Nº 34459-MINAE
MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA
MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL
JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA
De conformidad
con los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146, de
Considerando:
I.—Que
II.—Que dicha actividad pretende
ser un excelente escenario para conocer la gestión de
III.—Que es importante que dicha actividad sea apoyada por las diferentes instancias tanto públicas como privadas, a fin de garantizar su éxito y con ello ofrecer un espacio para que los profesionales del sector accedan con este programa intensivo de dos días, a conocer los últimos avances tecnológicos en lo que a procesos industriales de mayor eficiencia se refiere. Por tanto,
Decretan:
Declaratoria de Interés Público y Conveniencia Nacional del VIII Congreso Costarricense de Ingeniería de Mantenimiento
Artículo 1°—Declárese de Interés Público y Conveniencia Nacional el VIII Congreso Costarricense de Ingeniería de Mantenimiento, a celebrarse en el Hotel Ramada Plaza Herradura, los días 24 y 25 de abril del 2008.
Artículo 2°—Las instituciones nacionales, públicas y privadas brindarán en la medida de sus posibilidades la colaboración y facilidades que estén a su alcance, sin que se menoscaben las funciones propias, para la realización del congreso.
Artículo 3°—Rige a partir de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro del Ambiente y Energía, Roberto Dobles Mora.—1 vez.—(D34459-35528).
Nº 090-2008-MSP
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en
el artículo 146 de
Considerando:
Único.—Que por el regreso del titular del puesto número 094048, clase Oficinista 4, se hace indispensable cesar el nombramiento interino de la funcionaria que ocupa en la actualidad el puesto mencionado. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1º—Cesar
el nombramiento interino en el puesto Nº 094048, clase Oficinista
Artículo 2º—Rige a partir del 1º de marzo del 2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 17364).—C-12560.—(33538).
Nº 096-2008-MSP
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en
el artículo 146 de
Considerando:
Único.—Que por el
regreso del titular del puesto número 004619, clase Oficinista
ACUERDAN:
Artículo 1º—Cesar
el nombramiento interino en el puesto número: 004619, clase Oficinista
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de febrero del 2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 17364).—C-13880.—(33539).
Nº 098-2008 MSP
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en
las atribuciones conferidas por el artículo 146 de
Considerando:
Artículo 1º—Que
mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 116-2007-MSP, del 27 de marzo del 2007, publicado
en el Diario Oficial
ACUERDAN:
Artículo 1º—Dejar sin efecto el nombramiento ad honórem del señor Gerardo Fait Meza, cédula 9-085-296, dispuesto mediante Acuerdo Ejecutivo N° 116-2007-MSP.
Artículo 2º—Rige a partir del 3 de diciembre del 2007.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 17364).—C-13880.—(33540).
Nº 117-2008-MSP
EL PRESIDENTE DE
Y El MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en
el artículo 146 de
Considerando:
Único.—Que por el
regreso del titular del puesto número 054937, clase Operador Equipo Móvil
ACUERDAN:
Artículo 1º—Cesar
el nombramiento interino en el puesto número 054937, clase Operador Equipo
Móvil
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de marzo del 2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 17369).—C-13220.—(33541).
Nº 135-2008-MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en
las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de
Considerando:
1º—Que se ha
recibido cordial invitación, por parte del Departamento de Defensa de
2º—Que el objetivo del curso es reunir autoridades responsables del área centroamericana.
3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho evento. Por tanto,
ACUERDA:
Articulo
1º—Autorizar al señor Rafael Ángel Gutiérrez Gómez, cédula de identidad Nº
1-288-607, Viceministro de Seguridad Pública, para asistir a la actividad
denominada “Conferencia Académica sobre el Proceso de formación de civiles para
la gestión de la defensa de los países de
Artículo 2º—Todos los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje y alimentación del participante serán cubiertos por el Centro de Estudios Hemisféricos de Defensa (CHDS por sus siglas en inglés).
Artículo 3º—Que durante los días del 8 al 12 de abril del 2008, en que se autoriza la participación de este funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 08 de marzo al 12 de abril del 2008.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública a los once días del mes de marzo del dos mil ocho.
Lic. Fernando Berrocal Soto, Ministro de Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 17364).—C-19820.—(33542).
Nº 136-2008 MSP
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en
las atribuciones conferidas por el artículo 140 inciso 1); artículo 146 de
Considerando:
Único.—En oficio número 01538-2008-DRH se solicita cese de nombramiento interino del funcionario Gilberth Jiménez Jiménez, cédula número 1-992-490, lo anterior por cuando no superó el periodo de prueba, de acuerdo a las razones expuestas en el Formulario de Evaluación efectuada el 06-03-2008; no se considera apto para ingresar al Régimen de Servicio Civil. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1º—Cesar
el nombramiento interino en el puesto No.040243, clase Profesional de Servicio
Civil
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de marzo del 2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública, Lic. Fernando Berrocal Soto.—1 vez.—(Solicitud Nº 17369).—C-14540.—(33543).
Nº 137-2008 MSP
EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
Con fundamento en
las atribuciones conferidas por el artículo 28 inciso 1) de
Considerando:
1º—Que se ha
recibido cordial invitación, por parte del Programa de Apoyo a
2º—Que el objetivo del curso es sistematizar, refrescar y homologar información y conocimientos sobre derechos humanos y derechos de las personas con discapacidad, lo mismo que sobre desarrollo inclusivo o incidencia política.
3º—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho evento. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Autorizar al señor Jesús María Hernández Hernández, cédula de identidad
número: 1-593-270, Presidente de
Artículo 2º—Todos los gastos por
concepto de transporte aéreo, hospedaje, alimentación del participante serán
cubiertos por el Programa de Apoyo a
Artículo 3º—Que durante los días del 6 al 12 de abril de 2008, en que se autoriza la participación de este funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 06 al 12 de abril de 2008.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los doce días del mes de marzo del dos mil ocho.
Lic. Fernando Berrocal Soto, Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 17364).—C-21140.—(33544).
Nº 017-MEIC-2008
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
En uso de las
facultades conferidas en el 1) del artículo 140 y el artículo 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad a los siguientes funcionarios según se indica:
Clase
Cédula Nombre de puesto Puesto Nº Rige
01-0496-0195 Roberto Segura Méndez Agente de Seguridad
y Vigilancia 1 017290 16/02/2008
01-0923-0254 Karen Mora Odio Trabajador de Servicios
Generales 021643 18/02/2008
01-1245-0979 Wendy Jiménez Palacios Profesional del Servicio
Civil 2 351071 01/03/2008
03-0353-0085 Alejandra Valerín Berrocal Profesional del Servicio
Civil 2 351073 01/03/2008
Artículo 2º—Los nombramientos antes indicados rigen a partir de las fechas antes mencionadas.
Dado en
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Economía, Industria y Comercio, Marco A. Vargas Díaz.—1 vez.—(Solicitud Nº 15957).—C-14760.—(34622).
Nº 021-MEIC-2008
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en
los artículos 140 inciso 2) y 146 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el Estado al servidor Jesús Felipe Herrera Herrera, cédula de identidad Nº 2-526-638, quien ocupa el puesto número 098823, Técnico en Informática.
Artículo 2º—El presente acuerdo de despido, rige a partir del 16 de abril del 2008.
Dado en
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Economía, Industria y Comercio, Marco A. Vargas Díaz.—1 vez.—(Solicitud Nº 15953).—C-14540.—(34492).
Nº 024-2008-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en
lo dispuesto por los artículos 25, 27 y 28 de
Considerando:
I.—Que como
autoridad nacional competente en materia de política de competencia, es de
interés para el país y para el Ministerio de Economía, Industria y Comercio,
participar en la “III Ronda de Negociaciones para el Acuerdo de Asociación
entre Centroamérica y
II.—Que dicha Ronda de Negociaciones, se llevará a cabo en El Salvador, del 14 al 18 de abril de 2008, ambos días inclusive.
III.—Que en el Acuerdo de
Asociación entre Centroamérica y
IV.—Que el objetivo de la
participación es procurar que dicha negociación se traduzca en el fortalecimiento
del sector productivo y de las políticas e instrumentos comerciales a nivel
multilateral. Especialmente, aquellos vinculados al proceso de integración
económica intra-regionales, que garanticen una mayor inversión y competitividad
al país y a
ACUERDAN:
Artículo
1º—Autorizar la participación de la señora Marietta Arias Ramírez, portadora de
la cédula de identidad número 1-600-408, funcionaria del Ministerio de
Economía, Industria y Comercio en el cargo de Profesional del servicio Civil 2,
para que viaje a El Salvador, del día lunes 14 de abril y hasta el miércoles 16
de abril del 2008; y participe en calidad de representante del país en
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, alimentación, hospedaje, así como cualquier otro gasto por concepto de transporte para traslado en el interior del país y del país visitado, serán cubiertos por el Programa Presupuestario 219-Dirección General de Pequeña y Mediana Empresa, del Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Correspondiéndole a la funcionaria por concepto de viáticos la suma de US $ 314 (Trescientos catorce dólares).
Articulo 3º—Que la funcionaria devengará el 100% de su salario durante su ausencia.
Articulo 4º—Rige a partir del lunes 14 de abril de 2008 y hasta su regreso el día miércoles 16 de abril de 2008.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio en la ciudad de San José al ser los 10 días del mes de abril del año dos mil ocho.
Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 15956).—C-34340.—(34624).
Nº 025-2008-MEIC
EL MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en
lo dispuesto por los artículos 25, 27 y 28 de
Considerando:
1. Que como
Autoridad Nacional competente en materia de instrumentos de defensa comercial,
es importante para los intereses del país, participar en la “III Ronda de
Negociaciones” en el marco del proceso referente al Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y
3. Que las sesiones de trabajo de dicha ronda se llevarán a cabo en El Salvador, en la semana del 14 al 18 de abril. No obstante, los temas relacionados con instrumentos de defensa comercial se analizarán durante los días 17 y 18 de abril.
5. Que el objetivo de la
participación en la “III Ronda de Negociaciones” con
ACUERDAN:
Artículo
1º—Autorizar la participación de
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, estadía, alimentación, hospedaje, e impuestos, así como cualquier otro gasto necesario, serán cubiertos por el Programa 215 Actividades Centrales del Ministerio de Economía, Industria y Comercio. Le corresponde a la funcionaria por concepto de viáticos la suma de US$ 313,76 (trescientos trece dólares con setenta y seis centavos).
Artículo 3º—Que durante los días en que se autoriza la participación de la funcionaria Guillén Mora devengará el 100% de su salario durante su ausencia.
Artículo 4º—Rige a partir del 16 de abril y hasta su regreso el día 18 de abril de 2008.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio en la ciudad de San José al ser los diez días del mes de abril del año dos mil ocho.
Publíquese.—Marco A. Vargas Díaz, Ministro de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—(Solicitud Nº 15955).—C-25740.—(34625).
Nº 054
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en
lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20) y 146 de
Considerando:
1º—Que es de
interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes el XXXV Seminario
Internacional de Presupuesto Público, donde se abordarán temas relevantes en
2º—Que la participación de las
Licenciadas María Esther Céspedes Morales y Jane Berrocal Barquero, será de
provecho para
ACUERDAN:
Artículo
1º—Designar a la licenciada María Esther Céspedes Morales, cédula Nº 2-340-097
Oficial Presupuestal del este Ministerio y a la licenciada Jane Berrocal
Barquero, cédula Nº 1-574-812, Jefe del Departamento de Formulación y
Evaluación Presupuestaria de
Artículo 2º—Los gastos de alimentación. y hospedaje de las funcionarias María Esther Céspedes Morales y Jane Berrocal Barquero durante los días del 03 al 11 de mayo del 2008 serán cubiertos con recursos del MOPT en el programa 326-05-03 y en la subpartida 10504, por un monto de $1.960.80 dólares americanos para cada una, para un total de $ 3.921.60
Por la subpartida 10503, se reconocerá para cada funcionaria el boleto Aéreo e impuesto de salida de Costa Rica y Brasil por la suma de $ 1.750.00 (mil setecientos cincuenta dólares exactos), así como el traslado de dichos funcionarios en Costa Rica (Residencia – Aeropuerto y Viceversa); por un monto máximo de $ 30 dólares Americanos, para un total de $ 1.780.00, para cada una, para un total de $ 3.560.00.
Los gastos de inscripción al Seminario serán de $ 300.00 Dólares Americanos para cada funcionaria, para un total de $ 600.00, los cuales serán cubiertos por medio de la subpartida presupuestaria 1.07.01 del programa presupuestario 326-05-03.
Artículo 3º—Que durante los días hábiles laborales del 05 al 09 de mayo del año 2008, en que se autoriza la participación de las funcionarias, María Esther Céspedes Morales y Jane Berrocal Barquero, en la actividad denominada XXXV Seminario Internacional de Presupuesto Público, en la ciudad de Brasilia – Brasil, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 03 de mayo y hasta su regreso el día 11 de mayo del 2008.
Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes a los 07 días del mes de abril del año 2008.
Karla González Carvajal, Ministra de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—(Solicitud Nº 15549).—C-29060.—(34493).
Nº 055
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en
lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20) y 146 de
Considerando:
1º—Que se es de
Interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes el XXXV Seminario
Internacional de Presupuesto Público, donde se abordarán temas de interés en
2º—Que la participación de
ACUERDAN:
Artículo
1º—Designar a
Artículo 2º—Los gastos de alimentación y hospedaje de la funcionaria Sylvia Jiménez Cascante durante los días del 03 al 11 de mayo del 2008 serán cubiertos con recursos del MOPT en el programa 326 Administración Superior, Área -Actividad 05-04, y en la subpartida 1.05.04, por un monto de $ 1.960,80 dólares americanos.
Por la subpartida 1.05.03, se reconocerá para la funcionaria el boleto Aéreo e impuesto de salida de Costa Rica y Brasil por la suma de $ 1.750,00 (dólares exactos), así como el traslado de dicha funcionaria en Costa Rica (Residencia – Aeropuerto y Viceversa); por un monto máximo de $30 dólares Americanos. Para un total de $1.780 dólares americanos en esta subpartida.
Los gastos de inscripción al Seminario serán de $ 300,00 Dólares Americanos, los cuales serán cubiertos por medio de la subpartida presupuestaria 1.07.01 del programa presupuestario 326- Administración Superior, Área – Actividad 05-04.
Artículo 3º—Que durante los días hábiles laborales del 05 al 09 de mayo del año 2008, en que se autoriza la participación de la funcionaria, MBA Sylvia Jiménez Cascante, en la actividad denominada XXXV Seminario Internacional de Presupuesto Público, en la ciudad de Brasilia – Brasil, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 03 de mayo y hasta su regreso el día 11 de mayo del 2008.
Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes a los 10 días del mes de abril del año 2008.
Karla González Carvajal, Ministra de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—(Solicitud Nº 15549).—C-29060.—(34494).
N° 058
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en
lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de
Considerando:
1º—Que es de
interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes el XXXV Seminario
Internacional de Presupuestos Públicos, donde se abordaron temas de interés en
2º—Que la participación de
ACUERDAN:
Artículo
1º—Designar a
Artículo 2º—Los gastos de alimentación y hospedaje de la funcionaria Monge Mora durante los días del 3 al 11 de mayo del 2008 serán cubiertos con recursos del MOPT en el programa 326 Administración Superior Actividad 05-01 y en la subpartida 1.05.04, por un monto de $1.960,80 dólares Americanos.
Por la subpartida 1.05.03, se reconocerá para la funcionaria el boleto Aéreo e impuesto de salida de Costa Rica y Brasil por la suma de $1.750,00 (dólares exactos), así como el traslado de dicha funcionaria en Costa Rica (Residencia-Aeropuerto y Viceversa); por un monto máximo de $30,00 dólares Americanos para un total de $1.780,00.
Los gastos de inscripción al Seminario serán de $ 300 dólares Americanos, los cuales serán cubiertos por medio de la subpartida presupuestaria 1.07.01 del Programa Presupuestario 326 Administración Superior Actividad 05-01.
Artículo 3º—Que durante los días hábiles laborales del 5 al 9 de mayo del año 2008, en que se autoriza la participación de la funcionaria, Yolanda Monge Mora, en la actividad denominada XXXV Seminario Internacional de Presupuestos Públicos, en la ciudad de Brasilia-Brasil, devengara el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 3 de mayo y hasta su regreso el día 11 de mayo del 2008.
Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los ocho días del mes de abril del dos mil ocho.
Karla González Carvajal, Ministra de Obras Públicas y Transportes.— 1 vez.—(Solicitud Nº 15549).—C-29060.—(34495).
N° 118-2008
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en
los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
Considerando:
I.—Que el señor
Francisco Eduardo Camargo, de único apellido en razón de su nacionalidad
estadounidense, mayor, casado, bancario, portador del pasaporte de su país
número 428619595, vecino de Estados Unidos de América, en su condición de
Gerente Tercero con facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma de
la empresa CITI BUSINESS SERVICES COSTA RICA S.
R. L., cédula jurídica número 3-102-516459, presentó solicitud para
acogerse al Régimen de Zonas Francas ante
II.—Que la instancia interna de
III.—Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto,
ACUERDAN:
1º—Otorgar el
Régimen de Zonas Francas a la empresa CITI
BUSINESS SERVICES COSTA RICA S. R. L., cédula jurídica Nº 3-102-516459
(en adelante denominada la beneficiaria), clasificándola como Industria de
Servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de
2º—La actividad de la beneficiaria consistirá en exportar servicios de centro de atención de consultas, procesamiento de información, servicios de apoyo administrativo e investigación de mercados para clientes dentro del mismo grupo económico. Se aclara que la empresa no realizará labores de intermediación financiera ni captación de recursos en Costa Rica.
3º—La beneficiaria operará en el Parque Industrial denominado Administradora de Parques Zona Génesis S. A., ubicado en la provincia de San José.
4º—La beneficiaria gozará de los
incentivos y beneficios contemplados en
Los plazos, términos y
condiciones de los beneficios otorgados en virtud de
Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que resulten aplicables.
5º—De conformidad con lo
dispuesto por el artículo 20 inciso g) de
Dicha beneficiaria sólo podrá
introducir sus servicios al mercado local, observando rigurosamente los
requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de
6º—La beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 50 trabajadores, a más tardar el 1º de noviembre del 2008. Asimismo, se obliga a realizar una inversión nueva inicial en activos fijos de al menos US $150.000,00 (ciento cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 01 de septiembre del 2008, así como a realizar y mantener una inversión mínima total de US $250.000,00 (doscientos cincuenta mil dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 01 de julio del 2009. Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del 92,54%.
PROCOMER
vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión nueva inicial en activos
fijos y la mínima total de la beneficiaria, de conformidad con los criterios y
parámetros establecidos por el Reglamento a
7º—Una vez suscrito el Contrato
de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de
uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las
operaciones productivas es el 01 de septiembre del 2008. En caso de que por
cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en
la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual
Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro retroactivo del canon, para lo cual PROCOMER tomará como referencia para su cálculo, las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva solicitud.
8º—La beneficiaria se obliga a
cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de Ambiente
y Energía y
9º—La beneficiaria se obliga a
presentar ante PROCOMER un informe anual
de operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses
siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada
a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al
Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades requeridas para
la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y de los
incentivos recibidos. Además, deberá permitir que funcionarios de la citada
Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren
oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las
obligaciones de
10.—En caso de incumplimiento por
parte de la beneficiaria de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes,
reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá
imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o
varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de
11.—Una vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.
Para el inicio de operaciones
productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá haber sido autorizada por
12.—Las directrices que para la promoción, administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con la citada Promotora.
13.—El uso indebido de los bienes
o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de Hacienda
proceda a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza las demás
acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios en
materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás sanciones que
establece
14.—La empresa beneficiaria se obliga
a cumplir con todos los requisitos de
15.—De conformidad con el
artículo 74 de
16.—Rige a partir de su comunicación.
Dado en
Comuníquese y publíquese.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de Comercio Exterior, Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez.—1 vez.—(34114).
Nº 180
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en
lo dispuesto por los artículos 140 inciso 1) y 146 de
Considerando:
I.—Que los
servidores que se dirán cumplen con los requisitos establecidos en el
artículo 65 de
II.—Que tales servidores aprobaron satisfactoriamente el curso Básico Policial, de conformidad con los artículos 117 y 119 del Reglamento General de Policía Penitenciaria.
III.—Que en
ACUERDAN:
Artículo 1º—Incluir dentro del régimen del Estatuto Policial a los siguientes funcionarios:
Funcionario Nº cédula
Artavia Cerdas Baudilio 1-592-688
Bustos Varela Eduardo 6-126-504
Calvo Segura Minor 1-798-925
Fernández Juárez Gonzalo 6-186-664
Jiménez Valverde Gabino 9-046-486
Mora Chaves José Antonio 6-179-286
Artículo 2º—Rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
Nº 198
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en
lo dispuesto por los artículos 140 inciso 1) y 146 de
Considerando:
I.—Que los
servidores que se dirán cumplen con los requisitos establecidos en el
artículo 65 de
II.—Que tales servidores aprobaron satisfactoriamente el curso Básico Policial, de conformidad con los artículos 117 y 119 del Reglamento General de Policía Penitenciaria.
III.—Que en las Sesiones número:
16-06 de 06 de julio del 2006 y 35-07 de 29 de noviembre del 2007, del Consejo
de Personal de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Incluir dentro del régimen del Estatuto Policial a los siguientes funcionarios:
Funcionario Nº Cédula
Céspedes Morera Gerardo 2-393-378
Chinchilla Castro Jorge 1-706-579
Díaz Guevara Carlos 1-665-538
Fallas Carvajal Elicinio Gerardo 1-541-651
Jiménez Aguilar Alexander 1-821-630
Leitón Hernández Alex Gerardo 2-499-639
López Barquero José Alfredo 6-320-501
Mena Ávalos Róger 9-090-854
Quesada Rojas William Gerardo 1-1016-266
Salgado Sánchez Guillermo 1-841-485
Vega Hidalgo Omar 1-771-360
Vindas Rojas Wenceslao 1-1097-682
Artículo 2º—Rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—
N° 194-07
EL PRESIDENTE DE
Y
En el ejercicio
de las atribuciones que les confiere el artículo 140 inciso 2 de
ACUERDAN:
Artículo 1º—De conformidad con la resolución Nº 11099 de las catorce horas quince minutos del nueve de noviembre del dos mil siete emitida por el Tribunal de Servicio Civil, se procede a despedir sin responsabilidad para el Estado, a Reynaldo Granados Cordero, cédula Nº 3-235-451, funcionario del Ministerio de Justicia y Gracia quien ocupa el puesto de Operador de Equipo Móvil 1, número de puesto 056261, conforme a lo estipulado en los artículos 14 inciso a) y 190 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil y artículo 63 inciso a) de su Reglamento.
