Guanacaste, a las 09:00 horas del 20 de febrero del año 2008.—Lic. Frank Paniagua Mendoza, Notario.—1 vez.—Nº 25535.—(31163).
Que en mi notaría, al ser las 13:00 horas del 2 de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Asesores Aduaneros Yaslin Sociedad Anónima, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Óscar Antonio Yaslin Rodríguez, mayor, soltero en unión libre, empresario, vecino de Barrio Los Almendros de Limón, primera entrada mano izquierda, casa número dieciocho, con cédula de identidad número 7-125-840, el plazo de duración indefinido y su domicilio social será Limón, Barrio Los Almendros de Limón, primera entrada mano izquierda, casa número dieciocho.—Limón, 2 de abril del 2008.—Lic. Jorge A. Castro Ortiz, Notario.—1 vez.—Nº 25536.—(31164).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyeron las firmas de esta plaza Nativa Condominium Properties Managment Sociedad Anónima y Nativa Condominium Assets & Tools Sociedad Anónima. Domiciliadas en San José, Escazú, Costa Rica. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: mil colones. Presidente: Charlene Duncanson Cummings. Agente residente: Lic. Yuzeth Murillo Madriz.—San José, 01 de abril del 2008.—Lic. Yuzeth Murillo Madriz, Notaria.—1 vez.—Nº 25540.—(31165).
Por escritura otorgada ante mí, Charlene Duncanson Cummings y Óscar Bermúdez Zúñiga constituyen la firma de esta plaza Discovery Two Thousand Nine Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, Escazú, Costa Rica. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: mil colones. Presidente: Kerst Houweling, secretaria: Charlene Duncanson Cummings. Agente residente: Lic. Yuzeth Murillo Madriz.—San José, 01 de abril del 2008.—Lic. Yuzeth Murillo Madriz, Notaria.—1 vez.—Nº 25541.—(31166).
Por escritura otorgada hoy ante mí, C Cuatro Cuatro S. A., y Compañía A-Veintisiete Limitada, constituyeron Hermanos Méndez Hernández S. A. Domicilio: San Ramón de Alajuela. Objeto: específicamente a la compra y venta de bienes muebles e inmuebles. Plazo social: cien años a partir de su constitución. Capital social: cien mil colones, representado por 100 acciones de un mil colones cada una de ellas. Presidente: Alex Méndez Hernández.—San Ramón, 23 de febrero del 2008.—Lic. Oki Emilio Rojas Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 25542.—(31167).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad: Muralia J & M S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades.—San José, veinte de febrero del dos mil ocho.—Lic. Emilce Castillo Obando, Notaria.—1 vez.—Nº 25543.—(31168).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad Sámara Silver Green Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades.—San José, trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. Emilce Castillo Obando, Notaria.—1 vez.—Nº 25544.—(31169).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Autocamiones de Costa Rica AUTOCORI S. A., se aumenta el capital social a la suma de cuatrocientos millones de colones y se reforma cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, cinco de abril del dos mil ocho.—Lic. Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 25545.—(31170).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad Grupo Canaan GML S. A. Capital social: diez mil colones. Presidente con facultades.—San José, veinte de febrero del dos mil ocho.—Lic. Emilce Castillo Obando, Notaria.—1 vez.—Nº 25546.—(31171).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad Corporación Aduanera Canaan Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones. Presidente con facultades.—San José, 20 de febrero del dos mil ocho.—Lic. Víctor Joel Valverde Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 25547.—(31172).
Por escritura otorgada ante el notario, el día 30 de noviembre del dos mil seis, se cambia junta directiva la sociedad de esta plaza denominada Productora Agrícola del Norte GMCQ Sociedad Anónima, cuyo presidente de junta directiva es: Jovanny Muñoz Ramírez.—San José, 4 de abril del 2008.—Lic. Gonzalo Ramírez Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 25549.—(31173).
Mediante escritura autorizada por mí, a las diez horas con quince minutos del treinta y uno de marzo del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Vía Administrativa GP Constructiva Limitada (la “Compañía”), de esta plaza, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos dos mil doscientos setenta y cuatro, mediante la cual se acordó reformar la totalidad del pacto constitutivo de la compañía.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil ocho.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—Nº 25556.—(31174).
Por escritura pública otorgada ante mí, a las nueve horas del tres de abril de dos mil ocho, se modificaron los estatutos de la compañía Teletech Customer Care Management Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Vicente Aurelio Lines Fournier, Notario.—1 vez.—Nº 25557.—(31175).
La sociedad Fondo Gris del Talud Sociedad Anónima, modifica pacto social, mediante escritura de las 15:00 horas del día 4 de abril del año 2008.—Lic. Alberto Baraquiso Leitón, Notario.—1 vez.—Nº 25559.—(31176).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la empresa Omnimusic Producciones Interactivas Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Escritura otorgada en San José, a las quince horas del día veinticuatro de marzo del dos mil ocho.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—Nº 25561.—(31177).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó acta de la empresa Veinticinco de Julio Dentomed Sociedad Anónima, en donde reforma las cláusulas primera y sétima de los estatutos sociales. Escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas del día trece de marzo del dos mil ocho.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—Nº 25562.—(31178).
Hago constar que por escritura de las 13:00 horas del 12 de marzo del 2008, se constituyó en mi notaría la entidad Orquesta del Río Infinito Sociedad Civil. Administración encargada a dos socios administradores ambos con poder generalísimo. Domicilio: Sabanilla de Montes de Oca. Capital: íntegramente suscrito y pagado por cuotas.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. Rubén Chacón Castro, Notario.—1 vez.—Nº 25563.—(31179).
Por asamblea general extraordinaria de socios de la compañía de esta plaza denominada Class Solutions S. A., protocolizada ante este notaría a las 11:30 horas de hoy, en la que se reforman estatutos.—San José, 4 de abril del 2008.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—Nº 25565.—(31180).
Por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del dos de abril del dos mil ocho, se constituye la sociedad de esta plaza El Sol Centro de Préstamos Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—Nº 25567.—(31181).
Ante esta notaría, mediante escritura número veinticinco otorgada a las diecisiete horas del dieciocho de marzo del dos mi ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Nativo del Sur Sociedad Anónima. El presidente es el señor Roque Manuel García. Domicilio social: será en Heredia, San Antonio, Belén, Residencial Paso de las Garzas, casa número trescientos treinta y dos. Capital social: diez mil colones. Plazo social: será de noventa y nueve años.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil ocho.—Lic. Laura Bonilla Herrero, Notaria.—1 vez.—Nº 25571.—(31182).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del día veintisiete de marzo del año dos mil ocho, se protocolizó el acta de la sociedad Document Management Solutions DMS Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula quinta.—San José, veintisiete de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Eugenio Desanti Hurtado, Notario.—1 vez.—Nº 25572.—(31183).
Mediante escrituras autorizadas por mí, a las diez horas, a las diez horas treinta minutos y a las once horas del tres de abril del dos mil ocho, se constituyeron Rancho Nosara LLC Limitada, y sociedades de responsabilidad limitada cuya razón social será asignada por el Registro de Personas Jurídicas con un capital social de treinta mil colones cada una.—San José, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 25573.—(31184).
Ante esta notaría se protocoliza el acta número uno del libro de asamblea general de la entidad denominada La Hacienda Triunfante Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos noventa y siete mil trescientos cuarenta y tres, celebrada el día dieciséis de diciembre del dos mil siete, en su domicilio social, en San José, Sabana Norte, del Banco Interfin doscientos metros al norte y cincuenta metros oeste casa frente a Kinder Discovery. Se acuerda revocar al gerente y subgerente y se nombra en su lugar a gerente: Romke Houstra y se nombra agente residente al señor Leonardo Salazar Villalta. Se modifica el domicilio social que será: Rohrmoser, cincuenta metros al norte del antiguo AID, se modifica la administración por la cual el Gerente tendrá la representación judicial y extrajudicial.—San José, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Pablo Pacheco Soto, Notario.—1 vez.—Nº 25574.—(31185).
Ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de ADIANTUM S. A., donde se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo y se nombra nuevos miembros de junta. Así consta en escritura otorgada en San Antonio de Belén a las nueve horas del dos de abril del dos mil ocho.—San José, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Olga Morera Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 25575.—(31186).
El suscrito Maykool Acuña Ugalde, notario público con oficina en Ciudad Colón, hace constar que a las 13:00 horas del día 3 de abril del 2008, se ha constituido la sociedad denominada Multiservicios Electro-Marcos S. A., con un plazo social de 99 años, siendo su presidente el señor Marcos Alpízar Flores.—Lic. Maykool Acuña Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 25577.—(31187).
El día de hoy, he protocolizado el acta número uno de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad QOC Petunia Dos Dos Tres Sociedad Anónima, en la cual se transforma la sociedad a sociedad de responsabilidad limitada.—San José, 3 de abril del 2008.—Lic. Flor de Liz Monge Sancho, Notaria.—1 vez.—Nº 25578.—(31188).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Maquinarias El Guiz Sociedad Anónima, con un capital de diez mil colones, siendo los representantes, su presidente, y secretaria, con facultades de apoderado generalísimo, presidente: Edwin Lorenzo Viales, secretaria: Giselle Chávez Hernández, y con domicilio social en Santa Cruz de Guanacaste, a las 16:00 horas del 27 de febrero del dos mil ocho.—Lic. Sandra Pizarro Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 25586.—(31189).
Por escritura otorgada ante esta notaría el señor Juan Diego Ramírez Murillo, y Marielos Murillo Barrantes, constituyeron una sociedad anónima denominada Infratronic Sociedad Anónima. El domicilio social será San José, San Antonio de Desamparados, Residencial Lomas de San Antonio, casa número catorce. Capital social: diez mil colones. Representación: el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Marco Vinicio Escalante González, Notario.—1 vez.—Nº 25587.—(31190).
Por escritura otorgada ante esta notaría el señor Robert Cambronero Bustos e Ivannia Morales Herrera constituyeron una sociedad anónima denominada Pixel Armada Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Representación: el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Domicilio: San Antonio de Belén, Heredia, Residencial Paso de Las Garzas, casa número trescientos once.—San José, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Marco Vinicio Escalante González, Notario.—1 vez.—Nº 25588.—(31191).
Por escritura otorgada ante esta notaría el señor Jorge Castro Rodríguez y Alejandra Rodríguez Villegas constituyeron una sociedad anónima denominada Multiservicios JCR Sociedad Anónima. El domicilio social será San José, Guadalupe, Barrio Santa Cecilia, del Taller Cartín y Blanco cincuenta metros norte. Capital social: diez mil colones. Representación: El presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Marco Vinicio Escalante González, Notario.—1 vez.—Nº 25589.—(31192).
Ante esta notaría, a las catorce horas del tres de abril del dos mil ocho, mediante escritura número ciento cuarenta y siete, se constituyó la sociedad denominada Productos del Valle de San Rafael Ferguar Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, cantón central, distrito primero. Capital social: cien mil colones, representación judicial presidente, secretario y tesorero; agente residente Carlos Fernández Morales.—San José, 3 de abril del 2008.—Lic. Edwin Rodrigo Masís Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 25590.—(31193).
Por escritura otorgada ante mi notaría al ser las siete horas del día tres de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la fundación denominada Fundación para la Creación de un Ambiente Sano de Costa Rica.—Lic. Ana Isabel Barrantes Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 25591.—(31194).
Por escritura de las 11:00 horas del 28 de marzo del 2008, se protocoliza acta de la sociedad Villas Las Lomas Cero Dieciséis OPQ Sociedad Anónima, se cambia nombre Cuarenta y Tres Mil Doscientos Quince Casa Te Amare por Siempre Sociedad Anónima, y se nombra junta directiva. Es todo.—San José, 31 de marzo del 2008.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 25592.—(31195).
La suscrita, Emilia Verónica Chaves Cordero notaria con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número doscientos ochenta y nueve, iniciado al folio ciento ochenta y uno frente del tomo tercero de mi protocolo, otorgada ante mi notaría a las quince horas del día dieciocho de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Productos Juani S. A., cuyo presidente y tesorero, tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Atenas, 18 de marzo del 2008.—Lic. Emilia Verónica Chaves Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 25594.—(31196).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Daddy Joe Limitada, a las quince horas del día treinta y uno de marzo del año dos mil ocho ante la notaria pública Emilia Verónica Chaves Cordero, mediante escritura pública número doscientos noventa y siete del tomo tercero de mi protocolo.—Atenas, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Emilia Verónica Chaves Cordero, Notaria.—1 vez.—Nº 25596.—(31197).
Por escritura número seis del tomo segundo de mi protocolo otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del treinta y uno de marzo del año dos mil ocho, se modifica el pacto constitutivo en las cláusulas primera, segunda y octava y se realizan nuevos nombramientos, de la empresa tres-ciento uno-cinco uno cuatro nueve siete seis Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco uno cuatro nueve siete seis, denominándose en adelante Oficentro Santa Elena Sociedad Anónima, con nuevo domicilio en la provincia de Guanacaste, Sardinal de Carrillo, y recayendo en adelante la representación judicial y extrajudicial en el presidente y secretario.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil ocho.—Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1 vez.—Nº 25599.—(31198).
Por escritura otorgada ante esta notaría se constituyó el día de hoy, la compañía denominada Whitecrest Capital Group Sociedad Anónima.—San Pablo de Heredia, 4 de abril del 2008.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 25600.—(31199).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la compañía Solaris Enterprise de Belén Sociedad Anónima.—Heredia, 28 de febrero del 2008.—Lic. Natalia Alvarado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 25601.—(31200).
En esta notaría, a las 13:00 horas del 31 de marzo del 2008, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada El Rey del Sabor S. A. Se revoca nombramientos de presidente, secretario y agente residente y se hacen nuevos nombramientos. Se modifica cláusulas segunda y cláusula décima del pacto constitutivo presidente: Albert Monroe Toney III.—Naranjo de Alajuela, 31 de marzo del 2008.—Lic. Emilia María Pacheco Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 25604.—(31201).
Mediante escritura pública número ciento ochenta y tres otorgada en Grecia a las dieciocho horas del once de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la asociación denominada Asociación Costarricense de Personas Con Discapacidad Visual ACOPEDIV. Presidente con facultades de apoderado generalísimo con límite de suma de un millón de colones. Plazo: indefinido.—Grecia, 11 de marzo del 2008.—Lic. Enrique Alonso Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 25605.—(31202).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad sin denominación S. A.—San José, 4 de abril del año dos mil ocho.—Lic. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 25607.—(31203).
Ante esta notaría, comparecen los señores Melissa Gómez Salas y Rafael Ángel Gómez Astúa, y dicen que constituyen una sociedad anónima que se denominará Preconstruidos Técnicos SOCO S. A., siendo su objeto el comercio entre otros y cuyo capital social es la suma de diez mil colones. Es todo.—San José, 2 de abril del 2008.—Lic. Ricardo Torres Artavia, Notario.—1 vez.—Nº 25608.—(31204).
Por escritura número trescientos setenta y tres, otorgada ante esta notaría, a las doce horas del primero de abril del dos mil ocho, se nombró nueva junta directiva de la sociedad Juicy Mango S. A., cédula jurídica 3-101-481604.—Lic. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 25609.—(31205).
Por escritura número trescientos setenta y cuatro otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del tres de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Orion Foods & Drins Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente: Javier Vicente Francechetti Uria.—San José, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 25610.—(31206).
Mediante escritura número doscientos tres otorgada el dos de abril del dos mil ocho, a las dieciocho horas, en el tomo primero del protocolo del notario Kerry Orlando Ramírez Salas, se protocoliza constitución de doce sociedades anónimas. El domicilio social será San José, en Jaboncillo de Escazú, Residencial La Posada, casa número seis. La representación judicial y extrajudicial de estas sociedades corresponde al presidente.—Lic. Kerry Orlando Ramírez Salas, Notario.—1 vez.—Nº 25611.—(31207).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día primero de abril del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la compañía Walton Diamond Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó reformar la cláusula primera, por lo cual en adelante se denominará Pura Vida Sunsets PVS S. A.—San José, primero de abril del año dos mil ocho.—Lic. Norman de Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—Nº 25614.—(31210).
Mediante escritura otorgada a las 14:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Distribuidora L & B S. A. Presidente y secretario apoderados generalísimos. Domicilio social: San José.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Carmen Aguilar Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 25620.—(31211).
Por escritura otorgada en mi notaría en esta ciudad, a las once horas del siete de febrero del dos mil ocho, los señores José Alonso Córdoba Villalobos y Carlos Andrés Arroyo Jiménez, constituyen la sociedad, que se denominará Córdoba Arroyo Asociados Sociedad Anónima.—Lic. Enrique Araya Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 25621.—(31212).
Por escritura número cuarenta y dos, de las once horas del veintiocho de enero se constituyó la sociedad Ccpreme Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pago. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma, y por escritura número cincuenta y dos, de las catorce horas del tres de abril, y de las catorce horas del veintiséis de marzo, se protocolizó acta de Nervios y Estrés S. A., mediante la cual se reformó la cláusula de administración y se nombró nueva junta directiva.—San José, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Ricardo Redondo Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 25623.—(31213).
Mediante la escritura número 172 otorgada a las 13:30 horas del 20 de febrero del 2008, ante esta notaría, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Mare Tranquillitatis S. A.; se nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José, 4 de abril del 2008.—Lic. Carlos Manuel Aguilar Rojas, Notario.—1 vez.—(31214).
Mediante escritura de las 10:00 horas del 27 de febrero, se constituyó Inversiones Herrera Aguilar W Y R de Belén SRL. Es todo.—San José, 5 de abril del dos mil ocho.—Lic. Rocío Córdoba Cambronero, Notaria.—1 vez.—(31216).
Mediante escritura número 323 de las 10:00 horas del día 28 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Inversiones Reales SRL.—Lic. Rocío Córdoba Cambronero, Notaria.—1 vez.—(31218).
Mediante escritura número 143, de las 10:00 horas del día 14 de noviembre del 2007, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada Ankel SRL., ante la notaria Rocío Córdoba Cambronero.—Lic. Rocío Córdoba Cambronero, Notaria.—1 vez.—(31219).
Por escritura otorgada a las nueve horas del dos de abril del dos mil ocho, se protocoliza acta de la sociedad Corporación Lurit del Norte S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sétima de los estatuto, y de la sociedad Alameda Santander F.G. S. A., mediante la cual se reforma la cláusula novena de lo estatutos, en cuanto a la administración.—Lic. Joaquín Antonio Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—(31273).
Por escritura otorgada a las diez horas de dos de abril del dos mil ocho, se protocoliza acta de la sociedad Clínica Dental Sonrisa Brillante S. A., mediante la cual se reforma la cláusula sétima de los estatutos, en cuanto a la administración.—Lic. Joaquín Antonio Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—(31275).
Ante mi notaría, al ser las once horas del veintisiete de febrero del dos mil ocho, se constituyó la entidad denominada Yesli Sociedad Anónima, cuya presidenta es Yessenia Ruiz Arias, mayor, casada una vez, médico, cédula de identidad número uno-ocho siete seis-cinco cinco cero, vecina de Hojancha, Guanacaste, cincuenta metros norte de la Cruz Roja.—Hojancha, a las once horas quince minutos del veintisiete de febrero del dos mil ocho.—Lic. Luis Álvaro Durán Araya, Notario.—1 vez.—Nº 25377.—(31277).
Zayda Herrera Ramírez, Marvin Moreira Araya, Manglares Apetitosos Sociedad Anónima, G & H Roble del Volcán Sociedad Anónima, José Francisco Leitón Cerdas y Laura Ramón Elizondo, constituyen Sociedad Usuarios de Agua Cerro Inglés. Mediante escritura otorgada en San Josante mi notaría, a las diecinueve horas del diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 25378.—(31278).
Por escritura otorgada ante nosotros en la ciudad de Alajuela, a las doce horas del veintiocho de marzo de este año, se ha constituido la sociedad La Libertad Chontales Sociedad Anónima. Domicilio: la ciudad de Alajuela. Plazo: noventa y nueve años. Fines: el comercio en general. Capital social: diez mil colones, suscrito y pagado. Representación: apoderado generalísimo sin limitación de suma.—Alajuela, 7 de abril del 2008.—Lic. Mario Morales Villalobos y Lic. Marlene Mora Montero, Notarios.—1 vez.—(31337).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 09:00 horas del 13 de marzo del 2008, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Pinilla Resort Development S. A., en virtud de la cual se reforma la cláusula novena, y se hacen nuevos nombramientos.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Silvia Arce López, Notaria.—1 vez.—(31361).
El suscrito notario hago constar que ante mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Corporación Milano Primero de Abril Sociedad Anónima, al ser las once horas del día siete de abril del dos mil ocho. Capital: suscrito y pago.—Alajuela, 7 de abril del 2008.—Lic. Yeric González Alfaro, Notario.—1 vez.—(31367).
En escritura número doscientos doce, otorgada ante esta notaría, a las once horas del dieciocho de febrero del dos mil ocho, protocolizó acta donde se nombró nueva junta directiva de la empresa Inversiones Rústicos Mejías Caravaca Sociedad Anónima, siendo su representante legal y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, la señora Johonna Patricia Mejías Caravaca, con cédula número uno-seiscientos sesenta-quinientos diecinueve. Es todo.—Cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Carlos Manuel Soto Quirós, Notario.—1 vez.—(31368).
Por escritura 211, otorgada en esta notaría, a las 13:00 horas del 4 de abril del 2008, la sociedad Computools Costa Rica S. A., reforma la cláusula primera por lo que cambia su razón social a Computools Costa Rica Rach S. A.—Lic. German José Víquez Zamora, Notario.—1 vez.—(31373).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos de hoy, se constituyó la sociedad Mi Cacharpita del Dos Mil Ocho S. A. Capital: suscrito y pagado. Apoderado generalísimo sin límite de suma: presidente.—San José, 12 de marzo del 2008.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario.—1 vez.—(31379).
El día de hoy, constituí la compañía Luxus CRO S. A.—Escazú, 4 de abril del 2008.—Lic. Michel Salim Semaan Khachab, Notario.—1 vez.—(31433).
El día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Grupo Cuestamoras Internacional G.C.M.I. S. A.—Escazú, 27 de marzo del 2008.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—(31434).
Por escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 08:05, 08:30, 08:50 y 09:30 horas del 27 de marzo del 2008; de las 15:00, 16:00, 17:00, 17:30, 18:00 y 18:30 horas del 4 de abril del 2008, y de 09:00, 09:30, 10:00, 10:30; 11:00, 11:30 y de las 12:00 horas del 5 de abril del 2008, respectivamente, se constituyó la firma D Sign Solutions S. A.; se constituyó la firma S C Veinticuatro/Siete S. A.; se modificó el pacto social de la empresa Condo Cinco Morado Andalucía S. A.; se modificó el pacto social de la empresa ACSS Quintero Castillo S. A.; se fusionaron las firmas Paradigma Comercial SJ S. A., y Hacienda RR Cuarenta S. A.; se fusionaron las firmas Panorama de la Bahía S. A., y Ramat Hasharon S. A.; se constituyó la firma Papiro de Agua S. A.; se constituyó Cedro Dorado S. A.; se constituyó la empresa Huellas del Tiempo S. A.; se constituyó Sol de Mérida S. A.; se constituyó Energía en Movimiento S. A.; se constituyó Movimiento y Vitalidad S. A.; se constituyó Valle del Deporte S. A.; se constituyó Insumos Deportivos L B S. A.; se constituyó Motor Vital S. A.; se constituyó Inmobiliaria Junio Veintidós S. A., y se cambió la razón social de la empresa Servicios Médicos DO A. O. S. A., pasando a denominarse Servicios Dos Cuatro Cero S. A., todas las empresas con domicilio en San José.—San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Gustavo Adolfo Montero Ureña, Notario.—1 vez.—(31444).
Por escritura número doce-tres, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las diez horas del día cuatro de abril del dos mil ocho, donde se reforman las cláusulas primera, tercera y sétima de los estatutos de la sociedad, y se nombra dos gerentes y agente residente de la compañía Vientos Fuertes del Sur EC S.R.L.—San José, 4 de abril del 2008.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—(31464).
Por escritura número trece-tres, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero, a las diez horas quince minutos del día cuatro de abril del dos mil ocho, donde se reforman las cláusulas primera y tercera de los estatutos de la sociedad, y se nombra gerente y agente residente de la compañía Desarrollos Cosmopolitan Naranja Número Veinte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de abril del 2008.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—(31465).
Ante esta notaría por escritura número doscientos trece-uno, otorgada a las diez horas del siete de abril, se constituye la sociedad de esta plaza denominada Newtons de Costa Rica, el cual es nombre de fantasía y su traducción al idioma español es Corre Sesenta y Nueve. Capital: suscrito y pagado. Presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Luis Octavio Pérez Baires, Notario.—1 vez.—(31466).
Ante esta notaría por escritura número doscientos catorce-uno, otorgada a las diez horas con treinta minutos del siete de abril, se constituye la sociedad de esta plaza denominada Run Sixty Nine Sociedad Anónima, el cual es nombre de fantasía y su traducción al idioma español es Corre Sesenta y Nueve. Capital: suscrito y pagado. Presidente y secretario, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Luis Octavio Pérez Baires, Notario.—1 vez.—(31467).
Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de L’Oreal, de Francia, solicita la inscripción de: EXCELL 10 como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir: perfume, agua de tocador, gels, sales para el baño y la ducha no para propósitos médicos, jabones de tocador, desodorantes para el cuerpo, cosméticos a saber: cremas, leche, lociones, gels, y polvos para la cara, el cuerpo y las manos, preparaciones para protegerse del sol (productos cosméticos), preparaciones de maquillaje, champús, gels, rocíos, espumas y bálsamos para el acomodo y cuidado del cabello, lacas para el cabello, preparaciones para el coloreado y decolorado del cabello, preparaciones para el ondulado y rizado permanente del cabello, aceites esenciales para uso personal. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de febrero del 2008, según expediente Nº 2008-0000975. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de febrero del 2008.—(31523).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario a las ocho horas del día de hoy, se constituyó la entidad de este domicilio, denominada Boka leona S. A. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Presidente: Boris Gordienko Echeverría.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Javier Camacho Granados, Notario.—1 vez.—(31573).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Agrocomercializadora Granos de Oro Sociedad Anónima. Se acuerda reformar la cláusula segunda del pacto social de la sociedad.—San José, 3 de abril del 2008.—Lic. Fernando Solís Agüero, Notario.—1 vez.—(31574).
Que mediante asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Primarex del Condor Limitada, celebrada en su domicilio social a las 16:00 horas del día 12 de noviembre del 2007, se acordó modificar la cláusula sexta de la administración, gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de actuación conjunta o separada.—Lic. Surut Monge Morales, Notario.—1 vez.—(31578).
Que mediante asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Primarex del Cardenal Limitada, celebrada en su domicilio social a las 16:00 horas del día 12 de noviembre del 2007, se acordó modificar la cláusula sexta de la administración, gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de actuación conjunta o separada.—Lic. Surut Monge Morales, Notario.—1 vez.—(31579).
Que mediante asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Primarex Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social a las 16:00 horas del día 12 de noviembre del 2007, se acordó modificar la cláusula sexta de la administración, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de actuación conjunta o separada.—Lic. Surut Monge Morales, Notario.—1 vez.—(31580).
Que mediante asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Primarex de La Golondrina Limitada, celebrada en su domicilio social a las 16:00 horas del día 12 de noviembre del 2007, se acordó modificar la cláusula sexta de la administración, gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de actuación conjunta o separada.—Lic. Surut Monge Morales, Notario.—1 vez.—(31581).
Que mediante asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Primarex del Jilguero Limitada, celebrada en su domicilio social a las 16:00 horas del día 12 de noviembre del 2007, se acordó modificar la cláusula sexta de la administración, gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de actuación conjunta o separada.—Lic. Surut Monge Morales, Notario.—1 vez.—(31582).
Que mediante asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Primarex del Gorrión Limitada, celebrada en su domicilio social a las 16:00 horas del día 12 de noviembre del 2007, se acordó modificar la cláusula sexta de la administración, gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de actuación conjunta o separada.—Lic. Surut Monge Morales, Notario.—1 vez.—(31583).
Que mediante asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Primarex de Colibrí Limitada, celebrada en su domicilio social a las 16:00 horas del día 12 de noviembre del 2007, se acordó modificar la cláusula sexta de la administración, gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de actuación conjunta o separada.—Lic. Surut Monge Morales, Notario.—1 vez.—(31584).
Que mediante asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Primarex del Canario Limitada, celebrada en su domicilio social a las 16:00 horas del día 12 de noviembre del 2007, se acordó modificar la cláusula sexta de la administración, gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de actuación conjunta o separada.—Lic. Surut Monge Morales, Notario.—1 vez.—(31585).
Por escritura número ciento setenta y dos de las ocho horas del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad denominada Des Chorales Del Mare Grande Sociedad Anónima. Por escritura número ciento setenta y tres de las ocho horas cinco minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad denominada Dunkelung en Puntarenas Sociedad Anónima. Por escritura número ciento setenta y cuatro de las ocho horas diez minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad denominada Cuarto Mono de La Selva Tropical Sociedad Anónima. Por escritura número ciento setenta y cinco de las ocho horas quince minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad denominada Dunkelwerden Con Estrellas Sociedad Anónima. Por escritura número ciento setenta y seis de las ocho horas veinte minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad denominada Eclaire por La Lune Sociedad Anónima. Por escritura número ciento setenta y siete de las ocho horas veinticinco minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad denominada Edelkoralle Divino Azul Sociedad Anónima. Por escritura número ciento setenta y ocho de las ocho horas treinta minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad denominada El Chor del Mar Azul Sociedad Anónima. Por escritura número ciento setenta y nueve de las ocho horas treinta y cinco minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad denominada El Einhorm Azul Sociedad Anónima. Por escritura número ciento ochenta de las ocho horas cuarenta minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad denominada El Himmelsdecke de Luz Sociedad Anónima. Por escritura número ciento ochenta y uno de las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad denominada El Koralle del Mar Azul Profundo Terrenal Sociedad Anónima. Por escritura número ciento ochenta y dos de las ocho horas cincuenta minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad El Tummler Azul Sociedad Anónima. Por escritura número ciento ochenta y tres de las ocho horas cincuenta y cinco minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad Entzuckend Grande Sociedad Anónima. Por escritura número ciento ochenta y cuatro de las nueve horas del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad Escarpia del Pacífico de Costa Rica Sociedad Anónima. Por escritura número ciento ochenta y cinco de las nueve horas cinco minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad Etoile de Mer Adentro Sociedad Anónima. Por escritura número ciento ochenta y seis de las nueve horas diez minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad Ewigeschlaf Sociedad Anónima. Por escritura número ciento ochenta y siete de las nueve horas quince minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad Feinsandig Blanca Mar Sociedad Anónima. Por escritura número ciento ochenta y ocho de las nueve horas veinte minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad Landhaus Bella Sociedad Anónima. por escritura número ciento ochenta y nueve de las nueve horas veinticinco minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad Iruka del Pórtico Bello Sociedad Anónima. Por escritura número ciento noventa de las nueve horas treinta minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad Klappe del Paraíso Infinito Sociedad Anónima. Por escritura número ciento noventa y uno de las nueve horas treinta y cinco minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad Koks Verde Grande Sociedad Anónima. Por escritura número ciento noventa y dos de las nueve horas cuarenta minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad Palma Real del Pacífico Sociedad Anónima. Por escritura número ciento noventa y tres de las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad Dammern en El Puerto Sociedad Anónima. Por escritura número ciento noventa y cuatro de las nueve horas cincuenta minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad Coucher Du Solei Sociedad Anónima. Por escritura número ciento noventa y cinco de las nueve horas cincuenta y cinco minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad Nordsee Bello Sociedad Anónima. Por escritura número ciento noventa y seis de las diez horas del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda, junta directiva y fiscal de la sociedad Del Norte Hasta el Sur del Pacífico Sociedad Anónima.—San José, siete de abril del año dos mil ocho.—Lic. Jenny Rodríguez Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(31586).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día doce de marzo del dos mil ocho, de la compañía Marea Alta Canadiense S. A., se modifica la cláusula sexta, la representación corresponde al presidente judicial y extrajudicial de la compañía, quien para poder actuar a nombre de la compañía en cualquier caso, deberá contar con aprobación previa y expresa de la asamblea.—San José, siete de abril del 2008.—Lic. Mauricio Arias Ruiz, Notario.—1 vez.—(31589).
Por escritura otorgada ante mí, se modifica la cláusula cuarta del plazo social de la firma a Ganadera Camaronal S. A. Fecha: 07 de abril del 2008. Lugar de otorgamiento: San José.—Lic. Daniel Aguilar González, Notario.—1 vez.—(31590).
Se constituye la firma de esta plaza Traducciones Profesionales de Occidente Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Presidenta: María Gigliola Montealegre Chaves. Agente residente: _Lic. Arturo Terán París.—San José, catorce de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Arturo Terán París, Notario.—1 vez.—(31592).
Por escritura número treinta y siete, otorgada ante la notaria Viviana Aguilar Álvarez, a las trece horas con treinta minutos, del siete de abril del año dos mil ocho, se modificaron las cláusula primera y segunda de los estatutos de la sociedad tres-ciento uno-cuatrociento setenta y siete mil ciento cincuenta y uno s. a., y se reorganizó la junta directiva.—San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Viviana Aguilar Álvarez, Notaria.—1 vez.—(31607).
Mediante escritura número doscientos cincuenta y seis, otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José a las ocho horas del siete de abril del dos mil ocho, escritura visible al folio ciento setenta y cinco vuelto del tomo primero de mi protocolo, se ha constituido la sociedad denominada Cuculmecacr Solutions Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Ana Gabriela González González, Notaria.—1 vez.—(31612).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las once horas del nueve de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Los Tres Reyes Magos Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Plazo: noventa y nueve años.—Liberia, nueve de enero del dos mil ocho.—Lic. Warner Ruiz Juárez, Notario.—1 vez.—Nº 25627.—(31613).
Mediante escritura número 219-5 del tomo 5 de las 11:05 horas del cuatro de abril del dos mil ocho, de mi protocolo, se constituyó la sociedad, cuya denominación social será Constructora Sawal E.I.R.L., Capital social: ¢ 100.000,00 totalmente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, Pavas.—San José, 4 de abril del 2008.—Lic. Giovanni Cavallini Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 25628.—(31614).
Mediante escritura número 218-5 del tomo 5 de las 9:45 horas del cuatro de abril del dos mil ocho, de mi protocolo se constituyó la sociedad, cuya denominación social será Niky Travel, E.I.R.L. Capital social: ¢100.000,00 totalmente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, Pavas.—San José, 4 de abril del 2008.—Lic. Giovanni Cavallini Barquero, Notario.—1 vez.—Nº 25629.—(31615).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del cinco de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Sheppard Family Trust Limitada. Capital social: totalmente suscrito y pagado.—Cartago, cinco de abril del dos mil ocho.—Lic. André Wells Downey, Notario.—1 vez.—Nº 25630.—(31616).
Por escritura otorgada ante mí a las 17 horas del día 31 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad de esta plaza Granja Porcina Zamora-Barranca S. A.—San José, 1º de abril del 2008.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—Nº 25632.—(31617).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 14:00 horas del día 4 de abril del dos mil ocho, se constituye la sociedad Sky Vine Corporation Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Presidente: Kenneth Wayne Stephenson.—Lic. Karla Vanessa González Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 22634.—(31618).
Por escritura otorgada en San José a las ocho horas del tres de abril del dos mil ocho. Se constituye sociedad anónima denominada Tambor Ciento Veintiuno Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones ante la notaria Nidia Guardiola Mendoza.—Lic. Nidia Guardiola Mendoza, Notaria.—1 vez.—Nº 25635.—(31619).
Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina abierta en San José, escritura otorgada: a las 15 horas del 05 de 04 del 2008, se constituyó la S.A. Mocontre Sociedad Anónima, presidente: Solany Mora Contreras. Capital social: totalmente suscrito y pagado, domicilio social: Guadalupe de Goicoechea, Purral, barrio Las Ochenta y Cinco, casa cincuenta y ocho.—5 de abril del 2008.—Lic. Álvaro Barboza Orozco, Notario.—1 vez.—Nº 25636.—(31620).
