MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUTO DEL CAFÉ DE COSTA RICA
INSTITUTO DE DESARROLLO AGRARIO
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES
JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ
MUNICIPALIDAD DE SAN PABLO DE HEREDIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
LEY DE PROTECCIÓN DEL HÁBITAT DE LA
TORTUGA BAULA EN COSTA RICA
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
En virtud de que Costa Rica es reconocida internacionalmente como una zona de desove para la tortuga baula, la cual se encuentra en peligro de extinción.
En razón de que la población de tortuga baula disminuyó hasta niveles que hacen predecir una reducción dramática de esta especie, al punto que de más de 1.800 tortugas desovando en 1988 se han registrado menos de 58 en el 2007.
Reconociendo los derechos y deberes adquiridos por Costa Rica con la
ratificación de
Entendiendo que, de acuerdo con los datos científicos más fidedignos disponibles, especies de tortugas marinas que migran a nuestro territorio se encuentran amenazadas o en peligro, y que algunas de esas especies pueden afrontar un riesgo inminente de extinción.
Tomando en cuenta que actualmente varias poblaciones de tortugas marinas, y especies grandes de animales que habitan en nuestro litoral pacífico, han disminuido su población drásticamente.
Reconociendo que las tortugas marinas están sujetas a captura, daño o mortalidad como consecuencia directa o indirecta de actividades humanas.
Convencidos de la importancia de que Costa Rica adopte las medidas necesarias mediante la adopción de normativas que al mismo tiempo, facilite la participación de los costarricenses en el estudio, protección y conservación de las tortugas marinas a nivel nacional, teniendo en cuenta el amplio patrón migratorio de esas especies.
Tomando en cuenta que,
En acatamiento a las medidas establecidas en
Atendiendo el llamado de la comunidad científica de alto nivel, especialistas en tortugas marinas, quienes en febrero del año 2004, firmaron un llamado a la conservación de las tortugas baula pidiendo un moratorio en uso de arte de pesca, razón principal de la desaparición de la tortuga baula.
Convencidos de que esta Ley protegerá efectivamente los lugares de anidación de las tortugas baula mediante formas proporcionales y racionales a los principios de conservación.
Tomando en cuenta que, el artículo 16 de
Entendiendo que, está científicamente demostrado que las características físicas de una playa donde anidan las tortugas baula son aquellas playas anchas, largas y arenosas, libres de piedras y cantos, con suaves declives que terminan en un gran y alto montículo en donde las tortugas puedan desovar sus huevos.
Que en aplicación de estos criterios con relación al artículo I, párrafo tercero de la ley en comentario, podemos extraer las siguientes:
En efecto, como está científicamente demostrado, la población de tortugas que llega a nuestras playas ha disminuido drásticamente en los últimos años en razón de que se las pesca, de manera indiscriminada, fuera de nuestras aguas territoriales. Las prácticas de pesca, tales como el sedal largo, pesca con redes especiales y nasas de arrastre, son las causas principales de la agravante mortalidad de las tortugas baula en el océano Pacífico. Por tanto, si se quiere proteger a las tortugas baula se deben tomar medidas para evitar que sean pescadas en el mar territorial, zona contigua y en la zona económica exclusiva de jurisdicción costarricense y en general en el océano.
En la búsqueda e implementación de las soluciones a los problemas ambientales tienen que jugar un papel protagónico las comunidades, la sociedad civil y el gobierno local para ser exitosas y garantizar un desarrollo sostenible.
En consideración a lo anterior nos permitimos someter a conocimiento y
aprobación de
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Declárase de interés público la protección y conservación de la tortuga baula (Dermochelys coriacea), y, consecuentemente, el Estado velará por el resguardo de su hábitat de anidación y de la seguridad de sus rutas de migración, para lo cual promoverá aquellos estudios y acciones que se consideren necesarios para el cumplimiento de estos fines.
ARTÍCULO 2.- Toda investigación científica que se desarrolle
sobre la tortuga baula en el Parque Marino Las Baulas de Guanacaste deberá de
previo a su realización contar con la autorización del Minae, para lo cual este
último deberá solicitar el criterio sobre el valor científico y riesgo para la
tortuga baula de dicha investigación a
ARTÍCULO 3.- Declárase el día 15 de octubre “Día Nacional de
ARTÍCULO 4.- Refórmase el artículo 1 de
“Artículo 1.- Creación y límites
Se crea el Parque Nacional Marino Las
Baulas de Guanacaste, cuyos límites marítimos serán: desde punta Conejo al
extremo sur de playa Langosta, que comprenderán latitudinalmente las aguas
interiores y territoriales (mar territorial y zona contigua que establece
ARTÍCULO 5.-
ARTÍCULO 6.-
ARTÍCULO 7.- El Minae, con la asesoría de Incopesca, emitirán un decreto reglamentando las temporadas, artes o métodos de pesca del camarón y otras especies para lograr la mayor protección en el período de desove de la tortuga baula en las áreas marinas comprendidas entre el Parque Nacional de Santa Rosa y el Refugio Mixto de Camorenal.
TRANSITORIO I.- Autorízase, expresamente, al Poder Ejecutivo para revocar y dejar sin efecto todos los actos administrativos que haya emitido para la expropiación de terrenos colindantes al Parque. Por consiguiente, se darán por terminados todos los procesos de expropiación que estén siendo tramitados en sede administrativa al momento de la entrada en vigencia de esta Ley.
Igualmente,
se autoriza, expresamente, a
TRANSITORIO II.- Derógase, expresamente, los decretos 20518-Mirenem, R 421-Minae, 32397-Minae, 32396-Minae, 32398-Minae, 32381-Minae, 32399-Minae, 32663-Minae, 32664-Minae, 32764-Minae, 32665-Minae, 32666-Minae, 32667-Minae, 32668-Minae, 32669-Minae, 32948-Minae, 32949-Minae, 32951-Minae, 32950-Minae, 32952-Minae, 33701-Minae, 33702-Minae, 33703-Minae, 33704-Minae, 33705-Minae, 33706-Minae, 33707-Minae, 33986-Minae, 33989-Minae, 33987-Minae, 33988-Minae, 33990-Minae, 33992-Minae, 33993-Minae, 33994-Minae, 33995-Minae, 33996-Minae, 33997-Minae, 33998-Minae, 33999-Minae, 34000-Minae, 34001-Minae, 34002-Minae, 34003-Minae, 34004-Minae, 34055-Minae, 34006-Minae, 34007-Minae, 34008-Minae, 34009-Minae, 34010-Minae, 34011-Minae, 34012-Minae, 34013-Minae, 34014-Minae, 34015-Minae y 34016-Minae.
Rige a partir de su publicación.
Jorge Eduardo Sánchez Sibaja
NOTA: Este proyecto pasó a
estudio e informe de
23 de enero del 2008.—1 vez.—C-102320.—(42473).
EL PRESIDENTE DE
Y LOS MINISTROS
DE
Y DE VIVIENDA Y ASENTAMIENTOS HUMANOS
En ejercicio de las atribuciones conferidas por
los artículos 140, incisos 3), 8) y 18) de
Considerando:
1º—Que de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 3, del Decreto Ejecutivo Nº 33151-MP, la rectoría del Sector Social y
Lucha contra
2º—Que de conformidad con
3º—Que el acuerdo citado y con base en el artículo 34 de
4º—Que este acuerdo citado impide a los pescadores que utilizan “trasmallo”, desempeñar su actividad remunerada y por ende percibir ingresos por este concepto, afectando la satisfacción de sus necesidades básicas.
5º—Que en el artículo 36 de
6º—Que
7º—Que el artículo 4º del Reglamento para
8º—Que en el artículo 21 inciso h) del citado Reglamento, se señala en
cuanto a los sujetos de los servicios institucionales, lo siguiente: “En casos
de excepción debidamente documentados y con el correspondiente informe técnico
social autorizados por quien ejerza
9º—Que no se cuenta con un fondo compensatorio para brindar un subsidio económico a los pescadores afectados por la veda.
10.—Que el período de veda, provoca una situación de pobreza coyuntural en los pescadores por la carencia de ingresos por este concepto. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1º—Declárese en situación de pobreza
coyuntural la condición de los pescadores sujetos a las restricciones y
condiciones de veda para el Golfo de Nicoya, según el acuerdo
A.J.D.I.P./137-2008, publicado en el Diario Oficial
Artículo 2º—Autorízase al Instituto Mixto de Ayuda Social a otorgar beneficios económicos en calidad de subsidio a las personas indicadas en el artículo anterior, en apego a las condiciones que se establecen en el presente decreto.
Artículo 3º—Serán beneficiarias de los recursos del IMAS, únicamente aquellas personas que se encuentren expresamente comprendidas dentro de la lista de pescadores que le será remitida por INCOPESCA en un plazo no mayor a 30 días naturales contados a partir de la fecha de publicación del Acuerdo Nº A.J.D.I.P./137-2008 de INCOPESCA.
Dicha lista contendrá los siguientes requisitos mínimos:
a) Nombre completo del beneficiario.
b) Número de cédula de identidad.
c) Domicilio exacto de los beneficiarios.
Artículo 4º—El IMAS, procederá a la atención de
estas personas con base en la resolución debidamente fundamentada y aprobada
por
a) Fotocopia de la licencia de pesca vigente, extendida por INCOPESCA.
b) Declaración jurada de cada beneficiario indicando que no cuenta con más fuentes de ingresos en su núcleo familiar que la actividad de pesca, antes y durante la veda.
Artículo 5º—El IMAS otorgará un subsidio a los beneficiarios que cumplan con las condiciones estipuladas en el artículo anterior. Dicho subsidio será emitido en dos eventos o tractos, de la siguiente manera:
a) El primero tracto se entregará a más tardar el día 15 de junio del 2008 y que corresponderá a los meses de mayo y junio del año 2008 por un monto total a subsidiar de ciento diez mil colones exactos (¢110.000,00) por beneficiario.
b) El segundo tracto corresponderá al mes de junio y será por la suma de cincuenta y cinco mil colones exactos (¢55.000,00).
Artículo 6º—Los subsidios serán tramitados por las
Gerencias Regionales del IMAS de las zonas de Puntarenas y Guanacaste. Los
profesionales del IMAS estarán facultados para solicitar a los potenciales
beneficiarios los requisitos establecidos en el artículo 4º del presente
decreto y no requerirán que los mismos se encuentren registrados en el Sistema
de Información de
Artículo 7º—Para hacer efectiva la entrega del monto económico correspondientes al primer y segundo tracto, INCOPESCA deberá verificar y actualizar la información suministrada con base en este decreto. Dicha información será remitida al IMAS, dentro de los primeros cinco días hábiles del mes de junio y octubre respectivamente del 2008.
Artículo 8º—Corresponde a INCOPESCA, la supervisión y control del
trabajo comunal que realizarán los pescadores en el período de veda, de
conformidad con el respectivo reglamento que regule dicha actividad. INCOPESCA
comunicará a
Artículo 9º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro de
Nº 378-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en el artículo 141 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a los funcionarios Roderico
Mora Carranza, con cédula Nº 5-224-580, y a Walter Solano Montero, cédula Nº
1-587-0127, ambos Escoltas, para que viajen en
Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos se les cancelará del Título
201-Presidencia de
Artículo 3º—Se le otorga a cada funcionario la suma adelantada de ¢7.818,66 para cubrir viáticos, sujetos a liquidación.
Artículo 4º—Rige a partir del día 7 de mayo del 2008.
Dado en
Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de
Nº 381-PE
EL MINISTRO DE
Con fundamento en el artículo 141 de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Luis Gorgona Solís, con cédula Nº 1-899-324, Subdirector de Informática, para que viaje a Santiago de Chile, con el fin de recibir la capacitación en “Seguridad Informática con WatchGuard Fireware 9.0 in Depth” La salida de dicho funcionario se efectuará el día 27 de mayo del 2008, y su regreso el día 31 de mayo del 2008.
Artículo 2º—No se le cancelarán viáticos ni transportes con cargo al Erario Público.
Artículo 3º—Los gastos por concepto de transporte y costo del curso, así como los gastos de hospedaje, alimentación y gastos menores serán sufragados por la empresa AEC Electrónica.
Artículo 4º—Rige a partir del 27 de mayo del 2008 al 31 de mayo del 2008.
Dado en
Rodrigo Arias Sánchez, Ministro de
Nº 455-P
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en el artículo 139, de
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Roberto Dobles Mora, cédula de identidad Nº 9-029-147, Ministro del Ambiente y Energía, para que viaje a Santo Domingo, República Dominicana del 26 al 31 de marzo del 2008, ambas fechas inclusive. El propósito de esta visita es participar en la “XXVIII Reunión Extraordinaria de Ministros de Ambiente”.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte, hospedaje y alimentación
serán cubiertos por
Artículo 3º—En tanto dure la ausencia del señor Ministro, se nombra Ministro a. í., al señor Jorge Rodríguez Quirós de las 7:20 p. m., del 26 de marzo hasta las 9:45 a. m., del 31 de marzo de 2008.
Artículo 4º—Rige a partir de las 7:20 p. m., del día 26 de marzo a las 9:45 a. m., del 31 de marzo del 2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 20127-Ambiente y Energía).—C-14540.—(42462).
Nº 456-P
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en las atribuciones conferidas por
el artículo 139 de
Considerando:
Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto, Bruno Stagno Ugarte como Presidente de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto, Bruno Stagno Ugarte, cédula Nº 8-0068-0578, para que viaje
a participar de la reunión de trabajo de la junta directiva de
Artículo 2º—Los gastos por concepto de viaje correrán por cuenta de
Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se nombra como Ministro a. í. de Relaciones Exteriores y Culto, al señor Edgar Ugalde Álvarez.
Artículo 4º—Rige de las 8.00 a. m. del 28 de abril, hasta las 9:00 p.m. del 29 de abril de de 2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 40824-Relaciones Exteriores).—C-16520.—(43421).
Nº 457-P
EL PRESIDENTE DE
Con fundamento en las atribuciones conferidas por
el artículo 139 de
Considerando:
I.—Que es de interés para el Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto participar en
II.—Que con motivo de
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Bruno Stagno
Ugarte, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, cédula Nº 8-068-578, para
que participe en
Artículo 2º—Los pasajes aéreos y viáticos, así como los tributos, impuestos o cánones que deba pagar en las terminales aéreas, transporte interno, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 079-Despacho del Ministro, Subpartida 105.3 Transporte en el Exterior y 105.04 Viáticos en el Exterior. Se adelanta la suma de US$ 256,00 diarios para Perú, para un total de US$ 768,00, todo sujeto a liquidación. Se le autoriza al señor Ministro realizar llamadas internacionales.
Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se nombra como Ministra a. í. al señor Edgar Ugalde Álvarez, Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 4º—Rige de las 10:30 a. m. del 14 de mayo hasta las 16:55 p. m. del 17 de mayo de 2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº 40825-Relaciones Exteriores).—C-19820.—(43422).
Nº 458-P.—San José, 22 de abril del 2008
EL PRESIDENTE DE
De conformidad con lo que establece el artículo
139 de
ACUERDA:
Artículo I.—Designar al señor Marco Vinicio Ruiz Gutiérrez, Ministro de Comercio Exterior, portador de la cédula de identidad número 1-455-128, para que viaje en Delegación Oficial a El Salvador, partiendo a las 6:33 horas del 25 de abril y regresando a las 20:55 horas del 25 de abril del presente año. Ello con el objeto de participar en la reunión de Ministros de Integración Económica Centroamericana (COMIECO), a realizarse en El Salvador el 25 de abril de 2008.
Artículo II.—Los gastos de viaje del señor Ministro por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y hospedaje serán cubiertos con recursos de Comex de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del programa 792, el adelanto por ese concepto asciende a $58,52 (cincuenta y ocho con 52/100 dólares), sujeto a liquidación. El transporte aéreo de ida y de regreso será cubierto con recursos de la subpartida 10503 del mismo programa. Se le autoriza para realizar llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior; así como también para que se le aplique diferencia de hospedaje, en el evento de que proceda y para el pago de gastos de representación ocasionales en el exterior, según el artículo 41 y 48 del Reglamento de Gastos de Viaje para Funcionarios Públicos.
Artículo III.—En tanto dure la ausencia se le encarga la atención de la cartera al señor Rodrigo Arias Sánchez, a partir de las 6:33 horas y hasta las 20:55 horas del 25 de abril de 2008.
Artículo IV.—Rige desde las 6:33 horas y hasta las 20:55 horas del 25 de abril de 2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—1 vez.—(Solicitud Nº
12444-Comex).—C-23780.—(43424).
Nº 049-2008 MSP
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en las atribuciones conferidas por
el artículo 146 de
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 037-2008 MSP del 25 de enero del 2008, se acordó despedir con responsabilidad patronal al señor Mainor Montero Valverde, cédula de identidad Nº 1-976-530, número de puesto Nº 54468, clase de puesto Raso de Policía, código de programa presupuestario 090-Gestión Operativa de los Cuerpos Policiales, Subprograma 3-Seguridad Ciudadana, con rige a partir del 01 de febrero del 2008. Por tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1º—Modificar el encabezado y el considerando único del Acuerdo Ejecutivo Nº 036-2008 MSP, para que se consigne el despido con responsabilidad del señor Mainor Montero Valverde, con base en el siguiente fundamento jurídico: “Que de conformidad con el artículo 254 del Código de Trabajo, el despido del servidor policial no resulta ilegitimo, en virtud de que la reubicación en el ejercicio de las funciones policiales del señor Mainor Montero Valverde resulta materialmente imposible.
Artículo 2º—En lo no expresamente modificado del Acuerdo Ejecutivo Nº 037-2008 MSP, entiéndase que se mantiene incólume.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
Nº 099-2008 MSP
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en las atribuciones conferidas por
el artículo 140, inciso 1) y artículo 146 de
Considerando:
I.—Que
II.—Que dicho servidor aprobó satisfactoriamente el Curso Básico Policial,
impartido por
ACUERDAN:
Artículo 1º—Aprobar el ingreso al Estatuto Policial del Ministerio de Seguridad Pública, con las obligaciones y derechos que ello implica, al siguiente funcionario:
Nombre Cédula Clase puesto Puesto
José Alberto Garbanzo Gamboa 6-201-799 Suboficial II Investigación 005901
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de febrero del 2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
Nº 131-2008 MSP
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en las atribuciones conferidas por
el artículo 140, inciso 1), y artículo 146 de
Considerando:
I.—Que
II.—Que dichos servidores aprobaron satisfactoriamente el Curso Básico
Policial, impartido por
ACUERDAN:
Artículo 1º—Aprobar el ingreso al Estatuto Policial del Ministerio de Seguridad Pública, con las obligaciones y derechos que ello implica, a los siguientes funcionarios:
Nombre Cédula Clase puesto Puesto
Acuña Marín Fernando 1-427-074 Raso de policía 104906
Aguilar Flores José Joaquín 5-341-291 Raso de policía 104293
Alemán López Romel Adalberto 6-327-761 Raso de policía 104385
Alpízar Picado
Giancarlo
1-1172-919 Guardia rural
000777
Álvarez Bustos Carlos
Eduardo
5-297-993 Raso de
policía
104284
Álvarez Gómez Maykol
Mauricio
4-182-975 Raso de
policía
104739
Arias Agüero Johnny
Mauricio
1-1720-477 Raso de
policía
007704
Arrieta Gutiérrez Maikol
Francisco
5-315-474 Raso de
policía
104471
Arroyo Gómez Ronald
Francisco
1-1107-086 Raso de
policía
104908
Beita Elizondo
Evelyn
3-340-268 Raso de
policía
104496
Blanco Naranjo Carlos Antonio 3-343-147 Raso de policía 104910
Brenes Camacho Catalina Ninoska 6-310-917 Raso de policía 104911
Brenes Rojas Roy Manuel 2-614-488 Raso de policía 104510
Bustos Moreno
Alexis
5-289-262 Guardia
rural
042444
Calderón Córdoba Jorge Luis 3-409-009 Raso de policía 104188
Calderón Marín Karina Patricia 1-1289-499 Raso de policía 104516
Campos Arrieta Christian José 5-332-258 Raso de policía 104354
Campos Quesada Rudolph 1-1319-507 Raso de policía 017389
Carranza Alvarado Mariela 6-321-648 Raso de policía 104190
Castro Dinarte Manuel Antonio 6-357-415 Guardia rural 040677
Castro Valdelomar José Ramón 5-256-140 Agente de policía 008721
Chacón Gómez Henry 6-270-810 Raso de policía 104811
Chavarría Alcocer Marcos Rafael 2-526-527 Raso de policía 104829
Chaves Ramírez Leandro Jesús 2-594-139 Raso de policía 104428
Chevez Pérez Bismark Eduardo 5-363-522 Raso de policía 104833
Cruz Medina Geovanny 6-307-214 Raso de policía 104211
Cubillo Alfaro Sidney Gabriel 7-182-067 Raso de policía 104488
Díaz Morales José 6-306-038 Guardia Unidad
de Apoyo 1 041400
Díaz Morales José Asdrúbal 6-341-107 Guardia Unidad
de Apoyo 1 041406
Díaz Ortega Miguel Eduardo 5-262-930 Raso de policía 104838
Fallas Fonseca Doris Patricia 1-602-083 Guardia Especializado 1 092622
Fallas Quirós Jorge 1-1301-309 Raso de policía 104370
Fernández Aguilar Hugo Alexander 1-1330-152 Guardia rural 041287
Fonseca Picado José Ángel 1-1223-637 Raso de policía 104265
Fuentes Obando Laura 3-364-694 Raso de policía 104223
Fuentes Pérez Manuel 3-332-623 Raso de policía 104923
Gamboa Cortés Karen Tatiana 6-358-317 Raso de policía 104764
Gómez Jiménez Mauvornee Kricya 6-303-970 Guardia rural 042233
González Chaves Evelyn Roxana 1-1271-825 Raso de policía 061255
Guevara Machado Karen Lucrecia 3-404-407 Raso de policía 104232
Guevara Matarrita Minor 7-099-196 Raso de policía 104431
Hidalgo Sandí Víctor Hugo 6-300-043 Raso de policía 104852
Jiménez Porras Luis Eduardo 7-129-898 Raso de policía 104500
Lara Quirós Jacob 6-303-928 Raso de policía 063061
López Reyes Jorge Arturo 2-531-110 Raso de policía 104260
Marín Blanco Rolando 1-831-421 Raso de policía 104971
Matarrita Arroyo Julio César 5-273-627 Raso de policía 104437
Medina Artavia Mauricio
David
2-577-825 Raso de
policía
104206
Mejías Mendoza Jorge Arturo 2-491-961 Raso de policía 104382
Mora Fallas Nidia 6-284-187 Raso de policía 104279
Mora Mejía Jarol Adrián 1-1302-397 Raso de policía 104504
Morales Morales Silvia 6-313-172 Raso de policía 104527
Moya Jiménez Bismark Francisco 1-1222-603 Raso de policía 053167
Murillo Romero Michael 1-1067-335 Raso de policía 104662
Naranjo Sánchez Luis Mauricio 1-1015-823 Raso de policía 007933
Navarro Sequeira Maritza 5-270-378 Raso de policía 104545
Obando Araya Ricardo José 3-396-368 Raso de policía 104390
Ortega Arauz Jonathan 6-335-755 Raso de policía 104875
Pérez Sánchez Doris 6-150-531 Raso de policía 104936
Pichardo Carcamo Wagner 5-326-425 Raso de policía 078500
Quesada Navarro César 1-1332-540 Raso de policía 104681
Ramírez Molina David 1-1141-603 Raso de policía 104885
Retana Gamboa Warner 1-867-267 Raso de policía 104938
Reyes Martínez Heyner Eduardo 6-339-684 Raso de policía 078544
Rivas Fernández Minor Javier 7-106-678 Guardia rural 083456
Rodríguez Hidalgo Daniel Alberto 4-176-946 Analista policial 006437
Rodríguez Mojica Yicenia 6-178-403 Raso de policía 007330
Rodríguez Murillo Rocío Carmen 2-653-284 Raso de policía 104400
Rodríguez Zúñiga Walter Daniel 1-1136-399 Raso de policía 104445
Rojas Morales Olger Tomas 6-338-685 Raso de policía 104941
Rugama Rivas Michael 4-192-296 Raso de policía 104525
Salas Hernández Juan Francisco 2-601-714 Raso de policía 104548
Salas Reyes Fernando Antonio 3-401-221 Raso de policía 104401
Salazar Buitrago Jacqueline 7-179-484 Raso de policía 098320
Sánchez Caballero Eugenio Fco. 6-364-418 Raso de policía 104550
Segura Araya Edwin Antonio 6-344-857 Raso de policía 053473
Serrano Quesada Carlos Esteban 1-1092-567 Raso de policía 104713
Silva Arana Iván 7-182-428 Raso de policía 104513
Solano Montero Johanna 3-385-696 Raso de policía 078516
Solís Méndez Iván Andrés 3-378-297 Raso de policía 092066
Torres Calderón Eraida 6-278-987 Raso de policía 104795
Valverde Alvarado Leyner 6-280-539 Raso de policía 104332
Valverde Marín Emanuel 1-1036-383 Raso de policía 104796
Vargas Baldares Fabio Antonio 1-806-463 Raso de policía 104955
Vargas Olmazo Luis Gerardo 5-268-351 Raso de policía 104520
Vega Carranza Mary Isabel 6-318-714 Raso de policía 104242
Vega Espinoza Óscar 2-620-979 Raso de policía 104800
Vega Retana
Carlos
1-1195-974 Guardia
rural
040929
Villegas Aguilera Adrián Roberto 3-412-166 Raso de policía 094359
Víquez Rojas Esteban Gerardo 1-1179-628 Guardia rural 041052
Zeledón González Sergio 8-064-164 Raso de policía 053894
Zúñiga Jiménez
Berni
4-174-508 Guardia
rural
041665
Zúñiga Moraga Carlos Fco. 5-287-126 Raso de policía 104805
Zúñiga Valverde Kenndal 2-600-789 Raso de policía 104345
Artículo 2º—Rige a partir del 5 de marzo del 2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
Nº 132-2008 MSP
EL PRESIDENTE DE
Y
Con fundamento en las atribuciones conferidas por
el artículo 140, inciso 1), y artículo 146 de
Considerando:
Único.—Que con oficio Nº 1802-2008 DRH,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Aprobar el ascenso en propiedad, con las obligaciones y derechos que ello implica, al siguiente funcionario:
Nombre Cédula Puesto Nº de puesto
Erick Crooks Herra 7-132-646 Oficial I Apoyo Legal 053974
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de mayo del 2008.
Dado en
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
Nº 212-2008 MSP
Con fundamento en las atribuciones conferidas por
el artículo 28, inciso 1) de
Considerando:
I.—Que se ha recibido cordial invitación, por
parte de
II.—Que el objetivo de la actividad es el intercambio de experiencias.
III.—Que dado el objetivo de la actividad, es de interés para este Ministerio contar con un funcionario en dicho evento. Por tanto:
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Allan Solano
Aguilar, cédula de identidad Nº 7-059-597, Director de
Artículo 2º—Todos los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje,
alimentación del participante serán cubiertos por
Artículo 3º—Que durante los días del 6 al 12 de julio del 2008, en que se autoriza la participación de este funcionario en la actividad, devengará el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a partir del 6 al 12 de julio del 2008.
Dado en el Despacho del Ministro de Seguridad Pública, a los veintitrés días del mes de abril del dos mil ocho.
Lic. Janina Del Vecchio Ugalde, Ministra de Seguridad Pública.—1 vez.—(Solicitud Nº 11702).—C-17180.—(42292).
N° 076-MOPT
EL PRESIDENTE DE
Y
ACUERDAN:
Artículo 1º—De conformidad con lo dispuesto por
Artículo 2º—Dicha expropiación se requiere para la ejecución del citado
Proyecto de Obra Pública, conforme las disposiciones legales citadas y
Artículo 3º—La estimación del bien inmueble es de ¢154.211.856,00 (ciento cincuenta y cuatro millones doscientos once mil ochocientos cincuenta y seis colones con 00/100), que corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el Avalúo Administrativo N° 2008-040 de fecha 6 de marzo del 2008 del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, el cual fue aceptado por el representante del citado Banco, según Oficio sin número de fecha 25 de marzo del 2008.
Artículo 4º—Dicho inmueble tiene gravámenes inscritos en el Registro
Público de
Artículo 5º—Comisionar y autorizar a
Artículo 6º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
N° 077-MOPT
EL PRESIDENTE DE
Y
ACUERDAN:
Artículo 1º—De conformidad con lo dispuesto por
Artículo 2º—Dicha expropiación se requiere para la ejecución del citado
Proyecto de Obra Pública, conforme las disposiciones legales citadas y
Artículo 3º—La estimación del bien inmueble es de ¢12.196.370,00 (doce
millones ciento noventa y seis mil trescientos setenta colones con 00/100), que
corresponde al total de la suma a pagar de conformidad con el Avalúo
Administrativo N° 2008-009 de fecha 28 de enero del 2008 del Ministerio de
Obras Públicas y Transportes, el cual no fue aceptado por la representante de
la citada empresa, según Oficio sin número de fecha 12 de marzo del 2008, por
lo que procede la confección del presente Acuerdo Expropiatorio, según lo
estipulado en el artículo 28 inciso a) de
Artículo 4º—Comisionar y autorizar a
Artículo 5º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
N° 078-MOPT
EL PRESIDENTE DE
Y
Considerando:
1º—Que mediante Resolución Administrativa N° 802
del 22 de noviembre del 2007, publicada en
2º—Que el bien inmueble descrito en el Considerando anterior, soporta
gravámenes inscritos ante el Registro Público de
3º—Que los gravámenes existentes sobre la propiedad a expropiar, no impide
que
ACUERDAN:
Artículo 1º—Dejar sin efecto el Acuerdo de
Expropiación N° 005-MOPT del 30 de enero del 2008, publicado en
Artículo 2º—Rige a partir de su publicación.
Dado en
Publíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
Nº 000204.—San José, a las 16:15 horas del día 30 del mes de abril del dos mil ocho.
Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia, Sección Sifón-Ciudad Quesada”.
Resultando:
1º—Mediante oficio N° 08/666 de 24 de abril del
2008, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de
2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 594,96 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de repasto. Ubicación: distrito 1 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° A-1225219-2008. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia, Sección Sifón-Ciudad Quesada”.
3º—Constan en el expediente administrativo número 28.150 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:
a) Plano catastrado N° A-1225219-2008, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 594,96 metros cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble.
c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.
4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las disposiciones contenidas en
En ese sentido
De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo
prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de
a) Inscripción al Registro Público
de
b) Naturaleza:
terreno de repasto.
c) Ubicación: Situado en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° A-1225219-2008.
d) Propiedad: Noemy Blanco Alfaro, cédula N° 2-393-603.
e) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 594,96 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia, Sección Sifón-Ciudad Quesada.”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo establecido por el artículo
20 de
Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la
tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos
establecidos por
EL PRESIDENTE DE
Y
1º—Declarar de interés público, respecto al
inmueble inscrito al Registro Público de
2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público
de
3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el
procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de
terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a
lo prescrito por
Notifíquese y publíquese.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
Nº 000205.—San José, a las 16:20 horas del día 30 del mes de abril del dos mil ocho.
Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia, Sección Sifón-Ciudad Quesada”.
Resultando:
1º—Mediante oficio N° 08/662 de 24 de abril del
2008, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de
2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 3.731,53 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de repastos con una casa de habitación y un galerón. Ubicación: distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° A-1225218-2008. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia, Sección Sifón-Ciudad Quesada”.
3º—Constan en el expediente administrativo número 28.151 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:
a) Plano catastrado N° A-1225218-2008, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 3.731,53 metros cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble.
c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.
4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las disposiciones contenidas en
En ese sentido
De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo
prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de
a) Inscripción al Registro Público
de
b) Naturaleza: terreno de repastos con una casa de habitación y un galerón.
c) Ubicación: Situado en el distrito 01 Quesada, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° A-1225218-2008.
d) Propiedad: Dagoberto Mora S. A., cédula jurídica N° 3-101-031603, representada por Alberto Mora Chaves, cédula número 1-799-934 y Alle Mora Chaves, cédula número 2-318-930.
e) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 3.731,53 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia, Sección Sifón-Ciudad Quesada.”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo establecido por el artículo
20 de
Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la
tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos
establecidos por
EL PRESIDENTE DE
Y
1º—Declarar de interés público, respecto al
inmueble inscrito al Registro Público de
2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público
de
3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el
procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de
terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a
lo prescrito por
Notifíquese y publíquese.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
Nº 000206.—San José, a las 16:25 horas del día 30 del mes de abril del dos mil ocho.
Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia”.
Resultando:
1º—Mediante oficio N° 08/664 de 24 de abril del
2008, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de
2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición de un área de terreno equivalente a 6.101,49 metros cuadrados, y que presenta las siguientes características: Naturaleza: terreno de repastos. Ubicación: distrito 10 Volio, cantón 2 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° A-1224791-2008. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia”.
3º—Constan en el expediente administrativo número 28.152 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:
a) Plano catastrado N° A-1224791-2008, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 6.101,49 metros cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble.
c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar.
4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las disposiciones contenidas en
En ese sentido
De conformidad con las disposiciones normativas y con base, asimismo, en lo
prescrito por los artículos 11, 129 y 140 de
a) Inscripción al Registro Público
de
b) Naturaleza:
terreno de repastos.
c) Ubicación: Situado en el distrito 10 Volio, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° A-1224791-2008.
d) Propiedad: Productos Kroks S. A., cédula jurídica N° 3-101-108172, representada por Flory Moncada García, cédula número 1-287-323.
e) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 6.101,49 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Carretera Naranjo-Florencia”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo establecido por el artículo
20 de
Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la
tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos
establecidos por
EL PRESIDENTE DE
Y
1º—Declarar de interés público, respecto al
inmueble inscrito al Registro Público de
2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público
de
3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el
procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de
terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a
lo prescrito por
Notifíquese y publíquese.
ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—
R-217-2008-MINAE.—San José a las quince horas del día veintiuno de abril del dos mil ocho. Se conoce de la recomendación de otorgamiento de concesión de explotación de mina de oro al Proyecto Minero Crucitas. Expediente Minero 2594.
Resultando:
1º—Que mediante resolución Nº 578-2001-MINAE de las 09:00 horas del 17 de diciembre del 2001, se otorgó concesión de explotación de oro, plata, cobre y minerales asociados favor de la empresa Industrias Infinito S. A., por un plazo de diez años. El área se ubica en Crucitas Distrito: 11 Cutris, cantón: 10 San Carlos, provincia de Alajuela.
2º—Que contra la resolución Nº 578-2001-MINAE de las 09:00 horas del 17 de diciembre del 2001, los señores Carlos Manuel Murillo Ulate y Diana Murillo Murillo, presentaron recurso de amparo.
3º—Que por resolución Nº 2004-13414 de fecha 26 de noviembre del 2004,
4º—Que el 12 de marzo del 2002, la empresa Industrias Infinito S. A.,
presentó a
5º—Que por resolución Nº 2237-2005-SETENA del 30 de agosto del 2005,
6º—Que por resolución Nº 3638-2005-SETENA de fecha 12 de diciembre del 2005, SETENA otorgó viabilidad ambiental al proyecto. Contra esta resolución se presentaron recursos de revocatoria con apelación en subsidio e incidente de nulidad.
Por resolución Nº 2351-2006-SETENA de fecha 14 de diciembre del 2006, se
declaró sin lugar el recurso de revocatoria, procediendo a remitir el
expediente ante el superior en virtud del recurso de apelación. Por resolución
Nº 834-2007-SETENA de 3 de mayo del 2007,
7º—Que el 30 de mayo del 2007, el apoderado de la empresa Industrias
Infinito S. A., presentó ante
8º—Que el 22 de noviembre del 2007, el apoderado de la empresa Industrias
Infinito S. A., presentó ante
Además le informo que el Industrias Infinito S. A., facilitará al INTA las condiciones para el monitoreo y supervisión de los compromisos ambientales adquiridos en la declaración jurada presentada a esta oficina el pasado 19 de septiembre del 2006…”.
9º—Que el 6 de diciembre del 2007, la empresa Industrias Infinito S. A.,
presentó a
10.—Que por resolución Nº 107-2008-SETENA de fecha 4 de febrero del 2008,
Al momento de la inspección se pudo evidenciar lo siguiente:
a. La finca destinada al Proyecto Minero Crucitas mantiene su condición de finca ganadera con repastos y áreas de bosque intervenido.
b. La empresa desarrolladora ha implementado un vivero, que permite la reproducción de especies presentes en el sotobosque de las áreas de extracción; esto con el fin de desarrollar áreas de bosque con las mismas especies nativas y distribución de biodiversidad. El vivero cuenta con una población de 45 000 árboles, habiéndose reforestado 11 ha.
c. Instalaciones adquiridas por Industrias Infinito S. A., funcionan como Centro de Capacitación en la comunidad de Coopevega de Cutris, donde en asocio con el INA se desarrollan programas de corte y confección, agricultura orgánica, producción de queso, pintura sobre tela y cursos básicos de computación; también se pudo observar en el campo el desarrollo de proyectos ya iniciados de acuicultura y sistemas mixtos.
d. Como parte del
aporte social del proyecto se constataron las obras donadas a
SEGUNDO: Una vez analizado el documento denominado “Evaluación Ambiental de Cambios Propuestos al Proyecto Minero Crucitas”, presentado por la empresa, se tienen las siguientes consideraciones:
a. El proyecto original contemplaba la extracción de la saprolita que correspondía a la capa superior del yacimiento, hasta una profundidad de 15 m, por implicar un menor costo de extracción; sin embargo, por los cambios del precio del oro en el mercado internacional y por no poder cumplir la empresa con la norma exigida por Canadá (mercado de destino del producto final) que no permite incluir los recursos mineros “inferidos o estimados” debido a los bajos niveles de confiabilidad; la desarrolladora solicita, como parte de los cambios, poder extraer, además de la saprofita, también la roca dura, donde aumenta la probabilidad de una mayor cantidad de oro; lo que conlleva a trabajar a profundidades promedio de 67 m y reducir el área extractiva de 126,4 ha a 50 ha. El área a intervenir corresponde a los sectores ya identificados, conocidos como “Cerro Botija” y “Cerro Fortuna”.
La extracción en roca dura implica la utilización de voladuras para el avance apropiado de bloques de extracción y una adecuada conformación de los taludes de las paredes de los tajos, por lo cual la empresa Industrias Infinito S. A., se compromete a contratar a una empresa certificada en este tipo de actividad, de tal forma que sea una práctica segura y efectiva.
El resto de áreas que contemplaba el proyecto, permanecen inalteradas, como lo muestra el siguiente cuadro:
Comparación del área de los componentes del proyecto
Componente del proyecto |
Aprobado (ha) |
Cambio propuesto (ha) |
Extracción |
126.4 |
50.0 |
Relaves |
143.8 |
143.8 |
Planta de proceso, residencias, área de recuperación de suelos, vivero, oficinas, otros. |
33.9 |
33.8 |
TOTALES |
304.1 ha |
227.6 ha |
b. Los materiales arcillosos y roca dura con minerales de interés económico, serán procesados mediante un lixiviado de cianuración, en circuito cerrado, lo que permite la recirculación de agua en el proceso. En cuanto a la degradación del cianuro, la tecnología propuesta originalmente denominada INCO, ha emigrado hacia procesos más seguros durante el tiempo trascurrido desde la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental de este proyecto. La empresa desarrolladora se compromete a utilizar esta nueva tecnología, denominada CYPLUS (INCO mejorado), con el fin de mejorar la gestión ambiental cumpliendo la normativa tanto nacional como internacional.
c. Dentro del proceso final de tratamiento de cianuro o pulimiento de los desechos se prevé la degradación natural del mismo en la laguna de relaves, con lo cual se estaría realizando la reducción completa de cianuro en las aguas residuales.
d. Los “Estudios de Línea Base” en material de cobertura, roca dura y los materiales de relaves o colas, muestran que existe un potencial bajo para la generación de drenaje ácido; no obstante, la empresa desarrolladora prevé un manejo adecuado que controle su eventual producción, sumergiendo bajo el agua el material proveniente de la roca estéril y las colas.
e. El resumen de los cambios propuestos para el Proyecto Minero Crucitas y su análisis comparativo, se expone a continuación:
Análisis comparativo de los cambios propuestos
Descripción |
Proyecto Aprobado, con viabilidad ambiental |
Modificación Propuesta |
Extracción |
Mayor área de extracción |
Menor área de extracción |
Litología del proceso y método de extracción |
Saprolita, uso de maquinaria pesada |
Saprolita y roca dura, uso de explosivos y maquinaria pesada |
Consumo eléctrico |
Planta de generación eléctrica 5.4 MW |
Energía eléctrica (Coopelesca), no se utilizará la planta de generación eléctrica, se eliminará la emisión a la atmósfera de 3.3 ton/ hora de CO2. |
Almacenamiento de combustible |
1500 m3 diesel y 38 m3 de gasolina |
50 m3 diesel y 3.7 m3 de gasolina |
Planta de destrucción de cianuro |
Proceso INCO, funcionando en forma constante durante producción |
Proceso CYPLUS (INCO mejorado), funcionando de la misma forma constante |
Aspecto forestal |
Reforestación de 336 ha donde 227 ha serían de tipo comercial (melina o teca) |
Reforestación de 382 ha de bosque natural con especies nativas. (1600 árboles por ha para un aproximado de 611 200 árboles.) |
Social |
Compromisos sociales |
Se mantienen los mismos compromisos sociales |
Cierre |
Conformación de una laguna de relaves, reforestación con especies nativas y comerciales. |
Conformación de la laguna de relaves, más lago Fortuna, y reforestación total con especies nativas. |
f. Se adjunta diagnóstico
actualizado de condiciones ambientales, sociales y económicas del proyecto,
validadas por profesionales afines para cada componente: medio físico, medio
biológico, medio socioeconómico. Prevalecen los factores considerados en el
Estudio de Impacto Ambiental aprobado por
g. Se presenta una identificación de impactos y su valoración dentro del proyecto incluyendo las actividades estipuladas como modificación, para las tres fases que conlleva la ejecución del proyecto: construcción, operación y cierre; con las medidas de mitigación y compensación correspondientes.
TERCERO: Dentro de los planes de monitoreo propuestos por el desarrollador se incorpora el seguimiento a datos de línea base en cuanto a: suelos, aguas superficiales, ictiofauna, macroinvertebrados acuáticos, anfibios y reptiles, avifauna, componente florístico, mamíferos, componente forestal y social; y se incorpora el protocolo de manejo de sustancias peligrosas.
CUARTO: Se mantiene en el Plan de Gestión Ambiental
En sesión ordinaria Nº 012-2008 de esta Secretaría, iniciada el 25 de enero del 2008, en el artículo Nº 05, acuerda:
PRIMERO: Aprobar
SEGUNDO: Ordenar la conformación y funcionamiento de
TERCERO: Solicitar a la empresa desarrolladora la presentación ante esta
Secretaría del “Plan de Atención a Emergencias” y el “Plan Salud Ocupacional”
en los tiempos estipulados por el Ministerio de Salud. A la vez el “Plan de
Educación Ambiental” y el “Reglamento Interno de trabajo” podrán remitirse a
CUARTO: El incumplimiento de lo solicitado anteriormente, en los plazos
señalados, podrá implicar la aplicación de las sanciones señaladas en el
artículo 99 de
QUINTO: Contra esta resolución cabe interponer dentro del plazo de tres días a
partir del día siguiente a la notificación, los recursos ordinarios de
revocatoria ante
SEXTO: Toda documentación que sea presentada ante
Contra la resolución Nº 170-2008-SETENA, se interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio.
11.—Que por resolución Nº 819-2008-SETENA,
12.—Que por oficio Nº DGM/RNM 284-2007 del 10 de abril del 2008,
“…Remito para su diligencia recomendación para que de conformidad con el
artículo 189 de
Localización geográfica:
Sito en: Crucitas, distrito: 11 Cutris, cantón: 10 San Carlos, provincia de Alajuela.
Hoja cartográfica:
Hoja Pocosol, escala 1:50.000 del I.G.N.
Localización cartográfica:
Entre coordenadas generales: 315000-319000 norte 499000-502000 este.
Área solicitada:
10 Km2 (diez kilómetros cuadrados).
Derrotero: Coordenadas:
Línea Azimut Distancia (m) Norte Este
1-2 180 00 3000.00 318000 502000
2-3 270 00 3000.00 315000 502000
3-4 000 00 4000.00 315000 499000
4-5 090 00 1000.00 319000 499000
5-6 180 00 1000.00 319000 500000
6-1 090 00 2000.00 318000 500000
Edicto basado en la solicitud original aportada el 13 de diciembre de 1999; área y derrotero presentados el 7 de marzo del 2000.
1-) El área solicitada corresponde parcialmente al área cubierta por el permiso de exploración tramitado bajo expediente administrativo Nº 7339.
2-) Que revisada la
documentación técnica,
“Introducción:
El presente es la
revisión, análisis y valoración del Estudio Geológico-Cálculo de reservas, Plan
de extracción y beneficiamiento de un depósito de Oro conocido como PROYECTO
CRUCITAS. En la interpretación y análisis de la documentación técnica se contó
con la participación de
El proyecto se localiza en el distrito tercero Cutris, del cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Cartográficamente se ubica entre las coordenadas: 314.500-318.500 norte y 499.000-502.000 este, de la hoja topográfica Pocosol, escala 1:50 000 del Instituto Geográfico Nacional.
Anteriormente esta área fue cubierta por el permiso de Exploración Minera que corre en el Registro Nacional Minero bajo el expediente Nº 7339, actualmente la solicitud de explotación se encuentra bajo un nuevo número de expediente administrativo, el cual es el Nº 2594.
En la actualidad la empresa solicitó una extensión de diez kilómetros cuadrados para el desarrollo de un proyecto minero, con el fin de extraer oro del depósito.
Los criterios de valoración para la revisión de la información técnica, fueron los mismos estudios de exploración que sustenta la solicitud de concesión, así como la presente propuesta técnica presentada por la empresa Industrias Infinito S. A.
Se enfatiza también la importancia de las diferentes visitas realizadas al área de interés, con el fin de la correspondiente comprobación de la información científica aportada sobre la existencia del depósito, y la cual también fue definitiva para las conclusiones finales del informe.
Metodología de Trabajo:
Para la revisión del estudio, dada la complejidad que tiene, se estableció un plan de trabajo sistemático para cubrir y satisfacer la revisión de los elementos que involucran este estudio técnico, dicho plan de trabajo consistió en:
1. Lectura e interpretación de la documentación técnica presentada (total de 4 tomos de 312 páginas cada una).
2. Revisión é interpretación de 15 tomos los que comprenden: diseños de bancos de extracción, diseños de planta de beneficiamiento, secciones o perfiles geológicos, registros de perforaciones y mapas geológicos.
3. Lectura e interpretación de los diferentes informes de exploración del expediente Nº 7339, con el objetivo de investigar y valorar los primeros modelos de mineralización obtenidos en las primeras fases de exploración hasta las modificaciones que se realizaron en las fases finales de esta.
4. Reuniones con otros compañeros que colaboraron con la interpretación de diferentes capítulos del estudio.
5. Reuniones con los diferentes profesionales de la empresa, con el fin de evacuar dudas que surgieron en la revisión del documento.
6. Hacer uso de otra literatura y de Internet, para la comparación con otros depósitos del mismo origen, así como su viabilidad económica con respecto al precio del oro actual.