Articulo 2º—Rige a partir del 29 de noviembre del 2007.
Dado en
Publíquese.—ÓSCAR
ARIAS SÁNCHEZ.—
Nº 195-2008
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en
lo dispuesto por los artículos 140 inciso 1) y 146 de
Considerando:
I.—Que los
servidores que se dirán cumplen con los requisitos establecidos en el
artículo 65 de
II.—Que tales servidores aprobaron satisfactoriamente el curso Básico Policial, de conformidad con los artículos 117 y 119 del Reglamento General de Policía Penitenciaria.
III.—Que en las sesiones número:
29-05 de 28 de julio del 2005, 02-06 de 12 de enero del 2006, 13-06 de 01 de
junio del 2006, 23-06 de 31 de agosto del 2006, 29-06 de 19 de octubre del
2006, 32-06 de 23 de noviembre del 2006, 09-06 de 6 de abril del 2006, 06-07 de
01 de marzo del 2007, 13-07 de 17 de mayo del 2007, 14-07 de 28 de mayo del
2007 y 15-07 de 31 de mayo del 2007, del Consejo de Personal de
ACUERDAN:
Artículo 1º—Incluir dentro del régimen del Estatuto Policial a los siguientes funcionarios:
Funcionario Nº Cédula
Abarca Quirós Víctor Adrián 1-1327-351
Aguilar Amador Gerardo 1-597-727
Aguilar Sandoval Milden Ellis 7-165-743
Alfaro Campos Geisel Yohana cc: Hazel 5-286-449
Funcionario Nº Cédula
Óvalos Cisneros Diego Alberto 1-1337-838
Blandon Castillo Alejandrina 5-337-577
Bonilla Fallas Efraín Antonio 1-1179-691
Brenes Ramírez Meylin Andrea 7-168-484
Burgos Rodríguez Leonardo 1-1144-922
Camacho Pérez Aurea Rita cc: Auria 2-412-961
Cascante Sánchez Allen 1-1261-716
Chévez Gutiérrez Óscar Mario 6-317-894
Díaz Marín Mauricio 3-321-680
Fallas Jiménez Flor María 1-1237-987
Flores Agüero Jacqueline 1-1143-547
González Cabalari Damaris 7-082-002
Guzmán Fernández Armando 1-781-826
Jáen García Marcos Enrique 7-189-399
Jiménez López Mario 1-931-113
Leiva Calderón William 3-305-761
Leytón Zúñiga Victoria Eugenia 1-1085-526
López Arias Marta Lorena 5-323-027
Mendoza Díaz Alejandra 5-302-404
Mesén Hidalgo Sergio Marcelo 7-167-897
Monge Delgado Braulio Javier 1-1270-843
Mora Castillo Sara María 1-641-022
Morales León Marta María 2-617-280
Muñoz Vásquez Milton 6-344-962
Ortiz Ortiz Héctor Fabián 6-352-724
Orozco Molina Carlos Humberto 2-436-939
Pérez Castrillo Zulma 5-293-138
Ramos Díaz Yanan Gerardo 5-320-115
Rivas Alvarado Gloria Berta 1-562-802
Rodríguez Castro Elías Agustín 7-087-049
Rojas Murcia Katherine 1-1370-844
Ruiz Cortés Dinia 2-619-727
Sánchez Barboza Johnny 3-351-416
Solís Valverde Badis Stanley 1-1045-010
Valverde Saborío Erik Eduardo 2-538-680
Vega Valverde Yezmin Armando 7-170-408
Villalobos Arias Jonathan José 2-657-415
Villalobos Varela Deivits Alberto 2-636-908
Artículo 2º—Rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS
SÁNCHEZ.—
Nº 039-2008.—San
José, a las doce horas con treinta y cinco minutos del día dieciocho de febrero
de dos mil ocho. Nombramiento de la señora Nydia Rodríguez Ramírez, cédula de
identidad Nº 2-256-458, como representante de
Resultando:
1º—Que mediante
Decreto Ejecutivo Nº 7467-C del 14 de setiembre de 1977, publicado en
2º—Que mediante Ley Nº 6256 del
28 de abril de 1978, publicada en el Alcance Nº 75 de
Considerando:
1º—Que según
resolución administrativa Nº 023-2006 del 1 de marzo del 2006, dictada por este
Despacho Ministerial, se nombró a la señora Nydia Rodríguez Ramírez, cédula de
identidad Nº 2-256-458, como representante de
2º—Que dicho nombramiento vence el día 1 de marzo del 2008, por lo que resulta procedente la designación de ese representante, en el órgano colegiado.
3º—Que mediante nota del 25 de
enero del 2008, suscrita por el señor Ólger Torres Montoya, Administrador de
Artículo
1º—Reelegir a la señora Nydia Rodríguez Ramírez, cédula de identidad Nº
2-256-458, como representante de
Artículo 2º—Rige a partir del 2 de marzo de 2008.
María Elena Carballo Castegnaro, Ministra.—1 vez.—(34111).
Nº
056-2008.—San José, a las once horas treinta y tres minutos del día trece de
marzo de dos mil ocho. Nombramiento de
Resultando:
1º—Que mediante
Decreto Ejecutivo Nº 7467-C del 14 de setiembre de 1977, publicado en
2º—Que mediante Ley Nº 6256 del
28 de abril de 1978, publicada en el Alcance Nº 75 de
3º—Que por resolución de este
Despacho N° 023-2006, de las ocho horas del 1º de marzo del 2006, se integró
Considerando:
1º—Que por oficio
SM-108-2008 del 21 de febrero de 2008,
2º—Que mediante oficio DC-014-08
del 11 de enero de 2008, la señora Adriana Collado, Directora de Cultura de
esta Cartera Ministerial, ratificó la reelección del señor Eduardo Martínez
Murillo, cédula de identidad Nº 6-183-466, como representante de
3º—Que mediante oficio DREP-DR 26-08 del 22 de enero de 2008, suscrito por el señor Omar Agüero Alpízar, Director Regional de Enseñanza de Puntarenas, comunica la reelección de la señora Lorena Mc. Taggart Vásquez, cédula de identidad Nº 1-608-445, como representante de esa Dirección en el citado órgano colegiado.
4º—Que por oficio J.D.017-08, del
14 de febrero de 2008, el señor Jorge Arturo Rojas Segura, Director Ejecutivo
del Consejo Nacional de
5º—Que por oficio DM-075-08 de 28
de enero de 2008, de una terna presentada a este Despacho Ministerial, se
determinó reelegir a la señora Nidya Rodríguez Ramírez, cédula de identidad N°
2-256-458, como representante de
Artículo
1º—Reelegir como miembros de
• Eduardo Martínez Murillo,
cédula de identidad N° 6-183-466, corno representante de
• Lorena Mc.
Taggart Vásquez, cédula de identidad N° 1-608-445, representante de
• Silvia
Rodríguez Vargas, cédula de identidad Nº 2-363-186, representante del Consejo
Nacional de
• Álvaro
Cascante Ramírez, cédula de identidad N° 6-117-522, representante de
Artículo 4º—Rige a partir del 2 de marzo de 2008 y por un período de dos años.
María Elena Carballo Castegnaro, Ministra de Cultura y Juventud.—1 vez.—(34113).
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL
Nº 007-SC.—San
José, 9 de abril del 2008. Se hace saber que
DG-088-2008.—Modifica el Manual Descriptivo de Especialidades del Régimen de Servicio Civil, en cuanto a la especialidad Administración de Recursos Humanos.
DG-089-2008.—Revaloración de los grupos profesionales de bachiller y licenciatura de las clases de puestos de Enfermería.
DG-096-2008.—Se modifican las especificaciones de la clase Enfermera 1, así como se revaloran los diferentes niveles de las estructuras de enfermería en sus grupos profesionales de licenciatura.
DG-098-2008.—Se
adiciona al considerando N° 13 de
DG-106-2008.—Modifica
los incentivos para los profesionales cubiertos por
Publíquese.—José Joaquín Arguedas Herrera, Director General.—1 vez.—(Solicitud Nº 20827).—C-11880.—(35479).
DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA
Res. Nº 63-2008.—Ministerio de Hacienda.—Dirección General de Hacienda.—San José, a las nueve horas del día seis de marzo del dos mil ocho.
Considerando:
I.—Que el
artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, faculta a
II.—Que el artículo supracitado
establece, que cuando se otorgue una potestad o facultad a
III.—Que de conformidad con el
inciso b) del artículo 7 de
IV.—Que mediante resolución Nº
150-2007 de las diez horas del día primero de de noviembre del dos mil siete,
de
V.—Que en los artículos 57 y 58
del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, reformados mediante
VI.—Que el cálculo de la tasa de
interés a cargo del sujeto pasivo, así como a cargo de
VII.—Que el promedio simple de las tasas activas para el sector comercial de los Bancos Estatales es 12.67%, al 6 de marzo del 2008.
VIII.—Que la tasa básica pasiva fijada por el Banco Central de Costa Rica al 6 de marzo del 2008, es de 5.50% anual, por lo que la tasa a establecer por parte de esta Dirección General no podrá exceder en más de diez puntos la tasa básica pasiva, es decir 15.50%. Al ser el promedio simple de la tasa activa inferior (12.67%) para créditos del sector comercial de los Bancos Estatales, prevalece el promedio simple de la tasa activa (12.67%). Por tanto:
RESUELVE:
Artículo 1º—Se establece
en 12.67% la tasa de interés tanto a cargo del sujeto pasivo, como a cargo de
Artículo 2º—Se deja sin efecto la
resolución Nº 150-2007 de diez horas y veinticinco minutos del día primero de
noviembre del dos mil siete, de
Artículo 3º—Rige a partir del día siguiente de su publicación.
Publíquese.—Carole Quesada Rodríguez, Directora General.—1 vez.—(Solicitud Nº 16026).—C-33250.—(34509).
TESORERÍA NACIONAL
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se corrige
numeración y características de los bonos de deuda interna tasa básica y los
cupones publicados por el señor Arturo Yglesias Mora, cédula 1-0432-0651 los
días 11, 14 y 15 de enero 2008 en este medio, en virtud de solicitud presentada
en
PUBLICACIÓN DE UNa VEZ
DIRECCIÓN JURÍDICA
EDICTOS
Ministerio de
Hacienda.—San José, al ser las nueve horas del veinticinco de febrero del dos
mil ocho, presente en este acto el Lic. Marco Antonio Badilla Quirós, cédula de
identidad Nº 1-1111-759 (uno-mil ciento once-setecientos cincuenta y nueve),
mayor, soltero, vecino de San Pablo de Heredia, a quien se le impuso su
nombramiento como Abogado de Planta de
Ministerio de
Hacienda.—San José, al ser las nueve horas diez minutos del veinticinco de
febrero del dos mil ocho, presente en este acto
DIVISION MARÍTIMO PORTUARIA
Programa Presupuestario 328-00.—San José, a las 8:30 horas del día primero de abril del dos mil ocho.
Se conoce el oficio
AJ-097-2005-DGPN del 31 de marzo del año 2005, emitido por
Resultando:
1º—Que mediante
el oficio AJ-238-03 del 28 de mayo del 2003, suscrito por
2º—Que mediante el oficio
DAGJ-2648-2004 del 11 de octubre del 2004, emitido por
3º—Que mediante el oficio número
20050961 del 1º de marzo del 2005, suscrito por el Lic. Rónald Muñoz Corea, en
su condición de Subdirector de
4°—Que mediante el oficio
AJ-097-2005-DGPN del 31 de marzo del 2005, suscrito por el Lic. José Luis Araya
Alpízar, Director General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, en el cual
manifiesta que la delegación de firmas, se limita a encargar al delegado, la
firma de lo resuelto por el delegante, quien es el que asume la responsabilidad
por lo consignado, manteniendo la competencia decisoria del asunto, y que
5º—Que mediante resolución de las
14:00 horas del 24 de noviembre del dos mil seis, publicada en
6º—Que mediante Oficio Nº DMP-DG-284-2008, de fecha 13 de marzo de 2008, el Dr. Héctor Arce Cavallini Ejecutor del Programa Presupuestario 328-00 “Puertos y Regulación Marítima”, comunica que se designa al Sr. Rafael Ángel González Matarrita, Jefe del Departamento Administrativo de División Marítimo Portuaria como Subejecutor de Programa.
Considerando:
Que el
Ordenamiento Jurídico ha previsto la figura de la delegación, por media de la
cual todo servidor podrá delegar sus funciones propias en su inmediato
inferior, cuando ambos tengan funciones de igual naturaleza. Para la
implementación de dicha figura, se establecen algunos elementos o requisitos
esenciales, los cuales se encuentran establecidos a partir del artículo 89 de
la ley General de
En materia de ejecución
presupuestaria tanto
Con el propósito de aligerar y facilitar la función administrativa desarrollada en el Programa Presupuestario 328-00 de este Ministerio “Puertos y Regulación Marítima”, es necesario recurrir a la delegación de firma de aquellos documentos de ejecución presupuestaria propios del Ejecutor de Programa, para que puedan ser suscritos por el Subejecutor de Programa correspondiente. Por tanto,
EL EJECUTOR DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO 328-00, RESUELVE:
1º—Revocar la
delegación de firma dispuesta mediante resolución de las 14:00 horas del 24 de
noviembre del dos mil seis, publicada en
2º—Delegar la firma de los actos y documentos referidos a la ejecución presupuestaria y propios del Ejecutor de Programa, en el señor Rafael Ángel González Matarrita, portador de la cédula de identidad número 1-458-482, quien ocupa el cargo de Subejecutor del Programa Presupuestario 328-00 “Puertos y Regulación Marítima”, de este Ministerio.
3º—Rige a partir de su publicación.
Notifíquese y publíquese.—Dr. Héctor Arce Cavallini, Ejecutor.—1 vez.—(Solicitud Nº 15548).—C-59420.—(34501).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y
EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta
dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 209, Título Nº 1627, emitido
por el Liceo Ing. Manuel Benavides Rodríguez, en el año dos mil seis, a nombre
de Solís González Merlin Lucía. Se solicita la reposición del título indicado
por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: García Solís
Merlin Lucía. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante esta
dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 44, Título N° 4125, emitido
por el Colegio San Luis Gonzaga, en el año dos mil dos, a nombre de Calderón
Gómez Juan Carlos. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
Ante esta
Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio 5, título Nº 48, emitido por el Liceo
Diurno de Esparza, en el año mil novecientos setenta y uno, a nombre de Cordero
Prado Miriam. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 50, título Nº 666,
emitido por el Colegio Los Ángeles, en el año mil novecientos noventa y siete,
a nombre de Leiva Hernández Oscar Héctor. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 128, asiento Nº 652,
emitido por el Colegio Técnico Profesional Artesanal Francisco J. Orlich, en el
año dos mil cinco, a nombre de Arias Pérez Dulce María. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta
Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 10, título Nº 923, emitido por
el Colegio María Inmaculada, en el año mil novecientos noventa y nueve, a
nombre de Ortega Garro Karla Vanessa. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta
Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 6, asiento 33, título N° 26,
emitido por el Liceo El Carmen de Biolley, en el año dos mil, a nombre de Mora
Argüello Dennis Roberto. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 10, asiento Nº 051,
emitido por el Liceo Nuevo de Limón, en el año dos mil cuatro, a nombre de
Sandoval Centeno Orlando Oldemar. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 33, título Nº 583,
emitido por el Liceo Diurno José Martí, en el año mil novecientos setenta y
nueve, a nombre de González Sancho Hilda. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de
Conclusión de Estudios de Educación Diversificada “Rama Académica”, modalidad
de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 5, título Nº 84, emitido por
el Colegio Calasanz Nocturno en el año mil novecientos setenta y seis, a nombre
de Rodríguez Valerio Johnny. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial
DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su Estatuto Social la organización social denominada COOPERATIVA AGRÍCOLA REGIONAL DE PRODUCTORES DE CAÑA
INDIA R. L., SIGLAS COOPEINDIA R. L.,
acordada en asamblea celebrada el 01 de diciembre del 2007. Resolución 495. En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de
REGISTRO NACIONAL
CIRCULAR D. R. P. J. 005-2008
DE: Dirección de Personas Jurídicas.
PARA: Subdirección, coordinación general, asesoría jurídica, asesoría técnica, coordinaciones, registradores, oficinas centrales y funcionarios en general.
ASUNTO: Calificación de nombres de entidades jurídicas.
FECHA: 7 de abril del 2008.
Con el objeto de actualizar y ajustar los parámetros utilizados en la calificación de similitudes entre nombres de entidades jurídicas sujetas a registro y considerando:
1. Que el nombre o denominación social es la que se utiliza para distinguir una sociedad mercantil de otras previamente inscritas, y que de conformidad con el artículo 103 del Código de Comercio se formará libremente, será propiedad exclusiva de la sociedad y podrá expresarse en cualquier idioma, siempre que en el pacto social se haga constar su traducción al castellano o que no la tiene.
2. Que el nombre comercial se entiende como el nombre, razón
social o denominación bajo la cual se da a conocer al público un establecimiento
mercantil, para cuya protección deberá registrarse de manera independiente en
el Registro de
3. Que ha sido práctica usual el confundir por parte de los particulares el nombre o denominación social con el nombre comercial del establecimiento mercantil, práctica que de alguna manera ha compartido el Registro de Personas Jurídicas al calificar las similitudes entre nombres sociales, lo que ha generado el rechazo masivo de constituciones de sociedades mercantiles por tal motivo, principalmente por la gran cantidad de entidades jurídicas inscritas.
4. Que mediante decreto ejecutivo Nº 12158-J, de 5 de diciembre de 1980, reformado por los decretos ejecutivos Nº 12247-J, de 24 de enero de 1981, 18504-J, de 17 de octubre de 1988 y 18662-J, de 24 de noviembre de 1988, se estableció la asignación y expedición de documento de cédula jurídica para las personas jurídicas, documento que, tal y como lo establece el artículo primero de dicho Decreto, es la identificación numérica de la persona jurídica y que vino a establecer una diferenciación entre las sociedades mercantiles, en virtud de que en su composición contempla un número consecutivo irrepetible, lo que garantiza su individualización a pesar de que sus denominaciones puedan tener cierto parecido. Este número unívoco de identificador inclusive se utiliza actualmente como medio de identificación de las personas jurídicas a nivel de las bases de datos del Registro Nacional.
5. Que como medida paliativa a la problemática generada como producto de la gran cantidad de sociedades mercantiles inscritas, que hace sumamente compleja la labor de escoger la denominación social apropiada para las sociedades que pretenden inscribirse, mediante Decreto Ejecutivo Nº 33171-J de 14 de junio de 2006, se estableció la posibilidad de utilizar como denominación social, el número de cédula jurídica que se asigne a la sociedad al inscribirse, más su respectivo aditamento, lo que refuerza aún más el efecto identificador e individualizador que tiene dicho número.
6. Que mediante voto Nº 371-2007, emitido por el Tribunal
Registral Administrativo, a las 13:00 horas del 20 de diciembre de 2007, se
dispuso entre otros extremos: “...Se anula parcialmente la circular Nº 24-98 de
fecha 29 de setiembre de 1998, emitida por
En razón de las consideraciones anteriores, esta Dirección establece el nuevo marco de referencia en la calificación de similitudes de denominaciones de entidades jurídicas sujetas a registro, que se regulará como se indica a continuación:
Calificación de nombres sociales:
A) Las entidades jurídicas podrán constituirse utilizando denominación social o razón social, según sea su naturaleza y la normativa que las regule.
B) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de
C) En concordancia con lo establecido por
D)
E) En concordancia con las disposiciones establecidas en el
Reglamento para las Bolsas de Comercio, publicado en el Diario Oficial
F) De conformidad con la resolución de
G) El artículo 4º de
H) De conformidad con lo resuelto jurisprudencialmente, no podrán ser objeto de inscripción nombres sociales tales como OEA S.A., ONU S.A., FMI S.A., OIT S.A., entre otros, debido a que estas expresiones contienen siglas de organismos internacionalmente reconocidos.
I) De conformidad con lo dispuesto por el artículo 23 de
J) En acatamiento a lo dispuesto por el artículo 29 de
K) De acuerdo con nuestra legislación debe registrarse únicamente el nombre social de la entidad jurídica, no así sus siglas.
Calificación de similitudes de nombres sociales
A) Al determinar la posible existencia de similitud entre dos nombres sociales, debe tenerse presente que la revisión o búsqueda ha de realizarse exclusivamente entre las denominaciones de sociedades mercantiles previamente inscritas, no debiendo tomarse en cuenta los nombres de entidades jurídicas diversas a éstas, como Asociaciones, Fundaciones, entre otras.
B) Asimismo debe tomarse en cuenta lo que al respecto establece el artículo 103 del Código de Comercio, que dice:
“La
denominación se formará libremente, pero deberá ser distinta de la de
cualquier sociedad preexistente, de manera que no se preste a confusión; es
propiedad exclusiva de la sociedad e irá precedida o seguida de las palabras
“Sociedad Anónima” o de su abreviatura “S.A.”, y podrá expresarse en cualquier
idioma, siempre que en el pacto social se haga constar su traducción al
español. Para que goce de la protección que da la oficina de marcas de
comercio, deberá inscribirse conforme lo indica el artículo
En este sentido, debe tenerse presente que el fin último de la norma citada es evitar la confusión entre los particulares en relación con los nombres sociales inscritos y, es ese el primer factor que debe tomarse en cuenta al realizar la calificación respectiva. Debe además valorarse que el nombre social está compuesto por todos los términos que contenga más su aditamento, de manera que la calificación de éste, debe realizarse con respecto al nombre en forma global y no respecto a uno o algunos de los elementos o vocablos que lo componen.
Para determinar la posible similitud entre nombres sociales debe tenerse presente que el nombre que pretenda registrarse debe estar clara y precisamente determinado y debe ser distinto de los ya registrados, los que tendrán prioridad sobre aquel. Procederá en consecuencia, señalar la similitud entre dos nombres sociales cuando sean idénticos, es decir cuando no se cumpla con el presupuesto establecido por el artículo 103 de cita.
Los signos o espacios en blanco, no establecerán diferencia alguna en nombres sociales que sean idénticos, y deberá señalarse la respectiva similitud entre ellos. Esta, misma regla debe observarse para los casos en que se utilicen plurales de nombres o singulares de nombres ya inscritos.
C) No podrán inscribirse en forma individual como nombres sociales términos tales como Comercial, Comercializadora, Compañía, Consorcio, Corporación Corporación, Empresa, Empresas, Grupo, Inversiones, Inversionistas, Sociedad y otros similares, qué denotan una generalidad. No obstante, estos términos podrán utilizarse como parte o elemento de un nombre social, en cuyo caso sí establecerán diferencia.