Protocolicé acta general extraordinaria de la sociedad Arrullo de las Aves S. A. Se nombra presidente, secretario y tesorero en la junta directiva.—San José, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Ligia Mora Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 25638.—(31621).
Ante mí, Pablo Arias González, notario público con oficina en Atenas, se constituyó la sociedad anónima denominada Happy Iguana Property and Development Sociedad Anónima, a las nueve horas del cuatro de abril del dos mil ocho. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quien tendrá las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Atenas, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 25639.—(31622).
Por escritura Nº 121 de las 10:00 horas del día 3 de abril del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Puerto El Triunfo Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 25640.—(31623).
Por escritura Nº 122 de las 10:15 horas del día 3 de abril del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Las Ensenadas Marinas Sociedad Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 25641.—(31624).
Mireya Valverde Castro, Carlos, Marisela, Eduardo Alberto, Ana Jacqueline, Maricruz, María Julieta, María Alexandra, Luis Gustavo, Jorge Arturo, Cristina todos Jimesta Valverde, constituyen sociedad anónima y autorizan al Registro a asignar número de cédula jurídica por nombre, en San Pedro de Poás, Alajuela a las veinte horas del cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Aura Céspedes Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 25643.—(31625).
Ante esta Notaría, al ser las once horas del once de marzo del dos mil ocho, se protocolizo acta de asamblea de accionistas de la El Corte Plena de Magnolias Sociedad Anónima, donde se acordó modificar, la cláusula segunda del domicilio, se nombra nuevo presidente. Presidente: Williwm Ralph Schowoerer.—San Antonio de Belén, primero de abril del dos mil ocho.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—Nº 25644.—(31626).
Por escritura número setenta y tres, otorgada ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Luzque de Copal Sociedad Anónima, cuya representación la ostenta tanto el presidente como el tesorero, otorgándoseles facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: veinte mil colones.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil ocho.—Lic. Farid Beirute Brealey, Notario.—1 vez.—Nº 25645.—(31627).
Por escritura número sesenta otorgada ante la suscrita Notaria, se constituye la compañía Inversiones Cajaisol Sociedad Anónima pudiendo abreviarse Inversiones Cajaisol S. A. Objeto: comercio en general. Plazo: noventa y nueve años. Capital: íntegramente suscrito y pagado.—San José, cuatro de abril del año dos mil ocho.—Lic. Lucía Marucco Pereira, Notaria.—1 vez.—Nº 25648.—(31628).
Por escritura autorizada por mí a las 12:30 horas del 04 de marzo del 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Yipi S. A., mediante la cual se reformó la cláusula primera y se nombra vicepresidenta de junta directiva.—San José, 04 de abril del 2008.—Lic. Danilo Chaverri Soto, Notario.—1 vez.—Nº 25649.—(31629).
Por escritura otorgada hoy ante nosotros, Credomatic de Costa Rica S. A. aumentó el capital social.—San José, 31 de marzo del 2008.—Lic. Franklin Matamoros Calderón y Lic. Yanit Arias Herrera, Notarios.—1 vez.—Nº 25650.—(31630).
Ante esta Notaría por medio de escritura pública número 143 - II, de las 13 horas del 28 de marzo del dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Alturas Hermosas Villa Cuarenta y Uno R. L Sociedad Anónima en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: primero: se removió al presidente, secretario y tesorero. Segundo: se realizaron los siguientes nombramientos: presidente: Steve Leron (nombres) Little (apellido), secretaria: Wendy Lynn (nombre) Allison (apellido), tesorero: Michael Joseph (nombres) Reis (apellido).—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 25651.—(31631).
Ante esta Notaría por medio de escritura pública número 142 - II, de las 12 horas del 28 de marzo del dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada tres- ciento uno- cuatrocientos cincuenta y nueve mil setecientos treinta y siete sociedad anónima en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: primero: se removió al presidente, secretario y tesorero. Segundo: se realizaron los siguientes nombramientos: presidente: Steve Leron (nombres) Little (apellido), secretaria: Wendy Lynn (nombre) Allison (apellido), tesorero: Michael Joseph (nombres) Reis (apellido).—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 25652.—(31632).
Ante esta Notaría por medio de escritura pública Nº 88 II, otorgada a las 17 horas del 10 de diciembre del año dos mil siete, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Alpine Sunflower Limitada la cual se tomaron los siguientes acuerdos: primero: se adiciona a la escritura presentada al tomo quinientos setenta y cuatro, asiento diez mil ciento noventa, consecutivo uno. Segundo: se reformó la cláusula octava del pacto constitutivo.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 25653.—(31633).
Ante este Notaría, se constituyó la entidad Dallacqua Consulting Limitada, con el plazo social de: 90 años, capital social: diez mil colones exactos. Domicilio social: Guanacaste. Carrillo. Gerente general uno: Brandon Chase Dallacqua, y gerente general dos: Heather Marie Johnson se constituyó mediante escritura Nº 140-II de las 14 horas del 26 de marzo del 2008.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 25654.—(31634).
Mediante escritura otorgada a las doce horas del cinco de abril del dos mil ocho, ante esta Notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Mother Nature LLC Limitada Nº 3-102-289667 en la cual se reformó el pacto constitutivo, se hicieron nuevos nombramientos y se otorgó un poder generalísimo.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—Nº 25655.—(31635).
Mediante escritura otorgada a las doce horas del cuatro de abril del dos mil ocho, ante esta Notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Piedra de Colores LLC Limitada Nº 3-102-459233 en la cual se reformó el pacto constitutivo y se hicieron nuevos nombramientos.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaría.—1 vez.—Nº 25658.—(31636).
Por escrituras otorgadas ante mí, a las dieciséis horas del veintiuno de enero, once, quince y dieciséis horas del tres de abril todas del dos mil ocho, el suscrito Notario, protocoliza actas de tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cuatro mil doscientos noventa y nueve sociedad anónima, Bosco de Madero Sociedad Anónima, tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cuatro mil doscientos noventa y dos sociedad anónima y tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cuatro mil trescientos catorce sociedad anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas sexta de la administración. Se nombra nueva directiva.—San José, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Alberto Coto Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 25659.—(31637).
Mediante escritura número ciento ochenta y siete, otorgada en mi Notaría a las 15:00 horas del día veinticuatro de marzo del 2008, se constituyó sociedad anónima sin nombre de conformidad con el decreto número tres tres uno siete uno J. Presidenta: Maritza Matamoros Mora. Domiciliada en Heredia, Santo Domingo, trescientos oeste y trescientos norte del hotel Bouganvilia.—San José, 29 de marzo del 2008.—Lic. Yohanna Valverde Carvajal, Notaria.—1 vez.—Nº 25662.—(31638).
Por escritura otorgada ante mí, Nidia Arias Vindas a las 18:30 horas del 25 de marzo del 2008, se constituyó Inversiones Monte de Los Encinos INT S. A. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Presidente: Luis Arias Muñoz.—Flores, 4 de abril del 2008.—Lic. Nidia Arias Vindas, Notaria.—1 vez.—Nº 25664.—(31639).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario, a las dieciocho horas del once de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Servicios Terapéuticos Integrales Sociedad Anónima, misma que se abreviará SEFI. Domiciliada en barrio del Carmen de Puntarenas, residencial Las Brisas, de la terminal de Ferrys, cien metros al oeste. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límites de suma.—Puntarenas.—Lic. Mariano Núñez Quintana, Notario.—1 vez.—Nº 25666.—(31640).
El día de hoy ante esta Notaría, se constituyó la sociedad Casa de Lujo.com CDL Sociedad de Responsabilidad Limitada. El gerente tiene la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, 11 de marzo del 2008.—Lic. Antonio Gutiérrez Bogantes, Notario.—1 vez.—Nº 25667.—(31641).
Por escritura otorgada ante esta Notaría en San Ramón de Alajuela a las 8:00 horas del 6 de marzo del año 2008, se constituyó la sociedad anónima denominada: Zapatos Albako Sociedad Anónima.—San Ramón, 3 de abril del 2008.—Lic. Mario Alexis González Zeledón, Notario.—1 vez.—Nº 25669.—(31642).
Bolívar Alfaro Bolaños y María Adilia González Castro, constituyen la sociedad anónima denominada Arago S. A. Escritura otorgada en Grecia a las 16:15 horas del día 31 de marzo del año 2008.—Lic. Miguel Ernesto Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 25670.—(31643).
Por escritura otorgada a las 17:00 horas del 11 de marzo del dos mil ocho, se modificaron las cláusulas primera, quinta y sexta de la sociedad denominada La Niña Azul S. A., cuyo nombre varió por el de Inmobiliaria Petcafbelen S. A.—San José, 4 de abril del dos mil ocho.—Lic. William Muñoz Bravo, Notario.—1 vez.—Nº 25671.—(31644).
Ante esta Notaría, se constituyeron las sociedades: Wildcorp Oma S. A.; Wild Rose Ca-CR Corporation Limitada y Willshe Corporation Limitada.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Gonzalo Fajardo Lee, Notario.—1 vez.—Nº 25673.—(31645).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 14 de marzo de 2008, se fusionó por absorción las sociedades Agencia de Viajes María Alexandra Ltda., y Viajes María Alexandra Ltda., prevaleciendo la primera. Asimismo se acuerda reformar la cláusula quinta, correspondiente al capital, del pacto social de Agencias de Viajes María Alexandra S. A..—San José, las diez horas del 14 de marzo del 2008.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—Nº 25674.—(31646).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 10:00 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital Social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril del 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25676.—(31647).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 9:45 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital Social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril del 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25677.—(31648).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 16 de febrero del 2008, se constituyeron sesenta y ocho sociedades anónimas cuya denominación social corresponderá la cédula jurídica que se le asigne al finalizar el proceso de inscripción.—San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº 25678.—(31649).
Por escritura otorgada ante este Notario Público el día de hoy, a las 9:30 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25679.—(31650).
Por escritura otorgada ante este Notario Público el día de hoy, a las 9:15 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25680.—(31651).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 27 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad denominada: Servicios Básicos de Seguridad SBS Limitada.—San José, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—Nº 25681.—(31652).
Por escritura otorgada ante este Notario Público el día de hoy, a las 9:00 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25682.—(31653).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 8:45 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25683.—(31654).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 8:30 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25684.—(31655).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 8:15 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25686.—(31656).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 16:00 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25687.—(31657).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 15:45 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25688.—(31658).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 15:30 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25689.—(31659).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 15:15 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25691.—(31660).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 15:00 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25692.—(31661).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 14:45 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25693.—(31662).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 14:30 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25694.—(31663).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 14:15 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25695.—(31664).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 14:00 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25696.—(31665).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 12:00 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25697.—(31666).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 11:45 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25698.—(31667).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 11:30 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25699.—(31668).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 11:15 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25701.—(31669).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 11:00 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25702.—(31670).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 10:45 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25704.—(31671).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 10:30 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25705.—(31672).
Por escritura otorgada ante este notario público el día de hoy, a las 10:15 horas, se constituyó una sociedad limitada cuya denominación social se tendrá de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número 33171-J. Capital social: diez mil colones totalmente suscrito y pagado. Gerente: Apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 1º de abril de 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25707.—(31673).
Por escritura otorgada ante mí a las diecinueve horas del catorce de marzo de dos mil ocho, se constituyó la sociedad Grupo Los Ocho MBA S. A. Presidente José Francisco Coto Quesada.—San José, catorce de marzo del 2008.—Lic. Mónica Farrer Peña, Notaria.—1 vez.—Nº 25710.—(31674).
Por escritura número cuarenta y uno otorgada ante esta notaría en Curridabat, a las catorce horas del día veintiséis de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada: Archigreen Sociedad Anónima. Presidente: Harry Alberto Beltran Valenzuela con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Enny Mary Cordero Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 25712.—(31675).
Por escritura otorgada ante la notaria Laura Zumbado Loría en San José, a las diez horas veinte minutos del día catorce de marzo del año en curso, se protocoliza Acta de Asamblea General de Socios de la empresa: Magical Waters S. A., mediante la cual se agrega al pacto constitutivo la cláusula décimo-quinta del agente residente. Es todo.—San José, primero de abril del dos mil ocho.—Lic. Laura Zumbado Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 25713.—(31676).
El suscrito, Ruddy Leonardo Figueroa Cruz, en su condición de conotario, comunica que mediante escritura número trescientos ocho del primero de abril del dos mil ocho, visible a folio ciento ochenta y nueve vuelto del tomo segundo del protocolo de la Notaria Pública Rebeca González Porras, se constituyó la sociedad anónima denominada Adochema Mil Novecientos Ochenta y Uno S. A., con domicilio en San José. Es todo.—San Isidro de Heredia, ocho horas del cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Ruddy Leonardo Figueroa Cruz, Notario.—1 vez.—Nº 25714.—(31677).
Que por acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Chentón S. A., cédula jurídica Nº 3-101-379493, de las 18:00 horas del 7 de marzo del 2008; se acordó reformar el pacto social, en la cláusula segunda, para que en lo sucesivo se tenga como nuevo domicilio social: Cañas, Guanacaste, en Urbanización Los Malinches, cincuenta metros este y ciento cincuenta metros sur de Liceo Miguel Araya Venegas. Asimismo se nombra nuevo secretario.—Cañas, 2 de abril del 2008.—Lic. Carlos Enrique Azofeifa López, Notario.—1 vez.—Nº 25715.—(31678).
Ante mi notaría pública, se protocoliza acta de modificación cláusula primera de la sociedad Representaciones Berrocal-Cortés Sociedad Anónima.—Siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Elisa María Herrera Morera, Notaria.—1 vez.—Nº 25717.—(31679).
Que por escritura otorgada a las 11:00 horas de hoy se protocoliza acta de Desarrolladora Jacó Dos Mil Siete S. A., Se modifica cláusulas primera, segunda, quinta y sétima. Se nombra nueva junta directiva.—San José, 4 de abril del 2008.—Lic. Alexander Chacón Porras, Notario.—1 vez.—Nº 25718.—(31680).
Mediante escritura número diecinueve-catorce, de las nueve horas del treinta y uno de marzo del dos mil ocho; se reforma la cláusula segunda del domicilio, de la sociedad Castro & Castro Inversiones Bajo Ojoche X X Sociedad Anónima.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil ocho.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—Nº 25719.—(31681).
Agencia Aduanal Aldi S. A., modifica cláusula cuarta del pacto constitutivo, prorroga plazo a 99 años.—Palmares, 3 de abril del 2008.—Lic Maritza Carranza Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 25720.—(31682).
Mediante escritura número ciento cuarenta y dos-dos, de las nueve horas del veinticuatro de marzo del dos mil ocho; se reforma la cláusula segunda del domicilio, de la sociedad Proinvest SPA Sociedad Anónima.—San José, veinticuatro de marzo del dos mil ocho.—Lic. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—Nº 25721.—(31683).
Ante esta notaría, comparecen los señores: Kenneth Wegner, canadiense, de un solo apellido en razón de su nacionalidad, pasaporte Nº J E 572406, e Ingrid Rebeca Martínez Gutiérrez, mayor, cédula de identidad Nº 1-1286-617 y dicen que han convenido constituir sociedad anónima que se denominará Dos Río Resort Playa Azul Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Asdrúbal Vega Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 25723.—(31684).
Por escritura número 123 otorgada a las 16:00 horas del 4 de abril de 2008, protocolicé acuerdos de asamblea extraordinaria de accionistas de Clama a Mí y Yo Responderé D J S. A., donde se reformó la cláusula octava de los estatutos de la administración.—Lic. José Pablo Masís Artavia, Notario.—1 vez.—Nº 25725.—(31685).
En asamblea general celebrada a las diecisiete horas del primero de abril del dos mil ocho, se constituyó Pata Sociedad Anónima, en San Rafael de Guatuso, Alajuela, ante el notario William Arias González. Presidente: Gilbert Conejo Artavia.—San Rafael de Guatuso, primero de abril del dos mil ocho.—Lic. William Arias González, Notario.—1 vez.—Nº 25726.—(31686).
El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día tres de abril del dos mil ocho, se protocolizaron ante mí, actas de las empresas Atlantis Plaza Malaquita Número Siete S. A., Atlantis Plaza Obsidiana Número Ocho S. A., Atlantis Plaza Ópalo Número Nueve S. A., Atlantis Plaza Topacio Número Diez S. A., y Condominio Níquel La Granja del Este S. A.—Cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 25727.—(31687).
Ante esta notaría a las 12:00 horas del 29 de marzo del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la firma de esta plaza Corales de Valles Amarillos S.R. Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula segunda y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 2 de abril del 2008.—Lic. Laura Chaves Lavagni, Notaria.—1 vez.—Nº 25729.—(31688).
Por escritura otorgada ante este notario a las diecisiete horas y treinta minutos del diecisiete de enero de dos mil ocho, se constituye sociedad anónima denominada Gatzu Pack GMML S. A., representada por su presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar en forma conjunta o separada, domiciliada en la ciudad: la provincia de Heredia, cantón Santo Domingo, distrito San Miguel, Barrio El Socorro, doscientos cincuenta metros este del Colegio Lincoln contiguo a la Pulpería La Hacienda. Con un capital social de diez mil colones.—Lic. Mauricio Camacho Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 25730.—(31689).
Por escritura otorgada ante este notario a las nueve horas y treinta minutos del veintitrés de enero del dos mil ocho, se constituye sociedad anónima denominada Grupo M P A Araya Bolaños S. A., representada por su presidente y secretaria, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar en forma conjunta o separada, domiciliada en la ciudad: la provincia de Heredia, cantón San Rafael, distrito Santiago, Urbanización La Beatriz, casa catorce A. Con un capital social de diez mil colones.—Lic. Mauricio Camacho Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 25731.—(31690).
Por escritura otorgada ante este notario a las diez horas y treinta minutos del veintiséis de enero del dos mil ocho, se constituye sociedad anónima denominada Ideas y Soluciones Chang Ugarte S. A. representada por su presidente y secretaria, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar en forma conjunta o separada, domiciliada en la ciudad: la provincia de San José, cantón Tibás, distrito Llorente, del periódico Al Día veinticinco metros sur y cien este, casa a mano izquierda. Con un capital social de diez mil colones.—Lic. Mauricio Camacho Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 25732.—(31691).
Ante mí, Hellen Cordero Mora, notaria pública, se constituye la sociedad Asesoría Financiera y Social S. A.—Heredia, ocho horas del diecisiete de diciembre del dos mil siete.—Lic. Hellen Cordero Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 25734.—(31692).
Ante la suscrita notaria se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Cítricos Chachagua Sociedad Anónima, para que en adelante se lea Orange and Orange Sociedad Anónima, otorgada a las diez horas del siete de abril dos mil ocho.—Lic. Yensi Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 25735.—(31693).
Mediante escritura número ciento veinticinco celebrada a las veinte horas del dos de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada AAA Coviolli Sociedad Anónima, domicilio social Santo Domingo de Heredia, doscientos metros este y cincuenta sur de la farmacia El Nopal, cuya presidenta es la señora Carmen Beatrice Zamora Coviolli, cédula uno- quinientos cincuenta y seis- seiscientos setenta y seis.—Lic. Marvin Collado Parrales, Notario.—1 vez.—Nº 25738.—(31694).
Mediante escritura número ciento diecinueve otorgada a las catorce horas del ocho de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Asados Argentinos Sociedad Anónima, siendo su presidente el señor Frank Gerardo Morales Ramírez, cédula uno- quinientos noventa y seis- ochocientos cincuenta y seis. Es todo.—San José, a las catorce horas del ocho de marzo del dos mil ocho.—Lic. Marvin Alfonso Collado Parrales, Notario.—1 vez.—Nº 25739.—(31695).
Yo, Jenny Vargas Quesada, notaria pública con oficina abierta en Guácimo, protocolicé mediante escritura número 159 visible al folio 65 del tomo 6 de mi protocolo, el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Especiales Yen’s S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-301716, a las quince horas del diez de marzo de dos mil seis, según la cual se disuelve la sociedad de conformidad con lo que dispone el artículo doscientos uno, incisos B y D del Código de Comercio.—Guácimo a las dieciocho horas del primero de abril del dos mil ocho.—Lic. Jenny Vargas Quesada, Notaria.—1 vez.—Nº 25740.—(31696).
Por esta escritura otorgada en esta notaría en San José a las dieciséis horas del día dos de abril del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Tectona Grandis Sociedad Anónima. Se reforma cláusula primera. Notarios: Lic. Felipe Beeche Pozuelo y Annabella Rohrmoser Zúñiga.—San José, 3 de abril del 2008.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 25741.—(31697).
Por escritura otorgada en esta notaría en San José, de las doce horas del día treinta y uno de agosto del año dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada Funny Waves Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, abril del 2008.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 25742.—(31698).
Por escritura otorgada en esta notaría en San José, de las nueve horas del día veintiuno de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Coastal Waves Sociedad Anónima. Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma.—San José, abril del 2008.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—Nº 25743.—(31699).
Ante esta notaría, mediante escritura diecisiete, otorgada a las diecisiete horas del día cuatro de abril del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Bio Trials Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas primera, quinta, sétima, novena, se elimina la cláusula décima quinta y se crea una nueva cláusula décimo quinta del pacto constitutivo, se revocan nombramientos, se nombran miembros de junta directiva y fiscal, se nombra agente residente y se otorga poder generalísimo sin límite de suma.—San José, 4 de abril del 2008.—Lic. Andrea Sáenz Mederas, Notaria.—1 vez.—Nº 25744.—(31700).
Por escritura otorgada ante esta misma notaría a las 8:00 horas del 28 de marzo del 2008, se protocolizó el acta número cuatro de asamblea general extraordinaria de Vista Volcán Discoteca S. A.; en la cual se aumenta el capital social.—San José, 28 de marzo del 2008.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 25745.—(31701).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del día 27 de marzo del año 2008, se constituyó la compañía denominada Endra Veintiuno Sociedad Anónima, domiciliada en La Fortuna de San Carlos, Alajuela.—San José, 27 de marzo del 2008.—Lic. Manuel Jones Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 25746.—(31702).
Por escritura número: doscientos cuatro, otorgada el día veintidós de enero del año dos mil ocho, ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad denominada Inversiones AMG de Costa Rica S. A., con domicilio social en la ciudad de San José; con un plazo de 99 años a partir de hoy; objeto: el comercio de carnes, materiales, agricultura y la industria en general.—Heredia, 5 de abril del 2008.—Lic. Róger Arturo Trigueros García, Notario.—1 vez.—Nº 25747.—(31703).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Asetrek Uno S. A., donde se modifican la cláusula segunda de su pacto constitutivo.—San José, cinco de abril del año dos mil ocho.—Lic. Hoover González Garita, Notario.—1 vez.—Nº 25749.—(31704).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del día de hoy, la sociedad Bad Land Sport Fishing Limitada, protocolizó acta en que se modifica la cláusula sexta (Administración) de su pacto social, y se revoca nombramiento como Gerente del señor Róger Zaugg.—San José, 5 de marzo del 2008.—Lic. Enrique Gamboa Góngora, Notario.—1 vez.—Nº 25750.—(31705).
Por escritura otorgada por el suscrito notario a las 19:00 horas del 3 de abril del 2008, se reformó la sociedad anónima denominada PROCOR, Proyectos Córdoba S. A., modificándose la cláusula de domicilio, la de capital social, la de administración y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 25751.—(31706).
Por escritura otorgada por el suscrito notario a las 20:00 horas del 3 de abril del 2008, se reformó la sociedad anónima denominada PROKAT, Proyectos Katia S. A., modificándose la cláusula de domicilio, la de capital social, la de administración y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 25752.—(31707).
Por escritura otorgada por el suscrito notario a las 21:00 horas del 3 de abril del 2008, se reformó la sociedad anónima denominada PROYAN, Proyectos Antonio S. A., modificándose la cláusula de domicilio, la de capital social, la de administración y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 25753.—(31708).
Por escritura otorgada por el suscrito notario a las 22:00 horas del 3 de abril del 2008, se reformó la sociedad anónima denominada Proyectos Kasin S. A., modificándose la cláusula de domicilio, la de capital social, la de administración y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 25754.—(31709).
Por escritura otorgada por el suscrito notario a las 14:00 horas del 3 de abril del 2008, se reformó la sociedad anónima denominada Estacionamientos del Este S. A., modificándose la cláusula de domicilio, la de capital social, la de administración y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 25755.—(31710).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de primero de abril del dos mil ocho, a las 16:00 horas, la sociedad tres-ciento uno-quinientos mil novecientos noventa y dos sociedad anónima protocolizó acuerdos en que se reformó la cláusula primera, la cláusula segunda y la cláusula novena del pacto social.—San José, 3 de abril del 2008.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—Nº 25756.—(31711).
Por escritura otorgada por el suscrito notario a las 15:00 horas del 3 de abril del 2008, se reformó la sociedad anónima denominada Inmobiliaria Columna Ciento Ocho S. A., modificándose la cláusula de domicilio, la de administración y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 25757.—(31712).
Por escritura otorgada por el suscrito notario a las 16:00 horas del 3 de abril del 2008, se reformó la sociedad anónima denominada Inmobiliaria Siete de Curridabat S. A., modificándose la cláusula de domicilio, la de administración y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 25758.—(31713).
Por escritura otorgada por el suscrito notario a las 17:00 horas del 3 de abril del 2008, se reformó la sociedad anónima denominada Inversiones Norte de San José S. A., modificándose la cláusula de domicilio, la de capital social, la de administración y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 25759.—(31714).
Por escritura otorgada por el suscrito notario a las 18:00 horas del 3 de abril del 2008, se reformó la sociedad anónima denominada PROCOL, Proyectos Colón S. A., modificándose la cláusula de domicilio, la de capital social, la de administración y se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 25760.—(31715).
La suscrita hace constar que ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima: Corporación Inmobiliaria El Sesteo Número Treinta y Tres S. A., cuyo presidente es el señor Arley Alvarado Quirós. Es todo.—San José, siete de abril de dos mil ocho.—Lic. Cindy Cascante Carmona, Notaria.—1 vez.—Nº 25761.—(31716).
Por escritura pública número 108 otorgada a las 18 horas del 3 de abril del 2008, en connotariado por las notarias Jenny Rosales Cruz y Cinthya Valverde Muñoz, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Sweet Bananas Developments S. A. Se modificó y nombró nuevo secretario.—San José, 4 de abril del 2008.—Lic. Jenny Rosales Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 25763.—(31717).
Los suscritos: Mauricio Santamaría Quirós y María de los Ángeles Quirós Román, constituyen sociedad anónima, cuya razón social se asignará de conformidad con el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio de dos mil seis, que es nombre de fantasía. Escritura número cuarenta y tres del tomo cuatro.—San José, veintisiete de marzo de dos mil ocho.—Lic. María Gabriela Solano Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 25767.—(31718).
Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de Corporación Galvez & Volio Asociados Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula primera de los estatutos. Escritura otorgada a las 10:00 horas del 4 de abril del 2008.—Lic. Claudio Antonio Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 25768.—(31719).
Protocolización de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de 3-101-490432 Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas primera, décimo quinta y vigésima del pacto social. Escritura otorgada a las 11:00 horas del 2 de abril del 2008.—Lic. Fiorella Flores Rivera, Notaria.—1 vez.—Nº 25769.—(31720).
Por escritura número ciento setenta y nueve otorgada en mi notaría a las diecisiete horas del veintiséis de marzo del dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada Inversiones El Corral Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Inversiones El Corral S. A. Capital social diez mil colones. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Jorge Danilo Campos Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 25770.—(31721).
Por escritura de las diecisiete horas del tres de abril del dos mil ocho, se constituyó ante esta notaría la sociedad Renascere Sociedad Anónima, domiciliada en Alajuela, La Guácima, Las Vueltas, doscientos metros al suroeste del cruce a San Miguel de Turrúcares. Capital social: diez mil colones. Plazo cien años.—San José, cuatro de abril de dos mil ocho.—Lic. Grace De Miguel Ramírez, Notaria.—1 vez.—Nº 25771.—(31722).
Ante mí, Vera Mora Rojas, notaria pública con oficina en Heredia, en escritura otorgada a las dieciséis horas del veintiséis de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Odontología Empresarial RN, cuya presidenta es la señora: Grisel María Vargas Rojas, su capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado, sociedad domiciliada en la ciudad de Mercedes Norte de Heredia.—Siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Vera Mora Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 25773.—(31723).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día dos de abril del año dos mil ocho, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionista de la sociedad Cementos y Adhesivos Lesa Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar la cláusula segunda del pacto social, sobre el domicilio.—San José, diecisiete de abril del año dos mil ocho.—Lic. Ligia María González Leiva, Notaria.—1 vez.—Nº 25775.—(31724).
Por medio de escritura número veintisiete otorgada a las 9:30 horas del 23 de febrero del 2008, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada Alex Caribbean Place Ltda.—Orotina, 3 de abril del 2008.—Lic. José Luis Ramos Castellón, Notario.—1 vez.—Nº 25776.—(31725).
Por medio de escritura número veintisiete otorgada a las 10:30 horas del 23 de febrero del 2008, ante esta notaría se constituyó la sociedad denominada El Carro de Sandra Ltda.—Orotina, 3 de abril del 2008.—Lic. José Luis Ramos Castellón, Notario.—1 vez.—Nº 25777.—(31726).
El suscrito notario Óscar Enrique Chinchilla Mora, manifiesta que por escritura otorgada ante esta notaría el día cuatro de abril del dos mil ocho, se procedió a protocolizar acta de asamblea de socios de Volcano Travel S. A., en donde se modifican los estatutos y se nombra nueva junta directiva.—San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—Nº 25780.—(31727).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas treinta minutos del cuatro de abril del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Aralias Tropicales Sociedad Anónima.—San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Óscar Enrique Chinchilla Mora, Notario.—1 vez.—Nº 25781.—(31728).
Por escritura otorgada hoy a las 16:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada Cusack & Judd Investments Limitada, mediante la cual se acordó modificar la cláusula octava de los estatutos.—San José, 2 de abril del 2008.—Lic. Leonardo Crespo Valerio, Notario.—1 vez.—Nº 25782.—(31729).
Por escritura pública número ciento quince, tomo II, otorgada en Grecia, se constituyó la sociedad denominada: Colones Auto Rental Sociedad Anónima. Escritura otorgada en Grecia, a las 14 horas del día 12 de marzo del año 2008. Presidenta: Deborah Ann Mc Williams.—Lic. Marvin Gerardo Quesada Castro, Notario.—1 vez.—Nº 25783.—(31730).
Mediante escritura pública número setenta y cinco otorgada ante mí a las 13:30 horas del 4 de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Inversiones Jaziel y Stephanie S. A., capital totalmente suscrito y pagado. Presidente, con representación judicial y extrajudicial.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 25785.—(31731).
Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 3 de abril del 2008, se constituye sociedad denominada Rameju CE-EME Sociedad Anónima.—Naranjo, 7 de abril del 2008.—Lic. Luis Carlos Acuña Jara, Notario.—1 vez.—Nº 25786.—(31732).
Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas del diez de marzo del dos mil ocho, se protocolizó asamblea general y extraordinaria de cuotistas de Empresa de Servicios Mixtos en Desarrollo S. R. L., con cédula de persona jurídica tres - ciento dos - cuatrocientos cincuenta y seis mil ciento setenta y ocho, la cual se modificaron los estatutos de la sociedad en la cláusula sexta de la administración.—San José, diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 25787.—(31733).
En esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada: Construcciones H & P Sociedad Anónima, domiciliada en Naranjo, Alajuela, con un capital social de cincuenta mil colones. Su presidente es el señor Wilber Hidalgo Barahona. Es todo.—Naranjo, 7 de abril del 2008.—Lic. Ivania Vargas Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 25788.—(31734).
Por escritura otorgada ante mí a las diez horas del dos de abril del dos mil ocho, se protocolizó asamblea general y extraordinaria de accionistas de la sociedad Macorva S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-veintitrés mil quinientos sesenta y uno, en la cual se modificaron los estatutos de la sociedad en la cláusula segunda del domicilio social.—San José, dos de abril del dos mil ocho.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—Nº 25789.—(31735).
Por escritura otorgada a las once horas del treinta de enero del dos mil ocho, se modificó la cláusula segunda de la sociedad denominada Industrias Cadevi S. A., ante la notaría de Guiselle Calvo Cascante.—San José, 2 de abril del 2008.—Lic. Guiselle Calvo Cascante, Notaria.—1 vez.—Nº 25790.—(31736).
Por escritura otorgada a las once horas del dos de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Industrias Plásticas S. A., ante la notaría de Guiselle Calvo Cascante.—San José, 2 de abril del 2008.—Lic. Guiselle Calvo Cascante, Notaria.—1 vez.—Nº 25791.—(31737).
Por escritura otorgada a las diez horas del dos de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Dorago Games S. A., ante la notaría de Guiselle Calvo Cascante.—San José, 2 de abril del 2008.—Lic. Guiselle Calvo Cascante, Notaria.—1 vez.—Nº 25792.—(31738).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 27 de marzo del 2008, se reforma cláusula octava de la administración de la sociedad A Las Puertas de Sol Sociedad Anónima. Presidente, secretario y tesorero, apoderados generalísimos sin límite de suma en forma separada: Óscar Raventos Barange, presidente, Hasan (nombre) Yildiz (apellido), secretario, Mehmet Fikret (nombre) Onuralp (apellido), tesorero.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 25793.—(31739).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 1º de abril del 2008, se reforma cláusula segunda del domicilio y sexta de la administración de la sociedad Servicios Turísticos Casa Antigua Sociedad Anónima. Domicilio San José, avenida 10 bis, calles 21-23, Nº 2161. Presidente: apoderado generalísimo sin límite de suma. Henri Hamid (nombre) Fard (apellido), presidente.—Lic. Andrés Calvo Herra, Notario.—1 vez.—Nº 25794.—(31740).
Ante mi notaría se constituyó la sociedad denominada: Transportes Carnico R Y M Sociedad Anónima, capital social: diez mil colones, presidente y tesorero con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con atribuciones de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Atenas, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Carlos Francisco García Zamora, Notario.—1 vez.—Nº 25796.—(31741).
El suscrito notario, hago constar que mediante escritura pública doscientos treinta y cuatro, ante los notarios Mónica y Jorge Fabricio ambos Fernández Mayorga en coo-notariado, en protocolo de la primera: otorgada a las 9:00 horas del 3 de abril de 2008, Alejandro Solís Cruz y Gustavo Vargas Pacheco, han constituido la sociedad A.G. Transportes Patagonia Beff S. A. Capital social: diez mil colones; plazo social: noventa y nueve años; domicilio: en Alajuela, ochocientos metros noroeste de Fábrica de Jabón Punto Rojo, carretera a Tuetal Sur. Presidente: el socio Alejandro Solís Cruz, cédula 2-240-838.—Palmares, 3 de abril del 2008.—Lic. Jorge Fabricio Fernández Mayorga, Notario.—1 vez.—Nº 25797.—(31742).
Ante mí, Denia Vázquez Pacheco notaria pública en escritura número cinco, se constituyó la sociedad Inversiones María Valentina AyA S. A., capital social: Diez mil colones; domicilio: La Tigra de San Carlos, Alajuela, del Lubricentro San José, cien metros al norte. Se nombra junta directiva. Presidenta: Silvia Arias Vásquez.—La Fortuna, San Carlos, treinta y uno de marzo del dos mil ocho.—Lic. Denia Vázquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—Nº 25798.—(31743).
Ante esta notaría, en La Tigra de San Carlos, en escritura pública número: ciento cuarenta y ocho-seis, se constituyó la sociedad Salud C Y C Sociedad Anónima, capital social: Diez mil colones. Domicilio social: La Tigra de San Carlos, Alajuela, frente a la escuela local. Se nombra junta directiva. Presidente nombrado: César Andrés Villalobos Morales.—La Tigra de San Carlos, al ser las dieciséis horas del tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Silvia Arias Vásquez, Notaria.—1 vez.—Nº 25799.—(31744).