Síntesis de
De los estudios de exploración mencionados se determinaron tres unidades mineralógicas enriquecidas en oro y plata: una capa superior (superficial), con un espesor de hasta aproximados 40 metros, conformada por saprolita1, una capa intermedia conformada por la roca transición de las rocas volcánicas presentes en el área y la saprolita, denominada por la empresa como “roca saprolítica” y cuyo espesor es muy inferior a la anterior y una tercera capa conformada por rocas volcánicas (domos félsicos, brechas, piroclastos) denominada “roca dura”.
__________
1 Roca alterada rica en arcillas producto de la alteración in sito de las rocas volcánicas que constituyen el subsuelo del área.
La secuencia mencionada está representada en tres zonas diferentes dentro del área de interés, llamadas:
1. Zona Fortuna.
2. Zona Botija.
3. Zona Fuentes.
Todas mineralizadas.
Los métodos de investigación utilizados para la determinación de esas tres unidades fueron:
a. Levantamiento geológico a escala regional y detalle.
b. Elaboración e interpretación de mapas temáticos y perfiles (geológicos, geoquímicos, geofísicos, geotécnicos) y conocimiento experto.
c. Como insumos se tiene los muestreo y análisis geoquímicos (superficiales-suelos, sedimentos fluviales, rocas - y subterráneos- perforaciones de diamante y Trado) y geofísicos (aeromagnéticos, resistividad eléctrica), siendo el recurso de mayor peso la campaña de perforación (alrededor de 3.7.Km), del cual se derivó la información más importante para la estimación de las reservas. Referencias de detalle de esta etapa pueden ser consultadas en el documento anexo: “Revisión del estudio de Factibilidad Crucitas, Expediente Nº 2594”.
De los resultados presentados en los diferentes informes semestrales ante esta Dirección, se constató una secuencia y evolución sistemática en la investigación, concluyendo en evidencias positivas que justifican la valoración de las reservas que sustentan los estudios de factibilidad.
Industrias Infinito S. A.2, prosigue la investigación, mediante estudios de comprobación de los resultados obtenidos por Placer Dome3. Esta realiza una campaña de perforación, unas para verificar reservas y otras de carácter geotécnico encaminado a afinar los diseños de extracción y beneficiamiento.
__________
2 Industrias Infinito S. A., empresa que presenta el estudio de Prefactibilidad y Factibilidad del Proyecto Crucitas.
3 Placer Dome de Costa Rica Ltda., empresa que lleva acabo la mayor parte de la fase de exploración del proyecto Crucitas.
En síntesis, se determinó un yacimiento de alto volumen y baja ley, es decir, para que el proyecto sea rentable se requiere minar y procesar un volumen significativo de mena, en tanto que la concentración de oro es baja.
Análisis y
Estudio de
Guías:
- Estimación de reservas.
- Resultados de estimación.
- Diseño del sistema de extracción.
- Diseño del sistema de beneficiamiento.
- Comportamiento del precio del Oro.
Estimación de Reservas:
Del estudio y análisis de la documentación presentada se llega a la conclusión que el yacimiento Crucitas ha sido suficientemente estudiado, igualmente el proyecto cuenta con suficiente elementos cuantitativos: registros, análisis, bases de datos, mapas y perfiles con los se puede comprobar la existencia de volúmenes de reservas que indican la elaboración de estudios de factibilidad positivos en las condiciones presentes.
Los cálculos de reservas que sustentan el estudio de factibilidad se basan en reservas medidas, aún cuando también disponen para un área mayor de reservas indicadas e inferidas.
En el modelo de estimación empleado por Placer Dome, arrojaron resultados que validan la factibilidad del proyecto. Industrias Infinito, por su parte, aplicó nuevos modelos de estimación y encontró que las diferencias en el volumen de reservas y leyes promedio del yacimiento obtenidos con respecto a los datos obtenidos por Placer Dome no eran significativas. En ambos casos, los cálculos indican la existencia de tres unidades mineralizadas (saprolita, roca saprolitizada y roca dura).
Por otra parte, es importante destacar que una de las observaciones que se obtuvo de toda la información técnica analizada, es que el material saprolítico, representa una segunda opción ya que el volumen constituye una porción importante del volumen total del yacimiento (30% según este estudio). Por los datos aportados se observa que la ley promedio de este material es muy similar al de la roca dura. Por otra parte si se considera las características físicas y químicas que la roca presenta, se puede inferir costos de extracción y beneficiamiento considerablemente más bajos, por lo que la sola explotación de la saprolita pueda constituir sola, un proyecto.
Plan de Minado:
El depósito de Oro presenta un modelo metalogenético tal que permite la realización de una extracción a cielo abierto, siguiendo con un diseño de minado propuesto (terrazas), el cual se justifica con los estudios geotécnicos e hidrogeológicos correspondientes. La secuencia de extracción se realizarán en los tres frentes de explotación ya definidos, las mismas serán las zonas mineralizadas anteriormente descritas: Fortuna, Botija y Fuentes, las que presentan las mismas características litológicas y diferencias no significativas de concentración de oro.
Beneficiamiento:
Teniendo en cuenta la diferenciación que existe entre el material saprolítico y las rocas de naturaleza piroclásticas (roca dura), la empresa consideró las diferentes respuestas metalúrgicas, proponiendo finalmente una recuperación del oro por medio de la concentración por gravedad, molienda, lixiviación y concentración por un circuito de carbón en pulpa. Instalándose de esta manera una planta con un sistema de circuito cerrado y el cual permitirá desarrollar cada una de las fases del proceso propuesto.
La
metodología de extracción de
El Estudio de Factibilidad Financiero:
La revisión del estudio de factibilidad financiero, estuvo a cargo de la subdirección, quien fue asesorado por el economista MSc. Edwin Vega Araya de MIDEPLAN, quien brindó este servicio a requerimiento de Geología y Minas, como una colaboración interinstitucional. El informe de este estudio fue rendido por este especialista el 3 de mayo del 2000 y foliado en el expediente administrativo Nº 2594, con los números 75 al 68.
Basándose en este informe el peticionario decide replantear (aún cuando no hubo notificación del Registro Nacional Minero) algunos de los aspectos cuestionados por los economistas con fecha octubre 2000, el cual esta pendiente de resolución.
Conclusiones:
1. El modelo metalogenético de Crucitas esta asociado a una mineralización de bajo sulfuro, sin embargo todo yacimiento necesita de una secuencia exploratoria, aún cuando el área evaluada tiene ya muchos datos, es apropiado que simultáneo a la explotación del depósito, se continué con la exploración y así se obtenga más información minuciosa sobre esta.
2. Que las reservas del depósito han sido suficientemente probadas, demostrando la confiabilidad de un depósito de Au.
3. Es importante destacar que este proyecto podría ampliar el conocimiento del recurso mineral, de a zona.
4. De la información técnica analizada, es visible la existencia de una alternativa más de proyecto, la que estaría constituida por el material saprolítico, esta representa una segunda opción ya que el volumen constituye una porción importante del volumen total del yacimiento (30% según este estudio) con leyes muy similares. Por otro lado, los costos que infieren la extracción y el procesamiento del material para la obtención del concentrado de oro son considerablemente más bajo, que los costos inferidos por la roca dura.
5. Las propuestas de extracción y beneficiamiento, así como la infraestructura a instalarse en el área (planta de beneficiamiento, lagunas de colas, patios de acopio de material, patios de relaves, plantas de tratamiento de agua, etc.), han sido debidamente justificados con los estudios técnicos-ambientales correspondientes.
6. La visita de comprobación de campo que se realizó en los días 7, 8 y 9 de marzo del año en curso, permitió verificar la existencia del depósito. Uno de los elementos para la confiabilidad de este, fue la revisión de diferentes núcleos de perforación representativos de cada una de las zonas mineralizadas: Fortuna, Botija, Fuentes.
7. Es importante aclarar que el estudio de factibilidad económica-financiera, actualmente se encuentra en la fase de revisión del anexo aportado por la empresa.
8. Basándose en las conclusiones arriba citadas y en vista que aún no se cuenta con el informe definitivo del estudio de factibilidad económica-financiera, se acepta el estudio técnico-geológico, cálculo de reservas y plan de explotación, del expediente Nº 2594, quedando pendiente la aprobación a los resultados de la revisión del estudio de factibilidad Económico-Financiero.”
3-) Plazo recomendado: El plazo es
por 10 años según memorándum Nº DGM-DC-2085-2001 suscrito por
4-) El material a explotar: oro, plata, cobre y minerales asociados.
5-) Por resolución Nº 3638-2005-SETENA de fecha 12 de diciembre del 2005, SETENA otorga viabilidad ambiental al proyecto.
Que
el 6 de diciembre del 2007, la empresa Industrias Infinito S. A., presenta a
El
“Plan de Atención de Emergencias” y “El Plan de Salud Ocupacional” se remitirán
a esta Secretaría una vez que se cumpla con el procedimiento estipulado en el
Decreto Ejecutivo Nº 33240-S del Ministerio de Salud; y los Planes de
“Educación Ambiental”, “Desarrollo de PYMES” y el “Reglamento Interno de
Trabajo”, se estima que serán remitidos a
Por
resolución Nº 107-2008-SETENA de fecha 4 de febrero del 2008,
Al momento de la inspección se pudo evidenciar lo siguiente:
a. La finca destinada al Proyecto Minero Crucitas mantiene su condición de finca ganadera con repastos y áreas de bosque intervenido.
b. La empresa desarrolladora ha implementado un vivero, que permite la reproducción de especies presentes en el sotobosque de las áreas de extracción; esto con el fin de desarrollar áreas de bosque con las mismas especies nativas y distribución de biodiversidad. El vivero cuenta con una población de 45 000 árboles, habiéndose reforestado 11 ha.
c. Instalaciones adquiridas por Industrias Infinito S. A., funcionan como Centro de Capacitación en la comunidad de Coopevega de Cutris, donde en asocio con el INA se desarrollan programas de corte y confección, agricultura orgánica, producción de queso, pintura sobre tela y cursos básicos de computación; también se pudo observar en el campo el desarrollo de proyectos ya iniciados de acuicultura y sistemas mixtos.
d. Como parte del
aporte social del proyecto se constataron las obras donadas a
SEGUNDO: Una vez analizado el documento denominado “Evaluación Ambiental de Cambios Propuestos al Proyecto Minero Crucitas”, presentado por la empresa, se tienen las siguientes consideraciones:
a. El proyecto original contemplaba la extracción de la saprolita que correspondía a la capa superior del yacimiento, hasta una profundidad de 15 m, por implicar un menor costo de extracción; sin embargo, por los cambios del precio del oro en el mercado internacional y por no poder cumplir la empresa con la norma exigida por Canadá (mercado de destino del producto final) que no permite incluir los recursos mineros “inferidos o estimados” debido a los bajos niveles de confiabilidad; la desarrolladora solicita, como parte de los cambios, poder extraer, además de la saprofita, también la roca dura, donde aumenta la probabilidad de una mayor cantidad de oro; lo que conlleva a trabajar a profundidades promedio de 67 m y reducir el área extractiva de 126,4 ha a 50 ha. El área a intervenir corresponde a los sectores ya identificados, conocidos como “Cerro Botija” y “Cerro Fortuna”.
La extracción en roca dura implica la utilización de voladuras para el avance apropiado de bloques de extracción y una adecuada conformación de los taludes de las paredes de los tajos, por lo cual la empresa Industrias Infinito S. A., se compromete a contratar a una empresa certificada en este tipo de actividad, de tal forma que sea una práctica segura y efectiva.
El resto de áreas que contemplaba el proyecto, permanecen inalteradas, como lo muestra el siguiente cuadro:
Comparación del área de los componentes del proyecto
Componente del proyecto |
Aprobado (ha) |
Cambio propuesto (ha) |
Extracción |
126.4 |
50.0 |
Relaves |
143.8 |
143.8 |
Planta de proceso, residencias, área de recuperación de suelos, vivero, oficinas, otros. |
33.9 |
33.8 |
TOTALES |
304.1 ha |
227.6 ha |
b. Los materiales arcillosos y roca dura con minerales de interés económico, serán procesados mediante un lixiviado de cianuración, en circuito cerrado, lo que permite la recirculación de agua en el proceso. En cuanto a la degradación del cianuro, la tecnología propuesta originalmente denominada INCO, ha emigrado hacia procesos más seguros durante el tiempo trascurrido desde la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental de este proyecto. La empresa desarrolladora se compromete a utilizar esta nueva tecnología, denominada CYPLUS (INCO mejorado), con el fin de mejorar la gestión ambiental cumpliendo la normativa tanto nacional como internacional.
c. Dentro del proceso final de tratamiento de cianuro o pulimiento de los desechos se prevé la degradación natural del mismo en la laguna de relaves, con lo cual se estaría realizando la reducción completa de cianuro en las aguas residuales.
d. Los “Estudios de Línea Base” en material de cobertura, roca dura y los materiales de relaves o colas, muestran que existe un potencial bajo para la generación de drenaje ácido; no obstante, la empresa desarrolladora prevé un manejo adecuado que controle su eventual producción, sumergiendo bajo el agua el material proveniente de la roca estéril y las colas.
e. El resumen de los cambios propuestos para el Proyecto Minero Crucitas y su análisis comparativo, se expone a continuación:
Análisis comparativo de los cambios propuestos
Descripción |
Proyecto Aprobado, con viabilidad ambiental |
Modificación Propuesta |
Extracción |
Mayor área de extracción |
Menor área de extracción |
Litología del proceso y método de extracción |
Saprolita, uso de maquinaria pesada |
Saprolita y roca dura, uso de explosivos y maquinaria pesada |
Consumo eléctrico |
Planta de generación eléctrica 5.4 MW |
Energía eléctrica (Coopelesca), no se utilizará la planta de generación eléctrica, se eliminará la emisión a la atmósfera de 3.3 ton/ hora de CO2. |
Almacenamiento de combustible |
1500 m3 diesel y 38 m3 de gasolina |
50 m3 diesel y 3.7 m3 de gasolina |
Planta de destrucción de cianuro |
Proceso INCO, funcionando en forma constante durante producción |
Proceso CYPLUS (INCO mejorado), funcionando de la misma forma constante |
Aspecto forestal |
Reforestación de 336 ha donde 227 ha serían de tipo comercial (melina o teca) |
Reforestación de 382 ha de bosque natural con especies nativas. (1600 árboles por ha para un aproximado de 611 200 árboles.) |
Social |
Compromisos sociales |
Se mantienen los mismos compromisos sociales |
Cierre |
Conformación de una laguna de relaves, reforestación con especies nativas y comerciales. |
Conformación de la laguna de relaves, más lago Fortuna, y reforestación total con especies nativas. |
f. Se adjunta diagnóstico
actualizado de condiciones ambientales, sociales y económicas del proyecto,
validadas por profesionales afines para cada componente: medio físico, medio
biológico, medio socioeconómico. Prevalecen los factores considerados en el
Estudio de Impacto Ambiental aprobado por
g. Se presenta una identificación de impactos y su valoración dentro del proyecto incluyendo las actividades estipuladas como modificación, para las tres fases que conlleva la ejecución del proyecto: construcción, operación y cierre; con las medidas de mitigación y compensación correspondientes.
TERCERO: Dentro de los planes de monitoreo propuestos por el desarrollador se incorpora el seguimiento a datos de línea base en cuanto a: suelos, aguas superficiales, ictiofauna, macroinvertebrados acuáticos, anfibios y reptiles, avifauna, componente florístico, mamíferos, componente forestal y social; y se incorpora el protocolo de manejo de sustancias peligrosas.
CUARTO:
Se mantiene en el Plan de Gestión Ambiental
En sesión ordinaria Nº 012-2008 de esta Secretaría, iniciada el 25 de enero del 2008, en el artículo Nº 05, acuerda:
PRIMERO:
Aprobar
SEGUNDO:
Ordenar la conformación y funcionamiento de
TERCERO:
Solicitar a la empresa desarrolladora la presentación ante esta Secretaría del
“Plan de Atención a Emergencias” y el “Plan Salud Ocupacional” en los tiempos
estipulados por el Ministerio de Salud. A la vez el “Plan de Educación
Ambiental” y el “Reglamento Interno de trabajo” podrán remitirse a
CUARTO:
El incumplimiento de lo solicitado anteriormente, en los plazos señalados,
podrá implicar la aplicación de las sanciones señaladas en el artículo 99 de
QUINTO:
Contra esta resolución cabe interponer dentro del plazo de tres días a partir
del día siguiente a la notificación, los recursos ordinarios de revocatoria
ante
6-) Recomendaciones Técnicas:
Mediante oficio
Nº DGM/DC-2085-2001, de fecha 26 de noviembre del 2001,
Mediante los estudios exploratorios realizados por esa empresa, se logró diseñar un modelo metalogenético que dio pie a la comprobación de un depósito aurífero de rentabilidad económica, de origen epitermal de poco sulfuro- emplazados en vetillas y con leyes promedio de 1.578 g Au/t y 3,166 g Ag/t. Basado en estos estudios la empresa Industrias Infinito S. A., actual peticionario, desarrolló un diseño extractivo a cielo abierto y un sistema de beneficiamiento basado en concentración de oro mediante un circuito cerrado tipo “ Carbón- en- Pulpa(CIP)”, que abarca procesos de molienda, concentración por gravedad y lixiviación. Con la aprobación del Estudio de Factibilidad Técnico Económico se continuó con el respectivo trámite de solicitud. El siguiente paso a seguir por esta Dirección es la elaboración de las recomendaciones y condiciones que la empresa deberá cumplir en la etapa operativa del proyecto.
Términos y Condiciones Técnicas para el Otorgamiento del Título:
Ubicación:
· El área a otorgarse en concesión minera deberá restringirse al polígono delimitado por la coordenadas cartográficas: 314500-318500 norte y 499000-502000 este, de la hoja topográfica Pocosol, (escala 1:50 000 del Instituto Geográfico Nacional), misma que previo al inicio de las labores deberá debidamente amojonarse y comprobarse por esta Dirección.
· El área de extracción deberá restringirse al espacio delimitado por los bloques de las reservas probadas.
Vigencia del Proyecto:
En base a los recursos medidos e indicados, a la tecnología de extracción y beneficiamiento y a los parámetros económicos de éstas, el plazo de explotación recomendado por esta Dirección es de diez años (10 años).
Extracción y beneficio:
· Se deberá respetar la metodología de
extracción y las respectivas tazas de explotación aprobadas por
· La concesión deberá mantenerse debidamente amojonada, para el respectivo reconocimiento y monitoreo del área, asimismo, se requerirá el levantamiento topográfico de secciones transversales para el correspondiente control de avance.
·
Según la metodología de
extracción aprobada (tajos Fortuna, Botija y Fuentes) y los estudios
hidrogeológicos realizados en el área a explotar y en donde se identifica dos
acuíferos, siendo el superior el carácter potable, las cotas máximas de
extracción serán hasta los 75 msnm. Asimismo, la empresa deberá de
garantizar el abastecimiento de agua potable al poblado Crucitas, especial
atención merece el pozo de
· En cuanto el uso de explosivos, esta Dirección velará porque se emplee la tecnología que cause el menor impacto al ambiente y en apego a la normativa vigente en esta materia.
· Únicamente podrán utilizarse las sustancias químicas (lixiviados) propuestos por la empresa en el Estudio de Factibilidad. Esta no podrá ser sustituida sin previa autorización de esta Dirección.
·
Se deberá de acatar los
diseños propuestos en dicho estudio, así como las medidas de mitigación de los
impactos a producirse con respecto a
·
Cambios y modificaciones en
Género:
· Respecto de las políticas laborales del proyecto deberá velarse por la aplicación de la “Convención y Ley de Todas Las Forma de Discriminación Contra las Mujeres” y de la normativa decretada por el Ministerio del Ambiente y Energía en esta materia.
·
·
Recursos Energéticos:
· Si bien el estudio de factibilidad financiero fue aprobado basado en la producción de energía mediante la utilización de “ dissel”, se recomienda a la empresa buscar fuentes alternativas de energía menos contaminantes y que satisfagan los principios ambientales que rigen este país. Es recomendable asimismo que el futuro concesionario presente una propuesta al gobierno de Costa Rica orientado a compensar los costos ambientales en que se incurran.
Aspectos Ambientales:
· Se deberá respetar las áreas de protección
según lo establece
·
Estado:
· Esta Dirección llevará un control financiero para determinar con exactitud los importes al Estado.
·
El futuro concesionario se
comprometerá a cumplir con todas las prevenciones que establece el actual
Código de Minería durante la vigencia de la concesión y a acatar las
directrices que gire
·
Por lo menos una vez al mes
esta Dirección y otras entidades como
· Sumado a los informes anuales correspondientes, el concesionario deberá de presentar un estudio que verifique la consecución de los objetivos económicos (sociales, ambientales y financieros) proyectados.
·
Se deberá mantener en sitio y
a disposición de las autoridades técnicas de
·
Se cumplirá con todas las
disposiciones y obligaciones del reglamento de Seguridad e Higiene que ordena
Se deberá
mantener al día y en sitio, a disposición de las autoridades técnicas de
13.—Por oficio Nº DST-773-2006 de fecha 4 de
octubre del 2006, del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en
Tecnología Agropecuaria (INTA), se indicó: “(…) Así las cosas, este criterio
técnico se emite en virtud que, de acuerdo al Estudio de Impacto Ambiental y a
los compromisos ambientales adquiridos en las declaraciones juradas presentadas
por Industrias Infinito S. A., a
Además le informo que el Industrias Infinito S. A., facilitará al INTA las condiciones para el monitoreo y supervisión de los compromisos ambientales adquiridos en la declaración jurada presentada a esta oficina el pasado 19 de setiembre del 2006 (…)”
14º—Edictos: Publicados los edictos no se presentaron oposiciones.
15º—Obligaciones y requerimientos: Debe indicársele al solicitante
que se compromete a cumplir con todas las obligaciones que le impone el Código
de Minería y su reglamento, Decreto Ejecutivo Nº 29300-MINAE, así como a acatar
las directrices que le gire
Además la empresa concesionaria debe acatar las siguientes disposiciones:
1- De acuerdo con el compromiso
remitido por
2- La empresa
Industrias Infinito S. A., colaborará con el Gobierno de Costa Rica, en
capacitación de funcionarios públicos de las dependencias que deben ejercer el
control de la actividad, en aspectos técnicos y tecnológicos, con el fin de que
estos funcionarios cuenten con criterios idóneos para la ejecución de la
actividad de control. Asimismo la empresa concesionaria, suministrará equipos,
cuando así se requiera, de manera que los funcionarios públicos, cuenten con
las herramientas idóneas para ejercer la actividad de control. Esos equipos,
pasarán a formar parte del patrimonio de
3- La empresa Industrias Infinito S. A., no se acogerá al régimen de zona franca.
Considerando:
I.—Con vista en la resolución Nº 2004-13414 de
fecha 26 de noviembre del 2004, de
Por otra parte ya fue aportado al expediente el oficio Nº DST-773-2006 de fecha 4 de octubre del 2006, del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria (INTA), en el que se determina que con el proyecto no se estará perdiendo la capacidad productiva de estos suelos, siempre que la empresa cumpla con los compromisos adquiridos.
II.—Si bien la empresa Industrias Infinito S. A., ha solicitado la
convalidación de la resolución Nº 578-2001-MINAE de las 09:00 horas del 17 de
diciembre del 2001, mediante la que se otorgó la concesión de explotación de
oro, plata, cobre y minerales asociados, lo cierto es que de conformidad con el
artículo 189 de
Aplica al caso lo dispuesto en el artículo 164 de
III.—
EL PRESIDENTE DE
Y EL MINISTRO DEL AMBIENTE Y ENERGÍA,
RESUELVEN:
1º—Otorgar la concesión de explotación minera a favor de la empresa Industrias Infinito S. A., cédula de personería jurídica Nº 3-101-127121.
2º—El plazo de vigencia de la concesión es por 10 años, DGM-DC-320-2001de
fecha 14 de marzo del 2001, suscrito por
3º—El material a explotar es oro, plata, cobre y minerales asociados favor de la empresa Industrias Infinito S. A.
4º—La concesión queda condicionada al cumplimiento al Plan de Trabajo y a
las condiciones técnicas emitidas por
5º—La concesionaria deberá cumplir con las obligaciones que la legislación
le impone, así como acatar las directrices que le gire
6º—Contra la presente resolución cabe los recursos de revocatoria y
reposición ante el Despacho del señor Ministro y dentro del plazo de tres días
a partir de la notificación de la presente resolución. Además del recurso de
revisión, de conformidad con lo establecido en los artículos 344 y siguientes,
así como 353 de
Notifíquese.—ÓSCAR ARIAS SÁNCHEZ.—El Ministro del Ambiente y Energía, Roberto Dobles Mora.—1 vez.—(43323).
CONSEJO NACIONAL DE
De conformidad con el artículo 2º del Estatuto de
Servicio Civil y su Reglamento, se informa del nombramiento en propiedad que se
llevó a cabo en el Consejo Nacional de
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
EQUIPOS Y FISCALIZACIÓN
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Nº 03-2008.—El señor Luigi Sansonetti Tinoco,
cédula de identidad Nº 9-043-061. En calidad de presidente de la compañía
Saturnia S. A. Cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José.
Solicita inscripción del equipo: esparcidor de estiércol. Marca Pichon. Modelo:
5150L. Conforme a lo que establece
Nº 02-2008.—El señor Luigi Sansonetti Tinoco, cédula de identidad Nº
9-043-061. En calidad de presidente de la compañía Saturnia S. A. Cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José. Solicita inscripción
del equipo: esparcidor de estiércol. Marca Pichon. Modelo: 4050L. Conforme a lo
que establece
Nº 04-2008.—El señor Luigi Sansonetti Tinoco, cédula de identidad Nº
9-043-061. En calidad de presidente de la compañía Saturnia S. A. Cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José. Solicita inscripción
del equipo: esparcidor de estiércol. Marca Pichon. Modelo: 6050L. Conforme a lo
que establece
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
REGISTRO DE AGROQUÍMICOS
Nº DIA-R-E-062-2008.—El señor Óscar Víquez
Quesada, cédula N° 2-328-085 en calidad de representante legal de la compañía
Ecoinsumos S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Alajuela,
solicita inscripción del fertilizante de nombre comercial Fosfo Amino compuesto
a base de Nitrógeno-Fósforo. Conforme a lo que establece
Nº DIA-R-E-074-2008.—El señor Adrián Pérez Chaves, cédula N° 2-509-680, en
calidad de representante legal de la compañía Handelsgesellschaft Detlef Von
Appen S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Carlos,
solicita inscripción del acondicionador de suelos de nombre comercial Bactofil
Professional Powder 1 compuesto a base de Azospirillum Brasilense, Azotobacter
Vinelandii, Bacillus Megaterium, Bacillus Polymyxa, Pseudomonas. Flourescens.
Conforme a lo que establece
Nº DIA-R-E-075-2008.—El señor Adrián Pérez Chaves, cédula N° 2-509-680, en
calidad de representante legal de la compañía Handelsgesellschaft Detlef Von
Appen S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San Carlos,
solicita inscripción del acondicionador de suelos de nombre comercial Bactofil
Professional Powder 2 compuesto a base de Azospirillum Lipoferum, Azotobacter
Vinelandii, Bacillus Megaterium, Bacillus Circulans, Bacillus Subtilis,
Pseudomonas Flourescens, Micrococus Roseus. Conforme a lo que establece
Nº DIA-R-E-032-2008.—El señor Francisco Rodríguez Ibáñez, cedula 1-702-790,
en calidad de representante legal de la compañía Agroquímicas Biagro S. A.,
cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita
inscripción del fertilizante de nombre comercial Nutri-Phite Dry Foliar 0-48-40
compuesto a base de Fósforo-Potasio-Azufre. Conforme a lo que establece
Nº DIA-R-E-080-2008.—El señor Juan Carlos Piñar Alvarado, cedula 1-645-059,
en calidad de representante legal de la compañía Productos del Trópico Húmedo
S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Guácimo, solicita
inscripción del fertilizante de nombre comercial Aqua-Hum compuesto a base de
Fósforo-Potasio-Ácidos Orgánicos. Conforme a lo que establece
Nº DIA-R-E-079-2008.—El señor Juan Carlos Piñar Alvarado, cedula 1-645-059,
en calidad de representante legal de la compañía Productos del Trópico Húmedo
S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Guácimo, solicita
inscripción del fertilizante de nombre comercial Eco-Hum Boro-Zinc compuesto a
base de Boro-Zinc-Azufre-Ácidos Húmicos. Conforme a lo que establece
Nº DIA-R-E-081-2008.—El señor Juan Carlos Piñar Alvarado, cedula 1-645-059,
en calidad de representante legal de la compañía Productos del Trópico Humedo
S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Guácimo, solicita
inscripción del fertilizante de nombre comercial Eco-Hum Potasio-Magnesio
compuesto a base de Potasio-Magnesio-Azufre-Ácidos Húmicos. Conforme a lo que
establece
Nº DIA-R-E-082-2008.—El señor Juan Carlos Piñar Alvarado, cedula 1-645-059,
en calidad de representante legal de la compañía Productos del Trópico Húmedo
S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Guácimo, solicita
inscripción del fertilizante de nombre comercial Eco-Hum Calcio-Magnesio
compuesto a base de Nitrógeno-Magnesio-Calcio-Azufre-Ácidos Húmicos. Conforme a
lo que establece
Nº DIA-R-E-078-2008.—El señor Juan Carlos Piñar Alvarado, cédula N°
1-645-059, en calidad de representante legal de la compañía Productos del
Trópico Húmedo S. A. cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de
Guácimo, solicita la inscripción del fertilizante de nombre comercial Eco-Hum
Molibdeno-Manganeso compuesto a base de Molibdeno-Manganeso-Azufre-Ácidos
Húmicos. Conforme a lo que establece
DIA-R-E-091-2008.—El señor William Vásquez Carballo, cédula o pasaporte
3-189-047, en calidad de representante legal de la compañía Silvotecnia S. A.,
cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita
inscripción del acondicionador de suelos de nombre comercial Hidrokeeper,
compuesto a base de coopolímero de acrimida y acrilato de potasio. Conforme a
lo que establece
DIA-R-E-077-2008.—Rocío Brenes Rojas, cedula o pasaporte 3-294-741, en
calidad de representante legal de la compañía Flores del Iztaru S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Cartago, solicita inscripción del
depredador insecticida biológico de nombre comercial Amblyseius Breeding System
(ABS), compuesto a base de amblyseius cucumeris. Conforme a lo que establece
El señor Douglas Lutz Paris, con número de cédula 6-076-088, vecino de San
José, en calidad de apoderado generalísimo de la compañía Droguería Drs. Lutz
S. A. con domicilio en San José. Solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 4: pasta dental para Perros Dr. D. Lutz. Fabricado por:
Laboratorio Dr. D. Lutz, con los siguientes principios activos: cada 25 mg
contienen: Dióxido de Titanio 10%, sabor a menta 0.7%, Keltrol 1%, Glicerina
6.5%, Carbonato de Calcio 49%, Sacarina 0,2%, y las siguientes indicaciones
terapéuticas: pasta dental para perros. Con base en el Decreto Ejecutivo Nº
28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se
cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer en este
Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día
siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de bachiller en educación media, inscrito en el tomo
1, folio 159, asiento Nº 1604, emitido por el Colegio de Limón Diurno, en el
año dos mil tres, a nombre de Thomas Prado Lloyd Wilfrido. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta Subdirección se ha presentado la
solicitud de reposición del diploma de conclusión de estudios de
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
1, folio 83, título Nº 826, emitido por el Liceo Nocturno Julián Volio
Llorente, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Saborío Cruz
Edith. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
I, folio 59, título Nº 292, emitido por el Colegio Santa Margarita, en el año
dos mil cuatro, a nombre de Mustelier Cantero Raquel. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
1, folio 174, título Nº 906, emitido por el Liceo de Curridabat, en el año dos
mil tres, a nombre de Jiménez Merayo Allan. Se solicita la reposición del
título indicado por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos
son: Merayo Cedeño Allan Eduardo. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
1, folio 3, título Nº 25, emitido por el Liceo Salvador Umaña Salazar, en el
año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Sojo Varela Ana Rocío. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título
de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 7, título Nº
1719, emitido por el Liceo San Antonio Desamparados, en el año dos mil cinco, a
nombre de Ramírez Güel Luis Diego. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Certificado de Conclusión de Estudios de
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma
de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada “Rama Académica” Modalidad
en Letras, inscrito en el tomo 1, folio 54, título Nº 1386, emitido por el
Colegio Omar Dengo, en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de
Bermúdez Sibaja Manuel Eduardo. Se solicita la reposición del título indicado
por deterioro del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones
a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial
FONDO NACIONAL DE BECAS
Servicios de un auditor(a) interno(a)
El Fondo Nacional de Becas está realizando el concurso público para la contratación de un auditor interno, para trabajar en forma indefinida, en labores de planear, organizar, dirigir la auditoría interna y cumplir así con las obligaciones establecidas en la normativa vigente.
Requisitos:
• Licenciatura en contaduría pública o similar.
• Contador público autorizado (CPA).
• Incorporado al colegio profesional respectivo.
• Experiencia mínima de tres años en el ejercicio de la auditoría interna o externa en el sector público o privado.
• Amplio conocimiento de la normativa vigente que regula la auditoría interna en el sector público costarricense.
• Cursos de especialización en su campo, auditoría interna y externa, auditoría de sistemas, Ley de control interno, administración pública, y Ley de contratación administrativa.
Las personas interesadas deben entregar sus ofertas de servicio personalmente, ocho días naturales después de esta publicación antes de de las diez de la mañana, en las instalaciones del Fondo Nacional de Becas 200 metros este y 50 metros sur de Acueductos y Alcantarillados en avenida 10, edificio color amarillo, frente a la línea del tren.
Las mismas deberán cumplir con todos los puntos establecidos en el
Reglamento para el nombramiento del auditor interno del FONABE, publicado en
Consultas a la dirección electrónica ajimenez@fonabe.go.cr o al teléfono 22483218, ext. 116.—Javier González Fernández, Director Ejecutivo.—1 vez.—(O. C. Nº 006-2008).—C-13220.—(44331).
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
Cambio de nombre Nº 48163
Que el señor Vicente Lines Fournier, cédula Nº
1-830-937, en concepto de apoderado general de Benq Incorporated; solicitó a
este Registro se anote la inscripción del cambio de nombre, otorgado por Benq
Incorporated de Estados Unidos de América por el de Benq America Corp. de
Estados Unidos de América. Solicitud presentada a las 13:35 del 17 de
diciembre, 2007; con respecto a la marca de servicios BENQ en clase 37,
Registro Nº 136792, inscrita el 20 de enero del 2003, la marca de servicios
BENQ en clase 37, Registro Nº 139202, inscrita el 17 de junio 2003, la marca de
fábrica BENQ en clase 9, Registro Nº 136793, inscrita el 20 de enero del 2003,
la marca de servicios BENQ en clase 42, Registro Nº 139060, inscrita el 12 de
junio, 2003. Publicar en
DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
AVISOS
El Registro de Personas Jurídicas, Departamento de Asociaciones ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la entidad denominada Asociación Iglesia de Dios Ministerial de Jesucristo Internacional. Por cuanto dicha reforma se encuentra dentro de las prescripciones establecidas en la ley Nº 218 del 8 de agosto de 1939 (Ley de Asociaciones y sus reformas) y habiendo cumplido con los requisitos legales, se emplaza por quince días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomos: 572 y 573, asientos: 57710 y 98688.—Curridabat, 7 de febrero del 2008.—Lic. Enrique Rodríguez Morera, Director.—1 vez.—Nº 32993.—(43253).
REGISTRO DE PATENTE DE INVENCIÓN
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Sergio Quesada González, mayor, casado
una vez, abogado, cédula de identidad Nº 1-553-680, vecino de San José, en su
condición de apoderado especial de Angelo Candiracci, de Italia, solicita la
patente de invención denominada MÁQUINA AUTOMÁTICA SIMPLIFICADA PARA
El señor Jesús Marcelo Montero Constante, mayor, empresario, cédula de residencia Nº 430-75413-317, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de Distribuidora Metalum Sociedad Anónima, de Costa Rica, solicita la patente de invención denominada DESTILADOR DE AGUA.
Para ver la imagen solo en
Sistema de destilación de agua mediante su sistema
dispensador de agua, cuya mejora consiste en el almacenamiento de agua en un
tanque de acero inoxidable, conservando de esa forma la calidad de su pureza.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor,
abogado, cédula de identidad Nº 1-669-228, vecino de San José, en su condición
de apoderado especial de Pfizer Products Inc., de E.U.A., solicita la patente
de invención da ANTAGONISTAS DEL RECEPTOR 3 DE
El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor,
abogado, cédula de identidad Nº 1-669-228, vecino de San José, en su condición
de apoderado especial de G.D. SEARLE & CO., de E.U.A., solicita la patente
de invención denominada COMPOSICIONES DE CELECOXIB. Se proporcionan
composiciones farmacéuticas que comprenden una o más unidades de dosis o formas
farmacéuticas administrables por vía oral, cada una de las cuales comprende
colecoxib particulado en una cantidad de aproximadamente 10 a aproximadamente 1.000 mg en mezcla íntima con uno o más excipientes
farmacéuticamente aceptables. Las composiciones son útiles en el tratamiento o
profilaxis de condiciones y trastornos mediados por la ciclooxigenasa-2. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Luis Pal Hegedus, cédula de identidad Nº
1-558-219, mayor, abogado, vecino de San José, en su condición de apoderado
especial de Plexxikon Inc., de E.U.A., solicita la patente de invención
denominada COMPUESTOS ACTIVOS EN PPAR. Se describen compuestos que son
activos en al menos uno de PPAR y PPAR, que son útiles para los métodos
terapéuticos y/o profilácticos que involucran la modulación de al menos uno de
PPAR, PPAR y PPAR. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados,
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Manuel E. Peralta Volio, mayor, casado, abogado, cédula de identidad número 9-012-480, vecino de San José, en su condición de apoderado especial Shell Brands International AG, de Suiza, solicita el Modelo Industrial denominada LUBRICANTS CONTAINERS (1LITRE) “WISHBONE”.
Para ver la imagen solo en
Contenedor o envase para el almacenaje de líquido
de hidrocarburo usado en el sector industrial. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
La señora Cándida Aurora Pereira Dieguez, empresaria, cédula Nº 8-084-055,
vecina de Heredia, en su condición de apoderada especial de Ingeniería
Estructural J P Sociedad Anónima, de Costa Rica, y el señor Rafael Ángel
Zamora Fernández, empresario, cédula 1-563-370, vecino de Heredia, en su
condición de apoderado especial de Bloques Pedregal Sociedad Anónima, de Costa
Rica, solicitan el Modelo de Utilidad denominada MEJORA AL BLOQUE DE CONCRETO
CONVENCIONAL UTILIZADO EN
Para ver la imagen solo en
Mejora al bloque de concreto convencional
utilizado en la mampostería reforzada fabricado por el sistema de
vibrocompactación. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados,
La señora Denise Garnier Acuña, mayor, abogada,
cédula Nº 1-487-992, vecina de San José, en su condición de apoderada especial
de Centro Global de Procesamiento Chiquita S.R.L., de Costa Rica, solicita
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La señora Tatiana Rojas Hernández, mayor de edad, casada, abogada, cédula de identidad Nº 1-956-429, vecina de San José, Slane Energy LLC., de E.U.A., solicita la patente de invención denominada APARATO Y MÉTODO PARA PROCESAMIENTO DE DESECHOS.
Para ver la imagen solo en
La presente invención incluye un aparato y un
método para el procesamiento de productos de desechos sólidos. El aparato
consiste en un recipiente cilíndrico montado giratoriamente que consta de un
primer extremo, un segundo extremo y una superficie interior, al menos uno de
los extremos termina en una escotilla que puede abrirse para permitir el acceso
al interior del recipiente y que puede cerrarse de tal manera que quede sellada
y permita la presurización del recipiente. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Néstor Morera Víquez, mayor, soltero, abogado, cédula de identidad
Nº 1-1018-975, vecino de San José, Michele Ladue, de E.U.A., solicita
Para ver la imagen solo en
Se proporciona un mecanismo para la extensión del cabello que permite a un
usuario crear la apariencia de tener cantidades adicionales de cabello sin la
necesidad de pegar extensiones de cabello al cabello natural del usuario:
utilizar pinzas de cabello suplementarias o pegar el mecanismo sobre el cuero
cabelludo del usuario. El mecanismo de extensión del cabello incluye un
filamento durable formado dentro de un juego de forma circular u ovalado sobre
la cabeza del usuario y rodeando la cabeza. La memoria descriptiva,
reindivicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Néstor Morera Víquez, mayor, soltero, abogado, cédula de identidad
Nº 1-1018-975, vecino de San José, Bankinter S. A., de España, solicita
Para ver la imagen solo en
Se describe un método para la disposición de efectivo en cajeros en el que
no es necesario el empleo, por parte del beneficiario del pago, de una tarjeta,
cuenta, o cualquier otro instrumento para la obtención de efectivo, y sin
necesidad de que se realice transferencia alguna de fondos. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
El señor Néstor Morera Víquez, mayor, soltero, abogado, cédula de identidad Nº 1-1018-0975, vecino de Heredia, Marvin Rodríguez Góchez, de Costa Rica, solicita el diseño industrial denominado CAMA Y SOFÁ DE RELAJACIÓN, FISIOTERAPÉUTICO Y PARA USO SEXUAL DE CORTA ESTANCIA.
Para ver la imagen solo en
Es una cama diseñada para el confort del cuerpo humano, para realizar
actividades físicas, de relajación y/o sexuales. Es un prototipo que se puede
utilizar como cama o sofá de corta estancia dependiendo del estado emocional de
la persona y que a la vez estabiliza el sistema óseo del consumidor; el diseño
se utiliza para que el cuerpo humano entre en un estado de descanso de
relajación mental o espiritual y a su vez puede utilizarse como un objeto de
diversión sexual. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados,
REGISTRO DE DERECHOS AUTOR Y CONEXOS
AVISO
Julián Odio Pozuelo, mayor, soltero, estudiante,
cédula Nº 1-1365-0191, vecino de San Rafael de Escazú, Mauricio Loáciga Sotela,
mayor, soltero, estudiante, cédula Nº 1-1374-0029, vecino de Pinares de
Curridabat, Diego Berrocal Rodríguez, mayor, estudiante, soltero, cédula Nº
3-0439-0948, vecino de Ciudad Colón, Daniel Patiño Quintana, mayor, soltero,
estudiante, cédula Nº 1-1297-0401, vecino de Curridabat y Iosef Kaver Oreamuno,
menor de edad (representado por su padre Manuel Kaver Fastag, mayor, casado,
ejecutivo, vecino de Rohmoser, cédula número 1-0517-0195) en calidad de
autores, compositores, intérpretes y productores, solicitan la inscripción de
los derechos morales y los derechos patrimoniales sobre la obra artística en
colaboración divulgada (fonograma) titulada SENESTESIA ESCUCHANDO COLORES.
La obra consiste en un álbum musical compuesto por 11 canciones de rock
alternativo, con algunas fusiones con el género progresivo, incluyendo algunas
baladas. Publíquese en el Diario Oficial
INSTITUTO METEOROLÓGICO NACIONAL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Expediente Nº 12887P.—Hotelera Playa Flamingo S. A., solicita concesión de: 6,5 litros por segundo del faltante MTP-58, efectuando la captación en finca de Hotelera Playa Flamingo S. A. en Tempate, Santa Cruz, Guanacaste, para uso consumo humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 268.000 / 340.900 hoja Matapalo, 3 litros por segundo del faltante MPT-59, efectuando la captación en finca de Hotelera Playa Flamingo S. A. en Tempate, Santa Cruz, Guanacaste, para uso... Coordenadas 260.040 / 340.925 hoja Matapalo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de abril del 2008.—Departamento de Aguas.—J.M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 31452.—(40354)
Expediente Nº 12518A.—Corporación Diecinueve S.
A., solicita concesión de: 3 litros por segundo de
Expediente Nº 12885P.—Ostional Beach S. A., solicita concesión de: ,05 litros por segundo del pozo GA-78, efectuando la captación en finca de Ostional Beach S. A., en Nosara, Nicoya, Guanacaste, para consumo humano. Coordenadas: 214.160 / 354.275 hoja Garza. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de abril del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 31818.—(41009).
Expediente Nº 12893P.—Catalinas Properties Holding Ltda., solicita concesión de: 5 litros por segundo del pozo MTP-64, efectuando la captación en finca de Catalinas Properties Holding Ltda., en Tempate, Carrillo, Guanacaste, para uso comercial, consumo humano y turístico. Coordenadas: 275.720 / 340.680, hoja Matapalo, 15 litros por segundo del pozo MTP-51, efectuando la captación en finca de Catalinas Properties Holding Ltda., en Tempate, Carrillo, Guanacaste, para uso comercial, consumo humano y turístico. Coordenadas: 275.850 / 340.350, hoja Matapalo. 15 litros por segundo del pozo MTP-52, efectuando la captación en finca de Catalinas Properties Holding Ltda., en Tempate, Carrillo, Guanacaste, para uso comercial, consumo humano y turístico. Coordenadas: 275.100 / 340.350 hoja Matapalo. ,4 litros por segundo del pozo MTP-87, efectuando la captación en finca de Catalinas Properties Holding Ltda., en Tempate, Carrillo, Guanacaste, para uso comercial, consumo humano y turístico. Coordenadas: 273.350 / 341.600 hoja faltante. ,4 litros por segundo del pozo MTP-88, efectuando la captación en finca de Catalinas Properties Holding Ltda., en Tempate, Carrillo, Guanacaste, para uso comercial, consumo humano y turístico. Coordenadas: 273.600 / 341.750 hoja Matapalo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de abril del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(41248).
Expediente Nº 6305P.—Guayos S. A., solicita
concesión de 3 litros por segundo del pozo RG-276, efectuando la captación en
finca de su propiedad en
Expediente Nº 6453P. Playa Escondida S. A., solicita concesión de: 0,8 litros por segundo del pozo artesanal, efectuando la captación en finca de Corporación Privada de Inversiones C. P.I. S. A. en Jacó, Garabito, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-otro. Coordenadas 182.140 / 464.352 hoja Herradura. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de abril del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(41700).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 12895P.—Vista Atenas Cuarenta y Dos S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del Pozo RG-846, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jesús, Atenas, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 216.050 / 492.100 Hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de mayo del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(41792).
Exp. Nº 5671P.—Instituto Nacional de Aprendizaje, solicita concesión de: 4,5 litros por segundo del Pozo AB-1117, efectuando la captación en finca de su propiedad en Uruca (San José), San José, San José, para uso consumo humano - institución educativa y varios. Coordenadas 216.130 / 522.570 Hoja Abra. 4,6 litros por segundo del Pozo AB-1118, efectuando la captación en finca de su propiedad en Uruca (San José), San José, San José, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-otro. Coordenadas 216.350 / 521.650 Hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 6 de mayo del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(Solicitud Nº 32555-INA).—C-23780.—(41831).
Exp. Nº 12886P.—Grupo Café Britt S. A., solicita concesión de: 4 litros por segundo del Pozo BA-895, efectuando la captación en finca de en Jesús, Santa Bárbara, Heredia, para uso doméstico y riego. Coordenadas 224.750 / 519.970 Hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de abril del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 32169.—(42003).
Exp. Nº 12894A.—Roque Ceciliano Calderón, solicita concesión de: 0,06 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Patio de Agua, El Guarco, Cartago, para uso consumo humano. Coordenadas 196.100 / 434.200 Hoja Caraigres. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de abril del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 32193.—(42004).