D) Entratándose de nombres sociales idénticos, no es permitido el consentimiento para el uso del nombre propuesto para su inscripción, por parte de personero alguno de la sociedad previamente inscrita.
E) En virtud de la declaratoria de inconstitucionalidad de
algunos de los artículos de
Calificación de nombres de entidades civiles
De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 8 de
“Artículo 8º: El nombre de la asociación será propiedad exclusiva de La misma. Cuando el objeto de una asociación sea el mantenimiento de una institución y el nombre de esta fuere distinto al de aquella, ambas denominaciones gozarán del mismo privilegio legal. Ninguna asociación podrá adoptar una denominación idéntica a la otra ya registrada o tan parecida que ambas puedan fácilmente confundirse…”
Y, así como en
virtud de la declaratoria de inconstitucionalidad de algunos de los artículos
de
A) La calificación de similitudes entre nombres de asociaciones, debe estar orientada a evitar que dos o más nombres de este tipo de entidades jurídicas se presten a confusión entre sí, debiendo aplicarse para ello los mismos parámetros que se disponen para la calificación de nombres sociales.
B) Procede la inscripción de Asociaciones con nombres en idiomas diversos al español, en cuyo caso la verificación que debe realizar el Registrador acerca de la posible similitud, versará sobre el nombre en lengua extranjera, independientemente de su traducción al idioma español.
C) De conformidad con lo dispuesto por el artículo 23 de
Esta Circular deja sin efecto las circulares emitidas por esta Dirección, números 024-98 de fecha 29 de octubre de 1998, 017-99, de fecha 8 de julio de 1999 y 020-99, de fecha 24 de agosto de 1999.
Enrique Rodríguez Morera, Director de Registro de Personas Jurídicas.—1 vez.—(Solicitud Nº 8666).—C-130040.—(34511).
REGISTRO DE PATENTE DE INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Fernando
Quesada Quesada, mayor de edad, cédula de identidad número 1-853-313, vecino de
Pérez Zeledón, de Costa Rica, solicita
El
señor Juan Francisco Mora Oreamuno, mayor, abogado, cédula 1-893-765, vecino de
San José, en su condición de apoderado especial de Wentworth Laboratories Inc,
de E.U.A., solicita la patente de invención denominada ENSAMBLAJE DE TRANSFORMADOR FLEXIBLE DE ESPACIOS PARA
MICROCIRCUITOS. De acuerdo con una representación del invento, se ha
brindado un transformador de espacios para interconectar eléctricamente una
cabeza de sondeo a un tablero de circuitos impresa. El transformador de
espacios tiene un circuito multicapas flexible con un dispositivo bajo las
almohadillas de contacto de prueba y las almohadillas de contacto del tablero
de circuitos impresos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados,
El
señor Juan Francisco Mora Oreamuno, mayor, abogado, cédula 1-893-765, vecino de
San José, en su condición de apoderado especial de Arch Chemicals Inc, de E.U.A.,
solicita la patente de invención denominada ALIMENTADOR QUÍMICO. Un
dispositivo alimentador para introducir químicos para el tratamiento de un
flujo de agua recirculante de una piscina. El dispositivo alimentador incluye
una caja con porciones superiores e inferiores. Una tolva en forma de embudo
con paredes laterales y una parte inferior abierta forma la parte interna de la
porción superior. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados,
El
señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula de identidad número
1-669-228, vecino de San José, en condición de apoderado especial Warner
Lambert Company LLC, de E.U.A., solicita
Para ver imagen solo en
[1,8]NAFTIRIDIN-2-ONAS Y
COMPUESTOS RELACIONADOS PARA EL TRATAMIENTO DE
El señor
Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula de identidad número
1-669-228, vecino de San José, en su condición de apoderado especial de Pfizer,
Inc, de E.U.A., solicita
Para ver imagen solo en
La invención se refiere a compuestos de fórmula 1 y a
procedimientos para la preparación de, a intermedios usados en la preparación
de, a composiciones que contienen y a los usos de tales derivados. Los
compuestos de acuerdo con la presente invención son útiles en numerosas
enfermedades, trastornos y afecciones inflamatorias, alérgicas y respiratorias.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor
Luis Diego Castro Chavarría, mayor, abogado, cédula número 1-669-228, vecino de
San José en su condición de apoderado general de Pfizer Products, Inc., de
E.U.A., solicita
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Luis
Fernando Asís Royo, mayor, soltero, asistente legal, cédula de identidad Nº
1-637-429, vecino de San José, Bticino S.P.A, de Italia, solicita
Para ver imagen solo en
Bastidor
de soporte para el montaje en la pared de al menos un aparato eléctrico,
incluyendo el bastidor: un marco que puede fijarse a la pared y que se
desarrolla alrededor de una ventana que define un asiento de montaje apto para
recibir y retener menos un aparato eléctrico, estando la ventana delimitada por
un par de paredes de conexión contrapuestos entre sí y que tienen extremos
unidos a dichas paredes de fijación, incluyendo las paredes de fijación
elementos de enganche para el montaje de al menos un aparato eléctrico. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Exp. Nº 12855P.—Beaucorp
Ltda., solicita concesión de:
Expediente
Nº 12860A.—Alba Nidia Hernández Núñez, solicita concesión de:
Expediente
Nº 12858A.—Orgánico Botánico S. A., solicita concesión de:
Expediente
Nº 12859A.—Marabu de San Carlos S. A., solicita concesión de:
Exp.
Nº 12853P.—Saphill S. A., solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº
12862A.—Calderón Gene Fausto, solicita concesión de
Expediente Nº
12856-A.—Inversiones Lizano y Losilla S. A., solicita concesión de:
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº
12869P.—The Ponderosa Ranch S. A., solicita concesión de:
Expediente Nº
12870P.—The Ponderosa Ranch S.A., solicita concesión de:
Propuesta de pago 40002 del 24/01/2008
SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.
Cédula |
Nombre |
Monto líquido |
105680260 |
Óscar Enrique Abarca Cartín -L- |
149.310,00 |
107600407 |
Fabiola Bustamante Marín -Ni- |
15.000,00 |
202740993 |
Fernando del Castillo Riggioni -N |
16.022,93 |
700310322 |
Seing Jiménez Mario |
16.022,93 |
3012355421 |
Thyssenkrupp Elevadores S. A. -L- |
219.485,70 |
3101009515 |
Documentos y Digitales Difoto S. A. |
148.580,08 |
3101032032 |
Agencia de Viajes Colón S. A. -L- |
1.045.727,42 |
3101085135 |
Consorcio Litográfico Herediano S. A. |
110.000,00 |
3101094210 |
Muebles de Oficina Mugui S. A. |
28.000,00 |
3101098249 |
Corporación Rucavado S. A. -L- |
185.000,00 |
3101110403 |
Sistemas Maestros de Información S. |
272.017,94 |
3101148693 |
Distribuidora de Artículos Ferrete |
1.052.409,99 |
3101190550 |
Bruno Internacional S. A. |
1.904.590,80 |
3101340543 |
Elevadores Schindler S. A. -L- |
321.912,36 |
3102007626 |
Súper Estación de Servicio La Caste |
5.594,70 |
3102007626 |
Súper Estación de Servicio La Caste |
37.335,08 |
3102007626 |
Súper Estación de Servicio La Caste |
129.092,89 |
3102007626 |
Súper Estación de Servicio La Caste |
932,45 |
3102019222 |
Saudade Ltda. -Ni- |
829.168,20 |
3102038255 |
Sociedad Periodística Extra Ltda. |
187.200,00 |
3102038255 |
Sociedad Periodística Extra Ltda. |
31.200,00 |
4000001902 |
Instituto Nacional de Seguros -Ni- |
87.891,00 |
4000001902 |
Instituto Nacional de Seguros -Ni- |
2.650.814,74 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
2.821,38 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
2.247,54 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
968,90 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
771,84 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
62.882,97 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
50.093,21 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
13.724,86 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
17.229,08 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
50.951,77 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
40.588,70 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
61.201,74 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
48.753,92 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
6.117,95 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
4.873,62 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
2.122,93 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
1.691,15 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
6.724,41 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
5.356,74 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
8.397,59 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
6.689,61 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
5.347,22 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
4.259,65 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
8.325,14 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
6.631,89 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
7.716,36 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
6.146,93 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
9.616,31 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
7.660,45 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
13.584,43 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
10.821,49 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
17.370,15 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
13.837,24 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
11.743,03 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
9.354,62 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
11.569,25 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
9.216,18 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
10.034,21 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
7.993,35 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
6.072,30 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
4.837,25 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
7.918,92 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
6.308,30 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
3.899,13 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
3.106,09 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
8.660,18 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
6.898,79 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
2.894,93 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
2.306,13 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
4.476,09 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
3.565,70 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
4.451,78 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
3.546,33 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
2.973,01 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
2.368,33 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
11.555,20 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
9.204,99 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
53.944,79 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
42.972,97 |
4000042149 |
Universidad de Costa Rica -NI- |
22.000,00 |
|
|
10.222.708,23 |
Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo.—Gilberto Gómez Guillén, Contador.—1 vez.—(O. P. Nº 06-2008).—C-101220.—(34053).
Propuesta de pago 40003 del 07/02/2008
SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.
Cédula |
Nombre |
Monto líquido |
110800669 |
Pazos Muñoz Juan |
41.628,37 |
202901304 |
Carlos A. Rodríguez Arias -Ni- |
214.252,84 |
202901304 |
Carlos A. Rodríguez Arias -Ni- |
214.252,84 |
302880968 |
Edwin Orozco Solano -L- |
3.874.038,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
54.400,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
10.000,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
331.800,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
69.055,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
35.700,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
46.380,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
15.385,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
430.200,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
10.360,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
17.200,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
58.863,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
99.500,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
120.000,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
30.200,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
86.300,00 |
3101105125 |
Inversiones Calinda S. A. -Ni- |
550.479,72 |
3101105125 |
Inversiones Calinda S. A. -Ni- |
162.870,60 |
3101105125 |
Inversiones Calinda S. A. -Ni- |
550.479,72 |
3101105125 |
Inversiones Calinda S. A. -Ni- |
550.479,72 |
3101105125 |
Inversiones Calinda S. A. -Ni- |
550.479,72 |
3101105125 |
Inversiones Calinda S. A. -Ni- |
550.479,72 |
3101227869 |
Correos de Costa Rica S. A. -L- |
1.466.653,30 |
3101227869 |
Correos de Costa Rica S. A. -L- |
1.282.604,40 |
3101227869 |
Correos de Costa Rica S. A. -L- |
1.266.993,00 |
3101227869 |
Correos de Costa Rica S. A. -L- |
2.126.389,30 |
3101227869 |
Correos de Costa Rica S. A. -L- |
1.095.297,00 |
3101227869 |
Correos de Costa Rica S. A. -L- |
700.038,50 |
3102426813 |
Iafis de Costa Rica Ltda. -Ni- |
163.353.844,05 |
|
|
179.966.603,80 |
Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo.—Gilberto Gómez Guillén, Contador.—1 vez.—(O. P. Nº 06-2008).—C-47320.—(34054).
Propuesta de pago 40004 del 14/02/2008
SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.
Cedula |
Nombre |
Monto Líquido |
103510839 |
Freddy Valverde Vargas -Ni- |
135.752,31 |
106430524 |
Jorge Hidalgo Muñoz -Ni- |
184.000,00 |
106430524 |
Jorge Hidalgo Muñoz -Ni- |
184.000,00 |
107560907 |
Pedro Losilla Barrientos |
95.000,00 |
401110906 |
Jorge Villegas Paniagua -Ni- |
95.000,00 |
401110906 |
Jorge Villegas Paniagua -Ni- |
95.000,00 |
800230747 |
Guillermo Medrano Vargas -Ni- |
125.050,00 |
800230747 |
Guillermo Medrano Vargas -Ni- |
125.050,00 |
800230747 |
Guillermo Medrano Vargas -Ni- |
125.050,00 |
800530605 |
Kuing Fong Chan -Ni- |
306.531,55 |
800530605 |
Kuing Fong Chan -Ni- |
306.531,55 |
800570740 |
Giampaolo Ulcigral Dandri -Ni- |
117.514,11 |
3002045433 |
Asociación Cruz Roja Costarricense |
598.500,00 |
3012005459 |
Unisys de Centro América |
689.800,58 |
3012355421 |
Thyssenkrupp Elevadores S. A. -L- |
222.903,00 |
3012355421 |
Thyssenkrupp Elevadores S. A. -L- |
773.107,30 |
3101000046 |
Compañía Nacional de Fuerza y Luz |
8.632.854,30 |
3101000046 |
Compañía Nacional de Fuerza y Luz |
2.422.079,80 |
3101000046 |
Compañía Nacional de Fuerza y Luz |
2.772.096,60 |
3101000046 |
Compañía Nacional de Fuerza y Luz |
2.075.693,90 |
3101000046 |
Compañía Nacional de Fuerza y Luz |
8.593.228,00 |
3101000046 |
Compañía Nacional de Fuerza y Luz |
7.672.434,70 |
3101000046 |
Compañía Nacional de Fuerza y Luz |
8.505.665,00 |
3101000046 |
Compañía Nacional de Fuerza y Luz |
8.188.463,50 |
3101000046 |
Compañía Nacional de Fuerza y Luz |
8.237.331,20 |
3101000046 |
Compañía Nacional de Fuerza y Luz |
8.637.332,90 |
3101003233 |
Almacén Mauro S. A. |
313.956,40 |
3101010150 |
Editorial |
67.771,00 |
3101010891 |
Agricultura Mecanizada S. A. |
34.745,00 |
3101024094 |
Compañía Técnica y Comercial Satec |
4.625,00 |
3101036812 |
Disexport Internacional S. A. |
148.037,31 |
3101036812 |
Disexport Internacional S. A. |
2.022.062,09 |
3101036812 |
Disexport Internacional S. A. |
260.400,24 |
3101038605 |
Distribuidora Técnica S. A. -Cont- |
177.687,00 |
3101038605 |
Distribuidora Técnica S. A. -Cont- |
95.080,00 |
3101064398 |
Intrade Abc S. A. -L- |
31.000,00 |
3101064694 |
Distribuidora Santa Bárbara de Pava |
31.594,86 |
3101064694 |
Distribuidora Santa Bárbara de Pava |
23.631,37 |
3101074898 |
Controles Video Técnicos de Costa |
200.000,00 |
3101074898 |
Controles Video Técnicos de Costa |
200.000,00 |
3101076898 |
Direx Internacional S. A. -L- |
1.610.507,50 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
318.449,04 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
318.449,04 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
318.449,04 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
318.449,04 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
57.646,50 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
57.646,50 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
318.449,04 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
318.449,04 |
3101085135 |
Consorcio Litográfico Herediano S. A. |
73.013,12 |
3101085135 |
Consorcio Litográfico Herediano S. A. |
110.000,00 |
3101088133 |
Sesenta Ciclos S. A. -Ni- |
231.935,62 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
745.631,59 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
478.298,25 |
3101099269 |
Servicios Electromédicos y de |
936.886,08 |
3101102844 |
Grupo Nación G N S. A. |
282.587,90 |
3101102844 |
Grupo Nación G N S. A. |
534.198,00 |
3101103385 |
Mocedades Masculinas S. A. -Ni- |
112.500,00 |
3101105125 |
Inversiones Calinda S. A. -Ni- |
550.479,72 |
3101118386 |
Melodía Importaciones S. A. |
40.800,00 |
3101138826 |
Instituto Panamericano de Administr |
38.991,00 |
3101154998 |
Emergencias Médicas del Continente |
242.716,60 |
3101166356 |
Vertiplex S. A. |
169.000,00 |
3101176412 |
Alavisa de Cañas S A L |
110.000,00 |
3101176412 |
Alavisa de Cañas S A L |
55.000,00 |
3101177156 |
Multiservicios de Mantenimiento y |
238.462,42 |
3101179416 |
Sistemas de Parqueos de Costa Rica |
649.115,25 |
3101238000 |
Kitachi S. A. –Ni- |
35.966,67 |
3101246832 |
Soluciones Para Eventos Valverde S. |
490.000,00 |
3101276712 |
Inversiones Jaudamar S. A. -Ni- |
548.114,00 |
3101276712 |
Inversiones Jaudamar S. A. -Ni- |
548.114,00 |
3101280890 |
Solution Network S. A. -L- |
6.671.308,47 |
3101301272 |
Central American Worldwide Exports |
209.000,00 |
3101349248 |
T D M Ambiental S. A. |
56.000,00 |
3101356346 |
Hontoria del Pinar S. A. |
323.400,00 |
3101397585 |
Grupo Comercial Tectronic S. A. |
2.577.650,29 |
3102002511 |
Golfito Trading Company Ltda. -Ni |
490.000,00 |
3102004255 |
Maquinaria y Tractores, Ltda. |
137.211,66 |
3102007626 |
Súper Estación de Servicio La Caste |
6.527,15 |
3102007626 |
Súper Estación de Servicio La Caste |
1.865,01 |
3102007759 |
Hijos de Heriberto Hidalgo Sucs, Li |
318.990,00 |
3102038255 |
Sociedad Periodística Extra Ltda. |
241.709,16 |
3102047872 |
Corte y Precisión de Metales Ltda. |
33.640,00 |
|
|
95.452.167,27 |
Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo.—Gilberto Gómez Guillén, Contador.—1 vez.—(O. P. Nº 06-2008).—C-103420.—(34055).
Propuesta de pago 40007 del 28/02/2008
SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.
Cédula |
Nombre |
Monto líquido |
106430524 |
Jorge Hidalgo Muñoz -Ni- |
184.000,00 |
107880827 |
Eduarte Arce Alexander Vinicio |
65.969,50 |
107880827 |
Eduarte Arce Alexander Vinicio |
31.066,23 |
110150850 |
Gómez Quirós Adriana |
92.165,27 |
112670361 |
Jiménez Mora Donovan |
57.413,04 |
112900924 |
Esquivel Alfaro Rebeca |
54.969,93 |
113360270 |
Davila Moraga William Daniel |
26.874,19 |
202740993 |
Fernando del Castillo Riggioni -N |
16.963,88 |
202901304 |
Carlos A. Rodríguez Arias -Ni- |
218.625,35 |
203050367 |
Bou Valverde Zetty |
16.963,88 |
203190535 |
Orlando Villalobos González -Ni- |
138.600,00 |
205110252 |
Molina Quesada Marlene |
104.000,00 |
302190696 |
Jiménez Aguilar Carlos |
148.536,15 |
401110906 |
Jorge Villegas Paniagua -Ni- |
95.000,00 |
500460423 |
Walter Porras Fernández -Ni- |
355.740,00 |
501660614 |
Luz Marina Jiménez Ledezma -Ni- |
242.060,00 |
502450088 |
Higinia Chaves Abellan -Ni- |
1.528.184,66 |
502450088 |
Higinia Chaves Abellan -Ni- |
411.096,38 |
600600422 |
Víctor Manuel García Barquero |
79.572,86 |
600600422 |
Víctor Manuel García Barquero |
79.572,86 |
600600422 |
Víctor Manuel García Barquero |
19.951,80 |
601061269 |
Edith Chavarría Villalobos -Ni- |
290.503,07 |
603190176 |
Natacha Garro López -Ni- |
392.000,00 |
800230747 |
Guillermo Medrano Vargas -Ni- |
134.200,00 |
800530605 |
Kuing Fong Chan -Ni- |
306.531,55 |
800530605 |
Kuing Fong Chan -Ni- |
306.531,55 |
3002173864 |
Asociación Solidarista T.S.E. -Ni- |
17.128.031,87 |
3101003937 |
Hacienda Santa Anita S. A. -Ni- |
1.058.400,00 |
3101009515 |
Documentos y Digitales Difoto S. A. |
61.229,17 |
3101024334 |
Solís Gamboa E Hijos S. A. -Ni- |
93.750,00 |
3101024334 |
Solís Gamboa E Hijos S. A. -Ni- |
269.500,00 |
3101031420 |
Persianas Canet S. A. |
1.705.200,00 |
3101033964 |
Inversiones de Grecia S. A. -Ni- |
564.480,00 |
3101059552 |
I S Productos de Oficina Centroamer |
28.217,00 |
3101089260 |
Inversiones |
90.000,00 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
39.081,00 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
80.927,94 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
39.081,00 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
80.927,94 |
3101105125 |
Inversiones Calinda S. A. -Ni- |
550.479,72 |
3101112151 |
Sabo Internacional S. A. -L- |
2.651.011,72 |
3101121078 |
Incogua S. A. -Ni- |
121.000,00 |
3101121078 |
Incogua S. A. -Ni- |
121.000,00 |
3101125417 |
Productos Avanzados de Computación |
3.924.272,02 |
3101174285 |
Seguridad Alfa S. A. -L- |
268.795,91 |
3101175001 |
El Mar Es de Todos S. A. -Ni- |
975.100,00 |
3101216432 |
I T Servicios de Infocomunicación |
904.260,30 |
3101246832 |
Soluciones Para Eventos Valverde S. |
396.900,00 |
3101252838 |
Alfa G P R Tecnologías S. A. -L- |
8.498.979,95 |
3102002511 |
Golfito Trading Company Ltda. -Ni |
490.000,00 |
3102002511 |
Golfito Trading Company Ltda. -Ni |
490.000,00 |
3102074245 |
Colchonera Alf Santamaría Ltda -Ni |
315.511,00 |
3102074245 |
Colchonera Alf Santamaría Ltda -Ni |
150.700,00 |
3102222794 |
Constructora Francisco Adolfo Muñoz |
4.747.826,09 |
3110256071 |
Interbolsa Fondo de Inversión |
4.899.216,00 |
4000001902 |
Instituto Nacional de Seguros -Ni- |
7.867.604,64 |
4000001902 |
Instituto Nacional de Seguros -Ni- |
14.811,00 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
2.143,07 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
2.962,79 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
14.424,95 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
2.711,64 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
9.542,03 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
5.401,97 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
23.205,31 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
24.635,41 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
21.234,89 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
25.953,76 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
31.871,76 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
22.499,10 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
9.410,30 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
23.436,90 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
7.803,44 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
3.178,91 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
10.902,10 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
6.502,32 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
6.791,31 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
21.193,87 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
4.640,32 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
4.254,34 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
2.410,42 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
2.793,22 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
2.276,35 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
23.060,22 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
3.489,43 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
56.764,15 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
7.368,87 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
34.017,55 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
2.181,24 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
2.480,55 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
58.615,19 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
70.158,70 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
3.269,18 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
9.084,72 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
2.360,24 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
9.907,76 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
3.705,45 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
11.577,66 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
26.964,18 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
35.539,62 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
37.076,19 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
22.429,69 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
14.824,42 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
3.767,75 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
3.390,38 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
5.639,51 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
15.030,65 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
11.112,62 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
6.125,45 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
18.107,91 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
3.719,24 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
2.690,24 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
3.403,97 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
11.978,29 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
6.781,20 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
29.130,07 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
30.925,31 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
26.656,57 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
32.580,25 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
40.009,23 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
28.243,55 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
11.812,93 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
29.420,79 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
9.795,81 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
3.990,55 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
13.685,62 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
8.162,48 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
8.525,26 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
26.605,07 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
5.825,08 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
5.340,55 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
3.025,84 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
3.506,38 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
2.857,55 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
28.947,93 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
4.380,34 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
71.257,12 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
9.250,28 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
42.702,88 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
2.738,15 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
3.113,88 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
73.580,77 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
88.071,56 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
4.103,87 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
11.404,23 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
2.962,85 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
12.437,40 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
4.651,52 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
14.533,66 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
33.848,65 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
44.613,57 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
46.542,46 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
28.156,42 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
18.609,38 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
4.729,73 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
4.256,01 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
7.079,38 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
18.868,27 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
13.949,89 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
7.689,40 |
4000042152 |
Banco Popular |
830,08 |
4000042152 |
Banco Popular |
1.391,76 |
4000042152 |
Banco Popular |
405,82 |
4000042152 |
Banco Popular |
996,18 |
|
|
65.768.391,45 |
Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo.—Gilberto Gómez Guillén, Contador.—1 vez.—(O. P. Nº 06-2008).—C-198120.—(34056).