Por escritura otorgada ante mí a las 15:00 horas de hoy, se constituyó la compañía denominada Golden Sisters Sociedad Anónima, por 100 años, capital social suscrito y pagado.—San José, 1º de abril del 2008.—Lic. Carmen Fernández Molina, Notaria.—1 vez.—Nº 25800.—(31745).
Por escritura otorgada en mi notaría a las ocho horas del primero de abril del dos mil ocho, Eduardo Merino Brenes y María del Mar Burbano Molina constituyen sociedad anónima. Capital social cien mil colones. Presidente: Eduardo Merino Brenes.—Santa Cruz, primero de abril del dos mil ocho.—Lic. Leticia Jiménez Rivas, Notaria.—1 vez.—Nº 25801.—(31746).
Por escritura otorgada en mi notaría a las nueve horas del primero de abril del dos mil ocho, Eduardo Merino Brenes y María del Mar Burbano Molina constituyen sociedad anónima. Capital social cien mil colones. Presidente: Eduardo Merino Brenes.—Santa Cruz, primero de abril del dos mil ocho.—Lic. Leticia Jiménez Rivas, Notaria.—1 vez.—Nº 25802.—(31747).
Por escritura otorgada en mi notaría a las diez horas del primero de abril del dos mil ocho, Eduardo Merino Brenes y María del Mar Burbano Molina constituyen sociedad anónima. Capital social cien mil colones. Presidente: Eduardo Merino Brenes.—Santa Cruz, primero de abril del dos mil ocho.—Lic. Leticia Jiménez Rivas, Notaria.—1 vez.—Nº 25803.—(31748).
Por escritura otorgada en mi notaría a las once horas del primero de abril del dos mil ocho, Eduardo Merino Brenes y María del Mar Burbano Molina constituyen sociedad anónima. Capital social cien mil colones. Presidente: Eduardo Merino Brenes.—Santa Cruz, primero de abril del dos mil ocho.—Lic. Leticia Jiménez Rivas, Notaria.—1 vez.—Nº 25804.—(31749).
Por escritura otorgada en mi notaría a las trece horas del primero de abril del dos mil ocho, Eduardo Merino Brenes y María del Mar Burbano Molina constituyen sociedad anónima. Capital social cien mil colones. Presidente: Eduardo Merino Brenes.—Santa Cruz, primero de abril del dos mil ocho.—Lic. Leticia Jiménez Rivas, Notaria.—1 vez.—Nº 25805.—(31750).
Ante la notaria Viviana Navarro Miranda, con oficina abierta en San José, compareció Arlon Humberto Guadamuz Moraga, mayor, casado una vez, contratista, vecino San José, cédula número: ocho cero cero ocho dos- cero cuatro siete siete, constituye la sociedad EIRL Constructora Guadamuz y Moraga Dos Mil Ocho, a las doce horas del cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Viviana Navarro Miranda, Notaria.—1 vez.—Nº 25806.—(31751).
Por escritura número doscientos diecisiete-catorce de las dieciocho horas del cuatro de abril del dos mil ocho, se constituye la Corporación J R del Este S. A. Presidenta: Kattia Caravaca Carranza con facultades de apoderada generalísima sin limitación de suma. Capital social: cien mil colones.—San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Rigoberto Jiménez Vega, Notario.—1 vez.—Nº 25807.—(31752).
En esta Notaría, se constituyó la sociedad cuya denominación será el número de cédula jurídica con el aditamento sociedad anónima, domiciliada en Santa Cruz de Guanacaste.—Santa Cruz, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. María Cristina Arrieta Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 25808.—(31753).
En esta Notaría, se constituyó la sociedad cuya denominación es H G Salchi Sociedad Anónima, domiciliada en Santa Cruz de Guanacaste.—Santa Cruz, tres abril del dos mil ocho.—Lic. María Cristina Arrieta Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 25809.—(31754).
En esta Notaría, se constituyó la sociedad cuya denominación es Las Tres Jotas de Santa Cruz Sociedad Anónima, domiciliada en Santa Cruz de Guanacaste.—Santa Cruz, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. María Cristina Arrieta Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 25810.—(31755).
En esta Notaría, se constituyó la sociedad cuya denominación es Tractores Fayo-Handito Sociedad Anónima, domiciliada en Santa Cruz de Guanacaste.—Santa Cruz, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. María Cristina Arrieta Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 25811.—(31756).
Sergio Castro Cabalceta, Carlos y Gonzalo ambos de apellidos Culebras Alonso, constituyen la sociedad Inversiones Secargo S.C.G. del Oeste Sociedad Anónima. El capital social es la suma de diez mil colones. Agente residente Lic. Gabriela Muñoz Vargas.—San José, 3 de abril del 2008.—Lic. Gabriela Muñoz Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 25812.—(31757).
El suscrito notario Ricardo Valverde Céspedes, con oficina en San Marcos de Tarrazú, hace constar que por escritura número trescientos quince, visible al folio ciento sesenta y nueve vuelto del tomo veinticuatro de mi protocolo, el día cinco de febrero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Transporte Privado Gocha F W J Sociedad Anónima, con domicilio en San Lorenzo de Tarrazú, cien metros al norte y cien metros al este de la Escuela. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente de junta directiva.—San José, 5 de abril del año 2008.—Lic. Ricardo Valverde Céspedes, Notario.—1 vez.—Nº 25814.—(31758).
Por escritura otorgada hoy ante mí, protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de cuotistas celebrada por Bufete Sergio Vargas López Ltda., en la que se aumenta el capital social y se modifica la cláusula quinta de los estatutos.—San Ramón, 10 de marzo del 2008.—Lic. Luis Adrián Quirós Carmona, Notario.—1 vez.—Nº 25822.—(31759).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 13:00 horas del 4 de abril del 2008, los señores Alejandro Alvarez Orellana y Adrián Álvarez Orellana, constituyen la sociedad denominada Fortaleza de Roca Sociedad Anónima.—Lic. Ana Victoria Sandoval León, Notaria.—1 vez.—Nº 25823.—(31760).
Ante la licenciada Adriana Varela Solis, se constituyó la sociedad anónima que se denominará con su número de cédula sociedad anónima. Presidente: José Armando Salas Díaz, apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Adriana Varela Solís, Notaria.—1 vez.—Nº 25825.—(31761).
Hoy ante mí, se constituyó Joli Moda y Accesorios S. A. Plazo social: 99 años. Presidente y tesorero apoderados generalísimo sin límite de suma. Capital social: cuarenta mil colones suscrito y pagado. Domicilio: Goicoechea, Guadalupe, del bar Romeros 150 metros norte.— 1º de abril del 2008.—Lic. Leonardo A. Madrigal Moraga, Notario.—1 vez.—Nº 25829.—(31762).
En esta notaría a las doce horas del cinco de abril del dos mil ocho, mediante la escritura numero cuarenta y seis, iniciada al folio ciento dieciséis vuelto del tomo cuarenta y ocho se constituyo una sociedad con base en el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis. Capital social: suscrito y pagado. Presidente y tesorero, apoderado generalísimo.—Parrita, cinco de abril del dos mil ocho.—Lic. Esther Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 25830.—(31763).
En esta Notaría a las doce horas veinte minutos del cinco de abril del dos mil ocho, mediante la escritura numero cuarenta y siete, iniciada al folio ciento diecisiete vuelto del tomo cuarenta y ocho se protocolizo acta de la sociedad Agrícola Nacar San Isidro Sociedad Anónima, reformándose la cláusula quinta. Capital social: suscrito y pagado.—Parrita, cinco de abril del dos mil ocho.—Lic. Esther Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 25831.—(31764).
En esta Notaría a las diez horas del dos de abril del dos mil ocho, mediante la escritura número cuarenta, iniciada al folio ciento uno frente del tomo cuarenta y ocho se constituyo una sociedad con base en el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno, publicado en La Gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis. Capital social: suscrito y pagado. Presidente: apoderado generalísimo.—Parrita, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Esther Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 25832.—(31765).
Por escritura otorgada a las 8 horas del 31 de agosto del año 2007, ante el suscrito notario, se modificó la cláusula sétima de la sociedad 3-101-478393 S. A.—Heredia, 27 de febrero del 2008.—Lic. Luis Antonio Álvarez Chaves, Notario.—1 vez.—Nº 25835.—(31766).
Mediante escritura otorgada a las catorce horas con treinta minutos del cuatro de abril del dos mil ocho, ante esta Notaría, se protocoliza acta de la asamblea de sesión de instalación de la junta administrativa de la Fundación Mother Natures Sons, cédula de persona jurídica número tres-cero cero seis- cuatro cero tres cuatro cero cero, en la que se designan los cargos directivos nombrando como presidente a: Armando Loynaz Blanco, portador de la cédula de identidad número uno – cinco dos nueve – nueve cinco tres.—San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Mario Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 25836.—(31767).
Por escritura número ciento sesenta y siete, se protocolizó acta número dos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la empresa: Fosterica Jacó-Vistas Sociedad Anónima, se solicita su transformación de sociedad anónima a sociedad de responsabilidad limitada y se transforma la totalidad de los estatutos. Es todo.—Jacó, cinco de abril del dos mil ocho.—Lic. Alejandro Mata Vega, Notario.—1 vez.—Nº 25839.—(31769).
Por escritura número ciento sesenta y cuatro otorgada ante el licenciado Alejandro Mata Vega, se otorgó poder generalísimo sin límite de suma en la sociedad extranjera: Foster Costa Rica LLC y se solicita número de cédula jurídica en Costa Rica para sociedad extranjera. Es todo.—Jacó, Garabito, Puntarenas, cinco de abril del dos mil ocho.—Lic. Alejandro Mata Vega, Notario.—1 vez.—Nº 25840.—(31770).
Por escritura número ciento sesenta y tres, se constituyó la empresa denominada South Birch INC Sociedad Anónima, nombramientos, presidente, secretaria y tesorero, apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Es todo.—Jacó, dos de abril del dos mil ocho.—Lic. Alejandro Mata Vega, Notario.—1 vez.—Nº 25841.—(31771).
Por escritura número doscientos sesenta y tres, se constituyó la empresa denominada Aventuras Principio y Fin D & C Sociedad Anónima. Nombramientos: presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Publíquese.—Lic. Oldemar Vargas Machado, Notario.—1 vez.—Nº 25842.—(31772).
Por escritura número trescientos dieciocho, se constituyó la empresa denominada Costa Rican Carvelli Investsments Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Nombramientos: presidente, secretaria, tesorero, apoderados generalísimos.—Lic. Oldemar Vargas Machado, Notario.—1 vez.—Nº 25843.—(31773).
Por escritura número: trescientos nueve, se constituyó la empresa denominada German Consulting Group E Y K Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Nombramientos: presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo. Publíquese.—Jacó, primero de marzo del dos mil ocho.—Lic. Oldemar Vargas Machado, Notario.—1 vez.—Nº 25844.—(31774).
Por escritura número trescientos diez, se constituyó la empresa denominada: T K J Benn Investsments Pacífico Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Plazo social: noventa y nueve años. Nombramientos: presidente y secretaria. Es todo.—Jacó, primero de marzo del dos mil ocho.—Lic. Oldemar Vargas Machado, Notario.—1 vez.—Nº 25845.—(31775).
Que mediante escritura pública número doscientos veinticuatro, otorgada ante mi Notaría, a las catorce horas del día veintinueve del mes de marzo del dos mil ocho, los señores Mileidy Madrigal García y Mario Gerardo Mora Álvarez, constituyeron la sociedad denominada Herrera Consultores y Asociados C. J Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Herrera Consultores y Asociados C. J S. A., nombre de fantasía. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: cincuenta mil colones.—San José, treinta y uno del mes de marzo del dos mil ocho.—Lic. Verny c.c. Berny A. Delgado Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 25846.—(31776).
Por escritura otorgada, ante el notario público José Rafael Fernández Quesada a las 16:00 del día 04 de marzo del dos mil ocho, protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Seven Crest Sociedad Anónima. Se acuerda reformar la cláusula primera en cuanto a la nominación social, para que se lea Cuétara Comercial Sociedad Anónima.—San José, del día 5 de marzo del 2008.—Lic. José Rafael Fernández Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 25850.—(31777).
Por escritura otorgada ante mi Notaría a las 15 horas 30 minutos del 04 de abril del 2008, se constituyó la sociedad denominada CR Soporte en Línea Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: quinientos mil colones.—San José, 07 de abril del 2007.—Lic. Óscar Díaz Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 25851.—(31778).
Ante esta Notaría a las 15:40 horas del 02 de abril del 2008, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Servicios Automotrices Frenar del Oeste Sociedad Anónima, con un capital social de 1.000.000,00 colones por un plazo de noventa y nueve años, cuya presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma es Karla Halabi Guardia, mediante la escritura Nº 30-12, del tomo doce de mi protocolo.—Cartago, 07 de abril del 2008.—Lic. Helen Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 25852.—(31779).
Por escritura otorgada ante mi Notaría a las 15 horas del 04 de abril del 2008, se constituyó la sociedad denominada Asesores en Redes y Tecnología Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: quinientos mil colones.—San José, 7 de abril del 2007.—Lic. Óscar Díaz Cordero, Notario.—1 vez.—Nº 25853.—(31780).
Ante esta Notaría a las 08:00 horas del 04 de abril del 2008, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Star o Belen Services Officenter Sociedad Anónima, en español Oficentro Estrella de Belén Sociedad Anónima, con un capital social de 10.000.000,00 colones por un plazo de noventa y nueve años, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es la sociedad Woody Holdings INC S. A., mediante la escritura Nº 38-12, del tomo doce de mi protocolo.—Cartago, 07 de abril del 2008.—Lic. Helen Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 25854.—(31781).
Que Mario Alberto Ruiz Caicedo, pasaporte Nº 10281069; y Luis Mauricio Caicedo Mafla, pasaporte Nº 94492432, constituyen Integrales Agropecuarios Costa Rica Sociedad Anónima, domiciliada en Sarchí Norte de Valverde Vega Alajuela, costado sur de la Escuela, mediante escritura Nº 215-24 del tomo 24 del notario Karlos Orlando Villalobos Ugalde.—Sarchí, 1º de abril del 2008.—Lic. Karlos Orlando Villalobos Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 25855.—(31782).
Que, Johnny Arce Prendas, cédula Nº 2-423-126; y Rolando Zamora Arias, cédula Nº 2-449-836, constituyen Terra Sarchiseña Sociedad Anónima, domiciliada en Sabanilla de Rodríguez de Valverde Vega Alajuela, seiscientos norte de la Iglesia Católica, mediante escritura 216-24 del tomo 24 del notario Karlos Orlando Villalobos Ugalde.—Sarchí, 4 de abril del 2008.—Lic. Karlos Orlando Villalobos Ugalde, Notario.—1 vez.—Nº 25857.—(31783).
Ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada ABC Diseño y Construcción Sociedad Anónima cuyo capital social es de diez mil colones y su presidente es el señor Álvaro Barrantes Castro. Es todo.—San José, primero de abril del dos mil ocho.—Lic. Evelyn Guevara Barrantes, Notaria.—1 vez.—Nº 25858.—(31784).
Se constituye sociedad anónima denominada Wisales International Productions S. A. Escritura otorgada en San José, a las trece horas del cinco de abril del dos mil ocho, bajo escritura número trescientos noventa y seis del tomo tercero del protocolo del notario Franklin Fernández Torrentes.—San José, 2 de abril del 2008.—Lic. Franklin Fernández Torrentes, Notario.—1 vez.—Nº 25859.—(31785).
Se constituye sociedad anónima denominada Grupo Hermanos Álvarez Alfaro S. A. Escritura otorgada en San José, a las trece horas del tres de abril del dos mil ocho, bajo la escritura número trescientos noventa y cinco del tomo tercero del protocolo del notario Franklin Fernández Torrentes.—San José, 2 de abril del 2008.—Lic. Franklin Fernández Torrentes, Notario.—1 vez.—Nº 25860.—(31786).
Ante el notario Marvin Cubero Martínez, mediante escritura número ciento treinta y siete de las dieciséis horas del treinta y uno de enero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Núñez y Artavia AGJ Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en sus dos últimas palabras S. A., domiciliada en Hatillo, San José, doscientos metros al este de Plaza América. Recae en el presidente de la junta directiva la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social ciento cincuenta mil colones. Es todo.—San José, siete de abril del año dos mil ocho.—Lic. Marvin Cubero Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 25862.—(31787).
Ante esta notaría a las 13:00 horas del día de hoy se protocoliza acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Mercantil Farmacéutica S. A., celebrada a las 8:00 horas del 4 de abril del 2008. Se reforma la cláusula 7, de la administración de los estatutos.—San José, 3 de abril del 2008.—Lic. Randall Fernández Argüello, Notario.—1 vez.—Nº 25863.—(31788).
Ante los licenciados Juan Carlos Chávez Alvarado y Juan Federico Arias Chacón, Inversiones Caprarrella & Fausto del Pacífico Sociedad Anónima, presidenta Katia Caprarella apoderada generalísima sin límite de suma, capital social es de seis mil colones, plazo social noventa y nueve años.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 25865.—(31789).
En Guápiles, Pococí, se constituye la sociedad denominada Inversiones M & M E.M.S. Sociedad Anónima. Presidente: Elí Monge Sánchez, plazo social cien años. Domicilio Guápiles, Pococí, Limón, Residencial Palma Dorada casa número tres C.—Guápiles, cuatro de abril del año dos mil ocho.—Lic. Jesús Pablo Baltodano Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 25866.—(31790).
Por escritura otorga ante la notaría de Helen Duarte Gamboa, a las quince horas del día cuatro de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada El Gavinito W & R de Mata de Plátano Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuyo capital social es la suma de diez mil colones y sus representantes son su gerente general y su subgerente; siendo éstos los señores Rolando José Chinchilla Rodríguez y Wilma Coleman González.—San José, a las ocho horas del cinco de abril del dos mil ocho.—Lic. Helen Duarte Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 25867.—(31791).
Por escritura número 142, otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 4 de abril de 2008, se constituyó la sociedad Soluciones Eléctricas Ramírez Bejarano Limitada. Capital suscrito y pagado mediante aporte de dos letras de cambio. Plazo social 99 años. Domicilio social en San José, Curridabat. Ambos gerentes tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando separadamente.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. José Fidelio Castillo Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 25869.—(31792).
Magally Mattus Gutiérrez, notaria pública, indicó que el nombre de la sociedad B Y M de Pococí S. A., siendo el señor Erick Alberto Briceño Garro el presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma, no esta inscrita en la Sección Mercantil, Personas Jurídicas.—Guápiles, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Magally Mattus Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 25870.—(31793).
Nicolás Saborío Cubillo notario público, indica que el nombre de la sociedad Ricky y Yareh S. A., siendo el señor Ricardo Guerrero Rojas el presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma, no esta inscrita en la Sección Mercantil, Personas Jurídicas.—Guápiles, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Nicolás Saborío Cubillo, Notario.—1 vez.—Nº 25871.—(31794).
Magally Mattus Gutiérrez, notaria pública, indicó que el nombre de la sociedad anónima E-Teams Wash Express, siendo su presidente el señor Juan Antonio Martínez Carballo, cédula: uno-mil ciento noventa y uno-doscientos cinco, no se encuentra inscrita.—Guápiles, diez de marzo del dos mil ocho.—Lic. Magally Mattus Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 25872.—(31795).
Ante ésta notaría a las diecisiete horas del cinco de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Pallas Núñez S. A., con un capital social de cien mil colones y con domicilio social en Alajuela, centro, Canoas frente a la escuela.—Alajuela, al ser ocho horas treinta minutos del día siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Vinicio Villegas Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 25873.—(31796).
Que mediante escritura número trescientos siete se constituyó la sociedad JSR Recicla-J Sociedad Anónima, el presidente ostenta la representación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, ocho de marzo del 2008.—Lic. Ramiro Saborío Picado, Notario.—1 vez.—Nº 25874.—(31797).
Que mediante escritura número trescientos veintiséis se constituyó la sociedad T.A.S. Trio Aviation Service Sociedad Anónima, el presidente ostenta la representación judicial y extrajudicial sin límite de suma.—San José, 27 de marzo del 2008.—Lic. Ramiro Saborío Picado, Notario.—1 vez.—Nº 25875.—(31798).
Que mediante escritura número trescientos veinticinco se constituyó la sociedad Apartaotel Trio Sociedad Anónima, el presidente ostenta la representación judicial y extrajudicial sin límite de suma.—San José, 27 de marzo del 2008.—Lic. Ramiro Saborío Picado, Notario.—1 vez.—Nº 25876.—(31799).
Que mediante escritura número trescientos veintiocho se constituyó la sociedad T.R.E. Trio Real Estate Sociedad Anónima, el presidente ostenta la representación judicial y extrajudicial sin límite de suma.—San José, 27 de marzo 2008.—Lic. Ramiro Saborío Picado, Notario.—1 vez.—Nº 25877.—(31800).
Por escritura otorgada en San José, ante la notaría de la licenciada Nancy Vieto Hernández, de las diecisiete horas del primero de abril del dos mil ocho, actuando en connotariado, se constituyó Whitefb Coup Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento en S. A. Plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de doce mil colones. Representada por su presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—San José, primero de abril del dos mil ocho.—Lic. Nancy Vieto Hernández y Vera Denise Mora Salazar, Notarias.—1 vez.—Nº 25878.—(31801).
Por escritura otorgada a las 12:00 horas del 7 de abril del 2008, se constituye la empresa Biotrans S. A.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 25879.—(31802).
Ante mí, licenciado Luis Gustavo Zamora Pereira, se constituyó Distribuidora Leoan; mediante escritura número cuatrocientos ochenta - dos de mi protocolo, otorgada a las diez horas cuarenta minutos de ocho de marzo del dos mil ocho. Capital social suscrito y pagado. Representación judicial y extrajudicial del presidente.—Lic. Luis Gustavo Zamora Pereira, Notario.—1 vez.—Nº 25880.—(31803).
Mediante escritura autorizada por mí, a las diecinueve horas del tres de abril de dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Ricovida Inc. Sociedad Anónima (la “Compañía), de esta plaza, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos quince mil ciento sesenta y cinco; por medio de la cual se acordó transformar la compañía a sociedad de responsabilidad limitada.—San José, cuatro de abril de dos mil ocho.—Lic. Tomás Federico Guardia Echandi, Notario.—1 vez.—Nº 25884.—(31804).
Mediante escritura autorizada por mí, a las dieciséis horas treinta minutos del dos de abril de dos mil ocho, se constituyó la Fundación Santosha Rainforest.—San José, siete de abril de dos mil ocho.—Lic. Carlos Manuel Valverde Retana, Notario.—1 vez.—Nº 25885.—(31805).
por escritura otorgada a las doce horas del día cuatro de abril del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Señor Barbacoa Sociedad Anónima, en la cual se realiza un nuevo nombramiento.—San José, 4 de abril del 2008.—Lic. Alberto Acevedo Gutiérrez, Notario.—1 vez.—Nº 25887.—(31806).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas treinta minutos del día siete de abril del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Casa de San Lázaro Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó reformar las cláusulas segunda, reformar la junta directiva, fiscal y agente residente del acta constitutiva.—San José, siete de abril del año dos mil ocho.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—Nº 25888.—(31807).
Walter Ujueta Petresen y Rolando Cordero Carballo, cédulas 1-709-733 y 2-330-469 constituyen Grupo P Singular S. A. Capital 20 mil colones, domicilio Guápiles, Pococí, Limón, cien sur del Banco Nacional, objeto comercio, plazo social 99 años.—San José, 28 de marzo del 2008.—Lic. Luis Guillermo Méndez Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 25891.—(31808).
Walter Ujueta Petresen y Rolando Cordero Carballo, cédulas 1-709-733 y 2-330-469 constituyen Cultura Contemporánea La Suita S. A. Capital 20 mil colones, domicilio Guápiles, Pococí, Limón, cien sur del Banco Nacional, objeto comercio, plazo social 99 años.—San José, a las 9:00 horas del 28 de marzo del 2008.—Lic. Luis Guillermo Méndez Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 25893.—(31809).
Walter Ujueta Petresen y Rolando Cordero Carballo, cédulas 1-709-733 y 2-330-469 constituyen ELS Joans de Puerto Viejo S. A. Capital 20 mil colones, domicilio Guápiles, Pococí, Limón, cien sur del Banco Nacional, objeto comercio, plazo social 99 años.—San José, a las 10:00 horas del 28 de marzo del 2008.—Lic. Luis Guillermo Méndez Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 25895.—(31810).
Hoy he protocolizado el acta de Asociación Cafh, en la cual se reforma el artículo décimo de los estatutos.—San José, 2 de abril del 2008.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 25897.—(31811).
Ante esta notaría se constituyó Catana Sureste S. A. domiciliada en Tres Ríos-Cartago y representada por Ana Lucrecia Sandí Montoya.—Tres Ríos, catorce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Flor de María Cordero Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 25899.—(31812).
Ante esta notaría, el día de hoy se cambió el domicilio de la sociedad Faryvet S. A. siendo el nuevo domicilio en Barreal de Heredia, de la entrada principal del Cenada, cien metros al norte y setenta y cinco metros al oeste. Es todo.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 25900.—(31813).
Ante esta notaría, el día de hoy se cambió la denominación social de la sociedad Web Belén. CO. CR S. A., siendo el nuevo nombre Infocantones S. A. Es todo.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 25901.—(31814).
Walter Ujueta Petresen y Rolando Cordero Carballo, cédulas 1-709-733 y 2-330-469, constituyen Kora La Labradora S. A. Capital 20 mil colones, domicilio Guápiles, Pococí, Limón cien sur del Banco Nacional, objeto comercio, plazo social 99 años.—San José, 28 de marzo del 2008.—Lic. Luis Guillermo Méndez Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 25902.—(31815).
En mi notaría hoy se constituyeron Derej Gadol y Han Sang; ambas Sociedad Anónimas.—San José, cinco de abril del dos mil ocho.—Lic. Eduardo Mora Castro, Notario.—1 vez.—Nº 25903.—(31816).
El suscrito notario hace constar y da fe que mediante las siguientes escrituras públicas otorgadas ante mí: (i)- número 17, otorgada a las 9:00 del 27 de marzo de 2008, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de cuotistas de la sociedad Harkness Gardens S. R. L., mediante la cual se modificó la cláusula 6 de su pacto social; (ii)- número 18, otorgada a las 9:30 del 27 de marzo de 2008, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de cuotistas de la sociedad Goldtrace Ltda., mediante la cual se modificó las cláusulas 2 y 6 de su pacto social; (iii)- número 21, otorgada a las 8:30 del 31 de marzo de 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Backminster S. A., mediante la cual se modificó la cláusula 6 del pacto social y se nombró nueva junta directiva; (iv) número 22, otorgada a las 9:00 del 31 de marzo de 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad One of a Kind S. A., mediante la cual se modificó la cláusula 6 del pacto social y se nombró nueva junta directiva; (v) número 23, otorgada a las 9:30 del 31 de marzo de 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Acreencias Internacionales Wipco S. A., mediante la cual se aumentó su capital social y se modificó la cláusula 4 del pacto social; y, (vi) número 24, otorgada a las 10:00 del 31 de marzo de 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Fisker Dynamics S. A., mediante la cual se modificó la cláusula 6 del pacto social y se nombró nueva presidenta. Es todo.—San José, 31 de marzo del 2008.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 25905.—(31817).
En la notaría de la licenciada Patricia Zumbado Rodríguez, Alajuela el dos de abril del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Petunia S & P Sociedad Anónima, presidenta: Nidia Loría Villegas, capital social: cien mil colones, plazo: noventa y nueve años, objeto: actividad comercial industrial y prestación de servicios en general, domicilio: Alajuela.—Alajuela dos de abril del año dos mil ocho.—Lic. Patricia Zumbado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 25906.—(31818).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 10:00 horas del día 7 de abril del año 2008, se constituyó la sociedad Coastal Outsarce J.J.S.F. S. A. Capital social cincuenta mil dólares. Presidente: Jason Joseph Forrest. Domicilio San José.—San José 7 de abril del 2008.—Lic. Rónald Rodríguez Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 25908.—(31819).
Por escritura otorgada ante el suscrito Notario, a las once horas del 27 de marzo del 2008, se protocolizó acuerdo de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Sánchez Pereira Sociedad Anónima, reformándose la junta directiva, se nombra presidente, vicepresidente, secretario, gerente y gerente de ventas.—San José, 27 de marzo del 2008.—Lic. Enrique Cano Chaves, Notario.—1 vez.—(31821).
Mediante escritura número ciento tres, otorgada en Alajuela, a las diez horas treinta y siete minutos del día siete de abril del año dos mil ocho, visible al folio ciento veintinueve frente del tomo segundo de mi protocolo, las señoras Marisol Marín Castro y Natalia Castro Chaves, constituyeron sociedad anónima donde se faculta al Registro Público para que de acuerdo al Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno- J del catorce de junio del dos mil seis, se le asigne como razón social el mismo número de cédula jurídica.—Alajuela, 7 de abril del 2008.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(31834).
Mediante escritura número ciento dos, otorgada en Alajuela, a las diez horas veintitrés minutos del día siete de abril del año dos mil ocho, visible al folio ciento veintisiete frente del tomo segundo de mi protocolo, las señoras Marisol Marín Castro y Natalia Castro Chaves, constituyeron sociedad anónima donde se faculta al Registro Público para que de acuerdo al Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, se le asigne como razón social el mismo número de cédula jurídica.—Alajuela, 7 de abril del 2008.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(31835).
Mediante escritura número noventa y ocho, otorgada en Alajuela, a las diez horas veintitrés minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, visible al folio diecinueve frente del tomo segundo de mi protocolo, las señoras Marisol Marín Castro y Natalia Castro Chaves, constituyeron sociedad anónima donde se faculta al Registro Público para que de acuerdo al Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, se le asigne como razón social el mismo número de cédula jurídica.—Alajuela, 7 de abril del 2008.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(31836).
Mediante escritura número noventa y nueve, otorgada en Alajuela, a las once horas siete minutos del día cuatro de abril del año dos mil ocho, visible al folio ciento veintiuno frente del tomo segundo de mi protocolo, las señoras Marisol Marín Castro y Natalia Castro Chaves, constituyeron sociedad anónima donde se faculta al Registro Público para que de acuerdo al Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, se le asigne como razón social el mismo número de cédula jurídica.—Alajuela, 4 de abril del 2008.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(31837).
Mediante escritura número cien, otorgada en Alajuela, a las nueve horas dieciocho minutos del día siete de abril del año dos mil ocho, visible al folio ciento veintitrés frente del tomo segundo de mi protocolo, las señoras Marisol Marín Castro y Natalia Castro Chaves, constituyeron sociedad anónima donde se faculta al Registro Público para que de acuerdo al Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil seis, se le asigne como razón social el mismo número de cédula jurídica.—Alajuela, 7 de abril del 2008.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(31839).
Mediante escritura número ciento uno, otorgada en Alajuela, a las nueve horas treinta y siete minutos del día siete de abril del año dos mil ocho, visible al folio ciento veinticinco frente del tomo segundo de mi protocolo, las señoras Marisol Marín Castro y Natalia Castro Chaves, constituyeron sociedad anónima donde se faculta al Registro Público para que de acuerdo al Decreto número treinta y tres mil ciento setenta y uno- J del catorce de junio del dos mil seis, se le asigne como razón social el mismo número de cédula jurídica.—Alajuela, 7 de abril del 2008.—Lic. María Vanesa Murillo Fernández, Notaria.—1 vez.—(31840).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del día cuatro de abril del año 2008 se constituyó una sociedad anónima cuya razón social será la que determine el Registro Nacional de acuerdo al Decreto Ejecutivo número 33171-J, Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales.—Alajuela, 4 de abril del 2008.—Lic. Xinia María Sibaja Jiménez, Notaria.—1 vez.—(31841).
Se hace saber, que en mi notaría, a las catorce horas con treinta minutos del siete de abril del año dos mil ocho, se modificaron las cláusulas primera y quinta del pacto constitutivo de la sociedad denominada INS-Bancrédito Sociedad Administradoras de Fondos de Inversión Sociedad Anónima.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Silvia Alvarado Quijano, Notaria.—1 vez.—(31845).
Al ser las once horas del cuatro de abril del año dos mil ocho, los señores Dionicio Rafael Centeno Urbina y Arllen Suyen Torrez Peña comparecen ante esta notaría con la finalidad de constituir la Compañía denominada Inversiones Frutacent de Costa Rica Sociedad Anónima con domicilio en la provincia de Heredia, Barreal, Cenada, Galpón número cuatro.—San José, a las 13:00 horas del 04 de abril del 2008.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—(31846).
Mediante escritura número doscientos dieciocho-cuatro, otorgada ante mí hoy, se protocolizó acta de asamblea general de cuotistas, de la sociedad Eco Development Pacific Limitada, se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 07 de abril del 2008.—Lic. Francisco Conejo Vindas, Notario.—1 vez.—Nº 25909.—(31853).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 15:00 horas del 1° de abril del 2008, se constituyó la sociedad Ylang Ylang Lounge Place S. A.—San José, 01 de abril del 2008.—Lic. Julio Ugarte Strunz, Notario.—1 vez.—(31914).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las ocho horas del siete de abril del dos mil ocho, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Riveras Sombrías CR S. A., donde se reforma la cláusula vigésimo segunda y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Julio Ugarte Strunz, Notario.—1 vez.—(31916).
Por escritura otorgada en mi notaría a las ocho horas del dos de abril al año dos mil ocho, se protocoliza acta de Taller Méndez y Sánchez S. A. Se establece domicilio social adicionando acta anterior.—Lic. Jorge Manuel Herrera Zamora, Notario.—1 vez.—(31919).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas del día cuatro de abril de dos mil ocho, se protocolizan acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Tres - Uno Cero Uno - Cuatro Siete Dos Ocho Cuatro Cero Sociedad Anónima. Donde se reforma la cláusula segunda y la cláusula en cuanto a la representación de la sociedad del pacto social.—Liberia, 04 de abril del 2008.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—(31920).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas del día cuatro de abril de dos mil ocho, se protocolizan acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Tres - Uno Cero Uno - Cuatro Ocho Uno Ocho Cuatro Cero Sociedad Anónima. Donde se reforma la cláusula segunda y la cláusula en cuanto a la representación de la sociedad, del pacto social.—Liberia, 04 de abril del 2008.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—(31921).
Por escritura otorgada ante la notaría de la Licenciada María Vanessa Roblero Arguedas, en la ciudad de Alajuela, se constituye la sociedad denominada Inversiones Los Tigres del Zurquí Sociedad Anónima.—Alajuela, 7 de abril del 2008.—Lic. Vanessa Roblero Arguedas, Notaria.—1 vez.—(31922).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas y treinta minutos del día cuatro de abril de dos mil ocho, se protocolizan acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Tres - Uno Cero Uno - Cuatro Ocho Uno Ocho Cuatro Tres Sociedad Anónima. Donde se reforma la cláusula segunda y la cláusula en cuanto a la representación de la sociedad, del pacto social.—Liberia, 4 de abril del 2008.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—(31923).
Por escritura ciento doce del tomo uno de mi protocolo, se constituyó la sociedad L & M Logistics Total Sociedad Anónima otorgada en fecha tres de marzo del dos mil ocho, vigencia noventa y nueve años, a partir del tres de marzo del dos mil ocho.—Alajuela, 07 de abril del 2008.—Lic. Ericka Montano Vega, Notaria.—1 vez.—(31957).
Por escritura número seis - tres otorgada a las 10:00 horas del 31 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad denominada A&W Servicios Agrícolas Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años.—Lic. Mario Cisneros Herrera, Notario.—1 vez.—(31959).
Por escritura número tres-tres, otorgada a las 10:00 horas del 17 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad que se denominará por el número de cédula jurídica que le asigne el Registro Nacional, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 33171-J. Plazo social 99 años.—Lic. Mario Cisneros Herrera, Notario.—1 vez.—(31961).
Por escritura número siete-tres, otorgada a las 10:00 horas del 02 de abril del 2008, se constituyó la sociedad denominada W&G Inversiones Sociedad Anónima, Plazo social: 99 años.—Lic. Mario Cisneros Herrera, Notario.—1 vez.—(31962).