Exp. 12898A.—Sociedad de Usuarios de Agua Manantiales de Agua Viva, solicita concesión de: 0,061 litros por segundo del naciente sin nombre, efectuando la captación en finca de Sociedad de Usuarios de Agua Manantiales de Agua Viva en Macacona, Esparza, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 222.500 / 471.600 hoja Miramar. 0,052 litros por segundo del naciente sin nombre, efectuando la captación en finca de Sociedad de Usuarios de Agua Manantiales de Agua Viva en Macacona, Esparza, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 222.500 / 471.650 hoja Miramar. 0,0192 litros por segundo del naciente sin nombre, efectuando la captación en finca de Sociedad de Usuarios de Agua Manantiales de Agua Viva en Macacona, Esparza, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 222.500 / 471.500 hoja Miramar. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de mayo del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(42855).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. Nº 12861P.—Blue Water Investment S. A., solicita concesión de 5 litros por segundo del Pozo CN 547, efectuando la captación en finca de Blue Water Investment S. A., en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 248.233/355.365 hoja Carrillo Norte. 5 litros por segundo del Pozo CN 560, efectuando la captación en finca de Blue Water Investment S. A., en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 284.140/355.445 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de abril del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—(41753).
Expediente Nº 12881 P.—Distribuidora Doce JKL S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del pozo AB - 2436, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael, Escazú, San José, para uso consumo humano y riego, piscina. Coordenadas 212.236 / 519.001 hoja faltante. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de abril del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 32885.—(43255).
Expediente Nº 6205A.—Bernur S. A., solicita concesión de: 10 litros por segundo de la quebrada Florida, efectuando la captación en finca de su propiedad en Copey, Dota, San José, para uso agropecuario - pisicultura y agropecuario - riego - pasto. Coordenadas 180.138 / 544.559 hoja vueltas. Predios inferiores: Arturo Ureña Fallas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de abril del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 32898.—(43256).
Expediente Nº 12897A.—Touchal Santa Ana S. A., solicita concesión de: 0,006 litros por segundo del naciente sin nombre, efectuando la captación en finca de Touchal Santa Ana S. A. en Salitral, Santa Ana, San José, para uso consumo humano - abrevadero. Coordenadas 208.800 / 516.500 hoja abra. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de mayo del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 32920.—(43257).
Expediente Nº 12896A.—Expovak Guanacaste S. A., solicita concesión de: 22 litros por segundo del naciente sin nombre, efectuando la captación en finca de Expovak Guanacaste S. A. en Santa Rosa, Tilarán, Guanacaste, para uso industria - embotelladora y venta. Coordenadas 276.250 / 425.000 hoja Cañas y Tierras Morenas. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 7 de mayo del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 33022.—(43258).
Expediente Nº 12901P.—Rafael Eduardo Chaves Rojas, solicita concesión de: 1 litro por segundo del pozo AB - 2446, efectuando la captación en finca de Rafael Eduardo Chaves Rojas en Hatillo, San José (central), San José, para uso industria - lavado de vehículos. Coordenadas 210.725 / 525.580 hoja abra. Predios inferiores. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de mayo del 2008.—Departamento de Aguas.—J. M. Zeledón Calderón, Jefe.—Nº 33052.—(43259).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud del licenciado Henry Carmona Sandí, cédula de identidad Nº 01-0916-0757, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta del interesado para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 08-000376-624-NO.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Alicia Bogarín Parra, Directora.—Nº 33033.—(43260).
Ante esta Dirección se ha recibido solicitud de autorización licenciada Marisol Cordero Picado, cédula de identidad Nº 1-686-825, quien pretende que se le autorice para el ejercicio del notariado. Se invita a todas aquellas personas que conozcan de hechos o situaciones que afecten la conducta de la interesada para el ejercicio de la función notarial, a efecto de que los comuniquen a este Despacho dentro del plazo de quince días siguientes a esta publicación. Expediente Nº 08-000386-624-NO.—San José, 2 de mayo del 2008.—Lic. Alicia Bogarín Parra Directora.—1 vez.—Nº 33118.—(43261).
Nº 1568-M-2008.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las diez horas treinta minutos del treinta de abril del dos mil ocho. Expediente Nº 072-E-2008.
Diligencias de cancelación de credencial de Regidor Suplente de
Resultando:
1º—Mediante oficio Nº SM186-2008 de fecha 25 de
febrero del 2008, presentado ante
2º—Mediante resolución de las 11:25 horas del 10 de marzo del 2008, se previno a la señora Noemy Chaves Pérez para que remitiera la dirección exacta en que podía ser notificado el señor Sotela Vargas (folio 20).
3º—Mediante oficio Nº SM-288-2008 del Concejo Municipal de Turrialba,
presentado ante
4º—En los procedimientos no se observan defectos que causen nulidad.
Redacta el Magistrado Esquivel Faerron; y,
Considerando:
I.—Hechos probados. Para la resolución del
presente asunto, se tienen los siguientes: a) que el señor Fidel Sotela Vargas
es Regidor Suplente de
II.—Sobre el fondo. El artículo 171 de
De no aceptarse la posibilidad de la renuncia pura y simple, se atentaría
contra un derecho fundamental: la libertad, previsto no sólo en
III.—Por ello, al haberse acreditado que el señor Fidel Sotela Vargas, en
su condición de Regidor Suplente de
Al cancelarse la credencial del señor Sotela Vargas se produce, entre los
regidores suplentes del Partido Acción Ciudadana en
Por mayoría, se cancela la credencial de Regidor Suplente
del Partido Acción Ciudadana en
VOTO SALVADO DEL MAGISTRADO SOBRADO GONZÁLEZ
El suscrito Magistrado, con el debido respeto, se aparta del criterio adoptado por la mayoría del Tribunal y salva el voto por las razones que de seguido se exponen.
Como ya lo he externado en anteriores oportunidades, una de las
características de la relación de servicio que vincula a los funcionarios con
La anterior regla queda excepcionada en relación con los regidores
municipales, dado que
Por su parte, el inciso c) del artículo 24 del Código Municipal establece, como causa de pérdida de la credencial de regidor, “La renuncia voluntaria escrita y conocida por el Concejo”; constituyendo, el anterior, uno de los supuestos en que le corresponde al Tribunal Supremo de Elecciones decretar la cancelación de tal credencial, en la inteligencia del inciso b) del artículo 25 de ese mismo Código.
Dichas disposiciones deben ser interpretadas “conforme a
El principio de interpretación del bloque de legalidad “conforme a
“La supremacía de
Por ello y en virtud del principio de unidad del ordenamiento, así como de la necesidad de rehuir del vacío que produce la invalidación normativa, frente a varias interpretaciones posibles de un precepto, ha de preferirse aquélla que salve de un potencial roce constitucional (véase en el mismo sentido Ignacio de Otto, “Derecho Constitucional, sistema de fuentes”, Barcelona, Ariel, 1988, pág. 80). Igual criterio debe presidir la actividad de integración del ordenamiento, para colmar sus insuficiencias. Con ello, las normas constitucionales y los principios que recogen, adquieren un rol dominante en la concreción de los sentidos normativos; a lo cual va aparejada una implícita prohibición para el intérprete de recurrir a criterios hermenéuticos que conduzcan a resultados contradictorios con dichas normas y principios.
La anterior exigencia interpretativa obliga a entender que los citados numerales del Código Municipal únicamente autorizan a cancelar las credenciales del regidor que renuncia a su cargo, cuando tal renuncia se base en motivos excepcionales que razonablemente eximan al interesado del cumplimiento de su deber constitucional, previamente valorados por el respectivo Concejo Municipal. Sólo de esa manera es posible conciliar la obligatoriedad del cargo, impuesta constitucionalmente, con el principio de que nadie está obligado a lo imposible.
En el subjudice, no habiéndose demostrado la existencia de motivos de tal índole, el suscrito Magistrado considera que no cabe ordenar la cancelación de las credenciales del regidor suplente Fidel Sotela Vargas.—Luis Antonio Sobrado González.—1 vez.—(Nº 1417-2008).—C-51480.—(42896).
Registro Civil-Departamento Civil
OFICINA ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente Nº 5559-2007.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece
horas del veintiocho de marzo del dos mil ocho. Diligencias de ocurso incoadas
por Lee Ku Shao Ying, cédula de identidad número ocho-cero
sesenta-cuatrocientos sesenta y dos; tendente a la rectificación de su asiento
de naturalización... en el sentido que el nombre de la madre del mismo es “
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por José Manuel Adanis Hernández, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3498-2007. Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas cuarenta minutos del tres de diciembre del dos mil siete. Ocurso. Exp. N° 20130-2007. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Grensy Leny Alanis Fallas, en el sentido que el primer apellido del padre de la misma es “Adanis” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(41748).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Martha Magdalena García Díaz, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 0547-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas veinticinco minutos del cinco de marzo del dos mil ocho. Exp. Nº 27889-07. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, procédase a rectificar el asiento de nacimiento de Georgina del Socorro Reina Díaz... en el sentido que los apellidos de la madre... son “García Díaz”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(42236).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jorge Luis Mayorga Chávez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 637-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas treinta minutos del trece de marzo del dos mil ocho. Ocurso. Exp. N° 36773-2007. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—...; Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Dalencey Dayana Mayorga Reyes, en el sentido que el primer nombre de la madre es “Ada” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richnnond, Jefa.—1 vez.—(42284).
Se hace saber al señor Erick David Solano Farista o Erick David Castro Farista, que este Registro en procedimiento administrativo de cancelación de asiento de nacimiento ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 435-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cuarenta minutos del veintiuno de febrero del dos mil ocho. Ocurso. Expediente Nº 23327-2003. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Cancélese el asiento de nacimiento de Erick David Solano Farista, que lleva el número ochocientos veintiuno, folio cuatrocientos once, tomo quinientos sesenta y nueve, de la provincia de Alajuela, Sección de Nacimientos, por aparecer inscrito como Erick David Castro Farista, en el asiento número quinientos treinta, folio doscientos sesenta y cinco, tomo mil ciento treinta y cuatro, de la provincia de San José, Sección de Nacimientos. Consúltese esta resolución al Tribunal Supremo de Elecciones. Notifíquese. Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í. M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa Sección de Actos Jurídicos. En razón de ignorarse el domicilio actual del señor Erick David Solano Farista o Erick David Castro Farista, este Registro procederá a notificarle por este mismo medio.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—1 vez.—(Nº 510-2008).—C-12560.—(42295).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Gerardo Alvarado Jiménez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 861-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las doce horas veinte minutos del veintitrés de abril del dos mil ocho. Ocurso. Exp. Nº 8355-08. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de matrimonio de Gerardo Alvarado Jiménez con Yahima Hernández Cala... en el sentido que el segundo apellido del padre del cónyuge es “Darroman” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(42299).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Gustavo Adolfo Valverde Arias, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2385-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete horas cuarenta minutos del veinticuatro de agosto del dos mil seis. Expediente Nº 8358-2006. Resultando. 1º—…, 2º—…, 3º—… Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Kristel Valeria Ávalos Herrera… en el sentido que el primer apellido del padre de la persona ahí inscrita es “Valverde” y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(42877).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Blanca Azucena Narváez González, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2400-07.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas veinticinco minutos del catorce de agosto del dos mil siete. Expediente Nº 26712-06. Resultando: 1º—…, 2º—…3º—… Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Procédase a rectificar los asiento de nacimiento de Scarlette Vanessa González Narváez… y el de Elizabeth de los Ángeles González Narváez… en el sentido que los apellidos de la madre son “Narváez González”.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—(42932).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Dennis Arturo González Hidalgo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 774-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas y veintiocho minutos del once de abril del dos mil ocho. Ocurso. Expediente número 3498-08. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—… Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:… Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Valeria Calderón Acuña… en el sentido que el primer apellido del padre de la persona ahí inscrita es “González” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(43206).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Mario López Ocampos, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 3915-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas veinticinco minutos del dieciocho de diciembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 34608-2007. Resultando 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Mario de los Ángeles López Ocampos, en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre del mismo son “María Soledad Campos Campos” y no como se consignaron.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 32820.—(43262).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ana
Cecilia Valladares Carvajal, ha dictado una resolución que en lo conducente
dice: resolución Nº 288-2005.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Actos
Jurídicos.—San José, a las quince horas veinte minutos del trece de abril del
dos mil cinco. Ocurso. Expediente Nº 32423-2004. Resultando: 1º—..., 2º—...,
Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el
fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Ana Cecilia
Valladares Carvajal, en el sentido que los apellidos de la madre son “Carbajal
Del Carpio” y no como se consignaron. Publíquese esta resolución en el Diario
Oficial
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jenny María Rojas Navarro, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 3329-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cuarenta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 23014-2007. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Camila Valeria Aguilar Quesada, en el sentido que el primer apellido de la madre es “Rojas” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 32958.—(43264).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marta Alicia Cuendiz Espinoza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 708-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas y cincuenta y dos minutos del cuatro de abril del dos mil ocho. Ocurso. Expediente Nº 0549-08. Resultando: 1º—...2º—...3º—... Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados... III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Fabia Marielos Novoa Cuendi...en el sentido que el primer apellido de la madre de la persona ahí inscrita es “Cuendiz” y no como se consignó.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 32969.—(43265).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Nazyari Catalina Jaramillo Caicedo, este Registro ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 0804-08.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas cinco minutos del dieciséis de abril del dos mil ocho. Expediente Nº 5496-08. Resultando: 1º—...; 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados...; II.—Hechos no probados...; III.—Sobre el fondo...; Por tanto: procédase a rectificar el asiento de matrimonio de Diego Alonso Prado Burgos con Nazyari Catalina Jaramillo Caicedo... en el sentido que el segundo apellido del padre y el nombre de la madre de la cónyuge son “Peña” y “Rubí del Carmen” respectivamente.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—Nº 33042.—(43266).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Ronald Mendoza Parra, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 1524-2006.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas del diecinueve de junio del dos mil seis. Ocurso. Expediente Nº 38967-2005. Resultando: 1º—...; 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados:...; II.—Hechos no probados:...; III.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de José Ronald Mendoza Parra... en el sentido que los apellidos de la madre son “López Parra” y no como se consignó. Notifíquese.—Lic. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 33054.—(43267).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Boanerge Villagra Obando, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 3720-2007.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección Actos Jurídicos.—San José, a las once horas veinticinco minutos del diez de diciembre del dos mil siete. Ocurso. Expediente Nº 34902-2007. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Boanerge Rosa Villagra Obando, en el sentido que el segundo apellido de la madre del mismo es “Villagra” y no como se consignó. Se deniega en cuanto al otro extremo de la petitoria.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—Nº 33088.—(43268).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Herald Muñoz Carvajal, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 654-2008.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las once horas treinta minutos del veinticinco de marzo del dos mil ocho. Expediente Nº 38623-2007. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Sebastián Alberto Arce Morales... en el sentido que el primer apellido del padre del mismo es “Muñoz”, y no como se consignó.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Director General a. í.—Hugo Montero Hernández, Jefe a. í.—1 vez.—(43322).
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Flor del Carmen Sánchez Quirós, mayor, soltera,
estilista, nicaragüense, cédula de residencia 135-RE-049492-00-1999, vecina de
San José, expediente 915-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar
información, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 1 y 4 de
Susana María Gaviria Sierra, mayor, casada, empresaria, colombiana, cédula
de residencia 117000446417, vecina de San José, expediente 2878-2007. Se ha
presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto
por los artículos 11 y 12 de
Mariluz Acevedo Taleno, mayor, soltera, empresaria, nicaragüense, cédula de
residencia 002RE4311-00-1999, vecina de Limón, expediente 3220-2003. Se ha
presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo dispuesto
por los artículos 11 y 12 de
Xochill Scarleth Reyes Carmona, mayor, soltera, nicaragüense, artesana,
cédula de residencia 135-RE-059784-00-1999, vecina de Villa Bonita, Alajuela,
expediente 1956-2005. Se ha presentado a este Registro a levantar información,
de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
María Paola Pérezcabello Soza, mayor, soltera, diseñadora publicitaria,
española, cédula de residencia Nº 726-136572-3642, vecina de San José, expediente
Nº 3306-2006. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de
acuerdo con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
José Luis Claramunt Caso, mayor, casado, ingeniero, español, cédula de
residencia Nº 726-93461-3252, vecino de San José, expediente Nº 2926-2007. Se
ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo
dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Carlos Mario Betancur Agudelo, mayor, casado, comerciante, colombiano, cédula
de residencia Nº 117000825331, vecino de San José, expediente Nº 4183-2007. Se
ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo con lo
dispuesto por los artículos 11 y 12 de
Nathaly Vanesa Mogollón Ardila, mayor, soltera, estudiante, colombiana,
cédula de residencia Nº 117000122530, vecina de San José, expediente Nº
2658-2007. Se ha presentado a este Registro a levantar información, de acuerdo
con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de
DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LA-000182-05401
Mantenimiento de alarma contra incendio de la
Dirección General de Migración
Se avisa a todos los interesados en esta
Licitación para
El interesado tiene el pliego de condiciones a disposición en el Sistema
Comprared, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared, de internet, a
partir de este día; o podrá sacar copia en
San José, 14 de mayo del 2008.—MBA. Erika García Díaz, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 18227).—C-16520.—(44539).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000055-09003
Compra de repuestos y accesorios para vehículos
El interesado tiene el cartel a su disposición en el Sistema CompraRed en
forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de
Internet a partir de esta fecha, o podrá obtenerlo en la recepción de
San José, 13 de mayo del 2008.—Bach. José Ramírez Pérez, Proveedor Institucional.—1 vez.—(Solicitud Nº 11704).—C-8580.—(44922).
PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE
DE
PROYECTO DE EQUIDAD Y EFICIENCIA DE
2008LPN-000001-PROV
Adquisición de seis vehículos doble tracción
1º—Este llamado a licitación se emite como resultado del Aviso General de Adquisiciones que para este Proyecto fuese publicado en el Development Business, en el mes de abril del 2008.
2º—El Gobierno de Costa Rica ha recibido un préstamo del Banco
Internacional de Reconstrucción y Fomento de
3º—El Programa Equidad y Eficiencia en
4º—La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación
Pública Nacional (ICB) establecidos en la publicación del Banco Mundial
titulada Normas: Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de
5º—Los licitantes elegibles que estén interesados podrán obtener
información adicional de el Programa de Equidad y Eficiencia y Eficiencia en
6º—Los requisitos de calificaciones incluyen Requisitos clave técnicos, financieros, legales y otros. “No se otorgará” un margen de preferencia a contratistas nacionales elegibles. Mayores detalles se proporcionan en los documentos de licitación.
7º—Los licitantes interesados podrán comprar un juego completo de los documentos de licitación en idioma español, mediante presentación de una solicitud por escrito a la dirección indicada al final de este llamado y contra el pago de una suma no reembolsable de tres mil colones. Esta suma podrá pagarse en el Banco de Costa Rica, Cta. 1-0234754-7. El documento será entregado en las oficinas de PROMECE en San José, calle 1, avenidas 1 y 3, edificio Antigua Embajada Americana. Tercer piso, contra el recibo de pago del Banco.
8º—Las ofertas deberán hacerse llegar a la dirección indicada abajo a más tardar a las 10:00 horas del 24 de junio del 2008. Ofertas electrónicas “no serán” permitidas. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los licitantes que deseen asistir en persona en la dirección indicada al final de este llamado, a las 10:00 del 24 de junio del 2008. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una “Garantía de seriedad de la oferta o de participación”, por el monto de $4.500,00 (Cuatro mil quinientos dólares exactos).
9º—La dirección referida arriba es:
Atención: Lic. Fernando Villanea Bulgarelli.
Dirección postal: Calle 1, avenidas 1 y 3, edificio Antigua Embajada Americana, 3º piso.
Ciudad: San José.
Código postal: 10433-1000 San José.
País: Costa Rica.
Teléfono: 506-222-7119.
Facsímile: 506-222-7355.
Dirección electrónica: jmorgan@mep.go.cr.
Horas de oficina: Lunes a jueves 7:00 a. m. a 3:30 p. m.
Viernes 7:00 a. m. a 3:00 p. m.
San José, 9 de mayo del 2008.—Fernando Villanea Bulgarelli, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 1308).—C-35660.—(44923).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000040-PCAD
Construcción de un local para ser arrendado al Banco Popular
con el fin de instalar una oficina de negocio bancario en la
localidad de San Joaquín de Flores en Heredia
El Proceso de Contratación Administrativa del
Banco Popular y de Desarrollo Comunal, los invita a participar en
Las especificaciones, condiciones generales y especiales podrán retirarse en nuestras oficinas, previa cancelación del cartel en las cajas Nos. 12 y 13, ubicadas en el primer piso del edificio metropolitano, con un horario de lunes a viernes de 8:15 a. m., a 12:00 m. d., y de 1:00 p. m., a 7:00 p. m. Valor del cartel ¢2.500,00 (dos mil quinientos colones con 00/100).
San José, 15 de mayo del 2008.—Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(44955).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000004-01
Contratación de servicios profesionales de una Auditoría
Externa de los estados financieros del Banco
El Banco Hipotecario de
Los interesados pueden retirar el cartel que regirá este procedimiento de
contratación a partir del miércoles 21 de mayo del 2008, el cual está disponible
en el Área de Proveeduría, del Banco Hipotecario de
La fecha límite para recibir ofertas será el miércoles 4 de junio del 2008, a las 10:00 horas, fecha y hora en que se procederá a realizar el acto de apertura de ofertas, en la dirección antes señalada.
Dirección Administrativa Financiera.—Lic. Margoth Campos Barrantes, Directora.—1 vez.—(44957).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000013-99999
Remodelaciones varias
Los interesados tienen el cartel a disposición vía internet, en forma
gratuita, en el sistema de Compr@Red, en la página Web del Ministerio de
Hacienda, a partir de esta fecha. También pueden obtenerlo en
Sabanilla, 15 mayo del 2008.—Oficina de Contratación y Suministros.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(44675).
COLEGIO UNIVERSITARIO PARA EL RIEGO
Y EL DESARROLLO DEL TRÓPICO SECO
LICITACIÓN ABREVIADA 2008LA-000005-01
Contratación de los servicios de labores de finca en el CURDTS
_________________
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000006-01
Contratación de los servicios limpieza
de las instalaciones del CURDTS
_________________
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000007-01
Contratación de los servicios de mantenimiento
de infraestructura para el CURDTS
El CURDTS invita a los interesados que pueden retirar el cartel de forma gratuita a partir de esta publicación.
Fecha límite para la recepción de ofertas: 27/05/2008. Tel. 2674-0268/2674-0269/2674-0220. Ext. (Oficina 1023, fax 1004).
13 de mayo del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Carlos Rodríguez Rojas.—1 vez.—(44471).
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2008LI-000020-PROV
Adquisición de materiales para obras de distribución eléctrica
asociadas a
y Calle Los Llanos
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a
los interesados en la licitación antes mencionada, que recibirá ofertas hasta
las 10:00 horas del día 8 de julio del 2008, en
Requerimiento: Adquisición de materiales para
obras de distribución eléctrica asociadas a
Mayores especificaciones, condiciones generales y
especiales podrán adquirirse por medio de fotocopia cancelando el costo de la
misma en
San José, 15 de mayo del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador-Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 335364).—C-9920.—(44977).
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000021-01
Colocación de alcantarillado pluvial en
Bello Horizonte Calle Pedrero a verdulería
Se invita a participar en la licitación de marras, para ello deben retirar el cartel en el Proceso de Proveeduría ubicado en el edificio contiguo al Palacio Municipal en horario de 07:30 a 04:00 de la tarde de lunes a viernes, la apertura se realizará el 4 de junio del 2008, en esa oficina.
Cira Castro Myrie, Proveedora.—1 vez.—(44477).
MUNICIPALIDAD DE SAN MATEO
UNIDAD TÉCNICA DE GESTIÓN VIAL
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2008LA000010-03
Compra de alcantarillas
San Mateo, 14 de mayo del 2008.—Alan Quesada
Vargas, Ingeniero de
MUNICIPALIDAD DE
SUBPROCESO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000003-01
Mantenimiento y reparación de diferentes
vías del
cantón de
El cartel puede ser retirado en
MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000001-01
Contratación de dos abogados externos
Buenos Aires, 13 de marzo del 2008.—Lic. Alban Serrano Siles, Proveedor.—1 vez.—(44921).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000008-32700
Compra de productos mayores: pilotes, vigas,
canales y cable para puentes
Se avisa a todos los interesados en esta licitación, que por resolución de adjudicación Nº 63-2008 de las 15:40 horas del día 13 de mayo del 2008, se adjudica de la siguiente manera:
Oferta Nº 3: Corpac Steel Products, Corp., representada por Álvaro Umaña & Cia. Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-011395. Posiciones adjudicadas: 1, 2, 3 y 4, por un monto total adjudicado de $6.679.599,60.
Oferta Nº 1: Magaz S. A., representada por Válvulas y Conexiones Urrea S. A., cédula jurídica Nº 3-101-035901. Posiciones adjudicadas: 5 alternativa, 6 alternativa y 7 alternativa, por un monto total de $866.016,00.
Se les aclara a todos los interesados que la presente es solo el resumen
final de las adjudicaciones, que el análisis integral y la resolución de
adjudicación de la contratación se encuentran en el expediente administrativo,
el cual pueden solicitar en la recepción de
Todo de acuerdo con los términos del cartel y la oferta
San José, 14 de mayo del 2008.—MBA. Sylvia Jiménez Cascante, Proveedora.—1 vez.—(Solicitud Nº 15568).—C-17180.—(44962).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000047-78300
PROGRAMA 78300-77900
Compra de artículos de limpieza
El interesado tiene el cartel a disposición en el Sistema CompraRed en
forma gratuita, en la dirección https://www.hacienda.go.cr/comprared de
Internet a partir de esta notificación, o podrá obtenerlo en
San José, 14 de mayo del 2008.—Máster Manuel E. Sánchez Cascante, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 23599).—C-11900.—(44924).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000001-PROV
Compra de automotores de varios tipos
Se comunica a todos los interesados que el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión celebrada el día diecisiete de abril del dos mil ocho, dispuso declarar infructuosas del procedimiento de Licitación Pública Nº 2008LN-000001-PROV por concepto de “Compra de automotores de varios tipos”, las siguientes líneas:
Línea tres: 02 vehículos tipo bus o van para el traslado de detenidos.
Línea seis: 01 vehículo tipo microbús.
Línea siete: 01 vehículo tipo camión carga liviana.
Línea nueve: 03 vehículos tipo panel (furgoneta).
San José, 15 de mayo del 2008.—Proceso de
Adquisiciones.—Lic. Ana
Iris Olivares Leitón, Jefa a. í.—1 vez.—(44951).
PROCESO DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2008LA-000020-PCAD
Suministro e instalación de dispensador de agua purificada
El Proceso de Contratación Administrativa del
Banco Popular y de Desarrollo Comunal, hace del conocimiento de los interesados
en
Línea Estrella Internacional S. A., cédula jurídica 3-101-090016.
37 Unidades dispensadores de agua purificada fría y caliente.
Precio total: $45.825,00 (cuarenta y cinco mil ochocientos veinticinco US dólares exactos.
Garantía de cumplimiento: El adjudicatario rendirá la correspondiente garantía de cumplimiento, durante los 10 (diez) días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso, por un monto del diez por ciento del valor total de los equipos adjudicados con una vigencia mínima de dos meses adicionales al plazo de entrega.
Plazo de entrega: Una entrega inicial de (21) veintiún unidades en un plazo máximo de veinte (20) días hábiles a partir de la entrega de la orden de compra.
La entrega de las restantes dieciséis (16) unidades se realizará en forma parcial, contra pedido por parte del Proceso de Infraestructura y Proyectos, para lo cual el adjudicatario tendrá un plazo máximo de cinco días hábiles.
Demás condiciones, especificaciones y detalles en conformidad con lo señalado en el pliego cartelario, la oferta y el informe de adjudicación Nº 112-2008, visible en el expediente administrativo.
San José, 14 de mayo del 2008.— Lic. Maykel Vargas García, Coordinador.—1 vez.—(44500).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2007LN-000002-99999
(Resolución de adjudicación Nº 016)
Construcción del Centro Universitario de
San Marcos de Tarrazú
Acoger la recomendación de
1. Dejar fuera de concurso la oferta
presentada por la empresa, Construcciones Peñaranda S. A., por cuanto no
cumplió con el requisito financiero de admisibilidad de ofertas, indicado en
2. Dejar fuera de concurso la oferta presentada por la empresa K y S S. A., por solicitar su exclusión en virtud de la no ampliación del plazo de vigencia de su oferta.
3. Adjudicar a la empresa Construcciones Astorga, el siguiente ítem: Ítem 1: Construcción del Centro Universitario de San Marcos de Tarrazú, por un precio de ¢349.650.000,00 y un tiempo de entrega de 180 días naturales, de acuerdo a la calificación obtenida de 99,62%, sobre 97,14% de la empresa Arrendamientos Fabriles S. A.
Sabanilla, 15 de mayo del 2008.—Oficina de Contratación y Suministros.—M.B.A. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—(44674).
COLEGIO UNIVERSITARIO PARA EL RIEGO
Y EL DESARROLLO DEL TRÓPICO SECO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000004-01
Contratación de los servicios de medicina general para el CURDTS
El CURDTS informa que
13 de mayo del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Carlos Rodríguez Rojas.—1 vez.—(44468).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000003-01
Contratación de los servicios de vigilancia
para el
CURDTS en
El CURDTS informa que
13 de mayo del 2008.—Departamento de Proveeduría.—Carlos Rodríguez Rojas.—1 vez.—(44469).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2008LN-000005-3003
Compra de azúcar blanca en bolsa y paquetitos
Empresa adjudicada: Merkur Comercio y Salud S. A.
Objeto: Azúcar blanca en bolsa y en paquetitos.
Monto total aproximado: ¢12.774.480,00.
Monto en letras: Doce millones setecientos setenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta colones exactos.
Todo de acuerdo al cartel y a la oferta.
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 15 de mayo del 2008.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador.—1 vez.—(44918).
CONCURSO Nº 2008LA-000016-3003
Letrezole tabletas de 2.5 miligramos
Número de concurso: 2008LA-000016-3003.
Objeto de contratación: Letrezole Tabletas de 2.5 miligramos de marca “FEMARA ® 2.5 mg.
Empresa adjudicada: Distribuidora Farmanova S. A.
Cantidad adjudicada: 360 CN.
Monto adjudicado: ¢86.985.000,00.
Monto en letras: ochenta y seis millones novecientos ochenta y cinco mil colones exactos.
Todo de acuerdo al cartel y la oferta presentada.
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 15 de mayo del 2008.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador.—1 vez.—(44919).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000011-PRI
Compra de grúa articulada
El Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante resolución
de gerencia Nº 2008-248 del 13 de mayo del 2008, se adjudica
Gardi de San José S. A.—(Oferta Nº 1).
Ítem |
Descripción |
Subtotal $ |
Total $ |
1 |
Grúa articulada precio CIF |
58.000,00 |
|
|
Impuesto a Ley 6946 1% |
580,00 |
|
|
Impuesto de ventas 13% (Sobre el CIF + Ley 6946) |
7.615,40 |
|
|
|
|
66.195,40 |
Monto total adjudicado $66.195,40 (Sesenta y seis mil ciento noventa y cinco dólares con 40/100) i.v.i.
Condiciones:
Precios: Firmes, definitivos e invariables.
Forma de pago: Crédito a 30 días.
Plazo de entrega: 70 días naturales, contados a partir de la entrega del pedido.
Lugar de entrega: Almacén Central AyA, Pavas.
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.
San José, 15 de mayo del 2008.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(44548).
UNIDAD DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000001-01
Compra de vehículos
Rigen en este concurso: las especificaciones técnicas, administrativas y
condiciones generales que se establecen en el cartel de contratación,
Las demás condiciones deberán en el tercer piso del edificio principal del ICAFE ubicado en San José, avenida primera, calles dieciocho y veinte.
Consultas con Ileana Ramírez al teléfono 2243-78-78 o al correo electrónico iramirez@icafe.go.cr.
Dirección Ejecutiva.—Ronald Peters Seevers, Director Ejecutivo.—1 vez.—(44943).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000019-02
Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino El Zota,
Dirección Huetar Atlántica, Oficina Subregional Cariari
El Instituto de Desarrollo Agrario comunica la adjudicación de los siguientes procesos de contratación: Licitación Abreviada Nº 2008LA-000019-02, “Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino El Zota, Dirección Huetar Atlántica, Oficina Subregional Cariari” adjudicar a favor de la oferta presentada por Constructora Hermanos Brenes S. A., cédula jurídica 3-101-172938, por un monto de ¢37.497.895,90 (treinta y siete millones cuatrocientos noventa y siete mil ochocientos noventa y cinco colones con 90/100) y un plazo de ejecución de 30 días naturales, según acuerdo de junta directiva artículo Nº 13, sesión ordinaria 017-2008, del 12 de mayo del 2008.
Área de Contratación y Suministros.—Rafael Fernández Bolaños.—1 vez.—(44502).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2008LA-000001-01
Reparación del edificio Luis Felipe González Flores
El Patronato Nacional de
Se concede el plazo que establece
San José, 14 de mayo del 2008.—Departamento de Suministro de Bienes y Servicios.—Guiselle Zúñiga Coto, Coordinadora a. í.—1 vez.—(44486).
MUNICIPALIDAD DE ASERRÍ
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000002-05
Adquisición de un vehículo (camión) recolector
de desechos sólidos nuevo
Aserrí, 14 de mayo del 2008.—Mario Morales Guzmán, Alcalde.—1 vez.—(44954).
MUNICIPALIDAD DE SAN MATEO
LICITACIÓN ABREVIADA NÚMERO: 2008-LA000008-03
Compra de lastre
San Mateo, 14 de mayo del 2008.—Alan Quesada
Vargas, Ingeniero de
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES
Y RECREACIÓN DE BELÉN
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 001-2008
Contratación de servicios de vigilancia en las instalaciones
del Polideportivo de Belén
El Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Belén comunica el acto de adjudicación, acuerdo tomado en sesión ordinaria Nº 019-2008 correspondiente al 12 de mayo del 2008; el cual dice: Se adjudica este proceso a la oferta, presentada por la empresa Corporación González y Asociados Internacional S. A., por un monto de ¢18.960.000,00 anuales.
————
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 002-2008
Construcción del sistema eléctrico en
el Polideportivo de Belén
El Comité Cantonal de Deportes y Recreación de
Belén comunica el acto de adjudicación, acuerdo tomado en sesión ordinaria Nº
017-2008 correspondiente al 28 de abril y ratificada el 05 de mayo del 2008; el
cual dice: Se declara infructuosa
Unidad de Bienes y Servicios.—Hazell Rodríguez Vega.—1 vez.—(44562).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO
DE BIENES Y SERVICIOS
ÁREA GESTIÓN DE MEDICAMENTOS
A todos los proveedores y representantes de casas extranjeras, se les comunica:
1. Que han sido avaladas por el Ente autorizado las siguientes fichas técnicas, las mismas rigen a partir de su publicación en el Diario Oficial:
CÓDIGO |
DESCRIPCIÓN MEDICAMENTO |
Versión CFT |
34-4290 |
Metilprednisolona base 500 mg |
17502 |
18-4165 |
Ketamina base al 1% |
47802 |
20-3195 |
Besilato de atracurio 10 mg / mL |
05604 |
02-3320 |
Clindamicina base 600 mg |
20903 |
41-4134 |
Interferón beta-1b |
57604 |
40-1070 Z |
Levotiroxina sódica 0,025 mg |
55102 |
28-1015 Z |
Lamotrigina 25 mg |
05502 |
19-3240 |
Bupivacaína clorhidrato al 0,5% |
18502 |
50-7495 |
Sacarina sódica 12,5 mg |
39104 |
32-6190 |
Hidróxido de Aluminio 5,5 a 6,7% P/P |
10104 |
28-1450 |
Primidona 250 mg |
49101 |
27-0620 |
Ergotamina tartrato 2 mg |
48902 |
23-7600 |
Teofilina Anhidra 50 mg / 5 mL |
48203 |
48-4350 |
Cloruro de obidoxima 250 mg / mL |
00502 |
Las variaciones a las fichas técnicas, se
encuentran disponibles en el Edificio Jenaro Valverde, piso 11, calles 5 y 7,
avenidas 2 y 4 (Edificio anexo a
San José, 7 de mayo del 2008.—Ing. Marco V. Castro
Hernández.—Lic. Guiselle
López Rubí, Jefa a. í.—1 vez.—(Nº 1147).—C-21845.—(42928).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Nº 120-VEC-2008.—Departamento de Proveeduría.—San
José, a las nueve horas del seis de mayo de dos mil ocho. En seguimiento a lo
dispuesto por el Consejo Superior del Poder Judicial en la sesión Nº 26-08,
artículo XII, celebrada el 10 de abril de 2008; a toda
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2008LN-000027-02100
Equipo de transporte (Compra de vehículos)
De conformidad con resolución número
R-DCA-216-2008 de
Primero: Se modifica el pliego de condiciones para que en la línea 1 donde dice “Apertura de la tapa trasera desde la cabina”, se lea lo siguiente:
ü “Línea 1: “Preferiblemente apertura de la tapa trasera desde la cabina”.
En lo demás, se deja incólume y valedero el citado pliego de condiciones.
Segundo: De conformidad con el artículo 172 párrafo final del Reglamento a
San José, 15 de mayo del 2008.—Proveeduría Institucional.—Lic. Jimmy Segura Sánchez, Proveedor.—1 vez.—(Solicitud Nº 107-2008).—C-11240.—(44973).
DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
GESTIÓN DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2008LN-000038-05401
Mantenimiento equipo de oficina
Se avisa a todos los interesados en esta
licitación promovida por
Todo lo demás permanece invariable.
San José, 15 de mayo del 2008.—Erika García Díaz, MBA Gestora de Proveeduría.—1 vez.—(Solicitud Nº 18228).—C-9260.—(44949).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 2008LA-000002-3003
Dientes acrílicos
Cantidad: 36.500 juegos.
San José, 15 de mayo del 2008.—Lic. Endry Núñez Salas, Coordinador.—1 vez.—(44917).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE CARTELES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000039-1142
(Aviso Nº
1)
Bolsa colectora de orina
Se les informa a todos los interesados en participar, que se modifica la ficha técnica vigente para este concurso. Ver detalle en http:/www.ccss.sa.cr.
Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—(U. P. Nº 1142).—C-5420.—(44950).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000038-1142
(Aviso Nº 1)
Escarificador tipo Sonicflex con tres insertos y llave
A los oferentes interesados en el presente
concurso, se les comunica que se modifica
El resto del cartel permanece invariable.
San José, 15 de mayo del 2008.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1
vez.—(Nº 1142).—C-5960.—(44974).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000043-1142 (Aviso Nº 1)
Papel grado médico
A los oferentes interesados en el presente
concurso, se les comunica que se modifica
San José, 15 de mayo del 2008.—Lic. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1
vez.—(Nº 1142).—C-5280.—(44975).
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL Nº 2008LI-000017-PROV
(Aclaración Nº 1)
Adquisición de medidores residenciales y cajas de conexión
-modalidad entregas según demanda-
El Instituto Costarricense de Electricidad avisa a los interesados en la licitación antes mencionada, que el cartel de este concurso fue sujeto a la siguiente aclaración:
En las Condiciones Particulares, página 4 del cartel,
Debe leerse:
4) Plazo del contrato. El contrato será por un año, prorrogable de común acuerdo entre las partes, por períodos iguales de un año, hasta un máximo de 4 años. En caso de que el ICE o el contratista decidan no prorrogar el contrato, lo notificarán por escrito con una antelación mínima de un mes a su vencimiento.
En las condiciones particulares, página 7 del cartel,
Debe eliminarse el primer párrafo de la cláusula 10.1, que dice:
10.1 El contrato será por un año, prorrogable de común acuerdo entre las partes, por período iguales de un año, hasta un máximo de contratación de 4 años. En caso de que el ICE o el Contratista decidan no prorrogar el contrato, lo notificarán por escrito con una antelación mínima, de seis meses de su vencimiento.
En las condiciones particulares, páginas 9 del cartel,
Debe leerse:
11.5.2 Para la atención de reportes por garantía de los equipos el oferente deberá garantizar que cuenta con equipos de respaldo, equipos de medición, con soporte a nivel nacional e internacional e invariablemente con el personal técnico capacitado en la marca ofrecida, que puedan efectuar valoraciones y diagnóstico ante eventuales fallas; si los problemas de los equipos derivan por concepto de garantía en una reparación o cambio parcial o total de los mismos, el tiempo máximo para la ejecución de la acción correspondiente no podrá ser mayor a 15 días hábiles, contados a partir de la notificación de la falla.
Fecha de apertura de ofertas: A las 10:00 horas del día 3 de junio del 2008.
San José, 15 de mayo del 2008.—Dirección de Proveeduría.—Eugenio Fatjó Rivera, Coordinador-Licitaciones.—1 vez.—(O. C. Nº 335364).—C-19820.—(44976).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2008LN-000004-PRI
(Suspensión)
Compra de camiones
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que se suspende la fecha de apertura hasta nuevo aviso.
San José, 15 de mayo del 2008.—Lic. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—(44546).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO
ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO
CONTRATAR BIENES Y SERVICIOS
UNIDAD EJECUTORA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000001-03
Contratación de diseños de infraestructura
para Acueductos y Alcantarillados
Cartago, 15 de mayo del 2008.—Lic. Héctor Tabarez De Tolentino.—1 vez.—(Solicitud Nº 19421).—C-5280.—(44978).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000002-03
Contratación de un panel de consultores especializados en
las aéreas de acueductos, alcantarillados
y tratamiento de desechos sólidos
Cartago, 15 de mayo del 2008.—Lic. Héctor Tabarez De Tolentino.—1 vez.—(Solicitud Nº 19420).—C-5280.—(44980).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000003-03
Contratación de servicios técnicos de soporte para el desarrollo de
proyectos de generación eléctrica, infraestructura y acueductos
Cartago, 15 de mayo del 2008.—Lic. Héctor Tabarez De Tolentino.—1 vez.—(Solicitud Nº 19422).—C-5280.—(44983).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2008LA-000004-03
Contratación de servicios de diagnostico y solución para
el aprovechamiento del recurso hídrico, para el
abastecimiento del servicio de acueductos de
los municipios de Cartago
Cartago, 15 de mayo del 2008.—Lic. Héctor Tabarez De Tolentino.—1 vez.—(Solicitud Nº 19423).—C-5280.—(44986).
ACUERDO N° 2008-053
MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 11 DEL REGLAMENTO PARA LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE AGENTES RECAUDADORES
Resultando:
1º—Que con fecha 12 de noviembre de 1993, se publicó en
2º—Que de conformidad al criterio legal emitido por el Área de Contratación
Administrativa de
3º—Que regulando dicho Reglamento todo lo relacionado con la recaudación de los dineros provenientes de la prestación de los servicios de agua potable y de alcantarillado sanitario, se hace necesaria la reforma parcial al artículo 11 con el propósito de corregir el sistema numérico de cálculo para la estimación del contrato, en razón de existir un error de conceptualización en dicho artículo.
4º—Que a efecto de actualizar la reglamentación que rige sobre esta
materia, se hace necesaria la aprobación de la reforma propuesta por
Considerando:
1º—Que el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados debe adaptar su normativa vigente, a los cambios jurídicos y sociales que la sociedad costarricense exige en pro de sus derechos y obligaciones.
2º—Que
3º—Que el artículo 11 inciso i) de
POR TANTO:
Se acuerda:
1º—Aprobar la presente reforma al artículo 11 del Reglamento para
INSTITUTO COSTARRICENSE
DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARRILLADOS
Con fundamento en los artículos 188 y 189 de
REGLAMENTO DE PRESTACION DE SERVICIOS
DE AGENTES RECAUDADORES
CAPÍTULO CUARTO
Selección de Agente Recaudador y formalización del contrato
Artículo 11.—Tratándose de agentes recaudadores nuevos, una vez aprobada la
solicitud, el agente recaudador deberá presentar una garantía de cumplimiento y
una garantía colateral, de conformidad con lo que disponen los artículos 14 y
15 de este reglamento, y posteriormente firmar un contrato de recaudación con
AyA para formalizar la relación contractual. La estimación del contrato será el
monto mensual de la comisión, que eventualmente recibiría el Agente Recaudador,
multiplicado por 48 meses; dado que, para los agentes recaudadores nuevos el
Instituto no cuenta con registros anteriores, el monto mensual de la comisión
se determinará promediando la última comisión mensual de tres agentes
recaudadores de condición similar ó parecida a la del solicitante, de acuerdo
con las estadísticas y clasificación de los Agentes Recaudadores establecida
por AyA y definidas en el manual de Políticas de Agentes Recaudadores. En lo
que respecta a los agentes recaudadores actuales del Instituto y que deseen
renovar su contrato con fundamento en lo establecido en el presente reglamento,
la estimación de la comisión será el resultado del promedio de las comisiones
mensuales pagadas durante los últimos doce meses. Contra dicha determinación
también cabrán los recursos de revocatoria y apelación, en los mismos términos
del artículo 13 de este reglamento. El costo de las especies fiscales que se
determine conforme al valor del contrato, será cubierto por el Agente
Recaudador en un cincuenta por ciento. Formalizado el contrato de recaudación,
se procederá a remitirlo a
2º—Remitir la presente modificación a
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial
Acuerdo firme.
Acuerdo número 2008-053, adoptado por
Lic. Victoriano Conejo Aguilar, Secretario General.—1 vez.—(41702).
MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Acuerdo tomado por el Concejo Municipal, de la sesión ordinaria N° 15-2008, artículo 6, inciso 01, del 8 de abril del 2008 y que dice:
Se acuerda por unanimidad: Con dispensa de trámite de comisión, se acuerda:
2. “Habiendo cumplido con el debido
proceso, se autoriza al señor Alcalde Municipal, para que se proceda hacer la
publicación en el Diario Oficial
3. Las coordenadas exactas de la ampliación son las siguientes: Límite N: 254714-N-335260 E (límite con P-R existente) Límite B: 254988 N- 335526 E (límite con camino a Villarreal).
Acuerdo definitivamente aprobado.
CAPÍTULO VI
Propuesta de desarrollo costero
1. Alternativas de Zonificación
2. Marco Legal
Como ya sea ha dicho se ha mencionado antes, las leyes (y sus respectivos reglamentos) que fundamentan este PCR son:
• Ley 6043, sobre
• Ley 4240, de Planificación Urbana: promulgada en 1968. esta ley no rige en la franja de ZMT, pero sí regula todo lo relativo a los terrenos adyacentes que son de propiedad privada. En su sección segunda atiende todo lo relativo a los planes reguladores.
• Ley 833, de Construcciones: promulgada desde el año 1949. Es la ley que determina toda la normativa legal para levantar todo tipo de construcciones. Se complementa con el Reglamento de Construcciones del año 1983.
3. Propuesta
La propuesta consiste básicamente en
ampliar
CAPÍTULO VII
Reglamento de uso y zonificación
Este es el verdadero instrumento que siendo
producto del presente plan podrá incidir significativamente en el ordenamiento
territorial de la franja ZMT y áreas adyacentes que contempla el mismo. Para
ello es indispensable su correspondiente publicación en
El Reglamento de Zonificación es el instrumento técnico y legal en donde se dictan las reglas del juego en cuanto a la cantidad y calidad de la infraestructura y servicio de índole turístico-recreativo que potencialmente se van a desarrollar en este sector costero.