Propuesta de pago 40008 del 06/03/2008
SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.
Cédula |
Nombre |
Monto líquido |
103390674 |
Casafont Odor Juan Antonio |
16.963,88 |
104330297 |
Medina Angulo Gerardo Antonio |
28.095,74 |
105420184 |
Madrigal Fallas Fanny |
75.959,98 |
107350801 |
Molina García Maria Gabriela |
93.765,83 |
108350138 |
Aragón Carmiol Allan |
195.291,58 |
108640273 |
Guerrero Villarreal María del Rocío |
79.710,51 |
108680303 |
Moreno González Erika |
115.287,09 |
109670058 |
Bonilla Ortiz Carlos Adolfo |
126.681,28 |
111170986 |
Duarte Fernández Diony |
47.328,11 |
111370047 |
Parra Ramírez Gersan |
29.196,18 |
111720409 |
Monge Cerdas Frank Alonso |
39.089,73 |
111830357 |
Gutiérrez Solano Edwin José |
148.724,22 |
112430423 |
Álvarez Jiménez Diego |
24.431,08 |
112770871 |
Martínez Palacios Jessy Steve |
26.874,19 |
204960636 |
Barrantes Gutiérrez Ana Marcela |
138.466,53 |
303400824 |
Ángel Francisco Meléndez Delgado |
51.064,54 |
400560941 |
Rodríguez Chaverri Ovelio |
16.963,88 |
500460423 |
Walter Porras Fernández -Ni- |
198.000,00 |
502500666 |
Murillo Herrera Horacio |
75.736,36 |
700310322 |
Seing Jiménez Mario |
16.963,88 |
701130443 |
Moya Patiño Ana Patricia |
28.645,96 |
3002173864 |
Asociación Solidarista T.S.E. -Ni- |
9.562.038,19 |
3101020660 |
Control Electrónico S.A. |
2.418.491,78 |
3101356346 |
Hontoria del Pinar S.A. |
323.400,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
447.717,90 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
117.815,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
174.430,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
212.425,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
180.545,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
432.714,10 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
271.886,30 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
446.169,50 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
86.480,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
97.240,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
145.330,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
105.155,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
400.913,10 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
212.215,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
243.544,70 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
147.895,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
20.015,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
137.865,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
201.671,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
250.919,20 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
131.085,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
104.655,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
174.615,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
178.430,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
153.910,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
262.635,10 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
199.970,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
293.475,70 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
152.265,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
455.004,20 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
488.000,80 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
315.912,80 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
394.744,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
329.108,50 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
6.040,35 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
5.598,38 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
9.428,84 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
11.091,43 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
8.985,20 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
3.323,41 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
17.592,38 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
3.323,41 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
4.171,94 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
7.582,57 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
13.923,28 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
22.084,05 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
11.836,21 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
4.171,94 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
11.279,29 |
4000042147 |
Caja Costarricense de Seguro Social |
7.027,75 |
4000042152 |
Banco Popular |
1.415,93 |
4000042152 |
Banco Popular |
714,69 |
4000042152 |
Banco Popular |
771,11 |
4000042152 |
Banco Popular |
2.245,84 |
4000042152 |
Banco Popular |
1.203,68 |
4000042152 |
Banco Popular |
424,26 |
4000042152 |
Banco Popular |
405,82 |
4000042152 |
Banco Popular |
866,98 |
4000042152 |
Banco Popular |
1.147,05 |
|
|
22.000.583,21 |
Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo.—Gilberto Gómez Guillén, Contador.—1 vez.—(O. P. Nº 06-2008).—C-103420.—(34057).
Propuesta de pago 40099 del 18/12/2007
SUPREMO DE ELECCIONES, ACUERDA:
Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.
Cédula |
Nombre |
Monto líquido |
103280413 |
Céspedes Vargas Gerardo |
19.244,07 |
105260195 |
Mario Vizcaíno Porras |
152.114,52 |
105810829 |
Ronald Alberto Duran Madrigal -Ni |
1.073.084,32 |
106600384 |
Carazo Espinoza Manuel Antonio |
201.135,06 |
107970837 |
Irma Priscilla Porras Campos |
28.000,00 |
109790801 |
Artavia Solano Alfredo |
58.321,68 |
202900908 |
Blanco Rodríguez José Antonio |
168.413,28 |
203190535 |
Orlando Villalobos González -Ni- |
138.600,00 |
203190535 |
Orlando Villalobos González -Ni- |
138.600,00 |
203190535 |
Orlando Villalobos González -Ni- |
138.600,00 |
205110252 |
Molina Quesada Marlene |
104.000,00 |
205110252 |
Molina Quesada Marlene |
104.000,00 |
205110252 |
Molina Quesada Marlene |
104.000,00 |
205160488 |
Villalobos García Mario Rodolfo |
254.692,23 |
205320265 |
Gutiérrez Ugarte Álvaro |
20.785,71 |
500460423 |
Walter Porras Fernández -Ni- |
331.485,00 |
500460423 |
Walter Porras Fernández -Ni- |
331.485,00 |
501660614 |
Luz Marina Jiménez Ledezma -Ni- |
80.600,00 |
501660614 |
Luz Marina Jiménez Ledezma -Ni- |
222.950,00 |
501660614 |
Luz Marina Jiménez Ledezma -Ni- |
222.950,00 |
501850621 |
Jorge Manuel Espinoza de La O |
301.229,46 |
601061269 |
Edith Chavarría Villalobos -Ni- |
290.503,07 |
601061269 |
Edith Chavarría Villalobos -Ni- |
290.503,07 |
602390351 |
Sánchez Franco Nelly |
265.257,85 |
700400608 |
Alberto Guittens Walker -Ni- |
391.020,00 |
700400608 |
Alberto Guittens Walker -Ni- |
391.020,00 |
800570740 |
Giampaolo Ulcigral Dandri -Ni- |
126.957,03 |
800570740 |
Giampaolo Ulcigral Dandri -Ni- |
126.957,03 |
2100042005 |
Ministerio de Hacienda |
3.327,17 |
2100042005 |
Ministerio de Hacienda |
48.068,78 |
2100042005 |
Ministerio de Hacienda |
10.845,55 |
2100042005 |
Ministerio de Hacienda |
27.585,70 |
2100042005 |
Ministerio de Hacienda |
67.861,80 |
2100042005 |
Ministerio de Hacienda |
13.327,10 |
2100042005 |
Ministerio de Hacienda |
2.765,14 |
2100042005 |
Ministerio de Hacienda |
10.322,97 |
2100042005 |
Ministerio de Hacienda |
44.025,00 |
2100042005 |
Ministerio de Hacienda |
22.360,70 |
2100042005 |
Ministerio de Hacienda |
6.346,65 |
2100042005 |
Ministerio de Hacienda |
482,55 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
66.033,90 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
48.200,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
155.000,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
67.000,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
266.900,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
84.800,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
33.590,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
111.954,80 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
34.995,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
71.164,36 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
16.673,20 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
334.053,60 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
1.559,56 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
214.387,18 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
45.728,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
1.300,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
9.356,50 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
110.683,49 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
102.035,68 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
56.245,09 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
37.869,87 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
39.573,10 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
6.102,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
81.232,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
2.800,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
876 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
7.927,25 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
15.551,85 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
750 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
3.200,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
39.801,58 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
33.070,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
36.565,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
132.350,22 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
5.525,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
46.427,60 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
14.576,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
12.205,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
25.365,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
12.553,75 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
7.799,99 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
15.000,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
7.500,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
1.999,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
20.000,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
600 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
41.400,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
41.585,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
25.080,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
5.113,13 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
51.373,76 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
4.200,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
9.800,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
153.147,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
3.000,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
75.300,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
16.630,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
177.140,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
100.289,44 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
1.159.312,80 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
385.293,22 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
319.080,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
9.900,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
19.800,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
486.300,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
158.800,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
689.700,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
34.310,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
80.092,20 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
6.526,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
165.000,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
230.889,17 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
75.146,60 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
338.160,70 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
234.203,25 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
25.000,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
18.530,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
9.262,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
39.149,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
7.934,14 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
6.426,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
1.298,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
31.791,40 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
227.724,44 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
88.536,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
151.863,58 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
8.204,26 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
300.288,28 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
119.760,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
79.355,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
35.032,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
15.002,22 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
84.753,60 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
203.155,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
6.139,29 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
32.012,81 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
321.200,75 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
3.932,40 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
81.263,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
105.513,50 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
183.000,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
11.076,70 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
184.387,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
82.500,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
102.000,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
4.300,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
28.800,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
803.600,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
254.800,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
151.078,48 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
86.170,40 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
40.639,90 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
28.461,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
12.972,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
107.052,30 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
810 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
26.036,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
43.600,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
10.350,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
48.400,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
201.100,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
6.344,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
79.100,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
3.150,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
6.162,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
471.860,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
33.000,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
1.390.400,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
3.300,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
9.795,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
108.390,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
17.655,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
8.045,00 |
2400042156 |
Tribunal Supremo de Elecciones |
52.071,00 |
3002045433 |
Asociación Cruz Roja Costarricense |
598.500,00 |
3002078621 |
Asociación Fundes |
129.000,00 |
3004045260 |
Cooperativa de Electrificación Rural |
12.530,00 |
3006101757 |
Fundacion de |
62.100,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
30.900,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
89.365,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
43.580,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
406.575,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
94.380,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
80.485,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
269.000,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
866.500,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
344.850,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
27.245,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
27.245,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
6.070,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
150.000,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
12.980,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
9.095,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
8.490,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
5.465,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
6.070,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
4.255,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
20.535,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
215.880,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
6.070,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
6.070,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
121.605,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
388.890,00 |
3007042032 |
Junta Administrativa de La Imprenta |
5.465,00 |
3007045087 |
Junta Administrativa del Servicio |
54.533,00 |
3011056065 |
Asociación Nacional de Empleados Ju |
420.000,00 |
3012005459 |
Unisys de Centro América |
693.114,92 |
3012005459 |
Unisys de Centro América |
693.114,92 |
3012355421 |
Thyssenkrupp Elevadores S. A. -L- |
952.606,22 |
3014042058 |
Municipalidad del Cantón Central de |
573.544,00 |
3101000046 |
Compañía Nacional de Fuerza y Luz |
2.403.361,80 |
3101003105 |
Corp Inv Costarricense S. A. -Ni- |
170.330,00 |
3101003105 |
Corp Inv Costarricense S. A. -Ni- |
170.330,00 |
3101003105 |
Corp Inv Costarricense S. A. -Ni- |
993.591,62 |
3101003105 |
Corp Inv Costarricense S. A. -Ni- |
993.591,62 |
3101003937 |
Hacienda Santa Anita S. A. -Ni- |
1.058.400,00 |
3101003937 |
Hacienda Santa Anita S. A. -Ni- |
1.058.400,00 |
3101009059 |
Radiográfica Costarricense S. A. - |
234.180,55 |
3101009059 |
Radiográfica Costarricense S. A. - |
243.001,68 |
3101009059 |
Radiográfica Costarricense S. A. - |
362.465,00 |
3101009059 |
Radiográfica Costarricense S. A. - |
90.661,55 |
3101009059 |
Radiográfica Costarricense S. A. - |
94.076,60 |
3101009059 |
Radiográfica Costarricense S. A. - |
15.389.004,68 |
3101009059 |
Radiográfica Costarricense S. A. - |
376.436,23 |
3101009059 |
Radiográfica Costarricense S. A. - |
390.615,95 |
3101009059 |
Radiográfica Costarricense S. A. - |
1.583.517,96 |
3101009059 |
Radiográfica Costarricense S. A. - |
1.630.045,92 |
3101009515 |
Documentos y Digitales Difoto S. A. |
343.087,38 |
3101009515 |
Documentos y Digitales Difoto S. A. |
57.818,70 |
3101009515 |
Documentos y Digitales Difoto S. A. |
301.307,43 |
3101009515 |
Documentos y Digitales Difoto S. A. |
323.462,39 |
3101009515 |
Documentos y Digitales Difoto S. A. |
48.817,43 |
3101009515 |
Documentos y Digitales Difoto S. A. |
77.630,26 |
3101009515 |
Documentos y Digitales Difoto S. A. |
343.155,68 |
3101009515 |
Documentos y Digitales Difoto S. A. |
48.817,43 |
3101009515 |
Documentos y Digitales Difoto S. A. |
301.247,45 |
3101009515 |
Documentos y Digitales Difoto S. A. |
323.398,00 |
3101010150 |
Editorial |
469.224,00 |
3101013709 |
Mudanzas Mundiales S. A. |
2.704.660,25 |
3101020660 |
Control Electrónico S. A. |
2.426.633,86 |
3101020660 |
Control Electrónico S. A. |
250.223,75 |
3101020660 |
Control Electrónico S. A. |
250.223,75 |
3101020660 |
Control Electrónico S. A. |
2.426.633,86 |
3101024334 |
Solís Gamboa e Hijos S. A. -Ni- |
269.500,00 |
3101025416 |
Vehículos Internacionales (Veinsa) |
342.926,50 |
3101027174 |
Consorcio de Información y Segurid |
956.254,50 |
3101027174 |
Consorcio de Información y Segurid |
956.254,50 |
3101027174 |
Consorcio de Información y Segurid |
2.951.628,43 |
3101027174 |
Consorcio de Información y Segurid |
2.951.628,43 |
3101029593 |
Electrotécnica S. A. |
493.003,57 |
3101029593 |
Electrotécnica S. A. |
493.003,57 |
3101029593 |
Electrotécnica S. A. |
493.003,57 |
3101036422 |
Raditel S. A. |
109.324,00 |
3101038605 |
Distribuidora Técnica S. A. -Cont- |
1.178.367,19 |
3101042028 |
Empresa Servicios Públicos de Heredia |
13.371,00 |
3101042028 |
Empresa Servicios Públicos de Heredia |
11.377,00 |
3101042028 |
Empresa Servicios Públicos de Heredia |
106.928,00 |
3101052978 |
|
346.988,60 |
3101059552 |
I S Productos de Oficina Centroamer |
12.091,80 |
3101059552 |
I S Productos de Oficina Centroamer |
975.531,20 |
3101059552 |
I S Productos de Oficina Centroamer |
209.739,21 |
3101059552 |
I S Productos de Oficina Centroamer |
31.142,00 |
3101059552 |
I S Productos de Oficina Centroamer |
12.091,00 |
3101059552 |
I S Productos de Oficina Centroamer |
28.217,00 |
3101059552 |
I S Productos de Oficina Centroamer |
28.217,00 |
3101060214 |
Almacén El Eléctrico S. A. |
113.426,95 |
3101064341 |
Zebol S. A. |
290.220,53 |
3101073893 |
Grupo de Soluciones Informáticas Gs |
547.760,77 |
3101073893 |
Grupo de Soluciones Informáticas Gs |
547.760,77 |
3101076436 |
Mundo de Limpieza S. A. |
140.000,00 |
3101076436 |
Mundo de Limpieza S. A. |
160.000,00 |
3101076436 |
Mundo de Limpieza S. A. |
254.800,00 |
3101076436 |
Mundo de Limpieza S. A. |
170.000,00 |
3101076436 |
Mundo de Limpieza S. A. |
170.000,00 |
3101076436 |
Mundo de Limpieza S. A. |
254.800,00 |
3101076436 |
Mundo de Limpieza S. A. |
254.800,00 |
3101076436 |
Mundo de Limpieza S. A. |
140.000,00 |
3101076436 |
Mundo de Limpieza S. A. |
150.000,00 |
3101076436 |
Mundo de Limpieza S. A. |
279.300,00 |
3101076436 |
Mundo de Limpieza S. A. |
145.000,00 |
3101076436 |
Mundo de Limpieza S. A. |
254.800,00 |
3101076898 |
Direx Internacional S. A. -L- |
4.054.128,92 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
318.449,17 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
57.646,50 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
57.646,50 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
57.646,50 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
57.646,50 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
57.646,50 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
304.325,77 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
318.449,17 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
304.325,77 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
318.449,17 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
318.449,17 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
318.449,17 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
318.449,17 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
318.449,17 |
3101077363 |
Servicio de Cuido Responsable Secur |
318.449,17 |
3101077573 |
Tecnosagot S. A. |
3.000,00 |
3101077629 |
Euromobilia S. A. |
4.098.694,34 |
3101082251 |
Compañía de Mantenimiento Preventi |
210.808,49 |
3101082251 |
Compañía de Mantenimiento Preventi |
210.808,49 |
3101088140 |
Rente Un Auto Esmeralda S. A. -L- |
9.015.077,93 |
3101089260 |
Inversiones |
85.200,00 |
3101096167 |
Confecciones y Distribuciones Barqu |
2.620.492,56 |
3101096167 |
Confecciones y Distribuciones Barqu |
696.143,00 |
3101096167 |
Confecciones y Distribuciones Barqu |
5.503.680,00 |
3101096527 |
Central de Servicios P C S.A. -L- |
1.944.771,22 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
143.638,39 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
208.689,02 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
208.689,02 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
191.771,52 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
191.771,52 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
143.638,39 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
143.638,39 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
1.837.649,71 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
1.923.002,93 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
1.757.933,34 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
143.638,39 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
208.689,02 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
208.689,02 |
3101098063 |
Multi-Negocios Internacionales Amer |
143.638,39 |
3101100445 |
Rodríguez Constructores Asociados S |
4.935.123,49 |
3101100445 |
Rodríguez Constructores Asociados S |
6.580.164,67 |
3101100445 |
Rodríguez Constructores Asociados S |
13.160.329,32 |
3101105125 |
Inversiones Calinda S. A. -Ni- |
113.997,25 |
3101110403 |
Sistemas Maestros de Información S. |
272.028,87 |
3101111502 |
Componentes El Orbe, S.A. |
7.262.829,78 |
3101116194 |
Tecnología Hospitalaria R y M S.A. |
298.101,30 |
3101118750 |
Hotelera Tournón S. A. -Ni- |
236.566,32 |
3101120893 |
Vinser S. A. -L- |
955.500,00 |
3101121532 |
Centro Ferretero Industrial Ávila S |
87.443,00 |
3101122865 |
C G Formularios S. A. |
7.394.402,07 |
3101156743 |
Reprocolor S. A. |
751.159,02 |
3101156970 |
S P C Internacional S. A. |
339.728,74 |
3101169426 |
Premier Soluciones de Centroamérica |
3.044.865,85 |
3101174285 |
Seguridad Alfa S. A. -L- |
2.128.491,40 |
3101174285 |
Seguridad Alfa S. A. -L- |
2.128.491,40 |
3101175001 |
El Mar Es de Todos S. A. -Ni- |
975.100,00 |
3101175001 |
El Mar Es de Todos S. A. -Ni- |
975.100,00 |
3101176412 |
Alavisa de Cañas S A L |
110.000,00 |
3101176412 |
Alavisa de Cañas S A L |
110.000,00 |
3101176412 |
Alavisa de Cañas S A L |
58.000,00 |
3101176412 |
Alavisa de Cañas S A L |
110.000,00 |
3101176412 |
Alavisa de Cañas S A L |
215.600,00 |
3101176412 |
Alavisa de Cañas S A L |
106.000,00 |
3101176412 |
Alavisa de Cañas S A L |
207.760,00 |
3101176412 |
Alavisa de Cañas S A L |
215.600,00 |
3101176412 |
Alavisa de Cañas S A L |
215.600,00 |
3101176412 |
Alavisa de Cañas S A L |
215.600,00 |
3101176412 |
Alavisa de Cañas S A L |
215.600,00 |
3101176412 |
Alavisa de Cañas S A L |
215.600,00 |
3101176412 |
Alavisa de Cañas S A L |
116.000,00 |
3101176412 |
Alavisa de Cañas S A L |
116.000,00 |
3101185588 |
Trango Consultores T C S.A. |
93.322,50 |
3101187216 |
Megadata S. A. |
38.396.908,03 |
3101187216 |
Megadata S. A. |
115.190.724,10 |
3101187216 |
Megadata S. A. |
11.706.374,40 |
3101187216 |
Megadata S. A. |
2.731.487,36 |
3101187216 |
Megadata S. A. |
2.731.487,36 |
3101190550 |
Bruno Internacional S. A. |
2.136.400,00 |
3101196230 |
Ditel Distribuidora de Telecomunica |
103.948,00 |
3101216432 |
I T Servicios de Infocomunicacion |
900.280,91 |
3101216432 |
I T Servicios de Infocomunicacion |
900.280,91 |
3101216811 |
Estructuras y Vidrios Rime de San J |
145.000,00 |
3101217607 |
Sauter Mayoreo S. A. |
8.160.293,60 |
3101225254 |
Media Guru S. A. -L- |
599.951,69 |
3101238000 |
Kitachi S. A. -Ni- |
143.000,00 |
3101238000 |
Kitachi S. A. -Ni- |
143.000,00 |
3101238000 |
Kitachi S. A. -Ni- |
160.128,49 |
3101238000 |
Kitachi S. A. -Ni- |
160.128,49 |
3101240295 |
Servicios Directos de Satélite S. A |
148.071,70 |
3101242129 |
Prolim Prlm S. A. -L- |
362.035,52 |
3101252838 |
Alfa G P R Tecnologías S. A. –L- |
5.916.750,00 |
3101275466 |
Biznet Soluciones detrás de La Red |
2.377.857,30 |
3101275607 |
Importadora Camel S. A. -L- |
202.500,00 |
3101279522 |
Identiga Karto S. A. -L- |
1.834.560,00 |
3101302324 |
Agencia de Publicidad B Comunica S. |
421.400,00 |
3101315377 |
Consorcio Proveedor Alajuelense Bus |
36.900,00 |
3101340543 |
Elevadores Schindler S. A. -L- |
55.470,89 |
3101340543 |
Elevadores Schindler S. A. -L- |
570.685,75 |
3101340543 |
Elevadores Schindler S. A. -L- |
321.925,30 |
3101349248 |
T D M Ambiental S. A. |
56.000,00 |
3101357294 |
Capacitación en Primeros Auxilios y |
441.000,00 |
3101390577 |
Empresas y Negocios Comerciales |
510.580,00 |
3101390577 |
Empresas y Negocios Comerciales |
867.986,00 |
3101494135 |
Uniformes Jireh Fj S. A. |
1.469.955,90 |
3102007759 |
Hijos de Heriberto Hidalgo Sucs, Li |
84.214,22 |
3102013830 |
Hulera Costarricense Ltda. |
523.576,65 |
3102067171 |
Seguridad y Vigilancia Sevin, Ltda. |
1.102.079,43 |
3102074245 |
Colchonera Alf Santamaría Ltda. -Ni |
150.700,00 |
3102074245 |
Colchonera Alf Santamaría Ltda. -Ni |
150.700,00 |
3102074245 |
Colchonera Alf Santamaría Ltda. -Ni |
150.700,00 |
3102074245 |
Colchonera Alf Santamaría Ltda. -Ni |
150.700,00 |
3102074245 |
Colchonera Alf Santamaría Ltda. -Ni |
150.700,00 |
3102074245 |
Colchonera Alf Santamaría Ltda. -Ni |
95.443,00 |
3102074245 |
Colchonera Alf Santamaría Ltda. -Ni |
315.511,00 |
3102124446 |
Nuñez y Asociados Ltda. -L- |
3.653.364,34 |
3102222794 |
Const Francisco Adolfo Muñoz |
4.747.826,09 |
3102426813 |
Iafis de Costa Rica Ltda. -Ni- |
164.039.373,86 |
3102426813 |
Iafis de Costa Rica Ltda. -Ni- |
136.699.479,88 |
3110256071 |
Interbolsa Fondo de Inversión |
4.877.656,00 |
3110256071 |
Interbolsa Fondo de Inversión |
4.877.656,00 |
4000001021 |
Banco Nacional de Costa Rica |
731.081,96 |
4000001021 |
Banco Nacional de Costa Rica |
703.640,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueductos |
253.077,16 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueductos |
4.499,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueductos |
6.399,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueductos |
17.761,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueductos |
7.560,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
1.440.109,02 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
1.175.965,70 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
355.054,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
349.904,10 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
396.944,10 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
1.102.029,60 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
677.905,20 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
305.622,80 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
1.440.109,02 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
1.603.591,64 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electricidad |
1.570.475,48 |
4000042152 |
Banco Popular |
1.264,82 |
4000042152 |
Banco Popular |
301,31 |
4000042152 |
Banco Popular |
1.841,48 |
4000042152 |
Banco Popular |
378,23 |
4000042152 |
Banco Popular |
273,58 |
4000042152 |
Banco Popular |
346,17 |
4000042152 |
Banco Popular |
480,99 |
4000042152 |
Banco Popular |
473,04 |
4000042152 |
Banco Popular |
316,67 |
4000042152 |
Banco Popular |
278,46 |
4000042152 |
Banco Popular |
7.246,49 |
4000042152 |
Banco Popular |
445,46 |
4000042152 |
Banco Popular |
98,53 |
4000042152 |
Banco Popular |
417,34 |
4000042152 |
Banco Popular |
4.342,67 |
4000042152 |
Banco Popular |
153,62 |
4000042152 |
Banco Popular |
719,94 |
4000042152 |
Banco Popular |
432,81 |
|
|
709.827.287,65 |
Fernando Víquez Jiménez, Director Ejecutivo.—Gilberto Gómez Guillén, Contador.—1 vez.—(O. P. Nº 05-2008).—C-499420.—(34058).