Ante esta Notaría se procedió a constituir la sociedad denominada N & C Constructora del Oeste Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Objeto: agricultura, industria y comercio en general. Capital social: diez mil colones y cuyo representante es Nelson Navarrete Castro.—San José, 18 de marzo del 2008.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—(31964).
Ante esta notaría, mediante escritura pública 216 otorgada a las nueve horas del 8 de abril del 2008, se constituyó la sociedad anónima, con número según Decreto Ejecutivo 33171-J. Partes; Jorge Rodríguez Araya -Flor Estilista Chaves Naranjo. Es todo.—San José, 08 de abril del 2008.—Lic. Ana Lorena Céspedes Pineda, Notaria.—1 vez.—(31973).
Ante esta notaría, mediante escritura pública 217, otorgada a las 10 horas del 8 de abril del 2008, se constituyó la sociedad anónima, con número según Decreto Ejecutivo 33171-J. Partes: Jorge Rodríguez Araya- Flor Estilista Chaves Naranjo. Es todo.—San José, 08 de abril del 2008.—Lic. Ana Lorena Céspedes Pineda, Notaria.—1 vez.—(31975).
Ante esta notaría, mediante escritura pública 215, otorgada a las ocho horas del 8 de abril de 2008, se constituyó la sociedad anónima, con número según Decreto Ejecutivo 33171-J. Partes; Jorge Rodríguez Araya- Flor Estilista Chaves Naranjo. Es todo.—San José, 08 de abril del 2008.—Lic. Ana Lorena Céspedes Pineda, Notaria.—1 vez.—(31977).
Por escritura otorgada ante mí, se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza denominada Chumpulun S. A., cédula jurídica Nº 3-101-88946. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Puntarenas, 05 de abril del 2008.—LIc. José Alberto Brenes León, Notario.—1 vez.—(31985).
Por asamblea de accionistas de siete de abril del dos mil ocho, se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Jessie de Cartago Sociedad Anónima y se nombra nueva junta directiva. Lic. Claudia Mayela Masís Aguilar, Notaria.—San José, Guadalupe, 08 de abril del 2008.—Lic. Roxana María Angulo Aguilar, Notaria.—1 vez.—(32001).
Ante esta Notaría, por escritura otorgada a las trece horas del día siete de abril del año dos mil ocho, se constituye la sociedad Neva D’ Aubois S. A.—San José, 08 de abril del 2008.—Lic. Pier Paolo Sinigaglia Gago, Notario.—1 vez.—(32003).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del día siete de abril del año dos mil ocho, se constituye la sociedad Hyenne de la Vernusse S. A.—San José, 08 de abril del 2008.—Pier Paolo Sinigaglia Gago, Notario.—1 vez.—(32004).
El suscrito Notario David José Castillo Jiménez, portador del carné profesional 15232, hago constar que ante mi notaría se reformó la cláusula quinta del pacto social de la sociedad de este domicilio denominada Monteregia del Pacífico D.E.C.R. S. A., con cédula jurídica 3-101-437909.—San José, 25 de marzo del 2008.—Lic. David José Castillo Jiménez, Notario.—1 vez.—(32006).
El suscrito Notario David José Castillo Jiménez, portador del carné profesional 15232, hago constar que ante mi notaría se reformó la cláusula quinta del pacto social de la sociedad de este domicilio denominada Abitibi D.E.C.R. S. A., con cédula jurídica 3-101-435242.—San José, 25 de marzo del 2008.—Lic. David José Castillo Jiménez, Notario.—1 vez.—(32007).
El suscrito Notario David José Castillo Jiménez, portador del carné profesional 15232, hago constar que ante mi notaría se reformó la cláusula quinta del pacto social de la sociedad de este domicilio denominada Sueños del Golfo D.E.C.R. S. A., con cédula jurídica 3-101-435739.—San José, 25 de marzo del 2008.—Lic. David José Castillo Jiménez, Notario.—1 vez.—(32009).
Por escritura otorgada en Alajuela ante esta Notaría, a las 10:00 horas del 4 de abril del 2008, se constituyó Centro de Estudios Informáticos Habeba Sociedad Anónima. Presidenta: Hazle Jacqueline Benavides Barboza.—Alajuela, 7 de abril del 2008.—Lic. Edwin Chavarría González, Notario.—1 vez.—(32011).
Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 8 de abril del 2008, se constituyó ante esta Notaría la sociedad Grupo Renzi S. A. Domicilio: San José. Capital: diez mil colones. Presidente: Gino Renzi Víquez.—San José, 8 de abril del 2008.—Lic. Eric Romero Jara, Notario.—1 vez.—(32023).
Por medio de escritura otorgada a las 8:00 horas del día 14 de noviembre del año 2007, se protocolizó acta de la sociedad denominada Kingsbury Group K.I.N.C S. A., por medio de la cual se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—Lic. Carlos Alberto Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—(32025).
Por escritura otorgada a las 13:00 horas del 7 de abril del 2008, se constituyó ante esta notaría la sociedad Inversiones Robles Duarte S. A. Domicilio: San José. Capital: diez mil colones. Presidenta: Luisa Robles Duarte.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Eric Romero Jara, Notario.—1 vez.—(32027).
Ante este notario público, José Fermín Morales Campos, se constituye escritura de la sociedad Industrias y Manufacturas Solomoflex Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento final en S. A., inscrita en la escritura sesenta iniciada en el folio treinta y dos vuelto, del tomo tercero de mi protocolo; cuyo capital social está representado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—Alajuela, 8 de abril del 2008.—Lic. José Fermín Morales Campos, Notario.—1 vez.—(32045).
La suscrita Catalina Soto Mora, notaria pública con oficina en San José, señala que ante su notaría, Alan Kelso Machado y Alexander Ruiz Cubillo, ambos a título personal, para constituir la sociedad denominada Equipos y Accesorios Turísticos de Nacascolo Sociedad Anónima, con un capital de diez mil colones, domiciliada en el cantón de Escazú, distrito de San Rafael, en el tercer piso de Edificio Terraforte, doscientos metros al sur del Centro Comercial Multiplaza, San José, con un plazo social de cien años. Lo anterior consta en la escritura número sesenta y cinco, de las doce horas del día siete de abril del dos mil ocho, visible al tomo de protocolo número ocho.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Catalina Soto Mora, Notaria.—1 vez.—(32065).
El suscrito Douglas Ruiz Gutiérrez notario público, hace constar y da fe que mediante escritura número ciento treinta y cuatro de las nueve horas del doce de marzo de dos mil ocho, se constituyó ante esta notaría la sociedad Norfolk International Consultin Group Limitada. Es todo.—San José, ocho de abril de dos mil ocho.—Lic. Douglas Ruiz Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(32073).
Por escritura otorgada, hoy se constituyó la empresa Sagotop S. A.—San José, 28 de marzo del 2008.—Lic. José María Penabad Bustamante, Notario.—1 vez.—(32126).
Por escritura otorgada, hoy se constituyó la empresa Trechier Investments S. A.—San José, 13 de marzo del 2008.—Lic. José María Penabad Bustamante, Notario.—1 vez.—(32127).
Ante esta notaría, fue otorgada escritura pública de las quince horas y diez minutos del cuatro de abril del dos mil ocho, mediante la que se constituye la sociedad Chez Mariel, capital social cien mil colones, plazo social noventa y nueve años, domicilio social Belén de Heredia, gerente uno y gerente dos apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. María A. Castillo Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(32147).
Ante esta notaría, fue otorgada escritura pública de las quince horas del cuatro de abril del dos mil ocho, mediante la que se constituye la sociedad Chez Bebette, capital social cien mil colones, plazo social noventa y nueve años, domicilio social Belén de Heredia, gerente uno y gerente dos apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. María A. Castillo Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(32149).
Hoy en esta notaría, se constituyó Llantas y Más S. A., capital social de diez mil colones, totalmente suscrito y pagado por los socios, domicilio Hatillo Centro La Suiza Tica, casa once.—San José, 27 de marzo del 2008.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—(32151).
Por escritura otorgada, a las nueve horas del veintiséis de marzo del año dos mil ocho, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Compañía Arrendadora Apoyo Total Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo en lo referente al capital social de la empresa.—San José, 8 de abril del año 2008.—Lic. José Manuel Sáenz Montero, Notario.—1 vez.—(32154).
Por escritura otorgada, a las siete horas del veintiséis de marzo del año dos mil ocho, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Ingeniería Técnica de Pavimentos ITP Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo en lo referente al capital social de la empresa.—San José, 8 de abril del año 2008.—Lic. José Manuel Sáenz Montero, Notario.—1 vez.—(32157).
Por escritura otorgada ante mí, al ser las once horas de hoy, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de Condominio Amberes del Oeste Violeta Número Nueve S. A., en que se reforman los estatutos y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 2 de abril del 2008.—Lic. Alfredo Fournier Beéche, Notario.—1 vez.—(32168).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del día siete de abril del dos mil ocho, se reformó la cláusula primera del pacto social y se cambió el nombre de la compañía Sabino del Bene Costa Rica Sociedad Anónima a Savino del Bene Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, ocho de abril del dos mil ocho.—Lic. Alfredo Fournier Beéche, Notario.—1 vez.—(32170).
Por escritura otorgada ante mí, al ser las trece horas de hoy, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de Virtud Crucial S. A., en que se reforman los estatutos y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 2 de abril del 2008.—Lic. Carlos Ayón Lacayo, Notario.—1 vez.—(32172).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, a las diez horas del día primero de abril del dos mil ocho, se constituyeron las sociedades denominadas Inversiones Hodler F.H. Sociedad Anónima; Inversiones Morandi F.M. Sociedad Anónima; Inversiones Hobbema M.H. Sociedad Anónima; Desarrollos Lippi F.E. Sociedad Anónima; Desarrollos Morisot B.M. Sociedad Anónima; Inversiones Olitski J.O. Sociedad Anónima; Giorgione G.C. Sociedad Anónima e Inversiones Gober R.G. Sociedad Anónima.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Diana Guzmán Calzada, Notaria.—1 vez.—Nº 25910.—(32181).
Por escritura otorgada, ante esta notaría, se constituye la sociedad Griferías Inex de Costa Rica S. A.—Lic. Andrés Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 25911.—(32182).
En escritura pública otorgada ante mí, el día primero de abril del año dos mil ocho, se modificó la junta directiva de la sociedad Promotora Inmobiliaria La Isla Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno-cinco uno cinco siete cero cero, en la figura del presidente recayendo en Carlos Manuel Delgado Aguilar y en la figura de secretario Jeffry José Valverde Fernández.—Cartago, siete de abril del año dos mil ocho.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—Nº 25916.—(32183).
Por escritura número ciento cincuenta y nueve-veintisiete, de las dieciséis horas del tres de abril del dos mil ocho, se constituyó sociedad Inomas S. A. Presidente y secretario con representación judicial y extrajudicial, capital social cien mil colones, plazo social noventa y nueve años.—Lic. Juan Luis Vargas Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 25917.—(32184).
Nidia Faerron Vargas y Laurence Goodwin JR constituyen Pura Broadband Sociedad Anónima. Plazo social 99 años. Presidente: el socio Goodwin.—Liberia, 10 de marzo del 2008.—Lic. Juan Francisco Ruiz Monge, Notario.—1 vez.—Nº 25918.—(32185).
Por escritura número ciento ocho, del tomo número tres, iniciada al folio sesenta y cinco vuelto, otorgada a las once horas del veintinueve de enero del dos mil ocho, en la notaría del Licenciado Eduardo Hernández Matarrita, se constituye la sociedad Arthur S Learning Center Sociedad Anónima; que en español significa Centro de Aprendizaje de Arturo Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse con las dos últimas palabras Arthur S Learning Center S. A. Capital social de diez mil colones, representado por diez acciones comunes y nominativas. Plazo social noventa y nueve años. Domicilio social San Juan, Santa Cruz, Guanacaste, cuatrocientos metros oeste de la plaza de deportes. Presidente Luis Arturo Mendoza Cabalceta, mayor, casado una vez, profesor de inglés, cédula cinco-cero uno cuatro nueve-uno uno ocho seis.—Santa Cruz, veintinueve de enero de dos mil ocho.—Lic. Eduardo Hernández Matarrita, Notario.—1 vez.—Nº 25920.—(32186).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Finca Agroforestal Atlántica Sociedad Anónima, domicilio: San José, capital: 100.000,00 mil colones, plazo: 99 años, presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, 30 de marzo del 2008.—Lic. Silvia Mercedes Herrera Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 25921.—(32187).
Por escritura otorgada, en mi notaría, a las 14:00 horas del 7 de abril del 2008, se constituyó la sociedad Unión Caramo RC S. A.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Álvaro López Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 25922.—(32188).
Mediante escritura otorgada, ante el suscrito se constituyó sociedad anónima denominada Adao Fijación y Soportería Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Presidente: Álvaro Rojas Álvarez. Domicilio: San Juan de Tibás, San José.—San José, 11 de marzo del 2008.—Lic. Rodrigo Antonio Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 25924.—(32189).
Por escrituras otorgadas, ante la suscrita notaria en San José, a las 12:00 y 13:00 horas de hoy, he procedido a constituir respectivamente las sociedades anónimas denominadas Arva G Y G Sociedad Anónima y Librería y Centro de Fotocopiado Soluciones Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años. Domicilio: San José. Objeto: Actividades comerciales e industriales. Capital social: diez mil colones.—San José, 2 de abril del 2008.—Lic. Grethel Fernández Carmona, Notaria.—1 vez.—Nº 25925.—(32190).
Por escritura otorgada, ante el suscrito notario en San José, a las 9:00 horas de hoy, he procedido a protocolizar el acta de reunión de cuotistas de Construcciones y Movimientos Gomosa Limitada, celebrada en San José a las 8:00 horas del 10 de marzo del 2008, mediante la cual se acordó aumentar el capital social de la empresa, mediante la reforma a la cláusula quinta del pacto social.—San José, 24 de marzo del 2008.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—Nº 25926.—(32191).
Por escritura otorgada, ante el suscrito notario en San José, a las 11:00 horas de 27 de marzo, he procedido a constituir la sociedad denominada Rosa del Desierto R J V Sociedad Anónima. Plazo social: 99 años; domicilio: San José; objeto: actividades comerciales e industriales; y capital social: diez mil colones.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Alejandro Montealegre Isern, Notario.—1 vez.—Nº 25927.—(32192).
El suscrito Carlos Mauricio Sierra Sánchez, notario público, hace constar que Jhon Jairo Marín Castillo, y Luz Miriam Restrepo Ramírez, por escritura otorgada en esta notaría, número cincuenta y cinco-cuatro, a las diez horas del siete de abril del dos mil ocho, constituyeron la sociedad denominada Accesorios J & J Import Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil dólares, un plazo de noventa y nueve años, cuyos representantes en su orden son presidente y secretaria, quienes ejercerán la representación judicial y extrajudicial de la compañía, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, ocho de abril del dos mil ocho.—Lic. Carlos Mauricio Sierra Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 25928.—(32193).
Por escritura otorgada ante mi notaría, en San José, a las 10:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad CTE Promos de Costa Rica Sociedad Anónima. Domicilio: San José, de la Rotonda de las Garantías Sociales, 300 norte, edificio CTE.—San José, 31 de marzo del 2008.—Lic. Edward Monge Abarca, Notario.—1 vez.—Nº 25929.—(32194).
Ante la notarií de Yalile Villalobos Zamora, constituyó las sociedades a) Inmobiliaria Córdoba y Asociados de Heredia S. A., presidente apoderado generalísimo sin límite de suma Fernando Córdoba Solís, cédula 4-145-508.—San José, 8 de abril del 2008.—Lic. Yalile Villalobos Zamora, Notaria.—1 vez.—Nº 25934.—(32195).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 4 de abril del 2008, se constituyó la sociedad denominada Casa Matriz Cauca Sociedad Anónima, siendo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el señor Rodrigo Jiménez Monge. Plazo: 99 años. Capital social: diez mil colones.—San José, 4 de abril del 2008.—Lic. Allan Valverde Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 25937.—(32196).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Chinita ACS Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de abril del 2008.—Lic. Gonzalo Fajardo Lee, Notario.—1 vez.—Nº 25939.—(32197).
El suscrito notario, hace constar que ha protocolizado acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas a las catorce horas del cuatro de abril del año dos mil ocho, de la sociedad de esta plaza denominada El Sueño de Rochi S. A., en la cual se modifica la cláusula octava de la administración y se nombran presidente, tesorero y agente residente.—Lic. Rolando Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—Nº 25940.—(32198).
Por escrituras otorgadas ante mí, a las 15, 16, y 17 horas de hoy, protocolicé acuerdos de El Mundo del Punto S. A., Central Nacional de Camisetas ABYC S. A. y Distribuidora Textil Internacional ABYC S.A., por los que se reforma la cláusula octava de sus estatutos.—San José, 3 de abril del 2008.—Lic. Eugenio Fco. Jiménez Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 25941.—(32199).
En esta notaría, al ser las trece horas del veintisiete de marzo del dos mil ocho, se constituyó la empresa denominada Linda Contabilidad Sociedad de Responsabilidad Limitada. Gerente: Linda Cox. Capital: doce mil colones. Domicilio: San José.—Nosara, Guanacaste, veintisiete de marzo del dos mil ocho.—Lic. Álvaro Aguilar Saborío, Notario.—1 vez.—Nº 25942.—(32200).
Por escrituras públicas otorgadas ante el suscrito notario en Turrialba, a las doce horas del veintidós de noviembre del dos mil seis, y diez horas del catorce de febrero del dos mil ocho, números ciento cuarenta y dos y ciento dieciséis, tomos sesenta y tres y sesenta y cuatro de mi protocolo, se constituyó la sociedad Salaray Inversiones S. A. Plazo: noventa y nueve años a partir de hoy. Domicilio: Cachí, Urasca, cuatrocientos metros noreste de la escuela. Capital social: cien mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Socios Gerardo Araya Valverde, cédula uno-seiscientos sesenta y uno-seiscientos setenta y cuatro, y Sandra Salazar Parra, cédula tres-doscientos sesenta-ciento cuarenta y cuatro. Representante legal el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Gerardo Araya Valverde.—Turrialba, 4 de abril del 2008.—Lic. Hicer Linkimer Bedoya, Notario.—1 vez.—Nº 25943.—(32201).
Por escritura pública otorgada ante el suscrito notario en Turrialba, a las quince horas del veinticinco de marzo del dos mil ocho, número sesenta y tres, tomo octavo de mi protocolo, se constituyó la sociedad Santa Rosa Land Development S. A. Plazo: noventa y nueve años a partir de hoy. Domicilio: Turrialba. Barrio La Margot, frente a Casa de Médicos, capital social cien mil colones representado por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Socios: Vincent Thomas Pietro pasaporte cero uno siete uno cuatro tres ocho seis ocho, y Karol Viviana Madrigal Sojo, cédula tres-trescientos setenta y seis-cero ochenta y ocho. Representante legal el presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, presidente Vincent Thomas Pietro, secretaria Karol Viviana Madrigal Sojo.—Turrialba, 4 de abril del 2008.—Lic. Paulo Araya Valverde, Notario.—1 vez.—Nº 25944.—(32202).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Constructora Sueños Huji S. A. Capital social debidamente suscrito y pagado. Domicilio social sito en Cartago, Turrialba, Sictaya, casa cuarenta y cinco, frente al comunal. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Turrialba, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Guillermo Brenes Cambronero, Notario.—1 vez.—Nº 25945.—(32203).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 15:00 horas del 10 de marzo del 2008, se constituye la sociedad de esta plaza Jiménez Investment Group Sociedad Anónima. Capital social: 10.000 colones.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. Manuel Chaves Marín, Notario.—1 vez.—Nº 25947.—(32204).
Por escritura otorgada a las 15:30 horas del día 4 de abril del año 2008, se constituyó la sociedad denominada por su cédula jurídica. Domicilio San José, Paseo Colón, de la Toyota, tres cuadras y media al norte, calle treinta y seis, avenidas cinco y siete. Edificio Grupo Jurídico Maklouf.—San José, 4 de abril del año 2008.—Lic. Miguel Vílchez Camacho, Notario.—1 vez.—Nº 25959.—(32205).
Por escritura otorgada a las 15:00 horas del día 4 de abril del año 2008, se constituyó la sociedad denominada Pastelería Christophe Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Escazú, San Rafael, costado oeste del Centro Comercial Paco.—San José, 4 de abril del año 2008.—Lic. Miguel Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—Nº 25961.—(32206).
Por escritura otorgada a las 9:00 horas del día 28 de marzo del año 2008, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Agroindustrial Tres Amigos Sociedad Anónima, en la cual se reforma el pacto constitutivo.—San José, 28 de marzo del año 2008.—Lic. Miguel Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—Nº 25962.—(32207).
Por escritura otorgada, por el suscrito notario Carlos Esteban Rodríguez Varela, a las ocho horas del veinticinco de enero del dos mil ocho, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Nativa Cedro Real Sociedad Anónima, por lo que se reforma la cláusula sétima del pacto social.—San José, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Carlos Esteban Rodríguez Varela, Notario.—1 vez.—Nº 25964.—(32208).
Por escritura número setenta y dos, otorgada por el suscrito Carlos Esteban Rodríguez Varela, a las ocho horas treinta minutos del cuatro de abril del año dos mil ocho, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía tres-ciento uno-cinco cero dos cuatro ocho nueve, sociedad anónima, en la cual se nombra nueva junta directiva y se reforma las cláusulas segunda del pacto social.—San José, cuatro de abril del año dos mil ocho.—Lic. Carlos Esteban Rodríguez Varela, Notario.—1 vez.—Nº 25965.—(32209).
Por escritura otorgada, por el suscrito Carlos Esteban Rodríguez Varela, a las ocho horas del cuatro de abril del año dos mil ocho, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la compañía Imperial Properties of the Osa Sociedad Anónima, por lo que se reforma la cláusula sexta del pacto social.—San José, cuatro de abril del año dos mil ocho.—Lic. Carlos Esteban Rodríguez Varela, Notario.—1 vez.—Nº 25966.—(32210).
Ante esta Notaría en escritura número ciento veintiocho del tomo primero, otorgada a las dieciséis horas del día dos de abril del dos mil ocho, se constituye sociedad anónima denominada Samulpri Soluciones SSP Sociedad Anónima. Representación legal en su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente: Shalom Smiley Prieto. Capital social: diez mil colones representada en diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. Domicilio legal: Alajuela, Coyol, residencial Tierra Moreno, casa número cincuenta y tres-E.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Ana Marcela Saborío Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 25967.—(32211).
Ante esta Notaría en escritura número ciento veintitrés del tomo primero, otorgada a las diecisiete horas del día veintiocho de febrero del das mil ocho, se constituye sociedad anónima denominada Consorcio Arcersa RCD Internacional Sociedad Anónima. Representación legal en su presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando en forma conjunta o separadamente. Presidente: José Ricardo Arce Sotillo, tesorera Ana Cecilia Calvo Calvo. Capital social: diez mil colones representada en cien acciones comunes y nominativas de cien colones cada una. Domicilio legal: Cartago, Dulce Nombre de La Unión de Tres Ríos de la iglesia en Ruinas doscientos metros al este y cincuenta metros al norte.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Ana Marcela Saborío Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 25968.—(32212).
Por escritura otorgada a las 15:15 horas del día 04 de abril del año 2008, se constituyó la sociedad denominada Kenzo Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Escazú, San Rafael, costado oeste del Centro Comercial Paco.—San José, 04 de abril del 2008.—Lic. Miguel Maklouf Coto, Notario.—1 vez.—Nº 25969.—(32213).
Por escritura número ciento veinte otorgada ante esta Notaría, se constituyó la sociedad Inmobiliaria Jasoka Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones exactos, plazo social noventa y nueve años. Al presidente y vicepresidente le corresponde la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, pudiendo actuar individualmente. Presidente: Adrián Navarro Navarro, cédula de identidad número tres-trescientos cinco- setecientos quince, y vicepresidente Rosibel Gonzáles Romero, cédula de identidad número uno- ochocientos treinta y nueve- cuatrocientos veinticuatro.—Cartago, 7 de abril del 2008.—Lic. Felicia Calvo Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 25970.—(32214).
Ante esta Notaría, se constituyó la compañía denominada Alfava Express Sociedad Anónima.—San José, 2 de abril del 2008.—Lic. Arnoldo José Parini Guevara, Notario.—1 vez.—Nº 25971.—(32215).
Por escritura Nº 99 de las 14:00 horas del día 12 de marzo del dos mil ocho, María Cristina Chacón Sánchez y Augusto Trejos Molina, constituyeron sociedad denominada Las Nubes de Altagracia Sociedad Anónima, capital social ¢1.000.000.00. Plazo social: 99 años. Presidenta: María Cristina Chacón Sánchez.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 25972.—(32216).
A las quince horas del día cuatro de abril del año dos mil ocho, ante esta Notaría, se nombran nuevo presidente y secretario de la sociedad denominada OKRAJ S. A., con domicilio social en San José, Sabanilla de Montes de Oca.—Lic. Kenlly Alfaro Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 25974.—(32217).
Por escritura otorgada ante elsuscrito notario, a las nueve horas del quince de noviembre del 2008, se constituyó la sociedad denominada Melig Arquitectura y Asesoría Sociedad Anónima. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Plazo: noventa y nueve años a partir de su constitución. Domicilio en la ciudad de San José. Capital: suscrito y pagado.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Randall Vargas Pérez, Notario.—1 vez.—Nº 25975.—(32218).
A las quince horas del día tres de abril del año dos mil ocho, ante esta Notaría, se nombran nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal de la sociedad denominada Consultores en Negocios COENSA S. A., con domicilio social en San José, Desamparados centro.—Lic. Kenlly Alfaro Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 25977.—(32219).
Mediante escritura Nº 55-12 otorgada a las 14:00 horas del 27 de marzo del 2008, se constituyó la compañía Hidalgo Acosta Sociedad Anónima. Presidente: José Guillermo Hidalgo Badilla.—Ciudad Quesada, San Carlos, primero de abril del año dos mil ocho.—Lic. María Gabriela González Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 25978.—(32220).
Por escritura otorgada ante mí, a las 10:25 horas del 3 de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Unibalance Agua Caliente Cruda Vida Orgánicos de La Palmera S. A.; cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 3 de abril del 2008.—Lic. Ivannia Barboza Carvajal, Notaria.—1 vez.—Nº 25979.—(32221).
Mediante escritura Nº 54-12 otorgada a las 13:00 horas del 27 de marzo del 2008, se constituyó la compañía Piñas del Norte Sociedad Anónima. Presidente: José Guillermo Hidalgo Badilla.—Ciudad Quesada, San Carlos, 01 de abril del año dos mil ocho.—Lic. María Gabriela González Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—Nº 25980.—(32222).
Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 5 de abril del 2008, se constituyó la sociedad denominada R A N C H O G R A N D E V E I N T I U N O & D I E C I O C H O S. A.; cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Ciudad Quesada, 5 de abril del 2008.—Lic. Hugo Alberto Loaiza Blanco, Notario.—1 vez.—Nº 25981.—(32223).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las catorce horas treinta minutos del veintidós de febrero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Mina B Baton Dos del Este Sociedad Anónima, el plazo es de cien años, con capital social de cien mil colones, y el presidente es representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando conjunta o separadamente.—Lic. Jorge Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 25986.—(32224).
Se hace constar que ante la notaría de Víctor Hugo Castillo Mora, mediante escritura número setenta y siete otorgada a las ocho horas del veintiséis de marzo del dos mil ocho, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionista de la compañía Global Care Services Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula quinta.—San José, siete de abril del año dos mil ocho.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.—1 vez.—Nº 25989.—(32225).
Se hace constar que ante la notaría de Víctor Hugo Castillo Mora, mediante escrituras número setenta y nueve, ochenta, ochenta y uno, ochenta y dos, otorgadas el día veintiséis de marzo del año dos mil ocho, se constituyen las siguientes compañías respectivamente Mercantil La Guardia de Jaen Sociedad Anónima, Inversiones Sevillega Sociedad Anónima, Mercantil Las Almonsas Sociedad Anónima, Inversiones San Vicente de Las Grajeras Sociedad Anónima. Por las socias: María de los Ángeles Azofeifa Hernández y Carolina Quirós Rojas. Plazo: noventa y nueve años.—San José, siete de abril del año dos mil ocho.—Lic. Víctor Hugo Castillo Mora, Notario.—1 vez.—Nº 25988.—(32226).
Por escritura otorgada en mi Notaría a las 11:00 horas del 23 de enero del 2008, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Brinkos EK de Heredia S. A.—San Isidro de Heredia.—Lic. Kattya Lisseth Mora Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 25989.—(32227).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las ocho horas hoy, se constituyó Ekuus Equinoterapia S. A., para dedicarse por cien años al comercio en general. Presidente y tesorero, apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, cuatro de julio del dos mil siete.—Lic. Ricardo Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—Nº 25990.—(32228).
Por escritura otorgada hoy ante el suscrito Notario, se constituyó la sociedad Consorcio Díaz-Parra S. A. Domicilio: San José, Pozos de Santa Ana. Plazo: 100 años a partir de hoy. Objeto: el comercio en general. Capital: íntegramente suscrito y pagado en dinero efectivo.—San José, 28 de marzo del 2008.—Lic. Mario Brenes Luna, Notario.—1 vez.—Nº 25996.—(32229).
Mediante escritura número doscientos veinte-cuatro, otorgada ante mí hoy se constituyeron dos sociedades de responsabilidad limitada que conforme al decreto treinta y tres mil ciento setenta y uno -J llevarán por nombre la cédula jurídica que le asigne el Registro Mercantil del Registro Público, domiciliadas en Moravia, plazo social de 99 años, objeto comisionistas de bienes raíces, fianzas, y bolsa de valores y comercio en general, capital social ciento veinte mil colones. Representación judicial y extrajudicial corresponde al gerente. Gerente: José Guadalupe Alemán Franco. Es todo.—San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Francisco Conejo Vindas, Notario.—1 vez.—Nº 26000.—(32230).
A las 18:00 horas del día de hoy protocolicé en mi Notaría actas de asambleas generales de la compañía Natural Touch S. A. Se reforma cláusula V del pacto social.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Édgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—Nº 26001.—(32231).
Mediante escritura número doscientos diecinueve-cuatro, otorgada ante mí hoy, se constituyó la sociedad Multiservicios e Inversiones Anhelo Limitada, domiciliada en Moravia, plazo social de 99 años, capital social ciento veinte mil colones, objeto: compra y venta de bienes inmuebles y comercio en general, representación judicial y extrajudicial corresponde al gerente. Gerente: Adriana Najul Helou. Es todo.—San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Francisco Conejo Vindas, Notario.—1 vez.—Nº 26002.—(32232).
A las 13:00 horas del día de hoy, protocolicé en mi Notaría actas de asambleas generales de la compañía 3-102-492530 Ltda. Se reforma cláusula V del pacto social.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Édgar Nassar Guier, Notario.—1 vez.—Nº 26003.—(32233).
Ante esta Notaría al ser las siete horas y treinta minutos, del veinticinco de febrero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad: GAIA Elementals S. A. Presidenta: Samantha Kennedy Acevedo. Apoderada. Capital social: cien mil colones. Domicilio: Heredia.—Lic. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—Nº 26005.—(32234).
Mediante escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del siete de abril del dos mil ocho, ante esta Notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Sanmich de Quepos S. A., 3-101-423406 en la cual se reformó el pacto constitutivo, se hicieron nuevos nombramiento y se otorgó un poder generalísimo.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—Nº 26006.—(32235).
Por escritura otorgada a las 19:00 horas del cuatro de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Grupo de Asesorías e Investigaciones G y S Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Grettel Verónica Navas Obando, cédula Nº 1-1330-0030.—San José, a las 8 horas del 4 de marzo del 2008.—Lic. Elizabeth Ángulo Gatjens, Notaria.—1 vez.—Nº 26008.—(32236).
Ante mí, Hellen Cordero Mora, notaria pública, con oficina abierta en La Ribera de Belén, Heredia, se modifica la razón social de la sociedad Mesén y Zelaya e Hijos Ltda., a Bienes Raíces del Norte MBC Ltda.—Heredia, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Hellen Cordero Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 26009.—(32237).
Luis Fernando Aguilar Oses, notario público deja constancia que mediante escritura número treinta y seis-cuatro, se constituyeron cuatro sociedades cuya denominación se hace de conformidad con el Decreto número: treinta y tres mil ciento setenta y uno-J; cada una con capital social de diez mil colones formado por diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, totalmente suscrito y pagado, domiciliadas en San José, avenida catorce, calle cuatro edificio Roag como presidente en cada una de ellas se nombró al señor Antonio Rodríguez Hidalgo, cédula Nº 2-211-101.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Luis Fernando Aguilar Oses, Notario.—1 vez.—Nº 26010.—(32238).
Luis Fernando Aguilar Oses, notario público deja constancia que mediante escritura número treinta y seis-cuatro, modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada: La Posada Rosada Catorce S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-383225, se nombró nueva junta directiva, siendo su presidente el señor: Antonio Rodríguez Hidalgo, cédula Nº 2-211-101.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Luis Fernando Aguilar Oses, Notario.—1 vez.—Nº 26011.—(32239).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veinticuatro de marzo del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea de socios de la compañía Pina Tica Río Cuarto Sociedad Anónima, en que se reforman las cláusulas segunda, tercera y sexta del pacto social y se nombra junta directiva, fiscal y agente residente.—Lic. Harry Castro Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 26012.—(32240).
Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general de accionistas de Coastal Communities Ltda., mediante la cual se reformó la cláusula de la administración y se nombró nuevo gerente.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Allan Hernández Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 26013.—(32241).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad denominada Wayke Sociedad Anónima.—San José, siete de abril del año dos mil ocho.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—Nº 26015.—(32242).
Por escritura número treinta otorgada ante mí, a las ocho horas del tres de febrero del año dos mil cinco, se constituyó la empresa Desarrolladora Virica Sociedad Anónima.—Lic. Vivian Conejo Torres, Notaria.—1 vez.—Nº 26016.—(32243).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 11:00 horas del 15 de febrero del 2008, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones M B Amelia del Coco Sociedad Anónima. Capital social: debidamente suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—Cañas, Guanacaste, 7 de abril del 2008.—Lic. Daniela Alpízar Mairena, Notaria.—1 vez.—Nº 26017.—(32244).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del cinco de marzo del dos mil ocho, constituí la sociedad denominada Dishasa Food Service del Dos Mil Ocho S. A. Domicilio: San Joaquín de Flores, Heredia. Plazo: noventa años. Capital social: diez mil colones. Presidente y secretara representantes judiciales y extrajudiciales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, cinco de marzo del dos mil ocho.—Lic. Gina María Carazo Rodríguez, Notaria.—1 vez.—Nº 26018.—(32245).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas diez minutos del diez de marzo del dos mil ocho, se constituyó la empresa Stanbeli Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Stanbeli S. A. Presidente: Ramón Stanley Alpízar Delgado. Plazo social: noventa y nueve años.—San Isidro de El General, a las ocho horas del siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—Nº 26020.—(32246).
Por escritura 40-14 otorgada a las 11:00 horas del 7 de marzo del 2008, se crea Industrias Plásticas del Envase IPE S.R.L Representación: gerente y subgerente.—San José, 4 de abril del 2008.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 26021.—(32247).
Ante esta notaría a las once horas cuarenta y cinco minutos del quince de marzo del dos mil ocho, se constituyó Universal Informatic Solutions Sociedad Anónima.—Lic. Erick Castro León, Notario.—1 vez.—Nº 26022.—(32248).
Protocolización asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Oro del Monte Azul S. A., Treasure Holding S. A., se nombran junta directiva, escrituras otorgadas en San José, a las ocho horas y nueve horas del 5 de marzo del 2008.—San José, 6 de marzo del 2008.—Lic. Marvin Roldán Granados, Notario.—1 vez.—Nº 26023.—(32249).