Complementan este reglamento todas las normas legales y reglamentarias que no se le opongan sobre desarrollo urbano y turístico, además de aquellas regulaciones que dicte el Concejo Municipal de Santa Cruz. También se incorporan a este reglamento, todas aquellas normas establecidas para la construcción de edificios.
Artículo 1º—Objetivos.
• Proteger y conservar todos los recursos naturales del área de estudio.
• Establecer un adecuado control del desarrollo de las futuras construcciones que se produzcan en el área de estudio.
• Favorecer el desarrollo de las comunidades vecinas, incorporándose a recibir los beneficios de la actividad turística.
Artículo 2º—Definiciones.
a) Concesionario
Persona jurídica, física o moral que posee
derecho de concesión en
b) Infraestructura.
Servicios e instalaciones de carácter urbano, tales como vías, drenajes, acueductos, alcantarillados, electricidad, teléfono y otros similares.
c) Concesión
Contrato público entre
d) Densidad neta
Es la relación de los habitantes divida por la superficie total del terreno ocupado, descontando previamente las áreas viales.
e) Acceso
Vía pública que da frente a una propiedad.
f) Zona Pública
Es la franja de los 50 metros inalienable,
establecida por
g) Área de Protección:
Terrenos que corresponden a las áreas inmediatas a las inmediatas a las riberas de quebradas, ríos y manglares, las cuales deben ser protegidas.
h) Zona Turística de Usos
Múltiples.
Área reservada para la construcción
de instalaciones de hospedajes (hoteles, cabinas, cabañas, albergues, bares, restaurantes,
boutiques, etc.)
i) Zona de Vialidad.
Son las vías de comunicación terrestre que permiten el acceso a las instalaciones y servicios del área, así como a los estacionamientos.
Artículo 3º—Normas generales del uso del suelo.
3.1 Regulaciones generales:
Estas regulaciones de carácter general,
están dadas con base en las limitantes abióticas y bióticas de la franja a
regula y que influyen en la asignación de los usos. Por la topografía del área
no se propone ninguna nueva vía y se recomienda para el desplazamiento interno,
vías mínimas de 4 metros de ancho para ser usadas por carros tipo golf. Se
evitara al máximo la eliminación de la vegetación y remoción de unidades cuyo
diámetro sea superior a 30 centímetros, considerados como árboles por
Estos drenajes naturales deben ser protegidos y en los casos que se requiere deben ser reforestados.
Se mejorará la condición de la vegetación, utilizando especies autóctonas que den frutos y flores, que sirvan de doble propósito, embellecimiento y de alimento.
a) Permisos de construcción, patentes y visados:
Toda construcción debe tener los planos
oficiales visados por el CFIA, el Ministerio de Salud, ICT y
De igual manera, no se concederán patentes o permisos de uso a cualquier inmueble en que el uso solicitado no concuerde con la zonificación o el reglamento. El otorgamiento de patentes debe tener previo permiso del ICT. Y estas deben otorgarse a concesionarios vigentes a quienes se les ha autorizado proyectos turísticos recreativos, comerciales y otros que ameriten dicha patente.
b) Solicitud de concesiones:
El interesado o solicitante a concesión
deberá acatar los requisitos que se establecen en el reglamento y
Además deberán cumplir todas las normas
relativas para este tipo de proyectos establecidos en
Artículo 4º—Regulaciones.
4.1 Zonificación
Para efectos del presente reglamento, y siguiendo el esquema del PCR de Tamarindo vigente, el área de estudio quedará divida en distintas zonas o áreas, a saber:
• Zona Pública (ZP):
es la franja de los 50 mts. Inalienable, establecida por la ley de
• Área de Protección (AP): terrenos que corresponden a las áreas inmediatas a las riberas de manglares, ríos o quebradas, los cuales deben de ser protegidos para evitar la erosión y derrumbes que causen daños mayores.
• Zona de Turística de Usos Múltiples (ZTM): área reservada para la construcción de instalaciones de hospedaje (hoteles, viviendas turísticas: apartamentos, cabinas y cabañas; albergues, etc.) y gastronomía dirigidos al turismo local, nacional e internacional.
• Zona de Vialidad (ZV): incluye los espacios de estacionamiento requeridos en la franja regulada y las vías de comunicación terrestre, que permiten el acceso a las instalaciones y servicios de la zona.
Artículo 5º—Zona pública (ZP).
a) Propósito.
b) Localización. Se ubica a todo lo largo del litoral, entre los mojones 99 y 91
c) Usos permitidos. Los usos permitidos son únicamente los senderos y la reforestación.
d) Usos condicionales. No se permite ningún uso condicional.
e) Usos conflictivos. Todos excepto los senderos y el de reforestación.
f) Concesiones. No se permiten conseciones
Artículo 6º—Zonas de protección.
a) Propósito. El propósito es el de preservar las áreas aledañas a los drenajes naturales.
b) Localización. Se localizan a las orillas de los dos drenajes naturales en el área de ampliación, entre los mojones 98 y 99
c) Usos permitidos. Solo se permite el uso de reforestación.
d) Uso condicional. No se permite ningún uso condicional.
e) Usos conflictivos. Todos excepto los de reforestación.
f) Concesiones. No se permiten concesiones en esta zona.
Artículo 7º—Zona turística de usos múltiples (ZTM)
a) Propósito. Permitir la construcción de servicios e instalaciones vinculadas al sector turístico, dentro de una gama variada de facilidades.
b) Localización. Se localiza entre los mojones 92 al 98.
c) Usos permitidos. Se permitirán los hoteles, cabinas, restaurante, bar, discotecas, cafeterías, tiendas, boutiques, sodas, ventas de artesanías, oficinas profesionales, bienes y raíces, artículos deportivos, supermercados, panaderías, heladerías, bancos, gimnasios, áreas deportivas.
d) Uso condicional. No se permite ningún uso condicional.
e) Usos conflictivos. Todos excepto los puntos permitidos
f) Concesiones.
Se permiten las concesiones de acuerdo a
g) Requisitos.
1- cobertura máxima 60%
2- retiro frontal 6 metros
3- retiro lateral y posterior 3 metros
4- número de pisos 2 pisos
5- altura máxima del techo 10 metros
6- lote mínimo 20000 metros cuadrados
Artículo 8º—Sanciones. Se aplicaran las mismas sanciones apuntadas en el plan regulador vigente.
La contravención de las normas del presente reglamento se sancionara de la siguiente manera.
a)
b) Se aplicaran además todas las sanciones civiles y penales contempladas en las leyes correspondientes. Serán acreedores a dichas sanciones, tanto los infractores como los funcionarios responsables del incumplimiento de este reglamento que consienten en la violación del mismo.
Artículo 9º—Modificación del Reglamento y
Vigencia. Las modificaciones y variantes que se deseen introducir al presente
reglamento, se someterá al criterio técnico del ICT y la tramitación prevista
en el artículo 17 de
Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y queda derogada toda disposición municipal anterior que se oponga a sus normas.
Para ver la imagen solo en
Santa Cruz, Guanacaste, 10 de abril del 2008.—Doris Viales Viales, Secretaria del Concejo.—1 vez.—(43992).
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
REMATE Nº 01-2008
Listado de mercancías que se rematarán en
Boleta Nº 1. Consignatario: Ignorado, sin cédula, descripción: cabezal y carreta, fue imposible determinar su marca, modelo, numero de motor, año, color azul, totalmente desmantelado, sin vidrios, asientos, cielo, puertas, espejos retrovisores, palancas de cambio, cobertores silvines, direccionales, bumper, parrilla, panel de control, totalmente incompleto, al motor le faltan gran cantidad de piezas, posee solo una llanta, totalmente desecha, a los ejes le faltan algunos tambores, barra de transmisiones, el tornamesa su estado es de desecho. Base: ¢750.000,00.
Boleta Nº 2. Consignatario: Ignorado, sin cédula, descripción: Un Chasis muy oxidado, algo retorcido, con motor y caja de cambios, diferencial trasero y delantero, posee tres de sus llantas esta cubierto por maleza Base: ¢20.000,00.
La subasta es pública teniendo acceso cualquier particular. Para ser postor
es indispensable depositar en concepto de anticipo y mediante cheque
certificado a favor de
Las personas interesadas en participar en la subasta podrán observar las mercancías dentro del plazo de tres días previos a su realización. Las mercancías se venderán en las condiciones en que se encuentren a la fecha de la venta y el adjudicatario no tendrá derecho a reclamaciones posteriores en contra del Servicio Aduanero.
Lic. Desiderio Soto Sequeiro, Director General.—María E. Jiménez Arce, Gerente Aduana Paso Canoas.—1 vez.—(Solicitud 9234).—C-19820.—(44932).
REMATE Nº 02-2008
Listado de mercancías que se rematarán en
Boleta Nº 1. Consignatario: Ignorado, sin cédula, descripción: Chapulín pequeño, fue imposible determinar su marca, modelo, numero de motor, año, totalmente deteriorado, sin llaves. Base: ¢5.000,00.
La subasta es pública teniendo acceso cualquier particular. Para ser postor
es indispensable depositar en concepto de anticipo y mediante cheque
certificado a favor de
Las personas interesadas en participar en la subasta podrán observar las mercancías dentro del plazo de tres días previos a su realización. Las mercancías se venderán en las condiciones en que se encuentren a la fecha de la venta y el adjudicatario no tendrá derecho a reclamaciones posteriores en contra del Servicio Aduanero.
Lic. Desiderio Soto Sequeiro, Director General.—María E. Jiménez Arce, Gerente Aduana Paso Canoas.—1 vez.—(Solicitud Nº 9229).—C-15620.—(44933).
SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS
REMATE Nº 22
Detalle de mercancías que se rematarán en subasta
pública, en forma individual, en
Depositario Aduanero: Cariari S. A.
Código: 121 Cédula jurídica: 3-101-03351433.
Dirección: Frente Mall Cariari, San Antonio de Belén.
Boleta Nº 02-121-2007: Cantidad: 01 vehículo marca Toyota Pick up año 1985, JT4RN55R1F007672, color café, 04 cilindros, 2360 cc, transmisión mecánica, 02 pasajeras, 02 puertas, tracción sencilla, sumamente herrumbrado, en mal estado. Consignatario: Jorge Carvajal. Base: ¢236.289,75 colones.
Boleta Nº 03-121-2007: Cantidad: 01 carrocería marca Honda, estilo Civic, año 2000, color azul, serie 1HGEM1150YL018200, color azul, 02 puertas, sin motor, sin accesorios, solamente carrocería, sin asientos delanteros. Consignatario: Carlos Corella. Base: ¢432.582,85 colones.
Boleta Nº 07-121-2007: Cantidad: 01 vehículo marca toyota 4 Runner limited, año 1999, color negro gasolina, 06 cilindros, 3400 cc, transmisión automática, 05 pasajeros, 04 puertas, serie JT3HN87128X9024953, traccion doble, a/c, D/H, vidrios y espejos eléctricos, carro chocado, tapicería en mal estado. Consignatario: Carlos Corella. Base: ¢1.410.596,00 colones.
Boleta Nº 09-121-2007: Cantidad: 01 vehículo marca Toyota Previa LE, año, 1991, color gris, serie JT3AC12R5M0004472, gasolina, 06 cilindros, 244 cc, transmisión automática, 7 pasajeros, 03 puertas, tracción sencilla, a/c, d/c, vidrios y espejos eléctricos, sunroof manual, chocada la parte delantera. Consignatario: Fernando Vargas. Base: ¢432.582,85 colones.
Boleta Nº 10-121-2007: Cantidad: 01 vehículo marca Chevrolet estilo, Taxi, año 2005, color rojo, serie 3GISES1X24S161038, 04 cilindros, 1600 cc, transmisión mecánica, 05 pasajeros, 04 puertas, aire ac. D/H, Buen estado. Consignatario: Disexport Internacional S. A.. Base: ¢2.219.022,00 colones.
Boleta Nº 11-121-2007: Cantidad: 01 motocicleta, marca Yamaha estilo XT, montañera, año 1997, blanco con azul, serie JYA4BEE03VA0455764BE. Consignatario: José Mardoce S. A. Base: ¢435.750,00 colones.
Boleta Nº 12-121-2007: Cantidad: 01 motocicleta, marca Piaggio, estilo FR Scooter, color gris, serie ZAPC0700000007393. Consignatario: Roberto llari. Base: ¢139.242,40 colones.
Boleta Nº 13-121-2007: Cantidad: 01 motocicleta, marca Piaggio, estilo PX 125 E, color blanca, serie IHM3884SDGM16772OMVNX2T, 125CC. Consignatario: Ditta Papini. Base: ¢75.675,25 colones.
Boleta Nº 17-121-2006: Cantidad: 01 vehículo marca Nissan estilo Sentra, GXE año 1997, gasolina, 04 cilindros 1600 cc, transmisión automática, 05 pasajeros, 04 puertas, tracción sencilla, A/C, D/H, vidrios eléctricos. Golpeado parte delantera sin parabrisas. Consignatario: Fernando Vargas. Base: ¢494.380,00 colones.
Boleta Nº 19-121-2006: Cantidad: 01 vehiculo marca GEO, estilo metro LSI, año 1995, serie 2CIMR2290S6764694, color morado, gasolina, transmisión automática, 02 puertas, completamente destruido. Consignatario: Fernando Vargas. Base: ¢236.289,75 colones.
Boleta Nº 20-121-2007: Cantidad: 01 vehículo marca Hyunday, estilo accent, año 1997, 04 cilindros, 1500 cc, transmisión automática, 05 pasajeros, 04 puertas, despedazado, en mal estado. Consignatario: Fernando Vargas. Base: ¢236.284,75 colones.
Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate no está incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo Depositario Aduanero.
Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a
favor de
Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.
Las mercancías serán subastadas de forma individual, las personas interesadas en participar en la subasta, podrán observarlas o inspeccionarlas dentro del plazo de tres días previos a la realización del remate, siendo vendidas en las condiciones en que se encuentren a la fecha de la venta, y el adjudicatario no tendrá derechos a reclamos posteriores en contra del Servicio Nacional de Aduanas.
Para mayor información consultar al Depositario Aduanero donde se
encuentran las mercancías y
A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.
Lic. Desiderio Soto Sequeira, Director General
de Aduanas.—1 vez.—(Solicitud Nº 09238).—C-53480.—(43797).
Detalle de mercancías que se rematarán en subasta pública en forma
individual en
Depositario Aduanero: Zona Portuaria
JAPDEVA-LIMÓN,
Código P-002
Dirección: Instalaciones Portuarias, Limón Centro
Boleta Nº: 66-2007, Consignatario: Desconocido. Descripción: vehículo, marca: Audi 4000. Modelo: 4000. Año: 1984. Carrocería: Sedán. Color: blanco. Serie: WAUBA0818EA089866, puertas: 02, techo: duro. Combustible: gasolina. Transmisión: Manual, pasajeros: 05, centímetros cúbicos: 1800, tracción: 4x2. Cilindros: 04. Fecha: Desconocida. Movimiento: Sin movimiento. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢76.715,86. Estado: Mal estado. Ubicación: Zona Portuaria, código P-002.
Boleta Nº 67-2007, Consignatario: Desconocido. Descripción: vehículo, marca: Mitsubishi. Estilo: Mirage, modelo: STD. Año: 1991. Carrocería: sedán. Color: blanco. Serie: JA3CU24A2MU065817, puertas: 2. Combustible: gasolina. Transmisión: Automática, pasajeros: 05, centímetros cúbicos: 1500, tracción: 4x2, Cabina: sencilla. Fecha: Desconocida. Movimiento: Sin movimiento .Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢265.172,59. Estado: Regular. Ubicación: Zona Portuaria, código P-002.
Boleta Nº: 68-2007, Consignatario: Desconocido. Descripción: vehículo, marca: Toyota. Estilo: Celica. Modelo: GT. Año: 1983. Carrocería: Sedán. Color: blanco. Serie: JT2RA64L6D0000210, puertas: 2, techo: duro. Combustible: gasolina. Transmisión: Manual, pasajeros: 05, centímetros cúbicos: 2400, tracción: 4x2, Fecha: Desconocida. Movimiento: Sin movimiento. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢76.670,63. Estado: Mal estado. Ubicación: Zona Portuaria, código P-002.
Boleta Nº: 69-2007, Consignatario: Desconocido. Descripción: vehículo, marca: Geo Estilo: Tracker. Modelo: STD. Año: 1992. Carrocería: Wagón. Color: azul. Serie: 2CNBJ18U4N6921215, puertas: 02. Techo: duro. Combustible: gasolina. Transmisión: Manual, pasajeros: 04, centímetros cúbicos: 1600, tracción: 4x4. Cabina: sencilla. Fecha: Desconocida. Movimiento: Sin movimiento. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢189.965,34. Estado: Mal estado. Ubicación: Zona Portuaria, código P-002.
Boleta Nº: 70-2007, Consignatario: Desconocido. Descripción: vehículo, marca: Isuzu Pup. Modelo: STD. Año: 1986. Carrocería: Sedan. Color: verde. Serie: JAABL14L0G0705540, puertas: 2, techo: duro. Combustible: gasolina. Transmisión: Manual, pasajeros: 02, centímetros cúbicos: 2300, tracción: 4x2, Fecha: Desconocida. Movimiento: Sin movimiento. Cabina: sencilla. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢76.592,71. Estado: Mal estado. Ubicación: Zona Portuaria, código P-002.
Boleta Nº: 71-2007, Consignatario: Desconocido. Descripción: vehículo, marca: Honda. Modelo: Accord. Modelo: LX. Año: 1988. Carrocería: sedán. Color: gris. Serie: 1HGCA5630JA018584, puertas: 4, techo: duro. Combustible: gasolina. Transmisión: Automática, pasajeros: 05, centímetros cúbicos: 2000. Cabina: sencilla. Tracción: 4x2, Fecha: Desconocida. Movimiento: Sin movimiento. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢89.171,30. Estado: Mal estado. Ubicación: Zona Portuaria, código P-002.
Boleta Nº: 72-2007, Consignatario: Desconocido. Descripción: vehículo, marca: Nissan Estilo: Sentra. Modelo: XE. Año: 1994. Carrocería: sedán. Color: Vino, Serie: 1N4EB32A5RC766699, puertas: 02, techo: duro. Combustible: gasolina. Transmisión: Manual, pasajeros: 05, centímetros cúbicos: 1600, tracción: sencilla, Fecha: Desconocida. Movimiento: Sin movimiento. Cabina: sencilla. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢218.574,55. Estado: Mal estado. Ubicación: Zona Portuaria, código P-002.
Boleta Nº: 73-2007, Consignatario: Desconocido. Descripción: vehículo, marca: BMW. Estilo: 318I. Año: 1985. Carrocería: sedán. Color: gris. Serie: WBAAK7405F8770509. Puertas: 2, techo: duro. Combustible: gasolina. Transmisión: Manual, pasajeros: 05, centímetros cúbicos: 1800, tracción: Sencilla. Cabina: Sencilla. Fecha: Desconocida. Movimiento: Sin movimiento .Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢118.852,81. Estado: Mal estado. Ubicación: Zona Portuaria, código P-002.
Boleta Nº: 74-2007, Consignatario: Desconocido. Descripción: vehículo, marca: Nissan. Estilo: 200SX. Año: 1997. Carrocería: sedán. Color: rojo. Serie: 1N4AB42D0VC506123, puertas: 2, techo: duro. Combustible: gasolina. Transmisión: Automática, pasajeros: 05, centímetros cúbicos: 1600, tracción: Sencilla. Cabina: sencilla Fecha: Desconocida. Movimiento: Sin movimiento. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢391.403,70. Estado: Mal estado. Ubicación: Zona Portuaria, código P-002.
Boleta Nº: 75-2007, Consignatario: Desconocido. Descripción: vehículo, marca: Mitsubishi. Estilo: Montero. Año: 1990. Carrocería: wagón. Color: gris. Serie: JA4GJ31S1LJ011384, puertas: 04, techo: duro. Combustible: gasolina. Transmisión: Manual, pasajeros: 05, centímetros cúbicos: 3000, tracción: 4X4, Fecha: Desconocida. Movimiento: Sin movimiento. Cabina: sencilla. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢230.015,85. Estado: Mal estado. Ubicación: Zona Portuaria, código P-002.
Boleta Nº: 76-2007, Consignatario: Desconocido. Descripción: vehículo, marca: Pontiac. Estilo: Grand AM. Modelo: LE. Año: 1985. Carrocería: Coupe. Color: vino. Serie: IG2NV27L3FC723386, puertas: 2, techo: duro. Combustible: gasolina. Transmisión: automática, pasajeros: 05, centímetros cúbicos: 3000, tracción: 4X2, Fecha: Desconocida. Movimiento: Sin movimiento. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢114.436,85. Estado: Mal estado. Ubicación: Zona Portuaria, código P-002
Boleta Nº: 77-2007, Consignatario: Desconocido. Descripción: vehículo, marca: Isuzu. Estilo: Impulse, Modelo: STD, Año: 1987. Color: blanco. Carrocería: Coupe. Serie: JABAR07F2H0901101, puertas: 2, techo: duro. Combustible: gasolina. Transmisión: sencilla, pasajeros: 05, centímetros cúbicos: 2000, tracción: 4X2, Fecha: Desconocida. Movimiento: Sin movimiento. Cabina: sencilla. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢96.029,11. Estado: Mal estado. Ubicación: Zona Portuaria, código P-002.
Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular, no podrán
participar las personas que establece el artículo 73, párrafo segundo de
Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a
favor de
Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres días previos a la realización del remate.
Para mayor información consultar al Depositario Aduanero donde se
encuentran las mercancías y a
A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.
Lic. Desiderio Soto Sequeira, Director General
de Aduanas.—Lic. Luis Salazar Herrera, Subgerente Aduana de Limón.—1
vez.—(Solicitud Nº 9232).—C-64700.—(44338).
Depositario Aduanero: Zona Portuaria
JAPDEVA-LIMÓN,
Código P-003
Dirección:
Instalaciones Portuarias, Limón Moín
Detalle de mercancías que se rematarán en subasta
pública en forma individual en
Boleta Nº: 78-2007, Consignatario: Desconocido. Descripción: Cuadraciclo. Marca: Honda. Estilo: 200SX. Modelo: TRX200SX. Año: 1988. Color: rojo. Serie: 54321NR, puertas: 02, techo: duro. Combustible: gasolina. Transmisión: Manual, pasajeros: 02, Cilindros: 200, tracción: 4X2, Fecha: Desconocida. Movimiento: sin movimiento. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢19.037,59 Estado: mal estado. Ubicación: Zona Portuaria, código P-003.
Boleta Nº: 79-2007, Consignatario: Desconocido. Descripción: Motocicleta, marca: Honda, Sha Dow. Estilo: Omega 750, AT 3000. Modelo: RC50E2113799. Año: 2005. Color: azul. Serie: JH2RC50395M105682. Combustible: gasolina. Pasajeros: 2. Cilindros: 750, tracción: 2X2, Fecha: Desconocida. Movimiento: Sin movimiento. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢873.689,21. Estado: regular estado. Ubicación: Zona Portuaria, código P-003.
Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular, no podrán
participar las personas que establece el artículo 73, párrafo segundo de
Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a
favor de
Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres días previos a la realización del remate.
Para mayor información consultar al Depositario Aduanero donde se
encuentran las mercancías y a
A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.
Lic. Desiderio Soto Sequeira, Director General de Aduanas.—Lic. Luis Salazar Herrera, Subgerente Aduana de Limón.—1 vez.—(Solicitud Nº 9231).—C-24440.—(44339).
Detalle de mercancías que se rematarán en subasta pública en forma
individual en
Depositario Aduanero: Flogar S. A., Código 151, Cédula
Jurídica 3-101035777-28, Dirección: Carretera Saopín,
frente a la entrada de Villa del Mar II, entre
predio de Cobal y Talleres de Standard
Boleta Nº: 80-2007, Consignatario: Desconocido. Descripción: vehículo. Marca: Toyota. Estilo: Celica. Modelo: GT. Año: 1986. Carrocería: sedán. Color: gris. Serie: JT2ST64L3G7069735, puertas: 02 techo: duro. Combustible: gasolina. Transmisión: Automática. Pasajeros: 05, centímetros cúbicos: 2000, tracción: 4x2. Cabina: sencilla. Fecha: 17/03/999. Documento: 994446. Movimiento: 01. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢106.425,96. Estado: malo. Ubicación: Flogar, código A-151.
Boleta Nº: 81-2007, Consignatario: Desconocido. Descripción: vehículo. Marca: Hyundai. Estilo: Elantra. Modelo: GLS. Año: 2000. Carrocería: sedán. Color: blanco. Serie: KMHJF35F4YU962013, puertas: 04, techo: duro. Combustible: gasolina. Transmisión: manual. Pasajeros: 05, centímetros cúbicos: 2000, tracción: sencilla. Cabina: Sencilla. Fecha: 09/07/2004. Documento: 2412023. Movimiento: 11. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢387.937,60. Estado: malo. Ubicación: Flogar, código A-151
Boleta Nº: 82-2007, Consignatario: Desconocido. Descripción: vehículo marca: Toyota. Estilo: Pick Up. Modelo: SR 5. Año: 1986. Carrocería: extra cabina. Color: blanco. Serie: JT4RN67S6G0002672, puertas: 02, techo: duro. Combustible: gasolina. Transmisión: Manual. Pasajeros: 02, centímetros cúbicos: 2400, tracción: 4X4. Cabina: Extra. Fecha: 05/11/1994. Documento: 94011. Movimiento: 01. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢116.725,11. Estado: malo. Ubicación: Flogar, código A-151.
Boleta Nº: 83-2007, Consignatario: Vernon Méndez. Descripción: vehículo, marca: Toyota. Estilo: Pick Up. Modelo: STD. Carrocería. cam-pu. Año: 1988. Color: Azul. Serie: JT4VN63C8J0017789, puertas: 02, techo: duro. Combustible: gasolina. Transmisión: manual, pasajeros: 02, centímetros cúbicos: 3000, tracción: 4X4. Cabina: sencilla. Fecha: 19/01/2000. Documento: 20987. Movimiento: 01. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢172.621,82. Estado: Malo. Ubicación: Flogar, código A-151.
Boleta Nº: 84-2007, Consignatario: Desire Micherlange. Descripción: vehículo, marca: Toyota. Estilo: Corolla. Modelo: DLX. Año: 1987. Carrocería: sedán. Color: blanco. Serie: JT2AE82E7H3481008, puertas: 04, techo: duro. Combustible: gasolina. Transmisión: manual, pasajeros: 05, centímetros cúbicos: 1600, tracción: 4X2, Fecha: 04/06/2004. Documento: 249788. Movimiento: 07. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢109.860,33. Estado: malo. Ubicación: Flogar, código A-151.
Boleta Nº: 85-2007, Consignatario: Willi & Wandar S. A. Descripción: vehículo, marca: Toyota. Estilo: Tercel. Modelo: EZ. Año: 1990. Carrocería: sedán. Color: rojo. Serie: JT2EL36M0L0496892. Puertas: 02, techo: duro. Combustible: gasolina. Transmisión: manual, pasajeros: 05, centímetros cúbicos: 1500, tracción: 4X2, Fecha: 19/01/2000. Documento: 9835124. Movimiento: 02. Fuente: Cartica. Bultos: 01. Base: ¢98.415,06. Estado: malo. Ubicación: Flogar, código A-151.
Se informa que el costo por concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no esta incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse directamente con el respectivo depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso cualquier particular, no podrán
participar las personas que establece el artículo 73, párrafo segundo de
Para ser postor es indispensable depositar mediante cheque certificado a
favor de
Las condiciones son estrictamente de contado, debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser inspeccionadas tres días previos a la realización del remate.
Para mayor información consultar al Depositario Aduanero donde se
encuentran las mercancías y a
A los interesados en las mercancías que necesiten permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.
Lic. Desiderio Soto Sequeira, Director General
de Aduanas.—Lic. Luis Salazar Herrera, Subgerente Aduana de Limón.—1
vez.—(Solicitud Nº 9233).—C-42920.—(44340).
REMATE PÚBLICO 001-2008
Remate público de vehículo
Placa |
Carrocería |
Marca |
Chasis |
Motor |
Año |
Precio base |
TSE 95 |
Microbús |
Toyota-HIACE |
LH1140021561 |
2L3974490 |
1996 |
¢2.750.000,00 |
Proveeduría.—Lic. Allan Herrera Herrera, Proveedor a. í.—1 vez.—(O. P. Nº 760-2008).—C-12560.—(44332).
SUPERINTENDENCIA GENERAL DE ENTIDADES FINANCIERAS
SUGEF-A-008.—Superintendencia General de Entidades Financieras.—Despacho del Superintendente General de Entidades Financieras, a las nueve horas del 29 de abril del 2008.
Considerando que:
1. Que de conformidad con el
Artículo 6 del Acuerdo SUGEF 1-05 “Reglamento para
2. Los Lineamientos Generales del Acuerdo SUGEF 1-05, en lo que respecta al análisis de la capacidad de pago de los deudores, establecen que el flujo de caja proyectado debe incluir el servicio de las obligaciones financieras ya contraídas, así como las obligaciones por contraer de acuerdo a los requerimientos de la misma proyección de fondos. En la práctica, existen dudas respecto la forma como deben considerarse las líneas de crédito aprobadas y no desembolsadas, por lo que resulta pertinente incluir una aclaración en dichos Lineamientos Generales.
3. El saldo total adeudado, según el artículo 2 del Acuerdo SUGEF 1-05, se define como la suma de saldo de principal directo o contingente, intereses, otros productos y cuentas por cobrar asociados a una operación crediticia. Por otra parte, el Artículo 12 del mismo Acuerdo establece que, la estimación es igual al saldo total adeudado de cada operación crediticia menos el valor ajustado ponderado de la correspondiente garantía, multiplicado el monto resultante por el porcentaje de estimación que corresponda a la categoría de riesgo del deudor o del codeudor con la categoría de menor riesgo. En la aplicación de estas disposiciones, se han presentado dudas respecto a cómo debe procederse en el caso de proyectos de construcción con desembolsos contra avance de obra, por lo que resulta pertinente incluir una aclaración en los Lineamientos Generales del Acuerdo SUGEF 1-05. Esencialmente, debe darse un tratamiento uniforme al saldo total adeudado y a la garantía ofrecida por el deudor, de manera que si la parte no girada de la facilidad crediticia se incluye en el saldo total adeudado de la operación, el mitigador debe calcularse sobre la base del valor estimado de finalización del proyecto.
Dispone:
Aprobar las siguientes modificaciones a los
Lineamientos Generales del Acuerdo SUGEF 1-05 “Reglamento sobre
A. Modificar el literal c) del numeral 1
-Flujo de caja proyectado- del apartado A –Flujos de caja proyectados y
análisis de la situación financiera (persona jurídica), de
[…]
c) El flujo de caja proyectado debe incluir el servicio de las obligaciones financieras ya desembolsadas, así como las nuevas obligaciones bajo estudio de acuerdo a los requerimientos de la misma proyección de fondos. Las líneas de crédito aprobadas y no desembolsadas pueden incluirse en el flujo de caja proyectado, cuando en el expediente exista información sobre la certeza de su uso en caso de ser necesario.
En el caso de líneas de crédito revolutivas, el flujo de caja proyectado debe mostrar tanto los repagos como los nuevos desembolsos de las mismas, sustentado en un análisis de antigüedad de cuentas por cobrar, obsolescencia de inventarios y otros activos relevantes para el giro del negocio.
[…]
B. Modificar el apartado D -Valor
ajustado de la garantía- de
“D. Valor ajustado de la garantía
Para la determinación del valor ajustado de la garantía, primero se multiplica el valor de mercado de la garantía por el porcentaje de aceptación, y del monto resultante se deducen los gravámenes de mayor prelación.
En un proyecto de construcción donde el saldo sujeto a estimación se computa por el monto total aprobado a una cierta fecha (Cuenta 619 “Créditos Pendientes de desembolsar” más Cuenta 130 “Cartera de Créditos”, del Plan de Cuentas para Entidades Financieras), más los productos y cuentas por cobrar asociadas con la operación crediticia (138 “ Cuentas y productos por cobrar asociados a cartera de créditos”, del Plan de Cuentas para Entidades Financieras), el valor de mercado de la garantía corresponde al valor estimado final del proyecto, determinado por un perito.
Cuando en estos proyectos la entidad suspenda el desembolso de fondos, el valor de mercado de la garantía será el valor determinado por el perito de acuerdo al informe de avance de obra, y el saldo total adeudado, corresponderá al monto desembolsado pendiente de cancelación (Cuenta 130 “Cartera de Créditos” del Plan de Cuentas para Entidades Financieras), más los productos y cuentas por cobrar asociadas con la operación crediticia (138 “ Cuentas y productos por cobrar asociados a cartera de créditos”, del Plan de Cuentas para Entidades Financieras).”
Rige a partir de su publicación en el Diario
Oficial
Óscar Rodríguez Ulloa, Superintendente General.—1 vez.—(42636).
AGENCIA EN CARMONA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Por este medio se hace del conocimiento publico, que se esta solicitando reposición por extravío del cheque de gerencia Nº 81-0 del Banco Nacional de Costa Rica, Agencia en Carmona Guanacaste, a nombre de Gladis Ugarte Briceño. Oposiciones en el término de ley.
Lic. Rafael Campos Quirós, Notario.—Nº 32417.—(42006).
VICERRECTORÍA EJECUTIVA
DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESTUDIANTILES
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Guillermo Azmitia Barranco, de nacionalidad guatemalteca, pasaporte N° 000207790, ha solicitado reconocimiento y equiparación del Título de Pedagogo con Orientación en Administración y Evaluación Educativa, obtenido en Universidad Rafael Landivar. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a esta Dirección, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Sabanilla, 5 de mayo del 2008.—Comisión de Reconocimiento de Estudios.—Lic. Sandra Chaves, Coordinadora a. í.—(41802).
VICERRECTORÍA VIDA ESTUDIANTIL Y SERVICIOS ACADÉMICOS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El Comité Institucional para el Reconocimiento y Equiparación de Títulos y
Grados (CIRE), en uso de sus facultades estipuladas en el Reglamento para el
Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos y el artículo N° 6 de
ACUERDA:
1. Reconocer el título presentado de Bachiller en Ciencias de
2. No reconocer el grado académico de Licenciatura.
3. Equiparar el título de Bachiller de Ciencias en Ingeniería otorgado por University of Central Florida por el de Ingeniero en Construcción que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.
4. Equiparar el grado de bachiller al de Bachillerato Universitario que otorga el Instituto Tecnológico de Costa Rica.
Acuerdo firme.
Cartago, 29 de abril del 2008.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives Brenes, Director.—(Solicitud Nº 14435).—C-35660.—(41314).
Ante el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, se ha presentado el Ing. Manuel Alejandro Méndez Flores, cédula de identidad Nº 111130022, carné de estudiante 9904722, a solicitar reposición de su título de Ingeniero en Producción Industrial, Grado Académico: Licenciatura, según consta en el Libro Oficial de Graduados Tomo 4, Acta Nº 159, página 43, Registro Nº PIL2005021, Graduación efectuada el 8 de setiembre de 2005, el cual se extravió. Se publica este edicto para recibir oposiciones a esta reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de esta publicación.
Cartago, 5 de mayo del 2008.—Departamento de Admisión y Registro.—MBA. William Vives
Brenes, Director.—(Solicitud Nº 14438).—C-25760.—(41315).
SECRETARÍA DE ACTAS
Lic. Hannia Ureña Ureña, Secretaria Junta Directiva, certifica: Que en el acta de la sesión ordinaria de Junta Directiva # 5515, artículo 5, inciso XV, celebrada el día 08 de abril del 2008, consta el acuerdo SJD-204-2008 que textualmente dice:
“
1. Que regular la actividad de casinos de juego, implica necesariamente, que deben existir autorizaciones administrativas previas para la operación de esos establecimientos, y que quienes no estén autorizados no podrán ni operar ni utilizar dicha denominación.
2. Que
3. Que
4. Que la actividad indicada puede generar gran cantidad de recursos al Erario Público, sin embargo, su ejercicio puede ser inadecuado, llegando hasta distorsionarse y con ello, afectar la moral y las buenas costumbres, en perjuicio de la colectividad.
5. Que la ludopatía se
reconoce desde 1980 por
6. Que en Costa Rica la mayor parte de los casinos se encuentran instalados en hoteles, pues se parte de la convicción de que funcionan como un servicio complementario para los turistas que se hospedan en ellos. Asimismo, es clara la tendencia de que funcionen con mayor frecuencia en hoteles de más estrellas y de más habitaciones.
7. Que
Se acuerda:
1) Advertir a las empresas hoteleras con declaratoria turística vigente otorgada por el Instituto Costarricense de Turismo que cuenten con un casino autorizado como servicio complementario a su hotel y a las dependencias competentes para aplicar la normativa que regula la actividad de casinos que:
a) En virtud del artículo 8 de
b) Que el Reglamento
que regula la concesión de patentes y permisos de funcionamiento de Casinos,
Decreto Ejecutivo N° 25228 del 27 de mayo de 1996 publicado en
c) Que el Reglamento
de las Empresas y Actividades Turísticas, Decreto Ejecutivo Nº 25226-MEIC-TUR
de 15 de marzo de 1996, publicado en
d) Que el ya citado Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas establece en su artículo 16 que el incumplimiento por parte de la empresa declarada turística de cualquiera de las obligaciones establecidas en él, la hará acreedora de las sanciones descritas en el numeral, incluida la eventual cancelación de su declaratoria turística, misma que de darse, será comunicada a los organismos oficiales correspondientes.
e) Que dado lo expuesto anteriormente, se establece como directriz institucional que el incumplimiento de cualquiera de las normas vigentes que regulen la actividad de casinos, será considerada a su vez, como un incumplimiento de las obligaciones del régimen de la declaratoria turística, al tenor de lo establecido en el inciso a) del artículo 13 del Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas.
f) Como consecuencia de la presente directriz, se solicita a todas las dependencias encargadas de velar por la debida observancia de la normativa aplicable a los casinos, informar a este Instituto sobre los incumplimientos a ésta por parte de las empresas hoteleras declaradas turísticas que cuenten con un casino autorizado como servicio complementario a su hotel. Tales incumplimientos deberán haber sido comprobados mediante resolución final en firme emitida por el órgano competente, según sea el caso.
2) Instruir a
Acuerdo firme”
Se extiende la presente a solicitud del Departamento Administrativo del Instituto Costarricense de Turismo, el día 25 de abril del año 2008.
Lic. Hannia Ureña Ureña, Secretaria Junta Directiva.—1 vez.—(O. C. Nº 17617).—C-55460.—(43872).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a: Luis Enrique Lobo Rojas y a quien
interese, que la señora Shirley Patricia Ovares Castro, presentó ante este
Despacho, solicitud de salida del país, para su hijo Jossebelt Leandro Lobo
Ovares, con destino a Miami y Orlando, Estados Unidos, para el mes de julio del
año en curso, por desconocer el paradero del padre. Para la audiencia oral de
recepción de manifestación de la persona menor de edad, se señalan las 8:30
horas del 22 de mayo del 2008. Se le hace saber a las partes, que cuentan con
un plazo de ocho días hábiles para oponer excepciones y ofrecer la prueba que
considere pertinente. Contra esta resolución procede el recurso de apelación,
el que se interpondrá en el plazo de tres días hábiles posteriores a la
notificación, ante este Órgano Director quien lo elevará ante
Se comunica a la señora Carmen Lidia Araya Salas que en
Al señor José Evelio Obando Ramos, se le comunica que la señora María Bonilla Rodríguez, conocida como Leticia Bonilla Rodríguez, ha solicitado autorización de salida del país de sus hijos Donald Gardy Obando Bonilla y Heylin Pamela Obando Bonilla, con el objetivo de viajar a Nicaragua. Por lo que se le concede el plazo de ocho días a partir de la última publicación para que se pronuncie al respecto. Asimismo, quien tenga interés o pueda manifestar su oposición o asentimiento y señalar lugar o medio para oír notificaciones en el expediente administrativo. Una vez vencido el mismo, se procederá a resolver la presente solicitud.—Oficina Local de Cañas, seis de mayo del dos mil ocho.—Lic. Dinnia María Marín Vega.—(43210).
Se le comunica al señor Javier Antonio Quesada Carballo de la solicitud de salida del país, de Alexandra Quesada Pereira, interpuesta ante esta Institución por la señora Laura Pereira Gamboa, se le concede un plazo de tres días después de la segunda publicación, para que la conteste u ofrezca la prueba que estime pertinente en apoyo de sus intereses, según resolución inicial de las 14 horas del 14 de mayo del 2008. El expediente formado, está a disposición de las partes legitimadas. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el solo transcurso de 24 horas después de dictadas.— Oficina Local de Guadalupe, 14 de mayo del 2008.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—(44561).
JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES
DEL MAGISTERIO NACIONAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Se hace saber que Polanco Cortes Jorge Luis cédula, 1-1341-613 ha presentado solicitud de pensión por sucesión a su favor, de quien en vida fue Pérez Solera Elvia, cédula 6-039-237. Se cita y emplaza a los posibles beneficiarios con mejor derecho, para que dentro del plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de este aviso, concurran a hacer valer sus derechos a las oficinas centrales, sitas en esta ciudad, avenida 8, calles 21 y 23.—San José, 2 de abril del 2008.—Lic. Alice Arguedas Porras, Secretaria de Junta Directiva.—(40745).
AVISO
Con fundamento en el Decreto Ejecutivo Nº 21384-S
en su artículo 15, Reglamento para
San José, 7 de mayo del 2008.—Rolando Rodríguez Aguirre, Subadministrador de Cementerios.—1 vez.—(42311).
CRUZ ROJA COSTARRICENSE
CONSEJO NACIONAL DE
CRUZ ROJA COSTARRICENSE
Por disposición del Consejo Nacional mediante
acuerdos V-31 de la sesión ordinaria 06/2008, de fecha 05 de abril del 2008,
ratificado en la sesión ordinaria 07/2008 del 19 de abril del 2008 y el acuerdo
firme número VII-1 de la sesión ordinaria 08/2008 del 03 de mayo del 2008 de
Se celebrará la asamblea general extraordinaria en primera convocatoria a
las ocho horas, en el caso de no completarse el quórum estatutario a la hora
señalada se celebrará la asamblea válidamente en segunda convocatoria una hora
después del mismo día y en el mismo lugar indicado, con la asistencia de un
mínimo de cincuenta asociados presentes, lo anterior de conformidad con los
artículos veintisiete incisos a) y b), veintiocho y veintinueve inciso a) del Estatuto
de
A) Elección de los puestos vacantes en el Tribunal de Ética y Disciplina por el resto del periodo hasta marzo del dos mil once.
B) Reforma parcial a los
estatutos de
Artículo 18.—Para ser admitido como asociado
activo, el interesado debe hacer la solicitud por escrito, utilizando las
fórmulas de ingreso impresas al efecto, dirigida al Consejo Nacional, por medio
de
Sección IV: Procedimiento para el conocimiento de denuncias, solicitudes de expulsión y desafiliación.
Artículo 22.—El procedimiento para el conocimiento
de oficio y por denuncia ante actuaciones u omisiones de asociados sancionados
con expulsión: Se sancionará con expulsión, a los asociados activos que
incurran en las causales señaladas en los incisos a), b), c), d), g) y h) del
artículo 21. Para investigar la posible comisión de las causales indicadas, así
como para sancionarlas en caso de tenerse por demostradas, se seguirá el
siguiente procedimiento, a) Toda denuncia contra un asociado deberá ser
presentada ante
Artículo 23.—El procedimiento para el conocimiento de pérdida de la
condición de asociado por causales de mera constatación, desafiliaciones
voluntarias y desafiliación obligatoria: A) Desafiliación por causal de mera
constatación: Se sancionará con desafiliación por tres años, a los asociados
activos que incurran en la causal señalada en el inciso f) del artículo 21.
Para constatar la posible comisión de la causal indicada así como para
sancionarla en caso de tenerse por demostrada, se seguirá el siguiente
procedimiento.
Artículo 52.—De los poderes de
ACUERDO DE SESIÓN MUNICIPAL
El Concejo Municipal de Desamparados acuerda por unanimidad y en firme
1. Aprobar y publicar en el Diario
Oficial
2. Aplicar el Manual de Valores Base Unitarios por Tipología Constructiva, los respectivos métodos de depreciación según la tipología constructiva, las tablas de depreciación de construcciones realizadas por Ross y Heidecke vigentes para todo el territorio nacional.
3. Aplicar el programa de Valoración suministrado por el Órgano de Normalización Técnica, para guiar, fiscalizar y dirigir los procesos de declaración, fiscalización y valoración.
4. Autorizar a la
señora Alcaldesa Municipal para hacer los trámites de publicación en el Diario
Oficial
MATRICES DEL MAPA DE VALORES DE TERRENO POR ZONAS HOMOGÉNEAS
CUADRO N° 1
MATRIZ DE ZONAS HOMOGÉNEAS
MAPA DE VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS
PROVINCIA 01 SAN JOSÉ, CANTÓN 03 DESAMPARADOS, DISTRITO 01 DESAMPARADOS
ZONA |
103 01-U01 |
103 01-U02 |
103 01-U03 |
103 01-U04 |
103 01-U05 |
103 01-U06 |
103 01-U07 |
103 01-U8 |
103 01-U09 |
NOMBRE |
Loto |
Palo Verde |
Cruz Roja |
La Fortuna I |
La Fortuna II |
Centro |
Villa |
El Carmen |
Mega Súper |
COLOR |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
VALOR ¢/m2 |
61 000 |
66 000 |
111 000 |
61 000 |
61 000 |
166 000 |
83 000 |
44 000 |
83 000 |
ÁREA (m2) |
70,00 |
240,00 |
180,00 |
180,00 |
200,00 |
220,00 |
200,00 |
300,00 |
210,00 |
FRENTE (m) |
7,00 |
10,00 |
10,00 |
10,00 |
10,00 |
12,00 |
8,00 |
10,00 |
10,00 |
REGULARIDAD |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
TIPO DE VÍA |
4 |
4 |
2 |
4 |
4 |
1 |
3 |
4 |
3 |
PENDIENTE % |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
SERVICIOS 1 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
NIVEL |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
VC02 |
VC04 |
|
VC04 |
VC04 |
|
|
VC03 |
|
TIPO DE COMERCIO |
|
|
C03 |
|
|
C05 |
C02 |
|
C02 |
UBICACIÓN |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
HIDROLOGÍA |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Simbología: 103 01 - U01
1: Provincia San José, 03: Cantón Desamparados, 01: Desamparados, U 01: Zona Homogénea urbana número uno del distrito.
U: Urbano. La numeración del 01 al 15 se refiere a la cantidad de zonas del distrito, 15 urbanas.
Fecha: Febrero de 2008.