Registro Civil - Departamento Civil
OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente Nº
26740-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las diez horas cinco minutos del veintinueve de enero del dos mil ocho.
Álvaro Gerardo Rojas Cordero, casado, policía, costarricense, cédula de
identidad número uno-cuatrocientos veintitrés-ochocientos veintisiete, vecino
de Monte Redondo, Aserrí, solicita la rectificación de su asiento de
nacimiento... en el sentido que el año de nacimiento del mismo es “mil
novecientos cincuenta y dos”. Conforme lo señala el artículo 66 de
Expediente
Nº 8758-06.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del diez de marzo del dos mil
ocho. Proceso administrativo de cancelación del asiento de nacimiento de
Yesenia Damaris Berrocal Azofeifa, que lleva el número setenta y siete, folio
treinta y nueve, tomo doscientos sesenta y cinco, de la provincia de
Puntarenas, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrita como Yesenia Cecilia
Madrigal Redondo, en el asiento número setecientos diecinueve, folio
trescientos sesenta, tomo ciento cuarenta y nueve, de la provincia de Limón,
Sección de Nacimientos. Conforme lo señala el artículo 66 de
Expediente
Nº 13413-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las siete horas diez minutos del veinticuatro de marzo
del dos mil ocho. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de
nacimiento de Juana Guiselle Obando Brenes, que lleva el número ciento ochenta
y cinco, folio cero noventa y tres, tomo ciento veintisiete, de la provincia de
Limón, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrita como Juana Lorena Chaves
Brenes, en el asiento número trescientos veintiuno, folio ciento sesenta y uno,
tomo ciento veintisiete, de la provincia de Limón, Sección de Nacimientos y de
rectificación del precitado asiento de nacimiento, en el sentido que la persona
ahí inscrita es hija de “José Elías Obando Peralta y Teresa Adolia Brenes
Rodríguez, costarricense” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo
66 de
Expediente
Nº 36865-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San
José, a las catorce horas cincuenta minutos del veinticuatro de marzo del dos
mil ocho. Procedimiento administrativo de cancelación del asiento de nacimiento
de Vera Lorena Arias Rodríguez..., que lleva el número cero treinta y ocho,
folio cero diecinueve, tomo quinientos setenta y cinco, de la provincia de San
José, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrita como Ana Lorena Alvarado
Rodríguez..., en el asiento número cuatrocientos cuatro, folio doscientos dos,
tomo setenta y cinco, del Partido Especial, Sección de Nacimientos y
rectificación del precitado asiento de nacimiento, en el sentido que la persona
ahí inscrita es hija de “Juan Bautista Arias Mora y Socorro Rodríguez Pérez,
costarricenses” y no como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de
Expediente
Nº 38539-05.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las diez horas y cincuenta y nueve minutos del trece de
marzo del dos mil ocho. Proceso administrativo de rectificación del asiento de
nacimiento de Guido Gerardo María de Jesús Rojas Caviccholi, que lleva el
número doscientos cuarenta, folio ciento veinte, tomo quinientos noventa y uno,
de la provincia de San José, Sección de Nacimientos, en el sentido que los
apellidos del mismo son “Zúñiga Caviccholi hijo de Antonio Zúñiga Astorga, no
indica nacionalidad y Yolanda Caviccholi González, costarricense” y no como se
consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de
PUBLICACIÓN DE UNa VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Dale Ellis Shaffer, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 0367-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cincuenta y cinco minutos del doce de febrero del dos mil ocho. Expediente Nº 33301-07. Resultando: Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Hechos no Probados... III.—Sobre el Fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Dale Ellis Shaffer, no indica otro apellido con Marleny Virginia Álvarez Salas, conocida como Potoy Espinoza..., en el sentido que el nombre y el apellido de la madre del cónyuge son “Annie Della Seredovich”, no indica segundo apellido.—Lic. Marisol Castro Dobles Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(34462).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Gloria Amparo
Hernández Gallo, mayor, casada, oficios del hogar, colombiana, cédula de
residencia 117000368204, vecina de San José, expediente 116-2007. Se ha
presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto
por los artículos 11 y 12 de
AJUSTE AL PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2008
POR MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA
DE JUNTA DIRECTIVA 1-2008
-Cifras en colones-
REBAJAR |
|
|
|
1 |
SERVICIOS |
|
1.381.292.243,46 |
1-03-03 |
Impresión, encuadernación y otros |
1.381.292.243,46 |
|
5 |
BIENES DURADEROS |
|
19.226.529,86 |
5-01-03 |
Equipo de comunicación |
11.554.650,00 |
|
5-01-05 |
Equipo y programas de cómputo |
7.671.879,86 |
|
TOTAL REBAJAR |
|
1.400.518.773,32 |
POR MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA
DE JUNTA DIRECTIVA 4-2008
-Cifras en colones-
REBAJAR |
|
|
|
1 |
SERVICIOS |
|
33.000.000,00 |
1-08-08 |
Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas de información |
33.000.000,00 |
|
|
|
|
|
5 |
BIENES DURADEROS |
|
201.768.170,00 |
5-01-03 |
Equipo de comunicación |
201.768.170,00 |
|
|
|
|
|
TOTAL REBAJAR |
|
¢234.768.170,00 |
|
|
|
|
|
AUMENTAR |
|
|
|
1 |
SERVICIOS |
|
33.000.000,00 |
1-04-03 |
Servicios de ingeniería |
33.000.000,00 |
|
|
|
|
|
5 |
BIENES DURADEROS |
|
201.768.170,00 |
5-01-05 |
Equipo y programas de cómputo |
201.768.170,00 |
|
|
|
|
|
TOTAL AUMENTAR |
|
¢234.768.170,00 |
POR MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA DE GERENCIA 1-2008
-Cifras en colones-
REBAJAR |
|
|
|
|
|
1 |
Servicios |
|
14.560.000,00 |
|
|
|
|
|
|
1-03-01 |
Información |
3.000.000,00 |
|
|
1-03-03 |
Impresión, encuadernación y otros |
11.000.000,00 |
|
|
1-03-07 |
Servicios de transferencia electrónica de información |
100.000,00 |
|
|
1-04-99 |
Otros servicios de gestión y apoyo |
460.000,00 |
|
|
|
|
|
|
|
5 |
Bienes Duraderos |
|
2.012.750,00 |
|
5-01-05 |
Equipo y programa de cómputo |
2.012.750,00 |
|
TOTAL REBAJAR |
|
|
16.572.750,00 |
|
|
|
|
|
|
AUMENTAR |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
1 |
Servicios |
|
3.460.000,00 |
|
1-04-04 |
Servicios de ciencias económicas y sociales |
460.000,00 |
|
|
1-05-03 |
Transporte en el exterior |
1.000.000,00 |
|
|
1-05-04 |
Viáticos en el exterior |
2.000.000,00 |
|
|
|
|
|
|
|
5 |
Bienes Duraderos |
|
13.112.750,00 |
|
5-99-03 |
Derecho de autor |
11.000.000,00 |
|
|
5-01-03 |
Equipo de comunicación |
2.112.750,00 |
|
TOTAL AUMENTAR |
|
|
16.572.750,00 |
POR MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA DE GERENCIA 2-2008
-Cifras en colones-
REBAJAR |
|
|
|
1 |
SERVICIOS |
|
2.000.000,00 |
1-01-04 |
Alquiler y derechos para telecomunicaciones |
2.000.000,00 |
|
5 |
BIENES DURADEROS |
|
25.250.000,00 |
5-01-04 |
Equipo y mobiliario de oficina |
250.000,00 |
|
5-02-01 |
Edificios |
25.000.000,00 |
|
|
|
|
|
TOTAL REBAJAR |
|
¢27.250.000,00 |
|
|
|
|
|
AUMENTAR |
|
|
|
1 |
SERVICIOS |
|
8.600.000,00 |
1-04-03 |
Servicios de ingeniería |
2.000.000,00 |
|
1-04-99 |
Otros servicios de gestión de apoyo |
6.600.000,00 |
|
|
|
|
|
5 |
BIENES DURADEROS |
|
18.650.000,00 |
5-01-03 |
Equipo de comunicación |
5.000.000,00 |
|
5-01-05 |
Equipo y programa de cómputo |
8.900.000,00 |
|
5-01-99 |
Maquinaria y equipo diverso |
4.750.000,00 |
|
|
|
|
|
TOTAL AUMENTAR |
|
¢27.250.000,00 |
San José, 16 de abril del 2008.—Departamento de Contabilidad.—Msc. Rodrigo Madrigal F., Director.—1 vez.—(O. C. Nº 9562).—C-134220.—(35054).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2008LN-000036-32600
Adquisición de vehículos, por compra pura
y canje con erogación
El interesado
tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en forma gratuita, en la
dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de Internet a partir de esta
fecha de publicación de la invitación a licitar en el Diario Oficial
San José, 9 de abril del 2008.—MSc Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora Institucional .—1 vez.—(Solicitud Nº 15537).—C-17840.—(35143).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE INVESTIGACIÓN
Y ENSEÑANZA EN NUTRICIÓN Y SALUD
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000001-00100
Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de autoclaves
Se invita a todos
los potenciales proveedores a presentar ofertas para el procedimiento abajo
indicado. El interesado puede disponer gratuitamente del cartel en el Sistema
Comprared por medio de la dirección https://www.hacienda.go.cr./Comprared o
bien adquirirlo en el Centro de Información y Comunicación (CIC), previo pago
del cartel en
Fecha de apertura: la indicada en el sistema Compra Red. Costo del cartel: ¢ 60,00.
Tres Ríos, 16 de abril del 2008.—Proveeduría Institucional.—Lic. Vielka Cubero Moya, Proveedora.—1 vez.—Nº 27945.—(35152).
LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000014-ODM
Adquisición de equipo de comunicación
para
El Departamento
de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica (BCCR) recibirá ofertas por
escrito hasta las 10:00 horas del día 22 de mayo del 2008, según reloj marcador
de
Los interesados pueden retirar el cartel en el Departamento de Proveeduría de este Banco, edificio principal, avenidas central y primera, calles 2 y 4, en el siguiente horario: de lunes a viernes de 9:15 a. m. a 12:00 m. d. y de 1:00 p.m. a 4:00 p.m.
El cartel estará disponible en forma gratuita, en la siguiente dirección:
http://www.bccr.fi.cr/documentos/proveeduria/publicacionesproveeduria.asp, a partir del día hábil siguiente de la fecha de su publicación. Los interesados en participar y que adquieran el cartel por ese medio deberán consignar la información que se solicita al accesar el cartel; el incumplimiento de este requisito exonera al BCCR la no comunicación de posibles Fe de Erratas que se puedan generar en el concurso.
San José, 17 de abril del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—(35120).
LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000010-ODM
Adquisición de hardware para
El Departamento
de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica (BCCR) recibirá ofertas por
escrito hasta las 10:00 horas del día 21 de mayo del 2008, según reloj marcador
de
Los interesados pueden retirar el cartel en el Departamento de Proveeduría de este Banco, edificio principal, avenidas central y primera, calles 2 y 4, en el siguiente horario: de lunes a viernes de 9:15 a.m. a 12:00 m.d. y de 1:00 p.m. a 4:00 p.m.
El cartel estará disponible en forma gratuita, en la siguiente dirección:
http://www.bccr.fi.cr/documentos/proveeduria/publicacionesproveeduria.asp, a partir del día hábil siguiente de la fecha de su publicación. Los interesados en participar y que adquieran el cartel por ese medio deberán consignar la información que se solicita al accesar el cartel; el incumplimiento de este requisito exonera al BCCR la no comunicación de posibles Fe de Erratas que se puedan generar en el concurso.
San José, 17 de abril del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Rolando Protti B., Director.—1 vez.—(35130).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000008-ODM
Adquisición de software para
El Departamento
de Proveeduría del Banco Central de Costa Rica (BCCR) recibirá ofertas por escrito
hasta las 10:00 horas del día 19 de mayo del 2008, según reloj marcador de
Los interesados pueden retirar el cartel en el Departamento de Proveeduría de este Banco, edificio principal, avenidas central y primera, calles 2 y 4, en el siguiente horario: de lunes a viernes de 9:15 a.m. a 12:00 m.d. y de 1:00 p.m. a 4:00 p.m.
El cartel estará disponible en forma gratuita, en la siguiente dirección:
http://www.bccr.fi.cr/documentos/proveeduria/publicacionesproveeduria.asp, a partir del día hábil siguiente de la fecha de su publicación. Los interesados en participar y que adquieran el cartel por ese medio deberán consignar la información que se solicita al accesar el cartel; el incumplimiento de este requisito exonera al BCCR la no comunicación de posibles fe de erratas que se puedan generar en el concurso.
San José, 17 de abril del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Rodolfo Protti B., Director.—1 vez.—(35131).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000037-PCAD
Contratación de servicios de impresión, personalización de cheques
de cuentas corrientes y libretas de depósitos, confección de
cheques de gerencia en fórmula continua, todos en dólares
y colones del Banco Popular y de Desarrollo Comunal
El Proceso de
Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los
invita a participar en
Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en nuestras oficinas, previa cancelación del cartel en las cajas Nos. 12 y 13, ubicadas en el primer piso del edificio Metropolitano. Con un horario de lunes a sábado de 8:15 a. m., a 12:00 m. d., y de 1:00 p. m., a 7:00 p. m. Valor del cartel: ¢ 2.500,00 (dos mil quinientos colones exactos).
San José, 18 de abril del 2008.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(35513).
El Instituto de Desarrollo Agrario comunica la apertura del siguiente proceso de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000023-02
Reconstrucción de dos pasos de alcantarilla en el Asentamiento Campesino Canjelito, Dirección Pacífico Central,
Oficina Subregional Paquera
Fecha y hora de
apertura de la licitación: 15 de mayo del
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000024-02
Contratación de mano de obra y materiales (llave en mano) para
la construcción de la línea de distribución eléctrica en
el Asentamiento Campesino Los Ángeles,
Dirección Pacífico Central,
Oficina Subregional
Parrita
Fecha y hora de
apertura de la licitación: 15 de mayo del
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000025-02
Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino Montelirio,
Dirección Central, Oficina Subregional Grecia
Fecha y hora de
apertura de la licitación: 15 de mayo del
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000026-02
Construcción de puente tipo caja de concreto en el Asentamiento
Campesino Lagunilla, Dirección Chorotega,
Oficina Subregional Santa Cruz
Fecha y hora de apertura
de la licitación: 16 de mayo del
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000027-02
Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino Orosi,
Dirección Chorotega, Oficina Subregional Liberia
Fecha y hora de
apertura de la licitación: 16 de mayo del
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000028-02
Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino Los Lagos,
Dirección Central, Oficina Subregional Grecia
Fecha y hora de
apertura de la licitación: 16 de mayo del
Los carteles están a disposición en las Oficinas Centrales del IDA ubicadas en Moravia, residencial Los Colegios, frente al IFAM, Área de Infraestructura, previa cancelación de ¢2.000 (dos mil colones) en el Área de Tesorería.
Área de Contratación y Suministro.—Rafael Fernández Bolaños.—1 vez.—(35491).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000002-01
Adquisición de equipo de cómputo
El Instituto de Desarrollo Agrario comunica la apertura del siguiente proceso de contratación: Licitación Abreviada Nº 2008LA-000002-01 Adquisición de equipo de cómputo.
Fecha y hora de
apertura de la licitación: jueves 15 de mayo del
El cartel está a disposición en las oficinas centrales del IDA ubicadas en Moravia, Residencial Los Colegios, frente al IFAM, Área de Contratación y Suministros, planta baja del edificio B, el cartel es gratuito.
Área de Contrataciones y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños.—1 vez.—(35493).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000012-01
Contratación de servicios de diseño de anteproyecto, proyecto e
inspección del Centro de Formación Profesional de Upala
El Proceso de
Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas
por escrito hasta las 10:00 horas del 15 de mayo del 2008. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual tiene un costo de ¢2.000,00 en
el Área de Compras del Proceso de Adquisiciones sita
San José, 1º de abril del 2008.—Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—(Solicitud Nº 16322).—C-7940.—(35530).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2008LA-900067-02
Contratación de los servicios de mano de obra, materiales
y equipo para el suministro, instalación y puesta en
marcha de plantas y bombas de agua para
el sistema de aire acondicionado
El cartel respectivo puede retirarse en el lugar mencionado previo pago en la caja del Departamento de Tesorería, situada en el primer piso del mismo edificio, por un costo de ¢1.000,00, o bien, el mismo está disponible, en el sitio Web de Recope, www.recope.com.
La visita al
sitio para explicar los alcances técnicos y demás aspectos relevantes de este
concurso se llevará a cabo el día 29 de abril del
San José, 18 de abril del 2008.—Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—(OC Nº 2008-5-0329).—C-9620.—(35102).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2007LN-000096-33300
Mejoramiento de obras de drenaje y de la superficie
de ruedo de los caminos vecinales de Los Chiles
Se avisa a todos los interesados en esta licitación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, que por Resolución de Adjudicación Nº 013-2008 de las 10:30 horas del día 9 de abril de 2008, se adjudica de la siguiente manera:
Oferta Nº 1.—Constructora El Bajo del León S. A., cédula jurídica numero 3-101-031896.
Posición Nº 1:
Mejoramiento de obras de drenaje y superficies de ruedo para los caminos 2-14-024 y 2-14-021 del cantón de Los Chiles.
Monto total adjudicado en colones: ¢ 372.260.000,00 (trescientos setenta y dos millones doscientos sesenta mil colones exactos).
San José, 15 de abril de 2008.—MBA. Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 15547).—C-15860.—(35146).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2007LA-000121-PROV
Contratación de servicios de monitoreo de informaciones
en las diferentes radioemisoras, televisoras
y publicaciones del país
Se comunica a todos los interesados en la contratación en referencia, que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión Nº 28-08 celebrada el día 17 de abril del dos mil ocho, dispuso declararla desierta.
San José, 18 de abril del 2008.—Proceso de Adquisición.—Lic. Ana Iris Olivares Leitón, Jefa a. í.—1 vez.—(35098).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000011-01
Compra e instalación de tres esclusas dobles automáticas blindadas
de seguridad para las oficinas del Banco Nacional en
Santo Domingo de Heredia, Tres Ríos de Cartago y
Se comunica a los interesados de esta licitación abreviada, que el Subcomité de Licitaciones en el artículo 4 de la sesión ordinaria Nº 377-2008, celebrada el 9 de abril del 2008, acordó:
Adjudicar
Descripción |
Cantidad |
Precio unitario en euros |
Subtotal |
Impuesto de ventas |
Total |
Esclusa blindada de seguridad marca Proytecsa, modelo Epsilon 3002 Doble. |
3 |
31.620,00 |
94.860,00 |
12.331,80 |
107.191,80 |
Precio de transporte e instalación para Santo Domingo de Heredia |
960,00 |
||||
Precio de transporte e instalación para Tres Ríos de Cartago |
960,00 |
||||
Precio de transporte e instalación para |
1.420,00 |
||||
TOTAL GENERAL |
€ 110.531,80 |
Una garantía técnica mínima sobre los equipos, instalación, funcionamiento y componentes, contados a partir del recibido conforme y por escrito por parte del Banco Nacional, de treinta y seis (36) meses.