Protocolización asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Bosques de Plata S. A., Bosques de Galicia S. A., Montañas de Málaga N.E.P.A, se nombran junta directiva, escrituras otorgadas en San José, a las 12:00 horas, 13:00 horas y 14:00 horas del 4 de marzo del 2008.—San José, 06 de marzo del 2008.—Lic. Marvin Roldán Granados, Notario.—1 vez.—Nº 26024.—(32250).
Protocolización asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Minas del Oriente S. A., Cima de Los Vientos Húmedos N.P S. A., Las Dos Torres N Y P S. A., y Corporación San Bosco N.F V, se nombran junta directiva, escrituras otorgadas en San José, a las 15:00 horas, 16:00 horas, 17:00 horas y 18:00 horas del 4 de marzo del 2008.—San José, 6 de marzo del 2008.—Lic. Marvin Roldán Granados, Notario.—1 vez.—Nº 26025.—(32251).
Por escritura otorgada en Cartago, a las catorce horas del cuatro de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada El Lagarto Cartaginés Sociedad Anónima, domiciliada en la ciudad de Cartago, con un plazo de noventa y nueve años. Capital social de treinta mil colones. Presidente, secretario y tesorero como apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cartago, 4 de abril del 2008.—Lic. Adrián Masís Mata, Notario.—1 vez.—Nº 26026.—(32252).
Ante el licenciado Juan Federico Arias Chacón, se constituyó: Auto Transportes Magun Sociedad Anónima, Presidente: Adrián Masís Mata, apoderado generalísimo sin límite de suma, capital social: diez mil colones, plazo noventa y nueve años.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 26028.—(32253).
En esta notaría, mediante escritura número siete del tomo dieciséis del protocolo del suscrito notario, de las 13:00 horas del 4 de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Eujuco Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital social suscrito y pagado, domicilio en San José, plazo 99 años.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 26029.—(32254).
Que al ser las 10:00 horas del 3 de abril del 2008, mediante escritura número 182, del tomo cuarto del protocolo de la suscrita notaria; los señores Gustavo Adolfo Cruz Rojas, cédula: 2-530-882, y Robin Antonio Cruz Rojas, cédula: 1-929-550, constituyeron la sociedad Importadora y Distribuidora Pamela Ltda., con un capital social de diez mil colones exactos, siendo ambos apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar individual o conjuntamente.—San Ramón, 8 de abril del 2008.—Lic. Yesenia María Rojas Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 26030.—(32255).
Por asamblea extraordinaria número cinco de la Fundación Pro Clínica del Dolor y Ciudados Paliativos de la Región Huetar Atlántica, cédula jurídica ciento tres-cero cero seis-dos ocho tres ocho siete dos, celebrada a las dieciséis horas treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil siete, se modifica las cláusulas cuarta y quinta del Pacto Constitutivo de dicha Fundación y se hacen nuevos nombramientos.—Limón, 8 de abril del 2008.—Lic. Sonia María Conejo Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 26031.—(32256).
Que al ser las 11:00 horas del 27 de febrero del 2008, mediante escritura número 179, del tomo cuarto del protocolo de la suscrita notaria; Yamileth Castro Esquivel, cédula 6-156-621, Nury María Zamora Villalobos, cédula: 2-424-990, constituyeron la sociedad Perlaco Eficiencia y Compromiso Ltda., con un capital social de diez mil colones exactos, siendo ambas apoderadas generalísimas sin límite de suma.—San Ramón, 4 de abril del 2008.—Lic. Yesenia María Rojas Castro, Notaria.—1 vez.—Nº 26032.—(32257).
Por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 horas del 31 de marzo del 2008, se constituye la sociedad Pachinus de San Juan S. A., domiciliada en San Juan de Tibás, con un capital social de ¢10.000,00. Presidente: Efraín Vega Alvarado.—San José, 8 de abril del 2008.—Álvaro Villalobos García, Notario.—1 vez.—Nº 26033.—(32258).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 31 de marzo del 2008, se constituyó la sociedad Anueal-Tibás S. A., con un capital social de ¢10.000,00, domiciliada en San Juan de Tibás. Presidente: Andrés Vega Alvarado.—San José, 8 de abril del 2008.—Lic. Álvaro Villalobos García, Notario.—1 vez.—Nº 26034.—(32259).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la sociedad anónima Artesanía Ajala Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Paso Ancho, Loma Linda; plazo social noventa y nueve años. Objeto: Comercio, industria, agricultura y artesanal podrá formar parte de otras sociedades. Capital social veinte mil colones suscrito y pagado por los socios. Presidente: José María Aja Arias, apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 8 de abril de 2008.—Luis Acevedo García, Notario.—1 vez.—Nº 26036.—(32260).
Por escritura número noventa y nueve del tomo 11 de mi protocolo, otorgada las 10:30 horas del 4 de abril del 2007, el suscrito notario protocoliza acta de asamblea de accionistas de Cielo Lunar Nocturno, S.A., donde se reforma la cláusula primera de los estatutos, del nombre, que en adelante se leerá: Newgaard CR Investments, Sociedad Anónima, el cual es nombre de fantasía y podrá abreviarse en S. A.—San José, 4 de abril del 2008.—Lic. Carlos Mariano Arrea Anderson, Notario.—1 vez.—Nº 26038.—(32261).
Mediante escritura número doscientos tres, visible al folio ciento setenta y cinco frente del tomo tercero de mi protocolo, otorgada a las trece horas del día veintinueve de febrero del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Mahakala Sociedad Anónima. Es todo.—San José, 7 de abril del año 2008.—Lic. Federico Ureña Ferrero, Notario.—1 vez.—Nº 26042.—(32262).
Por escritura número cincuenta y seis, del tomo sexto del protocolo del suscrito notario, se constituyó la sociedad denominada Fierce Club Investors Sociedad Anónima, siendo el presidente, el señor Bolívar Arrieta Pizarro.—Heredia, 7 de abril del 2008.—Lic. Carlos Manuel Sánchez González, Notario.—1 vez.—Nº 26043.—(32263).
Por escritura número ciento setenta y tres del tomo dieciocho del protocolo de la suscrita notaria, se constituyó la sociedad denominada Strategic Healthcare Marketing Sociedad Anónima, siendo elegida Presidenta: Paola Segura Azuara.—Heredia, 3 de abril del 2008.—Lic. Xenia Lupita Sánchez González, Notaria.—1 vez.—Nº 26044.—(32264).
Por escritura número ciento setenta y dos del tomo dieciocho del protocolo de la suscrita notaria, se constituyó la sociedad denominada Corporación Grupo Wayak Sociedad Anónima, siendo elegida Presidenta: Paola Segura Azuara.—Heredia, 3 de abril del 2008.—Lic. Xenia Lupita Sánchez González, Notaria.—1 vez.—Nº 26045.—(32265).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 12:00 horas del 29 de febrero del 2008, Guillermo y Eugenio, ambos Rojas Loría constituyen Marítima Halcón Rojas Sociedad Anónima, domiciliada en San Isidro de Puntarenas, de Importadora Monge, doscientos metros norte y cincuenta al este. Su capital social es de un millón de colones, representados por diez acciones comunes y nominativas de cien mil colones cada una, su objeto es el comercio en general, la agricultura, la industria, la ganadería, comercialización de productos marinos y para la pesca y transacción de bienes. Administrada por una junta directiva formada por presidente, secretario y tesorero. La representación le corresponde al presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente Guillermo Rojas Loría.—Francisco Rojas Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 26047.—(32266).
A las quince trece horas y cuarenta y cinco minutos del día tres de abril del año dos mil ocho, ante esta notaría, se nombran nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal de la sociedad denominada R.A.F.I.V.A Sesenta del Arroyo S. A., con domicilio social en Guácima de Alajuela. Kenlly Alfaro Ugalde, Notaria.—1 vez.—Nº 25976.—(32267).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 08:30 horas del 7 de abril 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Rancho Appaloosa S. A., mediante la cual se modifican las cláusulas primera, segunda y sexta. Denominando a la sociedad Rancho Cimarrón S. A., domicilio en La Palma de Abangares, siete kilómetros al oeste, carretera al Puente La Amistas, administrada, por una junta directiva formada por presidente, vicepresidente secretario y tesorero. La representación le corresponde conjuntamente al presidente y en su ausencia al vicepresidente, secretario y tesorero estos tres últimos actuando en forma conjunta, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Presidente Carlos Alberto Segnini Lamas.—Francisco Rojas Carranza, Notario.—1 vez.—Nº 26049.—(32268).
Por escritura otorgada el siete de abril del año dos mil ocho. Aserradero Lara Ltda., protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas mediante los cuales se modifica la cláusula segunda del domicilio social estableciéndolo en San Juan de Santa Bárbara de Heredia. Escritura otorgada en la ciudad de Heredia a las nueve horas.—Doctor Ovelio Rodríguez León, Notario.—1 vez.—Nº 26053.—(32269).
Por escritura otorgada ante mí a las catorce horas del siete de diciembre de dos mil siete se constituyó The Yoyos Places S. A., Capital Social: diez mil colones suscrito y pagado. Presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma. Objeto: El comercio en general. Domicilio: Limón centro.—San José, 7 de abril de 2008.—Roberto Gourzong Cerdas, Notario.—1 vez.—Nº 26054.—(32270).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del siete de diciembre de dos mil siete se constituyó, JMA Caribbean S. A., Capital social: diez mil colones suscrito y pagado. Presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma. Objeto: El comercio en general: Domicilio: San José centro.—San José, 7 de abril de 2008.—Roberto Gourzong Cerdas, Notario.—1 vez.—Nº 26055.—(32271).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del siete de diciembre de dos mil siete se constituyó Munich View S. A., Capital Social: diez mil colones suscrito y pagado. Presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma. Objeto: El comercio en general. Domicilio: Limón centro.—San José, 7 de abril de 2008.—Roberto Gourzong Cerdas, Notario.—1 vez.—Nº 26057.—(32273).
Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del siete de diciembre de dos mil siete, se constituyó Antartic Place S. A., Capital social: diez mil colones suscrito y pagado. Presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma. Objeto: El comercio en general. Domicilio: San José centro.—San José, 7 de abril de 2008.—Roberto Gourzong Cerdas, Notario.—1 vez.—Nº 26058.—(32274).
En mi notaría, en Esparza, a las dieciséis horas del treinta y uno de enero del año dos mil ocho, por escritura pública número doscientos treinta y dos, iniciada a folio ciento cincuenta y siete frente, del tomo treinta y cinco del protocolo del suscrito notario; Ramón Arturo Castillo, cédula de residencia número ciento cincuenta y cinco ochocientos tres setecientos veintiocho treinta y dos-dos y Olga María Ramírez Navarro, cédula número uno-ochocientos diez-setecientos trece, constituyen la sociedad denominada Inversiones Amberglass Sociedad Anónima.—Esparza, 5 de abril del año 2008.—Lic. Luis Gerardo Álvarez Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 26060.—(32275).
El notario que suscribe, debidamente autorizado para tal efecto, a las dieciséis horas del catorce de marzo de dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad A B Mal Pais Estates Lot Two Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos dos mil ciento veinticuatro, domiciliada en la ciudad de San José, provincia de San José, Barrio Escalante, calles treinta y siete, avenida diecisiete, modifica el pacto social, en el artículo octavo. Se suprime el agente residente del pacto social, se cambia domicilio social y se nombró nueva junta directiva. Presidente: Guillermo Núñez García.—Cóbano de Puntarenas, 15 de marzo de 2008.—Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 26064.—(32276).
Por escritura otorgada ante mí, Nidia Arias Vindas a las 10:00 horas del 27 de marzo del 2008, se constituyó Farmacia Internacional El Cruze S. A.. Plazo social noventa y nueve años. Capital social diez mil colones. Presidente: Carlos Alberto Cascante Aguilar.—Flores, 4 de abril del_2008.—Lic. Nidia Arias Vindas, Notaria.—1 vez.—Nº 26065.—(32277).
Ante esta notaría, se constituyó la empresa Escuela Cultural Académica y Deportiva Interamericana Sociedad Anónima, capital social veinte mil colones. Presidente: Juan Carlos Hernández Mayorga.—Río Frío, 21 de febrero del 2008.—Freddy Castillo Núñez, Notario.—1 vez.—Nº 26066.—(32278).
Escritura N° 3-13, otorgada ante la suscrita notaria, el 7 de abril del 2008, se reforma la cláusula segunda del domicilio del pacto constitutivo de Blue Rock Managemente S. A., cédula 3-101-374119.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 26068.—(32279).
Armando Pedro Azcanio Pérez, cubano, pasaporte C-cinco cuatro siete uno dos ocho, Abel Valladares Azcanio, cubano, pasaporte C-dos nueve cinco cuatro ocho uno, Mavin Perdomo Vázquez, cubana, pasaporte C-seis dos cero ocho ocho dos cero, constituyen la sociedad Azcanio Sociedad Anónima.—San José, 8 de abril del 2008.—Lic. Wilberth Barrantes Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 26071.—(32281).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciocho horas del siete de abril del dos mil ocho protocolicé acta de In Stitch in Time S. A., de las ocho horas del dos de abril del dos mil ocho, mediante la cual se reforman las cláusulas primera, segunda y sexta y se nombró nueva junta directiva.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 26072.—(32282).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 16:15 horas del 7 de abril del 2008, que es asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Consorcios Atoll S. A., en firme, por unanimidad y por convenir así a los intereses de sus socios, se acuerda disolver dicha sociedad. Es todo.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Karla Villalobos Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 26073.—(32283).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 16:20 horas del 7 de abril del 2008, que es asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Consorcios Silverados S. A., en firme, por unanimidad y por convenir así a los intereses de sus socios, se acuerda disolver dicha sociedad. Es todo.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Karla Villalobos Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 26075.—(32284).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 16:10 horas del 7 de abril del 2008, que es asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Consorcios Costarricenses R, S. A., en firme, por unanimidad y por convenir así a los intereses de sus socios, se acuerda disolver dicha sociedad. Es todo.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Karla Villalobos Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 26076.—(32285).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 16:40 horas del 7 de abril del 2008, que es asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Doradas S. A., en firme por unanimidad y por convenir así a los intereses de sus socios, se acuerda disolver dicha sociedad. Es todo.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Karla Villalobos Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 26077.—(32286).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 16:30 horas del 7 de abril del 2008, que es asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inversiones Zircon S. A., en firme por unanimidad y por convenir así a los intereses de sus socios, se acuerda disolver dicha sociedad. Es todo.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Karla Villalobos Wong, Notaria.—1 vez.—Nº 26078.—(32287).
Álvaro González Niehaus y Linda Arellano Hartig, constituyen La Loma del Indio Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Santa Ana. Presidente: Álvaro González Niehaus. Escritura otorgada en San José, a las quince horas del tres de abril del 2008.—Patricia Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 26079.—(32288).
Formalized Design Sociedad Anónima, reforma cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra junta directiva. Escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas del siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Patricia Villalobos Brenes, Notaria.—1 vez.—Nº 26081.—(32289).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Monarch Business Consulting Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 13:00 horas del 3 de abril del 2008.—Ivonne Patricia Redondo Vega, Notaria.—1 vez.—Nº 26082.—(32290).
Por escritura otorgada ante la notaria Grace Morales Vargas, número ciento noventa y ocho, otorgada a las ocho horas del primero de abril del dos mil ocho, se constituyo Hotel Río La Ceiba Sociedad Anónima.—Primero de abril del dos mil ocho.—Lic. Grace Morales Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 26083.—(32291).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del dos de abril de dos mil ocho, se constituyó sociedad anónima cuya denominación social se hace conforme al artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio de dos mil seis. Presidente: William Adolfo Granados Gamboa, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social de dos millones cuatrocientos mil colones. Plazo social noventa años a partir de su constitución.—Ciudad Neily, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Alfredo López Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 26085.—(32292).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del dos de abril de dos mil ocho, se constituyó sociedad anónima cuya denominación social se hace conforme al artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio de dos mil seis. Presidente: Emilio José Granados Gamboa. Capital social dos millones cuatrocientos mil colones. Plazo social noventa años a partir de su constitución.—Ciudad Neily, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Alfredo López Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 26087.—(32293).
Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del dos de abril de dos mil ocho, se constituyó sociedad anónima cuya denominación social se hace conforme al artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio de dos mil seis. Presidente: Emilio José Granados Gamboa con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social dos millones cuatrocientos mil colones. Plazo social noventa años a partir de su constitución.—Ciudad Neily, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Alfredo López Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 26088.—(32294).
El sucrito notario público, Ricardo Vargas Guerrero con oficina en Las Juntas, hace constar que se sustituyeron los miembros de la junta directiva y los poderes de la compañía denominada tres - ciento uno -cinco cero cinco siete siete nueve sociedad anónima, y que fue realizada conforme la escritura número ciento trece iniciada al folio setenta y cuatro vuelto, del tomo tercero con fecha de las doce horas del jueves tres de enero dos mil ocho.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—Nº 26094.—(32295).
El sucrito notario público, Ricardo Vargas Guerrero con oficina en Las Juntas, hace constar que se sustituyeron los miembros de la junta directiva, de la compañía denominada tres-ciento uno-cinco cero cinco siete siete nueve sociedad anónima, y que fue realizada conforme la escritura número ciento cuarenta y seis iniciada al folio noventa y cinco vuelto, del tomo tercero, con fecha de las once horas del jueves tres de abril dos mil ocho.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—Nº 26096.—(32296).
El sucrito notario público, Ricardo Vargas Guerrero con oficina en Las Juntas, hace constar que se sustituyeron los miembros de la junta directiva y los poderes de la compañía denominada tres - ciento uno -cinco dos uno uno uno nueve sociedad anónima, y que fue realizada conforme la escritura número ciento cuarenta y cinco iniciada al folio noventa y cinco frente del tomo tercero, con fecha de las doce horas del jueves veintisiete de marzo dos mil ocho.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—Nº 26098.—(32297).
El sucrito notario público, Ricardo Vargas Guerrero con oficina en Las Juntas, hace constar que se sustituyeron los miembros de la junta directiva y los poderes de la compañía denominada tres-ciento uno-cinco uno cero ocho tres seis sociedad anónima, y que fue realizada conforme la escritura número ciento cuarenta y ocho iniciada al folio noventa y siete frente, del tomo tercero con fecha de las diez horas del cuatro de abril de dos mil ocho.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—Nº 26099.—(32298).
El sucrito notario público, Ricardo Vargas Guerrero con oficina en Las Juntas, hace constar que se sustituyeron los miembros de la junta directiva y los poderes, de la compañía denominada tres - ciento uno - cinco uno uno tres cero cero sociedad anónima, y que fue realizada conforme la escritura número ciento cincuenta iniciada al folio noventa y ocho frente del tomo tercero, con fecha de las doce horas del viernes cuatro de abril de dos mil ocho.—Lic. Ricardo Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—Nº 26100.—(32299).
Mediante escritura pública número ochenta y siete, otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del día veinticinco de marzo de año dos mil ocho, se constituyo una sociedad de responsabilidad limitada Virginia Alfaro González Gerente: capital social diez mil colones.—Lic. Róger Bravo Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 26101.—(32300).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría el día cuatro de octubre de dos mil siete, a las doce horas, se constituyó la sociedad Herrera Gurdián Sociedad Anónima.—San José, dos de abril del dos mil ocho.—Lic. Adrián Lizano Pacheco, Notario.—1 vez.—Nº 26102.—(32301).
Mediante escritura número doscientos doce, se aumenta el capital social de la sociedad Importadora JL Sociedad Anónima.—San José, ocho de abril del dos mil ocho.—Lic. Ericka Castro Arguello, Notaria.—1 vez.—Nº 26103.—(32302).
En mi notaría mediante escritura doscientos trece, se aumenta el capital, de la sociedad J.B.M. Puesto de Bolsa de Comercio Sociedad Anónima.—San José, doce de junio del dos mil seis.—Lic. Ericka Castro Arguello, Notaria.—1 vez.—Nº 26105.—(32303).
Por escritura número ocho-noventa y cinco, otorgada en mi notaría, se constituyó la sociedad Las Magnolias de San Gerardo Sociedad Anónima. Capital social suscrito y cancelado. Presidente: Fernando Chacón Zúñiga.—San José, 7 abril del 2008.—Lic. José Aquiles Mata Porras, Notario.—1 vez.—Nº 26110.—(32304).
Por escritura número ciento nueve otorgada en mi notaría a las quince horas del cuatro de abril de dos mil ocho, se constituye la compañía de esta plaza denominada Servicios Médicos Rodríguez Araya Sociedad Anónima con capital social de cien mil colones íntegramente suscrito y pagado; se nombra Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma. Plazo social noventa y nueve años.—Ciudad Quesada, 7 de abril del 2008.—Lic. Olga Lydia Guerrero Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 26116.—(32305).
Mediante escritura número 30 otorgada a las ocho horas del siete de abril del dos mil ocho, se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nueva junta directiva de la sociedad de esta plaza Costa Esterillos Estates Alquimila Arvense Cero Dieciséis Sociedad Anónima.—San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Arnaldo Bonilla Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 26117.—(32306).
Lic. Felipe Beeche Pozuelo Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 27 de febrero de 2008, se constituyó la sociedad denominada Palo Blanco Dos Mil Ocho Sociedad Anónima, con domicilio en Moravia, capital suscrito y pagado, con un plazo de 99 años. Presidente y secretaria con facultados de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 8 de abril de dos mil ocho.—Lic. Pedro Dávila Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 26118.—(32307).
Ante el suscrito notario a las ocho horas treinta minutos del día de hoy se constituyó Sherwood Spalding Sociedad de Responsabilidad Limitada; que es nombre de fantasía capital suscrito y pagado.—San José ocho de abril del dos mil ocho. Mariselle Verdesia Meneses, número de oficina dos dos ocho cero siete cuatro ocho seis.—Lic. Mariselle Verdesia Meneses, Notaria.—1 vez.—Nº 26119.—(32308).
Ante este notario a las nueve horas del día de hoy se constituyó la sociedad denominada Delicias del Maíz JR Sociedad Anónima. Capital sucrito y pagado.—San José, once de marzo del dos mil ocho.—Lic. Luís Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 26120.—(32309).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las doce horas del ocho de febrero de dos mil ocho, se constituyó la sociedad Vinorady S. A. Presidente Cheryl Marie Vargas. Objeto: Comercio en general.—Moravia, 8 de febrero del 2008.—Lic. Héctor Talavera Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 26122.—(32310).
Por escritura número cinco otorgada ante esta notaría en San José, notaria pública Shukshen Young Au-Yeung, a las once horas del cuatro de abril del año dos mil ocho, se constituye la sociedad Blue Water Fishing Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, con un capital social de veinte mil colones netos, representado por dos acciones comunes y nominativas de diez mil colones exactos cada una, correspondiendo al presidente y al tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de Apoderados Generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar en forma conjunta y/o separadamente.—San José, cinco de abril del dos mil ocho.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—Nº 26123.—(32311).
Mediante escritura otorgada ante este notaría, a las 12:00 horas del 7 de abril del 2008, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: La quinta: del capital social 1.200.000,00 colones. La novena: del consejo de administración: apoderados generalísimos sin límite de suma el presidente, secretario, tesorero, actuando conjunta o separadamente. Para comprometer bienes deberán actuar al menos dos de ellos. Se hacen los siguientes nombramientos Presidente: Emiliano Ciuti Zabala, Secretario: Ray Setton Heskins, Tesorero: Marío Ríos Chavarría. En la sociedad Inventica S. A.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Diego Soto Solera, Notario.—1 vez.—Nº 26124.—(32312).
Por escritura número 298-2 de tomo dos de las 9:00 horas del 31 de marzo de 2008 se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de H R Finca San Josecito S. A., por la cual se modifica la cláusula de la administración y se revoca vicepresidente y fiscal, se nombra como nuevo fiscal a Roxana Sánchez Alvarado y como vicepresidente no pues se modificó la cláusula sétima.—San Isidro de El General, 04 de abril del 2008.—Lic. Gerardo J. Zúñiga Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 26125.—(32313).
Por escritura número 299-2 de tomo dos de las 12:30 horas 03 de abril de 2008 se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de El Morfeo de San Agustín S. A., por la cual se modifica la cláusula de la representación y se nombra como presidente a Linda Jean Lindsey y como secretario a Eli Oliver Lindsey Wolcott.—San Isidro de El General, 04 de abril del 2008.—Lic. Gerardo J. Zúñiga Esquivel, Notario.—1 vez.—Nº 26126.—(32314).
Por escritura número 161-13 de las 10 horas del 10 de marzo de 2008, se constituyó International Affairs of Costa Rica S. A. Presidente: Merrick Alan Schoenfeld. Plazo social: Cien años. Capital social: Diez mil colones.—San Isidro de El General, 10 de marzo del 2008.—Lic. Fernando Gamboa Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 26127.—(32315).
Por escritura otorgada ante mí a las once horas del tres de abril de dos mil ocho, se reforma la cláusula segunda referente al domicilio de la compañía, de la sociedad Cuarenta y Uno Valencia de Arena y Sol Limitada. Se nombra nuevo gerente.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 26128.—(32316).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas con cuarenta y cinco minutos del tres de abril de dos mil ocho, se reforma la cláusula segunda referente al domicilio y la sexta referente a la Administración de la compañía, de la sociedad Cincuenta y Tres Lote en Costa del Sol del Mar Cincuenta y Tres Limitada. Se nombran nuevo gerente y subgerente.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 26129.—(32317).
Por escritura otorgada ante mí a las diez horas con treinta minutos del tres de abril de dos mil ocho, se reforma la cláusula segunda referente al domicilio de la compañía, de la sociedad Costa del Sol Condo Setenta y Cinco del Océano Limitada. Se nombran nuevo gerente y subgerente.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 26130.—(32318).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas con quince minutos del tres de abril de dos mil ocho, se reforma la cláusula segunda referente al domicilio y la sexta referente a la administración de la compañía, de la sociedad Duque Cuarenta y Dos del Sol Limitada. Se nombran nuevo gerente y subgerente.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 26131.—(32319).
Por escritura otorgada ante mí a las diez horas del tres de abril de dos mil ocho, se reforma la cláusula segunda referente al domicilio de la compañía, de la sociedad Número Ochenta y Cuatro Casa del Rey del Sol Limitada. Se nombran nuevo gerente uno y gerente dos.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 26132.—(32320).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas con cuarenta y cinco minutos del tres de abril de dos mil ocho, se reforma la cláusula sexta referente a la administración y la cláusula segunda referente al domicilio de la compañía, de la sociedad Mulabandha Sociedad Anónima. Se nombre nueva junta directiva.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 26133.—(32321).
Por escritura otorgada ante mí a las once horas con quince minutos del tres de abril de dos mil ocho, se reforma la cláusula sexta referente a la administración de la compañía, de la sociedad Golfito MGI Holdings Sociedad Anónima.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 26134.—(32322).
Por escritura otorgada ante mí a las once horas con treinta minutos del tres de abril de dos mil ocho, se reforma la cláusula sexta referente a la administración de la compañía, de la sociedad Fildbitz Sociedad Anónima.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 26135.—(32323).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 10:00 horas del 7 de abril del 2008, se constituye la sociedad Rainbow Heart Ltda. Representación: un Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma; Domicilio: Heredia, San Rafael, Ángeles, Residencial Del Monte, Casa B Ocho. Objeto: inversión y administración de bienes raíces. Capital: diez mil colones totalmente suscrito y pagado en efectivo.—Lic. Glenda Burke Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 26136.—(32324).
Por escritura otorgada en esta notaría a las dieciocho y treinta horas del veintinueve de febrero del dos mil ocho, se constituyó la Sociedad Avalon Dos H B S. A., capital íntegramente suscrito y pagado.—Alajuela siete de abril del dos mil ocho.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—Nº 26137.—(32325).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del cuatro de abril del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Faludi Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Se nombra presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—Nº 26138.—(32326).
Carolina Mata Alvarado notaria pública hace constar que en la escritura número doscientos treinta y ocho visible al folio ciento cincuenta y dos del tomo sexto del protocolo de la suscrita notaria, se constituyó la sociedad Alonwalt M &M Orosi Sociedad Anónima.—Cartago, a las once horas del siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Carolina Mata Alvarado, Notaria.—1 vez.—Nº 26139.—(32327).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las ocho horas del veinte de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad Music Outlet Sociedad Anónima. Domicilio social en San José. Presidente y tesorero apoderados generalísimos sin límite de suma. Es todo.—Lic. Roberto Araya Lao, Notario.—1 vez.—Nº 26140.—(32328).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las diez horas del día veintiocho de marzo del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Hobbits Shop Sociedad Anónima.—Lic. Lindsay Jiménez Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 26141.—(32329).
Hoy día he constituido sociedades cuya razón social es Apartamento Gioiello Uno Ltda. Corporación Agevole Uno Ltda, Condovilla Riposo Tres Ltda., Apartamento Prapuc Cuatro Ltda., Corporación Comoda Cinco Ltda., Condovilla Eccellenza Seis Ltda., Corporación Bapen Ocho Ltda., Condovilla Ghimas Nueve Ltda., y Apartamento Gigros Diez Ltda., las cuales tienen el domicilio en la ciudad de Desamparados, San José, Gerente con representación judicial y extrajudicial, capital social cien mil colones.—Ciudad de Desamparados, San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—Nº 26142.—(32330).
Por escritura otorgada en mi notaría a las once horas del ocho de octubre del dos mil siete, se reforma el domicilio de la Fundación para la Administración de Justicia FUNDAMAJ.—Lic. Mayra Centeno Mejía, Notaria.—1 vez.—Nº 26143.—(32331).
Ante la notaria Viviana Navarro Miranda, con oficina abierta en San José, compareció Carlos Alberto Rivas Miranda, mayor, soltero, comerciante, vecino de San José, cédula número: uno- cinco cuatro siete- cero ocho ocho, constituye la sociedad Eirl Rivami, a las catorce horas del cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Viviana Navarro Miranda, Notaria.—1 vez.—Nº 26147.—(32332).
Por escritura número veinticuatro - ciento cincuenta, otorgada ante esta notaría a las quince horas del día siete de abril del año dos mil ocho, se constituye la sociedad denominada Victoria y Bendición y - Vibey - Limitada, por un plazo de cien años, la cual tendrá un capital de diez mil colones exactos y su objeto social será la industria, la agricultura, el comercio, los servicios, en todas sus formas.—San José, 7 de abril del año 2008.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—Nº 26149.—(32333).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario público a las 18:00 horas del día 13 de marzo de 2007, se constituyeron veintidós sociedades anónimas que se denominarán conforme al Decreto Ejecutivo Número 33171-J. Presidente y secretario ostentan la representación judicial y extrajudicial de las compañías actuando conjuntamente.—Heredia, 14 de marzo de 2007.—Lic. Eugenio Rodríguez Zumbado, Notario.—1 vez.—Nº 26150.—(32334).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario público a las 18:00 horas del día 30 de octubre de 2007, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Floor Care Y.V.S.V. S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil trescientos sesenta y ocho, donde se revocan los nombramientos de presidente y fiscal, y se nombran nuevos Presidente y Fiscal por el resto del plazo social.—Heredia, 31 de octubre de 2007.—Lic. Eugenio Rodríguez Zumbado, Notario.—1 vez.—Nº 26151.—(32335).
Mediante escrituras autorizadas por mí, a las nueve horas y a las nueve horas treinta minutos del siete de abril del dos mil ocho, se constituyeron las sociedades Okotoks Holdings LLC Limitada y TMAR Group Sociedad Anónima, con un capital social de treinta mil colones cada una.—San José, siete de abril del dos ml ocho.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 26152.—(32336).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, en San José a las dieciséis horas del siete de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Visionary Igaming Sociedad Anónima pudiendo abreviarse su nombre a Visionary Igaming S. A., con un plazo social: cien años. Capital social: suscrito y pagado de doce mil colones. Representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma; con poder de sustitución, revocación y de otorgar poderes. Notarios: Lic. Nancy Hernández Vieto y Lic. Cristian Villegas Coronas.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Cristian Villegas Coronas, Notario.—1 vez.—Nº 26153.—(32337).
Mediante escritura otorgada ante esta misma Notaría a las 17:00 horas del día 07 de abril del 2008, se protocoliza acta de asamblea de Esencia del Pacífico Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula sexta de la representación y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 07 de abril del dos mil ocho.—Lic. Kattya Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 26157.—(32338).
Por escritura pública otorgada ante la Notaría, se constituyó la empresa Duna Oriente Mojiman Sociedad Anónima. Capital: sucrito y pagado.—Lic. Deyanira Chinchilla Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 26158.—(32339).
Flor María Delgado Zumbado, comunica que ante su notaría constituyó sociedad anónima cuya denominación social será Hiperbarica S.E.R. S. A., el señor Santiago Enríquez Romero, cédula número ocho-cero cero ocho ocho-cero tres cero nueve; y Arelys Noemy García Cueto, de origen cubano, cédula de residencia número uno uno nueve dos cero cero uno cero uno cinco cero dos; para dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—Nº 26160.—(32340).
Por escritura otorgada ante la suscrita Notaria, las 10:00 horas del 07 de abril del 2008, se constituyó la sociedad denominada Agrofrut S. A. Domicilio: Río Cuarto, Grecia, Alajuela. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar conjuntamente, pero para vender, gravar o pignorar bienes de la sociedad deben contar con autorización de asamblea de socios.—Ciudad Quesada, 07 de abril del 2008.—Lic. Cristina Córdoba Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 26161.—(32341).
Por escritura Nº 132-13 de las 10:30 horas del 24 de enero del 2008, se constituyó Comerciales Valeria S. A. Presidente: Ólger Fuentes Rojas y vicepresidenta: Hilda Fuentes Rojas. Plazo social: cien años. Capital social: diez mil colones.—San Isidro de El General, 8 de abril del 2008.—Lic. Fernando Alberto Gamboa Calvo, Notario.—1 vez.—Nº 26162.—(32342).
Mediante escritura número siete - treinta y uno, otorgada a las trece horas con diez minutos del cuatro de abril del año dos mil ocho, ante el notario William Méndez Rosales, y adicionada mediante escritura número setenta y ocho - treinta y cinco, otorgada a la trece horas con diez minutos del cuatro de abril del año dos mil ocho, ante el notario William Méndez Rosales, se constituyó la sociedad denominada Agronacientes Bonanza Sociedad Anónima, domiciliada en Pital de San Carlos, Alajuela, cuatrocientos metros sur del salón comunal.—San José, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 26163.—(32343).
Mediante escritura número doscientos cincuenta y tres - uno, otorgada a la diez horas del veintitrés de febrero del año dos mil ocho, ante la notaria Kattia Villegas Mena, y adicionada mediante escritura número setenta y siete - treinta y cinco, otorgada a la trece horas del cuatro de abril del año dos mil ocho, ante el notario William Méndez Rosales, se constituyó la sociedad denominada Compañía Agrícola Edincar Sociedad Anónima, domiciliada en Cuatro Esquinas de Pital de San Carlos, Alajuela, ochocientos metros norte de la escuela.—San José, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 26164.—(32344).
Mediante escritura número doscientos ochenta - uno, otorgada a las quince horas del siete de abril del año dos mil ocho, ante el notario William Méndez Rosales, se constituyó la sociedad denominada Movimiento Diatofonico Sociedad Anónima, domiciliada en Pital de San Carlos, Alajuela, ciento veinticinco metros sur de la Oficina de Correo.—San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. William Méndez Rosales, Notario.—1 vez.—Nº 26165.—(32345).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 11:00 horas del 28 de febrero del 2008, se constituyó la sociedad anónima denominada Distribuidora M. L. Cincuenta y Cuatro S. A. Siendo su presidente Mario M. León Salgado, portador de la cédula de identidad Nº 1-423-329. Domicilio social: San José, San Juan de Tibás, de la Bomba Móvil, 300 metros oeste. Con un plazo de 99 años. Con un capital social de cien mil colones. Representado por 100 acciones comunes y nominativas de mil colones cada una.—San José, 10 de marzo del 2008.—Lic. José Alberto Delgado Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 26170.—(32346).
Por escritura número ciento sesenta- tres, otorgada ante esta Notaría a las catorce horas con treinta minutos del día treinta y uno de marzo del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada HSBC Arrendamientos (Costa Rica) S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- trescientos cuarenta y tres mil ciento sesenta y nueve, en la que se acuerda modificar la cláusula décima tercera de los estatutos sociales.—San José, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 26172.—(32347).