Nota: El Mapa de Valores de Terrenos por Zonas
Homogéneas que dio origen a esta matriz se encuentra en la oficina de Bienes
Inmuebles de
CUADRO N° 2
MATRIZ
DE ZONAS HOMOGÉNEAS
MAPA DE
VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS
PROVINCIA 01 SAN JOSÉ, CANTÓN 03 DESAMPARADOS, DISTRITO 01 DESAMPARADOS
ZONA |
103 01-U10 |
103 01-U11 |
103 01-U12 |
103 01-U13 |
103 01-U14 |
103 01-U15 |
NOMBRE |
Cucubres |
San Esteban Rey |
Contadores |
Monte Claro |
San Jerónimo |
Lagar |
COLOR |
|
|
|
|
|
|
VALOR ¢/m2 |
44 000 |
28 000 |
44 000 |
61 000 |
83 000 |
127 000 |
ÁREA (m2) |
120,00 |
110,00 |
80,00 |
290,00 |
140,00 |
180,00 |
FRENTE (m) |
7,00 |
6,00 |
7,00 |
12,00 |
8,00 |
7,00 |
REGULARIDAD |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
TIPO DE VÍA |
4 |
4 |
4 |
4 |
3 |
2 |
PENDIENTE % |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
SERVICIOS 1 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
NIVEL |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
VC03 |
VC02 |
VC01 |
VC04 |
|
|
TIPO DE COMERCIO |
|
|
|
|
C02 |
C04 |
UBICACIÓN |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
HIDROLOGÍA |
|
|
|
|
|
|
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
|
|
|
|
|
|
Simbología: 103 01 - U01
1: Provincia San José, 03: Cantón Desamparados, 01: Desamparados, U 01: Zona Homogénea urbana número uno del distrito.
U: Urbano. La numeración del 01 al 15 se refiere a la cantidad de zonas del distrito.
Fecha: Febrero de 2008.
Nota: El Mapa de Valores de Terrenos por Zonas
Homogéneas que dio origen a esta matriz se encuentra en la oficina de Bienes
Inmuebles de
CUADRO N° 3
MATRIZ
DE ZONAS HOMOGÉNEAS
MAPA DE
VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS
PROVINCIA 01 SAN JOSÉ, CANTÓN 03 DESAMPARADOS, DISTRITO 02 SAN MIGUEL
ZONA |
103 02-U01 |
103 02-U02 |
103 02-U03 |
103 02-R04 |
103 02-U04 |
103 02-R05 |
103 02- U05 |
|
NOMBRE |
San Miguel |
San Martín |
La Capri |
El Llano |
Jericó |
|||
Finca Lote |
Finca Lote |
|||||||
COLOR |
|
|
|
|
|
|
|
|
VALOR ¢/m2 |
44 000 |
33 000 |
33 000 |
800 |
17 000 |
500 |
11 000 |
|
ÁREA (m2) |
300,00 |
180,00 |
140,00 |
15 000,00 |
130,00 |
15 000,00 |
240,00 |
|
FRENTE (m) |
10,00 |
10,00 |
7,00 |
70,00 |
6,00 |
70,00 |
10,00 |
|
REGULARIDAD |
1 |
1 |
1 |
0.85 |
1 |
0.85 |
1 |
|
TIPO DE VÍA |
3 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
|
PENDIENTE % |
0 |
0 |
0 |
25 |
0 |
40 |
0 |
|
SERVICIOS 1 |
1 |
4 |
4 |
1 |
4 |
1 |
1 |
|
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
|
NIVEL |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
|
TIPO DE RESIDENCIAL |
|
VC02 |
VC02 |
|
VC02 |
|
VC02 |
|
TIPO DE COMERCIO |
C01 |
|
|
|
|
|
|
|
UBICACIÓN |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
|
HIDROLOGÍA |
|
|
|
4 |
|
4 |
|
|
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
|
|
|
VI |
|
|
VI |
|
Simbología: 103 02 - U01
1: Provincia San José, 03: Cantón Desamparados, 02: San Miguel, U 01: Zona Homogénea urbana número uno del distrito.
U: Urbano. R: Rural. La numeración del 01 al 05 se refiere a la cantidad de zonas del distrito, 3 urbanas y 2 rurales.
Fecha: Febrero de 2008.
Nota: El Mapa de Valores de Terrenos por Zonas
Homogéneas que dio origen a esta matriz se encuentra en la oficina de Bienes
Inmuebles de
CUADRO N° 4
MATRIZ
DE ZONAS HOMOGÉNEAS
MAPA DE
VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS
PROVINCIA 01 SAN JOSÉ, CANTÓN 03 DESAMPARADOS, DISTRITO 03 SAN JUAN DE DIOS
ZONA |
103 03-U01 |
103 03R02 |
103 03-U02 |
103 03-U03 |
103 03-U04 |
103 03-U05 |
103 03-U06 |
NOMBRE |
Calle Pedrito Monje |
El Boquerón |
Calle Común |
Itaipú |
San Juan de Dios |
Sibujú |
|
Finca |
Lote |
|
|
|
|
||
COLOR |
|
|
|
|
|
|
|
VALOR ¢/m2 |
33 000 |
600 |
28 000 |
22 000 |
39 000 |
44 000 |
39 000 |
ÁREA (m2) |
140,00 |
10 000,00 |
140,00 |
180,00 |
140,00 |
120,00 |
130,00 |
FRENTE (m) |
8,00 |
30,00 |
8,00 |
8,00 |
8,00 |
6,00 |
7,00 |
REGULARIDAD |
1 |
0.85 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
TIPO DE VÍA |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
3 |
4 |
PENDIENTE % |
0 |
10 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
SERVICIOS 1 |
4 |
1 |
1 |
1 |
4 |
1 |
4 |
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
NIVEL |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
VC03 |
|
VC01 |
VC01 |
VC03 |
|
VC03 |
TIPO DE COMERCIO |
|
|
|
|
|
C01 |
|
UBICACIÓN |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
HIDROLOGÍA |
|
4 |
|
|
|
|
|
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
|
VI |
|
|
|
|
|
Simbología: 103 03 - U01
1: Provincia San José, 03: Cantón Desamparados, 03: San Juan de Dios, U 01: Zona Homogénea urbana número uno del distrito.
U: Urbano. R: Rural. La numeración del 01 al 06 se refiere a la cantidad de zonas del distrito, 5 urbanas y 1 rural.
Fecha: Febrero de 2008.
Nota: El Mapa de Valores de Terrenos por Zonas
Homogéneas que dio origen a esta matriz se encuentra en la oficina de Bienes
Inmuebles de
CUADRO N° 5
MATRIZ DE ZONAS HOMOGÉNEAS
MAPA DE VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS
PROVINCIA 01 SAN JOSÉ, CANTÓN 03 DESAMPARADOS, DISTRITO 04 SAN RAFAEL ARRIBA
ZONA |
103 04-U01 |
103 04-U02 |
103 04-U03 |
103 04-R04 |
103 04-U04 |
NOMBRE |
La Guaria |
San Rafael Arriba |
Higuerón |
Calle Lajas |
|
Finca |
Lote |
||||
COLOR |
|
|
|
|
|
VALOR ¢/m2 |
33 000 |
66 000 |
33 000 |
1 100 |
22 000 |
ÁREA (m2) |
130,00 |
180,00 |
130,00 |
10,000 |
130,00 |
FRENTE (m) |
8,00 |
7,00 |
8,00 |
30,00 |
7,00 |
REGULARIDAD |
1 |
1 |
1 |
0.85 |
1 |
TIPO DE VÍA |
4 |
3 |
4 |
4 |
4 |
PENDIENTE |
0 |
0 |
0 |
10 |
0 |
SERVICIOS 1 |
4 |
4 |
4 |
1 |
4 |
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
NIVEL |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
VC03 |
|
VC03 |
|
VC02 |
TIPO DE COMERCIO |
|
C02 |
|
|
|
UBICACIÓN |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
HIDROLOGÍA |
|
|
|
4 |
|
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
|
|
|
VI |
|
Simbología: 103 04 - U01
1: Provincia San José, 03: Cantón Desamparados, 04: San Rafael Arriba, U 01: Zona Homogénea urbana número uno del distrito.
U: Urbano. R: Rural. La numeración del 01 al 04 se refiere a la cantidad de zonas del distrito, 3 urbanas y 1 rural.
Fecha: Febrero de 2008.
Nota: El Mapa de Valores de Terrenos por Zonas
Homogéneas que dio origen a esta matriz se encuentra en la oficina de Bienes
Inmuebles de
CUADRO N° 6
MATRIZ
DE ZONAS HOMOGÉNEAS
MAPA DE
VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS
PROVINCIA 01 SAN JOSÉ, CANTÓN 03 DESAMPARADOS, DISTRITO 05 SAN ANTONIO
ZONA |
103 05-U01 |
103 05-U02 |
103 05-U03 |
103 05-U04 |
103 05-U05 |
103 05-U06 |
103 05-U07 |
103 05-U08 |
NOMBRE |
Damas |
Cruz Roja |
La Constancia |
Cementerio |
San Antonio |
Centro |
Calle Trejos |
Plazoleta |
COLOR |
|
|
|
|
|
|
|
|
VALOR ¢/m2 |
55 000 |
111 000 |
55 000 |
61 000 |
72 000 |
61 000 |
44 000 |
50 000 |
ÁREA (m2) |
220,00 |
180,00 |
210,00 |
180,00 |
220,00 |
180,00 |
120,00 |
120,00 |
FRENTE (m) |
10,00 |
10,00 |
10,00 |
10,00 |
10,00 |
10,00 |
10,00 |
7,00 |
REGULARIDAD |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
TIPO DE VÍA |
5 |
2 |
4 |
4 |
3 |
4 |
4 |
4 |
PENDIENTE |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
SERVICIOS 1 |
1 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
NIVEL |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
VC01 |
|
VC02 |
VC04 |
|
VC03 |
VC02 |
VC02 |
TIPO DE COMERCIO |
|
C03 |
|
|
C02 |
|
|
|
UBICACIÓN |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
HIDROLOGÍA |
|
|
|
|
|
|
|
|
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
|
|
|
|
|
|
|
|
Simbología: 103 05 - U01
1: Provincia San José, 03: Cantón Desamparados, 05: San Antonio, U 01: Zona Homogénea urbana número uno del distrito.
U: Urbano. La numeración del 01 al 08 se refiere a la cantidad de zonas del distrito, 8 urbanas.
Fecha: Febrero de 2008.
Nota: El Mapa de Valores de Terrenos por Zonas
Homogéneas que dio origen a esta matriz se encuentra en la oficina de Bienes
Inmuebles de
CUADRO N° 7
MATRIZ
DE ZONAS HOMOGÉNEAS
MAPA DE
VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS
PROVINCIA 01 SAN JOSÉ, CANTÓN 03 DESAMPARADOS, DISTRITO 06 FRAILES
ZONA |
103 06-R01 |
103 06-U01 |
103 06-U02 |
|
NOMBRE |
Frailes |
Centro |
||
Finca |
Lote |
Lote |
||
COLOR |
|
|
||
VALOR ¢/m2 |
800 |
6 000 |
13 000 |
|
ÁREA (m2) |
15 000,00 |
320,00 |
160,00 |
|
FRENTE (m) |
70,00 |
9,00 |
10,00 |
|
REGULARIDAD |
0.85 |
1 |
1 |
|
TIPO DE VÍA |
4 |
4 |
4 |
|
PENDIENTE % |
30 |
0 |
0 |
|
SERVICIOS 1 |
1 |
1 |
4 |
|
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
16 |
|
NIVEL |
0 |
0 |
0 |
|
TIPO DE RESIDENCIAL |
|
VC03 |
VC03 |
|
TIPO DE COMERCIO |
|
|
|
|
UBICACIÓN |
5 |
5 |
5 |
|
HIDROLOGÍA |
4 |
|
|
|
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
VII |
|
|
|
|
|
|
|
Simbología: 103 06 - U01
1: Provincia San José, 03: Cantón Desamparados, 06: Frailes, U 01: Zona Homogénea urbana número uno del distrito.
U: Urbano. R: Rural. La numeración de la 01 a la 02 se refiere a la cantidad de zonas del distrito, 1 urbana y 1 rural.
Fecha: Febrero de 2008.
Nota: El Mapa de Valores de Terrenos por Zonas
Homogéneas que dio origen a esta matriz se encuentra en la oficina de Bienes Inmuebles
de
CUADRO N° 8
MATRIZ DE ZONAS HOMOGÉNEAS
MAPA DE VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS
PROVINCIA 01 SAN JOSÉ, CANTÓN 03 DESAMPARADOS, DISTRITO 07 PATARRÁ
ZONA |
103 07-R01 |
103 07-U02 |
103 07-U03 |
103 07-R04 |
|
NOMBRE |
Carpintera |
Los Alpes |
Patarrá |
Lomas Salitral |
|
Finca |
Lote |
|
|
||
COLOR |
|
|
|
|
|
VALOR ¢/m² |
500 |
6 000 |
16 000 |
33 000 |
1 600 |
ÁREA (m2) |
15 000,00 |
220,00 |
140,00 |
160,00 |
15 000,00 |
FRENTE (m) |
70,00 |
10,00 |
7,50 |
10,00 |
50,00 |
REGULARIDAD |
0.85 |
1 |
1 |
1 |
0.85 |
TIPO DE VÍA |
5 |
5 |
4 |
4 |
5 |
PENDIENTE % |
35 |
0 |
0 |
0 |
35 |
SERVICIOS 1 |
1 |
1 |
4 |
1 |
1 |
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
NIVEL |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
|
VC01 |
VC01 |
VC03 |
VC02 |
TIPO DE COMERCIO |
|
|
|
|
|
UBICACIÓN |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
HIDROLOGÍA |
4 |
|
|
|
4 |
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
VI |
|
|
|
VI |
Simbología: 103 07 - U01
1: Provincia San José, 03: Cantón Desamparados, 07: Patarrá, U 01: Zona Homogénea urbana número uno del distrito.
U: Urbano. R: Rural. La numeración del 01 al 04 se refiere a la cantidad de zonas del distrito, 2 urbanas y 2 rurales. Fecha: Febrero del 2008.
Nota: El Mapa de Valores de Terrenos por Zonas
Homogéneas que dio origen a esta matriz se encuentra en la oficina de Bienes
Inmuebles de
CUADRO N° 9
MATRIZ
DE ZONAS HOMOGÉNEAS
MAPA DE
VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS
PROVINCIA 01 SAN JOSÉ, CANTÓN 03 DESAMPARADOS, DISTRITO 08 SAN CRISTÓBAL
ZONA |
103 08-R01 |
103 08-U02 |
103 08-U03 |
|
NOMBRE |
San Cristóbal |
San Cristóbal Norte |
Terranova |
|
Finca |
Lote |
|
|
|
COLOR |
|
|
|
|
VALOR ¢/m² |
700 |
6 000 |
9 000 |
11 000 |
ÁREA (m2) |
15 000,00 |
360,00 |
300,00 |
200,00 |
FRENTE (m) |
40,00 |
12,00 |
10,00 |
10,00 |
REGULARIDAD |
0.85 |
1 |
1 |
1 |
TIPO DE VÍA |
4 |
4 |
4 |
4 |
PENDIENTE % |
25 |
0 |
0 |
0 |
SERVICIOS 1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
16 |
16 |
NIVEL |
0 |
0 |
0 |
0 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
|
VC02 |
VC02 |
VC02 |
TIPO DE COMERCIO |
|
|
|
|
UBICACIÓN |
5 |
5 |
5 |
5 |
HIDROLOGÍA |
4 |
|
|
|
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
VI |
|
|
|
Simbología: 103 08 - U01
1: Provincia San José, 03: Cantón Desamparados, 08: San Cristóbal, U 01: Zona Homogénea urbana número uno del distrito.
U: Urbano. R: Rural. La numeración del 01 al 03 se refiere a la cantidad de zonas del distrito, 2 urbanas y 1 rural.
Fecha: Febrero del 2008.
Nota: En la oficina de Bienes Inmuebles de
CUADRO N° 10
MATRIZ
DE ZONAS HOMOGÉNEAS
MAPA DE
VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS
PROVINCIA 01 SAN JOSÉ, CANTÓN 03 DESAMPARADOS, DISTRITO 09 ROSARIO
ZONA |
103 09-R01 |
103 09-U02 |
|
|
NOMBRE |
Rosario |
Centro |
|
|
Finca |
Lote |
|
|
|
COLOR |
|
|
|
|
VALOR ¢/m² |
900 |
3 500 |
14 000 |
|
ÁREA (m2) |
15 000,00 |
1 000,00 |
160,00 |
|
FRENTE (m) |
50,00 |
20,00 |
12,00 |
|
REGULARIDAD |
0.85 |
0.90 |
1 |
|
TIPO DE VÍA |
4 |
4 |
4 |
|
PENDIENTE % |
30 |
5 |
0 |
|
SERVICIOS 1 |
1 |
1 |
1 |
|
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
16 |
|
NIVEL |
0 |
0 |
0 |
|
TIPO DE RESIDENCIAL |
|
VC02 |
VC02 |
|
TIPO DE COMERCIO |
|
|
|
|
UBICACIÓN |
5 |
5 |
5 |
|
HIDROLOGÍA |
4 |
|
|
|
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
VI |
|
|
|
Simbología: 103 09 - U01
1: Provincia San José, 03: Cantón Desamparados, 09: Rosario, U 01: Zona Homogénea urbana número uno del distrito.
U: Urbano. R: Rural. La numeración de la 01 a la 02 se refiere a la cantidad de zonas del distrito, 1 urbana y 1 rural.
Fecha: Febrero de 2008.
Nota: El Mapa de Valores de Terrenos por Zonas Homogéneas que dio origen a esta matriz se encuentra en la oficina
de Bienes Inmuebles de
CUADRO N° 11
MATRIZ
DE ZONAS HOMOGÉNEAS
MAPA DE
VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS
PROVINCIA 01 SAN JOSÉ, CANTÓN 03 DESAMPARADOS, DISTRITO 10 DAMAS
ZONA |
103 10-U01 |
103 10-U02 |
103 10-R03 |
NOMBRE |
Dos Cercas |
Fátima |
Lomas Salitral |
COLOR |
|
|
|
VALOR ¢/m² |
44 000 |
44 000 |
1 700 |
ÁREA (m2) |
90,00 |
160,00 |
15 000,00 |
FRENTE (m) |
6,00 |
10,00 |
50,00 |
REGULARIDAD |
1 |
1 |
0.85 |
TIPO DE VÍA |
4 |
4 |
5 |
PENDIENTE % |
0 |
0 |
35 |
SERVICIOS 1 |
4 |
4 |
1 |
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
16 |
NIVEL |
0 |
0 |
0 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
VC01 |
VC03 |
|
TIPO DE COMERCIO |
|
|
|
UBICACIÓN |
5 |
5 |
5 |
HIDROLOGÍA |
|
|
4 |
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
|
|
VI |
Simbología: 103 10 - U01
1: Provincia San José, 03: Cantón Desamparados, 10: Damas, U 01: Zona Homogénea urbana número uno del distrito.
U: Urbano. R: Rural. La numeración del 01 al 03 se refiere a la cantidad de zonas del distrito, 2 urbanas y 1 rural.
Fecha: Febrero de 2008.
Nota: El Mapa de Valores de Terrenos por Zonas
Homogéneas que dio origen a esta matriz se encuentra en la oficina de Bienes
Inmuebles de
CUADRO N° 12
MATRIZ
DE ZONAS HOMOGÉNEAS
MAPA DE
VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS
PROVINCIA 01 SAN JOSÉ, CANTÓN 03 DESAMPARADOS, DISTRITO 11 SAN RAFAEL ABAJO
ZONA |
103 11-U01 |
103 11-U02 |
103 11-U03 |
103 11-U04 |
103 11-U05 |
103 11-U06 |
NOMBRE |
Mónaco |
Valencia |
Santa Cecilia |
Los Frutales |
Estructura Jiménez |
San Rafael Abajo |
COLOR |
|
|
|
|
|
|
VALOR ¢/m² |
22 000 |
44 000 |
39 000 |
28 000 |
33 000 |
66 000 |
ÁREA (m2) |
100,00 |
120,00 |
130,00 |
130,00 |
200,00 |
330,00 |
FRENTE (m) |
7,00 |
7,00 |
8,00 |
9,00 |
10,00 |
10,00 |
REGULARIDAD |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
1 |
TIPO DE VÍA |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
3 |
PENDIENTE % |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
SERVICIOS 1 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
4 |
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
NIVEL |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
VC01 |
VC03 |
VC02 |
VC01 |
VC02 |
|
TIPO DE COMERCIO |
|
|
|
|
|
C02 |
UBICACIÓN |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
HIDROLOGÍA |
|
|
|
|
|
|
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
|
|
|
|
|
|
Simbología: 103 11 - U01
1: Provincia San José, 03: Cantón Desamparados, 11: San Rafael Abajo, U 01: Zona Homogénea urbana número uno del distrito.
U: Urbano. R: Rural. La numeración del 01 al 06 se refiere a la cantidad de zonas del distrito, 6 urbanas.
Fecha: Febrero del 2008.
Nota: El Mapa de Valores de Terrenos por Zonas
Homogéneas que dio origen a esta matriz se encuentra en la oficina de Bienes
Inmuebles de
CUADRO N° 13
MATRIZ
DE ZONAS HOMOGÉNEAS
MAPA DE
VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS
PROVINCIA 01 SAN JOSÉ, CANTÓN 03 DESAMPARADOS, DISTRITO 12 GRAVILIAS
ZONA |
103 12-U01 |
103 12-R02 |
103 12-U03 |
103 12-U04 |
103 12-U05 |
103 12-U06 |
NOMBRE |
Porvenir |
Lomas Salitral |
Las Cascadas |
Mega Súper |
La Fortuna |
Gravilias |
COLOR |
|
|
|
|
|
|
VALOR ¢/m² |
55 000 |
1 700 |
50 000 |
83 000 |
61 000 |
83 000 |
ÁREA (m2) |
170,00 |
15 000,00 |
290,00 |
210,00 |
200,00 |
200,00 |
FRENTE (m) |
9,00 |
50,00 |
8,00 |
10,00 |
10,00 |
10,00 |
REGULARIDAD |
1 |
0.85 |
1 |
1 |
1 |
1 |
TIPO DE VÍA |
4 |
5 |
4 |
3 |
4 |
3 |
PENDIENTE % |
0 |
35 |
0 |
0 |
0 |
0 |
SERVICIOS 1 |
4 |
1 |
4 |
4 |
4 |
4 |
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
16 |
NIVEL |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
0 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
VC03 |
|
VC04 |
|
VC04 |
VC04 |
TIPO DE COMERCIO |
|
|
|
C02 |
|
|
UBICACIÓN |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
5 |
HIDROLOGÍA |
|
4 |
|
|
|
|
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
|
VI |
|
|
|
|
Simbología: 103 12 - U01
1: Provincia San José, 03: Cantón Desamparados, 12: Gravilias, U 01: Zona Homogénea urbana número uno del distrito.
U: Urbano. R: Rural. La numeración del 01 al 06 se refiere a la cantidad de zonas del distrito, 5 urbanas y 1 rural.
Fecha: Febrero de 2008.
Nota: El Mapa de Valores de Terrenos por Zonas
Homogéneas que dio origen a esta matriz se encuentra en la oficina de Bienes
Inmuebles de
CUADRO N° 14
MATRIZ
DE ZONAS HOMOGÉNEAS
MAPA DE
VALORES DE TERRENOS POR ZONAS HOMOGÉNEAS
PROVINCIA 01 SAN JOSÉ, CANTÓN 03 DESAMPARADOS, DISTRITO 13 LOS GUIDO
ZONA |
103 13-R01 |
103 13-U02 |
NOMBRE |
Lomas Salitral |
Los Guido |
Color |
|
|
VALOR ¢/m² |
1 700 |
11 000 |
ÁREA (m2) |
15 000,00 |
150,00 |
FRENTE (m) |
50,00 |
9,00 |
REGULARIDAD |
0.85 |
1 |
TIPO DE VÍA |
5 |
4 |
PENDIENTE % |
35 |
0 |
SERVICIOS 1 |
1 |
4 |
SERVICIOS 2 |
16 |
16 |
NIVEL |
0 |
0 |
TIPO DE RESIDENCIAL |
|
VC01 |
TIPO DE COMERCIO |
|
|
UBICACIÓN |
5 |
5 |
HIDROLOGÍA |
4 |
|
CAP. USO DE LAS TIERRAS |
VI |
|
Simbología: 103 13 - U01
1: Provincia San José, 03: Cantón Desamparados, 13: Los Guido, U 01: Zona Homogénea urbana número uno del distrito.
U: Urbano. R: Rural. La numeración de la 01 a la 02 se refiere a la cantidad de zonas del distrito, urbana y 1 rural.
Fecha: Febrero de 2008.
Nota: El Mapa de Valores de Terrenos por Zonas
Homogéneas que dio origen a esta matriz se encuentra en la oficina de Bienes Inmuebles
de
Los mapas originales de valores zonales de
terrenos de los distritos 01 Desamparados, 02 San Miguel, 03 San Juan de Dios,
04 San Rafael Arriba, 05 San Antonio, 06 Frailes, 07 Patarrá, 08 San Cristóbal,
09 Rosario, 10 Damas, 11 San Rafael Abajo, 12 Gravilias y 13 Los Guido del
cantón de Desamparados, se encuentran a disposición del público en general en
Rige a partir de su publicación.
Desamparados, 8 de mayo del 2008.—Maureen Fallas Fallas, Alcaldesa Municipal.—Unidad de Bienes y Servicios.—Guillermo Azofeifa Cascante, Coordinador.—1 vez.—(42215).
CONCURSO EXTERNO 06-2008
El Departamento de Recursos Humanos recibirá
ofertas para llenar
Guarda Nocturno en el Cementerio de San Pablo de Heredia
Requisitos Generales:
1- Fotografía resiente.
2- Hoja de delincuencia al día.
3- Fotocopia de cédula de identidad.
4- Experiencia en el puesto, comprobado mediante certificaciones o cartas de recomendación.
5- Poseer permiso de portación de armas vigente, expendido por el Ministerio de Seguridad Pública.
6- Presentar Certificado Médico-Psiquiátrico en donde se le autoriza a portar armas de fuego.
CONCURSO EXTERNO 07-2008
El Departamento de Recursos Humanos recibirá
ofertas para llenar
Encargado del Centro Cultural de San Pablo de Heredia
Requisitos Generales:
1- Fotografía resiente.
2- Hoja de delincuencia al día.
3- Fotocopia de cédula de identidad.
4- Bachiller en Educación Diversificada.
5- De 6 meses a 1 año de experiencia atinente al cargo.
6- Habilidad para expresar ideas, sentido de orden, actitud positiva ante el cambio, actitud para interactuar con otras personas, discreción, iniciativa, orientación hacia el logro, capacidad para trabajar en equipo, sentido de urgencia.
7- Disponibilidad para colaborar con la limpieza y atención de actividades.
Capacitación deseable:
Manejo del paquete de computo básico (Microsoft Office y Windows)
Servicio al cliente.
Relaciones Humanas. Ética en el servicio público.
CONCURSO EXTERNO 08-2008
El Departamento de Recursos Humanos recibirá ofertas para llenar la plaza de:
Encargado Desarrollo Urbano
Requisitos Generales:
1- Fotografía reciente.
2- Hoja de delincuencia al día.
3- Fotocopia de cédula de identidad.
4- Licenciatura en una carrera a fin con la especialidad del cargo.
5- De seis meses a un año de experiencia en actividades afines al puesto.
6- Capacidad para trabajar bajo presión, habilidad para analizar, expresar y redactar ideas, amplitud de criterio, dinámico y con iniciativa, sentido de orden, actitud positiva ante el cambio, capacidad de negociación, discreto e innovador.
Capacitación deseable:
Manejo de paquetes de cómputo.
Servicio al cliente.
Relaciones humanas.
Legislación general.
Mejoramiento de la calidad.
El período para recibir ofertas cierra el día 27 de mayo del 2008, a las 02.00 p.m.
Para entrega de Curriculum con el señor Jorge J. Slon Jaikel. Jefe de Recursos Humanos.
Teléfonos 2238-18-82, 2261-6226 ó 2238-3356 ext. 101.
San Pablo de Heredia, 13 de mayo del 2008.—Recursos Humanos.—Jorge Slon Jaikel, Jefe.—1 vez.—(O. C. Nº 15397).—C-33680.—(43989).
ÁREA DE SERVICIOS PÚBLICOS
Se les comunica a los propietarios de las siguientes fincas que se encuentran ubicadas en el cantón de Belén, que cuentan con 5 días hábiles para limpiar sus propiedades según los artículos 75 y 76 del Código Municipal, de no ser así se procederá de oficio a contratar la limpieza de los mismos y generar el cobro por dicho trabajo:
Vásquez y Bendaña S. A. Finca: 77695 (¢41.706,16); Alicia Acuña Morales. Finca: 77847 (¢13.500,00); Lotkay S. A. Finca: 68540 (¢47.463,48); Aldana Muñoz Ruberman. Finca: 94928 (¢33.285,32); Silvia Elena Fernández Lacayo. Finca: 94105 (¢33.480,00); Maximiliano Navarro Alfaro. Finca: 94107 (¢33.480,00); Mohammed Islam Khan. Finca: 94109 (¢33.480,00); José María Campos Sevilla. Finca: 90942 (¢23.250,00); Agencia de Aduanas Regio. Finca: 75653 (¢37.200,00); Redhe Alwan Kamal. Finca: 94149 (¢36.598,98); Chian Chi Kou. Finca: (¢41.934,32); Chih Sheng Kou. Finca: 103584 (¢47.885,70). Boga KBU Sociedad Anónima. Finca: 71301 (¢63.298,90).
Lic. Luis Carlos Chaves, Director.—1 vez.—(O. C. Nº 24782).—C-10580.—(42897).
PLAYA DULCE VIDA SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Playa Dulce Vida S. A., a realizarse en las oficinas del Lic. Luis E. Hernández Aguilar, en Barrio Luján, el día 15 de junio del 2008, a las 10 horas, a efecto de reformar los estatutos en cuanto a la distribución del capital social preferente. De no haber quórum a la hora señalada, se realizará una hora después con los socios presentes.—Glenn Jampol, Presidente.—1 vez.—Nº 33955.—(44613).
CONDOMINIO RESIDENCIAL VERTICAL PACÍFICO COLONIAL
Asamblea general ordinaria y extraordinaria de Condominio Residencial Vertical Pacífico Colonial, cédula jurídica 3-109-436503, aviso de convocatoria general ordinaria y extraordinaria, para ser celebrada, en primera convocatoria, en las instalaciones de los condominios Pacífico Colonial específicamente en la unidad número 3 norte. Sita en Manuel Antonio, Quepos, Aguirre, de la provincia de Puntarenas, al ser las once de la mañana del día 12 de junio del 2008. Si no se completa el quórum necesario en primera convocatoria, la segunda convocatoria procederá a realizarse a las doce medio día del mismo día y en el mismo lugar de la primera.
AGENDA
1. Confirmación del quórum y apertura de la asamblea.
2. Reporte del administrador acerca de sus funciones.
3. Discusión y aprobación del presupuesto del condominio.
4. Elección del administrador del condominio.
5. Discusión y votación de asuntos varios con respecto a la administración del condominio.
Aaron Lee Stull, Administrador.—1 vez.—(44910).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
SUPER MEDIA SOCIEDAD ANÓNIMA
Súper Media Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-177306, comunica que se le ha solicitado, por motivo de extravío, la reposición de los cien certificados de acciones, con un valor nominal de mil colones cada uno, que representan la totalidad del capital social de la compañía. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición dentro del término que la ley establece. Las oposiciones podrán ser dirigidas a las oficinas de Arias & Muñoz, ubicadas en San José, Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Forum, Edificio C, Oficina 1 C 1. Bufete Arias & Muñoz. Transcurrido el término de ley, sin que hayan existido oposiciones y habiéndose cumplido con todo lo que establece el artículo seiscientos ochenta y nueve del Código de Comercio se procederá a la reposición solicitada.—2 de mayo del 2008.—Andrey Dorado Arias, Apoderado Especial.—(40414).
INMOBILIARIA EL BOULEVARD S.A.
Inmobiliaria El Boulevard S.A., con cédula jurídica 3-101-028160-23,
solicita ante
ECOBELLA LIMITADA
El suscrito, Manfred Kissling Jiménez, mayor de edad, casado una vez,
administrador de empresas, vecino de Heredia, Santo Domingo, portador de la
cédula de identidad costarricense número uno-quinientos noventa y nueve-setenta
y tres, debidamente autorizado por el cien por ciento de los accionistas de la
compañía con domicilio en San José, denominada: Ecobella Limitada,
anteriormente denominada: Taxcar, Limitada, número de cédula jurídica
tres-ciento dos-cero noventa y cuatro mil ciento ochenta y cuatro, solicito
ante
UNIVERSIDAD HISPANOAMERICANA
Ante
GRUPO MUTUAL
ALAJUELA -
De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Carlos Enrique Oconitrillo Miranda, cédula 202070387 ha presentado ante esta entidad, solicitud de reposición de su certificado CII 100/302/1112008734 por el monto de ¢4.001.118.07 y el cupón Nº 1 por ¢44.012,30 ambos con fecha de vencimiento del 25-05-2008.—Alajuela, 2 de mayo del 2008.—Lic. Denis López Salas, Representante.—(40855).
AGROINDUSTRIAL POPOCATEPETL S. A.
La entidad Agroindustrial Popocatepetl S. A., cédula jurídica Nº
3-101-54631, solicita a
ASESORÍA FINANCIERA ARCOS S. A.
Asesoría Financiera Arcos S. A. cédula 3-101-295382, solicita ante
SOIN SOLUCIONES INTEGRALES SOCIEDAD ANÓNIMA
Soin Soluciones Integrales Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-sesenta y nueve mil doscientos veintisiete, solicita ante
ESPIGA DEL SOL SOCIEDAD ANÓNIMA
Espiga del Sol Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cero ochenta y dos mil seiscientos nueve, solicita ante
CENTRO NATURAL
Centro Natural
LUBRICENTRO ULATE SOCIEDAD ANÓNIMA
Lubricentro Ulate Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-130982,
solicita ante
RECICLADORA GARRO ARIAS S. A.
Recicladora Garro Arias S. A., cédula jurídica Nº 3-101-164960, solicita
ante
POCO SIESTA SOCIEDAD ANÓNIMA
Cédula jurídica tres-ciento uno-noventa y ocho mil doscientos sesenta y
cinco, solicita ante
UNIFORESTAL LOS PIZOTES SOCIEDAD ANÓNIMA
Uniforestal Los Pizotes Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-dos siete uno cuatro tres tres, solicita ante
R Y C CONSTRUCCIÓN SOCIEDAD ANONIMA
R Y C Construcción Sociedad Anónima, cédula Nº 3-101-058439, solicita ante
LAS DRAGONAS DE LAS MANCHAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Las Dragonas de Las Manchas Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-275284, solicita ante
CONDOMINIO CAMINO REAL
Por haberse extraviado los libros de Junta Directiva, Caja y Actas de Condóminos del Condominio Camino Real, cédula jurídica número tres-ciento nueve-doscientos doce mil cuatrocientos tres, solicito al Registro Nacional, Sección Propiedad en condominio, la reposición de los mismos.—San José, 22 de abril del 2008.—Lic. Krysia Muñoz Jiménez, Notaria.—Nº 31958.—(41427).
CORPORACIÓN GOVA S. A.
Corporación Gova S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cinco
mil cuatrocientos cincuenta y tres, solicita ante
El suscrito José Gerardo González Chavarría, mayor de edad, divorciado de
su único matrimonio, comerciante, con domicilio en Palmar Norte, Puntarenas,
exactamente ochocientos metros al este de
CAMELOT LATINA SOCIEDAD ANÓNIMA
Camelot Latina Sociedad Anónima, domiciliada en Alajuela, residencial
INMOBILIARIA CELAJES PLAYA
CARRILLO SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Celajes Playa Carrillo S. A., con cédula jurídica Nº
3-101-290787, solicita ante
ÉPOCAS MUEBLES Y DETALLES SOCIEDAD ANÓNIMA
Épocas Muebles y Detalles S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-263700,
solicita ante
VIILA OROSOL ZULIBAR, S. A.
Viila Orosol Zulibar S. A., cédula jurídica Nº 3-101-342415, solicitan ante
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
PRODUCTOS ORTOPÉDICOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Productos Ortopédicos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº
3-101-133085, solicita ante
JAUJA DE ATENAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Jauja de Atenas Sociedad Anónima, cédula de personería jurídica, número
tres-ciento-uno-trescientos sesenta y tres mil-ciento sesenta y siete, solicita
ante
ELECTRO VÁLVULAS S. A.
La sociedad Electro Válvulas S. A., cédula jurídica 3-101-077465, solicita
ante
EDGILAURE SOCIEDAD ANÓNIMA
Edgilaure Sociedad Anónima, cédula número tres-ciento uno- trescientos
treinta mil veintidós, solicita ante
CENTRO VACACIONAL BANCOSTA S. A.
El Centro Vacacional Bancosta S. A., hace constar que revisado nuestro Libro de Accionistas, aparece como socio el señor José Joaquín Gómez Chaves, cédula Nº 1-418-535, con la acción número 143. La cual se reporta como extraviada; por lo que se solicita su reposición.—San José, 13 de mayo del 2008.—Leonel Vargas Leitón.—Nº 32280.—(42007).
KAPS PLACE SOCIEDAD ANÓNIMA
Kaps Place Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos cincuenta y nueve mil cero veinticuatro, solicita ante
HACIENDAS UNIDAS MECANIZADAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Haciendas Unidas Mecanizadas Sociedad Anónima, cédula número 3-101-067151,
solicita ante
PROPIEDADES FIOR S. A.
Propiedades Fior S. A., cédula jurídica número 3-101-074.193, solicita ante
MEPRO EDITORES S. A.
Mepro Editores S. A., cédula jurídica: 3-101-126223, solicita ante
CASA DE CAMBIO EL BULEVAR S. A.
Casa de Cambio El Bulevar S. A., cedula jurídica tres-ciento uno-ciento
ochenta mil trescientos ochenta y dos, solicita ante
ARMENDIA Y CANARIAS SOCIEDAD ANÓNIMA
Armendia y Canarias Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-315417.
Solicita ante
EXPORTADORA DEL VALLE S. A.
Exportadora el Valle S. A., cedula jurídica número tres-ciento uno-ciento
treinta y tres mil cuatrocientos ochenta y siete, solicita ante
ENVASES PLÁSTICOS TERMOFORMADOS LIMITADA
Envases Plásticos Termoformados Limitada, cédula tres-ciento dos- cincuenta
y cinco mil ciento treinta dos, solicita a
CORPORACIÓN FAIRUZA S. A.
Corporación Fairuza S. A., cédula jurídica Nº 3-101-88219, solicita ante
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
E INVERSIONES SOCIEDAD ANÓNIMA
COLEGIO DE
BIBLIOTECARIOS DE COSTA RICA
El Colegio de Bibliotecarios de Costa Rica, en
sesión ordinaria de
Número de
colegiado
Número
Alvarado Desanti Flora
V.
535
Chaves Ramírez Luis
Alonso
569
Díaz Azofeifa
Silvia
943
Fonseca Quirós
Aida
920
Quirós Salas
Lidia
707
Sancho Arroyo Ana Teresa
833
Lic. Silvia Díaz Ruiz, Presidenta.—Lic. Gilberto Méndez Rodríguez, Tesorero.—(42442).
UNIVERSIDAD CENTRAL
Por medio de la presente
CONSTRUCTORA MEMARPA SOCIEDAD ANÓNIMA
Marleny Mata Meoño, cédula de identidad Nº
9-0067-0729, presidenta con facultades de apoderada generalísima, de la
sociedad Constructora Memarpa Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-150635, cuya anterior razón social era “Constructora Mata y Meneses
Sociedad Anónima” solicito la reposición de los libros legales número uno:
registro de accionistas, junta directiva, actas de asambleas generales,
inventarios y balances, mayor y diario, los cuales fueron extraviados. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y
Asistencia al Contribuyente (Legalización de Libros) Administración Tributaria
de San José, en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última
publicación en el Diario Oficial
CORPORACIÓN INVERSIONISTA BUENA
VISTA DEL PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA
La sociedad Corporación Inversionista Buena Vista
del Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-241881, con domicilio en
San José, solicita ante
COMPAÑÍA AGROPECUARIA INDUSTRIAL
CANAIMA SOCIEDAD ANÓNIMA
Compañía Agropecuaria Industrial Canaima Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero uno tres cuatro seis
cuatro, solicita ante
INSTALACIONES TELEFÓNICAS DE COSTA RICA S. A.
Cédula jurídica Nº 3-101-035198, solicita ante
INMUEBLES & RESIDENCIAS SANTA
CECILIA PACOTI S. A.
Inmuebles & Residencias Santa Cecilia Pacoti
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-296146, con domicilio social en San Pablo de
Heredia, solicita ante
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COLEGIO CIRUJANOS DENTISTAS DE COSTA RICA
ASOCIACIÓN IGLESIA BÍBLICA GETSEMANÍ
Yo, Maynor Madrigal Muñoz, cédula 1-677-449, en mi
calidad de presidente y representante legal de
ASOCIACIÓN PARA EL RESCATE Y DESARROLLO
DE
Yo, Carlos Castrillo Rojas, cédula de identidad Nº
6-100-1079, en mi calidad de presidente y representante legal de Asociación
para el Rescate y Desarrollo de
PARQUE MARINO DEL PACÍFICO
En sesión ordinaria Nº 64 celebrada el lunes 25 de
febrero del 2007, se ordena publicar el acuerdo Nº 1-64-2008 del Consejo
Directivo Interinstitucional, indicando que el Consejo Directivo
Interinstitucional, acepta la propuesta de
El Consejo Directivo Interinstitucional queda conformado por:
Jorge Rodríguez Quirós, MINAE
(Coordinador General) Cédula Nº 2-244-183
Alfio Piva Mesén, INBio Cédula Nº 1-284-401
Olman Segura Bonilla,
UNA
Cédula Nº 4-113-272
Luis Fernando Ramírez Arguedas,
INA
Cédula Nº 2-223-231
Miguel Gómez
Doninelli
Cédula Nº 1-330-439
Los representantes suplentes son:
Lic. Jenny Asch Corrales,
MINAE
Cédula Nº 1-634-329
Lic. Rosario Vindas Fournier,
INA
Cédula Nº 1-955-260
M.Sc. Alonso Matamoros Delgado,
INBio Cédula
Nº 4-109-144
Dr. Ricardo Jiménez Montealegre,
UNA
Cédula Nº 1-593-310
Prof. Josefa Falcón Calero,
Comunidad
Cédula Nº 6-053-727
Ángel Francisco Herrera Ulloa, Director
Ejecutivo.—1 vez.—(43333).
Que por protocolización de acta se reformó el acta constitutiva de la sociedad Filial Enzo Nirvana Azul Cinco S. A., asimismo se hizo nuevo nombramiento del presidente de la junta directiva. Cuya presidenta es Lissette Yolima García Durango. Escritura número ciento sesenta, de las dieciséis horas del dos de mayo del dos mil ocho.—San José, dos de mayo del dos mil ocho.—Lic. Andrea Karolina Rojas Mora, Notaria.—1 vez.—Nº 32065.—(41639).
Por escritura otorgada en esta Notaría a las 13:00 horas del 11 de abril del año 2008, se constituyó la sociedad Eprom-CR S. A.—San José, 28 de abril del año 2008.—Lic. Luis Francisco Solórzano Víquez, Notario.—1 vez.—Nº 32066.—(41640).
Por escritura otorgada a las diecisiete horas del día veintiocho de abril del año dos mil ocho, se constituye la empresa de esta plaza denominada F R Maderas Sociedad Anónima. Capital social: cien mil colones. Representación: presidente únicamente. Plazo social: noventa y nueve años.—San José, seis de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Marcelo Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—Nº 32067.—(41641).
Marina Quesada Corrales, Yohalan Porras Quesada y otros constituyen
sociedad denominada Marina S Village & Asociation Sociedad Anónima,
su domicilio social sera
Por escrituras otorgadas en mi Notaría, a las quince horas del veintiocho de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Avícolas García Rojas Sociedad Anónima, domiciliada en urbanización Coocique en Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, veinticinco metros al este de Panes del Norte. Presidente: José Luis García Durán. Tesorero: Josué García Rojas. Con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma, con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, quienes actuarán conjunta o separadamente. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—Ciudad Quesada, quince horas con treinta minutos del veintiocho de abril del dos mi ocho.—Lic. Víctor Emilio Rojas Hidalgo, Notario.—1 vez.—Nº 32073.—(41643).
Ante la notaría de Deborah Ann Lores Lares al ser las nueve horas y quince minutos del nueve de mayo del dos mil ocho, se presentan Carolina Ríos Rojas y Lilliam Rojas Marín y mediante escritura ciento cinco constituyen la compañía Cariro Advisors Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Curridabat, 9 de mayo del dos mil ocho.—Lic. Deborah Ann Lores Lares, Notaria.—1 vez.—Nº 32078.—(41644).
Ante la notaría de Déborah Ann Lores Lares al ser las nueve horas del nueve de mayo del dos mil ocho, se presentan Carolina Ríos Rojas y Lilliam Rojas Marín y mediante escritura ciento cuarto constituyen la compañía DC DAM Inmobiliaria Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Curridabat, 9 de mayo del dos mil ocho.—Lic. Déborah Ann Lores Lares, Notaria.—1 vez.—Nº 32079.—(41645).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veintinueve de abril
del dos mil ocho. Se constituyó sociedad anónima, de conformidad con lo
establecido en el Decreto Ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J,
publicado en
Por escritura otorgada ante esta notaria a las diecisiete horas del veintiséis de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Tempio Sociedad Anónima. Capital social debidamente suscrito y pagado. Plazo: 90 años.—Liberia, veintisiete de marzo del 2008.—Lic. Jessica Abarca Guzmán, Notaria.—1 vez.—Nº 32081.—(41647).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del cinco de mayo del dos
mil ocho, constitución de sociedad denominada Hotel El Nuevo Campeón S. A.
Presidente: Nicasio Quesada Matamoros.—Lic. Kattia Salas Guevara y Lic. Lilliam Solano
Cruz, Notarias.—1 vez.—Nº 32083.—(41648).
El suscrito notario Robin Bonilla Monge, hace constar en escritura 39 visible al folio 33 vuelto del tomo 2 de este notario, se constituyó la sociedad denominada Offshore Invesment International Sociedad Anónima, traducida al español es Negocios Seguros Internationales Sociedad Anónima. El domicilio será en San José, Pozos, Santa Ana, Residencial Villas Miramontes, casa número cinco. El presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, es Stephen Anthony (nombres) Smart (apellido) de único apellido por su nacionalidad británico, mayor, soltero, consultor, vecino Pozos, Santa Ana, Residencial Villas Miramontes, casa número cinco, número de pasaporte siete cero cuatro seis seis nueve ocho dos seis. Es todo.—San José, 6 de mayo del 2008.—Lic. Robin Bonilla Monge, Notario.—1 vez.—Nº 32110.—(41666).
Por escritura número trece, otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 6 de mayo del 2008, Orlando Castellón Navarro, cédula Nº 1-637-193, y María García Pérez, cédula Nº 2-477-396, constituyeron una sociedad anónima denominada Transportes Campos Madoc Sociedad Anónima. Capital social: doce mil colones, íntegramente suscrito y pagado.—San José, 6 de mayo del 2008.—Lic. Eduardo Valdivieso Bustos, Notario.—1 vez.—Nº 32111.—(41667).
A las 11:30 horas de hoy, Luis Femando Moya Mata y Teresita Salas Chaverri,
constituyeron
Ante esta notaría, por escritura pública número 45, visible a folio 60
frente, del tomo 06, otorgada a las 10:00 horas, del día 5 de mayo del 2008, se
protocolizó acta de asamblea extraordinaria de
Ante esta notaría, por escritura pública número 46 visible a folio 61
frente del tomo 06, otorgada a las 10:30 horas, del día 5 de abril del 2008, se
protocolizó acta de asamblea extraordinaria de Sierra Monte Estrella S. A.,
donde se modificó el domicilio social, la cláusula de la administración, se
nombró nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Presidente: Carlos Alberto Monge
Rojas.—Lic. Xinia Patricia Mora Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 32115.—(41670).