Un plazo máximo de entrega de todos los equipos debidamente instalados y funcionando a entera satisfacción del Banco, de cuarenta y tres (43) días hábiles contados a partir del aviso del Banco al adjudicatario para que pase a recoger la copia del contrato debidamente refrendado.
En caso de no cumplir con el plazo de entrega de los equipos debidamente instalados y funcionando a entera satisfacción del Banco o por entrega defectuosa que obligue a la sustitución o acondicionamiento de los equipos entregados, el Banco cobrará al adjudicatario una multa del 2% sobre el monto total adjudicado (sin incluir el costo del mantenimiento post-garantía) por cada día natural de atraso. Esta multa se tomará hasta lograr un 25% del monto total adjudicado (sin incluir el costo del mantenimiento post-garantía), luego de lo cual se tendrá por incumplido el contrato por parte del adjudicatario, sin responsabilidad para el Banco. Queda entendido que toda suma por concepto de multa será rebajada directamente de las facturas presentadas al cobro por parte del adjudicatario.
En caso de no cumplirse con los plazos de atención de reportes de fallas, reparación de fallas o sustitución de componentes o equipos durante el período de garantía técnica, el Banco cobrará una multa del 2% del costo total de la esclusa en que se presentó la falla (sin incluir el costo del mantenimiento post-garantía) por cada hora de atraso, hasta un máximo del 25% del costo total de la esclusa en que se presentó la falla (sin incluir el costo del mantenimiento post-garantía) por cada hora de atraso, luego de lo cual el Banco podrá tener por incumplido el contrato sin responsabilidad de su parte, quedando en el derecho de resarcirse de los daños y perjuicios que tal incumplimiento le cause. Todo monto por concepto de multas así como por los costos derivados del incumplimiento citado en estos puntos, durante el período de garantía, serán indicados al adjudicatario mediante nota, los mismos deberán ser cancelados en la oficina de Proveeduría en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles posteriores al comunicado por parte del Banco, bajo el entendido que de no cumplirse con tal pago en el plazo establecido, el Banco podrá tener por incumplido el contrato.
Al presentarse a retirar la copia del contrato, el adjudicatario deberá presentar una garantía de cumplimiento vigente por un monto mínimo del diez por ciento (10%) del total adjudicado (sin incluir el costo del mantenimiento post garantía). La misma deberá tener una vigencia mínima de sesenta (60) días hábiles posteriores a la fecha prevista de entrega e instalación de los equipos.
Se recuerda que en caso de presentar bonos o certificados, éstos se recibirán por su valor de mercado y deberán acompañarse de una estimación efectuada por un operador de alguna de las bolsas de valores legalmente reconocidas. Se exceptúan de la obligación de presentar esta estimación, los certificados de depósito a plazo emitidos por los Bancos estatales, cuyo vencimiento ocurra dentro del mes siguiente a la fecha en que se presenta.
En cumplimiento de
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2007LN-001891-01
(Infructuosa)
Remodelación y ampliación del edificio de la agencia
del Banco Nacional de Costa Rica en Desamparados
Se comunica a los interesados en la Licitación Pública Nacional N° 2007LN-001891-01, que el Comité de Licitaciones en el artículo número 4, sesión ordinaria número 909-2008, celebrada el 15 de abril del 2008, acordó:
Declarar infructuosa dicha licitación.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000025 -PROV
Adquisición de repuestos y servicio de ingeniería para compresor
de gases del Centro de Producción Miravalles II
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que por razones técnicas se ha dejado sin efecto el trámite de esta contratación, por lo tanto se da por anulada esta licitación.
San José, 18 de abril del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador Licitaciones.—1 vez.—(O. S. Nº 335364).—C-6620.—(35147).
COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA Y LUZ S. A.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000004-PROV
Contratación de servicios de mano de obra para labores
de mantenimiento preventivo por
afectación en la red de distribución en la
actividad de poda de árboles
y limpieza de vegetación
Les comunicamos
que
A: Tim Elektra S. A..—(Oferta Nº 2)
Servicio único ¢110.304.000.00.
José Antonio Salas Monge, Proveedor Institucional.—1 vez.—(35097).
REGISTRO DE ELEGIBLES
Alquiler de licencia de una plataforma tecnológica
para la administración de productos derivados cambiarios
Para eventuales contrataciones, el Banco Nacional de Costa Rica requiere conformar un registro de oferentes que estén en disposición de brindar los servicios de alquiler de licencia de una plataforma tecnológica para la administración de productos derivados cambiarios.
Los interesados
deberán presentar en
Los documentos deben ser presentados a más tardar el día 8 de mayo del 2008, en la dirección precitada.
Para más información puede llamar a los teléfonos 211-4000, extensiones 6203 ó 6260, o escribir al correo electrónico lherradora@bncr.ficr.
San José, 23 de abril del 2008.—Lic. Erick Leitón Mora, Proveedor General a. i.—1 vez.—(Nº 2029-2008).—C-10580.—(35100).
MUNICIPALIDAD DE GRECIA
Se avisa a todos
los potenciales oferentes, que el detalle de las adquisiciones programadas para
el año 2008, se encuentra en el Departamento de Proveeduría de
Grecia, 16 de abril de 2008.—Lic. Cecilia Barquero Saborío, Coordinadora de Hacienda Municipal.—1 vez.—(34598).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA 2008LN-000016-DI
Mejoramiento de las rutas nacionales 116 y 504
sección: Los Ángeles-Santo Domingo
En relación con la licitación arriba indicada, se informa que en virtud de no haberse comunicado debidamente enmienda al cartel de licitación dicho proceso se anula en todos sus extremos.
San José, 18 de abril del 2008.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Jefe de Proveeduría y Suministros.—1 vez.—(Solicitud Nº 19573).—C-4640.—(35103).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000010-DI
Hinca de pilotes para la construcción del puente provisional
binacional sobre el río Sixaola, Ruta Nacional Nº 36
Se comunica a las
empresas interesadas en participar, que se encuentra disponible
Asimismo el plazo para la
recepción de ofertas se extenderá, por lo tanto este Consejo recibirá ofertas
hasta las 10:00 horas del 5 de mayo del 2008, en las oficinas de
San José, 17 de abril de 2008.—Unidad de Proveeduría y Suministros.—MBA. Arturo Alvarado Moya, Jefe .—1 vez.—(Solicitud Nº 19572).—C-7280.—(35105).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000022-85002
En
Lic. Allan Herrera Herrera, Proveedor a. í.
Todo lo demás queda igual.
CONTRATACIÓN DIRECTA ESPECIAL Nº 2008CD-000843-PROV
Contratación de servicios para la atención
y comercialización de servicios por medio
de agentes comercializadores externos
El Instituto
Costarricense de Electricidad, Sector Telecomunicaciones, mediante la presente
invita a los interesados en formar parte como “Agentes Comercializadores
Externos” a participar en
Además comunica que la recepción de ofertas se prorroga para las 10:00 horas del 2 de mayo del 2008.
San José, 21 de abril del 2008.—Lic. Gonzalo Gómez Álvarez, MBA, Coordinador Contrataciones Directas.—1 vez.—(O. C. Nº 335364).—C-7940.—(35559).
MUNICIPALIDAD DE BELÉN
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000008-01
“Mano de obra, herramientas y equipo para corta, poda y
extracción de diferentes tipos de árboles en varios sectores
del cantón y en
Residuales de
de Belén”
Y en el punto 17, léase correctamente en la última línea: “Esto recaerá sobre las Unidades de Proceso de Alcantarillado y Servicios Públicos”.
San Antonio de Belén, Heredia, 18 de abril del 2008.—Unidad de Bienes y Servicios.—Marcos Porras Quesada, Subcoordinador.—1 vez.—(O. C. Nº 24569).—C-9620.—(35492).
Para ver sección de Hacienda e imágenes solo en
San José, 26 de marzo del 2008.—Órgano de Normalización Técnica.—Ing. Alberto Poveda Alvarado, Director.—1 vez.—(Solicitud Nº 19038).—C-2.038.815.—(33657).
FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL
Considerando:
Que el Fondo Nacional
de Financiamiento Forestal, como Órgano de
La junta directiva del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal acuerda modificar el manual de procedimientos para el pago de servicios ambientales en los siguientes términos:
1. Modificar el punto 2.2.2 cuyo texto dirá:
2.2.2. Proyectos de protección sobre inmuebles que cumplan con lo establecido en el punto anterior, donde se hayan suscrito contratos de pago de servicios ambientales en años anteriores, siempre que cumplan con los demás requisitos establecidos en el manual y concluya su período de vigencia en el mismo año en que se presente la nueva presolicitud. La vigencia de los nuevos contratos iniciará al día siguiente de la fecha de vencimiento del contrato anterior
2. Modificar, el inciso 7.1.8 el punto del punto 7 cuyo texto dirá:
7.1.8
Recibida una presolicitud,
3. Modificar los anexos: 3 punto 11, anexo 5 punto 7 y del anexo 7 punto 8, para incorporar lo siguiente:
Asimismo, cada estudio técnico debe contener el croquis del área a someter a PSA con respecto al área total de la propiedad, indicando el derrotero y la numeración correspondiente de vértices, además debe amarrarse el punto de inicio (punto 1) del área a someter de un punto con coordenadas conocidas, sistema empleado y exactitud del mismo. El croquis del área efectiva PSA, así como el croquis de la totalidad del piano debe entregarse impreso y en digital.
El digital debe de cumplir con:
• El archivo debe ser en formato Shape files de ArcView, tipo (polígono), no se admitirán otros formatos.
• El archivo shape debe venir nombrado con el número de solicitud asignado por la oficina regional (ejemplo, SJ01000108).
• Se debe presentar un solo shape, que incluya en la tabla de atributos la cuantificación del área, uso (área PSA, resto de la finca) y el número de plano catastrado cuando sea el caso.
•
El archivo debe presentarse georeferenciado en el sistema de coordenadas CRTM05
(oficializado mediante el Decreto 33797-MJ-MOPT publicado en
• Debe ser entregado en un disco compacto (cd).
Las escalas a utilizar para áreas menores a treinta hectáreas deben de ser 1:5.000 a 1:10.000. Para el caso de áreas mayores pueden utilizarse a conveniencia profesional.
4. En todos los demás aspectos, se mantiene invariable el Manual de Procedimientos para el Pago de Servicios Ambientales vigente.
Rige a
partir de su publicación en el Diario Oficial
San José, 10 de abril del 2007.—Guillermo Rojas Valverde, Asistente Advo.—1 vez.—(Solicitud Nº 35479).—C-31220.—(34515).
REGLAMENTO PARA
SALIDA DEL PAÍS DE PERSONAS MENORES DE EDAD
Considerando:
Primero.—Que el
artículo 263 de la “Ley General de Migración Extranjería”, Nº 8487, del 22 de
noviembre de 2005, publicada en el Diario Oficial
Segundo.—Que
Tercero.—Que dada la
disposición legal anteriormente citada y la interpretación que de ella hizo
Cuarto.—Que el artículo 6
inciso e) de
ESTE ÓRGANO COLEGIADO ACUERDA:
Aprobar el siguiente
Reglamento para
Acuerdo firme y unánime (o de mayoría).
REGLAMENTO PARA
SALIDA DEL PAÍS DE PERSONAS MENORES DE EDAD
CAPÍTULO I
Procedimiento a aplicar cuando media negativa expresa de alguna
de las personas que ejercen la autoridad parental o representación
legal de la persona menor de edad
Artículo 1º—Administración
competente: Cuando no exista la autorización de quienes ejerzan la patria
potestad o la representación legal de la persona menor de edad costarricense o
extranjera con permanencia legal en el país, que pretenda salir del territorio
nacional, el Patronato Nacional de
Artículo 2º—Requisitos: El progenitor, la progenitora o representante legal, interesado en la salida del país de una persona menor de edad deberá aportar lo siguiente:
a. Solicitud escrita en la que indique la finalidad y destino del viaje.
b. Certificación de Nacimiento de las personas menores de edad, con nacionalidad costarricense a favor de quienes se gestiona la autorización de salida del país. O la “partida de nacimiento” debidamente consularizadas y traducidas al español (cuando así se requiera), en caso de personas menores de edad nacidas en otros países. Estas “certificaciones” o “partidas” no deben tener más de un mes de haber sido expedidas.
c. Copia de la cédula de identidad o de residencia.
d. Copia de la cédula de residencia de las personas menores de edad que tengan ese estatus en el país.
e. Copia de cualquier documento probatorio del destino del viaje.
f.
Certificación de movimientos migratorios de las personas menores de edad
emitida por
g. Documentos que demuestren el arraigo en el país por parte de las personas menores de edad; por ejemplo calificaciones o constancias de ser estudiante activo de algún centro educativo en Costa Rica.
h. Declaración jurada del progenitor solicitante manifestando su intención de regresar al país y la fecha aproximada de su regreso.
i. Documentos que demuestren arraigo en el país por parte del progenitor solicitante.
j. Cualquier otro que por la particularidad del caso, estime el Órgano Director pertinente requerir, en cuyo caso deberá prevenirlos, con acto motivado al solicitante. La prevención suspenderá el plazo para emitir el acto de traslado.
k. Cuando en los incisos anteriores se solicita copia de algún documento, debe el solicitante portar consigo el documento original a efectos de cotejarlo con la copia que aporta. En caso de no disponer del documento original, debe aportarse copia certificada notarialmente del documento.
Artículo 3º—Sobre la
recepción y el traslado de la solicitud: Una vez recibida la solicitud con
todos los requisitos indicados en el artículo anterior,
Artículo 4º—Sobre la
audiencia oral y privada: La tramitología de esta audiencia se regulará por
a. Previo a iniciar el contradictorio, el Órgano Director del Procedimiento Administrativo, invitará a las partes a conciliar sobre el objeto del procedimiento y llegar a una salida amigable al conflicto.
b.
En el trámite de
Artículo 5º—Sobre el acto final: Una vez concluida la audiencia, el Órgano Director dispondrá de hasta ocho días naturales para emitir el acto final. Cuando la audiencia haya sido grabada, el Órgano Director dispondrá de cuatro días más para realizar la respectiva transcripción de las actas. La notificación del Acto final se hará a las partes dentro de los tres días hábiles posteriores a la emisión del mismo.
Artículo 6º—Sobre los recursos:
Contra el acto final procederá únicamente el Recurso de Apelación ante
CAPÍTULO II
Procedimientos a aplicar en los casos de ausencia prolongada de
alguno de los progenitores o representantes legales de
la persona menor de edad
Artículo 7º—Criterios de aplicación: El presente capítulo se aplicará en aquellos casos donde no exista autorización de quienes ejercen la patria potestad o la representación legal de la o las personas menores de edad costarricenses o extranjeras con permanencia legal en el país que pretende salir del territorio nacional, debido a la ausencia y al desconocimiento del paradero de dichos titulares.
Artículo 8º—Requisitos: Aparte de los requisitos indicados en el artículo 2 del presente Reglamento, deberá el solicitante, aportar los siguiente documentos:
a. Declaración jurada otorgada ante Notario Público, en la que manifieste el desconocimiento del paradero del progenitor o progenitora ausente, el tiempo aproximado que ha transcurrido desde la última vez que tuvo conocimiento de ella o de él y la no dependencia económica de la persona menor de edad del ausente.
b. Certificación de movimientos migratorios de la persona ausente, que contemple por lo menos los últimos cinco años anteriores a la solicitud, para lo cual, en caso de ser necesario la oficina local expedirá el oficio de solicitud correspondiente.
Artículo 9º—Sobre la
recepción y el traslado de la solicitud: Una vez recibida la solicitud con
todos los requisitos indicados supra,
En este acto se señalará hora y fecha para conocer la opinión de la persona menor de edad, de acuerdo a su grado de madurez y evolución de sus capacidades.
En el caso del ausente dicho acto se notificará según las reglas dispuestas en el artículo siguiente.
La citación a esta comparecencia se hará por lo menos cinco días hábiles antes de su realización.
Artículo 10.—Sobre la
comunicación al ausente: El Órgano Director del Procedimiento Administrativo
dispondrá de tres días hábiles, contados a partir de la recepción de la
solicitud, para comunicar el inicio del procedimiento al ausente. Lo anterior a
través de la publicación de dos edictos consecutivos en el Diario Oficial
Artículo 11.—Trámite en
caso de no mediar oposición: Si transcurrido el plazo indicado en el
artículo anterior
Si en el plazo concedido comparece la persona que ostenta el derecho, y manifiesta su autorización a la salida del país de la persona menor de edad, también dejará constancia; y procederá en un plazo de ocho días naturales, a resolver de conformidad.
Artículo 12.—Recursos: En materia de recursos, el acto final adoptado en cualquiera de los dos supuestos del artículo anterior; se regirá por lo establecido en el artículo 6 del presente reglamento.
Artículo 13.—Trámite en caso de mediar oposición: Si transcurrido el plazo indicado en el artículo 11 de este reglamento, concurre quien demuestre ostentar el derecho para hacerlo y manifiesta su oposición a autorizar la salida del país de su hijo o hija menor de edad; procederá entonces el Órgano Director, a seguir el trámite regulado en los artículos 3, 4, 5 y 6 de este Reglamento.
CAPÍTULO III
Procedimientos a aplicar en los casos de urgencia
Artículo 14.—Aplicabilidad:
En casos muy calificados donde se determine que se trata de una urgencia, donde
el tiempo transcurrido en el trámite ordinario de autorización de permiso de
salida pueda provocar daños graves a los derechos humanos de las personas
menores de edad a favor de quienes se cursa la solicitud,
Artículo 15.—Oposición:
En los casos en los que exista oposición de alguna de las personas que ostenten
la autoridad parental o representación jurídica, discrecionalmente
CAPÍTULO IV
Disposiciones finales
Artículo 16.—Vigencia
de la autorización: La autorización otorgada por el Patronato Nacional de
Artículo 17.—Derogaciones:
El presente Reglamento deroga el “Reglamento para Salidas del País de Personas
Menores de Edad del Patronato Nacional de
Artículo 18.—Rige: El
presente Reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial
Artículo 19.—Publíquese.
M.Sc. Mario Víquez Jiménez, Presidente Ejecutivo.—1 vez.—(Solicitud Nº 796).—C-33620.—(35106).
Para
ver imágenes solo en
Para
ver imágenes solo en
Para
ver imágenes solo en
Para
ver imágenes solo en
San José, 16 de abril del 2008.—Departamento de Contabilidad.—Msc. Rodrigo Madrigal F., Director.—1 vez.—(O. C. Nº 9562).—C-389420.—(35055).
SUCURSAL EN SAN PEDRO
AVISOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El suscrito Marco Antonio
Rodríguez Salas, en mi calidad de tesorero con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma de la sociedad Alemar de
FACULTAD DE DERECHO
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Mario Felipe Marín
Cascante, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
licenciatura en derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres del solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al
señor Decano de
Carolina
Oviedo Meza, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado de
Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre vida
y costumbres de la solicitante podrá hacerlo mediante escrito dirigido al señor
Decano de
Van
Der Laat García Natalia, ha presentado solicitud para que se le confiera el
grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos
sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito
dirigido al señor Decano de
Ramos
Chaves Adriana María, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado
de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre
la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito dirigido
al señor Decano de
Milena
Marcela Valverde Mora, ha presentado solicitud para que se le confiera el grado
de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre
la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito dirigido
al señor Decano de
Nataly
Mireya Espinoza Alvarado, ha presentado solicitud para que se le confiera el
grado de Licenciatura en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos
sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito
dirigido al señor Decano de
VICERRECTORÍA VIDA ESTUDIANTIL
Y SERVICIOS ACADÉMICOS
DEPARTAMENTO DE ADMISIÓN Y REGISTRO
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
CIRE ACUERDA:
El Comité
Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y Grados (CIRE),
en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el Reconocimiento y
Equiparación de Grados y Títulos y el artículo 6º de
ACUERDA:
1.
Reconocer el título de Ingeniero Electrónico otorgado por
2. No reconocer el grado académico por no estar explícito en el Diploma.
3. Equipar el título de “Ingeniero Electrónico” otorgado por
4. Equiparar los estudios realizados por el señor Christian Fidel
Moyonero Mendivil en
Acuerdo firme.
Cartago, 11 de abril del 2008.—MBA. William Vives Brenes, Director.—(Solicitud Nº 14431).—C-41600.—(34490).
CONSEJO DIRECTIVO
Considerando:
En esas condiciones, el Instituto
Costarricense de Electricidad necesita establecer un derecho de servidumbre,
necesario para el paso de la línea de transmisión denominada Peñas
Blancas-Naranjo (Tramo Daniel Gutiérrez-Naranjo), sobre una finca inscrita en
el Registro Público, Nº 2-102260 B-000 del partido de Alajuela, cantón 06
Naranjo, distrito 04 Cirrí Sur, ubicado aproximadamente
Este inmueble, presenta un área de veinticinco mil ciento cincuenta y ocho metros con veinte decímetros cuadrados, cuya naturaleza es terreno de café y charral. Lindantes: al norte, con José Zúñiga Carvajal; al sur, con Jorge Acuña Lara; al este, con Quebrada Honda en medio Mayra Rojas, y al oeste, con calle pública. Propiedad de Álvaro Oviedo Ramírez Chacón, cédula Nº 2-277-890.
Que a solicitud de
De acuerdo con los estudios
técnicos realizados por el Instituto Costarricense de Electricidad, está
suficientemente probada y demostrada la utilidad pública, así como la urgencia
de constituir esta servidumbre, por lo que con base en el artículo 45 de
1º—Apruébense las presentes diligencias por la suma de ¢100.000,00 (cien mil colones exactos).