Por escritura número ciento cincuenta y ocho- tres, otorgada ante esta Notaría a las trece horas del día treinta y uno de marzo del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada HSBC Puesto de Bolsa (Costa Rica) S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- cero setenta y cuatro mil setecientos treinta y ocho, en la que se acuerda modificar las cláusulas sétima y novena de los estatutos sociales.—San José, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 26173.—(32348).
Por escritura número ciento cincuenta y nueve- tres, otorgada ante esta Notaría a las trece horas con treinta minutos del día treinta y uno de marzo del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada HSBC Seguros (Costa Rica) S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- ciento treinta y dos mil seiscientos veintiséis, en la que se acuerda modificar las cláusulas décimacuarta y décimaquinta de los estatutos sociales.—San José, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 26174.—(32349).
Por escritura número ciento cincuenta y siete- tres, otorgada ante esta notaría a las doce horas con treinta minutos del día treinta y uno de marzo del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada Corporación HSBC (Costa Rica) S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- cero cuarenta y cuatro mil setecientos treinta, en la que se acuerda modificar las cláusulas segunda, quinta, décima, undécima y duodécima de los estatutos sociales.—San José, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 26175.—(32350).
Por escritura número ciento cincuenta y cinco- tres, otorgada ante esta notaría a las once horas con treinta minutos del día treinta y uno de marzo del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada Banco HSBC (Costa Rica) S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- cero cuarenta y seis mil ocho, en la que se acuerda modificar las cláusulas doce, diecinueve y veinticuatro de los estatutos sociales.—San José, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 26176.—(32351).
Por escritura número ciento cincuenta y seis- tres, otorgada ante esta notaría a las doce horas del día treinta y uno de marzo del año en curso, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza denominada HSBC Sociedad Administradora de Fondos de Inversión (Costa Rica) S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- ciento noventa y nueve mil quinientos uno, en la que se acuerda modificar las cláusulas quinta y octava de los estatutos sociales.—San José, tres de abril de dos mil ocho.—Lic. Arturo Barzuna Lacayo, Notario.—1 vez.—Nº 26177.—(32352).
Ante mi Notaría, se constituyó la sociedad, se denominará de conformidad con decreto número tres tres uno siete uno - J publicado el catorce de junio del dos mil seis, denominado Reglamento para Constitución de Empresas Comerciales, utilizando únicamente el número de persona jurídica como denominación social.—Guápiles, 4 de abril del 2008.—Lic. Ivannia María Gutiérrez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 26178.—(32353).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Corporación Informativa S. A., por medio de la cual se nombra nuevo presidente y se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, 03 de abril del 2008.—Lic. Francisco Quijano Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 26180.—(32354).
Constitución de la empresa denominada Café Río Rosario de San Juanillo Sociedad Anónima, mediante escritura número ciento cincuenta y siete del tomo uno del licenciado Andrés Francisco González Anglada, representación a cargo de presidente y secretario actuando conjunta o separadamente. Capital social: diez mil colones distribuidos en dos acciones comunes y nominativas. Es todo.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1 vez.—Nº 26181.—(32355).
Por escritura ciento setenta y uno-cinco, de las trece horas del día siete de abril del dos mil ocho, del tomo cinco del protocolo de la Lic. Lourdes Salazar Agüero, se constituyó la sociedad Quicaso Sociedad Anónima, domicilio social: San José, Pozos de Santa Ana, Centro Empresarial Forum, edificio A, segundo piso, capital social: cien mil colones, representación judicial y extrajudicial: presidente: Daniel Casafont Flores, secretario: Aziyade Quirós Lara y tesorero: Enrique Daniel Casafont Flores, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, según el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, nombrados por todo el plazo social.—San José, 07 de abril del 2008.—Lic. Lourdes Salazar Agüero, Notaria.—1 vez.—Nº 26182.—(32356).
Ante esta Notaría el día dieciséis de febrero del dos mil ocho, se varía la cláusula novena del acta constitutiva de la sociedad denominada Corporación Aral y Espino Sociedad Anónima, la cual en adelante se dirá que la representación judicial y extrajudicial le corresponderá al presidente y secretario en forma separada para actuar.—San José, ocho de abril del dos mil ocho.—Lic. Javier González Loría, Notario.—1 vez.—Nº 26184.—(32357).
Ante esta Notaría, se constituyó la compañía denominada Familia Zúñiga Salas Sociedad Anónima, domiciliada en San Blas, distrito cuarto Lepanto, cantón primero de la provincia de Puntarenas, cincuenta metros al norte del cruce a Las Milpas, con un capital social de doce mil colones, un plazo de noventa y nueve años. Presidente: Víctor Manuel Zúñiga Trigueros.—Jicaral, 05 de abril del dos mil ocho.—Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 26186.—(32358).
Que mediante escritura trescientos siete, ante la Notaría de la licenciada Adriana María Arrieta Arrieta, escritura otorgada a las siete horas del primero de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima denominada Agropecuaria Chavala Sociedad Anónima, cuyo presidente es el señor Nazario Chavarría Marchena, y con un capital social de diez mil colones. Es todo.—Santa Cruz, Guanacaste, 1º de marzo del 2008.—Lic. Adriana María Arrieta Arrieta, Notaria.—1 vez.—Nº 26187.—(32359).
Hoy ante esta Notaría, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Formación y Soluciones Informáticas EFIBS S. A., mediante la cual se modificó la cláusula segunda del domicilio y la cláusula sexta de la administración.—San José, 08 de abril del 2008.—Lic. Randall Quirós Bustamante, Notario.—1 vez.—Nº 26188.—(32360).
El suscrito, Alejandro Delgadillo Solano, con vista a la escritura número ciento cuarenta y nueve de mi protocolo tres, hace constar que el día 20 de julio del dos mil siete, en este acto, se constituye la sociedad denominada: A S M E, Auto Import Siglo XXI Sociedad Anónima.—San José, a los cuatro días del mes de abril del dos mil ocho.—Lic. Alejandro Delgadillo Solano, Notario.—1 vez.—Nº 26189.—(32361).
Por escritura Nº 196, otorgada a las 14:00 horas del 7 de abril del 2008, fue adicionada la escritura Nº 150 de las 13:30 horas del 10 de diciembre del 2007, otorgada ante el suscrito Notario, mediante la cual Guisela Moya Troyo y Juan Carlos Schmidt Moya, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada, en el sentido de que el nombre de dicha sociedad será K. J. Ocho del Siete del Cero Tres Ltda.—San José, 8 de abril del 2008.—Lic. Sergio G. Rivera Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 26190.—(32362).
En esta Notaría mediante escritura número cuarenta y dos, se constituyó Constructora Campos Montenegro Inc S. A., cuya presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma es Rosángela Campos Sanabria, capital social es de cien mil colones, plazo social noventa y nueve años.—San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Mireya Elizondo Valverde, Notaria.—1 vez.—Nº 26191.—(32363).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la empresa Los Hidalgos de La Concordia Número Dieciséis Sociedad Anónima. Plazo noventa y nueve años. Escritura otorgada en San José, a las nueve horas del día cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Rogelio Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—Nº 26192.—(32364).
Por escritura otorgada ante el notario Alfredo Álvarez Quirós, se constituyó Representaciones Didi MV S. A., capital social diez mil colones. Domicilio: Asunción de Belén, Heredia. Presidente: Omar Molina Soto, Notario.—1 vez.—Nº 26197.—(32365).
Que en mi Notaría, al ser las 7:00 horas del 13 de marzo del año 2008, se constituyó la sociedad Ikko del Caribe Sociedad Anónima, en la cual el presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Nicanor Obando Martínez, mayor, divorciado, sastre, con cédula de identidad Nº 6-071-139, el plazo de duración indefinido y su domicilio social será Limón, Barrio Envaco, 150 metros sur de la cancha de footbol.—Limón, 13 de marzo del 2008.—Lic. Jorge A. Castro Ortiz, Notario.—1 vez.—Nº 26198.—(32366).
Por escritura otorgada ante mi Notaría, a las dieciséis horas del siete de abril del dos mil ocho, Anastasios Ioannidis y Carlos Juan Cardona-Ramos, constituyen la sociedad anónima denominada Wind Jammer Cruiser Sociedad Anónima. Capital: totalmente suscrito y pagado. Junta directiva conformada por presidente, secretario, tesorero y fiscal. Presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma actuando conjunta o separadamente.—Heredia, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Fabio Trujillo Hering, Notario.—1 vez.—Nº 26199.—(32367).
Que en mi Notaría, al ser las 16:00 horas del 02 de noviembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Sociedad Matojosa Sixa Sociedad Anónima, cuyo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma es el señor Martín Torres Arce, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Sixaola, cien metros antes del puente fronterizo, con cédula de identidad Nº 2-336-268, el plazo de duración indefinido y su domicilio social será Sixaola de Limón, 100 metros antes de llegar al puente fronterizo.—Limón, 02 de noviembre del 2007.—Lic. Elmer Kurr Montique, Notario.—1 vez.—Nº 26200.—(32368).
Ante el suscrito notario a las dieciséis horas del día de hoy se constituyó Planet of Bets Entertaiment Sociedad de Responsabilidad Limitada; que es nombre de fantasía y cuya traducción al español es Planeta de Entretenimiento de Apuestas Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital: suscrito y pagado. Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, número de oficina Dos dos ocho cero siete cuatro ocho seis.—San José, tres de abril del dos mil ocho.—Lic. Luis Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—Nº 26201.—(32369).
Por escritura otorgada ante el notario público Andrés Morales Castrillo, a las 09:30 horas del día 07 de marzo del 2008, Roberto José Artavia Cuadra y Gabriela Bejarano Aronne, constituyen Midas A. C. L. M. Sociedad Anónima. El plazo social de la compañía es de cien años, y el presidente es Roberto José Artavia Cuadra con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 04 de abril del 2008.—Lic. Andrés Morales Castrillo, Notario.—1 vez.—Nº 26203.—(32370).
Por escritura otorgada en Palmares ante el notario Roberto Vargas Mora a las veintidós horas del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Ebanistería Núñez N B Sociedad Anónima. Con un capital de cien mil colones y un plazo social de noventa y nueve años.—Palmares, 8 de abril del año 2008.—Lic. Roberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 26206.—(32371).
Ante la Notaría del suscrito, se modificó el artículo tercero del pacto constitutivo de Inversiones G I W Rojas y Rojas del Norte Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, cinco de abril del dos mil ocho.—Lic. Yeiner Araya Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 26207.—(32372).
Por escritura pública número 6-7 otorgada ante mi Notaría a las 17:00 horas del 27 de marzo del 2008, se ha reformado la cláusula décimasegunda de la entidad Joemis Sociedad Anónima y se ha nombrado nueva junta directiva.—Lic. William Gdo. Rodríguez Acuña, Notario.—1 vez.—Nº 26208.—(32373).
Ante esta Notaría por escritura otorgada a las diez horas veinte minutos del veintiocho de marzo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Grupo Agrícola Jimepa Sociedad Anónima. Presidente: Edgar Jiménez Castillo.—San José, veintiocho de marzo del año dos mil ocho.—Lic. Ana Graciela Zúñiga Gamboa, Notaria.—1 vez.—Nº 26209.—(32374).
Por escritura número 16 otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 8 de abril del 2008, los señores Orlando Castellón Navarro, cédula Nº 1-637-193 y María García Pérez, cédula Nº 2-477-396, constituyeron una sociedad anónima denominada Mariscos ZHHB Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones íntegramente suscrito y pagado.—San José, 8 de abril del 2008.—Lic. Norman Mory Mora, Notario.—1 vez.—Nº 26210.—(32375).
Mediante escritura de las ocho horas del primero de febrero del año dos mil ocho, se constituyó Maluca Videos Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. Presidenta: Lucía Teresa Elsa Schifani.—Lic. Maureen Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 26211.—(32376).
Constitución de la sociedad denominada Iberatur Liga Comercial Sociedad Anónima.—San José, 8 de abril del 2008.—Lic. Evelyn Sandoval Chavarría, Notaria.—1 vez.—Nº 26212.—(32377).
Mediante escritura número dieciséis de las diez horas del once de enero de dos mil ocho, ante la notaría pública de la licenciada Catalina Bustos Jiménez, se constituyó Home Galery Sixteen Tamarindo S. A. Con un capital social de diez mil colones cuyo presidente es el señor Orlando Casariego.—Lic. Catalina Bustos Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 26213.—(32378).
Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 7 de abril del 2008, se constituyó Rofe & Rupa S. A., con domicilio en Cartago. Capital social: ¢ 100.000. Plazo social: 99 años. Presidenta: Ana Patricia Ruiz González.—San José, 8 de abril del 2008.—Lic. Gustavo Argüello Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 26214.—(32379).
Por escritura otorgada a las quince horas del siete de abril del dos mil ocho, se protocoliza acta de la sociedad Gonaives S. A., en donde se modifica cláusulas segunda y sétima del pacto social. Se nombra como presidente a Erich Haehner Ewald.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 26215.—(32380).
Por escritura otorgada a las catorce horas del siete de abril del dos mil ocho, se protocoliza acta de la sociedad Eril S. A., en donde se modifica cláusulas segunda y octava del pacto social.—Lic. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—Nº 26216.—(32381).
Por escritura otorgada hoy ante el suscrito, se constituyó Constructora Villareal Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones, íntegramente cancelado.—San José, 3 de marzo del 2008.—Lic. Carlos Manuel Ruiz Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 26218.—(32382).
Mediante escritura número 142 de mi protocolo 4, otorgada ante mi Notaría, a las 15:00 horas del 10 de marzo del 2008, se constituyó Cordillera Azul SRL, Heather Hoeffner y Gilbert Solís con facultades de apoderados generalísimos y general sin límite de suma.—Dr. Pedro Suárez Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 26219.—(32383).
Mediante escritura número 143 de mi protocolo 4, otorgada ante mi Notaría, a las 13:00 horas del 2 de abril del 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Tulaci Dos Mil Dos S. A., celebrada en el domicilio social, a las 11 horas de marzo del 2008, por virtud de la cual se le cambia presidente y en su lugar se nombra a Angie Campos Vega. Además se reforma la cláusula segunda para que en adelante se lea: “Segunda: el domicilio de la sociedad será Zapote, del Colegio de Abogados, 200 norte y 100 este”.—Dr. Pedro Suárez Baltodano, Notario.—1 vez.—Nº 26220.—(32384).
Mediante escritura número 116 de mi protocolo 6, otorgada ante mi Notaría, a las 11:00 horas del 2 de abril del 2008, se constituyó Playa Azul y Mar SRL, Federico y Sofía ambos Baltodano Guillén y Pedro Suárez Baltodano con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Anayancy Vallejos Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 26221.—(32385).
El suscrito notario, hago constar que en el tomo número dos del protocolo del Licenciado Dagoberto Madrigal Mesén, se está constituyendo la compañía denominada Alfatec Automotriz S. A. Es todo.—San José, 8 de abril del 2008.—Lic. Dagoberto Madrigal Mesén, Notario.—1 vez.—(32445).
Por la escritura número 155-03 del tomo 3 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 8:00 horas del 7 de abril del 2008, la sociedad costarricense denominada Blood, Sweat And Tears BST S. A., sociedad costarricense con cédula jurídica tres - ciento uno - doscientos noventa y tres mil novecientos treinta y cuatro. Modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 7 de abril del 2008.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Conotario.—1 vez.—Nº 26274.—(32446).
Por la escritura número 156-03 del tomo 3 del protocolo, de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 09:00 horas del 7 de abril del 2008, la sociedad costarricense denominada 3-101-519512 S. A. Cédula jurídica tres - ciento uno - quinientos diecinueve mil quinientos doce. Modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 7 de abril del 2008.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 26275.—(32448).
Ante esta notaría en escritura número doscientos treinta y ocho, visible al folio ciento noventa y cuatro vuelto, del tomo tercero de mi protocolo otorgada a las dieciocho horas y treinta minutos del doce de marzo del dos mil ocho.—Lic. Cynthia Rodríguez Chacón, Notaria.—1 vez.—Nº 26280.—(32450).
Ante mi notaría, el dieciocho de marzo último, se constituyó Multiservicios Gema Sociedad Anónima y es apoderado su presidente Gilberto Gerardo Masís Mora.—San José, 31 de marzo del 2008.—Lic. María de los Ángeles Carmona González, Notaria.—1 vez.—Nº 26281.—(32452).
Por escrituras otorgadas en esta ciudad a las nueve horas del primero de abril del dos mil ocho, se reformó la sociedad anónima, denominada Mercadeo en Movimiento Sociedad Anónima, en las siguientes cláusulas: domicilio en la ciudad de Heredia, calle cero (pública) avenida segunda, diagonal de la Iglesia Inmaculada Concepción de Heredia, con un aumento de capital social a veinte mil colones. Presidente el socio Víctor Hugo Víquez Chaverri.—Heredia, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Didier Carranza Rodríguez, Notario.—1 vez.—(32466).
El suscrito notario, hace constar que he constituido una sociedad denominada Inversiones Familiares Arrollo Rodríguez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de abril del 2007.—Lic. Sebastián Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—(32468).
El suscrito notario, hace constar que ante mi notaría, se constituyeron diez sociedades anónimas, todas con una capital de doce mil colones, y con los siguientes nombres International Promotions IP; It Is Best Of The Best; Places To Enjoy Properly; Confortable Beach And Sand Área; Yellow And White House; As You Migth Know; We Need Some Rest Now; This Investment Is Growing Fast; Buying Everything Available; The Children & The Flowers; todas junto con las palabras Sociedad de Responsabilidad Limitada, todas las sociedades con el aditamento Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de abril del 2008.—Lic. Sebastián Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—(32469).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 10:50 horas del 9 de abril del 2008, se constituyó la sociedad Maracas del Océano Ltda. Capital social: 100.000 colones. Plazo social: 99 años.—San José, 9 de abril del 2008.— Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—(32524).
Por escrituras números ciento nueve-ocho y ciento diez-ocho, otorgadas ante este notario, el día veintidós de enero del dos mil ocho, he protocolizado la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Aduaneros Aral S. A., en donde se ha modificado la totalidad de su pacto constitutivo y la constitución de la sociedad limitada denominada Mashusa Oriente Limitada. Es todo.—San José, veintidós de enero del dos mil ocho.—Lic. Federico José Vega Rodríguez, Notario.—1 vez.—(32579).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del día 9 de abril del 2008, se constituyó la empresa denominada Inversiones Anemeli Belén S. A., domiciliada en La Ribera de Belén, Heredia, frente al Club Español, capital social un millón de colones Presidenta: Ana Isabel Vargas Víquez, cédula 4-114-138.—Belén, Heredia, 9 de abril del 2008.—Lic. Pío Luis Murillo Arroyo, Notario.—1 vez.—(32580).
Mediante escritura número trescientos sesenta y cinco-dos, otorgada ante esta notaría el día de hoy, se reformó la cláusula primera y se nombra junta directiva y fiscal de tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y seis mil seiscientos ocho s. a.—San José, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Sinda Góchez Vargas, Notaria.—1 vez.—(32584).
El suscrito notario hace constar que mediante escritura ciento ocho, del tomo tres de mi protocolo, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la compañía Filial Condominio Danza del Río Sen Berilio Treinta y Seis Sociedad Anónima, en la cual se realizaron cambios en su pacto social. Es todo.—San José, dos de abril de dos mil ocho.—Lic. Mario Varela Martínez, Notario.—1 vez.—(32587).
El suscrito notario, hace constar que mediante la escritura ciento cuarenta del tomo nueve, de mi protocolo se protocolizó asamblea general extraordinaria de la compañía tres-ciento uno-quinientos nueve mil quinientos veintitrés sociedad anónima, en la cual se realizaron reformas a su pacto social. Es todo.—San José, cuatro de abril del dos mil ocho.—Lic. Ronald Solano Pérez, Notario.—1 vez.—(32588).
Mediante escritura numero ciento setenta y nueve otorgada ante el suscrito notario Edwin Masís Quirós, al ser las nueve horas del día ocho de abril del año dos mil ocho, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la empresa tres-ciento dos-cinco dos uno cinco dos cero sociedad de responsabilidad limitada, en la cual se acordó por unanimidad reformar la cláusula quinta de los estatutos: en cuanto a la administración, se nombra nuevo gerente y agente residente.—San José, a las doce horas de ocho de abril del dos mil ocho.—Lic. Edwin Masís Quirós, Notario.—1 vez.—(32589).
Mediante escritura otorgada, ante esta notaría, a las trece horas del nueve de abril del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Ortiz Díaz y Asociados Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y cuatro mil setecientos sesenta y nueve, en la cual se reforma la cláusula sexta de la representación.—San José, a las catorce horas del nueve de abril del 2008.—Lic. Royner Barrientos Alfaro, Notario.—1 vez.—(32601).
En escritura autorizada, por el suscrito notario en San José, a las 14:00 horas del 13 de marzo del 2008, se protocoliza acuerdo de la asamblea extraordinaria de accionistas de Anapa Dos Mil S. A. En virtud del cual se modifica la cláusula sexta de la escritura social.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Mark Beckford Douglas, Notario.—1 vez.—(32613).
Por escritura otorgada hoy, a las 15:40 horas, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía denominada Fuentes Alpízar S. A. Se modifica la cláusula sétima del estatuto, referente a la administración creando los cargos de vicepresidente y vocal, y nombrando en los mismos, respectivamente a los señores Michael Fuentes Alpízar y Ferlin Fuentes Alpízar.—Alajuela, 8 de abril del 2008.—Lic. María Antonieta Rodríguez Sandoval, Notaria.—1 vez.—(32616).
Por escritura otorgada ante mí, el 12 de marzo del 2008, se constituye Jumping Planet S. A., domicilio San Antonio de Belén. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos.—Lic. Alejandra Mateo F., Notaria.—1 vez.—(32618).
Por escritura otorgada ante esta notaría en San José, a las dieciséis horas del ocho de abril del dos mil ocho, se constituyó por Andrés Fallas Padilla y Sai Kot, la sociedad de esta plaza denominada Comercial Propato Médica S. A.—San José, 8 de abril del 2008.—Lic. Natan Wager Vainer, Notario.—1 vez.—(32636).
Ante esta notaría, por medio de escritura número cuatro-catorce, se constituyó la sociedad denominada Pequeña Manzanita Sociedad Anónima. Presidente: Ángel Manuel Lara Vargas.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Jenny Hernández Solís, Notaria.—1 vez.—(32637).
Por escritura otorgada ante mí, se constituyó la empresa cuya denominación social es conforme con el artículo dos del Reglamento para la Inscripción de la Constitución de Empresas Comerciales, publicado mediante Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, del veintinueve de mayo del año dos mil seis. Capital social cincuenta mil colones. Presidenta: Patricia Prada Arroyo.—San José, 7 de abril del 2008.—Lic. Sonia Muñoz Tuk, Notaria.—1 vez.—(32642).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del día de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía The Black Flames Of Osorno Sociedad Anónima, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, quinta, sétima y octava del pacto social y se adiciona cláusula, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 8 de abril del 2008.—Lic. Carmen Fernández M., Notaria.—1 vez.—(32643).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día primero de abril del dos mil ocho, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Tweedly Corporation S. A., mediante la cual se modificó la cláusula tercera de los estatutos.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—(32648).
Por escritura número trescientos veinticinco del tomo seis del protocolo del notario Efrén Chacón Rodríguez, se ha constituido Grupo Valcrifre Sociedad Anónima. Plazo social noventa nueve años. La presidente es apoderada generalísima sin límite de suma. Presidenta: Ana Cecilia Segura Barboza.—San Joaquín de Flores, ocho de abril del dos mil ocho.—Lic. Efrén Chacón Rodríguez, Notario.—1 vez.—(32651).
Ante mi notaría se constituyó el día de hoy la compañía denominada Eitan Inversiones Internacionales EII S. A. Capital social: mil colones. Plazo: cien años.—A las 12:00 horas del 3 de abril del 2008.—Lic. Miguel Córdoba Retana, Notario.—1 vez.—(32654).
Ante mi notaría se constituyó el día de hoy la compañía denominada Amanecer Maya Occidental Amo S. A. Capital social: mil colones. Plazo: cien años.—A las 12:15 horas del 3 de abril del 2008.—Lic. Miguel Córdoba Retana, Notario.—1 vez.—(32656).
Ante mi notaría se constituyó el día de hoy la compañía denominada Proctocima S. A. Capital social: mil colones. Plazo: cien años.—A las 8:00 horas del 8 de abril del 2008.—Lic. Miguel Córdoba Retana, Notario.—1 vez.—(32658).
Ante mi notaría se constituyó el día de hoy la compañía denominada Realty One Investments Costa Rica S. A. Capital social: mil colones. Plazo: cien años.—A las 9:00 horas del 8 de abril del 2008.—Lic. Miguel Córdoba Retana, Notario.—1 vez.—(32659).
Ante mi notaría se constituyó el día de hoy la compañía denominada Green Mountain Ridge S. A. Capital social: mil colones. Plazo: cien años.—A las 10:00 horas del 8 de abril del 2008.—Lic. Miguel Córdoba Retana, Notario.—1 vez.—(32662).
Por escritura número ciento sesenta y cuatro-tres de las ocho horas del ocho de abril del dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de cuotas de la sociedad Industrias Salva Limitada, la cual se reforma cláusula quinta del pacto constitutivo y se aumenta capital social.—Heredia, ocho de abril del dos mil ocho.—Lic. María Isabel Castro Salas, Notaria.—1 vez.—(32669).
Por escritura número doscientos noventa y nueve-siete de las doce horas del nueve de abril del dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporación de Inversiones T F C Expreso Sociedad Anónima. Se reforma cláusula sexta y décima del pacto constitutivo y se nombra nuevo tesorero.—Heredia, nueve de abril del dos mil ocho.—Lic. Víctor González Jiménez, Notario.—1 vez.—(32670).
Se constituyó la sociedad Catalysta Interactive Marketing S. A. Presidente: Carl Theodore Izzi. Escritura otorgada a las 13:00 horas del 25 de marzo del 2008.—Lic. Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—(32672).
Con vista en el libro de actas de asamblea general de socios la sociedad Holding Arias Group Sociedad Anónima con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos diecinueve mil trescientos cincuenta y tres, de que a las diez horas del nueve de abril del dos mil ocho, se realizó la asamblea general extraordinaria, la cual estuvo representada por la totalidad del capital social, en la cual se tomó los acuerdos que dicen así: Se acuerda aumentar el monto del capital social y se modifica la cláusula tercera: capital social.—Alajuela, a las ocho horas del diez de abril del dos mil ocho.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1 vez.—(32673).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. Nº 032-IP-08-DDL.—Auto de apertura de causa administrativa.—Sección de Inspección Policial.—San José a las nueve horas con treinta minutos del dos de abril del año dos mil ocho. De conformidad con lo ordenado en los artículos 211, 214 y 241, siguientes relacionados y concordantes de la Ley General de Administración Pública, 10 de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública y Decreto Ejecutivo número 28856-SP publicado en La Gaceta N° 163 del día 25-8-2000, procede este Despacho en esta vía a iniciar Procedimiento Administrativo Ordinario Laboral en contra del señor Henry Vega Pacheco, cédula de identidad número 3-316-952, funcionario de este Ministerio cuya última ubicación fue en la Dirección de Investigaciones Especializadas del Ministerio de Seguridad Pública, a quien resultó materialmente imposible notificar personalmente por ignorarse su actual domicilio, a efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria que le pueda caber por los presuntos hechos que se le imputan, a saber: Ausentismo laboral a partir del día 1° de diciembre del 2007; lo cual, en caso de comprobarse, podría generar el despido por causa justificada y la correspondiente compulsión al pago del salario equivalente a las jornadas no laboradas. Para los anteriores efectos, recávese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndosele saber al referido encartado que este Órgano Director ha ordenado realizar una audiencia oral y privada, a celebrarse en la Sección de Inspección Policial del Ministerio de Seguridad Pública, ubicada en el tercer piso del Módulo Valverde Vega, frente al Colegio Castro Madríz, barrio Córdoba de esta Capital, a partir de las 8:30 horas del decimoquinto día hábil contado a partir de la tercera publicación del presente acto, en donde será atendido por el licenciado José Luis Araya Leandro, Abogado, funcionario de esta Oficina asignado para tal efecto. El mencionado inculpado deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado durante todo el proceso. En tal sentido se le hace saber al aludido inculpado que dicha comparecencia será el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba, los alegatos y conclusiones pertinentes; pudiendo aportar prueba escrita con antelación a dicha comparecencia. Asimismo se le hace de su conocimiento que en contra de ésta resolución proceden los recursos de Revocatoria y Apelación en subsidio, a interponer ante el Órgano director que dicta ésta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la tercera publicación de éste acto. Se le advierte igualmente que debe señalar lugar, fax o cualquier otra forma que permitan la seguridad del acto de comunicación, donde atender futuras notificaciones, apercibido de que si no lo hiciere, quedará notificado de las resoluciones posteriores con solo el transcurso de 24 horas después de dictadas. Se producirá igual consecuencia, si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuese impreciso, incierto o ya no existiese (artículos 6º y 12 de la Ley de Notificaciones y Citaciones). Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y fotocopiada en este Despacho en días y horas hábiles a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para éste Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Departamento Disciplinario Legal.—Lic. Leticia Loría Gutiérrez, Jefa a í.—(Solicitud Nº 17372).—C-118820.—(31459).
Auto de Apertura de Causa Administrativa. Expediente Nº 067-IA-08-DDL. Ministerio de Seguridad Pública. Departamento Disciplinario Legal, Sección de Inspección Administrativa. San José a las ocho horas con treinta minutos del dos de abril del dos mil ocho. De conformidad con lo ordenado en los artículos 211, 214 y 241, siguientes relacionados y concordantes de la Ley General de Administración Pública, 10 de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública y Decreto Ejecutivo número 28856-SP publicado en La Gaceta Nº 163 del día 25-8-2000, procede este Despacho en esta vía a iniciar Procedimiento Administrativo Ordinario Laboral en contra del señor Jordi Morera Chaves, cédula de identidad Nº 1-1001-0835, funcionario de este Ministerio cuya última ubicación fue en el Departamento de Obras Civiles, a quien resultó materialmente imposible notificar personalmente por ignorarse su actual domicilio, a efecto de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria que le pueda caber por los presuntos hechos que se le imputan, a saber: ausencias a partir del día 05 de diciembre del 2007; lo cual, en caso de comprobarse, podría generar el despido por causa justificada y la correspondiente compulsión al pago del salario equivalente a las jornadas no laboradas. Para los anteriores efectos, recávese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad real de los hechos, haciéndosele saber al referido encartado que este Órgano Director ha ordenado realizar una audiencia oral y privada, a celebrarse en la Sección de Inspección Administrativa del Ministerio de Seguridad Pública, ubicada en el tercer piso del Módulo Valverde Vega, frente al Colegio Castro Madriz, Barrio Córdoba de esta capital, a partir de las 08:30 horas del decimoquinto día hábil contado a partir de la tercera publicación del presente acto, en donde será atendido por el licenciado José Luis Araya Leandro, Asistente Legal, abogado de esta Oficina asignado para tal efecto. El mencionado inculpado deberá comparecer personalmente y no por medio de representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado durante todo el proceso. En tal sentido se le hace saber al aludido inculpado que dicha comparecencia será el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba, los alegatos y conclusiones pertinentes; pudiendo aportar prueba escrita con antelación a dicha comparecencia. Asimismo se le hace de su conocimiento que en contra de ésta resolución proceden los recursos de Revocatoria y Apelación en subsidio, a interponer ante el Órgano Director que dicta ésta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la tercera publicación de este acto. Se le advierte igualmente que debe señalar lugar, fax o cualquier otra forma que permitan la seguridad del acto de comunicación, donde atender futuras notificaciones, apercibido de que si no lo hiciere, quedará notificado de las resoluciones posteriores con solo el transcurso de 24 horas después de dictadas. Se producirá igual consecuencia, si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuese impreciso, incierto o ya no existiese. (Artículos 6º y 12 de la Ley de Notificaciones y Citaciones). Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada y fotocopiada en este Despacho en días y horas hábiles a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para éste Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Departamento Disciplinario Legal.—Lic. Leticia Loría Gutiérrez, Jefa a. í.—(Solicitud Nº 17377).—C-100820.—(32668).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la Administración, se ordena la publicación conforme lo establece el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública, por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta, del oficio Nº PROV-343-2008 del 25 de marzo del 2008 y que dice: Señor Guillermo Largaespada Vargas, Asunto: Prevención ejecución de garantía. Estimado señor: Me permito informarle que de conformidad con oficio Nº ARQ-017-2008 del 25 de enero del año en curso, suscrito por el Arquitecto Percy Zamora Ulloa, usted ha incurrido en un presunto incumplimiento consistente en la entrega defectuosa de la obra adjudicada mediante contratación directa Nº 307-2006: “Remodelación de la Oficina Regional de Limón”, cuyo costo por daños y perjuicios fue estimado en la suma de ¢1.218.437,50 (Un millón doscientos dieciocho mil cuatrocientos treinta y siete colones con cincuenta céntimos). Por lo anterior y de conformidad con lo establecido en el artículo 41 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y con el afán de garantizar el cumplimiento del debido proceso, se le concede audiencia por el término perentorio de cinco días hábiles a partir del día hábil siguiente al de esta notificación, para que formule por escrito las argumentaciones de descargo o aclaraciones que considere pertinente y aporte las pruebas en que sustente sus manifestaciones, bajo el apercibimiento de que podría ejecutársele la garantía de cumplimiento y en caso de resultar insuficiente la misma se procederá, por la vía correspondiente al cobro del saldo en descubierto.
Así mismo, se le previene que deberá indicar o ratificar lugar dentro del cantón central de San José y/o fax donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento que de que si la señalada hubiere cambiado, fuere inexacta, se encontraré permanentemente cerrada, fuera del cantón central de San José, no se señalare y no se hubiere indicado en forma expresa fax alguno autorizado para recibir notificaciones, cualquier resolución u oficio se le tendrá por notificada con el solo transcurso de 24 horas hábiles (1 día hábil) contado a partir del día hábil siguiente al de su emisión.
Se pone a su disposición los expedientes administrativos de la Contratación Directa y de la Ejecución de la garantía levantados por la Proveeduría Institucional, los cuales podrán consultarse entre las 07:00 a.m. y las 03:00 p.m., en las oficinas de la Proveeduría Institucional, ubicadas en San José, frente al Parque Nacional.
Proveeduría.—Lic. Allan Herrera Herrera, Proveedor a. í.—(Nº 467-2008).—C-69320.—(32125).
PUBLICACIÓN DE segunda VEZ
Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la Administración, se ordena la publicación por tres veces consecutivas en el diario oficial La Gaceta, la siguiente resolución:
Resolución final:
Procedimiento administrativo disciplinario y patrimonial contra: Silvia Fallas Cortes, cédula de identidad Nº 1-074-0842, expediente Nº 007-06. Sanción Propuesta: despido sin responsabilidad patronal. Dirección Tecnologías de Información y Comunicaciones, San José, al ser las once horas del día martes dieciocho de diciembre del dos mil siete. Constituido el Órgano Decisor, por la Ing. Laura Morales Ureña, Subgerente a.i. de la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicaciones de la CCSS, se procede al dictado de la Resolución final, la que se hace en los siguientes términos:
Resultando:
I.—Que mediante denuncia presentada por el Msc. Sergio Porras Solís, Jefe del Departamento de Redes Informáticas, en oficio DCRI-341-2005 de fecha 12-12-2005, se hizo referencia a “Anomalías en Pagos de Kilometraje y Viáticos”.
II.—Que en virtud de lo anterior se efectuó una Investigación Preeliminar .