Por escritura otorgada a las 08:00 horas de hoy, Blanca Brenes Quesada y Morri Virgilio Loyo Arnáez, constituyeron Ami Preston Costa Rica S. A.—San José, 6 de mayo del 2008.—Lic. Rubén Hernández Valle, Notario.—1 vez.—Nº 32117.—(41671).
Mediante escritura 198, otorgada ante este notario, a las ocho horas treinta minutos del 30 de abril del 2008, se modifican las cláusulas segunda y sétima, de la sociedad Atardecer Infinito GTE Sociedad Anónima.—Guanacaste, 30 de abril del 2008.—Lic. Ricardo Alfonso Estrada Murillo, Notario.—1 vez.—Nº 32143.—(41682).
Por escritura otorgada hoy, ante mí, se constituyó Nevetsucc S. A., para dedicarse por noventa y nueve años a partir de su constitución en especial al comercio de juegos y revistas y en general al comercio, la industria, el turismo, la agricultura y la ganadería. Capital social: totalmente suscrito y pagado. El presidente, es el apoderado generalísimo sin límite de suma.—Alajuela, dos de mayo del dos mil ocho.—Lic. Marco Tulio Araya Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 32144.—(41683).
Ante esta notaría, el día seis de mayo del dos mil ocho, Erick Dona Cantillano y Sandra Chaves Mora, constituyen Sinnergia DDVE Platino Sociedad de Responsabilidad Limitada, con un capital de cien mil colones.—San José, seis de mayo del dos mil ocho.—Lic. Erick Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—Nº 32145.—(41684).
La suscrita notaria comunica que en esta notaría se constituyó la sociedad Seguridad García y Cerdas S. A. a las ocho horas del dieciséis de abril dos mil ocho, mediante escritura número ciento catorce, visible al folio noventa y tres vuelto del tomo cuatro del protocolo de la suscrita notaria.—San José, cinco de mayo del dos mil ocho.—Lic. Lizeth Martínez Sánchez, Notaria.—1 vez.—(41690).
Garni Limitada, con
cédula jurídica Nº 3-102-153388 con domicilio social en Pavas, modifica el
número de acciones y el valor de cada una; quedando la cláusula del capital de
la empresa así: Quinta: que el capital social es la suma de setenta mil
colones, constituida por setenta acciones comunes y nominativas, el socio
García suscribe y paga veinte acciones de mil colones cada una y la socia Niño
Chavarría suscribe y paga cincuenta acciones de mil colones cada una. Cambio de
sede fiscal de Garni Limitada y que la nueva sede será:
Por escritura otorgada hoy 6 de mayo del 2008 a las 11:00 horas, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada T F R de Automóviles Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó modificar las cláusulas segunda y octava de los estatutos.—San José, 6 de mayo del 2008.—Lic. José Alejandro Martínez Castro, Notario.—1 vez.—(41698).
Por escritura pública número treinta y seis, de las diez horas del seis de mayo de dos mil ocho, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Lexcounsel Limitada, en la que se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo relativa a la administración y se nombran dos gerentes más.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—(41717).
Flashcar S. A., en asamblea general extraordinaria de socios celebrada en su domicilio social modificó la cláusula referente a la junta directiva en el cual se revoca el nombramiento de la junta directiva y se nombró nuevos miembros, secretaria Ana Isabel Ghione Ferret, tesorero: Raul Heraud Calvo, fiscal: Aldo Ghione Ferret, mediante escritura número setenta y dos del tomo tercero, otorgada a las catorce horas del dos de mayo del dos mil ocho ante la notaria Ailyn Blanco Coto.—San José, tres de mayo del dos mil ocho.—Lic. Ailyn Blanco Coto, Notaria.—1 vez.—(41719).
Por escritura otorgada ante esta notaría de las quince horas del catorce de marzo del dos mil ocho, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Gendrom Development S.A., se reforma cláusula sexta del pacto social, se organiza y nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Jorge Sánchez Chacón, Notario.—1 vez.—(41722).
Por escritura otorgada en esta notaría de las once horas del dos de mayo del dos mil ocho, protocolizo acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Ecojan S. A., se reforman cláusulas quinta y sexta del pacto social, se nombran presidente y secretario.—Lic. Jorge Sánchez Chacón, Notario.—1 vez.—(41723).
Ante esta notaría se constituyó la sociedad Inmobiliaria Palacio Oriental Sociedad Anónima, escritura otorgada a las catorce horas y treinta minutos del día veintiséis de febrero del año dos mil ocho.—Lic. Jeffry Alonso Hernández Romero, Notario.—1 vez.—(41724).
Ante la notaria Rosa Elena Segura Ruiz, el día 5 de mayo del 2008, se protocoliza actas de asamblea general de las sociedades denominadas Lazos Comerciales S. A., y Limpieza Diaria ATM, se reforma la cláusula correspondiente al consejo de administración y se nombra presidente por el resto del plazo social.—Lic. Rosa Elena Segura Ruiz, Notaria.—1 vez.—(41725).
La suscrita hace constar que por escritura otorgada por mí, a las diez horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Iribulu S. A., mediante la cual se modifica la cláusula segunda de los estatutos en relación con el domicilio social.—San José, 7 de mayo de 2008.—Lic. Mónika Valerio De Ford, Notaria.—1 vez.—(41744).
Por escritura otorgada ante esta notaria de las doce horas del veintinueve de agosto de dos mil siete se reformó la cláusula del domicilio social Santa Bárbara Heredia.—Lic. Sonia Arias Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(41749).
Protocolización acta número uno, asamblea general extraordinaria de socios de Las Brisas en las Vueltas Sociedad Anónima, donde se nombra modifica cláusula.—Alajuela, veintiséis de abril del año dos mil ocho.—Lic. Delia A. Segura Soto, Notaria.—1 vez.—(41756).
Por escritura pública número cero treinta y siete-cero ocho, de las diez horas del siete de mayo de dos mil ocho, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Auténtico Silk Screen Design S. A., en la que se modifica la cláusula segunda del domicilio.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—(41795).
Por escritura pública número cero treinta y ocho-cero ocho, de las once horas veintiún minutos del siete de mayo de dos mil ocho, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Submarine Life Limitada, en la que se modifica la cláusula primera del nombre, la segunda del domicilio, se nombra gerente y agente residente.—Lic. Erika Mishelle Gómez Soto, Notaria.—1 vez.—(41798).
Por medio de la escritura número treinta y tres del tomo segundo de mí protocolo, otorgada en mi notaría en San José, a las ocho horas del siete de mayo de dos mil ocho, se protocolizaron acuerdos de la sociedad tres-ciento dos-quinientos tres mil quinientos veintiséis limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos tres mil quinientos veintiséis, en donde se acordó modificar la cláusula primera del pacto social con el fin de que la sociedad pase a denominarse Boos Adventures Sociedad de Responsabilidad Limitada. Asimismo se acordó modificar la cláusula sexta sobre la administración de la sociedad.—San José, siete de mayo de dos mil ocho.—Lic. Adrián Alberto Quesada Arias, Notario.—1 vez.—(41811).
Por medio de la escritura número treinta y cuatro del tomo segundo de mí protocolo, otorgada en mi notaría en San José, a las nueve horas del siete de mayo de dos mil ocho, se protocolizaron acuerdos de la sociedad tres-ciento dos-quinientos mil trescientos ochenta y uno limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos mil trescientos ochenta y uno, en donde se acordó modificar la cláusula primera del pacto social con el fin de que la sociedad pase a denominarse Costa Trans Port Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, siete de mayo de dos mil ocho.—Lic. Adrián Alberto Quesada Arias, Notario.—1 vez.—(41813).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las doce horas del seis de mayo de dos mil ocho, se constituyó la sociedad Inavoeg Sociedad Anónima. Capital pagado por los socios. Geovanny Sandoval León designado Presidente.—San José, seis de mayo de dos mil ocho.—Lic. José Luís Páez Vargas, Notario.—1 vez.—(41815).
Por medio de la escritura número treinta y cinco del tomo segundo de mí protocolo, otorgada en mi notaría en San José, a las diez horas del siete de mayo de dos mil ocho, se protocolizaron acuerdos de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y nueve mil ochocientos ochenta y cuatro, cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos noventa y nueve mil ochocientos ochenta y cuatro, en donde se acordó modificar la cláusula primera del pacto social con el fin de que la sociedad pase a denominarse Tri Shamrock LTD Sociedad Anónima.—San José, siete de mayo del dos mil ocho.—Lic. Adrián Alberto Quesada Arias, Notario.—1 vez.—(41822).
Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez notaria pública de Alajuela, a las 10 horas 15 minutos del 6 de mayo del 2008 se reformó las cláusulas cuarta y sexta del pacto constitutivo de la sociedad 3-101-519691 S. A., cédula jurídica 3-101-519691, se nombró nueva junta directiva y fiscal y se revocó nombramiento de agente residente.—Alajuela, 6 de mayo del 2008.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(41824).
Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez notaria pública de Alajuela, a las 10:00 horas del 6 de mayo del 2008 se reformaron las cláusulas quinta y octava del pacto constitutivo de la sociedad Sauces C Nueve Sauc S. A., cédula jurídica 3-101-464002, se nombró nueva junta directiva y fiscal.—Alajuela, 6 de mayo del 2008.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(41825).
Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaria pública a las 10 horas 40 minutos del 6 de mayo del 2008, se constituyó la sociedad de conformidad con lo establecido en el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis. Domicilio: Heredia. Capital social: treinta mil colones, apoderados generalísimos sin límite suma presidente, secretario, tesorero, actuando conjuntamente. Plazo: noventa y nueve años.—Alajuela, 6 de mayo del 2008.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notario.—1 vez.—(41827).
Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez, notaria pública a las 10 horas 30 minutos del 6 de mayo del 2008, se constituyó la sociedad de conformidad con lo establecido en el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado en gaceta número ciento catorce del catorce de junio del dos mil seis. Domicilio: Heredia. Capital social: treinta mil colones, apoderados generalísimos sin límite suma presidente, secretario, tesorero, actuando conjuntamente. Plazo: noventa y nueve años.—Alajuela, 6 de mayo del 2008.—Lic. Zaida Valderrama Rodríguez, Notario.—1 vez.—(41828).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se modifican las cláusulas primera del
domicilio de la sociedad, octava y novena y se agrega la cláusula décima quinta
que es nombramiento de agente residente, de los estatutos de la compañía con
domicilio en Alajuela, Urbanización
Por escritura otorgada ante el notario Herman Mora Vargas, se constituye la sociedad anónima denominada Asesores Jurídicos Monestel Peralta y Asociados S. A. Presidente: Max Alberto Monestel Peralta. Domicilio: San José, Sabana Oeste, del Balcón Verde, doscientos metros al norte y diez metros oeste. Objeto: comercio. Capital social: es la suma de doscientos cincuenta mil colones.—San José, primero de abril del dos mil ocho.—Lic. Max Alberto Monestel Peralta, Notario.—1 vez.—(41861).
Por escritura otorgada a las nueve horas del treinta de octubre del dos mil siete, se constituyó la sociedad anónima denominada Autopartes Jers de Costa Rica Sociedad Anónima. Capital: veinte mil colones. Plazo: cien años. Objeto: comercio. Presidente y secretario, son representantes judicial y extrajudicial de la compañía, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Johann Claret Lavado Delgado, Notario.—1 vez.—(41863).
Hoy en esta notaría se constituyó inversiones Vivijey Sociedad Anónima. Capital social diez mil colones totalmente suscrito y pagado por la socia, domicilio Heredia.—San Joaquín de Flores, seis de mayo del dos mil ocho.—Lic. Adriana Castillo Guzmán, Notaria.—1 vez.—(41937).
Por escritura número cincuenta y siete-tres, otorgada ante los notarios Alberto Sáenz Roesch y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero a las dieciséis horas del día seis de mayo del año dos mil ocho, se reforman las cláusulas segunda y sexta y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente de la compañía Las Llanuras de Santa Teresa Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2008.—Lic. Alberto Sáenz Roesch, Notario.—1 vez.—(41938).
Presente ante la notaria Araya Pérez, se constituyó la sociedad denominada Araya y Anchía Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años y con un capital social de diez mil colones exactos, su presidente es el señor Rafael Ángel Araya Cordero.—San José, veintinueve de abril del dos mil ocho.—Lic. Rebeca Susana Araya Pérez, Notaria.—1 vez.—(41939).
Mediante escritura otorgada a las 11:00 horas del 31 de marzo del año 2008,
se acordó modificar la totalidad del pacto constitutivo de la sociedad Tamarindo
Sky Sociedad de Responsabilidad Limitada, transformándola en Tamarindo
Sky Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Tamarindo Sky S.
A., indicando que el anterior es un nombre de fantasía. Domicilio social:
San José, Paseo Colón de
Por escritura otorgada hoy, ante el suscrito Notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Cravanzana Limitada, mediante los cuales se modifica la cláusula octava y se elimina la cláusula décimo segunda del pacto constitutivo de la sociedad y se nombran gerentes.—San José, 30 de abril del 2008.—Lic. Farid José Ayales Bonilla, Notario.—1 vez.—(41948).
Mediante escritura número doscientos sesenta y cuatro, otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José a las diez horas del dos de mayo del dos mil ocho, escritura visible al folio ciento ochenta y dos frente del tomo primero de mi protocolo, se ha constituido la sociedad denominada Agencias Víquez Granda Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado por los socios.—San José, 7 de mayo del 2008.—Lic. Ana Gabriela González González, Notaria.—1 vez.—(41952).
Ante mí, Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario Público de Alajuela,
mediante escritura número ciento sesenta y nueve, visible al folio ochenta y
ocho vuelto del tomo cuarto de mi protocolo se reforma el artículo trece y
diecinueve del pacto constitutivo de
Ante mí, Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario Público de Alajuela,
mediante escritura número ciento sesenta y ocho, visible al folio ochenta y
ocho frente del tomo cuarto de mi protocolo se reelige nueva junta directiva de
Ante esta notaría, escritura ciento cincuenta y nueve, tomo nueve, se constituyó Mil Variedades Sociedad Anónima, con un capital social de doce mil colones, siendo su representante Elkin Vásquez Naranjo. Es todo.—Alajuela, 8 de mayo del 2008.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.—(42013).
Ante esta notaría, escritura ciento cincuenta y ocho, tomo nueve se
protocolizó asamblea general extraordinaria de Bus-Tur de
Ante esta notaría, se constituyó en escritura ciento cincuenta y cuatro tomo nueve, Clarýs Import S. A., con capital social de un millón de colones, siendo sus representantes Claryta Soto Carvajal y Víctor Argüello Peralta.—Alajuela, 8 de mayo 2008.—Lic. Roy Solís Calvo, Notario.—1 vez.—(42015).
Jorge Eduardo Mora García, María del Rocío Chacón Barboza y Duardo Miguel Montero Sánchez, constituyen sociedad anónima cuya denominación será el número de cédula jurídica y nombran junta directiva y fiscal. Escritura otorgada en San José, a las dieciocho horas treinta y cinco minutos del día veintidós de abril del dos mil ocho, ante el notario Nelson Gerardo Palacio Díaz-Granados.—Lic. Nelson Gerardo Palacio Díaz-Granados, Notario.—1 vez.—(42016).
Por escritura otorgada a las doce horas del diecisiete de abril del dos mil ocho, se constituye una sociedad de responsabilidad limitada con el decreto ejecutivo treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, con un capital social de diez mil colones. Domiciliada en Tibás. Gerente: Giancarlo Palavicini Ramírez.—San José, 22 de abril del 2008.—Lic. Adriana María Garita Calvo, Notaria.—1 vez.—Nº 32152.—(42017).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Home And Hotel Supply Group S. A., por la cual se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo aumentando el capital social a diez millones de colones.—San José, 2 de abril del 2008.—Lic. Francisco Quijano Quirós, Notario.—1 vez.—Nº 32153.—(42018).
Ante mí, se constituyó, Los Sabores de Mi Tierra S. A. Capital: suscrito y pagado. Plazo: 99 años.—San José, 6 de mayo del 2008.—Lic. José Ramón Sibaja Montero, Notario.—1 vez.—Nº 32154.—(42019).
Por la escritura número treinta y cinco, otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del día tres del mes de mayo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad, Bufete Oviedo Sánchez Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Domicilio social: Santa Ana. Presidenta: Andrea Oviedo Sánchez.—San José, 3 de mayo del 2008.—Lic. Ana Marcia Aguiluz Soto, Notaria.—1 vez.—Nº 32155.—(42020).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca notario con oficina en esta ciudad, la sociedad Autotransportes Camacho Miranda Limitada, reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo. Gerente Yetty Zárate Sánchez.—Heredia, 6 de mayo del 2008.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 32156.—(42021).
Ante mí, Rafael Salazar Fonseca, notario con oficina en esta ciudad, la sociedad Transportes Concepción de San Rafael de Heredia Sociedad Anónima reforma la cláusula novena del pacto constitutivo. Presidenta: Yetty Zárate Sánchez.—Heredia, 6 de mayo del 2008.—Lic. Rafael Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—Nº 32157.—(42022).
Ante mí, Gustavo Adolfo Fernández Badilla, notario público, con oficina abierta en San José, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima Distribuidora Ormasis S. A., cédula: tres-ciento uno-doscientos catorce mil cuatrocientos noventa y tres, en escritura pública número: ocho, tomo: tres de mi protocolo, visible al folio: cinco, frente, otorgada a las nueve horas veinte minutos del día seis de mayo del dos mil ocho; realizándose el siguiente cambio: se reforma el pacto constitutivo. Es todo.—7 de mayo del 2008.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—Nº 32158.—(42023).
Hoy ante mi notaría, Jay Theodore (nombres) Thomas Thompson (apellidos), y Clara Luchaire Castro, conocida como, Clara Moulaert Castro, constituyen O3 Well! Sociedad Anónima. Presidenta: Clara Luchaire Castro, conocida como, Clara Moulaert Castro.—2 de mayo del 2008.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandí, Notario.—1 vez.—Nº 32159.—(42024).
A las quince horas del veintidós de febrero del dos mil ocho, por escritura número doscientos cuarenta del tomo primero, la suscrita notaria protocolizó acta de la firma Juan Luis y Mary Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-251367, en que se reforman los incisos a) y b) de la cláusula décimo tercera de dicha sociedad.—7 de mayo del 2008.—Lic. Teresa Solís Bermúdez, Notaria.—1 vez.—Nº 32160.—(42025).
Por escritura otorgada ante mí, hoy a las 17:00 horas, Carlos Roberto García Araya y Roberto García Ulloa, constituyen Seguridad Integral y Tecnológica RCR S. A.—Santo Domingo de Heredia, 1º de marzo del 2008.—Lic. Helberto Moreira González, Notario.—1 vez.—Nº 32163.—(42026).
Ante mí, Geovanny Montero Chacón, Notario Público, con oficina en Golfito, se constituyó la sociedad denominada Rashany Sociedad Anónima, su domicilio social será en Puntarenas, Golfito, Puerto Jiménez, frente al colegio. El plazo social será de noventa y nueve años a partir de esta fecha. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponde a la presidenta señora Judith Magaly Urbina Vásquez, mayor, costarricense, soltera, vendedora, vecina de Golfito, Puerto Jiménez, frente al colegio, cédula de identidad número nueve-ciento cinco-cero cero cinco. El capital social es la suma de diez mil colones, representado por cien, acciones, comunes y nominativas de cien colones exactos cada una. Es todo.—Golfito, 21 de abril del 2008.—Lic. Geovanny Montero Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 32164.—(42027).
Hoy protocolice acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de El Patal Limitada mediante los cuales se reforman las cláusulas primera, cuarta y quinta de los Estatutos y se ratifican nombramientos de dos gerentes.—San José, 2 de mayo del 2008.—Lic. Alberto Fernández López, Notario.—1 vez.—Nº 32165.—(42028).
Ante el suscrito notario, se constituyó, por escritura número 473 de las 7:00 horas del día 6 de mayo del 2008, la sociedad de esta plaza M A Schultz S. A. Plazo: 99 años. Capital social: 10 mil colones. Su presidente es el señor Miguel Ángel Lobo Castillo, quien tiene las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Es todo.—Lic. Jorge Fabio Sibaja Rodríguez, Notario.—1 vez.—Nº 32167.—(42029).
Por escritura número doscientos treinta y cinco, otorgada a las doce horas, del diez de abril del año dos mil ocho, Gerardo Juan Gabriel Araya Araya y Álvaro Jesús Araya Araya, constituyeron la sociedad denominada Inversiones Anferoga S. A., que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Presidente: Gerardo Juan Gabriel Araya Araya. Domicilio: segunda entrada de la urbanización Los Olivos, casa esquinera mano izquierda, San Ramón, Alajuela.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—Nº 32170.—(42030).
Por escritura número ciento ochenta y cinco, otorgada a las nueve horas, del cinco de mayo del año dos mil ocho, Jacqueline Coromoto Chavarría Mora y Doris Francisca Ramírez Salas, constituyeron la sociedad denominada Koromotocha S. R. L., que es nombre de fantasía. Duración: noventa y nueve años. Gerente: Jacqueline Coromoto Chavarría Mora. Domicilio: ochocientos metros norte de la escuela Piedades Norte, San Ramón, Alajuela.—Lic. Ólger Vargas Carrillo, Juez.—1 vez.—Nº 32171.—(42031).
Roy Canet y Jimena ambos de apellidos Canet Alan constituyen Corporación Rojican del Este S. A. Fecha de constitución: 10 de marzo del 2008. Capital social: diez mil colones. Presidenta: Patricia Alan Tinoco.—Lic. Randall Fallas Castro, Notario.—1 vez.—Nº 32172.—(42032).
Celajes del Verano Sociedad Anónima, cédula 3-101-179694, modifica su pacto constitutivo con respecto de su domicilio, el que será en adelante San José, Mata de Plátano, de la terminal de buses, 3 kilómetros al este, 800 metros al norte. También modifica su representación, la que corresponderá al presidente y al secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente.—Lic. Luis Mariano Salazar Mora, Notario.—1 vez.—Nº 32174.—(42033).
Por escritura otorgada ante mí, a las 09:00 horas del día 23 de abril del 2008, Sylvia María Quintana Ramírez y Natalia Rebeca Bustamante Quintana constituyen Capadocia S. A. Duración: 99 años. Capital: cien mil colones. Presidenta: Sylvia María Quintana Ramírez.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. Gilbert Alfaro Fallas, Notario.—1 vez.—Nº 32175.—(42034).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las siete horas treinta minutos del día veinticinco de abril del año dos mil ocho, se constituyó la empresa Recolectores Guanacastecos R.G. Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado.—Lic. Wady A. Espinoza Hernández, Notario.—1 vez.—Nº 32179.—(42035).
Ante mi Grace Marie Robinson Arias, notaria pública de Siquirres, se constituyó Inversiones Daniels H&P Sociedad Anónima nombramientos: presidente Adriano Danilo Hernández Cambronero, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Siquirres, 6 de mayo del 2008.—Lic. Grace Robinson Arias, Notaria.—1 vez.—Nº 32233.—(42075).
Por esta escritura Nº 179-03 del tomo 03 del protocolo de la notaria Ana Lorena Borges Montero, otorgada en esta ciudad a las 14:00 horas del 6 de mayo del 2008, la sociedad costarricense denominada 3-101-519513 s. a., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos diecinueve mil quinientos trece. Modifica sus estatutos.—San Isidro de El General, 6 de mayo del 2008.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—Nº 32234.—(42076).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día de hoy a las 8:00 horas, la sociedad Amanco Tubosistemas Centroamérica Sociedad Anónima donde se protocolizó acuerdos en que se reformó la cláusula segunda, tercera, cuarta, quinta del pacto social.—San José, 6 de mayo del 2008.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1 vez.—Nº 32237.—(42077).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día 25 de abril del dos mil ocho a las 10:30 horas, la sociedad Finca Cóbano Cinco Río Ventura Sociedad Anónima protocolizó acuerdos en que se reformó la cláusula segunda del pacto social.—San José, 25 de abril del 2008.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—Nº 32238.—(42078).
Por escritura otorgada a las 16:00 horas del 22 de abril del 2008, se protocolizó un acta de asamblea extraordinaria de socios de Pozoslot Doscientos Noventa y Uno S. A., cédula jurídica Nº 3-101-400987, mediante la cual se levantó la restricción establecida por el Código de Comercio para el traspaso de las acciones, y se decidió a su vez que tanto el presidente como et secretario de la junta directiva, quienes ostentan la condición de apoderados generalísimos sin límite de suma, puedan actuar conjunta o separadamente a nombre de la sociedad en cualquier tipo de activividad.—San José, 7 de mayo del 2008.—Lic. José Andrés Corvetti Aguado, Notario.—1 vez.—Nº 32239.—(42079).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día 25 de abril del dos mil ocho a las 10:00 horas, la sociedad Finca Cóbano Cuatro Río Pacuare Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en que se reformó la cláusula segunda del pacto social.—San José, 25 de abril del 2008.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—Nº 32240.—(42080).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día 25 de abril del dos mil ocho, a las 08:00 horas, la sociedad Finca Cóbano Uno Río Negro Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en que se reformó la cláusula segunda del pacto social.—San José, 25 de abril del 2008.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—Nº 32242.—(42081).
El suscrito notario hace constar y da fe que se constituye sociedad anónima denominada Inversiones Nexahualcoyot Internacional Sociedad Anónima, a las trece horas del día diecinueve de julio del dos mil tres. El plazo social será de noventa y nueve años. Las acciones el socio Gerardo Arce Vargas paga cinco acciones y Trilce Zurik Arce Sandí paga cinco acciones, para un total de diez acciones comunes y nominativas de mil colones cada una. La representación judicial y extrajudicial la tiene el presidente.—Dada en San José, a las nueve horas del siete de mayo del dos mil ocho.—Firma ilegible.—1 vez.—Nº 32243.—(42082).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del cinco de mayo, se constituye la sociedad Gold Shoes Sociedad Anónima. Capital social: noventa años.—San José, 5 de mayo del 2008.—Lic. Ester Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—Nº 32244.—(42083).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día 25 de abril del dos mil ocho a las 9:00 horas, la sociedad Finca Cóbano Tres Tío Barranca Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en que se reformó la cláusula segunda del pacto social.—San José, 25 de abril del 2008.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—Nº 32245.—(42084).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día 25 de abril del dos mil ocho, a las 11:15 horas, la sociedad Finca Cóbano Nueve Río María Aguilar Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en que se reformó la cláusula segunda del pacto social.—San José, 25 de abril del 2008.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—Nº 32246.—(42085).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día 25 de abril del dos mil ocho, a las 11:30 horas, la sociedad Finca Cóbano Diez Río Sucio Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en que se reformó la cláusula segunda del pacto social.—San José, 25 de abril del 2008.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—Nº 32247.—(42086).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día 25 de abril del dos mil ocho, a las 11:45 horas, la sociedad Finca Cóbano Catorce Río Tiribí Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en que se reformó la cláusula segunda del pacto social.—San José, 25 de abril del 2008.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—Nº 32248.—(42087).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día 25 de abril del dos mil ocho, a las 11:00 horas, la sociedad Finca Cóbano Ocho Río Ocloro Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en que se reformó la cláusula segunda del pacto social.—San José, 25 de abril del 2008.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—Nº 32249.—(42088).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día 25 de abril del dos mil ocho, a las 10:45 horas, la sociedad Finca Cóbano Seis Río Térraba Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en que se reformó la cláusula segunda del pacto social.—San José, 25 de abril del 2008.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—Nº 32250.—(42089).
Ante mi Carlos Fernández Vásquez, notario público, se constituyó la empresa
denominada A J. E. Badilla Salas Hermanos Limitada, con un plazo social
de noventa y nueve años y un capital social de cien mil colones, domiciliada en
Por escritura otorgada a las nueve horas del día de hoy, se constituyó la compañía domiciliada en San Rafael de Escazú, denominada Costa Rica Moto Adventure de Costa Rica Limitada, con un plazo social de noventa años, capital íntegramente suscrito y pagado, tendrá como objeto el comercio, la industria, la ganadería en general; la administrada por dos gerentes con facultades de apoderados generalísimos, conforme a lo dispuesto en el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil.—Escazú, veintiuno de abril del dos mil ocho.—Lic. Harold Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 32258.—(42091).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del cinco de mayo del dos mil ocho, se constituyó sociedad anónima que recibirá como denominación social, el número de cédula jurídica que le asigne el Registro de Personas Jurídicas. Capital: suscrito y pagado. Plazo social: cien años. Domicilio: Zapote.—San José, 6 de mayo del 2008.—Lic. María Vanessa Wells Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 32259.—(42092).
Por escritura otorgada ante mí a las diecisiete horas y treinta minutos del siete de diciembre del dos mil siete, se constituyó la sociedad Excelente Recicla Costa Rica Sociedad Anónima S. A.—San José, dos de mayo del dos mil ocho.—Lic. Luis Manuel Gutiérrez Chacón, Notario.—1 vez.—Nº 32260.—(42093).
Por escritura otorgada ante esta Notaría a las trece horas del cinco de mayo del presente año, se reforma la cláusula sétima, se nombra junta directiva y se otorga poder genel sin límite de suma de la sociedad denominada Condominio Contorcountry Blanco Tres S. A.—San José, cinco de mayo año dos mil ocho.—Lic. Kattya Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 32262.—(42094).
Por escritura número veinticuatro, otorgada a las dieciséis horas del seis de mayo del dos mil ocho, ante el notario público Roberto Marín Segura en su protocolo, se constituyó la sociedad Eve Mar San Jerónimo Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en S. A.—Heredia, 7 de mayo del dos mil ocho.—Lic. Roberto Marín Segura, Notario.—1 vez.—Nº 32263.—(42095).
A las 16:00 horas del día de hoy, ante esta Notaría, se constituyó Sistemas Constructivos Electromecánicos SICOE S. A. Plazo: 99 años. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Sergio Arnoldo Masís Olivas, Notario.—1 vez.—Nº 32264.—(42096).
A las 15:00 horas del día de hoy, ante esta Notaría, se constituyó Montajes Electromecánicos Integrados MEI S. A. Plazo: 99 años. Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—San José, 30 de enero del 2008.—Lic. Sergio Arnoldo Masís Olivas, Notario.—1 vez.—Nº 32265.—(42097).
Por escritura otorgada ante esta Notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Mivae Global Media Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Barrio González Lahman, veinticinco metros al sur de Casa Italia, oficinas de Bolcomer, Bolsa de Comercio. Capital social: completamente suscrito y pagado. Consejo de Administración: presidente, secretario y tesorero. Objeto: comercio en general.—San José, 7 de mayo del 2008.—Lic. Ronald Ramírez Garita, Notario.—1 vez.—Nº 32265.—(42098).
Por escritura otorgada en esta Notaría, a las ocho horas del siete de abril del dos mil ocho, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el Decreto Ejecutivo número: treinta y tres mil ciento setenta y uno, con un plazo social de cien años, con un capital social de diez mil colones, y cuya representación la ostente el presidente de la junta directiva.—San José, veintiuno de abril del dos mil ocho.—Lic. Dora María Figueroa González, Notaria.—1 vez.—Nº 32267.—(42099).
Por escritura otorgada en esta Notaría, a las ocho horas del once de febrero del dos mil ocho, se constituyó una sociedad anónima, de conformidad con el Decreto Ejecutivo número: treinta y tres mil ciento setenta y uno, con un plazo social de cien años, con un capital social de diez mil colones, y cuya representación la ostenta el presidente de a junta directiva.—San José, veintiuno de abril del dos mil ocho.—Lic. Dora María Figueroa González, Notaria.—1 vez.—Nº 32268.—(42100).
Por escritura otorgada a las dieciocho horas del veintidós de enero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Precisión Alfaro Sociedad Anónima, cuyo capital social quedó suscrito y pagado y en la junta directiva el presidente y el tesorero tienen la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Marianela Alfaro Cascante, Notaria.—1 vez.—Nº 32269.—(42101).
Constitución de sociedad de responsabilidad limitada denominada Bines Raíces Zona Sur de Responsabilidad Limitada. Domicilio: distrito primero, San Isidro de El General, el cantón diecinueve Pérez Zeledón. Aarón Michael Dyer, presidente, capital social diez mil colones.—21 de abril del 2008. Lic. Ricardo Zúñiga Ureña, Notario.—1 vez.—Nº 32272.—(42102).
Los señores Eduardo Arturo Baldelomar Campos, Juan Carlos Rodríguez Morun e Ingolf Underwood Arce, constituyen la sociedad denominada Artesano Virtual Sociedad Anónima. Escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las 16:00 horas del día 29 de abril del 2008, ante el notario público: Wagner Chacón Castillo. Capital: ciento veinte mil colones.—Lic. Wagner Chacón Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 32273.—(42103).
Por escritura otorgada y autorizada por el suscrito notario, Condominio Flor de Mango S. A., protocoliza acuerdos mediante los cuales, por renuncia de toda la junta directiva y del fiscal, se nombra nueva junta directiva y fiscal. Además se reforma las cláusulas dos y seis del pacto social.—Heredia, cinco de mayo del 2008.—Lic. Bernal Turcios Chaverri, Notario.—1 vez.—Nº 32274.—(42104).
Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 08:00 horas del 5 de mayo del año dos mil ocho, se constituye la sociedad S.F.R Jadri S. A.—San José, 5 de mayo del 2008.—Lic. Ramón Rodríguez Vindas, Notario.—1 vez.—Nº 32276.—(42105).
Por medio de escritura otorgada en San José, a las 17:00 horas del 2 de mayo del 2008, ante la notaria Lina Rebeca Rodríguez Otárola, se modificó la junta directiva, el domicilio de la sociedad denominada Buena Vida de Mercurio S. A.—Lic. Lina Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—Nº 32278.—(42106).
Por medio de escritura otorgada en San José, a las 18:00 horas del 5 de mayo del 2008, ante la notaria Lina Rebeca Rodríguez Otárola, se modificó el nombre de la sociedad denominada Logistics Prodigy Limitada siendo su nombre actual Prodigy Kids Academy Limitada.—Lic. Lina Rebeca Rodríguez Otárola, Notaria.—1 vez.—Nº 32279.—(42107).
Por escritura sesenta y tres otorgada ante esta notaría en la ciudad de San José, a las doce horas del seis de mayo de dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Promociones Inmobiliarias Madrid Proinma Sociedad Anónima, con cédula de personería jurídica número tres-uno cero uno-cinco cero dos tres seis uno, en la cual se acordó aumentar el capital social de la compañía, y modificar la cláusula quinta relativa al capital social y a la naturaleza de las acciones.—San José, seis de mayo del dos mil ocho.—Lic. Fernando Salazar Portilla, Notario.—1 vez.—Nº 32289.—(42108).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad Agrosoluciones Integrales de Costa Rica Sociedad Anónima.—Cartago, seis de mayo del dos mil ocho.—Lic. Patricia Quesada Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 32292.—(42109).
Ante la notaría del Lic. Antonio Murillo Solórzano, se otorgó la escritura número ciento veintidós del tomo uno, y se constituyó la sociedad E.D.O Contratistas Sociedad Anónima.—Santa Ana, cinco de mayo del dos mil ocho.—Lic. Antonio Murillo Solórzano, Notario.—1 vez.—Nº 32298.—(42110).
El suscrito notario público Alonso Serrano Mena, da fe que a las once horas del cinco de mayo año dos mil ocho, se constituyó ante esta notaría la empresa denominada Mundo Verde Ilusiones y Fantasías Sociedad Anónima, por lo que solicito se publica el respectivo edicto de ley.—San José, 5 de mayo del 2008.—Lic. Alonso Serrano Mena, Notario.—1 vez.—Nº 32299.—(42111).
El suscrito notario público Alonso Serrano Mena, da fe que a las diecisiete horas del día veintiocho de febrero del año dos mil ocho, se constituyó ante este notaría la empresa denominada Inversiones Juda Serrano Sociedad Anónima, por lo que solicito se publique el respectivo edicto de ley.—San José, 3 de marzo del 2008.—Lic. Alonso Serrano Mena, Notario.—1 vez.—Nº 32300.—(42112).
El suscrito notario público Alonso Serrano Mena, da fe que a las doce horas del cinco de mayo año dos mil ocho, se constituyó ante esta notaría la empresa denominada Tereblenss e Hijos Sociedad Anónima, por lo que solicito se publique el respectivo edicto de ley.—San José, 5 de mayo del 2008.—Lic. Alonso Serrano Mena, Notario.—1 vez.—Nº 32301.—(42113).
Mediante escritura de las diecisiete horas del treinta de abril del dos mil
ocho, otorgada ante esta notaría, se constituyen dos sociedades limitadas de
conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo número treinta y tres
mil ciento setenta y uno-J, publicado en
Por escritura otorgada ante mi notaría en la ciudad de San José, a las 19:05 horas del 2 de mayo del 2008, se constituyó la sociedad Rokey de R & K Sociedad Anónima, plazo social noventa y nueve años contados a partir del momento de su constitución, capital social totalmente suscrito y pago en dinero efectivo.—San José, 5 de mayo del 2008.—Lic. Rodrigo Mora Salazar, Notario.—1 vez.—Nº 32304.—(42115).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:15 del 6 de mayo del 2008, Ricardo Hernández Naranjo, Elsa Sánchez Godínez, Silvia y Monserrat ambas Hernández Sánchez, constituyen Cafetalera Hernández Sánchez CAFHERSA Sociedad Anónima. Representación: judicial y extrajudicial corresponde al presidente y secretaria. Presidente: Ricardo Hernández Naranjo.—San Marcos de Tarrazú, 6 de mayo del 2008.—Lic. Marco Antonio Vargas V., Notario.—1 vez.—Nº 32305.—(42116).
Ante esta notaría a las 14:00 horas del 23 de enero del año 2008, se protocolizó acta de la empresa Litografía Tibás S. A., mediante la cual se autorizó a dicha empresa a capitalizar la suma de cincuenta millones de colones, los cuales conformarán su capital social.—San José, 22 de febrero del 2008.—Lic. Olga Margarita Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 32312.—(42117).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las once horas del día veintidós de abril del año dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Titacio Comercial Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos- doscientos cuarenta y un mil cero setenta y cuatro, mediante la cual se modifica las cláusulas segunda, sexta del pacto social y se nombra nuevo gerente y subgerente, a las catorce horas con treinta minutos del día veintidós de abril del año dos mil ocho.—Lic. Maritza Sanabria Miranda, Notaria.—1 vez.—Nº 32313.—(42118).
Mediante la escritura otorgada ante mí en la ciudad de San José, las diez horas del día cinco de mayo del dos mil ocho, se acuerda modificar las cláusulas segunda del domicilio social y la novena de la administración de los estatutos de la compañía Plantaciones Forestales Sociedad Anónima.—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—1 vez.—Nº 32314.—(42119).
Ante esta Notaría, se procedió a constituir la empresa Corporación de Servicios de Procesamiento y Explotación Minera Guayabo Sociedad Anónima, por medio de escritura número veintiuno-octavo, de las diez horas con diez minutos del veintidós de abril del año dos mil ocho.—Lic. Ana Carolina Quintero Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 32316.—(42120).
La suscrita, Esther Moya Jiménez abogada y notaria, hago constar que con fecha 5 de mayo del 2008, se constituyó la empresa Bienestar del Pacífico S. A., plazo social 99 años, capital social ¢ 10.000,00. Presidenta: Geraldine Roffey.—San José, 6 de mayo del 2008.—Lic. Esther Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 32317.—(42121).
Ante esta Notaría, se procedió a constituir la empresa Corporación de Servicios Mineros Habana Sociedad Anónima, por medio de escritura número veinte-octavo, de las diez horas con diez minutos del dieciocho de abril del año dos ocho.—Lic. Ana Carolina Quintero Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 32318.—(42122).
Por escritura otorgada ante este Notario a las 20:30 horas del 6 de mayo
del 2008, se constituyó la sociedad Inversiones Inmobiliarias
Por escritura otorgada ante esta Notaría se reformó las cláusulas primera y sexta, se nombró nueva junta directiva y agente residente de las sociedades P.V. Supply S. A., Tucano Paradise S. A., Vista Mogos Golfo Dulce S. A., Rancho Tucán S. A., y Cara Blanca en otro País S.A.—Lic. Francisco Muñoz Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 32320.—(42124).
Por escritura número ciento ochenta y seis-uno, otorgada ante esta Notaría a las diez horas del veinticuatro de abril del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de condóminos del Condominio Horizontal Residencial Hacienda San Agustín II Primera Etapa, cédula jurídica número tres- ciento nueve-trescientos treinta y seis mil novecientos sesenta y dos, en la cual, en lo que interesa se nombra administrador.—San José, veintiocho de abril del dos mil ocho.—Lic. Erika Guido Díaz, Notaria.—1 vez.—Nº 32321.—(42125).
José Eduardo Ramírez Castro y Lorna Esperanza Vargas Fonseca, constituyen la sociedad domiciliada en la ciudad de Santo Domingo de Heredia, denominada Sueños Farva Sociedad Anónima. Escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del cinco de mayo del 2008.—6 de mayo del 2008.—Lic. Uriel Ortega Hegg, Notario.—1 vez.—Nº 32322.—(42126).
Por escritura número treinta y dos, otorgada en
Rufo Eduardo Corrales Navarro, Roberto Carballo Corrales, Rosibel Monge Obando
y Gabina Sánchez Ramírez, constituyen sociedad anónima denominada R Y R Bike
Components Sociedad Anónima, domiciliada en Desamparados, trescientos
metros al norte del cementerio
Improsa Valores Puesto de Bolsa Sociedad Anónima, cédula número tres-ciento uno-cuatrocientos veintinueve mil ciento ochenta y seis, se reforma la cláusula quinta: El capital social de la compañía es la suma de setecientos siete millones quinientos treinta mil colones exactos, representado por setenta mil setecientos cincuenta y tres acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una.—San José, 11 de abril del 2008.—Lic. Andrés Ríos Mora, Notario.—1 vez.—Nº 32325.—(42129).
Yo, Guillermo Montero Solera, notario público con oficina abierta en Barva, hago constar que mediante escritura número doscientos cuatro otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del diecisiete de agosto de dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Pooles Charras Sociedad Anónima. Presidente: Geovanni Hernández Vargas, cédula cuatro-ciento treinta-seiscientos treinta y nueve.—Barva, 6 de abril del 2008.—Lic. Guillermo Montero Solera, Notario.—1 vez.—Nº 32326.—(42130).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 19:00 horas del 5 de mayo del 2008, se constituyó Mary Moy MM de Piedades Sociedad Anónima. Capital social: 20.000 colones. Plazo social: 99 años. El presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Firmo en Ciudad Colón, a las nueve horas del día siete de mayo del dos mil ocho.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí, Notario.—1 vez.—Nº 32327.—(42131).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las 18:00 horas del 5 de mayo del 2008, se constituyó Twenty Two Sandra’s Delicatessen Sociedad Anónima. Capital social: 20.000 colones. Plazo social: 99 años. El presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Firmo en Ciudad Colón, a las nueve horas del día siete de mayo del dos mil ocho.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí, Notario.—1 vez.—Nº 32329.—(42132).
Por escritura otorgada ante mí, Alexandra Mena Porras, a las 18:30 horas del 24 de abril del 2008, se constituyó la sociedad denominada I.M.S Internacional Medical Services Sociedad Anónima, capital totalmente suscrito y pagado, domicilio social San José, Escazú, San Antonio, cien metros sur y ochocientos metros oeste del cruce de San Antonio y Barrio El Carmen, calle Los Naranjos, objeto el comercio, plazo noventa y nueve años, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad esta a cargo del presidente actuando separadamente y al secretario actuando conjuntamente con uno de los otros miembros de la junta directiva.—San José, 7 de mayo del 2008.—Lic. Alexandra Mena Porras, Notaria.—1 vez.—Nº 32336.—(42133).
El suscrito notario hace constar que en esta notaría, se constituyó la empresa denominada Inversiones Campos B del Pacífico Sociedad Anónima, plazo social 99 años, presidente y vicepresidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, quienes podrán actuar conjunta o separadamente, domiciliada en la ciudad de Puntarenas, Barranca, Los Almendros, Urbanización Gloria Bejarano, objeto principal el comercio en general.—Puntarenas, 22 de abril del 2008.—Lic. Alberto Sandoval Fajardo, Notario.—1 vez.—Nº 32341.—(42134).
En mi notaría, mediante escritura número ciento ocho, otorgada a las 10:00 horas del 23 de abril del 2008, se constituye Manpower Professional Costa Rica S. A. Domicilio: San José. Capital: diez mil colones. Presidenta: Mónica Griselda Flores Barragán.—San José, 23 de abril del 2008.—Lic. Adolfo Espinoza Aguirre, Notario.—1 vez.—Nº 32342.—(42135).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del siete de abril del año dos mil ocho, ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada El Llanero Venturas de Osa Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social de noventa y nueve años, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. El objeto es el comercio en general. Otorgada en Puerto Jiménez seis de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Francisco González Morales, Notario.—1 vez.—Nº 32343.—(42136).
Por escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del veintiocho de diciembre del año dos mil siete, ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Osa Ecofarm Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Plazo social de noventa y nueve años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. El objeto es el comercio en general. Otorgada en Puerto Jiménez seis de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Francisco González Morales, Notario.—1 vez.—Nº 32344.—(42137).
Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas del seis de mayo del año dos mil ocho, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Condominio Avicenia número Ochenta y Tres Ocal Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y siete mil-cuatrocientos setenta y cinco reformándose el plazo social a quince días naturales a partir del seis de mayo del año dos mil ocho, feneciendo la supracitada sociedad el día veintitrés de mayo del año dos mil ocho. Es todo.—San José, siete de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Jeannette Mora García, Notaria.—1 vez.—Nº 32346.—(42138).
Por escritura número cincuenta y seis del tomo dos del protocolo de la notaria Lucía Romero Bonilla, actuando en conotariado con Óscar Noé Ávila Molina, Andrés Serpa y Martín Nicolás Cabezas Ríos, constituyen una sociedad limitada denominada: MNCR Group Limitada; domiciliada en San José, Guachipelín de Escazú, Centro Comercial Deco Plaza, edificio B, bodega número siete. El capital social es de diez mil colones, plazo social de cien años.—San José, siete de mayo del dos mil ocho.—Lic. Óscar Noé Ávila Molina, Notario.—1 vez.—Nº 32347.—(42139).
Por escritura número cincuenta y cinco-dos otorgada a las 12 horas 30 minutos del día 30 de abril del 2008, en el protocolo de la notaria Lucía Romero Bonilla, actuando en conotariado con Óscar Ávila Molina, se protocolizó un acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima: Element Arch Sociedad Anónima, se modifican las cláusulas segunda, decimaquinta, se revocan nombramientos y se nombra tesorero, fiscal y agente residente.—San José, 7 de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Óscar Ávila Molina, Notario.—1 vez.—Nº 32348.—(42140).
Mediante escritura otorgada a las 14:00 horas del 01 de mayo del 2008, se constituyó lo sociedad denominada Electro Bodega Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse a Electro Bodega S. A. indicando que el anterior es un nombre de fantasía. Domicilio social: San José, San Rafael de Montes de Oca, Residencial Vista Real, casa treinta y tres. Objeto: comercio y la industria en todas sus formas.—San José, 01 de mayo del 2008.—Lic. Depsy Espinoza Fuentes, Notaria.—1 vez.—Nº 32350.—(42141).