2º—De no ser aceptado por el propietario, el respectivo avalúo, constitúyase sobre la finca anteriormente mencionada y descrita, un derecho de servidumbre, el cual se describe así:
El Instituto Costarricense de
Electricidad establecerá sobre la propiedad un derecho de servidumbre para el
paso de
La propietaria deberá limitar el uso de esta franja, no se permitirá, la construcción de casas de habitación, oficinas, comercios, instalaciones educativas, deportivas o agropecuarias, la siembra de caña de azúcar o cultivos similares que deban quemarse periódicamente. No podrá sembrar cultivos anegados, permanencia de vegetación (árboles o cultivos), que en su desarrollo final se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos, cuando estos se encuentren en condiciones de carga máxima o contingencia. Movimientos de tierra, que por su acumulación se eleven, o alteren el nivel natural del suelo. Almacenamiento de materiales inflamables o explosivos. Acumulación de materiales u otros objetos que se aproximen a cinco metros de los cables conductores más bajos.
Por razones de seguridad, en el caso de realizar excavaciones en la cercanía de la misma, antes deberá consultársele al ICE. Deberá permitir el acceso a funcionarios encargados de la construcción y mantenimiento de la obra.
Todo con fundamento en
3º—El derecho de servidumbre descrito se establecerá en favor de la finca del partido de Alajuela, inscrita en el Registro Público, número trescientos cincuenta y siete mil ochocientos setenta y ocho-cero cero cero, terreno para construir destinado a construcción de la subestación de el Proyecto Hidroeléctrico Peña Blancas. Sita: en el distrito trece Peñas Blancas, del cantón dos San Ramón, provincia de Alajuela. Mide: sesenta y dos mil novecientos tres metros con dos decímetros cuadrados, y linda así: norte: río Chachagua; sur, calle pública con un frente de ciento siete metros con noventa y un centímetros en parte y con servidumbre de paso de veintidós metros con treinta cuatro centímetros; este, Fabio Luis López Salazar; oeste, Rafael Ángel Zamora Gamboa, y tiene el plano catastrado número A-setecientos treinta y nueve mil trescientos cuarenta y seis-mil novecientos ochenta y ocho.
4º—Continúese con los trámites de rigor.
5º—Se declara firme el presente acuerdo, tomado en sesión Nº 5821 del 12 de febrero del 2008.
6º—Publíquese en el Diario Oficial.
San José, 11 de abril del 2008.—Lic. Andrea Campos Villalobos, Apoderada General Judicial.—1 vez.—(O. C. Nº 330290).—C-39620.—(34516).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se le comunica a
la señora Karla Lobo Valverde la resolución de las once horas del veintisiete
de marzo del dos mil ocho, en la cual se resuelve conferir depósito
administrativo a favor de la persona menor de edad Chad Mc Rae Lobo a la abuela
materna señora Patricia Valverde Salas. Notifíquese lo anterior a la
interesada, de conformidad con
Se le
comunica al señor Rudi Martínez Martínez la resolución de las siete horas del
veinticinco de marzo del dos mil ocho, en la cual se resuelve dictar medida de
cuido provisional en Familia Sustituta a favor de la persona menor de edad Isaac
Martínez Conejo en el hogar de su bisabuela materna señora Eva Rojas Rojas.
Notifíquese lo anterior al interesado, de conformidad con
A
Ruth Castillo López, se le comunica que por resolución de las ocho horas del
veintiuno de agosto del dos mil siete, se resolvió el recurso de apelación
interpuesto por su persona, declarándolo sin lugar
A Uber Saa Martínez y a quien interese, se le comunica la resolución administrativa de las nueve horas treinta minutos del primero de octubre de dos mil siete, que dicta medida de protección de abrigo temporal en albergue institucional y de las ocho horas con treinta minutos del siete de febrero de dos mil ocho que modifica el abrigo temporal en albergue institucional y ubica al niño en hogar cuna, en San Francisco de Dos Ríos y ordena seguimiento psicosocial y otras, en beneficio del niño Jeiron Gerardo Saa Fernández. Indicándose que debe señalar lugar para oír notificaciones. Garantía de defensa: Se les previene a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, y tener acceso al estudio y revisión del expediente administrativo que en lo concerniente existe en esta Oficina Local. Recurso: Procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro de las 48 horas siguientes a la tercera publicación de este edicto. Expediente Nº 115-00220-07.—Oficina Local de Alajuelita, febrero del 2008.—Lic. Kattia Vanesa Hernández.—(Solicitud Nº 794).—C-5420.—(34063).
A la señora Flor Reyes González, se le pone en conocimiento, la resolución de las ocho horas del veintiséis de marzo del año dos mil ocho que ordenó el cuido provisional del adolescente Alejandro Reyes González, en el hogar de Flor Idalia Hernández Delgado. Contra esta resolución procede el recurso de apelación, el cual deberá interponerse dentro de las cuarenta y ocho horas posteriores a la última publicación de este edicto, deberá señalar lugar para recibir notificaciones. Notifíquese.—Oficina Local de San Carlos.—MSc. Xinia Guerrero Araya, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—(Solicitud Nº 794).—C-4070.—(34064).
A José Salomón Lumbi Urbina, se le comunica resolución de las nueve horas veinte minutos del día primero de abril del año dos mil ocho, que ordenó dejar sin efecto la medida de protección de Cuido Provisional en beneficio de la joven Ana Yanci Lumbi Ramírez. Recursos: Procede apelación, si se interpone ante este despacho, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este edicto.—Oficina Local de Upala, Guatuso, Upala, 1º de abril de 2008.—Lic. Katia Corrales Medrano, Representante Legal.—(Solicitud Nº 794).—C-3620.—(34065).
A
María del Pilar Jaramillo, de calidades y domicilio exacto desconocido pero
radicada en Colombia, se le hace saber la resolución de las trece horas quince
minutos del siete de marzo del dos mil ocho, por medio de la cual se ubicó como
medida especial de protección a la niña Jéssica Alejandra Zuluaga Jaramillo, en
el hogar del señor Hebert Fabián Becerra Sierra. Recurso: Apelación. Plazo:
Cuarenta y ocho horas después de la última publicación, ante este Órgano
Director quien lo elevará a
A
José Martín Alfaro Picado, se le comunica la resolución de las trece horas del
veintiocho agosto de dos mil siete, que ordenó cuido provisional en familia
sustituta de la persona menor de edad Junamy Alexandra Alfaro García en el
hogar de los señores Jackeline Saravia Sánchez y José Donaldo Baltodano Salas,
por el plazo de seis meses. Se le previene a la señora José Martín Alfaro
Picado, de domicilio desconocido, que debe señalar lugar para recibir
notificaciones de las resoluciones que se dicten en esta Oficina Local, o
señalar un medio para recibirlas, bajo el apercibimiento de que en caso de
omisión o si el lugar fuera impreciso, incierto o ya no existiera o el medio
señalado se encontrara descompuesto o no recibiera las notificaciones por algún
motivo, operará la notificación automática y se le tendrán por notificadas las
resoluciones con el sólo transcurso de veinticuatro horas. Se le hace saber,
además, que contra la citada resolución procede el recurso ordinario de
apelación, que deberá interponer en forma verbal o por escrito ante esta
Oficina Local dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación,
el cual será elevado ante
Al
señor Didier Sequeira Badilla, se le comunica la resolución de las once horas
del día veinticinco de marzo del dos mil ocho, mediante la cual se ordenó como
medida especial de protección el ingreso de su hijo Didier Sequeira Mata al
Hogar Crea para Niños y Adolescentes de Birrisito de Cartago con el propósito
de recibir tratamiento por su problema de adicción al consumo de drogas. El
plazo está sujeto a la duración de la terapia y la respuesta de la persona
menor de edad con respecto a la misma. Garantía de defensa: se les hace saber
que tienen derecho a hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho
de su elección, a tener acceso al estudio y revisión del expediente
administrativo que en lo concerniente existe en
Se
comunica al señor: José Cruz Rosales Acosta, mayor de edad, costarricense,
portador de la cédula de identidad número: 5-259-0865, demás calidades
desconocidas, progenitor de la persona menor de edad Diego Francisco Rosales
Solórzano, las resoluciones administrativas de esta oficina de las once horas
del primero de agosto de dos mil siete, del expediente administrativo Nº
741-00278-95, en la cual se ordenó medida de protección de abrigo, temporal, de
la persona menor de edad antes mencionado, en: Asociación Congreso Religioso
Franciscanos de Cristo Obrero “Hogar Ama” en Pérez Zeledón, y la de las catorce
horas del catorce de diciembre de dos mil siete, en la que se ordena el abrigo
temporal en el Albergue de Guácimo. Recurso: El de apelación, señalando lugar
para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de
Se comunica al
señor José Luis Cuchilla Ward, carné de refugiado cuarenta y nueve mil
trescientos doce, de otras calidades y domicilio ignoradas, en su condición de
padre registral de las personas menores de edad Daniel David Cuchilla Ward,
quien nació en Guápiles, Pococí, Limón, el día quince de octubre de mil
novecientos noventa y dos, inscrito en el Registro Civil, sección de
nacimientos de la provincia de Limón, al tomo: doscientos dieciséis, página:
cuatro, asiento: siete, y Frida Rebeca Cuchilla Ward, quien nació en distrito
Hospital, cantón Central, provincia de San José, el día primero de diciembre de
mil novecientos noventa y cuatro, nacimiento inscrito en el Registro Civil,
sección de nacimientos de la provincia de San José, al tomo: mil quinientos
noventa y uno, página: ochenta, asiento: ciento sesenta; que en esta Oficina
Local se tramitan diligencias promovidas por la señora Teresa Josefina Ward
Bennett, a fin de que se le conceda autorización para salir del país a sus dos
hijos, en virtud de desconocerse el domicilio actual de su padre. Se previene
al señor Cuchilla Ward, o a cualquier persona interesada en el presente asunto,
que cuenta con un plazo de ocho días hábiles, contados a partir del día
siguiente de la última publicación del presente edicto, para mostrar su
disconformidad o aceptación, en forma verbal o escrita ante esta Oficina Local,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo tres del Reglamento para Salidas
del País de Personas Menores de Edad. Publíquese dos veces consecutivas en el
Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Se hace saber que Mario
Esteban Navarro Sánchez, cédula 1-1390-
San José, 31 de marzo de 2008.—Lic. Alice Arguedas Porras, Secretaria de Junta Directiva.—(33668).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Se hace saber que
Ana Mercedes de
San José, 31 de marzo de 2008.—Lic. Alice Arguedas Porras, Secretaria de Junta Directiva.—(34083).
INSTITUCIÓN BENEMÉRITA
AVISOS
Con fundamento en
el Decreto Ejecutivo Nº 21384-S en su artículo 15, Reglamento para
Si en el plazo de quince días a
partir de la publicación del aviso, no existiere oposición, se autoriza a
San José, 24 de marzo del 2008.—Rolando Rodríguez Aguirre, Subadministrador de Cementerios.—1 vez.—Nº 27472.—(34403).
Acuerdo de sesión municipal.
El Concejo Municipal de Mora acuerda por unanimidad y en firme.
1.
Aprobar y publicar en el Diario Oficial
2. Aplicar el Manual de Valores Base Unitarios por Tipología
Constructiva publicada en
3. Aplicar el programa de Valoración suministrado por el Órgano de Normalización Técnica, para guiar, fiscalizar y dirigir los procesos de declaración, fiscalización y valoración.
4. Autorizar al Señor Alcalde Municipal para hacer los
trámites de publicación en el Diario Oficial
MATRICES DEL MAPA DE VALORES DE TERRENO POR ZONAS HOMOGÉNEAS
MATRIZ DE INFORMACIÓN MAPA DE VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS |
|||||||||||||||
PROVINCIA 1 SAN JOSÉ CANTÓN 07 MORA DISTRITO 01 COLÓN |
|||||||||||||||
CÓDIGO DE ZONA |
107-01-U01 |
107-01-U02 |
107-01-U03 |
107-01-R04 |
107-01-U04 |
107-01-R05 |
107-01-U05 |
107-01-R06 |
107-01-U06 |
107-01-R07 |
107-01-U07 |
107-01-R08 |
107-01-U08 |
107-01-R09 |
107-01-U09 |
NOMBRE |
Avenida Central de Ciudad Colón |
Sector Residencial Centro |
Residencial San Vicente |
Residencial Sub Urbano Sectores Brasil, Carreras, Alambra |
Área de Expansión Oriental |
Sector de San Bosco |
Zona Occidental Rodeo - Quitirrisi |
Zona Oriental Altos de San Rafael |
Jaris - Pito |
||||||
COLOR |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
||||||
VALOR (¢ /m 2) |
100.000,00 |
70.000,00 |
40.000,00 |
20.000,00 |
70.000,00 |
15.000,00 |
40.000,00 |
10.000,00 |
30.000,00 |
3.500,00 |
40.000,00 |
4.500,00 |
20.000,00 |
2.000,00 |
10.000,00 |
ÁREA (m2) |
330,00 |
190,00 |
190,00 |
6.000,00 |
170,00 |
6.800,00 |
310,00 |
6.800,00 |
180,00 |
10.200,00 |
230,00 |
11.200,00 |
330,00 |
9.300,00 |
4.100,00 |
FRENTE (m) |
10,00 |
10,00 |
8,00 |
50,00 |
9,00 |
50,00 |
17,00 |
50,00 |
10,00 |
70,00 |
20,00 |
70,00 |
10,00 |
70,00 |
45,00 |
REGULARIDAD |
1 |
1 |
1 |
0,8 |
1 |
0,8 |
1 |
0,8 |
1 |
0,8 |
1 |
0,8 |
1 |
0,8 |
1 |
TIPO DE VÍA |
1 |
4 |
4 |
5 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
PENDIENTE (%) |
0 |
0 |
0 |
30 |
0 |
30 |
0 |
45 |
0 |
45 |
0 |
45 |
0 |
45 |
0 |
SERVICIOS 1 |
4 |
4 |
4 |
|
4 |
|
4 |
|
4 |
|
4 |
|
4 |
|
4 |
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
16 |
14 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
11 |
16 |
11 |
16 |
16 |
16 |
NIVEL |
0 |
0 |
0 |
|
0 |
|
0 |
|
0 |
|
0 |
|
0 |
|
0 |
UBICACIÓN |
5 |
5 |
5 |
|
5 |
|
5 |
|
5 |
|
5 |
|
5 |
|
5 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
|
VC03 |
VC02 |
|
VC04 |
|
VC03 |
|
VC02 |
|
VC03 |
|
VC02 |
|
VC03 |
TIPO DE COMERCIO |
CO1 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TIPO DE INDUSTRIAL |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
HIDROLOGIA |
|
|
|
3 |
|
3 |
|
3 |
|
4 |
|
3 |
|
3 |
|
CAP. USO DE LA TIERRA |
|
|
|
III |
|
III |
|
III |
|
VIII |
|
IV |
|
III |
|
MATRIZ DE INFORMACIÓN MAPA DE VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS |
||||
PROVINCIA 1 SAN JOSÉ CANTÓN 07 MORA DISTRITO 02 GUAYABO |
||||
CÓDIGO DE ZONA |
107-02-R01 |
107-02-U01 |
107-02-R02 |
107-02-U02 |
NOMBRE |
Sector Guayabo Sur |
Sector Guayabo Norte |
||
COLOR |
|
|
||
VALOR (¢ /m 2) |
3.500,00 |
15.000,00 |
900,00 |
10.000,00 |
ÁREA (m2) |
6.900,00 |
850,00 |
13.700,00 |
1.800,00 |
FRENTE (m) |
60,00 |
20,00 |
80,00 |
30,00 |
REGULARIDAD |
0,80 |
1 |
0,80 |
1,00 |
TIPO DE VÍA |
5 |
5 |
5 |
5 |
PENDIENTE (%) |
30 |
0 |
45 |
0 |
SERVICIOS 1 |
|
4 |
|
4 |
SERVICIOS 2 |
11 |
16 |
11 |
16 |
NIVEL |
|
0 |
|
0 |
UBICACIÓN |
|
5 |
|
5 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
|
VC02 |
|
VC02 |
TIPO DE COMERCIO |
|
|
|
|
TIPO DE INDUSTRIAL |
|
|
|
|
HIDROLOGÍA |
3 |
|
4 |
|
CAP. USO DE LA TIERRA |
IV |
|
VII |
|
MATRIZ DE INFORMACIÓN MAPA DE VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS |
||||||
PROVINCIA 1 SAN JOSÉ CANTÓN 07 MORA DISTRITO 03 TABARCIA |
||||||
CÓDIGO DE ZONA |
107-03-R01 |
107-03-U01 |
107-03-R02 |
107-03-U02 |
107-03-R03 |
107-03-U03 |
NOMBRE |
Sector Tabarcia Centro |
Tabarcia Norte, Corralar Alto |
Sector Piedras Blancas |
|||
COLOR |
|
|
|
|||
VALOR (¢ /m 2) |
1.500,00 |
12.000,00 |
500,00 |
1.400,00 |
500,00 |
2.100,00 |
ÁREA (m2) |
9.700,00 |
2.400,00 |
10.900,00 |
2.200,00 |
11.200,00 |
2.700,00 |
FRENTE (m) |
70,00 |
30,00 |
70,00 |
30,00 |
70,00 |
40,00 |
REGULARIDAD |
0,80 |
1 |
0,80 |
1 |
0,80 |
1 |
TIPO DE VÍA |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
PENDIENTE (%) |
30 |
0 |
60 |
0 |
30 |
0 |
SERVICIOS 1 |
|
4 |
|
4 |
|
4 |
SERVICIOS 2 |
11 |
16 |
4 |
16 |
11 |
16 |
NIVEL |
|
0 |
|
0 |
|
0 |
UBICACIÓN |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
|
VC03 |
|
VC02 |
|
VC02 |
TIPO DE COMERCIO |
|
|
|
|
|
|
TIPO DE INDUSTRIAL |
|
|
|
|
|
|
HIDROLOGÍA |
3 |
|
4 |
|
4 |
|
CAP. USO DE LA TIERRA |
IV |
|
VII |
|
VI |
|
MATRIZ DE INFORMACIÓN MAPA DE VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS |
||
PROVINCIA 1 SAN JOSÉ CANTÓN 07 MORA DISTRITO 04 PIEDRAS NEGRAS |
||
CÓDIGO DE ZONA |
107-04-R01 |
107-04-U01 |
NOMBRE |
Piedras Negras |
|
COLOR |
|
|
VALOR (¢ /m 2) |
1.500,00 |
5.000,00 |
ÁREA (m2) |
12.700,00 |
2.350,00 |
FRENTE (m) |
70,00 |
60,00 |
REGULARIDAD |
0,80 |
1,00 |
TIPO DE VÍA |
5 |
5 |
PENDIENTE (%) |
30 |
0 |
SERVICIOS 1 |
|
4 |
SERVICIOS 2 |
4 |
16 |
NIVEL |
|
0 |
UBICACIÓN |
|
5 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
|
VC02 |
TIPO DE COMERCIO |
|
|
TIPO DE INDUSTRIAL |
|
|
HIDROLOGÍA |
3 |
|
CAP. USO DE LA TIERRA |
IV |
|
MATRIZ DE INFORMACÌON MAPA DE VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS |
||||
PROVINCIA 1 SAN JOSÉ CANTÓN 07 MORA DISTRITO 05 PICAGRES |
||||
CÓDIGO DE ZONA |
107-05-R01 |
107-05-U01 |
107-05-R02 |
107-05-U02 |
NOMBRE |
Picagres - Sabanilla |
Jateo - Potrerillos |
||
COLOR |
|
|
||
VALOR (¢ /m 2) |
2.000,00 |
6.000,00 |
500,00 |
4.000,00 |
ÁREA (m2) |
7.900,00 |
2.600,00 |
23.700,00 |
1.500,00 |
FRENTE (m) |
50,00 |
40,00 |
130,00 |
30,00 |
REGULARIDAD |
0,80 |
1,00 |
0,80 |
1,00 |
TIPO DE VÍA |
5 |
5 |
5 |
5 |
PENDIENTE (%) |
30 |
0 |
45 |
0 |
SERVICIOS 1 |
|
4 |
|
4 |
SERVICIOS 2 |
11 |
16 |
4 |
16 |
NIVEL |
|
0 |
|
0 |
UBICACIÓN |
|
5 |
|
5 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
|
VC02 |
|
VC02 |
TIPO DE COMERCIO |
|
|
|
|
TIPO DE INDUSTRIAL |
|
|
|
|
HIDROLOGÍA |
3 |
|
4 |
|
CAP. USO DE LA TIERRA |
IV |
|
VII |
|
Los mapas originales de
valores zonales de terrenos de los distritos de: 01 Colón, 02 Guayabo, 03
Tabarcia, 04 Piedras Negras y 05 Picagres del cantón de Mora, se encuentran a
disposición del público en general en
Rige a partir de su publicación.
Mora, 7 de marzo del 2008.—Gilberto Monge Pizarro, Alcalde.—Jubia Retana Mora, Secretaria Municipal a. í.—1 vez.—(32722).
Asunto: transcripción del artículo 2º del Capítulo III
Amparados
a lo que ordena el artículo 74 del Código Municipal vigente, y conforme a la
aprobación de
Ø Aprobar las nuevas tarifas mensuales por el servicio de recolección y tratamiento de basura:
Recolección y tratamiento de basura:
Residencial-pública 1.160,00
Comercial 2.900,00
Las tarifas
anteriores entrarán en vigencia treinta días después de su publicación en el
Diario Oficial
Ciudad de Juan Viñas, 19 de febrero del 2008.—Alba Ulloa Morales, Secretaria a. í.—1 vez.—Nº 27495.—(34404).
BALATANA S. A.
Se convoca a celebración de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Balatana S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento diecisiete mil quinientos cincuenta y cuatro, para que se celebre en su domicilio social. Sito en San José, Mata Redonda, Sabana Oeste, de la estación de servicio Shell ciento cincuenta metros al oeste, el día diecisiete de mayo del año dos mil ocho, estableciéndose como primera convocatoria las diez horas y como segunda convocatoria las once horas. Como único asunto en el orden del día se establece la autorización de parte de los socios para realizar un aporte de capital adicional. Es todo.—San José, 17 de abril del 2008.—Firma ilegible.—1 vez.—(35063).
TMF AGRO S. A.
Se convoca celebración de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad TMF Agro S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cien mil ciento setenta y uno, para que se celebre en su domicilio social, sito en San José, Mata Redonda, Sabana Oeste, de la estación de servicio Shell ciento cincuenta metros al oeste, el día diecisiete de mayo del año dos mil ocho, estableciéndose como primera convocatoria las trece horas y como segunda convocatoria las catorce horas. Como único asunto en el orden del día se establece la autorización de parte de los socios para realizar un aporte de capital adicional. Es todo.—San José, 17 de abril del 2008.—Firma ilegible.—1 vez.—(35064).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
COMPAÑÍA LIBERIANA TURISMO LOCAL S. A.
Compañía Liberiana
Turismo Local S. A., cédula jurídica Nº 3-101-386688, solicita ante
HOLCIM (COSTA RICA) S. A.
Holcim (Costa Rica) S.
A., antes Industria Nacional de Cemento S.A., comunica que la señora Ma. de los
Ángeles Montoya Hernández, cédula de identidad Nº 4-080-0598, albacea de
Belarmino Casal Morgan, cédula de identidad Nº 6-039-
INVERSIONES ORTHE T SOCIEDAD ANONIMA
Inversiones Orthe T
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-184269, solicita ante
INMOBILIARIA COQUIVA SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Coquiva
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-sesenta y ocho mil
trescientos, solicita ante
GRUPO MUTUAL ALAJUELA
DE AHORRO Y PRÉSTAMO
De conformidad con los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, Oky María Pineda Núñez, cédula: 201670522, solicita la reposición de su certificado de participación hipotecaria 105-305-111530397 por $6.492,10, con vencimiento el 18-12-2007 y su respectivo cupón de interés por $60,92.—Alajuela, 7 de abril del 2008.—Agencia San Ramón.—Lic. Alejo Castro Rodríguez, Jefe.—(33577).
BOSQUE PUERTO CARRILLO SOCIEDAD ANÓNIMA
Bosque Puerto Carrillo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-054559, hace del conocimiento público que por motivo de extravío, el señor Peter Marks ha solicitado la reposición de su certificado accionario número 421, 422 y 423 y el señor Daniel Scottha ha solicitado la reposición de sus certificados accionarios números 5111 y 5112. Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifiesten su oposición dirigida a: Bosque Puerto Carrillo S. A. c/o Bufete Baltodano y Asociados, edificio Galería Ramírez Valido, avenida central, calles 5 y 7, San José.—Dr. Néstor G. Baltodano Vargas, Presidente.—(33600).
BOSQUE PUERTO CARRILLO SOCIEDAD ANÓNIMA
Bosque Puerto Carrillo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-054559, hace del conocimiento público que por motivo de extravío, el señor Don Tucker ha solicitado la reposición de su certificado accionario número B-000169 y el señor Gregg Calkins sus certificados accionarios números B-004228, B-004229 y B-004230. Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifiesten su oposición dirigida a: Bosque Puerto Carrillo S. A. c/o Bufete Baltodano y Asociados, edificio Galería Ramírez Valido, avenida central, calles 5 y 7, San José.—Dr. Néstor G. Baltodano Vargas, Presidente.—(33601).
PANAMERICAN WOODS INDUSTRY SOCIEDAD ANÓNIMA
PanAmerican Woods Industry Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-120714, hace del conocimiento público que por motivo de extravío, el señor Scott Daniel, ha solicitado la reposición de sus certificados accionarios números 5111, 5112, 3479 y 13480. Se emplaza a cualquier interesado para que en el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifiesten su oposición dirigida a: PanAmerican Woods Industry S. A. c/o Bufete Baltodano y Asociados, edificio Galería Ramírez Valido, avenida central, calles 5 y 7, San José.—Dr. Néstor G. Baltodano Vargas, Vicepresidente.—(33602).
EL JARDÍN DE
El Jardín de
BANCO HSBC COSTA RICA S. A.
Por este medio informo
sobre el extravío del certificado de inversión Nº
Sabrina
Marchena Gómez, cédula de identidad número seis- trescientos seis-trescientos
cuarenta y siete, solicita ante
CAPITALES PROMÉRICA S. A.
Capitales Promérica S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-136282, solicita ante
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Andrés Álvarez
Villalobos, cédula 5-315-142, Solicita ante
PADCOM MULTISERVICIOS S. A. SOCIEDAD ANÓNIMA
Padcom
Multiservicios S. A., Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-348137,
solicita ante
BANCO BAC SAN JOSÉ
Joaquín Lizano
Sáenz, ha solicitado en San José, Costa Rica, la reposición del cheque: Nº
0059223 emitido por BAC San José por la suma de 6.075,00 dólares del Bank of
America, Miami, el día 12 de abril del
ESPINACH ARTAVIA Y CÍA. S. A.
Espinach Artavia
y Cía. S. A., con cédula jurídica 3-101-147234 solicita ante
M P V COASTAL REAL ESTATE, SOCIEDAD ANÓNIMA
M P V Coastal
Real Estate, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-456301,
solicita ante
INVERSIONES BUMPHEAD PARROTFISH SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones
Bumphead Parrotfish Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-399533, solicita
ante
Condominio Italpechi, cédula número tres-ciento nueve-ciento seis mil novecientos treinta, solicita la reposición del libro de actas de Asambleas Generales ante el Registro Nacional. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la sección de Propiedad Horizontal en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación.—San José, 28 de febrero del 2008.—Carolina Elisa Ramsay Salazar.—Nº 27422.—(34408).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
PRODUCCIONES CAPRICHO VERDE CORAL S. A.
Producciones
Capricho Verde Coral S. A., cédula jurídica 3-101-196463, solicita ante
CONDOMINIOS CARPINTERA DIECISIETE GRIS S. A.
Quienes suscriben
José Manuel Núñez Ramírez, mayor, casado una vez, administrador, vecino de
Pozos de Santa Ana, Condominios Palmettos, portador de la cédula de identidad
número 1-745-707, y José Mauricio Chaves Mesén, mayor, casado una vez, abogado,
vecino de Pozos de Santa Ana, Valle del Sol, portador de la cédula de identidad
número 1-762-233, como presidente y secretario respectivamente, con facultades
de apoderados generalísimos sin límite de suma de la sociedad de Condominios
Carpintera Diecisiete Gris S. A., de esta plaza, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-trescientos sesenta y cinco mil ochocientos ochenta y
cuatro; manifestamos que hemos solicitado ante
CLAMA DEL ESTE S. A.
Yo, Mauricio Martínez Medina, pasaporte salvadoreño número C 496293, en mi condición de único socio y dueño de las 100 acciones comunes y nominativas de ¢ 1.000,00 cada una que representan la totalidad del capital social de Clama del Este S. A., domiciliada en San José, cédula jurídica Nº 3-101-121812, según consta en el asiento Nº 1 del libro de Registro de Accionistas Nº 1 que debidamente legalizado lleva esa sociedad, por haber resultado extraviados los dos certificados que incorporan dichas acciones, he solicitado la reposición de los mismos. Conforme al artículo 689 del Código de Comercio se emplaza a cualquier interesado para que dentro del plazo de un mes a partir de la última publicación de este aviso formule oposición ante tal sociedad, presentándola en la oficina del Lic. Luis Diego Acuña Delcore, sita en San José (Barrio Escalante: avenida 7, calles 25 y 29, Nº 2524).—San José, 10 de abril del 2008.—Sr. Mauricio Martínez Medina.—Nº 26998.—(33797).
TURNAROUND GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA
Turnaround Group
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-doscientos
veintitrés mil quinientos dos, solicita ante
HERAKO SOCIEDAD ANÓNIMA
Herako Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-198780, solicita ante
ZARATÁN DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA
Zaratán del Este
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y siete
mil treinta y uno, solicita ante
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
BANCA PROMÉRICA
Por este medio
les comunico que el cheque de gerencia Nº 442941, emitido a mi solicitud por
Banca Promérica, el día 28 de julio del
Constitución de
sociedad por Furong Zhen Chen conocido como Mario Zhen Chen, cédula
8-0082-0291, Manuel Rostran Fajardo, cédula de residencia 002-RE-3442-00-1999,
Jorge Leonardo Baldi
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura número doscientos ochenta-nueve, celebrada en el tomo noveno del protocolo del suscrito notario José Joaquín Herrera Arias, a las nueve horas del diez de abril del dos mil ocho, se protocolizó el aumento de capital de la sociedad denominada Alquileres Valverde Sociedad Anónima, cedula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil cuatrocientos seis.—Alajuela, diez de abril del dos mil ocho.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—1 vez.—(33111).
Por escritura otorgada ante mí, a las 14:30 horas del 9 de abril de 2008, se acordó modificar la cláusula sétima, Administración, de la sociedad Azumanto Internacional S. A.—Alajuela, a las dieciocho horas del 9 de abril del 2008.—Lic. Juan Luís Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(33115).
El
día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza
denominada Grupo Golden Fenix Sociedad Anónima, con domicilio en Santa
Lucía de Barva, provincia de Heredia, doscientos metros este y setenta y cinco
metros sur de
El
día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza
denominada Jaan Steen Sociedad Anónima, con domicilio en: Santa Lucía de
Barva, provincia de Heredia, doscientos metros este y setenta y cinco metros
sur de
El
día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza
denominada Carel Appel Sociedad Anónima, con domicilio en Santa Lucía de
Barva, Provincia de Heredia, doscientos metros este y setenta y cinco metros
sur de
El
día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza
denominada Peter Paul Rubens Sociedad Anónima, con domicilio en: Santa
Lucía de Barva, Provincia de Heredia, doscientos metros este y setenta y cinco
metros sur de
El
día de hoy he protocolizado acta constitutiva de la sociedad de esta plaza
denominada Grupo Best Buy Sw Sociedad Anónima, con domicilio en: Santa
Lucía de Barva, Provincia de Heredia, doscientos metros este y setenta y cinco
metros sur de
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las 10:00 hora. del 8 de abril del 2008,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de asociados de
Ante esta notaría, al ser las diecisiete horas treinta minutos del dos de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Exportaciones Madereras del Atlántico Sociedad Anónima con un capital social suscrito y pagado de cuarenta mil colones. Presidente: Vicente José Matlock Smith.—San José, 3 de abril del 2008.—Lic. Yohanka González González, Notaria.—1 vez.—(33139).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas del día siete de abril del dos mil ocho, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Tektegrity CR Limitada. Donde se acuerda modificar el artículo noveno del pacto constitutivo.—San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—(33149).
Ante esta notaría se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Marnescas del Oeste Sociedad Anónima.—San José, diez de abril del año dos mil ocho.—Lic. Ingrid Gutiérrez Rojas, Notaria.—1 vez.—(33151).
Que mediante escritura número diecinueve-siete de las catorce horas del tres de abril del dos mil ocho, visible al folio nueve vuelto del tomo sétimo de la notaria pública Geanina Soto Chaves, se constituyó la entidad jurídica Norlenis Y & A Sociedad Anónima. Plazo: cien años. Objeto: comercio en general. Capital: diez mil colones.—San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Geanina Soto Chaves, Notaria.—1 vez.—Nº 26576.—(33154).
Mediante escritura número ochenta y uno otorgada a las quince horas con quince minutos del cuatro de abril del dos mil siete, ante el notario público Julio Barquero Salazar, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Dream Zones S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y ocho mil setecientos treinta y uno, mediante la que se reforma el pacto social en su cláusula quinta quedando con un capital social por la suma de ciento veintitrés millones de colones exactos representados por diez acciones comunes y nominativas.—San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Julio Barquero Salazar, Notario.—1 vez.—(33164).
Mediante escritura número ochenta y dos otorgada a las quince horas con treinta minutos del cuatro de abril del dos mil siete, ante el notario público Julio Barquero Salazar, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Inmobiliaria Vistana del Oeste Ivo S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta y tres mil ciento tres, mediante la que se reforma el pacto social en su cláusula quinta quedando con un capital social por la suma de ciento veintitrés millones de colones exactos representados por diez acciones comunes y nominativas.—San José, siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Julio Barquero Salazar, Notario.—1 vez.—(33165).
El suscrito Carlos Mauricio Sierra Sánchez, Notario Público, hace constar que la sociedad Inversiones Vallejo & Arias Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos veintidós mil setecientos sesenta y siete, modificó la junta directiva quedando como apoderados generalísimos sin límites de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente los señores Juan Carlos Arias Gómez y Guillermo Enrique Vallejo Ángel.—San José, diez de abril del dos mil ocho.—Lic. Carlos Mauricio Sierra Sánchez, Notario.—1 vez.—(33166).
Por escritura pública número noventa, otorgada el día de hoy, los señores Javier Rodríguez Delgadillo y Edgar Mena Bonjorge constituyen sociedad anónima: Drugstore Holding Pharmacy Hard S. A.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil ocho.—Lic. Jimmy Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—Nº 26578.—(33168).
Por escritura otorgada a las 8:30 horas del 7 de abril del 2008, Víctor Julio León Picado y Nayubel Obando Jiménez, protocolizan el cambio de nombre de la sociedad que en adelante se denominará Transportes León Obando Sociedad Anónima, así como el cambio de junta directiva. Es todo.—San Miguel de Naranjo, a las ocho horas cuarenta minutos del siete de abril del dos mil ocho.—Lic. Edgar Gerardo Campos Araya, Notario.—1 vez.—Nº 26580.—(33169).
Ante mí, Edgar Gerardo Campos Araya, Mario Humberto Cubero Corrales y Silvia María Salazar Chaverri, por escritura otorgada a las 11:30 horas del 9 de abril del 2008, protocolizan el cambio de nombre de la sociedad que en adelante se denominará Inversiones Cubero & Chaverri Sociedad Anónima, de igual forma se protocoliza el cambio de representantes legales de la misma. Es todo.—San Miguel de Naranjo, a las doce horas del nueve de abril del dos mil ocho.—Lic. Edgar Gerardo Campos Araya, Notario.—1 vez.—Nº 26581.—(33170).
Por escritura otorgada ante mí, se constituye: Guanagallo Del Llano Sociedad Anónima, Presidente: Christian Antonio Herrero Acevedo. Capital social: diez mil colones. Domicilio: el domicilio social será en Liberia, Guanacaste, de Mundo de Juguetes, setenta y cinco metros hacia el sur, en Edificio Anacar Dos Mil Uno, local número seis.—Liberia, ocho de abril de dos mil ocho.—Lic. Julieta Elizondo Araya, Notaria.—1 vez.—Nº 26583.—(33171).
Por escritura
otorgada ante mí, a las 15:00 horas del 26 de marzo del 2008. Se constituye la
sociedad J. N. J Araya S. A. Domicilio: San José, de
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO PÚBLICO DE
AVISO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Se hace saber a: Claro
del Río Sociedad Anónima e Ismaelita Sociedad Anónima, en calidad de titulares
registrales de los inmuebles del Partido de Alajuela matrícula 383563-000 y
385418-000, respectivamente, que en este Registro se iniciaron diligencias
administrativas de oficio, sobre una supuesta duplicidad de plano en las fincas
del Partido de Alajuela 383563-000 y 385418-000. En virtud de lo denunciado
esta Asesoría, mediante resolución de las 11:50 horas del 26/10/2007, ordenó
consignar Advertencia Administrativa sobre dichas fincas. Con el objeto de
cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de
las 11:02 horas del 4/04/2008, se autorizó la publicación por_ 3 veces
consecutivas de un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas,
por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última
publicación del edicto en el Diario Oficial
Siendo que
no fue posible localizar a: Johnnatan Alberto Ramírez Aguilar, cédula de
identidad número uno-novecientos cuarenta y cinco-trescientos cincuenta y ocho,
en el lugar que indicó como domicilio en su expediente personal, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 241 y siguientes de
San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Lorena Varela Victory, Directora Jurídica a. í.—(Solicitud Nº 23588).—C-184160.—(33716).
Por el
motivo de que no se pudo notificar en el domicilio señalado por el señor
Rodríguez Arguedas Francisco, titular de la cédula de identidad número cero
uno-mil treinta y seis-cero novecientos dieciocho, vecino de San Rafael de
Heredia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 245 y siguientes de
San José, 25 de enero del 2008.—Lic. Lorena Varela Victory, Directora Jurídica a. í.—(Solicitud Nº 23589).—C-209900.—(33717).
Por ignorarse
el domicilio del señor Fonseca Sequeira Abrahan, titularle la cédula de
identidad cero cinco-cero doscientos cuarenta y cinco-cero trescientos treinta
y dos, vecino de Nicoya, Guanacaste, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 245 y siguientes de
San José, 24 de enero del 2008.—Lic. Lorena Varela Victory, Directora Jurídica a. í.—(Solicitud Nº 23590).—C-196040.—(33718).
Siendo que
no fue posible localizar a Jonnathan Alberto Ramírez Aguilar, cédula de
identidad uno-novecientos cuarenta y cinco- trescientos cincuenta y ocho, en el
lugar que indicó como domicilio en su expediente personal, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 241 y siguientes de
San José, 29 de enero del 2008.—Lic. Lorena Varela Victory, Directora Jurídica a. í.—(Solicitud Nº 23592).—C-162380.—(33719).
HOSPITAL MÉXICO
UNIDAD DE ASESORÍA LEGAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente Nº 2008-P.D.005-U.A.L. Resolución inicial, instrucción procedimiento disciplinario contra: Lorena Duarte González, Consulta Externa del Hospital México.
Órgano Director,
unipersonal conformado por la licenciada Nury Margoth Ramos Álvarez, Asesora
Legal del Hospital México, a las ocho horas trece minutos del dos de abril del
dos mil ocho. De conformidad con lo establecido en el artículo veintiocho y
concordantes de
HECHOS:
Primero: Que en oficio
USOA-065-08, de fecha once de marzo del dos mil ocho, la doctora Irene Morúa
León, médico interina de
IMPUTACIÓN:
Se le imputa en el
grado de probabilidad a Ana Lorena Duarte González, cédula de identidad
cuatro-ciento treinta y nueve-cero noventa y uno, por incumplir la normativa no
observar buenas costumbres y modales en sus horas de trabajo y no guardar a los
asegurados, patronos y compañeros la consideración y respeto debido, realizar
actividades particulares; usar del cargo para obtener ventajas de carácter
personal, regulado en los artículos 46 inciso c), 53 inciso e) y 59 del
Reglamento Interior de Trabajo de
PRUEBA:
Testimonial: La que
consta en el expediente, y se indicó en los hechos de este traslado de cargo.
Documental: Expediente compuesto por siete folios útiles. Se informa a la parte
interesada que el expediente levantado al efecto se encuentra a su disposición
en esta Oficina (Unidad Asesoría Legal), sita en el costado norte del
Laboratorio de Inmunología, frente a
Para el diligenciamiento de
la presente investigación, se designó al presente Órgano Director unipersonal, bajo
mi responsabilidad (licenciada Nury Margoth Ramos Álvarez) o a quien es su
lugar la sustituya, por lo que los trámites meramente procedimentales estarán a
mi cargo, sin perjuicio de las facultades resolutivas que conserva
ÁREA DE ADQUISICIONES
SUBÁREA DE GARANTÍAS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2005-021
Servicios de limpieza Área de Salud de Turrialba
Se notifica a la empresa Compañía Distribuidora y Representaciones Monsol E. Hijos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-248748, que en el expediente del concurso Nº PU 2005-021, cuyo objeto es la prestación de los servicios de limpieza para el Área de Salud de Turrialba, existe una “AUDIENCIA PREVIO COBRO DE DAÑOS Y PERJUICIOS”, la que se dictó en razón de que su representada, participó en el concurso de marras y aunque el Área de Adquisiciones en reiteradas ocasiones le solicitó al representante legal de la empresa la formalización del contrato no se obtuvo respuesta.
Si transcurrido el plazo
indicado y
Se hace del conocimiento del
destinatario y para efectos del artículo 272 de
Se le advierte que la
administración podrá aplicar sanciones de acuerdo con los artículos 99 y 100 de
SUCURSAL DE VALVERDE VEGA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La suscrita Lic.
Nidia Uribe Madrigal Jefe de
Nombre físico Número Monto
o razón social patronal adeudado (¢) Períodos
DEMUSA DESARROLLOS MUEBLEROS S.A. 2-03101210727-001-001 40.422.00 06/2001
FABRICA DE ESPUMAS Y COLCHONERÍA
ART FOR CHARITY LIMITADA. 2-03102403028-001-001 48.804.00 09/2005
SUPER FAMILIAR DE SARCHI LIMITADA 2-03102183676-001-001 63.072.00 ii/20bi
CONSTRUCCIÓN ASESORÍAS & SERVICIOS CONASER S.A. 2-03101298353-001-001 4,617.228.00 04-05/2003
CONFECCIONES NARANJEÑAS CONASA S.A. 2-03101344891-002-001 4,838.027.00 07-08/2003; ADIC 10/2206
ZOUVENIR
CHAVARRIA CALDERÓN FABIO 0-00502040632-002-001 125.656.00 06-07-08-09/2007
MORA SÁNCHEZ ÁNGEL 0-00302170978-001-001 86.952.00 03-04-06-07/1 999; ADI 06/99
RODRÍGUEZ MADRIGAL ASDRUBAL 0-00204360587-001-001 73.131.00 02-03/2005
FREDYSALAZAR JIMÉNEZ 0-00203810788-001-001 65.413.00 11/1998
PÉREZ BENAVIDES VÍCTOR MANUEL 0-00104850378-001-001 56.843.00 05-06/2001
MELENDEZ ASENCIO MARCO ANTONIO GERARDO 0-00105860477-001-001 117.744.00 01-02-03/2000
ARTAVIA RAMÍREZ JOSÉ MANUEL 0-00203300674-001-001 187.562.00 06-07/1 999; ADIC 12/1 999
CASTRO LÓPEZ ROSA MARÍA 0-00203270669-001-001 43.539.00 09/2000
COM M Y N S.A. 2-03101253850-001-001 1,060.971.00 01-02-03-08-11/2002; 01/2003
DISTRIBUIDORA ALFAMAR D.A.. S. A. 2-03101306770-001-001 721.376.00 03-06/2002; ADIC 09/2002; 02-04-07-08-09-
10-11-12/2003; 01/2004
CORPORACIÓN CAFETALERA
médicos 10/2004
BARRANTES CASTRO VLADIMIR 0-00202510581-001-001 110.119.00 09-10-11-12/1998
TOTAL 18,301.780.00
Lic. Nidia Uribe Madrigal, Jefa.—(34142).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Año 2007: de julio a diciembre, 2007
NOTIFICACIONES DEVUELTAS POR CANCELACIONES DE CUOTA
Cédula Nota N P T I
Gonzaga Flatts Frederick 7-0098-0857 L-1826-2007 - - - 5
Salmerón Calvo Manuel 4-035-8682 L-2297-2007 50 100 - 5
Mora Marín Miguel Alfonso 1-426-0987 L-2055-2007 100 100 - 5
NOTIFICACIONES DEVUELTAS POR CANCELACIÓN DE CUOTA A COOPELOT
Aguilar Artavia Marcos 1-544-0296 L-1642-2007 100 - - 5
Tenorio Cordero Maribette 1-0560-0594 L-1648-2007 100 - - -
NOTIFICACIONES DEVUELTAS POR INGRESO A COOPECIVEL
Rodríguez Sequeira Mario E. 6-204-0919 L-1573-2007 - - - 5
San José, 4 de abril del 2008.—Departamento de Loterías.—Rodrigo Fernández Cedeño, Jefe.—(O. C. Nº 9916).—C-75800.—(32719).