III.—Que con base en los resultado de dicha investigación preeliminar se solicitó la apertura de un Órgano del Debido Procedimiento Administrativo y por responsabilidad patrimonial en contra de Silvia Fallas Cortés, siendo que el 20 de febrero del 2006 se emitió la Resolución Inicial de Traslado de Cargos atribuidos, en la cual se establecieron como presuntas faltas o hechos labores los siguientes:
1. Haber confeccionado y realizado el trámite de llenado de la (Ordenes de Pago de Viáticos Nº 436903, 436911,436912, 436913, 436914, 436915, 436916 y 436917, insertándoles datos presuntamente falsos sobre viajes que no fueron realizados por funcionarios de la Dirección de Informática.
2. Haber adulterado supuestamente la rúbrica de tres funcionarios de la Dirección de Informática, así como la del Jefe del Departamento.
3. Haber utilizado el sello de la extinta Dirección de Informática, que después de la reestructuración se conoce como Dirección de Tecnologías de Información y Comunicaciones.
4. Todo lo anterior con la finalidad de obtener un beneficio económico ilícito a su favor.
5. Con base en los hechos expuestos, así como a las conductas que se le atribuyen, se establece una responsabilidad patrimonial, derivada de una conducta contraria al Marco Normativo Jurídico e Institucional, con su actuar provocó un daño económico a la Institución por un monto de 653.250 (seiscientos cincuenta y tres mil doscientos cincuenta colones), con cargos a las cuentas presupuestarias 2134 y 2135.
IV.—Que el Órgano Director nombrado al efecto una vez finalizada la fase del instrucción del procedimiento administrativo disciplinario y por responsabilidad, en fecha 22 de diciembre del 2006, emitió el informe de conclusiones en el cual señala:
“a) Que la funcionaria Silvia Fallas Cortés al momento de los hechos se desempeñaba en el Departamento de Comunicaciones y Redes Informáticas como Técnico Administrativo 2, que confeccionó órdenes de pago de viáticos Nº 436912, donde se autorizaba al señor Eduardo Araya funcionario del Departamento de Comunicaciones y Redes Informáticas una gira por la zona de Nicoya, Liberia y Upala, los días siete y ocho de setiembre del dos mil cinco, saliendo el siete de setiembre a las cinco de la mañana y regresando el ocho de setiembre a las veinte horas, el objeto de la gira era con la finalidad de recomendar la instalación, configuración y pruebas de un nuevo equipo PC 500, se paga en esta orden un kilometraje de sesenta y ocho mil novecientos colones (¢68.900) y según consta en copia certificada de la fórmula y en dicha orden se indica que “recibe conforme” la investigada Silvia Fallas Cortés, cédula uno setecientos noventa y cuatro ochocientos cuarenta y dos y el jefe que autoriza este pago es el señor Sergio Porras Solís. Visible al folio 174.
b) Orden de Pago de Viáticos Nº 0436914 donde se consigna un pago por kilometraje de ochenta y seis mil ciento setenta y tres colones (¢86.173,00), por una gira efectuada a Golfito, los días veintisiete de setiembre del dos mil cinco y el veintiocho del mismo mes y año, cuya hora de salida del día veintisiete era de las seis de la mañana y regresando a las veinte horas del día veintiocho. El concepto de esta gira consistía presuntamente en la revisión, reparación de entradas y salidas de video del equipo de Telemedicina, autorizando presuntamente dicha gira el MSC. Sergio Porras Solís y en el “recibido conforme” se indica Silvia Fallas Cortés (Ver Folio 174).
c) Orden de Pago de Viáticos Nº 0436915, por concepto de gira efectuada los días cuatro y cinco del mes de octubre del año dos mil cinco, cuya hora de salida fue programada para las cinco de la mañana del día cuatro y regresando el día cinco a las veintidós horas. El destino era el Hospital de Ciudad Neilly, Hospital de San Vito y Hospital de Golfito, pagándose por este concepto la suma de noventa y tres mil doscientos sesenta y siete colones (¢93.267,00), con el objeto de reparar el equipo de Telemedicina Hospital Neilly, presentando daños en tarjeta BANDIT y desprogramar ACCENT3, reparación equipo Hospital de San Vito, daños en tarjeta Vtel, Revisión de Sistema TOCH PANEL, consignándose la firma en calidad de Jefe el señor Sergio Porras Solís y el “recibido conforme” de la señora Silvia Fallas Cortés (Ver folio 44 del expediente administrativo).
d) Orden de Pago de Viáticos Nº 0436916 por un monto total pagado de veintidós mil ochocientos colones (¢22.800,00) por concepto de almuerzos, desayunos, cenas y hospedajes, por gira realizada al Hospital de Ciudad Neilly, Hospital de San Vito y Hospital de Golfito, con el objeto de reparar equipos de las diferentes Áreas de los Hospitales indicados, saliendo a las cinco de la mañana el día cuatro de octubre y regresando a las veintidós horas del cinco de octubre ambos del año dos mil cinco, consignándose la firma del señor Sergio Porras Solís en calidad de Jefatura y el “recibido conforme” de la señora Silvia Fallas Cortés (Ver folio 174). Además se destaca que todas las Órdenes de Pago Viáticos, se pagaran a favor de la Silvia Fallas Cortés y la presunta firma del señor Eduardo Álvarez Araya en su condición de beneficiario de dichos viáticos.
e) Orden de Pago Viáticos Nº 0436917 con indicación de que el dinero fuera pagado a la investigada, a nombre del señor Melvin Cascante Morales, funcionario del Departamento de Comunicaciones y Redes Informáticas, donde se indica que estuvo de gira por la zona de San Carlos, Los Chiles, Upala y Liberia los días, seis y siete de octubre del dos mil cinco, saliendo el día seis del supra citado mes y año a las seis de la mañana y regresando el día siete a las veintiún horas, cuyo objeto de la gira era corregir software APPS en los equipos Telemedicina, traslado de equipos de videoconferencia a los auditorios para pruebas de Congreso Médico, se paga en esta orden un Kilometraje por la suma ciento cinco mil ochocientos noventa colones (¢105.890,00), y el Jefe que autoriza dicha orden es el señor Sergio Porras Solís y “recibe conforme” la señora Silvia Fallas Cortés (Ver folio 175).
f) Además Orden de Pago Viáticos Nº 0436903 donde se consigna un pago de Kilometraje por ochenta y ocho mil doscientos cuarenta y cinco mil colones (¢88.245,00), por una supuesta gira efectuada a Quepos, San Vito, Comte y Ciudad Cortés, los días veintiocho y veintinueve de julio del dos mil cinco, saliendo a las seis de la mañana del día veintiocho y regresando a las veintiún horas del día veintinueve. El concepto de esta gira trataba de la reparación audio video equipo de videoconferencia, capacitación de técnico Hospital de Quepos, revisión de video y audio del equipo del Hospital de Ciudad Cortés, instalación y configuración de software VTEL, consignándose la supuesta firma del Jefe respectivo señor Sergio Porras Solís y el “recibido conforme” por la señora Silvia Fallas Cortés (ver folio 175).
g) Orden de Pago Viáticos Nº 0436911 del treinta de agosto del dos mil cinco, por una gira efectuada los días treinta y uno de agosto y primero de setiembre ambos del dos mil cinco, saliendo a las seis de la mañana del día treinta y uno de agosto y regresando el día primero de setiembre a las veintidós horas, por un pago de kilometraje de ochenta y seis mil ochocientos setenta y un colones (¢86.871,00), cuyo destino de la supuesta gira era al Hospital de Golfito y Hospital de Ciudad Neilly, con el objeto de revisar aplicación Medvizer del equipo VTEL NET, revisión, tarjeta BANDIT presenta errores al levantarse, se consigna como firma del Jefe del señor Sergio Porras Solís, siendo “recibido conforme” por la ahora investigada y la presunta firma de Melvin Cascante Morales en su condición de beneficiario de dichos viáticos.
h) También confeccionó la señora Silvia Fallas Cortés la “Orden de Pago Viáticos” Nº 436913, donde se indica que el funcionario Olger Vargas Pérez, funcionario del Departamento de Comunicaciones y Redes Informáticas, indicándose que estuvo de gira por la zona de Quepos, Pérez Zeledón, Neilly y Golfito los días trece y catorce de setiembre del dos mil cinco, saliendo el día trece a las cinco de la mañana y regresando el día catorce a las veinte horas. El objeto de la gira era en visita conjunta con el Director de Telemedicina para coordinación del Congreso Medicina Nacional, así como revisión de equipos, ajustes e integración a los equipos de amplificación de los auditorios, y por este concepto se paga una orden de kilometraje de ciento un mil ciento cuatro colones (¢101.104,00), señalando además dicha orden que la misma deberá ser pagada a la ahora investigada, de igual forma “recibe conforme”, el Jefe que autoriza esta orden es el señor Sergio Porras Solís y la presunta firma Olger Vargas Pérez en su condición de beneficiario de dichos viáticos. (Ver folio 176 del expediente administrativo)”.
Una vez realizada la valoración de elementos probatorios del expediente se tiene:
Considerando
I.—Hechos probados:
a. Que las giras indicadas en las órdenes de pago de viáticos Nº 436903: destino San Vito, Comte y Ciudad Cortés, a nombre de Melvin Cascante Morales, Nº 436911, destino Hospital de Golfito, Hospital de Ciudad Neilly, a nombre de Melvin Cascante Morales, Nº 436912, destino Hospital de Nicoya, Liberia y Upala, a nombre de Eduardo Álvarez Araya, Nº 436913, destino Quepos, Pérez Zeledón a nombre de Olger Vargas Pérez, Nº 436914, destino San José-Golfito, a nombre de Eduardo Álvarez Araya, Nº 436915, destino Hospital Neilly, Hospital San Vito a nombre de Eduardo Álvarez Araya, Nº 436916 destino Hospital Neilly, Hospital de San Vito y Hospital de Golfito a nombre de Eduardo Álvarez Araya y la Nº 436917 destino San Carlos, Los Chiles y Upala a nombre de Melvin Cascante Morales, no se realizaron y los funcionarios mencionados nunca fueron a los lugares señalados en estas ordenes de pago.
b. Que las firmas que aparecen en las ordenes de pago de viáticos Nº 436912,436914, 436915, 436916, 436917, 436903, 436911 y 436913, fueron adulteradas por la señora Silvia Fallas Cortés, pues en el transcurso de la investigación se logró verificar que no corresponden a las firmas de los funcionarios consignados en las mencionadas ordenes de pago de viáticos, que el sello que se utilizó en las órdenes de viáticos fue el de la extinta Dirección de Informática. (Visible al folio 176).
c. Que en cuanto a lo imputado a la investigada Silvia Fallas Cortés en su condición de funcionaria del Departamento de Comunicaciones y Redes Informáticas, se logró acreditar que esta, realizó el trámite de llenado de las Ordenes de Pago de Viáticos Nº 436912,436914, 436915, 436916, 436917, 436903, 436911 y 436913, insertando dentro del contenido de dichas órdenes datos falsos sobre viajes que no fueron realizados por los señores: Melvin Cascante Morales, Eduardo Álvarez Araya y Olger Pérez Vargas, así como el haber adulterado la firma de los citados señores y la del Jefe del Departamento de Comunicaciones y Redes Informáticas Msc. Sergio Porras Solís, utilizando además el sello de la extinta Dirección de Informática ya que en virtud de la reestructuración que sufrió esa Dirección ahora se conoce como Dirección de Tecnologías de Información y Comunicaciones. Siendo las sumas que se consignan en esas fórmulas giradas y recibidas conforme por la funcionaria Fallas Cortés, con la finalidad de obtener un beneficio ilícito.
d. Que con su actuación contraria al Marco Normativo Jurídico e Institucional, la señora Fallas Cortés incurrió además en responsabilidad patrimonial, desde su quehacer y durante su gestión por un monto de ¢653.250 colones (seis cientos cincuenta y tres mil doscientos cincuenta colones) con cargo a las cuentas presupuestarias 2134 y 2135, siendo este el monto obtenido de la sumatoria de las órdenes de pago de viáticos. Visible al folio 178.
Observaciones:
Ø Durante el transcurso de la investigación se logró demostrar que las giras a los lugares señalados en las órdenes de pago de viáticos no se realizaron.
Ø Que a los señores Melvin Cascante Morales, Eduardo Álvarez Araya y Olger Pérez Vargas, les fue adulterada su firma en dichas formulas por la señora Silvia Fallas Cortés, y ellos no recibieron los pagos, así como también fue adulterada la firma del Msc. Sergio Porras Solís, Jefe del Departamento de Comunicaciones y Redes Informáticas, quien no autorizó estos pagos. Folio 180.
Ø Que el señor Sergio Porras Solís, no firmo autorizando las ordenes de pago de viáticos citadas. Folio 155.
Ø Que el sello que utilizó la señora Fallas Cortés en las ordenes de pago de viáticos, no es el que se utiliza en la actualidad en la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicaciones, sino el que se utilizó en la extinta Dirección de Informática. Folio 180.
Ø Que de la sumatoria de las órdenes de pago de viáticos se desprende que el daño patrimonial a la Institución, causado por la actuación ilícita de la funcionaria Fallas Cortés, asciende a ¢653.250 (seiscientos cincuenta y tres mil doscientos cincuenta colones).
II.—Hechos no Probados: Ninguno de importancia para la resolución de este caso.
III.—Elementos Probatorios:
1. Prueba documental: a) Informe Final de la Comisión de Investigación Preeliminar, numerado DTIC-CIP-009-2006, de fecha 26 de enero del 2006. (Visible a los folios 1 a 7 de expediente administrativo). b) Copias certificadas por el Jefe de la Sección Archivo Financiero Contable, de los comprobantes de las órdenes de pago de viáticos números 436903, 436911, 436912, 436913, 436914, 436915, 436916 y 436917 y copia de comprobantes de ingreso Nº 0335758, 0436916, 0335740. Visibles folios 40 al 55 del expediente administrativo)
2. Prueba testimonial: Declaraciones rendidas por los testigos:
Ø Ligia María Montoya Vargas, cédula de identidad número uno quinientos siete cero treinta, funcionaria de la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicaciones, quien tuvo conocimiento del caso, por formar parte a solicitud de la Jefatura de la Comisión de Investigación Preeliminar que investigo, la denuncia presentada contra la señora Fallas Solís, por el Jefe del Departamento de Comunicaciones y Redes Informáticas. Ver folios 147 a 149.
Ø Laura Abarca Ospino, cédula de identidad número uno setecientos trece doscientos noventa y siete, funcionaria de la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicaciones, quien tuvo conocimiento del caso, por formar parte a solicitud de la Jefatura de la Comisión de Investigación Preeliminar que investigo, la denuncia presentada contra la señora Fallas Solís, por el Jefe del Departamento de Comunicaciones y Redes Informáticas. Ver folios 150 a 152.
Ø Sergio Porras Solís, cédula de identidad número tres trescientos diez quinientos noventa y ocho, Jefe del Departamento de Comunicaciones y Redes Informáticas de la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicaciones, funcionario que interpone la denuncia por anomalías detectadas en “Pagos de kilometraje y viáticos”. Ver folios 153 a 156.
Ø Eduardo Álvarez Araya, cédula de identidad número dos trescientos setenta y cuatro seiscientos noventa y seis, funcionario del Departamento de Soporte Técnico de la Institución. Folios 157 a 158.
Ø Melvin Cascante Morales, cédula de identidad número uno ochocientos cuatro trescientos setenta y ocho, funcionario Del Departamento de Soporte Técnico de la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicaciones. Folio 160 a 162.
Ø Olger Vargas Pérez, cédula de identidad número nueve cero setenta y dos seiscientos setenta y ocho, funcionario Del Departamento de Soporte Técnico de la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicaciones. Folios 163 a 165.
IV.—Valoración de la Prueba: Fundamentada en la normativa vigente, así como en la prueba recabada y analizada, esta Dirección concluye que en el caso concreto fue demostrada la conducta ilícita que se le imputa a la Señora Silvia Fallas Cortés, siendo que la misma induce en error a la Administración por cuanto en su condición de persona encargada de llevar el presupuesto de la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicación como quedó demostrado, de acuerdo a su puesto; también era la persona facultada de confeccionar las Ordenes de Pago de Viáticos de dicha Dirección, durante su gestión asumió una conducta contraria al principio de legalidad y a la normativa institucional, aprovechándose de su puesto, para obtener un beneficio económico ilícito mediante la elaboración de Ordenes de Pago de Viáticos a diferentes funcionarios de la Institución quedando demostrado para esta Dirección, que dichos funcionarios no efectuaron las giras, ni consumaron el cobro de los viáticos que se indican en las Ordenes de Pago de Viáticos números: 436903, 436911, 436912, 436913, 436914, 436915, 436916 y 436917. Respecto a la imputación de los hechos visible al folio 100 del expediente, a saber: que la señora Silvia Fallas confeccionó o realizó el trámite de llenado de las ordenes de pago de viáticos, que adulteró las firmas de los funcionarios de esta Dirección, que el señor Porras Solís no autorizo con su firma estos pagos, que utilizó el sello de la extinta Dirección de Informática, los citados hechos se acreditan mediante los testimonios que se extraen de las declaraciones rendidas por los testigos:
1. Señor Sergio Porras Solís, Jefe del Departamento de Comunicaciones y Redes Informáticas, Jefatura cuya firma fue utilizada para hacer creer a la administración que este había firmado, autorizando las órdenes de pago de viáticos Nº 436903, 436911, 436912, 436913, 436914, 436915, 436916 y 436917. En lo que interesa dicho testigo señaló: P/Tiene conocimiento del porque ha sido citado en calidad de testigo? R/ “…Si dado que en el mes de diciembre del año anterior aproximadamente, una vez revisado el presupuesto de la Unidad Ejecutora que tengo a cargo la 1151, encontré en dos partidas presupuestarias específicamente en el tiempo extraordinario y kilometraje tenían un saldo negativo, a lo cual procedí a realizar la revisión respectiva, dado que me llamaba la atención una de esas cuentas presupuestarias la de kilometraje ya que no se había realizado ningún desembolso de los compañeros que estaban a cargo. Se verificó con la Dirección de Presupuesto y con el Archivo Financiero y con las boletas de las cuales surgieron esos desembolsos y con esas sirven para verificar en que fue lo que se gastó el dinero. Una vez que tuve acceso a los documentos físicos ahí fue cuando noté que mi firma había sido falsificada. En todos los documentos que generaban ese saldo negativo en esas dos cuentas presupuestarias. En uno de los documentos con fecha de cinco de octubre, yo me encontraba fuera del país y supuestamente fue firmado por mi persona. Una vez recopilada esa información procedí a notificarlo a mi Jefatura Inmediata Superior, dando a conocer la anomalía encontrada… P/Los sellos que se desprenden de las órdenes de pago son utilizados por el Departamento que usted dirige, para el momento de los presuntos hechos? R/ No son los sellos del Departamento, quiero agregar que la única persona que manejaba el sello de contenido presupuestario hasta principios de octubre era la señora Silvia Fallas…” Ver Folios 153 a 155. (La cursiva no es del original)
2. Señor Eduardo Álvarez Araya, funcionario del Departamento de Soporte Técnico de la Institución, a quien se le pregunta en lo que interesa: P/ “…Para el momento de los presuntos hechos, en su Unidad de trabajo quien es la persona que se encarga del control presupuestario? R/ El control sería conjuntamente entre Vanessa y la señorita Silvia Fallas pero no la investigada, quien actualmente se desempeña en soporte técnico. P/ A los Folios 67 y 70 del expediente administrativo, se observa las ordenes de pago de viáticos que son objeto de investigación, podría indicar que la firma que en ellos se consigna es la suya y además si usted recibió las cantidades que en ellos se indican? R/ De hecho las firmas no son mías, el número de cédula que se consigna tampoco es mío, a folio 68 y 69 en los últimos tres dígitos de la cédula que se dice ser mía aparecen los números 842 cuando los de mi cédula serían 696, coincidentemente la cédula que aparece en el campo de recibo conforme tiene una terminación de 842, y efectivamente nunca recibí ningún monto por este concepto. A folio 66 del expediente está la copia de mi cédula y mi firma y esta no coincide con la que se apunta en las órdenes de pago…P/Para que el testigo aclare, si el sello que se indica en las órdenes de pago es de la Unidad en la cual usted labora si o no y porqué? R/ Yo diría que no corresponde, ya que a partir de marzo del dos mil cinco con la reestructuración quedo sin efecto la Dirección de Informática como tal. P/ Tienen conocimiento de las labores que efectuaba la señora Silvia Fallas Cortés en el Departamento de Comunicaciones y Redes? R/ Me parece que estaba encargada del control presupuestario”… Folios 156 a 158. (La cursiva no es del original)
3. Señor Melvin Cascante Morales, funcionario del Departamento de Soporte Técnico de la Institución, de importancia para el proceso, P/ Tiene conocimiento del porqué ha sido citado en calidad de testigo? R/ Si claro,…P/ Usted tuvo en el año anterior, alguna relación laboral con la señora Silvia Fallas Cortés? R/ Muy poca, porque yo laboro en el piso nueve y ella en el piso 8. P/ Pero ambos pertenecían a la misma Unidad? R/No, porque yo pertenezco a Soporte Técnico y Silvia era empleada de la Dirección de Informática. Sin embargo la compañera tenía acceso a la documentación de giras anteriores, esto era cuando existía la Dirección de Informática… P/ A los folios 14, 26 y 28 del expediente administrativo, se observa las ordenes de pago que son objeto de investigación, podría indicar que la firma que en ellos se consigna es la suya y de ser así aclarar si usted recibió las cantidades que en ellos se indican? R/ No es mi firma, y los números escritos correspondientes al número de cédula tampoco son míos, y no he recibido tal cantidad… P/ Para que el testigo aclare, si el sello que se indica en las ordenes de pago es de la Unidad en la cual labora si o no y porqué? R/ No, ese sello pertenece a la extinta Dirección de Informática la cual desapareció en junio del dos mil cinco”…. Folios 160 al 162 (La cursiva no es del original).
4. Señor Olger Vargas Pérez, funcionario del Departamento de Soporte Técnico de la Institución, de importancia en el proceso: P/ “Tiene conocimiento del por qué ha sido citado como testigo? R/ A mi se me enseño un vale de Caja Chica a mi nombre donde se falsifico mi firma. ..P/ A folio 74 del expediente administrativo, se observa la orden de pago que es objeto de investigación, podría indicar que la firma que en ella se consigna es la suya y además si usted recibió la cantidad que en ella se indica? R/ No, ni la firma, ni el dinero. El número de cédula no coincide con la mía. P/ Para que el testigo aclare, si el sello que se indica en la orden de pago es de la Unidad en la cual labora si o no y porqué? R/ Este sello es de la Dirección de Informática. Sin embargo el año anterior en junio se hizo una reestructuración y ahora se llama Sub-Gerencia de Tecnologías de Información...” Folios 163 a 165. (La cursiva no es del original).
Por todo lo anterior queda ampliamente demostrado de las declaraciones de los testigos Sergio Porras Solís, Eduardo Álvarez Araya, Melvin Cascante Morales y Olger Pérez Vargas, coinciden en señalar que la Señora Silvia Fallas Cortés era la encargada de Presupuesto de la Dirección de Informática; además, en cuanto a la firma de la señora Fallas Cortés como “recibido conforme”, en las órdenes de pago de viáticos se deduce que ella confeccionó esta fórmulas, que uso en la confección de las ordenes de pago de viáticos un sello de la extinta Dirección de Informática, que en todos los casos las firmas fueron adulteradas, que las giras a los lugares señalados en las órdenes de pago, no fueron realizada por los funcionarios antes citados, y que éstos funcionarios no cobraron las sumas que se consignan en las ordenes de pago citadas. (Visible a los folios 14, 16, 18, 20, 22, 24, 26, 28 y del 153 al 165 del expediente administrativo).
Consecuentemente el daño patrimonial para la CCSS que se desprende de la sumatoria de las órdenes de pago de viáticos, se acredita en ¢653.250,00, como se puede observar en el cuadro anexo visible al folio 6.
Fórmula Nº Cuenta Presupuestaria Monto ¢
0436916 2134 22.800,00
0466915 2135 93.267,00
0436914 2135 86.173,00
0436912 2135 68.900,00
0436913 2135 101.104,00
0436903 2135 88.245,00
0436911 2135 86.871,00
0436917 2135 105.890,00
Monto total aproximado: 653.250,00
Fundamento jurídico:
Artículos 102 inciso c, 198, 211, 214 y 308 inciso 2 siguientes y concordantes, todos de la Ley General de Administración Pública, artículos 28,29 y 31 de la Normativa de Relaciones Laborales de la CCSS, artículos 1, 3, 5, 6, 7, 8,10 11, 14, y 15 del Código de Ética del Servidor de la CCSS, además el artículo 1 inciso c), el 110 inciso e) y h) de la ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos. Por tanto:
Una vez analizadas las pruebas documental y testimonial antes descritas, esta Dirección resuelve: La funcionaria Silvia Fallas Cortés, Asistente Técnico Administrativo 2, de la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicaciones de la Caja Costarricense de Seguro Social, con su conducta ilícita, contravino las disposiciones establecidas en el marco legal y normativo, el Reglamento Interior de Trabajo y el Código de Ética del Servidor de la CCSS. La sanción de tipo administrativo disciplinaria propuesta es el despido sin responsabilidad patronal. Por lo anterior, al haberse visto afectado el patrimonio de la Institución, la Administración procederá a recobrar las sumas derivadas de la actuación ilegal efectuada por la señora Fallas Cortés, correspondientes a la suma de seis cientos cincuenta y tres mil doscientos cincuenta y tres colones (¢653.250,00), mediante el procedimiento de cobro administrativo previsto en la Ley General de Administración Pública.
Sobre la oposición a la gestión disciplinaria:
Se le indica a la señora Fallas Solís, que tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles posteriores a la notificación para oponerse a la propuesta de sanción disciplinaria. Vencido el plazo sin que la trabajadora se oponga a la sanción quedará en firme y se ejecutará. Si la trabajadora se opusiere a la propuesta de sanción disciplinaria, lo hará constar mediante escrito razonado ante la jefatura que propone la sanción, la que remitirá la oposición presentada a la Comisión de Relaciones Laborales del centro de trabajo. La solicitud de audiencia ante la Comisión o Junta, en los términos del artículo anterior, deberá hacerla la parte interesada en el mismo escrito de oposición o traslado según corresponde, si se trata de la trabajadora o la jefatura respectivamente. Si en el centro de trabajo no existe Comisión de Relaciones Laborales o existiera impedimento para que conozca del asunto, la trabajadora en el plazo señalado, siempre presentará su oposición ante la jefatura señalada, pudiendo, según lo estime conveniente, solicitar que sea remitido a la Comisión de Relaciones Laborales del Centro de Trabajo más cercano o a la Junta Nacional de Relaciones Laborales, siempre que el asunto esté dentro de su competencia; y si no lo fuere gestionar el agotamiento de vía administrativa para proceder conforme con sus intereses. Todo lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Normativa de Relaciones Laborales de la Caja Costarricense de Seguro Social. Contra el acto final y dentro del término de tres días contados a partir del día hábil siguiente a la comunicación de éste, podrá interponer ante la autoridad competente los recursos de revocatoria o de reposición y de apelación. Notifíquese.—Dirección Tecnologías de Información y Comunicaciones.—Ing. Laura Morales Ureña, Subgerente a. í.—(31575).
GERENCIA DIVISIÓN DE PENSIONES
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Resolución Nº 103290086-08-01.—San José, edificio Jorge Debravo, Área Gestión de Pensiones, al ser las 13:16 horas del día viernes, 11 de abril de 2008, se emite la presente resolución tendiente a iniciar el proceso ordinario administrativo, para determinar la posible nulidad sobrevenida y en consecuencia, la cancelación del pago relativo a la pensión que por concepto de Invalidez se le otorgó a Jiménez Umaña Víctor Julio, cédula de identidad Nº 1-0329-0086, por lo que se resuelve,
Resultando:
1º—Que mediante resolución número 103290086-04, de fecha 26 de mayo de 2004, a Jiménez Umaña Víctor Julio se le otorgó pensión por Invalidez con fecha de vigencia 12 de abril del 2004.
2º—Que de conformidad con el artículo 159 de la Ley General de la Administración Pública, la nulidad del acto podrá sobrevenir por la desaparición de una de las condiciones exigidas por el ordenamiento para su adopción, cuando la permanencia de dicha condición sea necesaria para la existencia de ese acto. Asimismo el Reglamento de Invalidez, Vejez y Muerte establece expresamente en el artículo 20 inciso e, que el pago de la pensión termina cuando se levante el Estado de Invalidez, por dictamen de la Comisión Calificadora.
3º—Que de acuerdo con nuestros registros, la Comisión Calificadora del Estado de Invalidez, mediante sesión Nº 128 del 05 de octubre del 2005, ha determinado que con fundamento en los diagnósticos, exámenes clínicos, de laboratorio y gabinete practicados por los médicos evaluadores que aparecen en el expediente, y atendiendo a las enfermedades que se refiere el paciente, se acordó declararlo No Inválido y levantar la pensión. Que así mismo en criterio DJ-5227-07 señala lo siguiente: “….no encuentra impedimento legal alguno para que tanto el procedimiento administrativo tendiente a la suspensión del pago de la pensión, como la declaratoria de lesividad se tramiten al mismo tiempo; lo anterior, en virtud de que, el procedimiento administrativo lo que busca es la cancelación del beneficio de la pensión hacia el futuro, mientras que la declaratoria de lesividad propende a la anulación del acto en la vía administrativa, y con ello, recobrar los fondos públicos que has sido entregados previamente a raíz del acto que otorgó la pensión”. La negrita y el subrayado no es del original. Todo lo anterior se constituye como el (los) elemento(s) de prueba con que cuenta esta Administración para señalar los hechos resultantes y para dar inicio al presente procedimiento administrativo, que facultaría, una vez concluido el mismo, la cancelación del pago del beneficio de pensión, por desaparecer una de las condiciones exigidas en el ordenamiento para su adopción, según los artículos 7º, 8º, párrafo primero, 20 inciso e) del Reglamento del Seguro de I.V.M., así como el artículo 9 inciso d) del Reglamento de la Comisión Calificadora del Estado de Invalidez, en el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte.
Considerando:
Que con base en el resultando precedente, y de conformidad con los lineamientos establecidos en los artículos 7º, 8º, párrafo primero y artículo 20 inc. e del Reglamento del Seguro de I.V.M, al contravenirse y no cumplirse las condiciones legales y reglamentarias ahí establecidas, se facultaría a esta Administración para proceder, una vez concluido el proceso según los términos de ley, con la cancelación del pago de pensión otorgado, y con la recuperación de las sumas por concepto de pensión e intereses legales pagados de más durante el período del 05 de octubre del 2005 al 31 de enero del 2008, mismos que ascienden a la suma de ¢2,666,671.62 por concepto de pensión, la suma de ¢195,958.38 de aguinaldo y ¢278,512.70 por intereses sobre los períodos indicados, para un total de ¢3,141,142.70. Se advierte al pensionado(a) que dicha suma podrá haber variado al momento de finalizar el procedimiento, por lo que el monto aquí señalado no se debe considerar como único y definitivo. Por tanto:
Esta Administración le notifica oficial y personalmente por medio de la presente resolución, que al contravenir y no cumplir con lo dispuesto en los artículos 7º, 8º, párrafo primero, 20 inc. e) del Reglamento de I.V.M., según se desprende de los hechos y pruebas aportadas, se procederá con la recuperación de las sumas pagadas en forma improcedente, mismas que fueron consignadas en el Considerando precedente. A efectos de determinar la verdad real de los hechos y de conformidad con lo establecido en los artículos 248, 249, 250, 308 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, se le citará oportunamente a la comparecencia oral y privada, en el Área de Gestión de Pensiones I.V.M., ubicado en el cuarto piso del Edificio Jorge Debravo, situado en avenida 8, calle 21, al costado sureste de la Corte Suprema de Justicia en San José. Asimismo se le informa que antes o durante la comparecencia, podrá presentar la prueba documental y testimonial de descargo que requiera, en el entendido de que toda presentación previa deberá hacerse por escrito. La prueba de los hechos que dan base a este procedimiento consta dentro del expediente de pensión, el cual está conformado por 229 folios, mismo que queda a disposición del pensionado, su representante legal o persona debidamente autorizada, quienes podrán examinar y/o fotocopiar el expediente administrativo de pensión, el cual se encuentra en el Área de Gestión de Pensiones I.V.M., ubicada en el cuarto piso del Edificio Jorge Debravo, situado en avenida 8, calle 21, al costado sureste de la Corte Suprema de Justicia en San José, no omitiendo indicarle que en caso de fotocopiar el expediente, el costo de dicha gestión correrá por su cuenta.
Se previene al pensionado que deberá señalar por escrito lugar preciso o medio (fax) donde recibir notificaciones, dentro de tercero día después de ser personalmente notificado. De no hacerlo, o bien, si el lugar indicado fuera impreciso o inexistente, se le tendrá por notificado en lo sucesivo de forma automática, con el sólo transcurso de veinticuatro horas, para lo cual se efectuará el levantamiento del acta respectiva. Asimismo de no encontrarse presente en el lugar señalado, de previo deberá indicar por escrito con quién dejarle las notificaciones. En caso de señalar un lugar, el mismo deberá estar ubicado dentro de un radio de un kilómetro de la Gerencia División de Pensiones, Edificio Jorge Debravo. De igual manera se le informa que cualquier cambio en el lugar señalado para recibir notificaciones, deberá comunicarlo por escrito a esta Administración a efectos de que conste dentro del expediente de pensión respectivo.
Contra la presente resolución cabe el Recurso Ordinario de Apelación, de conformidad con el artículo 55 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, el cual deberá interponerse ante esta misma instancia dentro de los tres días hábiles inmediatos y posteriores al recibo de la presente notificación. En dicho recurso podrá incorporar todos aquellos documentos que usted considere necesarios, los que serán valorados también en la audiencia respectiva.
Se hace de su conocimiento que de conformidad con el debido proceso, tanto la cancelación del pago de su pensión, como la recuperación de las sumas cobradas de más, quedarán en suspenso hasta que se dicte el acto final, sumas que quedarán sujetas a variación mientras dure el proceso.
Comuníquese lo aquí resuelto al (a la) (a los) interesado(a)(os) y a las dependencias de la Caja Costarricense de Seguro Social correspondientes.
Área Gestión de Pensiones IVM.—Jorge Valverde Castillo, Jefe.—(U. P. Nº 2112).—C-184360.—(32671).
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE tercera VEZ
Para información refiérase al Nº 30-06 /2008-047-INT
Procedimiento disciplinario
Contra: Urbanizadora Triángulo del Norte (Nº Reg. CC-01961), Arq. Mario Soto Leiva (A8065).
Denunciante: Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica.
Expediente: 30-06
Tribunales de Honor.—Auto de intimación.—A las 10:00 horas del 11 de marzo del 2008, el Tribunal de Honor de Empresas, nombrado por la Junta Directiva General en la sesión Nº 11-07/08 G.E., celebrada el 21 de enero de 2008, acuerdo Nº 36, inciso a, con sede en oficinas de Tribunales de Honor del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, ubicadas la casa anexa del edificio del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos en Granadilla de Curridabat comunica:
A la empresa Urbanizadora Triángulo del Norte S. A., registro número CC-01961, cédula jurídica número 3-101-150542, que de conformidad con el acuerdo de la Junta Directiva General arriba citado, se abrió el presente procedimiento ordinario disciplinario en su contra por supuestas faltas a:
Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos: artículos 8 inciso a).
Reglamento Interior General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos: artículo 53.
Código de Ética Profesional del CFIA: artículos 2 y 3.
Los supuestos hechos que se le atribuyen, en su condición de empresa constructora y consultora de la obra denominada Urbanización Jireth o Yireth propiedad del INVU, situada en El Roble, distrito Barranca, cantón Puntarenas, provincia Puntarenas, son los siguientes:
1. Por haber realizado la construcción de una obra de tal magnitud sin los permisos municipales como empresa constructora del proyecto objeto de esta denuncia el cual consta de 569 soluciones de vivienda en lotes con un área promedio de 162 metros cuadrados.
De encontrarse alguna violación a la reglamentación vigente arriba indicada, se estaría sancionando a la empresa denunciada según lo establecido en los artículos 21 al 45 del Código de Ética Profesional. Corresponde la sanción máxima, según los artículos citados, a 24 meses de suspensión en el ejercicio profesional.
Se le previene además de lo establecido en el artículo 25 del Código de ética profesional que en parte dice: “Cuando con una misma conducta se violen varias disposiciones del presente Código, se aplicará la sanción establecida para la falta más grave”.
Sobre los cargos que se le hacen a la empresa denunciada, se le concede el plazo improrrogable de veintiún días hábiles, contados a partir de la notificación del presente auto para que conteste y diga si los rechaza por ser falsos, si los acepta por ser ciertos o si los acepta sólo parcialmente y con modificaciones y rectificaciones, así como para ofrecer toda la prueba de descargo que considere oportuna y conveniente.
En caso de no comparecer en el plazo conferido en esta resolución, se le advierte que el proceso continuará sin su participación, sin perjuicio de que pueda apersonarse en cualquier momento pero sin reposición de ningún trámite y tomando el proceso en el estado en que se encuentre (artículo 81 del Reglamento del proceso disciplinario de los miembros del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 225 del 22 de noviembre del 2001).
Se le hace saber a la denunciada que este procedimiento ordinario disciplinario se tramita con estricto apego a todas las normas y principios del procedimiento administrativo establecidos en el Reglamento del proceso disciplinario de los miembros del CFIA y con garantía de todos los medios para que ejerza su defensa, indicándole que debe apersonarse a hacer valer sus derechos, que tiene derecho a ser oído y ofrecer prueba de descargo, acceso en todo momento al expediente y sus piezas y los antecedentes de la denuncia presentada en su contra. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un abogado, técnico o cualquiera persona calificada que estime conveniente. La presente resolución tiene los recursos ordinarios de revocatoria con apelación (artículo 107 del Reglamento del proceso disciplinario de los miembros del CFIA), para lo cual cuenta con un plazo de SIETE DÍAS HÁBILES contados a partir de la notificación de esta resolución. El recurso de revocatoria deberá plantearse ante este mismo tribunal y será resuelto en la misma sede. El de apelación será planteado de igual forma y será resuelto por la Junta Directiva General.
Actualmente obra en poder del Tribunal de Honor el expediente disciplinario, cuyo acceso se regulará conforme lo establecido en los artículos 48, 49 y 50 del Reglamento del proceso disciplinario de los miembros del CFIA.
Se previene a la denunciada, empresa constructora Triángulo del Norte S. A., que en el acto de ser notificado o dentro del tercer día y por escrito, deberá señalar lugar, oficina o número de facsímil donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas siguientes a que sean dictadas. Igual consecuencia sufrirá si el lugar o medio designado fuere impreciso, incierto o se encontrare cerrado o ya no existiere. Se le advierte que si señala un número de facsímil, deberá velar porque éste se encuentre funcionando normalmente. Asimismo, en caso de desperfecto o inhabilitación deberá comunicarlo en forma inmediata y señalar nuevo lugar para atender futuras notificaciones.
Copia de este traslado está siendo remitido al ingeniero Gerardo Campos Chacón, jefe del departamento de Régimen Disciplinario, como parte interesada en este proceso.
Notifíquese.—Tribunal de Honor Colegio de Ingenieros Civiles.—Arq. Rolando Moya Troyo, Presidente.—(O. C. Nº 6136).—C-114760.—(31422).
MUNICIPALIDAD DE LIBERIA
Municipalidad de Liberia.—Alcaldía Municipal.—Al ser las ocho horas del veintitrés de enero del dos mil ocho.
Procedimiento Administrativo, tramitado de conformidad con los artículos 32 y 33 de la Ley General de Caminos Públicos, sobre la finca Folio Real Nº 5-52591-000, planteado por el señor Luis Roberto Clachar Rivas, en el que se tiene como presunto infractor de la Ley General de Caminos Públicos al señor Adolfo Rivas Muñoz, quien es mayor de edad, casado una vez, pensionado, con cédula de identidad Nº 5-076-881, vecino de, Liberia, Guanacaste.
Resultando:
Primero.—Que con fecha del 3 de enero del 2007, se emite a nombre del señor Adolfo Rivas Muñoz, permiso de construcción Nº 1135 sobre la finca Folio Real matrícula Nº 5-52591-000, sita Sector Los Ángeles, 50 metros oeste de los Tribunales de Justicia.
Segundo.—Que en moción presentada, en sesión ordinaria Nº 02-2007, artículo tercero, capítulo tercero, inciso 6), celebrada el 8 de enero del 2007, se solicita declarar de interés público el terreno localizado entre el Banco Popular y la esquina donde se ubica la Cervecería de Costa Rica, terreno propiedad del señor Adolfo Rivas Muñoz, a fin de que se proceda a la expropiación ese terreno.
Tercero.—Que el señor Adolfo Rivas Muñoz presenta ante La Municipalidad de Liberia recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra el acuerdo municipal tomado sesión ordinaria Nº 02-2007, artículo tercero, capítulo tercero, inciso 6), celebrada el 8 de enero del 2007.
Cuarto.—Que dicho recurso fue conocido y resulto por el Concejo Municipal de Liberia.
Quinto.—Que el señor Luis Roberto Clachar Rivas, presenta ante esta institución denuncia del cierre de un supuesto tramo de la calle 12 entre avenidas 0 y 1, con fecha del 8 de marzo del 2007; adjuntando una serie de documentos sobre la existencia de este tramo de calle y solicitándole a la Administración Municipal se inicie el Proceso contemplado en la Ley General de Caminos Públicos.
Sexto.—Que con fecha del 13 de marzo del 2007, la Municipalidad de Liberia procede a suspender el permiso de construcción Nº 1135 sobre la finca Folio Real matrícula Nº 5-52591-000; mientras se “realizan las investigaciones respectivas sobre la finca Folio Real matrícula Nº 5-52591-000”, notificándose la situación al involucrado. No obstante lo anterior, actualmente la finca Folio Real matrícula Nº 5-52591-000 (supuesta calle pública), localizada contiguo a Almacén Mundo Mágico, existe una construcción (sin terminar), un rancho, vegetación varia, así como muro y portón en sus linderos sur y norte respectivamente.
Sétimo.—Que la Administración Municipal resuelve iniciar el Procedimiento Ordinario contemplado en el artículo 33 de la Ley General de Caminos Públicos.
Octavo.—Que el señor Adolfo Rivas Muñoz, presenta ante esta Institución Municipal “Solicitud de Nulidad del Acto Administrativo de Ejecución de Suspensión de Obra…”, con fecha del 15 de marzo del 2007.
Noveno.—Que el señor Adolfo Rivas Muñoz presenta Recurso de Amparo ante el procedimiento que se lleva acabo en la Municipalidad de Liberia, notificado ante la Municipalidad de Liberia con fecha del 19 de abril del 2007.
Décimo.—Que con fecha del 10 de abril del 2007, la Administración Tributaria, rechaza el recurso de revocatoria y se acepta la apelación en subsidio contra la orden de suspensión de obra.
Undécimo.—Que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia notifica resolución final de expediente número 07-004881-0007-CO, sobre Recurso de Amparo interpuesto por el señor Adolfo Rivas Muñoz contra la Municipalidad de Liberia, en lo concerniente a la medida cautelar de paralización de permiso de construcción dictado por esta Municipalidad; que en lo que interesa dicta: “…este Tribunal considera que el presente Recurso debe ser desestimado, pero advirtiendo a los recurridos que deberán concluir el procedimiento iniciado para determinar la naturaleza de la finca inscrita folio real 5-52591-000…”.
Duodécimo.—Que con fecha del 21 de agosto del 2007 y 17 de agosto del 2007, se notifica a los señores Adolfo Rivas Muñoz y Luis Roberto Clachar Rivas respectivamente; sobre la audiencia pública que tendrá lugar el día 11 de setiembre del 2007. En la mencionada notificación se le previene a las partes que deben de aportar dentro de los cinco días hábiles a partir de notificados; que deben de aportar los nombres y calidades de los tres testigos que se presentarán el día de la audiencia.
Decimotercero.—Que con fecha del 28 de agosto del 2007, el señor Adolfo Rivas Muñoz, aporta los siguientes testigos con sus respectivas calidades, a saber;
• José Joaquín Muñoz Bustos, mayor, casado una vez, educador pensionado, cédula Nº 5-054-611, vecino de Liberia, dirección del restaurante Cuatro Mares 75 metros este.
• Javier Canales Torres, mayor, casado una vez, abogado, cédula Nº 5-100553, vecino de Liberia, dirección del ICE 300 metros oeste.
• Jorge Baltodano Guillen, mayor, viudo, empresario, cédula Nº 5-042-208, vecino de Liberia, dirección de los Tribunales de Justicia 75 metros oeste.
• María Felicia Ocampo Alvarado, mayor, viuda, farmacéutica, cédula Nº 5-142-922, vecina de Liberia, dirección de Superservicio 200 metros sur.
• Eida Fonseca Estrada, mayor, casada una vez, educadora pensionada, cédula Nº 5-059-257, vecina de Liberia, dirección del Restaurante Cuatro Mares 75 metros este.
Decimocuarto.—Que en expediente administrativo del archivo del Departamento de Catastro y Bienes Inmuebles (folio Nº 107); el señor Luis Roberto Clachar Rivas, aporta para prueba testimonial de su denuncia a los siguientes testigos, a saber:
• Pablo Rivas Espinoza, mayor, Topógrafo, vecino de Liberia.
• Néstor Gutiérrez Miranda, cédula Nº 5-142-158, agente de seguros, vecino de Liberia.
Decimoquinto.—Que el señor Luis Roberto Clachar, el día 11 de setiembre del 2007, presenta ante esta Institución solicitud de “Suspensión de la Audiencia señalada el día 11 de setiembre del año 2007”, siendo que lo alegado por el señor Clachar Rivas, era procedente, en esa misma fecha, se notifica a los señores Adolfo Rivas Muñoz y Luis Roberto Clachar Rivas respectivamente, sobre la solicitud planteada por señor Clachar Rivas, y prorrogando y notificando la audiencia pública para el día 13 de setiembre del 2007.
Decimosexto.—Que el señor Luis Roberto Clachar Rivas, presenta ante la Unidad de Catastro y Bienes Inmubles; solicitud de nulidad de la notificación con fecha del 11 de setiembre del 2007, OF.CAT-286-2007, donde se fija la fecha de la Audiencia para el día 13 de septiembre de 2007.
Decimosétimo.—Que el día 13 de setiembre del 2007, situados en la propiedad cuya naturaleza está en discusión; el Ing. Alejandro J. Campos Bogantes cédula 2-546-932 en su calidad de Encargado del Departamento de Catastro y Bienes Inmuebles, y por ende Órgano Director del Proceso Ordinario Administrativo por supuesto cierre, de un tramo de la calle pública número 12, de Liberia, Guanacaste, procede a cumplir con el procedimiento dispuesto en el artículo 33 de la Ley General de Caminos Públicos, estando presente además, en la audiencia señalada, los señores Lic. Adriana Chavarría Machado, cédula Nº 5-307-434, Asesora Legal, Lic. Cristina Gutiérrez Chávez, cédula Nº 1-916-546, Asesora Legal, Nelson Cascante Arce, cédula 1-969-583, abogado del Concejo Municipal, Adolfo Rivas Muñoz cédula 5-076-881, representado por su abogado, Lic. Hugo Zúñiga Clachar. En cuanto al denunciante señor Luis Roberto Clachar Rivas, cédula 5-161-479, este se apersonó junto con su abogado representante Lic. Daniel Martínez Espinoza y los testigos aportados por él, sin embargo no comparecieron a la audiencia que se llevó a cabo en el lugar en disputa, en un inmueble edificado al fondo de la propiedad, toda vez que decidieron no acudir al lugar mencionado por lo que no estuvieron presente por decisión propia durante la audiencia. En el sitio se procedió a levantar información de la situación actual y anterior del supuesto camino, que se hizo constar mediante declaración de tres testigos. Así mismo se recibió prueba documental aportada por los presentes con relación a la que situación actual y comportamiento que haya tenido años atrás, la porción de terreno en estudio.
Decimoctavo.—Que el Ing. Alejandro J. Campos Bogantes, cédula 2-546-932, en calidad de Encargado del Departamento de Catastro y Bienes Inmuebles, y Órgano Director del Proceso Ordinario Administrativo por supuesto cierre de un tramo de la calle pública número 12 en Liberia, Guanacaste, procede a realizar del Informe Técnico, contemplado en el artículo 33 de la Ley General de Caminos Públicos.
Decimonoveno.—Que en el proceso se han observado las prescripciones de Ley y no hay nulidad procesal defectuosa.
Considerando:
I.—Hechos no probados. De relevancia se tienen como hechos no probados en el presente proceso:
1. Que en el supuesto Camino Público, haya estado abierto al servicio público o de particulares por más de un año; de acuerdo al artículo Nº 33 de la Ley General de Caminos Públicos.
II.—Hechos probados. De relevancia se tiene como hechos probados para la decisión de este asunto lo siguiente:
1. Que existe denuncia en le oficina de Catastro y Bienes Inmuebles de esta Municipalidad por parte del señor Luis Roberto Clachar Rivas, denunciando el cierre de un supuesto tramo de la calle 12 entre avenidas 0 y 1; hecho esto con fecha del 08 de marzo del 2007, adjuntando a ésta una serie de documentos sobre la existencia de este tramo de calle y solicitándole a la Administración Municipal se inicie el Proceso contemplado en la Ley General de Caminos Públicos.
2. Que el terreno en estudio ha existido desde mucho tiempo atrás, y durante todo este tiempo ha sido utilizado y manejado como un bien privado; no se tiene registro que sobre éste se haya dado el paso de particulares para trasladarse desde la avenida 0 a la avenida 1. Véase al respecto las manifestaciones de los testigos en la Audiencia Pública del 13 de setiembre del 2007; de dichas manifestaciones rescatamos en lo que interesa: señor Joaquín Muñoz Bustos, cédula 5-054-611: “…Ahí dicen que soy vecino hace 80 años cumplidos de los viejos vecinos Liberianos he vivido toda mi vida en ese barrio y he tratado toda mi vida primero por esta calle que ahora se llama 25 de Julio… yo vi cuando don Elías Baldioseda hizo sembrar esas dos hileras de mango lado a lado de esta avenida 25 de Julio, pero si recuerdo que a lo largo de esta avenida 25 de Julio que esta al frente por los menos metro a metro había un árbol de mango para dar sombra y solo a los transeúntes no había en esos tiempos remotos ninguna calle transversal en esta área donde estamos ahora realizando esta actividad… había además construida desde los años 35 y 36 de este siglo; una zanja protegida con cunetas de cemento y lateralmente también de cemento con baldosas de modo que ni carros, ni carretas tenían posibilidad de transitar por ahí ,en caso de que don Adolfo les hubiera dado permiso de pasar… En síntesis primero de don Luis Rivas y segundo de don Adolfo recuerdo que esta área ha estado siempre bajo dominio privado y yo cuando ya tuve un carro no he encontrado donde parquearme en la avenida 25 de Julio venia siempre respetuoso a pedirle permiso al dueño para dejar aquí mi carrito mientras hacia mis mandados. Agrego que aquí donde estamos exactamente en este punto había árboles algún, nancites, unos Caraos y hasta Limón dulce…”, manifiesta por su parte el señor Javier Canales Torres, cédula 5-100-553: “…Desde 1955, conozco este potrero que era de don Luis Rivas papá de don Adolfo, tenía cerca de alambre de púas, un tejar donde esta la tienda Elizabeth y lo atravesaba el canal RoqueFeller pasaba por el pulmitan y atravesaba el terreno por donde nos encontramos Noreste a Suroeste de un metro y medio de ancho y medio de profundidad la zanja RoqueFeller era el drenaje de Liberia. Esto por cuanto pasaba todos los días a aguar bestias al Capulín… En 1961 y 1962 pasaba todos los días mañana, tarde estudiaba en la Escuela Capulín (normal de Capulín), pasaba por la Avenida 25 de Julio calle tierra al frente puesto que está no existía la Avenida primera no existía la 25 de Julio era de tierra y tenia cerca por el rumbo sur con una puerta falsa y que estaba cercado a lindero Norte donde nos encontramos… En 1967 mas o menos se construyo esta casa donde habita don Adolfo y Lusmilda me recuerdo porque fuimos compañeros en la escuela normal y ella iba un año antes siempre estaba abierta esa zanja. Digo eso porque era imposible que pasaran peatones, carretas, bicicletas, personas que atravesaran la zanja y además estaba la cerca… En 1984 fui juez del Tribunal Superior Suplente, el edificio que se encuentra al costado Este de lote en estudio. Yo metía el carro por el costado Sur lo guardaba en el parqueo de los Tribunales que esta al costado oeste de ese edificio, por ahí pasaba gente a pie y en bicicleta, pero por este lote del que estamos hablando No pasaba gente porque estaba con cerca del alambre al norte y por el sur el otro lindero había alambre portón de madera en esa época… en 1987 ingresé al club de Leones de de Liberia. Adolfo y Lusmilda eran miembros del club, Lusmilda esposa de don Adolfo. Nos reuníamos los viernes y aquí se hacían las reuniones cuando les tocaba ser anfitriones a ellos. Estaba construido este rancho, por el rumbo norte estaba cercado con alambres y tenía una enredadera que se llama: Bellísima, estaba muy tupida costaba ver en la noche los carros pasar. Recuerdo un árbol adulto de marañón y un cítrico que se encontraban por cerca norte contiguo al rancho donde nos encontramos actualmente… Entrábamos en carro por el costado sur sobre la Avenida 25 de Julio allí había una cerca con un portón de metal que este se encuentra al costado Norte del terreno, esta faja de terreno no se distinguía del resto del inmueble de don Adolfo, porque era un jardín con frutales y céspedes…”.
Por otra parte manifiesta la señora Eida Fonseca Estrada, cédula 5-059-257 en lo que interesa “…Yo creo que para entender aunque ya se ha dicho, quiero decirle para empezar un dato: que tengo licencia para manejar desde hace 48 años la saque en 1959 desde entonces ando en carro siempre para ir a la finca íbamos por la avenida central 25 de Julio íbamos a la chácara, hicimos una casa por el resguardo y posteriormente abrieron esta avenida primera entonces usábamos indistintamente las dos y en relación con este asunto de tengo memoria, me acuerdo desde que se hizo la primer casa donde esta Mundo Mágico ahí quitaron un corral e hicieron la casa, la casa era de Doña Elna Rivas hermana de don Adolfo esa casa la alquilo el Doctor Piedra un Microbiólogo por los 60- 63 alquilada a Doña Elina a ese laboratorio vine varias veces porque tenia niños pequeños venia hacer exámenes laboratorio… Siempre la única entrada era por aquí donde esta la construcción ahora, el portón era el que esta ahora aquí al norte, se encontraba con lado sur del terreno como único acceso. Además doña Lusmilda y Adolfo, además de amigos, compañeros por muchos años en la cámara ella era mi costurera, yo venia por ella me hacia los vestidos, además son los padres de los compañeros de mis hijos ellos venían a jugar a las fiestas…, Lusmilda fue mi alumna en la Escuela Normal. Pasaron los años estuvo el club de Carazo en el lugar donde ahora se encuentra Mundo Mágico, traíamos el carro y se parqueaba en el terreno donde estamos ahora. Fecha mas cercana asumí un litigio en la corte sobre mi casa, venia y pedía permiso para dejar el carro guardado aquí. El litigio aproximadamente por el año 2000… había un portón que pudiera forzarlo y abrirlo y si nosotros que nos sentíamos cercanos a ellos salíamos por allá por el sur, no creo que nadie mas en aquellos tiempos la gente era muy respetuosa…”.
3. Que existe la finca Folio Real Matrícula 5-52591-000, plano catastrado G-529551-1984, propiedad de Adolfo Rivas Muñoz cédula Nº 5-076-881, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble (terreno en discusión).
4. Que en escritura número dos mil ciento treinta y uno, iniciada al folio sesenta y ocho frente, del tomo décimo cuarto, del protocolo del Lic. Hugo Zúñiga Clachar; la señora Paz Muñoz Rovira cédula 5-008-8918, vende a Adolfo Rivas Muñoz cédula 5-076-881, finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, Partido de Guanacaste, al tomo mil ochocientos veinte, folio quinientos cincuenta y seis, número diecisiete mil seiscientos treinta y seis, asiento nueve, plano catastrado G-529551-1984 (terreno en discusión); descrito como terreno de potrero.
5. Que los planos catastrados: G-2608-1967, G-2568-1964, G-3263-1967 y G-2608-1967; todos elaborados por el Topógrafo Pablo Rivas Espinoza; indican colindancia con el tramo de terreno que hoy está en discusión; describiéndolo como “calle 12”, sitio donde se localiza la porción de terreno que con el plano catastrado G-529551-84, se inscribe la finca Folio Real Matrícula 5-52591-000 a nombre de Adolfo Rivas Muñoz cédula Nº 5-076-881.
6. Que a la fecha del 06 de marzo del 2007, el informe registral de la finca Folio Real 5-18518-000, propiedad de Adolfo Rivas Muñoz cédula 5-076-881 (finca en la que se localiza la casa de habitación del señor Rivas), indicaba en su colindancia este “calle pública”. A la fecha de la presente resolución, el informe Registral indica por esa colindancia con el señor “Adolfo Rivas Muñoz”.
7. Que el plano G-220571-1994 (finca Folio Real 5-18518-000), modifica para rectificar área, al plano catastrado G-2608-1967, eliminándose en su lindero este la colindancia que en el plano G-2608-67 indica; “calle 12”.
8. Que en diferentes documentos públicos; se verifica que la Municipalidad de Liberia a través de los tiempos ha manejado el criterio de que el terreno en estudio es privado e inclusive ha mostrado en múltiples ocasiones interés en su expropiación para habilitarlo como continuación de la calle número 12. Tal es el caso de los siguientes documentos:
Acuerdo 6, inciso 6) de la sesión ordinaria 02-2007, Moción presentada con fecha del 19 de febrero del 2007 por el señor Amed Loáciga Guillén a fin de solicitar avalúo ante Hacienda del terreno en estudio, oficio Nº OF.DCU # 22-01-2007 presentado por el Ing. Edwin Marín Ugarte, dictamen de la Lic. Adriana Cavaría Machado con fecha del 26 de febrero del 2007, Modificación al presupuesto nacional de Costa Rica, Ley número 7719, página 389 en donde la Municipalidad incluye una partida específica para compra de terreno para darle continuidad a calle 12 (con fecha del 24 de noviembre de 1997), Dictamen del señor Daniel Martínez Espinoza entonces Jefe de Catastro oficio VBIC-65-99 (consta en el acta municipal de la sesión Nº 23-99 del 7 de febrero de 1999) determinando que la porción de terreno en estudio es privada.
9. Que la Cartografía Oficial Nacional emitida por el Instituto Geográfico Nacional desde el año 1970; no se describe la existencia de la porción de terreno en estudio como calle pública.
10. Que años atrás (antes de que se hiciera el alcantarillado pluvial de la Ciudad de Liberia), existía una red de drenajes mediante canales abiertos, patrocinados por la Fundación Rokefeller. Uno de estos canales atravesaba parcialmente el terreno en estudio, lo cual en su momento y mientras duró su vida útil (no se precisa la fecha exacta) debió impedir que se diera un tránsito fluido y ágil sobre el terreno en estudio.
III.—Sobre el fondo. Una vez valorados los hechos de relevancia para esta resolución, se considera que no es procedente conforme a la Ley General de Caminos Públicos, Nº 5060, artículos 32 y 33, la reapertura de la supuesta continuación de la calle 12, denunciado ante el Departamento de Catastro y Bienes Inmuebles por el señor Luis Roberto Clachar Rivas. El señor Luis Roberto Clachar Rivas cédula Nº 5-161-479, presentan denuncia ante esta Municipalidad; nota con fecha del 08 de marzo de 2007, donde exponen situación de supuesto cierre de camino público en Liberia Centro, propiamente del cierre del supuesto tramo de calle 12 entre avenidas 0 y 1, llevado hecho llevado acabo por el señor Adolfo Rivas Muñoz, cédula 5-076-881, vecino de Liberia, Guanacaste. Con base en lo anterior la Municipalidad de Liberia procede a realizar el estudio respectivo tanto en la base de datos del Registro Nacional, como en la base de datos del Departamento de Catastro de la Municipalidad de Liberia y documentación aportada por las partes involucradas, misma que consta en autos aportada como prueba documental, así como la prueba testimonial ofrecida por los señores Adolfo Rivas Muñoz, representado por su abogado, Lic. Hugo Zúñiga Clachar y Luis Roberto Clachar Rivas, representado por su abogado Lic. Daniel Martínez Espinoza, así como inspección de campo al sitio, todo lo anterior tendiente a determinar la verdad real de los hechos denunciados. De la investigación se logró determinar que el señor Adolfo Rivas Muñoz, cédula 5-076-881, es propietario registral de la finca Folio Real Matrícula 5-52591-000, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, bajo el sistema Folio Real, en el Partido de Guanacaste; situada en Liberia, Guanacaste, contiguo al almacén Mundo Mágico; plano catastrado número G-529551-1984.
Según consta en el expediente, el Departamento de Catastro efectuó inspección de campo y ejecutó las diligencias de notificación a los interesados en dicho proceso a fin de que se apersonaran a la Audiencia Pública, que señala la Ley General de Caminos Públicos, artículo 33, con el fin de recibir la prueba testimonial y documental, misma que tuvo lugar el día 13 de setiembre del 2007, donde se recopiló la prueba testimonial y documental correspondiente. De la prueba testimonial que a la fecha consta en el expediente administrativo que se lleva de este procedimiento, se logra determinar que el terreno en estudio no ha estado por más de un año abierto al servicio público. Según versión de los tres de testigos, vecinos de Liberia, presentes en la audiencia pública celebrada de conformidad con el artículo 33 de la Ley de Caminos Públicos dicho camino nunca ha existido, tal es el caso del señor Joaquín Muñoz Bustos, que en lo interesa dijo: (…) yo vi cuando don Elías Baldioseda hizo sembrar esas dos hileras de mango lado a lado de esta avenida 25 de Julio, pero si recuerdo que a lo largo de esta avenida 25 de Julio que esta al frente por los menos metro a metro había un árbol de mango para dar sombra y solo a los transeúntes no había en esos tiempos remotos ninguna calle transversal en esta área donde estamos ahora realizando esta actividad… había además construida desde los años 35 y 36 de este siglo; una zanja protegida con cunetas de cemento y lateralmente también de cemento con baldosas de modo que ni carros, ni carretas tenían posibilidad de transitar por ahí ,en caso de que don Adolfo les hubiera dado permiso de pasar… (…), por otro lado, el señor Javier Canales Torres en lo que interesa manifestó: “…Desde 1955, conozco este potrero que era de don Luis Rivas papá de don Adolfo, tenía cerca de alambre de púas, un tejar donde esta la tienda Elizabeth y lo atravesaba el canal RoqueFeller pasaba por el pulmitan y atravesaba el terreno por donde nos encontramos Noreste a Suroeste de un metro y medio de ancho y medio de profundidad la zanja RoqueFeller era el drenaje de Liberia. Esto por cuanto pasaba todos los días a aguar bestias al Capulín… En 1961 y 1962 pasaba todos los días mañana, tarde estudiaba en la Escuela Capulín (normal de Capulín), pasaba por la Avenida 25 de Julio calle tierra al frente puesto que está no existía la avenida primera no existía la 25 de Julio era de tierra y tenia cerca por el rumbo sur con una puerta falsa y que estaba cercado a lindero norte donde nos encontramos… Entrábamos en carro por el costado sur sobre la Avenida 25 de Julio allí había una cerca con un portón de metal que este se encuentra al costado Norte del terreno, esta faja de terreno no se distinguía del resto del inmueble de don Adolfo, porque era un jardín con frutales y céspedes…”. Así también, la señora Eida Fonseca Estrada en lo que interesa indicó: “…Siempre la única entrada era por aquí donde esta la construcción ahora, el portón era el que esta ahora aquí al norte, se encontraba con lado sur del terreno como único acceso… había un portón que pudiera forzarlo y abrirlo y si nosotros que nos sentíamos cercanos a ellos salíamos por allá por el sur, no creo que nadie mas en aquellos tiempos la gente era muy respetuosa…”. Así pues, las manifestaciones de dichos testigos fueron coincidentes en indicar que el terreno de marras nunca ha estado abierto al servicio público. Con respecto a la prueba documental no se omite manifestar que existe información Catastral y Registral sobre la existencia en el sitio donde ahora se localiza la finca Folio Real 5-52591-000, acerca del supuesto tramo de la calle Nº 12 de Liberia, así como también existe ese mismo tipo de documentos que indican que la misma es propiedad privada.
La Sala Constitucional considera que se ha reconocido un derecho del Estado y de las Municipalidades específicamente, para limitar el derecho de propiedad privada, en virtud de lo que se ha denominado la planificación urbana. S.C.V. 5504-02. Este punto fue considerado por la Sala Constitucional, en sentencia Nº 6706-93, de las quince horas veintiún minutos del veintiuno de diciembre de mil novecientos noventa y tres, en la que indicó:
“II.—La Sala estima que la potestad atribuida a los gobiernos locales para planificar el desarrollo urbano dentro de los límites de su territorio sí integra el concepto constitucional de “intereses y servicios locales” a que hace referencia el artículo 169 de la Constitución, competencia que fue reconocida por la Ley de Planificación Urbana (Número 4240 del 15 de noviembre de 1968, reformada por Leyes Número 6575 de 27 de abril de 1981 y Número 6595 de 6 de agosto de ese mismo año), específicamente en los artículos 15 y 19 que literalmente establecen:
Artículo 15.—Conforme al precepto del artículo 169 de la Constitución Política, reconócese la competencia y autoridad de los gobiernos municipales para planificar y controlar el desarrollo urbano, dentro de los límites de su territorio jurisdiccional. Consecuentemente, cada uno de ellos dispondrá lo que proceda para implantar un plan regulador, y los reglamentos de desarrollo urbano conexos, en las áreas donde deba regir, sin perjuicio de extender todos o algunos de sus efectos a otros sectores, en que priven razones calificadas para establecer un determinado régimen contralor.
Artículo 19.—Cada Municipalidad emitirá y promulgará las reglas procesales necesarias para el debido acatamiento del plan regulador y para la protección de los intereses de la salud, seguridad, comodidad y bienestar de la comunidad”.
Dichos artículos se limitan a reconocer la potestad a las municipalidades para planificar el desarrollo urbano local dentro de los límites de su territorio y la imposición de limitaciones a la propiedad en virtud de la promulgación de reglamentos o planes reguladores y haciendo efectiva la normativa que para el efecto dicte la Dirección de Urbanismo –adscrita al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo- y la Oficina de Planificación (hoy Ministerio de Planificación y Política Económica), como institución encargada de la planificación urbana en el nivel nacional. Ambos, son los órganos encargados de elaborar el Plan Nacional de Desarrollo Urbano, a través del cual, se fijan las políticas generales sobre el crecimiento y desarrollo de las áreas urbanas. Además, la Dirección de Urbanismo funciona como órgano asesor de las municipalidades para los efectos de preparar, aplicar y modificar el Plan Regulador municipal o local y sus Reglamentos antes de su adopción definitiva.
Con respecto al procedimiento para la apertura de la calle pública, esta Administración considera que los poderes atribuidos a la Municipalidad en cuanto a su Jurisdicción, y que en realidad son los únicos que pueden indicar si una calle o no (sic) se considera pública, en cuanto a la definición acertada que se ha dado en los últimos dictámenes jurídicos de la Procuraduría General de la República para tenerla como de uso público, de uso privado y son por tanto los más indicados en determinar si una calle por su uso común y público se considera o no para todos los efectos de uso público. La determinación, tanto de si una calle o camino es público o privado, como de la eventual orden de reapertura, le corresponde al Ministerio de Obras Públicas y Transportes o bien a la Municipalidad del lugar, según la delimitación de competencias que realizan los artículos 1º, 2º, 32 y 33 de la Ley General de Caminos Públicos.”Se desprende que resulta necesaria la “disposición de la autoridad administrativa” para que un camino ostente la característica de público. La Ley General de Caminos Públicos dispone que nadie tendrá derecho a cerrar parcial o totalmente o estrechar cercando o edificando, caminos o calles entregados por ley o de hecho al servicio público o al de propietarios o vecinos de una localidad, por considerarse que están en juego intereses colectivos. También dispone la citada Ley que para la reapertura de la calle, la Municipalidad, por sí o a instancia de los funcionarios de caminos o de cualquier persona procederá a levantar información, de que dicho camino estaba abierto al servicio público o de particulares, ordenándose la reapertura del mismo de concluirse así en el procedimiento, como en el caso planteado ante el Departamento de Catastro y Bienes Inmuebles, sobre supuesto cierre de calle pública. Dicha audiencia que se realizó efectivamente, dado oportunidad al supuesto infractor de manifestar que considerara conveniente en su defensa, lo mismo al Denunciante. Una vez realizada la audiencia, con el consecuente estudio del expediente administrativo y del análisis de toda la prueba que el consta, la Municipalidad procede a dictar el acto final, según lo que se concluya de dicho procedimiento. Por tanto,
Con fundamento en los hechos, prueba documental y testimonial, inspecciones de campo efectuadas por el Departamento de Catastro y Bienes Inmuebles, citas de derecho y jurisprudencia antes expuestos, conforme a lo que establecen los artículos 32 y 33 de la Ley General de Caminos Públicos, habiéndose demostrado durante el proceso que el camino no ha estado abierto al servicio público por mas de un año, según consta en prueba testimonial; además de la prueba documental en la que se indica tal naturaleza de la porción de terreno, por lo que conforme a la Ley de Caminos Públicos, dicho camino no es de carácter público. Por todo lo antes expuesto se resuelve desestimar la denuncia del cierre de un supuesto tramo de la calle 12 entre avenidas 0 y 1, con fecha del 8 de marzo del 2007, presentada por el señor Luis Roberto Clachar Rivas, por ser esta porción de terreno, propiedad privada, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Folio Real Matrícula 5-52591-000. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial. Notifíquese.
Carlos Luis Marín Muñoz, Alcalde Municipal.—1 vez.—(31577).
En La Gaceta 153 del día 10 de agosto del 2006, en la página 4, en Acuerdo 119-06-MG, en el artículo 2 in fine hubo un error material, por lo que debe leerse así:
Artículo 1º—Designar a las siguientes personas como miembros del Consejo Nacional de Migración: por el Ministerio de Seguridad Pública: titular Osvaldo Alpízar Núñez, cédula de identidad Nº 2-981-330, suplente Rigoberto Rodríguez Sojo, cédula de identidad Nº 2-268-623; por el Ministerio de Gobernación y Policía: titular Ana Eugenia Durán Salvatierra, cédula de identidad Nº 1-633-150, suplente Gerardo Jiménez Thomas, cédula de identidad Nº 3-221-361; por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto: titular Carmen Claramunt Garro, cédula de identidad Nº 1-562-424, suplente Xinia Vargas Mora, cédula de identidad Nº 6-143-497; por el Ministerio de Justicia y Gracia: titular Iván Dumani Sáenz, cédula de identidad Nº 1-721-895, suplente Max Loría Ramírez, cédula de identidad Nº 1-1086-408; por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social: titular Guillermo Matamoros Carvajal, cédula de identidad Nº 1-548-562, suplente Johnny Ruiz Arce, cédula de identidad Nº 1-456-787; por el Instituto Costarricense de Turismo: titular Gustavo Alvarado Chaves, cédula de identidad Nº 1-938-314, suplente Jorge Monge Rojas, cédula de identidad Nº 1-389-574 y por la Dirección General de Migración y Extranjería: titular Mario Zamora Cordero, cédula de identidad Nº 2-449-150, suplente Xinia Sossa Siles, cédula de identidad Nº 1-858-647.
San José, 27 de noviembre del 2007.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía, Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 45975-Migración).—C-13220.—(34048).