Mediante escritura otorgada a las 14:00 horas del 6 de mayo del año 2008,
se constituyó de conformidad con el artículo dos del Decreto Ejecutivo número
treinta y tres mil ciento setenta y uno-J del catorce de junio del dos mil
seis, una sociedad anónima cuya razón social será la cédula jurídica que le
asigne de oficio el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Plazo
social: noventa y nueve años y corresponde la representación judicial y
extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos a: Carlos Maffioli
Barrantes y Guillermo Rojas Chávez. Domicilio social: Heredia, San Isidro,
Barva, setecientos metros norte de
Asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada
Por escritura otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se constituyó la sociedad Vista Trescientos Sesenta Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintisiete de abril del dos mil ocho.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 32355.—(42144).
Por escritura otorgada ante mí, Edwin Chacón Bolaños, se constituyó la sociedad: Gathem Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, veintinueve de abril del dos mil ocho.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 32356.—(42145).
Ante esta notaría a las 8:00 horas del 5 de mayo del año 2008, se constituyó la sociedad denominada LR Avionics Technologies Sociedad Anónima. Duración: 100 años. Domicilio: San José. Capital social: cien colones. Presidente: representante legal con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 5 de mayo del 2008.—Lic. Marielos Meléndez Hernández, Notaria.—1 vez.—Nº 32357.—(42146).
Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de MINNTICA S. A. mediante la cual se reforma la cláusula quinta de los estatus. Escritura otorgada a las 13:00 horas del 6 de mayo 2008.—Lic. Claudio Murillo Ramírez, Notario.—1 vez.—Nº 32360.—(42147).
Mediante la escritura número dieciocho-ciento cuarenta y tres del protocolo dieciocho del notario José F. Chaves Campos, se constituye la sociedad denominada Recreaciones Digitales, con domicilio en Heredia.—7 de mayo del 2008.—Lic. José F. Chaves Campos, Notario.—1 vez.—Nº 32365.—(42148).
Mediante la escritura número dieciocho-ciento cuarenta y dos del protocolo dieciocho del notario José F. Chaves Campos, se cambia el nombre de la razón social Corporación de Seguridad LAOC S. A., que en adelante se llamará Corporación LOAC S. A.—7 de mayo del 2008.—Lic. José Francisco Chaves Campos, Notario.—1 vez.—Nº 32366.—(42149).
Ante la suscrita notaria pública Paula Arroyo Rojas con oficina en San
José, de Acueductos y Alcantarillados, ciento setenta y cinco metros al este,
se hicieron presentes los señores Olivier Bertín Prado y Tirza Muñoz Simón, con
del fin de disolver la sociedad denominada Network Exchange Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro nueve tres uno tres cuatro,
inscrita en el Registro Público de
Se hace constar que en acta número uno de las ocho horas del veintiocho de abril del año dos mil ocho, se modificó la cláusula del pacto constitutivo, la sociedad de esta plaza denominada Agroindustrias Zamora Agroinza Sociedad Anónima yo Sally Madrigal Saborío, notaria pública, hago constar, se encuentra debidamente firmada. El presidente es representación con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, nombrados por el resto el plazo social.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 32368.—(42151).
En la dudad de Santa Ana, San José, a las nueve horas treinta minutos del día siete de mayo del año dos mil ocho, se constituyó sociedad anónima, cuyo nombre será el número de cédula que se le asigne con un capital social de diez mil colones, yo Sally Madrigal Saborío notaria pública, hago constar que están representados en diez acciones de mil colones cada una. Conformada por una junta directiva de cuatro miembros presidente, secretario, tesorero, fiscal. El presidente es representante con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma nombrados por todo el plazo social.—Lic. Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—Nº 32369.—(42152).
Que mediante la escritura número cincuenta y tres-ciento treinta y uno,
visible a folio ochenta y cinco vuelto al ochenta y seis vuelto del tomo ciento
treinta y uno, de mi protocolo otorgada a las doce horas dos minutos del
diecinueve de abril del dos mil ocho, los señores: José Luis Araya Araya,
mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad número dos-doscientos
ochenta y ocho-cuatrocientos setenta y seis y vecino de San Ramón de Alajuela,
cien metros este, cincuenta al norte, cincuenta al oeste de
Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó la empresa Thingscostarica Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado, acciones comunes y nominativas. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: en San José, Escazú. Presidente y con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 4 de mayo del 2008.—Lic. Clay Neil Bodden, Notario.—1 vez.—Nº 32376.—(42154).
Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó la empresa Corporación O & L Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado, acciones comunes y nominativas. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: en San José, Desamparados. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 4 de mayo del 2008.—Lic. Clay Neil Bodden, Notario.—1 vez.—Nº 32377.—(42155).
Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó la empresa Paradise Med.Travel.Com Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado, acciones comunes y nominativas. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: en San José, Escazú. Presidente y con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 4 de mayo del 2008.—Lic. Clay Neil Bodden, Notario.—1 vez.—Nº 32378.—(42156).
Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se constituyó la empresa V.C. Valverde Chinchilla Sociedad Anónima. Capital social: totalmente suscrito y pagado, acciones comunes y nominativas. Plazo: noventa y nueve años. Domicilio: en San José, Paso Ancho. Presidente y con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 9 de abril del 2008.—Lic. Clay Neil Bodden, Notario.—1 vez.—Nº 32379.—(42157).
Por escritura número doscientos cincuenta y uno, otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del día seis de mayo del año dos mil ocho, se constituyó una sociedad anónima de conformidad con el decreto ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J.—Heredia, 6 de mayo del 2008.—Lic. María Isabel Alfaro Portuguez, Notaria.—1 vez.—Nº 32380.—(42158).
Por escritura otorgada el día de hoy, ante mí, se constituyó Omega Capital Investments S. A.—San Pablo de Heredia, 7 de mayo del 2008.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—Nº 32381.—(42159).
Ante este notario, mediante escritura número nueve, de las diecisiete horas del cinco de mayo de dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Lógica y Sistemas DOR. Es todo.—San José, siete de mayo del dos mil ocho.—Lic. Néstor Solís Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 32383.—(42160).
Ante este notario, mediante escritura número doce, de las ocho horas del siete de mayo del dos mil ocho, se modifica la cláusula segunda referente a la vigencia del plazo social de la sociedad denominada Inversiones Talamanca IT Sociedad Anónima.—San José, siete de mayo del dos mil ocho.—Lic. Néstor Solis Bonilla, Notario.—1 vez.—Nº 32384.—(42161).
El suscrito notario Alexander Soto Ríos, hace constar y da fe que ante esta Notaría al ser las 08:00 horas del 7 de mayo del 2008, se constituyó la sociedad Imprenta y Litografía Ipeca del Este S. A. En la misma figura como presidente con amplias facultades el señor Iván Pérez Castillo, cédula de identidad Nº 1-221-489.—San José, 7 de mayo del 2008.—Lic. Alexander Soto Ríos, Notario.—1 vez.—Nº 32388.—(42162).
Por escritura otorgada a las nueve horas del dos de mayo del dos mil ocho, se modifica la cláusula sexta de los estatutos sociales de Inversiones Royso del Sur S. A., y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Presidenta: Mercedes Romero Huertas.—San José, 2 de mayo del 2008.—Lic. Víctor Manuel Rodríguez Rescia, Notario.—1 vez.—Nº 32389.—(42163).
Ante esta Notaría, se constituye Multiservicios Rocamale Sociedad Anónima. En San José el dos de mayo del dos mil ocho.—Lic. Jenny Patricia Chacón Fernández, Notaria.—1 vez.—Nº 32392.—(42164).
Ante esta Notaría, a las doce horas con treinta minutos del treinta de abril del dos mil siete, se constituye la sociedad denominada Pacific Free Spool Ltda. Domicilio: su domicilio social será San José, Escazú, residencial Los Laureles, de la entrada seiscientos metros al norte, oficina uno. Plazo social: cien años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Gerente y subgerente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente.—San José, siete de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Ana Daisy Morales Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 32393.—(42165).
Ante esta Notaría, a las ocho horas del veinticinco de abril del dos mil siete, se constituye la sociedad denominada C W Holdings S. A. Domicilio: su domicilio social será San Rafael de Escazú, residencial Los Laureles, de la entrada seiscientos metros al norte. Plazo social: cien años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente.—San José, 7 de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Ana Daisy Morales Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 32394.—(42166).
Ante esta Notaría, a las ocho horas treinta minutos del veinticinco de abril del dos mil siete, se constituye la sociedad denominada Inversiones C W S. A. Domicilio: su domicilio social será San Rafael de Escazú, residencial Los Laureles de la entrada seiscientos metros al norte. Plazo social: cien años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma actuando conjunta o separadamente.—San José, 7 de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Ana Daisy Morales Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 32395.—(42167).
Ante esta Notaría, a las ocho horas del veintitrés de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Eastern Promises Sociedad Anónima. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 7 de mayo del 2008.—Lic. Ana Morales Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 32396.—(42168).
Constitución de la sociedad denominada Suministros San Cayetano S. A., por José Daniel Matamoros Araya, Alba Aurora Hodgson Bustamante, Juan Guillermo Matamoros Araya y Sandra Hernández Rojas. Capital social de ¢ 100.000,00. Escritura otorgada en San José a las 15 horas del 6 de mayo del 2008.—Lic. Daily Bustamante Mata, Notaria.—1 vez.—Nº 32397.—(42169).
Por escritura otorgada a las 12:00 horas del 6 de mayo del 2008, se constituyó ante esta Notaría la sociedad Desarrollos Frevent S. A. Domicilio: San Pedro de Montes de Oca. Capital: diez mil colones. Presidenta: Naila Garrido Petain.—San José, 6 de mayo del 2008.—Lic. Eric Romero Jara, Notario.—1 vez.—Nº 32398.—(42170).
Por escritura otorgada hoy ante esta Notaría, se reforma las cláusulas primera, segunda, quinta y sétima del pacto constitutivo, asi mismo se nombra nueva junta directiva para la sociedad denominada 3-101-526040 s. a., cédula jurídica Nº 3-101-526040.—San José, seis de mayo del dos mil ocho.—Lic. Jessica Brenes Camacho, Notaria.—1 vez.—Nº 32399.—(42171).
Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: White Sands of Tamarindo Beach Sociedad Anónima. Se acuerda reformar la cláusula sétima del pacto social de la sociedad; se acuerda revocar el nombramiento del presidente y secretaria de la junta directiva de la sociedad y fiscal y se nombran nuevos miembros.—San José, 5 de mayo del 2008.—Lic. Silvia Alejandra Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—Nº 32403.—(42172).
Por escritura número treinta y cuatro-uno, otorgada ante el notario público Zentis Uhrig Martínez, a las doce horas cuarenta minutos del siete de mayo del dos mil ocho, se reforman las cláusulas segunda, tercera, octava y quinta de los estatutos y se nombra nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal de la compañía ADJ Sistemas de Seguridad Internacional S. A.—San José, 7 de mayo del 2008.—Lic. Zentis Uhrig Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 32404.—(42173).
Por escritura número treinta y dos-uno, otorgada a las ocho horas del día siete de mayo del año dos mil ocho, ante el notario público Zentis Uhrig Martínez; Viviana Solis Gómez y Lucía Azofeifa Ujueta, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada denominada LBA Trusts Limitada.—San José, 7 de mayo del 2008.—Lic. Zentis Uhrig Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 32405.—(42174).
Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 10 de abril del 2008, se constituyó la sociedad Celia Navarro e Hijos S. A.—Lic. Eugenio Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—Nº 32406.—(42175).
Por escritura número treinta y tres-uno, otorgada a las doce horas del día siete de mayo del año dos mil ocho ante el notario público Zentis Uhrig Martínez; Magaly Román Sánchez y Guillermo Vado Caldera, constituyen una sociedad anónima denominada Grupo MR - DOS Seguridad Sociedad Anónima.—San José, 7 de mayo del 2008.—Lic. Zentis Uhrig Martínez, Notario.—1 vez.—Nº 32409.—(42176).
Por escritura otorgada ante este notario a las 7:00 horas del 7 de mayo del 2008, se constituyó la sociedad denominada Carlos Monge S.A., con domicilio en la provincia de San José, de Teletica Canal Siete trescientos metros oeste y ciento cincuenta metros sur, apartamento cuarto; Presidenta: Fiorella Chaves Varela.—San José, 7 de mayo del 2008.—Lic. Xinia Patricia Mora Segura, Notaria.—1 vez.—Nº 32410.—(42177).
Por escritura Nº 74 otorgada en esta notaría, a las 20:00 horas del 5 de mayo del 2008, se protocoliza acta The Rorodendro Valley Limitada, donde se nombra nuevo gerente. Domicilio: Talamanca. Gerente: Sebastien Laugeux.—Limón, 6 de mayo del 2008.—Lic. Giovana Brown Cunningham, Notaria.—1 vez.—Nº 32411.—(42178).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las once horas del día cuatro de abril del año dos mil ocho, se constituyó Gonzaray Sociedad Anónima. Presidenta: Ligia Araya Cisneros y secretario Adrián González Alvarado.—Lic. Lindsay Jiménez Flores, Notaria.—1 vez.—Nº 32412.—(42179).
Por escritura pública otorgada ante esta notaría número treinta y cinco de
las nueve horas del dos de mayo del año dos mil ocho, Roberto Araya Lao y Naxi
Salazar Navarro, constituyeron cuatro sociedades denominadas Finca Tierras
Nobles de
A las 9:00 horas del 28 de abril del año 2008, se constituye la sociedad anónima denominada Costa Rica Coastal Sociedad Anónima. Presidente: Michael Sochatsky, de único apellido en razón de su nacionalidad canadiense, portador de la cédula de residencia número once veinticuatro cero cero cero veinticuatro ochenta y tres dos.—Santa Cruz, 28 de abril del 2008.—Lic. Ángela Aurora Leal Gómez, Notaria.—1 vez.—Nº 32416.—(42181).
Ante mí, a las quince horas del cuatro de marzo del año dos mil ocho, se reforma cláusula sétima del pacto constitutivo de la compañía Agrícola Perija S. A.—San José, veintiuno de abril del 2008.—Lic. Tatiana López Rosales, Notaria.—1 vez.—Nº 32420.—(42182).
En mi notaría, a las trece horas del veintiuno de febrero del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Warry Logic Corporation Sociedad Anónima cuya presidenta es María Alejandra Vargas Pérez, cédula: Nº 3-371-509.—Cartago, siete de mayo del dos mil ocho.—Lic. Angioletta Alvarenga Venutolo, Notaria.—1 vez.—Nº 32422.—(42183).
En mi notaría, a las catorce horas del treinta de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada: Flor Car de Cervantes Sociedad Anónima cuyo presidente es el señor Carlos Luis Barboza Ulloa, cédula: Nº 3-188-1290.—Cartago, siete de mayo del dos mil ocho.—Lic. Angioletta Alvarenga Venutolo, Notaria.—1 vez.—Nº 32423.—(42184).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las diecisiete horas del día veintiuno de abril del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Nova América Inmobiliaria S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo social: noventa y nueve años. Domicilio social: Alajuela, San Antonio del Tejar.—Heredia, 21 de abril del 2008.—Lic. Francisco Alberto González Bolaños, Notario.—1 vez.—Nº 32424.—(42185).
Por escritura pública 10 del tomo seis del 17 de abril del 2008, se reformó la cláusula segunda de la sociedad Agencia Marbella Sociedad Anónima.—San José, 17 de marzo del 2008.—Lic. Rosario Jiménez Delgadillo, Notaria.—1 vez.—Nº 32425.—(42186).
Al ser las diez horas del día tres de mayo del año dos mil ocho, ante esta notaría, se modificó la constitución de la empresa denominada Thege Sociedad Anónima y se cambió su nombre por la denominación Carpio & Vega Inversores, Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado por los socios.—Cartago, siete de mayo del dos mil ocho.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 32426.—(42187).
Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la sociedad Ramírez Laurito Sociedad Anónima, capital social: totalmente suscrito y pagado, plazo cien años, domicilio: Tibás.—San José, cinco de mayo del año dos mil ocho.—Lic. Alonso Arley Alvarado, Notario.—1 vez.—Nº 32427.—(42188).
Por escritura otorgada ante mí, licenciada Ana Ligia Arias Leiva, a las ocho horas del treinta de abril del año dos mil ocho, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Inmobiliaria Vilaflor Sociedad Anónima.—Turrialba, 2 de mayo del 2008.—Lic. Ana Ligia Arias Leiva, Notaria.—1 vez.—Nº 32430.—(42189).
Por escritura pública número noventa y cuatro, a las doce horas del veintitrés de abril del dos mil ocho ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Costa Rica Communications Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, veinticinco de abril del dos mil ocho.—Lic. Jimmy Meza Lazarus, Notario.—1 vez.—Nº 32432.—(42190).
Ante mí, Gilberto Calvo Zúñiga, notario público, compareció Norberto Sánchez Araya, para constituir la sociedad anónima G Ocho grupo Internacional para Inversiones S. A. Otorgada en escritura ciento sesenta, del tomo tercero, de las dieciséis horas del trece de julio del dos mil siete. Es todo. Autorizo a las ocho horas quince minutos del veinte de julio del dos mil siete.—Lic. Gilberto Calvo Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 32436.—(42191).
Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del seis de mayo del dos mil ocho, se constituyen dos sociedades G.K.J Enlaces Internacionales Trading, Consultores Comerciales SA.JI.SA S. A.—San José, 6 de mayo del 2008.—Lic. Lilliam Solano Cruz, Notaria.—1 vez.—Nº 32437.—(42192).
En mi Notaría en San José, a las ocho horas del primero de mayo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Inversiones Brown Pritchard Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital social: doce mil colones. Presidente con plenas facultades. Plazo 99 años.—Lic. César Alfonso Rojas Zúñiga, Notario.—1 vez.—Nº 32440.—(42193).
Mediante escritura pública número veintiséis otorgada ante mí a las 08:30 horas del 7 de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Inversiones Sambo S. A., capital totalmente suscrito y pagado. Presidente y secretario, con representación judicial y extrajudicial.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 32441.—(42194).
Mediante escritura pública número veintiocho otorgada ante mí a las 09:30 horas del 7 de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad anónima asignado por el Registro Público, capital totalmente suscrito y pagado. Presidente, con representación judicial y extrajudicial.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 32442.—(42195).
Mediante escritura pública número veinticinco otorgada ante mí a las 08:00 horas del 7 de marzo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Cadoseni S. A., capital totalmente suscrito y pagado. Vicepresidente y secretario, con representación judicial y extrajudicial.—Lic. Marlon Sánchez Cortés, Notario.—1 vez.—Nº 32443.—(42196).
Por la escritura otorgada ante esta Notaría a las 20:00 horas del 16 de enero del 2008, se constituyó la sociedad anónima denominada Martínez y González M Y G Consultores de C.& A S. A., con domicilio social: Santa Barva de Heredia, exactamente de la plaza de San Roque, setenta y cinco metros al oeste, casa número quince. Plazo social: 99 años. Capital social: diez mil colones.—San José, 7 de mayo del 2008.—Lic. Linda Todd Lazo, Notaria.—1 vez.—Nº 32444.—(42197).
Por escritura otorgada ante mí a las 8:00 horas del día 30 de octubre del 2007, se constituyó la sociedad Camedal C.R. S. A. Presidente: apoderado generalísimo. Capital social 100.000 colones. Plazo social: 100 años, domicilio Sabana. Por escritura otorgada ante mí a las 14:30 horas del 14 de marzo del 2008, se reforma cláusula de administración y se nombra nuevo presidente de la sociedad Pindar Enterprises S. A.—San José, 15 de abril del 2008.—Lic. Lucía Odio Rojas, Notaria.—1 vez.—Nº 32445.—(42198).
Ante esta Notaría, se constituyó la sociedad denominada ARS Nova Estudio Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital: 100.000,00 mil colones. Plazo: 99 años. Presidente y vicepresidente, con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma.—San José, 21 de abril del 2008.—Lic. Silvia Mercedes Herrera Martínez, Notaria.—1 vez.—Nº 32446.—(42199).
Por escritura otorgada ante mi Notaría, se constituyó C S I Consultoría en Seguridad Integral Sociedad Anónima. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Se nombra junta directiva, fiscal.—San José, 6 de mayo del 2008.—Lic. Lizeth Álvarez Salas, Notaria.—1 vez.—Nº 32448.—(42200).
Ante esta notaría, a las once horas del 1º de enero del 2008, escritura doscientos veinte, del tomo treinta y dos del protocolo, constituye la sociedad Inversiones Motorizadas Ceciliano S. A. Capital social: diez mil colones.—San José, cinco de mayo del dos mil ocho.—Lic. Alberto Jiménez Picado, Notario.—1 vez.—Nº 32449.—(42201).
Ante esta notaría, se ha otorgado escritura mediante la cual se constituye la sociedad denominada Estructuras Metálicas DGB. Domiciliada en San Antonio de Escazú, cuatrocientos metros oeste del Súper Aguimar, con un capital social de diez mil colones, que tiene como objeto el comercio en general, con un plazo social de noventa y nueve años.—Alajuela, siete de mayo del dos mil ocho.—Lic. Ericka Masís Calderón, Notaria.—1 vez.—Nº 32451.—(42202).
Por escritura otorgada el día hoy, se constituyó la sociedad Grecos Autos S. A. Plazo social: 100 años. Capital social: 100.000,00. Presidente: Cristian Valerio Portuguez. Domiciliada: en Grecia.—Alajuela, 30 de abril del 2008.—Lic. Miguel Ángel Zumbado González, Notario.—1 vez.—Nº 32452.—(42203).
Por escritura otorgada el día hoy, se constituyó la sociedad Productos Webb de Grecia S.R.L. Plazo social: 100 años. Capital social: 50.000,00. Presidente: Rodney Webb Orozco. Domiciliada: en Grecia.—Grecia, 26 de abril del 2008.—Lic. Miguel Ángel Zumbado González, Notario.—1 vez.—Nº 32453.—(42204).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las 11:00 horas del 28 de abril del 2008, Rodolfo Greivin Araya Hernández, cédula Nº 2-377-512, y Daniel Josué Araya Corrales, cédula Nº 2-624-578, constituyeron la sociedad de esta plaza Inversiones Araya Corrales y Hermanos Limitada. Gerente: el primero. Capital: diez mil colones. Objeto: comercio e industria en general.—Naranjo, 29 de abril del 2008.—Lic. Hugo Rodríguez Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 32454.—(42205).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las 11:00 horas del 28 de abril del 2008, José Warner Villalobos Hernández, cédula Nº 1-1002-499, José Luis Villalobos Rojas, cédula Nº 2-276-474, y María Eugenia Hernández Villalobos, cédula Nº 2-325-547, constituyeron la sociedad de esta plaza Warner’s Villalobos Limitada. Gerente: el primero. Capital: diez mil colones. Objeto: comercio e industria en general.—Naranjo, 20 de abril del 2008.—Lic. Hugo Rodríguez Fernández, Notario.—1 vez.—Nº 32455.—(42206).
Por escritura otorgada ante el notario Mario Alberto Solano Campos, a las
doce horas del siete de mayo del dos mil ocho, se constituyó una sociedad
anónima denominada por su número de cédula jurídica de acuerdo al Decreto
número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J, publicado el catorce de junio
del dos mil seis, en el Diario Oficial
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día ocho de mayo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad AP Alena Products Sociedad Anónima. Plazo: noventa y nueve años. Presidente: Bernal Zamora Arce.—Lic. Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—(42210).
Ante esta notaría, se constituyó la compañía Margrans Dos Mil Ocho Sociedad Anónima, diez mil colones. Representante: Marvin Agüero Ramírez.—Alajuela, 7 de mayo del 2008.—Lic. Patricia Zamora Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(42216).
FCN Recording S. A., se transforma de S. A. a S.R.L. Escritura otorgada en San José, a las 12:00 horas del 12 de marzo del 2008.—Lic. Maritza Quintanilla Jiménez, Notaria.—1 vez.—(42243).
FCN Productions S. A., se transforma de S. A. a S.R.L. Escritura otorgada en San José, a las 10:00 horas del 12 de marzo del 2008.—Lic. Maritza Quintanilla Jiménez, Notaria.—1 vez.—(42245).
Producciones Salmo Ciento Cincuenta de Costa Rica S. A., modifica cláusula primera del pacto constitutivo. Escritura otorgada en San José, a las 11:00 horas del 7 de abril del 2008.—Lic. Andrea Vindas Sarmiento, Notaria.—1 vez.—(42247).
Family Christian Radio S. A., se transforma de S. A., a S.R.L. Escritura otorgada en San José, a las 17:00 horas del 11 de marzo del 2008.—Lic. Maritza Quintanilla Jiménez, Notaria.—1 vez.—(42249).
FCN Promotions S. A., se transforma de S. A., a S.R.L. Escritura otorgada en San José, a las 15:30 horas del 12 de marzo del 2008.—Lic. Maritza Quintanilla Jiménez, Notaria.—1 vez.—(42250).
En escritura otorgada en mi notaría, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de la sociedad 3-101-496449 sociedad anónima.—San José, 8 de mayo del 2008.—Lic. Eleazar Duarte Briones, Notario.—1 vez.—(42323).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día siete de mayo del dos mil ocho, José Ricardo Quirós Arguedas y María Julia Arguedas Arce, constituyen sociedad anónima denominada de acuerdo al número de cédula jurídica que le asigne el Registro, según Decreto número tres tres uno siete uno-J.—Alajuela, al ser las trece horas del siete de mayo del dos mil ocho.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(42381).
Por escritura otorgada ante mí, a las 17:30 horas del 7 de mayo del 2008, se acordó modificar la cláusula novena: administración, de la sociedad Transporte Mayzu Belén S. A.—Alajuela, a las ocho horas del 8 de mayo del 2008.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—(42382).
Por escritura otorgada a las doce horas del día de hoy, se constituye la
sociedad denominada
Ante mi notaría, se constituyó a las ocho horas del día siete de mayo del
dos mil ocho, la compañía denominada El Rancho de Pablo Sociedad Anónima,
con un capital social de diez mil colones. Presidenta: Jeannette Maricruz
Castro. Domicilio: en San José, Pavas, Urbanización
Por escritura otorgada en mi notaría, a las quince horas del cinco de mayo
del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Inversiones C M Housing Sociedad
Anónima. Domicilio social: en Alajuela, El Coyol, de
En escritura otorgada ante mí, se aumentó el capital social de la empresa Instituto Internacional de Formación Estética S. A., hasta en la suma de un millón de colones. Presidenta: Ana Beatriz Brenes Garro.—Heredia, ocho de mayo del dos mil ocho.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(42424).
Por escritura otorgada ante mí, Fabio Adán Calderón Soto y Margarita Forero Guerrero, constituyen Inversiones Don Fabio Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Inversiones Don Fabio S. A. Domicilio social: San Pablo, Heredia. Plazo: noventa y nueve años. Capital social: diez mil colones. Objeto: comercio. Presidente: Fabio Adán Calderón Soto.—Heredia, ocho de mayo del dos mil ocho.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(42425).
En escritura otorgada ante mí, protocolicé el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por J & V Asociados S.A., en la cual se modifica la cláusula segunda y sexta de los estatutos.—Heredia, ocho de mayo del dos mil ocho.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—(42426).
Ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Zumbado Construcciones Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones.—Carrillos de Poás, Alajuela, 3 de mayo del 2008.—Lic. Vera Solórzano Arias, Notaria.—1 vez.—(42435).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del siete de mayo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Solutions Finder Limitada. Domicilio: Santa Cruz. Capital social: mil colones. Se nombró gerente.—Lic. Ana Gabriela Alfaro Jirón, Notaria.—1 vez.—(42456).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las diecisiete horas del ocho de mayo del dos mil ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Condominium Property Ventures Ltda., reformando la cláusula segunda del pacto constitutivo.—Cartago, 8 de mayo del 2008.—Lic. Eleonora Ortiz Runnebaum, Notaria.—1 vez.—(42459).
Por escritura otorgada en Alajuela, ante esta notaría, a las 15:00 horas
del 7 de mayo del 2008, se modificó la cláusula sexta de
En mi notaría, a las 11:10 horas del 7 de mayo del 2008, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Alejandro San Pablo Sociedad Anónima. Presidenta: Roberta Jesús Arias Abarca.—Alajuela, 7 de mayo del 2008.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—(42488).
Mediante acuerdo número uno de la sesión extraordinaria de socios de la sociedad Residencial Miura S. A., cédula jurídica Nº 3-101-373060, celebrada a las 09:00 a. m. del día 7 de abril del año en curso, se acordó, por vencimiento del plazo, la disolución de la sociedad. En virtud de lo anterior se cita y emplaza a cualquier interesado en oponerse a la disolución, para que lo haga judicialmente en el improrrogable plazo de 30 días naturales, contados a partir de la fecha de esta publicación.—San José, 6 de mayo del 2008.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—(42490).
Por escrituras otorgadas por el suscrito notario, se protocolizaron en lo conducente actas de asambleas generales ordinarias y extraordinarias de las sociedades Mitglick Herradura Plaza OPT S. A., a las 09:00 horas de hoy; de Blandford S. A., a las 10:00 horas de hoy; de Calle de Orquídeas S. A., a las 11:00 horas de hoy, y de Hoyvey S. A., a las 12:00 horas de hoy, mediante las cuales en la primera se reforman las cláusulas primera y sexta del pacto social y se nombra tesorero; en la segunda se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social, y se nombra tesorero; en la tercera se reforman las cláusulas segunda y sétima, y se nombra tesorero, y en la cuarta se reforman las cláusulas segunda y sétima, y se nombra tesorero.—San José, 8 de mayo del 2008.—Lic. Óscar Bejarano Coto, Notario.—1 vez.—(42491).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a las 13:00 horas de hoy, se constituye la sociedad Aliruli AYJ S. A. Domicilio: San José, Costa Rica. Plazo: 99 años. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Representación judicial: presidente y secretario, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o individualmente. Se nombra agente residente.—San José, 17 de abril del 2008.—Lic. Olga María Bejarano Ramírez, Notaria.—1 vez.—(42492).
Luis Diego Chacón Bolaños, notario público, hace constar que el día 7 de mayo del 2008, en mi notaría, se constituyó la sociedad Brillo Celestial S. A. Capital social: diez mil colones. El presidente y el secretario, son apoderados generalísimos actuando en forma conjunta.—Lic. Luis Diego Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—(42566).
Esteban Rodríguez López, notario público, hace constar que el día 30 de
abril del 2008, en mi notaría, se constituyó
Mediante escritura otorgada a las 20:20 horas del 1º de junio del 2007, se constituyó Riquiti Rocket Sociedad Anónima. Capital: suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Rodrigo José Aguilar Moya, Notario.—1 vez.—Nº 32462.—(42637).
José Ramón Amador Pastrana y Vanesa Gutiérrez Zúñiga, constituyen sociedad anónima que se denomina Premium Cargo Logistics Services S. A. Escritura otorgada en San José, a las 13:00 horas del 6 de mayo del 2008. Domicilio: San José. Representación: el presidente y el secretario. Plazo social: 99 años.—Lic. Grace María Sánchez Granados, Notaria.—1 vez.—Nº 32465.—(42638).
El suscrito notario Víctor Solís Castillo, hace constar que en esta notaría, se constituyó Hacienda de los Sueños Sociedad Anónima. Es todo.—Firmo en Palmar Norte, Osa, Puntarenas, al ser las doce horas veinte minutos del día cinco de mayo del dos mil ocho.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—Nº 32467.—(42639).
Por escritura Nº 194, de las 10:00 horas del día 2 de mayo del 2008, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Reforestadora Eco Teak Sociedad Anónima, donde se reforma el pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 32468.—(42640).
Hoy protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Inversiones Teresita Herrera S. A., mediante los que se reforma la cláusula cuarta del pacto social, y en el cual se incrementa su capital social a doce acciones comunes y nominativas que en adelante, componen el cien por ciento del capital social de la sociedad.—Heredia, 16 de abril del 2008.—Lic. Roger Arturo Trigueros García, Notario.—1 vez.—Nº 32470.—(42641).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las 12:00 horas del 5 de mayo del 2008, se constituyó la sociedad anónima denominada Pescadería El Rey S. A., con un capital social de cien mil colones, y domicilio en San José.—Lic. Idreana Solano Hayling, Notaria.—1 vez.—Nº 32471.—(42642).
Por escritura número 147-14, otorgada ante el notario Bernal Monge Corrales, en Ciudad Quesada, a las 16:00 horas del 7 de mayo del 2008, se constituyó la entidad Inversiones Barbosi e Hijos Sociedad Anónima. Capital social: ¢1.200.000. Presidente: Randall Alberto Barboza Vargas. Secretaria: Rita Olga Sibaja Mora.—Ciudad Quesada, 7 de mayo del 2008.—Lic. Bernal Monge Corrales, Notario.—1 vez.—Nº 32472.—(42643).
Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del 7 de mayo del 2008,
se constituyó una sociedad anónima cuya denominación social será el número de
cédula de persona jurídica que el Registro de Personas Jurídicas le asigne de
oficio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo
Nº 33171-J, publicado en
Mediante escritura otorgada a las quince horas quince minutos del dos de mayo del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó Honeydo LLC Limitada. Capital social: ¢100.000,00 colones, suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Domicilio: San José. Representación: dos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—Nº 32474.—(42645).
Mediante escritura otorgada a las quince horas veinte minutos del dos de mayo del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó Gator’s Glory LLC Limitada. Capital social: ¢100.000,00 colones, suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Domicilio: San José. Representación: dos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—Nº 32476.—(42646).
Mediante escritura otorgada a las quince horas veinticinco minutos del dos de mayo del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó Devil’s Walking Stick LLC Limitada. Capital social: ¢100.000,00 colones, suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Domicilio: San José. Representación: dos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—Nº 32477.—(42647).
Mediante escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del dos de mayo del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó Ironwood LLC Limitada. Capital social: ¢100.000,00 colones, suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Domicilio: San José. Representación: dos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—Nº 32478.—(42648).
Mediante escritura otorgada a las quince horas treinta y cinco minutos del dos de mayo del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituyó Bigleaf LLC Limitada. Capital social: ¢100.000,00 colones, suscrito y pagado. Plazo: 99 años. Domicilio: San José. Representación: dos gerentes con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Lic. Bárbara Jiménez Coble, Notaria.—1 vez.—Nº 32479.—(42649).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del día de hoy, se reforma la cláusula octava de los estatutos sociales de la empresa Sea Anemone Twenty Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2008.—Lic. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—Nº 32480.—(42650).
Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 08:00 horas del 7 de mayo del 2008, protocolizo acta de asamblea extraordinaria de socios de Royal Development Rodev Ltda., mediante la cual se reforma la cláusula segunda del plazo social.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—Nº 32483.—(42651).
Al ser las catorce horas del cinco de mayo del dos mil ocho, en la cuidad de San José, las señoras Seidy Vanessa Ibarra Lanza y Celina Salgado Lara, comparecen ante esta notaría, con la finalidad de constituir la compañía denominada Living Green Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia de Guanacaste, Liberia, Barrio Los Cerros, cien metros norte de Pinturas Protecto.—a las dieciséis horas del cinco de mayo del dos mil ocho.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—Nº 32484.—(42652).
Al ser las trece horas del cinco de mayo del dos mil ocho, en la cuidad de San José, las señoras Seidy Vanessa Ibarra Lanza y Celina Salgado Lara, comparecen ante esta notaría, con la finalidad de constituir la compañía denominada Espaveles Dorados Sociedad Anónima, con domicilio en la provincia de Guanacaste, Liberia, diagonal al Colegio Manitas Traviesas.—a las dieciséis horas del cinco de mayo del dos mil ocho.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—Nº 32486.—(42653).
Al ser las quince horas del cinco de mayo del dos mil ocho, en la cuidad de San José, las señoras Seidy Vanessa Ibarra Lanza y Celina Salgado Lara, comparecen ante esta notaría, con la finalidad de constituir la compañía denominada Red Bull of Guanacaste RBG Limitada, con domicilio en la provincia de Guanacaste, Liberia, cien metros este de Acueductos y Alcantarillados.—a las dieciséis horas del cinco de mayo del dos mil ocho.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—Nº 32487.—(42654).
Por medio de escritura otorgada ante mi notaría, de las once horas del siete de mayo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Iseami Sociedad Anónima. Capital social: quinientos mil colones, suscrito e íntegramente pagado. La constituyen Mario Alexis Urpi Rodríguez y Jimmy Monge Sandí.—Lic. Gabriela Garita Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 32488.—(42655).
Por medio de escritura otorgada ante mi notaría, de las diez horas del siete de mayo del dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Instituto de Sostenibilidad Ecológica, Arte, Mente e Investigación Anónima. Capital social: quinientos mil colones, suscrito e íntegramente pagado. La constituyen Mario Alexis Urpi Rodríguez y Jimmy Monge Sandí.—Lic. Gabriela Garita Navarro, Notaria.—1 vez.—Nº 32489.—(42656).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la compañía G Y G
Inversiones Bello Mar de Guanacaste Sociedad Anónima. Domicilio: Playas del
Coco, de
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del seis de mayo
del dos mil ocho, los señores Maicol Villalobos Araya y Magaly Rojas Fernández,
constituyen de acuerdo con el Decreto Ejecutivo número tres tres uno siete
uno-J-dos mil, el número consecutivo que designe el Registro Mercantil y su
aditamento de las dos últimas palabras sociedad anónima, con domicilio social
en
Por medio de la escritura número sesenta y seis del tomo quinto de mi protocolo, otorgada en mi notaría, en San José, a las catorce horas del treinta y uno de marzo del dos mil ocho, se protocolizaron acuerdos de la sociedad Dudaixma S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y un mil doscientos ochenta y tres, en donde se acordó modificar la cláusula segunda del pacto social, la cual corresponde al domicilio.—San José, siete de mayo del dos mil ocho.—Lic. Mónica Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—Nº 32495.—(42659).
Mediante escritura pública otorgada a las once horas del día cinco de mayo
del dos mil ocho, se constituyó la entidad con domicilio en Pejibaye, cantón de
Jiménez, provincia de Cartago, veinticinco metros al este de
El suscrito notario, hace constar que mediante escritura otorgada a las 08:30 horas del 31 de marzo del 2008, se constituye la empresa Corporación Melaeh de Costa Rica C.M.C.R. Sociedad Anónima. Presidenta: Ángela Gabriela Arévalo.—San José, 31 de marzo del 2008.—Lic. Bernan Luis Salazar Ureña, Notario.—1 vez.—Nº 32497.—(42661).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del 7 de mayo del 2008, se constituyó la sociedad Apuvatransportes Los Cinco Sociedad Anónima, con un plazo social de 100 años. Es todo.—San José, 8 de mayo del 2008.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1 vez.—Nº 32499.—(42662).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:40 horas del 7 de mayo del 2008, se constituyó la sociedad Transportes Las Tres K Los Seis Sociedad Anónima, con un plazo social de 100 años. Es todo.—San José, 8 de mayo del 2008.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1 vez.—Nº 32500.—(42663).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:30 horas del 7 de mayo del 2008, se constituyó la sociedad Translezcano Los Dos E.L.C. Sociedad Anónima, con un plazo social de 100 años. Es todo.—San José, 8 de mayo del 2008.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1 vez.—Nº 32501.—(42664).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:20 horas del 7 de mayo del 2008, se constituyó la sociedad Transportes C.M.C.Q. Los Tres Sociedad Anónima, con un plazo social de 100 años. Es todo.—San José, 8 de mayo del 2008.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1 vez.—Nº 32503.—(42665).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:10 horas del 7 de mayo del 2008, se constituyó la sociedad Transalca Los Cuatro Sociedad Anónima, con un plazo social de 100 años. Es todo.—San José, 8 de mayo del 2008.—Lic. Suny Sánchez Achío, Notaria.—1 vez.—Nº 32504.—(42666).
Por escritura número trescientos seis-nueve, otorgada en Heredia, a las
nueve horas del veintiséis de marzo del dos mil siete, ante la notaria Ana
Lorena Oviedo Campos, se constituye la sociedad denominada Pozo de Agua de
Ante esta notaría, los señores Jimmy Ahrens Arce, cédula de identidad número uno-ochocientos treinta-setecientos veinticuatro, y Yelsi Poltronieri Marín, cédula de identidad número uno-novecientos veintitrés-doscientos treinta y cuatro, han constituido una sociedad anónima denominada Taysa Internacional Sociedad Anónima. Capital social: ciento veinte mil colones. Presidente: Jimmy Ahrens Arce.—San José, siete de mayo del dos mil ocho.—Lic. Tatiana Salgado Loaiza, Notaria.—1 vez.—Nº 32507.—(42668).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, se constituye Innovación Tecnológica INNTECNO Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las 16:00 horas del 7 de mayo del 2008. Apoderado generalísimo: presidente. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: íntegramente suscrito y pagado.—San José, 8 de mayo del 2008.—Lic. Marco Fallas del Valle, Notario.—1 vez.—Nº 32510.—(42669).
Verny Sotomayor Saborío y Juan Pablo Urrea Vargas, constituyen Proyectos Inmobiliarios Nalamira Sociedad Anónima, mediante escritura otorgada en San José, ante mi notaría, a las diez horas del siete de mayo del dos mil ocho.—Lic. Mauricio Villalobos Barrientos, Notario.—1 vez.—Nº 32511.—(42670).
Por escritura otorgada en San José, ante esta notaría, a las trece horas del día veintiocho de junio del dos mil siete, se constituyó la sociedad Inversiones Wang Lara IWL Sociedad Anónima. Domicilio: San Isidro de Heredia. Capital: un millón de colones y la representación judicial y extrajudicial, les corresponde al presidente y vicepresidente, quienes son apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 14 de marzo del 2008.—Lic. Reynaldo Matamoros Sánchez, Notario.—1 vez.—Nº 32513.—(42671).
Ante esta notaría, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad denominada Autobuses Irazú Sociedad Anónima. Domicilio social: Aserrí, San José, Tarbaca, doscientos metros suroeste del Ram Luna. La representación recae en el presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, ocupando este cargo, Olman Castro Solano, cédula uno-setecientos setenta y cinco-novecientos quince. Es todo.—San José, 24 de abril del 2008.—Lic. Jeannette Fallas Hidalgo, Notaria.—1 vez.—Nº 32514.—(42672).
Por escritura otorgada en San José, a las 09:00 horas del 5 de mayo del 2008, protocolicé acta número tres de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Imword Internacional S. A., en la que se acuerda la disolución de dicha sociedad con base en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio.—San José, 5 de mayo del 2008.—Lic. Fernando Mora Rojas, Notario.—1 vez.—Nº 32515.—(42673).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día siete de mayo del presente año, se constituyó Casa Bramasole Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones.—San José, siete de mayo del dos mil ocho.—Lic. Kattya Marcela Mejías Villalobos, Notaria.—1 vez.—Nº 32516.—(42674).
Por escritura número doscientos cincuenta y siete-cero tres, otorgada en Nicoya, a las catorce horas del día cinco de abril del dos mil ocho, ante esta notaría, se constituye la sociedad denominada Inversiones Álvarez Gutiérrez de Nicoya Sociedad Anónima. Se cita y emplaza a quien se considere afectado, a hacer valer sus derechos, ante la instancia judicial correspondiente, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la publicación.—Nicoya, cinco de abril del dos mil ocho.—Lic. Juan Luis Guevara Villegas, Notario.—1 vez.—Nº 32517.—(42675).
Ante esta notaría por medio de escritura número ciento treinta y cuatro, otorgada a las diecisiete horas del veintiocho de abril del dos mil ocho, la compañía Expocasa Sociedad Anónima, modificó la cláusula decimocuarta de su pacto social constitutivo. Es todo.—San José, seis de mayo del dos mil ocho.—Lic. Carlos Esteban Rodríguez Varela, Notario.—1 vez.—Nº 32518.—(42676).
Ante mí hoy se constituyó la sociedad Sociedad de
Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina abierta en San
José, escritura otorgada a las 14:30 horas del 30 de 04 del 2008 se constituyó
Ante mí, León Felipe Ramos Santos, notario público de Heredia, se ha constituido la sociedad denominada Bussines and House Solutions Sociedad Anónima, cuyo presidente y apoderado es Eduardo Ramírez Corrales, el domicilio será en San José, San Antonio de Coronado, de Ferreterías Lucky doscientos metros al sur y cincuenta al este, el capital social de la misma es de diez mil colones.—Lic. León Felipe Ramos Santos, Notario.—1 vez.—Nº 32521.—(42679).
El suscrito Marino Muñoz Elizondo, notario público, hace constar que ante esta notaría se ha constituido la sociedad Desarrollo de Ideas Empresariales Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, presidente: Eduardo Matamoros Villalobos, cédula de identidad Nº 6-164-025, a quien le corresponde la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo solo en forma conjunta o separada.—7 de abril del 2008.—Lic. Marino Muñoz Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 32522.—(42680).
Por escritura otorgada en San José, a las once horas del veintiocho de mayo del dos mil siete, se constituyó la sociedad denominada G & G Sports Stores Sociedad Anónima, domicilio social San Francisco de Heredia, plazo social noventa y nueve años, capital social trescientos sesenta mil colones.—Lic. Juan Luis Guardiola Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 32524.—(42681).
Por escritura otorgada en esta notaría, a las 8:00 horas del 23 de abril de 2008, se constituyó la sociedad denominada Brisas del Tempisque Sociedad Anónima, correspondiendo al presidente y al secretario la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar en forma conjunta o separada.—Lic. Mario Alberto Marín Villalobos, Notario.—1 vez.—Nº 32525.—(42682).
A las 8:00 horas del 06 de mayo de 2008, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Green Cattelfield OFCR Sociedad Anónima, celebrada en el distrito tercero San Rafael, cantón segundo Escazú, de la provincia de San José, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio El Patio tercer piso, a las ocho horas del día diecisiete de abril del año dos mil ocho, mediante la cual se reforman las cláusulas primera del nombre, segunda del domicilio, quinta del capital y sexta de la administración.—San José, 6 de mayo del 2008.—Lic. Ligia Castiglioni Longueira, Notaria.—1 vez.—Nº 32527.—(42683).
En escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Condutel Sociedad Anónima, en la que se aceptó renuncias de secretario y vocal dos y se nombró sustitutos.—San José, 07 de mayo del 2008.—Lic. Luis Fernando Jiménez Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 32528.—(42684).
En escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy, se constituyó Non-Traditionl Environmental Waste Solutions of Latin America Sociedad Anónima. Capital: cien mil colones. El presidente, el vicepresidente y el tesorero, tendrán la representación judicial y extrajudicial, conjunta o separadamente.—San José, 01 de mayo del 2008.—Lic. Luis Fernando Jiménez Quesada, Notario.—1 vez.—Nº 32529.—(42685).
En mi notaria sita en Palmares de Pérez Zeledón cien metros sur de la entrada a Riteve, fue constituida el 18-04-2008 la sociedad Inversiones Santamaría S. A. Domiciliada en Repunta de Pérez Zeledón, un kilómetro sur de la escuela. Plazo social: 99 años. Capital social: 10.000,00. Presidente: Juan Bautista Jiménez Rojas, quien es el apoderado generalísimo sin límite de suma. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante esta notaría.—Palmares de Pérez Zeledón, 05 de mayo del 2008.—Lic. Mayra Vindas Ureña, Notaria.—1 vez.—Nº 32531.—(42686).
Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del seis de mayo del dos mil ocho, se constituye la sociedad Congo-Nasua Costa Rica Sociedad Anónima, cuya representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente, vicepresidente, secretario y tesorero de la sociedad.—San José, 07 de mayo del 2008.—Lic. Carlos Alberto Ramírez Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 32532.—(42687).
Por escritura otorgada en esta misma notaría, a las diez horas del tres de mayo del año dos mil ocho, se reformó cláusula sexta y sétima de la sociedad Ceibo Amarillo Ltda., cédula jurídica tres- ciento dos- quinientos veintiséis mil ochocientos quince, igualmente se revocan nombramientos y se hacen nuevos.—Pérez Zeledón, 03 de mayo del 2008.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—Nº 32534.—(42688).
Macrohon Campos y Fallas S. A., cédula jurídica 3-101-523609, modifica cláusula octava de su pacto constitutivo. Se mantienen los mismos miembros de junta directiva. Escritura otorgada a las 7:00 horas del 03 de mayo del 2008.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.—1 vez.—Nº 32536.—(42689).
Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del 09 de abril de 2008, se constituyó Franlor Sociedad Anónima. Plazo: 100 años. Domicilio: San José. Capital: cien mil colones. Presidente, secretario y tesorero nombrados.—San José, 29 de abril del 2008.—Lic. Ana Cristina Moya Bedoya, Notaria.—1 vez.—Nº 32537.—(42690).
A las 12:00 horas de hoy, protocolicé acta de
A las 11:00 horas de hoy, protocolicé acta de Los Bambúes de Maristela Mil Novecientos Cincuenta y Seis S. A., por la cual se reforman las cláusulas quinta y sexta de sus estatutos aumentando el capital y reformando la administración.—Heredia, 07 de mayo del 2008.—Lic. Fernando Gutiérrez Herrera, Notario.—1 vez.—Nº 32542.—(42692).
Mediante escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Constructora Mira Valle Sociedad Anónima. Capital social: enteramente suscrito y pagado.—Pérez Zeledón, 08 de mayo del 2008.—Lic. Rosaura Madrigal Quirós, Notaria.—1 vez.—Nº 32544.—(42693).
Al ser las dieciséis horas treinta minutos del día veintinueve de febrero del año dos mil ocho, mediante escritura otorgada ante esta notaría se constituye CV Odome EB Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse CV Odome EB S. A.—Pérez Zeledón, 07 de mayo del 2008.—Lic. Jorge Luis Zúñiga Elizondo, Notario.—1 vez.—Nº 32546.—(42694).
El suscrito, Eduardo Rojas Arroyo, Abogado y Notario Público; da fe que ante mí, se constituyó la sociedad denominada Villas de Rosales Sociedad Anónima (que es nombre de fantasía), pudiendo abreviarse Villas de Rosales S. A. Escritura otorgada en Pérez Zeledón a las nueve horas del veintitrés de abril del dos mil ocho. Es todo.—Pérez Zeledón, 07 de mayo del 2008.—Lic. Eduardo Rojas Arroyo, Notario.—1 vez.—Nº 32547.—(42695).
Ante mí, en fecha siete de mayo, por medio de la escritura número ciento setenta y ocho, se modifica la cláusula sexta, de la sociedad Intrepid Holdings International Sociedad Anónima.—San José, 08 de mayo del 2008.—Lic. Lic. Rebeca Flores Loría, Notaria.—1 vez.—Nº 32548.—(42696).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día siete de mayo del año dos mil ocho, se protocoliza acuerdos de asamblea de la sociedad denominada tres-ciento uno-quinientos diez mil cuatrocientos veinte s. a., se cambia razón social, se hacen nombramientos de junta directiva y se modifican estatutos.—Lic. Luis Eduardo Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—Nº 32551.—(42697).
David Ortiz Rivera y Marco Ortiz Rivera constituyen la sociedad anónima, su
denominación social es el número de cédula jurídica asignado por Registro,
Sección Personas Jurídicas, de acuerdo al decreto ejecutivo treinta y tres mil
ciento setenta y uno- J, publicado en
Mediante escritura número ciento treinta y tres, otorgada ante la suscrita Notaria, en el tomo diecisiete de su protocolo, a las 11:00 horas del 17 de enero del 2008, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Doña Vita S. A.—Ciudad Quesada, 07 de mayo del 2008.—Lic. Grace Morales Vargas, Notaria.—1 vez.—Nº 32554.—(42699).
Por escritura número 237 otorgada ante este notario, a las 12:00 horas del
25 de abril del 2008, se constituyó una sociedad anónima con la denominación
social de conformidad con el Reglamento para
Por escritura número 242 otorgada ante esta Notaría, a las 15:00 horas del
07 de mayo del 2008, la compañía Bodega Sunport Dieciocho F Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número 3-101-513400, modifica las cláusulas “Segunda
del domicilio:”; “Tercera: del Objeto:”y “Sexta: de
Se protocoliza acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Paris-Dakar DDC S. A., celebrada en San José el 07 de mayo del 2008, en la cual se acordó: reformar la cláusula sétima y se reorganiza la junta directiva. Otorgada en San José, a las ocho horas del ocho de mayo del dos mil ocho.—Lic. Ivannia Zúñiga Vidal, Notaria.—1 vez.—Nº 32560.—(42702).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del cinco de mayo del año dos mil ocho, se protocolizó acta de la sociedad Villa Las Lomas Cero Doce U V W Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres - ciento uno - cuatrocientos cincuenta y cinco mil ciento cuarenta, reformando su cláusula primera y modificando la junta directiva. Es todo.—Jacó, 05 de mayo del 2008.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 32563.—(42703).
Por escritura otorgada ante mí, a las 20:00 horas del treinta de abril del dos mil ocho, se constituyó la sociedad Cana Cuba Camp Limitada. Objeto: administración de propiedades. Capital social: doce mil colones. Es todo.—Jacó, 05 de mayo del 2008.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—Nº 32564.—(42704).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Making It Happen EK S. A. Domicilio: Playa Hermosa de Guanacaste. Objeto: comercio en general. Plazo: 99 años. Representación: presidente.—Filadelfia, 05 de mayo del 2008.—Lic. Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 32566.—(42705).
Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la sociedad anónima con el nombre de número de cédula jurídica que asignará el Registro, S. A. Domicilio: Playa Hermosa de Guanacaste. Objeto: comercio en general. Plazo: 99 años. Representación: Presidente.—Filadelfia, 05 de mayo del 2008.—Lic. Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—Nº 32567.—(42706).
En mi notaría por escritura número treinta y seis otorgada en San José, a las trece horas del veintiuno de abril de dos mil ocho, del tomo primero, se constituyó la siguiente sociedad anónima, Nativa Importadora del Este Sociedad Anónima, con un capital social de diez mil colones. Domiciliada en San José. Representantes: presidente y secretario.—San José, a las 11:00 horas del 07 de mayo del 2008.—Lic. Carlos Francisco Soto Madrigal, Notario.—1 vez.—Nº 32571.—(42707).
Peter David March Diez y Victoria Diez Menk, constituyen la sociedad Pacific Fruit Sociedad Anónima, mediante escritura otorgada en San Pedro de Montes de Oca, ante mi notaría, a las once horas treinta minutos del cinco de mayo del dos mil ocho.—Lic. Jenny Anne Vargas Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 32573.—(42708).
Por escritura número nueve otorgada ante esta notaría en San José, notaria pública Shukshen Young Au-Yeung, a las once horas del siete de mayo del dos mil ocho, se constituye la sociedad Z Y G Brothers Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años, con un capital social de cien mil colones netos, representado por dos acciones comunes y nominativas de cincuenta mil colones exactos cada una correspondiendo al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, pudiendo actuar en forma conjunta y/o separadamente.—San José, 07 de mayo del 2008.—Lic. Shukshen Young Au-Yeung, Notaria.—1 vez.—Nº 32574.—(42709).
Peter David March Diez y Victoria Diez Menk, constituyen la sociedad Ornamentales Istaru Sociedad Anónima, mediante escritura otorgada en San Pedro de Montes de Oca, ante mi notaría, a las once horas quince minutos del cinco de mayo del dos mil ocho.—Lic. Jenny Anne Vargas Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 32575.—(42710).
Peter David March Diez y Victoria Diez Menk, constituyen la sociedad Cafetalera El Sukia Sociedad Anónima, mediante escritura otorgada en San Pedro de Montes de Oca, ante mi notaría, a las once horas del cinco de mayo del dos mil ocho.—Lic. Jenny Anne Vargas Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 32576.—(42711).
Por escritura otorgada ante mí, a las 08:00 horas del 06 de mayo del 2008, se constituyó la sociedad denominada Caribean Woods C W S.A.—Alajuela, 07 de mayo del 2008.—Lic. Lenin Solano González, Notario.—1 vez.—Nº 32578.—(42712).
Inversiones Caipiriña Sociedad Anónima, modifica el domicilio, la cláusula octava y nombra presidente y fiscal, mediante escritura otorgada en San Pedro de Montes de Oca, ante mi notaría, a las doce horas del cinco de mayo del dos mil ocho.—Lic. Jenny Anne Vargas Jiménez, Notaria.—1 vez.—Nº 32579.—(42713).
En asamblea general extraordinaria de accionistas de Creations Craft Solutions Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y ocho mil seiscientos cincuenta y siete. Domiciliada en San José, de fecha siete de mayo dos mil ocho, a las ocho horas, se acuerda reformar cláusula sétima. Escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos del ocho de mayo del dos mil ocho.—Lic. Kattia Gamboa Víquez, Notaria.—1 vez.—Nº 32582.—(42714).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veinticuatro de marzo
del dos mil ocho, Dimas Baltodano Alfaro, Givanni Pérez Calvo, Adriela Vásquez
Baltodano y Mayobeth Gutiérrez Ávalos constituyen la sociedad denominada Proveedores
para
Hoy, mediante escritura noventa y seis-siete, se ha constituido Ofertico Corporación Sociedad Anónima, cuyo capital social es diez mil colones. Domiciliada en Heredia, de Burguer King, cien este, cien sur, casa número ocho.—San José, 26 de febrero del 2008.—Lic. José Carlos Álvarez Varela, Notario.—1 vez.—Nº 32587.—(42716).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del veintiséis de abril del año dos mil ocho, se constituye la sociedad Escorpión Doce Cincuenta y Cuatro de Escazú Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. María Gabriela Ramírez Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 32588.—(42717).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del veintiséis de abril del año dos mil ocho, se constituye la sociedad Tico Pura Vida Real Estate Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 28 de abril del 2008.—Lic. María Gabriela Ramírez Zúñiga, Notaria.—1 vez.—Nº 32589.—(42718).
Mediante escritura pública ante esta notaría, al ser las diez horas del dieciocho de abril del año dos mil ocho, se ha protocolizado el acta dos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad J Y S Jatresal S.A., mediante la cual se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo y se efectuaron nuevos nombramientos. Es todo.—Cartago, 18 de abril del 2008.—Lic. Jacqueline Martínez Castillo, Notaria.—1 vez.—Nº 32593.—(42719).
Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del seis de mayo del año dos mil ocho, se constituyó la sociedad denominada Murvaikon Constructora Sociedad Anónima. Capital social: íntegramente suscrito y pagado. Se nombra presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cartago, 06 de mayo del 2008.—Lic. Patricia Quesada Sandoval, Notaria.—1 vez.—Nº 32594.—(42720).
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a María Teresa Artavia Elizondo,
como apoderada de Jofava S. A. y al señor Edwin Geovanny García Carballo, que
se les brinda audiencia por medio de edicto por desconocerse su domicilio
exacto, a su albacea o a su representante legal, o a cualquier otra persona con
interés legitimo, que
Se hace saber a Eduardo González Barquero, cédula 2-0207-0023, en su
condición de propietario de la finca del partido de San José matrícula Nº
577709 y deudor del gravamen hipotecario anotado según documento 572-78831 y
Elizabeth Barboza Calderón, cédula 1-0329-0869, en su condición de beneficiaria
de la habitación familiar según documento inscrito 568-66763 sobre la finca
SJ-577709, así como a cualquier tercero con interés legítimo o a sus
representantes legales, que
Se hace saber a los señores Salvadora Quintana Moraga, cédula de identidad
5-108-380, y a José Gilberto Avendaño Avendaño, cédula de residencia
27012574164529, en calidad de propietarios de los derechos 001 y 002
respectivamente de la finca partido de Limón 86279, que en Diligencias
Administrativas de oficio, que se llevan en este Despacho, bajo expediente
08-139-BIUS, mediante resolución de las ocho horas
treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil ocho. Se resolvió: Publicar
por tres veces consecutivas en el Diario Oficial
Se hace saber a: I.—Gerardo Torres Berrocal del cual se desconoce sus
calidades y cédula, en su condición de actor en el proceso ejecutivo simple inscrito
bajo el tomo 474 asiento 7486. II.—Asociación Solidarista De Trabajadores
Bananeros Alfa S. A., cédula jurídica 3-002-071194, entidad de la cual se
desconoce su representante en su condición de propietaria de las fincas del
Partido de Limón matrículas 42340, 42345, 42357, 42359, 42360, 42361 y 42362. A
quienes en virtud de que esta Oficina desconoce sus calidades y domicilios, así
como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus
representantes legales, se les comunica por este medio, que
Se hace saber a: I.—Agrícola Carhju Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-152670, en su condición de propietario de la finca del partido de San
José, matrícula 494860, entidad representada por Carlos Hugo Ceciliano Madriz,
así como a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus
representantes legales, se les comunica por este medio, que
DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO DE BIENES
Y SERVICIOS
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
De conformidad con lo expuesto y lo estipulado en
el artículo 11, 241 y 242 de
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Resolución RRG-8304-2008.—San José, a las 11:15 horas del 30 de abril del año dos mil ocho. Expediente OT-159-2008.
Considerando:
1º—Que mediante boleta número 2007-364951, el día
4 de de abril del 2008, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 430229
por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley 7593,
Ley de
2º—Que según la boleta supra indicada, Melvin Lezama Calderón, documento de identificación número 4-173-284 podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización.
3º—Que consultada la página electrónica del Registro Público de
4º—Que
5º—Que en virtud de la jurisprudencia de
6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano
director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en
7º—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6
de julio del 2007, se delegó en el Director de
Con fundamento en las competencias otorgadas al
órgano decisor del procedimiento en
EL REGULADOR GENERAL DE
DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, RESUELVE:
1º—Dar inicio al procedimiento administrativo
contra Melvin Lezama Calderón, en calidad de conductor y Juan Bautista Guevara
Arias, como dueño registral del vehículo involucrado, que se tramitará bajo el
número OT-159-2008, nombrando como órgano director del procedimiento a María
Marta Rojas Chaves, cédula 1-740-756 y Shirley Alfaro Alfaro, cédula 4-148-789,
funcionarias de
2º—Notifíquese a Melvin Lezama Calderón, en calidad de conductor y a Juan
Bautista Guevara Arias, como dueño registral del vehículo mencionado, por medio
de publicación tres veces
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13315).—C-106940.—(43823).
Resolución RRG-8326-2008.—San José, a las 9:05 horas del 7 de mayo del año dos mil ocho. Expediente OT-175-2008.
Considerando:
1º—Que mediante boleta número 2007-412066, el día
7 de febrero del 2008, se retuvo como medida cautelar el vehículo placa 464262
por supuesta violación de lo establecido en el artículo 38.d) de la ley 7593,
Ley de
2º—Que según la boleta supra indicada, José Enrique Jiménez Obando, documento de identificación número 7-168-269 podría haber realizado la acción típica sancionable de prestación de un servicio público sin la correspondiente autorización.
3º—Que consultada la página electrónica del Registro Público de
4º—Que
5º—Que en virtud de la jurisprudencia de
6º—Que para dar inicio a los procedimientos se debe nombrar al órgano
director del procedimiento que ostente las competencias establecidas en
7º—Que conforme la resolución RRG-6753-2007 emitida a las 8:20 horas del 6
de julio del 2007, se delegó en el Director de
Con fundamento en las competencias otorgadas al
órgano decisor del procedimiento en
EL REGULADOR GENERAL DE
DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, RESUELVE:
1º—Dar inicio al procedimiento administrativo
contra José Enrique Jiménez Obando, en calidad de conductor y Gerardo Sirias
Canales, como dueño registral del vehículo involucrado, que se tramitará bajo
el número OT-175-2008, nombrando como órgano director del procedimiento a María
Marta Rojas Chaves, cédula 1-740-756 y Shirley Alfaro Alfaro, cédula 4-148-789,
funcionarias de
2º—Notifíquese a José Enrique Jiménez Obando en calidad de conductor y a
Gerardo Sirias Canales, como dueño registral del vehículo mencionado, por medio
de publicación tres veces
Comuníquese.—Fernando Herrero Acosta, Regulador General.—(Solicitud Nº 13315).—C-106940.—(43824).
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
NOTIFICACIONES A PROPIETARIOS
Distrito Merced:
Propietario: Príncipe Buda S. A.
Ubicación: C. 12, av. 9-11
Mapa-parcela: 0100 0140 000
Cuenta: 3101222657
Propietario: Miranda Quesada Elizabeth
Ubicación: C. 28-30, av. 5-7
Mapa-parcela: 0098 0422 000
Cuenta: 108310167
Propietario: Margo del Este S. A.
Ubicación: Botica Solera, 125 metros sur
Mapa-parcela: 0100 0284 000
Cuenta: 3101161614
Distrito Hospital:
Propietario: Sequeira Sequeira Alberto del
Carmen
Ubicación: Av. 14, C. 10, Cont. Taller
Mapa-parcela: 0146 0052 000
Cuenta: 900070368
Propietario: Vargas Chávez Marta del Rosario
Ubicación: Av. 2-4, C. 40
Mapa-parcela: 0115 0215 000
Cuenta: 900100751
Propietario: Inversiones Carolina y Priscila S. A.
Ubicación: Av. 2-4, C. 40
Mapa-parcela: 0115 0216 000
Cuenta: 3101400006
Propietario: Urbanización Loto Ltda.
Ubicación: Frente a KFC Paseo Colón
Mapa-parcela: 0116 0288 000
Cuenta: 3101012286
Distrito Catedral:
Propietario: Molina Salazar Ana Patricia
Ubicación: Av. 20-22, C 0. Cont. Quimifarma
Mapa-parcela: 0147 0441 000
Cuenta: 104180143
Propietario: Mc Lean Briceño Marta Eugenia
Ubicación: Av. 22-24, C.1, Cont. Parqueo
Mapa-parcela: 0163 0053 000
Cuenta: 501750491
Propietario: González López Ana
Ubicación: Iglesia de San Cayetano, 75 metros norte
Mapa-parcela: 0163 0280 000
Cuenta: 400214439
Propietario: Laporte Pirie María
Ubicación: Av. 10, C. 15-17, Cont. INA
Mapa-parcela: 0134 0592 000
Cuenta: 104340745
Propietario: Elías Naranjo Alban
Ubicación: Bº Luján, Cont. Calderón Muñoz
Mapa-parcela: 0165 0440 000
Cuenta: 600490095
Propietario: Cornejo Valverde Héctor Manuel
Ubicación: Bº Luján, Cont. Calderón Muñoz
Mapa-parcela: 0165 0440 000
Cuenta: 102580640
Propietario: Collado Aguilar Delfina
Ubicación: Av. 16-20, C. 9, Pantera Rosa, 75 metros sur
Mapa-parcela: 0148 0452 000
Cuenta: 101340256
Propietario: Fumosa S. A.
Ubicación: 75 metros norte del MOPT
Mapa-parcela: 0147 0397 000
Cuenta: 3101270236
Distrito Uruca:
Propietario: Peralta Rodríguez José Manuel
Ubicación: 100 metros este del Hotel Irazú, a mano derecha, después de la quinta casa.
Mapa-parcela: 0064 0135 000
Cuenta: 200808155
Distrito Pavas:
Propietario: Coda del Oeste S. A.
Ubicación: AID, 100 metros norte y 200 metros este, esquinero
Mapa-parcela: 0047 0003 025
Cuenta: 3101105501
Propietario: Sello de Garantía Ltda.
Ubicación: Casa de Óscar Arias, 100 metros oeste y 100 metros sur
Mapa-parcela: 0093 0045 000
Cuenta: 3102005943
Propietario: Bermúdez Espinosa Carlos Luis
Ubicación: Urb. Santa Fe, primer lote esquinero
Mapa-parcela: 0056 0085 000
Cuenta: 103190103
Distrito San Sebastián:
Propietario: Valverde Miranda Vivian Patricia
Ubicación: Plaza de San Sebastián, 125 metros sur, 50 metros oeste, 300 metros sur.
Mapa-parcela: 0212 0327 004
Cuenta: 108490796
Distrito Hatillo:
Propietario: Dam Castillo María Cristina
Ubicación: Más x Menos 125 metros oeste, 100 metros sur y 75 metros oeste.
Mapa-parcela: 0172 0018 000
Cuenta: 1166021125498
Propietario: Mena Granados Marjorie de los Á.
Ubicación: Más x Menos 225 metros oeste, 75 metros sur
Mapa-parcela: 0171 0225 000
Cuenta: 107190784
Para todos los arriba notificados, la
omisión consiste en predio abandonado y con desechos, por lo que esta
Municipalidad les concede ocho días hábiles de plazo, a partir de la presente
publicación, con el fin de que cumplan con sus deberes ante
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
PROCESO CONTROL FISCAL Y URBANO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Por ignorarse el domicilio actual del señor Denny Rojas Castillo, cédula de
identidad número 2-182-403 y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241
inciso 2 de
Por ignorarse el domicilio actual del señor Antonio Rafael Torres Arroyo,
cédula 1-432-568 y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241 inciso 2 de
Por ignorarse el domicilio actual del señora Rosalía Benavides Solano,
cédula 2-358-820 y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241 inciso 2 de
Por ignorarse el domicilio actual del señor Eric Mario Pancracio Guier
Alfaro, cédula 9-037-022 y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241
inciso 2 de
Por ignorarse el domicilio actual del señor Luis Guillermo Rodríguez Gómez,
cédula 2-493-414 y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241 inciso 2 de
Por ignorarse el domicilio actual del señor Luis Guillermo Rodríguez Gómez,
cédula 2-493-414 y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241 inciso 2 de
Por ignorarse el domicilio actual del señor Trujillo Hering Fabio, cédula
1-642-730 y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241 inciso 2 de
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Por ignorarse el domicilio actual de la señora
Zaira Rodríguez Gómez, cédula 2-334-166 y de conformidad con lo dispuesto en
artículo 241 inciso 2 de
Por ignorarse el domicilio actual del señor Máximo Jiménez Rodríguez,
cédula 2-288-102 y de la señora María del Rocío Torres Vargas, cédula 1-517-879
y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241 inciso 2 de
Por ignorarse el domicilio actual del señor Zacarías Pérez Pérez, cédula
5-256-120 y de conformidad con lo dispuesto en artículo 241 inciso 2 de
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
“
Acuerdo Nº 09:
Se conoce oficio Nº 099-2007/80-05-INFIN, remitido por el Tribunal de Honor
integrado, por
Resultando:
1º—Que el 14 de abril del 2005, se recibe el informe de inspección Nº FPC-247-05-INSP solicitado por el Sr. José Alberto Umaña García mediante boleta Nº 247, realizado el 29 de marzo del 2005, donde se establece que existe una obra en evidente estado de abandono, muchas de las baldosas con un estado de deterioro importante y que no cuenta con el retiro frontal o antejardín con las dimensiones que se establecen en el Plan Director Urbano de San José. Esta obra aparece registrada ante el CFIA mediante contrato SJ_329253 por el profesional responsable Arq. José Alberto Vargas Naranjo, Registro Nº A-8974 (folios 25 al 28).
2º—Que el 30 de mayo de 2005, se recibe en el Departamento de Régimen
Disciplinario formal denuncia en contra del arquitecto José Alberto Vargas
Naranjo, registro Nº A-8974, por incumplimiento de contrato de Dirección
Técnica inscrito en el CFIA con el Nº SJ-329253 para la construcción de una
casa de habitación de 52 m2, propiedad del denunciante Sr. Alberto
Umaña G., cédula Nº 1-390-1196, lo que trajo como consecuencia que la
construcción se ubicara fuera del alineamiento y regulación urbanística dado
por
3º—Que en la misma denuncia se incluye a la empresa Constructora Prefabricados Internacionales S. A., cédula jurídica Nº 3-101-382774, no inscrita en el CFIA, la cual incumplió el contrato de construcción y abandonó la obra. (Ver estudio preliminar folio 35 al 60 y folio 67).
4º—Que el 27 de junio del 2005, el Departamento de Régimen Disciplinario
solicita certificaciones al Departamento de Registro Profesional del estatus
del Arq. Vargas Naranjo y de
5º—Que el 6 de setiembre del 2005,
6º—Que mediante oficio Nº 2719-2005-DRD fechado 7 de setiembre del 2005, el Ing. Gerardo Campos solicita al Sr. José Umaña, denunciante en este caso aportar copia del recibo del pago de honorarios por los servicios que el profesional denunciado le brindó (folio 60). Este recibo no se encuentra en el expediente por no haber sido entregado al Sr. Umaña el mismo (folio 108).
7º—Que el 12 de diciembre del 2005, se remite el oficio Nº 4002-205-DRD a
8º—Que el 18 de agosto del 2006, se recibe en
9º—Que el 4 de octubre del 2006, mediante oficio Nº 1013-05/06-JDG del 26
de setiembre del 2006, se remite al Arq. Vargas Naranjo el acuerdo de
10.—Que mediante oficio Nº 0096-06/07-JDG fechado 4 de enero del 2007,
solicita al Diario Oficial
11.—Que mediante las publicaciones en el Diario Oficial
12.—Que el 29 de mayo del 2007, el Tribunal de Honor dicta el Auto de Intimación del Arq. José Alberto Vargas Naranjo, donde se le imputan como profesional responsable del diseño y dirección técnica arquitectónica de una casa propiedad de José Alberto Umaña García, ubicada en la urbanización Florida Norte, San José, los siguientes hechos:
• Haber incurrido en falta con su cliente y el CFIA al
comprometerse mediante el contrato SJ-329253 a brindar el servicio de Dirección
Técnica en el proyecto de vivienda de 52 m2 del Sr. José Alberto
Umaña García, sin haberlo ejecutado. Se presume que el Arq. Vargas Naranjo, no
desempeñó la labor de control, programación e inspección de las actividades que
componen
• Aparentemente, no comunicó, por lo
anteriormente dicho ni indicó en el cuaderno de Bitácora en Obras, el retiro
frontal indicado por
• Por cuanto se presume que por la
falta de inspección a la obra, se provocó que la vivienda se ubicara de manera
incorrecta afectando la reglamentación nacional que regula la construcción y lo
indicado por
• Omitió denunciar la irregularidad de
13.—Que mediante oficio Nº 242-2007-CIT y 243-2007-CIT se realiza la
convocatoria a comparecencia oral y privada a las partes, Arq. Vargas Naranjo y
Sr. Alberto Umaña García, la cual fue dictada por el Tribunal de Honor en
sesión del 21 de agosto del 2007, y programada para realizarse el miércoles 3
de octubre del 2007, a las 17:30 horas en la sede del CFIA en las oficinas de
los Tribunales de Honor. Esta convocatoria fue notificada al arquitecto
denunciado mediante edicto publicado por tres días consecutivos en
14.—Que en la fecha prevista, 3 de octubre del 2007, se realizó la audiencia, donde estuvieron presentes los miembros del Tribunal de Honor, excepto el Arq. Federico Mata, a quien entró a sustituir el Arq. Rolando Moya Troyo. De igual manera se presentó el denunciante señor José Alberto Umaña García, pero no se presentó el arquitecto denunciado José Alberto Vargas Naranjo. El Ing. Gerardo Campos y la señora Anabelle Matarrita, Secretaria de Actas, estuvieron presentes por parte del Régimen Disciplinario. No se presentaron testigos de ninguna de las partes (folios 94 al 110).
15.—Que en el transcurso de la audiencia, debido a la ausencia del profesional denunciado, el denunciante procedió a ratificar los términos de su denuncia (folios 96-111).
Que este acto se dicta dentro del término de ley y en los procedimientos se han observado las prescripciones legales.
Resolución de recursos e incidentes
No se presentó ninguno.
Considerando:
I.—Que no quedan incidentes o recursos por resolver.
II.—Que se brindaron todas las facilidades para que los actores presentaran sus argumentaciones y pruebas, según su derecho y mejor interés.
III.—Del análisis fáctico, y las probanzas presentadas en este proceso disciplinario por las partes, y evacuadas mediante la audiencia, este Tribunal tiene por demostrados los siguientes hechos:
Hechos probados:
1. Es un hecho probado que el arquitecto denunciado incurrió en falta con su cliente y con el CFIA al comprometerse mediante el contrato SJ-329253 a brindar el servicio de dirección técnica en el proyecto de vivienda de 52 m2 del señor Umaña García sin haberlo ejecutado, por cuanto queda demostrado que el arquitecto denunciado no desempeñó la labor de control, programación e inspección, es decir las actividades que componen la dirección técnica, incumpliendo el contrato de servicios de consultoría y su deber de cuidado (folios 4 al 9).
2. Es un hecho probado que el arquitecto Vargas
Naranjo no comunicó su renuncia o ausencia en la obra, ni indicó en el cuaderno
de bitácora de obra, el retiro frontal indicado por
3. Es un hecho probado que por falta de inspección
a la obra se provocó que la vivienda se ubicara de manera incorrecta, afectando
la reglamentación nacional que regula la construcción y lo indicado por
4. Es un hecho probado que el arquitecto no
constató que la empresa constructora Empresa Prefabricados Internacionales
R.Q.P.M. S. A., a quien servía como profesional responsable, se encontrara a
derecho con el CFIA, debidamente registrada, incumpliendo con
Hechos no probados:
Ninguno de relevancia.
Análisis de fondo:
Realizado el análisis del expediente Nº 80-05 y considerada la prueba presentada por las partes, se procede a exponer el fondo del presente asunto y para ello se inicia con un breve resumen de lo acontecido.
El señor José Alberto Umaña García planteó ante el CFIA una denuncia en contra del Arq. Vargas Naranjo y la empresa Prefabricados Internacionales S. A., por supuesto incumplimiento de las funciones de dirección técnica por parte de los denunciados en relación con la construcción de una casa de 52 m2 en sistema prefabricado. Dicho incumplimiento trajo como consecuencia que la construcción se ubicara fuera del alineamiento establecido por la municipalidad y el planeamiento urbano. Esto obligó a la demolición de la obra construida, ya que por ser prefabricada no se podía hacer parcialmente. Lo anterior con el consiguiente perjuicio económico para el propietario.
Antes de interponer su denuncia formal el Sr. Umaña solicitó una visita de inspección a la obra, con lo cual se determinó que la misma estaba en estado evidente de abandono y fuera de la línea de construcción establecida por la municipalidad y los reglamentos.
Adicionalmente cabe destacar que la obra estuvo abandonada por más de un año ya que ni la empresa, ni el profesional responsable se ocuparon de buscar solución a lo acontecido. Sin embargo por acuerdo posterior con el denunciante, la compañía levantó de nuevo la estructura básica de la casa, sin acabados, en lugar correcto. Así, con recursos adicionales, el propietario pudo terminar la obra.
La empresa Prefabricados Internacionales RQPM S. A., nunca ha estado inscrita ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, según lo demuestran los registros correspondientes y el Arq. Vargas Naranjo suscribió el contrato de consultoría a título personal habiendo cobrado los honorarios mínimos establecidos del 10.5% para planos, documentos, control y ejecución de la obra, incluyendo la obra eléctrica, lo cual no cumplió.
Durante el proceso de investigación se tuvo conocimiento que el señor Umaña procuró un arreglo de conciliación con el Arq. Vargas, el cual tampoco cumplió a pesar de habérsele entregado dinero que según él se le adeudaba y en general, para el denunciante fue muy difícil la comunicación con el denunciado pues era casi imposible de localizar. Esto se repitió durante el desarrollo de la fase de investigación de este caso, donde al arquitecto Vargas sólo mediante edicto se pudo notificar y tampoco compareció a la audiencia oral y privada a la que fue convocado.
Por lo anterior, esta Junta Directiva considera solamente las pruebas escritas y testimoniales aportadas por el propietario Sr. Umaña y las que presentó el CFIA, principalmente el informe de la inspección realizada a la obra.
Toma en cuenta esta Junta Directiva, el estado de indefensión en que quedó el afectado al no asumir el arquitecto denunciado su responsabilidad como director técnico y además defraudando su buena fe al incumplir el acuerdo de conciliación realizado, donde se le entregó un dinero adicional sin que honrara el compromiso, lo cual para esta Junta Directiva tiene las características de una estafa. (Hecho probado Nº 1).
Considera esta Junta Directiva que con su conducta el arquitecto denunciado
asume una actitud de total indiferencia y desconocimiento de los reglamentos
establecidos por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos y la
normativa urbanística vigente, que son lineamientos establecidos como de
acatamiento obligatorio por las leyes de
Adicionalmente tampoco se ocupó el denunciado de constatar que la empresa para la cual laboraba, estuviera debidamente inscrita ante el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, como lo establece la legislación vigente, ya que no hay registro de aviso o denuncia en ese sentido por su parte. (Hecho probado Nº 4).
Con su actuación y desempeño el Arq. José Alberto Vargas Naranjo violentó la legislación del CFIA y especialmente la siguiente normativa:
• Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora en Obra: Artículos 1, 2, 5, 6, 7, 8, (incisos a y b); 9 y 14.
• Reglamento de Contratación de Servicios de Consultoría: Artículos 10, 11B (incisos a, b, c, d, h, y j), y 17, (inciso g).
• Reglamento Interior General del CFIA: Capítulo VI, artículo 53.
• Ley Orgánica del CFIA: Artículos 8 (inciso a) y 12.
• Código de Ética: Artículos 2, 3, 4, 5, 18, y 19.
Por lo tanto, se acuerda:
De conformidad con lo establecido en el artículo Nº 136, inciso c) de
Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del
Reglamento Interior General y en consecuencia, la sanción impuesta, es
ejecutable de conformidad con lo establecido en el artículo 146 de
Contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante
La interposición del recurso de reconsideración no suspende la ejecución de
la sanción, conforme se señala en el artículo 148 de la citada Ley General de
“
Acuerdo Nº 17:
Se conoce oficio Nº 5312-2007-DRD del Departamento Régimen Disciplinario en relación con el expediente Nº 48-06 de denuncia interpuesta por el C.F.I.A. contra el Ing. Eugenio Méndez Libby IC-4585, y del Ing. José Manuel Acuña Rojas IC-11138.
Resultando:
Al realizarse una inspección de rutina para verificar permisos de
construcción, por parte de profesionales del Área de Inspección y Control del
Departamento de Régimen Disciplinario, en
Esas anomalías consistían en un caso de sobre área de 40 m2 de construcción y la falta de un profesional en Ingeniería Eléctrica, además otro caso donde no se encontró el permiso de construcción ni la bitácora de la obra.
El detalle de esos hechos consta en el informe de inspección que a seguir se detalla y el cual fue rendido ante la jefatura del Departamento de Régimen Disciplinario, la que por su vez procedió a realizar las consultas atinentes al caso y a actuar de conformidad según los hechos verificados.
Informe de Inspección MHM/ACM-C-005-06-RUT
Las inspectoras del Área de Inspección y Control del CFIA Top. María
Hidalgo Mora e Ing. Alexandra Cubero Madriz, visitaron los días del 23 al 27 de
enero
• Construcción de una vivienda de interés social de 100 m2, propietario Guillermo Díaz Zúñiga, proyecto OC-353459-EX, donde se presenta un caso de sobre área de 40 m2 aproximadamente y se evidencia la falta de un profesional en el campo de la ingeniería eléctrica.
• Construcción de una vivienda de interés social de 42 m2, propietario Carlos Arias Arias, proyecto OC-353141-EX, donde no se encontró el permiso de construcción ni la bitácora de la obra.
Aspectos relevantes
Según los registros consultados por los inspectores, en ambos casos el profesional responsable de la dirección técnica sería el Ing. Eugenio Méndez Libby.
La reglamentación que no estaría siendo observada sería
Recomendaciones hechas en el informe:
• Solicitar al Ing. Méndez Libby referirse a las anotaciones realizadas en caso de ser el profesional responsable del proyecto.
• En caso de ser el profesional responsable de la dirección técnica solicitarle aportar al Departamento de Régimen Disciplinario lo siguiente:
§ Copia de los folios de la bitácora de la obra.
§ Permisos municipales de construcción.
§ Copia de los planos visados por el CFIA.
• Además se solicita remitir copia del informe de
inspección a
Descargo
Con respecto al oficio Nº 1122-2006-DRD, del Departamento de Régimen Disciplinario, fechado 13 de marzo del 2006, mediante el cual se le informa de la investigación en curso al denunciado, el mismo fue respondido por el Ing. José Manuel Acuña Rojas, IC 11138, bajo oficio fechado el 7 de abril del 2006. Cabe señalar que en dicho oficio también aparece el nombre del Ing. Méndez Libby, pero sin que su firma se encuentre debidamente registrada en el documento.
En dicho oficio el Ing. Acuña Rojas responde, en lo que interesa, en los siguientes términos:
• Que la dirección técnica de ambas obras se hizo desde el inicio por el Ing. José Manuel Acuña Rojas, IC 11138.
• Que en la construcción de la vivienda del Sr. Guillermo Díaz Zúñiga, donde se presenta un caso de sobre área de 40 m2 aproximadamente, esa ampliación no fue autorizada por los firmantes.
• Que durante la construcción de la vivienda del Sr. Carlos Arias Arias, siempre estuvo presente en la obra el cuaderno de bitácora, el permiso de construcción y los planos visados. Dado que la obra se terminó el día 20 de diciembre del 2005, y como la inspección se realizó el 23 de enero del 2006, esa es la razón de que la documentación aludida ya no se encontrara en el sitio.
Dentro de los documentos aportados se encuentra copia de certificación de registro de la empresa Ingevico del Sur S. A., y la lista de los profesionales responsables de la misma, donde se consigna el nombre del Ing. Acuña Rojas. También se aportan copias de anotaciones en los respectivos cuadernos de bitácora, donde se pueden apreciar las autorizaciones para que el Ing. Acuña Rojas asuma la dirección técnica de las obras. En la página 08 del cuaderno de bitácora de la obra propiedad del Sr. Arias Arias, con fecha 20 de diciembre del 2005, se da por concluida la misma y se indica el retiro de ese cuaderno.
Pronunciamiento del Asesor Ing. Carlos Fernando Arguedas Mora, IC-5770
El Asesor Ing. Arguedas Mora, responde al oficio Nº 3076-2006-DRD con su oficio Nº CFAM-34-06 del 28 de agosto del 2006, donde en lo que interesa se extraen los siguientes aspectos relevantes:
Hace un resumen de la denuncia contra el Ing. Eugenio Méndez Libby y su origen a partir del informe de inspección MHM/ACM-C-005-06-RUT, así como de los documentos y notas del denunciante y de la respuesta del denunciado.
Hace énfasis en el hecho de que esa respuesta fue elaborada por el Ing. José Acuña Rojas, en su oficio del 7 de abril del 2006, en el cual también aparece el nombre del Ing. Méndez Libby, pero sin que su firma se encuentre registrada en el documento.
La falta de esa firma en el documento de descargo se interpreta como que el denunciado no se ha referido al contenido del expediente como se lo permite el ejercicio del derecho de defensa. A pesar de esto, se consideran los argumentos de descargo presentados por el Ing. Acuña Rojas a favor del Ing. Méndez Libby y donde describe su propia actuación en lo que se refiere a ambas construcciones que dieron origen al expediente en estudio.
Conclusiones del Asesor Arguedas Mora
En lo que se refiere a aspectos relevantes el Asesor concluye que:
Se verifican las anomalías indicadas en el expediente en lo que se refiere al caso de sobre área de construcción y la falta de un profesional en Ingeniería Eléctrica, así como al caso de obra donde no se encontró el permiso de construcción ni la bitácora respectiva.
El profesional responsable de la dirección técnica de ambos proyectos es el Ing. Eugenio Méndez Libby, según contratos de consultoría Nº OC-353141-EX y OC-353459-EX.
Se da un cambio de profesional responsable de la dirección técnica en los proyectos señalados, el nuevo profesional es el Ing. José Acuña Rojas (erróneamente consignado como Robles en las conclusiones).
Recomendaciones del Asesor Arguedas Mora
Archivar el expediente Nº 48-06 en contra del Ing. Eugenio Méndez Libby, al no encontrarse faltas al Código de Ética en la actuación del denunciado por no ser el profesional responsable de la dirección técnica.
Ampliar la investigación, solicitando a
Pronunciamiento del Asesor Ing. Roy Acuña Prado, IC-1820
Bajo oficio Nº 2444-2007-DRD, del 26 de junio del 2007, la jefatura del Departamento de Régimen Disciplinario le solicita al Asesor Acuña Prado el estudio preliminar, siempre bajo el expediente 48-06, referente a la actuación del Ing. José Manuel Acuña Rojas en los casos objeto de estudio del referido libelo.
El Ing. Acuña Prado responde bajo el estudio preliminar entregado el 23 de julio del 2007, al Departamento de Régimen Disciplinario, donde en lo que interesa se extraen los siguientes aspectos relevantes:
Hace un resumen de las denuncias inicialmente presentadas contra el Ing. Eugenio Méndez Libby, a partir del informe de inspección MHM/ACM-C-005-06-RUT, enfatizando el hecho de que, como consta en las bitácoras de las obras, la responsabilidad profesional fue transferida al Ing. José Manuel Acuña Rojas.
Hace un resumen de los aspectos técnicos y éticos que no estarían siendo observados, a partir del informe de inspección y de las boletas de notificación, a saber:
• Reglamento especial del cuaderno de bitácora en obras, artículos 2 y 6, también los artículos 18 y 19.f
• Reglamento de construcciones, artículo ll.11
• Reglamento para trámite de planos y conexión de servicios eléctricos, artículo 2.4
Muestra un cuadro con la cronología del caso, así como un resumen de lo actuado por el denunciante y el denunciado Ing. Acuña Rojas, especialmente lo que se refiere a los descargos que se encuentran respaldados con anotaciones en el cuaderno de bitácora de cada obra.
Hace una relación de otros documentos relevantes para la denuncia, donde incluye el informe de inspección, los cuadernos de bitácora y el primer informe preliminar del Asesor Ing. Carlos Arguedas Mora con sus recomendaciones.
Análisis del Asesor Acuña Prado
En el desarrollo de la denuncia y elementos de prueba se señala que el informe de inspección no es claro en lo que se refiere a la descripción de las faltas detectadas y se limita a indicar los artículos que se consideran irrespetados. Tampoco las boletas de notificación describen las obras y el avance en detalle.
Se señala que en ese informe para la casa del Sr. Arias Arias hay una indicación de que se estaba en “acabados finales”, sin que se pueda determinar si la obra podría considerarse terminada dada su condición. Para la casa del Sr. Díaz Zúñiga, con problemas de sobre-área, no hay descripción del tipo de construcción realizada ni si es una modificación más integral o un adicional y sus características.
En lo que se refiere a la actuación del denunciado, se analizan los descargos del Ing. Acuña Rojas y se contrastan con las anotaciones en bitácora. Para el caso de la vivienda del Sr. Díaz Zúñiga se señala que fueron realizadas tres visitas por parte del ingeniero después de la inspección del CFIA, en las cuales solicita detener la ampliación en dos ocasiones y en la tercera indica que la casa está habitable.
Conclusiones del Asesor Acuña Prado
En lo que se refiere a aspectos relevantes el Asesor concluye que:
Para la casa del Sr. Carlos Arias, la explicación dada en el sentido de que ya estaba terminada al momento de la inspección es satisfactoria, además la falta de información en el informe de inspección no permite establecer si la casa ya estaba habitada o sí había trabajos en proceso, por lo que debe aceptarse el descargo.
Para la casa del Sr. Guillermo Díaz, fue detectada una sobre área de construcción de 40 m2 aproximadamente, aunque el informe de inspección no describe las obras el Ing. Acuña señala que se trata de un techo, sin embargo la foto aportada por el profesional muestra además obras de soporte como columnas y vigas, en concordancia con la lógica constructiva aplicable a estas estructuras.
En este caso, a pesar de que el Ing. Acuña aduzca que intentó detener esa ampliación y de que conste en el cuaderno de bitácora que no se autorizaba la colocación del techo, esto no lo releva de la responsabilidad sobre lo ejecutado al realizarse obras sin permiso que al sobrepasar los 80 m2 implicaron en la necesidad de la participación de un ingeniero electricista, además de que no se reportó al CFIA esa área adicional.
Recomendaciones del Asesor Acuña Prado
Instaurar un tribunal de honor al Ing. José Manuel Acuña Rojas, por faltas
al artículo 3 del Código de Ética Profesional al permitir que se construyera un
área adicional no autorizada, lo que es contrario a
Pronunciamiento del Fiscal del CIC
En su pronunciamiento el Fiscal del CIC, Ing. Rafael Murillo, se refiere a ambos informes de estudio preliminar al expediente Nº 48-06, destacando que el primer informe del Ing. Arguedas Mora es un poco confuso y que el informe del Ing. Acuña Prado es claro y conciso, siendo que para el caso en análisis ambos informes son procedentes en sus recomendaciones.
Solicitud de Departamento de Régimen Disciplinario
• Archivar el expediente Nº 48-06 en contra del Ing. Eugenio Méndez Libby.
• Instaurar un tribunal de honor al
Ing. José
Manuel Acuña Rojas. IC-11138.
Por lo tanto, se acuerda:
a. Acoger lo recomendado por el Departamento Régimen Disciplinario, de ARCHIVAR la causa seguida al Ing. Eugenio Méndez Libby IC-4585 en el expediente Nº 48-06 de denuncia interpuesta por el C.F.I.A. siendo que, el profesional responsable de la dirección técnica de ambos proyectos lo era inicialmente el Ing. Eugenio Méndez Libby, según consulta a los contratos de consultoría OC-353141-EX y OC-353459-EX. Sin embargo, está claro que se da un cambio de profesional responsable de la dirección técnica en los proyectos señalados, el nuevo profesional es el Ing. José Acuña Rojas, quién inclusive por su propio dicho debidamente documentado, asumió esa responsabilidad desde el inicio de las obras, lo cual puede ser corroborado en los propios cuadernos de bitácora.
En este sentido es pertinente proceder al archivo del expediente Nº 48-06 en lo que se refiere al Ing. Eugenio Méndez Libby, por no ser el profesional responsable de la dirección técnica de las obras en análisis y por esto no haber incurrido en faltas al Código de Ética.
Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General.
Contra la anterior resolución
cabe el recurso de revocatoria ante
b. Acoger lo recomendado por el Departamento Régimen Disciplinario, en su oficio Nº 5312-2007-DRD, de instaurar un Tribunal de Honor al Ing. José Manuel Acuña Rojas IC-11138, en el expediente Nº 48-06 de denuncia interpuesta por el C.F.I.A, por la presunta inobservancia de la siguiente normativa:
Código de ética profesional del CFIA: artículo 3
Ley de Construcciones, artículo 74
Reglamento para trámite de planos, artículo 2.4
Reglamento especial de cuaderno de bitácora en obras, artículo 19.f.
c. El Tribunal de Honor para el Ing. Acuña Rojas estará conformado de la siguiente forma: Presidente: Ing. Mario Velásquez Bonilla, Secretario: Ing. Fernando Cañas Rawson, Coordinador: Ing. Javier Porras Arrieta y Suplente: Ing. Gilberth Delgado Álvarez.
d. El Ing. Velásquez Bonilla sustituirá al Director Ejecutivo, de conformidad con lo establecido en el artículo Nº 78 del Reglamento Interior General del C.F.I.A.
e. El Tribunal de Honor podrá contar con asesoría legal para cualquier fase del procedimiento.
Contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante